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DE REFORMA

DE L,A CO]¥STITrCIO]\ PERUANA,

EN

CUANTO AL PODER JUDICIAL^

TRABAJADO

POR EL CIUDADANO. MANUEL LORENZO VIDAURRE

IPe orden de la Exmm. Corte Suprema, de •fuslicia^ pura presentarlo d la

COJWENCIOIV.

NO HAl MAS PODER, QUE EL PODER

DEL PUfcBLO TODAS LAS AUTO»

RIDADES EMANAN DE EL,

LIMA.

IMPRENTA DE J. M. MASÍAS

1833.

A L.A NACIÓN FF.RUANA.

Entre los títulos á qne puede aspirar el que se halla dominado de una noble ambición, ninguno igualará al de defensor de los derechos del hom- bre. Lo pretendo no lo niego. Lo dicen mis re- presentaciones al Rey de España, lo dicen mis obras Jamas me acordé de mí, de mi familia, de mi casa. Nada poseo, nada quiero poseer Sea el Perú feliz, esta es mi perfecta y completa re- compensa. Minórense los males de la naturaleza humana, mi placer excederá al que recibe un vic- torioso general, que entra en triunfo precedido de esclavos, riquezas y trofeos. ¿Qué diera por ser insensible aun al elogio? diiisiera pero no pue- do. ¡ Ah que la alabanza es un licor dulce, capaz de embriagar á los angeles! He confesado que soi ambicioso manifesté en lo que lo era. Patria amada, admite el fruto de mis perennes tareas en el proyecto que te dedico, pero prémiame^ no olvi- dando que te sirve con fidelidad

MANUEL LORENZO VIDAÜRRE.

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PODER JUDICIAL

Art. 1°. El poder judicial es independiente y se ejerce por los tribunales y jueces. , .

Art. 2<^. Los jueces son perpetuos y no pueden ser destitui- dos, sino después de un juir-io enteramente concluido.

Art. 30. Habrá una corte supretna, y aquellas cortes supe- riores y juzí^ados que se contemplen necesarios á la recta admi- nistración de justicia.

Art. 4^. Queda extinguido todo tribunal especial, y fuero.

Art. 50. Los militares serán juzoados por el consejo de guerra en las causas purrimente militares. En el consulado y minería se harán las conciliaciones correspondientes á sus ra- mos.

CORTE SUPREMA.

Art. 60. La corte suprema se compondrá de los vocales y fiscales, que se juzguen necesarios; habrá un presidente.

Art. 7^. El presidente será elegido cada cuatro años, al mis- mo tiempo que el del poder ejecutivo y por elección directa de todos los ciudadanos en ejercicio: bastará la mayoria respectiva, y podrá ser reelegido

Art 8°. Para ser vocal se requiere ser ciudadano en ejer- cicio, nacido en el tt>rritorio de la república, ó de padres que no hayan perdido la ciudadanía, ó estrangero casado con peruana, de cuarenta años de edad, y quince de profesión.

Art. 9^. La elección de vocales en caso de vacante será directa, y al tiempo de elegir diputados. Se numerarán los votos en la cámara de senadores, y bastará la mayoria respecti- va. Entre tanto se verifica este acto, la misma corte nombra- interinos, en quienes concurran las calidades, que en los pro- pietarios.

Art. IQo. Son atribuciones de la corte suprema, conocer en dos instancias de las causas criminales que se formen con- tra el presidente, vice-presidente de la república, miembros de las cámaras, ministros de estado, empleados diplomáticos, arzo- bispos, obispos, vicarios generales, prelados de las religiones y vocales de las cortes superiores.

Art. 11- De los recursos de nulidad é injusticia notoria de última sentencia; de la responsabilidad de las cortes superiores, y de los individuos que las componen.

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Art. 12. De todo negocio civil ó criminal, en que se verse el derecíio entre naciones.

Art. 13. De los pleytos contra eJ estado.

Art. 14. De las competencias sobre límites.

Art. 15. De las competencias entre las cort'es, ó entre una corte y un juez de primera instancia.

Art. 16. De la residencia y acusaciones contra los nrefec- tos en 2. ^ instancia. ^

Art. 17. Del pase y retención de breves y bulas, infor- mando al senado ó consejo de estado, para la resolución.

Art. 18. Informará en cada legislatura, sobre las reformas que deban hacerse en la administración de justicia, y dudas en caso de ley.

Art. 19. Examinará el despacho de las causas en las cor- tes superiores, corregirá los defectos, hará advertencias, y for- mará procesos en casos de gravedad y responsabilidad.

Art. 20. Cualquier ciudadano podrá acusar á los' vocales de la corte suprema, de venalidad ante el senado, donde se de- clarará haber ó no lugar á la formación de causa.

Art. 21. Para hacer efectiva la responsabilidad de la corte suprema ó de sus miembros, se formará un tribunal de cuatro senadores y cinco diputados. Estos juicios se concluirán en el tiempo de las sesiones, según la ley reglamentaria que se dicte. Ellos mismos conocerán de las nulidades é injusticia notoria en las causas en que la última sentencia hubiese sido de la corte suprema.

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA.

Art. 22. Se compondrán de los vocales y fiscales precisos: habrá un presidente.

Art. 23. Para ser vocal se requiere la ciudadanía en ejer- cicio, diez años de foro, en clase de abogado, relator ó juez.

Art 24. Presidente y vocales serán elegidos por los ciuda. danos, al tiempo que se elijan los individuos délas juntas denar- laméntales.

Art. 25. En el intermedio, elegirán las cortes sugetos en quienes concurran las cualidades de los propietarios.

ATRIBUCIONES.

Art. 26. Conocer en 2. « instancia de las causas civiles y crimmales. En 1. «« de las de los prefectos.

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Art. 27. Dirimir las competencias entre los jueces de 1. ^ instancia, y velar sobre la administración de justicia en esos

juzt^ados,

JUECES DE PRIMERA INSTANCIA.

Art. 28 Para juez de 1. ^ instancia se requiere la ciudada- nia en ejercicio, y cuatro años de profesión con honor.

Art. 29. Conocen de toda clase de causas en 1. ^ instan- cia.

JUECES DE PAZ.

Art, 80. Serán elegidos estos y los jueces de derecho al tiempo que los municipales por los ciudadanos; no podrá serlo nino-uno de la municipalidad.

Art. 31. Serán ciudadanos en ejercicio, de fortuna conoci- da, y no podrán ser reelegidos sin el intervalo de cuatro años.

Art, 32. Conocerán de injurias de palabra, heridas de que no resulte muerte, robos domésticos de corta entidad, y de ne- gocios que no asciendan á mas de 200 pesos en juicio verbal.

Art, 33. De negocios hasta quinientos pesos, de modo su- marísimo. De los primeros las apelaciones serán á los jueces de derecho, de los segundos á las cortes superiores.

DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Art. 34. Ningún juez puede interpretrar la ley.

Art. 35. Todo juicio en su sustanciacion y sentencia es pú- blico.

•Art. 36. Las causas criminales desde el 1. ® de enero de 1834, serán por jurados.

Art. 37. , No habrá 3. ^ instancia en ninguna causa; quedan expeditos los recursos de nulidad é injusticia notoria de las úl- timas sentencias.

Art, 38. Nin^jun prefecto, sub-prefecto, gobernador ó em- pleado militar, poJrá hacer jamas de juez.

Art. 39. La casa de ningún ciudadano puede ser allanada, sino encaso de traición, banca-rota ó deuda fraudulenta; pre- vía la sumaria información ante juez constitucional y responsa- bilidad de la persona que lo solicite.

Art. 40. Se prohibe todo juicio por comisión.

Art. 41. Ningún tribunal puede abreviar ó suspender, ni alterar las formas judiciales, ni abrir causas finalizadas.

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Art. 42. Quedan suprimidas las réplicas y duplicas.

Art. 43. Los recursos de na idad é injusticia notoria se ve- rán con el mérito del proceso, previa vista fiscal por escrito y los informes verbales de los abogados.

Art 44. Ninguno puede ser preso sin sumaria anterior por la que resulte presunto reo de crimen, que merezca pena aflictiva.

Art. 45. Todo reo será presentado ante el juez, antes de pasar á la cárcel, y este le oirá si lo pidiese.

Art. 46. Infraganti, cualesquiera podrá asegurar al reo ba- jo su responsabilidad, siendo delito por el cual pueda haber cap- tura.

Art. 47. El juez que detuviese á un reo, sin oirlo, cuarenta y ocho horas, perderá el empleo, sin admitirse escusa.

Art. 48. Quedan abolidos el tormento para siempre La

confesión— y el juramento en causas criminales La confisca- ción no resultando responsabilidad pecuniaria La pena de muerte, salvo en caso de traición y homicidio doloso.

TRIBUNO DEL PUEBLO.

Art. 49. Se constituirá una autoridad con el título de Tri- buno del Pueblo.

Art. 50. Se elegirá en la forma siguiente. Los ciudada- nos al tiempo de elegir presidente votarán por dos individuos, de los cuales uno será de fuera del departamento.

Las actas cerradas pasarán ai consejo de estado, donde se numerarán los votos, dándose por electo aquel en quien concur- ra la mayoria respectiva.

Art. 51. En caso de muerte antes de la elección, entrará de tribuno el que se hubiese acercado mas en número, asi suc- cesivamente, de modo que jamas faite esta autoridad.

CALIDADES DEL TRIBUNO.

Art. 52. Ser ciudadano en ejercicio, mayor de 45 años, no ser militar en actual servicio, ni empleado en el ejecutivo, ser letrado, ó de notorios conocimientos.

ATRIBUCIONES DEL TRIBUNO.

Art. 53. Velar sobre el cumplimiento de las garantias.

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Art. 54. Oficiar al jefe supremo, a los prefectos, sub-pre~ fectos, gobernadores, jueces y tribunales en caso de quebrantar- se alguna de las garantías*

El oficio de reconvención, deberá contestarse entre cua» renta y ocho horas perentorias, estando el funcionario en la ca- pitali y en el mismo correó en que se recibió el oficio si está

fuera. (

No contestándose en el señalado perentorio término, se tendrá por cierta la acusación.

Art. 55. La violación de las garantías produce acción po- pular; podrá interponer la acusación el ofendido ó cualquiera del pueblo.

Si el hecho fué público, y nadie acusó, deberá hacerlo el fis. cal de la suprema. No verificándolo, entre quince dias de la noticia, perderá el empleo. ; .

Art- 56. El tribuno formará su tribunal con dos vocales de la suprema, y dos de la corte superior.

Art. 57. Si el asunto se acompaña con la prueba suficientej se decidirá entre tercero dia. ,,

No habrá alegatos, escritos, ni vistas fiscales. ,.^ l

Art. 58, . Sise requiere prueba, se tomará de un modo bre-» ve y perentcürio concitación :eatonces acusador y reo podrán aíegar entre veinte y cuatro horas cada uno.

Art. 59. Siendo complicados, los vocales de la corte supre- ma ó superior, se nombrarán jueces imparciales.

Art. 60. No se admitirá recusación, que no sea fundada en ley.

Art. 61. Si el tribuno fuese recusado, le sostituirá su süc- cesor. . ... - - ;. ; . - ■■;

Art. 62. Harán sentencia tres votos conformes. La sen-> tencia no contendrá mas que esta clausula Se absuelve Se condena. La ley reglamentaría arreglará este punto.

Art. 63, La pena del delincuente será la pérdida del em- pleo é incapacidad para obtener otro^ .

Art. 64, El tribuno para hacer efectivas las sentencias, ten- drá á su disposición las tropas nacionales, las que prestarán ju- ramento de obediencia: si no le auxiliasen estas, todos los ciu- dadanos se armarán, y se pondrán á sus órdenes: losgefes de mi» licias negligentes serán diecíarados infames.

Art. 65. El delincuente, que hiciese resistencia, será decía» rado proscripto, y fuera de la ley.

Art. 66. Él tribuno tendrá un secretario y un amanuense*

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Art. 67. La renta del tribuno serán 6,000 peses efectivos, la del secretario 1500, y la del amanuense 600.

Art. 68. El tribuno, ni los conjueces no podrán recibir del ejecutivo plaza, premio, ni indemnización, so pena de infamia^ y perdimiento del empleo.

Art. 69. El tribuno solo es sugeto á opinión pública.

