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Sfia-n IfOJO
\V
3
COLECCIÓN
DB
DOOVMHVTOS MITOS
PARA LA HISTORIA DE ESPAÑA
POR
EL MARQUÉS DE LA FUENSANTA DEL VALLE,
D. lOSÍ SANCHO Um Y D. FRANCISCO DE ZABAIHIRD
TOMO Lxni.
MADRID
IlfPRBNTA DE MIGUEL GINESTA
CtU* ét CtMfvmmu, nia- 8
4883
?2=-
S/iocn 40.10
/
>■■/ ^
ADVERTENQA PREUMINAR.
Comprende este volumen interesantes y curiosos
documentos que leerán con gusto todos los que se
dedican á estudios históricos.
La muerte de los Comendadores del Orden de
Calatrava , Femando y Jorge de Córdova , así como
la de Doña Beatriz de Hinestrosay sus criadas, lle-
vada á cabo por el marido de aquella, Femando
Alonso de Córdova, fue suceso que causó tal sensa-
ción en el siglo xv, que dio lugar á varios roman-
ces ^ y leyendas que han llegado hasta nuestros dias,
si bien desfigurada la verdad y aumentado el número
de víctimas, hasta el punto de no haber quedado con
vida en la casa del Veinticuatro, Alonso de Cór-
dova, ni un sólo criado, y de haberle impuesto el
r
4 Macho tiempo después citaba Delicado, como uno de los que cantaba el
pueblo, aquel que comienza:
Jueves, era jueves,
día de mercado
convidó Hernando
los Comendadores:
Veáse el retrato de la Lozana Andaluza, pag. 72» tomo 1 de la Colección de
Libros EtpañoUi Raros ó Curiosos,
VI
Rey como pena la construcción de una toiTe para
defensa de la ciudad , que existe todavía y se la co-
noce con el nombre de Torre de la mal ^muerta. El
privilegio que publicamos á continuación de esta
advertencia, da á conocer de una manera auténtica
lo que pasó en tan triste suceso.
En los tomos XIV y XLIII de esta Colección , se
publicó el Diario de los sucesos de la armada llamada
la Invencible, que envió Felipe II contra Inglaterra,
copiado de un manuscrito que se encontraba en el
Archivo del marqués de Villáfranca, y adicionado
luego con otra copia que del mismo existe en el Ar-
chivo general de Simancas, es, puede llamársele asi
la relación oficial de la jornada; pero escrito, al pa-
recer, por algún servidor de la Casa de Medina-Sido-
nia S presenta los sucesos bajo el punto de vista más
favorable á aquel poco afortunado Almirante.
Complemento de éste es el que ve hoy la luz
pública, del Padre Fray Juan de Victoria, quien
reunió cuantas relaciones y noticias se publicaron
en su tiempo sobre este suceso; y aun cuando escrito
sin método y repitiendo muchas noticias, no por eso
deja de ser un documento importante, que unido al
anteriormente publicado, suministran todos los datos
1 Así parece indicarlo el estar unido al manuscrilo de la Casa de Villa-
franca. La ctienta éUida por el alcaide Alonso Cordero de los gaslos hechos por el
Sr. Duque D. Alonso en la jornada que hizo á Inglaterra eZ año de 4 588, sirviendo
el cargo de Capitán general de la armada que él Sr, Rey Don Fdipe II envió
contra aquel Reino, que salió del puerto de Lisboa, cuya data importa 7 cuentos
837.368 maravedís.
vil
y noticias necesarias para la historia de la armada
Invencible.
Sigue á este la correspondencia del duque de
Medina-Sidonia con Felipe III , y por ella se viene
en conocimiento de que , si para el padre la pérdida
de la armada no causó la desgracia del Almirante,
su hijo tuvo siempre en cuenta el saber y experien-
cia de éste para consultarle en todos los negocios de
importancia que tenían relación con las armadas de
aquel tiempo * ; en las mismas cartas , además de
otras muchas noticias, se encuentran interesantes
pormenores sobre el desastre de la Escuadra del Es-
trecho, mandada por Juan Alvarez de Aviles. El
manuscrito de donde se han copiado no comprende
más que las del año de 1607 , si bien al final resultan
extractadas algunas cartas de 1614.
Y por último, debemos también llamar la aten-
ción de nuestros lectores sobre la relación de Don
Marcelino de Faria, que por encargo del Conde-Du-
que de Olivares estableció inteligencias secretas,
según las llama él, dentro y fuera de España, y en
donde se encuentran peregrinas y curiosas noticias
del resultado de su espionaje.
No seríamos justos si aquí no consignásemos,
como varias veces lo hemos hecho de otras personas
que nos han prestado su ayuda , cuánto tienen que
agradecer los que se dedican á estudios históricos al
4 Véanse, entre otras roucbasi que pudiéramos citar, la carta del duque de
Lerma y las de Felipe III, páginas 322, 419 y 474.
VIII
Sr. D. Feliciano Ramirez de Arellano, Marqués de
la Fuensanta del Valle, único propietario de esta
Colección, quien, no sólo contribuye con numerosos
documentos que existen en su rica y escogida Biblio-
teca , sino que sufragando todos los gastos de su pu-
blicación , lleva ya invertido en ella un capital no
despreciable, de difícil si no imposible cobro. Reciba
por lo mismo como recompensa el testimonio públi-
co de nuestro agradecimiento, y estamos seguros
que también el de todos los amantes de nuestra His-
toria patria.
TRASLADO AUTÉNTICO LEGALIZADO
DEL
PRIVILEGIO RODADO
QUB CONCEDIÓ EL BET DON JUAN EL SEGUNDO, CUANDO EL CEBCO
DE ANTEQUEBA, EN QUE ESTÁ COMPBENDlDO EL PEBDON QUE SE
LE CONCEDIÓ A FEBNANDO ALONSO DE CÓBDOYA, VEINTICUATBO DE
LA CIUDAD DE CÓBDOBA, SEÑOB DE BBLHONTE, DE LAS MUEBTES
QUB EJECUTÓ DE SU HUJEB, COMENDADOBES T CBIADAS.
(Biblioteca del Marqués de la Fuensanta del Valle.)
Tomo LXXXI. 1
TRASLADO AUTENTICO LEGALIZADO
DEL
PRIVILEGIO RODADO
QUE CONCEDIÓ
EL REY DON JUAN EL SEGUNDO
CUANDO BL CERCO OB ANTEQQERA.
(Año de 1449.)
Cuyo traslado se sacó de su original, que se halla en el Archivo
del Monasterio de San Gerónimo del Valparaíso de Córdoba,
escrito en pergamino, de letra antigua y no clara, como certifica
al fin de éste el Padre Fray Tomás de San José, año de 1699.
Traslado auténtico del Peivilegio bodado que concedió el
Señar Rey Don Juan de Castilla d todos los hombres y mujeres
que habitasen por el tiempo de un año y un dia á su costa en la
ciudad de Antequera, por cuanto la habia ¿ganado de los moros, y
lo que continuadamente la estaban amenazando. Perdónales cual-
quier muerte, asi de hombres como mujeres, que hubiesen cometido.
Corneo consta de dicho Privilegio; su fecha en la villa de Vallado-
lid, á 20 de Febrero de \i4&.-~Refreudado del Doctor Femando
Diaz de Toledo, — Y d pedimento de dicha ciudad de Antequera,
volvió á confirmar dicho Privilegio, dicho Señor Rey en la ciudad
de Toro á2\ de Abril de 1448, firmado del Rey, y de todos los
que confirm^in, y registrado de Diego López de León, Escribano
del Rey lo escribió,
T por parte de Femando Alfonso, Veinticuatro de la ciudad
de Córdoba^ se sacó traslado de dicho Real Privilegio, respecto de
haier servido en dicha ciudad de Antequera, aun más tiempo del
año y diay para que U valiese por las muertes que le acumulaban
haber hecho de su mujer y criadas^ y de los dos Qmendadares,
Femando de Córdova, de la encomienda de Caiatrava^ y Jorge de
la de Cabeza del Buey y como todo consta de este traslado y testi'
monio remitido i pedimento de dicho Fernando Alfonso ^ i la ciU'
dad de Córdoba para su indulto; su fecha en la ciudad de Ante-
quera, á28de Noviembre de 1449. — ¡Sacado por Alfonso de Lopio^
Escribano y Notario del Rey, y público de dicha ciudad.
Este es traslado de una carta de Previlegio de
nuestro señor el Rey Don Juan, que Dios man-
tenga, escrito en pergamino de cuero rodado e
confirmado e sellado con su sello de plomo pen-
diente en filos de seda a colores blancos, e cár-
denos, e rosados e amarillos, que su tenor dice
en esta guisa:
En el nombbe de Dios Padre e Fijo e Espíritu Santo,
qae son tres personas e una esencia divina, que vive e reina por
siempre jamás, y de la bien ayenturada gloriosa Santa María, sa
Madre, á qaien yo tengo por Señora e por abogada en todos
los mis fechos , e honra e reverencia del bien aventurado Após-
tol señor Santiago, luz e espejo de las Españas, patrón e guia-
dor de los Reyes de Castilla, e asimismo a honra y reverencia de
todos los santos e santas de la Corte celestial, porque razona-
ble e convenible cosa es á los Reyes e Príncipes facer gracias e
mercedes á los sus subditos y naturales , especialmente á aque-
llos que bien y puntualmente e con pura voluntad los sirven e
aman sus servicios, e el Rey que la tal gracia e merced face,
ha de tener en ello tres cosas: la primera, qué merced es la
que face; la segunda, á quién la face e cómo se la merece ó
puede merecer adelante según la ñciere; la tercera, qué es el
pro ó el daño que por ello le puede venir: e yo, acatando e con-
siderando en como la mi ciudad de Antequera, que yo gané
de los moros , enemigos de la nuestra santa Fe católica , está
cercana e frontera de los dichos moros e la conquistan e guer-
rean continuadamente cada dia, en tal manera, que ella está
en mucho peligro e trabajo, e por cuanto es mucho servicio de
nuestro Señor Dios e mió, e gran pro y bien de la Corona real
e de mis reinos y señoríos, que en la dicha ciudad esté la más
gente que ser pueda para la defensión della, porque ella se
pueda mejor poblar e defender : e yo, acatando e considerando
todo esto , quiero que, según por ésta mi carta de Previlegio
6
rodado ó por su traslado signado de nuestro puño, todos los que
agora son 7 serán de aquí adelante sepan como yo Don Juan,
por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Toledo, de
Galicia, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de Jaén, del Al-
garbe, de Algeciras e Señor de Vizcaya^ e de Molina, di una
mi Carta escrita en papel, firmada de mí nombre e sellada con
mi sello de cera colorada en las espaldas, su tenor de la cual
es éste que se sigue :
Don Juan, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León,
de Toledo, de Galicia^ de Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de
Jaén, del Algarbe, de Algeciras, e de Vizcaya, e de Molina,
al Príncipe Don Enrique, mi muy caro e muy amado ñjo primo-
génito, heredero, e á los Prelados, Duques, Condes, Marqueses,
RicoB-homes , Maestres de las Órdenes, Priores, Comendado-
res, Alcaides de los castillos e casas fuertes e llanas, e á los de
mi Consejo, e á los mis Oidores de la mi Audiencia, e Alcaldes
de la mi Corte, e al mi Justicia Mayor, e á los mi Alguaciles,
e á los Concejos , Alcaldes, Alguaciles, e Merinos, e Veinti-
cuatros e Jurados, e otras Justicias, Regidores e Oficiales, e
personas cualesquier de todas las ciudades e yillas e lugares
de los mi reinos e señoríos, e á los mi Adelantados e Merinos
que agora son ó serán de aquí adelante , e á todos los mi sub-
ditos e naturales, e á cada uno e cualquier de vos, de cualquier
estado, condición, preeminencia ó dignidad que sean, que
ésta mi Carta ó su traslado signado de nuestro puño viéredes
ódella supiéredes en cualquier manera, salud e gracia: Bien
sabedes en como yo gané de los moros enemigos de la nuestra
santa Fe católica, la mi ciudad de Antequera, la cual está muy
cercana e frontera de los dichos moros, por lo cual los dichos
moros la conquistan e guerrean continuadamente, en tal ma-
nera^ que ella es en mucho peligro e trabajo de cada dia; e por
cuanto es en manifiesto servicio de nuestro señor Dios e mió, e
g^n pro e bien de la Corona real de los mis reinos que en la
dicha ciudad esté la más gente que ser pueda para la defensión
della, porque ella se pueda mejor poblar e defender, por ende,
e por facer bien e merced al Alcaide e vecinos de la dicha ciu-
7
dad de Antequera , e á todos los qae della fueren , poblaren y
moraren, tengo por bien e es mi merced, y mando por esta mi
Carta ó por el dicho su traslado signado, como dicho es, que
todos los hombres e mujeres de cualquier estado ó condí*
cion que sean que á la dicha mi ciudad de Antequera fueren,
poblaren e moraren, e en ella estuvieren por sus personas á su
costa e misión un año e un día , que sean quitos e perdona-
dos de cualquier muerte 6 muertes de hombre e hombres, ó
mujer ó mujeres, ú homecíllos, excesos ó maleficio ó maleficios
criminales que hayan fecho ó ficíeren, ó en que hayan caido ó
cayeren en cualquier manera 6 por cualquier razón que sea,
que no sean ni puedan ser acusados, ni demandados, ni pre-
sos sus cuerpos, ni entregados ni tomados sus bienes dellos
habiendo estado e morado en la dicha ciudad de Antequera el
dicho año e dia á su costa e misión , como dicho es , que yo
les quito los homecillos y les perdono las justicias e penas en
que han caido e cayeren; e mando e tengo por bien, que sí
fueren acusados ó los acusaren ó sentenciaren contra ellos 6
cualquiera dellos que la tal acusación 6 sentencia 6 manda-
miento, sea todo ninguno y que no proceda contra ellos ni
contra alguno dellos; e yo lo revoco todo, e mando que no
valga ni pueda valer, e sea todo ninguno e de ningún valor,
salvo al traidor e alevoso que tuviere castillo, ó mató á su señor,
ó yaciere con la mujer de su señor, ó quebrantare tregua que
yo haya puesto ó pusiere con cualquier reino ó gente extran-
jera, de cualquier ley que sea, ó ficiere el maleficio ó exceso
dentro en la dicha ciudad de Antequera, lo cual vos mando
que los guardedes e fagáis guardar e cumplir así según dicho
es, y que le non vayades ni pasedes contra ello ni contra alguna
cosa ni parte dello agora ni en algún tiempo ni por alguna
manera ni causa ni razón que sea para siempre jamás, ni con-
sintades á otros algunos que se la embarguen ni pasen ni vayan
contra ello ni contra parte dello; e si contra ello fuéredes 6 pa-
sáredes yo lo revoco todo cuanto vos ficiéredes e juzgáredes e
mandáredes, e lo dó todo por ninguno, e mando que no valga e
seades inhibidos; e por la presente vos inhibo e dó por inhibidos,
8
para que non conozcades ni oigades ni podades oir ni conecer
de cosa algana ni parte dello , ni Taya ningnno ni algano de
los yecinos e moradores ó de los qae fueren, moraren e pobla-
ren e están en la dicha dudad de Anteqnera, como dicho es , á
Toestrosj nidos ni llamamientos , ni emplazamientos , ni valga
cnanto jnzgáredes contra el tenor e forma de lo contenido en
esta dicha mi Carta, ni nsedes de los ofidos aaí como aqneUos
qne non obedecen ni amparan carta é mandamiento de sn Bey
e Señor natnral. Por cnanto mi merced e Yolnntad es qne les
sea guardado, como dicho es, no embargante, cualquiera or-
denanza que yo haya fecho ó ficiere, ó carta ó cartas que yo
haya dado ó mandare dar, que en contrario sean, que sean
fechas e ordenadas e dadas por otros ó con acuerdo de los de
mi Consejo ó de los Oidores de la mi Audiencia y Chancillería,
ó en otra cualquiera manera, ni aunque faga mendon desta
mi Carta e de las mercedes en ella contenidas , ni por ofired-
mientos, ni juramentos, ni promisiones, ni obligaciones que el
Alcaide e vecinos de la dicha ciudad ó los que á ella fueren,
moraren e poblaren, e seryír, e cualquier dellos &ga e otorgue
e haya fecho e otorgado en cualquier manera. Por cuanto mí
merced e voluntad es, que de todo e de cada cosa dello gocen
e les sea guardado sin embargo ni contradicion alguna, e que
non se pueda desatar ni contradecir, sóbrelo cual mando, al mi
Canciller, e Notarios e Oficiales, e á los otroa que están á la
tabla de los mi sellos, que les den e libren, e sienten al dicho
Alcaide e Consejo e vecinos de la dicha ciudad de Antequera,
mis cartas de previlegios e mercedes de todo lo susodicho las
más firmes e bastantes e cumplidas que menester bebieren en
la dicha razón para que mejor le sea guardada la dicha merced,
y la carta leída que se la den , e los unos ni los otros no faga-
des ni fogan ende al por alguna manera, so pena de la mi
merced e de caer en la mi ira , e de diez mil maravedís i cada
uno que la non cumpliere ó contra ello fuere para lajni Cámara,
e demás que peche e pague al dicho Alcaide e vecinos de la
dicha ciudad e á los que á ella fueren á morar e servir e estén
el dicho año e dia, como dicho es, ó algún si vos tuvieren
9
todas las costas e daños qae ñciere e se les recrecieren dobla-
dos; e demás mando al hombre qne esta dicha mi Carta ó el
dicho sa traslado, signado como dicho es, mostrare, que yos
emplace qae presentados ante mí en la mi Corte, doquier que
yo sea, del dia que vos emplazare hasta quince dias primeros si-
guientes, los Consejos por sus procuradores, e las otras personas
singulares personalmente, so la dicha pena, so la cual mando á
cualquier Escribano público que para esto fuere llamado, que
de ende al que vos la mostrare testimonio signado con su sig^o
para que yo sepa en cómo se cumple mi mandado. Dada en la
noble villa de Yalladolid veinte dias de Febrero, año del naci-
miento de Nuestro Señor Jesucristo de mil e cuatrocientos e
cuarenta e ocho años.=Yo el Rey.=Yo el Doctor Fernando
Diaz de Toledo, Oidor e Refrendario del Rey, e su Secretario
la fice escrebir por su mandado. — Registrada, Pedro Rodríguez
de Ceballos.
E agora, por cuanto vos el dicho Alcaide e vecinos de la
dicha ciudad de Antequera, me enviasteis á pedir por merced
que vos confírmase la dicha mi Carta con las mercedes e gra-
cias en ella contenidas, e vos mandase dar mi Previlegio rodado
para que hobiésedes e gozásedes vos e los que hay en dicha
mi ciudad de Antequera vinieren, venir y morar e servir el
dicho año e dia contenido en la dicha mi Carta, e á vos e á ellos,
e á cada uno de vos e dellos, vos fueren mejor guardadas agora
y de aquí adelante para siempre jamás las dichas gracias e
mercedes, e perdones e esensiones, e franquezas e libertades, e
inmunidades e previlegios de preeminencias e prerogativasque
habiádes e debiádes haber por razón de la dicha merced con-
tenida en la dicha mi Carta, por ende yo, el sobre dicho Rey
D. Juan, por facer á vos e á ellos, e cada uno de vos e dellos,
bien e merced, túvolo por bien e confirmo vos la dicha mi Carta
y las mercedes en ella contenidas, sabiendo que á vos e á ellos,
e á cada une de vos e dellos, valgan e sean guardadas en todo
epor todo bien e cumplidamente, según que en la dicha mi
Carta se contiene, porque la dicha ciudad se pueda mejor po-
blar e defender e amparar; e tengo por bien e es mi merced, e
10
mando por esta mi carta de Prevílegío rodado, 6 por el dicho aa
traslado, signado como dicho es, qne todos los hombres e mu-
jeres, de cualquier estado e condición que sean que á la dicha
ciudad de Antequera fueren, poblaren y moraren, e en ella es-
tuYieren por su persona á su costa e misión un año e un día,
que sean quitos e perdonados de cualquier muerte ó muer-
tes de hombre ó hombres, ó mujer ó mujeres, ó homecillos e
excesos, ó maleficio ó maleficios criminales que haya fecho 6
ficieren, en que hayan caido 6 cayeren, en cualquier manera
e por cualquier razón que sea, que no sean ni puedan ser acu-
sados ni demandados, ni presos sus cuerpos, ni entregados ni
tomados sus bienes dellos, habiendo estado e morado en la
dicha mi ciudad de Antequera el dicho año e dia á su costa e
misión, como dicho es, que yo les quito los homecillos e les
perdono las justicias e penas en que han caído ó cayeren, e in-
currido e incurrieren , y mando e quiero e tengo por bien que
si fueren acusados ó los acusaren <5 sentenciaren contra ello ó
cualquiera dellos que la tal acusación ó sentencia 6 manda-
miento sea todo ninguna, e non proceda contra ellos ni contra
alguno dellos que yo lo reyoco todo; e mando que no valga ni
pueda yaler e sea todo ninguno e de ningún valor, salvo al
traidor e alevoso que tuviere castillo, ó mató ó matare á su se-
ñor, ó yaciere ó Hugo con la mujer de su señor, ó quebrantó 6
quebrantare tregua que yo haya puesto ó pusiere con cualquier
persona ó gente extranjera, de cualquier ley que sea, ó ficiere
ó haya fecho el maleficio ó exceso dentro en la dicha ciudad de
Antequera; e mando al Príncipe Don Enrique, mi muy caro e
muy amado hijo primogénito, heredero, e á los Prelados, Du-
ques, Condes, Marqueses, Ricos-homes, Maestres de las Ór-
denes, Priores, Comendadores e Subcomendadores, Alcaides de
los castillos e casas fuertes e llanas, e á los de mi Consejo, e á
los mi Oidores de la mi Audiencia, e Alcaldes de la mi Corte, e
al mi Justicia Mayor, e á los mis Alguaciles , e á los Concejos,
Alcaides, Alguaciles, Merinos e Veinticuatros e Jurados, e otras
Justicias e Regidores, e Oficiales e personas cualquier de todas
las ciudades e villas e lugares de los mis reinos e señoríos que
i
11
agora son y serán de aquí adelante, e á todos los mis subditos,
e naturales, e cada uno e cualquier de vos, de cualquier estado
ó condición ó preeniinencia ó dignidad ó estado que sean, qne
les guardedes e fagades guardar e cumplir así según dicho es,
e que les non vayan , ni vayedes , ni pasedes , ni pasen contra
ello ni contra alguna cosa ni parte dello agora ni en ningún
tiempo ni por alguna manera , ni causa ni razón que sea para
siempre jamás , ni consintades á otros algunos que se lo emba*
racen ni pasen ni vayan contra ello ni contra parte dello; e si
contra ello ó contra parte dello faéredes 6 pasáredes 6 fueren 6
pasaren, yo lo revoco todo cuanto vos e ellos ficiéredes ó juz-
gáredes e mandáredes, e ficieren e juzgaren e mandaren, e lo
dó todo por ninguno, e mando que non valga e seades e sean
inhibidos; e por esta dicha mi carta de Previlegio, ó por el dicho
su traslado, signado, como dicho es, os inhibo e he por inhibidos
para que non conozcades ni oigades ni conozcan ni podados ni
puedan oir ni conocer de cosa alguna ni parte dello, ni vayan
ninguno ni alguno de los vecinos e moradores, e de los que
fueren, moraren e poblaren ó estén en la dicha ciudad de Ante-
quera, como dicho es, á vuestros juicios ni llamamientos ni
emplazamientos ni á los suyos, ni valga cuanto juzgáredes e
juzgaren contra el tenor e forma de lo contenido en esta dicha
mi carta de Previlegio, ni usedes ni usen de los oficios, así
como aquellos que no obedecen ni cumplen carta ó manda-
miento de BU Rey e Señor natural: por cuanto mi merced y
voluntad es, que les sea guardada, como dicho es, no embar-
gante cualquier ordenanza que yo haya fecho ó ficiere, ó carta
ó cartas que yo haya dado 6 mandare dar, que en contrario
sean fechas e ordenadas e dadas por cartas 6 con acuerdo ^e
los de mi Consejo ó de los Oidores de la mi Audiencia e de la
mi Chancillería, ó en otra cualquier manera, ni aunque faga
mención de esta mi carta de Previlegio ó de las mercedes en ella
contenidas, ni por remiramientos ni juramentos ni promisio-
nes ni obligaciones que el Alcaide e vecinos de la dicha ciudad,
ó los que á ella fueren, moraren 6 poblaren , e servir, ó cual-
quiera dellos faga e otorgue, e hayan fecho e otorgado en
12
cualquiera manera , por cuanto mi merced e voluntad es, que
de todo e cada cosa de ello gocen e les sea guardado sin em-
bargo ni contradicción alguna, e que se non pueda desatar ni
contradecir; e mando la dicho Príncipe Don Enrique, mi muy
caro e muy amado fijo primogénito, heredero en los reinos de
Castilla y de León, e á los dichos Duques, Marqueses, Condes,
e Ricos-homes, Maestres de las Órdenes , Priores , Comendado-
res e Subcomendadores , e á los de mi Consejo, e Oidores, e
Alcaldes de la mi Corte e Chancillería, e al mi Justicia Mayor,
e á los Alcaides de los castillos e casas fuertes e llanas, e á los
mi Adelantados e Merinos e otros avasallados cualquier, e á
todos e á cualesquier mis vasallos e otras Justicias e personas
cualesquier, mis subditos e naturales, de cualquier estado, pree-
minencia o dignidad que sean , á cada uno dellos que las guar-
den e fagan guardar al dicho Alcaide e vecinos de la dicha
mi ciudad de Antequera , e á los que á ella fueren morar c
vivir e estar e servir el dicho año e dia, como dicho es, que á
cada uno e cualquier dellos las dichas mercedes en la dicha mi
Carta e en ésta dicha mi carta de Previlegio contenidas, e que
les non vayan ni pasen, ni consientan ir ni pasar contra ellas
ni contra parte dellas, porque las quebraren ó menguaren en
todo ni en parte agora ni en algún tiempo, ni por alguna ma-
nera; á cualquier ó cualesquier que lo ficiere non les valdría
e á sus cuerpos e á lo que hobieren me tornaría, e demás ^
la pena en la dicha mi Carta contenida e más diez mil marave-
dís desta moneda, e al dicho Alcaide e vecinos e personas que
á la dicha ciudad fueren e vinieren á morar e estar el dicho
año e dia, como dicho es, e á quien su voz tuviese, todas las
cpstas e daños* e menoscabos que por ello se le recrecieren do-
blado; e que si en algún tiempo alguna e algunas personas
fícieren ó trataren de facer lo contrario, mando á las Justicias
do esto acaesciere que procedan en bienes de aquel ó aquellos
que contra ello 6 contra parte dello fueren 6 pasaren por las
dichas penas en la dicha mí Carta suso incorporada en esta dicha
4 Hay uo claro en el original de donde se ha copiado este documento.
13
mi earta de Previlegio contenidas, e las guarden para facer dellas
lo que la mi merced fuere, e que enmienden e fagan enmendar
al dicho Alcaide e vecinos de la dicha ciudad de Antequera, e
á las otras personas que á ella fueren á morar e estar e servir
el dicho ^tiempo, ó á quien su voz tuviere, todas las costas e
daños e menoscabos que por ende hicieren e se les requieran
doblados, según dicho es, de todo bien e cumplidamente en
guisa que les non mengüe en de cosa alguna; e demás, por cual-
quier ó cualesquier por quien «fincare de lo así facer e cumplir,
mando al hombre que vos esta mi carta de Previlegio mostrare, ó
el dicho su traslado, signado como dicho es, que los emplace,
que parezcan ante mí en la mi Corte, do quier que yo sea, el
dia que los emplazare fasta quince dias primeros siguientes, so
las dichas penas á cada uno; los Consejos por sus Procuradores
e las personas singulares personalmente , so la cual dicha pena
mando á cualquier Escribano público , que para esto fuere Ua-
mado , que dello dé testimonio signado con su signo porque yo
sepa cómo se cumple mi mandado, e desto les mande dar esta
mi carta de Previlegio rodado de confirmación de todo ello, es-
crito en pergamino de cuero, sellado con mi sello de plomo
pendiente en filos de seda á colores: dado en la ciudad de Toro
á veintisiete dias del mes de Abril, año del nacimiento de Nues-
tro Salvador Jesucristo de mil cuatrocientos cuarenta e ocho
años: va escrito e sobre rayado: en un lugar ó diz, que hobo
lugar; en otro lugar ó diz, obedezcan; en otro lugar ó diz,
acostacion; e en otro lug^r ó diz, de nos escrito entre renglo-
nes; en un lugar ó diz , ley ; e en otro 6 diz, mo. — Yo el sobre
dicho Bey Don Juan, reinante en uno con la Reina Doña Isabel,
mi mujer, e con el Príncipe Don Enrique, mi fijo en Castilla, en
León, en Toledo, en Galicia, en Sevilla, en Córdoba, en Mur-
cia, en Jaén, en los Algarbes, en Algeciras, en Badajoz, en
Vizcaya, en Molina, entrego este Previlegio e confirmólo.
Siffno del Rey Don Juan.
Don Alvaro de Luna, Maestre del Orden de la Caballería de
Santiago, Condestable de Castilla, Confirma.— D. Fadrique,
14
primo del Rey, Almirante mayor de la mar, confirma. — D. Juan
de Gozman, primo del Rey, duque de Medina* Sidonia y conde
de Niebla, vasallo del Rey, confirma. — D. Juan de Luna, conde
de Alburquerque , confirma. — D. Alfon Pimentel, conde de
Benavente, confirma. — D. Iñigo López de Mendoza, marqués
de Santillana, conde del Real de Manzanares, señor de las
casas de Mendoza e de la Vega, vasallo del Rey, confirma. —
D. Juan de Pacheco, marqués de Villena, vasallo del Rey, Ma-
yordomo mayor del Príncipe Don Enrique, hijo primogénito del
Rey, confirma. — D. Gonzalo Jirón, Maestre de la Orden de la
Caballería de Calatrava, confirma. — D. Ruy Gastón de Soto-
mayor, Maestre de Alcántara, confirma.— D. Gastón de la Cerda,
conde de Medinaceli, vasallo del Rey, confirma. — D. Ruy Gon-
zalo de Quíroga, Prior de Escalaceli, confirma. — D. Pedro,
señor de Monte-alegre, confirma. — D. Alvaro de Isorna, arzo-
bispo de Santiago, Capellán mayor del Rey, confirma. — Don
Abdon de Santa María, obispo de Burgos, confirma.— D. Pedro,
obispo de Palencia, confirma. — D. Juan de Cervantes, carde-
nal de San Pedro, Administrador perpetuo de la iglesia \le Se-
govia, confirma. — D. Fray Lope de Barrientes, obispo de Ceu-
ta, confirma. — D. Gonzalo de Santa María, obispo de Sigüenza,
confirma. — D. Alfon de Fuenseca, obispo de Avila, confirma. —
D. Diego, obispo de Cartag'ena, confirma. — D. Sancho, obis-
po de Córdoba, confirma.— D. Gonzalo, obispo de Jaén, con-
firma.— D. Pedro, obispo de Calahorra, confirma. — D. Alfon
Carrillo, arzobispo de Toledo, Primado de las Españas, Canci-
ller mayor de Castilla, confirma. — Ruy Diaz de Mendoza, Ma-
yordomo mayor del Rey, confirma.
D. Pedro de Estúñiga, conde de Plasencia, Justicia Mayor
de la Casa del Rey, confirma. — Juan de Silva, Alférez mayor
del Rey, confirma. — D. Pedro Fernandez de Velasco, conde de
Haro, señor de la casa de Salas, Camarero mayor del Rey, con-
firma.— Juan de Tobar, señor de Cebico , Guarda mayor del
Rey, confirma. — D. Diego Gómez de Sandoval, conde de Cas-
tro, Adelantado mayor de Castilla, confirma. — D. Juan, conde
de Almenaque de Cangas Itineo, vasallo del Rey, confirma. —
15
D. Joan Martínez de Castañeda^ Sumiller mayor del Rey,
conñrma. — D. Juan Ponce de Leon^ conde de los Arcos, vasa-
llo del Rey, conñrma. — D. Fernán Alvarez de Toledo, conde
de Alba, vasallo del Rey, confirma. — D. Pedro Osorio, conde
de Trastamara, señor de Villalobos e vasallo del Rey, confir-
ma.— D. Diego Sarmiento, conde de Santa María; Adelantado
mayor de Galicia, vasallo del Rey, confirma.— D ^ de Vi-
llar Don Pardo, conde de Rivadeo, confirma. — D ^ conde
de Buelna, señor de Zigala, confirma. — D ^ de Acuña,
conde de Baliban, confirma.— E? conde D. Gonzalo de Guz-
man, vasallo del Rey, confirma. — D. Juan de Carvajal, car-
denal de Santángel, Administrador perpetuo de la iglesia de
Plasencia, confirma. — D. Gonzalo Banegas, obispo de Cádiz,
confirma. — Diego Manrique, Adelantado mayor del reino de
León, confirma.— Pedro Afán de Rivera,. Adelantado e Nota-
rio mayor de Andalucía, confirma. — Pedro Fajardo, Adelan-
tado mayor del reino de Murcia, confirma. — D. Juan de Silva,
Alférez mayor del Rey e Notario mayor de Toledo, confirma. —
Pero Sarmiento, Repostero mayor del Rey, confirma. — Juan
Ramirez de Arellano, señor de los Cameros, confirma. — Don
Pedro de Guevara, señor de Oñate, vasallo del Rey, confirma.»
Pedro de Ayala, Merino mayor de Guipúzcoa, confirma. — Pe-
dro López de Ayala , Aposentador mayor del Rey y su Alcalde
mayor de Toledo, confirma. — D. Juan Enriquez, arzobispo de
Sevilla, confirma. — D. Pedro ürrea, obispo de León, confirma.—
D. Iñigo Manrique, obispo de Oviedo, confirma. — D. Ruperto
de Monforte, obispo de Osma, confirma. — D. Juan de Mella,
obispo de Zamora, confirma. — La Iglesia de Salamanca, vaca,
confirma. — D. Alfon Enriquez, obispo de Coria, confirma. — Don
Lorenzo Santos de Figueroa, obispo de Badajoz, confirma. —
D. Fray Juan de Torquemada, cardenal de Santiago, Adminis-
trador perpetuo de la iglesia de Orense, confirma. — D. Alvaro
4 Hay un claro en el original de donde se ba copiado este documento.
5 ídem id.
8 ídem id.
1
16
Osorio y obispo de Astorga, confirma.— D. Alfon, obispo de
Ciudad-Rodrigo, confirma. — D. García, obispo de Lugo, con-
firma.— D. Pedro, obispo de Mondoñedo, confirma. — D. Lois
Pimentel, obispo de Tay, confirma.— D. Albar Pérez de Guz-
man, señor de Orgaz, Alguacil mayor de Sevilla, confirma. —
D. Pedro, señor de Ayala, vasallo del Rey, confirma.— Pedro
de Quiñones, Merino mayor de Asturias, confirma. — Diego
Hernández, señor de Baena, Mariscal de Castilla, confirma. —
Pedro García de Ferreira, Mariscal de Castilla, confirma. —
Pedro de Mendoza, señor de Almonacid, Guarda mayor del
Rey, confirma. — Juan de Tobar, señor de Berlanga, vasallo
del Rey, confirma. — El doctor Fernando Diaz de Toledo, Re-
lator del Rey, su Notario mayor de los Previlegios rodados,
confirma. — Yo Diego López de León, Mayordomo de i^estro
señor el Rey lo fice escrebir por su mandado. — Alfonso Bacalao
rius ^ legum Doctor; y en la dobladura de dicho Previlegio,
donde pende el sello en filos de seda á colores escrito un nom-
bre que decia, Juan Sánchez. — Registrada.
Fecho fué este traslado e concertado con la dicha carta de
Previlegio original , donde fué sacado en la dicha ciudad de
Antequera en veintisiete dias de Noviembre, año del naci-
miento dé nuestro Salvador Jesucristo de mil e cuatrocientos
e cuarenta e nueve años, ¿.lo cual fueron testigos presentes,
llamados e rogados, que vieron e oyeron leer e concertar éste
dicho traslado con la dicha carta de Previlegio original, donde
fué sacado, Albar González de León e Juan Zamorano, Escri-
bano del Concejo e Alfon Ruiz de Osuna, vecinos de dicha ciu-
dad; va escrito entre renglones, ó diz, e quiero; ó diz, ni los otros
non emposta. — E Yo Alfon de Lopio, Escribano e Notario de
nuestro señor el Rey, Escribano público de la dicha ciudad de
Antequera escrebí este dicho traslado de la dicha carta de Pre-
vilegio original, donde fué sacado, é lo concerté con ella en
presencia de los dichos testigos, e va cierto, e fice aquí este
mió signo en testimonio.
4 Hay un claro en el original de donde se ha copiado este documenta
17
Señores Prelados, Duques, Condes, Marqueses, Ricos-hom-
bres, Maestres de las Órdenes, Priores, Comendadores e Sub-
comendadores de los reinos e señoríos de nuestro señor el Rey
e Señores de su alto Consejo, Oidores, e Alcaldes, e Notarios de
la su Casa y Corte e Chancillería, e á su Justicia Mayor, e Cor-
regidores, e Alcaldes, e Alguaciles, e Merinos, e Veinticuatros,
Regidores, e Jurados, e caballeros, e escuderos, e hombres
buenos, e otras Justicias cualesquiera, de todas las ciudades e
Tillas, e castillos, e lugares de los sus reinos e señoríos, e de la
muy noble ciudad de Córdoba, c cada uno e cualquier de vos
á quien esta Carta fuere presentada, e á quien fuere mostrada
del Consejo, e Alcaides, e Alcaldes, e Alguaciles, e Caballeros,
p]scnderos, Regidores, Jurados, Oficiales, Hombres-buenos de
la ciudad de Antequera , nos encomendamos en vuestra mer-
ced: bien sabedes ó debedes saber en como el dicho señor Rey
dio e mandó dar á esta dicha ciudad Previlegio rodado, e con-
firmado e sellado con sello de plomo pendiente en filos de seda,
por el cual Su Alteza manda e en él se contiene que todas las
personas que en esta ciudad viviesen, vivan e moren e poblaren
en ella, estuvieren un año e un dia, á su costa y misión, sean
quitos e perdonados de cualquier muerte ó muertes de hom-
bre ú hombres, ó mujer ó mujeres, ó homecillos, e excesos,.ma-
leficio ó maleficios criminales que haya fecho ó ficiere, ó come-
tido ó cometiere, en que haya caido ó cayere, en cualquier
manera ó por cualquier razón que sea, que non sean ni puedan
sef acusados ni demandados, ni presos sus cuerpos, ni embar-
gados, ni tomados sus bienes, ni sean ni puedan ser emplaza-
dos ni llamados á juicio ante Juez e Justicia ni otra persona
alguna conozca dellos e alguno dellos no dó ni pueda dar sen-
tencia ni mandamiento, ni faga auto alguno; e si la diere e
ficiere, que todo sea ninguna e de ningún valor, según más
largo en el dicho Previlegio es contenido, porque esta dicha
ciudad se pueble y esté poblada de gente para se poder defen-
der de los moros enemigos de la nuestra santa Fe católica por
la frontería e gran cercanía e guerra continua que con ellos
tiene, e por ganar en dicho Previlegio e gozar de él e de los per-
Tono LXXXI. 2
18
dones e eaenciones e libertades en ¿I contenidas^ Tino á esta
dicha ciadad á facer e fizo el dicho servicio e morada el dicho
año e dia^ Fernán Alfonso , Veinticuatro de la dicha ciudad
de Córdoba, vecino de la dicha ciudad de Córdoba, por cuanto
diz que le pusieron e ponen en culpa, e le embargaban e em-
barga de la muerte de Doña Beatriz de Finestrosa, su mujer,
e de Catalina e de Beatriz, sus criadas, e de Fernando de Cor-
dova, comendador de Calatrava, e de Jorge, Comendador de la
Cabeza del Buey, e diz que Fueron muertos en la dicha ciudad
de Córdoba, en las casas donde el dicho Fernán Alfonso, Veinti-
cuatro, facia su morada, de ciertas feridas que diz que le fueron
dadas agora puede haber veinte 7 un meses poco más ó me-
nos, e diz que porque le ponía en culpa e encalaban e encar-
gan de otros excesos e maleficios, por ser perdonado e quito
de todo e cada cosa dello según que el dicho señor Rey manda
por el dicho Previlegio e libertad; por ende, de parte del dicho
señor Rey vos pedimos e decimos, e requerimos, e de la nuestra
vos rogamos que guardedes e facedes guardar al dicho Feman-
do Alfonso e á sus bienes, todos los perdones e gracias e merce-
des, e libertades e esenciones, e preeminencias e prerogativas,
e inmunidades que le deben ser guardadas e de que debe gozar
según que el dicho señor Rey manda por el dicho su Previle-
gio, e veades el traslado, signado del dicho Previlegio que por
su parte vos será mostrado, e lo cumplid en todo e por todo,
seg^n que en él se contiene, defendiéndolo e amparándolo que
no sea ni pueda ser muerto, ni lisiado, ni ferido, ni preso, ni
maltratado, ni sus bienes ni parte dellos tomados, ni prenda-
dos, ni entregados, ni vendidos, ni rematados, por muerte e
maleficio, e homecillo, e exceso, e crimen en que es e fuere
puesto en culpa, e acusado ó le acusaren ó quisieren acusar e
demandar, por causa de la muerte de la dicha Doña Beatriz,
su mujer, e Catalina e Beatriz, sus criadas, e Fernando de
Córdova, e Jorge, Comendadores e de cada uno e cualquier de-
Uos e por otra cualquier causa ó razón que sea, ni lo Uamedes,
ni emplacedes, ni lo consintades llamar ni emplazar ante vos
e alguno de vos, ni ante otro cualquier Juez e Justicia, ni fa-
19
g&des ni consintadea facer contra él ni contra sas bienes anto
alguno, pues que de derecho es e debe ser todo ningnno e del
no es tenido á cosa ni parte dello, ni hay ni parecerá á jaicio
aunque sea llamado, segnn que el dicho señor Rey manda e
defiende por el dicho Previlegio que nos por esta nuestra Carta
TOS damos fe, e certificamos que el dicho Fernando Alfonso,
Veinticuatro, sirvió e moró en esta dicha ciudad de Ante-
quera á su costa e misión el dicho tiempo de un año e un día,
e más dias, e rondó e estuvo e contribuyó en todos los servi-
cios e cosas que debia e era obligado de facer para cumplir el
dicho servicio bien e cumplidamente, según que el dicho Señor
manda por el dicho Previlegio en lo cual cumpliredes servicio e
mandado del dicho señor Rey, e á nos e á esta ciudad e veci-
nos della fáredes mucha ayuda e merced, e por esta Carta
damos e otorgamos todo nuestro poder cumplido al dicho Fer-
nando Alfonso, Veinticuatro, e á quien su poder para ello hobiere,
para vos presentar el traslado signado del dicho Previlegio,
e vos pedir ó requerir e afrontar que lo cumplades en todo
y por todo, según que en él se contiene, e el dicho señor Rey
por él manda eso, dichas causas y penaa e facer cerca dello
todos los autos e diligencias e que se- deban bcer, e para vos
acusar e demandar e haber e cobrar de vos e de cada uno de
cualquier de vos e vuestros bienes las costas e daños que reci-
biere e le fueren fechas, dobladas, y las penas en que habedes
eaido e incurrido e cayéredes e incurrióredes por la dicha
razón e vos facer e fagan todos los emplazamientos e protestacio-
nes e autos e diligencias que se deban facer, así en juicio como
fuera del con todas sus incidencias y dependencias, emergencias
conexidades á ello anejas e conexas^ según que el dicho señor
Rey manda por el dicho su Previlegio, lo cual todo que así en
nuestro nombre ficiere nos obligamos de haber por firme para
siempre jamás e no lo contradecir, e desto le dimos ésta nues-
tra Carta de fe e poder firmada de mí el dicho Alcaide e de
algunos de nos los Alcaldes y Alguaciles, e Regidores, e Ju-
rados, e sellada con nuestro sello, e firmada e signada del
Escribano de los homicianos que á esta ciudad vienen á morar
20
e -vivir, qae faé fecha en la dicha cíadad de Anteqoera en
veintiocho dias del mes de Noviembre, año del nacimiento de
nuestro Salvador Jesucristo, de mil e cuatrocientos e cuaren-
ta e nueve años. Pedro de Tobar. — Alfon de Alarcon. — *
Juan de Rojas.— Fernando • — Gaspar, jurado. — Lope
Jurado.— Juan Alonso, jurado. — Juan Q^Uego, jurado. — Juan
Zamorano, Escribano del Consejo. — E yo, Alfon de Lopio, Es-
cribano e Notario de nuestro señor el Rey e su Escribano pú-
blico de la dicha ciudad de Antequera, e Escribano de los homi-
cianos que á la dicha ciudad de Antequera vienen á servir e
morar, por mandado del dicho Alcalde e Alguacil e Regidores
e Jurados que aquí en mi presencia escribieron sus nombres, la
escrebi e con ellos doy fe que el dicho Femando Alfon, Veinti-
cuatro, sirvió en esta ciudad de Antequera el dicho año e día,
á su costa e misión, e más tiempo, e fíce aquí este mió sig^o
en testimonio. — Está sellado con sello de cera pendiente en
filos de seda.
Concuerda este traslado con su original, escrito en perga-
mino, que para este efecto y ponerlo en letra clara del tiempo
presente, ante mí exhibió, el Padre Fray Tomás de San José,
religioso, sacerdote profeso, y Arquero mayor de su monasterio
del señor San Gerónimo de Valdeparaíso, extramuros de esta
ciudad, que dijo haberlo sacado del archivo de dicho convento
donde estaba, y para efecto de volverlo á poner en él, se lo
volví á entregar y firmó aquí su recibo , y este traslado saqué
en papel del sello cuarto de pobres, el primer pliego que es
en el que despacha el dicho convento en virtud de Real pro-
videncia, y lo intermedio común, en \^ínticinco dias del mes
de Abril, del año de mil seiscientos y noventa y nueve, y fue-
ron testigos de lo ver sacar, corregir y concertar con dicho
su original, D. Francisco de Rívas, D. Pedro Antonio Jurado
Montemayor y Manuel González Valderrama, vecinos de Cór-
doba.— Fray Tomás de San José.— Pedro Jurado Montemayor,
4 Hay un claro en el original de donde se ha copiado este documento.
5 Ideu id.
21
Secretario del Bey nuestro Señor, Escribano perpetuo del nu-
mero de dicha cuidad fui presente y lo firmo y signo, en testi-
monio de verdad. — Pedro Jurado, Escribano público.
Los Escribanos del Rey, nuestro Señor, públicos y del nú-
mero de Córdoba, que aquí firmamos y signamos, ccrtiñcamos
y damos fe, á los que el presente vieren, que Pedro Jurado
Montemayor, de quien está firmado y signado el traslado del
Privilegio anteescrito, es Escribano público del número ae esta
ciudad, como se intitula, fiel, legal y de confianza; y á la escri-
tura y autos que ante el susodicho han pasado y pasan siempre
86 les ha dado y da entera fe y crédito, enjuicio y fuera del,
7 á sus testimonios como dados portal Escribano, fiel, legal
y de toda confianza, y para que dello conste damos el presente
testimonio en Córdoba, en veinticinco dias del mes de Abril
de mil seiscientos y noventa y nueve años. — T lo signé y firmé
en testimonio de verdad, Juan Conde, Escribano público. —
Y en fe dello lo signé y firmé en testimonio de verdad, Alfonso
de Acosta y Campo, Escribano público. -j—En testimonio de
verdad, Juan Monedano, Escribano público. — En testimonio
de verdad, Diego de Pineda > Escribano público.
22
COPIA.
INFOBMAOION DE LO QUE PERO SARMIENTO DÚO OONTBA LA BEINA.
CATÓLICA^ LO CUAL NO SE VIO CON LA TURBACIÓN DEL TIEMPO.
17, MAYO, 1507.
(Archivo general de SimaDca8.^Estado.^Legiijo DÚm. 4.* 9)
En la noble Tilla de Medina del Campo, ¿ diez e siete dias
del mes de Mayo, año del nascimiento de Nuestro Señor Jesn-
cristo de mil e quinientos e siete años, en presencia de mí
Antón Lorenzo de Herrera, Escribano de la Beina nuestra
Señora, e su Notario público en la su Corte e en todos los sus
Reinos e Señoríos, e uno de los del número de la noble cibdad
de Falencia e de los testigos de yuso escritos, el bachiller
Alonso Ruiz, Contador de cuentas de la Reina nuestra Señora,
mostró e presentó una cédula señalada de los Señores de su
muy alto Consejo, e una carta mensajera del señor doctor
Carvajal, del Consejo de Su Alteza, e dijo que mandaba e man-*
daba e mandó á mí el dicho Escribano que rescibiese cierta in-
formación que los dichos Señores mandaban rescebir sobre lo
contenido en la dicha cédula elcarta, por cuanto cumplia al
servicio de Su Alteza, que se hiciese secretamente e ante Escri-
bano que él quisiese elegir, lo cual me mandaba e mandó
so pena de diez mil maravedís para la Cámara e Fisco de la
Reina nuestra Señora; e que para que yo fuese certificado que
las dichas señales de la dicha cédula son de los dichos Señores
quél estaba presto de dar cierta e verdadera información, su
tenor de las cuales dicha cédula e carta es éste que se sigue:
Bachiller Alonso Ruiz, Juez e pesquisidor de la villa de Me-
dina del Campo, el señor doctor Carvajal, del Consejo de la
Reina nuestra Señora, vos escribirá de nuestra parte sobre
cierta pesquisa e otras cosas que habéis de hacer, conviene que
luego entendáis en ello y lo hagáis como el Dotor vos lo escri-
23
be 7 de vos se espera que lo haréis, de antigüedad (ñe) á once
de Mayo de quinientos e siete años^ en la coal dicha cédala
están cinco señales e firmas hechas en cierta forma.
May yirtaoso Señor: aqaí se ha sabido qael corregidor Sar-
miento dijo ahí algunas palabras de la Reina Doña Isabel,
nuestra Señora^ que haya santa gloria, y del Señor Rey Don
Femando, su marido, diciendo que ella estaba en el infierno y
qaél venia á robar este Reino. Estos Señores tos mandan que
muy secretamente hagáis la pesquisa de lo que ha pasado y se
la enviéis cerrada e sellada; el licenciado Moxíca me encomendó
que vos escribiese que le buscásedes una muía; á mí me haréis
merced también en ello, y entiéndese que no habéis de poner
de vuestra casa sino el trabajo; y quedo, Señor, á Ip que man-
dáredes, el doctor GarTajal. — ^T en el sobre escrito de la dicha
carta decía: «Al virtuoso señor el bachiller Alonso Ruiz, Juez e
pesquisidor de la villa de Medina del Campo.» £ decia en el
sobre escrito de la dicha cédula de los dichos Señores: «Al ba-
chiller Alonso Rni^, Juez e pesquisidor de Medina del Campo.)»
E luego, yo, el dicho Escribano dije: que por cuanto me pa-
reda ser la causa secreta e las señales e firmas de la dicha
cédula de los Señores licenciado Tello e licenciado Moxica, e
doctor Carvajal e licenciado Santiago, e licenciado Polanco,
que por reverencia e acatamiento de los dichos Señores, que
dándome información de ser así ciertamente sayas las dichas
señales e firmas de la dicha cédala, que estaba presto de hacer
lo que dicho Alonso Ruiz, Contador, por virtud de la dicha cé-
dula me mandaba; testigos que fueron presentes á lo que dicho
es, el licenciado Hernando de Sahagund e el bachiller Pero
Ordoñez de Pampliga e Rodrigo de Amor, criado del dicho li-
cenciado Sahagund e Juan de Escobar, su hijo del dicho licen-
ciado.
E luego el dicho Alonso Ruiz, Contador susodicho, dijo que
para que yo el dicho Escribano fuese certificado de ser aquellas
las firmas e señales de los dichos Señores del Consejo que ante
mí rescibirian e rescibí juramento del dicho licenciado Saha-
gund, pesquisidor, e del bachiller de Pampliga que presentes
24
estaban, los cuales laégo incontinente juraron en forma debida
de derecho, por Dios nuestro Señor e por Santa María, e por la
señal de la Cruz, en que pusieron sus manos derechas, e por
las palabras de I03 Santos Evangelios, según forma de derecho,
que bien e lealmente dirán la verdad de lo que supiesen e les
fuese preguntado: e siéndoles echada la confusión del dicho
juramento, ellos e cada uno dellos, dijeron e respondieron: si
juro, e amen; e lo que dijeron e declararon, siéndoles mostrada
la cédula original de los dichos Señores, e viéndola e leyén-
dola e las firmas dellas, es lo siguiente:
El dicho licenciado Hernando de Sahagund, testigo jurado
en forma, dijo que conoce que la primera señal e firma de la
dicha cédula es del señor licenciado Tello, e la segunda del
licenciado Moxica, e la tercera del dotor Carvajal, e la cuarta
del licenciado Santiago, e la quinta del licenciado Polanco, e
que lo sabe porque muchas veces ha visto las dichas firmas e
señales en muchas cartas e provisiones de la Reina nuestra
Señora, e porque las tiene agora en provisión e comisión que
tiene para el alboroto acaescido en esta villa, que está presen-
tada ante mí el dicho Escribano, e que ésta es la verdad, so car-
go del dicho juramento, é firmólo de su nombre. — Licenciado
Sahagund.
El dicho bachiller de Pamplíga, testigo jurado, e pregunta-
do, dijo que conoce que las firmas contenidas en la dicha cédula
original que le fué mostrada, que son de los Señores del Consejo
de la Reina nuestra Señora, e que la primera firma es del li-
cenciado Tello, e la segunda del licenciado Moxica, e la tercera
del dotor Carvajal, e la cuarta del licenciado Santiago, e la
quinta del licenciado Polanco, e que lo sabe porque este testi-
go ha visto muchas firmas de los dichos Señores en cartas e
provisiones de la Reina nuestra Señora, así cometidas á este
testigo como á otras personas, e que es así verdad, so cargo del
«
dicho juramento, e firmólo de su nombre. — El bachiller Pam-
pliga.
Vista la información susodicha de los dichos testigos como
la dicha cédula era señalada de los Señores del Consejo de la
25
Reina nuestra Señora, e que aquellas sus firmas e señales, yo
el dicho Escribano digo que estoy presto de complir lo que el
dicho bachiller Alonso Ruiz, de parte de los dichos Señores,
me mandaba e mandó, testigos los susodichos.
E luego encontinente, el dicho bachiller Alonso Ruiz, en
presencia de mí el dicho Escribano e testigos de yuso escritos,
tomó e recibió juramento en forma debida de derecho de los
dichos Alvaro de Mercado, e Francisco Cuello, e de cada uno
dellos, por Dios Naestro Señor e por Santa María, e por la señal
de la Croz que con sus manos derechas tocaron, e por las pala-
bras de los Santos Evangelios, do quier que más verdadera-
mente están escritos, qoe bien e leal e verdaderamente, sin arte
e sin engaño, dirían la verdad de lo que supiesen e les fuese
preguntado: en este caso, sobre quel^dicho Bachiller en nombre
de los dichos Señores, que dellos haber información, e^ue no la
dejaran de decir por amor, temor ni desamor, ni por otra causa
que á ello les mueva, e siéndoles echada la confusión del di-
cho juramento, dijeron e respondieron: sí juro, e amen,* e lo
que los dichos testigos dijeron e dispusieron so virtud del dicho
juramento, es lo siguiente, testigos los susodichos.
Luego el dicho Alonso Ruiz, Bachiller susodicho mostró
secreta e apartadamente á el dicho Alvaro de Mercado, la carta
original del señor dotor Carvajal, que envió al dicho bachiller
Alonso Ruiz á que los dichos Señores del Consejo se referían; é
leida e vista la dicha carta por el dicho Alvaro de Mercado,
dijo, so virtud del dicho juramento, que lo que sabe deste caso
es que en el mes de Setiembre que pasó del año pasado de qui-
nientos e seis años, estando el Rey Don Felipe, que santa glo-
ría haya, e la Reina, nuestros Señores, en la villa de Vallado-
lid, este testigo, viniendo de fuera, llegó á ver e hablar á Garci
Sarmiento, Corregidor desta villa de Medina, como á Corregi-
dor que es; e que estando hablando con él este testigo e Alvaro
de Lugo, Regidor de la dicha villa, e el licenciado Vargas, e
Francisco de Mercado, sobre ciertas cosas, oyó e vio decir al
dicho Garci Sarmiento, Corregidor, que la Reina nuestra Seño-
ra Doña Isabel, que Dios tiene en su gloria, estaba en el iu-
26
fiernoy por tener opresos los hombres; e que este testigo le dijo,
qoe si la Reina naestra Señora no estaba en el Paraíso, qae
este testigo no entendia ir allá; e qnel dicho Alvaro de Lugo,
Tiendo sobresalir tanto al dicho Corregidor, le apartó porqae
no dixese más palabras, e que asimesmo ha oido decir á algu-
nas personas que habia dicho el dicho Corregidor en regimiento
e fuera del, quel Rey Don Hernando era robador, e que si
Tenia á estos Reinos que todo el Reino era robado: fué pre-
guntado por el dicho Bachiller á qué personas oyó lo susodi-
cho: dijo, que lo oyó decir á Francisco Cuello, vecino desta
dicha Tilla, e questa es la Terdad, so cargo del dicho jura-
mento, e firmólo de su nombre. — AlTaro de Mercado.
El dicho Francisco de Cuello, testigo jurado, e preguntado,
siéndole mostrada la dicha carta del dicho señor dotor CarTa-
jal, dijo que lo que sabe deste caso es, que estando un dia con
el corregidor Oarci Sarmiento en su posada , por el mes de Se-
tiembre que ahora pasó del año pasado de quinientos e seis
años, estando con el dicho Corregidor muchas personas que
eran algunos Regidores e el Escribano de Concejo e otros ha-
blando en la Reina Doña Isabel nuestra Señora, que santa
gloria haya, el dicho Corregidor dijo que la Reina Doña Isabel
estaba en el infierno por tener a muchos opresos que no tenían
culpa e contra justicia, e que esto fué en el dicho mes de Se-
tiembre, estando el Rey e la Reina, nuestros Señores, en Valla-
dolid, e que casi á la sazón, en el dicho mes, estando el dicho
Corregidor en las casas del regimiento, bajando de los extra-
dos de lo público para se ir á lo secreto, estando presentes asaz
Regidores e el Escribano del Concejo e otras personas, bajando
hablando en el Rey Don Hernando de los dichos estrados, vio
decir al dicho Corregidor quel Señor Rey Don Hernando era
un tirano robador, e que si estuTiera en estos Reinos, que todo
lo robara, e que ésta es la Terdad so cargo del dicho juramento,
e que otras cosas desta calidad oyó decir que habia dicho el di-
cho Corregidor, e firmólo de su nombre. — Francisco Cuello.
E después de lo susodicho, en la dicha Tilla de Medina del
Campo, á diez e nuoTO dias del mes de Mayo del dicho año, en
27
présesela de mí el dicho Escribano e testigos de yuso escritos,
el dicho bachiller Alonso Rniz, mandó jurar e decir su dicho
6 disposición á Cristóbal Sanz de Medina^ Procurador, mostrán-
dole la cédula original de los Señores del Consejo, el cual la tío
e dijo que por acatamiento e reverencia de sus mercedes, que-
ría hacer lo que de su parte le era mandado, e luego el dicho
bachiller Alonso Ruiz rescibió del juramento en forma debida
de derecho, so virtud del cual dijo lo siguiente, testigos que
fueron presentes á lo que dicho es, el licenciado Sahagund pes-
quisidor, e Juan de Escobar^ su hijo.
El dicho Cristóbal Sanz, Procurador, testigo jurado, e pre-
guntado jcerca del contenido en la dicha códula e carta, dijo
que por Agosto ó por Setiembre del año pasado de quinientos
e seis años, poco más o menos tiempo, estando en la cárcel pú-
blica desta villa do posa, Garci Sarmiento, Corregidor desta
dicha villa, vio e oyó quel dicho Garci Sarmiento decia ques-
tos Reinos habían sido muy mal gobernados, e que creía que
la Reina Doña Isabel, según su mala gobernación, que estaba
en el infierno, e quel Rey de Aragón, con ella, nunca hacía
sino robar e disipar estos Reinos, e que era muy tirano hom-
bre, e que otras veces hablaba otras cosas desta calidad contra
Sus Altezas, e que nunca hablaba bien dellos, e que estaban
presentes á la sazón Francisco de Mercado, Escribano, e Alva-
ro de Lugo; e que á Francisco de Mercado, Escribano, le pesó
mucho dello e se le volvió la color, e que también le pesó á
este testigo, e que respondiera sí no fuera porque era justicia,
e por esto no osó e calló, e que también ha visto quel bachiller
Maldonado, Alcalde del dicho Corregidor, dice algunas cosas
eontira el Señor Rey Don Hernando, diciendo que nunca acá
vemá ni el diablo acá le traiga, e que nunca habla bien de Su
Alteza, e que ésta es la verdad de lo que vio e oyó, so cargo del
dicho juramento, e firmólo de su nombre, e dijo que lo del ba-
chiller Maldonado es público e notorio en esta dicha villa: fuéle
leído su dicho, e dijo que así era verdad como está asentado. —
Cristóbal Sanz de«Medína.
E después de lo susodicho, el dicho día diez e nueve de
28
Mayo del dicho año, el dicho bachiller Alonso Raiz dijo qoe
mandaba e mandó á mí el dicho Escribano^ so la pena que te-
nia puesta, qne le diese la dicha información qne ante mí había
hecho, escrita en limpio, cerrada e sellada, e signada con ofii
signo, para la presentar ante los Señores del Consejo de la
Reina nuestra Señora, de mi parte e por cuyo mandado había
habido la dicha información, e me la mandaba dar, e que si así
lo hiciese que haria lo que debía , en otra manera que protes-
taba lo que protestar debía, e que rogaba á los presentes que
fuesen dello testigos^ que por ser la causa secreta non podía
requerirme ante otro Escribano, e yo el dicho Escribano digo
que estoy presto de le dar la dicha información escrita en lim-
pio, cerrada e sellada, e signado con mi signo, pagándome mí
justo e debido salario: testigos que fueron presentes á lo que
dicho es, rogados e llamados para ello, e vieron hacer el dicho
pedimento al dicho Alonso Ruiz , Contador de cuentas de Su
Alteza. — £1 licenciado ^ Sahagund, pesquisidor á la sazón en la
dicha villa, e Juan de Escobar, su hijo, e Francisco Ruiz ve-
cino de la dicha villa de Medina del Campo, e yo el dicho An-
ton Lorenco de Herrera, Escribano e Notario público, suso-
dicho, presente fué á todo lo que dicho es e de mandamiento
del dicho bachiller Alonso Ruiz, por virtud de la dicha cédula
e carta de los Señores del Consejo de Su Alteza, que aquí firmó
su nombre, presente fué á todo lo que dicho es, juntamente
con los dichos testigos, e saqué esta información del original
que en mi poder queda, lo cual va escrito en estas tres hojas
e una plana de papel de pliego entero con ésta en que va mí
signo, e encima de cada plana van tres rayas, e debajo de cada
una va mi rúbrica e firma acostumbrada, e va en la margen
do diz=aqui firmo su nombre=vala, e no empezca. — E por
ende fice aquí éste mi signo en testimonio de verdad (1$ hay,) —
Antón Lorenco de Herrera. — Derechos desto y de su registro
cuatro reales.
4 Ed medio de estos renglones, está la firma del bacbiller Alonso Ruiz.
29'
DON CARLOS, por la divina clemencia, Emperador semper
augusto, Rey de Alemania; Doña Juana, su madre, yel mismo
Don Carlos, por la gracia de Dios, Reyes de Castilla, de León,
de Aragón, délas Dos Cecilias, de Hierusalen, de Navarra, de
Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de
Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de
Jaén, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas
de Canaria, de las Indias, Islas e Tierra-Firme del mar Océano;
Condes de Barcelona; Señores de Vizcaya e de Molina; Duques
de Athénas e de Neopatria; Condes de Ruisellon e de Cerdeña;
MarG[ueses de Orlstan e de Gociano; Archiduques de Austria;
Duques de Borgoña e de Brabante; Condes de Flandes e de
Tirol,etc.: (M
Por cuanto por parte de vos; Alonso de Yelasco^ caba-
llero de la Orden de Calatrava, nos fué fecha relación que vos
habéis servido al Católico Rey, nuestro padre, abuelo e Señor,
que haya santa gloria, e á Nos en las guerras de África,
desde que se ganó Ma^arquivir. E asimismo en las del Reino
de Navarra. E al tiempo que Barba-Roja, Rey que se nom-
braba de Argel e Túnez e Tremecen, se apoderó de la cibdad
de Tremecen. £ Nos mandamos enviar armada á Oran, para
que fuese á restituir en ella al Rey de Tremecen, el marqués
de Comares, nuestro Capitán general de aqael Reino; vos
envió por Sutheniente de la gente que para ello envió. E qae
vos como tal Teniente de nuestro Capitán general fuisteis
con ellos e pusisteis al dicho Barba-Roja en la dicha cibdad de
Tremecen, e le tovísteis cercado tres meses e más tiempo hasta
que, apremiado e constreñido del cerco e de los combates que
le disteis, se salió della dejándola desamparada. E que á la sa-
lida vos e vuestra gente que con vos estaba, lo desbaratasteis e
le matasteis mucha gente de turcos que consigo traia, e le to-
masteis muchos caballos. E que se salvó el dicho Barba-Roja
(4) Existe la cédula origioal en poder del Sr. D. Fernando Fernández de
Velasoo, quien nos la ba fiícilitado para su publicación.
30
con muy pocos turcos. E qae vos embiásteis en sn seguimiento
alguna de la dicha gente que con vos estaba. E que por ella
fu^ alcanzado e muerto, e tragísteis e metisteis por la cibdad de
Oran, su cabeza e siete banderas que le tomasteis, e sesenta
españoles que tenia cativos, como lo podiamos mandar ver
m
por una información hecha ante juez, e signada de Escribano
público que ante Nos presentasteis. E nos suplicasteis e pedísteis
por merced que porque de lo que vos servísteis en lo susodicho
quedase memoria en vuestro linaje, vos flciese merced de da-
ros por armas la cabeza del dicho Barba-Roja, e las dichas
siete banderas que le tomasteis e ganasteis, e los dichos sesenta
cativos que asimismo le tomasteis, ó como la nuestra merced
fuese. E Nos, acatando todo lo susodicho, por cuanto por la
dicha informacipn paresció ser así. E los Emperadores, Reyes
e Príncipes, por semejantes servicios suelen e acostumbran
facer mercedes á los que los facen, porque otros á ejemplo de-
líos se esfuercen, e animen á bien servir. £ por que de vos e
de lo que en lo susodicho servísteis, haya e quede perpetua me-
moría, tovímoslo por bien, e por la presente vos facemos mer-
ced e damos por armas la dicha cabeza de Barba-Roja, e las
dichas siete banderas e los dichos sesenta cativos cristianos
que le tomasteis e libertasteis, para que vos e vuestros fijos nas-
cidos e por nascer, e sus descendientes, las podáis e puedan
traer agora e de aquí adelante para siempre jamás en vuestros
reposteros e en las otras partes que quisiéredes, e por bien to-
bierédes, según e de la manera que en este escudo están
puestas e figuradas, sin que en ello por ninguna causa ni razón
que sea, vos sea nin pueda ser puesto impedimento alguno.
E por ésta nuestra carta o por su traslado, signado de Escri-
bano público, encargamos al Ilustrísimo Infante Don Fernan-
do, nuestro muy caro e muy amado fijo. E hermano. E man-
damos á los Infantes, Duques, Prelados, Condes, Marqueses,
Ricos-homes, Maestres de las Órdenes portuguesas, Gomen-
dadores e Subcomendadores, Alcaides de los castillos e casas
fuertes e llanas. E á los del nuestro Consejo, Presidentes e
Oidores de las nuestras Audiencias^ Alcaldes, Alguaciles de
31
la Casa e Corte e Chancillerías. E á todos los Corregidores,
Asistentes, Gobernadores, Alcaldes, Alguaciles, Merinos e
otras Justicias e Jaeces qualesquier de todas las ciudades,
Tillas e lugares de los nuestros Reinos e señoríos, así á los
que agora son como á los que serán de aquí adelante, que vos
guarden, e cumplan e fagan guardar e cumplir esta dicha
nuestra carta e todo lo en ella contenido. E contra ella non vos
vayan, nin pasen, nin consientan ir nin pasar en tiempo al-
guno, nin por alguna manera. So pena de la nuestra merced e
de diez mil maravedís para la nuestra Cámara á cada uno
que lo contrario fíciere. Dada en la muy noble ciudad de Tole-
do á treinta y un dias del mes de Mayo, año del nascimiento
de Nuestro Salvador Jesucristo de mil e quinientos e veinti-
cinco años. Ya escrito sobre rayado: ó diz, Algecira; e 6 diz,
nuestra; e 6 diz. Alcaldes, Alguaciles del non le empezca. —
To el Rey. — To Francisco de los Cobos, Secretario de sus Ce-
sárea y Católicas Majestades, la fice escrebir por su mandado.
Al pié dice lo siguiente:
Las armas que Vuestra Majestad manda dar al Comenda-
dor Alonso de Yelasco, que fue General Teniente de capitán
general, en el desbarate de Barba-Roja.
iiLAcioN m DUA iscMTA FABA M mmmm
XiSOILTOX^ X)£! 0<Í>III>0"VA..
COPIADA EN ESTE AÑO DE 173S, DE LA ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA
EN EL ARCHIVO DEL REAL CONVENTO DE SAN PABLO, ORDEN DE PREDICADORES,
DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA.
(Biblioteca del Sr. D. Teodomiro Ramirez de Arellano.)
Tomo LXXXI.
JE8U8.
Bn el nombre de Dios Padre, y del Hijo, j del Espíritu Santo,
tres Personas y un solo Dios verdadero en Trinidad, ¿ el cual
sea dada gloria del Padre y del H^o, y á el Espíritu Santo, así
como era en el comienzo, así es ahora, y por el siglo de los siglos,
amén«
En el nombbe del cual sobredicho Señor, y de la Virgen
Santa María e Madre e Señora y Abogada de los pecadores,
e ¿ honra y ensalzamiento de todos los Ángeles e Santos y
Santas de la Corte del Cielo. Amen,
Por ende sepan cuantos e^ta escriptora vieren , como yo,
Doña Leonor López de Córdova, hija de mi Señor el Maestre
D. Martin López de Córdova e Doña Sancha Carrillo, á quien
dé Dios gloria e Paraíso, juro por esta significanza de -f en
que yo adoro, como todo esto que aquí escrito es verdad que lo
vi, y pasó por mí, y escríbolo á honra y alabanza de mi Señor
Jesucristo, e de la Virgen Santa María, su Madre que lo
parió, porque todas las criaturas que estuvieren en tribulación
sean ciertas, que yo espero en su misericordia, que si se enco-
miendan de corazón á la Virgen Santa María, que ella las con-
solará y acogerá como consoló á mi, y porque quien lo oyere
sepan la relación de todos mis hechos e milagros que la Virgen
Santa María me mostró, y es mi intención que quede por me-
moria, y mándelo escrebir así como lo ven; y así, que yo soy
hija de dicho Maestre que fué de Calatrava, en el tiempo del
Señor Rey Don Pedro, y el dicho Señor le hizo merced de darle
la Encomienda de Alcántara, que es en la ciudad de Sevilla, y
luego le hizo Maestre de Alcántara, y á la postre de Calatrava,
y el dicho Maestre, mi padre, era descendiente de la casa de
Aguilar, y sobrino de D. Juan Manuel, hijo de una sobrina
suya, hija de dos hermanos, e subió á tan grande estado como
se hallará en las Crónicas de Esfaña; e como dicho tengo, soy
hija de Doña Sancha Carrillo, sobrina y Criada del Señor Rey
• 36
Don Alfonflo, de muy esclarecida memoria, que Bioe dé santo
paraíso, padre del dicho Señor Bey Don Pedro, y mi madre
fEdleció muy temprano, y así me casó mi padre de diez y siete
años, con Roy Gutiérrez de Finestrosa, hijo de Juan Fernandez
de Finestrosa, Camarero mayor del Señor Bey Don Pedro, y
Canciller mayor del Sello de la Puridad, y Mayordomo mayor
de la Beina Doña Blanca, su mujer, el cual casó con Doña
María de Haro, señora de Haro y los Cameros , y á mi marido
quedáronle muchos bienes de su padre y muchos lagares, y
alcanzaba trescientos de á caballo suyos, e cuarenta madejas
de aljófar, tan grueso como garbanzos, e quinientos moros e
moras, y dos mU marcos de plata en vajilla; y de las joyas y
preseas de su casa no las pudieran escrebir en dos pli^^ de
papel; y esto le cupo del dicha su padre y madre, porque otro
hijo y heredero no tenian: á mí me dio mi padre veinte doblas
en casamiento, y residíamos en Carmona con las hijas del Señor
Bey Don Pedro, mi marido e yo y mis cuñados, maridos de mis
hermanas y un hermano mió, que se llamaba D. Lope López
de Córdova Carrillo: llamábanse mis cuñados Fernán Bodri-
guez de Aza, señor de Áza e Villalobos; el otro Boy García de
Aza, el otro Lope Bodriguez de Aza, que eran hijos de Alvaro
Bodrigaez de Aza, e de Doña Constanza Villalobos, y fué ansí
que cuando el Señor Bey D. Pedro quedó muerto en el castillo
de Montiel, de su hermano el Señor Bey Don Enrique, mi
padre bajó al Andalucía á llevar gente para socorrerlo, y lle-
vándola, halló que era muerto á manos de su hermano; y vista
esta desgracia, tomó el camino para Carmona , donde estaban
las Señoras Infantas, hijas del Señor Bey Don Pedro, y parien-
tas tan cercanas de mi marido y mías, por mi madre: el Señor
Bey Don Enrique, viéndose Bey de Castilla, se vino á Sevilla
y puso cerco á Carmona, y como es villa tan fuerte estuvo mu-
chos meses cercada; y acaso habiendo salido mi padre fuera de
ella, y sabiéndolo los del Beal del Bey como era salido de dicha
villa, y que no quedarla tan buen cobro en ella, ofreciéronse
doce Caballeros á escalar la vUla; y subidos á ella á la muralla
fueron presos, y luego fué avisado mi padre de tal fecho, y
37
vino luego, y por el atrevimiento les mandó cortar las cabe-
zas; y el Señor Rey Don Enrique, visto este fecho, y que no
podía por fuerza de armas entrarle á satis&cerse de este fecho,
mandó á el Condestable de Castilla tratase de medios con mt
padre; y los medios que mi padre trató fueron dos: el uno, que
las Señoras Infantas las habian de poner libres, á ellas y á sus
tesoros en Inglaterra, antes que él entregase la dicha villa á el
Rey, y así fué fecho, porque mandó á unos escuderos, deudos
suyos, naturales de Córdoba y de su apellido, que fuesen con
ellas, y la demás gente que le pareció. El otro capítulo fué,
que él y sus hijos y valedores, y los que habian asistido por su
orden en aquella villa, fuesen perdonados del Rey y dados por
leales á ellos e á sus descendientes haciendas ; y á así se lo dio
firmado el dicho Condestable en nombre del Rey; y fecho este
partido, entregó la villa á el dicho Condestable en nombre del
Rey, y de allí fueron él y sus hijos y la demás gente á besar
las manos del Rey; y el Señor Rey Don Enrique mandólos
prenáer y poner en las Atarazanas de Sevilla, y ^1 dicho Con*
destable, visto que el Señor Rey Don Enrique no le habia cum-
plido la palabra que él habia dado en sn nombre á el dicho
Maestre, se salió de su Corte y nunca más volvió á ella; y el
Señor Rey mandó que le cortasen la cabeza á mi padre en la
plaza de San Francisco de Sevilla, y que le fuesen confiscados
sus bienes y los de su yerno, valedores y criados, y yéndole á
cortar la cabeza, encontró con Mosen Beltran de Claquin, Caba-
llero francés, que fué el Caballero de quien el Rey Don Pedro
se habia fiado del que lo ponia en salvo estando cercado en el
castillo de Montiel, y no cumpliendo lo que le prometió, antes
lo entregó á el Rey Don Enrique para que lo matase, y como •
encontró á el Maestre y díjole: «Señor Maestre, no os decía yo
que vuestras andanzas habian de parar en esto? T él le res-
pondió: «Más vale morir como leal como yo lo he fecho, que
no vivir como vos vivís habiendo sido traidor.» Y estuvimos los
demás que quedamos presos nueve años, hasta que el Señor
Rey Don Enrique falleció, y nuestros maridos tenían setenta
libras de hierro cada uno en los pies, y mi hermano D. Lope
38
López tenia una cadena ^; los hierros en que habia setenta
eslabones, él era niño de trece años^ la más hermosa criatura
que habia en el mando; e á mi marido en especial, poníanlo en el
aljibe de la hambre, e teníanlo seis e siete días que nunca comia
ni bebia, porque era primo de las Señoras Infantas, hijas del
Señor Rey Don Pedro. En esto vino una pestilencia que murie-
ron todos, mis dos hermanos e mis cuñados, e trece Caballeros
de la casa de mi padre; e Sancho Oñinez de Yillendra, su Ca-
marero mayor, dpcia á mí y á mis hermanos: <xHij6s de mí Señor,
rogad á Dios que os viva yo, que si yo os vivo, nunca moriréis
pobres:» e plugo á Dios que murió al tercero dia sin habla, e á
todos los sacaban á desherrar á el desherradero como moros, des-
pués de muertos: á el triste de mi hermano D. Lope López *,
Alcaide de que nos tenían, que le dijese á Gonzalo Raíz Volan-
te, que nos hacia mucha caridad, e mucha honra por amor de
Dios: «Sr. Alcaide, sea ahora vuesamerced, que me tirase estos
hierros en antes que salga mi ánima, e que no me sacasen á el
desherradero t;omo á moro:» E él díjole: '«Sí en mí fuese yo .le
faria;» y en esto salió su ánima en mis manos, que habia él un
año más que yo, e sacáronlo en una tabla á el desherradero co^
mo á moro, e enterráronlo con mis hermanos, e con mis herma-
nasj e con mis cuñados en San Francisco de Sevilla; e mis cu-
ñados traían sendos collares de oro á la garganta, que eran cin-
co hermanos, e se pusieron aquellos collares en Santa María de
Guadalupe, e prometieron de no quitárselos hasta que todos
cinco se los tirasen á Santa María; que por sus pecados, el uno
murió en Sevilla, y el otro en Lisboa, y el otro en Inglaterra
con sus collares de oro; e los Frailes con su codicia, después de
enterrados le quitaron el collar, y no quedaron en la Atarazana
de la casa de mí señor el Maestre sino mí marido e yo, y en
esto murió el muy alto y muy esclarecido Señor Rey Don En-
rique, de muy alta y esclarecida memoria, e mandó en su tes-
tamento que nos sacasen de la prisión e nos tomasen todo lo
1 Hay un blanco en el original de donde se bt copiado este docuntento,
t ídem id.
39
nnestro; e 70 quedé en casa de mi señora tía Doña María Gar-
cía Carrillo, e mi marido faé á demandar sus bienes; y los que
lod tenían, preciáronlo poco, porque no tenia estado ni manera
para los poder demandar, elos derechos ya sabéis cómo depen-
de á los lugares que han, con que se demandaren; así perdióse
mi marido, e andubo siete años por el mundo como desrentu-
rado, e nunca halló pariente ni amigo que bien le fíciese ni
hubiese piedad del; e al cabo de los siete años, estando yo en
casa de la señora mi tia Doña María García Carrillo, dijeron á
mi marido, que estaba en Badajoz con su tío Lope Fernandez
de Padilla en la guerra de Portugal, que yo estaba muy bien
andante, que me habian hecho mucho bien mis parientes; ca-
balga encima de su muía, que valia muy pocos dineros, e lo que
traía vestido no valia treinta maravedís, y entróse por la puerta
de la señora mi tia; e yo, como habia sabido que mi marido
andaba perdido por el mundo, traté con mi señora mi tia,
hermana de mi señora mi madre, que le decían Doña Teresa
Fernandez Carrillo, estaba en la orden de Guadalajara, que
le ficieron mis bisabuelos, e dotaron precio para cuarenta
ricas-hembras de su linaje, que viviesen en aquella Orden,
envíele á demandar le pluguiese que yo fuese acogida en
aquella Orden , pues por mis pecados , mi marido e yo éramos
perdidos, y ella ^ Orden alcanzáronlo en dicha, porque la
señora mí madre se había criado en aquellos Monesterios, e de
allí la sacó el Rey Don P«dro, e la dio á mi padre que casase
con ella, porque ella era hermana de Gonzalo Diaz Carrillo e
de Diego Carrillo, hijos de D. Juan Fernandez Carrillo e de
Doña Sancha de Rojas, e porque estos mis tíos habian temor
del dicho Señor Rey Don Pedro, que habia muerto y desterra-
do muchos de este linaje, y á mi abuelo le había derribado las
casas e dado cuanto tenía á otro; estos mis tíos fuéronse dende
á servir á el Rey Don Enrique cuando era Conde, por este
enojo. To nascí en Calatayud, en casa del Rey, que fueron las
Señoras Infantas sus bijas mis madrinas, y trujéronme con ellas
é
I Hay OD blanco en el orígioal de donde se ba copiado este documento.
40
á el Alcázar de Segovia, con mi señora y madre que ahí murió,
y quedé 70 de edad qae nuoca la conocí, y después queriendo
venir, como dicho es, en Córdoba junto á San Ipólito, y á mí y mi
marido me acogió allí en unas casas junto á las suyas, y Tién-
denos con poco descanso, hice una oración á la Virgen Santa
María de Betelen, treinta dias, cada noche rezaba trescientas
Aves Marías de rodillas, para que pusiese en corazón á mi se-
ñora que consintiesen abrir un postigo á sus casas, y dos dias
antes que acabase la oración, demándele á la señora mi tía que
me dejase abrir aquel postigo, porque no viniésemos por la calle
á comer á su mesa entre tantos caballeros como habia en Cór-
doba, e la su merced me respondió le placia, e yo fui muy con-
solada; e cuando á otro día quise abrir el postigo, criadas suyas
le habian vuelto su corazón que no le ficiese, e fui tan descon-
solada que perdí la paciencia, e la que hizo más contradicion
con la señora mi tia, se murió en mis manos comiéndose la len-
gua, e otro dia; que no quedaba más que un dia de acabar mi
oración, sábado, soñaba que pasando por San Ipólito tocando el
alba, vi en la pared de los corrales un arco muy grande, e muy
alto, e que entraba yo por allí, e cogia flores de la sierra, e
veia muy gran cielo, y en esto disperté, e tuve esperanza en la
Virgen Santa María que me daria casa; en esto vino un Robo
de la Judería, y tomé un niño huérfano que tenia, para que
fuese instruido en la fé, hícelo bautizar y crié por amor de
Dios, y un dia, viniendo con mi señora tia de misa de San Ipó-
lito, vi repartir á los clérigos de San Ipólito aquellos corrales
donde soñé yo que habia el arco grande, y los supliqué á mi
señora tía Doña María Carrillo, que fuese servida de comprar
aquel sitio para mí, pues que habia diecisiete años que estaba
en su compañía; y me lo compró en ^ doblas con tal con-
dición, que señalaba que se hiciese una Capellanía impuesta
sobre las dichas casas por el ánima del Rey Don Alfonso, que
hizo aquella Iglesia á el nombre de San Ipólito, porque nasció
él á tal dia, e tienen estos Capellanes otras seis ó siete Cape-
4 Hty UD blanco en el origiiuilde donde se ha copiado e^le documento.
41
llanías de D. Gonzalo Fernandez, marido de la dicha señora
mi tía, e de JX- Alfonso Fernandez Señor de A.gailar, e del Ma-
riscal sus hijos: entonces hecha esta merced, alcé los ojos á
Dios, e á la Virgen María, dándole gracias por ello: yendo llegó
á mí un criado del Maestre mi señor e padre, que vive con Mar-
tin Fernandez, Alcaide de los Donceles, que allí estaba oyendo
misa, y envíele á pedir con aquel criado suyo para que como
pariente le diese las gracias á la señora mi tía de la merced
que me habia fecho, e á ¿I plúgole mucho, y así lo fízo con
buena mesura, diciéndole que esta merced rescibia él por suya;
e dándome la posesión abrí una puerta en el sitio e lugar que
habia visto el arco, que la Virgen María me mostró; á los Aba«
des les pesó que entregasen el dicho solar porque yo era de
grande linaje, e mis hijos serian grandes, y ellos eran Abades,
y que no habían menester grandes Caballeros cabe sí, e yo
tuve por buen provecho, y díjeles esperaba en Dios que así seria,
y concertóme con ellos de tal manera, que abrí la puerta en
aquel lugar donde yo quería; e tengo que por aquella caridad
que hice en criar aquel huérfano en 1^ fé de Jesucristo, Dios
me ayudó á darme aquel comienzo de casa, e de antes de estos
yo habia ido treinta diaa á Maitines ante Santa María, el amor-
tecida, que es en la Orden de San Pablo de Córdoba, con aguas
y con vientos descalza, e rezábale sesenta e tres veces esta ora-
ción qae se sigue, con sesenta y seis Ave-Marías en reveren-
cia de los sesenta y seis años que ella vivió con amargura en
este mundo, porque ella me diese casa, e ella me dio casa y
casas por su misericordia, mejores que yo las merecía. Comien-
za la oración: «Madre Santa María, de vos gran dolor habia, e
vuestro hijo bien criado, vístelo atormentado con su gran tri-
bulación, amorteciósebos el corazón; después de su tribulación,
púsobos consolación; ponédmela á mí Señora, que sabéis mi
dolor.»
En este tiempo plugo á Dios, que con la ayuda de la señora
mi tía, y de la labor de mis manos, hiciese en aquel corral dos
palacios y una huertezuela, e otras dos ó tres casas para ser-
virse; en este tiempo vino una pestilencia muy cruel, y mi se-
42
ñora no quería ealir de la ciudad, e yo demándele merced, huir
con mis hijuelos que no se me muriesen, e á ella pon le plugo;
mas díóme licencia, e yo partíme de Córdoba, y fuíme á San-
taella con mis hijos, y %l huérfano que yo crié vivía en 8anta-
ella, y aposénteme en su casa, e todos los vecinos de la villa se
holgaron mucho de mi ida, y recibiéronme con mucho agasajo,
porque habían sido criados del señor mi padre, e así me dieron
la mejor casa que había en el lugar, que era la de Femando
Alonso Media Barba, y estando sin sospecha, entró mi señora
tía con sus hijas, e yo apárteme á una cuadra pequeña, e sus
hijas, mis primas, nunca estaban bien conmigo por el bien que
me hacia su madre; e dende allí pasé tantas amarguras que no
se podían escrebir, y vino allí pestilencia, e así se partió mi tía
e señora con su gente para Aguilar, e llevóme consigo, aun-
que me quería mucho y hacia grande cuenta de mí , e yo había
enviado aquel huérfano que crié á ficga : la noche que llega-
mos á Aguilar entró de Écija el moro con dos landres en la gar-
ganta y tres carbunclos en el rostro, con muy grande calen-
tura, y que estaba allí^D. Alfonso Fernandez mí primo e su
mujer e toda su casa, e aunque todas ellas eran mis sobrinas
e mis amigas, vinieron á mí en sabiendo que mí criado venia
así, dijéronme: «rvuestro criado Alonso viene con pestilencia, y
sí D. Alfonso Fernandez lo ve, hará maravillas estando con tal
enfermedad)^, y el dolor que á mi corazón llegó bien lo podéis
entender, quien esta historia oyere, que yo venia corrida y
amarga, y en pensar que por mí había entrado tan grande do-
lencia en aquella casa: |fice llamar á un criado del señor mí
padre el Maestre, que se llamaba Miguel de Santaella, e ro-
guéle que llevara aquel moro á su casa; y el coitado tuvo mie-
do y dijo: «Señora, cómo lo llevaré con pestilencia que me
mate;» y díjele: «hijo no querrá Díob;» y el con vergüenza de
mí llevólo, e por mis pecados, trece personas que de noche
velaban, todos murieron; e yo hacía una oración que había
oído, que hacía una Monja ante un Crucifijo, parece que ella
era muy devota de Jesucristo, e diz que después que había oído
Maitines, veníase ante un Crucifijo y rezaba de rodillas siete
43
mil veces: «Piadoso hijo de la Virgen, vénzate piedad,» e que
una noche, estando la Monja cerca de donde ella estaba, que
oyó como que le respondió el Crucifijo, e dijo: «Piadoso me
llamaste; piadoso te seré:» e 70 haciendo grande devoción en
estas palabras, rezaba cada noche esta oración, rogando á Dios
me quisiese librar á mí e á mis hijos, y si alguno hobiese de
llevar, llevase el mayor, porque era muy doliente; e plugo á
Dios que una noche faltaba quien velase aquel moro dolien-
te, porque habian muerto todos los que hasta entonces le
habian velado, e vino á mí aquel mi hijo, que le decia Juan Fer-
nandez de Finestrosa, como su abuelo, que era de edad de doce
años e cuatro meses, e díjome: «Señora, no hay quien vele á
Alonso esta noche;» e díjele: «veladle vos por amor de Dios,»
e respondióme: «Señora, ahora que han muerto otros, queréis
que me mate á mí;» e yo díjele: «por caridad que yo lo hago.
Dios habrá piedad de mí;» e mi hijo, por no salir de mi manda-
miento, lo fué á velar, e por mis pecados aquella noche ^ y
el enfermo vivió después, habiendo muerto todos los dichos: e
Doña Teresa, mujer de D. Alfonso Fernandez mi primo, hobo
muy grande enojo porque moría mi hijo por tal ocasión en su
casa, e la muerte en la boca le mandaba sacar de ella, e yo
estaba tan traspasada de pesar, que no pedia hablar del corri-
miento que aquellos Señores me hacian, y el triste de mi hijo
decia: «Decid á mi señora Doña Teresa que no me haga echar,
que ahora saldrá mi ánima para el cielo;» y esa noche falleció,
y se enterró en Santa María de la Coronada, fuera de la villa,
porque Doña Teresa me tenia mala intención^ e no sabia por
qué: Doña Teresa mandó que no lo soterrasen dentro de la
villa; y así, cuando lo llevaron á enterrar, fui yo con él, e
cuando iba por las calles con mi hijo, las gentes sallan dando
alaridos amancillados de mí, y decian: «Salid Señores y veréis
la más desventurada, desamparada, e más maldita mujer del
mundo,» con los gritos que los Cíelos traspasaban; e como los
de aquel lugar todos eran crianza y hechura del señor mi pa-
1 Hay un blaocoeo el origíDal de donde se ba copiado este documento.
44
dre, aunque sabían que les pesaba á sus Señores, hicieron
garande llanto conmigo como si fuera su Señora. Esta noche,
como Tine de soterrar á mi hijo, luego me dijeron que me yí-
niese á Córdoba, e jo llegué á mi señora tia por ver si me lo
mandaba ella; ella me dijo: «Señora sobrina, no puedo dejar de
hacer lo que á mi nuera e á mis hijas he prometido^ porque
son 1 En uno, j en tanto me han afligido, que de * mi
que os parta de mí que se lo hobe otorgado, y esto no sé qae
enojo existe á mi nuera Doña Teresa, que tan mala intención
os tienep e yo le dije con muchas lágrimas: « Señora, Dios no
me salve, si merecí por qué;» y así vínome á mis casas á CkSr-*
doba. — Relación jurada de Doña Leonor López de Cárdova.
i Hty un blanco en el original de donde ae ba oopUdo este docamenlo.
S ídem id.
ÍNDICE
DK LAS
SSOZ%Z"rX7Z%.iLS XIS.A.3LSS
QUE ESTÁN EN EL
ARCHIVO DE SIMANCAS.
Año de 1568.
(Biblioteca del Sr. D. José Sancho RayoD^
INVENTARIO
DE PATRONAZGOS Y OTBAS COSAS PEBPÉTUAS CONCEDIDAS POB
LOS SUMOS PONTÍFICES Ji LOS BEYES DE CASTILLA, QUE HAY EN
LOS ABCHIVOS BEALES DE LA FOBTALEZA DE SIMANCAS, HECHO
POB MÍ DIEGO DE AYALA, TENEDOB DELLOS, POB MANDADO DEL
BEY DON FELIPE, NUESTBO SEÑOB, ASÍ DE LAS QUE ÓABIA EN
ELLOS COMO DE LAS QUE YO BECOOÍ HASTA EL AÑO DE MIL
QUINIENTOS SESENTA Y OCHO.
Bulas originales para lo de Granada.
Un libro^ escrito en pergamino, encoadernado con cubiertas de
raso carmesí y tachones de plata sobredorados, en que están
las erecciones de las iglesias metropolitana, catedrales y co-
legiales y parroquiales del reino de Granada, heehas por los
arzobispos de Toledo y Sevilla, por Bula del Papa Inocen-
cio YIII, á instancia de los Reyes Católicos; y está también
en el dicho libro la dotación de las dichas iglesias hecha por
Sas Altezas, y un proceso fulminado, decernido por el obispo
de Falencia, en que manda ser guardado el patronazgo de
las dichas iglesias á Sus Altezas y á sus sucesores para siem-
pre jamás, en el cual está inserta la villa del dicho patro-
nazgo: tiene el dicho libro cuatro sellos, en cajas de plata
sobredoradas , de los Reyes Católicos y Prelados.
Bula ariffinaliél Papa Inocencio VIH, dada. el año de 1486, en
que concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores, que en
todas las ciudades y villas del reino de Granada é islas de
Canaria, ganadas y por ganar, puedan eregir 6 instituir mo-
nesterios y casas de religiosos utríusqne sexus, de cualquier
religión.
Bula del dicho Inocencio VIII, dada año de 1487, en que con-
cede á los Reyes Católicos y á sus sucesores, que en los lu-
48
gares ganados j por ganar del reino de Granada, puedan
llevar las décimas prediales, personales y mixtas qae los
moros solian dar á los Reyes de aqnel Seino.
Bula del dicho Inocencio VIH, dada el año de 1488, á instancia
de los Reyes Católicos, en que suple cualquier defecto obreo-
cion y subreccion y nulidad que hubiese en la Bula supra
próxima, por él concedida para las dichas décimas.
Bula del mismo Inocencio VIII, dada el año de 1487, en que
concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores las tercias
de todas las tierras del reino de Granada, ganadas y por ga-
nar, y que las puedan convertir en sus usos y transferir en
legos, como lo hacian de las otras de sus Reinos.
Bula del mismo Inocencio VIH, dada el año de 1488, á instan-
cia de los Reyes Católicos, en que suple cualquier defecto y
subreccion que hubiese en la Bula supra prima, por él con-
cedida, para las tercias de Granada, y las concede de nuevo.
Bula del mismo Inocencio VIH, dada el año de 1490, á instan-
cia de los Reyes Católicos, en que concede que los vecinos y
moradores del reino de Granada, moro-cristianos, perpetua-
mente puedan contratar en África, no llevando armas ni cosas
vedadas.
Bula del Papa Alejandro VI, dada el año de 1493, á instancia
de los Reyes Católicos, en que provee ciertos Jueces para que
hagan restituir la iglesia de Alcalá la Real á la de Granada,
de cuya diócesi solia ser.
Bula del dicho Alejandro VI, dada el año de 1493, en que con-
cede á los Reyes y á sus sucesores el derecho de presentar
personas á las dignidades principales post^ontificálem en
todas las iglesias metropolitanas, catedrales y colegiales del
reino de Granada, y que puedan hacer la presentación á los
Ordinarios y no sea necesario hacerla á la Sede Apostólica.
Bula del mismo Alejandro VI, dada el año 1500, en que concede
• á los Reyes Católicos y á sus sucesores, que puedan llevar
las dos tercias partes de los diezmos de los nuevamente con-
vertidos del reino de Granada.
Bula del mismo Papa Alejando VI, dada el año de 1501, en que
49
concede & los Beyes Católicos y á sus sucesores, que puedan
llevar las dichas dos tercias partes de diezmos de Granada
de cristianos nuevos y viejos.
Brete del mismo Alejandro VI, concedido á los Reyes CatólicoSi
año de 1507, para trasladar la iglesia catedral de Granada,
de la mezquita que antes era de los moros, al templo de
Nuestra Señora de la O.
Bula del Papa León X, dada el año de 1517, á instancia del
obispo de Málaga, por la cual aprueba y confirma la anexión
que dicho Obispo habia hecho de dos raciones de la dicha
iglesia, para un organista y maestro de capilla, teniéndolo
por bueno el Emperador Don Carlos, patrón de la dicha
iglesia.
Copias de Bulas y erecciones para lo de Oranada, de qvM no hñf
originales en el archivo.
Copia de Bula del Papa Inocencio VIII, dada el año de 1486,
en que concede á los Reyes Católicos y sus sucesores, el pa-
tronazgo de las iglesias de Granada j Canarias y la villa de
Puerto-Real.
Traslado autíntieo de la erección y dotación del monesterio de
Santiago de la Madre de Dios, de Granada, hecha por los
Reyes Católicos con la aprobación del Papa Alejandro VI, y
proceso fulminado sobre lo por el arzobispo de Granada, por
do se manda guardar ésta en un libro encuadernado en tabla
cubierta de cuero vayo.
Cofia de Bula del dicho Alejandro VI, dada el año de 1501, en
que concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores, que
puedan llevar todos los diezmos de los cristianos nuevos del
reino de Granada, asignando primeramente dote suficiente á
las iglesias, á vista y dispusicion de los arzobispos de To-
ledo y Granada, y lo mismo concede á los Señores de lugares.
Cofia de Bula del dicho Alejandro VI, dada el año de 1504, di-
rigida á los arzobispos de Sevilla y Granada, para que se
informen si la tercia parte de los diezmos de cristianos nuevos
Tomo LXXX!. 4
60
es dote suficiente para las iglesias; y siéndolo, asignen las
dos tercias partes á los Reyes Católicos y á sus sucesore? y
Señores temporales, conforme á la Bula primera, concedida
por Su Santidad el año de 1500.
Traslado auténtico de la donación hecha por los Reyes Católi-
cos al Obispo y Cabildo de Málaga para la dote de la iglesia,
el ano de 1488, y de una provisión de la Reina Doña Juana,
sobre lo mismo, dada el año 1510, por do se manda acudir
al dicho Obispo y Cabildo con la mitad de los diezmos de
cristianos nuevos.
Copia auténtica de Bula del Papa León X, dada el año de 1513,
á instancia del Rey Católico y Reina Doña Juana, y del
Dean y Cabildo de la iglesia de Málaga, por do confirma la
concordia que se hizo sobre la dote de la Mesa Capitular de
la dicha iglesia.
Traslado signado de la cédula que dio la Reina Doña Juana el
año de 1513, por do declara lo que han de haber el Obispo y
Cabildo de la iglesia de Almería, para su dote después de la
erección, y les señala los cuatro novenos de los diezmos de
cristianos nuevos del dicho Obispado y ciertos maravedís
de juro.
Copia de bula del Papa Paulo III, dada el año de 1537, á instan-
cía del Emperador Don Carlos, en que desmembra y aparta
las dos tercias partes de frutos y derechos de las abadías de
Jerez de la Frontera, de Alcalá la Real y los priorazgos de
Aracena y Puerto de Santa María, y los aneja y concede á la
Capilla real de Granada, para la sustentación de Capellán
mayor y capellanes della.
Copia en Romance de una Bula del mismo Paulo III, concedida
al Emperador Don Carlos V, el año de 1537, de gracias y
privilegios para el Capellán mayor y capellanes y oficiales
de la Capilla real de Granada: es perpetua.
51
Bulas 7 breyes originales para lo general de los reinos de la
Corona de Castilla.
Bula del Papa Eugenio III, dada el año de 1433, en que cod-
fírnoa cinco Bulas del Papa Martino V, que en ella están in-
sertas, concedidas al Rey Don Juan II: la primera, contra
usurpadores del patrimonio Real ; la segunda, para absolver
á los que sacan homicidas de las iglesias ; la tercera, para
castigar á los que predican escándalos; la cuarta, para alzar
entredichos puestos por dar huéspedes á clérigos; la quinta,
para castigar á los caballeros de las Órdenes militares que
conspiraren contra la persona Real.
Bula del Papa Inocencio VIII, dada año de 1486, á instancia de
los Reyes Católicos, en que revócalas Bulas del Papa Julio II
y Calixto III, que habian dado contra los perpetuadores de la
jurisdicción eclesiástica, y la de Sixto IV, en que aplicaba á
la Cámara Apostólica la hacienda de algunos clérigos que
morían en estos reinos por ser contra la costumbre antigua
dellos.
Bula del mismo Inocencio VIII, dada el año de 1486, en que
refiere la Bula del Papa Sixto IV, por do concedió las dos
canongías magistral y doctoral en cada iglesia, catedral y
colegial, y las aprueba y confirma.
Bula del mismo Inocencio YIII, dada el año de 1486, en que
concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores que puedan
tener monumento en Palacio la Semana Santa de cada un
año, perpetuamente.
Sula del mismo Inocencio VIH, dada el año de 1486, á instan-
cia de los Reyes Católicos, en que concede que los frailes
menores de sus reinos y señoríos puedan usar de brocados y
ornamentos preciosos para el culto divino.
Bula del mismo Inocencio VIII, dada el año de 1486, en que
concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores, que puedan
poner guardas en la iglesia de Segovia para la seguridad
della^ y un Breve del mismo para que la guarda se pueda
52
encomendar á on Canónigo y tomar del juramento que la
terna por los dichos Reyes.
Bula del Papa Alejandro VI, dada el año de 1493| á instancia
* de los Reyes Católicos, para que los Jueces conservadores no
puedan proceder sino conforme á la Orden de la Chancillería
Apostólica, aunque en las letras conservatorias se contenga
lo contrario, y da la forma y orden cómo han de proceder.
Bula del mismo Alejandro VI^ dada el año de 1493, á instancia
de los Reyes Católicos, en que concede y manda que no se
publiquen ni prediquen aquestas sin ser vistas y examinadas
por su Capellán mayor y los del Consejo.
Bula del mismo Alejandro VI, dada el año de 1493, en que
concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores, todo lo que
ganaren y conquistaren en las Indias.
Bula del mismo Alejandro VI, dada el dicho año, en que con-
cede á los dichos Reyes y sucesores, todo lo que en su nom-
bré se ganare en las Indias é islas, demás de lo concedido
generalmente^ no estando ocupado por otros.
Bula del mismo Alejandro VI, dada el año de 1494, en que
concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores la conquista
de África, y les hace investitura de todos los reinos y seño-
ríos que ganaren.
Bula del mismo Alejandro VI, dada el año de 1494^ en que dice
haber aprobado las concesiones hechas por otros Pontífices
á los Reyes de Castilla de las tercias della, y las concede de
nuevo y las extiende á las tercias de Granada
Bula del mismo Alejandro VI, dada el año de 1493, á instancia
. de los Reyes Católicos, para que si los legos de Galicia han
estado en Divituina , posesione ligitimm prescrupta de llevar
los diezmoS; se les adjudican dejando primeramente congrua
sustentado á los clérigos.
Bula del mismo Alejandro VI, dada el año de 1499, por la cual
revoca todas y cualesquier gracias y reservas de cualesquier
dignidades y beneficios que hubiese concedido á cualesquier
personas en los reinos y señoríos sujetos á los Reyes Cató-
licos.
53
Dos Bulas del mismo Alejandro VI^ dadas los años de 1493
y 1502, concedidas á los Reyes Católicos, para qae los cléri-
gos de primera corona, que no fueren beneficiados, no gocen
del privilegio della si cometieren delito no trayendo hábito
y tonsura al tiempo y antes que le cometiesen.
B%la del mismo Alejandro VI, dada el año de 1501, en que
concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores las tercias
de Canarias.
£%la del mismo Alejandro VI, dada el año de 1507, á instancia
de los Reyes Católicos, en que da facultad á los obispos de
Jaén, Astorga y Falencia, insolidum, para nombrar Jueces en
las diferencias que hubiere entre los clérigos del arzobispado
de Sevilla y los frailes menores: es la concesión perpetua.
Bula del mismo Alejandro VI, dada el año de 1496, para que
los Reyes Don Fernando y Doña Isabel se titulen Católicos.
Bula del mismo Alejandro VI, en que provee ciertos Jueces
contra las personas que conspiraren contra los Reyes Cató-
licos y su estado Real.
^tf^.del mismo Alejandro VI, céntralos perturbadores é impi-
dientes del estado de los Reyes Católicos, durante la guerra
con Francisco y Carlos, reyes de Francia.
Proceso fulminado f insería una Bula del mismo Alejandro VI,
de indulto concedido á los Reyes Católicos, para proveer dig-
«nidades y beneficios por virtud de la cual se proveyó una
canongría de Sevilla al Doctor Ángulo.
Breve del mismo Alejandro VI, en que dice haber aplicado á la
Cámara Apostólica la tercia parte de expolios de los bienes
de Prelados, y encarga á los Reyes Católicos que manden
favorecer á su Nuncio para cobrar los del Cardenal D. Pedro
González de Mendoza.
Breve del mismo Alejandro VI, en que concede á la Reina Doña
Juana la JHosa áurea.
Breve del mismo Alejandro VI, concedido á la Reina Doña
Juana, para que Su Alteza pudiese repartir las reliquias de
los diez mil mártires que la envió, por las casas de religión
que la pareciese, y dallas á personas devotas.
L.^
54
«
Bula del Papa Bonifacio VIII, en qae dice haber canonizado
á San Luis, rey de Francia, y manda que se celebre su ñesta
á 25 de Agosto de cada un año.
Bula del Papa León X, dada el año de 1514, á instancia del
Rey Católico, en que suprime la iglesia y obispado de Oran,
y la erige en abadía é iglesia colegial de la diócesi de To-
ledo, y concede el patronazgo della á los Reyes de Castilla
in perpetuum.
Bula del mismo León X, ejecutoriales, dada el año de 1518, en
que provee la abadía de Roncesvalles, á D. Francisco de
Navarra, por presentación del Emperador Don Carlos, como
patrón.
Bula del Papa Adriano VI, dada el año de 1523, en que con-
cede al Emperador Don Carlos, Rey de España, y á sus su-
cesores, la presentación de la iglesia de Pamplona, y un
Breve del mismo para el mismo efecto.
Bula del mismo Adriano VI, dada el año de 1523, en que con-
cede al Emperador Don Carlos y sus sucesores, Reyes de
España, la presentación de las iglesias metropolitanas, cat<e-
drales y colegiales y abadías consistoriales de los reinos de
Castilla, León y Aragón, Cataluña y Valencia,' y de los otros
sus reinos y señoríos.
Breve del mismo Adriano, en que da facultad al arzobispo de
Granada y obispo de Ciudad-Real, para relajar al Empera-
dor Don Carlos el juramento que Su Majestad hizo de no
pedir ni llevar el servicio general al reino de Aragón, Va-
lencia, Cataluña sin celebrar Cortes generales, para que por
sola aquella vez le pueda pedir y llevar sin celebrarlas.
Bula del Papa Clemente Vil, dada el año de 1529, en que con-
firma la Bula del Papa Adriano VI, por do concedió al Em-
rador Don Carlos y á sus sucesores, la presentación de las
iglesias de Castilla y Aragón, etc., y concede de nuevo todo
lo contenido en la dicha Bula.
Bula del mismo Clemente VII, dada el año de 1530, concedida
al Emperador Don Carlos y á sus sucesores, para llevar los
diezmos del acequia de Aragón.
55
Proceso fulminado, inserta una Bula del mismo Clemente VI[,
concedida al Emperador Don Garlos, contra las personas qae
tienen snstraidas escritoras tocantes al Patrimonio real.
Breee del mismo Clemente YII, dado el año de 1529, para que
no se pongan pensiones en beneficios patrimoniales sin li-
cencia del Emperador Don Carlos y sus sucesores.
Breve del mismo Clemente VII, en que remite al Emperador
Don Carlos los expolios que Su Majestad mandó tomar de
las iglesias y Prelados destos reinos, en tiempo de comuni-
dades, pertenecientes á la Cámara Apostólica, y el salario
que se debia al Papa Adriano del tiempo que fué Gobernador
destos reinos.
Brete del mismo Clemente VII, á instancia del Emperador
Don Carlos, en que perdona á todos los que se hallaron en
el saco de Roma en cualquier manera.
Bfda del Papa Paulo III, dada el año de 1536; en que confirma
al Emperador Don Carlos y sus sucesores, la presentación de
las iglesias de Castilla y Aragón, Cataluña y Valencia, etc.,
concedida por los Sumos Pontífices Adriano IV y Clemen-
te VII, y amplía la concesión para que pueda presentar á los
Obispados y Abadías que vacaren ansí in parttdus como en
Curia romana.
Dos breves del dicho Paulo III, concedidos al Emperador Don
Carlos, en que proroga por dos años la provisión déla abadía
de Monserrat, que es del patronazgo Beal, y de presentar á
Su Majestad como tal patrón.
Breve del mismo Paulo III, concedido al Emperador Don Carlos,
el año de 1538, en que revoca cualesquier otros que haya
dado en perjuicio de Su Majestad y perturbación del gobier-
no de las Indias.
Bula del Papa Julio III, dada el año de 1551, en que concede
al Emperador Don Carlos que pueda vender, de vasallos de
Monesterios, hasta 500.000 ducados.
56
Copias de Bulas y Brdyes para lo de Castilla, de que no hay
originales en el ArchiTo.
Copia auténtica de una Bula del Papa Urbano II , dada el año
de 1095, en que concede á Pedro, Rey de las Españas»
y á sus sucesores, que todas las iglesias de las tierras que
ganaren de los moros y las que hicieren edificar en su Reino,
las puedan distribuir por sus Capillas ó por los Monesterios
que quisieren, sedibus ^iscopalibus exceptis.
Cofia de Bula del Papa Gregorio, concedida al Rey Don Sancho
de Castilla, el año de 1073, y á sus sucesores, para lo mismo
que la subanterior próxima de Urbano II.
Copia de Bula del Papa Pío II, concedida á instancia del Rey
Don Enrique IV, de indulgencias á una Cofradía de la Me-
moria de la Pasión: es perpetua.
Copia de Bula del Papa Sixto IV, concedida á instancia de los
Reyes Católicos, de indulgencias para el monesterio de San
Juan de los Reyes de Toledo.
Copia de Bula del Papa Inocencio VIH, dada el año de 1486, á
instancia de los Reyes Católicos, para que los que se gra-
duaren por rescripto, sean examinados en Universidad apro-
bada.
Copia de Bula del mismo Inocencio VIII, dada el año de 1486,
en confirmación de la ley del Reino, que pena y pugne á las
mancebas de clérigos y frailes.
Copia de Bula del dicho Inocencio VIII, dada el año de 1486,
en que confirma otra del Papa Eugenio IV, concedida al
Rey Don Juan II, el año de 1436, que en ella va inserta, del
patronazgo de los beneficios de las iglesias y monesterios de
los lugares que ganase de los moros y edificasen, y lo mis-
mo concede á los Señores temporales, in perpetuum.
Copia de Bula del mismo Inocencio VIII, dada el año de 1486,
á instancia de los Reyes Católicos, en que manda y ordena
que ningún Juez conservador pueda compeler á parecer
ante sí á ninguna persona fuera de dos dietas, y que no pue-
67
da ser Juez conservador, si no faere persona constituida en
dignidad eclesiástica.
Cofia de Bula del mismo Inocencio VIII, á instancia de los
Reyes Católicos, contra los clérigos escandalosos: es per-
petua.
Copia de Bula del mismo Inocencio VIII, dada el año de 1486,
á instancia de los Keyes Católicos, para que en la Corte no se
pongan entredichos sino en cierta forma.
Copia de Bula del mismo Inocencio VIII, dada el año de 1486,
á instancia de los Reyes Católicos, para la reformación del
monesterio del Cebrero, en la cual se hace mención de un
gran milagro que allí acaesció.
Copia de Bula del dicho Inocencio VIII, para trasladar los mo-
nesterios de San Antonio, de Segovia, y de Santa Clara, de
la misma ciudad^ á otras partes.
Traslado de Bula del Papa Alejandro VI, dada el año de 1493,
en que concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores todas
las gracias y privilegios concedidos á los Reyes de Portugal,
acerca de las Indias y partes de África que conquistaron.
Traslado de otra Bula del mismo Alejandro VI, dada el año
de 1493, por la cual confirma y aprueba las Bulas concedi-
das por los Sumos Pontífices á los Reyes de Castilla, para
llevar las terciaá de los diezmos, y amplía y extiende la con-
cesión á las tercias de Granada, y las concede de nuevo á los
Reyes Católicos y á sus sucesores para siempre.
Copia de Bula del mismo Alejandro VI, dada el año de 1494,
en que concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores, el
patronazgo del Hospital Real de Santiago.
Capia de Bula del mismo Alejandro VI, dada el año de 1494,
en que declara que la Bula que habia concedido para que no
se publicasen aquestas sin ser primero vistas y examinadas
por el Capellán mayor de los Reyes de Castilla, y por los de
su Consejo, se extienda también á las gracias concedidas por
los Ordinarios, y concede y manda que si algunas se predi-
caren ó publicaren falsamente, la limosna que se hubiere de
ellas sea para los dichos Reyes.
68
Copias de dos Bulas del dicho Alejandro VI, dadas en el año
de 1499, á instancia de los Rejes Católicos, para que los
beneficios curados los sirvan personas idóneas, y comete la
ejecución dello al arzobispo do Toledo y al obispo de Jaén.
Th'oslado de Bula del dicho Alejandro VI, dada el año de 1501,
por la cual concede á los Reyes Católicos y á sus sucesores
todos los diezmos de las Indias é Islas, erigiendo á su costa
iglesias, y dotándolas ante todas cosas.
Traslado de Bula del mismo Alejandro VI, dada el año de 1502,
á instancia de los Reyes Católicos, en que concede y manda
que los beneficios patrimoniales del obispado de Falencia se
provean por examen, y que ninguno pueda tener más de un
beneficio.
Subdelegacion del arzobispo de Toledo: Fray Francisco Jimé-
nez al Provincial de la provincia de Castilla, para que visite
los monesterios de Santa Clara y beatas de la Tercera Orden,
por virtud de un Breve del Papa Alejandro VI, á instancia
de los Reyes Católicos.
Copia de Breve del mismo Alejandro VI, inserta una Bula del
Papa Inocencio, para la reformación de la Orden y observan-
cia de San Benito, á instancia de los Reyes Católicos.
Copia de un Brete general dado por el Papa Julio II, el año
de 1503, en que aprueba y ratifica y confirma todas las gra-
cias, privilegios, indultos, facultades y preeminencias conce-
didas por los Sumos Pontífices, y se dó aplicación á los Reyes
Católicos y á sus sucesores, en lo espiritual y temporal, gene-
ralmente.
Copia de Bula del mismo Julio II, dada el año de 1509, conce-
dida á la Reina Doña Juana, para que los beneficios patri-
moniales del obispado de Burgos se provean por examen á
los hijos patrimoniales.
Un cuaderno de papel, en que hay veintitrés copias de Bulas
concedidas por los Sumos Pontífices á la Universidad y es-
tudio de Salamanca, que la primera es del Papa Alejandro VI,
y la última del Papa Julio II.
Otro cuaderno depapely en que hay cincuenta y ocho copias de
59
Balas y Breves concedidos por los Sumos Pontífices á la
UnÍTersídad y estudio de Alcalá de Henares: está entre ellas
una Bula general del Papa Nicolás Y, para que los cristia-
nos nuevos, después de haber recibido el Santo Bautismo y
]a Fé de Cristo, puedan tener las dignidades y oficios que los
otros cristianos viejos.
Copia de Bula del Papa Julio II, dada el año de 1508, en que
concede á la Reina Doña Juana y á sus sucesores, el patro-
nazgo de las iglesias de las Indias.
Copia de Bula del mismo Julio II, contra los cismáticos gasco-
nes y navarros.
Copia de Bula del Papa León X, dada á instancia de los Reyes
Católicos, de indulgencias y remisiones de pecados á los que
visitaren y dieren limosna á los hospitales de Oran y Magar-
quivir: es perpetua.
Copia del asiento y concordia que se tomó entre el Cabildo de la
iglesia Colegial de Alcalá de Henares y el Colegio de la
dicha villa, sobre la gestión y provisión de las nuevas pre-
bendas que allí se instituyeron y dotaron, de que son patro-
nos los Reyes de Castilla, y confirmación hecha por el Empe-
rador Don Carlos el año de 1519.
Proceso fulminado: inserta una Bula del Papa Clemente VII,
concedida el año de 1533, en que confirma un Estatuto de
los frailes menores, para que ningún General ni Provincial
de la dicha Orden pueda ser reelegido por espacio de cuatro
años: están con el proceso la Provisión original del General
y otras eserituras á ello tocantes.
Copia de Bula del Papa Pío IV, dada el año de 1561, en que
concede al Rey Don Felipe II y á sus sucesores, el patro-
nazgo de la Capilla de los Reyes Nuevos de Toledo.
Hay otras muchas Bulas y Breves, de gracias ó indulgencias y
concesionarios de Sumos Pontífices y Generales de las Órde-
nes concedidas á los Reyes y ciudades, y subsidios que por
ser temporales no se ponen aquí.
6Ú
Bolas concedidas por los Sumos Pontífices á los Reyes de
Castilla, en favor de su Capilla real.
Bula del Papa Sixto lY, concedida á la Reina Católica, siendo
Princesa, el año de 1474, en qne exime al Capellán mayor y
á los otros Capellanes cantores y oficiales de la dicha Capilla
de la jurisdicción de los Ordinarios, y les sujeta al Capellán
mayor y les concede otras gracias.
Bula del mismo Sixto IV, concedida al Rey Don Fernando,
siendo Príncipe, el dicho año de 1474, para lo mismo.
Bula del mismo Sixto IV, concedida á los dichos Reyes Católi-
cos, el año de 1477, para qne su Capellán mayor se llame
Rector de todos los cortesanos y les pueda oir de confesión y
administrar los Sacramentos, aunque sea en Pascua de Re-
surrección, por sí ó por las personas que eligiere, y que pue-
da dar facultad para elegir confesor, etc.
Bula del dicho Papa Sixto IV, concedida á los dichos Reyes
Católicos, el año de 1479, para que su Capellán mayor pueda
absolver á todos los cortesanos y á otras cualesquier perso-
nas que siguiesen su Corte, de todos los delitos y pecados,
etcétera, aunque sean reservados á los Obispos.
Breve del Papa Clemente VII, concedido al Emperador Don
Carlos V, el año de 1529, en que aprueba y confirma todas
las gracias y facultades concedidas por los Sumos Pontífices
en favor de la Capilla real y Capellán mayor y oficiales
della, y las amplía.
Minuta de las Ordenanzas de la Capilla real.
Bulas y Breves originales concedidos á los Reyes de Castilla,
de los Maestrazgos de Santiago, Calatrava y Alcántara.
Bula del Papa Inocencio VIII, dada el año de 1488, en que
concede al Rey Católico la administración del Maestrazgo de
Alcántara, por sus días.
Bula del mismo Inocencio VIII, dada el año de 1489, en que
61
concede la administración del dicho Maestrazgo de Alcántara
á la Reina Católica, jontamente con el dicho Rey Católico.
Bula del mismo Inocencio VIII, en que provee á Diego de San-
tillan las Encomiendas de la Moraleja y Felices.
Bula del Papa Alejandro VI, dada el año de 1492, por la cnal
reintegra y aprueba dos Bulas del Papa Inocencio VIH, re-
formando la administración de los Maestrazgos á los Reyes
Católicos, sin embargo de una revocación general que el
mismo Alejandro habia hecho de las reservas del dicho Ino-
cencio VIII.
Bula del Papa León X, dada el año de 1515, en que concede al
EmpeifLdor Carlos V, la administración de los Maestrazgos
de Santiago, Calatrava y Alcántara.
Bula del Papa Adriano VI, dada el año de 1523, en que con-
firma al Emperador Don Carlos y á sus sucesores, la admi-
nistración perpetua de los dichos Maestrazgos y la aneja per-
petuamente á la Corona de Castilla y León, aunque suceda
mujer en los dichos Reinos.
Bula del Papa Clemente VII, dada el año de 1529, en que con-
firma al Emperador Don Carlos y á sus sucesores, la admi-
nistración perpetua de los Maestrazgos de Santiago, Cala-
trava y Alcántara.
Breve del mismo Clemente VII, dado el año de 1530, en que
concede al Emperador Carlos V, que por aquella vez provea
la Encomienda mayor de Alcántara á la persona que quisiere,
aunque no haya recibido el Hábito de la Orden.
Breve del mismo Clemente VII, dado el año de 1531, en que
concede al Emperador Don Carlos, que pueda dividir la En-
comienda de Belvis y Benfayan, y hacer de ella dos ó más,
como á Su Majestad le pareciese.
Breve del mismo Clemente VII, concedido al Emperador Don
Carlos, el dicho año de 1531 , para que Su Majestad pueda
dividir las Encomiendas de Alcántara cuando vacaren, y
hacer de cada una dos ó más como le pareciere.
Breve del mismo Clemente VII, concedido al dicho Emperador
Don Carlos, para que Su Majestad pueda disponer de las ren-
62
tas de los tres Maestrazgos por diess años después de su Tida
para sus descargos.
Breve del Papa Paulo III, concedido al dicho Emperador, para
lo mismo que el supra-próximo.
Bula dd mismo Paulo III, concedida al Emperador Don Carlos,
el año de 1534, para dividir las Encomiendas de las tres
Órdenes de Santiago, Calatrava y Alcántara, como á Su Ma-
jestad le pareciese.
Breve del Papa Julio III, dado el año de 1554, en que concede
á la Princesa Doña Juana, Gobernadora de España, que en
ausencia del Emperador y Rey Don Felipe II, pueda des-
membrar de los bienes de las Órdenes de Santiago, .Calatrava
y Alcántara, hasta en cantidad de 40.000 ducados que por los
Papas Clemente VII y Paulo III fué concedido á Sus Ma^
jestades.
Bula del Papa Alejandro VI, dada el año de 1493, en qtíe con-
cede á los Beyes Católicos la administración del Maestrazgo
de Santiago, por vacación del Maestre D. Alfonso de Cár-
denas.
Bula del mismo Alejandro VI, dada el año de 1494, á instancia
de los Reyes Católicos, contra los que tuviesen sustraidas
escrituras tocantes al Maestrazgo y Orden de Santiago.
Traslados de BtQas y Breves de Maestrazgos á favor de los
Reyes de Castilla, de que no hay originales en el Archivo.
Traslado de Bula del Papa Clemente VII, concedida al Empe-
rador Don Carlos, el año de 1529, para que pueda desmem-
brar de las Órdenes hasta en cantidad de 40.000 ducados, la
mitad de la Mesa Maestral, y la otra mitad de las Encemien-
das, como á Su Majestad le pareciere, asignándoles otra tanta
renta del Patrimonio real, para fundar conventos de las
dichas Órdenes, en el reino de Granada y partes de África.
Traslado de lu Bula del Papa Paulo III, dada el año de 1536,
en que confirma al Emperador Don Cárlqp la Bula del Papa
Clemente VII, supra-próxima, para la desmembración de bie-
63
nes de las diehas Órdenes: dícese en la cubierta que estas
dos Bulas se entregaron al Contador Almaguer, por manda-
do de Su Majestad.
Traslado del Breve del dicho Papa Paulo III, concedido al EiÉ-
perador Don Carlos, en confirmación de las dichas dos Bulas
supra-próximas , y concede que la dicha desmembración se
pueda hacer de cualesquiera rentas, aunque sean de diezmos
y primicias, y que las personas á quien se vendieren las
puedan llevar.
Sscritura de subdeUgacion que hizo el arzobispo de Santiago
en el obispo de Badajoz, para la ejecución de las Bulas con-
cedidas por los dichos Clemente VI y Paulo III, para la dicha
desmembración de bienes y rentas de las Órdenes.
Copia de Bula del Papa Alejandro VI, dada el año de 1495, de
la reservación del Maestrazgo de Santiago en favor del Rey
Católico.
Cofia de Bula del mismo Alejandro VI, en que concede á los
Reyes Católicos la administración perpetua del Maestrazgo
de Santiago.
Bulas y Breves concedidas por los Sumos Pontífices á los Reyes
de Castilla, para el oficio 'de la Santa Inquisición.
Bulas originales.
Bula del Papa Inocencio VIII, en que aprueba y confirma por
Inquisidor general á Fray Tomás de Torquemada» y que
pueda subrogar otras personas y amoverlas y poner otras, y
concede que los Ministros de Inquisición gocen los frutos de
sus beneficios sin residir: dióse el año de 1485.
Bula del mismo Inocencio VIII, dada el año de 1486, en que
concede que los Inquisidores destos reinos puedan reconci-
liar secretamente cincuenta personas, las que nombrasen los
Reyes Católicos.
Bula del mismo Inocencio VIII, para el mismo efecto que la
susodicha.
64
Bula del Papa Alejandro VI, dada el año de 1494, en qne hitce
Juez al obispo de Avila de todas las causas de Inquisición,
de que se apelare para la Sede Apostólica, y se las comete.
Capias.
Copias de ios Bulas del Papa Sixto lY, concedidas á instancia
de los Reyes Católicos, los años de 1481 y 1483, en que hace
Jueces de las causas de apelación de Inquisición á ciertas
personas, y da la forma de proceder en las dichas apela-
ciones.
Copia di una Bula del dicho Inocencio VIH, dada el año
de 1486, á instancia de los Reyes Católicos, en que concede
que los condenados por Inquisición puedan retener los bienes
y hacienda que tuviesen, si les fueren perdonados por los
dichos Reyes á cuya Cámara pertenecen.
Copia de dos Bulas del dicho Inocencio VIII y un Breve de
confirmación y nombramiento de Inquisidores generales.
Copias de Breves del mismo Inocencio VIII, para que los Inqui-
sidores puedan reconciliar en secreto ciertas personas vivas
y ciertos difuntos que les nombraren los Reyes Católicos.
65
CUADERNO DE INVENTARIOS
DB DIYBBSAS FACULTÁDBS DE ESCBITUBAS, QUE ESTÁN ÉN EL
ABCHIYO BEAL DE LA FOBTALEZA DB SIMANCAS, EN UNO DE
LOS CAJONES DE LA cXmABA DEL PATBONÁZOO, QUE SE BECO-
GIEBON ALLÍ POB MANDADO DE LA MAJESTAD DEL BEY DON
FELIPE I NUESTBO SEÑOB^ AÑO DE 1568.
De sentencias y cartas esjecutorias.— De juramentos y pleitos-
homenajes. -De poderes ó instrucciones de gobernación.— De
compras Reales.— De pragmáticas y fueros Reales.— De las tres
Órdenes militares.
Be sentencias y cartas ejecutorias.
Copia auténtica de una sentencia dada por el Rey Don Alonso,
era de 1369, en que declara el derecho que pertenece á la
Corona real de Castilla en la ciudad de Sigüenza, y lo que
pertenece al Obispo y Cabildo y Concejo della, ansí en el
señorío y jurisdicción como en las rentas de la dicha ciudad.
Copia de nna sentencia y declaración de dos Jueces arbitros,
Comisarios del Rey Don Enrique de Castilla y Don Carlos,
Rey de Navarra, sobre los pastos y términos entre la villa de
Alfaro, de la. Corona de Castilla, y la villa de Corella, de la
Corona de Navarra, dada el año 1375.
Sentencia y mandamiento de los Oidores de Chancillería, en que
mandan á Diego Hurtado de Mendoza, Mayordomo mayor
del Rey Don Juan I, que entregue la villa de Torija con su
casa, á Doña María Coronel, conforme á una cédula de Su
Alteza, que va inserta, dada el año de 1389.
Sentencia y declaración de ciertos Jueces, Comisarios de los
Reyes Católicos, sobre los límites y términos del bosque del
Fardo con la villa de Madrid^ dada el año de 1494.
Copia simple de una sentencia de dos Jueces, Comisarios, dada
Tomo LXXXI. 5
6C
contra Joan de Figuerea, sobre ciertos Mudes que diz que
había hecho en las rentas Reales, de qae fué acusado por el
Fiscal, año 14190.
Carta ^tcutaria en lavorde] Fisco real contra el concejo de
Yiana en Galioia, sobre el alcabala de pechos y serrioioB que
deben á los Reyes, dada el año de 1496.
Carta yecutoria en favor del Fisco real, contra el Vizconde don
Alonso Pepea de Tirero, sobre las casas de la Chancillería de
Valladolid, dada el alio ldl4.
Cédula del Emperador Don Cirios, en que Su Majestad manda
al duque de Arcos que salga de Sevilla, dada el año de 1517.
Otra cidiílü para lo mismo, contra D. Fernando Enriquez» dada
el dicho año 1517.
Cofia de una smtmeia y ma^ami&nto del Audiencia Real de
Yalladolid, dada contra el conde de Urueña, por cierto
desacato y resistencia que hizo á una Carta ejecutoria de Sus
Majestades y á los Ministros que la llevaron, en que I9 sus-
penden de loe oficios y mercedes que tenia de Su Majestad,
año de 1517.
Ejee%U^ia en favor del Fisco real , contra el Condestable de
Castilla, sobre las tercias del logar de Itero, dada el año
de 1533.
Otra ejecutoria en ftivor del Fisco real , contra el Comendador
de Peñalver, y los quinteros y vecinos de Santa María de
Poyos, sobre el alcabala del dicho lugar, dada el año de 1536.
Ejecutoria en favor del Fisco real, contra el Condestable de
Castilla, sobre las alcabalas de los lugares de Bobadilla y
Yillamarqués, dada el año de 1533.
Cofia en molde de la sentencia que el Papa Clemente VII, dio á
favor* de la Reina Doña Catherina contra el Rey Enrique de
Inglaterra, su marido^ en la causa matrimonial que trataban,
año de 1534.
Copia de la sentencia que el Emperador Don Carlos did contra
los del Consejo de las Indias en la visita secreta que contra
ellos se tomó el año de 1543.
Traslado signado de la sentencia arbitraria que los Reyes Cató-
67
dieron, entre el daqne de Alva y el conde de Miranda,
9obm la Tilla de Miranda y 0a jurisdiecioni eu qae adjudica-
ron la dicha TíUa al dicho Conde, año de 1487.
¡Sentencia a/rbitraria^ dada por el Rey Católico en favor del
marqués de D¿nia, contra el conde de Castro, aobre cierto
ganado que se tomó á la villa de Cea y vecinos della, vasa-
llos del dicho Marqaás, año de 1S05.
Copia de wna sentencia que el Emperador Don Cárloa dio sobre
una diferencia qae hubo entre D« Juan de Acuña y D» Pedro
Puerto Carrero, sobre palabras y otras cosas de honra, año
de 1545.
Copia de una sentencia y declaración dada por un Jaes arbitro
entre la villa de Gumiel de Izan y el Abad del monesterio de
Sani Pedro de la dicha villa, sobre la jurisdicción y oficios de
Justicia, año de la era de 1237.
Traslado de la ejecutoria que se dio en favor del Fisco real con-
tra el duque de Béjar y contra los Concejos de Gibraleon
y otros lugares del dicho Duque, sobre ciertos derechos de
almojerifazgo, pertenecientes á la Corona Real.
Traslado sigilado de una sentencia que ciertos Jueces, diputados
por el Rey Don Enrique lY y por el Reino, dieron en favor
de la Reina Católica Doña Isabel, siendo Infante, en que
mandaron restituir á Su Alteza la villa de Cuéllar con su
tierra, término y jurisdicción, y rentas y derechos de que el
Rey Don Juan, su padre, la habia hecho merced, y declara-
ron la dicha villa no poder ser vendida ni apartada de la
dicha InTanta, conforme á la dicha merced.
De juramentos y pleitos-homenajes,
PleitoS'iomenajes del obispo de Salamanca y Oouzalo>de Cór-
doba, de obediencia y fidelidad que prestaron al Rey Don
Enrique IV.
Pleito-homenaje de Don Luis de la Cerda, conde de Medinacelí,
á los Reyes Católicos por la villa de Arcos en Navarra, de que
Sus Altezas le hicieron merced.
Ün mazo de pleitos^homenajes de los Alcaides de las fortalezas
68
del arzobispado de Toledo, hechos á los Reyes Católicos para
las tener por Sus Altezas durante la Sede vacante del dicho
Arzobispado, por muerte del Cardenal Don Pedro González
de Mendoza, conforme á la costumbre antigua de los reinos.
Un mazo de poderes de algunas ciudades destos reinos, para
jurar y prestar la obediencia al Príncipe Don Juan, hijo de
los Reyes Católicos, como á primogénito y legítimo heredero
y sucesor dellos.
Testimonio de como la ciudad de Murcia alzó pendones por la
Reina Doña Juana, después de la muerte de la Reina Cató-
lica, año de 1504.
Testimonio de como la ciudad de Toledo recibió al Emperador
Don Carlos por Rey, siendo Príncipe, el año de 1516, y levan-
taron pendones por Su Majestad.
Un muzo de copias de juramentos de Jldelidad que los Prela-
dos, caballeros y ciudades de estos reinos presentaron al Em-
perador y Rey Don Carlos, juntamente con la Reina Doña
Juana, su madre, el año de 1518, en Cortes generales, y del
que Su Majestad hizo á los dichos reinos y Procuradores de
ellos, y de los pleitos-homenajes que hicieron á Su Majestad
los Alcaides de las fortalezas destos reinos que las tenian y
á quien Su Majestad hizo merced dellas.
Escritura original de la obediencia y fidelidad que el condado
de Vizcaya prestó al Rey Don Carlos, nuestro Señor, el año
de 1516, y le recibió por Rey y Señor juntamente con la
Reina Doña Juana, su madre.
Un m/izo de escrituras de juramentos de obediencia y fidelidad
que el reino de Navarra hizo al Emperador y Rey Don Carlos,
nuestro Señor, y á la Reina Doña Juana, su madre, y los
que en nombre de Sus Majestades se hicieron al dicho Reino,
y están con ellos los juramentos que hicieron por el Reino al
Príncipe Don Carlos de Navarra, hijo del rey Don Carlos IV,
y al príncipe Don Carlos, hijo del rey Don Juan de Aragón,
y al Rey Don Juan y á la Reina Doña Catherina, su mujer,
últimos Reyes que fueron de aquel Reino, y al Rey Católico
y los que Sus Altezas hicieron al dicho Reino.
69
Cofia de los juramentos ie obediencia y fidelidad que los Pre-
ladosi caballeros y ciudades destos reinos de Castilla pres-
taron á la Majestad del Rey Don Felipe, nuestro Señor, sien-
do Príncipe, el año de 1528, en Cortes generales.
Escritura original que Su Majestad otorgó á los Procuradores
destos reinoS; de juramento y promesa en las Cortes de To-
ledo, año de 1560.
Escritura original de juramento y fidelidad que los Prelados y
caballeros y Procuradores del reino prestaron al Príncipe
Don Carlos, nuestro Señor, en las Cortes de Toledo, el
año 1560.
De poderes i instrucciones de gobernación.
Poder del Rey Católico á la Reina Doña Isabel para la goberna-
ción de los reinos de la Corona de Aragón, como propietaria
dellos, año de 1481.
Poderes de los Reyes Católicos á los de su Consejo, que resi-
dian con los Visoreyes en Castilla, el año 1492.
Poder del Rey Don Carlos, estando en Flandes, al Cardenal de
España, para la gobernación después de muerto el Rey Cató-
lico, año de 1516.
Traslado del poder qxie el Emperador y Rey Don Carlos dio á
los Gobernadores destos reinos en tiempo de Comunidades,
para proveer de los oficios de los que condenaren por rebeldes.
Copia de los poderes é instrucciones que el Emperador dio á la
Emperatriz y á los del Consejo, para la gobernación, cuando
Su Majestad partió para Valencia, año de 1528.
Copia de los poderes i instnicciones que el Emperador dio á la
Emperatriz y á los del Consejo, para la gobernación, cuando
Su Miyestad partió á Italia, año 1529.
Copias de la instrucción y restitución de Poder que el Empera-
dor dejó á la Emperatriz, cuando Su Majestad fué á Túnez,
año 1535.
El Poder general i instrucción que el Emperador dejó á la Em-
peratriz para la gobernación, cuando Su Majestad fué á
Monzón, año 1537.
70
Los poderes originales que el Emperador dejó á la Emperatriz
para la gobernación, cuando Su Majestad fué á Niza el año
de 1538.
JW wi cofreeieo de acero tambado; que dicen de la Emperatriz,
están todos los poderes ¿ instrucciones y restricciones origi-
nales que el Emperador dio y dejó á la Emperatriz en las
ausencias que Su Majestad Imperial hizo de Castilla para la
gobernación y otras cosas, de que tiene llave y memorial la
Majestad del Rey Don Felipe, nuestro Señor, y en el Archivo
está otra memoria dello.
Cofias de los poderes y despacho que el Emperador dejó á loe
Cardenales de Toledo y Sevilla para la gobernación destos
reinos, cuando Su Majestad partió dellos el año 1539.
