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Full text of "Historia del Tribunal de la Inquisición de Lima, 1569-1820"

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BX  1 74-0 

.  P5/14- 
V.  Z 


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José  Toribio  Medina 


HISTORIA 
DEL  TRIBUNAL 
DE  LA  INQUISICION 
DE  LIMA 

(1569-1820) 

Exurge,  Domine,  et  judica 
causam  tuam. — Salmo  73. 

(Lema  del  escudo  de  la  Ini.uisición). 


I  I 


APENDICE  DOCUMENTAL 


Fondo  Histórico  y  Bibliográfico  J.  T.  iMedina 
Santiago   de    Chile,    195  6 


Reimpresión  dci 

Medina,   José  Toribio 

Historia  del  Tribunal  del  Santo 

Oficio  de  la  Inquisición  de  Lima 

(1569-1820) 

Santiago  de  Chile,  1887.  Inip.  Gutenbcrg 
4.°  Dos  vols. 


Edición  de  2.000  ejemplares 


Impreso  en  los  talleres  de 
la  Editorial  Nascimento 

N  „  277,  -  Arturo  Prat  M28  - 

Santiago  de  Chile,  1*556 


mi  D[i  mimi  m  iio  m 

DE  LA 

INQUISICION  DE  LIMA 


SEGUNDA  PARTE 


CAPITULO  XVI 


Incidente  del  Provisor  del  obispado  de  La  Paz. — Id.  de  la  fiesta  de  la  canoniza- 
ción de  San  Ignacio  de  Loyola. — El  Virrey  consigue  que  los  españoles 
asilados  entre  los  chiriguanes  sean  perdonados  por  la  Inquisición. — Auto 
de  fe  de  17  de  junio  de  1612. — Causas  despachadas  entre  año  hasta  el  de 
1618. — La  Oí/andina  de  Pedro  Mexia. 

Era  Gaitán  un  sacerdote  graduado  en  Sigüenza,  había  sido  estudian- 
te del  colegio  de  San  Millán  de  Salamanca  y  fiscal  de  la  Inquisición  de 
Cuenca  desde  el  año  de  1601  hasta  el  de  1606,  en  que  se  le  envió  a  la  de 
Sevilla, 

Días  después  de  haber  tomado  posesión  de  su  nuevo  destino  en 
Lima,  tuvo  que  entender  en  un  negocio  del  Provisor  del  obispado  de 
La  Paz,  Pedro  de  las  Cuentas  y  Valverde,  en  el  cual,  a  pesar  de  las 
denuncias  de  muchos  religiosos,  que  con  encarecimiento  ponderaban  el 
daño  que  de  él  podía  resultar,  "por  ser  esta  tierra  tan  nueva  y  llena  de 
gente  viciosa  y  amiga  de  libertad",  no  se  atrevió  a  tomar  resolución  al- 
guna. Era  el  caso  que  el  Provisor,  bastante  joven  y  recién  ordenado, 
había  dicho  y  defendido  que  el  pecado  que  cometía  un  sacerdote  con 
mujer  soltera,  era  un  delito  simple  en  que  no  había  necesidad  de  de- 
clarar circunstancias,  doctrina  que  Valverde  se  ofrecía  a  sustentar  pú- 
blicamente en  unas  conclusiones  y  a  que  se  allegaban  algunos  clérigos 
mozos  (1).  Los  Inquisidores  consultaron  el  asunto  al  Consejo,  sin  olvi- 
darse de  apuntar  que  Valverde  era  hijo  de  un  hombre  contra  quien 
había  en  la  Inquisición  información  de  no  ser  limpio;  y  en  vista  de  lo 


(1)  Carta  de  25  de  abril  de  1612. 


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y.  T.  MEDINA 


ordenado  en  Madrid,  se  le  hizo  venir  de  La  Paz  y  después  de  oírle  sus 
explicaciones,  fué  despachado  con  una  reprensión  a  su  destino  (2). 

Otro  hecho  que  por  aquellos  días  causó  alguna  murmuración  en 
Lima  entre  religiosos  y  personas  doctas,  fué  que  luego  que  los  sacerdotes 
de  la  Compañía  recibieron  la  bula  de  la  beatificación  del  padre  Ignacio 
de  Loyola,  hicieron  una  procesión  y  fiesta  muy  solemne,  a  que  concu- 
rrió el  Virrey,  Arzobispo  y  todo  el  clero,  llevando  en  ella  al  beato  de 
bulto,  cuya  imagen  colocaron,  a  la  conclusión,  en  el  altar  mayor  de 
la  iglesia  al  lado  del  evangelio,  y  en  el  otro,  la  del  padre  Francisco 
Javier,  de  lo  cual  se  avisó  al  Tribunal  a  fin  de  que  remediara  hecho 
tan  insólito,  ya  que  el  Virrey  a  quien  también  se  advirtió,  no  había 
tomado  providencia  alguna,  y  ya  que  a  la  Inquisición  no  le  constaba 
semejante  beatificación  (3). 

Fué  también  materia  de  consulta  la  dispensación  que  se  concedió 
a  instancias  del  Virrey,  para  que  los  cristianos  que  se  habían  huido  a 
los  chiriguanes,  y  que  por  entonces  les  servían  de  caudillos  en  sus  in- 
cursiones, pudiesen  ser  exonerados  de  que  se  les  procesase,  a  fin  de  que 
restituyéndose  a  tierra  de  cristianos,  se  facilitase  la  entrada  que  prepa- 
raba al  territorio  de  esos  indios  el  capitán  Rui  Díaz  de  Guzmán  (4). 

Deseaban  los  inquisidores  por  esos  días  celebrar  un  auto  de  fe,  pero 
se  hallaban,  según  decían,  tan  cortos  de  recursos,  que  no  tenían  cómo 
hacer  el  cadalso  y  demás  gastos  que  demandaba  aquella  fiesta,  por  lo 
cual  ocurrieron  al  Virrey  en  solicitud  de  algún  auxilio,  obteniendo  de 
él  que,  a  condición  de  postergar  la  ceremonia  para  la  fiesta  del  Santísi- 
mo Sacramento,  podría  facilitarles  el  tablado  que  para  el  caso  levantaba 
la  ciudad  (5).  En  consecuencia  resolvieron  que,  en  atención  a  ser  pocos 
los  reos  y  muy  pobres,  podría  tener  lugar  el  auto  en  la  capilla  del  Tri- 
bunal, como  en  efecto  se  verificó  el  domingo  de  la  Trinidad  17  de  junio 
de  1612,  "con  toda  quietud,  autoridad  y  ostentación  y  concurso  de 
gente,  conforme  al  lugar  y  edificación  del  pueblo"  (6). 

Fueron  los  penitenciados: 

Pedro  de  Guzmán,  mulato,  blasfemo;  Juan  Gómez  Caro,  natural 
de  Chuquisaca,  de  veintiséis  años,  por  que  estando  un  día  tañendo  la 


(2)  Carta  de  1°  de  abril  de  1614. 

(3)  Id.  de  30  de  abril  de  1612. 

(4)  Id.  de  10  de  mayo  de  1615. 

(5)  Id.  de  25  de  abril  de  1612. 

(6)  Id.  de  8  de  mayo  de  1613. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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guitarra,  tuvo  la  mala  ocurrencia  de  confesar  sus  amores  con  una  dama 
casada,  lo  cual  dijo  que  no  se  le  hacía  pecado.  Salió  en  forma  de  peni- 
tente y  abjuró  de  levi. 

Jerónimo  de  Peralta  Pareja  y  Riberos,  curtidor,  de  dieciocho  años; 
Alonso  Díaz  de  Escobar,  arriero,  de  cuarenta;  Francisco  González  Va- 
quero, natural  de  Cochabamba,  y  Juan  Alonso  de  Tapia,  chileno,  por 
doble  matrimonio. 

Por  hechicera  había  sido  castigada  en  auto  público  de  5  de  abril 
de  1592  Ana  de  Castañeda,  cuarentona,  que  andaba  con  hábito  de  San 
Francisco,  mujer  que  había  sido  de  Fr.  Diego  de  Medina,  dominico. 
Procesada  nuevamente,  confesó  haber  hecho  conjuros  con  invocación 
de  demonios  y  de  Dios  y  sus  santos,  y  echado  suerte  con  cedazos  y  dado 
polvos  de  ara  consagrada,  y  tomado  simiente  de  varón  y  un  candil  y 
soga  de  ahorcado,  y  gotas  de  aceite  y  sangre  y  sal  y  culantro,  para  que 
apareciesen  en  el  agua  de  una  redoma,  haciendo  cruces,  las  figuras  de 
los  hombres  con  quienes  se  habían  de  casar  las  mujeres  que  se  valían 
de  ella  para  sus  consultas;  por  todo  lo  cual  salió  en  forma  de  penitente, 
en  cuerpo,  con  vela,  soga  y  coroza  blanca,  abjuró  de  levi,  y  otro  día 
siguiente,  adornada  con  las  dichas  insignias,  se  le  dieron  doscientos 
azotes  por  las  calles  públicas. 

Juan  Vicente,  zapatero,  natural  de  Campomayor,  de  cuarenta  y 
tres  años,  fué  admitido  a  reconciliación,  con  confiscación  de  bienes, 
hábito  y  cárcel  perpetua  irremisible,  por  secuaz  de  la  ley  de  Moisés. 

Hernando  Nájera  Arauz,  que  se  nombra  Hernando  de  Dios,  y 
traía  hábito  de  barchilón,  escribano  de  Ecija,  acusado  de  haber  dicho 
que  se  le  había  aparecido  un  hijo  suyo  que  era  muerto;  de  que  tenía 
por  costumbre  antes  de  comer  lavarse  las  manos  y  de  cenar  de  carne 
en  viernes  y  témporas;  fue  reducido  a  prisión  en  el  Cuzco  y  después 
de  pedir  misericordia  por  la  sospecha  de  judaizante  en  que  incurriera, 
se  le  admitió  a  reconciliación,  con  confiscación  de  bienes,  hábito  y  cár- 
cel perpetua  irremisible,  y  fué  sacado  a  la  vergüenza  en  forma  de  jus- 
ticia. 

Además  de  las  causas  de  estos  reos,  despacharon  los  jueces  "entre 
año"  las  de  los  siguientes:  Por  casados  dos  veces,  Juan  Gallinato,  negro 
libre,  Mateo  Sánchez  Rendón,  barbero,  Diego  Deza  Navarro,  mulato 
esclavo,  y  Alonso  de  Peña  Guerrero,  sevillano. 

Fué  absuelto  ad  cautelam,  Gaspar  López,  mercachifle,  portugués, 
que  se  denunció  de  que  sus  padres  ayunaban  conforme  a  la  ley  de 


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J.  T.  MEDINA 


Moisés,  lo  que  él  también  había  practicado,  pero  que  quería  ya  ser 
católico. 

Cornieles  Fors,  natural  de  Amberes,  que  se  hacía  llamar  Pedro  de 
Burgos,  fué  testificado  de  que  llevando  el  cura  de  la  Plata  el  Santísimo 
a  un  enfermo,  había  arremetido  por  medio  de  la  gente  a  fin  de  arre- 
batarle el  relicario,  por  lo  cual  el  pueblo  le  quiso  matar,  y  lo  hiciera, 
si  no  llegara  a  tiempo  un  oidor  que  por  vivir  allí  cerca  oyó  el  alboroto, 
y  haciéndose  cargo  del  reo,  le  llevó  a  su  casa.  Confesó  ser  cristiano, 
aunque  había  seguido  la  secta  de  Lutero,  y  después  de  larga  discusión 
sobre  si  estaba  o  no  en  su  sano  juicio,  fué  encerrado  primero  en  un 
convento  y  en  seguida  en  un  manicomio. 

Hasta  el  año  de  1614  fueron  penitenciados,  por  proposiciones  y 
blasfemias  hereticales,  Antonio  Rodríguez  de  la  Vaca,  natural  de  Are- 
quipa, que  residía  en  su  hacienda  de  Chucuito,  de  edad  de  veintiocho 
años,  por  que,  entre  otras  cosas,  decía  que  el  estado  de  los  casados  era 
mejor  y  más  perfecto  que  el  de  los  religiosos  y  que  se  podía  decir  misa 
sobre  la  cama  de  los  casados,  y  otras  proposiciones  semejantes.  En  su 
defensa  alegó  que  todo  era  testimonio  que  le  levantaban,  concluyendo 
por  lamentarse  largamente  de  lo  que,  nuevo  Otelo,  sufría  por  haberse 
encontrado  unas  cartas  de  amor  prendidas  con  una  horquilla  de  su 
mujer  y  de  que  le  decían  cornudo;  saliendo  al  fin  condenado  a  pagar 
una  corta  suma. 

Julio  Brügen,  marsellés,  mercachifle,  residente  en  Moquegua,  por- 
que un  día  después  de  cenar  se  levantó  de  la  mesa  en  que  se  sentaban 
varios  de  sus  conocidos  y  como  regresase  a  poco  rato,  le  previnieron 
que  no  era  conveniente  que  en  tiempo  de  cuaresma  anduviese  tarde 
por  las  calles,  a  lo  que  replicó  que  venía  de  . . 

Cristóbal  de  Machicao,  se  denunció  de  que  jugando  a  las  tablas, 
viéndose  perdidoso,  renegaba  a  más  y  mejor. 

Por  casados  dos  veces  fueron  procesados  Francisco  Enríquez,  Fran- 
cisco Jaramillo  y  Bernardo  Pizarro. 

En  1615,  lo  fueron  las  personas  siguientes:  Por  haber  confesado 
a  unos  indios  sin  ser  sacerdote,  Marcos  Ramírez;  y  don  Jerónimo  Ca- 
racciolo,  doctor  en  medicina  por  la  Universidad  de  Bolonia,  que  se 
jactaba  de  hacer  casamientos  por  arte  de  magia,  y  de  que  componía 
libros  de  señales  de  manos  y  fisonomías  de  rostro. 

Juan  Agunde  de  Solorzano,  procurador  del  número  de  Potosí,  por 
que  renegaba  cuando  perdía  en  el  juego.  , 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


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Salvador  Vañol  y  Duarte  de  Sa,  por  casarse  dos  veces. 

Domingo  de  Ñapóles,  italiano,  que  sostenía  que  el  vivir  en  malas 
relaciones  con  una  mujer,  se  lavaba  con  un  poquito  de  agua. 

Francisco  Osorio,  maestro  de  escuela,  que  en  Oruro  y  Potosí  fué 
testificado  de  jurar  cuando  perdía  al  juego,  especialmente  después  de 
haber  oído  misa. 

Marco  Antonio,  griego,  que  sostenía  que  no  importaba  que  uno 
estuviese  excomulgado,  pues  el  Patriarca  de  Jerusalén  y  Antioquía  lo 
absolvía. 

Juan  de  Balmaceda  y  Luis  Noble,  cuyas  causas  se  siguieron  en 
Chile. 

En  el  año  siguiente  de  1616,  también  fueron  procesados  en  Chile, 
Nicolás  de  la  Porta  y  Diego  Luis  de  la  Ribera,  y  en  Lima  sólo  Jorge  de 
Paz,  portugués,  mercader,  residente  en  Chuquisaca,  que  importunado 
un  día  para  que  fuese  a  misa  dijo  que  daba  al  diablo  con  ella,  negando 
además  la  resurrección  de  la  carne;  y  el  bachiller  Juan  Gallegos  de 
Aparicio,  natural  de  Loja  en  el  Ecuador,  capellán  de  un  convento  de 
monjas,  a  quienes  de  cuando  en  cuando  se  permitía  abrazarlas  y  aun 
ejecutar  con  ellas  actos  poco  decentes,  refiriéndoles  a  todo  esto  que 
tenía  poder  para  llevar  almas  al  cielo,  sacar  demonios  del  infierno,  y 
que  había  de  haber  muertes  y  ruinas  y  que  él  era  profeta  e  hijo  de 
Dios. 

En  1617  no  hubo  tampoco  más  penitenciados  que  los  tres  siguien- 
tes: Fr.  Francisco  de  Jesús,  lego  profeso  de  San  Francisco,  acusado  de 
haberse  casado  en  Huaura,  donde  vivía  con  su  mujer  e  hijos,  des- 
empeñando las  funciones  de  maestro  de  escuela,  por  lo  cual  hubo  de 
abjurar  de  levi,  y  sufrir  dos  años  de  galeras;  Miguel  Cavali,  cirujano, 
natural  de  la  isla  de  Candía,  que  estando  asistiendo  en  Cali  a  un  reli- 
gioso que  se  hallaba  muy  enfermo,  dijo  "mas  que  se  muera  y  se  lo 
lleve  el  diablo,  a  él  y  a  cuantos  frailes  hay  en  el  mundo,  para  qué  son 
frailes,  que  no  son  menester";  y  pidiendo  misericordia  de  estas  palabras 
y  otras  calaveradas  de  mozo,  por  ser  ya  de  sesenta  y  más  años,  se  le 
dió  por  libre  con  la  prisión  sufrida;  y  Vicente  Flores,  de  Dalmacia, 
que  se  denunció  de  que  hallándose  en  Cochabamba,  en  el  campo,  ha- 
bía oído  de  repente  un  sonido  muy  suave  que  bajó  del  cielo  sobre  él 
y  le  alegró  muchísimo  el  corazón,  atribuyéndolo  a  la  gracia  que  se 
concedía  de  repente,  como  dice  San  Pablo,  y  de  otras  visiones  seme- 


12  J.  T.  MEDINA 

jantes,  de  que  fué  absuelto  en  atención  a  su  rusticidad  y  espontánea 
denuncia. 

Desde  1618  hasta  1622  fueron  penitenciados  los  siguientes: 

Pedro  de  Vildósola,  natural  de  Cali,  que  después  de  haber  enseñado 
la  jineta,  se  había  hecho  escribano,  testimoniado  de  doble  matrimonio, 
así  como  Cristóbal  Rodríguez  Colmenero,  cirujano  y  barbero,  natural 
de  Jaén;  el  arriero  Luis  Rodríguez  de  Cárdenas;  Juan  Lucero,  Juan 
Bautista  Ginovés,  carpintero,  Alonso  González  Calderón  y  Juana  de 
Barrios,  de  lea,  de  treinta  años. 

Pedro  de  Torrejón,  de  veinticuatro  años,  de  la  villa  de  Potosí,  que 
sostenía  que  el  estado  de  los  casados  era  el  más  perfecto  y  que  se  1 . . . 
el  rabo  con  las  excomuniones. 

Antonio  Leal,  confitero,  que  hablando  un  día  sobre  cierto  joven 
a  quien  habían  quemado  en  Lisboa,  afirmó  que  había  muerto  muy 
bien,  confesando  siempre  al  Dios  de  Israel,  y  que  cuando  le  decían 
"loado  sea  Jesucristo",  respondía  "por  siempre  sea  Dios  loado",  y  otros 
indicios  que  le  hacían  sospechoso  de  judío:  fué  admitido  a  reconcilia- 
ción en  forma  en  la  capilla  del  Tribunal,  durante  la  cuaresma,  en  un 
día  de  sermón,  donde  hubo  gran  concurso  de  gente,  por  no  haber  auto 
público  de  próximo  y  no  detenerle  más  tiempo  preso,  con  hábito  y 
cárcel  por  un  año  y  con  confiscación  de  bienes  (7). 

Luis  Fragoso,  confitero,  testimoniado  de  que  impedía  a  sus  depen- 
dientes que  fuesen  a  misa  y  los  hacía  trabajar  en  días  festivos,  le  die- 
ron ocho  vueltas  de  cordel  a  los  brazos,  "y  después,  tendido  en  el  potro 
y  atado  y  puestos  los  cordeles  y  garrotes,  se  le  dieron  otras  tres  vueltas 
a  cada  molledo,  muslo  y  espinillo,  del  lado  derecho  e  izquierdo,  y  asi- 
mismo, por  no  decir  nada,  se  le  echaron  seis  jarrillos  de  agua,  puesta 
la  toca,  y  con  esto  cesó  el  tormento,  con  la  protestación  ordinaria,  que 
duraría  una  hora",  mandándose  al  fin  suspender  su  causa. 

Juan  Antonio,  hombre  de  la  mar,  natural  de  Amberes,  fué  acu- 
sado de  que  en  Saña  había  dicho  que  las  monjas  de  Popayán  habían 
"remanecido  preñadas",  por  lo  cual  el  obispo  las  había  emparedado,  y  di- 
ciéndole  uno  de  los  testigos  que  así  se  podrían  arrepentir  de  su  pecado,  ha- 
bía replicado  que  después  de  la  falta  cometida  no  había  arrepentimiento 
ante  Dios;  siendo  al  fin  absuelto  en  vista  de  sus  descargos. 

Isabel  de  Quiñones,  viuda,  e  Isabel,  negra  de  casta  terranova,  que 


(7)  Carta  de  los  Inquisidores  de  10  de  mayo  de  1616. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


13 


decían  saber  descubrir  los  hurtos,  recibieron  cien  azotes;  y  Gonzalo  de 
Navarrete  que  para  los  mismos  fines  se  valía  de  unas  varillas  que  po- 
nía en  el  suelo  en  las  calles,  y  que  según  cuenta  uno  que  solicitó  el 
horóscopo,  se  movían  para  un  lado  y  otro,  levantándose  a  veces  en  alto. 

Juan  Bautista  Franco,  arriero,  Juan  Crespo  de  Aguirre,  denuncia- 
do en  Santa  Cruz  de  la  Sierra,  Francisco  Hernández  de  Espinosa, 
Isabel  de  la  Rocha,  de  veinte  años,  y  doña  Luisa  del  Castillo  y  Lizarraga, 
que  también  se  valía  de  hechizos  en  beneficio  de  sus  amigos  poco  corres- 
pondidos, todos  por  doble  matrimonio. 

Sin  estos  quehaceres,  no  cesaban  los  ministros  en  sus  pesquisas  para 
la  averiguación  de  los  libros  que  se  introducían,  a  cuyo  efecto  habían 
hecho  visitar  en  dos  ocasiones  todas  las  librerías  y  nombrado  personas 
a  quienes  diputaban  para  que  presentasen  en  el  Tribunal  todos  aque- 
llos que  les  pareciese  contenían  alguna  mala  doctrina  (8). 

Pero  de  entre  todas  las  obras  que  fueron  recogidas  y  prohibidas 
por  aquel  entonces,  ninguna  de  más  importancia  que  la  que  acababa 
de  publicar  en  Lima  Pedro  Mexía  de  Ovando  con  el  título  de  Primera 
parte  de  los  cuatro  libros  de  la  Ovandina.  Era  su  autor  hombre  "de 
capa  y  espada"  y  la  había  impreso  con  licencia  del  Virrey  y  aprobación 
de  don  Alonso  Bravo  de  Saravia,  alcalde  de  la  Real  Audiencia;  pero 
cuando  comenzó  a  circular  a  fines  del  año  de  1621,  se  formó  tan  gran- 
dísimo escándalo  en  toda  la  ciudad,  que  muchos  acudieron  al  Tribunal 
a  pedir  que  se  recogiese.  Dióse,  en  consecuencia,  a  calificar  a  un  fraile 
dominico,  y  de  acuerdo  con  su  informe,  se  leyeron  edictos  en  la  cate- 
dral, conminando  con  penas  y  censura  a  todo  el  que  teniendo  el  libro 
no  lo  entregase  al  Santo  Oficio,  y  se  escribió  a  México,  para  donde  el 
autor  se  había  escapado,  a  fin  de  que  en  caso  necesario  se  le  impidiese 
dar  a  luz  la  segunda  parte  que  tenía  anunciada. 

Daba  Mejía  en  su  libro  noticia  de  las  familias  de  la  nobleza  de  Lima, 
incluyendo  entre  ellas  a  muchas  que  según  constaba  de  los  registros  del 
Tribunal,  eran  infectas,  y  como  tales  notadas  en  ellos,  y  que,  según  asegu- 
raban los  Inquisidores,  había  dado  cada  una  de  cincuenta  pesos  para 
arriba  a  fin  de  que  se  las  incluyese  en  aquel  célebre  nobiliario  (9). 


(8)  Cartas  tic  20  de  abril  y  4  tic  mayo  tle  1622. 

(9)  Id.  de  los  Inquisidores  tle  4  tle  mayo  citada  y  L"  de  junio  de  1625.  Según  estos 
documentos,  la  tirada  había  sido  de  quinientos  ochenta  ejemplares,  de  los  cuales  ha  escapado 
solo  uno,  que  sepamos,  que  posee  de  venta  en  Madrid  nuestro  amigo  don  M.  Murilio,  inte- 
ligente librero  y  director  del  Boletín  de  la  librería. 


CAPITULO  XVII 


Desavenencias  entre  los  Inquisidores. — Id.  con  el  Virrey. — Llegada  del  nuevo 
Inquisidor  Juan  de  Mañozca. — Sus  primeros  informes  al  Consejo. — Nómbrase 
otro  Inquisidor. — Servicios  prestados  por  Mañozca  en  la  defensa  del  país. — 
Auto  de  fe  de  21  de  diciembre  de  1625. — Causas  despachadas  fuera  de  auto. — 
Proceso  de  Luisa  Melgarejo. — Edicto  contra  astrólogos,  judiciarios  y  hechiceros. 
— Auto  de  27  de  febrero  de  1631. 

Por  el  mes  de  octubre  de  1623  partía  de  Lima  a  hacerse  cargo  del 
obispado  de  Guamanga  el  inquisidor  Verdugo,  dejando  en  el  Tribu- 
nal a  Gaitán,  con  quien  en  sus  últimos  tiempos  se  había  hallado  tan 
mal  avenido  que  ni  hacían  juntos  las  audiencias,  ni  siquiera  se  habla- 
ban; y  lo  que  era  peor  para  el  decoro  de  la  Inquisición,  sin  exhibirse 
jamás  juntos  en  público,  ni  aún  en  las  funciones  de  la  iglesia  (1). 

Gaitán,  por  su  parte,  no  quedaba  en  mejores  términos  con  el  Vi- 
rrey, pues  desde  que  le  quitara  cierto  repartimiento  de  indios  que 
antes  le  tenía  concedido,  no  le  visitaba.  Ni  al  Virrey,  tampoco  desde 
ese  entonces  se  le  había  vuelto  a  ver  entrar  a  las  casas  de  la  Inquisición, 
y  bien  fuese  por  estos  disgustos,  o  porque  realmente  creyese  que  era 
de  su  deber,  tenía  ordenado  que  ni  al  Inquisidor  ni  oficiales  se  les 
acudiese  con  sus  sueldos,  sin  que  primero  jurasen  que  en  las  arcas  del 
Tribunal  no  existían  dineros  con  que  cubrirlos,  diligencia  que,  como 
es  de  suponer,  encontraba  grandes  resistencias  de  parte  de  los  ministros. 

A  fines  de  septiembre  del  mismo  año  en  que  se  despedía  Verdugo, 
salía  de  Cartagena,  acompañado  de  su  familia  y  de  numeroso  séquito, 


(1)  Carta  del  Inquisidor  Juan  Gutiérrez  Flores,  de  31  de  enero  de  1626. 


16 


J.  T.  MEDINA 


el  inquisidor,  licenciado  Juan  de  Mañozca  (2),  que  después  de  haber 
fundado  la  Inquisición  en  aquella  ciudad,  había  sido  comisionado  por 
el  Rey  para  practicar  la  visita  de  la  Audiencia  de  Quito,  y  que  sin  ir 
derechamente  a  su  destino,  se  encaminaba  a  Panamá  para  embarcarse 
ahí  con  rumbo  a  Lima. 

Tan  pronto  como  Gaitán  tuvo  noticias  de  esta  resolución,  recibió 
no  poco  sentimiento,  y  desde  entonces,  sin  duda,  se  propuso  no  recibir 
como  hubiera  sido  de  razón  al  nuevo  Inquisidor,  que  con  pretexto, 
según  afirmaba,  de  inferirle  desagrados,  se  apartaba  de  su  camino  na- 
tural y  tomaba  la  vuelta  de  la  capital  del  virreinato  (3). 

Experimentó  Mañozca  en  su  viaje  malísimos  tiempos,  padeciendo, 
tanto  él  como  su  comitiva,  sinsabores  y  enfermedades,  hasta  llegar  al 
puerto  de  Paita,  donde  desembarcó,  prometiéndose  seguir  por  tierra 
el  resto  de  su  jornada,  mientras  su  séquito  lo  hacía  por  mar  hasta 
el  Callao.  Allí  recibió  carta  de  Gaitán  en  que  ofrecía  hospedarle  en  las 
casas  del  Tribunal,  a  que  contestó  que  como  llevaba  tanta  gente  en  su 
compañía,  necesitaba  de  habitación  aparte,  pero  en  verdad  con  el  pro- 
pósito de  significarle  de  que  deseaba  estar  allí  solo,  pues  como  a  mi- 
nistro más  antiguo  que  era  y  según  órdenes  que  traía,  debía  correspon- 
derá la  preferencia.  Pero  Gaitán  que  conoció  los  propósitos  de  su 
nuevo  colega,  se  apresuró  a  ocupar  el  sitio  que  había  dejado  vacante 
Verdugo,  y  ordenó  al  mismo  tiempo  se  buscase  alojamiento  para  el 
visitador  en  casa  de  un  amigo  que  éste  tenía  en  la  ciudad,  despachán- 
dole propio  para  noticiarle  del  recibimiento  que  le  había  preparado. 
Y  como  si  desease  prevenir  cualquier  cargo,  el  día  12  de  marzo  en 
que  entró  Mañozca,  sentado  en  la  litera  que  le  había  servido  para  el 
viaje,  salió  a  recibirle  en  forma  de  oficio,  con  todos  sus  dependientes, 
y  con  un  grandísimo  acompañamiento  que  le  hizo  la  gente  más  prin- 
cipal (4). 

Pudo  cerciorarse,  sin  embargo,  el  recién  llegado  que  esta  demos- 
tración de  preferencia  era  puramente  exterior,  que  había  de  trocarse 


(2)  Era  éste  un  sacerdote  de  edad  de  cuarenta  y  siete  años,  graduado  de  bachiller  en 
artes  por  la  Universidad  de  México,  y  de  bachiller  y  licenciado  en  cánones  por  la  de  Sala- 
manca. Estaba  en  Cartagena  hacía  veinte  años  y  a  pesar  de  que  se  hallaba  nombrado  para 
la  Inquisición  del  Perú  desde  1622,  no  había  podido  partir  a  su  destino  por  enfermedad  del 
que  se  nombró  para  reemplazarle  en  aquella  ciudad. 

(3)  Carta  citada  de  Gutiérrez  Fiares. 

(4)  Carta  de  Joan  de  Izagnirre  de  25  de  abril  de  1624. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


17 


pronto  "en  sequedad  y  corta  correspondencia";  y  como  ambos  eran  "de 
natural  ardiente  y  mal  sufrido",  el  pueblo  esperaba  y  aun  deseaba, 
según  se  susurraba,  que  esto  se  tradujese  en  breve  en  abierto  choque, 
que  había  de  motivar,  a  no  dudarlo,  el  asunto  de  la  desocupación  de 
la  casa.  Mañozca,  que  como  hemos  dicho,  iba  a  Lima  sólo  de  paso, 
se  limitó,  con  todo,  a  dar  lectura  a  una  orden  del  Consejo  para  que 
se  le  diese  preferencia  en  la  habitación,  y  por  lo  demás,  permaneció 
tranquilo,  con  gran  disgusto  de  los  que  miraban  mal  a  Gaitán  y  que 
esperaban  verle  humillado  en  aquel  lance. 

Al  mismo  tiempo  que  daba  cuenta  de  estos  sucesos,  escribía  al 
Consejo  que  las  cosas  de  la  Inquisición  no  tenían  asiento  en  nada,  que 
todo  estaba  mal  acondicionado,  la  casa  cayéndose,  los  ministros  pocos  y 
descontentos;  a  no  ser  la  justicia  inquisitorial  que  se  mantenía  aún  en 
su  integridad  y  vigor,  cuando  la  real  tan  de  mala  data  se  hallaba  con 
ocasión  de  las  funestas  disensiones,  homicidios  y  violencias  que  causaban 
los  bandos  en  que  por  ese  entonces  se  hallaba  dividido  el  distrito  de 
Potosí.  "Yo  harto  he  hecho  en  no  llenar  de  escándalos  el  reino,  que  sin 
duda  se  llenará,  si  no  entrara  en  todo  perdiendo  mi  derecho,  declaraba 
Mañozca . ,  . ;  y  si  V.  A.  no  da  orden  de  deshacer  la  garulla  que  digo, 
esto  no  ha  de  ser  Inquisición  sino  una  junta  de  hombres  que  siguen 
por  sus  respectos  la  voluntad  más  dura  y  terrible  que  he  conocido  en 
hombre,  con  tan  grandes  desigualdades  que  por  no  nada  que  toque  a 
su  gusto,  chocará  con  el  Virrey,  y  por  cuanto  vale  la  Inquisición  no  se 
moverá  por  lo  que  a  ella  importa,  resultando  siempre  el  bien  o  el  mal 
por  su  antojo  e  interés.  No  hay  negocio  en  que  no  se  entrometa,  con 
tan  grandes  violencias  que  desagrada  a  los  buenos;  síguenle  los  de  la 
cuadrilla  por  fuerza  más  que  de  grado.  El  fiscal  es  un  cuitado,  de  tal 
manera  que  aun  en  su  casa  no  le  deben  de  conocer:  es  lástima  darles 
salario,  porque  así  como  así,  no  se  gastan,  y  desautorizan  el  oficio"  (5). 

Con  ocasión  de  estas  denuncias,  el  Consejo  resolvió  que  con  recato 
y  secreto  averiguase  estos  particulares  Juan  Gutiérrez  Flores,  inquisidor 
nombrado  a  firme  para  reemplazar  a  Verdugo,  que  había  llegado  a 
Lima  casi  un  año  justo  después  que  Mañozca,  (octubre  de  1625)  y 
sus  informes  no  fueron  más  favorables  para  Gaitán.  "Lo  cierto  de  todo 


(5)  Carta  de  Mañozca,  de  27  de  abril  de  1624.  Repite  estas  circunstancias  Gutiérrez 
Flores  en  su  carta  citada. 

2 — La  Inquisición  de  Lima  Tomo  II 


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J.  T.  MEDINA 


esto  es,  decia,  que  el  Inquisidor  pone  particular  atención  en  tener  gra- 
tos a  los  oficiales  y  traerlos  a  su  mano,  como  en  efecto  lo  consigue 
El  secretario  no  aprueba  ni  contradice  más  de  lo  que  quiere,  y  ordina- 
riamente le  acompaña  y  asiste  fuera  del  Tribunal,  sin  comunicar  a  otras 
personas  del  pueblo  mas  que  a  él  y  a  sus  amigos,  porque  de  todo  lo 
demás  vive  muy  retirado,  y  el  tratamiento  de  su  persona  y  casa,  mas  es 
indecente  que  parco.  Está  acomodado  de  hacienda  y  desea  mucho  irse 
a  España  con  cualquiera  plaza  de  inquisidor,  y  a  mí  me  ha  pedido  que 
lo  suplique  a  U.  S.  .  .  Se  hace  dueño,  concluye  Gutiérrez,  de  los  nego- 
cios del  Tribunal,  y  está  en  él  amparando  todos  los  que  a  los  oficiales 
les  tocan,  sin  la  igualdad  conveniente  en  la  administración  de  justicia, 
estando  esto  tan  entendido  en  el  pueblo,  como  lo  demás"  (6). 

Mañozca  mientras  duró  su  permanencia  en  Lima  tuvo  todavía  sus 
diferencias  con  Gaitán  sobre  si  debía  o  no  procesarse  a  algunos  holan- 
deses que  habían  caído  prisioneros,  sirviendo  de  ordinario  de  consejero 
al  Virrey  en  cuanto  a  las  medidas  de  defensa  que  se  trataba  de  implan- 
tar, pues  con  ocasión  de  su  residencia  en  la  plaza  marítima  de  Carta- 
gena se  daba  por  entendido  en  cosas  de  mar,  no  sin  que  Gaitán  lo 
ridiculizase  a  veces.  Al  fin,  por  el  mes  de  agosto  salió  por  tierra  con  di- 
rección a  Quito,  adonde  llegó  tres  meses  después  y  desde  donde  escribía 
a  España  ponderando  el  mal  estado  de  las  cosas  de  la  fe  en  aquellos 
lugares  por  las  muchas  hechicerías  que  observaba  y  la  decidida  afición 
de  los  criollos  a  adoptar  las  costumbres  y  hasta  el  traje  de  los  indios 
todavía  no  instruidos  en  los  misterios  de  la  religión  (7). 

Una  vez  solo  con  Gaitán,  Gutiérrez  se  empeñó  en  que  se  pusiese 
en  buenos  términos  con  el  Virrey,  logrando  al  fin  que  éste  hiciese  al 
Tribunal  "demostraciones  bastantes  a  suplir  las  del  desabrimiento  pa- 
sado", por  lo  cual  llegando  la  ocasión,  ambos  fueron  a  darle  las  pascuas, 
visita  que  hacía  tiempo  no  acostumbraban  practicar  los  inquisidores 
por  las  últimas  desavenencias,  mereciendo  así  que  les  diese  algún  socorro 
para  el  auto  que  se  celebró  el  21  de  diciembre  de  1625,  a  ejemplo  de 
lo  que  ejecutaron  el  Cabildo  y  Consulado  de  los  mercaderes,  que  con- 
tribuyeron cada  uno  con  seiscientos  pesos  para  el  tablado. 


(6)  Entre  otras,  merecen  notarse  a  este  respecto  las  demandas  de  Juan  Gutiérrez  Flores 
contra  el  alguacil  Juan  de  Espinosa,  por  valor  de  setenta  mil  pesos,  que  al  fin  transó  el 
inquisidor  de  este  apellido,  como  pariente  que  era  del  demandante. 

(7)  Cartas  de  25  de  febrero  y  11  del  mismo  mes  del  año  siguiente. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


19 


Tuvo  lugar  esta  vez  la  ceremonia  en  la  plaza  mayor,  en  día  do- 
mingo, como  era  de  ordenanza,  "con  mucha  autoridad,  ostentación  y 
grandeza  y  edificación  del  pueblo,  sin  pesadumbre  ni  disgusto  alguno, 
que  le  hizo  mui  célebre"  (8). 

"Viérnes  catorce  de  noviembre,  por  la  tarde,  se  envió  un  recaudo 
con  el  fiscal  del  Santo  Oficio  al  señor  Marques  de  Guadalcazar,  Virey 
de  estos  reynos,  haciéndole  saber  cómo  el  día  siguiente  sábado,  se  publi- 
caba el  auto  de  la  fé  que  se  habia  de  celebrar  a  veinte  y  uno  de  diciembre, 
esperando  de  su  Excelencia  acudiría  a  todo  lo  conveniente  para  auto- 
ridad y  aplauso  dél,  como  príncipe  tan  celoso  de  la  religión  católica 
y  culto  divino.  A  que  respondió  con  la  gravedad  de  sus  cortesías,  pala- 
bras de  toda  estimación  y  ofrecimiento  de  todas  las  acciones  convenien- 
tes. Por  la  mañana  sábado  se  le  dió  aviso  al  señor  Arzobispo  de  esta 
Metrópoli  con  el  secretario  Juan  de  Hizaguirre,  a  la  Real  Audiencia 
con  el  secretario  Martin  Díaz  de  Contreras;  al  Cabildo  Eclesiástico  con 
el  receptor  del  Tribunal;  y  al  Cabildo  de  la  ciudad  con  Juan  de  Hiza- 
guirre; a  que  respondieron  con  grandes  ofrecimientos  al  servicio  del 
Santo  Oficio,  y  agradecimiento  del  aviso  y  prevención. 

"Sábado  quince  de  noviembre  se  juntaron  a  las  diez  de  la  mañana, 
el  alguacil  mayor,  don  Juan  Arévalo  de  Espinosa,  caballero  del  hábito 
de  Alcántara,  los  secretarios,  familiares.  Ministros  y  Oficiales  en  la  In- 
quisición, de  donde  salieron  a  caballo,  llevando  trompetas,  clarín,  ata- 
bales y  chirimías;  y  se  dió  el  primer  pregón  en  la  esquina  de  la  Inqui- 
sición, el  segundo  a  la  puerta  de  Palacio;  en  las  cuatro  calles  el  tercero; 
el  cuarto  en  Nuestra  Señora  de  la  Merced;  el  quinto  en  la  Iglesia 
Mayor:  el  sesto  en  la  esquina  de  la  Concepción,  y  de  allí  se  volvieron 
a  la  Inquisición. 

Pregón. — "A  honra  y  gloria  de  Dios  Nuestro  Señor  y  exaltación 
de  su  santa  fe  católica,  el  Santo  Oficio  de  la  Inquisición  celebrará  auto 
público  de  la  Fe  en  la  plaza  mayor  de  esta  ciudad  de  los  Reyes  el 
domingo  que  se  contarán  veinte  y  uno  del  mes  de  diciembre  próximo 
venidero,  que  es  la  festividad  del  glorioso  Apóstol  Santo  Tomas:  Y  se 
hace  saber  a  todos  los  vecinos  y  moradores  estantes  y  habitantes  en 
esta  ciudad  y  en  las  demás  ciudades,  villas  y  lugares  de  este  distrito, 


(8)  Carla  de  Gaitún  de  28  de  febrero  de  1626.  Esic  auto  ha  bido  referido  someramente 
por  Fr.  Buenaventura  Salinas  en  su  Memorial  de  las  historias  del  atiero  mundo  Pirti,  Lima, 
1630,  pág.  139. 


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J.  T.  MEDINA 


para  que  se  hallen  presentes,  y  puedan  ganar  las  induljencias  y  per- 
dones concedidas  por  la  Santa  Sede  Apostólica  a  todos  los  que  asisten  a 
semejantes  autos:  y  para  que  venga  a  noticia  de  todos,  se  manda  pre- 
gonar publicamente. — 

"Fué  general  el  contento  de  la  República  por  el  deseo  con  que 
estaba  esperando  las  causas  de  las  aturdidas  y  alumbradas,  del  clérigo 
Almeyda  y  del  mercader  Garcimendez  de  Dueñas,  antiguos  en  este 
reyno,  y  muy  conocidos  en  esta  ciudad;  y  por  haber  mas  de  diez  y 
siete  años  que  no  se  habia  celebrado  auto  general  de  la  Fé,  si  bien  en 
el  discurso  de  ellos,  se  han  hecho  particulares  en  la  capilla,  para  cas- 
tigo de  singulares  personas. 

"Dispúsose  hacer  el  cadalso  en  la  plaza  mayor  arrimado  a  las  casas 
de  Cabildo,  sirviendo  el  sitio  de  los  corredores  para  el  asiento  superior 
de  su  Excelencia,  Inquisición  y  Audiencia.  Tenia  el  tablado  principal 
de  largo  cuarenta  varas,  y  de  ancho  doce  y  media.  Y  el  Tribunal  en 
que  se  asentaron  su  Excelencia,  señores  Inquisidores  y  Audiencia  Real, 
tuvo  veinte  varas  de  largo,  y  en  él  cuatro  gradas  de  la  misma  longitud: 
la  primera  para  estar  desocupada;  la  segunda  tenia  en  medio  otra 
gradilla  de  media  vara  de  alto  y  dos  de  largo,  para  el  Fiscal  de  la 
Inquisición,  y  para  el  Capitán  de  la  Guardia  de  su  Excelencia,  don 
Francisco  Zapata  Maldonado,  caballero  del  hábito  de  Santiago,  y  en 
esta  segunda,  para  los  Prelados  Superiores  de  las  Religiones  y  confesor 
de  su  Excelencia  y  para  Priores,  Guardianes,  Comendador,  Retores  de 
la  Compañía  de  Jesús  y  de  San  Agustin,  Calificadores  del  Santo  Oficio 
y  criados  de  su  Excelencia,  y  confesor  del  señor  Visitador,  y  para  el 
Licenciado  don  Juan  Gaytan;  la  tercera  grada  para  religiosos  graves, 
ministros  de  Inquisición,  Canónigos  de  otras  Iglesias;  y  el  licenciado 
don  Antonio  de  Castro,  comisario  de  Potosí,  y  oficiales  de  la  visita, 
criados  del  señor  doctor  Juan  Gutiérrez  Flores.  Al  lado  derecho  del 
cadalso  habia  otras  cuatro  gradas,  unas  de  una  vara,  mas  bajas  que 
las  referidas,  de  nueve  varas  de  largo,  hasta  llegar  a  las  varadas  del  ca- 
dalso. Y  en  figura  cuadrada  corrían  tres  gradas  hácia  el  tablado  de 
los  penitenciados,  que  remataban  en  las  barandas  intermedias  del  ca- 
dalso. Las  primeras  gradas,  de  las  cuatro,  para  el  Cabildo  Eclesiástico, 
y  las  otras  dos  con  las  tres  dichas,  para  la  Real  Universidad.  Al  lado 
izquierdo,  otras  cuatro  gradas  del  altura  de  las  del  lado  derecho,  de 
ocho  varas  de  largo,  las  dos  de  ellas,  para  el  Cabildo  Secular,  y  las 
otras  para  el  Consulado.  El  pasadizo  que  pasaba  del  tablado  para  ir 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


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al  de  los  penitenciados,  tenia  quince  varas  de  largo  y  dos  y  cuarta  de 
ancho,  y  en  él  cinco  gradas,  que  la  inferior  tenia  treinta  varas  de  largo, 
y  las  demás  iban  disminuyendo  por  iguales  partes,  con  que  vino  a 
quedar  la  última  grada  de  los  relajados  de  nueve  varas  de  largo. 

"Al  principio  de  los  corredores  o  pasadizo  en  el  tablado  principal, 
a  la  mano  derecha,  estaba  el  pulpito,  y  a  la  izquierda,  frontero  de  él, 
un  altar,  y  junto  a  él,  asientos  para  el  Colegio  Real.  En  el  tablado 
principal  estaba  una  tribuna  cercada  y  con  cubierta  de  seda,  y  con 
celosía  levantada,  preeminente  a  todas,  para  mis  señoras  doña  Mariana 
de  Córdova  y  doña  Brianda  de  Córdova,  hijas  de  su  Excelencia,  su  aya 
y  sus  criadas,  y  detras,  criadas  de  su  Excelencia,  y  al  otro  lado  estaba 
un  tablado  superior  al  Cabildo,  y  algo  inferior  al  del  Tribunal,  para 
las  señoras  mugeres  de  los  señores  de  la  Audiencia,  Por  los  lados  co- 
rrespondientes al  pasadizo,  y  debajo  de  la  tribuna  habia  muchas  per- 
sonas calificadas,  y  de  mugeres  de  Ministros  de  Inquisición,  y  debajo 
de  los  tablados  principales  hasta  llegar  al  suelo,  que  cuajaban  escaños 
y  bancos,  hubo  diversidad  de  tablados  en  tres  órdenes,  con  modo  de 
ventanajes.  Fué  la  proporción  y  magestad  del  cadalso,  tan  señoril,  ma- 
gestuosa  y  preeminente,  que  ocasionaba  a  justo  respeto  y  alabanza.  Fué 
la  disposición  del  ordenada  por  su  Excelencia  y  por  los  dos  señores 
Inquisidores,  que  así  en  esto,  como  en  todas  las  cosas  que  hicieron 
lustroso  el  auto  y  concernencias  dél,  mostraron  realeza  de  ánimo  y 
magestuosa  disposición.  Egecutó  lo  tocante  a  carpintería  Bartolomé 
Calderón,  maestro  de  este  arte. 

"Sábado  veinte  de  diciembre  se  juntaron  en  la  Inquisición  las 
Religiones,  cada  una  con  toda  su  comunidad,  en  número  de  seiscientos 
religiosos,  y  los  Ministros  y  Oficiales  del  Santo  Oficio,  a  las  cuatro 
de  la  tarde,  llevando  los  familiares  varas  negras  aderezadas  de  joyas, 
cadenas  y  cabrestillas.  Salieron  de  la  capilla  en  procesión  por  su  órden, 
llevando  delante  el  estandarte  de  San  Pedro,  mártir,  el  alguacil  mayor 
don  Juan  de  Espinosa,  a  quien  acompañaron  los  caballeros  de  la  ciu- 
dad. Tenia  el  estandarte  blanco  de  tela  de  oro  realzado  las  armas  y 
cruz  de  Santo  Domingo,  y  por  la  otra  parte  la  imágen  de  San  Pedro, 
mártir,  con  cruz  verde  en  la  mano.  Detras  iban  las  Religiones  en  dos 
coros,  y  después  de  ellas,  los  familiares  y  comisarios,  a  quien  antecedían 
los  calificadores,  y  veinte  y  cuatro  religiosos  de  Santo  Domingo  con 
cirios  encendidos,  y  remataban  la  procesión  los  dos  Secretarios  del  Se- 
creto, llevando  en  medio  al  maestro  Fray  Miguel  de  León,  calificador 


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J.  T.  MEDINA 


del  Santo  Oficio  y  vicario  general  de  Santo  Domingo,  que  llevaba  la 
cruz  verde  de  mas  de  dos  varas  de  alto,  puesta  sobre  los  hombros,  y 
asido  al  pié  de  la  cruz,  un  tafetán  carmesí.  Acompañaron  los  señores 
Inquisidores  la  cruz  hasta  salir  fuera  de  la  capilla  de  la  Inquisición; 
salió  cantando  el  himno  de  Vcxilla  Reges  prodeunt,  en  canto  de  órgano 
la  capilla  y  coro  de  la  Iglesia  mayor,  y  acabado  este  himno,  comenza- 
ban el  salmo  ciento  ocho  "Deus  laudem  mecum  ne  tacueris".  El  himno 
correspondía  a  la  cruz  y  al  psalmo  al  castigo  y  destrucción  de  los  ene- 
migos de  la  Fe.  La  gravedad  de  este  acto,  causaba  respeto  en  todos,  y 
la  música  dulce  y  triste  obligaba  a  tierna  devoción.  De  esta  suerte  fue- 
ron hasta  el  cadalso  por  la  calle  del  Alguacil  Mayor,  sin  que  la  mul- 
titud de  la  gente  hiciese  confusión  ni  ruido  por  el  silencio  común,  ni 
estorbo  a  la  procesión,  porque  el  dia  ántes  mandó  el  Tribunal  que 
ninguna  persona  anduviera  a  caballo,  ni  en  coche  por  donde  pasase  la 
procesión,  pena  de  perdido  todo.  Llegaron  al  cadalso,  donde  se  colocó 
la  cruz  verde  en  el  altar,  que  con  adorno  rico  estaba  adornado,  y  allí 
la  dejaron  con  blandones  y  hachas  encendidas,  quedando  veinte  reli- 
giosos dominicos,  velándola  aquella  noche  con  cuatro  familiares. 

"Nombraron  los  señores  Inquisidores  para  autorizar  la  acción  y 
asegurar  el  respeto  de  la  multitud,  cuatro  gobernadores  para  la  guarda 
del  cadalso,  con  bastones  negros,  que  ejecutaban  las  órdenes  de  los 
señores  Inquisidores,  dando  los  lugares,  como  les  fué  ordenado,  remi- 
tiendo estos  cuatro  a  los  familiares  que  habían  de  egecutar.  Fueron 
don  José  de  Castilla  Altamirano,  don  Pedro  de  Vedoya,  don  Francisco 
Cigoney  y  Lujan,  y  don  Alvaro  de  Mendoza,  que  acudieron  a  esto 
con  lustre,  gravedad  y  cortesía.  Aquella  noche  llamó  el  Tribunal  a 
algunos  prelados  doctos  para  que  aconsejasen  y  redugesen  a  los  que 
renegaban  de  los  relajados,  o  la  verdad,  o  la  Fe,  dando  comisión  de 
que  los  pudiesen  absolver  sacramentalmente,  reduciéndose  a  verdadera 
confesión,  prevención  digna  de  este  Tribunal,  tan  copioso  de  miseri- 
cordia, y  ántes  honraron  a  los  prelados  los  señores  Ynquisidores,  haciendo 
colación  todos,  y  el  Fiscal,  Alguacil  mayor  y  Secretarios.  Los  prelados 
estuvieron  hasta  medianoche  en  los  calabozos  secretos,  cada  dos  con 
el  impenitente,  que  los  entregaron,  y  desde  esta  hora  hasta  las  cinco 
de  la  mañana,  otros  religiosos  graves  y  doctos  ocupados  en  la  mesma 
acción. 

"El  Virey,  que  tan  prevenido  y  cabal  es  en  todas  las  obstentaciones 
del  servicio  de  Dios  y  del  Rey,  dió  órden  al  Sargento  mayor  de  este 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


23 


reyno  Francisco  Gil  Negrete,  y  al  Comisario  de  la  caballería  don  Diego 
de  Ayala,  que  a  las  cinco  de  la  mañana  fuese  a  la  Ynquisicion  la  com- 
pañía del  barrio  de  San  Lázaro,  juntamente  con  la  que  tiene  el  capitán 
Francisco  de  la  Carrera,  y  hecha  un  cuerpo,  dejando  la  bandera  en 
el  Escuadrón,  viniese  con  los  penitenciados  puestos  en  dos  hileras,  y 
el  Escuadrón  contenia  las  compañías  de  los  capitanes  don  Andrés  de 
los  Infantes  y  Méndez,  caballero  del  hábito  de  Santiago,  y  don  Luis 
Fernandez  de  Córdova,  don  Diego  de  Agüero,  y  don  Antonio  Guerra 
de  la  Daga  y  don  Antonio  de  Coca,  guarneciéndole  las  compañías  de 
a  caballo  de  lanzas  ginetas  capitán  Hernando  de  Santa  Cruz  y  Padilla, 
y  otra  de  arcabuceros  de  a  caballo,  su  capitán  Pedro  Fernandez  de  Cór- 
dova, escuadrón  lucido,  ordenado  y  vistoso. 

"Domingo  veinte  y  uno,  desde  el  amanecer  hasta  las  siete  de  la 
mañana,  se  digeron  misas  en  el  altar  del  cadalso,  donde  estaba  la  cruz 
verde,  y  en  otro  curioso  y  rico,  un  Cristo  de  acabada  hechura,  obrado 
con  propiedad  en  su  notomía:  fué  el  decir  las  misas,  bendición  de  aquel 
lugar,  y  siendo  motivo  de  devoción,  oyeron  misa  los  que  por  asegurar 
asiento  se  quedaron  sin  oiría. 

"Entre  ocho  y  nueve,  salieron  veinte  y  un  penitenciados,  un  hom- 
bre y  tres  mugeres  con  corozas,  diez  reconciliados  con  sambenitos,  dos 
relajados  vivos,  y  dos  estatuas,  y  con  ellas  dos  ataúdes  de  a  tres  cuartas, 
donde  se  llevaban  sus  huesos,  pintadas  llamas  por  las  cubiertas:  iba 
cada  penitente  acompañado  de  dos  familiares,  y  la  cruz  de  la  parro- 
quia, que  era  la  de  la  Yglesia  mayor,  cubierta  de  un  velo  negro,  signi- 
ficando el  ir  entre  escomulgados.  Llevábanla  cuatro  curas  y  clerecía, 
que  delante  iban  cantando  el  psalmo  "Miserere  mei  Deus"  en  tono 
triste,  acción  de  terror;  seguíanse  los  penitentes  con  sus  acompañados, 
con  la  compañía  en  hileras,  haciendo  escolta  y  delante  el  capitán  Fran- 
cisco de  la  Carrera,  a  quien  seguía  el  alcayde  de  las  cárceles  secretas 
Bartolomé  de  Pradeda,  con  bastón  de  ébano  en  la  mano,  que  llevaba 
los  cofres  de  plata,  donde  iban  las  sentencias.  Remataba  la  procesión 
don  Juan  de  Espinosa,  alguacil  mayor,  y  los  dos  secretarios  del  secreto, 
y  copia  de  familiares  a  pié  y  con  varas  altas,  rigiendo  la  procesión.  Con 
este  orden  salieron  por  la  puerta  principal  de  la  Ynquisicion  y  enca- 
minándose por  la  esquina  de  la  Concepción,  bajaron  a  la  plaza  mayor, 
y  subiendo  al  cadalso,  por  escalera  particular,  se  sentaron  en  las  gradas 
por  el  órden  que  llevaba  el  Alcaide  de  las  cárceles,  y  en  la  grada  mas 
alta  pusieron  las  dos  estatuas,  y  junto  a  cada  cual  sus  huesos,  y  los 


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J.  T.  MEDINA 


dos  relajados  a  quien  acompañaban  también  religiosos,  que  intentaban 
su  conversión.  Quedóse  la  compañía  de  infantería,  incorporándose  en 
el  escuadrón,  en  conformidad  del  orden  de  su  Excelencia. 

"Sentados  los  delincuentes  entre  familiares,  salió  su  Excelencia  de 
Palacio,  y  llevando  delante  en  la  vanguardia,  la  compañía  de  los  gen- 
tiles hombres  arcabuces,  su  capitán  don  Lorenzo  de  Zárate,  caballero 
del  hábito  de  Alcántara,  y  delante  el  clarin  de  su  Excelencia;  seguian 
a  esta  compañía  los  ciudadanos  y  caballeros  en  mucho  número,  grave 
y  costosamente  aderezados,  a  quien  sucedió  el  Consulado  en  forma 
de  tribunal,  y  tras  él  la  real  Universidad,  llevando  delante  y  encorpo- 
rados  al  colegio  real  de  San  Márcos,  y  el  colegio  de  San  Martin.  Los 
dos  bedeles  a  caballo  y  con  las  mazas  atravesadas  sobre  el  brazo,  y 
ministros  de  la  Universidad,  siguiéndose  los  dotores  y  maestros  con 
sus  borlas  y  capirotes,  según  el  grado  de  su  facultad,  y  atrás  el  rector, 
dotor  don  Diego  Megía  de  Zúñiga,  catedrático  de  Vísperas  en  la  Uni- 
versidad. Antecedian  a  éstos  los  cabildos  eclesiástico  y  secular,  que  lle- 
vaban las  mazas  echadas  sobre  el  brazo,  debida  sumisión  a  la  presencia 
del  Virrey.  Y  entre  los  dos  maceros  iba  el  pertiguero  con  ropa  negra 
y  pértigo.  Luego  los  dos  secretarios  eclesiásticos,  y  de  dos  en  dos  los 
prebendados  y  capitulares,  llevando  la  mano  derecha  el  Cabildo  ecle- 
siástico; tras  de  los  Cabildos  los  dos  Reyes  de  armas,  y  tras  éstos  el 
capitán  de  la  guarda  de  su  Excelencia  don  Francisco  Zapata  Maldona- 
do,  y  el  alguacil  mayor  de  corte  don  Agustín  de  Córdova,  a  la  mano 
izquierda,  y  a  los  los  lados,  la  guardia  de  a  pié  ordinaria  del  Virrey;  se- 
guíanse los  señores  fiscales  de  civil  y  criminal,  y  cuatro  señores  alcaldes 
de  corte,  y  de  dos  en  dos,  los  señores  oidores  y  un  jubilado;  y  al  lado 
izquierdo  de  su  Excelencia  el  señor  oidor  dotor  Juan  Jiménez  de  Mon- 
talvo,  como  el  mas  antiguo  de  las  salas.  Tras  de  su  Excelencia  el  Ge- 
neral de  la  caballería  don  Enrique  de  Castrillo  y  Fajardo,  capitán  de 
los  gentiles  hombres,  lanzas  de  la  guarda  de  reyno,  y  con  él  Pedro  de 
Zúñiga  Zubaco,  caballerizo  mayor  de  su  Excelencia,  a  quien  seguian 
todos  sus  criados  y  gentiles  hombres;  tras  ellos  la  compañía  dicha  de 
las  lanzas.  Autorizado  y  lucido  acompañamiento,  copioso  de  noblezas, 
letras,  armas  y  adornos. 

"Con  este  órden  entraron  en  la  Ynquisicion,  adonde  habiéndose 
quedado  a  la  puerta  las  comunidades,  cabildos,  compañías,  y  Univer- 
sidad; la  Real  Audiencia  entró  en  el  primer  patio,  y  su  Excelencia 
hasta  el  segundo,  donde  halló  a  los  señores  Ynquisidores,  puestos  som- 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


25 


breros  sobre  los  bonetes,  que  llaman  de  auto,  insignia  de  delegados  de 
su  Santidad  y  defensores  de  nuestra  Santa  Fe;  y  el  fiscal  estaba  a  ca- 
ballo con  el  estandarte;  y  habiendo  hecho  su  Excelencia  y  los  señores 
Ynquisidores  sus  cortesías,  en  que  estuvieron  presentes  y  cabales,  re- 
cibieron en  medio  al  Virrey,  y  diciendo  el  señor  Ynquisidor  mas  an- 
tiguo "anden  vuesas  mercedes"  volvieron  a  salir  como  hablan  venido, 
añadiéndose  solo  que  al  fiscal  y  estandarte  de  la  Fe,  llevaron  en  medio 
el  señor  dotor  Caldos  de  Valencia,  oidor  menos  antiguo,  y  el  señor 
dotor  Celda,  mas  antiguo  alcalde  de  corte.  Así  llegaron  a  la  plaza 
mayor,  donde  estaba  el  escuadrón  dicho,  que  en  viendo  entrar  por  la 
plaza  el  estandarte  de  la  Fe  y  a  su  Excelencia,  abatieron  las  banderas 
en  señal  de  reconocimiento,  con  salva  y  cortesía  militar. 

"Llegado  al  cadalso,  se  quedaron  las  compañías  de  los  jentiles- 
hombres,  lanzas  y  arcabuces  a  los  lados  del  tablado,  la  de  los  lanzas 
a  la  mano  derecha,  y  a  la  izquierda  la  de  los  arcabuces,  remudándose 
por  tropas,  estando  de  guarda,  sin  que  faltase  de  los  pueblos  la  mitad 
de  cada  una.  El  escuadrón  de  la  infantería  estuvo  formado  hasta  medio 
dia,  y  después  cada  compañía  en  cada  esquina  de  la  plaza;  de  suerte 
que  estando  con  comodidad,  la  tuvieron  guarnecida;  y  a  las  cuatro  de 
la  tarde  se  volvió  a  formar  el  escuadrón,  como  queda  dicho. 

"Subió  su  Excelencia  por  las  casas  de  Cabildo  con  el  demás  acom- 
pañamiento al  cadalso,  donde  se  sentaron  por  el  órden  arriba  referido, 
y  solo  su  Excelencia  tuvo  cojin  a  los  piés,  de  tela  amarilla,  y  a  los  ex- 
tremos del  las  mazas  de  los  Reyes  de  Armas,  sin  diferencia  en  los 
asientos  de  los  señores  Ynquisidores.  En  el  plano  del  cadalso  y  tablado 
principal  se  sentaron  las  religiones  y  caballeros,  divididos  con  un  pe- 
queño pasadizo  en  que  estaban  solo  los  cuatro  gobernadores  arriba  re- 
feridos, y  en  el  pasadizo  grande  que  corría  del  tablado  principal  hasta 
el  de  los  penitenciados,  por  el  órden  que  llevaban  de  los  señores  Yn- 
quisidores familiares,  que  para  esto  estaban  parados  junto  al  púlpito. 
Y  apartado  dos  varas  del  al  principio  del  pasadizo,  estaba  una  peaña 
con  dos  gradas,  en  que  subían  al  delincuente,  mientras  se  leia  su  causa 
y  oía  su  sentencia,  teniendo  a  sus  lados  los  que  antes  le  traían;  llena- 
ban ciudadanos  el  plano  del  tablado,  y  fué  tan  numerosa  la  multitud 
que  en  el  cadalso  asistió  y  tan  lucida  su  variedad,  que  ni  ha  tenido  otro 
ejemplar  en  este  reyno,  ni  se  puede  estender  a  mas  la  curiosidad. 

"Subióse  al  púlpito  a  comenzar  el  auto  el  secretario  Martin  Diez 
de  Contreras,  y  llevando  un  cura  una  cruz  y  un  misal  a  su  Excelencia, 


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J.  T.  MEDINA 


poniendo  la  mano  sobre  él,  y  la  Audiencia  Real  y  Cabildos,  a  quien 
llevaron  los  otros  curas  misales  y  cruces,  las  besaron  de  rodillas,  y 
jurado  por  los  santos  cuatro  Evangelios  del  misal,  prometieron  hacer 
lo  que  el  secretario  en  voz  alta  iba  refiriendo,  que  contenia  defender 
la  fe,  obedecer,  ejecutar  y  hacer  cumplir  los  mandatos  del  Santo  Oficio, 
y  defender  sus  Ministros;  ordenando  esta  protestación  con  palabras 
de  todo  respeto  debidas  a  su  Excelencia  y  a  la  Audiencia  Real.  Y  hecha 
esta  cristiana  y  egemplar  ceremonia,  que  tanto  amplificó  el  respeto 
al  Tribunal  de  la  Ynquisicion,  y  tan  debida  es  a  nuestra  sacra  santa 
fe,  se  volvió  el  secretario  al  pueblo,  y  avisando  levantasen  todos,  ecle- 
siásticos y  seculares,  las  manos  hecha  la  cruz,  juraron  lo  mismo  con 
palabras  que  contenian  obediencia,  promesa  y  sugecion  a  la  fe  y  al 
Santo  Oficio,  con  palabras  de  ménos  autoridad  y  de  mas  sumisión. 
Acabóse  el  juramento  con  decir,  que  si  así  lo  hiciesen.  Dios  los  ayu- 
dase, y  sino  se  lo  demandase,  y  que  respondiesen  Amen.  El  cual  se 
dijo  con  innumerables  voces  que  mostraron  el  afeto  y  religión  interior. 

"Comenzóse  el  sermón,  que  predicó  el  maestro  fray  Luis  de  Vil- 
bao,  calificador  del  Santo  Oficio  y  catedrático  de  prima  de  teología  en 
propiedad  de  la  Universidad,  sermón  tan  a  propósito  como  docto,  y 
tan  espiritual  como  alabado,  siendo  el  .tema  las  palabras  que  dijo  el 
apóstol  Santo  Tomas  (cuyo  dia  fué),  cuando  abjuró  su  incredulidad 
y  confesó  nuestra  fe:  Dominus  meus,  et  Deus  meus. 

"Estaban  nombrados  para  relatar  las  causas  los  dos  secretarios  del 
secreto,  y  el  notario  de  secretos  Antonio  Domínguez  de  Balcazar;  el 
doctor  Tomas  de  Avendaño,  catedrático  de  código  en  la  Universidad, 
García  de  Tamayo,  escribano  de  registros,  y  el  licenciado  Chaves,  y  el 
licenciado  Salazar,  relatores  de  la  Audiencia  Diego  de  Velasco  y  Fran- 
cisco Flores,  secretario  de  la  Audiencia  Real,  y  Rafael  de  Cuéllar  de 
San  Pedro,  escribano  de  juzgado  mayor  de  difuntos,  que  en  alta  voz 
inteligible  a  todos,  relatasen  las  causas,  que  sacaban  de  los  cofres  de 
plata,  que  estaban  puestos  sobre  bufetes,  cubiertos  de  terciopelo,  jun- 
to al  pulpito,  donde  las  causas  se  leyeron  por  el  órden  siguiente: 

"Comenzó  a  relatar  la  primera  causa  el  secretario  Martin  Diez 
de  Contreras. 

"Francisco  de  la  Peña,  que  su  propio  nombre  es  Francisco  de 
Victoria  Barahona,  natural  del  pueblo  de  Pazos,  en  el  valle  de  Buron, 
obispado  de  Lugo,  en  Galicia,  mercader,  descendiente  de  cristianos 
nuevos,  casado  en  Francia  con  las  ceremonias  judaicas,  y  en  la  Puebla 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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de  los  Anjeles  segunda  vez  con  otra  muger,  como  lo  manda  la  Santa 
Madre  Yglesia  Católica  Romana,  por  observante  de  la  ley  de  Moyses, 
judaizante  y  encubridor  de  hereges,  y  que  cursó  las  juderías  y  sina- 
gogas de  Francia,  y  en  ellas  defendia,  y  continuaba  así  su  apostasía 
como  sus  errores. 

"Domingo  Pérez,  portugués,  natural  de  la  ciudad  de  Angra,  ca- 
beza de  la  Isla  Tercera,  de  oficio  zapatero,  casado  en  la  villa  de  Guan- 
cavélica,  por  sospechas  de  judío,  y  que  como  tal  nunca  habia  tomado 
bula  de  la  Santa  Cruzada,  haciendo  menosprecio  de  ella,  rompiéndola 
a  su  muger,  a  quien  no  consentia  oir  misa,  ni  a  su  familia,  ni  él  la  oia, 
quebrando  rosarios  y  pisando  bolsas  de  reliquias,  diciendo  que  no  te- 
nia necesidad  de  confesarse,  porque  no  tenia  pecados,  ni  ayunaba,  ha- 
ciendo menosprecio  del  ayuno,  mostrando  en  esto  ser  observante  de 
la  secta  de  Lutero;  diciendo  que  lo  que  él  hacia  no  lo  habia  de  pagar 
su  vientre;  menospreciaba  las  penitencias  y  actos  meritorios,  error  de 
calvinista.  Confesó  sus  delitos  y  mostró  arrepentimiento. 

"Diego  Moran  de  Cáceres,  natural  de  Sevilla  en  España,  menor, 
por  casado  dos  veces;  la  primera  con  una  mestiza  en  el  pueblo  de 
Chacayan,  corregimiento  de  Tarama;  y  la  segunda  en  Chuquisaca,  am- 
bas vivas. 

"María  de  Santo  Domingo,  beata  de  su  Orden,  natural  de  la  ciudad 
de  Trugillo,  en  estos  reynos,  de  edad  de  veinte  años,  a  quien  comun- 
mente llaman  la  de  los  dedos  pegados;  porque  fingió  habérselos  pegado 
Cristo  Nuestro  Señor  y  su  bendita  Madre,  durmiendo  cuidadosamente, 
porque  no  le  conociesen  su  embuste.  Y  publicando  haber  sudado  un 
niño  Jesús,  a  quien  ella  misma  habia  echado  el  agua;  afirmaba  que 
era  castigadora  de  demonios,  a  quien  ataba,  poniendo  en  prisiones,  y 
mostrando  dominio  sobre  ellos,  fingiendo  misterios  en  pasteles  y  co- 
midas, a  que  se  inclinaba,  y  muchas  revelaciones,  arrobos,  éstasis  y 
visitas  de  Nuestro  Señor  y  de  la  Virgen  su  Madre,  y  que  bajaba  al  pur- 
gatorio a  sacar  tales  y  tales  almas,  y  que  comunicaba  con  Santo  Domingo 
y  otros  santos.  Confesó  muchas  mentiras  que  habia  introducido  y  re- 
velaciones que  habia  compuesto,  y  que  siendo  embuste  lo  aseguraba 
por  verdad,  porque  la  tuviesen  por  santa,  y  ganar  el  aplauso  popular 
y  de  comer,  y  llevándola  en  una  carroza  ciertas  personas  al  anochecer, 
llegó  al  estribo  un  hombre  arrebujado,  que  pasando  se  reparó,  por  des- 
cortes curiosidad,  dijo  ella  a  las  demás  de  la  carroza  "¿no  ven?"  "¿no 
vieron  al  Anjel  Santo  que  llegó  aquí  en  mi  busca  ?  a  que  le  dijeron,  no 


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J.  T.  MEDINA 


era  sino  un  necio  arrebujado  que  llegó  pasando.  De  todo  mostró  arre- 
pentimiento y  confesó  su  liviandad. 

"Garci  Méndez  de  Dueñas,  natural  de  la  villa  de  Olivenza  en 
Portugal,  de  edad  de  cincuenta  i  ocho  años,  casado  en  San  Lúcar  de 
Barrameda,  y  tenia  su  muger  e  hijos  en  Francia,  que  se  fueron  huyendo 
de  la  Inquisición;  judaizó  treinta  y  cinco  años,  y  los  mas  en  esta  ciu- 
dad de  los  Reyes,  donde  era  mercader,  herege  apóstata,  encubridor  de 
hereges  y  judaizantes;  protervo  y  observante  de  la  ley  de  Moisés  y  de 
sus  ceremonias.  Confesó  sus  delitos,  y  arrepentido  de  haberlos  confesa- 
do, irritándose  de  cudicia  y  vanidad,  desesperó,  echándose  un  lazo  en 
su  cárcel,  como  judío  impenitente  y  contumaz,  y  murió  como  blasfemo 
desdichado;  fué  quemada  su  estatua  y  sus  huesos. 

"Doña  Inés  de  Velasco,  natural  de  la  ciudad  de  Sevilla,  de  treinta 
y  cinco  años,  casada  con  Hernando  Cuadrado,  ropero,  residente  en 
Lima,  a  quien  comunmente  llamaban  la  voladora;  por  haber  tenido, 
creido  y  escrito  muchas  revelaciones,  éxtasis,  raptos,  coloquios  con 
Cristo  nuestro  Señor,  y  con  la  Virgen  Santísima,  con  los  ángeles  y 
santos  del  cielo,  teniendo  estas  cosas  por  verdaderas,  siendo  falsas  ilu- 
siones del  demonio;  y  en  sus  escritos  haberse  hallado  que  le  habia  dicho 
Jesucristo,  que  todas  las  veces  que  bajaba  al  sacramento,  se  vendría  a 
estar  depositado  en  ella;  y  que  de  tanto  provecho  eran  sus  lágrimas 
como  la  sangre  de  Cristo;  y  que  recibía  tanto  gusto  de  tener  su  rostro 
pegado  al  suyo,  como  si  estuviera  gozando  de  la  gloria  de  su  eterno 
Padre.  Y  que  con  un  jubileo  que  ganó,  sacó  cinco  mil  almas  de  pur- 
gatorio; y  un  día  de  todos  Santos,  habia  ido  con  nuestra  Señora,  y 
habían  sacado  todas  las  almas,  escepto  tres,  y  que  el  día  siguiente  vol- 
vió a  sacarlas.  Halláronse  en  sus  escritos  y  confesión  setenta  y  ocho 
proposiciones  heréticas,  falsas,  erróneas,  temerarias  y  sospechosas.  Que- 
máronse sus  escritos  en  presencia  de  todos,  leída  su  sentencia,  en  un 
brazero  de  plata.  Salió  vestida  de  negro  con  atavío  honesto,  porque 
confesó  su  engaño  con  humildad  y  arrepentimiento. 

"Juan  Ortega,  natural  de  la  ciudad  de  Burdeos  en  Francia,  de 
veinte  y  dos  años  de  edad,  hijo  de  padres  portugueses,  de  casta  y  gene- 
ración de  judíos,  por  judaizante,  quitósele  el  sambenito  en  el  cadalso 
por  buen  confitente. 

"Diego  Gómez  de  Salazar,  que  también  se  ha  llamado  Diego  de 
la  Oliva,  natural  de  la  ciudad  de  Sevilla,  de  veinte  y  cinco  años,  mer- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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cader,  de  padres  portugueses,  cristianos  nuevos,  por  observante  de  la 
ley  de  Moyses. 

"Bernardo  López  Serrano,  de  edad  de  treinta  y  ocho  años,  mer- 
cader, natural  de  Villaflor,  reino  de  Portugal,  casado  en  Burdeos  de 
Francia,  de  casta  de  cristianos  nuevos,  por  observante  en  la  ley  de  Moi- 
sés y  judaizante. 

"Antonio  de  Salazar,  que  su  propio  nombre  es  Duarte  Gómez, 
de  treinta  años,  escribiente,  natural  de  Lisboa,  de  padres  cristianos  nue- 
vos, por  judaizante  y  observante  en  la  ley  de  Moisés. 

"Antonio  de  la  Palma,  que  su  propio  nombre  es  Antonio  Fernan- 
dez, y  en  Méjico  se  llamó  Antonio  de  Victoria,  y  aquí  se  llamó  Antonio 
Sánchez,  y  con  este  nombre  subió  al  Cuzco,  natural  de  Valladolid,  de 
oficio  mercader,  de  padres  portugueses,  cristianos  nuevos,  por  obser- 
vante de  la  ley  de  Moyses,  fué  buen  confitente,  y  quitósele  en  el  ta- 
blado el  sambenito. 

"Juan  de  Trillo,  natural  de  Priego  en  la  Andalucía,  hijo  de  padres 
portugueses,  cristianos  nuevos,  de  edad  de  veinte  y  cuatro  años,  tra- 
tante en  la  Nueva  España,  por  observante  de  la  ley  de  Moyses  y  mal 
confitente,  reconciliado  con  sambenito  perpetuo. 

