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Full text of "Boletín de la Real Academia de Buenas Letras de Barcelon"

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BOLETÍN 



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•DE LA 



iiii mu n 11 




JUL2 1951 



f^SUY OFlO^^ ' 



DE 



BARCELONA 

Octubre A Diciembre de 1905 



.j 



Año V 




NúM. 20 



Año Académico CLXXVII 



BARCELONA 



Tipografía de la Casa provincial de Caridad 

Calle de uontealeobe, número 5 
1905 




767793 



STJ1:í/LA.1RXO 



Caciquisme politich en lo segle xiix, per F. Carreras y Candi. . 173 

La corona de Aragón y Granada, por Andi-és Giménez y Soler. . 186 

Los reyes de Aragón y la Purísima Concepción de María Santí- 
sima, por JPr. i^aí/símo Z). GaawZZa, 7l/c?'cedano. .... 224 

Descubriments arqueológichs de Puig-Castellar, terme de Santa 

Coloma de Gramanet, per Ferrán de Sagarra 2.'!3 

Itinerario del rey Pedro I de Cataluña, II en Aragón, por 

Joaqidn Miret y Sans '238 

Cartoral de Caries Many, de la Seu de Gerona, per Joaquim Bo- 

tet y Sisó 249 

Noticias 254 






^ o?4¿ 



AÑO V "D r\l T7 nr T IVT NúM. 20 



boletín 



DE LA 



Real /academia de Buenas Letras 

— DE BAl^GBDONA — — 



— f3 



OCTUBRE Á DICIEMBRE DE 1905 



ES— 



CACIQUISME POLITICH EN LO SEGLE XIII 

(Continuado) 

Com no entrava en les idees cavalleresques del segle XIII pesar la 
magnitut deis perills, no 'ns ha d' estranyar, que, á despit de les .a'rans 
operacions niilitars contra Balaguer^ aumentas lo nombre deis richs- 
homes revoltats, ab altre personatge d' importancia en lo N. O. de 
Catalunya. Aixís, En Ramón vescomte de Vilamur, á primers de ju- 
liol, trametía á Pere II lletres de desosiments. A elles hi obgectá lo 
Monarca, ab la interessant contesta que 's segueix (151): 

«Viro nobili Raimundo vicecomiti de vilamur Salutem: Reebem uos- 
tres letres enquens tremezes a dir queus desexiets del nostre homenat- 
ge encaraus desexiets de nos que de mal que feessets a nostra térra que 
tengut nons en siats per alcunes raons contengudes en aquelles letres 
les quals raons no son ueres et hon nos uos responem que nos totauia 
fom aparellats de pendre et de fer dret et tot 90 que deguessem a vos 
al Comte de foix et al Comte de pallars et a tots altres a qui nos dema- 
nasseni ne qui a nos demanassen res, et encara offerim que soni apare- 
llats de pendre et de fer dret et tot §0 que deguessem a uos et al Comte 
de foix et al Comte de pallars a tots altres a qui nos demanassera res 
et encara offerim que som aparellats de fer dret a uos et a ells et de 
pendrel de uos et dells et de feruos jutjar axi com deyam segons lu- 
satge de barchinona. A90 quens tremezets a dir queus desexiets del 
nostre homenatge uos responem que si homenatge es per feu nous en 
podets de nos desexir si donchs lo feu nons retiets et que nos lo vol- 
gessem pendre et si homenatge es per A. a. b. c. (152) nous en podets 
desexir en nenguna manera menys de nostra uoluntat: de 90 quens tre- 



(151) Registre 48, foli 72. 

(152; L' original es ariuí de mala intei-pretació. Creem llegir les lletres indicades, tenint 
en compte lo prooehiment de partir les escritures dobles escrites en un mateix pergami, 6, fi 
de donar major autoritat A un contráete. Mes sempre sobrará la primera A. 

190.1.-1,3 



171 F. CARRERAS Y CANDI 

meses u dir qucus desexiets de nos de penyora per rao de D morabatins 
que dej-ets qucus deuiein per rao dexouar et per MD sous que deyets 
queus dcuem per quitacio uos responem que segous que uos sabets nos 
neguns t(íinps da(;o ne dais quens demanassets noy fadegas (sic) en 
nos per estar: encara som aparolats de pagar uos los dits D m'"' els dits 
MD sous ho queus fassaní cunipliuicnt de dret. Datum in obsidione ba- 
lag'uerii nonas Julii Anno domini M^CCLXXX".» 

Al mateix fí d' oposarse A la invasió de gent forastera, ordoná. ais 
veguers de Barcelona, Tarragona, Manresa y Vich, Gerona, Vilafran- 
ca y Cervera, Montblanch y Tárrega, y á Ramón de ]\Iolina veguer de 
liibagorg.a y PaUars, compelissen á tothom, á acudir á la campanya 
l>cr combatre á la host iiue s' aparellava en la Basconia (lü juliol 
1280) (153). 

No cal duptar quan activaría les operacións del siti, Pere II, da\'ant 
lo dit temor. Mestre Nicholos y los demos enginyadors del seu campa- 
ment, no paraven en llurs contruocións. Lo O de juliol enviá A buscar 
á Lleyda mes posts que 's necesitaven per los glnj's (ló-l). 

Los germans Ravaya (Mossé y Jucef) presents també al siti, cuyda- 
vcu de les despeses y aprovisionaments. En esta labor sembla no pro- 
cehiren ab escrupulositat de conciencia cristiana, sino ab amplitut de 
mániga juiva. Ella ha dexat algún rastre d' impuresa, en la manera 
de rebre llurs queviures (155) la gent que comanava 1' infaiit Anfós. 
Com anessin atrassats en la percepció de vitualles, hagueren de cóm- 
prame á aprovisionadors particulars. Y mes avant, quan Jucef Ra- 
vaya, encarregat d' aytal servey, ne tingué en quantitat sobrera, pre- 
tenguí donar ais homes de la host, vitualles y no diners, per los dies 
passats en que freturaren aquelles. 

Los del Primogenit no ho aceptaren; Jucef porñá en son intent; y 
lo Rey, arbitre de tots, posA fí á la controversia, manant ais germans 
Ravaya, que, per los díes de referencia, los dones diners y no vitua- 
lles (156). 



(lo.'i) Registre 48, foli 76. 

(l.')4) «P. dei gratia Eex Ai-agonis fideli suo R" dalos baiulo Ilerde S. ct k. Jlanam uos <iue 
uistes aqüestes letres nos tramctats cncoutiuent XI postes les D de firos de II dits e lea D de 
gi-03 do I dit: encara US manam que tot vo que per Nicholas neis altres ingiuyndors uostres 
vos demanaran a obs de la obra nostra deis ginys lus liurets els fassats liurar encoutineut et 
en ai;o no aia failla per re pei-(;o cor si la uostra obra sen lagraua en res, sapiats que nos no- 
sen tornarlem a uos et guardáis uos hi be. Datum in obsidione balagarii VII idus Julii Almo 
domini M" CC" L XXX° S. .Juceffus- (Registre 4s, foli 75). 

(155) Que los Kavaya actuaren d' aprovisionadors de la host, ho indiquen altres provi- 
dencies similars, donantne per mostra la següent: 

«Juceffo ravaya quod det porcionem lilis ballistarüs Dertuse qui venerunt in seruicio 
Regís apud obsidionem Balagarü. Datum in obsidione balagarii IH nonas Julii— S. p. niar- 
chesii • (Registre 48, foli 6'j). 

(156) <P. dei gratia Ee.\ Aragonis. Fideli bajulo suo .luceffo rauaya Salutem et gratiam. 
K.\ parte militum qui sunt cum karisimo filio nostro Inftante Alfonsso fuit nobis ostensnm 
quod uos seu Mosse rauaya fratcr uestor nolebatis eis daré per diebus transactis porcionem 
vietualiuní et dixerunt quod si dicta victualia venderé habentur perdentur in eis terciam 



CACIQUISME POLÍTICH EN LO SEGLE XIII 175 

Ab la activitat despleg^ada al comencar lo jiüiol, la vila de Bala- 
g'uer degué sufrir proii. Y al veure 's desvanexer la esperanca del so- 
cors foraster, se parlarla de capitulado. Arrivá la jornada del 11 de 
juliol, en la que lo Monarca, no dató sos escrits in obsidione Balagavii, 
sino in Balagario. No duptarém que fou en lo dimars onze de juliol, la 
rendició de la pla(ja sitiada (157). Faltan detalls d' esta capitulació: 
empero los fets subsegüents indicarán que fou incondicional, al menys 
per lo que respecta ais principáis promotors del mohiment. Lo mateix 
dimarts, alguns del sitiats son obgecte de la mercé del Rey, com Pere 
de Josa lo Blandí y Ramón Folch, al obtenir guiatge per anar Uibe- 
rament ala sua térra (168) mentres los altres restaven presoners. Y 1' 
eudemá, desde Lleyda, per hont sortí tot seguit lo Rey, guia encara á 
Guillém Ramón de Josa y á Berenguer de Montsonís, los qui 's entor- 
naren á Uurs cases. Finalment, lo 15 de juliol, Arnau de Toralla que- 
da autorisat per visitar al Sobirá (159). 

Al dexar Pere II, á Balaguer (dlmecres 12 de juliol) lii trámete com 
á alcayt y batUe reyal, á En Ramón Moliner (160). 

Lo Comte de Pallars y Roger Bernat III de Foix, ab los principáis 
promotors del mohimeut, entraren presoners á Lleyda, y, se 'Is intruí 
procés. Ais demés los perdona. Motius especiáis excluiren á alguns 
rebelats del perdó, com v. g. los capellaus quí dintre Balaguer predi- 
caren contra del Rey (ICl). 

Lo dissabte 15 de juliol, exigí Pere II, les postats de molts castells 
del Comtat d' UrgoU per los quals lo Comte Ermengol li 'n era feuda- 
tari (162). Y en la propia Jornada, se trámete la fórmula segons la que 



pai'tem ciim do (liebus transactis denarios habeant soluero a quibu3 manuleutam tecerunt. 
(¿uaro mandamus uoliis quatemis donetis eis denarios ijeriiiiitacione dierum traiisactonmi et 
potestis eis daré porcionem victualium de diebus veaturis maxiaic cum proaiiseritis eis ut 
asseruut, quod per die)>us per quos nos expectaretur eosdem ad denarios quitacionis et ita 
uidetnr nobisquod fieri debatiir ex (juc jam manuleutam feceruut et expectarunt quitacio- 
nem. Datam in obsidione balagarii V° nonas Julii Auno domini M°CC°LXXX" S. E. Escor- 
na.> (Registre 48, foli 68). 

(157) Los historiadors han equivocat la data de la entrega de Balaguer, suposant Montar 
y .\nton de Bofarull, que fou lo 10 de juny y Baudon de Mony que fou lo 20 de juliol -Lo Cío- 
iñcon Barcinonense del segle xtv publicat eu la Marca Hispánica^ deya que fou en lo mes de 
niaig lo siti de Balaguer axis com la capció deis Comtes de Foix y d' Urgell. 

(153) Registre 48, foli 78. 

(169) Registre 48, foli 83. 

(11)0) Registre 48, foli 80. 

(161) Lo 6 d' agost de liSO man.4, Pere II, restituir lo blat que certs preberes de Balaguer 
tenieu depositat á Lleyda, Linyola, Castellserá y Menargues, exceptat lo dcLs cajicllan.sque 
predicaren contra d' ell á Balaguer. (Registre 48, foli 112). 

(1G2) 1280 [15 .iuliol)— ■Viro nobili et Dilecto Ermengaudo Comité vrgelli Salutcm ot di- 
leccionem. Monemus uos ac uobís dicimus et mandamus quatenus donetis nobis potestates 
de Castris iiifra scriptis cjuod á nobis tenetis in feudum videllcet de Mamagastre de vilues 
de Confres de hulla de Tiurana de villa plana de Ager de Os de Tartareu de Moutosor de 
Milla de Claramont de Camals ile Peramola, de la vauíja et de Pinel de madrona de Bioscba 
de TaltaliuU et de Josa quasquidem potestates tradatis loco nostro dilecto uostro Guillelmo 
de turre tenenti locum nostrum in vicaria Ilerde et alus loéis sibi commissis: nos enini cuní 
dictas potestates predicto Guilleluio tradideritis paccato a vobis erimus de cisdem. Datuní 



176 F- CARRERAS Y CAXDl 

devien prestar homcnatgc á Pere II, los homes d' Agreraunt, Balaguer 
y Pons. Per robre est homcnatgc cu rci>rescntaeii) del Rey, hi anáren: 
Bcrenguer de ReUvís ü Agremunt y Guillóm Moliner á Balaguer y 
Pons (163). 

Lo 22 de juliol, Pere II reconegué haver rebut en comanda de Ko 
ger Bernat de Foix, los castells de Balaguer, Agremunt, Pons. Caste- 
lló de Farfanya,.Linyola, Albesa, Ivars y Boix (164). Promptc sortí de 
Lleyda, puix lo dijous 2G de juliol já signava documents á Tarragona. 

No tením propósit d' historiar les vicisituts per les que passá la po 
lítica aventurera del Comte de Foix en sos disentiments ab Pere II, una 
vegada acabados les operacións del siti de Balaguer. 

Completaren! la rclació precedent, referint lo papcr que hi jugá, en 
aquest interessant episodi de nostra historia, lo batUe Pere de Palau, 
quí figurava en la host del Rey, comanant la gent de Camarasa y 
demés llochs de la sua jurisdicció. Segons los Ilibres de la reyal escri- 
vanía, acompanyaven á En Palau, noranta nou cavalleries per les que 
prenía sou ó ració. Si bé, se manifestá en lo procés, que era dit 
nombre un enganj-, puix no n' hi tenía tantes com constavcn. 

Arnau Vives, cavaller de la host d' En Palau, perdé un cavall en 
la campanya, que sois havía costat de compra dos cents vuytanta sous 
(165). Pere de Palau recita al Rey qué n' valgué mil; y aquest, en 3 
juny, en esmena del dany, li assenyalá dita quantitat, del bovatge 
deis lloehs del castell d' Alentorn y d' En Guillém d' Abolla. Mes tal 
vegada advertí 1' engany, lo Monarca, puix al día següent, ordoná 
á Jucef Ravaya, busques altre bon cavall per donarlo á En Pere 
de Palau. 

Lo BatUe de Camarasa s' aprofltá de quantes circunstancies li ofe- 
ria la guerra, per obtenir comissións de tota mena, assenyaladament les 
d' incautarse vitualles conflscades ais rebelats. Lo 26 de juny se li 
conferien los delmes deis fruyts rebedors per En Pons de Ribelles y al- 
tres castlans de Balaguer, los quals recullía En Ramón Barceló (166); lo 



líenle XVIII kalendas Augusti Anno domini M^CCLXXX»— .Tucefus ranaylla.» (Registre 
48. foli 81). 

(leS) «Aquesta es la forma segons la qual los liomens dagramunt feeren homoiintge ct 
sagrament al senyor Rey en Leída. Idus Julii Auno domini Jlillesimo CCLXXX". Yo artal 
per mi ct per los meus promet a uos seyuor meu en P. per la gracia de deu Bey Darago da- 
teudre et de complir á tot mon poder totz los dretz que vos auetz o auer deuetz per (jualque 
rao se sla en agremunt et cu ses pertineucies. E dai;o uos tas houienatge a custuma de liar- 
cliiuonaet o jur sobre los sens auengelis de teñir et de complir aixi com damunt es dit. 

.R. gaui;el¡n.— veyan del vilar.— Bcrenguer tolra.— A. de na bruna.— P. gracra.— G. ferrcr. 
— G. íes cortz.— Bernat de timor.— Bernardo des vilar.— .laumc qos cortü 

cFuit scriptum hominibus de acrimonte quod sihi predicta forma facerent homagium loco 
domini Regi berengario de beluis. Datum ut supra. 

«Eodem modo hominibus de balaguer et de ponts quod facerent dictum homagium G= mo- 
liner. Datum ut supra» (Registre 44, foli 184). 

(164) Registre 44, folis 180 y 184. 

(165) Apéndi.x apartat LXXI. 

(166) Registre 48, foli 60. 



CACIQUISME rOLÍITCH EN LO SEGLE XIII 177 

28 de juiíy obtingué ordre d' incautarse de lo que Bernat dcTonl tenía 
eii comanda deis homes de Montsenis y de Qa Foradada (167); lo 3 de 
juliol 11 era donada consemblant disposició porque En Bernat de Roca- 
fort, senyor del Timonal, 11 entregas blat, diners y altres deutes 
del rebelle Pere Cortit (168); lo 7 de juliol lograva rebre lo blat que 
Guilleni Ferráu prebere de Balaguer, tenía en lo castell de Serrano, 
(169) axis com tot lo que hi havía en poder deis vehins de Camarasa, 
Cubells, Montgay y Llorens, pertanyent ais homes de Balaguer, Agrá- 
munt, Castelló y altres, que militavan en lo camp enemich (170). 

Encara que no tením detalls del que succehiría al rendir, En Palau, 
comptes al Rey de totquan passá á les sues mans, nos dona á com- 
pendre alguna cosa, lo reterent al pont de fusta construit per los sitia- 
dors damunt del Segre. Diu lo procés, que quan mes avaut lo Rey en 
Pere leva lo setge de Balaguer, lexá un 'pont de fusta que liavíe feíjt en 
lo setge en poder den Pere de Palau, ab encarreeh de que vengues la 
fusta, claus y demés materials, á profit del Sobirá, 

Tot lo que llavors percibí de la venda del pont, s' ho queda molt 
tranquilament lo Batlle de Camarasa (no n' ha mes re en compte al 
senyor Rey les quals coses valien tnil sous o pus) (171). 

Molt atent al seu beneflci En Palau may estava descuydat y menys 
al tractarse de conferir lo govern de llochs deis Comtes d'ürgell y 
de Pallars á persones de la confianza de Pere II. Diulieu reyals provi - 
sions datades lo dijous 17 de juliol de 1280, que N'Arnau Calaf ob- 
tingué les postats deis castells d'Ager, Os, Tartareu, Montsor, Milla 
y Clarmunt; Guillém Moliner, les de Lavansa, Josa, Pinell, Taltavull, 
Biosca, Madreny, Oliana, Ciurana y Vilaplana; y En Pere de Palau 
s' enearregá de les deis castells de Moutmagastre, Vilves, Peramola, 
Comols y Collfret (172). 



(187) .Beruarclo í3e torano quam omne illiitl quod teuet in comanda de hominibua de mont- 
senis et de sa foradada tradat visis presontilnis potro de iiaUício. Datum iu obsidioiie Bala- 
garii III°Kal. julii Anno doniini M'CCLXXX". S. potri marcliesii > (Registre 48, toli 63). 

(16S) «Pctrus dei gratia Rex aragouis fldeli suo bernardo de Eocafort domino des timonal 
Salutem et gra:iam. Mandamus iioliis quatenus omne liladum dcnarios et iiuicquid aliud dé- 
bitos Potro curtit cui noljiscum est in guerra tradatis nisis presentibus fldeli uostro Potro de 
palacio loco nostri. Datum in obsidione balagarii V nonas Julii Auno domiui M'CC 
LXXX». S. P. marchesii.» (Eegiatrc 18, foli 68). 

(169) Registre 18, foli 71. 

(170) «Petrus dei gratia Rex aragonum fldeUbus suis umver.si.s hominibus de Camarasa 
de Cubellis ot de llongay de Lorens Salutem et graciam Mandamus uobis nuatenus omnia 
debita bladum siue aliquas alias res quas aliqui vi'Strum teuetis ab hominibus balagarii 
acrimontis Castilionis et ab aliquibus hominibus qui nobiscum sunt in guerra tradatis etde- 
liboretis uisis presentibus fldeli nostro Potro de palatio loco nostri. Datum in obsidione ba- 
lagarii nonas Julii Anno domiui Millesimo CC» octuagesimo— s. P. marques.» (Registre 
48, foli 71). 

(171) Apéndi.x, apartat LXXXII. 

(172) •Petrus de palacio baiulio camaraoie. Noueritis nobilem Comitem vrgellcnsem 
mandasse per suas litteras berougaiio de montsonis et de peramola quod tradaut uobis no- 
mine ipsius Comitia potestatcm Castrum infrascriptorum dilecto (iuillelmo de curte locum 
veetrum tenouti in vicarie Ilei-de et alus locis sibi comissis vol cui ipsc voluerit uidelioct de 



178 F. CARRERAS Y CANDI 

Ab íxlguncs dilicultats, reals ó flngides, se trova Pere de Palau, per 
possessionarse de les postats d'aytals castells, consultant al Sobirá. 
coin hi deuría ]irncchir y rebentnc iiistruccioiis concretes eu la ordre 
rcyal del dimocres 6 d' agost de 1280 (173). 

Mes no foren aquests sois los castells quina comanda li confia Pere II, 
sino que tambó en 12S1 y A despit d'haver de tonir llavors niotiu de 
desconfiar de la probitat d'En Pere de Palau, com dirém desprós, 
encara li'n encomená los de MuntQonis y Qa Foradada. Lo primer era 
d'En Pons de Ribclles, y lo poschía en fou del Abat d'Aseí'- Pr'i no li 
tinfjué un mes cncomenat; puix lo porter Martí Ex¡meni§ de Josa, d'or- 
dre del Rey, los hi feu retornar (174). Empero ja n'hi haguó proa 
porque presentas comptes grans de la sua administración tant, que 
en los capitols de cárrechs contra dit Batlle, se parla, d'haver ñngidcs 
despeses en los castells de Foradada, Montcenís, Antena y altres. 

Si duptessim un moraent de que la guerra civil del 1280, fou per 
En Palau causa de prosperitat material, n'hi hauria prou per adqui- 
rirne lo convenciment, véureli comprar lo castell de Priva, en 1281, 
avants de la expedició de Pere II á Sicilia. En la venda que lo senyor 



castro de inuntmagastrc de uiuues de peramola et de Comols et de Colfrct eecundum quod in 
dlctis littcris pi'Cdicti Comitis uidehitis contiueri vnde cum dictus G. de curte uobis supcr 
dictis potestatilius recipieüdis comitat vices suas. Mandamus uoltis quatenus petatis et reci- 
piatis potestatum dictorum Castrorum juxta m.indatuní quod dictus (I. de curte predictis 
faciet per suas littoras super lins. Datum Ilerde XVI° kalenda? Augusti. S. p. marchesii. 

*fT** molinerü similis de lauansa de josa Piuel Taltaliuill bioscha Sladreny vliana Ciurana 
et de víla plana. 

«A. cala,ff similis de Ager Os Tartárea Montesor Milla et de Clarmont.» 

Eegistre 48, foli 90. 

(I73j «Petrus del gratia Rex ar.Tgonum tideli sno Petro de palatio baiulo de camarasa de 
Cubells et de Montgai Salutem et graciam uestras rece]iimns litteras in quibus siguiñcastis 
nobis quod potestates castrorum quas per uos recepi niandauimus quod nos super predictis 
deliberauimus qualiter super hoc proccdatur: procedati.s igitur in hunc modum quod si de- 
tentores dictorum castrorum usque ad diem eís asignatam in quam debatur ipsis traderc 
potestates non dederint uobis ipsas potestates per eos propter hoc non debeatis garrigare 
uisi ipsi primo malum faceront terre nostre uel hominil>HS. Set proliibeatis custodirí quan- 
tum potcritis atque lU'ohiberi taciatis ne in ipsis castris posset per aliquos frumentum 
bladum vinum au aliqna alia uictualia uel arma pi.r aliquos pcrmitti et etiam (luod bomines 
ípsorum car-trorum non ueniatis ad loca nostra per emeudis uel vendendis aliquibus rebus 
uel mercibus eorundem et interlm si de cousensu homiuum castrorum uel alio modo liabere 
poteritis uel capere ipsa castra ea capiatis et habeatis intendendo ad hoc quantum po- 
tcritis inducado bomines supradictos. Datum lUerde pridie nonas Augusti auno domini 
M-CCLXXX". (Eegistre 48, foli 111.) 

(174) 1281 (19 d' abril; «Nouerint vniuersi quod nos Poncius de Ribellis confitemur et 
iu veritate recognoscimus vobis Illustrissimo domino Petro dei gracia Regi Aragonis 
quod propter dampna excessus et maleficia illata per nos et valitores nostros vobis et 
hominibus uestris et propter expensas quas liabuistis uos et homiues uestri faceré racione 
guerre quam inuiste mouimus contra vos sumus vobis condcmpnati in viginti mile march' 

argcnti et viginti mile solid! » Entre les postats de sos castells que promet donar al Rey 

en cix contráete, lii enclogué: •ítem de castro de iMuni,'onis si placuerit Abbati agerensi.. 
1281 (11 kal. de Decembre) >Fi(leli suo petro de palatio Salutem et gratiam Mandamus uobis 
quateuns visis presentibus tradatis et deliberetis martino eximini de .lassa porteño nostro 
loco nostri castra de Munsonis et de zaforadada quod tenctia a nobis in comanda. Et cum 
dicta castra predicto porteño tradidcritis nos erimus indc a uobis paccati. Datum valeucie 
XI" Kalendas deceuibris— S. P. Sencliment> (Registre 44, tolis 205 y 2Uii.) 



CACIQUISME t'OLÍTICH EN LO SEGLE XIII 179 

de Priva, Bernat de Míravet, feu áPere de Palau, també se lesionaren 
los drets de la corona, per quan fou amsgada la fadiga que's devía al 
Sobirá. Y encara lo perjudica mes, puix en avant, En Palau, romaugué 
per Priva, home propi ó feudatarí de son gran amicli N'Alvaro de 
Cabrera vescointe d'Ager. Per manera que los honies de Priva, no 
scguiren la host reyal sino la del Vescomte. 

Es molt posible que Palau amagas la fadiga al Rey, no sois per 
dexarli'n de pagar lo seu import, sino també per evitar que á Pere II 
I i ontrassen intencions d'adquirir per si lo castell de Priva, davant lo 
propósit que tenía de ferse ab lo major nombre de castells y castlaníes 
en lo comtat d'Urgell. Molt poch avants, lo Rey havía comprat lo 
castell de Llorcn§, del que, flns la castlanía ne volgué adquirir, pa- 
gantne mil cinch cents morabatins á En Bernat de LlorenQ (175). 

Era, lo castell deLlorenp, notable en lo comtat d'Urgell. Enagenat 
temporalment per lo comte Erraengol, en 1203, no tarda ell mateix á 
adquirirlo, servint de derrer refugi á Guerau de Cabrera, al intentar 
usurpar lo Comtat á la hereva Áurembiaix. Dintre la fortalesa de 
Lloreng, se tancaren, Guerau, sa muller Elo, sos filis y principáis 
cavallers, resistinthi molt temps á la host de Pere I y capitulaut 
en 1211 (176). 

Durant una de les bregues hagudes entre lo Rey y lo Vescomte de 
Cardona, tal vegada durant la de 1280, Llorenc fou pres al Vescomte 
per la host de Camarasa y molt ben aprovisionat de ballestes de torn 
y de dos peus. Entre los presoners de la guarnició ó establida, hi havía 
un tal Pere de Palau, lo tercer d'aquest nom que trovém en esta rela- 
ció. Portat al castell de Camarasa, lo famós batlle Palau pretenía 
haverne d'ell un bon rescat. Un día se desvanesqué sa esperanga, puix 
lo presoner escapa de la presó sense saber com. 

Indignat, lo Batlle de Camarasa apreng-ué á En Berenguer Palau, 
germá del capturat á Lloren?, qui res tenía que veure en la guerra deis 
Cardones. Se'l ne porta á Camarasa, tancantlo en lloch del fugitiu, 
posantli pesades cadenes, (««& grans arriasades» diu lo procés). 

Berenguer Palau y sos parents, no tingueren altre remey, que sa- 
tisfer al Batlle un rescat de tres cents sous, segons pretenía. 

Quan lo castell de Lloren? passá á mans de Pere II, En Palau 

(176) La adquisicló de la castlanía d'En Bernat de Lloren.,-, dona lloch A questious ab lo 
Rey en 1279 (Eegistre 42, toli 152). 

Del temps de la compra de dita castlanía es la seguent orde: .Fídeli suo petro de palacio 
li.niulo Camarasic salutom et graciam. Uandamus nolüs quateuus soluatls bernardo de Lorens 
.nilitiillos millo «iuiugentos mora Latinos quos nos sibidebcmus racione cmptionisCastl.inic 
do Loreu..-. Nos euim sumus parati complore illud supor quo fidelis liaiulus uoster jucefus 
liauayafuitnobislocutusdofacto luiiusmodi. Datum barcbinoiie .\V kalendas Nouembris 
auno domini MOCCLXXX" primo. P. de sancto clemente.. (Registre 60, toli 187). En 12S2 
(U de .¡.iner 1281) ordoná Pere II 4 Jucef Eavaya, pagar dits l.óOO morabatins al castlá 
licrnat de Llorens (Registre .'i2, l'oli 20). 

ílít!) J. JIlRET Y Sans InvesU'oaciün Ustórica lobie el cizcontlado de Caetellbó, nlane-ilo? 
y 173. 



180 F. CARRERAS Y CANDI 

n'haguó la comanda, cuydant de les despeses faedores per posarlo en 
condicions defensivos. La sua diligencia coni sempre se patentisá ab 
lo que's consigna en lo procés, 50 es, d'haver carregat los comptes en 
mes de mil cinch cents sous. 

A Llorcng h¡ introduhí En Palau á un deis mes adietes á la sua 
persona, Arbitra del Key l'ofici d'alcayt y batUe, per son parent Pere 
de Palau. Aqucst, s'hi arrelá, d'aytal manera, que encara exercía 
dits oficis en 1290. Les declaracions de Na Barcelona Vila, que figuren 
en lo procos, presenten á sa tilla Guilleuma scrvint á dit alcayt y á sa 
muller en lo castell de Lloreng, en 1290, haveut convertit Palau á 
Guilleuma, en sa concubina, durant mes de mig any, ab conseutimcnt 
de la mare. 

Lo dit nos mostrará, com lo BatUe de Camarasa ocupava lloch pro- 
minent en la política de Pere II, convertintse en hu deis principáis 
representants del partit realista, en la perturbada reg'ió del N. O. de 
Catalunya. A les proves consignados pot afegirse la comissió de cobrar 
lo bovatge de les ierres de Pedro d'Ayerbe. Havent sobrevingut algu- 
nos diferencies entre lo Senj'or d'Alós, y Pere II, aquest concedí prorro- 
gues per lo pagament de dita gabela. 

A 6 de maig de 1281, pretenía, lo Sobirá, que N'Ayerbe, finida la 
prórroga, fes pagar lo bovatge á sos vassalls, satisfent les injaries 
comeses al Rey en la dilació. Quina carta li entrega En Pere de Palau, 
á quí encomenava Pere II ne reclamas acta notarial de la sua presenta- 
do y cuydés que son germá cumplís lo que li preceptuava (177). 

Los presouors de Balaguer, seguíen á Lleyda custodiats per P. A. 
de Botonach. Lo 30 de novembre de 1280, Pere II, ordoná entregar al 
Comte de Foix y al Vescomte de Vilamur, á mans de Ruderich Exi- 
men de Luna procurador reyal de Valencia, per meuarlos á Morella, 
sots custodia del alcayt Pere llorelló y d'En Guillém de Redorta (178). 
En quan al Comte d'ürgoU y á Pons de Ribelles, si en un principi, 
Pere II, tenía dcterminat transportarlos á Valencia, després dona con- 
traordo (10 de decombre 1280), volont que restessin á Lleyda (179). 
En la primera meytat del any 1281, los parents y amichs deis pre- 
soners procuran servir de mitjancers per venir á pau ab lo Rey. Tot 
son añades d'uns y altres ais llochs hont estaven redosos, ab autori- 
sació de Pere II. Ara la Vescomtesa de Narbona, tramet un emi- 
sari al Comte de Foix (7 de janer) (180); ara En Comengés parla á 
Morella ab son cunyat Arnau Roger d'Erill y ab lo comte de Pallars 
(9 de febrer) (181); ara es En Guillém Gayter de Palmera, qui confe- 



(177) Registre 19, foli 82. 

(178) Kegistre 48, foli 188. 

(179) Kegistre 48, foli 193. 
(ISO) Registre 49, foli 13. 

;isl) 12SI 9 de febrer). «Petro de morella alcaydo ilorelIíB Maudamus uoIjís quateniis 
perinitatis lo<iu¡ solum dilcctuin nostruin Comeugesium ciuu aobilibus Comes pallaricneis 



CACIQUISME POLÍTICH EN LO SÉGLE XIII 181 

rencía ab lo Comte de Pallars (182); ara En Ramón de Guardia y En 
Guillém d'Alentorn van á visitar al Comte d'Urgell y á Pons de Ri- 
belles (1 d' abril) (183), etc. No cal dubtar que lo Monarca afavoría 
tantes entrevistes (184). 

Lo resultat d'aytals tractes y embaxades, se comenta á sentir á 
mitjans de mar(j, assentantse los fonaments de la concordia. Per Qo lo 
Comte d'Urgell ordoná entregar les postats deis seus castells, al ve- 
guer de Lleyda Ramón Moliner, per lletres que expedí á sos feudata- 
ris. Foren aquests, segons consigna lo Registre 49, Pon? de Ribelles, 
per lo castell de Rialp; Alvaro de Cabrera, per los d'Ager, Os, Tarta- 
reu, Montsor, Milla y Clarmont; Guillém d Abella, per los de Lavan- 
(ja y Lo^ars; Pon? de Pinells, per lo de Pinells; En Peramola, per lo 
de Peramola; Berenguer de Camporrells, per lo de Biosca; Guillém Ra- 
món de Josa, per lo d'Oliana; Berenguera de Cervera, per lo de Tal- 
tabuU; Ramón de Castelló, per lo de Torralba; Berenguer de Josa, per 
lo de Madrona; y Galcerán de Pinos, per los de Lavanga y Josa. 

Algún temps tardaren en procehir de la matexa manera los demés 
procesats. Empero á la fl vingué llur sotsmisió y se celebra sumptuo- 
sament en la capella del castell reyal de Lleyda (30 de juliol de 1281 ). 
Aplegades gran nombre de persones, cumpliren la promesa, que ja 
havieu fet, d'entregar les tenencies d'alguus do llurs castells, En 
Ramonet de Cardona, en nom propi y en lo d'En Ramón d'Anglesola, 
lo Comte de Pallars, son germá Ramón Roger y Bernat Roger d'Erill. 
Actuaren de testimonis, Fr, Pere de Monteada mestre del Temple, Be- 
renguer de Puigvert, Berenguer de Cardona, Bernat d'Anglesola, 
Ramón d'Urg, Pere Arnau de Botonach, Arbert de Mediona y altres 
cavallers palatins. 

Lo Vescomte de Cai'dona se compromete á remetre á mans d'En 
Ramón d'Orcau, veguer de Cervera, sos castells de Cardona, Castelló 
del valí de Lort, Castell-tort, Matamargó, Castell-tallat, Ca Molsosa, 
Colonge, Ivorra, Calaf, Mediona y Montbuy. L'encarregat do rebrels 
sigue En Simón de Geronella. 

Lo Comte de Pallars, de vía entregar aximateix á Ramón d'Orcau 
en nom del Rey, Soler-roig y en la regió del Bergadá, los castells de 



H" rogeríi et bernardo rogerü de Eril (luocieusciiiniiue ídem Comeugesiua louui volcruit 
cum eisdeni» (Registre -in, foli 19). 

L' afecte del Rey vers En Comengés, resulta de la orde qne 11 donA d'apoderarse deis Ijen.s 
d'En Ramón de Cardona y d'En Bernat de Fluviá (1281—31 janer.) (.Registre i9, folis 19 y aS), 

(182) Registre 49, íoli 62. 

(183) 1281 (I d' abril). «Euueco luppi de Jassa. Mandamus uobis quatenuK permittatirt 
Eaimnndl de guardia et G. de alentorn milites videre Comitem Vrgelli et Poucium de Ribe- 
lles et lotiui cum eis semel uel bis qualibet die in presentía tamen uestri uel alterius loco 
uestri. Ita quod non jaceant nec comedant cum cisdem. Datum Tirasone kaleudas Aprilis 
Auno LXXX primo. S. p. de saucto Clemente.» (Registre 49, foli 26). 

(184) Se donaren salconduyl-i reyals, en lo mes de febrer, á Alvaro de Cabrera ves- 
comte d'Ager y al.s vassalls del Comte d'Urgell que volguessin anar A parlar ali aiiuest A 
Lleyda (Registre 49, foli J3). 



182 Jf. CARRERAS Y CANDI 

Querol, Mimtiniíjor, Muntclar, Casserres y Fraumii-, lo llocli de Me- 
rola y lo puig Erbagós. 

Lo propi Comte de Pallars luivíu de posar en poder del veguer de 
la Ribafí'or^a Ramón de Molina, los castells d'Alós, Esil, Boron, Osue, 
Sorb, Son, Valencia, Esterri, Isavarre, Escalarre, Estays, Valí de 
Unarre, Oavás, Cerpt, Unarre, y tots los llochs y vueles de la Valí 
d'Aneu, exceptat Puig-Lloreng, la casa de Piquerola y lo castell de 
Segura; la valí d'Espot ab lo castell de Lort situat en dita valí y tres 
viles de la matexa, ^o es, Obacli, SoIA y Stavareyn; los castells d Es- 
caló y Leberzuy, que están en la ribera d'Escaló; la valí de Cardos, 
ab lo castell de Eibera y los viles de Surri, Benescarrc, Estalló, Anas, 
Carabrós, Ladrós, Aynet, Esterri, (íencstarri, Ladorra, Beldís y al ■ 
tres llochs de dita valí. En lo comtat inferior del Pallars, entrega lo 
Conite de Pallars al Rey, los castells de S:>rt y d'Envey; la térra de 
SoV)regerre hont es lo Castell-nou; la térra de Corts, hont hi han los 
castells de Perameya, Montcortcs, Mont-rós, Molines, Castellgermá, 
Pinyana, Espluga-Oasserra, Santa Grata y la vila de Salars; A mes, 
en lo que respecte al castell d'Olp, declara, que lo Rey d'Aragó se'l 
tingues com á seu. 

Bernat Roger d'Erill devía tranietre á Pere II y en son nom A Ra 
inon de Molina, lo castell de Bohy y les viles de Durro y Tahull; lo 
castell d'Erill, ab Malpás y altres llochs del mateix y lo castell de 
Sás (185). 

Mentres s'anava seguint la causa contra deis nobles presoners, 
Pere II, á les derreries de febrer de 1281, concedía á Bernat de To- 
ralla, cavaller del comtat de Pallars, per virtut de gracia especial, 
los castells y viles de Sant Genez, Mur, Hayret, Plcadenuris, Areu, 
Besan, lo que tenía á la Vall-ferrera y á Vilamitjana, y los castells 
de Torroella, Mura, Olp, Mancuy y Capdella. A mes Toralla promet 
al Rey «quod non ducemus uxorem nec ibimus in peregrinacionem 
nos et nostri absque volúntate vestra» (5 kalendes de maro) (186). 

La causa contra d'aquests cavallers, anava endevant, tenint ca- 
rrech de procurador reyal En Ramón de Toylá, qui, en la acusació, 
incnlpava al Vescorate de Cardona y á sos amichs, d'haver induhit 
ais sarrahíns de Granada y Berbería, á entrar la frontera valenciana. 
Lo Vescomte de Cardona, segons manifestá son procurador G. de Cas- 
tellolí, era llavors raajor de vint anys y n'havía fets vint y dos. Los 
jutges Arnau Taverner y Bernat des Prat, condempnaren al Vescomte 
á pagar, d'una part dos cents mil marchs de plata y d'altre cent mil 
sous y á mes cent mil sous per dampnatges ocasioiíats en térra de 
Vilafranca; á Arnau Roger comte de Pallars, lo condempnaren A jua- 
gar cent mil marchs de plata y cent mil sous; y A Bernat Roger d' 



(185) Kegistre 47, folia 13 y 11 

(186) Hegistre 47, foli 10 



CACIQUISMÉ POLITÍCH EN LO SEGLE XIII 183 

Erill, á cinquanta mil marchs de plata y cinquanta mil sous (21 y 24 
d' agost de 1281). 

Lo divendres 25 d' agost, Tinfant Anfós, desde Lleyda, ordoná 
ais representaiits del Eey, entreguessin á llurs respectius Senyors, los 
llochs que feu ocupar Pere II durant la guerra (187), tota vegada que 
aquest li delegava les sues facultáis per fiualisa; aytals ccntroversies. 

Com no era possible que cap deis richs homes sentenciats, satisfés 
les sumes A que se 'Is havía condempnats, couvingueren en entregar 
al Rey, lo directe domini de tots los seus castells, que, tant lo Ves- 
comte de Cardona, com lo Comte de Pallars y lo Baró d'Erill, teníen 
en senyoriu propi. 

Los castells entregats per lo vescomte Ramón Folch, sigueren los 
de Cardona, Castelló de valí de Lort, Caslelltort, Matamargó, Clariana, 
Castelltallat, Oa Molsosa, Colonge, Mediona, Loberola, Lobera, Capo- 
llat; los tres castells que En Guillem de Calders tenía per lo Vescomte 
en la Valí de Lort, §o es de Qa Coma, Qa Pera y Osquer; los de (>- Va- 
ssona, Tavertet, Castellauli, Colonge, Miratin y Vilaromá; lo castell de 
Montbuy, si axis plavía al Bisbe de Vich y lo de Ca Aguda de la valí 
de Liria (188) si axis plagues al Bisbe d' Urgell. Quius castells declara 
rebrels del infant Anfós, en feu del Sobirá, prometent darne les pos- 
tats, segons Usatges de Catalunya, sempre y quan ne fos requerit per 
lo Monarca. 

Los castells del Comtat de Pallars, que eren del Comte, y d' ara en 
avant restaren sots directe domini del Rey, foren los d'Alós, Esil, Bo- 
ren, Sorb, Son, Valencia, Esterri, Issavarre, Escalarre, Estays, Usue, 
Gavás, f;erp, Unarre, Segura, Puig-Loreus, Piquerola y Portron, si- 
tuats en la valí d'Áneu: los situats en la valí d'Espot, nomenats de 
Lort, Obach, Sola y Estavareny; los de la valí de Cardos coneguts per 
Ribera, Surri, Benestarre, Estahont, Gavás, Carsibrós, Ladrós, Aynet, 
Esepri (?), Genestarre, Ladorra y Beldís. En lo comtat Inferior de Pa- 
llars, los castells de Sort y d'Envey; en la térra coneguda per So- 
bregerri, Castellnou, térra de Corts, y Castell de Perameya. A mes los 
castells de Montcortés, Montroig, Castel-germá, Molíns, Pinyana, Es- 
pluga, Trasserras, Salars y Santa Grata. 



(187) A Simón de Gerouella veguer de Tarragona, Pere H li deya que, havent prestnt 
homenatje, lo vescomte de Cardona, per sos Uoehs y fortaleses, li restituís los casteHs de 
Mediona y de Montbuy; per les semhlants rahous ordonava íi Ramón d'Orcau, entregar los 
castells de Matamargó, Castelltallat, (> Molsosa, Colonge é Ivorres, al Vescomte; A Ramón 
de Molina, que restituís al Comte de Pallars, los castells y llochs del sen Comtat que tenia 
relnits á nom del Rey, á excepció de Santa Grata, Pinyana, Castellgcrmá, Espluga de Tres- 
serra, Montcortés, Perameya, Castellnou de Sort, Envehy, Leliertzuy, Ribera, Escaló y 
Lort; y al propi Molina que fes re.stitueió de tot á, Bernat Roger d'Erill, exceptats los cas- 
tells ó llochs de Bohy, lirill y 8as. També á Ramón d'Orcau que, restituís Berga y Bcrgadá 
al Comte de Pallars en lo mateix modo y jurisdicció en que estaven quan hi foren assignats 
per jutges Simón de Geronella y Ramón Gil, per les questions que 'a teníen ab lo Eey á causa 
del Bergadá, á excepció del castell de Puig Erbezós. (Registre 47, foli 39). 

(188) Lo nom rt'est castell en lo foli 21, vé escrit: «C^aguda de valí de doria-. 



184 K. CARRERAS Y CANDI 

Aximateix los castells quc's tcnien per lo córate de Pallars, desig- 
nant ais de Queralt, Rodes, Estech, Montfornut y Revert, quina meytat 
era de Kamon Roger. També los castells de Gramanet y (iurb, com 
los que tenia per Bernat de Tjralla, 90 es Vilamitjana, Montcuy, 
Sutardit, Lartuen y Cassoval. Scmblantmcnt lo castell, puig y valí de 
Capdella y los que possehía com á feudatari seu En Raniou Roger de 
Pallars, qo es, Burch, Guilarcuy, Oló, Toloriu, Vall-fresosa y Fonta- 
net, lo derrer en leu de la Jlitra d'Urgell. Tancant la llista de tots los 
pertanyents al Pallars lo de Soler-roig. 

Mes avant anomenava los castells del Bergadá, quin feu passá 
al Rey, esseut los de Montmajor, Querol, Montclar, Casserres, Mero- 
la, Freumir y Rosset, salvant lo dret de Beatriu de Melany. 

Mentada la entrega d'estes pertenencies, manifesta lo document, 
que les tornava á rebro de mans del infant Anfós, tenintho tot en feu 
de la Corona, y afegiutlii encara lo Uoch de Bullidor, guanyat per lo 
Rey durant la guerra civil. Li assenyalava los castells hon deuría 
estar ab sa familia, quan lo Rey, cota á senyor directe, li reclames les 
postats, los quals eren: lo d'Almyna, si rebia les postats del comtat 
de Pallars Inferior; Bertuy si rebía les postats deis llochs de Corts; 
Envey, si les rebía deis llochs d'Eavey; Areny, si les rebía deis llochs 
de Montrós; Arros si les rebía deis llochs de Cardos; Esterre, si les re- 
bía deis llochs d' Áneu; Estavareny, si les rebía deis llochs d'Espot; y 
Capdella, si les rebia de la propia valí. (7 kalendes de setembre 
de 1281) (189). 

Bernat Roger d'Erill entrega al Rey lo domini deis seus castells 
de la valí de Bohy, qo es: de Bohy, Durro, Tahull, Erill, Malpas y Sás. 
A mes aduhí proves de que Eril-sa-vall y Castellác;, eren d'En Co- 
mengés ó de sa muller, com també que Sorb y Ansuy eren d'Ea 
Guillém d' Erill, germá de Bernat Roger. Per tant, d' ells no 'n podía 
ferne entrega al Sobirá. 

Com á feudixtaris del d'Erill que prestaren seguidament l'homc- 
natge al Rey, hi venen citats, Pons de Piuel per lo castell de Vall-fre 
sosa. (7 kalendes setembre 1281) (190) y Guillém de Sant Cerní castlá 
d'Erill. Erill, petita regió pirenenca, autónoma, venía esser á Cata- 
lunya, lo que Albarracin en mes escala, era en aquest matcix temps 
dintre 1' Aragó. 

A Trcmp fou hont 1' infant Anfós rcbé 1' homenatge deis feudata- 
ris del Comtat de Pallars. (14 kalendes d' octubre 1281) (191). 



(189) Begistrc 17, toü 28. 

(190) Kegistrc 17, foli .10. 

(191) Foren dita feudataris; GuiUérn de Montcortés casth'i de Santa Grata; Arnau d'Or- 
cau, castlá de Salars; O. A. de Perves y Perico de Clarmunt, eastlá y sotscastlá de ga Es- 
Ijluga: Berengucr do CastellvíjCastlAile Lort, <iui tenia en feu del Comte, lo castell de Ei- 
vert; Guillém de Perves, castlá de Castcllgermá y teuint lo Uoch de Rodos; Ramón de 
Puigcerver, castlá de Pinyaua; Eamou de Pei-amcya y Jaume de Muntpesat, que tonieti per lo 



CACIQUISME POLITICH EX LO SEGLE XIII 



185 



Omitirém parlar d'altres actes y contractes celebrats ab tal oca - 
sió, per esser ja del tot secundaris, com lo reconexement de Guillem 
Galcerán de Cartellá, qui's declara vassall de Pere II per son castell 
d' Ostalers (3 nones agost 1281); la absolució que l'iufant Anfós feu ais 
Comías de Pallars y Vescomte de Cardona, de la condempna contra 
d' ells recayguda (6 kalendes de setembre 1281); la oferta de tots los 
riclis homes apresonats, de perdonar y res exigir, ab motiu do damp- 
natges ó injuries rebuts durant la guerra, de llurs contraris; la resti- 
tució del castell de Galliners al Comte de Pallars (8 kalendas setem- 
bre 1281); les absolucións de llurs horaenatges ais feudataria del Ves- 
comte de Cardona, fetes per aquest, á fl de quedar en condicións de 
rendir homenatge al Rey (3 nones de setembre 1281); etc. 

D'una manera semblant á la deis feudataris del Comte de Pallars, 
los del Vescomte de Cardona, prestaren llur sagrament de fldelitat y 
homenatge al infant Anfós, qui's traslada per rebrels, al Vescomtat 
hont aquell senyorejava (192). 

Tampoch En Pons de Ribelles, tenía manera de satisfer los vint mil 
marchs de plata y vint mil sous, á que l'havían condempnat los jut- 
ges Taverner y des Prat. Per tant, posa en mans del Monarca, los 
castells de Ribelles, Antona, Rialp, una castlanía de Balaguer y le? 
forjes y llochs que possehía en feu d' altre, com Montgonis, cas de que 
hi vingués be son senyor l'Abat d'Ager (18 de novembre de 1281) (193). 

Axis acaba la famosa guerra civil del 1280, obtenint Pere lo Gran, 
tot lo preponderiu y doinini que la Corona podía desitjar, en territoris 
autonómichs del Principat de Catalunya. Induptablement sapigué 
aprontarse de tot. Tixnt bona solució, induhí á Pere II á buscar la opor- 
tunitat de fer lo mateix arreu, adregant la sua habilidosa diplomacia, 
per conseguir resultat consemblan t en térra aragonesa. Aixis donchs 
perdé sa autonomía, lo senyoriu d' Albari-acin, poch temps després. 

(Seguirá.) Francesch Carreras t Candi. 



Comte lo castell de Formit ó Fromit, ab los dos noms designat; Aniau de Miralles, quí tenía 
en feu lo castell de Gramanet; en Vilau Flor, castlá d'Escaló: Bernat de Besan, eastlá de 
Cai'sibi'ós; Arnau de Montcortós, castlá de Montcortés; Bertrán d'Aramnnt, qui tenia en feu 
lo lloch d'Estaó; Dahnau d'Eroles qui tenía lo castell de Gurb (Registre 47. foli 3i). No 
consten altres castláns y senyors en I os homenatges deis llochs del Comte de Pallars. 

(192) Foren aquests feudataris: Bernat de Barbera y Arbert de llediona, castlá y sots- 
castlá respeetivament de Mediona; Arnau de Vernet y Berenguer f'a Tort castlans de Car- 
dona; en representado de Berenguer de Cardona ca.stlá major de Moutbuy y d'Arnau de 
Alontbuy castlá, presta jurament lo flU d'aquest N'Arnau; A. de Fontanet, castlá de Colon- 
ge; Barthomeu de CastoUauli, lo presta en nom de Na Romeua de Cervera castlaua de Calaf ; 
Berenguer de Castellauli, castlá de Castellaulí: los sotscastláns Caldero y Guillem ^'a Cirera, 
per los castells de Ca Molsosa y de Castelltayllat; Pere de Cervera y Guillem de ferrán, 
sotscastláns d'Ivorres 6 Ivorra; Guillem de Pons, jm-á per lo castell de Lobera, sens marcar 
si n' era castlá 6 sotscastlá (dimecres 3 de les nones de setembre de 12.S1). 

Lo .S deis idus de setembre á Cardona presta homenatge Guillem de Calders, castlá de la 
valí de Lort. T al endemá, N'Arnau de Vernet lo presta á nom de si maro castlana del cas- 
tell de Cardona (Registre 47, folis 22 á 27 i. 

(193) Regi.stre 47, foli 12. ' 



186 A. GIMÉNEZ SOLER 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 

(Continuación) 
De 129Ó Á 1305 

Con el tnitíido de 1296 inauguró Jaime II una política nueva, cou- 
Iraria á la seguida hasta entonces, contribuyendo A que la minoría de 
Fernando IV fuese la más calamitosa de todas y uno de los períodos 
en que sufrió más desastres la Corona de Castilla; cesó su amistad con 
la familia reinante castellana, á la cual negó derecho á la Corona y 
hasta legitimidad á los hijos de D. Sancho y D.* María de Molina, re- 
conociendo como soberano de aquel reino al nieto de Alfonso el Sabio, 
D. Alfonso de la Cerda; sustituyó á su cooperación en la Reconquista 
una firme alianza con Granada aceptando, como buenas todas las con- 
quistas de los moros y procuró la desmembración de Castilla, quedán- 
dose él con Murcia, é intentó dividir en dos este reino para que 
reinara en uno el pretendiente y en otro el monarca legítimo. 

Tal vez cambio tan radical fué motivado por el deseo de compen- 
sar la pérdida de Sicilia con adquisiciones territoriales en España y 
la disminución de la influencia aragonesa en Italia haciendo de Ara- 
gón el Estado preponderante en la península ibérica; al ir á Roma 
llevaba ya seguramente la idea de concluir el tratado aquel, por el 
cual, renegando de la política de su padre, abandonaba A los fieles si- 
cilianos y se inhibía de entender en lo sucesivo en los negocios de esta 
isla, sino era para declararse amigo de sus enemigos, enemigos A la 
vez de su casa y de su nombre, porqué su reconocimiento de los de la 
Cerda y su aceptación de Murcia, que estos le cedieron, confirmando 
á su favor la donación hecha á su antecesor, llevaba como secuela la 
guerra con Fernando IV y era de necesidad renunciar A una de las dos 
empresas. 

El almirante Bernardo de Sarria, cuya influencia había sustituido 
en el ánimo de Jaime II la (¡ue antes ejercía Sancho el Bravo, decidió 
el abandono de Sicilia, con el propósito nada noble de sacar de Italia 
á su rey, á fin de privar de nuevos triunfos á Roger de Lauria, contra 
quien sentía odio feroz, y anular los ya obtenidos, haciéndolos estéri- 
les; todo se dispuso para esto: el tratado de 1296 entre Aragón y Gra- 
nada tuvo por fin único y exclusivo asegurar la paz en los Estados 
peninsulares de la Corona de Aragón por el tiempo al menos que el 
soberano estuviera ausente de los mismos, por ser los granadinos los 
únicos que podían venir á turbarla y por tanto ser ellos solos los úni- 
cos á quienes convenía tener por amigos; el granadino por su parle 
solo podía temer de los aragoneses, si de algún lado debían venir 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 187 

trabas á sus afanes de reivindicación de ciertas plazas y fué fácil por 
esto á uno y á otro llegar á un acuerdo sin tener en cuenta los dere- 
chos del Pretendiente á la corona, que entonces ceñía Fernando IV, 
]iorqué el estado más que de indisciplina, de anarquía, en que se ha- 
llaba el reino castellano lo convertía en auxiliar indirecto, pero pode- 
roso, de sus propios enemi,:;-os. 

Por esta causa Jaime II entró ya en 1296 por el reino de Murcia, 
decidido á unirlo á sus dominios, cosa que logró en gran parte, y por 
bien parecer y por contentar al de la Cerda escribió al de Granada, 
cuando aun Fi'ancisco Despí no había vuelto de la Alhambra con la 
ratificación del tratado, rogándole que pactara con el titulado Rey de 
Castilla como lo había hecho con él, entendiéndose con el mismo emba- 
jador; no se negó el moro, pero las condiciones por él propuestas eran 
muy grandes y creyendo Jaime II que su discusión sería larga y difícil 
aplazó el negocio hasta su regreso de Roma (1); nuevamente quiso 
reanudar esas negociaciones en 1297, invocando razones de orden pu- 
ramente moral, pero las hizo fracasar (2) Mohamed, que, teniendo 
puestos los ojos en ciertas plazas de Andalucía, de las cuales se creía 
injustamente desposeído desde los tiempos de Alfonso el Sabio, y en 
Tarifa, en cuya devolución soñaba, no desconocía que solo ganán- 
dolas por fuerza de armas habría de incorporarlas á sus dominios, 
cualquiera que fuese el verdadero rey de Castilla (3). 

y así como Jaime II se apoderó de Murcia, él corrió Andalucía, si 
bien de sus correrías y victorias solo sabemos lo que quiso decir Ben- 
aljatib, único historiador verídico de los árabes que corren impresos, 
y alguna que otra noticia de las crónicas cristianas; fueron con todo 
sus campañas más desastrosas de lo que unos y otros dan á entender, 
aunque no más fructíferas de lo que todos dicen; como en los tiempos 
de Sancho el Bravo convergieron las armas y la diplomacia en Tarifa, 
combatida por los moros con tesón igual á la energía puesta en defen- 
derla por don Alfonso Pérez de Guzmáu, que por su bravura en mante- 
ner y conservar para el rey don Fernando la tierra, que le dejó en 
guarda el rey don Sancho, merece el dictado de Bueno, con que la 
posteridad honra su memoria; él fué el único que mantuvo enhiesta la 
bandera de la Reconquista, que simbolizaba la verdadera política es- 
pañola y él el único de los hombres de su tiempo que no pospuso al 
suyo los intereses de la patria, á pesar de las grandes ofertas de los 
enemigos y no obstante el abandono en que le dejaron sus compatrio- 



(1) Publicado por Benavides. Memorias del reinado de D. Fernando IV 
de Castilla, tomo 11, pág. 74. — La fecha está equivocada en la equivalencia, 
no es el 2 de marzo sino el 30; la signatura es la antigua, la moderna os 
K. 252, f. 145. 

(2) Publicado por Benavides, tomo II, pág. 98 (R. 252, f. 155). 

(3) Publicado por Benavides, tomo II, pág. 124 (R. 252, f.162 v.). 



188 A. GIMÉNEZ SOLER 

tas: él salvó Andalucía de ser nuevamente musulmana y 61 sólo sos- 
tuvo el empuje de todo ol poder granadino, reforzado por moros 
africanos, sin que del centro ni de las regiones extremas de España 
vinieran en su socorro, antes al contrario, le excitaron á claudicar y á 
vender su fidelidad. 

«Sennor, decía en 1298 á Jaime II, vi uucstra carta en que fué la 
nuestra mersed de me embiar desir que veyendo les grandes guerras 
en que yo esto e todos los del And'i lupia contra los enemifios do la fe 
de ihu xpo...» y en 1301 «Sennor, bien cuydo que sabedcs que depues 
que el rey D. Sancho, que Dios perdone, finó acá la muy gran guerra 
que avenios ávido en esta tierra con los moros. Sennor por esta ra- 
sen ove de mantener mucha senté siempre de cada dia por n'uardar 
esta tierra para el i-ey don Ferrando mío sennor que el rey don Sancho 
su padre me dexó en guarda»: ni las historias árabes ni las crónicas 
cristianas permiten sospechar esa muy gran guerra que indudable- 
mente sostuvo Guzmáu, cuya palabra es digna de entero crédito, y no 
es posible que de haber limitado sus hazañas el rey de Granada á lo 
que dice Benaljatib y añaden los cristianos, las calificara el Bueno 
de aquel modo. 

Según el primero todo lo emprendido por Mohamed se redujo á las 
conquistas de Quesada y Alcaudete (1), mencionando sin añadir por- 
menor alguno (2) una batalla, que llama del arzobispo, aquella en 
que murió Don Sancho de Aragón, si bien es posible sea la misma en 
donde, al decir de los cristianos, fueron vencidas las tropas de Casti- 
lla, que mandaba el infante Don Enrique, ó aquella en la cual, según 
Bernardo de Sarria, perecieron cerca de cuatro mil hombres entre ellos 
el arzobispo de Sevilla (3); á esto añaden los cristianos el desastre del 
arrabal de Jaén, pero todo junto no justifica el dictado de muy gran 
guerra que da Guzmán á la de este tiempo, ni habría dado pretexto 
al infante Don Enrique para proponer la cesión de Tarifa como medio 
de poner fin á males mayores, (pues aun movido por el dinero que se 
le ofreció, necesitaba un pretexto legítimo) ni la reina doña María ha- 
bría llegado á pensar si realmente convenía más perder aquella plaza 
que sufrir, por conservarla, tantos desastres. 

Y si los cronistas é historiadores callan ó por ignorancia ó por con- 
veniencias de plan, (esto último en cuanto al moro), ó por no merecer 
los honores de ser mencionados, según ellos, otros hechos, que los que 
citan, los documentos son muy escasos y muy poco expresivos. Sábese 
por ellos, sin embargo, algo más que por las crónicas é historias, aun- 
que sus noticias vienen en revuelta confusión y es difícil sobre todo 



(1) En la historia de los nasai-ies en Casiri. 

(2) En la Ijata, edición dol Cairo de 1901. Tomo II, pág. .S71 
(:-J) El sitio de A Imeria en 1309; pág. 78. 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 189 

sentar una cronología exacta, por la cual puedan presentarse los suce- 
sos encadenados y tal como ocurrieron. 

Parece haber comenzado la campaña con la toma de Quesada á 
fines del año 1295, (mes de moharram del año t.95) (1), y que á de- 
tener estos avances salió el Maestre de Calatrava, que fu6 derro- 
tado junto á Iznalloz; quisieron vendar esta derrota los andaluces, re- 
forzados coiilas huestes, que pudieron reunir los prelados de Sevilla 
y Córdoba y los arcedianos de Toledo, Valladolid y Burgos^ y solos 
ó mandados por el infante Don Enrique, fueron al encuentro del ene- 
migo, sufriendo uno de los mayores desastres que experimentaron los 
cristianos en la larga lucha de la Reconquista; la batalla se dio cerca 
de Sevilla y parte del ejército vencido, acaudillada por Dou Alfonso 
Pérez de Guzraán corrió á encerrarse en Tarifa, siguiéndole los moros, 
que inmediatamente la pusieron sitio, creyendo que tras el desastre su- 
frido por las armas castellanas, dado el estado de indisciplina en que 
se hallaba el reino de Fernando IV. la fortaleza, privada de todo so- 
corro exterior, estaba irremediablemente perdida; la victoria de los 
musulmanes ocurrió en junio y el sitio de Tarifa por los moros victo- 
riosos duró por lo menos dos meses y medio. 

Ese revés, que en época normal y tranquila hubiera sido un mero 
incidente de la campaña, en aquella tan revuelta tenía colosal im- 
portancia y hacía temer que no pararan en él las calamidades: 
D.' María de Molina consintió en mermar por aquella frontera la 
herencia de su hijo y Don Enrique y el Maestre de Santiago en repre- 
sentación del rey de Castilla, pactaron con el de Granada el fin de las 
hostilidades, mediante la entrega de Tarifa, que defendía Guzmán, á 
quien se absolvió de su juramento de fidelidad; á firmar el convenio y 
ii dar y recibir los rehenes, fueron á Sevilla aquellos dos personajes (2). 

Pero estos pactos no llegaron á realizarse por no querer cumplirlos 
el que tenía en su mano entregar ó guardar la plaza, y tanto empeño 
mostró en esto último al verse así abandonado de los suyos y en cierto 
modo perseguido, que prefirió á consentir en lo pactado, buscar am- 
paro en el Rey de Aragón, en la esperanza de que por haber éste 
coadyuvado á ganar de los moros, lo que ahora se les quería devolver, 
no le negaría los auxilios necesarios 

Eran sus ofrecimientos, según Zurita (3), que de ponerle sitio los 
moros durante más de tres meses por no querer entregarles Tarifa, le 
socorrerían las naves catalanas y que de intentar privarle de recursos, 
embargándole las rentas, le prestaría Jaime II una cantidad igual á la 
embargada, haciéndole desde este momento homenaje por aquella for- 



(1) Ijata, tomo II, pág. 371 El nombre de Quesada está equivocado. 

(2) El SUio di' Almeria en 1309, pág. 78. 
{3¡ Anales, libio V, cap. 24. 

190,').— 14 



190 A. GIMÉNEZ SOLER 

taleza, sin <iui' se tuviera por libre del mismo en tanto <|uc por el rey 
Don Fernando, ó ciuicn reinase en Castilla, no se hubiere reconocido 
lia deuda y si el monarca castellano, no reconociéndola, se negaba 
A satisfacerla, Don Alíonso entregaría la villa y castillo al Rey de 
Aragón. 

Apreció éste como cumplía la nobleza, lealtad y patriotismo del 
Bueno, que antes que entregar á los musulmanes una fortaleza cris- 
tiana y española buscaba un rey cristiano y español, que la defen- 
diera y si menester fuera, entregársela, pero su condición de aliado 
del rey de Granada le impidió prometer socorro alguno, mientras el 
granadino, guardando su palabra, no hiciera paces con el de Castilla, 
y viniere contra él, según decía GuzmAn que trataba (1); pero «ve- 
yendo las grandes guerras» en que Guzraán estaba empeñando y «non 
queriendo [¡arar mientes» á la que sostenían los aragoneses y castella- 
nos, mandó á todos los corsarios de su tierra que no hiciesen mal á los 
barcos andaluces ni á las costas andaluzas, y á su vez el Bueno y 
D '' María de Molina prohibieron á sus subditos de esta región dam- 
nificar á las tierras y vasallos aragoneses; la situación de Tarifa me- 
joraba notablemente con esta merced y tenía seguro el abastecimiento 
por mar (2). 

Entretanto se logró un peiíodo de relativa tranquilidad, y fué qui- 
zás ahora cuando á instancias del defensor de Tarifa concedieron los 
moros una tregua de tres meses, y el mismo Guzmán fué á la Corte á 



(1) No he podido hallar estas proposiciones y respuestas de Guzmán y 
de Jaime II, sin duda por deficiencias de investigación, pues Zurita lo vio 
todo y vale tanto como el documento mismo; la carta de despedida de 
Alvar Rui/, de Colsantos, embajador de Guzmán, la publica Benavidus, 
tomo II, pág. 9!) (R. 252, f. 156). 

(2) Al Rey de Aragón yo Alfonso Peres de Gusman Sennor vi 

vuestra carta en que fué la vuestra merced de me enbiar decir que 
veyendo las grandes guerras en que yo esto et lodos los del andalu- 
(;ia contra los enemigos de la fe de ihu xpo que por faserme merced a 
mi e a todos los desta tierra non queriendo parar mientes a la guerra 
que auedes con el rey don Ferrando mió sennor que auedes fecho 
mandamiento a todas las uuestras gentes e a los cosarios de nuestra 

tierra que non fisiesen mal ni guerra a nos nin a esta tierra Sennor 

sabedes en verdat que quando la uuestra carta me llego mostrela al 
Rey e a la Reyna et enbiaron sus cartas e su mandado e yo las mias 
acá a Seuilla e a toda la frontera en que enviaron mandar e defender 
que non fuese osado ningún cosario de armar contra los vuestros 

Reynos so pena de los cuerpos e de quanto ouicsen Et por fablar 

estas cosas conuusco e otras que uos non puedo enbiar desir por carta 
enbio alia a Pero de San Martin este cauallero mió a uos. Porque nos 
pido mereced que vos que lo creades... fecha la carta en Seuilla ueynie 
e seys dias Enero era de mili e CCC XXX et seys annos 



LA CORONA. DE ARAGÓN Y GRANADA 191 

visitar al Rey. Lo que pasó en esa ida del Bueno á la residencia de 
Don Fernando y en los dos años siguientes se desconoce, pero que la 
situación no había mejorado y sí quizá recrudecido su gravedad, lo 
demuestra que otra vez recurriera el defensor de la discutida plaza al 
Rey de Aragón con peticiones análogas á las anteriores mas otras nue- 
vas encaminadas á poner fin á la lucha entre los cristianos, que tanto 
favorecía á los musulmanes. 

No había sido del todo satisfactorio el resultado de la misión enco- 
mendada á Ruíz de Colsantos, pero algo debió de ver don Alfonso en 
la respuesta del Rey de Aragón cuando volvió á solicitar de él no so- 
corros, sino una entrevista en mar ó en tierra para buscar un arreglo 
á las diferencias que separaban á los dos príncipes cristianos más po- 
derosos de la península y á esta petición es casi seguro que no era 
extraña D.^ María de Molina; prueba del gran prestigio de que gozaba 
D. Alfonso en Aragón y en Castilla. 

Con aquella solicitud vino ahora á la corte aragonesa Pedro de San 
Martín, que, juntamente con la del Bueno, traía la representación del 
concejo sevillano. De sus peticiones (1) tienden unas & disminuir los 



(1) Ofrecen sus ¡nslvucciones la particularidad de estar redactadas en 
catalán y escritas en la letra usada en esta época en Castilla; la ortografía y 
la escritura revela que quieu escribía, escribía de oido lo que otro dictaba; 
no llevan fecha ni firma; unas veces la oración es impersonal, otras lleva el 
verbo en primera persona; ó por creer el que dictaba que así debía hacerse; 
ó por precaución por si acaso caían en manos enemigas, se oculta siempre 
al rej' de Aragón bajo la frase «el muy noble», helas aquí: 

En Pera senmarti direts al molt noble que livenga ement que 
tarif el la ayda a guaanyar per a servey de Deus e de la crestiantat. 
E si yo volia levar ma e atorgar la volentat deis mayorals de Gástela 
en lo fet de Tarif darmien pus de. III. contes e farien los moros per el 
tot quant nos manassem.=que est any que yo quis consentir que anas 
a casa del Rey a veerma con el septa nos deren treves de. VI. meses 
quens tengren molt be en guisa que nos culim tots los pans en sau 
como quer que avien a nos dit que avie ab lo molt noble pustura 
que no faes ninguna treva ab nostre senyor el Rey =Avets á dir que 
sia la su merse que les jens nostres que sien en tot lo seu senyoriu 
saluus e segurs e quen fussa manament ans que vos salgats de casa 
sua.=Aytambe quels seus corsaris e els nostres que si sencontren so- 
bre mar deliure ne en negu port ques guarden e samen. =Aytambe 
que si els seus corsaris troben negu mercader nostre en mar ne en 
térra quel dejen guardar e manparar=quels nostres corsaris ajan ma- 
nament quels guarden els manparen axi com dit es=Aytambe don Al- 
fonso Perhis que volria tractar que totes les carreres quels nostres 
enamichs serquen per dése., a los crestians que queria endergar (en- 
der/.ar: g silbante) con la grasia de Deus pau entréis crestians be e 
vertaderament a egualtat de les parts e sobraso ques veria ab lo se- 
nyor dia ase(n;yelat si el ovol quens endes una carta feta en pla=Ay- 



192 A. GIMÉNEZ SOLER 

rigores de la guerra entre castellanos y aragoneses en beneficio de ios 
andaluces: tales son el no considerar á estos como enemigos dentro de 
los dominios del Rey de Aragón ó al cruzarse uno de sus barcos en alta 
mar con otro catalán ó arribar á, un mismo puerto; otras dan noticias 
de la marcha de los sucesos y de los propósitos de (xuzniáu, cuyo pres- 
tigio y poder en Andalucía ensalzan; ó recuerdan á Jaime 11 la 
ayuda que prestó al rey Bravo en la toma de Tarifa, enviando la es- 
cuadra de Montoliu ó afirman ser D. Alfonso el que más verdadera- 
mente desea la concordia entre aragoneses y castellanos y el más po- 
deroso contra los moros. Explícita y categóricamente, usando el yo, 
dicen que de querer levantar mano en lo de Tarifa accediendo á las 
instancias délos primates castellanos le darían los moros tres millunes, 
cantidad fabulosa en aquellos tiempos, y harían cuanto él les pidiera, 
que una voz que solicitó una ti'egua se la concedieron de tres meses, 
guardándola tan bien, que fueron recogidas todas las cosechas, aña- 
diendo, con cierto raatiuiavelismo, que hicieron esto no obstante ser 
fama que por los tratados con Aragón no podían dar tregua al Rey de 
Castilla; se le notificaba que en aquel entonces el hermano de la reina, 
Don Alfonso, aguardal)a en Sevilla embajadores castellanos, que ha- 
bían ido á Granada y á Marruecos á tratar de la paz, pero se le daba 
junto con el aviso la seguridad de no acabar nada con los infieles, en 
tanto que se ignorara su pensamiento; seguridad que indica que con 
todo y ser espontáneo el paso de Guznián en el camino de la concordia, 
no lo daba sin consentimiento de D.* María. 