Un mazoy en que hay veinte escrituras de poderes é instruccio-
nes que el Emperador dejó al Rey Don Felipe, nuestro Señor,
siendo Príncipe, para la gobernación de los reinos de Casti-
lla, Aragón y Valencia, el año de 1543.
Los poderes y restituciones é instrucciones que el Emperador
dio á los Reyes de Bohemia para la gobernación, el año 1548.
Poder del Emperador á la dicha Reina de Bohemia, año 1550.
Los poderes que el Emperador envió al rey Don Felipe, nues-
tro Señor, siendo Príncipe, parala gobernación, año de 1551.
Poder del Emperador para el dicho Don Felipe, nuestro Señor,
siendo Príncipe, el año 1552, estando sobre Mez de Lorena.
Poder del Emperador al dicho Rey, su hijo, siendo Príncipe, el
año 1552, para vender vasallos de monesterios en Aragón
por virtud de la Bula apostólica.
Instrucción dada por el Emperadpr, sobre lo de las hidalguías
en Argentina, año 1552.
Poderes que el Emperador dio á la Princesa de Portugal, para
la gobernación de los reinos, durante la ausencia de la Ma-
jestad del Rey Don Felipe, nuestro Señor, el año de 1554.
Las instrucciones y restituciones que el rey Don Felipe, nuestro
Señor, dejó á la Princesa de Portugal cuando Su Majestad
partió á Inglaterra el año 1554.
Poder del Rey Don Felipe, nuestro Señor, á la Princesa de Por-
71
•
tugal para la gobernación destqs reinos, dado el año 1556, en
confirmación de lo que el Emperador habla dado el año 1554.
Poderet ¿ insiruceion qae trajo el conde de Melito, del Rey Don
Falipe, nuestro Señor, para la Princesa de Portugal, dados
. exL fimseilas el año de 1557.
Poder del Bey Don Felipe, nuestro Señor, á la dicha Princesa
de Portugal, dado en Londres el año de/ 1557.
Poder del Bey, nuestro Señor, para la dicha Princesa, dado en
AbrU 1558.
Instruccum del Emperador para Don Pedro de la Cueva cuando
fué enviado por Su Majestad á Don Hernando de Cronzaga
y á Boma, el año de 1530.
Instrucción de Su Majestad Imperial, para la empresa de Argel,
año de 1541.
Instrucción de Su Majestad para Idiaquez^ cuando vino á Es-
paña el año de 1544.
Instrucción de Su M^j^stad al Duque de 41ba, cuando vino de
Flandes á España, el año de 1549.
Instrucción qu« se díd á D. Julio Manrique cuando Su Majes-
tad le envió á Boma, el año de 1551.
Instrucción que trajeron Buy Gómez y el doctor Yelasco para
España, dada por el Bey Don Felipe, nuestro Señor, en Gante
el año de 1559.
Instrucción que dio el Duque de Alba^ siendo Visorey de Ña-
póle», ¿ Don García de Toledo, que le envió Su Majestad á
Flandes» el año de 1552.
Poder i instrucción del Emperador para cosas que habia de
tratar en España el obispo de Ciudad-Bodrigo, estando Su
Majestad el año de 1529.
Instrucción Á T>on Juan de Castilla, para cosas de Aranjuez,
año de 1547.
De compras reales.
Escritura de la venta que otorgó Doña Leonor Manuel, hija del
conde D. Juan Sánchez Manuel, de la villa de Carríon, & la
72
Reina Doña Catalina, madre del Rey Don Juan, por 15.000
florines de oro, año de 1408.
Escritura que otorgó el Maestre D. Pedro Oiron, con autoridad
Apostólica, para el trueque que hizo con el Reiy Don Bjarique
de la villa de Fuenteovejuna, que era de la Orden de Cala-
trava, año 1474.
Copia del trueque que por mandado del Rey Don Enrique se
hizo con la Orden de Calatrava de las villas de Morón y Cote,
que están en frontera de moros y eran de la dicha Orden, por
las villas de Ginós y Labarra de Algaba y otros bienes, para
dos encomiendas en términos de Sevilla.
Escrituras de venta que otorgó la condesa Doña Juana Oaorio,
mujer de D. Luis Pimentel, hijo mayor del conde de Bena-
vente, con licencia de la villa de Ponferrada, á los Reyes
Católicos, que tenia ocupada Don Rodrigo Enriquez, ^
conde de * por 23 cuentos de maravedís, año 1486.
Escritura de venta que otorgó Don Pedro de Silva, por sí y en
nombre del conde de Cifuentes y de las monjas, sus herma-
nas, de la mitad de la villa de Palos, que tenian en comunión
con el duque de Medina Sidonia y conde de Miranda, con
sus moliendas, salinas y olivares, que vendieron á los Reyes
Católicos por 16.400.000, año de 1492.
Escrituras sobre el concierto que los Reyes Católicos mandaron
hacer con la Orden de San Jerónimo, sobre la compra de
los lugares de Rejas y Tormantos, que le tenian en prendas
de 5.000 florines de oro- que habian de dar á Ju&n Hurtado
de Mendoza, prestamero mayor de Vizcaya, año de 1495.
Escrituras maltratadas que se hallaron en San Francisco de
Burgos, en que parece que los monjes de San Benito de
Valladolid truecan y ceden á los Reyes Católicos las minas
de alcohol y plomo y otros metales, de Sierra de Lombera y
valle de Carranza y otros términos, por 20.000 de juro. ,
Escritura de la venta que otorgaron el conde de Rivadeo y
A Hay un claro eo el origioal de doad9 se ha copiado este documento,
t ídem id,
73
Antonio Franco á la Reina Católica* de la villa de Vento-
ailla^ con sos jaros y martiniegas, por 2.686.333, año 1503.
Sscritwm dé venta que otorgó D. Francisco de Zúñiga á la
Reina Doña Jnanii, de la villa de Monterey, por 600.000 de
juro al quitar y 1.500.000 en ducados, año de 1510.
Registro de la compra de la &uadamelena, que se hizo por
orden y mandado del Rey Católico á D. Francisco Pacheco,
para incorporar en la Encomienda de Vezmez, año de 1515.
Escritura de venta que otorgó el Comendador Juan Mosquera,
al Emperador Carlos, de cierto suelo para plaza delante de
la fortaleza de Simancas, año de ^
Cincuenta escrituras de ventas que otorgaron ciertos vecinos de
la villa de San Sebastian, al Emperador Don Carlos, de cier-
tos Suelos para fortificación de la dicha villa, año de 1550.
Escrituras que entregó D. Gonzalo Chacón con la carta de
venta que otorgó el Emperador Don Carlos, de cuatro ruedas
de molinos, y una casa, y una isla que se llama Pícotajo, y
unas huertas que llaman de Manos de Oro, y sotos y huertas y
prados para incorporar á el bosque de Aranjuez, por 100.000
de juro perpetuo, año de 1544.
Once escrituras de ventas que otorgó Don Pedro de Bobadilla al
' Emperador Don Carlos, de ciertos heredamientos de hijuela
para el soto de Roma, por precio de un cuento y ciento cua-
renta y nueve mil y tantos maravedís, año de 1543.
Escritura de tasación de los heredamientos que por mandado
del Emperador Don Carlos se compraron á Don Alvaro de
Bazan para el soto de Roma, año de 1543.
Escrituras de ventas que otorgó el duque de Sesa al Emperador,
de ciertos cortijos que se le compraron para el soto de Roma,
año de 1544.
Beffisiro de la venta que el Emperador hizo al duque de Alba
de la Puente del Congosto, año de 1539: está firmado de
Su Majestad.
Escritura de venta que el Emperador Don Carlos Y, hizo al
4 Hay UQ claro en el origíDal de doode se ha copiado este documento.
74
conde de Aranda^ de ciertas villaa en el reino de Aragón, en
caso qne Sa Majestad se concertase con el Priojr de San Juan
de Malta que las di9«e á Sn Miyestad eu trneqoe de otras
en el reino de Valencia.
Registro de la penta qne el Emperador hizo á Doña Ana de la
Cerda, de las villas de Pastrana, Soopete y Sayatan, año
de 1541: está firmado de So Majestad.
Registro firmado del Emperador, de la venta qne Sn Majestad
hizo al obispo de Oviedo, de Yaldeconcha, año de 1542.
Escritura de venta qne otorgaron Pero Lopes, se hermano y sn
mujer, vecinos de Embleqae, al Bey Don Felipe, nuestro
Señor, de una casa y corral qne vendieron á Sn Mqestad en
la dicha villa, para el beneficio del salitre; están con ella el
título y posesión que los sasodichos tenían de las dichas
casas^ y lo entregaron.
De Pragmáticas yf%eros reales.
Cuaderno de las tercias que hizo el rey Don Enrique III, firma-
do del Infante Don Fernando, sn hermano.
Dh librOf encuadernado en tablas cubiertas con cuero negro y
entitulado F%ero de layes.
Otro litro f de papel de mano, encuadernado en pergamino, que
es la Seata partida.
Otro lidrOf de papel de mano, encuadernado en pergaaiino,
intitulado Fuero Real.
Pragmática del Rey Don Enrique, para que los extranjeros no
tengan beneficios en estos reinos, y cartas acordadas sobre
ello.
Traslados de Capítulos de Cortes y ordenamientos hechos por el
Hey Don Enrique IV, en Ocaña.
Traslado de dos leyeSy hechas por el Bey Don Juan II, y Don
Enrique, su hijo, para que pueda el Bey, para sus necesida-
des, tomar los cambios y retener el diezmo de los situados.
Las leyes originales del cuaderno de alcabalas, hechas y firma-
das por los Reyes Católicos.
Las leyes de hermandad^ firmadas de los Reyes Católicos.
76
I
Un mazo d$ copias^ Ordenanzas y Afancelea, que han de guar-
dar los Oficiales de Corte y Ghancillerías, y las Justicias y
Escuderos del reino^ hechas por los Reyes Católicos.
Pragmática hecha por los Reyes Católicos, sobre el pecado
nefando.
Ordmansas hechas por los Reyes Católicos, sobre la labor de la
moneda destos reinos, y códula de! Bmperador Don Garlos,
sobre lo mismo.
Carta de los Reyes Católicos, para que en Sevilla no se venda
aceite primero que el de Sus Altezas.
Leyes eoire las portazgos^ hechas por el Rey Don Enrique en
Santa María de Nieva.
Pragmitiea de los Reyes Católicos, pu*a qn« las alcabalas que
llevan algunas personas sin título no prescriban: es la origi-
nal, y traslado de la confirmación della, dcd Emperador Don
Carlos; y otra provisión del Emperador, sobre lo mismo.
Capítulos y ordenanzas sobre la cuenta que se ha de tener en
las penas de Cámara, hechas por el Emperador.
Registro de Capítulos de Cortes sobre la moderación délas prag-
máticas de las muías, hechos por el Emperadar Don Carlos.
Traslado de Carta y sobrecarta de la Reina Doña Juana, para
que no se carguen mercaderías en n^ivíos de extranjeros.
Pragmática de Sus Majestades, para que no se contrate en
África. Capítulos de las leyes y condiciones del almojerifazgo
de Sevilla.
Carta acordada sobre el meter del Brasil.
Carta acordada para que no se den huéspedes á personas ecle-
siásticas.
Carta acordada de loe gallineros.
Carta acordada para que los Regidores no sirvan á sus Señores.
Copia de leyes de los achaques.
Ordenanzas sobre lo de las pesas.
Ordenanzas sobre el herraje.
Ordenanzas de módicos y boticarios.
Ordenanzas de la Reina Doña Juana, acerca del aposento y po-
sadas de Corte,
76
Carta acordada que se perdona á los homicíaiioB sirviendo eierto
tiempo.
La pragmáUea de loe vestidos^ hecha año de 1537.
Praffmdtiea para qae les morisoos del reino de Oraiiada no
traigan armas.
Provisión del Emperador para la gaarda de la cazatlel Pardo.
Carta acordada sobre que se planten montes y pinares.
Pragmáticas de los paños, y provisiones sobre ello.
Ordenanza y provisión de la manera que se ha de hacer la pro-
cesión en Granada el dia que se ganó en cada un año.
Declaraeion de los precios que se han de recibir i los arrenda-
dores por el pan y vino situado.
Copia de reglas de eancelaria^ hechas por el Papa Sixto IV.
Copia de una pragmática del Rey de Portugal, sobre los caballos
y armas.
Un mazo de escrituras y ordenanzas i aranceles particulares de
algunas ciiMlades y villas de estos reinos.
Pragmática del Emperador Don Garlos sobre el castigo del de-
lito de herejía y desacato del Bey.
De las tres Órdenes militares*
Traslado auténtico de un privilegio del rey Don Pedro de Ara-
gón, dado era de 1248, en que hace merced y donación al
Maestre de Santiago de la villa y castillo de Mental vén con
sud aldeas.
Traslado auténtico de una Bula del Papa Clemente, en que con-
firma una escritora de trueque y cambio que el Maestre de
Santiago hizo con Juan Ponte, del castillo de Montiel, que
era de la Orden, por 4.000 de jaro, que el dicho Juan Ponte
tenia en Ocaña, año de 1397.
Traslado auténtico de una Bula del Papa Sixto IV, en que con-
firma tres Bulas del Papa Urbano y de Inocencio IV, y Mar-
tino V, concedidas en favor de la Orden de Santiago, contra
los que maltrataren ó injuriaren á las personas de la dicha
Orden, ó les tomaren ix ocuparen sas haciendas y rentas.
77
7 para que el Maestre y Freires de la dicha Orden no sean
obligados á pagar derechos algunos de las cosas que Tendie-
ran de los que suelen pagar los seglares, y que el dicho
Maestre y Freires y todas las personas, conyento, monesterio
y lugares de la dicha Orden, sean exentos de toda jurisdic-
ción? ei^iritual y temporal, dé los Jueces ordinarios y supe-
rieres, eclesiásticos y seglares, y les sugeta inmediatamente
al Papa.
Traslado amtintieo de una Bula del Papa Inocencio VIH, con-
cedida al Maestre y Orden de Santiago, para que no sean
obligados á recibir en la dicha Orden á ninguna persona por
letras del Papa ó de Legado, dada el año de 1484.
SsUMecimimta de la orden de Santiago, hechos por el Infante
D. Bnríque, Maestre general della, año 1440.
Posesión que Gonzalo Chacón y el Bachiller de la Torre toma-
ron de la \illa de Ocaña y su fortaleza, en nombre de los
Reyes Católicos, como administradores de la Orden de San-
tiago, y juramentos y pleito-homenajes hechos á Sus Alte-
zas por algunos Comendadores, año de 1493.
Un cuaderno de papel, de pliego horadado, de autos de posesión
de villas y fortalezas de la Orden de Santiago, que se tomó
en nombre de los Reyes Católicos, como administradores de
ella, y algunos jurdmentos y pleito-homenajes de los Alcaides
y Comendadores que las tenían.
Relación de una visita de la Orden de Santiago, en la provincia
de León, hecha por mandado de los Reyes Católicos^ en que
se manda restituir á la Orden algunas tercias y heredamien-
tos y rentas que la tenian ocupados algunos Concejos y per-
sonas de la Orden y de fuera della: está falta.
Merced de los Reyes Católicos al hospital de Santiago de Tole-
do de los bienes que la Orden tenia en la Palma : parece
que- no se acabó de despachar y está rasgada la firma de la
Reina.
Confirmación de los Reyes Católicos de ciertos privilegios que
los Maestres pasados concedieron al lugar de Tarancon, de la
dicha Orden de Santiago acerca de la jurisdicción y otras
78
cosas: parece que no se acabó de despachar, aunque está fir*
mado de Sus Altexas, porque tiene i& fecha en blanco.
Confirmación de los Reyes Católicos de un priyilegio del rey
Don Fernando, dado era de 1287, que ye inserto, por el caal
hiBO Mereed al Maestre y Orden de Santiago de la rilla de
Montemolin con susiéiminos en trueque de OanliUana: pa-
rece que no se acabó de despachar, aunque está firmada de
Sus Altezas, porque está testada la refrendación del 8ecre-
tario«
Confirmación de los Beyes Oatdlicos de ciertos priTÍlegíos que el
Maestre D. Alonso de Cárdenas habia confirmado al concejo
de Collado de la vila de Alhange sobre la jurisdicción y otras
cosas: parece que no se acabó de despachar, aunque está fir-
mado de Sus Altezas.
CúfituhSy firmados del Adelantado D. Juan Chacón, para los
Reyes Católicos, acerca de la reformación y corrección de la
Orden de Santiago.
Memorial de las encomiendas de Santiago, y del valor deUas.
Copias de las proposiciones y amitos que pasaron en los Capítu-
los generales de la Orden de Santiago, que se celebraron
por mandado del Emperador en Valladolid y Madrid, los
años de 1527 y 1&34.
Traslado del asensu que dio el conde de Osorno sobre la venta
de Villanueva de Aliscar, que Su Majestad mandó desmem-
brar de la Orden, año de 1577.
Copia de la cédula y asiento que se tomó con la Orden de San-
tiago, por mandado del Emperador, sobre la jurisdicción
civil y criminal de los Jueces y personas de la Orden, año
de 1527.
Pareceres del Tesorero Alonso Gutiérrez y del licenciado Pisa,
sobre la desmembración de las dehesas y otras piezas de las
Órdenes de Santiago» Calatrava y Alcántara, y de la equi-
valencia que por ellas se habia de dar, en las rentas de Gra-
nada.
79
De CdUttrwoa p Akdníara.
27a ühvj de cuarto de pliego de.paipel> enotíadernado en tablas
caláertas de enero colorado^ en que están copiadas cfnctienta
y seis Bolas Apostólicas, escritas en latín» ; las mismas en
romance, concedidas por los Somos Pontífices á la Orden de
Caballería de Calatrava, desde que fa¿ aprobada la dicha
Orden por el Papa Alejandro III, año de 1382^ y asimismo
mnchos prÍTÍlegios de mercedes de Tillas y lagares y tierras
y jnrisdiciones y otras cosas, concedidas por los Reyes de
España á la dicha Orden hasta los Beyes Católicos, en 327
fojas.
0^0 liirOy de la misma manera, tnás pequeño, en qne están co-
piadas muchas Balas y Privilegios, concedidos por los Sumos
Pontífices á la Orden del Cistel, cuya regla guardan los Frei-
res d^ Calatrava: está en latín, en 29 fojas.
Otro librOy de la misma manera, en qoe están copiadas muchas
Bulas y Privilegios de Sumos'Pon tíficos, concedidos á la dicha
Orden de Calatrava, y avenencias y componciones entre la
dicha Orden y otras Ordenes, Iglesias y Prelados de estos
reinos: escrito en latin y romance, en 98 fojas.
Otro liiroj de cuarto de pliego, encuadernado en pergamino,
qoe todo él contiene relación é inventario de todas las escri-
turas que tiene la Orden de Galalarava, así de Bolas apostóli-
cas concedidas por los Sumos Pontífices, como Privilegios y
donaciones hechas á las dichas Ordenes y á los Maestres, ca-
balleros y personas della^ por los Reyes dé Bspafíay por otras
personas, y las compras y ventas, trueques y cambios de
villas y tierras, y otros derechos hechos p<íl la Orden con
otras personas, y las convenciones, concordias y asientos
hechos cotí iglesias. Prelados, ciodades y villas y particula-
res, sobre términos, jurisdicciones y rentas, y los censos y
tributos, y asin^ismo otros derechos que tiene la dicha Orden,
y otras cosas generalmente, así de lo espiritual como de lo
temporal; el cual dicho libro está escrito en 97 fojas.
80
Otro liiro de papel de coarto de pliego, encoaderaado en per-
gamÍDO, en que están agentados los autos capitulares y defi-
niciones de la dicha Orden de Galatrava, hechos en el Capí-
tulo g^eneral que se celebró en Burgos, año de 1525.
Otro libro de pliego entero, encuadernado en tablas cubiertas
de cuero colorado, en que están los autos capitulares y defi-
niciones de la Orden de Calatrava, que se hicieron en Sevilla,
año de 1511, en el Capítulo general, y están asentadas en re-
lación las Bulas apostólicas y privilegios de mercedes conce-
didas á la dicha Orden.
Copia de una Bula del Papa Enrique VIII, concedida á la Or-
den de Alcántara, para que las iglesias della sean servidas
por religiosos ^de la misma Orden.
Una visita de la orden de Alcántara^ hecha por mandado de
los Beyes Católicos, año de 1496.
Poder original que el Emperador Don Carlos dio al Tesorero
Luis Sánchez para beneficiar las rentas de la Orden de Cala-
trava, año de 1516.
La Concordia que se tomó por mandado de Su Majestad Impe-
rial entre la Orden de Alcántara y el obispo y cabildo de
Soria, sobre las diferencias que tenian en lo de la provisión
de beneficios y llevar de diezmos y usar de jurisdicción en los
lugares de la Orden que están en el mismo Obispado.
Copia de algunas convocatorias para Capitules generales de las
Órdenes de Calatrava y Alcántara, y de proposiciones y autos
que se hicieron en los que se celebraron por mandado de Su
Majestad los años de 1534 y 60.
Relación de las lanzas con que son obligados á servir los caba-
lleros de las Órdenes de Calatrava y Alcántara.
Copia de nómimas de salarios y mantenimientos que se libran
á los del Consejo, caballeros y religiosos y otras personas de
las Órdenes de Calatrava y Alcántara, con los oficios, tenen-
cias y beneficios que tienen dellas, y lo que se les libró el
año de 1544.
Copia de una Bula del Papa Julio, concedida á la Orden de Ca-
latrava, de ciertos estatutos acerca del Tesorero de la Orden,
81
y de lo que se ha de cobrar de las encomiendas qne vacaren.
líemarüU de las encomiendas de Galatrava y valor dellas.
Copia del poder qne el Emperador Don Carlos, como administra-
dor de la órdeh de Galatrava y Comendadores della, dieron
al Comendador Aguilera para en Corte romana, año de 1523.
Capia del asiento qne se tomó por mandado del Rey Católico
entre la Orden de Calatrava y el arzobispo de Toledo sobre
la jurisdicción eclesiástica del partido de Zorita y Almogue-
ra, de la dicha Orden, año de 1509.
Memorial de lo que se daba en tiempo de los Reyes Católicos
á algunos caballeros de la orden de Calatrava, demás de sus
mantenimientos y encomiendas.
Concordia original que se hizo entre la Orden de Calatrava y la
mesa Arzobispal y Capitular de Toledo, sobre el llevar de los
diezmos de los nuevamente convertidos que viven en los lu-
gares de la dicha'Órdett y sobre la jurisdicción, año de 1511.
Hay otras escrituras tocantes á las tres Órdenes que no requie-
ren inventarios.
Tomo LXXXI.
82
INVENTARIÓ
DE ALGUNOS TESTAMENTOS Y CODICTLOS DE BEYES Y PRÍNCIPES
DE ESPAÑA, QUE ESTIn RECOGIDOS EN EL ARCHIVO DE SIMANCAS
POR MANDADO DE LA MAJESTAD DEL REY DON FELIPE, NUESTRO
SEÑOR, HECHO AÑO DE 1568.
Escritwra simple de ciertas clausulas del testamento del rey
Don Diego I de Aragón, sobre la sacesion de los Infantes
Don Pedro y Don Diego, sus hijos, con el parecer de los Con-
sejos de Aragón sobre la dicha sucesión, año de 1262.
Cofia auténtica del testamento del conde Don Tello, hijo del
Rey Don Alonso XI, en que hay una cláusula por la cual
manda el Condado de Vizcaya y de Castañeda con Orduña
al Rey Don Enrique II, su hermano: era de 1380.
Testamento original del Príncipe Don Alfonso, hijo de los Reyes
Católicos, otorgado año de 1496.
Traslado auténtico del testamento de la Reina Doña Isabel y
copia simple del mismo testamento y del codicilo, año de 1504.
Copia simple del testamento del Rey Católico, hecho año de 1516.
Copia de algunas cláusulas del testamento de la Emperatriz
nuestra Señora, que otorgó Su Majestad en Madrid el año
de 1535, y de la aprobación y declaración que hizo Su Majes-
tad del dicho testamento en Toledo el año de 1539, el cual
está en el cofrecico de acero.
Un cqfrecico verde, pequeño, cerrado, en el cual se dice que
está el testamento original que otorgó el Emperador Car-
los y en Bruselas á 6 de Junio de 1554, y también se dice
que está en él un codicilo que hizo el Rey Don Felipe, nues-
tro Señor, en Gante, año de 1559.
Copia simple de un codicilo que hizo el Emperador, en que de-
clara la herencia de sus hijos: no tiene fecha.
Copia simple del codicilo que Su Majestad Imperial otorgó en el
monesterio de Yuste, el año de 1558.
83 • . :
Copia del auto de depósito del caerpo de Sa Majestad Cesárea,
que hizo en el dicho monasterio de Yuste, el dicho año.
Copia simple del testamento de la cristianísima Reina de Francia
Madama Leonor, hermana del Emperador, año de 1558.
Copia simple del testamento de la Serenísima Reina María de
Hungría, hermana del Emperador, hecho el año de 1558.
Testamento original del Bey Don Felipe, nuestro Señor, hecho
en Londres el año de 1557, y codicilo de Su Majestad, hecho
en Bruselas el año de 1558 : están dentro de una caja larga
de pino, cerrada con cinco sellos impresos sobre cera colo-
rada.
Demás de los dichos testamentos ^ están las escrituras siguientes:
En el inventario de diversis de Italia, están puestas ciertas es-
crituras de testamentos de la Reina Beatriz de Hungría y
Juana de Ñapóles.
En el inventario de diversis de cosas de Castilla, se puso un ,
traslado del testamento del cardenal D. Gil de Albornoz.
En las escrituras del derecho de Ñipóles, hay dos testamentos
de Renatto y Carlos de Andegavia, condes de ProeilQa,
Reyes que se llamaban de Ñapóles y Aragón, etc., que los
entregó el Rey Francisco de Francia cuando renunció el de-
recho de Ñapóles.
Memorial de los cabos del testamento de la Reina Germana.
Púsose también en el inventario de diversis de Castilla, un tes-
tamento de Doña María de Haro, hija de D. Diego y de la
Infanta Doña Violante, hecho era de 1358.
Copia del testamento de la Reina Doña María, señora de Molina,
mujer del Rey Don Sancho el IV, la cual se sacó del dicho
testamento que está en San Pablo de Valladolid: fué otor-
gado era de 1339.
En el tercero cofre ^ de los de acero, está el testamento que el
Emperador Carlos V hizo en Bruselas el año de 1554 ; en
lengua francesa.
84
INVENTARIO
DE ALaUNAS líEROEDBS HECHAS POR LOS RETES DE CASTILLA.
A PERSONAS DE LA CASA REAL T A OTRAS, QUE ANDAN SUELTAS
FUERA DE LOS LIBROS, QUE POR SER DE IMPORTANCIA SE HACE
AQUÍ MEMORIA DELL AS, POR MANDADO DE SU MAJESTAD REAL:
POR MÍ DIE0O DE ÁTALA, AÑO DE MIL E QUINIENTOS
E SESENTA T OCHO.
1
Seis previleffios originales del Rey Don Juan II, en fovor del
Infante Don Fernando, su tío, en confirmación de las mer-
cedes que el Rey Don Enrique III hizo al dicho Infante, su
hermano, de las villas de Mayorga y Paredes, y Medina del
Campo, y Olmedo y su tierra, y Peñafiel, con título de Du-
que, y Cuéllar, y copia de otro previlegio de 11.000 dohlas de
oro de juro en cada un año, de que el dicho Rey Don Enri-
que hizo merced al dicho Infante.
Tres escrituras de posesión^ que se tomó de las villas de Medina
del Campo y Molina, en nombre de la Reina Católica^ siendo
Infante; inserta la merced que la hizo el Rey Doq Alonso
su hermano.
Copia auténtica de la merced que el Rey Don Enrique II hizo
de la villa de Valencia y su Condado al Infante Don Juan
de Portugal, con título de Duque, reservando alcabalas y
tercias y servicios, etc.,*y con las cláusulas de los bienes en-
riqueños, que faltando sucesor descendiente del poseedor
vuelvan á la Corona real.
Merced que el Rey Don Juan I hizo á la condesa Doña Leonor,
hija del conde D. Sancho, que fué después Reina de Aragón,
de la villa de Villalon, en trueque de Empudia, Valdenebro
y Cea.
Previlegio del Rey Don Alonso, en que hace merced ¿ Diego
López de Fitero, de Villanueva del Alfoz, de Amaya del Rio,
Moya y Tovía,
I
85
Cofia de la merced que el Rey D. Juan el II, hizo á D. Gutiér-
rez de Sotomoyor, Maestre de Alcántara, de la villa de Al-
cocer.
Copia de la merced que los Heyes Católicos hicieron al conde
de Urueña de la tenencia de Carmona.
JPrevilegio de merced antigua de la ciudad de Toledo de fran-
queza de portazgos, confirmada por muchos Reyes.
Merced que la Reina Católica, siendo Princesa, hizo á Troilos
Carrillo de la villa y castillo dé Atienza y 300 ducados de
juro de heredad, por intercesión del arzobispo de Toledo, don
Alonso»Carrillo.
Provisión y sefialada y no despachada, de los Reyes Católicos,
hecha á D. Francisco Enriquez del derecho que pertenecia
á la Corona real en la villa de Alcañizas y lugar de Ayo, por
ser bienes enriqueños; dícese en ella que hay otra firmada.
Merced y confirmación de la casa de Moneda de Segovia, hecha
por el Rey Don Enrique, y confirmada por los Reyes Cató-
licos.
Previlegio de los cazadores del Rey, para que se les den posa-
das y aves.
Merced que hizo el Rey Don Enrique II á D. Juan Ramirez
de Arellano de todas las villas y lugares que fueron de don
Juan Alonso de Haro y sus hermanos, señores de los Came-
ros, que fueron desleales á la Corona real.
Copia auténtica de las m>ercedes que los Reyes Católicos hicie-
ron á la ciudad de Granada de todas las viñas, casas y huer-
tas que eran de los Reyes moros, sin las Alpujarras, Motril,
Almuñécar y Salobreña, y de la acequia de Aynadama, para
propios de la ciudad.
Merced original que los Reyes Católicos hicieron á la ciudad de
Málaga de las jabonerías de la dicha ciudad y su tierra, y
del hacer del anchoa y sardina, para propios.
Merced origifuil del Rey Don Enrique IV al comendador Fray
Luis de Godoy de la casa y torre de Alobos, en término de
Epila.
Previlegio original del Rey Don Alonso XI, en confirmación de
86
otro del Rey Don Sancho, su padre, en que prometen á la villa
de Ferrol de no apartarla de la Corona real ; es la merced á
la villa de Santa Marta de Ortiguera.
Previlegio originaly firmado de los Reyes Católicos y no acaba-
do de despachar, en que revocan las mercedes que el Maris-
cal García de Ayala y sus predecesores tenían de la ciadad
de Orduña, y la restituyen y reintegran con la Corona real,
y prometen de no apartarla della, y confirman á la dicha
ciudad sus previlegios.
Tres escrituras de merced que el Rey Don Alonso hizo á la
iglesia de Sevilla del diezmo del aceite del Ajarafe^y de las
frutas de los donadíos y de ciertos heredamientos.
Un librOy encuadernado en tablas de cuero blanco, de letra anti-
gua^ en que están registrados muchos previlegios de merce-
des que los Reyes Don Fernando, y Don Alonso, y Don San-
cho hicieron á la ciudad de Sevilla; inserto el fuero de
Toledo autorizado.
Copias auténticas de los previlegios que tienen las Atarazanas
de Sevilla.
Copia de la merced que el duque de Medina Sidonia tiene de
la tenencia de Melilla, y de los quintos de la sal, cabalgadas
y piezas que hiciese.
Merced original que los Reyes Católicos hicieron al Adelantado
D. Pedro Fajardo de la villa de los Vélez y lugares de Cue-
vas y Portillejas, del reino de Granada, con alcabalas y ter-
cias, en recompensa y trueque de la ciudad do Cartagena,
que renunció de Sus Altezas.
Copia de la franqueza de las ferias de Medina del Campo.
Merced que los Reyes Católicos hicieron á García Sarmiento
del portazgo del lugar de las Hachpw, por su vida, y. que
vuelva á la Corona real.
Registro de la merced y promesa que el Emperador hizo á la
villa de Olmedo para no ser apartada do la Corona real.
Traslado de la confirmación que del Emperador, el duque de
Alba tiene de la merced de Huesear.
Escritura de la merced que el Rey Don Felipe, nuestro Señor,
87
hizo á los Hijos-dalgo de la ciudad de Ubeda de cierta
exención.
Ccpia de la merced que el Bey Don Jaan el II hizo á D. Julián
Pacheco de la villa y fortaleza de Cea, haciendo mención de
la confirmación de Estados de ciertos Grandes del reino.
Say otras escrituras y copias de mercedes^ hechas á personas
particulares, de oficios y otras cosas que son de menos impor-
tancia y no Tan aquí puestas, aunque están iuTentariadas.
88
INVENTARIO
DE DIVEBSAS ESCBITUBAS REALES Y PARTICULABES QUE ESTÁN
FUEBA DE LOS OTROS INTENTARIOS EN EL ARCHIVO, QUE POB
SER COSAS SEÑALADAS, SE HACE MENCIÓN DELLAS. RECOGIDAS:
AÑO DE MIL E QUINIENTOS B SESENTA T OCHO.
Pi^ier de la duquesa de Alencastre, para que en su nombre se
tomase la posesión de las villas de Medina del Campo y Ol-
medo y otras, de que el Bey de Castilla le habia hecho
merced.
Copia autintica de unfrevilegio del Bey Don Pedro, en que dice
que Toledo fué cabeza del Imperio de España, y por que ha-
bia contienda entre los Procuradores de Cortes de quién ha-
blaba primero, él habia hablado por Toledo primero que otra
ciudad, y que así lo había hecho el Bey Don Alonso.
Copia de una donación que el Infante Don Fernando, que fué
Bey de Aragón, y la Infanta Doña Leonor, su mujer, hija del
conde D. Sancho, hicieron al Mariscal García González de
Herrera, de la villa de la Torre de Mormojon y de otras villas
y términos, con condición que si á él ó á sus descendientes
faljstse hijo varón, se volviesen los dichos bienes á los dichos
Infantes y á sus herederos y sucesores.
Memorial de los oficios acrecentados en Córdoba desde el año
de 1440 hasta el año de 80.
PleitO''ho7nenaje que hizo D. Bodrigo Pimentel, conde de Bena-
vente, de no tomar ni ocupar las rentas Beales con el mar-
quesado de Villafranca.
Empeño que hizo el Bey Carlos de Navarra al Bey Don Enri-
que de Castilla de la villa de La Guardia,, por 20.000 duca-
dos que le prestó.
Copia de una provisión del Príncipe Don Enrique^ estando
opresa la persona Beal del Bey Don Juan, su padre, en que
manda embargar las rentas Beales, y que se acusa con ellas
89
á las personas que nombrare para la de liberación del Rey.
Pedazo de una kgitimacion del Bey Don Juan II, en que habi-
lita á D. Alfonso, hijo del duque de Arjona y conde de Tras-
tamara, para que suceda en el estado después de su padre,
sin embargo de ser adulterino, y no obstante que el conda-
do de Trastamara eran bienes enriqueños: está falta.
Cofia de una carta del Rey Don Enrique IV en que manda
restituir al conde Azminaque á Gangas y Tineo, y da por
ninguna la venta que había hecho á D. Juan Manuel.
«
Cédula de la Reina Católica en que manda á Fernando Alyarez
de Toledo, su Secretario, que la enyie ciertas escrituras to-
cantes al empeño de Montefrío.
Memorial de lugares usurpados á la Corona real.
Memorial de bienes mal forados y enajenados de algunos mones-
terios del reino de Galicia.
Memorial de los bienes que tenian los genoveses en Canaria,
pertenecientes á la Corona real, por haber sido rebeldes.
Carta de fago ^ y de lo que Gonzalo Muñoz de Castañeda hubo
d^ haber del duqu« de Alburquerque por la fortaleza y tér-
mino de Portilleja, por mandado de la Reina Católica.
Cofia auténtica de la merced que el Rey Don Enrique hizo á.
Diegp López de Estúñiga de la Tilla de Baños de Riotonia,
reservando alcabalas y tercias, etc., con la cláusula de los
bienes enriqueños, de manera que faltando descendiente le-
gítimo del poseedor vuelvan á la Corona real.
Donación que las monjas de la Concepción, de Toledo, hicieron
á la Reina Católica del Monesterio y casa de San Pedro de
las Dueñas, por la casa y Monesterio que ahora tienen, de
que Su Alteza les hizo merced.
Renunciación que el conde de la Puebla, D. Alonso de Cárde-
nas, hizo en la Corona real de Castilla de cierto derecho Ae
patronazgo y diezmo que tenia en ciertos lugares del reino
de Granada, que habia sido concedido á sus predecesores
contra la Bula de la erección y patronazgo que tenian los
Reyes de Castilla.
escrituras de cesión que otorgó el duque de Escalona, D. Diego
90
López Pacheco, en la Corona real de Casulla, de ciertos bie-
nes y heredamientos qae habia comprado en el reino de Gra-
nada, de D. Juan de Granada, y de todo el derecho que á
ellos tenia por cierto juro de que Sus Altezas le hicieron
merced en recompensa dellos: son tres escrituras.
Dos informaciones que por mandado de los Reyes Católicos se
hicieron sobre la jurisdicción real en la villa de Talayera y
en las otras villas del Arzobispado é iglesias de Toledo, en
una de las cuales está una copia de la merced que el Bey
Don Enrique hizo á la dicha Iglesia y Arzobispos della de
la dicha villa de Talavera , reservando alcabalas y tercias y
monedas.
Copia de dos proi?isiones del Hey Católico: la una, para que ha-
biéndose de entregar alguna fortaleza, la entrega se haga
por Portero de Cámara; y la otra, para que las presentaciones
de procesos, emplazamientos ó apelaciones que se hubieren
de hacer ante el Rey ó ante las puertas de su Cámara se
hagan ante los dichos Porteros y ante Secretario.
Béladon de los vasallos del sesmo de Valdemoro, de la tierra
de Segovía y de los otros que fueron del sesmo de Casarru-
bios, que se contaron por mandado de los Reyes Católicos, y
se tomó la posesión para Sus Altezas. •
Traslado de dos provisiones de los Reyes Católicos , en que dan
poder á D. Pedro Fajardo para hacer guerra á ciertos caba-
lleros que diz que procuraron meter en estos Reinos al adver-
sario de Portugal, y para capitular con las villas y lugares
de los susodichos.
Repartimiento de 105.000 florines que la Congregación gene-
ral de estos Reinos ofrecieron á los Reyes Católicos, el año
de 1482, para la guerra de los moros.
Seguro del Rey Católico para las ciudades y villas del reino
de Granada, que estaban á obediencia del Rey Muley-
Baudili.
Licencia y mandamiento del Rey Don Enrique IV, para que la
ciudad de Toledo, con mano armada, cobrase las villas de
Alcocer y Herrera, que las tenian entradas y ocupadas don
91
Alfonso de Soto mayor y sus hermanos, y revoca cualquier
merced que el Rey Don Juan, su padre, ó Su Alteza hubie-
sen hecho á los susodichos de las dichas villas, y la hace de
nuevo dellas á la dicha ciudad.
Copia de una cédula del Emperador Don Carlos , para que el
Cabildo de la iglesia de Sevilla no cobrase el diezmo del
aceite, y testimonio de la notificación della, y la respuesta
del dicho Cabildo, en que dicen que el diezmo del aceite les
pertenece á ellos de esta parte del rio Guadalquivir, y de la
otra á Su Majestad, y que por esto lo llevan.
Confederación de las ciudades y villas del Andalucía para se
ayudar y defender unas á otras, siguiendo el servicio de Su
Majestad.
Instrucción de los Reyes Católicos, para Luis de Soto, de lo que
habia de decir de su parte almarqués de Cádiz sobre ciertos
lugares de que le hacian merced.
Memorial de los monesterios de San Bernardo y de los refor-
mados por Bula apostólica, y de los que se rigen por Abades
perpetuos y por trienales.
Instrucciones que los Reyes Católicos mandaron dar á D. Diego
López de Haro, su Embajador en Roma, de las cosas que
habia de suplicar á Su Santidad en favor de los Reinos, por
virtud de las cuales se despacharon muchas Bulas en bene-
ficio dellos.
Cofia de las instrucciones que se dieron á D. Jerónimo Yich,
Embajador en Roma, de las cosas que habia de suplicar á Su
Santidad en beneficio destos Reinos.
Las instrucciones que se dieron al marqués de Aguilar el año
de 1536 para ser Embajador en Roma.
Cofia de una carta que se escribió á Juan de Vega, Embajador
en Roma, sobre que no se proveyesen beneficios ni pensiones
á extranjeros, destos Reinos.
Ü7i legajo de memoriales de cosas que se habian de suplicar á
los Sumos Pontífices en beneficio destos Reinos.
Copia del Breve que tiene la Señoría de Yenecia acerca de los
Clérigos de primera corona.
92
SI parecer del obispo de Salamanca sobre los beneficios de Te-
nerife y la Palma.
Asiento que se tomó con la iglesia de Pamplona sobre el prío-
razgo de Aibar^ que se anejó á ella perpetuamente.
Memorial de lo platicado y tratado en ciertas Iglesias-Catedra-
les destos Reinos sobre los beneficios.
Relación de lo que pasó sobre la abadía de Medina del Campo,
siendo proveido della D. Francisco de Mendoza, por Bula
Apostólica y presentación del Emperador, y D.Diego Ruiz
de la Cámara, por autoridad ordinaria y presentación de la
villa.
Bl dejamiento de titulo de Patriarca de las Indias que hizo el
Cardenal de Jaén el año de 1534.
Copia de la carta que el Emperador mandó escribir al Comen-
dador mayor de Castilla el año de 1539, en que le mandaba
y ordenaba lo que habia de hacer de la persona del Príncipe
en cualquier caso que se ofreciese.
Copia del Breve que el Cardenal de Tortosa mandó fijar en
Valladolid sobre la pacificación de las Comunidades.
Escritura por do parece que los del Consejo de Su Majestad
han de proveer Visitador para el hospital de la Anunciación
de la ciudad de Avila, que fundó Doña María de Herrera,
para que le visiten y vean cómo se gastan las rentas dól, y
si se cumple la voluntad de la fundadora.
Capítulos de las cosas que pedia D. Pedro Laso por sus servi-
cios en tiempo de las Comunidades.
Cédula de D. Alvaro de Ayala, en que promete de no pedir los
gajes que tenia en los libros de Flándes , por Chamerlan de
Su Majestad, por cuanto Su Majestad se los mandó situar en
los libros de Castilla.
Copia de un Breve del Papa Clemente VII, para la visitación y
reformación de las Órdenes religiosas de estos Reinos, á ins-
tancia del Emperador.
Copiay en molde, de la Bula del Papa Julio ÍI contra los inhábi-
les que se ordenan por rescriptos sin ser examinados y apro-
bados por sus Ordinarios.
93
Capia de la órdef^ que el Emperador Maximiliano dio al Bey
Don Carlos, siendo Príncipe, de cómo habia de tratar á los
señores de Italia y España, y cómo se había de haber en es-
tos Beinos.
M parecer de los Teólogos sobre el retener en galeras á los for-
zados que han cumplido el tiempo.
Segundo mazo de diversis.
escrituras tocantes al marquesado de Oristan, en el Principado
de Cataluña, en que está inserta una escritura de la Beina
Católica, por do se adjudicó y fué devuelto el dicho Marque-
sado á los Beyes de Aragón.
Actos de Cortes de Aragón, de cómo se proveen las sisas gene-
rales en aquel Beino.
Relación de las donaciones y gracias , ventas y empeños que
los Beyes de Aragón hicieron de villas y tierras en el dicho
Beino, Cataluña y Valencia.
Libro de inventarios de las cosas que estaban en el Tesoro de
los Alcázares de Segovia, en poder de Bodrigo de Tordesi-
llas, que se hizo por mandado de la Beina Católica.
Relación de algunos lugares de Señoríos que estaban tasados y
se libraban los acostamientos ; y mercedes que tenian los se-
ñores en las rentas dellos.
Averiguación que el comendador Esquivel hizo por mandado de
la Beina Católica de los vecinos que habia en Villafafíla,
siendo de la Orden de Santiago, y de las rentas della, en
que se declara los vecinos que habia pecheros y los que ha-
bia Hijos-dalgo.
Copia de una cédula del Bey Católico para que las gentes de
las guardas traigan armas, sin embargo de cualquier veda-
miento.
Cartas de los Beyes Católicos en que declaran que Alvar Pérez
Osorio perdió todos sus bienes por haber seguido al adversa-
rio de Portugal, y hacen merced á Alvaro de Paz , Dean de
94
Salamanca, y Antón de Paz, Arcediano de Camaces, de las
tercias de Camacee, y cierto juro que tenia el dicho D. Alvar.
Pérez.
Escrituras tocantes á la Reina Doña Leonor de Aragón, y á los
Infantes sus hijos, en que hay una promesa de la Reina Dona
María, mujer del Rey Don Juan el II de Castilla, de no pedir
cosa alguna de lo que la dicha Reina de Aragón, su madre,
hubiese donado á cualesquier personas que por razón de su
legítima ni por otra alguna, por cuanto la dicha su madre
la hizo gracia y donación del castillo de Montalván y luga-
res de su tierra, que eran suyos; y otra escritura del Infante
Don Enrique, en que manda á las villas de Alburquerque,
Medellin, Azagala, La Codesera, Alconetar, Lasgarro;
villas, Alconchel, Ledesma, Salvatierra, Miranda, Montema-
yor, Granada y Galisteo, que le recibian por Señor dellas
conforme á una merced que dellas hizo la dicha Reina, su
madre, que ya inserta,* y otra escritura del Infante Don Juan
en que protesta que no le paren perjuicio las escrituras que
él y los vecinos de las villas de Haro, Bilforado, Briones,
Cerezo y Villalon otorgaron en favor de la dicha Reina de
Aragón, su madre, sobre la merced que la dicha Reina hizo
al dicho Infante de las dichas villas, sino en cuanto toca á la
dicha Reina y no en más.
Escritura original, hecha por acto de las Cortes que se celebra-
ron en Burgos el año de 15H, por donde el Rey Católico in-
corporó el reino de Navarra en la corona de Castilla, y le dio
á la Reina Doña Juana, su hija, y á sus sucesores.
Un libro en molde, hecho por el doctor Palacios Rubios, sobre el
derecho que los Reyes de Castilla, tienen al reino de Navarra.
Disputación que hizo el obispo de Burgos, D. Alonso de Carta-
*gena, en el concilio de Basilea, sobre la preeminencia del
asiento de los Reyes de Castilla á los de Inglaterra; está en
un libro encuadernado, escrito, en latin, de mano.
Traslado signado de una cédula de la Reina Doña Juana, en que
acepta la protección del colegio y universidad de Alcalá.
Ciertas cartas del Rey Francisco de Francia y de los Delfines,
95
BUS hijos, y otros Prelados y caballeros de Francia, que es-
cribieron al Emperador Don Garlos el año de 1539, asegu-
rando á Su Majestad la pasada por Francia.
Copia de un asiento que se tomó entre el Rey de Portugal y el
de Vélez, sobre lo de Arcilla.
escritura original dé la renunciación qae hizo el Emperador
en el Rey Don Felipe, nuestro Señor, de todos sus Reinos y
Estados, el año de 1556; y otra escritura para que Su Majes-
tad real pudiese continuar la facultad que el Papa dio para
Tender 40.000 ducados de renta de las mesas Maestrales y
Encomiendas de las Órdenes militares; y las cédulas orígi-
gínales y provisiones que Su Majestad dio para que los Con-
sejos y Tribunales prosiguiesen sus oñcios y se guardasen
las instrucciones dadas por Sus Majestades.
Escrituras tocantes á la reintegración del Estado de D. Atana-
sio de Ayala.
Escritura originai, firmada del conde de Benavente, Don Alonso
Pímentel, y signada de Escribano, en que renuncia en la Co-
rona Real el derecho que tenia de franqueza de la feria de
Yillalon por el oficio de Escribano mayor de rentas de que el
Emperador le hizo merced por dos vidas, en recompensa de
ello: está con ello el previlegio original y nna cédula de Su
Majestad que tenia el dicho Conde, y lo entregó rasgado.
Dos cédulas^ firmadas del Emperador, sobre la jurisdicción del
oficio de Capitán general del reino de Granada, del marqués
de Mondéjar.
El perdón original de los del reino de Navarra y los eceptados
año de 1573.
Registros de los ejecutoriales de la Bula del adelantamiento de
Cazorla en favor del Comendador mayor de León.
Copia de los perdones de Valladolid y Arévalo, año de 1517. •
Escrituras tobantes á la ciudad de Cádiz sobre la contratación
de Berbería.
Capitanía general del Emperador Don Carlos al Condestable de
Castilla.
Merced del Emperador al conde de Altamira del juzgado de
96
Baile de Soneirá por su Tída, y qae después ynelva á la Co-
rona real.
I^aslado de la merced qae el Emperador hizo al marqués de
Aguilar de las alcabalas del partido de Laonor de Sedaño,
por ocho años.
¡Suplicación del Fiscal en la pena ; fianza de las 1.500 doblas de
una sentencia dada en favor del conde de Oñate contra la
Corona real, sobre el señorío del Valle de Leniz.
Un mazo de escrituras tocantes al pleito que se trataba entre los
Fiscales de Su Majestad y el conde de Luna, sobre el derecho
que pretendia tener á Cangas y Tineo, y Rivadesella y Lla-
nos, y á la Merindad de Asturias y otras cosas, en el cual es-
taba una escritura original de mayorazgo que el Rey Don
Juan II hizo de las ciudades, villas y lugares de Asturias,
con título de Principado en el Príncipe Don Enrique, su hijo;
y una escritura de juramento que el dicho Príncipe hizo de
conservar la posesión y propiedad del dicho Principado, y no
enajenar cosa de él; y el proceso que se hizo ante el Carde-
nal de España y el Prior de Prado, Jueces arbitros sobre
el dicho pleito; y el compromiso del Conde; y una información
del derecho del que Sus Altezas tienen á las dichas villas; y
una provisión, firmada de los Reyes Católicos, aprobando lo
que se asentó con el dicho Conde, en que dice la recompensa
que se le hizo, y como el dicho Conde dio finiquito á Sus
Altezas y cedió cualquier derecho que le perteneciese en
cualquier manera á las dichas villas; y otras cédulas menu-
das tocantes al dicho negocio; y una capitulación que se
asentó con D. Bernardino de Quiñones, hijo del dicho Conde,
sobre su casamiento, y otras cosas tocantes al susodicho.
Tercero mazo da diversis.
Proceso que se hizo entre el Fiscal de los Reyes Católicos y Ro-*
drigo de Ulloa y Diego de UUoa, su sobrino, hijo y nieto del
Doctor Periañez, del Consejo que fué del Rey Don Juan, y
97
sobre la villa de Yillena y sa fortaleza, que los susodichos
I)edian por titulo de mayorazgo, por virtnd de una merced
que diz que el dicho Rey Don Juan habia hecho al dicho
Doctor de la dicha villa.
Proceso entre los Fiscales de Su Majestad y de la Cámara Apos-
tólica, hecho ante el arzobispo de Granada contra Don An-
tonio de Acuña, obispo de Zamora, por los delitos de las Co-
munidades: no está entero, y solamente tiene la acusación y
algunas respuestas y replicatos, y otras cosas que no tocan
al negocio principal; está roto y mal tratado, y está con él
una información de los bienes que el Obispo tenia en Burgos.
Proceso que se hizo por ciertos Comisarios de los Reyes Católi-
cos y del Rey de Portugal, sobre una diferencia que habia
entre Encinasola y Sevilla de una parte, y Nodar, que es en
Portugal, de la otra, sobre ciertos términos : es parte del pro-
ceso, y no está entero.
Tres procesos que se hicieron por ciertos Comisarios del Empe-
rador Don Carlos y del Rey de Francia, sobre las diferencias
que habia entre los vecinos de Fuenterrabía y provincia de
Guipúzcoa, con los naturales de Francia sobre el Rio de Bi-
dasoa, y otras cosas; estos se enviaron á la Corte al Consejo
de la Guerra por mandado de Su Majestad, para ver el estado
del pleito, y no se han vuelto á demandar por Su Majestad
que se traigan al Archivo, porque son los originales.
Proceso que se hizo ante el Provisor de Qranada entre ciertos
clérigos de la taha de Marchena y Doña Teresa Enriqnez
sobre la provisión de los beneficios de los lugares de la dicha
taha, de que Su Majestad proveyó á los dichos clérigos y á la
dicha Doña Teresa, pretendia pertenecer la provisión dellos.
Un mazo de papeles tocantes al pleito que se trataba entre el
Fiscal real y el Almirante de las Indias sobre los derechos
del Almirantazgo, en que hay tres informaciones de derecho,
encuadernadas á manera de libros; y otras informaciones
sueltas, y una copia de la merced que los Reyes Católicos
hicieron á Don Cristóbal Colon del Almirantazgo, y otra de la
declaración que los del Consejo hicieron de las cosas que
Tomo LXXXL "
98
pertenecian al Almirantazgo por razón de la dicha merced,
y otros papeles menudos; que todo está atado en un enyolto-
rio y no requieren inventario.
Un mazo'' de papeles menudos tocantes á cosas de Indias, en que
está una copia auténtica del asiento que por mandado del
Emperador Don Carlos se tomó con Hernando de Mag^alla-
nes sobre el descubrimiento de las Indias, y algunas minutas
de pareceres y consultas y peticiones de poca importancia
que no requieren inventario.
ün mazo de papeles tocantes á las islas de Canarias, en que hay
una escritura original de trueque y cambio que Fernán Pe-
raza y sus hijos hicieron de las partes que tenian en las
dichas Islas conquistadas y por conquistar con Guillen de
las Casas, fíel ejecutor de Sevilla, por una heredad que tenia
en el lugar de Huevar, que es el Ajarafe; y la provisión ori-
ginal de la merced que el Rey Don Juan II hizo á Alfonso
do las Casas, abuelo de los susodichos, de las dichas Islas; y
un parecer de los del Consejo, sobre la dicha merced; y dos
repartimientos de tierras y agua, y otras cosas que se repar-
tieron á las personas que sirvieron en la conquista de las
dichas Islas; y ciertas peticiones del obispo de Canarias sobre
la constitución de dos Canongías de aquella iglesia para
ocho capellanes.
ün mazo de papeles de algunas cosas tocantes á los judíos y
m^ros que había en estos Reinos y á los cristianos nuevos que
de ellos se convirtieron, en que hay algunas minutas de pro-
visiones para que no trajesen oro, plata, seda ni paños pre-
ciosos, ni se pasasen allende, ni comunicasen unos oon otros
so ciertas penas; y algunas relaciones de los bienes que tenian
en el reino de Granada y de las mercedes que se les habia
hecho, y otros papeles menudos de poca importancia que no
requieren inventario.
ün mazo de papeles tocante á la Santa Iglesia de Toledo y su
Arzobispado, en que hay relaciones de los beneficios del dicho
Arzobispado, y del valor dellos, y de las villas y fortalezas
de él, y de los oficios de gobernaciones y alcaidías y otras
99
cosas que provee el Arzobispo, y el trueqae de Alamín que
hizo el arzobispo de Toledo con el Goadestabld Don Alvaro
de Lona; y las escrituras de la fundación y dotación de la
capilla Mozárabe que fundó el Cardenal Don Fray Francisco
Jiménez; y un proceso sobre el ganado extranjero que her-
baba en las dehesas de Alamin y Navacerrada, por el cual se
manda acudir con los diezmos del dicho ganado al dicho
Cardenal y á la dicha capilla Mozárabe á quien pertenece; y
algunas escrituras tocantes á la sumisión del obispado de
Oran que se anejó á la dicha Santa Iglesia de Toledo, eri-
gido en Abadía, de que Su Majestad es patrón ; y la Bula de
anexión y erección está con las otras del Patronazgo real.
Está también con estas escrituras un asiento que se tomó
entre el dicho Cardenal de Toledo y el Prior dé San Juan
sobre la jurisdicción eclesiástica, y otro que se hizo entre los
clérigos del Arzobispado y los frailes de la custodia sobre las
diferencias que tenian, confirmado por el dicho Cardenal.
Proceso por do se determinó que los Reyes de Castilla pagasen
á los vecinos de tierra de Plasencia ciertas cuantías de ma-
ravedís que les debia D. Alvaro de Záñiga, Conde que fuó
de Plasencia, de cierto empréstito que les había hecho pose-
yendo el Condado.
Envoltorio de sentencias y cartas ejecutorias^ de que hay inven-
tario aparte.
Envoltorio de mercedes antiguas ^ de que hay inventario aparte.
Envoltorio de juramentos y fleitoS'homenajes hechos á los Reyes,
de que hay inventario aparte.
Envoltorio de poderes de gobernación i instrucciones dadas por los
Reyes, de que hay inventario aparte.
Envoltorio de pragmáticas y ordenanzas Reales^ de que hay in-
ventario aparte.
Envoltorio de compras y ventas y trueques de villas y lugares, y
otras cosas hechas por los Reyes, de que hay inventario
aparte.
Envoltorio de cosas tocantes á las Órdenes de Santiago, Cala-
trava y Alcántara, de que hay inventario aparte.
100
nApoles.
INVENTARIO
DE LAS BULAS DE INVESTITURAS Y OTBAS GRACIAS Y ESCBITUBAS
QUE ESTXN en los ARCHIVOS REALES DE SIMANCAS, TOCANTES
AL DERECHO DEL REINO DE ÑAPÓLES, HECHO POR MÍ DIEOO DB
AYALA, TENEDOR DELLOS, POR MANDADO DE SU MAJBSIAD,
AÑO DE 1568.
Una Bula original del Papa Urbano VI, de la investitura .del
reinó de Ñápeles, hecha en la persona del Rey Garlos, ano
de 1381.
Bula del Papa Martino, concedida año de 1419, de concordia
sobre la sucesión del reino de Ñápeles en favor de la Reina
Juana.
Bula del Papa Clemente VII, en que da facultad á la Reina
«luana para adoptar por hijo heredero á Luis, duque de Ande-
gavia, hijo de Carlos, Rey de Francia.
Escritura auténtica de la dotación hecha por la Reina Dona
Juana de Ñapóles en favor de Luis III, duque de Andega-
via, revocando otra que tenia hecha primero en favor del Rey
Don Alonso de Aragón.
Instrumento original en que la Reina Juana de Ñápeles ratifica
la dotación que hizo en el Rey Luis de Francia, para que la
sucediese en el reino.
Bula del Papa Clemente VIII, en que confirma la .dotación
hecha por la Reina Doña Juana de Ñápeles, en favor de Luis,
duque de Andegavia.
Bula del Papa Clemente VII, en que concede á la Reina Juana
de Ñápeles que pueda hacer coronar á Luis, su hijo adop-
tivo, reteniendo elija el título,- y que por ambos se pueda ge-
101
bernar el reino, sin embargo del juramento que habia hecho
de entregarle laégo el reino.
Escritura original, hecha por la Reina Juana de Ñápeles, de
la adoptación del Rey Don Alonso de Aragón que la suce-
diese en el reino.
TVaslado autorizado de las Bulas del Papa Eugenio IV , en favor
del Rey Don Alonso de Aragón, en que le conñrma la adop-
tación que le hizo la Reina Juana de Ñapóles para heredar
el reino, y que sus herederos le puedan suceder aunque sean
transversales.
Bula del Papa Clemente VII, en que manda al Rey Ludovico
que no vaya al reino de Ñápeles hasta ser de edad de diez y
ocho años.
Traslado auténtico de la Bula del Papa Martino V, en que con-
firma la abrogación hecha por la Reina Juana de Ñápeles en
favor de Luis III , duque de Andegavía.
Traslado auténtico de la investitura del reino de Ñapóles hecha
por el Papa Clemente en favor del Rey Luíel II.
Instrumento de la ratijlcacion que hizo la Reina Juana; inserta
la aprobación del Papa Clemente Vil, de la adoptación que
hizo en favor del Rey Luis y sucesores.
Instrumento auténtico de la investitura del reino de Ñápeles,
hecha por el Papa Eugenio en favor de la Reina Juana, in-
corporada la Bula del Papa Martino.
Copia auténtica de la investitura del reino de Ñápeles, hecha
por el Papa Clemente IV, en favor de Carlos I, duque de An-
degavia.
Copia auténtica de la investitura del reino de Ñápeles, hecha
por el Papa Martino V, en favor del Rey Luis III.
Copia auténtica de la confirmación de la investitura del reino
de Ñapóles, hecha por el Papa Alejandro V, en favor de Luis,
duque de Andegavia.
Copia de la investitura del reino de Ñápeles, que hizo el Papa
Eugenio IV en favor del Rey Alfonso de Aragón.
Copia de la investitura del reino de Ñapóles que dio el Papa
Pío II, al Rey D. Fernando de Aragón.
102
Copia de la investitura que dio el Papa Alejandro YI, del reino
de Ñapóles, al Rey Federico, hijo del Bey Don Bernardo de
Ñapóles.
Copia de la investitura que concedió el Papa Inocencio VIII, en
favor de Don Alonso, duque de Calabria, hijo del Rey Don
Fernando, nieto del Rey Alonso* de Aragón.
Bula de la investitura de la mitad del reino de Ñapóles, qne
hizo el Papa Alejandro VI, en el Rey Luis de Francia.
Bula del mismo Alejandro VI, en que refiere haber dividido
el reino de Ñapóles en el Rey Luis de Francia y los Reyes
Católicos, y remite al dicho Rey Luis el censo de las 4.000
onzas- de oro que hajbia de d^r en cada un año á la Sede
Apostólica, con que pague un palefrén en cada un año.
Bula del mismo Alejandro VI, concedida á los Reyes Católicos,
par^ que no sean obligados de ir personalmente á presentar
el juramento por el reino de Ñápeles y Navarra, y haberles
dado el dicho Reino á los dichos Reyes y á sus sucesores in
perpetuum, en feudo.
Instrumento auténtico de la renunciación que se hizo por parte
del Rey Francisco de Francia en el Emperador Carlos V, el
año de 1530, durante la Silla del Papa Clemente VII, del
derecho que pretendia al reino de Ñápeles, Milán y Genova.
Está en francés.
Breve del Papa Clemente VII, concedido al Emperador Car-
los V, para 'que Su Majestad pueda tener el reino de Ñápeles
juntamente con el Imperio.
Escritura original, firmada del Rey Francisco de Francia, en
que dice que entrega todos los títulos y derechos que la Casa
de Francia tenia al reino de Ñápeles, y las da al Mariscal
de Francia para que los entregue al Emperador Carlos V, y
jura y promete que si otros algunos hallare los entregará, y
que no pretenderá ningún derecho ni acción al dicho Reino:
está es.crita en francés, año d^ 1530.
Escritura original, firmada del dicho Rey de Francia, en que
aprueba y ratifica la entrega que el Mariscal de Francia
hizo en su nombre de los títulos y derechos y escrituras que
103
el dicho Rey tenia tocantes al reino de Ñapóles, que los en-
tregó al Emperador Carlos Y, en conñrmacíon de los Capí-
tulos de la paz de Cambrayj y está en francés, hecha el año
de 1530.
Fscriiura de remisión^ hecha p6r la Reina Isabel, en persona del
Emperador Carlos V, de cualesquier derefchos y bienes que
le pertenezcan en el reino de Ñapóles en cualquier manera,
año de 1530.
Escritura de la renunciación que la Infanta Doña Juana de Ara-
gony hizo en la Majestad del Emperador Carlos Y, del de-
recho que tenia y podia tener al reino de Ñápeles al tiempo
que casó con el marqués de Monferrato, año de 1533.
Minutas ó registro de las renunciaciones que hizo la Reina Ger-
mana en el Rey Don Carlos Y, del juro que tenia en Ñápeles.
Inventario firmado del Rey Francisco de Francia, de las escri-
turas que entregó el año de 1530, tocantes al reino de Ñápe-
les, que arriba están nombradas.
Dos escrituras de testamentos de Renato y Carlos, duque de Ande-
gavia» condes de Proencia, Reyes que se decían de Ñápeles,
en que instituyeron por herederos en el reino de Ñápeles á los
Reyes de Francia; entrególos el Rey Francisco de Francia.
Demás de las susodichas escrituras hay las cuatro que aquí
se siguen.
Bula del Papa Onorio I Y^ dada el año de 1285, insertas en ella
ciertas ordenanzas que manda guardar en el reino de Sicilia,
intra et ultra farum: está maltratada y en algunas partes no
se puede leer.
Traslado de una Bula del Papa Gregorio XI, en que está inserta
una concordia que se hizo entre Juana, Reina de Ñápeles, y
Federico I Y, Rey de Sicilia, en que se asienta que dicho Fe-
derico quede con Sicilia con título de Rey, y que haga
pleito-homenaje; y de cierto censo en cada un año á la dicha
Reina Juana, y el dicho Papa Gregorio ordena y ha por bien
que el dicho reino de Sicilia quede coni Federico, con las
104
dichas condiciones, las coales modifica en cierta forma, y con
otras mochas condiciones contenidas en la dicha Bula.
Copia de la respuesta que dio el P^pa Pío.II, á los Embajadores
del Rey de Francia, qoe se quejaban que se había quitado
el reino de Ñapóles á la Casa de Francia y se habla dado á
Don Fernando de Aragón; es escritora muy larg^a y en ella
dice el Papa mucha causas y razones por do se dio el dicho
reino de Ñapóles al dicho Rey Don Fernando: está escrita en
latin y traducida en romance.
Sula del Papa Alejandro VI, en que recuenta las amonestacio-
nes que hizo al Rey Carlos de Francia, para que no ocupase
el reino de Ñápeles, y las censuras que contra él y sus gentes
promulgó y las extiende á todos los que molestasen y per-
turbasen los confederados de la Liga que se habla hecho
para la paz de la cristiandad.
Fn un cofre de aceroy intitulado tercero de los que Su Majestad
me mandó entregar el año de 64, está una Bula del Papa
Julio III, de la investitura del reino de Ñapóles, en persona
del Rey Don Felipe, y otra del mismo Papa en que da facul-
tad á'So Majestad para poder tener el dicho reino de Ñapó-
les juntamente con el estado de Milán, y un breye para Su
Majestad, y la aceptación que Su Santidad hizo de la renun-
ciación del dicho reino de Ñapóles, y del juramento de fideli-
dad que el marqués de Pescara hizo en nombre ^e Su Ma-
jestad. •
Relación de lo que contiene un libro intitulado de la Monargoia
de Sicilia. qyxB tienen y guardan los Reyes de aquel Reino, con
aprobación de los Sumos Pontífices, desde el año de 1082, auten-
ticado por el Visorey Juan de Vega y Cons€|jeros reales ; (pie
está en los Archivos de Simancas, sacada por mí IXego de Ayala,
tenedor de ellos, por mandado de la Majestcul del Rey Don Felipe
nuestro Señor, año de 1668.
Año de 1082, sedente Gregorio Papa VII, del conde de Sicilia
Rogerio proveia como Monarca de aquel reino las cosas ecle-
siásticas.
105
Año de 1089, aprueba el Papa Urbano II, la provisión que el
conde Rogerio de Sicilia hizo de un Obispado.
El dicho año, el Papa Urbano deñne al conde Rogerio de Sicí-
lia y Calabria, y á sus sucesores por legados, y aprueba la
Monarquía del reino de Sicilia.
Año de 1093, confirma el Papa Urbano la provisión que el conde
Rogerio de Sicilia hizo del obispado de Zaragoza.
Año de 1110, el Papa Pascual II, confirma lo dispuesto por el
Papa Urbano en confirmación de lo que había proveído el
conde Rogerio de Sicilia.
Año de 1118, siendo Papa Gelosio II, el Rey Rogerio de Sicilia
proveía las cosas eclesiásticas y mandaba con censuras.
Año de 1124, siendo Papa Calixto II, proveía lo mismo.
Año de 1125, siendo Papa Onorio II, Rogerio, ya nombrado Rey
prohibió que no se disputase del poderío Real, y renueva los
privilegios eclesiásticos.
Año de 1132, el Papa Anacleto lí instituyó, un Obispado del
reino de Sicilia, no perjudicando á los previlegios que el Rey
de Sicilia tenia para lo proveer.
Año 1131, siendo Papa Inocencio VII, el Rey Rogerio exime á
un monesterio de la jurisdicción episcopal y le reserva sola-
mente á sí y á sus sucesores.
Año de 1144, siendo Papa Celestino II, el Rey Rogerio pro-
vee, etc.
Siendo Papa Lucio II, provee el Rey Rogerio.
Siendo Eugenio III, provee el Rey Rogerio etc., é instituye de
cierto sobre matrimonios.
Siendo Papa Adriano IV el año de 1157, el Rey Guillermo I
de Sicilia provee, etc.
Siendo Alejandro III, el dicho Rey provee.
El año 1163 el Rey Guillermo II y Margarita, su madre, pro-
vee, etc., siendo el dicho Papa Alejandro.
El año de 1183, el dicho Rey Guillermo II provee, etc., siendo
Papa Lucio IV.
El Rey Guillermo, siendo el Papa Urbano III, año de 1186,
provee.
106
Bey Tancredo, siendo el Papa Clemente III^ año de 1190.
El Emperador Euriqne VI, Bey de Sicilia, siendo Papa Celes-
tino Illy provee, año de 1194.
Constancia Emperatriz, Beina de Sicilia, siendo Papa Inocen-
cio III, año de 1198, provee juntamente con Federico, su hijo.
Federico, Emperador, Rey de Sicilia, duque de Calabria, siendo
Papa Onorio III, año de 1216, provee.
Año de 1229, el Papa Gregorio XI escribe al Emperador Fede-
rico Breve rogatorio sobre cosas espirituales que son de pro-
veer del Rey de Sicilia, Monarca.
El mismo Emperador, siendo el dicho Papa, provee.
El mismo Emperador, siendo el Papa Inocencio IV, año de 1250,
provee.
Conradis, Bey de Sicilia, siendo el dicho Inocencio IV, año
de 1250, provee.
Manfredus, Bey de Sicilia, siendo Papa Clemente IV, 1265,
provee.
Carlos, Bey de Sicilia, siendo Clemente IV, año de 1266, provee.
El dicho Bey provee, año de 1265, siendo el Papa Gregorio X.
Costancia, Beina de Aragón y de Sicilia, mujer del Bey Pedro I
de Sicilia, siendo el Papa Nicolao IV, año de 1265,
lacobus, Bex Sicilie, siendo el Papa Nicolao IV, año de 1286,
provee.
El dicho Bey, siendo Celestino V, provee.
El dicho Bey, siendo el Papa Onorio IV, año de 1286, provee.
El dicho Bey, siendo el Papa Nicolao IV, año de 1287, provee.
Federico III, siendo el Papa Celestino V, año de 1293, provee.
El dicho Bey, siendo el Papa Bpnifacio VIII, año de 1296,
provee.
El dicho Bey, siendo el Papa Clemente V, provee.
El dicho Bey Federico, siendo el Papa Juan XXIIl, año de 1325,
provee.
Petrus II, Bey de Sicilia, siendo el Papa Benedicto XII, año
de 1339, provee.
Ludovicus Bex, siendo el Papa Benedicto XJI, año de 1340,
provee.
107
Juan Infante de Sicilia I daqne de Atenas y Neopatria, etc.,
marquéd de Renda, Gobernador 7 Vicario general del dicho
reino de Sicilia, siendo el Papa Clemente VI, año de 1344,
provee.
Helisabet Reina, siendo el Papa Clemente VI, año de 1345,
provee.
El dicho Papa Clemente VI, confirma lo proveído por los Beyes
de Sicilia, durante la corona del Rey Ladovico, año de. 1345.
Federico IV y Juan, Infante y Duque, siendo el-Papa Inocen-
cio VI, año 1360, proveen.
Los mismos, siendo el Papa Urbano VI, año de 1378, proveen.
María, Reina de Sicilia y duquesa de Atenas, siendo el dicho
Papa Urbano VI, año de 1387, provee.
Martinus et Maria, et Infantiis Martinus, sedentibus Papa Boni-
facio IX e Papa Clemente VII, año 1397, proveen.
Las mismos, Maria et Martinus, siendo el dicho Bonifacio IX,
año de 1392, proveen.
El dicho Rey, siendo el Papa Inocencio Vil, año de 1404,
provee.
El dicho Rey, siendo el Papa Benedicto XIII, año de 1399,
provee.
El dicho Rey, siendo el Papa ^ XII, año de 1406, provee.
El dicho Rey Martin, siendo el Papa Alejandro V, año de 1409,
provee.
Ferdinandus primis, Rex Aragonum etSicilie, siendo Papa
Joanne XXIV, provee.
El dicho Rey Fernando, siendo el Papa Martino V.
En este tiempo el Infante D. Juan proveia en Sicilia algunas
cosas.
Alfonsus Rex Sicilie, siendo Papa-Martiuo V, año de 1416, pro-
vee que ningún extranjero, aunque sea Cardenal, no tenga
beneficio ni pensiones en Sicilia, so ciertas penas que pone.
Año de 1419, siendo el Papa Martino, y siendo Rey el dicho
Alfonso, el abad Sículo, como Juez apostólico del dicho Rey,
1 EM en blanco eo el original de que se ha copiado este documeoto.
108
en una sentenoift eelesiistica que ditf entre partes, dice : qno
la Monarquía pertenece y compete á los Reyes de Sicila, por
privilegios de los Snmos Pontífices y costumbre antiquísima.
El dicho Rey Alfonso, siendo el Papa Eugenio IV, año de 1433,
manda á los Prelados que presten la obediencia á sus Viso-
reyes de aquel Reino.
El dicho Rey Alfonso, siendo Papa Felice V, año de 1444,
provee.
El dicho Rey/ siendo el Papa Nicolao V, año 1446, provee.
El dicho Rey Alfonso, siendo el dicho Papa el año de 1452,
prohibe que los Prelados de aquel reino no puedan exco-
mulgar á los vasallos Reales legos , sin licencia y autoridad
del Rey, so pena de censuras.
El dicho Rey, siendo Papa Calixto III, año de 1455, provee.
Joannes, Rex Sicilie, siendo el dicho Papa Pió II, año de 1460,
hizo una pragmática sobre el hábito y traje de los clérigos
conjurados.
El dicho Rey, siendo el Papa Paulo II, el año de 1465, provee.
El Papa Sixto el IV, el año de 1471, durante la Corona del
dicho Rey Joan, aprueba y confirma la Monarquía del dicho
reino y las fundaciones hechas por el conde Rogerío y Rey
Rogerio, y los privilegios y ejecuciones dados por ellos.
El dicho Rey Joan, y sus Visoreyes, durante la Silla del Papa
Sixto IV, proveen, año de 1473, y otros años.
El dicho Rey, siendo el dicho Papa Sixto IV, año de 1478,
mandan que se guarden todas las esemptiones y libertades
y previlegios concedidos por el conde Rogerio y por el Rey
Rogerio, su hijo, no obstante cualesquier Bulas, Capítulos y
provisiones hechos ó que se hicieren por los Sumos Pontífi-
ces, ó por los Comisarios y Delegados apostólicos.
El Rey Don Fernando de Aragón y Sicilia, coronado en vida
del padre, hizo una pragmática, por la cual prohibe y manda
que ninguna persona eclesiástica ó seglar use de Bulas y
rescriptos, so ciertas penas, y les absuelve del juramento que
en contrario hayan hecho, siendo el dicho Papa Sixto IV,
año de 1478.
n
109
Otra iHragmátíca, hecha por el Rey Don Juan de Sicilia, siendo
el dicho Papa Sixto IV, año de 1479^ contra los que asaren de
Balas ó rescriptos, y contra los Notarios y escriptores.
^1 dicho Bey Don Juan, siendo el dicho Papa, año de 1480,
provee.
Femando II, Rey de Castilla, Aragón y Cataluña, siendo el
Papa Inocencio VIII, año de 1484, manda que no se ejecu-
ten ninganas Bulas apostólicas en el dicho reino de Sicilia.
£1 Papa Inocencio VIII, reinando el dicho Rey Don Fernando,
año de 1485, confirma y aprueba los previlegios dados por e^
conde Rogerio y sucesores, con la cual Bula se confirma la
Monarquía de aquel reino.
El dicho Papa Inocencio VIII, año 1487, reinando el dicho Rey
Don Fernando^ sobre proceso fulminado, confirma y aprueba
los previlegios dados por el Rey Rogerio y sucesores, y parece
ciara la jurisdicción de la Monarquía de aquel reino.
El dicho Rey Don Fernando, siendo el dicho Papa Inocencio,
provee hasta el año de 1490.
El dicho Rey Don Fernando, siendo el Papa Alejandro VI,
hasta el año de 1502, provee en causas eclesiásticas, civiles
y criminales, y contra personas eclesiásticas.
El dicho Rey, siendo el Papa Pió III^ año de 1504, provee.
£1 dicho Rey, siendo el Papa Julio II, desde el año de 1504
hasta 1512, provee.
El dicho Rey, siendo el Papa León X, desde el año de 1513
hasta 1516, provee.
El Emperador Carlos V y la Reina Doña Juana, su madre^
Reyes de Castilla, Aragón y Sicilia, durante la Silla del dicho
Papa León X, desde el año de 1517 hasta el de 71, provee en
causas eclesiásticas, civiles y criminales, y manda que no se
use de Bulas apostólicas, sin que primero sean vistas por Su
Majestad, y lo que se deba hacer.
Los dichos Reyes, siendo el Papa Adriano VI, año de 1522,
proveen.
Los dichos Reyes, siendo el Papa Clemente VII, desde el año
de 1523 hasta el de 33^ proveen.
lio
Los dichos Beyes, siendo el Papa Paulo m» desde el año de 34
hasta el de 46^ proveen.
Los dichos Reyesy siendo el Papa Jnlio III, hasta el año de 52,
proveen. ^
El dicho Emperador hasta el año de 55, provee.
El dicho liiro, de donde se sacó esta relación^ se autorizó de
tos sobredichos, en la ciudad de Mecina^ en, Sicilia, en el mes de
Marzo de 1555; copiado y comprobado con las escrituras de los
Archivos de aquel Reino.
111
INVENTARIO
m
DE ALOüNAB ESCBITUBAS TOCANTES AL ESTADO DE MILÁN, DEMÁS
DE LAS QUE ESTÁN EN UNO DE LOS TRES OOFBES DE ACEBO QUE
ESTÁN EN EL aBCHIVO DE SIMANCAS, ETC.
escritura auténtica de ciertas capitulaciones tocante al estado
de Milán sobre el matrimonio de Lnis, hermano del Rey de
Francia, con Doña Valentina, hija de Jaan Galen.
Pretilegio de ratificación del feudo de las ciudades de Genova
y Saona, que dio el Rey Luis de Francia, á los duques de
Milán, Francisco Esforcia y Blanca María, su mujer.
Investítura del estado de Milán, hecha por el Emperador
Maximiliano, en favor del Rey Luis de Francia.
Afrobaeion del Duque de Milán, de la confederación que hizo
con el Emperador Carlos V, año de 1522.
Capítulos de confederación entre el Papa León X y el Empera-
dor Carlos V y el duque de Milán, Francisco Esforcia, el año
de 1521.
Ratificación del duque de Milán, Francisco Esforcia, del con-
trato hecho entre el Emperador Carlos y el dicho Duque, el
año de 1525.
La deposición de Guillermo Morón, secretario del duque de Mi-
lán, contra el dicho Duque, rescivida por el marqués de
Pescara^ el año de 1525.
Copia de investitura del estado de Milán, hecha por Su Majes-
tad al duque de Borbon, el año de 1526.
Copia de la capitulación que se hizo por parte de Su Majestad,
con el duque Francisco Esforcia, cuando entregó el castillo
de Milán á Borbon, el año de 1526.
Tres obligaciones del duque Francisco Esforcia y ciudad de Mi-
lán, de 50.000 ducados para el Rey de Inglaterra.
Otra obligación del dicho duque de Milán, de 1^.000 ducados
112
para Su Majestad del Emperador Carlos, por el concierto de
Venecia.
Copia del asiento que se hizo en Boloña por parte de Sa Majes-
tad con el dicho daque Francisco Esforcia, el año de^529.
Copia de la provisión que se dio por Su Majestad á D. Lorenzo
Manuel, para la gobernación ; tenencia de la ciudad y cas-
tillo de Coma.
Copia de la investitura que el Emperador Garlos hizo del esta-
do de Milán al duque Francisco Esforcia, el año de 1530.
Copias de los autos de posesión y homenajes que se hicieron
sobre la entrega del estado de Milán, al duque Francisco
Esforcia, el año de 1530: están en un libro encuadernado en
pergamino blanco.
Certificación del Protonotario Garaciolo, de cómo el duque
Francisco Esforcia cumplió lo que estaba obligado por el
asiento que hizo con Su Majestad sobre la investitura del
Estado.
Auto de la entrega del castillo de Milán y pleito-homenaje que
hizo el Duque, al tiempo que se le entregó Juan de Mercado,
el año de 31.
Relación é inventario de la artillería y municiones que se halla-
ron en el castillo de Milán, ser de Su Majestad, al tiempo
que se entregó al duque Francisco Esforcia, el año de 31.
Asiento que se tomó con los embajadores del duque de Milán
el año de 1533, sobre lo que restaba debiendo á Su Majestad
de los asientos hechos con el dicho Duque.
Ratificación del duque de Milán del asiento que se hizo con sus
Embajadores el año de 1533.
Copia del asiento hecho entre el Emperador Carlos y el duque
de Milán el año de 1533, sobre el casamiento del dicho Du-
que con la Infanta Cristina, hija del Rey de Dinamarca, so-
brina de Su Majestad.
113
ICemoxial de algunas eaorituras tocantes ¿ cosas de Italia, q[ae
me recogieron por andar fuera de los cofres, y de los inTontarios
que están en el arcliivo de Simancas, en mazo aparte.
Obligación que otonyó el Rey Don Juan I, en favor del señor de
Crosita, francés, por cierta cantidad que le debia del sueldo
de su persona y de cierta gente con que le habia servido y
ayudado.
Copia^ en molde, de una Bula del Papa Sixto IV, en que narra
los excesos y maldades que Laurencio de Médicis y otros, sus
valedores, cometieron contra la Iglesia romana, ocupando
sus tierras y prendiendo y matando los Prelados y Ministros
de la Iglesia, y les declara por excomulgados, y manda que
se publiquen por tales, dióse el año 1470..
Capias de dos Bulas del Papa Julio II, por do privó al duque de
Ferrara del estado: están en molde impresas.
Tres Bulas originales de las tres Coronas del Imperio, del Em-
perador Carlos y, con tres sellos de oro pendientes en cor-
dones de seda y oro, metidas en una caja de hoja de lata.
escrituras que trajo Pedro Qapata de Cárdenas, tocantes á la
entrega de Módica, que por mandado del Emperador Don
Carlos, se entregó al duque de Ferrara, el año 1531, en que
hay doce escrituras originales y copias en pergamino y papel.
Cuatro escrituras tocantes á la capitulación que se hizo por
mandado del Emperador Carlos V, con el señor de Monaco,
el año de 1524.
Escritura de la renunciación que hizo en Su Majestad la Prin-
cesa de Sulmona, del dicho condado de Áste.
Seis escrituras originales de los juramentos y pleitos^AomenaJes
que la Infanta Doña Beatriz, duquesa de Saboya, y el
Duque, su marido, hicieron al Emperador Carlos Y, por el
condado de áste, que Su Majestad le dio en feudo el año
de 1531.
Relación de la manera de la gobernación ^ Consejos oficiales y
renta de la Señoría de Yenecia, que envió Rodrigo Niño,
Tomo LXXXI. 8
114
•
Embajador de Su Majestad Imperial en aquella República.
Una relación de la instr acción que se dio á D. Luis de Toledo,
de parte del duque de Florencia, para negociar con Su Ma-
jestad lo del estado de Sena, y de la que se dio por Su Majes-
tad á D. Juan de Vega, en respuesta.
Copias de ciertas cartas de Juan de Vega, escritas á Su Majes-
tad, año de 1549, sobre la permuta que se trataba del con-
dado de Módica.
Escritura de promesa que hizo el duque Urbino al Emperador,
año de 1533, que en caso que haya de tomar las armas con-
tra él, restituya en su poder el ducado de Sora.
Copia de una provisión^ dada por el Emperador Carlos V, en que
aprueba y ratifica ciertos capítulos y estatutos hechos por la
ciudad de Ñápeles, en ella insertos, sobre la moderación de
los dotes.
Registro de la confirmación que el Emperador di<5, año 1519, á
la Señoría de Genova, de sus previlegios sobre la confedera*
cion y contratación con estos reinos de Castilla.
Carta de la Señoría de Venecia, escrita á Su Majestad sobre la
elección y coronación del Serenísimo Rey de Romanos.
Consulta del Consto de la sumaria de Ñapóles, sobre la recom*
pensa que se habia de hacer al duque Felipe de Croy, por el
ducado de Sora.
Auto de'como se dieron por el duque de Sesa á Su Santidad y al
colegio de los Cardenales, dos cartas de Su Majestad, el año
de 1526.
Copia del privilegio de Bressa en favor de la Infanta Doña Bea-
triz de Portugal, duquesa de Saboya.
Prometimiento del Príncipe de Visignano, de no se casar en
Francia ni otra parte, sin licencia del Emperador Don
Carlos V.
Memorial de lo que renta el abadía de Santa María del Nadio,
en Monserrat.
Proceso hecho en Milán, año de 1523, sobre la huida del Rey de
Navarra, del castillo de Pavía.
Tres escrituras auténticas, escritas en latin , en pergamino, de
115
la posesión y fidelidad que se dio al Rey Carlos de Francia,
por la ciudad y República de Genova el año 1396; y otra es-
critura de capítulos concordados entre el Rey Carlos de Fran-
cia y la dicha ciudad y República de Genova, el año de 1458;
y otra escritura, en francés, de la promesa que hizo Maximi-
liano Esforcía, vicecomite, de defender el castillo de Cremona,
por el Rey de Francia, el ano de 1515: estas escrituras en-
tregó el Rey Francisco de Francia al tiempo que se hizo la
deliberación de los dos Delfines, sus hijos, en Fuenterrabía,
el año de 1530, con otras que entregó tocantes al reino de
Ñapóles.
Tres escrituras: la una simple de capítulos matrimoniales, sobre
el casamiento del Rey Matías de Hungría con la Reina Bea-
triz de Aragón, hija del Rey Femando de Ñapóles; un testa-
mento de la dicha Reina Beatriz, y una cláusula de otro tes-
tamento de la Reina Juana de Ñapóles, mujer del Rey Fer-
nando II, por las cuales escrituras parece que el Emperador
Carlos V hubo de haber 100.000 ducados .del dote y heren-
cia destas Reinas, sobre el reino de Hungría.
Traslado del finiquito que se dio al Protonotario Caraciolo, de
los dineros que por mandado de Su Majestad Imperial habia
rescebido del duque de Milán y Ferrara y Venecianos, por
los asientos que con ellos se hablan hecho, y de lo que dellos
gastó; está con ello la relación de la cuenta de todo.
Relación de los pareceres de los Teólogos que se juntaron en los
reinos de Castilla, sobre si era lícita la guerra con el Papa
Paulo IV, año de 1556.
Memorial de las escrituras que por mandado de Su Majestad
se entregaron á mi Diego de Ayala, en tres cofrecicos de acero
para llevar al archivo de Simancas, año de 1564.'
La primera donación que el Emperador Don Carlos, que esté
en gloria, hizo al Rey Don Felipe, su hijo, del estado de Mi-
lán, en Bruselas, el año de 40, con Bula áurea pendiente.
Facultad Siú mismo Emperador, para que puedan suceder hijas
116
del Rey en el dicho estado de Milán ^ con Bula anrea pen-
. diente.
La investitura qne Su Majestad Cesárea hizo al Rey del dicho
estado de Milán, con Bala áurea pendiente.
Facultad del mismo Emperador, para qne el Rey pneda transfe-
rir el estado de Milán en quien quisiere, y disponer del como
le pluguiese.
La emancipación que did el mismo Emperador á la Majestad del
Rey su hijo, para aceptar el feudo del estado de Milán.
La retención que Su Majestad Cesárea hizo de la administra-
ción del estado de Milán, y aprobación del Rey, nuestro
Señor.
Comisión que dio el mismo Emperador al marqués de Mondéjar
y á los Comendadores mayores de Castilla y de León, para
tomar al Rey su hijo el juramento y pleito-homenaje, por el
feudo del estado de Milán.
El acto del juramento y fltíto*homenaje que hizo el Rey por el
estado de Milán^ en manos del marqués de Mondejar.
La aceptación que hizo el Emperador del juramento hecho por
el Rey en Guadalajara, por el feudo de Milán.
El juramento de fidelidad que hizo D. Fernando de Gonzaga,
gobernador de Milán, al Rey como á Duque de aquel Estado.
La confirmación y aprobación del Rey de Romanos, Don Fernan-
do, de la donación que el Emperador Don Carlos habia hecho
al Rey su hijo, del estado de Milán.
La investitura que el Emperador Don Fernando his^o á Su Ma-
jestad Católica, del estado de Milán.
La confirmación del mismo Emperador Don Femando, de la
extensión que el Rey tenia del Emperador Don Carlos, su
padre, de la investitnra de Milán, para que puedan suceder
hyas en el Estado.
íSeffundocqfre.
La investitura duplicada que el Emperador Don Carlos, que
está en gloria, hizo al Rey Don Felipe, su hijo, del estado de
Milán.
117
SI Vicariato general para Italia^ qne dio el Emperador Don
Carlos, al Rey su hijo.
j57 Vicariato de la ciudad y dominio de Sena, que dio Sa Ma-
jestad Cesárea, til Rey sn hijo.
Za geminación del dicho Vicariato de la ciudad y dominio de
Sknay que dio Su Majestad Cesárea, al Rey su hijo.
Xa facultad que el mismo Emperador di<5 á Su Majestad para
que pudiese transferir el dicho Vicariato de la ciudad y domi-
nio de Sena, y disponer del como ie pluguiere.
Confirmación del Emperador Don Fernando, de la concesión
que el Emperador Don Carlos habia hecho al Rey Don Felipe,
su hijo, del dicho estado de Sena.
Za capitulación que Su Majestad mandó hacer con el duque de
Florencia cuando le dio el estado de Sena.
Copia de la capitulación que Su Majestad hizo con el duque de
• Saboya, sobre lo que toca al castillo de Niza y fuertes de
Yillafranca, y de otros instrumentos que dependen della: la
capitulación original tiene Su Majestad, y el secretario Gon-
zalo Pérez los juramentos originales de los Castellanos de
Niza y Yillafranca.
Un mazo que contiene las capitulaciones de Su Majestad con el
duque Octavio, cuando le dio la ciudad de Plasencia, y los
actos de juramentos que el Duque hizo, y una carta y póliza
que dio á Su Majestad, en nombre de los Cardenales, sus her-
manos, en cumplimiento de lo prometido en la dicha capitu-
lación.
Za capitulación original de Su Majestad con el duque de Urbi-
no, y acto del juramento de fidelidad que hizo en manos de
Ascanio Caraciolo.
Za capitulación de Su Majestad con Jacobo VI, señor do
Pomblin.
Un mazo depapéleSy sobreescritos, de mano de Su Majestad, de
las escrituras que pasaron en Augusta el año 1551, entre el
Rey de Romanos y Su Majestad Católica.
Un Breve del Papa Pío lY, en que declara no haberse causado
perjuicio ninguno á Su Majestad en el derecho que tiene al
118
reino de Navarra por haber admitido Su Santidad la obe-
diencia de Vandoma con título de Rey, j en la Bala de los
Reyes; y con él una carta del embajador Vargas y D. Jaan
de Ayala, sobre lo mismo.
SI protesto que hizo Su Majestad sobre la manera de proceder
del Papa Paulo IV en Londres, á 6 de Mayo de 1557, qne
' pasó ante los secretarlos Eraso y Hoyo Curtevila.
ün librito impreso^ en latín, que contiene la justificación de Su
Majestad y justas causas para la guerra que tuvo con el
Papa Paulo IV y con el Rey Enrico de Francia y el duque
de Ferrara, y otros sus confederados.
Tercer cofre.
La refutación, ó renunciación que el Emperador Don Carlos, que
está en gloria, hizo al Rey Don Felipe, su hijo, de la corona
de Castilla.
La refutación que asimismo hizo á Su Majestad el Emperador
de los reinos de la corona de Aragón.
La refutación que asimismo hizo á Su Majestad del reino de
Ñapóles.
Iten la refutación del reino de Sicilia.
una Bula del Papa Julio III, que es la investitura del reino
de Ñapóles en persona del Rey Don Felipe.
Otra Bula del mismo Papa, en que di<5 facultad á Su Majestad
para poder tener el dicho reino de Ñápeles juntamente con
el estado de Milán, y dentro está un Breve para Su Majestad
y la aceptación que Su Santidad hizo de la renunciación del
dicho reino de Ñápeles, y del juramento de fidelidad que el
marqués de Pescara hizo en nombre de Su Majestad.
El Breve original de la dispensación del casamiento de Su Ma-
jestad con la Infanta Doña María de Portugal, y un capítulo
de carta del secretario Montesa, sobre lo mismo.
La ratificación del Rey de Portugal de los capítulos matrimo-
niales de Su Majestad y la Infanta Doña María, su hija, y
del Príncipe de Portugal y Princesa Doña Juana.
119
La renunciaeiofí qae hizo la Infanta Doña María, qae ahora es
Reina de Romanos, de la pretensión qae podía tener á los
estados de Su Majestad.
Za renunciación que hizo la Princesa Doña Juana en la misma
sustancia.
Un mazo^ sobreescrito, de mano de Su Majestad, en que está la
Bula original en que el Papa dispensa en el parentesco que
Su Majestad tenia con la Reina de Inglaterra, y una notifi-
cación que se hizo á Su Majestad con testigos, cuando se
sacó desta Bula con la copia della.
JSZ testamento del Emperador hecho en Bruselas á 7 de Junio
de 1554, en lengua francesa.
Las escrituras que yo Diego de Ayala, Tenedor de los archivos
reales que están en la fortaleza de Simancas, recibí por man-
dado de Su Majestad, del secretario Antonio Pérez, su Secre-
tario de Estado, para llevar y poner en el dicho Archivo, son
las siguientes, 1568.
La investitura original del estado de Milán, del Emperador
Maximiliano, dada en Viena á 6 de Julio 1565, sellada con
sello pendiente de cera en su casa de madera, con cordón
de oro.
La inveetitura original del Emperador Maximiliano del * vica- »
riato de. Sena, dada en Tiena el mismo dia, mes y año, y sello
de la misma manera que el de arriba.
Dos procesos que se hicieron en tiempo del Papa Paulo IV,
contra ministros y criados de Su Majestad, durante la guerra
que con él se tuvo.
Otro proceso grande que se hizo contra Su Majestad, en tiempo
del Papa Paulo IV, durante la guerra que con él se tuvo
sobre la privación de sus Reinos.
La Bnla absolutoria de los dichos procesos, que Pío IV dio en
favor de Su Majestad, con otro instrumento del mismo
Pío IV, en favor del Emperador Carlos V y del Rey su hijo,
con otras cinco escrituras escritas en papel, tocantes desta
misma materia.
120
Una Bula de Paulo III, concedida en favor de los Comendado-
res de las Órdenes de Alcántara y Galatrava, para que se
pnedan casar.
Otra Bula del mismo Papa, de indulgencias concedidas ¿ los
que fueren á la empresa de Jerusalén.
Un Breve de Paulo IV, que trajo el cardenal Garrafa, su sobri-
no, cuando se hicieron las paces con el Rey de Francia.
Una Bula de Cruzada ^ concedida al Emperador por Paulo III,
el año de 1543.
CtMO quitamos del feudo del reino de Ñapóles.
Instrumento público del pleitO'Aomenaje que hizo Tomás, de los
condes de Yalperga, señor de la Rubera, como Castellano del
castillo de la ciudad de Niza.
Otro instrumento publico del pleito^homenaje que hizo Andrea
Probana del Enni, como Castellano de los castillos de San
Telmo y MontaWán, de los castillos de Yillafranca de Niza.
Dos Breves tocantes al subsidio de Paulo III.
Diez y siete Breves de Su Santidad, de subsidios y comisiones
particulares.
El acto de la presentación de la Bula áurea al Papa Paulo IV,
por el feudo del reino de Ñapóles, y otros dos Breves tocantes
.desto; y otros dos Breves de Pío IV, con una carta de su
mano para Su Majestad, que trajo el obispo Terrachino.
El Breve del Papa Pío IV, en que declara la convocación del
Concilio de Trento ser continuación del pasado, y no nueva
indicción.
Breve de Pío V, sobre lo de la Presidencia.
Demás de todo lo susodicho^ tres arcas de despachos mesivos de
Estado, con los ministros de Italia y España.
Otra de minutas de cartas que se escribian á los mismos, en que
va todo lo susodicho.
121
INVENTARIO
OB DIVBBSAS ESCRITURAS DE CAPITULACIONES DE PACES, TRE-
GUAS, LIGAS Y CONFEDERACIONES Y ALIANZAS, Y ALGUNAS DE
£LLAS CON CASAMIENTOS HECHOS ENTRE LOS REYES DE CASTILLA
Y LEÓN CON OTROS PRÍNCIPES CRISTIANOS, Y CON PRELADOS Y
CABALLEROS DE SUS REINOS, Y CON ALGUNOS PRÍNCIPES MOROS,
QUE ESTÁN JSN LOS ARCHIVOS REALES DE SIMANCAS, HECHO POR
Idí DIEGO DE AYALA, TENEDOR DELLOS , POR MANDADO DE LA
MAJESTAD DEL REY DON FELIPE NUESTRO SEÑOR,
AÑO DE 1568.
Capitulaciones entre los Reyes de Castilla^ Aragón y Navarra.
Copia simple de una escriúuray otorgada por el Rey Don Fer-
nando de Aragón, Infante de Castilla, y el Príncipe Don
Alonso, su hijo, en que se obligan de restituir 200.000 doblas
que el Rey Don Juan II de Castilla iió en dote á la Infanta
Doña María, su hermana, mujer del dicho Príncipe Don
Alonso, en caso que el matrimonie se disuelva, año de 1415.
Cuatro escrituras de juramentos y pleitos- homenajes de algunos
Prelados, Caballeros y ciudades destos reinos de Castilla y
del reino de Navarra, en que prometen y juran guardar los
Capítulos de treguas que se asentaron por cinco años entre
el Rey Don Juan II de Castilla y el Rey Don Alonso de Ara-
gón y el Rey Don Juan de Navarra y sus Reinos, año 1430;
están insertos los capítulos de las dichas treguas.
Juramento y pUito-homsnaje de algunos Prelados , Caballeros
y ciudades y villas del reino de Aragón , de guardar y man-
tener los Capítulos de paz perpetua que se asentó entre el
Rey Don Juan II de Castilla y los Reyes de Aragón y Navar-
ra y sus reinos, año de 1496, entre los cuales se asentó el
casamiento del Príncipe Don Enrique , hijo del Rey de Cas-
tilla con la Princesa Doña Blanca, hija de los Reyes de Na-
122
varra, el caal casamiento se celebró infacie ecclesie y cohabi-
taron juntos los dichos Príncipes algunos años, y después
fué disuelto y separado por sentencia del obispo de Segovia,
año de 1453, propii legaiioi^em eorum; está dentro la aproba-
ción y consentimiento del divorcio por la dicha Princesa,'
inserta la sentencia.
Escritora ie juramento y pUitO'homenaje del Rey Don Juan II
de Castilla, en que aprueba los Capítulos y concordia que se
asentó entre Su Alteza y el Bey Don Juan de Navarra, que
van insertos, año de 1439, entre los cuales se asienta que el
dicho Rey de Navarra renuncie y vuelva al dicho Rey de
Castilla el Marquesado de Yillena, que le había dado para
dar en dote con la Princesa Doña Blanca, su hija, y del de-
recho que tenia á algunas villas y castillos de que el dicho
Rey Don Juan habia hecho merced á algunos Prelados y
Grandes de estos Reinos, y se diese satisfacción por ellos al
dicho Rey de Navarra.
Escritura de hipoteca del Rey Don Juan de Navarra, en que
obliga á la seguridad de la dote y arras de la Reina Doña
Blanca, su mujer, las villas y lugares que tenia en estos reinos
de Castilla, que le habia dado el Rey Don Juan 11^ y otra
escritura del dicho Rey de Castilla, en que aprueba y per-
mite la dicha hipoteca, año de 1440.
Copia de concordia y capitulación que se asentó entre el Bey
Don Juan II de Castilla y el Príncipe Don Enrique, su hijo,
, y el Príncipe Don Carlos de Navarra, año de 1461.
Copia de concordia y capitulación asentada entre el Rey Don
Juan de Navarra y el Príncipe Don Carlos, su hijo, sobre la
gobernación y administración del Reino, año de 1452.
Copia de aprobación y confirmación otorgada por el Rey Don
Enrique lY de Castilla, año de 1454, de una concordia y ca-
pitulación de tregua por un año, que se asentó entre el Rey
Don Juan II de Castilla y el dicho Rey Don Enrique, siendo
Príncipe, y los Reyes de Aragón y Navarra y el dicho Rey
de Navarra y el Príncipe Don Carlos, su hijo, año de 1453;
. están insertos los Capítulos.
123
escritura de confederación y amisiad qae se asentó entre el Rey
Don Enrique IV de Castilla y el Rey Don Juan de Navarra
año de 1457, no innovando la paz perpetua, y otras capitula-
ciones que entre Sos Altezas se habian otorgado.
Copia de una escritura^ otorgada por la Princesa de Navarra,
Doña Blanca, mujer que habia sido del Rey Don Enrique é
hija del Rey Don Juan de Navarra, en que hace donación al
dicho Rey Don Enrique del reino de Navarra que la pertene-
cia por primogenitura por muerte del Príncipe Don Carlos,
su hermano, porque dice que el Rey Don Juan, su padre, y el
conde de Fox y la Infanta Doña Leonor, su mujer, hermana
menor de la dicha Princesa, tenian usurpado el dicho Reino
siendo de derecho de la dicha Princesa Doña Blanca, por
haber sido de su madre, y que ellos y otros por su mandado
fueron en la muerte del dicho Príncipe Don Carlos, y re-
nuncia y cede todo su derecho en dicho Rey Don Enrique
para que recobre el dicho Reino para sí y sus herederos, año
de 1462.
Sicritura de capitulación de tregua asentada entre el Rey Don
Enrique lY de Castilla y el Rey Don Juan de Navarra, siendo
ya Rey de Aragón, por diez dias, en la guerra y diferencia
que tenían sobre el reino de Navarra; está con ella una copia
simple de una sentencia arbitraría que dio entre los dichos
Reyes el Rey Luis de Francia, como Juez arbitro, en que
adjudica al Rey de Castilla la villa y merindad de Estella, y
otras villas del reino de Navarra, y dos capitulaciones hechas
entre los dicho» Reyes sobre las dichas villas y merindad,
año de 146^.
Capitulación de tregua por un año^ que se asentó entre el Rey
Don Enrique lY de Castilla y la Princesa Doña Blanca de
Navarra de una parte, y el Rey Don Juan de Aragón y Na-
varra y el Conde de Fox y la Infanta, su mujer, de la otra,
sobre la guerra y diferencia que tenian por el reino de Na-
varra, año 1464.
124
Casamiento de los Reyes Católicos.
jBnvoUorio de escriíuras tocantes al casamiento de los Beyes
Católicos Don Fernando, Príncipe de Aragón y Doña Isabel
Princesa de Castilla, año de 1469^ en qne están los Capítulos
matrimoniales otorgados por el Bey Don Juan de Aragón y
por el dicho Príncipe Don Fernando, con la dicha Princesa,
y el auto del desposorio y yelaciones, y ana donación qne el
dicho Bey Don Juan hizo á la dicha Princesa de Villagrasa en
Catalana, y la posesión qae se tomó de ella por Sa Alteza, y
un juramento del dicho Bey Católico, siendo Príncipe, qne
hizo antes que se casase con la dicha Princesa, de no hacer
merced alguna de tierras ni renta de la Corona de Castilla
á ninguna persona si no fuese interviniendo en ello la vo-
luntad de la dicha Princesa como Beina propietaria, confor-
me á los Capítulos del dicho matrimonio.
Escritura hecha de juramento por los Procuradores del reino de
Castilla, en que confirman una capitulación que se habia
hecho entre los Beyes Católicos y el Bey Fernando de Ñá-
peles, sobre casar á la Princesa Isabel , hija de los Beyes
Católicos con el Príncipe de la Capua, nieto del dicho Bey
de Ñápeles, hijo del duque de Calabria, y la juraron por
primogénita heredera de estos Beinos á falta de varón, año
de 1476, en el cual matrimonio no hubo efecto, y está con
, esto un Breve del Papa Inocencio VIII, por do relaja á.los
dichos Beyes Católicos y procuradores el *dicho juramento.
Capitulación^ firmada de los Beyes Católicos, que se otorgó entre
Sus Altezas, sobre la gobernación de los reinos de la Corona
de Castilla, por ser la Beina señora propietaria de ellos, año
de 1475.
Tres escrituras de capitulación asentada por los Beyes Católi-
cos con el Cardenal de Fox y Condestable de Navarra, sobre
el casamiento del Príncipe Don Juan, hijo de los Beyes Ca-
tólicos, con la Beina de Navarra, Doña Catherína, sobrina del
dicho Cardenal, el cual casamiento no hubo efecto.
125
Capia de eapiMacion ie pa^, amistad y eonfederaeionj hecha
entre los Reyes Católicos y Don Jnan y Dofia Catherina, Re-
yes de Navarra, el año de 1495, y aprobación original de los
dichos Capítulos, otorgada por los dichos Reyes de Navarra;
y seis escrituras de pleitos-homenajes y juramentos de algu-
nos caballeros del reino de Navarra, en confirmación y apro-
bación de los dichos Capítulos.
Jíscriimra de curaduría discernida por el Justicia de Aragón á
la Majestad del Rey, Emperador Don Carlos V, Rey de Es-
paña, de la administración, protección y defensión de la per-
sona de la Reina Doña Juana, su madre, y de los reinos de
la Corona de Aragón por la enfermedad de Su Alteza, año
de 1516.
IÍ6
CAPITULACIONES
ENTBE CASTILLA T POBTÜGAL.
Casamiento del Key Don Juan I de Castilla con la Princesa
Doña Beatriz de Portugal.
'Snvoliorio ie escrituras sobre el casamiento del dicho Rey Don
Juan I con la dicha Princesa de Portugal, año de 1383 y era
de 1471} en qne hay una sentencia dada por el Cardenal Don
Pedro de Luna, Legado del Papa Clemente, en aprobación
del dicho matrimonio; y diez y seis escrituras de poderes de
ciudades y villas de Portugal para confirmar y aprobar el
dicho casamiento, y en algunas hay insertos los Capítulos
matrimoniales.
Escritura de aprobación, otorgada por el Rey Don Juan "de Por-
tugal en confirmación de las treguas que se asentaron entre
el Rey Don Enrique III de Castilla y el dicho Rey de Portu-
gal, era de 1477, que es año de 1389.
Envoltorio de escrituras tocantes i las treguas que se otorgaron
entre Castilla y Portugal por quince años, el año de 1393,
en que hay siete escrituras de los Poderes y Capítulos de
ellas, y aprobaciones entre el Rey Don Enrique de Castilla
y el Rey Don Juan de Portugal.
Cin^o escrituras tocantes á las treguas que se asentaron entre
el Rey Don Enrique III de Castilla y el Roy Don Juan de
Portugal, año de 1407, por diez años.
Testimonio de como el Rey Don Juan II de Castilla y el Rey
Don Juan de Portugal nombraron personas para componer
las diferencias que habia entre ellos y sus Reinos, y por no
se concordar suplicaron al Papa Martino V les enviase un
Cardenal por tercero para concordarlas, año de 1474.
Capitulaciones de paces y confederaciones que se asentaron entre
127
el Rey Don Juan II de Castilla y el Rey Don Juan de Portu-
gal el año de 1432, en que hay los Capítulos de las dichas
paces, y la aprobación del dicho Rey de Portugal y del Prín-
cipe é Infantes, sus hijos.
Obligación otorgada por el Dean de ScTÍlla en nombre del
Rey Don Juan II, sobre la paga de cierta gente que habia
de enviar el Rey de Portugal al Rey de Castilla para socorro
de las diferencias que tenia con el Rey de Navarra é Infante
Don Enrique, su hermano, conforme á las confederaciones
que habia entre los dichos Reyes de Castilla y Portugal,
año de 1445.
Casamiento del Rey Don Juan II.
•
TBstimonio del auto de matHmonio que se celebró entre el Rey
Don Juan II de CastiUa y la Infanta Doña Isabel de Portu-
gal, su segunda mujer, el año de 1447, y los autos de pose-
sión de ciertas villas que se dieron á la dicha Reina, para la
sustentación de su estado.
Casamiento del Rey Don Burionie lY.
Aprobación del Rey Don Enrique IV de Castilla, de los Capítu-
los de su segundo matrimonio con la Infanta Doña Juana,
hermana del Rey Don Alonso de Portugal, asentados con el
dicho Rey, año de 1455, insertos los dichos Capítulos, y dos
donaciones hechas por el dicho Rey Don Enrique á la dicha
Reina para sustentación de su estado.
Envoltorio de escrituras tocantes i las paces y confederaciones
que se otorgaron entre los Reyes Católicos Don Fernando y
Doña Isabel y el Rey Don Alonso de Portugal, el año de 1479.
Monja Doña Juana.
Un mazo de escrituras en confirmación de las dichas faces, en que
están las tocantes á la profesión de Doña Juana, sobrina del
128
Rey Don Alonso de Portugal, y la Bula del Papa Sixto IV,
para pronunciar por monja profesa á la dicha Doña Juana, y
obligada á la religión; y una escritura firmada del Rey Don
Juan de Portugal, en que jura y promete qUQ haciéndose el
casamiento del Príncipe Don Alfonso, su hijo, con la Princesa
Doña Isabel, hija de los Reyes Católicos, como fué asentado
por los dichos Capitulos.de paz, no dará lugar á que la dicha
Doña Juana se case ni salga de religión.
Copias i€ ciertos Capítulos que se propusieron entre los Emba-
jadores y Diputados de los Reyes Católicos y los del Rey Don
Juan de Portugal, sobre la restitución de las personas que
sirvieron al Rey Don Alonso de Portugal contra los dichos
Reyes Católicos, y el perdón general que se dio por Sus Al-
tezas, y otras cosas tocantes de .esto, en confirmación y eje-
cución de lo asentado por los Capítulos generales de las
paces.
Capitulas tocantes á la condesa y conde de Medellín y Don
Alonso Puertocarrero, y D. Alonso de Monroy, sobre el
perdón de sus personas y restitución de sus casas por haber
seguido al diclio Rey de Portugal.
Dos Bulas del Papa Sixto IV y una del Papa Inocencio VIII,
en que confirman las paces hechas entre los dichos Reyes
- Católicos y los Reyes de Portugal, y relajan á los dichos
Reyes cualesquier juramento en cualquier manera contrarios
á las dichas pacee, y confirman y aprueban la remisión de
los daños, aunque se hayan hecho á personas eclesiásticas.
Primer casamiento de la Infanta Doña Isabel
Envoltorio de escrituras tocantes al casamiento de la Infanta
Doña Isabel, hija de los Reyes Católicos, con el Príncipe Don
Alonso de Portugal, en confirmación de las paces, en que hay
dos escrituras de las primeras capitulaciones del dicho casa-
miento, hechas entre los Reyes Católicos y el Rey Don Alonso
de Portugal, año 1479; y otra escritura de capitulación por
do se deshizo el dicho asiento, año de 1483; y otra escritura
. 129
de la segunda capítalacioa, que se otorgó por los dichos Re-
yes Católicos y el Rey Don Juan de Portugal, padre del
dicho Príncipe Don Alonso, por la cual se volvió á asentar el
dicho casamiento el año de 1490^ siendo ya los dichos Prín-
cipes de edad para contraer; y un poder del dicho Príncipe
Don Alonso para desposarse con la dicha Infanta, y la con-
firmación del dicho matrimonio, hecha por los dichos Reyes
de Portugal y Príncipe, su hijo; y tres escrituras de dona-
ciones hechas por el dicho Rey á la dicha Princesa para sus-
tentación de su estado; y las dispensaciones en general de
cualquier impedimento para la dicha Infanta Doña Isahel.
Segundo casamiento de la dicha Infanta.
Escritura firmada del Rey Don Manuel de Portugal, en que
manda asentar á la Reina Doña Isahel, su mujer, que casó
con ól, viuda del Príncipe Don Alonso, su hermano, lo que
hahia de haber para la sustentación de su casa y estado,
conforme á los Capítulos de su matrimonio, año de 1497; no
hay otra escritura tocante á este segundo matrimonio de la
dicha Reina Doña Isabel.
Capitulación hecha entre los Reyes Católicos y el Rey Don
Juan de Portugal, año de 1494, sobre los límites de África;
está sellada y firmada del dicho Rey de Portugal.
Capitulación hecha entre. los dichos Reyes Católicos y el Rey
Don Juan de Portugal, sobre la demarcación del mar Océano
- y señalamiento de la partición, año de 1494; son cuatro es-
crituras: está la capitulación firmada del dicho Rey y sellada
con su sello.
Casamiento de la Infanta Doña María.
Escritura firmada de los Reyes Católicos, en que aprueban y
ratifican la capitulación que en su nombre se asentó sobre el
casamiento de la Infanta Doña María, su hija, con el Rey
Don Manuel de Portugal, año de 1500; está inserta la dicha
Tomo LXXXl. 9
130
capítalacíon y con ella una instrucción^ escrita de mano de
la Reina Católica, para Ruy de Sande, bu Embajador.
«
Capitulación que se asentó entre el Rey Católico y la Reina
Doña Juana, su hija, y el Rey Don Manuel de Portugal,
sobre el Peñón de Vélez de la Gomera, año de 1509, y sobre
la demarcación de la costa de Berbería: está firmada y se-
llada del Rey de Portugal.
Casamiento de la Reina Doña Leonor.
Envoltorio de escrituras tocantes al casamiento de la Reina
Doña Leonor, hermana del Emperador Don Carlos, con el
Rey Don Manuel de Portugal, en que hay copia de los Capí-
tulos matrimoniales que se asentaron entre Su Majestad Im-
perial y el dicho Rey Don Manuel, año de 1518; y testimonio
de la entrega de la Reina, y la obligación é hipoteca de la
doto y arras otorgada por el dicho Rey; y otras escrituras y
promesas y valuaciones de las joyas que llevó la Reina; y una
instrucción del Emperador para volverla á Castilla después
de viuda.
■
Casamiento de la Infanta Doña Catalina.
Envoltorio de escrituras tocantes al matrimonio de la Infanta
Doña Catalina, hermana del Emperador Don Carlos, con el
Rey de Portugal, año de 1575, en que están los Capítulos que
se asentaron entre Su Majestad Cesárea y el dicho Rey de
Portugal sobre dicho matrimonio ; y confirmación de las
paces y confederaciones asentadas entre los Reyes de Casti-
lla y Portugal; y testimonio de la entrega de la dicha Infanta,
y valuación de las joyas que llevó y carta de pago de ellas,
y de la dote otorgada por el dicho Rey; y copia de la renun-
ciación que hizo la dicha Infanta de sus legítimas en favor
de Su Majestad.
131
Casamiento del Emperador Con Carlos.
Hay un cqfrecico de acero, cerrado, qoe se titula de la Empera-
triz, en que están las escrituras tocantes á su casamiento
con el Emperador Don Carlos V, como parece por un inven-
tario que hay fnera de él, que son las siguientes :
La dispensación para el matrimonio, concedida por Bula
del Papa Clemente VII, y otra dispensación y Breve del mis-
mo, con otro Breve general para que Su Majestad Cesárea
pudiese casar con cualquier parienta dentro del segundo
grado, sin nombrar persona, y un Breve del Cardenal Salviati
para recibir las bendiciones en tiempo prohibido.
ün previlegio del Emperador de la donación de tierras que
hizo á la Emperatriz para sustentación de su estado.
Una provisión firmada de Su Majestad, por do asegura que
demás de la hipoteca que estaba hecha á la Emperatriz de
las ciudades de übeda y Baeza y Andujar, con sus rentas,
por su dote y arras^ estén también hipotecadas las villas de
Yillena y Tecla y Almansa, y lo que faltare de las rentas de
ellas para lo que ha de haber, lo tenga señalado en el almo-
jerifadgo mayor de Sevilla.
Nueve escrituras de los autos de posesión que se toma-
ron de las villas y lugares que se dieron á la Emperatriz en
su casamiento.
Un previlegio sellado del Emperador, de la situación de 11
cuentos que se mandaron mudar á la Emperatriz de unas
rentas á otras.
ün traslado autorizado, de la aprobación y confirmación
que el Emperador hizo de su casamiento.
Un auto del desposorio que se hizo con la Emperatriz por
Monsieur do Laxao, en nombre del Emperador.
Relación de las partes donde se situaron las 1.000 doblas
que la Emperatriz habia de haber en cada un año.
Dos copias de la carta que el Emperador escribió al Rey
de Portugal sobre el dicho casamiento, de la que el dicho Rey
132
respondió á Sa Majestad y á Alvaro Méndez, su Embajador.
Una cartilla, de mano del Rey Don Manael de Portugal,
qae habla sobre el casamiento de su hijo el Infante Don Fer-
nando.
Demás de las escrituras que están en el dicho cofre, hay
fuera de él copias de algunas de ellas y copias de las quitan-
zas que Su Majestad díó al Rey de Portugal de la dote de
la dicha Emperatriz, que fueron 600.000 doblas de oro, y la
relación de cuenta de á quién y cómo se pagaron.
üu mazo grande de escrituras en que están las demandas
y respuestas que pasaron entre el Emperador Don Garlos Y y
el Rey Don Juan de Portugal y sus Diputados y Comisarios,
sobre la contratación de la Isla del Maluco , desde el año
de 1528 hasta el año de 1529 que se tomó el asiento sobre
ello,' y está entre ellas la capitulación firmada de los Dipu-
tados, y los poderes que para ello hubo, y el proceso que se
hizo^ y dice que el asiento original se entregó en el Consejo
•
de las Indias, y quedó en poder del Secretario Samano.
Casamiento del Rey Don Felipe, nuestro Señor,
siendo Principe.
Copias de los Capítulos matrimoniales que se asentaron entre el
Emperador Don Carlos V y el Rey Don Joan de Portugal,
sobre el casamiento del Rey Don Felipe II, nuestro Señor,
siendo Príncipe, con la Princesa Doña María, hija del dicho
Rey de Portugal , y del Príncipe Don Juan de Portugal con
la Princesa Doña Juana, hija del dicho Emperador, año
de 1542; y copias de las cartas de pago y finiquito que Su
Majestad Católica dio de la dote de la dicha Princesa, y de
las joyas que trajo, y una revocación que Su Majestad hubo
de haber de la partición con sus hermanos de los bienes de
la Emperatriz, su madre.
133
Casamiento de la Princesa Doña Juana.
Copia de los Capítulos matrimoniales que tocan al casamiento de
la Princesa Doña Juana, hija del Emperador Don Carlos^
con el Príncipe Don Juan de Portugal, y el poder para reci-
bir la Princesa, y la escritura y testimonio de la entrega hecha
el año de 1552.
Un mazo de algunas escrituras simples tocantes al casamiento
que se trataba entre el Rey Don Felipe II, nuestro Señor, y
la Infanta Doña María de Portugal, hija de la Cristianísima
Reina Doña Leonor, que no hubo efecto.
Una capitulación que se asentó entre el Rey Don Enrique IV y
el Rey Don Alonso de Portugal, sobre casar á la Reina Cató-
lica, siendo Princesa, con el Príncipe Don Alonso de Portu-
gal, y la dispensación que para ello se trajo; que todo no
hubo efecto.
Capitulaciones entre Castilla y Francia.
Escritura de aprobación hecha por el Rey Carlos de Francia,
año de 1388, en que confirma el asiento y capitulación hecho
con el Rey Don Juan I de Castilla, para armar diez y seis
galeras contra el Rey de Inglaterra.
Capitulación de paz y concordia hecha entre el Rey Carlos de
Francia y el duque Fílipo de Borgoña, año de 1435, por me-
dio del Cardenal de Santa Cruz, Legado del Papa Eugenio IV.
Capitulación de paz y alianza y confederación hecha entre el
Rey Don Enrique IV de Castilla y el Rey Luis de Francia,
año de 1463.
Escritura de confederación y amistad que se asentó entre los
Reyes Católicos de Castilla, Don Fernando y Doña Isabel, y
el Rey Luis de Francia, 1478: es la original que otorgaron
los Embajadores de Francia.
Requerimiento que hicieron en nombre de los Reyes Católicos
D. Juan de Ribera y el Dean de Sevilla, al Rey Carlos de
134
Francia, año 1484, para que restituyese los condados de Ro-
sellon y Cerdania.
Copia de los Capítulos de paz y confederación hecha entre los
Reyea Católicos y el Rey Carlos de Francia, año de 1493, y
de las aprobaciones y juramentos hechos por los dichos Reyes
Católicos y el Príncipe Don Juan, su hijo; y los pregones de
la dicha paz y copia del saneamiento que dieron los dichos
Reyes de Francia, por no haber entregado los condados de
Rosellon y Cerdania al término que se asentó; y de la promesa
»
de los dichos Reyes, de no casar sus hijos con los hijos ni
nietos del Rey Don Fernando de Ñapóles.
Coiíifesion del Rey Carlos de Francia, de como recibió las escri-
turas que los Reyes Católicos y el Príncipe Don Juan otor-
garon, en confirmación de la dicha paz, hecha año de 1493.
Cuatro escrituras de aprobación y juramentos hechos por el dicho
Rey Carlos de Francia, en confirmación de las dichas paces,
hechas con los Reyes Católicos el dicho año de 1493; están
insertos los Capítulos de las paces, en uno de los cuales se
manda restituir los condados de Rosellon y Cerdania á los
Revés Católicos.
Poder de los Reyes Católicos á Alonso de Silva y Garcilaso de
la Vega, año de 1494, para concordar al Rey Carlos de Fran-
cia y á los otros Príncipes de Italia, con el Papa Alejan-
dro VI, y al Rey Don Alonso de Ñápeles con el dicho Rey de
Francia, y para otorgar y jurar por los dichos Reyes Católi-
cos cualesquier Capítulos sobre ello.
Segundo casamiento d^ Rey Católico.
Tratado y Capítulos de confederación entre el Rey Católico Don
Fernando y el Rey Luis de Francia, sobre el casamiento del
dicho Rey Católico con la Reina Germana, año 1505.
Capitulación de paces y confederaciones que se asentaron entre
el Emperador Don Carlos V y la Reina Doña Juana, su ma-
dre, Reyes de Castilla, y el Rey Francisco I de Francia, año
135
de 1516 9 en confirmación de las que se trataron el año
de 1514.
JBnvoltorio ^primero de escrituras tocantes á las paces que se
asentaron entre el Emperador Don Carlos V y el Rey Fran-
cisco de Francia, en que hay una copia de los Capítulos de las
dichas paces, hechos en Camhray por Madama Margarita,
tiadel Emperador, y Madama Luisa, madre del dicho Rey
Francisco, en su nomhre, año de 1529; y dos escritoras firma-
das de la dicha Madama Margarita, en que dice haher res-
cibido ciertas escrituras de aprobación de los dichos Capítulos
hechos por los tres Estados de Francia,' y una confirmación
del Rey Francisco, en que jura y promete que si el Señor de
Albreths quisiere intentar algo en el reino de Navarra, no le
dará favor en ninguna manera.
Envoltorio segundo de escrituras tocantes á las dichas paces
entre Castilla y Francia, en que están las concernientes á la
entrega de los Príncipes de Francia, el Delfin y Duque de
Orleans, que se hizo en Fuenterrabía el año de 1530, á los
Comisarios de Francia, y las obligaciones que otorgó Alvaro
de Lugo, del 1.500.000 ducados y la Flor de Lis de oro que
recibió en nombre de So Majestad Cesárea, por el rescate de
los dichos Príncipes; y las escrituras y obligaciones de las
deudas que Su Majestad debia al Rey de Inglaterra, que las
entregó el dicho Rey de Francia, con carta de pago y qui*
tanza del dicho Rey de Inglaterra.
Casamiento de la Reina Doña Leonor.
EnwUorio tercero tocante á las dichas paces entre Castilla y
Francia, donde están las escrituras concernientes al matri-
monio de la Cristianísima Reina Doña Leonor, hermana del
Emperador Don Carlos V, con el Cristianísimo Rey Fran-
cisco de Francia, que se asentó por los Capítulos de las dichas
paces, en que hay el poder que dio el dicho Rey Francisco
para aprobar y celebrar de nuevo su matrimonio con la dicha
Reina, y la dispensación del Papa Clemente Vil; y ocho es-
136
críturas de aprobación del dicho casamiento, otorgadas por
los dichos Reyes Cristianísimos, en confirmación do los Trata-
dos de Madrid y Cambray, y de la dote que llevó la dicha
Reina, y la renunciación que hizo de sus legítimas en fayor
del Emperador, su hermano, y la entrega de la dicha Reina
Cristianísima á los Comisarios de Francia. ,
Sumario de los capítulos de la paz que se trató entre el Empe-
rador Don Carlos V y el Rey Francisco de Francia, año
de 1544.
Copias de escrituras de capitulaciones de treguas que se otorga-
ron entre la Majestad del Rey Don Felipe, nuestro Señor, y
el Rey Enrique de Francia, año de 1556, y el pregón de la
dicha tregua.
Tercer casamiento del Rey Don Felipe, nuestro Señor.
Copias de los tratados de confederaciones que se asentaron entre
la Majestad Católica del Rey Don Felipe II, nuestro Señor, y
el Cristianísimo Rey Enrique de Francia, en Xateo Canbresi,
en que se asentó el casamiento de Su Majestad Católica con la
Reina Madama Isabela, hija primogénita del dicho Rey Cris-
tianísimo, año de 1559.
Capitulaciones con las casas de Hungría, Austria y Borgoña.
Copia de poderes que otorgaron los Reyes Católicos Don Fer-
nando y Doña Isabel á ciertos Embajadores para asentar y
tratar paces, ligas y confederaciones con el Emperador Maxi-
miliano, Rey de Hungría, Archiduque de Austria y Borgo-
ña, etc., año de 1489.
Concordia y capitulación original que se asentó entre los dichos
Reyes Católicos y el Príncipe Don Juan, su hijo, y Fran-
cisco de Rojas en su nombre, y el Emperador Maximiliano y
el Archiduque de Austria, su hijo, en que se asienta amistad,
liga y confederación entre los dichos Reyes, y en confirma-
ción, casamiento y matrimonio entre el dicho Príncipe Don
r
137
Jaan y la Infanta Doña Jaana^ su hermana, hijos de los
Reyes Católicos, y el dicho Archiduque de Austria y la Prin-
cesa Madama Margarita, año de 1495: está firmada y sellada
del dicho Eímperador Maximiliano.
Bscritura otorgada y firmada por Don Felipe, Archiduque de
Austria, y Madama Margarita, por sí y Francisco de Rojas,
en nombre del Príncipe Don Juan y de la Infanta Doña
Juana, en que aprueban y rectifican los Capítulos de su ma-
trimonio y amistad, liga y confederación, año de 1495.
Un libro de fergaminOy encuadernado en tablas, cubiertas de ter-
ciopelo negro con tachones dorados, en que hay las escritu-
ras siguientes: La capitulación de los casamientos de los di-
chos Príncipes Don Juan y Madama Margarita, y Archiduque
de Austria é Infanta Doña Juana. Otra escritura de aproba-
ción de los dichos Capítulos y matrimonio contraído entre los
dichos Príncipes, y otra aprobación del dicho Emperador
' Maximiliano. Una aceptación del dicho Archiduque de Aus-
tria de como recibió la consumación y aprobación del dicho
casamiento, otorg^a por la dicha Infanta Doña Juana, y
otra tal de la Princesa Madama Margarita como recibió la
otorgada por el Príncipe Don Juan: están selladas con seis
sellos del Emperador Maximiliano y Príncipes y Francisco de
Rojas.
Carta de libre y quito quel Rey Don Felipe, siendo Archidu-
que, y Francisco de Rojas, en nombre de la Reina Doña
Juana, siendo Infanta, dieren á los Reyes Católicos y al Prín-
cipe Don Juan y sus herederos de la dote de la dicha Infan-
ta, conforme á un Capítulo del casamiento, en que se contie-
ne que se diesen por libres los unos á los otros, y que ningu-
no de los Reyes diese dote con su hija.
Otra tal carta de libre y quito que la Princesa Madama Marga-
rita y Francisco de Rojas, en nombre del Príncipe D. Juan,
otorgaron al Emperador Maximiliano y Archiduque, su hijo,
de la dote de la dicha Princesa Madama Margarita.
Aprobación y ratificación del Emperador Maximiliano de los ca-
samientos del Rey Don Felipe y Princesa Madama Marga-
138
rita, sus hijos, con los dichos Príncipe Don Juan y Reina
Doña Juana, hijos de los Reyes Católicos; y de todas las ca*
pitulaciones de ligas y confederaciones hechas con los dichos
Reyes Católicos, de las aprobaciones de los dichos Prínci-
pes y de las cartas de libre y quito que otorgaron acerca de
las dotes, año de 1496.
Aprobación y raiijlcaeion con juramento del Rey Don Felipe y
Reina Doña Juana, siendo Archiduques, hecha el dia que se
casaron, de todas las capitulaciones y contratos que se ha-
bian otorgado sobre su casamiento: está firmada de Sus Al-
tezas y sellada.
Carta dé pago de la Princesa Doña Margarita y de los Embaja-
dores del Emperador Maximiliano y Rey Don Felipe , siendo
Príncipe, en que conocen haber recibido ciertas joyas por
mandado de los Reyes Católicos: está con ella el Memorial de
las joyas, año de 1499.
Escritura firmada de ciertos Embajadores del Emperador Maxi-
miliano y Rey Don Felipe, siendo Príncipe, en que conocen
haber recibido en su nombre á la Princesa Madama Marga-
rita para la Ueyar á Flandes viuda, y dan por libres á los Re-
yes Católicos del cargo que tenian de la dicha Princesa: es-
tán insertos los Poderes de los dichos Embajadores y Prínci-
pe, año de 1499.
Poder de los Reyes Católicos dado á D. Juan Manuel y á Gu-
tierre Oomez de Fuensalida para asentar y confirmar liga,
amistad y confederación perpetua é indisoluble con el Empe-
rador Maximiliano, año de 1503.
Copia de los Capítulos di amistad^ liga y confederación perpeíiía
que se asentó entre el Rey Católico y los Reyes Don Felipe y
Doña Juana, sus hijos, sobre la guarda, administración y
gobernación destos reinos de Castilla, después de fallecida la
Reina Católica, año de 1506.
Copia de la concordia y capitulación que se asentó entre el Rey
Católico y el Emperador Maximiliano sobre la gobernación
destos reinos de Castilla y Leon^ después del fallecimiento del
Jte^ D.Felipe, durante la menor edad del Príncipe D .Carlos.
139
Casamiento de los Beyes de Bobenia.
Escrituras tocantes al casamiento del Rey de Bohemia Maxi-
miliano^ hijo del Rey de Romanos^ y la Infanta Doña María,
hija del Emperador D. Carlos Y, año de 1548, en que hay las
signientes:
La capitalacion asentada entre la Majestad del Emperador
Don Carlos Y y el Rey de Romanos Don Fernando , sa her-
mano, sohre el casamiento de los dichos Reyes, sus hijos.
La dispensación del Papa Paulo III para el matrimonio,
escritora de duario que otorgó el dicho Rey de Romanos á la
dicha Reina de 20.000 ducados por año en caso de viudez.
Donación y promesa hecha por el dicho Rey de Romanos al
dicho Rey de Bohemia, su hijo, de 60.000 florines, 220.000 á
la dicha Reina, su mujer, para su sustentación.
Título para Coronarse Rey de Bohemia el dicho Maximi-
liano.
La renunciación original que la dicha Reina de Bohemia
hizo con el Emperador Don Carlos, su padre, y en el Príncipe
Don Felipe, su hermano, de sus legítimas y derechos por la
dote que llevó.
C<ypia de los Capítulos matrimoniales.
Capitulaciones con la Casa de Inglaterra.
Copia auténtica de la ratificación y juramento que hizo la Infan-
ta Doña Catherina, hija del duque Alencastrey de la Infanta
Doña Costanza, hija legítima del Rey D. Pedro de Castilla,
sobre el derecho que pretendian al dicho Reino, y para que la
dicha Infanta casase con el Príncipe Don Enrique III, hijo
del Rey Don Juan I, conforme á la concordia y capitulación
que se asentó con el dicho Rey Don Juan de Castilla sohre el
derecho del dicho Reino, año de 1388.
140
Primer casaaniento de la Infanta Doña Catalina.
BntoUorio de éserituras de eapitulaeianee de paces y aliansae y
confederaciones qae se asentaron entre los Reyes Católicos
Don Fernando y Doña Isabel con el Bey Enrique VII de In-
glaterra, año de 1489, en qne se asentó el primer matrimonio
de la Infanta Doña Catalina, hija de los dichos Beyes Cató-
licos, con el Príncipe Artnr, hijo del dicho Rey de Inglaterra,
en que hay las escrituras sigientes:
La capitulación que se asentó entre los dichos Beyes para
el dicho casamiento y confederación contra el Bey Carlos de
Francia: es la misma que firmaron los Beyes Católicos.
Aprobación del dicho Bey, Enrique YII, de la segunda ca-
pitulación y confirmación que se asentó entre los dichos Be-
yes , año 1497, sobre la dicha liga , confederación y casa-
miento, y los poderes del dicho Bey Enrique para ello.
Aprobación de los Beyes Católicos de los dichos Capítulos
de confederación y casamiento, otorgada por Sos Altezas,
año de 1498, y los poderes que para ello dieron: es duplicada,
y está firmada y sellada con sello de plomo.
Aprobación y confirmación de los dichos Beyes Católicos
y de la dicha Infanta Doña Catalina, su hija, de los Capítulos
del dicho matrimonio y del desposorio celebrado con el di-
cho Príncipe Artur, y los poderes que para ello dieron, año
de 1499.
Otra confirmación de las dichas capitulaciones, otorgada
' por Sus Altezas, año de 1500, y los poderes que para ello se
dieron.
Copia auténtica de la carta de pago que otorgaron los di-
chos Beyes de Inglaterra y Príncipe Artur, su hijo, de la
dote que recibieron con la dicha Infanta Doña Catalina, año
de 1501.
Poder de los Beyes Católicos á su Embajador para pedir
al dicho Bey de Inglaterra la dicha dote que habia recibido,
y para que dejase Tolver á España á la dicha Infanta Doña
141
Catalina, por ser fallecido el dicho Príncipe Artar^ su marido,
año de 1502.
Un mazo de cartas , Memorias de los Reyes Católicos, y
otras escrituras simples tocantes al dicho matrimonio.
Segiindo casamiento de la dicto Infanta Doña Catalina^
envoltorio de escrituras de capitulaciones de paces y confederado-
nes que se asentaron entre los Beyes Católicos y el dicho Bey
Enrique VII de Inglaterra, en que se asentó segando matri-
monio de la dicha Infanta Doña Catalina, hija de los Beyes
Católicos, con el Príncipe Enrique, hijo segundo del dicho
Bey de Inglaterra, en que hay la capitulación del dicho ca-
samiento y confederación hecha el año de 1503, firmada y se-
llada del dicho Bey Enrique y la aprobación del de la familia
de los Beyes Católicos, y carta de pago de la dote, firmada
del dicho Príncipe Enrique YII, siendo ya Bey: e8t¿ metida
en una caja redonda de una caja de lata.
Envoltorio dé escrituras de capitulaciones de paces, alianzas y
confederaciones que asentaron entre el Emperador Don Car-
los V, Bey de España, y el Bey Enrique VIII de Inglaterra,
por sus propias personas, estando juntas Sus Majestades en
el Real de Voindesoie, año de 1522 « en que se asentó matri-
monio entre Su Majestad Imperial y la Princesa Doña María,
hija del dicho Bey de Inglaterra, que no hubo efecto; y liga
contra el Bey Francisco de Francia, en que hay las escritu-
ras siguientes:
La capitulación de la dicha lig^, firmada del dicho Bey
Enrique VIII, á 16 de Junio del dicho año 1522.
Aprobación y confirmación firmada y sellada del dicho
Bey Enrique, hecha á 19 del dicho mes de Junio, é insertos
en ella todos los Capítulos, así de la liga y confederación
como del dicho matrimonio de Su Majestad Cesárea con la
dicha Princesa Doña María.
Escritura de juramento hecho por el Emperadqr Don Car-
los Y y por el dicho Bey Enrique VIII, estando juntas Sus
142
Majestades, á 19 del dicho mes de Jonio de 1522, en qae
juran de guardar todos los Capítulos asentados entre Sus Ma-
jestades, así los tocantes á la dicha liga como al dicho ma-
trimonio.