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EXCMO. SEÑOR:

Reuihüa la Convención— para perfeccionar el código po/ lítico, le recomendaremos las palabras del filósofo de Gmebraa la desgraciada Polonia en caso semejante "Bravos Poloneses, cuidad, no sea, que por mejorar, empeoréis de situación. Al pensar en lo que queréis adquirir, no olvidéis lo que podéis per- der. Corregid, si se puede, los errores de vuestra constitución, pero no desprecies, la que os ha hecho lo que ahora sois." Se debe tener muy presente el consejo de este grande hombre. No nos alucinemos con el gobierno de los dioses, la república de Platón, ó la Utopia de Thomas Moro. No es el tiempo de ilu- siones y sueños. Dejemos á Esparta entre las rumas de la Gre- cía, y no turbemos el reposo de los Horacios en sus tumbas. Simplificar nuestras formas, y hacer que sean una deducción de nuestros principios, es lo que nos hemos de proponer y única- mente se ha de desear.

La corte jsuprema que por el caso 12. art. 111 de la carta, está obligada á informar al Congreso de todo lo conveniente pa- ra la mejora de la administration de justicia, juzga que en nm-» guna ocasión es mas necesario el cumplimiento de este deber, que en la época bien-hadada, en que se va á examinar el pacto, V á alterarlo en bien comunal. El proyecto que se presenta gb el resultado de la experiencia, maestra de filósofos y políticos. Sea permitido esclarecer la razón de las variaciones, que con respecto al poder judicial se reconocerán á primera v>sta. No nos lisonjeamos de haber tocado el ápice de la perfección, ha- bernos si, que los artículos propuestos son emanaciones de las bases consagradas por nuestro actual código, y que han adopta- do todas las naciones que quisieron ser libres. Son los prmci- pales, la forma de elegir los magistrados, la abolición de todo, fuero, la creación del tribunal. Trataremos de ellos con sumo

laconismo.

ELECCIÓN DE JUECES.

La soberanía de la nación está en el pueblo. El pueblo de- lega esta soberania en ciertas autoridades, que por ampliación se han llamado poderes: uno solo es el poder este es el podei del pueblo. El art. 3. « de los derechos del hombre dice: >'et

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principio de toda soberanía se halla esencialmente en la nación. Ningún cuerpo, ningún individuo puede ejercer autoridad qué no derive de él." Asi es, que aun Hobbs, para sus erradas máxi- mas, presupone una traslación que hizo el pueblo de su sobera- nía en una persona ó en un cuerpo. Absurdo, en que incidió también Rousseau. Muchas yeces hemos dicho, que en sus obras hallan apoyo los déspotas y los anarquistas. Para el recto ejer- cicio de las facultades delegadas, se contempló como la prime- ra de las garantías sociales, que esos poderes delegados jamas pudiesen salir de los límites, que les señaló la carta. Cuanto menos se mezclen los poderes, la forma de gobierno será mas perfecta. ' .

- Hasta aqui los poderes se creyó que eran tres; legislativo, ejecutivo y judicial. En esta ciencia nueva, son grandiosos los progresos que ge han hecho en nuestros días. Ya no habrá un político que no convenga éñ que son cinco; el electoral, el le- gislativo, el ejecutivo, el judicial y el conservador. Se numera el primero entre ellos el electoral, por su preeminencia. Es el Único que puede llamarse verdaderamente soberano. Es ejer- citado por la nación, que es la asociación política de todos los ciudadanos, y es, en quien reside la soberanía. En él, el sobe- rano manda por mismo; en los otros manda por representa- ción, y los representantes son mantlataríos, no soberanos. En aquel, no tiene que responder á nadie, porque el soberano no puede ser juzgado, corregido, ni castigado. En los otros los encargados son subditos, dignos de premio ó castigo, seo-un el recto uso, óel abusó de sus obligaciones. Y entiéndase, que cuando hablamos de este poder por exelencia, nos ceñimos al caso de las elecciones directas. Siendo indirectas, ya los se- gundos electores son representantes.

^ La esencia de la democracia sabemos, que consiste en go. bernarse el pueblo por si mismo. Desde la mas remota anticue dad se tocaron ios resaltados desfavorables y aun la imposibili-. dad de mantenerse este siste ma. El pueblo se vio obligado á delegar; pero para no aniquilar su naturaleza, retuvo el poder de elegir. En la constitución antiquísima de Cartago hallamos éste artículo. »E1 pueblo en asamblea general es el soberano- si el pertenece esclusivamente la elección de maiTJstrados " To- do ciudadano es elector, pero para ser elegido "es preciso una renta üja. Koma, célebre competidora de aquella república respetó este principio hasta que la corrupción minó su libertad! i arecian ante el pueblo soberano en tragesuplicatorio aquellos

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líombres ilustres, que fueron el espanto de las naciones extran- jeras. La Inglaterra en la elección de sus diputados mantiene este simulacro. Al que no sea desconocido el derecho público, confesará estas dos verdades: cuanto mas populares son las elecciones, mas se conforman con la democracia: cuanto se dis- minuye la popularidad, tanto se introduce la aristocracia justa- mente aborrecida. El mag-istrado que subscribe la nota, expli- có esta idea en un discurso en la tribuna, que el absolutismo quiso glosarlo después contra su verdadero sentido.

Si fuera posible, que el pueblo én masa lo hiciera todo por mismo, sin necesidad de delegar, seria la completa dernocra- cia. Luego todo lo que puede hacer por sin obstáculos, no deberá sujetarlo á voluntades particulares. No hay impedi- mento para que nombre directamente magistrados, luego debe elegirlos.

Hay un inconveniente, se arguye. Es este la inconstancia del pueblo, lo susceptible de impresiones fuertes, elpóder que toman sobre él los demagogos. Nada de esto es decisivo. La solución mas clásica la dio el secretario de Florencia. El pue- blo tiene un sentido exquisito para eleg-ir, muy poco para man- dar. Elogia su moderación. Se deseaba que la plebe fuese habilitada para el consulado. Sin embargo, en las primeras elecciones Jos patricios son preferidos *'La sola autoridad da- ñosa al estado, es Ja que se usurpa por la fuerza, no la que se confiere por Jos sufragios de todo un pueblo." Montesquieu so- lo añadió la elocuencia á estas doctrinas, "el pueblo es admira- ble para escojer á los que debe confiar una parte de su autori- dad. No tiene, sino determinarse por cosas que no puede igno- rar, y hechos, que caen bajo de sus sentidos. Sabe muy bien que un hombre ha estado en la guerra, y que ha tenido tales y tales sucesos, lo elige generaJ. Sabe que un juez es asiduo, que muchos se retiran de su tribunal contentos de él, que no ha sido convencido de corrupción, Id elige Pretor." "Podia dudar- se de la capacidad natural que tiene un pueblo para discernir el mérito, no hay sino echar la vista sobre la serie continua de maravillosas elecciones que hicieron los atenienses y romanos. No se puede atribuir sin duda á casualidad."

No es fácil seducir ni engañar á una república ó á un de- partamento. La opinión general de virtud, de talentos, de apti- tudes, se cimenta en el mérito. Donde la fuerza no interviene, la justicia siempre triunfa. Seria un portento la corrupción pa- ra una nación entera. ¿Qué ciudadano particular tiene pro, po-

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der, y relaciones para que se decida el pueblo en su favor, por esos medios infames?

¿Y dejándose las elecciones á las juntas, al senado, al eje- putivo no influirá en ellas pasión ninguna innoble? Prescinda- mos de las ruines y groseras. ¿Carecen los individuos, que componen esos cuerpos de amigos, parientes, relacionados? ¿No es muy posible que mutuamente se protejan? ¡Qué de ejem- píos se nos recuerdan con el senado de Roma, desde que co- menzó su decadencia! Esta es la verdadera oligarquía, mas fu- íiesta que la tiranía. Los deseos inmoderados de uno son me- nores que los de veinte ó treinta.

Es también engaño persuadirse, que todos los que no cor- responden á una junta, á una cámara, á un gabinete, son im- béciles é intonsos. En caso de ser cierto, la vida de la patria seria la vida de esos empleados: no había con quien reempla- zarlos. La ilustración no es de todos, pero la cantidad de luces repartida en una nación entera, es excesivamente mayor, que la del cuerpo mas numeroso. Muchos hombres extraordinarios no fueron llamados á tomar parte en la administración pública: ellos podían animar las asambleas populares: no lo fueron Mon- tesquieu ni Philangíeri.

El examen de las cuestiones de moral y de política, deben comenzar por el examen del corazón humano: este es el único modo de acusar. No entremos en la disputa tan ajitada como antigua, sobre si el honabre es naturalmente inicuo, ó el vicio es adquirido con posterioridad á su nacimiento. Tomemos el medio de Maquiavelo entre Rousseau y Hobbs, el hombre ni es enteramente bueno, ni enteramente malo. La relación de su organización física con sus facultades intelectuales y morales, el encadenamiento de sus sensaciones, la influencia de la edad,' del sexo y del temperamento, son teorías que se han desenrolla- do con sólida brillantez por el genio Cabanis. Nosotros me- nos sabios, meditando é inculcando en la filosofía de la política, creemos que se puede asegurar, que el contraste de incJinacio- nes, intereses y deseos de un pueblo, siendo el sistema arregla- do, conducen ala felicidad pública.

Es mas firme nuestra persuacíon, de que el amor á la jus- ticia y el respeto 4 la virtud, vencen siempre que una causa po- derosa no sofoque esos sentimientos loables. Esa causa pode- rosa, no pudiendo ser general para con un pueblo entero, él en sus resoluciones se ha de inclinar siempre á lo justo. Aunque un número considerable, quisiera proceder con parcialidad ó in- feres mal entendido, seria superado por la mayoría. En este

concepto, es indudable que la voz del pueblo, es la voz de DioS, manifestada por la razón.

Si estas reflexiones Son de gran peso, hay otras políticas que merecen atenderse. Nadie cuestiona la necesidad de la in- dependencia de los poderes. Es el artículo 16 de los derechos del hombre y del ciudadano: '*Toda sociedad en que la garantía de los derechos no está asegurada, ni determinada la separación de los poderes, no tiene constitución.** Es así mismo artículo de la carta que se trata de reformar, y que estoy convencido de que no se reformará en esta parte. ¿Y esa independencia, po- drá conseguirse, siguiendo el sistema actual de nombramiento de jueces, para lo que se depende de las juntas departamenta- les, del senado y del ejecutivo? ¿Procederá sin afecto el juez, que se colocado por el influjo de un departamental, ó de un senador, en los procesos en que ellos litiguen? No dará siem- pre la preferencia á los que le sufragaron, y verá cuando menos con frialdad á los que le fueron contrarios? ¿El hercúleo eje- cutivo no formará creaturas en los que elija en la terna? El vocal de esta misma corte, que fué exaltado sobre dos competi- dores, talvez de mas mérito, no es voto obligado á su benefac- tor? Juzguemos de los hombres, cuales son, no vayamos á buscar- los en el pais de las quimeras. Será muy raro, que en tan com- prometidas circunstancias sojuzgue por los dictámenes del es- píritu, sin que el corazón traidoramente se mezcle en los nego- cios, dándoles el colorido del afecto. La gratitud, ademas, aunque toque en vicio, mantiene un semblante bello, que hace que se disculpen sus descarríos. Muchos hubo que quisieron arrancar el puñal de manos de Bruto. Esta clausula, ha sido mi benefactor, tiene un ascendiente vigorosísimo en las almas nobles.

Concluimos con este pensamiento: hay óbstac>ulos en las elecciones directas, los hay en las indirectas, pues debemos preferir las primeras, por ser el único modo de mantener la in- dependencia de los poderes, sin lo cual no puede haber seguri- dad, libertad, ni constitución. "Por falta de no haber limitado los poderes entre los romanos, el pueblo, el senado, los cónsu- les se arrogaron succesivamente y muchas veces al mismo tiem- po, el poder legislativo, el poder ejecutivo, y el poder judicial. Es asi, que el estado se vio perpetuo blanco de los tumultos y se- diciones: en fin, la confusión fué funesta á la república— Si los límites de los diferentes poderes, hubiesen sido marcados con precisión, cada parte del gobierno hubiera celado á la otra, y la

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usurpación seria imposible. Todos los gobiernos que perecíe. ron, fuesen democráticos, aristocráticos ó monárquicos, fueron arrastrados por Ja misma cau>^a por ei abuso de los poderes.» Luego lo mas importante es fijar los límites. No hay que añadir á esas clausulas de Torombert. ¿Y si en la forma actual de elecciones se mezclan cuatro poderes, no es consiguiente la con- fusión y. la ruina? El autor de la historia de los hombres, su- biendo á la mas remota antigüedad, refiere que Arbaso, cierto de que el despotismo habría perdido la§ dos casas de Niño y Bele- taras, hizo su gobierno popular, y álos jueces independientes é inamovibles, no siendo criminales. En todos los siglos la razón humana ha hecho esfuerzos en favor de los pueblos. ¿Y con tales modelos titubearemos en resoluciones conformes con ei mismo sistema establecido? Elija el pueblo soberano sus jue- ces. . - . ABOLICIÓN DE TODO FUERO.