Otra vez la alianza con Mohamed y la pertinacia en mantener las 



tambe diu don Alíonso Perhis que negun vasal noes be servidor de 
senyor si tot ho quer per a so senyor ne aytambe si consela a son se- 
nyor que desempar re en que aia demanda si donchs non a maresi- 
mento e que laltra part remanga com pot e asso pot safer que les parts 
romandran pagades e que venga tot sobre los enamichs de la fe e so- 
brasso sia la vista. =porets dir que no es negu hom el mon que pus 
vertaderament quira parlar en est fet com fa don Alfonso Perhis ne 
qui mes poder haja per quant á la nostra part ne aqui mateix qui mes 
poder tenga per asesegar lo tet deis moros=E direts axi com es ver 
com don Alfonso jerma de la rebina es en xibilia e que son missatges 
anats al Rey de Granada e aytambe a buyacop mas que sia el molt 
noble segur quels missatges de torna no partirán de xibilia ne sia fina- 
ra r3 fins que vos en P. vengats de la casa del molt noble e que sobre 
tots aquets tractats que dcsa sa moven que sien les vistes de mi al se- 
nyor si ael plau o per mar o per terra=Atres¡ vos membre que don 
Alfonso Perhis hobra cases en la sua vila de Sent luquer e aytambe 
en xibilia lo seu alberch e aytambe lo monestir que fa asenta pons fora 
de Xibilia e que si los su merce quens des I carta que poguessem sa- 
car de valensia . CCC . o . CCCC . fustes de p¡ que aquests e mes aura 
mester per sa lavor. 



LA CORONA DR ARAGÓN Y GRAVADA 193 

pretensiones de los de la Cerda impidieron á Jaime II responder A esas 
proposiciones conforme á sus sentimientos, que no eran otros que opo 
nerse á los avances de los moros y ayudar contra éstos á los cristianos, 
y salió del paso remitiéndose á los informes verbales dados al emba- 
jador (1); no neí^ó la entrevista que se le podía, pero fué su acepta- 
ción tan poco expresiva y tan fría, que se adivinaba sin esfuerzo la 
repugnancia en tenerla; y efectivamente, no se verificó ó porqué Guz- 
míiu entendiera lo que se le decía ó por no serle posible trasladarse 
á tierras aragonesas antes de volver á Italia Jaime II (2), perdién- 
dose una ocasión de devolver la tranquilidad á España. 

Debía ser cierto lo de las embajadas castellanas á Granada y Ma- 
rruecos, pues los rumores de un próximo arreglo entre estos reyes, 
aumentaron y tomaron cuerpo hasta llegar á Cataluña, á donde por la 
distancia y dificultad de las comunicaciones solo llegaban las noticias 



(1) Don Jaime etc. A los hondrados savios e discretos los alcay- 
des el alguacil e los cavaleros e honines buenos del Concejo de Sevi- 
lla etc. Recebimos vuestra carta que nos enbiastes agora con Pero de 
Sant Martin cavallero del noble don Alfonso Perii; de Guijman e en- 
tendido todo lo que en aquella era contenido e lo que nos enbiastes a 
dei^ir con el respondemos vos que nos esguardando el servicio de Dios 
entendemos e es nuestro proposito de fazer todavía aquello que sea a 
su servicio e a buen estado de la xpiandat. E sobre lo que nos embias- 
tes a dezir en la dita carta vuestra avernos faulado con el dito Pero de 

Sant Martin Dada en Valencia VIII dias andados del mes de mar^o 

en el anyo dannmldito (1298). (R. 2ó2, f. 185). 

(2) Donjayme... al noble e amado don Alfonso Pere? de Guzman 
salut etc. Recibiemos vuestras cartas que agora nos enbiastes con el 
homne vuestro portador destas letras. E entendido todo lo que en aque- 
llas era contenido viendo el vuestro buen entendimiento que havedes 
en exaltamiento de la xpiandat e faser servicio a Dios plogo nos mucho 
de lo que nos enbiastes desir en las dichas cartas vuestras. E respon- 
demos vos que quanto en nos es todavía nos plazeria de coraron e 
daríamos obra en quanto nos buenamente fazer lo podiessemos que 
paz e amor e concordia fuesse entre los xpianos e todavía fué tal e es 
nuestro entendimiento. E assi sí vos por esta ra(;on queredes venir a 
nos plaser nos ha muyto con vos. E sabido el entendimiento vuestro 
daremos aquel mejor consejo e obra que podamos como sea paz amor 
e concordia entre los xpianos. E si vos ante que no seamos partidos de 
nuestra tierra por ir en servicio de Dios al santo Papa de Roma no 
seredes venido A nos quando seamos delante el dicho padre santo nos 
fablaremos con el de lo que vos nos avedes embiado a dei;ir de poner 
en buen estado la xpiandat e procuraremos quando podamos en faver 
sobre esto todo aquelo que sea a servicio de Dios e a proveyto 
de la xpiandat e en poner aquella en buen estado. Dada en Barce- 
lona VIII dias andados del mes de Mayo en an}'© de nuestro senyor 
de MCCXCVIII. (R. 252 f. 193). 



194 A. GIMÉNEZ SOLER 

de mucho hiilto; ello es que el vizconde de Cardona, Gobernador del 
Principado, se creyó en el deber de indicar al Rey, que por última 
voz había pasado á Italia, que su presencia era más necesaria aquí que 
allá por ser notorio que avenidos la Reina de Castilla, Abenjucef de 
Marruecos y Mohamed do Granada y vencido lo que [odía llamarse 
el partido aragonés, capitaneado por D. Juan Núñez, se disponían 
todos á caer sobre estos reinos (1). 

Y como todas las noticias convergían en lo mismo y todas concor- 
daban en apuntar una inteligencia entre todos en contra de Aragón, 
Jaime II apresuró su vuelta decidido á sostener las pretensiones de los 
de la Cerda al trono de Castilla y las suyas al reino de Murcia. No 
bien hubo pisado tierra comunicó su arribo á su aliado de Granada, 
haciéndole toda clase de ofrecimientos; pero de la Alhambra vinieron 
con frases de cortesía otras de queja por las infracciones de los pactos 
existentes cometidas por aragoneses en la ausencia de su rey y se 
pedía que éste condenara aquella conducta é indemnizara los daños 
causados (2); aunque esta era la misión aparente y pública de (,'ayt 



(1) Al Rey de Aragón folch vegcompte de Cardona procura 
dor vostre en Catalunyasapiats senyor per cert que vos fets maior frev- 
tura en vostra térra que nos nous puriem 1er saber per letres ni per 
missatge per so con lo fet de Gástela entre les altres coses es en fort 
dur estament pus lo noble en Johan Nonig ío pres. Els castelans aquels 
qui no son vostres amics an pres gran en. .ment daquel temsa enga e 
donen soven gran dan en la vostra térra darago e de Murcia e a hom 
sospita que en molt maior per go cor dien per cert que en 
Ferrando fill qui fo del Rey de Gástela e la Regina sa mare diu hom 
ques son avenguts ab enajucer e ab lo Rey de Granada e dien per cert 
quen Ferrando los cuyda aver tots a sa valencia e cuyda gran dan 
donar a vos ab els ensems els regnes darago e de Valencia e de Murcia 
e nos ne negun de Catalunya no podem acorrer a aquellos terres tant 

nos son luny Data Barchinone angustí amno Do- 

mini Millessimo ducentésimo nonagésimo nono. (Jaime II estaba eu 
Ñapóles). 

(2) Al muy noble e muy alto Don Jaymc por la gracia de dios Rey 
de Aragón.... de mi Alamir Servo de Dios Mahomet Abennai;ar Rey de 
Granada.... viemos vuestra carta muy amada quenos enbiastes e pío • 
gonos mucho con ella. E sabe Dios verdad que nos place mucho con 
la vuestra venida !,*) e con la vuestra salud e gradecemos vos mucho 
porque nos lio enbiastes decir. E Dios lo faga en ora buena la vuestra 
venida para vos e para toda vuestra gient. Et otrosí a lo que nos en- 
biastes decir que si nos avernos menester alguna cosa de la vuestra 
tierra que vos lio ficiessemos saber e vos que nos lio fariedes complir 
esto vos gradecemos nos mucho quanto decides que ciertos somos nos 
que tal es la vuestra mesura e la vuestra verdad que siempre faredes 

(*) A España, después do su viaje A. Roma é Italia. 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 195 

Alhachulli la verdadera ó importante era el averiguar si el tratado es 
taba todavía en vigor y si aquellos hechos habían sido obra de gentes 
amigas de botín ó efecto de una política nueva enemiga de Granada. 
Fué la respuesta de D. Jaime afirmativa en el sentido de continuar el 
estado de cosas existente antes de su marcha á Italia y como para 
demostrar su firme pi'opósito de sostenerlo y de no pactar cou el rey 
de Castilla hizo saber al de Granada su entrada en son de guerra por 
el reino de Murcia y la toma del castillo de Alhama (1). Indudable- 
mente habían llegado á la corte de los alhauíarcs rumor-es análogos de 
avenencia entre Castilla y Aragón y á confirmarlos ó desmentirlos 
vino Alhachuli; pero si por ahora no dio resultado el sembrar re- 
celos y desconfianzas entre los aliados, esa diplomacia fué al cabo la 
que deshizo aquella coalición y devolvió la paz á España. 

Pero los rumores eran tan concretos y puntualizaban tanto los pro- 
pósitos de castellanos y granadinos, que parecen, aún siendo producto 
de la fantasía popular ó ardides de política, hijos de algo real y efec- 
tivo, que sino existía, estaba en vías de existir y que la condición de los 
hombres de entonces, todos falsos y todos perjuros, justificaba y daba 
visos de verosimilitud y de verdad; todo cuanto significaba incumpli- 
miento del deber era muy posible y muy probable para Jaime II, tra- 
tándose del rey de Granada, y para éste tratándose de aquél y para 
uno y otro de los nobles castellanos, apoderados del gobierno, que no 
tenían otra ley ni otra norma d'il deber que la propia utilidad. Ni 
Jaime ni Mohamed ignoraban tampoco que su alianza, basada en con- 
veniencias de momento, era transitoria, y que ellos y sus Estados se 
repelían; por esto cada uno recolaba del otro y sabedores sus enemigos 
de la existencia de estos recelos los aprovechaban para deshacer la 



vuestro debdo derecho e verdat e mesura mas la vuestra gient no lo 
firieron asi como vos mandastes ni nos aguardaron asi como devien e 
avemos muchas querellas dellos de que pudriemos aver derecho dellos 
cada que nos quisiésemos más tal es la nuestra verdat e la nuestra 
mesura e el nuestro leal amor que lo quisiemos sufrir fasta que vos 
viniessedes a vuestra tierra que ciertos eramos nos de vos e del vuestro 
verdadero xmor que nos faredes derecho porque vos rogamos mucho 
como amigo que nos mucho amamos de coraron que nos fagades dar 
derecho e que dedes a entender a vuestra gient que somos amigos e 
que fagades algon escarmiento en aquellos que non quisieron complir 
vuestras cartas ni el vuestro mandamiento. E por esto vos enbiamos a 
Qaat Ataybelly porque sabe todo como passo e quantos cativos e dan- 
nos nos an fecho los de vuestra tierra qual derecho nos dieron vuestra 
gient porque vos rogamos mucho que lo creades de todo quanto vos 
el dixere de la nuestra part asi como si nos lio dixiessemos. Dada XX 
dies de noembre era de mil e CCC e treynta y siete annos. Yo lop 
sanchos la íii; por mandado del Rey. 

(1) Publicado por Benavides, tomo II, pág, 115 (H 252, f. 182). 



196 A. GIMÉNEZ SOLER 

coalición y convertir á los aliados en enemigos y un enemigo en aliado, 
trabajando con más ahinco cerca del rey de Granada que del de Ara- 
gón por conocer que jmr aquel lado serían sus gestiones más fructíferas. 

üada esta situación era posible para Jaime II la verdad de aquello 
que se decía de estar en la frontera el infante Don Enrique y los maes- 
tres de Santiago y Calatrava, decididos, costase lo que costase, á, sacar 
á Mohamed de la alianza de Aragón y á lanzarlo contra Murcia, mien- 
tras las tropas castellanas invadían simultáneamente las fronteras va- 
lenciana y aragonesa (1) y por creerlo posible trató de evitarlo ini- 
ciando las negociaciones de un nuevo tratado más ventajoso que el 
primero para el Key de Granada y procurando por medio del abad de 
Foix que el Papa tomase parte en la querella enti'c los hijos de Don 
Fernando de la Cerda y los de Don Sancho, reconociendo á los primeros 
como herederos legítimos de Alfonso el Sabio o por lo menos, si esto 
parecía excesivo, partiendo el reino para que ambas ramas reinasen. 

Si esta petición era de por sí extraordinaria, pues no contaba al 
formularla ni con la aquiescencia del soberano universalmente reco- 
nocido en Castilla, ni menos con la voluntad de los castellanos, más 
extraordinaria todavía era la razón alegada para justificarla. 

Jaime II se atrevió á decir que las contiendas entre los cristianos 
españoles favorecían solo á los musulmanes: á los de aquí directa- 
mente, dejándoles aumentar su territorio, enriquecerse á costa de los 
cristianos y cobrar fuei-zas, que harían luego más difícil su expul- 
sión; y á los de Oriente de un modo indirecto, restando hombres y 
recursos á los que los combatían ó intentaban combatir en su propio 



(1) En 12 de agosto G. Lull, al parecer ayo de los infantes, decía al Rey: 
que la frontera de Castella e encara lo Regne de Murcia es en gran pe- 
rill per la posa e per ladob que la Reina de Castella que fo enten e cuy- 
da fer pau ab ben Jacob (sin año).— y Gari;i Gari^e? de Aragur «amo del 
noble senj'or infant don Jaymi» el primero de setiembre escribía también 
al Key: «Senyor un home bueno de Castiella me embio un escudero e 
atal que sabe las fa^iendas de Castella e el consello, que dige qv.e don 
Endrich e el maestre de Calatrava e el de Ucles son hidos a la frontera 
a fablar con el Rey de Granada e a meter las pages e aver los escuen- 
iravos si los aver podieren e si mellor pleytesia pedieren aver si no 
que todo aquello que los moros demandan que los sia complida e 
cue\-da aquel ciertament que veniran con adobo e es homne quel 
pesaría de vuestro danno. Mas no me oso enviar carta sacado un es- 
cudero que me envió que es mi parient a qui yo creo bien de lo que 
me dixo de las sus partes; e digo vos que an ordenado aquellos con- 
selleros de Ferrando e de la Reyna según el me lo envío a de(;ir sil 
adobo es de los moros que los moros que entren por su cabo en la 
vuestra tierra e los crestianos por II cabos e que quemen e estruyan e 
crebanten quanto alcanzar podieren en la vuestra tierra e cuydan que 
lo pueden farer». 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 197 

territorio (1); convenía por tanto, según 61, en beneficio de los mis- 
mos cristianos y en el de la cristiandad en general, poner término á 
la lucha entre Castilla y Aragón, como si él, el propio solicitante, 
no fuera el que, posponiendo estos intereses más elevados á los suyos 
y á los derechos de un rey de nombre, daba más alientos á los moros 
y contribuía más poderosamente al crecimiento de fuerzas mahometa- 
nas, que proclamaba era pi-eciso restringir. 

Tanto este medio de devolver la paz á España ideado por el rey 
de Aragón como el otro de los castellanos fueron ineficaces; el Papa 
no hizo caso de la petición del aragonés y los tratos de Don Enrique 
y Mohamed fracasaron, ignorándose por qué, por más que ambicio- 
nando los moros Tarifa y no pasando por menos que por poseerla y 
estando Tarifa bajo la custodia de quien lo estaba, en Tarifa y en 
Guzmán hay que buscar la causa del rompimiento, así como en el 
desengaño y despecho de los moros por el fracaso, el motivo de reanu- 
dar las hostilidades con la toma de Alcaudete y del arrabal de Jaén 
y el arrasamiento del término de esta ciudad en tres jornadas á la i-e- 
donda. 

En las circunstancias que concurrieron en estos hechos de armas 
convienen las noticias deBenaljatib y de Bernardo de Sarria; concuer- 
dan ambos en apuntar en la toma de Alcaudete dos sucesos, la toma 
del poblado y la de la fortaleza, añadiendo el catalán que esta última 
fué entregada al moro por el Comendador de Calatrava, encargado de 
defenderla, en venganza de discordias entre los caballeros de la Or- 
den, pasándose después al ejército de Mohamed. Nada dice el histo- 
riador musulmán del desastre de Jaén, pero la catástrofe está confir- 
mada por varios testimonios, entre otros por Sarria, que llama no 
Enrique sino Antonio á Pérez de Arana, que tampoco dice murió com- 
batiendo, sino que hecho prisionero, le hizo decapitar el vencedor (2). 



(1) En 15 de mayo de 1300 volvió á excitar Jaime II k Mohamed 
Aboabdille para que se declarara en pro de Don Alfonso de la Cerda como 
Key de Castilla ^R. '.^^2, f. 220), y en setiembre enviaba á decir al Papa: 
«Et encara com per rabo de la guerra que es entre los regnes de Cas- 
tella e darago los sarrahins en les parts de spania preñen gran for<;a e 
gran vigoria e dampnifiquen molt íortment los xpians. Encara com 
per rabo de la dita guerra gran sccors de gens e de viandes qui da- 
questes parts iria en les parts doltramar sen toyle e sen embarga. E 
supliquen li. -quel Rey de Castalia puga aver son dret... esi per aven- 
tura no paria al Papa quel dit Rey de Castalia entegrament pogués 
haver son dret placiali al menys per esquivar lo dan de la cresliandat 
que per manera de composicio queu adobas, Maiornient en Castela es 
tant que a tot pot bastar. (R. 252, f 233 v. y 235. Embajador el abad de 
Foix). 

(2) Benaljatib. (Ijata, tomo I, pág. 371), pone la conquista de Alcaudete 
en 8 de xaual del aüo de la hégira 699 (,2b de junio de 1300) equivócase al 



198 A. GIMÉNEZ SOLKR 

Cinco años rio guerra de asolamiento y de exterminio produjeron 
en el país una miseria ¿;eneral tan ¡grande, que dejó memoria y la con- 
signaron los cronistas como caso notable; en Andalucía, sohre todo, 



decir que fué dnminf^o, siendo martos; el documento en que da todas esas 
noticias Bernardo de Sarria, dice asi: 

Al molt alt e molt poderos senyor en Jaume per la (;Tacia de 
deu Rey darago etc Bernat de Serrian besan vostres mans me coman 
en vostra gracia. A la vostra alta senyoria fac saber que 1 moro meu 
almotacén que yo avia trames que nos partis del Rey de Granada per 
saber tot <;o que ell faria en aquesta entrada es vengut e am comptat 
que con lo Rey de Granada ac preses los capdets (Alcaudete) lo qual li 
rete lo comanador quel tenia per vo cor no vol acuylir be . L. frares quey 
avia en la viia e que el que rete lo castel al Rey de Granada e es ro- 
mas ab ell. Puys anaren a Jaén e combate lo raval e preslo a batayla 
e entréis altres pres hi I rich hom qui a nom Anthon PereQ e tochi el 
cap e muyren hi moltes gents e feu correr tota la térra entorn be. III 
jornades e crema e corree grant re de la térra e feu hi gran mal. En 
apres venguerent li misatges de la Reyna de Gástela e de son fiyl e 
de don Johan que volia esser Rey e ara es arfil si que parlaren ab 
el be . V . dies a una ma e diu aquest que fama era que per qo cor 
ell ha reebuts lurs misatges los quals nuil temps no avia volguts 
reebre que li parlen alguna composicio del fet de Tarif e el dit 
Rej' de Granada ay ja trameses sos missatges e aquest fet tracta lin- 
fant don Johan en que ell se fia mes que els altres Encara diu aquest 
moro que ell era deuant lo Rey de Granada e hoy li dir que per vos- 
tres gents se tenia Lorca asetjada e dix aquesta paraula que ja deus 
no volgues que vos aguessets Lorca que vos bo li erets a amic mas no 
a vehi perqué senyor es obs que vos espeeguetslosfetsdaquexesparts 
aytant com puscats e que entenats en cobrar Lorca e els altres lochs 
que pus vos ho ajats lo Rey de Granada no faria ningún empreniment 
contra vos e mentre que els tracten aquels fets sera be que vos ajats 
subiugat lo Regne que be sabets vos senyor que si aquels lochs roma- 
nien asi e aquels de Gástela e el Rey de Granada eren una cosa quel 
regne de Murcia e aquel de Valencia no serien en bon estament hon se- 
nyor si a deu plau con aqueys fets sien espeegats vos hi pendrets tal 
manera que sera honor e profit de vos e de vostra térra. Encara sapiats 
senyor que aquels de Gástela son en mal estament e an gran pobrea 
en la Cort e mal recapte que per poder que la reyna aia aut noyc a 
poguts trametre neguna companj'a de caval ne negun socors de vianda 
per (JO cor dien aquests quin venen que sofer la maior pobrea del mon 
e el Rey de Granada entra en Granada el XVII. dial de juyol e ha le- 
xats en la frontera be .III. mille'genets que li eren venguts en romería 
de la térra de Aben Jacob. Lo Maestre Dueles era vengut de Munteyl 
e anaren en la frontera e per (;o cor ha cartes que la Reyna li toyl la 
maiordomia es sen romas a Munteyl que no va en la frontera si que 
la miior partida de la companj-a sen es ja partida. Encara senyor me 
conta aquel moro queTama era lia quel infant don Ferrando hi devia 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 199 

debió ser espantosa, porque á hxs calamidades inherentes á tal estado 
de cosas se unieron las inclemencias del tiempo, destruyendo las co 
sechas: «et sennor, decía Guzmán el Bueno, como quler que esta tierra 
es muy Ivaena de pan, a bien unos tres anuos que no ovo en ella pan 
sino muy poco en guisa que la tierra esta agora mucho menguada de 
pan» y Bernardo de Sarria confirmaba esto mismo escribiendo que en 
Castilla la Corte padecía la mayor miseria del mundo y estaban en 
muy mala situación, imposibilitados de levantar nuevas tropas, de 
sostener las levantadas y de satisfacer tantas ambiciones, pues por 
entonces mismo el maestre de Santiago abandonaba la frontera y te 
retiraba á Montiel en protesta de haberle quitado el mayordomazgo 
Don Juan Manuel se desavenía con la reina y sus hijos por no querer 
darle Alarcón, Alcaraz y Huete, y era tentado por Bernardo de Sa 
rriá para que reconociese al de la Cerda; Don Diego de Haro pedía e 
título de Conde; Don Lope, su hijo, la mayordomís y cinco caballo 
rías; Don Juan Núfiez, tres lugares y el adelantamiento de Castilla 
Don Juan Alfonso rehusaba reconocer los actos de gobierno de la 
regencia y el infante Don Enrique exigía que las Cortes le reconoció 
ran como tutor del Eey y que sus bienes pudiera heredarlos el hijo ó 
hija que estaba á punto de nacerle; y entretanto el rey de Granada 
invadía el país con ocho mil hombres á caballo y la infeliz D* María, 
harta de sinsabores, amenazaba con retirarse á un convento y aban- 
donar el gobierno á estos revoltosos, para que ellos mismos se destru- 
yeran (1). 



anar e el Rey de Granada esperaval per (;o cor aquels castelans quel 
Rey de Granada tenia preses li comptaven que sil infant don Ferrando 
venia daqueles parts que gran partida de Gástela se retria a ell perqué 
senyor seria bo que li conseylassets quey anas que sens dubte entre ell 
e ab QO quel Rey de Granada li ajudaria ell hi faria molt be sos affers 
e tendrien los castelans de guisa empatxats que nols leuria anar defen- 
dre la frontera de Arago Encara que yo cuydaria acabar que ab al- 
guns ab que yo ne ja parlat que pus don Ferrando fos ab lo Rey de 
Granada que Alcarac; se retria a ell ho ha son frare e seria gran des- 
torp de Gástela e gran endrega de vostres fets. Altres noves senyor 
no'c ha Sarita en Murcia diumenge derrer dia de juyol (1300). 

(1) Al.. Rey darago en Bernat de Sarria... en Johan Manuel ses 
desavengut ab la Reyna de Castella e ab sos fylls E a les dites aqües- 
tes paraules que pus els honren aquels quils an deservits els dona térra 
que ell assaiara sils porien desservir. Coi ell lur demanava Alarco e 
Aleara? per heretat e opte (Huete) per cambra. E per <;o cor ela ne 
sos filis a(;o no li an volgut atorgar e per les salines denten^a que li an 
levades ell es se desavengut ab ells. Encara sapiats senyor que don 
Johan ma trames a dir per en Pere Escriba ques vulia veser ab mi. E 
yo he li trames a dir que si el vol teñir la carrera del rey don Alfonso 
que vos acabareis que ell li don aquels lochs per heretat Encara que 



200 A. GIMÉNEZ SOLER 

Y como el remedio á todos estos males sólo se veíii en la paz con 
Granada, cuyo rey era el único que combatía, otra vez se intentó 
traerlo h la amistad de Fernando IV, separándolo de la de Jaime II, 
en cuyo reino no era mucho mejor que en Castilla la situación interna; 
la mayor parte de los nobles lo habían abandonado pasándose A Cas- 
tilla y entalilando necfociaciones con la reina, en el momento mismo 
en que D.» María de Molina trataba con Bernardo de SarriA la paz con 
Arag-ón y aceptaba casi todas las condiciones. Pero este desnaturali- 
zaraiento de los nobles aragoneses la hizo mostrarse más altiva y negar 
algunas cláusulas, esperando que las dificultades con que ahora había 
de luchar su enemigo lo ablandarían y á menos precio compraría su 
amistad (1). Y por lo mismo que estos sucesos fueron en Castilla un 
rayo de esperanza, sembraron en Granada tal desaliento, que llegó 
á tratarse en consejo si había sonado la hora de separarse de Aragón 
y unirse á Castilla, faltando poco para que el acuerdo fuese favora- 
ble á este cambio, que, sin embargo, se decidió, aunque aplazando 
un poco su publicación (2). 



vos 11 darets alcuna cosa en diners E per (,'o cor ell es de linatge de 
Reys creu que ho fara per vo cor tots amen térra. Encara sapiats 
senyor que yo se per cert que la Cort de Gástela no es acabada. Cor 
neguns del conseyls noy son volguts venir ne en Johan Alfonso de 
faro ans ha respost que noy víndra entro quel Rey aia XXV anys. Cor 
tot quant si fa ara se feya a son dan. Nanrrich demana que per (,-o cor 
sa muller es prenyada que el pusca heretar de tot ^o que te sia fvll ho 
ttllya e que tenga la tudoría entro quel Rey sia de edat de XXV anys 
e que a^o fermen tots los rics homens de Castella e els consells. En 
Diago demana que hom lo fa^a Comte e don Lop son fill demana que 
hom li do la mayordomla de Gástela e V cavaleries. En Johan nunnec,- 
demana III logars e que sia adelantat de Gástela. Encara que la Rcyna 
lur dix en Gort que pus nos podia avenir ab ells ques retria en 1 orde 
e que lexaria regir la térra a els. E axi senyor tota la térra de Gástela 
es en gran tribulacio e pobrea... lo rey de Granada entra en Gástela 
ab VlIIn homens a cavall e encara noy ha anat nuil hom á la frontera... 
Scrita en Murcia dimecres XXIX días de iuny a hora de tercia. 

(1) E am contat certament que ell a rebut per alguns de la Gort 
de la Reyna de Gástela que ela era de voluntat de fer la pau ab nos e 
datorgar los capitols que yo li auia trameses si que ho auia tot ator- 

gat an Rodrigo Yenyeguev e puis penedisen E ara per ardit que 

ha haut deis richs omens de vostra térra quis son desauenguts ab nos 
ela esperant temps ha feta aquel a resposta que sens dupte aquel fet 
daquels a molt destorbat. (La respuesta ¡I que alude Sarria es no consen- 
tir en la paz sino devolviendo h Castilla el reino de Murcia). 

(2) Al... Rey darago... Bernat de Sarria. Sapia la vostra altea 
senyor que he entes per I missatge que yo trames en Castella demen 
tre que erem en Valencia e per I letra quel maestre dueles, e encara 
per en Johan Alvarez comanador de Ricothe qui es ara en Castella e 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 201 

Llevaba entonces las negociaciones con Granada el infante Don 
Juan, que aunque convertido de Rey en alfil, seo;ún pintoresca expre- 
sión de Bernardo de Sarria, gozaba de la confianza del granadino; lo- 
gró por de pronto una suspensión de liostilidades y que Mohamed se 
retirara á su capital, en donde entró triunfaluiente el 17 de julio de- 
jando en observación tres mil zenetes; mas á pesar de las relaciones 
de amistad personal del infante y del rey de Granada y de la predis- 
posición de éste á salir de la alianza aragonesa no dieron resultado las 



es vostre natural que per cert don Ferrando Rey de Castalia sen va a 
Xibilia e a la Andaluzia e es ja partit de i,"amora ensemps ab lo Rey 
de Portugal e es cert que aquells de la Andaluzia la avien ja apla(;ada 
al Rey de Castilla. E per aquesta rabo sen va lia per vo cor avien 
pahor de perdre la terra=Encara compten aquests quel missatge quel 
dit Rey de Castella avia trames al Rey de Granada era tornat e era 
fama que pau se devia fer entre eíls E creyen les gents que per aques- 
ta rabo anava lo Rey de Castella a Xibilia. Encara compten aquests 
que ab la reina de Castella e ab son fill anaven don Anrrich en Johan 
linfant. E en Diago román en la frontera de Murcia e en Johan Nunez 
en aquella de Conca e de Molina e en Joban Manuel e el Maestre du ■ 
cíes a Alcaraz e el cap de Mantel] per que senyor quant a ara entro 
quel rey de Castella sia tornat de(;a eils nous an en cor de fer altra 
guerra sino de guardar e detendré les fronteras. Encara senyor sapiats 
que en Castella a gran carestía .. Encara sapiats... quel arraye; de Cri- 
vallen me dix en gran secret que I seu amich era sem.pre vengut de 
Granada e comptava quel missatge quel rey de Castella avia trames 
al dit Rey de Granada sen era anat e que deuant tots li,avia feta res- 
posta no bona mas que eil se devia veer ab lo dit Rey de Castella E 
am dit larraÍQ per cert quel dit Rey de Granada ac son conseyl sobre 
la pau del Rey de Castella e tots los array? saul larray? de Maleca e 
de Basta li consellaren la dita pau mas aquets li consellaren lo contra- 
ri dients a ell que bon li era a amic lo Rey darago que mentre amdos 
fossen amics nuil hom no li podia noure. E a ago resposeren los altres 
devant lo Rey de Granada quin poder ha lo Rey darago qui ses desa- 
vengut ab sos richs homens darago. E son exits fora sa térra mes de 
M. cavallers e son ab lo Rey de Castella. E els altres dixeren: senyor 
esperats al menys entro a les meses e la donchs veurem en quina ma- 
nera hivan los fets que la donchs ne porets triar (;o quens en valla mes. 
Perqué senyor sia vostra merce que vos aportets los fets de Catha- 
lunya a pau e bon estament E yo hire en Arago he fiancja en Deu 
quels fets vendrán a vostra honor e a profit de vostra térra si a Deu 
plau. E con lo rey de Granada sia cert que vos vos sots avengut ab 
vostres richs homens cert siats vos senyor que el vos guardara mils lot 
qo quens aia promes eus fara tal ayuda que vos porets molt gran 
mal fer en Castella... Scrita en Elx X dies anats del mes de mari,'o. 
(,12) Publicadas la credencial é instrucciones por Benavidbs, ob. cita- 
da, tomo II, pág-. ¿03 (R. 252, f. 216). 



202 A. GIMÉNEZ SOLER 

conferencias c(!lebrn(liis durante cinco días en la frontera. Había siem- 
pre algo que el niusulmíui pedía como indispensable y necesario para 
llegar á la concordia, que no podían los cristianos entregarlo; y como 
esto, que Fernando no podía ni ofrecer siquiera, el de la Cerda y el rey 
de Aragón podían prometer aumentado, entre una negación absoluta 
y una esperanza, aunque lejana, optó SIohamed por continuar siendo 
araiyo de Jaime II, no obstante el temor que le inspiraba tener por 
fronterizo un nuevo Estado cristiano, que podía convertirse en enemi- 
go y combinar sus ataciues con los del otro. Recibió, por tanto, al em- 
iKijador Bernardo de Segalars, que iba á renovar la alianza de Aragón 
y no le fué difícil entenderse con él: la única cláusula discutida (1) fué 



(1; Ítem al feyto de la pac,' d¡(;e el Rey de Aragón que la tiene 
por firme de vida suya e del Rey de Granada assi como es firmada 
bien e cumplidamente en las cartas ende feytas Ítem, al feylo de las 
mil e (,-in(;ientas doblas doro quel Rey de Granada ha prometidas dar 
al Rey daragon cada anyo con carta de los dreytos de las duanas de 
aquello que aduran los mercaderes en la su tierra Maraveyllase muy- 
to el Rey daragon porque no gelas a embiadas por Bernart de Sega- 
lars del tiempo passado segunt que lo ha prometido por su carta. E a 
lo que dise el Rey de Granada por que no an venidos mercaderos de 
la tierra del Rey daragon a la tierra del Rey de Granada no las a po- 
dido dar. Es cierto al senyor Rey daragon que ya venidos mercaderos 
de la su tierra e del regno de Mayorgas qui se tiene por ell porque el 
dito Rey de Granada no deve estar por esta razón de dar las doblas 
del tiempo passado. Maiorment porque el Rey daragon a querido to- 
davía e mandado a todos de la su lierra que fuessen e pudiessen yr en 
la tierra del Rey de Granada e no lo a vedado a ninguno. E a aquello 
que dize el Rey de Granada que si plaze al Rey de Aragón que al Rey 
de Granada plazera que las gentes del Rey daragon sean Tranchas en la 
su tierra en aquella manera que y son francos los jenoveses e que pa- 
guen aquelos dreytos que los jenoveses hi an acostumbrado de pagar. E 
aun que si por aquesta ra<;on vienen mercaderos en la tierra del Rey de 
Granada que el Rey de Granada dará al Rey de Aragón cascun anyo 
por joyas segunt que a el semeiara mas que non gelas sea tenido de 
dar por convmencia ni por carta mas por su voluntad segunt que a el 
plazera Esto plaze al Rey daragon que los mercaderes de la tierra 
del dito Rey daragon ayan aquela franquea que los jenoveses an da- 
questos diez annos e de vida del dito Rey de Granada e que de el Rey 
de Granada aquelas joyas que a el semeiara a sa voluntat e no por con- 
vinencia. Empero del tiempo passado pues lo a prometido con carta 
semeja al Rey daragon quel Rey de Granada que lo dcviesse complir. 
E el Rey de Granada faga carta de seguridat de los ditos diez annos a 
los mercaderos segunt que ellos la querrán. Ítem, al feyto de las coro- 
nas a lo que dize el Rey de Granada que gelas embie el Rey daragon 
e que es en lur ley que no deven emprestar sobre penyos si antes no 
vecn los penyos dize el Rey daragon que gradecc muyto al dito Rey 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 203 

aquella en que se le exigía el pago de las parias, á lo cual se negó ter- 
minantemente, alegando que no habían ido á su tierra mercaderes ca- 
talanes, y Jaime II transigió, como transigió también en que no tuvie- 
ran los suyos en Granada las mismas ventajas que los genoveses (1). 
En realidad no era motivo suficiente de desavenencia el que Moha- 
med diera ó negara unas cuantas doblas: el trono de Fernando IV se 
asentaba sobre terreno firme y dominados ya los enemigos interio- 



de Granada su buena voluntat e aquello que j'a dito. Mas cuanto a 
agora el dito Rey daragon a ávido recaudo dotras partes assi como 
de las gentes de su tierra que le an feyto gran acorrimiento e de pro- 
lienta quel an venido grandes dineros e quanto a agora no ha menester 
el emprestamo. Mas si adelant lo oviere menester quel embiara las 
coronas por el dito Bn. de Segalars o por otro. (E 25'2 f. 224). 

Alo al que decides de la franqueza de nuestras gentes que fue- 
sse assi como de los genoveses que lo otorgavades por un an^'o o 
por dos seed cierto que a nos plagia porque las gentes entendiessen e 
cono^iessen la vuestra amor e la nuestra e que las nuestras gentes 
usasen mas en la vuestra tierra que no an feyto entro a aqui e los 
vuestros tan bien en la nuestra tierra E que era semblant a nos que 
era vuestro pro porque quanto mas j'rian de las nuestras gentes en i a 
vuestra tierra mas vuestro pro seria. E nos no creemos que por un 
anyo ni por dos que las gentes lo quisiessen comenvar. E por esto era 
visto a nos que fuesse mejor por los diez anyos. Empero vos ende feyt 
aquello que mellor vos ende semeiara que a nos no tayne muyto. E 
tenet por (;ierto que nos daremos a entender que las vuestras gentes 
e las vuestras cosas serán bien aguardadas e defendidas por nos assi 
como las nuestras mismas Dada en Calatayud el primer dia del mes 
de octubre en el anyo de nuestro senyor de M. CCC. (R. 252, f. 64j. 

(1) El único tratado entre Genova y Granada conocido es el de 1278 
que publicó Sacy en Notices el Exlraits des Ais., tomo XI, pág' 26. La ex- 
tensión del mismo no me permite reproducirlo in extenso pero doy un 
extracto sobre una copia, que me ha propovcionado mi amigo Mr. Foulchú, 
Del bosch de París. En cuanto á las personas: seguridad personal completa, 
no haciendo á nadie responsable de faltas de otro; reconocimiento de la pro- 
piedad de las cosas en vida y en muerte del dueño; permiso para tener 
albóndigas con horno, iglesia y baño con la autoridad linica de funciona- 
rios genoveses; libertad de comerciar en todas las ciudades marítimas y te- 
rrestres del dominio de Granada, excepto en las tierias de los Escayolas; su- 
misión de los musulmanes á la jurisdicción del cónsul genovés, cuando uno 
de éstos fuese el acusador, y del genovés al alcaide de la aduana, si era el 
acusado: el impuesto de aduanas se fija en un seis por ciento del valor de 
la mercancía, pero se exige sólo sobre las mercancías vendidas, pudiendo 
reembarcarse sin haber pagado derechos lo que no se hubiere enagenado; 
los víveres se declaran libres; la moneda se considera objeto lícito de ex- 
portación si procede de ventas de mercancías, y siguen otras disposicio- 
nes referentes al comercio, que tendrán cabida en el artículo que dedique 
al comercio entre la Corona de Aragón y los pueblos nmsulmanes. 



204 A. GIMÉNEZ SOLER 

res, pensaban sus partidarios en acabar con los de fuera; y siendo los 
más débiles los de la Cerda, A quienes únicamente sostcmía el presti- 
gio del rey de Aragón, contra ellos fueron, sitiándoles en Alniazán, 
su Corte y base de operaciones, en donde hubieran sucumbido de no 
haber puesto Jaime II el levantamiento del sitio como eondieión ne- 
cesaria para tener la entrevista que los infantes Don Juan y Don En- 
rique le habían solicitado; levantáronlo en efecto los castellanos, 
dando pruebas de querer de veras la paz, pero las conferencias del 
rey y de los infantes no dieron el resnliado apetecido, por creer el de 
Aragón que no se dalja á los de la Cerda lo que él creía de justicia (1). 
La guerra, casi hasta entonces latente, entraba en un período de 
actividad, y para prepararla y tal vez combinar un plan de campaña 
que diera más valor á las operaciones, fué Segalá á Granada á pedir 
doscientos ó trescientos zenetes para los ejércitos aragoneses y á soli- 
citar una entrevista del granadino ó de su hijo; caso único en todo su 
reinado y tal vez en los posteriores. Volvió el embajador á fines de 
1300 con un pliego de condiciones, bajo las cuales consentiría" Moha- 
med en renovar y estrechar su amistad con Jaime II, siendo las más 
importantes y las únicas que ofrecen novedad las referentes á Don Al- 
fonso de la Cerda por expresar las aspiraciones del rey de Granada; 
pedía en primer término que se guardasen los pactos firmados por 
Ferrán Pérez de Toledo en nombre del Pretendiente, pactos que se 
desconocen, y en segundo, que se devolvieran al reino de Granada 
Tarifa, Medina, Alcalá y Veger «porque fueron suyas e las tomaron e 
las tienen sin derecho e sin verdad»; que cuando Don Alfonso de 
la Cerda llegare á reinar en Castilla se reconocieran como suyas (de 
Mahomed) cuantas villas y fortalezas ganara: que las galeras y los 
ejércitos de Aragón fuesen en su auxilio contra Castilla; y por último, 
que no pudiera ninguno por sí y sin consentimiento de los otros firmar 
paces con el enemigo común (2j. Jaime II accedió á reconocer como 



(1) Publicado por Capmany, tomo VI, f. 2,t (Reg. 252, f. 64). 

(2) Al muy noble e muy honrado don Alfonso por la gracia de Dios 
Rey de Castilla... Don Jayme por aquella misma gracia Rey de Ara- 
gón. . Rey tasemos uos saber que el fiel nuestro Bernat de Segalar es 
venido á nos con repuesta de la mandaderia que lúe por nos al Rey de 
Granada e entre las otras cosas aduxo nos algunos capítoles de algu- 
nas demandas que fase al rey de Granada a vos e a nos según que 
podredes entender en los ditos capítoles de los cuales vos enviamos 
traslat. Et aun vos enviamos la carta quel Rey de Granada vos envia... 
Data in vila de Lorca quinto kalendasjanuariianno domini iM° trocen- 

tesimo. 

Esta es la forma de los capítoles que fue dada e presentada a nos 

Rey de Aragón. 

Seynor Rey don Jayme por la gracia de dios Rey de Aragón de 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 205 

buena conquista todos los lugares que ganase el de Granada, excep- 
tuando los del reino de Murcia; pero en cuanto á lo de ayudar á su 
aliado con fuerzas de mar y tierra pidió á su vez ser socorrido si lo 



Valencia de Murcia e Conde de Barcelona yo lop sanches torgeman 
del Rey de Granada e su escnvano me encomiendo en la vuestra gra- 
cia e la vuestra merce. Et vos fago saber quel Rey mió senyor porque 
vos ama e quiere vuestro amor quiere que sea mas firme e mas dura- 
ble e mas establecida c non falla mellor carrera por se complir e afer- 
mar este fecho e este amor que vos demande ell a vos ajuda e vos a 
ell otra tal qual vos tuvieredes por bien [Respondió el Rey de Aragón 
que li plaze muylo que sea amor firma e durable entre los ditos Reyes 
e ques faga segunt que de suso en este capítol se contiene [A este ca- 
pítol no cale responder al Rey don Alfonso porque non toca a ell. 

Estas son las demandas que demanda el Rey de Granada mió 
senyor al Rey de Aragón e al Rey don Alfonso de Castiella porque el 
su amor se(a) mas firme e mas establecido e meior. 

La primera que sean todos tres amigos de sus 'amigos e enemigos 
de sus enemigos e que ninguno de todos tres no poda fazer pacs con 
Castiella ni con ninguno de los de Castiella a rueños que sea por con- 
seio e plazer de los otros. [Respondió' el Rey de Aragón quel place e 
lo atorga quanto en si [Et semella a ell et conseylla al Rey de Castie- 
lla don Alfonso de Castiella que deva otorgar faga igual repuesta 
misma. 

Otrosi que ayude el Rey de Aragón al Rey de Granada con sus ga- 
leas e el su poder contra los de Castiella cada que ellos venieren con- 
tra ell o a lo suyo e que no faga pacz con el Rey de Castiella a menos 
que sea la pacz por todos tres e por su conseio e su voluntad de todos. 
[Respondió el Rey de Aragón quel plaze segunt que en el dito capítol 
iaze. Mas que sea el feyto yegual assi quel Rey de Granada también 
le sea tenido ayudar con su cavalleria e su poder. Et semeia al Rey de 
Aragón que deva seer la ayuda del uno al otro. Et assi quiere saber 
quanta es la ayuda que el Rey de Aragón deva fazer al Rey de Grana- 
da ni con quales condiciones e a también quanta sera layuda que el 
Rey de Granada deva fazer al Rey de Aragón ni con quales condicio- 
nes. [A este capítol no cale responder al Rey don Alfonso porque no 
toca a ell. 

Otrosi sil dieron los de Castiella al Rey de Granada alguna villa o 
algún castiello que non gelo contr el Rey de Aragón ni la su gent 
por ninguna manera ni al Rey don Alfonso ni la su gent [Respondió el 
Rey de Aragón que pues ell es su amigo nol contrariarla ninguna cosa 
que luese su honra ni su bien con que no sea de su sen de regno de 
Murcia el castiello o la villa quel fuessen dados. [A este capítol porque 
toca al dit don Alfonso responda hy segunt que a ell meior visto 
sera. 

Otrosi. si el rey don Alfonso oviere de regnar en Castella o en la 
frontera Tar e medina e alcalah e bugeiyt porque fueron suyas e las 
tomaron e las tienen sin derecho e sin verdat e fagan sus pa(;es den- 

190.5.— !.'> 



206 A. GIMÉNEZ SOLER 

necesitare y más aún, que se determinara lo que cada uno dehía de 
hacer y en qu6 condiciones; lo de no hacer paz con Castilla sin con- 
sentimiento de sus aliados lo aceptó sin restricción ni reserva. 

La situación del Pn;tend¡ente era m;'is embarazosa: no acceder ¿I 
las pretensiones del de Granada equivalía á renunciar á la Corona, y 
consentir en ellas era, hasta en aquellos tiempos, un crimen de lesa 
patria: tampoco era muy suelta la posición ile Don Jaime y ni le era 
dable aconsejar á Don Alfonso en el sentido de acceder ni en el de 
negar: si en vez de un moro se hubiera tratado de un correligionario 
las dificultades habrían sido menores, casi nulas: no á otra cosa ten- 
día él que á la ruina de Castilla y á su desmembración y como aceptó 
el reino de Murcia no debía ver con malos ojos que otro principe se 
apoderara de otro jirón de Castilla, pero no ignoraba que en España 
y en Europa se consideraría vituperable entregar á los sectarios de 
Mahoma plazas en donde se adoraba á Jesucristo y para salvar su 
honra envió aquellas condiciones á Don Alfonso, absteniéndose de dar 
su parecer en esas cláusulas difíciles, dejando asi A su protegido la 
responsabilidad entera del asunto. Pero el de la Cerda no quiso tam- 
poco cargar con ella y después de tomarse mucho tiempo para res- 
ponder (del 28 de diciembre al 3 de febrero), pretextando que no se 
le había entregado la misiva hasta el 22 de enero y que luego una 
cabalgada no le había dado espacio para deliberar y tomar consejo, 
lo dejó todo en manos de su protector para que este hiciera y des- 
hiciera (1;. 



de adelant assi como amibos leales e verdaderos. [A este capítol no 
respondió el Rey de Aragón porque no toca a ell [Mas el dito Rey 
don Alfonso haga su deliberación sobre esto e responda hy segunt que 
a ell meior visto sera. 

Otrosí que el Rey don Alfongo tienga e cumpla todas las posturas 
que por ell pusieron con el Rey de Granada Ferrant Perec; de Toledo e 
Sancho Perec; de Morales en ra^on de la costa que non ge la demande 
[A este capitel no respondió el Rey de Aragón [Et conseylla al duo 
Rey don Alfonso que com el dito Rej' de Aragón no sepa que posturas 
son quel dito Rey don Alfonso hy faga e hy responda aquello que 
meior li semellara de fer en guisa que finquen amigos como dito es. ' 
(R 334, f. 1). 

(1) Al .. Rey de Aragón. . Don Alfonso. . Rey de Castilla... vi 
vuestra carta en que me enviaste desir como Don Bcrnal de Segalars 
era venido del Rey de Granada con repuesta de la mandaderia sobre 
quel nos enbiavades e vi los capítulos de las demandas que el Rey de 
Granada fase. Et entendí muy bien quanto me enbiastes desir. Et por 
una cabalgada que agora fago non vos puedo luego enbiar repuesta ni 
recabdo de todo mas luego que fuese tornado vos enviare un caballero 
con mis cartas blancas e con repuesta de todo e vos lirniadlo e fazer 
aquello que por bien tovierdes e vieredes por guisado. Dada en Alma- 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 207 

No debió sorprender esta respuesta al rey de Aragón, quien antes 
de consultar al de la Cerda había escrito ya al de Granada, expresán- 
dole, por lo que á él solo se refería, la satisfacción con que había visto 
su conducta y las condiciones por él puestas, comunicándole do paso 
la marcha de Segalars para tratar de este asunto (1); pero también le 
comunicó, y con esto daba todo por aceptado, que venía de Francia el 
infante Don Fernando y que no pararía hasta llegar á Granada, de 
modo que la situación se presentaba muy halagüeña y cabía esperar 
que con el auxilio de Francia y el esfuerzo de aragoneses y granadi - 
nos, subiría al trono Don Alfonso y todos llegarían al logro de su 
deseo (2). 



van tres dias de Febrero era de mil e CCC e XXX e nueve annos. Et 
sabed que llego este omne a mi XXII dias de enero e detovel cuidando 
que vos podria enviar el cavallero con recabdo et fincó por esta ca- 
valgada. 

(1) Al muy noble e muy lionrado don Mahomad Abennacar Rey 
de Granada de Malaga e amiramug lemin don Jayme... Rey de Ara- 
gón... Rey viemos vuestra letra que nos aduxo el fiel nuestro Bn. de 
Segalar... e... aquellos capítoles que nos enbio Lop Sánchez vurs- 
tro torgeman de part vostra. A las quales cosas vos fazemos a saber 
que nos plaze muyto de lo que nos enbiasteis adezir en vuestra le 
trae atambien ovimos muy gran placer de las palauras que nos dixo 
el dito Rn. daquellas cosas que vos aviades faulado con ell, e semeian 
bien palauras de buen amigo e de verdadero que vos sodes. Et a nos 
plaze muyto el vuestro amor e que se firme quanto mas firme pueda 
seer. A lo al de los capítoles que nos enbio el dito Lop Sánchez enbia- 
mos a vos el dito fiel nuestro Bn de Segalar con respuesta sobre los 
ditos capítoles e a las otras cosas atambien ,. Dada en la villa de Lor- 
cha el dia de Nadal de nuestro senyor en el anyo de nuestro senyor de 
mil e trezientos (R. 334, f. 6) 

(2) Al muy noble e muy honrado don Mahomad Aboabdille aben- 
na^er amir amuvlemin Rey de Granada e de Malaga. De nos don Jay- 
me etc. . Rey íazenios vos saber que ferrant perec de Tholedo vino 
agora a nos de Francia e aduxo nos cartas del muy noble Rey de Cas 
tiella e del infant don Ferrando su hermano caros cormanos nuestros 
for las quales entendiemos quel dito infant don Ferrando viene de 
Franca e traye ayuda por demandar en Castiella el derecho que han 
en los reynos E este Ferrant Pere? dixo nos de su part que! dito infant 
seria ayna con vos e plegó nos muyto. Ond vos rogamos Rey assi como 
a leal amigo e verdadero que ayudedes a los ditos Rey don Alfonso e 
infant don Ferrando a demandar e cobrar el derecho que han en los 
regnos de Castiella sobreditos. Et fiamos en Dios que nos de nuestra 
part les ayudaremos e nos metremos reziament en los feytos quanto 
m 15 podremos Porque con la ayuda de Dios e con lesfuer(;o vuestro 
e nuestro puedan aver e alcan(;ar en Castiella lur derecho. E Rey roga- 
mos vos que quando el dito infant sera con vos lo recibades bien el hon- 



208 A. GIMÉNEZ SOLER 

Pero en la corte musulmana la opinión no era j'a tan fuerte como 
antes en pro de la alianza de Aragón, contribuyendo á este cambio el 
cansancio de una guerra tan larga como estéril y la poca confianza en 
las armas aragonesas, que en tantos años no habían realizado ningún 
hecho de armas, excepto aquellos en que directamente estaba intere- 
sado aquel rey, la conquista de Murcia, y que ahora d<!bcn'an perma- 
necer inactivas ó reducidas á defenderse por la expatriación de los 
mejores y más poderosos de los nobles; y así continuó, un estado 
do guerra sin operaciones militares de importancia, ni verdadera 
campaña, limitándose todos á guarnecer las plazas fuertes, poner al- 
guna tropa en las fronteras y vivir arma al brazo, haciendo á lo 
más alguna que otra entrada en país enemigo para robar unas cuan- 
tas cabezas de ganado. Y ante esa pasividad Jaime 11 excitaba á 
Mohamed á que activase las operaciones militares y Mohamed le re- 
prendía con las mismas palabras, que podían ser dichas á los dos, pero 
más al aragonés (1). En esto el castellano se situó en Huete, amena- 
zando Aragón, Valencia, Murcia y el mismo reino de Granada, y los 
aliados se apercibieron sin razón porque al fin el ejército aquél se 
disolvió y volvieron las cosas á su primitivo estado (2). 

La diplomacia, en tanto, no permaneció ociosa. Segalars había 



redes quanto podierdes por amor de nos e por el grant e buen deudo 
que ha con nos el ayudedes quanto mas podades. E sabet quel bien e 
la honra e la ayuda que al dito Rey don Alfonso e infant don F." fare- 
des tenrremcs que a nos mismo la feytes. Data ¡Murcie VIH K. fe- 
broarii anno predicto (1301). (R. 334, f. 11). 

(1) Nos enviastes decir que acuciassemos muy bien la guerra da- 
qui adelante. ..mas... vos deviedes-recibir estas palabras e acuciar mas 
la guerra que no ficistes fasta agora que bien sabedes vos que días a 
que la nos tenemos e que la acuciamos quanto podemos e que no 
finca por nos ninguna cosa que de fazer sea. (4 de febrero de 1301). 

(2) Al muy noble e muy honrado Don Mahomat Aboabdille Aben- 
naqer Rey de Granada etc. Don Jayme etc. Rey fazemos vos saber 
que avernos ávido agora ardit por dita de algunos que don Ferran 
do qui se dize Re}" de Casíiella es un vuepte e allí aplega quanta gente 
puede de cavallo e de piet e an nos dado a entender que querrá venir 
enta estas partes Empero porque non somos ciertos si venra a los 
regnos nuestros de Valencia o de Murcia o a las vuestras partes faze- 
mos vos lo asaber porque apercibades vuestras gentes que danyo re- 
cebir non pediesen E sabet que si enta las nuestras partes viniere 
nos tenremos apparellado con la ayuda de Dios de defender nuestros 
reynos... Et aquesto vos enbiamos desir porque si por ventura viniere 
a les vuestras partidas e oviessedes mestcr nuestra ayuda., que vos 
ayudemos e vos a nos si menester nos fuere... Data en Murcia XXiX 
dias andados del mes de janero en el anyo de nuestro señor de mil tre- 
zientos. (1331). (R. 334, f. 11). 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 209 

vuelto de Granada con Said AlhachuUi; pero muerto el representante 
de Mohamed sin terminar la negociación, volvió á la Alhambra el 
Segalars convenientemente instruido (1) y con el texto del tratado 
tal como entendía la cancillería aragonesa, que debía redactarse. 
Prometíanse ambas partes no hacer paz con Don Fernando, que se 
titulaba Rey de Castilla, sin consentimiento el uno del otro; ayudar 
el de Aragón al de Granada contra moros y éste al primero contra 
cristianos; que el de Aragón, si era requerido por el de Granada, le 
prestaría de cinco á diez galeras armadas y sostenidas por éste; y el 
de Granada al de Aragón, si éste los pedía, de doscientos á mil gine- 
tes, dándoles el aragonés el sueldo, que ya se fijaba, y las demás 
ventajas de costumbre; se afirmaba el respeto de cada parte á las 
conquistas de la otra, con la salvedad de que lo que musulmán ganase 
no fuese del reino de Murcia y lo que el cristiano adquiriese no hu- 
biera pertenecido al señorío de Ch-anada; los daños causados por sub- 
ditos de una de las partes á la otra eran indeninizables por el cau- 
sante de los mismos y se establecía la libertad de comercio entre ambos 
países, concediendo á los mercaderes catalanes el derecho de tener 
albóndigas y cónsules en el reino de Granada. (2) 

Texto del tratado: 

Sepan quantos esta carta vieren Como nos don Jayme por la 
gracia de Dios Rey daragon de Valencia e de Murcia e Conde de Bar- 
celona. E nos don Mahomad Aboabdille Abennacjer Rey de Granada 



(1) Al muy noble e honrado don Mahomat Aboabdille Abenna^er 
Rey de Granada etc.. como est otro dia fuese venido Cayt Ahachulí 
con mandaderia vuestra a nos e sea finado por su enfermedad sabet 
que avernos ordenado denbiar a vos el fiel nuestro Bn. de Segalars 
intructo e informado plenerament de los feytos e con las cartas de los 
nuestros feytos e vuestros e debe partir desta setmana que esta carta 
fue fecha .. Data en Valencia dialunes XXIIII dias andados del mes 
de abril en el anyo de nuestro senyor MCCC e uno. (El resto de la 
carta habla de socorros recíprocos si los castellanos invaden Murcia ó Gra- 
nada.) 

(2) Este derecho se consignaba en el texto árabe del tratado de 1296; el 
mal estado del pergamino, que impide leerlo sin vacilaciones, y el no con- 
signarlo el único texto aragonés que entonces conocía, me hizo andar con 
mucha cautela en su interpretación y dejar en blanco la palabra J^^as; 
posteriormente y cuando ya el Boletín so l:abfa dado al público hallé una 
nueva redacción aragonesa, enteramente vaciada en la árabe, en la cual 
esa cláusula dice: ce que les tagades dar sus altoudegues e que ayan sus 
cónsules e las otras cosas como fué siempre costumbre». (U de mayo 
de 1296. Archivo de la Corona de Aragón. Registro 3 10, f. 68) Me complazco 
en consignar esta corrección, que he tenido tiempo de hacer en el tiraje 
aparte de estos artículos. 



210 A. GIMÉNEZ SOLER 

e de Malaga amiramuzlemin de buena voluntad e de buen coraron 
fazemos e firmamos entre nos e nuestros regnos buena e verdadera 
pac,-, amor e concordia en todos los dias de la nuestra vida duradera e 
valedera en la forma condiciones e posturas deiuso scriptas =Prime- 
rament que nos Rey de Aragón sobredicho prometemos e convenimos 
a buena le e sines enganj-o a vos dito Rey de Granada que seremos 
amigo vuestro e que vos valremos e vos aiudaremos esquentra don 
Ferrando que se diu Rey de Castiella e contra todos sus valedores de 
Castiella e sus gentes e aun contra todos los moros del mundo qui 
ayan o oviessen guerra con vos e que nos non faremos pa(,- con el dito 
don Ferrando ni con ninguno de los lijos de Don Sancho qui se dizia 
Rey de Castiella menos de consentimiento vuestro=E nos Rey de 
Granada sobredito atambien prometemos e convenimos a buena fe 
sines enganyo a vos dito Rey daragon que seremos amigo vuestro e 
que vos valremos e vos ayudaremos esquentra don Ferrando qui se 
dice Rey de Castiella e contra todos sus valedorts de Castiella e sus 
genetes (sic) e contra todos los xpianos del mundo qui ayan o oviessen 
guerra con vos e que nos non firmemos pai; con el dito don Ferrando 
ni con ninguno de los fijos de Don Sancho qui se dizia Rey de Castiella 
menos de consentimiento vuestro =Aun nos Rey de Aragón sobredito 
prometemos e convenimos a vos dito Rey de Granada que si auredes 
menester aj-uda de galeas armadas que vos ayudaremos e vos fare- 
mos ayuda de (;inco a diec; galeas quando vos las demanderedes e las 
querredes contra los ditos enemigos vuestros las quales vos enbiare- 
mos assi empero que vos por fazer armar aquellas devedes dar al 
armamiento de cada una de las ditas galeas mil dozientas e cinquanta 
Huras de reales de Valencia por armamiento de quatro meses e que 
aqueles podades teñir en vuestro servicio tanto quanto menester les 
ayades contra los ditos enemigos vuestros dando les vos al dito sueldo 
segunt la razón del avantdito tiempo. =E nos otrossi Rey de Granada 
avandicho prometemos e convenimos a vos dicho Rej' de Aragón que 
si vos oviessedes menester cavalleros genetes que vos mandaremos e 
vos enviaremos en vuestra ayuda de dozientos entro a mil cava- 

lleros genetes quando vos los demandaredes e los querredes contra 
los sobreditos enemigos vuestros. Assi empero que vos dito Rey dara- 
gon dedes e seades tenido de dar a cada uno de los ditos cavalleros 
que vos enviaremos tres sol. de reales de \'alencia por cada dia E a 
los capdales dellos aquella adenantaria que sea convenible depues que 
sean saludos de nuestra tierra por ir en vuestro servicio; los quales 
cavalleros podades teñir en vuestro servicio tanto quanto menester 
los aj'ades contra los ditos enemigos vuestros dándoles vos la dita 
soldada =Aun nos Rey daragón sobredicho prometemos a vos dito 
Rey de Granada que si los de Castiella vos diesen alguna villa o algún 
castiello que pus vos seades nuestro amigo e nos observedes aquesta 
paQ que agora fazemos que no vos lo contrariaremos en ninguna ma- 
nera ni esto ni al que fuese vuestra hondra ne vuestro bien con que la 
villa o el castiello que vos fuessen dados no fuessen de nuestra senyo- 
ria del regno de Murcia,— Otrosí nos rey de Granada avandito prome- 
temos a vos dito Rey daragón que si los de Castiella vos dieren alguna 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 211 

villa o algún castiello que pus vos seades nuestro amigo e nos obser- 
vedes aquesta pai; que agora fazemos que non vos lo contrariaremos 
en ninguna manera ni esto ni al que íuesse vuestra honra ne vuestro 
bien con que la vila o el castiello que vos luessen dados non fuessen de 
nuestra senyoria del regno de Granada=Aun nos sobredito Rey de 
Aragón prometemos a vos dito Rey de Granada que no fagamos ni 
fagamos fazer nin consintamos a ninguno que faga danyo ni mal en 
vuestra tierra ni a la vuestra gente ne en sus averes e sus mercade- 
rías por mar ó por tierra por ninguna manera; antes queremos e otor- 
gamos que venga la vuestra gente e los vuestros moros e los de vues- 
tra tierra a toda nuestra tierra e a los nuestros rey nos por mar o por 
tierra a comprar e a vender e a traer e a levar todo lo que quisieren 
assi pan como otras cosas sin contrario ninguno e que non les contra- 
ríen en lurs cuerpos ni en sus averes ni en sus mercaderías ni en quan- 
to que sacaren de nuestra tierra por ninguna manera ellos pagando 
los derechos por todo quanto trayeran e levaran segunt que deben 
pagar=Otrossi nos sobredito Rey de Granada prometemos a vos dito 
Rey darago que no fagamos ni fagamos fazer ni consintamos a ningu- 
no que faga danyo ni mal en vuestra tierra ni a la vuestra gente ni en 
sus averes ni en sus mercaderías por mar o por tierra por ninguna 
manera antes queremos e otorgamos que venga la vuestra gente e los 
vuestros xpianos e los de vuestra tierra a tota nuestra tierra e a nues- 
tros regnos por mar e por tierra a comprar e a vender e a traer e a 
levar todo lo que quisieren assi pan como otras cosas sin contrario 
ninguno e que no les contraríen en lures cuerpos ni en sus averes ni 
en sus mercaderías ni en quanto sacaren de nuestra tierra por ninguna 
manera ellos pagando los derechos por todo quanto trayeran e leva- 
ran según que deven pagar. E otorgamos que hayan sus alfondigas on 
puedan aver sos consoles e otras cosas como fue siempre costumbre= 
Aun nos sobredito Rey daragón otorgamos e nos obligamos que cada 
que acaeciere que algimo de nuestra tierra o de nuestros lugares vos 
faga mal o tuerto en vuestra tierra o en vuestra gente o en sus averes 
o en sus mercaderías por mar o por tierra en toda vuestra vida e la 
nuestra que vos lo pechemos e que vos lo fagamos luego pechar a vos 
o a aquell qui perdiese lo suyo sabiendo e provando la verdat. — E 
otros! nos sobredito Rey otorgamos e vos obligamos que cada que 
acaeciere que alguno de la nuestra tierra e de nuestros lugares vos 
faga mal o tuerto en vuestra tierra o en vuestra gente o en sus averes 
o en sus mercaderías por mar o por tierra en toda vuestra vida e la 
nuestra que vos lo pechemos e que vos lo fagamos luego pechar a vos 
o a aquel que perdiere lo suyo. E porque esto sea mas firme e no ven- 
ga en dubda Nos sobredito Rey darago e de Granada avemos manda- 
do fazer esta carta siellada con nuestros siellos colgados. E fazemos 
testimonio sobre nos de non minguar esta pac; sobredicha en ninguna 
manera. Scrita fue esta carta e firmada por el Rey de .\ragon e man- 
dada siellar con un siello colgado mayor en la c iudad de Valencia 
XXIX dies andados del mes de abril en el anyo del nuestro scnyor 
mil trezientos e uno. 



212 A. GIMÉNEZ SOLER 

Alie consinilis carta fuit facta et divise ambe per alphabeluin. ilie- 
gistro:W4, f. 17) (1). 

En este tratado nada se estipulaba en nombre do Don Alfonso de la 
Cerda y nada por tanto pianaba el si anadino: ¡«in duda Jaime II que- 
ría que Mohamed y el titulado rey pactai'an de igual A igual y que su 
alianza fuese objeto de un tratado aparte; pero el de Granada no se 
avino á las condiciones y cláusulas de ese convenio y cuando Sega- 
lars volvió de la Alhambra trajo una nueva minuta, que no difería en 
todo de la que él llevó, pero contenía puntos omitidos en ésta, quitaba 
otros y modificaba algunos dándoles más extensión. Por de pronto salta 
á la vista al comparar este texto con el que llevó Segalars en enero, el 
cuidado que tiene el de Aragón en consignar siempre que habla de 
guerra con Castilla que las hostilidades irán contra Dou Fernando y 
contra los hijos de Don Sancho, mientras que el de Granada omite nom- 
bres y se refioi'e siempre en abstracto al Rey de Castilla sin mencionar 
contra cual de los dos que se daban ese uombi'e; suprímese el auxilio de 
galeras, que Jaime II debía dar á Mohamed y el de jinetes que Mohamed 
debía prestar á Jaime II, pero se mantiene el auxilio mutuo por tieri'a 
sin especificar la cuantía del mismo; se conserva también la libertad de 
comercio de los subditos de Aragón en Granada y de los de Granada en 
Aragón, pero hay una cláusula por la cual se prohibe á los catalanes 
comerciar en Sevilla so pena de cautiverio y no se consigna la autori- 
zación á los mercaderes vasallos de Jaime II para tener albóndigas 
en los dominios de Mohamed: como en el tratado anterior se respetan 
las conquistas de cada uno con la salvedad de que sólo serían devuel- 
tos los lugares que fueron del señorío de Granada, citándose Alcalá, 
Veger, Medina y Castel; pídese por último que Don Alfonso y Don 
Fernando de la Cerda autoricen con sus sellos este convenio. 

El texto original es como sigue: 

Sepan quantos esta carta vieren como nos don Jayme por la gracia de 
Dios Rej' de Aragón et get. otorgamos prometemos e juramos en bue- 
na fe sin mal enganno a vos el mucho onrrado donMahomat Abienna- 
i;ar Rey de Granada de Malaga e Amir Almut^lemin buena pa? e firme 
e verdadera amor de ser amigo de vuestros amigos etnemigo de vues- 
tros enemigos e de no mandar ni consentir a ninguno de la nuestra 
gent ni de los nuestros amigos que fagan danno ni mal en vuestra tie- 
rra ni en vuestros Hogares por mar ni por tierra. E si algún danno o 
mal se y face que lo fagamos llego emendar e pechar sin detenimiento 
ninguno. Et otrossi vos otorgamos que vengan los vuestros moros con 



(1) Aunque este tratado lo publicó Benavides fop. cit., pág. 252) to- 
mándolo del perg. núm. 17 de los de Jaime II, lo reproduzco para que sea 
más fácil compararlo con los anteriores y posteriores, 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 213 

SUS mercaderías a comprar e vender por toda nuestra tierra atambien 
pan vestías ganado o otras mercaderías quales quisieren e que anden 
salvos e seguros e sin contrario ninguno en ellos ni en todo lo suyo e 
que paguen todos sus derechos asi como se costumen e fueron e que 
les fagan fac^er complimíento de derecho por toda nuestra tierra. Et 
otrosí vos otorgamos que vos aj-udemos contra los de Castella e el su 
poder et sí por ventura el Rey de Castella o el su poder va sobre vos 
o sobre alguno de vuestros logares que nos que seamos tenudos de 
vos accorrer e ayudar con el nuestro cuerpo e el nuestro puder segon 
que lo vos auredes menester e lu vos pudemos fa^er e que non facíe- 
mos pai; ni tregua ni otra postura ninguna con el Rey de Castella ni 
con sus gentes sin el vuestro conseío e el vuestro plager e que sea a 
pro e onrra de vos e de nos. E que sea pai; e guíerra por todos. Et 
otrosí vos atorgamos de mandar a toda nuestra gient e nuestros mer- 
caderos que no entren en Sevilla ni en tierra de vuestros enemigos e 
nuestros. Et cada que las vuestras gualeas los fallaren en Sevilla o en 
su termino que sean cativos sin entredicho ninguno. Et otrossí vos 
atorgamos que quantas villas o castellos o otro logar cualquier que 
vos ganedes de los de Castella que se sea vuestro salvo ende sí el dicho 
lugar fuese del regno de Murcia que nos lio tornedes llogo. Et otrosí 
vos atorgamos que sí nos o el nuestro poder ganásemos tarifa o alcalá 
o veger o medina o castel todas o cualquiera dellas vos las entregue- 
mos llogo sin detenimiento ninguno. Esto todo vos atorgamos e prome- 
temos porque vos sodes e seredes nuestro amigo amigo de nuestros 
amigos enemigo de nuestros enemigos que no mandedes ni consínta- 
des a ninguno de la vuestra tierra ni de la vuestra gíent ni de vuestros 
amigos que fagan danno ni mal en nuestra tierra ni en nuestros loga- 
res por mar ni por tierra e sí algún danno o mal sey feciese que nos lo 
tagades llogo emendar e pechar sin detenimiento ninguno Et otrosí 
que vaya la nuestra giente e los nuestros mercaderos a la vuestra tie- 
rra a comprar e vender e sacar todas cosas también armas e cavallos 
e pan como otras mercaderías lo que quisieren traer e levar salvos e 
seguros e sin contraría ninguna que les embargue a ellos ni a todo lo 
suyo e ellos que paguen alia todos sus derechos asi como es costumpne 
e fue siempre por toda vuestra tierra que les fagades siempre cumplir 
de derecho. Et otrosí que nos ayudedes contra los de Castella e el su 
poder e sí por aventura el Rey de Castella o el su poder uviese de ve- 
nir sobre nos en el regno de Murcia o sobre algún logar del dicho 
regno que vos que seades tenudo de nos acorrer con el vuestro cuerpo 
e el vuestro puder segon que lo nos abremos menester e nos lo pudre- 
des faijer. E si ovíesemos menester alguna gíent de los vuestros que 
nos seades tenudo de enbiar en ayuda al Reyno de Murcia atanta 
companya como ayamos menester e que seamos tenudos de les dar 
vianda de pan carne e <;evada quanta les cumple desque ellos salieren 
de vuestro regno fasta que se tornen alia e que les pechemos los cava- 
llos que se les moeren en el nuestro servicio del día que salen de la 
vuestra tierra fasta que se y tornen. Et otrosí que non fagades pai; ni 
tregua ni otra pustura ninguna sin el nuestro consejo ni el nuestro pla- 
cer que sea pro e onrra damas las partes e que sea la pai; e la guerra 



214 A. GIMÉNEZ SOLER 

por nos e por vos. Et otrosi que nos ator^iicdcs que quantas villas e 
castoUos nos imanaremos de los de Castella que todo se sean nuestros 
salvo ende si lueren de los logares que lueron vuestros o aquellos 
lugares que subredichos son que fueron vuestros e vos ios tenien fur- 
Cados que son estos Alcalá ct Veger et Medina castel e porque vos e 
nos seamos certos desta pa<; e sea mas fierme ficiemos vos esta carta 
abierta seellada con el nuestro seello col;;ado e rogamos al rey Don 
Alfonso de Casliclla e a su hermano el infante don Ferrando que pu- 
siesen sus seellos e que fuesien della testimonio Dada 

La escribió Said ben Haxlini en I.a mitad de Xaguel del año setecientos 
(23 de junio 1301). 