"Manuel  Alvarez  de  Espinosa,  portugués,  natural  de  Valladolid, 
mercader,  por  judaizante  y  mal  confitente,  reconciliado  con  sambenito 
perpetuo. 

"Alvaro  Cordero  de  Silva,  que  este  nombre  tomó  para  pasar  a  las 
Indias,  que  su  propio  nombre  es  Estévan  Cardoso,  natural  de  Quinte- 
na,  tierra  de  Vergaza  en  Portugal,  alguacil  que  fué  en  Potosí,  de  cin- 
cuenta años,  de  casta  y  generación  de  judíos,  apóstata  de  nuestra  santa 
fé  y  observante  de  la  ley  de  Moisés,  judaizante,  mal  confitente,  recon- 
ciliado con  sambenito  perpetuo. 

"Leonor  Verdugo,  mestiza,  natural  de  la  ciudad  de  la  Plata,  viuda, 
por  embustera,  y  que  fingía  hechizos  de  calaveras  y  yerbas  para  ser 
queridos  unas  de  otros,  y  para  que  ganasen  al  juego,  haciendo  cere- 
monias y  diciendo  oraciones,  siendo  el  dicho  y  el  hecho  mentira,  sin 
que  nada  hubiese  tenido  efecto,  reconciliado  con  sambenito  perpetuo. 

"Adrián  Rodríguez,  carpintero  de  rivera,  natural  de  la  ciudad  de 
Layden  en  las  islas  de  Olanda,  apóstata  observante  de  la  secta  de  Lutero, 
antes  negativo  contumaz  y  después  confitente,  a  quien  por  espía  antes 
le  habían  dado  tormentos,  por  declaración  de  los  que  echó  al  puerto 
del  Callao  el  enemigo  holandés,  y  por  indicios  conoció  de  esta  causa 


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J.  T.  MEDINA 


el  señor  dotor  don  Francisco  de  Alfaro,  auditor  general  de  Su  Excelencia, 
reconciliado  con  sambenito  perpetuo. 

"Doña  Luisa  de  Lizarraga  del  Castillo,  natural  de  la  ciudad  de 
Trujillo  en  estos  reynos,  que  habia  sido  antes  castigada  por  casada  dos 
veces,  y  agora  por  hechicera  y  embustera,  asegurando  voluntades  agenas 
y  cosas  por  venir,  y  que  unas  sombras  le  decian  lo  que  quería  saber; 
dijo  no  haber  tenido  pacto  con  el  demonio,  y  confesó  haber  hecho  sus 
embustes  por  ganar  plata  y  aplausos. 

"Isabel  de  Ormaza  o  Isabel  de  Jesús,  que  trae  hábito  de  santa  Ger- 
trudis, natural  de  Lima,  casada  en  ella,  cuarterona  de  india,  que  fingió 
milagros,  y  que  sanaba  enfermos  de  varias  enfermedades,  y  veia  a  nues- 
tro Señor  por  sus  mismos  ojos,  y  que  una  rosa  iba  siempre  delante  de 
ella  por  las  calles,  y  que  padeció  las  penas  y  dolores  que  nuestro  Señor 
habia  padecido  en  su  pasión.  Estos  y  otros  embustes  confiesa  haberlos 
hecho  porque  la  tuviesen  por  santa  y  que  para  introducirse  en  eso  habia 
dicho  que  la  incensaban  los  ángeles,  y  la  daban  música  los  serafines,  y 
la  Virgen  nuestra  Señora  la  decia  que  comiese  chochos.  Confesó  con 
humildad  sus  mentiras  y  liviandades,  pidiendo  misericordia. 

"Don  Diego  de  Cabrera,  clérigo  de  evangelio,  natural  de  la  Con- 
cepción en  Chile,  porque  se  hizo  ministro  de  la  Ynquisicion,  no  sién- 
dolo; y  por  haber  confesado  y  absuelto  sacramentalmente  a  algunas  per- 
sonas en  esta  ciudad,  sin  ser  sacerdote,  recibiendo  limosnas  de  misas. 

"Manuel  Nuñez  Magro  de  Almeyda,  presbítero,  natural  de  Condeja, 
junto  a  Coimbra  en  el  Reyno  de  Portugal,  de  casta  y  generación  de 
judíos,  apóstata,  herege,  almorzaba  ántes  de  decir  misa,  e  hizo  y  dijo 
cosas  indignas  de  escribir,  y  por  judaizante,  impenitente,  contumaz, 
que  desesperado  se  mató  en  la  cárcel,  sin  que  amonestaciones  de  confe- 
sores le  pudiesen  hacer  decir  Jesús,  matóse  de  hambre  y  ántes  de  morir 
entró  un  espantoso  torbellino  por  la  ventana  de  la  cárcel  que  a  él  y  a 
quien  le  estaba  aconsejando  los  admiró  el  furioso  terror,  y  con  esto 
espiró:  quemóse  su  estatua  y  huesos. 

"Ana  Maria  Pérez,  cuarterona,  mulata,  natural  de  la  ciudad  de 
Cuenca  en  este  reyno,  llamada  la  platera,  por  haberse  finjido  profetisa, 
y  que  era  santa  desde  el  vientre  de  su  madre,  y  que  un  hijo  suyo  era 
santo  profeta,  haciendo  embustes  de  que  veia  ordinarias  visiones,  ya 
del  cielo,  ya  del  purgatorio,  ya  del  ynfierno,  introducía  casamientos 
espirituales  fingiendo  revelaciones,  raptos  y  éxtasis:  confesó  ser  todo 
embuste  y  mentira. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


"Juan  Acuña  de  Noroña,  portugués,  natural  de  Lamego  en  Por- 
tugal, vecino  de  Santiago  del  Estero  en  Tucuman,  de  cincuenta  y  cinco 
años,  mercader,  descendiente  de  judíos,  por  apóstata  judaizante,  ne- 
gativo, impenitente,  herege,  que  negaba  la  inmortalidad  del  alma:  fué 
quemado. 

"Diego  de  Andrada,  que  su  propio  nombre  es  Manuel  de  Fonseca 
y  Andrada,  que  también  se  ha  llamado  Diego  de  Guzman,  con  cuyo 
nombre  pasó  a  estas  partes,  y  antes  en  Méjico  se  habia  llamado  Manuel 
de  Tabares,  donde  fué  reconciliado  por  la  ley  de  Moyses  el  año  de  mil 
seiscientos  uno,  natural  de  Cavillana  en  Portugal,  de  casta  y  genera- 
ción de  judíos,  por  judaizante,  impenitente,  contumaz,  negativo  y  re- 
lapso, negaba  ser  bautizado  y  decia  que  su  nombre  propio  era  David 
Ruth,  y  el  de  su  padre  Abraham:  convirtióse  después  y  confesó  ser 
verdad,  y  que  por  ver  si  se  podia  librar  del  castigo  negaba  el  bautismo, 
murió  con  demostraciones  de  convertido  y  fué  quemado. 

"Las  dos  estatuas  y  estos  dos  últimos  judaizantes  fueron  entregados 
al  brazo  secular  y  sentenciáronlos  a  quemar  los  alcaldes  ordinarios,  don 
Antonio  de  Contreras  y  UUoa,  don  Francisco  Gutiérrez  de  Flores.  Lle- 
vólos a  ejecutar  la  sentencia  don  Alvaro  de  Torres,  alguacil  mayor  de 
la  ciudad,  haciendo  escolta  el  capitán  don  Antonio  Guerra  de  la  Daga 
con  su  compañía. 

"Llevados  estos,  el  señor  Ynquisidor  mas  antiguo  dotor  Juan  Gu- 
tiérrez Flores  tomó  sobrepelliz  y  estola,  teniendo  a  sus  piés,  hincados 
de  rodillas  los  diez  reconciliados,  hizo  sus  ceremonias,  como  tiene  de 
uso  el  Santo  Tribunal,  ayudando  la  música  de  la  capilla  catedral,  y 
dando  los  curas  con  varas  a  los  reconciliados  habiendo  abjurado  de 
vehementi,  los  absolvió,  y  allí  quitaron  los  hábitos  a  Juan  de  Ortega 
y  Antonio  de  Palma,  y  a  todos  los  penitenciados  los  volvieron,  trayendo 
la  cruz  de  la  parroquia  descubierta  en  señal  y  muestra  que  venían 
absueltos  y  reconciliados  con  la  Iglesia  y  su  gremio.  Su  Excelencia  y 
los  señores  ynquisidores,  demás  acompañamiento  volvieron  por  el  ór- 
den  primero:  su  Excelencia  volvió  hasta  el  segundo  patio,  donde  se 
quedaron  los  señores  ynquisidores,  y  su  Excelencia  se  vino  con  su  acom- 
pañamiento a  Palacio  a  las  siete  de  la  noche. 

"El  día  siguiente  abjuraron  de  levi  los  que  no  hablan  abjurado  de 
vehementi,  y  sacaron  a  azotar  a  las  dos  hechiceras,  dando  a  cada  una 
cien  azotes,  y  otros  tantos  a  Alvaro  Cardoso,  alguacil,  y  doscientos  a 
la  Platera;  y  llevaron  a  las  galeras  al  casado  dos  veces,  al  clérigo  y 


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J.  T.  MEDINA 


Alvaro  Cardoso  por  seis  años,  al  remo  y  sin  sueldo;  y  por  ocho  años  a 
Adrián  Rodriguez,  holandés. 

"Y  de  todo  el  hecho,  prevenciones,  obstentacion,  castigos,  y  mise- 
ricordias (que  por  tan  desiguales  delitos  y  despeñadas  ofensas  cometidas 
contra  Cristo  nuestro  Señor  y  su  santa  fe  católica)  se  usaron  con  unos 
y  se  ejecutaron  con  otros,  fué  el  gozo  común  por  ser  el  bien  público, 
fué  la  alabanza  general  por  la  magestuosa  gravedad  con  que  todo  se 
dispuso,  y  las  gracias  de  esto  a  su  Excelencia  y  a  los  señores  ynquisido- 
res  que  lo  ordenaron  con  toda  conformidad  y  paz;  y  de  todo  junto 
se  den  a  nuestro  Señor  que  nos  tenga  de  su  mano  y  nos  de  su  gracia. 
Amen. 

"Por  mandado  de  su  Excelencia,  y  de  los  señores  ynquisidores  dis- 
puso esta  relación  un  religioso  del  Orden  de  San  Agustin.  Y  lo  impri- 
mió Gerónimo  de  Contreras,  año  de  mil  seiscientos  veinte  y  cinco"  (9). 
Fuera  de  auto  se  despacharon  ademas  las  siguientes  causas: 
Pedro  de  Campos,  mercachifle,  francés,  que  se  denunció  de  algunas 
herejías,  pidiendo  ser  recibido  al  gremio  de  la  Iglesia,  fué  admitido 
a  reconciliación. 

Andrés  Cornelio,  flamenco,  soldado  del  Callao,  que  se  acusó  de 
que  estando  preso  a  bordo  de  un  buque  pirata,  rezaba  tarde  y  mañana 
las  oraciones  que  decían  sus  amos,  obtuvo  que  se  suspendiese  su  causa, 
merced  a  las  satisfacciones  que  dió. 

Manuel  de  Araujo,  portugués,  denunciado  de  judío,  fué  reconci- 
liado. 

Martín  López  de  Taide,  natural  de  Tarija,  que  en  una  pendencia 
que  tuvo  prorrumpió  en  palabras  escandalosas,  fué  enviado  a  galeras. 

Gaspar  de  la  Fuente  y  Cárdenas,  natural  de  Mondejar,  por  casarse 
dos  veces. 

Pedro  Joanes,  oriundo  de  Delph,  que  estando  en  Quito  preso  y 
condenado  a  muerte  por  pichilingue  (pirata  hereje),  fué  catequizado, 
y  después  de  comulgar  escupió  las  formas;  y  constando  de  sus  confe- 
siones que  no  quería  tornarse  católico,  fué  enviado  a  galeras,  siendo 
después  mandado  poner  en  libertad  en  virtud  de  real  cédula,  en  que 
se  le  consideraba  como  prisionero  de  guerra. 

Sebastián  Bogado,  de  veinticinco  años,  cuarterón,  mayordomo  de 


(9)  Academia  de  la  Historia,  t.  75,  pieza  69. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


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una  chacra,  porque  quitó  ciertas  cruces  que  había  en  el  barrio  del 
Malambo,  "tañendo  con  piedras  y  cantando  jacarandinas". 

Francisco  González,  fraile  profeso  de  San  Francisco,  por  haberse 
casado,  y  Juan  Rodríguez  Calvo,  escultor  y  pintor,  natural  de  Córdova, 
porque  hizo  eso  mismo  dos  veces. 

Catalina  de  Baena,  natural  de  Jerez  de  la  Frontera,  residente  en 
Potosí,  acusada  de  practicar  ciertos  hechizos. 

Beatriz  de  Trejo,  natural  de  Potosí,  fué  testificada  de  haber  dado 
por  escrito  a  otra  mujer  un  conjuro  de  palabras  muy  graves,  en  que 
se  nombraba  a  la  Santísima  Trinidad  y  a  San  Pedro  y  a  San  Pablo  y 
al  portal  de  Belén  y  a  los  diablos,  "y  otras  cosas  que  hacian  estremecer 
las  carnes,  y  que  decia  la  reo  que  el  dicho  conjuro  tenia  mucha  fuerza 
para  atraer  a  los  hombres  a  querer  a  las  mujeres  y  para  que  nunca  las 
olvidasen,  y  que  habia  oido  decir  la  testigo  que  era  tan  fuerte  el  conjuro, 
que  si  fuera  posible,  levantara  no  solo  las  personas,  sino  a  los  muertos 
de  las  sepulturas". 

Pero  de  todos  los  penitenciados  en  este  tiempo,  inclusos  los  que 
fueron  quemados  en  el  auto  que  acabamos  de  dar  cuenta,  los  que  a 
juicio  del  Tribunal  merecían  nota  especial,  eran  las  hechiceras  y  alum- 
bradas. "Tenemos  por  cierto,  espresaban,  en  efecto,  los  jueces  con  oca- 
sión de  aquella  fiesta,  que  se  ha  hecho  un  gran  servicio  a  Dios  nuestro 
Señor,  y  bien  a  este  reyno,  atajando  el  daño  que  iba  creciendo  con  la 
finjida  santidad  de  estas  mujercillas,  que  casi  pudiéramos  decir  alum- 
bradas". 

Entre  las  procesadas  por  entonces  había,  con  todo,  una  que  merecía 
a  los  Inquisidores  especial  mención. 

"Mas  ha  de  doce  años,  referían,  que  ha  corrido  voz  pública  en 
esta  ciudad  que  doña  Luisa  Melgarejo,  muger  del  doctor  Juan  de  Soto, 
tenia  relaciones,  visiones  y  favores  del  cielo,  que  era  muger  santa,  y 
que  decia  que  sabia  cuando  las  ánimas  de  los  difuntos  salían  del  pur- 
gatorio, e  iban  carrera  de  salvación,  en  que  han  corrido  diferentes  opi- 
niones, diciendo  unos  que  era  gran  sierva  de  Dios  y  teniéndola  por 
santa,  consultándola  casamientos,  empleos  y  viages,  teniendo  por  cierta 
su  respuesta  y  que  la  daba  con  espíritu  superior,  otros  y  los  mas  cuerdos, 
que  era  embustera,  y  que  no  era  posible  que  habiendo  tenido  poco 
ántes  largo  amancebamiento  con  su  marido,  casándose  con  ella  compe- 
lido  por  la  justicia,  y  otros  descuidos  en  esta  ra^on,  que  la  veyan  bien 
comida  y  bien  bebida,  el  rostro  hermoso  y  lleno,  que  no  denotaba  pe- 

3 — Ua  Inquisición  de  Lima   Tomo  II 


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J.  T.  MEDINA 


nitencia,  y  que  los  arrobos  públicos  que  hacia  heran  fingidos,  endere- 
zados al  interés  e  grangerías  que  recibia  en  su  casa  de  las  mugeres 
libianas  que  acudian  a  pedirle  escomendase  a  Dios  sus  cosas,  y  se  decia 
público,  que  doña  Luisa  hera  la  ymágen,  y  el  doctor  Soto  la  vacinica, 
donayre  dicho  de  don  Blas  Altamirano,  y  tan  celebrado  de  todos  co- 
munmente, y  de  los  de  mas  de  buen  sentir  tenido  por  verdadero;  y 
aunque  muchos  hombres  doctos  lo  murmuraban,  no  la  testificaron  en 
esta  Inquisición  hasta  el  mes  de  julio  de  mil  seiscientos  veinte  y  dos, 
como  parecerá  por  la  copia  del  processo  causado  contra  la  susodicha 
que  remitimos  a  Vuestra  Señoría  con  ésta. 

"Y  visto  en  consulta,  en  catorce  dias  del  mes  de  noviembre  de  mil 
seiscientos  veinte  y  tres,  se  acordó  se  recogiesen  los  quadernos  y  papeles 
que  habia  escrito  la  dicha  doña  Luisa,  de  sus  arrobos,  éxtasis,  suspen- 
siones y  revelaciones. 

"Recogiéronse  cincuenta  y  nueve  quadernos,  luego  que  los  recibi- 
mos vimos  que  unos  trayan  letra  nueva  en  todo,  otros  en  partes,  algu- 
nas adiciones,  también  de  letra  nueva  y  diferente,  algunas  partes  borra- 
das y  enmendadas  otras,  y  hojas  cortadas,  y  por  haberse  hallado  todos 
los  dichos  quadernos  o  casi  todos,  en  po4er  de  los  padres  Contreras, 
y  Torres  de  la  Compañía,  pareció  examinarlos  y  pareció  y  se  hizo,  y 
van  al  fin  del  dicho  processo  de  la  dicha  doña  Luisa  sus  declaraciones, 
para  que  vistas  por  Vuestra  Señoría,  mande  lo  que  fuere  servido  y 
convenga,  porque  resultan  culpados. 

"Hános  parecido  casso  terrible  que  tratándose  y  comunicándose 
al  servicio  de  Dios  y  bien  de  la  religión  christiana,  saber  y  entender  si 
el  espíritu  de  la  dicha  doña  Luisa,  sus  éxtasis  y  arrobos  son  de  ángel  de 
luz  o  tinieblas,  y  habiéndose  de  conocer  esto  mejor  por  sus  escritos, 
los  padres  de  la  Compañía,  sin  que  les  pertenezca  este  juicio,  hayan 
quitado,  y  añadido  y  borrado,  y  las  palabras  que  tienen  calidad  rigurosa 
y  algunas  manifiesta  heregía,  con  sus  enmiendas,  y  adiciones  la  hagan 
dotrina  cathólica,  o  ménos  calidad,  sin  considerar  que  enmendando, 
quitando  o  añadiendo  en  parte  sustancial,  ya  no  será  revelación  de  doña 
Luisa  sino  curiosidad  de  Torres  o  Contreras,  por  no  decir  falsedad  de 
todos".  .  (10). 

Para  poner  atajo  a  esta  plaga  de  mujeres,  entre  los  edictos  impre- 


(10)  Cuita  (le  Gaitáii  Je  1."  tic  mayo  de  1624. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


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SOS  que  por  la  cuaresma  del  año  de  1629  se  leyeron  y  fijaron  en  las 
puertas  de  las  iglesias  acostumbradas,  referentes  a  judaizantes,  herejes, 
solicitantes  en  confesión,  incluyeron  también  los  jueces  uno  contra 
hechiceros,  astrólogos  judiciarios  y  quirománticos,  que  como  muestra 
de  esta  especie  de  documentos  y  por  los  resultados  que  produjo,  cree- 
mos oportuno  insertar  aquí  completo,  el  cual  dice  así: 

"Nos  los  Inquisidores,  contra  la  herética  pravedad  y  apostasía  en 
la  ciudad  y  arzobispado  de  la  provincia  de  los  Charcas  y  los  obispados 
de  Quito,  el  Cuzco,  Rio  de  la  Plata,  Tucuman,  Santiago  de  Chile,  La 
Paz,  Santa  Cruz  de  la  Sierra,  Guamanga,  Arequipa  y  Trugillo,  y  en 
todos  los  reynos,  estados  y  señoríos  de  la  provincia  del  Perú,  y  su  virey- 
nado,  governacion  y  distrito  de  las  Audiencias  reales  que  en  las  dichas 
ciudades,  reynos,  provincias  y  estados  residen,  por  autoridad  apostólica, 
etc.  A  todos  los  vecinos  y  moradores  estantes  y  residentes  en  todas  las 
ciudades,  villas  y  lugares  deste  nuestro  distrito  de  qualquier  estado, 
condición,  preeminencia  o  dignidad  que  sean,  exentos  o  no  exentos,  y 
cada  uno  y  cualquiera  de  vos,  a  cuya  noticia  viniere  lo  contenido  en 
esta  nuestra  carta  en  qualquier  manera,  salud  en  nuestro  Señor  Jesu- 
cristo, que  es  verdadera  salud,  y  a  los  nuestros  mandamientos  que  mas 
verdaderamente  son  dichos  apostólicos,  firmemente  obedecer,  guardar 
y  cumplir.  Hacemos  saber,  que  ante  Nos  pareció  el  promotor  fiscal 
deste  Santo  Oficio,  y  nos  hizo  relación  diciendo,  que  a  su  noticia  avia 
venido  que  muchas  y  diversas  personas  deste  nuestro  distrito,  con  poco 
temor  de  Dios  y  en  gran  daño  de  sus  almas  y  conciencias,  y  escándalo 
del  pueblo  christiano,  y  contraviniendo  a  los  preceptos  de  la  Santa 
Madre  Iglesia,  y  a  lo  que  por  Nos  y  por  los  editos  generales  de  la  Fé, 
que  cada  año  mandamos  publicar,  está  proveído  y  mandado,  se  dan  al 
estudio  de  la  astrología  judiciaria,  y  la  exercitan  con  mezcla  de  muchas 
supersticiones,  haciendo  juicios  por  las  estrellas  y  sus  aspectos  sobre  los 
futuros  contingentes,  sucesos  y  casos  fortuitos  o  acciones  dependientes 
de  la  voluntad  divina,  o  del  libre  alvedrío  de  los  hombres,  y  sobre  los 
nacimientos  de  las  personas,  el  día  y  hora  en  que  nacieron,  y  por  otros 
tiempos,  e  adivinando  por  rogaciones  los  sucesos  y  acaecimientos  que 
an  tenido  por  lo  pasado  o  an  de  tener  para  adelante,  el  estado  que  an 
de  tomar  los  hijos,  los  peligros,  las  desgracias  o  acrecentamientos,  la 
salud,  enfermedades,  pérdidas  o  ganancias  de  hacienda  que  an  de  tener, 
los  caminos  que  an  de  acer  y  lo  que  en  ellos  les  a  de  passar,  y  los  demás 
prósperos,  adversos,  cosas  que  les  an  de  suceder,  la  manera  de  muerte 


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J.  T.  MEDINA 


que  an  de  morir,  con  otros  juicios  y  adivinaciones  semejantes.  Iten,  que 
para  el  mismo  fin  de  saber  y  divinar  los  futuros  contigentes  y  casos 
ocultos,  passados  o  por  venir,  exercitan  el  arte  de  la  Nigromancia,  Geo- 
mancia,  Hidromancia,  Peromancia,  Onomancia,  Chiromancia,  usando 
de  sortilegios,  hechizos,  encantamientos  agüeros,  cercos,  brujerías,  ca- 
racteres, invocaciones  de  demonios,  teniendo  con  ellos  pacto  enpresso 
o  a  lo  menos  tácito,  por  cuyo  medio  adivinan  los  dichos  futuros  contin- 
gentes, o  las  cosas  pasadas,  como  descubrir  urtos,  declarando  las  perso- 
nas que  los  hicieron  y  la  parte  donde  están  las  cosas  urtadas,  y  descu- 
briendo o  señalando  lugares  donde  ay  tesoros  debaxo  de  tierra,  o  en 
la  mar,  y  otras  cosas  escondidas,  y  que  pronostican  el  suceso  de  los 
caminos  y  navegaciones,  y  de  las  flotas  y  armadas,  las  personas  y  mer- 
caderías que  vienen  en  ellas,  y  las  cosas,  y  casos,  o  muertes  que  an 
sucedido  en  lugares,  ciudades  y  provincias  muy  apartadas,  y  declaran 
por  las  rayas  de  las  manos,  y  otros  aspectos,  las  inclinaciones  de  las 
personas  y  los  mismos  sucessos  que  han  de  tener,  y  asimismo  por  los 
sueños  que  an  soñado,  dándoles  muchas  y  várias  interpretaciones,  y 
que  usan  también  de  cierta  manera  de  suerte  con  avas,  trigo,  maiz, 
monedas,  sortijas,  y  otras  semillas  y  cosas  semejantes,  mezclando  las 
sagradas  con  las  profanas;  como  los  evangelios,  Agnus  Dei,  ara  consa- 
grada, agua  vendita,  estolas  y  otras  vestiduras  sagradas  y  que  traen 
consigo  y  dan  a  otras  personas  que  traigan  ciertas  cédulas,  memoriales, 
receptas  y  nóminas  escritas  en  ellas,  palabras  y  oraciones  supersticiosas, 
con  otros  círculos,  rayas  y  caracteres  reprovados,  y  reliquias  de  santos, 
piedra  yman,  cabellos,  cintas,  polvos  y  otros  hechizos  semejantes,  dan- 
do a  entender  que  con  ellos  se  librarán  de  muerte  suvitánea  o  violenta, 
y  de  sus  enemigos,  que  tendrán  buenos  sucessos  en  las  batallas  o  pen- 
dencias que  tuvieren  y  en  los  negocios  que  trataren,  y  para  efecto  de 
casarse,  o  alcanzar  los  hombres  a  las  mugeres,  y  las  mugeres  a  los 
hombres  que  dessean,  y  para  que  los  maridos  y  amigos  traten  bien  y 
no  pidan  celos  a  las  mugeres  o  amigas,  o  para  ligar,  o  impedir  a  los 
hombres  el  acto  de  la  generación,  o  hacer  a  ellos  y  a  las  mugeres 
otros  daños  o  maleficios  en  sus  personas,  miembros  o  salud,  y  que 
husan  asimismo,  para  estos  y  semejantes  efectos,  de  ciertas  oracio- 
nes vanas  y  supersticiossas,  invocando  en  ellas  a  Dios  nuestro  Señor 
y  a  la  Santísima  Virgen,  su  Madre,  y  a  los  santos,  con  mezcla  de 
otras  invocaciones  y  palabras  indecentes  y  desacatadas,  continuándo- 
las, por  ciertos  dias  delante  de  ciertas  imágenes,  y  a  ciertas  horas  de 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


37 


la  noche,  con  cierto  número  de  candelillas,  vasos  de  agua,  y  otros 
instrumentos,  y  esperando  después  de  las  dichas  oraciones,  agüeros 
y  presagios,  de  lo  que  pretenden  saber,  por  lo  que  sueñan  durmien- 
do, o  por  lo  que  oyen  ablar  en  la  calle,  o  les  sucede  a  otro  dia,  o  por 
las  señales  del  cielo,  o  las  aves  que  vuelan,  con  otras  vanidades  y  locuras. 
Iten,  que  muchas  personas,  especialmente  mugeres  fáciles  y  dadas  a 
supersticiones,  con  mas  grave  ofensa  de  nuestro  Señor,  no  dudan  de 
dar,  o  cierta  manera  de  adoración  al  Demonio,  para  fin  de  saber  de  las 
cosas  que  desean,  ofreciéndole  cierta  manera  de  sacrificio,  encendiendo 
candelas  y  quemando  incienso  y  otros  olores  y  perfumes,  y  usando  de 
ciertas  unciones  en  sus  cuerpos,  le  invocan  y  adoran  con  nombre  de 
ángel  de  luz,  y  esperan  de  las  respuestas  o  imágenes  y  representaciones 
aparentes  de  lo  que  pretenden,  para  lo  qual,  las  dichas  mugeres,  otras 
veces  se  salen  al  campo  de  dia  y  a  desoras  de  la  noche,  y  toman  ciertas 
bevidas  de  yervas  y  raices,  llamadas  el  achuma  y  el  chamico,  y  la  coca, 
con  que  se  enagenan  y  entorpecen  los  sentidos,  y  las  ilusiones  y  repre- 
sentaciones fantásticas  que  allí  tienen,  juzgan  y  publican  después  por 
revelación,  o  noticia  cierta  de  lo  que  a  de  suceder,  Iten:  que  sin  em- 
bargo de  que  por  los  índices  y  catálogos  de  libros  prohibidos  por  la 
Santa  Sede  Apostólica  y  por  el  Santo  Oficio  de  la  Ynquisicion,  están 
mandados  recoger  los  libros  que  tratan  de  la  dicha  astrología  judiciaria, 
y  todos  los  demás  tratados,  índices,  cartapacios  y  memoriales,  y  papeles 
impresos,  o  de  mano,  que  tratan,  en  qualquier  manera  estas  ciencias, 
o  artes  con  reglas  para  saber  los  futuros  contingentes,  y  que  nadie  los 
tenga,  lea,  enseñe  ni  venda;  muchas  personas,  menospreciando  las  pe- 
nas, censuras  contenidas  en  los  dichos  editos  y  catálogos,  retienen  los 
dichos  libros  y  papeles,  y  los  leen,  y  comunican  a  otras  personas,  siendo 
gravísimo  el  daño  que  de  la  dicha  lección  y  enseñanza  resultan.  Iten, 
que  siendo  reservada  a  Nos  la  absolución  de  todos  estos  casos,  sospe- 
chosos en  la  Fé,  y  dependientes  de  la  heregía,  muchos  confesores,  o 
con  ignorancia  crasa  de  las  dichas  reservaciones,  o  con  falsa  inteligencia 
de  algunos  privilegios  apostólicos,  se  atreven  absolver  a  las  personas 
que  cometen  los  dichos  delitos,  o  a  las  que  en  qualquier  manera,  saven 
o  tienen  noticia  de  los  que  los  an  cometido,  y  que  los  dichos  confesores 
y  otros  letrados,  fuera  del  acto  de  la  confesión,  quando  algunas  perso- 
nas les  van  a  comunicar  los  dichos  casos,  los  interpretan  y  qualifican 
con  demasiada  anchura,  aconsejando  a  las  tales  personas  que  pueden 
ser  absueltas  sacramentalmente,  sin  venir  a  manifestar  en  este  Santo 


38 


J.  T.  MEDINA 


Oficio  lo  que  saven  o  an  hecho,  de  que  se  sigue  gran  deservicio  a  nues- 
tro Señor  e  impedimento  al  recto  y  libre  exercicio  del  Santo  Oficio  de 
la  Ynquisicion,  y  se  da  causa  a  que  crezca  el  abusso  destos  escesos  y 
el  atrevimiento  y  libertad  de  las  dichas  personas  que  los  cometen,  y  se 
quedan  por  punir  y  castigar,  por  todo  lo  qual  nos  pidió  el  dicho  fiscal 
que  proveyésemos  de  competente  remedio  para  atajar  los  dichos  escesos 
y  los  muchos  daños  que  de  ellos  resultan,  haciendo  ynquisicion  y  visita 
particular  dellos,  y  publicando  nuevos  editos,  agravando  las  censuras 
y  penas,  o  como  mejor  visto  nos  fuesse.  Y  Nos,  visto  su  pedimiento 
ser  justo,  y  atendiendo  a  que  no  ay  arte  ni  ciencia  humana  para  mani- 
festar las  cosas  que  están  por  venir,  dependientes  de  la  boluntad  del 
hombre,  aviendo  reservado  esto  Dios  nuestro  Señor  para  sí,  con  su 
eterna  saviduría,  y  que  todo  lo  que  en  esta  parte  enseñan  la  astrología 
judiciaria  y  las  demás  artes,  es  vano,  supersticioso  y  reprovado,  e  intro- 
ducido por  el  Demonio,  enemigo  del  género  humano,  y  émulo  de  la 
Magestad  y  Onipotencia  de  Dios  nuestro  Señor,  pretendiendo  por  este 
camino  quitarle  el  culto  y  adoración  que  se  le  deve,  y  usurparle  para 
sí  en  quanto  le  es  posible,  violando  la  pureza  y  sinceridad  de  nuestra 
Santa  Fé  católica,  y  enlazando  a  los  fieles  christianos  en  peligro  de  eter- 
na dannacion.  Y  Nos  quiriendo  proveer  a  cerca  dello  lo  que  conviene 
por  la  obligación  de  nuestro  cargo,  y  el  gran  sentimiento  que  tenemos 
de  que  la  religión  christiana  padezca  tan  grave  mancilla,  sin  aprovechar 
para  atajarla  la  solicitud  ordinaria  con  que  la  procuramos,  mandamos 
dar  y  dimos  la  presente  para  vos  y  cada  uno  de  vos  en  la  dicha  razón, 
con  que  os  amonestamos,  exortamos  y  requerimos,  y  en  virtud  de  santa 
obediencia  y  so  pena  de  excomunión  mayor,  latx  sententiz  trina  ca- 
nónica, monitione  prxmissa,  mandamos  que  si  supiéredes,  o  enten- 
diéredes,  o  uviéredes  visto  o  oydo  decir  que  qualesquiera  personas  vivas, 
presentes,  ausentes  o  difuntas,  de  qualquier  grado  o  condición  que  sean, 
usan  o  ayan  usado  de  la  dicha  astrología  judiciaria,  o  la  arte  mágica, 
o  otra  alguna  en  que  se  contienen  sortilejios,  augurios,  encantamientos, 
invocaciones  y  otras  supersticiones  semejantes,  y  por  ellas  digan  y  de- 
claren los  futuros  contingentes  y  casos  que  están  por  venir,  levanten 
figuras  por  el  nacimiento  de  las  personas,  o  hagan  otros  juycios,  hechi- 
zos y  maleficios  de  los  contenidos  en  esta  carta,  o  otro  qualesquiera  de 
las  dichas  artes,  o  que  las  enseñan  y  lean  otras  personas,  o  tengan  libros 
o  cartapacios,  o  papeles  dellas,  lo  vengays  a  decir  y  manifestar  ante  Nos, 
o  a  nuestros  comisarios  diputados  para  esto  fuera  desta  ciudad,  dentro 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


39 


de  seis  dias  primeros  siguientes,  después  de  la  publicación  deste  nuestro 
edicto;  o  en  qualquiera  manera  del  tengáis  noticia,  los  quales  os  assig- 
namos  por  tres  términos,  cada  dos  dias  por  un  término,  y  todos  seys 
por  último  y  peremptorio,  con  apercibimiento,  que  pasado  el  dicho 
término,  demás  que  avreys  incurrido  en  la  dicha  sentencia  de  excomu- 
nión mayor,  procederemos  contra  los  que  reveldes  e  inobedientes  fué- 
redes,  por  todo  rigor  de  derecho,  como  contra  sospechosos  en  nuestra 
Santa  Fé  católica,  fautores  y  encubridores  de  herejes,  e  impedientes  del 
recto  y  libre  exercicio  del  Santo  Oficio.  Otrosí,  por  quanto,  como  dicho 
es,  la  absolución  de  todos  los  casos  referidos  y  los  semejantes,  como 
dependientes  de  heregía,  nos  está  especialmente  reserbada  y  los  Sumos 
Pontífices  con  su  santo  celo  de  conservar  la  pureza  de  nuestra  Santa 
Fé  católica,  y  de  estirpar  el  abuso  tan  introducido  destos  excesos  y  deli- 
tos, por  diversos  motus  propios  y  breves  particulares,  an  declarado  ser 
comprehendidos  en  la  pena  del  derecho  común,  no  solamente  los  casos, 
adivinaciones  y  sortilegios  en  que  interviene  pacto,  espreso  o  tácito  con 
el  Demonio  a  su  invocación,  sino  tanvien  las  que  se  cometen  sin  esta 
circunstancia  por  via  de  enbuste,  y  para  engañar  las  dichas  personas 
a  los  que  consultan,  o  por  sacar  dineros  o  conseguir  otros  fines,  y  mos- 
trar que  saven  las  dichas  artes  o  ciencias,  por  que  si  vien  en  los  dichos 
casos,  de  parte  de  las  personas  que  los  cometen,  no  todas  veces  inter- 
viene pacto  alguno  con  el  Demonio;  pero  es  cierto,  y  se  echa  de  ver, 
que  el  mismo  Demonio  se  ingiere  y  administra  ocultamente  a  las  di- 
chas personas  en  los  dichos  actos,  aprovechándose  de  su  fragilidad  y 
poca  firmeza  en  la  Fé,  y  haciendo  que  acierten  en  algunos  juicios  que 
hechan,  y  las  cosas  que  adivinan  para  tenerlas  siempre  enredadas  en 
este  engaño,  y  aumentar  el  crédito  de  los  demás  que  las  comunican, 
por  lo  qual  Su  Santidad,  por  via  de  declaración  y  extensión,  tiene  co- 
metido el  conocimiento  y  castigo  destos  dichos  casos,  como  de  los  demás 
al  Santo  Oficio  de  la  Inquisición.  Por  tanto,  so  las  dichas  censuras  y 
penas,  mandamos  a  todos  los  confesores  seculares  y  regulares,  y  a  los 
demás  letrados,  doctores  de  qualquier  facultad,  grado  o  preeminencia 
que  sea,  que  no  absuelvan  a  ninguna  de  las  personas  que  cerca  de  lo 
susodicho  esté  culpado  o  no  uviere  dicho  y  manifestado  en  el  Santo 
Oficio,  de  lo  t]ue  de  ello  supiere,  uviere  visto  o  oydo,  ni  fuera  de  la 
confesión  se  entremetan  a  calificar  e  interpretar  los  dichos  casos,  so 
color  de  que  no  ay  pacto  con  el  Demonio,  ni  mezcla  de  cosas  sagradas, 
ni  debajo  de  otro  ningún  título,  o  pretesto,  ántes  remitan  a  todas  las 


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J.  T.  MEDINA 


dichas  personas  ante  Nos,  donde  se  verán  y  determinarán  la  calidad 
y  circunstancias  de  los  dichos  casos,  para  que  los  que  fueren  dignos 
de  reprehensión  o  castigo,  no  queden  sin  él.  Y  porque  lo  susodicho 
venga  a  noticia  de  todos  y  nadie  pueda  pretender  ignorancia,  mandamos 
que  esta  nuestra  carta  sea  publicada  en  todas  las  yglesias  deste  distrito. 
Dada  en  la  Sala  de  nuestra  Audiencia  en  la  Ynquisicion  de  Lima"  (11). 

Con  motivo  de  esta  publicación,  "hubo  gran  cantidad  de  testifica- 
ciones de  hechiceros  y  superticiososos.  Prendiéronse  algunas  mujeres 
españolas  y  mulatas,  a  pedimento  del  Fiscal,  y  entre  ellas,  una  doña 
María  de  Lizarraga,  que  habia  sido  penitenciada  dos  veces  por  este 
Santo  Oficio,  la  primera  por  dos  veces  casada  y  la  segunda  por  hechi- 
cera, que  con  estar  desterrada,  se  habia  vuelto  a  esta  ciudad,  donde 
mudando  cada  dia  de  posada,  hacia  grandísimo  daño,  y  murió  durante 
su  prisión;  y  un  mulato  llamado  Juan  Lorenzo,  que  por  sortílego,  he- 
chicero y  de  vehementemente  sospechoso  de  pacto  expreso  con  el  de- 
monio, fué  castigado  en  la  Inquisición  de  Cartagena,  en  el  primero  auto 
que  en  ella  se  celebró.  En  la  prosecución  de  su  causa,  desesperadamente 
se  mató  (echándose  un  cordel  a  la  garganta  y  tapado  la  boca  con  un 
trapo  para  impedirse  la  respiración)"  (12).  Habían  muerto  igualmente 
en  la  prisión  Luisa  de  Castellón,  beata,  hechicera,  y  Rafael  Pérez  de 
Freitas,  acusado  de  judaizante. 

Con  estos  antecedentes  comenzaron  los  Inquisidores  a  trabajar  "con 
ánimo  de  cuajar  un  auto  mediano,  por  haber  años  que  estaban  presos 
los  dichos  y  desear  despacharlos,  exonerando  al  Fisco,  tratando  de  sa- 
carlos a  todos  en  un  dia  de  trabajo  a  la  capilla  del  Tribunal".  Dióse 
parte  de  esta  determinación  al  Virrey,  que  se  manifestó  muy  empeñado 
en  que  tuviese  lugar  la  fiesta,  aunque  fuese,  decía,  con  un  solo  peni- 
tente, pues  tanto  él  como  la  condesa,  su  mujer,  tenían  grandes  deseos 
de  presenciar  una  ceremonia  que  hasta  entonces  no  conocían. 

Deseando  pues  los  jueces  complacer  a  tan  encumbrados  personajes, 
en  un  cuarto  que  se  había  fabricado  hacía  poco  junto  a  la  capilla,  co- 
locaron una  tribuna  para  que  marido  y  mujer  estuviesen  con  la  decencia 
correspondiente  a  su  rango;  se  levantó  en  un  costado  de  la  iglesia  un 
tablado  pequeño  para  los  jueces,  y  otro  al  frente,  dando  vista  al  lugar 
que  ocupaba  el  Virrey,  con  sus  gradas  para  los  pocos  penitentes  que 


(11)  Este  edicto  fué  remitido  al  Consejo  con  carta  de   15  de  mayo  de  163U. 

(12)  Carta  de  los  Inquisidores  de  1.°  de  junio  de  1631. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


41 


habían  de  salir,  y  a  un  lado  de  aquél  se  puso  el  pulpito,  rodeado  del 
bufete  de  los  secretarios  y  asientos  de  los  oficiales,  calificadores  y  prela- 
dos de  las  religiones,  que  fueron  por  esta  vez  los  únicos  invitados.  En 
el  coro  donde  los  Inquisidores  solían  oír  misa,  se  sentaron  las  damas  y 
dueñas  de  la  Virreina  y  algunos  señores  principales,  y  en  el  cuerpo  de 
la  capilla,  criados  de  palacio  y  otra  mucha  gente,  y  a  un  lado  del  tablado 
de  los  jueces  la  música  y  curas  que  habían  de  asistir  a  la  reconciliación 
de  los  reos. 

Así  dispuestas  las  cosas,  ese  día,  27  de  febrero  de  1631,  llegaron  el 
Virrey  y  su  mujer  muy  de  madrugada  a  las  casas  del  Tribunal,  recibién- 
dolos al  pie  de  la  escalera  los  Inquisidores,  para  ser  inmediatamente 
introducidos  al  cuarto  principal  que  habitaba  Gutiérrez  Flores  y  que 
para  el  caso  había  sido  ricamente  aderezado.  Oyeron  luego  misa  y  en 
seguida  almorzaron,  para  pasar  a  ocupar  el  sitio  que  les  estaba  reser- 
vado y  en  donde  permanecieron  de  incógnito.  Se  mandó  a  poco  salir 
a  los  penitentes,  que  se  presentaron  adornados  de  sus  insignias  y  cada 
uno  acompañado  de  dos  familiares,  con  sus  varas  altas,  y  una  vez  colo- 
cados en  sus  respectivos  lugares,  entraron  los  Inquisidores  por  una 
puerta  pequeña  que  daba  a  la  sacristía.  A  esa  hora,  que  eran  como  las 
nueve  de  la  mañana,  se  comenzó  la  lectura  de  las  causas,  prolongándose 
la  fiesta  hasta  la  una,  habiendo  durante  ella  encarecido  mucho  los 
ilustres  huéspedes  el  placer  que  habían  experimentado,  aunque  la  pena 
del  judío  que  salió  les  pareció  tan  demasiado  grave,  como  larga  había 
sido  su  prisión  (13). 

Los  reos  que  allí  habían  desfilado  fueron  los  siguientes: 

Alvaro  Méndez,  portugués,  que  en  Francia  había  celebrado  la  pas- 
cua de  los  bollos  cenceños,  que  usaba  de  la  quiromancia,  enviaba  dinero 
a  Amsterdam  a  sus  parientes  y  trataba  de  muchos  lugares  de  la  Escri- 
tura, siendo  simplemente  lego.  Puesto  en  el  tormento,  a  la  primera 
vuelta  pidió  a  sus  verdugos  que  no  se  molestasen  pasando  adelante, 
pues  desde  luego  confesaba  que  era  judío;  siendo  después  de  abjurar, 
reconciliado  con  seis  años  de  galeras  al  remo  y  sin  sueldo,  hábito,  cár- 
cel y  destierro  perpetuos  y  confiscación  de  bienes. 

Ana  de  Almanza,  natural  de  Panamá,  supersticiosa  y  sortílega,  que 
fué  desterrada  del  distrito  de  la  Inquisición  por  seis  años  y  recibió  cien 
azotes  por  las  calles. 


(13)  Carla  citada  de  los  inquisidores  de  I."  de  junio  de  I6j1. 


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J.  T.  MEDINA 


Luisa  Ramos,  mulata,  del  Callao,  que  estando  atormentada  por  los 
celos,  echó  la  suerte  del  rosario  para  saber  si  su  amante  se  hallaba  en 
brazos  de  otra  mujer. 

Francisco  Martel,  natural  de  Trujillo,  que  echaba  tres  veces  las 
habas,  mezcladas  con  pedazos  de  cristal,  cuentas  azules  y  un  poco  de 
plata  y  oro,  y  diciendo  primero  ciertas  palabras  en  secreto,  adivinaba 
algunas  cosas;  y  la  suerte  del  chapín,  que  clavado  en  unas  tijeras,  hacía 
moverse  ejecutando  ademanes  con  el  rostro. 

María  Martínez,  mulata  esclava,  portuguesa,  testificada  por  una 
viuda  de  veinte  y  tres  años  de  que  se  había  enamorado  de  ella,  y  que  un 
día  estando  juntas,  había  cogido  la  reo  una  canastilla  de  sauce,  y  con 
unas  tijeras  había  hecho  cruces  sobre  el  hueco  de  ella,  y  llamaba  a  Sa- 
tanás y  Barrabás,  diciendo,  "Satán,  ven  a  mí  llamado",  y  contaba  cosas 
secretas  y  ocultas,  dando  a  entender  que  el  diablo  se  las  inspiraba,  a 
quien  decía  que  era  su  vida  y  sus  ojos,  y  que  decía  que  traía  un  diablo 
familiar  en  la  mano  donde  se  sangran  del  hígado,  y  que  hacía  siete 
años  que  no  conocía  hombre,  porque  en  dicho  tiempo  trataba  con  el 
diablo,  al  cual  guardaba  lealtad  por  no  enojarlo.  Declarada  sospechosa 
de  súcuba  con  el  demonio,  además  de  las  penas  de  estilo,  se  le  aplicaron 
doscientos  azotes. 

María  de  Briviescas,  oriunda  de  Panamá,  muy  afecta  a  la  suerte 
de  las  habas  y  a  la  piedra  imán  conjurada. 

Alonso  de  Cárnica,  que  afirmaba  que  aunque  Dios  dijese  que  él 
era  chismoso,  mentía. 

Diego  Cristóbal  Bernaldez,  mestizo,  que  examinaba  las  rayas  de 
las  manos,  "y  que  a  las  mujeres  para  mirallas  otras  señales  ocultas  y 
adivinar  por  ellas,  las  hacia  desnudar  en  cueros  a  algunas  y  a  otras  las 
miraba  las  rayas  de  los  pies".  Salió  con  coroza  y  soga  a  la  garganta  y 
recibió  cien  azotes. 

Gonzalo  López  Cordero,  portugués,  que  sostenía  que  el  diablo  po- 
día más  que  Dios,  porque  éste  le  daba  dinero  y  aquél  se  lo  quitaba,  y 
que  no  había  mañana  en  que  no  ofreciese  al  demonio  a  su  padre.  Ha- 
biendo abonado  su  persona,  salió  por  libre. 

Doña  Inés  de  Ubitarte,  monja  profesa  en  uno  de  los  conventos  de 
Lima,  fué  denunciada  por  un  su  hermano  fraile  de  Santo  Domingo, 
de  que  guardaba  tres  cuadernos  en  que  se  contenían  noventa  y  ocho 
revelaciones  suyas,  de  cuya  calificación  resultó  que  eran  de  poca  im- 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


43 


portancia  y  que  a  no  ser  patraña  y  artificio,  la  reo  debía  tenerse  por 
ilusa.  Duró  su  causa  siete  años,  debiendo  al  fin  abjurar  de  vehementi. 

Juan  de  Arriaza,  de  Córdoba,  que  había  exclamado  leyendo  una 
vez  la  Escritura.  "Ea!  que  no  hay  más  que  vivir  y  morir!"  lo  cual  había 
sonado  mal  a  los  oyentes,  por  estar  reputado  por  hombre  extraordina- 
riamente agudo,  y  porque  vivía  con  pocas  muestras  de  cristiano,  no 
rezando,  ni  confesándose  hacía  siete  años. 

Francisco  de  Victoria  Barahona  y  Duarte  Gómez,  que  contravi- 
niendo a  una  sentencia  anterior  del  Tribunal,  traían  espada  y  daga 
doradas  al  cinto,  y  vestían  seda  y  andaban  a  caballo,  por  lo  cual  fueron 
multados  y  desterrados. 


CAPITULO  XVIII 


Los  portugueses  dueños  del  comercio  de  Lima. — Denunciase  a  uno  de  ellos  por 
judío. — Secreto  con  que  se  verifica  su  prisión. — Aprehéndense  a  sus  jefes  y 
tormento  que  se  les  da. — Despáchanse  diecisiete  nuevos  mandamientos. — Para 
despejar  las  cárceles  resuelven  los  Inquisidores  celebrar  un  auto  de  fe. — Es 
separado  de  su  puesto  el  alcaide  Bartolomé  de  Pradeda. — Continúan  las  pri- 
siones.— Alquílase  una  casa  para  dar  más  extensión  a  las  cárceles. — Nuevas 
denuncias. — Se  prohibe  salir  del  país  sin  licencia  del  Santo  Oficio. — Otros 
reos. — Se  publican  pregones  para  descubrir  la  fortuna  de  los  procesados. — 
Jusepe  Freile,  ayudante  del  alcaide  es  desterrado  a  Chile. — Nuevas  prisiones. 
— Pleitos  que  se  originan  con  este  motivo. — Medidas  que  se  arbitran  para 
su  despacho. — Otras  denuncias. — Favor  que  presta  el  Virrey  a  los  Inquisido- 
res.— Noticias  acerca  de  los  ministros  de  que  se  componía  por  entonces  el 
Tribunal. — Quejas  de  los  empleados  subalternos. — Proceso  del  alcaide  Bar- 
tolomé de  Pradeda. — Relación  que  dan  los  jueces  de  lo  que  resultaba  contra 
él. — Ardides  de  que  se  valen  los  presos  para  comunicarse  en  su  prisión. — 
Falsos  testimonios  que  se  levantan  entre  sí  para  prolongar  la  decisión  de  sus 
causas. — Auto  de  fe  de  17  de  agosto  de  1635. — Reos  penitenciados  en  la  ca- 
pilla del  Tribunal. — Horribles  incidente  ocurridos  durante  la  prisión  de  algunos 
de  los  portugueses. — Mencía  de  Luna  muere  en  el  tormento. — Relación  del  gran 
auto  de  fe  de  23  de  enero  de  1639  según  Montesinos. — Curiosos  detalles  ocu- 
rridos en  el  suplicio  de  algunos  de  los  reos. 

Es  llegado  ya  el  momento  de  que  procedamos  a  dar  cuenta  del 
negocio  que  se  llamó  "la  complicidad  grande",  que  había  de  motivar 
el  auto  de  fe  más  sangriento  de  cuantos  registran  los  anales  de  la  In- 
quisición en  América,  y  que,  fieles  al  sistema  que  invariablemente  nos 
hemos  propuesto  seguir  en  el  curso  de  estas  páginas,  dejaremos  contar 
a  los  mismos  jueces  que  lo  prepararon  y  llevaron  a  término. 

"De  seis  a  ocho  años  a  esta  parte,  decian,  es  muy  grande  la  quanti- 
dad  de  portugueses,  que  han  entrado  en  este  reino  del  Perú  (donde 


46 


J.  T.  MEDINA 


antes  habia  muchos),  por  Buenos  Ayres,  el  Brasil,  Nueva  España,  Nue- 
vo Reino,  y  Puerto  Velo.  Estaba  esta  ciudad  quajada  de  ella,  muchos 
cassados,  y  los  mas  solteros;  habíanse  echo  señores  del  comercio;  la 
calle  que  llaman  de  los  mercaderes  era  casi  suia;  el  callejón  todo;  y 
los  cajones  los  mas;  herbian  por  las  calles  vendiendo  con  petacas  a  la 
manera  que  los  lenceros  en  essa  Corte:  todos  los  mas  corrillos  de  la 
plaga  eran  suios;  y  de  tal  suerte  se  habían  señoreado  del  trato  de  la 
mercancía,  que  desdel  brocado  al  saial,  y  desdel  diamante  al  comino 
todo  corria  por  sus  manos  (1).  El  castellano  que  no  tenia  por  compa- 
ñero de  tienda  a  portugués,  le  parecia  no  habia  de  tener  subcesso  bue- 
no. Atravessaban  una  flota  entera  con  crédito  que  se  hacian  unos  a  otros, 
sin  tener  caudal  de  consideración  y  repartían  con  la  ropa  sus  fatores, 
que  son  de  su  misma  nación,  por  todo  el  reino.  Los  adinerados  de  la 
ciudad,  viendo  la  máquina  que  manijaban  y  su  grande  ostentación,  les 
daban  a  daño  quanta  plata  querían,  con  que  pagaban  a  sus  correspon- 
sales, que  por  la  maior  parte  son  de  su  profession,  quedándose  con  las 
deudas  contrahidas  aquí,  sin  mas  caudal  que  alguno  que  hablan  re- 
partido por  medio  de  sus  agentes. 

"Desta  manera  eran  señores  de  la  tierra  gastando  y  triunfando,  y 
pagando  con  puntualidad  los  daños,  y  siempre  la  deuda  principal  en 
pié,  haciendo  ostentación  de  riquezas,  y  acreditándose  unos  a  otros  con 
astucia  y  maña,  con  que  engañaban  aun  a  los  muy  entendidos:  creció 
tanto  su  habilantez  con  el  valimiento  que  a  todo  andar  hiban  teniendo 
con  todo  género  de  gentes,  que  el  año  de  treinta  y  quatro  trataron  de 
arrendar  el  almojarifazgo  real. 

"El  rumor  que  habia  del  gran  multiplico  desta  gente,  y  lo  que 
por  nuestros  ojos  viamos  nos  hacia  vivir  attentos  a  todas  sus  acciones, 
con  cuidadossa  dissimulacion,  quando  por  un  dia  del  mes  de  agosto 
de  dicho  año  de  treinta  y  quatro  un  Joan  de  Salagar,  mercader  vecino 
desta  ciudad,  denunció  en  este  Santo  Officio  de  Antonio  Cordero,  cajero 
de  uno  de  dos  cargadores  de  la  ciudad  de  Sevilla,  que  por  no  haber 
podido  vender  y  despacharse  el  año  de  treinta  y  tres  en  la  feria  de 
Puerto  Velo,  subieron  a  ésta,  y  tenian  almacén  frontero  del  collegio  de 
la  Compañía  de  Jesús,  donde  el  Antonio  Cordero  vendía,  y  dijo,  que 


( 1 )  "Desde  el  mas  vil  negra  de  Guinea  hasta  la  perla  mas  preciosa",  dice  Alcayaga, 
Carta  de  15  de  mayo  de  1636. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


47 


habiendo  ido  un  sábado  por  la  mañana  a  comprar  unos  rengos  (2)  al 
dicho  almaccn,  halló  en  él  al  Antonio  Cordero  con  sus  amos,  y  hablan- 
do con  él  le  dijo  si  le  queria  vender  vnos  rengos,  a  que  le  habia  respon- 
dido, no  puedo  venderlos  hoy,  que  es  sábado:  y  replicándole  el  Joan 
de  Saladar,  qué  tiene  el  sábado  para  no  vender  en  él,  le  habia  dicho, 
digo  que  no  e  de  vender  hoy,  porque  es  sábado:  y  que  oyéndolo  el  uno 
de  los  amos,  el  de  mas  edad,  le  habia  reprehendido,  diciendo  no  dijesse 
aquellas  boberías:  y  que  entónces  habia  dicho  Antonio  Cordero:  digo 
que  no  e  de  vender  hoy,  que  es  sábado,  ni  mañana  que  es  domingo; 
y  que  con  esto  se  despidió  con  otros  dos  camaradas,  con  quien  habia  ido 
al  dicho  almacén,  reiendose  de  ver  que  por  ser  sábado  decia  aquel 
portugués  no  queria  vender. 

"Y  que  volviendo  allá  otro  dia,  que  acertó  ser  viérnes,  halló  al 
Cordero  en  el  mismo  almagen  almorzando  un  pedazo  de  pan  con  una 
mangana,  y  después  de  haberle  saludado,  sin  acordarse  que  fuesse  viér- 
nes, le  habia  dicho,  no  fuera  mejor  comer  de  un  torrezno  ?  a  que  habia 
respondido  Cordero,  habia  de  comer  yo  lo  que  no  comieron  mis  padres, 
ni  abuelos?  y  replicándole  Saladar,  qué?  no  comieron  sus  padres  y 
abuelos  tocino?  oyéndolo  uno  de  los  amos,  que  se  halló  presente,  habia 
respondido:  quiere  degir  que  no  comieron  lo  que  él  está  comiendo 
agora;  y  que  él  le  habia  replicado,  no  es  tocino  lo  que  come  agora,  y 
que  no  passó  mas  por  entónces. 

"Llamáronse  dos  que  dió  por  contestes:  dijo  el  uno  ser  sordo,  y  no 
habia  oido  las  palabras  formales  en  lo  tocante  al  sábado,  mas  de  haber 
visto  que  no  se  compró  nada.  El  otro  contesta  solamente  en  lo  del  to- 
cino: pareció  flaca  la  testificación  y  quedóse  assí,  a  ver  si  le  sobrevenía 
otra  alguna  cossa. 

"Luego  por  el  mes  de  ottubre,  cuidadosos  siempre  en  estas  mate- 
rias, escribimos  a  todo  el  distrito,  como  dimos  quenta  a  V.  A.  el  año 
passado,  encargando  a  los  comisarios  que  con  toda  brevedad,  cuidado 
y  secreto,  nos  procurasen  imbiar  el  número  cierto  de  portugueses,  que 
cada  uno  tubiese  en  su  partido,  y  algunos  comentaron  a  ponerlo  en 
execugion. 

"Estando  la  cossa  en  este  estado,  visto  que  se  acercaba  la  armada; 
acordamos  poner  en  consulta  dicha  deposición  tal  qual,  y  se  puso  por 


(2)  "Es  lo  que  en  C.astiUa  se  llama  gasa  para  balonas  de  hombres".  Nota  de  los  In- 
quisidores. 


48 


J.  T.  MEDINA 


los  fines  de  mar^o,  en  ocassion  que  se  habia  llamado  para  otras  causas: 
y  visto  con  el  ordinario  y  consultores,  salió  de  común  acuerdo,  se  reco- 
giesse  el  Antonio  Cordero  con  el  silencio  y  secreto  posible,  y  fuesse  sin 
secresto  de  bienes,  porque  quando  se  echasse  ménos,  que  era  fuerza 
no  se  entendiesse  habia  sido  la  prisión  por  el  Santo  Oficio. 

"Encargóse  su  execucion  a  Bartolomé  de  Larrea,  familiar  desta 
Ynquisicion,  que  el  dia  siguiente,  con  color  de  ferrar  una  quenta  tenia 
con  el  Cordero,  de  algunas  cossas  que  le  habia  vendido,  viéndole  le 
metió  como  otras  veces  en  su  tienda,  que  la  tiene  en  la  calle  de  los 
mercaderes,  en  la  mitad  del  dia,  quando  herbia  de  gente,  y  como  a  la 
una  dió  avisso  de  cómo  le  tenia  en  un  aposento  cerrado,  sin  que  nadie 
le  ubiesse  visto  ni  sentido;  imbiamos  luego  por  él  con  una  silla  de 
mano  al  alcaide,  que  antes  de  las  dos  le  puso  a  buen  recado. 

"Echáronle  ménos  en  su  cassa,  y  sus  amos  hicieron  estraordinarias 
diligencias  por  la  justicia  real,  y  viendo  que  no  parecia,  decian  unos  se 
avia  huido,  otros  que  le  avian  muerto;  algunos,  que  qui^a,  como  era 
portugués,  le  prenderia  la  Ynquisicion.  Pero  los  mas  bachelleres  decian, 
no  podia  ser  esto,  pues  no  se  avia  echo  secresto  de  bienes,  diligencia 
precissamente  necessaria  en  los  negocios  de  la  heregía. 

"Esta  prisión  se  higo  en  dos  dias  de  abril  del  dicho  año  de  treinta 
y  cinco,  y  luego  pidió  audiencia,  en  que  dijo  ser  natural  de  Arronchez, 
en  el  obispado  de  Portalegre,  reyno  de  Portugal,  de  edad  de  veinte  y 
quatro  años,  cassado  en  Sevilla  y  criado  de  Antonio  de  Acuña,  carga- 
dor; confessó  ser  judío  judaizante,  y  quien  se  lo  avia  enseñado  en  Se- 
villa y  denunció  de  algunos  en  ella.  Y  porque  negaba  la  testificación, 
conclussa  su  causa  en  forma,  como  con  menor,  por  diminuto,  en  con- 
sulta se  mandó  poner  a  question  de  tormento,  y  en  él,  a  la  primera 
vuelta  dijo  le  soltasen,  que  diria  la  verdad,  y  que  Antonio  de  Acuña, 
su  amo,  y  Diego  López  de  Fonseca,  compañero,  y  Manuel  de  la  Rossa, 
criado  deste,  eran  judíos,  y  habiéndole  quitado  la  mancuerda  y  sentado 
en  un  banquillo,  fué  diciendo  differentes  actos,  ritos  y  ceremonias  que 
juntos  avian  echo. 

"Con  esta  deposición,  sin  esperar  a  ratificación,  por  temor  que  los 
dichos  no  pusiessen  en  cobro  la  hacienda  que  la  tenian  junta,  por  estar 
abispados  desde  la  falta  del  Cordero  y  la  armada  de  partida  para  Pana- 
má, con  parecer  del  ordinario,  imbiamos  al  alguacil  maior,  don  Joan 
de  Espinosa,  por  ellos,  que  los  halló  comiendo  y  trajo  presos  en  su 
coche,  secrestados  los  bienes,  en  onge  de  maio. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


49 


"Fuéronse  teniendo  las  audiencias  ordinarias  con  todos:  y  concluió- 
se  la  caussa  de  Manuel  de  la  Rossa,  criado  del  Diego  López,  tenido  por 
santo,  y  sacristán  actual  de  la  congregación  de  los  mancebos,  en  la 
Compañía,  natural  de  Portalegre,  en  Portugal,  de  oficio  sedero,  y  de 
edad  de  mas  de  25  años;  estubo  negatibo  hasta  el  tormento,  y  en  él,  a 
la  segunda  vuelta,  confessó  ser  judío  judaizante  y  que  lo  eran  su  amo 
Diego  López,  Antonio  de  Acuña  y  su  criado  Antonio  Cordero,  y  otros 
muchos,  y  siempre  ha  ido  confessando  de  aquí  y  de  otras  partes, 

"Antonio  de  Acuña,  mogo  de  20  años,  natural  de  Sevilla,  estubo 
negativo  hasta  la  séptima  vuelta  de  la  mancuerda  inclusive,  y  entonces 
confessó  ser  judío  judaizante  y  que  lo  eran  también  su  criado  Antonio 
Cordero,  y  su  camarada  Diego  López  de  Fonseca  y  Manuel  de  la 
Rossa,  criado  dél;  y  siempre  va  confessando  de  otros  muchos  en  esta 
ciudad,  Cartagena  y  Sevilla:  a  este  se  debe  la  maior  luz  desta  compli- 
cidad. 

"Diego  López  de  Fonseca,  natural  de  Badajoz,  de  oficio  mercader, 
de  edad  de  40  años,  casado  en  Sevilla,  estubo  negativo  en  el  tormento, 
a  que  fué  condenado  in  caput  alienum,  por  estar  convencido,  con  gran 
suma  de  testigos,  y  relajado  al  brago  seglar,  no  se  le  pudo  dar  conforme 
los  méritos,  por  un  desmaio  que  le  dió  a  la  quinta  vuelta:  cada  dia 
tiene  nuevas  testificaciones,  que  se  le  darán  en  publicación. 

"En  este  tiempo,  las  pocas  cárceles  que  avia,  estaban  ocupadas,  cre- 
cían cada  dia  los  denunciados,  porque  el  Antonio  de  Acuña,  Rossa  y 
Cordero  iban  siempre  confessando:  y  para  poder  recoger  los  que  esta- 
ban mandados  prender,  con  consulta  de  ordinario  y  consultores,  acor- 
damos de  despachar  en  la  capilla  las  causas  que  estaban  determinadas 
a  pena  pública,  y  las  demás  con  toda  brebedad;  y  que  el  alcaide  Barto- 
lomé de  Pradeda,  dejasse  su  aposento,  passando  a  la  cassa,  pared  en 
medio,  que  es  desta  ynquisicion,  y  porque  si  antes  de  prender  los  que 
estaban  mandados,  se  hacia  esto,  era  dar  a  entender  lo  que  se  trataba, 
acordamos  se  executassen  primero  las  prisiones. 

"Estaban  diez  y  siete  mandamientos  echos  de  la  gente  mas  valida 
y  autorizada  de  la  plaga,  algunos  dellos,  y  era  fuerga  caussase  grandísi- 
mo ruido,  cossa  que  nunca  se  avia  visto  en  este  reino:  conociendo  la 
gran  piedad  y  affecto  con  que  el  Virrey,  conde  de  Chinchón,  hage  qual- 
quiera  diligengia  en  órden  a  honrar  el  Santo  Oficio,  nos  pareció  darle 
parte  desta  resolución,  y  que  si  quisiesse  entender  algo  della  en  particu- 
lar, se  le  regibiesse  primero  juramento,  a  que  fué  el  ynquisidor  don 


4 — La  Inquisición  de  Lima.  Tomo  U 


50 


J.  T.  MEDINA 


Antonio  de  Castro,  aviéndole  oido  con  mucho  gusto,  y  dado  muestras 
del  que  ternia,  de  saber  quienes,  y  quantos  eran  los  pressos:  hi^o  el  jura- 
mento de  secreto  religiosíssimamente  y  prometió,  si  fuesse  menester, 
yria  en  persona  a  prender  al  mas  mínimo, 

"Hecha  esta  diligencia,  se  repartieron  el  dia  de  San  Lorenzo  diez 
y  siete  mandamientos  en  pocos  ménos  ministros,  y  se  les  dio  el  orden  que 
avian  de  tener,  y  sin  que  ninguno  supiesse  mas  del  suio,  el  siguiente, 
que  fué  de  Santa  Clara,  desde  las  do^e  y  media,  que  entró  el  primero 
hasta  un  poco  ántes  de  las  dos,  se  executaron  los  diez  y  siete  manda- 
mientos, con  tanto  silencio  y  quietud,  que  quando  el  pueblo  sintió  lo 
que  passaba,  estaban  los  mas  en  sus  cárceles;  fué  dia  del  juicio,  quedó 
la  ciudad  atónita  y  pasmada,  ensalmando  la  fee  cathólica  y  alabando  al 
Santo  Oficio,  cregió  la  gente  de  tal  modo  a  la  última  prisión,  que  se 
hico  en  esta  misma  calle,  que  no  se  podia  romper  por  ella  (3). 

"Otro  dia  sacamos  a  la  capilla  unos  do^e  de  differentes  caussas,  y 
el  siguiente  despachamos  las  demás,  y  se  ocuparon  las  diez  y  seys  cár- 
celes antiguas,  y  otras  que  tumultuariamente  se  hicieron. 

"Grecia  cada  dia  la  complicidad,  y  teníamos  poca  satisfacción  del 
alcaide  Bartolomé  de  Pradeda,  por  ser  mucha  su  cudicia,  y  particular- 
mente después  que  compró  unas  haciendas  del  campo  en  mucho  maior 
quantidad  que  la  que  alcancaba  su  caudal;  hallamos  que  estaba  embara- 
Cado  con  las  cabecas  desta  complicidad,  y  que  los  avia  enprestillado 
y  metido  en  fiancas,  y  que  olbidado  de  su  obligación  y  rendido  al  inte- 


(3)  "Ha  causado  grande  admiración  en  esta  ciudad  su  prisión,  expresaba  Alcayaga,  por 
haber  sido  efecto  de  providencia  particular  de  Dios,  que  en  esta  acción  mostró  muy  piadosos 
los  ojos  con  que  mira  a  este  reino,  pues  si  su  riqueza  y  libertad  (que  hay  alguna  en  estas 
partes)  los  arrojó  a  ellas  para  vivir  con  seguridad  en  su  ley  y  sembrarla;  les  puso  Dios 
un  tajamar  con  descubrirlos,  sin  que  costase  diligencia  humana  alguna;  y  ha  sido  acción  que 
ha  de  ser  para  honra  y  gloria  suya,  porque  en  su  castigo  escarmentarán  muchos,  y  se  persua- 
dirán los  naturales  de  por  acá  a  abrazar  con  mas  firmeza  la  fé  y  dejar  sus  idolatrías". 
Carta  citada  de  15  de  mayo  de  1636. 

"Las  demás  prisiones  que  fueron  sucediendo,  añade  el  inquisidor  Castro,  como  eran 
de  hombres  ricos,  convino  haccllas  de  dia,  porque  en  los  muchos  y  cuantiosos  secrestos  no 
hubiera  hurtos  o  faltas.  .  .  Iban  los  ministros,  alguacil  mayor  y  notario  de  secrestos  a  ejecutar 
los  mandamientos  (pasada  la  prisión  grande  de  11  de  agosto  de  1635  que  se  hizo  de  todos, 
entre  las  doce  y  una  del  dia,  sin  que  se  imajinase  en  la  ciudad)  y  como  después  los  mucha- 
chos y  gente  novelera  estaban  encarnizados  contra  el  nombre  de  judíos,  esperaban  a  bandadas 
en  la  plazuela  de  esta  Inquisición  a  todas  horas,  y  en  viendo  salir  los  ministros,  los  seguian, 
y  aunque  muchas  veces  rodeaban  calles  por  desvelallos,  no  aprovechada,  con  que  muchas 
prisiones  se  hicieron  con  publicidad  y  ruido  inevitable,  por  el  seguro  de  los  secrestos,  y  en 
las  que  no  habia  este  inconveniente,  se  hacían  con  todo  secreto".  Carta  de  8  de  junio  de  \(¡-\\. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


51 


res,  nos  tenia  vendidos,  haciendo  público  lo  que  passaba  en  las  cárceles, 
y  dando  lugar  a  comunicaciones:  pedia  su  infidelidad  una  severa  de- 
monstracion;  pero  considerando  veinte  años  de  servicios  y  siete  hijos, 
y  andar  con  poca  salud,  acordamos  que  pidiesse  ligen^ia  para  yr  a  con- 
valecer a  su  chácara,  y  con  este  pretesto  arrancarle  ántes  que  causara 
mayor  daño. 

"Hí^osse  assí,  y  pusimos  en  su  lugar  a  Diego  de  Vargas,  hijo  y 
primo  de  ministros,  natural  de  Toledo,  soltero,  dándole  el  servicio 
necesario  para  la  buena  administración  de  las  cárceles,  y  por  ayudante 
a  un  mo^o,  deudo  de  Benardino  de  CoUantes,  nungio  que  fué  desta 
Ynquisi^ion,  llamado  Joseph  Freile  de  Moriz,  que  servia  de  ántes  la 
portería.  Fueron  pressos  en  esta  occassion  de  on^e  de  agosto,  con  secresto 
de  bienes: 

"Bartolomé  de  León,  natural  de  Badajoz,  de  offigio  mercader,  que 
dicen  es  deudo  del  Diego  López  de  Fonseca,  de  edad  de  19  años,  si- 
guiósse  su  caussa  como  con  menor,  estando  siempre  negativo;  y  a  la 
monición  del  tormento,  confessó  ser  judío  judaizante,  y  de  otros  mu- 
chos desta  ciudad:  éste  fué  camarada  de  Antonio  de  Acuña  y  Diego 
López  de  Fonseca,  los  quales  dijo  eran  judíos,  como  también  Antonio 
Cordero  y  Manuel  de  la  Rossa. 

"Gerónimo  Hernández,  natural  de  Sevilla,  tio  hermano  de  madre 
de  Antonio  de  Acuña,  mercachifle,  de  edad  de  18  a  20  años,  que  vivia 
con  su  sobrino;  estuvo  negativo,  y  aviéndose  visto  en  consulta  se  sen- 
tenció a  tormento,  y  ántes  de  la  monición  dél,  aviendo  pedido  audien- 
cia, dijo  ser  judío  judaizante,  y  dió  por  cómplices  en  el  judaismo  a  su 
sobrino  Antonio  de  Acuña,  Diego  López  de  Fonseca,  Bartolomé  de 
León,  Manuel  de  la  Rosa  y  Antonio  Cordero,  que  todos  vivieron  en 
una  misma  casa,  y  a  otros,  así  en  esta  ciudad,  como  en  otras  partes. 

"Manuel  Baptista  Pérez,  mercader,  natural  de  Ansan,  jurisdicción 
de  Coimbra  en  el  reino  de  Portugal,  de  edad  de  46  años,  cassado  con 
prima  suia,  que  trajo  de  Sevilla,  y  con  hijos,  hombre  de  mucho  crédito 
en  todas  partes,  y  tenido  por  el  oráculo  de  la  nación  hebrea,  y  de  quien 
se  entiende  es  el  principal  en  la  observancia  de  la  ley  de  Moisés:  es 
mucha  la  máquina  de  hacienda  que  tiene  a  su  cargo,  y  la  que  debe  en 
quantidades  gruesas,  planos  cumplidos,  passa  de  ciento  y  treinta  mili 
pesos,  en  lo  que  hasta  hagora  se  sabe;  está  convito  con  mucho  número 
de  testigos  y  negativo. 

"Sebastian  Duarte,  su  cuñado,  natural  de  Montemayor  el  Nuevo, 


52 


J.  T.  MEDINA 


en  Portugal,  de  officio  mercader,  de  edad  de  30  años,  cassado  con  una 
hermana  de  la  de  Manuel  Baptista,  sin  hijos,  vivían  juntos  en  una  cassa, 
y  tienen  la  hacienda  en  compañía  proindiviso,  está  convencido  y  ne- 
gativo. 

"Antonio  Gómez  de  Acosta,  natural  de  Vergan^a,  en  Portugal,  de 
edad  de  38  años,  vecino  desta  ciudad,  manijaba  gran  suma  de  hacienda, 
imbió  el  año  passado  a  Tierrafirme  mucha  plata  para  hacer  pagas  o 
para  ponerlas  en  cobro,  que  es  lo  que  mas  procuran,  tiene  muchas  deu- 
das, y  alguna  hacienda  que  tiene  está  derramada,  está  convencido  y 
negativo. 

"Manuel  de  Spinossa,  natural  que  dice  ser  de  Almagro,  hijo  de 
portugueses,  de  edad  de  32  años,  está  convencido  y  negativo,  y  su  causa 
en  defensas  que  no  importan,  sentencióse  a  relajar  y  tormento  in  caput 
alienum,  en  esto  pidió  misericordia  confessando,  aunque  cortamente  de 
sí  y  otros. 

"Jorge  de  Espinossa,  su  hermano,  de  edad  de  28  años,  se  trajo 
presso  de  Panamá  a  donde  bajó  en  la  armadilla,  y  entró  en  las  cárceles 
a  los  28  de  diciembre,  está  negativo. 

"Antonio  de  Spinosa,  hermano  de  ambos,  de  edad  de  24  años,  fué 
presso  en  la  villa  de  Potosí,  a  donde  se  avia  huido;  entró  en  las  cárceles 
secretas  en  8  de  febrero,  váse  siguiendo  su  causa,  está  negativo. 

"Roque  Gómez,  mercader,  natural  de  Saldaña  en  Castilla  la  Vieja, 
hijo  de  portugueses,  de  edad  de  36  años,  que  tenia  tienda  en  el  Callejón 
en  compañía  de  otros;  su  causa  está  parada  porque  se  le  ha  turbado 
el  juicio  o  lo  finge. 