Es materia mas delicada la abolición de todo fuero; no por ser dificil probar. la justicia del proyecto en esta parte, por.la guerra que. nos declararán los cuerpos poderosos que han de dar- se ppraltanjente ofendidos. Rayos del cielo y de la tierra. El ínteres valido de la ignorancia, querrá sostener un árbol que aunque carcomido por el tronco, y podridas sus raices, se sos- tiene con artificiosos puntales que continuamente se renuevan. La multitud, á quien es mas fácil una obediencia ilimitada, que una moral exacta, se persuade, que satisface los defectos de esta, con la ciega sumisión á cuanto le ordenan defender los ministros del culto. No temen desobedecer á Dios en el Decálo- go. Viven confiados en aquellos que tienen la potestad de per- donnr sus culpas. Que no hay exajeracion en estas clausulas, se docuraentaria, fuese necesario, con muchos pasages de la historia eclesiástica, y en ¡(articular, con la horrible de las Cru- zadas; ella está llena de atroces crímenes, y de francas indul- jencias. Sin embargo debeitios animarnos y tpmar en las ma- nos esa hacha que tanto deseaba MoUtesquieu: nuestro siglo no es el de Urbano 2". Algunos eclesiásticos que sostienen opi- níone-s que no convienen con su ilustración y talentos, usarán de sus armas con furor. La mayor parte, que es la sensata, se unirá á nosotros, abjur indo de unas pocas preocupaciones. Se vio tm la asamblea fran< esa, que los prela(!os mus sabios, mas ilustres, y que tenían mas que perder con 1 '>; variaciones, abra- zaron con ardor la causa del pueblo. Es menester que sea muy

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ignorante el que presuma, que los principios de igualdad y de justicia pueden retrogadar.

Nuestra alegación presente, no se apoyara en las escritu-r ras no ^.n los primeros concilios, ni en los Santos Padres. M^ tos' medios serian impropios, cuando se trata de un código po-, litico Los axiomas deben recibirse de una fuente diversa: di- versa, no contraria. Puestas las cosas en su verdadero criterio, se hallará que son de origen divino las verdades que vamos á

proponer. j i i

La distinción de fueros se opone á los derechos del hom-i bre á esos derechos que le dio naturaleza, y que debió asegurar, haciéndose ciudadano. El artículo 3. «^ es concebido en estos términos, "los hombres nacen, y permanecen libres é iguales en derecho!^; las distinciones sociales no pueden fundarse^, smo en la utilidad común.' Si ciertos cuerpos tienen el privilejio de ser juzgados por tribunales y jueces escogidos entre ellos mis- mos gozan de unos derechos de que carece el resto de ciuda- danos. No son iguales, son superiores. La distinción no cede en provecho común; lejos de esto, es perjudicial á los demás. Estos son obligados á litigar ante jueces que no son imparcia-. íes, cuando demandan á alguno del fuero privilegiado. Se s»- be, lo que es el espíritu de cuerpo. Los individuos aunque se aborrezcan mutuamente, se. sostienen. Es muy difícil que sean justos, principalmente en causas criminales. La infamia y des- honra de uno, contemplan que empaña el explendor de todos. Si no pueben conseguir que desaparezca el delito, procuran que se oculte, y disminuya su atrocidad. La irracional protec cion entre los alumnos de un cuerpo, obligó á abolir los cole- gios mayores. Si los hombres mas sabios de la España no eran justos en ese caso, ¿qué no se deberá temer de una unión for-^ midable y tan numerosa que se llamó estado? ^>

Tener un fuero particular, ó es por derecho, ó es por pri^ vilegio. No se ha de decir, que es por derecho. Al que qui- siere fundarlo, se contestará con esa sonrisa, que es el signo mas evidente del desprecio. Luego se han de acoger al privi- legio. Si en el diccionario de los hombres libres no se encuen- tra esa palabra, falta el mas pequeño sosten, para que continúe un abuso que no puede alegar, sino el tiempo, los prejuicios y la dificultad que se tuvo de raciocinar, y aun de pensar sobre estas materias. ¡Tristes recursos! ¡débiles apoyos! La reve- rencia alas opiniones de los antepasados, sin otra prerogativa que la antigüedad, ha perdido su fuerza, después que Bentham escribió su tratado de los sofismas, -n

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Ll arl. 6. o de esos derechos del hombre y del ciudadano que contemplamos axiomas, de los que son corolarios las leveJ políticas y civiles, enseña, >'que la ley debe ser la misma para todos sea que proteja, ó que castigue.» Permaneciendo el fue- ro eclesiástico, los que administran justicia, siguen un orden de

w'.L Pl^'f-S* ^""^^P'«^^^" de vista cánones, bulas, breves. E) Pontífice es para ellos el principal legislador. Si están en contradicción los decretos de la república, los desobe- decen, con mas ó menos escándelo, según su capacidad. Las í-ortnas y. practicas forenses no son ¡guales. Es evidente la confusión juzgados los ciudadanos ante el secular de un modo, ante el eclesiástico de otro.

Haremos un argumento en nuestro concepto, el úniro que áe requería en éste punto. ¿Se ofende la religión que profesa- mos, y por cuya permanenciaestamosprontos á dar la vida, por que los eclesiásticos estén sujetos al fuero común? /Resulta un bien conocido al estado, de que no continúe esa mezcolanza ^«e siempre fué perjudicial? ¿A los mismos eclesiásticos no e^ wtil la abolición de su fuero? Apeteceríamos, que el mas dis-^ tmguido de la oposición tomase la pluma para combatirnos., dus discursoá, aunque brillantes y hermosos, cual el arcó del cielo, quedarían desechos con los rayosdel Sol, de la justicia y ía verdad. En cuanto á lo primero, nos refeririamos al Evan- ngeiio; en cuanto á lo segundo, á la razón; en cuanto á lo terce- ro a la esperiencia. Jesucristo, Señor nuestro, no quiso esta- blecer una república en la república. Su doctrina santa, es el mas solido garante de las buenas leyes. Nos dicta la razón, acorde con los libros sagrados, que no se sostendrá un gobierno donde se consienen diversos pesos y medidas. Convéncela esperiencia, que no hubo réjimen mas despótico, que el de los eclesiásticos, aun para ellos mismos. ¡Cuantas víctimas impi- dieron os recursos de fuerza y protección! ¿Y para qué pre- parar el remedio, cuando se puede impedir la enfermedad^ v _ No se desprecia el Concilio de Trento con esta resokicidri; t.n los Concilios distinguidos, como católicos, y como republi. canos, lo que toca al dogma, y lo que no es compatible con nuestros principios liberales. En lo que toca al dogma, ó no somos católicos, ó hemos de estar conformes confio que se cree y ensena en la iglesia universal: misterios y sacramentos. *.n la disciplina exterior, era antes el Concilio obedecido, por ser ley española. Nosotros hemos continuado provisoriamente las leyes de España, en lo que no contradigan á nuestro siste- ma. Con esta calidad recibimos el Tridentino. Las inmimi^

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dades de los clérigos en la manera que se ampliaban, son in- sostenibles por nuestros principios. Desechamos el Concilio en esta parte, sin que en ninguna se disminuya nuestro catoli- cismo.

Si Constantino comienza ese fuero, si Justiniano lo forma:^> liza, las repúblicas americanas que tienen un cristianismo rnas puro y racional que ambos, lo condenan. San Agustín se la- mentaba, de que una carga estraña, cual era el conocimiento de causas, los distragese de las funciones propias de su minis- terio.

Los monarcas modernos han estado dando golpes conti- nuos á esa jurisdicción, como advierte Montesquieu. En Es- paña, después que entró la casa de Borbon á gobernar, y con ellas las luces, se ha ido disminuyendo de modo el fuero, que ya el árbol, podrá decirse que estaba sostenido de un hilo solo. Todas las causas que se llamaron mixtas, se sacaron de la au- toridad del clero. Inglaterra, en cuanto á la jurisdicción eclesiástica tiene mas defectos. Bastara para conocerlo el co- tejo de lo recopilado por Blasckstone, y el examen del derecho nuevo español. No hace el Perú, sino perfeccionar ese plan, depuesto el temor, y sin aquella lentitud con que iban proce- diendo los dominadores de la América.

Si fuera posible presentar á la Convención un extracto de la muy apreciable obra de Mr. Potter, titulada, "Consideracio- nes filosóficas y políticas sobre la historia de l®s Concilios, y los papas, desde los apóstoles hasta nuestros dias,'* se palparia la justicia con que este sabio escritor funda la utilidad de mante- ner el poder eclesiástico entre sus límites, cuando hay aparien- cias de querer salvarlos. El nos hace ver, siguiendo los pasos de los Concilios generales y particulares, que en las disputas influyó poco el celo religioso y el amor á la verdad; mucho la vanidad y el orgullo. Su análisis político comprende el princi- pio, progresos y caida del poder eclesiástico. El anhelo ambi- cioso por aumentar su jurisdicción, ha causado á la Iglesia tan- tos males, como las heregias. De aili nacieron las disputas en- tre el trono el y altar, sostenidas con sangre cristiana por Guel- fos y Gibalimos. Estas animosas pretensiones están amorte- cidas, no enteramente sofocadas. La mas pequeña semilla que quede, hará que revivan cuando se ofrezca una ocasión favora- ble. Y no se crea que el autor de quien se habla, era un secular, ni que habia bebido en los lagos corrompidos de los libertinos. El cita muchas veces al Cardenal Jesuíta Baronio, el que rué-

20 ga no se le acuse si se ve obligado á introducirse en la abomi nación de la desojanon del templo. ciuoim.

.Loa nuevos enciclopedistas de la Francia, en la noticia que dan sobre eJ general San Martin, referente'al ensayo bio. grafiro escrito por el Señor Ricardo Gual, se explican así: >'Los descendientes de Cortes,, Pizarro, y Almagro se harán prontamente ciudadanos. Penetrados de los sentimientos de su dignidad y de sus derechos, no serán opresores ni oprimidos La independencia es conquistada, la obra de su libertad es cum- plida, no resta mas, quedar á los nuevos estados las institucio- nes y leyes que les convienen. Las constituciones adoptadas por algunos, no son aun sino ensayos; ellas pueden y deben re. cibir mod.fi.aciones importantes y talvez mudar de naturaleza. M establecimiento de una religión del estado, los derechos es- elusivos oe esa religión, los impedimentos que se ponen al eier. cino de todas las otras comuniones cristianas, la« penas severas con que se amenaza todo ataque público ó privado contra la que constil,uye la reli^non y culto del estado, esa intolerancia con- traria a toda idea de libertad, hace temer que el Perú conserve Ja inquisición eon sus torturas y quemaderos. Ved allí un er ror grave, y un poderoso obstáculo á los progresos de la indus- tria, de la moral, de la ilustración, del desenrollamiento social » ^ Ue ese rasgo deaucimos, que las naciones europeas, que se interesan en la perfección de nuestro sistema, por refluir el bien en ellas mismas, pre.-umen, que las pretensiones del clero se ran el mas fuerte impedimento á nut«tros adelantamientos" Ls menester desmentir con hechos ese supuesto. Entiendan* que los inienibros del clero, admitidos, en nuestras cámaras v no impedidos de obtener la primera magistratura, son las colum ñas mas sondas del edificio social. Convencidos en los princi píos de Igualdad, sin los que un pueblo no puede ser libre se .u jetan voluntarios á los mismos jueces y leyes. No tem¡n o^uf» disminuya el respeto, que les es debido. La estimación pública no se adquiere, ni sostiene por los privilegios. Esa será la po- lítica de los japoms y chinos, no de las naciones ilustradas La virtud, la moral, el amor á la patria, el cumplido desempe- ño de as oblijiaciones ministeriales, atraen unas consideracio- nes del pueblo, seguras, y constantes, como tributos de la razón en que no tiene parte la fuerza. Dios ponga en los labios del ele' ro esta clausula— Nos sujetamos como los primeros cristianos á las autoridades íonstituidas.

No tememos igual resistencia en los militares para renun- ciar el fueío. En un pueblo libre, escribe un sabio, el sol.