El cumplimiento de la última condición retrasó la firma del tnitado: 
Jaime 11 celebraba cortes en Lérida á los catalanes y los infantes de la 
Cerda estaban en Castilla; el propio Segalars se había retirado á su 
casa antes de dar explicaciones y no era posible decidir en asunto tan 
importante sin oír al embajador y sin estar juntos los interesados: (i), 
más tarde, cuando ya se habían visto, redactaron definitivamente el 
texto de tan trabajosa coalición y la enviaron á la Alhambra por 
el propio Segalars (2), pero el 1.° de octubre éste no había dado 



(1) Al... Rey de Granada... Don Jayme... Rey de Aragón... Rey 
avenios visto vuestra carta que nos aduxo Bn. de Segalars sobre feyto 
de la paz. Onde vos facemos saber que entendiemos aquellos capítoles 
quel dicho... nos troxo. E por quel noble don Alfonso Rey de Castiella 
nin su hermano el infante don Ferrando qui an a fermar en las ditas 
cartas no son agora aqui con nos. E ahun porquel dicho Bernat de Se- 
galar se va agora per a su casa. E atambien por razón de las Cortes 
que agora tenemos con los catalanes por estas razones no avenios po- 
dido fazer cumplimiento tan ayna a aquello que sea hi de fazer. Mas a 
pocos de dias nos debemos ir por al Regno daragon e deben seer hi 
con nos los dichos Rey don Alfonso e el infante don Ferrando e con 
ellos ensemble e otrossi Bernat de Segalar que sera venido a nos a 
Aragón faularemos en el feyto e luego auredes nuestro cierto manda- 
dero con todo ardit... Dada en Lérida Vil dias andados entrant en el 
mes de agosto en el anyo de nuestro senyor Dios de mili. CCC. e un 
anno. (R 334, f. 31, v ). 

(2) Al Rey de Granada Don Jaymes etc. Rey fazemos vos saber 
que porque nos entro a agora que viniemos a fazer cortes a la i^iudat 
nuestra de Carago^a no nos pudiemos ayuntar e veer ensemble con 
los muy nobles don Alfonso Rey de Castiella e linfant don Ferrando 
su hermano atardado Bn. de Segalars fiel nuestro de y alia porque 
las cartas de las pazes entro a agora que nos viemos ensemble non se 
pudieron fazer. E assi no vos maravellades de la tardanza del dito en 
Segalas. Mas agora con las cartas de los ditos Rey don Alfonso e in- 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 215 

cumplimiento á su embajada y el 10 escribía alarmadisimo desdo 
Murcia Bernardo de Sania, que temía que el retraso obedeciera á in- 
trigas de quienes procuraban así dar tiempo á que las negociaciones 
que la reina de Castilla seguía con el de Granada llegasen á término 
feliz; y lo mismo temía Mohamed, para el cual el retraso era debido X 
que se andaba en tratos de paz entre Castilla y Aragón (1). Tal era 
la desconfianza con que unos y otros se miraban. 

Todo, sin embargo, venía preparándose para resolver pacíficamen- 
te el conflicto y la misma creencia del moro de que Jaime II firmaría 
paces con Fernando IV y del aragonés de que lo haría Mohamed, 
demuestra que uno y otro creían posible y quizá conveniente que así 
sucediera; los dos tal vez lo deseaban, aunque ninguno tenía el valor 
de declararlo y de mutuo consentimiento poner fin á un estado de co- 
sas que á todos perjudicaba y á ninguno favorecía, pues los únicos 
que iban á salir perdiendo si todos llegaban á concordia, eran los de 
la Cerda sin fuerzas propias ni agenas, sin arraigo en el país y de to- 
dos abandonados, excepto de Jaime II, que se empeñaba en sostener- 
los, y de alguno que otro noble que los reconocía para intimidar á 
D.*^ María y lograr mejor sus propósitos; solo en uno de sus viajes á 
Granada fué Segalars visitado por representantes de Jaén y Baeza, 
que intentaban pasarse á los enemigos de Fernando IV, pero falto de 
instrucciones, sobre este punto no pudo el catalán darles respuesta; 



fant don Ferrando e con las nuestras sobre la dita paz feytas vos lo 
enbiamos e en cerca sera con vos con las cartas sobreditas E Rey co- 
nosceredes e veredes quel dito Rey don Alfonso e nos e el infant 
don F. rendemos e rendremos vuestro deudo enta vos assi como enta 
leal e verdadero amigo que vos tenemos e de quien fiamos assi como 
de nos mismos Dada en (^arago(;a X días andados del mes de setiem- 
bre en el anyo de nuestiosenyor de mil e CCC e uno. (R. 331, f. 35) 

(1) Al... Rey darago. . en Bernat de Sarria... .Sapiats quel dia que 
aquesta letra fo feta reebi 1 carta del rey de Granada la qual me tra- 
mes per I moro que yo hi havia trames e aportam II letres quel dit 
Rey de Granada vos tramet les quals vos tramet por lo portador de 
la present. E compta de páranla lo dit moro quel Rey de Granada es 
molt maravellat de vos com no li trametets les cartes de la pau e están 
torbat en son cor e pensas que vos entenats de fer pau ah ( astella 
menys dell. Perqué senyor he gran paor que noy siats enganat cor 
segons quejaus ho fet a saber la Reyna de Gástela tracta aytant com 
pot de íer pau ab ell e posa sen a gran raho hon vos clam merce 
senyor que trametats per en Segalars les cartas de la pau e que non 
tardets. E puys som cert e segur que nengun de Gástela no pora re 
acabar ab lo Rey de Granada de pau ne damistat ans se metra en vos- 
tre serviy el e totLS ses gens mils que hanc no fuu e no dupten sino per 
aqueles cartes' hon sia vostra merce que les ne trametats. Scrita Mur- 
cia dimars X dies anats de vuytubre. 



216 A. GIMÉNEZ SOLER 

en el viaje que emprendió en septiembre de 1301 llcvaha ya poderes 
para tratar con eslos concejos en nombre del pretendiente pero las co- 
sas pararon aquí y el asunto no tuvo ulteriores consecuencias (1). 

Esto quizá motivó una nueva petición de entrevista con el rey de 
Aragón de parte de GuzmAn el Bueno, que aprovechó la ocasión para 
tratar, á la vez que de esto, de la concordia entre Jaime II y Fernan- 
do IV. Y prueba que los tiempos habían cambiado y que todos anda- 
ban de acuerdo en lo de desear la paz, la complacencia con que esta 
vez recibió el rey de Aragón la demanda del Bueno y el desdén con 
que habló de los que se habían acercado á Segalá, aunque sin decir 
para qué ('2). La entrevista, como aquella otra primera, no se verificó, 



(Ij Don jayme por la gracia de Dios Rey de Aragón de Valencia 
e de Murcia Conde de Barcelona. A vos los homnes buenos et las uni- 
versidades de Jahen e de Bae(,-a salut e gracia como aquellos que que- 
remos bien Sepades quel fiel nuestro Bernalt de Segalas nos fizo 
entender et nos dixo algunas palauras que el ovo sobre tractamientos 
con algunos mandaderos vuestros et plogo nos mucho. Ond sabet que 
tenemos por bien que el dito Bernalt de Segalas assi por parte del no- 
ble Rey don Alfonso de Castiella et iníant don Ferrando su hermano 
como por part nuestra tráete e firme con vos otros todas convinencias 
paramientos et posturas et franquezas que con el pornedes et tractare- 
des guisaremos et )5rocuraremos que los ditos Rey don Alfonso et 
infant don Ferrando vos sean tenidos e observados bien e complida- 
mente. Et en testimonio mandamos et fi(,-imos siellar esta carta con 
nuestro siello. Dada en ^arago^a XVI dias andados del mes de setiem- 
bre en el anyo de nuestro senyor de MCCC e uno (R. 334, f 35 v). 

(2) Don Jayme por la gracia de Dios Rey de Aragón etc. Al ama- 
do suyo Alfonso Pérez de Gu(,-man salud e dilección. Re^ebiemos la 
carta vuestra que agora nos enbiastes e entendido plenament todo 
lo que en aquella era contenido plogo nos muyto de lo que nos fizies- 
tes saber en ela e veemos e conoscemos lo bon entendimiento que 
vos havedes e havedes havido hasta aquí en endre^amiento de los 
fechos de vuestro sennor e nuestros e a bien e a pro de la xpiandad. 
E respondemos vos que fué verdad que algunos della se veeren con 
nos ya tiempo ha e íaularon con nos lo que quisieron. E nos res- 
pondiemosles a aquello que nos di.xeron segund que pare(;io a nos que 
ficiesse a responder assi que después que se fueron de los ninguna 
cierta repuesta non ovimos ni nos nonde oviemos grand cura ni nos 
entrometiemos dal Pero porque vos sodes homne que vos mucho ama- 
mos e fiamos de vos assi como de bueno e legal cavaliero fazemos vos 
saber que si vos segund que ya fué tractado queredes venir a nos que 
nos plazera mucho e desta razón o dotra poredes faular con nos. E nos 
faular end emos de grado con vos. E poredes saber lo bueno entendi- 
miento nuestro que nos avernos en servir a Dios e en poner en buen 
estado la xpiandat catando toda vez lo que avemos de catar a nuestros 
amigos e a aquellos que han deuda con nos. Fecha la carta en Leyda 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 217 

pero animado Don Alfonso por la buena acogida, que su carta y su in- 
tención tuvieron, se atrevió á pedir «por sus dineros» cuatro mil cuar- 
teras de trigo con que remediar la mengua de pan que había en la 
tierra (1). 

Al fin se llegó á un acuerdo en cuanto á las cláusulas que debía 
contener el tratado entre Granada y Aragón, dominando la tendencia 
granadina y sometiéndose el cristiano á lo que quiso el musulmán. Poco 
difiere este texto definitivo de la minuta enviada de Granada; se man- 
tiene el criterio de ir la alianza contra Don Fernaudo, que se dice rey 
de Castilla, y contra los que tienen detentado este reino al rey Don Al- 
fonso; los dos reyes contraen la obligación de ayudarse contra el poder 
castellano, pesando sobre el musulmán el deber de enviar en auxilio 
del cristiano, tanta gente como éste necesitare, manteniéndola el de 
Aragón y cumpliendo con ella todos los deberes militares^ desde 
que salieran de los dominios musulniciiies hasta volver á ellos. Los 
lugares que el granadino ganase, si no habían sido suyos, debería 
devolverlos á Don Alfonso de la Cerda; habiendo sido suyos ó siendo 
uno de los cuatro tantas veces citados, Alcalá, Veger, Medina y 
Castel, quedaban de derecho sometidos á la jurisdicción del rey de 
Granada; ninguno de los dos podía pactar con Don Fernando sin 
anuencia del otro; se mantenía igual libertad de comercio que en el 
tratado de 1295 sin hablar de albóndigas ni cónsules y se ratificaba la 
prohibición de comerciar los catalanes en Sevilla, pero suprimiendo 
la pena de cautiverio, diciéndose únicamente que los que contravinie- 
ran esa cláusula quedarían abandonados á sí mismos, sin que les 
cupiera recurso á su rey; los daños que causaren subditos aragoneses 
á granadinos y viceversa eran indemnizables, como se estipuló ya 
en 1295. 



XXV'I días andados del mes de Junyo en el anyo de nuestro senyor 
de M CCC e uno (R. 334, f. 28). 

(1) Al... Rey de Aragón et de Valencia et de Murcia... yo Alfonso 
Pere? de gusman... Sennor bien cuydo que sabedes que depues que el 
rey don Sancho que Dios perdone fino acá la muy grant guerra que 
avernos ávido en esta tierra con los moros. Sennor por esta razón ove 
de mantener mucha gente siempre de cada dia por guardar esta tierra 
para el rey don Ferrando mió sennor que el Rey don Sancho su padre 
me dexó en guarda. Et sennor como quier que esta tierra es muy bona 
de pan a bien unos tres annos que no ovo en ella pan sino muy poco 
en guisa que la tierra esta agora mucho menguada de pan. Et sennor 
yo atreviéndome en la vuestra merced para mantener la gente e la 
costa que yo tengo por que esta tierra sea guardada e amparada. Pido 
vos mercet que me mandassedes dar en la vuestra tierra por mis di- 
neros fata quatro mil quarteras de trigo que he agora menester .. fecha 
XIII di.as de agosto era de Mille e CCC e XXXIX annos. 



218 A. r.IMÉNEZ SOLER 



Texto definitivo del tratado: 



Sepan todos quantos esta carta vieren. Como nos don jayme por la 
oracia de Dios Rey de Araijon de Valencia e de Murcia conde de Bar- 
celona, otorgamos e p: ometemos e juramos en buena fe sin mal cnga- 
nyo a vos el mucho honrado don Alamir Mahomad Abenna<;ar Rey de 
Granada de Malasia de Almeria de Algazire de Ronda de Guadiex fijo 
de amir amu<;lemin e nielo de amir amurlemin buena pat; e firme e 
verdadera amor e de seer amigo vuestro e enemi<40 de todos los mo- 
ros qui son e sean enemigos vuestros e ahun contra los fijos de don 
Sancho qui se dizia Rey de Castiella e contra aquellos que tienen su 
boí,- e de no mandar ni consentir a ninguno de la nuestra gente ni de 
los nuestros amigos que fagan danyo- ni mal en vuestra tierra ni en 
vuestros lugares por mar ni por tierra. E si algún danyo o mal hi fizies- 
srn que lo fagamos luego emendar e pechar sin detenimiento alguno: 
Et otrossi vos otorgamos que vengan los vuestros moros con sus 
mercaderías a comprar e vender por toda nuestra tierra pan. besties. 
ganado e otras mercaderias quales quisieren e que anden salvos c se- 
guros e sin contrario alguno ellos con todo lo suyo e que paguen todos 
sus derechos assi como es costumbre e fuero e que los fagan fazer 
cumplimiento de drecho por toda nuestra tierra. Et otrossi vos otor- 
gamos que vos ayudemos contra los de Castilla e el su poder. E si por 
aventura don Ferrando qui se dize Rey de Castiella o el su poder 
yvan sobre vos o sobre alguno de vuestros lugares que nos que 
seamos tenudos de vos acorrer e ayudar con el nuestro cuerpo e el 
nuestro poder segunt que lo auredes menester e nos lo podremos fazer 
e que non fagamos pav ni treugua ni otra postura alguna con el dito 
don Ferrando qui se dize rey de Castiella ni con sus gentes sin el 
vuestro conseio e el vuestro plazer e que sea a pro e honra de vos e 
de nos qne sea pav e treugua por todos. E otrossi vos otorgamos de 
mandar a toda nuestra gent e nuestros mercaderes e vedarles expre- 
samente que no entren en Sivilia ni en tierra de vuestros enemigos e 
nuestros. E les faremos a 'saber que si recibien danyo sobresto que no 
les end seriamos tenidos. Et otrossi vos otorgamos que quantas villas 
e castiellos o otro lugar cualquier que vos ganedes de los de Castie- 
lla que non vos hi faremos contrario alguno salvo ende si el dicho 
lugar fuere del regno de Murcia que nos lo tornedes luego. Et otrossi 
vos otorgamos que si vos o el nuestro poder ganaremos Tarifa o Al- 
cala o Veger o Medina o Casteyl todos o cualquier dellos que fare- 
mos que vos sean cumplidas las posturas que el Rey de Granada vues- 
tro padre avia con el Rey don Alfonso de Castiella. Esto lodo vos 
otorgamos e prometemos porque vos sodes e seredes nuestro amigo e 
enemigo daquellos que tienen Castiella contra el Rey don Alfonso 
sobredicho e el infant don Ferrando su hermano e que no mandedes nin 
consintades a ninguno de la vuestra tierra ni de vuestra gente ni de 
vuestros amigos que fagan danyo ni mal en nuestra tierra ni en nues- 
tros lugares por mar ni por tierra E si algún danyo o mal si fiziere 
que nos lo fagades luego emendare pechar sin detenimiento alguno. Et 
otrossi que vaya la nuestra gente e los nuestros mercaderes a la vues- 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 219 

tra tierra a comprar e vender e sacar todas cosas pan como otras 
mercaderías e lo que quisieren traher o levar salvos e seguros e sin 
contrario alguno que no los embarguen a ellos ni a todo lo suyo. E 
ellos que paguen alia todos sus drechos assi como es costumpne e fue 
siempre por toda nuestra tierra. Et quels fagades siempre com- 
plir de drccho. Et otrossi que nos ayudedes contra los de Castiellae el 
su poder. E si por aventura don Ferrando que se dize Rey de Castiella 
o el su poder oviesse de venir sobre nos en el regno de Murcia o sobre 
algún lugar del dicho Regno que vos que seades tenido de nos acorrer 
con el vuestro cuerpo e el vuestro poder segunt que lo auremos mester 
e vos lo podredes fazer. E si oviesemos menester alguna gent de las 
vuestras que nos seades tenidos de enbiar en ayuda al reyno de Mur- 
cia atanta companya como hayamos menester. Et que seamos tenidos 
de darles vianda de pan carne e cebada quanto les compliere desque 
ellos salieren de vuestro regno fasta que se tornen alia e que les pe- 
chemos los cavallos que se les murieren en el nuestro servicio del dia 
que salieren de la vuestra tierra fasta que sey tornen. Et otrossi que 
non fagades pag nin tregua ni otra postura ninguna sin el nuestro con- 
sejo e el nuestro plazer con don Ferrando qui se dize Rey de Castiella 
ni con ninguno que su boc,' tuviere e que sea pro honrra de amas las 
partes e que sea la pag e la treugua por vos e por nos. Et otrossi 
que nos otorguedes que quantas villas o castiellos nos ganaremos de 
los de Castiella que sean nuestros por a darlos al rey don Alfonso 
sobredicho. Salvo ende si fuere de los lugares que fueron nuestros o 
aquellos lugares que sobredichos son que fueron vuestros e vos los 
tienen forjados que son estos Alcalá Veger. Medina e Castel. Et por- 
que vos e nos seamos ciertos desta pap e sea mas firme fiziemos vos 
esta carta abierta e siellada con el nuestro siello colgado. Dada en 
CeragO(;a XVI dias andados del mes de setiembre en lanyo de nuestro 
senyor de. Mil trezientos et uno. (R, 334, f. 36). 

Molmmed no ratilicó este convenio hasta el 1." de enero de 1302, 
(último día del mes de rebia 2.° del año de la hégira 701) manteniendo 
en él todas las disposiciones y cláusulas del texto aríigonés sin modifl- 
ciciones de importancia; sigue hablando del rey de Castilla sin refe- 
rirse directamente á Don .Alfonso de la Cerda, afirmando por tanto igual 
condición de éste y de Don Fernando; y se da al rey de Aragón el 
papel de fiador de Don Alfonso, causa por la cual figuran en el tratado, 
entre Jaime II y Mohamed, los capítulos referentes & la devolución de 
aquellas pln.zas. 

Texto árabe. 



220 A. GIMÉNEZ SOLER 

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LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 221 

O^ lÍ^ fTH ^^-:v" o* IJ.>-U ^^^ ^J^^y^_ 'k^^yi j=^\ ¿ ¿üUl J,\ ^:;s:^^' 
o-*" ("■•^■^^ ^»^^ t^x^. »-^jv-^ J-^= j ^^ j>^ ij^'r^*' "^ ¿üULa^s ;Vo ^^ 

LjX^ j^^U _jl g.^l_<yl=\ sjjb j=-^ j_-,l Ui^l ^ij'l ijjl _j ^-Ak-c Y _j J-^ *kj" J-~Í 
J-2sl UíoL^j ^_^1 ^£ j ,_^lk^ V^ Jj^kj'^i ^^ CUsjJl _j ¿-sil ¿ 1-UJ\ L¡ti> 

03^. C??.^^* -J»^^ «WS^^ ^^__ L^l ^Tf^U A^l J^i ^1 _, ^SL-^^^ 

(1) iíj-^1 13 i_-oc¿=._j <*.^Uf^í,--co 

El tratado entre Mohamed y Don Alfonso de la Cerda, se registró 
en la cancillería aragonesa sin duda por la garantía de cumplimiento 
de los pactos de parte del cristiano dada por Jaime II; pero existiendo 
entre el titulado rey de Castilla y el de Granada compromisos anterio- 
res, que Jaime II aparentaba desconocer y cuya responsabilidad no 
le alcanzaba, esos pactos se dieron por firmes, sin especificarlos, con- 
signándose sólo aquellos nuevamente convenidos ó que necesitaban, 
por exigencias del moro, ser confirmados por el rey de Aragón. Como 



(1) Pergamino de 465 X 525 nim. y 414 X 300 do caja y 16 lineas; en 
algunas partes roto; conserva los agujeros de las cintas del sello; letra gra- 
nadina, bien hecha. 



1905.— 16 



222 A. GIMÉNEZ SOLER 

deberes impuestos A los de la Cerda, están: ayudar al rey de Granada 
contra Castilla; reconocer los luj^ares y castillos, que el moro ganase 
en la frontera, como propios del conquistador, en tanto que Castilla no 
reconociese á Don Alfonso como & rey legítimo y si 6ste llegase A rei- 
nar devolver al moro, á cambio de óste devolver aquellas conquistas 
al cristiano, Tarifa porqué estaba puesto que se le devolvería y Al- 
calá, Veger, Medina y Castel (Cazalla?), que los tenía contra derecho 
Castilla desde los tiempos de Alfonso el Sabio, por razón de los Esca- 
yuela, que debe ser la verdadera pronunciación del nombre ixqui- 
liula (1). 

Tratado entre Granada y los infantes de la Cerda: 

Sepan todos quantos esta carta vieren como nos don Alfonso por 
la gracia de Dios Rey de Castiella de Tholedo de León de Cordova de 
Galicia de Sevilla e de Jahen con el infant don Ferrando nuestro 
hermano otorgamos e conoscemos a vos el muy noble alamir don Ma 
homat Abenna^ar Rey de Granada e de ¡Malaga e amir amui;lcmin to- 
das las postaras e promesas que por nos e por nuestro hermano el 
infante don Ferrando pusieron e prometieron nuestros vasayllos Fe - 
rrant Pérez de Tholedo e Sancho Pérez de Morales délas complir 
bien e lealmente e de aver con vos el dicho rey muy buena pac; ver- 
dadera e firme con amor verdadero de seer amigos de vuestros ami- 
gos et enemigo de vuestros enemigos e de querer vuestra honra e 
vuestro pro para siempre jamas sin entredicho ninguno. E de no fazer 
pac; ni tregua ni otra postura ninguna con los de Castiella a menos de 



(1) La falta de vocales en la escritura árabe hace imposible la tianscrip- 
ción exacta de los nombres no muy comunes, cuando en algún códice no se 
hallan vocalizados; esto ocurre con el nombre Ixquiliula, que cada cual 
pronuncia á su manera y le asigna etimología más extravagante, pronun- 
ciándolo Ixquiliulas, Axquiliulas, Chcquilolas, Escallolas, Escayolas, EsCta- 
ynelas, creyendo alguien que significa chica lola, por l)aber sido su abuc 
la una esclava cristiana de nombro Lola (Dolores) y no faltando quien lo 
hace diminutivo de esquila; en cuanto á la etimología es tan inútil discutir 
como sentar afirmaciones; pero en cuanto á la pronunciación hay un elemen- 
to, casi siempre despreciado por los arabistas, pero de capital importancia en 
estas cuestiones, los documentos cristianos, que no dan la ortografía ni tal 
vez el verdadero sonido de las consonantes pero sí el de las vocales, que es 
el desconocido: tengo noticia de dos documentos de autoridad indiscutible, 
en los cuales se llama á los arrayaces de la Crónica de Alfonso X los hijos 
de Escai/uela y escayolas, el tratado entre los Cerdas y el Rey de Granada, 
y el de 1278 entre Genova 3' Granada, que publicó Sacy; proceden los dos 
de la Alhambra, en donde no podían ignorar las vocales de aquel nombre, y 
concordando además con el de Escallolas, que les da Argoto de Molina, que 
indudablemente vio otros documentos, paréceme seguro ser esa la verda- 
dera pronunciación. 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 223 

VOS e de vuestro conseio. E si alguno de nos fuere alia a la frontera o 
a vuestra tierra que vos ayudemos e ves aguardemos a vos e a la vues- 
tra tierra bien e lealmente con 'toda nuestra gente e con quanto nos 
alia levare I os. E que vos non demandemos quitación nin vos seades 
tenudo de nos la dar ni otra carta ninguna. Et que vos que nos mande- 
des dar entrada por vuestra tierra e sallida e que compremos e ven- 
damos en toda vuestra tierra con dinero de la vuestra moneda de plata 
e no con otros ningunos a nos e toda nuestra gente. Et otrosi que vos 
el dicho Rey de Granada que nos acorrades con gente de pie e de ca- 
vallo en esta frontera si nos fuer mester. Et otrosi vos otorgamos a 
vos el dicho Rey de Granada que todos aquellos lugares que vos ga- 
nastes de la frontera e vos ganaredes daqui adelant que se sean vues- 
tros fasta el dia que las tierras e las villas de Castiella se tornaren a 
nos assi como deven seer por drecho. E otrossi todas las villas de Cas-' 
tiella e lugares que se a nos tornaren en este ende Tarifa que 

vos la avian a dar con postura. E Alcalá e 'Veger e Medina e Castel 
que vos tenia forjados el Rey don Alfonso nuestro avuello e que gelas 
ovietes dadas porque vos ayudasse contra los nuestros enemigos fijos 
de Escayuela todo lo al que se nos diese que sea nuestro. Et porque el 
rey don Alfonso non vos los torno vos otorgamos nos de vos los dar 
cada que fueren nuestros sin otra defensión ninguna. E si por aventura 
se vos alzaren algunos destos logares sobredichos que nos que vos 
seamos tenudos de vos ayudar con todo nuestro poder fasta que los 
hayamos e que vos los demos luego sin otra costa ninguna en quanta 
ayuda nos vos fizieremos e otrosi vos otorgamos que vos prometemos 
que quando el re}'nado de Castiella fuere nuestro o de nuestro herma- 
no que finque la pa(; con vos e nos para siempre jamas como deven 
seer leales amigos e verdaderos e que vos non demandemos otras pa- 
rias ni otra demanda nenguna ni otras escatimas ni otros achaques de 
'los que soliades pechar a los reyes otros que fueron antes de nos de 
Castiella et de León. Et porque esto sea cierto e firme e no venga en 
dupda pora siempre jamas diemos vos esta carta nuestra abierta e sie- 
llada con nuestros siellos pendientes en testimonio. Et rogamos al muy 
alto e noble rey don Jayme daragon que puziesse en ellos su siello col- 
gado e que fuesse ende testimonio. Data en la ciptad de CaragO(;a 
X dias andados del mes de setiembre en el anyo de nuestro senyor 
de M. CCC. e uno 

A esto nos Don Jayme por la gracia de Dios Rey daragon sobre- 
dicho a rogarlas de los ditos rey Don Alfonso e infant Don Ferrando 
caros sobrinos nuestros fiziemos poner nuestro siello colgado en aques- 
ta carta en testimonio de las sobreditas cosas, (R. 3J1, f. 37). 

Todos estos documentos firmados y ratificados por Mohamed II los 
trajo Bernardo de Segalars de la Alhambra á Valencia el 12 de enero 
de 1302 (1), y aunque parecía que con esto quedaban ligados defini- 



(1) Al... Rey de Castiella (Don Alfonso)... Don Jayme etc. Faze- 



224 FR. F. D. CAZULLA, MERCEDARIO 

tiva y casi indisolulilemontc Arafíón, Granada y cl partido de los de 
la Cerda, esa unión y alianza era i>uranicnlc artificial y tenía contados 

sus días. 

Andrés Giménez í^oleu. 
{Continuará) 



LOS REYES DE ARAGÓN 



PURÍSIMA CONCEPCIÓN DE MAEÍA SANTÍSIMA 
(Continuación) 

Mientras los secuaces de Aymerich eran objeto de acres censuras, 
y sufrían la persecución del Monarca allí donde se atrevían á exponer 
su doctrina, la Escuela Luliana, por el contrario, á pesar de la guerra 
maquiavélica que le hacían sus cnemi.u'os, seguía floreciente y respeta- 
da, sin experimentar en su marcha de triunfo el menor contratiempo. 
El libro «Condemnatio», la supuesta Bula de Gregorio XI, y los proce- 
sos seg-uidos contra los libros de Lulio y los lulistas, como era natural, 
llamaron la atención de Martín V, y á raíz de su elección efectuada en 
el concilio de Constanza, doude felizmente se terminó el cisma, envió 
un Legado al reino de Aragón con el encargo de solucionar la cues- 
tión luliana (1). Los partidarios de la Escuela Luliaua, viendo que 
hasta entonces se había procedido contra los libros del B. Raimundo, 
bajo el falso supuesto de ser auténtica la Bula del Papa Gregorio, re- 
currieron al Legado para que anulara cuanto en virtud de la misma se 
hubiera ejecutado. El cardenal Alemán, por no estar bien informado 
de tan enmarañado asunto, el último día de febrero (1419) delegó al 
Obispo de Civitatiscastelli ^2), y éste considerándola muy sospechosa, 



mos nos saber que vino a nos Bn. de Segalas .. e recabó bien por lo 
que vos e nos lo enbiamos al Rey de Granada e a aducho cartas del 
dito Rey que a firmadas las posturas, e Rey como nos ayamos enten- 
dido quel Rey de Francia a embiado a la Reyna Mea don Ferrando 
su filio mandaderos sollempncs Rogamos vos que en todas guisas 
pensedes de saber dellos lo que auran feyto e enviat nos lo dezir lo 
quen podredes saber .. Data Valencia II idus januari anno predicto 
(1302). (R. 334, t. 46) 

(1) PuoAZ.4. CU el pedimento .al Vidrio (¡eneral (le V.alencia p.-ira que en su archivo guar- 
dara el instrumento (leí 41>s.— Jaime Fahuo, en el libro del B. Lulio < Arbor pliilosophiae aino- 
ri.4 »,que hizo imprimir en l'ari.s, 151G.— Aknaliii; Alhertixo, Chispo (le Pati en el libro 
<Eepetitiü nova sive commeutaria ruhrice et cap. 1. de Hereticis, lib. 6». Valencia l.'i:U. 

(2) AlKunos traducen «de la ciudad del Castillo.; sin embargo, consultado el punto han 
resultado algunas dudas, y para evitar una eiiuivocacióu prefiero transcribir el nombre tal 
como 80 halla cu el original. 



LOS REYES DE ARAGÓN Y LA PURÍSIMA CONCEPCIÓN 225 

el día 24 de marzo atictoritate apostólica anuló todo lo hecho contra las 
obras de Lulio, dejó las cosas en su primitivo estado como si nada se 
hubiera dicho ni escrito en contrario, y reservó para el Sumo Pontítice 
corregir y autorizar esa doctrina, por cuanto sólo h él competía deli- 
berar en esa materia, á cuyo juicio como verdadero católico la some- 
tía expresamente el mismo B. Lulio (i). No por esto se logró calmar á 



(I) El Excmo. Sr Marqué? de Barbará guarda en su archivo particular el documento ori- 
ginal que contiene la delegación heclia por el Legado del Padre Santo á favor del obispo 
Bernardo, dice así: «Alimanuus Miseracione Divina, etc. Sancti Eusebii Sacrosancte Romane 
ecclesie Cardinales in Aragonie Valencie et Navarro Regnis ac Maioricarum insulis in non 
nuUis quam alus partibus et terris apostalice sedis Legatus. Reverendo in xpo., patrl Domi- 
no Episcopo Civitatis castelli Salutem in Domino sempiternam. Sua nobis consanguinei et 

amici quondam magistri Raymundi L peticione mostrarunt quod olim quidam frater Ni- 

cholaus Eymerici ordinis predicatorum tune inRoguo Aragonum officium inquisitoria here- 
ticepravitatis exercens tempere felicis recordacionis Gregorii Pape Xí contra artem ct doc- 
trinam ipsius maglstri Raymundi vigore cuiusdam ficte bulle ut asseritur per ipsuní false 
fabrícate temeré attemptavit infamie ipsius doctoris et artis eiusdcm denigracionem ot non 
modicam Icsiouem. Quare pro parte ip.sorum nobis fuit humiliter supplicatum ut attemptata 
huius modi nulla fore declarare ipsamquc cassare ct anullare auctoritate apostólica digna- 
remur. Nos igitur de premissis plenam noticiam non habcntes huiusmodi supplicacionibus 
incliuati Circunspcccioni vestre tenore presencinm conmittimus et maudamus quatinus si 
est ita quitquid per ipsum fratrcm Nicholaum inveueritis contra ipsum magistrum Ray- 
mundnm ct opera sua temeré attcmptatnm in statum pristinum revocare curetis eadem nulla. 
et caí^sa ac irrita auctoritate prefata penitus nunciantes. Dat. Barchinone secundo kalendas 
Marcii Anno a Nativitate domini Millesimo quadriugentesimo décimo nono Pontiticatus 
sanctissimi domini nostri domini Slartini divina providencia Pape Quinti Anno secundo». 
Lleva un sello pendiente.— Por conducto de mi apreciable amigo D. Alfonso Damians, el se- 
ñor Aguiló se ha dignado proporcionarme copia fiel de la sentencia favorable al B. Lulio 
tomada de un traslado auténtico que se guarda en el archivo Municipal de Palma de Mallor- 
ca, la cual reproducimos á continuación «Pro tanto nos Bcrnardus Episcopus et comissa- 

rius predictus auctoritate apostólica nobis in hac parte commissa dicimus volumus decerni- 
musetpronunciamusquod quitquid inveniaturquomodocumque ct qualitercumque anantatum 
mandatum comminatum processum factum occasione auctoritate sen racione dicte subrepti- 
cie ac obrepticio bulle de falsitate evidenti nimis suspecte teueatur pro vano casso irrito et 
nullo et pro infecto seu non tacto ab ómnibus reputetur sicut et nos ex potestate nol)is atri- 
buta super hiis qua ex nostro officio uobili utimur et uti volumus predictia attentis cassa- 
mus irritamus auuUamus seu ad nihilum reducinius Reduccntes eciam auctoritate apostoUca 
ipsum doctorem Raymundum lull et omnia dicta scripta et opera sua et omnia alia racione 
predicta quomodocumque et qualitercumque et iier quemcumque et contra quoa cumquc et 
coram quibuscumque procesa actitata ad statum pristinum, et primcvum ac si in contra- 
rium eorum nil unquam fuisse dictum scriptum vel alias quomodolibet anantatum Reser- 
vantes et submittentes correccionem determinacionem aut auctorizacionem doctrine dicti 
doctoris sedi apostolicecuius est de talibus cognoscerc et ordinare sicut ipscmet doctor ut 
verus catliolicus exprcsse submittit. In quorum omnium et singulorum fidem et testimoium 
premissorum presentes uostras littcras seu presens publicum instrumentum per notariiun 
pnblicum infrascriptum fieri et puldicari mandavimus nostrique sigilli appensionc nuiniri. 
Data et Acta Barchinone sub auno a nativitate domini Millesimo Quadringentesimo décimo 
nono die vero vicessima quarta meusis Marcii presentibus honor, viris domiuis Anthonio 
zeno decrctorum doctore canónico Papiensi Arnaldo de torrentibus couriliario hoc anno 
Civitatis Barchinone Bernardo de marimundo maioro dierum et ffrancisco servcut licen- 
ciato in legibus civibus dicte civitatis Barchinone pro testibus ad lu'emissa vocatis i'ogatis 
specialiter et assumptis ac me Gabricle canyelles notario infrascripto. Visa per me Kiiis- 
copum prefatum. Sigi^num mei Gabriclis canyclles auctoritate Regia notarii publici Bar- 
chinone. Q,ui premissis ómnibus et singulis dum sic ut prcmittitur coram dicto Reverendo 
domino Comiasario per eum agerentur ct fiercnt una cum prenominatis testibua presens 
fui hocque eacribi feci ac sigillo ipsius domini Episcopi hic apposita inpeudenti clausi cum 
supraposito in lineis » 



226 FR. F. D. GAZULLA, MERCEDARIO 

los émulos del B. Raimundo. Así como no fué posible hacerlos callar 
en lo relativo A la Concepción, de i^ual suerte y aun más fueron re- 
beldes en dar al sabio mallorquín la gloria que merecía. Don Juan, 
empero, siguió prestándole su favor, y en las Cortes de 1461 al de- 
cretar sobre la fiesta de la Inmaculada, confirmó la protección que sus 
antecesores habían dispensado á la Escuela Luliana. No citaré otros 
despachos favorables á la doctrina de Lulio, lo dicho es más que 
suficiente para dar á conocer su prestigio en Aragón durante los si- 
glos XIV y XV, y el aprecio que de ella hicieron nuestros soberanos: sin 
embargo, no estará por demás adveitir que al fin lograron darle sus 
enemigos un golpe fatal. No siendo muy conocida la sentencia de 1419, 
hicieron pasar como autentica la supuesta Bula del Papa Gregorio, y 
esto fué causa de que las obras del B. Raimundo se pusieran en el ín- 
dice de los libros prohibidos de Paulo IV; pero en el concilio de Tren- 
te, así como fué apoyada la sentencia que defendía la Concepción 
Inmaculada de María Santísima, también se hizo Justicia á los lulistas, 
y á pedimento de Juan Villeta, Canónigo de Barcelona, el Patriarca 
de Venecia, cuatro Arzobispos, cuatro Obispos, un Abad y dos gene- 
rales de órdenes religiosas re diligenter et maturo consüio discusa, 
el día 1.° de septiembre de 1563 auctoritate Conr.ili, decretaron en fa- 
vor de Lulio, mandando quitar sus obras del índice, decreto que más 
tarde fué renovado por la Sagrada Congregación del índice á petición 
de S. M. el Rey de España. De esta manera la Escuela Luliana, siem- 
pre luchando y siempre venciendo se mantuvo por muchos años en el 
apogeo de su gloria, y si bien en lo3 dos últimos siglos parecía muerta 
y olvidada, hoy renace purificada de entre sus cenizas, porque según 
ha dicho muy bien el limo. Sr. Obispo de Orihuela: «De las obras del 
Beato Lulio, estudiadas sin prejuicios de escuela y con imparcial crite- 
rio, puede sacarse un precioso caudal de doctrina con que enriquecer el 
Neo-Escolasticismo que, armonizando lo antiguo con lo moderno— «e- 
tera novis augendo —va abriéndose paso, conquistando en el campo de 
la filosofía nuevas y excelentes posiciones, de las cuales no logran des- 
alojarle sus más irreconciliables enemigos» (1). 

La Cofradía de la Inmaculada Concepción, tan pujante en los rei- 
nados anteriores, la encontramos poco menos que extinguida al termi- 
nar la regencia de D.''' María. El «Dietari del Antich Consell Barcelo- 
ní», ó más bien, la cuenta que trae aparte de la cera gastada en la 
procesión del año 1459 parece demostrar lo contrario, pero esto, no 
obstante, es indudable que en ese tiempo se hallaba ya en un estado 
de lamentable decadencia. El prólogo que viene antes de las resolu- 
ciones tomadas por los cofrades en 25 de diciembre de 1465, habla del 
estado de la Cofradía y dice así: «Primerament com la dita confraria 



(1) «El Oiitimismo ilcj Pcito líayiminilo Lulio, por el Ii.MO. Y KvDMo. 8r. D. Juan Mau- 
HK y GELAnEUT, Olüspo do Oi'i huela. —Barcelona, 11)01. 



LOS REYES DE ARAGÓN Y LA PURÍSIMA CONCEPCIÓN 227 

»de gran temps ensa sia vinguda en tanta diminucio que los confrares 
»de aquella no basten a nombre de XX entre liomens e dones e 
«aquells que si eran ia per la maior par la haguessen abendonada en 
»tant que per aquella nos feya algún servey ni les rendes se avistaven 
»del tot ans la maior part per lo procurador de la dita Contraria era 
•deguda en i-ossechs e axi facilment les rendes de aquella venien en 
»perdicio. Are empero nostre senyor deu a honor de la sua gloriosa 
»mare a labor de la qual la dita Confraria per aquells Reys antichs de 
«gloriosa memoria es stada fundada no permatent aquella del tot esser 
«abolida ha juntats los coratges de aquells confrares qui ia eren anti- 
xgament en ia dita Contraria e de moltes altres persones qui novament 
»si son meses en abrassar la dita Contraria ab gran ardor de devocio 
ílos quals per lo benavenir de la dita Contraria precehints molts e di- 
sversos colloquis han fetes les ordinacions següents.» 

Entonces nombraron un administrador con la obligación de dar 
cuenta á los mayorales, y determinaron celebrar cinco ani?ersarios 
por los hermanos difuntos los días siguientes á, cada una de las fiestas 
de Nuestra Señora, á los cuales deberían asistir los Mayorales, Visita- 
dores, Procurador, y á ser posible, todos los iucritos en el libro de la 
Cofradía. Estas funciones se celebraban con mucha solemnidad. A me- 
dida que los cofrades de ambos sexos entraban en la Catedral, reci- 
bían cirios para tenerlos encendidos durante el Canon y mientras se 
cantaban los responsos. Acabada la Misa, los canónigos y demás be- 
neficiados, precedidos de la Cruz, salían á los claustros, y allí recibían 
tres dineros cada uno. Seguían detrás el Rey, los Conselleres, Mayo- 
rales, Visitadores y demás cofrades, todos con velas encendidas, y en 
dos filas recorrían los claustros mientras los sacerdotes cantaban res- 
ponsos por los difuntos. En las festividades de la Santísima Virgen ha- 
bía también procesión por los claustros ó por el interior de la Seo, á la 
que asistían los cofrades con mucho recogimiento. Otra de las resolu- 
ciones fué fijar en seis el número de Mayorales, dos de los cuales de- 
berían ser beneficiados de la Catedral, compitiendo á todos ellos la 
admisión de nuevos cofrades, y reunir Capítulo cinco veces al año los 
domingos siguientes á las cinco fiestas de la Virgen Santísima (1). 

Desde ese año (1465) volvieron á celebrarse los capítulos con regu- 
laridad, y la Cofradía pronto recobró su antiguo esplendor. El año 1472 
la procesión revistió ya una solemnidad desacostumbrada. Asistió el 
rey D. Juan, el infante D. Enrique, el Maestre de Calatrava, y el Em- 
bajador de Ñapóles, llevando el palio con otras personas de distinción. 
Detrás seguían la madre del Infante acompañada del Conde de Cardona 
y del Gobernador Monseñor Requesens, la madre deD. Jaime de Ara- 
gón y sus hijas con oti-as muchas damas de su compañía. Al año siguien- 
te también llevó S. M. el palio, acompañándole en esta función honro- 



(1) Archivo (le la Cofradía. Dellibcracioiií y Orilinacioiía, 1-165-1.'>13. Ll. 7, plech 1 



228 



FR. F. D. GAZULLA, MERCEDARIO 



sa el Arzobispo de Zaragoza, el Embajador de Sicilia, el Conde de Car- 
dona, el Síndico de Lérida, el Maestro de Calatrava, cinco Conselleres 
y el ciudadano Mosen (4uilleni Coloni. La liesta de la Conceix'ión se 
si.uuió celebrando con el mismo esplendor, y el rey D. Juan asistió 
iffualmente A las procesiones de 1477 y 1478. Don Fernando el Católico, 
respetando la costumbre de sus mayores la honró con su jirescncia en 
1480, y hubiera hecho lo propio en 1492 á no impedirlo un accidente 
que causó en todo el Reino profunda sensación. Este fué el atentado de 
Juan Canyamás contra la vida del Rey, hiriéndole con la espada en el 
cuello á tiempo que S. M. salía del palacio, donde acabada de celebrar 
consejo. Por tal motivo se suspendió la procesión acostumbrada, y se 
hizo por el interior de la Catedral. 

Por ese tiempo los trovadores comenzaron ya á revestir los concep- 
tos más elevados del dogma con la música de sus versos, para ir á 
cantar en los certámenes poéticos la Concepción Inmaculada de María 
Santísima. En el archivo de la Cofradía he hallado unas estrofas que 
pertenecen á la segunda mitad del siglo xv ó principios del xvi, rai-o 
ejemplar de nuestra literatura, desconocido y seguramente inédito, 
por lo que juzgo muy conveniente su publicación. 

Obra feta per Joan sobre (1) notaei en laors de 

LA purísima CONCEPCIO DE NOSTRA SeÑORA 



Ab molt gran devocio 
celebram verge molt pura 
la vostra concepcio. 

Leternal deu vostre pare 
ans quel mon ni res creas 
a vos elegi per mare 
per que de vos se formas 

E feu preservado 
de vos per fer santa y pura 
la vostra concepcio. 

La divina providencia 
volent vos pura formar 
vostres pares sa clemencia 
santament feu aiustar 

Ab santa intencio 
per que fos santa y molt pura 
la vostra concepcio. 

Concebuda fos tan digne 
quel mon yl cel reparas 



yssent verge tan insigne 
lo fill de deu humanas 

Ab tanta perfoccio 
que vostre fill ha fet pui'a 
la vostra concepcio. 

Concebuda per miraele 
sens pecat original 
fos molt digne tabernacle 
del fill de deu eternal 

Per (JO fou molt gran raho 
vostre fill obras molt pura 
la vostra concepcio. 

Concebuda impecable 
per ser mare del gran Rey 
trencas lo cap al diable 
no iens sotinesa a la ley 

Y sens tal subieccio 
celebram santa y molt pura 
la vostra concepcio. 



(I) Las últimas leti-as de esta palabra no inicdeu leerse. 



LOS REYES DE ARAGÓN Y LA PURÍSIMA CONCEPCIÓN 



229 



Concebuda sens la tacha 
del que tots naxem tachats 
tachats de tacha quemparha 
lo cami de ser salvats 

Mas nostra salvado 
sera creure santa y pura 
la vostra concepcio. 

Que vos siau concebuda 
sens loriginal pecat 
per haver vos prevenguda. 
vosti-e flU quius ha creat 

Non posam en dubte no 
pux lo fiU pogue fer pura 
la vostra concepcio 

Si lo flll vos haxal^ada 
en tan alta dignitat 
qui pot dir sian estada 
james subiecta pecat 

Dons faran conclusio 
que pogue fer y feu pura 
la vostra concepcio. 

Yfou lo vostre verge ventre 
de la santa trinitat 
cambra tabernacle y centre 
y sacrari consagrat 

De paradis lo guio 
on los sants adoren pura 
la vostra ccmcepcio. 

Dons a vos qui sou lo cima 
de virtuts taut excellents 
trihumfos de gran estima 
cantaren totes les jents 

Yfent humil oracio 
afermant ques santa y pura 
la vostra concepcio. 

Trihumtau gran tresorera 
deis tresors celestials 
fent vos deu la despensera 
deis seus tresors divináis 

Dexem dons la passio 
los qui dien que nos puia 
la vostra concepcio. 

Triunifau de tanta gloria 
que apres deu no temim par 
possehint tanta victoria 



que maior nos pot trobar 

Trihumfau ab gran raho 
pux deu ha fet santa y pura 
la vostra concepcio. 

Trihumfau verge molt santa 
de tant gran maternitat 
queus abilla de la manta 
ques pot dir inflnitat 

PerQO fem excepcio 
de vos atorgant ques pura 
la vostra concepcio. 

Trihumfau de jerarcbia 
solapres vostre flll deu 
trihuuifuau de monarchia 
maior que negu no creu 
Visquen ab confusio 
tots los qui no crehen pura 
la vostre concepcio. 

Trihumfau molt gloriosa 
trihumfau de goigs senspar 
trihumtau molt abundosa 
deis mens bens que deu pot dar 

Trihumfa sens questio 
trihumfada santa y pura 
la vostra concepcio. 

Dons a vos nostra Señora 
humilment tots suplicam 
quens sianí intercessora 
ab iesus per que puxam 

Ab molt clara visio 
contemplar en lo cel pura 
la vostra concepcio. 

CANgo 

Pues que dios te fizo tal 
de sus gracias abundosa 
y tan compuesta 

Sí de culpa original 
te fizo libre y graciosa 
haya respuesta. 

La respuesta es que abinicio 
dios me crio conociendo 
leaviazer criatura 
ami mando 



230 FR. F. D, GAZULLA, MERCEDARIO 

t¿uiso mu dar buneücio de sus gracias abundosa 

no solo su madre siendo y tan compuesta 
mas de redimir n;itur;i Que do culpa orijíinal 

ayudando. ser yo libre y muy lormosa 

Ylizn me tan divinal es la respuesta. (1) 

La Cofradía no tenía aún capilla propia, y en el Capítulo que cele- 
braron los cofrades el 4 de diciembre de 1491, resolvieron pedir al Ca- 
bildo una de las dos que entonces se hallaban desocupadas en los 
claustros de la Seo para decorarla, y celebrar en ella Ja Misa diaria 
que había fundado el honorable Mosén Juan Planes. «Los quals maio- 
rals ab consentiment y voluntad de tot lo consell 6 tot lo dit consell 
[eren deliberado y conclusio per aufímentacio y devocio de la dita 
confraria que lo magnifich Capítol de la dita Seu sia supplicat vulla 
atorgar y consentir a la dita confraria una Capella de les dues deser- 
tes de la claustra de la dita Seu (jo es aquella qui es devant lo Carner 
de les sepultures deis confrares de la dita confraria » 

No se si el Cabildo accedería desde luego á la petición; el libro de 
resoluciones ya no habla más de la capilla hasta el 20 de agosto de 1512, 
donde dice: «Los demundits maiorals han comes al dit magniflch mo- 
ssen Bertrán y al dit mossen Pere Pascual y a mossen Jaunie Vente- 
loUs lo regoneximent de la Capella y deis vestiments y deis draps deis 
cossos y fassen i-eparar aqiiella y si es master ne fassen fer hu a cone- 
guda nostre » y en 7 de cuero de 1613 dice hablando de la Cofra- 
día: « in claustro Sedis Barchinone constituta.» 

Digno del mayor elogio es el esmero que pusieron los cofrades de 
Barcelona en defender la Concepción Limaculada de la Santísima Vir- 
gen; apenas alguno se desmandaba, cuando ya le formaban proceso 
como á violador de la Constitución. Son muy curiosas las noticias que 
sobre el particular nos da el citado libro de resoluciones. En la reunión 
que tuvieron los cofrades el 23 de mayo de 1501, los Mayorales hicie- 
ron saber á los congregados, que el Edo. P. Mtro. Fr. Pedro Gual, reli- 
gioso dominico, había predicado contra la pureza original de la Santí- 
sima Virgen. Unánimes resolvieron citarle para que se retractara, y en 
caso de resistirse, dieron facultad á los Mayorales para tomar informa- 
ciones y encausarle. El día 27 compareció ante los cofrades el P. Prior 
de Santo Domingo con el P. Mtro. Gual, y el Edo. D. Bartolomó OUcr, 
Canónigo de la Seo y Mayoral de la Cofradía les habló en los términos 
siguientes: «Monsenyors raolt Eeverends lo present concell es aci aple- 
gat sobre les páranles dites per vos Eeverend mestre Pere gual en de- 
rogado de la purissima e sancta concepcio de la dita mare de deu per 
les quals se ha presa intormacío e som restats ab lo Eeverend mes- 
tre lentes mestre en dita sagrada theologia que vos farien certa 



(1) 1. legal 74, plec'h 4, docuinent 23. 



LOS REYES DE ARAGÓN Y LA PURÍSIMA CONCEPCIÓN 231 

submissio e segons lo dit scu nosaltres havcm feta ordenar la cédula la 
qual vos sera legida. E legida la dita cédula de la qual los dits Priors 
e altres deis dits frai-es foren algún tant contents sois que no sen fes 
acto algu. E axi havcnt moltes paraules los dits raaiorals e frares la 
eonclusio del concell fou que lo dit mestre gual dix en presencia de tot 
lo concell aqui aiustat tais o semblants paraules: Monsenyors ious dich 
que io no cuyt haver dit res contra la conccpcio de la gloriosa Verge 
Maria e perdónenme los testiiuonis qui contra mi han tcstiflcat que no 
ho han be compres. E si per ventura lapsu lingue vel alias io hauria 
dit res contra la dita sancta concepcio ion deman perdo a nostre Se- 
nyor deu e a la sua gloriosa mare e a vosaltres monsenyors de mayo- 
rals e concell en nome e per part de tota la confraria.» 

El P. Prior queriendo dar á los cofrades una satisfacción más cum- 
plida, se presentó el 8 de junio á los Mayorales reunidos eu la capilla 
de S. Clemente dentro de la Seo, para leerles una acta del capítulo ce- 
lebrado por los padres dominicos de Aragón, Valencia, Navarra y Ca- 
taluña, el tenor de la cual es como sigue: «Ad evitanda scandala et 
mala que possint eveuire apud seculares et fratres ideo prccipimus 
ómnibus patribus magistris et patribus nostre provincie in virtute spi- 
ritus sancti et sánete obediencie et sub pena perdicionis omnium bo- 
norum ac eciam sub summa excomunicacionis late sentencie quam fc- 
riuius in hiis scriptis una pro trina canónica monicione premissa qua- 
tenus quocumque motivo dato nullus audeat predicare nec predicando 
Virginis Inmaculate concepciouem nominare sed sub verbis común i - 
bus satis adornatis eam laudibus estollere.j> Acto seguido les pidió 
que se dignaran cancelar todo lo actuado contra el P. Gual, y los Ma- 
yorales muy gustosos accedieron á tan justa demanda. 

El acta que acabamos de citar dice mucho en favor de los superio- 
res que gobernaban entonces las casas de esa provincia; pues demues 
tra, que si algunos siguiendo el espíritu de escuela hablaban pública- 
menre contra la Inmaculada Concepción, lo hacían á disgusto de la 
parte más sensata, y desobedeciendo las órdenes recibidas en con- 
trario. 

Por el mismo libro de resoluciones consta que en 12 de octubre 
(1507) había entre los cofrades y el Mtro. Fr. Eafael Moner, religioso 
de la misma orden, otra causa pendiente, la cual se hallaba suspendi- 
da desdo algún tiempo en la Real Audiencia. Ese día resolvieron pro- 
seguirla en caso de no retractarse el delincuente, y el 18 de ese mes 
volvieron á congregarse en la Sala Capitular de la Seo para recibir 
al Mtro. Moner, que había prometido someterse. Como el acto prometía 
ser interesante, además de varios canónigos y cofrades se juntaron 
unas doscientas personas ávidas de presenciar la retractación. Con el 
permiso de los cofrades entró á la Sala dicho religioso, «lo qual consti- 
tuit en lo mig deis dits reverents canonges y confrares dix unes lals 
paraules que ell dit mestre moner ere molt scrt havia mal parlat lo die 



232 FR. F. D. GAZULLA, MHRCEDARIO 



que lof^i y sermona en la Heu de la present Ciutat lendema de la festa 
do la conecpeio de la mare de deu lany jirop passat en desfavor de la 
santa dcvocio deis devots confrares de la dita concepcio e conaxent la 
sua culiia domanava vcnie y peído a nostro Senyor y a la gloriosa 
ver,üe maria y ais reverents niaiorals Canon!4'cs qui aqui eren y devots 
confrares supplicant li volguesscn perdonar y rcmctrc la dita culpa. 
Dient que aquest perdo demanava ab tanta aficcio y doiensa de sa 
culpa com pensar se pugua maiorment que ell dit frare moner dehe 
tenie per conclusio sancta y verdadera la sacratissima mare de deu 
per gracia special esser estada preservada de macula de peccat origi 
nal. E dites per lo dit mestre moner les ditos paraules e aquellos per 
los dits raaiorals canong-es y confrares enteses fonch deliberat lo dit 
uiestre moner se apartas en la libraría de la dita Seu fins a tant fos fot 
desliber sobre la venie e perdo per lo dit mostré moner demanat. E 
apartat lo dit mestre moner fonch hagut coloqui entro los dits reve- 
rents canonges confrares finalment fou feta dosliberacio que lo dit 
mestre moner pus conexia la culpa y doffecte seu attenent que los dits 
canonges y confrares deftensaven la causa de la mare de misericordia 
que lo dit mestre moner fos rebut y acceptat a venie axi com havia 
demanat pus prometes y juras en anima sna de teñir y observar la 
constltucio feta per lo reverent Capítol do la dita Seu y les altres cons- 
titucions de Cathalunya privilegis y prachmatiques disposants contra 
aquells qui mal parlarien de dita concepcio e que en ningún temps pa- 
lesament ni oculta directo ni indirecta no diria ni prehicaria ni dispu- 
taría contra dita sancta y perfeta opinío que virgo non fuit concepta 
in peccato originali y que iterum demanarie perdo ais dits reverens 
Cañengos y confrares del dit seu mal parlar y que de les dites coses 
no fos fet acte publich y certificat per lo notari de la Cofraria. La 
qual deslibera cío feta fonch demanat lo dit mestre moner lo qual al tro 
volta constituít devant dits reverents Canonges y centrares certiflicat 
primor per lo dit R. Archidíacha maior de la dita dolliberacio lo dit 
mestre moner proferí les páranles seguents go es que ell ere contení de 
la dita delíberacio e prometía en anima sua que ell observaría la dita 
constítucio Capitular e altres constitucions de Cathalunya feta en fa- 
vor de la dita sancta y perfeta oppinio y que M tenia per verdadera 
oppinío que virgo maria non fuit concepta in peccato originali o que 
en res directament ne indirecta publlcament o amagada no contraven- 
dria en aquella sotsmatense a les penes de les ditos constitucions. E 
mes demanava perdo e venia a deu omnipotent y a la sua inmaculada 
maro de qualsevol coses axi generalment com partícularment per ell a 
Nou do desembre prop pessat dites y sermonados en la líQo y sermo 
per ell lo dit dio en la dita seu fet les quals coses fossen contra la dita 
sancta y perfeta oppinio. Velen que si res havia dit contra aquella que 
no sia stat dit Supplicant lo R."'" S.»'' Bisbe de Barcelona Capítol de la 
dita Seu maiorals o Confrares do la dita Coufraria ley vullen perdonar 



DESCUBRIMENTS ARQUEOLÓGICHS DE PUIG-CASTELLAR 233 

y remetre com ell nobige tingut animo de offendre les lurs sanctes pies 
e devotas intencions. E axi ho jur requerint lo notari de la dita Con- 

fraria testifflcas acte publich de les dites coses los quals maiorals e 

confrares aceptaren la dita promessa e jurament fet per lo dit mestre 
moner y ab tal condici^ 11 perdonaren » 

Con tales ejemplos se logró dominar por completo á los enemigos 
de la pía creencia. Privadamente siguieron defendiendo la opinión 
contraria; pero en los sermones, al comenzar el siglo xvi, eran ya muy 
raros los predicadores que eu nuestro Reino, y principalmente en Cata- 
luña, hablaban con poco respeto de la Concepción Inmaculada. 

Fk. Faustino D. Gazulla, Mercedaeio. 
(Se continuará). 



DESCUBRIMENTS ARQUEOLÓGICHS DE PUIG-CASTELLAR 

TERME DE SANTA COLOMA DE GRAMANET 
(Acahament ) 

Ara be; si després de haver inventariat y descrit los objectes recu- 
llits en les excavacions de Puig-Castellar tractem de investigar llur 
origen y la causa de trobarse allí reunits, á fi de poder precisar la na- 
turalesa de aquell lloch, haurém de comentar per veure si la historia 
pot donarnos quelcom de llum y conduhirnos al esclariment de la ve- 
ritat. 

Malgrat nostre bon desitj, y fer ja alg'uns anys que venim cercant 
y reculliut datos y noves pera escriure una monografía histórica deis 
pobles de Sant Adriá de Besos y Santa Coloma de Gramanet, escorco- 
llant en els arxius, y tenint bon aplech de materials pera portar á 
terme la nostra tasca, no havem trobat cap autor que 'ns dongue lo 
mes petit indici, referent á lo que tou Puig Castellar, y que, ni sisquera 
anomene aquesta montanya; y en quant ais documents, fins avuy, sois 
sabem que dos ó tres centuries enrera, se '1 conexía, encara, ab aytal 
nom, y per investigació practicada en diversos arxius sabem també, 
bue en el segle xi, ó sia en 1057, Joan y sa muller Bella vengueren ais 
canonges de la Seu de Barcelona, diferents alons que posseien h Re- 
xách y que confrontaven á ponent in vía qui pergit ad ipso mont que 
vocant Castelar (1); y flnalment, que en V acta de consagrado de la 
parroquia de Santa Coloma de Gramanet, feta al any 1187, al tractar 
de sa rodalia, se diu que afronta per la part de tramontana in collem 
de Castelav (2). 



(1) Arxiu del Capítol de la Catedral de Barcidona.— Liliei- AutiijiMt. II., fol. 23U, doc 732. 

(2) Arxiu parroiiulal de Sauta Coloiua de üramauet. 



234 F. DE SAGARRA 

Aquests son los dos úiiichs docuinents, cu que, ja en data, relativa 
nicnt remota, se fá menció delPuig-Castcllar. 

Scííons Du Cango, les paraules castellarc y castllavlum son siiióiii 
mes de construcció de murs y de llocli aliont eixos murs cxistcxcii (1 ). 
Per consegüent, tenim que ja en los segles xi y xii, al donar lo nom 
de castelar h eixa montaiiya, se feya referencia á les fortiticacions que 
en ella existien ó bavien existit. 

Mancats d' altres documents y no trobant en les histories res que 
tinga relació ab Puig-Castellar, sois ens resten les excavacions com á 
raedi pera investigar lo seu origen. 

Record6m haver llegit en un tractat francés sobre la reconstitució 
deis vinyats per medi deis cepsamericans, que era prccis faire parler 
la turre, aixó es, que la térra matexa havia de enrahonar y 'ns havia 
de dir quina classe de ceps, segóns sa composició química, li era mes 
convenient. Doncbs be, aixó mateix podem aplicarho ais descobriments 
arqueológichs de Puig-Castellar. Havem de afer parlar á la térras y 
ella per medi de successives excavacions, pels objectes que s' hi trobi-n 
per la situado especial en que apareguin y les circunstancias que 'Is 
rodejen, ens dirá quin fou 1' origen y la naturalesa de aquell lloch, 
quines gents lo havitaren y fins, tal volta, ens dexará entreveure la 
serie de successos y epissodis que en el decurs del temps hi csdevin- 
gueren. 

Un geólech (2) ha dit «que '1 comens de la humana historia, milior 
que en arxius y biblioteques, deu buscarse entre 'Is últims materials 
terrestres.» 

Els fragments de terrissa que 's trobaven escampats per la monta- 
nya, induhien ácreure que 's tractava, tant sois, de restos romans; 
mes eixa primera impresió s' ana esvahint, al descobrirse objectes 
pertanyents auna civilisació marcadament pre-romana, y sobre tot, 
al comprobarse que, flus aquella terrissa, quede primer antuvi, scm- 
blava romana, examinada detingudament, tenía mes apariencia de 
grega ó quant menys de italo-grega. 

Contribuhia molt y molt á rebutjar la idea de una estació prulo- 
histórica, el fet de no trobarse entre les ruñes, silex tallats; mes de- 
xautá part que, sino verdaders silex, han aparegut també en les da- 
rreres excavacions, objectes de pedra polida y fins trossos de quar^ ab 
senyals mes ó menys evidents de haver sigut retocats per la ma dul 
home, es precis teñir en compte que, com diu Cartailhac (3) al tractar 
de la cerámica proto- histórica: «lo eonjunt de tots aquests objectes, 
tossos y terrissa, permet atribuhirlos á la fí del període neolítich; pot- 



(1) Du Cange.— Giosso7-i«m medite et inflm<x latinitatis, edic. ISS3, íom. II, fol. 210. 

(2) ViLANOVA Y PiERA.— Obra cit.ida, pá};. 2ií9. 

(3) Cabtailuac— Íes ages i>rehislorii¿ues de VEspagne et du rortiigal, París, 18SC, pá- 
gina 62. 



DESCUBRIMENTS ARQUEOLÓGICHS DE PUIG-CASTELLAR 235 

»ser s' estranyará no haver trobat ab ells, silex tallats y destrals de 
»pedra, mes no dcu oblidarse que igual falta s' observa, sovint, en les 
»estacions d' aquesta edat, per exemple, en bon nombre de coves deis 
»Pirineus.i> Aixó mateix venen á dir els germans Siret (1) d' acort 
també ab lo que afirma Mortillet (2) al consignar que en el periode 
magdaleniench, ó sia ja proper al neolitich, la aparició deis instru- 
ments d' os, perjudica á la propagaeió y desentrotllo deis objecíes de 
silex. 

Fent un estudi comparatiu y cercant similars ab lo que apareix á 
Puig-Castellar, trobem, en primer lloch, certa analogía ab los objectes 
reculiits al anomenat, tamhé jjod i iim Castellar, turonet que s' alsa al 
N. E. de Caldetas y al cim del qual hi ha la «torra deis Encantats » 
Axis maieix s' han fet troballes semblants, á Vilanova, Espolia y al 
turó de 'n Pujol á Subirats; y mereix especial menció, lo recinte forti- 
ficat de Carmany, en lo terme de País, baix Ampordá, de que 'ns parla 
en Pella y Forgas en sa erudita y ben documentada Historia del Am- 
purdán. Carmany ve á esser una montanya de elevado molt aproxi- 
mada á la de Puig-Castellar y en qual cim aparexen, també, rengleres 
de muralles construides ab pedrés sense material de cap mena. La ce- 
rámica primitiva y altres objectes del periode neolitich, recullits á 
Carmany, demostren, diu el seuyor Pella, que aquest recinto fou de 
origen antiquíssim, pero que serví, encara, en la época histórica deis 
indigetes (3). 

Molta analogía hi ha també entre Puig-Castellar y 'Is castras de 
Galicia. L' element característieh del castro, segóns Villaamil, es la 
fortificació de un terreny, fortiflcació que consisteix en murs de pedra 
seca, utilisant, ademes, les coudicious topográflques favorables, com 
per exemple, lo cim de una montanya mes ó menys escarpada. Aquests 
castras servien, al ensemps, de fortaleses y de alberchs, es á dir, eran 
vilars fortificats 

Vilanova y Piera en sa obra Geología y Protohistoria Ibéricas, diu 
que en lo terme de Albox (Almería) hi ha un tossal ahont existeix una 
mena de camp fortiflcat ó castro que ocupa bon tros d' espay, liiuitat 
per grosses pedrés soltes, formant parets tosques que clouen un gran 
cercle, en condicions molt favorables pera la defensa. 

Landerer, en ISíiiQ, descrigué un altre castra corresponent al periodo 
neolitich y existent en un turó prop de Chert, ab troballes molt sem- 
blants á les nostres. En lo número de juny-juliol de 1881, déla «Re 
vista de Ciencias históricas» hi ha un article de D. Constantí Domingo 
Bazan sobre «un oppidum celtibérich» descubert ;l la provincia de Gua- 



co ENRicn y Llüis Siret.— ¿as primeras edades del metal cii el Sudeste de España. 
Barcelona, Is90, pág. 1!). 

(2) Mortillet.— J/iíscc préhistorfqiie, París, 11)03, pl, X.\I. 

(3) Pella y Forgas.— Historia del Ampurdán, pág. ua. 



236 F. DE SAGARRA 

dalajara, no lliiny de Cil'ucntes, en un tossalot del pohle de Valderre 
bollo, y també aparoguci'cn muralles de [¡aretseca, construides al) re- 
gularitat, pero sense arganiassa ni cap material que les Iligués, y des- 
sota de una exigua capa de térra vegetal s' h¡ trobaren detritus pulve- 
risats, fragments de terrissa, cendres, ossos, etc. Entre les cstacions de 
les primerea edats dclmotall, que descriuen els germans Sirat, hi ha 
la de Fuente Vcrmeja, prop del riu Antas, que te molta serablansa ab 
la de Puig- Castellar. 

Si comparen! la cerámica trobada á Puig Castellar ab la que 'Is an- 
tropólechs com Cartailach, Mortillet y altrcs, consideran proto-histórica, 
hi notaróm molta analogía, particularment en quant ais motius de de- 
coració. Axis també, havém pogut comprobarho, compai-antla ab la 
que reprodueix Góngora en son Ilibre «Antigüedades prehistóricas de 
Andalucía» puig alguns fragments deis aplegats á la «Cueva de los 
Murciélagos» son quasi iguals ais nostrcs. 

Los cránis dolicocéfals, els objectes de pedra polida y la estructura 
primitiva de les muralles, se 'ns presentan barrejats ab altres objectes 
de metall, ferro y bronze, que assenyalan un periode raes propcr, 
constituhint tot plegat una confusió de civilisacions. Mes, devém teñir 
en compte, que, com afirma Vilanova y Piera, lo tránsit del periode 
últim de la pedra ó sia del neolítich al deis raetalls, es en totes parts y 
molt especialment á Italia, tant insensible, segons ho demostra la ba- 
rreja, en un mateix lloch, de objectes representatius de abdós perio 
des, que 1' abat Chierici, de Reggio Emilia, proposa que se 11 apliqui 
lo nom de ene,o-litích. Axó mateix s' observa A Oriola ab les troballes 
fetes en la ladera de S. Antón, dientse que '1 punt oferia tant excelents 
condieions pera esser habitat, que allí s' hi succehiren varíes rasses ó 
pobles que rebutjant ais antichs moradors, destruhien tot quant carac- 
terisava llur civilisació; y al parlar, lo mateix scnyor Vilanova, de la 
citania de Sabroso, á Portugal, diu que 'Is objectes que s' hi han tro- 
bat, entro els quals n' hi ha flns alguns de ferro, autorisan á creure que 
la estada del home, allí, fou molt llarga, datant, probalilement, del 
periode neolítich. 

Aquesta opinló la veyem confirmada, també, pels germans Siret, 
al tractar de les cstacions de «La Gerundia» y «El Garcel» aliont apa- 
rexen barrejats, objectes de diverses époques, y creuen que 'Is de 
coure venen á, corroborar la permanencia de la habitació en dit tossal 
(La Gerundia) durant la primera época del metall. 