"Francisco  Nuñez  Duarte,  mercader,  compañero  del  Roque,  na- 
tural de  la  ciudad  de  la  Guardia  en  Portugal,  de  edad  de  44  años,  tiene 
mucha  testificación,  está  negativo. 

"Gaspar  Nuñez  Duarte,  su  hermano,  de  edad  de  32  años,  entró 
presso  en  dos  de  henero  deste  año,  está  negativo. 

"Antonio  de  Sossa,  portugués,  natural  de  Villamean,  aldea  de  Viseo, 
en  Portugal,  de  edad  de  40  años,  cassado  en  esta  ciudad,  este  es  el  que 
puso  en  plática  el  arrendar  los  armojarifazgos,  está  negativo. 

"Rodrigo  Vaez  Pereira,  natural  de  la  villa  de  Monsanto  en  Portu- 
gal, de  officio  mercader,  cassado,  en  esta  ciudad  con  hija  de  portugués, 
de  edad  de  35  años;  confiessa  haber  echo  quando  muchacho  algunos 
ayunos  judaicos,  enseñado  de  un  tio  suio,  y  niega  la  intención  y  el  ser 
judío,  váse  prosiguiendo  su  causa,  sentencióse  a  tormento,  y  a  la  noti- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


53 


ficacion  de  la  sentencia  confessó  de  sí  y  de  otros  y  satisfigó  a  la  testi- 
ficación. 

"Jorge  de  Silva,  portugués,  mercader,  natural  de  Estremoz,  de  edad 
de  33  años,  confiessa  su  judaismo,  y,  aunque  de  espacio,  ha  declarado 
de  muchos  aquí  y  en  otras  partes. 

"Rodrigo  de  Avila,  el  mogo,  a  diferencia  de  su  tio  del  mismo  nom- 
bre, mercader,  natural  de  Lisboa,  de  edad  de  31  años,  está  negativo. 

"Enrique  Nuñez  de  Espinosa,  natural  de  Lisboa,  criado  en  Fran- 
cia, de  officio  corredor,  casado  en  Sevilla  y  tiene  aquí  su  muger,  que 
también  está  pressa,  de  edad  de  40  años;  este  fué  preso  el  año  de  23  por 
judío,  y  salió  libre  aviendo  vencido  el  tormento  que  se  le  dio,  según 
la  prueba  e  indicios  que  ubo  contra  él;  y  aunque  entró  negando,  en 
la  mitad  de  la  acusación  confessó  ser  judío  desde  su  niñez  y  testificó 
contra  algunos,  pero  tan  corto  y  diminuto,  que  fué  condenado  a  tor- 
mento, en  que  a  las  primeras  vueltas  satisfigó  a  la  testificación  que 
hasta  entónces  tenia.  Vanle  sobreviniendo  mas  pruebas,  con  que  toda- 
vía está  negativo  en  muchas  cossas,  y  en  otras  diminuto;  váse  en  su 
causa  con  attencion,  porque  como  persona  que  sabia  el  estilo  del  Santo 
Oficio,  ha  echo  mucho  daño. 

"Jorge  Rodríguez  Tabares,  mercader,  que  ha  sido  quebrado,  natu- 
ral de  Sevilla,  cassado  en  esta  ciudad,  de  edad  de  35  años,  y  que  le  tie- 
nen los  suios  por  hidalgo,  comentó  negando,  y  llegando  al  segundo 
capítulo  de  la  acusación,  confessó  su  judaismo,  diciendo  de  sí  y  de  otros 
muchos  una  gran  depossicion. 

"Henrrique  Jorge  Tabares,  su  hermano,  mercachifle,  que  vivía  con 
su  hermano,  de  edad  de  19  a  20  años,  negó  hasta  en  el  tormento  que 
se  le  dió  entero,  y  después  dél  algunos  días  pidió  audiencia  y  confessó 
ser  judío,  y  dijo  de  su  hermano  Jorge  Rodríguez  y  de  otro  llamado 
Francisco,  que  lo  eran,  y  de  otros. 

"Domingo  Monte  Cid,  mercachifle,  natural  de  Santaren  en  Por- 
tugal, de  edad  de  48  años,  fué  presso  con  secresto  de  bienes  en  14  de 
agosto  del  mismo  año,  niega. 

"Todos  los  que  se  han  puesto  sin  dia  de  prisión,  son  del  11  de 
agosto.  En  este  tiempo  crecía  el  número  de  los  testificados  con  la  pro- 
secución de  las  causas,  con  que  por  no  haber  cárceles,  nos  víamos  apre- 
tados; avíase  tomado  la  cassa  en  que  vivía  el  alcaide,  como  se  ha  dicho, 
passándose  el  ala  de  parecí  en  medio,  que  se  arrendaba  por  quenta  de 
la  Inquisición,  cuia  es,  donde  hicimos  quantidad  de  cárceles,  y  quando 


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J.  T.  MEDINA 


ya  estuvieron  para  poder  habitar,  echa  consulta,  se  prendieron  en  22 
de  noviembre  con  secresto  de  bienes,  los  siguientes: 

"Enrrique  de  Paz,  mercader,  con  tienda  en  la  calle,  en  compañía 
de  Francisco  Gutiérrez  de  Coca,  familiar  de  este  Santo  Officio,  natural 
de  la  Guardia  en  Portugal,  aunque  en  la  genealogía  dijo  que  de  Ma- 
drid, de  edad  de  35  años,  soltero,  vigarro,  y  la  gala  desta  ciudad,  que 
tenia  cabida  aun  en  los  conventos  de  monjas  y  comunicación  familiar 
con  lo  mas  granado  del  lugar;  demás  de  la  testificación  de  judío,  se 
le  prueba  ocultación  de  bienes,  y  vístosse  cogido  en  ella,  la  confessó, 
negando  el  judaismo  en  que  está  convencido. 

"El  licenciado  Thome  Quaresma,  cirujano,  natural  de  Cerpa,  en 
Portugal,  de  edad  de  46  años,  cassado  en  esta  ciudad,  está  negativo. 

"Diego  de  Ovalle,  portugués,  mercader,  vecino  desta  ciudad,  cassa- 
do, con  muger  e  hijos,  natural  de  Emont  cerca  de  la  ciudad  de  Ebora, 
de  edad  de  53  años,  está  negativo,  váse  siguiendo  su  causa. 

"Antonio  Morón,  portugués,  natural  de  Fondón,  obispado  de  la  Guar- 
dia en  Portugal,  cassado  con  hija  de  portugueses,  que  ha  pocos  años  le 
vino  a  buscar  desde  Sevilla,  de  donde  es,  de  edad  de  46  años,  de  officio 
jugador,  viendo  presso  a  Rodrigo  Vaez,  su  hierno,  trató  de  hacer  viaje 
a  Panamá,  y  para  poderle  hacer  pidió  licencia  en  este  Santo  Officio,  y 
aunque  hasta  entonces  no  avia  testificado  contra  él  de  judaismo  for- 
mal, avia  grandes  assomos  de  que  era  judío,  con  toda  su  cassa,  y  pareció 
no  convenia  dársela.  Y  porque  no  se  ausentase  con  ella,  pedimos  al  Vi- 
rrey le  mandasse  poner  en  la  cárcel  con  algún  color,  como  que  era  ju- 
gador, y  siendo  amonestado,  no  se  emendaba;  hilólo  con  gran  gusto, 
y  estando  en  la  cárcel  pública  le  sobrevino  una  valiente  testificación, 
que  por  ella  y  por  lo  que  ántes  tenia,  se  mandó  traer  presso  a  las  cárce- 
les secretas  deste  Santo  Officio,  y  quando  se  ubo  de  executar  la  prisión 
a  los  22  de  noviembre,  así  del,  como  de  su  muger,  hija  y  cuñada,  se 
inbió  un  recado  por  escripto  al  Virrey  pidiéndole  se  sirviesse  de  mandar 
recogerlo  al  capitán  Antonio  Morón,  en  un  aposento  de  palacio,  donde 
nadie  le  comunicasse,  porque  a  la  noche  yria  por  él  el  alguacil  mayor, 
hilólo  con  grande  cuidado  y  secreto,  y  aviendo  traído  primero  a  su 
muger,  hija  y  cuñada  presas  aquella  tarde,  fué  al  anochecer  uno  de  los 
secretarios  a  decirle  cómo  el  alguacil  mayor  estaba  a  la  puerta  del  jar- 
din  aguardando  a  Morón,  y  él  mismo  al  punto,  abriendo  por  su  perso- 
na el  aposento  donde  le  avia  mandado  poner,  le  bajó  al  jardín  y  dijo 
que  se  fuesse  con  Dios,  mandando  le  abriesse  la  puerta  ,  y  en  saliendo  por 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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ella  le  echó  mano  el  alguacil  mayor,  y  metido  en  su  coche  le  trujo 
presso;  está  negativo. 

"Doña  Maior  de  Luna,  mujer  del  dicho  Antonio  Morón,  natural 
de  Sevilla,  al  parecer  de  mas  de  50  años,  está  negativa. 

"Doña  Isabel  Antonia,  hija  de  las  dos,  y  mujer  del  dicho  Rodrigo 
Vaez  Pereira,  natural  de  Sevilla,  de  edad  de  mas  de  catorce  años,  está 
negativa. 

"Doña  Mencia  de  Luna,  tia  suya,  hermana  de  madre,  mujer  del 
dicho  Enrrique  Nuñez,  natural  de  Sevilla,  dice  ser  de  edad  de  26  años 
y  tiene  mas  de  46,  está  negativa. 

"Viendo  pues  lo  que  se  iban  encartando,  y  que  según  buenas  con- 
jeturas no  ay  portugués  de  los  que  andan  mercadeando,  que  no  sea 
comprehendido,  y  que  con  el  espacio  que  tenian  podian  ausentarse  mu- 
chos, aun  de  los  denunciados;  y  que  V.  A.  nos  tiene  atadas  las  manos, 
prohibiendo  no  estorbemos  a  nadie  su  viaje,  ni  obliguemos  a  pedir  li- 
cencia a  los  que  le  quieren  hacer,  por  la  necessidad  precissa  acordamos 
pedir  al  Virrey  que  mandasse  por  govierno  a  ninguno  se  diesse  pasaje, 
sin  la  del  Santo  Officio,  hilólo  por  este  año;  porque  aunque  acude  con 
amor  y  voluntad  a  estas  causas,  da  resguardo  a  la  concordia,  que  en 
esta  parte  ha  de  mandar  V.  A.  se  corrija,  y  emiende,  pues  a  menos,  ni 
las  causas  de  la  fee  se  pueden  lograr,  ni  las  de  la  hacienda:  fué  de  gran- 
de importancia  esta  diligencia,  y  todavía  se  han  huido  muchos,  que  el 
interés  avre  camino  por  todas  partes.  Destos  huidos  era: 

"Manuel  Enrriquez,  natural  de  la  ciudad  de  Lamego,  en  Portugal, 
de  edad  de  34  años,  mercachifle,  que  avia  subido  a  las  tierras  de  arriba 
con  hacienda  de  Antonio  Gómez  de  Acosta,  preso,  y  así  que  supo  que 
lo  estaba,  trató  de  ponerse  en  cobro  y  se  puso  en  camino;  tubimos  no- 
ticia de  su  fuga,  y  que  el  dia  siguiente  llegaba  a  un  tambo  que  llaman 
de  Pachacama,  cinco  leguas  de  aquí,  para  donde  avia  imbiado  a  llamar 
a  un  Joan  de  Acevedo,  su  camarada,  que  estaba  en  esta  ciudad,  y  la 
misma  noche  despachamos  a  Antonio  Domínguez  de  Valca^ar,  notario 
de  secrestes,  con  el  mismo  que  dió  el  aviso,  a  que  llegasse  al  dicho  puesto 
antes  que  el  dicho  Manuel  Enrriquez,  y  en  llegando  le  echasse  mano,  y 
antes  hicimos  buscar  al  Joan  de  Acevedo,  y  lo  pusimos  en  un  aposento: 
hilólo  Antonio  Domínguez,  y  el  dia  siguiente  trujo  al  Manuel  Enrri- 
quez, con  la  hacienda  que  Uebaba,  que  se  puso  por  inventarío:  y  por- 
que el  que  dijo  de  su  fuga  depusso  algunas  cossas  dél,  que  juntas  con 
ella  le  hacían  vehementemente  sospechoso,  le  metimos  desde  luego  a 


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J.  T.  MEDINA 


los  seis  de  deciembre,  por  consulta  plena,  en  las  cárceles  secrestas,  y  de 
ay  a  pocos  dias  le  sobrevinieron  testificaciones  de  ser  judío  judaizante: 
confessó  antes  de  la  acusación  haber  sido  reconciliado  en  Coimbra,  sien- 
do muchacho,  pidiendo  misericordia  de  la  vida:  dice  de  sí  y  de  otros 
muchos  de  diferentes  partes. 

"Joan  de  Acevedo  camarada  del  antecedente,  estando  en  el  dicho 
aposento  le  sobrevino  una  gran  testificación,  con  que  se  mandó  meter 
en  las  cárceles  secretas,  con  secresto  de  bienes  a  los  tres  de  febrero  deste 
año;  confessó  a  la  segunda  audiencia  su  judaismo,  y  dijo  de  muchos 
de  Cartajena  y  de  aquí;  y  ser  natural  de  Lisboa  y  xpiano.  viejo  de 
edad  de  26  años,  y  todavia  tiene  que  decir. 

"En  el  dicho  mes  de  diciembre  fueron  votados  a  prisión  en  con- 
sultas, con  secresto  de  bienes,  y  se  prendieron  a  los  diez  del  los  si- 
guientes: 

"Luis  de  Vega,  natural  de  Lisboa,  de  officio  platero  y  lapidario, 
de  edad  de  40  años,  cassado  en  Sevilla  con  hermana  de  Manuel  Baptista 
Pérez,  preso;  conclusa  su  causa,  se  condenó  a  tormento:  a  la  monición 
confessó  ser  judío,  y  dijo  de  sí  y  de  otros  y  va  diciendo. 

"Amaro  Dionis,  natural  de  Tomar  en  Portugal,  de  edad  de  34  años, 
que  vino  de  Cartagena  con  hacienda  agena,  está  negativo  y  convencido: 
ya  su  causa  se  sentenció,  fué  condenado  a  tormento  y  antes  pidió  audien- 
cia, y  confessó,  y  satisfizo  a  la  testificación. 

"Pascual  Daz,  mercader,  con  tienda  natural  de  Mirandela  en  el 
Obispado  de  Miranda  en  Portugal,  de  edad  de  39  años,  confiessa  su 
judaismo  y  dice  de  otros. 

"Francisco  Márquez  Montesino,  natural  de  Moncorbo,  en  el  arzo- 
bispado de  Braga,  de  edad  de  40  años,  mercader,  que  hacia  viajes,  es- 
condió la  hacienda,  haviendo  primero  echado  voz  ántes  de  la  prisión 
cautelosamente  que  un  hermano,  a  quien  imbió  con  ropa  arriba,  le  abia 
jugado  mas  de  doce  mili  pesos:  este  hermano  que  no  se  sabe  donde 
anda,  está  ya  testificado,  y  él  está  negativo. 

"Antonio  de  Vega,  mercachifle,  portugués,  natural  de  la  Villa  de 
la  Frontera,  de  edad  de  34  años,  que  se  hace  caballero,  está  bien  testifi- 
cado, mas  niega,  y  su  causa  se  va  siguiendo,  y  ántes  de  darle  la  publica- 
ción pidió  misericordia,  confesando  ser  judío  de  profession,  y  dice  de 
otros. 

"Francisco  Fernandez,  mercachifle,  natural  de  la  Guardia  en  Por- 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


57 


tugal,  de  edad  de  35  años,  confiesa  su  judaismo,  y  dice  de  otros,  y  váse 
siguiendo  su  causa. 

"Manuel  Luis  Matos,  portugués,  con  tienda  en  el  callejón,  natural 
de  Fresjo  en  Portugal,  de  edad  de  34  años,  está  negativo,  y  su  causa 
para  darle  la  acusación,  quando  aviendo  pedido  audiencia  confesó  ser 
judio  judaizante,  y  va  diciendo  de  otros. 

"Don  Simón  Osorio,  alias  Simón  Rodríguez,  natural  de  la  Villa 
de  San  Conbodan  en  Portugal,  criado  en  Flandes,  de  edad  de  26  años, 
subió  a  Quito  con  poderes  de  la  Duquesa  de  Lerma  para  administrar 
sus  obrajes  y  fué  traido  a  las  cárceles  desde  Santo  Officio  a  los  22  de 
diciembre:  al  tiempo  de  la  prisión  se  le  hallaron  dos  retratos  suios,  y 
el  uno  en  traje  de  muger;  tiene  en  el  proceso  tres  padres  y  diferentes 
naturalecas,  está  negativo  y  su  causa;  testifícanle  de  haberse  jactado  de 
que  él  y  dos  hermanos  suios  tienen  ocho  mili  ducados  en  la  compañía 
contra  Su  Magestad  en  Olanda,  para  armar  por  la  mar,  y  que  son  de 
la  esquadra  del  Brasil. 

"Melchor  de  los  Reies,  que  dice  ser  nacido  en  Madrid,  hijo  de 
portugueses,  de  edad  de  31  años,  entró  preso  con  secresto  de  bienes,  en 
diez  de  henero  deste  año:  éste  ocultó  quantidad  de  hacienda,  en  plata, 
joyas  y  ropa  del  dicho  Enriquez  de  Paz,  y  dice  metió  4  barras  de  plata 
en  dos  cajones,  diciendo  que  eran  de  otra  cossa,  en  el  estudio  de  don 
Dionisio  Manrrique,  caballero  del  hábito  de  Santiago,  alcalde  de  corte 
mas  antiguo  de  esta  Audiencia  y  consultor  de  esta  Inquisición,  su  fami- 
liar amigo,  con  mas  de  50  piezas  de  damasquillos,  y  4  de  damascos  man- 
darines, a  guardar.  Don  Dionisio  no  niega  la  entrada  de  algo  dello  en 
su  cassa,  mas  dice,  que  aquella  misma  noche  sacólo,  que  fué  un  mo^o 
que  no  conoció  por  órden  del  dicho  Melchor;  hánse  echo  diligencias 
con  este  caballero  por  buenos  medios,  y  no  han  aprobechado;  remitimos 
a  V.  A.  los  autos  en  esta  ocassion,  con  nuestro  parecer,  para  que  vistos, 
nos  ordene  y  mande  lo  que  más  convenga.  Melchor  está  negativo  en  lo 
principal. 

"Por  noticias  que  cada  dia  teníamos  de  que  estos  avian  escondido 
la  hacienda,  dimos  un  pregón  para  que  todos  los  que  supiesen  de  tal 
cossa,  lo  manifestassen  en  este  Santo  Officio  dentro  de  nuebe  dias,  pena 
de  excomunión  y  otras;  por  cuia  causa  se  descubrieron  algunos,  y  en 
special  los  que  se  han  dicho  del  dicho  Enrriquez  de  Paz,  y  de  otros  que 
a  su  tiempo  se  dirán,  con  que  se  conoce  el  buen  effecto  del  pregón. 

"Gaspar  Fernandez,  portugués,  natural  de  Villaflor,  de  edad  de 


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J.  T.  MEDINA 


28  años,  entró  preso  en  once  de  henero  deste  presente  año,  está  negativo. 

"Enrrique  Lorenzo  fué  de  los  que  se  prendieron  en  Panamá,  adon- 
de avia  bajado  a  emplear  con  plata  de  particulares  desta  ciudad,  portu- 
gués de  nación,  natural  de  Moncorbo,  de  edad  de  30  años,  entró  en  las 
cárceles  secretas  a  14  de  henero:  váse  siguiendo  su  causa,  está  negativo, 
diósele  tormento  y  en  él  confesó  de  sí  y  de  otros. 

"Será  bien  que  V.  A.  sea  savidor  de  lo  que  passó  en  la  prisión  deste, 
y  de  Jorge  de  Espinosa,  de  quien  queda  dicho,  por  si  acasso  diere  queja 
el  Tribunal  de  Cartagena,  de  cuio  distrito  es  Panamá,  por  decir  que  no 
pudiendo  hacer,  lo  prendimos  donde  no  teníamos  jurisdicción.  Al  prin- 
cipio de  la  fundación  de  aquel  Santo  Officio,  conociendo  los  grandes 
inconvenientes  que  se  seguian  de  consultar  primero  aquel  Tribunal  en 
la  execucion  de  los  mandamientos  desta  Inquisición  en  aquel  reino  de 
Tierrafirme,  por  la  mucha  distancia,  y  mar  de  por  medio:  los  licencia- 
dos Pedro  Mathe  de  Salcedo,  y  Joan  de  Mañozca  dieron  orden  al  P.  M. 
F.  Alonso  de  Castro,  que  lo  es  desde  su  primera  creación,  para  que  todo 
lo  que  deste  Tribunal  se  le  ordenase,  en  que  en  la  dilación  se  tuviesse 
peligro,  lo  executasse  luego,  y  después  les  diesse  avisso,  prevención  de 
que  se  han  seguido  siempre  buenos  effectos:  y  después  se  renovó  esta 
orden  por  los  subcesores,  según  que  el  comisario  nos  avissa,  dándonos 
parte  del  sentimiento  con  que  los  inquisidores  le  escriben  y  a  este  Santo 
Officio  hacen  lo  mismo:  y  por  si  se  quejaren,  a  V.  A.  le  suplicamos  los 
ponga  en  camino,  para  que  consideren  que  estos  hombres  estaban  con 
gran  quantidad  de  haciendas  desta  ciudad  en  Panamá,  y  que  luego  que 
supiessen  de  las  prisiones  de  aquí,  o  se  avian  de  huir,  o  las  avian  de  es- 
conder, como  realmente  intentaron  uno  y  otro,  y  salieran  con  ello,  sino 
se  les  echara  mano;  y  que  la  armada  estaba  de  partida  de  vuelta  para  el 
Callao,  y  tras  de  ella  inmediatamente  los  navios  merchantes,  en  que  se 
avian  de  embarcar  con  su  ropa;  y  se  sirva  de  mandarles  no  inoven  en 
lo  que  los  primeros  fundadores  con  todo  acuerdo  ordenaron,  y  con  bue- 
nos effectos  en  el  servicio  de  Dios  y  del  Santo  Officio  se  ha  observado 
tantos  años. 

"Gaspar  Pereira  entró  preso  de  vuelta  de  Panamá,  a  donde  bajó  a 
emplear  con  plata  de  particulares,  a  los  14  de  henero,  es  natural  de  Villa- 
Real  en  Portugal,  de  edad  de  30  años,  está  confitente  de  sí  y  Luis  de 
Lima,  camarada  del  Enrrique  Lorenco  con  quien  habia  bajado  a  Tierra- 
firme  con  plata  de  vecinos  desta  ciudad  a  emplear,  después  que  volvió 
a  ella,  se  vino  a  denunciar  a  este  Santo  Officio  voluntariamente,  donde 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


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ya  estaba  testificado,  y  porque  andaba  diminuto,  se  mandó  recluir  en 
las  cárceles  secretas  con  secresto  de  bienes  en  12  de  febrero  deste  año: 
es  natural  de  Moncorbo  en  Portugal,  de  edad  de  más  de  40  años,  ha 
dicho  de  muchos  de  aquí,  y  de  otras  partes. 

"Joan  Rodriguez  de  Silva,  que  subió  en  este  mismo  tiempo  desde 
Panamá  a  esta  ciudad,  estaba  testificado  de  su  hermano  Jorge  de  Silva 
algunos  dias  ántes,  es  de  edad  de  39  años,  natural  de  Estremoz  en  Por- 
tugal, pidió  audiencia  en  18  de  febrero,  y  en  ella  confesó  voluntaria- 
mente ser  judío  judaizante,  contando  algunos  ayunos  que  avia  echo  en 
observancia  de  la  ley  de  Moisés,  y  queriéndole  hacer  algunas  preguntas, 
salió  de  repente  diciendo  que  no  era  judío  y  revocó  lo  que  acababa 
de  confesar,  y  dijo  que  la  causa  de  haberse  venido  a  acusar,  avia  sido 
un  papel,  que  le  avian  dado  de  Jorge  de  Silva  su  hermano,  que  le  escri- 
bió desde  las  cárceles  secretas.  Preguntado  quien  le  dió  el  papel,  dijo 
por  señas  ser  el  ayudante  del  alcaide  Jusepe  Freile,  quien  se  lo  avia 
dado  el  dia  ántes,  en  el  qual  le  decia  su  hermano  que  no  avia  podido 
hacer  menos,  que  acensarle,  y  que  assi  se  viniesse  luego  a  pedir  mise- 
ricordia, y  que  con  el  propio  ayudante  le  respondió  en  otro  papel.  To- 
mósele  al  punto  a  éste  su  declaración  y  confesó  el  echo;  con  que  man- 
damos, que  fuesse  llevado  luego  a  la  cárcel  de  Corte,  y  le  pusiessen 
un  par  de  grillos;  e  imbiamos  a  pedir  al  Virrey  que  ordenase  al  cabo 
de  las  galeras,  recibiese  en  ellas  la  persona  que  de  parte  nuestra  se  llevase: 
hilólo  con  mucho  cuidado,  y  el  dia  siguiente  a  las  quatro  de  la  tarde 
porque  la  demostración  fuesse  con  exemplo,  le  llevó  el  nuncio  Martin 
de  Vargas  con  dos  familiares  que  le  acompañaron  con  varas  altas,  sa- 
cándole de  la  cárcel  con  sus  grillos,  en  muía  con  sillón,  y  lo  entregó  en 
la  galera  capitana,  y  estamos  de  acuerdo  de  echarle  a  Chile,  aunque 
merecía  maior  castigo. 

"Esta  poca  fidelidad  nos  puso  en  nuevos  cuidados,  y  procuramos, 
quien  pudiesse  occupar  su  lugar,  y  echamos  mano  de  Benito  Rodriguez 
Liaño,  familiar  de  la  Ynquisicion  de  Sevilla,  hombre  de  buena  edad, 
y  tenido  por  de  bien,  que  queda  sirviendo  en  compañía  del  Alcaide  que 
como  la  gente  es  mucha,  y  cada  dia  va  en  augmento  ay  necessidad  de 
ayudas,  y  aunque  se  vive  con  suma  vigilancia,  este  interés  corrompe  a 
quien  ménos  se  piensa,  como  lo  hi^o  a  Francisco  Hurtado  de  Valcagar, 
familiar  antiguo  de  Toledo,  que  ha  mas  de  veinte  años  que  passó  a 
estas  partes,  que  pareciéndonos  persona  apropóssito,  quando  hicimos 
al  Jusepe  Freile  ayudante,  le  pusimos  en  la  portería  en  su  lugar;  y  mién- 


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J.  T.  MEDINA 


tras  echa  la  diligencia  dicha,  de  imbiar  a  éste  a  la  galera,  se  buscó  el 
Benito  Rodriguez,  se  le  mandó  entrar  en  las  cárceles,  a  ayudar  dar  de 
comer  a  los  pressos,  se  dejó  coechar  del  dicho  Enrnque  de  Paz,  traiendo 
y  llevando  algunos  papeles  de  fuera  de  comunicación,  de  que  dió  noti- 
9a  el  dicho  Ruiz  de  Lima;  lo  qual  no  pudo  negar,  y  assí  le  mandamos 
se  fuesse  a  su  cassa,  y  no  fuesse  llamado  para  acto  ninguno,  ni  entrasse 
en  esta  Inquisición,  y  por  ser  hombre  mayor,  y  ministro  antiguo,  no 
le  afrentamos  públicamente,  y  porque  no  entiendan  las  gentes,  que  ay 
tanta  facilidad  en  pecar  en  cossa  tan  sancta. 

"Conocerá  V.  A.  con  quanto  cuidado  y  solicitud  es  menester  vivir 
en  tierra  donde  parece  tienen  su  asiento  el  interés  y  la  cudigia:  man- 
dóse recluir  el  mismo  dia  el  Joan  Rodriguez  de  Silva  en  las  cárceles 
secretas;  y  ha  pocos  dias  en  una  audiencia  que  pidió,  confesó  que  desde 
on^e  años  no  ^reia  interiormente  que  en  el  santísimo  Sacramento  y  en 
la  hostia  consagrada  estuviesse  el  verdadero  cuerpo  de  Xpo.  nuestro 
Señor,  ni  adoró  a  las  imágenes:  váse  siguiendo  su  causa. 

"Francisco  Vasquez,  corredor,  natural  de  Mondi  en  Portugal,  ca- 
sado, y  dicen  que  dos  veces,  y  tiene  aquí  la  una,  que  pocos  años  ha 
vino  de  Spaña  a  buscarle,  de  edad  de  40  años,  fué  preso  con  secresto  de 
bienes  en  23  de  febrero:  está  negativo. 

"Visto  que  la  complicidad  iba  teniendo  cada  dia  mayor  cuerpo, 
con  estar  todavía  tan  en  los  principios,  y  que  aunque  demás  de  las 
cárceles  antiguas,  que  eran  16,  se  avian  echo  19  y  no  bastaban  se  avia 
comprado  una  casita  pegada  a  ellas,  por  ser  cossa  que  estaba  bien  en 
lodos  tiempos  a  esta  Inquisición,  y  acordamos  hacer  la  cárceles,  y  se 
han  labrado  17,  dejando  tres  aposentos  altos  en  que  pueda  vivir  el  ayu- 
dante, para  mayor  seguridad  de  los  presos,  que  como  son  bajas,  ocupan 
mucha  distancia,  y  de  otra  manera  estarían  muy  desabrigadas:  y  quando 
ya  se  pudieron  habitar,  se  fueron  prendiendo  los  siguientes  con  secres- 
tos  de  bienes. 

"Juan  Rodriguez  Duarte,  sobrino  del  dicho  Sebastian  Duarte,  que 
vivió  con  él  y  su  cuñado  Manuel  Baptista,  entró  preso  en  25  de  febrero, 
es  natural  de  Montemayor,  en  Portugal,  de  edad  de  33  años,  de  officio 
mercader;  está  negativo. 

"Thomas  de  Lima,  hermano  del  Luis  de  Lima,  mogo  soltero,  natural 
de  la  Villa  de  Ozuna  en  el  Andalucía,  de  edad  de  30  años,  testifícale  con 
otros  su  hermano,  está  negativo  Antes  que  se  le  pusiesse  la  acusación 
pidió  audiencia  y  confesó  de  sí  y  de  otros  ser  judíos  judaicantes. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


61 


"Manuel  Bel,  mercachifle,  natural  de  Lisboa,  de  edad  de  34  años, 
entró  preso  a  primero  de  mar^o  deste  año;  niega. 

"Simón  Correa,  portugués,  con  tienda  en  la  calle,  en  compañia  de 
Xpóval  de  la  Torre,  vecino  desta  ciudad,  natural  de  Villamaior  en  Por- 
tugal, de  edad  de  30  años,  fue  preso  con  secresto  de  bienes  en  tres  del 
dicho  mes  de  mar^o,  está  negativo. 

"Thomas  Rodríguez,  mercader,  ájente  de  Diego  López  de  Lisboa, 
mayordomo  del  Arzobispo  desta  ciudad,  casado,  natural  de  la  Venta 
de  Arrola  en  Portugal,  de  edad  de  31  años,  entró  preso  en  siete  de 
mar^o,  está  negativo. 

"Diego  Pereira  Diamante,  portugués,  vino  preso  por  judío  del 
Cuzco,  en  30  de  diciembre  del  año  passado,  es  natural  de  Saucel,  obis- 
pado de  Ebora  en  Portugal,  de  edad  de  53  años,  no  parece  hasta  hagora 
ser  desta  complicidad;  niega. 

"El  P.  Manuel  Coello,  clérigo  presbítero,  portugués,  natural  de 
Villafranca  seis  leguas  de  Lisboa,  de  edad  de  60  años,  fué  preso  por 
mandado  del  Arzobispo,  porque  después  de  almorzado  decia  missa  y 
tal  vez  dos:  denunciaron  dél  en  este  Santo  Officio,  desto  y  otras  cosas, 
que  qualificadas  le  hacen  vehemente  sospechoso  del  judaismo,  trájose 
a  estas  cárceles  a  los  27  de  ottubre  del  año  pasado,  tampoco  hasta  ha- 
gora parece  ser  desta  complicidad;  confiessa  algunos  echos  de  que  es 
acusado,  mas  niega  la  intención. 

"El  bachiller  Luis  Nuñez,  clérigo  presbítero,  natural  de  Coimbra, 
de  edad  de  66  años,  fué  traido  preso  de  las  provincias  de  arriba  a  este 
Santo  Officio,  a  los  8  de  maio  del  año  pasado,  por  decir  estaba  retajado, 
y  se  avia  echo  baptizar  poco  tiempo,  confiessa  que  se  hi^o  baptizar 
ad  cautellam,  y  que  aunque  está  retajado,  no  es  circunscission  judaica, 
sino  que  de  una  enfermedad  de  llagas,  le  cortaron  el  capullo,  su  causa 
queda ... 

"Con  las  prisiones  que  se  hicieron  a  los  once  de  agosto,  comentaron 
quantidad  de  demandas  de  nuevo  ante  nosotros,  y  eran  muchísimos  los 
pleitos  que  de  ántes  estaban  pendientes  en  los  Tribunales  reales,  y  cada 
tlia  han  ido  creciendo  y  yran  adelante  conforme  se  fueren  prendiendo, 
porque  como  se  dijo  al  principio  estaban  apodeiados  del  trato  y  con- 
trato en  todo  género  de  estos  reinos,  y  de  Tierra  firme.  V.  A.  verá  por 
la  relación  que  se  le  imbia  de  los  que  hasta  hoy  ay,  lo  que  passa.  Acor- 
tlamos  imbiar  por  uno  de  los  consultores  un  recado  a  la  Real  Audiencia, 
para  que  mandasse  se  nos  remitiessen  las  causas  pertenecientes  a  estos 


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J.  T,  MEDINA 


presos:  miraron  la  concordia,  y  vieron  que  donde  ay  secresto  de  bienes, 
somos  jueces  privativos,  y  ordenaron  a  los  escribanos  de  cámara  los  en- 
tregassen  a  cualquiera  dilijencia  nuestra:  la  misma  se  hi^o  con  el  con- 
sulado donde  pendían  algunas  causas. 

"Estaba  la  tierra  lastimada  con  la  quiebra  del  banco,  de  que  dimos 
ra^on  a  V.  A.  el  año  pasado,  y  hagora  con  tanta  prisión  y  secresto  de 
bienes  de  hombres  mercadantes  y  que  a  solo  crédito  atravessaban  quan- 
to  avia,  parecía  se  queria  acabar  el  mundo:  clamaban  las  partes  que 
tenian  pleitos  de  redibitorias,  y  otras  varias  acciones;  pedian  su  prose- 
cución porque  con  el  tiempo  no  se  les  empeorassen  sus  derechos,  por 
ausencia,  o  muerte  de  testigo,  o  otros  accidentes;  y  otros  los  intentaban 
de  nuevo.  Vímonos  en  aprieto,  porque  seguirse  pleitos  sin  parte  legíti- 
ma, no  se  podian,  conforme  a  derecho;  los  presos  no  lo  eran,  la  nece- 
sidad apretaba,  y  representábanse  vivamente  los  daños;  y  aunque  nuestro 
negocio  principal  es  el  de  la  Fee,  y  V.  A.  quiere  que  en  solo  él  ponga- 
mos todo  el  cuidado,  quiere  también  que  en  lo  accessorio  hagamos 
justicia,  la  qual  no  se  podia  administrar  sin  quien  hiciesse  las  partes  de 
los  presos,  y  así  pusimos  en  consulta  si  seria  bien  nombrarles  un  de- 
fensor: todos  vinieron  en  que  sí,  y  que  se  debia  hacer  en  todo  casso, 
excepto  el  inquisidor  Andrés  Joan  Gaitan,  que  fué  de  parecer  se  guar- 
dasse  la  instrucción  a  la  letra:  nombróse  por  defensor  Manuel  de  Monte 
Alegre,  con  que  vamos  dando  despacho  con  alguna  satisfacción,  por- 
que lo  demás  fuera  un  caos,  una  confusión  invencible. 

"Señaláronse  para  el  despacho  civil,  lunes  y  juéves,  y  después  de 
las  tres  horas  de  las  tardes,  todos  los  dias  gastamos  en  vista  de  los  autos 
lo  que  ay  de  luz  hasta  la  noche,  con  que  damos  despacho  a  la  mayor 
máquina  que  se  ha  visto,  desseando  dar  satisfacción  a  las  partes,  sin 
faltar  al  ministerio  principal  de  los  negocios  de  la  fee;  y  para  poderlo 
hacer  con  ménos  detrimento  de  las  causas  de  la  fee,  occupamos  todos 
los  dias  sin  reservar  ninguno,  lo  que  resta  del  dia  desde  las  tres  horas 
de  la  tarde  hasta  la  noche,  y  emos  ido  pagando  y  pagamos  con  ñanga 
depositarla  muchas  deudas,  porque  de  otra  suerte,  se  destruía  el  co- 
mercio, y  recibía  daño  irreparable  la  República  por  tantos  modos  fati- 
gada (4). 


(4)  "Con  la  ocasión  de  las  haciendas  que  se  han  embargado,  declaraba  la  Audiencia, 
ha  quedado  tan  enflaquecido  el  comercio  que  apenas  pueden  llevar  las  cargas  ordinarias". 
Carta  de  18  de  mayo  de  1636. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


63 


"Manuel  González,  portugués,  entró  preso  con  secresto  de  bienes 
en  22  de  mar^o  de  este  año. 

"Manuel  Alvarez,  portugués,  fué  preso  en  las  cárceles  secretas,  en 
31  de  mar^o  del  dicho  año;  éste  tenia  tienda  en  el  callejón,  y  luego  que 
vió  las  prisiones  que  se  hacian,  cargó  la  ropa  que  en  ella  tenia  y  se  huió; 
y  en  la  provincia  de  Guailas,  sesenta  leguas  y  mas  de  aquí,  aviendo 
entendido  que  un  passajero  llebaba  pliego  deste  Santo  Officio,  para 
su  Comissario  della,  le  procuró  haber  a  las  manos  con  ruegos  y  plata, 
y  no  lo  pudiendo  conseguir,  dejó  la  ropa  que  llebaba  en  algunas  cargas 
a  un  soldado,  que  la  recibió  por  memoria,  y  el  se  fué  huiendo,  y  el 
soldado  higo  propio  luego  con  avisso  de  lo  que  passaba:  mandósele  in- 
ventariasse  la  ropa,  ante  el  Comissario  que  estaba  en  otro  lugar  allí 
cerca,  y  la  trajesse,  o  remitiesse  a  esta  Inquisición,  y  con  el  mismo  men- 
sajero se  despachó  mandamiento  contra  el  Manuel  Alvarez:  la  ropa  vi- 
no, y  él  luego,  que  le  halló  quien  le  fué  a  buscar  en  la  provincia  de 
Cajamarca,  mudado  el  nombre,  y  dentro  de  pocos  dias  le  sobrevinieron 
testificaciones  de  ser  judío  judaizante. 

"Pascual  Nuñez,  portugués,  cajonero,  entró  presso  en  14  de  abril 
deste  dicho  año. 

"Fernando  de  Espinosa,  entró  en  las  cárceles  secretas  en  16  del 
mismo,  era  mercader  en  la  calle,  en  compañía  de  Lucas  de  Hurtado  de 
la  Palma,  quebró  algunos  dias  ántes  y  estaba  retrahido  en  la  Merced, 
es  natural  de  la  Torre  de  Moncorbo  en  Portugal,  de  edad  de  34  años. 

"Rodrigo  de  Avila,  tio  del  otro  preso,  entró  en  las  cárceles  secretas 
por  consulta  de  todos,  con  secresto  de  bienes,  es  casado  en  esta  ciudad 
con  muger  principal  y  hijos,  portugués  antiguo  en  el  Perú,  donde  entró 
por  Buenos  Ayres:  esta  prisión  fué  a  los  17  de  abril  deste  año,  es  natu- 
ral de  Lisboa,  de  officio  mercader,  de  edad  de  mas  de  sesenta  años. 

"Pedro  Parias,  portugués,  mercader,  entró  preso  este  mismo  dia, 
con  secresto  de  bienes,  en  las  cárceles,  es  natural  de  Guimaraes,  de  edad 
de  34  años. 

"Antonio  de  los  Santos,  fué  preso  dicho  dia,  con  secresto  de  bienes, 
era  pretendiente  de  familiatura,  y  están  aquí  las  informaciones  de  su 
genealogía,  buenas,  al  estilo  de  Portugal,  es  de  officio  mercader,  y  en 
ocasión  que  con  solo  un  testigo  le  mandaron  prender,  se  tubo  respecto 
a  la  pretensión,  sobrevínole  otro,  y  mandósse  recluir,  es  natural  de  Ca- 
peludos,  arzobispado  de  Braga,  de  edad  de  35  años. 

"Don  Juan  Arévalo  de  Espinosa,  alguacil  mayor  de  esta  Inquisi- 


G4 


J.  T.  MEDINA 


cion,  por  estar  viejo  e  indispuesto,  no  pudo  acudir  en  persona  a  estas 
quatro  prisiones  últimas  y  pidió  por  petición,  attento  a  sus  achaques 
y  tantos  servicios,  se  le  hiciesse  gracia  y  merced  de  nombrar  para  sus 
ausencias  y  enfermedades  a  don  Joan  Tello,  su  hierno,  caballero  de  mu- 
chas partes,  modesto,  secreto,  quieto  y  pacífico,  y  que  está  en  prueba 
para  familiar,  y  lo  que  hasta  hoy  se  a  echo,  que  es  lo  mas,  está  qualifi- 
cado:  diósele  el  nombramiento  y  trahe  la  bara  con  lustre  y  ostenta- 
ción, don  Joan  de  Espinosa,  el  mo^o,  a  quien  el  Eminentísimo  y  lUmo. 
señor  Cardenal  Inquisidor  General,  hi^o  merced  della  en  futura  sub- 
cesion,  y  V.  A.  manda  en  carta  particular,  por  haber  salido  las  pruebas 
de  su  mujer  reprobadas,  se  le  diga,  si  instare,  que  su  lUma.  ha  revocado 
todas  las  futuras  subcesiones:  como  vio  la  bara  en  mano  ajena,  la  pidió 
por  petición,  en  virtud  de  su  provission,  acudirá  a  V.  A.  con  su  queja, 
y  la  dará  porque  es  caballero  violento,  y  siente  la  pérdida  de  reputación, 
que  la  quiso  tener  sana  y  hacer  su  gusto,  sin  reparar  en  inconvenientes 
de  que  fué  advertido,  y  luego  es  la  culpa  nuestra. 

"Sebastian  Delgado,  pretendiente  de  familiatura,  portugués,  fué 
preso  en  20  de  abril  deste  año,  con  secresto  de  bienes;  es  natural  del 
Concello,  obispado  de  la  ciudad  de  Oportu,  de  edad  de  52  años. 

"Jerónimo  de  A^evedo,  portugués,  fué  preso,  con  secresto  de  bienes, 
el  mismo  día,  pidió  audiencia  y  confessó. 

"Váse  prosiguiendo  en  todas  las  causas  y  descubriéndose  tanta 
copia  de  judíos  derramados  por  todas  partes  que  nos  damos  a  creer 
igualan  a  todas  las  demás  naciones:  las  cárceles  están  llenas  y  por  falta 
dellas  no  executamos  algunas  prisiones  de  personas  de  esta  ciudad;  an- 
dan las  gentes  como  asombradas,  y  no  se  fian  unos  de  otros,  porque 
quando  menos  piensan  se  hallan  sin  el  amigo  o  compañero  a  quien 
juzgaban  tanto.  Tratamos  de  alquilar  cassas,  y  todas  las  circunvecinas 
no  han  de  bastar:  seguramente  puede  V,  A.  af firmar  a  su  real  persona, 
y  a  todos  sus  Consejos,  que  no  se  le  a  echo  en  estos  reynos  a  su  Magd. 
y  a  la  Divina  mayor  servicio  que  el  actual  en  que  estamos,  porque  esta 
nación  perdida  se  iba  arraigando  en  pocos  años  de  manera  que  como 
mala  hierba  avia  de  aogar  a  esta  nueva  christiandad,  y  en  la  anciana 
ha^er  grandísimos  estragos,  porque  en  estas  partes  el  último  fin  de  los 
que  las  habitan  de  passo,  y  aun  de  assiento,  es  el  interés,  no  se  trata 
de  otra  cosa,  a  él  aspiran  anelando  chicos  y  grandes,  y  todo  medio  que 
facilita  su  consecución  se  abraga  indistintamente,  en  tanto  tienen  a  uno 
por  hombre  en  cuanto  sabe  adquirir  hacienda:  y  para  conseguirla  han 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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hallado  apropósito  esta  secta  infernal  y  atheismo;  es  'el  la^o  con  que 
iban  enrredando,  prometiendo  buenos  subcesos  y  grandes  riquezas  a  sus 
scquaces:  y  dicen  es  esta  la  tierra  de  promisión,  si  no  fuera  por  la  Inqui- 
sición: assí  parege  de  sus  confesiones.  Al  xpiano  nuevo,  o  al  que  tiene 
alguna  parte,  fácilmente  le  persuaden  su  opinión,  y  al  viejo,  como  sea 
cudiciosso,  sin  muchas  difficultad.  Justamente  nos  tememos  de  un  gran- 
díssimo  daño  solapado  con  pretexto  y  capa  de  piedad;  porque  ussan 
mucho  de  la  hypocresía:  generalmente,  ninguno  se  prende  que  no  ande 
cargado  de  rosarios,  reliquias,  ymájenes,  cinta  de  San  Agustin,  cordón 
de  San  Francisco,  y  otras  devociones,  y  muchos  con  cilicio  y  disciplina; 
saben  todo  el  catecismo  y  re^an  el  rosario,  y  preguntados  cuando  ya 
confiesan  su  delito,  que  por  qué  le  leqan,  responden  que  por  que  no  se 
les  olviden  las  oraciones  para  el  tiempo  de  la  necesidad,  que  es  este 
de  la  prisión,  y  se  muestran  devotos  para  engañar,  y  que  los  tengan  por 
buenos  christianos. 

"Do^e  familiares  del  número  se  assignaron  en  esta  ciudad,  cuando 
se  erijió  este  Tribunal  el  año  de  1571,  ha  ido  en  augmento  de  población 
y  gente,  de  manera  que  hoy  respetuosamente  necessita  de  cinquenta, 
porque  como  los  vecinos  son  de  ordinario  tratantes  y  andan  en  sus  con- 
trataciones, muchas  veces  se  carece  en  la  occasion  de  ministros,  y  nos 
vemos  obligados  a  valemos  de  quienes  no  lo  son,  aventurando  mucho 
los  aciertos.  De  antes  habemos  supplicado  a  V.  A.  se  sirva  de  acordar 
en  este  casso  lo  que  mas  viere  convenir,  y  agora  con  maiores  experien- 
cias, hacemos  lo  proprio;  juzgando  como  juzgamos,  ser  precisa  la  ne- 
cessidad  de  dicho  número,  para  la  buena  expedición  de  los  negocios  y 
mayor  seguridad,  advirtiendo  que  hoy  con  la  vecindad  del  enemigo  en 
el  Brasil,  no  tienen  seguridad  estos  mares,  y  está  ésto  expuesto  a  qual- 
quiera  invassion  suia,  sin  reparo  considerable  para  su  defensa. 

"A  los  últimos  de  abril  tuvimos  avisso  de  que  unos  portugueses, 
mercaderes,  que  de  aquí  fueron  con  ropa  a  las  provincias  de  arriba, 
aviendo  salido  muchos  dias  avia  de  la  ciudad  del  Cuzco  para  ésta  a  ha- 
cer sus  pagos,  teniendo  noticia  de  la  prisión  de  algunos  de  sus  corres- 
ponsales, por  el  camino  se  avian  estraviado  con  quanto  trahian;  despa- 
chamos comission  a  todas  partes,  y  a  los  cinco  deste  mes  de  maio  tuvimos 
proprio  con  nueva  cierta  de  cómo  quatro,  de  cinco  que  eran,  se  avian 
presso,  y  se  les  avian  secrestado  oro,  plata,  ropa  y  veinte  y  tantas  muías, 
llámanse  Rodrigo  Fernandez,  Matheo  de  la  Cruz,  Matheo  Enrriquez 
y  Phelipe  Díaz,  que  hoy  están  testificados  del  judaismo,  y  se  aguardan 

5 — La  Inquisición  de  Lima    I'omo  II 


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J.  T.  MEDINA 


por  horas:  la  prission  fué  en  la  ciudad  de  Guanuco,  diez  jornadas  desta; 
y  a  quatro  o  cinco  dellas,  se  ponian  fuera  de  lo  conquistado  a  la  parte 
del  rio  Marañen.  Ha  acreditado  grandemente  este  subceso  los  favores 
particulares  que  Dios  hace  al  Santo  Officio. 

"Francisco  Jorge  Tabares,  hermano  de  otros  dos  Tabares,  fué  presso 
el  mismo  dia,  con  secresto  de  bienes,  por  testificación  de  sus  hermanos. 

"Gongalo  Gómez  Aceituno,  alcaide  que  era  actualmente  de  la  cár- 
9el  de  corte  en  la  Real  Audiencia  de  la  Plata,  entró  presso  en  las  cárceles 
secretas  por  sospechas  de  judío,  es  hermano  de  un  relajado  por  este 
Sancto  Officio,  el  mismo  dia. 

"Diego  Pereira,  portugués,  vino  presso  de  la  provincia  de  Chucuito, 
el  dicho  dia,  por  sospechas  de  judío. 

"Joan  Ramos  de  Rojas,  alquilador  de  muías,  vecino  desta  ciudad, 
fue  presso,  con  secresto  de  bienes,  a  los  seis  del  dicho:  confesó  luego  ser 
morisco  y  haber  judaizado. 

"A  los  siete  de  maio  tuvimos  consulta,  en  que  se  mandaron  pren- 
der con  secresto  de  bienes  los  que  se  dirán  luego;  y  se  trató  del  modo 
que  se  ternia  en  la  prosecución  desta  complicidad,  que  cada  dia  se 
descubren  mas,  porque  ya  passa  a  otros  lugares  y  naciones;  y  ay,  sin 
los  pressos,  mas  de  ochenta  testificados,  que  pudieran  muy  bien  recluir- 
se desde  luego,  y  no  ay  cárceles,  y  por  estar  el  hibierno  en  cassa,  ni  se 
pueden  labrar  ni  habitar,  quando  se  hiciessen,  en  muchos  meses;  tra- 
tóse también  de  la  necessidad  que  ay  de  mas  ministros  para  el  bueno 
y  breve  despacho  de  tantas  causas  y  para  la  mayor  seguridad  de  los 
presos  y  su  servicio.  Propúsosse  que  no  se  podian  recoger  luego,  a  mé- 
nos  de  juntarlos  algunos  entre  sí,  en  el  ínterin  que  se  daba  órden  en 
las  cárceles,  y  que  quando  en  los  confitentes  no  pareciesse  haber  incon- 
venientes, los  avria  en  los  que  no  lo  estaban.  Por  otra  parte,  en  el  estado 
presente  se  juzgaba  por  menor  daño,  el  que  de  aquí  se  podia  seguir, 
que  no  de  que  se  huiessen  (como  lo  han  echo  muchos),  o  pusiessen  en 
salvo  la  plata. 

"Fuimos  de  consulta  los  tres  ynquisidores  y  el  ordinario,  doctor 
don  Juan  de  Cabrera,  y  los  oidores,  licenciados  don  Alonso  Pérez  de 
Saladar,  electo  presidente  de  Guadalajara,  don  Martin  de  Arrióla,  don 
Andrés  de  Villela,  y  Andrés  de  Barona  Encinillas,  fiscal  de  lo  civil, 
todos  consultores;  los  quales  todos,  después  de  haber  platicado  en  la 
materia  largamente,  con  singular  affeto  y  celo  (en  que  nos  dan  exem- 
plo),  fueron  de  parecer  que  se  prosiga  animossamente  cossa  tan  sancta, 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


67 


en  que  consiste  la  restauración  y  conservación  destos  reinos,  en  lo  espi- 
ritual y  temporal,  sin  attender  a  gastos,  para  que  se  debian  vender  aun 
los  cálices,  pues  se  conocía  visiblemente  la  poderossa  mano  de  Dios  en 
los  felices  subcessos  que  cada  se  veian,  desde  que  se  comentó  el  descu- 
brimiento desta  parte  infernal,  en  su  santo  servicio;  y  digeron  se  tornasse 
toda  la  ysla  y  se  edificasse  lo  necessario  en  ella,  y  serian  los  primeros 
en  cargar  los  materiales,  lo  qual  se  debia  hacer  mejor  que  quando  un 
enemigo  poderosso  enviste  inopinadamente,  donde  todos  indistintamen- 
te conducen  la  fagina,  para  su  reparo  y  defensa;  y  que  era  precisso  recluir 
a  todos  aquellos  de  quien  se  temia  fuga  ó  ocultación  de  bienes,  en  cuia 
comparación  no  avia  peligro  en  que  estuviessen  juntos  algunos,  dejándolo 
todo  a  nuestra  disposición,  en  que  hasta  agora  avian  visto  tan  grandes 
aciertos. 

"Esteban  Diaz,  avia  testificado  por  Luis  de  Lima,  un  Santiago  del 
Castillo,  y  por  decirse  que  era  montañez,  aunque  la  testificación  era 
grande  y  muy  circunstanciada,  no  se  avia  resuelto  su  prisión  en  otra 
consulta,  quedando  en  iguales  votos,  y  en  ésta  por  habérsele  arrimado 
otro  cómplice,  que  contestó  con  el  primero,  se  mandó  prender  luego, 
ántes  de  salir  della,  porque  la  misma  tarde  imbió  a  firmar  la  licencia 
para  Castilla. 

"Santiago  del  Castillo,  mercader,  entró  presso  en  las  cárceles  se- 
cretas, con  secresto  de  bienes,  halláronsele  quarenta  y  quatro  barras 
y  diez  mili  pesos  en  pesos,  y  alguna  plata  labrada,  que  todo  se  puso  en 
la  cámara  del  secreto;  hasta  agora  solo  le  piden  quatro  mili  pesos,  y  él 
declara  deberlos:  es  la  hacienda  mas  saneada  que  se  ha  secrestado. 

"Alonso  Sánchez  Chaparro,  mercader,  administrador  del  almoja- 
rifazgo, por  el  comercio,  fué  presso  en  las  cárceles  secretas  el  dia  siguien- 
te ocho  de  maio:  es  natural  de  Valencia  de  Alcántara,  en  Estremadura. 
Esta  prisión  olvidó  la  antecedente,  porque  su  exterior  parece  bueno  a 
la  gente  sencilla.  Tuvimos  noticia  que  tenía  mucha  plata  del  almojari- 
fazgo, que  se  avia  de  entregar  en  la  caja  real,  de  quenta  de  S.  M.,  hagora 
para  remitirla  en  esta  ocasión  con  el  demás  tesoro;  y  al  tiempo  de  la 
prission  dimos  avisso  al  oidor  don  Martin  de  Arrióla,  consultor  desta 
Ynquisicion  y  juez  de  aleadas  del  Consulado,  para  que  asistiesse  a  ella 
y  apartasse  la  plata  que  assí  avia  del  dicho  effecto,  que  ya  se  sabia  qual 
era  de  la  del  presso,  no  causasse  después  confusión  juntándosse  con  la 
sequestrada,  y  retardasse  su  entrega:  hilóse  assí,  y  entregáronse  treinta 
y  tantos  mili  pesos  destc  género,  y  sequestráronse  cinquenta  barras  que 


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J.  T.  MEDINA 


se  hallaron,  y  porque  tenia  de  la  quiebra  de  Joan  de  la  Queba,  de  que 
era  juez,  seis  o  siete  mili  pessos  en  dinero,  y  otra  hacienda  de  que  constó 
luego,  y  agora  se  concluía  la  prorata  para  algunos  ochocientos  acreedo- 
res, se  entregó  todo  al  dicho  oidor,  que  sabido  por  el  Virrey,  nos  imbió 
las  gracias  de  nuestro  cuidado;  las  barras  se  metieron  en  la  cámara  del 
secreto,  assí  en  bruto  como  se  hallaron;  dicen  es  quantioso  su  caudal, 
aunque  embalumado  en  pleitos,  y  tiene  hacienda  agena  como  hombre 
de  negocios,  y  ya  han  pedido  algunas  quantidades  ante  nos. 

"Luego  a  los  nueve,  llamamos  a  consulta,  en  que  se  vió,  lo  que 
avia  de  tiempos  atrás,  contra  un  capitán  Martin  Morata  Ossorio,  que 
fué  una  ocultación  de  un  judío  mandado  prender  por  este  Santo  Officio, 
y  alguna  hacienda,  y  las  testificaciones  que  le  sobrevinieron  el  dia  ántes 
del  judaismo,  y  estando  confiriendo,  después  de  haberse  resuelto  su  pri- 
sión con  secresto  de  bienes,  sobre  si  se  haria  de  dia  o  de  noche,  llama- 
ron a  la  portería,  y  entró  un  secretario  que  sabia  lo  que  se  trataba,  di- 
ciendo que  Martin  Morata  estaba  en  ella:  pareció  cossa  del  cielo,  y 
mandósse  detener. 

"El  capitán  Martin  Morata,  portugués,  natural  del  Algarbe,  de 
officio  jugador  fullero,  que  de  pocos  años  a  esta  parte  se  ha  echo 
caballero,  fué  maestre-sala  del  Marqués  de  Guadalca^ar,  con  quien  passó 
a  Spaña,  y  en  esta  corte  obtuvo  cédulas  honoríficas  de  Vuestra  Real 
persona,  y  una  para  que  el  Virrey,  conde  de  Chinchón,  le  ocupasse  en 
uno  de  los  mejores  officios  de  su  provisión;  es  casado  en  Sevilla,  donde 
fué  platero,  y  ha  andado  estas  Indias  todas:  por  ser  tan  insigne  bellaco, 
ha  puesto  silencio  en  las  prisiones  passadas. 

"Pedro  de  Soria,  mercader,  se  prendió  el  mismo  con  secresto  de 
bienes. 

"Francisco  Sotelo,  entró  en  las  cárceles  con  secresto  de  bienes  a  los 
doce  del  dicho. 

"Andrés  Muñiz,  portugués,  entró  presso  con  secresto  de  bienes  en 
14  del  dicho. 

"Mathias  González,  portugués,  agente  de  Diego  de  Ovalle,  presso, 
lo  fué  en  15  del  mismo,  con  secresto  de  bienes. 

"Ambrosio  de  Morales,  familiar  desta  Ynquisicion,  con  informacio- 
nes echas  en  Portugal,  su  patria,  entró  en  las  cárceles  dicho  dia,  con 
secresto  de  bienes. 

"Manuel  García  Matamoros,  se  mandó  prender  con  secresto  de  bie- 
nes, y  porque  no  avia  cárcel  dessocupada  y  se  quería  embarcar  para  Tie- 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


69 


rrafirme,  le  mandamos  poner  en  la  de  la  ciudad,  con  color  de  ser  deudor 
de  alguna  plata. 

"Otros  muchos  están  mandados  prender,  que  con  la  prissa  de  la 
armada,  y  el  tiempo  corto  y  no  haber  donde  recogerlos,  nos  embaraza 
en  su  prisión:  habemos  echado  mano  de  aquellos  que  podian  occultar  la 
hacienda,  que  como  toda  es  mueble,  fácilmente  lo  hacen;  la  relación  va 
truncada,  como  quiera  que  como  han  ido  subcediendo  los  cassos,  se  han 
ido  escribiendo,  no  mas  que  por  darla  a  V.  A.  por  mayor,  hasta  que  a 
su  tiempo  la  podamos  dar  por  menor,  con  toda  claridad;  están  confi- 
tentes mal  que  bien,  los  anotados  en  la  margen  con  cruz,  y  por  momen- 
tos ay  nuevos  encartados,  con  que  nos  damos  a  creer  que  es  mayor  el 
daño  de  lo  que  hasta  agora  parece,  y  si  Vuestra  Real  persona  no  manda 
poner  remedio  efficaz  en  estirpar  esta  peste  que  assí  cunde,  ha  de  abra- 
sar toda  la  tierra;  y  es  cossa  cierta  que  el  capitán  Martin  Morata,  dia 
antes  de  prisión,  dijo  haciéndosse  zelador  de  la  honrra  de  Jesuxpo.  y  del 
servicio  del  Rey  publicamente,  en  occassion  que  se  trataba  de  la  prisión 
de  Chaparro,  quemen  a  estos  perros,  que  antes  de  mucho  nos  avian  de 
hacer  cargar  botijas  de  agua,  como  quien  dice  nos  avian  de  hacer 
esclavos:  es  grandíssimo  bellaco  y  no  se  puede  hacer  poco  casso  de  cual- 
quiera cossa  que  digan  en  estas  materias,  porque  pretenden  engañar 
don  la  verdad. 

"Y  porque  pueda  dar  cuidado  a  V.  A.  la  multitud  de  los  negocios 
civiles  que  ay,  y  yran  viniendo,  y  el  tiempo  que  en  su  despacho  se  gasta, 
en  daño  de  las  causas  de  la  fee,  porque  hablamos  señalado  los  lunes  y 
mártes  para  ellos;  después,  como  decimos  en  esta  misma  relación,  nos 
pareció  ahorrar  estos  dias  y  trabajar  en  todos  indistintamente  lo  que 
queda  de  luz  desde  las  tres  horas  de  la  tarde  hasta  las  oraciones;  con 
que  hablamos  vencido  lo  que  habia  re^agardo,  y  yremos  de  hoy  mas 
con  el  favor  de  Dios  dando  despacho,  sin  faltar  en  cossa  al  negocio 
principal,  a  toda  esta  máquina,  que  es  la  mayor  que  se  ha  visto  en 
Tribunal  eclesiástico  y  seglar,  porque  con  cada  uno  que  se  prende  se 
heredan  cien  pleitos. 

"Francisco  de  Vergara,  mercader,  natural  de  Estella  de  Navarra, 
cassado  con  hija  de  Diego  de  Ovalle,  entró  preso  a  los  quince  deste 
mismo  mes,  con  secresto  de  bienes;  estaba  dias  avia  votado  en  consulta, 
y  por  causas  se  habia  dilatado  la  execucion. 

"V.  A.  se  ha  de  servir  de  perdonar  las  faltas  desta  narración,  que 
como  se  ha  hecho  a  tronos  se  ha  atendido  mas  a  la  verdad  que  al  aseo, 


70 


J.  T.  MEDINA 


mas  tal  qual  demuestra  la  gran  misericordia  de  Dios  en  habernos  dado 
luz  para  que  de  un  principio  tan  pequeño  ayamos  llegado  a  la  grande- 
va que  vemos;  siendo  assí  que  todavia  estamos  en  los  primeros  umbrales 
de  la  complicidad,  en  que  hasta  hoy  que  se  cierra  el  pliego,  son  treinta 
los  confitentes,  que  aunque  muchos  dellos  están  diminutos,  con  el 
tiempo  yrán  descubriendo  cómplices,  que  por  nuestros  pecados  son  tan- 
tos, que  ponen  grima,  y  algunos  de  los  que  menos  se  pensaba  en 
esta  ciudad,  y  supuesto  que  ha  comentado  a  discurrir  por  las  de  otras 
provincias,  en  que  hay  tantos  desta  nación  infame,  hay  obra  cortada 
para  mucho  tiempo:  supplicamos  a  V.  A.  admita  nuestros  buenos  de- 
sseos, cierto  de  que  en  su  servicio  no  habrá  difficultad  que  nos  acobarde, 
y  que  por  vencerla  en  honrra  y  gloria  de  Dios  y  su  fee  santísima  pon- 
dremos la  vida,  siendo  menester. 

"El  Virey  Conde  de  Chinchón  acude  a  todo  quanto  se  le  pide  en 
estas  materias  con  tanto  affecto  y  tan  zeloso  mira  la  autoridad  del  Sancto 
Officio,  que  aunque  se  lo  procuramos  merecer  de  nuestra  parte  con  la 
sumisión  y  reverencia  debida,  se  ha  de  servir  V.  A.  de  rendirle  las 
gracias  de  lo  que  ha^e,  y  en  particular  de  haber  dado  orden  apretada 
a  los  soldados  del  presidio,  caballería  y  infantería  ronden  toda  la  noche 
toda  esta  quadra  de  la  Ynquisicion,  como  lo  ha^en  incessantemente, 
con  grandísimo  cuidado  (4.^). 

"Nuestro  Señor  guarde  a  V.  A.  largos  y  felices  años  para  bien  uni- 
versal de  su  Yglesia,  como  estos  sus  menores  capellanes  desseamos  y 
habemos  menester.  Lima  y  maio  18  de  1636. — El  licenciado  Juan  de 
Mañozca. — El  licenciado  Andrés  Juan  Gaytan. — El  licenciado  don  An- 
tonio de  Castro  y  del  Castillo"  (5). 


(4.*)  "Por  la  ocasión  tan  grave  y  de  tan  gran  servicio  de  Nuestro  Señor,  escribía  al  Rey 
el  Conde  cinco  días  antes  que  los  Inquisidores,  y  del  mayor  que  a  V.  M.  podía  hacerle,  he 
asistido  a  los  Inquisidores  en  todo  lo  que  ha  sido  justo  y  necesario  y  se  han  querido  valer  de 
mí".  Este  funcionario  tomaba  pie  del  hecho  de  la  prisión  de  los  portugueses  para  recomendar 
que  por  el  Consejo  de  Inquisición  y  el  de  Indias  se  agradeciese  su  celo  al  Tribunal  de  Lima, 
se  vigilase  más  que  nunca  el  pasaje  de  portugueses  a  América,  y  por  fin,  para  que  se  restitu- 
yese por  los  Inquisidores  al  fisco  real  las  sumas  que  se  Ies  tenían  pagadas,  indicación  que 
el  soberano  no  echaría  en  saco  roto,  como  luego  lo  veremos.  Carla  de  13  de  mayo  de  1636. 

La  Audiencia  pedía,  a  su  vez,  "que  de  nuevo  se  vuelva  a  mandar  con  mayores  pen.is 
de  las  que  están  puestas,  que  en  nao  ninguna  traigan  portugueses,  que  puestos  una  vez  aquí, 
es  la  dificultad  tan  grande  que  casi  es  imposible  su  espulsion".  Caita  de  18  de  mayo  dfil 
mismo  año. 

(5)  Libro  760-10,-fol.  51. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


71 


Cúmplenos  al  presente  decir  algo  acerca  de  los  ministros  que  fir- 
man la  nota  que  acaba  de  leerse. 

Muy  poco  después  de  la  celebración  del  auto  último  de  1631,  moría 
en  Lima,  a  22  de  septiembre  de  ese  mismo  año,  Juan  Gutiérrez  Flores, 
que  además  de  su  título  de  inquisidor  había  investido  el  de  visitador 
de  la  Audiencia.  Mañozca  que  desempeñara  un  cargo  semejante  en 
Quito,  según  hemos  visto,  se  veía  por  entonces  gravemente  acusado 
ante  el  Consejo,  por  hechos  falsos,  según  él  aseguraba  (6),  pero  que  no 
habían  de  ser  obstáculo  para  que  algún  tiempo  más  tarde  fuese  nom- 
brado cancelario  de  la  Inquisición  general  y  para  otras  dignidades  (7). 
Gaitán  contaba  ya  por  esa  fecha  sesenta  y  siete  años  y  se  encontraba  por 
demás  achacoso  con  una  molesta  enfermedad  que  poco  después  debía 
privarle  en  absoluto  de  salir  de  su  casa  y  aún  llevarlo  al  sepulcro  algún 
tiempo  más  tarde.  El  otro  juez  que  firmaba  la  nota,  Antonio  de  Castro 
y  del  Castillo,  que  ejercía  sus  funciones  desde  febrero  de  1627,  era  un  sa- 
cerdote de  cincuenta  y  cinco  años  de  edad,  graduado  de  bachiller  en 
cánones  en  la  Universidad  de  Salamanca  y  de  licenciado  en  la  de  San 
Marcos,  de  Lima,  y  que  después  de  haber  sido  cura  y  vicario  de  Potosí 
por  tiempo  de  más  de  veinte  años,  y  comisario  del  Santo  Oficio,  había 
merecido  la  plaza  que  ocupaba  con  carácter  de  supernumerario  y  sin 
sueldo  mientras  no  vacase  alguna  de  las  plantas  (8). 

Contra  todos  ellos  se  habían  levantado  quejas,  partiendo,  como 
sucedía  de  ordinario,  las  primeras  de  entre  ellos  mismos  o  de  sus  sub- 
ordinados, que  les  acusaban  de  la  aspereza  con  que  les  trataban  o  de 


(6)  Se  daba  como  autor  de  estas  denuncias  al  provincial  de  los  agustinos  de  Quito, 
Fr.  Leonardo  de  Araujo,  a  quien  acusaban  los  Inquisidores  (como  tenían  de  costumbre  siem- 
pre que  sospechaban  de  alguien  que  no  les  mirase  bien)  que  "no  contento  con  profanar  lo 
humano,  sino  que  para  mas  mostrar  su  inclinación,  pasó  a  lo  divino  y  fingió  cuatro  cuerpos 
de  santos  que  traia  de  Roma,  autorizados  con  papeles,  y  habiéndolos  hecho  recibir  con  culto 
y  veneración  de  tales,  luego  los  dejó  empeñados  en  doscientos  pesos  en  poder  del  doctor 
Juan  de  Quiros,  chantre  de  la  iglesia  catedral".  Carta  de  31  de  mayo  de  1635. 

Posteriormente,  con  motivo  de  tener  nuevas  acusaciones,  que,  según  entendemos,  nunca 
se  realizaron,  Mañozca  las  achacaba  a  "una  gavilla  de  doctores  de  la  Universidad",  culpando 
especialmente  a  Francisco  Ramos  Galbán,  catedrático  de  Prima  de  Leyes,  y  al  canónigo  Jeró- 
nitno  de  Ortega,  a  quienes  suponía  resentidos  contra  él,  apelando,  para  desautorizarlos  del 
Archivo  del  Tribunal,  donde  había  descubierto  testificaciones  contra  los  padres  de  ambos. 
Carla  de  27  de  mayo  de  1637. 

(7)  Mañozca  recibió  su  título  en  Lima  el  29  de  julio  de  1637,  siendo  después  nombrado 
presidente  de  la  Chancillería  de  Granada,  y  en  1648  arzobispo  de  México,  cargo  que  sirvió 
hasta  el  de  1653,  en  que  murió. 

(8)  Relación  de  los  Inquisidores  y  Oficiales  y  Ministros  que  hay  en  el  Santo  Oficio,  etc. 


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J.  T.  MEDINA 


las  humillaciones  que  a  cada  paso  les  inferían.  Ya  era  el  fiscal  que  les 
denunciaba  de  contravenir  a  la  disposición  que  mandaba  se  hallasen 
presentes  cuando  se  hubiese  de  dar  tormento  a  los  procesados  y  de  que 
permitían  a  los  familiares  casarse  sin  practicar  las  informaciones  de  lim- 
pieza de  sus  mujeres,  a  que  estaban  obligados  (9) ;  ya  el  secretario  que 
se  lamentaba  de  los  compadrazgos  que  hacían  valer,  especialmente  Gai- 
tán,  para  favorecer  a  sus  criados,  honrándolos  con  títulos  del  Santo  Ofi- 
cio, para  valerse  de  ellos  en  sus  granjerias  (10). 

Y  si  tal  era  la  conducta  de  los  Inquisidores,  no  parecerá  extraño, 
que,  como  acabamos  de  ver  de  la  relación  que  enviaban  al  Consejo,  los 
empleados  subalternos  no  les  fuesen  en  zaga.  Mas,  cualesquiera  que 
sean  las  acusaciones  que  se  hacían  a  éstos  siempre  parecerán  destituidas 
de  interés  al  lado  de  las  que  podían  hacerse  valer  contra  el  alcaide  en- 
cargado de  la  custodia  y  guarda  de  los  presos,  pues  su  estudio  tendrá  la 
ventaja  de  dejarnos  siquiera  vislumbrar  la  vida  que  llevaban  en  sus 
cárceles  los  procesados  por  el  Santo  Oficio. 

Desempeñaba  el  destino  por  esa  época,  según  ya  sabemos,  y  lo  ser- 
vía desde  1605,  Bartolomé  de  Pradeda,  hombre  de  más  de  cincuenta 
años,  a  quien  a  causa  de  las  denuncias  que  contra  él  se  tuvieron,  los 
Inquisidores  se  vieron  obligados  a  encauzar,  llamando  a  declarar  con 
este  motivo  a  muchos  de  los  presos,  el  testimonio  de  uno  de  los  cuales, 
único  que  transcribiremos  en  obsequio  de  la  brevedad,  consta  de  la  si- 
guiente diligencia: 

"En  la  ciudad  de  los  Reyes,  viernes  quatro  de  enero  de  mil  y  seis- 
cientos treinta  y  seis  años,  estando  el  señor  ynquisidor  licenciado  don 
Antonio  de  Castro  y  del  Castillo,  en  su  audiencia  de  la  mañana,  mandó 
entrar  a  ella  a  una  muger  que  vino  sin  ser  llamada,  de  la  qual  siendo 
presente,  fué  recibido  juramento  en  forma  de  derecho  y  prometió  de 
decir  la  verdad  y  de  guardar  secreto,  y  dixo  llamarse  María  de  la  Cruz, 
viuda,  natural  del  Puerto  de  Guadarrama,  presa  que  ha  sido  en  este 
Santo  Officio,  y  residente  al  presente  en  esta  ciudad,  con  licencia  de 
los  señores  de  él,  de  edad  de  más  de  cuarenta  y  ocho  años,  aunque  de 
cierto  no  save  los  que  tiene,  dixo  que  por  el  descargo  de  su  conciencia 


C^)  Carta  de  Luis  de  Betancurt  de  15  de  junio  de  1637. 

(10)  Entre  otros  nombramientos  debidos  a  la  influencia  de  Gaitán,  debe  notarse  el  de 
Domingo  de  Aroche,  que  estando  sirviendo  de  chasque,  después  de  haber  sido  mozo  de  un 
mercader,  le  empleó  en  el  Tribunal,  "enviandolo  a  Méjico  con  sus  contrataciones  y  negocios". 
Carla  de  Martín  Díaz  de  Contreras  de   15  de  mayo  de  1636. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


73 


y  por  que  algunos  confesores  lo  han  mandado,  viene  a  decir  y  a  ma- 
nifestar en  este  Santo  Officio,  las  cosas  que  sabe  y  las  que  vio  y  oyó  el 
tiempo  que  estuvo  presa  en  las  cárceles  secretas  y  en  la  casa  del  Alcayde, 
del  poco  rrecato  y  falta  de  secreto  que  el  dicho  alcayde  Bartolomé  de 
Pradeda  guardaba  en  la  administración  del  dicho  su  officio,  y  lo  que 
sabe  es: 

"Que  luego  que  traxeron  preso  a  las  dichas  cárceles  secretas,  por 
las  carnestolendas,  a  lo  que  se  quiere  acordar,  de  la  quaresma  próxima 
pasada,  a  un  portugués  mercachifle  llamado  Antonio  Cordero,  para  abe- 
lle  de  traer  preso  pidió  en  presencia  de  esta  declarante  el  dicho  Alcayde 
a  su  hija  doña  Juana,  una  aguja  grande  con  un  hilo  de  acarreto,  que 
dixo  quera  para  traer  un  preso  y  montalle  en  una  silla  de  manos  que 
para  el  caso  avia  prevenido,  y  vió  esta  declarante  que  fué  con  la  dicha 
silla  y  dos  negros  suyos,  el  dicho  Alcayde,  entre  las  doce  y  la  una  del 
dia,  y  de  ay  a  un  rrato  vió  ansimismo  esta  declarante  que  el  dicho  al- 
cayde Bartolomé  de  Pradeda  salió  por  la  puerta  de  las  cárceles  que  sale 
a  su  casa,  y  en  la  cocina  donde  esta  declarante  estaba  y  algunos  negros 
de  su  servicio,  dixo  a  esta  declarante  que  ya  abia  traido  el  preso  y  lo 
dexaba  en  las  cárceles  secretas  y  que  lo  avia  sacado  de  casa  de  Bartolomé 
de  Larrea  y  que  el  preso  hera  un  mercachifle  portugués  llamado  An- 
tonio Cordero,  y  para  que  mejor  lo  conociese  esta  declarante,  le  dixo 
que  hera  un  mercachifle  que  los  dias  pasados  avia  entrado  en  casa  del 
dicho  Alcayde  en  compañía  de  un  pariente,  y  luego  dixo  de  un  hermano 
de  Aguila,  un  escribano,  a  quien  en  México  querían  ahorcar  por  unos 
libelos,  y  por  estas  señas  conoció  esta  declarante  quien  era  el  dicho 
Antonio  Cordero,  por  que  de  él  habia  comprado  ésta  algunas  cosas, 
como  mercachifle  que  andaba  vendiendo  por  las  calles.  Y  dijo  ansimis- 
mo a  esta  declarante  el  dicho  Alcayde  que  la  prisión  avia  sido  por  unas 
palabras  que  avia  dicho  en  la  calle  de  los  Mercaderes  el  dicho  Antonio 
Cordero,  diciendo  que  qué  se  le  daba  a  él  que  aquellos  perros  judíos 
le  quitasen  la  petaca,  y  que  eran  unos  perros  judíos,  y  que  él  hera  más 
hombre  de  bien  que  ellos  y  que  le  mirasen  a  la  cara,  que  avia  de  hacer 
que  se  acordasen  dél  y  que  por  aquellas  razones  le  habían  mandado 
prender,  y  no  dixo  ni  nombró  quienes  heran  los  perros  judíos. 