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dado es un ciudadano armado, el paysano un soldado desar- mado Si se forma de los militares una clase diversa, la liber- tad es perdida para ellos y para todos. Este es el sentido en que se debió entender nuestro discurso en la tribuna, cuando se trató de la voz activa. No pensamos entonces, ni pensare- mos nunca conceder Tasprero^iativas de hombres libres, á mer- cenarios que sirven á un amo y no son los defensores de la pa. tria. Estos, ni pueden votar en las elecciones, ni asistir á ellas. En Inglaterra, se les hace salir de la villa, cuando el pueblo ejercita este acto de su soberania. En Francia votan las tropas nacionales, no las destinadas á invadir. Léanse los ju- risconsultos ingleses, léanse los discursos de la asamblea, y se depondrá un error que puede ser muy perjudicial. Felizmente nuestros militares no son del tiempo de Cesar. Entonces, se les llamó ciudadanos por afrenta, hoy se tendría por la mayor in- iuria, que se les quisiese privar del alto título de ciudadanos.— Fué preciso anteponer estas ideas, por el íntimo enlace que tie- nen con el objeto que nos ocupa, tu- j i

El fuero de los militares es antiquísimo. La historia de la legislación nos lo recuerda entre los asirlos desde Niño. Núes- tros escritorios, y muchos estrangeros, refieren que Héctor el troyano, fué el primero, que en la guerra isntituyó el fuero y auditor. La historia romana, los anales, y el código, explican la forma de estos juicios. Su terribilidad y pronta ejecución admirarán al que lea en Tácito, como castigó Germánico á las tropas sublevadas: Germánico era un principe moderado y vir- tuoso. Empero los que no juzguen por pasión, convendrán con nosotros, en que entonces el fuero era tan preciso, como hoy se- ria perjudicial. No en los antiguos únicamente, hasta nuestros dias, el espíritu de conquista ha sido general. Raro es el siglo, que no presenta un ambicioso insaciable en aumentar «us domi- nios. Las tropas en campaña, ó en marcha, habían de ser juzga- das. La angustia del tiempo, la clase de los crímenes, no permitía las formas y sustanciaciones comunes. Esto es por una parte; por otra, tomando el fuero por un privilegio, estaban obligados á concederlo, opresores, tiranos, usurpadores, que no gobernaban por la voluntad del pueblo, sino por el auxilio de la gente ar. mada: no había para mandar otro derecho que la fuerza. Con- tinuamente teme conspiradores, el que conspira contra la pa- tria. Un tirano no puedo desear la paz; la guerra le propor- ciona escusas y medios para encubrir sus opresiones, bajo la aparente necesidad de ejércitos y armadas. Su política la rtes- cribe Pastoret, cuando se ocupa de la legislación de los sinos.

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troUr'"'"NñT"''" '"•' ""P"^'"''. los impuestos aseguran las iropas. >'i\o hay máxima mas viiln-íi.. i? * "'=^f,uran las

de esfuerzos, de socorros' dToprel"" lo aif .'=°"^^Po»''-«<=ia to en todas las edades y en todasTa. n^if "°" P"' '"^"'»-

los pueblos quequLerorserl.t! 1."''",'°' ""'"°'- Asi

derecho de concu r r por Lvei It' fi° f""f "«'■''» J^m^s el la regulación de gen e de juer a In^í'' "" ''' Í!"l>"«^«'os, y á como España y pfrTull s?h?,Ki!' ^"^''"*='''-'' ««""'»» esclava, cion sea'í.eras^srftt^tr^^^^^^^^^^^ ''- - --'"-

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Lacroix, en el p?é minatde f/'"'"""?'? '"^ **'" 'o"" ^" ^»'<"- nes. 4liro el node?^ I, ''^ ""^ ""' ''^'"' '''^ '«* oonstitucio-

cion, si es tóenl^zado "„ e ¡rT" " '''"'',° '^'^ ""'•'' '■°"^"'"- gero.» Este fué siem^.» «"a, como una plaga, si le es extran-

Los soid::í"'v:'g"L„:s"dera it' "^" r-^^ '-^^ ''"'^^-

donos privado el Ser Wer^o J elocuencia de otros, habien- bois de Creance en oS -f ^•',°" ^'"''''"'«- ^í""- Cu- asi: "El ejempb de todo ToH T"'" " '' ■""='''"' ^^ '^^P'i<-''''a que una fuerza ciel ha sal ido 5'"'' T' T'^ '"^ ''«^Sracias pueblos. El prim!ío nue i "I" f"^'" ''^ <=^''«^» ^e los da su hogar y suí^bértad ht fo (""I'' ^ '"'■° P"™ 1"« «¡^fi^"- dena que'con'cluirá por opltZ'" "' P"™" ^"'"° '"^ -

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de un pueblo libre, , i rtor^uaHr'rr'"?'- IV'^^'"^ ''^S""°° guardi'a es sufioieme paríaseCa 'k' ?l S"''''"-- ^'"^""* armada de Jacobo2o abrirt M ?h ^ ''.'' "" *"■"""• ^^

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12. '^Lacrarantia del hombre y del ciudadano necesita una fuerza pública. Esta fuerza es pues instituida para la ventaja de todos, no para la utilidad particular de aquellos á quienes es confiada." Verdad es esta tan palpable, que Bentham en su cri- tica, tiene el articulo como comparable á los testos comunes é insípidos. No es asi, es oportuno, como lo son los anteriores y posteriores. Todos los males políticos que sufrieron los es- tados, tubieron por origen el abuso de la fuerza amada, por las personas á quienes se había confiado.

»La primera, la mas importante consecuencia de los prin- cipios antes establecidos, escribe Rousseau, es que la voluntad general pueda sola dirijir la fuerza del estado, según el fin de su institución, que es el bien común.' Nadie negará, si no va- ría la naturaleza, ser un axioma notorio el que asienta Montes- quieu Al que se le confia una autoridad, la estenderá hasta don- de encuentre límites Estos límites deben ser mas claros y fi- jos, cuanta es mayor la proporción y facilidad de ensancharlos. En ninguna autoridad se halla mas marcado este carácter, que en la fuerza arm ida. ¿Cuales deben ser los remedios preventi- vos para impedir que salte los muros? ¿Humillar esa noble pro- fesión? Lo contrario: sostener su explendor y gloria. Intro- ducir al militar de modo en el seno del ciudadanismo, que borre y desvanezca la idea de un cuerpo extrangeró á la sociedad.

Recopilando estas doctrinas diremos, ¿qué se requiere para él exacto orden de una república libre? Hacer en cuanto se pueda, soldado al ciudadano, ciudadano al soldado. Esta debe Ser la regla permanente y sostenida de la voluntad general. Es- to es lo conforme á la esencia de nuestro gobierno. Las repú- blicas democráticas aman la paz, asi como las monarquías la guerra. Procuran su quieta y tranquila estabilidad; con ella la vardadera riqueza en artes, agricultura y comercio: bienes quef jamas podrá lograr un pueblo belicoso. Amigas de todas las naciones, guardan perfecta neutralidad, y no toman la mas pe- íjueña parte en sus disputas. Renuncian al engrandecimiento por conquistas, y procuran adquirir otro mas sólido y verdadero por su trabajo. No se hallan por estas razones en la angustia de mantener grandes armadas ni ejércitos. Los inmensos capi- tales que se consumen sin producción en esos gastos inútiles y perniciosos, los aplican á objetos de utilidad pública. Su fuer- za interior principal consiste en la obediencia á la ley. Sus primeros magistrados, constituidos por elección expontanea de sus conciudadanos no son tiranos, ni opresores. Faltan por consiguiente las causas, que escusaban la separación del fuero

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(íómun que hemos antes explicado. Entonces pudo haber una sociedad en la sociedad, con leyes, ministros de larelijion ine ees, y habitaciones segregados. Los pretorianos en un c¡mno fuera de Eoma, teniendo á Roma en continuo sitio y asedio J^sta conducta sena monstruosa, donde todos los hombres na' c-^vi y permanecen iguales en derechos.

Si los militares aman la patria, y se aman á mismos, no hallaran repugnante la reforma. Han de conocer, que es utilá Ja república. Siéndolo, deben ser los primeros que la procuren ¿Jorque arriesgan su vida en la campaña ? ; Porque rieg-an el campo con su sangre ? Porque sostienen privaciones v íiiti- gasmas intensas que las que gravitan sobre los demás cuidada, nos? Es sin duda por el bien público. El objeto es diverso? ira no son soldados de la patria; ya son resortes de la abo! minable maquina de la tirania; ya no son acredores ni á nuestras alabanzas, ni á nuestros premios; ya sus alimentos no los tri buta la justicia, sino, los arranca la violencia; ya son enemi'^os v mas barbaros enemigos, que los estranjeros, cuando se propo- nen esclavizarnos. ^

¿Y la condescendencia para renunciar el fuero es un sacrí- ficio costoso? Trae alguna pérdida? Las leyes para ser iuzo-a- dos en las causas comunes son las mismas. No hay mas dife rencia que en los jueces. Hoy aun esto se ha moderado, no se necesita, sino su perfección. Las apelaciones, súplicas y nuli dadesse conocen en cortes marciales, donde la mayoría es de vocales de la corte superior y suprema. Tienen un auditor que es un mmistro togado. ¿Qué resta? un pequeño esfuerzo' de generosidad militar, hará completo nuestro sistema Para ello recuerdan, que porque fueron buenos ciudadanos, tomaron las arnias. No eran soldados, cuando se armaron contra el po der colonial. Han vencido, no varíen con la victoria los sentí mientos. Por no ser inferiores á otros hombres pelearon- no quieran ser superiores á los mismos que defendieron. Cese una rivalidad funesta. Cesen distinciones odiosas: uno sea el tuero para todos, como debe serlo el amor á la patria.

CONSULADO Y MINERÍA.

Habiéndose manifestado las razones que se tuvieron, para proponer la abolición del fuero eclesiástico y militar, es consi- guíente concebir, que no subsistirán el de mercaderes y mine- ros. Ll motivo que -influyó para su restauración, fué, que esa

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clase de causas exigía un pronto despacho. No nos parece, que los legisladores, supondrían jueces ignorantes en las leyes, ordenanzas, cédulas, y decretos expedidos con respecto á esos ramos. La primera instancia se despacha con un asesor de le-^ tras. Corresponde la 2. ^ y 3. "* á una corte. No hay de mas que la asistencia de un merder. Hemos experimentado la inu-^ tilidad de conjueces, y la demora, que resulta de sus nombra-» mientos. Un buen magistrado debe estar instruido en todas las partes de la legislación. Comercio y minas, no son materias tan exóticas, que carezcan los jueces de luces sobre ellas. Cualquiera profesor está mas instruido sobre esas materias, que el mercader ó minero antiguo, é ilustrado.

En varios artículos del proyecto, hemos abrazado un me- dio entre la precipitación del despotismo, y las pesadas fórmulas de las monarquías. Seguimos el consejo de Dettuts de Tracy: "El gobierno representativo, no pudíendo subsistir sin la igual- dad y la unión de los ciudadanos, es entre todos los de las na-> clones civilizadas, en el que debe resplandecer mas la simplici- dad y uniformidad." La raíz del pensamiento es tomada de, Montesquieu. Por eso quitamos réplicas y duplicas, en qu^ rara vez se añade cosa substancial á que se ha dicho en las demandas y respuestas. Se ha suprimido esa 3. ^ instancia, que comenzó por gracia y el tiempo la hizo de justicia; ampliajnos la jurisdicción de los jueces de paz, las nulidades é injusticias notorias, quisimos que se vieran con el mérito dfd proceso, y vista fiscal. Debiendo las leyes ser expresas, y obligados los jueces á decidir por el literal testo, evitando de ese modo, el or- gullo, que tanto reprueba D. Agueseau, en ministras de la ley, que con sutilezas quieren dominar en la ley misma, los procesos han de ser muy lijeros. Presentar el hecho, probarlo, y aplicar la disposición legal, son cosas, que necesitan muy pocos dias, y muy poco trabajo. Contamos también con unos códigos pro- piamente republicanos, que ya deberian estar concluidos. De este modo, mercaderes y mineros, hallarán en tribunales y juz- gados la prudente aceleración, que les hacia apetecer e,l fyerp, de privilegio. roí) onp

Es de añadir que aunque los fueros de las personas se qui-^ ten, no se igualan todos los juicios en sus substanciaciones. Los han de haber sumarí-simos, sumarios, y ordinarios. No hay in- conveniente en que las causas de mercaderes y mineros sean sumarias, expeditas y prontas. Una ley puede explicarlo: esto no corresponde á la constitución.

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Concluimos, observando que el tribunal del consulado exis tía únicamente en la capital de la república. Q^e en las de los departamentos era una diputación, y en muchas provincias no había persona alguna encargada de estos juicios. A los intere sados les está mejor, I tigar ante jueces que ha elegido y aoro' bado la nanon, y son responsables por sus errores y abusos- Continuamente hemosnotado el desgreño de los procesos, sus defectos y nulidades, cuando se han seguido por personas á quienes son extrañas las disposiciones del derecho— Mercaderes y mineros sujétense al fuero común.

TRIBUNO DEL PUEBLO.