Otro juramento firmado del dicho Rey de Inglaterra para
lo mismo.
Sentencia del Cardenal de Santa Cecilia, Primado de In-
glaterra y Legado a¿ la^re del Papa Adriano, en que manda,
so pena de excomunión y otras, quel Emperador Don Carlos
y Rey Don Enrique guarden los Capítulos de liga asentados
entre Sus Mejestades contra Francisco, Rey de Francia, á
instancia y petición de Sus Majestades, estando presentes.
Otra capitulación hecha y firmada por Sus Majestades,
estando juntos en el mes de Julio, año de 1522.
Capitulación que se asentó con los Embajadores del dicho
Rey Enrique VIII de Inglaterra, en confirmación de las he-
chas por el Emperador Don Carlos con el dicho Rey Enrique
contra Francisco, Rey de Francia: es la misma que formaron
los Embajadores el año de 1523, y está en ella el Poder del
dicho Rey de Inglaterra.
Un mazo de escrituras tocantes al pleito del matrimonio
de la Reina Doña Catherina de Inglaterra, tía del Empera-
dor Don Carlos V con el Rey Enrique VIII, su marido, en
que están los pareceres de los Teólogos y Letrados é ins-
trucciones que se dieron para el dicho pleito, y copia en molde
de la sentencia que se dló en la causa por el Papa Clemen-
te VII, año de 1534, en que declaró ser válido el dicho ma-
trimonio y mandó al dicho Rey Enrique permanecer en ¿1.
Envoltorio de registros y copias de las capitulaciones y
poderes que se trataron y asentaron sobre el casamiento del
Rey Don Felipe II, nuestro Señor, con la Reina María de In-
glaterra, hija del Rey Enrique VIII, año de 1554.
143
CAPITULACIONES.
DE PACES y LIGAS T CONFEDERACIONES ASENTADAS BNTBB LOS
SBYES BE CASTILLA Y ALGUNOS SUMOS PONTÍFICES T QTROS
PRÍNCIPES DE FUERA DE ESTOS REINOS.
Aproiacion de los Capítulos que se asentaron entre el Rey Don
Juan I de Castilla y el conde de Armiüaque, año de 1386.
Capüulaciones de paces y confederaciones que se asentaron entre
los Reyes Católicos Don Fernando y Doña Isabel y el duque
de Bretaña^ y los poderes que para ello hubo, año de 1488.
Copia de una liga y confederación que se asentó entre los Reyes
Católicos y el Papa Alejandro VI, y el Emperador Maximilia-
no y el Duque de Yenecia, y el Duque de Milán, año de 1495.
Bula del Papa Alejandro VI, en que se dice haberse asentado
entre él y los Reyes Católicos y el Rey Luís de Francia liga
y perpetua confederación contra los Turcos y contra los per-
turbadores del estado de la Iglesia y de los dichos Reyes, año
de 1501.
Copia de los Capítulos que el Emperador Don Carlos Y juró á
los Electores del Imperio luego que eligieron Su Majestad
Cesárea, año de 1519.
Capitulación, en molde, de la paz que se asentó entre el Empe-
rador Don Carlos Y y la República de Genova en 1519, en
conñrinacion de la que se habia asentado con los Reyes Ca-
tólicos.
Capitulación y aproiacion de la liga y confederación que se asen-
tó entre el Emperador Don Carlos Y y el Papa León X, años
de 1519 y 1521.
Capitulación que se asentó entre el Emperador Don Carlos Y
y la Señoría de Yenecia, año de 1521.
Xatijleacion otorgada por la Señoría de Yenecia de las capitu-
laciones asentadas con la Majestad del Emperador Don Car-
los Y, año de 1523.
144
Capia ie ciertos Capiúuhs que se asentaron entre el Emperador
Don Carlos y Venecianos, año de 1536.
Escritura firmada del Emperador Don Carlos, en que se da por
comprendido en la tregua qué se asentó entre el Papa Ju-
lio III y el Rey de Francia, año de 1552.
Copta ie los artículos y capitulaciones que Su Majestad el Em-
perador Don Carlos Y mandó asentar con el Duque Juan Fe-
derico de Sajonia y Lanzgrave sobre su prisión, año de 1552.
Sslacion ie apuntamientos ie los trataios que pasaron en Línz
entre el Rey de Romanos y el Duque Mauricio de Sajonia,
año de 1552.
Sumario ie ciertas capitulaciones que se asentaron entre el Rey
de Francia y Suizos en tiempo del V^ptí Paulo IV.
Copia ie ciertos Capitulas ie paces quel duque de Alba, en nom-
bre del Emperador Don Carlos V, asentó con el Papa Paulo IV,
año de 1553.
145
CAPITULACIÓN
DK TREGUAS T PACES T OTBOS ASIENTOS HECHOS POB LOS REYES
DE CASTILLA CON ALGUNOS PRÍNCIPES MOROS.
Escritura que otorgó el Rey de Granada^ en que se hace vasallo
y tributario del Rey Don Juan II de Castilla y promete de le
servir en cada un afio con cierto número de gente y cierta
soma de dinero, año de 1432.
Escritura de capitulaciones que se asentó por mandado de los
Reyes Católicos con el Rey de Granada^ año de 1478, sobre
la averiguación de los daños y nuevos hechos en tiempo de
la paz entre estos Reinos y el de Granada.
Cédula y capitulación firmada de los Reyes Católicos sobre el
rescate de los moros de Málaga, año de 1487.
Copia simple del asiento que se tomó por mandado de los Reyes
Católicos con los moros de Purchena y su valle, año de 1489.
Capitulaciones que se asentaron por mandado de los Reyes Ca-
tólicos con el Rey de Granada Muley Baudalí, los años 1491
V 1492.
Cédula, firmada de los Reyes Católicos, do ciertos previlegios y
mercedes^ y Capítulos que concedieron á los moros de las Al-
pujarras y valle de Alacrin porque se convirtiesen á nuestra
Santa Fé Católica, año de 1500.
Capitulación de paz, alianza y confederación que se asentó por
mandado del Emperador Don Carlos Y y Reina Doña Juana
entre el marqués de Comares, Capitán general de Oran, en
nombre de Sus Majestades y Muley Hamete Mazóte, Rey de
Tremecen, en que quel dicho Rey se hace tributario y aliado
de los Reyes de Castilla, y promete de pagar cierta suma de
dinero en parias cada un año, fecha año de 1520.
Capitulación de alianza hecha por el conde de Alcaudete en
nombre del Emperador Don Carlos con Manzory su sobrino.
Reyes de Tremecen.
Tomo LX\XI. 10
146
Capitulación que se asentó por D. Francisco de Tovar, capitán
de la Goleta, en nombre del Emperador Don Carlos, con Ma-
ley Hazen, Rey de Túnez^ y ©1 Jpfante Mahamete, su hijo,
sobre lo que el dicho Rey era obligado á pagar á Sa Majes-
tad, año de 1545.
Capia de capitulación que se asentó por Luis Pérez de Vargas,
capitán de la Goleta, en nombre del Emperador Don Carlos V
con Muley Amida, Rey de Túnez, año de 1547.
147
CAPITULACIONES
HECHAS POB LOS REYES DE CASTILLA CON ALGUNOS PRELADOS
T CABALLEROS DE ESTOS REINOS, Y ALGUNAS DELL AS SOBRE
TRUEQUES Y RECOMPENSAS DE VILLAS Y FORTALEZAS.
Capitulación jurada que se otorgó entre el Rey Don Enrique III
de Castilla j D. Fadrique, duque de Benavcnte, en que se
asienta que el dicho duque servirá á Su Alteza y hará resti-
tuir lo usurpado* á la Corona Real, año de 1394.
Capitulación y asioito que se tomó entre el Rey Dun Enrique IV
y algunos Prelados y Caballeros destos Reinos sobre las di-
ferencias que habia entre el dicho Rey y el Infante Don Alon-
so, su hermano, en que se asienta que el dicho Infante sea
jurado por Príncipe heredero destos Reinos, y el dicho Rey-
manda que así le intitulen y llamen^ y le sirvan y obedezcan
como á tal, año de 1464.
Bula del Papa Paulo II, dirigida al Obispo de León, su Nuncio
y Legado ad latere, para asentar y concordar las diferen-
cias que habia entre el Rey Don Enrique lY y los Prelados y
Caballeros destos Reinos, año de 1466.
Capitulación que se asentó entre el Rey Don Enrique IV y
la Reina Doña Juana, su mujer, y el arzobispo de Toledo
; D. Alonso Carrillo y algunos Grandes destos Reinos, en que
ellos prometen de servir á Sus Altezas y á Doña Juana, hija
de la dicha Reina, á quien llaman Princesa, y los dichos
Reyes prometen de les amparar y defender sus personas y
Estados.
Copia de una capitulación y asiento que se tomó por los del Con-
sejo de la Reina Doña Isabel, mujer del Rey D. Juan 11, con
Alvaro y Juan de Bracamente , sobre la villa y fortaleza de
Ardvalo, que era de la dicha Reina, año de 1469.
148
Copia de un asiento y concordia que se habia de otorgar por el
Rey Don Juan de Aragón y el Príncipe Don Fernando, Bey
de Sicilia, sa hijo, y los Maestres de Santiago y Calatraya j
conde de Vilueña, para conservación y seguridad de sns
personas, honras y estados: no tiene firma ni fecha.
Cofia auténtica de una concordia y capitulación que se asentó
entre los Beyes Católicos, siendo Príncipes, y D. Pedro Man-
rique, conde de Treviño, cuando vino á su servicio, año
de 1472.
Capitulación que asentó el duque del Infantazgo, en nombre de
los Beyes Católicos, con Pedro de Ayala, Comendador de
Paracuellos, para que se redujese á su servicio.
Capitulación del asiento que se tomó por mandado de los Be-
yes Católicos, con Garci Brabo de Lagunas, Alcaide de la
fortaleza de Atienza, al tiempo que se redujo á su servi-
cio, en que se asienta que el dicho Grarci Brabo tenga la dicha
fortaleza por Sus Altezas, y renuncie ciertos derechos que
pretende, y Sus Altezas le hagan ciertas mercedes, año
de 1476.
Capitulación y asiento que se tomó entre los Beyes Católicos y
D. Luis de la Cerda, conde de Medinaceli, sobre el entrego
de las villas de Arcos y La Guardia, en Navarra, de que Sus
Altezas le habían hecho merced , en recompensa de la villa
de Agreda que le habia dado el Bey Don Enrique IV, año
de 1477; está firmada de Sus Altezas y del dicho Conde.
Un mazo de escrituras tocantes á las capitulaciones que se asen-
taron, por mandado de los Beyes Católicos, con D. Alvaro de
Zúñiga y Doña Leonor Pimentel, duques de Aróvalo y condes
de Plascncia, en que hay las capitulaciones originales que se
asentaron el año 1476 y el año 1480, y la renunciación que
hicieron los Duques de la dicha villa de Arévalo y de todo el
derecho que pretendian á ella y su fortaleza, en la Beina
Doña Isabel, madre de la Beina Católica, á quien pertenecía
por su vida, y los poderes que para ello hubo.
Tres capitulaciones originales que se asentaron entre los Beyes
Católicos y D. Enrique de Guzraan, duque de Medina-Sido-
149
nía^ sobre que el Dnqne sirviese á Sos Altezas y entregase
las fortalezas que tenia de las villas de Sevilla, que son Fre-
genal, Aroche, Lebrija, Yillanneva del Camino y Montegil,
y renunciase la tenencia de los Alcázares de Sevilla, y Sus
Altezas le hicieron cierta merced de juro de por vida, en re-
compensa, afío de 1478.
3h'es capitulaciones hechas entre los Reyes Católicos y el arzo-
bispo de Toledo, D. Alonso Carrillo, los años de 1469 y 1476
y 1479, en que se asienta que el dicho Arzobispo sirviese á
Sus Altezas y entregase las fortalezas del Arzobispado para
que los Alcaides dolías las tuviesen por Sus Altezas, y los
dichos Reyes Católicos amparasen y defendiesen al dicho
Arzobispo en su dignidad, honra y estado, y están con ellas
algunos pleitos-homenajes de las dichas fortalezas.
Capitulación y asiento que se tomó por mandado de los Reyes
Católicos, con el mayordomo Godoy, alcaide de los Alcázares
de Carmona, sobre la entrega y renunciación de los dichos
Alcázares, que renunció en manos de Sus Altezas, y en re-
compensa se le hicieron ciertas mercedes , año de 1478.
Capitulación que se asentó por mandado del Rey Católico, con
el Concejo de la Mesta, sobre la hierva de la Serena, año
de 1479.
Capitulación y asiento que se tomó por mandado de los Reyes
Católicos, con Hernán Gómez de SoJís, sobre las villas de
Villanueva de Barcarrota y Salvatierra, que eran de la Orden
de Alcántara, y las mandaron tomar Sus Altezas, en trueque
de cierto juro que dieron por ella á la dicha Orden, año
de 1480.
Copia de capitulación y asiento que por mandado de los Reyes
Católicos se tomó con el comendador Francisco de Sotoma-
yor, sobre la entrega de la villa de Magacela y su fortaleza,
año de 1480.
Renunciación que otorgó López Vázquez de Acuña, del derecho
que tenia á la ciudad de Huete y su castillo, conforme á una
capitulación que con ¿1 se asentó por mandado de los Reyes
Católicos cuando la entregó, año de 1478.
150
Dos eapitnlaeiones originales que se ii9entaroii entre los Reyes
Católicos y D. Diego López Pacheco, marqués de Villana,
sobre la renanciacíon de las villas y lagares del Marquesado,
que hizo en la Corona real por Escalona y Cadalso , que por
ello se le dio; y sobre la renunciación de la villa de Riaza,
por cierto juro: están con ellas las renunciaciones originales
que el ¿ficho Marqués hizo, año de 1480.
Capitulación y asiento que se tomó por mandado de los Reyes
Católicos, con D. Rodrigo Enriquez Osorio, conde de Lemos,
sobre la entrega de Ponferrada, año de 1483.
Capitulación y asiento que se tomó por mandado de los Reyes
Católicos, con Alonso Carrillo, su Guarda mayor, sobre la
entrega de la fortaleza de la Brisca, año de 1488.
Capitulación y asiento que se tomó por mandado de los Reyes
Católicos, con D. Alvaro de Zúñig^, Prior de San Juan, sobre
las villas de Támara y San Cebrian, y las otras de la Baília
de Población, que eran de la Orden, por las alcabalas de la
villa de Alcázar de Consuegra y su Baília, y Lora y SetefiUa
y Alcolea, año de 1485.
Conocimiento de Fray Sebastian de Gucio, en nombre de Don
Juan de Zúñiga, Maestre que fué de Alcántara, en que con-
fiesa haber cumplido los Reyes Católicos ciertos Capítulos
que se asentaron con el dicho Maestre al tiempo que renun-
ció el Maestrazgo en Sus Altezas, año de 1495.
Asiento y capitulación que se tomó entre los Reyes Católicos
y D. Diego Ponce de León, duque de Cádiz, sobre la entrega
de la ciudad de Cádiz para la Corona real, dándole en re-
compensa y merced la villa de Casares y otras cosas; está
con ella la escritura de venta que Sus Altezas otorgaron al
dicho Duque de la dicha villa de Casares, año de 1493.
Copia de un asiento que se tomó, por mandado de los Reyes Ca-
tólicos, con Francisco de Herrera, vecino de Azuaga, sobre
el descubrimiento de los mineros de oro y plata y metales
del arzobispado de Toledo y Maestrazgo de Santiago y otros
partidos, año de 1499.
Capitulación y asiento que, por mandado de los Reyes Doña
151
Jaana y Emperador Don Carlos V, tomó el Condestable de
Castilla con el Mariscal de Navarra sobre la entrega de
Faenterrabía, año de 1524.
Copia ie «ft asiento que se tomó por mandado del Emperador
Don Carlos Y entre la ciadad de Granada y la Capilla real,
sobre la lonja, año de 1519.
152
I . í-
ESCRITURAS
TOCAVTfia 4lL estado. DE PLOBEHCrA T AL CÁSAlfIBNTO VE
aiADAMA MABOABD^A.
Pnitaer oasaaniento dé HácUitna Iforgarita.
*
Un mazo de escrituras tocantes al primer casamiento de Mada-
ma Margarita de Austria, hija natural del Emperador Gar-
los Y, con el Duque Alejandro de Médicis, en que hay las
escrituras siguientes :
Copia de los Capítulos matrimoniales que se asentaron
entre el Papa Clemente VIH y Su Majestad Imperial, sobre
el dicho casamiento el año de 1529, y del último tratado de
Ñápeles, cuando se celebró el matrimonio, año de 1536.
Copia auténtica del previlegló que Su Majestad Cesárea
concedió á la ciudad y república de Florencia, en que per-
dona la rebelión pasada y concede que de allí adelante sea
gobernada por la casa y familia de los Médicis, y hace al
dicho Duque Alejandro/ Cabeza y primado de ella y asas
sucesores para siempre jamás, y el juramento de fidelidad que
el dicho Duque hizo al Emperador, y testimonio de cómo fué
presentado y obedecido el dicho previlegio en la dicha Repú-
blica y el Breve del dicho Papa Clemente VIII, en aprobación
de la capitulación hecha con la dicha República.
Instrumentos de juramentos de fidelidad hechos por el
duque Cosme de Médicis á Su Majestad Cesárea, por el estado
de Florencia, después de muerto el duque Alejandro, y de
ciertos Castellanos para los Castillos de Florencia, é inven-
tario de la artillería y municiones que habia en los dichos
castillos.
153
Segundo oasamiento de la dioha Madama ICargarita.
Otro mazo ie escrituras tocantes al segundo casamiento de la
dicha Madama Margarita de Austria con el duque Octavio
Farnese, nieto del Papa Paulo III, en que hay copias de los
Capítulos del dicho matrimonio, que se asentaron entre Su
Santidad y Su Majestad Cesárea del Emperador Don Car-
los Yy y copias de los poderes para el matrimonio é informa-
ción de los bienes de la Casa de Médicis y derecho que tienen
á ellos la dicha Madama Margarita, y otros papeles y cartas
miiñvas tocantes á ello/
DOCUMENTOS RELATIVOS
B3L..AlSOO T>-E OA.TI
Archivo general de SimaDca8.=GDerra, L oám. U.-Estado, L nóms. i7 y SS9.
k I
BLASCO DE GARAY. '
o. U* C* M.
Coman cosa es los pobres ser ingeniosos: digo esto^ porque
siendo yo on pobre hidalgo desta ciodad de Toledo, llamado
Blasco de (jaray, y pensando muchas yeces con qué poder ser-
vir á Vuestra Majestad como algunos de mi linaje han hechoi
en especial un hermano mió mayor, llamado Diego de Alarcón,
que en servicio de Vuestra Majestad perdió la vida, capitán en
el ejército de Italia; yo con el mismo calor de servir á Vuestra
Majestad , deseando hallar cosa que excediese la bajeza de mi
persona, ofrecióme el continuo cuidado y el estudio de filosofía
y de otras ciencias en que me he criado, y la experiencia, una
invención de poder sustentar una grande armada á Vuestra
Majestad sin costa de las rentas Beales ni daño de sus pueblos,
lo cual considerado de mí mucho tiempo há, me. parece, si no
me engaño, ser cosa que se podria efectuar; la forma desto daré
en escrito cuando Vuestra Majestad mandare, y si en ella se
hallase por caso defecto, en mi voluntad de desear el servicio
de Vuestra Majestad no se hallará.
Asimismo, para esta armada, si como digo hubiere efecto,
ó si no para cualquiera otra que Vuestra Majestad aparejare,
daré un instrumento fácil con que se podrán excusar en las ga-
leras todos los remadores, y que cuatro hombres puedan hacer
i Los sefiores Salva y Baranda, primeros editores de esta Colección, de«
jaroD de publicar los documenlos que relativos á Blasco de Garay tenían co-
piados dol Archivo general de Simancas, á instancias del Sr. Ferrer de Coulo,
qae deseaba darlos á conocer el primero. Nosotros creemos que aun cuando pu-
blicados, deben también figurar en esta obra, arsenal valioso para cuantos es-
criben sobre nuestra Historia patria, documentos tan importantes, tanto más
cuanto podemos agregar á ellos este primero, que no sabemos baya visto la luz.
158
mayor moTimiento que ellos todos hacen, y tanto mayor moli-
miento que casi pudiesen pasar sin velas , y que este mismo
instrumento se pueda poner en cualquiera navio de alto bordo
con poco embarazo, y que no haya necesidad de navio de bordo
bajo ni de remo jamás.
ítem, daré arte muy natural y fácil con que puedan sacar
cualquiera navio debajo del agua , aunque esté más de cien
brazas en hondo, y aunque sea una carraca y aunque no hu-
biese más de dos hombres para sacarla.
ítem, daré arte con que cualquiera hombre pueda estar de-
bajo del agua todo el. tiempo que quisiera, tan descansada-
mente como encima.
ítem, en poca hondura, daré instrumento con que pueda ver
desde encima del agua lo que hubiese allá en el suelo, aunque
el agua esté muy turbia.
ítem, daré un instrumento que, habiendo leña, puedan con
él, de cualquier agua salobre, hacer agua dulce en tanta can-
tidad que corra el agua en hilo.
ítem, daré un aviso con que puedan haber agua de muchas
maneras, llevando el dicho instrumento y habiendo leña, aun-
que no en tanta abundancia como habiendo agua salobre 6
cualquiera otra mala agua.
ítem, daré un molino en un navio, de mucho efecto, que le
pueda traer un hombre asentado, 6 arte con que puedan moler
sin más ruedas de las piedras que hacen la harina, y en esto
del moler haré muchos ingenios no vistosa
1 Legajo número 14.— En la carpeta doste documento se halla escrito lo si-
guiente: t Málaga.— Blasco de Garay, sobre los ingenios que dice que bará.— Al
Consejo de la Guerra.— Tiene una rúbrica.»
159
r COPIA DE GARTA
DE LOS PROVEEDORES DE AíIlaOjL Á SU l|fiJESIAD.
S. G* C«
Blasco de Garay tíuo á esta ciodad por mandado, d^e Yuea-
tra Ma^tad i hacer an ingenio eoo que las iHivea andoviesen
en tiempo de calma, y como la invención «ra nueva, ha sido
necesario enmendar algunas cosas, así paia qoe el movimiento
fuese más fácil como para que ocupase menos lugar en las na-
ves, porque el ingenio que primero hizo ocupaba mucho. La
última ezperiencia que hizo fué que puso dos ruedas en una
naveta de cien toneles á cada costado la suya, y cada rueda
movian tres hombres, los cuales se remudaban para poder su-
frir el trabajo, y desta manera anduvo esta nave en una hora
media legua: el dicho ingenio hace poco embarazo en la nave;
pero porque las naves que han de servir en la armadas han de
ser grandes y nosotros no podemos desta cosa saber más de lo
que viésemos por experiencia, va el dicho Blasco de Garay á
dar cuenta á Vuestra Majestad del efecto que podrá hacer este
ingenio, acrecentando las ruedas y multiplicando los puntos
dellas y otras cosas que él tiene pensadas; y como quiera que
lo que hasta aquí se ha hecho ha sido costoso, porque los oficia-
les no estaban diestros, pero parécenos que lo que de aquí ade-
lante se hiciere será de poca costa: las naves en que se pusiere
este ingenio, aunque sean grandes , harán ciaboga más presto
que una galera, que es cosa de mucha importancia: al tiempo
que se hizo esta experiencia hicimos entrar dentro al capitán
Gracían de Aguirre y al capitán Noblecia, que son marineros
y bombres de guerra , y otras personas, y á todos les pareció
muy bien , porque como quiera que las naves que así fuesen
armadas no pueden atener con las galeras, pero hallándose
160
juntas, cerca de lo8 enemigos, podrían ir en compañía en tiem-
po de calma á ofenderles. Nuestro Señor la Imperial persona y
Real Estado de Vuestra Majestad ensalce. De Málaga á 27 de
Julio de 540. De Vuestra Majestad Cesárea Católica humil-
des vasallos que sus Reales pies y manos besamos. ==Sancbo
Verdugo. — Tiene rúbrica.=Diegü de Cazalla.— Tiene rúbrica *.
4 Dentro de esta cartt hay un papel que tiene por epígrafe: tBn Consejo se
acordó.! — Boira otros acuerdos hay el siguiente sobre lo de Blasco de Garay.
«Su Majestad, visto loque de acá se le escrililó sobre lo de Garay, respondió que
se hiciese la experiencia si ac4 pereda: háse avisado que se baga la experiencia
en un oavfo de 800 ó S50 toneles, y qae según sucediese aquello, asf se verá dea-
pues si debe hacerse en la galera.»
161
COPIA DE CARTA Á'ÜTÓGRAFA
DBL BLASCO DB OJUU.T i. SO MAJTESVAD.
S. C. C. M.
* » I '
Yoy BUseo de {Jftrtty; fúí p'oí ifaandádó dé Vuestra Majestad
á Uála^ á entender eii cierto . iageuio de hacer andar lo& na*
TÍOS en tiempo de calma, y á 4 de Octai)t^ ie 158& años hiee la
primera experiencia en una nave de 250 toneles viejos, y muy
pesada, y anduvo la dicha nave con 18 hombres que traían el
ingenio casi nna'legna por hora; y porque en esta experiencia
se quebraron algunas cosas y otras parecia que embarazaban
mucho el navio por de dentro, yo dije que las enmpndaria to-
das, y así, acordaron los Proveedores de Vuestra Majestad que
yo enmendase solas dos ruedas, una para cada banda del navio,
y que en éstas se vería lo que podia ser, porque por dos juzga-
rían lo que se andaría llevando seis, como en la primera expe-
riencia que llevaba el navio tres ruedas por banda, que eran
seis: yo aparejé las dichas dos ruedas y lo de dentro, que em-
barazaba mucho por razón de vigas largas con que se movía, re-
cogflo en tan poco espacio , que casi es nada el lugar que ocu-
pa, porque quité las vigas y seguí otra manera de movimiento,
y púsolo en una nave de 100 toneles, cargada de trigo, y á
cada rueda puse tres hombres que la moviesen , que por todos
eran seis, y con esto anduvo media legua por hora , medida por
sus ampolletas, que llevaron los proveedores de Vuestra Ma-
jestad, y la misma media legua que había andado quisieron que
la tomase luego á volver andar para ver si en la mar había
habido corriente que la ayudase, y volvió la misma media legua
puntualmente en otra hora : después trajéronla por la marina
de una parte á otra, y trajéronla hasta la puerta de las Atara-
zanas, casi tan cerca de tierra como llegan las galeras, é hizo
Tomo LXXXI. 11
162
muchas veces ciaboga más presto que una galera. Esta expe-
riencia se hizo á 2 de Julio de 1540: iban dentro los Proveedo-
res de Vuestra Majestad , como ellos escriben , y metieron con-
sigo más de cien hombres, capitanes de naves, pilotos, marine-
ros y otras personas hábiles para que diesen su voto , entre los
cuales iban, especialmente, Gracian de Aguirre y Noblezia,
hombres experimentados en las cosas de la mar, sin otros mu-
chos bajeles de gente que iban á la redonda de la nave para ver,
y en concordia de todos, se dio por la más útil cosa del mundo
y sin inconveniente alguno , tanto , que con ser la primera ex-
periencia harto ingeniosa, esta postrera la hizo parecer mala,
por ser más fácil y ocupar tan poco lugar , que con muy po-
quitas tablas se podria encubrir el arte de dentro, que nadie la
viese; demás de otras muchas ventajas que hizo á la primera
en ser de menos costa y menos violenta, y que durará más que
el navio donde fuere , porque este ingenio se podrá quitar y
poner ligerjimente cuando fuese menester, ó para ir á la bolina
ó por algnn tiempo fuerte que entrase. Los Proveedores de
Vuestra Majestad pienso que envian la información de todo
esto: yo envió á Vuestra Majestad una traza desta última ex-
periencia, que es una media nave con solas dos ruedas á la
pro,^ no sé si por ella se entenderá algo; y porque los dichos
Proveedores no quieren testificar de más de lo que vieron, dejan
á mi cargo lo demás, así de lo que pienso hacer en el mismo
ingenio, acrecentándole algunas cosas que le pueden ayudar,
como la cuenta y razón de lo que pienso que andarán los na-
vios que fueren más gruesos que éste ei) que vieron la expe-
riencia; y para dar esta cuenta ha de presuponer Vuestra Ma-
jestad que para solo este efecto de andar los navios podrían
bastar seis hombres, como se vio en esta última experiencia, y
cuatro como yo ofrecí en la petición que á Vuestra Majestad di
en Toledo; y si no hpbiera más de dos hombres, éstos creo que
la menearían en una calma: mas para andar cosa de cuantidad
que pudiese servir en una navegación, ha menester más gente,
y tanta más cuanta hubiere de audar más : por eso daré aquí
á Vuestra Majestad dos suertes de navios, que cualquiera de
163
ellas es de harto proyecho, y se puede con ellas navegar nna
larga navegación en tiempo de calma; y puesto que añadiendo
la gente y las ruedas se podría añadir en el andar, paréceme
que por el embarazo de los navios no es menester añadir en
los ingenios ni en la gente, si no fue^e sobrada, porque á no
mirar esto mucho, se podría añadir; pues tomando lo razona-
ble, habiendo respeto á todo, me parece que se podrá hacer lo
siguiente:
Primeramente, para que un navio ande más de legua por
hora, y que este más sea una conocida ventaja, ha menester la
genle siguiente:
Una nave de 100 tonelos, 12 hombres.
Una nave de 150 toneles, 16 hombres.
Una nave de 200 toneles, 20 hombres.
Una nave de 250 toneles, 24 hombres.
Una nave de 300 toneles, 28 hombres.
Una nave de 350 toneles, 32 hombres.
Una nave de 400 toneles, 36 hombres.
Aquí ha de notar Vuestra Majestad que no doy más gente
para mover estos navios de la que suele ser menester para los
bateles de los mismos navios.
Pues para que estos navios anden más de legua y media
por hora, y que este más sea una conocida ventaja, ha menes-
ter la gente siguiente:
Una nave de 100 toneles, 18 hombres.
Una nave de 150 toneles, 24 hombres.
Una nave de 200 úneles, 30 hombres.
Una nave de 250 toneles, 36 hombres.
Una nave de 300 toneles, 42 hombres.
Una nave de 350 toneles, 48 hombres.
Una nave de 400 toneles, 54 hombres.
Aquí ha de considerar Vuestra Majestad, que aunque va
crecido el número de los hombres más que en los navios de
más de legua, no es tanto el crecimiento que en cualquiera
navio no haya gente para ello de solos marineros y grumetes
que los dichos navios han menester para solo navegar, cuantq
164
más que siempre van otras gentes en los navios que holgaran
de ayudar en tiempo de necesidad, como ayadan á la bomha
y al cabrestante, porque para este ingenio no son menester
hombres diestros como para el remo; y habiendo abundancia de
hombres podrán andar estos navios mucho más que aquí he
puesto, y asimismo, si faltasen hombres de los necesarios, con
pocos ó muchos, los que hubiese, navegarian más <5 ménos^
según el número de los hombres, que no es pequeña comodi-
dad que habiendo inuchos hombres todos puedan servir en una
necesidad, lo cual en los navios de remo no se puede hacer, en
especial en la galera, que no caben más remeros de los que
van, y esos han de ser muy diestros, como dicho tengo.
Asimismo ha de entender Vuestra Majestad que esto que he
dicho que andarán estos navios con los hombres que á cada uno
he puesto, será yendo la gente trabajando á toda prisa, como
cuando la gente de una galera va dando caza á una pista, y
porque este trabajo no le podrán sufrir, si no es un apretón de
dos ó tres horas para caminar desta manera, ó será menester
gente de remuda ó que descansen, como hacen las galeras; mas
queriendo trabajar lo razonable y aquello que podrán sufrir
todo el dia|, no andarán tanto como arriba he puesto, aunque
creo que caminarán bien, y esto será según quisieren trabajar,
poco ó mucho, como en todos los otros trabajos, porque en este
ingenio pueden trabajar mucho 6 poco, como quisieren, porque
no obliga á poner siempre mucha fuerza, como los que suben
peso; en ña, en este caso es como el remo.
Asimismo, esto que he dicho que andarán estos navios se ha
de entender en calma y sin corriente de mar» porque puesto que
contra la corriente de mar pueden navegar, como ya se ha*ex-
perimentado, todavia pierde de su navegación por causa de la
corriente más ó menos, según la corriente fuere, aunque ha de
saber Vuestra Majestad que estos navios resisten mejor á la
corriente que al viento contrario, al revés de la galera, que re-
siste mejor al viento contrario, si no es mucho , que á la cor-
riente, porque la galera tiene más debajo del agua que en cima,
y la nave tiene más volumen encima del agua que debajo,
165
por ser alta de bordo y de popa y de proa , donde hace mucha
fuerza al Tiento, aunque si el viento no es mucho , todavía
proejan contra él, y más proejarán las que anduviesen á más
de legua y media que las que anduvieren á más de una.
Dq'ado, pues, ya aparte esto de los navios de alto bordo, y
viniendo á las galeras, que son navios largos y más dispuestos
á hender el agua que las naves, á lo que yo alcanzo por las
experiencias hechas, así públicas como otras que yo he hecho
particulares, que de buena razón no pueden faltar, se podrá
hacer en ella lo siguiente:
Una galera de las que al presente reúnan 24 bancos por
banda, que ha menester 144 hombres de remo, ha menester
desotra manera solamente la cuarta parte, que es 36 hombres,
y ganaría todo esto: lo primero, que de una galera se hacen
cuatro; lo segundo, que la galera que llevare este ingenio an-
dará más que ninguna otra al remo , que es cosa de gran im-
portancia, porque ella alcanzará á otras, y las otras no á ella;
lo tercero, esta galera podrá llevar medios cañones por las ban-
das y muchos más soldados que lleva, y más libres para pelear,
porque no llevará bancos ni ^ ursta, que es grandísimo em-
barazo , sino una hermosa plaza de cubierta desembarazada de
popa á proa, mucho más que al presente está, lo cual no creo
que será poco alivio para una necesidad ; lo cuarto, la chusma
desta galera se podrá despedir hecho el viaje, y no será menes-
ter invernar con ella , porque el más grosero hombre que tor-
naren á tomar sabrá traer este ingenio tan bien como el más
diestro, porque no es más de traer una cigoñuela á la redonda,
y ahorrarse ha Vuestra Majestad de los gastos del invierno de
las galeras, y de ánimas que están allí contra justicia penan-
do, que Vuestra Majestad no lo puede saber, las cuales claman
siempre justicia contra los que allí las detienen malamente ; lo
quinto, es lo que arriba dijimos en las naves, que los soldados
que allí hubiere podrán ayudar á traer el dicho ingenio para
que ande mucho más, lo cual puede aprovechar mucho en una
I No se puede leer la primera letra de la palabra ursla por estar roto el papel.
166
necesidad contra un viento recio y contra nna recia corriente y
contra otros mnchos desastres de mar^ y para alcanzar otros
navíoSi y esto no es de tener en poco caando el tal caso se ofre-
ciese , lo cual no pneden hacer yendo al remo ; y porque aquí
podrán algunos decir que estos 36 hombres no bastarán á su-
bir el entena, yo daré ingenio con que la suban aunque fuesen
menos, cuanto más que otra mucha gente hay en la galera que
podría ayudar cuando la quisiesen subir á manos como ahora
la suben.
T porque todo esto es tan gran cosa, como ya Vuestra Ma-
jestad puede ver, porque teniendo Vuestra Majestad ingenios
aparejados para tres 6 cuatro suertes de navios, podrá cuando
fuere servido tomar los navios que hubiere menester y mandar-
les poner los ingenios, que se ponen ligeramente; y puesto
todo á punto y hecha la gente de guerra que ha de ir en ellos,
puede Vuestra Majestad mandar á la postre de todo tomar la
gente que ha de mover el ingenio, y pagándoles por el tiempo
que fuere menester, llevará Vuestra Majestad una armada de
navios de alto bordo artillados, que basten á hundir el mundo,
sin las galeras que podrá llevar como corredores del campo^
que no se les escape cosa que por el mar saliere; y hecha la
jornada, cuando se despidan los soldados, despedir los movedo-
res del ingenio para que á otra vuelta vengan alegremente al
mandato de Vuestra Majestad, y de esta manera excusarse así
muchos gastos, y Vuestra Majestad será Señor absoluto de mar
y tierra, y servido prestamente, y no como ahora, que para
meter un hombre que reme en galera se escandaliza el mundo,
porque entra para nunca salir si no es por ventura. Y porque en
esto se le apareja á Vuestra Majestad un gran servicio y á mi
un trabajo incomportable, como de lo experimentado se me
figura, porque las cosas nuevas se hacen con gran dificultad y
cuidado, asi como con admiración y casi incredulidad, suplico
á Vuestra Majestad que para que con más ánimo yo vaya por
fatiga tan iutolerable y tema menos los golpes de los envidiosos
y de aquellos que contraminan la vcfntura de los que Dios fa-
vorece, que Vuestra Majestad sea servido de señalarme las
167
mercedes que me ha de hacer cuando yo haya camplido lo sobre-
dicho, y sea de esta manera: que Vuestra Majestad tome un
navio de los que arriba van puestos, cual á Vuestra Majestad
más agradare, ó de los de á más de legua, ó de los de á más de
legua y media, y yo me profiero con la gente que á cada uno
arriba puse, de hacer que ande lo que tengo dicho, y asimismo
4e hacer en una galera lo que tengo dicho, y que no cum-
pliendo yo lo dicho, Vuestra Majestad no sea obligado de ha-
cerme mercedes ningunas por ello; pero que cumpliendo yo en
la dicha nao que Vuestra Majestad tomare y en una galera
todo lo que dicho tengo, y de tal arte que no tenga falta por
donde se deba dejar de usar de ellos, Vuestra Majestad sea
obligado á hacerme las mercedes que me prometiere por ello,
y no pido esto por dejar de entender después en los ingenios
de los otros navios que arriba he puesto, porque en estos dos
primeros, así en la nao como en la galera, entiendo descubrir
muchos más primores, que de miedo de hombres que andan á
hurtar ajenas invenciones para disfrazarlas y llamarlas suyas
he callado hasta aquí, y asimismo de miedo de envidiosos que
de que ven que lo tienen todo en poder, no consienten que na-
die medre por ellos; y de estos, así los unos como los otros, he
hallado gran copia todas las veces que he descubierto algo de
mi pobre ingenio: por eso suplico á Vuestra Majestad sea ser-
vido que yo conozca mi galardón y aquello en que tengo de
servir, porque de esta manera será mucho más servido Vuestra
Majestad y mejor; y entenderé en todos esos otros géneros de
navios y en cuanto más Vuestra Majestad mandare^ después de
hecho esto como hombre que ya no temerá lo que podrán hacer
envidiosos y ruines, porque no tendré más de un cuidado, de
servir á Vuestra Majestad, no solamente con esto, más con otras
muchas cosas que Nuestro Señor me ha dado á entender en
ventura de Vuestra Majestad, que todo lo quiero para su servi-
cio; y suplico á Vuestra Majestad que en las mercedes que me
señalare haya el mismo respeto á mis hijos y descendientes
que á mí, y que sea cosa honrosa, que pues el hecho ha de ser
nombrado por todo el mundo, de quien espero en Dios que Vues-
168
tra Majestad será presto Señor, se sepa el favor y honra qae
Vuestra Majestad dio al que en su servicio lo inventó, que no
será pequeña gloria á Vuestra Majestad; y si suplico esto es
porque ya esta cosa va fuera de dudas, y cuando no saliese lo
qne prometo será muy poco menos lo quo saliere, aunque en
verdad^ yo pienso que saldrá antes más que menos, según las
experiencias hechas me prometen; y sí no saliere tanto, Vuesti^
Majestad quedará sin obligación, y si algunas mercedes me
hiciere, llamarse han de pura gracia. Dejado pues, esto aparte,
es menester que Vuestra Majestad se sirva de este ingenio con
brevedad, antes que la invención pueda extenderse por los ene-
migos, aunque pienso que ella es de cualidad que no tan fácil-
mente se podrá extender^ porque lleva mucha razón y cuenta;
mas por sí ó por nó, no puede dañar la brevedad, y si ésta
quiere Vuestra Majestad, es menester que yo sea proveído en
Málaga, de la misma manera que yo daré por un memorial
cuando se hubiere de entender en ello, porque de otra manera
era la cosa tan á la larga, que Vuestra Majestad no pueda ser
• bien servido, y por ventura mi vida puede faltar, que soy hom-
bre delicado y algo enfermo, y quedarse ya tan gran secreto
por efectuar, puesto que con solo lo efectuado habría oficiales
que en alguna manera sirviesen á Vuestra Majestad, aunque
en comparación de lo que queda, todo lo hecho es poco y menos
lo que sin mí sabrían hacer. No tengo en esto más que escribir
sino avisar á Vuestra Majestad que el molino que prometí á
Vuestra Majestad para llevar en las armadas, yo le hice á mi
costa en Málaga, y es tal cosa que en su género yo no alcanzo
que se pueda dar otra mejor, porque puede moler en cuatro
pies de anchura con solo un hombre y molerá dos fanegas al
día, y si le quieren hacer para dos hombres molerá tres fanegas
y otras tantas á la noche, sí hay quien se remude, y puédese
hacer que muela más, y más creciéndole los hombres; cuando
yo hice éste, D. Miguel de Herrera, Capitán del artillería, hizo
traer de Flándes otros por muy escogidos, y no igualaron con
el que yo hice con mucho, porque el ingenio del mío basta á
mover con un hombre, dos tanto pesada piedra que el ingenio
r
169 •
de los de Flandes, y son muy más durables y hacen mejor ha-
rina, como Vuestra Majestad se podrá informar de D. Francisco
de Herrera, hijo del dicho Capitán, y de otros que habrá que
le hayan iristo. Este molino está muy experimentado por-
que se han hecho en Málaga mas de veinte de ellos, y es muy
manejable, que le pueden llevar donde quisieren, así en arma-
das como en ejércitos, y tenerle en las fortalezas y en las fron-
teras, é ir moliendo en cualquier navio por pequeño que sea; y
nn carro, cualquiera podrá llevar dos de ellos muy holgada-
mente: suplico á Vuestra Majestad, que porque muchos oficiales
se han dado á hacerlos y es justo que quien lo inventó goce
siquiera en su vida, que otro no le pueda hacer si él nó, que
Vuestra Majestad me otorgue un previlegio que nadie le pueda
hacer en mis dias, ni gozar de los hechos sin mi licencia, salvo
si no fuese en servicio de Vuestra Majestad; y porque no quiero
estorbar á otra negociación de molinos que á Vuestra Majestad
sé que han ofrecido algunos, aunque yo no les doy mucho cré-
dito, ni quiero que este previlegio se extienda para poder moler
con ellos públicamente, llevando maquilas ni dinero por la mo-
lienda, sino solamente para que cada uno pueda moler en su
casa su trigo, porque esto no creo que se pueda á nadie quitar
de justicia.
No quiero cansar á Vuestra Majestad con más razones, sino
que de todo esto espero el mandamiento de Vuestra Majestad,
de cuya Imperial persona y señorío mi Señor guarde y acre-
ciente en su santo servicio. De Madrid á 10 de Septiembre
de 1540. Humilde vasallo que los Reales pies de Vuestra Majes-
tad besa.— Blasco de Garay. — Tiene rúbrica.
Shire. — A la S. C. C. M. del Emperador y Rey, nuestro
Señor.
170
COPIA DE UN INFORME Ó PARECER
CUTA CARPETA DICE «GA&AY.)»
LO DEL CAPITÁN JUAN ANTONIO.
Pruñese en, un navio de 300 toneles arriba.
Cnanto á lo del ingenio que Blasco de Garay ha hecho para
hacer andar Iob naTíos en calma, he TÍsto lo que él y los Pro-
veedores de Málaga escriben, y la experiencia que se hizo en
el navio de los 100 toneles; y aunque para navios de alto bordo
parece que será provechoso, en galera no sé si lo seria, porque
si diese un golpe de cañón al ingenio, la galera y gente que
en ella fuese quedaría perdida, á lo cual debe el dicho Garay
satisfacer; y pues allá parece que la experiencia se debe hacer
de nuevo en otro navio de 300 ó de 400 toneles y en galeras;
hágase, que después visto el efecto que hace, se mirará en lo
de las mercedes que pide y terna respecto al servicio que en
ello hiciere.
171
COPIA DE CARTA AUTÓGRAFA
DE BLASCO DE 0ARÁT AL COMENDADOB MAYOR DE LEÓN, DE
BARCELONA.
I. S.
Á 17 del presente se hizo la prueba del ingenio de la nave,
y plugo á Nuestro Señor que el nuevo fuese tal cual convenia
á la buena dicha de Su Majestad, porque la nave anduvo casi
legua por hora, y si la nave estuviera limpia anduviera mucho
más, dejado que hace cia-bog^ mejor que una galera, y lo
mejor de todo es que hizo este efecto con solas dos ruedas,
una por banda. De manera que la nave va muy poco empa-
chada, porque el ingenio va muy más preciso que los otros
que he hecho, y muy más fácil de quitar y poner, y muy her-
moso á la vista, y no menos bravo para meter miedo á los ene-
migos; y esto que yo digo, se podrá saber ser así de todos
cuantos hay en toda Barcelona que lo vieron, sin discrepar
hombre deste parecer, como creo que deben escribir el Señor
D. Enrique de Toledo y el tesorero Ravago; esta es cosa que
cada dia ha de crecer y no menguar , como todos los otros in-
genios, y por eso que quiera, ahora se deba tener en mucho;
verdad es que le metieron para la experiencia cuarenta y tan-
tos hombres de gente que anda á ganar el pan, y si estos fue-
ran hombres diestros y prácticos de algunos dias en la cosa, se
hiciera más efecto, ó el mismo con menor número de ellos;
finalmente, que ello está acertado y no tuvo otra falta sino no
verlo Su Majestad, ó vuestra Señoría, 6 el duque de Alba, mi
Señor, aunque espero en Dios que de aquí adelante todos lo
verán; y porque yo me querría partir á dar más larga relación
de todo á vuestra Señoría, á saber la orden que se ha de tener
en lo tocante á este ingenio, y asimismo á mi vida, no alargaré
172
más de Boplicar á Nuestro Señor, vida y estado de vuestra II os-
trísima Señoría guardo j prospere á su santo servicio. De Bar-
celona y Junio 20 de 1543.— Besa las Ilustrísimas manos de
vuestra Señoría, Blasco de Garay. — Tiene rúbrica.
Solre. — Al Ilustrísimo señor el Comendador mayor de León
é mi Señor.
173
A SU MAJESTAD.
SOBRE £L INGENIO ^.
* Dice qne hizo la experiencia en una nave de 200 toneles
con solas dos ruedas^ una por banda^ y qne á cada una dio 25
hombres, y qne hizo tal efecto, qne hizo cia-boga dos tantos
más presto que una galera, y qne en fin se aTeriguó que an-
daba á legua por hora, y que estuvo dentro el gobernador don
Pedro de Cardona y Bavago, y muchos hombres honrados de
aquella ciudad, que han sido Capitanes de mar, y que el Vice-
canciller y otros estaban en la marina yiéndolo, y que todos se
maravillaron; y encarece mucho lo que está hecho, y suplica á
Vuestra Majestad se le avise de lo que es servido, porque si nó
se entendería que ello seria perder tiempo, y que por esto de-
bería proveer que desde luego se cortase madera para hacer
estos ingenios, cada uno de los cuales dice que podrá costar 150
ducados. — Bespondida.
8. C. C. M.
Porque sepa Vuestra Majestad que no he perdido tiempo,
cuanto á lo que toca al ingenio de andar los navios en tiempo
de calma; sabrá Vuestra Majestad que á 17 de Junio se hizo la
experiencia que yo ponia á punto para la presencia de Vuestra
Majestad, y fué en una nave que vino de Colibre de descargar
cierto trigo, y que se decia la Trinidad; era nave de 200 tone-
les, y su Capitán se llamaba Pedro de Scarza, en la cual, por
echar fuera todo inconveniente y embarazo, y dejar la cosa tan
4 Al márgeo: cDe Garay.»
5 En la margen, este decreto: cQue le remita al Príncipe.»
174
fácil que cualquiera por rudo que fuese la supiese tratar, con-
siderando que toda novedad trae consigo turbación, fué sola-
mente de dos ruedas, una por banda, aunque con muchos más
primores que en las de hasta aquí he puesto , y dfles toda la
gente y algo más que antes poseía en seis ; porque di á cada
rueda 25 hombres, que eran por todos 50, y estos estaban en
tan breve espacio, que con estar todos debajo de la puente de
la nave, á manera de dos escuadrones, dejaban bien ancha
Calle para los que quisiesen atravesar por en medio de ellos.
Hicieron tal efecto, que quien no lo vido, con dificultad lo
podrá creer, porque anduvo tanto, que muchos bateles y bar-
cos que iban tras ella para ver el ingenio, se quedaban por
popa legua por hora; otros con mucha diligencia tenian con
ella. Hicimos cia*boga dos tanto más presto que una galera;
en fin, que se averiguó que andaba casi legua por hora, y que
á estar despalmada la nave anduviera más de legua. Dentro
estuvo el gobernador D. Pedro de Cardona y el tesorero Ravago,
y muchos honrados hombres de esta ciudad, que han sido Capi-
tanes de navios, sin otros muchos Maestres de navios y mari-
neros que á la sazón entraron dentro. Desde la marina lo salie-
ron á ver el Vicecanciller y D. Enrique de Toledo, y el Maestro
racional y otros muchos caballeros de esta tierra, que no poco
se maravillaron de ver tal efecto. A todos^ así los de dentro
como los de fuera, les pareció cosa útilísima y muy necesaria,
así para las armadas de Vuestra Majestad como para las Indias,
como para infinitas otras cosas que á Vuestra Majestad se le
entenderán.
Hay otra cosa en este ingenio, y es que se ha de esperar que
cada dia se hará mejor, porque todas las cosas artificiales se
mejoran y crecen con el tiempo, y las naves que después que
esto se usare se hicieren, hacerse han más al propósito, y habrá
^ente diestra en traerlo, que no hace poco al caso, puesto que
para este ingenio no es menester la gente muy diestra, porque
en dos dias se hace; ni tampoco es menester que el navio trai-
ga siempre esta gente sobreañadida á la que suelen traer las
naves, porque en las armadas con la gente dellas podrá andar
175
el ingenio la vez que fuere menester, pues que no ha de estar
tan continuo como el remar en las galeras; j en las otras nave-
gaciones bastará añadir sobre los marineros alguna poca gen-
te, cuanto más que andando el tiempo con menos gente se
traerá y bastarán solos los marineros. Paréceme que esta cosa
está ya muy clara para todos los que la han visto, como pienso
que Vuestra Majestad será avisado destos caballeros que tengo
dicho, y que se perdería tiempo en no entender en cortar ma-
deras y aparejar algunos ingenios para las naves que Vuestra
If ajestad mandare, porque con 25 hombres para 100 toneles yo
me proñero de hacer andar cualquier nave despalmada hasta
en 350 toneles de porte» tanto como ésta que ahora se ha pro-
badoy y por aventura más; y creo que no costará el ingenio
para cada una destas naves de 150 ducados arriba; el cual in-
genio con poco menoscabo se podrá quitar de la nave donde se
pusiere y guardarse para ponerse otra vez en otra de aquel
porte. Vea Vuestra Majestad cerca desto lo que es más servido,
porque como tengo dicho, de aquí adelante seria perder tiempo
no entender en esto. Nuestro Señor Jesucristo la Imperial per-
sona y estado de Vuestra Majestad guarde y acreciente para su
santo servicio. De Barcelona 6 dé Julio de 1543. — Besa las
imperiales manos de Vuestra Cesárea Majestad, Blasco de
Garay. — Tiene rúbrica.
Sodre. — A la S. C. C. M. de el Emperador, nuestro Señor,
en su Consejo de la Ouerra. — Petición de Blasco de Garay.
r
NOTICIAS DE LA INVENCIBLE.
(Biblioteca Nacional.=Sala de Ms», S~-40.)
Tomo LXXXI. 12
NOTICIAS DE LA INVENCIBLE'.
Este año de 1588, habiendo salido de la barra de Sanlúcar
de Barrameda para Lisboa, al ausentarse con la armada gruesa
que Su Majestad allí tiene hecha contra Inglaterra, Jueves
Santo y Viernes Santo, 200 velas, las 104 de á más de 600 to-
neladas, encontraron de camino en el Cabo de San Vicente
12 galeones de la Beina de Inglaterra, de los que gobierna
Francisco Drac , ya dicho ; echaron los dos á fondo y prendie-
ron los demás, con muchas municiones, artillería y gente. Ha-
bían venido á espiar y tomar lengua de la armada de Su Ma-
jestad.
Tenia Su Majestad en Lisboa, 1.^ de Febrero deste año de
1588, 15 compañías del cargo de D. Diego Pimentel, del ter-
cio de Sicilia, y 16 compañías del tercio, de Ñapóles del cargo
de D. Alonso de Luzon, 15 compañías del cargo del Maestre
del campo Gabriel Niño, 26 compañías del tercio de D. Agus-
tín Mejía, 16 compañías del tercio del Maestre de campo Juan
de Tejeda , 19 compañías de los capitanes de Flándes , nueve
compañías de Vizcaya del cargo de Juan Martinez de Becal-
de, 202 entretenidos, fuera de otras personas que sirven. Des-
pués se ha juntado la gente que acudió con las 200. velas di-
chas de Sanlúcar, y otras compañías de Extremadura, Portu-
gal y otras partes, y mucho número de caballeros aventureros
y ocho compañías de caballos. Había también 11 galeras y dos
zabras de la Corona de Portugal ; 15 naves del cargo de Juan
1 Están copiadas de una Historia de los Reyes de Espafia por Fr. Juan de
Victoria, fraile dominico Uaroado de Victoria en su orden, y de Cortázar |)or
padre, y Axpuru Araeta de Yurre y Gamarra Letona por madre. Existe el ma-
nuscrito en la Biblioteca Nacional S— 40, y estas noticias comienzan en la pá-
gina 348 del mismo.
180
Martínez de Becalde, nueve naves y dos patazes del cargo de
Miguel de Oquendo, 10 naves del cargo de D. Pedro Yaldés,
nueve naves levantiscas, 31 urcas, 19 naves Capitanas de don
Antonio de Mendoza, diez pataxes y ocho zabras y cuatro gale-
ras del Rey. De suerte que las velas que habia en Febrero eran
114, en que habia 5.124 personas de servicio entre marineros,
grumetes y pajes. Hánse añadido galeazas muy grandes y ga-
leras y galeones, y muchas velas de las dichas; pasan de
900.000 toneladas, en que va innumerable artillería y mucha
de la muy gruesa; infi.nitas municiones é ingenios de fuego
exquisitos y para abrasar, y grandes proviBÍones de todas ma-
neras.
Va por General hasta Flándes, ó donde el Príncipe de Par-
ma está, el duque de Medina- Sidonia D. Alonso de Guzman,
por ser ^ D. Alvaro Bazán, marqués de Santa Cruz; por General
de la gente D. Alonso do Leiva, hasta entregarla al Príncipe
de Parma; y de allí va ya por General de la' caballería del Es-
tado de Milán, y que en Portugal quede por General D. Pedro
de Toledo, conde de Fuentes , y D. Alonso Bazán las galeras
de Portugal. Los caballeros que van en esta armada son el du-
que de Francavila, el Príncipe de Ascoli , el marqués de Peña-
fiel, el conde de Paredes, D. Alonso de Leiva, General de la
caballería de Milán, ya dicho; Juan Martinez de Recaído, Al-
mirante de la armada; D. Francisco de Bobadilla, Maestre de
campo general; D. Bernardino de Velasco, hermano del Con-
destable de Castilla; D. Diego Pacheco, hermanro del marqués
de Villena; D. Francisco Pacheco, primo del conde de Orope-
sa; D. Pedro de Castro, hijo del conde de Lemus; D. Beltran
de Castro, su hermano; D. Juan de Zúñigá, hermano del
marqués de Ayamonte; D. Pedro de Zúñiga, hermano del mar-
qués de Aguilafuente; D. Juan de Mendoza, hijo del conde
de Orgaz; D. Baltasar de Zúñiga, hermano del conde de Mon-
terey; D. Enrique de Guzman, hermano del marqués de las
Navas; D. Felipe de Córdova, hijo de D. Diego de Córdova;
Parece falta la palabra muerto para que haga sentido.
181
D. Luís Puertocarrero , hijo del conde de Medellin; D. Pedro
Carrero, hijo del General de la Goleta cuando se perdió; don
García de Cárdenas, hermano del conde de la Puebla; don
Francisco Manrique, hermano del conde de Paredes; don
Diego Sarmiento, hijo de D. García Sarmiento, Mayordomo
de la Emperatriz, hermana de Su Majestad; D. Gómez Za-
pata, hijo del conde de Barajas ; D. Sebastian Zapata, de Tru-
jillo; D. Pedro de Toledo, de Salamanca; D. Francisco Pa-
checo, de Escalona; D. Antonio de Tejeda, hermano del Se-
ñor de Tejeda; .D. Antonio Manrique, hermano del conde de
Osorno; D. Pedro de Mendoza, hermanó del conde de Cañe-
te; D. García de Mendoza, su sobrino; D. Antonio Manrique,
sobrino del duque de Nájera; D. García de Toledo, primo del
duque de Feria; D. Alvaro de Mendoza, sobrino del conde de
Orgaz ; D. Sancho de Luna Esquivel, Capitán de los continos;
D. Pero Ponce de León, de Sevilla; D. Martin de Bardaji, de
Zaragoza; D. Gastón de Moneada, hijo del conde de Aytona;
D. Diego Laso de Toledo, D. Pedro Manrique, hermano del
marqués de Villanueva; D. Diego Enriquez, hijo de D. Fa-
drique Enriquez; D. Rodrigo de Rivero, de Olmedo; D. Die-
go Pimentel, Maestre de campo del tercio de Sicilia, hermano
del marqués de Tabila; D. Francisco de Toledo, hermano del
conde de Orgaz, Maestre campo; D. Agustín Mejía, he ^
de la guardia. Maestre de campo; D. Alonso Luzon, Maestre
de campo del tercio de Ñápeles; Nicolás de Isla, Maestre de
campo del tercio de Tejada; D. Hugo de Moneada, General de
las galeazas; D. Pedro de Valdés, General de las naves de la
Andalucía; Miguel de Oquendo, General de las naves de Viz-
caya y Guipúzcoa; Martin de Bertandona, General de las
naves levantiscas; Juan de Moreno, General de las urcas;
D. Antonio de Mendoza, General de las pataxes; D. Luis de
Vargas; D. Félix Arias de Guzman, hermano del conde de
Puñonrostro, y otros muchos que cada dia se allegan.
La armada que el Príncipe de Parma tiene en Flándes es
4 No hemos pocido leer esta palabra en el manuscrito.
182
macho mayor qae ésta, y mucho más apercebida de municio-
Des y de todo lo necesario , é ingenios imaginables, y con 60.000
hombres de guerra, gente muy lucida y ejercitada, la cual está
en Dunquerque, enfrente de Inglaterra, y el Rey de Escocia
tiene hecha otra gruesa armada, y está con 50.000 hombres en
campo, á quien viene el reino de Inglaterra; si Dios lo guisa
se espera que saldrá Inglaterra de errores , y sus católicos go-
zarán de libertad. Tiene la inglesa Comisarios que tratan de
conciertos con el Príncipe de Parma, que Su Majestad no los
da audiencia. Pide Su Majestad á la inglesa y .su reino que se
reduzca á la Fé católica y obediencia de la Iglesia, y que
nombre por sucesor de sus reinos al Rey de Escocía, que no es
aún casado, hijo de la Reina que degolló, y que restituya lo
que Francisco Drac ha robado, y los gastos que le ha hecho
hacer en esta armada. No salió á cosa ella si no á dar un mi-
llón, dando salidas frivolas.
En el cap. 22 se dice como el de Parma no cumplió lo que
su Rey le ordenó.
El aparato de guerra que Su Majestad del Rey Católico Don
Felipe de España tiene en Lisboa, en Mayo de 1588^ son cien
naves gruesas, como se ha dicho en el cap. 14, y 54 pequeñas,
fuera de galeras , zabras y otros vasos en que hay 8.682 mari-
neros y 19.731 peones de infantería, y 4.226 piezas de artille-
ría, y 6.978 arcabuces, y 2.305 mosquetes, y 11.128 quintales
de picas, y 5.390 quintales de pólvora, y 1.239 quintales de
mechas^ y 1.060 quintales de plomo, y 331 quintales de balas
de arcabuces y mosquetes, y 6.160 bombas y fuegos artificia-
les, con otras muchas municiones que es prolijidad contar. En
fin, es aparejo grande de todo lo necesario á la guerra.
Ochenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y dos quintales
de bizcochos, y 13.456 botas ó toneles de vino, y 6.244 arrobas
de tocino (digo quintales), y 5.969 quintales de queso, y 9.112
quintales de pescado, y 2.929 quintales de arroz, y 6.923 fane-
gas de haba, 11.979 arrobas de aceite, y 24.655 arrobas de vi-
nagre, y 11.739 pipas de agua, y 4.010 botas ó toneles de atún,
con otra gran abundancia de mantenimiento. Hay 174caballe-
183
ros aveatureroB, en que hay algaaos señores italianos^ ingleses
é irlandeses, de los cuales están en Dunquerque , de Flándes,
con el Príncipe de Parma muchos que han acudido de Alemania,
Hungría, Polonia, Dania, Italia, Francia, Inglaterra é Irlanda.
Bendijese el estandarte para esta guerra en Lisboa por el Ar-
zobispo, siendo llevado con gran majestad y procesión desde
el Palacio de la Rivera á la plaza del Rusío, del Palacio Viejo
y de Santo Domingo á la Iglesia mayor,- su insignia es un cru-
cifijo con esta letra: Exwrge^ Domine y et vindica oausam tuam^
como el de la Inquisición..
Tiene el Príncipe de Parma en Flándes, en Dunquerque,
280 velas, en que hay 54 naves gruesas y cien filipotes , gran
número de charrúas y otras maneras de vasos de mar. El Rey
de Suecia, que es en la Escaudia y Gothía, sobre Alemania y
Dania ó Dinamarck, envió á sueldo á Su Majestad 30 naves
gruesas con 500 marineros. Hay zabras 6 azabras muchas, y
otras naves hechas con tal artificio, que cualquiera que salte en
ellas ha de caer al agua*
Hay mucho número de lanzas 6 medias lanzas, cosa jamás
vista, infinitas pelotas que llaman ollas, hechas dos mitades,
que se encajan y hacen una bola; y de cada media bola está asida
recio un gancho 6 cadena que entra en el cañón plegada, y al
salir se abre y extiende ocho, nueve y aún doce palmos, y
rompe un mástil por medio ó lo que topa i. Son de hierro colado.
Llenan muchas ollas, que cada una lleva muchos cohetes de
hierro, y unas bolas llenas de canfor y fuego infernal, y cada
cohete lleva seis balas, ó una ó dos, y cada cohete tiene su
rueda de hierro, como araudel para que tire siempre en alto.
Gran número de bombas é ingenios de fuegos arrojadizos
para abrasar y pegar fuego, gran número de buzadas y herra-
das arrojadizas, gran suma de hoces para serrar y segar jarcias
de navios y lo que encontraren , que han de ir en las proas.
Más hay muchedumbre de ollas de hierro y metal, en qué han
1 Hay un dibujo en el manuscrito de donde tomamos estas noticias, en
donde se presentan tos ingenios de que habla.
184
de ir los cohetes arriba dichos , que han de ser untados con
zumo de cierta hierba y confección. Enciende este zumo una
llama espantable que mueve luego la olla que no hay quien
pare, según enciende el contorno y abrasa al que la pone fuego
si no se desvia presto 6 pega fuego de lejos.
Según YitrubriOy Valturio y otros autores, Archimenides
Siracusanoy ciciliano, inventó entre otros extraños ingenios y
máquinas, instrumentos de hierro para arrojar con gran ímpetu
grandes piedras, antes de Cristo; y según los chinos, Yitey, Bey
suyo, que tenia gran comercio con demonios, inventóla arti-
llería, y usaron de ella antes de Cristo, mil y quinientos años,
contra los indios, y en Europa la inventó un alemán el año 1330.
Fué Archimenides doscientos años ¿ntes de Cristo.
Llevan muchos mor témelos para echar pelotas en alto y
hundir navios, casas y ediñcios al caer, y mucha cantidad de
arcabuces de tres y cuatro bocas. Las tres bocas van en con-
torno de la boca principal, que refifponde al medio del cañón.
Las otras van en su contorno. luñnilats pelotas de pizarra y
pedernal^ que dando en cosa dura se despedazan y hacen
guijas, y hacen gran daño en todo el contorno. Llevan mucho
número de bateles que pueden nadar en poca agua, para entrar
por senos, rías, esconces, playas y echar de la costa la gente
de defensa. Llevan mucha cosa de bolas grandes agujereadas
de parte á parte por medio: en el agujero de abajo ponen mu-
chos perdigones y pelotas de guijarros que redondean por arte.
Sobre los perdigones va la pólvora y el polvorín en el agujero,
y así la meten en el tiro, y al tiempo de salir se enciende el
polvorín y va ardiendo por el aire, y parece infierno, que parece
rayo, y encendida la pólvora^revienta, y escupe de sí los per-
digones con furia, y hace gran estrago; y así llevan otros mu-
chos ingenios.
Hay en esta armada católica ocho Escuadras de navios: en
la primera Escuadra, que es de Portugal, el galeón San MarUn^
que es de 1.000 toneladas, que es Capitana; el galeón San
Juan^ es de 1.050 toneladas; el galeón San Marcos ^ tiene 790
toneladas; el galeón iSiin Felipe, 800; el San Luis, 830; el ¡San
185
líateOy 750; el de Florencia ^ 961, etc. Tienen, para abreviar,
estos 12 navios, 7.737 toneladas de carga. Van en ellas 3.330
soldados y 1.293 marineros, qae son todos 4.624, y 347 piezas
de artillería, 18.450 balas, 789 quíntales de pólvora, 186 de plo-
mo y 150 de cuerda. Es General el duque de Medina-Sidonia. El
g'aleon San Jvan, es Almiranta general. Los que van aquí en
esta Escuadra son gent« de la compañía de Juan de Guzman,
D. Juan de Luna, D. Pedro Manrique, Gómez de Carvajal,
Francisco Peolines, Antonio Maldonado, D. Lope de Mendoza,
del Maestre de campo D. Francisco de Toledo, Pero Ñoñez
de Ávila, D. Lorenzo de Godoy, Blas de Jerez, del Maestre de
campo D. Diego Pimentel; Martin de Avales, Francisco Mar-
qués, Antonio Pereira, Gaspar de Sosa, Gonzalo Fernandez y
Diego Fernandez^
La segunda Escuadra, de que es Capitán general Juan Mar-
tínez de Recalde, natural de Bilbao, es Escuadra de Vizcaya y
tiene 14 navios: el galeón Sanúa Ana^ Capitana, es de 768 to-
neladas; el galeón Ganffrin^ Almiranta, de 1.160. Hay otros
de 700, y 500 y más. Son todas las toneladas 6.567, en que
van 1.937 soldados, 863 marineros^ 238 piezas de artille-
ría, 11.900 pelotas para ellas, 477 quintales de pólvora, 140 de
plomo y 80 de cuerda; la gente de esta Escuadra es de la com-
pañía del Maestre de campo Duarte Nuñez de Avendaño, Don
Alonso Ladrón de Guevara, D. Pedrq de Mendoza, Pedro Hur-
tado de Corcuera, D. Francisco de Borja, Jaan de Torres de
Mendoza, de la compañía de Cobelgu; Alonso de Vargas,
Juanes del Cano, Diego Sarmiento, Antonio del Castillo^ Juan
Fraocisco de Ayála, Diego Nodera, D. Francisco Ortiz Melga-
rejo, Francisco Castrejon, Pedro Ibañez de Lujan, Juan Alonso
del Castillo, Gonzalo García de la Cárcel, Pedro Calderón,
Antonio de Valcázar, Diego de Miranda, Miguel de Suso, Pedro
Hurtado de Corcuera, D. Francisco de Vera.
186
CAPITULO XVL
£N QUE SE PBOSÜQUBN LAS ESCUADRAS DE NAVÍOS.
La tercera Escuadra es de los galeones de Castilla, de que
es General Diego Florez de Valdés, del reino de León, astu-
riano, en que hay 14 galeones y navios de á 880, 750 y 530,
etcétera toneladas» y todos tienen 8.314 toneladas y 2.458
soldados, 1.719 marineros, 384 piezas de artillería, 23.040 pe-
lotas para ellas, 750 quintales de pólvora, 290 de plomo y 309
de cuerda. La gente es de la compañía de Felipe Sumier, don
Jerónimo Cortés, Pedro de Santistéban, Pedro de Mendoza,
Diego Maldonado* Domingo Martínez, Francisco Presea, An-
tonio Moreno, D. Francisco Ortíz Melgarejo, Diego González
de Heredia, Jerónimo de Aibar, Alonso de Tauste, D. Fran-
cisco Ulenanco, Pedro Ortiz de Galeno, Bernardino de Paredes,
D. Alonso de Sotomayor, Juan Fernandez de la Pila, Juan de
Soto, Nicolás Diaz, Antonio de Leiva, Gonzalo Melendez , don
Diego Bazán y Hernando de Herrera.
La cuarta Escuadra, cuyo General es D. Pedro Valdés, es
de los galeones y naves de la Andalucía, tiene 10 naves grue-
sas y un pataxe, en que hay naves de 900, 800 y más tonela-
das. La nave Capitana tiene 1.150 toneladas, la Almiranta,
que se llama San Francisco, 915; el galeón San Juan Bau-
tista y 810; la nave Concepción^ 861; la urca Duquesa Sania
Ánay 900; la iSan Bartotomé, 976; la de Santa María de Fun-
cal, 730; la Trinidad, 650; y ninguna baja de 600. Tienen estos
navios 8.762 toneladas, en que van 2.325 soldados de infante-
ría y 3.105 marineros, 245 piezas de artillería, 10.200 balas
para ellas, 415 quintales de pólvora, 63 de plomo y 119 de cuer-
da. La gente es de las compañías de Pedro de León, D. Alonso
de Zayas, Alonso de Pedraza, Alonso Barrantes, Garcilaso,
D. Juan Maldonado, D. Diego López de Ayala, D. Luis de
187
Maeda, Pedro Carrillo, Pedro de Quintana, Gregorio de Chin*
chilla, Antonio de Yillafañla, Alonso de Braca monte, D. Her-
nando de Herrera, JaaQ de Qatao^a,,. Pedro Quero Escania,
D. Francisco Porcel de Peralta, Luis de Carvajal, Pedro de
Sepálveda, Jerónimo de ^, Pedro Palomino, D. Juan de
Ibarra, Antonio de Herrera, Cristóbal Vázquez de Peralta, don
Francisco de Vera, Luis de Luna.
La quinta Escuadra es ,1a guipozcoana, cuyo General es
Miguel de Oquendo; es de 10 naves gruesas, dos pataxes y
dos pinazas; la nao Santa Ana^ Capitana, tiene 1.200 toneladas;
la de Nuestra Señora de la Sosa, Almiranta, 945; la San Sal'
vador, 958; la Santistéban, 936; la Santa Cruz, 680. Hay otras
de á 600 y 500 y 400. Tienen todas 6.991 toneladas, 1.952 sol-
dados, 616 marineros, 247 piezas de artillería, 12.130 pelotas
para ellas, 518 quintales de pólvora, 139 de plomo y 109 de
cuerda. La gente es de las compañías de Francisco Malo, Pedro
de Yepes, Francisco de Almonacil, Lope Ochoa de la Vega,
Cristóbal Rivero, Francisco Bustamante, Pedro de Pliego, Je-
rónimo de Valdérrama, D. Francisco de Chaves, Francisco
Marín Centeno, Sancho Sánchez de la Rocha, Antonio Cente-
no, Andrés de Mujica, Martin de Gallipienso, D. Antonio Eu-
riquez, Diego Castilla, Jorge Arias de Arbieto» Diego Suarez,
D. Francisco Carrillo, Domingo Sánchez Chumacero, Diego
Gascarro, Juan Pos de Santiso, D. Alonso de Bracamente.
La sexta Escuadra es de las naves de Levante, cuyo Gene-
ral es Martin de Bertandona, natural de Bilbao, en que hay
diez naves: la Regatona, Capitana, tiene 1.294 toneladas; la
Lania, Almiranta, 728; la pataxe de Santa María, en Corona-
da, 820; la San Juan, de Sicilia, 800; la ¡Prinidad, valence-
ra, 1.100; la Trinidad, de Scala, 900. Hay otras de 700 y de 600:
la de San Nicolás, Prodenet, 834 ; la LtUiana, 860. Todas tie-
nen 7.705 toneladas, 2.780 soldados, 767 marineros, 280 piezas
de artillería, 14.000 balas para ellas, 584. quintales de pólvora,
177 de plomo y 141 de cuerda. Su gente, que es toda infantería
1 Está' en bianco en el origiaal de que se ha copiado este documeoto.
188
como la de las otras Escuadras, es de las compañías de D. Pedro
Camacho, D. Francisco de Céspedes, D. Pedro Sandoval, Ponce
de León, Rodrigo Ortiz de Zarate, Luis Ramírez, Andrés de
Valenzuela, D. Rodrigo Tello, D. Diego de Leiva. D. Pedro de
Mendoza, Miguel Garraoroz, Antonio de Yalcároei, D» Pedro
Enríquez, D. Alonso Luzon, Maestre de campo; D. García
Manrique, D. Jerónimo de Ayvar, D. Gonzalo de Monroy, Es-
teban Ochoa, Alonso Riquelme, D. Juan de Sayavedra, Andrés
de Pantoja, Lope Yázq[uez, Juan de Mondragon, Maldonado,
D. Arias de Silva, D. Pedro Pacheco, D. Alonso de Guzman.
La séptima Escuadra es de las urcas, de que es General
Juan Lope? de Medina, en que hay 23 urcas de á 700 tonela*
das y 600, 590, 400 y 300 y más. El Gran Frison, Capitana,
tiene 650; la ¿San Salvador ^ Almiranta, 650; y todas tienen 10.271
toneladas, 3.121 soldados, 608 marineros, 384 piezas de artille-
ría, 19.200 balas, 498 quintales de pólvora, 142 de plomo y 115
de cuerda. Su gente es de las compañías dé Patricio Antolines,
Esteban de Legorieta, Vasco de Carvajal, Alonso de Benavi-
des, Luis de Molina, Melchor de Avendaño, Rodrigo Alvarez,
D. Lope de Mendoza, Luis Barnosa, D. Baltasar de Salto, don
Gonzalo de Butros, Diego de Miranda Quirós, Pedro de Ayzar-
na, Diego de AUer, Rodrigo Alvairez, Antonio de Pereira, con
portugueses de su cargo; D. Juan de Monsalve, D. Diego Ca-
sao, Gaspar de Sosa, con infantería, portugués; D. Luis de
^Córdova, Diego de Aranda Clavijo, D. Vasco de Silva, Alonso
Virues Maldonado, Bartolomé Brabo, D. Alonso de Godoy, don
Lope Ochoa de la Vega, Francisco Marqués, Cristóbal Rivero
y de D. Francisco de Céspedes.
La octava Escuadra es de pataxes y zabras, de que es Ge-
neral D. Antonio Hurtado de Mendoza, en que hay 22 pataxes
y zabras: la Capitana Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza^
tiene 300 toneladas; la Garadal, inglesa, 180; San Andrés^ 150;
el CmdJixOy 150; las demás tienen á 70, 75, 60 y 65. Tienen
todas 1.139 toneladas, en que van 479 soldados, 574 marineros,
91 piezas de artillería, 4.550 pelotas, 67 quintales de pólvora,
20 de plomo y 13 de cuerda. Su gente es de las compañías de
189
Alonso Gómez, Hernando de Olmedo, Antonio Maldonado,
D. Pedro de Mendoza, Francisco Lastero, etc.
La noYena Escuadra es de caatro gabazas de Ñapóles, cuyo
General es B. Hugo de Moneada, de á 150 toneladas, y de á
90 y 94 y 60, en que van 873 soldados, 468 marineros, 200 pie-
zas de artillería, 10.000 balas, 448 quintales de pólvora, 61 de
plomo y 88 de cuerda. Yan aquí Luis Macian, Juan Pérez de
Loaisa, Hernando de Quesada, Andrés Verdugo, Gonzalo Bel*
tran, Andrés de Silva, Bernardino de Tillagomez, Diego Lai-
nez de Avila, D. Baltasar del Salto.
La décima Escuadra es de cuatro galeras, del cargo de Don
Diego de Medrano: suman los navios dichos, pataxes, zabras,
galeazas y galeras 130, allende de las cuales van 20 carran-
clas de servicio para la armada y 10 falúas con seis remos cada
falúa, que montan todas 160 velas. Son los galeones gruesos^ 65;
las urcas de á 700 y 300 toneladas, 25; los pataxes, 19; las
zabras, 13; las galeazas, cuatro; las galeras, cuatro; las ca-
rabelas, 20; las falúas, lÓ; y para si se ofreciere alguna batería
de respeto, llevan 600 quintales de pólvora más de la dicha.
Son todas las toneladas dichas 57.868; la gente de guerra y
marineros 27.365; las piezas de artillería 2.451, las pelotas para
ellas 123.790 y 4.575 quintales de pólvora, y más las 600, y
1.232 quintales de plomo, y 1.151 de cuerda; de bizcocho
110.000 quintales, y 14.160 pipas de vino, y 6.500 quintales de
tocino, de queso 3.433, y más de pescado 8.000, de arroz 3.000,
de habas 6.320 fanegas, y 11.398 arrobas de aceite, y 23.870
arrobas de vinagre, 11.875 pipas de ag^a: de manera, que con
éstas y otras muchas provisiones, hay para toda la gente pro-
visiones para seis meses. Lleva la armada fuera de esto gran
cantidad de barriles para aguada, platos, escudillas y tazas de
palo y galletas en que repartir las raciones, fusiles, baldés de
todas maneras para las aguadas, linternas y lampiones, plo-
mo en hoja, géneros de baca y estoperales para en caso que
el agua ó artillería enemiga haga algún dafio en los navios y
cantidad de zurrones de becerro para el servicio de la pólvora;
hachotes de cera para los fanales ó faroles, candelas de sebo
190
para las linternas^ sacos y mochilas de angeo y romanas, arcos
de madera para las pipas, 8.000 botillas para vino y agna, 5.000
pares de zapatos y 11.000 de'alpargatas, con otras muchas cosas
de éstas.
Lleva la artillería todos sus encabalgamientos de mar y los
pertrechos necesarios, de suerte que lleva todo lo que ha me-
nester. Ítem, lleva de respeto encabalgamientos de campaña
para 12 cañones gruesos de batir, y 21 piezas de campaña
con 3,500 balas para ellas más de las arriba dichas* Asimismo
lleva jarcias, brea estopada, clavazón de respeto, y se han
hecho banderas y flámulas con figuras de Cristo y Nuestra Se-
ñora, y armas de Su Majestad. Para tirar la artillería llevan
40 muías, los carretones, carros matos, largos y jarcias, cá-
briasy tablones y todo lo necesario para llevar las municiones;
también llevan, fuera de ir armada toda la infantería, para la
gente del mar y para lo que se ofreciere, 7.000 arcabuces con
todos sus aderezos, 1.000 mosquetes, 10.000 picas^ 10.000 par-
tesanas y alabardas y 6.000 medias picas, allende de lo que los
navios llevan de ordinario; y si se hubiere de saltar en tierra
llevan azadas, azadones, picos, palas, espuertas, mochilas para
700 gastadores, tres piezas cada guerrero. De las 2.431 piezas
de artillería^ las 1.497 son de bronce, en que hay muchos ca-
ñones, medios cañones, culebrinas y medias culebrinas, caño-
nes pedreros, etc., y las 934 restantes de hierro colado, de todos
calibres, y 123.190 balas para ellas, y 5.165 quintales de pól-
vora y 1.238 quintales de plomo.
Van 124 aventureros que llevan 456 criados para pelear,
que son: D. Alonso Martínez de Leiva, Capitán general de la
caballería del estado de Milán, con 36 criados; el Príncipe de
Ascoli, su primo, con 39; el marqués de Peñafiel, con 21; el
marqués de Gaves, cuñado del duque de Saboya, con 10; el
conde de Gelves, con 16; D. Gastón de Moneada, mayorazgo del
conde de Aitona, con seis; D. Bernardino de Yelasco, hermano
del Condestable de Castilla, con cinco; D. Pedro de Zúñiga,
hijo del marqués de Avilafuente, con cinco; D. Diego Pacheco,
hermano del marqués de Yillena, con 19; D. Enrique Enriquez
191
de Güzman, hermano del marqués de las Navas^ con cuatro;
D. García de Carvajal, hermano del conde de la Puebla, con
siete; D. Gómez Zapata, hijo del conde de Bararjas, con cinco;
D. Diego Enriquez, hijo de D. Fadrique Enriquez, Comenda-
dor mayor de Alcántara, con 12; D. Baltasar de Zúñiga, her<-
mano del conde de Monterey; D. Alonso Tellez Girón, herma-
Do del conde de Osuna; D. Francisco de Rivadeneira-, hijo del
Mariscal de Noves; D. Luis Puertocarrero, hijo del conde de
Medellin; D. Lorenzo de Mendoza, hijo del conde de Orgaz,
BUS primos D. Pedro y D. Diego; D. Luis de Córdova, hermano
del marqués de Ayamonte; D, Felipe de Córdova, hijo de don
Diego de Córdova, D. Pedro Enriquez^ hermano del marqués
de Yillanueva.
Don Ladrón de Guevara, hermano del conde de Oñate;
D. Pedro Portocarrero, hermano del marqués de Villanueva
de Barcarrota; D. García de Toledo, Ayo que fué del Príncipe
D. Carlos; D. Pedro de Castro, hijo del conde de Lémus; don
Rodrigo de Mendoza, hijo del marqués de Cañete; D. Francis-
co Manrique, hermano del conde de Paredes; D. Francisco Pa-
checo, primo del conde de Oropesa; D. Pedro Portocarrero,
hijo del General de la Goleta; D. Rodrigo Manrique de Lara,
primo del duque de Nájera; D. Pedro de Guzman, hijo de
Vasco de Guzman; D. Tomás de Gran vela, sobrino del Carde-
nal Granvela; D. Luis de Vargas, hijo del secretario Vargas;
D. Francisco Pacheco de Guzman; D. Diego Enriquez, hijo del
Virey D. Martin Enriquez; D. Sancho de Luna, hijo del Capitán
de los continos; D. Sebastian Zapata, hijo de Juan Rodríguez
de Villafuerte; D. Rodrigo de Rivero; D. Diego Sarmiento, hijo
de D. García Sarmiento; D. Juan Vicentelo, hijo del Corzo; don
Gaspar de Sandoval; D. Ramón Ladrón de Mendoza; D. Cris-
tóbal de Robles; Enrique Breme, capitán alemán; Baltasar Bre-
que, Rafael Sal, inglés; Diego de Miranda^ fídalgo portugués;
Carlos de Asdunque; D. Luis de Vargas Figueroa; D. Pedro de
Toledo; D. Antonio Martinez Chirino; D. Francisco Narvaez.
Don Juan Alonso de Rodas, D. Francisco Manuel, D. Gui-
llermo Bue, inglés; D. Diego de Mieres, D. Diego Fernandez
192
de Mesa^ D. Pablo de la Peña^ el capitfiíi Pero Nnñez Gastil-
blanco, D. Fernando de Coranda, D. Jerónimo Magno, Fernán
de Nardino, Yicencio Martelí, Paulo Nilío Justiniano, Federico
Vizconde, D. Antonio López CbaTeB, D. Mannel Paleólogo,
Miguel de Gumarra, el capitán Hernán Gómez de Tórtolas , el
Sargento mayor Lope Gil de Tejeda, el capitán Bartolomé En-
riquez de Silva, el alférez Pedro fiicano, Toribio de Lubaña, el
capitán Francisco Maldonado, Jusepe Justen, Juan Oler, Pedro
Oler, D. Luis Alvarez Osorio, el capitán Corcuera, el alférez
Pedro de Stela, Juan Fernandez, correo de Su Majestad; Pedro
de Idiaquez, D. Francisco Yerástegui, Juan López de Iza-
guirrre, Juan de Carranza, D. Alvaro de Sosa y Bruero, el sar-
gento Bernardino Figueroa, el sargento Alonso de Arquillos,
Dionisio, islandés; D. Luis Ponce de León, el alférez Antonio
Crúzate, el alférez Diego González de Agüero, el capitán Gas-
par Maldonado, el alférez Juan Maldonado, el alférez Juan de
Villaverde, Vasco de Lega, D. Sancho Zurita Nogueral, el al-
férez Melchor de Silva, el sargento Dieg^ de Cea y otros, y to-
dos llevan criados, ó criado para pelear.
Los entretenidos que van en esta armada con sueldo son
238, con 130 criados de pelea: el conde de Paredes con 150 es-
cudos, con 12 criados; D. Diego Maldonado, con 100 y 15 cria-
dos; D. Alonso Manriquez, con 100 y dos criados; el capitán
Juan de Velasco, con 50 y dos criados; el capitán Agustin de
Ojeda, con 40 y dos criados; el capitán Pedro de Heredia, con
50 y dos criados; D. Fernando de Ayala, con 60 y dos criados;
el capitán Antonio Serrano, con 50 y dos criados; D. Juan de
Sandoval, con 80; el capitán Marolior de Juan, con 50 y dos
criados; el capitán Alonso de Campo, con 25 y un criado ; el
capitán Diego de Obrejon, con 15 y un criado; D. Pedro Ponce
de León, con 25 y un criado; el capitán D. Diego de Azedo,
con 25 y un criado; el capitán Francisco Negreta, con 25 y dos
criados; D. Mauricio Girardino, con 30 y dos criados; Admundo
Stacio, con 25 y dos criados; D. Carlos Oreonor, con 15; don
Tomás Gualdino, con 20 y tres criados; Tristan Vinglade, con
20; Ricardo Verey, con 20; Roberto Lasco, con 20; Cristóbal
193
Lombardo, con 2&; Juan Burver, con 15; Gómez Freiré de An-
drada, con 15; Joan Galvan, con 15; D. Pedro Murley; con 15;
Francisco Quimeafort, con 15; Maximiliano de Yílpix, con 25;
Diego Oder, con 12; D. Pedro Quirosqui, con 26 y dos criados;
Roberto Rifort, con 10; Ricardo Siton, con 10; D. Antonio
Manrique, con 80 j seis criados; Guillermo Stache, con 20;
Daarte Riforte, con 10; el capitán Alonso Gayetan, con 15 y
nn criado; el capitán Pedro de Esqnivel, con 25 y nn criado; el
capitán Pedro de Egunio, con 25 y nn criado; el capitán Fran-
cisco Hernández de Peralta, con 25 y ñn criado; el capitán Her^
nando Pedrada, con 25 y nn criado.
Diego de Velasco, con 25 y criado; D. Félix Arias Girón,
con 25 y tres criados; el capitán Alonso de Garrion, con 25; el
capitán Jerónimo de Quintanilla, con 25; D. AWaro de Sosa y
Rivero, con 20; el capitán Gaspar de Hermosilla, con 50 y dos
criados; D. Diego Hernández de León, con 20; D. Felipe Ponce
de León, con 20; D. Joan de Cardona, con 20; el capitán Juan
Antonio Marin, con 20; D Juan de Toledo, con 20; D. Cristó-
bal Maldonado, con 20; D. Luis Bravo, con 20; D. Gonzalo de
Eraso, con 60 y coatro criados ; D. Pedro de Alcega, con 20 y
tres criados; D. Diego Luzon, con 20; D. Jerónimo de Vargas,
con 20; D. Diego de Recha, con 20; D. Juan del Castillo , con
20; D. Jerónimo de Monroy, con 20; Antonio Moreno, con 20;
el capitán Francisco de Cnéllar , con 25; Pedro Manso de An-
drada, con 20; Domingo Gato, con 12; el capitán D. Antonio
de Castañeda, con 20; el capitán Diego del Valle, con 20; el
capitán Pedro de Pazos, con 20; el capitán Antonio de Vovilla,
con 20; el capitán Esteban de Mercadillo, con 20; el teniente
Luis de Castañeda, con 20; Felipe Cortés, con 20; D. Juan de
Portillo, con 20; D. Francisco Zapata, con 20; D. José de Cas-
tilla, con 20; D. Pedro de Bazán, con 20.
Don Antonio de Cartagena, cod 20; el capitán Cristóbal
de Quirós, con 20; Sancho Paternoy, con 20; D. Pedro de Ce-
garra de las Roellas, con 20; el capitán Francisco Ángel, con 25;
D. Francisco Pacheco, con 20; D. Juan de Zarate, con 20;
D. Francisco da Avendaño, con 20; D. Gaspar Ruiz de Heredia,
Tomo LXXXI. 13
194
con 20; D. Fernando de Medina, con 20; D. García Girón, con 20;
D. Pedro de Toledo, con 20; D. Femando Gallmato, con 20;
Gaspar Maldonado, con 25; D. Diego Gnzman y Molina, con 25;
el capitán Pedro Ruiz Torquemada, con 25; D. Alonso de Men-
dosa, con 25; el alférez D. Diego Hernández de Córdoya, con
12; el alférez Mignel de Urbina, con 12; el alférez Juan Tañez
de Lasarte, con 12; el alférez Miguel de Esqaíyel, con 12 (son
los alféreces 66): Juan de San Jnan, con 10; Diego de Mon-
toya, con seis; Joan de Ollacarisgta, con 20; Martin de Rae,
con 25; el capitán D. Luis Rodríguez, con 25; al Sargento ma-
yor Juan de Cevallos, con 40.
Juan de Chaves Esquivel, con 15; el capitán Paulo Chiller,
con 40; D. Hernando de Escobar Sotomayor, con 20; Enrique
Miguel, inglés; Rafael Asal, inglés; Roberto Daniel, inglés, ca-
ballero; Tomás Bitus, clérigo inglés, todos á20; D. Pedro de
Yeamosy, con 20; D. Andrés de Vergara, con 20; D. Jorge de
Portugal, con 20; y asi van otros, y todos llevan criado 6 cria-
dos, etc. Las personas que han embarcado por cuenta de la
artillería son: D. Alonso de Céspedes, Teniente de Capitán ge-
neral; un Capellán mayor, 20 gentiles-hombres, dos ingenieros,
un mayordomo de la artillería con un ayudante, un médico, un
cirujano, un boticario^ un alguacil, un maestro mayor de car-
pintería, otro de herrería, oficiales, herreros y carpinteros nue-
ve, artilleros 95, un comisarío de muías con 25 criados; criados
de los oficiales, ocho. Son todos 167.
La gente del hospital sbn 85 personas : D. Martin de Alar-
con, Administrador general; su teniente, cinco médicos, ciru-
jano mayor, con otros cuatro cirujanos y cinco ayudantes,
cuatro curas, un mayordomo; otros oficiales y mozos, 62. Van
en esta armada ocho frailes Franciscos de la Observancia de
Castilla, 20 de Portugal, Descalzos de Castilla, 29; de Portu-
gal, 10; de San Agustin, 14; de Castilla, 16; de los Francis-
cos del Paño de Portugal, 12; Carmelitas Descalzos, ocho; de
la Orden de San Francisco, de Portugal, 20; Dominicos de la
Andalucía, 22; Carmelitas de Portugal, nueve; Teatinos caste-
llanos, 15; Teatinos portugueses, ocho.
195
Toda la gente qne va en esta armada son 16.973 soldados
' castellanos^ 2.000 portagneses, aventureros 124; gente de
mar, 8.051; criados de aventureros, 465; entretenidos, 238;
criados sayos, 163; gente de artillería, 127; gente del hospital,
85; religiosos de todas Órdenes, 180; caballeros de la casa del
duque de Medina, 22; criados della, nueve; Veedor general, mi-
nistros y oñcíales de la Hacienda, 17; sus criados, 50; Minis-
tros de la justicia, 19. (Son-todos, 28.605.) En las galeras y
galeazas hay 2.088. Son todos, 30.691. Van el duque de Medi-
na por Capitán general; D. Alonso Martínez de Leiva, Capitán
general de la caballería de Milán ; Juan Martínez de Recaído,
Capitán general de la armada vizcaína y Almirante de toda la
armada; Biego Flores de Valdés, General de la armada caste-
llana, y los demás que quedan dichos. D. Jorge Manrique,
Veedor general de la Hacienda; Bernabé dePedroso, Proveedor;
el Licenciado Martín de Aranda, Auditor general ; Alonso de
Alameda, Contador; Pedro Coro Calderón, Contador; Juan de
Huerta, Pagador general; Felipe de Porras, Veedor de las ga-
leras; Maestre de campo general, D. Francisco de Banadilla;
D. AgusJ;in Mejía, Maestre de campo de las banderas que sa-
lieron del castillo de Lisboa y gente de la Andalucía; D. Diego
Pimentel, del tercio de Sicilia; D. Francisco de Toledo, de las
banderas de entre Duero y Miño; D. Alonso de Luzon, Maestre
de campo del tercio de Ñapóles; Nicolás de Isla, Maestre de
campo de las banderas que vinieron en los galeones de las In-
dias. Llevan á su cargo 171 bandeAis, en que hay 18.933 sol-
dados. Este tan poderoso ejército tomó destrozado, como se dirá,
por culpa, y según todos afirmaron, cobardía de su General
y malos consejeros que llevó á su lado, y tornó afrentado, y Su
Majestad jamás ha querido hacer caso del ni oírlo, ni verlo,
que podría Inglaterra ser ganada con socorro de sus católicos.
196
CAPÍTULO XVII.
EN QUE SE CONTINÚAN LAS COSAS DE LA ARMADA DICHA.
Los tercios y compañías sueltas que van en esta armada,
capitanes y su gente, son: Don Francisco de fiobadilla, Maes-
tre de campo general. Del tercio de Sicilia, de que es Maestre
de campo D. Diego Pimentel; son capitanes el dicho Maestre de
campo ^ con 205 soldados; Martin de Ávalos, con 235; Miguel
de Galarroa, con 235; Pedro de Pliegon, con 92; D. Antonio
Enríquez, con 87; Pedro de León, con 112; Andrés de Mujica,
con 80; Diego Juárez, con 110; Antonio Mocrin Centeno, con 93f
D. Francisco Carrillo, Con 84; Diego Castilla, con 93; Felipe
Snmier, con 91; D. Antonio de Herrera, con 86; Francisco
Marin Centeno, con 102; D. Gómez de Caj'vajal, con 87; Jorge
Arias de Arvierto, con 87; Lope Ochoa la Veg^, con 128; Fran-
cisco Malo, con 57; Gonzalo de Sanabria, con 99; Martin
Gallipíenso, con 67; Sancho Sánchez de la Rocha, con 94;
Francisco Marqués , con 108; D. Hernando de Vera, con 115;
D. Pedro Pacheco, con 104; Gonzalo de Cuitron, con 80, etc.
En el tercio del Maestre de campo D. Francisco de Toledo,
el dicho Maestre con 120 soldados; D. Joan Maldouado, con 96;
Juan Francisco de Ayala,^on 79; D. Francisco de Vivanco,
con 90; Gonzalo de Fran, con 78; D. Alonso Ladrón de Gue-
vara, con 84; D. Francisco de Borja, con 112; D. Rodrigo
Tello de Guzman, con 121; Bernardino Villagomez, con 119;
D. Antonio del Castillo, con 98; Pero Nuñez de Avila, con 85;
Francisco de Castrejon, con 78; Gonzalo García de la Cárcel^
con 87; Jerónimo de Guevara, con 89; Antonio de Valcárcel,
con 80; Blas de Jerez, con 104; Juan Alonso del Castillo,
con 138; D. Francisco de Céspedes, con 106; Prado Calderón,
con 105; Pedro Ibañez de Lujan, con 95; D. Pedro de Sando*
val, con 152; D. Francisco de Chaves, con 152; Juan Pérez de
197
Loaisa, con 100; D. Alonso de Oodoy, con 148; Cristóbal Bi-
vero, con 88; Juan de Torree de Mendoza, con 109.
En el tercer tercio, qiie es de D. Alonso Luzon, el dicho
Maestre de campo D. Alonso, con 161 soldados; D. Gonzalo de
Monroy, con 124; Francisco Perlines, con 147; D. Arias de
Silva, con 130; Juan de Soto, con 165; D. Francisco Presea,
con 123; Rodrigo Ortiz de Zarate, con 131; D. Pedro Camacho,
con 134; Pedro de Yepes, con 133; Jerónimo de Aibar, con 146;
Alonso Riquelme, con 70; Luis Bamirez, con 72; Hernando de
Olmedo, con 70; D. García Manrique, con 80; Diego Sarmien-
to, con 66; Andrés de Yalenzuela, con 107; D. Alonso de Guz-
man^ con 103; Esteban Ochoa, con 107; Andrés de Pantoja,
con 115; D. Juan de Saavedra, con 79; Juan de Mondragon,
con 138; Pero Sánchez de Sepúlveda, con 108; Hernando de
Qaesada, con 120; Pedro de Quintana, con 82; Diego de Miran-
da Qoirós, con 90; Juan Poza de Santíso, con 86.
En el cuarto tercio, del Maestre de campo Isla, el mismo
Isla, con 175 soldados; Patricio Antolínos, con 150; Vasco de
Carvajal, con 159; Antonio Maldonado, con 165; D. Juan de
Monsalve, con 94; Luis Macion, con 145; D. Lope de Mendoza,
con 32; Diego de Aranda Clavijo, con 72; Bartolomé Brabo,
con 70; D. Luis de Córdova, con 71; Bemardino de Paredes,
con 119; Luis de Molina, con 70; D. Diego Lainez de Ávila,
con 56; Alonso Virués Maldonado^ con 58; D. Diego Casao,
con 52; Luis Barnosa, con 54; Andrés Verdugo, con 65; Alonso
de Benavides, con 45; Pedro Solano, con 71; Duarte Nuñez,
con 98; Pedro Hurtado de Corcuera, con 81; Diego Cascarro,
con 67; Pedro de Santistéban, con 77; Esteban de la Gorreta,
con 105; Melchor de Avendaño, con 148.
En el quinto tercio, del Maestre de campo D. Agustin Me-
jía, el dicho Maestre, con 169 soldados; D. Diego de Leiva,
con 140; Luis de León, con 102; Gregorio de Chinchilla,
con 114; Pero Quero Escavias, con 117; Pedro Carrillo, con 81;
D. Diego López de Ayala, con 67; Pedro de Mendoza, con 140;
D. Jerónimo de Herrera, con 155; Alonso Barrantes Maldona-
do, con 122; Diego de Nodera, con 54; Cristóbal Vázquez de
198
Peralta, con 75; D. Diego Bazán, con 89; Pedro Palomino,
con 37; D. Luis de Carvajal^ con 75; Antonio de Yülafafíla,
con 80; Jerónimo de Valderrama, con 65; Garcilaao de la Vega,
con 101; D. Juan de Baraona, con 98; D. Francisco Porcel de
Peralta, con 117; Francisco Almonacid, con 100; D. Jaan de
Ibarra, con 94; D. Pedro Ponce, con 145; D. Alonso Braca-
mente, con 98; D. Alonso de Zajyas, con 112; D. Pedro Man-
rique, con 117.
De las compañías sueltas de Castilla , Rodrigo Alyarez de
Benayides, con 222 soldados, del duque de Feria; Lope Yaz*
quez, con 210, del duque de Béjar; D. Baltasar de Salto,
con 210, del mismo Duque.
Y de las compañías sueltas, D. Juan de Luna, con 90;
D. Basco de Mendoza, con 79; D. Antonio de Silva, con 98;
Domingo Sánchez Chumacero, con 54; la compañía de D. Juan
de Guzman, con 150. •
En las compañías de la gente que vino en los galeones y
naves de armada de Castilla, es su gente la que queda en el
galeón Capitana, en Ntissira Señora de Begoñüy de que es ca-
pitán Juan de Garivay, 117; en la Capitana y en el navio Núes-
tra Señora de Bebona, 100; en el galeón San Juan^ de que es
capitán Domingo Martínez de Avendaño, 100; en el galeón
Santiago^ cuyo capitán es Antonio Moreno, 100; hay otros mu-
chos capitanes con otra mucha gente.
Las compañías portuguesas que van á cargo de Gaspar de
Sosa y Antonio Pereira, son estas: la del dicho Gaspar, con 222
soldados; la de Moira el Cabral da Yega, con 222; la de Luis
Ferreira, con 222; la de Manuel Tejeira. con 222; la de Juan
Trigueron, con 222: Sargento mayor destas compañías es Pero
Rodríguez de Ayala.
Las compañías de Antonio Pereira: el Antonio Pereira,
con 222; la de Cosme Nano, con 222; la de Roque Borges,
con 222; la de Juan Rodriguez Caldeira, con 222: Sargento
mayor destas compañías es el capitán Juan de Ojeda.
Salió esta armada, domingo á 19 de Mayo, del rio de Lis-
boa, habiéndola rodeado toda el Príncipe Cardenal, Yirey de
r
199
Portugal, hijo del Emperador Maximiliano II y de Doña María,
hermana de Su Majestad, y el duque de Medina, y dado pre-
gón y publicada guerra á fuego y sangre contra Inglaterra,
reservando Su Majestad para sí ^ el oro^ plata y perlas de las
Indias que allí se hallasen.
4 (Tachado)..... para sí el oro. plata y perlas que se ganaren, robadas de
Indias, y lo demás qae se parta entre los que lo ganaren. •
200
CAPÍTULO XX.
DEL MISMO REY DON FELIPE, Y COSAS DE ESTE ANO.
Sábesetqne el Bey Don Felipe tiene de gasto cada dia, esx
todo lo que gasta, 60.000 ducados, que son por año 3.360.OOO
ducados. Habiendo, como dicho queda, salido la armada de
Lisboa, corrió tormenta de sesenta horas, lo cual sabido en
la Corte, en Madrid se hicieron solemnes y continuas procesio-
nes y procesión general de todas las Órdenes y de disciplinan-
tes, y por todo el Reino, con mucha oración, ayunos, limos-
nas y penitencias; y Su Majestad tiene cada día sus horas de
oración. Sacaron en Madrid á Nuestra Señora de Atocha; tu-
Tiéronla en la Tilla tres dias, frecuentando las doYOciones.
Fué Dios servido que el daño fué poco, y tornándose á ayuntar
toda, sin faltar ni un palo, ni perecido persona alguna en la
Coruña, de donde salió la vuelta de Inglaterra á 19 y 20 de
Julio, y con muy próspero viento. Escribió al duque de Medi-
na, General de la armada, un religioso dominico, que tuviese
buen ánimo, porque dos santas personas que confesaba, le cer-
tificaban que habian en espíritu visto pelearlas armadas, y que
la suya que vencia, en que veían dos ángeles coa espadas des-
nudas peleando con una gran cruz en medio, y en gran clari-
dad, y la armada inglesa cubierta de un velo negro; y María
de la Visitación, monja santa de la Anunciata de Lisboa, que
tiene las llagas de Cristo, lo consoló diciéndole que el dia de
Santo Domingo se perdió el Rey Don Sebastian, y que el dia
mismo tornaría el Santo en favor de los fíeles; y á un Capitán
portugués, marido de una prima suya, que la rogó mucho la
consolase, la consoló pidiéndola la bandera de su marido, y
dándosela plegada, la puso entre sus manos y dejó impregnar
en ella sus llagas. (Es mujer que obra grandes milagros.)
Todas las visiones y cosas de estas monjas averiguó después
201
la Inquisición ser falsedad y engaño, y que esta Priora de la
Anunciata, porque no se uniese Portugal con Castilla y Su
Majestad desistiese^ con ingenio diabólico de espejos opuestos
al sol, con que resplandecia su rostro, y con artificio de ruedas
cubiertas con las faldas, se levantaba, lo cual veía por agu-
jeros de la puerta de su celda, y con bermellón tenia hechas las
llagas, y el costado con esto y punta de cuchillo, y la corona,
etcétera. Fué castigada y está reclusa.
Aniurat Arráez, corsario de Argel, de quien se ha dicho
saqueó en la costa de Andalucía un pueblo del duque de Me-
dina-Sidonia, y llevó cautivas cien personas; y un corsario
inglés que entró en el mar del Sur este año^ saqueó en la costa
de la Nueva España á Guanuco. Seguíanle cuatro bajeles de
Panamá nuestros, que se detuvieron rescatando de camino
en un puerto veintinueve dias. Llegaron á Guanuco quatro
dias después de ido el inglés, que estuvo allí veinticinco dias,
que fuera preso si le siguieran. El marqués de Yillamanrique,
Virey de Nueva España, prendió al General de los bajeles y
puso otro en su lugar, y lo envió en seguimiento del corsario.
(Habían bajado del Perú á Panamá 12.000.000 para España,
que vendrán con la flota.)
Habiendo la armada católica salido de la Cornña, llegó á
embocarse al octavo dia, sábado, á 30 de Julio de 1588, de In-
glaterra, el cual dia se mejoró hasta el paraje de Plemua, de
donde comenzaroif á descubir la armada enemiga. Otro dia, con
borrasca y cerrazón, habiendo el enemigo seguido con 60 velas
de retaguardia de nuestra armada católica , y cañoneado sin
hacer daño ni querer aguardar ni venir á las manos, retiráron-
se con sus naves veleras y muy ligeras, y dado los cañonazos
en el trinquete de la Almiranta San Juan^ católica, y retirán-
dose, se rompió el bauprés y árbol de trinquete de la Capitana
católica de D. Pedro de Valdós , encontrando otra nave de su
Escuadra; el cual, quedando rezagado á favorecer una nave en
que se habia prendido fuego, y recoger su gente , fué acometi-
do por 14 naves del enemigo, de las cuales echó siete á fondo,
y ai no fuera por el navio de fuego se salvara. En fin, habien-
202
do peleado hasta que de 800 hombres do le quedaron sino 24,
se rindió, que no podo ser socorrida, por ir la armada muy ade-
lante; y así fué llevado á Inglaterra^ donde es muy mirado. El
nayío quemado fué la Almiranta del general Oquendo , valero-
so mareante, vecino de Guipúzcoa. Salvóse con la gente.
A los 2 de Agosto, estando la Capitana católica á barlo-
vento de su armada, cerca de la enemiga, cargó el enemigo
sobre ella con mucha furia con toda la artillería; pero respon-
dió de manera que, queriendo abordarlas, se retiraron los ene-
migos con estar sola y no poderla socorrer por una hora cuasi.
A los 3 de Agosto , una galeaza católica derribó la antena ma-
yor á la Almiranta inglesa, que era Capitana de su armada. A
los 4, enfrente de la isla Duíc, que está enfrente de Antena,
en medio de la Canal, picó el inglés en la retaguardia católica,
haciendo muestra de querer embestir; pero jamás osó acercarse
más de á tiro de cañón; y aunque nuestra armada procuraba
abordar, no era posible, por ser los navios grandes y los del
inglés pequeños y muy ligeros de la vela, que hacian en esto
gran ventaja. Vióse el navio mayor del enemigo á punto de
que lo alcanzase el galeón San Martin^ pero salváronlo 11 cha-
lupas esquifadas que lo aserraron, de las coales traía muchas.
Fueron echados á fondo dos navios de la Reina inglesa y otros
algunos. A los 5 hubo calma, y estuvieron las armadas á vista
la una de la otra; y á los 6 refrescó el tiempo en popa, ha-
biendo el inglés engrosado su armada en número de cien velas,
y llegaron á la rada de San Juan, que es el estrecho entre
Calés de Francia y Diepra de Inglaterra; y á la tarde dio la
armada católica fondo junto á Calés; y lo mesmo la iuglesa
hereje á su vista.
A los 7 tornó á refrescar el tiempo, y á los 8 arrojó el inglés
ocho navios de fuego, que llaman carantomanías , con buen
viento, contra la armada católica para abrasarla; pero desvióse
y los navios pararon en el punto donde salió la armada cató-
lica, y allí se abrasaron sin hacer daño. Habia dejado nuestra
armada á la inglesa tan destrozada, que tuvo necesidad de
acogerse á su puerto á repararse. Pidió Juan Martínez de Re-
203
calde y otros capitanes al duqae de Medina qae la acometie-
sen, pues era cierto que no eran más de 40 naves destrozadas.
Entró el Dnqne en consejo; fueron de parecer los capitanes an-
daluces que nó, porque el Rey había mandado que no lo hiciese
sin primero juntarse con la armada de Flándes; y así no se
atrevió á acometer, diciendo que si no le sucedía bien el Rey
lo degollaría.
Llevaba el Duque orden del Rey de llegar á la rada dicha
de San Juan, adonde por mandado del Rey se le había de jun-
tar el Príncipe de Parma, Gobernador de los Estados de Flán-
des por el Rey de España, con su armada que había de tener
á punto para cuando el Duque allí llegara; pero no la tenien-
do aprestada, con haber tenido sobrado tiempo^ no la tuvo á
punto; y enviándole á decir el Duque que acudiese para entrar
en Inglaterra juntos, le envió á decir que le esperase ocho
días, y luego pidió más tiempo; y, finalmente, como ni después
estuvo apercibido, no salió á ajuntarse con el Duque, el cual
con su armada, con temporal que tuvo, navegó la vuelta de
Escocia, y el Príncipe ahorcó é hizo cuartos al Gobernador de
Dunquerque, donde la armada de Flándes estaba, diciendo que
por su culpa la armada no estaba aprestada, el cual se excusó
diciendo que él no tenía la culpa. Acá en España echan la cul-
pa al Príncipe^ y que maliciosamente no se aprestó, por lo cual
no se ha hecho entrada en Inglaterra este año. El tiempo des-
cubrirá la verdad ; y así se tornó la armada á España, habien-
do rodeado á Inglaterra, Escocia é Irlanda, la cual no iba tan
proveída de mantenimiento y municiones hicieron entender al
Rey, los cuales se cree serán castigados como lo merecen.
Desembarcó el duque de Medina, General de la armada, en
Laredo, y muy mal sano, que apenas se podía tener en los
pies, y así lo traían en silla, bien atormentado de tornarse sin
efectuar lo que para que iba. Desembarcó parte de la armada
en las montañas, y Oquendo con otra parte en los Pasajes,
entre San Sebastian y Fuenterrabía , en su pueblo y tierra. Á
esta misma sazón vinieron los galeones de las Indias á Lisboa,
riquísimos de toda especería, pedrería, oro y cosas de Oriente.
204
Vinieron cinco galeones. La galeaza Capitana encalló junto á
Calés, y se recostó y se perdió. Salvóse la gente. Era General
de las galeazas, como se ha dicho ^ D. Hago de Moneada > el
cual por haberle Drac de un cañonazo llevado toda la popa y
hecho mucho daño, di(f con la galeaza en los bancos de Calés,
adonde se libró la gente, artillería y el resto. En los capítu*
los 25 y 26 se pondrán los acontecimientos que ha habido y
diversas relaciones , unas contrarias de otras ; y, en fin , son
opiniones nacidas de contrarias voluntades, y como dicen, cada
uno alaba sus agujas; y por no me haber yo hallado en esta jor-
nada^ ni todos on la Capitana donde iba el Duque , no podrá
ahora escribir lo que es verdad hasta que el tiempo nos diga la
certeza. Lo más cierto se contará en los capítulos 27, 28 y 29.
Lástima me hace escribir lo que á una armada tan podero-
sa, como queda referido, le ha sucedido por falta de los minis-
tros de ella y de no estar el Príncipe de Parma aprestado para
juntarse con ella, con la mia, etc. Habiendo, pues, nuestra
armada entrado en la Canal de Inglaterra, como queda dicho,
según Julián Fernandez de la Piedra, natural de la villa de San
Sebastian de Guipi&zcoa, señor de un navio que fué y vino en
compañía del valeroso capitán Miguel de Oquendo, que tornó
á los Pasajes y murió en su casa, á 2 de Octubre de este año
de 1582, harto triste de ver que la armada haya tornado sin
hacer su hecho pudiendo. Cuenta este Julián, que habiendo
entrado la armada en este Canal, envió el duque de Medina,
que nunca allá hubiera ido, un busca ruido , como dicen, para
saber lo que habia, que cogió con sus pescadores, de quien
supo que Plemua estaba muy desapercibida, sin gente y sin
guarnición y sin persona que pudiese tomar arcabuz, y lo
mismo toda aquella comarca, por algunas leguas, y que estaba
Francisco Drac allí con 40 velas, y que más adelante habia
más que se hablan de asentar con él.
Fueron de parecer que se tomase este puerto D. Alonso de
Leiva y Juan Martínez de Recalde, Miguel de Oquendo y otros
muchos , como queda dicho, y los 40 navios , pues era cosa
fácil, y el Duque no quiso, antes mandó que so pena de la
205
Tida no pasase adelante, y asi lo hícieroy harto contra sn vo-
luntad.
Asi como pasaron, Inégo el Drac salió de Plemua, y fué si-
^iendo nuestra armada, picándola en la retaguardia, donde
iban dos galeazas: la nna de las cuales, hallándose muy den-
tro de la armada enemiga y casi perdida, la socorrió D. Pe-
dro de Valdós con su nave y la salvó; y hallándose muy den-
tro en la armada enemiga , la rompieron la vela mayor y de
popa; y disparó dos piezas pidiendo socorro al Duque. Acudie-
ron á socorrerle Juan Martínez de Becalde y Oquendo ; pero
Inógo los mandó el Duque, so pena de la vida, qne lo dejasen
y le siguiesen, y así lo hicieron harto contra su voluntad. En-
vió luego el Duque al D. Pedro de Valdós dos pinazas, pidién-
dole le enviase en ellas 50.000 ducados que llevaba del Bey, y
él respondió que donde se aventuraba su vida y la de tantos
caballeros é hidalgos como en su nave iban, bien se podian
aventurar estos dineros. Envistióle el enemigo viendo que no
era socorrido ; peleó valerosamente é hizo gran estrago en la
armada enemiga, y al fin fué preso con otros 13 que le que-
daron de 800 que tenia, y está en Inglaterra bien tratado,
habiendo hecho su deber.
Caminó el Duque adelante y llegó á la isla Duíc, que está
enfrente de Antona, la cual pudiendo tomar tampoco quiso,
aunque los capitanes dichos y Martin de Bertandona le hicíe-^
ron mil protestas, excusándose con que no llevaba orden de Su
Majestad de pelear hasta juntarse con la armada de Flándes,
con ser cosa cierta que si Su Majestad estuviera allí se lo man-
dara tomar, pues el tomar á Inglaterra pendía en tomar puer-
to, siendo cierto que no tenia el enemigo en tierra más de
6.000 hombres, y mal armados , y la armada enemiga no tener
sino marineros y artilleros. Tiene esta isla rio y puertos, á
Neuport, Santa Elena, Santa Catalina, le Remodt, Ide, Du-
mos, etc.
Envió el duque de Medina al Príncipe de Parma cinco pa-
taxes para que se embarcase para cuando él llegase, é hiciese
su hecho. Fiíé en uno de ellos D. Jorge Manrique, Veedor ge*
n
206
neral de ambas arma(|^s. Entró en Danqnerqae: halló al Pro-
veedor de la armada de Flándes que no tenia hechas preven-
ciones de bastimentos, municiones ni cosa, etc. Finalmente,
preguntándole cómo estaba tan desapercibido, habiendo man-
dado á llamar la armada de España, respondió al D. Jorge que
se tornase á la armada de España, que en ella podía pregun-
tar esto, 7 ól le dijo que en la de Flándes también, pues tenia
comisión de Su Majestad. Avisó el Proveedor al Príncipe de
Parma de todo, y el D. Jorge lo fué á hablar. Recibiólo mny
mal el Príncipe, con ir con el duque de Pastrana, Príncipe de
Asculi, 7 otros caballeros españoles, habiéndole el D. Jorge
dicho que luego se embarcase, y él dicho, que él no tenia qne
ver en esto; 7, finalmente, el Príncipe lo quiso echar mano, mas
no se lo consintieron otros caballeros 7 6.000 españoles que
estaban para embarcarse.
Dijo el Príncipe al D. Jorge que se tornase á su armada.
Respondióle que no ternaria sin dar noticia á Su Majestad de
lo que pasaba, 7 así lo hizo. En este medio fué lo de los navios
do fuego que echó Drac, de que se ha dicho, 7 el temporal que
llevóla armada do España hacia Escocía, 7 el juntarse con
Drac otras velas de Inglaterra, Holanda, Gelanda 7 otras pai^
tes, de manera que tenia más velas que nuestra armada, aun-
que todas chicas, salvo 12 que eran de á 1.000 7 de á 800 to-
neladas; 7 con esta armada, ma7or que la do España, anduvo
ocho días pisando á nuestra armada, sin osar abordar, porque
tenia mandato de su Reina qne no abordase por estar todo el
amparo de Inglaterra en tener su armada en pié. Deseaba
nuestra armada abordar, aunque el Duque lo rehusaba mucho,
que según dicen andaba enfermo 7 mu7 medroso. Hizo nues-
tra armada mucho daño al enemigo; echóle muchos navios á
fondo; matóla mucha gente.
Así como la armada enemiga vio á nuestra armada que iba
7a emparejada con la mitad de Escocia, se tornó, 7 el Duque
dio la vuelta por encima de Escocía; 7 al tiempo que quería
entrar por la Canal de entre Escocia é Irlanda, los capitanes
arriba dichos le hicieron muchos protestos que se tornase á
207
Inglaterra y no tornase á España^ con deservicio de su Rey, de
toda España y su gran fama; y no lo queriendo hacer, lo dejaron
Teñir y se quedaron para tornar á Inglaterra con 80 velas muy
buenas y bien próveidas, y así se comenzaron á apartar del
Duque que se vino por entre Irlandleí é Inglaterra, adonde co-
gió tres navios de Inglaterra con sal y no sé qué pescadores,
y desembarcó en Santander, Laredo y Castro, siguiéndole los
que con él quisieron tomar, harto muertos de hambre y sed, y
heridos y enfermos, y todos muy quejosos del Duque, que con
estar muy abastecidos los navios no los proveían y morian de
hambre y mal tratamiento» Vínose también Oquendo, por estar
enfermo, harto penado por no poder haberse quedado con los
capitanes arriba dichos.
La causa por que no fué socorrido D. Pedro de Valdés faé
traza de Diego Florez, por enemistades viejas que tenían con
el D. Pedro, rigiéndose el Duque por el Flores; lo cual, enten-
diendo el capitán Yillaviciosa, Almirante de la Escuadra de
Oquendo, dijo á Flores, pasando con su navio, que mirase lo
que por su ocasión se habia perdido, y que si por su consejo se
gruiaran en la tercera, fuera lo mismo, y que él informaría á
Su Majestad, con otras cosas suyas, que él sabia muchas, etc.
Dando la Emperatriz el pésame de lo sucedido, la respondió
con buen ánimo y que Dios lo debia ordenar así; pero que no
dejaria de procurar esta empresa aunque no le quedase estaca
en pared, y viese que todo se destruía, y esto no en un año,
sino en diez y doce. T dice este capitán Julián Fernandez,
que él ha andado toda la armada que ha tornado, y que toda
venia muy proveída de bastimentos y de todo lo necesario, y
que habia mucha salud, y que en los navios de Oquendo no
habia muerto ninguno y lo mesmo de los del Duque: pero yo
veo á todos venir quejándose de terrible hambre y sed que han
pasado, y á capitán he oído decir qoe en veintiséis dias no comió
sino garbanzos molidos, y por dia medio cuartillo de agua; y
otros principales cuentan otras miserias.
El Duque ha ido á la Corte de Su Majestad y afirman que
Su Majestad no ha querido oir á ningún caballero que el Duque
208
le ha enviado^ ni antes de desembarcar ni después. Ha enviado
Sa Majestad al alcalde Rodrigo de Santillana á verla, y envió
un Rey de armas á alzar el destierro al Almirante, que estaba
desterrado de la Corte, y á otros Grandes. Ordene Dios las cosas
en bien. Habiendo el daque de Medina enviado á Valladolídy
á Bárgos, y al Arzobispo de Burgos y Obispo de Falencia para
que le socorriesen con médicos, cirujanos, botica, ropa, trapos
y otras cosas para los heridos y enfermos, les escribió Su Ma-
jestad mandándoles lo hiciesen así, y que le enviasen á decir
lo que hacian. El dia de San Francisco se ayuntó Yalladolid,
y á 4 de Octubre enviaron todo lo dicho con 60 acémilas, las 12
con vino de Alaejos y 400 mantas frazadas, conservas, azúcar,
botica, etc. Burgos envió 12 acémilas, dos con azúcar, dos con
pasas, dos con barriles de conservas, dos de batidíllos, dos de
mermeladas, dos de trapos, con dos Regidores. El Arzobispo
envió 3.000 ducados (dicen que cada uno habla en la feria se*
gun le va en ella); y por no quedar corto, diré en el capítulo 27
otra relación que se tiene por la verdadera historia en lo que
ha habido, y en el capítulo 26, se pondrá otra relación favora-
ble al duque de Medina, hecha en Madrid por los de su valía,
muy contraria á lo de este capítulo; pero en el capítulo 27 se
dirá lo que ha pasado. (Lo cierto se dirá luego.)
Muchos han escrito esta jornada infelice de Inglaterra, y los
criados del duque de Medina y los de su casa, allegados y ami-
gos, defienden mucho al Duque con la pluma, y á lo que por
cosas que ellos han dicho en secreto á amigos muy al contra-
rio de lo que escriben, conformándose en esto con los que es-
criben y refieren la verdad, que son todas las personas graves
y de crédito, que en esta jornada se halló, y todo el común de
ello, Generales, Coroneles, Maestres de campo. Capitanes, Alfé-
reces, Ministros y Oficiales, soldados y marineros, y no he en-
é
centrado con hombre que así no lo afirme, fuera de las escritu-
ras auténticas que de ello hay de escribanos que dieron fe de
las peticiones, persuasiones, consejos, protestos de los daños
en que incurría la armada de Su Majestad que al Duque conti-
nuamente se hacia; y de cómo España no peleando y no to-
209
majido tierra, y no acometiendo al enemigo, y compeliendo á
pelear, perdia so reputación y fama y caía de su nombre, y la
cobraba el enemigo; y ni por esto ni por otras ningunas razo-
nes, teniendo buenas comodidades^ jamás lo pudieron mover
ni animar á pelear, ni consentir que Oquendo ni Juan Martí-
nez de Beealde, hallándose con ventaja y pudiendo compeler
al enemigo á pelear ó á ser destruido, los quiso dar licencia,
antes, so grandes penas, se lo estorbó ; ni se pudo acabar con
él que socorriese á D« Pedro Yaldée, ni después á D. Francisco
de Toledo, hermano del conde de Orgaz, que estando surto y
encalmado cerca de Dunquerque, fué combatida su galera dos
días y una noche de 20 galeones, los mejores del ^lemigo, que
sin duda fueran presos ó destruidos si el Duque los socorriera
como i). Francisco se lo rogó, el cual con refresco de viento
que le vino, se retiró á Dunquerque habiepdo enviado al Du-
que loe caballeros mozos* que tenia, al hijo mayor del conde de
Org^z y otro que pelearon como leones, los cuales murieron
por darles el Daque, habiendo enfermado, las aves y carne
cocida con agua de mar, sobrándole agua dulce.
Finalmente, habiendo acontecido cosas como estas, y pu-
diendo echar gente en Inglaterra , no quiso, con saber que
apenas la hubiera echado cuando acudieran los católicos, que
eran muchos, y se rindieran los herejes que estaban UenoS de
miedo, lo cual afirman ellos y los cautivos que cada día vienen
rescatados de Inglaterra; se tornó á España rodeando por lo
más alto de Escocia por mares frígidísimos y peligrosísimos,
llenos de peñascos, islas é isleos y mares incógnitos á los es-
pañoles, con que mató y destrozó más de 15.000 hombres, de
frío, hambre y otras miserias, tormentas y aguajes, y naves
rotas que se hundieron. Vínose á Santander sin conservar la
armada, no se curando sino de perder la honra, reputación y
fama de España, y la de su persona y casa, que ganaron sus
animosos y famosos pasados, teniendo cobardía y continuo
pavor y miedo de morir, cosa muy ajena de sos pasados, y
lleno de avaricia, dureza y crueldad, que aun á caballeros se-
villanos que desembarcaron con él muy enfermos y destroza*
Tomo LXXXI. 14
210
dos^ y uno con un brazo menos, no sólo no los quiso socorrer
con su sueldo, pero ni con empréstitos; y asi tomó el camino
para su casa llevando muchas acómilas cargadas de dinero
consigo^ y así como en todo se mostró pusilánime y de mal
gobierno, así fué menospreciado de todos y lo corrieron y
afrentaron, baldonaron y deshonraron por todo el camino, y
aun apedrearon los muchachos en Medina del Campo y Sala-
manca.
Bien pronosticó su mujer, la Duquesa, que es muy avisada
y aguda, las infamias y daños que la armada habia de recibir,
y España y el Duque si ál iba por cabeza; y así, cuando lo
supo, procuró, como quien sabia cuan para poco era, de estor-
barlo, y como no pudo, estuvo muy triste y afligida, y conso-
lándola y animándola ciertas señoras amigas; y no se conso-'
lando, é insistiendo en consolarla, diciéndola que el cargo que
al Duque habia dado Su Majestad era* el de más honra y pro-
vecho que había habido, no pudiendo ya acabar con ellas que
cesasen, dijo: «Señoras» no me entendéis, yo sé que el Duque
es baeno para dentro de su casa y para donde no lo conocen,
y pésame que lo han de conocer y ha de perder su reputa-
ción.» No acabará España de tener en su memoria esta mengna
jamás, y si el Duque fuera persona tal , el pesar y tristeza lo
hubiera muerto; pero él caminó aún desde Santander tan des-
cubierta la cara y tan ufana, como si hubiera triunfado dentro
en Londres, y aún sobrábale para morir de pesar el ver que Su
Majestad jamás ha consentido que venga á su Corte, ni ha
hecho caso del, y, cierto, se holgara Su Majestad lo hubiera cas-
tigado ejemplarmente, y bien es que todos publiquen sus fal-
tas para que los otros no hagan otro tanto.
211
CAPÍTULO XXVI.
La armada del Rey Don Felipe II salió de la Corana contra
Inglaterra á 22 de Jalio, y luego calmó, y á los 23 al amanecer
tornó el viento^ y caminó. A los 24 navegó con buen tiempo, y '
la galera Patrona se apartó de la Armada, y caminó la vía de
Guipüzcoa, y estuvo en los Pasajes, habiéndola tenido por per-
dida, porque hacia mucha agua: á los 25 envió el duque de
Medina con D. Rodrigo Tello á avisar al Príncipe de Parma
del paraje en que se hallaba, para que acudiese á juntarse con
¿1: á los 26 calmó el viento, y hubo aguaceros y niebla muy
espesa, con que la armada se esparció; á los 27 vino una bor-
rasca que duró todo el día y la noche; á los 28 se aplacó el
tiempo, y hallaron que se habían apartado de la armada 40
naves y las tres galeazas; á los 29 se juntaron los navios y
galeazas que se habian apartado con la armada, salvo la Capi-
tana de Recalde, en que iba el Maestre de campo Isla, y las
tres galeazas.
Este dia muy tarde se descubrió Inglaterra, y á los 30 des-
cubrieron los de tierra de Inglaterra nuestra armada, é hicie-
ron muchas ahumadas; y estando ya junto á Plemua, entró un
pataxe á reconocer nuestra armada. Diéronle caza el capitán
Ojeda y otros, pero escapóse, y entró en Plemua con gran
ligereza^ y al anochecer se descubrió á sotavento el enemigo
amainado. Mandó el Duque que la armada se pusiese en orden
de pelear, y el alférez Juan Gil, que en una pinaza de remos
fué á tierra á traer algunas personas de quien tomar aviso,
hízolo, y tornó á media noche con cuatro ingleses , que siendo
examinados cada uno por sí, dijeron que en Plemua, á seis
leguas de la armada, estaba la armada de la Reina con 60 velas,
de que era General el Almirante, y que después habia venido
Francisco Drac, y que no sabia con cuántas. Al amanecer apa-
reció la armada enemiga por la parte de la mar, con el viento
212
en so favor, con 60 naves en ala, y la nuestra estaba repartida
en tres caerpos.
La vanguardia llevaba D. Alonso de Leiva, la batalla la
Capitana, y la Almíranta la retaguardia. Don Alonso caminó
contra la Capitana enemiga, y se cañoneó con toda la armada
enemiga que fué cargando sobre el galeón San Mateo^ en que
iba el Maestre de campo D. Diego Pimentel, que procuró abor-
dar la Capitana^ y lo mismo Juan Martinez de Recalde con la
retaguardia, sin tener por entonces más ayuda que de la nave
Oangrifiy y habiéndose cañoneado muy bien, el enemigo se
alargó dejando mal tratado el galeón Almirante de un caño-
nazo en el árbol de trinquete. Viendo el Duque que el enemigo
tenia ganado el viento, y que no pedia hacer mdnos, caminó
su viaje, y á la tarde la mar se comenzó á levantar demasiado,
y D. Pedro de Valdés embistió con la nave Santa Catalina que
le rompió el bauprés, en el cual tiempo se encendió fuego en
la Almiranta de Oquendo en la pólvora, que voló la mayor
parte de los soldados y marineros, y no habiendo quien matase
el fuego se iba la nave la vuelta del enemigo. El Duque mandó
que la socorriesen, y así se hizo, y al mismo tiempo se le rom-
pió el árbol de trinquete á la nave de D. Pedro de Valdés. Pro-
curó el Duque socorrerle y darle cabo por su persona, y no
pudo por la mucha mar, y así tomó su camino, siguiendo el
parecer de Diego Flores, á quien el Duque llevaba en la Capi-
tana por ser muy experimentado, el cual dijo que era poner á
peligro toda la armada, estando en el estado en que se hallaba.
En 1.^ de Agosto mandó el Duque al D. Alonso que se pa-
sase á la retaguardia, porque Recalde pudiese reparar la Almi-
ranta de Oquendo, que era la que se encendió, que se iba á fon-
do, habiendo sacado la gente y el dinero de Su Majestad. Este
dia llegó el enemigo á cañonear nuestra armada, y el Duque
envió al alférez Juan Gil á avisar al Príncipe de Parma del pa-
raje en que estaba. A los 2 de Agosto en el paraje de Orlan
calmó el viento; antes de amanecer mandó el Duque á D. Hugo
de Moneada que embistiese con las galeazas al enemigo y
tomar alguna nave. Hízolo; pero refrescó el tiempo y no pudo
213
hacer presa* Halldse la Capitana del Duque apartada de la ar-
mada con las galeazas, y el galeón Santiago en que iba el
Maestre de campo de los portugueses^ Antonio Pereira^ y que
guardó muy bien su puesto en todas las ocasiones.
Comenzó el. Duque á mejorarse con estos bajeles y mandó á
la armada que le siguiese. £1 enemigo, viendo que nuestra Ca-
pitana llevaba ganado el viento por parte de tierra, dio bordo
por la parte de la mar, y nuestra armada quedó contenta, pen-
sando abordar al enemigo al tornar. Don Alonso de Leiva cor
su nave y con la de D. Alonso Luzón, y el galeón de D. Fran
cisco de Toledo y nasres levantiscas, hizo gran fuerza por llegar
al enemigo, y el galeón de Bertandona y el de I7orencia en
que iba Gaspar de Sosa, y el galeón iSan Juan en que iba Don
Diego Enriquez y la Capitana de Oquendo llegaron muy cerca
de abordar, y Bertandona lo pudo hacer si se contentara con
menos que la Capitana. Luego comenzó el viento á mejorarse
al enemigo, y así se fuó saliendo de nuestra armada y tornó
sobre ella, y se comenzaron á cañonear desde lasaseis de la ma-
ñana hasta las cinco de la tarde. Avisó D. Diego Flores al Du-
que que corria peligro el quedarse algunos navios entre los
del enemiga, que seria bien que la Capitana virase, y así se
hizo, y vino á estar sola, haciendo frente á toda la armada ene-
miga, sin poder ser socorrida por largo rato, cañoneándola
reciamente; y ella respondió de manera que aún los de más
lejos se le allegaron menos. Este dia se acabó de ver que era
imposible abordar no queriendo el enemigo, pues pudo embes-
tir en sola la Capitana. Vióse también la ventaja que tenia el
enemigo no llegando á las manos, por la ligereza de sus naves,
que eran pequeñas y muy ligeras, y más artilladas y de más
larga artillería.
Quedó el Duque mohino de lo mal que se hablan enmenda-
do muchas naves, desamparando el primer dia á Juan Martínez
de Recalde, no se curando los navios en que habia algún caba-
llero ó persona tal de hacer su deber. Para remediar esto, orde-
nó el Duque, con parecer de D. Francisco de Bobadilla, que
los Sargentos mayores anduviesen por la armada en patazes
214
para ver cómo guardaba cada uno su puesto. (Los capitanes
que tenían naves propias, por no las perder, huían y se retira-
ban del peligro.) A los 3 dé Agosto tornó Juan Martínez de
Recaído á cobrar su puesto, habiendo reparado su galeón, y al
amanecer pareció la armada enemiga muy cerca de la nuestra
con mayor número de navios, porque cada dia se le iban
llegando de Inglaterra, Gelandia, Holanda y otras partes, y
acometió por la parte de Recaído, cañoneándose con él y con
D. Hugo de Moneada y sus galeazas, una de las cuales dio un
cañonazo en la entena de la Capitana mayor, que la echó
abajo, con que el enemigo se retiró.
A los 4 apareció la hurca Santa Ana junto al enemigo;
cañoneáronla fuertemente y acercáronsele tanto, que pudieron
aprovecharse de la mosquetería y arcabucería y venir á las ma-
nos, con que se entretuvo hasta que D. Hugo con sus galeazas
la sacó de entre los enemigos. Dio también el enemigo sobre
el galeón iSdn Luis, en que iba el Maestre de campo D. Agustín
Mejía, que estaba apartado de nuestra armada. Hizo rostro de
manera que se le apartaron; después cargó sobre la Almiranta
y Capitana, á quien socorrió valerosamente Oquendo, como lo
hizo en toda la jornada con grandísimo cuidado. Alargáronse
los enemigos llevando su Capitana muy maltratada de caño-
nazos que la dio Oquendo, y el Duque cargó sobre ella con su
Capitana y Recaído con la soya, y teniéndole muy apretada,
refrescó el tiempo, con que se escapó, y el Duque recogió su
armada y siguió su viaje.
Envió el Duque á la tarde al capitán D. Pedro de León de
junto á la isla Duíc, al Príncipe de Parma, avisándole del pa-
raje donde estaba, y pidiéndole cantidad de balas, por haber
gastado muchas. A los 5 de Agosto se hallaron las armadas
en calma: despachó el Duque al piloto Domingo Ochoa,
pidiendo al de Parma cuarenta ó cincuenta navichuelos de los
que tenían en Dunquerque, para probar con ellos, por ser tan
lijeros, y para que representase el peligro que corría, si con
brevedad no se juntaba con él, sospechando que el de Parma
ni estaba aprestado, ni en Dunquerque, pues ni acudía ni
215
hacia recado ninguno, ni D. Rodrigo Tello que habia ido á él
á los 25 de Julio á solicitarlo, no tornaba. (Que fué mala señal.)
A la noche refrescó el tiempo y nuestra armada caminó hacia
Calés.
A los 6 amanecieron las armadas muy juntas ; pero no lle-
garon á tirarse por ir la nuestra en popa. A medio dia descu-
brió naestra armada tierra de Francia, y á las cuatro se halló
una legua de la barra de Calés. Dio el Duque fondo allí, porque
el viento y marea no le ajase y no pudiese tomar puerto donde
esperar al de Parma. La armada enemiga se acercó á la nues-
tra con 80 velas más que antes , que se le juntaron aquella
tarde de las tierras dichas , en que eran todas 130. A los 7 sa-
lieron el Veedor y Provedor á Calés á comprar provisiones, y el
mismo dia llegó D. Diego Tello con respuesta del de Parma, di-
ciendo que habia recibido gran contento con la venida de la
armada, pero que quedaba en Brujas, y que no iba tan ade-
lante en lo de Dunquerque como él pensaba, porque no habia
comenzado á embarcar gente, municiones ni bastimentos.
Vista esta respuesta, á los 6 envió el Duque al de Parma
persona á quien tuviese respeto para que acudiese luego, pues
la armada no era posible detenerse tanto (envió á D. Jorge
Manrique, que le aconteció lo dicho en el cap. 25). Recibía
carta el Duque este dia del de Parma que no se podia juntar
con él en quince dias. Aquella noche echó el enemigo los ocho
navios de fuego. Llevólos la corriente del mar para nuestra ar-
mada, que cortando aprisa las amarras se desvió, y con el al-
boroto y mucha corriente embistió la galeaza Capitana con una
nave, y desapareció, descayendo á la parte de tierra. Tornó el
Duque á dar fondo donde antes, é hizo señal que la armada
hiciese lo mismo, y porque estaba desbarada, acudió á reco-
. gerla; pero el ciento y corriente no le dieron lugar. Cargó el
enemigo sobre nuestra armada; y al Duque pareciéndole que
si caminaba contra ella habian de dar todos en los bancos y
perderse, se determinó de resistir é ir haciendo rostro.