"Yten,  dixo  que  sabe  esta  declarante  que  todas  las  consultas  que 
en  este  Santo  Oficio  se  hacían  las  oya  el  dicho  alcayde  Bartolomé  de 
Pradeda,  porque  en  habiendo  consulta,  se  metía  en  las  cárceles,  y  se 
ponía  a  escuchar  junto  a  la  ventana  que  cae  a  la  sala  del  Tribunal,  y 


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allí,  encima  de  un  bufete,  se  ponia  a  escuchar.  Lo  cual  sabe  esta  decla- 
rante, por  que  preguntaba  a  los  negros  que  entravan  en  las  cárceles 
qué  hacia  su  amo,  y  le  decian,  en  particular  un  negro  llamado  Domin- 
guillo, entre  bozal  y  ladino,  que  entiende  es  de  casta  bran,  que  su  amo 
estaba  allí  junto  a  la  ventana,  agachado  escuchando,  y  la  ventana  hera 
la  del  Tribunal  que  cae  al  callejón  de  las  cárceles;  y  ansimismo  le  dixo 
Diego  de  Bargas,  alcayde  que  al  presente  es,  que  qué  le  parecía  a  esta 
declarante  cómo  el  Alcayde  estaba  escuchando  las  consultas,  encima  de 
un  bufete,  junto  a  la  dicha  ventana  del  Tribunal,  y  está  cierta  esta  de- 
clarante de  que  hera  verdad  que  se  ponia  a  escuchar  las  consultas  el 
dicho  Alcayde,  porque  a  esta  declarante  la  dixo  que  la  habían  senten- 
ciado, y  que  azotes  la  aseguraba  que  no  tenia,  y  que  de  lo  demás  no 
lo  aseguraba;  y  ansimismo  dixo  quando  se  determinó  la  causa  del  dicho 
Antonio  Cordero,  que  bien  sabia  él  en  qué  abia  de  parar  la  cosa  sobre 
un  pobre,  y  de  ahí,  a  dos  días  o  tres,  que  le  parece  que  fué  un  viérnes, 
nunoue  no  está  cierta  dello,  por  parte  de  tarde,  mandó  prevenir  la  cá- 
mara de  tormento,  y  que  la  barriesen,  y  a  su  hixa  la  dixo  que  truxessen 
unos  pebetes  y  unos  belones  grandes,  y  que  ansimismo  previniesen 
candeleros'  y  tixeras  de  espabilar,  y  aquella  noche  llamó  al  verdugo,  por- 
que otro  dia  por  la  mañana  vino,  y  diciendo  esta  declarante  al  dicho 
Alcayde  que  allí  estaba  un  mulato  que  le  buscaba,  el  dicho  Alcayde 
le  dixo  que  era  el  verdugo,  y  que  le  dixese  que  se  fuera  allá  fuera  y 
esperara  en  la  calle,  y  diciéndole  ésta  que  si  hera  el  verdugo,  que  mejor 
será  para  que  no  lo  conociesen,  que  le  metiera  en  la  cocina  o  en  un 
callejón  de  las  cárceles,  y  el  dicho  Alcayde  la  dijo  a  esta  declarante, 
que  no  se  metiera  en  aquello,  y  que  le  digera  que  aguardara  en  el  patio, 
y  después,  a  cosa  de  las  ocho  de  la  mañana,  que  avia  entrado  el  dicho 
Alcayde  en  las  cárceles,  salió  de  ellas  y  mandó  prevenir  sevo  y  vino  y 
carbón,  y  que  el  sevo  lo  echasen  en  un  perolillo,  y  que  llamasen  a  Mon- 
tesdoca,  el  cirujano,  y  que  a  él  le  hiciesen  unos  guevos  para  almorzar, 
por  que  entendía  que  avian  de  comer  tarde,  y  esta  declarante  y  la  dicha 
su  hija  le  previnieron  todo,  y  le  hicieron  los  huebos,  y  después,  cuando 
se  acabó  el  tormento,  serian  entre  las  once  y  las  doce,  salió  el  dicho 
alcayde  y  llamó  al  dicho  Montesdoca,  que  estaba  aguardando  en  la 
sala,  que  entrase  en  las  cárceles,  y  que  poco  había  sido  menester,  que 
no  estaba  muí  lastimado,  que  dos  o  tres  vueltas  le  habían  dado,  lo  cual 
se  lo  oyó  decir  esta  declarante  al  dicho  alcayde,  estando  en  la  cocina, 
y  con  facilidad  entendían  los  texedores  que  estaban  en  la  casa  del  dicho 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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alcayde,  texiendo,  que  heran  tres,  lo  que  pasaba  en  las  cárceles,  porque 
no  se  rrecataba  de  nadie  el  dicho  Alcayde,  y  le  beian  allí,  al  verdugo 
y  al  cirujano,  y  las  cosas  que  se  prevenian. 

"Yten,  dixo  que  por  el  tiempo  que  estaba  preso  el  dicho  Antonio 
Cordero,  dixo  un  dia  en  presencia  de  esta  declarante  al  dicho  Alcayde, 
fulano  Aguila,  hermano  del  de  México,  que  le  hablan  preguntado  co- 
mo persona  que  era  de  casa  del  dicho  Alcayde,  si  acaso  estaba  preso 
en  la  Inquisición  el  dicho  Cordero,  porque  no  sabian  del  y  entendían 
que  estaba  preso  en  la  Inquisición,  o  que  le  avian  muerto,  pero  que 
mas  se  certificaban  de  que  estaba  preso,  a  lo  qual  el  dicho  Alcayde 
rrespondió  que  allá  lo  verian,  dando  a  entender  que  estaba  preso,  y 
diciéndole  al  dicho  Aguila  que  no  dixese  nada,  y  que  si  estaban  zu- 
rrascados,  que  es  lo  mismo  que  si  estaban  temerosos. 

"Yten,  dixo  que  después  de  algunos  dias  supo  esta  declarante  que 
se  avia  dado  tormento  a  Antonio  de  Acuña,  porque  así  lo  dixo  el  dicho 
Alcayde  en  la  cocina  a  esta  declarante,  diciendo,  Jesús,  qué  gran  tor- 
mento le  an  dado,  y  le  an  tenido  tres  horas,  y  tiene  los  brazos  hechos 
pedazos,  y  le  nombró  por  su  nombre,  diciendo  que  hera  el  dicho  An- 
tonio de  Acuña,  por  que  si  él  no  lo  nombrara,  ni  sabia  su  nombre  esta 
declarante,  ni  conocía  quien  hera,  y  dijo  mas,  que  habia  sido  dalle  el 
tormento  como  dar  en  una  piedra,  y  que  hera  un  mozo  moreno,  de 
rostro  muy  galán  y  de  lindos  hojos,  y  de  lindo  rostro.  Y  después  un 
dia  o  dos,  poco  mas  o  ménos,  pidió  el  dicho  Alcayde  a  esta  declarante 
una  sobrecama  suya  para  ponella  por  sobremesa,  y  una  alfombrita,  y 
un  bufetillo  y  una  silla,  y  lo  metió  en  las  cárceles,  diciendo  que  no  hera 
menester  mas,  por  que  el  secretario  se  sentarla  encima  de  la  cama  del 
preso,  y  esta  declarante  se  la  dió,  y  de  allí  a  dos  o  tres  horas,  poco  mas 
o  ménos,  bió  esta  declarante  que  salió  el  dicho  Alcayde  santiguándose 
y  haciendo  grandes  estremos  y  diciendo  en  presencia  de  ésta,  que  esta- 
ba en  la  cocina,  Jesús,  Jesús,  repitiéndolo  muchas  veces  y  santiguándose, 
y  bolviendo  a  decir  esto  ay  en  Lima,  Jesús,  todos  los  perritos  y  gatitos 
de  la  casa  de  Manuel  Bautista,  an  de  venir  a  comer  la  olla  deste  Santo 
Tribunal,  y  así  por  esta  vez  y  otras  que  le  oyó  decir  lo  mismo  esta  de- 
clarante al  dicho  Alcayde,  supo  mas  de  quince  dias  ántes  que  le  avian 
de  prender  al  dicho  Manuel  Bautista,  como  le  prendieron,  y  lo  mismo 
supo  de  todos  los  demás  que  por  entonces  se  prendieron,  porque  los 
nombraba,  aunque  esta  declarante,  como  no  los  conoce,  no  se  acuerda 
de  sus  nombres,  y  si  fuera  por  alguna  muerte  y  no  por  cosas  del  Santo 


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Oficio  y  no  temiera  a  Dios,  pudiera  esta  declarante  avisar  a  todos  que 
los  avian  de  prender  en  este  Santo  Oficio,  y  en  particular  se  acuerda 
que  le  dijo  una  noche  a  esta  declarante  el  dicho  Alcayde,  aviendo  salido 
de  las  cárceles,  estando  en  la  sala  de  su  casa,  que  si  la  pesara  a  esta  de- 
clarante de  ver  en  las  cárceles  algún  conocido  desta  declarante,  y  ésta 
Ic  dixo  qué  quien  seria,  por  que  no  conocia  a  ningún  portugués,  sino 
hera  a  Antonio  López  que  yba  a  España,  casado  con  una  amiga  de  esta 
declarante,  llamada  doña  Antonia  Melgarejo,  y  entonces  le  dijo  el  di- 
cho Alcayde  a  esta  declarante  que  el  dicho  Antonio  López  hera  judío, 
y  que  se  hiva  huyendo  por  que  no  le  prendiesen,  y  de  ay  a  dos  dias 
le  volvió  a  decir  en  la  cocina,  a  las  doce  del  dia,  que  si  biese  en  aquellas 
cárceles  algún  hombre  que  huviese  hecho  bien  a  esta  declarante  y  que 
la  hubiese  bisitado  allí  en  casa  del  dicho  Alcayde,  que  si  le  pesaría,  y 
ésta  le  dixo,  que  sí  pesaría  como  fuese  judío,  pero  que  si  no  lo  hera, 
que  no  le  pesaría,  y  el  dicho  Alcayde  la  replicó,  pues  ya  sabe  quien  es, 
y  ésta  le  dixo  si  pues  vuestra  merced  me  ha  dicho  otras  veces  que  es 
Antonio  López,  por  que  no  le  tengo  de  saber,  y  entónces  volvió  a  decir 
el  dicho  Alcayde  que  le  avian  de  traer  preso  a  este  Santo  Oficio,  por 
que  avian  despachado  por  él  a  Panamá,  y  por  otros  tres  o  cuatro  judíos, 
y  que  lo  que  sintia  era  que  avian  de  venir  tantos  que  no  estava  seguro 
en  su  casa,  mas  que  hera  fuerza  que  se  la  quitasen. 

"Yten,  dixo  que  considerando  esta  declarante  el  poco  recato  que 
avia  en  las  cárceles,  andava  siempre  con  cuydado  para  dar  parte  de 
ello  a  estos  señores,  porque  en  particular  bió  que  un  dia  estando  gui- 
sando esta  declarante  un  pollo  en  la  cocina  para  Antonio  de  Acuña, 
a  cosa  de  las  once,  salió  como  loco  el  dicho  alcayde  de  las  cárceles,  de- 
xando  la  puerta  que  sale  a  la  cocina  de  ellas  abierta  y  la  llave  en  la 
cerradura,  y  se  fué  muy  apriesa,  y  como  tardava  de  volver,  preguntó 
esta  declarante  a  un  negrito  pequeño  del  dicho  alcayde,  llamado  Agus- 
tinillo,  dónde  estava  su  amo,  el  qual  respondió,  que  ya  avia  tomado 
la  espada  y  la  capa  y  havia  ido  fuera,  y  entónces  esta  declarante  cerró 
la  puerta  de  las  cárceles  con  la  llave  y  se  la  echó  a  la  faltriquera  y  hasta 
la  una  no  bolbió,  y  en  el  ínterin  vino  Diego  de  Vargas  de  fuera,  que  le 
avia  embiado  el  alcayde  por  plata,  y  dixo  que  no  traya  plata,  y  esta  de- 
clarante prestó  seis  reales  para  traer  dos  reales  de  plántanos  y  quatro 
de  vino,  porque  siempre  el  dicho  alcayde  andava  falto  de  plata,  y  trata- 
ron ésta  y  el  dicho  Diego  de  Vargas  de  dar  de  comer  a  los  presos,  y 
sacó  esta  declarante  la  llave  de  la  faltriquera  diciendo  que  ya  era 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


alcaydesa,  que  tenía  la  llave  de  los  presos,  a  los  quales  les  dieron  de 
comer,  y  después  de  haber  comido,  como  dicho  tiene,  vino  el  dicho 
alcayde  de  fuera,  y  ésta  le  dio  la  llave  diciéndole  que  la  tomase,  que  la 
avia  dejado  en  la  puerta,  quedando  abierta,  y  el  dicho  alcayde  la  tomó 
sin  responder  palabra,  y  después  supo  esta  declarante  que  el  dicho  al- 
cayde avia  estado  en  casa  de  doña  Ana,  una  muger  con  quien  ciicho 
alcayde  tenia  amistad  desonesta, 

"Yten,  dixo  que  otras  veces,  fuera  de  la  referida,  se  dexó  el  dicho 
alcayde  la  puerta  de  las  cárceles  abierta  y  la  llave  en  ella,  que  serian 
como  dos  o  tres,  y  salia  fuera  de  casa,  o  estaba  en  ella  en  su  cuarto,  y 
si  esta  declarante  tubiera  mala  alma  y  quisiera  entrar  a  hablar  con  los 
presos,  tubo  lugar  muchas  veces  para  hacello,  por  el  descuido  del  dicho 
alcayde,  el  qual  era  de  manera  que  los  negros  que  entravan  en  las  cár- 
celes a  dar  de  comer  hacian  bellaquerías,  y  en  particular  un  dia  estando 
dando  de  comer  a  los  presos,  se  le  escapa  aun  negro,  que  no  reparó  qual 
de  ellos  hera  esta  declarante,  un  trapito  sucio,  atado  y  redondo,  y  ésta 
lo  alzó,  entendiendo  que  hera  algún  patacón,  y  se  lo  metió  en  la  faltri- 
quera sin  que  nadie  la  viese,  y  acabado  de  dar  de  comer,  esta  declarante 
se  fué  a  su  aposento  y  desató  el  dicho  trapito,  y  bió  que  dentro  del  esta- 
va  un  papel  escrito,  y  dentro  del  papel  estaban  cuatro  pelotillas  redondas, 
mas  gruesas  algo  que  granos  de  maíz,  las  quales  le  olieron  a  esta  de- 
clarante a  yncienso  y  sospechó  y  tuvo  por  cierto  esta  declarante  que  al 
negro  a  quien  se  le  avian  caido  las  dichas  pelotillas,  las  tenia  para 
metellas  algún  preso  de  las  cárceles  secretas,  y  esta  declarante,  por  no 
saber  leer,  aunque  la  letra  le  pareció  de  muger,  llevó  el  dicho  papel  a 
un  religioso  de  San  Francisco  que  no  le  sabe  el  nombre,  y  le  dixo  en 
confesión  lo  que  le  avia  pasado,  y  que  leyese  el  dicho  papel,  el  qual 
decia,  que  tomase  la  noche  antes  que  le  hubiesen  de  dar  tormento  una 
pelotilla  de  aquellas,  y  otra  a  todas,  que  no  está  bien  en  ello,  cuando 
se  lo  hubiesen  de  dar;  y  por  las  razones  del  dicho  papel,  coligió  esta 
declarante  que  debió  de  ser  su  marido  de  quien  enviaba  aquellas  pelo- 
tillas, y  le  decia  ansimismo  que  la  persona  que  las  llevaba  hera  segura, 
y  decia  otras  cosas  de  marido  y  muger,  y  esta  declarante  quemó  el  dicho 
papel  y  hechó  las  pelotillas  en  la  acequia,  y  se  determinó  de  dar  cuenta 
de  ello  al  señor  ynquisidor  Juan  de  Mañozca,  y  fué  aquella  noche  a  su 
casa  para  hablalle,  y  estuvo  aguardando  dos  horas,  y  no  pudo  por  estar 
con  su  señoría  un  hombre  que  dixo  el  paxe  que  habia  venido  de  Chile, 
y  después  fué  de  ay  a  dos  o  tres  noches,  otra,  y  tampoco  pudo  hablalle, 


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porque  dixo  el  paxe  que  estava  ocupado  con  el  presente  secretario,  y 
así  de  allí  a  quatro  o  seis  noches,  fué  a  hablar  a  el  señor  Ynquisidor 
Gaytan,  y  le  contó  todo  lo  que  ha  referido  o  parte  de  ello,  y  después 
le  volvió  a  hablar  otra  vez  por  la  mañana  y  le  dixo,  cómo  no  cómbenla 
que  entrasen  los  negros  del  dicho  alcayde  en  las  cárceles,  y  que  se 
buscasen  unos  negros  bozales  para  que  entrasen,  porque  ni  hera  Yn- 
quisicion,  ni  hera  secreto,  ni  hera  nada  el  dia  que  se  sabia  en  la  casa 
del  alcayde  todo  lo  que  pasava  en  las  cárceles,  y  le  contó  ansimismo  las 
pelotillas  que  habia  hallado  en  la  cocina,  y  el  dicho  señor  Ynquisidor 
se  azoró  mucho  diciendo  que  hera  un  mal  hombre  el  alcayde,  y  le 
dixo  a  ésta  que  por  qué  no  le  avia  llevado  las  pelotillas;  y  en  este 
estado  cesó  la  audiencia  por  ser  tarde,  y  habiéndole  leydo  lo  que  ha 
dicho,  dixo  estar  bien  escrito,  y  por  no  saber  firmar,  lo  firmó  el  dicho 
señor  Ynquisidor. — El  licenciado  Castro. — Pasó  ante  mí — Domingo  de 
Aroche. 

"En  la  ciudad  de  los  Reyes,  en  el  dicho  dia,  mes  y  año  dicho,  es- 
tando el  dicho  Ynquisidor  licenciado  don  Antonio  de  Castro  y  del  Cas- 
tillo en  su  audiencia  de  la  tarde,  mandó  entrar  en  ella  a  la  dicha  María 
de  la  Cruz,  y  siendo  presente,  se  prosiguió  en  la  declaración  que  dexó 
comenzada  esta  mañana,  quatro  deste  dicho  mes  de  henero,  año  de 
mil  y  seiscientos  y  treinta  y  seis,  y  que  prosiga  en  la  dicha  declaración 
debajo  del  juramento  que  tiene  hecho. 

"Dixo  que  por  el  mismo  tiempo  vió  esta  declarante  que  un  hombre 
pequeño  de  cuerpo,  portugués,  basto,  vestido  de  jergueta  parda,  con  un 
rrosario  al  cuello,  que  es  criado  de  Manuel  Bautista  Pérez,  y  no  le  sabe 
el  nombre,  aunque  si  le  ve  le  conocerá,  llegó  a  la  casa  del  alcayde  una 
mañana  entre  las  ocho  y  las  nueve,  poco  mas  o  ménos,  estando  ya  preso 
el  dicho  Manuel  Bautista,  y  preguntó  a  esta  declarante  por  el  alcayde  y 
traya  un  papel  cerrado  en  la  mano  el  dicho  hombre,  y  esta  declarante 
llamó  al  dicho  alcayde,  Bartolomé  de  Pradeda,  y  le  dixo  que  allí  le 
llamaba  un  hombre,  sin  decille  quien  fuese,  y  vió  que  salió  el  dicho 
alcayde  y  habló  con  el  dicho  hombre,  el  qual  le  dió  el  papel  que  traia 
al  dicho  alcayde,  el  qual  dicho  alcayde,  sin  abrir  el  papel,  tomó  su  capa 
y  se  metió  con  el  dicho  papel  en  las  cárceles,  donde  estuvo  mucho  rato, 
y  cuando  salió,  no  le  vió  sacar  papel  ninguno,  y  sospechó  esta  declaran- 
te que  el  papel  debió  de  ser  para  Manuel  Bautista,  por  traelle  hombre 
de  su  casa,  pero  no  sabe  cosa  cierta  esta  declarante  sino  solo  lo  que  ha 
referido. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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"Yten  dixo  que  otras  muchas  veces  vio  que  de  noche  hiva  el  dicho 
hombre  de  casa  de  Manuel  Bautista,  de  cuatro  a  cuatro  noches,  poco 
mas  o  menos,  y  preguntaba  por  el  dicho  alcayde  algunas  veces  a  esta 
declarante,  otras  veces  a  sus  negros,  y  avisándole,  salia  el  dicho  alcayde 
al  patio  o  al  zaguán,  y  hablaba  en  secreto  con  el  dicho  hombre,  y  otras 
veces  avisaba  al  dicho  hombre  que  estaba  allí,  con  Diego  de  Vargas, 
el  qual  ansimismo  le  llamaba,  y  después  que  hablaban  en  secreto  el 
dicho  alcayde  y  dicho  hombre,  veia  esta  declarante  que  metian  en  las 
ocasiones  que  venia,  muchas  conservas  con  dos  negros  que  siempre  traia 
consigo  el  dicho  hombre,  unas  veces  botes  de  azahar,  otras  caxetas  de 
orejones  y  de  cidra  rayada,  y  de  durazno,  otras  veces  unas  albornías 
grandes  de  la  ollería  de  ciulces,  y  una  vez  metió  una  frasquera  llena 
frascos  con  vino,  y  otras  veces  unos  pastelillos  de  dulces  regalados  y 
panes  grandes  amoUetados,  y  todo  lo  tomaba  el  dicho  alcayde  y  lo 
guardaba  en  su  despensilla,  llamando  a  su  hija  doña  Juana  para  que 
lo  guardase,  y  de  ello  embiaba  poca  cosa  al  dicho  Manuel  Bautista  y  a 
su  cuñado,  y  con  todo  lo  demás  se  quedaba,  y  nunca  dió  de  todo  ello, 
con  ser  mucha  máquina,  a  esta  declarante,  y  una  noche  después  a  cabo 
de  dias,  vio  esta  declarante  que  el  dicho  hombre  de  casa  del  dicho  Ma- 
nuel Bautista  llevó  al  dicho  alcayde  Bartolomé  de  Pradeda  una  caxeta 
de  conserva  y  quatro  panes  regalados,  y  le  embió  a  llamar  con  el  dicho 
Diego  de  Vargas,  y  salió  el  dicho  alcayde  y  vió  esta  declarante  que  no 
quiso  recibir  entónces  la  caxeta  ni  los  panes;  y  el  dicho  hombre  dixo, 
después  de  aberse  ydo  el  dicho  alcayde,  que  no  debió  de  haber  querido 
porque  hera  poco,  y  esta  declarante  le  persuadió  a  Diego  de  Vargas  que 
el  lo  recibiese  y  metiese  un  cuchillo  por  los  panes  por  si  traían  algo, 
y  se  los  diese  a  aquellos  desventurados,  pues  el  alcayde  les  daba  tan 
poco  de  lo  que  le  traían,  diciendo  que  por  qué  avian  de  comer  de  aque- 
llo los  perros  judíos,  y  que  se  estuvieran  en  su  casa  y  no  ofendieran  a 
Dios,  y  no  vinieran  a  dalle  aquel  cansancio,  y  el  dicho  Diego  de  Vargas 
no  quiso  tomar  la  dicha  caxeta  y  panes,  y  el  hombre  que  lo  traxo  se 
volvió  con  ello. 

"Yten  dixo  que  ansimismo  sabe  y  vió  que  el  dicho  alcayde  Barto- 
lomé de  Pradeda,  se  quedó  con  cantidad  de  ropa  blanca  de  la  que  traían 
a  Manuel,  y  luego  dixo  a  su  cuñado  de  Manuel  Bautista,  lo  qual  fué 
una  tabla  de  manteles  buena  y  cuatro  servilletas  adamascadas,  y  una 
sábana;  y  a  Antonio  de  Acuña,  de  la  rropa  que  le  traxeron  en  dos 
petacas  tumbadas,  que  las  metió  c9mo  a  las  ocho  de  la  noche  en  su 


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quadra  con  sus  negros,  le  tomó,  habiéndose  encerrado  con  su  hija  y 
abierto  las  dichas  petacas,  una  sábana  y  una  camisa,  unos  calzones  de 
rruan  de  cofre,  camisa  y  calzones,  y  la  sábana  de  rruan  de  fardo,  y 
tres  balonas  de  rrengos  con  puntas  grandes,  de  las  quales  dio  la  una 
a  doña  Ana,  su  amiga,  y  las  otras  dos  a  su  hija  doña  Juana;  y  tomó 
ansimismo  dos  pañuelos  de  cambray  de  avara,  y  una  tabla  de  manteles, 
y  todo  lo  pudo  ver  tomar  esta  declarante,  porque  aunque  se  avian 
encerrado  en  la  quadra,  ésta  estaba  en  la  rrecámara,  donde  dormia,  y 
estaba  entonces  desnudando  a  una  de  las  hijas  del  dicho  alcayde  que 
estaba  enferma,  llamada  Marota. 

"Iten,  dixo  que  faltándole  plata  al  dicho  alcayde  para  dar  de  comer 
a  los  presos,  porque  siempre  andaba  alcanzado  della  después  que  tomó 
la  chácara,  le  dixo  un  dia  ántes  que  prendiesen  a  Manuel  Bautista,  a  su 
negra  María  Carabali,  que  es  la  cocinera,  que  le  pidiese  plata  a  esta 
declarante  para  que  comiesen  los  presos,  por  que  él  no  tenia  de  donde 
traella,  y  la  dicha  negra  se  la  pidió  a  esta  declarante,  y  por  no  tener 
ella,  tomó  una  camisa  suya  labrada  de  seda  azul,  y  con  ella  fué  a  pedir 
diez  pesos  prestados  a  Juan  de  la  Reguera,  panadero,  que  vivia  en  las 
casas  de  la  esquina  de  esta  Ynquisicion,  el  qual  se  los  prestó  a  esta  de- 
clarante sobre  la  dicha  camisa,  diciéndole  que  para  qué  gastava  ésta 
tanta  plata,  que  le  debia  cien  pesos  sobre  otras  prendas,  y  que  bien  sabia 
que  ésta  no  queria  la  plata  para  sí  sino  para  el  alcayde,  y  que  hera  un 
hombre  desagradecido,  y  que  nada  de  quanto  hacia  por  él  se  lo  habia 
de  agradecer  a  esta  declarante,  y  ésta  le  dixo  que  hera  tan  mal  hombre 
el  dicho  alcayde,  que  la  havia  dicho  que  toda  la  casa  de  Manuel  Bau- 
tista avia  de  venir  presa  a  este  Santo  Oficio,  y  mucha  gente  portuguesa; 
y  el  dicho  Juan  de  la  Reguera  le  dixo  a  esta  declarante  que  no  le  creyera 
al  dicho  alcayde,  y  que  hera  un  hombre  mal  intencionado,  y  que  no 
decia  verdad,  y  que  si  le  hubiera  de  decir  las  cosas  que  el  dicho  alcayde 
hablaba,  pero  que  no  hacia  caso  del;  y  de  allí  a  pocos  dias  vió  esta 
declarante  que  el  dicho  alcayde  llevó  al  dicho  Juan  de  la  Reguera  a  que 
viese  su  quenta,  diciéndole  que  si  la  queria  ver,  y  le  metió  en  las  cár- 
celes, viéndolos  esta  declarante  entrar  a  los  dos,  y  viéndolos  después 
salir,  y  que  traia  el  dicho  Juan  de  la  Reguera  unos  hinoxos  y  unos  ale- 
líes en  las  manos,  del  huertecillo  que  el  dicho  alcayde  tenia  dentro  de 
las  cárceles,  y  después  dixo  el  dicho  Juan  de  la  Reguera  a  esta  declarante 
cómo  el  dicho  alcayde  le  avia  enseñado  el  huerto  que  tenia  dentro  de 
las  cárceles,  y  enseñándoselas  todas. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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"Iten,  dixo  que  sabe  y  vio  esta  declarante  que  el  dicho  alcayde, 
Bartolomé  de  Pi'adeda,  metió  en  las  dichas  cárceles  secretas,  dos  o  tres 
veces  a  la  dicha  doña  Ana,  su  amiga,  y  que  se  estuvieron  dentro  de  las 
dichas  cárceles,  cerrada  la  puerta  con  llave,  solos  los  dos,  como  media 
hora,  poco  mas  o  ménos  cada  vez,  y  la  decia  que  entrase  a  ver  el  huerto 
que  tenía  en  las  cárceles. 

"Iten,  dixo  ansimismo  vio  esta  declarante  entrar  a  las  dichas  cár- 
celes, metiéndolas  el  alcayde  a  sus  hijas,  y  con  ellas  a  una  muger  casada, 
llamada  Mariana,  que  oyó  decir  esta  declarante  que  havia  sido  su  dama 
del  dicho  alcayde,  y  las  vió  entrar  dos  veces  quando  davan  de  comer 
a  los  presos,  y  las  hijas  del  dicho  alcayde  y  los  hijos,  los  veia  entrar 
muy  de  ordinario  a  las  dichas  cárceles,  y  en  particular  una  vez  que 
avia  entrado  una  de  las  dichas  sus  hijas,  que  no  se  acuerda  quál  fué, 
se  acertó  a  soltar  el  pechelingue,  y  la  muchacha  salió  dando  voces,  hu- 
yendo dél,  y  esta  declarante  de  presto  echó  el  golpe  a  la  puerta,  por  que 
el  dicho  pechelingue  no  se  saliese,  y  apretó  con  el  cuerpo  la  dicha  puer- 
ta, porque  no  es  de  golpe  sino  de  loba. 

"Iten,  dixo  que  cuando  se  hizo  el  auto  último  en  esta  Inquisición, 
en  que  esta  declarante  salió,  oyó  decir  a  Diego  de  Vargas  que  el  dicho 
alcayde  avia  metido  muchas  mugeres  por  las  cárceles  secretas  para  que 
viesen  el  auto,  y  en  particular,  oyó  decir  esta  declarante  a  una  muger 
que  no  le  sabe  el  nombre,  y  si  la  vé  la  conocerá,  estando  en  conversación 
con  otras  mugeres  en  una  casa  donde  ésta  estava  a  la  sazón,  que  ella 
avia  entrado  a  ver  el  auto  por  la  casa  del  alcayde  y  por  las  cárceles, 
y  se  avia  perdido  en  ellas,  y  ydose  a  la  puerta,  y  que  después  avia  andado 
por  las  cárceles  llamando  a  las  puertas  y  diciendo  los  nombres  de  los 
presos  Manuel  Bautista  y  un  Silva,  y  otros,  y  que  al  cavo  avia  salido 
a  ver  el  auto. 

"Iten,  dixo  que  Jusepe  Freyle,  el  portero  desta  Inquisición,  le  dixo 
a  esta  declarante  que  la  dicha  doña  Ana  le  avia  dicho  que  el  alcayde 
Bartolomé  de  Pradeda  la  metia  en  las  cárceles  y  le  enseñaba  los  aposen- 
tos y  la  huerta,  y  que  aunque  esta  declarante  lo  savia,  se  hizo  de  huevas 
y  le  dixo  al  dicho  Jusepe  que  no  le  creyese,  porque  no  hera  cosa  posible. 

"Iten,  dixo  que  Martin  de  Vargas  y  Diego  de  Vargas  le  digeron 
a  esta  declarante  que  el  señor  Inquisidor  Gaytan  avia  mandado  a  los 
dichos  alcaydes  que  un  dia  que  uvo  consulta,  se  estuviesen  en  la  porte- 
ría y  no  entrasen  en  las  cárceles,  y  que  el  dicho  Bartolomé  de  Pradeda 
avia  andado  diciendo  que  tenia  necesidad  de  yr  por  carne,  estando  ya 

6— La  Inquisición  de  Lima.  Tomo  II 


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J.  T.  MEDINA 


comenzada  la  consulta,  y  que  se  avia  descabullido  y  metídose  en  las 
cárceles,  lo  qual  esta  declarante  se  lo  contó  ansí  al  dicho  señor  Inquisi- 
dor Gaytan. 

"Iten,  dixo  que  sabe  esta  declarante  que  el  dicho  alcayde  Bartolomé 
de  Pradeda  de  ordinario  dexava  los  calavozos  abiertos,  sin  llave,  mas 
que  echado  el  cerrojo,  y  lo  sabe  esta  declarante  porque  entrando  un 
dia  el  dicho  alcayde  en  la  cárcel  de  las  mugeres,  donde  ésta  estava  con 
Juana  Pérez  y  otras,  dixo  el  dicho  alcayde  que  ya  havian  vuelto  a  pren- 
der los  señores  al  mocito,  y  mirándose  la  dicha  Juana  Pérez  con  las 
demás  mugeres,  dixo  el  dicho  alcayde,  hablando  con  la  dicha  Juana, 
ah!  mala  hembra,  que  por  tí,  si  viene  una  visita,  me  ha  de  suceder  una 
desgracia  y  me  has  de  echar  a  pique,  a  lo  qual  respondió  la  dicha  Juana 
Pérez  que  el  dicho  alcayde  tenia  la  culpa,  pues  dejava  los  calabozos  sin 
llave  para  que  pudiesen  salir  los  hombres  a  verse  con  el  judío  y  sacalle 
los  piques  y  para  que  pudiesen  entrar  en  la  cárcel,  donde  ella  y  las 
demás  mugeres  estaban,  a  verse  con  ellas,  y  que  qué  avian  de  hacer  sino 
callar  porque  no  las  matasen,  y  después  de  ydo  el  dicho  alcayde,  le 
contó  a  esta  declarante  una  de  las  presas  llamada  Magdalena  de  Torres, 
que  un  mozo  sastre  y  otro  mozo  gordo  entravan  a  verse  con  la  dicha 
Juana  Pérez  y  con  Isabel  de  Ontañon,  y  que  ofendían  a  Dios  y  estavan 
juntos  desde  las  once  de  la  noche  hasta  las  cuatro  de  la  mañana,  y  que 
entravan  por  un  corralito  que  tenia  la  cárcel  de  las  dichas  mugeres 
junto  a  la  acequia,  y  que  saltaban  por  encima  de  otras  cárceles,  y  que 
la  dicha  Magdalena  de  Torres  le  avia  dicho  al  dicho  alcayde  que  velase 
por  sus  cárceles  y  que  rrondase  de  noche,  y  que  él  no  se  avia  querido 
dar  por  entendido,  y  que  al  baxar  una  noche  uno  de  los  dichos  mozos, 
el  mas  gordo,  por  el  dicho  corralito,  avia  dado  una  cayda  que  por  poco 
se  matara,  y  que  esto  es  lo  que  por  ahora  se  acuerda,  y  si  se  acordare 
mas,  lo  vendrá  a  declarar,  lo  qual  es  la  berdad  debajo  del  juramento 
que  tiene  echo:  encargósele  el  secreto  prometido.  Y  en  este  estado  dixo 
que  se  le  acordaba,  que  un  dia  estando  esta  declarante  en  conversación 
con  el  dicho  Alcayde,  le  preguntó  si  la  "cristalina",  que  es  doña  Da- 
miana  Ortiz,  estava  ya  libre,  y  el  dicho  Alcayde  respondió  a  ésta  que  ya 
estava  en  su  casa,  y  ésta  le  volvió  a  preguntar,  que  cómo  avia  negociado 
tan  bien,  y  ésta  no  negociava,  abiendo  dicho  la  verdad,  y  el  dicho 
Alcayde  respondió  que  a  él  le  devia  el  aber  negociado  tan  bien,  por 
que  la  avia  advertido  que  aunque  la  llamasen  no  declarase  nada,  aun- 
que la  citasen,  hasta  ver  la  acusación  del  Fiscal,  y  que  por  allí  echaría 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


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de  ver  los  testigos  que  tenia,  que  la  dañarian,  y  que  ansí  avia  negociado 
bien,  y  que  su  Señoría  del  señor  Inquisidor  don  Antonio  avia  andado 
riguroso  y  dicho  en  el  Tribunal  que  cómo  aquello  no  se  castigava,  y 
que  uno  de  los  demás  señores  Inquisidores  avia  dicho  que  pues  Dios 
nos  perdonaba  una  y  otra  vez,  que  hera  bien  que  perdonásemos,  y  que 
las  razones  que  en  ésto  avian  pasado  en  sustancia,  decían  las  dichas 
referidas,  y  siéndole  leydo  lo  que  ha  dicho,  dixo  estar  bien  escrito,  y 
que  no  lo  ha  dicho  por  odio  ni  enemistad  que  tenga  al  dicho  Alcayde, 
ni  a  otra  persona,  sino  por  el  descargo  de  su  conciencia  y  por  abérselo 
aconsejado  assí  sus  confesores:  no  firmó  por  no  saber  y  lo  firmó  el  dicho 
señor  Inquisidor.  El  licenciado  Castro.  Pasó  ante  mí,  Domingo  de  Aro- 
che,  secret. 

"En  la  ciudad  de  los  Reyes,  lunes  nueve  de  junio  de  mil  y  seiscien- 
tos y  treinta  y  seis  años,  se  ratificó  esta  testigo  ad  perpetuam  reí  memo- 
rian,  en  lo  que  avia  dicho  contra  el  dicho  alcayde  Bartolomé  de  Pradeda, 
en  las  dos  audiencias  de  mañana  y  tarde,  de  quatro  de  enero  de  seis 
cientos  y  treinta  y  seis  años,  como  parecerá  por  el  proceso  echo  contra 
el  dicho  Alcayde,  y  añadió  contra  el  susodicho  lo  siguiente: 

"Y  añade,  que  saliendo  de  su  aposento  una  mañana,  no  se  acuerda 
el  tiempo  que  ha,  se  sentó  de  rrodillas  en  la  sala  ante  un  cristo  que 
estava  en  un  quadro  de  la  sala  del  dicho  Bartolomé  de  Pradeda,  y  dixo 
"Señor  mió  Jesucristo,  sin  afrenta,  o  con  ella,  me  sacad  de  esta  casa" 
y  estando  en  esto  vide  que  se  meneó  la  cama  del  dicho  Alcayde,  y  que 
estaba  diciendo,  mi  vida,  mi  alma,  y  que  luego  salió  Marucha,  una 
moza,  que  entró  preñada  en  las  cárceles  y  estava  ya  parida,  que  avia 
salido  a  parir  a  casa  del  dicho  Alcayde,  y  ella  como  vido  a  esta  decla- 
rante, se  sonrrió  medio  avergonzada,  y  ésta  no  le  habló  palabra,  ni  se 
dió  por  entendida:  lo  que  hicieron,  o  no,  esta  no  lo  vido,  mas  sab^  que 
después  que  la  dicha  Marucha  estava  suelta  venia  a  verse  con  el  dicho 
Alcayde  de  día,  y  se  encerrava  en  el  aposento  con  ella  y  estavan  grande 
rato"  (11). 

Resumiendo  el  resultado  de  la  investigación,  expresaban  los  Inqui- 
sidores: 

"Consta  que  por  descuydo  suyo  y  dejar  las  cárceles  aviertas,  ha 
ávido  en  ellas  muchas  comunicaciones  entre  los  presos,  de  grave  per- 
juií^io,  y  que  por  dejarse  ansimismo  las  puertas  de  las  cárceles,  no  las 


(11)  Expediente  contra  Bartolomé  de  Pradela,  etr.  Pleitos  rriminales,  legajo  1. 


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J.  T.  MEDINA 


ynteriores,  sino  las  de  afuera,  aviertas,  an  entrado  algunas  perssonas 
ablar  con  los  pressos,  y  algunos  dellos  han  declarado,  aunque  de  oydas, 
que  metió  en  las  cárceles  cierto  amigo  de  uno  de  los  pressos  y  que  le 
enseñó  la  cárcel  donde  estaba  Gerónimo  Diaz  Gutiérrez,  aviendo  echo 
fuga  de  las  cárceles  secretas,  fué  presso  en  Quito  y  traido  a  esta  Inqui- 
sición, y  preguntado  quién  le  dió  favor  y  ayuda  para  yrse,  declara,  de- 
bajo de  juramento,  que  el  mismo  alcayde  Bartolomé  de  Pradeda  le 
dió  la  tra^a  para  la  fuga,  con  que  pudiessen  entender  los  Inquisidores 
que  él  se  avia  uydo;  pero  que  el  mismo  alcayde  le  avia  abierto  las  puer- 
tas y  sacádole  a  la  calle,  y  dándole  seys  reales  para  que  comprase  pan 
y  se  fuesse,  temerosso  de  que  no  declarasse  en  el  Tribunal  muchas  cossas 
que  savia  contra  el  alcayde,  y  en  particular,  que  trataba  carnalmente 
con  una  muger  moga  y  de  buena  traga,  questaba  pressa  en  las  mismas 
cárceles  secretas,  y  que  la  llevaba  a  dormir  con  él  a  su  cassa,  y  desto 
ay  otro  testigo  que  depone  de  vista,  en  rrazon  del  trato  carnal  con  la 
dicha  muger.  Otro  presso,  de  officio  sastre,  le  hacia  trabajar  en  su  cár- 
cel todas  las  obras  de  la  gente  de  su  cassa,  y  para  ello  le  metia  en  su 
cárgel,  messa  y  tijeras,  y  otras  cossas  negessarias. 

"El  secreto  de  las  cárceles,  prisiones  y  diligencias  de  tormento,  y 
otras,  nunca  le  guardava,  antes  lo  comunicaba  con  muchas  perssonas, 
de  manera  que  la  prission  de  Manuel  Bauptista  Pérez,  que  fué  de  las 
más  ymportantes  de  las  que  se  an  echo,  declara  un  testigo  que  quinge 
dias  antes  que  se  ygiesse,  savia  que  se  avia  de  hager,  porque  quando  avia 
consulta,  se  ponia  el  alcayde  agachado,  ansí  lo  dige  el  testigo,  junto  a 
una  bentana  del  Tribunal  que  sale  al  callejón  de  las  cárceles,  donde, 
subiéndose  encima  de  un  bufete,  podia  oyr  sin  que  le  viesen  lo  que  se 
trataba  en  la  consulta,  lo  qual  decia  después  a  sus  confidentes. 

"Con  muchos  de  los  que  oy  están  pressos,  a  tenido  ántes  de  estallo, 
contrataciones  y  metídolos  en  fiangas  que  ellos,  ya  por  temor,  ya  por 
tenelle  grato,  ni  rreusaban  de  hager  en  cantidades  considerables. 

"Tenia  en  su  cassa,  de  mucho  tiempo  a  esta  parte,  telares,  donde 
se  labraban  lamas  de  oro  y  plata  y  diferentes  tegidos  de  sedas  y  passa- 
manerías,  y  tiraba  oro  para  los  passamanos,  y  ésto  con  mucha  gente, 
y  todos  venian  a  ser  savidores  de  lo  que  passava  en  las  cárceles,  por 
tener  la  cassa  del  alcayde  puertas  a  ellas,  gerca  del  obraje  de  los  telares, 
y  aunque  diverssas  veges  se  le  amonestó  no  los  tubiesse,  si  los  rretiraba 
por  tiempo,  luego  bolvia  a  ellos,  y  era  con  tanto  excesso,  que  poco  ántes 
que  se  le  mandasse  rretirar  a  su  chácara,  y  que  no  acudiesse  al  officio 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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de  alcayde,  ubo  muchas  demandas  y  quejas  de  perssonas  officiales  de 
la  rrepública,  quejándose  dél,  de  que  atrabesaba  todas  las  otras  y  que 
ellos  no  tenían  con  que  sustentarse  por  quitárselas  el  alcayde  con  la 
mano  del  oficio  que  tenia,  sobre  que  ubo  autos  e  informaciones,  y 
porque  la  estrechez  del  tiempo  no  da  lugar  a  ynbiar  testimonio  de  lo 
rreferido,  se  ynbiará  en  la  primera  ocassion  de  ésto  y  de  otras  cossas 
tan  grabes,  con  que  pareció  for^osso  atajar  en  los  primeros  passos  de  la 
complicidad  los  malos  que  daba  el  alcayde,  la  cudigia  con  que  promedia, 
los  urtos  que  hacia  en  disminuir  las  rra^iones  de  los  pressos,  y  lo  que 
en  nombre  dellos  re^ibia,  con  color  de  rregalalles,  según  lo  que  se 
servirá  V.  A.  hordenar  lo  que  mas  convenga"  (12). 

Viéronse  precisados  con  esto  los  Inquisidores  a  remover  a  Pradeda 
del  cargo,  nombrando,  según  hemos  visto,  para  que  le  reemplazase  a 
Diego  de  Vargas,  que  hasta  entonces  le  había  servido  de  ayudante,  a 
quien  recomendaban  como  persona  de  satisfacción;  pero  que  luego  hu- 
bieron también  de  separar  por  hechos  enteramente  análogos. 

Con  ocasión  de  las  numerosas  prisiones  de  portugueses  que  en  esos 
días  habían  tenido  lugar,  las  cárceles  primitivas  fueron  absolutamente 
deficientes  para  contener  tantos  presos,  y  así,  según  también  hemos 
visto,  hubo  necesidad  de  ocupar  para  el  objeto  la  casa  del  alcaide,  y 
como  ésta  tampoco  bastara,  se  tomó  otra  contigua,  que  costó  cuatro 
mil  pesos,  labrándose  en  todo  setenta  nuevas  prisiones,  que  repletas 
ya  a  principios  de  ese  año  de  1636,  pensaban  los  Inquisidores  aumentar 
con  una  más  que  había  vecina  y  de  alquiler  (13).  Y  en  efecto,  a  prin- 
cipios del  siguiente,  no  sólo  se  había  arrendado  ésa  sino  también  otra, 
que  dispuesta  convenientemente,  apenas  si  fué  bastante  para  dar  cabida 
a  tanto  reo. 

Por  la  declaración  de  María  de  la  Cruz  conocemos  ya  algunas  de 
las  tretas  de  que  estos  infelices  se  valían  para  aliviar  su  situación  o  para 
comunicarse  entre  sí.  Bajo  este  aspecto  es  interesantísima  la  carta  en 
que  los  jueces  dan  cuenta  al  Consejo  de  todos  esos  ardides,  la  cual,  en 
su  parte  congruente,  dice  así:  "El  material  de  las  cárceles  es  flaco  por 
ser  de  adobes  y  barro  y  son  bajas,  con  que  ocupan  grandísimo  espacio, 
y  los  presos,  toda  gente  belicosa  y  cabilosa,  y  de  mucho  saber,  con  que 


(12)  Carta  de  V>  de  mayo  de  1636.  l'ostcriornicnlc,  en  163ÍÍ,  se  condenó  a  Pradeda  a 
pagar  tres  mil  pesos  de  indemnización,  por  cierta  violación  que  cometió  en  una  joven 
limeña  llamada  Ana  de  Aguilera. 

(13)  Carla  de  20  de  mayo  de  1636. 


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por  mas  cuidado  que  haya  no  podemos  atajar  las  comunicaciones; 
quando  de  otra  manera  no  pueden,  se  entienden  a  golpes  en  las  puer- 
tas, en  que  cifran  el  A  B.  C,  o  dando  una  piedra  con  otra  (que  como 
suelo  y  paredes  son  de  tierra,  fácilmente  las  hallan),  o  buscando  otras 
invenciones  diabólicas  en  que  nos  dan  que  sospechar,  que  muchos  de 
ellos  han  sido  pressos  por  el  Santo  Officio,  y  alguno  lo  confiessa  de  sí, 
porque  están  en  el  orden  de  processar,  y  en  quantas  cautelas  y  malicias 
ay,  grandemente  diestros  . . 

"Las  comunicaciones  de  los  presos  en  las  cárceles  secretas,  fueron 
hijas  de  la  necesidad  y  de  la  codicia  de  los  ministros  que  en  ellas  entra- 
ban, y  del  continuo  imaginar  de  los  presos,  que  da  entendimiento; 
hallóse  esta  Ynquisicion  en  la  complicidad  referida  de  tanto  número 
de  presos  con  diez  y  seis  cárceles,  donde  fueron  menester  más  de  cien- 
to; tomáronse  casas  circumvecinas  propias,  cubriéronse  puertas,  atajá- 
ronse aposentos,  no  con  la  división  que  se  debia,  sino  con  la  comodidad 
que  el  tiempo  y  prisas  daban  lugar;  habia  solo  las  paredes  en  medio, 
en  ellas  hacian  los  reos  agujeros  por  donde  se  comunicaban  a  horas 
señaladas,  y  quando  los  entraba  a  visitar  el  alcayde,  los  tenian  tapados 
con  barro  que  hacian  de  la  tierra  del  suelo  (que  todas  las  cárceles  es- 
taban en  bajo)  y  del  agua  que  les  daban  para  beber.  Los  sirvientes  para 
tanta  gente  eran  negros  bozales,  que  es  el  servicio  de  por  acá,  y  aunque 
lo  eran,  los  reos  como  tratantes  en  esta  mercadería,  trayendo  gruesas 
partidas  de  ellos  desde  Cartagena,  les  hablaban  en  su  lengua,  y  daban 
recados  que  llevasen  los  unos  a  los  otros,  y  muchas  veces  les  daban  pa- 
peles escritos  con  zumo  de  limones,  que  los  pedían  para  achaques  que 
fingían,  o  para  saínete  de  su  comida,  y  aunque  al  parecer  iban  blancos 
los  papeles,  puestos  al  fuego  salían  las  letras,  secreto  que  descubrió  el 
señor  licenciado  Juan  de  Mañozca.  Otras  veces  se  embiaban  con  los  ne- 
gros que  sacaban  los  platos,  quentas  en  guarismos,  en  papeles  viejos, 
que  entre  ellos  eran  cifras  conocidas,  como  parecerá  en  el  pleyto  de 
Manuel  Bautista  Pérez  que  va  en  esta  ocasión.  Otras  se  valían  para  las 
cárceles  circumvecinas  de  golpes  de  piedras,  señalando  un  golpe  la  a, 
dos  la  b,  y  ansí  por  las  demás  letras,  y  quando  llegaba  la  letra  de  que 
se  habían  de  valer  para  la  comunicación,  daban  en  ella  un  repiquete, 
y  el  que  estaba  escuchando  los  golpes,  la  escribía  en  el  suelo  o  en  la 
pared,  y  juntas  después  todas  las  letras,  sacaban  la  dicción  entera.  Ayu- 
daron mucho  a  estas  comunicaciones  dos  ayudantes  de  alcayde  qur 
hubo  en  diferentes  tiempos,  los  quales  sacaban  y  metían  papeles  de 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


87 


fuera,  y  llevaban  avisos  de  unas  cárceles  a  otras.  Uno  llamado  Jusepe 
Freile,  que  por  ser  deudo  cercano  del  Inquisidor ...  y  atendiendo  a  su 
buena  memoria,  habiéndose  tenido  mucho  tiempo  preso  en  una  galera, 
solo  le  desterró  el  Tribunal  a  Chile,  donde  está.  Otro  llamado  Francisco 
Hurtado  de  Valcazar,  con  título  de  familiar,  salió  al  auto  por  estas 
culpas.  Un  platero  que  por  su  casa  contigua  a  las  cárceles  de  las  casas 
que  se  alquilaron,  daba  lugar  a  las  comunicaciones  por  agujeros  que 
tenian  hechos,  y  una  muger  española  que  lo  solicitaba,  fueron  azota- 
dos. Descubriéronse,  aunque  tarde,  estas  comunicaciones,  porque  en- 
trando Juan  de  Iturguyen,  que  a  la  sazón  era  ayudante,  a  medio  dia 
en  las  cárceles  a  rondallas,  oyó  que  de  una  a  otra  se  hablaban  dos  presos, 
dió  quenta  en  el  Tribunal,  y  mandósele  que  llevase  papel  y  tinta  y  con- 
tinuase a  aquella  hora  oir  lo  que  aquellos  presos  decian  y  lo  asentase: 
hízose  por  muchos  dias  y  supiéronse  cosas  importantes  en  razón  de 
comunicaciones  y  se  atajaron  desde  entónces,  como  consta  de  los  autos. 
Las  revocaciones  tuvieron  principio  de  unos  golpes  que  oyeron  los 
presos  se  daban  en  la  capilla  de  esta  Inquisición  para  asentar  en  ella 
unas  puertas  nuevas  con  clavazón  de  bronce,  entendieron  que  era  hacer 
tablado  para  auto  de  fee,  y  como  esperaban  con  mucha  certidumbre 
que  habia  de  venilles  perdón  de  Vuestra  Alteza,  por  la  muchedumbre, 
a  que  decian  que  mas  fácilmente  se  perdonaba,  para  dilatar  el  auto, 
trataron  por  sus  señas  y  golpes,  corriendo  la  palabra  por  las  más  de 
las  cárceles,  de  revocar  y  hacerla  imposible,  que  este  nombre  dieron  a 
esta  traza  diabólica:  declarando  así  algunos  de  los  presos  que  volvieron 
después  a  asentar  en  sus  primeras  confesiones,  y  es  cierto  .  . 

"Como  ya  diximos,  continúan  los  demás  ministros,  el  año  pasado, 
estaban  confitentes  mas  de  treinta  y  seys,  subcedió  que  por  estar  las 
puertas  de  la  capilla  rota  hechas  pedazos,  se  hicieron  unas  nuevas,  y 
al  poner  la  clavaron  de  bronce  que  se  quitó  de  las  viejas,  ubo  dentro 
de  la  capilla  en  dos  o  tres  dias  grandes  martillados:  están  las  cárceles 
contiguas  a  ellas  y  sonaba  mucho  el  ruido;  juzgaron  que  se  hacia  el 
tablado,  y  que  habia  aucto,  y  trataron  de  embarazarle,  tomando  para 
ello  acuerdo,  unos  que  por  falta  de  cárceles  estaban  juntos,  de  ir  revo- 
cando quanto  avian  dicho  de  sí  y  de  otros;  y  por  agujeros  que  fácil- 
mente se  hacen  en  paredes  viejas  y  de  tierra,  abiertas  por  mili  partes, 
de  los  temblores,  se  fueron  comunicando  con  los  vecinos  y  dieron  prin- 
cipio a  sus  revocaciones;  unos  negando  lo  que  habían  dicho  de  sí  y  de 
los  cómplices,  diciendo  se  habían  levantado  a  sí  y  a  ellos  falso  testimo- 


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J.  T.  MEDINA 


nio;  otros  afirmándose  en  su  judaismo  pero  que  habian  depuesto  falsa- 
mente de  otros— Comengó  esto  por  un  Pascual  Diaz,  enfermo  de  asma, 
que  parecía  que  cada  noche  avia  de  espirar,  y  como  tal  estaba  en  com- 
pañía, que  pidiendo  audiencia,  se  afirmó  en  que  era  judaizante,  más 
que  habia  mentido  en  quanto  a  cómplices:  ay  sospecha  que  como  a 
muerto  le  embiaron  adelante  para  saber  cómo  les  salia  la  facción,  y 
después  le  fueron  siguiendo  los  demás:  declarando  algunos  de  ellos, 
ántes  que  se  resolvieran  a  desdecirse,  que  los  revocantes  avian  tomado 
este  medio  para  dar  tiempo  a  tiempo  y  esperar  perdón  de  España,  que 
les  parece  será  imposible  por  la  muchedumbre  de  pressos,  que  aquí  ha- 
cen sobre  doscientos  (como  consta  de  un  pedazo  de  liengo  escrito  que 
se  les  ha  cojido)  y  en  Cartagena  cuarenta;  y  ay  también  argumentos 
llanos  que  con  la  misma  intención  de  alargar  el  tiempo  y  que  no  haya 
aucto  tan  presto,  han  levantado  testimonios  a  algunos  que  están  pressos 
y  a  muchos  de  fuera. 

"Uno  de  estos  pareció  ser  Alonso  Sánchez  Chaparro,  que  en  la 
relación  passada  se  numeró  entre  los  presos,  que  por  haberse  desdicho 
los  testigos,  que  fueron  dos  contestes  y  otro  de  oidas,  y  haber  ynforma- 
cion  de  otros  compañeros  de  cárcel  de  que  se  habian  conjurado  para 
lebantarle  testimonio,  fué  suelto  libremente  por  la  mayor  parte  de  la 
consulta,  en  que  ubo  votos  que  ántes  fuesen  puestos  a  question  los  tes- 
tigos: entregósele  su  hacienda,  y  en  barras  y  reales  mas  de  setenta  y 
dos  mili  patacones  que  se  le  habian  sequestrado,  Hános  puesto  este 
negocio  en  mayor  cuidado,  aunque  hoy  por  estar  en  cárceles  distintas 
separados,  (si  bien  no  dejan  de  hacer  sus  diligencias  por  comunicarse) 
fácilmente  se  aprehenden  en  ellas. 

"Rompen  las  camisas  y  sábanas  y  en  los  pedamos  escriben  con  el 
humo  de  las  velas  lo  que  quieren,  y  a  los  negros  bozales  que  entran 
a  ministerios  no  exemplados,  los  entregan  para  que  los  lleben,  y  desta 
manera  han  venido  a  nuestras  manos  algunos.  También  se  dan  voces 
a  deshoras,  aunque  con  el  castigo  que  luego  hay  si  sienten,  no  se  des- 
mandan mucho  a  vocear.  Y  lo  que  mas  les  ayuda  a  cualquiera  malicia 
es  el  no  haber  otro  género  de  presos  y  guardarse  la  cara  los  unos  a 
los  otros  obstinadamente,  como  en  causa  común;  con  que  aunque  carga 
el  avisso  en  otra  cárcel,  que  aquella  para  que  se  dio,  viene  a  surtir, 
escepto  algunos  por  acreditarse  de  buenos  christianos,  habiendo  pedido 
audiencia,  han  hecho  exhibición  de  estos  trapos,  etc. 

"Los  de  esta  tierra  y  los  de  essa  y  los  de  todas  partes,  se  corres- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


89 


ponden  y  se  entienden  unos  con  otros,  y  así  avran  acudido  por  todos 
los  medios  a  solicitar  el  perdón,  y  a  trueco  de  esperarle  no  avrá  incon- 
vencion  que  no  hagan.  Andavan  metidos  en  las  comunicaciones  en  que 
hay  bien  que  hacer,  deseando  ver  las  causas  en  estado  de  poder  asentar 
en  la  verdad  con  las  diligencias,  porque  sin  ellas  en  tanta  variación  no 
se  podrá  aclarar.  Y  es  de  advertir,  que  los  mas  revocan  después  de 
haberse  ratificado  ante  honestas  personas  en  sus  dichos  y  confessiones, 
y  que  hay  alguno  que  habiéndose  desdicho  de  sí  y  de  otros,  ha  pedido 
audiencia,  y  ratificándose  en  sus  primeras  confessiones,  dicho  que  la 
revocación  que  hizo  fué  falsa,  y  solo  habia  levantado  testimonio  a  Alon- 
so Sánchez  Chaparro,  y  añade  de  nuevo  contra  algunos  de  los  testi- 
ficados. 

"Si  en  algún  tiempo  se  debe  proceder  con  severidad  contra  testigos 
falsos,  es  éste,  en  que  si  es  verdad  lo  que  dicen  de  haber  levantado 
testimonios,  es,  demás  de  ser  tan  atroz  el  delito,  grandísimo  desacato 
del  tribunal,  donde  hombres  que  están  pressos  y  que  no  ignoran  el 
cuidado  con  que  se  procura  la  verdad,  se  descaran  contra  gente  honrra- 
da  e  inocente,  que  si  estando  libres  a  su  disposición,  lo  hicieran  con 
ánimo  de  hacer  el  daño  y  acojerse,  delinquieran  de  malicia.  Pero  donde 
están  cogidos  y  no  pueden  huir  en  malicia  y  poca  vergüenza,  y  no  hacer 
caso  de  la  instrucción,  y  todo  lo  hacen  como  gente  sin  Dios,  infiel  y 
porfiada,  fiados  en  la  misericordia  y  benignidad  del  Sancto  Officio, 
porque  tienen  por  cosa  cierta  que  siempre  que  confiesen  y  pidan  ser 
admitidos  a  reconciliación,  lo  han  de  ser,  con  que  nunca  se  convierten 
a  derechas,  sino  ficta  y  simuladamente,  por  huir  el  fuego  y  quedar 
siempre  malos  judíos  o  buenos  atheístas.  Dios  guarde  a  Vuestra  Alteza 
como  puede.  Reyes,  18  de  mayo  de  1637. — El  licenciado  Juan  de  Ma- 
ñozca. — ¥2  licenciado  Andrés  Joan  Gaytan. — El  licenciado  don  Antonio 
de  Castro  y  del  Castillo". 

El  hecho  era  pues  que  entre  los  encarcelados  había  muchos  que  lo 
habían  sido  por  declaraciones  arrancadas  en  el  tormento,  o  que  habían 
levantado  falso  testimonio  a  inocentes,  como  decían  los  jueces.  Estas 
circunstancias  no  pasaron  inadvertidas  en  el  Consejo,  el  cual  ordenó 
al  Tribunal,  en  10  de  diciembre  de  1636,  que  "para  mayor  acierto  no 
se  dé  paso  sin  grande  fundamento,  particularmente  en  lo  tocante  a  cris- 
tianos viejos  testificados,  por  haberse  esperimentado  en  ese  reyno  que 
los  de  la  nación  hebrea  de  propósito  declaran  falsamente  contra  los 
cathólicos  por  haccUes  daños.  Esto,  señor,  estaba  ya  previsto,  extendido 


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J.  T.  MEDINA 


y  esperimentado  en  esta  ynquisicion  quando  recibimos  la  devuestra  Al- 
teza, decían  los  jueces,  y  habíamos  dado  quenta  en  el  Consejo  por  carta 
de  20  de  mayo  de  637  del  subceso  de  Alonso  Sánchez  Chaparro,  mer- 
cader rico  de  esta  ciudad,  a  quien  de  propósito  se  conjuraron  dos  testi- 
gos a  testificarle  de  dos  actos  del  judaismo,  contestando  en  ellos,  y  des- 
pués se  le  arrimó  otro  de  actos  diferentes,  con  que  por  la  consulta  fué 
mandado  prender  con  secresto  de  bienes,  y  habiéndose  seguido  la  causa 
conforme  a  estilo  del  Santo  Oficio  y  revocado  los  testigos  to<los  sus 
dichos,  fué  dado  por  libre  y  se  le  volvieron  mas  de  sesenta  mil  pesos 
secrestados  y  salió  de  la  prisión  en  9  de  febrero  de  637,  y  siempre  han 
estado  los  que  le  testificaron  firmes  en  las  revocaciones  que  dél  hicieron 
y  perseverantes  de  sí,  no  solo  en  las  audiencias  particulares,  sino  en 
los  tormentos  que  por  varios  y  revocantes  se  les  han  dado  in  caput 
alienum.  Por  los  mismos  pasos  ha  corrido  la  causa  de  Santiago  del 
Castillo,  natural  de  San  Vicente  de  la  Varquera,  en  las  montañas,  a 
quien  testificaron  otros  tres  testigos,  los  dos  contestes  de  un  acto  y  de 
otros  singulares,  y  el  otro  de  acto  particular:  revocaron  en  la  prosecu- 
ción de  la  causa  todos,  antes  y  después  de  avelles  dado  tormento,  con 
que  salió  libre  en  23  de  octubre  de  637  Uno  de  los  testigos  llamado 
Luis  de  Lima,  de  los  principales  autores  de  las  revocaciones  y  suma- 
mente dañoso,  está  condenado  a  relajar,  ansí  por  la  pena  del  talion, 
como  por  vario,  diminuto  y  revocante,  ficto,  simulado,  impenitente,  de 
muchos  que  actualmente  le  testifican:  háse  ratificado  muchas  veces  en 
sus  dichos  antes  del  tormento,  en  él,  y  después  de  él,  luego  ha  vuelto 
a  revocar,  aunque  no  de  sí,  con  que  de  acuerdo  de  toda  la  consulta, 
tuvo  la  sentencia  referida.  La  misma  libertad  han  tenido  Pedro  de  Soria 
Arcilla,  Andrés  Muñoz,  sastre,  Francisco  Sotelo,  Antonio  de  los  Santos, 
Ambrosio  de  Morales,  Jorge  de  Avila  .  .  y  la  causa  de  Manuel  García 
Matamoros  se  suspendió.  Las  demás  se  van  siguiendo,  y  muchas  de 
ellas  están  sentenciadas  y  otras  conclusas,  de  que  se  envia  relación  al 
Consejo,  con  que  se  dispone  la  celebridad  del  auto  para  ántes  de  Navi- 
dad, con  el  favor  divino:  el  qual  estuviera  mucho  ha  fenecido,  si  las 
comunicaciones  de  cárceles  tan  perniciosas  al  buen  progreso,  no  lo  vi- 
nieran estorvando  y  dado  motivo  a  las  revocaciones,  que  los  mas  de  los 
presos  hicieron,  pareciéndoles  que  con  la  dilación  y  hacer  la  cosa  im- 
posible, mejoraban  su  causa,  metiéndola  a  barata  y  llegaría  en  tanto 
perdón  general  de  su  Santidad  y  Magestad  Real.  Así  se  ha  colegido  de 
las  declaraciones  de  muchos  reos,  y  que  de  intento  ponían  unos  a  otros 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


91 


a  las  testificaciones  verdaderas,  muchas  falsas,  para  confundir  lo  que 
era  cierto  con  lo  mentiroso,  que  no  dexan  traga  que  no  intenten,  ni 
malicia  que  no  alcancen.  Fuera  de  los  presos,  hay  otros  muchos  testifi- 
cados en  esta  ciudad  y  reyno,  que  no  son  de  la  nación  portuguesa,  con- 
tra quienes  no  se  procede,  atendiendo  a  la  advertencia  de  Vuestra  Alteza 
y  a  la  flaqueza  de  las  testificaciones  que  en  otro  tiempo  fueron  muy 
bastantes,  y  con  la  experiencia  presente  sospechosas,  y  ansí  se  va  con 
mucho  tiento  en  ellas"  (14). 

Hallándose  las  cárceles  así  atestadas,  a  fin  de  poder  prestar  el  ne- 
cesario esmero  a  la  tramitación  de  las  causas  de  los  portugueses,  los 
ministros  del  Tribunal,  según  ya  se  lo  hemos  oído  referir,  resolvieron 
celebrar  auto  en  la  capilla,  a  fin  de  desembazarse  de  los  reos  cuyas 
causas  estaban  afinadas,  señalando  para  el  efecto  el  día  17  de  agosto  de 
1635,  en  que  tuvo  lugar,  con  presencia  de  los  siguientes: 

José  Cortés  de  Loyola,  natural  del  Callao,  donde  servía  de  galeote, 
de  treinta  y  seis  años,  fraile  profeso  y  expulso  de  San  Francisco,  sacer- 
dote de  misa. 

Luis  de  Morales,  limeño,  de  treinta  y  dos  años,  casado  dos  veces. 
Francisco  Mejía  Mirabel,  cerrajero,  natural  de  Tucumán,  por  idén- 
tica causa. 

Juan  de  Matos,  oriundo  de  La  Habana,  sastre,  por  lo  mismo,  sien- 
do condenado  en  cien  azotes  y  a  galeras  por  seis  años. 

María  de  León,  de  Canarias,  de  cincuenta  años,  por  hechicera, 
abjuró  de  Icvi,  salió  a  la  vergüenza  y  fué  desterrada  a  Potosí  por  seis 
años. 

Juana  Pérez,  mestiza,  de  La  Plata,  de  treinta  años,  por  idéntica 
causa,  salió  con  insignias  y  soga  al  cuello. 

María  de  la  Cruz,  natural  de  Guadarrama,  de  cuarenta  y  cuatro 
años,  también  por  hechicera. 

Magdalena  de  Torres,  de  Chuquisaca,  de  cincuenta  y  uno,  hechi- 
cera, se  presentó  con  insignias  y  vela. 

Isabel  Hontaron,  del  Cuzco,  de  sesenta,  id. 

Sebastián  de  la  Cruz,  griego,  natural  del  imperio  de  Trapizonda, 
por  sospechoso  de  hereje,  salió  con  atributos  de  penitente,  abjuró  de 
vehementi  y  fué  condenado  en  destierro  por  diez  años  y  en  mil  pesos 
de  multa  para  gastos  extraordinarios  del  Santo  Oficio. 


(H)  Carta  del  Tribunal  de  15  de  mayo  de  1658. 


92 


J.  T.  MKDINA 


Jerónimo  González  Tinoco,  natural  de  Saña,  por  haber  confesado 
y  consagrado  óleos  sin  ser  sacerdote,  recibió  cien  azotes  y  cuatro  años 
de  galeras. 

Y  Juan  de  Cabrera  Barba,  de  veintisiete  años,  religioso  profeso  del 
beato  Juan  de  Dios,  ordenado  de  epístola  y  expulso  de  su  religión,  por 
haber  celebrado  misa  sin  ser  sacerdote,  abjuró  de  levi  y  fue  destinado 
a  galeras  por  seis  años. 

Penitenciados  en  la  capilla,  entre  año,  habían  sido,  además: 

José  Ruiz  de  Peñaranda,  bretón,  preso  por  ciertas  proposiciones  he- 
réticas, que  fué  desterrado  a  España  por  toda  su  vida. 

Manuel  Coello,  presbítero,  portugués,  de  sesenta  y  dos  años,  recluso 
en  cárceles  por  sospechas  de  judaizante,  fué  suspendido  de  orden  sacer- 
dotal por  el  resto  de  su  vida. 

Diego  Vásquez  de  Acuña,  también  portugués  y  de  la  misma  edad 
que  el  anterior,  preso  por  idéntica  causa  y  por  algunas  proposiciones 
heréticas,  abjuró  de  vehementi  y  pagó  mil  pesos  de  multa. 

Andrés  de  Estrada  Duque  de  Figueroa,  de  La  Plata,  por  blasfemo, 
salió  con  mordaza  en  la  lengua  y  fué  desterrado  por  diez  años. 

Fr.  Gonzalo  Hernández,  de  Saña,  lego  de  la  Merced,  por  haber 
dicho  misa  y  confesado  sin  ser  sacerdote,  fué  privado  de  órdenes  y 
enviado  a  galeras  por  cinco  años. 

Francisco  de  Valverde,  natural  de  Avila,  de  sesenta  años,  por  ha- 
berse casado  dos  veces. 

Reprendidos  en  la  sala  de  audiencia  fueron: 

El  maestro  Fr.  Diego  de  Cárcamo,  agustino,  por  proposiciones  mal- 
sonantes; José  Freile  de  Moris,  ayudante  del  alcaide  de  las  cárceles  del 
Tribunal,  por  infiel  en  su  oficio;  y  Beatriz  de  Bohorquez,  por  hechicera 
y  haberse  comunicado  con  algunos  presos  del  Santo  Oficio. 

Se  suspendieron  los  procesos  de  Manuel  Bel,  el  capitán  Martín  Mo- 
rato,  Gonzalo  López  Aceituno,  Tomás  Fernández,  Pedro  de  Guzmán, 
Juan  Ramos,  Manuel  García  Matamoros,  Sebastián  Delgado,  Matías 
González  de  Paz  y  Rodrigo  Dávila,  que  habían  sido  prendidos  por  ju- 
daizantes. 

Después  de  haber  sido  acusados  de  lo  mismo,  por  falso  testimonio, 
según  se  descubrió,  salieron  libres  y  en  el  auto  con  palmas,  Santiago 
del  Castillo,  Alonso  Sánchez  Chaparro,  Antonio  de  los  Santos,  Am- 
brosio de  Morales,  Francisco  Sotelo,  Pedro  de  Soria,  Andrés  Muñiz  y 
Jorge  Dávila. 


I.A  I.VOUISICIÓn  de  LfMA 


93 


Siguióse  después  de  ésto  con  ahinco  en  la  tramitación  de  las  causas 
de  los  reos  restantes,  ocurriendo  durante  su  curso  varias  circunstancias 
dignas  de  notarse.  Doña  Mayor  de  Luna,  que  en  un  principio  estuvo 
negativa,  confesó  a  la  primera  vuelta  de  la  mancuerda,  y  su  cuñada 
doña  Antonia  Morón,  se  desmayó  a  la  segunda.  El  hermano  de  ésta,  ' 
llamado  también  Antonio,  y  Domingo  Rodríguez  Muñoz  murieron  en 
la  prisión,  por  lo  cual  se  siguieron  sus  procesos  con  la  memoria  y  fama 
de  ambos.  Diego  de  López  de  Fonseca  sufrió  seis  vueltas,  "y  hablando 
siempre  muy  concertadamente,  llamando  a  Jesús  y  María,  y  quejándose 
y  diciendo  que  le  quitasen  de  allí  y  que  diría  la  verdad,  y  nunca  la  quiso 
decir,  por  muchas  amonestaciones  que  se  le  dieron  para  ello". 

El  proceso  de  Manuel  Bautista  Pérez,  el  más  rico  de  todos  los  de- 
nunciados, "se  llevó  lentamente,  hasta  fenecer  los  de  los  demás  acusa- 
dos. Condenado  a  tormento  //;  capiit  alienum,  y  habiéndose  dado  seis 
vueltas  de  mancuerda,  y  quitado  de  ella,  fué  tendido  en  el  potro  y  se 
le  dió  la  primera  vuelta  de  garrotes  en  los  brazos,  muslos,  espinillos  y 
tudillos,  y  siempre  estuvo  negativo".  Poco  después  el  reo  se  daba  de 
puñaladas  en  la  cárcel,  sin  lograr  poner  fin  a  sus  días. 

Manuel  de  Paz,  de  edad  de  treinta  y  cuatro  años,  que  había  sido 
encerrado  en  la  prisión  el  12  de  agosto  de  1636,  porque  en  un  apunte 
de  confesión  sacramental  que  tenía  redactado  se  le  encontraron  algunas 
palabras  escandalosas  y  porque  se  dijo  que  guardaba  una  biblia;  fué 
encontrado  el  17  de  noviembre,  desnudo  en  camisa,  ahorcado,  habién- 
dose colgado  del  pescuezo  con  una  soguilla  de  una  reja  de  fierro  que 
estaba  encima  de  la  puerta  de  su  calabozo.  Se  mandó  enterrar  su  cuerpo 
en  parte  señalada  para  exhumar  sus  huesos  cuando  conviniese  (15). 

Mucho  más  horrible  aún,  si  cabe,  era  lo  que  había  ocurrido  con 
Mencía  de  Luna.  Era  ésta  una  sevillana,  hija  de  padres  portugueses, 
de  edad  de  veintiséis  años,  casada  con  Enrique  Núñez,  que  testificada 
,en  el  tormento  por  una  hermana  y  una  sobrina  suyas,  fué  reducida  a 
prisión  el  22  de  noviembre  de  1635.  Se  le  acusaba  de  haber  asistido  a  las 
juntas  que  se  tenían  en  casa  del  capitán  Antonio  Morón,  "de  que  guar- 
daba el  sábado  por  fiesta  y  se  ponía  en  él  camisa  y  ropa  limpia,  cenaba 
pescado,  frutas  y  no  carne,  y  ayunaba  el  ayuno  de  la  reina  Ester".  El 
otro  testigo  que  la  denunció,  José  de  Silva,  se  retractó,  volviendo  en 
seguida  a  nombrarla  en  el  tormento,  y  otro  tanto  había  pasatlo  con 


(15)  Carta  tle  Altayaga  de   1."  de  mayo  (ic  16.Í7. 