Aytal bari'eja de civilisacions pot donar lloch & aflrmacions errades. 
Axis esdevingué á Fransa al volguer determinar la naturalesa de una 
estació semblant ais castras ó camps fortiflcats, le camp de Catcnoy, 
en lo departament del Oise. Foren tantes les civilisacions que s' hi 
succehiren, y per consegüent tant gran la barreja, que '1 primer que 
se 'n ocupa, Fontenu, flns li negava la antiguetat de un camp roma; 
després, A 1' auy 1851, vingué Ledicte-Duflos y ja li concedí lo carácter 



DESCUBRISIHNrS ARQUEOLÓGICHS DE PUIG-CASTELLAR 237 

de céltich y g;ilo, y flnaliuont, Ponthieux, en 1873, demostrá de un 
modo evident, que 's tractava de una estació de la época neolítica. 

Un deis objectes que cridan raes la atenció entre 'Is aplegats á 
Puig-Castellar, es lo cráni ab lo clau que '1 traspassa. Lo haverse tro- 
bat al peu de la muralla, sensc altres restos humans, y aparexer cla- 
vat en dita muralla un clau, semblant al que atravessa lo cráni, indueix 
á conjecturar si fou una costum guerrera de les gents que habitaren 
aquell llooh, aixó es, un troFeu de victoria, com lo que encara s' estila 
entre les kábiles del Marroch y altres pobles selvatjes, que mostren els 
capsdels venQuts, en senyal de triomph. Diodor de Sicilia, parlantde 
les costuras deis celtas diu que 'Is caps de "Is enemicbs que mataven los 
Ilig'aven á la qua deis cavalls, los portaven com trofeus, y per fí los cla- 
vaven en ses cases com si fossen caps de cerf ó recorts de cassera (1). 

Aquesta es la explicaciú que 'ns apar mes racional, rebutjant altres 
hipótesis, com la de si fou un antich cuite, perqué no 'Is hi trobem ver- 
dader fonament. 

Es de eroure que Puig-Castellar fou un lloch molt habitat y que allí 
s' hi succehiren diverses civilisacions, probalileraent per ser un pur.t 
estratégich y de condicions favorables pera les gents que s' hi esta- 
bliren. 

Que aytal estació fou pre-romana ens apar que no pot haverhi dvipte, 
majorment si 'ns atenira á les circunstancies de alguns deis objectes 
que s' hi han trobat, mes, d' aixó á precisar y puntualizar sa naturalesa 
y á clasificarla dintre de les diverses époques históriqucs ó pre-históri- 
ques, hi ha molt camí per recorrer. Es precís que la térra parli mes en- 
cara, y que successives y mes extenses excavacions posin al descobert 
tot lo que '1 terrer amaga. 

Aleshores, potser, podrém ab pie coneixement de causa fixar ab 
mes clarett^t lo que al present apareix bon xich confós; mentrestant, 
havem cregut que deviem comunicarvos eix descobriment que pot con- 
tribuir al avens y coraplenient de la nostra historia, avens y comple- 
mcnt que constitueixen un deis fins primordials pera que fou fundada 
aquesta Academia (2). 

Feerán de Sagaera. 



(1) DiODOKi ñicvt.i.—Bibliolheccehialorica-, torn. I, lib. V. 

(2) Aquest trebaU fou Ilegit en sessiij de 2S janer del pn'sent auy lliO.í. Desde aleshores, 
s' han fet altres descobrirneuts á Puig-Castellar, que serán objeete de un estu 11 especial, ab 
els datos que propurcioiiarán, sens dupte, uoves y ultcriors excavacions. 



238 



J. MIRI T Y S. \S 



año 1200 



ITINERARIO DEL REY PEDRO I DE CATALUÑA, 11 EN ARAGON 

(1196-1213) 

(Continuación) 

El señor Morera pone equivocadamente al rey Pedro en Tortosa el 
día primero de enero de 1 200, diciendo al referir las guerras entre los 
Condes de Urgrell y de Foix, que el monarca tdtirante tales ocurren- 
cias no habia abandonado completamente a Cataluña, con el probable 
objeto de ponerlas fin^, pues que el 1 de enero del año 1200 de la 
Encarnación, hallándose en Tortosa, concedió á su iglesia un privile- 
gio de exención de toda jurisdicción secular, datos que toma del Viaje 
literario de Villanueva (1). Villanueva no dice que el privilegio de 1. 
de enero fuese fechado en Tortosa, ni que el afto que cita fuese de la 
Encarnación. La fecha la da escueta y probablemente ya hecha la re- 
ducción al estilo moderno. Y ahora añadimos que el 1.° enero de 1200 
mal podía estar Pedro el Católico, en Tortosa, si dos días antes consta 
su estancia en Jaca, en el pirineo artigónos. 

Otra rectificación debemos hacer aquí. El señor Balaguer (Historia 
de Cataluña, libro V) refiere que, según antiguas memorias del Rosse- 
lló, á últimos de 1199 y principios del 1200, el rey de Aragón estuvo 
^0?' ves prmero en PerpifiA, «á donde fué para tener una entrevista, 
que realmente se efectuó en dicha ciudad, con el Conde de Tolosa» y 
de la que resultó una alianza y nn casamiento (2). 

Pues bien, ni en diciembre de 1199, ni en los comienzos de 1200, el 
monarca salió de Aragón. Ya le hemos encontrado el 18 de diciembre 
en las cercanías de Zaragoza^ en Luesia, y el 30 del propio mes en 
Jaca. El 8 de enero siguiente, de 1200 del moderno estilo, aparece en 
Huesca, celebrando una permuta con Miguel de Helun. cediendo el rey 
las villas de Astorit y Azlor, con la condición de que si este Miguel 
iiiesca construyere alguna fortaleza en Azlor, daría auxilio al monarca en 
tiempo de guerra y de paz. El rey recibe la villa de Brasves, entre 



(1) MoKERA. Hiatoria del ar:nb¡spado de Tarragona,!, páfr. 531. 

(2'' El cronista Guillem do Puylorens dice, que el Conde de Tolos.a, viudo, contrató en 
1200 y en PerpifiA. nuevo enlace con Eleonor, hermana del rey de Aragón. Otro cronicón del 
Lenguadoc, escrito iirobaWeaiente en la segunda mitad del siglo xiii contiene esta nota: 
Anno Di mini MCCIII in mensc januarii (1201 del estilo moderno V. Raymundus comes Tolo- 
sanu.; filius Costaucie regine duxit in uxorem sororcm regis Aragonensis. 

l^oüHutorcsAe Bistoire genérale de Langiiedoc pretenden conciliar ambas afirmaciones, 
suponiendo que Eleonor de Aragón fué, en 1200, solamente prometida en matrimonio al Con- 
de Ramón de Tolosa y que, por ser la princesa muy joven, no se consumó el casanii ■: to hasta 
el mes de enero de 1203, que es 12 1 1 según la moderna manera de contar. 

Pero, ni de estos cronicones, ni de la ohra de los Benedictinos, ni del Gesta C ¡nitum Bar 
ci>ioneii«ii/m, resulta en modo alguno indicado, ni menos prohado, que el rey Pedro I estu- 
viese en Perpiñá en 1200 ó & fines de 1199. 



ITINERARIO DEL REY PEDRO I DE CATALUÑA, H EN ARAGÓN 239 

Arteda y Míanos: Datum osee VI idus januarü, per manum Johanne 
de Berix domiiii regis notai'ii et mandato eius scripta a Petro scriptors 
in Era MCCXXXVIH'^ ; testes G. de Castellazolo maiordomus doraini 
regis et sénior in Calataiub, Petrus Latro sénior in Turol, García Or- 
tíz in Aranda, Petrus Xomenez in Orrca, Artallus in Alagon, Ximen 
de Eada ín Osea, Ximen de Lusia in Sos». (1). 

De Huesca bajó, seguramente, á Lleida, donde otorgó la concesión 
de una pensión de 2C0 sueldos jaqueses, á Ramón de Bcrguedá ó Ber- Lieyda 
gadA, aijualmente pagaderos por el baile real de dicha ciudad: Datum 
Ilerde mense Januarío anno Doniini MCXCIX'' o (2), que reducimos al 
1200 del moderno estilo. 

Una vez más debemos llamar la atención sobre la utilidad de es- 
cribir los itinerarios de los reyes de aquellos lejanos tiempos; por me- 
dio do la agrupación de documentos con la data completa, nos'es posi- 
ble deshacer equivocaciones como las mencionadas de los señores 
Morera y Balaguer, especialmente la del segundo, por referirse á asunto 
más grave ó importante, cual era los comienzos de la alianza del rey 
de Aragón con el conde de Tolosa, alianza que debía conducir á la ba- 
talla de Muret. Ahora sabemos que no debemos buscar el génesis de 
tal alianza en los comienzos de 1200, así como que no es exacto lo di- 
cho por Balaguer también, de que en 1200 el rey Pedro visitaba por 
primera vez la villa de Perpiñá. Por el itinerario hemos probado que 
ya había estado en la capital del Rosselló en febrero de 1197, precisa- 
mente al verificar un acto trascendental en la historia política, la cons- 
titución municipal de Perpiflá. 

El 7 febrero de 1200 estaba el rey Pedro I eu Zaragoza. En la es- 
critura de confesión de deuda, de cinco mil mazmudinas, á favor de 
Esteve de Marimón, decía que en parte eran procedentes de débitos 
del rey Alfonso, su padre, y en parte por razón del gasto que importa- taragoza 
ría la próxima embajada á Marruecos; «nomine meo pro itinei-e quod 
modo in contineuti Abenbonist prefatus factui'us est ex mandato meo 
ad rcgem Marroquitarum.n Cede en hipoteca ó prenda al citado Mari- 
món el castillo y villa de Seros, con sus pertenencias, hombres y mu- 
jeres «tali soilicot modo quod de supra comprehensis ómnibus exitibus 
et singulis deductis CCC morabetinis annualihus dilecte et vcnérahilis 
matris mee ct Domne et D. solidos Barchinone annualibub Perfecti de 
Pratis dilecti nostri percipias. » Añade el rey que promete á Jlarimón 
que Abenbenist le pagará las cinco mil mnzmudiníis de oro, qiiam ipse 
Abenbenist percepturus est in eodeni Hiñere a Rege Marroquite vel ab 
alio quocumque. Y acaba la escritura con estas palabras de la reina 
madre: oEgo dorana Sancia Dci gratia Regine Arag.. Comitissa Barch.. 
et Marchesia Provincie promitto et convenio bona fide ct sineenganno 



(1) Perg. 101 de Pedro I. 

(2) Perg. 83, ídem. 



240 .1- MIRF.T V SANS 

tibí Stephano iamdicto et tuis quo'l ego supradictum pif^nus fa- 
ciam tibí ct tuis habere, possidcre ct explotare in pace et sine 
diiiiiniUioiie alieiua, sicut supcrius cst prelibatuin. Datum Cesa- 
rauguste Vil idus februarii per inanum Jnhanuis de Berix doniiiii rcnis 
notarü et mandato eius scripta a I'ctro scriptore in era MCCXXXVIII" , 
anno Domini JiCXCIX" ; Signum Petri re^is...— Sig. Sancia Dei gratia 
licgine... qui hoc laudo et firmo salvo jure meo CCC morabetinorura 
censualium quos ibi habet.n Sij;naron luego Guillem de Castellazol, 
mayordomo, Pedro Ladrón, Bernatde Portella, Pere, sacristán de Au- 
sona, Guillem Durfort Pedro Sesse, Mis'uel de Lusia, alférez, Pere 
Balvi y Pere de Tarascó; y por último Bonet, domini regis notarü. (1) 

De manera que esta escritura nos revela un hecho desconocido: la 
intención de Pedro I de enviar un embajador al rey de Marruecos, 
quizás por miedo á aljíún ataque á nuestras costas ó para acabar los 
que tanto habían dañado las de Provenza ó por temer algaradas m.'is 
serias por la parte de tierra, pues debemos recordar que no hacía aún 
cinco años de la desastrosa liatalla de Alarcos y una simple tregua es- 
taba deteniendo al principe africano de entrar de nuevo y refor- 
zado con el prestigio de aquella victoria, en los estados cristianos. El 
miedo del rey de Aragón y su prudente medida para recabar la amis- 
tad del Marroquí estaban justificados. 

Nos prueba también este documento que el rey y su madre conti- 
nuaban en buenas relaciones, en febrero de 1200. El hijo habla de 
doña Sancha con todo respeto y la llama venerable y estimada, con el 
aditamento de decir mi madre y SeTiora, cosa muy significativa. Ade- 
más, la propia reina madre promete y garantiza el cumplimiento del 
compromiso que contrae su hijo y queda, con el asentimiento de todos, 
á salvo el derecho de aquella señora á la pensión anual que percibía 
de las rentas de la villa de Seros. Está pues, comprobado que hasta 
dicha fecha no había aún estallado la grave discordia entre el rey y la 
reina Sancha, de que nos hablan los historiadores como subsistente 
desde los comienzos del nuevo reinado. 

Por último, es digno de observarse que, á pesar de estar el rey en 
la capital de Aragón, le acompañan y figuran en la corte varios seño- 
res catalanes, entre ellos el sacristán de Ausona y Guillem Dutort, 
que creemos eran los consejeros áulicos para las cosas de Cataluña El 
estar reunidos en Zaragoza estos dos, con los consejeros áulicos para 
las cosas de Aragón, Guillem de Castellazol y Pedro Ladrón, nos hace 
•presumir si la reina madre y su hijo se encontraban con algún grave 
asunto de Estado que resolver y no sería improbable que tuviese al- 
guna conexión con el proyectado eivío á la corte de Marruecos del 
judío Abenbenist. 

Otro documento tenemo: , otorgado en febrero de 120O, que acredita 



(1) Perg. S4 de Pedro I. idein. 



ITINERARIO DEL REY PEDRO 1 DE CATALUÑA, II EN ARAGÓN 241 

la presencia del rey Pedro I en Zaragoza. Es la concesiou que hizo á 
Sancho de Isaval, Lope de Navasa y Domingo de Artasona, de facul- 
tad de construir un molino en el campo de Zufera, con obligación de 
darle la mitad del rédito: «Datum Cesarauguste VI idus februarii per 
manum J. íh: Berix domini regis notarii et mandato eius scripta a Pe- 
tro scriptore in Era MCCXXXVIII-'^ »; fueron testigos el mayordomo 
Castellazol, Pedro Ladrón, García Ortiz, Pedro Ximen de Orrea, Pedro 
Cornel, Artal de Alagon, Ximen de Rada y Ximen y Miguel de 
Lusia. (1). 

El convenio entre el monarca y el conde de Urgell referente á los 
derechos y posesiones que respectivamente tenían en Lleyda, Ajabut 
ó Gebut, Corbins y otros puntos, también fué celebrado en Zaragoza, 
en febrero del año 1238 de la Era de España, ó sea de 1200 del mo- 
derno estilo. {'!). 

A mediados do febrero salió el monarca de Zaragoza, y el día lü de 
dicho mes estaba en Calatayud, pues la concesión á los Hospitalarios 
de la exención del impuesto del quinto sobre el ganado de los vasallos 
de la orden, está fechada en esta forma «Datum Calataiub XIIII ca- 
lendas marcii per manura J. de Berax domini regis notarii in Era 
MCCXXXVIIl-'»^ » y firmada por el rey. (3) 

En marzo delñó salir de Aragón para Cataluña. El día 13 de abril 
se encontraba probablemente en Tortosa ó en Emposta, pues en la es- 
critura en que declaraba afiliarse á la orden sagrada y militar del Hos- 
pital de Jerusalem y en que dejaba su cuerpo ó sepultura á dicha 
orden, aparecen el preceptor y todos los religiosos de la casa del Hos- 
pital de Emposta: «reddo dono atque confirmo corpus meum et animaní 
meam domino Deo et sánete Marie et sancti Johannis Baptiste et sánete 
Domui Hospitalis Jherosolimitano in vita et in morte, sub tali condi- 
tione ut deinceps non habeam potestatem nec licenciam mutandi nec 
dandi ad ullam aliam reJigionem nisi in predicto honorabili domui Hos- 
pitali Jherosolimitano.... Et ad obitum meum in alio ciminterio non 
possim me ipsura sepeliré nisi in ciminterio iamdicta domui.... Actum 
est hoc idus aprilis die jouis infra octavas Pasee, anno dominice incar- 
nationis MCC. Signum domini Petri regis Aragonis..=Sig. Ildefonsi 
comitis Provincie fratris eius=Faetum fuit hoc in presentía fratris Ay- 
marici de Pax preceptorisEmposte... et corara ómnibus fratribus con- 
ventus Eraposte. Signum Michaelis presbiteri qui hoe scriptum fecit 
sub precepto domini regis die et anno quo supra » (4) 

No cabe duda, por lo tanto, que el rey Pedro I estaba en Emposta 
ó en Tortosa el 13 de abril de 1200. Es de notar el empeño de los llos- 



Zaragoza 



Cilatayud 



Emposta 



(1) Porg. 107 ídem. 

(2) Pei-fí. 1903, armario II, archivo del Gran Priorato. 

(3) Archivo Histórico Nacional, documentos du la Castellania ile Emposta. 

(4) Cartoral magno de la Castellania de Emposta, II. 



242 J. MIRET Y SANS 

pitalarios en contar al monarca en su lierniandad 6 congregación y eü 
tener su seiniltura. Recordamos ((ue ya en 119G, al dar un decreto con- 
lirnirttorio de todas las posesiones de la orden del Hospital, tUtcAuvó el 
joven roy que elegía seoultura en el monasterio de Sixena, «le dielia 
orden. Quizás obraba Pedi'o I por ¡niluencia de su madre, gran protec- 
tora de los Hospitalarios. Observamos igualmente que el rey estaba 
con su hermano Alfonso, conde de Provenza, y es la primera vez que 
aparecen reunidos desde el comienzo del reinado. 

No deoieron permanecer mucho tiempo así los dos hermanos^ por 
cuanto A fines de septiembre del mismo año, consta que se encontraba 
de nuevo en sus estados de Provenza el joven conde Alfonso; la data 
del acta en que éste reconoció deber 6,600 sueldos reales á Gui, arzo- 
bispo de Aix, es del tenor siguiente: lloc autem factum fuit anno ab 
Incarnatione Domini MCC in fine septembris, coram subscriptis tcsti- 
bus, in camera Aquensis prepositi (I). 

El 2Ü do abril, ó sea á los siete días de la otorgación del anterior 
documento, el rey se encontraba en Tarragona, que está [)oco aparta- 
do de Tortosa y de Emposta. Firmó allí un reconocimiento de deuda 
de cinco mil mazmudinas á favor de Esteve de iMarimón, deuda ya re- 
Tanagona conocida por medio de otra escritura anterior, en febrero, de la que 
hemos hablado largamente; y añadía: «lu super consilio Henvenisti 
(el judío que debía ir de emliajador á Marruecos), P. Vicensis saeriste, 
Guilielnii Uurfortis et aliorum quam plurium virorum mecum existen- 
cium, recognoscens quod param utilitatis vel lucri pro eisdem V milia 
mazmudinas tibi assignaueram accipere et mandaueram in redditus 
illis de Seros angeo (?) tibi et fació tale molioramentum quod de reddi- 

tibus leuatis taraen prius et subductis CCC raorabatinis Domine 

Regine Matris mee et D solidis Barchinone profecti de Pratis, babeas 
et recipias de residuo CCCC morabatinos in gaudidam et in galardonem. 
Datum Tarrachone XIII calendas maii per manum Johanis de Berix 
domini regis notarii et mandato eius scripta a P. scriptore, anno Do- 
mini MCC» (2). Después del rey signaron el sacristán de Vich y Gui- 
llen! Durfort, los inseparables consejeros, y Guillem de Cervera, Pere 
Balbo y el aragonés Artal de Alagón. 

Presumimos que una semana después pasó por Lleyda y que allí 
se encoutn') con el Conde de Urgell y ambos dieron la autorización al 
municipio de dicha población para imponer cuotas á sus habitantes, 
Lieyíia bajo pena de perder la vecindad el que no los pagara, con excepción 
de los que seguían la corte del soberano: «Facta carta VI calendas 
maii anno Domini incarnationis millesimo ducentésimo». Firmaron el 
rey y el conde, Guillem de Cervera, Arnau de Alaó, Ramón de Cas- 



co Archives departamentales des Bouches (lu Rhone;fonis de l'archeveché d'Aix. Nota 
I-emitida por i\Ir. Raimbault, archivero eu diclios Arcliivos de Marsella. 
(2) Perg. N7 de Pedro I. Arch. Corona de Aragón. 



ITINERARIO DEL REY PEDRO 1 DE CATALUfíA, II EN ARAGÓN 243 



tellvell, Guillem de Crexell, Arnal Pardo y Bernat Ramón de Ribe- 
lles (1). 

Al cabo de tres días apareció en Huesca. Tiene la data del primero 
de mayo la permuta que el rey celebró con Pedro de Aresa, cediendo 
A éste la villa de Alcobier y recibiendo en cambio el castillo de Sora, 
pudiendo Pedro de Aresa construir fortaleza en dicha villa con tal de 
dar la potestad al monarca cada vez que le seria pedida: «Datuní Osee 
calendas inadii per manum J. de Berax doniini regis notarii et manda- 
to eius scripta a Petro scriptore Era MCCXXXVIII^». Estuvieron pre- 
sentes Ricardo, obispo de Huesca; Ramón, obispo de Zaragoza; Gar- 
cía Frontín, obispo de Tarazona; Goml>au, obisiio de Lleyda; Guillem 
de Castellazol, mayordomus et sénior in Calataiub; Pedro Ladrón, 
sénior in Turol; García Ortiz in Aranda, Eximinus de Rada in 
Osea (2). 

Según dice el señor Ximénez de Embun en su Hintoria de Zarago- 
za, el rey pasó por dicha ciudad á últimos de mayo, pues allí aparece 
otorgado el día doce de las calendas de junio de 1200, que es el 21 
mayo, el privilegio á los jurados zaragozanos de irresponsabilidad por 
los delitos que sean cometidos por razón de {il^áa incidente en utilidad 
de la población y del monarca. 

Antes de finir el mes de mayo del 1200, pasó por Barbastro, enca- 
minándose otra vez á Cataluña. Allí el Conde de Urgell le absolvió del 
compromiso de darle apoyo contra enemigos: «Quod ego E. comes ur- 
gellensis bona volúntate absolvo et delibero vos dominum Petrum 
regem Arag.. et Comitis Barch.. ex toto de ómnibus illis coavenienciis 
de quibus vos tenebamini mihi hominio, sacramento et ñde de empa- 
ramento faciendo et auxilio prestando mihi contra Petrum de Bellovisu 
et coadiutores suos et contra dominam matrem nostram (Dolya de 
Foix) et coadjutores suos ita quod unquam a me, a me vel a meis vel 
ab alus voce aut ratione... ñeque aliquam contra vos vel vestros valea- 
mus questionem moveré. . Datutn Barbastro per manum J. de Berax 
domini regis notarii et mandato Comitis UrgcUensis scripta mense 
madii anno Domini MCC°». Signaron el Conde de Urgell, G. de Cerve- 
ra, Ximen Cornel, Pedro Balbo, G. Durfort, Miguel de Lusia y el sa- 
cristán de Vich (3). . 

En junio el rey estuvo en Barcelona, ciudad que raras veces había 
visitado desde que reinaba. Así consta por el acta de la concordia que 
celebró con Pons de Vernet, un audaz y turbulento señor del Roselló, 
quien en adelante tendría en feudo del soberano la villa de Ortolanes, 
que hasta aquel día había sido su alodio: «Datuin Barchinone mense 
junii anno Domini MCC"». Después del signo del rey, hay los de Jofre 



Iluegca 



Zaragoza 



BarVa-itro 



Barceloua 



(1) Privilegio núm. 16 del Archivo muuicipal de Lleyda; catálogo del 8r. Oras. 

(2) Perg. 88 de Pedro I. Arch. Corona de Aragón. 

(3) Perg. 89, ídem. 



Tarazona 



244 j MIN'KT V SANS 

de Rocaberti, Ramón de Termes, I'ons de Tatzo, Ain.iu dr l'^uxá, Dal- 
mau de Crcxell y del notario Guillem de Cerró (1). 

Parece que en aquella ocasión el rey reunió á muchos nía;; natos y 
consejeros y en una esiiecie de asamblea, que ha sido llamada Cortes 
de Barcelona del año r20J, fueron discutidas y aprobadas nuevas 
constituciones de paz y trejíua, el día nueve de junio. Este documento 
está incluido en las Constittiríons 1/ altri's (Inta (h> C/tfliahiii¡/ii 1 lil)ro X, 
tít. XI, edición de 1701), y ha sido publicado en Marca Hispánica 
(apéndice 492). Empero, el texto más puro y rectificado está cu la Co- 
li'crii'm da Cortes de Cataluña i|U(! ]iitblica la Real Academia d(! la 
Historia, texto que contiene este párrafo: «Ea propter e^o P. Deigratia 
rex... publice utilitati tocius terre mee consulereet providere satagens 
et intuitu divini nurainis tam ecclesias quam religiosas personas cum 
ómnibus robus suis nostre protecciones presidio vallare ae perpetuo 
muñiré cupiens, anno ab Incarnatione Domini MCC°, Vidus iunii, ha- 
bito apud Harchinonam super hoc traotatu et dcliberatione cura vene- 
rabili viro R. Tarrachone arciiiepiscopo et. . baronil)us terre meo quia 
unanimiter ómnibus justum et equum visum est et comuni utilitati ex- 
pediré...» Después del signo del monarca vienen los de Dalraau de 
Crexell, Guerau de Cabrera, Guillem de Cardona, Arbert de Castell- 
vell, Jofre de Rocaberti, Pere de Malany y otros muchos señores. 

Breve fué la estancia del rey en Cataluña; el ocho de julio estaba 
ya en Tarazona, celebrando con Pedro Moraiz una permuta. Momiz 
cede la alguaquela que tenía sobre los sarracenos de Malón y recibe 
en cambio, del rey, illum meum sarracenum nomine Eizaní, habitan- 
te de la citada villa: «Datum Tirassona VIH die mensi julii per ma- 
num Johannis do Berix regis notarii et mandato cius scripta a Petro 
scriptore sub Era MCCXXXVIII''» Después del signo real, los de Gui- 
llem de Castellazol, mayordomo y señor en Calatayud, Pedro Ladrón, 
señor en Belxitc, Artal de Alagón, Miguel de Lusia, alférez, Ximén de 
Lusia, Pedro Coruel, Jordán de Pina y Guillem de Mendoza (2). 

Un documento en el que no se hizo constar el punto de su otorga- 
ción, parece indicar que, en agosto del repetido año (1200), el rey ha- 
bía penetrado de nuevo en Cataluña. Tal es el acta de entrega de los 
castillos de Montagut, Pontils y Moutclar hecha por el monarca á 
Doña Berenguera do (j»uerol: «quo quidem castra comparaueram et te- 
nebaní proptor querimoniam quam habeo de Raimundo Alamagni filio 
tuo»; con la condición de que desde dichos castillos no diese auxilio 
alguno al referido hijo, hasta que hiciese la paz con el rey. La data es 
do agosto de 1200. Armado por el rey y por el arzobispo de Tarragona 
y el indispensable Pere, sacristán de Vicli (;>). 



(1) Libro grande de los Feudos, fol. 82, Arch. Corona de .\rasón. 

(2) Pcrf;. 92 de Pedro I. ídem. 

(3) Perg. 90, ídem. 



Ariza 



itiNÉRARlO DEL REY PEDRO I DE CATALUÑA, II EÑ ARAGÓN 245 

Entretanto la reina madre, Doña Sancha, se encontraba en Huesca; 
y nos consta por la carta de cesiijn á censo que otorgó á favor de algu- 
nos judíos, del jardín ó huerto de la Alchazeria, que el monasterio de 
Sixena poseía en dicha ciudad, y cayo documento tiene la data del mes 
de agosto del 1238 de la Era, en Huesca. 

De todas maneras, en septiembre estaba el rey eu Zaragoza, donde 
concedió y confirmó á Pere de Vilanova el derecho de construir moli- 
nos de viento en cualquier parte de sus territorios, con obligación de 
entregar la décima parte de los réditos al soberano; y sin que otra per- Zaragoza 
sona alguna ni orden religiosa pudiese construir tales molinos. Este, al 
parecer privilegio de invención ó de introducción, está así fechado: 
«Datum Cesaragusta meuse septenibris per manum J. de Berix do- 
mini regís notarii et mandato eius seripta a Petro scriptore in Era 
MCCXXXVHP». Fueron testigos Miguel de Lusia, Ximén Cornel, As- 
salit de Gudal y Ximén Komeu (1). 

El día 30 del propio septiembre de 1200 estuvo el rey Pedro en la 
villa de Ariza ó Fariza, con su madre üoña Sancha y celebraron la 
concordia tan anunciada por los historiadores regionales. El estado de 
discordia ó interrupción de las buenas relaciones entre madre é hijo 
debió durar pocos meses y no años, como han supuesto los cronistas, 
pues en febrero de este mismo año 1200, aun continuaban en perfecta 
armonía, según hemos probado por medio de la escritura de confesión 
de deuda que hizo el joven monarca á favor de Estove de Marimón 
Todo cuanto pudo durar la tirantez ó la riña entre Doña Sancha y su 
hijo fué desde marzo hasta septiembre, es decir, medio año. La con- 
cordia es del tenor siguiente: «In nomine Domini: notum sit cunctis 
quod post multas contenciones que fuerunt ínter me Dominam Sanciam 
Reginam Aragonis, Comitissam Barchinone et Marchesiam Provineiam 
et ñlium meum dominura Petrum Regem Arag... veniendo inviceui ad 
finem et ad perfectam concordiam de ómnibus supradiótis consilio et 
laudamento domini A. illustris Regís Castelle et Toleti et in manu et 
presencia ipsius. » yo Sancha cedo y entrego á mi hijo los castillos y 
villas de Ariza, Embit y Epila y el derecho que tengo en las rentas de 
la caldaria de Calatayud, así como renuncio A la demanda que podría 
interponer contra mi hijo por razón del esponsalicio. «Ego prenomi- 
natus Dominus Petrus Deí gratia Rex... propter bonum pacis et propter 
maternam dileccionera et reuerenciam quam vobis venerabili Jlatri- 
mee Domine Sancie... exibere debeo, dono et ín presenciarum trado 
castrum et villam de Azcon cum ómnibus terminis...» y confirmo todo 
vuestro esponsalicio, tanto en Aragón como en Cataluña, declarando 
que los lugares que lo constituyen son el castillo de Ciurana con sus 
dependencias, los castillos y villas de Montblanch, Cervera, Tamarit, 
San Esteve, Barbastro, Pina, Ixar, Uncastillo, Daroca, Burbagana y 



(l) Perg. 911, ídem. 



246 



j. MIRET Y SANS 



Tarascó 

(le 
Proveu/.íi 



H iiesca 



además los castillos de Azcú y Tortosa, ([ue por esta transacción os he 
también concecido: «Datum P\arice ultima die martis mensis septem- 
br¡8 per mauura Johannis de Berix domini regís notarü et mandato 
cius scripta a Petro scriptorc; sub Era MCCXXXVIII'' et auno Domi- 
ni Mi/C». Después del rey y de su madre signaron los oliispos de Zara- 
goza y Lleyda, Guillem de CastcUazol, Ximéu Cornel, Ximén y Mi- 
guel de Luesia, Pedro Ximén de Orrea, Pedro L;xdrón, Ramón de 
Gastellvell y Assalit de Gudal (1). 

Es cierto que el acta de la concordia empieza refiriéndose <'i las 
muchas contenciones ó divergencias entre madre é hijo ;pero estas po- 
dían muy bien ser diferencias de corta duración y pacíficas, sobre apre- 
ciación de asuntos de bienes ó intereses, sin llegar á tomar el carácter 
de enemistad y de odio; y por otra parte, es bien sabido que las fra- 
ses usuales de los notarios en estos casos, eran convencionales, para 
dejar bien sólida é inexpugnable la transacción y no deben ser toma- 
das en su natural sentido, sino como sacadas de formularios. 

Hasta el mes de febrero del siguiente año perdemos el rastro de 
nuestro monarca. Parece que en aquellos días estuvo en Tarascón de 
Provenza, donde firmó la concordia celebrada entro el obispo de Avi- 
no y el caballero R. de Barbentane, acerca de derechos en el lugar de 
Barbentane: «Anno dominico incarnationis MCC, mense febroario... 
factum fuit hoc apud Tarasconum, in domo Sánete Marthe, in camera 
ínferiorí, ante fratrum.. » (2). 

El 30 de abril aparece en Huesca, en cuyo punto celebra una per- 
muta con Ximén Cornel, su mayordomo, y con la esposa de éste, San- 
cha, hija de Fortúu de Estada. El rey cede las villas de Santa Ágata 
y Orrios y recibe la villa de Mazalchorat: «Actum est hoc in Osea die 
dominica ultima aprilis sub Era MCOXXXIX", anuo ab Incarnatione 
Domini MOCI°, per niauum Petrí de Blandís notarü Domini Regís». 
Después del rey signan Ximén Cornel, Gastón de Bearn vice comitis, 
Ximén Ronieu, Blasco Rouieu, Miguel de Luesia, Adam de Alascón, 
Arnau de Alascón y Asalit de Gudal (3) . 

En este tiempo era Guillem de Bonastre, al parecer, el apoderado 
ó procurador de la reina madre, pues en 2 de los idus de marzo del 
1200 de la Encarnación (14 marzo 1201) dicho señor dio en representa- 
ción de Doña Sancha, á Pons de Colobor y á su mujer Eulalia, una 



(1) Perg. 98, ídem. Hay mi docuiuento que hace iuilii-ectameate referencia il la posesión 
de Aríza por la reina madre: Nequis caperit memorie qiiod ego frater Pere preceptorem et 
capellanum de Cervina recepi iu illa scriptura quain ssilicet capellauus Domine. Regine de 
Fariza unaní casullam de cendal vermello, unum... de purpura cum listas de auro... Ego fra- 
ter Pere recipio omuem .suprascriptum per nianum fratris Valero preceptorem de Calataiub 
de vobis dompnum Lupum Veltre qui iussu Domine Regine Aragonis omnia que superius 
dicte sunt milii donastis: Era 1238. 

(2) Archivo departamental de las Bocas del Ródano, B. 300; nota remitida por el archi- 
vero Mr. Raianihault. 

(3) Perg. Ul de l'edro I, Arch. de la Corona de Aragón. 



iTlNERARlO DEL REY PtíDRO 1 DE CATALUÑA, II EN ARAGÓN 24/ 

pieza de tierra subhis fossarium de narracenis, para que la tenga por 
la reina, dando anualmente la cuarta parte de los frutos. 

En junio aun pei-manecía Don Pedro en Huesca, según lo acredita 
la concesión que hizo á Palazín de Vilanoveila, de las casas que tenía 
en Sos y de derechos en dos molinos, en remuneración de diversos ser- 
vicios: «Datuní Osee secunda die veneris, mensis junii, per manum Huesca 
J. de Berix domini Regis notarii et mandato eius scripta sub Era 
MCCXXXVIIIl"». Firmó el rey y como testigos Ximén Cornel, mayor- 
domo, Miguel de Lusia, alférez, Pedro Ladrón, Artal de Alagón, Xi- 
mén de Lusia, Lope Ferrench de Luna, Aznar Pardo y Pedro de Al- 
calá (1). 

Antes de concluir dicho mes de junio, debió partir para Zaragoza, 
donde otorgó concesión A B. de Vilanova y á sus sucesores, del castillo 
nuevo de Zachariel con sus términos y con la obligación de dar la po- 
testad á uso y costumbre de Barcelona. Este castillo estaba en fronte- 
ra de sarracenos, por las partes de Teruel: «Datum apud Cesaraugus- z„,.a,oza 
tam mense junii, per manum J. de Berix domini Regis notarii et 
mandato eius scripta sub Era MCCXXXVIIIP». Después del signo 
real, firmaron los testigos, el obispo de Tarazona, Pedro Ladrón, Lop 
Ferrench de Luna, Assalit de Gudal, Ximén Cornel, Jliguel y Ximén 
de Luesia y Aznar Pardo (2). 

El 14 de agosto estaba en Jaca y allí dio á Ximén de Lavata, cas- 
tellán de Emposta y á la orden de los Hospitalarios, varias posesiones 
en el lugar de Sisear: «terminum ad castrum de Sisear, sicut dividitur 
de foscillo de Sadaua usque ad portel de Malvar... usque ad Foscebrera 
et deinde sicut vadit usque ad viam de Encisa et deinde sicut vadit 
usque ad podium de Almenara.. » Este lugar estaba cerca de Sos y de 
Lncastillo: «Datum Jaece vespere Saucte Marie mensis angustí per 
manum J. de Berax... sub Era MCCXXXVHIP. Signum Petri regis 
Aragonum... Eximenus Cornel maiordomus et sénior in Calataiub, Mi- 
chel de Lusia alferiz et sénior in Tirasona, Lofarraencus sénior in 
Luna» (3). 

En septiembre estuvo el rey en Gascuña si es la villa de Bañeres 
de Bigorra la de la data de la escritura de la donación del valle de 
Aran, con sus habitantes y rentas, hecha por Don Pedro A favor de gj^ng^es 
Bernat Honorat, conde de Comenge: «Datum in Banneras die sabbati 3;^^,,,.^ 
post festum Sancti Mathei mense septembris in Era MCCXXXIX'', anuo 
Domini MCCI°». Signos del Rey y del conde de Comenge y figuran 
como testigos Artal de Alagón, y Asalit de Gudal y por parte del con- 
de, Ademar de Puestres y Fortaner de Rocafort (4). 



(!) Perg. 113, ídem. 

(2) Perg. 115, ídem. 

(3) Archivo de la Castellanía, ley.ijo 265, Archivo Histórico Kacioual de Madrid; piihlica 
do por Delaville en VarliihUre general de l'ordrc de l'llopital. 

(1) Perg. 118 de Pudro I, Arch. Coroua de Aragón. 



Jaca 



ZaliL'íliiiii 



248 J. MIRRT y SAN3 

Pronto regresó A Aras'ón, pues en octubre hizo en Zahcdina, la 
concesión A los hombres de Fraf^ra de la facultad de elcffir veinte pro- 
nombres para regir la villa, sin menoscabo de los señores de dicha villa: 
«Datuní Zahedina per manum P. de Blandís notarii domiui Regis anno 
üomiui MtJGl" mense octobris». Son testigos P. mayordomo, Juan de 
Berix, Asalit deGudal, Bonal'ós baiulus llerde et qicamplures alii qui 
non mint ¡tic srripti (1). 

En esto tiempo, Alfonso, conde de Provenza, hermano de nuestro 
iniiii.Mc-.i, se hallaba en Aix, según consta por la carta de protección y 
salvaguarda otorgada al monasterio do Silvacana: «Ego Ildef. Dei 
gracia comes et marchio Provincic; anno dominico Incarnacionis 
MCCl", mense octobris, apud Aquis et hanc eartam cum sigillo meo 
muniri...» 

Zurita ya explicó como el joven rey faltó i'i lo pactado con su madre 
en la entrevista de Ariza, del año anterior y como se renovaron las 
disensiones, hasta que mediaron varios personajes y se celebró una 
segunda concordia en Daroca, en noviembre do este año 1201: «Ego 
iam dietus Rex Petras convenio vobis domine Saucie Regine matri 
Daiocn mee quod ab hac ora in antea corpus vestrum salvum et securem eus- 
todiam et teneam omni tcmpore vite mee ab omni inquietacione et 
gravamine et benigno ac fldeliter tractem sino omni dedecore et vexa- 
clone. Promito eciam vobis atque convenio quod omnia castra vestra, 
villas que habetis raciono sponsalicii vestri et vasallos et omnes homi- 
nes vestros... intemerata et invlolata conservem... et ad maiorem 
securitatera vestri vestroruraque et cautelam fació vobis hominium et 
luro in propria persona super sancta IV°i" euangelia...» Además hace 
prometer A Berenguer de Entenza, Guillem de Castellazol, García Ro- 
meu, Guillem de Cardona, Arbert de Castelvell y Ramón de Vilade- 
muls que cuidarán de que por el Rey sea cumplido este compromiso, y 
añade luego: «Preterea ost sciendum quod ego Fetrus confirmo... illas 
conveniencias que fuerunt facte ínter me et vos dominam Sanciam 
matrem meam aiiud Ferlzam in presencia Aldofousí Regís Castelle. Et 
ego Sancia... convenio vobis Potro... filio meo...» á perdonar y olvidar 
las disensiones pasadas y me obligo A que los que tengan por mí los 
castillos y las villas que me concedió mi difunto esposo, juren fideli- 
dad al rey mí hijo: «Datum apud Darocam mense novembris anno 
MCCI° et eraMCCXXXIX^o. Después de los signos del rey Pedro y de 
su madre, hay los de B. de Entenza, G. de Castellazol y demás fiadores, 
de Ramón de Gurb, maestre de los Templarios en Cataluña, Ximén 
de Lavata, maestre de los Hospitalarios de Emposta y Ximén Corncl, 
mayordomo de Aragón; el notario es Guillem de Corro (2). 

Una vez restablecida la concordia entre madre ó hijo, Don Pedro 



(1) Perg. 120, ídem. 

(2) Perg. 121, itlcm. 



CARTORAL nE GARLES MANV 249 

se encaminó al monasterio de Sijena, donde otoi7,-ó á ios Ilospitahxrios, 
en manos de Ximén de Lávala, maesti'e de la casa de Emposta, una 
concesión por la que los hombres que dicha orden tenía en Gerona y 
Besalú fuesen libres de servir la ost y cavalcada, con la condición de '"J'^"'' 
que no jiueda el Hospital en adelante recibir ó adquirir nino:ún nuevo 
vasallo en los citados puntos: «Datum apud Sixenam, mense decembris 
per manum Johannis de Berix domini regis notarii et mandato eius 
sci'ipta a Petro scriptorc sub Era MCCXXXIX^ et anno Domini MCCI"». 
Después del rey firmnron como testigos R. de Vilademuls, Dalmau de 
Crexell, ArnaudeFoxá, Guillcm Durfort y Pere, sacristán de Vich. 
Es de notar que, á pesar de encontrarse dentro de Aragón, todos los 
acompañantes del rey son catalanes (1). 

Creemos que de Sigena pasó á Huesca antes de terminar el año 
1201, y que allí vivió algún tiempo en reposo, pues aun estaba en fe- 
brero del siguiente. El documento que nos lo da á conocer es el de la 
concesión que nuestro monarca, para remedio del alma de su predece- Muesca 
sor, otorgó á los Templarios, en manos de Ramón de Gurb, su maestre 
provincial, del lugar de Arnasillo, con su iglesia y términos, salvo el 
derecho del obispo: «Datum Osee per manum J. de Derax, domini regis 
notarii et mandato eius scripta sub Era MCCXXXIX'». Fueron testigos 
Ximén Cornel, mayordomo Miguel de Lusia ó Lucsia, alférez, Pedro 
Ladrón, Artal de Aiagón, Ximén de Lusia Lofarrenchde Luna, Aznar 
Pardo y Pere de Alcalá (2). 

Joaquín Miret y Sans. 
(Continuará) 



CARTORAL DE GARLES AANY 



{Continuado) 



63-093, novembre, 30. Plana CCXCII. 

Venda teta per Segari y sa muller Teddeta á Sazono y Kaimond 
per vint y quatre sous, d' una térra situada en lo terme de Tonyá {'Tui- 
nano), comtat de Gerona, quines afrontacions se detallan. 

— Lo Tonyá d'afiiifist document, no pot serlo del comUt d' EuiiJUries, pcrtiinycut á Garri- 
rás, de i(iie parla '1 «Nomenclátor^ citat. 

64-994, janer, 31. Plana CCXI 

Donació feta á la Seu de Gerona, pels executors testamentaris de 



(1) Pcrg. 123, ídem; pulilicado por Delavillc le Roul.x. 

(2) Perg. 128, ídem. 



250 }■ BOTET Y SISÓ 

Rudafredo, d' una viiiya siluada en lo tcrnie fie la vila de Celrá {CU- 
rano), comtat de Gerona, -luines afrontacions se detallan. 

65-994, abril, ó. Planes LXVllI á LXX. 

Donació feta pcl conite Ramón y sa muller Ermescndis, A la Seu de 
Gerona, de la torre de País ab sa ijiiesia de St. Pere, qu' liavía si;;ut 
d' Olíbano y de son germá Seuiofret y avuy té Sunyer; d' uns alous 
situats á la parroquia de S. Feliu de Buada, qu' havien si^'ut d' Erme- 
trudis ó de tavello y té avuy üuifret do Rioner; y del alou de Mollet, 
qu' havía sitrut d' Olíbano y avuy té Sunyer, flll de Gardinia. 

—Un ilels lirmants del lioc. es Arnulfua epiíropu» el abba. 

66-995, janer, 20. I'lanes CCCXIX xj CCCXX. 

Donació feta jier 1' arxilevita Guitart, á la Seu de Gerona, de la 
casa ahont viu y d' altres de noves situades dintre 'Is murs de la ciu- 
tat de Gerona, que li havia donat son oncle Llobató {Lobathoni) y qui- 
nes afrontacions detalla. 

-Pulilii-at iici- Villanueva, V. L., t. 13, ap. 21. 

Aquesta esci-iptura es interessnnt per» la topoKi'afia déla ciutat de Gerona en aquella 
época, y, ademes, per proporcionar la mes antifía noticia, que sapiguem, de la e-xistencia A 
Gerona d' un cstahliment benétich (xenoctochia). 

67—996, agost, 7. Plana CCXIIII. 

Venda feta per Belletrudis á Bonusi, per tres mancusos, d' una 
térra situada en lo terme d' Anyells de Corsa [Carciano que vocant An- 
(jcllo), comtat de Gerona, quines cabuda y afrontacions se detallan. 

— Manáis, era '1 nom que 's dona va á la moneda d' or deis moros. 

68?— novembre, 3 Planes CXIllI y CXV. 

Venda feta per Lia y sos filis Scndret y Pindila, íú bisbe Ot {Gui- 
gone), per dos mancusos, d' una térra situada en lo vilar Fontedicta, 
comtat de Gerona, quines cabuda y afrontacions se detallan. 

— La data que porta '1 doc. es: 1 11 nonas novembris regnante Hodberlo rege: li falta, donchs, 
la indicació de f auy. Robert comensA á regnar el dia 21 d' octubre de l'any 998 y fiui son 
rcürnat lo 20 de juliol del 1031: aqüestes dates ab les de 1' episcopal del l)isbe Ot i.de lUió á 10101 
8' avenen, deguent lo doc. correspondre ais anys comuns al un y al altre, ó sia de I' any 90i; al 
lOOíi inclusius. No creyém que pupa correspondre al any li22 en iiue Witro {Giiígonc) era bislie 
de Gerona y havia usurpat la corona de transa Robert, germá del comtc de París, per que 
■Is documenta qu' liem trobat del bisbe VVigo del any 922 estant tots datats pels anys del reg- 
nat de Caries lili de Lluis y, ademes, I' usurpador Robert no foumiy tingut per rey en nostra 
térra. Es probable qu 1 copista poses equivocadameut en lo Cartoral, fíuigone ¡«r Oione ó 
bé Oílione. 

SEGLE XI 

69-1002, dezerabre. Planes LVII y L VIH. 

Butlla del S. P. Silvestre, dirigida á Ot, bisbe de Gerona, conür- 
mant ab autoritat Apostólica los bens y drets de la Seu geronina 



CARTORAL DE GARLES Í'ANY 251 

— Publicat per Marca, M. U., ap. 150; y la España Sagr. ap. 25. En Villaniieva, t 13. pl. SB 
y 87, diu que 's troba també en lo «Llilire Vert» del Capítol, folia 1'.18 y 202. 

70 -1003, juny, 4. Planes LIIII y LV. 

Acta del judici celebrat en lo castell de Besalú en presencia del 
comte Bernat y de sos jutjcs y prócers, en la quin lo bisbe Odón recla- 
ma pera la Seu de Gerona les parroquies de St. Pere de Montagut y 
St. Felíu de Beuda, que 's retenía '1 comte. Aquest regonogué lo dret 
de la Seu y les retorna al bisbe. 

—Publicat per Jlarca, M. H.,ap.l51; La Eap. Sagr., t. 43, ap. 2i;; y VlUanueva, V. L, 1. 13, 
ap 22, f|uc '1 copia del «Llibre Vert» del Capítol, fol. 186. 

71- 1005, abril, 8. Planes CCLX Vil y CCLX VIH. 

Venda feta per Renoviga á Visla, per una unga d^ or, de las cases 
y terres que possehia en lo lloch de Fellinas (?; (Felines), comtat de 
Gerona. 

— Unt^a d' or; moneda de compte ó imaginaria, ó millor (juautítat d' or de pes d' una un(,'a. 

72-1005, novembre, 14. Planes CCCLIXy CCCLX. 

Donació feta á la Seu de Gerona pels executors testamentaris del di- 
funt Joan, d' un camp situat en lo lloch anomonat Sa Coma, en la villa 
que fou d' Aucoroni, junt al camí que va á St. Gregori. 

73-1007, febrer, 22. Plaiia CCCXXXV. 

Venda feta per Lomarich al bisbe Ot, per dos inancusos d' or cuyt 
iaffavtnos, d' un alou situat en lo Mercadal de la ciutat de Gerona. 

74-1015, juny, 19. Plana LV. 

Donació feta pels cotntes Ramón y Ermesendis á la doma de Ja Seu 
de Gerona, de quatre mojades de térra situades prop de la ciutat de 
Gerona en lo plá que hi ha sobre 1 Mercadal^ quinas afrontacions se 
detallan; en concepto d' aument de preu deles cent unges d' or que 
entregaren al bi.sbe Pere per la venda que 'Is hi feu do la iglesia 
de St. Daniel ab totes ses pertenencies, situada prop de la ciutat de 
Gerona. 

— Publicat en la Esp. Sagr , t. 43, ap 27 

Aquesta escriptura es interessant pera la topografía de la ciutat de Gerona y sou terme; 
en ella se fá mcnció del riu Guell (guadello) y del Rech Monar í.re¡)0 coinitale), 

75 -1019, juny, 30. Plana XIX. 

Donació feta peí comte Berenguer y sa uiare Ermesendis, á la Seu 
de Gerona, d' un alou situat á Ullastret (Vl.iastret), á Vellosos y á tres 
miseros, comtat d' Empuries, quines afrontacions se detallan, lo quin 
havia heretat lo comte de son pare Ramón que '1 compra al comte 
Guislabert y al germá d' aquest Hugo, teninthi la décima sa mare Er- 
mesendis. 



2.52 J. BOTET Y SISÓ 

— Kiitríí Mh linnants d' iKincst ilocmncnt. hi ti^ím^1n lo vcncointi' de íícroim Amat .4tna- 
díi8!y y ir<lalai-(l, in-übal»leineiit<' lo ve.sconite do liiircülonn d' nqucFít uoiii. Laescñguc Ciiiifret 

{{/rucia (Ici abha). 

76—1019, agost, '26. Plttnni XX á XXIII. 

Afta del Judici tinjíiU en presencia de Hernat, conitc de Besalú, 
Oliva, bisbe de Vich, y aitres, sobre la roclanuieió de La i)ropietat y 
possessió del lloch de Uliastret feta per la conitcsa viuda Erraesendis 
íl lluch, conite d' Enipnries; resolt favorablenient A, la ¡irctensió d' Er- 
niescndis. 

— Piiliücat i>pr Marca, M II., íip. l.si. 

77-1020, mar?, 31. Planes LXVII y LXVIII. 

Donació feta á la Seu de Gerona per la comtesa Ermesendis y son 
fiU Beren<;uer, comte y marqués, d' una torre rodona, quines afronta- 
cions detallan, situada en uu alou que tenieu diutre 'Is murs de la ciu- 
tat de Gerona. 

—Publicat !)(>]■ Villanucva, V L,t 11, a|> 15, copiantlo (iel «Llibrc Vert> del Capítol, 
fol. 187. 

78 - 1020, abril, 1 1 . Planes CX VI y CX VII. 

Venda feta per Calvicia á. Gultrado, per tres sous, d' unes torres 
que tenia en lo terme de Fontedicto, comtat de Gerona. 

79 - 1020, jul iol , 2 1 . Planes X Vil y X VIII. 

Declaració de testimonis, previ juraraent fot en lo altar de St. Iscle 
de la vila de Bascara, en presencia del comte de Besalú Bernat, de 
son ñll (iuillcm, juíjes, etz., sobre pertenencia d' un alou situat en lo 
terme de Bascara que '1 bisbe de Gerona Pere reclamava k Bernat de 
Calabuip:, lo quin se retirá del judici negantse á firmar. 

80-1020, novembro, 20. Planes XXIX á XXXII. 

Rcstauració y dotació de la Canonja de la Seu de Gerona, feta peí 
bisbe ab lo beneplácit de la comtesa Ermesendis y de son fill lo comte 
Berenguer. 

— Publicat per Villaimeva, V. L. t. IL', ap. 31. 

81-1020, novembrc, 20. Planes XXXII á XXXVI. 

Aitres nombroses donacions fetes á la Canonja de (ierona, ab motiu 
de la scva restaurado y dotació. 

—Publicat per Marca, M. H , ap, 182; La España Saftr., ap. 28: y Villanueva, V. L. t. 12, 
ap. 30. 

82—1025, setembre, 10. Plana CCIl. 

Venda feta pels esposos Lobet y Adelaida á Domingo y á sa muUer 



CARTORAL DE GARLES MANY 253 

Richel, per mitg mancús d' or optim, d' una vinya en lo terme de 
Celrá, quina cabuda y afrontacions se detallan. 

83-1027, juny, 10, Plana CCCXXXVI. 

Donació feta á la Seu de Gerona pels esposos Audegari y Trase- 
goncia ab son fill Gaucfrit, d' un alou situat en lo Mercadal de Gerona 
devant per devant de la ciutat, quines afrontacions se detallan. 

84-1030, abril. ' Plana LXy LXI. 

Butlla del S. P. Joan, concedint 1' us del pali dotze vegades 1' any, 
en las festivitats que s' especifican, al bisbe de Gerona Pere; lo quin 
se compromet á redimir anyalment trenta catius en sufragi de 1' ánima 
de S. S. 

— Publicat per Jlarca, M U , ap. 203; y La Esp. Sagr t. 43, ap 2íi, que '1 copia del .Llibre 
Vert. del Capítol, t. 1%. 

85?— abril, 3, Plana CCCXVll. 

Donació feta al prebere Wadimir y ais altres canonges de la Seu 
de Gerona peí bisbe Pere y '1 sacerdot Bonhom, d' un alou situat so- 
bre '1 Mercadal de la ciutat de Gerona, tocant los horts qu' allí hi ha; 
quines afrontacions se detallan. 

La data d' aquets document es «HI nonas aprilis regnante Roberto Rege»: 1' any de la do- 
nació ha de estar compres per consegUent entre '1 3 d' abril de 1' any 1011 , en que ja era bisbe 
de Gerona Pere Roger y governa^'a *1 rey Robert, y '1 3 d' abril del any 1031, últimdeRo- 
bert essent encare Pere bisbe de Gerona. 

88-1031, setembre, 24. Pinna XXXII. 

Donació feta á la Canouja de Gerona peí bisbe Pere, de la parro- 
quia de Navata y d' altres bens. 

—En 2J de setembre del any 1031, lo rey Robcrt ,¡a era mort, y 1' havia succehitenlo 
trono Enrich: no obstant, la data del document es clara: «Octavo kalendas Octobris anno 
XXXVI regnante Roberto rege». Es de creure que ó bé no havia arribat encare á la nostra 
térra la noticia de la mort de Robert, ocorreguda lo 20 de juliol del dit 1031, ó bé que 'Is anys 
de Rol)ert se comptaricn en aquest document comprenent en lo primer tot 1' any Oi^tí, modo de 
comiitar los anys d' aquest rey seguit en altres doc, segons afirma Campillo «Disquisitio me- 
thodi consignandi anuos aerae christianae,» pl. 164. 

87—1034, mai-Q, 12. Planes XCVIII y XCVIIII. 

Venda feta pels esposos Miro Enego y Guiber.u'a, á Poncet {Pmcio- 
lete), capiscol de la Seu de Gerona, per cinch mancusos, d' un alou si- 
tuat en lo lloch anomenat lo Vilar, del terme de la vlla de St. Sadurní 
de Saldet {Salttedo), comtat de Gerona, quines afrontacions se de- 
tallan. 

— Hi havia dos Saldet. Lo St. Sadurní de Saldet y '1 Castell de St, Sadurní de Saldet, es lo 
poblé de St. Sadurui, ]>rop de La Bisbal, eorresponent al antich comtat de Gerona: Sta. Eu- 
genia de Saldet, es lo lloch que forma part del municipí de Ventalló, en 1' antich comtat 
d' Empuries. Lo «Nomenclátor» deis senyors Alsius y Pujol, los confón en les planes 111 
y 113. 

190,').— 18 



254 NOTICIAS 

8B-1034, agost, 30. Plana CCLV. 

Venda feta per Bernat Sunyer y Ermengardis, ais esposos Sonio- 
ret y üodíi, ])er dos mancusos y una somura, d' unes térros situades 
en lo iilá de Corts, coratat de Gerona, qu' havien heretat de son pare 
Guilleni y quines afrontaclons detallan. 

89-1035, janer, 6. Planes CCLXIIII rj CCLX V. 

Venda feta per Guitart ais esposos Pere y Adalesa, per un mancús 
y una migera de forment, de dos sexterades de térra y vinya en lo 
lloch anomenat Eldida del terme de la vila de monte bosin, conitat de 
Gerona, quines cabuda y afrontaclons detallan. 

— Ignorem la correspondeucia de Eldeda y Monte Bosin. Por líi jinraula aextei-ada, vegis 
Balari y Jovany, ob. cit., pl. 825. 

90-1035, fcbrer, 1. Planas CCLXVy CCLXVI. 

Venda feta pels espotos Guiscafret y Aurusia, á Era, per dos man- 
cusos, d' una térra y vinya en lo terme de Vilarct, comtat de Gerona, 
quina cabuda y afrontaclons detallan. 

— Tampoch sahem la correspondencia de ViUaret. No pot ser Vilert que pertanyia al 
comtat de Besalú. 

91— 1035, marQ, 31. Plana C XV. 

Erapenyo d' un alou de la Seu de Gerona, situat en la parroquia 
de St. Andrcu, comtat de Barcelona, quines afrontaclons se detallan 
(A solixent, ab lo riu Besos y la mar: á mit^'dia, ab lo camí que passa 
sota proveusals y ab dita vila de Provensals; á ponent, ab Horta; y á 
tramontana ab lo coU de Fenestrell): fet peí bisbe de Gerona Pere á 
Gombau y Guilla, per dotze uníjes d' or i-jaari, aut cepti, aut almeedi, 
aut almanzori, aut alcaroui.» 

—Los califlcatius aplicata á les un^es d' or, moneda de compte ó imaginaria, indican les 
diferentes menea de moneda d' or efectiva ab que s' havien percebut les ilotze unc;es ó ab 
que '8 podía fer son pago. 

JOAQÜIM BOTET Y SiSÓ. 

(Seguirá) 



NOTICIAS 



En la sesión del día 13 de octubre, fué leída y aprobada la exposi- 
ción (lue esta Academia acordó elevar al Excmo. Sr. Ministro de Ins- 
trucción pública, solicitando la protección del Estado para poder au- 
mentar sus publicaciones y abrir al público su biblioteca, tan rica en 
monografías interesantes para la historia y la literatura de Cataluña. 



NOTICIAS 255 

En la sesión del 28 del mismo mes, fueron nombrados por unanimi- 
dad académicos de número D Cosme Parpal y Marqués y D. Isidro 
Bonsoms y Sicart, para las vacantes respectivamente de los Sres. Mi- 
quel y Badía y Maspons y Labros. 



En la celebrada el 2 de diciembre fueron nombrados socios corres- 
pondientes ü. Pedro Alsius y Torrent, en Bañólas (Gerona), D. José 
Vaucells y Marqués, en Figueras, D. Hipólito Casas y Gómez de An- 
dino y D. Eduardo Ibarra y Rodríguez, en Zaragoza, D. Eloy Bejara- 
no, en Madrid, y D José Laplana, pbro., y Matheo en Barbastro. 



Ha fallecido D. Celestino Barallat y Ealguera, académico de nú- 
mero desde 1877, habiendo acordado la Academia que conste en acta 
el sentimiento que ha experimentado por la pérdida de tan distinguido 
socio. También ha muerto el Excmo. Sr. D. Tomás Sivilla, obispo de 
Oerona, antiguo académico numerario, desde 1852 y después corres- 
pondiente. 



En las sesiones de 18 de noviembre, 2 y 16 de diciembre leyó el 
correspondiente en Gerona, ahora electo de número D. Joaquín Botet 
y Sisó, un notable estudio de las monedas acuñadas en Cataluña en la 
Edad antigua. Y en la de 30 del propio diciembre, el ^académico nu- 
merario D. Andrés Giménez Soler presentó una serie de documentos 
inéditos y de observaciones histórico críticas sobre el escritor castella- 
no D. Juan Manuel. 



La Academia de Buenas Letras ha recibido una comunicación del 
Comité Nobel de la Academia de Suecia, fechada eu Stockholmo el 
24 de noviembre, invitando á los miembros de nuestra Corporación á 
hacer uso del derecho que les corresponde para proponer candidatos al 
premio Nobel de literatura. 



Obras recibidas: Genljud Frau Hesperien. dikter of Samtida spans 
ka skalder ofversatta, por Goran Bjorkman (Upsala, 1905); Forum Tu- 
rolü, transcripción y estudio preliminar de Francisco Aznar (Zarago- 
za, 1905); índice geiieral del Meinoriál de Artilleria, por Adolfo Ca- 
rrasco (Madrid, 1905); Memoires de V Academie des Sciences, Inscrip- 
tions et Belles Lettres de Toulouse (10.™« serie, tome V.™'', Toulouse, 
1905); Apuntes viejos de Bibliografía mexicana, por Alfredo Chavero 



256 NOTICIAS 

(México, 1903); Palemke calendar, the SÍ7igs ofthe Dai/s, por A. Cha- 
vero (reprinted from the transactions of the International Congress of 
Americanits, 1902); La Religión en el idioma, ensayo paremiológico, 
por H. Monner Sans (Buenos Aires, 1905); La Iberia letteraria brani 
scelti del principali prosatori e poeti spagnnoli, por Luigi Zuccaro 
(Alessandria, 1905)-, Ciencia popular, por José Eche<7arny (Jladrid, 
\90b)\ Sara Rosales, La Mancha en el armiño y El Duque de Ciin- 
poztielos, novelas por José Vancells (Barcelona, 1891-94); Consuetudi- 
ní di Trapani nelle quali e contenuto il testo antico delle consuetudini 
di Messina, por Vito La Mantia (Trapani, 1897); Gortes de los anti- 
guos reinos de Aragón y Valencia y Principado de Cataluña. ])ublica- 
das por la Real Academia de la Historia, tomo IX (Madrid, 1905); 
Bulletin International de VÁcademie des Sciences de Cracovie, clases 
de ciencias matemáticas y naturales, y de fliología, historia y filosofía 
(marzo á julio de 1905); Anuales des Facultes da Droit et des Lettres 
d'Aix (tomo I, núms. 1, 2 y 3 de 1905); Anales del Museo Nacional de 
México (2.* época, tomo II, núni. 10, México, 1905); Revue des langues 
romanes (2° semestre de 1905); Boletín de la Real Academia de la 
Historia (2.° semestre de 1905); Bollettino Bibliográfico Sardo (tomo 
cuarto, núms. 43, 44 y 45, Cagliari. I90ó); Revista de Aragón (2.° se- 
mestre de 1905); Bibliothéque de VEcole des Charles (París, septiembre- 
octubre 1905); La Ciudad de Dios (El Escorial, 2." semestre de 1905); 
Revista de la Asociación artistico-arqiieolóyica Barcelonesa (2." semes- 
tre de 1905); Revxie Hispanique (núm 42, París, 1905); Le Moyen Age 
(2." serie, tomo IX, julio y agosto 1905, París); ButUeti del Centre Ex- 
cursionista de Cataluña (Barcelona, 1905); Academia Calasancia 
(Barcelona, 1905); La Gaceta montanyesa (Vich, 1905); Real Acade- 
mia de Ciencias y Artes de Barcelona, Memorias (S.** época, vol. V, 
números 14 á 18); Bolletin Archeologos Portoguezes (4." serie, tomo X, 
número 6); Revue des Eludes Históriques (París, 2 ° semestre de 1905); 
Revista Bibliográfica (Barcelona año III, 1903); Bulletin historique du 
diocesése de Lyon (Lyon, 1905); Bollettino delle publicazioni italiane, 
de la Biblioteca Nacional central de Florencia (Firenze, 1905); Rendi- 
conti de V Academia dei Lincei (Roma, 1905); Archivo della Reale So- 
cieta Romana di Storia Patria (vol. XXVIII, fase 3 y 4, 1905); Bo- 
lleti de la Societat Arqueológica Luliana (Palma de Mallorca, marzo á. 
junio de 1905); Ilistoire de la ville de Perpignan, por Pere Vidal (Pa- 
rís, 1897). 



^t^*- 



PUBLICACIONES 

DE LA 



MEMORIAS 

Tomo I.— Resumen histórico del oiiaen de la Acudeniio; observaciones sóbrelos princi- 
pios elemenlales de la Historia, por el Marqui^s de Llió.— Precio, lO ptas 

Tomo II. -Observaciones sobre los principios elementales de la Historia (continuación ) 
—Disertación sobre la verdadera situación del país de los llercavones (F. Pinos).— Fundamento 
de la opinión de que por francos, en los anales antiguos, se entienden todos los hombres del 
Imperio de Occidente {R. Ponsich).— Documentos para la historia de Mossen Borra (J. Rlpoll) — 
Situación de Cartago Vetus, Subur, ciudades de España (M. Mayora).— Disertación sobre punios 
de cronología (M. Mayora).— Inscripción del siglo x en Barcelona (J. A. Llobet).— Verdadero sitio 
dala antigua Aesona (Roig y Rey).— Inscripciones romanas de Isona (J. Moner). -Festejos en 
Barcelona cuando la venida de Carlos 1 (M. Bofarull). -Lugar que ocupaba junto A Lérida el 
campamento de César (J. Diaz)— Origen de algunos dichas y costumbres (Baslus).-La lengua 
catalana considerada históricamente (A. Bofarull).- Juliana Morell ;Roca y Cornet) —Poesías 
perdidas de Vallfogona (S. Mestres).— Muros ciclópeos de Tarragona (Hernández Sanahuja).— 
Informe déla sociedad arqueológica de Tarragona sobre antigüedades descubiertas (Hern.tn- 
dez).— Raices griegas y germánicas en la lengua catalana {Bergnes de las Casas).— Apuntes para 
la historia de la moderna literatura catalana (Féui.— Apuntes históricos sobre Olérdula (Milá).— 
Opúsculos en antigua lengua catalana (A. Bofarull) —Precio, 15 ptas. .. , j „ 

Tomo III Blasco de Garay (Rubio y Ors).— Apuntes históricos sobre el Hospital de Bar- 
celona (T. Sivilla).-Noticia de artistas catalanes de la Edad Media y del Renacimiento (Puiggori) 
—Datos de Antonio de Campmany (Rubio y Oral —Reseña del renacimiento de la lengua y lite- 
ratura catalanas (Rubio y 0r5).—La Torre del Breny y casiillo de Balsareny (Trres)-Uii libro 
más para el catalogo de los escritores c£talanes(Luanco).— Tabla numularia de los Comunes de- 
pósitos de Barcelona (Neare).- Brunequilde y la sociedad franco-galoromana (Rubio y Ors).— 
Nyerrosy (Jadells (Parasóls)— Olérdula (Milá). -Necrología de D.Jaime Ripoll.— Precio lOptas. 

Tomo IV.— La expedición y dominación de los catalanes en Oriente juzgadas por los 
griegos (Rubio v Lluch-La carta puebla de Agramunt (Siscar).-Otro libro catalán descono- 
cido (LU8nco).—Los navarros en Grecia y el ducado catalán de Atenas (Hubió y Lluch.— bl 
derecho funerario en las doce Tablas (Barallat).-Origen de la independencia del condado cata- 
lán (Rubio y Ors!.— Precio lO ptas. . .. 

Tomo V.— Tres cartas de Mossen Borra (F. Bofarull).- Sarcófagos romano cristianos en 
Cataluña (Botet).—Oriaenes del pueblo de San Martí de Provensals (HofarulO-^Nyerros yOa- 
dells (B„rallat).-Hecuerdos históricos de Molina de Rey (Maspons).— Predilección de Carlos y 
por los catalanes (Bofarull).- El testamento de Ramón Lull (Bofarull).— Precio la ptae. 

Tomo VI.— Bastero provenzalista catalán (Rubio y Ors) —Estudio de los sellos de Pedro I\ 
de Aragón (Sagarra).— Intensivos de la lengua catalana (Balari).-Sliakespeare y Moralin ante la 
fosa (Barallat).-Generación de Juan 1 de Aragón (Bofarull).— Dominación goda en la península 
Ibérica (Romaiii y Puigdengolasi —Documentos para la monografía de Montblanch (Bolarull).— 

Tomo VIÍ.— Antigua marina catalana (Bofarull) —Jaime de Aragón, último conde de Urgel 
(Giménez).- Un bandolero feudal (Maspons). -La Uerá,ldica en la filigrana del papel (Bofarull).— 
Precio, 15 ptas. „ , . , ,^- a o . , 

Tomo VIH.— Primer fascículo: El poder judicial en la Corona de Aragón {Giménez Soler). 
—Precio, 350 ptas —Segundo fascículo: Los Vescomtes de Cerdanya, Contlent y Bergadá 
(Miret v Sans). -Precio, 3'50 ptas.— Tercer fascículo: Importancia de la Sigilografía como 
cencía auxiliar de la Historia (Sagarra).-Precio, 3 ptas.- Cuarto fascículo: Lo Montjuich de 
Barcelona (Carreras y Candi).-Precio, 8 ptas.- Qu nio fascículo Algunas noticias acerca de 
lasuntlgUHS comunidades de pescadores en el cobo de Creus (F. Bphol").— Precio, 3 ptas. — 
Sexto fascículo: Una página de historia '.iteraría de Citaluña; Martí de Kyxaia y sus lecciones 
sobre loi sentimientos morales (M. Duran V Bas).— Pecio, 3 ptas. 

Discursos de recepción de los Sres. Ubach y Vinyeta, RubióyLluch, Ribas Pbro., 
Broca, Sasarra, Llanas Pbro., Carreras y Candí, Torras y Bages Pbro , Vidal \alenciano, Codina, 
Presbítero, Giménez Soler, Cortejón, Pbro., Bá,sy Amigó, Miret y Sans, Hinojosa, Comenge, 
Rahola, Baró, Ellas de Molins, Casadesy Rubio de la Sern», venden á 3 pesetas cada uno. 

Liibro do la Orden de Caballería de Raimundo liUllo, traducido en lengua cas- 
tellana, con un discurso preliminar de D. José Ramón de Luanco.— Precio, 5 ptas. 

Curial y Guelfa, novela catalana del XVn segle, con un discurso preliminar y notas de 
D. Antonio Rublo y Llucli.— Precio, 5 ptas. r> • 

Ortografi * de la Lengaa Catalana, por la Real Academia de Buenas Letras —Precio, 

'se'sión publica del día 3 de Julio do 1843, con las composiciones premiadas en 
el certamen iRoudor de Llobregat, Las armas de Aragón en Oriente, Rugeio de Flor).— Precios 
1 peseta. ,-.-,, c 

Juicio crítico de las obras de D. Antonio de Campmany, por Guillermo Por- 

^^'Bre'vo' reseña del actual Renacimiento de la lengua y literatura catala- 
nas. Memoria escrita por D. J. Rublo y Ors —Precio, 3 ptas. 