Esta es la parte enteramente nueva de nuestro discurso. Lila es también la mas filosófica: una materia que hemos medi- faMhir'rr T'/' rT^'""' raciocinios se fundan en datos in- fahbles El estudio de la naturaleza humana, y Ja experiencia, hija de la historia de todos los siglos, nos dice, que nada valen ^s mejores códigos políticos, nada aprovechan las garantías mas sabias, ei su ejecución y cumplimiento se confia sin reser- va Los hombres no purifican su corazón, no varían sus pasio- nf.V''"^ f ^"^P^^««-, P^»- í« regular adquieren las que no te- man, y de las que se les juzgaba incapaces. Dejoses, el orácu. Jo de su país, fue el terror de sus compatriotas. -^Es demos- trado, que la libertad encuentra sus mas mortales enemigos, en los mismos poderes, que fueron estableci.ios para defenderla.» t.sta justa observación de Masabi-u, no admite ni contestación, m respuesta; es una verdad. Montesquieu por eso dijo; «que para que no se pueda abusar óel poder, era preciso que, por la disposición de las cosas, el poder detuviese al poder. Las mejo. res leyes son remedios muy débiles, y según un sabio, inútiles, 81 se pretende que obren por solas. Buscar el ínteres gene- ral, es una virtud que pocos practican. Cada cual corre tras su nteres particular. Este es el primero, y el mas fuerte im- pulso de la naturaleza. En la sociedad, unos abusan del poder que tienen, otros aspiran á conseguir ese poder. Esta guerra sorda, al fin rompe en tiranía ó en anarquía: la anarquía (am- blen conduce á la tiranía. El que tiene el poder, y es asecha- do, estiende sus limites, y se hace tirano. El pueblo, que se cree oprimido, se subleva, y empeora su situación. Muller asegura con justicia, "que por lo regular los pueblos creyen- tíose gobernar ellos mismos, son gobernados por jefes de partí-

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do, cuyas pasiones los arrastran á toda clase de excesos" se busca la libertad, y no se encuentra ni su sombra. Suerte in- separable de los gobiernos democráticos. Lo dice Montesquieu, "en los estados extremamente libres, cada uno se hace esclavd de Jos prejuicios de su facción, del mismo modo que lo seria de la voluntad de un déspota." Es por esto, que historiadores, poetas, filósofos, lodos los escritores de la antigüedad, conde- naron á una voz los gobiernos populares. Demostenes en su arenga de la falsa embajada, y Cicerón por Murena, le compa- ran á un mar en su mas alto furor.

Esos grandes genios no habian alcanzado, que un poder conservador podía sujetar las aspiraciones de los unos, la per- niciosa ajitacion de los otros. Confesemos, que la estrella que nos ha dirijido en esta parte, fué la política inglesa. Hasta los errores de los genios extraordinarios, son útiles á los que saben aprovecharse de ellos. Locke en su tratado de gobierno, obra que en política lo inmortaliza, como en metafísica el ensayo del entendimii nto humano, nos da la primera luz de la mañana. Después de asentar la necesidad de la división de los poderes, se propone el caso, en que estos saliendo de sus límites, causen la desgracia pública, en lugar de la felicidad, para que fueron instituidos. Contempla que debe haber un poder que los suge* te. A este le el nv)mbre de prerogativa. El nombre era in- diferente, pero no la persona á quien lo asigna. El juzgó que debía pertenecer al monarca; es decir, aumentó este poder, el mas fuerte, el mas inclinado, á romper los diques que le con- tienen, con otro poder, que sujeta á los demás. El que ha elo- giado la consiitucion inglesa, hasta merecer una fundada censu- ra. De Lolme dice: "seria hacer mucho honor á la naturaleza humana, creer que el caso de un principe, que no tuvo jamas in- tención de aumentar su poder, sea un caso muy ordinario. Al contrario, atesta la experiencia, que los caracteres mas dicho- sos, no resisten á la tentación del poder. No hay placer, sino en cuanto se amplia la autoridad, detestando la idea de los vín- culos. Se ajita sin cesar, hasta romperlos." No era á Locke estraño el pensamiento. Asi es, que se halló detenido sobre lo que debería hacerse, cuando el abuso proviene de la autoridad que debía velar sobre las otras, y sujetarlas en su esfera. En tal conflicto, ya no halla otro recurso, que ocurrir á la Provi- dencia, y consentirle al pueblo, que ponga en ejercicio, derechos que no pudo enajenar. Este es la insurrección, que Blackstone nos ilustra, ser una ley inglesa por el bilí de derechos.

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28 No hay peor medicina, que laque aplicada á las enferme- dades las hace mayores. Pudiendo el rey, según Locke, susZ, der Jas leyes y hacerlas callar, por algún tiempo, era muy pro bable que aconteciese, lo que con la dictadura. Consenüda al pruuMpio por plazo muy limitado, después se hizo perpetua! Presentase a S.la, pero Sila fué un portento. Es aun rnas peH groso, consentir al pueblo que se haga juez de los excesos cUe- tidos por los encargados de los poderes. Un autor ilustre ad. . vierte, que sena tan inútil predicar á los vientos desencadena^

fu^'oHlT"''T'' ^ "r "'t^''''': triunfante, á que dimitiese su autorioad Aunque la soberanía es del pueblo, su ejercicio inmoderado, y sm regla, causaria una confusión. Seria el im peno de la demagogia. No ha habido pueblo, que no haya sido engañado; que no pusiese una confianza ciega en los que creia sus amigos, y que al fin no fuese esclavizado por ellos ^ Es el resultado, que se necesita un poder, que sujete al po- der, y esevidente del mismo modo, que este poder no ha de es- tar m en los que ejercitan los otros poderes, ni en el pueblo en masa, tn uno y otro caso, se procede, ó suspendiendo las le- yes, ó pisándolas con desprecio. En el primero, es Júpiter con un rayo en la mano, en el segundo un alubion que, todo lo tras torna,destruye y arrastra— Un descubrimiento que consultase sujetar los poderes sin exponerse á tan fatales como practicas consecuencias, seria maravilloso. Esto es lo que indicamos en elpJandel Perú con el título de protector. La corte suprema de justicia, las cámaras, el pueblo mismo puede dar por la pren sa perfección á la idea. Loque no hay que dudar es, que la institución del poder conservador, es imprescindible, que no debeestar unido á ninguno de los otros poderes, porque los po. deres deben ser independientes, y porque al que se le ap-reírase se hana absoluto. Por no estat establecido, la ley del Habeas Corpus, se suspende muchas veces en Inglaterra, y en los Esta- dos Unidos en las ocasiones que designa la carta.

Los conocedores de la historia de Roma pueden argüir que la creación de los tribunos, fué la causa de su ruina. Es inne- gable, que después de los Gracos, la república jamas estubo tran- quila. Pero también convendrán con el sabio comentador de lito-l.ibio, que sin tribunos, Roma, hubiera permanecido divi- dida entre esclavos y amos. Los patricios, afables y muy con- descendientes mientras tem¡:.n á los Tarquinos, volvieron á su orgullosa aristocracia, desde que juzgaron que ya no les era ne- cesana la plebe. Los tribunos fueron perjudiciales, porque sue

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pretensiones se dirigían, á variar la esencia de la constituciou, no á sostenerla. Se hicieron también legisladores, reunieron los poderes, y desorganizaron la forma del antiguo gobierno.

Es muy diferente el tribuno que proponemos. Nuestros poderes están repartidos: nuestra carta será perfecta, en cuan- to lo pueden ser las cosas humanas. Nada nos aprovecha el sis- tema, nádalas instituciones, sin una persona imparcial, que ejer- cite el poder conservador El encargado de la nueva autoridad, no es jefe de la fuerza armada, no puede dictar leyes, ni orde- nanzas, ni le es permitido conocer en los juicios; no tomará par- te en las elecciones; aun en lo que corresponde á su encargo, no lo puede hacer por solo, está sujeto á colegas y á leyes. No depende de nadie, ni tiene que esperar de nadie. A nadie teme, porque está sostenido por la nación. Sus juicios son in-^ errables. El hecho ha de ser probado, su sentencia es la cons- titución. Si los que deben encargarse de nuestro pacto, me- dita» atentamente un asunto tan serio, si entran en el examen de nuestros desgraciados sucesos, hallarán que por falta de au- toridad, que mantenga nuestras garantías, que sujete los poderes entre sus límites, y quite á los díscolos los motivos de que se valen para turbar el orden, no hemos gustado un pequeño fruto de ese árbol de independencia y libertad, que sembró la ilustra- cion, y se regó con la sangre de nuestros bravos y dignos com- patriotas.

Seria una necia confianza en nosotros mismos, si nos per- suadiésemos que el plan de reforma que ofrecemos, se halle tan perfecto, que no tenga que suprimir, modificar, ni variar. La corte es cempuesta de individuos que se distinguieron por sus talentos desde le juventud, y que por su notorio mérito han sido llamados á la primera magistratura. Presentamos en tiempo nuestros trabajos para que puedan examinarse. Contestaremos oportunamente á las objeciones que se hagan, ó nos rendiremos á lo racional y justo. Loque conviene es, que el proyecto se eleve el mismo dia que se instale la Convención. Asi se cono- cerá nuestra exactitud, y cuanto nos desvelamos por la felici- dad nacional.

Contraidos únicamente al poder á que pertenecemos, hemos recojido la medula de lo mejor que se ha escrito sobre el pac- to. Señalamos comos los geógrafos en una pequeña carta el mundo conocido. Nada nos dio mas fatiga, que tener que la- conizar: un largo discurso no se habría leído sin fastidio; ya las arengas de los mas sublimes oradores se citan, no se leen.

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30 Exortemos á nuestros conciudadanos á que se reúnan á nuestros votos. ¿Hasta cuando tan miserables contradiciones en nuestra política? ¿Hasta cuando un amor desmesurado del Jibertmaje un odio practico á la verdadera libertad^ jHasta cuando cebarse en los cadáveres de los caidos, temblando de la sombra de los que puedan hacer resistencia? .Hasta cuando una esperanza vana en los hombres, una indiferencia absoluta para los principios? Llegue el dia en que dominen las leyes y celébrese como el primero de nuestro nacimiento político! Este es nuestro deseo, este es el de V. E., este debe ser el de la nación. Vivamos bajo el imperio de las leyes; nadie impere en las leyes Si esto se consigue, se llenarán nuestros vastos desiertos, todo florecerá, y habremos desmentido la calumnio- sa opinión, que se ha formado de nosotros, figurando, que jamas podremos constituirnos. ^ j*»»"*»

Dios guarde á V. E. MANUEL LORENZO VIDAURRE.

Lima y Junio 21 de 1833.

Pase á los Señores Doctores Don Nicolás Aranibar Don Justo Figuerola, y Don Nanuel Pérez Tudela, para que exami nen el proyecto.— Cuatro rúbricas de los Señores Alvarez— Corbalan Cabero Luna Rondan,

EXCMO SEÑOR:

Siendo los individuos de la Corte Suprema de Justicia ex- cluidos de la Convención, no deben mezclarse ni remotamente en sus deliberaciones y fatigas, sino tan solo en caso de ser lia mados como auxiliares por las comisiones; pues entonces será decorosa la conducta del tribunal, al paso que poco digna su in- teresencia expontanea, y en modo diverso, del que previene el art. 111, atrib. 12 del código constitucional. Tal es el dicta.

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men de la comisión; pero V, E. resolverá según su supremo agrado Lima y julio 13 de 1833. Nicolás Aranihar Jusio Figuerola Manuel Pérez de Tudela,

Lima y Julio \5 de 1833.

Los vocales que subscriben, se conforman con el antece- dente dictamen de la comisión. Mariano Alvarez. Santiago .Corhalan José Cabero Gregorio Luna,

Nota Creo fírmente, que mi imaginación me alucinó, fi- gurándome, que mis muy beneméritos colegas habian conveni- do, en que les presentase el proyecto. Asi debo presumirlo por la última resolución. En su virtud, ya este papel, deberá tenerse como obra particular de un escritor, sobre reforma del poder judicial.

ANOTACIONES AL PROYECTO DE REFORMA

DE NUESTRA CARTA, EN CUANTO AL PODER JUDICIAL.