Acercóse el enemigo y comenzó á cañonearse con la nuestra
á grandísima furia, sin cesar desde el salir del sol hasta la
216
tarde (basta las tres); no se hallaron con la Capitana sino el
galeón iSan Mateo, en qae iba el marqués de Peñafiel, y el
galeón San Juan, en que iba D. Diego Enriquez; llegáronse
tan cerca, que San Martín y San Marcos tiraron arcabaceria.
(En ésta murió D. Pedro de Mendoza y D. Felipe de Córdova
de dos balazos en el galeón San Marcos J A las tres de la tarde
se fué el enemigo apartando de la Capitana, y el Daqae socorrió
al galeón San Mateo , con tener su galeón maltratado de caño-
nazos, en que iba D. Diego Pimentel, y i jSan Filife y á la
Veneciana y otras naves, con que el enemigo las dejó y cargó
sobre los galeones de D. Diego Pimentel y de D. Francisco de
Toledo y de D. Diego Enriquez, y los dejaron hechos pedazos
con la artillería, y muerta y herida casi toda la gente. Envió
D. Diego Pimentel á pedir pataxes al Duque para librar la
gente y lo que el galeón tenia, y buceó para ver si se podia
reparar, y así salvó el dinero y gente, y él no quiso salir del
pataxe, y viéronlo ir al anochecer la vuelta de Zelanda, y no
se supo más del. Don Francisco de Toledo , viéndose perdido,
abordó con la urca Doncella^ y pasóse á ella con toda la gente,
y diciéndole que hacia mucha agua y se iba á fondo, se tornó
á su galeón diciendo que si se habia de perder que más quería
perderse en él, y tomó la vía de Zelandia y no se supo más del.
El D. Diego Enriquez se dio tal maña, que se reparó y siguió
la armada. A los 9 amaneció nuestra Capitana con solos seis
navios, y la armada una legua adelante, y el enemigo cerca:
halláronse los nuestros cerca de los bancos, y los enemigos,
aunque hicieron muestra de embestir nuestra armada, no lo
hicieron, viendo que se iba hacia los bancos con el viento,
donde de fuerza se habia de perder; pero tornó el viento, y así
salió nuestra armada de allí y navegó la vuelta del Norte.
Tomó consejo el Duque con D. Alonso de Leiva y Recaído,
D. Francisco deBovadilla, Diego Flores y Oquendo si torna-
rian á España, pues no se podian ya tener más, ó por sobre
Escocia. Fueron de parecer que no , pues estaban maltratados
y con falta de municiones,* y, finalmente, el Duque se resolvió
en que sí; pero llevándolo el viento á Escocia, el enemigo
r
217
Ixxégo acometió, estando nnestra armada desbaratada, caminan-
do sin esperarse unos á otros , que parecian huir, sio poder el
Duque juntarlos. Finalmente, viendo el enemigo que nuestra
armada pasaba del comienzo del Escocia, se torció, habiendo
siempre recibido mucho daño y echándole á fondo muchos na-
TÍos^ y muerto mucha gente : tornóse con esto la armada á Es-
paña sin tocar en Escocia , por tener Escocia paces con Ingla-
terra; de manera que el de Parma tiene toda la culpa de tor-
narse sin hacer su hecho, con estar muy proveido de Su Majes-
tad y avisado, y ¿1 haber enviado á Su Majestad muchas veces
que estaba á punto , con todo lo que en esta relación se ha di-
cho, que en lo que toca á las refriegas es verdadera, cargan
mucha culpa los capitanes y caballeros y soldados al duque de
Medina, que pudiera si quisiera seguir el consejo de D. Alon-
so de Leiva, Juan Martínez de Recaído, Oquendo, Bertandona
y otros, apoderarse del enemigo y de su armada una noche que
tuvo el viento por suyo y se halló con mucha ventaja. Plutar-
co, en sus Apoteósiéf dice que Cabrias decía: Formiiabilius esú
comorutn aquem, duce léeme, quam leantm, ceruo duce.
218
CAPÍTULO XXVIL
DEL MISMO BET DON FELIPE, T COSAS DESTE TIEMPO.
No acaban los capitanes, caballeros y todos cuantos se han
hallado en esta jornada contra Inglaterra de quejarse contra el
duque de Medina, de no haber hecho su deber, notándolo de
tímido, cobarde y poco ánimo y de mal consejo, y de no haber
sido para tomar tierra en Inglaterra pudiendo, y hacerse señor
del enemigo, como se acaba de decir, ni para á lo menos tomar
puerto en Flándes y esperar allí á lo que Su Majestad le man-
daba hacer y aguardar á que el de Parma se aprestase ; pues
ha sobrado tiempo, y tal, que ha hecho lindo Otoño y Estío,
con que ha arruinado mucho la gran fama de España y sus fe-
lices sucesos , y menguado la gran reputación de sus pasados,
y causado temor acá y á los enemigos osadía , y dejado muer-
tos muchos caballeros y perdidos á cañonazos y de hambre,
que no habia dia que no echaban á la mar trece <5 catorce que
morían de hambre, lo cual se excusara tomando allá tierra en
un Cabo ó en otro. Es lástima oir las cosas que cuentan , y por
no tomar tierra en un Cabo ó en otro y hacer aguada , morían
de sed, y echaron á la mar los caballeros, que eran muchos y
muy buenos, y las muías, etc., que es gran pérdida; y si lo que
todos los que en este yiaje se han hallado (dicen) es verdad, no
ha habido capitán más cobarde en el mundo , pues se metia
entre sacas de lana en las refriegas, y hacia que navios lo
guardasen.
Ha sido el sentimiento que España ha hecho y hace de esta
caida de su fama, que no se puede creer, y la saña que al du-
que de Medina ha cobrado, con que ha destruido la gloria de
sus pasados y casa, y la de D. Juan Alonso de Ouzman el
Bueno, que la fundó, que aún no fué para dar traza y enviar
barcas ó bajeles á algún rio de los muchos que por aquellos
210
maree hay, y hacer agnada, ni para desembarcar, ó llevar su
armada á los puertos de Flándes , donde tantos hay, y esperar
á que el de Parma se aprestase, pues estuvo tan cerca de Flán-
des en la costa de Calés, adonde se siguen hacia Levante en
Flándes luego los puertos siguientes ^.
Estaba Su Majestad informado bien de las cosas del duque
de Medina antes que desembarcase en Laredo; y después,
queriendo el Daque ir á la Corte, le mandó Su Majestad ir á su
casa, no lo queriendo ver ni oir, y así se partió para ella. En-
tró en Valladolid á 10 de Octubre, á las cuatro del dia, muy
destapado y sin máscara , como si tornase triunfante. Aposen-
tóse en el huerto perdido en un mesón , que aún no fuó para
hacer recado á algún señor ó caballero de los muchos que hay
allí para aposentarse , y la primera cosa que pidió á la huéspe-
da fué preguntarla si había cuellos de cadeneta , y así se los
buscó, y que regalase á sus criados. Visitáronlo algunos caba-
lleros, y el marqués de Poza le preguntó cómo no habia hecho
lo que tantos capitanes lo aconsejarian, y todo fué disculparse
diciendo que Su Majestad le habia mandado que siguiese en
todo el consejo de Diego Flores, aunque todos votasen lo con-
trario, y que así lo habia hecho no mirando que si Su Majes-
tad allí se hallara mandara lo contrario, pues era deshacer el
enemigo con seguro. Otro dia de mañana cavalgó en un ma-
chuelo, llevando consigo siete machos cargados de riquezas y
cinco con dinero , y descubierto y por medio de Valladolid,
porque se vea si le faltaba á este avariento dinero , que escri-
bió lo contrario á Burgos , Valladolid y Palencia. Estuvo toda
la noche la calle llena de picaros, que le dieron la baya dicien-
do: «Drac, Drac, que viene Drac,» sin cesar.
Con venir tal, ha puesto á España en tal afán, que Su Ma-
jestad en las Cortes que en Madrid celebra y junta de Grandes,
pide al Reino 14 millones, y 50.000 hombres, y se trata que por
pillas (He) le sirvan con soldados, fuera que aposentan los sol-
Sigue la descrípcioD de los puertos de Flándes, que omitimos por dcroajija-
)nocfda.
4
do conocfda.
220
dados por las tierras de él, y á Antonio de Gnevara^ natural de
Segovia y de Jangnitu de Álava, que fué el Proveedor de la
armada, manda Sa Majestad venir á su casa, y ha puesto otro
en su lugar. Trajo el Duque 3.000 enfermos y heridos; socorri-
dos bien de Burgos y Valladolid, por mandado de Su Majestad,
como queda dicho, con 12 cargas de vino de Alaejos, 12 de azú-
car blanca y en polvo, dos de raíces de lengua buey y escorzo-
nera, 400 frazadas, 40 arrobas de bizcochos, 20 de rosquillas,
pasas, almendras y otras cosas, con mucha cantidad de botica,
dos cirujanos y boticario, 3.000 pares de calzas y muchos som-
breros y paño para ropillas, con que fué el Mayordomo de la
villa de propios con 60 acémilas cubiertas de reposteros colora-
dos con las armas de la villa, y todo dentro de tres dias. La fe-
cha de la carta del Rey es á 1.** de Octubre, á la muy leal villa
de Valladolid, al concejo, justicia, regidores, caballeros, etc.
En este tiempo desembarcó en la Coruña Juan Martínez
de Recaído con su galeón y mucha parte de la armada, y fué
vencido Mr. de Yandoma en Francia, por Mr. de Guisa: perdió
Vandoma 4.000, y él salió muy herido, y dícese que mnrió.
Vino con Recalde Martin de Bertandona. Esto de Yandoma es
rumor, y hasta ahora fabuloso todo, como otras muchas cosas
que han venido por vía de Francia, cómo que el Almirante de
Inglaterra y Drac fueron vencidos en isla Duíc y Antena y
presos por el duque de Medina, y tomada Antena, y otras mu-
chas patrañas que á la llegada del Duque en la costa de Ingla-
terra se sembraron, etc. El daño de nuestra armada ha sido
muy grande, pues ha perecido mucha gente y nobleza, hun-
diéndose muchos navios con mucha gente. Antes de llegar á
la rada de San Juan, á la parte de Calés, se fué á fondo el ga-
león San McUeo en que iba D. Diego Pimentel que se escapó en
una barca- y se fué á Calés, en que se perdió mucha gente; y
la galeaza Real, en que iba D. Hugo de Moneada, dio, mal tra-
tada del enemigo, en los bancos de Calés, adonde murió pelean-
do el D. Hugo con otros; y otros salieron á Calés, adonde el
Gobernador desde el castillo defendió la galeaza que no la lle-
vase el enemigo, y envió á la armada algunas provisiones.
221
Cerca de estos bancos se vio el cobarde Duque, así lo lla-
man los capitanes, tan acobardado y medroso, pareciéndóle
que allí habia de perecer, que se quiso dar al enemigo y estuvo
ya á punto de enviarles una sabrá; pero resistieron los capitanes
ya dichos, y sobreviniendo viento, se hizo á la vela, llevando
el viento la armada la vía de Bscocia, que no fué para tomar
tierra en Flándes, pudieudo. Hundióse el navio del Maestre de
campo D. Francisco de Toledo, hermano del conde Orgaz; sal-
vóse él que salió á Neuport con otros muchos; pero ahogóse su
sobrino D. Lorenzo de Mendoza, hijo segundo del conde de
Orgaz, lindo mozo, con otro primo suyo. Hundióse otro navio
á la tornada que hizo la armada del Duque por sobré Escocia,
entre Inglaterra é Irlanda, yendo á tomar puerto en lo más
bajo de Irlanda, dando en unos bancos. Era este navio de los
Pasi^^* Perecieron todos los que iban en él, que eran 700 y
su propio dueño, y han perecido otros navios yéndose á fondo^
que hacian mucha agua y eran viejos.
AÜrmanme los capitanes y soldados que he visto la mucha
cobardía del Duque, y que D. Alonso de Leiva, arrimándose á
su galeón dijo en alta voz : «¡Cuerpo de Dios, que nos ha dado
Su Majestad un hombre para la mar, que no sabe aun andar
por tierrab y otras cosas á este tono; y que Oquendo, allegán-
dose, también al galeón del Duque^ dijo: «Ea, gallinas, alas
almadrabas, á las almadrabas á pescar atunes, pues no sois
para pelear:» motejándolo, y á sus andaluces, de cobardes y
que no sabian ni eran para más que para pescar atunes en las
almadrabas del Duque; y asi llamaban al Duque gallina, y á
los andaluces gallinas, y á los soldados los dijo que echasen
en la mar al consejo del Duque, que eran Diego Flores de
Yaldés, y que luego se baria bien la guerra. Hizo proceso el
Duque á Oquendo, enviólo á Su Majestad, leyólo y -sonrióse.
Dicen los capitanes que el Duque siempre andaba huyendo, y
que no le podían hacer acometer, y que el enemigo andaba en
un patax muy solicito animando i los suyos como valeroso ca-
pitán, etc.
Algunos excusan al Duque de haber venido por sobre Es-
222
cocía, diciendo que el viento le era contrarío para tomar por la
Canal, y que la corriente del mar le era contraria; pero claro
es qae pndo tomar tierra en Inglaterra á su salvo y aguardar
tiempo á proveerse , y que hoy estuviera allí apoderado, que-
riendo, y que el Duque de Parma, de quien se sabe que es
enemigo de España, de propósito faltó. Perecieron más de ocho
mil por esto.
Dicen más, que si el Príncipe de Parma acudiera siquiera
con 20 velas, con el ánimo que dieran, fuera cosa fácil apode*
rarse de Inglaterra, y que invitaban los nuestros á los ingleses
á que viniesen á abordar^ y que alzaban el dedo blandeándolo,
haciendo señal que no querían; y que el Duque daba 50.000 du-
cados, porque lo sacase á tierra, á un piloto que no lo quiso
hacer. Llevó una bala la cabeza á D. Felipe de Córdova. Vino
el Duque muy cano, habiendo ido sin canas, señal de gran
miedo. Finalmente, veo que todos condenan al Duque y echan
la culpa de haber tomado sin hacer la armada su hecho y
haber perecido tanta gente y riqueza, y lo mismo á los Pro-
veedores, Veedores y Oficiales de Su Majestad, en no haber
hecho las necesarias provisiones de mantenimientos y muni-
ciones, y lo necesario para el tiempo que Su Majestad les orde-
nó, con que morían cada dia de sed y hambre tres ó cuatro á
ojos vistas en cada navio, y con ser tan pocos los días que se
hallaron en refriegas con el enemigo, les faltaron las pelotas
y pólvora al mejor tiempo, y con enviar el de Parma un navio
de pelotas y pólvora; y es cosa miserable oírles contar las mi-
serias que pasaron, y como vendían sus ropas por tragos de
agua, con que han venido desarropados y desnudos los más.
Por no tener nuestra armada suficientes municiones para
tornar por la Canal pQr donde fué, se tornó con gran trabajo y
peligro por sobre Escocia, como se ha dicho, y continuamente
van creciendo las quejas del Duque y Oficíales, y dicen tantas
cosas los que han tornado, que dan tormento el oírlas, y sin
duda está toda España tan indignada y penada y afrentada
cuanto jamás, y creo no lo está menos Su Majestad, que es la
cabeza y el corazón que siente estas cosas, y ofensas y agrá-
223
vio8 qae se le han hecho, como es razón. Añrman nuestros sol-
dados que el enemigo no tenia en su armada gente de pelea,
sino artilleros y marineros, y tan poco diestros los artilleros,
que de mil pelotas que tiraban casi con ninguna acertaban á
nuestros navios, y que de los muy muchos que han muerto no
mataron ni hirieron 500. Ha estado Juan Martinez de Recalde
á la muerte de tabardillo, de quien dicen que lo ha hecho vale-
rosamente, etc. Dicen que el I). Pedro de Valdés se perdió por
haber dado en su navio golpe un navio vizcaino que lo trató
mal, con que no pudo navega, y el Duque no le socorrió como
se ha dicho
Mucho loan á Oquendo de gran mareante, y que así me-
neaba su* navio, qae era el mejor de la armada, como si fuera
un caballo lijero. Esta nao se quemó en los Pasajes;, nuestro
Oquendo, por haber tirado una pieza de artillería estando la
trampa de la pólvora que sacaban, abierta, que se encendió
con una centella, y voló 130 personas entre soldados y mari-
neros y 78 piezas de artillería. Afirmanme todos, que el ene-
migo tenia cuando el Duque entró en la Canal de Uchente re-
partida por los puertos su armada^ y que el Almirante y Drac
estaban con cuarenta y tantas velas en Plemua, y que pudo
cogerlos allí, como con protestas se lo pedian^ con que se apo-
deraba de las fuerzas del enemigo, y no aprovechó con él, y
asi el enemigo no tuviera lugar para juntar sus velas, en es-
pecial no habiendo en la armada enemiga sino artilleros y
marineros, con que juntándose toda, andaba con la poca carga
tan lijera que acometía y huía amenudo, que fué gallardo ardid
de guerra. Quedaron nuestros capitanes mohínos, afligidos,
penados y despechados del mal consejo del Duque; que Oquen-
do, como se ha dicho, murió de pena y tristeza, sin querer ver
ni á su mujer, sino solo á su confesor; y Juan Martinez de Re-
calde cayó malo de terrible tabardillo, y hasta ahora no sabe-
mos de D. Alonso de Leiva; dicen que está preso en Inglater-
ra, y debe ser verdad, pues estamos en Noviembre y no sabe-
mos de ¿1. Quéjanse los que fueron en nuestra armada de Su
Majestad, por haberles dado por cabeza á quien nunca fué ma-
reante ni en tierra probado^ y sospechan qne envió la armada
no más qne para poner miedo al enemig^o, y qne Celanda y
Holanda se le rindipp^^ye^.y ei|[ íJP^Pf ^lyODiengañar. Algunos
soldados defienden al Daqoe en machas cosas que lo culpan, y
en el|qfLpij;alp^.29. se. potodré s¡i dia? «Ipia^ . . : ^ ^ . u- ^ ' i/ . «
} '..'-•n: I-', i>|- J.
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225
CAPÍTULO XXVIII.
DEL MISMO RBY DON FBLIPB H, Y COSAS DESTE TXEU90.
Mario Jaan Martínez de Recalde , Almirante general de la
armada, á qaien capo la retaguardia en las peleas qae quedan
dichas en el cap. 26 , y el que sufrió al enemigo , que se-
guía la armada, de tabardillo en la Corana en fin de Octubre,
y es cierto que hubo día que el enemigo tiró 5.000 balas , aun-
que nunca hizo daño que se pudiese estimar, como en el ca-
pítulo 27 se ha dicho; y aunque acometía muchas veces ca-
ñoneando; pero en haciéndole tantito de rostro huía cielo y
tierra, y jamás acometió por delante, y siempre que quería se
escapaba por tener los navios muy veleros y ligeros, como se
ha dicho: también es cierto que si el Duque quisiera aprestar
con él , lo pudiera coger con 60 navios , y junto á la isla Duíc
dudó ganar la Capitana enemiga estando encalmada, sí hubie-
ran con más cuidado acometídola antes que con el viento que
sobrevino se huyese, que fué gran pérdida perder tan buenas
ocasiones. También es cierto que el Duque pudo tomar puerto
en Flándes, pues barloventeaba, escaramuceaba^ remolcaba y
acometía la armada y andaba'á la bolina y á orza; pero el Du-
que no veía la hora de huir del enemiga y tornarse á España,
y así dijo que si al martes siguiente no se le juntaba el de
Parma, se tornaría, sin esperar más, como lo hizo. Dijo esto el
domingo antes del martes dicho; y pues salieron bajeles de
Calés á venderle vituallas , y se tornaron , cierto es que pudo
tomar puerto. La prisión de D. Pedro de Yaldés y de los suyos
fué por no enviar el Duque bajeles en que le salvasen , que lo
pudo hacer, aunque envió bajel para el D. Pedro, el cual no
qniso salir, sino ser cautivo con los suyos, y así se dio al ene-
migo , visto que no se podía defender (y, á lo que se cree, sin
pelear, porque no había para qué , pues no le había de aprove-
ToMO LXXXI. 15
226
cbar). Está muy bien tratado en Inglaterra. También es cierto
qae el enemigo echó con el corriente del mar en forma de lana
los ocho naTÍOB dé fiíegt) bien artillados, con solas Telas de
trinquete , que caminaron contra nuestra armada , disparando
su artillería y quemándose. Nuestra armada cortó á furia las
amarras y se salvó del fuego; pero perdiéronse y quedaron
allí más de 60 áncoras, etc. Tomóse el Duque, pudiendo re-
hacerse en Flándes y proveerse, y pudiendo vencer y salir con
honra, fama, vida y salud , reclamando y resistiendo todos los
Capitanes y armada que venían dando voces : «Gallinas, ga-
llinas, ¿á dónde huís? Gallinas, tornad, etc.;» con que zaherían
al Daque y á los de su opinión.
Y Miguel de Oquendo, que se mostró como un Héctor, dijo
al Duque: «Señor Duque, ¡huímos, huímos!;» Y el Duque le res-
pondió: «Mentís.» Iba Oquendo voceando: «[Gallinas, á las al-
madrabas!» como queda dicho en el cap. 27. Tornaron estos
valerosos Capitanes renegando con el Duque, rodeando á In-
glaterra, Escocia é Irlanda, por el mar frigidísímo de Noruega,
adonde pereció de frió mucha gente , por ir desnuda, habiendo
jugado y vendido lo más de la ropa para remediarse, y también
por jugar, vicio de soldados. Las velas que han venido son más.
de setenta, y aíín no se sabe dónde está D. Alonso de Leiva, ni
con cuántas velas está, aunque dicen que está en Escocia. Juan
Martínez de Recaído se apartó con temporal del Duque en Ir-
landa, adonde pidiendo agua y carne y provisiones, y respon-
dióndole que no se la darían por miedo de la inglesa, si no la
tomaba por su lanza, echó gente en tierra, y por fuerza se
proveyó. Halo hecho, según todos dicen, valentísimamente en
esta jomada.
Cuando la duquesa de Medina supo que su marido estaba
proveído por General , le dijo que no lo aceptase , pues era du-
que de Medina, y por bien que le sucediese no habia de ser
más que duque de Medina, y si mal le sucedía, perdía su repu-
tación, y á el Almirante le dijo cuando tomó y Su Majestad
le mandó irá su casa, que los Capitanes que España habia te-
nido no tornaban con la vida y sin vencer, etc. No entró el Du-
227
que en Sevilla , 6 hizo bien. Muri<í^ como me lo certiñcó quien
presente se halló, el marqués de Santa Crus (cuya muerte , y
no usier él Qeneral desta armada ha causeo estos daños), de
pesar de pna carta qqe Su Majestad le escribió en respuesta de
otra auya en que pedia á Su Migestad que no le diese á él or-
den, sino 4 los del Consejo que habia de lleyar, y que le díe^e
más navios y dinero< Respondióle que los del Consejo de Guerra
decían qi^e pedia goUeríaSi y que sobraban los navios y dinero
q^e la armada tenia, y que si no queria ir con esto que él pro-
veeria de otro. Como el Marqués supo que estaba proveído el
de Medina, dijo, estando ya malo de pena: «¡Oh mala guerral
etcétera.» Y así murió despechado y triste. Llevaba el Duque
en su galQon 600 hombres, los mejores y más experimentados
de toda la armada, escogidos de todas las compañías, dos de
cada una , y tomando juramento á los Capitanes que aquellos
eran los mejores. Certificáronme más, que su galeón iba tan
fortificado^ que sólo se podía tener con toda, la armada enemi-
ga, porque iba aforrado por de fuera con cuartones^ y después
con cuatro órdenes de sacas emprensadas que podian resistir
cualquier pelota y acometer cualquier cosa,* en especial que no
habia navio en nuestra armada que no se pudiese tener con
cuatro enemigos, por ser pequeñas y ñacas y sin gente de
guerra, con que pudo tomar tierra á pesar del enemigo, que
siempre qae le hadan rostro huía. Dícenme que el Duque es-
taba concertado con su piloto que lo alejase siempre del pe-
^íSf(>»y creerse puede, pues tal anduvo que huyó del ene-
migo , que huía del, y vino por donde vino, pudiendo tornar
por donde fué, como los Capitanes dichos, muertos y vivos,
se lo pedían. Vinieron cuando el Duque vino 75 velas, fuera
de las que vinieron con Juan Martínez de Recaído, de quien
un Capitán en Vitoria, habiendo buen rato loado y excusado
al Duque, dijo al íln: «y pluguiera á Dios que nunca hubie-
ra nacido, pues pudo junto á la isla Duic coger la Capitana
enemiga, y por aguardar á tomar consejo, se libró, sobrevi-
niendo el viento, como se ha dicho, y después pudo una noche
coger y vencer la armada enemiga, y no darnos la afrenta que
228
nos ha dado.:^ Envió el duque de Medina & Su Majestad i don
Francisco de BobadiUa, Maestre de campo j gvAn BoUaáo^
desde Santander , con la iréla^loü del.eap. 26, d cual, loando
al Duque en que se habia portado muy bien 7 en todogfoarda-
do el orden que^te habia dado, y lo mismo mi Goaiteje-4e G«Br-
ra, dijo Su Majestad: «To no'dí'órdeii alDuque itiésuGonse^
jo para que huyese y tornfára huyendo^» 'Murid el D; Francis-
co de ahí á pocos días, y dicen que «de pena desta respuwita.
Tuto cercada el Príncipe de Parma á Borgas; OamSIa -á^paN
tido en fin de Octubre, y eldtiq^re dé Saboga al mistno tiempo
ganó, por orden de Su Majestad, el marquesado de Saiocio enel
Piamonte, que habia afios era áei Francia; y no le Mtaton ra»
sones á Su Majestad, pueS él francés tenia tramado oim:las Es-
tados de Flándes que, salido el de Parma con su armada' ton-
tra Inglaterra, se rebelasen; lo cual, entendido, n<s salid , con
que no hubo efecto la Jornada contra Inglaterra. Tanta <é6 la
pena que Francia»tiene que E^áña crezca.' Atóse tabto el Du-
que á la letra de la orden que le dio Su Majestad, qtie echó
fuera )a virtud y esfuerzo de la 1, y sé abrasó coli* sola la
certera dé la letra, excluyendo fuera su espíritu y entendió
miento (Uíera ocoidtt^ etc.) Era el marqués de Saluaio un franj-
ees hereje, y lo cierto es que el Rey dé Francia no tenia tnrtos
con Flándes contra Su Majestad, y que á éste por ser hereje
le ganaron el estado. Adelante se dirá de esto; y la raxon por
qué el de Saboya tomó este Marquesado, ñié por que era de su
patrimonio y el Rey lo traía eb venta, y lo gobernaba este be-
reje. Habíalo usurpado el Rey Francisco I.
Hánle venido al R^ Don Felipe, nuestro^Sefior^ déla India
el Otoño deste año de 1688^ dos niillones y medio, ftiera de lo
que vino para particulares , mucha cosa de especería^, pedre**
ría, etc., y otras cósas que de allí suelen venir, y k^azabnis
que envió á la armada que venia de las Indias le trajeron búa-
tro millones, y más otros dos de otras rentas, fuera de lee que
vienen para particulares y mercadería. Déle el Reino cinco mi-
1 Hay un blanco eo el original de donde se ha copiado e0Íe docomenlo.
239
lUmeB, que éL ha pedido para las guerras coatra Inglaterra.
Sevyia le baldado j oteo míllw y perd9oa4<> otro, quei le de-
bia^^y se ha ofi^QtdD .eyoa s<^ persüBfiq y bienes,. I^isboa le ha
dado otromUloii. Toledo y Madrid le da^ á,cada 100.000 du-
eados; yíasí le dan otnos pueblos ¿ jgiesias «ricas otras cantida-
des gzandes de dineifo^.de manera qa9 á Su Majestad no le
falta dinero ni gente. Déle el Beino 40.000 hombres; la Señoría
de Yeaecift le ha ofrecido navios^ mareantes y gente en mucho
Dúipero; y lo xnísmo Genova jyi el I>aque d^ Fl^renciai el Papa
y otras fiotestaAss. fia dado fia Majestad ó. P. Jioaa de Cardo-
nay "valeíosay miiy> ejeroitado caballeí^: po^ mar y tierra, á su
cavgo la armada, qne vino oon el Duque, y así ^stá reforzán-
dala y 'podriéndola. en Laredo y Santander. Este entró en Malta
coa cuatro galeras de soeoirro^ teniéndola los Turcps ceírcada por
mar y tierra*
Ha<:heetiOtSa..MeJ€fitad al duque de Parma Comendador
mayor de Oastilla. Envidie 200.00P d^cad'osr para losi gastos de
la gnen;a en una ssabra qne fué á Flándes y vino en diez dias.
Resido ei duque- de Parma en Amberes> de donde gobierna los
Estados de Flándes; y el ejército, que es de 30.000 hombres
gobiernan el duque de Pastranay ¡el marqués de Amburech,
alemán^ deudo de &n Majestad , y e^tán labrando la estacada
en el rio^le Vergas para combatida, qiae aunque trató de darse,
comose ha.dicho qne se dié, no se ha dado. Están los españo-
les muy mal con el de Parma, como lo afirman los caballwos
que de allí .Tienen^ porque no estaba apreetade oon su armada
para juntarse con el de Medina, que ni su galeón estaba
apareátado;. y cuando fu¿' D« Jorge Manrique á que saliese^ es-
tabaf JBgando; y quéjanse del, que maliciosamente no estuvo
aprestado, y' por traer inteligencias interesales con el enemigo
y con losa quien pesa que España crezca tanto, y quizá con
los Esiados y Bey de Francia, y que si Su Majestad de allí no
lo quita ha. de .causar grandes disturbios, por ser italiano.
Ta queda dicho como los soldados españoles salieron de
Milán y ganaron el marquesado de Salucio para el duque de
Saboya, y la Mirándola y todo cuanto Francia tenia en Italia;
230
y los alemanes ganaron á Metz de Lorena y todo sa Ducado,
que había más de veinte años que el Rey Enrique II de Fran-
cia la había ganado por astucia al Emperador Carlos V, Rey
de España y ahora también la cobraron los tudescos con maña,
estando Metz descuidado. Entiéndese desto, que pues tales tiros
se hacen al Rey de Francia, que de secreto estorba al Rey de
España, sus conquistas, y consta que ha solicitado al Gran
Turco en faTor de Inglaterra, y que le convidó con puerto en
Francia, que nunca puede ni pudo tragar á España, ni jamás
guardó ley con favorecerla siempre, etc. Es el ducado de Lotena
cantón de Alemania, Flándes, Suizos y Francia. Este mismo
año de 1588 se anegó el navio de la Sosa con otros dos, que
era el mejor de Inglaterra, con tormenta, junto á San Jnan de
Luz y Fuenterrabía, con mucha cera y mercadería, y otros
navios se salvaron en el puerto. También se hizo pedazos un
navio bretón cargado de pescados. Perdiéronse cinco navios
ingleses. Estos navios fueron seis. *
231
CAPÍTULO XXIX.
DSL MISMO BET DON Vl^Ll?B, Y COSAS DESTOS AÑOS.
Cada día se yan entendiendo más los daños que causó el
duque de Medina en no seguir el consejo de D. Alonso de Leí-
va, Juan Martínez de Recalde, Oquendo y otros , no obstante
que tenia orden expresa de Su Majestad, la cual él mostró, que
en todo siguiera el consejo de Diego Flores de Valdés, á quien
echan la culpa de todos estos daños, para excusar con esto de
culpa al Duque, el cual no puede, á mi alcanzar, tener excusa,
pues tantos Capitanes prácticos en tan claras ocasiones de des-
truir al enemigo y apoderarse de tierra en Inglaterra que le
certificaban lo contrarío, empeñando sus cabezas si así no
fuese; y viendo él claramente que decían verdad, y así lo erró
mucho en no socorrer á D. Pedro de Yaldés, ni consentir que
fuese socorrido, obligándose á ello Oquendo con sola su Escua-
dra, por seguir el consejo de Diego Flores , que dijo: Fx pedU
est unus homo moriatur ne tota gens periat; como Caifas á Cristo,
y así fué preso el D. Pedro peleando hasta no más, y rasgando
la Encomienda del pecho y echándola hacía el Duque, pidiendo
socorro, etc.
Perdiéronse con él 50.000 ducados y gran golpe de espadas
doradas que el Duque llevaba para presentar á varios señores
de Inglaterra, y dinero que iba suyo en el navio de D. Pedro;
y así algunos culpan á Su Majestad por haber hecho General al
duque de Medina, y total consejo á Diego Flores; pero si bien
se mira. Su Majestad está bien ajeno de culpa: lo uno, porque
el Duque había dado muestras de valeroso Capitán los años pa-
sados en la conquista de Portugal y acometimiento de Drac á
Cádiz; y el Diego Flores de buena cabeza y consejo; y lo otro,
porque las leyes de los Príncipes siempre se entienden que se
han de guardar al pié de la letra cuándo y dónde y cómo con-
239
viene á la honra y provecho del , Pxíncipe ; su Bepi&blicay y
como las yirtudes de la prqdancU» justicia y epickeia, eic.| lo
ordenaren, j y Su Maje^t^d pp Qiqrto qup 9^i lo quisoí ni pudo
queref lo contrario, síepdo tan sabio como es, y que enijiende
bien el nervio de lai^ leyeíi, , ' , * • • *
Viendo el ejército de So Majestad qiue la vUla de Vergas,
que está siete leguas de, Arob^res^al Orieut^ del rio de Lándiret^
rio abajo, desviada del rio^ no, se tomaba , pidid, al duqui^ de
Parma q^ue allí estabaya^copio.á gobe^n^dQr 4^ F}áíid«# y Q^
neral del ejército^ que alzase elcerco^ y así lo hizo, y ,á Jareti^
rada saliendo los de Vergas, habiendo según cree el ejército,
trato doble, de que culpan al de PaDma^ por no tener. saiisAic-
cion que anda con sanas ípteuciones: mataron á los /^ capitanea
D. Ju^n de Mendoza y su Sargento, & D. Luis de Godoy y i
Crist<5bal de Mercado, hijo del licenciado Mercado, psye del
duque de Pastranan prendieron á P. Jend;QÍmo de.Moiidi)9a^ ¿
D. Cristóbal de Pisa y dos sobrinos sayos, al capitán D. Juan
de Mendoza, hijo de^ ponde de Castro, y &.su primo D. Fran-
cisco de Mendoza,* ¿ D. Gómez de Butrón, á D. Tristan de Le«*
guizamon^ á B. Francisco Palafóx, i D. Iñigo de Guevara y á
D. Alonso de Contreras, y otros muchos de menos cualidad
murieron y fueron presos y heridos. Salieron heridos de sendos
mosquetazos, el Maestre de campo, D, Sancho de Leiva., don.
Alonso de Mendoza y el capitán Ledesma. Echan la culpa del
trato y levantar el campo al de Parma, que dicen quei noiesfiel
á Su Msgestad; ya, Dios sabe la verdad: no <an indicios para
ello.
Cuando el duque d^ Medina se tomó á España, como.se ha
dicho, quedó rezagado D. Alonso de Leiva,iii:i Tetníente^ señor
de la casa de Lei,ya, de Bioja, con buen número de navios.
Dióle alcance el Almirante de Inglaterra, y batalla- naval, pero
matólo y venciólo el D. Alonso, y ganó, según : afirman» 50
velas, y después otras muchas de pescadores,, que dicen aer 100,
de que se aprovechó y dejó ir libres, y tomó puerto en Irlanda^
donde está apoderado y ayudado de los Señores y salviyes que
no reconocen dominio & Inglaterra , contra quien la Reina de
233
Inglaterra dicen envía 6.000 hombres, por cosa cierta^ y Sa
Majestad ba enviado á D. Juan de Cardona^ qae está con la
armada en Santáñdéf, fecados para *et de socorro. Bnviólo un
personaje qtüe cotí boírrascay veñdábisd di6 eh la costa de Fran-
cia. Todo esto se ha dicho á veces. Ta se sabe de cierto que don
AIoBBO toíttó tierra eii Irlanda, y estuvo allí quince días prove-
yéndose/'y ipit tomd á embarcar, y coh tormenta dió su galeón
en uúapefia y ¿é abrió y pereció con toda la gente, salvo
cinüo, pót éulpa del piloto, á qüiéñ D. Alonso avisaba mucho
que la águti corria recio hacia tierra. Ahogáronse con él mu-
chos.
Habiendo mandado Su Majestad áD. Gonzalo de Guzman,
duque de Médita-Sidonia, cuando desembarcó con la armada
ir á 9tt e^sa, diciendo que él lo llamaría, y habiendo ^echo
junta ffO'Grandes y tomado su acuerdo» é informándose de lo
acooteeido en la jornada de "Inglaterra, lo envió á llamar en fin
deste a¿b de 1588 por su Cédula real, coníSnnándóIo en su ofi-
cio de Ca'jiitan general suyo, llamándolo D. Gonzalo de Guzman
Bl JStteno, y así vino á Madrid con mucta riqueza^ y es el me-
jor hombre dé caballo de toda España, y el que mejor y con
múB ánimo jtiega cañas y torea y alancea toros bravísimos, y
hace toda gentileza y valentía, con ser pequeño de cuerpo,
atinqué rehecho y de lindo rostro, atezado, las patas botadas
para fuera, de edad de 40 años, y si corto quedó no hizo entra-
da en Inglaterra ni d!ó batalla Inaval , y se tornó como queda
dicho, ya no se atribuye á su miedo y cobardía, sino ar andar
atado al consejo de Diego Flores, que no debiera; y así fué
traído el'Biegó Flores desde Santander, donde está la armada,
preso al castillo de Bárgos, con dos Alguaciles j seis arcabu-
ceros, donde lo tiene á cargo Sebastian de Bulivar, vecino de
Santander. Hizo Su Majestad también al fin desis año Comisa-
rio de gente de guerra al capitán Esquivel, que está por capi-
tán én San Sebastian, y le manda ir con dos zabras á Irlanda.
En la tormenta de 8 de Diciembre pereció en la costa de
Irlanda la armada de Drac^ en que habia40 velas y 6.000 hom-
bres, yendo contra D. Alonso; y lo muy cierto ed que eran pira-
234
tu que Tenian á robar. Perecieron desde Nántes á San Juan
de Luz, de las 40 las 22, y ninguno dellos era Drac, y sabida
la verdad se anegardn 40 liavtn tot Uéiotóerias. (El dnque de
Medina se excusa de culpa. A los qne mejor lo entienden se
deja). T esto qué aquí se dice se sonó, y no tné así como en el
capítulo 33 se dirá, ni está en gracia de Su Majestad aún este
año de 1590, sino en mucha desgracia, por haberse gobernado
tan mal y causado tantos males y daños.
Fué preso Diego Flores de Valdés. Diósele libertad, año 1590
en Enero, á petición de su primo Florez de Avilds.
r
235
CAPÍTULO XXXI.
DBL MISlíO UEY DON F£LIPB II, T COSAS DE ESTOS ANOS.
Habiendo quedado por drden del duque de Medina con al-
gunos navios y urcas en la retagnardja de la armada en la» re-
tirada que hieo por sobre Escocia, j habiendo repogido i su
nave 200 personas de una urca que se iba á fondo, el Maestre
de campo D. Alonso Luzon, y habiendo dejado á D. Antonio
Manrique en casa del conde de Tirón enfermo á petición del
Conde, varón principal, adonde sanó; dio una noche con un
temporal al través en lo alto de Irlanda, junto i unos peñascos,
adonde su nave hacia tanta agua que llegaba á la segunda
cubierta, y tanto, que no bastando bomba ni cosa para repa-
rarle, echó la gente en tierra en la barca, que por estar rota se
hundió á la sexta ú octava barcada^ y así salió parte de la gente
á nado y parte de ella se ahogó. Sacaron parte de ellos sus
armas, todo lo demás perecía, que no pudieron sacar ni un biz-
cocho. Anegóse otro navio con 150 soldados y marineros.
Los soldados de D. Alonso Luzon que han venido se que-
jan de él mucho, y dicen que pudo él rendir al enemigo que no
tenia sino tres banderas. Hundiéronse y dieron en rocas en
Escocia, Irlanda y sus islas más de 16 navios con casi toda su
gente.
Salieron más de cien enfermos, y por todos los que salieron
fueron 400, y todos juntos comunicaron costeando, por ver si
encontrarían con algún navio ó navios ú otro remedio para
salvarse, y nunca hallaron cosa, ni en la tierra cosa que comer,
porque los naturales, que son salvajes, se retiraron tierra aden-
tro con sus ganados; pero tomaron algunos caballos que co-
mieron; envió el Yirey de la Isla dos compañías de ingleses
con la caballeria y gente de la tierra contra el D. Alonso, que
se puso en orden de pelear y morir; pero el enemigo le salió
936
apartado salviCndoles 4ft8-TidA8 y q«M no tocariati en kis peno*
na0/7"aBÍ neAXiy ^fttdqaetielwtiia etrtl temedie. Df^frmtte^pa-
labm eaf tMOvbfe^e laHeitlay Virey, péf^ no 1¿ eniiifplfémn,
porqne lofégo tetí' dédbÉrlIjaten y Ueyando p^ésd el Virey á la
Tilia 46'Dfodrai 6 >DMyditt i lo« s^ietites, dejando • á Ion que
no ée sabe ain de eUo»< . , ..'
'Prendieron^ pnesi^ lee priMi^es^ qaefúieron: D. A^Ioneo de
Lnsonf^DjtSoArigre Cae4,-I>. Antcmio Manrique y Yorgae, don
AhatK^ dé 'MendoBü^ «1> cat»iiaii ' Jerónimo de* Ayter/eb baptian
Joan ide i Oi»man>- «t < capitán Dv Gtoeia Manrique, el ^capüan
Bw Beltvab del BaltO) «1 capitat Juan Femantes de la 'Pita/ el
Sarg!0iyto>?mayor ^CiltMar'Lopez^ elalférea Pesro* BadAtres, el
alfárest Juan- dé t'enNig) el alMres Diego SnareK^y^l eargento
Antonio Baaree« el eargfefiito Sebastian Vazqnee, eléa'pitan de
coint^áñíaiJoaik BfideÜgo^el andítor Rodrigo Pónce de León, el
doetetr Pero' Pemandesi, ni4dIbo Rodrigo de Odisea^ Jdán-Ban-
tieta Oodrielj Fninoiicó de 8otó, Juan de Santtuarttdv Oaeano-
va, (teballeroy' Rébgife,' Mentbya, flaktzar, Oabriel Gomes,
M&reoe de M^doéa^' Jnen de Oeba^ Jaan de OAzman, Jaan
de Ti^te> barbero Agnstin, pULtieo del hospital Jnan Domin-
go, atambor mayor Joan Moreno, atambov Jaén de * SoTtlla,
atambor Oraeio, Capitán de la nave y tree marineros renecia-
nod. 'Murieron Dv Biego Luzon y D. Joan Zapata, de'ba en*
ferniedad y qnébhintoenDroydaty yfueren á tomarlos el'dicho
d6s Oidores, \ob cnalés les dijeron qoe I5S qne lois desbalijaron
no eran ingleses Éinío^nte dé la tierra,' y quisa por cumplir
con ellos, y eítmno eran tan pocos fuellan mil 6 doé mil, y
saoÉñrafn so^anntsiodasy muuióióneB, no salieran letí ingleses
con sil inteivifo, (5^i tomarán pueblo y -tuvieran qiié conrefr En-
vió esta relación él B. Alonsoliuson á B. Jorge Manrique, de
Bróydai; fi 5de'Noviémbre de 1588, 'para que trate de su rescate
con Su Majestad qué tiene próvefdo al oapitan E^nivel para
que vaya con zabras y socorro á tomar lengua de qué hay, y
de B. Alonso de Leiva.
Be Escocia han venido 45 soldados que quedaron de la ar-
mada que foé contra Inglaterra: dicen se les ha hecho muy
287
buen tratamiento j qae sí alli quedara, la armada, á parte de
ella, Beoocía 9e levantana ^nka Inglaterra, y qae lo xi^i^nio
hicierA írlM(}^; j qv^rlp^^ap^ día?on;pa:itienra».die Irlanda no
Bi:yeta8.4 Inglaterra, baa sido/may. biíoi^ t^ataáosvj'!^^ no
saben dQ:D»» Alonso de ]>if¥af peprot qae.«alcabaU^i?e(Aeiiajiur-
mada está hecho fuerte con muchos espafiolesiiy «qae.Ae-rsaben
quién esi j que en Ssoocía é UlMáa lea:bantrat9dx>tbi6n>«ilado
de TQstir y eomer dos nü^ses. y bájelos paro yeiúr du (España.
Dió^D; AIioniBo/deXeii?a> Qenetalde-to caballeffíiirde>MUéai
al trabas en ia poetando Idiaadafkn'iQMs b^ceoales'een.áuiga-»
leoD^on i9na boitascaí eon que -pereoitf con oti^ joaíttehaes oit)»-:
Ileroa mayorazgos, capitanes, soldados iriejos y giente 4iiieida«
como lo afirman vinos poeca que se salvaron^y hai^ aportado41a
Coru&aal fin del año .1588f Estos y otros rmncbosi dallos y los
contador atrás atribuyea todos al duque de Medinay.á Diego
Flores* Haice .^ran sentimiento el Beine de ¡la /pérdida d^ tanta
gente Incida que fidtaybaoe terrible falta para lasí guerras
que hay, que hay pocos tales. Ejraéasado D;! AJonso conih\ja
del conde de Goruña, de quien tiene byee. Habiendo pees, este
Dnque deservido tanto á Su Majestad, n<^ es creiblet que torne
por ahora ¿ encait^^a^lo cosa, ni hoimirlo« : •
OrUens pelea continuamente contra la audadela que está
por el Bey y présperamente, y los católicos de París han to-
mado todas las reliquias y riquezas del monesterio de San Dio-
nisio, dos leguas de París, entierro de los. Beyes^ han hecho y
hacen continuas procesiones por todas las parroquias pidiendo
á Dios misedeordia para los católioop y venganza contra el
Bey, y una solemnísima de jiiüos y ninas.de jsfiís^Añ cíeu^il,
con gran alarido,, pidiendo esto. (Nuac^» este Rey hubiera
hecho estas cosas si el duque de Hedína/s& fortificara en Ingla^
torra, quejciertp ha bebido la oopa que JezabeLle ha dado.) Ha
causado el tornarse el Duque tscío un sin fin de malea- que se
dirán*
238
CAPÍTULO XXXII. .
DEL MISMO BEY DON FELIPE, Y COSAS DE ESTE TIEMPO.
1 ' '
Está el Bey D. Felipe do E^aña aprestando á macha foria
una mu; groeea armada y ejército^ contra Inglaterra. Tiene en
Santander 80 yelaa, adonde ha labrado un fuerte, y créese
qoe para desde allí correr el mar de la costa de Francia é In-
glaterra, hecha la Jornada. Gobierna hasta ahora estas "velas
D. Juan de Cardona; y en la Goruüa, Bilbao, San Sebastian,
Pasajes, Lisboa y otros puertos tiene otras machas velas, y
arma á furia muchos galeones. Solo en los montes de Bilbao
trae 5.000 hombres cortando maderas, y 500 yantas de bueyes
acarreándola á los astilleros. Envió al capitán Diego de Aram-
buru con dos pataxes á Irlanda y á Inglaterra á tomar lengaa
de lo que en Inglaterra pasa, y gente que quedó de la armada
pasada cogió un navio qoe estaba en Plemua; trájolo á San-
tander con 20 ingleses de la isla de la Madera. Llevábanlo
para D. AjUtonio. Vale más de veinte mil ducados. Cogió carta
que llevaban para D. Antonio, de portugueses; vino con él en
Abril. Estaba el D. Antonio aprestándose para venir con Drac
á Portugal, y Su Majestad lo tiene todo muy guarnecido, y los
Grandes le sirven con mucha gente de pió y caballo, y las ciu-
dades y tiertas; la provincia de Álava envió á Santander 400
arcabuceros escogidos al comienzo de Abril, en el cual tiempo
Andrea Doria, General de Su Majestad en el Mediterráneo, vi-
niendo con 2.000 alemanes y dos regimientos de italianos para
servicio de Su Majestad, cogió en los Alfaques nueve galeotas
de turcos. Escapáronsele dos de once que oran. Han venido al-
gunos soldados y capitanes de los que quedaron en Escocia, á
donde aún todavía hay mil muy bien tratados del Bey que ha
descompadrado con la inglesa y tiene guerras con ella porque
239
no quiere cumplir lo que le prometió, porque no ayudase á la
armada de Su Majestad. Prometióle nombrarle por Bey y reci-
birle por tal para (Jespues, de 8i|8 ,djaa. Hay también gente y
natíos en Inglaterra presos de la armada. Hizo Su Majestad que
yiniesen de Sicilia á la Goruña 12 navios con trigo, y que el
duque de Parma le envíase 60 velas con artillería, municiones,
trigo, cebada, haba, etc., á San Sebastian; base hecho infinito
y hermoso bizcocho.
Han cogido en Fuenterrabía un navio inglés con mucha
mercadería, otro en San Sebastian, y así cogen otros que el
temporal los trae, que vienen para San Juan de Luz, donde
venden sus mercaderías á Españoles.
Hizo Su Majestad del Rey Don Felipe II, en Mayo de este
año de 1689, Capitán general suyo, al gran Prior de San Juan,
D. Hernando de Toledo, hijo natural del famoso duque de Alba;
D* Fernán Alvarez, del mar Océano y de la tierra de las costas
de España, por ser personas de gran valor, y ejercitado mucho
en la milicia de este año 1535 en que se ganó Túnez, y al Con-
destable ha hecho General de la caballería de Castilla. En este
mismo mes llegó Francisco Drac, General de la armada de la
Reina de Inglaterra, á los 9 de Mayo, á la media noche llegó
¿ Riva de Vigo, dos 4eguas de la Goruña. Venian con él don
Antonio de Portugal, con 120 velas, en que venian 16.000 hom-
bres y de mal talle y poco armados y gente baladí, cuya ve-
nida es á fin de si puede apoderarse de Portugal ó alguna parte,
y causar levantamiento de aquel Reino, para lo cual ha sido
muy importunado de muchos portugueses, gente vulgar, y de
algunos caballeros que también lo han proveido de dinero para
que hiciese esta jornada, de los cuales ha Su Majestad preso al-
gunos con su mujeres y puesto en fortalezas de Castilla, y
ha cogido cartas que escribían al D. Antonio; y la inglesa
huelga de ayudarle á fin si puede estorbar la jornada que Su
Majestad apresta contra ella y su Reino, causándole la guerra
en España; pero Su Majestad lo tiene todo tan guarnecido que
le será por demás. Tiene á Portugal llena de gente de guerra,
y á toda España en armas, y quintada toda su gente y pro-
240
yeidos todos los pnertoB y hecha escala de todos los manteni-
mientos que en España hay.
Echó Drac^ á los 10 de Mayo, al amanecer , junto á la
Corana, 5.000 hombres; salió á resistirle el marqaés de Cer-
ralvo, Yirey de Galicia, caya audiencia es en la Corana ahora,
y también es la Casa de la Moneda y fundición de artillería;
pero retiróse, habiendo muerto al enemigo 20 soldados y él
perdido uno; recogió de camino la ropa y lo que pudo del ar^
señal y pescadería, y el Drac echó más gente en tierra y cercó
á la Coruña, y batió parte de su muro por la parte del monea-
terio de los Dominicos; entró en el Monasterio habiéndose sa-
lido los frailes: destrayeron el monasterio los ingleses, la igle-
sia y sus imágenes; ahorcaron el bulto de Santo Domingo, é hi-
cieron las abominaciones que suelen. Hubo á las manos á Fray
Juan Sogel, y al fin fué volado como bala con pieza de arti-
llería y hecho pedazos, y lo mismo la linda imagen de Nues-
tra Señora del Rosario, muy devota allí, y destruyeron la igle-
sia, que era linda. Defendió bien el Virey la ciudad y el casti-
llo, y no osando esperar más, alzó el cerco á los 19, habiendo
robado lo que halló en el arrabal y pescadería, y puéstoles fue-
go, y dejando encallados algunos navios que con fortuna en-
callaron de manera que no los pudo sacar, y fué á dar vista
por la costa de Portugal á la tierra de la costa de Lisboa, y
pasó el Cabo de San Vicente. Luego se dirá lo que ha hecho.
En este medio vino á dar en el mar de la Coruña un galeón
con muchos portugueses que enviaba la inglesa á Drac con mu-
municiones; envió el Virey á ver lo que era, y cogiéronlo.
Todas estas miserias y otras que sucederán, nacen de ha*
berse tornado el duque de Medina sin tomar tierra en Ingla-
terra, y fortificándose en ella, que lo pudo bien hacer, pues lle-
vaba lucidísima armada y gente mucha de gran valor, y ser la
gente inglesa vil y para poco, lo coal afirman los que allá que»
daron cautivos y han venido, que están corridísimos de ver que
gente tan para poco habian prevalecido , y con razón Su Ma-
jestad no hace caso del Duque, ni creo lo hará, según está
indignado contra él por haberse tornado huyendo , dejando á
243
tftniwMí caballero» y míHf ares valerosos rwagado», perdidos,
muertos, can tÍTOS y anegados con sc^s hárHbá, ¿o!iq«iet'D. ánto-
»io/ Draoé inglesew-y^^oiHiQ^ueééswbéldésy^fagitíVbs'hati to-
mado'osadía de echar todo^ 8\i íre^to contra Bs{iafñá : 1q0 portu-
gueses, daüidd ál D: A*n^niO'írn(S dineíH)»^ personéis, .socorros^ y
amontonando armas de secréto'ea Pert^g^il'; ^tantb; que el
Prfnefpe Garde'áal y Viféy Ae Portugal v afirtnaft que» hatW
40.000 arcabuces en un méneste^lo escoádidos, y otras muébas
traiciones qtre h^n t^onfesado lóáí'preább ya'^dittbo^jy tod^dj- así
el'Cv^AntOtfíó'doHK) lá In^lésa^ypertúguései hattf^eéltóitÉwio
al Ttti^oe qu€) les bttvie" sus galeras* de sooo^Al.' Torta ando
á los beehos de D. Antdntay D)*ae eti la.OtIruña) se ika de te-
ner á müebá ^floje^dd del Di. ' Antonio, 'qtie (fuá '»]>:<piieii^i| ««
bíjo^ssiltóel prnuetH) én tierrafquoDraoguwrdsibá la armada
y no enti^ en tierra),' no haber podido tomar la Qoruftajisiendó
sm xÁjTú tan- antig^oe^ y flaco,' y de pjsarra'dqja/ y habiendo
arrasado btiena parte',d¿l , y tener 4.000 hosibre» eti >el asalto,
y ser» el pueblo pequeño y tener poca gerite-de «gaerra, jy los
7.000 gallegos que acudieron, tiles y desavmadds y cobardes;
y mases de ^otar que Mai'tin de Bertandona, yecinode Bil-
bae,j que tiene tiatDós de Sik Majestad -á «at^o^ con sola su Gs*
cuadra defendiese la torre ^ siendo tan > flaca y chica} y así se
torntS D. Anionio á la mar, tío oéando esperar, habi<níkdo daña-
do y 'puesto- fuego á Betanz>oay quemado el monestevío» de Do-
minicos y fHDbado el contorno de la Odruña,' adonde perdió
gente. (Loaéontecídoen la Gorufia <S0 diráadeteate eií los ca-
pítulos 34y 3G.) Unos mercaderes ateadós de Galicia' fueron á
Inglaterrsi^'á perstiadir ai enemigo que vititese, yle dieron len-
gua^dé lo qiJé había, y si Bertando^a no quemara el galeón^ 6
el Marqtíés', y IIels galeras.no huyeran 6 se fueran , no dejaran
á las iahcha» eetiielr gente, porque la' avmad^ «e qued<(^ lejos,
entre las- peñas, eü coya frontera se ha hecho un fuerte, con
que está segnm la entrada , con otro qtre hay i, la otra banda.
Sábese ya por muy cierto de los caballeros que quedaron
presos en Inglaterra, que cada dia Tienen rescatándose por di-
nero, que si el duque de Medina-Sidonia tomara tierra en In-
Tomo LXXXI. 16
242
glaterra, Inglaterra estaviera por el Rey de España, por ser
muchos los católicos ocultos que allí hay y el descontento que
tienen del Gobierno, que hay grande, y la gente vil y para
poco; y así no acahan de decir mal de su cobardía, cargándole
todos los daños y guerras é infamias que se padecen, y las
muertes que la Reina de Inglaterra da á los católicos (y en
Mayo de 1589 cortó la cabeza al mayor Duque de su Reino).
TodaTÍa se quejan estos caballeros mucho de D. Alonso de Lu-
zon , de quien se dijo en el capítulo 31 , por haberse rendido á
los de Irlanda, gente vil, salvaje y para poco , pudiéndose de-
fender y salvar con los suyos Con la artillería, estando trinchea-
do, á quien con los suyos habiéndose rendido, despojaron hasta
las carnes y mataron sin guardarles palabra , salvo ¿ 80 que
huyeron al Rey de Escocia, que los trató bien. Está este don
Alonso en Londres preso, y el D. Pedro Yaldés en una casería
dos leguas de Londres, manteniéndose á su costa. No ha hecho
Su Majestad caso más del duque de Medina-Sidonia, por ha-
berlo hecho tan mal.
243
CAPÍTULO XXXIV.
Dio al través en Abra de Gracia, en la costa de Francia,
la galeaza Real qne encalló junto á Calés^ do que se ha dicho
en el capítulo 27 , en que los ingleses mataron á su General
D. Hago de Moneada, habiendo huido á tierra oasi todos sus
soldados por hallarse muy junto á la costa de Calés, que á en-
callar lejos de donde no pudieran huir, no se apoderaran della
lofl ingleses ni la robaran, ni cautivaran los que quedaron, y
llevaran á Londres aguijándolos como á bestias. Dejaron la ga-
leaza los nuestros, y aderezándola y viniendo para Espafia con
500 soldados, di<5 en Abra de Gracia.
Seg^n lo que confesaron, Federico, natural de Gremona, del
Estado de Milán, soldado de la compañía del capitán Harmán,
flamenco , que había sido soldado de Su Majestad en Flándes,
y otros que fueron cautivos en la Coruña, y de la relación que
hizo el marqués de Cerralvo, se supo que Drac y D. Antonio
traían como 120 velas, de las cuales eran cinco galeones de la
Reina de Inglaterra, de á 800 y 1.000 toneladas, y 12 galeones
de á 300 toneladas, y 30 de á 130, y las otras velas de á 100 y
de á 50, y á menos toneladas. Los galeones traían á 50 y á 40
y á 30 piezas de artillería; las naves gruesas á 20, y las otras á
seis y á cuatro y á dos, y otras á ninguna, como los filibotes.
Los soldados eran de 18 á 20.000, y todos bisoñes, y sacados
por fuerza de sus casas, salvo 600 flamencos y holandeses que
hablan servido en las guerras de Flándes. Traía también una
compañía de hasta 90 caballos arcabuceros, y otra de otras tan-
tas lanzas, todos ingleses, y mucha gente desarmada, y cuasi
toda la gente vil y para poco, y 7.000 marineros, los más flamen-
cosy holandeses, á quienes traían por fuerza, habiéndoles embar-
gado su naves. Traían poca munición de cuerda, plomo, pólvora
y de lo demás, y bastimentos no más que para un mes, y destos
hablan ya comido cuando salieron de Plemua los ocho dias.
244
Dijeron más estos cautivos: qtie Drac pretendió tomar la
Corufia, como se ha dicho, porque le hahian informado qne el
Rey de España tenia allí 5.000.000 para pagar la gente de sa
armada, y 6.000 bneyes en cecina, y macho vino, bizcocho y
municiones, y que estaba determinado de pasar á cuchillo á
toda la Coruña y dejar allí 2.000 hombres de guarnición, é ir
de allí á Lisboa, como lo hizo, y luego se dirá. Traía dos baje-
les de fuego artificial y otros dos con arcabuces para armar los
portugueses que se le habian de allegar. Llegó á la boca del
puerto de la Coruña, echó 4.000 hombres en tierra, y lue-
go 10.000. No le pudo hacer daño el fuerte de San Antón, que
está en esta boca en una isleta: caminó por la sierra para la
Coruña, y luego, otro dia, á los 5 de Mayo, se fueron del puerto
dos galeras huyendo, sin licencia del Virey, que no habia allí
otras. Salió al camino al enemigo el conde de Altamira con 7.000
gallegos mal armados; hízolo tornar las espaldas; pero estando
comiendo los gallegos y descuidados, dio en ellos, y huyeron
la sierra arriba; y así á los 11 comenzó á batir la muralla, ha-
biendo hecho mina, que yendo á dar á un torreón, hundiéndose,
la mina se cayó y mató de los enemigos 1.300 hombres.
Prosiguió la batería, é hízola muy fácilmente por ser d
muro flaco, y á los 14 dio el asalto con mucha furia. Defendié-
ronse los de dentro, que eran 765 soldados, con otros del pueblo
y frailes que ayudaron bien en hábito de soldados y clérigos
bravosamente ; matáronle 200 hombres y prendieron dos capi-
tanes, el uno portugués, que el Yieorey no quiso dar á rescate,
con otros soldados; y el enemigo prendió al capitán D. Juan de
Luna, y mataron á un Sargento que les mató primero 30, y á
un fraile francisco que hizo muchas valentías. Martirizaron al
uso de Inglaterra al dominico, de quien se dijo en el capítulo 33
que les mató 10, y con él martirizaron otro dominico, y así se
retiró el enemigo á la mar, habiendo preso por el contorno 2.000
personas chicas y grandes, hombres y mujeres, y muchas vacas
y ganado. A los 17 de Mayo quemó el enemigo la pescadería
y casas del contomo de la Coruña. Quedó dé la armada de Su
Majestad solo el galeón San Bernardo, á quien daban carena.
245
Quemó el Virey el galeón San Juan, y echóse á fondo la nave
iSkn Bartolomé. Quemó el enemigo la urca con su pataxe, y
llevó dos bajeles que tenían los arcabuces que habían de ir á
Lisboa; y del arrabal llevó^ según se afirma^ 1.500 botas de
vino de Su Majestad. Llevó 200 vacas y otros bastimentos, en
qae hizo de daño mis de 60.000 ducados. Fuese para Bayona;
matáronle 300, y caminó para Lisboa. Afirman algunos que
han conversado con Drac que es hechicero, nigromántico, y
que tiene familiar demonio y pacto con él, y le dice y muestra
en espejo las armadas contrarias, el número de velas, gente y
lo demás, y dónde están y lo que pasa en ellas , y que él lo ha
mostrado todo en espejo, así como es á algunas personas, y
a^n que granjea los vientos, vende y compra, como lo hacen
loB nigrománticos de Noruega^ etc.; y sea lo que fuere, lo que
sabemos es que lleva de ordinario lo peor y no le sucede bien,
y que al cabo el demonio lo ha de engañar y dar el pago, y que
Dios no permite al demonio que revele lo que sabe.
Para que se entiendan los motivos que la Reina de Ingla-
terra tuvo para enviar la armada en favor del D. Antonio,
fuera de pretender por esta vía, haciéndose la guerra en Portu-
gal, no dar lugar á Su Majestad á enviar su armada contra
Inglaterra, se pondrán aquí los convenios y capítulos que
asentó D. Antonio con la Reina , los cuales tenia un caballero
portugués, gran amigo y consejero de D. Antonio, que se halló
á firmarlos y ordenarlos, el cual, cuando D.- Antonio vino con
la armada, se redujo al servicio de Su Majestad, y los dio al
Príncipe Cardenal, Virey de Portugal, y descubrió todos los
tratos que' traían los de Portugal con D. Antonio y la Reina;
y los capítulos son los siguientes:
Que la Reina se obligase á» dar á D. Antonio una armada
de 120 naves y 20.000 hombres, con 15.000 soldados y los 5.000
marineros para Portugal; y que el D. Antonio se obligase á dar
á la Reina, dentro de dos meses, después de llegado á Portu-
gal, 5.000.000 de oro, y que se obligaba, que dentro de ocho
dias, llegado á Portugal, se le reduciría toda Portugal, como
lo vería por las cartas que tenia y le mostraría de las princi-
246
pales cabezas de Portugal; y que en llegando á Lisboa, se le
redocirian sin defensa ninguna, pasando á cochillo á toda la
gente castellana della; y que por este beneñcío de ayudarle á
cobrar á Portugal la prometía las cosas siguientes: que dentro
de dos meses que estuviese en Lisboa, le daria los 5.000.000 ya
díchios; y en reconocimiento deste beneficio, la daria cada
año 300.000 ducados pagados en Londres á eu costa; y que los
ingleses tupiesen contrata en Portugal, y los portugueses en
Inglaterra con mucha conformidad, y lo mismo en la India; y
que si la dicha Reina quisiese hacer armada contra el Rey de
España, la pudiese hacer en Lisboa, ayudándola él con todo
lo necesario; y que los castillos de Cascaos, Sangran, Belem,
San Felipe y de Coimbra y Oporto, y los demás presidios de
Portugal estén siempre con soldados ingleses, pagados á costa
de D. Antonio, y que para siempre jamás haya paces entre la
Reina y D. Antonio, ayudándose el uno al otro sin ninguna
excusa en todas las ocasiones que se les ofrecieren; y que todos
los Obispados y Arzobispados los proveerá en ingleses católicos,
y que desde luego elegía por Arzobispo de Lisboa á Mosen de
Luneque; y que en llegando á Lisboa dará doce pagas y tres
más de que les hace merced, y del saco de Lisboa por doce
dias, con condición que ninguna persona del ejército inglés, de
cualquier calidad que sea, no haga mal ni daño á ningún por-
tugués^ ni á templos ninguno, ni á cosa suya; y que teniendo
necesidad de alguna cosa, la compren por su dinero; y confiado
D. Antonio de las cartas, tuvo por cierto el reinar.
Dio vista el enemigo á las Verlengas, ísleta enfrente de la
villa de Peñier, que llaman Peniche, que está 12 leguas de Lis-
boa; sobre la boca del Tajo, otras tantas leguas. Á 26 de Junio
al amanecer y al anochecer, echó gente en Peñier: caminé don
Antonio sin resistencia para Lisboa, y Drac con el resto y
navios para Cascaes , que está fuera de la boca del Tajo, á la
parte del Norte: entré D. Antonio en el arrabal de Lisboa; sa-
liéronle á recibir los franciscos, como si fuera el Papa: aposen-
tóse en las casas del duque de Aveiro: entendiéronse con él los
portugueses de su valia. Acudieron á él mochos de fuera de
247
Lisboa 7 dentro: y entre ellos^ como 200 frailes y clérigos^ y
los más eran franciscos y agustinos, teatinos, etc. Fué socor-
rido con dinero; cogió el Príncipe Cardenal, Virey de Portugal,
parte deste dinero. Hizo justicia de los que lo llevaban y enyia*
ban. Dio D. Antonio pregón que dentro de cuatro días se de-
clarasen los de su bando, so pena de la vida, y que á ningún
portugués que se declarase se le haría mal ni daño en cosa
ninguna.
El Príncipe Cardenal que se hallaba cen no más de 1.500
soldados, y el Prior de San Juan, D. Florencio Alvarez de To-
ledo, ausente en Alcántara de Extremadura, convocando gente,
hizo llamamiento y apuntamiento de los nobles portugueses
que en Lisboa estaban; y vestido de Cardenal, aunque debajo
deste hábito bien armado, hízolos su parlamento, exhortándo-
los á la fidelidad de Su Majestad; y, finalmente, habiéndoles
preguntado qué era su pretensión, y respondido ellos que estar
firmes en el servicio de Su Majestad; el Cardenal, desviando la
ropa, mostró estar armado, y dijo, señalando al pecho: «Con
éste tengo de defender este Beino por el Rey Don Felipe, etc.»
T luego salió armado, sin hábito eclesiástico, animando y re-
partiendo los soldados por las calles y puertas y muros y casti-
llos de Lisboa, y echó bando que los soldados matasen á cual-
quier portugués que saliese de casa, y al que saliese de la ciu-
dad lo matasen , y su hacienda para el matador; y así se hizo.
Con esta traza no pudo ninguno declararse por D. Antonio.
Visto el D. Antonio que no habia bullicio en Lisboa, deter-
minó entrar dentro. Acudió á la puerta de la Morería y á la de
Alcántara. Matáronle del muro 500 hombres, y . como no veía
ayuda de la parte de dentro, retiróse para Cascaos.
Fué en su seguimiento el conde de Fuentes; pero con recelo
de los soldados portugueses, y con recelo que en la ciudad,
aunque quedaba con guarnición no hubiese levantamiento y
tornase D. Antonio^ como lo tenia concertado fingiendo que
huía; y así se tornó, habiendo muerto y preso muchos. Reti-
róse á Cascaos D. Antonio, donde Cardeus, Alcaide del casti-
llo, habia entregado el castillo á Drac, engañado por un fran-
248
cisco que le hizo creer que Lisboa estaba por D. Antonio.
Hiciéronse á la mar Drac y el D. Antonio. No qaíso lleyar
Drac los frailes j clérigos arriba dichos. Degollaron al Villa-
faya, y en Lisboa á muchos portugueses culpados, de 12 en 12,
y entre ellos al portero del Virey. Acudió mucha gente á Lis-
boa de pié y caballo^ de la Andalucía, Galicia, Castilla, Extre-
madura, y el Prior D. Hernando con buen ejército. El duque
de Berganza envió á su hermano con 2.000 peones y algunas
compañías de caballo; y otros Señores y tierras acudieron en
servicio de Su Majestad. Adelante se dirá de esto en particalar.
Salió D. Martin de Padilla, Adelantado de Castilla, General
de las galeras^ con nueve galeras de 28 que habia en Lisboa,
que no debian estar todas para salir; cogió un navio inglés que
lo llevó adonde estaba la armada enemiga; embistió la reta-
guardia, echóla á fondo cinco navios, cogió 800 hombres dellos,^
prendió cuatro navios que se defendieron bien, y así ha hecho
otras presas, hallando el enemigo encalmado, el cual tiene toda
su armada apestada de hambre, cámaras y tabardillo. Como
en Portugal, donde creyó ser los mantenimientos suyos, salió
vacío, perece de hambre , y así ha enviado á Inglaterra gran
número dellos. Anda hecho Drac milano que no osa acometer
sino á lagartijas, y así ha echado gente tras lo dicho en Vigo de
Galicia, villeta de 150 vecinos sobre la costa Tuy; robóla, que-
móla, y en los lugares comarcanos salvó la gente lo que pudo.
Habia enviado D. Antonio un hijo en rehenes al Rey de Fez,
el cual dio aviso á Su Majestad, con quien tiene amistad. £1
Turco tampoco ha podido acudir, porque el Persiano le hace
cruel guerra, y ha vencido y muerto más de doscientos mil sol-
dados de poco acá, con que continuamente le gana provincias.
Es D. Antonio, según certiñcan algunos que saben las cosas
de Portugal, no hijo del Infante Don Luis, sino de Hernand
Alvarez, riquísimo mercader. Factor mayor del Rey Don Juan,
último de Portugal, hermano del Infante Don Luis, habido en
una mulata, confesa , mujer de un zapatero, y el Hernand Al-
varez era muy señalado confeso. Dejó Drac en Yigo mucha
gente con cámaras, tabardillo y peste, á la ventura.
J
249
CAPÍTULO XXXV.
Dicho queda como el enemigo echó gente en Vigo y costa
saya y de la Redondela y Pontevedra^ qoe son pueblos que están
sobre Tny y al Norte de la boca de Miño , adonde hizo algún
daño, pero no tanto como se sonó, porque ni Vigo fué quema-
da ni saqueada, porque loógo acudió D. Luis Sarmiento, Señor
de Salvatierra, de Miño, y le mató 500 y prendió 200; y en-
viando el enemigo á pedir los presos prometiendo de irse sin
hacer daño , le respondió que no queria y que los tenia para
ahorcar, y que enviase más y entrase él , que lo mismo haria
dellos y del; y asi se fué, y lo cierto es que le mató 700. Des-
embarcó D. Antonio, como queda dicho, en Peniche, á 26 de
Mayo, habiendo mostrado á los soldados las muchas cartas que
tenia de portugueses y la gran conjuración que en su favor
estaba hecha en todo Portugal, con que los animó mucho.
Traían por General de la mar á Francisco Drac , y de tierra á
Milare Morlinch. Echó de doce á trece mil infantes y 25 caba-
llos de armas, que no sacó más de Inglaterra. Trataron de es-
torbar su desembarcacion D. Francisco de Toledo, que estaba
allí con tres compañía castellanas, y con él el Veedor general
de la gente de guerra de Portugal, D. Pedro Guzman, y dos
compañías de jinetes de la costa de Granada; pero no pudie-
ron, por no ayudar la gente de la tierra, y así se vinieron para
Lisboa, habiendo por el camino escaramuzado con el enemigo
y muértole gente. A los 27 salieron de Lisboa dos tercios de in-
fantería portuguesa, en que habia 2.000 infantes, que eran los
de más lustre de los portugueses, cuyos Coroneles eran D. Ruy
. Pérez de Tavera y D. Hernando de Castro.
A los 28 llegó el enemigo á Atonguía : recibiéronlo los na-
turales, cuyo señor, Buy González de Atarde, se escapó á uña
de caballo porque lo querián entregar á D. Antonio. Este dia,
11 compañías que tenia el Comendador mayor de España se
250
pasaron á D. Antonio, en Óvidos. A los 30 de Mayo entró el
enemigo en Torresvedras, siete leguas de Lisboa. Pasóse áél
toda la gente coman. Habia salido D. Fadrique de Toledo,
conde de Fuentes, de Valdepero, dejante & Falencia, la vía de
Cascaos, con intento de darle batalla ; pero habiendo entendido
la conj oración y que Lisboa se qaeria dar, se tornó de Naestra
Señora de Luz á Alcántara, media legua de Lisboa, y de ahí
entró en Lisboa á 1/ de Junio. Dieron aviso de la conjaracioo,
y como una cierta noche Lisboa habia de recibir al enemigo
ciertos frailes trinitarios y otras personas de buen celo , y asi
se puso el remedio, y el Príncipe Cardenal, aunque con ma-
chas aparentes razones le persuadieron que se saliese de la
ciudad no lo quiso hacer , antes se puso á caballo, y con lindo
ánimo anduvo la ciudad; con qae cobraron los servidores de Sa
Majestad gran esfuerzo, y los otros gran miedo. Paso en el
Russio 23 banderas castellanas del tercio de D. Francisco de
•
Toledo. Guarneció con otra gente las puertas de Santa Cateri-
na, San Boque y de Nuestra Señora de Gracia, y el fuerte de
Palacio y la marina con la gente de Diego Valiente y Diego
de Orozco; y puso á Manuel de Alburquerque, portugués, baen
soldado y fiel, á la boca de la barra del rio, y también las ga-
leras; aunque visto que seria de más provecho en tierra, lo sacó
á tierra con la gente de los navios y galeras. Mató D. Pedro
de Guzman, cuando se retiró de Peniche á Lisboa, más de qui-
nientos.
A los 2 de Junio se descubrió la conjuración por los Trini-
tarios; fué preso luego D. Buy Diaz Lobo de Meneaos, caballero
principal y tio del barón de Aloito, y luego prendieron otros
cuatro fídalgos portugueses , y á Luis González Ferreira , por-
tero del Príncipe, que habia. Estos descubrieron infinitos con-
jurados, que aún no están presos por no causar levantamiento.
También prendieron á un capitán del tercio de Matías de Al-
burquerque, que ofreció á D. Antonio dar entrada por la parte
que guardaba á 4.000, y el portero prometió darle la puerta
del Príncipe. Fué llevado el Lobo al fuerte y guardado con 250
soldados y sacado á degollar con esta guarda , porque no le
251
quitasen los conjurados, y degollado por el cogite, por traidor;
y así Tan degollando á los traidores, por detrás.
Fueron presos muchos que llevaban bastimentos á D. Anto-
nio, que padecía mucha hambre y le enfermaban muchos , por
fruta que comían. Quemó el conde de Fuentes todo el trigo,
bizcocho, arroz y proYÍsiones, y casas que estaban fuera de
Lisboa, porque el enemigo no se aprovechase dello. Salió Pero
Bermudez, que vino de entre Duero y Miño con 400, y D. Fran-
cisco de Toledo con 400, y alguna otra gente y caballoS) á es-
caramuzar. Mataron 500, con pérdida de 50 y muerte del capí-
tan Pedraza y del capitán Francisco Malo; y del castillo mata-
ron gente de las compañías sueltas. Este día fuá degollado el
Buy Díaz Lobo, y con ól otros cuatro, y echados muchos á ga-
leras, y algunos dórigos que se pasaron á D . Antonio y torna-
ron á Lisboa á persuadir que se rebelasen ; ahorcaron á un
moro que se había bautizado, porque á persuasión de los conju-
rados tiró una bala al conde de Villandorta, General de la ca-
ballería de Portugal; no le acertó sino á un particular. Fué
preso el' conde de Bondo. A los 4 de Junio, los del castillo y
las galeras y naves hicieron daño con la artillería al enemigo.
A los 5, de noche, se retiró D. Antonio á la sorda por no ser
sentido, llevando en medio sus muchos enfermos. Seguíanle
las galeras y naves de Portugal, y hallándolo descubierto en la
plaza de Belem, que es una legua de Lisboa, le hicieron mucho
daño. Seguíale también por tierra gente de Lisboa haciéndole
daño. Llegó á Cascaos ; atrincheróse en el monesterio de San
Antonio, de descalzos Franciscos. Salieron á quemar de Lisboa
los enemigos muertos y dar sepultura eclesiástica á los amigos.
A los 8 envió el enemigo á pedir licencia al Príncipe, con un
trompeta y un soldado, hora para hablar al conde de Fuentes,
porque estaba corrido de que decían había huido, paes no había
sino ido á embarcar los enfermos y por provisiones, y que se se-
ñalase puerto donde quería se diese batalla. Hizo esto , porque
salida la gente de Lisboa , Lisboa se levantase. Estaba bueno
de ver que el Príncipe no tenia más de 3.000 hombres, y él se
había retirado y no osado aguardar.
n
252
Este dia entró en Lisboa la guardia del duque de Bergan-
za con 100 caballos y 150 peones, y otro dia entraron el Duque
y su hermano D. Duarte con 1.000 infantes, y D. Duarte se
partid para Cascaos contra D. Antonio. Tornóse sin hacer cosa
porque lo halló muy atrincherado. Entró también D. Alonso de
Vargas con título de General de la caballería de Portugal, y
con el Ferrant Cavalquin , capitán de caballos en Flándes. A
los 11 de Junio rindió Cárdenas, soldado Tiejo de Flándes, el
castillo de Cascaos á D. Antonio, con solo plantar dos piezas de
batir. Pasáronlo á Otton, junto á Setubal, y de ahí faó traido á
Lisboa y degollado por detrás, por traidor; y si no lo defendie-
ran lo pasaran los soldados por las picas. Este día los de Lis-
boa y gente del duque de Berganza salieron á derribar los mo-
linos de Cintra, porque el enemigo no tuviese donde moler el
trigo que los franceses lleyaban á vender á Lisboa, y se lo tomó
Drac. A los 19 se embarcó el enemigo , dejando la tierra libre,
habiendo ya acudido mucha gente á Lisboa, de caballo y pi^,
de Castilla, Extremadura, Andalucía, Portugal, etc. Envió
Drac los enfermos á Inglaterra, y quedóse con 50 navios. Si-
guiéronlos las zabras de Su Majestad hasta dejarlos en Ingla-
terra , y otros siguen á Drac para ver dónde va y avisar. Hu-
yeron á Lisboa de Cascaes muchos soldados de D. Antonio, que
certifican que no han quedado al enemigo 10.000 hombres.
En todo este tiempo hubo por toda Portugal gran alteración
y gran gana de rebelar, en Setubal, Santaren, Coimbra y mu-
cho más en Ebora, donde se pusieron muchos cedulones en
puertas de iglesias y cantones que decian: «Viva nuestro Rey
D. Antonio; portugueses, acudid á vuestro Rey.» Y cosas des-
tas salian á los que iban á Lisboa á persuadir que D. Antonio
la tenia, etc. Puso el Príncipe Cardenal remedio. Envió á Ebora
al conde de Barto, Alcaide de allí, al duque de Aveiro á Seta-
bal , al conde de Linares á Santaren , al conde de Portalegre
á Coimbra y otros caballeros á otras partes, etc. Huyó el Go-
bierno y Justicia de Lisboa de miedo de D. Antonio, que dio
mala señal de valentía.
263
CAPÍTULO XXXVI.
No seatreYÍeron más D. Antonio j Francisco Drac á tomar
tierra en las costas de España, visto caán mal les iba (lo que
después les sucedió adelante se dirá): notaré aquí una cosa que
á mi juicio fué invención del demonio para atemorizar á Espa-
ña 7 su Rey, para no emprender las jornadas contra herejes
como se apuntó, capítulos 29, 30 y libro último, capitulo 32, 33
etcétera, y es que en Toledo una monja que decia tener visio-
nes ó revelaciones, sobre lo cual fué traida á Madrid, donde
estaba la Corte; entre otras cosas que dijo, dijo que debajo del
puente de Alcántara de Toledo hallarian lo que habia de suce-
der el año adelante de 1588. Apartaron el agua y cavaron y
hallaron un ajedrez con una espada,* hubo muchas interpreta-
ciones por el ajedrez, juego formado de guerra, y que la espada
desbastaría el juego de España con muerte de sus cabezas y
otras muchas cosas á este tono. Pudo el demonio poner allí el
ajedrez y espada para estorbar, como suele, lo bueno.
Habiendo Francisco Drac enviado á Inglaterra los enfermos,
como queda dicho, no pudiendo detenerse ya más por falta
grande de mantenimientos, salud, municiones y lo demás, se
tomó al fin de Julio para Inglaterra y desembarcó la gente en
Plemua, toda enferma y maltratada, y casi mortal; perdió 179
hombres y más, y entre ellos al General de tierra y valerosos
capitanes y caballeros. Siguiéronlo siempre las zabras que an-
daban espiándolo. Encontraron mucha cantidad de muertos
que iban echandq á la mar, y muchos en ataúdes con cruces
coloradas de San Jorge, á quien apellidan los ingleses. Trajo
el capitán Diego de Aramburu, guipuzcoano, un navio que
prendió con sus zabras á Santander, adonde entregó la armada
D. Juan de Cardona, en que habia 90 velas, á D. Alonso Ba-
zán, hermano del marqués de Santa Cruz, de quien se ha dicho.
Partióse con ella para Lisboa á 30 de Julio; tomó de camino
254
2.000 soldados de los tercios viejos qae estaban en la Gornña;
vino la gente qae Vitoria envió á Santander, entró en Vitoria
á 17 de Agosto. Quedó preso en Santander Diego de Caba^ pi-
loto y vecino de Santander, que daba avisos al Drac, y tenia en
su casa sus espías. Cogiéronle un navio al salir del puerto de
Santander cargado de pasamuros, cañones, mosquetes, muni-
ciones y cosas que enviaba al Drac, que habia hurtado de la ar-
mada. Llevaron ¿ Cuba i Madrid.
Húbose tan valerosamente en Lisboa el Principe Cardenal, y
con tanto ánimo habiendo visto, como dicen, las orejas al lobo,
porque dando tres pregones, el primero que todos los servido-
res de Su Majestad del Rey Don Felipe se alistasen, en que se
hallaron de Lisboa y su comarca 90.000, y el segundo que acu-
diesen á cierto punto, adonde no acudieron sino 30.000, y el
tercero que tomasen armas, no se hallaron sino 6.000 mal ar-
mados^ por lo cual ordenó por las calles de Lisboa á trechos los
castellanos, soldados viejos y bisoñes y avecindados en Lisboa,
con que causó tanto miedo que no osaron salir los portugueses
de sus casas, y D. Antonio se retiró, y enojado envió la lista de
los portugueses que le llamaron el Bey, que añrman ser más de
30.000, para vengarse por no haberse rebelado por él. Van
prendiendo á muchos y haciendo justicia y desterrando firailee
á Castilla y á galeras, sus Generales y soldados.
Finalmente, le sucedió tan mal á Francisco Drac, que los
suyos llaman Príncipe de la mar, y á D. Antonio y al conde de
Leza, General de tierra, que se tomaron á Inglaterra dejando
de los 22.000 hombres que trajeron, muertos más de los 20.000
de peste y hambre, y echando á fondo muchos navios por no
tener gente que los llevase; y los que llegaron no quiso la Reina
que desembarcasen porque no inficionasen la tierra, que ha sido
cosa que ha causado mucho llanto en Inglaterra.
Si el marqués de Cerralvo, Virey de Galicia, recogiera las
provisiones que el Rey tenia fuera de la Coruña para su ar-
mada, como el Rey se lo mandó mucho antes, avisándole que
Drac venia á la Coruña, fuera mucho más cruel la miseria de
la armada de Drac, porque habiendo combatido la noche que
r
256
llegó á la Ck)ruña el Bargo^ que es ana gran legua de la Coru-
ñSL i la parte de Castilla, adonde un fraile francisco que fué de
Orense por capitán de 24 frailes que fueron con cruces azules
levantando gente, acompañados de cien arcabuceros, defendió
el puente del Burgo gran rato, matando 17 ingleses, hasta que
lo mataron, y luego la defendió un monje benito que mató ocho,
y tomando allí 8.000 arcabuces, buenos y malos; 12.000 picas,
buenas y malas; 30.000 tocinos, 20 pipas de pólvora, y pasado
á la Goruña, combatió de noche la pescadería, que es á la parte.
de Portugal y Santiago^ con terrible estruendo de artillería, y
Ruándola, tomó de sus lonjas de las provisiones del Rey para
la armada 3.000 quintales de pólvora, 12.000 picas, 8.000 arca-
buces y mosquetes, 30 piezas gruesas, 12.000 quintales de biz-
cocho, pipas devino del Bey, 1.500 de Rivadavia y 1.000 de
particulares, 4.000 de vino de la tierra, de particulares; 4.000
arrobas de aceite, y mucho vinagpre, vacas acecinadas 2.000;
vacas vivas por la tierra, rocines y otras bestias y ganados más
de 6.000; 20.000 tocinos, 6.000 fanegas de lentejas y 8.000 de
garbanzos, y del Priorato de Cambre, monesterio de benitos,
quemaron el retablo dorado nuevo, llevaron 500 ducados de vino
y la ropa, campanas y cuanto hallaron, como del monesterio de
Santo Domingo que quemaron, cuyas imágenes de nuestra Se-
ñora despedazaron.
Tuvo casi toda la culpa de todo lo acontecido en la Goruña
el conde de Andrada, Capitán general de Galicia, que estaba
tan descuidado y comiendo tan á su salvo, que no quiso creer
á un gallego que le certificaba con jcnucha porfía la llegada
del enemigo hasta que dio sobre ól á la puente del Burgo, el
cual cobró tanto miedo, que con tener 8.000 hombres y núme-
ro de caballos que habian llegado de Oporto y Puente de Lima,
dijo á los suyos : «Sálvese cada uno como pudiere,^ y asi huye-
ron todos las sierras y matorrales arriba, que mataron á muchos
que atropellaron.
Han fortificado la Coruña, ido el enemigo, hacjeudo un
iberte junto á la muralla y mar, á la parte de Asturias, y otro
mÜMád Drac desembarcó, que es en la ría de Betanzos, y otro
266
en la Marola, que es el peñón que está en la boca del seno de
la Coruña, adonde estaba la ermita de San Antón. Faé comen-
zada á ver la armada de-Drac en la punta que llaman Priviro^
que es el de hacia Asturias. Entraron los navios de dos en dos
guiándolos una lancha, y luego hicieron calle, y por ella pasa-
ron las lanchas de los soldados que desembarcaron , y camina-
ron desde Betanzos por tierra á la Coruña^ y tiene bien perdido
el miedo á ingleses.
Díó á el marqués de CerraWo, porque defendió la Corana,
una encomienda de 4.000 ducados que tenia de caldos 12.000.
Ya queda dicho como Drac tornó del todo destruido á In-
glaterra, adonde estaban los soldados de D. Alonso de Luzon,
que eran 400, de quien en el capítulo 33 se ha dicho, los cual^
fueron rescatados, el Agosto de 1589 por el duque de Parma, y
dicen que Drac llegó con 14 navios & Londres donde ellos es-
taban. También se salvaron algunos que huyeron.
Vino la armada de la India á Lisboa con cuatro millones en
Septiembre, y la de las Indias del Occidente en Noviembre de
este año de 1589, con doce millones, habiendo corrido tormenta
y recibido algún daño de corsarios de Inglatera algunos na-
vios apartados de la armada. Quemaron los ingleses parte de
los pueblos délas islas del Pico y Faal. Está siempre la guer-
ra en pié contra Inglaterra que rabia porque no puede contra-
tar en España que le coge cuantos navios á ella aportan.
257
CAPÍTULO XXXVIII.
Cada día vienen compañías y soldados de los que quedaron
en Escocía el año 1588 de la armada que llevó el duque de Me-
dina contra Inglaterra, los cuales se quedaron en las islas de
loB Salvajes y otras de sobre Escocia y su comarca y Escocia,
y los trae rescatados el duque de Parma, y al fin del año de 1589
vinieron 700 juntos, traídos á Flándes por escoceses, de los
cuales mataron los ingleses de Gelanda 300 por no venir ar-
mados. Cuentan los trabajos grandes que pasaron y los navios
y gente que, dando en rocas con temporal, perecieron.
El año 1589, en Septiembre, padeció tormenta la armada que
venia de Indias. Perecieron cuatro navios; salvó Flores de
Aviles, el tesoro del Rey; dio el Rey libertad á Diego Flores por
ello, de quien se dijo en el capítulo 29 fin.
En Febrero salió de Santander un pataxe por mandado de
Sn Majestad, con 60 arcabuceros y 20 mosqueteros y buenos
marineros, la vía de Inglatera, para saber en qué términos an-
daba la inglesa, y encontró con seis naos de artillería, pólvora,
mecha y otras municiones que enviaba la inglesa á la Rochela
para Vandoma: rindieron los cuatro y los dos dieron huyendo
en Fu^nterrabía, donde fueron tomados. Trajéronlos á Santan-
der y tornaron á ir cuatro velas para Inglaterra á descubrir.
Tomo LXXXI. 17
1
r
CARTAS
DEL
RET NUESTRO SEHOR DON FELIPE TERCERO DE ESTE NOMBRE
DEL
DUQUE DE LERMA
SECKETABIOS ANDBÉS DE PBADA , ANTONIO DE ABÓSTEOUI T 0TB08
DiaiaiDAi AL
DUQUE DE MEDINA- SIDONIA
BN ESTE ARO de íWI
m
SOBRE NEGOCIOfl DE MAR f TIERRA.
(Biblioteca del Marqués de la Faensanta del Valle.)
COPIA DE CARTA
DEL 8ECBBTARI0 PRADA, AL DUQUE DE MEDINA-SIDONIA.
He recibido la carta de V. E. de los 27 del pasado, y hol-
gado infínito de entender por ella que haya venido cantidad
de navios con las cosas que faltaban para el apresto de la Es-
cuadra del Estrecho, para que tanto mejor pueda V. E. dar
recaudo á la expedición de ella. Ta he avisado á Y. E. como
se habia recibido su despacho que trata de esta materia, y cuan
bien habia parecido; ahora va la respuesta del, y hubiera ido
antes sí no fuera por esperar á enviar juntamente la cédula de
los 70.000 ducados, que avisé á Y. E. se proveian de más de
los 60.000 pasados. Y. E. mande que se haga luego la diligen-
cia antes que la ^ tengan ocasión de decir que han pagado
á otros á quien quizá se habian dado libranzas, que el librar á
diversos en una misma consignación se usaba mucho en tiem-
po de Ramirez de Prado, y era de harto inconveniente: Dios le
ayude, que aunque no tuviera otro trabajo que el haber sido
BU prisión tan grata á grandes y pequeños, era harto grande,
7 es esto de manera que el Padre Oliva dio las buenas Pas-
cuas en un sermón al puel}lo con la ocasión de este suceso, aun*
que no pareció bien.
Los Oficiales que Y. E. nombró se han aprobado como Y. E.
verá por el despacho de Su Majestad, y es bien que Y. E. en-
tienda que este negocio no corre por el Consejo, porque Su Ma-
jestad ha querido que vaya por otro camino.
Habiéndose visto lo que Y. E. me escribió proponiendo al
general Jerónimo Alvarez, para que lo sea de esa Escuadra,
se había puesto los ojos en él; pero con todo eso, ha querido Su
4 Hay un claro eD el origioal.
262
Majestad qae V. E. diga si se le ofrecen otros^ para escoger el
que más fuere servido; y que también diga Y. E. lo que se le-
ofrece sobre los Capitanes de los navios, pues los de inferntería
han de venir con ella de las partes de donde ha de salir; sobre
esto está á firmar una carta de Su Majestad, que si volviese á
tiempo, irá con este despacho, y si nó, podrá Y. E. ir pensando
en ello para cuando llegue, que para que Y. E. le gane, he
querido avisar de lo que hay á Y. E.
En lo que toca á la artillería, por lo que Su Majestad es-
cribe, verá Y. E. como no es servido que las 24 piezas de
bronce se saquen de Cádiz, Ceuta y Tarifa^ sino que se tome
de la que vino en los galeones que trajo D. Jerónimo de Porta-
gal, dejando la que es menester para los que han de ir por la
plata. Y. E. disponga esto como todo lo demás, que si hubiere
quien lo contradiga, acá se mirará lo que convenga; y para
esto convendrá que Y. E. vaya avisando de lo que se le ofre-
ciere.
Habiendo escrito hasta aquí, llegó el despacho de Y. E., de
los 24, y al punto se envió su pliego á D. Jerónimo de Esco-
vedo.
En lo que toca á las quejas de los ingleses, siento mucho
que no se remedien las que tocan á pagárseles lo que se les
toma, y que no baste haberlo Y. E. acordado , ni consultado el
Consejo sobre ello muy apretadamente; siempre lo voy acor-
dando y lo haré, por hacer de mi parte To que puedo.
También yo he echado de ver cuan mal estará á esa Escua-
dra la premision de los rebeldes que pasan con trigo á Italia,
pero si no se da otra orden, no me parece que comprenderá á
los que han pasado, porque aún á la hora de ahora, no debe el
marqués Espinóla haber publicado la orden que tiene de Su Ma-
jestad, la cual se entiende solamente con los que llevaren
trigo á Ñapóles y Sicilia, si bien sea lo mismo con los que le
llevaren á Estado de la Iglesia, y así no dejará de haber de qué
echar mano, y de aquí á que se ofrezca procuraré que se
haga lo que á esto toca, y se avise á Y. E. de lo que Su Majes-
tad será servido. Si en este medio volvieron navios de los que
263
han pasado á tiempo que la Escuadra está á panto, paréeeme
qae será bien reconocerlos y pedirles los recaudos que traen de
la drden con que fueron y dónde han entregado el trigo^ y de-
tener los que no dieren satis&ccion, y avisar á 8u Majestad;
esto se entiende de los rebeldes, porque á los de las otras na-
ciones con quien se tiene paz, no convendrá, sino antes agasa-
jarlos.
A las cartas que han venido para Su Majestad procuraré
que se responda con brevedad, y en lo que toca á los flamencos
Su Majestad ha querido que la orden sea general para excusar
consecuencias; pero cuando algunos de los que Y» E. dice acu-
dan, serán oidos.
El Emperador concluyó la paz con el Turco por veinte años,
quedándose cada uno con lo que tenia, y lo del tributo se ha
convertido en nombre de presente reciproco, de manera que el
Turco ha de enviar el retorno del que le enviare el Emperador;
pero esto durará en cuanto al Turco le estuviere bien: ahora
será menester alargamos de aquel enemigo; está muy irritado
y con gana de vengarse, y, si como dicen, que lo procura, se
concertase con el Persiano y coii sus rebeldes , seria mayor la
causa de temer. Guarde Dios, y dé á Y. E. tantos y tan felices
años como yo deseo.
De Madrid á 2 de Enero 1607.— Andrés de Prada.— Al du-
que de Medina-Sidonia, de los Consejos de Estado y General de
Su Majestad, su Capitán general del mar Océano y de la costa
del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta-
do, mi Capitán general del mar Océano y de la costa del An-
dalucía. En el despacho que se os envia con ésta, se dice que
la Escuadra que se apresta para el Estrecho ha de invernar
solos cuatro meses al año, y aquí aparté he querido declarar
y advertiros, como lo hago, que los dichos cuatro meses han de
ser los de Noviembre, Diciembre, Enero y Febrero; y pues
264
sabéis cnanto importa qne la dicha Escuadra salga á navegar á
los l.'de MarzOj os encargo macho procuréis que así se haga^ ga-
nando todo el tiempo que fuere posible, en su apresto; y porque
también es necesario nombrar el General, Almirante y Capitanes
de los navios, me avisareis luego de las personas que para ello
os parecieren á propósito, para proveer lo que convenga.
De Madrid á 5 de Enero de 1607.=^ YO EL REY.^Andrés
de Prada. — Por el Rey, al Duque de Medina-Sidonia, su primo,
del su Consejo de Estado, su Capitán general del mar Océano
y de la costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sídonía, primo, de mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa de la Anda-
lucía. He visto lo que escribisteis al Secretario Andrés de Pra-
da, en carta de los 23 de Septiembre, á propósito del navio
inglés que tomó el conde de Elbas en el Estrecho, cargado de
trigo , que le traían á vender en estos Reinos, comprado en
Cati de una presa que los rebeldes llevaron á aquella playa, y
cuando se ofrecieren semejantes casos, haréis que se proceda
en ellos conforme á justicia, citadas y oídas las partes, y si
apelaren de las sentencias que se dieren, les otorgareis las ape-
laciones para el mi Consejo de Estado.
De Madrid á 5 de Enero de 1607.== YO EL BEY.=André8
de Prada. — Por el Rey, al Duque de Medina-Sidonia, su primo,
del su Consejo de Estado, su Capitán general del mar Océano
y de la costa del Andalucía.
EL REY.
•Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. Háse visto vuestra carta de los 22 de Octubre y todas las
265
demás qae habéis escrito al Secretario Bartolomé de Aguilar
y Anaya, sobre la provisión del trigo y cebada para Oran, y
agradézcoos mucho el cuidado y diligencia con que habéis tra-
tado del asiento que os encargué tomásedes sobre esto, en que
os habéis gobernado con la prudencia que en las demás cosas
que se os encarga de mi servicio, y con mucho beneficio y apro-
vechamiento dé mi real Hacieilda.
El marqués de Árdales ha escrito acá lo mismo que á vos
sobre el trigo y cebada que no fié recibid, y aunque por los pa-
peles que él y los Oficiales del sueldo han enviado, se juzga
que el trigo que envió de Málaga Antonio de Vayala, debió de
llegar muy mal acondicionado: todavía se le responde encar-
g^ándole culpa de lo que en eso pasó; pero presupuesto que con-
viene acudir á aquella provisión en la forma que os he manda-
do advertir, seré muy servido que no alcéis la mano de ella, ni
dejéis de obligar á Antonio de Vayala á que cumpla con su
asiento^ pues se sabe que por haberse tratado del ^, no se ha
exonerado del dicho asiento, y así es bien que vos le vayáis
alentando y procuréis que cumpla por su parte, advirtiéndole
que el trigo que enviare sea bueno de dar y recibir, y lo mismo
á D. Francisco Verdugo, á quien se reprende por el poco cui-
dado que en esto tuvo, pues si hubo algún daño, debiera pre-
venirle, habiendo vos hecho confianza del, que es todo cuanto
en este negocio pudisteis hacer de vuestra parte; pero para que
adelante no se yerre, será bien que si Antonio de Vayala ha de
enviar desde la dicha Málaga más trigo y cebada, ordenéis que
además de contentarse dello el dicho D. Francisco Verdugo,
lo haga^ é intervenga á todo lá persona que sirviere el oficio
de Veedor y Contador de armadas y fronteras en aquella ciudad.
Aunque Antonio de Vayala cumpla puntualmente con su
asiento, falta otra buena cantidad para acabar de hacer la pro-
visión de Oran, y así holgaré que me aviséis si hay alguna otra
persona que dé lo que falta y al precio á que lo efectuare, por-
que estaré con cuidado hasta saberlo.
i Ea blanca en el original.
26«
Despaes de lo que escribió el marqués de Árdales y les Ofi-
ciales del sueldo de Oran, sobre la cobranza de los 83.000 rea-
les que se aplicaron al dicho Antonio d^ Vajala, se han teni-
do cartas de los unos y los otros con aviso de que dieron al
mercader una buena parte de ellos, y que lo demás se iba co-
brando con mucha prisa, y así, se les ordena de nuero que no
alcen la mano dello hasta que se cumpla puntualmente esta
partida, y sea cierta y segura, y así lo podréis decir al Yayala.
Ya habréis recibido la orden pafa la distribución de
los 4.400 ducados que he mandado proveer para la gente de
guerra que me sirve en Cádiz, y aunque esta suma es corta
como vos avisáis, todavía es bien cumplir lo que allí se dice, y
ya he mandado proveer para el mismo efecto, otros 4.000 du-
cados, y llegarán ahí con brevedad.
De Madrid á 7 de Enero de 1607.==: YO EL R£Y.;=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Agnilar y Ana-
ya. — Por el Bey, al Duque de Medina-Sidonia, su primo, su
Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta^
do, mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda-
lucía. Por carta del Yeedor Pedro Mazateve, de 22 de Octubre,
se ha entendido las compañías de infantería de la armada que
han entrado en el presidio de la ciudad de Cádit, y que un Ofi-
cial del Contador de la dicha armada, que trae las listas de
ellas, ha reparado en que no toca al dicho Veedor intervenir á
las muestras que se tomaren á la dicha gente, de que ha pare-
cido advertiros, y mandaros, como lo hago, deis orden para que
el dicho Veedor se halle presente á las muestras que se tomaren
á esta gente y á la demás que entrare en el dicho presidio y á
los pagamentos que se les hicieren, y que haga todo aquello
que debiera hacer el mi Veedor general de la dicha armada si
se hallara presente, y aquesto sea sin que tenga listas ni otros
267
papeles 9 sino solamente que en las libranzas que se hicieren
note la intervención, y dé fe de la paga, porque todo esto le
toca por razón de su oficio.
De Madrid á 7 de Enero de 1607.«TO EL REy.=Por
mandado del Bey, nuestro Señor, Bartolomé de Agailar y Ana-
ya. — Por el Rey, al Duque de Hedína-Sidonia, su primo, su
Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalucía.
EL BEY.
Duqae de Medina-Sidonia, primo» del mi Consejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Conviene que estéis advertido de no permitir que se dé carrera
á más navios de la Escuadra del Estrecho que los que fueren
menester, conforme al número de gente que tuviésedes para
ella, porque no suceda sea necesario dar dos veces carrera, y
en esta conformidad disporneis lo demás tocante á este apresto.
El ir adrezando y poniendo en orden los dos galeones
inios, de los tres con que trajo la plata de las Indias D. Jeróni-
mo de Portugal, es muy necesario, y que procuréis ganar
tiempo en ello, pues está tan adelante como veis, é iréis pensan-
do de la manera que podrán pasar á Lisboa, y el recaudo que
ahí habrá para ello; y avisaréisme luego de lo que cerca de esto
se os ofreciere.
De Madrid á 7 de Febrero de 1607.=YO EL BEY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor^ Antonio de Aróstegui. — Por
el Bey, al Duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y su Capitán general del mar Océano y de la costa
del Andalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, mi primo, del mi Consejo de Es-
tado y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
A lo que no se os ha respondido de Iw cartas que habéis escrito
268
por vía de mi Junta de armadas y fábricas de navios hasta 22
del pasado y se satisfará en ésta.
Agradézcoos el cuidado que tuvisteis de avisarme de la lle-
gada de los ga^leones de la plata, que ha sido muy buen suceso,
y se deben por él muchas gracias á Dios, y ya habréis enten*
dido la orden que he dado, cnanto á la entrega de ella.
En cnanto al asiento que se os ordenó hiciésedes^^sobre traer
de Dinamarca 60 piezas de artillería de bronce y 1^00 quinta*
les de cobre « conviene que os correspondáis con el marque de
San Germán, del mi Consejo de guerra y Capitán geneiral ^
y del entenderéis lo que se ha de hacer cnanto á la paga y
plazos que podréis prometer al Agente del Canciller de aquel
Reino, con quien decis que lo tratareis.
De la resolución que se hubiere de tomar en la fábrica de
las fragatas que habéis propuesto, se os avisará, y os agradezco
lo que acerca de esto advertis.
Pues 08 está cometido que compongáis la Escuadra de
los 12 navios que se han de armar para la guarda del Estrecho
de Gibraltar, será bien que veáis lo que para esto habréis me*
nester de la infiantería que volvió con el general Juan Alvares
y la que llevaron los tres galeones de Bivadeo, que está en
Cádiz, pues que lo que sobrare desta gente, y las demás cosas
que con ella llegaron ahí, se ha de encaminar á Lisboa, y si
allí no fuere menester á Vizcaya, para la Escuadra de aquella
parte.
El alcalde Portocarrero no pudo dar más dinero para socor-
rer la dicha gente, conforme á la drden que tiene para no to-
marlo de la Gavería, pero con brevedad se les proveerá.
Visto lo que tomáredes de la dicha gente, se podrá' tratar
de la reformación que advertis, dándome cuenta de ello por vía
del mi Concejo de Guerra.
Al dicho Alcalde se ordena que haga adrezar dos galeones
de los tres mios que han traído la plata, pues como decis se
pondrán de servicio con poca costa, y vos considerad si serán
i Hay un blanco en el original.
269
á propósito para la dicha Escuadra del Estrecho; y me lo avisad
lüégo, 7 cuánto costará el aderezo del nombrado el Bspiriíu
Santo.
Muy bien fué que alojásedes en el contomo de San Lúcar
la infantería que vino en los galeones que han traído la plata^
pues no cabía en Gádiz^ respecto de estar ocupada aquella
plaza con las compañías de los navios del general Juan Alva-
res y los tres de Riyadeo, y desde luego conviene que estéis
advertido que la gente de guerra que de aquí adelante acu<>
diere ahí, particularmente la de la Escuadra del Estrecho, ha
de invernar en Ceuta, y que ya que no pueda ser ahora, sea en
la primera invernada; y la falta de bastimentos que apuntáis,
será fácil de ^ déselos desa costa, por cuenta de la Corona
de Castilla, y así me temé por....** Vais pensando cómo se ha
de establecer y ejecutar, porque cu ^ didocon tiempo loque
cerca de ello se os ofreciere.
He visto lo gne decis cuanto ¿ las conveniencias que os pa-
rece se seguirían de que la armada de la guarda de la carrera
de las Indias, con que de ordinario se trae la plata de ellas,
fuese por la isla de la Margarita y Salinas de Araya, recorrien*
do aquellas costas; y estoy muy satisfecho del celo con que
ahora y otras veces lo habéis advertido; pero esto tiene los in-
convenientes que sabéis, y podrían ser de mucha considera-
ción , si por rodear ó pelear con los enemigos que topase se
impidiese el fin principal de traer la plata.
También quedo advertido del aviso que decis habéis tenido
de que los holandeses arman 80 navios para ir á traficar en las
Indias, y estimo el cuidado con que miráis todas las cosas de
mi servicio; de acá so hace lo que se puede/ y espero que vos
acudiréis á lo que os toca, como siempre.
De Madrid á 10 de Enero de 1607.=TO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
4 Está en blanco el original.
8 ídem id.
3 tdem id.
^
270
el Rey, al Duque de Medina-Sidonía, su primo, del bu Consejo
de Estado y Capitán geueral del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia^ primo, del mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. To he mandado (como habéis entendido), que vayan á Bar-
celona las galeras de España que están á cargo de D. Juan
Maldonado, y no han podido salir á hacer su viaje aunque lo
han intentado, por haberles sido contrario el tiempo; y, última-
mente, me ha escrito el dicho D. Juan, que están en la puente
de Zuazo sin esperanza de poder salir de allí tan presto como
convendría, y sin tener bizcocho para más de mediado este
mes, ni de dónde lo proveer, suplicándome mandase acudir al
remedio de ello con la presteza que conviene, ág que he queri-
do advertiros y encargaros, como lo hago, que si habiendo
cumplido primero y ante todas cosas con la provisión de los
galeones que han de ir por la plata, sobrare algún bizcocho,
deis orden que se entregue á las dichas galeras, que yo seré
muy servido de ello.
De Madrid á 10 de Enero de 1607.=TO EL REY.=Andrés
de Prada. — Por el Rey, al Duque de Medina-Sidonia, su primo,
del su Consejo de Estado, su Capitán general del mar Océano
y de la costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonía, primo, de mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. Habiendo resuelto que las galeras de España vayan la
vuelta de Cartagena y Barcelona, y quedádose en el puerto de
Santa María las plazas muertas que habia en las dichas galeras,
y conviniendo que no estén en ellas ni en el dicho puerto, os
J
271
lo be querido avisar para que deis orden que pasen á Cádiz,
donde hay gente de guerra, y que allí se les haga el asiento
del sueldo que cada uno tuviese, que así es mi voluntad.
De Madrid á 10 de Enero de 1607. =T0 EL BE Y.= Andrés
de Prada. — Por el Bey, al Duque de Medina-Sidonia, su primo,
del su Consejo de Estado, su Capitán general del mar Océano
y de la costa del Andalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Con
ésta se os envia copia de una carta que me ha escrito el conta-
dor Hernando de Otañez, para que veáis si habéis menester
algo de los pertrechos y cosas de la armada que avisa está en Se-
villa, por cuenta de la del mar Océano, para composición de la
Escuadra del Estrecho, y que lo hagáis tomar y emplear en
ella, y lo demás se venda con el beneficio que se pudiere, y el
dinero que procediere dello lo haréis tener por cuenta aparte,
y no lo distribuiréis sin orden mia.
Por esa carta en respuesta de la del dicho Contador que va
con su copia, veréis como se le manda que os asista y haga lo
que le ordenáredes, en lo que toca ala composición de la dicha
Escuadra; y si os pareciese excusar de dársela (con considera-
ción de las causas por que sabéis que se resumieron los oficios
de Veedor y Contador de las provisiones del Andalucía en fin
del año pasado de 603), lo haréis, y si no se la haced dar, me
avisareis de lo que acordáredes.
De Madrid á 10 de Enero de 1607.=YO EL BEY.=Por
mandado del Bey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Bey, al Duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía»
272
Su Majestad ha mandado que las compañías de infantería
que han yenido en la armada, del cargo de D. Jerónimo de
Portugal^ y las dos de los galeones que arribaron á Jamüca y
sos Capitanes, sirvan en la que se apresta del cargo del gene-
ral D. Francisco de Corral, y que salga i rehacerse hasta el
número de gente que será menester para esta armada, y que la
compañía de D. Felipe Manrique se reforme, y los soldados de
ella se repartan en las demás compañías que ellos quisieren es^
coger. Para lo cual se quedan despachando y se enviarán á
y. E. con brevedad órdenes de Su Majestad, y también irá un
Comisario de infantería que guarde las de Y. E. Mas, entre
tanto, me ha parecido avisárselo para, si conviene, no perder
tiempo en lo que se hubiere de hacer. Guarde Dios á Y. E.
como deseo.
De Madrid á 11 de Enero de 1607.=Señor Duque de Medi-
na-Sidonia.
Queriendo ir cualquiera armada que vaya desde España á
las Indias, y de camino ir á correr la isla Margarita y Punta de
Araya, ha de hacer la navegación siguiente:
Pasar por entre la isla Matalino y la de Santa Lucía , é ir
corriendo por la banda del Ueste de San Yicente y la Granada,
la vuelta del Susudeste, en busca de la Tierra Firme, por dar
resguardo á las corrientes que de continuo corren la vuelta del
Ueste; por pasar de barlovento de los testigos por noche, hade
dar fondo en la costa, hallándose con ella en 25 6 30 brazas que
todo es limpio; por respecto de las dichas corrientes, no se ha
de ir en busca de la Margarita, si no fuere de dia; siéndolo,
podría campar é ir corriendo la costa, hasta que halle la Mar-
garita por la proa, que está un poco más adelante del Cabo de
las Tres Puntas, y si quisiere pasar por dentro de la Margarita,
lo podrá hacer costeando la dicha Isla, dejando las dos isletaa
de Cubaga por babor; y si quisiere pasar por fuera con la ar-
mada por la banda del Norte de la dicha Isla, la ha de ir cos-
teando dando resguardo á primera Punta de la banda del Ñor-
273
deste, y asimit^mo á la del Sosadeste, qae es la de Mapatan; y
si quiere tomar lengna, podrá enviar nna pinaza ó patache por
la banda de dentro^ al logar de la Margarita, y salir á la dicha
Punta de Mapatan, á jnntarse con la armada, porque podrá
tomar la dicha lengua y salir á la dicha Punta tan presto como
la armada.
Desde allí, si quisiere ir á la Punta de Araya, lo podrá hacer,
y si quisiere correr, podrá volver á salir por barlovento de las
Yugar, dejando las islas Blancas de la banda de estribor, por
medio de las dos, é ir hacer su viaje adonde le pareciere.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda-
lucía. Yo he mandado al alcalde Martin Fernandez Portocar-
rere que envié á Cádiz 7.000 ducados parala paga de la gente
de guerra que me sirve en aquel presidio y la que de nuevo
entrare en él, conforme á la orden que vos diéredes , y porque
mi voluntad es que esta suma se distribuya en la forma que
veréis por la Cédula que será con ésta, os encargo y mando
deis orden que aquella se guarde puntual y precisamente, por
ser lo que conviene á mi servicio.
Al dicho Alcalde se ha mandado asimismo que envié una
persona á Baza con 2.000 ducados, para que socorra hasta la
dicha Cádiz las tres compañías que han de entrar en ella, de
que es comisario D. Alonso Nogaera, y que si le sobrare algún
dinero lo entregue al Pagador de la dicha ciudad, para que lo
gaste por vuestras libranzas de que he querido advertiros, para
que lo tengáis entendido, y que me aviséis cuando llegaren las
dichas compañías y la ícente que llevaren.
De Madrid á 12 de Enero de 1607.=YO EL REY.==Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya. — Por el Rey, al Duque de Medina-Sidonia, su primo, del
su Consejo de Estado, Capitán general del mar Océano y de la
costa del Andalucía.
Tomo LXXXI. 18
274
EL BET.
Oaqae^ primo: porque he mandado que las compañías de
infantería qae han servido en la armada que ha venido de las
Indias, del cargo del general D. Jerónimo de Portugal y Cór-
dova 7 las dos de los galeones de la del carg^ de D. Loís de
Cdrdova, qae arribaron i Jamaica y vinieron antes en conser-
va de las flotas de Tierra-Firme y Nueva España, vuelvan á
servirme con sus Capitanes en la armada que este año ha de ir
á las Indias por la hacienda mia y de particulares, á cargo del
general D. Fraucisco del Corral y Toledo, y he sido informado
que en las dichas compañías hay poca gente, os encargo y mando
qoe reformando la compañía del capitán D. Felipe Manrique,
que ha de quedar sirviendo el oficio de Factor de la casa de la
Contratación, en que está proveido, de manera que los soldados
se repartan en las otras ocho compañías que ellos quisieren es-
coger, proveáis y deis drden que todas ellas salgan á hacerse
de gente hasta el número que fuere necesario; y sí hubiese de
embarcar en la dicha armada , señalándoles los distritos más
cercanos y convenientes , para que con la brevedad posible se
rehagan de la g^nte que les faltare , para que por esta causa
no se detenga una hora la partida de la armada en el tiempo
que conviene y tengo mandado para su segura navegación ; y
para que las dichas compañías sean socorridas y no hag^n des-
órdenes mandará con brevedad que vaya un tlomisario que
acuda á ello y las guie, en la forma que sea costumbre, y de lo
que en todo se hiciere me avisareis.
De Madrid á 15 de Enero de 1607.=YO EL REY.«=Por
mandado del Bey, nuestro Señor, Gabriel de Hoa. — Por el Rey,
al duque de Medina-Sidonia, su i^imo, del su Consejo de £s^
tado, su Capitán general del mar Océano y de la costa del
Andalucía.
276
Ayer recibí el despacho de V. E., de los 8 del próximo pa-
sado, y por no haber habido tiempo para comunicarle, sólo ser-
virá ésta de avisar á Y. E. que lo he recibido, y que lo que
Y. E. había escrito áutes acerca de dejar el navio de Pedro de
las Mbfiecas y meter en su lugar el más pequeño de los de Su
Majestad que trajo I>. Jerónimo de Torres, que se había man-
dado vender, ha parecido bien , y asimismo el trueque del otro
galeón viejo con la nave de Pedro de Vergara, y así se ha con-
sultado á Su Majestad, y procuraré que vaya la resolución y
orden con el primero; y ya V. E. habrá recibido el despacho de
la dé Sú Majestad, como sobre lo que V. E. escfibtó , dé que se
espera respuesta, el subir i, nueve reales y medio por cada to-
nelada se tiene por de mucho inconveniente por la consecuen-
cia, y así convendrá que V. E. vea en qué forma se podrá aco-
modar esto por otra vía que no venga á ser sueldo ordinario,
presupuesto que los maravedises de plata no |)odrán servir
para esto este año; yo creo que caigo en la cuenta del fin su-
perior que Y. E. lleva en el apresto de esta Escuadra, y quizá ha
querido Dios que por este camino se consiga lo que tanto im-
porta, y que V. E. sea el autor é instrumento de ello. Hágalo
Su Divina Majestad, como puede, y guarde á V. E. ^omo yo
deseo.
De Madrid á 16 de Enero de 1607.— Andrés de Prada.
En la carta que irá con ésta, escribe Su Majestad á Y. E. la
resolución que ha tomado sobre que las compañías de infante-
ría que han venido de las Indias en las últimas ocasiones, vuel-
van á servirle en la armada del cargo de D. Francisco de Cor-
ral, y que Y. E. mande dar la orden necesaria para que se
rehagan de la gente que les falta para la que han menester; y
remitiéndome á la carta de Su Majestad, no tengo que decir en
ésta sobre ello, sino su propia pasada á Y. E.: no se olvide de
las oblig-aciones y deseo que tengo de servir á Y. E. para favo-
recerme con mandarme muchas cosas, teniendo por cierto que
ninguno acudirá á ellas ni obedecerá á Y. E. conpiás voluntad
276
que yo. Guarde Dios á V. E. los machos años que sos servido-
res deseamos.
Madrid á 16 de Enero de 1607.--Gabriel de Hoa.
EL BEY.
Duque de Medina-Sídonia , primo , del mi Consejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andaincía.
Por parte de Juan Nuñez Correa me ha sido hecha relación que
de diferentes partes le han venido cinco navios cargados de di-
versas cosas que había hecho prevenir para el apresto de las
armadas y flotas de Indias, suplicándome haga merced de
mandar que se tomen por cuenta de mi hacienda las dichas
cosas al precio que le están al mismo Juan Nuñez, y que á los
Maestres de los navios les paguen los fletes, porque él se halla
imposibilitado de poderlo hacer; y habiéndose visto en la mi
Junta de Armadas y fábricas de navios, ha parecido advertiros
de ello para que veáis si lo que han traído los dichos navios es
á propósito para las armadas de Indias , y para las Capitanas y
Almírantas de las flotas de ellas ^ ó si hay falta de las dichas
cosas p&ra el apresto de la Escuadra que ha de correr el Estre-
cho de Gibraltar, y de lo que cerca de ello se os ofreciere me
daréis luego aviso.
De Madrid á 22 de Enero de 1607.=YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y su Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Por cuanto á los marineros españoles que me sirven en
mis armadas del mar Océano, carrera de Indias y flotas de
ellas, y á otras personas particulares de este ministerio, conce-
dí las preeminencias que es necesario por las Ordenanzas que
277
mandé despachar, y ñrmé de mi mano (en Ventosilla á 4 de
NoYiembre del año próximo de 1606), y refrendada del infras-
crito Secretario , y deseando cada dia favorecer y honrar á los
dichos marineros, he resuelto añadir de nuevo á las dichas Or-
denanzas y preeminencias las siguientes:
1.^ Primeramente, que toda la gente de mar de la nación
Española que me sirviese en mis armadas , y en las Capitanas
y Almirantas de las flotas de las Indias, puedan usar y usen las
armas que quisieren de las permitidas en estos Reinos en cual-
quiera parte dellos, y á cualquiera hora, y tirar con arcabuz,
como sea, de cuerda y con bala rasa, guardando los términos
y meses vedados.
2.^ Que puedan traer cuellos de camisas más de marca, y
valona y coletos de ante.
3.° Que á los que fueren hijos-dalgo, no solo no ha de parar
perjuicio á su nobleza, ni á las libertades y exenciones que por
derecho, fuero y leyes de estos Reinos les pertenecen, ni á sus
hijos, ni sucesores, el asentarse á servirme 6 haberme servido
en las dichas armadas y flotas de marineros ú otra de las pla-
zas que acostumbra á servir en los navios la dicha gente de
mar ahora ni en ningún tiempo del mundo ; pero que el hacer-
lo sea calidad de más honra y estimación de sus personas.
4.*^ Que los que se asentaren para servirme en las dichas
armadas y flotas gocen de éstas y las otras preeminencias con-
cedidas por las dichas Ordenanzas de 4 de Noviembre, desde
luego que se asentaren ó alistaren por los mis Oficiales de suel-
do, pero no le han de ganar hasta el dia que comenzaren á
servir.
5.® Que el que sirviere veinte años continuos quede jubila-
do, y goce de todas las dichas preeminencias.
Por tanto, en virtud de la presente, ó de su traslado autén-
tico , encargo , ordeno y mando á los mis Vireyes , Capitanes
generales de mar y tierra , Asistente y Gobernadores de estos
mis Reinos y Señoríos, que cada uno, por lo que le toca, haga
publicar en los lugares y puertos de su jurisdicción estas Or-
denanzas, como las otras dadas en el dicho dia 4 de Noviembre
278
del año próximo, y que tengan la mano en la observancia y
camplímiento de ellas, y lo mismo encargo, ordeno y mando
á los mis Presidentes^ Oidores y Alcaldes de las Cfajancilleriaa
y Audiencias destos dichos Reinos, y >¿ todas y oualesqaidr
Justicias, dellos sin esceptar persona, y que ninguno vaya con*
tra el tenor de lo arriba dicho^ intes lo favorezcan y ayuden á
la buena ejecución de ello y de las órdenes que se despacharen
en esta materia, que así conviene á mi servicio y es mi vo-
luntad.
Dada en Madrid á 22 de Enero de 1607. »T0 BL BET.^
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegni.
r
279
ULS 008AS QDfi D£ IfUBYO SUPLICAN X YUESTRA MAJSSTÁD LES
OOIfCBDA LA UNIYEBSIDAD DK SEVILLA DE LOS MABEANTE8 DE
INDIAS PARA Sü CONSEBYAOION Y AUMENTO, Y PARA MÁS BIEN
PODBE SBEYIB L YUBBTBA MAJESTAD.
Qae Vuestra Majestad se sirva declarar á los Maestres y
Pilotos examinados de la carrera de las Indias, que ellos son los
verdaderos Cdmitres Reales , y qne como á tales se les ha de
g^oardar las honras y mercedes que los Señores Beyes de Cas-
tilla, antecesores de Vuestra Majestad, les concedieron, pues
ellos son los verdaderos sucesores en sus oficios y ministerio de
la mar; porque en aquellos tiempos no habia Indias ni examen
de Maestre ni Pilotos, como ahora lo hay, y los que eran due-
ños de naos y Maestres del arte del mar , como ahora son los
Maestres y Pilotos, se llamaban Cómitres Reales.
ítem, que las naos que se entregaren de particulares, ha-
biendo de hacer viaje á las Indias en servicio de Vuestra Ma-
jestad, los dueños dellas, los Capitanes de mar y Pilotos que
en ellas hubieren de poner, sean los mismos dueños; y que esto
se entienda ser examinados y habiendo de hacer recogimiento
de plata ú oro y otras cosas, hayan de ser Maestres los dichos
dueños de las naos con los cargos de las Ordenanzas.
ítem, que los marineros que se hubieren de admitir al exa-
men de Pilotos ó Maestres clasifiquen sus personas ante los
Diputados y Mayordomo de la universidad de la mar, así de su
limpieza y linaje , como de poder ser admitido al examen de
Piloto ó Maestre; y que dándoles esta Universidad de que pue-
de ser admitido al dicho examen la persona á cuyo cargo fuere
el oficio de Piloto mayor, los admita sin pedirles más recaudo
ni información & la ^ y si á Vuestra Majestad le pareciere,
que los Diputados y Mayordomo hagan el oficio de Piloto ma-
4 Esté en bUoco en el original.
280
yor, pues son Pilotos examinados y que lo haceu sin salario
ninguno.
ítem, que por cuanto algunos mercaderes hacen registro en
unas naos y cargan la ropa en otras, y algunas veces no las
cargan en ninguna por sus particulares intereses , por donde
los Maestres en las Indias pagan los derechos de los tales re-
gistros , por no hallar los Oficíales reales de quien cobrarlos y
es en mucho daño de los dichos Maestres, Vuestra Majestad ha
de ser servido de mandar que en las casas de la Contratación
de Sevilla y Cádiz, ni de otras partes, no reciban registro nin-
g^uno sin que vayan firmados del dicho Maestre ó de quien su
poder hubiere, ó á lo menos escribiendo el conocimiento firma-
do del dicho Maestre ó de persona que tenga su poder.
ítem, que porque algunos Maestres y dueños de naos sue-
len quebrar y faltar de sus réditos por perdérseles las naos, ó
por embargárselas Vuestra Majestad para su Real servicio, y
por otros muchos naufragios que suelen tener, por los cuales
vienen á empobrecer y á no poder pagar sus deudas , suplican
á Vuestra Majestad sea servido que constando ,ser así, que los
Diputados y Mayordomo conozcan de las tales quiebras y no
otra Justicia ninguna que les puedan hacer ^ según y como
y por la orden que el Prior y Cónsules de la Universidad de los
mercaderes la hacen con los mercaderes que quiebran, breve y
sumariamente, por excusar dilaciones y gastos; y esto sea ante
el Escribano que nombraren en su Universidad.
ítem , Su Majestad sea servido que los dueños de las naos
que se hallaren al través en las Indias no paguen derechos
de los despojos y municiones de las dichas naos.
ítem, que Su Majestad sea servido que los oficiales calar
fates y carpinteros, cuando hay falta de ellos, respecto de
ocurrir á un tiempo despacho de armadas de Su Majestad y
flotas de las Indias , de ordinario para estas ocasiones toman
muchachos á nombre de aprendices, no teniendo los ' ni
4 Está en bianoo en el original.
% ídem id.
r
281
después de pasadas estas ocasiones, y les señalan mny grandes
precios por su jornal y real y medio por la comida y dos reales,
por lo cual Vuestra Majestad y particulares son dannificados
en mucha cantidad de dinero.
ítem , que los oficiales, calafates y carpinteros, cuando en-
tran á trabajar en una nao no puedan alterar el precio de como
entran el primer dia hasta tenerla en derecho de la primer banda
y fuera de riesgo, porque suelen, cuando tiene la nao la quilla
arriba y estando la nao en riesgo de perderse, sin más consi-
deración que sus intereses, los dichos oficiales suben los pre-
cios de sus jornales excesivamente , teniendo la nao en el di-
cho riesgo; y su dueño por sacar la nao del dicho peligro les
da todo lo que ellos qnieren, y caso de que alguno sea hombre
de razón y le parezca mal esta fuerza y quiera proseguir sin
alterar precio, los demás lo injurian de palabra y muchas veces
lo acuchillan y sacan á cuchilladas de la plancha, y para el re-
medio de esto conviene que Vuestra Majestad mande que los
dichos oficiales de calafates y carpinteros , los aprendices que
recibieren sean por escrituras públicas , en que se obliguen á
enseñarles los dichos oficios, y que los traslados de las dichas
escrituras los presenten ante el Mayordomo y Diputados de la
mar, para que ellos les señalen el salario y ración que los tales
aprendices han de ganar, y los dichos Mayordomos y Diputa-
dos los irán alargando el salario y ración conforme á la sufi-
ciencia que del oficio tuvieren, y que los capataces cuando fue-
ren á cobrar las jornales, no los puedan cobrar sin llevar orden
de los dichos mareantes de lo que han de cobrar por cada uno.
Item^ ha de ser servido Vuestra Majestad de mandar que
aquellos que comenzaren á hacer la obra de un navio la aca-
ben de todo punto, no siendo menester para servicio de Vues-
tra Majestad, so graves penas.
ítem, porque algunos que tienen naos no tienen verdadero
conocimiento de la bondad y suficiencia de los calafates y car-
pinteros de Sevilla, suelen llevar por capataces oficiales que no
tienen la suficiencia que conviene, de que resulta muy gran
daño al servicio de Su Majestad y de particulares, y muchas
284
RELACIÓN
DE LOS PRIVILEGIOS, FRANQUEZAS Y LIBERTADES PERTENECIENTES
i. LOS CÓMITRES DESTA CIUDAD DE SEVILLA Y SU ARZOBISPADO,
Y DE LAS CARTAS Y SOBRECARTAS QUE SOBRE ELLOS TIENEN.
Primeramente , parece , por una carta de confirmación de
los Católicos Reyes, Don Fernando y Doña Isabel, nuestros Se-
ñores, que hayan santa Gloria , dada en Sevilla á 9 de Diciem-
bre de 1477 años; y por otra confirmación de la Reina Doña
Juana, nuestra Señora, que haya santa Gloria, dada en Ma-
drid á 30 de Mayo de 1510 años, en que están incorporadas las
informaciones que han hecho todos los Señores Reyes, desde el
Señor Rey Don Sancho, padre del Señor Rey Don Fernando,
hasta la dicha Señora Reina Doña Juana, que el dicho Rey Don
Sancho por su carta, dada en Haro á 7 de Julio, era de 1326
años, mandó que los dichos Cómitres sean libres de todos los
pechos, pedidos é moneda forera.
ítem, las mujeres de los dichos Cómitres, después dellos fa-
llecidos, en cuanto mantuvieren castidad, y sus hijos hasta que
sean de edad, son libres de pechar moneda forera ó cualquier
otro pechó, por carta dada por el Señor Rey Don Fernando, di-
rigida especialmente al Cabildo de Sevilla y á los cogedores de
la moneda forera, dada en Sevilla á 7 de Febrero, era de 1372
años. Y por otra carta del dicho Rey Don Fernando, dada en
Sevilla á 20 de Mayo, era de 1348, que está confirmada por
todos los Reyes hasta la Reina Doña Juana, parece que los di-
chos Cómitres tienen libertad de conocer de los poderes é plei-
tos de la mar y de las aguas dulces, y de poner cada año Al-
guacil y Secretario y Alcaldes ordinarios , y otro ningún Alcal-
* de, ni Alguacil, ni Secretario, ni los Alcaldes de los barqueros
y Proveedores, ni los Alcaldes mayores de Sevilla no puedan oir
285
de ningún pleito que al hecho de la mar ni del rio pertenezca
nueyamente ni por alzada.
ítem, los dichos Cómítres tienen libertad de conocer de los
hechos 6 pleitos de la mar, é de poner cada año Alguacil y su«
Secretario y Alcaldes ordinarios, é otro ningún Alcalde ni Algua-
cil, ni Secretario, ni los Alcaldes de los barqueros, ni pescado-
res, ni los Alcaldes mayores ni ordinarios de Sevilla no pueden
oir de ningún pleito que al hecho de la mar ni del rio pertene-
ciere nuevamente ni por alzada , sino solo los Alcaldes ordina^
rios que fueren puestos cada año entre los hombres buenos de
la mar, y en segunda instancia al Capitán, y en última instan-
cia al Almirante^ é que los pescadores de por la mar, ni por las
aguas dulces en navios que vayan con todos los pleitos que
entre ellos hubiere, así en razón de la pesca como de fletes, 6
aquél es de los navios de la mar, é de todas las otras cosas que
pertenecen al hecho de la mar y de las aguas dulces, ante los
Alcaldes de la mar y no ante otro alguno, y en segunda ins-
tancia al Almirante, y que la Justicia no pueda poner otros Al-
caldes, sino aquellos que los hombres buenos de la mar pu-
sieren.
ítem, que los pleitos 6 hechos de las almonedas de los mo-
ros y de las moras, y de las otras cosas que ganaren sobre mar,
que los libren los Alcaldes della é no otro alguno.
ítem, parece que cada y cuando que el Concejo de Sevilla
hiciere huestes por tierra, en cualquiera manera, que los hom-
bres buenos de la mar ni del rio de Gualquivir, ni los pesca-
dores no sean obligados á ir con las huestes por tierra, sino
que estén prestos cada y cuando que fuere menester para el ser-
vicio del Rey, y vayan por el rio en barcos á guardar los va-
dos y las islas.
Parece todo esto por otra carta del dicho Rey Don Fernan-
do, dada en Sevilla á 20 de Mayo, era de 1348 años.
ítem, parece é consta por una carta de confirmación y sen-
tencia de D. Alonso Enrique, Almirante mayor de Castilla, en
que está incorporada otra del Almirante D. Hernán Sánchez de
Tovar, é una cédula del Rey por la cual le mandó que oyese á
286
lo8 OtfmitreSy é les guardase justicia, que es hecha la dicha cod-
ñrmacion en Sevilla á 16 de Julio de 1420 afios.
ítem, los dichos Cdmitres son Ubres de todos pechos que los
.hombres pecheros son obligados á pagar, por carta del Rey Don
Sancho, padre del Be; Don Fernando, dada en Haro á 7 de
Junio de 1326.
ítem, parece por carta del Sefior Rey Don Juan, dada ^n
Ocaña á 3 de Mayo de 1452 años, dirigida al Cabildo de Sevilla,
manda que los Cdmitres y sus mujeres é hijos é hijas hayan las
honras de los caballeros que mantienen caballo y armas, y
aquellos y sus mujeres é hijos é hijas, puedan traerttt^, plata,
seda é aljófar y todos los otros ornamentos que los dichos ca-
balleros que mantienen caballo^ y armas pueden traer, aunque
no tuviesen caballo é armas, y sin incurrir en pena alguna de
cualesqaier Ordenanzas, 4 que no los empadronen el Cabildo
de Sevilla como los que son pecheros. Parece que la obedeció
el Cabildo de Sevilla y mandó que se cumpliese por su carta
hecha en 10 de Noviembre de 1452 años.
ítem, el Señor Rey Don Enrique, por su carta hecha en 7
de Febrero de 1398 años, mandó que los navios de los marean-
tes desta ciudad de Sevilla y naturales de estos Reinos sean
preferidos en los ñetamentos á otros navios de los extranjeros
dellos, y que los mercaderes genoveses, placentines, catalanes
é franceses é irlandeses, ó cualesquiera otras personas de
cualesquiera otros Reinos y Señoríos que cargasen mercaderías
en Sevilla y en las ciudades, villas y lugares de su Arzobispado
é obispado de Cádiz, que tanto por tanto á dichos de dos mer-
caderes é dos marineros que fleten antes para llevar las dichas
mercaderías en los navios de los naturales antes que en los de
los ertranjeros.
ítem, el Señor Rey Don Alonso, por su carta dada en Sevi-
lla á 5 de Septiembre, era de 1365 años, dirigida al Cabildo de
Sevilla, manda que los vecinos del barrio de la mar, é los Cd-
mitres de ella sean libres, que no les puedan echar huéspe-
des ni hacer sus casas posadas, aunque sean de los criados
del Rey.
J
387
S por otra carta del Bey Bou Juan 11^ dada en 5 de AgeBto,
era de 1417, mandó á los Alcaldes de sa Consejo, 6 Alcaldes, é
Algpoacilas de Sevilla, é á caalesquiera otros sna Oficiales,, qne
no consientan i ningano ni algunos qne posen en casa de los
Gómitres ni de las viudas qne mantavieroia castidad, que faeren
mujeres de Cómitres vecinos de Sevilla é Triana, ni que les to-
men ni consientan tomar ropa ni otra cosa alguna contra su
voluntad.
Parece, por carta ejecutoria é pleito litigado con el alguacil
-Guillea de las Casas, confirmada por el SeSor Rey Don Juan,
que los Cómitres puedan traer armas cuales quisieren por Ser-
villa é por todos los Beínos é Señoríos de So Majestad, para d&*
fension de sus cuerpos, aunque sean armas defendidas por los
Conscgofl i Justicias de Isa tales ciudades, villas y lugares, é
cualesquier de ellos. Hay un testimonio de pleito que sobre
ello pasó ante Diego Hernández de Sevilla , Secretario de Su
M^estad, hecha en Sevilla á 20 de Agosto de 1435 años: están
confirmadas todas estas franquicias é libertades que de suso
se contienen por los Señores Bey Don Enrique é Don Juan, é
Don Eorique, abuelo del dicho, é Don Enrique, é Don Alonso,
6 D. Sancho, por carta de confirmación dada en Sevilla á 3 de
Agosto de 1452 años.