Noticia de la vida y escritos do I>. Francisco Pcrmanyery Tuyet, Memo- 
ria escrita por D. Manuel Duran y Bás.— Precio, 3 ptas. . „ ., , ,^ a 

Reynats y Rabassa, estudio biográfico y literario, por D Manuel Duran y 
Bás.- Precio, 3 ptas. ,„ . . » 

La Tradición de los Pueblos literaria, fllosóHca y socialmente consi- 
derada, discurso de D. Jo>é L. Feu (acta de la sesión inaugural de 1S681.— Precio, 1 peseta. 

Boletín do la Real Academia de Buenas Cetras.— Tomo I, anos 1901 y 1902.— 
Precio, 8 ptas.-Tonio II, años 1903 y 1901.— Precio, » ptas. 



CONDICIONES DE LA PUBLICACIÓN 



A.pareceréi en ouadernos trimeetrales de 48 PÉiglnae 

p o r lo meno s 

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En España y Portugal, un año Pesetas 4 

En el extranjero id » 5 

Todas las suscripciones empiezan en enero. 

No se venden números sueltos. 

La redacción en el domicilio de la Academia, Plaza del Rey, nú- 
mero 14, Barcelona. 

La administración á, cargo de D, Juan Batlle, librería «L' Ai-xiu», 
Tapinería, 48. — Barcelona. 




BOLETifiS 



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DE LA 




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DE 



BARCELONA 



Enero A Marzo de 1906 



Año VI 




NúM. 21 



Año Académico CLXXVIII 



BARCELONA 



Tipografía de la Casa provincial de Caridad 

CALLE DE UONTEALEGBE, NÚMEBO 6 
1906 



P¿gB. 

Los reyes de Aragón y la Purísima Concepción de María Santí- 
sima, por Fr. Faustino D. Gazulla, Mercedarío 257 

Itinerario del rey Pedro I de Cataluña, II en Aragón, por 

Joaquín Miret y Sans 265 

Caeiquisme politich en lo segle xiii, per F. Carreras y Candi. , 284 

La corona de Aragón y Granada, por Andrés Giménez y Soler. . 295 

Cartoral de Caries Many, de la Seu de Gerona, per Joaquim, Bo- 

tet y Sisó 324 

Noticias 330 



AÑO VI D r\ T r? 17 T "M NÚM. 21 



boletín 



DE LA 



ReaJ /Lcademia de Buenas Letras 

— — DE BAI\GEDONA ■ 



-^3 



ENERO Á MARZO DE 1906 



ES-- 



LOS REYES DE ARAGÓN 

Y IjA 

PURÍSIMA CONCEPCIÓN DE MAEÍA SANTÍSIMA 



CONCLUSIÓN 

En tiempo de D. Fernando el Católico, último reinado que abraza 
la presente monografía, las cédulas reales favorables á la Concepción 
fueron tanto más raras^ cuanto eran menos necesarias para mantener 
la pía creencia. Las citas de algunos autores y muy especialmente las 
del esclarecido mercedario P. Ribei'a, uno de los historiadores que más 
trabajaron en el archivo general de la Corona de Aragón, aseguran la 
existencia de algunos despachos relativos á la Inmaculada expedidos 
por D Fernando; mas la falta de tiempo para examinar con detención 
un número considerable de registros, hace que no figuren en la Colec- 
ción Diplomática (1). Eso no obstante, puede afirmarse con toda ver- 
dad que el Rey Católico fué devoto fervoroso de Jlaria Inmaculada. 
De ello dio pruebas inequívocas en varias ocasiones, y muy especial- 
mente en el cerco y toma de Granada. Reconcentradas en esa ciud.id 
las últimas reliquias del poder musulmán, los secuaces de Mahoma 
desplegaron todas sus energías para rechazar las acometidas de nues- 
tras huestes Los Reyes Católicos, puesta su confianza en la Santísima 
Virgen, prolongaron el sitio, y prometieron dedicar á su Concepción 



(1) Esta nioiiOíjniHa fué compuesta exprcsamcnto para sor presentada al certamen amiu- 
ciado en 6 de jimio de 19i)4, y celebrado en el Seminario Conciliar de Barcelona el 1 de diciniu- 
lire del nii.smo año. El distinguido jurado la consideró digna del accésit; poro sin hacerse 
.'solidario de lo referente á la doctri:;a luliana, que juzíj'ó fueía del tema propuesto lior ct 
Emmo. Cardenal Fr. .losé de <"alasanz Vives; «Un objeto do arte al mejor estudio histórico 
sobre el desarrollo de la devoción A la Concepción Inmaculada de María en España, ó bien 
en Barcelona en particular.» 

1906.— l'J 



r-. 



258^ FR. F, D. GAZULLA, MERCEDARIO 

Iinnaculad.i la iiH;zi|UÍ(a mayor si lo.m-aliaii oiilrar victoriosos cu Gra- 
nada D Fernando llcvalia constantemenle ¡¡endiente de] cuello una 
lámina en la que estaba esculpida la imagen de Nuestra Señora, la 
reina D." Isabel oraba sin cesar por el triunfo decisivo de las armas 
cristianas, y los soldados, animados con el ejemplo de sus soberanos, se 
lanzaban al combate invocando el santísimo nombre de María. Ai lin 
se rindió el último baluarte de la España árabe; por manera que la re- 
conquista iniciada bajo los auspicios de Nuestra Señora de Covadonjía 
en las montañas de Cantabria, se consumaba ocho siglos después en 
(íranada, merced A la protección de la misma Reina de los Angeles, 
glorificada por los españoles en el misterio de su Purísima Concepción. 
Los Reyes Católicos, reconocidos á tan singular beneficio, fundaron una 
Cofradía en honor de la Concepción Inmaculada de María Santísima, 
siendo ellos los primeros en inscribirse y procurar su aumento enri- 
queciéndola con gracias especialísimas. D. Carlos I renovó los estatu- 
tos, amplió las gracias concedidas por D. Fernando y D.* Isabel, y 
siempre que la nombraba lo hacía llamándola Cofradía de nuestra 
Corte (1). 

Después de la unión nacional la historia de ose culto se identifica 
con la historia general de nuestra patria. La devoción á la Virgen In- 
maculada influyó en sus leyes, en sus costumbres, en las ciencias, en 
las artes y en lo sublime de sus aspiraciones. La dignidad moral, el 
valor y laboriosidad de este pueblo que bien podemos llamar pueblo 
de los grandes destinos, hay que considerarlos fruto de su catolicismo 
y de su devoción á la Madre del Salvador. Sin el auxilio de esa fuerza 
misterios.a que dio por resultado centenares de santos y héroes sin 
cuento, ni hubiera acabado en la Península con la dominación árabe, 
ni habría cruzado la inmensidad del Océano para ir á conquistar un 
Nuevo Mundo. Ávido empero de más gloria, apenas había enarbolado 
el estandarte de la Cruz sobre las mezquitas de Granada, cuando el 
mar se vio poblado de naves españolas atestadas de guerreros y abne- 
gados sacerdotes, que iban en busca de subditos para la Corona do 
España, y de almas para el Reino de Jesucristo. El culto de la Santí- 
sima Virgen y la creencia en su pureza original, pasó á las costas de 
América con nuestros misioneros, y los templos dedicados á la Madre 
de Dios levantados por los compañeros de Colón, Hernán Cortés y Pi- 
zarro, se convirtieron luego en centros de moralidad y civilización. 

¡Oh España! No olvides que son tuyas las glorias de María. Recuer- 
da, patria querida, que cuando el Lábaro santo era la divisa de tus 
ejércitos, cuando la bandera de tus navios ondulaba junto á los simu- 
lacros de la Virgen sin mancilla, sólo entonces fuiste .líraude, invenci- 
ble y respetada. Mil veces feliz y dichosa si acordándote de tu pa'^ada 



(1) Scsúu el P. Ojeda, cu 1.a ol)i'a clt.nila, una copia autüntica de esos estatutos .se coiiser 
vaba cu el colegio de padres jesuítas de Sevilla. 



LOS RRYES DE ARAGÚX Y LA PURÍSIMA CONCEPCIÓN 259 

gloria, alzaras la frente desfigurada por la humillación y el sufrimien- 
to, para conocer y arrojar de tu seuo á los hijos espurios que á medida 
que te apartan do Dios, cargan sobre tí un cúmulo do desgracias. Tú 
que siempre escuchaste con placer y te complaces aun eu oír las ala- 
banzas que el mundo católico tributa hoy á la simpar María, despre- 
ciando los insultos que han de dirigirte los inci'édulos qiie no saben es 
timar en su justo valor el mérito de nuestras hermosas tradiciones, no 
vaciles en dar una prueba de tu fe y una demostración de tu amor 
filial á la Virgen Inmaculada Una voz que partiendo de Zaragoza deja 
oir sus ecos en Covadonga y Montserrat, te invita á celebrar con entu- 
siasmo el Quincuagésimo Aniversario de la Definición Dogmática de 
la Concepción Inmaculada de María Santísima. Y si bien esa fiesta re 
viste un carácter universal, tú, con razón, puedes considerarla propia, 
ya por ser María tu Patrona bajo esa invocación sagrada, ya también 
porque ninguna otra nación del mundo defendió con tanto celo su pu- 
reza original. 

Concluiré haciendo constar en estas páginas mi cordial agradeci- 
miento á las personas que me han prestado su ayuda para llevar á 
cabo este humilde trabajo'. El Iltre. Sr. Canónigo D Celestino Ribera, 
el Excmo. Sr. Marqués do líarbará, los Sres. BofaruU, Jiménez, Da- 
mians y Comas, facilitándomri la investigación y el acopio de noricias, 
han contribuido á cc>mpletar esta monografía. Reciban todos las más 
expresivas gracias. 



APÉNDICE 

I 

1281.— El Obispo y Capítulo de la Seo de Barcelona decretan celebrar 
la fecha de la Concepción en esa ciudad y su obispado 

In xpi. nomine. Sit ómnibus manifo.stuiii Quod Ego Bertrandus de mo- 
londinis Cauouicus sedis Bavchinone et epdomedarius maiovis epdomedaric 
dieti sedis attendcns quod de bonis tomporalibus ea sola perpetuo retinen- 
tur que pro xpi. nomine et eius servicio impenduntur, Idcirco suplico vobis 
domino Arnaldo dei gracia Episcopo Barchiuono et toti Capitulo eiu.sdem 
quod ad laudom ct gloriam ct honorcm omnipotentis dei et glorióse virgi- 
uis Maiie matris cius et omnium sauctorum iustituatis et ordinctis quod 
qiiolibct anuo scilicot VI idus Deeembris poi-petuo celebrctur festum con- 
eepeionis Beato virginis Marie in sedo Barchinouc et in toto Episcopatii 
eíusdem. Ita videlicet quod in dicta sede fiat sollemnitas dicti festi sicut fit 
et ñeri consuovit de festivitatiltus que medie appellantur. Ego eniíu de 
preseuti dono offcro ct assigiio domino deo ot glorióse virgiuis Mai'ie matri 
eius atque opdoincdai'ic maiori ipsiiis sedis pro prcdictis faciciidis et com- 
ploudis totum censum vigiuti quatuor sol. Barchinouc monote de temo ot 



260 FK. F. D. GAZULLA, MERCEDARIO 

tnluiii ius et floiirmium quo liabco et accipio «t liabci-e et accipcri; debeo iii 
(liiilmsdjim domibiis cuiu uiiivoi'sis pcrtiiuMicüs et tcnoilonibus suis quas 
Joliaiines spaerii tonet pro ini-. iu suburbio Civitatis Barclilnone iuxta fur 
iiuin voeatuin de villa canelonim non mullum louge a Castro de niguinir 
Et sunt iste dornus contiguo alus domibus quas tonet pro me Uaiintnidus 
do ct hoc oinnia spoctant ad me raciono mee proprie emcionis quam in- 
do foci por francliuin alodiuni. Kctinco tameu nunch cum consilio ct assen • 
su dicti domini Episcopi et Capituli quod eg-o qnamdiu vixero tencam ct 
Posidcam totum prcdictum censúale et donem quolibet anno in dio soUem- 
nitatis dicti festi cuilibet Canónico presentí illa die Quatuor dónanos dicto 
niouete de torno ct tuilibot presbítero benoficlato et diachono ot subdiacho 
no Binos dcuarios líarchinon. nionctc prcdicte. El diiobus serví toribus <|ui 
tangunt simbala utriquc Duns denarlos. Et Rlagislro scolarium caulus qiii 
inlonal in coro dúos donarlos Et postobitum meum epdomedarius maioris 
epdoracdarie dicte sedis percipiat teneat et possideat dlctum censúale et fa- 
ciat dlctam provislonem cauouicis et alus supradictls prout est superius or- 
dliiatuní fl'acto ¡taque servicio et provislonc dictúrum Canonicorum et alio- 
ruui oclcsiastii-orum totum id quod supcrfuerit de pvcdicto eeiisuali viglntl 
ijuatuor sol. aplicetiir cpdomedario maioris epdomedarie pro suo labore 
De laudoismis vero provenientibus et provenire debentibusde dictis domibus 
liabeat epdomedarius maior dicte sedis qui pro tempore fuerit terciam par- 
tem pro suo labore. Reliquas autem duas partes congreget ct couservet dlc- 
tus epdomedarius ad craendum bonorcs ad incrementum ct augnicntum 
rcddituum assignatorum ad dictum festum secundum quod ego assignavo ■ 
rit in meo testamento. Ad hec nos Arnaldus del gracia Barcliinonensis Epis- 
copus et Capitulum anuentes suplicacionibus tui predicti Bertrandi de mo- 
endiuis attendcntes eciam piam devocionem et laudabile propositum quem 
habes circa veneracionem Beato virginls Mario et aliorum omnium sánelo. 
rum laudamus et aprobamus per nos et successores nostros prcdietam ordi 
nacionera tuam sicut superius dlctum est statuentes et ordinantes quod dic- 
tum lestum concepcionis Beate Mario celebretur qualibet anno in nostra 
sede et in toto Episcopatu ad honorem concepcionis virginls glorioso. Quod 
est actuní II nonas Novombris Anno domini M° CC° LXXX Primo. Ego 
Bertrandus de molendinis canonicus Barchinoue epdomedarius qu'. hec lau- 
do ot firmo. Testes huius rei sunt ffus. (Ferrarius) de turri canonicus Bar- 
chinone Gus. (Guillormus) de Riaria presbitor Bernardus paschalis et Pe- 
trus amigoni clericus = Ego A. (Arnaldus) Barchinonensis episcopus subscri- 
bo. = Sig >f' num Berengarii de spiellis doctoris. = Sig >-' num Bornardi de 
Petra. = Sig ^I- num Raimundi desspiellis Barchinone canonici. =Ego Petrus 
despiellis Decanus Barchinone subscribo. = Ego G. (Guillermus) de Ruvira 
canonicus Barchinone subscribo.=Sig^i< num Paschalis Arbort Barchinone 
canonici. = Sig>í<num R. (Raimundi) Borrelli canonici Barchinone = Ego 
P. (Petrus) de pirariss canonicus subscribo Ego Poncius Raymundus Bar- 
chinone .... subscribo. = Sig^í- num Forrarü do Turre Barchinone cononici. 
=Ego Geraldus de gualba canonicus Barchinone subscribo. =Ego Ravmnn- 
dus de mesaraca Archidiacouus Viconsis et canonicus Barchinone subscri- 
bo = Sig>f>num Jacobl maloric sacrista et canonicus Barchincue. = Ego 
Umbcrtus de lauro Barchinone c .... = Ego Michael de palaciolo canonicus 
Barchinone subscribo. = Sig 'f' num Magistri Petri truyols Barchinone cano- 



LOS REYES DE ARAGÓN Y LA PURÍSIMA CONCEPCIÓN 261 

nici. = Ego P. (Petnis) Ollarii cauonicus... = Ego G, (Guilleimus) de villa- 
nova cononicus Barchinone subscribo. =: Ego 6. (Guilleniiusj de rosi.nis... 

Bai-chinone subscribo = Ego niagister Guilleriiuis de =S¡g'f'num Ber- 

iiardi de vilnrio Barcliinone canouici. = Ego... olivella Barchinone canoni- 

cus sub = Ego P.... = Ego Marchus de sancta eug bo Barchinone ca- 

noniciis. = niim A. de pical. ... =Sig'i<nuin Magistri Bcrnardi de... sa- 

criste Barchinone.=Sig'í-'num Petri Marohesii P)arcione et sedis eiiisdoni 

no et clausit. 

Archivo de la Catedral de Barcelona; pergamino suelto que uo tiene 
signatura. 



II 

1340. — Guido obispo de Elna decreta en su Diócesis la fiesta de la 
inmaculada Concepción 

(Marca Hispánica. Apéndice documento número DXXVII col. 1-1G7). 



III 

1389.— Concesiones de D. Juan I de Aragón á los cofrades de 

Barcelona 

Johannes Dei gracia Rex Aragonum Valencie Maioriearum Sardinie et 
Corsice Comesque Barchinone Rosillionis et Ceritanie. Dilectis et íidclibus 
nostris Confratribus Confi-atrie vocate Beate Marie Domus nostre in Civita- 
te Barchinone degentibus Salutem et dileccionera. Licet cum alia litera 
nostra vobis scripserimus pridein teuore qui sequitur continencie. Johannes 
dei gracia Rex Aragonum etc. Dilectis et fidelil)us nostris Confratrilius con- 
fratrie domus nostre in Civitate Barchinone degentibus Salutem et dileccio- 
nem Devoto et pió motu affectu vobis subscriptam facimus cocessionem cum 
litera huiusmodi seriei Nos Johannes dei gracia Rex Aragonum etc. Debita 
meditacione pensantes quod ampliando et augendo oblaciones oraciones et 
alia servicia divino dadicata cultus iitrique augmentatar diucius et caritas 
proximi proculdubio hedilícatur iustis super hoc et racionabilibus causis in- 
ducti et motivis debitis animati Volentes quod Confratria vocata Beate Ma- 
rie domus nostre augeatur continué et de bono in melius prosperetur ad 
humilem suplicacionem pro parte vestri fldelium nostrum Confratrum dicte 
confratrie in Civitate Barchinone que inter celeras in Regnis et dominio nos 
tris Incum obtinet notabiiem et insignem degencium et habitacionem seu 
incolatum taciencium propterea nobis factam vobis dictis Confratribus in 
dicta Civitate ISarchinone aune vel de cetero quandocumque habitantibus 
populatis et degentibus. Tenore presentís ducimus concedendum quod ab- 
sentibus nobis adicta confratria ac Curia nostra a dicta Civitate Barchino- 
ne valcatis eciam et possitis uti ipsa confratria scpeliendo Confratres ani- 
versariaque pro ipsis faciendo eligendo et tenendo maioriales capitula cele- 
brando statuta et ordinacioues novas si necesse fuerit et celebrantibus ipsa 
capitula videbitur et omnia alia faciendo que possetis et eciam ipsa Confra- 



262 FK. F. D. GAZULCA, MKRCF.DARIO 

triji possct nobis ct Cilriii ipsa prcsciitibiis ct rosidentihiis ¡n cíiilcm. Cnnco- 
(Icntcs vobis por ennidoni quod possitis haborc ct tcncrc in ipsa Civitalc 
sqiiiliam ct precnncni qiioin oli{;eiMtis vol eligcro volucril.is scrnel ct plurios 
vol ecianí variare qtii obitus ct sepulturas confratrum quos morí de cctcro 
coiitins'at ipsnruin<|uc annivcrsaria et capitula indc celebranda per loca 
npportuiia ct iu dicta Civitatc ordinanda iintiticct et prccinal Conccd(!ndo 
ccianí vol)is quod maiorales per voscligondi et constitucndi uxnrcs confra- 
trum qui nuiíc sunt vel crunt pro tcmpore in dicta confratria viduasque 
iam relictas et que do cetero rclinqucntur ab ipsis confratrlbus dicte Con- 
fratric assuuiere ct admittorc valcant in confratrissas confratrie eiusdem. 
Dccernentcs tauícn quod ijjsa confratria confratrum Barcliinono nobis ct 
Curia iiostra in Barcliinona residcntünis unacum confratrilius dicte confra- 
trie in nostra Curia cxistentibus ipsamquc Ciiriara scqucntibus coniunctim 
ct non scparatim esse habeant ct ociam deserviré Maioralesqiic tam confra- 
trum Curiam nostram sequencium quam confratrum Barcliinone residen - 
cium confratribus ordinandis per capitulum in Harcliinona celcbratum et 
cnmpótum racionem ac reliqua racionum reddcre et restitucre tencantur 
obvenciones que ac eciam emolumenta tociiis dicte confratrie in ulilitatcm 
confratrie ipsius convertí habeant et non in alios usus vel aliter ullo modo. 
Mandantes serie huius Vicario et Baiulo Barchinone ceterisque universis 
et singulis officialibus nostris presentibus et futuris corurnque locatenen 
tilnis quod concessiones nostras huiusmodi et omnia et sinnula superiuscon 
tonta vobis teneant firmiter et observent et faciant ab alus tenaciter obser- 
vari et non contraveniant nec aliquem contravenire permitant quavis catisa 
vel racione. In cnius rei testinionium presentera indo fieri iussimus nostro 
sigillo cbmmuni munitam. Data in Montesono IX dio apiilis Anno á Nati- 
vitate domini M" CCC° LXXX° IX" — Rex Johannes. Sed quia in obtentu 
dicte littere non fuimus intencionis sicuti nec nunc sumus concessissc vo 
bis quod possetis de novo faceré statuta vel ordinaciones aliquales cum non 
sit congruum racioni quod vos habeatis ampliores nec eciam consimiles pre- 
rogativas quas habent confratres domus nostro nostram sequentes Curiam 
qui ipsius confratrie capud et principales existunt. Idcirco vobis ct cuilibet 
vestrum dicimus et mandamus firmiter et expresse ac de certa sciencia sub 
pena nostre gracie et mercedis quatenus non obstante preinserta concossio- 
nis littera quas quantum ad predicta se extendit penitus revocamus et toUi- 
mus ac nulius efficacie esse decerniraus aliquas ordinaciones vel statuta 
per vos de novo íienda execucioni deduci vell illis uti modo aliquo presu- 
matis nisi prius per nos et confratres dictam nostram sequentes Curiara ad 
Capitulum congregati fuorint vise et recognite et postmodum approbate 
nec possitis vos seu vestri Maiorales aliquos ceusus redditus emolumenta 
vel aliqua bona retro lapsis temporibus usque nunc dicte confratie, domus 
nostre habita et acquisita petere recipere vel habere absque spcciali licen- 
cia et permissu nostri et dictorum confratrum nostram Curiam sequencium 
vel illorum maioralium. Cum velimus ct intendamus quod vos ct maiorales 
per vos indicta Civitate nunc et Deeetoro ordiuandi confratribus nostram ut 
dicitur Curiam scqucntibus et eorum maioralibus in ómnibus que suut 
dicte confratrie responderé habeant et parcre. Data in Montesono XXX'' die 
aprilis Anno infrascripto. — Rex Johannes. Tamen oxpost habita supcr hoc 
delibcracione plenissima raaturoque et digestu consilio preeunte reperimus 



LOS REYES DE AKAGÓN Y LA PURÍSIMA CONCEPCIÓN 2(l3 

lilteiam concessioiiis vobis factp pci- nos quod iiti valcatis et pnssitis rtitla 
confiatria libere in dicta Civitate Barchinone nobis et coníratribus dicte 
confratrie Ciiriam nostram sequcntibus et in eadem Curia residentibas ab- 
sentibus a dicta Civitate prout possetis nobis et ipsis coníratribus prescnti- 
bus et cxistentibus in civitate Barciiinone eadem cuius littere que iu dicta 
littcra vobis niissa inserta extitit data fuit in Monte-ono Nona die mensis 
aprilis próxima lapsi fore graciosaní piam iustam racionabilem atque bo- 
nam dcbereque esse et reraanerc in suis robore eíficacia viribiis et effectu 
cum moderacionibus tamen et declaracionibus quos pro utilitate et bono 
reí puljlica tocius confratrie pvedicte de nostra certa sciencia facimus serie 
cum presentí Primo quod ordinaciones et statuta nova que tierí per vos 
capitulum celebrando in dicta Civitate Barchinone contingat non ligent 
vel astringant neo ligare valeant vel astringere confratres confratrie pre- 
dicte Curiam nostram sequentes sed tantum vos. Et similiter ordinaciones 
et statuta nova tienda per dictes confratres dicte Confratrie Curianí nos- 
tram sequentes vel in ea residentes non ligent vel astringant ant ligare vel 
astringere valeant vos dictos Confratres Barchinone residentes uUo modo 
sed ligent eosdem dumtaxat. Secundo declaramus et pro declárate haberi 
volumus quod confratres dicte Confratrie tam Curiam nostram sequentes 
quam Barchinone residentes quilibet pro se anno quolibet in fine adminis- 
tracionis suorum maioralium possint certos deputare confratres qui audiant 
et dcfliniant compotum administracionis ipsorum maioralium anni illius. Et 
hoc de anno in annum per quoslibet sic fleri volumus et compleri. Cum au- 
tem nos et Curiam nostram et confratres dicte confratrie nostram Curiam 
sequentes in Civitate Barchinone adesse contigerit quo casu omnes confra- 
tres dicte Confratrie tam curiam nostram sequentes quam Barchinone resi- 
dentes simul et coniunctim et non separatim unam habeant et teneantur 
faceré confratriam tune per omnes dictos confratres capitulum in dicta Civi- 
tate Barcinonc celebrantes certi de eis ómnibus confratribus qui magis eis- 
dora confratribus placuerit eligantur confratres quibus maiorales tam con- 
fratrum Curiam nostram sequencium quam maiorales confratrum iu Barci- 
nona residencium compotum et racionem et reliqua racionum reddere et 
restituere teneantur. Et omnia reliqua racionum que supererunfe ex dictis 
compotis et omnes obvenciones ac emolumenta que supererunt toti dicte 
confratrie qualitercumque sibi proveniant in commodum utilitatem et ang'- 
nientum ipsius confratrie tocius et non aliter nec in alios usus quoscumque 
singulares vel particulares poni habeant et convertí. Declaramus eciam 
cum presentí quod prefata confratria confratrum residencium Barchinone 
ad nullam suffraganeitatem obedienciam vel subieccionem teneatur con- 
fratrie confratrum dicte confratrie nostram Curiam sequencium nec sit 
maioritas nec principalitas inter eos cum alias non confratres sed alü 
maiores et alü minores esse viderentur quod inter confratres unius con- 
fratrie est irracionabilem penitus et absurdum. Cum nec nos qui sunius 
unus ex confratribus dicte confratrie tamquam confratcr nuUatenus habea- 
mus nce maioritatem nec superioritatem in confratria ipsa ceteris alus con- 
fratribus confratrie eiusdem. Insuper declarmus quod vos dicti Maiorales 
confratrie predicte confratrum residencium Barchinone possitis et liccat 
vobis ceusus redditus et emolumtnta ac omnia alia bona que fucrint retro- 
lapsis temporibus dicte confratrie videlicet illa que sint coUigantur et reci- 



264 FR F. D. GAZULLA, MERCEDARlO 

piantiir in Civitate naixliinonc toiritnrio o,t (erminis suis peterc exigcrO re- 
cipcic ot hahcrc por vos ct alios qiioscumquc quos in his scmol ct pltiries 
duxciitis o,li;;o,ndos ct iiulc faceré et lirmarc apocas de reccptis quos conver- 
tiré vnlcatis in usus proprios dicte confratrie prout vos confratrcs Harchi- 
nona residentes simul cuní coufratribus Curiara nos'ram seqnentibus pote- 
rotis nielius convonire de qua convcncione vel per instrumenta vcl per 
litlcras Iialioatis et tencaniini vobis ad adinvicem responderé et vestrum 
propalare inteutum. De debitis vero que del)cntur dicte couTratric ¡¡er con- 
fratrcs eiusdera usque ad diem date liltere nostre conccssionis prefatc sic 
declaramus fore de cetero observandum quod vos dicti confratrcs Barcbi- 
nono dol)ita que debeantur per confratrcs Barehinone residentes vel inco- 
latum facientes vel eorum bcvcdes aut bonorum detontores colligantur exi- 
gantur petantur et babeantur per vos et quos voluoritis in usus vestre con- 
fratrie convcrtenlos. Gotera oninia alia debita que debeantur per alios 
quoscumque confratres dicto confratrie extra dictara Civitatem et eius Vi- 
cariam populatos vel deg-cntes per confratres nostrara Curiara sequentes ct 
quos voluorint declaramus deberé coUigi exigí et levari quos valeant in 
usus corum confratrie convertere prout eorum placuerit voluntati. In cetc- 
ris autcm universis alus litteram conccssionis vobis per nos facte superius 
insertum esso et remanere volumus in ómnibus et per omnia in suis roboro 
cflicacia ot effeetu salvis moderación! bus et declaracionibus nostris prefaiis 
littera predicta superius inserta et vobis directa quam de certa sciencia 
mente doliberata et consulto quatenus obviet vel contrariare possit littere 
conccssionis vestre predicto aut in aliquo derogare vel proiudicium gene- 
rare revocamus cassamus et irritamus ct carere decrevimus omnino viribus 
efBcacia ac momento, Qua propter per hanc eamdom mandamus Generali 
Gubernatori nostro eiusque vicesgerenti in Cathalonia Vicario Subvicario 
et Baiulo Barehinone ceterisquo offlcialibus nostris eorunique locatenenti- 
bus presentibus et futuris sub iré et indignacionis nostre incursu quatenus 
mandatum provisionem moderacionem et declaracionem nostras huiusniodi 
et omnia alia et singula in presentí contenta teneant firmiter et observent 
et faclant ab alus ómnibus inviolabiliter observan et non contraveniant aut 
aliquem contravenire permittant quavis raciono vel causa. Data in Monte- 
sono sub nostro sigillo pondonti Sexta dio Octobris Anno a Nativitate domi- 
ni M" CC^" LXXX Nono Regniquo nostri Tercio — Rex Johannes (,1). — Cate- 
dral de Barcelona, archioo particular de la Cofradía de la inmaculada Con- 
cepción, pergamino N." 240. 

Fr. Faustino D. Gazulla, Mercedakio. 

(Se continuará). 



(I) Aiitógrato dul rey D. Joan I. 



año 1202 



Huesca 



itlNERARIO DEL REV PEDRO I DÉ CATALUÑA, II EN ARAGÓN 26S 

ITINERARIO DRL REY PEDRO 1 DE CATALüB, II EN ARAGON 

(1196-1213) 

(Continuación) 

Que el rey estaba en Huesca el día 4 de febrero de 1202, lo sabe- 
mos por la escritura de permuta ([ue celebró con la iglesia de Roda, 
cediendo á esta «totam precariam et cenam atque carnale que in villa 
de Sancto Stephano de illo mallo recipere debeo singulis annis de ho- 
minibus ipsius ville» y recibiendo en cambio el diezmo que dicha igle- 
sia percibía en todo Eibagorza, procedente «ex dono Regis Sancii feli- 
cis meraorie». «Datum Osee IlII die mensis februarii per manum Jo- 
liannis de Berax domini regis notarii et mandato eius scripta sub 
era MCCXL». Firman como testigos Ximén Cornel, mayordomo, Mi- 
guel de Lusia, alférez, Asalit de Gudal, García Romeu, Berenguer de 
Entenza, Pedro Sesse y otro Pedro, también mayordomo (1). 

A principios de marzo pasó Don Pedro por Tei'uel, pues allí está 
datada la carta de liberación de la obligación de responder de las 
deudas del monasterio de Sijena, otorgada á favor de los Hospitala- Teruel 
rios, representados por Ximén de Lavata, castelláu de Emposta: Da- 
tum Turolii die lune prima Marcii, per manum J. de Berax... sub 
Era MCCXL» (2). 

Se pierde el rastro del rey durante los meses de abril y mayo¿ El 
día primero de junio aparece en Calataj^ud, donde absolvió á Pedro 
Xeménez de San Pedro de todas las demandas y acciones que podía 
dirigirle en cuanto á los exarichs que tenía éste en las villas de Aran- cai.itaynii 
da y Gotor: Datum Calataiub die veneris prima junü per manum J. de 
Berax domini regis notarii et mandato eius scripta sub Era MCCXL^. 
Fueron testigos Miguel de Lusia, mayordomo, Berenguer de Atencia 
(Entenza?) y Lope de Valterra (3). 

También otorgó en Calatayud la prohibición de reivindicar de la 
orden del Hospital de Jerusalem, los alodios por otro modo que no sea 
según fuero del lugar; »non liceat alieui persone querere aut exigere 
Sancto Hospitali Iherosolimitano aliquem honorem nisi ad fuerum to- 
rre et anni et diei vel ad fuerum illius loci ubi fuerint honor ille et su- 
per hoc non teneatur alieui responderé nisi sicut secularis quilibet se- 
culari et nisi sicut vicinus vicino... Datum Calataiub per manum J. de 
Berax... sub Era MCCXL'"* et monse junü». Después del rey firmaron 



(1) Perg. 116 (¡e Pedro I, Archivo de la Corona de Aragón. 

(2) Cartoral magno de la Castellanfa de Emposta, II, Archivo lüstórlco nacional. 

(3) Perg. 134 de Pedro I, Archivo O. de A. 



Calata viul 



266 (. MIRF.T Y SAN3 

«Michel de Lusia niaiordomus ct sénior in Ar.imla» y «Berensatias de 
AiiU;n(;;i sénior in Helxit» (1). 

Asimismo otorgó donación .'i los IIosi)italar¡os del castillo de Forta- 
ntite, «castrum meum tiuod vocatur Fortaner, cui assigno términos ex 
trilms ])artil)us sicut aqau dii'íluunt atque vcrtunt, ex IIII" vero parte 
viM'sixs tcrraní sarracenorum quantum scalizari et ampiiari poterit a 
Iratribus, prout continetur in coiiuenienciis ínter me et Ilospitale fac- 
tis, habcat pro tcrminis... Datura Calataiub por manum J. de Berax... 
sub Era .AfCCXL" et mensc juiíií». Entre los testiíjos íi.üuraba «Garcia 
lionici aU'eriz et sénior in Calataiub» (2). 

El 22 de junio estaba en Zaragoza, pues en la capital está fechada 
la carta de la concesión A Artal, hijo de Ximén de Artusella, de los 
castillos de Fozcalanda y Pitarra, con sus aguas, bosques y pertenen- 
cias, para que lo posea perpetuamente ad fiicrum et consuetud incm 
Barchinone, con la obligación de servir al monarca en paz y en guerra 
ZMinfíoza y ^le fiar la potestad: Datum Ccsaraugusta XI calendas julii per raa- 
num Johannis de Berix domini i'cgis notarii et mandato eius scripta a 
Petro scriptore sub Era MCCXL^. Los testigos fueron, Ximén Cornel, 
mayordomo, Miguel de Lusia, alférez, Ximén de Lusia sénior in Sos. 
Lofarrench sénior in Boja (?), Asalit sénior in Alc.hezar (3). 

Al cabo de doce días aparecía en Huesca, donde concedió á los 
Templarios, en manos de Pons de Eigalt, su maestre en las partes de 
España, «quam plurium ciuitatem nostram Tortosse cum uniuersis di ■ 
rectis et pertinenciis suls et eam perpetuo... possideant libere et quie- 
te... pro ut ex donatione domini Aldefonsi regis patri mei. . prediete 
Domui et fratribus eiusdem fuit concessa..: Díitum Osee V nonas julii 
l»er manum J. de Berax domini regis notarii et mandato eius scripta 
sub Era MCCXL" et anno Domini MCC secundo». Son de notar los si- 
guientes testigos: Miguel de Lusia, mayordomo y sénior en Tarazona; 
García Romeu, alférez y sénior eu Calatayud; Pedro de Alcalá, sénior 
en Huesca; Aznar Pardo, sénior en Jaca; Lofarrencio, en Luna; Xi- 
mén de Lusia, en Sos; Sancho Ramírez, en Ejea (4). 

Con la misma data del 3 de julio 1202, firmó el rey la escritura de 
debitorio de mil morabatines, á favor de los Templarios, hipotecándo- 
les las rentas de Zaragoza; Datum Osee V nonas julii per manum .1. de 
Berax... sub Era MCCXL" (5). 

De Huesca se encaminó á Cataluña, y al pasar por JIontzón el día 8 
de agosto otorgó la siguiente donación: «ob remedium anime mee 
meorumque parentum dono, laudo et concedo... Deo et monaste- 



Iliii'se:) 



(1) Cartoral magao de Emposta II. 

(2) Legajo 148-50 del Archivo de la Caatellanfa de Emposta; puldicado por Delaville. 

(3) Perg. 136, de Pedro I, Arcliivo C. de A. 
-(4) Perg. 13», Ídem. 

(5) Perg. 1 II ilcl ai'inario 23, Arcliivo dul (!ran Priorato de Cataluña 



ITINERARIO DEL REY PEDRO 1 DE CATALU.VA, 11 EN ARAGÓN 267 

i-¡o Sancti Rufl et vobis Bcieng-ario priori Domus Sancti Rufl site 
in territorio Ilerde ct ómnibus successoribus tuis, palaeium mcum 
([iiofl est in (¡'uda Ilerde cura ómnibus... doraibus .suis hediflea- 
tis.... Predictum itaque palacium cum ómnibus .. tibi prenomiuato 
B. priori Sancti Rufl et ómnibus successoribus tuis ad hedificandum et 
eonstruendum et in melius augendum quocumque modo volueritis ad Montzún 
lionorem et seruicium predicte domus Sancti Rufi siue illius homiuis 
vel femine rctentu et contradictione... Datum Montisono anno Domi- 
ni MCCII" sexto idus augusti». Después del rey firmaron Berenguer, 
arzobispo de Narbona, tío del monarca, Ramón, arzobispo de Tarra- 
gona, Guillem, obispo de Ausona, Guillem Durfort, Pere, sacristán de 
Ausona, Guillem de Cervera, Miguel de Lusia, Ramón Berenguer de 
Ager, üch de Torroja, Asalit de Gudal, Guillem de Anglesola. Este- 
ve de Marimón, Pere Balbo y Ramón Pere; el notario fué Pere de 
Blandes (1). 

Dos años completos hacía que el rey no había estado en Cataluña y 
sin duda por el natural deseo de verle, agasajarle y hacerle las peti- 
ciones que en tan largo período debían haberse amontonado, se ade- 
lantaron á recibirle hasta Montzón tantos caballeros y prelados cata- 
lanes. 

No tardó mucho en penetrar en Cataluña, pues en el mismo mes de 
agosto estuvo en Montblanch, según acredita la confirmación de la 
laguna do Pineda, cercana á Salou, que su padre había dado en 1195 
al monasterio de Poblet: «ita tamen quod quandocumque ct quotiens- 
cumque contigit me aducnire aut dominara Reginam matrera meara, 
in llontealbo aut in Villafrancha, aut infra términos prcdictarum vi- 
llarum, pisces habeamus de predicto stagno ad opus curie nostre... 
Datum Montealbo, mense augusti, per manura J. de Berix, domini 
regis notarii et per mandato eius scripto a Petro scriptore sub anno 
Domini MCCII"». Son Armantes Guillem de Cervera, Gombau de Ribe- 
Ues, Asalit de Gudal y García Roraeu, dos catalanes y dos aragoneses 
y como estamos dentro Cataluña, es otro caso que añadir á los antes 
citados, en demostración de que ya no se conservaba en todo rigor la 
antigua costumbre de dejar el rey en la frontera de Aragón á los cor- 
tesanos aragoneses y viceversa en la de Cataluña á los catalanes (2). 

El día 20 de setiembre se encontraba en Cervera, pues tiene la si- 
guiente data la carta de estaljlecimiento del Consulado en la ciudad de 
Lleyda- «Factura est hoc in Cervaria XIII calendas octobris anno Do- 
mini MCC secundo». Después del signo del rey figuran los de Beren- 
guer, arzobispo de Narbona, Guillem Durfort, Pero, sacristán de Au- 
sona, Guillem de Cervera, Guillem de Cervelló y Berenguer de Rubio 



Atontlilaiicli 



Ceiveía 



(1) Cartoral de la Catedral de Lleyda, folio 3i;. 

(2) Códice de Poblet, doc. 2G2, puljücado |)oi- Morer.T eu Historia del anobispado de Tarra- 
gona, I, apéndice 39. 



268 .1. MIRET Y SANS 

majoris domus. El notario luó Juan de Berax y el escriba «Vir^'ilio 
(lili iioc scripsit jiissii iloiiiiiii refíis» (1). 

Este documento es muy interesante porque viene A corroborar que 
el ley estal)a efectivamente en Cervera en setiembre de 1202, y <iac, 
l)or lo tanto, pudo reunir la curia ó cortes de que hablan las Oonstitu- 
cionH fif Cntalunya, libro X.título XI y (¡ue está incluida cu la Vulec- 
ciún de. Cortes de Cataluña que está publicando la Ueal Academia de 
la Historia. 

«Anno Domini millessiino CC" secundo in mense scptembris in cc- 
lebri curia apud Cervariam presentibus archiepiscopis Terrachone et 
Narbone, G. de Cardona, G. de Cervilione, A de Castroveteri, R. de 
Cervaria, G. de Guardia, B. de Pórtela, G. de Torroj;ia, K. Gauceran- 
di et alus quam pluribus tam clericis quam laicis, volúntate omnium 
Cervüi-a qui instanter petebant, constituit et coiicessit dominus Petrus Dei gra- 
tia rex... quod hominem alterius sub proprio Ducatu suo atque empa- 
raiicia sine volúntate et licencia domini sui nuUo modo reciperent». En 
este Consejo áulico de Cervera quedó pues acordado que un señor no 
podía apoderarse de un hombre propio de otro señor y tenerlo bajo su 
protección. 

Dice Víctor Balaguer que cerradas estas Cortes de Cervera, el rey 
partió inmediatamente para la Provenza para auxiliar á su hermano 
Alfonso conti-a el conde de Forcalquer; y añade, que llegó hasta el 
Ródano, negoció la paz entre los beliguerantes y la concluyó afortu- 
nadamente antes del raes de noviembre de este año 1202. Parece que 
Balaguer deduce esto de lo que cuenta Bouche, historiador de Proven- 
za, reproducido por Vaissette en Histoirc genérale de Langiiedoc. Hay 
aquí un grave error y ya el historiador Papón, posterior á Bouche y á 
Vaissette, advirtió que el tratado de paz entre Alfonso de Provenza y 
Guillem de Forcalquer fué firmado en Aix,' en mayo de 1204 y no en 
1202 como creen algunos. Si el rey Pedro estaba el 20 de septiembre 
en Cervera, no creemos hubiese tiempo suficiente en un mes para el 
viaje á Provenza y para negociar y firmar la paz. A nuestro entender 
hay aquí una confusión de dos hechos ó viajes diferentes. En octubre 
y noviembre de 1202 el rey Pedro estuvo en Languedoc y quizás en 
Provenza, pero no para negociar la paz de los condes de Forcalquer y 
Provenza, pues este asunto lo arregló en 1204. 

Que el rey de Aragón estuvo en 1202 en la Galia meridional viene 
comprobado por dos documentos. En la escritura de confirmación de los 
privilegios de la Cella-lez-Brignoles leemos: «Ego Hdefonsus Dei gra- 
tia comes et marchio Provincie recoguoscens me monasterium Artace- 
ile plus iuste, preteritis temporibus oppressisse, pro salute aniuie 
mee... Acta sunt hec apud Montem pessulanum, i n presentía domini 



Montpcllor 



(Ij Llibre vert del Ayuntamiento de Lleyda; Archivo municiiial, manuscrito iiúm. 1372 
folio 112.— Nota remitida por el Sr. Gras. 



ITINERARIO DEL REY PEDRO I DE CATALUÑA, 1( EN ARAGÓN 269 

Peti'i Regis Aragonum, Guillelmi Porcelleti, Guidonis de Caballionc... 
anno ab incarnacioue Domini millesimo CC° secundo, TU calendas de- 
cembris» (1). Y en la escritura de confirmación de posesiones á favor 
de Guillem de Monteada, otorgada por el Eey, se consigna lo siguien - 
te: «Manifestum sit cunetis quod ego Petrus Del gratia rex... dono, 
laudo et concedo tibi Guillelmo de Montecatano omnia castella, villas, 
honores et possessiones quas patcr tuus Guillelmus Raymundi per me 
habet et tenet aut antecessores eius tenuerunt et habere debuerunl vi- 
delicet castrum de Montecatano, castrum de Todela. castrum de Ste - 
lia, castrum de Besora... in hunc moduní, quod post obitum patris tui 
Guillelmi Raimundi preJlcta omnia castella... babeas et teneas per me 
et moos succesores in fcudum et ad scruitium et fldclitatcm mearum et 
meorum... Datum Moutispessulani per manuní Johannis de Berax do- 
mini regis notarii et mandato eius scripta a Petro scriptore sub anno 
Domini MCCII"». Después del rey sis'naron Arbert de Caslellvoll, A. de 
Fuxá, Guerau de Montrodón, Guillem de Soler y García Ronieu (2). 

De manera que consta la estancia del rey de Aragón en Montpe 
11er, en compañía de su hermano el conde de Provenza, el día 28 do 
noviembre de 1202. Pudo ser, pues, que en aquella ocasión, el rey hu- 
biese estado en Pro7enza á intentar el arreglo con el conde de ITorcal- 
quer, antes de empezar las hostilidades y que, efectivamente, hubiese 
logrado celebrar en Aiguesmortes entonces un convenio ó tregua, que 
indica Bouche. 

Poco tiempo estuvieron reunidos los dos hermanos, porque en 13 ile 
diciembre consta ya que el conde Alfonso de Provenza estaba solo cu 
Aix, por el acta de confirmación de las posesiones de los Templarios: 
Acta carta donationis et conflrmacionis apud Aquis, anno dominico in- 
earnationis MCCH", idus decembris. Signum Ildef. comitis et marchio- 
nis Provincie qui hoc laudo...» (.3). 

El rey Pedro se había encaminado otra vez á Cataluña y á últimos 
de diciembre ó primeros de enero estaba en Tarragona. Finestres en 
su Historia del monasterio de Pohlet dice que estando, en 1202, en Ta 
rnxgona el monarca hizo concesión í\ ese convento de ciento treinta li- Tm-niKoim 
bras de cera de la bailia de dicha ciudad, para que se cumpliese la 
concesión que su dil'nnto padre otorgó en 1193 y destinada á la can<le- 
la que debía arder pei-petuamente en el altar de Santa Jlaría. 

No comprendemos como pudo hacer el rey un tan rápido viaje ;il 
Reselló, si los documentos que citamos no están equivocados. Parece, 
como hemos indicado, que ft fines de diciembre estaba en Tarragona y 
ahora le hallamos el G de enero en PerpifiA y antes del día 13 del mis- 



il) Bouclie, II, luiK. lS.i. 

(2) Velerum acriptorum e'. monumentorniii, por Marteuc, I, coL 1037. 
(:i) Arcliives cievurtaraentales dan Bouehcj dii Rhouc, fourU des Temiiliurs, liasse 8.- 
Nota remitida yor Mr. Raiambault. 



270 J. MIRITT Y SAN'S 

ino Ollero otra vez en Tarr;i<íonn. Y con todo, el documento de Pcrpiñr'i 
no contiene nada iiue nos lo haga sospechoso. La venta del lugar de 
Ascaró del Conílent, con todos sus derechos y rentas, que otorgó el rey 
de Aragón A favor de Hernat, abad del monasterio de Fontfreda, por 
el precio de diez mil sueldos barceloneses, está fechado de esta mane- 
ra: Datum Perpiíiiani per manum Columbi notarii nostri et mandato 
cius scripta a Bonanato VIH idus januarü anno dominico Incarnatio- 
nis MCC secundo. Testes luiius rci sunt (iuillelmus do Cervaria, Cui- 
llelmus do Crexello, Guillelnius de Castronovo. (iuillelraus de Caneto, 
Dalmacius de Crexello, Poncius de Veructo, Guillelmus de Montesqui- 
vo, Acenarius Pardi, Azemar de Orta (?), R. de Monteregali, R. Elne 
cpiscopus, Bernardus de Bello loco, maiordomus Curie R. de Serra 
lon^a, E. de Castrorossilionis et multi alü; Guillelmus ausoncnsis epis 
copus (1). 

Un motivo de orden político, que no podemos adivinar, debió pro- 
mover este viaje al Rosclló, tan rápido que antes de seis días de la data 
del anterior documento, aparecía Don Pedro en Tarragona, según 
consta por una donación, que otorgó en dicha ciudad el segundo do 
mingo de enero de 1203, indicada por el Sr. Morera en su Historia del 
arzobispado de Tarragona. 

A nosotros nos consta que el día 21 del ¡iropio mes continuaba to- 
davía en Tarragona, por la escí itura en que el monarca se reconocía 
obligado á sacar del cautiverio de cualquier fortaleza de sus Estados, 
á Pedro de Torrella y á su hijo Pons Guillem, prestándole éstos obe- 
diencia en el acto de Armar dicha escritura y comprometiéndose á te- 
T.inaKoua i^^r en feudo del rey todo lo que poseían: «Datum Terrachone XII ca- 
lendas fehruarii, per manum Johannis de Berax doraini regis notaiúi 
et mandato eius scripta a Petro scriptore sub auno Domini JICCH"». 
Figuran como testigos Guillem, obispo de Vich, Guillem Durfort, Ra- 
món Gaucerán, Bernat de Portella y Pere, sacristán de Vich (2). 

El mes si.uuieute estuvo Don Pedro en Barcelona, donde el día 22 
de febrero otorgó un donativo al monasterio de Poblet de cierta canti- 
dad de aceite para el alumbrado del refectorio durante la segunda 
cena, á percibir anualmente de los depósitos reales de Vilafranca: 
Biniiori,! «Facta hac carta donationis in Barchinona VIII calendas marcii, anno 
domini JICCIP», que es el 1203 del moderno estilo. Suscribió el docu- 
mento el arzobispo de Tarragona, Ramón de Rocaberti, que acompa- 
ñaba al monarca (3). 

Siete días después aparecía de nuevo en Tarragona y allí, con dal.i 
del primero de abril de 1203 confirmó la donación del diezmo de la sal 



TariíiKOna 



(I) Arclñvcs (leitartaini-nt.'ilc!? fies PyrenOt's Orientales, B. .s. — Nota remitida pnr Mr I'ie- 
rre Vidal. 

j) PcrK 145 de Pere I, Archivo C. de A. 
l3) Códice de Poblet, doc. IS; citado por Morer.i. "lira iiifiiciunada. 



ITINERARIO DEL REY PEDRO I UE CATALUÑA, It EN ARAGÓN 271 

que Rabassa, vecino del pueblo de Ciará, había otorgado en favor del 
convento de Santas Creus (1). 

Dentro del mismo mes pasó por Vilagrasa, y allí otorgó una conce- 
sión al monasterio de Cuxá, «quod quia raonasterium S. Michaelis de 
Cuxano ad tantam vcnorat destructionem et inopiam quod nec dei nec 
hominuní ibidem digno seruitium fleri poterat» y declaró nulas todns 
las enagenaciones que hizo el abad Aman, ordenando la restitución viLiimsi 
de los bienes: «Datura in uilla Grasa die mercurii ultima aprilis per 
manuin J de Berax domini regis notarii de mandato eius scripta sub 
anno Domini MCCIII» (2). Creemos se trata del pueblo de Vilagrasa 
de la provincia de Lleyda y partido de Cervera, 4 una hora de Tárre 
gil y no de otros lugares (lue con el nombre de Grassa hay en Lengua- 
doc y P.ovenza. 

Aunque nada sabemos del paradero del rey durante los meses de 
mayo y junio de este año 1213, es de presumir que los pasó en Cata- 
luña, porque en julio le encontramos en Lleyda, en cuya antigua ciu- 
dad tuvieron lugar ciertas solemnidades con motivo de la colocación 
de la primera piedra de la nueva catedral, que es hoy la magnífica 
iglesia del castillo ó catedral antigua. En el día de la festividad de 
Santa Magdalena, ó sea el 22 de julio, inauguraron las obras el i'cy 
Don Pedro y el conde de Urgell y para recordar el hecho pusieron la 
siguiente inscripción en el altar mayor: Anno Domini MCCIII et XI 
calendas angustí sub Domino Innoccntio Papa III venerabili Gonbal- 
do huic ecclesie presidente inclitus Rex Petrus secundusetErmengau- 
dus comes Urgelensis primarium istias fabrice lapidem posuerunt 
B.° obigionis operario existente Petrus de Gumba M et fabricator. Asi 
lo dice Monfar en Historia de los Condes de ürgel. Esta lápida existe 
actualmente en el Museo provincial de Lleyda. 

En agosto continuaba en Lleyda, según acredita la escritura del 
convenio que celebró con el conde de Urgell, sobre la cuestión que 
había con el conde de Foix y el vizconde de Castellbó, para la entre- 
ga de estos dos personajes: «Dalum apud Illerdam luense angustí per 
nianum Johanni de Berax domini regís notarii et mandato eius scripta 
sub anno Domini MCC tercio». Firmaron el rey, el conde de Urgell, 
Pedro Ferrándiz y Pere, sacristán de Vich (3). 

El día 18 de agosto, aun permanecía en Lleyda, en cuya fecha de- 
terminó los lindes y términos de la casa de la Cartuja de Scala Dei: 
Datum apud Ilerdam tercia die post fcstum Sánete Marie mediati An- 
gustí per manum J. de Berax domini regis notarii et mandato eins 
scripta sub anno Domini MCCIII" (4). Fueron testigos Pere, sacrist.'ui 



Llovcl.n 



(1) Cartoral de Santas Creus, iiúm. 15, doc. 57, citado por Morera. 

(2) CialUa Christiana, VI, documentos sobre la ¡{jlesia de Elna. 

1.3) l'erf?. lf>!i de Pedro I, Archivo C. (le A; ijublicado por Baudon de Mony en Ilelatnmii 
poUtiques des Comía de Foix avec la Cataloc/nñ. 

(4) Doc. 41, tomo 20 del Viaje literario de Villauueva. 



Til ni /.Olía 



272 J. MIRET Y SANS 

de Vich, Pere Balbi, Esteve do Mcarimón, Bcrengucr de Rubio y Pero 
de Tárrega. Hay por primera vez la firma del notario Ferrer, Fe- 
rrarius. 

No tardaría muchos días en entrar en Aragón, porque en septiem- 
bre estaba en Tarazona y allí íirmó el privilegio á favor de la villa 
de Jaca, de que los carniceros no pudiesen vender la carne sino es A 
peso: Data apud Tirasonam mense septembris per manum J. de Berax 
domini regis notarii et mandato eius scripta sub Era MCCXL prima, 
lluius reí testes sunt Eximinus de Lusia, Arnaldus de Alascuno, Gar- 
cía Komei, Lupus de... et Petrus maiordomus (1). Este dato nos indu- 
ce h pensar si fu6 en este tiempo y no en 1202 (como afirma Víctor Ba- 
laguer) ni en 1204 (como indica Antonio BofaruU), la entrevista que 
nuestro monarca celebró con el de Castilla en Campillo, cerca de Ta- 
razona. Al parecer Zurita pone, sin precisarlo bien, esta entrevista, 
celebi'ada para arreglar cuestiones de lindes ó fronteras, en el año 
120-1. Mientras no aparezcan pues, documentos que lo contradigan, 
opinamos que las vistas de los reyes Pedro de Aragón y Alfonso de 
Castilla se celebraron en septiembre de 1203, en las cercanías de Ta- 
razona. 

En los primeros días de octubre estaba en Teruel. La escritura de 
confirmación del castillo y lugar de Bos, llamado también Vallorscra, 
á favor de Arnau Palahí, para que lo reconstruyese y repoblase, tiene 
esta data: Datum apud Turol die dominica prima mensis octobris per 
manum J. de Berax domini regis notarii et mandato eius scripta sub 
runiei Era MCÍ XL prima». Testigos, Berenguer de Atencia (Entenza?) sénior 
en Teruel, Ximén de Lusia, sénior en Sos, Pedro Ximén de Urrea, sé- 
nior en Burgia (Borja?), García Romeu, sénior en Calatayud, Bernat 
de Castellazol, sénior en Ainsa, Pedro Sesse, sénior en Aranda y Blas 
co Romeu, sénior en Tarazona (2). 

El último día del propio mes de octubre estaba en Huesca, donde 
aprobó, de consilio s(q)ienthini et baronum nostrorum, la concordia ce 
lebrada entre el obispo y cabildo- de Lleyda de una parte y la iglesia 
de San Rufo, situada en territorio de esta última ciudad, de otra parle, 
«3Uper palatio quodam nostro quod situm est in Cuda Ilerdensc quod 
utique per nostram paginam contulimus olim eidem ecclesie Sancti 
Kufi... Datum apud Oscam ultima die mercurii mensis octubris per 
manum Johannis de Berax domini regis notarii et mandato eius scrip 
ta sub Era MCCXL prima». Firmaron con el Rey, Arnau de Alascún, 
Ximén de Lusia, García Rumeu, Pere Balbi, Esteve de Marimón, Isarn 
de Tolosa y Guillem de Cubells (3). 



íliiesca 



(li Libro de la Ciiileiia ile .laca, loli" II: W'Ui ivinitiilii jiur l>. (i:ilp|-iri Llalnu?, cui'n/í|Min- 
diente (le esta E. Academia. 

(2) I'org. 167 de Pedro I, Arcliivo <;. de A.; pulilicado cu Colección de documentos iniíli- 
tos, vol. 8. 

(3) Cartoral de la Catedral de Lleyda, folio 37; .archivo del Cabildo. Véase la donac¡«5ii de 



ITINERARIO DEL REY PEDRO I DE CATALUÑA, 11 EN ARAGÓN 273 

El día siguiente, primero do noviembre de 1203, otorgó también en 
Huesca, el privilegio de que ullus intret doinibus super fidancias divec- 
ti: Date Osee calendas novembris per manum J. Beraxensis domini 
regis notarii et mandato eius scripta a Petro scriptore Era jMCCXLI"; 
huius rei testes Arnaldus de Alascuno maiordomus, Eximenua de Lu- 
sia sénior in Sos, García Eo::'ei sénior in Calatayub, Petrus de Alchala 
in Oscha (1). 

Antes de acabar el mes de noviembre penetró de nuevo en Catalu- 
ña y encontrábase en Lleyda cuando otorgó la concesión á R. de Cas- 
tellvell, por durante la vida de éste, de la villa de Ether (Err?) de Cer- 
daña, con todas las rentas y derechos pertenecientes al monarca: Da- Lieyda 
tum Illerde mense novembris per manum J. de Berix domini regis 
notarii et mandato eius scripta a Petro scriptore sub anno Domini 
MCCIIF; Armaron después del rey, Pous de Vernet, y Berenguer de 
Eubió (2). 

Sin embargo este viaje á Cataluña fué rapidísimo, porque en di- 
ciembre estaba otra vez en Aragón, y el día 31 del citado mes firmaba 
en Jaca la donación á favor de Pedro Aznárez y en recompensa de 
varios servicios, del derecho que el monarca tenía en las villas de Ara- 
hués y Larraz, así como de los castillos y villas de Suersa (?), Signos, 
Nove, Castellsunyer y Huarsa, y de los hombres que tenía en honor 
en Exavier Ayai (?); reteniéndose el rey los servicios de ost y caval- Jaca 
cada en dichos puntos y obligándole á reconstruir y tener preparado 
el castillo de Suei'sa: Datum apud Jacam die dominica ultima mensis 
decembris per manum Johannis de Berax domini regis notarii et man- 
dato eius scripta sub Era MCCXL prima. Después de Don Pedro firma- 
ron como testigos el mayordomo Arnal de Alascún, García Eomeu, 
Aznar Pardo, Adam de Alascún y Pedro Pomar (3). 

En enero de r204 el rey bajó de Jaca á Huesca y allí otorgó las 
dos siguientes escrituras: Concesión á los Templarios de Montzón, de 
la villa de Seros, sin retención alguna, pero con la condición de que año 120 
cumdo el monarca recobrase de su madre la villa de Aseó la cedería 
enseguida á la orden del,Temple y ésta le devolvería la antes citada 
de Seros. «Datum Osee mense januarii per manum Johannis de Bcrax 
domini regis notarii et mandato eius scripta á P. scriptore sup Era 
JICCXL secunda». Fueron testigos, el mayordomo Arnau de Alascún, 



8 de agosto de 1202 del palacio de la Qluda al prioi-ato de San Riif. En este tiempo, Alfonso^ 
conde de Provenza, se encontraba en Eygineres ó Eyguieres, entre Arica y MarseUa, scf^ún 
vemos por la data de la confirmación de privilegios «lue su padre el rey Alfonso de Aragón 
había concedido á los vizcondes de Marsella: <In nomine Domini, anuo incarnationis eius- 
dem MCU" 111°, indictione VIH*, in mense octobris... actum est hoc Aiguerie.. > (Archives 
departamentals, MarseiUe, AA 2 núm, II. Nota remitida por M. lí-aimbault). 

(1) Libro de la Cadena de Jaca, folio 38; nota enviada por el Sr. Llabrés. 

(2) Perg. 172 de Pedro I, Archivo C. de A. 

(3) Perg. 174, Ídem. 

1906.— 20 



Huesca 



274 I MIRET Y SANS 

García Romcu, Aznar l'ardo, Hereiifíuer de Entenza, Pedro de Alcalá 
y Pedro Sesse (1). 

Donación á Gascón de Castellot, del castillo de El-Mall, |iara que 
lo repoblase para mejor defensa de los cristianos, y con la oblifíación 
de servir al rey en pax y en guerra. Este castillo lindaba con vivo 
Truitarum y con rivo deis Tremols: «Datuní Osee mense januarü per 
manum J. de Berax doinini regis notarii et mandato eius scripta sub 
Era jMCCXL secunda». Testijí'os, IJcrenguer de Atteucia (Entenza?), 
sénior in Turol. García Roraeu, sénior in Calataiub, Blasco Romeu, 
sénior in Tirassona, Lol'arrenclius, sénior in Luna, Sandio Ramírez, 
sénior in Exea, Pedro de Alcalá, sénior in Osea y Ato de Foccs, sénior 
in Sariflena (2). 

No tardó mucho el rey en encaminarse al Lenguadoc, porque se- 
gún indica Benoist en su líistoire des albigmis, fundándose en cierto 
documento, Don Pedro estaba en Carcasoua, en febrero del 1203 de la 
Canassona Encarnación, que es 1204 del estilo moderno, cuando declaró que los 
albigenses eran efectivamente heréticos, por haber llamado á su pre- 
sencia á los legados pontificios y á personajes de la nueva doctrina 
y haberse enterado de sus principios (3). 

De suerte que con todo lo que venimos apuntando desde 1202, 
queda demostrada la completa equivocación de Víctor Balnguer, quien 
opina que el rey de Aragón permaneció en Montpeller desde últimos 
del citado afio hasta mediados del 1204, «sin que en todo este tiempo 
volviese á su país (4)». 

No sabemos, hasta ahora, donde pasó el rey Don Pedro el mes de 
marzo de 1204. A finos de abril estaba en Amilau (hoy Millau, depar- 
tamento del Aveyron), entre Montpeller y el Ródez, acompañado de 
su hermano Alfonso, conde de Provenza y de Ramón V, conde de To - 
losa, su cufiado; y allí otorgaron los tres una importante convención 
sobre el préstamo que el conde de Tolosa hacía al rey por la suma de 
ciento cincuenta mil sueldos mclgorienses. Don Pedro hipotecó y jure 
pignoris entregó á Ramón V la citada villa de Amilau, los castillos de 
Chirac, Greze, San Affrican, Bornac y otros y todo cuanto poseía en 
los vizcondados de .Amilau y Gabaldá (hoy Gévaudan, departamento 
de la Lozére) y dio especial garantía para el caso de que Don Sancho, 
tío del rey, no reconociese esta hipoteca y se apoderase de algunas délas 
refei'idas posesiones. «Ego itaque Ildefonsus Dei gracia comes et mar- 
chio Provincie, mandato P. regis Aragonum fratris mei, pro predictis 
ómnibus in modum suprascriplum servandis, vobis iamdicto R. comiti 



Amilau 



(l'i Perg. 154 del armario 23, Vomuns, Archivo del (;ran Priorato de Cataluña, y perg. 201 
de Pedro I, del Archivo C. de A. 
(2; Perg. 202, ídem. 

(3) fíistoire genérale de Latir/uedoc, Vaissette, edición Privnt, \ol. fi.", p;ig. 231. 

(4) «Historia de t;ataluria>, libro V, cap. XIII 



ITINERARIO DEL REY PEDRO I DE CATALU.VA 11 EN AKAGÓN 275 

Telóse et successoribus vestris me fldejussorem obligo, sub ypoteca 
omuiuin rerum mearum...» «Ad hoc nos R. Dei gratia dux Narbone, 
comes Tolose .. promitimus per nos et successores nostros vobis P. regí 
Aragonum et vobis I. coiniti Provincie et vestris, quod hurgum de 
Amelia vo.. et totam terram predicti pignoris . sicut terram propriam 
tractavimus et conservabimus .. Acta suut hec omnia et laudata apud 
Ameliavum, anno et mense quo supra {anno eiusdem Iiicarnationis 
MCCIIII, mense aprili] (1). Fueron testigos Guillém Durfort, G. de 
Crexell, Asalit de Gudal, García Eomeu, Blasco Romeu, Ariiau de 
Foxá, G de Anglerola, Dalinau de Rocaberti {?), Gui Capdeporcli, 
Dragonet de Bocoiran, Pere Bertrán de Lunel, Columbi, escriba del 
rey y P. notario del conde de Tolosa. En esta escritura el conde de 
Provenza se dice menor de edad, de modo que debió nacer por las cer- 
canías de 1180 ó posteriormente á este año. La Histoire de Languedoc 
refiere que el motivo de este convenio entre el rey de Aragón y el 
Conde de Tolosa, fué la dificultad que ofrecía para el primero reducir 
á obediencia al rebelde y audaz Guillém de Peyra, obispo de Mende, 
que había destituido los bailes del rey en la tierra de Gabaldá y se 
había apoderado de la villa de Marvejols, que era del citado monarca. 
El Conde de Tolosa podía con más fuerza dominar dicha rebeldía y 
así le cedió temporalmente, bajo forma de hipoteca por préstamo, to- 
das aquellas tierras. Añaden los Benedictinos que con el dinero de 
este préstamo, el rey pensaba ya sufragar los gastos de su casamiento 
con María de Montpeller, y su viaje á Roma 

Creemos que fué durante aquella estancia de Don Pedro, de su 
hermano Alfonso y del Conde de Tolosa en Amilau, cuando otorgaron 
el convenio de alianza política, jurándose los tres mutuo auxilio con- 
tra todos, exceptuando el rey á su hermano citado y á los reyes de 
Castilla y Hungría. Alfonso exceptuó del compromiso de atacar ó ir 
contra^ á su hermano Pedro, al Emperador de Romanos y al rey de 
Hungría; y el Conde de Tolosa hizo lo mismo respecto de los reyes de 
Francia é Inglaterra, del Emperador de Romanos y de la iglesia de 
Arles del Ródano: «In nomine Domini nostri ihesu xhrispti anuo In- 
carnacionis eiusdem MCCIHP mense aprilis. Notum sit ómnibus hoc 
scriptum audientibus quod ego P. Dei gratia rex... et ego I. frater eius 
comes Provincie et ego R comes Tholose Regine Constancie filius tac- 
tis corporaliter sacrosanctis Evangeliis invicem juramus alter alteri 
vitam nostram, membra nostra, terram nostram, secreta nostra mundo 
siue in guerris siue in causis et in alus ómnibus... Et sub predicto sa- 
cramento flrmamus quod quilibet illoruní vasalloium vel hominum 
super ómnibus i-ebus vel super omnes questiones iusticiam accipiat et 



(1) Iliíli iré de Languedor, edicióu Privat, vol. S, col. 518; publicado tambicn jior Tculct, 
en Layettea du Tretor des Ckartet. El or¡BÍnaI estil en les Archives NalionaUs, de Pnris, 
J. 589. 



276 I MIRFT Y SANS 

f'aciíit in inanu illius cui tenctur siue ralioue ñeudi siuc rutionc siiiipli- 
cis tidelilatis...» Fueron testigos, García Romcii, Aznar Pardo, G. de 
Aiiglcrola, G. Durlort, G. Porcellct, Dra^onet, Gui Capdoporcli, Bre- 
món de Salvo y altres, y el escribano Pedro, del Conde de Tolosa (1). 
Nótese que son los mismos personajes que figuran como testigos en la 
otra escritura ya citada del préstamo y por lo tanto es indudable que 
ambas fueron hecfias en Amilau. 

Creemos que desde Amilau el rey de Aragón bajó á Provcnza y en 
mayo apra-ccc en Aix, donde concurre á la cclcbraci ni del convenio 
entre AH'onso, conde di; Provcnza y Guilléra, conde de Forcal(|Ucr, en 
presencia de líostán de Sabrán, Martí de Canet, Guillém de Montoliu, 
Ruf de Castcllnou y otros caballeros. En este tratado el de Forcalquer 
i'ioveiiz.i ofrece como rehenes, en garantía de fiel cumplimiento, el conde San- 
cho (ex-conde de Rosselió), tío del rey Don Pedro, Guillém de Sabrán, 
Bertrán de Vilamur, Pons de Montllor y algunos más. Entre los rehe- 
nes dados por Alfonso, figuran Guilléra Porcellct, Rostan Gantelm y 
Rostan de Carboneres. La guerra entre los dos mencionados condes 
quedó terminada, si bien, algunos meses después y aprovechando la 
ausencia del rey de Aragón, que estaba en Roma, el de Forcalquer 
rompió de nuevo las hostilidades (2). 

En este mismo mes de mayo ocurrió uu hecho que tuvo indudalile- 
mente consecuencias, por la impresión que debió producir en el ánimo 
del rey. Pere de Castellnau, legado pontificio, formuló quejas por la 
negligencia y codicia de Bereuguer de Aragón, arzobispo de Narbona, 
tío de Don Pedro. En virtud del informe del legado, el Papa le quitó 
la abadía de Montearagón por carta de 29 mayo, mientras el monarca 
estaba en Provenza. 

Debemos hacer notar también que Guillém Durfort, uno de los pri- 
meros consejeros del rey, se sejiaró de éste al salir de Amilau, en abril, 
y vino á Barcelona, donde ya se encontraba el sacristán de Vicli, otro 
de los más predilectos consejeros, y á quienes confió, quizás, Don 
Pedro el gobierno del Estado, durante su ausencia en la otra parte de 
los Pirineos. Así nos lo hace presumir el convenio de paz que fué cele- 
brado en Barcelona, el "2 de junio de 1204, entre los prohombres de 
esta ciudad y el patrón de una nave genovesa, y en el que se lee: «Ad 
hec sacrista ausonensis et G. Durfort qui tum presentes aderaut in 
Barchinona habito consilio cum probis hominibus Barchinone conces- 
serunt emptionem prcdictis pisanis tali pacto et conditione quod pre- 
dicti pisani bona flde promiserunt .. quod malum non fecerent homi- 
nibus domini regis Aragonis ñeque in sua térra aut marítima...» Este 
cuidado de asuntos de interés público que tienen Durfort y el sacris- 
tán de Vich, así como ver que el notario de esta escritura es uno de los 



(1) Pcrg. 184, do Pedro I, archivo C. de A. 