Se ha criticado, que solo nos contragimos á tres puntos en la explanación del proyecto, habiendo variado y añadido otros muy circunstanciados. Creimos, que estas reformas se soste- nian en tan manifiestas razones, que seria superfluo aumentar el discurso. Cuando se habla, ó se escribe, sobre lo que nin- guno controvierte, el público justamente censura la necedad vana. ¿Quien toma la pluma, para probar el movimiento de la tierra? Una teoria igualmente incuestionable nos pareció el sistema de jurados en las causas criminales. Procediendo con prudente parcimonia en nuestras opiniones, no estendimos la institución á las causas civiles. Nos hubiera sido muy fácil sostener la doctrina, teniendo en la memoria las respuestas que sobre este punto interesantísimo se dieron en la asamblea de Francia, á las mismas objeciones que hoy se hacen, y siempre se reproducen. Todas ellas están reducidas á una sola la ig- norancia del pueblo. Laobritade Mezard, del principio con*

32 seryador, ó de la libertad considerada por relación á la justicia y ai jun, SI reúne, cuanto puede decirse contra jurados descu- bre al mismo tiempo la debilidad de los raciocinios. Procedió o como mag-istrado, que no quiere se disminuya su autoridad ó como uno de los muchos genios, que por distinguirse, impugnan los dogmas: lo cierto es, que muy pocos han fijado la atención en sus pajinas. ''

La ignorancia del pueblo— La contestación es pronta y fá- cil. O el hombre no es racional, ó puede ser juez en materias de hecho. Para ello no se necesita haber cursado en aulas ni colegios, ser un perfecto matemático, un jurisperito. Basta una organización distinta de la de ios brutos. Y parecerá una paradoxa si nos atrevemos á decir, que los brutos mismos, si tuviesen locución, podian ser jueces de hecho. Ellos huyen del que los castiga, y se acercan al que los halaga. ;Por qué esta diferencia? Porque tienen presentes los hechos anteriores y ias pruebas. Pero demos de mano á sutilezas, pasando á mas senas reflexiones.

Entremos para ello en la antigüedad de los jurados. Los l^rancos los dieron á conocer en las Galias. De los Francos creensusdescendientes que pasaron á Inglaterra con Guiller- mo el bastardo, ó conquistador. No convienen en esto ios in- gleses. Ellos señalan á esta muralla contra los esfuerzos de Ja Urania, un origen mas antiguo. Blackstone, ese célebre ju. nscousulto, que citamos muchas veces, asegura, que la institu- Clon se tiene por tan antigua, como el gobierno mismo. Mu- chos autores presumen, haber hallado su origen entre los Bre- tones, primeros habitantes de la isla. Lo que hay de evidente es, que los jurados estuvieron en practica entre ios antiquisi- mos feaxones; que los recuerdan las leyes de Alemania, Francia c Italia; que en Inglaterra se hace mención de ellos en el reino de Etheiredo; y que Stiernhook atribuye la institución de jura- dos, cuyo nombre primero fué leutónico, á Regner, rey de Sue. cía y Dinamarca, contemporáneo de Egberto. Si es* una lev positiva en el cap. 29 de la gran carta, doscientos años, se ha. Jla antes establecida por el emperador Conrado. El doctor Pit- tingal vislumbra el uso entre los griegos y romanos. Nos pa- rece que hemos dicho algo sobre esto en otros papeles.

No hacemos ostentación ridicula de erudición . Fué pre- ciso subir á la juventud de nuestro linage, para desvanecer com- p.etamente una objeción, á la que se ha dado tanto bulto, ¿t^uienes eran esos Bretones, Saxones, Dinamarqueses, Suecos,

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Germanos, Galos? Bárbaros, mil veces mas ignorantes, supers- ticiosos y crueles que los americanos que habitan esas monta- ñas donde aun no lia lleorado la luz del Evangelio. Amantes de nuestra patria y celosos de su honor, escribimos una obra ma- nifestando, que el Perú fué superior en costumbres, leyes, y gobierFio á todos los estados de la Europa, en los siglos en que permaneció Ia<linastia de los Incas. L. i primera parle de este papel es perdida ¿Qué hemos de hacer? Hoy seria muy útil para la materia que se trata.

Cuanto mas distantes vemos los objetos, nos parecen mas grandes. Acerquémonos á ellos, reconoceremos su verdadero tamaño. La Inglaterra no ha sido siempre lo que es ahora. No es nuestro animo finjir anécdotas, ni degradar el mérito de una nación que se respeta. Copiamos unas pocas palabras de los ensayos de Hume: la cita no será sospechosa. "La elegan- cia y propiedad de estilo, han sido muy desatendidas entre no- sotros No tenemos un diccionario de nuestra lengua, y esca- samente una gramática regular." De aqui puede deducirse, cua- les serian los conocimientos del pueblo, ochocientos ó mil años antes. Cuasi todos los jurados no sabian ni leer, ni escribir. Creian en brujas, duendes, fantasmas y apariciones. Eran ven- gativos, crueles, y reunian á los vicios de la ignorancia, lo du- ro del temperamento: sin embargo, eran buenos para jurados. Lo que sucedió entre les Francos: sumamente estúpidos, busca- ron asesores entre los Galos á quienes habian conquistado, pe- ro no renunciaron al juicio por jurados. Este juicio era para ellos inherente á la libertad; y de tal modo, que según Blacks- tone, Sparta, ni Roma no la hubieran perdido, si esta parte de la administración de justicia hubiese sido exacta entre ellos,

¿Qué se exije de un jurado? Para la respuesta es necesa- rio ocurrir á los jurisconsultos ingleses. Los españoles no pu- dieron escribir sobreestá materia. Los franceses, no obstante sus vastos conocimientos, apenas la habian floreado cincuenta años antes. El presidente Hale, en su historia de la ley común, dice: "Los jurados deben pesar la credibilidad de los testigos, y la fuerza eficaz de sus deposiciones; en lo que, como se ha dicho antes, no son obligados á seguir precisamente las re- glas de la ley civil. Por ejemplo, que hayan dos testigos para probar un hecho, ámenos que sea en caso de traición; ni des- preciar un testigo, porque sea solo; ni creer siempre dos testi- gos, si la probabilidad df 1 hecho, atendidas las circunstancias, se halla contraria El juicio no se da simplemente por la de- posición de los testigos, sino por el concepto de los jurados,

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34 supuesto, que es posible, que teñirán un particular conocim ien to de Ja falsedad de una cosa, que un testigo ha depuesto ser verdadera, ó que un testigo es inadmisible, ó no merece crédito aun cuando nadase haya objetado contra él." Es decir, el códi' go es la razón, todo queaa al sentimiento del juez. ' Es por esto, que como nota Philangieri, no se requiere mas talento en lo jurados, que aquel que la naturaleza no negó á ningún hom-

Dos cosas ha de declarar el jurado, que la acción es crimi- nal, y que e acusado es ó no autor del crimen. En cuanto á los delitos, los distinguiremos en naturales y sociales. Para los primeros basta el conocimiento del Decálogo, escrito del mismo modo en las tablas de Moyses, que en el corazón de to- dos los hombres. Con respecto á los segundos, el Catáloc.o es muy po.'o numeroso en las repúblicas. Lo hemos manifestado en el código penal, y detestamos las repetiniones. Vender la patria al enemigo, pasarse al ejército contrario, aspirar á la ti- ranía, son cosas, cuya naturaleza conoce el mas rudo—En cuan- to a SI el hecho es probado, haremos una observación. /Antes que hubiesen códigos escritos, no habian gobiernos? ;No se cometían crímenes? ¿No eran castigados los agresores'? .Pa- ra la pena no precedia la justificación? ¿Y como se hacia esto? ror el JUICIO de ancianos, de aquellos hombres, que por su vir- tud y experiencia, eran respetados de los pueblos. No se bus- caban sabios. Eran estos muy raros, y su primera ciencia la moral. Antes de Venir los espfmoles, no eran los indijenas juz. gados en sus tribus, y mejor juzgados que por sus dominado- res? Algo mas: llamemos la atención, de los que han transi- tado por los pueblos del interior, cuando la guerra no habia al. terado las costumbres. ¿Hubo, jamas juicios mas justos, pron- tos, é imparciales que los de los indios? ¿Hubo política mas sana? Los delitos atroces eran rarísimos, y los conlunes ape- lles se cometian, cuando eran casrigados. No tenia que llorar la inocencia, ni hallaba protección el criminal. Las leyes en materia de pruebas, fallan muchas veces; el ojo de un pueblo noseengaiía.. Ai juez pueden alu-in.irle falsos testigos; ellos no influirán en ciudadanos que están al cabo de las mas peque- ñas circunstaficias. : . ' ,•

Pero supongamos, que para ciertos delitos . se necegit^stíri conocimientos paríicuiares: la ley reglamentaria prevendría. De Lolme nos avisa, que en este caso, los jurados ocurren al auxilio del magistrado No nos detengamos en inconvenientes qiíé con facilidad pueden salvarse.

Se tiene por evidente, que una nación será tanto mas feliz, cuanto se generalice la ilustración. Lue^o, se deben poner en ejercicio todos los nie.iios que la faciliten ¿Y qué recurso mas propio y llano que la institución de júralos? Una insupe- rable vergüenza, hará, que procuren instruirse en las materias que han de tratar. Tomarán consejo, se enseñarán á hablar, se ruborizarán de que otros firmen por ellos, desenrollarán sus ideas, se esforzarán por contestar á los argumentos, y se ejer- citarán hasta el grado de que, los que antes se tenían por rústi- cos, vengan con el tiempo á lucir en los congresos.

Nos parece, que con lo dicho queda satisfecha la objeción sobre ignorancia. Empero, como debemos á la Providencia no ser dominados por una necia fiiaucia, añadiremos á la letra unos renglones de Mr. Petion, sobre la apelación al pueblo» Lo que únicamente sentimos es, que después de haber leido lo que á él corresponde, se hará insoportable nuestro estilo. El que gozó de las operas en los primeros teatros de Europa, no puede sufrirá los actores de tercera clase.

*'Stí duda mucho de la pruden^^ia de las deliberaciones, y se apoyan estas en la ignorancia deí pueblo Ruego mucho que se recuerde la naturaleza de las deliberaciones, y las circunstan- cias en que se tomarán. Esto no es todo. Es preciso no abu-^ sarde las palabras. El pueblo es la nación, y la nación es la^ colección de todos los individuos. Luego no puede decirse en general, y sin excepción, que el pueblo es ignorante. En todas Jas sociedades hay, yo lo sé, una porción de miembros entrega- dos á la agriculíura, á las artes mecáni^-as, que no tienen tiem- po de perfeccionar su inteligencia; que no se han versado en los diferentes ramos de la economia política y de la administración; cuyas vistas son poco extensas, aunque bastante rectas; pero esta porciones mas facii, que lo que se cree, de ilustrarla, de interesarla insensiblemente en los negocios púbiicos, é inspirar- le el gusto a h ilur-tracion. Al menor movimienio de la liber- tad, veis á los hombres mas embrutecidos bajo el yugo del des- potismo, zelosos de conocer sus derechos. Todo lo que toca al gobierno, todo lo que puede influir sobre, su suerte, se hace objeto de sus entretenimientos diarios. Leen los papeles pú- blicos, quieren conocer loque pasa. En Inglaterra y en Amé- rica hay pocos artesanos, que no sean informados íle los debates de las cámaras, y qut no puedan conver.-ar sobre ellos."

"¿Y qué era en siglos anteriores la clase de la sociedad, hoy la mas ilustrada ? Apenas sabia leer. Sepultados en ti- nieblas mas espesas que la» que rodean á nuestros habitantes

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36 de la campaña. ¿Porqué retener en la ignorancia, los quo están sumergidos en ella? ¿Por qué aprovecharse de su estado para csconderJes sus derechos? Ese fué eJ lenguaje cruel de los que no quisieron que el pueblo deliberase porque no era ilustrado. Ciertamente, no lo será jamas, si se le priva del de los medios de serlo."

"Añadid áesto, que las ciencias mas abstractas al fin se ha, cen simples, familiares, y al alcance de todos los espíritus. Es- ta es una verdad que la experiencia nos descubre cada dia. Es admirable, como después de algunos años las luces se han re- partido hasta en las clases inferiores de la sociedad, y los pro- gresos no pueden menos que aumentarse. El establecimiento de municipalidades, de asambleas provinciales, ha arrojado en la campaña las ideas primeras sobre el asiento, la repartición de impuestos, y sobre el régimen interior de las provincias. Fa- vorezcamos el desenrollamiento de este jermen presente, en lu- gar de sofocarlo. Por tanto yo sostengo, que nada es mas pro- pió para crear el espíritu público, repartir la luz y la instruc- ción, é inspirar el amor de la libertad y la virtud, como hacer partícipes á todos los ciudadanos de los negocios públicos."