He recibido los despachos de Y. £. de los 13, 14 y 15 deste,
y procuraré que se responda á Y. E. con la mayor brevedad
que sea posible, y que en lo del dinero se dó diferente orden
de la que se habia dado, sobre que he comenzado á hacer dili-
gencia, y queda bien dispuesta la materia.
Ta Y. B. habrá entendido la prisión del conde de YiUalón-
ga, que á mi me ha lastimado cuanto Dios sabe: So Majestad me
ha mandado entregar los papeles de su oficio, para que le sirva
288
en cuanto se ve y determina sa causa; y así han venido á mía
manos los que Y. E. envió á las suyas tocantes á cosas de Ber-
bería: á la proposición de que vayan algunos navios á romper
la pesquería de los rebeldes, háme dado cuidado el ver que
V. E. escribe al conde de ViUalonga que enviaba á sus manos
aquellos despachos porque se guardase el secreto, infiriendo yo
de aquí que ha habido algo que yo no sé en lo que ha pasado
por las mias; y si es así, fuera para mí muy gran merced y muy
digna de lo mucho que yo he deseado y deseo de servir á V. E.,
que se sirviera de mandármelo avisar, para que pusiera reme-
dio en ello; y si no ha habido cosa para acudir á otro con lo que
á mí me tocaba, yo me contento de que V. E. haya hecho su
gusto, aunque no me puedo persuadir, sino que esto debe de
nacer de quererlo así el conde de ViUalonga, que como tan po-
deroso no le podia nadie huir el rostro; y en verdad, que aun-
que yo pudiera sentir que sin causa se metiese en mi mies,
como lo hacia en muchas cosas, sabe Nuestro Señor, que he
sentido su trabajo más que otros que le andaban lisonjeando,
porque no deseo venganza del prójimo, y holgaría que saliese
bien del trance en que se halla, que es muy para lastimar; y
porque la obligación que de nuevo me ha puesto Su Majestad
me fuerza á mirar mucho cómo proceden los que me asisten,
suplico á y. E. me mande avisar si ha entendido algo de que
me pueda recatar, que recibiré en ello particular merced, y en
que V. E. se asegure de lo que le deseo servir y que lo haré
siempre como debo.
Sa Majestad ha resuelto que se envien los dos navios á Mu^
ley-Xeque, y que se le responda graciosamente, y en firmando
el despacho que se queda hacieqdo, despacharé correo con él,
de que rae ha parecido avisar á V. E., para que pueda ganar
tiempo en aprestarlos, y no le ha parecido á Su Majestad tratar
de que entregue á Larache, sino que si se resolviere en ve-
nir acá la deje tan á recaudo que pueda Su Majestad Volverá
meter por allí en su Reino por las razones que Su Majestad es-
cribirá á V. E.
A lo de la pesquería de los rebeldes procuraré se responda
289
con brevedad & V. E., y el pensamiento que en esto ha teni-
do, V. E. sea encontrado con la resolución que Su Majestad
tomó muchos dias há de procurar hacerles daño para este ca-
mino. Guarde Dios á V. E. como yo deseo.
De Madrid á 23 de Enero de 1607.— Andrés de Prada.
EL REY.
Duque de Medina-Sídonia, primo, del mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía: por lo que habéis escrito al Secretario Bartolomé de Agui-
lar y Anaya, en carta de 7 del presente, se ha entendido que
por la diligencia que habéis hecho con Antonio de Yayala,
mercader, habia enviado á Oran tres naos con 3.600 fanegas
de trigo bueno, parte de ello por su cuenta y lo demás de un
amigo suyo, lo que os agradezco y tengo en servicio, y os en-
cargo que vayáis continuando estos oficios con el Yayala ú otra
cualquier persona para que provean á las dichas plazas el trigo
y cebada que les falta hasta la cantidad que han menester, en
conformidad de lo que se os ha escrito estos dias; ya avisareis
de lo que se hiciere, porque conviene tenerlo entendido.
De Madrid á 24 de Enero de 1607.= YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y
Anaya. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, su
Capitán general del mar Océano y costa de Andalucía. — San
Lúcar.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta-
do, mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda*
lucía. Háse visto lo que en 20 del pasado escribisteis al secre-
tario Bartolomé de Aguilar y Anaya, á propósito de la provi-
sión de Oran, y lo que sobre lo mismo os avisan el marqués de
Árdales y los Oficiales del sueldo de aquellas plazas; y por lo
Tomo LXXXI. 19
290
que se os escribió á los 7 de écite, yereis cuánto conviene que
no alcéis la mano de esta plática, ni dejéis de obligar á Antonio
de Vayala á que cumpla con su asiento, y le vayáis alentando
para que lo haga, y de nuevo os lo vuelvo á encargar, y me
tendré por muy servido de que continuéis en lo que habéis
empezado con el celo que acudís á todas las cosas de mi servi-
cio,* é iréis avisando lo que en esto se fuere haciendo, por que
estaré con cuidado hasta saber que se haya cumplido con esta
provisión de Oran.
Ha parecido muy bien considerado lo que decis de descar-
gar el trigo que se envia en Hazalqnivír y no en Oran, y se
dará orden para que así se haga.
De Madrid á 24 de Enero de 1607.=YO EL EET.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su .primo, su Ca-
pitán general del mar Océano y de la costa del Andalucía. —
San Lúcar.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mis Consejos de Es-
tado y Guerra, mi Capitán general del mar Océano y de la
costa del Andalucía. Hánse recibido y visto vuestras cartas
de 14 y 15 de éste, con las que acusan de Muley-Xeque y la
copia de la que os escribió Juanetin Mortara, y he holgado de
entender qne se haya confirmado la nueva de la victoria
que su hijo tuvo contra el Rey de Marruecos, su hermano, y
que él esté tan puesto en desear y conservar mi amistad : yo
respondo á sus cartas en la forma que veréis por la copia de la
que le escribo, que va con ésta, y seré servido de que con la
mayor presteza qne pudiéredes le enviéis á la Mámora los dos
navios que pide, para que si todavía la necesidad le forzare á
ello se pueda valer de ellos, y procurareis que vayan tan en
orden y proveidos como conviene para tal efecto; y aunque lo
de Larache es de la importancia que se sabe, no me parece
que en esta ocasión se le pida la entregue; y así lo que le ha-
291
beis de dedr es, qae aunque tenéis por cierto qne con el buen
suceso de la victoria no tendrá necesidad de ellos todavía, por
haberos yo .mandado que se los enviéis lo hacéis, y que como
flu amigo, os ha parecido advertirle qué en caso que todavía se
resuelva de embarcarse y pasar á estos Reinos en los dichos
navios, será bien que deje puertas seguras por donde con mi
asistencia y ayuda pueda volver á entrar en los suyos, como
seria á Laraohe y la Mámora^ dejándolas tan á buen recaudo
que en cualquier tiempo que vuelva halle libre entrada en
ellas: que con esto no se le dará causa de sospechar que lo
que se hace con él es por habei abandonado á Larache, y po-
dría ser que viendo que no la puede asegurar volviendo las
espaldas, y lo que le importa tener segura aquella entrada,
saliese de él el entregarla, pues está claro, que si no fuere
constreñido de la necesidad, no lo hará, y así parece que es
bien asegurarle en estos principios por este camino.
En lo que toca á lo que Juanetin Mortara os escribe que
Muley-Xeque desea se haga con los judíos que están en Tánjer
y Lisboa, se queda mirando para proceder en ello con la justi-
ficación que conviene, y con mucha brevedad se os avisará de
lo que se podrá hacer; porque, aunque es así es bien contentar-
le, esto se debe hacer en lo que mediante justicia hubiere lugar;
y entre tanto responderéis al dicho Juanetin con buenas pala-
bras, como vos lo sabréis muy bien. hacer, y me iréis avisando
de todo lo que en esta materia se ofreciere.
A la carta que me enviasteis de Juanetin Mortara, respon-
do, porque ha parecido que es bien animarle con esto, como lo
veréis por la copia que se os entia de la carta que le escribo;
demás de lo cual será bien que vos, como de vuestro le asegu-
réis de que se tendrá mucha cuenta con su persona, conti-
nuando él sus servicios como de él se confia.
De Madrid á 25 de Enero de 1607.=YO EL REY.=Andrés
de Prada. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
de sus Consejos de Estado y Guerra, su Capitán general del
mar Océano y de la costa del Andalucía.
292
Ta avisé á V. E. como Su Majestad me había mandado
entregar los despachos que Y. E. envió á manos del conde de
Yillalonga, sobre las cosas de Berbería, y que procuraría se
respondiese á Y. E. lo más presto que fuese posible; ahora digo
que con ésta ya el despacho de Su Majestad para Y. E. y res-
puesta de las cartas de Muley-Xeque y Juanetin Mortara, á
que no se me ofrece que añadir.
Con el primer ordinario procuraré que tenga Y. E. res-
puesta de lo del capitán Juan Hanz Scot;, entretanto podrá Y. E.
dispensar con él.
También irá orden para el trueque de aquellos navios ^
vengan con el galeón que se habia mandado vender.
Con el fracaso del conde de Yillalonga vuelve cada cosa á
su lugar, y lo que toca á esa Escuadra y á las demás de la ar-
mada se ha vuelto el Consejo de Guerra y se han entregado los
papeles al secretario Antonio de Aróstegui, por cuya vía con-
vendrá que Y. E. escriba todo lo que se ofreciere, que es lo
que yo deseé y procuré desde el principio.
El Presidente de Hacienda y Cristóbal de Ipinarrieta han
dicho al Duque que los 70.000 ducados saldrán ciertos, y que
para ello se enviarán los recaudos necesarios, como de todo
avisará á Y. E. á su tiempo el secretario Antonio de Aróstegui.
Lo de encargar al general Juan Alvarez esa Escuadra, queda
muy bien examinado.
Los recaudos de los Oficiales despachará el secretario An-
tonio de Aróstegui y al Pagador se encargará la depositaría de
las presas como á Y. E. se lo ha parecido, y espero que ha de
haber muchas y buenas, porque la permisión no comprende á
ninguno de todos cuantos navios de rebeldes han pasado hasta
ahora, pues cuando ellos partieron no se podia haber publica-
do. Guarde Dios á Y. E. como yo deseo.
De Madrid á 27 de Enero de 1607.— Andrés de Prada.
Hay un blanco en el original.
293
Ta que queda á cargo de Y. E. lo tocante á las compañías
que han de ir con los galeones del cargo de D. Francisco del
Corral, estoy con mucha coi^fianza de lo hien que se ha de
hacer.
La adyertencia de Y. E. sohre que esa armada^ saliendo
temprano, vaya para la isla Margarita y llegue á la Panta de
Araya, es digna de la prudencia de Y. E., y así se tratará de
ello en. el Consejo^ como Y. E. lo manda, si hien es verdad que
nunca he visto inclinado á Su Majestad á que los galeones se
diviertan de su intento principal, por el riesgo grande que cor-
rerian sí hahiese muchos navios de enemigos en la Punta, y por
lo mal que después se podría reparar para traer en ellos la
plata de Su Majestad. Guarde Nuestro Señor á Y. E. como
deseo.
De Madrid á 29 de Enero de 1607.— El duque de Lerma y
de Andrade.
EL BEY.
Dnque de Medina-Sídonia, primo, de mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda-
lucía. En consideración alas causas que me haheis represen-
tado en vuestra carta de los 8 de éste, tengo por hien que se
suspenda con el capitán Juan Hanz Scot para este año la eje-
cución de la orden que mandé dar para que se retirase con los
demás extranjeros que ahí residen la tierra adentro, y así lo
puhlicareis y haréis que se haga^
De Madrid á 31 de Enero de 1607.= YO EL REY. = Andrés
de Prada. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
de su Consejo de Estado, su Capitán general del mar Océano
y costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano, y costa del Andalucía.
294
Porqae como haheis entendido, hasta Iob 15 del presente no
habj& dado el tíempo lagar para que las galeras de Gepaña
pudiesen hacer el riaje de Cartagena, donde se lea ha proveído
dinero para bq mantenimiento 7 apresto, y si no lee fuese po-
sible salir del Puerto de Snnta María 6 Cádiz basta que mejore
el tiempo, teman necesidad de bizcocho, porque según han es-
crito el Veedor general y Proveedor de ellas se les acabaría lo
que tenían en todo este mes, ha parecido poner por cuenta de
Toestro cuidado el remedio de la necesidad, y así os encaí^,
que si el socorrer á las dichas galeras con parte del bizcocho
que vais fabricando no hubiese de retardar el despacho de la
Escuadra del EBtrecho, acudáis á ello prestándoles lo necesario
en el Ínterin que se las euvia dinero de aquí, pues veis lo que
importa.
Quédase tratando de proveer dinero para pagar el trigo que
se ha tomado fiado para mantenimiento de las dichas galeras,
porque es muy justo dar satisfacción á los qne lo han de haber,
y particularmente á los extranjeros, como lo avisasteis por carta
de 9 del pasado, y os agradezco lo que de vuestra parte hicisteis
para suplir está necesidad.
De Madrid á 31 de Enero de 1607. =T0 EL RBY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegni.— Por
el Rey, al duque de Mediua-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Ociíano y costa del Au-
dalucla.
Madrid 31 de Euero de 1607.— Aróstegui.
Responde al informe qne el Duque, mi Señor, hizo de la
nao de Pedro de Váidas para saber si era á propósito para la
navegación de la India de Portugal, y dijo que á reconocerlo
acudiría é San Luear * encargando ¿ V. E. le ayudase en
la dirección de esto negocio.
4 Hay un bUiH» eo «I ori^atl.
r
295
Madrid 31 de Enero de 1607. — Aróstegui.
Contiene cierta necesidad con qae la galeras de España se
hallaban, y encarga al Daque, mi señor, qae si el socorrerlas
con parte del bizcocho que se iba fabricando no hubiese de re-
tardar el despacho de la Escuadra del Estrecho, les prestase lo
que fuere menester en el ínterin que le envia ordinario, y añade
que se quedaba tratando de proveer con que pagar el trigo
qoe se tomó fiado para mantenimiento de las dichas galeras,
agradeciendo á S. E. lo que de su parte hizo para suplir esta
necesidad.
EL REY.
. Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Por
vuestra carta de 7 del presente y la relación que con ella en-
viasteis, queda entendido lo que pretendía saber, y mandé que
informásedes de las calidades de la nao de D. Pedro de Valdés
que vino de la Habana, y para saber si era cual conviene para
la navegación de la India de Portugal; acudirán ahí de parte
de D. Juan de Faro (de mi Consejo de Estado en aquel Reino),
personas que la reconocerán y verán si será bien comprarla
para este efecto, y si les pareciere ayudareis al concierto como
á las demás cosas de mi servicio, en que le recibiré de vos.
De Madrid á 31 'de Enero de 1607.=YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonía, su primo, de su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
lucíá. — San Lúcar.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mi Consejo de Estado,
Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalucía.
Háse visto vuestra carta de los 10 del pasado, y ha sido bien
avisar de la necesidad que hay de acudir al reparo del castillo
296
de Tarifa y de las murallas de aqaella ciadad, y da los enca-
balgamientos de la artillería que hay ea ella, y quédase miran*
do la forma que podría haber en acudir á todo; y para que la
resolución que se tomare sea más acertada, convendrá qne
procuréis entender menudamente qué cantidad de dinero es el
que decis que hay procedido de las sobras de la caruiceríay y
en poder de qué personas está depositado, y si se ha consiga
nado ó librado para cosas de mi servicio, y por cuya orden se
ha hecho; y por lo que toca á la provisión de las armajs y mu-
niciones, se acuda á mi Capitán general de la artillería, que
tiene orden de proveer las necesarias.
Pues decis que se puede tornar á reducir al estado que solia
tener la caballería de los continos que hay en la dicha Tarifa,
obligándolos á que tengan armas y caballos, me tendré por
servido que deis al Corregidor la orden que deben guardar en
esto que á él se le ordena, cumpla la que vos le diéredes.
^ ha sido haber dado aviso del estado en que se halla la
caballería de Jerez ^ en los medios que proponéis para que
se reduzca al estado que solia y de la ....^ se tomare, os man-
daré avisar.
De Madrid á 1.^ de Febrero de 1607.=YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y
Anaya. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
del su Consejo de Estado y Capitaa general del mar Océano y
de la costa del Andalucía. — San Lúcar.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Por
vuestras cartas de 30 y 31 de Diciembre, 1.® y 22 del pasado,
4 EsU en blanco ep el origíoai.
8 Ídem id.
I ídem id.
297
se ha enteDdido el estado en que teníades las cosas tocantes al
apresto de la Escuadra del Estrecho de Gibraltar, y del cuidado
y diligencia con que lo vais disponiendo todo os doy muchas
gracias, y encargo lo continuéis, pues tanto importa á mi
servicio.
Como antes de ahora se os ha escrito, no conviene de ningu-
na manera alterar el sueldo de siete reales por tonelada con los
navios que han de servir en la dicha Escuadra, pues no ganan
más los que andan á flete en mi armada del mar Océano, por
el gran daño que recibiria mi hacienda; de esta consecuencia
y la que decis hacen los dueños de esos navios del servicio de
la carrera de ludias para el de acá, no la fundan en razón que
obligue á admitírselo, respecto á ser el viaje de indias tan largo
y peligroso, y haber de navegar y residir la dicha Escuadra tan
cerca desas casas y el provecho que de ello se le podrá seguir:
vos, conforme á esto, ved qué comodidad se les podrá hacer por
otra vía, y me avisareis de ello, y en tanto no ceséis en el
apresto de los dichos navios.
Por ahora no conviene que salgan la vuelta del Estrecho
los tres navios que decis quedaban fuera de carena, que á su
tiempo se os avisará lo que en esto será bien que se haga.
Sobre lo que advertís, cuanto á la forma en que convieae
que vayan de armada las Capitanas de las flotas, no se podrá
innovar por este año lo que está hecho, y para el que viene se
tratará de ello, acordándolo ásu tiempo, para donde toca.
' Bien ha sido excluir la nao de Pedro de las Muñecas que
habíades elegido para la dicha Escuadra, pues tenia necesidad
de tanto adobo, y si el subrogar en su lugar el galeón nom-
brado la Madre de Dios (que es uno de los mios con que trajo
la plata D. Jerónimo de Portugal), os parece tan á propósito
como decis, podréis echar mano de él, y avisaréisme de cuántas
toneladas es.
También se tiene por convenible el trueque que decis ofrece
Juan de Vergara de su galeón nombrado Nuestra Señara de
Befoña (uno de los embargados para la dicha Escuadra), con el
galeón San Gregario, que está mandado vender en Sevilla, y
298
así podréis concluir el dicho trueque con las condiciones pro-
puestas, que al alcalde Portocarrero se ordena que cumpla lo
que vos ordenáredes en este particular, y de como lo hubiére-
des ejecutado me daréis aviso.
De Madrid á 1.^ de Febrero de 1607.=YO EL BEY.=Por
mandado del Bey, nuestro Señor, Antonio de Aréstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sídonia, su primo, del su Consejo
de Estado, su Capitán general del mar Océano y de la costa del
Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. En
ésta se responderá á lo que queda entendido por cinco cartas
vuestras, la una de 3 de Diciembre y las otras de 12 y 22 del
pasado.
Pues las diez compañías de infantería de los navios del
cargo del general Juan Alvarez, y de los tres galeones de Ri-
vadeo, que están alojadas en Cádiz, decís que no tienen más
de 608 personas, inclusas las primeras planas, conviene que
luego las reduzcáis á seis banderas, para que éstas vengan á
tener el número de los mil hombre que se han de embarcar en
la Escuadra de la guarda del Estrecho de Gibraltar, y demás
de estas seis compañías ha de quedar por supernumeraria la de
Orlando Tesauro; y los tres capitanes que habéis de reformar
sean D. Francisco Bnriquez, Juan de Vega y Pedro de Jurcioe,
y la gente de sus compañías la incluiréis en las demás que
quedaren en pié, y también los soldados de Ramos, de otras
compañías de Galicia y Portugal que están entre las dichas
diez, escepto los soldados que fueren casados, que estos podrán
volver á sus puestos, y vos los encaminareis á eUos por tierra 6
mar, como os pareciere, con la comodidad necesaria.
La persona del general Juan Alvarez de Aviles parece tan
á propósito como decis para gobernar la dicha Escuadra, y así
apruebo la proposición que de él me habéis hecho, y será bien
299
qae se lo digáis para qne con más cuidado asista y ayude al
apresto de esos naTíos^ como cosa que ha de estar á su cargo;
7 en lo que toca al Almirante, se os responderá con brevedad
la resolución que tomare en nombrar el que lo ha de ser.
La calidad y partes que decís tienen los 12 navíoe qtie ha-
béis elegido para composición de la dicha Escuadra , parecen
acomodados para el efecto con que han de serTir, y os ag^dez-
co la buena elección^ y también el aviso de lo que ha de decla-
rar el Capitán del navio inglés que tomaron los de Santo Do-
mingo de las Indias que venian en la flota.
Bien es que os correspondáis como se os ha ordenado con
el marqués de San Germán, del mi Consejo de Guerra y Capi-
tán general de ia artillería, en lo que toca á efectuar el asiento
de la que se ha de traer de Dinamarca, y lo mismo haced en
todas las cosas tocantes á la artillería, artilleros, armas y mu-
niciones que se han de proveer para la dicha Escuadra, que el
dicho Marqués dará la orden que convenga al Teniente de Ca-
pitán general de la artillería de Cádiz para que os acuda con
el recaudo necesario.
Cuanto á valeres para la dicha Escuadra, de las cosas que
tienen i, cargo deldicho general Juan Alvarez, y de los
^es galeones d^ ^ brevedad lo que hubiéredes de hacer, y
para socorrer la infa \ mandado proveer 6.000 ducados li-
brados en los Millones desa ^ lucía.
De aquí á fin del verano que viene se verá si la infantería
que ha de navegar en la dicha Escuadra será mejor que inver-
né en Ceuta 6 en otra parte, y ved si será á propósito Oran.
Hicisteis bien en enviar las fianzas que ha dado Domingo
García Flores para servir el oficio de Tenedor de bastimentos de
la dicha Escuadra, y parecen bastantes para la seguridad de
la hacienda que se le ha de entregar; pero porque en la rela-
ción de los demás Oficiales de la dicha Escuadra no viene nom«
4 Hay un blanco eo el original.
8 ídem id.
I Ídem id.
4 ídem id.
300
brado el dicho Tenedor, ni el sueldo que ha de goiar^ eonTÍene
que lo aviséis para ponerloen so título^ que el del ProToedor y
el del Pagador ya se quedan despachando.
Mucha satisfacción tengo del celo con que tratáis todas las
cosas de mi servicio, y estoy cierto de que es grande el benefi-
cio de mi hacienda cuando las provisiones y aprestos corren
por Yuestras órdenes, como ahora, y holgaré que veáis qaá ex-
cesos podréis reformar en las cosas que he puesto á Tueatro
cargo y disposición.
A su tiempo avisareis los marineros que os faltaren para
tripular los navios de la dicha Escuadra, y qué medios se po*
drán usar para no venir al que proponéis de temarios de los
barcos del tráfico, que esto no se juzga por conveniente.
De Madrid é 5 de Febrero de 1607.=TO EL REY.=Por
mandado del Bey, nuestro Señor, Antonio de Ar6stegui.-**Por
el Hey, al duque de MedinarSidonia, su primo, del su Gonaejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y de la costa del
Andalucía.
1 Copia.'— k V. E. suplico mande perdonarme el haber es-
j[^rito á Su Majestad: verá, en lo de los Capitanes de mar, que por
mi obligación y consejo no lo he podido excusar de ponerlo en
consideración con Su Majestad y á Y. E. , y con esto habré
cumplido, pues ni hijo, ni pariente, ni criado mió habrá de te*
ner estos oficios, ni yo he de dcg'ar lo que entendiere tener tan-
tos inconyenientes descubrirlo á Su Majestad y á los Ministros,
á quien toca el disponerlo , porque verdaderamente , certifico á
V. E. como cristiano, que si no se toma esta resolución de dar
á estos navios de armada que van á viajes tan largos como los
de Indias^ Capitanes de mar, que se han de ver daños y quizá tan
grandes que se olviden algunas de las pérdidas frescas que
hemos tenido, y al señor Duque diera cuenta de esto, junta-
mente como á y. E., si la falta de salud con que S. E. se halla
\ No dice á quiéo va dirigida ni por quién está escrita.
901
no^e tn viera con cuidado de no cansarle con papeles: mas
V. E., por lo que es el seryicio de Dios y de Su Majestad, se lo
haga, TOS en mandar resolver esto, que aunque el Consejó haya
acordado lo que V. E. sabe, si la misma experiencia va mos-
trando el daño que esto tiene y tendrá, justísimo es que se me
crea, como á viejo, y como quien tanto desea el acertamiento
en el servicio de Su Majestad,* y aunque pudiera más alargar-
me, y con algunos ejemplares, para V. E. no es menester, pues
le dio Dios tanta prudencia para juzgarlas: disponed en todo lo
que más convendrá.
El General y Almirante darán cuenta á Y. E. más en par-
ticular del estado que tiene, y el ^ es uno de los más bue»
nos hombres y de mejor intención y voluntad que he conocido,
y como los despachos que hasta aquí ha hecho, lo que era de
la provisión y apresto, era Juan Nuñez Ck)crea el que lo hacia
y disponia, como ahora hace el efecto de Proveedor juntamente,
y no tiene quién le ayude ni quién entienda de esto, se halla
atrasado, y no lo ha hecho, poco el aderezo del galeón San
Martin y pues por lo que el General y Almirante me dicen y
aseguran, se ha querido llevar á su paso el apresto y provisión
de los d^nas, porque no se quedase, y en esto Y. E. debió de
Tcr en la Junta lo que escribí , cumpliendo lo que se me orde-
nó por ella,- y aunque saliendo en todo este mes loe galeones
no será tarde, y se ha de hacer un gran esfuerzo en ello, no
está el tiempo en la mano para que puedan hacer en las ar-
madas, en lo que yo he visto y tratado^ no las ha de aguardar
el tiempo, sino ellas, ó el mismo tiempo, para que no se pierda
la flor del luego que sea bueno.
Por la misma consideración de la falta que Juan Nuñez
Correa hace al alcalde Puertocarrero, que disponía lo de la pro-
visión y todo lo necesario del armamento de los navios» y solo
el Alcalde entendia en el despacho.
Acuerdo á Y. E., y desde ahora, que están dadas visitas
á 34 naos, y las más de ellas muy grandes para sola la provin-
4 Hay un blanco en el orislnal.
302
cía de NuevarEspafia, ni otras que irán á Campeche é Isla»; y
qoe el despacho es grande; y qae así V. E. debe mirar el cobro
qae se le ha de dar, pues de aqaí á 20 de Mayo es corto el
tiempo; y tomo á acabar ésta con suplicar á Y. E. me perdona.
Nuestro Señor guarde á Y. E.
De San Lúcar á 5 de Febrero de 1607.
SEÑOR.
He recibido la de Yuestra Majestad de último del pasado
y 1.* de éste, en respuesta de las mias de 31 de Diciembre, 1.%
7 y 22 del pasado, y siempre he ido dando cuenta á Yuestra
Majestad , como se me ha mandado , de lo que se va haciendo
en el apresto desta Escuadra del Estrecho, que está en tan
buen punto, que de los 12 navios quedaron ayer los 10 de ellos
fuera de carena, y se han aparejado aprisa, y los galeones
Madre de Dios y Nuestra Señora de Begoña, saldrán de sus
carenas para los 25 deste y de todo punto acabados, que como
navios que han llegado de viaje de las Indias y ser de Yuestra
Majestad , se les ha hecho y ya haciendo toda la obra que ha
parecido para que queden muy bien.
En lo del sueldo que se ha señalado á los navios de particu-
lares de nueve reales por tonelada, en que Yuestra Majestad
me ha mandado advertir de lo mismo, que en ninguna manera
se haga este crecimiento, por la consecuencia y ser el sueldo
ordinario en la armada del mar Océano de ocho reales por to*
nelada, he dicho á Yuestra Majestad que aún con esto y que
sirvan años estas naos, por las grandes costas que sirven,
carreras y sus aparejos, que todo se hace por cuenta de este
sueldo , no allegarán á embolsar maravedís los dueños dellas,
antes de la hacienda de Y. M., se ha suplido, y así los dueños
de los navios que se toman para la carrera de las Indias, yendo
á ellas sin sueldo , holgaran de hacerlo por las ganancias se-
cretas que en esto tienen de cargar secretamente sin registro
ni pagar derechos, y los viajes hechos en sus tiempos de ida y
303
Tu«lta son segurísimos y impelen, ni ver enemigoSi si no es por
una gran maráyilla; y los de esta Escuadra ningún provecho
tienen, ni se les puede seguir, y lo que es pelear, á eso se Ta y
]>ara esto se quiere; y así, verdaderamente, ¿qué comodidad se
les podría dar para otra parte? por la consecuencia debe crecer
el sueldo de los ^ que me parece es muy considerable, por-
que han de querer luego lo mismo los de la provincia de Viz-
caya, aunque no ^ estas mismas causas; y como sus navios
son tanto mayores, el sueldo puede suplir buena parte con la
relación que se les da más de toneladas: ya habia propuesto á
Vuestra Majestad que á estos pobres dueños de estas naos,
siendo personas tales como lo son algunos, y dando sus fianzas,
que se les hiciese merced de los maestrales de plata, que pues
se dan á extraños y á quien no sirve, con esto podrá suplirse
el daño que reciben ^ ó se subiera de los ^ el sueldo de
esta Escuadra. Vuestra Majestad no se sirvió de resolver esto:
ahora se me ofrece, que como entran en partes de las presas los
Generales, Capitanes, soldados y marineros, según él sueldo
que cada uno gana, así entrasen en esta cuenta los dueños de
las mismas naos en la parte que Vuestra Majestad fuese ser-
vido darles como á un Capitán de mar, ó de los quintos que to-
can á Vuestra Majestad se les diese alguna equivalencia, por-
que verdaderamente , en consecuencia , digo á Vuestra Majes-
tad que quedan perdidos estos pobres hombres á quienes se han
tomado sus naos hoy dia: de las 12 son ya de Vuestra Majes-
tad los galeones San Agustin, Madre de Dios y Nuestra Señora
de Beffoüa, que troqué con Juan de Biri ^ por el galeón San
Gregorio y la fragata Santa Ana, y el francés De Dupa, que
entiendo se carenará; y también ando por trocar el galeón San
Marcos por la Portuguesa de Cádiz, gran navio de vela y
hueso para de armada en el Brasil; así que solos seis navios
1 Bstá en blaooo en el original.
S ídem id.
t ídem id.
4 Ídem id.
5 No puede leerse en el manuscrito el apellido.
304
quedan por cuenta de los dueños, en que Vuestra Majestad se
servirá resolver lo que por ellos sea hora de hacer, porque se
alienten otros á fabricar viendo que á estos que se les ha to-
mado sus naves se les acomoda y no quedan perdidos y des-
truidos.
Quedo advertido de no servirse Vuestra Majestad de que
salgan los tres navios que propuse á el Estrecho , y así aguar-
do lo que Vuestra Majestad me manda en lo que acerca de esto
propuse de nuevo con el ordinario pasado.
Muy bien se ha mejorado la, Escuadra con el galeón , Ma^
dre de Dios, por el navio de Pedro de las Muñecas, que era
de cinco viajes á las Indias, aunque se fabricó en la Habana y
era tan velero.
El asiento con Juan de ^ por el trueque de su navio con
el galeón San Gregorio, se halla en la forma que le propuse á
Vuestra Majestad , por estar así muy bien á su Real servicio
esta mejora, y así se le entregará como Vuestra Majestad lo
manda al Alcalde ^ lo haga como se lo advertiré.
En lo que toca á la nave de D. Pedro de Valdés, como ven-
gan las personas que enviare D. Esteban de Faro á reconocerla
de si es á propósito para navegar á la India de Portugal, les
asistiré y encaminaré la. compra, si bien se remató en 20.000
ducados al capitán Pedro Romero, vecino del Puerto de Santa
María, y habrá menester otros 12.000 ducados más para care-
nas y arbolarle y enjarciarle, y es bien se considere que llega-
rá á 32.000 ducados, y que no se gastarán pocos en llevarlos á
Lisboa y componerle á la usanza que allí acostumbran para
aquella carrera, que ha de venir á costar tanto como cualquiera
de las naos que se fabrican en aquella ribera, si bien las ma-
deras, por ser de pino, duran muy poco, y esta nao lo hará
mucho por ser las maderas todas de la Habana; y acuerdóme
de haber visto en Lisboa la nao nombrada Las Llagas que se
hizo en la India, que hizo cinco ó seis viajes á ella,, por las
4 Está en blanco en el original.
2 ídem id.
305
buenas maderas, que esto tendrá también la de D. Pedro de
Valdéé.
Lo qne Tue^ra Majestad me manda^ que por la falta qne
las galeras de España tienen de .bizcocho para hacer el viaje
de Cartagena, enviándoles de sobrado alguno del qne está fa-
bricado para la Escuadra del Estrecho, que tasadamente se
tiene j aún menos del qne será menester para los ocho meses
qne Y. M. me ha mandado advertir ha de navegar, y hasta
el 1 nnevo no he querido, porque no se nos pierda el bizco-
cho, por ser de la mar, deteniáudole tantos meses, hacer esta
provisión entera deste género , y así no tendré que poder dar
las guardias, que por lo que he entendido tienen bizcocho para
de aqnf á fin de Marzo; mas otras tantas faltas, y tan grandes
como en particular lo escribirá á Vuestra Majestad el Veedor
general; y para que no se aventuren será muy de servicio de
Su Majestad que se les provea alguna partida de dinero consi-
derable. Nuestro Señor guarde la Católica persona de Vuestra
Majestad largos años.
De San Lúcar á 10 de Febrero de 1607.
EL REY.
Mi Corregidor de la ciudad de Córdoba: la falta que hay de
marineros para tripular mis armadas, ha obligado á mirar con
cuidado en los medios más á propósito para suplirla, y hacién-
dose plática sobre ello en el mi Consejo de Guerra, se ha juz-
gado por uno de los más eñcaces encaminar á los puertos de
mar donde se juntan las dichas mis armadas. Escuadras y na-
vios de ellas, muchachos pobres de doce á quince años de los
que se recogieren en las Casas de la Doctrina de las ciudades
y villas de estos Reinos, que sean sanos y sin ninguna conta-
gien, y también de los vagamundos que se hallaren en ellas,
para que se embarquen en los navios que se aprestaren para
4 Está en blanco en el original.
Tomo LXXXI. 20
306
las Indias y otras naTegaciones, y se hagan prácticos dellas;
y porque he dado el cargo de esta introducción en la costa del
Andalucía al duque de Medina-Sidonia, del mi Consejo de Bb«
tado y Capitán general de ella, os ordeno que luego que ^te '
os avisare que le enviéis los muchachos de las partes dichas que
se hallasen en su jurisdicción, lo hagáis con mucha brevedad,
procurando disponerlos con suavidad y de manera que vayan de
buena gana, asegurándoles el tratamiento que se les hará.
De Madrid á 12 de Febrero de 1607.
hiLi ivlliX .
Duque de Medina^Sidonia , primo , del mí Consejo de Esta»
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Por las cartas vuestras de 10 y 31 del pasado, se ha entendido
como habíades dado principio á lo del Seminario y crianza de
marineros, y comenzado á establecer el enviar muchachos en
los navios que salen de esos puertos para que se introduzcan en
la navegación, y repartido cantidad de ellos á las naos señala-
das para la flota de Nueva-España, y esto y tratar de dar á los
galeones que han de ir á traer la plata hasta 70, ha parecido
muy bien, y os agradezco la buena maña con que lo vais dis-
poniendo, y se escribe á los Corregidores de Córdoba, Granada,
Écija (como lo pedís) las cartas que van con ésta, ordenándo-
les, como veréis por la copia, que os envien para este efecto
muchachos de Doctrina de los que se recogieren en aquellas
ciudades cuando se lo avisáredes.
Es muy conveniente la continuación de que los dichos
Maestres de navios particulares lleven esos muchachos, obli-
gándolos á que darán cuenta de ellos ; pero esto se ha enten-
der recibiéndolos de su voluntad, sin apremiar á nadie que em-
barque más gente de la que suele y quisiere llevar en su navio;
y cuanto á las armadas de la carrera de las Indias, Capitanas y
Almirantas de las flotas y barcos de aviso, y todo lo demás que
tocare á la Contratación , se ordena por vía del mi Consejo de
307
Indias qne hagan lo mismo los de la casa de la dicha Contra-
tación en la forma qne vos se lo advirtiéredes, que en lo que ha
parecido se puede hacer en esto caso.
De Madrid á 12 de Febrero de 1607.=TO EL REY.=Por
mandado del Rey, nnestro Señor ^ Antonio de Aróstegni. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia , su primo , del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
Hoy he recibido el despacho de Y. E., de 5 de éste, que se
empezó á yer en el Consejo esta mañana y se proseguirá en el
de mañana y donde también haré relación de otra carta de
V. E. de 30 del pasado que me ha enviado esta noche el señor
secretario Prada; y porque lo de más cuidado es el dinero, he
holgado mucho de saber esta noche de D. Jerónimo Altamira-
no el medio que V. E. propone para lo de los 70.000 ducados,
porque no había hallado más rastro desto que haberlo escrito
V. E. al conde de Villalonga. El Consejo hará todo lo posible,
y para este punto nos valiera mucho la Junta de Armadas;
pero no hay que hablar de los muertos: de lo que se hiciere en
esto del dinero avisaré luego á V. E. y responderé con parti-
cularidad á la carta que me hizo merced de escribir á los di-
chos 5 de éste.
Don Luis Fajardo escribió á Su Majestad el mismo dia, que
no se hallaba con un palmo de jarcia para aprestar la armada
de su cargo, y que habia escrito á Sevilla para que la proveye-
sen; y suplica á Su Majestad encargue á Y. E. que tome la
mano en ello, para que se gane tiempo en enviársela en algún
navio ligero, y en esta sustancia se ha hecho despacho de Su
Majestad, que le firmará mañana. El Consejo me ha mandado
que despache luego este correo, para que entendida por V. E.
la voluntad de Su Majestad, interponga su autoridad en que
esa jarcia vaya con la brevedad posible, pues D. Luis dice que
ha proveído dineros y habrá avisado la suerte y calidad, y esto
importa tanto, que si de ahí no se provee no ha de poder salir
á la mar.
308
Ha parecido mny bien el intento de Y. E. de qne salgan
cinco 6 seis galeones de esos al Estrecho , en estando apres-
tados, é irá luego despacho dello aprobando lo que Y. E. dice.
Habrán de llevar la infantería qae ahí se halla, pues no hay
otra más pronta, y ofrécese la dada que verá Y. E. por ana
de las cartas de Sa Majestad en lo de sacarla de los presidios;
y con esos primeros galeones habrá de salir el general Jaan
Alvarez, y no sé si Y. E. le ha dicho cómo lo ha de ser de
esa Escuadra, porque en cartas que acá ha escrito no hace
mención de eso. Cuanto á la pólvora y municiones^ pues en las
cartas que han venido hoy ha escrito Y. E. al señor marque
de San Germán lo que es menester, con eso correrá la provi-
sión de ello, y si esta relación no ha venido muy particular,
conviene que venga luego, y Y. E. se entienda con el Mar^
qués sobro estas cosas, y mande decir á su Teniente lo que hu-
biere menester para que vaya acudiendo con ello; pero lo que
yo temo es que no ha de tener á la mano el recaudo necesario.
En lo de los muchachos que se encaminan en los navios, se
ha hecho el despacho que Y. E. verá por una de sus cartas de
Su Majestad, y van juntamente las que se han escrito á los
Corregidores^ con copiado la una para que Y. E. mande ver lo
que contienen.
Está resuelto que los dos galeones, de los tres de Su Ma-
jestad, que trajo D. Jerónimo, de Portugal, se aderecen luego
y pasen á Lisboa, porque D. Luis Fajardo está muy falto de
navios, y este embarazo ha de colgar del cuidado de Y. E.,
como todo lo demás: irá despacho de Su Majestad luego sobre
ello; pero para ganar tiempo lo digo ahora á Y. E.
Esta carta para el alcalde Portocarrero es sobre lo que
Y. E. mandará ver por el membrete; suplico á Y. E. mande
que se use della según el estado en que estuviere, que acá se
dicen muchas cosas que yo no creo, porque le tengo por muy
honrado y cabal Ministro. Nuestro Señor guarde á Y. E. muy
largos años.
De Madrid á 12 de Febrero de 1607. — ^Antonio de Aróstegui.
309
EL REY.
Duque de Medína-Sídonía^ primo ^ del mi Consejo de Esta*
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
No embargante que los dias pasados escribisteis que teníades
por dificultoso aprovecharnos de la gente de guerra de la costa
de Granada para servir en los navios de la Escuadra que apres-
táis para la guarda del Estrecho de Gibraltar , conviene que
laégo me informéis más particularmente lo que cerca de ello
se os ofreciere que advertir; y si tiene inconveniente sacar to-
dos los 1.000 soldados que han de navegar en la dicha Escua-
dra de las plazas de Tánger^ Ceuta, Oran y la dicha costa de
Granada y como lo tengo resuelto, porque si esto tuviere difi-
cultad conside ^ ó acomode por otro camino, supuesto que
el tiempo está tan adelante que no conviene perder más en dis-
poner ^ toca de la manera que se hubiere de ejecutar.
De Madrid á 12 de Febrero de 1607.= YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor^ Antonio de Aróstegui. — Por
el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL BEY.
t
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mis Consejos de Es-
tado y Guerra, mi Capitán general del mar Océano y de U
costa del Andalucía. Con ocasión de lo que escribisteis al conde
de Salinas en 4 de Diciembre del año pasado , sobre reducir el
trato de Berbería á las plazas que yo tengo en aquellas partes,
se ha platicado sobre ello en mi Consejo de Estado y en el de
Portugal; pero para que pueda tomar acertada resolución en
\ Bfltá en blanco eo el original.
2 Ídem id.
310
ello f es necesario tener entendidas las causas en qae lo fiandais
por conyeniente, os encargo y mando qne con la brevedad
posible me la STÍseis , con todo lo qne os ocurriere acerca desta
materia, para que, visto, se tome la resolndon qne más con-
venga, qne en ello me serviréis.
De Madrid á 13 de Febrero de 1607.=YO EL RET.=Andrés
de Prada. — Por el Bey, al doqne de Medlna-Sidonia, sn primo,
de sn Consejo de Bstado, sa Capitán general del mar Océano y
de la costa del Andalucía.
EL BET.
Daque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. La
ciudad de Jerez respondió en 13 del pasado á la carta en que
le mandé que os hiciere entregar las seis piezas de artiUería
que tiene en sus magacenes, excusándose de hacerlo, y supli-
cándome le haga merced de que le considere que le está orde-
nado qae conserve 16 compañías de milicia para las ocasiones »
que en esta costa se pueden ofrecer, y que tenga de respeto
seis piezas de artillería; y que así le harian notable <a sí se
le tomasen , y seria muy notado de los extranjeros que allí
concurren ; de lo cual ha parecido advertiros para que me in-
forméis de lo que sobre lo referido se os ofreciere con vuestro
parecer.
Del Pardo á 19 de Febrero de 1607. =T0 EL BEY.=Por
mandado del Bey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Bey, al duque de Medina*Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.—San Lúcar.
En la Junta de Guerra se ha acordado que en la armada del
cargo de D. Francisco de Corral (demás de la infantería nece-
saria para ella), se embarquen y Ueven á las Indias 200 sóida-
311
do8^ y qae' estos se leTanten por los Capitanes del tercio de la
dicha armada como si faeran para ella, y vayan repartidos en
todas las compañías, sin que se entienda que son para dicho
efecto; y así me ha ordenado la Janta que yo lo escriba á V. E.
de so parte, para que se sirva de dar las órdenes necesarias para
qae se levanten estos 200 soldados más. Guarde Dios á Y. E.
loa muchos años qne deseamos sos servidores.
De Madrid á 19 de Febrero de 1607.— Gabriel de Hoa.--
Señor dnque de Medina-Sidonia.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia , primo, del mi (3onsejo de Estado
7 Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Don
Luis Fajardo, mi Capitán general de la armada del mar Océano,
ha escrito que en Lisboa habia tanta falta de jarcia, que no la
hallaba para aparejar un pataxe , y que pensaba remediar esta
necesidad con enviar á comprar alguna cantidad en Sevilla, y
porque esto es de la importancia que vos sabréis considerar,
estando el tiempo tan adelante, no se puede dejar de cometeros
el cuidado desta provisión; y así os encargo que deis orden
para que se busque la jarcia que el dicho D. Luis hubiese
pedido, y que con la brevedad posible se le encamine en alg^n
navio ligero en que vaya con seguridad de no recibir daño de
los enemigos.
También conviene que hagáis dar muy gran prisa, como
se os ha ordenado, al avío de los dos galeones de los tres que
vinieron con la armada que trajo la plata D. Jerónimo de Por-
tugal y Córdova, porque los habéis de enviar luego al dicho
D. Luis Fajardo para refuerzo de la armada de su cargo, que
está muy falta de navios; y de como lo fuéredes disponiendo la
provisión de la jarcia y el apresto destos dos galeones, me
daréis aviso.
Del Pardo á 19 de Febrero de 1607.== YO EL REY.=:Por
mandado del B^y, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui.— -Por
312
el Bey al duque de Medinap-SidoDÍa , su primo , del bu Concejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An«
dalucía. — San Lúcar.
Este correo despacho á Sevilla con cartas del señor duqae
de Lerma, para que los señores alcalde Portocarrero» Domingo
de Zavala y D. Francisco de Varte, procurasen facilitar la paga
de los 70.000 ducados librados en los Millones; por lo mucho qne
ya en ello y á Y . E. i doy este aviso para que lo tenga enten-
dido, y que si viese Y. E. que hay dificultad tan grande en la
dicha paga que no se pueda vencer^ se sirva de avisarlo para
que se dé alguna forma en suplir esa falta, pues será de tanta
consideración por lo que depende de ella. Mucho ha cuadrado
el medio que Y. E. ha propuesto acerca de dar parte en las
presas á los dueños de navios, en lugar del acrecentamiento
que pretenden de sueldo para cada tonelada , y con mucha
brevedad tendrá Y. E. despacho de Su Majestad sobre ello.
Nuestro Señor guarde á Y. E. muy largos años.
De Madrid á 23 de Febrero de 1607.— -Antonio de Aréste-
gui.— Sr. Duque de Medina-Sidonia. *
Ayer recibí las cartas de Y. £.^ de 18 y 19 déste, y porque
hoy es muy embarazado dia para los que se pueden holgar, y
el señor marqués de San Germán ha venido del Pardo con Sus
Majestades y no se le ha podido dar alcance con el pliego de
Y. £., y ahora están todos emboscados en Palacio con muchas
danzas y fiestas, no se podrá hacer nada hasta mañana, ni decir
yo á Y. E. más de que, para lo de los marineros tiene ya allá
Y. E. permisión para hacer lo que le pareciere más convenien*
te, y si lo fuere, más declaración se hará; y en lo de los 70.000
ducados parece que se habian visto antes las cartas que ahor^
han venido de Y. E., pues con las que fueron con correo ex-
preso del señor duque de Lerma para Sevilla, y el aviso que
envié últimamente á Y. E. de la resolución tomada por Su
313
Majestad para qne se valga V. E. de este dinero por vía de an-
ticipacion, espero que se acomodará muy bien eso^ ó del plazo
pasado ó del porvenir, y según lo que Y. E. respondiere se
hará acá la diligencia que convenga, y espero que irá allá al-
gún extraordinario, con quien, por lo que toca á la artillería^
escribiré más largo á Y. E.
La respuesta de Tánger para el señor duque de Lerma
pondré en sus manos, y Nuestro Señor guarde á Y. E. muy
largos años.
De Madrid^ á 27 de Febrero de 1607.— Antonio de Aros-
tegui.
Queriendo cerrar ésta, me ha enviado el Sr. Presidente de
Hacienda laS cartas para Sevilla, que mandará ver Y. E. por
ese su billete para mí, de que ha parecido advertir á Y. E.,
por lo que conviene lo tenga entendido, y espero en Dios que
con esa diligencia y las pasadas no serán menester otras para
los 70.000 ducados.
Aquí envió á vuestra merced las cartas inclusas para don
Francisco Duarte y D. Bernardino de Avellaneda, para que se
las encamine con el correo de esta noche, que son en razón de
los 70.000 ducados que están mandados proveer para el apresto
de la Escuadra del Estrecho de G-ibraltar, que con haberse
hecho tantas diligencias para que esto tenga efecto, ha sido
menester escribirles ahora, para que le acabe de tener con la
brevedad que vuestra merced sabe conviene; guarde Dios á
Tüesira merced.
En Madrid á 27 de Febrero de 1607.
También va carta para Felipe Pinelo , Yeinticuatro de Se-
villa y Diputado de los Millones, con lo cual entiendo que se
habrá acabado de pag^r aquella partida. — Secretario Aros-
tegui.
314
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
7 Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Aunque se os ha avisado las diligencias que se han hecho y
hacen, procurando que los Administradores de los MiU&nes del
partido de Sevilla paguen luego los 70.000 ducados que sobré
ellos se 08 libraron para los gastos del apresto de esa Escua-
dra del Estrecho, he querido encargaros de nuevo que hagáis
todas las diligencias posibles para fietcilitar las dificultades que
se ofrecieren en la paga, y aprovecharos de ese dinero, aunque
sea buscándole ahí anticipado sobre la dicha suma, pues im-
porta tanto como veis que esa Escuadra salga á navegar tem-
prano, lo cual deseo yo mucho, y así me será muy agradable
el servicio que me haréis en facilitar y abreviar su despacho, y
de lo que hiciéredes me daréis aviso.
De Madrid á 28 de Febrero de 1607 años.=YO EL REY.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. —
Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su
Consejo de Estado, Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Dos
cartas vuestras, de 11 y 13 del presente, se han recibido, y por
la primera queda entendido que os parece que para dar satis-
facción á los dueños de los navios que han de servir á flete en
esa Escuadra del Estrecho, en razón de la pretenúon que tie-
nen de que se les acreciente el sueldo por los daños que repre-
sentan se les sigue de no darles más de á siete reales por tone-
lada como en las demás Escuadras y armada del mar Océano,
será medio convenible para ellos, y para que no dañe á mi ser^
r
315
TÍcio la consecuencia que como entran en parte de las presas
el General, Capitanes, soldados y mariúeros, según el saeldo
que cada uno gana, entren en esta cuenta los ^ de las dichas
naos, y la he tenido por muy buena advertencia; y así os lo
agradezco y tengo por bien que acomodéis esto de manera que
se contenten los dichos dueños con aplicar á cada uno, de la
repartición de las presas que la dicha Escueidra hiciere, la parte
que le tocare como á cada Capitán de mar de ella, y de como
éjecutáredes el concierto me daréis aviso.
Muy bien será que concluyáis la tasación del trueco del ga-
león San Chregorio con el de Juan de Vergara, y que se sepa
cómo ha de quedar asentado esto.
De gran importancia ha de ser la diligencia qne ponéis en
introducir que se embarquen muchacho? baldíos para servir de
pajes en navios que van á las Indias, y que hayáis dado á esto
tan buen principio como lo es haber repartido 93 en ocho na-
vios sin costa de mi hacienda; y pues no es menester encarga-
ros la continuación de esto, atendiendo vos á eUo con tanto
cuidado y buena maña, solo digo que estoy muy agradado del
celo con que lo hacéis.
De Madrid á 28 de Febrero de 1607.=TO EL RET.r=Por
mandado del Bey, nuestro Señor^ Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina- Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía.— ^San Lúcar.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y mi Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
El general Juan Alvarez de Aviles me ha suplicado le haga
merced de mandar que al capitán Juan Alvarez, su hijo, que
se haUa sirviendo en la armada del mar Océano, se le dé en su
Escuadra una plaza de Capitán de galeón, para que sirva en
I Está en blanco el origiDal.
S16
sa compañía^ de lo cual he querido avisaros para que hagáis
en ello lo que convenga, sapnesto que he sido informado que
será á propósito para encargarle lo que pretende.
También me ha significado el dicho Juan Alvarez que se
halla con necesidad, y suplícame le haga merced de mandar
que le socorran, á cuenta del sueldo que va ganando, con
alguna cantidad de dinero; yo os lo remito para que le hagáis
librar lo que os pareciere , del que se os provee para la didia
Escuadra.
De Madrid á 28 de Febrero de 1607.=TO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — ^Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Ck>ii8ejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Ha^
hiendo considerado vuestras ocupaciones en los negocios que
os he encomendado, y que importa mucho abreviar el apresto
y despacho de esos dos galeones mios que volvieron de las In-
dias con la plata, que he resuelto pasen á Lisboa para reforzar
la armada del mar Océano, se ha ordenado á D. Luis Fajardo^
mi Capititn general della, que os envié una persona práctica y
de confianza para que atienda á la ejecución de lo que ordenáp
redes tocante al atavío y apresto de los dichos dos galeones, y
que la misma persona lleve 12.000 ducados para este efecto,
pues habiendo de servir en la dicha armada, es justo que el
gasto sea por su cuenta, de lo cual se os advierte para que lo
tengáis entendido; y también os encargo que en el ínterin que
llega la dicha persona y dinero, deis toda la prisa posible al
adobío que se les ha de hacer, porque se gane ese tiempo, con-
viniendo tanto no perderlo.
De Madrid á 28 de Febrero de 1607.«YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aréstegui. — ^Por
317
*el Bey, al duque de MedinapSidonia, &u primo, del sa Consejo
de Estado y su Capitán general del mar Océano y costa del
Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. He
sido informado que para suplir la falta que tiene de marineros
mi armada del mar Océano seria buen medio que, demás de la
g^nte de mar que vos habéis de levantar para tripular la Es*
cuadra del Estrecho, hiciésedes levantar otros 400 marineros y
artilleros, sin declararles que son para la armada, pues con las
pagas adelantadas que se les han de dar se dispomán á alis-
tarse, y si supiesen que lo hacen para servir en la armada po-
dría ser que lo rehusasen; y así he querido encargaros que lo
consideréis, y si os pareciere factible, lo ejecutéis así, y podréis
enviarlos á Lisboa en los dos galeones que hacéis aprestar para
la dicha armada, sobre lo cual os corresponderéis con D. Luis
Fajardo para que provea el dinero necesario para esa leva i
quien ordenáredes, y de lo que en todo hiciéredes me daréis
aviso.
De Madrid á 28 de Febrero de 1607.=:TO EL EEY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.— San Lúcar.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Por-
que según los avisos que se han tenido de la prisa con que
en Holanda y Gelanda aprestan aquellos rebeldes su armada
para venir á infestar las costas destol Reinos, se entiende que
procurarán ejecutarlo brevemente, y que podria ser que acome-
318
tiesen la entrada en alganos puertos con el propósito que se
dice tienen de qaemar los navios que hallaren en ellos y hacer
otros daños, para lo que se han prevenido de muchos fuegos ar*
tiñciales, ha parecido advertiros dello y encargaros que hagáis
poner la guarda que conviene en los navios que en los puertee
desa costa se están aprestando, y que en Cádiz y los demás la-
gares de vuestra jurisdicción estén con gran vigilancia, para
que si enemigos emprendieren algo queden escarmentados.
De Madrid á 28 de Febrero de 1607.=YO EL BEY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Sey, al duque de Medina-Sidonía, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Mi-
guel de Oviedo, mi Proveedor de las galeras de España, escri-
bió en 10 del pasado la carta de que con ésta se os envia copia,
y por ella se ha entendido la calidad del embargo del navio
francés, de que denunciaron ciertos vecinos de Cádiz, sobre lo
cual se ordena á D. Juan Maldonado, Veedor general de mis
galeras, á cuyo cargo está el gobierno de las de España, lo que
veréis por la copia que también se os envia, para que lo tengáis
entendido y sepáis si el Auditor de las dichas galeras exce-
diere en el conocimiento y juicio deste negocio, y vos me avi-
sareis la causa de haber echado mano del dicho navio para
servicio de la Escuadra del Estrecho, no estando condenado.
De Madrid á 28 de Febrero de 1607.=YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, 'su primó, del su Consejo
de Estado, Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía.
319
EL REY.
Daqne de Medina-Sidonia, primo» del mi Consejo de Estado
7 Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. De-
más de lo gne estos dias habéis escrito y se os ha respondido
sobre algunos puntos tocantes al Seminario de marineros ^ se
ha YÍsto la carta que en 22 de Diciembre escribisteis sobre el
mismo negocio, y ha parecido muy bien la forma en que lo vais
estableciendo y las demás cosas que advertís para la prosecu-
ción dello, de que me tengo por servido y os lo agradezco mu-
cho; pero cuanto á lo que apuntáis , que por excusar gastos
bastarla que al tiempo de partir las flotas para las Indias se
avisase á los Administradores de las casas de niños, que para
entonces los enviasen, se tiene por más convQniente que estén
recogidos antes, porque de esta manera estarán más reparados
de otros daños y dispuestos para el servicio que han de hacer,
y será más conocida su salud, que sacándolos de las casas de
Doctrinas para llevarlos á embarcar luego.
También parece muy necesario que en los navios mios de
las armadas y flotas haya, según el tamaño de cada uno, tres,
cuatro, cinco ó seis hombres demás de los pajes del tal navio,
que acudan á lavarlos y limpiarlos de ordinario, reservándolos
por esto de otra cualquier .ocupación, porque se ha considerado
que así como los navios de particulares se conservan mucho
por andar en ellos sus dueños, que tratan con tanto cuidado de
la limpieza, duran poco los mios por faltar quién haga esto, y
asi he mandado que se comience á establecer en mi armada
del mar Océano, de lo cual se os advierte para que lo hagáis
introducir de aquí adelante en los navios mios que ahí se
aprestaren.
Todo lo demás que contiene la dicha vuestra carta que trata
de esta materia, está bien, y asi me terne por servido de lo que
ejecutéis como os parece, de que me prometo de que ha de re-
sultar aumentarse mucho la marinería; y para que los mucha-
1
320
choB qtie comenzaren á aervir de -pajes en los navios aBden
bien tra,tado8, y les luzca el sueldo que se les ha de dar, coa-
verná que á cuenta de ello se le^ compren los yestidos sm de-
jarlo á su albedrío.
De Madrid á 2? de Febrero de 16i07.=YO BL RBY.««.Por
mandado del Bey, nuestro Se&ori Antonio de Aróste^ui. — ^Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia^ Capitaxi general del mar
Océano y costa del Andalucía. — San Lúcar.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consto de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Por
excusar algunos incon venientes, y qucgas que resultan de eje-
cutar las sentencias que en las costas destos .Reinos se dan
contra las personas que traen á elloB mercaderías de castra-
bando, y de presas que hacen mis navios y otros d^ persooas
particulares, he resuelto dar orden en todas las dichas cajias
para que las sentencias que sobre semejantes co9as .promuncia^
ren no se ejecuten si las partes apelaren de ellas, en los casos
que hubiere Ipgar de Derecho para el mi Consejo de Ouerra,
hasta que en él sea oida la dicha apelación y confirmado la
sentencia; y los depósitos que hubiere en ser y adelante ae
hicieren no se vendan sin orden del dicho Consejo^ á quien se
ha de avisar luego que se haya hecho el depósito, enviando
puntual, relacipn de cada cosa por su géneiro, y á vosencaí^ y
mando que bagáis lo mismo^ por lo que en vuestra jurisdicción
08 toca, que así conviene ¿ mi servicio y á la buena adminis-
tración de la justicia.
De Madrid á 26 de Febrero de 1607.=YO EL REY»=rPor
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio.de Aróstegai«**-Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía.
321
«
Con razón muestra Y. E. holgarse cuanto dice en su carta
de 11 de éste de la sentencia de Ampudia^ pues esto y lo que
más hubiere en mi casa ha de ser para servir mejor á Y. E. y
á la suya, como lo piden las obligaciones que hay para ello, y
beso á Y. E. las manos por la norabuena que me da y merced
que en esta ocasión me hace, que es muy conforme á la que en
todas recibo de Y. E. y á mi reconocimiento y deseo de ser-
virle.
Las cosas de ahí han menester muy bien el cuidado que
pone Y. E., pues aunque acá se hace todo lo posible para acu-
dir á ellas, no se puede más por los apretados tiempos que cor-
ren; y aunque yo por mi parte hago lo que puedo, como lo haré
adelante, confieso á Y. E. que me quieto cuando me acuerdo
que están á cargo de Y. E.; y remitiéndome á lo que Su Ma-
jestad manda escribir á Y. E. en estas materias, no se me
ofrece que añadir.
De mis achaques estoy mejor, á Dios gracias, y tan á ser-
Ticio de Y, E. como lo he de estar toda la vida, y con gran
deseo de tener ocasiones en que poderlo hacer. Nuestro Señor
guarde á Y. E. como deseo.
De Madrid á * de Febrero de 1607.— A mi Señora la Con-
desa beso las manos y á S. E., y las del Sr. D. Rodrigo, de
quien estoy con mucho cuidado y deseo de servirle. — El duque
de Lerma y de Denia. — Señor duque de Medina-Sidonia.
La carta de Y. E. de 20 deste recibí, y las obras muestran
bien lo que ha trabajado en el despacho de esa Escuadra : Su
Majestad ha holgado de entender el buen estado en que que-
daba, y espera que ha de hacer efectos de mucha consideración
por haber puesto Y. E. la mano en ello. Parece que con la
gente de guerra de la costa de Granada se podrá componer
esa Escuadra, que ha de tener el número que Y. E. ha avisado
últimamente, como lo avisarán por su camino. Conviene mucho
4 En blanco el original.
Tomo LXXXI. 21
32S
•
qne lo que ha de pasar á Lisboa sea con macha brevedad^ por-
que lo de allí está como Y. E. sabe, y el tiempo va entrando
y temo que nos han de hallar los enemigos mal prevenidos;
y. E. acude á todo cotí tanto cuidado como lo pide la necesidad
en que nos vemos, y Su Majestad está muy servido de ello.
En Madrid á 3 de Marzo de 1607. — Y. £. es el qne lo hace
todo con su gran amor y cuidado, y no es lisonja, sino dedr
lo que entiendo, que es confesión de los que servimos al Bey,
ver de la manera que Y. E. lo hace; guárdele Dios mnchoe
años: gran cosa seria hacer algo en el Estrecho cuando los ho-
landeses vuelvan de Arabia. — El duque de Lerma y de Denia. —
Señor duque de Medina-Sidonia.
Con este correo envió á Y. E. nueve cartas de Su Majestad,
que embarazarán buen rato, y con las que han ido estos dias
he dado aviso á Y. E. de lo más sustancial de ellas. El Señor
Presidente de Hacienda no entiende que la anticipación en lo
de los 70.000 ducados ha de ser en la paga de Muyo, sino anti-
ciparse á las libranzas que hubiere sobre la de Noviembre pa-
sado; yo lo entiendo diferentemente, pero no se duda de que ya
habrán pagado de la de Noviembre, con las diligencias que se
habrán hecho, y espérase por momentos aviso de ello.
Lo de los marineros ha de ser trabajoso negocio, especial-
mente habiéndose de tripular los dos galeones que han de pa-
sar á Lisboa; deséase mucho que no se toque á los de los barcos
si es posible, y que se vea si los lugares marítimos podrán ayu-
dar con algunos, y que se valga Y. E. con su gran prudencia
de todos los medios que hubiere suaves para excusar lo de los
barcos; pero aprestando lo necesario, se habrá de tener por
bueno lo que Y. E. hiciere, y á su tiempo holgará el Gonsejo
de saber el número de esa gente, de que se ha de echar mano.
Tomás Guerrero de la Fuente está nombrado por Almirante
de esa Escuadra, y téngola por muy acertada elección, porque
4 En blanco el original.
323
ha seryido con mucho yalor y tiene bríos para hacerlo, y la
ocapiu^ion lo pide; partió ya para Málaga y será la^go ahí.
Aqaí está el Sargento mayor Juan Bautista Cerdan, que me
parece diligente y de mucho servicio: vino por Agosto 6 Sep-
tiembre con aviso de haber llegado los* galeones del cargo de don
Jerónimo de Portugal á Cartagena, que fué nueva que sacó de
cvidado; creo que se acomodaria á servir de Capitán de mar de
ano de esos galeones de la Escuadra; va aquí la relación de sus
servicios; suplico á V. E. me mande avisar la disposición que
hay allá, para que lo concierte con él, pues será servicio de Su
Majestad.
Al señor marqués de San Germán se dio luego el despacho
de Y. E., y estos dias se hace lo posible, y quizá enviará esta
noche la resolución á Y. E. de lo que le toca. Nuestro Señor
guarde á Y. E. m«i; largos añor.
No solo no ha negociado Pablo de Arambnru, pero háse re-
frescado la memoria de lo de Cádiz y aun. de la sentencia para
Oran, de que seria justo no tratar habiendo servido después que
salió de allí y escrítole Su Majestad algunas cartas: hay hom-
bres tan desgraciados, que no habian de nacer; yo no le he
hablado en mi vida, y me debe muy buena voluntad, y siento
mucho que no la haya conocido mejor. Será muy propio de
Y. E. consolarle y favorecerlo.
De Madrid á 4 de Marzo de 1607.— Antonio de Aróstegui. —
Snpüco á Y. E. se sirva de mandar que tengan buen recado las
cartas que aquí van de Su M^estad y de particulares.
RELACIÓN
DB L06 PAPELES n£L SABaSNTO MATOR JUAN BAUTISTA CE&DAN.
El general D. Francisco de Corral y Toledo, dice que en el
viaje que hizo Alonso de Chaves Galindo, vino sirviendo el ofi-
cio de Sargento mayor, y por la satisfacción que tenian de su
324
persona le enviaron desde la Habana á dar cuenta á Sn Majes-
tad de la venida de las flotas.
El almirante Martin de Yallecilla, dice há diez años le co-
noce servir en las armadas y flotas con mucha puntualidad, y
apruébale mucho para las cosas de la mar.
Juan de Salas ^ Almirante de la flota de Nuera España, dice
de doce años en las mismas partes , y que fuá Alfares del al«
mirante Miguel Gerdan , y Alférez real del geüeral Juan Gu-
tiérrez de Garibay, y Sargento mayor del general D. Fulgencio
de Meneses. •
El general Juan Pérez deportó, dice, desde el año de 595,
y lo que los demás.
Pedro Vázquez de Victoria, dice, de diez años y lo que el
de arriba.
Juan Gutiérrez de Garibay , dice, que por la cotrfianza que
de su persona tenia, le nombró por Alférez real del armada y
flota de su cargo, y en el discurso del viaje de esta ida y vuelta
acudió con mucha puntualidad y cuidado á todo lo qae le
ordenó, de que dio muy buena cuenta.
EL REY.
Duque, primo, del mi Consejo de Estado y mi Capitán
general del mar Océano y de la costa del Andalxicía. Porque
conviene que en la armada que este presente año ha dé ir á las
Indias á cargo del general D. Francisco de Corral y Telado,
se lleven al puerto de Cartagena 200 soldados, os encargo y
mando que deis orden en que se levanten por loe Capitanes
del tercio de la dicha armada que estén rehaciendo sus com-
pañías, á vuelta de la gente que reciben para ella, demás de
la que tuvieren necesidad, y que vayan repartidos en todas las
dichas compañías . sin que se entienda que son para otro efecto;
y de lo que en esto se hiciere me avisareis.
De Madrid á 5 de Marzo de 1607.= YO EL REY.=iPor man-
dado del Rey, nuestro Señor, Gabriel de Hoa.— Por él Rey, ú
325
duqae de MedinarSidonía, bu primo, de su Consejo de Estado,
sa Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalucía.
Las cartas de V. E., de 26 del pasado, para Su Majestad, se
vieron hoy en el Consejo de Guerra , y se responderá á ellas
con breyedad : tengo por. cierto que aquel mismo dia , ó el si-
guiente, recibiría Y. E. la de Su Majestad, de 19, en que
en el capítulo de que aquí ya copia se. permite el poder salir
cinco ó seis nayíos de esa Escuadra mientras se aprestan los
demás: hOy se ba considerado que es bien ir con tiento en que
no salgan fuerzas que no sean conocidamente superiores á las
del enemigo; pero, en fin, se remite á la mucha prudencia y
buena elección de Y. E.; y en esta conformidad se hará des-
pacho de 8a Majestad , que irá luego, y se advertbá que á los
haiandeflea que trajesen pasaportes de los Yireyes de Ñápeles
y Sicilia y se han de observar como los de Su Msyestad y del
Sr. Archiduque.
En lo de los 70.000 ducados, se siente mucho que á los 26 no
se hubiesen cobrado más de 100; pero se confía que las cartas
del señor duque de Lerma habrán obrado, y si yiniese ayiso de
Y. E. de lo contrario, se harán las diligencias posibles para el
remedio. Lo demás que contiene el despacho de Y. E. ha pa-
recida mny bien, y no acaba el Consejo de loarlo á Y. E., á
quien guarde Dios muy largos años.
De Madrid á 6 de Marzo de 1607.—- Aquí va la cai*ta de Su
Majestad, que verá Y. E., y esotras dos de Su Majestad. Su-
plico á Y. E. se sirva mandar que tengan buen recado. — An-
tonio de Aróstegui.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. Yisto se han cuatro cartas vuestras, de los 20 y 22 de
Enero ^ 10 y 18 de Febrero; y pues decís que no podéis acudir
326
al remedio de la necesidad que padece la gente de guerra que
me sirve en las plazas de Oran , por medio del mercader con
quien teníades tratado de que las proveyese de trigo ni cebada,
ni por otro alguno, he ordenado á los mis Oficiales de armadas
en Cartagena , que recojan y compren en aquella ciudad lo
más que pudiesen y lo vayan encaminando á la dicha Oran
con la mayor brevedad que sea posible, y quédase tratando de
remitiros á vos alguna suma de dinero, para que por esa vía
se les envié lo que alcanzase.
Bien ha sido avisar al alcalde Martin Fernandez Porto-
carrero, que no remita * de Juan de Jufre los 7.000 ducados
que he mandado proveer para la paga de • Guerra que me
sirve en el presidio de Cádiz^ pues no ha dado las fianzas ^
fuerza que la gente se corra; vereiá vos en cuyo poder *
advertiréis al Alcalde que lo envié á poder de la persona que
vos nombráredes ^ á los Oficiales del sueldo de Cádiz, que
tomen la seguridad necesaria; y asimismo ordenareis al dicho
Juan de Jufre, que dé luego las fianzas que tiene obligación
de dar en sus títulos por los oficios de que le hice merced, con
apercibimiento que si no lo hace los mandaré proveer en otra
persona; y asimismo ordenareis, que sin que haya más dilación,
se haga una relación muy puntual de los mis bastimentos, ar-
tillería, armas, municiones y pertrechos que quedaron en ser
cuando falleció Miguel de Jufre, su padre, y de los que nueva-
mente se le han entregado á él, procurando que haya en mi
hacienda la buena cuenta que conviene, y que todo' ello sea
con mucha distinción y claridad; y reprenderéis á los dichos
Oficiales por la omisión y culpa que en esto han tenido.
Las tres compañías de infantería que habia acordado entra-
sen en Cádiz de presidio, he ordenado que por este verana sir-
■
van en las galeras de "España; y así convendrá que parta luego
ñ
Está en blanco en el original.
2
ídem id.
3
ídem id.
4
ídem id.
5
ídem id.
327
la persona que el alcalde Portocarrero ha de enviar á Baeza con
loa 2.000 ducados para socorrerlas, como á él se ha ordenado.
En carta de 10 de Octubre del año pasado de 606, avisasteis
que las murallas de la fortaleza y ciudad de Tarifa estaban
muy maltratadas y con precisa necesidad de reparo, y que
para él eran necesarios 1.000 ducados, y porque conviene que
antes que el daño sea mayor se acuda al remedio, me tendré
por servido, que por los mejores medios que os pareciere, pro-
curéis entender si en aquella ciudad ó en su comarca hay al-
gún dinero aplicado para estos reparos, ó de dónde se podria
sacar para éste de Tarifa, y que me deis cuenta de ello.
De Madrid á 9 de Marzo de 1607.=YO EL REY.:=Por
mandado del Bey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilera y
Anaya. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
de su Consejo de Estado, Capitán general del mar Océano y de
la costa del Andalucía. — San Lúcar.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. Yo he mandado proveer 400 ducados para el aderezo y
adobío de la puente de Zuazo, y pues vos sabéis de la impor-
tancia que es acudir luego á ello para que el daño no sea mayor
cada dia, os encargo que, guardando las trazas dadas por Ti-
burcio Espavioqui, que fué mi Ingeniero mayor, ordenéis que
con esta suma sé compren los materiales y demás cosas que
fuere necesario, y que se gasten por vuestras libranzas, como
lo veréis por la cédula de la distribución que con ésta se os en-
vía, y que ordenéis se guarde y cumpla el tenor de ella, y avi-
sareis lo que se hiciere, porque conviene tenerlo entendido.
De Madrid á 9 de Marzo de 1607.=YO EL REY.=:Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya.— Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, de su
Consejo de Estado, Capitán general del mar Océano y costa del
Andalucía. — San Lücar.
328
EL EEY.
Duque de Medina-SIdonía^ primo, de mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del AudalQ-
cía. Por vuestra carta de 3 del pasado he visto como I^ibíades
encaminado las cartas que os envié para el Xarife y Juanetin
Mortara, y advertido á Juanetin k) que conviene que haga y
encamine conforme á lo que os escribí, que ha sido muy acer-
tado; y cuanto á los dos navios que el Xarife ha pedido paia
venirse en caso que haya de salir de Berbería, os remito que ee
las enviéis de la Escuadra del Estrecho ó de otras, advirtiendo
que podríais escribirle que estarán á punto para acudir á ¡la
parte que quisiere siempre que os lo avisare, porque de esta
manera, cuando sea menester los podráis epviar de la Escuadra
^ está más presto y disimuladamente y si todavía os pare^
ciere que no se quiten de la Escuadra, los buscaxeis de fuerade
ella á la menos costa que fuere posible, y sea á título de engro-
sar la Escuadra, y holgaré que me aviséis de lo que en eato
hiciéredes.
De Madrid á 12 de Marzo de 1607.=YO EL REY.= Andrés
de Prada. — ^Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
de su Consejo de Estado, au Capitán general del mar Océano y
de la costa del Andalucía*
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de BstS/-
do, mi Capitán general del mar Océan.o y de la costa del Aa?»
dalucía. Diego de Urrea, que ésta os dará, me ha iiervido mu*
chos años en esta corte de intérprete de las lenguas arábigas,
turquesca y persiana con particular satisfacción, y ha enseñado
1 Eslá en bianco en el original.
329
la arábiga y turquesca á una persona que traducirá como con-
yenga las cartas que vinieren de aquellas partes; y habiéndome
significado que por esto no podrá hacer falta en esta córte^ de-
más de que se halla en ella con poca salud y el deseo que tiene
de residir en Málaga y en esa costa á vuestra orden, donde
podrá ser de mucho servicio por la experiencia que tiene de las
cosas en África y Turquía, y las inteligencias que allí tendrá,
he habido por bien de conceder con su deseo y mandado que
se le continúe aquí la paga de su sueldo, acudiéndose con él á
la persona que tuviere su poder, de que he querido advertiros,
encargaros y mandaros. Como lo hago, os enteréis de él y de la
forma en que piensa enderezar sus designios, y le ordenéis lo
que ha de hacer, y que resida en la dicha ciudad de Málaga,
con la obligación de acudir adonde vos os halláredes, siempre
qtie fuere menester y se lo * cuenta de lo que fuere haciendo
y seguir la orden que le diéredes * encaminareis de manera
que se saque tnucho fruto de las inteligencias del dicho Diego
de ürrea, y le tendréis por muy encomendado para honrarle y
favorecerte en todo, como lo merece su persona por lo mucho y
bien que me ha servido, el celo que tiene de continuarlo y sus
buenas partes, que de ello recibiré de vos particular ^usto y
servicio.
De Madrid á 12 de Marzo de 1607.== YO ÉL REY.=Andrés
de Prada.— Pot el Hey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
de su Donsejo de Estado, su Capitán general del mar Océano
y de la costa del Andalucía.
Por la carta de Y. E. de 7 de éste, he visto como habia sa-
lido lá armada que va por la plata, que ha sido muy buena
n«0va, y beso á V. E. las manos por el cuidado de enviármela:
Dios la lleve y traiga con bien, que harto es menester aquel
socorro y otros mayores para lo que se gasta.
4 Está en blaoco eo el original.
s ídem id.
330
También he visto el buen estado en qne V. E. tiene el des-
pacho de esa Eacnadra del Estrecho, 7 no se esperaba menos
del amor 7 cuidado con qae Y. E. acude á todo lo que toca al
servicio de Su Majestad, á quien se ha dado cuenta de ello, 7 lo
agradece mucho á V. E.; 7 por lo mismo que conviene que no
se pierda punto en acabar de despachar esa Escuadra (vista la
dilación que ha7 en la paga de los 70.000 ducados que se han
de cobrar del servicio deles Millones del partido de Sevilla, del
tercio de Noviembre del año pasado), ha mandado Su Majestad
que se provean luego de aquí 25.000 ducados á letra vista, con
los cuales se podrá acabar de componer toda esa Escuadra 7 se
da tiempo para que se va7an cobrando los dichos 70.000 dnca-
dos, en cu7a paga no pone duda el Presidente de Hacienda,
aunque de presente se ofrezca alguna dificultad; 7 Y. E. se
sirva de procurar que se allane, á que a7udarán Domingo de
Zabala, D. Francisco de Yarte 7 el alcalde Portocarrero.
Yuecencia tiene 7a orden de Su Majestad para que salgan
los seis navios 7 doe lanchas que están á punto, 7 esto con-
viene mucho ejecutarlo, pues ha7 aviso de que andan corsarios
en el Estrecho, 7 el castigarlos ha de ser el fruto del gasto que
se hace con esa Escuadra: Y. E. se sirva de poner en ello ma-
cho cuidado, 7 en que no se pierda punto en despachar los
otros seis navios, porque juntos todos serán más seguros los
buenos sucesos, mediante Dios; él guarde á Y. E. como deseo.
De Madrid á 12 de Marzo de 1607. — Por mano de D. Jeró-
nimo Altamirano be escrito á Y. E.; de mi mano, El duque de
Lerma 7 de Denia. — Señor duque de Medina-Sidonia.
He recibido las cartas de Y. E. del 4 7 6 de ésto, y mu7
gran merced coa ellas: el aviso de haber salido los galeones de
la plata ha sido de mucho contento, 7 no sé esperaba menos
del buen aparejo que ha habido este año.
Notable falta han hecho los que habian de pagar los 70.000
ducados, 7 habiendo 70 representado a7er á S. E. el señor
duque de Lerma esas largas, 7 lo mucho que conviene no per-
931
der tiempo en que esa Escuadra salga, se tomó resolución de
que se proveyesen luego 25.000 ducados que vau en dos letras
que envía el Tesorero general García Maso, quitándolo del
Altar por ser para cosa tan precisa, y con eso se da un poco de
tiempo para cobrar los 70.000 ducados, que dioe el señor Presi-
dente de Hacienda será con mucha brevedad de la paga de
Noviembre pasado, y defiende mucho la de este mes, porque
está todo consignado y se acude con cuidado á la paga de No*
viembré, que se cobrará muy presto.
£n lo que toca á la gente de que se ha de componer esa
Escuadra, ha resuelto hoy el Consejo que V. E. se valga de
las cartas que tiene para sacarla de Tánger y Cauta, y mi com-
pañero enviará dentro de dos días la orden que convenga,
para que D. Francisco Hurtado de Mendoza socorra con 200
hombres; y cuanto á los marineros también se ha platicado en
el Cotísejo hoy, y no se ofrece que añadir á lo que se ha escrito
á V. E. últimamente sobi^e este punto, sino que si echare
mano de los barcos por no hallar otro medio, se tendrá ese por
bueno á trueco de que salga con brevedad toda esa Escuadra.
En lo de la artillería y armas habrá ya tenido V. B: aviso del
señor marqués de San Germán, y ahora le he enviado á decir
que se despacha este correo, y yo he dado mis pasos sobre aco-
modar con el señor conde de Lemos el medio que Y. E. pro-
puso sobre lo del detenerse las galeras: para ayudará salir esos
navios va aquí orden de Su Majestad,- pero ellas andan tan
apuradas de provisión que habrán menester presto quien las
saque: este correo detendré hagta por la mañana temiendo que
enviarán estos despachos con el ordinario que parte esta noche.
Nuestro Señor guarde á V. E. muy largos años.
I)e Madrid á 13 de Mario de 1607.— 8u Majestad ha resuelto
que la gente que se sacare de Tánger y Ceuta, sea hasta 250
infautes, y se trata de meter allí otros tantos de Lisboa.*** An-
tonio de Aróstegui. — ^Háme parecido hacer un pliego de todas
las cartas paraD. Juan Maldonado, y enviarle á V. E*. ya que
va copia de la que toca á detenerse 6 sacar esos galeones. —
Señor duque de Medina-Sidonia.
332
Con lo que contiene la otra carta mia para V. E., de esta
data, no tengo qoe responderá otras dos de Y. £. de 29. del
pasado y 7 de éste, sino que quedo con muolio cuidado de lo
que en ellas se sirre de apuntar, y qué acaba de enviarme ¿ de-
cir el señor marqués de San Germán que ha dispuesto todo lo
que le toca, y ahora envía resolución en lo que faltaba de armas
y mosquetes, y si no lo llevare este correo será posible que lo
haya encaminado cou el ordinario.
Para hacer los tftulos de les Ofleiales que ahí ha de haber,
es necesario saber cómo ha de correr lo que toca á librar el di-
nero que se provee para todo el gasto de esa Escuadra, y mien-
tras V. E. se sirviere de favorecerla con tener ese cuidado será
muy dichosa; y así lo considera el Consejo; pero si V. E. se
cansase, supuesto que el General de todas tres Escuadras es
D. Luis Fajardo, y el particular de esa Juan Alvarez^ impor*^
taría saber cómo podrá caber eso para hacer memoria de ello
en los dichos títulos; y por no errar suplico á V. E. $e sirva
de mandar que me lo avise su secretario, y quizá el señor con-
de dé Olivares escribirá algo sobre esto á V. E.
La compra que V. E. mandaba hacer de vestidos ha- pare-
cido muy bien al Consejo, y con brevedad irá respuesta, y
también en lo del galeón que viene de las Indias de los que
llevó D. Jerónimo. Nuestro Señor guarde á Y. E. muy largos
años.
De Madrid á 13 de Marzo de 1607.
Los despachos de Palacio han detenido este correo hasta
hoy 14 á las diez de la noefae.
El despacho del marqués de San Germán para B. Francisco
de Varte va aquí para que V. E. se sirva de mandar que se le
den. He visto carta de el mismo D. Francisco para el Presi-
dente de Hacienda, en que dice, si no me engaño, que están
cobrados cincuenta y tantos mil ducados de Millones del tercio
de Noviembre á cuenta de los 70.000, y yo me atengo á lo que
V. E. avisa, pues le habrán informado lo cierto.
El Tesorero general Garci Mayo escribe á V. E. sobre el
resguardo que han menester y parece cosa muy justa.
333
Aquí yaa tree. cartas de Su Majestad^ la más larga estaba
hech&áates y han yenido á firmarse hoy todas: en lo. de los Ofi-
ciales de pluma no se qué me diga, sino que hago lo que se
me manda y siempre se tendrá la coosideracion que es razón
con lo que Y. E. advirtiere» — Antomo de Arósteg^ii. — Señor
duque de Medina-Sidonia.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo y Capitán
general del mar Océano y costa del Andalucía. En otra respon-
deré á vuestras cartas de 4^ 5 y «7 de éste, y en ésta os doy mu-
chas gracias por el buen estado en que tenéis el apresto de los
navios de esa Escuadra, y pues ya podian salir los seis y dqs
lanchas^ y teníades aviso de que andaban corsarios en el Estre-
cho» convendrá qne no perdáis tiempo en que salgan á buscar-
loa y castigarlos^ y en que los otros seis se dqspachen y junten
con ellos cuanto antes fuere posible, para que esas fuerzas anden
unidas y hagan con más seguridad Jos efectos que se esperan;
y por pareceres conveniente que las galeras Los ayuden á salir»
se lo ordeno á D. Juan Maldonado por esa carta que contiene
lo que veréis por su copia.
De Madrid á 14 de Marzo de 1607.=YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Arósteguí.-r-Por
él Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa d^l An-
dalucía.
I
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consqjo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Dos
cartas vuestras, de 26 de Febrero, se han recibido y queda en«
tendido lo que en ellas decis cuanto á tener en buen estado el
apresto de los navios de esa Escuadra, que todo es como se es-
334
peraba de la voluntad y macho cuidado con qne acndis á las
cosas de mi servicio, y ya habréis visto lo qae por carta de 19
del dicho se os respondió á lo que propusisteis en razón de sa*
lir algunos de esos navios á buscar los de enemigos, y lo que
ahora se ofrece es remitiros lo que á esto tooa para que hagáis
lo que mejor os pareciere, yendo con toda consideración en que
«
no salgan aventurados si acaso topasen con mayores fuerzas de
enemigos, y que por lo manos vayan cinco ^ y qne al des-
pacho de los demás hagáis dar tal prisa que puedan 'y
juntarse con mucha brevedad para que estén unidas esas faer^
zas cnanto antes fuere posible, porque siempre sean superiores
á las del enemigo; y como vos sabéis será ahora el tiempo de
esperar en el Estrecho los holandeses que vienen de Levante,
que es el fin principal de haber armado esa Escuadra, y con-
viene dar mucha prisa á qae se ponga en el paraje dosde los
ha de esperar antee que comienzen á pesar, y advertiréis qne
los pasaportes que trajeren los dichos navios holandeses de loe
Vireyes de Ñápeles y Sicilia se han de observar como los mios
y del Serenísimo Archiduque Alberto.
Bn lo que toca á la cobranza de los 70.000 ducados que se os
libraron para esos gastos , se espera aviso de lo que habrán
aprovechado las diligencias que por vía del Consejo de Hacienda
se han hecho para facilitar la brevedad de la paga, y lo qae á
vos se os ha escrito cerca de ello.
También se ha enviado nueva orden para qae se acaben de
pagar ios 6.000 ducados que se ordenó al alcalde Portooarrero
proveyese para socorrer la gente de los navios del cargo del
general Juan Alvarez , que está en Cádiz , y vos avisareis lo
que se hubiere hecho en esto, y en lo que está ordenado, cuánto
satisfacer se debe á la dicha gente para las faltas de las '.
De Madrid á 10 de Marzo de 1607.=:YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor , Antonio de Aróstegui.^^Por
4 Está eo blanco en el original.
2 ídem id.
8 ídem id.
335
ei. Bñjf al dnqae de Medina-SidoDia, sn {>rimOy del su Consejo
de Bstado y Capitán general del mar Océano y costa del An*
dalacía.
EL BEY.
Duque de MedinaF>Sidonía, primo, del mi Coneejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía: en
conformidad de lo que tengo resuelto y se os ha avisado , he
mandado despachar los títulos del Proreedor^ Contador» Paga-
dor y Tenedor de bastimentos de la Escaadra del Estrecho de
Gibraltar, mar Océano, donde tengo Veedor y Proveedor ge-
neral, Contador y otros Oficiales, que debieran ser poesins por
ellos y correr por su cuenta y riesgo los que han de servir en
la dicha Escuadra. Ha parecido declarar en sus títulos, que lo
han de estar subordinados , excepto el Contador y Tenedor de
bastimentos, que por haber dado fianzas no hay que hacer
mención en sus títulos desta sobordinacion,* de lo cual se os
advierte para que lo tengáis entendido y que ordenéis á los
mis Veedor y Contador de Cádiz , que pues los he nombrado
para servir los mismos oficios en la dicha Escuadra, que se em-
barquen y naveguen en ella personalmente, y no sus Ofioiales,
que así conviene á mi servicio.
De Madrid á 14 de Marzo de 1607.=YO EL REY.«Por
mandado del Bey, nuestro Señor, Antonio de Ar<5Btegui.-^Por
el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
■ '
EL REY.
Daque de Medina/-Sidonía, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Cinco
cartas vuestras, de 8 y 9 del pasado, 1, 5 y 7 del presente, se
han recibido , y según la prisa que decis os dábades á salir á
navegar, se espera aviso cada hora de haber salido con las
336
naves y dos lanchas, y que ha de resaltar dello mocho firato en
daño de los piratas qae andavieren por el Estrecho le G-ibraltar;
y pues como antes de ahora se os ha advertido , y tos lo sabéis
muy bien y importa tanto que sean superiores á las fuerzas del
enemigo que ahí pueden acudir^ conviene que no perdáis tiempo
en el despacho de los otros seis galeones, para que se junten
todos con la brevedad posible, pues lo que se dilatare podría
dañar mucho, respecto de que ya comenzarán á volver de Le-
vante los navios de rebeldes, 6 importa mucho que esas fuerzas
estén unidas.
Queda entendido el mal suceso del navio que iba de Carta-
gena con trigo para Oran,* y dieron con ¿I los dos de corsarios,
y se trata de acudir á aquella necesidad como cosa que tanto
importa.
Visto lo que decis, cuanto á la infantería que tenéis y la
que falta para armar esa Escuadra^ he resuelto ordenar á don
Fernando Hurtado de Mendoza, mi Capitán general de la g^nte
de guerra de la costa del reino de Granada, que os provea 200
hombres , y de las plazas de Ceuta y Tánger podréis valeros
de hasta 250, y á Cádiz se envia otra compañía de buen número
de soldados para que en algunas ocasiones os valgáis de
aquella gente; y también se da traza de levantar una compañía
en Mallorca para acudir á esa Escuadra y la de Lisboa^ y desta
manera se irá acomodando todo ; y conforme á esto podréis
valeros de las cartas que allá tenéis para sacar de Ceuta y
Tánger los dichos 250 infantes, y avisareis los que efectiva-
mente os dieren aquellos Gobernadores^ porque se habrán de
suplir de Portugal; y agradézcoos los que ibais recogiendo de
los que sobraron de los galeones de la plata.
Kl trueque que efectuares de la fragata de Melchor Moreno
con el galeón San Juan^ de los viejos de mi armada, ha sido
muy acertado, y quedo satisfecho y servido de ello.
Si para suplir la falta de marineros no pudiéredes excusar
el medio que propusisteis de tomarlos de los barcos de la costa,
ya habréis visto por otras cartas que he remitido á vuestra elec-
ción lo que á esto toca.
j
337
Cnan^ ¿.seconocer lov * navios* de enenrig^od 6on lanchas y y
l^qnese^ha de haeep de la gente que sé tomaré en ellos, sé os
a^isará'en carta aparte la drden que enasto se ha de guardar.
Para qne flícvanen esta ocasión los artilleros que gozan de
laspreeminenoias, hadado el mahitrée de San Germán la orden
qne él os avisará»
A la ciodad de Jeréa seTuelre é escribir sobre qué os pres-
te, las seis piezas- de artillería qcre se lé han pedido para esta
ooaaioix^ y para que v^os hagáis- la diligencia, sé or éntiá la
carta y copia de ella con ésta.
Ssti^mny bien loque dedo en cuatito á proveer á B. Luis
Fajardo la jarcia que os ha pedido, caañde Venga la iq'úé espe-
ráis, en los dos navios de HambuTgD, y porqué ei^to importa
mucho para el apresto de la armada, os encargo que no' haya
fáUa en ello ni se pievda punto en el aderezo de los dos galeo-
nes falos que se os han mandado enviar á Lisboa para servicio
de eUa^ y yahabrá llegada ahí la persona qne el dicho D. Luis
habia enviado con dinero para este efecto.
De Madrid á 19 de Marxo de 1607.«TO EL RETi^^Por
mandado -del Bey, nuestro Señor, Antonio de Aréstegui.^-^Por
el I^y, al duque de Modiaa«Sido&ia, su primo, del Stl €6ñsejo
de Estado y Gamitan general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Duque de -Medina^Bidonia, primO) del mi Consejo de Está-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Con ésta se os envia la cédula que veréis para que el Pagador
D. Fernando de la Oliva distribuya* por vuestras libranzas los
25.WQ ducados que he mandado enviar á su poder para el
gasto de las cosas tocantes al apresto, provisión y despacho de
los navios de la Escuadra; y pues con este dinero y lo que ha-
brás cobrado de los 70.000 ducados «e pueden acomodar mu-
chas cosas, conviene que deis la prisa posible á echar fuera esa
Escuadra de que tanto servicio espero, saliendo en la buena
orden que conviene, como lo irá mediante Vuestra autoridad
Tomo LXXXI. 22
338
y asísteiicia y el coidado que habéis puesto en bu apresto.
De Madrid á 19 de Marzo de 1607. =T0 EL RET.=Por
mandado del Bey, nuestro Señor^ Antonio de Ardstegai. — Por
el Bey, al duque de Medina-Sidonia. su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An«
dalucía.
Por lo que estos días ha escrito el Sr. D. Luís Fajardo, se
ha entendido la falta de pólvora Qpn que se halla para las oca*
siones que se ofrecieren este verano , y para prevención dello
manda Su Majestad que en tanto que se aprestan los navios de
la Escuadra del Estrecho que están par salir á la mar, á que
ha de ayudar D. Juan Maldonado con las galeras, pase con
todas ellas á Málaga para recibir allí toda la pólvora que se le
entregare por orden del señor marqués de San Germán, y que
luego dé la vuelta á Cádiz con ella y entregue 600 quintales á
la persona que tuviere á cargo los dos galeones que se están
aprestando para pasar á Lisboa á servir en la armada del
Océano, y que la demás pólvora se ponga á buen recaudo en
Cádiz para disponer della según las órdenes del señor Mar*
qués; sobre esto escribo con orden del Consejo á D, Juan, y con
la misma advierto de todo á Y. E. mientras se ñrma despacho
de Su Majestad sobre ello, para que tenga entendida su volun-
tad, y que en su cumplimiento se sirva Y. E. de mandar se
ejecute luego, y que en Cádiz se guarde la demás pólvora.
Guarde Dios á Y. E. como deseo.
En Madrid á 20 de Marzo de 1607. — El señor marqués de
San Germán escribe á quién ha de dar en Málaga la pólvora y
la carta envió á D. Juan Maldonado. — ^Antonio de Aróstegui. —
Señor duque de Medina.
EL BEY.
Duque de Medina«Sidonía, primo, del mi Consejo de Esta-
do, mi Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
r^
339
He yisto Taestra carta de los 15 de éste con los papeles que
acusan y las qne escribisteis al daqne de Lerma y al Secreta-
rio Andrés de Prada, y háme parecido mny bien lo que asi-
mismo escribisteis á Juanetin Mortara en respuesta de su car-
ta, pues la ocasión de verse Mnley-Xeque desposeido de Mar-
ruecos por Muley Zidan, su hermano , de quien puede justa-
mente temer que le querrá quitar lo que le queda ^ es muy á
propósito para persuadirle á que me entregue la fuerza de La-
rache, para tener aquella puerta segura para entrar por ella á
recobrar su Reino; que si por este camino se consigue el fin
que se pretende, será muy bueno, y aunque no lo seria tanto el
intentarlo por otro que sea contra la voluntad de Muley-Xeque,
porque se puede dudar' mucho de salir con ello, os remito la
ejecución de lo que á esto toca, para que se haga como más
viéredes convenir, advirtiendo que si, como queda dicho ^ se
pudiere hacer con gusto y voluntad de Muley-Xeque seria lo
mejor, y si nó lo que importa es que se salga con la plaza de
cualquier manera que sea, pues podria ser que el Xeque por
no ir contra lo que dispone su secta, 6 por temor de sos moros,
no la quisiese entregar y que gustase de que sin parecer que
él lo hace me apoderase yo della; todo lo mirareis y considera-
reis con la atención que conviene, y tratareis del efecto con el
cuidado y celo que de vos confío , y agradeceros mucho el que
mostráis en estas cosas; y os encargo tengáis muy á punto la
Escuadra del Estrecho, y en particular los tres navios que de-
cis, para gozar de la ocasión que se ofreciere por el camino que
mejor os pareciere, conforme á lo que queda dicho, como vos lo
sabréis muy bien hacer.
Las galeras de España conviene que no ^ tiempo en ir
á Cartagena, así porque la ^ tienen de bastimentos obliga
á que vaya ^ puedan proveer dellos, como porque si se..*.. *
endose que há tantos dias que no esperan sino tiempo para
4 EsU en blanco el original.
3 ídem id.
8 ídem id.
4 ídem id.
340
partir^ dará caasa de sospecha á los moros, demás de que cor-
rerá peligro de perecer de hambre, no habiendo en el Ándalo*
cía dinero ni bastimentos con que socorrerlas, y el ver que ñh
guen SQ TÍaje disimulará más el efecto qae se hubiere de hacer;
y así he mandado escribir á D. Joan Maldonado qne no pierda
hora de tiempo en ir á Cartagena, que allí se provea de bas*
timentos y esté á panto para acudir adonde se le mandare, áe
manera que lo pueda hacer luego que se le ordenare , pues
siendo el camino tan corto, con^ucha facilidad podrá acudir;
siendo necesario á ese efecto y para suplir la falta de gente
que hay en las galeras; se ordena asimismo al marqués de los
Yélez que de la gente de su distrito tenga en orden 300 hom-
bres armados para embarcarse, como otras veces lo han hecho,
sin decir al uno ni al otro el intento que se lleva.
AsimismQ os doy muchas gracias por el socorro que pensá-
bades hacer de trigo y cebada á Ceuta y Tánger, y oa encargo
lo pongáis en ejecución si ya no lo hubiéredes hecho.
En la cobranza de los 70.000 ducados que se os libraron en
los Millones de Sevilla para el apresto de la Escuadra, sedará
la orden que convenga de manera que no haya £álta , como
cosa que tanto importa.
De Madrid á 22 de Marzo de 1607.=YO EL REY =« Andrés
de Prada. — Por el Rey, al duque de Medána-Sidonia, su primo,
del su Consejo de Estado, su Capitán general del mar Océano
y de la costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sídonia, primo, del mi Consejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda-
lucía. Háse visto vuestra carta de 18 del pasado y la que escri-
bisteis en 5 deste al Secretario Bartolomé de Aguilar y Anaya,
y queda entendida la cuantidad de dinero que hay en ser en
Tarifa en poder de un mercader y á los efectos que se podría
aplicar, y con brevedad se os avisará lo que se hubiere áe
hacer del.
j
341
Ha sido bien advertir que en aqaella plaza y en las demás
marítimas conviene que haya persona de experiencia de las
cosas de la guerra para que la gobierne , y es muy conforme á
vuestro celo y al cuidado con que miráis por las cosas de mí
servicio, y así se dará en ello la drden que conviene.
Por la falta de gente con que queda Cádiz respecto de sacar
la que hay en ella para la Escuadra del Estrecho, he ordenado
qae el capitán Escobar que levante una compañía..,.. ^ Extre-
madura vaya con ella á meterse luego en aquella ciudad, y que
para lo mismo ^ hacer los dos Capitanes que están en las
galeras, con que habrá suficiente.
De Madrid á 24 de Marzo de 1607. = TO EL REY. = Por
mandada del Bey , nuestro Señor, Bartolomé Aguilar y Ana-
ya. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su
Consejo de Estado, Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mí Consejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. •
Habiendo visto lo que en 6 del presente me escribisteis sobre
el medio que se os ofrecía para enviar á reconocer los navios de
Holanda y Gelanda que pasaren por el Estrecho de Gibraltar,
á cuya guarda ha de asistirla Escuadra que para este efecto se
ha aprestado, he resuelto lo siguiente:
Que el General de la dicha Escuadra, ú otra cualquiera per-
sona que la tenga á cargo, eu descubriendo cualesquier navios
que entraren y salieren por el Estrecho, envié una ó dos lan-
chas, 6 las que le pareciere conforme al número de navios que
descubriere, y que no lleven soldados ni armas, sino alguna
señal de bandera, á tomar lengua de los navios; y que á esto
vayan personas rectas y de buen celo ' excusen desórde-
nes y lleguen á reconocer si son amigos y les pidan pasapor-
4 Está en blanco en el original.
5 ídem id.
8 Ídem id.
342
tes 7 recaudos qae trajeren de haber descargado el trigo qae
Ueyaron á tierras de mis Reinos; y sí, habiendo hecho este
cumplimiento tan amigable, hubiere alguno de los dichos na^
TÍOS pasajeros que se atreya á usar de hostilidad, se procederá
contra él como contra enemigos declarados, y vos haréis pre-
gonar y publicar lo contenido en este capitulo en los puertos
y lugares desa costa, declarando que he mandado aprestar la
dicha Escuadra para la guarda del Estrecho y castigar los pí*-
ratas y otros enemigos que infestan esos mares y estorban el
trato y comercio de los subditos y confederados nuestros.
En esta conformidad , daré yo al dicho General de la Es-
cuadra la orden que ha de guardar cuanto al reconocimiento
de todos los navios que pasaren por el Estrecho, encargándole
mucho el buen término en reconocerlos, y que en cada lancha
envié una persona de experiencia y confianza para no dar oca-
sión á desorden ni á que al que fuere amigo le deje de valer el
serlo por codicia ó quererse dejar engañar quien fuere á reco-
nocerlo, porque el que delinquiere en esto será castigado ejem-
plarmente.
Vos estaréis advertido que el castigo que se hubiere de ha-
cer á los navios que usaren de hostilidad, habiéndolos reconoci-
do con el buen término que queda dicho , no ha de ser contra
las haciendas que trajeren en ellos, sino contra las personas de
BUS Capitanes, dándoles algunos tratos de cuerda.
De los navios de guerra que los de la dicha Escuadra toma-
ren peleando, haréis que sean ahorcados sus Capitanes y Maes-
tres, y que los marineros y soldados se echen á galeras para que
sirvan al remo.
De los progresos que la dicha Escuadra hiciere, y cómo ae
comenzare á ejecutar todo lo qae aquí os ordeno y encaigo, me
iréis dando aviso.
De Madrid á 26 de Marzo de 1607.r=YO EL REY.«=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aréstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa dol An-
dalucía.
. K
343
EL REY.
Daqne de Medina-Sidonia, primo^ del mi Consejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano. La ciudad de Jerez me
ha representado las causas por que desea se derogae la orden
que estaba dada para qae os acudiera con las seis piezas de ar-
tillería qne tiene para la Escuadra del Estrecho; y visto lo que
dice y lo he tenido por bien^ y lo será que no tratéis más de
aquellas seis piezas, sino que se las dejéis para su consuelo y
ejercicio^ pues no faltarán otras de que poderos valer.
De Madrid á 26 de Marzo de 1607.=TO EL REY.=Por
mandado del Bey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia , primo , del mi Consejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Ya habréis visto lo que de mi parte os escribié el mi infrascrito
Secretario á los 20 de éste, y en confirmación dello he querido
deciros que para proveer á la armada del mar Océano la pólvo-
ra que habrá menester para las ocasiones que se ofrecieren
este verano, he resuelto que mientras se aprestan los navios de
la Escuadra de la guarda del Estrecho que están para salir á
la mar (á que ha de ayudar D. Juan Maldonado con las gale-
ras), pase con todas ellas á Málaga para recibir allí toda la
pólvora que se le entregare por orden del marqués de San Ger-
mán, del mi Consejo de Guerra y Capitán general de artillería,
y que luego dé la vuelta á Cádiz y entregue 600 quintales de
ella á la persona que tuviere á cargo los dos galeones mios que
se están aprestando para pasar á Lisboa ^ en la dicha arma-
4 Está en blanco en el original
otrx
da, 7 que la demás pólvora se ponga á baen reeaado en Cádiz
ó en Jerez para disponer della según las órdenes del dicho
Marqués, y en esa conformidad se le ha escrito al dicho don
Juan; y á vos encargo que tengáis la mano en la ejecución
dello, dándole mucha prisa» y de lo que se fuere haciendo me
avisareis.
De Madrid á 26 de Marzo de 1607.«=YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Ardstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, del su Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalodá.
Cinco cartas vuestras de 12 y 15 del presente se han visto, y os
agradezco mucho la buena diligencia con que habéis mandado
aprestar los navios de esa Escuadra, que es lo que yo esperaba
de vos; y pues decis que procuraríades echar fuera del puerto
ocho de ellos, se aguarda por horas aviso de haber salido; y lo
que ahora os encargo es que hagáis dar prisa á despachar los
demás, para que todos 12 se pongan en los puestos por donde
han de pasar los enemigos, que ya es tiempo que vuelvan de
Levanto, é importa que hallen las fuerzas superiores de las su-
yas y hagan con seguridad los buenos efectos que ae esperan,
mediante Dios.
También se aguarda aviso de que aprovechen las diligen-
cias que de acá se han hecho para la cobranza d& los 70.000
ducados, y se entiende que con los 25.000 que últimamento se
han proveido se habrá podido despachar esa Escuadra, y cuan-
to á la falta de marineros, ya os está cometido que la supláis
como os pareciere; y lo que toca á infantería, estará acomoda-
do con los 250 soldados de las plazas de Ceuta y Tánger y los
200 de la costa de Granada, como está resuelto, los cuales
345
haréis embarcar en los dichos navios dónde y cómo viéredes
que conviene.
He visto como ha enviado D. Luis Fajardo, mi Capitán ge-
neral de la armada del mar Océano, á Pedro Alvarez de Her-
rera, Entretenido en ella; y aunque hay noticia de lo bien que
ha servido, se podrá excusar por ahora en esa Escuadra la
plaza de Sargento mayor, y el crescelle el sueldo de 20 escu-
dos que gozaba en la armada; procurareis que se acuerde lo
que toca al sueldo de los navios conforme está resuelto y que
no haya nuevo gasto, como lo espero del mucho cuidado con
que miráis en esto por servirme.
Está bien haber elegido por Almiranta de esa Escuadra el
galeón nombrado La Begoña^ pues decis que es tan á propósito
para ello, y que hayáis puesto por Capitán de la Capitana al
hijo del general Juan Alvarez de Aviles, para que sirva cerca
de sa padre, y el sueldo del dicho General ha de ser 200 escu-
dos cada mes.
Avisaréisme qué personas sirven con entretenimiento en esa
Escuadra, con cuánto uno y cuándo se les dieron, porque con-
viene tenerlo entendido.
Cnanto al inconveniente que se os ofrece sobre el poco cré-
dito que se debe dar á los pasaportes que presentaren los na-
vios de Holanda y Gelanda que abordaren lo» desa Escuadra,
por lo que usan falseallos , es bien que tengáis entendido que
los de los Vireyes de Ñapóles y Sicilia son por caso accidental,
y qae pasada la presente necesidad que ha habido de trigo en
aquellas partee se excusará dárselos; pero ahora conviene que
se atienda á mirar con mucho cuidado si son verdaderos los
que presentaren, y asi os lo encargo mucho.
En lo qae toca á otorgar las apelaciones *de las sentencias
qae ahi se dieren sobre navios y hacienda de contrabando , no
ha de guardar nadie otras órdenes que las que se han despa-
chado y despacharen por los mis Consejos de Estado y Guerra,
y asi daréis para ello á su tiempo la que convenga en vuestra
jurisdicción.
Mucho importa que esos dos galeones que se aprestan para
346
ir á serYÍr en la armada procnreís despacharlos con la breye-
dad posible*
De Madrid á 26 de Marzo de I607.»TO EL RET.=»Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de AróstegaL--»Por
el Rey, al duqae de Medina*Sídonia, sa primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta*
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Por diferentes Tías se han tenido avisos que han salido á la
mar navios de rebeldes con designio de hacer daño en las eos*
tas destos Reinos; y porque es bien prevenir á lo que podría
suceder si intentasen alguna cosa en la costa de este Reino, os
he querido advertir dello y encargaros y mandaros, como lo
hago, que tengáis tan prevenido y á punto todo lo que está á
vuestro cargo, que no sólo puedan hacer tiro , pero que Hevea
la pena de su atrevimiento; y avisarme eis en la forma que lo
disponéis, porque conviene tenerlo entendido.
De Madrid á 28 de Marzo de 1607.»TO EL RET.«»Por
mandado del Rey, nueslaro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya. — Por el Rey, al duque de Medina-^idonia, su primo , del
su Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía.
He recibido el despacho de V. E. de 20 de este mes, y por-
que esta noche han concurrido muchos embarazos, trataré de
lo más preciso, dejando lo demás para la primera ocasión: á Su
Majestad y al señor duque de Lerma ha parecido muy bien lo
del encaminar á Lisboa los dos galeones que V. E. dice de
los 12 desa Escuadra, reduciéndola por ahora á los 10, como á
y. E. le parece, y se desea que vayan allí con mucha brevedad
y que no se pierda punto en el aderezo de los otros dos, para
r
347
que proveyó D. Luis Fajardo 12.000 ducados; pero él escribe
en carta de 22 deste^ que no hallaba forma de proveer marine-
ros, como V. E. se lo habia escrito, y asi conviene que Y. E.
remedie esta ñilta como mejor se poeda^ y que Y. E. mande
avisar á D. Luis de lo que se fuere haciendo.
Yuecencia hace mucho servicio á Su Majestad en tomar tan
á su cargo lo tocante á esa Escuadra, y en conformidad de lo
que ha sido servido de escribirme , se harán más atinadamente
los despachos para los Oficíales; de lo de Cartagena habrá te-
nido Y. E. aviso de la falta que allí hay de navios para embar-
car las 32 compañías que han de pasar á la India , y de los que
ahí convendrá embargar. Es cosa de mucha consideración y
servicio de Su Majestad, y así me ha ordenado hoy el Consejo
que escriba á Y. E. mande que se ponga en eso mucho cuida^
do, y se encaminen los navios á Cartagena , supuesto que la
embarcación ha de. ser de 4.500 toneladas, y á Málaga se escri-
be lo mismo y á Cartagena, que si allí hubieren hallado em-
barcion, lo avisen luego á Y. E. con correo expreso, y á Mála-
ga, para que se excusen costas. Nuestro Señor guarde á Y. E.
muy laicos años.
De Madrid á 28 de Marzo de 1607. — Lastimoso estoy del fa-
llecimiento del señor conde de Olivares, porque ha sido pérdida
general y partieular para mí; está gozando de Dios según su
dichoso fin, y siento mucho la pena que con tanta razón darán
á Y. E. — Antonio de Aróstegui.
En lo del embargo irá luego despacho de Su Majestad
para Y. E.
Aquí van las cartas de Su Majestad, que Y. E. verá; una
sobre lo que han de hacer los navios en el Estrecho: no ha ha-
bido lugar de ver las instrucciones que Y. E. dio á Juan Alva-
rez, y si es contra ellas en algo y se le ofrece á Y. E. que re-
plicar, se' sirva de avisarlo. — Señor Duque de Medina-Sidonia.
348
EL REY.
Dnqne de Medina-Sidonia, primo, del mí Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Mis
Oficíales de armadas qae residen en la ciudad de Cartagena,
han avisado que por la necesidad que tenían de navios para la
embarcación de la infantería que ha de pasar á Italia, os escri-
bieron que les proveyésedes los que ahí se pudiesen haber
de 100 hasta 400 toneladas, que serán menester para 3.000 hom-
bres, que se presupone llegarán á la dicha Cartagena en 32
compañías que van marchando para allá; y porqn^ serán allí
para los 20 del que viene á lo más largo, conviene que acndais
á esto con la diligencia posible , correspondiéndoos con los di-
chos Oficiales, para que sepan amenudo lo que fnéredes ha-
ciendo cerca de esto, y ellos os avisarán si hnbieren embargado
en aquel puerto algunos navios, para que les proveáis tantos
menos, que así se les ha advertido.
De Madrid á 30 de Marzo de 1607. =¥0 EL RBY.=Por
mando del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegni. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia , su primo, del su Consejo
de Estado, Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía.
EL REY.
Duque, primo. Por vuestra carta de 12 de éste, se ha enten-
dido lo que me avisáis acerca de cuan á propósito han sido los
tiempos para la navegación de la armada de las Indias, des-
pués que salió del puerto, y cómo dispnsistes y encaminasteis
luego que se os avisó lo que toca á los 200 soldados que mandó
levantar y que se llevasen en las Compañías de la dicha arma-
da, para que quedasen en Cartagena y que fueren en ella, y os
agradezco el cuidado y diligencia que en ello habéis puesto^ y
es muy conforme al celo que tenéis de las cosas de mi servicio.
De Madrid á postrero de Marzo de 1607.= YO EL REY.=
349
•
Por mandado del Bey, nuestro Señor, Gabriel de Hoa. — Por el
Bey, al duque de Medma-Sidonia, au primo, del su Consejo de
Estado, su Capitán general del mar Océano y de la costa del
Andalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mis Consejos de Es-
tado y Guerra^ mi Capitán general del mar Océano y de la^
coata del Andalucía. He ^isto lo que decis en muestras cartas
de los 19, 25 y 27 dol pasado, con los papeles que acusan de
Juauetin Mortara y Yicencio de Marchena, sobre la retirada
de Maley-Xeque y entrega de Larache, y háme parecido muy
bien lo que le respondisteis y la forma en que os parece se debe
encaminar la ejecución de aquella empresa, y así os remito
que la guiéis y encaminéis como más yiéredes convenir , pues
fío de vuestra prudencia lo haréis de manera que, si no se saliere
con lo que se pretende , no se aventure ni pierda nada; y con
ésta se os envia carta para D. Juan Maldonado, del tenor que
veréis por la copia que con ella va.
Háme desplacido entender que los nueve navios y dos lan-
chas que enviasteis al Estrecho hayan tenido tiempo tan for-
zado que les haya obligado á correr, porque según el aviso
que enviasteis y el que de acá se os envia, cada dia se pue-
den 1 navios de rebeldes de vuelta de Levante, y vendría
á muy buen tiempo ^ hacer alguna buena presa en ellos,
para que viendo que aquella puerta se les..... ' vengan de mejor
gana en la suspensión de armas que con ellos quedaba tratando
el Archiduque, mi hermano; y asi convendrá que si se hiciere
algún buen efecto me lo aviséis luego, con particular relación
de ios navios y gentes que se tomaren, y de qué partes son,
para que se le pueda dar aviso dello. ^
Os doy muchas gracias por la provisión de trigo , cebada y
4 Está en blaDCO eo el original.
2 Ídem id;
I lijtemld.
350
centeno que habéis hecho á Céata y Tánger, qne en todo mos-
traÍB el mucho amor y celo qne tenéis á mi servicio.
De Madrid á 6 de Abril de 1607.>»TO EL BET.=Audr¿8
de Prada. — Pop el Rey, al duque de Medina-Sidonía, sa primo,
de sus Consejos de Estado y Guerra, su Capitán general del
mar Océano y de la costa del Andalucía.
EL BEY.
Don Juan Maldonado, mi Veedor general de las galeras de
España é Italia. He visto vuestra carta de los 26 del pasado , y
agradézcoos mucho el haber acudido á sacar los galeones de
la guarda del Estrecho; y porque podria ser que por haber sido
los tiempos que han corrido reforzados, ó por haber de cumplir
la <5rden que se os envió por el Consejo de Guerra para llevar
de Málaga á Cádiz la pólvora que han de llevar los galeones
que han de ir á Lisboa, no hubiésedes proseguido el viaje de
Cartagena, y seria muy posible que se ofreciese alguna ocasión
de mi servicio en que fuese menester ocuparse esas galeras, he
querido ordenaros y mandaros , como lo hago, que sin embargo
de lo que últimamente os mandé por esta vía, cumpláis la
orden que de mi parte os diere el duque de Medina-Sidonia,
que en ello seré de vos muy servido.
De Madrid á 5 de Abril de 1607.=TO El RET.^Andrés
de Prada.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. Háse recibido vuestra carta de 12 de Marzo, y los papeles
y avisos que acusan de cosas de Berbería; y porque en otra
carta mia que habréis recibido se os responde á lo que á esto
toca , no queda que añadir á ello más de que holgaré que me
vayáis avisando lo que más entendiéredes.
J
351
Los de Emden están declarados por enemigos , por haber
tomado la protección de rebeldes ; recibido gnarnicion saya,
7 así conviene ejecutar la orden que está dada con los dos na-
vios que llegaron á Cádiz con trigo , sin embargo de los pasa-
portes que traen del conde de Emden , porque si se les diese
entrada por su medio , tendrian los rebeldes el trato de estos
BeinoSy lo cual no conviene por las muchas causas que tenéis
entendidas; y así procederéis contra ellos conforme á lo que se
os ha ordenado, y me avisareis de lo que hiciéredes, y del valor
destos navios y lo que traen.
De Madrid á 5 de Abril de 1607.»TO EL REY.=Andr¿s
de Prada. — ^Por el Bey, al duque de Medina-Sidonía, su primo,
de sus Consejos de Estado y Guerra, su Capitán general del
mar Océano y de la costa del Andalucía.
EL EET.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. Por la relación que va con ésta, que me ha enviado de
Genova el embajador D. Juan Vivas, veréis los navios de re-
beldes que allí han acudido con trigo y los que andan en
corso , y asimismo los ingleses y bretones , que á la vuelta de
sus viajes roban y hacen el daño que pueden , convendrá que
lo tengáis entendido, para que en caso que lleguen á esa costa
con color de que son amigos (como lo suelen hacer), se les
pueda echar mano; y se tiene cuidado de enviaros lo que más
se entendiere acerca de esto, y vos me avisareis si llegaren por
allá algunos de los dichos navios.
De Madrid á 5 de Abril de 1607.==YO EL RET.=*Andrés
de Prada. — Por el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
de sus Consejos de Estado y Guerra, su Capitán general del
mar Océano y costa del Andalucía.
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Duque 4e Medina-Sídoníaj pnmo,^ del jQ[ií.QQa8QJi0;d^.iE9ia4;O,
mi Capitán jg^enieral del mar Océanp y d^la costil d]e\, A^dala-
cíá. A los 11 del pasado mandé escribir, á. D, ^ernaQJdo,Hurt^o
de Mendoza que tuviese prevenidos j,en órdw SMOin&pteB.
encargando el g^obierno de ellos á un C^pi^.i;i,|t^áqtícQ,¡$r.^de
quien tijiyier^^^ti^fl^c^ipn, p^^qoe q^ ^in1>8J*^dQ.e];^.)fi&:i^TÍ03
de la'!E9Cua(lra (íe la guarda ,del EstrecI]tQ^.,C9^lo,QBi6p)e^9^.pleoe
avisó; y aúnquiB se le envió ^tje.d^spacíioijBQji corxeo, ^xpre^p,
i|o 8^ ha tenido respues^ suya, pi ,9^ 8!abe,qu^,i^y;a494ola
gente; y así, se le manda de nuevo que la entregue á D., Jaw
Maldonado^ ó á la persona que con galera fuere por ella, con-
forme á lo que vos le advirtiéredes , sin que haya réplica ni
dilación; y así copyiene que IfU^prle. ^vi^ej^s \%;ff^^,^án^e se
ha de* juntar esta gjente^ para^^uQ sa ftci;i,d^, {¡off tPdpft,^ mi
servicio.' _, ',' ; _ _ ;. ,^^ __r \ . -. ^ ,..,.v ,,,9, „..■.!.:
Dé Madrid á 6 de 4bril de l607.=^yO Eí,:REY.f=rPpr xnaa-
dado del Rey, nuestrq Seiíór, Bartolpmó d9,4^ai}ftry An?iy^.—
Por él ÍEtey, ^1 duqpe de M^edina-Sidopia^^su Capi|;^ ^g;€^eral
del mar Océano ir de la costal del Andalucía, , .. - ^ , .
< l ' ' » ' ■ i .
•-,' i,.i.¡i . •;•■ •. ■ - .. / ■ ■• • ■ ■■> ' ■ ■ 1 •- ■'■■' • •.
í . •; • í*
Duque dé.Médina-Sidpnia, pripio, del mi Consejo de E»9l(ado
y Capitán general dql ,paf Océano y costa del And^lT^,cí^, No
obstante lo que sé os responda en otra carta de la fechan da é9ta
á lo que escribisteis chanto al despacho de los nayíos.q^ie ahí
tenéis para ir á juntarse con losi demás de la EsGuad^ra de la
guarda del Estrecho, lie resuelto (conforuiándQpae oon su buen
parecer) qué Iqs dos de elige pasen á Lisboa con. los otros dos
galeones que ahí se están aprestando para ir á servir en la
armada del mar Océano; y así, os encargo que bagáis dar la
353
prisa posible al apresto de todos, para que vayan juntos cuanto
antes se pudiere , pues los diez que en ella quedan serán bas-
tantes fuerzas para los efectos que ha de hacer la dicha Escua-
dra; 7 daréis orden para que en estos cuatro bajeles se embar-
quen los 600 quintales de pólvora que estaba acordado llevasen
los dos á Lisboa ; y también procurareis enviar con ellos á don
Luis Fajardo ^ arcia que os ha pedido, 6 lo más que pudié-
redes; y de cómo lo fuéredes disponiendo y cuándo podrán
partir me daréis aviso.
De Madrid á 7 de Abril de 1607.=YO EL REY.=Por man-
dado del Bey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por el
Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo do
Estado y Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía.
El despacho de V. E. de 6 de éste, recibí á los 11, y luego
envió al señor duque de Lerma una relación de lo que trae el
galeón San Bartolomé; pero las ocupaciones de la iglesia no
han dado estos dias lugar á la respuesta; espero que la podré
enviar á V. E. con el primer ordinario: el socorro de este galeón
ha sido del cielo , por la mucha necesidad que hay de todo lo
que trae, y la orden que dio V. E. sobre que nadie salga del
ni se saque nada, fué muy propia de su providencia: á Su Ma-
jestad parescerá sin duda muy bien todo lo que V. E. dice, y así
será tanto más conveniente que V. E. se sirva de mandar que no
se pierda punto en el apresto de esas cuatro galeras, para que
todas cinco vayan juntas á Lisboa, donde serán bien menester.
Con el último ordinario avisé á V. E. lo que habia entendido
de Cartagena en materia de embarcación, y lo que con venia que
V. E. mandase suplir de ahí aquella falta; hoy he tenido cartas
de los Oficiales de allí, de 8 deste, en que avisan que habian
embargado aquel dia 11 navíoside franceses, que podrán pasar,
ocho- ó nueve compañías de las 32 que han de ir por aquella
4 Está en blanco en el original.
Tomo LXXXL 23
364
parte á Italia : también dioen que coq el primer Lerante espe-
raban una nave grande qne babian hecbo embargar .en Ibisa,
que podrá llegar buen número de gente : también me ha escrito
D. Francisco Verdugo, de Málaga^ á 5 de éste^ que trataba de
embargar dos buenos navios flamencos que allí había, j los
encaminaría luego á Cartagena; y porque con lo dicho y las
dos urcas que V. £. mandaba encaminar allí, está cumplida
aquella embarcación, ó á lo menos faltará poco, me ha parecido
ayisarlo á Y. E. con este peón que va á los 20, para que te-
niendo entendido lo que pasa , y habiendo ido .las dichas dos
urcas á Cartagena, como se presupone, se sirva de mandar que
se excusen gastos de embargo de navios, pues conviene mirar
en esto en tiempo que hay tanta falta de hacienda; pero si
acaso saliesen inciertos los dos navios de Málaga y la nave de
Ibiza, y los Oficíales de Cartagena hicieren nueva instancia á
y. E., en tal caso convendría mandarlos Y. £. socorrer conloe
navios que ahi se hallasen, pues ya pura necesidad obligaría
á ello; y yo les escribo, con un correo que va esta noche á Car-
tagena, que den luego aviso i Y. £. de la embarcación que
tuvieren, por sacarle de ese cuidado, ó mandándoles proveer
lo forzoso, 6 excusando por no ser menester; y lo de las galeras
no es de consideración , porque las de Qénova no llegarán á
España, y las de España son pocas: también escribo al dicho
D. Francisco Yerdugo, que de lo que hubiere hecho avise
luego á Y. E., á quien guarde Dios muy largos años.
De Madrid á 13 de Abril de 1607.. — Antonio de Aróstegai. —
Beñor duque de Medina-Sidonia.
EL BEY,
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Cua-
tro cartas vuestras, de 2 y 3 del presente, he visto, y también
me hizo relación Antonio de Aróstegui, mí Secretario, de dos
que á él le escribisteis, y en ésta se os responderá á todas«
366
El haberse recogido todos los natíos de la Escuadra del Es-
trecho á los puertos de esa costa fué may buena nueva, pues
no sucedió desgracia á ninguno de ellos, habiendo corrido tan
recio temporal; y después de dar gracias á Dios por haberlos
vuelto en salvamento, os las doy á vos por la bondad de los
navios, pues con su fortificación y buena orden en que iban
podiaron resistir el rigor de la mar, y ha sido muy bastante
mira del cuidado con que acudisteis á aprestarlos, y así espero
que con el que teníades de juntarlos , y que el general Juan
Alvares se pusiese con todos en Gibraltar, lo habrá hecho.
Muy acertada ha sido la prevención de marineros, y sacar
de Cádiz 40 soldados, y que juntando á ellos los 40 bisoñes
ayuden á llevar esos navios hasta Oibraltar , donde se han de
guarnecer de la infantería de las fronteras ; y acordaos que
conforme á lo resuelto, han de ser diez solamente los navios
que han de acudir á la guarda del Estrecho y al apresto y des-
pacho de los cuatro que han de pasar á Lisboa ( que como se
os faa avisado han de ser dos de los doce desa Escuadra con los
dos galeones mios), conviene dar mucha prisa, y avisaréisme
luego para qué tiempo y con qué gente los podréis enviar; y
tened entendido que haü de ir con ellos precisamente los per-
trechos que os ha pedido D. Luis Fajardo para la armada de su
cargo, y juntamente la pólvora que se ha de traer de Málaga.
Pues decis que tenéis prevenidos para enviar al dicho don
Luis 1.060 quintales de jarcia y 387 lonas, y que no se hallan
más de éstas, será muy acertado suplir la falta dellas con los
pacajes que avisáis , y que se lo encaminéis todo en los dichos
cuatro galeones.
Bien será que escribáis á D. Luis Fajardo que envié algunos
Entretenidos para esa Escuadra, pues os parece que serán de
servicio en ella, y al capitán Acosta se le ha ordenado que vaya
luego allá.
Pues para lo que toca á infantería os valéis de todas partes,
conviene que aviséis luego la que os faltare, y cómo se podrá
suplir, y si con la última orden que se envió á D. Fernando
Hurtado de Mendoza, os dará los 200 soldados que se han
356
pedido de la costa de Granada, y también ayisareis cómo se
podrá conducir á la Escuadra, habiendo pasado las galeras á
Cartagena.
Queda entendido cuan bien habéis acomodado de artillerftt
esos navios, sin haber tomado ninguna de las flotas , 7 que la
ciudad de ^ voluntad las seis piezas que le pedisteis, que
han sido como * y maña.
La composición de la armada del mar Océano depende de
lo que habéis de ordenar que se envié á D. Luís Fajardo, y así
conviene ganar tiempo en ello; y para reforzarla dicha armada^
he resuelto, que por irse retardando el apresto de los 15 navios
que habia de Vizcaya, se reduzcan á 10, y que estos, que podrán
despacharse con brevedad, vayan á Lisboa y sirvan este verano
con D. Luis ; pero estad advertido de tenerlo en secreto, porque
si antes de ejecutarlo se divulgase seria causa bastante para
dilatar mucho el despacho de los 10 navios, porque se sabe que
la gente de mar de que se va haciendo leva en Vizcaya , GFui-
púzcoa y las cuatro villas de la costa de la mar, huye dé ir á
Portugal ; y queda entendido lo que advertís cuanto á juntane
esa Escuadra del Estrecho con D. Luis, y se usará de ello cómo
convenga, según el tiempo y estado de las cosas.
Muy importante ha sido el cuidado que habéis puédlo en
asegurar las dos urcas alemanas que están cargando de lanas
en el rio de Sevilla, para que toquen en Cartagena y reciban
1.200 soldados que decís podrán pasar á Italia de la gente que
se levanta para allá; y porque el tiempo está tan adelante 'cbmo
veis, es necesario que procuréis hacerles que salgan cuanix)
antes, porque se entiende que á los 8 deste tenían los Oflciátes
de Cartagena embarcación para ocho ó nueve Cdmípa5iá8,'y
esperaban una nave grande que estaba en Ibíza; y dé Ksde
Málaga habían embargado dos, para el mismo efecto, de Ib
gente que se ha de embarcar en Cartagena; y acudiendo luego
esas dos urcas , se presupone que con ellas y los demás bajeles
i Está en blanco en el orígioal.
t ídem id.
357
habrá bastante recaudo para 30 ó 32 compañías qae van mar-
ohando la vuelta de aquel puerto ^ pomo queda dicho im-
porta la brevedad, porque han llegado ya muchas de ellas en
aquel contorno y están esperando que las llamen, y de tenerlas
allí, resulta deshacerse la gente y daño á los lugares donde
está alqjada; pero adviérteos que si los dichos Oficiales de Má-
laga 08 avisasen que no han embargado las dichas dos naves,
ylos de Cartagena os escribieren de nuevo que no tienen la
ezobaroacion. que han menester, convendrá en tal caso que
h%gais lo posible para suplirlo desde ahí.
Pues las galeras de España pasaron á Cartagena, es me-
nester dar orden para la conducción de la pólvora que ellas
hablan de traer de Málaga á Cádiz; pero no parece conveniente
que esto lo hagan dos navios desa Escuadra, como decis, por-
que aunque sean ligeros no lo serán cargándoles tanto peso y
seria aventurarlos (con cosa que tanto es menester como la pol-
vorín) si topasen enemigos^ lo cual seria muy posible, y así se
iernia por mejor que de los 2.000 quintales que se han de sa-
car de Málaga se conduzcan los 1.000 por tierra, y para esto
se dará de acá la orden necesaria, y los otros 1.000 en caso que
para algún accidente aportase á Málaga D. Juan Maldonado
con las galeras para volver á Cádiz, los podría pasar allí, ó el
general Juan Alvarez se corriese con su Escuadra á Málaga,
y para prevención de esto se enviará allá la orden y vos
tendréis advertido dello al dicho Juan Alvarez.
Cuanto á la cobranza de los 70.000 ducados librados en los
Millones del partido de Sevilla para los gastos de esa Escuadra,
conviene que si (como se presupone) hay recaudo en el tercio,
de la paga que se cumplió por Noviembre, procuréis con vuestra
Mitoridad é inteligencia que se cobren ; y estoy muy cierto de
que ha sido menester todo vuestro cuidado y trabajo para aca-
bar de despachar la Escuadra coil los 25.000 ducados que últi-
mamente se proveyeron.
Bien ha parecido que hagáis otras dos lanchas para servicio
1 Está en bltoco eo el original.
u
368
de la Escuadra^ pues han salido tan i propósiio las otras do8«
Queda entendido cómo llegaron en salvamento las tres naoi
vizcaínas del capitán Yergara que ahí se esperaban, y faé en
suceso ^ con el temporal que corrieron.
Hánse visto las relaciones que enviasteis de los bastimen*
tos * gente qae se ha embarcado en los 12 navios de la di-
cha Esco ^ muy bien y lo será que enYÍeis' la que ofrecéis
cuando haya ^ y la prevención y disposición deüo es como
siempre lo he esperado de vuestra inteligencia y celo de nti Be^
vicio.
De Madrid á 17 de Abril de 1607.=:YO EL BE Y.««^Por man-
dado del Bey, nuestro Señor > Antonio de Aróstegui. — Por el
Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo de
Estado y Capitán general del mar Océano y de la costa del An-
dalucía.
Avisado hé á V. B. del recibo de los despachos de 5 y 6 de
éste; después han llegado á mis manos los de 9 y 10, y porque
estos dias no ha habido Consejo no se han podido ver; pero
luego envié al señor duque de Lierma el pliego de Y. E. eon
relación del suceso de los dos navios, y ayer le hablé en ello y
se ha holgado mucho de ver ese principio de loe buenos «fectos
que ha de hacer esa Escuadra, mediante la asistencia y Uxor
de Y. E.; hoy he tenido carta de D. Juan Maldonado, de 12 de
éste, con aviso de haber llegado ahí en salvo las galera? ; han
hecho mucha falta para lo de la pólvora ,* y según lo que he
entendido del señor secretario Prada, pudieran haberse deteni-
do ahí por la érden qae ae les envió por mi mano,* y porque sin
la pólvora no será de provecho la armada y conviene tanto que
la lleven esos galeones á Lisboa, he pedido al señor marqués
de San Germán los despachos que aquí van para que en Mála-
1 Está en bUoco en el original.
% Ídem id.
8 ídem id.
4 ídem id.
369
ga se entrenen 500 quintales, á qaien de ahí faere por ellos en
la forma que ordenare Y. E., á quien saplico se sirva de man-
dar qne, de cualquier dinero que ahí hubiere , se provea el que
fuere necesario para el acarreo de los dichos 500 quintales
entre tanto que yo procuro que D. Luis Fajardo lo provea, con
más el valor de la pólvora que se ha de pagar á Juan de Jufre,
que porque se gane tiempo y haga el servicio de Su Majestad
me atrevo á suplicar esto á Y. E., supuesto que ha de ser muy
cierta la paga de lo que se sirviere de mandar prestar para la
conducción desa pólvora, la cual podrá ser como á Y. E. le pa-
reciere más acomodado y breve.
Pues D. Femando Hurtado se halla tan falto de gente, será
justo creóle y remediar esto por otra vía, y á este propósito
advierto á Y. E. que me escribe de Jaén uno de los Capitanes
que salieron de las galeras á rehacer, que se llama D. Tomás
Mejía, que tiene ya juntos 200 hombres, y lo advertiré al Con-
sejo por si pareciere que se encaminen á esa Escuadra.
Avisado hó á Y. £. lo que hay de embarcación en Cartage-
na, y por cartas que hoy he tenido de allí de 12 de éste, he sar
bido que de Málaga no les habian enviado nada, y que la nao
que estaba en Ibiza la había tomado el duque de Monteleon
para la embarcación que previene , de manera que habrá sido
muy gran socorro el de las dos urcas que Y. E. mandaba en-
caminar allí, y si hubiese ido algo ó pudiese ir luego seria gran
cosa; y todos tienen orden de avisar á Y. E. lo que hacen y su
necesidad para que mande amparar á aquello como lo demás.
De otros autores entenderá Y. E., como se han dado las ga-
leras de Espada al Sr, P. Pedro d^ Toledo, y vuelto las de Si-
cilia^ al Sr. Bg Pedro de Leiva, y hay algunos indicios de que
la primera elección no es sin ninguna añadidura; pero no sé lo
cierto , y ahora lo es que se ha acomodado lo de Yenecia y ce-
sado la Junta de Armas que habia de todas partes, lo cual y
el suceso de Terranate y esa Escuadra del Estrecho podrian
sacar cierta la voz que corre , no sé con qué fundamento , de
que se encaminará la paz con las Islas de rebeldes: Sus Majes-
tades se van mañana á Aranjuez y el señor duque de Lerma
:
360
algunos días despaes. Naestro Sp&or goacde á V. B. moy bu*
gos anos.
De Madrid á 17 de Abril de. 1^607, — AntoQÍodQ Aróate^ú
Su Majestad me ha mandado Q9cnbir á.Y. £.^ qae pornd
Consejo de Jndíaa se le ha ponaultado que por la. fiEiito-qiiefaaj
de marineros naturales se ha ordenado á. D« Fraaolsoo IX^arta
,1(1 —
que envié en las flotas qifQ.este a&o .decfpacbaí» mMineto^asL^
tranjeros^ á que ha sido Su Msy^stad. servido 49 raspo^er, ^ae
siendo posible excusarlo que so excuse y que. pr^cnireu. que
sean naturales^ y que se ordene á D. Prancisco Quarte^ueaTí*
se lo que se le ofrece sobre eUo,yi.mí ipa^a q»aa4i4A'dtf
cuenta de ello á V. E. y decirla que spi/Seuvirá.de qtie.lV.iji.
avise Jo que le parece que 90. haga para que esQSi.miurifiexoB
sean naturales, y que Y. E. vea si podria ayudar coa^Agonos
naturales de Iqs de la armada, del Bstfecho, au^q]Qi^.an,6|i logar
se reviviesen en ella otros extranjeros de. las mi» conj^jdeotef
naciones, y repartiéndolos en lo^ |:^ayíoa (^e manara-que 8ie9ipr«
hayan de quedar inferiores y sujetos; y nw^ S[u j^^^^siad.
que si y. E. hubiere menester escribir á D. Francisco Duarte,
de su parte^ que lo haga así, y que V. E. responda luego de lo
que sobre todo esto se le ofrece. DiQS g^^de-áT. EK.Qcnno
deseo. . . . . ,
En Madrid, á 17 de Abril de 1607.— El duque 4^ l^exm» y
marqués de Dénia. —Señor duque de Medix^Sidouia» r .
/ »
ÉL BEY.