(2) Papón, Bisioire de Proveme, II, pág. 277. 



itlNERARIO DEL REV PEDRO 1 DE CATALUÑA, II EX ARAGÓN 277 

del rey, Pere de Blaiides, indican claramente que dichos personajes 
eran los regentes en Cataluña en la ausencia de Don Pedro. 

Desde Aix se dirigió el rey Don Pedro á Montpcller para preparar 
su enlace cou María, señora de dicha tierra. Y aquí debemos hacer 
una digresión, interrumpiendo el itinerario. 




Sello de Pedko el Católico, Rey be Cataluñ\ y Aragón" 
(Tamaño natural) 



Alfonso I, rey do Cataluña-Aragón, pidió la mano de Eudoxia Com- 
neno, la que según Ducange en FamiUes Bisantines, era sobrina del 
Emperador Manuel é hija de Isaac, hermano mayor del soberano. Em- 
pero, la Crónica de Jaime I dice qu.e era hija de Jlanuel Connieno. 
Aceptada la propuesta, Eudoxia retardó la llegada á Occidente, y el 
rey Alfonso, creyendo que ya no quería venir dicha princesa, apresu- 
róse á casar con Sancha de Castilla. Al poco tiempo del casamiento 
llegó Eudoxia y sorprendida esperó en Montpeller las órdenes de su 
padre. El Emperador murió en aquellos días y Eudoxia aceptó la pro- 
posición de enlazar cou Guillém VIII, señor de Montpeller, con la con- 
dición de que el primer hijo que naciese, fuese varón ó hembra, he- 
redaría la Señoría. El matrimonio fué celebrado en 1181 y poco des- 
pués de 1182 debió nacer María. La falta de hijos varones y los 
devaneos de Eudoxia, la hicieron antipática al marido. Ducange dice: 
Eudoxiam, propter violatam thori fldem, repudiavit ac remisit Wi- 
llelmus. Confírmase esto en la vida de Folquet de Marsella, en Bio- 
graphies des Troubadours, de Chabaneau, porque, al parecer, el fu- 
turo obispo de Tolosa (Folquet), había buscado los favores de Eudoxia. 

Para distraerse de las penas domésticas, Guillém VIII marchó á 



Montpeller 



278 J. MIRIT Y SANS 

la corte do Alfonso de Arufíón y en ella conoció una señora, llamada 
Inés, con la que contrajo matrimonio, por el mes de abril de 1187, 
bajo el pretexto de no tener hijos varones con Eudoxia Comneno. 
El Papa reprobó este acto, pero el señor de Montpeller persistió y 
la repudiada esposa, no pudiendo volverse & Oriente, se refugió en 
un convento, en Aniano. Su hija María, apenas nubil, la hizo casar 
su despiadado padre, con Barral, vizconde de Marsella, y quedó viuda 
al poco tiempo, en 1192. 

Entretanto Guillém VIII trabaja para lograr la lefjitimación de los 
hijos que tenía con Inós y había ya obtenido á fuerza de coacciones, 
la renuncia ex])resa de la inocente María A la sucesión de los bienes y 
estados paternos, en diciembre de 1197, al casarla en scj^undas nup- 
cias con Eernat, conde de Comenge (1). Al ver, por fin, que de ningún 
modo el Papa quería sancionar aquel escandaloso enlace, creyó mejor 
acontentarle por medio de una fingida reconciliación con Eudoxia, 
pero obteniendo la legitimación de los hijos adulterinos. Una descono- 
cida carta de Inocencio III, publicada en 1885, en Bibliotéque de V Eco- 
le des Charles, ha venido á revelarnos que, en efecto, Eudoxia fué 
llamada por su esposo, en octubre de 1202, poco más ó mencs. Mas, 
nada tampoco se logró del Papa, y envuelto por estas contrariedades 
Guillém murió, en setiembre de 12^3, según la Crónica romana de 
Montpeller. En su testamento, Guillém instituyó heredero de la seño- 
ría al hijo primogénito que tuvo de su concubina Inés, pero el pueblo 
acató la reprobación del Papa y prescindiendo de aquella disposición 
testamentaria, entronizó A María. El conde de Comenge, que tenía ya 
con María de Montpeller dos hijas, la repudió bajo pretexto de paren- 
tesco y al parecer azuzado por el conde de Tolosa y el rey de Aragón, 
en los comienzos de 1204. 

Entonces vio Pedro I ocasión propicia para unir la señoría de Mont- 
peller á la Corona de Aragón y concertó su matrimonio con la desgra- 
ciada María, de la que iba á ser su tercer marido. 

El 15 de junio, nuestro monarca estaba eu Montpeller y, en la casa 
de los Templarios, firmó las capitulaciones matrimoniales que empie- 
zan con esta invocación bíblica: «Cum in mondi principio üeus omnia 
creando ad ultimum hominem condidisset, tulit uuam do costis eius 
dicens: Non est bonum hominem esse solum, faciamus ci adiutorium 
simile sibi... Ideoque in Dei nomine ego María, filia condam Willelmi 
domini Montispessulani, collocaus me in matrimonium tibí domino 
Petro regí Arag.. do tibi mecum in dotem villam Montispessuli cum 
suis ómnibus pertinenciis. . et castrum do Latis... Castrumnouum... 
Montef errarlo... Castriis.,. Uomelacio... Pogeto... Moutebazeno... Cor- 
nonescito... Frontiniano... Popiano... tali pacto et condicione. . quod 



(1) Las actas (ic renuncia y fie matiinionio <ie M.aria, están transcritas en el Cartoral delí 
GuiUems, ile Montpeller, núnis 204 y 2U5. 



ITINERARIO DEL REY PEDRO I DE CATALUÑA, 11 EM ARAGÓN 279 

si habueriraus infantes superstites de me natos et de te generatos, ad 
priraogenituin masculuiu vel eo decendeute ad subsequentem raascu- 
lum... hec dos integre reuertatur, sin autem ad propinquos meos. Et 
ego Petrus rex .. recipiens te Mariim in Icgitiniam coniugrm cuín pre- 
dicta dote et me tibi tradens in virum legitinuini, dono et concedo tibi 
in donacionera propter nupcias et in sponsalicio tuo totum comitatum 
de Rossillo cum ómnibus yiilis... a fonte de Salsas usque ad Clusam... 
Et ego Comes Sancius, domim Petri regis Acagonum patruus, per 
fidem meam plenitara et requisitam, et ego Ildetonsus comes et mar- 
chio Provincie frater domini Petri... et ego G. de Balcio et ego H. de 
Balcio et ego Roncelinus vicecomes et dominus Massiliensis... nos om- 
nes supradicti et singuli prestito a nobis... per stipulacionem promit- 
timus et coniienimus tibi domine Marie prescripte quod domiuus Pe- 
trus rex... omuia predicta... fldeliter et pleiiarie tenebit... Acta sunt 
hec omnia et laudata in domo milicie templi site iuxta Montempessu- 
lum, post ecclesiam, anno dominiceincarnacionismillesimoCCquarto, 
XVII kalendas iulii in presencia et testimonio domini Guidonis Maga- 
lonensis prepositi, B. Radulptii... (1)». 

Dos días después de este contrato de nupcias, el 17 Junio, el rey de 
Aragón otorgó carta de protección y de homenaje al obispo de l\Iaga- 
lona, en presencia del conde de Tolosa, del de Provenza, del príncipe 
de Orange y otros magnates: «Audi te Guillelme Maglonensis episcope 
ego Petrus dei gracia rex... comes Barchi .. et dominus Montispessu- 
lani ab ista hora in antea personara tuam non capiam vitam et mem- 
bra tua tibi non tollam... et si in illo honore quem tu hodie habes et 
possides et canonici.. ego Petrus tollerem vel forifactum ibi face- 
rem cum tu men comonras per sacramentum... infra quadraginta dies 
eabalmen o rendrai od emeuderai uel ad tuam merce meu contenrai... 
Hoc fuit factum anno dominice incariiacionis millesimo CC quarto, 
XV calendas iulii apud Montempessulanum, in ecclesia beate Marie, in 
commuui colloquio, in presencia et testimonio Raimundi comitis To- 
lose, B. de Audusia, G. de Balcio, H. de Balcio tratris sui, lldefonsi 
comitis Provincie, Comitis Sancii... et Ugonis Laurencii notarii (|ui hec 
scripsit (2)». 

Cuando se quiere escribir de estos asuntos sin practicar detenida 
investigación, se cometen numerosas equivocaciones Dice Oalaguer, 
copiando ciegamente á Vaissette, que el rey Pedro y María perniane- 
cieroa algún tiempo en Montpeller, después de su matrimonio, y en 
agosto aprobaron las libertades de la ciudad. Pero, según un docu- Zaragoza 
mentó que hemos encontrado, entre ambos hechos, ó sea entre el 15 de 



Montpeller 



íl) Archives Nationales, París, J 592; publicado en Layettes du Tresor fies Cliartes, iior 
Teulet, y en Spicilegium de D'Acliery, III. 

(2) Publicado por Teulet en Layettes du Tressor des Charles, n.° 7!S. Un extracto del 
documento se da en Instoirc genérale de Lavguedoc, Privat, VIII. 



2S0 J- MIRRT Y SANé 

junio y el 15 de agosto cíe 1204, el rey Pedro pasó los Pirineos y llegó 
á Zaragoza. Kn dicha ciudad está datada la cesión en prenda ó hipoteca 
de una finca de Mahallón, otor,uada por el monarca á favor de Palacín 
de Scabeo, por la suma de 440 maiicusos alfonsinos de oro, de los que 
parte eran precio de varios caballos que le había comprado: «Datum 
Cesarauguste mense iulii, in festo Sancti Benedicti per manum Johan- 
nis de Berax domiiii rcgis notarii et mandato eius scripta a Petro 
scriptore sub Era MCCXLIl"». Después del rey, signaron como testi- 
gos, García líomeu, Arnau de Alascún y Martín Rodlan (1). 

Muy breve fué su estancia en la capital de Aragón, por cuanto el 
15 de agosto estaba ya en Montpeller otra vez y tenía ya acordado con 
los principales habitantes la redacción do las costumbres ó franquicias 
y usos de aquella ciudad, aprobándolas en el indicado día, en esta 
forma: «In nomine Domini... talis sunt consuetudines et libértales ville 
Montispessulani... Et ego P. Dei gracia rex Aragonie, comes Bar- 
MontpcUer chinoue ct dominus Montispesulani, visis... ómnibus supradictis et 
singulis habita super hiis plenissima deliberacione et multoi'um probo- 
rum virorum habito consilio... omnia supradicta et siugula in perpe- 
tuum valitura laudo, confirmo et decerno omnil^us hominibus Montis- 
pessulani per me et per omnes successores meos domines Montispessu- 
lani ,. Sed de ómnibus predictis et singulis excipio omnes illos quos 
íeci exules de Montepessulano et de tota térra que fuit G. domini Mon- 
tispessulani quondam filii Mathildis duccisse, eo quia, cognoscens eo- 
rum culpas, tempore quo torra Mor.tispessulani ad me perucnit, iuraui, 
ad peticionen! popiili Montispessulani, quod ipsi nunquam in -Monte- 
pessulano et predieta térra redirent... Uniuersa et singula supradicta... 
in bona fide mea et sub eo sacramento quod, tactis sacrosanctis Euan- 
geliis, feci in domo Milicie, de laudandis et tenendis moribus et 
consuetudinibus Montispessulani, tempore quo térra Montispesulani ad 
me peruenit me obseruaturum. .. corroboro. Acta sunt hec omnia ct 
laúdala in ecclesia Beate Marie de Tabulis, ubi hac specialiter de cau- 
sa fere lolus populus Montispessulani ad commune colloquium conue- 
nerat, anno ab Incarnatione Domini MCC.IIir, mense augusli, in die 
Assumptionis Sánete Marie, in presencia et testimonio G. Magalonen- 
sis prepositi, Gaucelmi canonici... et aliorum multorum quibus fere 
tota ecclesia erat plena et B. de Porta publici curie JIontispessulani 
notarii qui hec scripsit». 

«Similiter et ego Maria regina... examinatis ómnibus supradictis et 
singula.., proprio mee voluntatis motu et specialiter mandato dicti 
mariti mei domini regis, omnia supradicta et singula in perpetuum va- 
litura laudo». También exceptúa de regirse por estas costumbres, 
aquellos que fueron desterrados por rebelión cuando Maria fué pro- 
clamada heredera de su padre y señora de Monpeller, ó sea los partí- 



(1) Perg. 191 lie Pedro I, Archivo C (U; A. 



ITINERARIO DEL RaY PEDRO I DE CATALUÑA, If EN ARAGÓN 281 

darlos del hijo ilegítimo de Guillermo VIK. « Acta sunt hcc et a 
domina regina laudata in camera Castelli Slontispessulani anno et 
mense quo supra, V calendas septembris (1)». 

De manera, que María, titulándose reina de Aragón, aprobó en 
26 agosto 1204, ó sea diez días después que el rey Pedro, la redacción 
ó acta de las costumbres de la ciudad. Y este documento nos prueba 
que se había ya celebrado el casamiento de nuestro monarca, porque 
María tomaba el título de reina. No sabemos, pues, como puede decir 
Antonio de Bofarull y otros que le han seguido, entre ellos el autor de 
la reciente Historia del ariobispado de Tarragona y del territorio de 
su provincia, que el casamiento se celebró á la vuelta de Roma del 
rey Pedro, ó sea á fines del citado año 1204. Los documentos que cita- 
mos son concluyentes; la boda tuvo lugar en junio. Cuando se dieron á 
luz estas obras históricas, hacía muchos años que estaban publicados 
por Teulet y otros dichas escrituras y es sensible que penetren con 
tanta dificultad en la erudición catalana estas publicaciones extran- 
jeras. 

A mayor abundamiento podemos citar otro documento, de 16 de 
agosto, que prueba que Pedro I y Jlaría de Montpeller estaban ya ca- 
sados, sin duda alguna- «In nomine Doinini, anno Incarnacione eius- 
dem MCCIIII, mense augusto, XVII calendas septembris. Ego Poncius 
P. de Agantico... concedo tibi domino Petro regi Aragoníc comiti 
Barch... et domino Moutispessulani et castri de Omellacio, nomine do- 
mine Marie regine Aragonie uxoris lúe et successoribus tuis et suis do- 
minis ville Montií3pessuli et castri de Omellatio... videlicet alodium- 
segnoriam et iurisdictionem et medietatem pro indiuiso castri de Po, 
piano... Et ego Petrus, Dei gratia rex... recipiens predictam donacio- 
nem nomine meo et Marie regine Aragonie uxoris mee, dono et in per- 
petuum concedo tibi Pontio Petro et successoribus... ad feodum hono- 
ratum, totam dictam medietatem castri de Popiano et aliam medieta- 
tem quam in dicto castro habemus... Acta sunt hec omnia et laudata 
apud Montempessulanum, in stari quondam Petri Pecthavini quod te- 
net R. de Cahorcio. Et ego Maria, filia quondam domini Guillelmi... 
recipiens predictam donacionem medietatis castri de Popiano ut dic- 
tum est a te Poncio Petro mihi et domino regi marito meo factam, 
laudo et in perpetuo confirmo et dono ad feudum honoratum...» Es, 
pues, innegable que el matrimonio se celebró á mediados y no A, fines 
de 1204. 

No hallamos rastro del paso del rey, durante el mes de septiembre, 
pero es casi seguro que residió en Montpeller y otros puntos de Len- 
guadoc y Provenza, disponiendo los preparativos para su viaje á, 
Roma. 



Montpeller 



(li Pul. Meado por Teulet, Layelteí; el original está on loa ÁTchiveg ^aliónales, áe V»- 
r¡3, J. 331). 



282 J. MIRET Y SANS 

FA 4 (Ifi octubre estaba on Marsella, en compañía de su liermano 
Alfimso, conde de Provenza, y allí otorgaron el célebre testamento 
con recíproca substitución, del que doy la parte más importante, por 
ser desconocido de la mayoría de nuestros historiógrafos, aun cuando 
hace dos siglos qu3 lo publicó Bouelie. Víctor lialaguer y aUún otro 
MarscUa rcproduccn los cuatro renglones que Vaissette dedicó á esto. El docu- 
mento, conservado hoy en los Ai-chives dcpariamantalcs des Bouches 
du lihonfí (B. 302), lüce así: «In nomine Domini anno ab Incarnatione 
eiusdem millesimo CCIIII°, menso octobri quarto nonas eiusdera men- 
sis .. Id circo, ego Petrus Dei gratia Rex Aragonum... voleus visitare 
limina Beatorum Apostoloruní Petri et Pauli aniore Dei et pro salute 
anime mee, per hanc scripturam nuncupatum fació testanientum... 
id circo omnia legata que quondam in testamento meo disposui, con- 
firmo et ipsum testamentum cum tota sua serie, cum eodem testa- 
mento, nisi forte in hoc aliquid vario, vel in futurum aliud addidoro, 
vel mutavero .. Si Deus omnipotens beneficio misericordie sue infantein 
masculum ex hoc legitimo matrimonio, vel alio mihi concesserit, illum 
in ómnibus bonis meis heredcm instituo. Et quod omnia supradlcta 
compleat et persoluat, quom relinquo in tutela et cura Iklcfonsi fratris 
mei Comitis Provincie cum ómnibus iuribus suis, usque quo habeat vi- 
ginti annos completos. Si autem infantem masculum taleni non ha - 
buero, dilectum fratem nieum Ildefonsum comitem et marcliioncm 
Provincie, mihi hcredem instituo... Eodem modo si filiam habuero, 
sine infante másenlo, Comes predictus sit heres et filiam honeste mari- 
tet cum sex millibus marchiis argenti... Domnam Mariam rcginam 
uxorem meam comitto fidei predicti fratris mei, cum omni térra et ho- 
minibus... Quidquid tamen de ea vel de negotiis eis faciendum, facial 
consilio miiitum et proborum hominum Montispessulani... Ego id circo 
predictus I. comes et marchio Prouincie promitto uobis domino P. regi.. 
dilecti fratri meo, quod omnia supradicta compleam et obseruem se- 
cundum intellectum ucstrum.. ítem ego Ildefonsns predictus Comes 
meum fació testamentum, instituens in heredem filiuní infantem mas- 
culum, si quem ex legitimo matrimonio suscepero et relinquo eum sub 
tutela et cura predicti fratris mei... quod si talem non habuero, domi- 
nixm Petrum Regem... fratem meum mihi heredem instituo... Si autem 
filiam habuero, sine infante másenlo eodem modo ipsum Regem fra- 
trem meum heredem fació quara, idóneo matrimonio collocet cum tri- 
bus millibus marchiis argenti... Signum domini P. regis.. Datum Mas- 
silie mense octobri sub anno Domini millesimo CC quarto. Signum 
Pretri scriptoris qui hoc scripsit mandato Domini Regís et domini Co- 
mitis». Entre los presentes figuran Ramón y Uch de Baus, Rostan de 
Sabrán, Bertrán de Avinyó y Juan Artasona. 

Después de la otorgación de este testamento doble, se embarcó Pe- 
dro I para Italia, con el intento de ser coronado por el Papa y lograr 
protección para la conquista de las Baleares. Pareae que se detuvo eu 



ITÍNERARIO DEL REY PEDRO 1 DE CATALUÑA, 11 E\ ARAGÓN 283 

el puerto de Genova y fué luego á desembarcar en Ostia, de donde se en- 
caminó á Roma. Las noticias de su llegada á la corte pontific'a y de la 
ceremonia de la coronación se encuentran en un acta del Papa Hono- 
rio 111, del tenor siguiente: «Onorius episcopus seruus seruorum Dei. 
Uniuersis Chrispti fldelibus presentem paginara iuspecturis salutem et 
apostolicam benedictionem. In registro felicis recordationis Innocencü 
Pape predecesoris nostri ordinem coronacionis cum privilegio inclite Roma 
recordationis Petri Regis Aragonuní prospeximus contineri. Quorum 
tenorem de verbo ad verbum... Anno séptimo pontificatus domini In- 
nocencü tercii (elegido el 8 enero 1198) Pape mense nouembri, Petras 
Rex Aragonum ad apostolicam sedem accessit ut ab eodem domino 
Papa militare singulum et regium acciperet diadema, venit per mare 
cum quinqué galeiri et aplicuit apud insulana Ínter portum et Hostiam 
adducens secum Arelatenensium archiepiscopum, prepositum Magalo- 
nensem cum quibus interfuit electus montis majoris {abadía de Mont- 
major de Provenza) et alus quidem clerici nobiles et potentes proceres 
queque secum adduxit Sanctium patruum suum, Ugone de Baucio, Ro- 
celium de Marcilia, Arnaldum de Fuxano et alus multis nobiles et po- 
tentes misis ad illum equitaturis et sumariis pene ducenlis tecit eum 
apud Sanctum Pelrum ad presentiam suam idem dominus Papa venire 
mittens in occursum ipsius quosdam cardinales senatorem urbis et 
alios multos nobiles et magnates fecitque illum 'apud Sanctum Petrum 
in domo canonicorum honorabiliter hospitari. Tertia uero die in festo 
videlicet beati Jlartini {11 noviembre) prefatus dominus Papa cum epis- 
copis, presbiteris et diaconilibus cardinalibus prenuncio et cantoribus, 
cenatere justitiariis, judicibus aduocatis et scriuiariis multisque nobi- 
libus ac populo cOpicio, ad monasterium Sancti Pancracii raartiris 
Pape transtiberino est profectus ibique prefatum Regem per manum 
Pertuensem episcopi fecit iungi quem postmodum ipsum propria manu 
coronauit largiens ei Regalía insignia uniuersa mantum videlicet et 
colobrum septrum et pomum coronam et mitram corporale ab eo re ■ 
cipiens sacramentum cuius tenor talis est: Ego P. rex Arag... profiteor 
et polliceor quod semper ero fidelis et obediens domino Fa,\:)e... (Ro- 
mey y Bala guer han publicado esta obligación y reconocimiento feu- 
dal). Actum Rome apud Sanctum Petrum anno Dominice ¡ncarnatio- 
nis MCCIV, quarto idus nouembris anno Regni niei octauo. Hiis ómni- 
bus vitte peractis fecit eum dominus Papa per urbem ad ecclesiara 
Sancti Pauli deduci ubi galeas inueniens preparatas intrauit et aposto 
lica benedictione munitus ad propria meruit cum prósperitate vedire, 
Ne igitus super hoc possit in posteruní aliqua dubitacio suboriri pre- 
sentem paginan! bulle nostre feciraus munimine roborari. Datum Late- 
ranensem III nonis februarii pontificatus nostri anno Vil (1)». 



(1) Ciidices de la Merced; mamiscntoa del P. Ribera, copiado del Llibre veri del caliildo 
catedral de Gerona. Arch. C. de A, 



284 P. CARRERAS Y CANDI 

Mientras el rey de Arafi'ón estuvo en Roma, se renovaron las hosti- 
lidades entre su hermano Alfonso, conde do Provenza y fiuilleriiio, 
conde de Forcalquer, de manera que regresó, probablemente en di- 
ciembre, A la Provenza occidental para apoyar al hermano y resta- 
blecer el orden. Si bien, desde 1174, el 'conde de Forcalcjuer había 
obtenido del Emperador, el reconocimiento oficial de ser vasallo di- 
recto del Imperio y la emancipación de su dependencia del conde de 
Provenza, este apoyo moral del soberano nominal de toda a(|uella 
tierra, no podía causar inquietudes al rey de Aragón ni A su hermano, 
en 1204. En esta época l'cdro I y Alfonso estaban en buenas relacio- 
nes con el conde de Tolosa, el único que podía serles temible en aquella 
rebelión de los de Forcalqucr. Ni el i"ey de Francia, ni el Emperador 
de Alemania prestaban atención alguna á la l'rovenza La muerte de 
Enrique VI, en 1197, había producido luchas en el seno del Imperio y 
la doble elección de Felipe de Suabia y de Ot de Brunswick fuó la se- 
ñal de un largo período de perturbación, hasta que, en 1208, por el 
asesinato de Felipe, quedó el segundo único señor de la corona impe- 
rial. Pero. Ot de Brunswick, absorvido toda su vida en los incidentes 
de la política italiana, para nada acordóse del reino de Arles, ni hizo 
visita alguna al valle del Ródano, ni aun después de 1209, cuando vio 
que el conde de Tolosa dejaba al Emperador, en el caso de morir sin 
heredero directo, todas las tierras que poseía «in dominatione Imjie- 
ratoris ultra Rodanum». Ni los francos de Felipe Augusto, ni los im- 
periales de Ot de Brunswick, pensaban, pues, en esta época en dispu- 
tar ó destruir la suprcuiacia y la dominación de la Casa de Barcelona 
en Provenza. 

JOAQrfN MlRET T SaKS. 

(Continuará) 



CACIQUISME POLITICH EN LO SEGLE XIII 

(Continuado) 

IV 

Pere de Palaü en lo eegnat de Pere «lo Gran» 

Palau destituit del ofici de batlle reyal.— Knquesta contra sos actes. — Lo jutge 
aragonés Eximen Perii; de Salanova. — Astuciesd'En Palau per eftigir culpabiütats. 
— Lo jutge coniprova los fraus d' En Palau.— Entrega d' una suma pecuniaria al 
Rey. — Pere <lo Gran» confereix noves comisions á Pere de Palau. — Es colector 
del bovatge.— Antagonismes entre Palau y Pedro d' Ayerbe.— Questions d' Alós ab 
Cubells y de Cubells ab Lleyda.— Palau entra en relació ab l'Infant Primogénit 

A Camarasa se forma, crexé y organisá, una forta oposició á les ar- 
bitrarietats y vexacionsd' En Pere de Palau, que promptc 's manifestá 



CACIQUISME POLÍTICH EN Lü SEGLE XIII 285 

ab actes públiehs. Palau, d' altre part, procura teñir contents y afectes 
á la sua persona, á sos amichs y valedors, afavorintlos en perjudici 
deis eraris comunal y reyal. Per tant, que losvehíns, quí, ab llurs ha- 
vers, contribuíen á les questies y comuns, veyen de mal ^vat, coni no 
hi eren compelits á satisferlos nul hom quí sia de son alberch ó en al- 
tres termes, cap deis partidaris del Batlle. 

Corría 1' any 1281, quan los contraris d' En Pere de Palau portaren 
llurs quexes al Rey, qui, escoltantles, passá á procehir en consequen- 
cia (194). Lo famós jurisconsult aragonés Eximen Peris de Salanova, 
anant á Camarasa deleg-at del Monarca, destituí á En Palau, obrint 
informació deis seus actes. 

Dirigífin lo mohiment d' oposició, dos ¿intichs eneraichs del Batlle, 
nomenats Guillem Goniir y Arnau Vives. Lo derrer havía actuat de 
colector reyal del bovatge en los llochs d' Á'¿er y Santa Linya (195) y 
tots dos cobraven lo monedatge per aquells indrets, com se veu ab la 
desautorisació del Rey, davant cortes exaccions que cometeren A Priva 
(4 de maigde 1281) (196). 

Lo mitj del regnat de Pere «lo Gran», 50 es, los anys 1280 y 1281, 
se disting'exen per les disposicions encaminados á flscalisar la adminis- 
tració deis qui colecta ven rendes, á causa de la volada que havía pres 
arreu la defraudado (197). Entre mol tes oi'des rey ais de importancia 
secundaria llavors dictades, hi ha la general adrepada á tots los veguers 
y batlles de Catalunya (4 d' Abril de 1281), manantíos donar comptes 
del que haguessiu cobrat, á Jucef Ravaya. Entre ells hi ve involucrat 
En Pere de Palau (198). A alguns pochs diligents, reitera les ordes en 
termes conminatius, lo 16 d' agost de 1281 (199). Com resultat d' aytals 



(194) 1281 «Dilecto suo Eximino petri de salanoua SaUítem et dilectionem. Cum íntellexeri- 
mus quod P. de palacio subtraxit ct silii retinuit multa de jurilms uostris intendeudo pro uobis 

et amministrando loca nostra de Camarasa de Cubells de Mimgay de laurencío ct de viduis et 
in dicta- annninistracione plures excessus comisit maudamufí uobis (luateuus visis px*esenti- 
bus accedatis itersonaliter ad loca predicta et suspenso dicto P. ab officio suo ipsuin officium 
committatis illi seu illís cui uobis quibus uideritis committeuduní ac deiudc procedatis ad 
inquisitionein facioudam contra cundeni de predictis execíísiltuset delictís. Datum Al^e/.ire 
nonas Deceuil)ri.s.— S. P. Scnclimcut.» 

Al ensemps comunica la comissió dada A En Perii,' de Salanova, ais homes de ditos pobla- 
ción», perqué 1' ajudassen en tot lo que 'Is hi demanás. (Registre .'lO, foli 208). 

(195) Vives apar colector en 12S1 y 1282. (Registre .'>2, foli 19 y Registrs 59, foli 37). 

iiytí) 1281 — «A viues et G." gemir: intelleximus quod nos compellitis bomincs de priua ad 
soluendum uobis monetaticum licet in ipso loco currat moneta de Agramunteses. Quare 
mandanuis uobis quatenus supersedeatis ad presens a peticione dicti monetatici et siquid 
pignora inde fecistis hominibus dicti loci ca restituatis ei.sdem. Datum Turóle II nonas 
May.— S. R. scorna». (Registre 19, foli 82). 

(197) Com e.xcniples retraurém la falsiflcacicí de sagells del any 1280 (Registre 48, foli 30) 
Coincideix ab ella les extorsíons ó exaccions comeses per los porters y altres oficiáis del Rey, 
de les iiuala ne prengué informació á 21 de juny de 1280, 1' aragonés Eximen Peris de Salano- 
va. (Registre 48, foli 48 y Registre 49, foli 11). Ais colectors del bovatge, los maná lo Rey, & 
28 de juliol de 1280, tinguessinap.arellats los comptes y á disposició de Mossé Ravaya (1{0- 
gistre 48, foli 100). 

(198) Registre 49, foli 70. 

'199) Axis fou fet ab los dos jucus Mui;e de Portella y Aaron Abinaffia, que tant interviú- 



286 F. CARRERAS V CANDI 

investigacions, s'observen ccrtes destitucions, segurainenl devallaiits 
d' aquelles, coin la d' En Cami de Peramola, de veguer de Tarragona 
y son Caniii (28 de febrer de ri«l) (200 . No' ns atrevíin k asegurar si, 
á consequencia de lot axó, lo Rey, disposá al comentar 1' any 12H3 
qae, tots los batUes y oficiáis reyals de Catalunya, exposessin la llur 
administració á Pero Marqués, vehent cessar á Moss6 Ravaya de la 
confianza del Subirá (201), substltuintlo en la reyal tresorería Bernat 
Scrivá (202) (janer de 1283). Ais 13 de febrer de 1283, duraven encara 
les controversies entre Mossé Ravaya y Bernat ScrivA per causa de les 
pcrcopcions d' alguncs batllies deis anys 127(5 y 1278 (203). Les auto- 
risacions derreres atorgades á Mossé Ravaya, per lo Rey, per vendré 
batllies y altres rendes, se dataren á Barcelona lo 6 d' octubre de 1282 
(204). 

Prou n' hi ha per dexar demostrat quanta perturbació porta á al- 
guns oficiáis reyals, dites inspeccions y revisions de comptes. Havem 
cregut necessari teñir aquests anteeedents á la vista per millor judicar 
la época y formar concepto de tot quan s' actuá contra del batlle Palau. 

Lo jutge instructor Eximen Peri9 de Salanova, rebé manament de 
dexar sense efecte los oficis de batlle y sotsbatUe, á N' Arnau Vives y 
Guillen! Gomir per esser enemichs manitests de Pere de Palau (205). 



giieren en la administració pública en lo tcmps de Pere .lo Gran-. (Registre 50, foli 15) y Re- 
gistre 52, folis 12, U y 10 . 
;20ü) Registre 19, foli 41. 

(201) .Tnccf Ravaya inori á les derreries del 1282 ó comcnvament del 12R3. Astriiga, viuda 
de .lucet Ravaya, batUc reyal, volent (iefcnsarse de la miseria, procura salvar la dot que son 
niarit 11 tenia assp^'iM-ada, de la que 'nformaven part, trenta mil sous reyals que Pere «lo 
(irán- 11 dona graelosamont y quatrc mil sous jaqueses, semblantment concedits per la reyna 
Constani;a de Sicilia. Constanza intervé en favor d' Astruga, desde Palamórs lo 4 de mar? de 
1283, per evitar se li perdés dita dot al esser emparats los bens de Jucef Ravaya. (Registre 60, 
foli 5í). Sempre mes estigué, Astruga, en bones relacious ah lo rey Pere, qui li donava una 
pensió en 1285. (Registre 68, folis 15 y 53). Mes avant, en I28i; (16 de febrer), lo rey Anfós con- 
tirmá á Astruga les franqueses y concesions de son Pare. (Registre 63, foli 40). 

(202) Al comeni;ar 1' any 1282, Bernat Scrivá era sindielí del comú de Xátiva. (Registre 52, 
oli 21). 

l203) Registre 60, foli 22. 

(204) L' Infant Primogéuit, en uom del rey Pere, autorisA á Mossé Ravaya «ad venden- 
dum nomine SHo quolibet anno baiulias .scribanias et rcdditus suos.. Seguidament se passá 
avis de la antorisació íi tots los batlles reyals d' Aragó, Catalunya y Valencia ¡Registre 71, 

foli 123!. 

Mossé Ravaya residi en avant á (ierona, bont li forcn expropiades unes cases, al co- 
mentar 1' any 1285, per axamplar un carror (Reg¡stre62, folis 125y 127). V aven? del exer- 
cit francés vers (ierona, en 1' any 1285, fcu sortir á molta geut rica jueua, á la que autorisá lo 
Rey per passar á altres Uochs. Mossé Ravaya, sa Mare y los demés de sa familia, ohtingue- 
ren permís per pa.ssar á Valencia lo 30 de maig de 1285. (Registre 57, foli 139). 

(205) 1282 'Fideli suo Eximino Petri de salanoua Salutem et gratiam Miramus otinte- 
llexerimus vos comendasse oflicia baiulie et subvicarie Camarasie de Cubéis et de Mongay 
quod emparastis P. de palatio rationo imiuisicioni.s Arnaldo viues et G." gomir qui sunt ini- 
mici dioti Petri de palacio. Quare mandamus uobis (|uatcnus predicta officia comaudetis 
alicui qui non sit contrarius ñeque inimicus dicto Petro ríe palacio preterea uolumus quod 
procedatis ad faciondum inquisicionem contra dictum P. et ipsa facía incontinenti ipsam ad 
nos mitatis sub uestro sigillo intercUisam. Datum valencic VIII kalendas marcii anuo ut 
supra.— Juceff rauaya».' Registre 44, foli 211). 



CACIQUISME POLÍTICil EN LO SEGLE XIII 287 

Lo manament fou datat á 22 de febrer de 1282 y dos díes després (24 
de febrer), En Peri? de Salanova rebía altre orde, de que s' informes 
d' un frau de set eugues y una muía preses al eavaller Bernat de Guar- 
dia, en tenue de MontQonis per Palau, al temps de la guerra (any 1280), 
y que ell vengué y apropia (206). 

Les comandes judicials conferides á Catalunya, al aragonés Exi- 
men Periíj de Salanova, constituexen una particularitat de la época. 
Aytambé se conflaven á juristes catalans, afers judicials dintre d' Ara- 
gó. Solíen presentarse, los jurisconsults, en la cort y tribunal del Rey, 
sots cert aspecte d' universalitat, creyentsels tant aptes per judicar 
segons los Furs, com segons los Usatg'es. 

Les corts de Barcelona del 1292, modificaren notablement tal cos- 
túm, al dexar establert, que, tant á Catalunya com á Mallorca, sois 
exercissen funcions judicials catalans (207), sense que de moment lii 
llagues reciprocitat en Aragó. Peí- manera que, proseguirán obtenint 
oficis de veguer y pahers, en aquest reyalme, los catalans Les corts 
de (^aragoíja del any 1300, lio prohibiren, á excepció del colector de 
les rendes reyals, en lo capítol «Quod Rippacurcie et Litera usque ad 
clamorem de Almacellis, sint de regno Aragonum» (208). 

Mes r aragonés Eximen Peri? de Salanova dexá d' exercir de jutge 
reyal en causes catalanes, en 1' any 1284 (209). Fou lo propi Monarca 
qui disposá lo dissapte, 23 de juny de 1284, feu manament á «Eximino 
petri de salanoua quod mitat Raimundo toyllano omnes processus quos 
tencat de inquisitionibus quas fecit in Catalonia»; manant al ensemps 
á «Raimundo toyllano quod super predictis processibus procedat usque 
ad sentencias diflnitiuiís» (210). 

Los documents del 1281, no son prou clars en quan á les relacions 
entre Pere de Palau y lo Rey d' Aragó. Si unes vegadas indiquen que 
aquest utilisava sos serveys (211), altres mostren que lo Monarca trac- 



(206) Registre 14, toli 230. 

(207) Cortes de lo» antiguos reinos de Aragón !/ de Valencia ij Principado de Cataluña.— 
Corles de Cataluña, vol. I, pl. loó (M.T(lricl, 18í)ii:. 

L' interesant text á c(ue fern referencia, existeix traduhit al romain; en lo propi segle xiii, 
eaesta foruKi: «E encara a supplicacio do la dita cort atorgam stablim et ordenam per tota 
temps daquianant procurador veguer batle et cort et tot altre offecial qui dret ayam a retre 
dun al altre en Cataluyna ne en lo Refine de Mallorques ni en les dites ylles els acesaors deis 
sia cátala: quel Infant els altres procuradora agen jutges et couseylers catalans». A lo que mes 
avant afegeix: -Per (,'0 car los catalans saben mylls les costnms et les usantes de cataluyna et 
de les dites ylles». {Carlas Reales, arx. Corona d' Aragó). 

(208) Prioüegios y capítulos de corte del reino de Aragón hasta lab cortes de 1510, foli 44. 

(209) Del e.studi de les diferentes comissions judicials conferides per lo Rey d' Aragó á 
Perii; de Salanova, desde 1' any 1278, flns al de 1284, se veu que poques son les causes catala- 
nes que li foren confiades y en cambi ab molt gran nombre les aragoneses. Es dir que de fet 
lo Rey practicaba ja lo que les Corta vingueren mes tart á, establir. (Vegis los Registre 41, 
folis 21, 52, 67, 70 y 111; Registre 42, foli 179; Registre 43, folis 95, 99 y I2J; Registre 44, foli 
204; Registre 46, folia 25, 26,65, 87, 138 y 188; Registre 48, folis 41, 48 y 50). 

(210; Registre 46, foli 213. 

^211) Du ,ues ordres reyals, del S d' agost y 8 d' octubre de 1281, son altres tantes comis- 



288 F. CARKEKAS Y CANDI 

lava (le |)Osar fí A acics do despotisme, re.stabUiil V iiiiixiri de la justi- 
cia (212). 

M6s res se leu en contra d' ell tins al l'ebrer ó inai\- de 1282, cu que 
N' Eximen Per¡(; de Salanova, s' instala á Cainarasa ab sos assessors, 
inquirint contra la administració d' En Pere de Palau. 

Aquest s' aparell.'i A la defesa ab astucia y aetivitat, contrarrostant 
los trevalls deis seus cnemichs, que procuraven, port.ir la major llum 
á les denuncies 6 inculpacions habilment formulades. 

Lo |)rinicr objcctiu d' En Palau ana adre(;at á anular les declara- 
cions deis veliins do. Camarasa davant lo jutje Salanova. Un deis auxi- 
liars ([ue aquest tenía, 90 es, lo jucu AVjral'íiu AlhanT' l'ou t|ui mes uti- 
litat ijrestíl á la tasca d' En Palau. Diaiianieut N' Abríilím anava á 
casa d' En Palau, á enterarlo de tot (;o que aquell día devia esser 
obgecte d' investigación facilitantli neutralisar los cfectes de la eu' 
questa y enganyar al jutge instruotiir. 

D' igual manera que á N^ Albanó, Palau, se guanyá á Miquel Cos- 
coll, saig d' Camarasa, á qui entregava En PeriQ de Salanova, les cita- 
clons deis vehius qui 1' endemá devien comparexerá declarar. Dits al- 
berans eren portats secretament per En Coseoll, al alberch d' En Ber- 
uat d' Ager gendre d' En Palau, Iiont s' bi aplegaven los afectes á 
aquest, citantse com á eoncnri'ents ordinaris, al jueu Albané, Ramón 
Masearó cunyat d' En Palau, Bornat Sala, Beniat Mar^ús, Pere Pelli- 
cer y Guillém de Sant Just. 

Repasáis y llegits los alberans de citació, se repartíen la tasca de 
parlar ais convocats, sobornautlos de mil maueres per evitar que Uurs 



sions (le confiiiiJííi. Li mauavd, lo rey Pei-e oii l.i in-iraera, que, s¡ lo castcU (le Pradell se 
trov(is dintre los limita de la seva vesueria hi exorcis jurisdicció, eu aquets termes: 
«Fideli suo P. de palacio hajulo et vicario Camerasie et de Cubells et de Muntgay 
Salutem et graciam: voliimus et maudamus uohis quatenus si Castrum de Pradcllo A. to- 
losaui est iiifra limites vicarie vestre predicte exerccatis in ipso Castro et termino ac ha. 
bitatorilnis eiusdeai otticium vicarie prout in aliis locis ipsius vicarie exercere debetis 
et (piod alii vicarii non introniitaiit se de liomiuibus et termino dicti Castri. Datum Iler- 
de Idus angustí.— S. P. de Sancto clemente». (Registre 50, foli 151 . 

La segona del 8 d' octubre, deya & En Palau, (ine, baveut expirat lo reyal guiatge 
concodit 6 Eu Berenguer de Mont<,-em3, no permetcSs entrar armes ó vitualles al castcll 
de Montmagastrc, douant la niatexa orde al Veguer de Lleyda Berenguer de Bellvis. Ais 
pocbs dios manava ais oficiáis reyals, aju lessin á Ermeugol, comte d' tJrgell, contra d' En 
Mont(,-eni3, per lo castell de Montmagastre (Kegistre 50, folis 180 y 192). 

(2121 Lo 20 de novembie de 1281, probibi tern\inantment lo Key & En Palau, (lue exi- 
gís lo delmc del safra en termc de Camarasa, segons ho venia fent «nisi sccundum (luod 
prcstntur ipsa decima do saTrano in Cernaria quoniívm uolumus (|Uod ipsa decima solua- 
tur iiobis et Castlanis eiusdem loci de safrano sicud prestatur et solvitur in Ceruaria de 
aliis vero fructibus vo'.umus iiuod soluatnr decima sicud est cousiietum ipsum solui. Da- 
tum valeiicie X kaleudas decemhris auno domini M" UC" LXXX" primo. — P. Jlaniucsii». 
(Registre .50, toli 198). 

Lo 10 de mari;de 1281, lo Rey feu restituir A En Palau cert esclau serralii d' En Pere ' or- 
tit de fia Abadia, qui havia anat contra lo Rey en la guerra del 12.80. Devia rcbrel Bernat den 
Ocell, personatge ocupat en la recepció de preses fete» diiranc la dita guerra, seguramcnt per 
retornarles á Uurs propietaris. vRegistrc 19, toli 52). 



CACIQUISME POLÍTICH EN LO SEGLE XIII 289 

clecUracions perjudiquessin al procesat. Si lo convocat era alguna vic- 
tima de les sues vexacions 6 injusticies, li donaven á eutendre, que, si 
declarar no comprometía á Eii Palau, li restituirían lo indegudament 
exigit: y que la sua couflrmació, de res li 'n aprontaría, puix tot s' ho 
pendría lo Eey per son erari. 

Hu d' aquests, fou Beruat Figuera, vehí de Mérita, á qui Palau 
havía prés, exigintli xexanta cinch sous per dexarlo Iliure, perdent á 
mes una capa que 'n valía altres vint y cinch (213). Al esser cridat per 
lo jutge Salanova, 1' anaren á trovar Pere de Palau flU d' En Guillém 
alcayt de Lloren? y Pere Marcús, prometeiitli retornar lo que perdé si 
res declarava. En Figuera los cregué: mes, acabada la euquesta y 
allunyat tot perill, se desenmascararen los d' En Palau, que no li do- 
naren ni 'Is diners, ni la capa. 

Ab aytals maquinacions, feren perjurar, total ó parcialment, á 
cent ó mes testimonis, dexant d' esclarirse no pochs actes del pro- 
cesat. 

A En Salanova, no se li escaparen dits ávols procehiments. Qaan 
feu la comprobació de les despeses aduhides per la custodia del castell 
de 9a Foradada (214), tots los liouies en ell asoklejats, aflrmaven á 
una veu que hi havie engany en los coinptes d' En Palau al Rey, ñgu- 
ranthi sis homes mes deis que hi tingué. Sois hu d' ells noraenat Pere 
Vidal, flU d' En Vidal moro de Camarasa, declara en pro de la exacti- 
tut deis dits comptes. Mes en una segona comparescencia d' En Vidal, 
lo jutge Salanova n' obtingué la contesió, de que, cridat per En Pa- 
lau á son alberch, li feren prometre que declararía falsament, amena- 
9antlo en teñirlo per enemich, en cas contrari (215). 

Pro sigueren comptats los enganys que 's descubriren d' una mane- 
ra tant clara y sois lo temps posA en evidencia alguns deis mes impor- 
tants. Encara que siga anticipar fets, dirém com, passats alg-uns anys, 
manifestá sa trayció, lo saig Corcoll. Abrafíui Albané la contradi ab 
tenacitat, fins al 1298- Subgectat á la prova del torraent en lo castell 
de Llorens hont estava prés, lo dimecres 5 de Mar? de 1298 tampoch 
ho afirma; pro lo divendres 28 de mar9, acaba declarant la sua par- 
ticipació segons compeudiosament havem explicat 

Lo resultat de la enquesta d' En Peric; de Salanova fou condemp- 
natori per lo batlle Palau. Se comprová defraudació en los comptes 
deis regnats de Jaume lo Conqueridor y de son fiU Pere, passant de 
deu mil sous la quantía de les partides falses. També s' evidencia la 
enti'ega, per diners, deis assessins d' En Oller, com aiximateix la mala 
administraciü deis pobles que lo Rey li tenía enconienats. 

Entre los comptes mes enredáis del batlle I'alau nos flxarém ab los 



(213) Apéndi.x, apai-tat LXXIX. 

(214) Apéndi.x, apartat LIX. 

(215) Apénrtix, apai-tats VIII, XLV, XLVI, LXIII, CLXXXVI, y CLX.XXVII. 



1906.— 21 



Z% F. CARRERAS Y CANDI 

del bovatfi^e que cobrA, no sois de Camarasa y son terrae, si que 
tainh6 d' Alós, Meya y altres Uoclis veliins. Lo Ijovatge era un irapost 
agn'col, que 's comptava per cada parella de bous de treball ó de lauro, 
com llavors se 'n deya. Fou caractt-rístich de Catalunya, pro al volerlo 
implantar á Aragó nostres monarqucs, motiva grans controversies. 

Palau era colector del bovatge en los Uochs predits, junt ab lo 
jucu Boniach, ó ab son ropresentant Abrafím Albané. En lo procés 
declara María de Farfanya, que, una vegada vegé passar comptes á 
Palau y Albanó, sentats tots dos prop de la llar. Fetes llurs componen- 
des, volgueren evitar que se 'Is descubrisscn los enganys, llencjant al 
foch tots los comprobants de la recaudació. 

Los encmichs d' En Palau li imputaren, que, en los llochs de Ca- 
marasa, Cubells, Mont;;ay, PugarQ, Flix y Beenga, aniagA, al Roy, 
niés de cent cinquanta persones que li havien satisl'ct bovatge; y en los 
de Moya, Alós, LavanQa, Locars, Alentorn y Vall-llebrera, aparenta 
haver rebut la meytat de lo que li pagaren molts de llurs habitants y 
d' altres lo ten;, cobrant mes de tres mil sous, deis que lii liavía posat 
en los comptes tramcsos al Rey (216). Calculaven que la defraudado 
muntaría passats sis mil sous, ultra lo que á ell correspoiu'a pagar per 
les sues propietats, per quín concepta res satisfeya; conceptúan! que 
entre tot passaría de vuyt mil sous. 

Lo frau del bovatge, cumplidament compro vat per N" Eximen Pe- 
ri? de Salanova, davant del concell general deis llochs de Camarasa, 
Cubells y Moutgay, dexá confós á En Palau y sens poder res aduhir en 
son descárrech. Reconeguda la defraudado, manifestá que 'n clamaría 
mercé al Rey. 

Y axis ho feu, tant bon punt termená la enquesta En Perís de Sala- 
nova, que resulta comdempnatoi-ia per En l'alau. A lo cort del Rey 
d' Aragó, se componguéren les defraudacions comprovades, ab una 
quantitat de diner, que, lo Batlle do Camarasa, procuraría se reduís 
tant com fós posible, posant en mohiment influencies palatines y en 
especial les de son amich N' Alvaro de Cabrera, vescomte d' Ager. 

Deu colocarse en la primera fila de les inmoralitats administratives 
del seglc xui, aquesta, go es, que les defraudacions y altres penes civils 
y crimináis, s' absolguéssin ab dinei's. Durant 1' any 1292, íe corretgí 
dita dettciencia en les corts de Barcelona, per virtut del capítol que es- 
tábil: «ítem que nos ne offlcials nostres no prenam ne ayam res per 
composicio ne per altra manera del mal feytor nil giten de la preso ne 
absoluan la manleuta si manleuat era en tro ayam restituida la mala 
feyta» (217», 



(21li) Apéndix, apaitats LIV, LXVII y LXVIII. 

(2ní Lc.« piopies corts acabaren al) aUi'e corruptela de venda deis oficis púhlichs y de la 
administrado de justicia, anulant al ensemps V exercici d' aquells quí los havien obtinput 
per compra. 

A mes del original llati d' aqüestes corts de Barcelona que publícala K. Academia déla 



CACIQUISME POLÍTICH EN LO SEGLE Xlll 291 

Esmenada per En Palau la sua detraudació ab lo Monarca, aquest, 
si bé de moraent no '1 reintegra en 1' exercici de batlle que avants tin- 
gué, 11 dona comanda d' exigir certes rendes y alguns drets, en nom del 
Rey, ais batlles allí posats per En Salanova (218). La causas eguí pen- 
jant fins al any 1284, en lo qual, juntament ab altres molt semblants, 
se dicta sentencia final (219). 

No tarda lo Rey, en facilitar indirectament á En Palau, manera de 
reintegrarse de lo que 1¡ havía pagat. Ho motivaren los ajusts de gent, 
aparellats per causa de la guerra ab Eranga. Lo 1 1 d' abril de 1282 lo 
rey Pare demaná cent homes ais llochs de Camai-asa, Cubells y Mont- 
gay, dexant á elecció de Pere de Palau, escullir los xexanta que enca- 
ra hi taltaven por completar dit nombre (2 0). 

Lo procehir d' En Palau en semblants ajusts, está explicat en un 
deis capítols del procos (221) al esser inculpat de que, quan Pere II 
forma la liost de Sicilia, se 'n aprofltá en 1' assenyalanient deis homes 
que hi devíen passar, de la Batllia de Camarasa. A Cubells escullí per 
anar á la guerra, á homes d' alguns anys y poca aptitut per combatre. 
Se proposava ab axó, que, no volentse n' hi anar, s' excusassen del ser- 
vey rebent bones redempQious pecuniaries. De manera que, per dit 
concepte, cobra cent noranta quatre sous, deis quals no 'n dona comp- 
te á ningú. En altre exercí congregat á Pons per Sant Joan de juny del 



Historia (Cortea de Cataluña, vol. I, plana 15H; se 'n conserva aUre de cátala, del mateix se- 
gle XIII, en 1' arxiu de la Corona d' Aragró, papers titulats Cartas Reales. 

(218) I2S2.— •Pe.trus de¡ gratia Rex aragonum: iidelibus suis baiuUis deputatis per Exa- 
menuui petri de salanoua in baluliis quos tenehat P. de palacio salutem et gratiam. Manda- 
mus uobis <iuatcuus de redditibiis periientibus et alus juribus ipsarum baiuliarum respon- 
deatis iutegritei* eidem P° de palatio vel cui ipse uoluerit loco sui Mandamus etiam uobis 
quatenus illo tempere qno ^■inum nostrum vcndi debet consueuit in canierasia pertuitatis ip- 
8um P. de palatio venderé vinum quod liabet in ipso loco ratione dicte baiulie prout fieri con- 
sueuit. Datum valencie IIII idus aprilis anuo domini M° CC° octogésimo secundo». (Registre 
í6,foli77j. 

(219) 1284 :2i> de mar!;).— ^Fidcli 3UO Petro de palacio. Cum super iuquisicionibus contra 
vos factas per Eximinum Petri de .sala nona jndicem Curie nostre racione ofticii quod a nobis 
tenuistis sit iutencionis nostre procederé ad difñuitiuam seuteuciam promulgandam dicimns 
uobis et mandamus quatenus infra octauam díem a receptione presentium continué numeran- 
dam compareatis personaliter in Curia nostra paratus audire seuteuciam super ipsis inqui- 
sitíonibus in processibus eorundem. Quam diem ad ipsam seuteu'^iam audiendam vobis du- 
ximus peremtorie asigu.andam. Datum barcbinoue VII kalendas aprilis Anuo LXXX" quarto. 

»Sub dicta forma citauimus infrascriptos: .lohannem petri (jabata.— Eimericum de lober.i, 
ff. de solerioet Marcum de amaldano. — R. pedros.— R. G-. faichsde aiiiaria.— bernardo de vi- 
lario et bereugario de ledone.— íssach Zarcli, belshom momet et belsbom leui.— Berengarius 
de alsoner, bernardo sabater sindicus uninersitatis Moutis albi.— (.i. de na Muutaguda Ciuis 
Ilerde.— Bartbolomeum de manibus.— Ci. de trilea de villa fraucba.— R. amat de terracia.— 
Vxorem et heredem Camini de Peramola — P. roniei et Marimuudum .. — A. Bassa et Berenga- 
rius martiu.—G. de redorta.—G. de truyars racione Curie vicarie valleusis.— Petro de apia. 
ria ciui Uerde.— G Mulinerii et A de spiuga ncnle> (Registre !>S, foli 38). 

(U20) 12-S2 — 'Petrus de palacio quod eligat illos LX bomiues ex illis C de Camarasa de Cu- 
bells et de Mougay quos ipse pctierat ad opus liuius ármate et de quibus dimisit XL. Ita quod 
illi LX vadan quos voluerit et elegerit dictus Petras. Datum III idus Aprilis». Registre 46, 
foli 78). 

(221) Apéudix, apartat LXVI. 



292 F. CAKRERAS Y CANDI 

1282, la gent de Camarasa, estigué comanada por N' Arnau Vives 
(222). 

Poch mes s' innova á Camarasa en 1' any 1282, hont t-xercíadc bat- 
lle Ramón Marí;-arit, obtenint per Qo comandes especiáis del Rey En 
Pcre de Palau (223). Quan á les derreries del any 1282, morí En Mar- 
garit, la batUia fon encomenada á Guillem Gomir (5 de decembre) pro 
tenint també de respondre deis emolunients á En Pere de Palau, se- 
gon.s estava disposat del temps preccdent (224). 

Palau no dexá son ofici de colector del bovatge, que li facilita en 

1283, dexar sentir la sua malvolenca ais vchins d' Alós y á son senyor 
Pedro d' Ayerl)e. 

Era anticli 1' autagonisme entre lo d' Ayerbe y Pere de Palau, do- 
nantsen mostra en certa pcrcepció de bovatge anterior á la enquesta 
d' En feri^ de .<alanova. Perqué no volia satisfer la imposició, En Pa- 
lau 2}ossá en reguart los termes d' Alós y Meya, tractant de guanyar 
per forcea lo que de bon g'rat se li rebutjava. Fosar en reguart á un 
tcrritori equivalía á vigilarlo y pendre 'n tot quan d' ell se 'n pogués 
haver. Axis se comensaven les bandositats. 

Mentres dura lo reguart del territori de N' Ayerbe, Palau prohibí 
ais vehins de Cubells, quí tenien emprius en terme d' Alós, que no hi 
emprássen, per evitar molesties de reclamacions degudes á confusions 
deis bestiars d' uns y altres. Puix, ab los remats de Cubells, haurien 
exit no pochs caps de bestiar de vehins d' Alós y Meya. Lo resultat del 
reguart fou perdre bestiar gros y menut los vehins d' Alós y de catorze 
cafiges de forment, que, en un citjar de Camarasa^ hi tenía Ramón 
Citjar, de Meya, prctextant que dit forment equivalía á la quota á ell 
atsignada per bovatge (225). 

Mes llavors li sortí un entrebanch á Eq Palau, á qui tais tripijochs 
li venien molt á gust. Lo Rey d' Aragó, en abril de 1282, aparellá la 
expedició de Sicilia, comparexent á Port fangos, per pendre h¡ part, 
r iníant bastart Pedro de Ayerbe, ab la sua gent. Agrahit lo Rey, á 
aytal cooperació, ordouá sigues retornat, tot quan, en concepto de 
bovatge s' havía exigit ó penyorat ais seus vassalls. Bé ó malament, 
cumplimenta Pere de Palau la orde reyal. Pro me.s avant, altre ma- 
nament del rey Pere 1' induhí á procehir á la percepció del bovatge 
en torres del d' Ayerbe, axis que retornaren de la empresa de .Sicilia. 
Ab quanta satisfácelo cumplimentaría Palau, la orde reyal expedida 



(2S2) 1282 (Oliana 7 idus Juliol .—«ítem tajulis de camarasa, cubéis, moutgay quod soluant 
Ainaldo uiues XL solidos jacceuses per X homiuibus. Datum ut supra». íEeg. 59, foli 28). 

(■223) 1282 (26 de .7uIiol). lutervé Palau en les pague» degudes al Comanador de Barbens 
de les rendes de Camarasa. (Registre 59, toli U). 

(224) 1282 (5 de Decembre L' infaut Primogénit comanda la batUia deis llochs de Cama- 
rasa, Cubells y Montgay á G. Gumir per mort del batlle Ramón Margarit, posat per Kn Perii; 
de Salanova. fRegistre 59, foli 175, document quasi illeglbte,. 

'225) Apéndix, apartáis XCII y XCIII. 



Caciquisme polítich en lo segle xin 293 

en 7 d' octubre de 1283, á tots los habitants en les terres de Pedro d' 
Ayerbe, tentloshi á saber, que devieu tornar A pagar lo bovatge y no- 
vament essentne colector En Palau (226). 

Altres nous disentiments no tardaren á experimentarse. Un any 
després, ó siga al comentar lo 1285, foren talades y dampniflcades te- 
rres deis vehins de Cubells per la gent del Senyor d' Ayerbe. La in- 
tervenció del Rey no fou favorable al seu germá bastart, puix ordoná 
á Eamón d' Orcau veguer de Cervcra, protegís ais de Cubells y Santa 
Linya de les exaccions de D. Pedro (227). JMolt temps estigueren en con- 
troversia Cubells y Alós, si bé per causes diferents, puix mes avant 
se discutiren los líniits deis dos termes (228), 

En r any 1284, los colectores del bovatge foren obgecte d' inves- 
tigació, per una denuncia contra d' ells presentada per 1' aidiaca de 
Eibagorcja Jlestre Ramón de Besalú. Ramón de'Toylá, jutge de la cort 
reyal, obrí informado contra deis bovaters, veguers y altres oficiáis, 
ais qui encara no s' hagiiés inquirit sobre llur gestió administrativa 
(21 de mar? de 1284) (229). 

A Camarasa res s' innova: Palau seguí de colector del bovatge 
sense per (jo poder tornar á obtenir la batllia. 

Lo rey Pere, en maig de 1284, feu concentració de gent per eom- 
batre al Comte d' Urgell, que 1¡ mogué brega. La host de Lleyda, á son 
passatge per Cubells, dampnificA lo terme y los vehins s' apressaren 
també A atacar ais lleydatans. D' una y altre part restaren algúns bo- 
rnes presoners, regnant molta exaltado (230). L' infant Antós, desde 



(22i;) 1283 — «Petrus, etc. vniuersis hominibu.s terre nobili domimi petri fratri-s nostri Salu- 
temet gi*atiam. Cum no.sperlong:auis.semu.s collectamhoimtici quoduosrlare teneminí duiudic- 
tu8 t'rater noster esset iu armata siuc uiatico qiiod noliiscimi fecít et iiunc ídem rater no.ster 
de dicto viatico reuersus sit et velimus ipsum bouatícura hal>ere ^landauíus iiolú.s quatenus 
soluatis dictum liouaticum fideli uostro Petro de palacio alias maudanius eidem per presen- 
tes quod si neccesse fuerit vos et bona vestra iude pignoret et compellat prout fuerit facien- 
dum. Datum Cesaraugustc uonas octobris auno ut supra> (Registre 46, foli 114). 

En cambi lo Rey uo vol que Palau cobres lo bovatge de la geut de .íamiie d' Ayerbe, se- 
gous bo manifesta en la seguent orde ilel propi any 1283; *Petro de palacio niaudamus uol)is 
quatenus superseadeati» procederé in colligendo bouatico in térra dompni .Jacobi de ayerbe 
quam habet iu Catalonia doñee a nobís mandatum aliud babeatis Et quare sigillum ncis- 
trum, etc. Datum Ilerde Vil" Idus Dccembris.. (Registre 46, toli lüS). 

(227) Registre 43, foli lltí. 

(228) Les questions sobre los termes de Cubells y d' Alós, se menaven ja en 1286 (Reg. G3, 
foli 68). Los bornes de Cubells asustats del reguart en que los tenia D. Pedro d' Ayerbe, de- 
manaren protecció al Rey, qui prohibí al Senyor d' Alós, los bi fes cap dany á 21 de Febrer 
de 1281 (Reg 63, foli 64 . Eu 1' any 1287 ¡IH de Setembre) sigueren embargats los bens de Dou 
Pedro d' Ayerbe pro jier causa de la guerra en que esta va ah altres nobles (Reg. 71, foli 80). 
La designado d' Arbitres per part del Rey eu 121)0, que acaliassen les que.stions entre Alós y 
Cubells, hi posaría termini. (Reg. 81, fol. 27). 

Pedro d' Ayerbe, germá bastart del rey Pere -lo Gran>, morí per 1' octubre de 1290, de - 
xant de sa muller AIdi>ni,a, un fill nomenat Pedro, qui també fou senyor d' Ayerbe y llavors 
eslava en menor edat íReg. 83, fol. 138) y altre lili bastart conegut per Alfonsello Eximen y 
d' Ayerbe. iReg. 82, fol. 177). 

(229) Registre 46, foli 169). 

(230) Registre 62, folis 62 y 64. 



294 F. CARRERAS Y CANDI 

Llcyda, procura calmarlos, tríinietent ;'i Halaíruer, horaes, bestiars y 
tot quan havía sigut pros ais de Cubells, y deinanant que aytanibé 
aquests envieüsin á Balaguer tot quan tenien deis de Lleyda. Llavors 
Pere de Palau rebí'' una comunicaeió del Infant, ordonantli, que, si los 
de Cubells no cuniplinicntaban son niananu'.nt, los li¡ obligues, proce- 
liint en la forma faedora. 

¿(Jué fcren k Cubells davant aquesta orde? Scncillamont, res. D' aquí 
noves disposicions del Infaut al BatUe de Cubells (231), perqué com- 
pelís ais vehins á restituir lo quG preugueren á la host lleydatana, ol'e- 
rint retornar lo que 'Is hi prengueren (13 de juny). 

Al ensemps d' aquesta segona disposició, n' aparegué altre en favor 
d' En Pere de Palau, amparautlo en la guerra que li movía lo Comte d' 
Urgell, á pretext del lloch de Priva (232). Remarcable coincidencia. 
¿Entendría 1' Infant, que era deguda la pasivitat deis de Cubells, á 
la amagada sugestió d' Ei^ Palau, per explotarla en profít personal? No 
duptem que aquest se 'n aprontaría, tar.t per sortir en be de les mena- 
ees del Córate d' Urgell, quan per acostarse al primogénit Anfós, en la 
prestado d'un servey. Lo cert es que, desde llavors acaba aquest con- 
flicte ab Lleyda. 

Pochs dies després, Palau era cridat á comparescencia á Lleyda, ab 
cavalls y armes, aparellat <1 seguir al Infant en la eampanya contra lo 
senyoriu d' Albarracín (233)'. 

La famosa creuada que agita lo derrer any de la vida de Pere «lo 
Gran» y que tant perturba al no.tre Principal, res innova en 1' orde y 
estameut de Camarasa. Sos vehins tampoc dexaren de trametre llur 
contingent al Empurdá, Cerones y Paniíjars (234), á Iluytar per la de- 
fensió de la patria. 

Pere de Palau vegé extingirse lo regnat d' aquel 1 famós Monarca, 



(231) La disposició copiada al toli 67 del Registre 1:2, portara la ondreía P. de jjaineio, 
que seguidamente fou tatxada per uua ratUa escribinthi al damuut Baiulo de Cubéis. 

(232) 1284 (13 de .Tuny). "ErmenRaudo comiti vi ¡ítllensis: intelleximus quod uos et quídam 
de familia vestra teuetis in reguardo P. de palacio ratione emptionis de priuano: vnde cum 
dictus P. firmauerit idonee jus faceré tiuerelantibus de so ratione dicte emptionis. Rogamus 
et dicimus uobis quateuus ípsum P. non teneatis in reguardo nec el malum inferatis nec in- 
ferí permittatis per aliquos de familia uestra. Datuui llerde idus junii — S. Mut,-a>. Registre 
e-2, foli 68). 

(233) 1284(16 de ,Tuny). «Fuit scriptum P. de palacio quod uenuit Incoutinenti ilerde cum 
e(iui3 et armis et alus apparatibus parati sequi dictum infantem in seruiciu domini Regis. 
Uatum ilerde XVI kalendas julii. 

• Simili modo fuit scriptum A. Calaf». (Registre 62, foli 71). 

(234) 128.'i (17 de juny). «ítem fuerunt liceuciati homines de Camarasa, de Cubéis et de 
Muntgay et dabaut L clientes. Datuní ut supra » (Registre 56, foli 94). 

Coutribuiren ais aprovisionameuts del exércit: «Similis eidem Jacobum quod compelleret 
homines de Camarasa, de Cubells, de JIuntgay, de Santa Linia de lorens de Priua et de 
villa nona ad portandum dictum bladum. Datum barcliinone VI° nonas Julii.> (1285). (Regis- 
tre 57, foli 141). 

Lo 10 de Sctembre de 1285, fou ordonat alspoblesde Camarasa, Cubells y Montgay, pagar lo 
sou degut á la gent que, de ditsUochs passáal restabliment de Gerona. (Registre 57, foli 201). 



LA CORONA PE ARAGÓN Y GRANADA 295 

ocupar de nou la tant desitjada batUia de Catnarasa, Cubells y Mont- 
gay, á la que, á despit de les contrarietats, no liavía renunciat á reco- 
brar, quan las circunstancies li 'n fosseii mes favorables. 

(Seguirá.) Francesch Carreras y Candi. 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 

De 1295 Á 1305 
(Continuac ion) 

La coalición de arag'oneses y granadinos tenía contados sus días, 
no obstante los pactos anteriores, por ineficaz para su objeto. Jaime II 
y Mohamed II querían colocar en el trono de Castilla un nieto de Al- 
fonso el Sabio, hijo del primogénito Don Fernando el de la Cerda, mas 
no por amor al derecho, suponiendo que creyeran preferente el dere- 
cho de los hijos del primogénito del Sabio al de los hijos de Don San- 
cho, sino por haberse oblií;ado el Pretendiente Don Alfonso á recono- 
cer como buena la conquista de Murcia por el Rey de Aragón y á de- 
volver al de Granada Tarifa y las otras plazas que de buena ó de 
mala manera, según el moro de mala, habían pasado al poder cristia- 
no en tiempo de su abuelo. Ninguno de los dos, sin embargo, había 
tomado como fin principal el primero sino el segundo, y asi Jaime se 
limitó ñ, guardar su nuevo reino y Mohamed á procurar por la fuerza 
la reincorporación á su corona de las plazas disgregadas de la misma. 
Y entretanto habían pasado cinco años verdaderamente desastrosos 
para Castilla sin lograr que la reina Doña María intimidada cediese 
á las pretensiones de, sus enemigos; al contrario, sobre afianzar el trono 
de su hijo en el interior había logrado en el exterior que Francia, de 
cuya casa real formaban parte los de la Cerda por su madre, reco- 
nociera la legitimidad de nacimiento de sus hijos y la de Fernando 
como rey y obtenido el apoyo de Portugal por el matrimonio de Fer- 
naud con Constanza, hija de Don Dionis. 

En vano procuraba Jaime II mermar la importancia de estos avan- 
ces diciendo desdeñosamente al de Granada: «vos e nos devemos esto 
muy poco preciar» y afirmando que «cuydan las gentes que aquello 
que pusieron no se cumplirá e que por esto verna entre ellos alguna 
discordia»; el matrimonio del Rey y las vistas de Vitoria tenían real- 
mente gran trascendencia y así lo declaraba indirectamente el rey de 
Aragón al quererlos rebajar; y por comprender todo su alcance creía 
ser conveniente y necesario que «agora seamos más enfortidos vos e 
nos que nunca en esta demanda (1)». 



(1) R. .334, f. 46 V. 



2% A. GIMI^NEZ SOLER 

Y la vordad ora qno tanto por lo r|iic ,1 <M atañía dirocfamcnte como 
por la iiiriueueia que en el ánimo del moro, su amigo, pudieran tener 
aquellos acontecimientos, estaban justificados todos los recelos; los 
constantes rumores de próxima paz (üitre Castilla y Granuda fran caxi 
universales y llcgabun de todas partos á oídos de Bernardo de Sarria, 
que aparentaba no creerlos, al mismo tiempo que proponía al Rey que 
se enviara inmediatamente una embajada al Papa á solicitar cartas di- 
rigidas á la reina de Castilla, prohibiinidoh;, bajo p<ína de excomunión, 
devolver á los sarracenos ningún lugar de donde hubiesen sido echa- 
dos (1), como si no fuera tan grave ó más grave pecado que devolver 
alguno de esos lugares para terminar una guerra, en la que los cristia- 
nos llevaban la peor parte, animar á los moros á la guerra y ayudar- 
les moral y materialmente á que ganasen esos mismos lugares, cuya 
devolución se quería impedir á los castellanos bajo pena, entonces, tan 
severa. 

Los tratos eran ciertos y rodaban alrededor de Tarifa, que, como 
en tiempos anteriores, era el nudo de la cuestión; el canciller del in- 
fante Don Enrique estaba en Granada gestionando la paz, que debía 
fundarse en la entrega de Tarifa y como su alcaide no la entregaría, 
se había decidido que la reina, á quien los documentos presentan 
dispuesta á ello, la tomara para cumplir después lo acordado (2); 
el resultado de las negociociones fué como las veces anteriores nega- 
tivo y Mohamed, viendo desvanecidas nuevamente sus ilusiones, se 



(1) en Bn. de Serria ha ahut ardit de Castella per persones dignes 
de fe que la Reyna de Castella ha tractat ab conseyl del Rey de Porto- 
gal que faga pau ab lo Rey de Granada axi que ella deu auer Tarif 
den Alfonso Peric,- de Gosman e quel ret al Rey de Granada e quel dit 
Rey de Granada deu esser conti-al senyor Rey. E axi quel dit Rey de 
Granada dona a la Reyna CC mille dobles. 

el dit en Bn. de Sarria pensa que ell (Jaime II) degues trametre al 
Papa... missatgers . que procurassen quel Papa trameta cartes sues 
a la Reyna de Castella e a sos filis que nengun loe que tenguen que 
sien estats de Sarrayns no retra ais dits sarrayns e ai;o que man a ells 
e a totes les gens de la térra en pena del vet e en totes altres maneres 
que mils e pus segurament fer se pusca. 