04 


J.  T.  NíEDINA 


Rodrigo  Váez  Pereira.  Dióse  tormento  entonces  al  marido  de  la  rea, 
y  como  se  mantuviese  negativo,  se  le  condenó  igualmente  a  ésta  a  la 
tortura. 

He  aquí  ahora  lo  que  ocurrió  durante  ella: 

"Y  luego  los  dichos  señores  Inquisidores  y  Ordinarios,  visto  que  la 
dicha  doña  Mcncía  de  Luna  estaba  negativa,  pronunciaron  la  sentencia 
siguiente:  Christi  tiomine  invócalo. 

"Fallamos  atentos  los  autos  y  méritos  del  dicho  proceso,  indicios 
y  sospechas  que  de  él  resultan  contra  la  dicha  doña  Mencía  de  Luna 
que  la  debemos  condenar  y  condenamos  a  que  sea  puesta  a  cuestión  de 
tormento,  en  el  qual  mandamos  estar  y  persevere  por  tanto  tiempo 
quanto  a  nos  bien  visto  fuere,  para  que  en  él  diga  la  verdad  de  lo  que 
está  testificada,  y  apressada,  con  protestación  que  le  hacemos  que  si  en 
el  dicho  tormento  muriese  o  fuese  lisiada  o  se  siguiere  efusión  de  sangre 
o  mutilación  de  miembros,  sea  a  su  culpa  y  cargo  y  no  a  la  nuestra, 
por  no  haber  querido  decir  la  verdad,  y  por  esta  nuestra  sentencia,  ansí 
lo  pronunciamos  y  mandamos  en  estos  escritos  y  por  ellos. 

"Pronunciaron  la  qualidad  de  dicha  sentencia  y  los  dichos  señores 
Inquisidores  y  ordinarios,  dieron  y  pronunciaron  este  dicho  auto,  y  ante 
nos  en  la  audiencia  del  dicho  Santo  Officio  pareció  presente  la  dicha 
doña  Mencía  de  Luna  a  la  cual  se  notificó. 

"Dijo  que  no  debe  nada,  y  que  no  sabe  que  responder. 

"Y  con  tanto  fué  mandada  Uebar  a  la  cámara  de  tormento,  donde 
fueron  los  dichos  señores  Inquisidores  y  ordinarios,  eceto  del  señor  In- 
quisidor Gaytan,  que  se  quedó  y  no  fué,  seria  a  las  nuebe  dadas  de  la 
mañana,  y  estando  en  la  dicha  cámara,  amonestada  que  diga  la  verdad 
y  no  se  quiera  ver  en  tanto  trabajo. 

"Dijo  que  no  devia  nada. 

"Amonestada,  y  fué  mandada  desnudar,  dijo  que  no  devia  nada. 

"Fué  buelta  a  amonestar  que  diga  la  verdad,  donde  no  se  mandará 
poner  en  la  cincha. 

"Dijo  que  no  debia  nada  contra  la  fee,  fué  desnuda  y  puesta  en 
la  cincha;  atados  los  dedos  de  los  piés,  y  por  los  piés  y  espinillos  un 
cordel,  y  los  brazos,  y  por  los  molledos  para  la  mancuerda. 

"Estándola  desnudando  decia  que  no  debia  nada,  y  que  si  en  el 
tormento  por  no  poderlo  Uebar  dijere  algo,  que  no  balga  nada  ni  sea 
válido,  porque  lo  dirá  de  miedo  del  dicho  tormento. 

"Estando  ya  atada  en  la  forma  dicha  y  puesta  en  la  cincha,  fué 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


05 


amonestada  que  dixese  la  verdad,  donde  no,  se  le  mandarla  dar  y 
apretar. 

"La  primera  de  manquerda. 

"Dijo  que  no  debia  nada  contra  la  fee.  Y  fué  mandado  dar  y  apre- 
tar la  primera  buelta,  y  estándosela  apretando  decia,  judía  soy,  judía 
soy,  yo  lo  diré,  y  no  cesó  de  decirlo. 

"Preguntada  cómo  es  judía,  quién  la  enseñó  y  de  qué  tiempo  a 
esta  parte. 

"Dijo  que  Jorge  de  Silba  la  enseñó  a  ser  judía,  y  le  mandó  que 
ayunase  el  martes,  y  que  no  comiese,  y  que  su  madre  y  su  hermana  son 
judías. 

"Preguntada  cómo  se  llaman  su  madre  y  hermana,  que  dice  que 
son  judías. 

"Dijo  que  su  madre  se  llama  doña  Isabel,  y  su  hermana  se  llama 
doña  Mayor. 

"Preguntada  cómo  son  judías,  su  madre  y  su  hermana. 

"Dijo  que  lo  que  quisieran  poner  ahí  pongan,  y  decía  Jesús  que 
me  muero,  miren  que  me  sale  mucha  sangre,  porque  tengo  sangre 
judía:  amonestada  que  diga  la  verdad,  donde  no  se  mandará  cerrar  la 
buelta,  y  dar  la  segunda. 

"Dijo  que  Jorge  de  Silba  la  enseñó  a  ser  judía. 

"Fuéle  dicho  que  diga  la  verdad,  donde  no  se  le  mandará  dar  y 
apretar  la  segunda  buelta. 

"Dijo  que  ha  de  decir  que  no  debe  nada. 

"Fuéle  mandado  dar  y  apretar  la  segunda  buelta,  y  estándosela 
apretando  se  quejaba  diciendo:  ay,  ay,  y  se  estaba  callando,  y  en  este 
estado,  que  serian  cerca  de  las  diez  de  la  mañana,  se  quedo  desmayada; 
y  se  le  echó  un  poco  de  agua  y  aunque  estuvo  un  rrato  de  esta  suerte, 
no  bolbió  en  sí,  por  lo  qual  los  dichos  señores  Inquisidores  y  ordinario, 
dijo  que  suspendían,  y  suspendieron  el  dicho  tormento,  para  repetirle 
cada  y  cuando  que  les  pareciese,  y  los  dichos  señores  se  salieron  de  la 
cámara  e  yo  el  infrascripto  notario,  me  quedé  en  ella  con  los  ministros 
que  asisten  al  dicho  tormento,  que  fueron,  el  alcayde  Joan  de  Uturgoyen 
y  el  verdugo,  y  un  negro  que  le  ayuda,  y  quitaron  de  la  dicha  cincha 
a  la  dicha  doña  Mencía  de  Luna,  y  la  echaron  en  un  estradillo  que 
estaba  a  sus  piés,  para  que  lebantase,  de  suerte  que  pudiese  ser  puesta 
en  la  cincha,  y  luego  entró  Joan  Riesco  ayudante  de  las  dichas  cárceles 
secretas,  y  le  fueron  desatadas  a  la  dicha  doña  Mencía  de  Luna  las 


96 


J.  T.  MEDINA 


dichas  dos  bueltas  de  mancuerda  y  no  bolbia  en  sí,  por  lo  qual,  por 
mandado  de  los  dichos  señores  Inquisidores,  me  estube  en  la  dicha 
cámara  del  tormento  con  los  dichos  ministros,  para  ver  si  volbia  en  sí 
la  dicha  doña  Mencía,  y  aunque  me  estube  hasta  las  once  del  día,  no 
bolbió  en  sí,  antes  estaba  sin  pulso  ninguno,  los  ojos  quebrados,  los 
labios  de  la  boca  cárdenos,  el  rrostro  y  pies  frios  de  todo  punto,  y  aun- 
que se  le  puso  la  luna  de  un  espejo  por  tres  beces  encima  del  rostro, 
salia  tan  limpio  como  quando  se  le  ponia,  de  suerte  que  todas  las  señales 
que  tenía  la  dicha  doña  Mencía  de  Luna,  era  al  parecer  de  estar  natu- 
ralmente muerta;  de  que  doy  fee:  que  todas  las  señales  de  muerta  eran 
según  quedan  referidas,  y  el  resto  del  cuerpo  se  le  iba  ansimismo  en- 
friando, y  el  lado  del  corazón  no  hacia  movimiento  ninguno,  aunque 
le  puse  la  mano  sobre  él,  ántes  estaba  frío,  según  que  todo  pasó  ante 
mí. —  Joan  Castillo  de  Benavides"  (16). 

Los  inquisidores,  sin  embargo,  no  se  dieron  por  satisfechos  con  esto, 
sino  que  siguiendo  la  causa  contra  la  memoria  y  fama  de  su  víctima,  en 
14  tie  enero  de  1689  la  votaban  a  ser  relajada  en  estatua,  con  confiscación 
de  bienes  (17). 

"Publicación  del  auto  de  la  Fé. — Sustanciadas  las  causas  de  los  que 
habían  de  salir  al  auto,  y  habiendo  el  Tribunal  del  Santo  Oficio  deter- 
minado hacerlo  domingo  23  de  enero,  dia  del  defensor  de  María,  San 
Ildefonso  (y  no  sin  misterio,  pues  éstos  no  lo  confiesan  por  Madre  de 
de  Dios,  y  así  en  las  Ave  Marías  que  rezaban  por  cumplimiento,  no 
decían  JESUS)  del  año  corriente,  ordenó  se  publicase  a  1.°  de  diciembre 
de  1638.  La  primer  dilijencia  que  se  hizo  fué  darle  aviso  al  señor  Conde 
de  Chinchón,  virey  de  estos  reinos,  desta  determinación.  Llevóle  el  señor 
doctor  don  Luis  de  Betancurt  y  Figueroa,  fiscal  de  la  Inquisición,  y  con- 
tenia, que  el  dia  referido  celebraba  auto  el  Tribunal  del  Santo  Oficio, 


(16)  Fe  fíe  la  tyinerfe  y  en/ierro: 

"En  la  ciudad  de  los  Reyes,  domingo  veinte  y  seis  dias  del  mes  de  setiembre  de  mil 
seiscientos  cuarenta  yocho  años  a  hora  de  las  diez  y  media  del  tlia,  poco  mas  o  menos, 
Joan  de  Yturgoyen,  alcayde  de  las  cárceles  secretas  de  este  Santo  Oficio,  me  llamó  a  mí  el 
.secretario  de  este  Santo  Oficio,  diciendo  fuese  a  ver  las  dichas  cárceles  secretas,  porque  que- 
rian  enterrar  el  cuerpo  de  doña  Mencía  de  Luna,  que  avia  muerto,  y  abicndo  ido  allí,  vi 
en  las  dichas  cárceles  que  hoy  son  en  las  casas  que  eran  de  Joan  Martinez  de  Arrova,  al 
cabo  de  una  acequia  que  está  cubierta  con  una  tabla  larga,  hecho  un  hoyo  y  sepultura,  donde 
estaba  puesto  el  cuerpo  muerto  de  la  dicha  doña  Mencía  de  Luna,  naturalmente  y  sin  cubrir 
con  tierra,  hasta  que  yo  le  viese  y  certificase  de  ello,  según  que  así  pasó  y  lo  vi,  de  que 
doy  fe. —  Mallín  Díaz  de  Contreras. 

(17)  Sólo  (¡aitán  fue  de  opinión  que  se  suspendiese  toda  tramitación. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


97 


para  exaltación  de  nuestra  santa  Fé  Católica  y  extirpación  de  la  herejías, 
y  que  se  hacia  saber  a  su  Excelencia,  esperando  acudiría  a  todo  incon- 
veniente, a  la  autoridad,  y  aplauso  del,  como  príncipe  tan  celoso  de  la 
relijion  católica  y  culto  divino. 

"Retardóse  este  auto,  aunque  la  dilijencia  de  la  Inquisición  fué  con 
todo  cuidado,  por  culpa  y  pretensión  de  los  mismos  reos.  Fué  el  caso, 
que  habiéndose  puesto  unas  puertas  nuevas  en  la  Capilla  de  la  Inqui- 
sición, que  cae  a  la  plaza  della,  edificio  insigne,  tanto  por  la  grandeza, 
como  por  la  curiosidad  de  varias  y  famosas  pinturas,  de  que  está  siem- 
pre adornada,  y  reja  de  ébano,  que  divide  el  cuerpo  del  altar  mayor, 
obra  de  los  señores  que  oy  viven,  y  donde  oyen  misa  todos  los  dias,  y 
se  les  predica  las  quaresmas,  acudiendo  a  este  ministerio  los  mejores  pre- 
dicadores del  reino,  y  donde  de  ordinario  se  hacen  autos  particulares, 
que  pudieran  ser  generales  en  otras  partes.  Para  adorno,  pues,  de  las 
puertas,  se  guarnecieron  con  clavazón  de  bronce,  y  el  ruido  que  se  hizo 
al  clavarlas  les  dió  tanto  en  qué  entender  a  los  judíos,  que  con  nota- 
bles estratajemas  se  trataron  de  comunicar,  como  lo  hicieron,  diciendo: 
ya  se  llega  la  hora  en  que  se  nos  ha  de  seguir  algún  gran  daño,  que  nos 
está  aparejado,  no  ay  sino  revoquemos  nuestras  confessiones,  y  con  ésto 
retardaremos  el  auto,  y  para  mejor  traigamos  muchos  cristianos  viejos 
a  estas  prisiones,  y  abrá  perdón  jeneral,  y  podrá  ser  nos  escapemos.  Assí 
lo  hicieron,  qué  fue  la  causa  de  que  durase  tanto  tiempo  la  liquidación 
de  la  verdad. 

"El  mismo  dia,  pues,  y  a  la  misma  hora  llevó  el  mismo  recaudo  a 
la  Real  Audiencia,  Martin  Diaz  de  Contreras,  secretario  mas  antiguo 
de  la  Inquisición,  a  tiempo  que  los  señores  della  baxaban  del  dosel,  y 
como  católicos  caballeros,  consejeros  del  Grande  Felipe,  máximo  en  dar 
honras  al  Tribunal  del  Santo  Oficio:  recibieron  el  recaudo  en  pié  a  la 
puerta  de  la  sala,  con  toda  cortesía,  mandando  cubrir  al  Secretario,  y 
hablándole  de  merced.  Al  Cabildo  Eclesiástico  en  sede  vacante,  llevó 
el  aviso  Pedro  Ossorio  del  Odio,  recetor  jeneral  del  Santo  Oficio.  Al 
Cabildo  Seglar,  el  secretario  Pedro  de  Quiros  Arguello.  A  los  Prelados 
de  S.  Domingo,  S.  Francisco,  S.  Agustín,  Nuestra  Señora  de  las  Merce- 
des, de  la  Observancia  y  Recolecciones,  Compañía  de  JESUS,  y  a  los  de 
San  Juan  de  Dios,  Martin  de  Vargas,  nuncio.  A  la  Universidad,  el  doctor 
D.  Antonio  de  San  Miguel  y  Solier,  abogado  del  Fisco  y  pressos  de  la 
Inquisición,  catredático  de  Prima  de  Cánones,  y  vecino  encomendero 
deste  Reyno,  y  dias  después  al  Consulado. 

7 — La  Inquisición  de  Lima.  Toniu  II 


98 


J.  T.  MEDINA 


"El  Excelentísimo  señor  Virey,  como  christianísimo  príncipe  y  en 
todo  cabal  gobernador,  embió  respuesta  a  la  Inquisición,  estimando  el 
aviso  que  se  le  daba,  y  mostrando  particular  placer  de  ver  acabada  obra 
tan  tlesseada. 

"El  mismo  recaudo  embió  la  Real  Audiencia.  Lo  mismo  hicieron 
los  Cabildos  Eclesiásticos  y  Secular,  la  Universidad  y  los  demás  Tribu- 
nales y  Consulado. 

"Antes  de  publicarse  el  auto,  se  encerraron  todos  los  negros  que 
servían  en  las  cárceles  en  parte  donde  no  pudieron  oir,  saber  ni  enten- 
der de  la  publicación,  porque  no  diessen  noticia  a  los  reos,  pues  aun- 
que la  Inquisición  usaba  para  ésto  negros  ménos  bocales,  acabados  de 
traer  de  la  partida  (no  es  posible  ménos  en  este  reyno)  eran  ladinos 
para  los  portugueses,  que  como  los  traen  de  Guinea  sabian  sus  lenguas, 
y  así  ésto  les  ayudó  mucho  para  sus  comunicaciones,  con  otras  trabas, 
como  la  del  limón  y  el  abecedario  de  los  golpes,  cosa  notable,  la  pri- 
mera letra  era  un  golpe,  la  segunda  dos,  la  tercera  tres,  &.  Daban  pues 
los  golpes  que  correspondían  a  la  primer  letra  de  la  dicción,  y  parando 
el  que  los  daba,  assentaba  en  un  adobe  el  avisado,  aquella  letra  con  un 
clavo,  luego  le  daban  otra  letra  con  los  golpes,  luego  otra,  y  al  cabo 
hallaban  escrito  lo  que  se  querían  avisar,  con  otras  cifras  y  caracteres 
con  que  se  entendían,  claro  indicio  de  su  complicidad. 

"Publicóse  el  auto  el  dia  determinado,  miércoles  primero  de  di- 
ziembre;  fué  uno  de  los  demás  regozijo  que  esta  noble  ciudad  ha  teni- 
do. Hízose  con  mucha  ostentación;  iban  todos  los  familiares  con  mucho 
lustre,  a  caballo,  con  varas  altas,  y  al  son  de  ministriles,  trompetas  y 
atabales  passearon  las  calles  principales.  Detras  de  los  ministros  iban 
los  oficiales  de  la  Inquisición,  Martin  de  Vargas,  nuncio,  Manuel  de 
Monte  Alegre,  procurador  del  Fisco,  Antonio  Domínguez  de  Valcazar, 
notario  de  secretos,  Bartolomé  de  la  Rea,  contador,  Pedro  Ossorio  del 
Odio,  recetor  general,  Pedro  de  Quiros  Arguelles,  secretario,  y  el  ca- 
pitán D.  Juan  Tello,  alguazil  mayor.  Dióse  el  primer  pregón  en  la  pla^a 
de  la  Inquisición,  y  el  segundo  en  la  pública,  frontero  de  la  puerta 
principal  de  Palacio.  Era  ésta  la  forma. 

"El  Santo  Oficio  de  la  Inquisición  haze  saber  a  todos  los  fieles 
christianos  estantes  y  habitantes  en  esta  ciudad  de  los  Reyes,  y  juera 
della,  cómo  celebra  Auto  de  la  Fé  para  exaltación  de  nuestra  santa  fé 
católica  a  los  23  de  enero,  dia  de  san  Ilefonso,  del  aFio  que  viene  de 
1639,  en  la  plaza  pública  desta  dicha  ciudad,  para  que  acudiendo  a  él 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


99 


los  fieles  católicos,  ganen  las  indulgencias  que  los  Sumos  Pontífices  han 
concedido  a  los  que  se  hallan  a  semejantes  actos,  que  se  manda  prego- 
nar para  que  llegue  a  noticia  de  todos. 

"Ocurrió  gente  sin  número  a  ver  esta  disposición  primera,  dando 
gracias  a  Dios  y  al  santo  Tribunal,  que  ilaba  principio  a  auto  tan  gran- 
dioso, que  todos  presumian  serlo  por  las  muchas  prisiones  que  abia 
hechas.  Acabada  la  publicación,  volvieron  los  ministros  y  oficiales  con 
el  mismo  orden  a  la  Inquisición. 

"Publicado  el  auto,  se  llamó  a  Juan  de  Moneada,  que  ha  más  de 
50  años  que  sirve  en  estas  ocasiones  a  la  Inquisición,  y  se  le  dió  orden 
de  que  hiciesse  las  insignias  de  los  penitenciados,  sambenitos,  corozas, 
estatuas,  y  para  los  relajados  cruces  verdes,  recibiéndoseles  antes  jura- 
mento de  secreto,  y  a  sus  oficiales,  dióseles  aposento  en  lo  interior  de 
la  casa  del  Alcayde,  donde  las  obraron  sin  ser  vistos  de  nadie,  y  en  este 
tiempo  se  le  dió  órden  al  alguazil  mayor  que  con  familiares  que  seña- 
lassen  rondassen  de  noche  la  quadra  en  cerco  del  Santo  Oficio,  sin  que 
a  esto  se  faltasse  un  punto  hasta  el  dia  del  auto,  como  se  hizo. 

"Descripción  del  Tablado. — Juéves  dos  de  diciembre,  se  dió  prin- 
cipio al  tablado,  que  como  abia  de  ser  tan  suntuoso  y  el  cadahalso  tan 
grande,  fué  necesario  comenzar  desde  entónces.  Tuvo  el  tablado  prin- 
cipal de  largo  y  frente,  quarenta  y  siete  varas,  y  trece  de  ancho,  y  desde 
el  suelo  al  plan,  cinco  varas  y  dos  tercias;  fundóse  en  treinta  y  nueve 
piés  derechos  de  media  vara  de  gruesso  cada  uno,  y  en  ellos  se  pusieron 
trece  madres  de  palmo  y  medio  de  gruessos,  donde  cargaban  tablas  y 
cuartones  que  hacian  el  asiento,  todo  cercado  de  varandas.  Sobre  el  plan, 
hácia  la  parte  del  Cabildo,  igual  al  de  sus  corredores,  se  pusieron  cinco 
gradas,  cojió  el  sitio  dellas  diez  y  nueve  varas  de  largo.  En  el  plan  de 
la  última  se  puso  el  asiento  para  el  Virrey  y  Tribunal  del  Santo  Oficio, 
que  venia  a  estar  dos  varas  y  tres  quartas  alto  del  plan  del  tablado,  y 
a  los  lados  de  una  parte  y  otra  corria  igualmente  el  lugar  donde  abia 
de  estar  la  Real  Audiencia.  De  las  cinco  gradas  dichas,  la  primera  se 
dedicó  para  peaña  del  Tribunal.  La  segunda  en  órden  para  el  señor 
Fiscal  de  la  Inquisición,  y  capitán  de  la  guardia  de  su  Excelencia.  A 
los  lados  los  de  su  familia,  y  Prelados  de  las  relijiones.  La  tercera  para 
los  calificadores,  oficiales,  y  ministros  del  Santo  Oficio,  y  religiosos  gra- 
ves. La  quarta,  para  las  familias  de  los  señores  Inquisidores. 

"Al  lado  siniestro  del  Tribunal,  se  levantó  un  tablado  al  igual  del, 
de  once  varas  de  largo  y  quatro  de  ancho,  cubierto  de  celosía,  con  tanto 


100 


J.  T.  MEDINA 


primor,  que  su  prevención  parece  fué  de  anticipado  tiempo  para  ocu- 
parle su  Excelencia  de  la  señora  Virreyna,  y  las  mugeres  de  los  señores 
de  la  Real  Audiencia.  Escogióse  este  sitio  por  llevar  el  aire  hácia  allí 
la  voz  de  los  letores,  y  la  comodidad  del  passadizo.  A  un  lado  y  otro 
de  los  señores  de  la  Audiencia,  se  les  señaló  lugar  a  los  del  Tribunal 
de  Cuentas. 

"A  la  mano  derecha  del  Tribunal,  se  pusieron  quatro  gradas  de 
nueve  varas  de  largo,  media  mas  bajas  que  él.  Las  tres  dél  las  ocupó  el 
Cabildo  Eclesiástico,  y  la  otra  ocupó  la  Universidad  Real,  con  otras  tres 
gradas  que  volvían  atravesadas  al  cadahalso,  mirando  hácia  Palacio.  Al 
lado  izquierdo  del  Tribunal,  media  vara  mas  bajo  que  él,  y  el  tablado 
de  la  señora  Virreyna,  se  formaron  quatro  gradas  de  nueve  varas  de 
largo  para  el  Regimiento  y  Cabildo  de  la  ciudad,  para  el  Consulado, 
y  para  los  Capitanes  vivos  dellas  y  del  Callao.  A  las  espaldas  del  Cabildo 
Eclesiástico,  se  levantó  un  tablado  de  doce  varas  de  largo,  media  mas 
bajo  que  el  Tribunal,  parte  dél  para  el  Marqués  de  Baydes,  que  estaba 
dividido  con  celosías,  y  lo  restante  ocuparon  las  mujeres  de  los  Reji- 
dores, 

"En  medio  del  tablado,  mirando  al  Tribunal,  se  formó  el  altar  de 
dos  varas  de  largo  poco  mas,  en  proporción,  y  al  lado  derecho,  al  prin- 
cipio del  passadizo  o  crujía,  se  puso  el  pulpito  donde  se  abia  de  predi- 
car y  leer  las  sentencias.  Lo  restante  deste  tablado  se  llenó  de  bancos 
rasos,  para  las  personas  que  hubiessen  de  tener  assiento,  que  después 
los  ocuparon  religiosos  de  todas  Ordenes  y  caballeros  de  la  ciudad,  cuya 
disposición  de  lugares  y  fábrica  del  tablado  tomó  a  su  cargo  el  señor 
Inquisidor  don  Antonio  de  Castro,  y  de  tratar  con  su  Excelencia  lo  que 
conviniesse,  y  todos  los  señores  davan  licencias  escritas,  sin  las  cuales 
ninguno  era  permitido  en  el  tablado. 

"Del  Palacio  se  hizo  un  passadizo  por  la  parte  que  miraba  a  la 
plaza,  estaba  cubierto  con  celosías,  y  por  la  otra,  aforrado  con  tablas, 
tenia  18  varas  de  largo,  y  dos  de  ancho;  cortóse  un  paño  del  balcón 
de  la  esquina  de  palacio,  y  desde  él  al  plan  del  passadizo,  se  bajava  por 
trece  gradas,  divididas  en  tres  partes.  La  primera  de  siete  y  las  dos  de 
tres  cada  una,  puestas  a  trechos,  para  decender  y  subir  con  toda  facili- 
dad; parecía  un  hermosísimo  balcón  o  galería  que  dava  adorno  a  los 
tablados.  , 

"Del  principal  al  cadahalso  de  los  reos,  estava  una  crujía  de  veinte 
varas  de  largo  y  tres  de  ancho,  cercada  de  varandas,  como  el  tablado 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


101 


y  cadahalso.  Este  era  de  la  mesma  lonjitud  que  el  tablado  principal, 
pero  de  ancho  no  tenia  mas  de  nueve  varas.  En  él  abia  seis  gradas,  cada 
una  de  dos  tercias  de  alto.  La  primera  tenía  36  pies  de  largo  la  2^  32, 
la  3.*  28,  la  4.*  24,  la  5.''  20,  la  6.^  cjue  fué  assiento  para  los  relajados, 
tenia  8,  y  en  el  plan  se  pusieron  muchos  bancos  rasos,  que  después  ocu- 
pó gente  honrada  de  la  ciudad.  Encima  de  la  última  grada  estaba  la 
media  naranja,  que  formaban  tres  figuras  de  horrendos  demonios. 

"En  el  vacío  que  avia  del  tablado  al  cadahalso,  por  un  lado  y  otro 
de  la  cruxía,  se  levantaron  dos  tablados  mas  baxos  que  el  principal  vara 
y  media,  tenian  ambos  quarenta  y  siete  varas  de  largo  y  veinte  de  an- 
cho; destas  quedaron  veinte  varas,  diez  en  cada  uno,  para  las  familias 
de  los  señores  de  la  Real  Audiencia  y  ministros  del  Santo  Oficio,  y  de 
los  caballeros  principales,  y  lo  restante,  el  uno  a  cargo  de  Bartolomé 
Calderón,  maestro  de  esta  obra,  de  que  le  hizo  gracia  la  Inquisición 
para  que  se  aprovechasse,  por  c]uanto  avia  hecho  estos  dos  tablados  a 
su  costa,  y  para  decir  la  grandeza  y  sumptuosidad  dellos  y  gran  número 
de  gente  que  huvo,  baste  decir  que  se  subió  a  ellos  por  veinte  y  una 
escaleras,  catorce  de  adobes,  y  la  una  tan  grande  que  se  gastaron  dos 
mil  adobes  en  ella,  y  cuando  se  desvarataba  parecía  ruina  de  una  torre, 
y  las  siete  de  madera  con  sus  caxas,  y  debaxo,  para  comer  algunas  fa- 
milias, huvo  trece  aposentos  con  sus  puertas  cerradas  con  llaves. 

"Para  la  sombra  del  tablado  principal  y  los  demás,  se  pusieron  22 
árboles,  cada  uno  de  veinte  y  quaro  varas  de  alto,  y  en  ellos  se  hicieron 
firme  las  velas,  que  ocuparon  100  varas  de  largo  y  setenta  de  ancho, 
atesadas  con  muchas  vetas  de  cáñamo,  con  sus  motones,  poleas  y  qua- 
dernales,  con  que  quedó  el  velámen  tan  llano  y  firme,  siendo  tan  largo, 
como  si  fuera  puesto  en  bastidor:  llegó  a  estar  veinte  varas  alto  del 
suelo,  causando  apacible  sombra. 

"Tardó  el  tablado  en  hacerse  cincuenta  dias,  trabajándose  en  él 
continuamente,  sin  dexarse  de  la  mano  ni  aun  los  dias  solemnes  de 
fiesta,  siendo  los  obreros  dos  maestros  y  los  negros  de  ordinario  diez  y 
seis.  No  se  le  encubrió  a  los  señores  de  la  Inquisición  el  grande  concur- 
so de  gente  que  avia  venido  a  ver  el  auto  de  mas  de  quarenta  leguas 
de  la  ciudad,  y  assí  con  la  providencia  que  todo  previno  la  confussion 
y  desórden  que  pudo  aver  sobre  los  asientos.  Para  esto  vino  al  tablado 
el  señor  licenciado  don  Antonio  de  Castro,  inquisidor,  y  los  repartió  en 
la  forma  cUcha,  y  para  firmeqa  de  lo  hecho,  mandó  el  Tribunal  prego- 
nar que  ninguna  persona,  de  cualquier  calidad  que  fuesse,  ecepio  los 


102 


J.  T.  MEDINA 


caballeros,  gobernadores,  y  ministros  familiares  que  asistiessen  a  la  guar- 
da y  custodia  del  tablado,  donde  se  aína  de  celebrar  el  Auto  de  Fé  fuese 
osado  a  entrar  en  él,  ni  el  de  los  penitentes,  so  pena  de  descomunión 
mayor  y  de  30  pesos  corrientes  para  gastos  estraordinarios  del  Santo 
Oficio.  Dictólo  Luis  Martinez  de  Piafa. 

"Para  execucion  de  lo  referido,  nombró  el  Tribunal  ocho  caballe- 
ros muy  principales  desta  ciudad,  que  asistiessen  con  sus  bastones  ne- 
gros, en  que  estaban  pintadas  las  armas  de  Santo  Domingo,  para  execu- 
tar  las  órdenes  del  Tribunal,  que  lo  hicieron  con  la  puntualidad  que 
de  su  nobleza  se  esperaba.  Fueron  don  Alonso  de  Castro  y  del  Castillo, 
hermano  del  señor  inquisidor  don  Antonio  de  Castro,  don  Francisco 
Messia,  del  hábito  de  Calatrava,  Domingo  de  Olea,  del  de  Santiago, 
don  Francisco  Luxan  Sigorey,  corregidor  y  justicia  mayor  de  Canta, 
don  Fernando  de  Castilla  Altamirano,  corregidor  y  justicia  mayor  de 
Caxatambo,  don  Diego  de  Agüero,  don  Alvaro  Yxar  y  Mendoza  y  don 
Antonio  de  Córdova,  que  tuvieron  assiento  desde  la  mesa  de  los  secre- 
tarios, que  estaba  a  mano  derecha  del  altar,  por  un  lado,  y  desde  el 
púlpito,  hasta  las  gradas,  por  otro,  en  quatro  bancas  de  doblez,  haciendo 
calle  para  la  cruxía.  Aquí  estuvieron  los  siete  de  la  fama,  que  salieron 
con  palma  de  santos  testimonios,  con  los  caballeros  padrinos. 

"El  viernes,  que  se  contaron  21  de  enero  del  año  corriente,  mandó 
el  Tribunal  a  sus  oficiales  y  ministros  que  el  sábado  siguiente  a  las  ocho 
estuviessen  en  la  capilla  del  Santo  Oficio  a  la  missa  ordinaria,  como  lo 
hicieron,  y  habiendo  entrado  todos  en  la  sala  de  la  Audiencia,  el  señor 
licenciado  don  Juan  de  Mañozca,  del  Consejo  de  su  Majestad,  en  el 
General  de  la  santa  Inquisición,  les  hizo  un  razonamiento  con  palabras 
graves,  exortándolos  a  que  acudiessen  con  amor  y  puntualidad  a  sus 
oficios,  y  por  que  fué  éste  el  primero  dia  en  que  se  vieron  en  esta  ciudad 
de  Lima  los  hábitos  de  los  oficiales  y  ministros  del  Santo  Oficio,  que 
ostentaron  con  grande  lustre,  echando  costosas  libreas,  pondré  el  decreto 
que  sobre  ellos  proveyó  el  Tribunal. 

"Los  señores  Inquisidores  deste  Reyno  del  Perú,  vistos  los  títulos 
de  N.  dan  licencia  para  que  se  pongan  el  hábito  y  cruz  de  Santo  Do- 
mingo en  este  presente  Auto,  que  se  ha  de  celebrar  a  los  23  de  enero 
próximo  que  viene  de  1639  y  su  víspera,  y  los  demás  días  que  manda 
Su  Majestad  y  los  señores  de  su  Consejo  Supremo  de  la  Santa  y  General 
Inquisición.  I  así  lo  proveyeron  y  mandaron  y  señalaron  en  presencia 
de  mí  el  presente  secretario  deste  Santo  Oficio.  En  los  de  2b  de  diciem- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


103 


bre  de  1638.  Rubricado  de  los  señores  Inquisidores,  Martin  Diaz  de 
Contreras. 

"Parecieron  pues  en  las  calles  los  oficiales  del  Santo  Oficio,  los  cali- 
ficadores, comisarios,  personas  honestas,  y  familiares,  todos  con  sus  há- 
bitos, causando  hermosura  la  variedad,  y  regocijo  a  la  gente,  que  ya 
estaba  desde  por  la  mañana  sábado  en  copioso  número  por  la  plaza  y 
calles. 

"Procesión  de  la  Cruz  Verde. — Todo  este  dicho  dia  estuvo  la  Cruz 
verde  (que  el  dia  ántes  abian  llevado  seis  religiosos  dominicos)  coloca- 
da en  la  capilla  del  Santo  Oficio,  con  muchos  cirios  encendidos,  que  dio 
la  Orden  de  Santo  Domingo,  afectuosa  a  la  Inquisición.  Era  la  Cruz 
de  mas  de  tres  varas  de  largo,  hermoseada  con  sus  votones.  Para  la 
procesión  della  concurrieron  las  comunidades  de  las  religiones  de  Santo 
Domingo,  San  Francisco,  San  Agustin,  Nuestra  Señora  de  las  Merce- 
des, y  sus  Recolecciones,  la  Compañía  de  jesus,  y  los  de  San  Juan  de 
Dios,  a  las  casas  de  la  Inquisición,  a  las  tres  de  la  tarde.  A  las  cuatro 
se  comenzó  a  formar:  iba  delante  el  estandarte  de  la  Fé,  que  lo  llevava 
don  Francisco  López  de  Zúñiga,  Marqués  de  Baydes  y  Conde  de  la 
Pedrosa,  gobernador,  y  capitán  general  del  reyno  de  Chile,  del  Orden 
de  Santiago:  una  de  las  borlas  llevava  Hernando  de  Santa  Cruz  y  Padi- 
lla, contador  mayor  del  Tribunal  de  Cuentas,  y  otra  Francisco  Gutié- 
rrez de  Coca,  tio  de  la  Marquesa,  y  ambos  sus  hábitos  de  familiares. 
Acompañaban  el  estandarte  algunos  ministros  y  muchos  caballeros  de 
la  ciudad.  Seguíanse  los  Religiosos  de  todas  órdenes,  que  ivan  en  tanto 
número  y  concierto,  que  cogían  tres  calles  en  largo  quando  salió  la  Cruz 
de  la  capilla.  Luego  ivan  los  calificadores,  todos  los  familiares  y  comis- 
saríos  y  oficiales  del  Santo  Oficio  acompañando  al  P.  M.  Fr.  Luis  de 
la  Raga,  provincial  de  la  Orden  de  Santo  Domingo,  que  llevava  la 
Cruz.  Ivanla  alumbrando  48  religiosos  de  su  familia,  con  cirios  encen- 
didos; detras  iva  el  secretario  Martin  Diaz  de  Contreras,  en  medio  del 
secretario  Pedro  de  Quiros,  y  del  Alguazil  mayor.  Iva  delante  de  la 
Cruz  verde,  la  Capilla  de  la  Catedral,  de  superiores  y  eminentes  voces 
y  diestros  músicos,  y  la  de  Santo  Domingo,  no  inferior  a  ella:  cantaban 
el  himno  Vexilla  Regís  prodcunt,  triunfos  de  la  Cruz  contra  herejes, 
en  canto  de  órgano,  y  algunos  salmos,  que  él,  la  gravedad  del  acto,  el 
silencio  de  tanta  gente  provocaba  a  amor  y  veneración  al  Santo  Tri- 
bunal y  a  celo  fervoroso  del  aumento  y  pureza  de  la  Fé. 

"Assí  caminó  la  procesión  con  toda  magestad  hasta  la  pla9a  de  la 


104 


J.  T.  MEDINA 


ciudad,  y  sin  torcer  llegó  a  las  puertas  principales  de  Palacio,  y  desde 
allí  tomó  la  vuelta  a  coxer  las  del  tablado,  que  miraban  a  la  calle  de 
los  Mercaderes  en  llegando  a  él  recibió  la  Cruz  el  P.  presentado  Fray 
Gaspar  de  Saldaña,  prior  del  Convento  de  Santo  Domingo,  y  la  subió 
al  tablado,  y  colocó  en  el  altar,  que  estaba  ricamente  adornado.  A  este 
tiempo  la  música  entonó  el  versículo  Hoc  signum  Crucis,  y  el  responso, 
y  el  prior  dixo  la  oración  de  la  Cruz,  y  dexando  en  su  guarda  los  reli- 
giosos mas  graves  de  su  convento,  muchos  cirios  para  su  lustre,  y  cuatro 
faroles  de  vidrieras  contra  el  viento  de  la  noche,  se  despidió  de  los 
oficiales  y  ministros,  con  que  se  acabó  esta  acción.  Ocurrió  a  ella  el 
mayor  número  de  gente  que  jamas  ha  visto  la  ciudad  de  los  Reyes, 
ocupando  las  calles  y  placas  de  Palacio  y  el  de  la  Inquisición,  y  las 
ventanas,  balcones  y  techos,  y  el  grande  número  de  personas  que  acom- 
pañó la  procession  fué  causa  de  haberse  detenido  desde  las  quatro  hasta 
la  oración,  que  llegó  al  tablado  la  Cruz,  gobernando  la  procession  el 
doctor  don  Juan  Saenz  de  Mañozca,  y  el  doctor  don  Antonio  de  San 
Miguel  Solier,  abogados  del  Fisco,  y  presos  del  Santo  Oficio. 

"Notificación  de  las  sentencias. — Este  dia,  entre  las  nueve  y  las 
diez  de  la  noche,  se  notificaron  las  sentencias  a  los  que  avian  de  ser 
relajados,  y  quedaron  con  ellos  religiosos  de  todas  las  religiones,  que 
el  Santo  Oficio  embió  a  llamar  para  este  efecto,  a  quien  se  dió  aquella 
noche  una  muy  cumplida  colación,  y  a  los  ministros.  Mandóseles  a 
éstos  avisassen  a  los  que  avian  de  acompañar  a  los  reos  que  estuviessen 
al  dia  siguiente  a  las  tres  de  la  mañana  en  las  casas  de  la  Inquisición. 

"Poco  después  de  notificadas  las  sentencias  a  los  relaxados,  volvie- 
ron en  sí  Enrique  de  Paz  y  Manuel  de  Espinosa,  y  con  el  uno  hizo 
audiencia  el  señor  Inquisidor  Andrés  Juan  Gaitan,  y  con  el  otro,  el  se- 
ñor Inquisidor  don  Antonio  de  Castro,  hasta  las  tres  de  la  mañana,  y 
a  aquella  hora  se  llamó  a  consulta,  en  que  se  hallaron  con  los  señores 
Inquisidores,  el  señor  licenciado  don  Juan  de  Cabrera,  tesorero  de  la 
santa  Iglesia,  provisor  en  sede  vacante  y  ordinario  del  Santo  Oficio,  y 
los  señores  doctor  don  Martin  de  Arrióla,  oydor,  y  licenciado  don  Gar- 
cía Francisco  Carrillo,  fiscal  de  lo  civil,  consultores;  faltó  el  señor  oydor 
Andrés  Barahona  de  Encinillas  por  estar  enfermo  de  la  enfermedad  que 
murió.  En  esta  consulta  se  admitieron  a  reconciliación  los  dichos. 

"Dióseles  de  almorzar  a  los  penitenciados  este  dia  a  las  tres,  para 
cuyo  efecto  se  mandó  llamar  un  pastelero  tres  días  antes,  y  debajo  de 
juramento  de  secreto,  se  le  mandó  cuitlase  desto,  de  modo  que  antes 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


105 


de  la  hora  dicha  entuviesse  el  almuerzo  en  casa  del  Alcayde,  que  se 
hizo  con  toda  puntualidad. 

"A  la  hora  señalada  acudieron  muchos  republicanos  honrados,  con 
deseo  que  les  cupiesse  algún  penitenciado  que  acompañar,  para  mostrar 
en  lo  que  podian  el  afecto  con  que  deseaban  servir  a  tan  Santo  Oficio. 
Pero  para  que  se  entienda  ser  esto  moción  de  Dios  y  para  ejemplar  de 
todos  los  fieles,  sucedió  que  don  Salvador  Velazquez,  indio  principal, 
sargento  mayor  de  la  milicia  de  los  naturales,  entró  en  el  Santo  Oficio 
a  la  misma  hora  que  los  republicanos,  de  gala,  con  espada,  y  daga  pla- 
teada, y  pidió  que  le  honrassen  a  él,  dándole  una  estatua  de  las  que 
habian  de  salir  en  el  auto,  que  a  esso  solo  iba,  y  visto  su  afecto,  se  le 
concedió  lo  que  pedía,  y  a  otro  compañero  suyo.  Como  iban  saliendo 
los  presos  de  las  cárceles,  se  les  iba  poniendo  a  cada  uno  las  insignias 
significadoras  de  sus  delitos,  y  entregándolo  a  dos  personas  de  las  refe- 
ridas, a  quien  se  les  encargaba  que  no  le  dejassen  hablar  con  nadie, 
y  que  lo  llevasen  y  volviessen  a  aquel  lugar,  escepto  a  los  relajados,  en 
quanto  a  la  vuelta.  Diósele  órden  a  Juan  Rodríguez  Panduro  de  Duran, 
teniente  de  alcayde,  que  se  quedasse  en  el  Santo  Oficio  en  guarda  de 
las  cárceles. 

"Procession  de  los  penitenciados. — Acabada  esta  diligencia  con  to- 
dos los  reos,  llegaron  a  las  casas  del  Santo  Oficio  las  quatro  cruces  de 
la  iglesia  mayor  y  demás  parroquias,  cubiertas  de  luto,  con  mangas 
negras.  Acompañávanla  los  curas  y  sacristanes,  y  clérigos,  con  sobre- 
pellices. A  esta  hora,  que  seria  como  a  las  cinco,  estavan  formados  dos 
esquadrones  de  la  infantería  española,  uno  en  la  plaza  del  Santo  Oficio, 
otro  en  la  principal  desta  ciudad,  y  quedando  las  vanderas  en  los  esqua- 
drones, vinieron  dos  compañías  destas,  que  fueron  en  escolta  de  los 
penitenciados.  Comenzó  a  salir  la  procession  de  las  casas  del  Santo 
Oficio:  delante  ivan  las  cruces  en  la  forma  dicha,  acompañadas  de  los 
curas,  sacristanes  y  clérigos,  en  copioso  número.  Seguíanse  los  peniten- 
ciados de  menores  delitos,  hechiceras,  casados  dos  veces.  Luego  los  ju- 
dayzantes,  con  sus  sambenitos,  y  los  que  avian  de  ser  acotados,  con  sogas 
gruessas  a  las  gargantas;  los  últimos  ivan  los  relaxados  en  persona,  con 
corozas  y  sambenitos  de  llamas  y  demonios  en  diversas  formas  de  sier- 
pes y  dragones,  y  en  las  manos  cruces  verdes,  menos  el  licenciado  Silva, 
que  no  la  quiso  llevar  por  ir  rebelde:  totlos  los  demás  llevavan  velas 
verdes.  Ivan  los  penitenciados  uno  a  uno,  en  medio  de  los  acompañantes, 
y  por  una  vanda  y  otra  dos  hileras  de  soldados  que  guarnecían  toda  la 


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J.  T.  MEDINA 


procession.  Detras  de  los  reos  iva  Simón  Cordero,  portero  de  la  Inqui- 
sición, a  caballo,  llevaba  delante  un  cofre  de  plata,  pieza  curiossísima 
y  de  valor,  iva  cerrado  con  llave,  y  dentro  las  sentencias  de  los  culpados; 
rematavan  la  procession  Martin  Diaz  de  Contreras,  secretario  mas  an- 
tiguo, a  caballo,  con  gualdrapa  de  terciopelo,  y  el  capitán  don  Juan  Tello 
de  Sotomayor,  alguacil  mayor  de  la  Inquisición,  y  el  secretario  Pedro 
de  Quiros,  que  llevavan  en  medio  al  secretario  Martin  Diaz  de  Con- 
treras. 

"Caminó  la  procession  por  la  calle  que  tuerce  hasta  la  del  monas- 
terio de  monjas  de  la  Concepción,  y  desde  allí  baxó  derecha  hasta  la 
plaza,  que  prosiguió  por  junto  a  los  portales  de  los  sombrereros,  hasta 
llegar  cerca  de  la  calle  de  los  Mercaderes,  siguiendo  el  camino  por  muy 
cerca  del  portal  de  Escribanos,  de  donde  se  fué  apartando  para  llegar 
a  la  puerta  de  la  escalera  del  cadahalso,  que  estuvo  cerrada  hasta  entón- 
ces,  la  cual  abrieron  quatro  familiares  que  la  guardaban,  y  subieron  los 
penitenciados  en  la  forma  que  avian  venido,  y  se  sentaron  en  los  lugares 
que  les  estaban  señalados  en  el  cadahalso. 

"Por  las  calles  por  donde  passó  la  procession  fué  tanto  el  número 
de  gente  que  ocurrió  a  ver  los  penitenciados  que  no  es  posible  sumarla: 
baste  decir  que  cinco  dias  antes  se  pusieron  escaños  para  este  efecto, 
y  detras  dellos  tablados  por  una  banda  y  por  la  otra  de  las  calles,  donde 
estaba  la  gente  dicha,  fuera  de  la  que  avia  en  los  balcones  y  ventanas 
y  techos,  y  en  muchas  partes  avia  dos  órdenes  de  tablados,  y  en  la  plaza, 
tres. 

"Acompañamiento. — El  Virey,  príncipe  prevenido  en  todo,  y  muy 
en  las  cosas  del  servicio  de  Dios  y  del  rei,  avia  dado  órden  a  D.  Diego 
Gómez  de  Sandoval,  caballero  del  órden  de  Santiago,  su  capitán  de  la 
guarda,  para  que  tuviesse  a  punto  el  acompañamiento  con  que  avia  de 
ir  a  la  Inquisición  su  Excelencia,  y  quando  avisó  el  tribunal,  que  seria 
a  las  cinco  y  media,  estaba  a  punto.  Salió  de  palacio  con  mucha  órden 
el  acompañamiento:  iva  primero  el  clarín  de  su  Excelencia,  como  es 
costumbre  quando  sale  en  público.  Luego  iva  la  compañía  de  arcabuces 
de  la  guardia  del  reyno  con  su  capitán  D.  Pedro  de  Zarate,  que  aunque 
enfermo,  no  se  escusó  de  tan  sancta  acción.  Seguíanse  muchos  caballe- 
ros de  la  ciudad:  luego  iva  el  Consulado,  en  forma  de  tribunal.  Se- 
guíanse el  colejio  real  de  San  Felipe  y  de  San  Martin,  que  también  lo 
es,  y  a  cargo  de  los  padres  (.le  la  compañía  de  lESVS,  en  dos  órdenes, 
llevando  el  de  San  Martin  al  de  San  Felipe  a  la  mano  derecha,  rema- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


107 


tando  éste  con  su  retor.  Seguíase  la  Universidad  Real,  precediendo  los 
dos  védeles  con  sus  ma^as  atravesadas  al  hombro,  y  detras  dellos  ivari 
los  maestros  y  doctores  de  todas  facultades,  con  sus  borlas  y  capirotes, 
el  último  su  retor.  Seguíanse  los  dos  cabildos  eclesiástico  y  secular.  Al 
cabildo  eclesiástico  en  sede  vacante  antecedía  el  pertiguero,  con  gorra 
y  ropa  negra  de  terciopelo.  Luego  ivan  los  dos  notarios  públicos  del 
juzgado  eclesiástico,  y  el  secretario  de  cabildo.  Seguíanse  los  racioneros, 
canónigos  y  dignidades,  y  en  último  lugar,  el  señor  doctor  don  Barto- 
lomé de  Benavides,  jues  subdelegado  de  la  Santa  Cruzada,  arcediano, 
porque  el  señor  maestro  don  Domingo  de  Almeyda,  deán  de  la  santa 
iglesia  de  Lima,  no  fué  a  este  acompañamiento  por  estar  falto  de  salud. 
Al  cabildo  secular,  que  iva  a  la  mano  izquierda  del  eclesiástico,  ante- 
cedían los  meceros  con  gorras  y  ropa  de  damasco  carmesí,  con  sus  ma- 
zas atravesadas.  Luego  ivan  los  oficíales  del  cabildo,  luego  los  regidores 
y  alguacil  mayor  de  la  ciudad,  los  jueces,  oficíales  reales,  administrado- 
res de  la  real  hacienda.  Ivan  detras  de  todos  el  capitán  don  Pedro  de 
Castro  Igaziguí,  caballero  del  Orden  de  Santiago,  y  a  su  mano  izquier- 
da, el  capitán  don  Iñigo  de  Zúñiga,  alcaldes  ordinarios.  Seguíanse  los 
dos  reyes  de  armas.  Luego  ivan  los  señores  Francisco  Márquez  de  Mo- 
rales, capitán  Fernando  de  Santa  Cruz  y  Padilla,  don  Fernando  Brabo 
de  Laguna,  Alonso  Ibañez  de  Poza,  del  Tribunal  mayor  de  cuentas; 
luego  el  capitán  de  la  guarda  de  su  Excelencia,  y  a  su  mano  izquierda, 
Melchor  Malo  de  Molina,  alguacil  mayor  de  la  Real  Audiencia.  Se- 
guíanse los  señores  fiscales  don  García  Francisco  Carrillo  y  Aldrete,  de 
lo  civil,  y  don  Pedro  de  Meneses,  del  crimen;  ivan  luego  cuatro  señores 
alcaldes,  doctores  don  Juan  González  de  Peñafiel,  don  Christóval  de 
la  Cerda  Sotomayor,  don  Juan  Bueno  de  Roxas,  y  licenciado  don  Fernan- 
do de  Saavedra.  Seguíanse  cinco  señores  oidores  desta  Real  Audiencia, 
doctores  don  Antonio  de  Calatayud,  del  Oriien  de  Santiago,  don  Mar- 
tín de  Arrióla,  licenciado  Christóval  Cacho  de  Santillan,  doctor  don 
Gabriel  Gómez  de  Sanabria,  y  el  doctor  Galdos  de  Valencia:  llevaban 
en  su  compañía  a  los  señores  licenciados  Gaspar  Robles  de  Salzedo, 
oydor  de  la  Real  Audiencia  de  la  Plata,  y  doctor  Francisco  Ramos  Gal- 
van,  fiscal  della.  Seguíase  luego  el  excelentísimo  señor  don  Luis  Geró- 
nimo Fernandez  de  Cabrera  y  Bovadilla,  Conde  de  Chinchón,  ilel  Con- 
sejo de  Estatio  y  Guerra,  Virey  y  capitán  general  ilestos  reynos,  y  a  los 
lados,  en  dos  hileras  los  soldados  de  la  guarda  de  a  pié,  coxiendo  en 
medio  la  Real  Audiencia  en  la  forma  ordinaria;  detras  de  su  Excelencia 


108 


J.  T.  MEDINA 


ivan  sus  criados,  y  con  ellos  en  primer  lugar  don  Luis  Fernandez  de 
Córdova,  capitán  de  la  compañía  de  los  gentiles  hombres  lanzas,  y  de- 
tras la  dicha  compañía,  que  ccrrava  este  acompañamiento. 

"Como  ivan  llegando  los  primeros  a  las  casas  de  la  Inquisición  se 
ivan  quedando  a  una  parte  y  a  otra,  dejantlo  calle  por  donde  pasó  la 
Real  Audiencia,  acompañando  al  Vircy,  que  entró  en  ellas,  donde  halló 
a  los  señores  Inquisidores  Apostólicos  en  forma  de  Tribunal,  con  cape- 
los negros,  insignias  de  su  tlelegacion,  y  a  muía,  y  habiéndole  hecho 
las  cortesías  devidas,  y  retornándolas  su  Excelencia,  volvió  a  salir  el 
acompañamiento  por  la  misma  calle  y  en  la  forma  que  abia  venido, 
que  fué  la  que  va  derecha  de  la  Inquisición  hasta  la  del  arzobispo.  Lle- 
vaba el  estandarte  de  la  Fé,  el  señor  doctor  don  Luis  Betancurt  y  Fi- 
gueroa,  fiscal  del  Santo  Oficio,  Llevávanle  en  medio  el  señor  don  An- 
tonio de  Calatayud,  oydor  mas  moderno,  y  el  señor  don  Fernando  de 
Saavedra,  alcalde  mas  antiguo,  y  ambos  las  borlas  del  estandarte.  Luego 
ivan  los  señores  licenciado  Christóval  Cacho  de  Santillan  y  doctor  don 
Martin  de  Arrióla,  oydores,  y  licenciado  Robles  de  Salcedo,  y  doctor 
Francisco  Ramos  Calvan,  oydor  y  fiscal  de  la  Real  Audiencia  de  la 
Plata.  Seguíase  el  señor  Inquisidor  don  León  de  Alcayaga  Lartaun,  y 
a  su  mano  izquierda,  el  señor  doctor  don  Cabriel  Gómez  de  Sanabria, 
presidente  de  sala.  Luego  el  señor  inquisidor  don  Antonio  de  Castro 
y  del  Castillo,  y  a  su  mano  izquierda,  el  señor  doctor  Caldos  de  Valen- 
cia, oydor  mas  antiguo.  Detras  iva  su  Excelencia  en  medio  del  señor 
Inquisidor  mas  antiguo,  licenciado  don  Juan  de  Mañozca,  del  Consejo 
de  su  Magestad,  en  el  de  la  santa  y  general  Inquisición,  que  iva  a  la 
mano  derecha,  y  del  señor  licenciado  Andrés  Juan  Gaytan,  ynquisidor, 
que  iva  a  la  siniestra. 

"Detras  iva  el  alférez  Francisco  Prieto,  de  la  familia  del  señor 
licenciado  don  Juan  de  Mañozca,  a  caballo:  llevaba  en  las  manos  una 
fuente  dorada,  con  sobrepelliz,  estola  y  manual  del  Santo  Oficio,  para 
la  forma  de  las  absoluciones,  con  sobrefuenta  de  tela  morada,  guarne- 
cida de  puntas  de  oro. 

"Y  para  dar  toda  honra  a  los  que  salieron  libres  de  los  testimonios 
de  los  judíos,  acordó  el  Tribunal  que  fuessen  en  este  acompañamiento 
con  sus  padrinos,  y  su  Excelencia  les  mandó  señalar  lugar  con  la  Ciu- 
dad: fué  espectáculo  de  admiración  ver  a  un  mismo  tiempo  triunfar 
la  verdad  y  castigarse  la  mentira,  efectos  de  la  rectitud  del  Santo  Oficio. 
Iva  Santiago  del  Castillo  en  medio  de  don  Antonio  Meoño  y  don  Mi- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


109 


guel  de  la  Lastra,  caballeros  del  Orden  de  Santiago;  Pedro  de  Soria, 
de  don  Juan  de  Recalde  y  de  don  Martin  de  Zabala,  caballero  del  mismo 
Orden  de  Santiago;  Alonso  Sánchez  Chaparro,  de  don  Josef  Jaraba, 
del  hábito  de  Santiago,  y  don  Pedro  Calderón  del  hábito  de  Calatraba; 
Andrés  Muñiz,  de  don  Rodrigo  de  Vargas  y  don  Andrés  de  las  Infan- 
tas, del  Orden  de  Santiago;  Francisco  Sotelo,  de  don  Alonso  de  la  Cueva, 
del  hábito  de  San  Juan,  y  don  Francisco  de  la  Cueva,  del  hábito  de 
Santiago.  Ambrosio  de  Morales  Alaon  y  Antonio  de  los  Santos,  fami- 
liar del  Santo  Oficio,  no  sacaron  padrinos,  porque  ivan  con  sus  hábitos 
de  familiares. 

"Con  esta  orden  caminó  el  acompañamiento,  según  se  ha  dicho, 
bajando  desde  la  esquina  de  la  quadra  del  Arzobispo,  por  la  plaza, 
hasta  las  casas  de  Cabildo.  Quando  entró  en  la  plaza  el  estandarte  de 
la  Fé,  su  Excelencia,  el  Tribunal  del  Santo  Oficio  y  Real  Audiencia, 
llegando  cerca  del  esquadron,  abatieron  las  banderas  los  alférez  y  los 
soldados  hicieron  una  sonora  salva.  Al  subir  su  Excelencia  y  acompa- 
ñamiento por  las  casas  de  Cabildo  al  tablado,  se  quedaron  las  compa- 
ñías de  los  gentiles  hombres  lanzas  y  arcabuces  los  lados  del  tablado, 
la  de  los  lanzas  a  la  mano  derecha,  remudándose  por  esquadra  la  guar- 
da, sin  que  faltasse  siempre  la  mitad  de  cada  una.  El  esquadron  de 
infantería,  con  sus  compañías  tomó  las  esquinas  de  la  plaza,  teniéndola 
guarnecida  hasta  la  tarde. 

"Su  Excelencia  y  los  señores  Inquisidores  se  pusieron  en  sus  luga- 
res; estuvo  en  medio  del  señor  licenciado  don  Juan  de  Mañozca,  que 
estuvo  a  la  mano  derecha,  y  del  señor  licenciado  Andrés  Juan  Gaytan, 
que  estuvo  a  la  siniestra,  A  la  mano  derecha  del  señor  Mañozca,  estuvo 
el  señor  licenciado  don  Antonio  de  Castro,  y  a  la  siniestra  del  señor 
Gaytan,  el  señor  licenciado  don  León  de  Alcayaga  Lartaún.  Luego 
por  un  lado  y  otro  se  seguian  los  señores  de  la  Real  Audiencia  y  los  del 
Tribunal  mayor  de  cuentas,  los  cabildos  esclesiásticos  y  secular,  Univer- 
sidad, colegios  y  comunidades,  en  sus  lugares. 

"En  el  lugar  donde  estuvo  su  Excelencia  y  la  Inquisición,  se  levantó 
un  dosel  de  riquísimo  brocado,  negro  y  naranjado,  las  listas  negras,  con 
bordaduras  costosas,  y  flocadura  de  oro  en  medio  dél,  y  en  lo  mas  emi- 
nente estava  un  crucifixo  de  bronce  dorado,  de  tres  quartas  de  alto,  en 
una  cruz  muy  rica  de  évano,  con  cantoneras  de  bronce  doradas,  tenia 
colocadas  algunas  láminas  de  singular  primor.  En  el  cielo  del  dosel 
estava  una  imágen  del  Espíritu  Santo,  con  rayos  que  de  sí  despedia, 


110 


J.  T.  MEDINA 


esparciéndose  por  el  cielo,  como  significando  el  Espíritu  de  Dios,  que 
gobierna  las  acciones  de  tan  Santo  Oficio;  y  el  abrazado  deseo  que  en 
sus  pechos  mora,  en  tres  serafines  cercados  de  rayos  de  plata,  que  pen- 
dían de  las  caydas  del  dosel.  Tuvo  su  Excelencia  tres  almohadas  de  es- 
trado (que  en  este  reyno  vulgarmente  se  llaman  coxines)  una  para 
assiento  y  dos  a  los  pies,  de  rica  tela  amarilla.  Y  el  señor  don  Juan  de 
Mañozca  tuvo  almohada  negra  de  terciopelo,  por  consejero  de  su  Ma- 
gestad,  en  el  de  la  general  y  santa  Inquisición.  Lo  restante  donde  estu- 
vieron los  señores  de  la  Real  Audiencia,  estuvo  curiosamente  adornado, 
con  ricos  brocateles.  Delante  del  Tribunal  estava  en  la  primera  grada 
(aviendo  de  ser  en  la  segunda)  el  señor  doctor  don  Luis  de  Betancurt, 
fiscal  del  Santo  Oficio,  con  el  estandarte  de  la  fe,  y  el  capitán  de  la 
guarda  de  su  Excelencia. 

"El  balcón  de  la  Excelentísima  señora  Vireyna,  estuvo  muy  bien 
adornado.  Estava  sentada  con  grande  magestad  su  Excelencia  debaxo 
de  dosel  de  tela  amarilla,  en  silla  y  almohadas  de  lo  mismo,  y  el  Mar- 
qués hijo  de  sus  Excelencias,  estuvo  a  un  lado  de  la  señora  Vireyna, 
en  silla  de  tela  sin  almohada,  por  el  respeto.  Luego  se  seguían  las  señoras 
mugeres  de  los  consejeros  de  la  Real  Audiencia,  sentadas  en  sillas  de 
baqueta  pespuntadas  de  seda,  con  sus  hijas  y  hermanas. 

"Los  lugares  donde  estuvieron  los  cabildos  eclesiásticos  y  secular, 
se  adornaron  de  alfombras  muy  vistosas,  y  fué  ésta  la  primera  vez  que 
se  les  dió  adorno,  no  aviéndole  tenido  antes  en  ocasiones  semejantes, 
y  ésles  debido,  pues  ambas  jurisdiciones  ayudan  a  la  Inquisición:  la 
eclesiástica,  con  el  juez  ordinario  en  las  causas,  y  la  secular  con  sus 
ministros  para  la  execucion  de  las  sentencias.  Al  Tribunal  de  cuentas, 
que  no  avia  tenido  assiento,  se  le  dió  aora,  y  estuvo  en  la  forma  y  ma- 
nera dicha.  Otras  comunidades  pretendieron  el  dicho  adorno,  y  no  se 
les  concedió  por  algunos  respetos. 

"Habiendo  pues  su  Excelencia,  el  Tribunal  y  Real  Audiencia  lle- 
gado a  sus  assientos,  hicieron  adoración  a  la  Cruz,  que  estava  puesta 
en  el  altar,  ricamente  adornado.  Tenia  la  imágen  de  Santo  Domingo, 
como  a  quien  tan  gran  parte  le  cabia  de  la  gloria  deste  dia,  quatro 
blandones  de  plata,  muchos  ramilletes  de  tliversas  flores,  y  escarchado 
gran  número  de  pebeteros,  con  dorados  pebetes  y  otros  olores  diversos, 
que  recreaban  los  sentidos;  antes  dél  estaba  un  tapete  con  cuatro  blan- 
dones en  que  ardían  quatro  hachas,  todo  a  cargo  de  la  devoción  de  la 
religión  dominicana,  por  mano  del  P.  F.  Ambrosio  de  Valladolid,  pre- 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


111 


dicador  general  de  aquella  orden  y  honesta  persona  del  Santo  Oficio, 
a  cuya  causa  se  le  encargó  ésto.  Dijéronse  muchas  missas  en  este  altar, 
y  cesó  el  celebrar  en  él  luego  que  salió  del  Santo  Oficio  la  procesión  de 
los  penitenciados. 

"Luego  subió  al  pulpito  Martin  Diaz  de  Contreras,  secretario  mas 
antiguo,  y  habiendo  hecho  sus  cortesías  al  Virey,  Tribunal  y  señores 
de  la  Real  Audiencia,  y  la  señora  Virreyna  y  demás  señoras,  y  a  los 
Tribunales  y  Cabildos  y  religiones,  leyó  en  voz  alta,  clara  y  grave,  la 
protestación  de  la  Fé.  Y  el  Virrey  hizo  el  juramento  ordinario,  como 
persona  que  representaba  al  Rey  Nuestro  Señor,  que  Dios  guarde.  Y 
luego  todos  los  señores  de  la  Real  Audiencia,  sala  del  crimen  y  fiscales. 
Para  él  llevó  la  cruz  y  missal  al  señor  Virrey,  el  licenciado  Juan  Ramí- 
rez, cura  mas  antiguo,  y  a  los  señores  de  la  Real  Audiencia,  el  bachiller 
Lúeas  de  Palomares,  cura  mas  moderno,  ambos  de  la  iglesia  mayor, 
con  sobrepellices.  El  mismo  juramento  hicieron  los  cabildos  y  el  pueblo, 
aleando  la  mano  derecha,  que  con  notable  afecto  y  devoción,  en  voces 
altas  respondió  con  duplicado  amen  al  fin  del  juramento.  Inmediata- 
mente subió  al  pulpito  el  padre  Fr.  Joseph  de  Cisneros,  calificador 
de  la  Suprema,  con  su  venera  al  cuello,  dignísimo  comisario  jeneral  de 
San  Francisco  en  estos  reynos  del  Pirú;  predicó  un  sermón  muy  a 
propósito  del  intento,  y  assí  se  imprimió. 

"El  secretario  Pedro  de  Quiroz  Argüello  subió  luego,  y  leyó  en 
voz  inteligible  la  bula  de  Pió  V,  traducida  en  romance,  que  habla  en 
favor  de  la  Inquisición  y  de  sus  ministros,  y  contra  los  hereges  y  sus 
fautores.  Acabada,  se  comenzaron  a  leer  las  causas,  dando  principio 
a  la  lectura  el  doctor  don  Juan  Saenz  de  Mañozca,  como  abogado  de 
los  presos  del  Santo  Oficio.  Siguiéronle  los  demás  letores,  y  el  primero, 
el  doctor  Bartolomé  de  Salazar,  relator  mas  antiguo  de  la  Real  Audien- 
cia, clérigos,  presbíteros,  relijiosos  y  abogados,  y  otras  personas  graves, 
y  de  autoridad. 

"El  orden  de  traer  los  presos  a  la  gradilla,  para  oir  sentencia  enci- 
ma della,  la  daba  el  Tribunal  a  Pedro  de  Valladolid,  familiar  del  Santo 
Oficio,  y  la  Uebaba  al  capitán  don  Juan  Tello,  alguacil  mayor,  que  es- 
tava  sentado  en  medio  de  la  cruxía,  en  un  escabel  cubierto  con  un  ta- 
pete cayrino,  de  quien  la  recibía  Juan  de  Yturgoyen,  alcayde  de  las 
cárceles  secretas,  el  qual  con  bastón  negro  liso,  sacaba  los  penitenciados 
a  oir  sentencia. 

"A  la  segunda  causa  que  leyó,  pidió  el  Tribunal  campanilla  de 


112 


J.  T.  MEDINA 


plata,  que  estaba  en  el  bufete  de  los  secretarios,  y  éste  al  lado  derecho 
del  altar,  con  sobremesa  de  damasco  carmesí,  cenefa  de  tela  del  mismo 
color,  con  flocadura  de  oro,  en  que  estaba  el  cofre  de  las  sentencias, 
tinteros,  y  salvaderas  de  plata,  para  el  uso  de  ambos  secretarios  y  la 
campanilla.  Llevóla  Pedro  de  Valladolid,  y  dióla  al  señor  don  Juan 
de  Mañozca,  su  señoría  la  ofreció  al  Virrey  con  todo  cumplimiento,  pa- 
ra que  mandasse  en  él  acortar  de  la  letura  de  las  causas  y  lo  demás, 
y  su  Excelencia,  como  tan  gran  señor,  retornando  la  cortesía,  bolvió 
la  campanilla  al  Tribunal.  Prosiguiéronse  las  sentencias,  que  en  suma 
son  como  se  siguen. 

"Causas  y  sentencias,  por  comunicaciones  de  cárceles. — 1.  Francis- 
co Hurtado  de  Valcazar,  natural  de  la  villa  de  Escalona,  en  el  reyno  de 
Toledo,  vecino  desta  ciudad,  viudo,  familiar  del  Santo  Oficio  y  primero 
de  la  Inquisición  de  Toledo,  y  ayudante  del  alcayde  de  las  cárceles  se- 
cretas, por  aber  dado  lugar  a  que  se  comunicassen  los  presos  dellas, 
llevando  papeles  de  unos  a  otros,  y  assímismo  trayéndolos  -de  personas 
de  afuera  a  los  de  adentro,  dejándose  cohechar.  Salió  al  auto,  en  forma 
de  penitente,  en  cuerpo,  sin  cinto,  ni  bonete,  con  vela  verde  en  las 
manos,  condenado  a  destierro  desta  ciudad  y  cinco  leguas  al  rededor, 
por  quatro  años,  y  que  le  fuesse  quitado  el  título  de  familiar;  túvose 
atención  a  su  mucha  edad,  y  assí  no  se  le  dieron  mayores  penas. 

"2.  Juan  de  Canelas  Albarran,  mestizo,  natural  del  Cuzco,  de  oficio 
platero,  vecino  y  casado  en  esta  ciudad,  porque  viviendo  pared  en  medio 
de  las  cárceles,  dió  lugar  a  que  por  diferentes  aposentos  de  su  casa 
iratassen  y  comunicasen  algunas  personas  con  los  presos  de  las  dichas 
cárceles,  por  agujeros  que  para  ello  hicieron,  llevando  y  trayendo  pa- 
peles, por  dádivas  que  le  davan  por  ésto,  en  que  hizo  grandísimos  daños. 
Salió  al  auto  en  forma  de  penitente,  sin  cinto,  ni  bonete,  en  cuerpo,  con 
vela  verde  en  las  manos,  soga  a  la  garganta,  fué  condenado  a  cien  azotes 
y  quatro  años  de  destierro  desta  ciudad  y  cinco  leguas  al  rededor. 

"3.  Ana  María  González,  mestiza,  natural  de  la  Puebla  de  los 
Angeles  en  Nueva  España,  casada  y  vecina  desta  ciudad,  por  haber 
violado  las  cárceles  secretas  del  Santo  Oficio,  por  medios  ilícitos,  por 
las  casas  del  dicho  Canelas,  haciendo  agujeros  en  las  paredes  de  las  di- 
chas cárceles,  inquiriendo  y  escudriñando  los  secretos  dellas,  comuni- 
cándose con  los  presos  diversas  veces,  solicitando  a  otras  personas  a  la 
misma  comunicación.  Salió  al  auto  en  hábito  de  penitente,  en  cuerpo, 
soga  a  la  garganta,  vela  verde  en  las  manos,  condenada  a  destierro  desta 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


113 


ciudad  por  quatro  años,  y  en  cien  azotes  por  las  calles  públicas.  Fueron 
éstos  buenos  confitentes,  y  por  esso  no  se  les  agravaron  las  penas. 

"Casados  dos  veces. — 4.  Juan  López  de  Mestanzo,  mestizo,  carpin- 
tero de  rivera,  natural  de  la  ciudad  de  Truxillo  en  este  reyno,  vezino  de 
Puerto  Viejo,  obispado  de  Quito,  fué  preso  por  casado  dos  veces;  salió 
al  auto  en  hábito  de  penitente,  en  cuerpo,  sin  cinto  y  con  coroza,  vela 
verde  en  las  manos,  soga  a  la  garganta,  abjuró  de  levi:  fué  condenado 
a  cien  azotes  y  cinco  años  de  galeras  en  las  del  Callao. 

"Hechiceras  famosas. — 1.  Ana  María  de  Contreras,  mulata  esclava, 
hija  de  español  y  de  negra,  habitante  en  esta  ciudad,  fué  presa  por  he- 
chicera y  confessó  su  delito:  añadió  que  un  rayo  la  avia  partido,  de  que 
avia  sanado  y  quedado  zahori,  y  que  entrava  los  viérnes  en  las  iglesias 
por  no  ver  los  difuntos,  y  que  a  las  mugeres  que  se  vestían  faldellín 
colorado,  les  via  todo  quanto  tenian,  como  si  estuviesen  en  pelota,  con 
otras  cosas  desta  suerte.  Salió  al  auto  con  insignias  de  hechicera,  coroza 
blanca,  soga  a  la  garganta,  vela  verde  en  la  mano,  abjuró  de  levi,  y  fué 
condenada  a  cien  azotes. 

"2.  Ana  de  Campos,  mestiza,  natural  de  Guamanga,  vecina  del 
Cuzco,  de  donde  se  traxo  presa  por  hechicera.  Fué  buena  confitente, 
dixo  que  se  le  aparecía  el  diablo  en  forma  de  hombre,  vestido  de  pardo 
y  en  forma  de  borrico  y  cabrón  y  perro  prieto.  Salió  al  auto  con  coroza 
blanca,  soga  a  la  garganta,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró  de  levi,  fué 
condenada  a  cien  azotes,  destierro  desta  ciudad,  de  la  del  Cuzco,  Gua- 
manga, por  tres  años. 

"3.  Doña  Beatriz  de  la  Bandera,  vezina  y  natural  del  Cuzco,  fué 
traída  presa  por  hechizera,  confessó  su  delito,  y  entre  otras  cosas  dixo 
se  le  aparecían  los  demonios  en  forma  de  mastines  y  monos,  con  unas 
colas  muy  largas  y  ramos  de  molle  en  las  manos,  salió  al  auto  con 
coroza  blanca,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró  de  levi,  fué  condenada 
en  destierro  desta  ciudad  y  la  del  Cuzco,  por  quatro  años. 

"4.  Doña  Estefanía  Ramírez  Meneses,  vezina  de  Lima  y  natural  del 
Nuevo  Reyno  de  Granada,  fué  pressa  por  gran  hechizera,  embustera, 
confessó  su  delito,  salió  al  auto  con  coroza  blanca,  vela  verde  en  las 
manos,  abjuró  de  levi,  fué  condenada  a  que  saliesse  a  la  vergüenza  en 
una  bestia  de  albarda,  y  desterrada  de  las  ciudades  de  Lima  y  de  la 
Plata  y  villa  de  Potosí  y  diez  leguas  al  rededor,  por  tiempo  de  seis 
años:  ésta  ya  avia  sido  castigada  por  el  Ordinario  en  Chuquizaca,  por 


8 — La  Inquisición  de  Liinn,  Tomo  li 


114 


J.  T.  MEDINA 


conocida  hechizera,  y  puesta  a  la  puerta  de  la  iglesia,  en  una  escalera, 
con  coroza. 

"5.  Luisa  de  Oñazamba,  hija  de  negra  y  mulato,  natural  de  Lima 
y  habitante  en  ella,  fué  pressa  por  hechicera;  confessó  su  delito;  tenia 
mucha  entrada  en  las  casas  de  Lima,  y  para  encubrirse  mejor  era  la 
mayoral  de  la  congregación  de  los  mulatos  y  mulatas;  hizo  grandes 
bellaquerías  y  daños  en  su  oficio  de  hechicera.  Salió  al  auto  con  coroza 
blanca,  soga  a  la  garganta,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró  de  levi,  fué 
condenada  a  doscientos  azotes  y  desterrada  de  todo  el  distrito  desta 
Inquisición  por  toda  su  vida. 

"6.  Mariana  de  Olabe,  de  veintiún  años,  natural  y  vecina  del  Cuzco, 
fué  traida  pressa  por  hechicera,  confessó  su  delito  y  no  la  intención; 
tuvo  pacto  con  el  demonio,  y  se  le  aparecía,  quando  queria,  en  diversas 
formas;  salió  al  auto  con  coroza  blanca,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró 
de  vehementi  por  el  dicho  pacto:  fué  condenada  a  destierro  de  Lima  y 
del  Cuzco  y  veinte  leguas  al  rededor,  por  quatro  años,  y  que  saliesse 
a  cumplirlo  dentro  de  nueve  dias.  Túvose  atención  a  sus  pocos  años, 
y  assí  no  se  le  dió  mas  pena.  Esta  causa  leyó  el  contador  Juan  de  Cen- 
sano,  criado  de  su  Excelencia,  a  satisfacción  de  todos. 