,** 1»;» I-
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi.C^n^j^ d^ iS^ta^
do, mi Capitán general del mar Océanoy de la.costa.deL'An*
dalucía. Be visto lo que contiene vuestra carta 49 los 7fd^'éste
y los papeles que acusa, y háme parecido muy bien, lo qu:^.peo*>
sábados responder á Juanetin Mortara; y como b|tbr^<TÍato
por lo que últimamente 09 escribí con correo e;(tcaocd^pMiO)
361
mereeolví de cometeros ese nt^gocro de Larache, como efe nue-
yo lo hago, para que como qaien está sobre la obra encamiueis
7 eJBCirtd9'ló qué rhS» Viérédéé^ cbiivehnr /gozando déT tiempo
y ocasiones que se ofrecieren, y yendo con tal tiento y recato,
que si no se saliere con lo que se pretende, no se pierd^ nada,
oodD la wnfíól de/' Vuestra riiu'óbiBi ]¡)rüiiencia- y aunquiB con el
Carreo pasado' Sé ós éiivid ^eh pai^a que B. Juan Máldonado
hideséicoU' lai^ 'galegas tftre'trá'e'á cargó lo que vos le ordenar
sedes,' de^tiM^ tíe ós etfVia fo qué Veréis, para qiie sí convinie-
r». que YHeifraft A* esa éoáta' sé'16 ]^oda¡s ordenar,' ad virtiendo
qaeytt'él'tóarq'ei^s de ToS Véle'2 '¿be ha avisado qqe tendrá á
pftDto los 800'bómbreá qué Ú6 le ordenó previniese para que se
embarq^e^ é!i e)Iá£(, y aliora se le escribé que los tenga. ¡Prestos
pata cíuattdo D.' JuatiMaHófuiado ise Ibs pidiere, al cual se, avisa
desto pBta que lospidá íy' acuda con ellos ádoiíde vos se lo or-
-'DeMadWdálBde Abril dé 1607.¿=YÓ EL fiínr. = Andrés
dePwifda.'-^Pt)fr*lllfey, al ¿¿(jue de Médiná-Sídónia, su primo,
d«l w©otiÉféj(y de Barta^ftcf y Cápftati general déí mar 'Océano y
dé^teceé6i«el^rf(fáfluéía.'''" ... -^^ ■''-'■'- '^;"'' '
.•.:"i 1.' i
), ; -. :-/ .•- • i < i '''t f"""^'-
' 'Aífooie éséríbf i' V, B'. 'íargo con Ú or&inário, y ahora hago
estos renglones con un extraordinario que c^e^acha el sañoriie-
cwe*»tft>'í^rtifla' pata acimpáhal» eisa carta ¿é 'áu Ijía^^
me volviercta es^'^flttftküi flhnááá*; por elíá Verá! V. ^. lo que
se ofrece sobre algunos negocios en que ha escrito; y en lo que
toca á la pólvora que se ha de traer de Málaga, aunque se dice
en la carta de Su Majestad qué ¿eáü 1.000 quintales, si es que
se ha de traer por tierra, bastan para ^1^ armada los ,^00 f^xxe
anddb* ^cí^lbí * V:''El;"á quiéi suplicó, que liabien¿(o 'visto
aqtt^to «se irif^a dé mandar qué se provea el dinero, para el
acAríiec^de los 606' quintales, que yo mé ofrezco á hacerlo pagar
puntualmente á quien V. E. mandare que lo preste: hoy han
partido ^tís MajestadeiB para Ai*anjuez, y con brevedad, se ires-
pondétó á^ Ib» despachos de V: E., de cuyo recibo avisé anoche;
362
y por íio .detener este extraordíoario, no digo más de qae goar^
de Dios á V. E. muy largos años.
De Madrid á 18 de Abril de 1607. — Macho cuidado da la
falta que hay de embarcación en Cartagena^ como lo escribí
anoche á V. E., y si ahí hubiese con que socorrerlos pronta*
mente seria gran cosa, y por lo menos que hubiesen ido las dos
urcas que V. £. mandaba encaminar allí.
Mucho dudo que las galeras puedan volver á Oartagena,
porque la una llegó allí mal parada; pero sí lo hicieren, excu-
sarán el gasto del acarreo de la pólvora, pues la podían tomar
en Málaga con la orden que fué anoche con el ordinario. — ^An-
tonio de Aróstegui. — Señor duque de Medina.
Hoy han venido despachos de D. Luis Fajardo, de 19 de
éste, con aviso de que á los 16 pereció, á vista de la Roca, la
armada holandesa, en n amero de 35 bajeles, los 31 do guerra
y los cuatro con bastimentos, y dice que de todo ha avisado
á V. E.: hánse visto esta tarde en el Consejo de Guerra y esta
noche en presencia del señor duque de Lerma, y mañana se
harán despachos de Su Majestad sobre lo que se ha acordado,
que por ahora se refuercen los cuatro galeones que habían de
ir á Lisboa, y el nombrado JSizn Bartolomé que también se aplica
á aquella armada, y que esa Escuadra no falte del Estrecho,
recogiéndose en Gibraltar, y gozando desde allí de las ocasio-
nes que se ofrecieren de los navios que van y vienen, en que
puedan hacer presa, y en caso que vaya la dicha armada de
rebeldes se recojan en Gibraltar y no la busquen , salvo si se
desapareciere y la ocasión obligare á no perderla, que en tal
caso ha de hacer el general Juan Alvares lo que se espera de
su valor, y mediante Dios no ha de hacer daño de considera-
cion el enemigo^ respecto de traer poca y ruin genrte*
El galeón San Bartolomé Q^ik acordado que con todo lo que
traiga sirva á su tiempo en la armada de Lisboa, sin reservar
artillería ni otra cosa, y V. £. tendrá despacho de Su Maijestad
sobre esto; pero entre tanto me ha parecido avisarlo á V. S.
363
pAra que se fiinra de mandar que no se desmembre nada de lo
que vino en el dicho galeón.
En este punto he recibido una carta de loe Oficiales de Car*
tagena, de qne vaaqoi copia, por donde mandará ver Y. E. los
navios que tienen embargados; y aunque será posible que no
qoeden con los ingleses» porque no se contravenga á lo capitu^
lado en la paz^ les vendrá á faltar tan poco que no les será di-
ficultoso suplirlo sin esperar lo que de ahí había de mandar en-
viarles V. E., pues ha de tener dilación y mucha costa» como
Y. E. apunta, cayos despachos se han acabado de ver hoy y
con brevedad se enviará respuesta de ellos á Y. E.; y lo del re-
conocer y castigar á los que usaren de hostilidad, se habrá de
entender como Y. E. dice; pero remíteme al despacho que fuere
de Su Majestad sobre ello. Nuestro Señor guarde á Y. E. muy
largos años.
De Madrid á 23 de Abril de 1607.^Antonio de Aróstegui.—
Señor duque de Medina-Sídonia.
SEÑOR.
(hfia. — Aquí hemos embalado por cuenta de Su Majestad
para esta embarcación de infantería, 18 navios medianos, y
entre ellos hay seis ingleses que pretenden no pueden ser em-
bargados conforme á las Capitulaciones de la Concordia con In-
glaterra, y nos han requerido y protestado porque dicen van
cargados de trigo al reino de Sicilia por mercaderes, y que se
les perderá el trigo si los detenemos por estar el tiempo de la
cosecha venidera tan adelante, y lo que más es de considerar,
seria lo de la Concordia que han representado, que en el ca^
pítulo 26 della prohibe embargo de navios, como Yuestra Ma-
jestad siendo servido mandará se vea, y mandarnos con breve-
dad lo que en esto haremos.
Con este correo que ha de pasar por los distritos donde la
infikutería que se ha de embarcar está alojada, enviamos á lla-
mar seis ú riete compañías, para que con las dos que aquí teñe*-
364
moa/ qiDe isia loB dos navíotf isgleaes que están óaigadoS/de
trigo^: qbe los eoatro no bao becbo ni. hacen. taiKtocdfatfzo
para qiftd los desembarguen poar'est[irde8eafgiwlo8y'teDem(neiB<»
barcaoion p^ra L306 hombres^ "j agoardftmos «na nave artigo-
nesar qué llegará aqpoi hoy 'ó mañana; que viene cargada de
pipas ^para estaembaoreacíonv y pretende el Baile ^neral te^
neria embargada^! drden del.Virey de Barcdbna, y lanave
saljó -de' la isla de. Ibiísa pata -esta embáfoáeten' llamada ipor les
itíeítcaAereBá quie&íles trae.algnziaB mercadecías^ y asíy:8iiplír
eamofli áTtiestra Majestad* mande eiáibarqnemos an cUay^^pnes
pai^a la embateacioii'de'Catafai&ftliáJbííá hartos -natíos qtse han
ido de Mallorca é Ibisca, y ya tenemos escrito al daqitedalloiip
teleon ordena al dicho Baila general nos la deje , y fióSoOBTÍe^
eofiforme á la orden qae tiene d^e Vuestra Majestad', embareap
cíen para 800 hombres; y. si esto llegase^ no seria menester Te»'
nir navios, de la costa del Andaincía: también nos: escribe el
Gobernador de Ibiea estaban» embargados en; aquella Islaí.* por
caentade Vuestra Majestad; para esta enlibajcaidon, doanaTíos»
que si viniesen sobrarían natíos 7 podrieimes deÉpedir «aignnos
de los que aqiif tenemos; pero iE>i' tardan, se hará la lembarea^
oion en elles, porqoe aguardamos la infantería, y enviareiMS 4
llamar tres <3omisaviod que traigan su gente ^ que ann^e
sean 10 compañías podrán ir,
' Dineros para la ^paga^ y socorro destos. navios qae. bsA de
HeVa]; asta gente será menester mande Vuestra Majestad ren-
gan con brevedad, qiie<co]i loquehaq^iedadode los»28j.0Q0da-
eados^ serán. mecraster hasta ouaéro ó cinco mU. dncados^ 7 no
podemos ácdr con p^o-ntualidadjde esto, por no. saber elüámero
derto de infantería qoe van. Guasde Nteetro Señoi*, á Vijestra
Majestad. -
CartagenA 19 dfc Abril de 1607.
Cbpm.— Don Luis Fajardo habrá dado cuenta á Vuestra
Majestad de lo que ayer me escribid con correo expreso' de
haber descubierto los navios que en 18 de éste entraron en Lis-
96B
boa do8 días ántes;-el armadft hobmáesa se había visto en elpatraje
da kL Boca da... ..^y que eran 35 Telas, las 81 de ellaa>de arma-
da y cnatvo de provisiones, iiayeosdo hus bandeead de las colo-
rea. éinsígniaB que usan loe de Hambni^o j Embeque pordisir^
B&alar; y como había estado en la Capitana uno <é dos Maestres
de-qaden tomo réladon, y la hizo. del porte , artillería y geate,
qae eabii^Q poea> si él bajel era de 400"toBe|adáa eomoi diee» y
aaí ae^ hallabaiCOn coidado, porqne na baüándoBe oon> más que
loB'ceatfo galeones en aquel rio y la nrca^ para podmr- salir á la
mar. sin las ayadas de la Escuadra de Yíscst^a) 6 ¿sla*^ podría
mal hacerlo, y también hallándose en la costa esta armada ho-
landesa no se podrían juntarlas fuerzas en aquel río, y me pide
con mueba instancia vea. en esto lo que se podrá encaminarlo,
porque no halla camino sin estas ayudas para poder tener ar-
madaoon qtie oponene á estay excusar ios daños que habr¿ do
bacei' -en < las presas qbe -tomará de los bajeles que viDieren á
aquel Hó del Brasil/ 6 alguna nao de la India, si yiniese tem-
pranoy ^smiique d« las dos de arribada me ^iée^ qne de ün fraile
qae>inin«e p Af*4iiei*ra se ¡hábia entendido queliabian tooado enlos
bajoayí que hablan tualto á arribar ahora, y con esto pi^recé se
habr^tt de 'detener el tiiempo ordinario qpe las deimas; y así>' le
respondí con el tnismo' correo, que de lo q'uese tne ofrecíase
daría cuenta á Vuestra Majestad, para que mandase «n éllQ lo
que n^ eontiuiese,*y que pues se entendía que traen bastí-
meatos para<^cho meses, de que ya yo di aviso á Vuestra Ma-
jesM¿ y de ser losnaríos peqoefios desta armada, pues las
bodogas no podrán llevarlos, pues traen cuatro na^os de res-
peto i^rá toda la protisiOn, daba á eurteader que al'viaje.de
etí^ armada serta mé» largo q>ae' para andfir en la ooeta^ y que
8i me parecía que enviase algunas carabelas lijeras con algunas
personas confidentes para qué atlduvieset^'á lá Vista del armada
y reconociesen la derrota y viaje que hacia, y lo fuesen avisan-
do, pues éste era el medio para saber más bien acertar lo que
4 Bo blanco el original.
366
86 habrá de haeer ea...,.^ desta armada, ó enTiar *e&
miento de ella o&no y de la manera qoe más eanviniere, que
como he escrito á Vuestra Majeitad, el Gkmeral se crió aquí á
quien servia eo casa de Juan ^vllámase ^ éste ha tomado
ya una nao de la India y podria atinar no pareciendo en esta
costa á ir á aguardarlas á Santa Elena 6 algano otro paraje, é
intentar algo en el Brasil, pues la provisión tan larga que dicen
trae de bastimentos da á entender que el tiaje no es para esta
costa, sino más largo, y en el uno y otro caso se me ofirece el pro>
poner el medio que en ésta diré á Vuestra Majestad. Para que
D. Luis Fajardo se halle con fuersas para salir fuera, y asi para
que con seguridad se le lleve lo que de aquí ha pedido, podría
Vuestra Majestad servirse de que la Escuadra del Estrecho
fuese toda á Lisboa, y llevase los dos galeones más que se ade-
rezan ^ y que destos ^ que hay embargados de orden, y
presas que he hecho reconocer y he querido ver para informar á
Vuestra Majestad de lo mejor y más á apropósito para "^ se
juntasen en esta Escuadra los que van en la relación que re-
mito, ó la parte que Vuestra Majestad fuese servido, porque no
tienen obra ni qué hacer sino darles monte y recorrerlos, que
esto es cosa de dos dias, y están velejados y artillados sin que
les falte cosa, y con meterles de loe demás navios embargados
el artillería que pareciese, sospecho que serán tales y tan bue-
nos como los del armada holandesa, pues son tan menudos como
se avisa y siempre se ha escrito; y en lo de la gente de mar y
guerra complete de la que los mismos navios tienen de la de
mar, dándoseles de naturales la que baste, y de la de infante-
ría para ser superior á ella, entiendo que esto iria bien y con
seguridad, y si se encontrase el armada holandesa no la agaar-
4 Bq blanco el original.
3 ídem id.
% Ídem id.
4 ídem id.
5 ídem id.
6 ídem id.
7 ídem id.
r
367
daría; y lo que es bastimentos y las demás munidones, el viaje
es corto de aqoí i Lisboa, y D. Francisco de fiarte, podria
prestar lo de la Capitana y Almirauta de tunera España, y su-
plirse en irlo haciendo, pnes cuanto la flota parta en todo
Junio es muy buen punto para sn yiaje; y en casos semejantes
y precisos, como juzgo conviene á ser éste, Yuestra Majestad
ha de ser servido de que se dispongan las cosas y se acomoden
lo mejor que se pueda y con la brevedad que conviene p^oe
se gane tiempo, que todavía me ha quedado algún bizcodio,
aonqtre poco, aceite, vinagre y haba; y con ocasión de los dos
galeones que se aderezan para Lisboa, voy previniendo los de-
mas bastimentos; y así Vuestra Majestad, entendido esto^ man-
dará lo que más convendrá; pues las 10 naos de la Escuadra que
han de venir de Vizcaya no es fuerza bastante , hallándose en
la costa el armada holandesa, para poder pasar con seguridad,
y sí ordenase Vuestra Majestad á D. Francisco de fiarte, que
de la gente de mar y guerra de Capitana y Almiranta de la
flota, la diese para que sus bajeles llegasen hasta Lisboa, pues
al mismo punto que lo hayan hecho se podrán volver por tierra
d en los mismos hieles, pareciendo á Vuestra Majestad que
quedando D. Luis con fuerzas bastantes, volviesen á el Eetre-^
cho algunos 6 la Escuadra de los 10, que Vuestra Majestad me
ha mandado advertir que han de andar en ella, así que con
salir D. Luis á la mar se asegurara que esta armada holandesa
deje esta costar y no haga los daños que podria en los bajeles
que vinieren de Indias; así que Vuestra Majestad mandará pro-
veer en todo lo que ne&s convenga. Nuestro Señor guarde la
Católica persona de Vuestra Majestad largos años.
De San Lúcar á 24 de Abril de 1607.-^E1 duque de Medina^
Sidonia.
Ayer, dia de San Marcos, habiendo entrado el General de la
guarda de este Estrecho con algunos galeones, que con los que
estaban aquí se juntaron 10, á las ocho de la mañana, tuve
aviso del duque de Medina que venian la vuelta deste Estre-
368
cho 27 naTÍOB de holandeses en busca de los nuestros: di atiso
al General, y despaché correos á todos los lugares conyednoB
dándoles aviso, y á toda la costa la vuelta de Levante, yak
una de la tarde se descubrieron, viniéndose la vuelta de nues-
tra armada, la cual se arrimó al muelle para ser favorecida de
nuestra artillería: entró el enemigo con buena orden hasta jun-
tarse con los nuestros, sin disparar pieza hasta estar junto á
ellos: pelearon con tanta pujanza, abordando á los nuestros,
echándoles fuego, pelearon basta puesto del sol, que acabaron
de destruirlos á los más de ellos y algunos están dados al tra-
vés; el General murió, su Almiranta se quemó sin escapar nadie
de elia: yo saqué gente al muelle para enviarles de socorro, no
se les pudo dar por estar ya la Capitana rendida; toda esta no-
che se ha trabajado con algunos barcos que pude haber en sacar
pólvora de algunos navios que estaban al través, recogiendo
heridos y gente que se echaba al agua; recogí mucha pólvora
y dos compañías y parte de otra, porque los demás Capitanes
y Uncíales y el Sargento mayor de Cádiz murieron : toda la
noche se ha hecho esto, he recogido pólvora, que la que habia
en esta ciudad se gastó toda jugando el artillería de los baluar-
tes, que no hizo poco efecto sino mucho daño en los enemigos,
que asimismo de ellos se han quemado algunos y echado á
fondo; y según la relación que tengo, murió el General de ella:
á la hora que ésta escribo, se hallan 25 navios de enemigos en
esta bahía , que algunos han acudido esta noche ; pienso que
están muy sin gente por la mucha que debe de haber muerto
dellos.
Hasta ahora no me han echado gente en tierra, y cuando la
echen tengo esta ciudad muy prevenida de gente y armas y
municiones; y asimismo amaneció en esta ciudad el conde de
Castellar con su gente, y de otros lugares van viniendo, aunque
no la he menester, que confío en Dios que aunque viniera muy
grande armada tuvieran bien en qué entender.
No me he olvidado de dar avisos al duque de Medina de
todo lo que va sucediendo, y he querido escribir á Vuestra Ma-
jestad , para que ya que Nuestro Señor ha sido servido de que
369
en la mar haya desgracia, en la tierra no la habrá, siendo
Nuestro Señor servido, como lo espero, y que guardará á Vues-
tra Majestad tantos años como la Cristiaudad há menester y los
vasallos de Vuestra Majestad deseamos.
De Gibraltar á 26 de Abril de 1607.
LO QUE EN SUMA SE ESCBIBE DE GIBRALTAB EN CABTAS DE 27
DE ABRIL DE 1607, T DE LA FUENQIROLA, DE 26.
Los navios San Cristóbal^ el Dragón^ San Pedro y la fragata
Sania Ana, y el navio de Pineda, están de manera que pueden
servir y se podrán sacar, y toda el artillería y otras cosas, así
destos como de los quemadTos.
£1 navio de Dunquerque y los Dolores están en la Fuen-
gairola de Málaga con una presa holandesa. Tienen drden del
duque de Medina-Sídonia de entrarse en Málaga, como se cree
lo habrán hecho, porque muy á tiempo se les envió.
El armada del enemigo se anda entreteniendo desde Gibral-
tar á Ceuta.
Murió el General holandés, gobierna el Almirante, no se ha
podido saber del designio que iieue.
El general Juan Alvarez y su Almirante, el capitán Agui-
jar y el capitán Granillo y el de la Campechana, y el Sargento
mayor D. Alonso de Castillo, murieron en la batalla, y hoy se
han enterrado en San Francisco,* el capitán Románico queda
muy malherido y otros, y de todos en particular se enviará
razón.
Los rebeldes tomaron más de 500 soldados y marineros, y
habiéndolos llevado á sus navios, los desnudaron y echaron á
la mar, y solo uno se escapó de ellos que lo dijo, y que lleva
preso al hijo del general Juan Alvarez, que iba sirviendo la
plaza de Capitán de mar de la Capitana, y afirma que mataron
al General holandés.
Tomo LXXXI. 24
370
Ea el hospital habrá como 110 heridoa que se Tan corando
con cuidada y se lee da todo recaudo.
A. la playa v«n ealien4<> mochoe cuerpos muertos, así délos
nuestros como de los holandeses.
El capitán Antonio Manacarro, que está en el Ji;iaTÍO de Duu-
querque, dice desde la Fc^ugirola) que quedaba allí él. j los
Dolores, con una urca holandesa qne será de 400 4x>Delad&8:
trae trigo, queso y mfinteca y otras mercadeabas. Tiene . siete
piezas de hierro colado: dice que por no tener tiempo no ha
entrado en Gibraltar, mas con el ayiso y orden que se le ha en-
viado muy á tiempo se habrá recogido á Málaga.
Aunque la armada holandesa intentó saquear los galeones
que dieron al través, no se atrevieron por el daño que les ha-
cían con el artillería del castillo y baluarte, y la compañía de
guarda que se ponia en el muelle cada noche.
Lo de Gibraltar queda bien próvido de gente, y tanta, qne
el Corregidor escribid que no entrase más; y lo de Cádiz tam-
bién está en orden, tiene más de 1.000 hombres de fuera, y
toda la costa se va poniendo lo mejor que se puede.
El armada holandesa dejó uno de sus navios á la costa^ que
debió de ser maltratado de la nuestra.
No he podido escribir á Vuesamerced con el correo de 20,
ni aun quise hacerlo, por no dar á Yuesamerced la pena qoe
sé que habrá tenido del suceso de la Escuadra del fistrecbo,
que si bien hizo el deber, que es solo el consuelo que me queda,
el haber sido en esta ocasión de las cosas de Flándes me tiene
penadísimo; mas pues Nuestro Señor lo ha encaminado, es lo
que habrá convenido, y así lo que se ofrece en suma, después
del descalabro, verá Yuesamerced en el papel que es con ésta,
que en ñu queda algo, y es lo principal para que sobre ello se
371
haga algo y mncbo, como juzgo que por reputación y otras mu-
chas consideraciones conviene, que como á tan Señor y amigo
he querido que Vüesamerced vea lo que digo de mano propia á
S. E. que así lo juzgo, y Vuesamerced me mandará volver el
papfet y decirme en ello su parecer.
Fuerte cosa es que esta armada holandesa hubiese tomado
la infantería 6 la más de ella en Porsemua, inglesa y escocesa^
de que estoy muy enterado de quien lo vio, y así no seria
mal que lo entendiese el embajador D. Pedro de Zúfíiga, dd^
que dará cuenta Vuesamerced al Consejo. Muy mal se acude á
todos estos socorros y servicios de Su Majestad, y algo y mucho
he dicho sobre esto á Vuesamerced, y ahora lo que más veo, y
si no se da remedio, cada cual buscará su descanso, y no he de
andar aouchándome siempre con todos, sin que ahí se me ayude
en nada, debiendo hacerse, pues solo trato del servicio de Su
Majestad, sin acordarme de particular mió. Nuestro Señor nos
ayude y guarde á Vaesamerced como deseo.
De Jerez á 29 de Abril de 1607.^EI duque de Medina-
Sidonia. — Al Comendador Andrés de Prada, guarde Dios mu-
chos años.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Vues-
tra carta de 9 del pasado se ha recibido, y en ésta se os satis-
fará á lo que advertís y pedis se os responda sobre lo que en
la de 26 de Marzo se os escribió, cuanto á la orden que había-
des de dar al general Juan Alvarez de Aviles para reconocer
con la Escuadra de la guárela del Estrecho de Gibraltar los
navios que atravesaren por él, y para que no haya duda ni
falta en lo que cerca desto conviene hacer, teméis entendido
qae mi intención es que con los navios de enemigos y piratas
que pelearen ó lo excusaren, llegando á reconocerlos de la ma-
nera que en la dicha carta de 26 de Marzo está declarado, se ha
de ejecutar la pena de ahorcar á los Capitanes y Maestres de
372
los tales navios, y echar á galeras la demás gente de ellos, y
tomar todas sus mercaderías por de buena presa, ora sean de
franceses, ingleses ú otras Naciones, porqae siendo corsarios
han de ser tratados sus personas, navios 7 haciendas como mis
rebeldes de Holanda ; Gelanda, pues para esto mandé armar,
como decís, la dicha Escuadra, y conviene proceder en todo
contra ellos, y también deben darse por perdidas las haciendas
que trajeren de subditos vasallos y confederados míos, por ve-
nir en navios de guerra ó de rebeldes, aunque sean de trato 7
de mercante, no trayendo los pasaportes y permisiones de los
Vireyes de Ñapóles y Sicilia, como os lo he mandado.
También estad advertido de ordenar al dicho general Juan
Alvarez, ó á la persona que tuviere á cargo la dicha Escuadra,
que si los navios de amigos y confederados nuestros, habiendo
sido reconocidos con las lanchas tan amigablemente como esti
ordenado, usaren de hostilidad, no se proceda contra sus ha-
ciendas; pero á los Capitanes se les den tratos de cuerda, en
pena de su mala correspondencia, para que escarmienten otros
y pasen como amigos, pues han de ser bien tratados, y avísa-
réisme de cómo se ejecuta
De Aranjuez á 29 de Abril de 1607.=YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstcgui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y su Capitán general del mar Océano y costa del
Andalucía .
EL REY.
* Duque de Mcdína-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. He
recibido vuestras cartas de 6, 9 y 10 deste; y lo que advertís
cuanto á pasar á Italia la infantería con las galeras de España
y Genova, no es medio que puede tener efecto, porque no han
de servir este verano las galeras de aquellas partes, y las de
España son pocas para esto; y asi conviene que de los navios
que ahí hubiéredes embargado enviéis á Cartagena lo que os
373
pídieroo \09 mis Oficiales de armadas que allí residen, sin dila-
torio un día*
Cuanto á conducir la pólvora que se ha de traer de Málaga
á Cádiz» daréis la orden que mejor os pareciere, pues decis que
teaeis noticia de haberse traido otras veces en carros de muías.
Al galeón San BarMomé que ha vuelto do las Indias, con-
TÍene qne se le haga el aderezo necesario para que pase á Lis-
boa con los otros cuatro, repartiendo entre todos la artillería,
armas y municiones que ha traido y la gente de mar y guerra,
para que todos cinco vayan en la mejor orden que se pudiere,
y llegados á Lisboa, hará D. Luis elección del que mejor le pa-
reciere para Capitana de la armada de su cargo.
No embargante la instancia que decís hacen los Oficiales de
la casa de Contratación de las ludias, en que se les deje la arti-
llería del dicho galeón que ha venido de allá, para la flota de
Tierra-Firme, conviene que vaya toda á Lisboa de la manera
que que^a dicho, pues en otras ocasiones se les ha dado mayor
cantidad, y la necesidad que ahora hay de eTIa en la armada
es mucha.
En la cobranza de los 70.000 ducados se hacen todavía de
acá las diligencias que se puede para que tenga efecto, y le
tendrá.
Queda entendido lo que contienen los avisos que habéis en-
viado de los designios con que han armado los rebeldei?; y lo
que advertís acerca de juntarse esa Escuadra del Estrecho con
la de Lisboa; y ya habréis sabido el acuerdo que se ha tomado
cuanto á la de Vizcaya; y si pasada la ocasión de atravesar por
el Estrecho navios de rebeldes fuere menester que se fuere
esa Escuadra con D. Luís Fajardo, para alguna ocasión y vol-
ver áose puesto, se verá lo que convenga.
Ei trigo, centeno y las demás mercaderías que se hubieren
hallado en los dos navios holandeses de que hizo presa el ge-
neral Juan Alvarez, haréis que se tenga á buen recaudo, y á
é\ daréis de mi parte las gracias de lo bien que se gobierna.
A los prisioneros quo se tomaren en los dichos dos navios
les haréis dar lo necesario para su sustepto del dinero que
374
procediere del moaton de sus mercadurías^ como lo advertísi j
ordenareis que se tenga muy buena cuenta con todo.
Con ésta se os envian cartas para las justicias de los lugares
de ese coutorno, en que se les ordena que reciban ea sus cárce-
les los prisioneros que se les enviaren ^ orden*
En lo que toca al modo de proceder qi^e se ha de tener eoa
los navios que * el Estrecho y usasen de hostilidad con los
de la Escuadra de su guardia ^ por otra carta la óaden que
se ha de guardar.
De Aranjuez á 29 de Abrü de 1607.=YO EL REY,=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui.-^Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía.
EL REY.
Duque de Médina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. He
recibido cuatro cartas vuestras de 16 y 17 de Abril, y holgado
mucho con la relación que me enviasteis de lo sucedido á la
Escuadra del Estrecho con los 14 navios de holandeses que
veniau de Italia, en que anduvo el general Juan Alvarex hon-
radamente; y agradézcoos mucho el cuidado con que siempre
acudis á todo, y el que pusisteis en proceder luego contra los
Capitanes de mar que decis no anduvieron como debian en
aquella ocasión; y será muy bien hacer la demostración que el
caso pide contra los que se hallaron culpados, habiéndolos oido
y considerado la diñcultad que apuntáis ^ de abordar loa
navios enemigos, por ser de noche, no podiendo ver las señas,
para que justificada la causa sea el castigo á medida del delito;
y conviene que de aquí adelante tengan todos los navios de la
4 Está en blanco eo el original.
5 ídem id.
8 ídem id.
4 ídem id
S75
Escuadra señas muy claras para ser cooocidas de dia j de
noche si fuere posible.
Al obispo de Oádie se le escribe/ como lo pedia, sobre que
haga recibir ; corar en aquel hospital los enfermos y heridos
de la dicha Escuadra, ordenando ^ros -que los socorran con un
real cada día por cada soldado.
Al corregidor de Gibraltar se enviará orden para que ponga
las guardas que advertís con el hachero que descubre los baje-
les que vienen la vuelta del Estrecho, para que no haya falta
en avisar á la Escuadra de lo que hubiere.
Muy bien hicisteis en enviar uñ Oficial del Pagador con
2.000 ducados par<a socorrer á los enfermos y heridos, y también
en tratar de la compra de los 90 quintales de pólvora.
Después de hecha la otra carta de la fecha de ésta, en que
se os responde á las que escribisteis hasta los 10 de éste y se
os ordena que enviéis á Lisboa el galeón San Bartolomé qqu los
cuatro que han de llevar la pólvora y jarcia que os ha pedido
S. Luis Fajardo, se ha recibido carta suya oon aviso é6 que
los holandeses habían parecido, á los 16 de éste, á la villa de la
Boca de Cintra con 35 navios, como ya os lo ha escrito el dicho
D. Luis, y así he ^ que por ahora no se aparte del Estrecho
la Escuadra y que * los dichos cinco galeones repartiendo
entre todos ' artillería, armas, municiones y todo lo demás
que trajo de las Indias el dicho galeón San Bartolomé^ y orde-
nareis que estos y los 10 de la Escuadra se junten todos 15 en
Gibraltar para guardar el Estrecho como está ordenado, y que
si acudiere por allá la armada enemiga no la busquen; pero si
el tiempo la desbaratare y pudieren sin riesgo hacer algunas
suertes en ella, encargareis al general Juan Alvarez que no
pierda la ocasión.
Agradézcoos el cuidado que habéis puesto en prevenir la
jarcia que os ha pedido el dicho D. Luis, y él os proveerá el
4 Está en blanco en el original.
5 ídem id.
S ídem id.
376
dinero qae para esto y lo demás que le habéis de enviar fuere
necesario, y ahora se le ordena que envié por esas cosas algu-
nas carabelas de Alfama^ pues son tan ligeras que podrán lle-
var con seguridad lo que se embarcare en ellas.
Antonio do Aróstegui, mi Secretario, os envió en 23 de iste
copia de lo que han escrito los Oficiales de Cartagena, avisan-
do el estado en que teuian la prevención de navios para la em-
barcación de la infantería que ha de pasar á Italia; y pues les
falta poco para esto, no habrá para qué les enviar nada si no
lo pidieren de nuevo.
De Araujuez á 29 de Abril de 1607.=TO EL REY.^íPor
mandado del Bey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo de
Estado y Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía.
COPIA DE CARTA
DEL DUQUE DE MEDINA-SIDONIA AL DUQUE DE LERMA.
El suceso de la Escuadra del Estrecho, aun cuando se
hubiese perdido toda y otras diez como ella, obligaba á que
en esta ocasión se hiciese un gran esfuerzo á poner otra tal y
mejor en la mar; y con esta consideración^ por lo que toca á la
reputación y como cosa que tanto dolía á los rebeldes tener-
les el paso del Estrecho de Gibraltar, me ha parecido ir dispo-
niendo cómo estb se encamine, poniéndolo en consideración
de V. E., para que lo mande de resolver con Su Majestad, demás
que lo de Lisboa está con la flaqueza que Y. E. sabe, y lo de
Vizcaya y provincia no con menos, y la dificultad de juntarse
en Lisboa andando esta armada de Holanda fuera, que habien-
do hecho el daño aquí en el Estrecho ha de procurar ponerse
sobre la barra de Lisboa para que lo de allí no salga, ni jnénos
lo de Viscaya se junte, y aguardar en aquel paraje las naos
377
del Brasil que ya vendrán^ y las de la India y flota y galeones
de pkila> qoe si e»to desde ahora no se previene se podría des-
pees hacer mal si se alargase, paes edta armada holandesa trae
ocho meses de comida^ y es de eréer qae miifá á todos estos iU'*
teñios; yasí, por repatacion, oóttio dig^ á V. E., y para
asegurar todo esto qae ha de venir, y temprano, conforme á las
órdenes, poes es forzoso el poner luego la mano en esta obra,
sí bien trabajosa y diflcnltosa, mas inexcusable por todas estas
considefraciones.
Con haberse salvado siete de estos galeones del Estrecho,
por lo que se me avisa, y haberse de sacar el artillería de los
cinco, que aunque alguna de ella se haya derretido, el fundirla
no será dificultoso, y suplirla con alguna de hierro se podrá
por haberla, que no traeU otra los holandeses.
De los navios embargados de Emden voy componiendo
siete que, con el artillería de los demás ó de ésta que se salvare
se pondrá bien, y de su porte son muy buenos navios de guerra;
que otro que tenia de las presas de Gibraltar se quemó con
los demás que allí habia y convino hacerse.
Podránse tomar algunas urcas, que las hay buenas alema-
nas, las que á Y. E. parecieren.
En oreadas se van aderezando los dos galeones de Su Ma-
jestad, aunque me escfibierou ayer que se había dado tan buena
maña el capitán Tomás do Landagorrela, que envió D. Luís Fa-
jardo, que al aflojar de los aparejos para enderezar la otra
banda de la carena me le anegó, que es el nombrado el EspU
rilu Santo, y así he enviado al capitán Diego López de Oria,
con dos fiUbotes para procurar sacarle, y no sé lo que apro-
vechará.
Hay también allí el galeón San Bartotomé, que vino de
Puerto-Rico, eú que no se ha puesto la mano por no tener
orden de Su Majestad, aunque la he pedido y el secretario An-
tonio de Aróstegui me ha escrito se enviaría.
Demás de esto, sin mayor inconveniente se puedeü tomar
Capitana y Almirantá de la flota de Nueva España cómo y de
la manera que esitán, y no seria este caso nuevo, porque en la
378
que llevó ....^ el general Francieco de No?oi^ y por su almi-
rante Garibay, habiendo revasado la Capitana de esta flota ([ae
era la Gallaba desde Salmedina y no podido reparar hasta
Ocoa, que es en la Isla de Santo Domingo» con otras cuatro naos
como estas cosas de las Indias: Su Miyestad, que es en el *
me las había encargado sin ninguna dependencia, así ordené
que el almirante Garibay llevase la nota á su cargo, y tomé
otra nao de las de mercante de las mejores^ y más cabras para
que sirviese de Almiranta, y así esto se podría hacer ahora eon
mucho secreto y que el General y Almirante fuesen en dos naos
de estas de mercante, pues las hay, y muy buenas; que para
asegurar la salida desta flota y de todo menester en la disposi»
cion de esta armada que digo á Y. E. se podría disponer que
habiendo gente de mar y de guerra, lo demás ni mucho tiempo
ni dificaltad tendrá en disponerlo ni agregarlo, no habiendo
encuentros con él, sino que ayuden todos á esta disposición,
pues están del servicio de Su Majestad y bien público y r^u-
tacion de estos Reinos en esta ocasión.
La infantería se podría acomodar de la que se ha librado de
esta Escuadra, aunque es poca, y de la costa del Regimiento de
Granada y de las dos compañías que vinieron de Puerto •Bico,
y que ciudades y señores den alguna para Cádiz, y allí se podrá
tomar la que pareciere.
En lo de la gente de mar. Capitana y Almiranta, tienen la
que han menester, infantería, artilleros y bastimentos con que
podrán ayudar en algo á estos otros navios, en particular de
vinos, y yo voy labrando 2.000 quintales de bizcocho. Por esta
consideración, como ya lo he avisado á Y. E. y tengo otros 700,
y así que por lo que es provisión no ha de faltar.
Las municiones y armas, Sevilla dé los arcabuces y mos-
quetes, porque Su Majestad no los tiene, que lo que es pólvora
de Málaga se puede traer^ y cuerda y balería de Cádiz, y picas
tiene Su Majestad.
4 Está en blanco en el original.
9 Ídem id.
j
879
Si los 300 maríueroB UegaseOí mezclándolos con oxtran-
jeros y tomando ziganos otros como se pueda, espero que se
hallarán.
Al general Graribay se podría encargar esta armada, pues
lo de Flándes uo está en pimto, fabricándose ahora los navios
qne pueda hacer falta, y al alnürante Santorse que lo fuese
de eUa; y en lugar de él para la flota de Noerva España, el que
está nombrado para la Tierra-Firme, y con «^to se acomoda-
rian muy bien estas plazas y servicio: V: E. mandará conside-
rarlo y resolverlo con Su Majestad.
Para esto todo es menester buen golpe de dinero; y pues
se han librado 300.000 ducados á D. Luis Fajardo, y esto ha de
ir para él y tiene solos cuatro navios y una' urca y dos pataches,
bien podrían ayudar con alguna buena parte, y lo que se pu-
diese del avería <i del servicio de Millones, que no habiendo
dinero pronto todo esto no podría encaminarse, como V. E.
tanto más bien sabe, que pagado lo que se debe de la Escuadra
del Estrecho, que sólo á lo que se ha de dar al marqués de San
Germán monta casi 10.000 ducados de la pólvora, armas y pelo-
tería, cuerda y plomo que ha dado; que de la libranza de los
70.000 ducados la mitad tengo por cobrar y háse ido gastando
con las arribadas del Escuadra, y ahora con este suceso, en lo
que se va acomodando, que me hallo bien apretado, certificólo
á y, £., á quien suplico mande que esto se acomode, pues es
forzoso.
Don Francisco de Bart podía ayudar mucho á toda esta
disposición, que en lo que en mí fuere nunca tengo voluntad en
lo que se me manda, y así á Y. E. suplico se reciba mi buen
intento en esto que propongO; que aunque hs> de ser trabajo y
mucho lo de esta obra, por lo poco que yo entiendo, no se puede
excusar. Nuestro Señor guarde á Y. E.
En Jerez 29 de AbrU 1607.
380
EL REY.
Duque de Medina-8idoDÍa, primo^ da mi Consejo de Estado^
mí Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. He recibido vuestras cartas de los 15 y 17 de éste con Los
papeles que acujBan y la relación de los efectos que la armada
del Estrecho iba hacietido contra los navios de rebeldes» y los
que esperabais, mediante Dios, que podrian hacer, con que he
holgado mucho, y no esperaba yo menos del cuidado y celo
con que habéis prevenido y encaminado la^ cosas de esa arma-
da, y así os doy muchas gracias por ello y encargo las deis de
mi parte al general Juan Alvarez por lo bien que se procede.
Cuanto á lo que se habrá de hacer con la gente de los na-
vios de rebeldes que se ha tomado y tomare adelante, ordena-
reis que de los que se averiguare ser de corsarios se ahorquen
las cabezas y los marineros se echen en galera, y que las de
mercante se tengan á muy buen recaudo, pues ahora no hay
galeras en que echarlas, y les haréis dar lo necesario para su
sustento de sus mismas haciendas, hasta ver en lo que para la
suspensión de armas que se trata en Flándos.
Por justas consideraciones conviene y os ordeno y mando
que directa ni indirectamente no se trate Ae rescate de ninguno
de todos cuantos se prendieron, que apretando por esta vía i
Iqs rebeldes se facilita la suspensión de armas.
La provisión de trigo que pensábades hacer á las plaeas de
África, del que traen las naves de Emden y habíades embarga^
do, ha sido muy acertada, y lo será que del mismo trigo hagáis
enviar á Oran 21 .000 fanegas, á Melilla 4.000 fanegas y 3.400 al
Peiíon» y si no hubiere tanto repartiréis lo que fuere rata por
cantidad de las dichas sumas, y holgaré de saber la orden que
en esto diéredes.
El haber asegurado las 22 naves de Emden, que han lle-
gado con trigo en la forma que decis, ha sido muy conforme á
mi servicio y os lo agradezco mucho, y así os cometo y mando
r
381
procedáis contra ellas, conforme á jasticia^ pues estando decla-
rados por enemigos^ no han podido entrar sin licencia en estos
Reinos^ demás de que los Diputados de las ciudades anseáticas
han advertido ^ concierto que han hecho con el Conde su
Señor, así ' recuperar el trato de España^ y así no *
aquella puesta porque poreliase entrarían los ^ y es de
creer (como apuntáis) que tanta cantidad de trigo y navios
no podía venir sin su ayuda: avisardisme de lo que en esto se
hiciere.
De Aranjuez á 1.*» de Mayo de 1607.=YO EL REY.=An-
drés de Prada. — Por el Rey, al duque de Medina*Sidonia, su
primo, de su Con8ej(^de Estado, su Capitán general del mar
Océano y de la costa del Antalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. Háse visto vuestra carta de los 26 del pasado y la que el
miraio día escribisteis al secretario Bartolomé de Aguilary
Anaya, y háme desplacido entender por ellas y la que os escri-
bió el Corregidor de Gibraltar el suceso que tuvo la Escuadra
que guardaba aquel Estrecho con la armada holandesa, y por
que es justo castigar este atrevimiento, se queda dando orden
en prevenir las fuerzas de la mar, como se os avisará más par-
ticularmente por otra parte, y aquí se os advertirá en lo que
toca á tierra lo que ha parecido conveniente.
Apruebo la resolución que habéis tomado en acercaros á la
parte que decis para poder acudir donde cargare el enemigo, si
convidado del suceso que ha tenido intentare alguna cosa en
tierra, aunque se duda que lo haga, considerado el porte de los
4 En blanco en el original.
i ídem Id.
5 ídem Id.
4 Ídem id.
382
nftTÍOB j la poca gente qne pnede traer en elloB^ 7* menos ti ha
recibido <le la nuestra el daño * el 'de Qibraltar, y pre-
supuesto que si Ka intentado alguna cosa os lo * gente que
se habrá juntado, parece' que no hay otm cosa, que ^ denes
que están dadas para qxte cieats asistído en vuestro distrito, 7
así be mandado que se escriban las oártua qué Éerán con ésta,
en que precisamente se envien la gente que pidiéredes armada
y avitualladaí como yereis por 5. con ésta; vos usareis de
ellas como Tíéredes que conviene, volviendo á prevé • pues-*
tos que os tocan, y proveyendo lo que os pareciere más nece-
sario para su seguridad y defensa con el cuidado que acostam-
brais y yo lo confío de vos, y particularmente le poned en velar
por Cádiz y Gibraltar, pues sabéis de la importancia que son
estas dos plazas.
Mucha novedad ha causado la poca asistencia que os ha
dado Sevilla , y que Jerez haya acudido con tan poca gente;
y así se les escribe reprendiéndolas y avisando la puntualidad
con que de aquí adelante deben proceder, como asimismo lo
veréis por la copia que se os envia.
Para en caso que el enemigo se entretenga en esa costa, y
si no lo hiciere, para embarcarse en los navios que en ella se
han de ir juntando, he mandado que seis compafiíás de las que
van á Italia caminen con la mayor brevedad que se pudiere la
vuelta del Puerto de Santa María, para qiie las metáis en Cádiz
ú 08 aprovechéis de ellas en lo qne más pareciere conTcnir, y
si fuere necesario que vaya se hará.
Para el socorro de esta gente y que podáis acudir á las
otras cosas que se ofrecieron, he mandado que se oft envíen
20.000 ducados en la forma que os lo advertirá de mi parte el
secretario Bartolomé de Aguilar y Anaya, y él mismo os dirá
4 Está en f»lanco en el orrgiaal.
i ídem id.
5 ídem id*
4 ídem id.
5 Ídem id.
6 ídem id.
383
el dinero q^e se provee para lo que toca á la fortificación de
Cádiz j lo domas que habéis escrito tocante á Tarifa; y pues
yeift el OQÍdado qae debe dar sobre lo que hace esa armada, os
enoai^ge que por hora,8 lo aviséis, ad virtiendo, lo qne convi-
niere qoeacá se haga para que podáis acudir mejor á mi ser-
yioia 7 cumplir con vuestras obligaciones.
De Aranjoez á 1." de Mayo de 1607.== YO EL RET.««Por
mandado del Rey, nuestro Señor^ Bartolomé de Aguilar y Ana*
ya. — ^Por el Rey, al duque de Medina^idonia, su primo, del
so Consejo de Estado, Capitán general del mar Océano y de la
costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. He
recibido vuestras cartas de 24 y 26 del pasado, y entendido por
las últimas el mal suceso que ha tenido el general Juan Alva*
rez, que ha sido pérdida de consideración y en mala coyuntura;
pero por todo se deben dar gracias á Dios: avisaréisme particu-
larmente de lo que se ha perdido y puesto en salvo, y lo que se
supiere del enemigo y sus designios.
De lo que os escribió el corregidor de Gibraltar á propósito
de haber dado en tierra algunos naTíos de la Escuadra, se co-
lije que estos no pelearon, ó á lo menos no hicieron lo que de-
bieran, y que los que lo hicieron, fué la Capitana y Almiranta,
y así debéis averiguarlo luego, y si todos se pusieron en la
évá&a que con venia, .....^ arrimados á tierra, si tuvieron tiempo
para ello, y si de Gibraltar fueron ayudados (de que se duda)
porque no lo dice el Corregidor de allí, y esta averiguación
cometeréis á persona desinteresada y plática, cual os pareciere,
y avisareis luego lo que resultare de ella, pues es muy conve-
niente el castigo y premio en tales caeos.
Conformándome con vuestro parecer, tengo por muy nece-
I Hay un claro eo el original.
384
Bario tratar de juntar lo que hubiere quedado de aquella Es-
cuadra con los dos galeones que se aderezan en oreadas y el
nombrado San Bartolomé, en que no os pondrá embarazo la
casa de la Contratación, porque así se le ordena, y avisaréisme
al punto lo que (sin tocar á la flota de Nueva España), ae les
puede agregar, echando mano para lo más forzoso de lo que
hubiere en los navios de Emden , embargados, pues conviene
tanto que en esta ocasión se haga el esfuerzo posible, así por la
reputación como por el daño que han de recibir los rebeldes
en su trato de Italia de que haya guarda en el Estrecho, y es
de creer que le desembarazarán con la suerte que han tenido;
y quédase mirando cómo se podrá proveer alguna suma de di-
nero para acudir al reparo de lo que hubiere quedado en ser,
y al apresto de lo que se ha de poner en orden y de dónde se
os enviará infantería con más brevedad; y porque las cosas de
tierra os han de embarazar de manera que quizá no podréis
acudir á las de la mar con la puntualidad que deseáis, me avi-
sareis luego qué personas se os ofrecen para ayudaros en ella,
y que atienda á recoger la gente, artillería y todo lo que hu-
biere quedado; y á todo lo tocante al apresto do la Escuadra
que se ha de formar, cumpliendo vuestras órdenes, para que
viendo lo que en esto decis y lo que acá se ofreciere mientras
lo avisáis se tome la resolución qoe pareciere más conveniente.
Para cobrar el navio que aportó á Tánger se ha dado orden
bastante, si acaso el enemigo no le ha librado y al Duque ^
se escribe que encamine los marineros por Málaga como *
que aviséis allí para que se les dé la escolta que hubieren '
De Aranjuez á 1.^ de Mayo de 1607.=YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado, Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
4 CsU en blanco en el original
8 Ídem id.
8 ídem id.
r
385
EL REY.
Soque de Medinft-Celí, primo: ya habréis entendido el suceso
que ha tenido la Escuadra de navios que residía á la guarda
del Estrecho con la armada holandesa, y aunque se juzga que
recibió muchtj daño ' de nuestra gente, todavía, por si hubiere
quedado de manera que quiera llevar adelante su atrevimiento
y emprender alguna cosa en tierrs^, he mandado al duque de
Medina^Sidonia, del mi Consejo de Estado, Capitán general del
mar Océano y de la costa del Andalucía, que prevenga todo lo
necesario para que con ello y con la gente de los lugares de la
misma costa se oponga y resista á lo que se emprendiere en
daño de ellos, y que particularmente acuda á la defensa de las
ciudades de Cádiz y Gibraltar; y porque habrá menester más
gente de la que hay en los mismos lugares, he querido encar-
garos y mandaros (como lo hago), que en recibiendo ésta, usan-
do del cuidado y diligencia que acostumbráis en las cosas que
hánse ofrecido de mi servicio, pongáis á punto toda la demás
gente que fuere posible de á pié y de á caballo de la de vuestra
tierra, y que habiendo dado orden en armarla y proveerla de
lo que hubiere menester nombréis para el dicho efecto persona
de las partes nece ^ lo lleve todo á cargo, á la cual ordena-
y^ reis que sin perder hora de tiempo camine á • con el dicho
■
Duque, ó acuda á la parte que él mandare cuando vos tengáis
aviso suyo * que parta y con cuanta más prisa pusiéredesen
ejecución lo que aquí se os * tanto mayor será el servicio
que recibiré de vos, y avisaréisme cuando partiere la gente, el
número della, la orden en que va y á cargo de qué persona y
con qué vituallas.
K Está en blanco el original.
% Tdem id.
S ídem id.
K ídem id.
Tomo LXXXL 25
386
De Aranjuez á 1.** de Mayo de 1607.=YO EL RET.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Agnilar y Ana^
ya. — Por el Rey, al duque de Medina-Gelí, su primo.
EL REY.
•
Duque, primo. Por carta de mis Presidentes y Jueces, Ofi-
ciales de la casa de la Contratación de Sevilla, de 27 de Marzo
pasado, y un testimonio qu; con ella Tenia, he entendido que
dos ingleses que por orden deD. Antonio Osorio, Presidente de
mi Audiencia de la Isla Española traía presos á la dicha Casa
Francisco de Villegas, dueño y Maestre de la nao Nuestra Se»
ñora de la Peña de Francia, que partió de la dicha Isla para
estos Reinos á los 12 de Diciembre de 606, se los tom&steis en
San Lúcar para marineros de la armada del Estrecho de Oi-
braltar que estáis aprestando; y habiéndose visto en mí Junta
de Guerra de Indias, me ha parecido ordenaros, como os lo or-
deno y mando, que volváis luego á la dicha casa de la Contra-
tación los dichos dos ingleses prisioneros para que hagan de
ellos lo que se les ordenare, que pudiérades haber excusado el
tomarlos para cualquier efecto que fuese, mayormente viniendo
condenados á galeras y dirigidos á la dicha Casa para la eje-
cución de ello.
De Aranjuez á 1.** de Mayo de 1607. =70 EL RET.=Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, de su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y de la costa del
Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta-
do y mi Capitán general del mar Océano y costa del Andalu-
cía. De los 23 y 24 de ^ se han recibido dos cartas vuestras
4 Está en blanco en el original.
387
con aviso de haberse mostrado en esa costa el armada holan-
desa, y que navegaba la vuelta del Susueste y vos os íbades al
Puerto de Santa María para desde allí acudir á la parte donde
más instare, y aunque conforme al número y porte de los na-
vios y la gente que se sabe viene en ellos no puede intentar
cosa en tierra, todavía ha parecido bien considerado lo que
íbades previniendo para obviar el daño que podrían hacer, y
tóngdme por servido del celo con que lo habéis dispuesto y or-
denado, que es muy conforme al amor con que me servís ; y
porque, como vos mismo advertís, lo que puede dar cuidado es
la ciudad de Cádiz, hallándose en el estado que se sabe, os en-
cargo mucho veléis por su seguridad y defensa, poniendo en
ella demás de las dos compañías que avisáis que enviábades la
más gente que os pareciere de la que suele acudir en ocasio-
nes tales en cuanto llega la que se está levantando para entrar
allí de presidio; y aunque á los 23 de ^ escribió por mi man-
dado el secretario Bartolomé de Aguilar y Anaya á las ciuda-
des de Sevilla y Jerez que os enviasen la gente que les pidié-
scdes, se les encarga ahora de nuevo, y asimismo á los grandes
titulados y ciudades, para ^ vos usareis dellas en la forma
que juzgáredes que ^ advirtiendo que si la ocasión no obli-
gare, es bien que sólo os valgáis de * que es menester, y
que ésta sea de lo que cayere más cerca, sin llevar la demás,
por excusar la costa que se suele seguir y tantas dificultades
como se ofrecen, las cuales cesarán con esto.
Si esta armada entra, como vos juzgáis, en el Estrecho, y se
entretiene en el confín de deshacer la Escuadra que está á
cargo de Juan Alvarez y de asegurar el paso á los navios de
su nación que vienen y van á Levante, convendrá que asimis-
mo se ponga buen recaudo en Gibraltrar, y que si demás de la
gente natural de aquella ciudad conviniere que entre en ella
alguna del contorno, ordenéis que se haga y se acuda á cuanto
4 Está en blanco en el original.
3 ídem id.
8 ídem id.
4 ídem id.
388
fuera Docesario para bu defensa y ofensa del enemigo, y así se
escribe á la ciadad| y que guarde la orden que en esto di¿-
redes.
Quédase tratando de enviaros algún dinero con que podáis
acudir á las cosas que se ofrecieren en esta ocasión; y tos me
avisareis lo que más se entendiere desta armada^ y si se entre-
tiene en la costa, ó qué derrota ha tomado si es partida, para
que conforme á ello se dé la drden que más conviniere á mi ser-
vicio y se acuda á lo que se fuere ofreciendo.
De Aranjuez á 2 de Mayo de 1607. = YO EL BEY. =Por
mandado del Bey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya. — Por el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su
Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía. — San Lúcar.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia , primo , del mi Consejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Hánse recibido y visto tres cartas vuestras de los 5, 6 y 9 de
Abril y las dos que escribisteis al secretario Bartolomé de Agni-
lar y Anaya, y á todo lo que contienen se os avisará en ésta.
Bien han parecido las órdenes que habéis dado para la
guarda y defensa desa costa y el cuidando que vais poniendo
para que se ejecuten; pero como habréis entendido por la carta
que os escribió por mi mandado el dicho Secretario á los 22 de
Abril: el conde Aguilar y D. Luis Fajardo avisaron que á los
16 del llegaron junto ¿ Cascaos 35 navios de rebeldes, los 31 de
guerra y cuatro con bastimentos, y os volvió á advertir de mi
parte que tuviésedes tan prevenido y en orden todo lo que está
á vuestro cargo, que sí intentasen hacer daño en esa costa, y
particularmente en Cádiz, do pudiesen salir con ello; y para que
se pudiese mejor acudir á esto os ^ den que he mandado
1 Está eo blanco eo el origina L
389
dar para qne el capitán Jusephe de ^ dos Capitanes de las
galeras que levantan gente para eñt..... * laégo la voelta de
aquella ciudad j sé metiesen dentro, y^.'.* ' ordenaba á las cin-
dades de Sevilla y Jerez que tuviesen prevenida y á punto la
gente qiie vos les avisáredes para que acudiesen con ella á la
parte que les señalásedes; y al Asistente y Corregidor destas
ciudades se les encarga apretadamente el cumplimiento dello;
y así 08 ordeno que ejecutéis puntual y precisamente lo que el
dicbo Secretario os escribió de mi parte, por ser lo que conviene
á mi servicio; y ahora de nuevo he mandado advertir á las di-
chas ciudades, Asistente, Corregidor y Capitanes que guarden
la misma orden que estaba dada , y si vos halláredes alguna
omisión en el Corregidor de Jerez ó en las demás ciudades y
personas á quien pidiéredes gente, avisareis dello para que
mande proveer del remedio conveniente, pues ejecutando esta
orden y valiéndoos de la infantería que ha traido el navio que
ha llegado de las Indias, se acuda á lo que por ahora parece
que conviene, y vos tendréis atención de en primer lugar mi-
rar por la defensa de Cádiz, y si fuere necesario más gente •
mandaré que se os envíe.
Ta está acordado que en los lugares marítimos se pongan
por Corregidores y Capitanes de guerra soldados que sean plá-
ticos deste ministerio, para que mejor puedan acudir á las oca-
siones que se ofrecieren de mi servicio.
Con mucha brevedad llegarán las armas que envía el mar-
qués de San Germán, con que se excusará el pedirlas á Sevi-
lla, pues las que aquella ciudad tiene es bien que sirvan para
el efecto que se compraron.
Bien ha sido enviar las fianzas de Juan de Jufre y mandaré
que se vean en la mi Contaduría mayor de Cuentas y se pro-
vea lo que convenga, de que se os dará aviso, que pues decís
que las relaciones del dinero, bastimentos, artillería, armas,
4 Eslá en blanco en el original.
3 Ídem Id.
5 ídem id.
390
inaniciones y pertrechos, y demás cosas que quedaron en ser
cuando falleció Miguel de Jufre, su padre> se pueden hacer al
tiempo que á él se le hiciere el nuevo cargo, conrendrá que
tengáis cuidado que se ejecute esto y que no haya la omisión
que por lo pasado se ha tenido.
A la ciudad de Jerez he mandado que proponga luego per-
sonas para Capitanes de las seis compañías que decis están ya-
cas, y que si no lo hiciere envié el Corregidor relación de los
que serán á propósito para ello, de los cuales mandaré que se
haga la elección que fuere más conveniente á mi servicio.
Don Bernardino de Avellaneda avisa que ha entendido que
en el Estrecho ha andado un navio inglés y que ha tomado
tres cargados de trigo y uno de mercaderías, y que habrá i
á Berbería parte de la gente, y aunque se cree que hallándose
Juan Alvarez ^ que presto estará remediada la dicha orden
deste corsario toda ^ ^e querido * para que vos se lo
aviséis y deis en lo que á esto toca la orden que os pareciere
más conveniente á mi servicio
De Aranjuez á 2 de Mayo de 1607. = YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilary Ana-
ya. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su
Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y de la
costa de la Andalucía. — San Lúcar.
DEL SENOB PRESIDENTE DE HACIENDA.
^ Los 60.000 ducados que vuestra merced me dio por memo-
ria ^ la orden del señor duque Lerma que se habian de '^
en Sevilla para rehacer la Escuadra de navios del Estrecho de
4 Está en blanco en el original.
t ídem id.
3 ídem id.
4 ídem id.
5 En el margen se lee: «Para lo de tierra.i
6 Está en blanco en el original.
7 ídem id.
391
Gibraltar, he ordenado á Garci Mazo la Vega, TenieDte gene-
ral, que loa envié laégo á Sevilla ^juntamente con otros 54.000
ducados f que por todos son 114.000 ducados, y que se entre-
guen á la persona que ordenare el señor duque de Medina-
Sidonia, de que he querido avisar á Vuesamerced para que al
señor Duque se le avise de la manera que lo ha de distri-
buir, y que parta luego el correo. Dios guarde á Vuesamerced.
En Madrid á 6 de Mayo de 1607.-^Señor secretario Aróste-
gui. — Á Antonio de Aróstegui, Secretario de Su Majestad y de
la Guerra. .
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta-
do, mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda-
lucía. Habiendo considerado lo que importa no dar lugar á que
el enemigo no haga más daño en estos mares, como lo procu-
raria si después del reencuentro que tuvo con la Escuadra de la
guarda del Estrecho, sintiese que no se vuelve á rehacer, he
resuelo tratar desto, valiéndonos para ello de todos los medios
que lo puedan ayudar, para que armando de nuevo la dicha
Escuadra con más fuerza, y previniendo la de Vizcaya y los
navios que está aprestando en Lisboa D. Luis Fajardo, mi Ca-
pitán general de la armada del mar Océano, se junte todo para
salir á buscar y castigar al enemigo y asegurar la entrada de
los navios y flotas que se esperan de ambas Indias; y así os en-
cargo y mando que, usando de vuestra acostumbrada diligencia,
echéis mano de la Capitana y Almiranta de la flota que ha de
ir este verano á la Nueva-España, y de los navios della y de la
de Tierra-Firme que hubiere más á propósito en el rio de Se-
villa y los puertos desa costa, á lo cual os ayudarán D. Fran-
cisco de Barte, del mi Consejo de Indias^ y también los mis
Presidente y Jueces, Oficiales de la casa de Contratación y
todas las demás personas que ahí me sirven, que así se les ha
4 En el margen se lee. «Para lo de mar.»
392
ordenado que lo hagan : considerando que el estado presente
de las cosas obliga á usar deste y otros medios, annqne faeran
muy diñcultosos, por conveniencia del bien coman y asegurar
la partida de la dicha flota^ pues podrá hacer su viaje por esta
vez, como ha sucedido otras, sin llevar Capitana ni Almiranta
de armada, aprestándose primero esa Escuadra, con la cual y
las otras fuerzas se podrán deshacer las del enemigo 6 sus de*
signios, que son estorbar la salida de la dicha Escuadra, y si
sale seguirla y hacerle el daño que pudiere y esperar la que
viene de ambas Indias; y porque no por esto dejen de embar-
carse el General y Almirante de la dicha flota, se les podrá or-
denar que lo hagan en dos de las naos de mercante della; y
pues vos, como quien tan entendido tiene lo que importa la
breve ejecución desta resolución, cuanto á tomar las dichas
Capitana y Almiranta y los demás navios de las dichas flotas
que fueren á propósito para la composición de esa Escuadra,
liareis en ello lo que yo me prometo de vuestro celo y grande
maña no ^ cuanto conviene emplearen esta ocasión to *
diligencia, sino deciros que quedo esperando aviso ^ dispo-
niendo y ejercitando; y enviaréisme relación del porte, artille-
ría y gente que tienen las dichas Capitana y Almiranta, y lo
que destas cosas faltare á los demás navios que fcomáredes para
agregarlos á los siete que quedaron de la Escuadra, y á los
siete que aprestáis de Emden de la contratación, y ellos y todas
las demás personas que ahí se hallan ocupados en cosas de mi
servicio obedecerán vuestras órdenes sin faltar en cosa alguna.
De Madrid á 7 de Mayo de 1607. = YO EL REY. = Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía.
4 Está en blanco en el original,
5 Ídem Sd.
8 ídem id.
j
393
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo^ de mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. Teniendo consideración á vuestras muchas ocupaciones,
y que en la ocasión presente os será forzoso valeres de la aya-
da de algunas personas prácticas en materia de aprestos de ar-
madas, y particularmente en sacar navios y artillería que ha-
yan dado al través, he resuelto enviaros al capitán Letida Ba-
gueses, que ésta os dará, por ser hombre inteligente en estas
cosas y que podrá ayudar en ellas; así se lo ordenad y ocupad
su persona en estoy lo demás que viéredes que puede servir y
aprovechar ahí su asistencia, particularmente en sacar los
cinco navios que se anegaron de los de la Escuadra, 6 lo que
se pudiere dellos, y en acabando le ordenareis que se vuelva á
tratar de sus negocios, porque he sido informado que tiene al-
gunos de importancia en esta Corte, y para el camino se le han
dado 200 ducados de ayuda de costa , de lo cual se os advierte
para que lo tengáis entendido.
De Madrid á 7 de Mayo de 1607. = YO EL REY. = Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado, su Capitán general del mar Océano y de la costa
del Andalucía.
£fL REi •
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Por esotra carta de la fecha desta entenderéis cómo me he
conformado con vuestro parecer cuanto á la forma de volver á
rehacer la Escuadra de la guarda del Estrecho, echando mano
de la Capitana y Almiranta de la flota de Nueva-España y de
los demás navios que ahí se hallaren á propósito para este efec-
394
to; y aquí, aparte, os agradezco mucho lo que trabajáis por
seryírme y darme gusto , en que correspondéis á la conñanza
con que he puesto en vuestraa manos tantas cosas de que siem-
pre me habéis dado tan cumplida satisfacción, por la que tengo
de las personas que vos me aprobáis y estar bien informadt) de
las buenas partes y méritos del general Joan Gutiérrez de 6a-
ríbay , le he nombrado por General de la dicha Escuadra del Es-
trecho, y por su Almirante al capitán Diego de Santurce^ que
me propusisteis para ella, y espero que ambos harán ciertas
las esperanzas que de sus personas me dais y yo tengo del Ge-
neral.
De Madrid á 7 de Mayo de 1607.== YO EL EEY. = Por
mandado del Eey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonía, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidoñia, primo, del mi Consejo de Estado
y mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda-
lucía. Vuestra carta de 19 del pasado se ha recibido, y he hol-
gado de entender por ella que hayan quedado siete navios de
la Escuadra que puedan servir, y que la gente de ella hubiese
peleado tan bien como decis, y la armada enemiga no llevarse
nada y perdiese su General , aunque la pérdida de tan buen
golpe de españoles y de Juan Alvarez es muy para sentir.
Todo lo que decis que íbades haciendo para poner cobro en
esos navios, artillería y las demás cosas que quedaron mal pa-
radas dése suceso, ha parecido muy bien, y lo será que prosi-
gáis en ello , valiéndoos de todos los medios que viéredes que
os pueden ayudar á la brevedad ^ descargar todo lo que hu-
biere en los dichos navios, pues será * hacerlo asi para ade-
4 Está en blanco en el original,
a Ídem id.
J
396
rezarlos mejor^ en lo caal ; volver á aprestar los cinco de los
dichos siete navios importa que uséis de vuestra aoostum1;)]rada
dilig^ncia^ procurando qqe los dos que están ^n Málaga salgan
de allí con seguridad de que no los encuentre la armada ho-
landesa.
Kn lo que toca á conducir la pdjlvora de Málaga, ordenareis
que la traigan los dichos navios, si os pareciere que lo podrán
hacer con seguridad, y la jarcia del navio de presa que tienen
la aplicareis al apresto desa Escuadra; y lo primero en que ha-
béis de ordenar que se ponga la mano , sea en el encabalga*
miento de la artillería que se pudiese sacar de la mar y aprove-
char en esta ocasión.
Conviene que veáis qué jarcia podréis proveer á D. Luis
Fajardo para los navios qae tiene en Lisboa, y procurad en-
viársela con suma brevedad en las carabelas de Alfama, que él
os ha de despachar para esto.
Al Juez de Indias que reside en Cádiz se le reprende en la
carta que va con é^ta (como lo veréis por su copia) el estorbo
que hizo á la persona que enviasteis á reconocer si se ejecuta-
ba lo que ordenasteis cuanto á la seguridad de los navios que
se hallaban en la bahía de Cádiz cuando la armada holandesa
se descubrió allí, y yo seré muy servido de que os hagáis obe-
decer de todas las personas que allí y en esa costa hubiere en
semejantes ocasiones, asi por lo que conviene á mi servicio
como por vuestra persona ^ estimo y lo que os toca para
vuestro cargo.
Para que en todo lo que habéis de hacer no se ^ tratan-
do de enviaros el dinero que para ello ^ menester, y será
con mucha brevedad, y avisareis lo que ha quedado en ser de
todo lo que se os ha proveído y lo que hasta ahora habéis co-
brado de los 70.000 ducados últimos que se os libraron en Mi-
llones, y cuándo esperáis cobrar la resta.
De Madrid á 7 de Mayo de 1607.= YO EL REY.» Por
4 Está eo blanco en el original.
« Ídem id.
8 ídem id.
306
mandado del Bey^ nuestro Señor^ Antonio de Axóstegoi,— Por
el Rey, al duque de Medína-Sídonia^ su i^imo» del su Conseja
de Estado y Capitán general del mar Océano y de la costa del
Andalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Por
una de las cartas que me habéis escrito estos días se ha enteu*
dido que cuando la armada holandesa peleaba con la Escuadra
del Estrecho, andaban algunos naTÍos pequeños del enemigo
detrás de los nuestros echando en ellos bombas y otros artificios
de fuego para quemarloSi y que no hacían esto los navíca que
peleaban por el riesgo del daño que pudieran recibir, de lo cual
ha parecido avisaros para que lo digáis á au tiempo al General
de esa Escuadra y á las demás personas que os pareciere, para
que se aprovechen de la advertencia en laa ocasiones que se
ofrecieren haber de pelear y prevengan este inconveniente.
De Madrid á 7 de Mayo de 1607.== YO EL REY.=:Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y de la costa del
Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina*Sidonía, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. De-
más de lo que en 1.^ deste os mandé que hiciésedes en razón
de averiguar si todos los navios de la Escuadra del Estrecho
que deshizo la armada del enemigo pelearon ó nó, y si de 6i->
braltar fueron ayudados, y que la averiguación desto la come*
tiésedes á persona desinteresada y práctica, he querido ordena-
ros de nuevo que veáis si para proceder legítimamente á las
penas de los culpados será necesario cometer este negocio i
J
397
algnna persona particular que, siendo de la consideración que
es, conviene mirar macho en ello para apnrar la verdad de
qniénes y cómo cumplieron 6 dejaron de cumplir con sus obli-
gaciones^ y de lo que fuéredes haciendo y os pareciere sobre
este particular me daréis aviso.
De Madrid á 7 de Mayo de 1607.= YO EL RET.= Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Bey, al duque de Medina-Sidonía, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mi Consejo de Estado
y mí Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
El conde de Salinas, con el mucho celo que tiene á mi servicio,
me ha advertido lo que veréis por los dos papeles que van con
ésta sobre la forma en que se podria tomar á Larache sin hacer
ruido de prevenciones ni dar ocasión á que los moros la hagan
para defenderla: acá se ha tenido por cosa de consideración, y
por esto, y por teneros yo remitido lo que toca á esta empresa
en la forma que habréis visto, os he querido remitir los dichos
papeles y encargaros, como lo hago, consideréis con atención
lo que contienen, y pareciéndoos á propósito, os valgáis della
como mejor viéredes convenir para el buen efecto de lo que se
pretende, y se ha dado orden á los redentores de la Trinidad y
la Merced que acudan á vos á título de que conviene así para
la seguridad de su viaje, para que sigan la orden que les dié-
redes en cuanto á este intento, y holgaré que me aviséis de lo
que os parece y se podrá hacer en él.
De Madrid á 8 de Mayo de 1607.=YO EL BEY. = Andrés
de Prada. — Por el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
de su Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y
costa del Andalucía.
398
Porque las cartas de 8u Majestad que Ue^a este correó da-
rán bien en qoe entender á Y. E.^ será breve ésta: Id qve no
llevara muy cumplida respuesta, suplico á Y. E. no lo atribuya
á descuido^ sino á que no se puede sacar otra resolución: la que
Su Majestad ha sido servido de tomar acerca de dejar en manos
de Y. B. lo del ir ó nó la flota ^ y la disposición de todo es tan
acertada como espero en Dios se verá, y con esto y proveerse
ahora 60.000 ducados» los 10.000 en oro, y haber mny buena
voluntad de acudir á esa necesidad con todo lo necesario, se
podrá salir della con honra.
El Sr. D. Pedro de Toledo partirá de aquí dentro de cuatro
dias adonde están las galeras, y pienso que en varando las
de ^ acudirá ahí á ayudar á la Escuadra, y en su compañía
podrían volver seguros los dos navios de ella que están en Má-
laga, y es buena ocasión para conducir la pólvora á cumplid
miento de los 2.000 quintales; y ya me ha escrito D. Lnts Fa-
jardo que ha proveido á Y. E. el coste de traer ahí por tierra
los 500.
Los navios que están en Cádiz dan cuidado, pues es de creer
que el enemigo procurará hacer suerte en ellos; pero bien se
sabe que no • cosa por prevenir hallándose * á lo de Gi-
braltar es fuge * seguro reforzando el muelle, como Su Ma-
jestad lo mandará luego y se servirá Y. E. de verlo i)or esa
copia de carta qoe envié anoche á firmar.
A los alemanes de la nao que se quemó al lado de la Ca-
pitana, hará Su Majestad alguna merced, porque la merece la
demostración que hicieron de amistad y valor, y entre tanto
será muy acertado mandarlos Y. E. honrar y hacer merced.
La elección que Su Majestad ha hecho de Almirante de esa
Escuadra, se parece bien á la del General: dicen que está de
camino para acá y será bien que excusase el trabajo de venir
4 Hay UD blanco en el original.
5 ídem id.
3 ídem id.
4 ídem id.
399
y TolTer^ mandando Y. E. que se le declare la Toluntad de Su
Higeatad. T el general Oaribay qoe irá lu^ágpo, que es maravi-
llosa persona y muy reconocido á V. £.« háme dado esos x>ape-
lesy y con ponerlos en manos de V. E. me parece qae les doy
sn lagar^
Esta mañana se han vuelto i Aranjuez Sus Majestades y
el señor duque de Lerma. Guando V. E. le escribiere tan cum-
plidamente como ahora, se servirá de mandármelo avisar para
que excase el enviarle relación de lo que viene para el gobier-
no y también cuando allá no hubiere tiempo para ello, porque
tenga yo este cuidado.
Don Luis Fajardo espera lo que antes sé decia le habia de
encaminar Y. E., y habia enviado ahí dos galeras por pertre-
chos: plega á Dios no tengan desgracia, y que haya lugar de
qne se junte todo lo que hay: lo de Guipúzcoa temo que ha de
decir un poco á la larga.
Si la artillería derretida qué hay en Gibraltar puede pasar
con seguridad á Málaga, esto se tiene por lo más conveniente,
por la mpcha comodidad que hay allí para fundirla.
El Sr. Presidente de Hacienda espera que acabará V. E. de
cobrar con brevedad los 70.000 ducados, y háme parecido en-
viar á y. E. ese billete de Garci Mazo, para que vea Y. E.
cómo queda en servicio las letras de la provisión que ahora se
envia, y Dios guarde á Y. E. muy largos años.
De Madrid á 8 de Mayo de 1607. — Antonio de Aróstegui.
El señor conde de Lemos ha andado muy fino en la resolu-
ción que se ha tomado de que se ponga todo en manos de Y. E.
Envió á Y. E. copia de lo que Su Majestad escribe al ^
de Indias en esa carta que se podrá dar por algún tercero. Y
de lo que S. E. escribió ayer á D. Francisco de Barte, y la
carta lleva este correo, y la dejará en Sevilla si estuviere allí.
4 Bd Manco el original.
400
Sa Majestad, Dio0 le giuirde, ha tomado con tan gran co-
raje la desvergüenza de los holandeses, que se ha r^oelto de
echar en la mar todas las fuerzas que tiene en esas costas, y
para esto nos ha mandado que acudamos á Y. E. con la Capi-
tana y Almiranta de la flota de Noeva España, y los marineros
y demás pertrechos que fueren necesarios, para que en caso que
y. E. juzgue que es todo menester, se falte antes al despacho
de la nota que á la demostración que se debe hacer sobre el
Estrecho, castigando esos rebeldes y limpiando la costa de cor-
sarios; pero siendo posible que se cumpla con todo, desea Su
Majestad que la partida de la flota no se dilate un día ; y para
esto se le ordena á D. Francisco de Barte, que en caso que
y. E. venza las dificultades presentes y se resuelva en su par-
tida, guarnezca dos naos de mercante donde se embarquen el
General y Almirante ^ que harán á las demás la escolta que
sufre el estado de las cosas; y á mi parecer será defensa bas-
tante para que vaya segura de los navios sueltos de piratas que
' puede topar en su viaje. Y si Garabay, que según me parece va
' proveido por General del Estrecho, pudiese acompañar la flota
hasta dejarla navegada 20 leguas á la mar, seria gran cosa,
I porque en este paraje la dejaría fuera de peligro y al punto se
podría volver en demanda del enemigo. Pero mucho dudo que
^ su Escuadra se pueda rehacer con tanta brevedad, aunque su
diligencia y autoridad de y. E. me tiene con grandes esperan-
zas. Mas supuesto el destrozo de nuestra armada y la poca dis-
posición que tienen estas cosas, bien temo que no ha de ser po-
sible que el general Oaribay pueda salir en todo este mes; y en
este caso, verá y. E. si la flota puede hurtarle el cuerpo al
enemigo de manera que salga sin conocido riesgo; y como
) quiera que sea, sería de grande inconveniente que nó partiese
hogaño, así por la pérdida de los mercaderes que han hecho ya
sus cargazones^ como por la falta que á todos nos ha de hacer
la plata de la Nueva España el año que viene. Todo lo cual ha
considerado Su Majestad con su acostumbrada prudencia y vi-
gilancia, y lo remite á y. E. como á persona que tiene la causa
presente, y causa que está sujeta á tantos accidentes y noveda-
j
401
áeSy haciendo de Y. E. en esta parte la confianza que justa-
mente ha hecho siempre de su cuidado y mucha inteligencia;
j es servido Su Majestad que en esto que toca al despacho de la
flota se valga V. E. del buen consejo y asistencia de D. Fran-
cisco de Barte; y yo, Señor, quedo muy contento de \er la re-
solución de materia tan importante y tan intrincada como ésta
en poder de V. E., y con mucha fá en Nuestro Señor, porque
estas son las empresas que favorece, ayudando las cortas fuer-
zas de los hombres que precisamente nos hemos de aprovechar
de su misericordia en trances semejantes. A D. Francisco de
Barte escribo en la misma conformidad, y aseguro á Y. E. que
me quisiera hallar en esta ocasión sin los grillos del oficio para
irle á servir y á hacerle compañía en todas las estaciones que
le quedan por hacer. Pero si fuere bueno para solicitar desde
acá el despacho de alguna cosa necesaria, aquí me tiene Yue-
cencia con la voluntad y obligación que siempre he de acudir
á su servicio. Guarde Nuestro Señor á Y. E. como yo deseo.
De Madrid 8 de Mayo de 1607.— Andrés de Prada.— Al du-
que de Medína-Sidonia
He recibido las cartas de Y. E. de los 29 del pasado y 3
deste con las que vinieron para Su Majestad y para el señor
duque de Lerma, que las unas y las otras di luego á S. E., y
fué ventura mandarme Y. E. enviar la copia de la ' porque
sin dar á entender á S. E. que la tenia, le dije que entendía que
Y. E. le daba larga cuenta del estado en que quedaban las
cosas: díjome que no había visto la carta; y haciendo diligen-
cia en buscarla, se halló en un pliego del secretario Antonio de
Aróstegui; abrióle y leyóla S. E. en mi presencia, y luego or-
denó al mismo Secretario lo que debía responder, estimando en
lo que es razón la buena resolución de Y. E. y su pecho y va-
lor. Don Francisco de Barte escribió que los navios de la flota
de Nueva España podrán servir para la ocasión de ir á buscar
4 En blanco en él original.
Tomo LXXXL 26
402
al euenúgQfj que oonveoia enviar orden á Y. E. para qae todae
le obedecieseo» y aaí se resolvió, y el despacho que ¿esto toca
se encargó al secretario Autonío de Arósteg^i, y de razón k
habrá V. B. recibido cuando ésta llegue.
Mucho gusto ha dado entender que la pérdida y daño de la
Escuadra fué tanto meaos de lo que al principio se decía, y es-
pero en Dios que mediante el valor de V. £» ha de llevar el
pago de su atrevimiento. Guarde Dios i, Y. S. como yo 4eseo.
De Madrid á 8 de Mayo de 1607.— Andeos de Prada.— Al
duque de Medina-Sidonia, de los Consejos de Estado y Guerra
de Su Majestad, y su Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía.
Después de cerrados los despachos que lleva este correo^ se
ha considerado que aunque el ir la flota á Nueva España sin
Capitana ni Almiranta no es cosa nueva, pues ha ¡do así otras
veces y salido bien, podria atrasar mucho su ida el despacho de
la Escuadra de la guarda del Estrecho que tanto conviene pre-
venir aprisa para castigo del enemigo y defensa y seguridad
desas costas, pues aunque las naos de las flotas hayan de ser
pocas, han de tirar á sí muchos marineros por lo que apetecen
aquella navegación; y respecto de la falta que hay dellos, será
esto de grande inconveniente: por otra parte , se anteven los
que resultarían de no ir la dicha flota, por lo mucho que tarda-
ria en venir la plata de aquellas partes, y los daños que se se-
guirían desto; pero como lo que pide mayor consideración es el
apresto y despacho de esa armada con fuerza bastante para lo
dicho, pues sin ello no puede ir á las Indias ni venir de ellas
nada sin peligro manifiesto de perderse, ha resi^elto Su Majes-
tad que se deje todo á la disposición de Y. E. para que ordene
y haga lo que le pareciere más conveniente, según el estado de
las cosas, juzgando Su Majestad este acuerdo por el más acer-
tado que se puede tomar, por tener Y. E. tan gran noticia y
experiencia de todo, con el deseo que se sabe de que se acierte,
y Su Majestad tanta satisfacción dello y de lo que Y. E. se des-
408
Telará en «Jecutar lo mejor, y que esto le aera más fácil que
guiándose por órdenes de acá, pues han de refsaltftr de lo qoe
y. E. atisare; y hallándose predetito j podiendo saber oada
hora lo que hace el enemigo, será lo más acertado lo qne Y. B.
re8<^?iepe y ejecutare, y acá lo parecerá, y en esta sustancia
eüvíaa^ Iti^go á V. E. carta de So Majestad. Guarde Nuestro
Setior á V. E. como deseo.
De Madíid á 8 de Mayo de 1607.— Antonio de Ardstegui.—
Señor duque de Medina-Sidonia.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y CajJitan general del mar Océano y costa del Andalucía. Por
vuestra carta de 3 del presente y las relaciones que enviasteis,
he entendido el número de g«nte que quedó en los navios de
la Escuadra de la guarda del Estrecho y la que murió, y este
cuidado y el que tenéis de que sean curados los heridos, socor-
ridos y bien tratados los demás, os agradezco mucho y estoy
muy satisfecho del celo y diligencia con que acudis á poner
cobro en lo que ha quedado de la dicha Escuadra, y para los
gastos de rehacerla he mandado proveeros ahora 60.000 du-
cados.
La desorden que la gente de Gibraltar hizo en saquear los
navios de la Escuadra que dieron al través y los que allí estaban
de presa y quemar la Capitana, es justo que se averigüe y casti-
gue, y así conviene que procuréis apurar este exceso como me-
jor 08 pareciere, pues os toca y podéis y debéis hacerlo por
razón de vuestro cargo de Capitán general desa costa; y en lo
que advertís sobre que un Alcalde de los de la Audiencia de
Sevilla acudiese á esto, se queda mirando por si todavía os pa-
reciere ser necesario usar de esta diligencia.
Los cinco navios que hicisteis sacar y decís se quedaban ade-
rezando, parece que estarán mejor guardados con que sean 100
los soldados del muelle, porque son pocos los 50 que mandasteis
404
poner^ y también será acertada añadir en él otras caairo piezas
de artilleríaj^ de manera que sea& seis con las dos qae pmbtsis^
y qae se haga algnna defensa con cestones.
Bien fué qae enviásedes orden ¿ los dos navios de la Escua*
dra que arribaron con la presa á la Fuengírola qae se metiesea
en el muelle de Málaga y que no salgan de allí sin mnoha se-
guridad.
Ta habréis sabido como he proveído General y Almirante
para la dicha Escuadra, y el Gteneral acudirá luego á ayudaros
al apresto della, que ya se queda despachando.
En lo que toca á sacar el galeón que dio al travás en la
horcada, conviene poner grande esfuerzo, y si llegare á tiempo
el capitán Leticia, será muy á propósito para esto y para ayu-
dar al apresto del y de los demás.
Muy bien ha parecido el recaudo que habéis puesto en los
navios de la flota, recogiéndolos en el estero de la Carraca;
pero no obstante esto, conviene mirar con gran cuidado per la
seguridad desos y de todos los demás que se hallaren en esa
costa, pues hemos de tener por cierto que el enemigo ha de
procurar intentar de quemarlos.
Ha sido muy acertado proveer á Ceuta con los 20 quintales
de pólvora que decís, y avisar por vía del mi Consejo de Poirtu-
gal que pide el Gobernador mande madera para el aderezo de
la artillería.
Lo que se habrá de hacer de la que se saca derretida de los
galeones de la Escuadra que dieron al través, se os avisará con
brevedad, y también el agradecimiento que será bien mostrar
el Maestre y marineros de la urca alemana, que se arrimd á ia
Escuadra y peleó con el enemigo.
De Aranjuez á 12 de Mayo de 1607.=YO EL BEY.s=3:p«p
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui* — ^Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y su Capitán general del mar Océano y de la costa del
Andalucía.
40S
•SI despacho de Y. E. de 7 de éste he recibido^ j porqoe lo
més'Siiattncíal que contiene -está satisfecho en el qne ja habrá
llegado á manos de Y. E*, se esperará cnando á esto á yer lo
qoe Yj E. escribe de nuevoy 7 á lo demás se responderá con
breredad: ha parecido muy bien la buena acogida que Y. E.
mandaba hacer á los alemanes de la urca qne se perdió al lado
de la Capitana de Juan AWarez, 7 espero que Su Majestad
mandará darles algnn socorrillo de dinero: no ha habido por
acá ninguna nueva de la armada holandesa, 7 7a parece que
era tiempo de saber algo por la vía de Portugal: de Guipúzcoa
avisan que podrá salir aquella Escuadra para fin deste, 7 cuan-
do mucho tarde^ piensaque no podrá pasar del 10 del que viene.
Tambieti he avisado á Y. E. del recibo del despacho de 6
deste, 7 el Sr. D. Diego Brochero me dijo que escribiria á
V. B.; en lo que me escribid á los 3, sobre el particular del ca-
pitán Acosta remitome á aquello, por que ál ha sido la guía
desie negocio; k demás qne se ofreciere escribiré á Y. E. con
el primer extraordinario, 7 aquí va una carta de Su Majestad, de
que 7% tiene copia Y. E., 7 un pliego del señor duque de Ler-
ma, á quien encaminé luego el último de Y. E., á quien guarde
Nuestro Señor mu7 largos años.
De Madrid á 16 de Ma7o de 1607. — Antonio de Aróstegui.
EL REY.
Por cuanto por parte del duque de Medina-Sidonia se me
ha hecho relación que habiendo procedido contra Leonís Her-
mit 7 otros, sus compañeros, por haber cargado trigo en tierra
de rebeldes 7 traídolo en navio que también lo era, pronunció
sentencia contra él el doctor Ortiz de Sotoma7or^ Juez de co-
misión, en quien el dicho Duque subdelegó la su7a, conforme
á las órdenes que le mandé dar por mi Consejo de Estado, 7
que habiendo hecho pagar el dicho Duque lo que procedió de
la condenación al denunciador 7 al licenciado Martin Fernan-
dez Portocarrero, Alcalde de mi Casa 7 Corte, para el apresto
de la armada del mar Océano 7 para otras cosas de mi servi-
406
ciOy como yo lo envié á mandar, j dudóme cnenta de ella, Id
aprobé y tuve por bien, y que después desto el dicho Leonfa
Hermit ha seguido esta causa en el mi Consejo de Guerra, don*
de se le ha mandado volver lo procedido del dicho trigo, y se
ha despachado ejecutor para ello, y va procediendo contra di-
cho Duque y sus bienes, y haciendo ejecución en ellos por fas;*
ber entregado al dicho denunciador y al dicho licenciado Por*
tocarrero lo que así procedió de la dicha denunciación, estando
pendiente en apelación, no siendo justo que sea molestado por
lo que ha hecho en mi servicio y en cumplimiento de mis órde*
nes, y lo que tengo aprobado, mayormente habiéndose tan
justamente condenado el dicho navio y lo que en él venia, su*
plicándome fuese servido de darle mi cédula para que el dicho
ejecutor ni otra persona no moleste ni proceda contra el dicho
Duque ni sus bienes; por esta razón, pues, haciéndose lo con*
trario, no sólo seria molestar al dicho Duque, sino en daño de
mí hacienda, habiéndose consumido y gastado la condenación
del dicho navio en mi servicio, y pareciéndome tan justa la que
el dicho Duque pide, he acordado que se despache la presente
en cuya virtud tengo por bien y mando al dicho Receptor y á
otra cualquier persona á quien tocare lo susodicho, que no pro-
cedan contra el dicho Duque ni sus bienes, ni contra su Con-
tador por esta causa; y si hubieren hecho algún embargo lo
alcen, atento á que me consta que el dicho Duque cnmplié lo
que le envié á mandar, y que en su poder no ha entrado nin-
gún dinero ni hacienda de la que por el Consejo de la Guerra
se ha mandado restituir, que asi es mi voluntad, y ninguno baga
lo contrario, porque dello seria muy deservido.
Dada en Aranjuez á 17 de Mayo de 1607.-.TO EL BBY.«*
Andrés de Prada.
En la ciudad de Tuy ^ á 28 dias del mes dé Mayo
de 1607 años, de pedimento de la parte de S. E. el daqne de
Hay un blanco en el original.
407
Ifedína-Sidonia, yo el Escribano yuBO escrito, leí é notifiqué
esta Cédula real de Su Majestad ^ como en ella se contiene, á
Domingo del Villar, Juez ejecutor, nombrado por los Señores
del Consejo de la Guerra en la dicha real Cédula contenido, y
habiéndola TÍsto la tomó en sus manos, obedeció, besó y puso
sobre su cabeza como á Cédula de su Rey y Señor natural,* y
qué en cuanto al cumplimiento de la dicha real Cédula, dice:
que en virtud de su comisión no ha ejecutado ningunos bienes
de S. E. del duque de Medina, ni lo que está hecho ahora en
razón de la dicha sn comisión están en su poder los autos ori-
ginales, por haberlos enviado ante los Señores del Consejo de
Gnerra como le fué mandado; y en el auto de ejecución que se
proveyó contra D. Fernando del Oliva, depositario general, y
D. Francisco Pacheco, denunciador, y D. Diego de Ormaza y
Pedro de Arce, por parecer que los dichos D. Francisco Pa-
checo, Diego de Ormaza y Pedro de Arce no son abonados para
pagar los 46.000 reales que parece entraron en poder de los
susodichos por libranzas de S. E., se notifique al dicho Duque
y á su Contador mayor el estado de los dichos pleitos, y que
dentro de segundo dia diese bienes que fuesen bastantes de los
dichos para que fuesen vueltos y restituidos á la parte de
Leonís Hermit, como personas en quien habian parado los
dichos maravedís, como se manda por la carta ejecutoria que
he venido á cumplir y ejecutar, y así pide y requiere al pre-
sente Escribano, le dé un traslado desta real Cédula, con su
respuesta, signado y autorizado, para lo enviar ante los Señores
del dicho Consejo de Guerra, donde tiene enviado los autos
originales de su comisión, porque dicho Consejo vea lo que Su
Majestad manda por la dicha real Cédula se pasa, y esto dio
por su respuesta y lo firmó: testigos, Juan de Loyola y Pedro
de Aguilar ^ y eché mi signo en testimonio de verdad. —
Cristóbal Bilvao, Escribano público.
4 Está en blanco en el original
408.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo^ del mí CoBseijo de Efitibdo
y Capitán general del mar Océano y coata del Andalucía. Por
confirmar lo que de mi parte os escribió Antonio de Afóstegui,
mi Secretario; en 8 del presente, después de la resolaoiou que
mandé tomar sobre valemos de la Capitana y Almiranta de la
flota de Nueva España para ayudar á rehacer la Escuadra de
la guarda del Estrecho, he querido. deciros que se ha conside-
rado, que aunque el ir la dicha flota sin Capitana ni Almiranta
no es cosa nueva, pues ha ido así otras veces y salido bien,
podria esto atrasar mucho el despacho de la dicha Escuadra
que tanto conviene prevenir aprisa para ^ del enemigo, de-
fensa y seguridad de esas costas, pues aunque las naos de
las * hayan de ser pocas, han de tirar á sí muchos marineros
por lo que apetecen ^ navegación,* y respecto de la falta que
hay de ellos, será esto de gran inconveniente ^ parte se
anteveen los que resultaría de no ir la flota, por lo que perde-
rán los mercaderes, y lo mucho que tardaría en venir la pl&ta
de aquellas partes y los daños que se seguirían desto; pero
como lo que pide mayor consideración es el aprestar y despa»
char esa Escuadra con fuerza bastante para el dicho efecto,
pues sin esta prevención no puede ir á las Indias ni venir do-
lías nada sin manifiesto peligro de perderse, he resuelto remi-
tirlo todo á vuestra decisión, para que allá ordenéis y hagáis
lo que os pareciere más conveniente, según el estado de las
cosas, que yo juzgo este acuerdo por el más acertado que se
podía tomar, pues con la larga experiencia que tenéis de todo
y el deseo que se sabe de acertar, no podréis errar lo que más
importa^ y yo estoy tan satisfecho deato y de lo que os desvae*
4 Está en blanco en el original.
5 ídem id.
8 ídem id.
4 ídem id.
409
laís en ello, qae espero elegiréis el medio más fácil y eñcaz
para conseguir lo que se pretende, mejor que si os guiásedes
por orden de acá, las cuales ée os habrían de dar conforme lo
que de allá avisásedes,* y hallándoos sobre el caso y pudiendo
saber cada hora lo que hace el enemigo, será lo más conve-
niente ló que resolviéredes y ejecutáredes.
De Aranjuez á 18 de Mayo de 1607.==TO EL RET.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Arósteguí.— Por
el Rey, al duque de Medína-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalueia.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Ta
habréis sabido como D. Luis Fajardo, mi Capitán general de la
armada del mar Océano, ha enyiado á esa costa dos galeras
que pidió al conde de Elda de las de su cargo, para que os lle-
vasen 40 piezas de artillería de hierro colado, para ayuda del
armamento desos navios, y que de retorno le lleven á D. Luis
la pólvora y jarcia que de ahí espera; y aunque entiendo que
procurareis enviarle todo lo que se pudiere, he querido encar-
garos que hagáis en esto el esfuerzo posible, proveyéndole de
lo que no fuere precisamente menester para el apresto desa
Escuadra, valiéndoos también para este efecto de los pertrechos
y las otras cosas que vinieron de Alemania por cuenta de Juan
Nuñez Correa; y de como lo hiciéredes me daréis aviso.
De Aranjuez á 18 de Mayo de 1607.=YO EL REY.=5por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Rey,, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
410
Duque de Mediná-Sídonia^ primo, del mi Gonaejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalw5ía. Dos
cartas vuestras, de 6 del presente se han recibido, y por ellas y
los avisos que enviasteis queda entendido lo que hasta entonces
pudisteis saber de la armada holandesa, y os agradezco mucho
la vigilancia con que estáis y el cuidado y diligencia que po-
néis en todas las cosas de mi servicio.
En lo que toca al trueco que los holandeses ofrecen hacer
del hijo del general Juan Alvarez y los demás soldados y ma-
rineros españoles que tienen en prisión por la gente de su na-
ción, que están presos en esa costa, será bien que hagáis lu^go
trueco en la mejor forma que podáis y os pareciere, que yo os
lo remito como ^ tan bien lo tiene entendido.
' bien será que á la gente de la urca alemana que peleó
ayudando á Juan Álvarez y se la quemó el enemigo , loe aco-
modéis como os parece con una de las de Emden, y que se la
proveáis para que se vuelvan á su tierra; y se queda mirando
en qué otra demostración será bien hacer con ellos, de que se
os avisará luego.
Cuanto á lo que decís sobre que loe navios de la Escuadra
que quedaron en Gibraltar y Málaga seria acertado traerlos i
este puerto de San L6ear para aderezarlos; y preguntáis si or-
denareis que algunos de ellos salgan en corso, conviene que
consideréis el peligro que correrian de perderse en esto, ó des-
aparejarse peleando, ó con temporal, de que resultaría el no
salir toda la Escuadra junta y reforzada como conviene; y su-
puesto lo dicho, haréis lo que os pareciere' más acertado; y de
lo que ejecutáredes me daréis aviso.
Para facilitar la cobranza de la resta de los 70.000 ducados,
4 Está en blanco en el originaL
% ídem Id.
4U
86 hacen desde aquí nueyas diligencias; pero tos usad de las
vuestras, que así conviene.
De Aranjuez á 18 de Mayo de J«07.=YO EL REY.«=^Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Ardstégui. — Por
el Rey, al daque de Medina^Sídonia, so primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Vis-
to se há vtiestra carta de. los 3 de Mayo y la que escribíteis al
secretario Bartolomé de Aguilar y Anaya, y en cuapto á la ne-
cesidad que representa la ciudad de Cádiz de hallarse imposi-
bilitada de poder acudir al socorro de la gente que está de pre-
sidio en ella, se remedia con los 20.000 ducados que he man-
dado proveer para las cosas que se ofrecieren en esta ocasión y
socorro de la gente de guerra que hay en ella.
Bien ha sido ordenar que entrasen en Tarifa las dos compa-
ñías que avisáis y que hayáis enviado las 600 fanegas de trigo,
25 quintates de pólvora , 12 de cuerda , 20 de plomo y 200 pi-
cas, y con mucha brevedad mandaré que se acuda al reparo de
la artillería y provisión de arcabuces y mosquetes, de que decis
hay tanta falta.
A las ciudades de Qibraltar y Cádiz he mandado que cuan-
do entrare en ellas gente por orden vuestra para su defensa, la
alojen y hagan bneúa acogida y tratamiento; pero el acudir al
socarro desta dicha gente el tiempo que estuviere en estas ciu-
dades y otros lagares donde vos ordenárades, ha de ser por mi
eoenta y no por la de ellos, excusando los medios depósitos y
demás servicios que proponéis, que á esto nO se ha de dar lu-
gar en < que lo tengáis entendido.
La causa en que por parte de Sevilla se funda no haber
1 Hay uD blanco en el orígiaal.
412
enviado ni gente ^ es que vos no pedísteis sino dos compa-
ñías, y parecer que segon el niámero de bajeles qae se habia
descubierto no era necesario mayor número; y que para enea-
iñiilar este geiite/compta de municiones y otras cosas necésa-
riás''sé' buscaron * ducados/' y tód£is las demás compañías
quedaban arenadas y prevenidas para acudir adonde sé les or-
denase, de que ha parecido advertiros para que lo tengáis en-
tendido, y que me aviséis particularmente lá forma en que fué
armada la dicha gente, y si vos pedísteis más, para que acá se
áé la Orden que conviniere.
De Aranjuez á 22 de Mayo de 1607.=TO ELREY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya. — Por el Bey, al duque de Medina^Sidonia, su primo, del su
Consiejo de Estado y Capitán general del mar Océano y de la
costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta-
do, mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda-
lucía. He sido informado que la persona que servia de Maestro
mayor de las obras de Cádiz ha fallecido, y como sabéis con-
viene que para continuar la fortiñcacion de aquella ciudad
haya persona que sirva esta plaza, encargóos y mando que me
propongáis algunas personas que os pareciere á propósito para
ello, para que yo mande escoger la que fuere servido..
De Aranjuez á 25 de Mayo de 1607. =T0 EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Agüilar y Ana-
ya. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, de su
Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y de la
costa del Andalucía. — San Lúcar.
4 Está en blanco ep el original.
5 ídem id.
i
413
BLRET.
Daq[ae de Medina-:Sidoma^ primo, mi Capitaageoei^l del
mar Océano y de la costa del Andalucía. Por vuestra oarta.de.
los 6 deste queda enteudido la derirota que tomic^.Jia armada bo-.
landesa, y ha sido bien avisarlo con la particularidad que lo.
habéis hecho; y ya he mandado que se reprenda con demos-
tración á los que no han acudido á vuestros llamamientos^
como tienen obligación , y para lo de adelante mandaré pro*
veer del remedio conveniente.
De Aranjuez á 25 de Mayo de 1607.=YO EL BEY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señori Bartolomé de Aguilary Ana*
ya. — ^Por el Hey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, de su
Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía.— San Lúcar.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mi Consejo de JSstado
y Capitán general del mar Océano y de la costa del Ajodalu-
cía. Visto se han dos cartas vuestras de los 3 y 7 de Mayo, y
por ía que escribisteis á los 6 del , se habrá entepdido la parti-
da de la armada holandesa de esa costa y la derrota que tomó,
y fué bien dar aviso de ello á D. Fuis Fajardo y al Gobernador
del Algarve.
Ya os be mandado advertir qua se han reprendido ¿ las
ciudades y titujiados que no acudieron á vuestros llamamien-
tos, y para poder tomar en lo de adelante resolución, .quedo
esperando lo que resultare de las diligencias que decís queréis
hacer con las cartas que se os remitieron ^ de que no habéis
usado; pero es bien tengáis la mano para que, si no fuere en
casos precisos y forzosos, no pidáis gente, porque en los tales se
entienda que han de venir con mucha brevedad y cuidado, y
ahora se disculpan con que los llamamientos son ordinarios y
414
para cualquier cosa, y que por ofrecerse á la g*ente que acüde
y á las ciudades y titulados que la énviau mucha costa y gas-
to no pueden todas teces hacer lo que quisieran, y que juz-
gan que la ocasión para que son llamados no aprieta mucho.
Téngome por servido del cuidado con que disteis orden en-
trase tan buen número de gente de vuestra tierra en los luga-
res marítimos que aviláis, que es eoUfo^tíie' á 'ruee^clsliga-
eton y celo de mi servicio.
Cuando se establecid la Milicia de la ciudad de Sevilla y su
tierra, se hizo con mucha consideración y acuerdo, y así mi to-
luütad es que no se innove en nada, antes se queda tratando
de asentar la forma cómo ha de servir, y lo mismo se hará en
la ciudad de Jerez.
De las 32 compañías que iban á Italia y se os había avisa-
do que habia mandado caminar la vuelta de Cádiz, no van más
de cinco, por estar las demás muy cerca del embarcadero; pero
demás dellas he ordenado que vayan otras cinco.
Ta os he mandado avisar que con brevedad llegarán ¿ Cádiz
las armas que el marqués de San Germán ha de enviar á
aquella ciudad^ con que se acudirá á la falta que representáis
hay dellas.
Bien será usar de los medios que proponéis para proveer de
algún trigo á Canarias, para que no se padezca la necesidad en
que os han escrito se hallan.
En Oran, Melilla y el Peñón hay la falta que sabéis de tri-
go y cebada, y por Consejo de Estado y por esta vía se os ha
advertido que enviásedes á estas partes el que quedaba, des-
contado el que hacíades fabricar en bizcocho y el con que so-
corríades las fronteras de África; y porque en Oran no hay
trigo más que para este mes de Mayo, os encargo macho
que, usando de la diligencia que acostumbráis, encaminéis i
aquellas plazas la parte que le toca del repartimiento que
hiciéredes, y si no puede ir toda junta, le vayáis enviando la
que se pudiere, para que no llegue á padecerse allí necesidad,
y avisareis lo que en esto se hiciere.
De Aranjucz á 25 de Mayo de 1607.=YO EL REY.=Por
4L6
mandado del Bey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y
Anaya.-rPor el Bey^ al duque de, M^dina-Sidonii^, su, primo,
del su Consto de Estado y Capitán general del mar Océano y
de la costa del Andalucía. — San Lúcar.
Mi compañero me ayisa que despacha luego un correo á
y. E., y con todos los que se ofrecieren enviaré lo que se pu-
diere por ganar tiempo. Con esa carta de Su Majestad para
Tánger darán luego aquel navio, y no se ha podido despachar
antes; esotra, para Y. E., es sobre lo que mandará ver por
ella: irá con brevedad respuesta de lo que V. E. ha escrito
hasta los 17 deste , y á D. Luis Manrique se escribirá como
Y. E. manda.
Creo que se aplicarán á esa Escuadra ocho 6 nueve compa^
ñíási y otro dia avisaré á Y. E. lo que se ofreciere sobre esto.
Acaba de llegar aviso de Lisboa, de 21 deste, de estar la ar-
naada del enemigo en el Pasaje de la Boca de Cintra en número
de 35 bajeles. La Escuadra de Yízcaya podrá salir dentro de
doce dias, y cuando lo haga será á la Coru ^ Dios ayude á
acertar, y guarde á Y. E. muy largos años.
De Madrid á 25 de Mayo de 1607. — Antonio de Aróstegai.
Este correo se despacha, yente y viniente, á lo que Y. E. verá
por esa copia de carta que se ha enviado á ñrmar á Su Majes-
tad, que me excusa de lo que habia de decir en esa razón: el
caso tiene diücultades y riesgos; pero el estado en que nos ha-
llamos obliga á aventurar mucho. Yeo unas opiniones de que
lo más acertado será que se junte lo de Guipúzcoa con lo de
ahí; y otras, que eso, con todo lo que se previene para la flota,
será bastante fuerza para emprender la cintrada de Lisboa, y
si hubiera una buena Escuadra de galeras menos se dudara.
Quédase esperando la respuesta de Y. E., y en particular con-
4 Hay un blanco en el original.
416
viene que Y. E. se sirra de decir caándo estará i ponto lo de
ahí y con qué fnerzas; y pues el enemigo es señor de la mar,
no sé qué mayor ocasión paede haber para que cese la flota y
se acuda con todo á desembarazar el paso. El general Garibay
será ahí un dia 6 dos despnes que este correo, y ese pliego para
el Almirante ^ saplico á V. E. se sirva de mandar qne se le
den en mano propia.
Sos Majestades van pasando de Aranjoez á San Lorenzo, y
Nuestro Señor gnarde á Y. E. mochos años.
De Madrid á 27 de Mayo de 1607. — Antonio de ArdsiegQí.
Ayer recibí el despacho de Y. E. de 21 y 22 deste, qne se
verá en el Consejo de mañana, y con lo qne se ofreciere se
despachará extraordinario; pero por si se dilatare algon dia
llegar ordinario, antes me ha parecido dar este aviso á Y. E.;
y qoe aonqoe el enemigo se va reforzando, se espera qne con
lo qoe ahí se jonta, y más si llegasen las galeras á tiempo: aún
no ha respondido Sn Majestad á lo qoe se ha de dar á ese Maes-
tre y marineros de la orea alemana qoe se perdió peleando;
pero no dodo de qoe llegará todo á cerca de 1.000 docados.
Noestro Señor goarde á Y. E. muy largos años.
De Madrid á 29 de Mayo de 1607. — Antonio de Aróstegoi.
EL REY.
Doque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta-
do, mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda«
lucía. He recibido tres cartas vuestras de 13 y 14 del presente,
y ya habréis sabido como la armada del enemigo está en el pa-
raje de la Berlinga.
Bien es qoe qoedasen los cinco navios de la Escuadra de la
goarda del Estrecho aparejados, como decis, para qoe en lie-
4 Hay un blaoi^o en el original.
j
417
gando lo« dos que están eo Málaga y la urca de la presa qoe
bicierou, se reparen y concierten todos juntos, y avisaréistse
luego cuántos navios pensáis armar, y advertid en ir compa-
sando el gasto con la provisión del dinero, porque corre Im es-
trecbeza que sabéis, y conviene no faltar á lo preciso, y fptoy
cierto que procurareis que todas las cosas que se van sacando
de los navios quemados se beneficien de manera que apro-
vechen.
Bien ha parecido el medio que usáis para que sirvan en
esta ocasión los siete navios que habéis tomado de los de Em-
den, concertando con sus dueños que los vayan poniendo á
punto por cuenta del sueldo que han de ganar si se dieren por
libres, y que los tripulen con sus mismos marineros, socorrién-
dolos con dos pagas y ración en dinero, y no tendrá inconve-
niente que sea gente de su nación; y yendo bien repartida, y
alendo superior la que se embarcará de acá, y teniendo cuida-
do (como os lo encargo mucho) de no ocuparlos en el timón ni
en otras cosas donde puedan hacer daño.
Con las diligencias que de acá se han hecho y hacen para
acabar de cobrar los 70.000 ducados que abí se os libraron, pa-
rece que no se dilatará más.
Las cuatro galeras que residen en Lisboa conviene que no
se aparten de allí, y así no hay que tratar de esperarlas para
el efecto que pedis, antes importa que á las dos que enviare
D. Luis Fajardo por la pólvora ^ las despachéis luego, ha- •
ciendo que embarquen todo lo que pudieren comunmente, para
que él acabe de aprestar los navios que allí tiene.
Muy acomodado ha parecido el porto de los 500 quintales
de pólvora que de la dicha Málaga hicisteis conducir por tierra;
y lo que sobró del dinero que para ello os proveyó D. Luis Fa-
jardo, será bien que lo hagáis guardar para el gasto de otras
cosas que se le habrán de proveer; y porque las galeras que
ahora están en Cartagena habrán de volver ahí con brevedad,
podrán traer de Málaga los 1.500 quintales de pólvora que allí
4 Está en blanco en el original.
Tomo LXXXI. 27
418
hay, y así se les ordena , y el marques de San Germán lo es-
cribe á Málaga.
He holgado saber qae yayan sanando los heridos que que*
daron de la refriega pasada, y creo que vuestro cuidado de ha-
cerlos curar y regalar ahí darán mucho á ello.
Queda entendido el exceso de los vecinos de Gibraltar en
despojarlos navios que allí dieron al través, y se proveerá de
remedio necesario.
De San Lorenzo á 31 de Mayo de 1607.c=TO EL RBT=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstoguí.— Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Duque de Medína-Sidonia, primo, del mi'Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Don
Luis Fajardo, mi Capitán general de la armada del mar Océa-
no, advirtió en carta del 12 del presente, que para juntarse
con él la Escuadra del cargo de D. Antonio Oquendo, en caso
que la armada holandesa se pusiese sobre la Roca, se podrá
dar érden para que habiéndose recogido la dicha Escuadra en
la Coruña saliese con tiempo hecho, y haciéndose 50 leguas á
la mar, fuese la vuelta del Sur hasta estar en 36 grados y me-
dio, y de allí, sin dar vista al Cabo de San Vicente , procurase
tomar á Cádiz ó San Lúcar, de donde con los navios que ahí
hacéis aprestar y el primer tiempo , se fuesen la vuelta de Lis-
boa, y que el dicho D. Luis los esperaria en Cascaos con los
que quedaba aparejando ; después evisa en carta de 21 déste
que la armada holandesa ha parecido por allá y se ha puesto
dividida en Escuadras desde el Cabo de Espichel hasta la Ber-
linga, y dice D. Luis que tenia por lo más fácil y de más sus-
tancia, para romper el paso que ocupa el enemigo, que los na-
vios que le habéis escrito haréis aprestar, guardando una buena
ocasión de tiempo, fuesen la vuelta del puerto de Lisboa, porque
419
con el que hubiesen de ir quedarían les enemigos á sotavento
j podría O. Luis, en sabiendo que llegan al, Cabo de San Vi-
cente; bajar con sus navios, que dicen serán 10, á esperarlos
en Cascaes , de lo cual he querido avisaros para que conside-
réis estas desproporciones, estando el enemigo en el puesto que
quedaba, y que cada día se ha de ir engrosando su armada, y
el daño que podría hacer sí no se juntasen á tiempo nuestras
fuerzas, y con vuestra prudencia, experiencia y celo de mí ser-
vicio penséis con la atención que pide la importancia del ne-
gocio, lo que convendrá hacer vista la división de las nuestras
y la necesidad en que se está, y que con este correo que va yente
y viniente me enviéis vuestro parecer y aviso, á punto cierto
de cuándo estará para poder salir á navegar esa Escuadra y
con qué fuerza.
La dicha Escuadra del cargo de D. Antonio de Oquendo se
entiende, según lo que ha escrito D. Gaspar Ruiz de Pereda,
que la está aprestando, que podrá salir á navegar á principio
del mes próximo.
Don Luis Fajardo dice que no puede tratar de la prevención
de bastimentos que conviene hacer en Lisboa para esa Escua-
dra, hasta saber cuántos navios son y qué gente ha de nave-
gar en ellos, y así será bien que vos le aviséis de todo lo que á
esto toca, como de lo demás que conviene tengan entendido,
para que conforme á ello disponga él lo que está á su cargo.
De San Lorenzo á 31 de Mayo de 1607.=YO EL REY.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. —
Por el Rey, 'al duque de Medina-Sidouia, su primo, del su Con-
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del
Andalucía.
EL REY.
«
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano, y costa del Andalucía.
Visto se han dos cartas vuestras de los 15 y 17 del pasado, y las
que escribisteis al secretario Bartolomé de Aguilar y Anaya,
420
y por lo que os mando advertir á los 25 deste j la cédula de
distribución que ee os enyió^ habréis visto la resolución que
se ha tomado en la distribución de los 101.500 ducados que
estos días ha remitido por mi mandado el Tesorero general, la
cual es mi voluntad que se guarde y observe puntualmente y
precisamente, y en particular os encargo tengáis la mano en
que los 20.000 ducados que se han aplicado para la fqrfíficar
cion de Cádiz, se gastasen en ella sin permitir que se distribu-
yan en otra cosa, por precisa y de mi servicio que sea, por im-
portar tanto fortificar esta plaza.
Bien es ir avisando las nuevas que tenéis del ^ que vi-
váis con el cuidado y recato que es necesario para ^ de esa
costa.
Ta os he mandado advertir la orden que se ha dado al mar-
qués de San Germán para que provea los magacenes de Cádiz
^ de las armas necesarias, y que para este efecto se le han dado
dineros; y así con mucha brevedad llegarán ahí algunas qae
se encaminan por tierra; y á las que tienen las ciudades de Se-
villa y Jerez no conviene llegar, pues están allí como en de-
pósito para acudir á las ocasiones que de ordinario se ofrecen.
Queda entendido lo que decis de los capitanes D. Tomás
Mejía y Martin de Cea, y es bien que aviséis la gente que tie-
nen en SUR compañías.
Según la orden que he mandado dar á los Oficiales de ar-
madas en Cartagena, se sabe que el mai:qués de Árdales no
tiene provisión en aquellas plazas más de hasta fin del mes del
Mayo pasado, si vos no le habéis enviado algún trigo de lo que
está embargado de Emden, y así es bien, como os lo ha ad-
vertido por mi mandado el secretario Bartolomé de Aguilar y
Anay'a, enviéis luego al dicho Marqués alguna cantidad del
que hay en la urca de presa que se halla en Málaga, pues de
otra manera se pasará en aquellas plazas mucha necesidad; y
para el fiete y los demás gastos y costas que en esto ha de
4 Eslá en blanco en el original.
2 ídem id.
421
haber, os valdréis del dinero qae procediere del dicho trigo de
Smden qne avisasteis se iba dañando, que será bien se vaya
vendiendo, y que si tuviere buena salida, empleis el dinero
que procediere desto en hacer comprar trigo bueno, y envian-
do á las dichas plazas y á Málaga para que de allí se envié á
las de Melilla y el Peñón la cantidad que os ha avisado por
estado Omeno, lo que alcanzare á prorrata, y vos me avisad
luego lo que en esto se hace, porque conviene tenerlo enten-
dido para la orden que se ha de dar en la provisión destas
fuerzas.
De San Lorenzo á 31 de Mayo de 1607.=YO EL REY.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y
Anaya. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
del su Consejo de PJstado y Capitán general del mar Océano y
costa del Andalucía. ^
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Aunque D. Luis Fajardo, mi Capitán general de la Armada
del mar Océano, no haya proveído dinero para pagar el valor
de los 500 quintales de pólvora que hicisteis traer de Málaga y
se le han de enviar á Lisboa en las dos galeras que para este
efecto y llevar la jarcia habrán llegado ahí, conviene que no
por esto se detenga la dicha pólvora; pero ordenareis á la per-
sona que la llevare que la entregue al Mayordomo de la artille-
ría de Lisboa para que él cobre lo que montare del dicho don
Luis, que será lo que avisare el marqués de San Germán, del
mi Consejo de Guerra y Capitán general de la artillería, por
que si no se hiciese así i^ara convertir el dinero que de esta
pólvora procediere, en otra * vendría á faltar en las partes
donde ahora se saca para tantas cosas como es menester,- y lo
i Está eo bl«Qco eo el órigioai.
422
podréis avisar á D. Luís, para qne sea puntual en pagarla del
dinero que se le ha proveído para las cosas de so cargo.
De San Lorenzo á 31 de Mayo de 1607.«TO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui.— Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Duque de Mediua-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta*
#
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Vuestra carta de 17 del presente se ha visto, y también la que
escribisteis á Antonio de Aróstegui, mi Secretario, y al Asistente
de Sevilla se ordena que haga imprimir las Ordenanzas que
ios días pasados mandé hacer en favor de los marineros.
Quédase mirando en proveeros algún dinero más para el
apresto de esa Escuadra, que será con brevedad,* pero no habéis
de tocar para ninguna cosa á los 20.000 ducados consignados
para la fortiñcacion de Cádiz, porque conviene lo que sabéis
que no se pierda tiempo en eso.
La infantería que ha parecido encaminaros para la dicha
Escuadra son ocho ó nueve compañías, que ya, como sabéis, hay
pocos soldados bisónos, y de las fronteras de África, no se pue-
de sacar por ahora ninguna gente, y así conviene que lo ten-
gáis entendido.
A D. Luis Manrique se escribe la carta que va con ésta, en
que se le dice que me tengo por servido del cuidado con que
os asiste y ayuda á ese apresto, y se le encarga que lo continúe
y cumpla vuestras érdenes puntualmente.
De San Lorenzo á 81 de Mayo de 1607.=TO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui.— Por
el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y de la costa del
Andalucía,
j
423
SEÑOR.
Habiendo visto lo que Vuestra Majestad manda se me escriba
con este correo, vente y viniente, de haberse entendido, por lo
qae D. Luis Fajardo advierte en carta de 12 del pasado, que
para juntarse con él la Escuadra del cargo de D. Antonio de
Oquendo, en caso que el armada holandesa se pusiese sobre
la Roca, se podria dar orden para que habiéndose recogido la
dicha Escuadra en la Coruña saliese con tiempo hecho, y ha-
ciéndose cincuenta leguas á la mar fuese la vuelta del Sur
hasta estar en 36 grados y medio; y de allí, sin dar vista al Cabo
de San Vicente, procurase tomar á Cádiz ó San Lúcar, de donde,
con los navios que aquí se aprestan y el primer tiempo, se fue-
sen la vuelta de Lisboa; y que el dicho D. Luis los esperaría
en Cascaos con los que quedaba aparejando, y que después
avisa en carta de 21 del mismo que el armada holandesa ha
aparescido por allá y se ha puesto y dividido en escuadras
desde el Cabo de Espichel hasta la Berlinga, y dice que ternia
por lo más fácil y de más sustancia para romper el paso que
ocupa el enemigo, que los navios que yo le he escrito hacia
aprestar, aguardando una buena colla de tiempo fuesen la vuelta
del rio de Lisboa, porque con el que hubiesen de ir quedarian
los enemigos á sotavento y podria él en sabiendo que llegan
al Cabo de San Vicente bajar con sus navios, que serán 10, á
esperarlos en Cascaes; y así Vuestra Majestad se sirve avi-
sarme para que, consideradas estas dos proposiciones, estando
el enemigo en el puesto que quedaba, y que cada dia se ha de
ir engrosando su armada y el daño que podrían hacer si no se
juntasen á tiempo las fuerzas, diga á Vuestra Majestad io que
se me ofrece en estos puntos; y así, en el primero de que la Es-
cuadra de Vizcaya haga el viaje por la derrota que D. Luis
dice, téngolo por cosa aventurada; pues las cosas de la mar, ni
se pueden regular ni ajustar, y el tiempo es el que las gobierna,
y hallándose tan en diferentes partes las escuadras de Holanda
y yéndose acrecentando, como Vuestra Majestad lo entenderá
424
por las declaraciones que ahora entio, tendría por lo más acer-
tado que la Escuadra de Vizcaya se eetuviese queda en la Co-'
ruña ó el Ferrol, como lo escribí á Vuestra Majestad con el ex»
traordinario pasado que llevó el aviso que dio d capitán Andrés
de la Hone, francés, vecino de Roscoy, y tanto más convendrá
que esto se haga ahora por los nuevos avisos y más fuerzas.
En el segundo punto de que lo de aquí vaya con niia buena
colla de tiempo la vuelta de Lisboa, y que D. Luis salga á
aguardarlo á Cascaos con los 10 navios que allí apresta, por lo
que he ido escribiendo á Vuestra Majestad se habrá entendido ser
éste el medio mejor y lo que podrá tener más sustancia, engro-
sándolo, como en papel aparte lo digo á Vuestra Majestad, pues
nuevas ocasiones obligan á diferentes resoluciones, y siempre
he ido midiendo esto á lo que se fuere entendiendo de la arma-
da holandesa: así del puesto que tomase como si se acrecentase,
como ahora se dice; y así, una de las dificultades que hallo, y
no de poca consideración, es que de hoy por delante en la costa
de Portugal los vientos generales son en el verano Nortes y
Nordestes, tocando en los Aquilones, que con dificultad mucha
se navega de aquí á Lisboa, y tanto mayor será como esta ar-
mada conviniendo tanto la brevedad del viaje, y así la colla de
tiempo que D. Luis dice, aunque se saliese de aquí con tiempo
hecho en el Sudeste, muy raras veces en el verano pasa del
Cabo de San Vicente, porque los Nortes y Nordestes es lo que
allí corre de ordinario, y así la fuerza se ha de llevar en lo que
de acá fuere para pelear con el enemigo si se hallare en el paso,
sin que se considere haber de estar á sotavento, pues por lo
que queda dicho y he visto há muchos años, los vientos son
Nortes y Nordestes, los que en la costa de Portugal más se
continúan, y tanto mayores desde la Roca hasta Cabo de San Vi-
cente, con que en pocas horas podrán venir los holandeses por
estar á sobre viento si se hallan en el paraje do se dice; y así
se me ofrece en esto lo que digo á Vuestra Majestad, que de acá
se engruese esta Escuadra y sea armada, para que con ella,
llegada á Lisboa, pueda D. Luis salir, pues no lo puede hacer
antes ni aun á Cascae$ con tan pocos bajeles como tiene.
r
4S6
Ta he enviado á Vuestra Majestad relación de los navios que
aquí se tienen para esta Escuadra, y de sus portes y calidad,
7 naciones, y la provisión que para ellos se hace, regulada para
cuatro meses y tres mÜ bocas , y lo que será menester para
ello sin que se pueda excusar, no mandando Vuestra Majestad
que sea menos; y así por loque es navios y la provisión en
todo este mes espero que tendré todo esto á punto de poder na-
vegar, mas lo que es gente de mar 6 infantería, artillería y
armas, tengo dicho á Vuestra Majestad el mal punto que esto
tiene; y como Vuestra Majestad lo ha de mandar disponer y de
d<$nde, que es Málaga, Gibraltar, Cádiz y Puerto de Santa Ma-
ría, y aquí en Sevilla, y el Condado y Marquesado, tengo
puesto dineros para la leva de marineros y no se hace hombre,
y menos hay artilleros, que estas faltas, parte de ellas bien
juzgo que se han de mejorar, por lo que se me ofrece proponer
á Vuestra Majestad en papel que envió aparte por llegarse á
tiempo que no creo se podrá excusar.
Así he entendido por la declaración que han hecho los due-
ños de estas zabras, que la Escuadra de Vizcaya estaba para
salir á los 10 de éste, y bien holgaría que la orden de Vuestra
Majestad hubiese llegado á tiempo que se hubiese recogido en
la Coruña 6 estarse queda en el Pasaje.
A D. Luis Fajardo he enviado la relación de los navios que
aquí se aparejan, y la provisión para ellos de cuatro meses para
tres mil bocas, que se presupone, y así con esto he respon-
dido á lo que Vuestra Majestad me ha mandado que diga, en
los puntos que propuso D. Luis Fajardo, y del tiempo en que
estos navios estarán aderezados y con su bastimento dentro.
Las dos galeras de Lisboa llegaron aquí en 30 del pasado,
y con el artillería que Vuestra Majestad verá en la relación
que es con ésta, que es tan flaca que aunque fuera de bronce
es de bien poco servicio; mas no debió de haber otra, y la jarcia
que D. Luis pidió no fué posible acomodarse en ellas sino tan
solamente hasta 600 quintales escasos, como ya se lo he avisa-
do, y los 500 de pólvora; y asi me ha sido fuerza el haber to-
mado una zabra de remo vizcaína, y despalmádola para que
426
en compañía de las galeras, sin apartarse nn punto, y dur-
miendo cada noche en barra, se Heve toda la demás entera-
mente, como D. Luis lo pidió en la relación, y llcTará 15 mos-
queteros por alguna lancha, si bien, como dig^, con las galeras
ha de ir sin apartarse: ellas han venido con tan poco bastimen-
to y la infantería que así me le piden, y así es fuerza el acá-
dirles como se hará y saldrán de aquí dentro de dos días sin
falta, no impidiéndolo el tiempo: quiera Dios que los Nortes no
hagan lo que suelen en la dilación, y que hallen el paso libre
del cabo de San Vicente, para que con brevedad' lleguen á
Lisboa.
£n ellas me han traido del Algarbe 21 marineros sin afian-
zar y buena parte de ellos muchachos que en su vida vieron la
mar, sino el campo, siendo ganaderos y otros oficios semejan-
tes, y es lo bueno, que siendo esto así les. han dado á cuatro
pagas como á marineros, y. ya lo he escrito á D. Luis Fajardo
y al Gobernador del Algarbe, y al mismo Comisario, que por lo
que estos marineros declaran y otros 24 que se me habian es-
cusado antes, prendieron una buena banda de eUos en que
habia que escoger, y por dinero los dejaron salir, y envian estos
tan á propósito. Nuestro Señor guarde la Católica persona de
Vuestra Majestad largos años.
De San Lúcar á 2de Junio de 1607.— El duque de Medina-
Sidonia.
SEÑOR.
Los avisos que envió á Vuestra Majestad, y también lo que
por parte del Prior y Cónsules de Sevilla, se ha suplicc^do á Vues-
tra Majestad, según Rafael de Porras, que ha acudido aquí de
ahí, me ha dicho, y lo que la Universidad de mercaderes me
escribe en la carta que remito á Vuestra Majestad, que es con
ésta, obliga á que, juntándose lo uno y otro, y las más fuerzas
y en diferentes partes á los holandeses, y que esto estando más
desembarazados de las cosas de tierra en Flándes podrán irio
refrescando con la comodidad y aparejo que tienen para lo de
427
la mar^ me ha parecido proponer á Vaestra Majestad como nue-
va causa 7 que tanto se rehusa por los mismos interesados, que
la flota de Nueva £spaüa de todo punto cese, por lo que es este
año, y 4^6 de las naos más y mejores de ella que puedan tri-
pularse y acomodarse de las demás con artillería, armas y mu-
niciones y bastimentos, se forme armada juntando con lo que
yo prevengo hasta número de 25 á 30 bajeles en todos, pues
menos que estas fuerzas no se hallan las de los rebeldes, para
que se pueda ir con todo á Lisboa á juntarse con D. Luis Fa-
jardo, y eligiendo de esto lo que el mismo tiempo y avisos mos-'
traba, se vaya á recoger la Escuadra de Vizcaya, como ya lo he
propuesto á Vuestra Majestad, y adonde, y quedando D. Luis
con armada superior á la del enemigo, envíe una Escuadra para
lo del Estrecho, que hallándose él con armada en la costa, bien
se podria asegurar á Vuestra Majestad que no se calen los ho-
landeses la vuelta de la del estrecho de los Cabos acá.
El dejarse la flota no es caso nuevo, y el que navegue á la
Nueva España partiendo en todo Septiembre ó en las brisas de
Enero, con semejante ocasión como ésta de la armada inglesa
que la aguardaba en las islas de Canaria, propuse á^u Majes-
tad, que es en el cielo, que podía encaminarse y volver la flota
el mismo año y con la plata hasta la Habana, como se hace
ahora partiendo por Junio, y volviendo el año siguiente por
Noviembre; y habiendo dicho á D. Francisco de Barte lo que
en esto se me ofrecía, y mostrándole los pápeles de esta pro-
puesta que ha buenos años dice que ya se ha hecho, aunque yo
no me acuerdo, si bien con tanta más comodidad se po^ráencfi-
minar ahora esto que entonces por haberse mudado la pobla-
ción de la Veracruz de donde estaba á la banda de Butrón, que
es en el mismo puerto de San Juan de Ulua, donde para des-
cargarse las naos de flota y cargarse le pueden facilísimamente
^ eras antes porque salían en barcas de descargas á la mar
llevando cinco leguas de costa, siendo muy brava con los Nor-
tes, toda la hacienda á la Veracruz y se metía en aquel rio, y
i Está eo iDliDCO el origioal,
^
428
así ahora tiene la comodidad qne digo á Vuestra Majestad para
poder mandarlo, y que aunque esta flota parta para Enero, vol-
verá al mismo tiempo á estos Reinos que si lo hiciera ahora, y
los derechos tienen ya pagados á Vuestra Majestad y solo se
ofrece que con esto no habrá de ir flota el año que viene á
aquellas provincias; mas ésta es tan grande', que será bastante
para que no se haga falta, antes será de más beneñcio para el
comercio, pues venderán mejor, y en estos meses habrá más
consumo de la mucha ropa que hay en aquella provincia.
Háse de servir Vuestra Majestad de asignar á los dueños
de naos, que hecho este servicio, no se les han de tomar nin-
gunas para el armada, sino que se les volverán para que pue-
dan continuar su viaje á la Nueva España y fletamentos sin
que se les antepongan ningunos otros navios á la carga, pues
por este medio nos buscarán gente de mar y ayudarán, alen-
tándolos por este medio y otros.
Ofréceseme el poner en consideración á Vuestra Majestad,
que pues ésta ha de ser la sustancia de armada hasta llegar á
Lisboa^ y que sin ella no ha de salir D. Luis, que se viniese
por tierra á embarcarse en ella por quitar .los celos que entre
los generales Garibay y D. Sancho Pardo se habrían de tener,
y que el dicho Garibay llevase su Escuadra del Estrecho, y
D. Sancho Pardo los navios de flota que se eligiesen debajo de
los estandartes de D. Luis, y que su hijo y el proveedor Juan
de Pedroso tuviesen tan á punto lo de allí, que D. Luis no se
detuviese, y tomando de lo que se lleva lo que pareciese, que-
dase convelió D. Sancho Pardo, y Garibay se volviese al Es-
trecho, no pareciendo que todo lo trújese D. Luis junto, ó á lo
menos hasta que lo de Vizcaya se agregase.
En estas naos de flota hay seis, que por lo que os bondad y
artillería que tienen ya dentro, están de armada y con Capita-
nas y Almirantas de Nueva España y Honduras, y las dos naos
que se han armado con el intento primero que se iba de ha-
biendo de tomar Capitana y Al miranta y otras cuatro naos para
esta Escuadra del Estrecho, fuesen en ellas el General y Almi-
rante, y así será tanto más fácil de acomodar el tomar otras
429
r
8g1i3 naos ó mis 8i se pvidieseu armar^ ó mejorar con ellas de las
qae tengo nombradas: estando las seis, como digo, artilladas y
proveídas; y así esta tarde he dicho á D. Francisco de Barte,
lo que en esto se me ha ofrecido y escribirlo á Sa Majestad,
para que lo tenga entendido, y sin desistir en ir apretando la
disposición del despacho de la flota y su salida^ vaya aguardando
la resolución que Vuestra Majestad mandará tomar en esto que
convendrá sumamente sea brevísima, por estar el tiempo tan
adelante^ y habiéndose de acomodar tanto más en lo que se
propone á Vuestra Majestad.
La falta de artillería que sea buena es la que he dicho á
Vuestra Majestad se tiene, y cuánto conviene que se lleve, y
aunque de Gíbraltar se ha sacado buena parte de la de bronce
7 hasta an,teayer más de 45 piezas, éstas y las de la av^ería la
habrán menester toda los tres galeones que se aderezan en la
Horcada, y así suplico á Vuestra Majestad que las seis piezas de
Sevilla se tomen^ pues es causa tan precisa la que se ofrece
y pública del beneficio de todos, y en particular de mayor á
aquella ciudad, que todavía acomodaremos con ella una de las
naos que se toman, porque todas las de la flota no tienen sino
artillería de hierro que presta poco.
En lo de la infantería^ Vuestra Majestad habrá mandado la
que habrá de ser, pues no querría que las compañías viniesen
tan faltas como una que ha llegado á Cádiz, que guiaba el Co-
misario Gabriel de Rojas, con 24 soldados y en otra ocasiop no
tan precisa: con lásta propuse á Su Majestad que se pidiese á
las ciudades y Señores del Andalucía el número de gente que
podian dar cómodamente, como se hizo para el armada de Lis-
boa el año de 87 y fueron 6.000 infantes, como el Comendador
mayor de León es buen testigo de esto, pues pasó por su mano;
y habiendo parescido dificultoso mucho el encaminarse, se hizo
sin que costase á Vuestra Majestad un real; hasta llegar esta
infantería á la marina, que parte de ella se guió por Ayamonte,
siendo el Comisario de ella D. Francisco de Barte, y la demás
embarqué yo aquí en el armada que despaché, que aunque las
cosas están en esta provincia bien diferentes por las necesida-
430
des que el tiempo ha dado, todavía no he querido dejar de hacer
á Vuestra Majestad este recuerdo^ por ir facilitando todo lo que
podria ofrecerse para no ir bien esta armada.
La pólvora y armas me dice Vuestra Majestad que me cor-
responda con el marqués de San Germán, y así lo he hecho
y hago ahora; y habiéndose de procurar que esto se despache
muy aprisa, no queria que algo de esto se le impidiese, como
lo acuerdo á Vuestra Najestad, y cuánto convendrá para ganar
tiempo y para todo que las galeras viniesen y los marineros de
Cataluña en ellas, como Vuestra Majestad me manda decir que
se habia ordenado; y así con esto he dicho á Vuestra Majestad
lo que entiendo que en lo presente es lo que convendrá y lo
que se podrá para que sobre todo mande Vuestra Majestad lo
que faese más servido, que para cualquier caso la resolución y
orden convendrá que viniesen con brevedad para que con ella
se ejecute luego sin que sí difiniera; y Vuestra Majestad man-
dará á D. Francisco de Barte y á D. Luis Manrique que ayu-
den y asistan á todo, que no es lo que se ha de formar cosa qne
con oficiales de los propietarios de Lisboa, de Provedor y Veedor
y Contador pueda encaminarse, que esto suele ser á propósito
para el despacho de dos barcos de bastimentos. Nuestro Señor
guarde la Católica persona de Vuestra Majestad largos años.
De San Lúcar á 2 de Junio de 1607. — El duque de Medina-
Sidonia.
La Universidad de los mercaderes ha despachado extraordi-
nario pidiendo instantísimamente á Su Majestad que se dilate
la partida de la flota de Nueva España para el año que viene,
y aunque esta pretensión suele fundarse otras veces en causas
aparentes ó muy ligeras hogaño tiene el fundamento que V. E.
sabe, y ansí nos ha parecido cosa digna de representarla á
Su Majestad; y habiendo de hablar á V. E. con la confianza
que se debe á su persona y á la orden que tengo del Consejo
para hablarle con esta claridad , lo que ha parecido es lo si-
guiente:
431
Qae la flota se vaya despachando á toda prisa, mas qae no
salga de San Lúcar por el peligro en qae estarían en Cádiz
estas naves, presupuesta la inteligencia que el enemigo tiene
de coalqnier movimiento nuestro y los efectos que en esto se
pretenden; siendo el primero, qoe llevándose adelante las dili-
gencias y demostraciones del despacho, se embarquen los ma-
rineros necesarios para la flota ó para el armada de Garibay.
El segundo, que si el enemigo desamparase nuestras costas,
ó vencido ó temeroso de las fuerzas que se van juntando, nos
hallemos enteramente hábiles para poder echar la flota fuera
antes de los 15 de Julio, que como Y. E. dice muy bien con la
prudencia y experiencia que tiene, dentro de este tiempo bien
se puede aventurar, no obstante que ya por entonces nos pode-
mos recatar de los huracanes de San Juan de Ulna, y que á
este peligro no se debe poner todos los años; pero si á este
tiempo no nos hallamos señores de la mar, por ningún caso
convendría que partiese la flota tan conocidamente aventurada
de caer en las manos de los holandeses.
T aunque todo esto se consulta hoy á Su Majestad, y hasta
tener hueva orden Y. E. puede arbitrar sobre todo en confor-
midad de la Comisión que se le ha dado, todavía nos ha pare-
cido en el Consejo, que se diese cuenta de todo á Y. E. y su-
plicarle dos cosas: la una, que no se haga novedad en sacar á
Cádiz las naves de San Lúcar hasta que se le avise lo que Su
Majestad resolviere; la otra, que en las demostraciones exterio-
res se esfuerce mucho el despacho de la flota, dando á enten-
der que ka departir sin réplica ninguna, porque de esta mane-
ra y no de otra tendrá Y. E. los marineros necesarios para su
armada en caso que no se puedan hallar por el camino ordi-
nario, <5 para despachar la flota si desde aquí á los 15 de Julio
estuviese la mar limpia de corsarios. Guarde Dios á Y. E. como
yo deseo.