(2) Al... Rey de Castiella (Alfonso de la Cerda)... Donjayme... 
etc. fazemos vos saber que recibiemos una carta del Rey de Granada 
en que nos fazia saber de como Alfonso Diag chanceller del infante 
Don Enrique con cartas del dito infant e con su mandaderia avia veni- 
do a demandarle alguna tregua. E que el dito Rey no ende quiso fazer 
ninguna cosa menos de nuestro conseio e plazer. E sobresto enviamos 
le nuestra carta de respuesta en quel enbiamos muyto gradeijer de lo 
que ent fizo e a rogarle que persevere en la guerra e fazer mal a Cas- 
tiella que nos si Dios quisiere levaremos los fechos mas enfortidament 
que nunqua (R. 334, f. 41) 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 297 

glorió ante sus amigos de haber rechazado las proposiciones del can- 
ciller del infante para presentar como mérito lo que hnbia sido para 
él un fracaso y obtener de todos modos alguna ventaja, siquiera 
moral, de su posición, que lo hacía árbrito, tal como estaban entonces 
las cosas de la península, de la paz ó de la guerra 

Dilucidábase por última vez si Murcia debía ser aragonesa ó cas- 
tellana y si Granada debía ser del primer ocupante ó sólo de Castilla; 
la cuestión pendía entre Castilla y Aragón, y Granada, por diferentes 
motivos, entraba en el asunto; el equilibrio de las fuerzas de una y 
otra parte se rompía por el peso del poder granadino y allí donde éste 
se inclinase, allá iría la victoria; por esto mimaban al monarca musul- 
mán el Pretendiente y el Rey de Aragón; por esto procuraba atraér- 
selo el de Castilla y por esto el de Granada se mantenía firme, con- 
fiando en que al cabo deberían convencerse los gobernantes castella- 
nos de lo ventajoso de cambiar la ciudad del Estrecho por el reino de 
Murcia Y es muy posible que hubiese visto satisfechas sus ambiciones 
sin la firmeza heroica de Guzmán el Bueno, constantemente adverso á 
la entrega de aquella fortaleza, desde la cual se divisaba el África, 
aspiración ya de los españoles del siglo xiii todavía no realizada en 
el XX. 

Sin embargo los recelos de verso abandonados eran en cierto modo 
efecto de suspicacias infundadas: el nuevo monarca apenas reconoci- 
do como rey por las Cortes de Granada (1) emprendió la guerra contra- 



(1) Al muy alto e muy noble don Jayme por la gracia de Dios Rey 
daragon de Valencia e de Murcia e Conde de Barcelona De mi alamir 
servo de Dios fijo de amir almulesmin nieto de amir almuslemin Rey 
de Granada de Malaga dalmaria amir Almuslemin salut como a Rey e 
amigo que yo mucho amo e precio e para quien querría tanla uida e 
tanta salut e buena andancia como vos querredes para vos mismo. Rey 
bien sabedes qual era el amor verdadero e las posturas e la pa? fierme 
e muy buena quel Rey nuestro padre avie com vos E como el siempre 
aguardó todas vuestras cosas bien e complidamiente Et otrosi en como 
nos fue mas ovidient a la su mercet mas que quantos omnes en el mun- 
do son Maguer que el nos avia entregado todo el regno e todas las 
fortalezas de gran tiempo acá et agora quisol Dios le voló a su paray- 
so e dessonos todo el Reyno muy bien parado e muy bien assossegado 
et agora fiziemos nuestras cortes et vinieron aqui todos los arrayaces 
e los alcayedes e todos los pueblos de todo nuestro regno e vesaron 
nuestra mano et fizieron rey asi como devien facer a su señor natural 
e asi como facen buenos vasallos aales a buen Sennor. Et agora quan- 
do se torno todo el regno e el puder a nos tuviemos por bien de vos lo 
fazer saber e de tener todas las pusturas e las paces que el con vos 
avie puesto de guardar líos todos bien e complidamente e verdadera- 
miente asi como si el vivo fuesse que a vos tenemos como hermano e 
como leal e verdadero amigo e tenemos por derecho de querer e] 



298 A. r.IMÉNRZ SOLKR 

los cristianos con tanto empuje, ciue se apodei'ó de Bedmar, cautivando 
á todos sus liabitantes y, entre ellos, la madre del alcaide y éste, y un 
hermano suyo, los cuales fueron conducidos á Granada y la infeliz se- 
ñora, al decir de Benaljatib, enterrada lucgro en el harem de Abenja- 
col) (1). Y con tanta celeridad que sólo niodiarun 15 días, según la cró- 
nica de Fernando IV, entre la noticia de la muerte de Moharaed y la 
de lá toma de Bedmar. 

Como para animarle á perseverar en esta conducta y escusarse 61 
de haber llevado tan tibiamente las operaciones de guerra le comunicó 
Jaime II los «grandes aferes^) ocurridos en sus dominios, que le ha- 
bían «embargado que no avernos aguciado mas la guerra» y libre de 
los cuales se proponía «fazcr mal en Castella aquel que fazer les poda- 
mos e levar la guerra mas eufortidamente que nunca ficiemos» (2). En 
efecto, Jaime II, había i-ecibido cartas de sus ricos-hombres desnatu- 
ralizados, proponiéndole volver á su servicio; había reducido A su obe- 
diencia al vizconde de Cardona; y Gastonet, conde do Foix, se había 
reconciliado con él; y todo esto, excepto lo iiriraero, importaba muy 
poco al moro, que ignorante de que hubiese en el mundo condes de 
Foix, lo llamaba en su respuesta «Conde Don Floreg (3)». 



vuestro amor e el vuestro bien por el amor bueno e verdadero que vos 
aviedes con el Rey nuestro padre y por esto vos rogamos mucho como 
amigo que todavía nos fagades saber del vuestro bien e de la vuestra 
salut e de la que alia acayecer e de las nuevas que supierdes de vues- 
tros enemigos e nuestros assi como siempre faciedes gradeceruos lio 
emos mucho. Et otrosí vos rogamos que nos enviedes respuesta de todo 
segon como vos tuvieredes por bien. Dada XI dias dabril era de mili 
CCCXL annos. yo lop Sánchez la ñq por mandato del Rey. 

(1) Otrosí vos facemos saber que nos va muy "bien con nuestros 
enemigos e loado sea Dios que les avemos tomado por fuerza de com- 
batimiento la villa de Bedmar e tenemos cativos su señor c su madre e 
quantos avia en la villa (!.") de mayo de 1302); concuerdan exactamente 
con este relato el de la Crónica de Fernando IV y el de Benaljatib en la Ijata 
(I 163) y en la Historia de los Nasiries (Casiri 11, 273); todos convienen en 
que era madre y no mujer del alcaide, pues la frase «mujer que fué» que 
usa la Crónica (cap. X) equivale A viuda; Benaljatib la llamó simplemente 
íLoJ^il íLo-Lo «señora de la villa»; él es quien dice que Mohamed la hizo 
pasear por Granada en un eain-o triunfal vestida con ricas ropas y acompa- 
ñada de otras esclavas y que la regaló después al sultcán, quien la tomó 
para sf. 

(2) R. 334. f 5S. 

(3) Al. . Rey de Granada... Rey. Re(,'ibiemos vuestra carta de res- 
puesta que agora nos enviastes sobre lo que nos vos enviamos dezir 
de las nuevas de Castiella. E entendido lo que en la dita carta vuestra 
era contenido grade<,emos vos muyto lo que nos enviastes dezir por 
que veamos e conoscemos que vos mueve buen lalant e buena volun- 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA ' 299 

El de la Cerda no podía comunicar nada favorable ni siquiera 
inventado por su buena voluntad, pero no satisfecho de tener en Gra- 
nada Ferrant Pérez de Toledo, como agente, iba él mismo á la capital 
de los alahmares á dar mayor actividad á las hostilidades; en Va- 
lencia recibió la nueva de la muerte de Jlobamed II, que le fué co- 
municada en términos análogos á los empleados para el Rey de Ara- 
gón y no sabiendo si continuar el viaje ó suspenderlo consultó á su 
protector aunque advirtiéndole que creía conveniente «en todas ma- 
neras levar adelante lo comenzado». Como ese viaje no perjudicaba al 
consultado se le aconsejó seguirlo y marchó camino de la Alhambra. 

Entonces empezaron á manifestarse las intenciones del nuevo so- 
berano musulmán: á Ferrán Pérez se le fué negando con dilaciones la 
confirmación que solicitaba y á su representado se le proliibió entrar 
en territorio de Granada; Jaime II, que sabía por conducto fldedig- 



tad que avedes en levar e aguziar la guerra de Castiella. On Rey vos 
fazemos saber que ya sea que entro aqui muytos e grandes aíferes 
que avemos ávido nos ayan tuelto e embargado que no avernos agu • 
ziado mas la guerra. Agora entendemos mediant la gracia de nuestro 
senyor Dios de levar aquella mas enfortidament que nunca íiziemos e 
de prender los feytos en tal manera que los vuestros enemigos e nues- 
tros sientan que lo avemos a cora(,-on e que nos venguemos dellos e que 
seamos apercibidos de ayudarvos. Otrossi Rey vos fazemos saber que 
depues que avemos feyto cort en Valencia viniemos a Cathaluenya e 
toviemos cercado un castiello del noble R. Folch vizconde de Cardona 
vassallo nuestro porque no quena jurar lo que nos aviamos ordenado 
en la nuestra cort desi es uenido a nuestra merce e mandamiento e 
liuro e rendio nos el dito Castiello e juro lordenamiento nuestro Otros- 
si el Conde de Foix con qui aviamos guerra lino. E su fijo Gastonet 
ase avenido con nos E Rey vamos nos de camino por Aragón porque 
los Richos homnes que son fuera del Reyno nos an enbiado sus manda- 
deros que quieren venir a nuestra merce e mandamiento e abenir se 
con nos. E es nuestro entendimiento de fazer mal en Castiella aquell 
que fazer les podamos e de levar la guerra segund que de suso ave- 
mos dito mas enfortidamente que nunca fiziemos e darlo emos a co- 
noscer si Dios quisiera por obra. Ond vos rogamos quanto mas pode- 
mos como a Rey leal e verdadero amigo que vos tenemos que de.xas 
partides fagades a Castiella todo aquel mal que podredres e agu^iedes 
la guerra assi como avedes feytos entro aqui Que por vos de una part 
e por nos de otra re(;ibran vuestros enemigos e nuestros gran danyo 
e menoscabo. E destobo auredes nuestro ardit ante que podamos E vos 
otrossi feyt nos assaber el vuestro ardit... Dada en la Ciutat de Lérida 
Vil dias andados del mes de abril en el anyo de nuestro senyor de 
M CCC. e dos. (R 334, f. 52 v.). 

Otrosí nos enbiastes desir de toiJa vuestra fasienda e del castiello 
que vos tratastes fasta que venieron al vuestro servicio e otrosí de la 
muerte del Conde Don Flore<; (15 de mayo 1302. C. rs.) 



300 A. CIMÉNEZ SOLER 

no qno se ti'fitnbíi ]i<az entre Mohiimed III y Fernando IV, envió á 
Honiiinlo Mni'tín h pedir ])or su pnrte lo que Pérez de Toledo pedía 
por el I'retcndieute de Ciistilla; pero su ]ictic¡óii oliluvo el uiisrao 
resiilla<lo; los dos emisarios eristianos volvieron sin haber conse^íuido 
nada y jiroponiendo á sus respectivos representados que se enviara 
al rey moro copia «en ladino e en aravi^o» de los pactos de setiem- 
bre de 1301, con Bernardo de Sagalars ó con otra persona bien abo- 
nada. La causa de esta exifíencia la declnró el propio rey de Gra- 
nada escribiendo al de Aragón, en julio de 1302, que «luego de la 
muerte del Rey mió padre mandé buscar los privilegios de la pa? que 
aviados enviado al liey mió padre vos e el Rey don Alfonso de Cas- 
tiella el infante Don Ferrando su hermano e non las pude auer por 
ninguna manera que el turgiman que auia de veer fecho destas cartas 
fuxo se me para tierra de Castiella» (1). Si el hecho era cierto el truchi- 
mán aquel justificaba el significado picaresco actual de esta palabra; 
pero es muy probable que el pobre intérprete cargara con una respon- 
sabilidad ficticia y qvie todo ello no fuera otra cosa que un modo indi- 
recto de entretener al de Ai'agón y al de la Cerda mientras se arre- 
glaban las paces con Castilla ó se rompían de nuevo las hostilidades. 

Bernardo de Segalars no pudo ser esta vez el embajador, á causa 
de haber enfermado al tiempo de partir, y lo sustituyó Jaime Bosfiuet, 
el cual se dieron dos credenciales y unas instrucciones, que revelan la 
casi convicción de que no se volvería A la alianza, que unía á los ene- 
migos de Fernando IV. Diósele al Bosquet una credencial que le auto- 
rizaba á firmar el convenio de 16 de setiembre de 1301 y una copia 
del mismo autorizada con el sello del Rey y demás solemnidades de 
cancillería y otra simple bilingüe (2), en la que alternaban un capítulo 
y otro árabe y aragonés; como medida de precaución se le ordenó «U'jar 
en Lorca á Bernardo de Sarria la primera copia, la solemne, debiendo 
decir en Granada, si al pedírsela extrañaban que no la llevase consigo, 
que no la Ilevüba por desconfiar de que fuese aceptada (3). Otra cre- 



(1) 11 julio 1302. 

(2) Doc. árabe n." 2. 

(3) El poder dado á Jaime Bosquet es de 7 de octubre de 1302, y los pá- 
rrafos principales de las instrucciones dicen: 

Com sia ab lo Rey de Granada potli mostrar la forma de la dita car- 
ta de la pau que haura laxada en poder den Bn. de Serria o del alcayt 
de Lorcha per translat que naia pres e portat ab si. E si ell li dehia on 
es loriginal per que no la aportat manlincnt digali que per \'o com no 
era cert si la dita pau li plauria ho no. Mas que si li plan ell la fara ve- 
nir tantost. 

ítem, sil Rey de Granada no volia la dita pau esser entre ells perdu- 
rable segons que era cntrel dit senyor Rey daragon e son pare mas 
acerts anys o a cert temps atorch la lo dit missatger axi que la<;a su 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANaDA 301 

dencial le daba poderes para firmar treguas, lo más largas que ser pu- 
diese y procurando conservar la esencia del convenio, que se creía res- 
cindido; y, sobre todo, se le encargaba inquirir la verdad de los con- 
tinuados rumores de paz entre Castilla y Granada y de ser cierto el 
heciio las condiciones en que se había hecho. 

La denuncia del tratado de 1301 vino como se temía: Bosquet vol- 
vió en marzo de 1303 sin haber obtenido más que una tregua de un 
año sin cláusula alguna militar ofensiva ni defensiva y no tan exten- 
sas las referentes al comercio como las del tratado de 16 de mayo 
de 1296; he aquí la traducción "contemporánea (1), cuyo original árabe 
no es conocido: 

En nom de deu lo piados el piadant pregaries de deu sobre 
Mohamet e sa gent. Es assaber a tots aquelis qui aquesta carta per- 
vendra quel emperador Abdalla Mohamet Rey de Granada e de Mo- 



punya que sia com a maior temps puga endrei;ar. En axi empero que 
la substancia del fet nos mudas sino tan solament lo temps. E si per 
aventura lo dit Rey de Granada volia res mudar en la substancia del 
fet no enaritas mes lo dit Ja. Mas di.\es e fees ab aquell Rey que aquell 
mudament li fees saber per son missatge que tramases al Rey darago 
ab aquest ensemps qui sen vengues ab ell ensenis que ell res mudar 
noy gosaria. F, si la pau no volia perdurable segons que dit es ne a cert 
temps e volia treves aver ab lo Rey darago preses les e les donas e 
com a maior temps pusca faen son poder en bona manera sens que no 
parega que hom ne sia cuj'tat que pau o treva sia entre elis. 

It. pot mostrar aquests capitols an Bn. de Sarria e demanar lo de 
conseyl per í;o com sap molt en los affers daquelles parts. 

It si per aventura lo Rey de Granada no li trametia carta de guiat 
ge tornas sen. E sia que vaia al Rey de Granada o no sia euros de ha 
ber certinitat de la pau e de les treves que son fetes entrel rey de Gra- 
nada e don Ferrando de Castella e de les altres novelles daquelles 
parts. (Reg. 3U, f. 87 v.). 

(1) Sobre estas traducciones contemporáneas hau lanzado su excomu- 
nión arabistas tan ilustres como Sacy, Renaud y Amari, llegando hasta 
decir este último que «el divario non accadea soltanto nei preambolie nelle 
frasi, che poco monterebbe, raa si nei patti» y que «tradiscono sovente ¡1 
testo» (*). Creo que Amari fué injusto con esas traducciones, pues por más 
que con frecuencia en los preámbulos y las frases formularias de que están 
llenos los árabes, no concuerdan original y traducción latina ó romanceada, 
de eso á decir que traicionan el texto eu los pactos hay un abismo que el 
acusador mismo inventó. El argumento de Mas Latrie (**) contra esa apre- 

(*) 1 diploma arabi del R. Archivio florentino.— Fireuze 18G3, prefa- 
zione V. 

(**) Traites de paix et de commerce et documents divers concernant les 
relations des chetiens a^ ec les árabes de l'Afrique .=ieptentrionale au moyen 
age — Paris 1866, prefaceVl. 



302 A. GIMÉNEZ SOLER 

lecha e de Almería e de Aljecira de Alhadre e de Ronda e de Guadiex 
e de lurs termens e emperador deis moros lili del emperador deis mo- 
ros lili de emperador deis moros benna<;ar. Con vench a nos Jacme 
bosquet missaiger de part lo rey alt e honrat Rey darai^on ab sa carta 
e ab son privilegi lobert e el seocllat ab son scíícII pendcnt en ques 
conten que es donat poder a ell rcíermar les treves ab nos lo qual 
Jacme pres sobre si a complir les coses per ell. li lenas e prega a nos 
a enviar nostre conseyl si 11 atorgaricm ayo E nos manam a refermar 
a(,-o ab ell a I. any complit quis comptara del primer dia de mar(- pri- 
mer qui ve segons que prega en ac^o Perqué sia regonegut lo guiatge 



elación del arabista la destruye fundamentalmente, ¿se comprende, dice, 
que pudieran existir relaciones mercantiles diarias basadas en una conver- 
sión sinalg-mática, cuyos diferentes textos no concordasen ó estuvieran en 
oposición? Claro está que no y es mAs evidente todavía que de haber iiabido 
ese desacuerdo, como dice Amar! «soventc"', algo se sabría de las negocia- 
ciones que habría producido la superchería; y sin embargo, Amari no cita un 
solo caso en que una de las potencias contratantes protestase del engaño. 
Es más, si en Italia no las halló él, tampoco yo, á pesar de que creo haber 
examinado la mayor parte de los documentos referentes á las relaciones que 
sostuvieron los reyes de Aragón y los príncipes musulmaues de España, 
África y Asia, he visto que nimca discutieron si un Ítem estaba ó no esta- 
ba en el original Árabe ó romanceado: si se estipulaba en otro esto ó algo 
diferente; en la esencia del documento constantemente he notado conformi- 
dad y no por haber comparado el documento musulmán con el cristiano, 
sino porque nunca reclamaron los unos á los otros por estas falsedades. Por 
otra parte, Amari atribuye á esas traducciones uu valor que no tuvieron: 
jamás esos traslados pudieron alegarse como documentos oficiales: á lo que 
los cristianos se obligaban, se consignaba en documento público y solemne 
que se entregaba al musulmán, y las obligaciones del musulmán constaban 
igualmente en documento público y solemne también, y si el intérprete fal- 
seaba un texto el engañado era aquél para quien traducía y no el de la len- 
gua traducida, que se atenía siempre al documento suyo; por tanto cae por 
su base la siiposición de que los intérpretes quisiesen de ese modo favore- 
cer á su nación. 1' aun en el caso de que realmente hubiese divergencias 
esenciales entre una traducción y un original ¿obedecería la divergencia á 
descuido ó á mala fe? El caso único citado por Amari de supresión de todo 
un Ítem ¿no parece más lo primero que lo segundo? ¿Y no podría ser tam- 
bién que esa traducción infiel al parecer no fuera la del texto árabe conoci- 
do sino la de otro presentado para su aprobación en el curso de unas nego- 
ciaciones? 

De lo que debe acusarse á esas traducciones es de ser tan literales que 
frecuentemente se hace muy difícil interpretarlas; pero esto mismo les da 
un valor filológico, que se pretende desconocer, pues lo que no se puede 
negar á los traductores es conocimiento del árabe^ y así estoy firmemente 
convencido de que el glosario de .\mari, que tanto aprovechó Dozy, no se- 
ría tan completo sin la copiosa colección de traducciones que vio y publicó 
á pesar de creer «que tradiscono soventa il testo». 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 303 

en ago a tots xpians darago de part de nos per térra e per mar. E que 
sien lurs mercaders de tot lur lenguatge guiats en transportarse a nos- 
tres terres ab tota lur mercadería menys de fon;a que nols sia feyta 
sino en pagar lur dret lo qual es sabut axi com es estat acostumat e 
que nols sia fet negun embarch ne dan en mar ne en térra. E si neguna 
cosa lur sera teta daQO per neguns de nostres gens 'nos manavem ho 
relevar dello en continent e fer ho empagar be e complidament si a deu 
plau. E per que aquest Jacme bosquet pres en si e atorga a nos per son 
poder quel ha segons ques conten en la carta de la sua missatgeria del 
rey daragon de refermar aquesta pan per mar e per térra e asegurar 
totes nostres gents e estadants de nostra térra e que sia atresi a tots 
los mercaders que ha en nostra térra que puguen transportarse a lurs 
terres guiats ab tota lur mercadería menys de íoríja que nols sia feyta 
en neguna cosa sino en pagar lur dret del sabut e del acostumat e que 
no sia teta a negu de nostres terres forses ne dan en neguna manera. 
E quant que esdevengues res da(;o que sia demanat del adelantat de 
térra de Murcia a satisfer a(;o E si sera a(;o demanat dell e no ho lara 
satisfer que nostres gents puguen penyorar tant com puguen E que se 
preñen aquest juhiy per mar e per térra e refermar aquesta treva 
ab ell al terme damunt dit axi com s^ deu fer ben e cumplidament e se- 
gons que ferma ab nos Jacme damunt dit de part de sa missatgeria be 
e complidament. E sobre nos aíirmarli les dites coses ben e complida- 
mente que sia aqü ben refermat e perqué siensobrecertenitatdaquestes 
coses escrivim en as"0 letra de nostra ma testimonial sobre nos e depuys 
que dona a nos Jacme carta enviada del Rey darago ens dona fe sobre 
a(;o E aío en dia de dijous lo X"" a Rabaj (febrer) de DCCII E sescri- 
vi en aquest kalendari. 

El texto aragonés dice: 

Sepan todos quantos esta carta vieren Como yo Jayme Bosquet mis 
satgero del muyt alto e muyt poderoso seynor Rey daragon per pro- 
curación e per poder á mi dado e atorgado del ditxo seynnor Rey con 
una carta suya abierta e con su segelo colgado do e atorgo e prometo 
de buena fe e sin tot engaynno a vos muyt alto e muyt poderoso seynnor 
Rey de Granada tregua buena e firma e valedera por on ayna complido 
qui comensara lo primero día de mar<;o primero qui tvien por mar e 
por tierra per lo seynnor Rey daragon e por toda la suya tierra e por 
todas las sus gentes. E que todos los vuestros moros mercaderos e 
otros podan andar e estar e mercadeyar con todas sus mercaderías e 
con todas sus cosas salvos e seguros per toda la tierra del seynnor Rey 
daragon e per toda sa mar e per todo lanyno damunt dito. E si alguno 
de la tierra e de la jurisdicción del seynnor Rey daragon fiziere mal 
ho dayno por mar e por tierra a la vuestra tierra ho a las vuestras jen- 
tes qualquíer que sea de part del dit seynnor Rey daragon vos ho 
prometo fazer emendar bien e complidamente sin ninguno detenimien- 
to. Assi seynor con vos sodes tenido per todo laynno sobreditxo de 
tener e de fazer tener a toda la vuestra tierra e a todas las vuestras 
jentes la dita tregua al dito seynnor Rey daragon e a toda su tierra e 



304 A. GIMÉNEZ SOLER 

a todas sus jentes a bona fe e sin todo eny;ayno. E que los mercaderes 
e todas las otras jentes de toda la tierra del seynr.or Rey daraj^on po- 
dan andar e estar c niercadcyar con todas sus mercaderías e con todas 
sus cosas per toda la vuestra tierra e per toda la vuestra mar salvos e 
seguros per todo laynno sotredit-xo pagando todos los dretxos que son 
acostumbrados de pagar en la vuestra tierra de todas sus mercaderías 
assin con los vuestros moros son tenidos de pagar por sus mercaderías 
todos los dretxos que son acostumbrados de pagar en el seynnorio del 
seynnor Rey daragon E si algún de la vostra tierra lio de las vostras 
jentes faziere mal ho danyo qualquier que sea por mar ho por tierra 
en la tierra del seynnor Rey daragon o a sus jentes en todo layno so- 
breditxo que vos los í'agades emendar bien e complidamente sin nin- 
guno detenimiento. Et seynnor porque esta tregua sea mas firma e 
verdadera do vos la carta del seynnor Rey daragon sobreditxa del po- 
der e de la procuración que el mí dio per fazer esta tregua. E escriui 
esta carta desta tregua por mi mano e posu en ela mi segelo. Qui lo 
fetxa en la siutat de Granada XX. V^I andados del mes de febrero en 
laynno de nostre seynnor mil e tresentos e dos (1). 

Jaime Bosquet entregó á la caueillería el original árabe del docu- 
mento anterior, junto con el traslado del que había dado al rey de Gra- 
nada, que concuerda exactamente con el árabe, mas la carta del conve- 
nio sellada con el sello mayor que había dejado en Lorca á Bernardo de 
Sarria (2). Pero esa tregua era sencillamente un puente para pasar de la 
amistad á la guerra ó á la paz general, y, sin embargo, disimularon 
todos aceptando el nuevo orden de cosas, como transición á otro que se 
encargó de negociar Bernardo de Sarria (3). 

Pero por entonces debía celebrar Jaime II una entrevista en Ariza 
-.con el infante D. Enrique y otros ricos-hombres de Castilla y acos- 
tumbrado como estaba á pensar con la cabeza de su consejero, no 
pudo desprenderse de él en ocasión tan crítica y lo retuvo, cometiendo 
la imprudencia de hacerle saber el motivo de ese retraso al rey de 
Granada, el cual, viendo objeto de idénticas solicitudes de parte de los 
castellanos de las que él era á su amigo y aliado, considerando que 
ante todo debía mirar por sí como todo el mundo, declaró á Bernardo de 
Sarria que la paz entre Castilla y Granada era un hecho y que la res- 
ponsabilidad no era suya sino de él, á quien había esperado «meses e 
dies e hores» (4). 



(1) A continuación viene una promesa hecha por el mismo Jaime Bos- 
quet el 28 de febrero do 1302, de que Bernardo de Sarria ó cualquier otro 
Procurador do Murcia enmendara los daños que causaren á los granadinos 
los de Murcia. 

(2) R. 334, {. 88, v. 

(3) R. 834, f. 145. 

(4) Translat de la carta qiiel Rey de Granada ha tramesa an 
Bernat de Sarria.— De nos Servo de Dios Don Mahomat amir amui;le- 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 305 

Lo sucedido, aunque esperado^ causó gran emoción en la coi te ara- 
gonesa por temerse que así como antes aragoneses y granadinos ha- 
bían heclio causa común coutríi castellanos, la hicieran ahora granadi- 
nos y castellanos contra aragoneses, pues en el estado de relaciones de 
Fernando IV y Jaime II no se podía ser á la vez amigo de los dos (1); 
y como se ignoraban las condiciones de la paz con Castilla, se pre- 
guntó al de Granada si á consecuencia de ésta consideraba rota la 
tregua con Aragón. Mohamed, á lo que se ve, habíase mostrado leal 
con su ex aliado y no se había comprometido con el de Castilla á nada 



mín fill de amir amu(,lem¡n poderos per lo poder de Deu. Al Richom 
molt honrat amat e preat leal e vertader don Bernat de Serria Conse- 
11er del noble Rey darago. Deus per son poder lo cresca en honra e 
en be. 

Fem vos saber que veem vostra carta la qual nos envías per Muqe 
Almotavi e vos sabets que nos avem fermada treva per I any ab lo 
noble Rej' darago e tots dies venien a nos vostres caries com nos feyts 
certs de la vostra venguda e nos vos avem sperat tota hora E puys 
nos vos envías carta vostra per Mui;a Almotavi que vos seriats ab nos 
lo dia de Sent Johan de tot en tot. E nos vos speram entro a aquel dia. 
E en aquest de mig lo Rey de Caste'a nos trames moltes vegades mol- 
tes pregaries quens plagues quels seus missatgers venguessen denant- 
nos. E depuys que passa lo dia de aent Johan veien que vos no veniets 
feem manament que si els missatgers del rey de Gástela vulien venir 
denant nos que venguessen e depuis que els saberen que nos plahia 
que venguessen denant nos vengren tost sens tardar. E pregaren nos 
que confermassen pau ab lo Rey de Gástela. E per (;o cor vos no ven- 
guets avem conlermada la pau ab els a honor e profit e exali^ament de 
nos be e cumplidament e a honor e honra de nos e deis moros. E fem 
gracies a Deus per aquests fets que ha cumplits a nostra v-olentat. E 
axi nos no avem colpa en ai^o pus vos avem esperat molts meses e dies 
e hores e encara pus vos no veniets ne hom vostre de recapte aguem 
aqo a confermar que mas devem guardar los fets a nostre prou axi com 
fa cascu. E vos sabets que nos avem confermada treva de I any com- 
plit ab lo noble Rey darago. E nos per i;o cor som ab veritat volem 
cumplir la dita treva per aquel temps si vos v... E si volets que roman- 
ga axi fets nos ho saber per (;o que romanga la dita treva en sa ver- 
tut e per i;o que ais no se esdevenga. Data en Granada II dies á la en- 
trada dagost 

(1) Al. . Rey darago .. Pere de Montagut... les gents an temor que 
agen guerra ab lo Rey de Granada lo qual pensen que ajen perqué a 
feyta pau ab lo Rey de Castella e atressi perqué no si volc veer ab en 
Bn. de Serrian e atressi per que ningún moro de la térra de Granada 
no entra e.i rt gno de Murcia axi com solien jatscsia senyor quels mo- 
ros no an feyt mal en regne de Murcia mas dien que entraran que usan- 
sa es lur que corren ans que la tregua isca tota fora. (Cart. rs.) (IS sep- 
tiembre 1303). 

1906.— 22 



306 A. GIMÉNEZ SOLER 

que supusiera hostilidad contra Jaime 11, á quien continuaba conside- 
rando como amigo aunque no pudiera ayudarle contra sus enemigos. 
Era creencia general iiue pronto los zenetcs invadirían Murcia, mas 
esa creencia resultij injustificada y los moros se mantuvieron tranqui- 
los y no causaron daños á los subditos de Aragón. La más rigurosa 
neutralidad fu6 observada por la corte de la Alhambra, y en prueba 
de ello se licenciaron los siete mil africanos hasta entonces á sueldo de 
Granada y unos pasaron á Marruecos, otros vinieron á servir al rey 
de Aragón y los más se alistaron bajo la bandera de (juzmán el 
Bueno (1). 

Y aunque ni de la fecha en que se firmó la paz con Castilla ni de 
las condiciones en que -se firmó ni de quien la firmó se sabe nada, con- 
ceptúo como muy probable que fuese el mismo D. Alfonso Pérez de 
Guzmán á quien corresponde la gloria de haber hecho entrar en razón 
al monarca de Granada, haciéndole comprender la inutilidad de sus 
esfuerzos para reconquistar Tarifa y las ventajas de no pensar más en 
eso; los documentos aragoneses no lo declaran explícitamente pero 
hablan de su permanencia en Granada en el mes de septiembre como 
de algo que se prolonga en demasía; las condiciones debieron ser el 
reconocimiento mutuo de lo ganado, renunciando por tanto el de Gra- 
nada al recobro de Tarifa, Cazalla, Medina, Veger y Alcalá y el de 
Castilla á Quesada, Alcaudete, Bedmar, Locovin y Arenas (2). 

La retirada de los zenetes se interpretó en Arag in como señal de 
disgusto ¡lor la paz ajustada con Castilla y el haber venido algunos á 
servir á Jaime II dio pábulo al rumor (3), que los hechos demostraron 



(1) Al .. Rey darago... Bcrnat de Sarria... Sapia la voslra altea 
quel die que aquesta letra fo teta vench 1 moro del Arayí; de Crivillen 
de Granada e compta que Alfonso Peri? de Guarnan era encara en 
Granada que sperava M jenets quel Rey de Granada )i avia a deliurar 
aten a donar comiat be a VII mil jenets e els uns sen van en Gástela e 
altres al Rey Abenjacob e altres ne volen venir a vos. Esters es cert 
segons que aquest compta que dit Rey de Granada a trames a dir e 
manar a tots los lochs de la frontera que tenguen la treva entrodaci a 
jener axi que nengun mal no conserten que nuil hom faga a la vostra 
térra entro per tot aquell temps E per <jo cor encara no he hauda res- 
posta del dit Rey de Granada del fet de la treva per carta sua jasia go 
que lin aia moltes vegades escrit yo da(;o en Elche tramet hi I moro 
per aquesta raho... Scrita en Elche X dies de setembre (1303.) (Cartas 
reales). 

(2) El de Granada no reclamó nunca más esas plazas: el de Castilla ex- 
cluyó más tarde de los dominios de Mohamed III. «Quesada con sus térmi- 
nos e sus pertenencias; Bebmar con el val e los lugares suyos; Alcau- 
dete, Locovin e Arenas... que fueron nnestros » 

(3) Encara que compta per cert que Nalfonso Pereg de Gui,man 
sempara (?) lo castel de Muía e que seu deu venir a Aleara^, per fer mal 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 307 

no tener fundamento alguno; á la pregunta de Sarria si por virtud de 
la paz con Castilla se consideraba rota la tregua con Aragón, contestó 
el alguacir Aziz Adeni que no era lo uno consecuencia de lo otro y que 
podía Mohamed ser amigo de los dos; en efecto, se guardó escrupulo- 
samente por ambas partes, pero el disgusto de Jaime II fué inmenso y 
muy ofendido cuando de Granada le preguntaron si él á su vez guarda- 
ría la tregua contestó airadamente, suprimiendo toda expresión de 
afecto, que «nos ni la casa de Aragón nunca minguamos tregua nin 
postura que oviesemos con algún rey ni con otro cualquiera» (1) y exi- 
gió que al espirar sino era deseo del granadino renovarla se le avisara 
antes según uso y costumbre; en el mismo tono se expresó Mohamed 
«que no daríamos en esta ra(;on aventaja a vos nin á otro rey ninguno 
que en el mundo sea» (2). 



a aquest regne. Encara comta lo dit Muqa que alguns richs homens e 
cavallers del Rey de Granada eren molt despagats de les covinences 
que el dit Rey avia ab los castellans e an me trames a dir que si vos 
los auriets mester a vostre serviy quels puxets aver e son de .CCL. á 
CCC. jenets. (8 agosto 1B03). 

(1) R. 334, f. 148. 

(2) Al noble e onrrado Don Jayme por la gracia de Dios Rey de 
Aragón de Valencia de Murcia e de Cerdena e de corcega e Conde 
de Barcelona de Nos don Mohamed Aben Na^r por la gracia de Dios 
Rey de Granada de Malaga de Almaria de Algecira de Ronda de Gua- 
díex e Amyr Almuslemin fijo de Amyr Almu(,iemir nieto de Amyr 
Almu(;lemin Salut como a Rey aquifasemos saber que abiniemos Nos 
siempre muy bien en todos nuestros fechos e abernemos cab adelante 
fiamos por la merced de Dios, vimos vuestra carta que nos enbiastes e 
entendimos muy bien todo quanto nos enbiastes desir a lo que nos en- 
biastes desir que vos dixiera don Bernait de Serrian quel enbiaramos 
desir si era vuestra voluntad de tener la tregua que aviades com nos. 
E que nos respondiedes que vos nin la cassa de Aragón nunca men- 
guarades tregua nin postura que oviessedes con ningún Rey ni con 
otro alguno que oviessedes postura alguna Rey á esto vos decimos que 
no dariamos en esta ragon aventaja a vos nin a otro Rey ninguno que 
en el mundo sea. Otrossi a lo que nos enbiastes desir que vos fii;ieron 
entender que passada esta tregua que queríamos aver guerra con vos 
e que vos lo fi(;iessemos ante saber como era cosa usada por una nues- 
tra carta Rey facemos vos saber que ante que la tregua salga vos lo 
faremos saber qual es la nuestra voluntad e lo que avernos de facjer 
Otrossi sabed que de que nos oviemos nuestro amor e nuestra paQ 
puesta con el Rey don Fernando que esos genetes que se fueron para 
vos que saltean los caminos e rroban e llevan quanto fallan también 
de la tierra del Rey don Fernando como de la nuestra. Porque vos ro- 
gamos Rey assi como nos fiamos de la vuestra verdad e así como nos 
vos enbiastes decir por la vuestra carta que guardariades muy bien la 
tregua e la vuestra verdad quel non querades consentir e que nos la- 



308 A. GIMÉNEZ SOl.líU 

Tengo, bilí cmb.u-go, i)or indudable, (lUc á la paz entre Granada y 
Castilla contribuyeron además del cansancio de ocho años de lucha de 
resultados muy dudosos y el temor de tener fronteros dos Estados 
cristianos, cosa que inquietaba más á los granadinos que el serlo sólo 
de Castilla, la complacencia de Jaime II con el Sultán, enemigo de los 
alahmarcs, aunque solapado, como ellos lo eran del sultán y de los 
suyos. 

Jaime II, continuando la política de sus tres inmediatos antecesores, 
no liabía roto sus relaciones do amistad con Aben Jacob y solo después 
de la toma de Tarifa las lialu'a interrumpido por la situación en que 
lialM'aii quedado aquel y Sancho IV; pero muerto éste y declarado 
el de Aragón enemigo de su hijo, creyó que la enemiga que los dos 
sentían hacia Fernando IV sería un vínculo que los uniera y envió al 
África con el pretexto de pedir la libertad de algunos mercaderes cau- 
tivos y en realidad á tantear el ánimo del sultán al caballero Pedro 
Torroella (1). Vino de África con la respuesta otro cristiano, Francisco 
den Clergue, quien en nombre del Sultán y sin duda por los ofreci- 
mientos de Torroella, pidió una escuadra para combatir á los enemi- 
gos musulmanes del emperador; pero no siendo esto lo que Jaime II 
se proponía, se le negó el solicitado auxilio por acercarse el invierno, 
(la carta lleva fecha de 9 de julio) durante el cual seríanle las naves 
de muy escaso provecho y por no haber todavía entre las dos potencias 
tratado alguno de amistad (2); considerando sin duda que si las galeras 
que solicitó en lo más riguroso del verano se le habían negado por 
miedo al invierno, se le concederían si las solicitaba en la estación 
contraria, hizo en Diciembre de aquel mismo año la misma petición y 
también fué su demanda rechazada, si bien no se apeló á razones de 
tiempo sino sencillamente á la de no existir entre el que pedía y el que 
debía dar tratado alguno que autorizara al primero para exigir y al 
otro le obligara á satisfacer la exigencia (3); sin embargo la respuesta 
esta vez fué más explícita: Jaime II, dispuesto á entrar en tratos, se 
ofrecía á recibir embajadores, si Abenjacob los enviaba, y á buscar 
términos de avenencia sobre aquel y otros puntos, que no podrían tra- 
tarse por carta, que á veces no van á manos de aquel á quien se en- 
vían y alardeando de independencia hizo saber al marroquí la termi- 
nación de las cuestiones entre Koma, Aragón y Carlos de Anjou, pon- 



gades tornar todo lo nuestro e si non lo al non seria tregua. Dada en 
Granada trece dias de octubre era mil e tre(;ientos e XL e un anos. 
Don Mahomad Alcayd maior de la cavalleria de los cavalleros del Rey 
e su escrivan la mandó faser por su mandado. - Vo Mahomad. 

(1) 2(; marzo \t.th R. 25-2, f. 11, 

(2) El Sitio de Almería en 1309, í. 77. 

(3) R. 252, f 120. 



La CORO^ÍA pe ARAGÓN Y GPANADA 300 

derando así de modo indirecto los beneficios que de su alianza repor- 
taría el que la disfrutara. 

Siguió á esto un nuevo período de suspensión de relaciones. Jai- 
me II había emprendido sus viajes á Italia y la conquista de Murcia; 
Abenjacob se había puesto delante de Tremecén, dando principio al 
famoso sitio que por su duración se llamó el largo sitio; pero en 1301, 
en la época misma en que empezaban á ser más insistentes los rumo- 
res de paz entre Castilla y Granada, Jaime II, siempre con el mismo 
pretesto de reclamar la libertad de mercaderes subditos suyos cauti- 
vos en Jlarruecos envió á Bonanat (^alom, cuyo hermano Domingo esta- 
ba preso en las partes del Magi-eb. Qalom, como den Clergue y Torroe- 
11a, expresó A Jaime II la buena voluntad del emperador hacia él y co- 
mo las veces anteriores insistió Jaime II en que no era menos su buena 
voluntad hacia el emperador, y que «le plazeria e le plazera que aqües- 
tes cosas sean entre nos e vengan e sean en acabamiento» (1); no po- 
día decir más claramente que deseaba llegar á una inteligencia con él 
y esta vez parece haber entendido el sultán, lo que tantas veces se le 
había dicho: de su parte vinieron, ya no un mercader, sino dos perso- 
najes de viso, Bernardo Seguí, alcaide de los caballeros catalanes al 
servicio del imperio y Mahomad ben Alcamed, intérprete de la corte, 
los cuales pidieron cuatro galeras y trescientos ó cuatrocientos caballe- 
ros, cincuenta armados de ballesta, ofreciendo por las naves lo que se 
le pidiera y para los hombres caballos, tiendas y el sueldo de costum- 
bre (2); sus otrecimieutos se reducían á eso á pagar lo que se le diera, 



ü) R 252, f. 120. 

(2) Suprascriptio. Al Rey maior e ciar e honrat e triat e alt e nome- 
nat ab bon sen e ab bon consell e ben fortunat e de bona natura e que 

guardares de trebayl. E qui es hom de créenla don Jayme Rey de 

Arago de Cerdenya e de Kartagenia e de tota lencontrada que deus 
li don tot (,-0 que demana a deu deus lexalt; en tota res que vulle per la 
benedicció de beneyt deus En nom de deu qui done be en vida e per- 
done ais mdrts e perdone a Mahomet c a tots sos amichs e a tots sos 
parents e a sos companyons. del servicial de deu Juceph Rey deis 
serrayns ñil de rey de sarrayns abenjacop fiU deu abdolhac deus 
li don fon;a e poder sobréis serrayns e li ajut mantinent. Al Rey molt 
honrat e ciar e franch e triat entréis xpians e excelent e agraciat de 
les gens e nomenat per tota la térra e sabent e saví e ben aventurat 
e de bona natura e que guarda sas gens de trebayl e de mal Don 
Jayme Rey daragon e de cerdenya e de kartagenia e de tota laltre 
encontrada deus li don <;o que desitja la sua voluntat e par se lo be 
seu maior e la sua bona voluntat. Apres ab la gracia de deu qui per- 
done a Mahomet maior missatge de deu e a tots los seus amichs e 
ais sarrayns qui son passats ab ells qui eren maiors quels altres sa- 
rrayns que nos avem scrit aquesta carta que deus don a tu bon cónsell 
e ques paregue la tua bona voluntat de bona amor e de bona amistat 



3l0 A. gimií;nfz solrr 

más al favor no correspondía con otro, al nienos por escrito, por lo 
cual y por no saber si el rey de Granada vendría en ello, despidió á Seguí 
para que trasmitiera su respuesta al sultAn y retuvo al moro henalca- 
med para que acompañase al embajador aragonés vcuando llegase <il 
caso de enviarlo (1). 



del loch on ara estam qui ha nom Trimicem la nova deu la guart de 
mal e aia la gracia de deus molta ab que la pusca aver ab gracia de 
deus molta En apres deus don a tu lo teu desig e fcm te a saber que 
avem reebut la tua carta bona e honrada e havemla legida entre nos- 
tres mans c sabem nos per la carta la tua sana volentat axi com nos 

avem bona voluntat maior vegades axi com a companyo segons 

que sapies tu aci e la E as en la carta algunes paraules de domingo 

cel olm e demanast aquell quel te lexasem. E toi avo tingues per feyt 
per amor de tu e per amar la tua bona voluntat e la tua bona fe e 
quant te plau la nostra companyia bona e sera bona a totz temps e ja- 
mes no sera tayllada axi com entre bons amichs e sera mils tenguda a 
tu e yo darte tot <;o que tum demans E tramet te aqüestes paraules per 
bon servicial nostre Abolahabci; lili del chamet turgiman e son com- 
panyo lo noble e amat Bn. segui deus los guart de mal abdos per affer 
aquesta resposta e cumplir la tua voluntat. E quens trametets I deis 
teus cabdals ab. CCC. o ab. CCCC cavallers e quens sien les. L. ba- 
llesiers aparellats ab ses armes e no ab ais E nos donar los em lur sou 
e bons cavalls e tendes e tot lals que obs aien e en ... de tot be. En 

cara mes que nos los guardarem de dan axi a aquells qui son pro- 

priament en amor ab lo Rey. E que faces manament.. .. trameses IIU 

galees armades qui sien ab les nostres galees e nos pagarem la 

messio daquelles galees axi com tu volras.. .. et nos ab los cavallers 
lonrat cavaller lo bon quen es hom de fe e de créenla que preña la- 
ver.... per lonrat cavaller bn. segui e per lo servicial fill del chemet 
turgiman a qui ja avem dit nostres paraules sobre aquest feyt e creet 

los de la quantitat del aver e son C mille diners corren entre nos 

[que valen D (V) sueldos jach ] e val la I. X dmers [que valen XII 

jachs] (*j E quant tornara Albert enviarem a tu aytals paraules 

que serán de tot be a nos si deus ovol en guisa que seras pagat de la 
ajuda ab quet poras ajudar. ... aquells qui venen contra tu qui son de 
vostra lig segons quet dirán los missatgers nostres habolahabcQ e lon- 
rat cavaller en Bn. Segui si deus o vol. E si vols res en tota la nostra 
térra demana e trametrem al teu E vingue almirall en les lili ga- 
lees sit plau Bartho orses qui he bon hom e fiel E aquesta vila sobre 

que .. . e a^o sabrás per les nostres missatgers si deus o vol. E deussia 
beneyt que vos don tot be e la sua gracia e la sua bona amor pera tu 
E fo escrita aquesta letra. V. dies de jumehet el derrer en lany de 
DCC e I. A(;o fo escrit el dit kalendari (sobrepuesto se lee: qui sunt 
III menses et V dies lapsi). (15 febrero, 1.301, no existe en el Archivo de la 
Corona de Aragón el original árabe). 
(1) Dic. 14 de 1301. R. 334, f. 44, v. 

(*) Estas dos equivalencias están sobrepuestas, pero de la misma letra. 



LA COKONA DE ARAGÓN V GRANADA 3tl 

La consulta al granadino por el Rey de Aragón lo supone sabedor 
de la poca simpatía que se tenían andaluces y africanos; y tanto no 
debía igrnorar Jaime II esa poca simpatía, que ai comunicar á Moha- 
med III los propósitos de Abenjacob ponderó las ventajas que la unión 
de los tres traería á la causa común y aun así se mostró dispuesto á 
someterse á la voluntad de su aliado (1); también Don Alfonso de la 
Cerda, como Jaime II amigo en otro tiempo del sultán, creyó conve- 
niente á sus intereses entenderse con él y consultó al Rey de Aragón 
si esto «plazeria al Rey de Granada», y como él iba á Granada se le 
contestó que él mismo lo preguntase, pero sin hacer nada sin previo 
conocimiento de aquel (2); que no era del agrado de Mohamed aquella 
unión lo probó su respuesta fría y ceremoniosa aunque satisfactoria. 
«El otrosí á lo que nos enbiastes decir que el Rey Aboyacob que vos 
enbio sus mandaderos que vos e el e nos fuésemos amigos e que nos 
ayudemos unos a otros contra los nuestros enemigos de Castilla Rey 
loado sea adiós nos muy bien estamos con el Rey Aboyacob e él por 
la su nobleza e la su mesura nos ba enbiado prometer muclio bien e 
mucha ayuda» (3), sorteando así la cuestión y no declarándose en pro 
ni en contra de aquella triple alianza, que Jaime II lo proponía; insis- 
tió éste diciendo que pensaba enviar allá á su consejero Bernardo de 



(1) Al... . Rey de Granada ... Don Jayme Rey de Aragón 

Rey fazemos vos saber quel Rey Abenjacob nos a enbiado at^ora sus 
mandaderos en razón que quiere haver con nos amor e paz et que sea- 
mos amigos et el! e vos e nos seamos unos e nos ayudemos nos a ell 
contra los moros qui son dallent mar qui han guerra con ell. Et ell a 
nos contra los xanos qui han guerra con nos. Et somos cierto que pues 
el dito Rey e vos e nos seamos ensemble los enemigos nuestros end se- 
rán crebantados e nos dubdaran mas e nos temerán assi como que por 
nos todos tres serán dampnilicados en lures gentes en lures tierras E 
sabet Rey que nuestro talant de fazer hi todo nuestro poder e esfuerzo 
guardando a vos todavía la amor pa? e concordia que avedes con nos 
en las covinencias e posturas que avernos ensemble. Et nos sobre las 
cosas que nos a embiadas a dezir el dito Rey Abenjacob entendemos 
embiar a ell nuestros mandaderos. Et aquello que faran con ell vos lo 
embiaremos dezir. Data Ilerde V idus aprilis anno predicto. (1302, 
R. 334, f. 53). 

(2) R. 331,t. 52. 

(3) A lo que nos enviastes desir que vos ficiessemos saber si plase- 
ria al Rej' de Granada que vos enviassedes vuestro mandado al Rey 
Abenjacob vos respondemos que vos que ides alia a ell lo podredes 
meior saber que nos no enviaremos el dito Rey Abeniacob nuestros 
mandaderos que ante no lo ficiessemos saber al dito Rey de Granada 
ni fariamos cosa que fuese contra las convinencias que aviemos con 
el Rey de Granada su padre e avemos con él. (6 Mayo 1302) R. 334, 
f. 57. 



312 A. GIMÉNEZ SOLER 

SaiTÍá y otra voz insistió Moh.arued cu afirmar su amistad con Aben Ja- 
cob, pero sin declarar su opinión favorabla ó adversa á la inteligencia 
aragonesa marroquí (1) La designación de Sarria indicaba el interés 
()ue el rey de Aragón tenía en aquella empresa, pero aunque todo se 
dispuso para esta embajada y liasta se registraron las instrucciones (2) 
la embajada no salió de España y las cosas quedaron como antes. 

Hallábase Jaime II apuradísimo por la paz entre Castilla y Gra- 
nada cuando se le presentaron sin previo aviso Hernardo Seguí y 
Mahomad Aljayat, también intérprete como Abulabás ben Alcamed, 
con una carta de Abenjacob sumamente hábil en la que pedía un 
cuerpo de caballeros aragoneses, diciendo preferirlos á los castellanos, 
que le había ofrecido Fernando IV, mandados por el infante Don Pe- 
dro (3); no reparó ahora el rey de Aragón en si había ó no había en- 



(1) 15 de Mayo de 1302. 

(2j Viemos vuestra carta que nos enbiastes en que nos enbiastes 
decir de la rr.andaderia del Rey Aboyacob e de como quederes enbiar 
alia el vuertro leal consejero Don Bernalt de Sarria. A esto vos debi- 
mos que nos plaQC muj' de coraron del bien e del amor que vos oviese- 
des con el Rey Aboyacob que asi vos facemos saber que nos que estamos 
con el muy bien loado sea adiós e que nos a enbiado prometer mucho 
bienemrcha ayuda contra los nuestros enemigos e vuestros e que 
avemos He enbiado nuestros mensajeros. (21 Mayo 1302). 

(3) En nom de deu lo piados lo poderos de piatat. Deus aia remem- 
bran(;a del senyor nostra Mahomat e de salvament e pacificament. Del 
seru de Deu Jui;afr emperador deis serrayns till del emperador deis 
serrayns Jacob ñll de Abdallac lo qual deus esfor»; de sa mantinenga e 
sa defensio e sostenga ab son ayutori. Al Rey lo major e pus honrat 
lo pus espert lo pus ferm e pus segur lo pus diligent lo pus complidor 
lo pus savi lasenyalat el manifest don Jacme fill del Rey lo major el 
pus honrat el pus diligent lasenyalat lo pus manifest lo pus espert lo 
pus ferm e pus segur lo pus complidor don Pedro Rey daragon al qual 
Deus endreg a tots bons enteniments que eyl vuylla los seus tracta- 
ments e faga proseguir a tot go ques conve á bones cogitacions lo seu 
fet el seu desfet. E apres lohar deu e remembrar del senyor nostre Ma- 
homet ciar e seré profeta deyl e la gracia de sos companyons los ase- 
yaiats los sacerdots del guiament e del adregament e continuar la 
preguera per aquest alt estament en mantenen aquell per poderosa 
delensio e per alta conquesta. Acer tes nos escrivim les presents a vos 
de la nostra presencia e de la nostra cort benaventurada en telimcem 
la nova la qual deus guart e no es altre noveyl si les bens abundans 
per la merce e la gracia de deu a la conquesta persiguent. a deu ne 
sien moltes gracies e moltes loors e la vostra part esguardada ab hon- 
rament e conservacio de amigtat e es sabut go que a de poder lo qual 
basta e consegueix a fi deu faga proseguir e durar daquestes coses go 
quen sia a plahcr deyl. Ara deu endreg lo vostres conseyls es cert que 
alguns dies son pasats que us escrivim en raon deis cavallers quens 



1 



LA COROMA de ARAGÓN Y GRANADA 3l3 

tre él y Abenjacob tratado de Alianza y diez días después de recibida 
la carta y los embajadores marchó al África un hermano de Bernardo 
Seguí A decir al sultán que su demanda sería satisfecha (1) inmediata- 
mente; la recluta fué autorizada (2) y en marzo salía la expedición, 
que acaudillaban Bernardo Seguí como capitán y Francisco Despí 
como representante del Rey (3). 

Todas las condiciones de ayuda de costa á los caballeros, de pag'o 
de cierta suma por las galeras, de libertad de comercio, de libertad á 
los cautivos, de préstamo de cincuenta mil doblas sobro una corona y 
la declaracióa de neutriilidad de Aragón si Abenjacob tenía guerra 
con Túnez ó Granada, que llevaba encargo de exigir Sarria, se retira- 
ron ahora, quedando sólo la de dar libertad á los cautivos y no como 



deguessen venir deles vostres partides per co cor sen endregaria entre 
nos e vos bona paria e bona conservacio damii;tat e esdevenchse que 
en aquella sao nons foren trameses alguns daquells cavallers car deu 
no ho volt. E ara vengueren a nos missatgers del rey de Castella per 
affers de pau e de endre^ament entre nos e eyl entre les quals coses nos 
trames a dir quens enviaría son frare ab gran companya e bona axi 
com se deu pertanyer al seu honrat afer e lee. E vos sots pus prop a 
nos que aqueyls de Castella e avem vist en nostre conseyl que pus 
covinent e pus raonablc cosa es que sia aquella companya de les vos- 
tres partides per tal car vos sodes nostre vey e los atters els tracta- 
ments se proseguirán entre nos en acarrerament e endre<;ament de 
profit. E trametem vos en aquesta rao lalcayt e honrat en bn. seguin 
e el servidor turcimam Mahomet Aljayat queus diguen (;o que nos los 
avem comanat e dit en rao del trametre a nos la companya damuntdi- 
ta ab arnés e aparelyament complit e aci envers nos son los benifets e 
les gracies e les gentilees e reebets (;o que us dirán de nostra part 
creen aquels e trametets los que sen tornen a nos al pus breu que ferse 
pusca ab lajuda de deu e deus endre? en ser coniplits tot los bons en- 
teniments cus faca proseguir go en que sia lo profit complit e entegre. 
E en aqueles partides es I home catiu e es nabot de 1 home qui es de 
bona vida e es apellat Abul Janyari e es y eyl e sa mare e son fill lo 
qual lo nostre catiu Alfonsso Pérez lo qual estava en tariff lo tray ell 
pres en 1 leny que partí daljacira luego de la treva e lo demunt dit ho- 
me en espanya pres lo Alfonsso Pérez e trames lo al seu batUe a 

Mayorca. Els nostres precs son que manets que sia deliurat eyl e sa 
mare e son fill quan serán acabades e fetes per vos en aqüestes parti- 
des de majors coses en qo que sia vostra volentat. E nos avem dit ais 
dits alcayt e turciman qo queus dirán en aquesta raon e sino car es na- 
bot dun home de bona vida nons entremeterem quen parlasseus. 

(1) n. 3b4, f. 64. 

(2) R. 334, f. 171. 

(3j El Sillo de Almería en 1309, pág. 79. 



314 A. GIMÉNEZ SOLER 

exigencia sino como ruego (l\ procurándose ante todo dar satisfacción 
al marroquí, en rjuien se pensaba tener un aliado si Mohamcd, im-liním- 
dose m;'i3 á Castilla, rompía las hostilidades por la parte de Mur- 
cia (2). 

El emperador, por su parto, mostró inmenso regocijo al recibir la 
compañía^ como si aquellos cuarenta caballeros, que no eran niAs, le 
aseguraran la victoria contra todos sus enemigos; síilió á recibirlos le- 
jos del campamento y los acomiiañó hasta él, haciendo preceder A la 
suya la enseña del rey de Aragón sin hacer caso de las advertencias de 
algunos de su séquito; entregó las diez mil doblas prometidas y pro- 
metió tanto, además (¡ue el embajador se satisfacía con solo se cum- 
pliera una de cada diez promesas. Pero su política tendía, setiún todos 
los indicios, á mantener en la península la guerra entre aragoneses y 
granadinos de una parte y castellanos de la otra; por esto, al decir del 
embajador, le disgustó sobremanera que se tratase de paz entre los 
cristianos y de que el de Granada se hubiese desavenido con el de 
Aragón; para impedir lo primero se ofreció á valer á Jaime II con to- 
das sus fuerzas, diciendo que no quería que recurriera á nadie sino á 
él y para lo segundo envió á decir á Mohamed, por quién mostró un 
soberano desprecio, que sino se avenía inmediatamiente con su anti - 
guo aliado se preparase á luchar con él (3). Antes y en la contestación 
á la carta, que llevó Arnau Seguí, había hablado de una embajada 
castellana, cuya recepción presenció el enviado aragonés y hallándose 
en guerra Aragón y Castilla lo que dijo al enviado de Fernando IV 
no sería muy satisfactorio para éste, cuando permitió que lo oyese el 
representante de su adversario (4); igual diplomacia siguió con Despí, 



1 



(1) «Caballeros españoles en África y africanos en España». Reoue Bis- 
panique, t. XII, n." 42. 

(2) Regí Maiorice: Scire vos volumus Regem Granate noviter con- 
venisse et pacis federa fecisse ut pro certo didiscimus cum Ínclito Fer- 
dinando qui se dicit Regem Castelle et suspicamur propterca et pansa- 
mus quod dictus Rex Granate una cum dicto FcrJinando contra nos 
guerrilleare velit. Ignorare etiam vos nolumus quod nunc de novo Rex 
abenjacob ad nos suos speciales nuncios cum littcris destinavit qui a 
nobis ut cum ipso rege pacem et amicitiam contrahamus pro parte 
eiusdem petierunt et rogaverunt .... Et quod negocium hoc signiflcare 
per litteras sic diffuse ut convenit non possemus commisimus super 

eo sacrista ¡Maiorice quedam vobis seriosius explicanda... . Data ut 

supra (XI k. sept. 1303.) (R. 334, f. 171 v.). 

(3) El Sitio de Almería en 1903, pág 80. 

(4) El original de esta carta no lo conozco: la traducción contemporá- 
nea dice: 

En nom de deu donador de gracia e del benahuyrat nostre senyor 
Mahomet a deis benaytz saus amichs a banediccio donada daquel 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 315 

con el cual y con los embajadores de Granada que se hallaban en 
su corte trató de que se diesen una tregua por todo el tiempo que 
debían tardar en volver á sus respectivos países y regresar luego 
á Tremecén con nuevas instrucciones, que permitieran buscar un 



ais moros. Nos Abdalla fil de Jucef emperador deis moros fill del Em- 
perador deis moros Jacob fil de Abdolchach ajut nos deus ens do fori^a 
e poder sobre nostres enemichs ab gracia e benediccio de deu Al Rey 
molt alt e molt noble e molt honrat e verdader e complidor de sos pro 
inetiments ab creximent honrador e esser honrat don Jayme fil del 
molt alt e molt noble e molt honrat complidor de sos prometiments ab 
creximent e lo nomenat don Pedro Rey darago que deus sia remem- 
brant deyl e esforc; vos deus en son be e en sa honor fem vos saber 
Rey queus avem escrit a vos en lo benahuyrat loch de Tirimce lo nou 
guardan lo deus ab la sua ajuda com aquest sia loch nostre en que som 
astruch e benaventurat e graciat deus sia membrat deyl a montiplicar- 
lo en tot creximent de be e gracies a deu del be que li ha donat. E be- 
neyga deus a vos e a tot lo be que faretz en aquest mon e nos fem vos 
assaber quens es venguda vostra carta ab vostre missatge Arnau Se- 
guí e comparech denant nos e veem e entesem yo que en la carta era 
e resposta de la carta que vos nos tramesem de la qual aguem gran 
plaer e gran goig e agües nos ement en ella de molt gran be en a(,'o 
par la noblea de la bona naturalea de la alta sanch vostra de dir vos 
de nos tant de be. E avem entes lo gran onrament que fetz a nos e ais 
nostres e aQO vos grahim molt aytant com podem e a(,-o par deis nobles 
fetz vostres e de la noble natura vostra e nos del honrament quens ve 
per vos som aparellatz de grahir a vos e de honor e de conexer e lo 
honrament que vos nos fetz tots temps lo tendrem menbrant en nostre 
cor que nons oblidara. Ans dins nostre cor membrara e crexera la 
amor totz dies. E agües nos ement que son aparellatz dañar los cava- 
llers queus demanam quens voletz trametre e encara nos fets saber 
que avíetz trames a vostre avoncle per raho daquels catius moros que 
el te e sabem que avetz trebayllat per els. E pregam vos que enconti- 
nen que en vostre poder sien quels nos trametatz ab los cavalers quens 
avetz dit quens tremetrez en avo avem vist la vostra notjeaela vostra 
bondat e aqo que vos fetz entenem que fetz per honor e per plaer nos- 
tre. E placiaus que nous enuig si en aqo trebayllatz per nos que nos ho 
prenem en nostre cor en gran plaher e nos estam totz dies en bona es- 
peranza daver a aquels e a(,'o nos plauría mes de huy que de dema. 
Encara Rey vos fem saber quel vostre misatge fo present denant nos 
quant lo missatge del Rey de Castella era denant nos e lo dit missatge 
vostre entes (,-o que nos diguem a aquel missatge de Castella e 90 que 
nos li diguem entenatz vos que tenim en nostre cor ab ferma voluntat 
e axi com nos tenim aqo en nostre cor ferm axi entenem que hi tenitz 
vos fermament tot qo quens trameses a dir. Scrita en Tirimce el nou 
XX dies de la luna pasada del mes doctubre en lany de DCC e III. 



316 A. GIMÉNEZ SOLER 

arreíA'lo definitivo entre los tres (1); pero afortunadamente Mohamed y 
Jaime II desoyeron aquellas excitaciones y consejos y fracasó aquella 
triplo alianza, que no habría sido útil ni al propio Abenjacob, si es 
que al ideal lii creía posible renovar en España las invasiones africa- 
nas. Todo su reinado (24 de febrero de V2Hb-\0 de mayo de 1307) ha- 
bía discurrido, y estaba escrito que discurriría, en una constante «gue- 
rra contra enemigos interiores, que amenazaban la e>istencia de aquel 
imperio, siempre, al parecer, en estado de disolución y nunca disuelto 
y ahora mismo se prep raba una nueva revuelta para cuya represión 
debía declararse impotente Todos los españoles, sin distinción de re- 
ligiones, tenían interés en mantener ese estado de indisciplina anár- 
quica, en que venía viviendo el Magreb, porque á todos convenía que 
no pasaran á España aquellas tribus semi-bárbaras y fanáticas, cuyos 
amos se convertían pronto de auxiliares en señores, y tanto por este 
temor como por el cansancio de una guerra de resultados inciertos 
para todos, se fué afirmando la idea de la paz y quedó virtualmente 
ajustada por el infante Don Juan^ que fué y vino varias veces de Por- 
tugal á Cataluña y de Cataluña .1 Portugal, aunando voluntades y 
preparando las vistas de Ariza, que debían poner fin á la guerra em- 
pezada en 1l'95 y preparar otra que se confiaba había de expulsar de 
España á los mahometanos. 

Y como estas negociaciones eran simultáneas^ y su resultado no 
era seguro que fuese pacífico, aunque todo hacía creer que sí, el rey 
de Aragón no cortó de golpe sus relaciones con Abenjíicob sino que 
les dio largas, aplazando todo para de allí á cuatro meses, durante los 
cuales habrían decidido él y Fernando IV firmar la paz ó continuar la 
guerra, y A fin de no hacerle perder toda esperanza intercaló esa frase 
entre otras de afecto y de amistad en lo presente y en lo futuro, aun 
en el caso de llegar á concordia con sus actuales enemigos. (2) 



¿JJ\ áJiÍ.Iw íÜdU^ ^^.^..Lo J-^j .^SlJvil __;siL-Jl£=> ^Jjt ^XS._J J^ ^ (1) 

(Documento n.° 77) En papel, letra africana muy poco cahgráfica; mny 
maltratado, de modo que no puede leerse íntegro: el párrafo transcrito dice: 
Vuestro referido secretario encontró aquí embajadores del Rey de Gra- 
nada, que Dios guarde, con los cuales se habló delante de él acerca de la 
paz de modo que los hechos todos se encaminen á lograr una situación del 
todo buena y estable y se acordó que haya tregua entre vosotros hasta que 
vuelva de vos este vuestro secretario y se junte aqui con los que vengan 
de Granada. 

(2) Al muy alto don Abdalla fijo de Jucef fijo de Jacob fijo 



LA CORONA PE ARAGÓN Y GRANADA 317 

Las gestiones del infante Don Juan dieron por resultado una tre- 
gua, que debía durar desde junio hasta el 15 de agosto, en lo cual en- 
tró A Granada á petición del de Castilla (1). 

Pero Abeujacob no cejó en su empeño de aislar Castilla y unir de 
nuevo contra ella á granadinos y aragoneses, y aceptando por fuerza 
el plazo de cuatro meses de espera, que el rey de Aragón le liabía 



de Abdelchac. De nos don Jaime etc. fazemos vos assaber que viemos 
e recibiemos la vuestra carta que nos aduxo el fiel escribano nuestro 
FranccQ Despin e entendiemos lo que se contenia en ella E otrossi en- 
tendiemos lo quel dito Francés e Abdelhuahic caballero del honrado 
Alabbev nos dixieron de vuestra parte. E gradecemos muyto a la vues- 
tra nobleza la honra que feziestes a recebir a la nuestra senya e a los 
caballeros que vos enviamos. E ahun vos gradecemos muyto de la 
ayuda que vos nos promctedes de fazer cuentra nuestros enemigos. E 
somos nos ciertos e firmes que estas noblezas e muyto mayores son en 
vos priestes e apareyadas de fazer a nos e ahun a los nuestros honra- 
dos amigos. E por estas razones tenemos nos por muy obligados de fa- 
zer quanto podamos a vuestra honra e a vuestro plazer. E porque nos 
enviastes a dczir que vos enviassemos luego el nuestro mandadero por 
razón que avia de seer agora conousco el mandadero del Rey de Gra- 
nada por endre^ar los feytos cumplidamente e firma sabet Rey que lo 
retoviemos por tal quel rey don Ferrando de Castiella quiera tractar 
pai,- con nos e estamos agora sobre estos tractamientos asin que daqui 
a lili meses deve seer el feyto avenido o destorbado. E qualque cosa 
se fiziere ó se ordenare en aquel íeyto fazer vos lo emos luego assaber 
largamientrc por el nuestro mandadero. Mas sabet con verdat que 
aviendo nos pai; o guerra con el Rey de Castiella somos nos de volun- 
tad firma de aver con vos amor buena e leyal para siempre jamas que 
por fazer nos pac; con uno nuestro enemigo no lexamos ni lexariamos 
de aver amor buena e firma con nuestros amigos ni fué manera ni cos- 
tumbre de la casa de arago maiormientre con tal e tan noble Rey como 
vos sodes. E en el feyto de la pai; del Rey de Granada e ahun en otros 
feytos de que vos agades plazer somos nos de coraron e de voluntad de 
fazer hi por honrra vuestra quanto nos podamos e vos tengades por 

bien Dada en Saraaossa el postrimero día del mes de Abril en el 

anyo de nuestro senyor MCCC e quatro (R. 331, f. 174 v ) 

(1) Al Rey de Granada fasemos vos saber que el Rey don Fe- 
rrando nos fizo saber e nos demando que tenía por bien que vos íuesse- 
des en la treuga que ha puesto con nos fasta a la fiesta de Santa Maria 
mediant Agosto E nos esto tanbien tovimos lo e lo tenemos por bueno 
e dende embiamos nuestro mandado sobre elo al procurador nuestro 
del Reyno de Murcia Qui agora nos ha feyto saber que ha rcí^ebido 
vuestra carta e vos p!a(;e tener la dita treugua mas que nos vos enbias 
sernos nuestra carta hond vos fazemos saber que a nos plaze la dita 

treuga Dada en la ciudad de Qeragoqa II dias a la salida del mes de 

junio anno predicto (1304'. (R. 235, f. 102 v ) 



318 



A GIMÉNEZ SOLER 



dado, se ofreció A mediar entre los antiguos aliados para que otra vez 
fueran amigos, en carta fechada en Tremecén, el '2'.i de junio de 1304 
(18 de Dulcada del año de la hégira 703), que reproduzco A continua- 
ción: 




j-y>\ ^\ ^;^,-0-wJol ^,-~ol ^"JV>. <^\ >>-^ ¿-1 ® 

^j¿^i ,iXXc J.5U. ^y J-i^V\ ¿^^ ^¿v\ f.yu=i ^^,-^v\ J^V^ ¿XU.\ J,\ 

J_¿J1 , jLsJl ^-v3^b ¿LviíJl i)bV\ »3v^ fUjJl íiXo _, ^.-M=ri^ _j v^-iyJl <^\ 

i¿=. Uil ^^1..»^Xj sj^.;oi^\ Lo\,ó^ ^^ (o^* »Ll-j;^=> Ijli ® ,_j-^-^~^ 
Jv^v (»^^ 'J*^ ® ¡..^=.^1^.1 áJJl j_,-Llo \i-ft J,i _« 'r^^^ >^^ ^J^ "*^ 

i^Xjl Jl<,^V\ ^v-0 U-^o U CU^> L> ^ iUUJl _. j,SLJJb\ >j^.,^' v_-ofcJJ.\ ^Jx 

IjiJb .„M <*.^».y ^iJl «iLÓ'l£=» ^\ ^ *J^,.£=.¿ U-¿=> ^f^cr^^ <*-^í^ il^iJl .A^ 



f"- 



^ — V \ V 



U-Xül.,^ V^ rj't^ V ¿ÜjIí^í 



.Lo 



e" í 



^: 



-Uo 






LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 319 

(1) ¿o. 