"hos  que  abjuraron  de  vehementi  por  sospechosos  de  la  guarda 
de  la  ley  de  Moysen. — L  Domingo  Montecid,  de  oficio  cerero  y  confi- 
tero, y  que  en  este  reyno  ha  sido  mercachifle  y  chacarero  de  Manuel 
Bautista  Pérez,  natural  de  Santaren  en  Portugal,  de  edad  de  quarenta 
y  ocho  años,  residente  en  esta  ciudad.  Fué  presso  por  judío  observante 
de  la  ley  de  Moysen,  con  secresto  de  bienes:  salió  al  auto  en  forma  de 
penitente,  en  cuerpo,  sin  cinto  ni  bonete,  vela  verde  en  las  manos.  Ab- 
juró de  vehementi,  y  que  salga  desterrado  de  las  Indias  a  los  reynos  de 
España  por  toda  su  vida. 

"2.  Don  Simón  Ossorio,  alias  Simón  Rodríguez,  natural  de  la  villa 
de  San  Combadan  en  Portugal,  criado  en  los  Estados  de  Flandes,  de 
edad  de  veintiocho  años,  residente  en  la  ciudad  de  Quito,  a  donde  subió 
con  poderes  de  la  Duquesa  de  Lerma,  para  administrar  sus  obrajes. 
Quando  su  prisión,  se  le  hallaron  dos  retratos  suyos  dél,  el  uno  en  há- 
bito de  muger  y  el  otro  en  hábito  de  hombre;  por  su  processo  pareció 
tener  tres  padres  y  a  diferentes  naturalezas,  siendo  el  propio  Francisco 
de  Cáceres.  Reconciliado  en  la  Inquisición  de  Coimbra.  Hizo  en  Madrid 
información  de  limpieza  y  nobleza,  y  convencido  de  su  falsedad,  dixo 
que  con  quatro  reales  haria  él  en  Madrid  informaciones,  y  quien  qui- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


115 


siesse,  pintándose  el  mas  noble  y  mas  calificado,  y  para  ostentar  ésto 
traia  grandes  mechones,  y  andava  muy  galán  y  oloroso;  fué  presso  con 
secresto  de  bienes,  por  judío  observante  de  la  ley  de  Moysen,  y  que 
la  enseñava  a  otros,  para  que  traia  el  calendario  de  sus  fiestas  en  cifra, 
que  se  le  halló  entre  sus  papeles,  quando  su  prisión,  y  tuvo  testificación 
de  averse  jatado  que  su  hermano  suyo  y  él  tenian  en  la  compañía  de 
los  olandeses  contra  su  Magestad  ocho  mil  ducados  en  la  escuadra  de- 
dicada a  las  partes  del  Brasil.  Fué  condenado  a  auto,  en  que  salió  en 
forma  de  penitente,  en  cuerpo,  sin  cinto  ni  bonete,  soga  a  la  garganta, 
vela  verde  en  las  manos,  abjuró  de  vehementi,  fué  condenado  en  cien 
azotes  y  seis  años  de  galeras  en  las  de  España,  al  remo  y  sin  sueldo,  y 
desterrado  de  las  Indias  por  toda  su  vida. 

"3.  Francisco  Vasquez,  de  oficio  corredor  zángano,  natural  de  Mon- 
di  en  Portugal,  casado  y  vecino  desta  ciudad,  de  eciad  de  quarenta  años, 
fué  preso  con  secresto  de  bienes  por  judío  observante  de  la  ley  de  Moy- 
sen; fingióse  loco  por  mucho  tiempo.  Salió  al  auto  en  forma  de  peni- 
tente, en  cuerpo,  sin  cinto  ni  bonete,  con  vela  verde  en  la  mano,  abjuró 
de  vehementi,  y  fué  condenado  en  doscientos  pesos  corrientes  para  los 
gastos  extraordinarios  del  Santo  Oficio,  y  destierro  perpetuo  de  las  In- 
dias. 

"4.  Luis  de  Valencia,  natural  de  la  ciudad  de  Lisboa  en  Portugal, 
de  oficio  mercader,  de  edad  de  sesenta  años,  fué  preso  con  secresto  de 
bienes,  por  judío  judaizante,  observante  de  la  ley  de  Moysen,  y  traído 
de  Panamá;  hazia  viajes  a  Nueva  España;  pareció  estar  circuncidado, 
aunque  él  dixo  que  no  era  sino  de  andar  con  mugeres;  salió  al  auto 
en  forma  de  penitente,  en  cuerpo,  sin  cinco  ni  bonete,  con  vela  verde 
en  las  manos,  abjuró  de  vehementi,  fué  condenado  en  trescientos  pesos 
ensayados  para  gastos  extraordinarios  del  Santo  Oficio,  y  desterrado 
perpetuamente  de  las  Indias.  Esta  causa  leyó  el  autor. 

"5.  Pedro  de  Parias,  natural  de  Guimaraes  en  Portugal,  de  edad 
de  quarenta  años,  iva  y  venia  a  Tierrafirme,  y  hazia  los  negocios  de 
Diego  Ovalle;  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío  judaizante: 
salió  al  auto  en  forma  de  penitente,  en  cuerpo,  sin  cinto  ni  bonete,  vela 
verde  en  las  manos,  abjuró  de  vehementi,  fué  condenado  en  doscientos 
pesos  de  a  ocho  reales  para  gastos  extraordinarios  del  Santo  Oficio,  y 
desterrado  por  toda  su  vida  de  las  Indias  a  los  reynos  de  España. 

"6.  Rodrigo  de  Avila  el  mozo,  natural  de  Lisboa  en  Portugal,  de 
edad  de  treinta  y  seis  años,  residente  en  esta  ciudad  y  en  la  tienda  de 


116 


J.  T.  MEDINA 


SU  tio  Rodrigo  de  Avila  el  viejo,  en  la  calle  de  los  mercaderes;  fué 
preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío  judaizante,  que  no  quitava  el 
sombrero  a  la  cruz,  ni  hazia  reverencia  a  las  imágenes  ni  a  los  santos, 
ni  al  Santísimo  Sacramento  quando  le  encontrava  en  la  calle:  salió  al 
auto  en  forma  de  penitente,  en  cuerpo,  sin  cinto  ni  bonete,  con  vela 
verde  en  las  manos,  abjuró  de  vehemenü,  fué  condenado  en  cien  pesos 
corrientes  para  gastos  extraordinarios  del  Santo  Oficio,  y  desterrado 
perpetuamente  de  las  Indias  a  España. 

"7.  Manuel  González,  casado,  natural  de  Moncharaz,  en  Portugal, 
cinco  leguas  de  Villaviciosa,  de  edad  de  veinte  y  siete  años,  soltero, 
residente  en  esta  ciudad;  fué  preso  con  secresto  de  bienes  por  judío 
judayzante,  salió  al  auto  en  forma  de  penitente,  en  cuerpo,  sin  cinto  ni 
bonete,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró  de  vehemenü,  fué  condenado 
en  destierro  perpetuo  de  las  Indias  a  los  Reynos  de  España  (18). 

"Reconciliados  con  sambenito  por  observantes  de  la  ley  de  Moysen. 
— 1.  Antonio  Cordero,  natural  de  Arronches,  obispado  de  Porta-Alegre 
en  Portugal,  de  oficio  mercader,  de  edad  de  veinticuatro  años,  casado 
en  Sevilla  con  Ysabel  Brandon,  residente  en  esta  ciudad;  fué  preso  sin 
secresto  de  bienes  y  con  grandíssimo  secreto,  y  en  muchos  dias  no  se 
supo  dél,  porque  no  se  podian  persuadir  se  hubiesse  hecho  tal  prisión 
por  la  Inquisición,  supuesto  no  habia  habido  secresto  de  bienes,  por 
testificación  que  hubo  por  agosto  de  1634  de  que  no  vendia  los  sábados, 
teniendo  el  almacén  abierto,  con  lo  demás  que  se  refiere  en  el  número 
(sic).  Fué  buen  confitente  y  pidió  misericordia:  admitido  a  reconcilia- 
ción, y  sentenciado  a  auto,  confiscación  de  bienes,  sambenito,  vela  verde 
en  las  manos,  abjuró  formalmente,  mandóse  que  en  el  mismo  tablado, 
acabada  de  leer  la  sentencia,  con  sus  méritos,  se  le  quite  el  sambenito  y 
vaya  desterrado  de  las  Indias  perpetuamente  a  España. 

"2.  Antonio  de  Acuña,  hijo  de  portugués,  natural  de  Sevilla,  de 
edad  de  veinte  y  tres  años,  de  oficio  mercader,  residente  en  esta  ciudad, 
fué  preso  por  judío  judayzante,  con  secresto  de  bienes;  vino  al  Perú  con 
cargazón,  en  compañía  de  Diego  López  de  Fonseca,  relajado  en  perso- 
na en  este  auto;  fué  su  criado  el  dicho  Antonio  Cordero;  confessó  ser 
judío  judayzante  y  pidió  misericordia;  fué  admitido  a  reconcihacion  y 
sentenciado  a  auto,  confiscación  de  bienes,  abjuración  formal,  sambenito, 


(18)  A  todos  éstos,  a  excepción  ik-  Valencia,  se  les  aplicó  el  tormento,  manteniéndose 
.siempre  nejjativos.  N.  del  A. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


117 


vela  verde  en  las  manos  y  cárcel  por  dos  años,  que  ha  de  cumplir  en 
la  de  penitencia  en  Sevilla,  y  desterrado  perpetuamente  de  las  Indias 
a  España. 

"3.  Antonio  Fernandez  de  Vega,  vecino  de  Guancavelica,  de  oficio 
mercader,  natural  de  la  Torre  de  Moncorbo  en  el  Reyno  de  Portugal, 
de  edad  de  cincuenta  años,  que  por  algún  tiempo  se  llamó  Antonio  de 
Santiago;  él  mismo  pidió  audiencia  y  se  denunció  estando  libre,  y  con- 
fessó  ser  judío;  mas,  porque  de  ántes  estaba  testificado,  fué  recluido 
en  las  cárceles  secretas  y  admitido  a  reconciliación,  y  sentenciado  a  auto, 
confiscación  de  bienes,  abjuración  formal,  sambenito,  vela  verde  en  las 
manos  y  que  en  volviendo  a  la  Inquisición  se  le  quite  el  hábito,  y  salga 
desterrado  de  las  Indias  perpetuamente  a  España. 

"4.  Antonio  Gómez  de  Acosta,  natural  de  Berganza  en  Portugal, 
de  quarenta  y  ocho  años,  vecino  desta  ciudad,  de  oficio  mercader,  fué 
preso  por  judío  judayzante  quando  la  prisión  grande  de  11  de  agosto 
de  1635.  Confesó  ser  judío  judayzante,  observante  de  la  ley  de  Moysen, 
sus  ritos  y  ceremonias,  y  pidió  misericordia;  fué  admitido  a  reconcilia- 
ción y  sentenciado  a  auto,  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  abjura- 
ción formal,  confiscación  de  bienes,  cárcel  y  hábito  perpetuo,  como  lo 
es  su  destierro  de  las  Indias  de  España,  y  la  carcelería,  que  la  guarde  en 
la  cárcel  perpetua  de  Sevilla. 

"5.  Amaro  Dionis,  natural  de  Tomar,  en  el  Reyno  de  Portugal, 
de  edad  de  treinta  y  quatro  años,  soltero,  que  vino  de  Cartagena  con 
negocio  ageno  y  propio,  fué  preso  por  judío  observante  de  la  ley  de 
Moysen,  con  secresto  de  bienes:  era  mui  dado  a  la  música  y  danza, 
preciábase  de  caballero,  y  assí  se  entremetia  con  los  que  lo  eran  o  se 
preciaban  de  serlo,  tomando  siempre  el  mejor  lugar  en  qualquier  parte. 
Confessó  ser  judío  observante  de  la  ley  de  Moysen,  sus  ritos  y  ceremo- 
nias, y  pidió  misericordia;  fué  admitido  a  reconciliación,  y  condenado 
a  auto,  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  abjuración  formal,  confis- 
cación de  bienes,  hábito  y  cárcel  perpetua,  desterrado  de  las  Indias  a 
España  por  toda  su  vida,  y  que  la  carcelería  la  guarde  en  la  cárcel  per- 
petua de  Sevilla. 

"6.  Bartolomé  de  León,  natural  de  la  ciudad  de  Badajoz  en  Estre- 
madura,  de  oficio  mercader,  de  edad  de  veintiún  años,  descendiente  de 
portugueses  y  deudo  de  Diego  López  de  Fonseca  y  Jorge  de  Silva  y 
Juan  Rodríguez  de  Silva,  residente  en  esta  ciudad  de  los  Reyes  del  Pirú. 
Fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío  judayzante,  observante  de 


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J.  T,  MEDINA 


la  ley  de  Moysen:  era  camarada  éste  de  Antonio  de  Acuña,  Manuel  de 
la  Rosa,  Antonio  Cordero  y  Gerónimo  Fernandez,  éstos  y  los  otros  re- 
conciliados en  este  auto.  Confessó  ser  judío  y  que  guardaba  la  ley  de 
Moysen  y  pidió  misericordia;  después  desto,  revocó  y  varió  en  sus  con- 
fessiones;  dijo  y  levantó  muchas  falsedades,  y  para  evadir  las  penas,  se 
finjió  tonto  y  azoncado  por  tiempo:  fué  condenado  a  auto,  sambenito, 
soga  a  la  garganta,  vela  verde  en  las  manos,  confiscación  de  bienes,  que 
abjurase  formalmente,  con  cárcel  y  hábito  perpetuo,  y  por  las  dichas 
variaciones,  revocaciones  y  falsedades,  se  le  diessen  doscientos  azotes, 
y  sirviesse  diez  años  en  las  galeras  de  España,  al  remo  y  sin  sueldo; 
desterrado  perpétuamente  de  Sevilla,  después  de  cumplidas  las  galeras. 

"7.  Baltazar  Gómez  de  Acosta,  de  oficio  mercader,  natural  de  Va- 
Uadolid,  en  los  reynos  de  España,  hijo  de  portugués  y  sobrino  de  Anto- 
nio Gómez  de  Acosta,  reconciliado  en  este  auto,  residente  en  esta  ciudad, 
que  hacia  viajes  a  Cartagena,  fué  preso  por  judío  judayzante,  con  se- 
cresto de  bienes;  confessó  serlo  aunque  tarde,  y  pidió  misericordia,  fué 
admitido  a  reconciliación;  salió  al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en 
las  manos,  abjuró  formalmente,  con  confiscación  de  bienes,  hábito  y 
cárcel  perpetua,  que  cumpla  en  la  de  la  Inquisición  de  Sevilla;  deste- 
rrado perpétuamente  de  las  Indias. 

"8.  Doña  Mayor  de  Luna,  natural  de  la  ciudad  de  Sevilla,  hija  de 
portugueses,  casada  con  Antonio  Morón,  de  edad,  al  parecer,  de  mas 
de  sesenta  años,  aunque  ella  dijo  ser  de  cuarenta,  vecina  desta  ciudad, 
fué  presa  por  judía  judayzante,  juntamente  con  su  marido,  hija  y  her- 
mana. Doña  Mencía  de  Luna,  con  secresto  de  bienes,  era  muy  estimada 
en  Lima,  de  personas  principales,  vestia  y  rozava  telas  y  lamas,  confes- 
saba  y  comulgaba  a  menudo;  negó  hasta  lo  último,  después  confessó 
ser  judía  judaizante  y  pidió  misericordia;  usó  de  varias  trazas  para 
comunicarse  en  las  cárceles  secretas,  y  en  particular  del  secreto  del  li- 
món, cogiéronse  muchos  papeles  blancos,  y  el  Tribunal  con  particular 
inspiración,  mandó  ponerlos  cerca  de  un  brasero,  y  con  la  lumbre  se 
vieron  estar  escritos  todos  los  papeles  con  muchos  vocablos  esquisitos 
y  cifras,  y  todo  se  ordenaba  a  persuadir  a  su  hija  a  que  no  confesasse  la 
verdad:  fué  admitida  a  reconciliación  y  salió  al  auto  con  sambenito, 
soga  a  la  garganta,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró  formalmente,  fué 
condenada  a  hábito  y  cárcel  perpetua,  que  cumpla  en  la  de  Sevilla,  des- 
terrada para  siempre  de  las  Indias  a  España,  y  por  las  comunicaciones 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


119 


que  tuvo  en  las  cárceles  y  papeles  que  escribió,  le  fuessen  dados  cien 
azotes  por  las  calles  públicas. 

"9.  Doña  Isabel  Antonia,  hija  de  Antonio  Morón  y  de  doña  Mayor 
de  Luna,  muger  de  Rodrigo  Vaez  Pereyra,  relaxado  en  persona  en  este 
auto,  natural  de  Sevilla,  de  mas  de  dieziocho  años,  vecina  desta  ciudad, 
fué  presa  con  sus  padres  (que  el  marido  ya  lo  estava)  por  judía  judai- 
zante, y  que  guardava  la  ley  de  Moyses,  con  secresto  de  bienes:  estuvo 
siempre  negativa  hasta  lo  último,  usando  de  varias  trazas  y  ardides  para 
ocultar  su  delito,  comunicándose  con  la  dicha  su  madre  y  respondién- 
dole a  los  papeles  que  le  escribia  en  las  cárceles,  con  cifras  y  debaxo  de 
nombres  supuestos,  avisándole  el  estado  de  las  causas  de  otros  presos, 
que  les  importaba  el  saberlo:  después  que  se  descubrieron  sus  comuni- 
caciones, confessó  y  pidió  misericordia,  fué  admitida  a  reconciliación, 
salió  al  auto  con  sambenito,  soga  a  la  garganta,  vela  verde  en  las  ma- 
nos, abjuró  formalmente,  fué  condenada  a  confiscación  de  bienes,  hábito 
y  cárcel  perpetua,  que  cumpla  en  la  de  la  Inquisición  de  Sevilla,  des- 
terrada para  siempre  de  las  Indias,  y  por  las  comunicaciones  que  tuvo 
en  las  cárceles,  en  cien  azotes. 

"10.  Enrique  Nuñez  de  Espinosa,  natural  de  Lisboa  en  Portugal, 
criado  en  Francia,  de  oficio  corredor  zángano,  casado  con  doña  Mencía 
de  Luna,  hermana  de  la  dicha  doña  Mayor  de  Luna,  de  edad  de  cua- 
renta años,  vezino  desta  ciudad,  fué  preso  en  esta  Inquisición  el  año 
de  1623  y  se  suspendió  su  causa.  En  esta  última  prisión,  que  fué  de  las 
de  11  de  agosto  de  1635,  confessó  ser  judío  judaizante,  y  averio  sido 
desde  que  tuvo  uso  de  razón,  y  pidió  misericordia:  éste  fué  el  mas  per- 
judicial judío  que  ha  ávido  en  este  reyno,  por  aver  dicho  a  los  de  su 
profession  lo  que  passava  en  el  Santo  Oficio,  y  el  modo  de  processar: 
era  el  que  mas  atrevidamente  se  comunicava  con  ellos  por  el  oficio  que 
tenia  e  intervenir  en  las  ventas  de  sus  mercaderías  y  negros,  fué  admi- 
tido a  reconciliación  y  condenado  a  auto,  sambenito,  soga  a  la  garganta, 
vela  verde  en  las  manos,  confiscación  de  bienes,  abjuración  formal, 
desterrado  de  las  Indias  por  toda  su  vida,  hábito  y  cárcel  perpetua,  diez 
años  de  galeras,  al  remo  y  sin  sueldo,  en  las  de  España,  y  después  de 
acabado  el  dicho  tiempo,  cumpla  su  carcelaria  en  la  cárcel  perpetua 
de  Sevilla,  y  por  las  variaciones  y  diminuciones,  en  doscientos  azotes 
por  las  calles  públicas  desta  ciudad. 

"11.  Enrique  Lorenzo,  natural  de  Moncorbo,  en  Portugal,  que  iva 
y  venia  con  encomiendas  a  Portobelo,  hermano  de  Mateo  de  la  Cruz, 


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J.  T.  MEDINA 


reconciliado  en  este  auto,  soltero,  de  edad  de  treinta  y  dos  años,  fué 
preso  en  Panamá,  por  judío  observante  de  la  ley  de  Moysen,  y  traido 
a  las  cárceles  secretas,  confessó  serlo  y  pidió  misericordia.  En  sus  con- 
fessiones  anduvo  vario  y  revocante:  fué  admitido  a  reconciliación  y 
sentenciado  a  auto,  sambenito,  soga  a  la  garganta,  vela  verde  en  las 
manos,  confiscación  de  bienes,  abjuración  formal  y  cárcel  y  hábito  per- 
petuo, destierro  de  las  Indias  para  siempre,  y  por  las  revocaciones  y 
variaciones  que  tuvo,  cien  azotes,  seis  años  de  galeras  en  las  de  España, 
al  remo  y  sin  sueldo,  y  acabado  el  dicho  tiempo,  guarde  su  carcelería 
en  la  cárcel  perpetua  de  la  Inquisición  de  Sevilla. 

"12.  Francisco  Méndez,  alias  Francisco  Meneses,  natural  de  Lame- 
go  en  Portugal,  residente  en  un  assiento  de  minas,  en  el  obispado  de 
Guamanga,  de  edad  de  treinta  años.  El  mismo  se  denunció  y  confessó 
haber  judayzado,  y  pidió  misericordia,  y  porque  estava  testificado  ántes, 
fué  preso:  admitióse  a  reconciliación,  salió  al  auto  con  sambenito  y  vela 
verde  en  las  manos,  abjuró  formalmente,  fué  condenado  en  confiscación 
de  bienes,  destierro  perpetuo  de  las  Indias  a  España,  y  que  se  le  quite 
el  sambenito  después  del  auto. 

"13.  Francisco  Nuñez  Duarte,  de  oficio  mercader,  natural  de  la 
ciudad  de  la  Guardia  en  Portugal,  de  todas  partes  christiano  nuevo, 
hermano  de  Gaspar  Nuñez  Duarte,  reconciliado  en  este  auto,  de  edad 
de  quarenta  y  cuatro  años,  residente  en  esta  ciudad,  con  tienda  en  la 
calle,  y  alférez  en  una  compañía  de  soldados  de  la  ciudad,  fué  preso 
con  secresto  de  bienes,  por  judío  judayzante,  a  los  11  de  agosto  de 
1635;  confesó  haberlo  sido,  mas  tardía  y  diminutamente;  pidió  miseri- 
cordia, fué  admitido  a  reconciliación,  y  sentenciado  a  auto,  sambenito, 
soga  a  la  garganta,  vela  verde  en  las  manos,  abjuración  formal,  hábito 
y  cárcel  perpetua,  desterrado  para  siempre  de  las  Indias  a  España,  y 
por  la  diminución  y  tardanza  de  sus  confessiones,  en  cien  azotes  y  seis 
años  de  galeras  en  las  de  España  al  remo  y  sin  sueldo,  y  acabado  el 
dicho  tiempo,  tenga  su  carcelería  en  la  cárcel  perpetua  de  la  Inquisición 
de  Sevilla. 

"14.  Francisco  Ruiz  Arias,  de  oficio  mercader,  natural  de  Alcaiz, 
aldea  de  Gástelo  Blanco,  obispado  de  la  Guardia  en  el  reyno  de  Portu- 
gal, de  edad  de  veinte  y  tres  años,  que  hacia  viajes  a  las  provincias  de 
arriba,  estando  mandado  prender  por  judío,  él  mismo  se  presentó  sin 
saberlo  pidiendo  audiencia  y  misericordia:  fué  recluso  en  las  cárceles 
y  confessó  ser  judío  judayzante,  observante  de  la  ley  de  Moyses,  sus 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


121 


ritos  y  ceremonias;  fué  admitido  a  reconciliación  y  sentenciado  a  auto, 
sambenito,  confiscación  de  bienes,  vela  verde  en  las  manos,  abjuración 
formal,  y  que  acabándose  de  leer  la  sentencia  se  le  quite  el  sambenito 
en  el  tablado,  y  salga  desterrado  de  las  Indias  perpetuamente  a  España. 

"15.  Francisco  Márquez  Montesinos,  de  oficio  mercader,  hacia  via- 
jes a  diversas  partes  y  a  Nueva  España,  natural  de  la  Torre  de  Moncor- 
bo,  en  el  arzobispado  de  Braga,  en  Portugal,  de  edad  de  quarenta  años, 
fué  preso  en  esta  ciudad  por  judío  judayzante,  con  secresto  de  bienes, 
confessó  ser  judío,  y  pidió  misericordia.  Fué  admitido  a  reconciliación 
y  condenado  a  auto,  sambenito,  soga  a  la  garganta,  vela  verde  en  las 
manos,  abjuración  formal,  confiscación  de  bienes,  hábito  y  cárcel  per- 
petua, y  por  las  variaciones  y  diminuciones  de  sus  confessiones  y  testi- 
monios que  levantó  en  ellas,  en  diez  años  de  galeras  en  las  de  España, 
al  remo  y  sin  sueldo,  doscientos  azotes  y  destierro  para  siempre  de  las 
Indias,  y  cumpliendo  los  años  de  galeras,  guarde  su  carcelería  en  la 
cárcel  perpetua  de  Sevilla. 

"16.  Francisco  Hernández,  mercachifle,  natural  de  la  Guardia  en 
Portugal,  de  edad  de  treinta  y  cinco  años,  soltero,  residente  en  esta 
ciudad,  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío  judaizante,  confessó 
serlo  y  pidió  misericordia:  fué  admitido  a  reconciliación  y  sentenciado 
a  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  abjuración  formal,  confiscación 
de  bienes,  hábito  y  cárcel  por  un  año,  y  destierro  para  siempre  de  las 
Indias  a  España. 

"17.  Fernando  de  Espinosa,  mercader,  con  tienda  en  la  calle,  na- 
tural de  la  Torre  de  Moncorbo  en  Portugal,  soltero,  de  edad  de  treinta 
y  cuatro  años,  residente  en  esta  ciudad,  fué  preso  por  judío  observante 
de  la  ley  de  Moyses,  con  secresto  de  bienes,  fué  buen  confitente  aunque 
comenzó  tarde  y  dixo  ser  judío  y  aver  guardado  la  dicha  ley,  pidió 
misericordia,  fué  admitido  a  reconciliación.  Salió  al  auto  con  sambenito, 
vela  verde  en  las  manos,  abjuró  formalmente,  fué  condenado  en  hábito 
y  cárcel  por  tres  años,  desterrado  de  las  Indias  por  toda  su  vida  a  Espa- 
ña y  que  cumpla  la  carcelería  en  la  cárcel  de  Sevilla. 

"18.  Fernando  de  Espinosa  Estevez,  natural  de  la  Guardia  en  Por- 
tugal, soltero,  de  edad  de  treinta  y  ocho  años,  que  hazia  viajes,  primo 
de  los  Espinosas,  fué  traído  a  las  cárceles  secretas  desde  los  Conchucos, 
provincia  deste  arzobispado,  donde  iva  huyendo  de  la  Inquisición,  por 
judío  observante  de  la  ley  de  Moysen,  con  secresto  de  bienes;  estuvo 
negativo  al  principio,  después  confessó  ser  judío  observante  de  la  dicha 


122 


J.  T.  MEDINA 


ley,  y  pidió  misericordia:  fué  admitido  a  reconciliación,  salió  al  auto 
con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró  formalmente,  fué  con- 
denado a  hábito  y  cárcel  perpetua,  que  tenga  y  cumpla  en  la  de  la 
Inquisición  de  Sevilla,  en  confiscación  de  bienes,  y  desterrado  de  las 
Indias  a  España  por  toda  su  vida. 

"19.  Gerónimo  Fernandez,  tio  de  Antonio  de  Acuña,  reconciliado 
en  este  auto,  natural  de  Sevilla,  mercachifle,  de  edad  de  veinto  y  dos 
años,  residente  en  esta  ciudad,  fué  preso  con  secresto  de  bienes  en  11 
de  agosto  de  1635.  Confessó  ser  judío  y  aver  guardado  la  ley  de  Moysen, 
y  después  revocó  y  últimamente  pidió  misericordia:  fué  admitido  a  re- 
conciliación, salió  al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  soga 
a  la  garganta,  abjuró  en  forma,  y  condenado  a  hábito  y  cárcel  perpetua, 
en  confiscación  de  bienes,  y  por  las  variaciones,  revocaciones  y  testimo- 
nios que  levantó,  fué  condenado  en  doscientos  azotes,  cinco  años  de 
galeras  en  las  de  España,  al  remo  y  sin  sueldo,  y  en  destierro  perpetuo 
de  las  Indias,  y  que  acabado  el  tiempo  de  galeras,  guarde  la  carcelería 
en  la  cárcel  perpetua  de  Sevilla. 

"20.  Gerónimo  de  Acevedo,  natural  de  Pontevedra  en  Galicia,  de 
oficio  de  mercader,  viudo,  de  edad  de  quarenta  años,  residente  en  esta 
ciudad,  que  hazia  viajes,  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío 
judaizante,  observante  de  la  ley  de  Moysen;  al  principio  estuvo  nega- 
tivo, después  confessó  ser  judío  y  pidió  misericordia,  fué  admitido  a 
reconciliación.  Salió  al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos, 
soga  a  la  garganta,  abjuró  formalmente,  fué  condenado  en  confiscación 
de  bienes,  hábito  y  cárcel  perpetua;  y  por  las  revocaciones  de  sus  con- 
fessiones  y  muchos  testimonios  que  levantó,  en  cien  azotes  y  galeras 
perpetuas  en  las  de  España,  al  remo  y  sin  sueldo,  y  destierro  perpetuo 
de  las  Indias. 

"21.  Gaspar  Rodríguez  Pereira,  natural  de  Villa  Real,  en  el  reyno 
de  Portugal,  soltero,  de  edad  de  quarenta  y  tres  años,  de  oficio  merca- 
der, residente  en  esta  ciudad,  que  hacia  viajes,  fué  preso  por  judío  juday- 
zante,  con  secresto  de  bienes,  confessó  serlo  y  pidió  misericordia.  Fué 
admitido  a  reconciliación,  salió  al  auto  con  sambenito,  soga  a  la  gargan- 
ta, vela  verde  en  las  manos,  abjuró  en  forma,  fué  condenado  a  cárcel 
y  hábito  por  tres  años,  en  confiscación  de  bienes  y  destierro  perpetuo 
de  las  Indias,  y  por  las  revocaciones  que  tuvo  y  testimonios  que  levantó, 
en  doscientos  azotes  y  cinco  años  de  galeras  en  las  de  España,  al  remo 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


123 


y  sin  sueldo,  y  cumplido  dicho  tiempo,  que  guarde  la  carcelería  en  la 
cárcel  perpetua  de  Sevilla. 

"22.  Gaspar  Fernandez  Cutiño,  mercader  de  cajón,  natural  de  la 
villa  de  Villaflor  en  Portugal,  soltero,  de  veinte  y  seis  años,  residente 
en  esta  ciudad,  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío  judayzante. 
Confessó  serlo  y  pidió  misericordia,  fué  admitido  a  reconciliación  y 
murió  en  las  cárceles  secretas  del  Santo  Oficio,  adonde  fué  reconciliado: 
salió  al  auto  en  estatua  con  sambenito,  y  fueron  sus  bienes  confiscados. 

"23.  García  Vaez  Enriquez,  cuñado  de  Manuel  Bautista  Pérez, 
hermano  de  su  muger  doña  Giomar  Enriquez  y  doña  Ysabel  Enriquez, 
natural  de  la  ciudad  de  Sevilla,  hijo  de  padres  portugueses,  de  edad  de 
quarenta  años,  residente  en  esta  ciudad,  de  oficio  mercader,  fué  preso 
con  secresto  de  bienes,  por  judío  judaizante.  Negó  al  principio,  después 
confessó  serlo  y  pidió  misericordia.  Fué  admitido  a  reconciliación,  salió 
al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  y  abjuró  formalmente, 
y  condenado  en  confiscación  de  bienes,  cárcel  y  hábito  perpetuo,  des- 
tierro de  las  Indias  a  los  reynos  de  España  por  toda  su  vida,  y  que  guar- 
de la  carcelería  en  la  cárcel  perpetua  de  Sevilla. 

"24.  Gaspar  Nuñez  Duarte,  natural  de  la  Guardia  en  Portugal, 
christiano  nuevo  de  todas  partes,  residente  en  esta  ciudad,  que  hacia 
viajes,  hermano  de  Francisco  Nuñez,  reconciliado  en  este  auto,  soltero, 
de  edad  de  treinta  y  cuatro  años,  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por 
judío  judayzante;  estuvo  negativo,  después  confessó  serlo  y  pidió  mise- 
ricordia, varió  y  revocó  sus  confessiones,  y  levantó  testimonios;  fué 
admitido  a  reconciliación.  Salió  al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en 
las  manos,  soga  a  la  garganta,  abjuró  en  forma,  y  condenado  a  cárcel 
y  hábito  perpetuo,  confiscación  de  bienes,  destierro  de  las  Indias  por 
toda  su  vida,  y  por  las  variaciones  y  revocaciones  que  tuvo,  testimonios 
que  levantó,  en  doscientos  azotes  y  en  galeras  perpetuas  en  las  de  Es- 
paña, en  que  sirva  de  forzado,  al  remo  y  sin  sueldo. 

"25.  Jorge  de  Silva,  natural  de  la  villa  de  Estremoz  en  Portugal, 
de  oficio  de  mercader  de  negros,  vecino  desta  ciudad,  fué  presso  con 
secresto  de  bienes;  por  judío  judayzante,  observante  de  la  ley  de  Moy- 
sen,  quando  la  prisión  grande  de  11  de  agosto  de  1635.  Confessó  ser 
judío  judayzante,  observante  de  la  dicha  ley,  pidió  misericordia,  fué 
admitido  a  reconciliación,  salió  al  auto  con  sambenito,  soga  a  la  gar- 
ganta, vela  verde  en  las  manos,  abjuró  en  forma,  fuéronle  confiscados 
sus  bienes  y  condenado  en  cárcel  y  hábito  perpetuo,  destierro  de  todas  las 


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J.  T.  MEDINA 


Indias  por  toda  su  vida,  y  por  las  variaciones  que  tuvo  en  sus  confesiones  y 
testimonios  que  levantó,  en  doscientos  azotes  y  galeras  perpetuas  en 
las  de  España,  al  remo  y  sin  sueldo. 

"26.  Jorge  Rodríguez  Tabares,  de  oficio  mercader,  que  quebró, 
natural  de  Sevilla,  vecino  y  casado  en  esta  ciudad  con  doña  Gerónima 
Marmolejo,  natural  de  Frejenal,  de  edad  de  treinta  y  cinco  años,  y  que 
le  tenian  los  suyos  por  hidalgo,  fué  preso  cuando  la  prisión  grande  de 
11  de  agosto  de  1635,  con  secresto  de  bienes,  por  judío  judayzante:  co- 
menzó su  causa  negando,  después  confessó  ser  judío  y  pidió  misericor- 
dia; fué  admitido  a  reconciliación,  salió  al  auto  con  sambenito,  vela 
verde  en  las  manos,  abjuró  en  forma,  fué  condenado  en  confiscación 
de  bienes,  cárcel  y  hábito  por  dos  años,  desterrado  de  las  Indias  a  los 
reynos  de  España  perpetuamente,  y  que  cumpla  su  penitencia  en  la 
cárcel  de  la  Inquisición  de  Sevilla. 

"27.  Jorge  de  Espinosa,  natural  de  Almagro  en  España,  de  oficio 
mercader,  de  edad  de  veinte  y  ocho  años,  hermano  de  Manuel  y  An- 
tonio de  Espinosa,  penitenciados  en  este  auto,  fué  presso  y  traido  a  las 
cárceles  secretas  dende  Panamá,  donde  avia  baxado  en  la  armada,  con 
secresto  de  bienes,  por  judío  judaizante.  Al  principio  estuvo  negativo, 
después  confessó  ser  judío  y  pidió  misericordia  y  después  de  averia 
pedido,  judayzó  en  las  cárceles,  de  que  tornó  a  pedir  misericordia. 
Fué  admitido  a  reconciliación,  salió  al  auto  con  sambenito,  soga 
a  la  garganta,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró  en  forma,  fué  con- 
denado en  confiscación  de  bienes,  cárcel  y  hábito  perpetuo,  desterra- 
do de  las  Indias  a  los  reynos  de  España  por  toda  su  vida;  y  por  los  tes- 
timonios que  levantó  y  aver  judaizado  en  las  cárceles,  en  diez  años  de 
galeras  en  las  de  España,  al  remo  y  sin  sueldo,  y  en  doscientos  azotes,  y 
cumplido  el  tiempo  de  galeras,  guarde  carcelería  en  la  cárcel  perpetua 
de  Sevilla. 

"28.  Juan  de  Lima,  natural  de  la  villa  de  Moncorbo  en  Portugal, 
y  criado  en  la  de  Ossuna,  hermano  de  Luis  y  Tomás  de  Lima,  peniten- 
ciados en  este  auto,  de  edad  de  treinta  años,  soltero,  de  oficio  mercader, 
que  hazia  viajes  arriba.  Fué  preso  con  secresto  de  bienes  por  judío  ju- 
daizante en  Guancavelica,  y  traido  a  las  cárceles  secretas,  confessó  serlo 
a  las  primeras  audiencias  y  pidió  misericordia:  fué  admitido  a  reconci- 
liación, salió  al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró 
en  forma,  fué  condenado  a  hábito  y  cárcel  por  seis  meses  y  desterrado 
a  los  reynos  de  España  por  toda  su  vida. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


125 


"29.  Juan  Rodríguez  Duarte,  sobrino  de  Sebastian  Duarte,  relaxado 
en  persona  en  este  auto,  que  vino  con  él  y  su  cuñado  Manuel  Bautista 
Pérez,  natural  de  Montemayor  en  Portugal,  residente  en  esta  ciudad, 
soltero,  de  edad  de  treinta  y  tres  años,  de  oficio  mercader.  Fué  preso 
con  secresto  de  bienes  por  judío  observante  de  la  ley  de  Moysen;  estuvo 
muchos  dias  negativo,  después  confessó  ser  judío  judaizante  y  pidió 
misericordia;  admitiósele  a  reconciliación.  Salió  al  auto  con  sambenito, 
vela  verde  en  las  manos,  abjuró  en  forma,  fué  condenado  a  hábito  y 
cárcel  perpetua,  en  cuatro  años  de  galeras  en  las  de  España,  al  remo  y 
sin  sueldo,  y  desterrado  perpetuamente  de  las  Indias,  y  que  cumplido 
el  tiempo  de  galeras,  guarde  carcelería  en  la  cárcel  perpetua  de  la  In- 
quisición de  Sevilla. 

"30.  Juan  de  Acosta,  natural  del  Brasil,  hijo  de  Luis  de  Valencia, 
portugués,  penitenciado  por  este  Santo  Oficio  en  este  auto,  soltero,  sin 
oficio,  residente  en  esta  ciudad,  de  edad  de  veinte  y  dos  años,  fué  preso 
con  secresto  de  bienes,  por  judío  judaizante,  estuvo  negativo,  después 
pidió  misericordia,  fué  admitido  a  reconciliación.  Salió  al  auto  con  sam- 
benito, vela  verde  en  las  manos,  abjuró  en  forma,  fué  condenado  en 
confiscación  de  bienes,  hábito  y  cárcel  perpetua  y  a  destierro  perpetuo 
de  las  Indias,  y  que  guarde  carcelería  en  la  de  Sevilla. 

"31.  Luis  de  Vega,  natural  de  la  ciudad  de  Lisboa,  en  Portugal, 
de  oficio  lapidario,  cuñado  de  Manuel  Bautista  Pérez,  casado  con  su 
hermana  doña  Ysabel  Bautista,  en  Sevilla,  residente  en  esta  ciudad,  de 
edad  de  quarenta  años.  Fué  preso  por  judío  judayzante,  con  secresto 
de  bienes,  estuvo  al  principio  negativo,  fué  después  buen  confitente  y 
pidió  misericordia,  fué  admitido  a  reconciliación,  salió  al  auto  con  sam- 
benito, vela  verde  en  las  manos,  abjuración  en  forma,  fué  condenado 
en  confiscación  de  bienes,  cárcel  y  hábito  por  dos  años  y  desterrado  de 
las  Indias  por  toda  su  vida,  y  que  cumpla  lo  que  le  faltase  de  carcelería 
en  la  de  la  Inquisición  de  Sevilla. 

"32.  Manuel  de  la  Rosa,  criado  de  Diego  López  de  Fonseca,  na- 
tural de  Portalegre  en  Portugal,  de  oficio  sedero,  de  edad  de  veinte  y 
cinco  años,  soltero,  residente  en  esta  ciudad,  fué  preso  con  secresto  de 
bienes  por  judío  judayzante:  éste  fué  sacristán  de  la  Congregación  de 
los  mancebos,  y  se  fingía  devotísimo  por  engañar  con  la  simulación  y 
hypocrecía.  Comulgaba  muy  amenudo,  estaba  largas  horas  de  rodillas 
en  la  iglesia,  tomaba  disciplina  hasta  derramar  sangre,  fué  compañero 
de  Antonio  Cordero,  estuvo  al  principio  negativo,  después  confessó  ser 


126 


J.  T.  MEDINA 


judío  judayzante  y  pidió  misericordia:  fué  admitido  a  reconciliación. 
Salió  al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró  en  forma, 
fué  condenado  en  confiscación  de  bienes,  en  cárcel  y  hábito  perpetuo, 
desterrado  perpetuamente  de  las  Indias,  y  que  guarde  carcelería  en  la 
cárcel  perpetua  de  la  Inquisición  de  Sevilla. 

"33.  Manuel  Alvarez,  hijo  de  portugués,  natural  de  Rioseco,  soltero, 
de  edad  de  veinte  y  siete  años,  primo  de  los  Limas,  penitenciados  en 
este  auto,  residente  en  esta  ciudad,  con  cajón,  el  qual  alzó  de  tienda, 
y  fué  huyendo  porque  no  le  prendiesse  la  Inquisición,  y  porque  en  la 
provincia  de  Guaylas  vió  un  hombre  con  un  pliego  del  Santo  Oficio, 
procuró  quitárselo  por  dádivas,  y  quando  no  pudo,  dejó  la  ropa  que 
llevaba  a  un  soldado  montañés,  y  se  fué  huyendo  mudado  el  nombre, 
y  habiendo  dado  el  dicho  soldado  noticia  en  este  Santo  Oficio,  se  dió 
mandamiento  contra  él,  y  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío 
judayzante,  observante  de  la  ley  de  Moysen:  confessó  serlo  y  pidió  mi- 
sericordia, después  varió  y  revocó,  fué  admitido  a  reconciliación,  salió 
al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  soga  a  la  garganta, 
abjuró  en  forma,  y  fué  condenado  a  hábito  y  cárcel  perpetua,  y  deste- 
rrado de  las  Indias  perpetuamente,  y  por  sus  variaciones  y  revocaciones, 
en  cien  azotes  y  quatro  años  de  galeras  en  las  de  España,  al  remo  y  sin 
sueldo,  y  que  después  de  cumplir  el  tiempo  de  galeras,  guarde  la  carce- 
lería en  la  cárcel  perpetua  de  Sevilla, 

"34.  Melchor  de  los  Reyes,  natural  de  Lisboa  y  criado  en  Madrid, 
residente  en  esta  ciudad,  de  oficio  mercader  de  cajón  en  la  plaza,  de 
edad  de  treinta  años,  soltero,  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío 
judayzante;  escondió  mucha  hacienda  suya  y  agena;  tenia  entrada  en 
casas  principales;  estuvo  negativo,  después  confessó  ser  judío  juday- 
zante, varió  y  revocó  sus  confessiones.  Levantó  muchos  testimonios, 
pidió  misericordia,  fué  admitido  a  reconciliación;  salió  al  auto  con  sam- 
benito, vela  verde  en  las  manos,  soga  a  la  garganta,  abjuró  en  forma, 
fué  condenado  en  confiscación  de  bienes,  hábito  y  cárcel  perpetua,  y 
destierro  de  las  Indias  para  siempre:  y  por  las  variaciones  y  revocaciones 
y  testimonios  falsos  que  levantó,  en  doscientos  azotes  y  diez  años  de 
galeras  en  las  de  España,  al  remo  y  sin  sueldo,  y  que  cumplido  el  tiem- 
po de  galeras,  guarde  carcelería  en  la  cárcel  perpetua  de  la  Inquisición 
de  Sevilla. 

"35.  Manuel  Luis  Matos,  natural  de  Trejo  en  Portugal,  pariente 
de  Pascual  Diaz,  reconciliado  en  este  auto,  soltero,  de  edad  de  quarenta 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


127 


años,  residente  en  esta  ciudad,  mercader  de  tienda.  Fué  preso  con  se- 
cresto de  bienes,  por  judío  observante  de  la  ley  de  Moysen.  Al  principio 
estuvo  negativo  y  después  en  audiencia  que  pidió,  confessó  serlo  y  pidió 
misericordia.  En  otras  audiencias  revocó  y  varió  en  parte  de  sus  con- 
fessiones:  fué  admitido  a  reconciliación,  salió  al  auto  con  sambenito, 
vela  verde  en  las  manos,  soga  a  la  garganta,  fué  condenado  en  confis- 
cación de  bienes,  cárcel  y  hábito  por  tres  años,  abjuró  en  forma,  y  que 
salga  desterrado  perpetuamente  de  las  Indias,  y  que  cumpla  su  carcele- 
ría en  la  cárcel  perpetua  de  Sevilla.  Y  por  las  variaciones  y  revocaciones, 
en  doscientos  azotes. 

"36.  Manuel  de  Quiros  o  Manuel  Méndez,  natural  de  Villaflor  en 
Portugal,  soltero,  residente  en  un  assiento  de  minas  en  el  obispado  de 
Guamanga,  de  veinte  y  ocho  años,  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por 
judío  judayzante;  confessó  serlo  y  pidió  misericordia:  fué  admitido  a 
reconciliación,  salió  al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos, 
abjuró  en  forma,  fué  condenado  en  confiscación  de  bienes,  hábito  por 
un  año  y  destierro  perpetuo  de  las  Indias. 

"37.  Mateo  Enriquez,  natural  de  Moncorbo  en  Portugal,  soltero, 
de  edad  de  treinta  y  cuatro  años,  que  hacia  viajes  arriba,  y  yendo  hu- 
yendo con  otros  tres  compañeros,  a  pedimento  de  los  acreedores  con 
cuya  plata  se  iva,  fueron  presos  por  órden  deste  Santo  Oficio,  sesenta 
leguas  desta  ciudad,  en  Guanuco,  y  traídos  y  puestos  en  la  cárcel  pú- 
blica della;  estando  assí,  fué  testificado  y  se  mandó  traer  a  las  cárceles 
secretas  desta  santa  Inquisición,  con  secresto  de  bienes.  Estuvo  negati- 
vo, confessó  después  ser  judío,  observante  de  la  ley  de  Moysen,  sus  ritos 
y  ceremonias,  y  pidió  misericordia;  fué  admitido  a  reconciliación:  salió 
al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró  en  forma,  fué 
condenado  en  confiscación  de  bienes,  y  cárcel  y  hábito  perpetuo,  y  en 
destierro  por  toda  su  vida  de  las  Indias,  y  que  guarde  carcelería  en  la 
cárcel  perpetua  de  Sevilla. 

"38.  Mateo  de  la  Cruz,  hermano  de  Enrique  Lorenzo,  penitenciado 
en  este  auto,  natural  de  Moncorbo  en  Portugal,  soltero,  de  veinte  y  nue- 
ve años,  que  hazia  viajes  arriba  (concurrieron  en  él  las  mismas  circuns- 
tancias que  en  el  dicho  Mateo  Enriquez)  fué  traído  a  las  cárceles  secre- 
tas, con  secresto  de  bienes,  por  judío  judaizante:  fué  tardío  y  terco  en 
confessar,  últimamente  confessó  ser  judío  judaizante  y  pidió  misericor- 
dia; fué  admitido  a  reconciliación,  salió  al  auto  con  sambenito,  vela 
verde  en  las  manos,  soga  a  la  garganta,  abjuró  en  forma,  desterrado  per- 


128 


J.  T.  MEDINA 


petuamente  de  todas  las  Indias,  hábito  y  cárcel  perpetua,  confiscados  sus 
bienes,  y  por  aver  confessado  tan  forzado  de  la  verdad,  fué  condenado 
a  doscientos  azotes  y  seis  años  de  galeras  en  las  de  España,  al  remo  y 
sin  sueldo,  y  cumplidos,  guarde  carcelería  en  la  cárcel  perpetua  de  Se- 
villa. 

"39.  Pasqual  Diaz,  natural  de  Mirandela  en  Portugal,  de  oficio  mer- 
cader de  caxon,  residente  en  esta  ciudad,  soltero,  de  edad  cuarenta  y 
cinco  años,  pariente  de  Manuel  Luis  Matos,  reconciliado  en  este  auto. 
Fue  preso  con  secresto  de  bienes  por  judío  observante  de  la  ley  de  Moy- 
sen,  confessó  serlo,  y  que  avia  estado  en  la  costa  de  Guinea,  donde  avian 
hebreos  que  vivían  en  su  ley;  pidió  misericordia  y  fué  admitido  a  re- 
conciliación. Salió  al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  soga 
a  la  garganta,  abjuró  en  forma,  fué  condenado  en  confiscación  de  bienes, 
hábito  y  cárcel  perpetua,  y  desterrado  por  toda  su  vida  de  las  Indias; 
y  por  las  variaciones  y  revocaciones,  en  doscientos  azotes,  y  que  guarde 
carcelería  en  la  cárcel  perpetua  en  la  Inquisición  de  Sevilla. 

"40.  Pasqual  Nuñez,  natural  de  la  ciudad  de  Verganza  en  Portugal, 
mercader  de  caxon,  soltero,  edad  veinte  y  dos  años,  residente  en  esta 
ciudad.  Fué  preso  con  secresto  de  bienes  por  judío  judaizante,  luego 
confessó  serlo  y  pidió  misericordia.  Estuvo  convencido  de  aver  levan- 
tado testimonios  falsos,  y  confessó  aver  escondido  hazienda,  y  nunca 
quiso  confessar  donde  la  avia  puesto,  mintiendo  en  quanto  dezia.  Fué 
admitido  a  reconciliación,  salió  al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las 
manos,  soga  a  la  garganta,  abjuró  en  forma,  fué  condenado  a  confisca- 
ción de  bienes,  cárcel  y  hábito  perpetuo,  destierro  para  siempre  de  las 
Indias,  y  por  los  testimonios  que  levantó  y  mentiras  que  dixo  en  el  dis- 
curso de  su  causa,  en  doscientos  azotes  y  en  galeras  perpetuas  irremissi- 
bles  en  las  de  España,  al  remo  y  sin  sueldo. 

"41.  Pablo  Rodríguez,  natural  de  Montemayor  en  Portugal,  medio 
hermano  de  Sebastian  Duarte,  y  agente  de  Manuel  Bautista  Pérez,  sol- 
tero, residente  en  esta  ciudad,  de  treinta  y  seis  años,  fué  preso  por  judío 
judaizante,  con  secresto  de  bienes;  negó  al  principio,  confessó  después 
serlo  y  pidió  misericordia;  fué  admitido  a  reconciliación:  salió  al  auto 
con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  abjuró  en  forma,  fué  conde- 
nado en  confiscación  de  bienes,  hábito  y  cárcel  perpetua  y  en  destierro 
de  las  Indias  a  los  reynos  de  España  por  toda  su  vida,  y  que  guarde 
carcelería  en  la  cárcel  perpetua  de  Sevilla. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


"42.  Tomas  de  Lima,  natural  de  Moncorbo  en  Portugal,  hermano 
de  Luis  y  de  Juan  de  Lima,  residente  en  esta  ciudad,  hazia  viajes,  soltero, 
de  edad  de  treinta  años,  fué  preso  con  secresto  de  bienes  por  judío  ju- 
daizante, confessó  serlo,  y  en  varias  audiencias  depuso  falsamente  con- 
tra muchas  personas,  y  después  de  aver  pedido  misericordia,  judaizó 
en  las  cárceles.  Fué  admitido  a  reconciliación:  salió  al  auto  con  sambe- 
nito, vela  verde  en  las  manos,  soga  a  la  garganta,  fué  condenado  en 
confiscación  de  bienes,  hábito  y  cárcel  perpetua  y  destierro  para  siempre 
de  las  Indias,  y  por  los  testimonios  falsos  que  levantó  y  aver  judaizado 
en  las  cárceles,  en  quatrocientos  azotes  y  galeras  perpetuas  en  las  de 
España,  al  remo  y  sin  sueldo. 

"Reconciliados  con  sambenito;  que  estuvieron  con  insignias  de  que- 
mados la  noche  antes  del  auto. — 43.  Enrique  de  Paz,  residente  en  esta 
ciudad,  de  oficio  mercader,  con  tienda  en  la  calle  de  los  Mercaderes,  na- 
tural de  la  Guardia  en  Portugal,  de  edad  de  treinta  y  cinco  años,  soltero, 
muy  cabido  en  el  lugar,  y  que  le  trataba  con  grande  ostentación,  y  frisava 
con  lo  más  granado  dél;  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío,  ob- 
servante de  la  ley  de  Moysen  (y  antes  de  prenderle,  viendo  muchos  ami- 
gos suyos  andaba  demudado  y  turbado,  le  exortaron  a  que  se  denunciasse, 
y  alguno  se  lo  pidió  de  rodillas,  poniéndole  por  delante  la  misericordia 
que  usaba  el  Santo  Oficio  con  los  buenos  confitentes) ;  en  la  primera 
audiencia  dijo  llamarse  Enrique  de  Paz  Meló,  que  era  soltero,  natural 
de  Madrid,  hijo  de  portugués,  y  que  él  y  sus  padres  eran  christianos 
viejos,  limpios  de  mala  raza.  Lo  mismo  respondió  a  la  acusación,  en  que 
se  le  avisaba  que  llamándose  su  padre  Simón  de  Almeyda,  le  avia  lla- 
mado Simón  de  Meló;  después  confessó  que  era  assí,  y  que  huyó  de 
llamarse  del  apellido  de  Almeyda,  porque  su  padre  avia  tenido  oficio 
bajo  de  guardar  los  puertos  secos,  y  tener  presumpcion  honrada  y  bue- 
nos pensamientos,  y  que  por  averse  criado  en  Madrid,  con  dos  de  los 
apellidos  de  Meló  y  Paz,  se  los  avia  puesto,  y  que  nació  en  la  ciudad 
de  la  Guardia  en  Portugal,  y  que  por  averse  criado  en  Madrid,  se  avia 
hecho  natural  de  allí.  Demás  de  la  testificación  del  judaismo,  se  le  probó 
ocultación  de  bienes,  con  real  aprehensión  dellos,  y  él  la  confessó,  es- 
tando siempre  negativo  en  lo  demás:  fué  sentenciado  a  relajar  a  la 
justicia  y  brazo  seglar,  por  negativo,  y  aviéndosele  notificado,  estuvo 
algunas  horas  terco  y  obstinado,  pidió  después  misericordia,  y  confessó 
ser  judío,  observante  de  la  ley  de  Moysen,  y  que  a  los  doce  años  se  la 
enseñaron,  y  que  en  su  observancia  rezasse  los  salmos  sin  gloria  Patri, 


9 — La  Inquisición  de  Lima  Tomo  II 


130 


J.  T.  MEDINA 


y  el  padre  nuestro  sin  amen,  JESUS,  y  que  guardasse  el  sábado,  a  lo  me- 
nos con  la  intención,  y  ayunasse  el  ayuno  de  la  Reyna  Ester,  y  otros 
ayunos;  que  no  confessasse  con  los  sacerdotes,  que  bastaba  hincarse  de 
rodillas  y  pedir  perdón  a  Dios:  dio  muestras  de  arrepentimiento  verda- 
dero, y  después  las  ha  continuado;  fué  admitido  a  reconciliación.  Salió 
al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos,  soga  a  la  garganta, 
abjuró  en  forma,  fué  condenado  en  destierro  para  siempre  de  las  Indias, 
en  cárcel  y  hábito  perpetuo,  en  doscientos  azotes  y  diez  años  de  galeras 
en  las  de  España,  al  remo  y  sin  sueldo,  y  que  acabado  el  tiempo  de  ga- 
leras, guarde  carcelería  en  la  cárcel  perpetua  de  la  Inquisición  de  Se- 
villa. 

"44.  Manuel  de  Espinosa,  natural  de  Almagro,  en  la  Mancha,  her- 
mano de  Antonio  de  Espinosa  y  de  Jorge  de  Espinosa,  residente  en  esta 
ciudad,  de  treinta  y  dos  años,  que  hacia  viajes  a  diferentes  partes,  soltero, 
fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío  judayzante:  en  sus  confessio- 
nes  primeras  confessó  ser  judío  y  pidió  misericordia,  y  dijo  contra  mu- 
chas personas,  levantando  falsos  testimonios;  después  revocó  todo  lo  que 
avia  confessado:  de  ay  a  poco  pidió  misericordia,  y  declaró  ser  judío, 
observante  de  la  ley  de  Moysen  y  de  sus  ritos  y  ceremonias:  fué  admiti- 
do a  reconciliación.  Salió  al  auto  con  sambenito,  vela  verde  en  las  manos, 
soga  a  la  garganta,  abjuró  en  forma,  fué  condenado  a  hábito  y  cárcel 
perpetua,  y  por  sus  revocaciones  y  testimonios  que  levantó,  a  quatro- 
cientos  azotes  y  a  diez  años  de  galeras  en  las  de  España,  al  remo  y  sin 
sueldo,  y  en  destierro  perpetuo  de  las  Indias,  y  después  de  cumplidas 
las  galeras,  guarde  carcelería  perpetua  en  la  cárcel  de  Sevilla. 

"Relajados  en  persona  por  observantes  de  la  ley  de  Moysen,  con- 
vencidos con  gran  número  de  testigos,  y  por  falsos  testimonios  que  le- 
vantaron.— 1.  Antonio  de  Vega,  mercachifle,  natural  de  la  Frontera,  en 
el  reyno  de  Portugal,  de  edad  de  quarenta  años,  soltero,  residente  en 
esta  ciudad,  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío  observante  de 
la  ley  de  Moysen.  Confesó  con  señales  de  mucho  arrepentimiento  aver 
judaizado  y  quien  le  avia  enseñado,  y  fué  diciendo  de  otros,  y  estando 
ratificado  en  todo,  revocó  de  sí  y  de  todos.  De  allí  a  algunos  dias  se  vol- 
vió a  afirmar  en  sus  confessiones  y  pidió  misericordia,  y  últimamente 
las  revocó  y  se  retractó  de  quanto  avia  dicho  en  ellas:  fué  relajado  a  la 
justicia  y  brazo  seglar  por  negativo,  con  confiscación  de  bienes,  y  murió 
impenitente.  Leyó  esta  causa  el  bachiller  Francisco  de  Valladolid,  ca- 
pellán real  y  persona  honesta  del  Santo  Oficio. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


131 


"2.  Antonio  de  Espinosa,  hermano  de  Jorge  y  Manuel  de  Espinosa, 
reconciliados,  hijo  de  portugués,  natural  de  Almagro,  en  la  Mancha, 
soltero,  de  treinta  y  ocho  años,  fué  preso  en  la  villa  de  Potosí,  con  se- 
cresto de  bienes,  por  judío  judaizante,  y  traído  a  las  cárceles  secretas 
estuvo  negativo  al  principio;  confesó  después  de  sí  y  de  otros,  y  últi- 
mamente revocó  sus  confessiones,  y  por  negativo  fué  mandado  relajar 
a  la  justicia  y  brazo  seglar,  con  confiscación  de  bienes.  Dio  muestras  de 
arrepentimiento  en  el  tablado,  mas  no  fueron  verdaderas:  murió  impe- 
nitente. 

"3.  Diego  López  de  Fonseca,  de  oficio  mercader,  camarada  de  An- 
tonio de  Acuña,  reconciliado  en  este  auto,  natural  de  la  ciudad  de  Ba- 
dajoz, de  edad  de  quarenta  y  dos  años,  casado  con  doña  Leonor  de 
Andrada,  natural  de  Sevilla  y  residente  en  esta  ciudad,  fué  preso  con 
secresto  de  bienes,  por  observantíssimo  de  la  ley  de  Moysen;  estuvo 
siempre  negativo  y  rebelde,  fué  condenado  a  relajar  a  la  justicia  y  brazo 
seglar,  con  confiscación  de  bienes;  iva  tan  desmayado  al  auto  que  fué 
necessario  llevarlo  en  brazos,  y  al  ponerlo  en  la  grada  a  oir  la  sentencia, 
le  hubieron  de  tener  hasta  la  cabeza.  Murió  impenitente. 

"4.  El  bachiller  Francisco  Maldonado  de  Silva,  cirujano  examinado, 
con  facultad  de  evacuar,  natural  de  San  Miguel  del  Tucuman,  en  estos 
reynos  del  Perú,  de  más  de  cincuenta  años,  hijo  de  Diego  Núñez  de 
Silva,  cirujano  portugués,  reconciliado  en  esta  Inquisición  en  13  de 
marzo  de  1605,  murió  en  el  Callao,  año  1615  o  16,  curando  como  mé- 
dico, vecino  y  casado  en  la  ciudad  de  Santiago  de  Chile  con  doña  Isabel 
Otañez,  natural  de  Sevilla,  con  hijos;  estuvo  trece  años  preso,  confesó 
desde  sus  primeras  audiencias  ser  judío,  observante  de  la  ley  de  Moysen, 
y  que  quería  vivir  y  morir  en  ella,  y  que  la  avia  guardado  desde  diezio- 
cho  años.  En  las  audiencias  en  que  se  le  recibió  juramento,  nunca  quiso 
jurar  por  Dios  y  la  Cruz,  ni  poner  la  mano  al  pié  del  Christo  que  está 
sobre  la  mesa  del  Tribunal  para  hacer  tales  juramentos,  por  decir  no 
quería  contaminarse  jurando  por  otro  que  por  el  Dios  de  Israel.  El 
mismo  se  circuncidó  con  una  navaja  y  acabó  de  cortar  el  prepucio  con 
unas  tijeras.  Hiciéronsc  grandes  diligencias  para  convertirle,  llamando 
quantas  veces  quiso  a  los  calificadores,  tratando  con  ellos  de  palabra  y 
por  escrito  de  dudas  que  tenia;  y  después  de  averie  convencido  mani- 
fiestamente, negaba  la  autoridad  a  los  profetas,  y  decia  mintieron,  y 
libros  enteros  de  la  sagrada  escritura,  y  se  acojia  últimamente  a  decir 
que  él  era  judío  y  avia  de  morir  como  tal.  Dejóse  crecer  barba  y  cabello, 


132 


J.  T,  MEDINA 


como  los  nazarenos,  y  se  mudó  el  nombre  de  Francisco  Maldonado  de 
Silva  en  el  de  Heli  Nazareo,  y  cuando  firmaba  usaba  del  diciendo,  Heli 
Nazareo,  indigno  siervo  del  Dios  de  Israel,  alias  Silva.  Ayunó  en  las 
cárceles  largos  y  penosos  ayunos,  y  uno  por  espacio  de  ochenta  dias 
continuos,  comiendo  unas  mazamorras  que  hacia  de  maíz,  en  poquíssi- 
ma  cantidad,  y  estuvo  a  la  muerte  y  muchos  meses  en  la  cama,  de  que 
se  le  hicieron  llagas  en  las  assentaderas.  Con  una  soga  que  hizo  de  hojas 
de  choclos,  que  pedia  para  comer,  se  salió  de  la  cárcel  a  reducir  a  su 
ley  muerta  a  los  demás  presos,  y  con  este  fin  les  compuso  décimas.  Es- 
cribió varios  tratados,  que  algunos  se  quemaron  juntos  con  él,  dedicados 
a  los  señores  inquisidores  apostólicos  destos  reynos,  y  decia  eran  contra 
el  símbolo  de  la  Fé  del  padre  frai  Luis  de  Granada.  Y  con  no  darle 
recaudo  para  escribir,  de  papeles  viejos  en  que  le  llevaban  envueltas 
algunas  cosas  que  pedía,  que  juntando  unos  pedazos  con  otros  tan 
sutilmente  que  parecían  una  pieza  misma,  hizo  las  hojas  de  di- 
chos tratados,  y  con  pluma  y  tinta  que  hizo,  ésta  de  carbón,  aquella 
de  un  hueso  de  gallina,  cortado  con  un  cuchillo  que  hizo  de  un  clavo, 
escribió  letra  que  parecia  de  molde.  Permitió  Dios  que  estuviese  ya 
sordo  al  principio  de  las  prisiones  desta  complicidad  y  que  no  enten- 
diesse  cosa  della,  porque  a  saber  que  avia  presos  tantos  judíos,  hubiera 
hecho  diabluras  por  fortalecerlos,  según  el  celo  que  tuvo  por  su  ley. 
Fué  relajado  a  la  justicia  y  brazo  seglar,  con  confiscación  de  bienes,  y 
quemado  vivo. 

"Y  es  digno  de  reparo  que  aviéndose  acabado  de  hacer  la  relación 
de  las  causas  de  los  relaxados,  se  levantó  un  viento  tan  recio,  que  afir- 
man vecinos  antiguos  de  esta  ciudad  no  aver  visto  otro  tan  fuerte  en 
muchos  años.  Rompió  con  toda  violencia  la  vela  que  hacia  sombra  al 
tablado,  por  la  misma  parte  y  lugar  donde  estaba  este  condenado,  el  qual, 
mirando  al  cielo,  dixo:  esto  lo  ha  dispuesto  assí  el  Dios  de  Israel  para 
verme  cara  a  cara  desde  el  cielo. 

"5.  Juan  Rodríguez  de  Silva,  de  oficio  mercader,  soltero,  de  treinta 
y  seis  años,  natural  de  Estremoz,  en  Portugal.  Este  vino  de  Panamá 
quando  supo  la  prisión  de  su  hermano  Jorge  de  Silva,  y  por  un  papel 
que  de  las  cárceles  le  escribió  el  dicho  su  hermano,  exortándole  a  que 
se  denunciasse,  se  denunció  de  su  voluntad,  y  dixo  ser  judío  judaizante, 
y  que  no  avia  creido  estar  el  cuerpo  de  Nuestro  Señor  Jesucristo  en  la 
hostia  consagrada,  y  depuso  de  otras  personas:  y  porque  en  la  misma 
audiencia  revocó  lo  que  acababa  de  decir,  diciendo  que  se  avia  levanta- 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


133 


do  testimonio,  fué  mandado  recluir  en  las  cárceles  secretas,  con  secrestó 
de  bienes;  después  que  revocó,  siempre  estuvo  negativo,  estando  con- 
vencido con  mucho  número  de  testigos,  y  se  finjió  por  tiempo  loco, 
diciendo  y  haciendo  cosas  de  risa  en  las  audiencias  que  con  él  se  tuvie- 
ron, echando  de  ver  ser  todo  ficción  y  maldad:  fué  sentenciado  a  relajar 
a  la  justicia  y  brazo  seglar,  con  confiscación  de  bienes,  y  murió  impe- 
nitente. 

"6.  Juan  de  Azevedo,  natural  de  Lisboa  en  Portugal,  caxero  de 
Antonio  Gómez  de  Acosta,  residente  en  esta  ciudad,  soltero,  de  edad 
de  veinte  y  siete  años,  fué  preso  con  secresto  de  bienes  por  judío  ju- 
daizante; a  la  segunda  audiencia  que  con  él  se  tuvo,  confessó  serlo  y 
pidió  misericordia,  especificando  tanta  suerte  de  ritos  y  ceremonias  en 
guarda  y  observancia  de  la  ley  de  Moysen  que  le  enseñaron  en  Guinea, 
que  ponia  admiración,  ocupando  las  audiencias  dias  enteros;  dixo  con- 
tra muchos  y  levantó  a  muchísimas  personas  falsos  testimonios;  revocó, 
hizo  y  cometió  muchas  maldades,  incitando  a  otros  presos  para  que 
levantassen  falsos  testimonios  a  los  de  afuera  y  dentro,  dándoles  el  pié 
del  lugar,  de  la  seña  y  contraseña  con  que  avian  de  contestar  las  culpas 
falsas  con  él,  que  las  pintaba  con  tales  circunstancias  que  al  mas  vigi- 
lante y  experimentado  juez  le  haria  creer  ser  aquello  verdad;  no  dexó 
parte  alguna  donde  no  aya  personas  comprehendidas  en  los  testimonios 
que  levantó,  ni  España,  ni  Portugal,  ni  Guinea,  ni  Cartagena,  ni  otras 
partes  de  las  Indias.  Fué  condenado  a  relaxar  a  la  justicia  y  brazo  secu- 
lar, por  vario,  revocante,  y  por  los  muchísimos  testimonios  que  levantó, 
fuéronle  confiscados  sus  bienes,  que  no  tuvo  como  otros  muchos  que 
salieron  en  este  auto:  leyó  esta  causa  el  contador  Juan  de  Cenzano,  cria- 
do de  su  Excelencia. 

"7.  Luis  de  Lima,  natural  de  Moncorbo  en  Portugal,  hermano  de 
Juan  y  Tomas  de  Lima,  reconciliados  en  este  auto,  de  oficio  mercader, 
que  acababa  de  venir  de  Panamá,  donde  avia  baxado  quando  la  armada 
de  1635,  soltero,  de  edad  de  mas  de  quarenta  años;  vino  de  su  voluntad 
a  denunciarse  por  principios  de  1636,  y  por  estar  testificado  y  diminuto, 
se  mandó  prender  con  secresto  de  bienes;  anduvo  en  gran  manera  vario 
y  revocante  en  sus  confessiones.  Levantó  muchos  falsos  testimonios, 
aunándose  para  ello  con  el  dicho  Juan  de  Azevedo,  persuadiendo  a  lo 
mismo  a  otros  presos,  haziendo  agujeros  por  las  paredes  de  las  cárceles 
para  hablarles,  diciendo  lo  que  habian  de  hacer  y  deponer  y  las  señas 
con  que  avian  de  conocer  a  los  que  avian  de  levantar  testimonios,  a  uno 


134 


J.  T.  MEDINA 


de  judío  yapero,  al  otro  de  qualtralbo,  y  deste  modo  otras  muchas  señas 
y  contraseñas  y  apodos:  fue  muy  perjudicial  en  esta  materia  de  testi- 
monios, sin  poderle  ir  a  la  mano,  con  mudarle  diferentes  cárceles,  ni 
con  dárselo  a  entender:  todo  con  color  de  dezir  descargava  su  concien- 
cia; decia  que  esta  tierra  del  Perú,  era  para  los  portugueses,  de  pro- 
mission,  porque  cuidan  los  hombres  della  mas  de  ganar  plata  que  de 
vidas  agenas,  y  que  esto  fuera  assí  sino  estuviera  en  el  Perú  la  Inquisi- 
ción, a  quien  ellos  en  gran  manera  aborrecen.  Fué  condenado  a  relaxar 
a  la  justicia  y  brazo  seglar,  con  confiscación  de  bienes,  por  vario,  revo- 
cante y  aver  levantado  muchísimos  testimonios  falsos;  dio  muestras 
de  arrepentimiento,  dentro  y  fuera  de  la  Inquisición;  y  en  el  tablado, 
aviéndosele  acabado  de  leer  su  sentencia,  estando  en  la  grada,  con  mu- 
chas lágrimas  pidió  perdón  a  Santiago  del  Castillo,  Pedro  de  Soria 
Arzila  y  a  Francisco  Sotelo,  delante  de  todo  el  pueblo,  diciéndoles  les 
avia  levantado  falso  testimonio  por  la  enemistad  que  les  tuvo,  y  en 
general  pidió  perdón  a  los  demás  que  avia  levantado  testimonios,  y 
que  rogassen  a  Dios  le  perdonasse;  duróle  este  dolor  hasta  la  muerte. 

"8.  Manuel  Bautista  Pérez,  de  todas  partes  christiano  nuevo,  na- 
tural de  Anzan,  obispado  de  Coimbra,  de  edad  quarenta  y  seis  años, 
vecino  desta  ciudad,  casado  con  doña  Guiomar  Enriquez,  prima  suya, 
christiana  nueva,  que  traxo  de  Sevilla,  y  con  hijos  en  esta  ciudad,  hom- 
bre de  mucho  crédito  y  tenido  por  el  oráculo  de  la  nación  hebrea,  y  a 
quien  llamavan  el  capitán  grande  y  de  quien  siempre  se  entendió  era 
el  principal  en  la  observancia  de  la  ley  de  Moysen.  Teníanse  en  su  casa 
las  juntas  en  que  se  tratava  de  la  dicha  ley,  a  que  presidia.  Tenia  muchos 
libros  espirituales,  tratava  con  teólogos  descendientes  de  portugueses  de 
varias  materias  teológicas,  dava  su  parecer;  tenia  en  su  persona,  la  de 
su  muger,  hijos  y  casa  gran  ostentación,  el  coche  en  que  andava  entón- 
ccs  se  vendió  por  orden  del  Santo  Oficio  a  19  de  febrero  del  año  corrien- 
te, entre  los  bienes  confiscados,  en  tres  mil  y  ochocientos  pesos  corrien- 
tes, que  hacen  treinta  mil  y  quatrocientos  reales  de  contado,  tan  rico 
y  costoso  era  desde  su  principio.  Fué  estimado  de  eclesiásticos,  religiosos 
y  seglares,  dedicávanle  actos  literarios,  aun  de  la  misma  Universidad 
Real,  con  dedicatorias  llenas  de  adulación  y  encomios,  dándole  los  pri- 
meros assientos.  En  lo  esterior  parecía  gran  christiano,  cuydando  de  las 
fiestas  del  Santísimo  Sacramento,  oyendo  missa  y  sermones,  principal- 
mente si  se  tratava  en  ellos  alguna  historia  del  testamento  viejo.  Con- 
fessava  y  comulgava  a  menudo,  era  congregante,  criava  a  sus  hijos  con 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


135 


ayos  sacerdotes  (pero  tan  afecto  a  su  nación  que  quiso  fuessen  bau- 
tizados de  mano  de  portugués);  finalmente,  hazia  tales  obras  de  buen 
christiano,  que  deslumbraban  aun  a  los  muy  atentos  a  ver  si  podrá  aver 
engaño  en  acciones  semejantes,  mas  no  pudo  al  Santo  Oficio  de  la 
Inquisición,  que  le  prendió  por  judío  judaizante  a  los  11  de  agosto, 
año  de  1635,  en  la  prisión  grande,  con  secresto  de  bienes,  siempre  es- 
tuvo negativo,  y  viéndose  convencido  con  mas  de  treinta  testigos  con- 
testes y  que  no  tenia  razones  con  que  poder  satisfazer  a  la  evidencia  de 
su  culpa,  en  su  misma  cárcel,  con  un  cuchillo  de  estuche,  intentó  ma- 
tarse, y  se  dió  seis  puñaladas  en  el  vientre  y  por  las  ingles,  dos  o  tres 
penetrantes.  Escrivió  papeles  en  cifra  a  su  cuñado  Sebastian  Duarte,  a 
su  cárcel,  persuadiéndole  revocasse  sus  confessiones  y  estuviesse  negati- 
vo, con  que  el  dicho  Sebastian  revocó,  y  se  puso  en  el  estado  en  que 
murió;  siempre  dió  a  entender  en  lo  exterior  que  era  católico,  siendo 
evidentísimo  que  era  judío,  llevando  por  opinión  que  solo  con  lo  inte- 
rior cumplía  con  la  observancia  de  su  ley;  fué  relaxado  a  la  justicia 
y  brazo  seglar,  por  negativo,  con  confiscación  de  bienes;  dió  muestras 
de  su  depravado  ánimo  y  de  disimulado  judío  en  el  ósculo  de  paz  que 
dió  a  su  cuñado  Sebastian  Duarte,  relaxado  en  el  cadahalso,  y  de  las 
demostraciones  de  ira  que  con  los  ojos  hazia  contra  aquellos  que  de  su 
casa  y  familia  avian  confessado  y  estavan  allí  con  sambenito;  oyó  su 
sentencia  con  mucha  severidad  y  magestad;  murió  impenitente,  pidien- 
do al  verdugo  hiziesse  su  oficio. 