De Madrid á 4 de Junio de 1607. — A mi Señora la Duquesa,
beso las manos muchas veces.
432 .
El último despacho que hay de Y. E. es de 28 del pasado,
y se ha visto ya en Consejo y acordado lo que V. E. mandará
ver pof It copia que aquí va de carta que se ha enviado á fir-
mar de Su Majestad;' y en lo de los prisioneros he hablado al
sefior secretario Prada, y dice que no hubo intento por Estado
de estorbar este trueco en la forma que se hace, y que así lo
pnede mandar Y. E. sin reparar en ello, y porque no se pase
la ocasión de las dos galeras, advierto luego de ello V. E., pues
es caso lastimoso dilatarlo estando padeciendo los que se per-
dieron peleando tan honradamente.
El enemigo estaba á los 28 del pasado en la Berlinga, como
antes, y así la Escuadra de Guipúzcoa no pasará de la Corana
hasta que se haya quitado de allí: trátase de que se refuerce
mucho €80 y de proveer una buena suma de dinero; y al señor
Duque (que esta en Lerma) he dado cuenta de lo que V. E. ha
escrito, y enviádole sus cartas; y si los de la urca alemana
están contentos con lo que Y. E. les ha dado, no habrá para
qué esperar esta otra resolución, porque hasta ahora no la ha
habido, y aunque ellos merecen mucho y el caso fui digno de
gran demostración, no es poca darles navio y comida para el
viaje demás de la honra y merced que Y. E. les ha hecho, i
quien guarde Nuestro Señor muy largos años.
De Madrid á 5 de Junio de 1607.
Las compras de artillería y todo lo demás tocante á ella,
que se hace sin comisión del señor marqués de San Germán y
de sus Ministros, lo siente mucho: suplico á Y. E. se sirva de
entender de ellos lo que les escribe y mandar que se haga lo
que le toca por su cargo.
Aquí van las cartas de Su Majestad que Y. E. verá. *
de3y6
del presente he recibido, y visto por ellas la buena maña que os
dais á la expedición de las fuerzas que hacéis aprestar para
1 FallSD varias hojas al manuscrito de donde tomamos estas cartas.
433
que salga á la mar D. LnU Fajardo, mi Capitán general de la
armada del mar Océano, y paes estará ya con vos, espero ayÍ0O
de cnándo lo podrá hacer.
El oñcio que hacéis para sosegar los que se inquietaron eon
la ida del D. Luis, es muy propio de vuestro celo, y oonviene.
que lo prosigáis y les deis á entender la poca razón que tienen?
siendo D. Luís persona de las partes que sabéis.
Cuanto á dinero, se queda haciendo diligencia para enyiaros
alguno, más ^ con brevedad, y en tanto, os encargo la pro-
curéis en ese apresto, supliendo con vuestra autoridad á todo; y
de la asistencia personal que en ello hacéis para vencer y faci-
litar las dificultades que se ofrecen, estoy muy agradecido.
Ya he dado orden al marqués de San Germán para que él "
la envié á mi Teniente de Capitán general de la artillería de
Cádiz, para que os provea las armas, pólvora y municiones que
fueren menester, dejando de pagar por ahora algo dello, que
os será buena parte de alivio; y con esto y hacer esfuerzo en
acabar de cobrar los 100.000 ducados, quiero prometerme á
vuestra buena maña, y el beneficio con que gastáis el dinero
que no os hará falta hasta despachar á D. Luis, lo que, como
queda dicho se os proveerá con la brevedad posible.
En lo que apuntáis caanto á cercenar algo desas fuerzas
para facilitar lo principal de ellas, os lo remito á vos y al dicho
D. Luis Fajardo, para que según las del enemigo y la disposi-
ción en que tenéis esas cosas, y considerando lo que importa
que salga á buscarle con seguridad y brevedad, resolváis am-
bos lo que más convenga.
Las dos zabras vizcaínas que decís llegaron ahí cargadas de
hierro, será bien que las recibáis á sueldo para que sirvan en
esta ocasión.
Con brevedad se os avisará el sueldo que han de ganar el
General y Almirante de la Escuadra de la guarda del Estrecho.
Todo lo demás que en las dichas dos cartas decís que habéis
4 Está en blanco en el original.
ToHO LXXXI. 88
434
hcohoiiwoaDta 9í apNste^ f smIdj .afnrjMboi y me^ toaga/pov muy
el Rd^'i ^1 duque (te MedÍB^rSidtoom, 4u <pria>o« d^l «u.Coh^í^
de.Batad^ y C^^pitaa general KJLel oiftr Qeéftwjr^costo dcd.Auda-
' I .
C«Q ésta 6avio á V. E. «lua. cédala »Qbrfi> la fotmaiea que
«e haiu de. gobernar las Eacaadrtuai de galerafl < Q^taoido^ se en-
cuetitneo; ai Y* K. ñieaeiáejryidQ d^ h%ci9nla le«ür eHite ptrimera
janía (|iu»habiere>€reo que será ¿.proposite, y habri desvedar
eü podior. del £r. O. Pedros de Toledo^
Sq Majestaid ha^ nesueltoque ee p0*OYea algatt:dmM):.má8
Sobre loB lOO.OOO dueadee, y .el Sr. Preaidepte die.Hacíeada
está prcourándolo; no sé' si eatoioorreo ha depodof lls>yar Algo,
pero por pooa cosa no deje dé aalit . presta eaa Eseuj^dpa^ que en
virtud dele qoie he oído al señor duque de Lerma. efrezco de
sacar á V. E. de la fianaa que hioíere.
Al señor conde de Niebla he YÍsto bo>y may bueno; hele di-
che, q^e escriba, no sé si lo hará á tiempo. Nuestro Beoor gttar-
deá V. Ej muy largos aiíos.
De Madrid á 15 de Julio de ld07. — ^Antonio de Aréstégui.—
Beper duque de Medina-Sidonía.
► i t ti
SEÑOR»
He recibido la -carta de Vuestra Mítjestad defl74elp|Mado,
eu que Vuestra Majestad me dice que eutre algunos» juntos
que se propusieron en la Junta de Guerra de Indias para el
bueno y breve despacho del armada que Vuestra Majestad aquí
tiene, hay uno que dice convendria que no se pidiese el dinero
435
qw iM' Maestres* de las < MitM qde- parar «rila- se toimmti* de la
flota de Nueva España hubiereti'OQltoadodeeiieiívtii de -acerías,
y.qirectiaiido bajan ée Yólver'i^eftr^'ar, 86>bics*'d de' dáevo,
tomando perla ^ 'Vuestpa Majéstedf la satisltecion'y i^aga de
la¿ eao^iMdés^ itói^ibidá^, ^üés eiixi se^ Há ya hechd otras ifeceB
q^ Vuesln^' Majestad hii!ibaA<dááo detener las^^fiOftés é» casos
aeoM^atites, con no ser detantá hnpií^ptanciá como el preaóhie,
ymé drdenár y tt^9li'a Májeétttd que en esto diga lo qñeenten-
díere, para que con mayor satisfacción y seguridad de que no
haya ^ se tome resolución, informando á Vuestra Majestad
de lo que se me ofrece en esto; y así como he dicho á Vuestra
Majestad «1 datio glande que reciben los dueños de naos eii ha-
ber eesadóla flota/ y en partioulaf de las 10 que Tan á «errir
0D el' aneada, ique aunque Vuestra Majestad 'poV e> Consejo de
Otfeipra na niandó remitir que «n el ir 6 quedarse la • ^ta hi-
ciese en ello lo que conforme' alas' nuevas que "sé tuviese del
armada holandesa y al tiempo que se iba acortando pkrasu sa-
lidap/pótqu^ llegaría ú los i'iesgos de los Nortes, hiciese en ello
lo <}ue'me pafectesé más ctovenir, lo fui dilatando por la im-
portancia que "tenía la ida de la dicha flota y para asegurar su
salida enviar con' ell!a el Bscuadra del Estrecho hasta sacarla y
acompañarla fuera de los Cabos, y esto iba encaminando hasta ,
tanto que por parte del Prior y Cénsules de la Univermdad de
mercaderes de Sevilla se suplicó á Vuestra Majestad instantá-
neamente que la flota cesase por este año, por muchas causas
que diefou, y Vuestra Majestad fué servido de admitirlá^^ y aquí
enviaron á su cónsul Rafael de Porras á baéerme muchos pro-
testos, y á D. Francisco de B.arte que ni aun para Cádiz dejase
ir las naos á acabar de recibir los alijos, y en la quedada de la
flota ellos fueron los que lo «^dieron ¿interesan en ello, porque
demás de darse tiempo á que la sobra de mercaderías que hay
en aquellas '](>roviiiaia8 dé^ Nueva España se consumiesed, val-
dian de valde, y tanto más había de ser esto llegando esta flota,
que es la mayor que he visto ir á la Nueva España, se habían
4 Eo bisoco el origlaal.
436
de perdier verdaderaioente loa cargadores; y aaí, al tiempo que
se ha propoesto á Vuestra Majestad queae deapache,. qae es
por Septiembre <5 á los brises de Enero^ oo habieodade haber
otra flota el auo qqe yleoe, venderán coa gran ventaja ; como
quieran; y no lo hicieran yendo ahora; y asímiamo se aaegarar
ron con la quedada, deque el armada holandesa, dméaoe baje-
les, que bastarían, según van las flotas, la desbaratasen, toma*^
sen á. quemasen, que todo este beneficio es de los interesados
mercaderes, y no lo reciben tanto los dueños de naos, ni por su
parte se ha pedido ni dejadi) de ir la flota,, pues les dieron
carena, aparejaron y aprestaron, y estuvieron á 20 de Mayo de
vergas en alto, teniendo en esto muy grandes costas, porque
como concurrieron á un mismo tiempo las armadas de Vuestra
Majestad que se han de partir y despachar, todo lo que com?
praron de jarcias, velamen y los demás pertrechos y jornales
de calafates y carpinteros les costabap al doble, y esto lo hi-
cieron, y es costumbre el encaminarse así siempre de laa ave-
rías que reciben de los mercaderes que cargan para aparq'arse
y aprestarse, con obligación de pagar eo las Indias el daño que
reciben las tales mercaderías, demás de lo que les falte, que de
ordinario suele ser á 36 ducados de flete y 10 de avería^ que
esto suele ser más ó menos, conforme á más navios, más ó m¿-
* ños carga; y así las averías que estos mercaderes han recibí-
do, que vienen ya á ser solas ocho las naos, porque Capitana y
Almiranta van á sueldo, no seria justo que los dueños de naos
las volviesen, pues por su parte cumplieron en aderezarlas,
recibir su carga, y no pidieron que la flota se quedase; y si
acaso no hubiesen acabado de recibir todas las averías de lo
que han cargado, podrían concertarse mercaderes y Maestres
en un tanto, como se hizo cuando yo tomé las naos de 1& flota
de Nueva España que D. Diego de Alcega, para el armada de
Lisboa el año de 87, que les dieron á cuatro ducados por tone-
lada de las que no tenian pagadas las averías, sin tratar de
las que habían recibido, y esto podría Vuestra Majestad remitir
á D. Francisco de Barte, porque lo acomodase en esta forma,
si bien el tiempo es diferente y mayores las costas como digo.
437
Habiendo de volver efiias naos á cargar para la flota de
Naeva Espafía^ mí las qae Tan á servir en el armada como las
que ee quedan, ee forzoso el darles carrera para qae naveguen
con segoridad, y para esto no se puede escasar que loe carg»-
doFésdeü otra avería, y que este gasto lo repartan entre sí y
Bóbte ht misma hacienda, puee ellos fueron la causa de que la
flota se quedase, y no los pobres d\ieños de naos; y si para las
veces qué Vuestra Majestad me mandó enviar navios de arma-
da aguardar en los 44 grados, las flotas que en aquel tiempo
Q€i traía la plata en ellos, los mercaderes repartían por avería
este gasto, deben ahora hacerlo asimismo, pues esta armada
sale á asegurar la plata y flota que viene de Nueva España, y
en esto se podria incluir esta segunda avería, pues Vuestra Ma-
jestad no tiene obUgacion de pagarla ni satisfacerla, pues
Vuestra Majestad tiene sus armadas y fuerzas tan superiores,
pues estando juntas las Escuadras con el armada de Lisboa,
]o9 Interesados pueden estar sin cuidado; y conforme á esto,
Tuestra Majestad mandará lo que fuere más servido; que por
lo que entiendo, sé justifica enteramente la duda que se puso
en la Junta desta satisfacción de averías, que es diferente que
la que se paga de la plata que viene de las Indias. Nuestro
Señor, etc. — El duque de Medina-Sidonia.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Por
lo que estos dias habéis escrito y relaciones quo habéis enviado,
se echa de ver que es poca la gente que ha ido llegando, y que
se ofrecen muchas dificultades en valeros de la que se ha pe-
dido á las ciudades, grandes y titulados deea provincia; pero
considerando lo que vos tan prudentemente advertís, y que no
hay medio más á propósito para el intento que se lleva y la
importancia del negocio, he resuelto de escribir á los unos y los
otros lo que veréis por las copias que se os envían : vos usareis
488
Ixxégo dedte despache con el oaldftdo^ düigéneta j boenstmaña
que ftcobtúmbi^ai» en tcfdaír las coaae qoe Be'O0^6aoarga1S «de mi
servicio; 7 pnés segtiD lo qcre :^os y D. linis Fajardo aviaais^
tratáis He aducir á metior üíítt^ro los tiaTíM eon q«e de ahí
ha de pattir, parece que no tíei& ioetieeter pedb^ <tavta geats
comt> se hizo ctietita al pritíef j[»i<]^^ j q«e bastafi' qüe^oa-ralgais
de la qoe bayem más oereá d^e esel ciodad y d^ la de Gá^
donde se ha de etnbarear^ componiéndolo de mvn^ra qtie k
gente que se ha de jantár síedta m^nos el trabajo^ y partíoo-
larmente'á la déla ^ se le haga de maF iembaroarse,* {lues
como vos sabéis esta es una de las exenciones concedidas, y
que yo holgara que se les pudiera ahora guardar.
Sevilla ha escrito que qáedaba poniendo en orden los 400
hombres que se le han pedido, y así le he mandado darlas gra-
cias, y sé le eséribe ert la carta ^ encayg«t&do qne nseti de toda
la brevedad que se pudiere, tos haréis lo mismo con ««tangente
y la que más fuere llegando, y acudiréis á su socorro desdo ^ dia
que lo hiciere del dinero qnc 09 he mandado proveer para el
despacho y apresto de esa armada, y avisarme eis la qtie fkere
de cada parte, y ¿ cargo de qué persona.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.«tTO;EL«ET.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé d^e Ageftlfitr 7
Anaya.— Por el Rey, al duqtie de Medína-»Sido»¡a; dti'^ine,
del su Consejo de Estado, Capitán general del mar Otiéábo y
costa del Andalucía.
Anteanoche despaché un correo á V: B., que meeiÉiedáade
embarazar á y. E. con carta larga: hánse he<hho Ifiis^diligenoias
posibles para proveer más dinero á V. E.; y en fii>, 'eDVÍky<esta
noche á Domingo de Zavala las letras que maiffdár& te^ 'IT: E.
por ese billete que me ha escrito el Sr. Presiderité' ^éí* Ha-
cienda, lo cual y stispetiderse la paga de lo que -hit dürdb^el
1 Bsiá en blanco en el original.
) ídem id.
r
43»
Geneirikl da '1íi artilleil* .ep iW5l(graíi..prp;vis¡QD, .y pa^é.si eu
twm{>oftAJ^tv{K}miteB 0elMj9¡QRon.tal^a)*t ai pingan Ip^.^jQ.QQQ. d,u-
cadofi;^quQ. tk^f^ «ei pror^en, ^upUft^.á. V, ^R. ae aixjra 4e- vi^r con
mnofait ttí9nm^ ^r^^pq^fá p«(gar:al *(f^(^?ia4 4?( 1^ artUler^^
|iiieflD8«íáiiiiií(y' ppsiW»> <,mQÍle?íiBdi£)í,el yPi>»;^ UIp,raré
denn^g»aui*rft^ipquBlMi(d« pwtítff,^ mgarje.p9í.c^1;ra yís^; uq
haQs.ahríBD ié qoeM^^li. partido 4íe Gartageoa e,l $r»;D.,(PMrpde
Tole^^ xiae.eB paradar cuidado habiendo ^alidp.laai galerita de
Barookna ¿ Stid^te» Dioagoarde áY. £¡. m^iy largos añ03*
Pe lladrid'ái 17 :de Julio, de l607.-i-Antoüio de Ar(>8t^gw.
<7apitan. de la milioiadela ciu^d de Jaeo^ del mi Corregí-
dor de esa dicha ciudad «cibeod^reis la ocasipa, f^n ,qpa,im;e
quiero wr^ir de ?uQ9tra perao^ay de la geate de ?a^$jtrQ (!a];go,
y así 08 maxKio q«e guardéis la (Srdea que en mi i%ainbre;o«
diere Qon m.acba puntaalidad^ y q\ie ose aviséis dp barrio
puesto en ejecución. •
DeSaaLorenzo á J7de Jolip de WOT—YQ EL EEY.ffrPor
mandado del Reyi nuestro ^e^oc, Bartolomé de Aguilar y Aas^
yai-r-P<>p el Rey, al Capitán de la gente de J^iUcia de la piqíJ^
de J;^en^ » > . . ,
/ ' 'I,
EL REY.
.ifojiqoéa die.;AyffiiQiite, parier>te. El armada^ bolan4^J'^ se
bi^Ua tQdavia e^ la, coata de Portugal, y la. qu^ s^ ^prpsta.pp, el
Andalucía en catado giucsc^o.jla detiene la taita, de ge.ute de
guerra^ y porq\&e.en esto Qppsist^ el pod^r deshacer a) ^ni^ifxigo
y, estorbar sus designios, os h6,.queridQ advertir. dolió y encar-
garos y pandaros (pomo lo bago)j que si. como se ps escribió á
los primeros de Mayo y 16 de Junio, no bubiéredes enviado al
duque de Medina-Sidonia la gente que se os ba avisado, lo ba-
gáis al mismo punto que recibáis ésta, sin poner excusa ni otro
440
I
impedimento alguno, pues veis que la ocasión es tan apretada
que DO le sufre, mayormente atravesáudoae reputación y ser
punto éste en que se puede ganar 6 perder mycbío; y para que
se faciliten las dificultades que puede haber, he man(jLado al
conde de Miranda, del mi Consejo de Estado y Presidente, en
el Real de Justicia, ordene que por el dicho Justicia se dea los
despachos necesarios, para que de los arbitrios que propusiére-
des se concedan los que fueren más á propósito, y dellos se sa-
que solamente la cantidad que fuere necesaria para esta expe-
dición: Yos acudiréis á él para que se ejecute; pero no por esto
habéis de parar el enviar la gente, antes lo habéis de hacer
luego, como está referido, valiéndoos para ello de los medios que
se os ofrecieren en cuanto se saca el dinero de los arbitrios, y
entonces lo habéis de restituir á la consignación de donde lo
tomáredes, y avisarme eis el dia que partiere la gente y á cargo
de qué persona, porque conviene tenerlo entendido; y cuanta
méfi diligencia usáredes en esto, tanto mayor será el servicio
que recibiré de vos.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=YO Eí REY*=Por
mandado del Rey, nuestro Señor^ Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya. — Por el Rey, al marqués de Ayamonte, su pariente.
EL REY.
Conde de Jelves, pariente. El armada holandesa se haUa
todavía én la costa de Portugal, y la que se apresta en el An-
dalucía en estado que sólo la detiene la falta de gente de
guerra; y porque en esto consiste el poder deshacer al enemigo
y estorbar sus designios, os he querido advertir dello y encar-
garos y mandaros (como lo hago), que si como 9Q qs oecribié á
los primeros de Mayo y 16 de Junio no hubiéredes enviado al
duque de Medina- Sidonia la gente que se os ha avisado, lo ha-
gáis al mismo punto que recibáis ésta, sin poner excusa ni otro
impedimento alguno, pues veis que la ocasión es tan apretada
que no le sufre, mayormente atravesándose reputación y ser
441
punto áate en que se puede ganar 6 perder mucho; y para que
se faciliten las dificultades que puede haber^ he mandado al
conde de Miranda, del mi Consejo de Estado y Presidente del
Real ie Justicia, ordene que por el dicho Consejo de Justicia se
den despachos necesarios para que de los art)itrioB que propu-
siéredes se concedan los que fueren más á propósito, y de ello se
saque solamente la cantidad que fuere necesaria para esta expe-
dición: vos acudiréis á él para que se ^ no por esto habéis de
gente, antes lo habéis de * como está parar el enviar la
referido valiéndoos para ello de los medios que se os ofrecieren,
en cuanto se saca el dinero de los arbitrios, y entonces lo habéis
de restituir á la consignación de donde lo tomáredes, y avi-
sarme eis el dia que partiere la gente y á cargo de qué persona,
porque conviene tenerlo entendido, y cuanto más diligencia
Qsáredes en esto, tanto mayor será el servicio que recibiere de
vos.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=TO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro' Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya.— Por el Rey, al conde de Jelves, su pariente.
EL REY.
Conde de Castellar, pariente. El armada holandesa se halla
todavía en la costa de Portugal, y la que se apresta en el An-
dalucía en estado que sólo la detiene la falta de gente de
guerra; y porque en esto consiste el poder deshacer al enemigo
y estorbar sus designios, os he querido advertir dello y encar-
garos y mandaros, como lo hago, que si como se os escribió á
los primeros de Mayo y 16 de Junio no hubiéredes enviado al
duque de Medina-Sidonia la gente que se os ha avisado, lo
hagáis al mismo punto que recibáis ésta, sin poner excusa ni
otro impedimento alguno, pues veis que la ocasión es tan apre-
4 Está eo blanco eo el origioal.
% Ídem id.
442
tadá^ -que* DO }e sqfreyíBiLjQrtiiieiittti atraTesándese fepnt^cion^t;
ser pnaa étte i^tt^qúé mb puede/ ganat óipehier áiacho; .yapara
qofé ^efiuiiliten t^s ¡¿dificultades > que. fkuede>halb6r,' he mandado
al contada ;MiniBda:^ delniiiOxDtejo de Eatadft j-J^rieaiflonta
del Bexljdé J«iptíc¡a/^bdene'q«e p6r él dícht> Gons^tie hntí^
oíit'de >d^ni Usídmpaehos ueceaaríof paca qué íde lasiir^tnos
que p]\)pn8Í]^iMes, se Cooeedaa loa qoe faereuinásá pjrepósit»,
y doUos seaaqae' solamente la caátidad qqe fuepe nsccaario
para esta expedición: tos aoudireis á él para qu« se «ejeeak;
pero DO poiF^esto habéis def parar el ea)TÍar la gente, antes lo
habeiS'de hacer hi^go como está referido, valiéndjooa para ello
de loa medios quo se os ofrederosi en ^aanktf sesacael dtoero
de losi arbitrios^ y entésees lo habéis, de Téstitiii!rá la coDsigna-
ci(m> dedondeletomáredeSy y aTÍsárme eis el dia^uo pariiere
la gente y á cargo de qué pecsona, porque coaviene tenorio
eatetydido, y cuanta más diligencia usáredes euestoy tanto !más
será^el senritiia que Recibiré de vos J ' / ..
Be San.. Lorenzo el Beal á 17 de Jo tío de 1607.«=ifYO EL
RET.=Por mandado del Rey, nuestro Señor^ Bactoloméde
Aguilar y Anaya. — Por el Rey, al conde de Castellar, su pa-
riente.
EL REY.
• ' I
I I
Marqutfb de ¥iUanueva del RiOi pariente, ]£Í armada holan-
desa se< baila iodavfa en )a costa de Portugí^) y la. que se
aprostaen el Andalucía en estado qoe sólo la detiene la:lalta
de gente de* guerra; y porque en esto Consjete el podei^: desíia-
oer al emémágo y estorbalr ana ilefiignios, os be- qireriido advf^ir
d^Uoiy 'énoargavos ^ mandaros (eomo lo bago), q|0^,ai como.ae
os esotihiKi *á loa prímearoa de Mayp y 16: ide Jnnio^ ^uq habi^po-
des enmdo al /duque de Medina^SidoAia la gente- que sei oa ha
avisado^ lobagaísial mismo punto que recibaia ésta, aín. poner
excusa ni otro impedimento alguno, pues veis .que la.,opasion
es tan apretada que no le sufre, mayormente atravesándose re-
putación y ser punto éste en que se puede ganar 6 perder mu-
4A8
cho; jpaora que- ge 'ffteíltteu laBíéififEoUade8':qQe'«t)i>€id6 ^ter,
he macdado^^al coáde de Matax^da^ 'de| mi Gqbw^oíía Sstado: y
P^eddeiote 'én. «I Bdal de JJQStípiay bsdbnéicfueipar el ! di^o^oia-
Mjo de JúBtricia^ disideQ'loadeflpaehoá >¿ecal9aii(uí/palpa/«qiie' de
Id» latbitr icé* que ^propUBÜíredes »; concedan > loar q»b fifceiseii imáa
ú pvo|rú8itoy 7ÍdeU!9s ae'aaqiieaelameBte'ia pa)MfidádiK(tevla(ne
maoesaria pava eats eaiped^ekni: uRdB^ciidireia áfél- pata'qqe ae
c^eootef pero no por esto liaiberiÉ de pan» -el eprár. la ^Mte^
áilt6»}o habéis da fa^cer laágoicoma está rrefobidp^ «valiéndoos
para-eUo de los medios que se os pfrbcieveiiéA'eoaDtp se saca
el diirefo de los arbitrios, j entonces lo* >habeia de-'restítuiff ¿' la
CbnaigMckna de-dende k) tonánedies; y «visáraie eíai^Ldia i^ae
^rtiene'la gentes y á cak^gade !qüé peoraona, perqué coaTlene
tenerhy enatendlido^ y caaorta^ más diU^ODoia • osárédeai >esl • esto,
taintotnsufor será el' 9epvdcío:qoe recibiré' de vjobl > r. / •<:.(
> Od'SAu Lonsazoel iReal'áüll dé Jíalio:tie:il607,at)TO EL
REY.=íPor mandado del Rey, liuestro' Seoor, • Bavtfddmé de
A¿ülIáry-Anaya:'-^Potel Rey, «1 márqnéa^ de Villannevai del
Rio,"8a paríemte.
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» ■ ,'"•' t- .■■*,\ .M •
' i f ■ ■ f ,• M.' i
EL REY.
i;
Duque deMedina-Celi, ptitúo. E) armada holandesa se halla
todavía en la costa de Portugal, y la que se apresta en el An-
dalucía'én ec^do que sólo '3a detiene \% ütlta de geiíte de
guerm;' y porque en ésto cobsíate podep4eehaceE al enam^ y
éM^rbáraun desíg^nio», es he-qdepidoadTeftito d^llo y>ejuiai;ga-
tik y mandaros/ t^omo lo bago, que si como:«e'oa erieribíói los
p'HMéfdslde Mayo y 16-de Junrioj-^no bubiésedes eníróido ad-dn-
que^de^ MedfikarSidotiia!la>gteatequeae:o8 faaa'víaado, lo -halláis
lnége-que reeibais ésta; sip ppriér excusa ni otoé áinpedimentó
alg»un«,'pues'veiaqoé laioitasiou' és'fan'liipretada qne.no Ao snfre,
mayiomente atra^sándose reputación y serposda éste eopque
se |rüed^ ganaré' perder mucho; y para que se fiacilíte»;la8 di-
fibttltades que puede haber, he mandado al conde de Miranda,
del mi (Consejo de Estado y Presidente del Real de Justicia,
444
ordene que por el dídio CoDséJo de Justicia se den los despa-
clios tiécesarios, para qué de los arbitrios que propusi^redes se
concedan los que fueren más á propósito, y delTo se saque sola-
menté lá cantidad que fuere necesario para esta expedición:
vos acudiréis á él para que se ejecute; pero no polr esto ¿abéis
de parar él enviar la gente, antes lo habéis de hacer luego,
valiéndoos para ello de los medios que se os ofrecieren en
cuanto se saca el dinero de los arbitrios, y entonces lo habéis
de restituir á la consignación de donde lo tomáredes, y avisar-
me éis el día que partiere la gente y á cargo dé qué persona,
porque conviene tenerlo entendido, y cuanta más diligencia
usáredes en ésto, tanto más será el servicio qué recibiere de
vos.
De San Lorenzo á 17 de Julio del607.=YO EL REY. = Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilary Ana-
ya.— "Por el Rey, al duque de liJíedina-Celi, su primo.
EL REY.
Mi Corregidor de la ciudad de Übeda, ó vuestro Lugarte-
niente en el dicho cargo, por lo que se escribe á esa ciudad,
veréis cuánto conviene enviar luego á la parte que el duque de
Meáina-Sidonia avisare la gente que se le ha advertido; y aun-
que siendo el negocio para que se pide tan apretado, y en que
se atraviesa tanto la reputación, se juzga que lo cumplirá así;
todavía, aquí aparte, he querido advertiros que seré muy servi-
do qu€( bagáis tales oficios con la dicha ciudad, que la geate
parta luego, facilitando^ comoá ella se escribe, las dificultades
que se pueden ofrecer, pues de acá se le ayuda con los medios
que puede pedir.
Y si habiendo vos usado en este negocio de la diligencia y
buena maña que yo confío, no pudiere partir luego la dicha
gente, es mí voluntad que en este solo caso os valgáis de la
Milicia desa dicha ciudad, que es el medio que ha parecido
más á propósito, y así se escribe á Juan de Amezcua Navarrete,
Capitán della, en vaestra creencia, pi^ra q^ue guarde la orden
que le diéredes: vos se la daréis para que yaya á la parte donde
os avisare el dicho Duque^ cuya orden habéis de guardar p.un-
tual y precisamente; sin exceder della; y adviérteseos que la
ciudad ha de proveer lo que para su despacho fuere menester
7 llegar al embarcadero como si fuera ^ente que ella enviara;
pero si fuere posible excusar el valeres de la dicha gente de
Hilicía, holgaré que lo hagáis, poique se le^ guarde la exen-
ción que, entre otras, le está concedida de que |io se hiiya de
embarcar; y en tal caso teméis en secreto la orden que se os
enviaba para valeres della sin que nadie lo entienda; pero si
fuere á servir, podréis asegurarla en mi nombre, que pasado
esta ocasión se volverán á sus casas sin detenerlos un solo dia^
y d^ cualquier^, manera que esto se h^ga, me daréis^ l!¡^égo
aviso, porque conviene tenerlo entendido.
líe San Lorenzo é, 17 de Jnlio de 1607 años. = YO EL
RET.=Por mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de
Aguilar y Anaya. — Por el Bey, al su Corregidor de la ciudad
de übeda.
EL REY.
Don Pedro de Inojosa, Capitán de la Milicia de la ciudad de
Granada, del mi Corregidor de esa ciudad entenderéis la oca-
sión en que me quiero servir de vuestra persona y de la gente
de vuestro cargo, y así os mando que guardéis la orden que en
mi Real nombre os diere con mucha puntualidad, y que me avi-
séis de haberlo puesto en ejecución.
. De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=YO EL REY.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y
Anaya.— Por el Rey, á D. Pedro de Inojosa Vanegas, Capitán
de la Milicia de la ciudad de Granada.
446
:« (liiL0^ti4i4e>'ViltfliiQevá>d41'iFrf8ttQ>i .prioiorEltáFiíiiriállio-
kndfseii'se haÜa.tddatí^ éii la eo«lai:de Biiotogal^js^ila qum-m
aprddta'eü' el Andalucía éii e^t^do -qtte sólo^la'jdetíeáei'la. falla
de gente de guerra; jr^orque^^en efite(iO(K»|ísjbe> el pódete deAa-
oer éi eDeíuigo ¡y t^EJtorbarattBrdesIgoies/od'be^qui^rido advertir
dello, y eticargaroft y maodarQt, lodmo lo iiago>~qtteBi eomd Je
08 eecvibid á log primeros de M^yo y l&deJcmie^ ni» bnbiéfedes
entiado^al daqtne de Medíiiia^SldoRDkula ^enbe qi^eaeosba avi^
aeido , lo bagáis ftl tAisme^ pupto^ que reeibaie' ásta^ ¿ín' poiMr
eitotitfa ni ot^o'toipedíaieailci alguno^' pues veis qaer Is. liea8i(»B'e8
tai^ 'apretbda qae no te- saCfe, 'jnflyoríneate «trav^&dbse fepa-
taekmyíaer punto ¿ate éQiqae seipa^de gaiiar<¿ perder m«-
cbopy )[»airaque Be fl^cíHie- lea dificultad ea qtvé puede habar^ihe
maúdlkdi) al conde dé Miraiida, del'mJ€oiÍ8ejb>d<^fiatado j^^Piie^
sidehtedél fteal de Juaticia;, oiNletle'(][ue>por él dtcho Cbbaajb
de Jüatidia ide den los dei^choe neoeisariOB'parai^ue'de loanf^
biiriée que proptrsHredee se -eoEveédáii k^s qiíe. f6>ereii fiíiftft 4
protjóai'to, y déllofi se saque aohtmetite la oautidad que fb0te
neoesariik paira <e8ta'etp<6d^cíoA : \M >acuAirets i éi para: .qoe ae
ejectrle'; pero «o por esto habéis de parar 'el ei^viar la gente,
áotes lo habéis de' liacer lurigo-, como está referido'/ «Valiéndoos
para ello de los medios que seos ofreoiereú en euanto ^e isaca
el dinero de loe arbitríoa, y entdnoes le habéis de restituir i la
coinsignacion de donde lo.tomáveded, y aYíeárme eia el'dia'ique
partiere' la^'gente.y icargode qué pefaoma^ porque^ conviene
tenerte entendidov y* cuanta más diligenoia trsárede» encesto,
tanto más será el servido que retíbiré de tos. • -
De! San Lorenzo á 17!de J^nUo de 1607.«±íYGí EL' BEir.=
Por mandado del Rey,' nuestro Señor, Bartolomé de Agailar y
Anaya.»— Por el 8ey, al marqués de Villaaueva del Fresno, su
primo.
4ir
BLiíREíTl -
• '. Duque. de' Cardón^, i|MUK|!]é8 deOomareajiBl arnaíi^laiolaD-
tlesa f«e liaUa . tod&iríál en f ia/.costa de Poistt:^!, ;y láiqoe-ae apree*
áb >6u>.el Aftdaiujcía ea eetfido'qite' sólo»; la- détioDO- la- falta- de
gente degqerraf y povqueren esto oon^mte.elpod^r deshacer
al enemigo y. estorbat SHA. desif^íofti 09 h« querido adrertir
dello, y oQcargarps.y mandaros^ ioúibq lo hago^ que 01 como se
oa escribid ¿los .ptiiDelt>0 Úe Majó y 16 de Jupio> no huiréis
envia^o-aldaqae de Medini^ldeiiisb ta.g'ente q¡^e B&oñ ha.avi*
stáloy lo hágate dd miaoio > ponto qoa recibaie ésta^ £un; jpotier lex^*
ona» niDtnoi iiiipcdimtQto,alg;iuu)^:pa«0 vdia <i^e ht.QieaaJk)n> es
tan apretada ^ue:iK) l&dafire^.mayoi^mente «.trair^átidoaeiiiepu*
tamony sef punto éstd^nqne seípoade ganará peirdermiou^iko;
y pata que ae faeilíie laa dificciltedes qlie paede :ba|ber> he
jBoatidado al conde de Miranda, del t(A Oondejode JBst&do y
PffeeÁdentd del BealdeiJuaticia^ ojtdene qne:por. ^^l diicfao.Con-
a^'a de Juati^a«e den lo» deapach^oe meeeaarioa 'para, qqe. de los
arbitrio» iq«e pnoipaaiéredes se concedan losqueíjaeoretn ^nás á
propóaito^ y :deUos ae aaqni^ aolamepte la cantidad .qae fuere
neoeeama para esta expedkíoo : yos acodíreria á lél para qne se
cjecote; pero no por esto habeia ide parar el eairiar la gente,
antéalo habéis de hacer Intfgo^ como está refbrido , valiéndoos
paca ello de los medioe que se os ofrecieren en cnanto se saca
el dinero de loa arbitrioa, y entonces lo habéis de restituir i la
Gonaígnacion de doudie lo tomáredes, y avisarme eia eldíasque
paiüeire» la gente y á cargo die ^ué persona, porqu/o conifiiene
tenerlo* entendido^.y cuanta más diligencia asáredea en esto,
tanto más será el seryicío que recibiere de tOb.
De ¡San. Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=íxyO' BL REY.^
Pee mandado del Rey^nueatrc Señor, Bartolomé de Aguilar y
Anaya««^Por el Bey, al duque de Cardona, sa primo, marqués
de Gomares.
448
£IL RJbi Y • .
Concejo, Jasticia, Regidores, Caballeros, Jarados, escude-
ros , oficiales y hombres buenos de la ciudad de Andigar. 1^
armada holandesa se halla todavía en la costa de Portagal, y
la que se apresta en el Andalucía en estado que sólo la detie*
ne la falta de gente de guerra; y porque en esto consiate el
poder deshacer al enemigo y estorbar sus designios, os he que-
rido advertir dello , y encargaros y mandaros , como lo hago,
que si como se os escribió á los primeros de Mayo y 16 de Junio,
no hubiésedes enviado al duque de Medina^Sidonía la gente
que se os ha avisado, lo hagáis al mismo punto que recibáis
ésta, sin poner excusa ni otro impedimento alguno, pues veis
que la ocasión es tan apretada que no le sufre, mayormaiie
atravesándose reputación , y ser punto éste en que se puede
ganar ó perder mucho; y para que se faciliten las dificultades
que puede haber, he mandado al conde de Miranda, del mi
Consejo de Estado y Presidente del Real de Justicia, ordene
que por el dicho Consejo de Justicia se den los despachos ne-
cesarios para que de los arbitrios que propusi^redes se conce-
dan los que fueren más á propósito, y dellos se saque sola-
mente la cantidad que fuere necesaria para esta expedición:
vos acudiréis á él para que se ejecute; pero no por esto habéis
de parar en el enviar la gente, antes lo habéis de hacer lu^
como está referido, valiéndoos para ello de los medios que se os
ofrecieren, en cuanto se saca dinero de los arbitrios, y enton-
ces lo habéis de restituir á la consignación de donde lo tomá-
redes, y avisarme eis el dia que partiere la gente, y á cargo de
qué persona, porque conviene tenerlo entendido, y cuanta más
diligencia usáredes en esto , tanto mayor será el servicio que
recibiré de vos.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=YO EL RET.=rPor
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
44d
ya. — Por el Rey, al Concejo, Justicia, Regidores, Caballeros,
Jurados, escuderos, oficiales y hombres buenos de la ciudad de
Andújar. ■ '• ,\ i
EL REY. , ,
' Cbncejo, Justicia, Regidores, Caballeros, esctideros, oficia-
les y boitíbres buenogr de la diudad de Alcalá Ta Real, tul arma-
da bolafüdesa se halla todavía en la costa de ^ortugal^ y la que ■
se apresta en el Andalucía en estado que sólo la detiene la falta
degelii&de guerra; y porque en esto consiste el poder desha-
cer al enemigo y estorbar sus designios, ós he querido adver-
tir deUo, y encargaros y mandaros, como lo hago, que si como
Be 0g escribid á los primeros dé Mayo y 16 dé Junio, no hubié-
reées enviado al duqtie de Medina-Sidonia la gente que se os
ba&vi8ado,lo hagáis al mismo punto que recibáis ésta, sin poner
I *
exenta ni ^ytro impedimento alguno, pues veis que la ocasión es
tan apretada que no le sufre, mayormente atravesándose repu-
tación, y ser punto éste en que se puede ganar 6 perder mucho;
y para que se fiíciliten las dificultades qae puede haber, he
mandado al conde de Miranda, del mi Consejo de Estado y
Presidente del Real de Justicia , ordene que por el dicho Con-
sejo de Justicia se den los despachos necesarios para que de los
arbitrios que propusíéredes se concedan los que fueren más á
propósito, y dellos se saque solamente la cantidad que fuere
necesaria para esta expedición: vos a<;udireis á él para que se
ejecute; pero no por esto habéis de parar en el enviar la gente,
antes lo habéis de hacer luego, como está referido , valiéndoos
para ello de los medios que se os ofrecieren, en cuanto se saca
el dinero de los arbitrios, y entonces lo habréis de restituir á
la consignación de donde lo tomár^des, y avisarme eis el dia que
partiere la gente y i cargo de qué persona , porque conviene
tenerlo entendido, y cuanta más diligencia usáredes en esto
tanto mayor será el servicio que recibiere de vos.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=TO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
Toiio LXXXI. «9
460
ya.^^or el Bey, al Coocejo, Justicia^ Beg^idores, OabaHen»,
escuderos, oficiales y hombrae baenoi de la cradad de Acicala
la Real.
EL BEY.
Mi Corregidor de la ciadad de Granada, 6 vuestro Lugar-
teniente en el dicho cargo, por lo que se escribía á esa ciudad
▼eTeis enásita contiene enriar lutfgo £ la parte qne el duque de
Medina-Sidonia aídsare la gente que se le faa adrertido^ y aan-
que siendo el negocio para que se pide tan apretado, y en qae
se atraviesa tanto la repntaoion,. se jozgu q^e lo eom^irá así;
todayía aquí, aparte, he qjuerido adyertiros que seeé moy aervido
de quQ hagáis tales oficios con. la dieha ciudad, que la gemlB
parta luágo, fiacilitando, como á ella se eaoribe, las dificuiiadBS
que se pueden ofrecer, pues de acá se le ayuda oon loe medies
que puede venir.
T ai habiendo vos usado en este negocio de la diligencia y
buena maña que yo confío, no pudiere partir luego la dicha
gente, es mi voluntad que en este «Jlo caso os valgáis de la
Milicia desa ciudad, que es el medio que ha parecido másá
prop<S6ito; y así se escribe á D. Pedro de Inojosa Yenegas, Ga«
pitan de ella, en vuestra creencia , para que guarde la orden
que le diéredee; vos se la daréis para que vaya á la parte donde
oa avisare el dicho Duque, cuya orden habéis de guardar pan-
tual y precisamente, sin exceder della, y adviérteseos qse la
ciudad ha de j^oveer lo que para su despacho fuere menester,
y llegar al embarcadero como si fuera gente que ella enviara.
Pero si fuere posible excuear el valeros de la dicha gente de
Milicia, holgaré que lo hagáis para que se les guarde hiexen*
cion que, entre otras, le está concedida de que no se haya de
embarcar, y en tal caso tendréis en secreto la orden que ae 00
enviará para valeros della sin que nadie lo entienda; pero si
fuere á servir, podéis asegurarla en mi nombre qne, pasada
esta ocasión, se volverán á sus casas sin detenerlos un sólo dia;
461
7 de eoalqiiiar mineni que esto Be haga^ me dareia lu^go aviBo,
porqiíe conTíe^e tenerlo entendido.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=3TO EL REY^aiPop
mandado del Rey, nuestro Señor» Bartolomé de Agailar y Ana-
ya. — Por el Rey, al sa Corregidor de la ciudad de Granada.
EL REY.
Concejo, Justicia, Yeinticnatros, Caballeros, Jurados, escu-
deros, oficiales y hombres buenos de la ciudad de Übeda. El
armada holandesa se halla todavía en la costa de Portugal , y
la que se apresta en el Andalucía en estado que sólo la detiene
la falta de gente de guerra; y porque en esto consiste el poder
deshacer al enemigo y estorbar sos designios, os he querido
adyertÍT dello, y encargaros y mandaros, como lo bago, que sí
eomo se os escribió ¿ los primeros de Mayo y 16 de Junio no
hubiéredes enyiado al duque de Medino-Sidooia la gente que
se os ha avisado , lo hagáis al mismo punto que recibáis ¿sta,
sin poner excusa ni otro impedimento alguno, pues veis que la
ocasión es tan apretada que no le sufre , mayormente atrave*
«ándese reputación y ser punto éste en que se puede ganar ó
perder mucho,* y para que se faciliten las dificultades que puede
haber, he mandado al conde de Miranda, del mi Consejo de Es*
tade y Presidente del Real de Justicia, ordene que por el dicho
Consejo de Justicia se den los despachos necesarios para que
dé los servicios que propusiéredes se concedan los que fueren
más i propósito, y dellos se saque qolamente la cantidad que
fuere necesaria para esta expedición , vosotros acudiréis á él
para que se ejecute; pero no por esto habéis de parar en el en*
viar la gente, antes lo habéis de hacer luego, como está refe-
rido, valiéndoos para ello de los medios que se os ofirecieren,
en cuanto se saca el dinero de los arbitrios , y entonces lo ha-
béis de restituir á la consignación de donde lo tomáredes , y
avisarme eis el dia que partiere la gente y á cargo de qué per^
sona, porque conviene tenerlo entendido, y cuanta más dili*
452
gencia ueáredes en esto, tanto mayor será el servicio que re-
cibiere de vos.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=YO EL REY.«Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Agpaiilar y Am-
ya.— Por el Rey, al Concejo , Justicia , Veinticuatros, Caballé*
ros, Jurados, escuderos, oficiales y hombres buenos de la du-
dad de Úbeda.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Visto
se han tres cartas vuestras de los 26 de Junio y 6 del pre*
senté, y la relación que la una de ellas cita de la gente que
tienen las 11 banderas que están en Cádiz; y cuando hayan
llegado las demás que faltan, y he mandado que se fincaminen
á esa ciudad, y la con que han de servir los Grandes y Titula^
dos y ciudades, será bien que aviséis el número de gente que
en todas se juntare, particularizando las que se hubieren le-
vantado por mi orden y las con que me hubieren servido las
ciudades y Señores, para que se dé en ello la drden que más
convenga, y vos lo podréis ir disponiendo en conformidad de
las órdenes que se os han dado, y con el cuidado y diligencia
que acostumbráis, que de acá se darán las necesarias para la
buena dirección de todo, y se os asistirá con cuanto conviniere.
He entendido lo que decís sobre el guardar las órdenes que
están dadas para el ejercicio del cargo de Capitán general
del artillería, y así conviene que lo vais continuando.
Por los avisos inclusos, veréis los daños que ha hecho un
Corsario inglés ^ recoge á Larache, y que ahora está ven-
diendo las presas que ha hecho ; y porque es bien hacer dili-
gencias por haberle á las manos, ha parecido avisaros dello, para
i Está en blanco en el original.
453
que deis en esto la orden qae os pareciere convenir^ como vos
lo sabréis tan bien hacer, y qne me aviséis de la que fuere.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=TO EL REY.—Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya. — ^Por el Rey, al duque de Medina^Sídonia, su primo, del su
Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía.
EL REY.
Mi Corregidor de la ciudad de Audájar, ó vuestro Lugar^
teniente en el dicho cargo, por lo que se escribe á esa ciudad,
veréis cuánto conviene enviar luego á la parte que el duque de
HedinarSidonia avisare la gente que 'se le ha advertido; y aun-
que siendo el negocio para que se pide tan apretado y en que
80 atraviesa la reputación, sojuzga que lo cumplirá así; toda-
vía aquí, aparte, he querido advertiros que seré muy servido
de que hagáis tales oficios con la dicha ciudad, que la gente
parta luego, facilitando, como á ella se escribe, las dificultades
que se pueden ofrecer, pues de acá se le ayuda con los medios
que puede pedir.
Y si habiendo vos usado en este negocio de la diligencia y
buena maña que yo confío, no pudiere partir luego la dicha
gente, es mi voluntad que en este solo caso os valgáis de la
de la Milicia de esa dicha ciudad , que es el medio que ha pa-
recido más á propósito, y así se escribe al Capitán de ella en
vuestra crencia, para que guarde la orden que le diéredes: vos
se la daréis para que vaya á la parte donde os avisare el dicho
Duque, y adviérteseos que la ciudad ha de proveer lo que para
su despacho fuere menester llegar al embarcadero, como si
fuera gente que ella enviara; pero si fuere ppsible excusar el
valeres de la dicha gente de Milicia, holgara que lo hagáis por-
que se les guarde la exención que , entre otras , le está conce-
dida, de que no se hayan de embarcar, y en tal caso tendréis
en secreto la orden que se os enviaba para valeros della, sin
que nadie lo entienda; pero si fuere á servir, podréis asegurarla
^
454
en mi nombre qae pasada esta ocaifioft, se volverán i bqs casas
sin detenerlos an solo día, j de eaalqtiier manara que «ato «e
haga me daréis Inégo aviso, porque conviene tenerlo m-
tendido;
T sobretodo, se os advierte qoe habéis de gnardar puntual
y precisamente la orden qae el dicho Duqae os enviare , ain
exceder della.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.^: YO El REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilary Ana-
ya. — Por el Bey, al su Corregidor de la ciudad de Andújar.
EL REY.
Capitán de la Milicia de la ciudad de Andújar. Del mí Cor^
regidor de esa dicha ciudad entenderéis la ocasión en que me
quiero servir de vuestra persona y de la gente de vuestro cargo,
y así os mando que guardéis la orden que en mi nombre os
diere con mucha puntualidad, y que me aviséis de haberlo
puesto en ejecución.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1807.«*YO EL RE Y.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya. — Por el Rey, al Capitán de la gente de Milicia de la ciudad
de Andújar.
EL REY.
Marqués de Villamanrique, pariente. El armada holandesa
se halla todavía en la costa de Portugal, y la que se apresta
en el Andalucía en estado que sólo la detiene la falta de gente
de guerra ; y porque en esto consiste el poder deshacer al ene-
migo y estorbar sus designios, os he querido advertir de ello,
y encargaros y mandaros, como lo hago, que si coíno se os es-
cribió á los primeros de Mayo y 16 de Junio no hubiéredes en-
viado al duque de Mediua-Sidonia la gente que se os ha avisa-
do, lo hagáis al mismo punto que recibáis ésta, sin poner excusa
r
45$
ni oéro impedimento alguno, pues veis qqe la ocasión es tan
apretada que no le aafre, mayormente atravesándose reputa-
Gion y a^ punto éste, en que se puede ganar ó perder mucho;
y para que se faciliten las dificultades que puede haber > he
maiddado'al conde de Miranda^ del mi (Consejo de Estado y Pre-
aídente del Real de Justicia, ordene que por el dicho de Justi-
cia se den los despachos necesarios para que de los arbitrios
que proposiéredes se concedan los que fueren más á propósito,
y delles se saque solamente la cantidad que fuere necesaria
para esta expedición : vos acudiréis á él pai^ que se ^ecute;
pero no por esto habéis de parar el enviar la gente , antes lo
habéis de hacer luego, como está referido, valiéndoos para ello
de los medios que se os ofrecieren, en cuanto se saca el dinero
de los arbitrios, y entonces lo habéis de restituir á la consígna-
0ion de donde lo tomáredes, y avisarme eis el dia que partiere
la gente y á cargo de qué persona, porque conviene tenerlo en-
tendido^ y cuanta más diligencia usáredes en esto, tanto mayor
será el servicio que recibiere de vos.
De San Lorenzo el Seal á 17 de Julio de 1607. =Y0 EL
REY.=Por. mandado del Bey, nuestro Señor, Bartolomé de
Aguilar y Anaya. — Por el Bey, al marqués de Yillamanrique,
su pariente.
EL REY.
»
Conde de Olivares, pariente. El armada holandesa se halla
todavía en la costa de Portugal, y la que se apresta en el An-
dalucía en estado que sólo la detiene^ la falta de gente de
guerra; y porque en esto consiste el poder deshacer al enemigo
y estorbar sus designios, os he querido advertir dello, y encar-
garos y mandaros, como lo hago, que si como se os escribió á
los primeros de Mayo y 16 de Junio , no hubiéredes enviado al
duque de Medina-Sidonía la gente que se os ha avisado,. lo ha-
gáis al mismo punto que recibáis ésta, sin poner excusa ni otro
impedimento alguno, pues veis que la ocasión es tan apretada
que no le sufre , mayormente atravesándose reputación y ser
466
panto éste en que se puede ganar 6 perder macho; y para que
se faciliten las dificultades que puede haber , he mandado al
conde de Miranda, del mi Consejo de Estado y Presidente del
Real de Justicia, que por el dicho Consejo de Justicia se den
los despachos necesarios para que de los arbitrios que prop^-
siéredes se concedan los que fueren más ¿ propósito, y delloa se
saque solamente la cantidad que fuere necesaria para esta ex-
pedición: vos acudiréis á él para que se ejecute; pero no por
esto habéis de parar el enviar la gente, antes lo habéis de hacer
luego , como está referido , valiéndoos para ello de los medios
que se os ofrecieren, en cuanto se saca el dinero de los arbi«
trios, y entonces lo habéis de restituir á la consignación de
donde lo tomáredes, y avisarme eis el dia que partiere la gente
y á cargo de qué persona , porque conviene tenerlo entendido,
y cuanta más diligencia usáredes en esto, tanto mayor será el
servicio que recibiere de vos.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=YO EL REY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya. — Por el Rey, al conde de Olivares, su pariente.
EL REY.
Mi Corregidor de la ciudad de Alcalá la Real, ó vuestro Lu-
gar-teniente en el dicho cargo ,^ por lo que se escribe á esa ciu-
dad, veréis cuánto conviene enviar luego á la parte que el du-
que de Medina-Sidonia avisare la gente que se le ha advertido,
y aunque siendo el negocio para que se pide tan apretado, y
en que se atraviesa tanto la reputación, sojuzga que lo cum-
plirá así; todavía aquí, aparte, he querido advertiros que seré
muy servido de que hagáis tales oñcios con la dicha ciudad,
que la gente parta luego, facilitando, como á ella se escribid,
las dificultades que se pueden ofrecer, pues de acá se le ayuda
con los medios que puede pedir.
Y si habiendo vos usado en este negocio de la diligencia y
buena maña que yo confío, no pudiere partir luego la dicha
j
45*7
gmte, es mi voltintad que én este bóIo caso os valgáis de la de
la Milieia de esa ciudad , qae es el medio que ha parecido más
á profxSsito, y así se escribe al Capitán della en vuestra creen*
cia, para que guarde la orden que le diéredes vos; se la daréis
para que vaya á la parte donde os avisare el dicho Duque, cuya
érüen habéis de guardar puntual y precisamente , sin exceder
della, y adviérteseos que la ciudad ha de proveer lo que para su
despa(dia fuere menester y llegar al embarcadero, como si fuera
gente que ella enviara; pero si fuere posible excusar el vale-
ros de la dicha gente de Milicia, holgaré que lo hagáis porque
se les guarde la exención que, entre otras, le está concedida
de que no se haya de embarcar , y en tal caso tendréis en se-
creto la orden que se os enviará para valeres della, sin que nadie
lo entienda; pero si fuere á servir, podréis asegurarla en mi
nombre que pasada esta ocasión se volverán á sus casas , sin
detenerlos un solo dia, y de cualquier manera que esto se haga,
me daréis luego aviso, porque conviene tenerlo entendido.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607.=YO EL EEY.=«Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya. — Por el Rey, al Corregidor de la ciudad de Alcalá la Real.
EL REY.
Mi Corregidor de la ciudad de Jerez de la Frontera, ó vues-
tro Teniente en el dicho cargo, por lo que se escribe á esta ciu-
dad veréis cuánto conviene enviar luego á la parte que el
duque de Medina-Sidonia avisare la gente que se le ha adver-
tido; y aunque siendo el negocio para que se pide tan apretado,
y en que se atraviesa tanto la reputación, se juzga que lo cum-
plirá así; todavía aquí, aparte, he querido advertiros que seré
muy servido que hagáis tales oficios con la dicha ciudad , que
la gente parta luego, facilitando, como á ella se escribe, las
dificultades que se pueden ofrecer, pues de acá se le ayuda con
los medios que puede pedir.
468
T si iiabiendo vos usado en este negocio de la diligencia j
buena maña que yo oofifío, no pudiere partir laégo la ^hs
gente , es mi volentad que en este solo caso os valgáis de Is
Milicia de esa dicha ciudad ^ que es el medio que ha parecido
más á prcp^ito, y así se escribe á uno de loe Oapüane» de la
Milicia de rila, en vuestra creencia , para que guarde la drden
que le diéredes: vos se la daréis para que vaya á la parte donde
os avisare el dicho Duque; y adviérteseos que la ciudad ha de
proveer lo que para su despacho fuere menester y llegar al em-
barcadero, como si fuera posible excusar el valeros de la dicha
gente de Milicia: holgaré que lo hagáis porque se les guarde
la exención que^ entre otras, le está concedida de que no se
haya de embarcar, y en tal caso terneis en secreto la orden que
se os enviaba para valeros de ella, sin que nadie lo entienda;
pero si fuere á servir , podréis asegurarla en mi nombre que
pasada esta ocasión se volverán á sus casas, sin detenerlos un
solo dia, y de cualquiera manera que esto se haga, me daréis
luego aviso , porque conviene tenerlo entendido.
T sobre todo se os advierte que habéis de guardar puntual
y precisamente la orden que el dicho Duque os diere, sin exce-
der della.
De San Lorenzo á 17 de Julio de 1607 años.sYO EL
REY. = Por mandado del Rey, nuestro- Señor, Bartolomíéde
Aguilar y Anaya.— Por el Rey, á D, Juan de Avalos, su Cor-
regidor y Capitán de guerra de la ciudad de Jerez de la Fron-
tera.
EL REY.
Concejo, JuBticia, Veinticuatros, Caballeros, Jurados, es-
cuderos, oficiales y hombres buenos de la ciudad de Jaén* El
armada holandesa se halla todavía en la costa de Portugal, y
la que se apresta en el Andalucía en estado que sólo la detiene
la falta de gente de guerra; y porque en esto consiste el poder
deshacer al enemigo y estorbar sus designios, os he querido
advertir de ello, y encargaros y mandaros > como lo hago, que
459
at oomo 89 08 eseribíiS á los prim^oa de Mayo y 16 de Janio
no tobiésedes enviado al da^ne de Mediua-Sidonia la gente
que 8e^ ha avisado» lo hagáis al míamo piinto qoe reeibais
éat^ %m poneor exisiiBa ni otro impedimento alguno, puea veis
que la ocasión es tan apretada q^e no le snfre> mayorttiente
atravesándose reputación , y ser punto éste en que se puede
ganalr 6 perder tanto ; y para que se faciliten las dificultades
que puede haber, he mandado al conde de Mírasida, del mi
Consigo de Estado y Presidente del Real de Justicia. , ordene
que por el dicho Consejo de Justicia se den los despachos ne-
cesarios para que de los arbitrios que propusiéredea se conce-
dan los que fueren más á propósito, y de ellos se saque sola-
mente la cantidad que fuere necesaria para esta expedición:
vosotros acudiréis & él para que se ejecute; pero no por. esto
habéis de parar en enviar la gente, ¿ntes lo habéis de hacer
luego, como está referido, valiéndoos para ello de los medios
que se os ofrecieren , en cuanto se saca el dinero de los arbi-
trios, y entonces lo habéis dé restituir á la consignación de
donde lo tomáredes, y avkárme eis el dia que partirá la gente,
y á cargo de qué persona, porque conviene tenerlo entendido;
y cuanta más diligencia usáredes en esto, tanto mayot será el
servicio que recibiré de vos.
De San Lorenzo á 17 de JuUo de 1607.^70 EL BET.=»=
Por mandado del Rey, nuestro Sefior, Bartolomé de Aguilar y
Aoaya. — Por el Bey, al Concejo, Justicia, Yeintíauatrosi Caba-
lleros, Jurados, escuderos, oficiales y hombres buenos de la muy
noble ciudad de Jaén.
Mi compañero despacha este correo, y del entenderá V. E.
lo que Su Majestad ha resuelto en lo de la infantería para esa
armada, dé cuya salida se aguarda con mucha brevedad aviso,
y se tiene por buena señal desto no haber venido cartas de
y. E. estos dias, y da mucho cuidado no saber del Sr. D. Pe-
dro de Toledo desde 4 deste; suplico á Y. E. se sirva mandar
que se le dé esa carta de Su Majestad y esotra al Sr. D. Luis,
V
1
460
que ahora no puedo escribirles. Naastro Señor g*uarde á Y. E.
mny largos años.
De Madrid á 19 de Julio de 1607. — Antonio de Aróstegni.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo^ del mi Consejo de Estado
7 Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Por parte de Francisco de Aguilar se me ha suplicado sea ser-
vido de hacerle merced de una ventaja en la armada del mar
Océanoi en consideración de lo bien que me ha servido en ella
de cinco años á esta parte^ y el deseo que muestra de conti-
. nuarlo , y los muchos y particulares servicios del dicho capi-
tán Francisco de Aguilar^ su padre^ que murió en Flándes pe-
leando con los enemigos , y los capitanes Pedro y ^ Diego de
Aguilar y Castro, sus tios, y que el uno gobernaba la infante-
ría de la Escuadra del Estrecho y murió peleando en el reen-
cuentro que tuvo con la armada' holandesa, y que el suplicante
fué uno de los cuatro soldados que se escaparon en aquella re-
friega de la compañía del dicho su tio ; y habiéndose visto en
mi Concejo de Guerra , ha parecido, antes de tomar resolución
en su pretensión , saber de vos si el suplicante cumplió con sa
obligación en la ocasión de pelear y en su retirada, y así os en-
cargo que me lo aviséis coa vuestro parecer, para que, visto, se
haga lo que pareciere conveniente.
De San Lorenzo á 21 de Julio de 1607.»:YO EL RBY.:=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui.—
Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Con-
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del
Andalocia.
EL REY.
Duque de Medina^idonia, primo^ del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Don
Fernando de Toledo, mi Maestre de campo de infantería espa-
ñola, qoe ésta os dará, va á recoger y tener á su cargo el resí-
.1
461
dao de aci tercio que se hft ido conduciendo ahí; yo os encarga
que demás de hacerle entregar luego la dicha gente para que
la gobierne y tenga en buena disciplina, le honréis y estiméis
conforme á su cualidad y méritos; y él va advertido de ejecutar
lo que de mi parte le ordenáredes cuanto á embarcarse en esos
navios y seguir y guardar las órdenes de D. Luis Fajardo, mi
Capitán general de la armada del mar Océano^ mientras con él
navegare: vos me daréis aviso de cómo lo dispusíéredes y del
Damero de gente que se hubiere recogido y se le entregare de
la del dicho su tercio.
De San Lorenzo á 21 de Julio de 1607.=YO EL RET.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegni.-^
Por el Rey, al duque de Medina*Sidonia, su primo, del su Con*
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del
Andalucía.
Con 1q8 despachos de Y. E. de 15, 16 y 18, se ha salido de
gran cuidado y recibido mucho contento de que la armada se
detuviese por sólo tiempo: de todo envié luego relación á S. E.,
y el Consejo há ponderado mucho á Su Majestad lo que Y. E.
ha trabajado; pero nada puede llegar á efecto. La respuesta de
Su Majestad irá luego , y no sé por ahora adonde se encami-
nen las otras, porque se presupone que por lo menos estará la
armada en el Cabo cuando este ordinario llegue ahí , y quizá
más adelante; y á muy buen tiempo fué la letra de los 30.000
ducados para pagar la infantería, que fuera desconsuelo en-
viarla sin algún socorro. No hay por acá nuevas del enemigo,
y espero en Dios que D. Luis Fajardo podrá, sin riesgo, refor^
zarse con lo de Lisboa y hacer lo que se pretende. Algunas per-
sonas particulares que han ido á servir en la armada llegarán
ahí tarde, y entre ellas juzgo que será el Maestre de campo
D. Fernando de Toledo, para quien va ese despacho. Nuestro
Señor guarde á Y. E. muy largos años.
De Madrid á 24 de Julio de 1607. — Antonio de Aróstegui. —
Señor duque de Medina-Sídonia.
462
Aquí me hallo con el deseo que siempre de servir i Y. E.,
y ayer hablé con el señor dtKioe deXerma largo sobre lo qne
y. E. trabajó) en que puede alentar mucho lo qne lo conoce y
agradece. En lo de los oficiales dé pluma que ayudan ¿ V. E.,
se da el medio que se verá allá. T toda la confianza del buen
suceso deste verano está en lo que ha de salir dé ahí , y envió
á V. E. esa copia de carta de Bu Majestad que frá luego, y ya
habrá tenido Y. £. noticia de eso mismo por otra vía. Nuestro
Señor guarde á Y. B. muy largos años con la prosperidad que
deseo.
De Yalladolid á 21 de Julio de 1607. — Antonio de Arós-
tegtt!.
Sólo me hallo con la carta de Y. E. de 17 deste á qne deba
respuesta, y aguardándose otras con mucho deseo con el aviso
de la partida de la armada, que de razón no pueden tardar si
el tiempo ha mejorado como acá, y estaba todo lo ^leeesario
prevenido, como Y. E. dice, á quien aseguro que la satisfiac-
cion que tiene Su Majestad es muy conforme al cuidado con
que Y. E. ha acudido á ello , y espero en Dios que ha de ser
servido de darnos los buenos sucesos que son menester; y re-
mitióndome en todo á lo que Su Majestad manda escribir á
Y. E., no se me ofrece que añadir otra cosa que el contento
con que me tiene el ver el estado que estas cosas tienen para
haberlas guiado Y. E.; y para la provisión de dinero qne se ha
enviado, habrá visto Y. E. el cuidado con que acá se ha aten-
dido á esto, y no se ha hecho poco para los apretados tiempos
que corren. Plegué á Dios que nos luzca y que guarde á V; E.
como deseo.
De San Lorenzo á 25 de Julio de 1607. — Antonio de
Aróstegui.— Señor duque de Medina-Sidonia.
468
EL RBT.
Duque de Medina-Sidomay primo, del mí Consejo de Estado
y Chitan general del mar Océano y costa del Andalucía. Dos
cartas vuestras de 17 deste se han recibido, y Antonio de Ar<$s-
tegui, mi Secretario, me ha hecho relación de otras dos del di-
cho dia y de 18 que le escribisteis, y yeo que ha lucido vuestra
diligencia en el apresto desas dos Escuadras de navios , pnea
ine avisáis que quedaban á punto para poder salir á navegar
con ellas D. Luis Fajardo, mi Capitán general de la armada
del mar Océano , como está acordado , y de vuestra asistencia,
autoridad y mucha mano no me prometia menos, y os doy por
todo las gracias que merecéis ; espero por horas aviso vuestro
de la partida de D. Luis.
He holgado de saber que haya número bastante de. geote
de mar y guerra para los navios i que se redujeron ambas Es-
cuadras, y el hacer vestidos para dar á la infantería á cuenta de
su sueldo ha sido muy importante prevención.
Si todavia estuvieren ahi las galeras de la Escuadra de Ge-
nova, procurareis acomodarlas con la más infantería que se pu-
diere, pues decís que lo pensábades hacer por tener tanta ne-
cesidad della.
En lo que apuntáis sobre que seria í propósito dar algunas
galeras al conde de Elda, para que juntaa coa las suyas en
esta ocasión sirviesen en alguna corta salida que se puede ofre-
cer, se queda mirando; y ha parecido bien la advertencia que
hacéis de que no es mai: el Océano para galeras, y así se or«
den a que lajsi que salieren de ahi acompañando á D. Luis no
pasen del Cabo de San Vicente, y que si llegaren á Ziümhm
6 se tuvieren, se vuelvan á él para entretenerse en aquel pa-
raje , desde Lagos basta el dicho Cabo, porque allí harán am-
paro á las flotas, aunque se hayan de alejar poco de tierra.
Muy acertada fué la orden que disteis para que no salga
desa costa ningún navio extranjero hasta que lo haya hecho
D. Luis con los de su cargo.
444
Queda enteodido lo que éecis cnanto ano €oi)¥«))ir que la
Escuadra de GulpázeDa vaya á Its Teroeviia, y ba pareaido bimí
vuestra advertencia.
También se ha visto el papel, á propósito de los apunta-
mientos que de acá se os enriaron para conferir con D. Pedro
de Toledo, D. Luis Fajardo y él duque de Tursi sobre la dis-
poaicioja de lo quQ han die bacef esas fuearíafl que afaísa han
juntado, y ha parecido muy bien todo lo que en raeon de ^sto
se dice en él, y á D. Luis se le pone en consideíaóion todo lo
que se ofrece para que elija lo mejor.
Muy vuestro ba sido el oficio que hicisteis para confor-
mar ^ las .voluntades de loa generales que han de ir en
BU..... * en esta ocasión,, y el sentimiento del Duque ^eon
la Cédula que se os envió para que tengan eotendido.*...*8e
han de corresponder, y también reforzará esto lo que ahora se
les escribe á ambos.
A. D. Antonio de Oqueudo se ordena que esté á punto para
salir de la Goruña (donde se entiende que está con la Escuadra
de su cargo) cuando D. Luis Fajardo le avisare que lo haga, y
lo mismo D. Juan^ su hijo, con lo que tiene en Lisboa:
Al dicho D. Luis se ordena que en cobrando el dinero que
de, nuevo se le ha proveído, pague los 12.800 ducados que hi-
oísteis gastar en el adovío y apresto de loa tres galeones de
Horcadas y en pagar la jarcia que le enviasteis.
Bien fué que, pues llegó ahí Tomás de Ibio, mi Contador de
la armada del mar Océano, diésedes orden para dejarle ejercer
su oficio , y que lo demás haya corrido por mano de las pe^
sonas que nombrasteis hasta que sal^n á navegar las Es-
cuadras.
De San Lorwiza á 25 de Julio de lfi07. fe¥0 EL BBY.«
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui.^
4 Hay ud blanco en ei Drigínai.
a ídem id.
t ídem id.
4 ídem id.
J
Por el Rey, ni daque de Medma-Sidonia, sa primo, del sa Ck)n«
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y de la costa
del Andalucía.
EL REY,
Dnqae de Medina-Sidonia , primo , del mi Consejo de Esta-
do y mi Capitán general del mar Océano y costa del Andalu-
cía. En L* de Mayo os mandé escribir qae las fianzas que habia
dado el pagador Juan de Jnfre para la seguridad de las cosas
de su cargo habia acordado se remitiesen á la mi Contaduría
mayor de Cuentas; y habiéndose visto en ella, se ponen las
exenciones que veréis por el papel incluso, firmado del infras-
crito Secretario, de que ha parecido advertiros y ordenaros,
como lo hago, apremiéis al dicho Juan de Jufre á que dé las
fianzas á satisfacción de la dicha Contaduría , como tiene obli-
gación, en virtud del título que se le despachó y > que sea
soltero, añada más fianzas de las que tiene * y avisarme eis
de lo que se hiciere, porque conviene tenerlo entendido.
De San Lorenzo el Real á 25 de Julio de 1607. =T0 EL
RET.ssPor mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de
Aguilar y Anaya.— -Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia,
so primo, de su Consejo de Estado y Capitán general del mar
Océano y de la costa del Andalucía. — San Lúcar.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. He visto vuestra carta de los 19 del pasado, juntamente con
las que os escribió Juanetin Mortara en 6 y 8 del mismo, y háme
4 Está en blanco en el original.
5 ídem id.
Tomo LXXXI. 30
466
parecido mny digna de Toeafara prudencia y del calo 90a teneta
á mi 86r?icio la cooaideraeioQ que haceia da lo que coaijeiie
gozar de la ocaaioD de lap fqersaa que ae han juntado y el ^
liarse la fuerza de Larache tan deaproveida de lo neoeaajrio para
8u defeuaa; respecto de la pretensión que cada uno délos Re-
yes de Marruecos y Fez tiene de quitar el Beino al otro, y que
así se debía intentar este verano aquella empresa, porque si
después sucediese apoderarse el uno de los dichos Beyes de
todo seria menester gran caudal para interesarla, y habria
mucha duda en salir con ella, y así oa agradezco mucho el cui-
dado con que os desveláis en encaminar y acordar lo que tanto
conviene á mi servicio, y I0 recibirá de vos muiy agradable; que
pues la armada de alto bordo se ha aprestado por vnestrsa ór-
denes; y habréis visto pasar las galeras y estáis con entera no-
ticia de todo aquello y persuadis tanto esta empresa, me avi-
sareis particularmente de todo lo que se os ofreciere acerca del
modo de ejecutarla con fuerzas que no pueda errarse,* puse las
hay, particularizando el tiempo, y las galeras y nares, y gwte
que os pareciere , lo cual haréis con la mayor brevedad que
fuere posible porque se gane tiempo, y entretanto coaviene
que acá y allá se guarde sumo secreto, como cosa en que con-
siste la buena dirección de este negocio, pues con la voz que
ha corrido de que lo que se prepara es para ir á buscar la ar-
mada de los rebeldes, y entendiendo que pasa el Cabo de San
Vicente estarán descaidados , si no saben lo que se trata pcHr
otra vía.
De San Lorenzo á 25 de Julio de 1607.=YO BL REY.=
Andrés de Prada.--Por el Bey, al duque de Medina^Sidonia,
su primo, de su Consejo de Estado y Capitán general del mar
Océano y de la costa del Andalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia , primo , del mi Consejo de Siria-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
467
La ciudad de Jerez ha avieiriLo, que en cmnpíliniieiita de lo que
ee le mandó, entregó las seie piezas de artillería k la persona
que yos nombrasteis, y porque la he mandado advertir qaé pap
Sftda eMa oeaston se le ruelvan , será bfen qne pnes la chidad
-üó pnso excusa- en complft con lo que sé lé manda; tos no la
pongáis eñ qtre pactada ecíta embarcaren 'se. enmfpla ti6n lo qué
se ha prometido , pnes es animar á aquella dndad para que
en ocasiones semejanies aenda con el celo que ahora lo ha
hecho.
De San Lorenzo i S5 de Julio de IWI.^YO BL BET.=:
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y
AtUaya.-^Por el Rey, al duque de Medina^Sidonia^ su pr imo^ de
flu Consejo de Bstado y Capitán general del mar Océano y costa
del Andaluoía.**^n Lúcar.
Anteayer avisé á Y. E. con el ordinario del recibo de los
despachos de V. B. de 15, 1$ y 18 deste; ahora envío la res-
puesta dellos con esotro para D. Luis Fajardo, pues aunque,
según lo qve Y. E. ha avisado en los de 21, que recibí ayer,
habia ya partido de Cádiz, se juzga que por esa vía le alcan-
zará el despacho en el Cabo de San Yicente, y así convendrá
nftucho al servicio de So Majestad mande que se le despache
luego correo con ese pliego todo lo que se ofrece, para que
acierte se le pone en consideración. Dios le alumbre y pague i
Y. E. lo mucho que ha trabajado en esa ocasión, pues no hay
otro pernio que baste.
Cuánto á lo que pide el duque de Tursi, acá no se puede por
aliora hacer más 4e lo que Y. E. ordenare; y pues Su Majestad
remite á Y. E. lo de la gente, también se probará lo demás que
no se pudiere excusar, y las galeras tienen tan poco que hacer,
pues no han de pasar de Setubal, que podrán cumplirlo fácil-
mente. De los despachos de Y. E. , de 21 , envié ayer relación
al señor duque de Lerma con la carta de Y. E., y aquí va una
suya, y estoy muy contento del mucho amor y cuidado con que
habla de las colas de Y. E.; y porque en la de Su Majestad se
468
Batisfttce á lo i}Qe Y. E. se crirVitf de et&tÜsitmB^ no me tdaifo
en ésta, juzgando á Y. E. mny cansado de lo que bateabaja*
do. Nuestro fieüor goaffle á Y. B. largos afios.
De Madrid á 26 de Jnlio de l<07.^A&tDDio de Ai^ai^gitt.
Por si hubieren partido las galeras, en?ío á Y. E. esotros
dos pliegos de Su Majestad, que conviene tengan el mismo buen
recaudo. — Señor duque de Medfaaí-didonia.
De lo que contienen los dé0]>acho8 de Y. B.de[2) yS4
deste, entié lu^go relaoion al tiefior d«^e de Lenoa; y se kan
visto ya en Consejo pleno, porqne ksty drdm paro que isf se
vean todos los de Y. B.; y la respuesta dé eUos iva oon^farere-
dad. fioy lie Yecibido la carta q«ie Y. B. ee sirvióde escribir»
me ¿ S6 deste, y per muebo qm encareseaa A Y* B» hk aatisfiíe*
cion que hay de lo que ha trabajado , qnedairé contó ^ y así lo
excuso, y es gran cesa qtie venga á -flobrar todo lo que se ^e»-
tendía que habia de &ttar. Díob guarden Y« E. largos afios
para que haga muchos servicios tales á Su Majeatad;
La armadia se considera ya navegando, y tamliíeii todflá las
galerae antes que llegue este ordinario ahí; así no envío nitlgih
nos despachos para esos sefiores Geaeralea, sino < Lisboa^-con
un correo que se despacha mañana, para qne detfde allí ?se los
encaminen al Cabo de San Yicente, y si acaso no hubiere pa-
recido alguno, mandará Y. E. que entiendan esto.
El Consejo acordó que la infantería que Y. E. mandare dar
al señor duque de Torsi, sea de la que está á sueldo y pagada,
y no de la de las ciudades, y que á ia qne se embamaro .eoi las
galeras se le d¿ el bastimento qne bidüepenéaesttír paradla' na»
vegadoñ que ha de hacer; «y por gÉooñr tiempo itie hat^rceido
advertirlo á Y. E., y -^ue también ha paoreeido mcQ^aeertada la
resolocioá; qne Y.'E. habia tomado da qoe ia armadaf noiagtiaj^
dase á las galeras si tuviese tiempo para eaUr antes» Bl€oiis<|0
desea mneho que Y. B. mande que se tenga eiüdada de pagar
todo lo que se pudiere de las armas y mnnioíones-qae'ee>faaa
tomado para la armada, por lo que conviene ir ftibríeando lo
466
q«6itaiitoí«s(m0MBtoreidadia« KnestroSefiDV. guarde ¿ V« £•
jsmj'latigoá afios. .
De Madrid á31 d0Jtt|iQdeíL^^^^A^toaiQdeAráBtegvu.—
SewlrJdl4«lad^)lediDf(^Sidooia. .,
'1 •' ,. 1 1
Duqne de Medina-Sídonía, primo, del mí Consejo de Estado
j tai Otpstan ige&oral 4el max Oo^ano y costa del Aadalncía.
Botiqne Nioolia y loe Maestres d^ las urcas de Exadan, embar-
gadas en esta oosla^ aie han xeipffesentado lo que Tereía por la
hiekiia copia de m M¡emorial; ye p0 ordeno y pando que si no
Imy ificoaveniettte notable ^n djür . los, . uayíoa que no se han
oMjmda en IM avmada qiie se.heei3) soturci fianza llanas y abo-
nadas, faacMnddlas apreciar por ana persona' puesta por tos y
otoporlqs dioafios, oideaeis que se haga» porque se considera
qoA de i^a msíneva se peederáo^y a?isar€isme de lo que sobre
esto hiciéredes.
De Madrid á 6 de Agoato.de 1607.^YO EL.BKT,:^»^indr¿s
de;Prada.>^Por el Beyi al 4aque de Medina-Sidonja, su primo,
de au Gmisejo «de Estado y su Capít^ general del m^r Océano
y costa del Andalucía 4
SESOR.
Bnriqoe Nioriés, Teeinode la ciudad ds Emdea, por sí y
en nombre ée los demás Msastres de las urcas de la dicha ciu-
dad, embargada» en el Andalucía. Diee que. Vuestra Mfy estad
se ha aer^ido de mandar por su carta fieal que el duque de
Medina^Sidomia mir« an justicia y admita sus apelaciones , y
entre tanto que sa deposite la hacienda con intervención de
lea ttiteresadoB^ si no ^ la que corre riesgo de dañarse « y que
en tid ceso se venda oqúq rnterreneion asimismo de los interesa-
dos; y porque los natíos suyos que no se han aplicado para el
ki^
470
servicio de Vaestra Majestad y se hallaa en esos puertos ooa
la dilación se acabarán de perder y arruinar totalmente, y los.
marineros desampararán loe dichos navios, sin ^ae después
haya remedio valerse delloe^ ni «eran de ntagun fruto para el
servicio de Su Majestad; que en esa consideración seBÍrvad»
mandar que se les entreguen sus dichos navíoiry los «mbarg»-
dos en Portugal, pues^es una misma causa de bardo d,e fiaoastf
legas y abonadas, que en ello recibirá merced. — Sefior, etc.-^
Enrique Nicolás.
EL REY.
Duque de Medina^Sídonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y de la costa del And^acáa.
Después de respondido en otra carta de la fecha de 'ésta á las
vuestras de 21 y 24 del pasado, se ha recibido la que eseribís*
teis á 29 con aviso de haber partido de Cádiz D. Luis Fajatdo,
mi Capitán general de la armada del mar Océano, con todos
los navios que allí se juntaron. Dios le dé buen viaje*
Muy bien ha lucido el cuidado y diligencia que en este des*
pacho pusisteis, y he holgado de saber que hiciésedes acomo-
dar ian cumplidamente la falta de las armas, y por las que dié
D. Francisco de Barte y lo que de su parte ayud4 en Cádiz i
la salida de D. Luis, le dad de la mia las gracias^ y yo os Isa
doy á vos de todo.
De San Lorenzo á 11 de Agosto de 1607.^=: YO BL BEY.¡=s
Por mandado del Bey, nuestro Señor, Antonio de Aróst^gai»^
Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Con-
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del
Andalucía,
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado,
Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Cipco
cartas se han recibido vuestras de 16, 21 y 24 de Julio, y por
471
todas ellas se ha yisto la diligencia y cuidado con qne habéis
procedido en el despacho de los naTÍos que en esa provincia se.
hmn aprestado y en juntar la infantería que para ellos ha sido
necesaria; y aunqne no es cosa nneva para tos acudir en casos
semejantes en la forma que ahora lo habéis mostrado» y de que
siempro me he tenido por servido de tos, en la ocasión presen-
te ha sido muy agradable y acepto el que me habéis hecho y
de que espero en Nuestro Señor que se ha de sacar mucho
fruto, y que ha de lucir el amor y celo con que habéis procedió
do y aventurado vuestra salud.
En cuanto ¿ la gente que os piden D. Pedro de Toledo y
el duque de Tursi, á los 17 del pasado se os avisó que la de la
Milicia que se juntaba para embarcarse en la dicha armada,
por ser la ocasión tan apretada y forzosa, y pues la habéis dado
la qne ha menester ^ y sabéis que se contravino en ello á lo
que les está ^ esto que se les guarde lo que se les ha ofrecido
en mi nombre, parece que viendo el caso forzoso que de esta
gente no se dé ninguna ^ y otras galeras; pero para que va-
yan en la orden que conviene, les podréis dar la que os pare-
dere de la que se ha levantado por mi cuenta y hubiere que-
dado en el presidio de Cádiz, y en lugar de la que se sacare y
en el ínter que llegan tres compañías que guía el teniente Juan
Ortega dé Bada, que he mandado caminen la vuelta de aquella
ciudad, podrá entrar la de la Milicia, y si fuere necesaria más
gente mandaré que se encamine á ella de la que ahora de
nuevo fte está levantando; y pues como sabéis los grandes titu-
lados y ciudades han acudido á servir en esta ocasión en cuanto
les ha sido posible, si bien han representado los inconvenientes
que se han jofrecido, es mi voluntad que la gente que sobrare,
en partiendo la dicha armada ó la que fuere llegando despnes,
ordenéis que se vuelva á sus casas, dándola muchas guacías de
mi parte por el tiempo que han asistido, y ordenareis que por
el camino se les haga todo buen tratamiento como á gente que
4 Está en blanco en el original.
1 Ídem id.
I ídem id.
472
ha acadido & seryirme, ; advertireíB á los qae no la hubierea
enviado, que no Lo bagan^ pn^s conyiene oxcasar el gasto qw
en esto se les puede seguir no «iendo ya neceBaria, y enyiárnke
eis una relación particular de los Grandes titulados y ciudades
que hubieren acudido á esta ocasión^ y con qué número de
gente cada'^uno^ para que se les den las gracias.
Bien será que aviséis las banderas que han quedado en Gá*
diz y la gente que tiene cada una, para excusar la costa que se
tiene, habiendo poco número de gente con las primeras planas*
PucB habéis enviado á las fronteras de África trigo y cen-
teno del que había de los embargos de Emden, se entiende que
ser^ tal cual conyiene para este efecto.
De San Lorenzo á 11 de Agosto de 1607.= YO EL REY.»
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Agnilar y
Anaya. — Por el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, de
su Consejo de Estado, Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía.— San Lúcar.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Tres
cartas vuestras de 21 y 21 del pasado se han recibido, y por
ellas y la relación que Antonio de Aróstegui, mi Secretario,
me ha hecho de las que vos le escribisteis, he eutendido cuan
á punto quedaba D. Luis Fajardo para poder salir ¿ la mar con
las Escuadras de navios que ahí habéis hecho aprestar^ que
he holgado de ello, y que haya lucido como lo esperaba el cui-
dado con que desde su principio tomasteis la expedición de ese
despacho que tan cumplido ha salido de vuestras manos, de
que os doy nuevas gracias, y también de lo que habéis procu-
rado confrontar las voluntades de los Generales que han con-
currido ahí y habrán de andar juntos este verano.
£1 reforzar las galeras ha sido muy acertado y lo será diir-
les de la infantería pagada y no de las ciudades, y para U que
473
86 embarcare en ellas hareifir darles los bastimentos qne hubie-
ren menester; pero D. Luis no ha de aguardar i las galeras, y
espero por hot*as ayisío de su partida.
La última provisión de dinero que se os hÍ20 de acá se en-
tiende que la habréis cobrado 6 cobrareis presto/y así será bien
que vayáis con cuidado de si se puede satisfacer luego el valor
de las armas y municiones que se han tomado para esa armada
ó la mayor parteMello que se pueda.
De San Lorenzo á 11 de Agosto de 1607 años.=TO EL
REY.=:=Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Arós-
t^ui;— Por el Rey, al duque de Medína-Sidonia, su primo, dol
su Consejo de Estado, Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía. '
. -•'...■.
SEÑOR.
?
Capia. — En la carta que Y. M. se ha servido de mandarme
escribir á los 29 del pasado, me ordena qne luego que D. Car-
los de Ibarra llegue á la bahía de Cádiz haga dar mucha
priesa en su apresto y despacho para que salga á la mar como
en Lisboa se le da á la armada del mar Océano para limpiarla
de los corsarios que andan en ella y asegurar lo que viene de
las Indias, y al mismo punto escribí al Veedor general, Tomás
de Ivio Calderón, que luego que entrase en aquella bahía don
Cfárlos me lo avisase, y todo lo que fuese menester para su
breve despacho, pues mi ayuda y asistencia la tendria muy
cierta y segura para cuanto me hayan menester; y así, de lo
que se fuere haciendo y se ofreciere daré cuenta á Y. M. como
ahora lo hago, de lo que ha declarado el Maestre de un navio
que viene de Inglaterra, y parece que los holandeses nos en-
vían como suelen navios de armada á limpiar de corsarios es-
tas costas y hacer escolta á los navios de mercaderes que vie-
nen á estos puertos, en que no tengo que discurrir sino avi-
sarlo á Y. M.
En San Lúcar á 14 de Agosto de W07.— El duque de Me-
dina-Sidonia.
474
El conde de Pttftou*Rofltro4 D. Juan de Idiaqnez.
Cumpliendo con lo qne Y. 8. me mandó ayer, digo, Se&or,
qae la ocasión que al presente se ofrece de la empresa de La-
rache, es la mejor que hasta ahora ba habido, así por )9Star en
guerra Ibs reinos de Berbería y haber sacado el Xarife la gnar-
nidon de Laraehe y no haber dejado en aquella plaza más
de 35 soldados j sin artiUería) como por hallarse 6a Majestad
al presente con la armada de navios que se '^ran jnntando, en
que habrá al pié de 6.000 infantes y las galeras.
T para la ejecución desta empresa, lo más importante es el
secreto, de manera que los moros no lo entiendan hasta qae se
ejecute; y para disimularlo y ejecutarlo digo en este papel lo
que se me ofrece por la eicperiéncia y papeles que tengo en mi
poder desde que Su Majestad, el año de 1584, me mandó c«tar
en San Lücar para ejecutar la orden del señor duque de Medi*
. na-Sídonía.
T así, «iendo lo principal encargar esta jornada i quien
tenga experiencia della, y mano y poder para acertar á orde-
narla, me parece que seria muy acertado hacer duefto de ella
al señor duque de Medina-Sí donla, por tener tan entendida esta
materia y correspondencia que tiene con loe de allí, y mano
para poder juntar con brevedad lo que falta para poderse em-
prender con seguridad.
T para esto seria muy acertado que se ordenase á D. Fimn*
cisco de Barte que le asista, como se hizo en el despacho de
esta armada, en que se ha visto el fruto que dello resuHó.
T para que se pueda hacer con disimulación, importará
mucho que se áé parte de ello al señor conde de Lemus para
que, sin que se entienda en el Consejo de Indias, vaya encami-
nando que se le cometa á D. Francisco las provisiones que son
menestereuTÍar para-lo de las Filipinas y Cartagena y otras
partes de las Indias, como lo va haciendo, con que sin enten-
derse podrá juntar todo lo que es menester para las trincheras
que se habrán de hacer en Larache y fortíflcacion.
T para acertarse á hacer esta jomada con más secreto y al
tiempo que será más á propósito, me parece que será habiendo
4/7S
h. Luis FajVdo echado al enemigo de Jft mar, ^ volTÍeado con
las flotas de la^ Indiada que se eatié&de será á lo . último de Sep-
ti^mbre, que es tiempo muy á propósitapaüabacer la jer^da.
T para que esto te&ga !?ftqor efeeto 7 con más disimulación}
qme las. galeras de España 7 Genova Be estén en el Cabe de
San Vicente Qomo está ordenado^ bastar que D. Luis Fi^ardo
haya vuelto con lo de las Indias^ y que D. Luis F^tdo esté
prevenido que ba de llegar basta Cádit coa lo que vÍAiere do
las Indias, para que en U^undo allí se pueda con el armada y
galeras partir, sin perder punto al ejecutar la jornada, con lo
que t\ Duque y D. Francisco de Ba^rte tendrán prevenido.
T para esto convendrá que estén prevenidas las galeras,
que en viendo pasar á D. Luis Fajardo la vuelta de Cádiz le
sigan 4 y que asimismo que D. Luis Fajardo las avise al tiempo
qQ» buUere de pasar al pango del Cabo de Sw Yioente, para
que le sigan.
En la fbrma que se ba de cumplir, según los avisos que ten-
drá* el Duque del estado que tiene lo de Laracbe, me parece
que ba de ser yendo á desembarcar á los desembarcaderos que
están á la parte del Norte, juuto á la Torre de los Genoveses,
que es el mejor, como se podrá ver por el papel y planta que
van oon ésta, que es una relación que bizo Juan Mateo Tabla,
Ingeniero de Su Majestad, cuando él y el capitán Juan de la
Rea fueron por orden del duque de Medina-Sidonia, babrá
veintidós años, á reconocer el puesto y sitio de Larache,
Al desembarcar de la gente habrá menester el que la lle-
vare á su cargo reconocer lo primero el sitio más á propésito
para señalar k placa de armaíi á do ba de ir formando su es*
cuadroB con la que se fuere desembarcando, y habiéndole for-
madoy ocupar los sitios más á propésito, conforme al terretao á
do desembarcaren para los cuarteles de las municiones y per-
trechos que se han de desraabarcar, y el puesto que ha de tener
el aíTtill^a.
Que en empezando á desembarcar la gente, pasen cuatro
galeras á ocupar el seno que dicen del Pozo, donde podrán es-
tar, y frontero del está el lugar de Larache. T las demás galo-
rae, dedembafcada la gente/podrán éstai^ á dd se Verá póf la
relación dicha. ' ' ' v -. ■ . > .^
Para qne con más brevedad se haga ladesembarcációá,
sefá bien que el Duqoe tenga pi'evenidós carabrelas, cUUiipas
y'paiaxes y barcos, por sei^ de mucha importancia se desembar-
que á un tiempo la más gente que sé pudiere, como se líizo en
la Tercera. '
T hecho esto^ á un mismo tiempo, sin perderle, habiendo re-
conocido el puerto más coúTeniente, hará abri^ trinchera que
tome de mar á mar, en que habrá al pié de 1 .200 pasos, con
que se asegura la jornada, así para si cargase gente de Bex'be-
rfa como para que quede sitiada de nuestra parte el fuerte y
lugar de Larache. *■ -. -
Y para esto convendrá que D. Francisco dé fiarte tenga
prevenido lo necesario para que puedan trabajar 2.000 perso-
nas conforme á la relación que va con ésta, y para hacer la
trinchera con más brevedad y que esté más fuerte será bien
llevar pipas viejas y sacos de anjeo para llenarlos^ que á causa
de ser el terreno arenoso importará mucho.
T también se podrán llevar trincheras portátiles de las que
Tribulcio con su buen ingenio había inventado, que de esto
podrá decir Jerónimo de Soto; y en caso que lo de Larache es-
tuviere en estado que no sea menester hacer la trinchera, ^ser-
virá para la fortiñcacion que se ha de hacer; y para que se
haga con más brevedad, será bien llevar tablas y maderos para
hacer tapiales con que se harán los terraplenes con má¿ breve-
dad, como se hizo en Jaca, aunque entiendo que et -terreno de
Larache no es tan bueno cómo el dé Jaca. ' ' ' ^
' T al mismo tiempo que se empezare la trinchera, convendrá
ocupar el lugar de Larache, que no es' fuerte, y sí acaso sé lle-
gase con el armada antes de amanecer, se podría emprender
este lugar: lo primero de todo esto se remite al tiempo y t>ca-
sion en que se llegare, porque este lugar está en sitio eminente
al fuerte, y así importaría mucho ocuparle, y para esto será
bien llevar portares con persona que sepa ponerlos, poif' sí qui-
sieren defenderse.
477
Hecha la trinchera de maril mar. ai el foerte de Larache se
quisiere defender^ coBvendrá con breyedad abrir trincheras la
Tuelta del inerte y plantarle el artillería.
Qie el artillería se podrá llevar de la qne hay en Sevilla y
Cádiz^ y Gibraltar y alguna de la arDjiada^ teniendo hechos en-
cabalgamientos para ella qne puedan servir en tierra^ y de la
qne D. Francisco de Barte fuere juntando para enviar á .las
Indias.
Que se Ueven alforjas de anjeo y botas para desembarcar
los soldados pon munición para comer, como se hizo en la Ter-
cera.
Que tomando pié en Larache se podrá ir trayendo con ga*
leras y pataxes y carabelas todo lo que faltare y fuere necesa-
rio paf a abreviar lo de allí| y. pues están tan cerca de nuestra
costa*
Que convendrá que de las armas que se traen de Vizcaya en
los tres bajaes que vienen de conserva con la Escuadra esté
alguno de ellos prevenido en Lisboa cuando pase D. Luis Fa»
jardo para pasar á Cádiz para armar la infantería que se va
juntando^ y qne traiga 500 picas por lo menos, para que la in-
fantería que ha de saltar en tierra tenga con que formar es*
cuadron con que asegurar la campaña.
Y de mi parecer, la infantería de los Señores y ciudades que
estaban ya en las galeras, iban llegando, estando el gasto
hecho con ella, por ahora la dejará estar por ser de tanta im-
portancia esta jornada; y así| salvo mejor parecer^ despacharia
al Diü^que que vaya haciendo lo que había comenza.do, pues ha
de ser fuerza quedar el armada y galeras con guarnición de
soldados, con j],ue se podrian desembarcar 4.000 soldados, y para
reforzar esto convendrá que se dé prisa á que caminen á Cádiz
las 12 compañías que se levantan.
Que tomando el lugar y el. fuerte será bien que la fortifica-
ción se haga incorporando dentro el fuerte y el lugar, hacién-
dola de mar á mar, que vendrá á ser á la parte que mira á la
tierra, porque todo lo demás que mira á la mar está muy alto
y con poca fortificación bastará; iy conforme al sitio que esto
^
«78
ocupare se habrá de dejar la Infiíntería de gaarnioíón que pa-
reBciere,
Que el Duque, por mano de D. Franeisoo de Barte, podrá
tener prevenidos algunos gastadores con nombre delletarlos
á las Indias para las fortífieaciones que allí se han deltacer, ó
en llegando el armada recoger los que se pudieren, que «era
lo más seguro, no dejando salir ningún bajel de toda aquella
costa, de cualquier calidad que sea.
Que teniendo persona de confianza que teng^ trato 7 co-
mercio oon los moros que están en él fuerte de Larache, será
bien, en desembarcando la gente, enviarla á hablarlos ofres-
ciéndoles las condiciones que paresciere conforme al estado
que se hallaren, y para esto entiendo que serán á propósito Sa-
muel y Josephe Palache, que están en esta corte, que los tengo
por confidentes, comunicando primero con el Duque, pues hay
tiempo para ello.
Sobre todo, Señor, importará enviar algún dinero al Duque
para que pueda tener prevenido lo que se le encaigare para
cuando llegue el armada.
T tomada la plaza, de la artillería que se desembarcare, se
podrá dejar en ella lo que fuere menester para su defensa.
Que convendrá desde luego escoger persona cual conviene
para que quede á su cargo esta plaza, y para esto se me ofrecen
D. Hernando de Añasco y el Maestre de campo D. Pedro Sar-
miento.
T siendo Su Majestad servido iré de muy buena gana á
servirle en esta jomada por ser de tanta importancia, como lo
he hecho en cuarenta y cuatro años que há que sirvo, ofrecien-
do vida y cuanto tengo. Dios guarde á V. S. como yo deseo.
Bn Madrid y Agosto 15 de 1607.— El conde de Puñon-
Rostro.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalucía.
479
Visto 86 han doa cartas voestras que á los 27 y 29 del pasado
escribisteis al secretario Bartolomé de Aguilary Anaya, y las
relaciones que con.ellas yenian, y he holgado mucho de enten-
der l|t partida d.e la armada y la gente de mar y guerra que
lleva, en que se echa de ver el cnidailo que habéis puesto en
BU apresto, y el amor y celo con qoe habéis acudido á todo, en
que he recibido de vos muy acepto y agradable servicio, y lo
será que enviéis las relaciones que deois se quedaban haciendo
de todo lo que lleva la dicha armada ,
Bien ser& que aviséis si dejaron las compañías de sa volun-
tad loa capitanes Gregorio de Chinchilla y D. Gonzalo de Ca-
brera, ó si vos les disteis motivos para esto.
De la gente que hay en las compañías que quedaron en
Cádiz 1 que se recoja la que fuere de servicio y se acomode
de vestidos, y * las galeras, pues como os ha avisado por mi
mandado, el * no ha de ir en ellas ninguna de la con que
me sirven los Señores y ciudades de esa provincia.
De San Lorenzo á 17 de Agosto de 1607 años, ^s YO EL
BET.=Por mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de
Aguilar y Anaya.— Por el Bey, al duque de Medina-Sidonía,
su primo, del su Consejo de Estado y Capitán general del mar
Océano y costa del Andalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía, Jun-
tas se han recibido dos cartas vuestras de los 4 y 5 de Agosto^
y he holgado de entender tan particularmente por la relación
que enviáis el número de gente con que me sirvieron algunas
ciudades y señores de esa provincia, y la que de ella, llegó á
4 Está en blanco en el original.
5 Idemkl.
S ídem id.
480
tiempo de embarcarte; y como se oe lia escrito por carta mía de
los 11 de éste, es bien qoe ordenéis ala qae llegó después qne
se vuelva, y aviséis i las demás partes adonde se había pedido
gente, que no la envien, por excusar el gasto que de esto 'se
les sigue, y á vos os agradezco y tengo en servicio la puntea*
lidad y demostración con que os habéis señalado en que vues-
tra gente fuese de la primera, y he mandado dar las gracias á
los demás que han enviado gente, en conformidad de vuestra
relación y de lo que decis.
Con brevedad se os avisará la resolución que manda ^ de
Morón que mató á un soldado de la compañía ^ se queda
mirando, y paresce, como vos advertís muy bien, que es nego-
cio de consideración por la consecuencia.
También se os avisará lo que se hiciere en la pretensión
que tiene el duque de Arcos de que se le vuelvan las seis pie-
zas de artillería que se sacaron del castillo de León, y ha pares-
cido bien lo que advertís de que cuando se le vuelvan puede
ser de los 1.007 quíntales de bronce que se sacaron del Estre-
cho y están en Sevilla para fundirse.
De San Lorenzo á 18 de Agosto de 1607.=YO EL REY.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y
Anaya. — Por el Rey, al duque de Medína-Sidonia, su primo,
del su Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y
costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalueia.
Habiéndose considerado en el Consejo de Guerra las causas
que en vuestra carta de 20 de Mayo pasado, de este año, repre-
sentáis porque no se conserva la gente que entra de presidio
en Cádiz, y que la que más la mueve á menospreciar el castigo
4 Hay an blanco en el original.
t ídem id.
481
y ausentarse es la mocha necesidad qne padece, por ser aque-
lla ciudad la m¿s cara de España y no se poder sustentar con
el socorro ordinario de un real al dia, y consultádome los me-
dios qué proponéis para su conservación de que la dicha gente
de guerra fuese libre de gabelas y otros derechos que están
impuestos sobre el vino, aceite y carne, y que se les venda se-
paradamente como se acostumbra en otras partes; y porque este
es negocio de consideración, holgaré que volváis á mirar en
ello, y que me aviséis con resolución lo que os pareciere que se
debe hacer, advirtiendo que el medio que acá se juzga por más
suave, para no alterar la forma de gobierno que está introdu-
cida en aquel ^ que no se venda separadamente sin las ga-
belas y derechos * puestos en el vino, carne y aceite á la
dicha gente; pero que ^ importar se le haga refacción por
otra parte que ala que ^ se ha hecho, será un cuartillo al
al dia por persona.
De San Lorenzo á 18 de Agosto de 1607.=YO EL REY.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y
Anaya. — Por el Rey, al duqae de Medina-Sidonia, su primo,
del su Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y
costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
He visto vuestras cartas de los 19 y 30 del pasado y 5 de éste,
con las relaciones y copias que acusan tocantes á la empresa
de Larache; y aunque me ha parecido muy conforme á vues-
tra prudencia, á la mucha noticia que tenéis de aquella plazca
y á vuestro mucho celo de mi servicio todo lo que sobre esta
4 Está en blanco en el origina).
5 ídem id.
8 ídem id.
h Id^m id.
Tomo LXXXI. 31
482
materia decis, todavía porque el conde de Poñon-Bostro me ha
dado un papel firmado de sa nombre con dos relaciones sobre
la misma, me ha parecidoi que paes no se perderá tiempo en
los días que tardará un correo yente y Tiniente^ - enviaros el
dicho papel y relaciones originalmente y encargaros, como k^
hago, que veáis lo uno y lo otro con mocha atencioni y vol-
viendo á ver vuestras cartas y las relaciones y copias que con
ellas vinieron, me aviséis sobre todo clara y distintamente de
vuestro parecer sobre cuál de las dos formas que vos proponéis
será más á propósito conforme al tiempo y las fuerzas que hay
de galeras, navios y gente y á lo que el dicho Conde advierte,
y de dónde y cómo se podrán proveer los bastimentos, armas,
municiones, instrumentos de gastadores y las demás cosas que
fueren forzosas para la una y otra forma de hacer la empresa,
y el dinero que para ello será menester, y lo que podrá servir
de lo que hay en la armada, presupuesto que será de vuelta
antes de la ñn del mes que viene, y que no queda tiempo para
fabricar el bizcocho que será menester, y que si sale con la
empresa se podrá ir cebando la provisión, que de toda la dili-
gencia que en esto usáredes me tendré de vos por muy ser-
vido.
De San Lorenzo á 21 de Agosto de 1607. == YO EL RBY.=
Andrés de Prada. — Por el Rey, al duque de Medina-Sídonia,
su primo, del su Ck)nsejo de Estado y Capitán general del mar
Océano y costa del Andalucía.
483
ESTE ES üíí TRASLADO
Vl-eifl Y FmLHKNYE SACADO DB ÜN tÍTULO BB SÜ IdülJBSTAD, FIB-
W ADO DB SU ItBAI/ NOMBBB, Y BIGPRBKDABO DB JUAN I>B CIRtZA,
SU SBCRBTABIO, SU FBOHA EN SAN LORENZO Á 22 DB AGOSTO
DB 1607 AflfOS, CON SBtS RÚBRICAS DB FIRMAS AL FIN DE ÉL,
T LA RAZÓN QUE DEL DICHO TÍTULO SB TOMÓ, QUE UNO EN POS
DE OTRO ES COMO SIGUE:
EL REY.
Por cnanto por parte de vos, D. Juan de Mendoza, marqués
de San Oermau, Gentil-hombre de mi Cámara, de mi Consejo
de la Guerra y Teniente general de la caballería de España, y
mí Capitán general de la caballería, se me ha representado
que conforme al título que os he mandado dar del dicho cargo
de mi Capitán general de la artillería de estos mis Reinos, de la
Corona de Castilla y de las de Aragón y Portugal , os perte-
Aece también de lo que toca á las armadas y notas de la car-
rera de las Indias y 0<70S cualesquier bajeles que salen de estos
Reinos para aquellas provincias é islas de barlorento, y el pro-
veerlos de la artillería, armas y municiones necesarias, y el
nombramiento de los Condestables, Artilleros y otros Oficiales
de la artillería, según y como lo hacéis y debéis hacer en las
armadas que se juntan en estos Reinos por cuenta de mi real
Hacienda; y que habiendo pretendido lo mismo D. Juan de
Acuña Vela, vuestro antecesor en el dicho cargo, se le permi-
tió hacer el nombramiento de los dichos Condestables, Artille-
ros y otros Oficiales en las flotas que se despacharon el año
pasado de 605: como quiera que el mi Consejo de las Indias ha
pretendido y pretende que el ejercicio de dicho cargo de Capi-
tán general de la artillería no se extiende á las armadas y fio-
484
tas de la carrera de las Indias que se despachad por cuéntale
averías, porque esto ha estado separado siempre de dicho cargo
y se ha gobernado por el dicho mi Consejo y por la casa de la
Contratación de Sevilla, teniendo persona particular con títnlo
mío para el ejercicio de este oficio, sin dependencia ni subordi*'
nación alguna del dicho Capitán general de la artillería, ha*
ciendo proveer á las naos de las dichas armadas y flotas y oiiog
bajeles, de la artillería, armas y municiones que han de llevar,
y nombrando los Cabos, Condestables, Artilleroe y otros Oficia^
les de la artillería que se han ocupado en las dichas armadas
y flotas, y haciendo enseñar y habilitar y examinar loa artillo-
ros que han servido y sirven en la dicha carrera, guardando
en todo ello lo dispuesto en la dicha casa de la Contratación y
en otras cédulas que el Rey, mi Señor, que haya gloria, y yo
habernos mandado despachar; y habiéndose visto y considerado
todo esto en la Junta de Ouerra de Indias y lo que conviene á
mi servicio, y á la ejecución y cumplimiento de mis drdenos en
cosa de tanta importi^ncía, excusar encuentros y diferencias
entre tribunales y ministros mios, y consultádoseme todo; por
la mucha satisfacción que tengo del cuidado, amor y celo con
que vos, el dicho marqués de San Germán me habéis servido y
servís, y confiando que de vuestra diligencia y prevención re-
sultarán muy buenos efectos en mi servicio, y que sois uno de
los Consejeros de Guerra que he elegido para la dicha Jnntade
Guerra de Indias, donde asistis, y se tratan las materias tocan-
tes á las dichas armadas y á su despacho, y que por esto tor-
néis mayor noticia y cuidado de que muy á tiempo se provea
todo lo necesario de artillería, armas y municiones, artilleros
y otras cosas que fueren menester, he tenido y tengo por bien
que por el tiempo que fuere mi voluntad uséis y ejecutéis el
dicho cargo de mi Capitán general de la artillería en las dichas
*
armadas y flotas de la carrera de las Indias y en otros cualea-
quier navios que se despacharen en los puertos del Andalnc^
y otras partes para las Indias Occidentales de la Corona de
Castilla é Islas de barlovento, según y como la hacia y podía y
debia hacer la dicha casa de la Contratación de Sevilla, y el
485
Jaez oficial de Qadiz, y otras caaleaqnier personas que han te-
nidoeomision nuestra para ello^ haciendo visitas por vuestro Te-
Bieate y Ofíeiales, así á los navios de armada como los de mer-
cante para saber la artillería^ armas y moniciones y pertrechos
de guerra que llevan, y proveer de lo que les faltare para que
vayan eo(nfbrme á las Ordenanzas que ahí hubiere para ello,
y proveer y nombrar los Condestables y Artilleros que hubieren
de navegar y servir en las dichas armadas y flotas, y navios,
y hacerles examinar, teniendo particular cuidado con que sean
hábiles y suficientes, y naturales de estos Beinos, y guardando
y haciendo guardar en todo las dichas Ordenanzas de la casa
de la Contracion, y lo demás que acerca de ello está dispuesto
y proveído y mandado al Presidente y Jueces, Oficiales de la
dicha casa de Contratación, y al Juez oficial de Cádiz y á los
Generales, Almirantes, Capitanee y otros Oficiales de las dichas
armadas y notas que os dejen y consientan libremente usar y
ejercer en ellas el dicho cargo de mi Capitán general de la ar-
tillería, para vos y vuestros Oficiales y Ministros, según y como
está dicho, sin embarazarse en ello la dicha casa de la Contra-
tocion ni el Juez de Cádiz, ni otra persona alguna, sin embargo
de coalesqnier Ordenanzas y Cédulas mias que en contrario
de esto haya y se hubieren despachado; y asimismo mando á
ios Capitanes, Cabos y Condestables de la artillería. Artilleros y
otros Oficiales del dicho Ministerio, yá los Veedores^ Contadores,
Pagadores, Tenedores, Mayordomos de la artillería y de las ar-
mas y municiones de las dichas armadas y flotas, que cada uno
en lo que les tocare use y ejerza con vos y vuestros Oficiales el
dicho oficio, y os obedezcan y guarden vuestras órdenes y
mandamientos, que para todo lo susodicho os doy poder y fa-
cultad y para que podáis conocer y conozcáis de todas las cau-
sas civiles y criminales tocantes á los Condestables, Artilleros
y otros Oficiales de la artillería, así de los que están alistados
para servir en la dicha carrera de las Indias como de los que
se alistaren y asentaren para embarcarse en las dichas arma-
das y flotas y otros cualesquier navios, con que las apelaciones
que interpusieren las partes hayan de venir y vengan á la
486
dicha Junta de Guerra de ludías y no á otro Tribonal alguno,
que así es mi voluntad| y que tomen la razón de ésta mí Cé-
dula mis Contadores de cuentas que residen en mi Consejo de
las Indias, y mi Contador de la dicha casa de la Contratación
de Sevilla y el Juez oficial de Cádiz, y los mis Veedor y Con-
tador de las armadas de las Indias, y pongan todos en los libros
•de sus oficios copias de ella para que en sn cumplimiento haya
mayor puntualidad y cuidado; y ésta original se os vaelva á
TOS el dicho marqués de San Germán, para que la tengáis por
título de lo susodicho. — Fecha en San Lorenzo á 22 de Agosto
de 1607 años.«=YO EL REY.=Por mandado delRey^ nuestro
señor, Juan de CÍTÍz9k,^=^Y al Jtn de las dichas dos firmas eslán
las dichas seis rúiricas de firmas, ^TomÓBe la rasen del título
de Su Majestad en la hoja antes de ésta en los libros de las
cuentas de las Indias, en Madrid á 31 de Agosto de 1607 años;
Antonio Diaz de Navarrete, Juan de Parra.^Tomóse la razón
en los libros de la Contaduría de la casa de la Contratación de
las Indias, en 18 de Septiembre do 1607; D. Antonio López de
Calatayud.=»Tomése la razón de esta Cédula de Su Majestad,
en el Juzgado de Indias de Cádiz;. Juan Baptista de B^esa^s»
Tomóse la razón en los libros de la Veeduría y Contaduría de
la armada de la guardia de las Indias, en 24 de Septiembre
de 1607 años, del título que Su Majestad mandó dar al señor
marqués de San Gorman; Juan deLaiseca AlYarado.=Fecho y
sacado, corregido y concertado fué éste dicho traslado con el
dicho título original, que para el dicho efecto entregó á mí el
presente Escribano el Sr. D. Luis Manrique, Teniente de Ca-
pitán general de la artillería, á quien le volví el dicho tituló
original, y va cierto y verdadero, y fueron testigos á lo ver sa-
car, corregir y concertar, Joseph Gurcíay Diego de Valle, ve-
cinos de Sevilla, en la dicha ciudad de Sevilla á 25 do Septíem*
bre de 1607 años, y fice mi signo en testimonio de verdad.
487
EL EET.
Duque de Medina-Sidonia , del mí Consejo de Estado y mi
Capitán general del mar Oc^no y costa del Andalucía. El se-
renísimo archiduque Alberto, mi hermano, trató por el mes de
Noviembre próximo pasado de la libertad de los españoles y
otros vasallos míos y suyos que con razón de la guerra se ha-
llaban presos en las islas de Holanda y Gelanda, ofreciendo por
ellos los naturales de las dichas Islas que estaban presos en
estos Reinos por la dicha razón de la guerra hasta fin de Agos-
to del año pasado de 1606; y yo tuve por bien se efectuase, en
virtud de lo cual, los de las dichas Islas dieron libertad á los es-
pañoles y otros vasallos mios que tenian presos hasta entonces;
y porque ahora de nuevo me ha suplicado el comisario Carlos
Crocau, en nombre y con poderes bastantes de las dichas Islas,
tenga por bien que se haga un trueque general de las perso-
nas que de una parte y otra se hubieren tomado en prisión por
la mar y lo estuvieren al presente por causa de la guerra hasta
los 21 de Julio próximo pasado, he venido en ello; y para que
desde luego se ponga en ejecución , os encargo y mando que
en recibiendo ésta deis orden precisa para que todos los natu-
rales de las dichas Islas que estuvieren presos debajo de vues-
tra mano por razón de la guerra por la mar, y aunque no sean
naturales de las dichas Islas, como hayan sido presos en su ser-
vicio por la dicha razón hasta el dicho dia 21 de Julio, sean
luego libres y sueltos de la prisión en que estuvieren, á toda
satisfacción suya, para que cuándo y cómo quisieren puedan
gozar de la libertad, sin llevarles rescate ni costa algana, dán-
doles para ello los pasaportes y recaudos necesarios; y de como
esto se hubiere cumplido y ejecutado enviareis testimonios
auténticos de Escribano público, con relación particular de las
personas á quien se diere libertad, porque se ha de enviar al
dicho Archiduque, mi hermano, y para que por parte de las di-
chas Islas se dé libertad á los prisioneros que en ellas y otras
488.
partes tuvieren vasallos míos, y del dioho mi hermano, presos
por la mar hasta el dicho dia 21 de Julio , queda acá ea rehe-
nes el dicho comisario Garlos Crocau, y obligado i q,ae las di-
chas Islas lo cumplieren así, y darán libertad á D. Pedro de
Yelasco , hijo de D. Pedro de Velaseo , que fué Capitán de la
guarda del Bey, mi Señor y padre que haya gloria, de manera
que el trueque sea general de Iqs presos por la mar de .una
parte y otra hasta el dicho dia^ y no se comprenden en- este
concierto los que estuvieren presos por delitos particularesi
porque estos han de estar basta la conclusión de sus causas,
que así es mi voluntad.
De San Lorenzo á 26 de Agosto de 1607.»:TO EL BEY.==
Andrés de Prada.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia^ primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Hánse recibido dos cartas vuestras de 13 y 14 deste, y las re-
laciones que enviasteis de la gente de mar y guerra, vituallas,
armas y municiones que llevaron los navios en que salió de ahí
D. Luis Fajardo, mi Capitán general de la armada del mar
Océano, que han parecido muy bien; y si fuese cierta la falta
de agua que D. Luis os avisó que tenían algunos de los dichos
navios, convendría escarmentar á los culpados.
Entiéndese que habréis acomodado de infantería á las gale-
ras como oa está ordenado, y será bien hacer que la qu^ decís
acpdíó de los lugares á quien se repartió por vecinos cumpla el
concierto que li^izo con sus principales»
El aviso que os dio el Capitán inglés, de que se entendía qite
la armada holandesa anda todavía en estos mares, es muy con-
trario de lo que escribieron de la Tercera á 2 de éste, que es te-
ner por cierto que se han retirado á su tierra, y así se espera
con deseo nuevo aviso de lo más cierto.
De San Lorenzo á 27 de Agosto de 1607 aQos. == YO EL
BEY.7=Por mandaido del Bey, nuestro. SoAor, Antonio de Arós^
\
I
i
469
tegui.^Por el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del
axi Go&Mjo de Estado y Ga^taa general del mar Océano y costa
del Andalucía.
EL BEY.
Duque de Medma-Stdonia, primo, del mi Consejo de Estado
y mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda*
cía. El dnqne de Tursi me ha escrito lo que veréis por la copia
qne con ésta se os envia, y antes de tomar resolución en lo que
pide, he querido avisaros de ello para que me digáis lo que os
parece y lo que sobre ello se os ofrece, que visto, se hará lo
qne más pareciere que conviene á mi servicio.
De San Lorenzo á 27 de Agosto de 1607.=TO EL BEY.=:
Andrés de Prada. — Por el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su
primo, de su Consejo de Estado y su Capitán general del mar
Océano y de la costa del Andalucía
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Tres
cartas vuestras del último del pasado , 5 y 7 del presente , se
han recibido, y también me ha hecho relación Antonio de Arós-
tegai, mí Secretario, de las que le escribisteis á él, y ha pare-
cido bien que encaminásedes en una carabela al Maestre de
campo D. Femando de Toledo y á los demás que iban con él
en busca de la armada la vuelta de Lisboa, y que el despacho
mió para D. Lnrs Fajardo se le enviásedes con correo expreso:
hasta ahora no se sabe nada del ni de habérsele juntado don
Joan Fajardo, su hijo, con los navios de Lisboa, más de que
salió de allí en su busca á los 9, con buen tiempo; y de las Ter-
ceras se tiene aviso que la armada holandesa andaba allí á
los 23 del pas^o en número de 30 velas.
Ta se 08 h& advertido que la infantería que hiciérodes dar á
4^
las galeras sea de la pagada, y así se entiende qae lo habréis
hecho, 7 ellos habrán ido al Cabo de San Vicente, como está
resuelto.
Faé bien proveer bastimentos para dos meses á los 120 sol-
dados que hicisteis dar al dnqae de Tarsi para las galeras de
su cargo.
Las dos galeras de las .de Lisboa hacen falta allá, y asi habri
sido acertado no detenerlas ahí y darles alganos soldados, pues
los que trajeron de Lisboa se embarcaron con D. Lais Fajardo.
He holgado de saber que sea tan buena como decis la gente
que se embarcó, y que la conducción de la del Andalucía se haja
hecho con tan poco gasto como significáis, lo cual se debe i
vuestra industria y maña.
Está bien lo que habéis ido disponiendo cuanto á la artille-
ría de provecho y la reventada de los navios que dieron al tra-
vés en Gibraltar; y el dar á los buzos que la sacan á cuatro rea^
les por quintal, es precio muy acomodado y que se puede con-
tinuar.
Lo que parece será justo hacer con los dueños de los cuatro
navios en que el Virey de Cataluñia envió la infantería, es que
respecto de lo que se concertó con ellos por el viaje de Barce-
lona á Cartagena, se les pague el de Cartagena á Cádis, consi-
derando la diferencia de distancia que hay de una parte á otra,
y así ordenaréis que se haga.
Los 750 quintales de bizcocho que decis os sobraron , con-
viene ^ en ser para socorrer á las galeras de Genova, ó la
necesidad más precisa.
De San Lorenzo á 27 de Agosto de 1607.c=eTO EL RBT.»
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Arósteg^i.—
Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su G<m-
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del
Andalucía.
1 E€t^ en blaoco en el orígintU
491
EL REY.
Duqae de Medina^Sidonia, prixuo^ del mi Copsejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Doña María de la» Salaa ^ viuda del general Juan Alvarez de
AyUés, me ba suplieado mande que se le dé el quinto de las
presas que hi2o el dicho su marido durante el tiempo que fué
General de la Escuadra de la guarda del Estrecho de Gibral-
tar^ y para poder tomar resolución en esto, conviene que me
aviséis lo que importará el quinto dellas; así os lo encargo y
que sea con brevedad.
• De San Lorenzo á 26 de Agosto de 1607. =YQ EL REY.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aréstegui. —
Por el Bey, al duque de Medina-Sidonía, su primo, del su Con-
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del
Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonía, primo, del mi Consejo de Estado
y mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. He recibido vuestra carta de los 26 del pasado que trata de
la empresa de Larache, y doy os muy particulares gracias por
el cuidado y celo con que atendéis á mi servicio; y por no sor
aquella jornada de la manera que os parece se haga digna de
vuesrtifa persona, parece que cuando se haya de intentar no se
puede encomendar á otro que á D. Pedro de Toledo, por ha-
berse, de ejecutar con las galeras que están á su orden; y por-
que antes de encargársela es bien que se le comunique el fin
que se lleva y los medios que hay para la ejecución , he querí-.
do. encargaros, como lo hago, que con la disimulación, recato
y secreto que el caso pide, le llaméis juntamente con el duque
de Tursi, pues se ha de hallar también en la empresa, y les
deis las cartas mias c^us iráa con ésta, del tenor que veréis por
4^
8US copias, y les digáis todo lo que en esta materia está tratado
muy larga y particularmente; y la forma y medios que podrá
haber en la ejecución de ello; y si les pareciere que es hace-
dero, y D. Pedro de Toledo se encargare de la jornada, pon-
dréis lüégo las manos en lo que se hnbiéfre de proveen, isisí de
getíte como de tod^ lo demás, sin esperar o(ra consulta ni drden
mía, que con ésta se os envían cartas para' el niarqnéé de loe
Vélez, D. Hernando Hürtad(y*<le H^ndeza y D. Francisca de
ligarte, y las copias dellas, para que veáis lo que se les ordena;
y ora se dificulte ó facilite la jomada, me.avisamB con este
correo de lo que se ofreciere.
De San Lorenzo á2 de Septiembre de 1607. =Y0 EL BEnr.=
Andrés de Prada. — Por el Rey, al duque de Medina-Sídonía, su
primo, del su Consejo de Estado y su Capitán general del mar
Océano y costa del Andalucía.
EL REY-
Marqués de los Vélez, primo, Adelantado y Capitán mayor
del reino de Murcia. Aunque se creyó que no fueran menester
los 300 hombres que os mandil apercibir para embarcar en las
galeras , todavía se ha ofrecido ocasión precisa en que no se
pueden excusar, y así os encargo muchx) que en recibiendo
ésta deis orden que con suma diligencia se junten y eis^éa i
punto para irse á embarcar á^ la hora que osí lo avisaré la per-
sona á cuyo cargo fueren las galetas que irán por ellos, que
defnás de que la jornada será muy breve, yo recibiré én ello de
vos y de los qne fueren muy agradable servicio.
De San Lorenzo á 2 de Septiembre de 1607. i^YO EL SEY.=
Andrés de Prada.— Por el Rey, al marqués de los Véleí, su
primo y su Adelantado y Capitán mayor del reino de Murcia,
f^
493
EL REY.
* . '
Don Fernando Hnrtado de Mendpza, mi Capitán general de,
la costa del reino de Granada. Para cierta ocasión^ que entep*
dereis del dnqne de Medina-Sidoniai se ofrece de mncbo servi-
cio de DioB y mió, conviene que de la gente de vuestro cargo
se embarquen en las galeras que irin á recibirlos el númerQ
de infantes que ál os avisará; y así os encargo y mando muy
precisamente^ que sin réplica ni dilación alguna ordenéis que
se haga, y que sean de los más pláticos y útiles que hubiere^
que demás de la ocasión en que se han de emplear^ será tan
breve, que no pnedan hacer falta de consideración; yo recibiré
en ello de vos muy agradable servicio , y si todavía os pare-
ciere que en lugar de la gente qu^ saliere ^ entre otras, os val-
dréis de la de las ciudades que están en costumbre de acudir á
semejantes ocasiones.
De San Lorenzo á 2 de Septiembre de 1607.=YO EL REY.=
Andrés de Prada. — Por el Rey, á D. Fernando de Hurtado de
Mendoza, su Capitán general de la costa del reino de Granada.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonía, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. El
veedor Pedro de Mazateve AJvarado ha escrito en carta de 12
del pasado, que la mayor parte de la gente que sirve en aquella
ciudad, de la que fué, de Cataluña,, está desnuda, como vos
también lo habéis avisado, y que si no se acude al remedio,
entrando el invierno no será de servicio ni se podrá conservar;
y pues veis cuánto conviene atender á esto, os enca¡rgo y mana-
do que por la vía que os pareciere más á propósito deis orden
que la dicha gente se vista , avisándome de lo que se hiciere,
porque conviene tenerlo entendido.
De San Lorenzo á 2 de Septiembre de 1607. = YO EL REY. =:
494
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Agoil&r y
Anaya. — Por el Rey, al doqne de Medina-Sidonia , so primo,
del fia Consejo de Estado y Capitán genefal del mar Océano y
costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medína-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Ocáano y costa del Andalucía. Por
parte del Concejo y Regimiento de la villa del Castellar se me
ha hecho relación que la dicha villa está en la costa , legua y
media de la lengua del agua junto á la ciudad de Gibraltar,
donde acuden de ordinario á su socorro en las ocasiones que se
ofrecen, como lo hicieron cuando los Turcos saquearon la dicha
ciudad, y cuando vino el enemigo sobre Cádiz , y últimamente
cuando el armada holandesa derrotó la Escuadra que estaba á
cargo de Juan Alvarez de Aviles; y siempre son de los prime-
ros que acuden á estos socorros, con ser la dicha villa no más
que de 50 vecinos, y que por estar tan cerca y ser importante
acudir á esto y á sci defensa, y les es fuerza tener las armas en
orden, las cuales en ningún tiempo las han sacado della, n! han
sido quitadas para cualquier ocasión que se haya ofrecido; y
que ahora el conde del Castellar, cuya es la dicha villa, por
haberle ordenado acudiese con gente para la armada que se ha
hecho para guarda de la costa y galeones de las Indias , como
se ha pedido á otros Señores de aquella provincia, ha dado su
mandamiento para que diesen 20 soldados armados á su costa,
y aunque se han defendido por las causas que refieren los apre-
miantes á que los den, suplicándome les haga merced de man-
dar al dicho Conde no les compela á ello y les deje ^ su de-
fensa y socorro de la dicha ciudad de Oibraltar; y habiéndose
visto en el mi Consejo de Guerra, ha parecido advertiros dello
y ordenaros, como lo hago, me informéis si es cierta la rela-
ción que la dicha villa hace, y en qué ocasiones han acudido á
* Eslá en blanco en el original.
495
BenFÍnne, qué vecindad tiene y el incouyeniente que se le sigue
en dar los 20 soldados qae el Conde les ha pedido , para qne con
Taestro parecer mande tomar la resolución que convenga á mi
servicio.
De San Lorenzo ¿ 3 de Septiembre de 1607. = YO EL RET. =
Por mandado del Rey^ nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y
Anaya. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
del su Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y
costa del Andalucía.
La villa de Castellar tiene hasta 70 vecinos, y desde el dicho
Castellar al rio de Hetares, que sale de Gibraltar , hay dos le-
guas y media.
Todo lo que yo pudiera decir en ésta verá V. E. por el des-
pacho de Su Majestad que va con ella, y lo que el señor duque
de Lerma escribe á Y. E.; y así no me queda á mí qué decir
sino suplicar á Y. E. considere, que pues la armada de los re-
beldes está ya en su casa , si para asegurar la empresa de que
se trata será bien esperar la nuestra, pues con la gente, basti-
mentos y municiones que en ella hay se puede facilitar mucho.
Guarde Dios á Y. E. como yo deseo.
De Madrid á 4 de Septiembre de 1607. — Andrés de Pra-
da. — Al duque de Medina-Sidonia, de los Consejos de Estado y
Guerra de Su Majestad y su Capitán general del mar Océano y
de la costa del Andalucía.
EL REY.
Don Femando Hurtado de Mendoza, mi Capitán general de
la costa del reino de Granada. Aunque por lo que os escribí á
los 2 deste confio habréis ejecutado lo que en aquella carta os
ordené, todavía , por lo mucho que importa á mi servicio que
496
en aqaello no Iisya falta ^ he qoerido de nnevo éncargirot j
Boandaros, como lo ha^^ujr precitaiiieate , qao ri noto ka*,
biéredes puesto en ejecocion, lo ejecaie» luego sin largarlo
una sola hora máe , pues en la brevedad consiste el buen oo-
ceao de lo que con esta gente se ha de ejecutar , y aií recibiré
muy agradable servicio en que no haya fiílta en lo quede vues-
tra parte se ha de hacer, y en que me aviséis de haberlo así
cumplido.
De San Lorenzo á 6 de Septiembre de 1607.s=TO EL RET.«
Andrés de Prada.~*Por el Rey, á D. Femando Hurtado de Men-
doza, BU Capitán general de la costa del reino de Granada. *
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mi Consejo de Estado
y mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andar
lucía. He visto vuestra carta de postrero del pasado con los pa-
peles que acusa, y he holgado de entender lo que han refm-
do los que últimamente han venido de Larache y la buena
disposición que hay para apoderamos de aquella plaxa, y la
prudencia con que vos advertís , diaponeis y prevenía lo nece-
sario para la empresa, de que os doy muy particularea gradas,
y espero que por vuestro medio se ha de aalír coa lo que tanto
importa al servicio de Dios y mió, y al bien y seguridad destos
Reinos; y habiendo considerado este último despacho vuestro,
me ha parecido no mndar la resolución que habia tomado de
cometeros á vos, á D. Pedro de Toledo y á D. Carlos Doria, la
comunicación deste negocio, para resolver en él con vuestro
parecer lo que convenga, y así esperaré con gran deseo la res-
puesta de aquel despacho, para conformarme con lo que os hu-
biere parecido; pero para en caso que se haga la jomada,
se mandan los despachos que veréis por las copias que iiáu con
ésta, en conformidad de lo que habéis advertido, de las cualei
asareis como más viéredes convenir; advirtíéndo que ai la .em-
presa no se hubiere de hacer por algunas consideraciones que
407
d» nueto podria ser ee hubieron ecarfido á ros y á loe d^ianRS,
Mt habvá para ga¿ uenur de la» cartas de los DnqBés y ciudades
pcNTOo dar á su gente molestia sin ocasión , y también se podrá
excQsar de ¿ar la de D. Francisco Dnarte y enviar la suya á
D. Femando Hartado; y aTísarétsme laégo de lo que se acor-
dante hiciere^ qne eá ello reoibiTé de tos muy agradable- Éer-
vicio.
De San Lorenzo á 6 de Septiembre de 1607.= YO EL RBY. ^
Andrés^ de Prada. — ^Por el Bey, ai duque de Medina-Sidenia,
8o primo, dri su Consejo de Estado y su Capitán general del
mar Océano y costa^el Andalueia.
Con ésta ya la respuesta del' último despacho de V. E. para
Su Majestad, sobre lo de Larache, á que no se me ofrece que
añadir sino que Su Majestad ha mandado que se haga í)roTÍ«
sien "de dinero que quedo procurando con gran cuidado, y con
la que fuere despacharé luego correo en diligencia. Guíelo
Nuestro Señor todo, como ye que conviene á su servicio, y
guarde á Y. E. como yo deseo.
De Madrid á7 de Septiembre de 1607.— Andrés de Prada.—
Al duque de Medina-Sidonia, de los Consejos de Estado y
Guerra de Su Majestad y su Capitán general del mar Océano
y de la costa del Andalucía.
Por lo que Su Majestad escribe á V. S., verá lo que se
ofreee, y le -que yo puedo añadir es, que* Su Majestad será muy
servido de que V. S. facilite la ejecución, pees no hay temor
de enemigos que lo pueda impedir, estando Merat Arráez y los
demás corsarios de momento de Argel en Levante, y yo deseo
que V. S. tenga suplente en el efecto que se pretende hacer,
que dentro ó fuera ha de ser con mucha brevedad, y en ésta
consiste el buen seceso.
La libertad del Sr. D. Pedro de Velasco está en tan buen
punto, que espero se ha de conseguir muy presto; de lo que se
Tomo LXXXI. 32
f
• •
! 498
)
hiciere avisara á Y. 8., á qoien laplico se acaerde de mandu-
! me en que le sirva, pues sabe Y. S. la tolantad con que lo he
de hacer, y la merced que en ello recibiré. Ooarde Dios i Y. S.
como yo deseo. ^
De Madrid á 7 de Septiembre de 1607.^Andrés de Prada.—
A D. Fernando Hartado de Mendoza, Capitán general de la
/ costa de Granada, por Su Majestad.
Su Majestad me manda remitir el decir á, Y. S. con el se-
creto que se debe y puede fiar en tan gran caballero y soldado,
que se desea intentar la empresa de Larache con una escalada,
por estar aquella plaza sin ninguna guarnición, y haber saca-
do el Rey de Fez la más y mejor artillería que tenían aquellos
castillos para su ejército, que ya la vuelta de Marruecos en .de-
manda de Muley-Zidan, su hermano tercero, que se le alzó con
aquella ciudad y Reino. T así ha sacado de Larache y de aquel
contorno toda la más gente de caballería é infantería que ha
podido, con que queda lo de Larache sin socorro, de que se
tienen frescos avisos, y dentro personas que los dan por horas;
y con esto juzgará Y. S. tanto mejor cuál es la ocasión y la
importancia de aquel rio, que es la que Y. S. sabe, que es mucho
mayor que lo de Argel, por no tener puerto para la seguridad
de las costas destos Reinos, y los turcos desean tanto este pues**
to, que conviene sumamente el quitárselo y prevenirlo^ tornan-
dolo Su Majestad; y así se sirve, que de la in&ntería desa costa,
por ser la mejor que se llevará á Y. S., se esfuerce á sacar toda
la más que se pudiere, pues ha de ser por tan pocos días, y no
ha de quedar en aquel presidio; y así despacho este correo por
ganar tiempo á Y. S., para que sin dar á entender la ocasiou,
sino que por no tener las galeras infantería para correr las cos-
tas habiéndose ya retirado el armada de rebeldes en Gelanda,
quiere Su Majestad que den una vuelta, y así me avisará dd
número de gente que podrá Y. S. recoger, para que conforme á
ella se envien galeras á embarcarla, porque sea al mismo punto
499
qtre se tenga aviso de V. S. de lo que en ésts digo. Nuestro
Señor guarde á Y. S. muchos afios.
San LúcarSde Septiembre de 1607.-«É1 duque de Medina-
Sídonia. — Señor D. Francisco Hurtado de Mendoza.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia^ primo, del mi Ck)n8ejo de Estado
7 Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Hánse recibido dos cartas Vuestras de 9 del presente, y he hol-
gado con el aviso de la llegada de la flota de Nueva España,
gracias á Dios^ que la trajo en salvo.
Queda entendido él número de infantería que ordenasteis se
embarcase en las galeras, y los vestidos que se repartieron á
la que estaba desnuda, y os agradezco el cuidado con que lo
dispusisteis todo; y de lo que advertís tocante á reformación de
esas compañías, se va tratando.
También el expediente que tomasteis en dar satisfacción á
los dueños de los cuatro navios que envió con la infantería de
Cataluña el duque de Monteleon, y ha sido acertado encomen-
dar al capitán Mattin Cerón de Vargas, regidor de Oibraltar,
el poner cobro en lo que se va sacando de los navios que dieron
al través en aquella playa.
Los«360 quintales de bizcocho que decis han sobrado, será
bien que los hagáis guardar para socorrer con ellos á las gale-
ras de Grénova, que se han de volver presto á invernar.
Por muy cierto se tiene haberse retirado la armada holan-
desa, y de la nuestra no se ka sabido nada desde que D. Luis
Fajardo escribió del paraje de Sagres, más de que andaba cerca
de las Terceras, según el aviso que dio una carabela del Brasil
que habrá veinte dias llegó á Lisboa; vos m,e avisareis de lo
que allá se supiese.
Ta habréis entendido lo que últimamente se ha ordenado al
Dr. Bustamante, sobre la prosecución de su comisión en la
500
averiguación de los ezcesos de Oíbraltar, y convendrá que
vaya muy ajustado con las órdenes que se le han dado.
Para lo que toca á proceder contra los marineros que se que-
daron en tierra habiendo recibido pagas para embarcarse en la
armada, podéis vos por vuestro cargo dar orden para ello déla
manera que os pareciere, y que se castiguen los culpados con-
forme á justicia; pero no permitiréis por ningún caso que sea
con pena afrentosa, mas es tan conveniente, como lo apuntáis,
escarmentarlos, porque estas fugas y faltas son de mucha con-
sideración.
De Madrid á 21 de Septiembre d'e 1607.=TO EL BET.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegul.—
Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Con-
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa dd
Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Para
dar satifaccion á Dionis Lermita, flamenco, de las mercaderías
que se le embargaron y tomaron por de contrabando en un
navio que entró en ese puerto de San Lúcar, y por sentencia
de revista del mi Consejo de Guerra de Justicia, está mandado
que se le restituya su valor; conviene que aviséis luego la can-
tidad que del dinero que montó la venta de las dichas mercar
derías se ha gastado por vuestra orden en efectos y cosas de
mi servicio, porque el ejecutor nombrado por el dicho Consejo
qué fué á cumplir el tenor de la dicha sentencia, ha avisado
que le consta haberse gastado mucha parte de la dicha denun*
ciacion en los dichos efectos de mi servicio, y así es necesario
que me informéis dello con puntualidad.