En el nombre de Dios clemente y misericordioso la bendición de Dios 
sobre nuestro señor Mahoma y sobre los suyos y compañeros y salvación 
cumplida; del siervo de Dios Yusuf, emir de los musulmanes, hijo de Yacub 
ben Abdelhac (ayúdelo Dios con su poder y hágalo durar con su ayuda). Al 
Rey alto, ilustre, honrado, perfecto, famoso y grande Don Jaime Rey de 
Aragón, Dios le abra fel camino de) su fe j' de las gracias (que da) á esta 
señoría honrada y (le dé) su convicción. Y gi acias á Dios la oración bendi- 
ta y completa sobre nuestro señor Mahoma, su enviado honrado y su profe- 
ta escogido y sobre los suyos y sus compañeros, los buenos, los puros, los 
que saben la ley del islam y la via de salvación; y los beneficios de la pre- 
garía (vengan) sobre esta alta senyorla con el poder alto y (otorgúele) vic- 
toria ilustre. Os escrivimos desde nuestra ciudad de Tremecén la nueva... . 
y os hacemos saber que recibimos vuestra carta, en la que nos hicisteis 
saber vuestra conformidad en que en todo se cumpla lo que hay entre los 
dos para que los hechos se encaminen á un bien completo y estable. Y' 
decíais que hablasteis de hacer paz con los reyes de Castilla y de Granada 
y que el afianzamiento de la misma ó su ruina se manifestará dentro de 
cuatro meses; y ya vuestro secretario cuando partió de aquí, os referiría 
todo lo que le dijimos de palabra y vos tomadlo con agrado, que sólo el que 
queráis cumplir con nos merece nuestro reconocimiento. Nos hicisteis saber 
también que no haríais paz con el Rey de Granada si nos no la aceptába- 
mos y á esto vos respondemos que si vos la queréis nos os concordaremos 



(1) Documento árabe niim. 79: en papel sin marca: bieu conservado: 
letra magrebí bien hecha. 380 mms. por 265. 



320 A. GIMÉNEZ SOLER 

con 61 (y liaremos) que cumpla del mejor modo, asi que todos estemos en 
paz completa Ya llegaron aqui los lietiimerines que estaban en vuestra tie- 
rra, los cuales nos hicieron grandes elogios de vos y nos contaron la honra 
que por nuestra causa les otorgasteis y sabed que dejaron sus mujeres 6 
hijos en Granada y queremos que vuelvan allá pnra que regresen do Es- 
paña con sus familias, ya que todos estamos en paz; por lo cual os rogamos 
que al partir no les pongáis obstáculos y que enviéis aquí alguien que esté 
presento en nuestras conferencias con los andaluces y otros hasta que sepan 
todos que estamos en perfecto acuerdo. Y Dios os guie por su camino. Fué 
escrita el 18 de Dulcada del año setecientos tres. (23 .Junio 1301). Se escribió 
en esa época. 

Todavía estaba en camino la carta anterior cuando el sultán hubo 
de escribir otra pidiendo galeras para sitiar Ceuta, que se había su- 
blevado, y cuyo señor, sobre negarse á pagar los tributos de años 
pasados, había corrido la tierra y hasta querido entregar Tremecén la 
nueva á ios enemigos del benimerín; y como éste no tenía marina que 
coadyuvase al sitio que pensaba poner á la ciudad rebelde, envió á 
que la pidieran prestada al rey de Aragón un hermano del alcaide 
catalAn, Arnau, el mismo que fué A Tremecén enviado por Jaime II, 
y un moro do la confianza del sultán (1). 



,_.~XiJ\ «iÜ j.jJiJ' ¿ó\ ^i yió sUli . . . jjjU^.^" . . . ^^ . . . «X-Jl LL-J^£= s'jls (1) 
^..:^Uo ^\s}-^ Oy-^ y ¡,>Jol áo «.^^-:^^^.£= '-0 ^Li ¿ Jo>"9 j.bb \j-Jt J^ 

c (¿iJU^Jl -y^J^^] iXst (j ^jytiJl ^^ ,J~i> >_».U ¿oL-i 5J-U LJ »_o^' <v;l^.w 
« .Loil J-^^\ ^\ .'% La^-vasr. -^ óJL-^ », .'.s^' U.>V|j ,li'^" «, LLÍ.V-.I.. « 



O' ^-'^ 






LA CORONA DE ARAGÓV Y GRANADA 321 

Creía éste fácil empresa hacer entrar en raz<3n al señor de Ceuta, 
que llama él Alhabnec, sobre todo si una escuadra, completando la 
obra del ejército de tierra, impedia la entrada de víveres en la ciudad. 



^\ ¿ CJ^,.^a=>. \M LjiU Vüs^ l^i JLvX^V\ _, L{.sr^ ^j»5o, ^,1 a-^líJI _, 

^o-^jvJb Li ,_J \ |_j ^n-^La.a.1 üj-n-^ íí-ii-jp o ^Lj..>»/^>c Lo ,.!> Lt ,^\ ¡¿1^^=^ t^^ « 

g-v_»^ ^^_^ L^-i-*! ->-^c <) 1(^9 Lo JSi <>JJ\ jil¿) ijjl i_Ui¿.í \M ,, ¿ü,~^,aJJ c ,jJ\ j;_;,^ 
gra.,-) jt ,_%«Jl M L(.-v5 i^jP^J V (__5Xi>- L^^J,^ <, ;_^^ >ji ,1 <>^ _^^J xL^V^ 
LaLkil ^\ a ^ <»^.>ix^ oX)¿ |3 ^o-SLLas _« Ui,_»..^ oíXo LÜ ^, <>^ , L^bLJ ^^^^-i^»-^ 
^^.--^ Ll! ^ ,^.> ^_¿J1 (_^_y"^i ií--^9 i>X)i ^J\ ^_j-a-jo ^\ J¡~^4 JUJl .íJC-^-^ 

^ ^r*'^-^^ (°^.'^*=^ J Crt^^"^ -^■'j^. '^^•^ J^AJüJ LL^íJ\ J.S _4 _^6^L¿:í.1 <)^^1 

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¿L^9_jXJ\ LLo Iji^k'iUs -il ^^-oj J.wiü\ 131 Lo\ _j 1-^- (3 V^'*' o"^i ■** '■•^ J*^ 

i-yUs? g-v^^Jl ^^^ ¿ \Sy^^ '¿^£=^j^ C^^'^ '^* ''^ LolX£=. ¿ lj^£=.> L,j 
> — <.^£=> o ... ,.^1 ^^_j^ ^>^jp j ¿¿.X^..,^ CX^JL.^ ^1 Ji^ v^Jl 13-Jli Lv3j\ «JLa./o .>.A:S^ 

En nombre de dios el piadoso el piedant benediga dios sobre nues- 
tro senyor Mahomat e sobre los suyos con salvación. Del sei vo de dios 
Juceffalamir de los moros fiyo de alamir de los moros Jacob fiyo de 
Abdulhac ature deus su evan(;amiento e aplególo con bien e con su hon- 
rra. Al Rej^ mas verdadero e mas complido e mas nombrado e mas 
francho don Jayme Rey daragon metal dios en voluntat e en alinya- 
miento e abiengalo a la cumunale<;a que gradecemos a dios lalto e la 
oración complida profitosa sobre nuestro senyor Mahomat el honra- 
do el cogido e sobre los suyos e sus companyas los buenos limpios se- 
nyalados en la ley de los moros e en su... e aplegó deus nuestras pre- 
garlas a este captenimiento honrado con su evanvamiento pus nos es- 
crivimos a vos dios vos sia en guarda en los buenos aferes e vos pliege 
a vos al vuestro cuidar de nuestra ciudat la venturosa Tiremce la nova 
deffendata dios con su bendición e con su espacio el mellor e atúrela 

1906.— 23 



322 A. GIMÉNEZ SOLER 

y tal era su confíauza de que no sería ineuester comb.ate para domi- 
narla, que de los cien mil dinares de oro á que subían los tributos 
atrasados, prometía dar al aragonós sólo treinta mil si los cehtis se 



en buena honrra c depucs lagradcximicnto a dios muyto. En esto vos 
alunye a vos e corra en ello vuestros feytos con salvación e al su que- 
ximiento e atinganse en vuestros feytos todos los bienes aquellos que 
nuncha redran e sempre crexan. Pues nos temos vos saber que adelan- 
tamos a vos nuestra carta enante de esta pochos días en feytos que es- 
crivistes vos a nos que vos que no faulariades pai; con lo Rey de Gra- 
nada ne con lo Rey de Castella sacando con nuestro avenimiento 

por razón quels es semblant que ha entre nos e vos de la fermosa pa? 
en todos los aferes e no lo saben aquesto conexer sacando los del bon 
apuntamiento e que saben vuestra bondat E agora por lo que entre 
nos es de la postura en tots los feytos aquelo que ira a todas (^psas en 
bien en los affers passados e en lo qui es por venir íazemos vos saber 
que Alahacnech senyor de Cepta nos es tenido de dar a nos. c. mille 
dineros doro en aquestos anyos passados e era esto deudo de sobrel 
pues quando demande a el aquelo torno a defender los nos e a escusar- 
se con escusav'ion que nol deve esser recebida lo que el propone de sua 
neijidat pues enviemos de nuestro Real e de nuestras hostes de nuestra 
tierra a Cepta que la cercassen la mas fuert cerqua que pogessen por 
tierra e tascassen los de Cepta estruymiento de lures cases en lo que 
en ela avia e en sus logares e que se aturassen déla todos los provey- 
tos e los bienes daquí que torne e los suyos déla todo estruydo e esto 
se pora fer con poder de dios e con su espacio noy aura revel ninguno 
e aquelo que deus quiere no lo puede ninguno redrar. E viemos de 
nuestro conseylo en que mandedes a partida de vuestros baxelos que 
la serquen por mar pues ela no es de fuertes murs porque sera su en- 
tramiento .. en pocho plaoo. E los C mil dineros doro que avemos só- 
brelos quen ayades vos en entrando la a espada los. L mil e los otros. 
L. mil por a nos que aquelo es mas deute de fer por a vos que por a 
nos e es profeyto gran por razón que siempre masche entre mi e vos 
termas amor e buena costumbre e buena alinyo e sera su presa buen 
feyto que quando fuere «.-creada por mar e por tierra sera su... pocho 
que cuando noy entrara bivanda luego es liurado si Deus quisiere pues 
quanto en ela oviere e los suyos de todas cosas vos auredes en elo la 
mayor part E destruyr la emos daqui que noy finque en ela sacan- 
do el muro e tornaran vuestros vaxelos á su lugar salvos e sera a 
nos... senyorio .. vuestro feyto... en aquesto seraus gradexido e guabo. 
E si darán los de Cepta el aver enantes de la entra(;on aveí vos en elo. 
XXX. mille dobles e por a nos. LXX. mille. E esti recapdo e su pro- 
vey to es a vos firme e mas complido que no a lugar ninguno dan fues- 
se a vuestros vaxelos E que di.KÍemos al alcayt Mahomet e a Bernat 
Seguin alabeg hondrel dios lo que ellos vos dirán a complimiento del 
feyto e adrei^amiento délo en que sea vuestra venida con los vaxelos 
espeegadament enante ques desfrie lo feyto mientre es tiempo de na- 
ves pues cando se esfriasse lo íeyto no seria tan grant... que las hos- 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 323 

allanaban á pagaz' aquella suma y cincuenta mil si era preciso em- 
plear la fuerza. Pedía, sobre todo, celeridad en el armamento de las 
naves, á fin de que anclaran delante de Ceuta en el verano, como tiem- 
po más propio para la navegación y hacía esta condición tan esencial 
que sin ella todo lo aplazaba para el verano siguiente, si entonces aun 
no había logrado el ejército de tierra someter la ciudad rebelde. El 
castigo impuesto á los ballesteros ceptis sublevados en Tremecén fué 
eemplarísímo; los cien fueron decapitados, y es de suponer, dadas las 
costumbres de aquellas gentes que sus cabezas se expondrían en al- 
guna muralla^ no era menos ejemplar el castigo reservado á Ceuta^ 
que pensaba el sult;'in arrasar, no dejando más que el muro, saqueando 
las casas y condenando á los habitantes á muerte ó á cautiverio. 

Afortunadamente para los ceptis los pensamientos de Abenjacob 
eran cada vez más irrealizables; el Rey de Aragón lo abandonaba; 
quizá hasta se arrepentía de haber querido tenerlo por aliado; su 
carta del 5 de julio no mereció respuesta y cuando el marroquí envió 
antes del 20 de agosto á Bernardo de Claramunt con la misma solici- 
tud se le respondió de una vez á las dos con frases de muy diferente 
estilo, de las que llenaban las cartas anteriores á la paz con Castilla; 
en cuanto á las galeras pedidas para Ceuta se refería á lo que de pala- 
bra había dicho al embajador, sin hablar de nada de lo que al marro- 
quí tanto importaba y considerando la cuestión como una mera de- 
manda de galeras; «á lo al que nos enbiastes a decir por otra carta 
vuestra que nos presentó Bn. de Claramunt que vos plasia muyto que 
fuésemos amigos vos respondemos que nos piase muyto que seamos 
amigos» y por último, para terminar aquella correspondencia, quo no 
tenía ya razón de ser «queremos que sepades, le dijo, que somos ave- 
nidos e avemos feyta paz nos e el Rey de Castiella. E porque nos pro- 
metiestes de enviar a nos caballeros si paz non ficiesemos con la casa 
de Castilla gradecemos vos lo muyto» (1). Después de esto Abenjacob 
no escribió más á Jaime II. 

La tregua estipulada con Castilla, que debía salir el día de la Virgen 
de Agosto, se prorrogó hasta San Migue!, convirtiéndose al fin en defi- 
nitiva y entrando en ella á petición de Fernando IV, Mohamed III; la 
política española, hasta entonces desviada de su verdadero fin, iba 



tes... la an luego pues mientra tiempo sera dandar en la mar no finque 
por vos que quando el tiempo se corre de la calentura no poriem nos 
complir aquelo de que vos avemos nombrado en nuestra carta daqui á 
otro verano pues lavora renovaremos con vos aquesta firmeza si fincas- 
se Cepta por prender pues liurat aquest feyto e escudiat en accorrer 
en elo segunt que esta carta dize por lo profeyto que ha elo si deus 
quisiere fo scripta el dia (;.agero del mes de la quiayda qui ha. XL. 
dies. 

(1) K. 331, f. 175. 



324 J. BOTET Y SISÓ 

á entrar en el cauce normal, volviendo á unirse los cristianos contra 
los musulmanes, con propósitos do aniquilarlos como leino indepen- 
diente. 

Andrés Giménez Soler. 

(Continuará) 



CARTORAL DE GARLES AANY 



{Continuado) 

92—1035, abril, 7. Plagies CXXIIII á CXX VI. 

Testament de Gelabert de Cruilles, peí que dona á son flll Gansfret 
y á ses filies Dispodia y Adalesa los bens que tenia á vila rabiosas; fa 
varis llegats á St. Miqael y á Santa Eulalia de Cruilles, llega á sa mu- 
Uer Galangars 1' alou anomenat Armentera, situat á Torroella de Flu- 
viá (torrozdla) , destina pera pago de sos deutes son alou de Madre- 
manya (matremania) ó de Buvano ó de Castellar, y posa á sos filis 
sota '1 cuydado de Deu, de Sta. Jlaria, de St. Jliquel y de Gausfrct 
Bernat, son senyor, y Guasfret Audegari, y sota la guarda y poder del 
vescomte Grau, del bisbe Pere, y de Raymond, son senyor. 

— Ademes deis citats en lo precedent resúm, se mencioníin eu lo doc: «valle Ste. Eiilalíe 
de Criidiliis, perdudoSjdesesa, cois, rexago, postéis, villa guilliane, burdilos, Sti. Martiiii 
(juidicunt vctulo, ¡uliano, clerano, brusario>y altres Uochs, deis (juius molts uo 's troban 
en lo «Nomenclátor» deis senyors Alsius y Pujol y qnina correspondencia no 'ns es conc- 
guda. 

93-1035, juliol, 30. Planes CCXVIII y GCXVIIII. 

Donació feta á la iglesia de St. Feliu de Cartellá pels executors tes- 
tamentaris de ?, y per Oldeguer, Geriberta y Ermengardis (cada un 
d' ells de la part que hi tenia), d' una pessa de térra situada en lo terme 
de Cartellá, comtat de Gerona, quines afi'ontacions se detallan. 

94—1035, dezembre, 18. Plana XXVII. 

Venda feta per Hucb, comte d' Empuries, y son fill Pons, á la com- 
tesa Guilla, per dos mil sous, de la abadia de Sta. María de Roses y 
d' un alou situat en los termes de les viles de Castelló y de Roses quines 
afrontacions se detallan y que '1 comte havia beretat de son pare lo 
difunt comte Gausfret. 

— Publicat per Mapca, M. H.. ap. 215. 

95—1036, abril, 2. Plana CCLXXl. 

Donació feta pels executors testamentaris de Duran, A la Sen de 
Gerona, d' una térra qu' aquest tenia en lo terme de Cerviá, comtat de 
Gerona, quinas cabuda y afrontacions se detallan. 



CARTORAL DE GARLES MANY 325 

96-1036, maig, 26. Plana CCLXIII. 

Donació feta á la Seu de Gerona y á sa Canonja per Adaleta, d' un 
alou situat en la vila anomenada espidels de la parroquia de St. Feliu 
de b. (buada?), que li pervenia de son raarit Rainal, y d' un altre alen 
en lo llocli anomenat Pantalcu, de la parroquia de St. Feliu de líuada, 
en lo matex comtat de Gerona, que li havia i)ervingut de son marit 
Sunyer, reservantse en aquest la décima; ab la condició de que ho 
possehesca mentres visca, en beneflci de dita Seu, 1' arxipreste Arnal. 

97-1038, mar?, 17. Planes CQXLVIlIy CCXLVIIII. 

Venda feta pels esposos Guifret, levita, y Sesenanda, y per Vives, 
subdiaca, Bonadona y Ermengardis, á Barone, clergue, per una man- 
cussada y vuyt dinerades d' ordi, d' un alou situat en lo lloch anomenat 
Coroniilla, del terme de Matamors, comtat de Besalú, quines cabuda y 
afrontacions se detallan. 

— Una manciissada y vuyt dinerades d' ordi, equival á dir: (|uant¡tat cP ordid' un valor 
igual 6 equivaleut al valor de uumancús y vuyt diuers. 

98 - 1038, maig, 17. Plana QCLXVIIU. 

Venda feta pels esposos Guillem y Heliars, á Ego, per tres mancusos, 
d'una térra situada en lo termo de 7;íí?-(íí (Raset?), comtat de Gerona, 
quines cabuda y afrontacions se detallan. 

99 -1038, dezembre, 30. Plana QCLXII. 

Venda feta iiels esposos Arnult y Elliardis, á Ego, per tres mancu- 
sos, d' una térra en lo terme de Rared (Rased?), comtat de Gerona, qui- 
nes cabuda y afrontacions se detallan. 

100 - 1039, setembre, 17. Planes QXII á CXI I II. 

Confessió y evacuado en judici, en presencia del jutje Guillem, pro- 
homs, etz., feta per Raymond Gausfret á la Seu de Gerona, del alou 
que, en feu de la Seu y de son bisbe Pere, tenia lo capiscol de dita Seu, 
Pons, en lo lloch anomenat ¿JCito alto del terme de la parroquia de Santa 
Eulalia de Cruilles, comtat de Gerona, quines afrontacions se deta- 
llan; y que Pons proba per testimonis qu' avans qu' ell 1' havían pos- 
sehit consecutivament durant trenta 'anys los capiscols antecessors 
seus Eichiari y Falcó. 

101—1039, dezembre, 27. Plana CCL. 

Donació á la Canonja de la Seu de Gerona, feta pels executors tes- 
tamentaris de Sindret Guillem los sacerdots Gausfret y Raimón, de 
part d' un alou consistent en dos masos y una condamina situats en la 
vila de Corts, comtat de Gerona, cjuines afrontacions detallan; ab la 
condició de que mentres visca lo possehesca 1' arxipreste Arnau, flll 
de Dalmau. 



326 j. noTET Y SISÓ 

102—1039, (lezembre, 27. Planes CCXLIIII y CCXLV. 

— Exactament igual al anterior, Bolzauíciil c|iic ais dos execiitors testnnientiiris n' lii 
anyadeix altre» dos; Bernai bonhom y Aviat. 

103— 1040, juny, 11. Planes CCLXXVllij GCLXXVIII. 

Testaraent d' Adaletii ]jc1 quiu nombra almoyners que distribuhes- 
can los seus bens entre igiessies, sacerdots y pobres. Deixa á la Ca- 
nonja de la Seu los alous seus de Spidcls y de Pantaleu, y un altre en 
lo cointat de Gerona que 11 pertanyía part per compra y part per la 
seva décima eu lo de son marit, ab la condició de que raentres visca 
ho tinga 1' arxipreste Arnal; á la iglesia de Sta. ¡María (Catedral), 
quatre mancusos d' or (un peí cementiri, dos iiels prebei'es y 1' altre 
per la Canoiija); á la Canonja de St. Feliu (Gerona), dos mancusos; 
á St. Pere de Galligans, un mancús y la seva décima del alou de Pan- 
taleu; á se neta ó neljoda (nepta) Sycards, un mas en lo puig de Sant 
Esteve de Bas; A son net ó nebot Adalbert, un alou á Bas y '1 mas de 
Stanyol situat també á Bas; A ses filies (¿d' Adalbert?), y á son nebot 
ó net fill de Mathfreth, 1' alou de Falgars, de Pruit {pvuido) y de Ca- 
llers; á St. Esteve de Bas, un mancús, y un altre adipsa Pitra de ipso 
signo: disposa, finalmente de sos mobles y efectes. 

— Aquesta Adalet, es la matcixa de la donaci6 A la Canonja, doc. ii." \*6. 

104— 1041, agost, G. Planes CCLXIII y CCLXIIII. 

Donació feta á la Seu de Gerona, pels executors testamentaris 
d' Adaleta, de lo qu' aquesta li havía dexat en son testament. 

105-1042, janer, 30. Planes CCCLX y CCCLXI. 

Venda feta per Esteve y Andesind ais esposos Bernat y Gonzalva, 
per vint alnas de lencio, de dos pesses de térra situades A Domeny de- 
vant de la ciutat de Gerona, quines afrontacions se detallan. 

— Alna, milla pera teles y panyos. Végis Ducange, Diccionari. 

106—1042, marg, 11. Plana CCLII. 

Venda feta per Miró Guillém A la Seu de Gerona y al ardiaca Ar- 
nal, per dos mancusos cetinos, á' un alou situat A Corts, comtat de 
Gerona, qu' afronta A solixent ab CornellA; A mitgdía ab Canellas; A 
poneut ab St. Viceuts de Gamos, y á Tramontana ab Matamors, Ma- 
tha y Banyoles. 

— Lo Canellas d' aquest doc. ¿es lo mateix (luc genyala com existcut en lo comtat de Ge- 
rona la escriptura de 1' any 928, u.° 39, d' aquest Index? En cas atirmatiu, aquest Uocli té de 
trobarse prop y á ponent de Corts. 

107— 1046, mar5, 2(1. Planes CCLXVIII y CCLXVIIII. 

Venda feta pels esposos Silvio y Adaledis, A Segari Onofret y Bre- 
mon Ramón, per sis un^es d' or optim de mancusos cetinos et iafarinos 



CAETORAL DE GARLES MANY 327 

et amurinos, tres unges d' or nouo de espanna y dos bons cavalls; d' un 
alou situat ;'i la parroquia de Viladesens, corntat de Gerona, qu' afronta 
á solixent ab lo terme de vila mora ó en lo puigd' Ermomir, á mitgdía 
ab lo terme de Viladesens ó de Locata; á ponent ab 1' alou de St. Esteva 
de Banyoles anomenat lennegat, y á tramontana ab lo terme de Con- 
cherol y '1 vilar de Santia (Sanxa?). 

—Deis Uoclis citats en aquest (loo., conexem solzameut Vilailesens y '1 vehiuat tle Mora, 
situat á solixeQt d' aquella vila. 

Per lo que respecta A les diferentes monedes que 's mencionan, végis la nota qu' hem po- 
sat al doc. n.^ 91. Les unt^es d' or non d' Eapanya no poden fer referencia ais diuars qu' á nom 
deis reys de Castella se bateren á Toledo, ¡mltats de la moneda deis moros, perqué en 
r any 1016 Toledo no s' liavía recol>rat encare pels christians. 

108-1046, juny, 19. Planes CLXXXVI tj CLXXXVII. 

Donació feta á la Canon ja de la Seu de Gerona, pels executors teS' 
tamentaris d' Ermengol Bernat, d' un alou situat en la parroquia do 
Sta. María de Gualta (aqualta), corntat d' Empuries, qu' afrontava á 
solixent ab la mar, á mitgdíe ab V estany anomeuat ciar de bulento y 
ab Fontanilles, á ponent ab Llabiá (Libibijaiio) y Serra, y á tramon- 
tana ab Ullíl y Torroella de Montgrí. 

109-1049, marc, 31. Plana CXLVII. 

Donació á la Seu de Gerona de la capella (ecclesiolam) de Sta. María 
d' Espasens {spasent), ab cementiri y quinze passes de sagrat á son 
voltant, feta pels esposos Raimond Arnal y Eliardis; ab la condició de 
que estiga sots la dependencia de la iglesia de St. Martí d' OUers 
(Olers) y la servesca '1 prebere d' aquesta. S' obligan també á donar 
tots los anys á la Seu de Gerona un parell de ferradures ab sos claus, 
pera cavall ó matxo. 

110-1O51, mar?, 10. Planes LXX y LXXI. 

Concordia entre '1 comte Ramón Berenguer y Pere, bisbe de Ge- 
rona, per la quina aquest posa lo Bisbat de Gerona y sas pertenencies 
sots r amparo y defensa del comte, sens perjudici de la comtesa Erme- 
sendis, y li dona '1 senyoriu de la vila de Sta. María de La Bisbal ab 
la condició do no traspassarlo á ningú y reservantse la iglesia de Santa 
María los delmes, primicies, oblacions, cementiris y sagraris de totes 
les iglesies; tot lo demés que tenien la Caoonja de la Seu y Guibert, 
grainátich; y la seva habitado ab son ediftci. Lo comte promet donar 
al bisbe les toltes y forcies que presten á la iglesia de Gerona los ho- 
mens de La Bisbal, y ferli justicia de les toltes y forcies que puga, y de 
les que no puga ajudarlo y serli valedor. 

— ToltP.a y forcies, eren e.xaccions feudals, abusivas segons Eu Balari y Jovany «OriKcn. 
histórich. de Cat.», pl. 517. 

111—1052, febrcr, 7. Planes CLVl y CLVII. 

Prestado d' homenatge y fldelitat al bisbe Berenguer, per Amat 



328 J. BOTET Y SISÓ 

Vives, fill de Tranguntie, per sa casa y casteU (fortedam) de St. Sa- 
duriii de Salzet. 

112—1052, juliol, 14. Plana QXVIII. 

Donació feta ¡I la Canon ja de la Seu de Gerona pels esposos Sunyer 
y Beleca, d' un mas situat en lo terme de Cruilles, comtat de Gerona, 
quines afrontacions se detallan. 

113—1053, janer, 16. Planes CXLVIxj CXLVII. 

Donació feta pels esposos Ramón Arnal y Eliardis á la Seu de Ge- 
rona, de la iglesia de St. Joan de Vilademuls ab son cemeutiride 
trenta passos al voltant d' ella, en lo comtat de Besalú. 

114—1053, janer, 18. Plana CXLVI. 

Donació feta peí bisbe de Gerona Berenguer á Ramón Arnal, de la 
iglesia de St. Joan de Vilademuls; ab la condició de que aquest s' en- 
comani en les nians del bisbe, li juri feeltat y li prometí ajuda, excepte 
contra '1 comte de Besalú y '1 de Barcelona Ramón, y lo mateix de'^uin 
fer sos hereus y successors ab los del bisbe. 

115-1054, maig, 31. Plana CCLXI. 

Donació feta peí clergue Guitart á la Canonja de la Seu de Gerona, 
de tot V alou que possehia en lo bisbat de Gerona, situat en la parro- 
quia de St. Cugat de Fornells, en la vila de Campdurá {campo tanrani) 
y en la de Viladesens, y de la casa que tenía dintre 'Is murs de la 
ciutat de Gerona sota la torra vescomtal: ab la condició de que '1 
mantinguin, fent ell vida clerical en dita Seu. 

—Es de notar en aquest doc. la circunstancia de consignarshi haver sigut fet en lo chor 

de la Catedral de Gerona, en presencia de la conitesa viuda Ermesendis, de la vescomtesa de 
Gerona anomenada també Ermesendis y d' altres personatges. 

116—1055, agost, 29. Pla7ia Lili. 

Donació feta peí comte Guillém de Besalú al bisbe de Gerona Be- 
renguer, que á petició seva havía consagrat la iglesia de Sta. María 
del CasteU de Besalú, y ab motiu de la visita que 's proposava fer al 
Sant Sepulcro del Senyor, de íots los usatges y albergues que justa ó 
injustament percibía del senyoriu de Báschara y ses dependeneies. 

— Publicat per Marca, M. H., ap. 243; La Esp. Sagr., t. 43, ap. 12; y Monsalvatje «Not. His- 
tóricas.— Besalú' II, ap. 18. 

117-1056, setembre, 2. Planes CCCIII y CCCIIII. 

Donació feta á la Seu de Gerona y á la seva Canonja, pels execu- 
tors testanieutaris de Gausbert d' Arenys, deis delmes, primicies y 
demés qu' aquest tenía en la iglesia de St. Sadunií d' Arenys {Arena), 
en lo comtat d' Empuries. 

—Es Arenys d' Empurdá. 



CARTORAL PE GARLES MAXy 329 

118-1057, marg. 20. Planes CVl y CVII. 

Donado feta per Matfret k sa muller Alana ó Flanna, d' uua térra 
situada en lo lloch anomenat Anglada, del terme de Sta. María de Fon- 
teta [Fontedetá), comtat de Gerona, quines afrontacions se detallan. 

119-1058, abril, 3. Planes CCCL y CCCLl. 

Venda feta per Audebrand al levita Adalbert, per vint y un man- 
cusos de Barcelona, d' un alou situat á Riufret, en la valí de Calong-e 
(Colonico), parroquia de Se. Martí y comtat de Gerona; entre qivines 
afrontacions, qu' especifica, s' hi troba á ponént la del castell de Barre 
{in ipso castro barre). 

120 -Del 1051 al 1058. Planes LXV á LVII. 

Restitució feta al bisbe Berengucr per la comtesa Ermesendis de 
totes les ig'lesies, jurisdiccions, feus, y demés coses pertanyents al bis- 
bat de Gerona, qite 's retenía, pera remey de la seva ánima y de les 
de son marit, filis y parents. Entre altres llochs citats en aquest docu- 
ment, hi figuran: «turrem de Palatio, turrem de pubalo, Sti. Isidori 
cum ipsa pera, eccles. Sti. Felicis de beuda; eccl. de País, Sti. Satur- 
nini de Sauzeto, Sti. Johannis de Fuxano; eccl. de ecclesiis albis, 
Sti. Saturnini de Villafreder, et eccl. cum ipsa fortedaquas Oto macón 
tenuit; Sti. Vincentü de camonos, Sti Martini de rivoluti, Sti. Martini 
de Mota, eccl. de burdils, alodii de monte palatii cum suis pertinenciis 
et cum ipso castello et eccl. Sti. Martini de palatio furgelli, Sti Mar- 
tini de Colonico, ote. Cristine de Arazá, Sti. Felicis de Locustaria, 
Sti. Stephani de Calidis, eccl. montis rotondi, eccl. deacualta, eccl. Li- 
biano, eccl. Parietes rutfini, eccl. villam de asinis, eccl. Ste. Leocadio 
de pradis (Parietis?); et castellum de blanes cum suis pertiuentiis, que 
pertinent adiam dictam Sanctam Mariam; eccl. Viladalmalla, eccl.de 
Filinis, eccl. de Pineda, eccl. de monte foliano, eccl. de Bascanon, 
eccl. Sti. Petri de Laurano, et ipso aver de Angles. 

—La data d' aquesta escriptura, que iio 'n porta, ha d' estar compresa entre el día 1 
d'agost del any 1051, en que morí '1 bisbe de Gerona Perc Roger, predecessor immcdiat de 
Berenfíuer, y '1 día 1 de mar*,- de l'any de la Nativítat 1058, en iiue morí la comtesa Ermesen- 
dis, viuda del comte de Barcelona Ramón Borrell. 

JOAQUIM BOTKT T SiSÓ. 

(Seguirá) 



330 NOTICIAS 



NOTICIAS 



En la sesión celebrada el día 20 de enero, D. Francisco Carreras y 
Candi leyó una noticia histórica del Notariado catalán en la Edad 
Media. En la siguiente, de 3 febrero, D. Juan B. Codina Forraosa, 
presbítero, hizo la descripción y crítica de dos manuscritos catalanes 
del siglo XV, propios de esta Corporación. En sesión de 17 del mismo 
febrero, D. Guillermo de BrocA leyó nuevos datos sobre el origen de la 
ciudad de Reus y dio cuenta del descubrimiento reciente de construc- 
ciones romanas en aquel término municipal. En la celebrada el día 
2 de marzo, D. Antonio Rubio y Lluch disertó acerca la cultura litera- 
ria del rey Pedro III de Cataluña Aragón; y en la del 24 del citado 
marzo, D. Joaquín Riera y Bertrán leyó varios fragmentos de su libro 
inédito, en verso, Breviari deis 7ioys. 



En la sesión del día 17 de febrero fueron nombrados correspondien- 
tes, D. Manuel Alonso Sañudo, en Madrid y D. Antonio Gómez Restre- 
po, en Bogotá (Colombia). 



Se ha i-ecibido la noticia del fallecimiento del general D. Adolfo 
Carrasco Sáiz, correspondiente en Madrid, habiendo esta Academia 
acordado que conste en acta el sentimiento profundo que ha experi- 
mentado por esta dolorosa pérdida. 

Obras recibidas. — La universidad de Tolosa (Francia) ha enviado 
las siguientes: Voyage au purgatoire de Saint Patricie, visions de Tin- 
dal et de Saint Paul, textes languedociens du xv.^ siécle publiés par 
Mrs. A. Jeanroy et A. Vignaux (tome VIII de la l.e serie de la «Bi- 
bliotheque méridionale publiée sous les auspices de la Faculté des 
Lettres de Toulouse)». — Poésies de Guülaume Áder, publiées avec no- 
tice, traduction et notes, I. Lou Gentilome gascoun, par A. Vignaux, 
II. Lou Catounet gascoun^ par A. Jeanroy (tome IX de la l.« serie de 
la «Bibliotehque méñdiona\c») .—B2illetin de V Université de Toulouse, 
fascicules n."' 15 bis, 16 et 17.— Université de Toulouse, Annuaire pouv 
1' année 1903-1904; item pour 1904-1905; ítem pour 1905-1906.— /va^- 
port annuel du Conseil de t Université de Toulouse, années scolaires 
1901-1904, comptes rendus des travaux des facultes et rapports sur les 
concours.— A'evwe des Pyrénées, tome XVII, 1905 (Toulouse, 4 fas- 
cicules). 

La Real Academia de Bélgica ha remitido el Bulletin de la classe 
des lettres et des sciences morales et politiques et de la classe des Beaux 



NOTICIAS 331 

Arts, années 1902, 1903, 190á et ídOb. — Annuaire de V Academie Bo- 
yole des Sciences, des Lettres et des Beaux Arts de Belgique, années 
1903, 1904 et 1905 (Bruxelles, années 69, 70 et 71. e). 

De la Academia rumana se han recibido: Analéle Academiei Roma- 
ne, seria II, tomul XXVII, 1904-1905, Memorile sectiunii literare, Me- 
morile sectiunii istorici, Memorile sectiunii stintiflce, Partea adminis- 
trativa si desbaterile (Bucaresti, 1905). — Academia Romana, Discur- 
suri de receptiune XXVII. Istoriografia Romana si pi'oblemele ei ac 
tuale, discurs rostit la 8 aprilie 1905 in sedinta solemna de Joan Bog:- 
dan cu raspuns de Diraitrie A. Sturdza (Bucaresti, 1905) — L'Activité 
de VAc.ademie Roumaine de 1884 á 1905, trois rapports de Mr. D. A. 
Sturdza, secretaire general. — Finantele Romaniei della regulamentul 
organic pana astazi, 1831-1905, de Th. C. Asían, lucrare premiata de 
«Academia Romana» cu premiul Neuschotz diu 1903 (Bucaresti, 1905). 
— Manastirea si comuna Putna, cu dona apéndice, de Dimitrie Dan 
(Bucaresti, 1905). — Basme Aromane si glosar, de Per. Papahagi (Buca- 
resti. 1905). — Bibliografía Romaneasca vecJie 1508-1830, de Joan Bianu 
si Nerva Ilodos; tomul II, lase. I (1717-1750). Editiunea Academiei Ro- 
mane (Bucaresti, 1905).- /síocia Romana de Tííms Lí«¿ms, traducere 
de Nd. Locusteanu si I. S. Petrescu, publícala de «Academia Roma- 
na», tomul III, cartile 21-30, fascicula I, cartile 21-25 (Bucaresti, 1904). 

La Universidad de Aix (Francia) ha enviado: Aúnales des Facul- 
tes de Droit et des Lettres d'Aix, tome I, n."^ 3 et 4 (Marseille, 1905). 

La Sociedad de los Bollandistas ha regalado: Analecta Bollandia- 
«a, tomus XX, XXI, XXII y XXIII; (Bruxeles, 1901-1904). -^)io?ii/- 
mi libellus de vitis et miraculis Patrum Evieritensiuvi Paulo Diácono 
Emeritensi vulgo inscriptus , e códice Academie Regle rerum histori- 
carum Hispanice, edidit, commentario previo et notis instruxit C. de 
Smedt, S. J. (Bruxellis \%Si).— De origine monasterii Viridisvallis una 
cum vitis B. Joannis Rusbrochii prima prioris huius monasterii et ali- 
quot coetaneorum ejus opusculum Henrici Pomerii nunc primum edi- 
tum Opera Hagiographorum Bollandianorum (Bruxellis, 1885). — 
L'organisation des Eglises Crétiennes au III.'^ siécle, par le R. P. Ch. 
de Smedt S. J. (París, 1891).— Le Duel ludiciaire et l'Eglise, pur le 
P. C. de Smedt (París, 1895). 

De la «Societá Siciliana per la Storia Patria in Palermo» se han re- 
cibido: Archivio Storico Siciliano, nuova serie, an. 27 á 30 (Palermo, 
l2Qi-\9Qb). — Commemorazione solemne del vicepresidente Mr. Vizenzo 
di Giovanni, lette nella tomata del 23 agosto 1903, da Salvatore Sa- 
lomone-Marino (Palermo, 1904). 

De la «Reale Societá Romana di Storia Patria» los fascículos 3 y 4 
del volumen XXVIII de su Archivio (Roma, 1905). 

De la «Real Academia de la Historia» los números de enero, febre- 
ro y marzo de su Boletín (Madrid, 1906). 

Además se han recibido: Memoires de la Societé archeologique de 



332 NOTICIAS 

Montpellier, 2.« serie, tome III, I.'"'" livraison (Montpellier, 1903). — 
ButUetin de la Commission archeologique de Narhonne, année 1903, 
2.e semestre, tome VII, année 1904 y année 1905, tome VIII.— /ícuae 
des Etudcs juives, tome LI, n.° 102 (París, 1906). — /-e Moijen Age, 
tomes XVÍII e XIX de la collection (1905 1906, París).-7?tíí;Me des 
Etudes Ilistoriqíies, 1."= fasciclc de 1906 (París, 1906).— Bibliotheque 
de l'Ecole des Chartes, novembrc-decembre de 1905 (París). — /ít'WMe 
Hispanique tome XIII, n.° 43 (París, 1905). — 7?í'«ue des Langues ro- 
manes, tome XLIX (Montpellier, \90Q).—Arclihdo Storico per la Sici- 
lia Oriéntale, anno I, fase. 1, 2 y 3 (Catania, 1904).- Boletim da Real 
Associacno dos architectos civis e archeologos iwrtuguezea , 4.^ serie, 
tomo X, núms. 7 y 8 (Lisboa. IdOb).- Rendiconti ddla Reale Accade- 
mia dei Lincei, classe di Scienze morali, storiche e filologiche, serie 5.', 
volumen XIV, fase. 9-10 (Roma, 1905). — ^?iaZes del Museo Nacional 
de México, 1.^ época, tomo II, n.°^ 11 y 12 (México, 1905) y tomo III, 
números 2 y 3 (México, \.9Q&). — Cultura española, n." I ^Madrid, 
1906) — Letras, segunda época, n." XII (Habana, 1906).— ¿a Ciudad 
de Dios, tercera época, vol. 71, n.os 4^ 5 y 6 —Artjove, revista quin- 
cenal (Barcelona, IdOd).— Boletín de la Biblioteca-Museo Balaguer {Mi- 
lanueva y Geltrú, \905).— Biblioteca Nazionale Céntrale di Firenze, 
Bullctino delle jniblícazioni italiane ricevtde per diritto di Stampa 
(Firenze, 1905).—^ proposito di alcuni giudizi sul Don Quijote, por 
Eugenio Melé (Roma, 19CG). — Rinconete y Cortadillo, novela de Cer- 
vantes, edición crítica por F. Rodríguez Marín (Sevilla, 1905). — -Bi- 
bliografla de la gramática y lexicografía castellanas y sus estudios 
afines, apuntes del Dr. J. Rodríguez García, cuadernos 22-25 (Habana, 
1905).— £a?mes y la seva obra apologética social, per lo Dr. Joseph 
M. Baranera, Pbre. (Vich, \dOf)).—Ensaig histórich sobre la vila de 
£a?¿2/oZas, per Pere Alsius y Torrent (Banyolas, 1H95). — Seringa, re- 
seña histórica de este pueblo desde la más remota antigüedad hasta 
los tiempos modernos, por D. Pedro Alsius (Gerona, 1895). — Alturas 
en las ciencias médicas en el Reino el Andaluz, discurso del Dr. A. Gon 
zález Prats en su recepción en la Academia de Medicina de Barcelona 
(Barcelona, 1906) —Sempre han tingut béch les oques, apuntación* per 
la historia de le,5 costumes privades, primera serie, per J. Miret y Sans 
(Barcelona, 1905).— Negociations de Fierre IV d' Aragón avec la Cour 
de Francc, 1366-67, par J. Miret y Sans, extrait de la «Revue Hispa- 
nique» (París, 190)).— O Literature Katalanské, napsal A. Pikhart 
(otisteno Z 1 a 2, Cisla Osvety, Praga, 1906). — i3es versions hébraiques 
d'Aristote, par Dr. Moise Schwab (extrait des «Mélanges D. Kauff- 
mann».) — Le Dr. J. M. Rahbinowicz, conférence faite á l'Université 
populaire juive le 19 novembre 1903, par Moise Sc'awab (París, 1903). 



PUBLICACIONES 

DE LA 

MEMORIAS 

Tomo I.— Resumen histórico del origen de la Academia; observaciones sóbrelos princi- 
pios elementales de la Hisloria, por el Marquís de Llió.— Precio, 10 ptas 

Tomo II. —Observaciones sobre los principios elementales de la Historia (continuación) 
—Disertación sobre la verdadera situación del pais de los llercavones (F. Pinos).— Fundamento 
de la opinión de que por francos, en los anales antiguos, so entienden todos los hombres del 
Imperio de Occidente (R. Ponsich).— Documentos para la hisloria do Mossen Borra (J. Rlpoll) — 
Situación de Cartago Velus, Subur, ciudades de España (M. Mayora).— Disertación sobre puntos 
de cronología (M. Mayora).— Inscripción del siglo x en Barcelona (J. A. Llobet). — Verdadero sitio 
déla antigua Aesona (Roig y Rey).— Inscripciones romanas de Isona (J. Moner).— Festejos en 
Barcelona cuando la venida de Carlos 1 (M. Bolarull).— Lugar que ocupaba junto á Lérida el 
campamento de César (J. Díaz) — Origen de algunos dichos y costumbres (Bastús). — La lengua 
catalana considerada históricamente (A. Bofarull).— Juliana lUorell ;Roca y Cornet)— Poesías 
perdidas de Vallfogona (S. Mestres). — Muros ciclópeos de Tarragona (Hernández Sanahuja). — 
informe de la sociedad arqueológica de Tarragona sobre antigüedades descubiertas (Hernán- 
dez).— Raices griegas y germánicas en la lengua catalana (Bergnes de las Casas).— Apuntes para 
la historia de la moderna literatura catalana (Féu;.— Apuntes históricos sobre Olérdula (Milá). — 
Opúsculos en antigua lengua catalana (A. Bofarull) —Precio, 15 ptas. 

Tomo III.— Blasco de Garay {Rubio y Ors).— Apuntes históricos sobre el Hospital de Bar- 
celona (T. Sivilla).— Noticia de artistas catalanes de la Edad Media y del Renacimiento (Puiggari). 
—Datos de Antonio de Campmany (Rubio y Ors).— Reseña del renacimiento de la lengua y lite- 
ratura catalanas (Rubio y Ors).— La Torre del Bren y y castillo de Balsa reny (Trres)— Un libro 
más para el catálogo de los escritores CEialanes(Luanco).— Tabla numularia de los Comunes de- 
pósitos de Barcelona (Negre) — Brunequilde y la sociedad franco-galo-romaiia (Rubio y Ors). — 
Nyerros y Cadells (Paraseis)— Olérdula (Milá).— Necrología de D. Jaime Ripoll.— Precio 10 ptas. 

Tomo IV. — La expedición y dominación de los catalanes en Oriente juzaiadas por los 
griegos (Rubio y Lluch)— La carta puebla de Agramunt (Sisear).— Otro libro catalán descono- 
cido (Luanco).— Los navarros en Grecia y el ducado catalán de Atenas (Rubio y Lluch .—El 
derecho funerario en las doce Tablas (Barallal).-Origen de la independencia del condado cata- 
lán (Rubio y Ors".— Precio lO ptas. 

Tomo V.— Tres cartas de Mossen Borra (F. Bofarull).— Sarcófagos romano cristianos en 
Cataluña (Botet).— Orígenes del pueblo de San Martí de Provensals (Bofarull) —Nyerros y Oa- 
dells (B^rallat).— Recuerdos históricos de Molina de Rey (Maspons).— Predilección de Carlos y 
por los catalanes (Bofarull).- El testamento de Ramón Lull (Bofarull).— Precio 15 ptas. 

Tomo VI.— BastTO provenzalisla catalán (Rubio y Ors) — Estudio de los sellos de Pedro IV 
de Aragón (Sagarra).— Intensivos de la lengua catalana (Balari).— Shakespeare y Moratín ante la 
fosa (Barallat).— Generación de Juan 1 de Aragón (Bofarull).— Dominación goda en la península 
ibérica (Remaní y Puigdengolasi —Documentos para la monografía de Montblanch (Bolarull).— 
Precio, 15 ptas. 

Tomo VII. — Antigua marina catalana (Bofarull) — Jaime de Aragón, último conde de ürgel 
(Giménez) — Un bandolero feudal (Maspons).— La heráldica en la filigrana del papel (Bofarull). — 
Precio, 15 ptas. 

Tomo VIII.— Primer fascículo: El poder judicial en la Corona de Aragón (Giménez Soler), 
—Precio, 2'50 ptas— Segundo fascículo; Los Vescomtes de Cerdanya, Conflent y Bergadá 
(Miret y Sans).— Precio, 2'50 jitas.— Tercer fascículo: Importancia de la Sigilografía como 
cencía auxiliar déla Historia (Sagarra).— Precio, !S ptas. -Cuarto fascículo: Lo Monijuich de 
Barcelona (Carreras y Candi).— Precio, 3 ptas.— Quinto fusciculo: Algunas noticias acerca de 
lasantíguis comunidades de pescadores en el cabo de Creus (F. Raholn). —Precio, íí ptas. — 
Sexto fascículo; Una página de historia literaria de Cataluña; Martí de Eyxalá y sus lecciones 
sóbrelo! sentimientos morales (M. Duran y Bas).— Piecio, 2 ptas.— Séptimo fascículo: Sant Pau 
de Ñarbona y lo Bisbat de Vich (J. Gudiol).— Precio, 2 ptas. 

Dlscur-rios de recepcióu de los Sres. Ubach y Vínyela, Rubio y Lluch, Ribas Pbro., 
Broca, Sagarra, Llanas l'bro.. Carreras y Candi, Torras y Bages Pbro , Vidal Valenciano, Codina, 
Presbítero, Giménez Soler, Corlejón, Pbro., Bás y Amigó, Miret y Sans, Hinojosa, Comenge, 
Rahola, Baró, Ellas de Molins, Casades y Rubio de la Serna, venden á 2 pesetas cada uno. 

Iiibro <le la Orden de t:aballerla de Raimundo l>aIio, traducido en lengua cas- 
tellana, con un discurso preliminar de D. José Ramón de Luanco.— Precio, 5 ptas. 

Curial y (jiuelfa, novela catalana del XVn segle, con un discurso preliminar y notas de 
D. Antonio Rubio y Llucli.— Precio, 5 ptas. 

Ortografiíi de la Iiengaa Catalana, por la Real Academia de Buenas Letras —Precio, 
1 peseta. 

Sesión pública del día 2 de Julio de 1842, con las composiciones premiadas en 
el certamen (Koudor de Llobregat, Las armas de Aragón en Oriente, Rugero de Flor). — Precios 
1 peseta. 

Juicio critico de las obras de D. Antonio de Campmany, por Guillermo For- 
teza — Precio, 2 ptas. 

Breve reseña del actual Renacimiento de la lengua y literatura catala- 
nas. Memoria escrita por D. J. Rubio y Ors —Precio, 2 ptas. 

Koticia de la vida y escritos de I>. Francisco Pormanyer y Tuyet, Memo- 
ria escrita por O. Manuel Duran y Bás. — Precio, 2 ptas. 

ReynalN y Rabassa, estudio biográflco y literario, por D. Manuel Duran y 
Bás.- Precio, 2 ptas. 

tía Tradición de los Pueblos literaria, fllosófica y soclalmente consi- 
derada, discurso de D. Jo^é L. Féu (acta de la sesión inaugural de 186S).— Precio, 1 peseta. 

Boletín de la Real Academia de Buenas Letras.— Tomo 1, años 1901 y 1902.— 
Precio, 8 ptas.— Tomo II, años 1903 y 1901,— Precio, H ptas. 



CONDICIONES DE Lk PUBLICACIÓN 



Apareceré en cuadernos trimestrales de 48 Póiglnae 

p or lo m eno s 

PRECIOS DE SUSCRIPCIÓN 

En España y Portugal, un año Pesetas 4 

En el extranjero id » 5 

Todas las suscripciones empiezan en enero. 

No se venden números sueltos. 

La redacción en el domicilie de 3 i^cademia, Plaza del Rey, nú- 
mero 14, Barcelona. 

La administración A cargo de D. Juai. Batlle, librería €L' Arxiu», 
Tapinería, 48. — Barcelona. 



BOLETÍN 



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BARCELONA 



Abril A Junio de 1906 



Año VI 




NúM. 22 



AÑO Académico CLXXVIII 



BARCELONA 



Tipografía de la Casa provincial de Caridad 

CALLE DB HONTSALBOBE, HÚUBBO 6 
1906 



STJJs/L ARTIZO 

La corona de Aragón y Granada, por Andrés Giménez y Soler. . 333 

Itinerario del rey Pedro I de Cataluña, II en Aragón, por 

Joaquín Miret y Sans 365 

Los reyes de Ara^^ón y la Purísima Concepción de María Santí- 
sima, por 2^»-. Faitsímo i). GazuZ/o, J/ercedaí-io 388 

Caciquisnie polítich en lo segle xiii, per F. Carreras y Candi. . 393 

Cartoral de Caries Many, de la Sen de Gerona, per Joaquim Bo- 

tet y Sisó 407 

Noticias 410 



ARO VI "D r\ T r? np t nt núm. 22 



boletín 



Real jftcademia de Buenas Letras 

— DE BA^GBDONA 



— ta 



ABRIL Á JUNIO DE 1906 



eí— 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 

Dk 1305 Á 1310 
(Continuación) 

Fué considerada por los granadinos la paz que ])uso fin á la guerra 
como un triunfo de sus armas y de su diplomacia, y los beneficios al- 
canzados, obtenidos no por una transacción de todos eu aras del bien 
general, sino por el miedo que inspiraban. Acostumbrados á no ganar 
nada en sus choques con los cristianos, el que ahora se les reconociera 
la legítima posesión de sus conquistas, les hizo concebir de sí mismos 
una idea más elevada de la que tenían y antes de aceptar la prolonga- 
ción de la tregua desde el 15 de agosto al 29 de septiembre, corrieron 
el reino de Valencia, como en demostración de serles indiferente la paz 
ó la guerra con Aragón, (1) con el cual no les ligaban otros lazos, que 
los mutuos de cada uno con Castilla. 



(1) Al Rey de Castiella. Rey bien sabedes en como vos nos rogas- 
tes que toviessemos por bien que el Rey de Granada l'uesse en la pat; 
por que era vuestro vassallo e vuestro amigo e por esto nos otorgá- 
rnoslo a rogarlas vuestras... e después no nos catamos del ni íigiemos 
catar nuestra tierra ni nuestras gentes. Agora sabet que nos fiantes 
en esta pa? e ahun en la treugua la qual sabedes que fue alongada de 
Santa Maria mediant agost entro a la sent iMiquel qui viene esiecial- 
mente en el fecho del Rey de Granada e no dubdaiites del el avandito 
Rey no catando a la pai; ni a la treu,o;ua ha feyto entrar en el regno 
nuestro de Valencia grant gent de cavalleros genetes e de homes 
a pie qui an feyto e faíjen y quanto mal e danyo pueden. Onde como 
nos esti danyo por el dito Rey de Granada no oviessemos recebido 
sino que no nos catavamos del por feuza que aviamos e avernos de la 
vuestra pag e de la vuestra verdat. E jasea quel danyo sea nuestro 
desti fecho la deshonra es vuestra porque es fecho cueníra vuestra pa<; 

1906.— 25 



334 A. GIMÉNEZ SOLER 

Cesaron estas algaradas merced sin duda á la intervención de Fer- 
nando IV, que había influido en Jaime II y en Moharaed III, para que 
amhos entraran en la tregua, y no pudiendo los granadinos despren- 
derse de los hábitos guerreros contraídos en la época anterior ni con- 
tener su actividad, pusieron sus ojos en Marruecos, cuya debilidad 
contrastaba con su pujanza. 

No es posible decidir si la sublevación de Ceuta en 1304 fué un su- 
ceso interior de la historia del imperio niagrebí 6 si fué preparada en 
connivencia con los granadinos, deseosos de sacar de aquella revuelta 
ventajas para su patria. La ruptura de relaciones entre Aragón y 
Marruecos, impide probablemente saber más de este asunto sobre el 
cual guardan silencio también los autores árabes que conozco (1); 
pero aunque entre ese hecho y otros posteriores, en los cuales tomaron 
parte principal los granadinos y los africanos al servicio de Granada, 
no haya relación directa de causa, Ceuta fué el origen de todos los 



e vuestra verdal... Dada en el Monasterio de Santas Cruzes el primero 
dia de Selembre en el anyo de nuestro senyor ¡Mil CCC quarto. 

... E sabet Rey que si no fuesse por honra vuestra e por la pat; e por 
la amor que avernos ensemble vengaríamos nos muy bien e cumplida- 
mente del danyo que nos an feyto... E porque nos estamos en este caso 
con el dito Rey de Granada que no sabemos si querrá seer en la dita 
pav e tenerla e vos no nos ende avedes feyto a saber. E en esti passo 
podríamos prender grant danyo e mayor que no avernos recebido en 
feuza de la pai; por esto rogamos vos que nos fagades assaber certeni- 
dat si el dito Rey de Granada quiere seer en la dita pa<; e tenerla por- 
que podamos mellor provehir a nuestros afferes. E luego ayamos de.sto 
respuesta por carta vuestra. Dada en Tortosa XII días en la saluda del 
mes de setiembre en el anyo sobredito (R 307, t. 108 y 119j. En esta 
misma fecha escribió al de Granada preguntándole si aceptaba la tregua ó 
la rechazaba (ibiden). 

(1) Siendo tan pocas las obras que los no arabistas podemos consultar 
referentes de un modo exclusivo á nuestra historia, he tomado como guia la 
nota bibliográfica que D. Francisco Codera inserta en el Prólogo de sus 
Estudios críticos de Historia árabe española, (Zaragoza, 1903); y he consul- 
tado: Rhoud El-Kartas, Histoire des souoerains du Moghreb, traduit de 
r árabe, par A. Boaumier. París, 1860. 

Ibnkhaldoun. — //ísíoire des licnou-l-Alhamar rois de Grenade, traduite 
par M Gaudefroy Demombynes. (Journal asialique, 2 " semestre de 1898). 

Histoire des Berbenes et des dynasties musulmanes de f A frique septentrio- 
nal, par Ibnkhaldoun, traduite de 1' árabe, par M. le Barón de Slane. (Al- 
ger, 1^52-1856). 

Las domas obras que allí se citan no tratan de la época que yo procuro 
historiar, pero además de esas que corren traducidas he aprovechado La 
I ¡ata (edición del Cairo de 1319 (1901), la Historia de los nasaries, de Benal- 
jatib, que publicó Casiri, y la Historia de Marruecos, de Ahmed ben Jalid 
el Naciri, cuyo tomo II está dedicado á la dominación de los benimerines. 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 335 

acontecimientos que ocurrieron en la península entre moros y cristia- 
nos en los cinco años siguientes á la guerra ocasionada por la cuestión 
de Tarifa. 

Independientes en Ceuta los azafies, no es aventurado suponer que 
por consecuencia de esta soberanía efectiva pero ilegítima y de la im- 
potencia del soberano legítimo para imponerse que el país anduviera 
soliviantado y ansioso de salir de aquella situación aclamando á cual- 
quiera que se lo prometiese. 

Los granadinos debían saber esto por su vecindad y relaciones con 
el imperio y por importarles mucho saber lo que aquí pasaba; sus em- 
bajadores Alhaquem el rondeño y Abusultan de Denla pudieron cono- 
cer en 1394 y 1305 en Tremeoéu y á través de las tierras del Magreb 
las aspiraciones de los marroquíes y la situación nada próspera del 
imperio, cuya impotencia había declarado el propio Aben jacob, pidien- 
do á los musulmanes de España tropas prácticas en sitios y en reba- 
tos (1) y quizá los informes de estos embajadores avivaran los deseos 
de reinar de aquel descendiente del fundador del imperio benimerín, 
Otsmen ben Abilolá, el don Uzmen de las crónicas cristianas, é inflama- 
'•an el espíritu aventurero del arráez de Málaga Abu Said Farach, que 
tal vez soñaba ya en sentarse él ó sentar á su hijo en el trono de la 
Alhambra y los dos en connivencia con algunos oticiales de los Aza- 
fies prepararon la expedición que dio por primer resultado el incor 
jjorar esta ciudad á los deminios de Granada y que según los pro- 
pósitos de los organizadores debía producir el entronizamiento de 
Abulolá y la caída de Abenjacob. Realizaron los preparativos propa- 
lando que se dirigían á defender Málaga de un ataque de los cristia- 
nos y se dieron tanta maña en hacerlo creer que hallaron Ceuta des- 
apercibida y la tomaron sin combate el ll de mayo de 1306 (2), hacien- 
do prisioneros á los azafies, los cuales fueron conducidos á Granada. 

Abilolá entró por el país de Gomera y la escuadra granadina ata- 
có los puertos magrebies obligando al Sultán á movilizar las cábilas 
del Rif y de Taza y enviarlas con su hijo Abu Salem Ibrahim á dete- 
ner al pretendiente y á recurrir de nuevo al rey de Aragón pidiéndole 
auxilio de galeras (3). La suerte de las armas fué desfavorable al 



(1) Asi lo dice Annasiri, que sigue á Benjaldún, aunque dando una 
lección más correcta: 

(11,40). JJ^yU ky:LÜl3 

(2) Estca fecha es la que dá Benjaldún. Benaljatib en la Ijata, biografía 
de Mohamed III, indica solo el mes y el año: xaual del 705, (16 de abril-I4 
de Mayo de 706) (L 133). 

(3) A lo al que nos enbiastcs dezir que vos dixera Guillem Palazin de 
nuestra parte que nos Asieran entender que el Rey Abeacob en que vos 



336 A. GIMÉNEZ SOLER 

Sultán y las 2:aleras solicitadas no le fueron concedidas, ni tal vez ob- 
tuvo respuesta; pero pronto, quizá por la indignación que todos estos 
desastres ]irndujeron cu el país ó por una venf^anza personal ó & causa 
de una intri.na de harem, pereció Abenjacob, víctima de un asesino, 
y la situación quedó más favorable á los granadinos por las complica- 
ciones que un cambio de monarca podía ocasionar. 

En tanto que en África ocurría esto no permanecían ociosas en Es- 
paña ni las armas ni la diplomacia granadina; á las cortes de Grana- 
da y de Aragón no les ligaba más lazo que el que á cada una de las 
dos unía con la de Castilla, y ese lazo indirecto, sobre no ser muy 
fuerte, sabía el musulmán que se rompería en cuanto el cristiano ara- 
gonés hallara un modo decoroso de romperlo; en las vistas del Campi- 
llo se había tratado entre los reyes de Aragón, Castilla y Portuiial de 
expulsar de España á los musi;lmanes y apenas terminadas aquellas 
conferencias comunicó Jaime 11 ese acuerdo á un gran espía, el arráez 
de Crevillente Mahomed Abenhudell, por medio de un tal Bartolomé de 
Bielsa (1), que á lo que se vé merecía la confianza del Rey y del arráez; 



embiara su mandado en que vos enbiara rroijar quel ayudassedes con- 
tra el Rey de Granada e nos que uos rogauamos quel non ayudassedes 
pues el Rey de Granada era nuestro vassallo e nuestro amigo Et que 
ante que Guillem Palacin a ríos llegasse que el Rey de Granada que 
vos auie enbiado su carta en esta rason. E vos quel respondiestes que 
todo el mundo sabie e los Reys e principes que la casa de Aragón siem- 
pre fue e es tal que guarda bien e complidamente a todos sus amigos 
toda amistad e pas e tregua .. e que assi lo fariades con el. Rey grade- 
cemos vos mucho lo que enbiastes decir a nos e a el... Dada en Toro 
ocho días de Desiembre era de mille e CCC e XLIIII anuos. Yo Johan 
Sanches la fis escriuir por mandado del Rey. 

(1) Don Jayme etc. Al amado suyo Mahomat Abenhudell arrai? 
de Crivillen etc viemos ante nos Barthalomeu de Bielsa el qual a nos 
con carta de creyen(;a enviastes e entendiemos muy bien aquellas co- 
sas que ell de la vuestra parte a nos dixo. E nos resposiemos le a aque- 
llas segunt que ell vos podra recontar de paraula. Porque vos decimos 
que lo creades de aquello que sobre estas cosas vos dirá de la nostra 
part. Dada en Sarago^a IX. dias exient el mes de agosto en el anyo de 
nuestro senyor dieus de M. CCC. e quatro (R. 235, f. 131). 

Bertrando de Canellis.. avem reebuda la letra la qual nos avets 
enviada faen nos saber lo dan que ¡es galees del Rey de Granada an 
feyt en lo regne de X'alencia (R. 235, f. 8';0). 

Ea 27 de mai'zo habia escrito el arráez de Crevillente al Rey de Ara- 
gón: a la vostra Real Majestat fas saber senj'or que vengueren moros 
de bellis a qtivilen e demanielis de noves e dixieronme que Bertolo 
meu de Bielsa to Almería a rendasi e dix li arrendasi qin hom era e 
dix lo dicto Bartolomeu que venia a el a per servir en sertificar lo 
Rey de Granada en continent lo dit arrendasi donali cavalcadura e di- 
ñes per a missio e irameslo al Rey e dix lo dit Bertomeu que vos se- 



LA CORONA DE ARAGÓN Y GRANADA 337 

pel'o sucedió que el Bielsa, dada cuenta de la confidencia al de Crevi- 
llente ó sin darla, marchó á Granada y refirió cuanto le habían dicho al 
Gobernador de Almería, Arrendasi, el cual se apresuró á comunic.rlo 
á su soberano como cosa cierta ya que el denunciador lo garanti- 
zaba con su cabeza. Jaime II dio satisfacciones á Mahomed III y des- 
autorizó al Bielsa al propio tiempo que pidió su extradición, pero en 
la Alhambra aparentaron no dar importancia á la denuncia y conti- 
nuaron la política anterior, como si fueran inmejorables las relaciones 
y los propósitos de las dos cancillerías. 

Y sin embargo en el fondo no podían ser más enemigas: ni por mar 
ni p.r tierra se respetaba la tregua en que vivían, y unas veces para 
causar daúo en el país contrario, otras para vengar los daños recibi- 
dos, entraban los unos en el país de los otros, siendo uno de los reba- 
tos de los moros tan importante que Jaime II, que en Valencia espe- 
raba embarcarse al día siguiente, con rumbo á Ñapóles tuvo consejo y 
del consejo salió la suspensión del viaje por tiempo indefinido en la 
creencia de ser inminente la guerra con Granada (1). Y no estalló la 



nyor els altres reys despanya que vos armavatzs per anar a conquerir 
la sua térra. E si axi no era quey obligava lo seu cap. (Marzo siu año) 

Al... Rey darago... F. des cortey. fas vos saber quel moro quel 
arrays de Crivillen trames a térra de moros per lo feyt den Bartomeu 
de Belsa es vengut e conta que es cert quel dit Bertomeu dix lia com 
vos ab altres reys vos ajustavets ab vostres jens per venir contra lo 
rey de Granada segons que yo senyor per ma letra vos envías certifi- 
car e conta quel dit Bertomeu nos troba en negun loe ans se pensa 
hom quel Rey de Granada la teyt matar hol te pres. Encara senyor 
vos las saber que conta el dit moro quel dit rey de Granada nos apa- 
rellava de res salu que son venguts aquí en la frontera a vera e ais 
velis DC ho DCC cavallers e que hi devia venir (^aeu que ja hi era la 
sua companya e per go senyor he entes quel noble en R. durg avia 
trames a dir al noble en Gombau denten(,-a quels jenets feyen gran 
plega vos fas saber senyor que no fan altra plega salvu quels dits je- 
nets son venguts a la dita frontera e no ques moguen... el dit arrays ha 
trames altra vegada un moro a térra de moros per espiar si son en cor 
de moure a neguna part... Scrita en Elche 111 dies de Maig. 

(1) lo senyor Rey ac letra den Ferrer des Cortey lo derrer dia de 
Mari; per la qual li feu saber quels genets deis quals era cap (^ahem avi- 
en corrcguda MurQia e au(;ieren hi tro a VII homens. E menaren sen tro 
a VII mille de bestiar menut e CL de gros e els homens de Murcia e 
de Lorcha della Lorcha 111 legues al port de Michel combateren se ab 
los dits genets e desbarataren los e ogieren lo dit (^ahem e aportaren 
lo seu cap a Murcia e cobraren tot lo bestiar menut. lo dia quel senyor 
Rey ac aqüestes letres ac son acort ab los richs homens que aci eren e 
ab los altres de son conseyl e jas sea ques degues lendema recollir con- 
seylaren li que ell e la senyora reyna romangueren de tot en tot del 



238 A. GIMÉNEZ SOLER 

guerra por lo desprevenidos que se hallaban los cristianos enfrente de 
los ejércitos y escuadras musulmanes movilizados y en plena actividad, 
cuyas victorias y prósperos sucosos había tenido buen cuidado de hacer 
saber & Jaime 11 el monarca granadino, para impedir que de Aragón 
fueran socorros á Marruecos, y advertir que aquellas tropas y aquellas 
escuadras podrían volverse contra cualquiera que osase atacar su 
patria. 

Pero al propio tiempo que convenía á los musulmanes andaluces 
no mostrarse demasiado temerosos de las armas aragonesas, érales ne- 
cesario no aparecer provocadores y de aquí que al comunicar las vic 
torias obtenidas en Ceuta y en el litoral marroquí (1), mostraran deseo 



viatge entenen que guerra sera de(,:a e aturaran per tot lestiu en aqües- 
tes parts. Scrita en Valencia dimarts 11 dias de abril. 

(1) Al muj' noble e mucho onrrado Rey don Jayme por la gracia 
de Dios Rej' daragon de Valencia de Sardenna e de la Santa yglesia 
de Roma capitán general. De nos don Mahomad por esa misma gracia 
Rey de Granada de Malaga dalmaiia dalgezira de Ronda de Guadies 
sennor de Cepta e amyr Almuslemin salut como a Rey mucho onrrado 
para quien querríamos que diesse Dios mucha vida e salut quanta que- 
rríamos para nos mismo. Bien sabedes en como vos oviemos enviado 
nuestra caria agora en estos dias pasados en que vos enbiamos rogar 
que tuviessedes por bien de mandar vedar á los mercaderes de la vues- 
tra tierra que no fuesen a tierra del Rey Abiacob tanto quanto nos 
guerra oviessemos con el porque no tomassen algún yerro en la su tie- 
rra. Agora vos facemos saber que las nuestras galeas dalmaria que 

fueron correr un puerto del Rey Abiacob e quebrantaron todos los 

sus navios e entre los suyos tomaron ... saetías de catalanes e troxie- 
ronlas Almaría e mandárnoslas detener fasta que sopiessemos sí eran 
vuestras o de aquel Conde de Ampurias ca si fuessemos cierto que 
vuestras eran luego las ¡ícieramos soltar porque es menester que en- 
viedes luego algún onme vuestro que los conozca e mandarlos emos 
luego soltar con todo lo suyo. Otrossi vos fa (jemos saber que vino el 
fijo de Abiacob con muy gran gente sobre Cepta e la nuestra gente 
embarataronse con el e matáronle muchos de los mejores caballeros 
que el avie en guisa que no ossan fincar y tiendas. Enbiamos \os lo 
desir porque tenemos que vos deve plaser de todo mal de nuestro ene- 
migo e plaser del bien nuestro e de nuestros amigos así como faria a 
nos a buena fe sin mal enganno de todo lo vuestro Otrossi nos au fe- 
cho entender que vos enbiava demandar el Rey Abeacob ajuda de ar- 
mada e si el sopiese que eran posturas o buena verdad la que no ha en 
el no vos la enbiaria demandar sabiendo la pac; e el buen amor que a 
entre vos e nos. Porque vos rogamos que nos enbiedes desir algunas 
cosas de las sus profertas de las que vos enbia decir. Otrossi vos roga- 
mos qne nos enbiedes a Bernalt Martí con aquellos moros etc.. .. Dada 
en Granada dos dias de agosto era de Mille e CCC e XL e quatro años. 
Don Mahoma