Después de las bellas palabras de Mr. Petion, concluire- mos este argumento, diciendo, que si se da algún caso, en que el hombre conozca su dignidad, es cuando juzga á ^us semejantes. y si hay alguno, en que se penetre de la igualdad de los otros, es cuando á su vez es juzgado por ellos. Los ciudadanos que se miran siempre sujetos á la decisión de un magistrado, que ór- gano de la ley y arbitro por las pruebas, puede absolver y con- denar en la vida, en el honor y en los inten ses, se acostumbrad á bajar la cerviz ante esta potestad tremenda. Cuando el ma- gistrado no es mas que un libro abierto, y la resolución depen- de de sus compatriotas, mantiene su noble orgullo, aun condu- cido al cadalso. En el caso primero, siente el poder de un su- perior; en el segundo, se figura haberse sentenciado á mismo. Perfectamente igual es la crítica, que sabemos, se ha he- cbo al proyecto en cuanto á las elecciones directas. Se supo- ne que el pueblo no es bastante ilustrado para proceder á ellas. A lo que se alegó en la nota, añadiremos esta reflexión. El pueblo ¿es bastante ilustrado para elegir electores? ¿No lo ea? Pues suprímase la representación nacional, aniquílese la esencia del gobierno. ¿Lo es? Con mayor razón se reconocerá su buen sentido para nombrar magistrados. En el primer caso, las calidades de los elegidos son comunes; en el segundo son de- terminadas por la ley. Esas calidades se aumentan según la

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gerarquia, y se aumenta también el número de electores. En una ciudad se pueden tener níuchos ami<íos; difícil en una pro- vincia, mas difícil en un departamento; imposible en toda una república. En tan vasta estension decidirá el mérito; esta si es una aroma prodigiosa, que se siente á la mayor distancia.

Cuando se vota para elector, el mal no se advierte tan de cerca. Cuande se elige un juez, á cada ciudadano se le ocurre el riesgo en que pone sus derechos los mas amados. ¿Quien no se instruye de cual es el mejor médico para que le cure en sus enfermedades? ¿Quien no solicita al abogado mas digno para confíarle su proceso? ¿Quien no pondrá la vista en el ciudada- no mas recomendable para que decida de sus intereses? Laca-»^ lumnia, la intriga, el deseo de anteponerse se armarán contra los ciudadanos mas notables. Para negarlo, era preciso haber soñado, que la república se componia de angeles. Pero se pre. gunta: ¿la falsa acusación, la impostura, el interés personal no se ejercitan en las elecciones indirectas? Nadie se arriesgará á sostener la negativa. Nótese sí, una suma diferencia. En las elecciones indirectas esas viles supercherías, son muchas veces desconocidas y ocultas al ofendido. En las directas han de ser públicas, para conseguir su dilatación por el estado. El honor hará que tome la pluma aquel á quien se quiere degradar. Lo defenderán sus amigos, y el triunfo del digno será cierto. ¿Qué aprovechó á los contrarios de Beccaria y Marmontel sus miserables maniobras? Dar un nuevo motivo de que resplan- deciese su talento. Un hombre célebre de este suelo, que ya reposa en los Elíseos, se engañó mucho, cuando afirmó, como Terdad notoria, que los sabios eran siempre desgraciados. No lo fueron en las monarquías, mucho menos pueden serlo en las repúblicas.

Se nos ofrece un pensamiento, que sin duda se le habrá ocurrido á cuantos se interesan por el bien de la patria. Es demostrado, que en las elecciones directas, el reelevante méri. to es la arma fuerte é invencible. De aquí resulta, como con- secuencia precísima, que todo ciudadano ha de trabajar por ad- quirir aquellas calidades qu»- le hagan merecer el empleo á que aspira. Como crezca su ambioíon, crecerán sus esfuerzos. La ambición mal dirijida, que fué tan perjudicial, será útil en esas circunstancias-. ¿Por qué, que otro puede ser el fín de una so- ciedad bien arreglada, sino tener individuos que se desvelen por alcanzar con justicia el sufragio de sus compatriotas? ¿Y si esto se realiza, no diremos, que va nos acercamos al grado ie perfección en nuestro sistema? Genios ilustres, auxiliad mis ideas: balbucieíate, apenas acierto á. indicarlas.

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38 Dos poderes son necesarios á la existencia y á las funcio nes del cuerpo político: el de querer, y el de obrar. De este pensamiento de Mirabeau en uno de sus discursos, sacó su teo- ría un celebre escritor, que aesenrolJÓ en dos volúmenes. Que- rer, e^ h gislar; obrar es ejecutar. Ejecuta la ley el juez que ia aplica, la ejecuta el gefe político cuando la lleva al cabo. i>l querer es uno, el obrar se divide en dos partes. De ellas la una es activa, que es la judicial; la otra es simplemente pasiva, dando cumplimiento á lo que se ordena. Para querer y obrar el pueblo. Ira de ser representado. Ni lo uno, ni lo otro, pue- de hacer individualmente. Si no elige las personas á quienes se confta el obrar activo, corre el riesgo de que susrepresentan- tes para legislar y ejecutar se unan entre si y le esclavicen. No es imposible: jqué fácil seria citar el caso practico!— Ya cono- cemos habernos estendido demasiado en esie punto.

Ha llegado también á nuestra noticia, que hay oposición á que ias sentencias de los tribunales sean públicas. Díficilmen. te nos persuadiremos, que esta sea opinión de algún benemérito magistrado. El ¡uez de paz, el de derecho, y las salas, cuando se componen de tres, se puede decir, que votan en público. El que aborrece la luz, obra mai. El secreto se desea ó por el co- barde, ó por el Ignorante, ó por el injusto. Las virtudes opues- tas a esos VICOS, deben adornar y distinguir al buen ministro de justiriH. Un noble orgullo diviniza al juez, que desde lo alto del tribunal representa á la nación soberana, toma en una mano Ja balanza y en otra la espada— haciendo se postren ante el tro- no de Ja razón, los que amedrentaron á las huestes enemigas— i\o soJo—La osada y venenosa calumnia, que se atrevió con sus impuros labios y nefandos escritos á querer mancillar la acriso- lada conducta de los Aristides de nuestros tiempos, allí se ater- rara, allí se sepultará, allí se confundirá, al oír en cada pronun- ciannento una prutba de imparcialidad, de rectitud, de estudio continuado, de enerjía contra el pod^^r, de desprendimiento de todos los objetos de amor y de odio.-Revivirán el Areopago ae Atenas, el Senado de Roma en las edades felices en que se componía (Te los mas virtuosos ciudadanos. Difícilmente ha- brá (liscoi-dias, por que uno ha de ser para todos el hecho, una la jey ±.| grande inconveniente de los magistrados perpetuos se salva. Al^^unos, sabimdo, que son inamovibles, no se fati- gan por aumentar sus conocimientos, y creen satisfacer sus obli. paciones, con asistir á los tribuales en las horas de costumbre.

clrihT" p" '" '^T''''"T P''"^^^^' y ^«» perdiendo de e\h cada Uia. Precisados á fundar sus dictamennes y á responder.

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i los que no están acordes, han de estudiar, 6 exponerse a un continuado sonrojo. Será líinibicn menor el iiúm( ro de los pre- tendientGis, no contando su inaptitud con el misterioso secreto de las vota-iones. Estas utilidades son de mucho momento, pa- ra el que sepa reflexionar sobre ellas.

Hay muchos jueces, se dice, que son justos, literatos, pero pusilánimes, é incapaces de arrostrar en público al poder, á los respetos, á los maldicientes, á los bravos. Contestemos: el tí- mido, no puede ser buen juez. El que tiene ese defecto, es in- dispensable que para disimular engañe. ¿Y un majüistrado que engaña será jamas bueno? Que renuncie el destino, si le fal- tan las calidades de que no debe preseindirse. Si no quieren hacer este sacrificio, que superen su temperamento. Cada vic- toria sobre su debilidad, los irá haciendo mas fuertes. Despre- cien á los inicuos, que los honrados los sostendrán á toda costa.

El tribuno del pueblo es lo que en el proyecto ha causa- do mayor sorpresa. Las ciencias útiles á la sociedad cada dia se enriquecen con nuevos adelantamientos. Las teorías per- feccionan y tienen que perfeccionarse. Adán Smith, varió los principios fundamentales de los anteriores economistas. Say lo ha correjido, y Say continuamente se corrijo. Es una injuria á la razón, figurarse, que todo debe quedar estacionario.

Bentham escribiendo sobre los sofismas, se espiica asi: "La razón está en oposición con los intereses de una cíase de hom- bres. Ellos naturalmente harán todos sus esfuerzos, para ata- car la facultad misma de raciocinar, para hacerla un objeto de temor, ó de desprecio. Sus sarcasmos, sus frases favoritas, pul- san la ironia sobre el pensamiento mismo, como si un pensador era, por este título solo, un ser impracticable, estrangero á los negocios, peligroso al escucharlo, y sospechoso con anticipa- ción."

"A la simple apertura de un proyecto, que no les convie- ne, el plan de ataque el mas fácil, es calificarlo de especulación. Este término dichoso, muy entendido por ellos, comprende, que el proyecto no merece ser discutiJo, que se puede economizar el trabajo de combatirlo por objeciones fundadas: proyecto es- peculativo, proyecto inadmisible al honor del examen."

"Esta palabra es frecuentemente reemplazada por sinóni* mos que multiplicándose, parecen formar un crescendo de obje- ciones. El proyecto se declara teórico, visionario, quimérico, romanesco, uiopiano."

"Hay casos, en que una distinción es admitida, y se cede en alguna cosa. El plan es bueno en teoría, se dice, pero se- ria malo en practica."

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**En otras ocasiones, se va aun mas adelante. El plan se declara muy bueno para ser practicado. Entonces es, que su misma perfección lo hace inadmisible."

"En fin se ha llegado al punto en que la palabra plan se ha representado, como una razón suficiente para repeler un siste- ma de medidas. Las palabras perfeccionar y excelente^ se han he. cho desfavorables, y que deben despertar la desconfianza y el desorden."

Nos fué preciso ponernos á la sombra de ese viejo pensa- dor, y sostenernos en sus fuertes observaciones. No se despre. eie por nueva esa parte del proyecto. Convénzase al autor, que producirá mas males que bienes: esto es imposible.

Se hace mas complicada la máquina del gobierno por el aumento de ruedas y resortes. Cierto es, que en lo fisico se pre- ferirán aquellas que sean mas simples, si los efectos son igua- les. No siéndolo, tomaremoslas, que aunque de mas laboriosa estructura, aumenten el impulso ó movimiento. Simplísimo es el gobierno despótico, sin embargo nadie lo elegirá con prefe- rencia al representativo. Si Smtih halló en la división del tra- bajo, un aumento incalculable de riqueza, nosotros por la inde- pendencia absoluta de los cinco poderes, aseguraremos de un modo estable las garantías.

¿Y quien ha dicho, que el sistema es mas complicado se- gún el nuevo plan? Es constante, que hay un tribunal que an- tes no existia. Pero fórmese la cuenta de los procesos, que se evitan por esta centinela perpetua de las garantias. Atiendan, áque reducidas las autoridades, que se han llamado poderes, por la pobreza de nuestra lengua, como advertía un orador fran- ees, á sus estrechos límites, sus atribuciones se simplifican, y se evita esa mezcolanza, causa principal de nuestras des^iracias. Permitiera Dios, que se considerasen, cual merecen, las siguien- tes clausulas del Conde de Antraigues: "En el momento en que un poder, que no podemos ejercitar por nosotros mismos, nos escapa, en el instante en que estamos forzados á confiarlo, una saludable desconfianza se coloca al lado de la confianza, y la vigilancia del pueblo se reparte entre los diversos géneros de poder emanados de él. El no olvida jamas esta terrible ver- dad, que la libertad del pueblo, que no ejercita por misma todos los poderes, no existe sino por la separación de los po- deres."