"9.  Rodrigo  Vaez  Pereira,  natural  de  Monsanto,  jurisdicion  de  la 
Guardia  en  Portugal,  de  oficio  mercader,  de  edad  de  treinta  y  nueve 
años,  casado  con  doña  Isabel  Antonio  de  Morón,  reconciliada  en  este 
auto,  vezino  desta  ciudad,  fué  preso  con  secresto  de  bienes,  por  judío 
judaizante,  quando  la  prisión  grande  de  11  de  agosto;  al  principio 
estuvo  negativo,  después  confessó  ser  observante  de  la  ley  de  Moysen 
y  pidió  misericordia,  y  fué  diciendo  de  otros,  levantando  falsos  testi- 
monios. Dentro  de  pocos  dias  revocó  de  sí  y  de  las  personas  contra 
quien  avia  depuesto;  volvió  a  dezir  de  sí  muy  diminuta  y  de  otros 
largamente,  levantando  muchos  falsos  testimonios,  confessándose  con 
Juan  de  Azevedo  y  Luis  de  Lima,  y  cometiendo  los  mismos  delitos 
que  ellos  en  materia  de  testimonios,  dando  muestras  de  sus  malas  en- 
trañas en  los  odios  que  le  movieron  a  fraguar  semejantes  maldades; 
fué  condenado  por  vario,  revocante,  y  por  los  muchos  testimonios  que 
avia  levantado,  a,  relaxar  a  la  justicia  y  brazo  seglar,  con  confiscación  d^ 


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J.  T.  MEDINA 


bienes.  En  el  tablado,  después  de  avérsele  leydo  su  sentencia,  dixo  ser 
todo  mentira  y  falsedad  que  le  levantavan;  después  en  el  quemadero, 
estando  para  darle  garrote,  pidió  le  aflogassen  el  cordel,  como  se  hizo,  y 
volviéndose  a  los  demás  justiciados  les  dixo,  que  que  hazian  pues  no 
se  volvian  a  Dios  y  confessavan  su  pecado?  siendo  cierto  que  todos  los 
que  avian  de  ser  quemados  avian  judaizado  como  él,  que  avia 
sido  judío  hasta  aquel  punto  en  que  se  apartava  de  la  ley  de 
Moysen  y  creia  en  Jesucristo  nuestro  Señor,  y  que  de  lo  contrario  le 
pesava  mucho:  con  tanto  le  dieron  garrote  al  dicho,  declarándolo  assí 
personas  graves  cjue  se  hallaron  presentes. 

"10.  Sebastian  Duarte,  natural  de  Montemayor  el  Nuevo,  en  Por- 
tugal, de  oficio  mercader,  de  edad  de  treinta  y  dos  años,  cuñado  de 
Manuel  Bautista  Pérez,  casado  con  doña  Isabel  Enriquez,  muger  del 
dicho  Manuel  Bautista,  vivian  en  una  misma  casa  y  compañía  en  esta 
ciudad;  fué  preso  por  judío  judaizante,  con  secresto  de  bienes,  quando 
la  prisión  grande  de  11  de  agosto  de  treinta  y  cinco;  al  principio  estuvo 
negativo,  confesó  después  de  sí  y  de  otras  muchas  personas,  por  un 
papel  que  le  escrivió  desde  su  cárcel  Manuel  Bautista  Pérez,  exortándole 
a  ello;  de  ahí  a  algunos  dias  revocó  de  sí  y  de  todos  los  demás  por  pape- 
les en  cifra  que  le  volvió  a  escrivir  el  dicho  Manuel  Bautista  Pérez,  man- 
dándole revocasse.  Prosiguió  en  estar  siempre  negativo  (haciendo  largas 
protestas  en  las  audiencias  que  con  él  se  tuvieron,  de  que  era  fiel  católico 
christiano,  dando  razón  muy  cumplida  de  todos  los  misterios  de  nues- 
tra santa  fé  católica)  y  lo  que  le  movió  a  estarlo,  fué  consideración  entre 
él  y  su  cuñado  en  no  confesar.  Dixo  que  era  christiano  viejo,  siendo 
cierto  que  Duarte  Rodríguez,  su  padre,  fué  preso  en  la  Inquisición  de 
Ebora,  murió  en  la  prisión  y  fué  quemado  en  estatua  en  auto  público 
de  fé  que  se  celebró,  por  judío  judaizante.  Y  asimismo  en  la  misma 
ocasión,  fué  presa  por  judía  judaizante,  Ana  López,  su  hermana  de 
padre  y  madre,  y  dos  hijos,  llamados  Vicente  y  Simón  Rodríguez,  y 
también  prendieron  a  Gaspar  Fernandez,  marido  de  la  dicha  Ana  Ló- 
pez, la  qual  con  sus  hijos  salieron  con  sambenito,  y  el  dicho  Gaspar 
Fernandez  avia  sido  reconciliado  en  otro  auto;  y  asimismo  tuvo  otra 
hermana  de  padre  y  madre,  llamada  Guiomar  López,  casada  con  Fran- 
cisco Vaez,  sedero,  la  qual,  entre  otros  hijos,  avia  tenido  a  Antonio  Ro- 
dríguez Orta  y  a  Marta  López,  los  quales  fueron  penitenciados  con 
sambenito  por  la  Inquisición  de  Lisboa;  y  en  Sevilla  hizo  el  dicho 
Sebastian  Duarte  información  de  christiano  viejo,  siendo  él  y  todos  sus 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


137 


parientes  por  consanguinidad  y  afinidad,  christianos  nuevos,  y  viendo 
que  se  sabia  en  este  Santo  Oficio  su  calidad,  dixo  que  no  sabia  si  eran 
christianos  nuevos  o  viejos.  Fué  sentenciado  a  relaxar  a  la  justicia  y 
bra^o  seglar,  por  negativo,  revocante,  y  en  confiscación  de  bienes.  En 
el  tablado  se  dieron  él  y  su  cuñado  Manuel  Bautista  Pérez,  ósculo  de 
paz  al  modo  judaico,  sin  poderlos  apartar  los  padrinos.  En  el  quema- 
dero, viendo  ya  muerto  a  su  cuñado  Manuel  Bautista  Pérez,  dió  se- 
ñales de  arrepentimiento. 

"11.  Tomé  Quaresma,  cirujano  examinado,  natural  de  la  villa  de 
Cerpa  en  Portugal,  vezino  de  Lima,  casado  con  doña  María  Moran, 
natural  de  Granada,  de  edad  de  sesenta  años,  fué  preso  con  secresto  de 
bienes  por  judío  observante  de  la  ley  de  Moysen:  era  el  que  curava  a 
todos  los  de  la  nación  hebrea  y  a  los  negros  y  negras  bocales,  que 
traían  a  esta  ciudad  de  Lima  para  vender.  Llamávanle  de  ordinario  el 
Licenciado,  era  gran  judío  y  con  la  ocasión  de  curar,  se  comunicava 
con  mas  libertad  en  la  guarda  de  la  dicha  ley  de  Moyses,  y  exortava  a 
otros  a  que  la  guardasen,  conociendo  a  los  que  la  guardavan  en  respon- 
derle quando  entrava  a  visitar  los  enfermos  dezia,  loado  sea  el  Señor. 
Su  ordinario  modo  de  hablar  con  ellos  era,  V.  M.  es  teniente  del 
Señor  o  guarda  su  ley  (modos  de  hablar,  con  que  no  solo  éste  sino  los 
demás  hebreos  se  conocían  y  conocen);  estuvo  siempre  negativo,  y  assí 
fué  condenado  a  relaxar  a  la  justicia  y  bra^o  seglar,  y  en  confiscación 
de  bienes.  En  el  tablado  pidió  a  vozes  misericordia.  Aviendo  baxado 
el  señor  inquisidor  don  Antonio  de  Castro  y  del  Castillo  de  debaxo 
del  dosel  a  ver  lo  que  quería,  se  arrepintió  de  aver  dado  muestras  de 
pedirla:  dize  que  porque  al  baxar  le  miró  Manuel  Bautista  Pérez  como 
afeándole  semejante  acción,  y  assí  murió  impenitente. 

"Relaxado  en  estatua  por  la  guarda  de  la  ley  de  Moysen. — 12.  Ma- 
nuel de  Paz,  estravagante,  natural  de  la  Pedrína  en  Portugal,  soltero, 
que  hazia  viajes  arriba,  residente  en  esta  ciudad,  de  edad  de  cuarenta 
años,  fué  preso  con  secresto  de  bienes  por  judío  judaizante,  estando 
preso,  apretado  de  su  mala  conciencia,  se  ahorcó  de  la  reja  de  una  ven- 
tanilla alta  que  caía  sobre  la  puerta  de  su  cárcel,  con  un  modo  extra- 
ordinario, que  se  echó  de  ver  que  el  demonio  avia  obrado  en  él,  por- 
que se  ahorcó  de  parte  que  sin  ayuda  parecía  imposible:  fué  relaxado 
en  estatua  a  la  justicia  y  bra^o  seglar,  y  sus  huesos  quemados,  y  confis- 
cados sus  bienes, 


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J.  T.  MEDINA 


"Los  que  fueron  presos  por  testimonios  y  salieron  con  palmas. — 
Tiene  el  escudo  de  las  armas  de  la  Inquisición  a  un  lado  de  la  cruz, 
una  espada  y  un  ramo  de  oliva,  y  al  otro  una  palma.  La  espada  significa 
el  rigor  de  la  justicia.  La  oliva,  la  suavidad  de  la  misericordia.  Estos 
atributos  ya  lo  hemos  visto  en  lo  referido,  en  los  relaxados,  que  no 
quisieron  valerse  de  la  piedad,  lo  riguroso  de  la  ley;  en  los  reconciliados 
que  se  conocieron,  lo  tierno  y  suave  de  la  misericordia.  La  palma  sig- 
nifica el  honor  que  se  le  dá  al  que  por  testimonios  falsos  ha  padecido, 
la  inocencia  de  su  alma  y  el  triunfo  de  sus  trabajos;  porque  si  bien 
regularmente  hablando  en  las  causas  de  fe,  nadie  es  declarado  por  ino- 
cente por  sentencia  difinitiva,  sino  tan  solamente  absuelto  de  la  instan- 
cia, con  todo  ésto,  si  por  testigos  falsos  fué  uno  acusado  y  consta  de  su 
inocencia,  por  revocación  de  los  mismos,  ha  de  ser  por  sentencia  de- 
clarado por  inocente  y  libre  de  tal  crimen,  y  el  juez  que  otra  cosa 
hiziere,  peca  mortalmente.  Esta  es  opinión  de  graves  autores.  Y  el 
Tribunal  del  Santo  Oficio  de  estos  reynos  lo  determinó  assí  en  la  ocasión 
presente,  atendiendo  a  lo  dicho  y  no  a  la  petición  de  las  partes.  Fueron 
siete  los  que  padecieron  como  Joseph  y  representaron  la  parte  alegre 
deste  auto  tan  grandioso. 

"1.  Santiago  del  Castillo,  natural  de  San  Vicente  de  la  Barquera, 
en  las  montañas  de  Burgos,  hijo  del  licenciado  Juan  del  Castillo,  letra- 
do, y  Catalina  de  Rabago,  ambos  naturales  de  San  Vicente  de  la  Barquera. 
Salió  este  dia  con  vestido  bordado  sobre  raso,  botonadura  de  oro  y 
cadenas  de  lo  mismo,  con  rico  cintillo  de  diamantes,  palma  en  las  manos, 
en  caballo  blanco,  con  aderezo  de  terciopelo  negro,  guarnecido  de  oro, 
hebillas,  remates  y  estrivos  dorados,  y  sus  negros  de  librea,  con  los  pa- 
drinos. 

"2  Alonso  Sánchez  Chaparro,  natural  de  la  villa  de  Valencia  de 
Alcántara,  en  Estremadura,  hijo  de  Alonso  Diaz  y  María  González 
Chaparro,  vczino  de  Lima.  Salió  este  dia  con  vestido  negro,  muy  cos- 
toso, con  botonadura  de  oro,  cadenas  de  lo  mismo,  y  un  cintillo  de  dia- 
mantes de  mucho  precio,  palma  en  las  manos,  en  caballo  blanco  bien 
guarnecido,  y  sacó  seis  esclavos  bien  dispuestos,  con  librea  costosa  de 
raja  de  Florencia,  color  celeste  acuchillada,  guarnecida  de  negro,  cabos 
naranjados,  medias  de  seda.  Con  sus  padrinos. 

"3.  Antonio  de  los  Santos,  alias  Santos  González  Maduro,  natural 
de  Capeludos  en  el  reyno  de  Portugal,  hijo  de  Antonio  González  Ma- 
duro y  María  Alvarez,  de  oficio  mercader,  familiar  del  Santo  Oficio. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


139 


Salió  vestido  de  negro,  costoso,  con  botonadura  de  oro,  palma  en  las 
manos,  en  caballo  blanco  bien  aderezado,  y  sus  negros  de  librea.  No 
sacó  padrinos  por  llevar  hábito  de  familiar,  como  se  ha  dicho. 

"4.  Ambrosio  de  Morales  Alaon,  natural  de  la  ciudad  de  Oporto 
en  Portugal,  hijo  de  Alejo  de  Alaon  y  María  Nuñez  Camela,  residente 
en  esta  ciudad  y  familiar  del  Santo  Oficio,  salió  vestido  de  negro,  con 
botonadura  y  cadenas  de  oro  ricas,  con  cintillo,  con  palma  en  las  manos, 
en  caballo  blanco  bien  aderezado,  y  sus  negros  de  librea.  No  sacó  pa- 
drinos, por  llevar  hábito  de  familiar. 

"5.  Francisco  Sotelo,  natural  de  Cástrelo  en  Galicia,  en  el  valle 
de  Monterrey,  hijo  de  Esteban  de  la  Rúa  Sotelo  y  de  Isabel  Fobela, 
sus  padres,  naturales  del  dicho  reyno  de  Galicia.  Sacó  vestido  bordado 
de  piñuela,  con  botonadura  de  oro,  cabestrillo  con  rubíes,  y  cintillo 
y  rosa  de  lo  mismo.  Salió  en  caballo  blanco,  con  aderezo  de  terciopelo 
negro,  guarnecido  de  oro,  palma  en  las  manos  y  tres  negros  de  librea, 
acompañado  con  sus  padrinos. 

"6.  Pedro  de  Soria  Arcilla,  natural  de  Cartagena  de  las  Indias, 
hijo  de  Pedro  de  Soria,  natural  de  Villalpando  en  Castilla  la  Vieja,  y 
Ana  de  los  Reyes.  Salió  vestido  de  raso  bordado,  con  rica  botonadura 
de  diamantes,  cintillo  y  lazada  de  lo  mismo,  y  vistosas  cadenas  de  oro, 
con  palma  en  la  mano,  en  caballo  blanco,  ricamente  aderezado,  sus 
negros  de  librea  y  padrinos. 

"7.  El  sétimo,  Andrés  Muñiz,  natural  de  la  ciudad  de  Puentedel- 
gada,  en  la  isla  de  San  Miguel,  en  las  Terceras,  hijo  de  Manuel  Gon- 
zález y  Isabel  Alvarez,  vezino  desta  ciudad.  Sacó  vestido  negro,  rico, 
bordado  sobre  esparragon,  guarnecido  de  botones  de  diamantes  engas- 
tados, cintillo  y  rosa  de  lo  mismo,  con  ricas  cadenas  de  oro.  Salió 
en  caballo  blanco  enjaezado,  con  aderezo  bordado  de  oro,  los  hierros 
y  estribos  sobredorados,  palmas  en  las  manos,  y  tres  negros  de  librea, 
con  cabos  acules.  Con  sus  padrinos. 

"Acabadas  de  leer  las  sentencias  de  los  relaxados,  subió  al  pulpito 
Juan  Costilla  de  Benavides,  ayudante  de  secretario  del  Santo  Oficio,  y 
leyó  las  causas  de  los  referidos,  para  que  campease  mas  la  inocencia, 
por  aver  sido  aquellos  los  principales  que  trabaron  y  levantaron  los  fal- 
sos testimonios.  Leyólas  por  el  órden  dicho,  y  porque  se  vea  el  tenor, 
se  refiere  que  es  en  la  forma  siguiente: 

"tPallamos  atento  los  autos  y  méritos  del  dicho  proceso,  el  dicho 
promotor  fiscal  no  aver  provado  su  acusación  y  querella,  según  y  como 


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J.  T.  MEDINA 


provar  le  convino;  en  consecuencia  de  lo  qual,  que  le  elevemos  absolver 
y  absolvemos  al  dicho  N.  del  delito  y  crimen  de  heregía  y  judaismo 
de  que  fué  acusado,  y  declaramos  por  libre  del,  y  de  toda  mala  sospe- 
cha, restituyéndole  a  la  buena  opinión  y  fama  en  que  ántes  de  su  prisión 
estava,  para  lo  qual  mandamos  que  oy  dia  tlel  auto  salga  en  el  acom- 
pañamiento entre  dos  cavalleros  que  le  señalaremos,  llevando  una  palma 
en  las  manos  que  demuestre  su  inocencia,  y  en  el  tablado  tenga  asiento 
con  los  mismos,  donde  se  lea  esta  nuestra  sentencia  y  aleamos  cualquier 
embargo  y  secresto  que  por  nuestro  mandado  esté  fecho  en  sus  bienes, 
y  que  le  sean  entregados  enteramente  por  el  inventario  que  dellos  se 
hizo  al  tiempo  que  se  secrestaron,  y  por  esta  nuestra  sentencia  difinitiva, 
assí  lo  pronunciamos  en  estos  escritos  y  por  ellosf. 

"Entrega  y  justicia  de  los  relaxados. — Como  a  las  tres  de  la  tarde 
que  se  acabaron  de  leer  las  sentencias  de  los  que  avian  de  ser  relaxados, 
se  levantó  el  huracán  referido.  Y  a  esa  hora,  juntos  los  de  este  género 
en  la  cruxía,  con  la  estatua  del  estravagante,  los  entregó  Martin  Diaz  de 
Contreras  y  don  Juan  Tello  de  Sotomayor,  secretario  y  alguacil  mayor 
del  Santo  Oficio,  a  los  alcaldes  ordinarios,  conforme  al  auto  del  entriego, 
que  fueron  los  once  dichos  y  una  estatua,  y  les  hizieron  causa  y  sen- 
tenciaron a  muerte  de  fuego.  Cometióse  esta  execucion  a  don  Alvaro 
de  Torres  y  Bohorquez,  alguacil  mayor  de  la  ciudad,  el  qual  entregó 
a  cada  dos  alguaciles  un  judío,  y  acompañado  de  todos  los  demás  mi- 
nistros, los  llevó  al  brasero,  que  estava  prevenido  por  órdcn  de  los 
alcaldes  ordinarios  fuera  de  la  ciudad,  por  la  calle  de  Palacio,  puente  y 
calle  de  San  Lázaro,  hasta  el  lugar  de  la  justicia.  Ivan  los  justiciados 
entre  dos  hileras  de  soldados  para  guardarlos  del  tropel  de  la  gente, 
que  fué  sinnúmero  la  que  ocurrió  a  verlos,  y  muchos  religiosos  de  todas 
órdenes  para  predicarles.  Asistió  el  alguacil  mayor  a  la  justicia  y  Diego 
Xaramillo  de  Andrade,  escrivano  público,  y  los  ministros,  y  no  se  apartó 
hasta  que  el  secretario  dió  fee  como  todos  quedavan  convertidos  en 
cenigas. 

"Poco  ántes  de  ponerse  el  sol,  el  alguacil  mayor  del  Santo  Oficio 
y  alcayde  de  las  cárceles  y  ministros,  fueron  sacando  los  reconciliados 
y  demás  reos  del  cadahalso  y  los  llevaron  delante  del  Tribunal,  donde, 
puestos  de  rodillas,  abjuraron  vehementi  unos,  y  otros  formalmente, 
según  se  ha  referido,  reservando  para  el  dia  siguiente  los  que  avian  de 
abjurar  de  levi,  por  no  embaracarse  con  ellos. 

"Para  la  absolución,  se  truxo  la  fuente  del  altar,  donde  estava  sobre- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


141 


pelliz  y  estola,  y  aviéndosele  puesto  al  señor  licenciado  don  Juan  de 
Mañozca,  S.  S.  hizo  las  preguntas  de  la  Fé  a  los  que  avian  de  ser  re- 
conciliados, y  les  absolvió  por  el  Manual.  Mientras  se  dezia  el  Miserere 
mei,  se  les  iva  dando  a  los  penitenciados  con  unas  varillas  de  membrillo 
que  estavan  prevenidas  para  ésto.  Llegando  en  la  absolución  al  lugar 
en  que  se  cantó  por  los  músicos  el  hymno  Veni  Creator  spiritus,  se  des- 
cubrió la  Cruz  de  la  Catedral  y  la  de  las  parroquias,  y  quitado  el  velo 
negro,  repicaron  en  ellas  y  en  las  demás  yglesias. 

"Acabada  la  absolución  y  oraciones,  a  que  su  Excelencia  y  los  se- 
ñores de  la  Real  Audiencia  estuvieron  de  rodillas,  y  todas  las  personas 
que  se  hallaron  presentes,  se  dió  fin  al  auto  una  hora  después  de  la 
oración,  adelantándose  este  dia  a  los  mayores  que  ha  ávido  en  estos 
tiempos.  Salió  el  señor  Virey  y  señores  de  la  Inquisición  y  de  la  Real 
Audiencia  a  la  plaza,  donde  subieron  a  caballo  y  a  muía:  y  aviendo 
llevado  su  Excelencia  y  acompañamiento  a  los  señores  Inquisidores  a 
las  casas  de  la  Inquisición  en  la  forma  que  avian  venido,  y  despedídose 
y  los  señores  oydores  del  Tribunal,  su  Señoría  le  dió  al  Virey  singula- 
rísimos agradecimientos  por  la  christiandad,  zelo  y  cuydado  con  que 
avia  mandado  disponer  tantas  cosas  para  magestad  del  auto  de  la  Fe, 
y  a  los  señores  de  la  Real  Audiencia.  Volvió  su  Excelencia  a  palacio, 
acompañado  de  los  Tribunales,  cabildos  y  colegios,  y  demás  acompaña- 
miento con  que  avia  salido  por  la  mañana,  y  llegaria  como  a  las  ocho 
de  la  noche. 

"A  este  tiempo  los  padres  de  Santo  Domingo  y  algunos  familiares 
llevaron  la  cruz  verde,  muy  adornada  de  luzes,  a  su  convento,  acom- 
pañándola mucha  gente.  Colocáronla  encima  del  Tabernáculo  de  San 
Pedro  mártir,  donde  se  vé  hoy,  para  memoria  de  auto  tan  célebre. 

"Volvieron  los  penitenciados  al  Santo  Oficio,  para  desde  allí  re- 
partirlos: unos  fueron  después  a  la  cárcel  de  corte,  como  galeotes  del 
Rey,  otros  se  depositaron  en  la  cárcel  de  la  penitencia,  miéntras  van  a 
España,  y  otros  salieron  a  cumplir  sus  destierros. 

"Dia  de  los  azotados. — Lunes  veinte  y  quatro  por  la  mañana  fue- 
ron traídos  todos  los  penitenciados  a  la  sala  de  la  audiencia  del  Santo 
Oficio,  y  puestos  en  órden,  abjuraron  de  levi  (no  avian  hecho  esta  abju- 
ración la  tarde  ántes)  y  los  de  vehementi  volvieron  a  abjurar,  y  los  que 
avian  hecho  la  abjuración  formal,  se  les  admitió  el  riesgo  que  corrían 
por  la  relapsia  en  los  delitos  de  heregía  que  avian  cometido,  o  otros 
de  aquella  especie. 


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J.  T.  MEDINA 


"A  las  ocho  de  la  mañana  no  cabían  en  las  calles  las  mugeres 
y  muchos  que  salieron  a  ver  los  azotados  (torvellino  que  de  ordinario 
sucede  a  las  onze  del  dia)  suspendiéndose  hasta  la  tarde  esta  execucion, 
y  por  evitar  el  desmán  que  causan  los  muchos  hombres  que  suben  a 
cavallo  tales  dias  para  ver  mejor  los  justiciados,  y  desorden  de  las  carro- 
zas, que  por  ser  muchas  ocupan  las  calles,  y  atrevimiento  de  los  mu- 
chachos, fatales  a  las  bruxas  y  hechizeras  y  casados  dos  veces,  y  para 
que  todos  viessen  tan  exemplar  castigo  cómodamente,  proveyó  el  Tri- 
bunal un  decreto,  y  por  mandado  de  los  señores  del  se  pregonó,  y  dictó 
Juan  Pérez  de  Uriarte,  familiar  del  Santo  Oficio:  decia  assí: 

"Mandan  los  señores  Inquisidores,  so  pena  de  excomunión  mayor 
y  cien  pesos,  que  ninguna  persona  sea  ossada  andar  en  coche  ni  a  caballo 
por  las  calles  por  donde  passan  los  ajusticiados  en  el  auto  de  la  Fe,  que  se 
celebró  ayer  a  las  23  deste,  desde  las  tres  de  la  tarde  hasta  las  cinco,  y  que 
ninguno  tire  a  los  penitenciados  con  lodo,  piedra  o  otra  qualquiera  cosa, 
al  español,  pena  de  destierro  a  Chile,  al  mulato,  mestizo,  indio  y  negro, 
cien  azotes.  Mándase  pregonar,  porque  venga  a  noticia  de  todos. 

"Con  esta  diligencia,  aunque  sinnúmero  la  gente  que  ocurrió  a  ver 
los  agotados,  no  tuvo  impedimento:  salieron  como  a  las  tres  de  las  casas 
de  la  Inquisición  veinte  y  nueve  agotados  y  una  a  la  vergüenza,  y  las 
hechiceras,  y  casados  dos  vezes  con  sus  corozas,  en  que  ivan  pintadas 
las  señales  de  sus  delitos;  dióse  el  primer  pregón  en  la  plaga  de  la 
Inquisición,  que  dictava  Marcos  Yañez,  familiar  del  Santo  Oficio,  como 
avia  dictado  el  de  la  publicación  del  auto  y  otros,  en  esta  forma. 

"Esta  es  la  justicia  que  manda  hazer  el  Santo  Oficio  de  la  Inquisi- 
ción a  estos  hombres  y  mugeres.  A  la  primera  a  la  vergüenza,  y  a  los 
doze  que  se  le  siguen  a  cien  agotes,  y  a  los  quinze  siguientes  a  ellos,  dos- 
cientos acotes,  y  a  los  dos  últimos  a  quatrocientos  agotes,  y  desterrados 
de  las  Indias  para  los  reynos  de  España,  donde  sirvan  en  las  galeras  de 
Su  Magestad  de  galeotes  al  remo  y  sin  sueldo.  Quien  tal  haze,  que  tal 
pague. 

"Fueron  los  ajusticiados  dende  la  Inquisición  por  las  calles  derechas 
a  la  del  Arzobispo  hasta  la  placa  mayor,  y  atravesándola  toda  por  delan- 
te de  Palacio,  llegaron  hasta  Santo  Domingo;  dende  allí  fueron  por  la 
calle  de  las  Mantas  y  calle  de  Mercaderes  hasta  el  convento  de  Nuestra 
Señora  de  las  Mercedes,  siguiendo  su  calle  a  torcer  por  la  de  los  Am- 
pueros  y  calle  de  Roperos,  hasta  la  esquina  de  la  iglesia  catedral;  dende 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


143 


aquí  continuaron  hasta  el  monasterio  de  monjas  de  la  Concepción,  y  de 
allí  llegaron  al  Santo  Oficio. 

"Aunque  eran  tantos  los  acotados,  Uevavan  todo  concierto  y  nin- 
guna confusión,  porque  ivan  acompañados  de  muchos  familiares  y  los 
repartieron  de  diez  en  diez.  Con  los  primeros  iva  el  verdugo  principal, 
que  estuvo  un  año  y  medio  en  el  Santo  Oficio  encerrado  continuamente 
miéntras  duraron  sus  diligencias;  con  los  otros  veinte  ivan  otros  dos, 
y  por  cada  lado  una  hilera  de  soldados  que  les  ivan  haziendo  escolta 
en  forma  de  procesión,  y  detrás  de  todos,  acompañado  del  resto  de  fa- 
miliares, iva  el  capitán  don  Juan  Tello  Sotomayor,  alguacil  mayor  del 
Santo  Oficio,  que  fué  el  executor  de  tan  gran  castigo.  Quiera  Dios  sea 
de  escarmiento  para  semejante  gente  y  para  que  no  aya  quien  levante 
falsos  testimonios.  Laus  deo". 

En  los  momentos  de  la  celebración  de  la  fiesta,  cuando  se  leían  las 
sentencias,  ocurrió  un  incidente  que  cuenta  también  Montesinos  y  que 
debemos  señalar  aquí.  "Saliendo  al  cadalso,  dice,  tres  cuñados,  Manuel 
Bautista  Pérez,  a  quien  todos  llamaban  el  capitán  grande  (era  vicario 
de  Moysen)  y  Sebastian  Duarte,  y  García  Vaez,  éste  con  insignias  de 
reconciliado,  los  otros  de  quemados,  por  negativos,  ofrecióse  al  ir  el 
Duarte  a  la  gradilla  a  oír  sentencia,  passar  por  muy  cerca  del  Manuel 
Bautista,  con  notable  afecto  se  dieron  el  uno  al  otro,  y  el  otro  al  otro, 
el  osculum  pacis  judayco,  sin  que  se  pudiesse  estorbar,  y  se  enternecie- 
ron como  sectaricos  de  una  ley  e  igualmente  sentenciados,  dándose  el 
parabién  de  su  firmeza  con  claras  demostraciones.  Passado  ésto,  fué  ne- 
cessario  ir  por  el  mismo  paraje  el  otro  cuñado  García  Vaez,  y  el  negati- 
vo Manuel  Bautista,  no  solo  no  hizo  con  él  las  demostraciones  de  amis- 
tad que  con  el  otro,  pero  lo  miró  con  ojos  tan  sesgos  y  estudiadas 
acciones  de  desestima  y  menosprecio,  que  le  leyeron  los  circunstantes 
en  el  rostro  le  decia:  mal  judiguelo,  y  algunos  han  afirmado  lo  dixo. 
Lo  cierto  es  que  lo  desestimó,  y  no  hizo  caso  dél,  por  parecerle  avia 
confessado  la  verdad". 

El  segundo  incidente  consta  de  una  declaración  jurada  hecha  ante 
el  inquisidor  Castro  y  del  Castillo  por  Juan  Sánchez  de  León,  regidor 
de  la  ciudad,  siete  días  después  de  haber  tenido  lugar  la  ceremonia. 
"I  dijo:  que  por  el  descargo  de  su  conciencia  viene  a  decir  y  manifestar 
en  este  Santo  Oficio,  que  el  domingo  veinte  y  tres  de  este  presente  mes, 
día  en  que  se  celebró  el  auto  de  la  fe,  quando  se  llevaban  al  altar  de  los 
relajados  al  quemadero,  fué  este  declarante  entre  otras  muchas  perso- 


144 


J.  T.  MEDINA 


ñas,  y  quando  pararon  para  apearlos,  vio  y  oyó  este  declarante  que  el 
yerno  del  capitán  Antonio  Morón,  que  ha  oydo  decir  se  llama  Rodrigo 
Vaez  Pereira,  decia  a  los  religiosos  que  le  yban  ayudando  para  morir, 
uno  de  San  Francisco  y  otro  un  clérigo,  que  si  los  ve  los  conocerá,  que 
se  queria  convertir  y  confesarse,  y  diciéndoles  este  declarante  a  los  que 
le  ayudaban  que  le  dixesen  al  dicho  Rodrigo  Vaez  Pereira  que  lo  dixese 
aquello  recio,  que  le  oyesen  todos,  dixo  el  dicho  Rodrigo  Vaez  que  lo 
diria,  y  lo  decia,  y  lo  fue  diciendo  en  presencia  de  este  declarante,  y  el 
miserere  mei,  y  se  fué  dando  golpes  en  los  pechos,  y  luego  como  llegó 
el  dicho  Rodrigo  Vaez  al  palo  donde  le  habian  de  dar  garrote,  y  algo 
antes  de  apearse,  dixo,  en  presencia  de  este  declarante  y  de  mucha  gente 
que  lo  oyó,  porque  hablaba  a  gritos,  "hasta  aquí  he  estado  revelde  y  ya 
no  es  tiempo  sino  de  ganarle  y  no  perder  tiempo,  misericordia";  y  vol- 
vió a  decir  el  miserere  dándose  golpes  en  los  pechos,  y  luego  le  apearon 
y  pidió  confision,  y  llegó  el  padre  Ludueña,  de  la  Compañía  de  Jesús, 
y  le  confesó;  y  este  declarante  procuró  hacer  lugar  para  que  llegara  a 
confesarse,  y  después  de  confesado  pidió  que  le  llegasen  el  santo  Cristo 
de  la  Caridad,  y  este  declarante  hizo  que  se  le  llegasen,  y  se  abrazó  con 
él  y  le  besó  los  piés  y  el  costado,  y  teniéndole  abrazado  le  pidió  a  gritos 
misericordia,  y  este  declarante  se  enterneció,  y  habiendo  hecho  muchos 
actos  de  contrición,  le  dieron  garrote,  y  dixeron  todos  los  que  lo  vieron 
y  oyeron  que  habia  muerto  muy  bien,  y  esto  es  lo  que  viene  a  declarar 
y  la  verdad  para  el  juramento  que  tiene  fecho:  encargósele  el  secreto 
y  lo  prometió"  (19). 

Otros  testigos  expresan  que  arrimado  Váez  (20)  al  palo  en  que  le 


(19)  Ceriificacióii  de  una  declaración  de  Juan  Sánchez  de  León,  31  de  enero  de  1639. 

(20)  Auto  de  je  celebrado  en  Lima  el  23  de  enero  de  1639,  ele.  Por  el  licenciado  don 
Fernando  de  Montesinos.  Era  éste  un  clérigo,  natural  de  Osuna,  autor  de  varios  libros,  uno 
de  los  cuales,  Las  Memorias  antiguas  del  Peni,  se  ha  publicado  hace  poco  en  Madrid,  y  otro 
existe  manuscrito  en  la  biblioteca  de  la  Universidad  de  Sevilla,  donde  lo  hemos  consultado. 
En  un  Memorial  impreso  de  sus  servicios  existente  en  el  Museo  Británico,  refiere  que  el 
Tribunal  "le  cometió  el  hacer  la  relación  del  auto  grande  que  celebró  el  año  1639,  fiando 
de  su  talento  cosa  tan  grave,  en  oposición  de  muchos  que  pretendian  este  honor.  I  habién- 
dola ajustado  al  hecho,  y  comunicado  con  vuestro  Virey,  Conde  de  Chinchón,  por  lo  que 
tocaba  a  la  juridiccion  real  y  autoridad  de  vuestros  ministros,  con  su  licencia  y  las  demás, 
la  imprimió  a  su  costa,  que  es  grande  en  aquel  reyno,  y  como  ejemplar  tan  bien  trabajado, 
se  imprimió  por  mandado  del  litmo.  Inquisidor  general,  sin  mudarse  letra,  como  consta  de 
ambas  impresiones,  y  de  otras  que  se  han  hecho  en  Sevilla  y  otras  partes".  En  México  se 
reimprimió,  en  efecto,  ese  mismo  año,  y  en  el  siguiente  en  Madrid. 

Un  amigo  del  autor,  "engrandeciendo  el  asunto",  le  dirigió,  con  ocasión  de  la  relación 
de!  auto,  la  siguiente  décima: 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


145 


habían  de  dar  garrote,  confesó  haber  sido  hasta  allí  judío,  "y  exhortando 
a  los  demás  que  estaban  para  hacer  justicia  dellos,  a  voces  dijo  que  pues 
lo  habían  hecho,  lo  confesasen  y  no  perdiesen  el  alma,  pidiendo  perdón 


remando,  con   pluma  tanla 
Te  remontarás  al  cielo 
Cuando  alas  te  da  a  tu  vuelo 
La  je  católica  y  santa; 
Pues  al  pendón  que  hoy  levanta 
La  apostólica  milicia, 
Triunfando  de  la  malicia. 
Presida  en  sagrada  pompa 
En  tu  relación  la  trompa 
De  su  divina  justicia. 

Tanta  fué  la  importancia  atribuida  por  los  contemporáneos  a  la  fiesta,  que  hasta  el 
padre  José  de  Zisneros  hizo  imprimir  ese  mismo  año  el  Discurso  que  en  el  insigne  Auto  de 
Pe,  celebrado  en  esta  Real  ciudad  de  Lima  a  23  de  enero  de  1639,  predicó,  etc. 

Ya  hemos  dicho  que  los  que  morían  negativos  eran  quemados  vivos,  y  así  lo  dice  ex- 
presamente respecto  de  Maldonado  de  Silva  la  relación  de  su  causa. 

En  el  Consejo  produjo  cierta  alarma  un  auto  de  tamaña  magnitud,  especialmente  cuando 
mediaba  el  antecedente  de  las  confesiones  y  testimonios  arrancados  a  los  reos  en  la  tortura, 
y  sin  duda  por  eso  pidió  a  los  Inquisidores,  por  carta  de  27  de  febrero  de  1640,  que  cada 
uno  por  separado  "dijese  en  conciencia,  sus  sentimientos,  en  razón  de  las  sentencias  de  rela- 
jados". En  consecuencia,  Gaitán  contestaba  en  8  de  junio  del  año  siguiente,  que  esas  sentencias 
"fueron  justificadas",  refiriéndose  con  particularidad  a  las  causas  de  Pérez  y  de  Duarte.  Y 
Castro  y  del  Castillo  en  igual  fecha,  exponía  lo  siguiente:  "En  todas  las  causas  de  la  com- 
plicidad fui  juez  y  en  ellas  di  mi  voto  según  la  presente  justicia,  que  entonces  tenia  vista  y 
estudiada,  precediendo  el  decir  misa  todos  los  dias,  y  encomendar  muy  de  veras  a  Dios 
y  con  mucha  humildad  el  acierto  en  los  negocios  que  traya  entre  manos:  y  ansí  el  parecer 
que  entonces  tuve  en  las  sentencias  de  los  reos,  ese  tengo  el  día  de  hoy,  y  perseverante 
por  nuevos  accidentes,  uno  de  ellos  es  la  conversión  de  Rodrigo  Vaez  Pereira,  relaxado  en 
el  patívulo,  que  movió  sumamente  a  todos  los  presentes.  Púsela  al  fin  de  la  relación  de  su 
causa,  que  fué  el  año  pasado,  y  en  esta  va  testimonio  de  los  dichos  de  los  que  se  hallaron 
presentes.  Segundo  motivo,  que  por  él  consta  que  no  solo  fué  complicidad  de  judaismo, 
sino  hostilidad  y  maquinación  de  crimen  lesae  es  que  teniendo  el  Virrey,  Conde  de  Chinchón, 
mucha  cantidad  de  pólvora,  y  ántes  de  las  prisiones  de  complicidad  y  en  el  convento  de 
nuestra  señora  de  Guadalupe,  de  frayles  franciscos,  que  está  fuera  de  esta  ciudad,  se  halló 
una  mañana  comenzado  hacer  un  agujero  en  la  pared  de  la  calle  del  almacén  de  la  pólvora, 
fuerte  y  gruesa,  y  a  poca  distancia  un  tizón  apagado,  causó  alboroto,  curóse  averiguar  y  no 
se  pudo.  Pasados  algunos  meses,  se  fueron  haciendo  las  prisiones,  y  entre  ellas  la  de  doña 
Isabel  Antonia,  reconciliada,  hija  del  capitán  Antonio  Morón  (cuya  causa  va  en  estos  pliegos) 
portugués,  él  y  su  muger,  y  una  hermana  y  cuñado;  diósele  por  compañera  de  cárcel  a  una 
muger  llamada  doña  Beatriz  de  la  Bandera,  que  quando  entró  en  compañía  de  doña  Isabel 
era  acabada  de  llegar  del  Cuzco,  ciento  cincuenta  leguas  de  aquí,  sin  haber  pisado  mas 
calles  de  Lima  que  las  que  le  traxcron  del  camino  de  esta  Inquisición,  sin  hablar  con  nadie: 
con  ésta,  pues,  pasado  algún  tiempo,  que  les  dió  a  las  dos  familiar  amistad,  qucxándose 
doña  Isabel  de  sus  trabajos,  comunicó  que  el  agujero  que  se  habia  comenzado  a  hacer  en 
el  almacén  de  la  pólvora  de  Guadalupe,  habia  sido  por  órden  de  sus  deudos,  y  para  volar 


10 — La  Inquisición  de  Lima  Tomo  11 


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a  Nuestro  Señor  Jesucristo".  Luis  de  Lima,  que  estaba  atado  al  palo 
más  inmediato,  a  quien  parece  que  Váez  se  dirigía  especialmente,  acaso 
por  ser  el  que  mejor  podía  oírle,  "sin  atender  a  nada,  murió  negativo". 


la  ciudad,  y  que  se  comunicaban  con  los  olandescs  y  que  los  aguardaban,  y  otras  cosas 
que  constan  de  la  declaración  de  doña  Beatriz,  la  qual  nunca  tuvo  noticia  del  agujero  del 
almacén  de  la  pólvora,  ni  del  tizón,  ni  de  otras  particularidades  que  refiere". 


V  CAPITULO  XIX 


El  Rey  ordena  que  los  Inquisidores  devuelvan  de  bienes  confiscados  los  salarios 
que  tenían  percibidos. — Estrados  del  Tribunal. — Producto  de  las  canonjías. — 
Venta  de  familiaturas. — Procedimientos  relativos  a  los  bienes  de  los  presos. — • 
Síguense  tramitando  las  causas  de  portugueses. — Información  contra  el  Obis- 
po de  Tucumán. — Causa  de  Diego  López  de  Lisboa. — Auto  de  fe  de  17  de 
noviembre  de  1641. 

Las  noticias  de  estas  ejecuciones  contra  personas  de  la  calidad  y 
fortuna  que  sabemos,  traspasando  los  límites  del  virreinato,  habían 
llegado  hasta  México  y  España.  Las  sumas  confiscadas  en  esa  ocasión 
por  el  Santo  Oficio,  sobre  todo,  se  decía  que  eran  enormes.  Nuevas  que 
llevadas  hasta  los  pies  del  trono,  motivaron  la  real  cédula  de  30  de 
marzo  de  1637,  en  que  S,  M.  agradeciendo  a  los  Inquisidores  el  cuidado 
y  desvelo  que  tuvieran  para  declarar  la  complicidad  del  judaismo  y 
encareciendo  el  celo  con  que  se  ejecutara,  dándose  por  bien  servido  y 
ofreciendo  guardar  memoria  de  todo  para  hacerles  merced,  añadía  (re- 
cordando la  recomendación  que  le  había  insinuado  el  Conde  de  Chin- 
chón) que  le  parecía  justo  que  se  restituyese  a  su  real  hacienda  de  lo 
confiscado  a  los  reos,  los  dineros  que  se  habían  extraído  de  su  real  caja 
para  el  pago  de  sus  salarios  percibidos  hasta  entonces,  y  que  se  reservase 
también  para  lo  de  adelante  lo  necesario  para  el  mismo  efecto,  en  caso 
de  que  el  producido  de  las  canonjías  no  alcanzase  a  satisfacerlos.  A  que 
el  Tribunal,  acatándola,  como  era  de  su  deber  (aunque  sólo  en  el 
nombre,  como  tantas  veces  acontecía)  respondió  con  buenas  palabras 
que  se  daría  cuenta  al  Consejo  y  al  Inquisidor  General,  cuyos  eran  los 
bienes;  pudiendo  anticipar  desde  luego  que  aquéllos  sólo  estaban  se- 
cuestrados, que  sobre  su  propiedad  se  había  presentado  un  sinnúmero 
de  pleitos,  y  por  fin,  que  habiendo  resultado  muchas  personas  inocentes 


148 


J.  T.  MEDINA 


de  aquellas  que  en  un  principio  fueron  reducidas  a  prisión  y  sus  bienes 
confiscados,  se  habían  visto  en  la  necesidad  de  devolverlos  (1). 

Posteriormente,  el  Rey,  con  acuerdo  del  Inquisidor  General,  resol- 
vió en  6  de  marzo  de  1643,  que  el  doctor  Martín  Real,  del  consejo  de 
Inquisición,  fuese  a  visitar  "la  hacienda  y  ministros  y  todo  lo  tocante 
y  perteneciente  al  real  fisco  de  ella,  y  vea  y  reconozca  todos  los  secres- 
tos  hechos  a  los  reos,  inventario  de  sus  bienes,  pleitos  y  demandas  que 
a  ellos  y  con  cada  uno  de  ellos  se  hubiesen  seguido  y  los  prosiga 

y  fenezca  y  acabe  los  que  no  lo  estuvieren,  y  vea,  visite  y  reconozca 
los  que  estuvieren  fenecidos".  Y  aunque  se  nombró  notario  que  acom- 
pañase al  visitador  y  se  practicaron  otras  diligencias  previas  a  su  comi- 
sión, no  aparece  si  ésta  se  llevó  a  cabo,  o  siquiera  si  se  inició. 

La  situación  pecuniaria  del  Tribunal,  no  podía,  sin  embargo,  ser 
más  brillante.  Sin  contar  con  lo  embargado  a  los  portugueses,  resultaba 
que  desde  4  de  mayo  de  1630,  hasta  fines  de  agosto  de  1634,  esto  es, 
en  poco  más  de  cuatro  años,  habían  entrado  en  sus  arcas  cuarenta  y 
un  mil  doscientos  setenta  y  ocho  pesos,  distribuidos  en  esta  forma:  mil 
cuatrocientos  cuarenta  y  nueve  pesos  percibidos  de  penas  y  condena- 
ciones, cuatro  mil  noventa  y  nueve,  de  donaciones,  y  treinta  y  cinco 
mil  ochocientos  veinte  y  nueve  procedidos  de  quebrantamientos  de 
escrituras  de  juego  (2). 

No  eran  menos  considerables  las  sumas  percibidas  de  las  canonjías. 
Hasta  el  año  de  1635,  la  de  Lima  había  contribuido  con  veinticinco  mil 
ochocientos  ochenta  y  tres  pesos;  la  de  La  Plata  con  diez  mil  ochenta; 


(1)  Carta  de  15  de  mayo  de  1638.  Puede  tenerse  una  idea  aproximada  de  lo  que 
debieron  importar  las  confiscaciones,  pues  no  encontramos  datos  precisos  sobre  este  particular 
en  los  documentos  que  hemos  tenido  a  la  vista,  con  sólo  señalar  el  dato  que  apuntan  los 
Inquisidores  en  la  carta  que  citamos,  de  que  a  cinco  de  los  presos,  Pedro  de  Soria,  Andrés 
Muñoz,  Francisco  Sotelo,  Antonio  de  los  Santos  y  Jorge  Dávila  se  les  devolvieron  más  de 
ciento  setenta  y  cuatro  mil  pesos.  Alguien  denunció  más  tarde  al  Virrey  que  los  bienes 
confiscados  en  esta  ocasión  pasaban  de  un  millón.  Véase  el  capítulo  final  de  esta  obra. 

(2)  Memoria  de  la  plata  c¡iie  se  ha  cobrado,  etc.,  firmada  por  Juan  tle  Montealegre. 
No  se  incluye  en  el  total  de  la  suma  referida,  lo  que  habían  cobrado  los  receptores  por  casas, 
censos  y  bienes  confiscados,  pues  así  se  expresa  en  la  citada  memoria.  Las  donaciones  habían 
sido,  en  rigor,  más  cuantiosas,  pero  por  aparecer  mezcladas  en  una  partida  con  lo  procedido 
del  juego,  no  podemos  precisarlas  más.  Para  que  se  comprenda  lo  referente  a  esta  última 
fuente  de  entradas  del  Tribunal,  conviene  saber  que  de  ordinario  acontecía  que  a  veces 
algunos  hacían  voto  por  escritura  pública  de  no  jugar  más,  imponiéndose,  en  caso  de  que- 
brantarlo, alguna  pena  cualquiera  en  dinero,  que  en  vista  de  lo  que  sabemos,  se  aplicaba 
sin  duda  a  beneficio  de  la  Inquisición.  En  el  Archivo  general  de  nuestros  Tribunales  de 
Justicia   es  frecuente  encontrar  documentos  de  esta  especie. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


149 


la  de  Arequipa  con  cuatro  mil  doscientos;  la  del  Cuzco  con  seis  mil; 
la  de  Quito  con  mil  trescientos  cuarenta,  etc.  (3). 

Las  varas  de  alguacil  mayor  y  menor,  en  todas  las  ciudades  sujetas 
al  distrito  de  la  Inquisición,  producían  también  una  fuerte  entrada, 
pues  para  no  citar  más  de  un  hecho,  bastará  saber  que  la  de  Santiago 
se  remató  en  1641  en  seis  mil  quinientos  pesos;  aunque  según  puede 
colegirse,  por  lo  menos  en  algunas  ocasiones,  el  producto  de  estos  re- 
mates se  enviaba  al  Inquisidor  General  (4). 

Para  encarecer  más  todavía  de  lo  que  mandaban  las  instrucciones, 
la  conveniencia  de  secuestrar  los  bienes  de  las  personas  que  se  prendían, 
el  Consejo  dispuso,  con  fecha  de  21  de  octubre  de  1635,  que  en  siendo 
alguna  llevada  a  la  cárcel,  se  le  tomase  declaración  sobre  la  hacienda 
que  tenía,  haciendo  juntamente  información  sobre  ella,  procediendo 
a  la  vez  a  las  demás  diligencias  necesarias  para  su  averiguación,  entre 
las  cuales  sabemos  ya  cuán  buen  efecto  surtía  la  de  los  edictos  que  se 
leían  en  las  iglesias  y  se  fijaban  por  carteles,  conminando  con  censuras 
y  las  penas  del  Santo  Oficio  a  los  que  no  se  presentasen  a  denunciar 
los  bienes  de  los  procesados.  "Cosa  es  que  inviolablemente  se  observa 
en  esta  Inquisición,  decían  los  jueces  a  este  respecto,  y  en  respuesta  a  la 
órden  indicada,  tomarles  declaración  de  sus  haciendas,  luego  que  se 
prenden,  porque  si  en  alguna  parte  conviene,  es  en  ésta,  donde  cuanto 
poseen  estos  hombres  (refiriéndose  especialmente  a  los  mercaderes)  es 
mueble,  y  tienen  algunas  raíces  tan  acensuasadas  que  solo  les  sirve  de 
capa  para  sus  engaños,  porque  con  decir  que  tienen  tal  y  tal  posesión, 
persuaden  a  los  miserables  que  contraten  con  ellos  sus  grandes  riquezas 
y  caudales,  siendo  todo  trampa  y  embuste,  y  la  hacienda  la  tienen  siem- 
pre en  confianza,  esperando  en  todo  caso  la  mejor  y  mayor  parte  della 
en  salvo,  con  que  son  los  secrestos  ruidosos  y  de  poca  entidad.  De  estos 
ocultantes  tenemos  algunos  presos  en  la  cárcel  pública,  que  tenazmente 
niegan"  (5). 

En  carta  acordada  de  22  de  octubre  de  1635  se  mandó  también 
que  no  se  entregasen  bienes  algunos  de  los  confiscados  a  los  reos,  aun- 
que se  presentasen  escrituras,  cédulas  ni  otros  recaudos  de  cualquiera 
especie,  sin  previa  consulta  al  Consejo,  debiendo  ordenarse  al  juez  de 


(3)  Carla  de  Mañozca  de  24  de  mayo  de  1637. 

(4)  Id.  de  Gaitán  de  20  de  junio  de  1642. 

(5)  Cuita  (le   15  ilf  Miau,  de  1631. 


150 


J.  T.  MEDINA 


bienes  confiscados  que  no  ejecutase  ninguna  sentencia  sin  que  primero 
apelase,  trámites  ambos  que  en  9  de  noviembre  siguiente  se  hicieron 
extensivos  a  las  cantidades  secuestradas. 

Con  ocasión  de  las  prisiones  de  tanto  comerciante  rico,  los  Inqui- 
sidores se  vieron  obligados  a  seguir  largas  tramitaciones  para  poner  en 
cobro  los  bienes  que  pertenecían  a  aquéllos;  pero  cuando  en  el  país  se 
notó  que  por  cuenta  de  los  presos  se  cobraba  y  no  se  cubrían  aún  los 
créditos  más  evidentes,  estando  próxima  la  salida  de  la  armada  en  que 
debían  enviarse  los  caudales  necesarios  para  pagar  las  mercaderías  com- 
pradas, se  temió  una  quiebra  general,  pues  las  deudas  de  los  detenidos 
ascendían  a  ochocientos  mil  pesos,  suma  en  que  se  estimaba  el  caudal 
de  toda  la  ciudad;  viéndose  por  esta  causa  obligados  los  jueces  a  satis- 
facer algunas  cantidades,  exigiendo  previamente  fianzas,  requisito  sin 
el  cual  a  nadie  se  pagaba  (6). 

Prestando  pues  así  la  atención  debida  a  los  intereses  materiales  del 
Santo  Oficio,  siguieron  los  Inquisidores  tramitando  las  causas  que  ha- 
bían quedado  pendientes  a  la  fecha  de  la  celebración  del  auto  del  año 
de  1639,  mandando  suspender  la  de  Francisco  Jorge  Tavares,  por  ju- 
daizante, después  de  tres  años  de  iniciada;  y  en  idénticas  circunstancias, 
la  de  Felipe  Díaz  Franco,  Fernando  de  Fonseca,  Pedro  Fernández  Ca- 
ñones, que  a  la  tercera  vuelta  del  tormento  declaró  ser  judío,  desdi- 
ciéndose más  tarde;  Alvaro  Rodríguez,  Manuel  de  Pina  y  Francisco 
Arias;  la  de  Pedro  de  Santa  Cruz,  remitida  por  el  Obispo  de  Trujillo, 
por  proposiciones  heréticas,  por  haber  sido  declarado  loco;  la  del  licen- 
ciado Francisco  de  Almansa,  abogado  sevillano,  que  fué  enviado  desde 
el  Cuzco,  por  dichos  malsonantes,  por  haber  satisfecho  en  gran  parte 
a  la  acusación;  Juan  de  Prado  Brian,  clérigo  de  menores,  por  proposi- 
ciones y  desacatos  contra  el  comisario  de  Huamanga;  Antonio  Gómez 
Portaces,  madrileño,  por  sospechas  de  haberse  comunicado  con  unos 
judíos,  y  Diego  Pereira  Diamante,  que  por  igual  motivo  estuvo  cinco 
años  preso. 

Se  denunciaron  y  fueron  reconciliados:  Juan  Rodríguez  Arias,  en 
15  de  septiembre  de  1639,  que  había  sido  preso  por  judaizante;  y  Juan 
Díaz,  inglés,  luterano,  trompeta  del  Marqués  de  Mancera,  y  a  quien, 
"por  hablar  muy  cerrado",  se  le  nombró  intérprete. 

Fueron  penitenciados  Juan  de  Horta,  alias  de  la  Cruz,  expulso  de 


(6)  Id.  de  15  de  mayo  de  1637. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


151 


la  Orden  de  San  Francisco,  que  preso  por  proposiciones  heréticas,  por 
los  muchos  disparates  que  dijo  en  las  audiencias,  fué  condenado  a  que, 
vestido  con  un  saco,  sirviese  por  seis  años  en  el  hospital  de  San  Andrés. 

Luisa  Ramos,  mulata,  castigada  antes  por  hechicera;  Francisco  de 
Quituera  Melgarejo  y  Francisco  de  Ayala,  por  casados  dos  veces. 

Duarte  de  Fonseca,  toledano,  acusado  de  judaismo  y  de  haberse 
comunicado  con  los  presos  por  medio  de  agujeros  que  practicaba  en 
las  paredes,  salió  a  la  capilla  con  insignias  de  penitente,  recibió  cien 
azotes  y  fué  a  servir  a  galeras  por  cinco  años. 

Manuel  Márquez  Montesinos  y  Juan  López  Matos,  acusados  de 
judaizantes,  fueron  admitidos  a  reconciliación  con  confiscación  de  bie- 
nes y  destierro. 

Meses  más  tarde  se  mandaban  suspender  las  causas  de  Rodrigo 
López,  que  negó  siempre  ser  judío,  y  la  de  Luis  de  Cananas  y  Guzmán, 
preso  en  Trujillo  por  sospechoso  de  pacto  con  el  demonio,  a  pesar  de 
sus  diecinueve  años,  y  que  al  fin  resultó  ser  un  mero  prestidigitador. 

De  los  negocios  que  por  esta  época  se  tramitaban  en  el  Tribunal, 
hay  dos  que  por  la  calidad  de  los  personajes  que  en  ellos  figuran  mere- 
cen especial  mención. 

A  fines  del  año  de  1634,  murió  en  Salta  el  doctor  Fernando  Franco 
de  Rivadeneira,  comisario  del  Santo  Oficio  en  aquellas  partes,  que  ha- 
bía ido  allí  a  recibir  al  Obispo  de  Tucumán  Fr.  Melchor  Maldonado. 
Hallándose  muy  enfermo,  llamó  al  jesuíta  Lope  de  Mendoza  para  que 
le  hiciese  su  testamento  y  se  recibiese  de  ciertos  papeles  relativos  a  su 
oficio;  mas,  luego  que  expiró,  cogió  aquellos  el  Obispo  y  se  los  guardó. 
De  aquí  tomó  pie  Mendoza  para  escribir  al  Tribunal  denunciando  al 
Prelado,  a  lo  que  se  creía  obligado,  según  decía,  por  haber  sido  siempre 
un  martillo  contra  los  transgresores  de  la  reformación  de  costumbres 
y  entereza  de  la  fe. 

Comenzaba  en  la  carta  que  para  el  efecto  escribió  a  Lima  diciendo 
que  cuantos  bienes  del  comisario  se  encontraron  habían  sido  embarga- 
dos por  el  Obispo,  que  "en  materia  de  cudicia,  puedo  decir  con  verdad 
que  mi  relijion  tiene  la  fama  y  este  prelado  los  hechos";  y  continuando 
la  pintura  del  personaje,  agregaba:  "su  común  vestir  es  de  un  ordenan- 
te asufaldado  (sic),  pero  muy  galán  y  pulido;  una  media  sotanilla  con 
muchos  botones,  aunque  desabotonada  de  la  cintura  abajo,  de  manera 
que  se  le  descubre  el  calzón  de  terciopelo  de  color,  con  pasamano.  Las 
medias,  de  seda  y  con  ligas,  y  zapatos  muy  justos  y  pulidos,  sin  jamas 


152 


J.  T.  MEDINA 


ponerse  roquete,  ni  mas  hábito  de  su  religión  que  la  cinta  de  San  Agus- 
tin.  Anda  tan  oloroso  que  viendo  yo  a  cierta  persona  volver  las  espaldas 
muy  de  priesa  en  una  calle,  le  preguntaron  que  donde  iba  tan  apriesa, 
respondió,  "voy  así  por  no  encontrarme  con  el  Obispo,  que  como  de 
muestra,  con  solo  el  olfato  le  he  descubierto  que  viene  por  esa  calle". 
— Un  día  entré  yo  a  visitarle  de  las  pocas  veces  que  fui,  y  le  hallé  en 
la  cama,  aunque  era  harto  tarde,  y  le  hallé  con  pebetes  y  ramilletes  de 
flores  encima  de  una  mesa,  y  en  ella  una  escudilla  de  la  China,  llena 
de  agua  de  olor,  y  de  cuando  en  cuando  metía  los  dedos  y  se  rociaba  con 
ella  el  rostro  y  narices,  y  rodándome  a  mí  una  vez,  le  dije  (no  sin 
misterio) :  "mas  valiera,  señor,  que  esta  agua  de  olor  tan  olorosa  fuera 
agua  bendita  que  aprovechara  para  lo  interior  del  alma,  y  para  lo  exte- 
rior del  buen  ejemplo  y  edificación";  pero  él  lo  echó  a  placer,  etc.  Su 
cama  es  de  damasco  carmesí,  con  sábanas  muy  delicadas,  cuatro  almo- 
hadas muy  bordadas  en  ella,  con  otros  adornos,  pulideras  y  olores  que 
pudiera  decir  muy  bien  y  aún  más  a  propósito  lo  que  el  otro  non  benc 
olet,  qui  semper  bene  olet,  y  el  dicho  de  San  Crisóstomo,  no  fuera  de 
propósito  también:  corporis  fragantia  arguit  intus  laten  animum  inmun- 
dum. 

"Díceme  persona  que  lo  vió  y  oyó,  que  llegando  a  cierta  casa  desta 
ciudad  donde  estaba  una  doncella  de  buen  parecer,  la  dijo  que  si  se  quería 
casar  con  él;  lo  mesmo  le  sucedió  en  la  segunda  visita:  y  después  yén- 
dose a  despedir  de  ella,  la  esentó  a  su  lado  en  un  cogin  que  le  avian 
puesto  en  que  pusiera  los  piés,  y  la  dixo  que  le  abrazase,  como  lo  hizo: 
y  añaden  los  que  lo  vieron,  que  notaron  que  estaba  tan  inquieto  allí  como 
una  persona  que  la  quería  arrebatar,  o  forzar,  sin  atreverse  a  ello,  etc. 
Y  que  con  esto  se  despidió,  haciéndola  mil  ofertas  a  letra  vista.  Divul- 
gádose  ha  entre  algunos  del  pueblo,  que  una  noche  (estándole  espiando 
con  sospechas  que  tenían)  le  vieron  escalar  una  casa  pegada  a  la  de  su 
vivienda,  y  que  avia  violado  a  una  doncella  honrada,  a  la  qual  sin 
ninguna  prévia  amonestación  ni  preparación  alguna,  la  casó  otro  día; 
y  hallándola  el  marido,  no  tan  entera  como  él  pensaba,  y  llegando  a  su 
noticia  lo  que  pasaba,  la  dexó  al  segundo  día  y  se  fué  a  dormir  a  otra 
casa,  votando  a  Dios  que  la  avia  de  dejar,  etc.,  hasta  que  el  mismo 
obispo,  con  trazas  y  medios,  apagó  el  fuego  que  se  yba  encendiendo. 

"De  aquí,  y  de  otras  cosas  semejantes,  oy  yo  decir  a  muchos  hom- 
bres, por  tanto  y  quantos,  que  no  ha  de  entrar  en  mi  casa  ni  visitar  a 
mi  muger.  Y  otro  bien  principal  y  de  brío  le  oy  decir  que  la  avia  enviado 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


153 


a  decir  que  no  le  atravesase  los  umbrales  de  su  casa.  Otro  magnate  desta 
tierra  dixo  en  cierta  ocasión:  vaya  el  señor  Obispo  a  Santiago,  que  yo 
le  voto  a  tal,  que  si  entra  en  tal  casa,  de  echarle  dos  balas  en  el  cuerpo. 

"Dicen  que  en  toda  su  casa  apénas  se  alia  briviario,  y  que  sino  es 
en  las  órdenes  que  celebra,  apenas  dice  misa  en  todo  el  año.  Quando 
exerce  el  pontifical  es  de  manera  y  con  tiempo  la  gravedad,  que  causa 
mas  irrisión  y  escarnio  de  lo  que  está  haciendo,  que  otra  cosa. 

"Su  confesor  es  un  frayle  mercenario,  mozo  indocto  y  sordo,  y  de 
tales  costumbres  y  modestia,  que  alavándose  de  cosas,  vino  a  decir  que 
él  tenia  dos  docenas  de  camisas,  que  cada  una  valia  una  barra:  muestra, 
a  mi  ver,  de  su  interior  flaco  y  poco  penitente. 

"Hácese  servir  de  rrodillas  con  tantas  genuflexiones,  reverencias 
y  continencias,  que  espanta.  Díceme  quien  lo  ha  visto  y  notado,  que 
para  despavilar  las  candelas  que  tiene  en  su  aposento,  se  incan  los  cria- 
dos de  rodillas  tres. veces  antes  de  llegar  a  la  candela,  y  otras  tres  al 
retirarse;  a  la  manera  que  el  viernes  santo  adoramos  la  Cruz  en  las 
yglesias,  que  por  este  modo  me  lo  dixo  la  persona  que  lo  vio. 

"Trata  tan  mal  y  tan  de  vos  a  boca  llena  a  los  clérigos  teniéndolos 
en  pié  y  descaperuzados,  que  se  huyen  y  ausentan,  y  aun  le  aborrecen, 
anunciándole  mil  desventuras  y  daños. 

"Ha  dicho  que  acá  no  tiene  superior,  y  que  qué  le  puede  hacer 
a  él  el  Rey,  ni  el  Papa,  que  está  exento,  que  dado  caso  que  fuese  herege, 
ni  la  Ynquisicion  podria  conocer  de  sus  causas,  etc. 

"Sé  decir  por  remate  desta  carta  que  en  muchas  tierras  en  que  me 
he  hallado  no  he  visto  ni  oydo  tantas  anathemas,  ni  descomuniones, 
como  en  solo  estos  dos  meses,  que  ha  entró  en  este  obispado:  de  que 
está  la  gente  y  tierra  muy  temerosa  y  escandalizada"  (7). 

A  esta  denuncia,  vino  luego  a  agregarse  el  de  Fr.  Francisco  de 
Figueroa,  del  cual  copiamos  los  párrafos  siguientes: 

"Con  la  sinceridad  y  verdad,  que  a  tan  Sancto  Tribunal  se  debe 
hablar  denuncio  de  la  persona  del  reverendo  obispo  de  Tucuman,  don 
fray  Melchor  Maldonado  de  Savedra,  del  qual  he  oydo  cosas  gravísi- 
mas, sospechosas  en  nuestra  sancta  fee  cathólica,  y  corren  generalmente 
entre  todo  este  Obispado,  que  en  Salta,  estando  confirmando,  llegó 
una  niña  de  buen  parecer  y  la  dixo  mexor  es  vuestra  merced  para 
tomada  que  para  confirmada,  y  en  Córdova  este  año  pasado  de  631, 

(7)  Carla  a  la  Inquisición  de  30  de  noviembre  de  1634. 


154  J.  T.  MEDINA 

llegó  otra  en  presencia  de  mucha  gente,  y  alzándosele  la  saya  dixo, 
zape  que  no  la  he  de  confirmar  para  baxo  sino  para  arriba,  y  con  la 
primera  se  amancevó  con  publicidad.  Oy  decir  al  Vicario  de  Tucuman, 
Juan  Serrano,  que  una  persona  que  nombró  y  no  me  acuerdo  de  su 
nombre,  se  le  quexó  que  le  havia  rebelado  la  confesión  en  un  viaxe 
tjue  hizo  de  Santiago  a  Córdova,  por  la  cuaresma  de  este  año  de  1637, 
comió  carne  todo  el  camino  el  Reverendo  Obispo  y  toda  su  casa  y 
criados,  estando  buenos  y  sanos,  y  no  faltándole  dinero  para  sustentar- 
los, de  lo  que  la  yglesia  manda  se  coma  en  aqueste  tiempo,  y  hasta  el 
mismo  miércoles  sancto  se  la  vi  yo  comer  al  dicho  Reverendo  Obispo, 
y  oy  decir  al  padre  fray  Alonso  Vasquez,  de  la  órden  de  San  Francisco, 
c]ue  queriendo  denunciar  de  ésto,  por  ser  casso  contenido  en  los  edictos 
generales  de  la  fee,  no  le  quiso  admitir  la  denunciación  el  Comisario 
del  Sancto  Oficio,  por  cuya  causa  no  le  denunció"  (8). 

Los  Inquisidores,  en  vista  de  estos  antecedentes,  se  dirigieron  al 
Consejo,  enviándole  copia  de  las  piezas  más  interesantes,  a  fin  de  que 
proveyese  "lo  que  fuese  servido",  y  en  consecuencia,  en  Madrid  se  man- 
daron entregar  a  los  calificadores  del  convento  de  Atocha  para  que  se 
tomase  la  conveniente  resolución  (9). 

El  otro  proceso  a  que  nos  hemos  referido  fué  hecho  contra  Diego 
López  de  Lisboa,  portugués,  que  después  de  viudo,  se  hizo  sacerdote, 
y  que  por  entonces  era  mayordomo  y  confesor  del  arzobispo  de  Lima 
don  Fernando  Arias  de  Ugarte.  Sucedió  que  una  noche,  a  las  doce,  un 
tal  Jerónimo  de  Agreda,  huésped  del  arzobispo,  subía  a  las  habitaciones 
de  un  sobrino  suyo,  que  estaban  contiguas  a  las  de  López  de  Lisboa, 
en  el  mismo  palacio  arzobispal,  y  como  no  lo  encontrase,  sintiendo 
ruido  de  azotes  en  el  cuarto  de  López,  se  puso  muy  quedo  a  escuchar 
a  la  puerta  y  mirando  por  el  agujero  de  la  cerradura,  vió  luz  y  oyó  una 
voz  que  decía  "embustero,  embaucador,  por  eso  te  pusieron  a  crucificar 
entre  dos  ladrones,  y  sonaban  los  azotes;  y  decia  mas,  que  si  era  justo, 
santo  y  bueno,  hijo  de  Dios,  como  se  decia,  que  por  qué  no  se 
libró  de  aquella  muerte  que  le  dieron,  etc.";  acertando  en  seguida 
a  descubrir  que  estas  palabras  se  las  dirigía  López  a  un  crucifijo  que 


(8)  Cur/a  tic  20  de  enero  de  1638. 

('))  Id  de  Gaitán  V  Castro  de  26  de  mavo  de  1638.  .\lecdo  refiere,  a  propósito  de  este 
Obispo,  que  se  dedicó  con  el  mavor  esmero  a  la  onvers.ón  de  los  ind.os  infieles  y  que  gobernó 
con  grande  aplau.so  y  acierto  su  iglesia  durante  treinta  años,  hasta  el  de  1662,  en  que 
íalleció. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


155 


tenía  debajo  del  dosel  de  su  cama,  que  había  descolgado  de  su  sitio 
para  propinarle  la  azotaina. 

Se  decía  también  que  el  denunciado,  en  una  ocasión,  con  motivo 
de  la  traducción  de  cierta  palabra  latina,  había  expresado  su  significado 
en  hebreo,  repitiendo  "dos  o  tres  vocablos  no  mas,  que  sonaban  en  la 
misma  lengua". 

Se  añadía  igualmente  que  el  hijo  del  supuesto  reo,  el  celebrado 
Diego  de  León  Pinelo,  uno  de  los  más  notables  literatos  de  Lima  du- 
rante el  período  colonial,  cuando  oía  misa,  al  tiempo  de  alzar,  se  daba 
golpes  en  el  pecho,  pero  que  en  lugar  de  adorar  la  hostia,  tornaba  la 
cara  a  otro  lado,  de  lo  cual  se  murmuraba  mucho  en  la  ciudad. 

Con  tales  precedentes,  los  Inquisidores  se  pusieron  a  rastrear  luego 
la  vida  anterior  del  acusado,  logrando  descubrir  de  que  a  su  padre  y 
a  un  tío  suyo  habían  quemado  en  Lisboa,  por  cuya  razón  se  había 
escapado  a  Valladolid  y  pasado  de  allí  a  Buenos  Aires  y  Córdoba  del 
Tucumán;  que  en  esta  ciudad  era  voz  pública  que  había  azotado  a  un 
crucifijo,  pues  en  una  noche  de  las  de  la  procesión  de  sangre,  dos  hom- 
bres habían  penetrado  a  la  casa  en  que  estaba  hospedado  y  le  habían 
oído  que  decía  a  los  demás  que  le  acompañaban  "qué  buena  mano 
aquella",  sin  que  existiese  demostración  alguna  de  que  se  hubiese  estado 
jugando;  y  que  en  La  Plata,  con  el  objeto  de  ordenarse,  había  rendido 
una  información  falsa  para  acreditar  que  era  cristiano  viejo,  etc.  (10). 

A  pesar  de  lo  que  los  Inquisidores  lograron  acopiar  en  esta  causa, 
el  Arzobispo  no  retiró  su  confianza  a  López  de  Lisboa,  y  la  Universi- 
dad de  San  Marcos  premió  el  mérito  de  su  hijo  nombrándolo  catedrá- 
tico de  Prima  de  Cánones,  con  cuyo  motivo  repetían  aquellos  al  Con- 
sejo que  "parecía  cosa  muy  peligrosa  confiar  la  interpretación  de  los 
sagrados  cánones  y  materias  eclesiásticas  y  de  sacramentos  a  personas 
de  raíz  tan  infecta  y  sospechosa  por  sí,  y  que  podrá  dar  a  beber  ponzoña 
en  lugar  de  buena  doctrina  a  la  juventud  que  le  cursare"  (11). 


(10)  Cana  de  los  Intiuisidorcs  de  15  de  mayo  de  Uii7.  Este  es  un  documento  del  más 
alto  interés  para  el  conocimiento  de  la  familia  l'inclo,  pues  no  sólo  contiene  datos  muy 
curiosos  de  I.ópe/,  sino  también  de  su  mujer  y  de  sus  liijos  Juan  Rodrigue/  de  León,  canó- 
nico de  Puebla  de  los  Angeles,  del  licenciado  Antonio  de  León,  autor  del  Epiloinc  y  otros 
libros  no  menos  famosos,  y  del  doctor  don  Diego  de  León  l'inelo. 

(11)  Carla  de  de  julio  de  lí)47.  El  Consejo  contestó  que  se  estuviese  con  cuiiLulci 
respecto  del  modo  de  proceder  y  doctrinas  del  tioctor  León.  Con  motivo  de  la  prisión  de  los 
portugueses,  refieren  los  Inquisidores  que  el  vulgo  y  los  muchachos  "voceaban  y  clamaban, 
diciendo  venga  el  juilío  de  Diego  López  de  Lisboa",  y  fué  cosa  notoria  que  en  aquel  tiempo, 


156 


J.  T.  MEDINA 


Poco  a  poco,  sin  embargo,  fueron  los  jueces  allegando  algunos 
reos,  resolviéndose  al  fin  a  celebrar  un  autillo  en  la  capilla  de  la  In- 
quisición el  17  de  noviembre  de  1641,  en  que  fueron  penitenciados: 

Francisco  de  Montoya  o  Méndez,  confitero,  cristiano  nuevo,  de 
treinta  y  seis  años,  que  había  ayunado  cuarenta  días  continuos,  no  co- 
miendo ni  bebiendo  hasta  la  noche,  después  de  salida  la  estrella:  se 
presentó  con  insignias  de  reconciliado,  perdió  sus  bienes  y  fué  enviado 
a  la  cárcel  por  dos  años. 

Fernando  de  Heredia,  portugués,  residente  en  el  Cuzco,  también 
cristiano  nuevo  y  sospechoso  de  judaismo,  logró  que  se  le  quitase  el 
sambenito  en  el  tablado. 

Félix  Enríquez  de  Rivero,  que  había  ayunado  el  ayuno  de  la  Reina 
Ester,  escapó  lo  mismo  que  el  anterior,  bien  entendido  que  confiscán- 
dose a  los  dos  sus  bienes,  previa  reconciliación. 

Bartolomé  de  Silva,  Cristóbal  y  Matías  Delgado,  que  habían  prac- 
ticado el  ayuno  "de  la  data  de  la  ley",  llevaron  hábito  y  cárcel  por  un 
año;  Juan  y  Francisco  de  la  Parra,  que  celebraron  la  pascua  de  los  cen- 
ceños, que  por  otro  nombre  llaman  del  cordero,  durante  siete  días  con- 
tinuos; Gonzalo  y  Pedro  de  Valcazar,  ambos  mercaderes  y  el  último 
de  los  cuales  a  la  primera  vuelta  del  tormento  confesó  ser  judío;  Simón 
Correa,  que  lo  dijo  a  la  cuarta;  Alvaro  Rodríguez  y  Rodrigo  Fernán- 
dez, que  fué  puesto  dos  veces  en  la  mancuerda,  recibió  cien  azotes 
después  del  auto,  se  le  confiscaron  sus  bienes  y  llevó  hábito  y  cárcel 
perpetuos, 

Juan  Florencio,  de  veintiocho  años,  por  doble  matrimonio;  y 
doña  María  de  la  Cerda,  natural  de  Buenos  Aires,  viuda  de  un  abogado 
de  Tucumán,  acusada  de  haber  dado  polvos  de  ara  consagrada,  mez- 
clada con  sangre  menstrual  en  el  chocolate  a  diferentes  hombres  para 
que  permaneciesen  fieles  a  sus  amores,  después  de  abjurar  de  levi,  reci- 
bió cien  azotes  por  las  calles. 