De Madrid á 21 de Septiembre de 1607.=TO EL RET.=
Por mandado deLRey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. —
Por el Rey, al Duque de Medida-Sidonia, su primo, del su Con-
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del
Andalucía.
501
EL REY.
Daqae de Medina-Sidonia, primo^ de mi Consejo de Estado
7 mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Anda-
lacia. He yisto vuestras cartas de los 9, 10 y 17 del presente,
con todos los papeles que con ellas vinieron, y lo que vos decis
sobre ellos, y doy os muy particulares gracias por el cuidado y
prudencia con que os desveláis en las cosas de mi servicio que
hoy se traen entre manos, que es muy conforme al amor y celo
que & él tenéis y á lo mucho que yo confío de vos; y así espero
que se ha de hacer en lo de L'arache lo que más convenga; y
cuanto á la empresa principal de aquella plaza, no veo que se
pueda tomar ninguna resolución hasta ver lo que resulta de la
junta que habéis de tener con D. Pedro de Toledo y el duque
de Tursi, después de haberles vos advertido, así de lo que de
acá se os escribió como de todo lo que os han escrito Juanetin
Mortara y Yincencio de Marchena, y los demás avisos que antes
habíades tenido de los que de pro ^ habian venido de Lara-
che; y así, lo que se ofrece que deciros es, que me parece muy
bien que enviéis los cinco navios y pataxe que decis íbades
aprestando á la barra de Larache, para el efecto que os los pidió
Muley-Xeque, á cargo de las personas y con la gente y pre-
venciones de bastimentos y municiones que os pareciere; pues
habiéndose de echar mano de las que por allá hay, ninguna
provisión puedo yo hacer tan acertada como remitir á vuestra
prudencia^ así esto, como el darles las instrucciones y órdenes
de lo que hubieren de hacer, porque con esto quedo satisfecho
de que se hará lo que más convenga á mi servicio; y así os co-
meto y encargo lo hagáis caándo y cómo juzgáredes convenir,
que en ello le recibiré de vos muy agradable.
De Madrid á 24 de Septiembre de 1607.==TÓ EL REY.»-
4 Hay un blanco en el original.
602
Andi^ de Prada.— Por el Bey, al duque de Ifedina^Sidonift, bu
primo, de 8a Consejo de Estado, «a G(^)itan general del mar
Océano y costa del Andalucía.
Estando para despachar este oorreo, UegafOB las cartas de
V. B. de los 16, y loégo eoTié al Sr. Dnqve loe q«e Tinienm
para Sa Majestad, y aYÍsé á S. E. lo qae V. E. me escribe en
nna de las mias acerca de la esterilidad de Berbería.
Por no detener eete correo, no se escribe ¿loe Sces» D. Pe-
dro de Toledo y duque de Tarsi, que no éatren «a Gádis por la
causa que Y. £. advierte; har^se con otro, y entretanto no
dudo de que lo harán, advirtiándoselo V^ E., pues Terán que
couTÍene. Guarde Dios á V. E« cómo yo deseo.
De Madrid á 24 de Septiembre de 1607. — ^Andrés de Prada^—
Al duque de Medina*Sidonia, de los Consejos de Eetado y
Guerra de Su Majestad, su Capitán general del mar Océano y
costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Gonsejo)de>EBtado
y Capitán general del mar Océano y costa del Afidalnciaé Por
vuestra carta de 10 del presente, se ha entendido que D»* Am-
brosio de Castro quedaba sobre el paraje, de Rota con los navios
que le dejó D. Luis Fajardo^ mi C^tan general de. ilt armada
del mar Océano; y lo que por ahora conviene «s qoe Xko se
aparte de la bahía de Cádiz hasta tener otra orden, y la^ue le
disteis para que no volviese al Cabo, faé acertada.
El galeoli San Bartolomé que anda con los dichos navios,
del cargo de D. Ambrosio, será bien que se aderece lu^,
pues decis que lo há menester, y después se os avisará en lo
que ha de servir.
De Madrid á 25 de Septiembre de 1607.»rTO EL RET.»:Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aréstegoí. — ^Por
503
el Bey, al daqne de Ifedina-Sidonia, su primo, del so Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. Considerando el estado en que se halla mi hacienda, he
mandado que se tenga particular cuidado con la administración
y beneficio della, y que ahora se tenga mucho la mano en lo
que toca á la prjoyision de entretenimientos y yentajas de que
08 he querido avisar y encargaros y ordenaros, como lo hago,
muy precisamente que en recibiendo ésta, sin ninguna dilación
deis orden que se saque una relación muy copiosa de los entre-
tenimientos, ventajas y plazas muertas que hay en esa costa,
declarando las sumas, en qué tiempos, á qué personas, y por
c6ya orden se proveyeron, y esto con mucho secreto, sin que
se entienda que es orden mia, sino que vos la queréis para sa-
ber lo que hay. en lo cual usareis de mucha diligencia, porque
conviene tenerlo yo entendido con mucha brevedad; y sacada
la relación, me la enviareis sin que sea menester acordároslo
más, que en ello seré de vos muy servido; y adviérteseos que
esta relación ha de venir por la vía que ésta va, y que no os
habéis de remitir en ella á la que enviasteis dias há al Consejo
de Guerra, sino que se ha de hacer de nuevo hasta el dia de la
fecha della.
De Madrid á 28 de Septiembre de 1607.»YO EL REY.^
Andrés de Prada. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia,
su primo, de su Consejo de Estado, su Capitán general del mar
Océano y de la costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
cía. De buena parte se ha tenido el avisó de que va copia con
604
étta^ por donde yereiB los dos eoTsarios que han salido de Saiiii-
Malo á piratear y la gente que Ueyan; háme parecido enviárosle
y encargaros y mandaros, como lo hago, estéis con cuidado de
ver si acuden por allá, y si lo hicieren, les echéis mano y me
aviséis de lo que sucediere.
De Madrid á 28 de Septiembre de 1607.«»TO EL BET.»
Andrés de Prada. — Por el Bey, al daque de Medtna-Bidonia,
su primo, de su Consejo de Estado, su Capitán general del mar
Océano y costa del Andalucía.
Los corsarios que han salido con dos navios á piratear, se
llaman el uno la Moia y el otro Chena^ con un hermano suyo.
Los armadores.
Joan Croeivir.
Tomás Corsoy.
Joan Brifar.
Bicard Bontin.
Jalian Mingard Lagarde.
Pedro Joli.
Benele, cerf, inglés.
Los correspondisíUes que ttenen en Sspa&a.
Servant Brisart, residente en San Lúcar.
Daniel Clavier, residente en San Lúcar.
Juan Mayllart, residente en Sevilla.
Los dichos corsarios armadores y correspondientes, todos
son vecinos de la viUa de Saint-Malo, puerto de la Baja-Bretaña.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andab-
cía. Juan y Lúeas Bodemburg^ ansiáticos^ de Hamburgo, re8Í«
Im
505
4eate8 en Seyíl]j&> me han representado que los meses pasados
se les tomó por vuestra orden cantidad de trigo^ centeno y ma-
dera para la armada, de que les disteis libranza en el pagador
Juan Fernandez de Villegas, 14.000 ducados con 12 reales, á
quien habiendo acudido les respondió que no tenia dineros, y
aunque á instancia de los Embajadores que aquí se hallan de
losanstáticos, os mandé les díórades satisfoccion, no lo hicisteis,
remitiéndolos al proveedor Miguel de Oviedo» de cuya dilación
se les sigue notable daño de hacienda, suplicándome les man-
de hacer pagar la dicha libranza sin más dilación; yo os encar-
go y mando, que siendo asi que se les tomó por vuestra orden
el trigo, centeno y madera que refieren Jos dichos Juan y
Lúeas Rodemburg, ordenéis que se les pague lo que dello se
les debiere y hubieren de haber de manera que no tengan oca-
sión de volver más acá sobre esta pretensión, pues es tan justa
como se ve, y yo holgara que no se les hubiera tomado ningu-
na cosa sin pagarles el precio dello, y me temé por muy ser-
vido de que así lo hagáis.
De Madrid á 28 de Septiembre de 1607.=YO EL REY.=.
Andrés de Prada. — Al duque de Medina-Sidonia, para que
haga pagar á Juan y Lúeas Rodemburg, el trigo, centeno, que
se les tomó para la armada.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
mi Capitán general del mar Occéano y de la costa del Andalu-
cía. Por orden del Serenísimo Archiduque Alberto, mi tío, se
asentó una tregua con los de las Provincias Unidas de Flándes,
por ía cual se declara que todas las presas que se hicieren por
navios mios, de mis hermanos y suyos, desde 14 de Agosto
próximo pasado en adelante, de acá de las Sorlingas Zuit y ha-
cia el Oeste á lo largo de la Francia y España hasta las costas
de Berbería inclusívemente, en el Estrecho* de Gibraltar, y
en el mar MediterráneO| serán de mala presa y se habrán de
506
relajar y restituir, como no sean navios 6 gente de guerra,
que estos no entran en la tregua y se pueden ^ de «na
parte y de otra sin embargo de ella, la cual ha de durar por
tiempo de ocho meses, que comenzaron á correr desde 4 de
Mayo próximo pasado, de que he querido avisaros y eacargaros
y ordenaros, como lo hago, que durante el dicho tiempo guar-
déis y observéis inviolablemente la dicha tregua en la forma
susodicha, que así conviene á mi servicio y es mi voluntad, y
avisarme eis del recibo de ésta.
De Madrid á 28 de Septiembre de 1607.^70 EL RET.»
Andrés de Prada. — Por el Rey, al duque de Medina^Bídonia, su
primo, áel su Consejo de Estado, su Capitán general del mar
Océano y de la costa del Andalucía.
Ayer llegó correo de Ceuta con las de V. E., de 2 dA cor-
riente, y asimismo amaneció á las puertas de la ciudad un
Alcaide, enviado por el Príncipe á dar nuevas á esta Alteza
de que Mustafá-Bajá de Muley-Zídan había cortado el rio de
Salé y quedaba de esta parte, nueva que se hubo dicho en 11
y no se creyó, digo, se dijo venia caminando y ahora se apuró;
por donde entendimos saliese el mismo diá de ayer, y todo se le
fué en enviar á su hijo mil escopeteros que aquí quedaban y
así 500 hombres de á caballo que le alcanzarán mañana; y hoy
á vísperas salió esta Alteza, y se puso en un puesto lejos de
esta ciudad dos leguas. La venida del dicho Bajá-Mustafó, como
parece fundada en poca razón, así nunca se creyó; y ahora que
lo puso por la obra, entiéndese no le haya de ir bien de ella
cuanto y más que es poca la fuerza que trae contra un campo
grandísimo que tiene el Príncipe, en que tendrá muy bien
hechos 7.000 escopeteros, gente toda ihuy lucida y agraviada, el
cual Príncipe ya partió de Mequinez y empezó á caminar para
Salé, á tal, que se entiende no tardarán diez dias que no se dé
1 E«tá en blanco en el original
Sffl
labatilla^ si el dicho Bajá no ToMeve atrád, de qui^n cneatan
que yiene engafiado con inibrniiiciones fiilflaa de poca fnersa
que turrieae esta Alteza;, j así coentan qne después de haber
Qoiftada el rio sapo lo cierto y qae lo ayisó á sa amo, de quien
está agurdando respuesta de lo qaé hará: znoroa son> y todos
deaonidpdos^ todo cabe en ellos.
Bsta Alteza deheiA de caminar y ponerse en puesto tan
alto^de donde pcieda en caso de quiebra recogerse en salvo; y
así, otro lugar no tiene sino es Laraehe, adonde couTiene y
apróvieehari macho bayan yenido| los galeones 6 naTío0 que
dicha Alteza pidiif á V. E. con sn carta de 1.® db&l corriente, y
en 11 enyié yo .el traslado, porque habiendo quiebra, será de
mucha importancia halláranse cerca psara se yaler esta Alteta
de la gente de ellos y ampararse con ella mientras acudieran
las galeras; dichos galeones ó navios han de estar fuera de la •
barra, l^'ot del fuerte; de la niar,'Dn tiro decañoui y «andados
sin allegarse nadie de ellos á tierra ni personas de ellos por
donde les moros les eonosscan, pues esto eoavieae muy mucho
4 esta Alteza^ y mucho le importa no conozcan navios de Su
M^estad por donde entiendan lalgun pensamiento de su embar-
cación, y wíf el aviso fuá qne habian de traer banderas flamen-
cas, y por que largo he avisado de todo en 1.^ y 11 del corriente,
no repito sino que muy bien está se hallen diehOs navios cerca,
poBs estando. anebadoe Aiesa, como he dicho, si esta Alteza se
recogiere á Laraohe, como lo hará, en quebrando de tierra se les
saldrá á avisarlos y traerlos, y yo iré en persona á ello, que es
cuanto por ahora puedo decir; y por luego despedir el correo
con esta nueva no alargo^ .
Copia' de carta de Jnanetin Mortara, pata el duque de He-
dina-Sídeniay su fecha en Fez á 1< de Septiembre de 1607.
Lo que tengo que añadir á lo sobredicho, que viniendo
dichos galeones á Larache, en caso que este Rey no pudiese
recoger allá y determinase mandar venir los dos navios á
la Mámora, haré todas mis fuerzas para que en todas la4
508
maneras ordene de qneden dichos galeones sobre la barca, y
así qae deje en Larache algtin criado sayo may fiel, con inte-
ligencia de 4^0 á la nneya de la quiebra ponga dentro de lee
fuertes á la gente de dichos galeones/ y qoizi procurase de
qaedarme yo en Larache á ello, que es cnanto en Berricio de 8a
Majestad y V. E. puedo hacer; advirtiendo de noevoy como en
mi última he hecho, qne si algún pensamiento tienen de en
todo caso acometer á Larache sin aguardar que este Rey los
llame, que no es este el tiempo ¿ propósito para ello, y lo será
cuando la fuerza de Alcázar haya venídose á juntar con las de
Mahalás de Muley-Abdalá; y así, dicho Muley-Abdalá, en Salé
6 más adelante, y este Rey, en campo, digo en campo, qne en
dicho tiempo habrá traido de Larache los 200 hombres que de
su guardia envia ahora, y así quedará Larache como estaba
de antes; y sobre todo la fuerza de Alcázar quitada; la cual,
mientras dura esta sospecha de Salé y de poder mandar el
Muley-Zidan tener Larache, hará' diligencias extraordinarias;
y así no sabemos si hasta ponerse el Rey en campo el Alcaide
de Alcázar porná su mahala á la cerca de Larache y estará allá
hasta Muley-Abdalá haber echado el enemigo de Salé: todo
puede ser que haga, y en todo caso el aguardar es consejo, y
con esto concluyo, que no se decir más, y como en otras he
dichO; es la tardanza de dias.
Copia en cifra de carta de Juanetin Mortara, para el Duque
de Medina-Sidonia.
Como no tengo respuesta de las mias de 6 y 12, y por
consiguiente incierto todavía de la duda si pueda ser que
piense Su Majestad se dé sobre Larache sin aguardar que este
Rey les llame, haciendo por ahora sobre él; si advierto á Sa
Majestad y á Y. E. que no es tiempo apropiado para ello mien-
tras está tanta fuerza junta en campo y tan cerca con un Prín«
cipe tan brioso, y asímesmo con tanta gente en Alcázar junta,
que bulle y está en punto para la guerra, el tiempo apropiadí-
simo es cuando hubiere pasado Muley-Abdalá de Salé con toda
509
su fitensa^ y entrando en la Mesena, principio del reino de Har^
ruecos^ en el cual tiempo, aunqoe armada de Su Majestad
Tiniese á Larache no puede volver atrás^ y aai en el mismo
tiempo la fuerza y gente que es en Alcázar^ ésta habrá partido
y juntádose en Salé con dicho Muley-Abdalá; y así^ afuera de
la persona deste Bey que se quedará en los términos del Reino
con 300 hombres^ cuando mucho, toda la demás gente, así
de á pié y fuego como de á caballo, estará fuera y este Reino
y los derredores de Alcázar en particular desnudos; y este aviso
que de suyo es mucho, tanto más vale cuanto que no se trata
de dilación de meses, solamente de días, y entiendo que pocos:
todo eso soy obligado á criado fiel avisar, y para solo esto
mando llevar la presente con correo, y yo ofrezco poner la vida
como siempre si para algo aprovecho, seguro yo de que muy
bien diga estos tendrán allí los apuntamientos de las materias
que en la mia de 12 toqué^ á saber: si atento las amistades em-
pezadas se le pueda á este Rey ofender, y si quedando este Rey
en el Reino, como se espera, valga al igual ó más de Larache,
el tenerle Su Majestad siempre de mano muy amigo y devoto
como lo promete la inclinación que muestra y su naturaleza
de medroso, la cual en reinado moro deberá poder siempre mu-
cho, y así conservarse tal, pues nunca se tienen estos Reyes por
seguros, y estas consideraciones, como son de la prudencia de
y. E. y sus iguales, no tengo que alargar en ellas, remitién-
dome á cuanto acordaren: añado solo de las cosas de aquí que,
si paresciéndoles por una parte guardar el respeto á este Rey
venciere por la otra la sospecha de que pueda ser quedar el
Muley-Zidan con la victoria, y por eso convenga ganar á La-
rache, en tiempo advierto á Y. E., que aun después de ganada
por el Muley-Zidan la jornada, queda lugar para dar sobre
Larache, pues como he dicho, batalla no la ha de haber sino
á las puertas de Marruecos. Y antes que por acá acuda faerza
ha de pasar mucho tiempo, y á esto ayuda otra consideración
de la poca gente de que después de la batalla ha de quedar,
pues siendo el campo de este Rey de gente toda ofendida y
enemiga de Muley-Zidan, se debe de creer habrá mortandad
510
grandísima así en la pelea como después de ella en los qne
quedaren, que probarán la crueldad de Mnley-Zidan.
Considere también V. £. la poca gente que dicho Muley-
Zidan tiene, y apurada con la pelea quedará menos, y de todo eso
saqúese cuando en cabe de mucho fíempo entiare á esté Per al-
guna gente, cuan poca podrá «ér y cómo de ninguna importan*
cia para guardar 6 defender Larache, y en ál, miétitras qirá iodo
esto se hace, puede tomar Larache diez veces cuanto ni máaq't»
una; y por remate digo, en comprobación del detenerse, aunque
en tiempo de este Rey quieran dar sobre Lamche, que á ima de
las dos cosas, como Y. E. sabe, se ha de determinar este Bey para
su embarcación, ó enviar vengan navios á la Mámora 6 detér^
minar de se recoger á Larache en quebrando, y enviar por las
galeras; y pues Larache es una de las dds cosas, parece consejo
aguardar, si se resume en ella, qu0 si el camino de Jos navios
toma el tiempo que V. E.'lo sapiere, aquel será apropiado y el
mismo que he dicho arriba para acometer á Larache si á este
Rey no quisieren guardarle el respeto; y si haciendo sobre re-
cogerse Larache, quedare todavía vencedor, y Su Majestad per-
severare en dicha opinión, si la ti^ne, otro tanto vacío dé gen-
tes quedará este Reino por mucho tiempo, como se ha dicho, en
el caso de la victoria del Muley->Zidan , pues teniendo este Bey
á esta parte por segura, ha de poner la fuerza adonde tiene la
sospecha, y así le dejará en Marruecos, ganado dos veces á
fuerza de armas, y de la misma enviará á ganar y sujetar á
sus ^ y todo lo dicho remito á la mucha prudencia de Y. E.,
á quien suplico me mande responder y avisar del recibo de
ésta, aunque, como he dicho, tenga por muy cierto no me ha-
llará más aquí, que es fuerza salga este B^y. — Oópia de caris
de Juanetin Mortara, para el duque de Medina-Sidénia.
4 Hay un blanco en el original.
511
SEÑOR.
Bemito á Vuestra Majestad las copias de lo que Jaanetin
Mortara y Yicencio de Marchena escriben en cartas de Fez
de 11, 13 y 16^ y en ellas avisan de la salida de Maley-Xeqae de
aquella ciodad, y sn hijo, con el ejército de la de Mequinez, en
demanda del Bajá-Mustafá^ que envia Mnley-Zidan con sn
gente, habiendo pasado el rio de Salé y entrado en los límites
del reino de Fez, que si no es con mncbas fuerzas 6 con algún
trato, se podría juzgar que viene aventurado, y que Muley-
Zidau no osa desabrigarlo de Marruecos por tener á su herma-
no Muley-Buferes tan cerca, y así con brevedad habian de venir
á jornada, y deseo sumamente que el tiempo nos diese lugar
para que estos bajeles se pusiesen en la vista de Larache, como
se piden de nuevo, y no se perderá hora del, como lo digo á
Vuestra Majestad y de la manera que van.
Todavía salió cierta la nueva que se tuvo de que el Alcaide
Zufiani enviaba de Salé las dos fragatas para que por trato entra-
se en Larache, como en estas cartas de Fez se escribe, y como
no hicieron el Fez, y de un navio que entró anteayer, que viene
de la isla de la Palma, y es español, declara el Piloto del que
con las bonanzas que estos dias pasados hubo en los Nordestes
y Ihs corrientes, le enseñaron en la playa de Larache', dos lé-
gañas cerca de la tierra, y que como á dos leguas della vio andar
dos navios de una vuelta y otra, entreteniéndose sin hacer viaje,
y que de la fuerza tiraron dos piezas, que no estaban en parte
estos bajeles ni el suyo que les pudieron hacer daño las balas,
y así creia que seria algún aviso, por donde se viene á confir-
mar lo que en las cartas de 1.^ avisó el Xeque y Juanetin, de
aderezarse dos navios holandeses en Salé para venir junta-
mente con las fragatas ; que todo esto obliga á que estos baje-
les de Vuestra Majestad se vayan al puesto luego que el tiem-
po diere lugar, que yo ofrezco á Vuestra Majestad que no se
pierda hora en él.
612
Como Juanetín Mortara ha sido el qae ha dispaesto estas
materias de Larache, así se advierte al almirante D, Ambrosip
7 á y illarroel, qne hasta que él salga y AJooso Marín de aquel
rio 7 los llame y asegure , no entren en ¿1 aea dbn el pataxe y
lanchas de remo 7 la fragata de Su Majestad, hasta que hayan
entrado en los castillos y los tengan 1 porque no sali^do cier-
to esto puedan volverse á salir , pues será con meaos daño
siendo bajeles de remo y no aventurándose todo, y que loaclnoo
navios de armada queden fuera hasta que hayan de entrar
todos á embarcar á Muley-Xeque, y en este caso, que siempre
lo tengo en duda, Yillarroel quede en la fuerza de la villa con
200 soldados y 50 marineros, y el capituí Arias, que ea un sol-
dado gallardo de Flándes, que vino en las compañías de Cata-
luña, se meta en el castillo de la barra con 150 soldados, y se
saque de los navios la provisión para dos meses, y todo lo de
respeto, y el Almirante se ponga con dos de ellos, p^ea le que-
dará gente á la boca de aquel rio para asegurar la entrada de
algunos bajeles, y que las lanchas se despachen luego, diex
horas la una antes que la otra, con el aviso de lo que se hu-
biere encaminado, para que puedan ir las galeras como se
pide, habíeudo tiempo, y que otro dia despache el pataxe con
el tercer duplicado, por la poca seguridad que tienen las cosas
de la mar,' y así» esto queda por mi advertencia para dársela en
este caso á los que van si llega á disponerse, con lo demás que
se les advertirá en la buena acogida y trato que han de hacer
á Muley-Xeque , y embarcar sus mujeres, gente y ropa, que
hasta que lleguen las galeras, aunque ésta en los mismos na-
vios lo entretendrá, porque todavía podria ser de algún efecto
su persona y respeto que él se podria tener de los suyos, y por
algunos avisos, que asegurada bien su persona, como se hará,
entiendo que esto estará bien hasta que las galeras lleguen,- y
con esto no se me ofrece qué añadir, sino que habiendo de ir
la segunda desembarcacion , es forzoso que Vuestra Majestad
mande Se provean dineros á D. Francisco de Barte para las pro-
visiones y las demás cosas que se han de llevar, y para la forti-
ficación, pues desde luego es bien poner la mano en ello.
513
Todo esto 86 presupone, habiendo roto el ejército de Muley*
Xeqiae el Bajá Mustafá, y queriéndose embarcar por Larache y
entregarle á Vaestra Majestad; mas en caso que el dicho Xeque
teaeiese, como están mny confiados estos que escriben, por la
mucha y buena gente que lleva y ánimo, ha de ir siguiendo
hasta Marruecos é intentar aquella empresa, y con esto se
apartan todas las fuerzas del reino de Fez, y queda lo de Lara-
che, habiéndose sacado los 200 hombres que ahora allí puso,
por recelarse del alcaide Zuñan i j y así en este caso se ha es-
crito á Vuestra Majestad lo que ha parecido á D. Pedro de To-
ledo y duque de Tursi y á mí, como lo he dicho, que me parece
tarde para la jornada, haciéndose tan formalmente y con golpe
de gente, que para juntarla bastimentos y las demás cosas for-
zosas é inexcusables serán menester dias, y no pocos, y el in-
TÍemo tan á la mano; y así que en este segundo caso Vuestra
Majestad mandará lo que se habrá de hacer á quien lo ha de
ejecutar, que de mi parte no faltaré á ayudar y disponer cuan-
to se me mande para que se gane tiempo, que, como digo á
Vuestra Majestad, cierto, está adelante, y las cosas con poco
principio 6 ninguno de que habrá constado á Vuestra Majestad
de la relación que habrá enviado D. Francisco de Barte.
Al mismo punto que llegaron estas cartas de Fez, las envié
á D. Pedro de Toledo para que las viese, y de todo le he ido
dando cuenta, y con los mismos papeles, como lo he avisado á
Vuestra Majestad y lo continuaré con la puntualidad y buena
correspondencia que siempre deseo, porque Vuestra Majestad
sea más breve servido. Nuestro Señor guarde la Católica per-
sona de Vuestra Majestad muy largos años.
San Lácar 30 de Septiembre de 1607.— Copia de carta del
duque de Medina-Sidonia para Su Majestad.
SEÑOR.
He recibido la carta de Vuestra Majestad, de 24, en res-
puesta de las mías de 9, 10 y 17, y con el cuidado y deseo que
Tomo LXXXI. SB
514
siempre proctiraré encaminar el Bervicio de Vuestra Majestad
al acertamiento mayor qne yo pueda^ y éste es mi intento, y
que Vuestra Majestad así lo entienda, como ahora me hace mer»
cea y por su grandeza, de tener en seryicio lo que en las mate-
rias presentes de Larache se me ha ido ofreciendo y dado cuan-
ta á Vuestra Majestad de todo, y en particular con la misma
remisión de papeles que de Fez se me han enviado; y así, ahora
quedo advertido de servirse Vuestra Majestad de que se en-
vión los bajeles redondos que el Duque pide » y en la misma
forma que lo advierte, y Juanetin Mortara; y Vuestra Majestad
me remite que nombre las personas que para este efecto me pa-
recieren más á propósito y les dé las instrucciones y apunta*
mientes que para encaminar este intento me pareciere más á
propósito, que aunque la merced que en esto Vuestra Majestad
me hace, y tanta confianza, que es la que no puedo merecer ni
servir , holgara que esta elección la mandara Vuestra Majestad
hacer, pues tuviera más acertamiento ; mas porque no se pier-
da tiempo estando las cosas tan adelante , como lo entenderá
por este despacho, me valdré de lo que hubiere mejor por aquí,
y que tengan experiencia y hayan gobernado, y así llevará los
navios el almirante D. Ambrosio de Castro, que ya lo ha sido
en el armada, y es homdre cuerdo y marinero, y le he visto
navegar aquí, en la carrera de las Indias, por Capitán de in-
fantería, y le dejó D. Luis Fajardo encargado estos navios, que
también consideraria tener partes para poder darle este cuida-
do, y ha navegado con él tanto más, lo que ha ayudado á la
elección que de su persona he hecho para este viaje, demás que
si mudara persona, pudieran juzgar y discurrir se iba á otro in-
tento que á lo de la guarda del Estrecho, que es la voz , recau-
dos y papeles con que se ha ido esto despachando; y á D. Pedro
de Toledo habiéndoselo comunicado , como le he ido dando
cuenta de todo, le ha parecido bien , y no se halla en sus ga-
leras con persona para poderle encargar esto.
Para lo de tierra, nos ha parecido á ambos el capitán Fran-
cisco de Villarroel, Entretenido en las galeras, que tiene los
muchos años de servicio que Vuestra Majestad habrá entendido
515
y aprobación^ y así con esto se encaminará este seryicio, y las
inatrncciones y apuntamientos les daré con todas las adverten*
cías y recatos, para lo que se les pueda ofrecer, y con orden de
que ninguno destos papeles los abran, porque han de ir cerra-
dos hasta estar diez leguas de tierra; pues, como digo á Vuestra
Majestad, lo que corre en este despacho y en lo general, es que
esto se enyia al Estrecho, y así lo entienden todos.
Las relaciones de navios, gente de mar y guerra, instru-
mentos , armas y municiones que se Ueyan , enyio á Vuestra
Majestad; y demás destos bajeles van dos lanchas de remo para
los avisos y otros servicios, que por las cartas que han llega-
do de Fez, me ha parecido encaminar esto, demás de lo que
estaba prevenido, que el tiempo sólo detiene la salida, porque
ha entrado muy rasgado en los vendábales, y como tiempo
principio y entrada de invierno, es lo que siempre suele, y con
la flor del principio, que sea bueno, saldrá esto, y no habrá
falta , porque esto queda á mi cuidado ; por lo que podría con-
venir el ganarse las horas, habiendo perdido sus fuerzas el ejér-
cito, para recogerle por Larache y quedarse Vuestra Majestad
con aquellas fuerzas, como Juanetin ahora de nuevo lo escribe,
y aunque los bastimentos van por poco más de dos meses, se
les da orden de que acorten la ración, por lo que se puede ofre-
cer, quedando en aquellas fuerzas, demás de lo que van gas-
tando aquí en el puerto, se lo hago refrescar, y de respeto se
les dará más cuerda y plomo, y moldes para hacer balas, por-
que vayan prevenidos entre tanto que se encamina lo que se
desea, para lo que después se habrá de llevar en las galeras,
como el dicho Juanetin lo pide y apunta.
He hallado cuatro pilotos muy pláticos de aquella barra,
que con nombre de que van á la playa de Zañ y cabo de Aguer;
á correr aquella costa con estos bajeles, se han hecho sus
asientos y se han socorrido por dos meses; así que todo he pro-
curado que vaya lo mejor que yo he podido, para encaminar el
intento principal, que si cumplen lo que ofrecen en las cartas,
espero en Nuestro Señor que ha de encaminar este servicio que
se le hace y á Vuestra Majestad, aunque de menos siempre
516
tengo la desconfianza que por diversas cartas, mías habri Vues-
tra Majestad entendido ; y así de la partida destos navios y
copias de las instrucciones que á todos se dieren y adverteu'*
cías, las enviaré á Vuestra Majestad, que porque la gente vaya
contenta he buscado con qué socorrerlos con una paga y dos
á los oficiales; y visto la/ infantería que tiene más necesidad de
abrigo, por ser ya invierno y se hubieren de quedar en aquel
presidio, que 250 vestidos de paño les he dado y algunas es-
padas: que la gente que vino de Cataluña en los hospitales se
ha curado la más della, y actualmente tengo hoy 40, y los
demás tan rotos que ha sido menester vestir estos y buena parte
de los que llevó D. Luis Fajardo; y en carta aparte, con las co-
pias de las que han llegado de Berbería, digo á Vuestra Majes-
tad lo que se me ofrece; ya en ellas he respondido por duplica-
do para avivar é inclinar el intento de Muley-Xeque y obUgar
á que con puntualidad se vaya avisando de todo, y dello iré
dando cuenta á Vuestra Majestad , para que sobre ello mande
lo que fuere más servido. Nuestro Señor guarde la Cati^lka
persona de Vuestra Majestad largos años.
San Lúcar 30 de Septiembre de 1607.— Copia de carta del
duque de Medina-Sídonia para el Rey, nuestro Señor.
EL REY.
Duque de MedinarSidonía, primo, del mi Consejo de Estado
y mi Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Cuando se pidió á los Grandes, Titulados y ciudades de esa pro-
vincia que me sirviesen con la gente que se les señaló para
embarcarse en los navios que en ella se aprestaban, se les ase*
guró, como sabéis, que acabada la ocasión se les daría liceuda
para que se volviesen á su casa; y porque se ha entendido que
en las galeras del cargo de D. Pedro de Toledo que han llega-
do á esa costa, ha venido alguna gente de esa cualidad, y
conviene que se cumpla con la oferta que se les hizo, ha pare-
cido advertiros de ello, y ordenaros y mandaros que á toda la
517
•gente qne viniere en las dichas galeras de la con qne sirvieron
los dichos Grandes, Titulados y ciudades, les deis luego licen-
cia para que se vuelvan á sos casas y las gracias de mi parte
por lo que han servido en esta ocasión, y ordenareis que por el
camino se les haga buen tratamiento, como gente que viene de
servirme, y avisarme eis de haberse ejecutado, porque conviene
tenerlo entendido, que al dicho D. Pedro de Toledo se avisa
que 08 restituya ^ hicisteis entregar.
De Madrid á 2 de Octubre de 1607.=YO EL BEY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar y Ana-
ya.—- Por el Rey, al duque de MedÍDa*Sidonia, su primo, del su
Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y mi Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
Entendido se há que los 300 arcabuces y 100 mosquetes que
por mi mando prestó Sevilla para acabar de armar la gente que
fué embarcada en los navios que se aprestaron en esa provin*
cia y salieron á cargo de D. Luis Fajardo, no llegaron á tiempo
que pudiesen servir para este efecto; y porque habiendo esta
ciudad acudido á lo que se le mandó, y haciéndolo siempre en
las ocasiones que se ofrecen, es justo que se atienda á conser-
var las armas que tienen para las ocasiones que se ofrecen , ha
parecido encargaros qne en recibiendo ésta deis orden que se
entreguen luego estos SOO arcabuces y 100 mosquetes en la
misma forma qne se recibieron á las personas que el marqués
de San Germán nombrare, para que él las haga volver á la
dicha ciudad, pues por mi mandado le ofreció hacerla ó que le
entre * cuantidad, y en estas cosas es muy conveniente que
1 Está eo blanco en el original.
9 ídem id.
518
haya pantaaKdad, y qae se conserTo el crédito y aatoridad de
mis MiniflPtroSy y ayisárme eiñ de haberse así ejecutado.
De Madrid á 2 de Octubre de 1«)7.=Y0 EL RBY.=Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilary Ana-
ya.— Por el Rey, al duque de Medína-Sidonia, su primo, del su
Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa
del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Por
parte de la ciudad de Jerez de la Frontera se me ha hecho re-
lación que, como es notorio, acude á todas las ocasiones quede
mi servicio se ofrecen y suceden en esa costa, y que por esto y
otras consideraciones, por privilegios antiguos y cédulas dadas
por los Señores Reyes mis progenitores, ha sido relevada de
alojar en ella gente de guerra, y que en su comarca hay mu«
chas Tilias donde se suele y puede alojar la dicha gente, y que
de un mes á esta parte habéis alojado cuatro ó cinco compa-
ñías en la dicha ciudad, de que han recibido mucho daño los
vecinos, y algunos se han ido á vivir á otras partes, suplícame
le haga merced de mandar se saquen la gente que hubiere
en ella, y no se alojen otras compañías ; y habiéndose visto en
el mi Consejo de Guerra, ha parecido advertiros dello, y encar-
garos, como lo hago, que tengáis mucha cuenta con ^á
esta ciudad de cosas semejantes , pues sabéis con la puntuali-
dad y cuidado que acude á lo que de mi servicio se le ordena,
como vos lo habéis representado, y aviséis la causa que os ha
movido á alojar esta gente en ella; y si todavía estuviere en la
dicha ciudad, la haréis sacar luego, y que se aloje en otros lu-
gares, y avisarme eis de lo que en esto se hiciere, porque con-
viene tenerlo entendido.
De Madrid á 2 de Octubre de 1607.= YO EL REY.=
i Está en blaooo en el origioai.
519
Por mandado del Bey, nuestro Señor, Bartolomé de Aguilar
y Anaya. — ^Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
de su Consejo de Estado y Capitán general del mar Océano y
costa del Andalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonía, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Ha-
biendo Tisto lo que en carta de 12 de Agosto pasado me escri-
bisteis sobre la pérdida de la nao Nuestra Señara de la Concep-
ción, cuyos dueños eran Francisco López y Hermán Rodríguez
Duarte, y lo que ellos también han representado en este caso,
y que han quedado muy necesitados respecto de ser lo mejor de
BU hacienda la dicha nao, tengo por bien, en consideración de
que cumplieron con su obligación cuando la armada holandesa
peleó con la Escuadra del Estrecho á la vista de Gibraltar , de
que sean socorridos por cuenta de mi Real Hacienda con 300 do«
cados, 150 á cada uno dellos por una vez, y así os mando que
de cualquier dinero que hubiere ^ distribución, se los ha-
gáis pagar luego, que en virtud de nn traslado auténtico desta
mi carta, y do la orden qne para cumplimiento dello diéredes,
se recibirá y pasarán en cuenta á la persona que los pagare,
sin que para sn descargo sea necesario otro recaudo alguno,
que tal es mi voluntad.
De Madrid á 5 de Octubre de 1607.== YO EL REY.=:Por
mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Arósteguí. — Por
el Bey, al duque de Medina->S¡donia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del Anda-
lucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y mi Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalu-
4 Está en bUoco eo el origiDaU
1
520
cía. Háseme hecho relación que un navio inglés ^ de ooraarioA,
tomó otro de vecinos de San Lúcar, cargado de anís y caeros y
otras cosas, y fué á venderlas á Larache, y que los dae&os del
trataban de irle á rescatar^ ó esperarle en el camino, dándoles
yo licencia para ello; y aunque parece que ya el corsario no
debe de estar en Larache, pues en los últimos avisos qae de
allí se han tenido no se hace mención que hubiese ningun
navio armado, y que no será ya tiempo de rescatar el de Saa
Lúcar, todavía si los dueños tuvieren noticia de qae las merca-
durías quedaron en Larache, os cometo y mando les deis lícen*
cia para ir allá, á título de mercancía, asegurando que no les
pueda suceder desgracia , y que esto sea al tiempo que el ir
navio á Larache no haga daño al intento que se tiene de oca-
par aquella plaza; y avisarme eis de la orden que en esto dié-
redes.
De Madrid á 5 de Octubre de 1607. =Y0 EL REY. == Andrés
de Prada.. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo,
de su Consejo de Estado y su Capitán general del mar Océano
y de la costa del Andalucía.
Porque se queda respondiendo á los despachos que estos
dias se han recibido de V. E., sólo servirá ésta de avisar como
Su Majestad ha resuelto que por ahora no se ejecute lo de La-
rache, y que el duque de Tursi se vuelva con las galeras de sa
cargo á Genova, y con este correo se le envia la orden: confor-
me á esto podrá Y. E. en cuanto llega el despacho de Su Ma-
jestad ordenar que si no ha partido la gente de los señores y
ciudades no parta, y si hubiere salido se vuelva; y lo que se
prevenia de lo que habla de servir para la flota, se vuelva á sa
consignación, porque aunque Su Majestad no alce la mano de
la empresa, antes quiere que se vaya disponiendo y previniendo
lo necesario para ella, con fin de ejecutarla el año que viene, no
es servido de que se tome nada de lo que está dedicado para la
flota, sino que aquella corra como corrió; y se servirá macho
de que V. E. deshaga cuanto fuere posible la voz de que lo que
S21
86 apercibía era para aqaella empresa; lo demás que se ofre-
ciere veré y. E. por las qne con ésta irán de Sa Majestad.
Guarde Dios i V. E, como yo deseo.
De Madrid á 6 de Octubre de 1607.
To confieso á Y. E. que no sé cómo se ha de acomodar pro-
ceder V. E. contra los plateros que encubrían los hurtos de
los esclavos y tener el Asesor en Sevilla; pero así ha parecido
que se haga.— Andrés de Prada. — Al duque de Medina-Sído-
nia, del Consejo de Estado y Guerra de Su Majestad y su Capi-
tán general del mar Océano y costa del Andalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, de los mis Consejos de Es-
tado y Guerra, mi Capitán general del mar Océano y de la costa
del Andalucía. Habiendo visto las últimas cartas vuestras , de
21 de Septiembre pasado, que tratan de lo de Larache^ y lo
qne vos D. Pedro de Toledo y el duque Tursi habéis platicado
y conferido con tan buen discurso y juicio sobre la empresa de
aqnella plaza , los modos y medios de emprenderla y lo qne
para ello era necesario de cualquiera manera que se hubiera
de intentar, me ha parecido que por estar el tiempo tan ade-
lante y las prevenciones tan atrás como sabéis, que por buena
maña que se tenga no se podrá ejecutar en tiempo conve-
niente y seguro, y qne el acometer la empresa seria con nota-
ble riesgo, por ser aquella costa tan trabajosa, como se sabe,
fuera de lo mucho que se aventuraría la reputación si no se sa-
liese con lo qne se intentase , y lo que se imposibilitaría para
adelante, descubriendo los moros la intención con que se iba,
y dando ocasión á que Mnley-Xeque y sus hermanos se auna-
sen para la defensa de Larache; y así, demás de daros muchas
gracias por el cuidado y extraordinaria diligencia con que ha-
béis acudido á este negocio , y acudis á todo lo que os toca y
juzgáis ser conveniente á mi servicio, os encargo y mando que
procurando quitar todas las sombras y sospechas del intento
^
522
platicado, deis orden qne la gente que se había juntado de toda
el Andalucía se vuelva á ana casas, dtvírtíendo coa la vos que
mejor os pareciere el fin para qne ae habia jnniado, sin soltar
por eso de la mano la prevención que se hacia de municionet y
bastimentos , fuera de lo que es necesario para las flotas, que
esto, como vos muy bien sabéis, conviene que corra como cor-
ría de antes , para que no haya falta en el despacho dallas^ y
en esta conformidad ordenareis á D. Francisco de Barte lo que
hubiere de hacer, pues lo tenéis tan entendido; pero á lo demás
se ha de atender como sí la empresa se hubiera de ejecutar
este invierno, de manera que para la primavera esté todo tan
en orden que se pueda hacer con seguridad lo que queda pla-
ticado , para lo cual holgara que me aviséis de las cosas que
quedan en pié de las que se iban previniendo, para que se vean
las que faltan, según las reclamaciones que habéis enviado , y
entre tanto se ordena al duque de Tursi que con brevedad se
parta á invernar con las galeras de sn cargo en Genova, y tam-
bién mandaré que en Italia se prevenga lo que de allí se pudie-
re traer para el tiempo señalado, á título de jomada de Levan-
te, de que os he querido advertir para que lo tengáis entendi-
do, y procuréis por vuestra parte encaminar y disponer lo demás
que está á vuestro cargo, como hasta kquí lo habéis hecho, te-
niendo muy particular cuidado de avisarme de lo que de aque-
llas partes supiéredes y entendiereis, para qne tanto mejor se
acierte acá ón la resolución que se tomare, que en ello recibiré
de vos muy agradable y particular servicio.
De Madrid á 10 de Octubre de 1607.= YO EL REY.=An.
drés de Prada. — Por el Bey, al duque de Medina^Sídonia , su
primo, de los sus Consejos de Estado y Guerra, y su Capitán
general del mar Océano y costa del Andalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. A
523
mi servicio conviene que me aviséis laé^ lo que al presente
hay en ser del qainto de las presas qne hizo el general Juan
Alvarez, difunto, con la Escuadra de su cargo, cumplidos los
gastos que avisasteis en carta de 9 de Septiembre pasado, que
se habían hecho por esta cuenta, y también me avisareis la
causa por qué se dieron á D. Luis Fajardo 500 ducados de este
dinero.
De Madrid á 14 de Octubre de 1607.—TO EL REY.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. —
Por el B^, al duque de Medína-Sidonia, su primo, del su Con-
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del
Andalucía.
EU REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Dos
cartas vuestras de 30 del pasado se han recibido, y queda en-
tendido lo que advertis sobre no dar licencia á la urca Sspe'
rama para ir en flota á las Indias, por ser contra las Ordenan-
zas^ y se proveerá en esto por la vía donde toca tratar de ello;
y con brevedad se os avisará si ha de tomar ó nó los ministros
de Portugal el galeón San Bartol(m¿.
Bien ha sido echar á galeras los marineros que se han po-
dido prender de los que se huyeron de la armada, y lo será que
aviséis el número y por cuánto tiempo los condenáis; y cuando
venga el proceso de la causa por que sentenciasteis al Capitán
del pataze San Medél se proveerá lo que convenga, y lo mismo
se hará en el negocio de D. Diego de Molina.
El haber aplicado para pagar las armas y cosas de artille-
ría que recibieron ahí las Escuadras con que salió de San Lú-
car y Cádiz D. Luis Fajardo los 25.000 ducados que restaban
por cobrar de la libranza de los 70.000, está bien, y lo será que
ayudéis en cuanto fuere posible á pagar aquella deuda, enten-
diéndoos en esto con el'marqués de San Germán, del mi Conse-
jo de guerra y Capitán general de la artillería; y los 12.000
524
ducados que se gasftiron ahí en cosas de la armada del mar
Océano que había de hacer pagar D. Lnis Fajardo, se pueden
dar por consamidos, pues se gastaron en ella, y allí no hay dis-
posición para volverlos; pero habiéndose cobrado los dichos
25.000 ducados por cuenta de la artillería, se tratará de pro-
veer lo que faltare, sabido lo qtie es.
Avisareis si el dueño de la nao nombrada La Concepción de
contentará con los 300 ducados que se os ha ordenado le ha-
gáis dar en consideración de haberse perdido peleando.
Muy acertado fué que hiciésedes socorrer á las galeras de
Genova con bastimentos de los que ahí sobraron de la armada,
y lo será que se les dé la que hubieren menester para su nave-
gación, pagándolo como se acostumbra.
Don Ambrosio de Castro hizo* bien en acompañar con los
navios de su cargo la flota de Nueva España desde que la en-
contró hasta que la metió en ese puerto.
De Madrid á 14 de Octubre de 1607-YO EL REY.=Por
mandado del Hey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui.— Por
el Rey, ál duque de Medina-Sidonla, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Esta-
do y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía.
He visto vuestra carta de 8 del presente, y os agradezco el
haber hecho aprestar los navios del cargo de D. Ambrosio de
Castro y que le ordenásedes que saliese luego con ellos al Cabo
de San Vicente; y ahora se le manda que asista en él hasta que
vengan los galeones de la plata y la flota de Tierra-Firme, y
se le advierte que si llegaren allí las naos de Nueva España
que han servido este verano en la armada del mar Océano y
están ahora en Lisboa reparándose para pasar al río de Sevilla
á aprestarse para la nuevaflota, diga á la persona que las llevare
á cargo que prosiga su viaje sin detenerse, porque saldrán de
525
Lisboa con orden de entretenerse en aquel paraje hasta qae
lleguen los dichos galeones ó encuentre con el dicho D. Am-
brosio, que bastará para tener asegurado aquel puesto.
£1 temporal que dividió los navios de la armada fué muy
recio; pero no obstante esto, há sido bien hacer las diligencias
que decís para saber con fundamento la causa por que los tres
que avisáis arribaron ahí, que de esta manera entenderán los
que sirven en este ministerio el cuidado con que se está de ver
cómo procede cada uno.
La gente que este verano me sirvió de las ciudades de esa,
procurareis que se vuelva á ellas; y la pagada que no fuere
menester para guarda de los navios, la haced meter en Cádiz
para emplearla en lo que fuere más conveniente, conforme las
ocasiones se ofrecieren.
La fragata Santa Ana no conviene que se venda hasta ver
la elección que D. Luis Fajardo hace de los navios que han de
quedar de armada para el año que viene.
Está bien que tratásedes de aderezar el galeón San BartO"
lomé como se os ha ordenado, y lo será que aviséis para cuándo
están en orden, porque en Portugal será menester para enviar-
le á la India.
De San Lorenzo á 16 de Octubre de 1607.== YO EL REY.=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. —
Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Con-
sejo de Estado, Capitán general del mar Océano y de la costa
del Andalucía.
EL REY.
Duque de M'edina-Sidouia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Háse
visto vuestra carta de 15 del presente, y también me ha hecho
relación Antonio de Aróstegui, mi Secretario, de las que le
escribisteis á 16 y 19 del mismo, y por las consideraciones que
apuntáis, ha parecido acertado que despidiésedes los dos navios
de la Escuadra del Estrecho que arribaron ahí, habiéndose der-
526
rotado con temporal de la armiMia, y Be queda mirando en lo
qne habéis escrito cuanto á pagar lo qne han servido en ella
este yerano los navios de la flota de Nueva España.
Ya se os ha ordenado que hagáis aderezar el galeón San
Bartolomé para entregarle ^ de Portugal, y seria bien que
de su parte le reconociesen ahí para llevarle donde le adereza*
ran como conveuga para la navegación de la India.
Toda la gente que ahí volviere de la con que me sirvieron
las ciudades y señores de esa provincia, la despediréis luego; y
la que fuere de la armada se ha de sustentar por cuenta de
ella-
Bien será que haya salido al Cabo de San Vicente (como
está ordenado) D. Ambrosio de Castro con los navios de su
cargo, y que se detenga en él hasta que se hayan recogido los
galeones de la plata; pero no se ha de embarazar en esto nin-
gun navio ni gente de los de la flota.
Cuanto á la Escuadra del Estrecho, es mi voluntad que
sólo queden en ser los navios mios que hubiere de servicio y
los demás se vendan, y los de particulares se despidan, pues es
justo y conveniente excusar costa, y sustentar lo preciso para
otro año; y así, os mando que lo hagáis ejecutar y que los na*
vios mios que hubieren quedado de servicio de la dicha Espna*
dra, de los once que he entendido que ahí se hallan, de ella
ordenéis que pasen luego al puerto de Lisboa con la infantería
que hubiere de la dicha Escuadra á cargo de persona de cui-
dado, para que se junten con los que de la dicha Escuadra hay
en el dicho puerto, que se entiende son siete.
Los 12.800 ducados que debia la armada del mar Océano
por las cosas que hicisteis proveer para ella, están dados por
consumidos, y así no hay para qué tratar de pedirlos áD. Luis
Fajardo.
En lo de la recompensa que pretenden Francisco López y
Hernán Rodriguez por la nao que se les quemó en Gibraltar,
se verá lo que se podrá hacer.
i Eslá en blanco el original.
627
Todo lo demás que contiexien las dichas cartas queda enten-
dido, 7 será bien que todavía aviséis el dinero que quedare en
ser de los quintos que de ella han pertenecido á mí hacienda.
De Madrid á 29 de Octubre de 1607 =T0 EL RET.=:rPor
mandado del Rej, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. —
Por el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Con-
sejo de Estado, su Capitán general del. mar Océano y costa del
Andaluc^.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mí Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Por-
que se ha entendido que el galeón San BarMomi que los dias
pasados se os ordenó hiciéredes aderezar, será may á propósito
parala navegación de la India de Portugal y que no lo es para
la armada del mar Océano, como vos, lo habéis advertido; he
resuelto encargaros y mandaros (como lo hago), que habiéndo-
sele hecho el aderezo que bastare para llegar á Lisboa, le hagáis
enviar luego á aquel puerto con persona de recaudo que le
lleve y entregue ala que nombrare el Vírey para que le reciba
con informe de los mi Veedor y Proveedor general de la dicha
armada, que han de concurrir á la entrega y tasación de dicho
galeón, la cual han de hacer las personas que de la una parte
nombrare el dicho Yirey y de la otra las que nombrare D. Luis
Fajardo, mi Capitán general de la dicha • armada; y esta ad-
vertencia se 08 hace para que la pongáis en la orden que dié-
redes á quien enviáredes con el dicho galeón, y de como lo
hubiéredes hecho me daréis aviso; y sobre todo os encargo la
brevedad, porque conviene ganar tiempo en aprestarle para el
efecto en que ha de servir.
De Madrid á 29 de Octubre de 1607.«:YO EL BET.=Por
mandado *del Bey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. — Por
el Bey, al duque de Medina-Sidonia, su primo, del su Consejo
de Estado y Capitán general del mar Océano y costa del An-
dalucía.
^
EL BEY,
• • • * "
Buque de Médina-Siágnia, primo». d,^ Im mis Conflc^ias do
Estado y Guerra^ mi Capitán general del m^r .Oqjáano y da la
la costa del Andalucía. Después de haberse vi^iio Tu^tra qacta
que escribisteis al duque de Lerma, á los 8 del pasado, con las
copias de las instrucciones que disteis al almíran^ D« Ambn^io
de Castro, y al capitán Francisco de Villa Roce> i. cayo c^^rgo
habían de ir los seis navios que Muley-Xeque.pidif) enviisedes
á Laracho; y la gente de guerra que habiau de llevar, y es-
tando para responder á ella se recibió la de los 16 con laa ori-
ginales que 08 escribieron Juanetin Mortarii y Yicencio , de
Marchena á los 2 del mismo, con aviso de haber el Príncipe
*
Abdalá vencido y deshecha el ejército de Muley-Zidan» y en
ésta se os responderá á entrambas.
La presteza con que pusisteis en orden los dichos navios y
los proveisteis de gente, bastimentos y municiones, fué muy
conforme á vuestra acostumbrada diligencia y á lo que conve-
nia á mi servicio, y las órdenes tan acertadas como de vuestra
mucha prudencia y experiencia se debía esperar; y asi, os doy
por todo muy particulares grapias; y en cuanto á lo quilos
dichos navios deben hacer, parece que pues, con la victoria que
Muley-Xeque ha tenido del ejército de su hermai^ cesa la
causa que le obligó á pedirlos, se puede excusar de envlarloSf
avisándole como los tuvisteis en orden y hubieran ido si el
tiempo lo hubiera permitido; y que por haber entendido la
buena suerte que su ejército tuvo contra el de su hermano,'06
ha parecido dilatar el enviarlos hasta saber su voluntad; que sí
los ha menester para algún efecto particular que le esté bien,
los enviareis á la parte que os avisare; y porque lo que convieoe
es afirmar la amistad con aquel Bey, será bien que por Q»rta
vuestra encaminada á Juanetin Mortara, os alegréis de su vic-
toria y le deis la enhorabuena, asegurándole de lo mucho que
y ó he holgado de ella; y si os pareciere entrar en conocimiento
5Í9
con el Príncipe, 8u hijo, podréis hacer algún cumplimiento con
¿1 con esta ocasión, por medio del mismo Joanetin, pues será
bueno irle ganando la voluntad y obligándole ; y si juzgáredes
que puede ser de momento escriba yo á Muley-Xeque dándole
la enhorabuena, me lo alisareis, porque como quien tanto co-
aocimiento tiene de los humores de aquellos hombres y del
modo que se debe proceder con ellos, sabréis darle el punto
que conviene.
He entendido que en tiempo del Rey, mi Señor, mi padre,
ae trató con el Xarife, padre de estos, de que diese á Larache
en trueque de Mazagan, y que la plática estuvo muy adelante;
y aunque por el efecto se vio que él lo hizo más por dar tiempo
al tiempo, que porque tuviese gana de hacerlo, todavía he
querido advertiros de ello y encargaros, como lo hago, que
pues esto debió de tratarse por vuestro medio, y vos debéis te-
ner buena relación de lo que pasó, holgaré que me enviéis una
copia ó relación de ello, y me aviséis de lo que á vos se os
ofrece sobre esta materia^ y cuándo y cómo, y porqué medio,
y forma se podría volver á la plática, y si seria bien que antes
de entrar en ella diese Juanetin Mortara, como de suyo, un
tiento á Muley-Xeque, pues no conviene proponer cosa con que
no se haya de salir.
De Madrid á 4 de Noviembre de 1607. = YO EL REY.;=i
•
A*tidrés de Prada. — Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia,
su primo,* de sus Consejos de Estado y Guerra^ su Capitán ge-
neral del mar Océano y de la costa del Andalucía.
La carta de Y. E. de 31 del pasado, con aviso de haber re-
cibido la mia de 23 del mismo, he recibido y estimado como es
razón la merced que me hace V. E. en avisarme su salud, sin
embargo de las muchas ocupaciones que sobrevinieron con la
Ueg'ada de la flota y parte de la armada que la acompañaba,
de que doy á V. E. la enhorabuena, pues tanta parte tiene em
estos buenos sucesos, que, cierto, no acabo de ponderar el traba-
jo que todo cuesta á Y. E., cuyas manos beso muchas veces
Tomo LXXXl. 34
590
por la merced qae ha hecho á D. Pedro Ferfiandex 4e Valen-
ZTiela; y en un capítulo de la carta ifi^Mi de Su Mi9estai,'.fle
aprueba lo que sobre esto escribí á Y. S., á nuiBti IMoft'ifnátdt
como puede.
De Madrid á 6 de Novietnbre de 1607.
Vuelvo á besar á V: E. las manos, por la qvte ños ha hecho
en el particular de D* Pedro Yalenzuela; su tía lo ha estimado
grandemente como lo debe de escribir esta noche, y iodaTíi
me ha pedido encarecidamente bese á Y. £• la inatio por este
favor, y que de noeto suplique á Y. £. sele maiirde^haoeri so
hijo; y bien sé que no es menester.
El servicio que el Beino ha hecho de nneiro á 8a MajeÉtad
escribirá á Y. E. el señor conde de Niebla; los hombres de ne-
gocios lo han de sentir mocho, preétb Ireremos en loqoe pam,
que yo creo que por ser el negocio grande ha de tener iduchos
inconvenientes. — Bartolomé de Agüilar y Anaya.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia , primo , del mi Consejo de Esta-
do, mi' Capitán genetal del mar Océano y^€0»tádel Andalacía.
Yisto se han dos cartas vuestras dé los 14 de Septienbra y 14
de Octubre, y ya habréis recibido la érden para la reftnraaoíotí
de las compañías que se hallan en Cádiss, y así podréis darla
para que se repartan los vestidos que decís han sobrado 'entre
la gente que quedare sirviendo en las compañías. ' ' ' *
. Bieti ha sido ordenar que se restituyeisen á Sevilla^loa 100
mosquetes y 300 arcabucos que precié. - '• -•'
Del Pardo á 9 de Noviembre de l«07.=rt0 EL BfiT^^f or
mandado del Bey , nuestro Señor , Bartolomé de AgniM y
Anaya. — Por el Rey, al duque dé Medina-Sidoftia, so primo,
del su Consejo de Estado y Capitán general del mar i>oéáno y
costa del Andalucía.
sai
Xa cartede V. E. de SO de Septiembre m^ di(S el Conde,
vuestra hijo, y de palabra me dijo lo qae más se o&^ció, con
ocasión de la nueva orden que por el Consejo de Guerra se deapa*
chó sobre la fortiñcacion de Cádiz; y habiendo yo puesto en esto
el cuidado con que debo> y deseo servir á V» S.eu.todQ, 9fi¡ ha
eonsegükidole que se deseaba, ^m<o cosa tan Justa y puesta en
vajNNn,; mandando que ppr el mlemo Cooeejo^ de Guerra se hagan
los ^despachos necesarios paia que, sin embargo de lo hecho,
tSQga y«.£; Ja Superintendencia, y que todos los que trataren
de C8to'£omp]íV3kr8QS .órdenes de V. E., de que yo quedo con-
tento como lo estaré siempre que sirviere á. V. E.
Besc^laemanoB de Y. B. por la buena nueva que me envió
dr que quedaban asegurados en ese puerto los galeones de la
^ata, de que debemos, dar muchas gracias á Dios, que guarde
á Yv Bu oomo deseo y he menester.
En Madrid á 10 de Noviembre de 1607**— El duque y mar-
qués de Denía, señor duque de Medina-Sidonia.
EL REY.
Bnqne de.Medíoa-Sidonia, primo, del mi Cousejo de Estado,
mi Capitán generaldel mar Océano y de la costa del Andalucía.
Diez «artas vnestras de 15, 29, 30 y 31 del pasadp y 5 del pre-
aente ae^ bai^ recibido, y ep. ésta se os responderá á todas,
. Del buen vif^e que hicieron los galeón^ de la plata de la
Coruña á Cádt% debemos dar muchas gracias á Dios, y os agra-
dezoo^ mucho el. oxidado y -dUigencia con que acudís en todas
ocasiones á las cosas de mi servicio, y ha parecido bien la ór-
dein qtfedísteis á D. Ambrosio de Castro cuando los salió á re-
cibir y que él no usaste hostilidad con los navios holandeses
que topó sobare el- Cabo de San Yicente.
Yipues. la . AlmiMuita de la Escuadra de Cantabria quedó
tan mal parada como avisáis de haber tocado en los bajos de la
bahía de Cádiz, converná que la hagáis reparar con brevedad
532
7 86 tenga cuenta de lo que en eso se gastaiH^, porqae es uavio
de particular.
Muy bien fué que socorriéseles á D. Antonio de Oquendo
con las Títuallas que ayisais para volver á Lisboa, y ordenarle
que no se detaviese más en Cádiz, y que enviásedes en con-
serva de los navios de su cargo el galeón San Bariolo'mé que
se ha de entregar allí á los Ministros de Portugal por la éráao.
de D. Luis Fajardo, mi Capitán general de la armada del mar
Océano, el cual hará lo que resta cuanto á la entrega y co-
branza del artillería, como de acá se ha ordenado.
La infantería que volvió á ese puerto con los navios de la
Escuadra del Estrecho, haréis que pase en ellos á Lisboa, y
allá se hará la reformación de los Capitanes de ella, y entre*
tanto la socorreréis como mejor pudiéredes, y cumpliréis La <Sr-
den que se os ha dado cuanto á despedir los navios de particu-
lares que ahí hubiere de los de la dicha Escuadra, y vender loe
míos que no fueren de servicio: teniendo consideración á lo que
se 08 escribe en otra sobre la armada que se ha de formar ahí
para barlovento; y el haber despedido la infantería de las ciu-
dades y Señores de esa provincia, está bien; como lo ha sido la
demostración de castigo que hicisteis en echar á galeras algu-
nos de los soldados y marineros que se huyeron de la armada.
De los 50.000 ducados que he mandado proveer para gastos
de ella se han aplicado los 20.000 á les dueños de las naos de
la flota de Nueva E^spaña, y la restase les pagará con brevedad.
Háse visto la relación de lo que avisáis se debe á extranje**
ros por la jarcia que comprasteis de ellos para el apresto de los
tres galeones míos, y para enviar á la ^ verano pasado, y
se queda tratando de proveer dinero para darles satisfacción
de ello.
También se ha visto la relación que enviasteis de los basti-
mentos con que hicisteis socorrer á las galeras de Portugal las
dos veces que ahí fueron * que montan, se habrán de cobrar
de su consignación; y así se ha ordenado al conde de Elda, mi
4 Está en blanco en el original.
5 Ídem id.
533
Cftpít&n general de ellas qcte los hec^ ps^gu*, y yos os podréis
entender con él en esto.
Bstá bien el haber dado á D. Lnis Fajardo los 500 ducados
del dinero de las presas; y se han yisto las relaciones de ellas,
y de lo gastado y lo qae de mi hacienda se ha de restituir al
montón por el valor del trigo que se tomó para los presidios y
para fabricar bizcocho.
Muy bien ha sido enriarme los atisoe que han dado los
prisioneros que vinieron de Holanda; y siempre pareoió acerta-
do el detener la nota de Nuera España y todo lo que ahí se
ejecutó el rerano pasado para asegurar lo que Dios trajo en
salvo délas Indias.
Bl decir los avisos que tratan del apresto que hacian los
holandeses de navios para la India Oriental que lleva basti-
mentos para tres años, parece que desacredita lo demás que
advierten del apresto; pero conveniente ha sido tenerlo en-
tendido.
Bien fué avisarme tan particularmente la causa de haber
enfermado y muerto tanta gente de la que se embarcó en los
navios qne sacó de ahí D. Luis Fajardo el verano pasado, y
quedo advertido de ello.
Del Pardo á 20 de Noviembre de 1607.«YO EL EET.«=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Aróstegui. —
Por el Rey, al duque de Medina-*Sidonia, su primo, de su Ck)n«
sejo de Estado y Capitán general del mar Océano y costa doL
Andalucía.
EL BEY.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado,
mi Capitán general del mar Océano y costa del Andalucía. Por-
que he resuelto que la armada de diez navios que se ha de
aprestar para la guarda de las islas de barlovento, se forme y
componga (si ^s posible) de los del armada del mar Océano,
conviene que veáis si de los once que ahí se hallan de la de la
Escuadra del Estrecho (habiendo despedido y vendido los iu-
534
útiles como se os ha ordenado), }iabrá en los demás alganos <|oe
no siendo á propósito para la dicha armada del Oc^no lo sean
parala de barlovento, pues vos sabréis también los que para altí
serán mejores, y los que hubiere tales los deternereis ahí, pnes
no conviene que vayan á Lisboa con los demás, y avisaréitin^
luego de lo que á vos se os ofreciere.
Del Pardo á 20 de Noviembre de 1607.=YO EL BBT:c-=
Por mandado del Rey, nuestro Señor, Antonio de Ardéfegui.-^
Por el Rey, al duque de Medina-Sidonia, so primo, de su
Consejo de Bstado y Capitán general del mar Océano y dé tat
costa del Andalucía.
Habiendo considerado Su Majestad el apretado estado én qne
se hallaba su Real Hacienda y las grandes obligaciones de^sn
Monarquía, y que para acudir á ellas no había forma, por estar
todo tan empeñado, que las gracias de la Cruzada y Excusado
lo están hasta el año de 12, y el servicio ordinario y extraordi-
nario hasta el de 613, los MaeiMirazgos hasta el de 614, las fio-
tas deste año en 1.900.000 ducados y las de 608 y 609 en
1.800.000 ducados por mitad, y el servicio de los 18 millones,
las pagas de fin de Noviembre deste año, la de Mayo del que
viene en un millón, y que presupuesto esto no le queda á' Su
Majestad hacienda con qné poder sustentarse , mandó qoé se
tratase en el Reino de tomar algún expediente en esto; y el
que más á propósito ha parecido, ha sido que Su Majestad pa-
gue á los hombres de negocios 12 millones, poco mis 6 menos,
que se les debe con intereses en los censos qtiie el Reino faB-
dará sobre sí de'600.000 ducados de renta, poco más 6 menos,
de á 20 el millar, que monta el principal de 12 mi&ones,
poco más ó menos, en favor de ios hombres de negocios, éon
lo cual las dichas gracias, servicios ordinario y extraordinarios,
Maestrazgos, flotas y Millones quedarán desde luego libres y
desembarazados; y para que el Reino pueda hacer ésto sin aven-
turar nada, que Su Majestad le dé desde luego un millón cada
año en lo que procediere del servicio ordinario y extflKyrdina*
535
riO| y lo demás restante en el servicio de los Millones, para
%Be coa los 600.000 dqcados^ poco más ó menos, se paguen los
réditos que montan esta cantidad, y con los 400.000 ducados
restantes yaya redimiendo la cantidad que alcanzare á la suer-
te principal, y desta manera con los réditos que se fueren
ahorrando y disminuyendo, y con los mismos dichos 400.000
daQa4o6 do'cada año, en diez y nueve años vendrá el Beíno á
redimir, el principal de los dichos 12 millones^ poco más ó mé-
nosj ry sus réditos, y para que esto tenga efecto sirve el Reino
¿ Sa Msu'estad con 600.000 ducados cada año, por diez años,
que comiencen á correr desde el dia que se hubieren cumplido
los siete años de la concesión nueva; y el tiempo que faltare
por correr del servicio de los 18 millones y los dichos 600.000
ducados para los diez años postreros, como queda dicho, los
pueda sacar el ^eino de las sisas 6 arbitrios que le pareciere
más, convenientes, con que se cfonsigue parte del desempeño de
Su M^ue^t^d^ en qn^ tanto ya á sus yasallos, y cesarán los in-
teucesas, que con ellos se consume la mayor parte de la Real
Hacienda;, y de los servicios que para socorro dellas se han
heohO) cuyo remedio consistía en que cesen y no pasen ade-
Unte» como habría de sex si ahora no se atajasen; y poique en las
condipionesque hay en el servicio, es una que se haya de gas-
tar el de los 17 millones, y , ^ en las concesiones hechas en
el repartimiento que está impreso , y del no sobra para estos
600.000 ducados que se hayan de quitar de las partidas de las
Casas Reales, quedando lo demás del dicho repartimiento en su
fuerza y yígor; y en todo ha mostrado el Reino el arhjOr ^f volun-
tad que tiene á Su Maj^s^d^i y yp quedo nauy contento de que
me baya lucido el cuidado que esto me ji;,q,e8^> j por lo que sé que
holgará dello Y. £., me ha parecido darle tan partlcu^^r cuenta
de todo. Dios guarde á Y. £« como deseo y h^e menester.
De Madrid á 21 de Noviembre de 1607. — Pienso que hol-
gará V. E. de saber esto.— El duque y marqués de Dénia, al
duque^ mi Señor.
4 Está ea bUnoo ea el orígíMl.
536
i
Recibí la carta de Y. E., de 1& de Octubre, en qne, con la
ocasión de la venida de la plata prppone los medios que se le
ofrecen para que Su Majestad, siendo servido, pudiese valerse
de pre3ente y acudir con ello á las necesidades forxosaa y. pre-
cisas; y habiéndole dado cueixta de ello, bolgíS maoho de ver *
su celo de V. E. y el cuidado y trabajo que puso en jCODSvle*
rarlo y advertirlo todo tan bien; y sobre esto y otras cosas m
discurrió con la atención que pedia la materia; y luibiéadolo
mirado y considerado todo, pareció que con lo que el Beíno lia
hecho (de que doy cuenta á Y. E. en otra carta) se podían exea*
sar por ahora todos los otros medios y arbitrios que se han ofre-
cido, y espero en Dios que habrá sidp estojo más acertado ^ y
que cada dia se echará más de ver.
Sus Majestades están muy buenos, guárdelos Dios, y. Sus
Altezas también; y yo muy á su servicio, aunque casfado con
la asistencia de tantos negocios extraordinarios como estos
dias se han ofrecido. — A mi Señora la Duquesa beso las manoa
muchas veces; á S. E. guarde Dios como deseo y he menester.
En Madrid á 21 de Noviembre de 1607. — Del secreto est¿
Y. E. muy cierto.— El duque y marqués de Dónia, al señor duque
de Medina-Sidonia.
Al capitán D. Gaspar dé Carvajal, que dará esta carta i
Y. E., deseo yo todo bien y acrecentamiento, por ser hermano
del doctor Lobera^ á quien he nombrado por Abad de la iglesia
de Ampudia, y por estar informado que ha servido bien á Su
Majestad; y así, suplico á Y. E. le favoresca y haga merced en
lo que se ofreciere, y particularmente eu maudaorle ocupar
ahora con su compañía en la carrera de las Indias, y toda la
que Y. E. le hiciere estimaré yo por mia. Guarde Dios á Y. £.
como deseo y he menester.
En Madrid á 27 de Noviembre de 1607. — El duque y mar-
qués de Dénia, al señor duque de Medina-Sidonia.
537
EL REY.
Duqñe de Medina-SidoDÍa, primo, del mi Consejo de Estado
y mi Oapitan general del mar Océano y costa del Andalucía.
Ya^tras cartas de los 11 de Octubre se han recibido, y ya s^ os
eBcribíó lo que era servido que hicieren los navios del Estrecho^
que creoí lo habréis ejecutado; y por ahora, hasta ver en lo que
para el tratado de la paz ó tregua con los de las Islas, no con-
viene que haya armada en el Estrecho , porque no haga impe-
dimento al tratado que les está concedido en virtud de la tre-
gua de los ocho meses que dura por todo el mes de Noviembre
deste año.
Queda entendido lo que decis en cuanto á ía relación que
se os envió de navios de corsarios , y está muy bien la diligen-
cia que hicisteis con el Corregidor de Málaga para que echase
mafno del nombrado la Paloma blanca^ que se hallaba en aquella
ph^ cargado de trigo, por ser de los de la dicha relación: avi-
sarme 'ei8 de lo que desto hubiere resultado; y también queda
entendido la causa por que no habéis echado mano de' los cor-
respondientes destos piratas que en la relación se nombran.
El dia que se os ordenó que diésedes en nado los navios de
los naturales de Emden que no estaban ocupados en mi servi-
cia, se entendió que quedaban libres las personas, pues sin esto
no servirá de nada dar los navios en fiado; y así, si no los hu-
biéredes dado libertad, se la daréis, porque después acá se. ha
entendido que han echado fuera la guarnición de los rebeldes
y redncídose á la obediencia de su Señor, y el archiduque Al-
berto, mi iWy á cuya instancia se les prohibió el trato y comer-
cio en estos Reinos, me ha escrito pidiéndome se alce 1^ prohi-
bición y que los admita en mi gracia, y yo me he contentado
dello.
Del Pardo á 28 de Noviembre de 1607. =Y0 ÉL ÍIEY.=.
Andrés de Prada. — Por el Rey, nuestro Señor, al duque de
Medina-Sidonia, su primo, de su Consejo de Estado y su Capi-
tán general del mar Océano y de la costa del Andalucía*
888
SESOR.
He reeibidd la barta^de Vnefttr^ Majestad de 30 del pa9i4oj
enteBdíeodo pormeídio de ella habor Vuestra Uejested reepelte
qüa ^armada' de 10 navíoe que se han deapreatar para It
goaiida de li^s lirias de barlovento, de forme y compoqgai 9i ee
poeibleí de los del simada del. mar O^ooi j ^ne mat^da^ Yoes-
tra Mi^'estad que vea sá de los 11 ^ae aquí ee hallan de la Es-
caadra del Ee^eoho^ habiendo despedida y vendido ios inúti-
les, <}omo se me ha ordenado, habrá en los demají algnnos que
no sieode & propósito para la dicha armada del mar Océano, lo
sean para la de barlovento^ y que los qae hubiere tales^ los de-
tenga aquí} pues no convendrá que vayan á la ligera con los
demás ; Ta di cuenta á Vuestra Majestad que de los 11 navios
que aqní arribaron de la dicha Escuadra del Estrechf^j sólo el
gMeim ¡San BMúalcmé, que óste está^ya en Ijisboa^y la fragata
Santa Ana y el pataxe San Medely que aquí se hallan , son de
Vuestra Majestad, y la urca Esperanza, de presa, que se ven-
dió á Pedro de Munguía, y los demás de que envió relación á
Vuestra Majestad, que eran de particulares, y de los del embar-
go del Emden se licenciaron ^ si bien los del dicho embargo
todavía to están; y así, para la dicha armada de barlovento ni
para ninguno otro servicio hay en la Escuadra del Estrecho
bajel que sea de provecho; y con salir los galeones de la ave-
ría, qne son 10, en todo Enero pueden correr lo mi^mo que la
Escuadra de baclovento y recibir su p}ata en Ti^rarFirme y
Nueva España» dividiéndose desde la Margaritar, aiQ que tuer-
zan oefao^dias de oamiw, pueden baoer este envicio y. traer su
pfakia al* mismo tiempo que si derechamente £s eran á Tierra-
FiraM^ y exeaaar la costa de la armada de barlovento^ como por
el Consejo de indias diversas y mncb9s veces lo he informado
á VnestBra.Majestad, y por otras manos , pues se viene á baoer,
como digo, lo mismo que con ella, y Ijmpiar la Punta de A|!aya,
que como ví el poco e£ecto que hiao el armada que trajo el Ade-
lantado Pedro Melendez para la seguridad de las Islasde bar-
688
loyeDto, 7 por muy fáciles causas, el arribar della no era menos
que á estos Reinos; así entiendo Que lo habría de hacer ésta, y
también pongo en consideración de Vuestra Majestad qne igual*
mMté Tionéb- á c¿iie«inrir' et* éespáciio da la: flcfta de Tiiarra*
Firme y galeota áh la aVería y.pataxés útí azogüepara Nueya
Bspafía y la flota que va á aq«6lta proTÍutia^ que también ha
de salir ^temprano, yon Lisboa lo qttese prevstee para ht Intdia
y el ártoada dél mar Oeéatio, que cuando hubiere sobra d^ na»
víos y gente de mar , y tantas otras cosas , podrían mal cotnpo-
nerse en tan pocos meses; y así, á lomas íórsoBo seria bien apre-
tar, para que las partencias fuesen á tiempo, y lo demás pveTenir»
lo, si conviniere, para adelante, qne todas las dichas cosas mu-
cho tiempo, dinero y gente habrán de embeber por lax[iie jaz-
go y la dificultad que tiene el componer estas cosas habiendo
de ir bien. Nuestro Señor las encamine y guarde & Vuestra
Majestad muy largos años.
I>e San Lficar á 3 de Diciembre de 1607.*-E1 duque de Me-
dina-Sidonia.
COPIA DE BILLETE
ÜEL 8ECBBTARI0 JUAN OB OlBltA, SBCRITA AL «BCBBtABIO
ANTONIO DE ABÓSTBOUI BN 15 DB DlOIBBíBBB DB 1607 AÑ08«
Habiéndose visto en la Junta de Ouerra de Indias ua capí-
tulo^ de carta del señor duque de Medína^Sidonia, de postrero
de Septiembre de este año, remitido por el Cbnsejo dé Querrá,
en que dice convendría visHa para la flota de Tierra*FihEDo que
se apresta en una füroa nombk*ada la Bíperattea, de 400^ tonda-
das, que se tomd en presa á los enemigos , para qme se p«diese
tener mejor venta della con la visita , para que per estar tan
adelante el despacho de la dicha flota, no conveúiadar vi6íta
para ella á la urca, pero que se le podría dar para la de la Nueva
España, que partirá por Marzo del año que viene, y tratar de
venderla desde luego con esta calidad y condición.
i
■
d40
Lo caal ire donsuitó á Su Majestad, j^or cónsaUa úe 141 de
Noviembre pasado, y Su Majestad há sido «ervído de feíBpoiídeT
que üb botiTíeiiéadfaiitiríesta urca para la mía flota ni la dirá,
de qoe me ha paíecído avisar á Vdesamerced, para que siendo
necesario advierta déllo ti Consejo, y se Aé la drdén que más
coiiveng^ para la venta de la arca, presupuesto que no se le ha
de dar la visita. Dios guarde á Vuesamerced como d^eo.
He recibido la carta de V. E., de los 9, con el despacho que
vino para Su Majestad, que envié luego al señor duque de Ler-
ma; y en volviendo á mis manos procuraré que se responda
luego á V. E., y si Su Majestad ñrma á tiempo irá con ésta la
respuesta de las que Y. E. ha escrito estos días atrás, y si nó
irá con el primero.
Dudo de que se condene esa hacienda, á lo menos hasta ver
en lo que para la paz, porque estos dias se ha mandado soltar
libremente un navio holandés que se embargó en San Sebas-
tian: respecto de que en virtud de la tregua pueden venir, y
se desea que vengan muchos para que se ceben con el trato;
pero ese navio tiene diferente consideración, porque no es ho-
landés, y los franceses no pueden traer mercadurías de rebel-
des, conforme á lo capitulado con el Rey de Francia; y así, por
esta vía parece que justamente se puede proceder y condenar
el navio y jarcia.
El pliego que vino para D. Jerónimo Altamirano se le dio
luego, y los que me enviare para V. E. irán siempre debajo de
cubierta de Su Majestad. Guarde Dios á V. E. como yo deseo,
y su Divina Majestad dé á Y. E. tantas y tan felices pascuas
como puede.
De Madrid á 18 de Diciembre de 1607.— Andrés de Pradá.
Su Majestad ha resuelto que se cometa á Y. E. la carta de
Luis González: continúe tomando por Asesor uno de la Audien-
cia de Sevilla, el que Y. E. eligiere, y en entregándome el pro-
ceso enviaré á Y. E. la comisión, juntamente con él.
54}
Bu CQmpUmieQto de lo que Y. £. me ha mandado , be boa>^>
cado lo qoe V. E. me e9Qribió d^ade .Jeréz^ y 00 hallo sino la
carta qae ya aqoí, una cctpia de Qtra que Y. £. e.i^cribi(3 al se^or
duque de Lerma, y no hallo oti:a ninguna ni la relación que
Y. E. dice sobre materia de armada, 9i bien la ca^ta de ,Yv^*
trata deato^ y porque é^ta uo ,e^ para más^ gyarde. Dios Á Y, E«
como yo deseo, . . , , .
De Madrid á 19 de Diciembre de 1607. — Andrés de Prada.
EL REY.
Duque de Medina-Sidonia> primo^ d^l mí Consejo de Estado
y Capitán general del mar Océano y de la costa del Andalucía.
He visto dos cartas vuestras, de 13 y 16 del pasado , y los pa-
peles de lo que se trató con el Xarife difunto en tiempo del Rey,
mi Señor, que haya gloria, sobre el trueque de la plaza de La-
rache por la de Mazagan, que ha sido bueno habérmelos en-
viado para que caso que con Muley-Xeque se mueva semejante
plática, se pueda seguir aquel ejemplo en lo que conviniere,
para lo cual se ha sacado copia dellos » y se os vuelven los ori-
ginales.
También se ha visto la copia de lo que últimamente os es*
cribié Juanetin Mortara y lo que decis acerca dello, y bien se
echa d& ver que debe de estar de parte de Muley-Xeque, pues
habiendo antes persuadido á la empresa de aquella plaza, ahora
quiere dar á entender que es de más consideración que ella el
conservar su amistad; pero por ahora conviene disimular, y
cuando se haya de acometer la empresa, será bien que yos le
enviéis á llamar^ y porque para en cualquier encuentro es bien
tener obligado áMuley-Xeqne, habéis hechQ muy acertad&mien-
te en enviar los dos navios á la Mámora sin esperar orden mia,
pues él 08 los pidió; y para que se os provea el dinero que se ha
gastado en el apresto y provisión dellos, holgaré que me en-
viéis relaciona de lo que monta.
En lo que toca á la licencia que el dicho Juanetin pide para
542
éüTÍar acá un jadío á negocios de Molej-Xeqae y soyosi Imeis
lo que oi paifecieroi que yo 00 lo íemMo.
De Miuirid i 19 de Dieiembre de 1607.«i¥d BLi&E¥.>i>r
Aüdfés de Priíd^.—- PiH' él Bey^ fld duque de Medlffa«<0ído&ri«, «1
primoy del so Consejo de Estado 7 su Capitán generaVdeliMr
Océano y eosta del AlHl&Iii6ié. > '
EL BfiY.
Duque de Medina-Sidonia, primo^ de mis Oettisejos -de Estsdo
y Guerra, y mi Capitán general del mar Océano y 4e la^esta
del Andalucía. Vuestras cartas de los 23 de Octubre^ 10; ll, 134
y 25 de Noviembre, se han recibido con las copias que aonsan,
de las que os habían escrito Joanetín Mortara y Yioencio de
Maréhena, á los 13 dé Octt^bre y 14 dé Noviembre; Paulo' Bap-
tista Justiniano y Alonso Marín, á los 24 y 28 del misino, y una
declaración qae había hecho Joan Castellanos de Herrén^ ve^
ciño de Cádis, que habia venido de Matrueoos, acerca de lo eaal
se os responderá aquí lo que se oCrece.
El discurso que Juanetin Morlara hace sobre la empresade
Larache y lo demás que se refiere á este pr<q>6stto, se haeoo-
siderado atetitamente, y con la resolución que he tomado de
diferirla pata el verano que viene, cesa^
El acometerla por vía de entrepresa , ^1 la forma q«e pa-
rece á Mortara, ni en otra ninguna ; y pues mostráis sospedia
de que él se ha retirado del intento que había, dado de vemrá
Larache coando se hubiese de qecatar la empresa, temiendo
perder la hacienda y la vida, eonverná deslambvarle d«l in-
tento que Se lleva, y esto parece que se podría hacer esenbién-
dole vos en respuesta de sos cartas, que pves Muky-Xeqne ha
tenido victoria de su hermano, y yo soy su amigo, no^qniero
tratar de ofenderle en nada, y que así no hay más que hftbUt
en aquella empresa, que si la fortuna le fuere adversa -y le
obligare á retirarse á Larache y pasar á estos Beinos, él verá
cuánto le conviene dejar aquella puerta asegurada y á mí el
€43
nHM^d^ite gnftfdkr de «lis, poique wn i»l» eeswt wultpiítor
rastro de sospecha qae. haya habido de q,m jiO- hay», puesto loe
ojosi^u iapa4e(mi*me . de I acuella! faorsa.; y pn^s Juanetm mués-
tea dQ0e<^iáe yerset con y^, ps leDtkitp qiie )e lli9iQeis cuando os
Por lo que Juan Castellanos d^ Herrera dice que pa^c), Qo^
Moley-Zidan, no se debe alzar la correspondencia con Muley-
Xeque; pero podriades trazar como se diese á entender á Moley*
Zidan, por medio del mismo Juan Castellanos, que yo no he
dado ninguna ayuda de armas á su hermano, ni él la ha pedí*
dx>; y isl se echiM de v^r qae se le han Qn:?iad0 payíosLy.^e le
podría decir que aqQoUo antes fué en su beneficio que en su
daño;, pqes fueron cau9a de facilitar que le dcgase el Reipo libre:
e^a diligencia se podrá hacev al tiempo y en la forma q^e os
pareciere más i pr^pfeito*
De la r^laeiw qw hacen AIoislso Marín y Paulo Bautista
JíoflttnianOy de la altura de las n^urallas de los fuertes, de la
anchura y profundidad de ios fosos y de la artillería que hay
e&ellos^ no hay que haoer mucho fundamento, por no ser hom-
bres pláticos; pero con todo eso será bien guardarla para su
tiempo; y el intento que teniades de que en los navios que hu-
biesen de i{ á Larache fuesen dos hombres plátícos que de
noche seoonocíesen y tomasen la altura do lp& dichos fuertes,
anchura y profundidad de los fi»sos, se tiene por muy peligroso y
que podría ser causa estragar el negocio por las dificultades que
en ello habrá, mayormente si sucediese que estando jen tierra
sobreyiniese algon temporal que no diese lugar á que se pu-
diesen embarcar y fuesen presos de morosj y se tiene por mqjor
que en algún navio de mercancía vaya, á ^ulo de mercader 6
de marinero, algún hombre platico que disimuladamente vea y
reoonozeatodú aquello, consideradlo bien y dad en ello la or-
den quo mejor os pareciere, pues estáis al pié de la obra y tan
eiiterado< de lo que conviene.
En k) qde toca á los moriscos que Juan Castellanos de Her-
rera dice han pasado del Andalucía á Marruecos, será bien que
encarguéis al mismo Juan Castellanos, á Juanetin Mortaray á
KAA
Vioencio de Marchena, qae procuren saber qaiénes son estos
moriscos, lo que tratan y con qnién se corresponden acá, j lo
aTÍsen con lo que más entendieren.
La diligencia de que habéis usado en el despacho de los
dos navios que Muley-Xeque ha pedido, Jia sido como se podía
esperar del cuidado que ponéis en todo lo que toca á mi serví-
cío, y asi os lo agradezco mucho y me tengo por servido de la
elección que hicisteis de Diego López Doria para enviarlos, y
del en haberlo aceptado y hecho la prevención que avisáis para
en caso que suceda embarcarse Muley-Xeque, y así le daréis
las gracias de mi parte; y se tiene por mejor que estos navios
vayan á la Mámora como el dicho Muley-Xeqne lo desea, por
estar más cerca de donde se halla y ser más seguro aquel
puerto que el de Larache.
T pues os parece que no obstante las consideraciones que
Juanetin Mortara hace acerca de esta empresa, es conveniente
no alzar la mano della, sino que se ejecute como está acordado,
he ordenado de nuevo que se dé prisa á las prevenciones que
se han de hacer, y que se vaya disponiendo y encaminando
todo lo que para ella convenga; vos haréis lo mismo por lo que
08 toca y está á vuestro cargo, pues veis lo que importa, y me
avisareis de lo que se fuere ofreciendo. «
De Madrid á 19 de Diciembre de 1607.= YO EL RET.=
Andrés de Prada. — Por el Rey, al duque de Medina-Sídonia, su
primo, de su Consejo de Estado y su Capitán general del mar
Océano y costa del Andalocia.
EL REY 1.
Duque de Medina-Sidonia, primo, del mi Consejo de Estado
y Capital! general del mar Océano y costa del Andalncia. Tres
cartas vuestras de 2 del presente se han recibido, y visto lo que
en ellas decís y los avisos que enviasteis de haber ido una Bs«
4 Bsia carta no tiene fecha, pero por su contenido parece que no debia estar
aquí colocada sino eolre las del mes de Junio.
545
cuadra de 25 bajeles del enemigo la vnelta de las islas de Ba-
yona, ha parecido ordenar á la Escuadra de Guipúzcoa, que
no salga del puerto del Pasaje, y cuando pueda pasar á la Co-
mña, no saldrá de allí sin seguridad.
El procurar que esa Escuadra del Estrecho con buena colla
de tiempo vaya á Lisboa, parece el mejor medio de que se
puede usar para juntar las fuerzas en la ocasión presente, y
aunque se ofrecen inconvenientes, es menester echar mano de
lo que tuviere menos; y para esto importa dar muy gran prisa
al apresto desos navios, y me parece muy bien que, pues hay
tantas causas para excusar que este año vaya flota á Nueva
España, y lo desean y pretenden así los cargadores, se atienda
con gran diligencia á poner en drden los 25 ó 30 bajeles que
decis, echando mano de los de la flota, como os parece que será
forzoso; y supuesto que lo he remitido y remito todo á vuestra
elección y prudencia, me haréis mucho servicio en disponer y
ejecutar lo que á esto toca, en la forma que lo apuntáis, ga-
nando en ello el tiempo posible con vuestra buena maña y
diligencia; y el tomar de los navios de la flota para este efecto,
se hará con suavidad, no siendo caso nuevo dejar de ir; y á los
dueños podréis asegurar, no sólo que hecho este servicio no se
les tomará ningún navio para la armada, pero que serán los
primeros que se admitieren para la flota, y con esto y los otros
medios que sabréis, procurad animarlos á buscar marineros.
Cuanto á la falta de infantería, se va con intento de suplir-
la con enviaros una buena tropa de la que se habia de embar-
car para Italia (y esta advertencia sea para vos); y de lo que
es gente de mar, será necesario que os acomodéis cpmo mejor
pudíéredes; y cuanto á artillería y armas, os escribirá el mar-
qués de San Germán lo que se podrá hacer, y vos os correspon-
deréis con é\ en lo que á esto toca, y proveeréis el dinero nece-
sario aparte, para que lo libren y distribuyan por menor el
Capitán de la artillería de la Escuadra y los Oficiales della, de
manera que ande separado este ministerio como se acostumbra,
y tened entendido que no conviene tocar á las seis piezas de
artillería de Sevilla, pues con ellas se puede remediar poco.
Tomo LXXXI. 38
.646
Supuesto qoe, como queda dieho, se ofi ha de proveer ia&n-
tería de la que había de pasar i Italia, y que seráu 2.600 hom-
bres, ÍDclusos los que tenéis, no será menester usar por ahora
el medio que proponéis de pedir parte á las ciudades y señores
del Andalucía. •
£1 haber ayisado á D. Luis Fajardo los natíos que apres-
táis y el hacer provisión de yituallaa para 3.000 bocas por cas-
tro meses, ha sido bien y lo será advertírie á menudo de lo que
acerca desto fuéredes previniendo.
Aunque las 40 piezas de artillería de hierro que llevaron las
dos galeras de Lisboa, no sean de la bondad que oonvieoe, será
menester que las hagáis repartir y aprovechar en esta ocasión.
Muy bien ha parecido que os valgáis de la zabra vizcaína
que decís, para que en conserva de las dichas galeras lleve á
Lisboa la jarcia que no pudo caber en ellas, y que vaya la pól-
vora y las demás cosas que espera D. Luis paradla armada de
su cargo.
Bien considerado parece el decir que tenéis por conveniente
que D. Luis Fajardo se fuese por tierra á embarcar en esta Es-
cuadra del Estrecho para excusar diferencias entre los Genera-
les Garibay y D. Sancho Pardo, y que Garibay llevase su
Escuadra del Estrecho, y D. Sancho los navios de flota que se
eligieren debajo el estandarte de D. Luis» y desde luágo man-
daré que se vaya disponiendo esto; pero tenerlo en silencio
mientras llega á efectuarse.
En lo que toca al papel que os dio el capitán Mateo Leticia
sobre tratar de sacar algunos de los navios anegados en la
bahía de Gibraltar, siquiera para limpiar el paso, ordenareis que
se ejecute en conformidad de lo que contiene el dicho papel y
como á vos os pareciere mejor.
Bueno es que se hayan sacado de la mar las 40 pieasas de
artillería de bronce que avisáis, y espero que hareia mucha di-
ligencia para que se saque y beneficie, cuanto sea posible^ lo
más de lo que se anegó en los navios de la Escuadra, y así os
lo encargo.
Queda entendido lo que advertís cuanto á hacer ca,rg^ al
647
Piior 7 (Mneales de que ¿esa por ea causa la partida de la flota;
pwo üo conviane tratar dasto.
De »
Vuelvo á encargarofl la díligeneia ett abreviar el apresto
desa Escuadra, y para consegnirlo echéis mano de los navios
de la flota que os pareciere más á propósito para ponerlos en
drden brevemente, reparando los más útiles con lo que hubiere
en los que no lo fueren tanto; j para que la dicha Escuadra
salga con toda la gente útil que se pudiere, se os envia orden
para que hagáis embarcar en ella todos los entretenidos que
fueren de servicio, de los que hay en estas partes. Fecha ut
sufra.
* Madrid 31 de Enero de 1614. — Bartolomé de Anaya.
Consta eoTTó Su Majestad copia de tres cartas que recibió
del alcaide Almanzor y de Muley-Abdalá, para que el Duque,
mi Sefior, que se hallaba con tan entera noticia de las materias
de África, viese lo que contenian y convenia se hiciese en todo.
Dice más, que habiéndose visto las cartas que remitió S. E.
del comisario Tejeda, se juzgaba habria acabado de hacer los
inyentarios de la hacienda de Muley^Xeque, como lo encomen-
dó, y que convenia los enviase luego para que con brevedad se
tuviese la noticia de todo, y de lo que el Duque, mi Señor, su-
piese y le pareciere sobre ello para tomar resolución en lo uno
y lo otro.
Madrid 29 de Abril de 1614«— Jaan de Giriza.
Respuesta á una carta del Duque, mi Señor, que hablaba en
los particulares de la Mámora y de estar resuelto Muley-Zidan
de fortificarla y por sobre Larache, y dijo Su Majestad que ya
4 Está en blanco la fecha y firma en el original.
2 Después de varias hojas en blanco, aparecen en el manuscrito estracta-
das las cartas que signen.
54a
había mandado á D. Francisco ^ proveyese Inégo esta plaza
de lo necesario^ añadiendo que pareció bien lo qne propuso
S. E., qae en trueque de la Mámora se diese á Hazagan, y le
encargó lo tratase y atrajese á ello á Zidan, y que yiese si el
confidente que para esto tuviese lo podría poner en plática^
comenzándole con decir se faabian tenido avisos que lo ofrecia
al conde Mauricio, y por cuanto mejor le estaría componerse
con Su Majestad de manera que á todos estuviese bien.
Madrid 1.° de Julio de 1614. — Bartolomé de Anaya.
Refiere que por lo que escribió el Duque, mi Señor, queda-
ba entendido la falta que habia de pólvora en Oibraltar y Ta-
rifa, y que mandó Su Majestad á D. Pedro Pacheco, Capitán
general de la artillería, proveyese la necesaria en la forma
acostumbrada como es en.Gibraltar, sin pagarla, y á Tarifa pa-
gándola, y que hallándose desde el año de 609 en Gibraltar
más de 400 quintales de pólvora, y entonces la que S. E. decia
no era necesario librar ninguna, pues en ocasión de enemigos
podría dar orden que se gastase lo que fuere menester; pero
que por haber sabido que la dicha pólvora tenia necesidad de
refinarse, habia mandado se llevase á Málaga para este efecto,
y á D. Pedro se advertia que de la que hubiese en Gibraltar
diese la que era costumbre en la forma referida.
San Lorenzo 30 de Agosto de 1614. — Anaya.
Trata de lo que importó el apresto de la armada Real, que
hizo en el puerto de la Mámora y del poder con que intentan re-
cuperarla los moros, para cuya oposición encarga al Duque, mi
Señor, con aprieto pusiese en orden la más gente que pudiere
juntar de su casa y tierra, armada y prevenida de lo necesario,
4 Hay un claro en el original.
649
nombrando Capitanes pláticos qae la llevasen á cargo, y se
embarcase con toda prisa; y añade qae á la Cancillería de Gra-
nada y Audiencia dé Sevilla, se mandaba no se entrometiesen
en cosas qae tocare á esta leva.
Lerma 16 de Octabre de 1614. — Anaya.
Es respuesta á diferentes despachos del Duque, mi Señor,
concerniente al cargo de Capitán general, sin que contenga
cosa que merezca especificarse en este resumen.
San Lorenzo 1.** de Noviembre de 1614. — Anaya.
Refiere que por la falta de armas que habrá en Cádiz, man-
daba á la ciudad de Sevilla prestase 2.000 arcabuces y 1.000
mosquetes, de cuya orden envió copia al Duque, mi Señor, en-
cargándole que si pareciere á S. E., no hiciere diligencia para
que Sevilla prestase estas armas ; y que no siendo necesario
toda la dicha cantidad, diese orden para que solo se ^ lo qae
precisamente fuere menester.
Guadarrama 15 de Noviembre de 1614.
Respuesta á carta del Duque, mi Señor, con que remitió
S. E. las condiciones con que Juan López del Villar trataba
de tomar el asiento de 400 camas para Larache, las cuales no
parecieron ajustadas, y túvose por conveniente dar á cada sol-
dado un catre con un colchón, una sábana, una manta y una
almohada * como S. E. lo propuso por diferentes convenien-
tes, y que á eso se podría disponer que se mejorase el dicho
asunto con el dicho Juan López.
4 Hay qj) hUtu^o en el oríginaU /
8 ídem id.
560
Guadarrama 15 de Noviembre de 1614.*-ADaya.
Refiere Bu Majestad qae quedaba entendido de lo que escri-
bió el Duque, mi Señor, en rason de que había arribado á Cádiz
un socorro de 1.090 soldados que enviaba á la Mámora, y que
avisó D. Luis Fajardo no necesitaba de más gente, sínodo bas-
timento para la que tenia.
COPU DE U IBLiGIOH Y CONSULTA
QUE HIZO i SU MAJESTAD
DON MARCELINO DE FARIA
OIDOn DE fiRANADA
EXPRESANDO LAS INTELIGENCIAS SECRETAS^ QUE POR SUS ÓRDENES
había dispuesto, así en ESTOS REINOS COMO FUERA DE ELLOS;
LO QUE RESULTA DE ELLAS, Y DEL ESTADO QUE ENTONCES
tenían, para que RECONOCIDAS , MANDASE SU MAJESTAD
LO QUE FUESE DE SU SERVICIO.
AÑO DE 1643.
(Biblioteca del Marqués de la Fuensanta del Valle.)
PAPELES RESERVADOS DEL CONSEJO.
Copia de consulta de 3 de Marzo de 1648.=86ñor.=El Licenciado
D. Marcelino de Fária S Oidor de Graíiada.^Representa á Vues-
tra Majestad las inteligencias secretas que por sus órdenes ha
dispuesto, así en estos Reinos como fuera de ellos. Lo que re-
sulta de ellas y el estado que hoy tienen, para que reconocidas,
Vuestra Majestad mande lo que más sea de su servicio, para su
buen cobro y prosecución.
Señor. = Habiéndome mandado Vuestra Majestad (Dios le
guarde) encargar las inteligencias secretas por orden de 19 de
Agosto del año pasado de 640, y ser preciso darle cuenta de las
qoe han corrido por mi mano, lo hago para qne, entendidas y
reconocido el estado que tienen , me mande lo que más sea de
su servico. Empezando por la que me dio á boca el Conde-duque
de San Lúcar la Mayor, para disponer al Padre Fray Junípero
de Trápana, de la orden de San Francisco , por confidente del
servicio de Vuestra Majestad respecto de la dependencia que
tenia con Monseñor Campegis, Nuncio del Papa, y con los demás
Embajadores residentes en esta corte , por ser amigo de todos
y sujeto en cuya gran capacidad, virtud, letras y partes se po-
dían esperar los logros que el gran celo del Conde se aseguraba
de su confidencia; en cuya exoneración le dispuse de forma que
4 Ed la Biblioteca Nacional. Sala de Manuscritos, E.~176» se encuentra uno
con este título: Apología en defensa de esta Monarchia y déla Cassa de Awtria,
para el desengaño de los PoUnlalos de Europa y satisfacción de los pdUicos de
estos tiempos, por Don Marcelino Faria de Guzman, natural de Granada: al
Rey, nuestro Señor, Don Felipe IV, «ei Grande,* Rey de España y Emperador de
América, Monarca singular en dos Mundos, Es un tomo en 4/ de 4 48 folios y
dedicado al Conde-Duque de Olivares; parece ser el original, y tiene la fíraiH
del autor y la fecha en Madrid á 4 de Julio de 4634,
554
consiguiéndose el intento, fa¿ el medio más seguro del aviso
de la toma que el Arzobispo de Burdeos había de hacer con la
armada de Francia de la villa de Laredo , con fin de dar calor
á la sublevación de Portugal, con tanta certeza como se vio des-
pués, dándola en el mismo tiempo de la estrecha negociación
que los judíos portugueses de Franciay Portugal tenian en París
con el Cardenal Richieleu sobre el rebelión de aquel reino; afían-
zando esta inteligencia con la noticia que tuvo de ella por medio
de la Embajada de Venecía. Después de lo cual, habiendo so-
brevenido el rebelión, la dio de cuan necesario era que luego
al punto Vuestra Majestad, con todas las fuerzas de su poder,
fuese al reparo, respecto de la resolución que habia tomado el
Rey de Francia de ayudar con las suyas al tirano y defenderle.
Tpor habérsele encargado por mi mano, habiendo venido el
Colector de Portugal á esta corte, al esplayarle el ánimo, lo hizo
representando* cuánto importaba al servicio de Vuestra Majes-
tad no volviese á aquel reino, como estaba resuelto, por ser ín-
timo amigo del tirano y haber cooperado con él en el rebelión
y solicitar su vuelta para asistirle. Por haber esplorado el tiempo
que estuvo en esta corte las fuerzas y designios de Vuestra Ma-
jestad, siendo por esto de parecer de que aun se le embarazase
la ida á Roma; sobre que habiendo sido del mismo sentir Moíi-
señor Faquineti , Nuncio del Papa , sé les ofreció de parte de
Vuestra Majestad honrarle con una iglesia por este aviso, y por
haberle dado de la Confederación que los holandeses y france-
ses habian hecho con el tirano, y de la asistencia que la Repú-
blica de Venecia le hacia clandestinamente. Y por haber en-
tendido, por medio de la Embajada de Francia, la resolución
que su Rey tenia de venir al Condado de Rosellon y poner sitio
á Perpiñan, le avisó con anticipación de algunos meses de su
venida, habiendo dado él mismo aviso con seis meses de ante-
rioridad por ^ para que se previniese y fortificase á Colibre,
por haber tenido la misma noticia, habiendo precedido el ha-
berle dado del riesgo en que estaba Cataluña de levantarse,
i Está en blanco el origioal.
556
pura que se acomodasen de ctialquiera forma que faesen sus
pretensiones. Por haber entendido de an religioso Capuchino
catalán y de Fabricío Sorbali, abreviador de Monseñor Campegis^
Nnndo del Papa, la inteligencia que tenia en Francia aqnella
proYÍncía, para en caso que no se ajustasen sus cosas con Vues-
tra Majestad , y todas las demás circunstancias de este caso ; y
habiendo sucedido la muerte del Nuncio del Papa en esta corte,
entregó algunos papeles de importancia del estado, moTimiento
y designios de los émulos de Vuestra Majestad, que estaban en
su poder. T dio aviso de inteligencia de la Embajada de Vene-
cia de algunos meses antes del designio que el Rey de Francia
tenia sobre la plaza de Er, y de la inteligencia que tenia en
Dunquerque, como también le dio del trato que los franceses
tenian en la ciudad de Zaragoza para sublevar aquella ciudad
y el reino de Aragón , de que resultaron las presunciones del
duque de Nochera. Y en este estado, habiendo sobrevenido un
accidente grande de conveniencia del servicio de Vuestra Ma-
jestad, de su orden se hizo tránsito de la persona del dicho Padre
Fray Junípero de Trápana, del convento de San Gil, donde re-
sidía, al de San Francisco, donde está de presente, para que le
dispusiese con más comodidad y desembarazo, sobre que en
virtud del orden, á boca yo hablé al tieneral y Ouardian; resul-
tando de esto un servicio tan singularmente grande, y digno
de la mayor correspondencia y estimación , como fué el des-
cubrir este Padre las máximas del correo que despacharon al
Papa y á sus nepotes D. Lorenzo €oqui. Secretario que fué del
dicho Nuncio Campegis, y el Colector de Portugal; con que
habiéndoseme cometido el expiar el dia y hora de su partida de
esta corte, y al dicho Padre, se vinieron por esta causa y por
la de desbalijarle á descubrir los grandes enredos de Miguel
de Molina, de quien después se hizo justicia, habiendo yo
sido Fiscal de su causa en la Junta que Vuestra Majestad
se sirvió de destinar para ello. T aunque por lo singular de
este servicio se le ofreció de parte de Vuestra Majestad muy de
contado el premio, ni por él, ni por los demás se le ha hecho
merced alguna, ni dado ayuda de costa; siendo así, que por no
556
eer natural de estos Reinos el dicho Padre, aunque hijo de pa*
dres españoles y natural de Sicilia ^ ha sido preciso el empe-
ñarse 7 empeñarme en sus socorros j los de su compañero» por*
que no cese el servicio de Vuestra Majestad , cuyo celo le ha
espoleado estos dias á descubrir la inteligencia que los Minis-
tros del Rey de Francia han tenido para sacar en dibujo la
planta del castillo de Pamplona y examinar el estado de su ar-
tillería, el de sus proyisiones, presidio y socorro que, según su
inteligencia, le parece conviene luego prevenir de toda forma,
encargando al Virey el cuidado de estas materias, y que Vuestra
Majestad le tenga de la fortaleza de Porto Hércules en Italia,
reforzando su presidio con gente y Castellano de toda confian-
za, y procurando tomar nueva forma en el despacho del correo
de Flándes por París ^ donde entiende que, no ignoradas las
cifras, hay inteligencia para penetrarlas.
T porque de lo referido coligiera Vuestra Majestad la gran
providencia con que celoso de su servicio me ordenó el Conde-
Duque le asegurase en él este sujeto, por conocer sn impor-
tancia, su secreto, su maña, sus grandes letras y virtudes; y
con esta conformidad le represento á Vuestra Majestad los ser-
vicios que le ha hecho por mi mano, para que en su considera-
ción le honre como merecen , por ser digno de ocupar los mayo-
res puestos; y en mi entender , de que Vuestra Majestad ponga
los ojos en él para el futuro Generalato , por ser preciso que sea
italiano el General , y haber pasado en su religión por todos los
puestos que le pueden hacer digno y ser de los más señalados
sujetos de ella. T para que si fuese del servicio de Vuestra Ma-
jestad que continúe estas inteligencias en esta corte, como con-
viene, se sirva de mandar se dé nueva orden al Greneral y
Guardian en San Francisco, respecto de que por causa del retiro
del Conde-Duque y parecer afecto suyo, le tratan con indecencia
para su residencia, mandándole dar por gastos secretos alg^ina
ayuda de costa , nombrándole Ministro de satisfacción , caso que
yo no convenga , por donde Vuestra Majestad sepa sus noticias;
y cuando nada de lo dicho sea del servicio de Vuestra Majestad,
se podrá servir de darle Ucencia para volver á su .provincia de
567
Sicilia, haciéndole en ella la merced que fuere seryido, en que
podrá ser de conveniencia acomodarle en el Arzobispado de
Ríjoles, dándole una ayuda de costa equivalente para su viaje,
sobre todo lo cual Vuestra Majestad mandará lo que más sea
de sa servicio.
T por lo qae toca á los Estados de Flándes, Monseñor Stra-
vins; Nuncio del Papa en ellos, á quien se granjeó por mi inte-
ligencia, y el Maestro de campo D. Antonio Carón del Sol, preso
en el castillo de Amberes y un Padre de la Compañía de Jesús,
avisaron en 2 de Noviembre del año pasado de 639 que se iban
perdiendo aquellos Estados por la desconñanza; que por fines
qoe no alcanzaban iba introduciendo el Presidente Pedro Rose
de aquellos vasallos , porque después que se rompió la guer-
ra con Francia, no permitió que sirvieran los naturales fron-
terizos, de los cuales más de sesenta mil hombres fuertes y
robustos, nopudiendo servir contra Francia, por la desconfian-
za en que los puso el dicho Presidente, y porque su labranza y
modo de vivir se habia perdido con la guerra, se dejaron morir
de hambre y necesidad y no se quisieron acomodar con los
franceses, ponderando con gran dolor estos confidentes, que
sí Vuestra Majestad se hubiera servido de ellos, siendo tan mi-
litares y enemigos naturales de los franceses, hubieran basta-
do ellos solos contra todo el poder de Francia, si por la intro-
ducción de la dicha desconfianza que hizo el dicho Presiden-
te no se hubieran perdido, ni se introdujeran , como introdujo
en su lugar los socorros de gente de Alemania, quizá por ser
tan inciertos y costosos, ni los de España, que son tan dificul-
tosos; ocasionando con esto á que faltando los .socorros extran-
jeros, y no fiándose de los naturales se perdiesen aquellos Es-
tados, para cuyo remedio aconsejaron se hiciesen levas de na-
turales, sin diferencia de naciones, y que como en tiempos más
revoltosos se dieron regimientos de valones al señor de Billy y
á Francisco Verdugo y á otros, se hiciese ahora lo mismo, para
que los valones, peleando al lado de los españoles, se uniesen
•
más en voluntad para el servicio de Vuestra Majestad, que es
el medio más infalible de conservar en fidelidad aquellas pro-
558
vincías, por ser la confianza la qne une j efilabona las TOlna-
tades, como la desconfianza la que las pierde. Por lo caal te-
nían por sospechoso de traición contra Yaestra Majestad quien
disponia lo contrario, y de no muy seguro á quien le conser-
yaba.
Por aviso de 10 de Diciembre del dicho año de 639, le dieron
los mismos de que el francés habia de sitiar á Arras el año si-
guiente, para que la dicha plaza se previniese bien y con tiem-
po, porque tenían avisos ciertos y constantes de lo susodicho,
y asimismo de que habia de entrar en Borgpoña, lo cual no se
podría socorrer de Flándes, sino de Italia, por lo cual sienten
la falta que hay de cabezas en Fláudes para el ejército; y por-
que los* designios de los holandeses eran aquel año sobre el país
de Vas y sobre los diques, para revolver sobre el país de Ultra-
mossa; y avisan que conviene hacer llevar grandes aprestos, y
aprisa contra el francés, para salir en campaña tan pronto como
él; y cuando no se pudiese entrar en Francia por haber poca
gente, que por lo menos se procurasen ocupar puestos ventajo-
sos con que se impidesen los designios del enemigo , para lo
cual representaron se restituyesen algunos grandes Capitanes
que nombran, á los cuales tenia arruinados contra el servicio de
Vuestra Majestad el dicho Presidente Rose.
En 30 de Diciembre de 639, avisaron que se hacían nuevas
levas en aquellos Estados y cerca de Colonia, y que á ellas se
pasaban los soldados de las compañías viejas ; por lo cual ad-
virtieron la conveniencia de que levantando tropas nuevas se
pasase ¿ las que estaban en: pié, porque no se destruyese el
ejército, de lo cual resultaban muchos disgustos por ladoteon-
fianza que el dicho Presidente Rose daba á entender se tenia
aún de los conocidamente buenos, cuando el tiempo obligaba á
reducir por lo contrario á los que no lo eran.
El 10 de Enero de 640, avisaron las grandes levas y preven-
ciones que hacia el Rey de Francia para Artois , y en 16 de
Mayo del dicho año, que el tratado de paces ó treguas que se
intentaron con Francia por medio del Obispo de Bolduque, de
Martin de Aspe y del secretario Brect, no se había de concluir,
559
porque los fraBceses no querian sino entretener y engañar los
Ministros de Vuestra Majestad, lo caal aseguraron con más Cer-
teza el correo siguiente.
En 7 de Septiembre del dicho año de 640, avisaron que, sin
embargo de lo que hablan advertido por cartas de Diciembre
de 639, de que el francés había de sitiar á Arras, extrañaban se
hubiese dejado la plaza desproveida de gente , sin Gobernador
de autoridad ni valor , sin Obispo ni Abad de Sant Baal, y el
Magistrado sin Presidente, que eran las personas que podian
animar al pueblo. Habiendo retirado al conde Isemburgo, ca-
ballero muy calificado, gran soldado y de mucho crédito y auto-
ridad, y muy ofendido de loa franceses, por poner en su lugar
por Gobernador al señor de Gesunius por haber casado con una
parienta del Presidente Bose, siendo caballero muy particular,
sin crédito ni amor, y mal opinado en la guerra; y que el dicho
Presidente y él pusieron en el Magistrado personas que le té-
nian cohechado con dinero , los cuales indujeron al pueblo á
tratar con los franceses, y que quizá con este ñn no se dieron
aquel año á los soldados más que dos medias pagas, con que se
morian de hambre, ó se volvían á sus casas, 6 robaban, 6 pe-
dían limosna; por lo cual muchos españoles se venían á Espa-
ña, atravesando la Francia, donde les daban pasaportes y di-
neroj para cuyo remedio en algo representaron por conveniencia
que se haga la guerra ofensiva, entrando en Francia y pelean-
do en todas ocasiones de poder á poder, porque costaba más la
guerra defensiva que se hacia que la ofensiva, y era menester
más gente para guarnecer las plazas que para sostener la cam-
paña.
En 7 de Enero de 641, avisaron de las malas presunciones
que resultaban contra el duque de Lorena, y cuan peligroso era
fiarse un ejército, aunque pequeño, pagado con dineros de Vues-
tra Majestad, jurándole fidelidad á él, y ocasionando con estoá
que pudiese hacer sus tratados con Francia, donde era preciso
se hiciesen más partidos por general de aquella gente que por
duque de Lorena^ por lo cual se podía temer mucho de su natu-
ral liviandad y velar con gran cuidado sobre sus acciones.
1
560
En 31 del dicho mes y año, avisaron que los mercaderes qne
venían de Holanda decían que los Embajadores de aqaellos Es-
tados que trataban en Inglaterra el casamiento del Príncipe
de Orange, solicitaban aquel Rey ¿ que quitase á las araiadas
de Vuestra Majestad Icfs mantenimientos por mar, y el dicho
Estravius envió una carta sobre la orden del Papa para las pa-
ces y la resolución de Francia, avisando que no se habia de
concluir nada, y que el ánimo de los franceses era sólo de en-
gañar.
V En 7 de Marzo del dicho año, remitieron una carta de un
religioso que tenia avisos de Francia, en que se entendia que
demás de las revoluciones que habia en estos Reinos, habían de
sobrevenir otras que disponían los franceses.
En 26 de Abril avisaron de la liga con el conde Suesons,
duque de Guistu y de Bullón, advírtiendo que no se fíase Vues-
tra Majestad de ellos, entregándoles sus soldados sí no se les
ayudase, de forma que Vuestra Majestad quedase dueño de sus
propias fuerzas, porque siempre habían hecho su negocio á
costa de Vuestra Majestad; y advirtieron que se habia manda-
do en Flándes al conde de Baamon, al marqués de Baseas y al
marqués de Frelon que con tres Mariscales de campo de valo-
nes que se viniesen á España con sus tercios, y que por no ha-
berlo querido hacer, se habia hecho demostración con ellos,
siendo así que sí hubieran venido se hubiera acreditado la opi-
nión que corría de que algunos Ministros trataban de destruir
la nobleza de aquellos países contra el servicio de Vuestra Ma-
jestad, y se debía reparar este acuerdo por el gran inconve-
niente que tenia, viniendo ó dejando de venir, subsistiendo
siempre en la sospecha de la malicia del Presidente Rose, de
cuya intención recelaban la descompostura de los ánimos entre
Vuestra Majestad y sus vasallos.
En 26 de Junio del dicho año, avisaron que para resistir á
los franceses y á los holandeses no se habían hecho las pre-
venciones necesarias ni á tiempo contra el servicio de Vuestra
Majestad, por dejar el recurso de toda la esperanza en el so-
corro que de la gente que del Señor Emperador se esperaba de
í
561
Alemania, la cual, aunque levantada con el dinero de Vuestra
Majestad, viene á ayudar sus armas en aquellos Estados cuan-
do quiere, y se retira cuando le parece, pudiéndose con menos
costo levantar con ellos gente más segura.
En 18 de Julio del dicho año, advirtieron el peligro que
corria de que se ejecutase el intento que se tuvo después de la
rota de Carthelou, cerca de Sedan, de que las tropas del duque
de Bullón se juntasen con el ejército de Vuestra Majestad sobre
£r, por no convenir admitir á los franceses , y más tan nume-
rosos, en nuestro ejército, porque lo que importaba era que que-
riendo hacer guerra al Rey de Francia, la hiciesen de per-
sonas.
En 19 de Agosto del dicho año, avisaron, que viendo las pro-
vincias obedientes que el francés iba á sitiar á Er, ofrecieron
á Su Alteza del Sermo. Infante Cardenal, que goce de Dios,
la gente que le faltaba para socorrerla, y que el Presidente
Rose, por lo tanto, condenando este ofrecimiento por peligroso,
que le obligó á no aceptarle; y que por esto, habiéndose perdido
la plaza, después, contra el parecer del Presidente, se aceptó
este servicio, y se armaban y juntaban los del país para Res-
taurarlo, por su mucha importancia, la cual no se hubiera per-
dido si los hubiera dejado obrar con tiempo; y así, lamentaron
que Vuestra Majestad y sus Ministros informados de una mala
intención, se ñasen del duque de Lorena, de los franceses, que
son enemigos declarados, y de los alemanes, teniendo seme-
jantes sucesos, y no de los fíeles vasallos de aquellos países,
siendo así que de la confianza depende únicamente el poder re-
sistir á los enemigos; y así, encarecieron que el mayor servicio
que se le podia hacer á Vuestra Majestad, era darle á entender
la fidelidad de aquellas provincias, y que quien le informa de
lo contrario las quiere perder; y que debieran haber persuadido
esta verdad los sucesos antiguos y presentes, que siempre fue-
ron felices con la confianza y amor, y desdichados con la des-
confianza.
En 2 de Septiembre del dicho año, avisaron como estando
el ejército de Vuestra Majestad sobre Er, el francés habia to-
ToMo LXXXI. 36
mado á Lens, á Pont^ á Isendir y á la Basse, plaza tan impo^
tante y fortificada de naevo, y estando el Presidente Bose e&
Lila, donde la pudo mny bien socorrer y proveer de todo lo ne-
cesario, y el general Begae por su disposición en la dicha plaza
todo el tiempo que el enemigo estuvo sobre Er, no sólo no la
previnieron ni socorrieron , pero que no metieron en ella ( sa-
biendo que el enemigo la había de sitiar después) más que 22 to-
neles de pólvora , siendo así que la dicha plaza es la llave del
país de Lila, como la de Er de Dunquerque, por lo cual convie-
ne recobrarlas aunque cueste lo que costare.
En 3 de Octubre del dicho año, avisaron de la desdichada
pérdida de Bapames, la cual habia impedido la recuperación de
la Basse, donde habiendo llegado el ejército de Vuestra Majes-
tad al soto, y teniéndola por suya, sq retiró por infidelidad de
los Ministros, sobre que advirtieron las notables desdichas que
han sucedido á todas las hechuras del Presidente Pedro Boseí
porque Olafin perdió á Dambilers; Fobidin, á Landresí; Henin,
á Schinchaus y á Bredos; Fermíny, á Arras, y Lorette, á Bsp
pames.
T hablando de la lamentable muerte del Sermo. Infante
Cardenal, que esté en gloria, avisaron en las cartas de 5 de Di-
ciembre que los franceses, viendo que aquellas provincias de
Flándes habían padecido y padecían tantos trabajos, estaban es-
perando que con tan grande pérdida habían de padecer alguna
alteración; y que como suelen en Francia hacer las honras á sus
Reyes con la sangre que vierten en disensiones, así en Flándes
habia de suceder alguna revolución con la muerte de Su Alteza,
por confusión en el gobierno ó en la obediencia; pero que todos
estaban dispuestos de emplear sus vidas y haciendas por acre-
ditar su fidelidad, y se alegraban de que D. Francisco de Meló
estuviese en aquellas provincias, por la opinión que tenían de
su caudal, del cual se prometen mucho sí en los sucesos que ha
empezado á tener se dispone que se pique al francés por la
parte de Flándes para asegurar á España.
Últimamente, volvieron á repetir que para guarnecer las
plazas es menester mucha más gente que para hacer la guerra
563
ofensÍYa, porqae estando log soldados en las guarniciones
cnestan mucho más que estando en campaña sobre el enemigo,
porque en las guarniciones no tienen de qué vivir , si no es del
sueldo, que no se les suele pagar, ó de lo que hurtan de los
nuestros; j estando en campaña vÍTen á costa del enemiga; y
que así, antiguamente, en tiempo del duque de Parma, y des-
pués, hasta las paces de Verbins con Francia , los ejércitos de
Vuestra Majestad estaban lucidos aunque se pagaban mal, por-
que hacian la guerra dentro de Francia: lo que es de ponderar,
que por bien preyenidas que estén las plazas de Vuestra Majes-
tad de gente, de municiones y mantenimientos, dentro de dos
meses que estén sitiados del enemigo se pierden , porque siem-
pre les falta alguna cosa de las necesarias; y entre tanto que
los soldados están encerrados dentro de las fortificaciones, la
tierra queda expuesta al pillaje de los enemigos, á quien sus-
tenta, y destruida la tierra no se pueden conseryar las plazas.
Pero cuando los ejércitos de Vuestra Majestad están haciendo
guerra en el país de los enemigos, las plazas y el país de Vues-
tra Majestad están segurísimas, respecto de que para guardar
las suyas han menester más gente que para sitiar las nuestras;
3', finalmente, dijeron que era imposible que Vuestra Majestad
' pueda tener soldados de valor si no están ^acostumbrados á la
guerra ofensiva, para la cual al principio de la guerra de Fran-
cia le pudo ser muy fácil á Vuestra Majestad el haber entrado
en ella con toda la gente que hubiese querido de las fronteras
de los valones, que son naturalmente enemigos mortales é irre-
conciliables de los franceses, y los más valientes y fieles vasa-
llos que tiene Vuestra Majestad, con que se hubiera consegui-
do el dicho fin; pero que el Presidente Rose le resistió, por la
desconfianza en que le hizo á Vuestra Majesiad el mayor de-
servicio que pudo caer en la peor intención, porque ni un hom-
bre de estos pasó á Francia, aunque los convidaron y ocasio-
naron, y antes más de sesenta mil hombres murieron de ham-
bre; y siendo así que en estos tiempos ninguna plaza hay que
hubiese podido admitir á los franceses , sin embargo de ver las
cosas tan desesperadas y en estado que pudieron mover por solo
564
el miedo á los bien afectos, pero menos constantes^ no se ha
visto que ninguno haya faltado á sus obligaciones, aunque son
bien pocos los hombres de hacienda, ó trato, ú oficio que no
hayan quedado perdidos 6 menoscabados con la guerra; y aun-
que con esta máxima de desconfianza se han disminuido mu-
cho las fuerzas en aquellas provincias, y son los disgustos que
han resultado de ella muy grandes; sin embargo, con estar tan
acabadas aseguran que se pueden disponer hoy las cosas de for-
ma (por los medios contrarios de los que se han practicado
hasta aquí) que se pueda hacer la guerra ofensiva en Francia,
haciendo un esfuerzo de parte de Vuestra Majestad y de las
dichas provincias, alentándolas con que se prevengan de gente
á tiempo^ y que pagándola como se puede en los principios,
para lo cual hay medios, se podrá sacar de todas partes, y aun
la mejor de Holanda; y que entrando una vez poderosamente
en Francia , las mismas armas de Vuestra Majestad hallarán
con qué sustentarse á costa de los enemigos; y el no haber se-
guido este camino, no sólo parece que se puede reputará igno-
rancia, sino á la mayor malicia, como el apartarlos mejores
soldados y Capitanes del servicio de Vuestra Majestad con
cualquier achaque, empleando otros que por modestia se puede
decir que les falta .el valor 6 la fortuna: fué el último aviso de '
aquellos Estados, que no se han continuado por falta de grati-
tud, siendo de esta calidad. Pero siempre que Vuestra Majes-
tad fuera servido de volverlos á encuadernar, se podrá hacer
tan á satisfacción, y de los Ministros, como manifestarán los
efectos por mi mano.
Páralos de Inglaterra, de orden del Conde-duque de San
Lúcar la Mayor, dispuse que D. Juan Persal, Gentil-hombre
de la casa de Vuestra Majestad, inglés , casase con una dama
inglesa, criada de la condesa de Monterey , por tener tres her-
manos: el uno Provincial de la Compañía de Jesús en aquel
reino, el otro Rector en ella del Colegio de Lieja y el otro Clé-
rigo en París, confidente del Cardenal duque de Richeliu, por
medio de los cuales y de un hijo suyo habia el dicho D. Juan
empezado á disponer algunas inteligencias y á descubrir lo
565
más secreto de los tratados j designios de Inglaterra y Fran-
cia^ como lo fueron los de Polonia.
Por aviso de 20 de Marzo de 1640, en qae se ajnstó la amis-
tad perpetaa qne juraron los dichos Estados con Francia, y que
no permitirían que se hiciesen levas de soldados en sus tierras
directa ni más rectamente contra ella, ni ayudarían á la Casa
de Austria mientras durase la guerra, y que el Príncipe Casi-
miro nunca tomaria las armas contra el Hey de Francia, de que
resultó su libertad, en que interve^ia el Rey de Inglaterra.
Avisaron juntamente de las peligrosas inteligencias de
Monsieur de Lope y Monsieur Mendos, portugueseiT, y de los
demás que están en Francia, Inglaterra y Holanda, con los
que están en estos Reinos de Castilla, coya correpondencia,
paliada á título de negociación y de mercancía, obraba por ju-
diciales efectos contra el servicio de Vuestra Majestad , y la
disposición de una armada que disponian en Flándes para so-
correr al tirano de Portugal, lo cual ocasionó la resolución que
Vuestra Majestad fué servido de tomar, cometiéndonos á don
Francisco Zapata, del Consejo de Indias, y já mí, el ajustamiento
de esto en esta corte, sobre que estamos actualmente proce-
diendo contra muchos portugueses; y por no haber tenido efecto
ninguna de las modiñcaciones que Vuestra Majestad hizo al
derecho de justicia penal por causa del dicho casamiento, ni
poder suministrar los socorros necesarios para continuar las
inteligencias que tenian asentadas las dichas personas, ni ser
bastantes los que yo le hacia, está suspendida esta materia,
mientras Vuestra Majestad no tomase la resolución que más
convenga á su servicio, mandándome que se continúe.
Como también las qae vienen de París, por la corresponden-
cia que allí tiene entablada y corriente Paulo de Saravia, de
quien por tener las mismas noticias que yo D. Pedro Pacheco,
del Consejo, y el Sr. Andrés de Rosas, y el Padre Fernando
de Salazar, no doy cuenta á Vuestra Majestad, sólo seré de
parecer se continúen, y que Vuestra Majestad haga merced al
dicho Paulo de Saravia para ello de una licencia de hasta
50.000 ducados de mercaderías de contrabando de aquel reino,
566
afianzando primero los Ministros, á quien Vnestra Majestad
fuese servido de cometer esto, que no se envíen de acá otras
tantas noticias como las que se reciben. Porque conste seguro
tengo por persona de - grandísima inteligencia al correpon-
diente del dicho Paulo de Saravia, y muy capaz, y bastante,
demás de ser Médico para penetrar todo lo que fuere del ser-
vicio de Vuestra Majestad en aquella corte, y á él por merece-
dor de que Vuestra Majestad premie sus grandes servicios,
trabajos y pérdida de su hacienda, que tiene en muchas oca-
siones él representado en los Consejos de Estado é Inquisición.
En lo tocante á Portugal, por la fineza y celo del servicio de
Vuestro Majestad, no perdoné mi misma sangre y ofrecí al sa-
crificio de la justicia á D. Juan de Meneses, mi yerno, y á mi
hija, prendiéndolos, y á D. Francisco Mascareñaspor la fuga que
pretendían hacer á aquel reino, sin. las demás prisiones que he
hecho, con que se han excusado semejantes intentos, habien-
do castigado á Pablo Catalán por haberle averiguado se queria
volver á rebelar contra el trato que estaba hecho de entregar
á Vuestra Majestad Us fuerzas de Cascaos y de San Tian sobre
que di otras muchas noticias al Conde-Duque y á la Junta de
inteligencias que presidia el Cardenal Espinóla, y siempre que
sea del servicio de Vuestra Majestad el disponer cualquier in-
teligencia ó trato que pueda facilitar la reducción de aquel
Reino, se la dispondré como lo hice desde esta corte para la in-
terpresa de Castromarín, que no se consiguió, aunque la ajustó
el gran celo del Conde y Junta de ejecución, por haber faltado
en Aj^amonte las disposiciones que se ordenaron para ello, como
en Ciudad-Rodrigo las necesarias para la de la viUa de ^ que
se dispuso por mi mano enviando allá á la Junta de inteligen-
cia al capitán Antonio de Castro.
En las de Cataluña di cuenta del trato que en esta corte se
tuvo entre los catalanes que estaban en ella por correspon-
dencia de los de allá, y de como habiendo ajustado la muerte
\ Hay uD blanco en el original.
567
del conde de Santa Coloma aquí, la ejecutaron allá dentro de
veinte días, y después con la ocasión de la jornada de Vues-
tra Majestad donde me mandó irle sirviendo, como lo hice á mi
costa, continué la correspondencia del obispo de Barcelona, por
el cual he avisado como habiéndole desterrado el Rey de Fran-
cia á los 18 de Octubre del año pasado, á los 19 dio cuenta á
Vuestra Majestad de su expulsión y pidió licencia para venir á
darla del miserable estado de aquella provincia y novedades
que en ella habia, siendo la mayor que el Papa ha enviado á
ella un Subcolector que ejerce jurisdicción como Nuncio y está
con subordinación al Nuncio de Francia, con que queda segre-
gada aquella provincia de la Nunciatura de España, resultando
de esto tan mala consecuencia en punto de estado contra el
servicio de Vuestra Majestad, como se deja entender, y que no
lo ignora el Nuncio del Papa en esta corte, siendo tan cierto
como afirma el Obispo, el cual me asegura ha deseado llegar á
los pies de Vuestra Majestad, y tener licencia para ello, para
darle cuenta de observaciones que ha hecho después del rebe-
lión, de calidad tal, que sólo son para Vuestra Majestad ó para
el Ministro á quien Vuestra Majestad le mandare en virtud de
su orden, las confiese y revele; advirtiéndome que en aquel
Principado hay muy fieles vasallos y otros de quien Vuestra
Majestad y sus Ministros fian más de lo que conviene, y como
sea lo que más insta hoy de la recuperación de aquella pro-
vincia en que Vuestra Majestad por tantas razones tiene tanto
empeño, no se qué pueda ser de su servicio el dejar de oir, en-
tender y penetrar estas preñeces con que me escribe el Obispo;
pues como tal, y por haber sido Virey y Obispo de Gerona,
tiene tantas que le han obligado, porque no se malogre el ser-
vicio de Vuestra Majestad, á enviarme á esta corte desde Se-
gorve á sus sobrinos D. Mateo Carnerero y D. Andrés Manri-
que, para lo cual, siendo del servicio de Vuestra Majestad, me
ofrezco á ir con ellos á verle y oirle sobre lo que me mandará
lo que más sea de su servicio.
Por lo cual represento á Vuestra Majestad la conveniencia
que con tanta certeza puede resultar á su servicio, que se ponga
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cobro á las inteligencias que desde Zaragoza á > D. Joan
duque de Estrada con D. José Sentís, el cual yenia de prisio-
nero de Barcelona, dejando ajustadas muchas cosas con la par-
cialidad de los yerros y de parte del servicio de Vuestra Ma-«
jestad mucha gente comün, las cuales diligencias está conti-
nuando el dicho D. Juan, y en esta corte, por medio del doctor
Miguel Gassol y Pablo Ferrery, Prior, Baile de Talar, y otros
para disponer á Vuestra Majestad algún grande servicio. Y en
Zaragoza tiene ajustado con el racionero Arbués, que todas las
veces que Vuestra Majestad mandare entrará en Lérida y dis-
pondrá los ánimos de los catalanes de aquella ciudad, y todo lo.
demás que en este particular le mandare Vuestra Majestad, del
cual dicho D. Juan se puede esperar del celo con que desea
emplearse en el servicio de Vuestra Majestad, que con los mu-
chos personales que ha hecho es merecedor de experimentar
los efectos de la grandeza de Vuestra Majestad en la merced
que fuere servido de hacerle.
T porque el Conde me encargó tuviese cuidado con la pér-
dida de Monsieur de Pujol, de cuyas acciones siempre le di
cuenta, y cuando fui á servir á Vuestra Majestad en esta jorna-
da ofreció las inteligencias que habia empezado con la Duquesa
de Gebrosa, sobre que después para este fin y otros fué llama-
do á Zaragoza, era necesario que Vuestra Majestad maade
tener mucho cuidado con él y con lo que se le ha encargado,
porque he entendido se ha correspondido después con la Prin-
cesa de Carinan, cuyos designios, siendo tan contrarios como
se conoce al servicio de Vuestra Majestad, y los del Príncipe
Tomás, su marido, tengo aviso del conde Bueten que se pre-
fiere, dándole orden para ello, á disponer en el Piamonte y es-
tado de Milán todo lo que fuere más de conveniencia y acierto
del servicio de Vuestra Majestad para estorbarlos, y respecto
de ser persona de la inteligencia y crédito que aquí se experi-
mentó, y que está ofendido de aquellos Principes, le tengo por
1 EsU en blanco en el original.
• 569
mny á propósito para lo que Vuestra Majestad quisiere en-
cargarle.
Y porque respecto de todo lo referido en esta consulta y
para obrarlo con la fe, ley, amor y celo que yo lo he hecho, no
he tenido socorro ni ayuda de cost^ ni más disposición que mi
inteligencia en virtud de órdenes de Vuestra Majestad por
^ y á boca, y que en fe de ellas pudo mi mano penetrar y
aprender por medio de D. fiernardino Meichiona, capellán* del
Nuncio Campegi, las cifras de la correspondencia del I^apa en
tiempo que no habiéndolo podido conseguir ninguno de los
Ministros de Vuestra Majestad, me lo fió y encargó el Conde-
Duque, consiguiéndose con este medio el salir de las tinieblas
y confusión en que nos tenían los designios de los enemigos
de Vuestra Majestad en aquel tiempo, sin tener más ayuda que
mi industria; y siendo seryido Vuestra Majestad, yo conti-
nué estas materias, se sirva de mandarme en ellas lo que más
convenga respecto de la novedad de mandarme irle á servir
en la. plaza de Oidor de Granada, si bien para todo esto
no he tenido más ayuda de costa que los 381.000 maravedís
que Vuestra Majestad me da por gastos secretos, por mano del
Protonotario de Aragón en sus Reales arcas, los cuales desde
que se me situaron hasta hoy se han convertido en estos efec-
tos por no faltar al servicio de Vuestra Majestad, que sobre
todo mandará lo que fuere servido.
Madrid y Marzo 3 de 1643.=»Marcelino de Faria.-t-Sigue la
rúbrica.
1 B8tá en blanco en el origioal.
FIN DEL TOMO OCHENTA T UNO.
índice.
Páginas.
AdVBKTBNCU PRBLIMINAR V
Privilegio concedido á la ciudad de Anlequera, en el que está com-
prendido el perdón de Fernando Alonso de Córdova, por la muerte
de su mujer, Comendadores y criada 1
Información contra Pero Sarmiento, por lo que dijo contra la Reina
Católica 22
Cédula del Emperador Carlos V, concediendo á Alonso de Velasco
un escudo de armas, en conmemoración del desbarate y muerte
de Barba-Roja. 29
Relación que dejó escrita para sus decendientes Leonor de Córdova. 33
índice de las Escrituras Reales que están en el Archivo de
Simancas 45
Documentos relativos á Blasco de Garay .'. • . 155
Noticias de la Invencible 177
Cartas de Felipe IH, Duque de Bbrma y otros, dirigidas al Duque
de Medina-Sidonia en el afio de 1607 259
Relación de D. Marcelino de Faría, de las inteligencias secretas que
habia establecido dentro y fuera de España 551
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OCT 21.,
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