Es menester renunciar al buen sentido, para no convenir en la necesidad de un poder conservador. Es una verdad in- contestable, decía Lalii.Tolendal, en la tribuna de Francia, que

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etí el corazón de todos los hombres hay una inclinación inven, cible hacia la dominación; que todo poder es vecmo del abuso del poder, y que es preciso limitarlo, para impedir que dañe. Ose agrega este poder á uno de los dos primeros, ó se erige uno nuevo, según pretendemos. Si no hay {>oder conservador, la inclinación dominante triunfa.— El resultado de la a^rre^a. cion nos la ofrece en dos sentencias, ese Conde de Antriagues antes citado. "Reunión de poderes en el cuerpo legislativo, constituye la tirania de muchos— Reunión de poderes en el po- der ejecutivo, coi»ytit\iye la tiranía de uno solo." Elegid ciu- dadanos entre Scii ! y Carib-lis. , ,

Con tono de bunay risa mofadora, se nos asegura haberse dicho: "Ya los poderes son cinco, después serán cincuenta." Puede ase<rurarse, que el gusto universal á la novedad, es un beneficio de la naturaleza. Se nos grita, "continuad con lo que tenéis, no deseéis mas en vuestro estado, reprimid vuesU-a curio- sidad, domad las inquietudes de vuestro espíritu; Estas son muy buenas máximas, pero si las hubiésemos siempre seguido, comeriamos aun bellotas, nos aco,<tariamos ácielo descubierto, y no hubiéramos tenido ni á Corneille, ni á Rasóme, ni áMolie- re, ni á Poubin, ni á Lebrun, ni á Lemoine, ni á Pigal le." Pue- de decirse, que en ese rasgo de Volíaire, está la contestación á los que reprueban el proyecto, por ser una novedad, desconoci- da en las otras naciones, que también se gobiernan por el siste- ma representativo. Todos los que hicieron un descubrimiento en aluuna ciencia, fueron sujetos á la misma impugnación. Amigos de novedades, se llaman en Tácito, aquellos, que re- cordando la antigua Roma, se oponian al absolutismo de los Cesares. ¡Qué habría sido de la filosofía, si se hubiesen dete- nido los útiles trabajos, por obstáculos tan frivolos! Ya no se examina, si lo que .^e propone es nuevo, sino, si es útil al esta- do. Es también nuevo, desnudar á ¡os rey s del carácter de legisladores y de primeros jueces. Es nuevo, que la nación use de su soberanía en las elecciones El r( speto á las formas an- tiguas perdió á la Polonia. No hay tribuno en las otras repú- blicas. ¿Pero se ooza en ella., (le dichn y tranquüídad? Se ha adelantado tanto en la astronomía, en la botánica, en la quími- ca, ¿y en la política no se consentirá dar un paso, y un paso ne- cesario? Sean cinco los poderes, y serán cincuenta si fuese

preciso.

Se nos ha hecho por una persona mtiy respetable este ar- gumento, ¿queda el tribuno sin responsabilidad? Nos pare- cié, que sujetarlo á la opinión pública es k mayor. En la na-

Étm

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turalcza lo fisico y lo político han de tener algún fin- un oro greso rnfinito sena imposible. Ahora se nos ocurre, que^ío; espedientes seguidos en el tribunado, se impriman siempre La jusicia 6 injusticia de la decisión, se palpará en el momenro! Los negocios de esta especie son propiamente de hecho No se necesita ser un gran letrado para dar su voto-Basta recono cer la garantia quebrantada y la ley. recono.

á 1. r^f'*" ^"^ ^""'.'•''./^ ^"^^í ^^ prestar una cuidadosa atención nrn.rnt'"'^'^ ^l^^'í.'í ^'^^ "" ^^^^^«^« encadenamiento de L Z ' ^^^"^^^«^^f ^ ^'i^^'^o natural, y de la esencia misma del gobierno democrático. Se ha procurado que el pueblo eier-

Z'LT. ' .^T '*''"^' P."'^' ^"^"^^^ P^^^í- Siendo impres- cindible, que delegue en ciertos casos, se han prevenido los abu- sos, en cuanto alcanza la prudencia humana. Desearemos que las Ideas se mejoren por aquellos ciudadanos, cuyas luces se respetan. Por nuestra parte, estamos prontos á contestar á las

l.TlTf T^ «^^^«p"> siempre que se presenten con decoro, y en estilo digno de la materia que se trata.

MANUEL LORENZO VIDAURRE,

'mi

m

43 ARENGA DEL PRESIDENTE DE LA CORTE Su- prema. CIUDADANO MANUEL LORENZO VIDAÜRRE EN LA PIBSTA cmCA DE LA INDEPENDENCIA, 28 DE JULIO DE 1833.

EXCMO. SEÑOR:

:S pSe: DiosL'defiendená Troya, ü,oses aux.Laa a ios Griegos. centro el bárbaro Druida,

".,lpnn, esores atrevidos, que se hablan apoderado del tro- ""I' le1 al tar°e reconoció, que no eran desiguales por superior noy del altar »e re J . abatimiento de su especie

"'■'"" Cae^Cb lo a formidable espada del pueblo susnu- misma, i^ayeíou uaju i* ^oAtarios oue no eran m-

serables cabezas, y v.eron sus ■'"/"« J«;'"';^¡' ^roiimpo á sus

"■■'^"-Nada había ya que temer de las alturas; c-nfo f e nosotro. „.i»mos-nuestras pasiones-la «'"^'-""e ef ¿odir' supremo, hombres y sem,-d>oses. Para ^P^»? *-;„;; j:„,„ada sobre malos hi os mutilan a su padre. O. a san r ^^^^

la espuma de las aguas se formaron la \'"^\^ J^ ^^ „a.

'consagré el miedo , i^" V"".' d^ e'e'fomes q e ba?; la apa- turaleza jamas podrá P""^'--"^^.,''^ ^f^.^f'e.lun caos de mi- rieneia de bien, la sumerge, «°7'f'^™'"be, a triunfará la luz serias.-No. aparecerá la cmdad ^«"'^ / ^^^'^^ ^i tierno de de las tinieblas, y la raza de Adán, sm espera. h

44 los miJ años, vera establecerse el imnerlo de h ve.^„j . tieia. El dragón será encadenado v ?»!),, , í?*^ ^ '^ J"»" nos, la discordia, la ven.arza "atñvi Ih n' '7''' ^'^"^ ''* ^™- para siempre con los .nalivol'o mi t; Zltirj''"'''''''' fames sacrificios. ¿Si nos engañarán nue^t os it e^s "''" '"'

velas, caídos los palos sin alien n ti ?"' "''^"■«^"das las

las bombas, el b.^ur^^VelTo'^lI^rcl^i-r'afu:"';?^ vientos— en aque as laroas liorasdp .>„ i , " ^ ^ '°*

ce, que el tiempo se unió á la etermdld n^ ' '" ''' ^T P"^"

éustias y cono-oVs del qL '^a b ^bient 'á'co'rt^rra:'"' 'f.-'"- amargo de la muerte— lin .,„i cortos tragos el licor

Uña iL, que nTcree estrella t^r™"";''™ *"*'* ''" '''^«''"'=¡'' las ocultan. Firmas y mls'la v sh'h r"T''"^ ""'"'^ '°''^^ olas se la encUbien;;;^!^ ^'d 'Lt^'^otet^r '"

s::r:n^f::::: Sir;tr •; -v e, -'-^r^^^^

Abrense en el acío las^c^l " "SaTes ó.ilTas ^Xt 'T ^""^ atroeíiurro;e=^^^^^

dos. ^Erpiíii;'-;;: rs::t;t::'r.t;a^i¿r,r- -■

tas enemigas-Nueva ajilacion^si hTéndo de I 't , r"'" caerá en la esclavitud. ^Quien no preSt n or "" Con? paraoBTiikl del Perú en esta época turbulenta I ! n , " república cercana á zozobrar, pL el furio o ím'oct,^ ^r '"

nnobies, de intereses encont™los. de facciones' aüese'rr"'' ducen.-lü timón de la carta dislocado po elpo<ro,o iiXio de los sucesos-noche oscura, en que asustan los («eno^s de odios, venganzas, y amenazas. Un rayo de claridad se nm'ibe

Lm:rV""siTr"' '"^"^ '''""'''■'■ También dirlasrQ'l temo,! Si los representantes del pueblo, antes de nrncpV»; »i mas so envne de los juramentos, no hacen nncornplerv entero sacnficode mismos, y de los objetos que aman^.LrS •ñas racional, que el ,lel Gricoo y el Hebreo, c,"ndo comrón

ven entre nosotios las sangrientas escenas del aobierno d^l ...r ror; que nuestra luz sea la funesta linterna que'sersp^n'll'r

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Jante del Palacio de la Villa. ¡Ah! que el despotismo de mu- chos siempre fué mas cruel, que el dc^^potismo de "^o solo.

¡Qué presaírios! el sií^lo los desprecia— Yo— debilidad hu- mana—I^rioramos el idioma en que c\ Svñov liablu á los morta- les — Nu^estro suelo tiemí)ia: la mortandad se aumenta sin peste conocida: una galería del Palacio se derrumba: el templo en u- tado, las banderas negras postradas estremecen a católico: las maldiciones al sacrilego nos llenan de horror: el llanto de la Iglesia, el clamor pungente á^\ sacerdote no detiene á los per- versos: ellos repiten los crímenes; ellos se burlan de la religioq V las leyes: con paso impávido atraviesan por el medio de los serafines, para arrebatar vasos mil veces mas sagrados, que los que ron impiedad profanó Aníioro— En esta misma mañana se equivoca la fiesta y el duelo— No senota en ningún rostro la aletrria. ¿Trato de abatir el ánUno^etnis compatriotas? Pre- tendo como el delirante Duval, que las cosas se restituyan á su ahtiouo estado, al estado de abyecta'serviílumbre? Lejos de mi tan inicuos pensamientos. Q.Hero,que convencidos de la en- sis en que nos hallamos, V ciertos, de que nuestras divisiones causaron las desgracias públicas, unamos en procomunal núes- tros esfuerzos morales y políticos.

Grandiosa es la obra: terribles dificultades hay qne supe- rar. Los cantones Suizos, advierte -un viajero, se asemejan á un templo,' cuya' arquitectura anuncia la Divinidad, que alli se venera. Diferente es el aspecto de nuestras Américas. En eíla seimaginaun simulacro diverso. Esforzarse ha la razón para adoptar un plan conforme, ó mas perfecto que el Helveti- co. Muchos de los empleados nos educamos en la monarquía. Queremos distinguirnos por los signos de una superioridad or- guUosa, no por los verdaderamente magestuosos de la virtud y patriotismo. Parece que no hay otro fin social, que el personal engrandecimiento. El demagogo acusa, ó calumnia ai que ejer- ce algún poder; él se hace tirano en el momento que lo ejerce. Doce^ños llevamos de independencia; doce años de unos mis- mos contrastes. So sembró el árbol de la libertad, no hemos recojido los dulces y saborosos ñutos que nos prometimos. To- dos fueron agrios y amargos. Cual activa ponzoña han lacera- do nuestras entrañas. ; No se atribuyan los fatales resultados á los divinos princi- pios, fondo de las constituciones liberales. Esto es insultar a su autor eterno. Decir, que no son adecuados á las envejecidas corruptelas, á los errores perniciosos, á las practicas infandas, es formar su elogio en despecho de los propios sentimientos.

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Los legisladores no deben contemporizar, ni transigir con los

vicios, ni con la tiranía. ¡Cuantas veces se cita á Licurgo! yo

también lo cito, R[ dicta y ejecuta una legislación, que destruía con un solo golpe, hábitos que se hablan convertido en naturale- za. Una carta, que hubiese mezclado las máximas del despotis- mo al pacto democrático, presentarla á la nación una imagen mas monstruosa, que la que pinta en su arte poética el amigo y comensal de Augusto. Vienen nuestros males de nuestras pa- aiones. No se equivoque al filosofo con el demagogo. Aquel siembra, este devora; aquel ama el orden, este desorganiza; aquel anhela por el bien público, este por los ascensos y rique- zas; uno es Catón, el otro es Cíodio.

Reúnanse los defensores de los derechos del hombre y del ciudadano á los apoderados del pueblo. Ninguno se avergüen- ze de presentar sus pensamientos. No teman, que un bárbaro les ponga el cordel al cuello, para asesinarlos en el acto de ser repelidas sus ideas. La opinión publica es el juez, y juez muy compasivo en estos casos; Nuestras imprentas son libres, y tan libres, cual no son en ningún pais civilizado. Polutas hasta aqui con mordacidades y maledicencias tomen, desde el momen- to, objeto mas digno. Ocúpense en manifestar, que nada es útil, si no es justo; que el guerrero solo es héroe cuando de- fiende la patria; que la religión mantiene su explendor divino, á no deshonrarla el fanatismo y la intolerancia; que es debido al primer g^ÍQ el mayor respeto, pero que se ha de velar sobre el cumplimiento de sus delicadas obligaciones; que su autoridad no se ha de ampliar para que tiranize, ni limitarla de modo, que sea una estatua sin movimiento; que no pueden haber buenod jueces, sin buenas leyes, que los representantes del pueblo lle- varán en sus frentes el rótulo de infamia, si al fin de sus tareas han mejorado de fortuna, se excedieron en las facultades para que fueron constituidos, olvidaron, que eran mandatarios del pueblo soberano, y que no hay otro poder, que el poder del pueblo poder ante el que todas las magistraturas rinden las faces, se humillan y confiesan su dependencia Dios bendiga al Pyreo, cuyos cimientos se describen Dios no consienta, que se abra el abismo, en el, que se sepulten para siempre nuestra libertad, y nuestros imprescriptibles derechos por el triunfo de las pasiones.

MANUEL LORENZO VIDAURRE.

NOTA Esta arenga no tuvo efecto, por no haber asistido á la, fiesta S. E. el Presidente de la República.

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