Además  de  los  reos  precedentes,  había  sido  penitenciado  entre 
año  el  negro  Jorge  de  lUanes,  a  quien  le  costó  el  haberse  casado  dos 
veces  cien  azotes  y  cinco  años  de  galeras;  y  se  habían  suspendido  las 
causas  de  Pedro  Jorge  y  Acuña  y  la  del  sargento  Francisco  de  Silva, 

a  noche  llcj^aha  muilia  gcnto  a  la.s  ventanas  del  dicho  arzobispo  >  decían,  "eclic  V.  P. 
esc  judío  de  su  casa":  y  un  huitín  llamado  Burjjuillos,  viéndole  entrar  en  la  iulesia,  lleván- 
dole la  falda  al  dicho  arzobispo,  le  dijo:  "aunciue  mas  te  agarres  de  la  cola,  la  Inquisición 
te  ha  de  sacar". 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


157 


por  judaizantes,  siendo  el  último  condenado  al  tormento  y  mantení- 
dose  en  él  negativo  a  pesar  de  cinco  vueltas  que  se  le  dieron. 

Las  labores  del  Tribunal  decayeron  mucho  desde  entonces,  pues 
hasta  el  auto  siguiente  que  tuvo  lugar  en  1666,  sólo  se  resolvieron  los 
procesos  de  las  personas  expresadas  a  continuación: 

Enrique  Jorge  Tavares,  de  edad  de  dieciocho  años,  fué  puesto  en 
la  cárcel  el  11  de  agosto  de  1635,  con  información  de  cinco  testigos 
cómplices  singulares,  los  dos  menores  y  uno  que  después  se  retractó. 
En  5  de  diciembre  fué  puesto  en  el  tormento,  recibiendo  siete  vueltas 
en  la  mancuerda  y  tres  en  el  potro,  persistiendo  en  negar  el  judaismo 
de  que  se  le  acusaba.  Le  sobrevino  después  nueva  acusación  de  algunos 
compañeros  de  cárcel,  confesando  sólo  algunas  comunicaciones  con 
ellos  y  expresando  que  lo  demás  era  testimonio  que  le  querían  levantar 
los  castellanos.  Después  de  varias  revocaciones  del  reo,  fué  votado  en 
1639  a  que  se  suspendiese  su  proceso  por  haber  perdido  la  razón. 

Manuel  Henríquez,  preso  en  8  de  diciembre  de  1635,  puesto  a 
tormento  en  1637,  a  la  segunda  vuelta  confesó  de  sí  que  era  judío, 
habiéndose  acreditado  durante  el  curso  de  su  causa  que  antes  había 
sido  reconciliado  en  Coimbra.  Por  las  muchas  revocaciones  en  que  in- 
currió y  por  otros  hechos,  entre  ellos  el  de  haber  citado  a  juicio  a  los 
Inquisidores,  se  tuvo  sospecha  de  que  estuviese  loco,  lo  que  no  impidió 
que  en  3  de  julio  de  1647,  esto  es,  doce  años  después  de  su  encarcelación, 
fuese  condenado  a  ser  relajado,  pena  que  no  se  había  ejecutado  aún 
en  1656  por  falta  de  ocasión  (12). 

Gaspar  López  Suárez,  también  preso  por  judío  en  1642,  en  Potosí, 
estaba  votado  a  tormento  riguroso  en  1647,  el  que  se  ejecutó  al  año 
siguiente  sólo  hasta  la  primera  vuelta,  porque  el  reo  confesó  el  delito 
de  que  se  le  acusaba;  siendo  reconciliado  ese  mismo  año,  con  cien 
azotes. 

Luisa  Ramos,  hechicera,  viuda,  de  treinta  años,  castigada  ya  dos 
veces  por  el  Santo  Oficio,  presa  de  nuevo  en  1646,  fué  condenada  el 
año  siguiente  a  salir  a  la  capilla  con  coroza  y  demás  insignias,  y  a 
recibir  por  las  calles  doscientos  azotes. 


(12)  El  Consejo  declaró  que  en  esta  causa  y  en  la  anterior  los  jueces  debieron  haber 
practicado  más  diligencias  a  fin  de  esclarecer  la  locura  de  los  reos,  "mayormente  habiendo 
tanto  tiempo  que  están  presos".  Despacho  de  22  de  junio  de  1646.  Se  hizo  después  tan  evi- 
dente el  estado  de  Henríquez  que  al  fin  no  fué  quemado. 


158 


J.  T.  MEDINA 


Ana  María  de  Contreras,  mulata,  después  de  haber  sido  peniten- 
ciada anteriormente,  fué  de  nuevo  castigada  en  1647. 

Francisca  de  la  Peña,  zamba,  del  Cuzco,  y  Bernabela  de  Noguera, 
limeña,  fueron  procesadas  también  por  hechiceras. 

Salvador  Díaz  de  la  Cruz,  de  Chile,  y  Francisco  Vaca  de  Sotomayor, 
desterrado  a  Valdivia  por  doble  matrimonio. 

Fr.  Bartolomé  de  Sotomayor,  sacerdote  profeso  de  la  Merced,  que 
predicando  un  sermón  en  lea  dijo  que  aunque  los  hombres  llegasen 
manchados  al  Santo  Sacramento  del  Altar  y  le  recibiesen,  el  mismo 
Sacramento  les  limpiaba,  en  cuya  causa  se  sobreseyó  por  no  descubrirse 
malicia  en  el  reo. 

En  carta  de  11  de  octubre  de  1648  anunciaba  al  Consejo  Juan  de 
Izaguirre,  secretario  del  Tribunal,  que  no  existía  en  las  cárceles  otro 
reo  que  Manuel  Henríquez.  En  efecto,  Juan  Fernández  Darraña,  ga- 
llego, carpintero,  procesado  porque  aconsejaba  a  los  indios  recién  bau- 
tizados que  no  fuesen  a  misa,  había  sido  mandado  poner  en  libertad; 
Diego  Pérez  Mosquera,  presbítero,  expulso  de  la  Orden  de  S,  Agustín, 
acusado  de  haber  dicho  que  el  ánima  de  San  Ignacio  estaba  en  los 
infiernos,  y  que  si  él  quisiera,  pudiera  hacer  a  la  Iglesia  más  daño  que 
Lutero,  por  lo  cual  había  sido  reducido  a  prisión  en  Oruro,  fué  con- 
denado a  abjurar  de  levi  y  a  una  reclusión  de  seis  meses;  y  los  reos 
restantes,  que  eran  Agustín  de  Toledo  y  Luis  de  la  Barreda,  que  ha- 
bían sido  remitidos  de  Chile,  estaban  ya  despachados. 

En  1651  fueron  castigados  por  doble  matrimonio,  Juan  Bautista, 
mestizo,  de  los  Yauyos,  y  Juan  Toribio  Lara,  mulato,  del  Callao. 

Desde  1655  hasta  1660,  Lorenzo  Sánchez,  zapatero,  de  Cuenca; 
Gaspar  Henríquez  y  Juan  Pérez,  que  murió  en  el  hospital,  también 
por  bigamos;  Cristóbal  de  Toro,  de  Huamanga,  blasfemo  y  que  había 
además  abusado  de  sus  dos  hijas,  salió  a  la  sala  de  audiencia,  en  forma 
de  penitente,  con  coroza  y  soga  a  la  garganta  y  mordaza  en  la  lengua, 
y  llevando  puestas  las  insignias,  se  le  dieron  doscientos  azotes  por  las 
calles. 

Fr.  Francisco  Vásquez,  natural  de  Quito,  lego  de  San  Agustín,  que 
dijo  misa,  abjuró  de  vehementi,  recibió  azotes  y  fué  destinado  a  galeras; 
y  Alfonso  Domínguez  de  Villafaña,  también  lego,  preso  por  idéntica 
causa,  recibió  igual  pena,  sin  los  azotes,  que  le  fueron  remitidos. 

Rafael  Vanegas,  jesuíta  del  colegio  de  Santiago  de  Chile,  por  so- 
licitante. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


159 


Inés  de  Córdoba,  en  3  de  marzo  de  1660,  fué  condenada  a  salir  en 
hábito  de  penitente,  con  coroza,  vela  y  soga,  abjuró  de  levi  y  se  le  apli- 
caron cien  azotes;  Antonia  Abarca,  por  mal  nombre  La  Gaviota,  que 
usaba  de  polvos  para  captarse  el  amor  de  los  hombres;  Luisa  de  Var- 
gas, azotada  por  la  justicia  real,  tambera  de  Pisco;  Ana  Vallejo,  hija 
sacrilega,  discípula  de  la  Inés  de  Córdoba;  y  Antonia  de  Urbina,  por 
hechiceras. 

El  alcaide  Cristóbal  de  Vargas  Barriga,  por  abusar  carnalmente 
de  las  presas. 

Luis  Vela  de  los  Reyes,  sevillano,  de  veinte  años,  acusado  de  soste- 
ner que  Lutero  y  Calvino  no  se  habían  condenado  y  de  que  era  buena 
la  doctrina  de  la  predestinación,  fué  llevado  a  la  cámara  del  tormento, 
y  por  haberse  mantenido  negativo,  se  le  puso  en  libertad. 

Diego  Martínez,  natural  de  México,  que  decía  que  los  jesuítas  y 
frailes  en  general  no  eran  sacerdotes  sino  mágicos,  fué  dado  por  loco. 

Ginés  García,  por  doble  matrimonio;  Antón,  negro,  acusado  de 
llevar  recados  de  los  presos,  recibió  cien  azotes;  doña  Josefa  de  Baides, 
denunciada  de  ver  en  el  lebrillo,  fué  dada  por  libre. 

Hasta  1666  fueron  penitenciados:  Simón  Mandinga,  negro,  por 
adivino,  que  recibió  cien  azotes;  Fr.  Juan  Sánchez  de  Avila,  que  decía 
misa  y  solicitaba  a  las  mujeres  en  el  confesonario;  Cristóbal  de  Castro, 
procesado  en  Chile;  Juliana  Gutiérrez,  natural  de  Chuquisaca,  acusada 
de  mascar  coca;  Pedro  Ganui,  canónigo  de  Quito,  por  haber  ocultado 
la  persona  y  bienes  de  un  reo  del  Santo  Oficio,  tuvo  que  pagar  tres 
mil  pesos;  Fr.  Miguel  Meló,  de  Buenos  Aires,  lego  de  la  Merced,  que 
decía  misa;  Fr.  Diego  Bazán,  donado  de  San  Juan  de  Dios,  que  andaba 
disfrazado  de  mujer,  se  huyó  de  su  convento  y  se  casó  en  el  Cuzco, 
trató  de  suicidarse  con  solimán;  Fr,  Cristóbal  de  Latorre,  fraile  agusti- 
no, por  solicitante  en  confesión;  Fr.  José  de  Quezada,  ordenado  de 
diácono,  que  decía  misa;  Juan  de  Torrealba,  que  conjuraba  la  coca,  y 
Ursula  de  Ulloa,  de  edad  de  quince  años,  hija  de  una  pulpera,  que  se 
encerraba  a  mascar  dicha  yerba  hasta  después  de  medianoche;  y  las 
hechiceras  Ana  de  Ayala,  Petronila  de  Guevara,  Josefa  de  Liévana,  Juana 
de  Estrada,  Magdalena  Camacho,  Juana  de  Cabrales  y  Catalina  Pizarro. 

Sebastián  de  Chagaray,  mulato,  libre,  casado  dos  veces,  y  Fr.  Ja- 
cinto de  Herrera,  sacerdote,  natural  de  Granada,  de  cincuenta  y  tres 
años,  que  en  el  juego  votaba  a  la  limpieza  de  la  Virgen  concebida  entre 
demonios,  y  a  Cristo,  y  pidiendo  que  le  llevasen  los  diablos. 


CAPITULO  XX 


Encuentro  con  el  Marqués  de  Mancera. — Id.  con  el  Arzobispo. — Nuevos  disgustos 
con  el  Marqués. — El  Rey  reprende  al  Conde  de  Alba  por  su  conducta  para 
con  la  Inquisición. — Choque  con  el  Cabildo  Eclesiástico. — Datos  sobre  los 
Inquisidores. — Auto  de  le  de  23  de  enero  de  1664. — Id.  de  16  de  febrero  de 
1666. — Id,  de  28  de  junio  de  1667. — Relación  de  la  causa  de  César  Bandier, 
— Otros  reos. 

Si  los  ministros  del  Santo  Oficio  no  encontraban  por  los  días  que 
vamos  historiando  reos  de  importancia  a  quienes  procesar,  no  escasea- 
ban, en  cambio,  disgustos  a  las  autoridades,  comenzando  por  el  Virrey 
y  Arzobispo  de  Lima. 

Servía  aquel  encumbrado  puesto  el  Marqués  de  Mancera,  hombre 
muy  devoto,  que  por  los  años  de  1646  introdujo  en  la  capital  la  cos- 
tumbre de  rezar  el  rosario  a  coros,  en  voz  alta,  para  cuyo  efecto  todos 
los  sábados  en  la  tarde,  asistido  de  su  familia  y  de  gran  concurso  de 
gentes,  se  trasladaba  de  su  palacio  a  la  iglesia  de  los  dominicos.  Los 
Inquisidores  que  miraban  esta  práctica  como  indebida,  callaron  durante 
algún  tiempo,  pero  el  2  de  febrero  de  1648,  día  de  la  Purificación  de  la 
Virgen,  que  se  celebraba  con  gran  devoción  del  pueblo  y  asistencia  de 
los  virreyes,  hicieron  leer  un  edicto,  en  que,  juntamente  con  prohibir 
varios  libros,  condenaban  la  devoción  establecida  por  el  Marqués;  sin 
que  por  esto,  ni  él  ni  los  religiosos  y  personas  piadosas  cesasen  en  la 
costumbre  que  se  reprobaba,  con  manifiesto  menosprecio  de  la  autori- 
dad de  los  ministros  del  Santo  Oficio,  por  lo  cual  hubieron  éstos  de 
dar  cuenta  al  Consejo  quejándose  del  Virrey  (1), 


(1)  Carla  do  15  cic  febrero  ilc  1648.  El  Consejo  reprobó  la  contiucta  del  Tribunal,  icgún 
consta  de  la  nota  que  le  dirigió  en  21  de  enero  de  16'19. 

II — La  Inquisición  de  Lima   Tomo  II 


162 


J,  T.  MEDINA 


Con  relación  al  Arzobispo,  he  aquí  lo  que  había  pasado.  Servía  a 
su  nombre  en  el  Tribunal  el  oficio  de  juez  ordinario  en  las  causas  de 
fe  el  doctor  Julio  de  Cabrera,  tesorero  de  la  catedral,  que  por  haber 
tenido  que  ausentarse  a  España  a  negocios  de  su  iglesia,  hubo  necesidad 
de  nombrarle  reemplazante  en  el  cargo  que  desempeñaba  cerca  de  los 
Inquisidores.  Designó  el  prelado  para  sucederle,  primero  al  canónigo 
Sebastián  de  Bustamante  y  Loyola;  mas  habiendo  significado  a  éste  los 
Ministros  que  su  persona  no  les  parecía  idónea,  se  fijó  en  el  doctor 
Fernando  de  Avendaño,  poco  después  arcediano,  y  que  había  sido  ya 
calificador  del  Tribunal  durante  algún  tiempo,  catedrático  de  mérito 
y  rector  de  la  Universidad,  cura  párroco  de  varios  pueblos  por  más 
de  treinta  años,  en  cuyo  puesto  redujera  a  la  fe  gran  número  de  gen- 
tiles (2),  y  por  fin,  visitador  general  del  arzobispado.  Presentóse,  en 
consecuencia,  Avendaño  al  Tribunal,  mas  no  sólo  no  se  le  permitió 
que  ejerciera  el  cargo,  sino  que  uno  de  los  Inquisidores  le  trató  áspera- 
mente, y  el  otro  se  propasó  hasta  amenazarle;  tramitándose  las  causas 
sin  su  intervención,  e  incurriéndose  así  por  ello  en  manifiesta  nulidad 
(3).  Y  como  era  de  estilo  siempre  que  los  jueces  se  manifestaban  dis- 
gustados con  alguien,  luego  ocurrieron  a  indagar  quién  fuera  el  padre 
del  doctor,  descubriendo  que  había  sido  persona  vilísima,  sin  obliga- 
ciones, y  tan  ridículo,  que  servía  de  truhán  y  bufón  al  inquisidor  Gutié- 
rrez de  Ulloa,  borracho  público,  de  quien  todos  se  reían,  "siendo  testigos 
de  ello  las  paredes  de  la  Inquisición,  donde  se  hacían  las  burlas";  acha- 
cándole, además,  al  recomendado  del  Arzobispo  costumbres  escanda- 
losas, que  era  teólogo  y  no  canonista,  etc.,  etc.  (4).  A  estas  acusaciones 
se  añadieron  aún  en  el  Consejo  las  que  dió  el  postergado  Bustamante, 
que  en  verdad  no  se  expresaba  en  mejores  términos  de  su  competi- 
dor (5). 

El  secreto  de  esta  resistencia  por  parte  de  los  Inquisidores,  que 
no  había  podido  doblegar  ni  la  amistad  de  cuarenta  años  que  el  Metro- 
politano conservaba  con  Gaitán,  era,  sin  embargo,  fácil  de  explicar. 
Cuando  se  propuso  a  Bustamante  y  se  convino  después  en  retirar  su 
elección,  el  Tribunal  significó  al  Arzobispo  que  sería  conveniente  se 
pasase  sin  nombrar  juez  ordinario,  confiriendo  su  poder  a  los  mismos 


(2)  Vcasc  el  libro  del  jesuíta  Pablo  José  de  Arriaga,  F.xl'npaciúii  de  la  idolalría,  etc. 

(3)  Carla  del  arzobispo  de  21  de  octubre  de  1648. 

(4)  Id.  de  Luis  Bctancurt  de  24  octubre  del  mismo  año. 

(5)  Id.  de  20  octubre  de  id.. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


163 


Inquisidores,  pretensión  que  como  no  tuviera  efecto,  le  instaron  en 
que  por  lo  menos  se  fijase  en  don  Pedro  de  las  Cuentas,  que  acababa 
de  ser  promovido  a  la  maestrecolía  de  la  catedral,  pero  que  aún  no 
había  tomado  posesión  de  su  oficio,  esperando  que  se  le  diese  reem- 
plazante en  un  puesto  semejante  que  servía  en  La  Paz,  donde  residía. 
Las  partes  interesadas  ocurrieron,  en  vista  de  esto,  al  Consejo,  donde 
se  resolvió  que  no  se  diese  entrada  en  el  Tribunal  a  ninguno  de  los 
propuestos. 

De  más  nota  que  el  ya  referido  eran,  sin  duda,  los  encuentros  que 
venían  suscitándose  con  el  Virrey.  Había  traído  éste  de  España  en  su 
compañía  a  un  caballero  del  hábito  de  Santiago,  llamado  don  Luis  de 
Sotomayor  Pimentel,  para  confiarle  la  administración  de  las  minas  de 
azogue  de  Huancavelica,  de  cuyo  lugar  hubo  de  regresarse  a  Lima  por 
orden  del  Marqués,  y  donde,  a  poco  de  llegar,  fué  preso  por  la  Inqui- 
sición, porque  siendo  familiar  de  ella,  se  le  acusaba  de  cierto  atropello 
cometido  en  la  misma  capital  del  virreinato:  prisión,  decía  el  Virrey, 
que  fué  puramente  simulada,  y  que  al  fin  consiguió  se  alzase  con  el 
objeto  de  que  le  acompañase  a  las  minas  para  donde  estaba  de  partida. 

Decían,  en  cambio,  los  Inquisidores  que  el  Marqués  se  había  hecho 
reo  para  con  ellos  de  haberles  violado  la  correspondencia  que  les  venía 
de  España,  como  sostenían  que  ejecutaba  también  con  la  de  particula- 
res, a  fin  de  cerciorarse  de  los  que  le  eran  o  no  afectos  (6). 

Los  tropiezos,  con  el  Conde  de  Alba,  sucesor  del  Marqués  de 
Mancera,  en  que  le  acompañaban  totlos  los  oidores,  se  habían  pronun- 
ciado muy  desde  el  principio  de  su  gobierno,  desde  que  trataron  de 
desaforar  al  contador  Pedro  de  Zarate,  y  se  habían  ido  continuando 
con  la  libertad  que  el  Virrey  hizo  dar  al  general  Pedro  de  Zamudio, 
a  quien  el  Tribunal  tenía  asignada  su  casa  por  cárcel,  en  mérito  de 
ciertos  desacatos  que  se  le  imputaban  contra  ministros  del  Santo  Ofi- 
cio (7). 

Poco  después  solicitaba  el  Conde  que  el  Tribunal  contribuyese 
para  un  donativo  que  estaba  colectando,  y  como  con  buenas  razones 
aquél  se  negase,  se  enfureció  públicamente,  prorrumpiendo  en  amena- 


(6)  Carta  de  22  de  noviembre  de  l(A5. 

(7)  Carta  de  Castilla  y  Zamora  de  3  de  septiembre  de  1658. 


164 


J.  T.  MEDINA 


zas  y  ofreciendo  dar  cuenta  de  todo  al  Rey  (8).  Mas  tarde,  sin  darse 
por  vencido  con  estas  manifestaciones,  pretendía  el  Conde  que  el  algua- 
cil mayor  del  Tribunal  no  entrase  con  vara  a  su  palacio,  o  ya  se  avocaba 
causas  en  que,  a  juicio  de  aquél,  aparecían  de  por  medio  intereses  de 
sus  ministros,  por  lo  cual  se  quejaba  al  Consejo  afirmando  "que  eran 
de  tal  calidad  las  acciones,  palabras  y  acometimientos  que  el  Virei  ha 
hecho,  dicho  e  intentado  que  no  buenamente  se  pueden  referir,  y  sin 
violencia  se  conoce  de  ellas  el  poco  o  ningún  afecto  que  tiene  a  esta 
Inquisición",  citando  en  apoyo  de  estas  afirmaciones  lo  que  había  refe- 
rido el  jesuíta  Leonardo  de  Peñafiel,  su  confesor,  de  que  decía  que 
apreciaba  mucho  a  las  personas  de  los  Inquisidores,  pero  que  del  Tri- 
bunal no  se  le  daba  nada  (9). 

Lo  cierto  del  caso  fué  que  un  buen  día  el  Conde  recibía  una  carta 
de  su  soberano,  que  por  ser  muy  característica  de  la  época  y  de  quien 
la  enviaba,  transcribimos  a  continuación. 

"El  Rey. — Conde  de  Alva  de  Liste,  primo,  gentil-hombre  de  mi 
cámara,  mi  Virey,  gabernador  y  capitán  general  de  las  provincias  del 
Perú.  Ya  sabéis  lo  mucho  que  Dios  nuestro  Señor  es  servido  y  nuestra 
santa  fee  católica  ensalzada  por  el  Santo  Oficio  de  la  Inquisición,  y  de 
quanto  beneficio  ha  sido  a  la  universal  yglesia,  a  mis  reinos  y  señoríos 
y  naturales  dellos,  después  que  los  señores  reyes  católicos  de  gloriosa 
memoria,  mis  revisabuelos,  le  pusieron  y  plantaron  en  ellos,  con  que 
se  han  limpiado  de  infinidad  de  hereges  que  a  ellos  han  venido  con 
el  castigo  que  se  les  ha  dado  en  tantos  y  tan  grandes  e  insignes  autos 
de  Inquisición  como  se  han  celebrado,  que  les  ha  causado  gran  temor 
y  confusión,  y  a  los  católicos  singular  gozo,  quietud  y  consuelo;  y  por 
carecer  desta  gracia  otros  reynos,  han  padecido  y  padecen  grandes  dis- 
turbios y  inquietudes  y  desasosiegos,  y  damos  muchas  gracias  a  nuestro 
Señor,  que  así  lo  ha  encaminado,  haciendo  tan  gran  bien  a  estos  reynos, 
y  así  por  todo  ésto  como  por  habérmelo  encomendado  afectuosamente 
el  Rey  mi  señor  y  padre,  que  esté  en  el  cielo,  como  por  lo  que  la  estima, 


(8)  W.  de  Castilla  de  3  de  septiembre  de  1658.  Decimos  que  tenían  razón  los  Inquisi- 
dores en  negarse  a  contribuir,  por  cuanto  habiendo  Gaitán  en  años  anteriores  erogado  cierta 
cantidad  con  un  fin  análogo,  recibió  una  reprimenda  tlcl  Consejo,  en  que  se  le  prevenía  que 
'  M(i  <lc\  ia  venirse  en  semejantes  donativos  sin  particular  orden  de  S.  M.  y  nuestra",  concluía. 
Ya  veremos  en  el  capítulo  final  los  términos  en  que  se  expresaba  el  Virrey  a  propósito  de 
estas  diferencias  con  el  Santo  Oficio. 

C-))  Carra  de  20  de  julio  de  1657. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


165 


devoción  y  afición  que  le  tengo,  y  la  obligación  que  a  todos  los  fieles 
corre  mirar  por  él  y  que  sea  amparado,  defendido  y  honrrado,  mayor- 
mente en  estos  tiempos  en  que  tanta  necesidad  hay,  y  ser  una  de  las 
mas  principales  cosas  que  se  os  pueden  encomendar  de  mi  estado  real, 
os  encargo  mucho  que  así  a  los  venerables  Inquisidores  apostólicos  de 
esas  provincias,  como  a  todos  los  otros  oficiales,  familiares  y  ministros 
del  dicho  Santo  Oficio,  les  honrreis  y  favorezcáis,  dándoles  de  nuestra 
parte  todo  el  favor  y  ayuda  que  se  os  pidiere  y  fuere  necesario,  guar- 
dándoles y  haciéndoles  guardar  todos  los  privilegios,  exempciones  y 
libertades  que  les  están  concedidas,  así  por  derecho,  cédulas  reales,  con- 
cordias, como  de  uso  y  costumbre,  y  en  otra  qualquier  manera;  de 
suerte  que  el  dicho  Santo  Oficio  se  use  y  exerza  con  la  authoridad  y 
libertad  que  siempre  ha  tenido,  y  yo  deseo  tenga,  y  no  hagáis,  ni  per- 
mitáis que  se  haga  otra  cosa  en  manera  alguna,  que  demás  de  que 
cumpliréis  con  lo  que  sois  obligado,  como  cathólico  christiano,  y  que  a 
vuestro  exemplo  harán  otros  lo  mismo,  me  tendré  por  muy  servido, 
y  a  lo  contrario  no  tengo  de  dar  lugar.  Nuestro  Señor  os  guarde,  como 
deseo,  en  Madrid  a  diez  y  ocho  dias  del  mes  de  marzo  de  mil  y  seis- 
cientos y  cinquenta  y  cinco  años. — YO  EL  REY. — Por  mandado  del 
Rey  nuestro  señor,  Don  Felipe  Antonio  Mossa". 

Como  si  estas  rencillas  no  fuesen  bastantes,  sobrevinieron  bien 
pronto  otras  con  el  Cabildo  eclesiástico.  Los  capitulares  habían  antes 
asistido  en  cuerpo  a  administrar  el  viático  al  inquisidor  León  de  Alca- 
yaga  (10),  y  cuando  murió  Juan  Gutiérrez  Flores,  cargaron  su  cuerpo 
en  hombros  hasta  las  puertas  de  la  casa,  sin  que  jamás  hubiesen  co- 
brado un  centavo  por  las  exequias  de  ningún  miembro  del  Tribunal; 
pero  habiendo  fallecido  García  Martín  Cabezas,  les  enviaron  recado  los 
Inquisidores  solicitando  su  asistencia  para  el  acompañamiento:  a  que 
contestaron  que  como  se  les  pagase  el  estipendio  acostumbrado  en  se- 
mejantes casos,  no  tenían  inconveniente  para  ello,  en  lo  cual  no  habien- 
do venido  los  colegas  del  difunto,  hubieron  de  enterrarle  sin  esta  solem- 
nidad (11). 


(10)  Alcayaga  no  se  lii/.o  notar  en  el  corto  titiiipo  que  sirvici  su  puesto,  y  apenas  si  se 
Conserva  en  los  archivos  al;;ún  papel  cjuc  lleve  su  firma. 

(11)  Carla  ilc  Bctancurt  y  Castilla  de  (>  de  septiembre  ile  l(ó8.  Martínez  ("abczas  lué 
natural  de  lion  Benito  en  Extremadura.  \:n  Scxilla  le  encontró  de  c.iledrático  el  arzobisi)o  de 
Lima  (lonzalo  de  Ocampo,  llevándole  consigo  para  confiarle  el  puesto  de  provisor.  Después 
de  haber  servido  varios  cargos  en  el  Cabildo  eclesiástico  de  La  Paz,  fué  nombrado  inquisidor. 
Cuando  falleció,  era  obis)io  electo  ile  Cartagena, 


166 


J.  T.  MEDINA 


A  los  16  de  mayo  del  año  siguiente  fallecía  otro  de  los  inquisidores, 
Luis  de  Betancurt  y  Figueroa,  negándose  igualmente  a  asistir  a  su 
entierro,  dando  en  ambos  casos  por  excusa  de  que  como  la  Inquisición 
no  había  querido  concurrir  al  de  los  capitulares,  no  tenían  por  qué  no 
guardar  ellos  idéntica  reciprocidad  (12). 

El  personal  del  Tribunal  había  sufrido  notables  cambios  en  los 
últimos  tiempos:  Gaitán  se  ausentaba  en  1651,  recibiéndose  en  Lima 
noticia  de  su  fallecimiento  a  mediados  del  año  siguiente;  Antonio  de 
Castro  y  del  Castillo,  que  había  servido  el  puesto  durante  veintiún 
años,  después  de  rehusar  el  obispado  de  Huamanga,  había  aceptado  el 
de  La  Paz,  en  1648  (13).  Bernardo  de  Izaguirre,  que  desempeñó  su 
destino  poco  tiempo,  fué  enviado  al  obispado  de  Panamá  en  1655  (14). 

De  los  dos  inquisidores  que  quedaban  en  el  Tribunal  por  la  época 
que  vamos  historiando,  era  uno  Cristóbal  de  Castilla  y  Zamora,  hijo 
natural  de  Felipe  IV,  y  el  otro,  Alvaro  de  Ibarra,  que  tomó  posesión 
de  su  puesto  en  septiembre  de  1659,  era  un  limeño  de  talento  y  muy 
versado  en  materias  de  jurisprudencia.  No  debían  de  andar  muy  bien 
las  relaciones  entre  ambos  cuando  el  Consejo  encargaba  al  primero  que 
guardase  paz  y  armonía  con  su  colega:  a  que  respondía  Castilla  que 
su  compañero  "habia  encaminado  los  negocios  a  su  placer,  sufriendo 
yo  y  callando;  la  mayor  parte  del  año  se  está  en  la  cama  con  leves 
achaques  y  suele  venir  por  las  mañanas,  quedándose  en  su  casa  las 
tardes;  .  .  pero  no  falta  D.  Alvaro  cuando  falta  negocio  preciso,  o 
firmar  cartas  para  España". 

Llevando  aún  más  allá  sus  denuncias,  Castilla  prevenía  que  hasta 
se  le  había  insinuado  que  viviese  con  cautela,  pues  el  día  menos  pen- 
sado podían  envenenarlo,  "untando  el  asiento  del  coche,  un  plato,  una 
silla  o  estribo,  que  quita  la  vida  a  un  mes,  un  dia  o  un  año,  según  lo 


(12)  Carta  de  Ibarra  y  Castilla  de  27  de  mayo  de  1659.  Betancurt  salió  de  Cádiz  en 
1637  con  plaza  de  fiscal,  enfermando  a  tal  punto  durante  el  viaje,  que  en  Cartagena  le  ba- 
jaron desahuciado.  Una  vez  restablecido,  hizo  por  tierra  la  iornad.i  de  novecientas  leguas 
que  le  quedaban  hasta  Lima,  donde  llegó  por  mayo  de  1639.  Recibió  su  título  de  inquisidor 
en  29  de  junio  de  1642. 

(13)  Castro  era  oriundo  de  un  ¡nieblo  innicdial<j  a  Burgos,  hijo  de  ."Monso  del  Castillo, 
corregidor  que  fué  ilc  Alcalá  la  Real,  y  de  Inés  de  Padilla.  Se  graduó  de  bachiller  en  Sala- 
manca, y  en  Lima  de  licenciado,  habiendo  servido  antes  ile  ser  nombrado  inquisidor  el 
curato  de  Potosí. 

(H)  Izaguirre  era  natural  de  Toledo,  y  desi>ués  de  haber  desempeñado  las  fiscalías  de 
la  Ini]uisición  de  Cartagena  y  Lima,  fué  ascendido  a  inquisidor.  Del  obisp.ido  de  Panamá 
pasó  al  del  Cuzco,  y  en  1661  al  arzobispailo  de  Charcas. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


167 


templan" ;  citando  en  apoyo  de  sus  temores  lo  que  le  había  ocurrido 
a  Fr.  Francisco  de  la  Cruz,  obispo  electo  de  Santa  Marta,  que  murió 
de  repente  estando  ajustando  las  cosas  de  Potosí;  a  don  Francisco  Nes- 
tares  Marín,  que  sorprendió  a  los  que  intentaron  darle  el  veneno,  y 
por  ello  "y  lo  demás"  había  dado  garrote  a  un  sujeto  apellidado  Rocha; 
al  obispo  de  La  Paz  don  Martín  de  Velasco,  que  murió  "apresurado"; 
a  Gómez  Dávila,  corregidor  de  Potosí,  que  después  de  beberse  una 
jicara  de  chocolate  se  había  quedacio  yerto,  y  un  criado  con  él ;  y  re- 
cientemente al  obispo  de  Huamanga,  que  habiendo  un  día  salido  a  la 
visita,  a  la  tarde  le  volvieron  muerto. 

Por  lo  demás,  alababa  las  buenas  letras  de  su  colega,  y  en  cuanto 
a  él,  decía  que  cómo  podría  proceder  mal,  siendo  que  todas  las  noches 
se  confesaba  para  acostarse,  y  todos  los  días  de  madrugada  celebraba 
misa  (15). 

Viéndose  solos,  acordaron  solicitar  del  Consejo  se  les  nombrase 
compañero,  recomendando  para  el  caso  a  Juan  Huerta  Gutiérrez,  oidor 
de  la  Audiencia  de  Santiago,  que,  además  de  merecer  el  puesto,  había 
indicado  a  ¡barra  cuando  estuvo  en  Chile,  su  deseo  de  obtenerlo. 

Era  el  recomendado  de  ambos  jueces  natural  de  Trujillo  en  el 
Perú,  y  después  de  haber  estudiado  en  el  colegio  de  San  Felipe  de 
Lima,  había  pasado  a  servir  la  cátedra  de  Decreto  y  Prima  de  Leyes 
en  la  Universidad  de  San  Marcos,  desempeñando  además  las  funciones 
de  asesor  del  Virrey  Marqués  de  Mancera,  abogado  de  la  Inquisición, 
y  que  había  invertido  quince  de  los  cincuenta  años  que  contaba,  en 
la  Audiencia  en  que  por  entonces  se  hallaba  ocupado  (16);  insinuación 
que  aceptó  el  Consejo  nombrando  a  Huerta,  quien  en  el  acto  se  ordenó 
y  se  fué  a  Lima  a  servir  su  nuevo  destino,  tomando  posesión  de  él  en 
septiembre  de  1664  (17). 

No  pasó  mucho  tiempo,  sin  embargo,  sin  que  el  nuevo  inquisidor 
se  viese  solo  en  el  Tribunal,  habiendo  partido  Ibarra  para  Quito,  con 


(15)  Carla  tic   H  tic  novicnibrr  de  166-1. 

(16)  Id.  de  27  de  mayo  de  1659. 

(17)  Id.  de  Huerta  Gutiérrez  de  26  de  noviembre  de  1664.  Kl  nuevo  inquisidor,  lialLin- 
doso  en  Chile  de  oidor,  rehusó  ir  a  fundar  la  Audiencia  de  Buenos  Aires,  y  más  tarde  la 
presidencia  del  Nuevo  Reino,  a  causa  de  una  enfermedad  a  la  vejiga  de  que  sufría.  Con  mo- 
tivo del  susto  ijue  le  ocasionó  el  temblor  ocurritlo  en  Lima  el  17  di  junio  do  1678,  obligándole 
.1  levantarse  de  la  cama  en  ijue  se  hallaba  (Jostrado  a  causa  de  "un  fluj(]  de  sangre  de  espaldas", 
falleció  de  las  resultas  nueve  días  tlespués.  Carla  de  Hruna  Rico  de  23  de  agosto  del  mismo 
yño, 


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J.  T.  MEDINA 


cargo  de  presidente  de  la  Audiencia,  por  abril  de  1667,  y  dos  años  más 
tarde,  Castilla  para  Huamanga,  a  cuyo  obispado  había  sido  promovi- 
do (18). 

Estaba  reservado  a  Castilla  ordenar  un  auto  de  fe,  que  no  fué  de 
los  menos  celebrados  que  hubo  en  la  ciudad  de  Los  Reyes.  El  23  de 
enero  de  1664,  en  efecto,  se  armaron  los  tablados  en  la  plaza  mayor, 
"y  con  grande  lucimiento,  decoro  y  devoción  de  los  fieles,  hubo  tres 
quemados,  uno  en  persona  y  dos  en  estatua,  tres  reconciliados,  cuatro 
religiosos,  que,  siéndolo,  se  casaron,  dos  celebrantes  sin  ser  sacerdotes, 
y  nueve  mugeres  hechiceras,  que  por  totlos  fueron  veinte  y  tres"  (19). 

"El  Virey  y  Real  Audiencia,  continúan  los  Inquisidores,  movieron 
tantas  dificultades  y  competencias  al  Tribunal  en  el  acompañamiento 
y  modo  de  concurrir  en  el  tablado,  que  casi  nos  impidieron  la  ejecución, 
porque  siendo  tan  pocos  los  ministros,  no  dieron  lugar  a  las  disposicio- 
nes de  que  se  compone  una  materia  tan  ardua  como  la  celebración  de 
un  auto  público,  y  lo  mas  sensible  y  que  ha  causado  gravísimo  escándalo 
fué,  que  enviando  el  Tribunal  a  la  Condesa  de  Santisteban  veinte  y 
cuatro  fuentes  de  comida  y  un  palillero  muy  curioso,  estando  presente 
mucha  gente,  especialmente  las  mugeres  y  familias  de  los  oidores,  con 
los  mismos  criados  los  hizo  llevar  a  las  cárceles  de  corte  y  de  la  ciudad, 
diciendo  que  nunca  llegaba  tarde  el  pan  para  los  pobres,  sentida  de 
que  el  Tribunal  se  escusase  de  comer  con  su  marido,  porque  quiso 
ponerse  debajo  de  dosel  en  la  testera  de  la  mesa  y  poner  por  las  bandas 
los  Inquisidores:  lo  que  mas  puede  haber  lastimado  en  acción  tan  es- 
candalosa, es  que  la  ejecutó  a  las  doce  del  dia,  al  mismo  tiempo  que 
el  Santo  Oficio  estaba  haciendo  castigo  de  los  enemigos  de  la  fe"  (20). 

En  16  de  febrero  de  1666,  volvía  a  celebrarse  nuevo  auto  en  la 
iglesia  del  hospital  de  la  Caridad,  a  que  asistió  el  Virrey  detrás  de  una 
celosía,  y  en  que  salieron:  Juan  de  León  Cisneros,  acusado  de  comprar 


(18)  Ibarra  fue  nombrado  después  (24  de  septiembre  de  1668)  visitador  de  la  Audiencia 
de  Lima,  con  título  honorario  del  Consejo  de  Indias.  En  1675  el  Rey  le  presentó  para  el 
obispado  de  Trujillo,  de  que  no  llegó  a  tomar  posesión  a  causa  de  su  muerte,  ocurrida  rn 
1677.  Había  venido  Ibarra  a  Cliile  a  pesquisar  algunos  hechos  ocurridos  durante  el  gobierno 
de  don  Antonio  de  Acuña. 

(19)  Carta  de  los  Inquisidores  de  30  de  enero  de  1664.  No  nos  tuc  posible  encontrar 
en  los  archivos,  la  relación  de  las  causas  de  estos  reos,  y  es  probable  que  no  se  enviaran, 
pues  en  nota  puesta  en  el  Consejo  al  margen  de  la  carta  de  Castill.i  c  Ibarra  se  «lice  que, 
para  proceder,  se  espere  "hasta  que  vengan  los  papeles". 

(20)  Id.,  id. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


169 


los  viernes  pescado  sin  escama,  y  de  que  sus  hijos  no  iban  el  sábado 
a  la  escuela:  por  lo  cual  y  otras  cosas,  salió  como  judaizante  y  abjuró 
públicamente  en  hábito  penitencial, 

Juan  Antonio  de  la  Fuente,  francés,  hereje  calvinista,  que  había 
venido  de  La  Habana  con  un  padre  Valverde,  quien  afirmó  que  aun- 
que el  reo  era  hereje,  en  lo  moral  era  hombre  de  buenas  costumbres. 
Abjuró  sus  errores,  fué  absuelto  y  se  le  quitó  el  sambenito. 

Doña  Josefa  Tineo,  comedianta,  acusada  de  hechicerías  para  atraer 
a  los  hombres  a  su  mala  amistad,  de  veinticinco  años,  aunque  ya  viuda, 
natural  de  Huaraz,  que  confesó  que  por  amor  y  celos,  dijo  una  vez  a 
las  doce  de  la  noche  esperando  a  su  amante  en  un  bancón:  "Demonio, 
no  vinieras  a  remediarme?"  y  luego  oyó  en  las  calles  unos  grandes 
pasos  de  que  cayó  desmayada,  "sobreviniéndole  una  enfermedad  de  que 
estuvo  muy  apretada".  Salió  por  las  calles  a  la  vergüenza,  después  de 
abjurar  de  levi. 

Fr.  Nicolás  Mejía,  lego  agustino,  que  se  metió  a  confesor,  por  lo 
cual  apareció  en  hábito  de  penitente,  descalzo,  sin  cinto  ni  capulla,  con 
vela  en  la  mano,  a  abjurar  de  levi. 

Don  Pedro  de  Valdés  Sorribas,  que  se  había  casado  dos  veces. 

Ana  María  de  Ulloa,  cuarterona  de  mulata,  y  su  compañera  doña 
Juana  de  Vega,  casada,  testificadas  de  hechiceras. 

En  28  de  junio  del  año  siguiente  se  verificaba  otro  auto  con  los 
tres  reos  que  siguen: 

Antonio  de  Avendaño,  clérigo,  natural  de  Lima,  de  cincuenta  y 
tres  años,  acusado  de  decir  dos  misas,  y  preso  en  19  de  septiembre  de 
1666. 

José  de  las  Cuentas,  natural  de  Lima,  de  cuarenta  y  cuatro,  se  de- 
nunció de  lo  mismo  y  fué  desterrado  perpetuamente  del  arzobispado. 

Fr.  Cristóbal  Fernández  de  Aguilar,  mercedario,  fué  testificado 
con  cuatro  testigos  de  haber  almorzado  un  pastel  y  bebido  vino  en  una 
pastelería  del  Callao  y  en  el  mismo  día  haber  dicho  misa. 

Después  fué  denunciado  por  su  confesor,  a  instancias  suyas,  que 
desde  que  tuvo  once  años  había  comenzado  a  dudar  de  los  misterios, 
resolviéndose  siempre  en  que  eran  mentira,  y  otras  cosas,  como  ser  que 
cómo  pudo  padecer  Jesucristo  tanto  como  dicen  los  evangelistas,  y  que 
cómo  podía  estar  en  la  hostia;  de  si  la  institución  del  Santísimo  Sa- 
cramento fué  en  la  noche  de  la  cena;  de  si  hubo  tal  cena;  que  cómo 


170 


J.  T.  MEDINA 


puede  ser  en  el  valle  de  Josafat  el  juicio  universal,  etc.  En  atención  a 
estar  achacoso  y  enfermo  de  la  cabeza,  fué  sólo  reprendido. 

No  contentos  con  estas  demostraciones,  los  Inquisidores  prepara- 
ron un  nuevo  auto  para  el  8  de  octubre  de  1667,  muy  interesante  por 
las  personas  que  en  él  figuraron,  a  saber: 

Fr.  César  Pasani  Bentiboli,  natural  de  Módena,  sacerdote  carme- 
lita, que  afirmaba,  siendo  como  era  médico,  que  la  Virgen  María  des- 
pués del  parto  padeció  el  achaque  de  las  demás  mujeres.  Se  preciaba 
de  fornicario  y  diciéndole  un  testigo  que  mirase  que  no  le  castigase 
Dios  quitándole  sus  órganos  genitales,  respondió  que  primero  le  quitase 
la  vida  o  ambos  brazos,  Y  diciéndole  que  por  qué  no  pedía  a  Dios 
misericordia,  respondió  en  términos  desvergonzados,  que  primero  que- 
ría hartarse  de  la  mujer  y  después  lo  pediría;  que  se  jactaba  de  haber 
conocido  carnalmente  en  La  Paz  más  de  trescientas  sesenta  mujeres, 
y  que  muchas  veces  revestido  para  decir  misa,  alzaba  los  ojos  a  un 
Santo  Cristo  y  decía:  "Dios  mió,  enviadme  tal,  que  es  el  vaso  púdico 
de  la  mujer;  que  estando  en  Turquía  se  habia  casado  por  fuerza,  etc.". 
Su  madre  había  sido  prima  de  Maquiavelo,  y  éste  le  había  ordenado. 

Había  viajado  por  Italia,  Francia,  España,  y  después  de  haber  sido 
preso  de  los  ingleses  en  Santa  Marta,  pasó  a  Nueva  Granada,  Quito, 
La  Paz.  Cuando  le  prendieron  por  el  Santo  Oficio  se  encontraba  en 
las  minas  de  Puno. 

Salió  sin  cinto  ni  capuUa,  descalzo,  en  forma  de  penitente,  con 
una  vela  de  cera  en  las  manos,  con  sambenito  de  paño  amarillo  de 
media  aspa  colorada,  abjuró  de  sus  errores  y  salió  desterrado  para  ir  a 
presentarse  a  Sevilla. 

Francisca  de  Bustos,  natural  de  Cuenca  del  Perú,  de  cuarenta  y 
ocho  años,  española,  soltera,  aunque  madre  de  un  hijo,  fué  testificada 
de  decir  que  tenía  gracia  de  Dios  para  curar;  de  que  descubría  algunas 
cosas  secretas,  diciendo  se  las  revelaban  ángeles;  de  que  sacaba  ánimas 
del  purgatorio,  como  San  Francisco,  y  de  pecado  mortal  a  los  que  esta- 
ban en  él,  por  gracia  de  Dios,  etc.  Salió  con  coroza,  hábito,  insignias 
de  penitente,  abjuró  de  lei'i  y  fué  destinada  a  servir  cuatro  años  en  un 
hospital. 

Era  el  tercer  reo  el  preceptor  del  hijo  del  Virrey,  el  doctor  don 
César  de  Bandier,  alias  Nicolás  Legras,  de  edad  de  sesenta  y  siete  años, 
"francés  de  nación,  natural  de  Chancuela,  pueblo  del  arzobispado  de 
Sans,  en  Borgoña  la  Baja,  en  el  reyno  de  Francia,  sacerdote  y  médico; 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


171 


pasó  a  las  Indias  y  vino  a  esta  ciudad  de  Los  Reyes  el  año  de  sesenta 
y  uno,  por  médico  del  virey  Conde  de  Santisteban.  Ocultando  era  sa- 
cerdote, incorporóse  de  doctor  en  esta  real  universidad,  y  se  ha  ocupado 
en  la  curación  de  los  enfermos,  y  apostatando  de  nuestra  santa  fe  ca- 
thólica,  ha  professado  la  ley  natural,  teniendo  por  Dios  a  la  misma 
naturaleza  de  las  cosas  criadas. 

"Han  declarado  contra  este  reo  cinco  testigos,  el  primero  es  un 
herege  calvinista  que  está  reconciliado,  ingles  de  nación,  de  mas  de 
veinte  y  cinco  años;  el  segundo,  un  francés,  de  veinte  y  tres  años,  que 
asímesmo  está  reconciliado;  éste  vino  voluntariamente  y  confesó  sus 
delitos  y  los  ágenos,  en  distintas  audiencias,  muy  por  estenso.  El  tercero 
es  otro  francés,  de  mas  de  veinte  y  cinco  años,  que  actualmente  está 
en  cárceles  secretas;  el  cuarto,  francés,  de  oidas,  de  mas  de  veinte  y 
cinco  años;  el  quinto,  de  edad  de  diez  y  ocho  años,  persona  de  suposi- 
ción y  crédito,  a  quien  el  reo  enseñó  gramática. 

"Los  tres  primeros  declaran  latísimamente,  y  se  reducen  en  sus- 
tancia sus  dichos  a  los  casos  y  proposiciones  siguientes,  y  en  muchas 
dellas  contestes  de  un  mismo  acto. 

"La  primera  que  ocultó  mucho  tiempo  en  su  servicio,  al  ingles 
calvinista,  y  le  decia  que  guardase  su  ley,  pero  que  confessase  y  comul- 
gase por  disimularse  a  sí  y  porque  a  este  reo  no  le  viniese  daño  de 
tenerle  en  su  compañía. 

"Que  Calvino  habia  sido  gran  hombre,  pero  que  habia  errado  en 
no  haber  hecho  república  aparte,  como  Olanda  y  Xinebra.  Que  los 
cathólicos  romanos  y  los  que  no  lo  eran,  estaban  errados,  porque  no 
habia  cielo  ni  infierno,  ni  mas  Dios  que  la  misma  naturaleza  de  las 
cosas,  que  en  ella  se  encerraba  todo,  y  que  muriendo  los  hombres, 
morían  sus  almas  o  paraban  en  la  misma  naturaleza  y  su  eternidad. 

"Que  si  hubiera  de  haber  infierno,  habia  de  ser  para  los  reyes  y 
poderosos,  para  clérigos  y  frailes,  que  sustentan  del  trabajo  ageno;  que 
no  se  debía  comer  carne  ni  sangre,  sino  yerbas,  como  comen  los  demás 
anímales,  miéntras  no  ínstase  la  necesidad  y  los  achaques  y  enferme- 
dades. 

"Decia  de  ordinario  que  para  qué  se  ha  de  prohibir  a  hombre 
juntarse  con  la  mujer  que  Dios,  la  naturaleza,  la  crió  para  eso,  y  a 
cada  uno  dió  su  miembro  para  aquel  efecto,  esplicando  ésto  con  pala- 
bras deshonestas. 

"Que  era  invención  digna  de  reprobarse  la  sugecion  al  rey  y  al 


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J.  T.  MEDINA 


papa,  y  el  confesar  a  otro  sus  flaquezas,  y  que  nuestra  ley  evangélica 
al  principio  era  suave,  pero  San  Pablo,  con  un  espíritu  de  contradicion, 
la  echó  a  perder,  prohibiendo  la  pluralidad  de  mugeres,  y  dando  lugar 
a  que  hubiese  monjas  y  frailes,  con  que  se  impide  la  procreación. 

"Háse  declarado  con  estas  tres  personas  en  distintos  tiempos  y 
ocasiones,  que  no  guarda  la  ley  de  Christo  nuestro  Señor,  ni  la  de 
Mahoma,  ni  la  de  Moyses,  refiriendo  al  intento  estos  versos:  quos  vos 
est  clamet  porctis  et  Chistus  asellus,  his  sat  a  principis,  est  tibi  mundi 
salas  (sic);  que  solo  guarda  la  ley  natural,  persuadiendo  la  guardasen, 
porque  no  hay  mas  Dios  que  la  misma  naturaleza,  y  que  muere  la  alma 
con  el  cuerpo,  y  así  dijo:  Aristóteles,  posí  mortem  est  quod  futí  antea. 

"Que  no  hubo  Adán  ni  diluvio,  ni  ha  de  haber  resurrección  de 
la  carne,  ni  hay  diablos,  ni  brujas,  ni  Christo  fué  Dios,  ni  está  en  la 
hostia,  ni  su  santísima  Madre  fué  virgen,  que  Lázaro  no  resucitó,  sino 
que  fué  un  embuste  que  se  hizo  para  engañar,  y  que  la  que  llaman 
estrella  de  los  magos  fué  un  cometa  de  los  ordinarios,  y  los  christianos 
han  levantado  el  embuste  de  que  era  estrella,  y  por  Christo. 

"Que  entre  las  leyes  la  ménos  mala  era  la  de  Mahoma,  porque 
se  llegaba  mas  a  la  natural,  permitiendo  seis  mugeres,  y  así  se  habia 
de  señorear  de  todo  el  mundo,  que  la  fornicación  era  cosa  natural, 
como  el  escupir,  orinar  y  excrementar. 

"Decia  de  ordinario  quando  se  enojaba  o  quería  asegurar  algo, 
que  renegaba  de  Dios  Padre,  de  Dios  Hijo  y  de  Dios  Espíritu  Santo; 
y  diciéndole  uno  destos  testigos  en  una  ocasión,  que  temia  a  Dios,  le 
respondió  qué  Dios,  qué  te  ha  de  hacer  Dios.^  perro  tonto,  métete 
fraile. 

"Jactábase  de  que  habia  sido  amigo  de  Lucilo,  un  herege  que 
quemaron  en  Tolosa,  de  Francia,  y  que  habia  leido  sus  escritos,  que 
fué  gran  hombre,  y  que  éste  decia  que  la  amistad  que  tuvo  Christo 
nuestro  Señor  con  la  Magdalena  fué  mala. 

"Decia  que  la  mayor  parte  de  este  reyno,  y  personas  graves  y  reli- 
giosas creian  lo  que  él  creia,  y  que  si  lo  prendiesen  en  la  Inquisición, 
solo  sentiría  la  prisión  y  molestia  della,  no  la  muerte,  porque  con  ella 
cuerpo  y  alma  acababan,  y  que  tenia  prevenida  una  salida,  y  era  que 
lo  que  decia  era  como  historia,  refiriendo  lo  que  Aristóteles  decia  y 
otros,  pero  que  él  no  lo  creia. 

"Trató  de  fundar  nueva  secta  con  título  de  religión  christiana,  que 
así  se  habia  de  llamar,  y  en  ella  todos  serian  médicos,  para  que  curasen 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


173 


por  todo  el  mundo  y  en  todas  las  naciones,  y  reducirlos  por  este  medio 
a  la  ley  natural;  y  de  algunas  de  sus  constituciones  que  se  hallaron 
entre  sus  papeles,  se  infiere  haber  sido  éste  su  intento,  porque  corres- 
ponden en  sustancia  a  muchas  destas  proposiciones  y  casos  referidos. 

"De  ordinario  procuraba  apoyar  lo  que  decia  en  detestación  de 
nuestra  santa  fe  cathólica,  con  algunos  casos  que  fingia  y  se  han  espre- 
sado en  la  acusación,  y  con  estas  diligencias  persuadió  a  los  dos  fran- 
ceses a  que  se  apartasen  della,  y  se  redugesen  a  la  creencia  de  la  ley 
de  naturaleza,  en  que  estuvieron  mucho  tiempo,  como  han  confesado, 
hasta  que  uno  de  ellos  vino  voluntariamente  a  denunciar  de  sí  mismo 
y  de  este  reo,  y  el  otro  que  actualmente  está  en  cárceles  secretas,  en 
discurso  de  sus  declaraciones  lo  tiene  confesado. 

"Determinóse  su  prisión  a  diez  y  nueve  de-  mayo  deste  año  de 
sesenta  y  seis  por  dos  Inquisidores,  el  Ordinario  y  dos  consultores, 
todos  conformes";  fué  preso  en  veinte  de  dicho  mes  y  año,  con  se- 
cuestro de  sus  bienes,  que  alcanzaron  a  cerca  de  veinte  mil  pesos. 

"Primera  audiencia  se  dió  a  este  reo  en  20  de  marzo  de  1666,  juró 
en  forma  de  decir  verdad  en  estas  y  en  todas  las  demás  que  se  tuvieren 
con  él  hasta  la  declaración  de  su  causa,  y  declaró  llamarse  Nicolás  Le- 
gras, habiéndose  puesto  en  la  pila  juntamente  el  nombre  de  César,  y 
demás  del  apellido  de  Legras,  el  de  Baudier,  por  su  agüela  materna, 
y  en  diferentes  provincias  ha  usado  con  diferencias  de  nombre  y  apelli- 
dos, que  es  natural  de  Chanquela,  pueblo  del  arzobispado  de  Saur  en 
Borgoña  la  Baxa,  del  rey  de  Francia,  de  edad  de  sesenta  y  siete  años, 
sacerdote,  profesor  de  medicina,  doctor  incorporado  en  esta  Universi- 
dad de  Lima;  dió  genealogía  de  padres  y  agüelos  christianos  viejos, 
naturales  de  Chanquela,  y  que  no  es  cierta  una  información  que  se 
hallará  en  sus  papeles  de  ser  natural  de  Rad,  del  condado  de  Borgoña 
del  Rey  de  España,  hecha  con  falsedad  en  Cádiz,  con  testigos  ante  un 
escribano,  por  librarse  de  pagar  la  farda  y  otras  vexaciones,  y  que  él 
y  sus  ascendientes  trasversales  no  han  sido  castigados  ni  presos  por  el 
Santo  Oficio;  que  es  baptizado  en  la  parrochia  de  Chanquela,  y  con- 
firmado por  el  obispo  de  Trageasis,  y  como  christiano  que  es,  confiesa 
y  comulga  cuando  lo  manda  la  Santa  Madre  Iglesia,  y  en  pasquas  y  en 
dias  de  su  devoción,  y  últimamente  por  la  pasqua  de  resurrección  pró- 
xima pasada,  confesando  en  la  Compañía  con  un  padre  que  refirió,  y 
comulgó  en  la  Iglesia  mayor;  santiguóse  y  no  supo  persignarse,  por 
decir  que  en  su  tierra  no  se  enseña  sino  solo  santiguarse;  dijo  las  cuatro 


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J.  T.  MEDINA 


oraciones  en  latin  bien,  pero  no  los  mandamientos,  ni  los  artículos,  y 
dió  noticia  de  la  doctrina  christiana,  y  que  sabe  leer  y  escribir,  en 
griego,  en  latin,  en  italiano,  en  francés  y  en  español ;  la  lengua  griega 
y  la  latina  aprendió  en  Provenza  de  Francia,  y  en  la  Universidad  de 
Paris,  artes  y  medicina,  y  en  horas  estraordinarias  cursó  dos  años  en 
theología  en  la  Sorbona,  colejio  aparte,  donde  leyó  Santo  Thomas; 
cursó  un  poco  de  jurisprudencia,  siendo  todos  sus  maestros  cathólicos 
romanos;  refirió  las  salidas  que  ha  hecho  de  Francia  juntas  con  el  dis- 
curso de  vida;  que  sus  padres  fueron  labradores,  con  muchas  hacien- 
das, le  alimentaron  hasta  los  ocho  años,  que  le  enviaron  a  estudiar  a 
Provenza,  la  lengua  griega  y  latina  y  humanidad;  pasó  a  Reims,  donde 
en  un  colejio  de  los  padres  de  la  Compañía  estudió  retórica  y  poesía; 
fué  a  Paris  y  estudió  dos  años  de  filosophía,  y  dos  años  de  medicina, 
y  se  graduó  en  ella;  fué  a  Roma,  llamado  de  Jacobo  Lambino,  francés, 
su  amigo,  para  escribir  en  la  dataría  del  Papa,  donde  se  ejercitó  dos 
años  escribiendo  bulas,  y  viendo  que  perdia  sus  estudios,  dejó  aquel 
exercicio,  y  siendo  de  veinte  años,  pasó  a  Alemania,  y  se  halló  en  exér- 
cito  del  Emperador  contra  el  Palatino,  donde  recibió  la  herida,  que 
tiene  en  la  frente  una  señal,  y  comenzó  a  curar  de  medicina;  vido  de 
paso  las  universidades  de  Praga,  Lipsio  de  Viena,  pasó  a  Polonia,  entró 
en  Moscovia  y  estuvo  en  la  corte  del  Gran  Duque,  donde  son  cismá- 
ticos todos  y  dicen  la  missa  y  horas  canónicas  en  griego,  tienen  monjes 
y  monjas  basilios;  la  corte  se  llama  Mosco  y  el  duque  emperador,  tiene 
ochenta  mil  casas,  y  arma  en  las  ocasiones  seiscientos  mil  infantes,  y 
doscientos  mil  caballos:  entró  éste  arrimado  al  embaxador  de  Polonia, 
por  que  de  otro  modo  no  le  hubiesen  dexado  salir  del  reyno;  de  allí 
a  un  año  pasó  a  Suecia,  y  estuvo  en  la  corte,  que  es  algo  mayor  que 
Sevilla,  llamada  Utocol,  puerto  de  mar,  casi  todos  son  herejes  luthera- 
nos;  a  los  cuatro  meses  entró  en  Dinamarca  y  estuvo  en  Copenhaden, 
la  corte  menor  que  Sevilla,  son  todos  herejes;  pasó  a  Olanda,  vido  las 
ciudades  principales,  la  Haya  y  Abustandan,  y  otras,  y  las  de  Flandes; 
entró  en  Francia  por  Amiens,  fué  a  su  pueblo  y  halló  difuntos  a  sus 
padres  en  su  ausencia  de  siete  años;  y  en  su  obispado  fué  ordenado  de 
todas  órdenes  hasta  el  sacerdocio,  a  título  de  patrimonio,  sin  haberse 
acordado  ni  haberle  parecido  necesaria  dispensación  por  haber  cu- 
rado como  médico,  hasta  que  pasaron  catorce  años,  que  sacó  buleto, 
siendo  capellán  del  duque  de  Orlienais;  pasó  a  Marsella,  donde  se  em- 
barcó con  dos  padres  mercenarios  que  iban  a  rredimir  captivos,  sabien- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


175 


do  que  éste  era  sacerdote,  y  ganó  mucha  plata  en  la  medicina;  desem- 
barcaron en  Ofir,  y  a  dos  jornadas  entraron  en  Marruecos,  corte  como 
Sevilla,  y  el  rey  intentó  que  se  quedase  éste  por  su  médico;  passaron 
por  mar  a  Salas,  y  a  seis  jornadas  por  tierra,  entraron  en  Fez,  maior  dos 
veces  que  Sevilla;  después  a  Argel,  como  Sevilla,  y  a  Túñez,  también 
como  Sevilla:  allí  se  arrimó  éste  a  unos  armenios,  y  juntas  trescientas 
personas  por  la  seguridad  de  los  caminos,  caminaron  a  Etiopía,  mas  de 
doscientas  leguas,  en  Dacan,  corte  del  Preste  Juan,  como  Madrid:  es 
cismástico,  y  tiene  mas  de  cinquenta  mugeres,  y  los  clérigos  y  frayles 
son  todos  casados,  dicen  missa  en  lengua  hebrea  y  caldaica,  reconocen 
al  patriarca  de  Alexandría,  señor  soberano,  con  más  de  cinquenta  rey- 
nos,  conocen  a  la  Santísima  Trinidad,  a  Cristo  Nuestro  Señor  y  a  su 
Madre,  tienen  el  evangelio  de  Santo  Tome;  pero  luego  confunden  la 
fé  con  decir  que  aunque  obren  mal  se  salvan  por  los  méritos  de  Christo, 
con  otras  hejias:  allí  curó  dos  años,  y  pasó  dos  jornadas  para  ver  la 
maior  maravilla  del  mundo,  que  es  el  monte  Amara,  que  es  de  peña 
cortada  en  redondo,  tersa  como  jaspe,  media  legua  de  alto,  y  de  cir- 
cunferencia como  de  treinta  a  cuarenta  leguas;  no  hay  mas  subida  que 
una  escalera  como  caracol  por  lo  interior  de  la  peña,  labrada  a  marti- 
llo, la  qual  puerta  guardan  cuatrocientos  hombres,  de  mas  de  otros 
quatro  mil  en  la  parte  alta;  tiene  los  mas  hermosos  árboles,  frutas  y 
jéneros,  y  pájaros  del  mundo:  caudalosos  riachuelos  que  se  despeñan 
desde  aquello  alto,  dexando  doscientos  pasos  de  hueco;  allí  está  el 
tesoro  del  Preste  Juan,  muchos  palacios,  y  su  entierro  en  un  convento 
de  dos  mil  monjas  basilios:  hecho  de  una  sola  piedra  en  todo  él  en 
contorno,  labrado  con  pico  y  escoplo,  y  diferentes  palacios  donde  están 
los  hijos  del  Rey,  detenidos  porque  no  se  levanten  con  el  reyno,  y  en 
muriendo  el  rey,  traen  el  mayor  a  reynar,  y  los  demás  viven  allí  con 
sus  familias  hasta  morir:  dicen  haber  sido  este  sitio  donde  Adán  fué 
criado.  Passado  un  año,  se  fué  a  la  isla  de  Gormas,  que  fué  de  España, 
y  ahora  del  persiano;  entró  en  Arabia,  tierra  del  turco,  siendo  en  todas 
partes  bien  recibido,  porque  no  tienen  médicos  y  él  los  curaba,  y  se 
apartó  del  dicho  monte  Amara,  que  está  debajo  de  la  línea  del  sol, 
a  la  salida  de  Etiopía,  tierra  de  Africa;  se  embarcó  en  el  mar  Bermejo, 
y  aunque  corrió  por  la  Arabia,  no  le  permitieron  llegar  treinta  leguas 
en  contorno  de  la  ciudad  de  Meca,  donde  está  el  entierro  de  Mahoma, 
como  ni  a  los  demás  christianos,  por  indignos  de  pisar  aquella  tierra, 
sino  es  que  renieguen;  y  caminando  como  doscientas  leguas,  entró  en 


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J.  T.  MEDINA 


Babilonia,  ciudad  como  Sevilla,  que  la  quitó  el  turco  al  persiano  habrá 
quarenta  años,  con  lo  que  pertenecia  a  Babilonia,  donde  están  los  rios 
Eufrátes  y  el  Tigris,  que  se  navegan  con  barcos  y  van  al  seno  pérsico, 
y  entró  en  Yspan,  corte  del  persiano,  dos  veces  maior  que  Madrid,  ma- 
hometano cismático;  después  pasó  al  mayor  ymperio,  tan  grande  como 
el  del  turco,  donde  cae  el  rio  Gangues,  es  poderoso,  que  arma  un  millón 
de  hombres,  era  gentil  y  ahora  la  mitad  del  reyno  se  ha  hecho  maho- 
metano, y  el  emperador  mayor  tiene  guerras  con  el  persiano  y  el  tártaro, 
y  con  otros  príncipes  que  le  confinan  por  el  mar  del  oriente,  que  habi- 
tan en  las  provincias  de  Cochinchina,  gentiles  que  adoran  al  sol;  y 
pasó  a  la  ysla  de  Goa,  ocupada  por  los  portugueses,  y  allí  dijo  missa,  y 
la  habia  dicho  en  Ispan  y  otras  provincias,  en  donde  habia  cónsules  de 
Francia:  allí  dijo  a  los  padres  el  secreto  del  vomitorio  y  se  embarcó 
para  las  Indias  Orientales,  y  entró  en  las  tierras  del  príncipe  de  Ceilan 
y  Proruco,  Sumatra  y  otras:  estas  islas,  que  son  mas  de  dos  mil,  con  su 
príncipe  y  su  gobierno,  cada  una,  y  juntas  son  maiores  que  la  Europa, 
y  algunas  están  ocupadas  de  ingleses,  olandeses  y  portugueses,  y  aque- 
llas naciones  son  de  color  loro,  ágiles  como  monos,  cobardes,  cercanos 
a  la  China  y  después  a  Filipinas,  y  entró  en  el  puerto  Cantón,  frontero 
de  la  China,  que  adoran  al  cielo,  sin  entrar  dentro,  porque  no  le 
dejaran  salir,  y  allí  conversó  con  muchos  portugueses  y  otras  naciones 
y  médicos  de  la  China,  de  donde  salen  muchos  estudiantes  médicos  a 
curar  a  las  dichas  islas  y  se  vuelven  quando  quieren,  y  allí  se  juntó 
con  dos  padres  carmelitas,  que  con  unos  mercaderes,  por  tierra,  iban 
a  Europa,  y  fueron  atravesando  toda  la  Cochinchina,  mas  de  mil  leguas, 
y  luego  la  Armenia  cirquesia,  de  diferentes  príncipes  christianos  cis- 
máticos, costeando  el  mar  Muerto,  muy  profundo,  sin  olas,  con  cien 
leguas  de  diámetro,  llegaron  a  Lepo,  ciudad  como  Sevilla,  reyno  de 
Turquía;  entró  en  el  puerto  de  Alexandría  y  se  embarcó  para  Marsella, 
de  Francia,  gastando  en  ver  las  dichas  tierras  cerca  de  diez  años;  llegó 
a  Paris  co^no  de  hedad  de  treinta  y  cinco  años,  y  traya  treinta  mil 
pesos  que  habia  ganado:  compró  el  oficio  de  capellán  mayor  del  duque 
de  Orliens,  en  diez  mil  pesos,  tenia  de  renta  ochocientos,  comida  y 
otros  provechos,  y  le  decia  missa  y  a  veces  le  confessaba  y  le  entretenia 
refiriéndole  de  las  dichas  tierras,  tratándole  de  las  plantas  que  tenia 
en  su  jardín,  de  las  mas  provincias  del  mundo:  es  Orliens  como  Madrid, 
treinta  leguas  de  Paris,  y  le  asistió  seis  años,  y  con  la  ayuda  del  Duque 
consiguió  buleto  para  curar,  y  le  significó  el  designio  que  tenia  de 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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fundar  una  Academia  francesa  para  enseñar  en  lengua  vulgar  de  Fran- 
cia la  philosofía,  matemática,  artes  liberales  y  los  exercicios  necessarios 
para  los  caballeros,  de  esgrimir,  subir  a  caballo,  jugar  las  armas  y  todo 
lo  militar,  para  bien  de  los  hidalgos  franceses  y  estrangeros  que  van  a 
aquel  reyno  de  el  de  Suecia,  Polonia,  Alemania,  Inglaterra,  Flandes  y 
otras  partes,  como  se  enseña  en  otros  reynos,  en  el  tiempo  antiguo  en 
Grecia,  en  los  árabes,  en  Roma,  en  sus  lenguas  vulgares,  con  que  Flo- 
rencia, mas  que  otros  el  reyno  de  Francia,  y  aunque  pareció  bien  al 
Duque  y  al  Consejo  de  Estado,  donde  lo  propuso,  no  hubo  efecto  para 
fundar  las  cátedras  y  escuelas.  En  este  tiempo  el  cardenal  Rocheleu 
alcanzó  del  rey  para  fundar  y  tener  una  ciudad  en  un  pueblo  y  castillo 
fuerte,  donde  nació,  de  su  patrimonio,  nombrado  Rochileu,  en  que 
conservaba  su  antigua  nobleza,  está  en  medio  de  Francia,  sesenta  le- 
guas de  Paris:  y  en  su  obsequio,  cien  grandes  y  príncipes  de  Francia 
fundaron  cien  palacios  en  la  nueva  ciudad,  que  hoy  poseen  los  duques 
de  Rochileu,  sus  herederos;  propuso  éste  su  Academia  al  dicho  Cardenal 
en  la  nueva  ciudad,  para  grandeza  de  ella,  y  el  cardenal  lloró  de  con- 
tento y  alcanzó  del  rey  que  una  abadía  de  treinta  mil  ducados  de  renta 
se  aplicase  para  los  gastos  de  la  Academia,  y  embió  a  Roma  por  la 
confirmación,  y  aunque  se  opusieron  a  ello  los  monjes  benitos,  vino 
un  consejero  de  Estado  y  puso  en  posesión  a  los  catedráticos,  y  a  éste 
por  director  y  intendente  de  la  Academia,  y  se  comenzó  a  enseñar  en 
la  lengua  vulgar;  pusiéronse  en  las  caballerizas  cinquenta  caballos  de 
la  Andalucía  y  Barbaría,  y  el  primer  año  hubo  doscientos  caballeros 
estudiantes  que  reconocieron  la  utilidad  y  el  tiempo  que  perdieron  en 
estudiar  la  lengua  latina;  el  segundo  año  hubo  cuatrocientos  estudian- 
tes, y  los  dias  de  fiesta  concurrieron  cien  estudiantes  a  caballo  en  la 
plaza,  en  que  había  quarenta  príncipes  estrangeros,  doscientos  piqueros 
y  doscientos  mosqueteros,  concurriendo  a  ver  la  escaramuza  de  diez  y 
doce  leguas  en  contorno,  y  aunque  el  cardenal  tenia  prevenido  renta 
de  imprentar,  molinos  de  papel,  con  el  privilegio  de  que  no  se  pudiese 
fabricar  en  otra  ciudad,  se  descompuso  todo,  y  la  abadía  con  la  muerte 
del  Cardenal,  y  éste  perdió  quarenta  mil  ducados  que  allí  habia  gas- 
tado su  patrimonio,  que  vendió,  y  lo  que  habia  ganado  en  sus  dichas 
peregrinaciones.  Pasó  a  Valencia,  ciudad  del  Delfinado,  y  allí  se  graduó 
de  doctor,  y  en  el  puerto  de  Marsella  se  embarcó  con  unos  mercaderes 
franceses  y  fueron  a  Alexandría  de  Egipto,  que  después  de  su  ruina 
tendrá  quatro  mil  vecinos  y  la  posee  el  turco;  a  dos  leguas  desemboca 

12 — La  Inquisición  de  Lima  Tomo  11 


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el  Nilo  en  el  mar,  con  doscientos  passos  de  ancho;  allí  se  embarcó  y 
subió  el  rio  cien  leguas  arriba  hasta  al  gran  Cairo,  que  tiene  quarenta 
mil  valles,  quarenta  mil  templos,  quatro  millones  de  almas,  hablan 
arábigo,  casi  todos  mahometanos,  armenios,  judíos  y  griegos,  y  otras 
naciones;  vivió  tres  años  en  casa  del  cónsul  de  Francia,  diciéndole 
missa;  bajó  a  Alejandría  con  unos  mercaderes  arménicos,  griegos  y 
franceses,  y  allí  por  el  Mar  mediterráneo,  por  el  puerto  de  Jope,  y  de 
allí  por  tierra  catorce  leguas  a  Jeruzalen,  lugar  como  Córdova  de  Es- 
paña, cabeza  de  reyno,  con  su  rey;  vivió  con  unos  mercaderes  franceses 
cristianos,  dijo  misa  en  el  sepulcro,  en  una  capilla  del  santo,  en  la  Iglesia 
de  la  Resurrección  que  es  mayor  que  la  de  San  Pedro  en  Roma,  allí 
estuvo  un  mes,  y  curó  al  baxa  Mehemet,  que  después  le  embió  a  curar 
a  un  hermano  suyo  baxá  de  Damasco,  distante  treinta  leguas;  en  medio 
está  el  Jordán,  tan  ancho  como  el  Guadalquivir  debajo  de  Córdova, 
y  se  bañó  en  él  seis  dias,  dos  veces  en  cada  uno,  y  el  agua  por  lo  suave 
y  delgada  obró  con  él  un  prodigio  de  enderezarle  un  dedo  manco,  y 
no  le  hubieran  permitido  bañarse  si  no  fuera  por  el  genícero  que  lleva- 
ba, porque  los  que  concurren  del  Mogor  Persia  y  otras  partes  se  bañan 
una  sola  vez  en  el  año,  pagando  un  grande  tributo  al  baxa;  y  estuvo 
quarenta  dias  en  Damasco,  ciudad  como  Madrid,  y  a  una  jornada,  baxó 
al  puerto  de  Cayde,  y  se  embarcó  para  Estimirna,  puerto  de  Efeso, 
donde  fué  obispo  San  Juan  Evangelista,  es  del  turco  y  tiene  padres  ca- 
puchinos y  jesuítas;  después  se  embarcó  con  unos  mercaderes  para  Cons- 
tantinopla,  ciudad  mayor  que  Madrid  seis  o  siete  veces,  corte  del  gran 
turco,  con  un  admirable  puerto;  allí  asistió  tres  años  curando  a  los 
religiosos  cristianos  y  a  las  soltans,  que  son  más  de  seis  mil,  que  hay 
en  su  palacio,  que  es  mayor  que  Lima,  con  mas  de  cincuenta  jardines, 
donde  no  entra  otro  hombre  mas  que  los  eunucos  que  son  negros  todos, 
y  aunque  les  cortan  todas  sus  partes  verendas  no  se  mueren,  mostrando 
la  experiencia  que  los  blancos  se  morían;  curó  al  gran  turco  de  la  ceáti- 
ca, con  purgas  y  una  ventosa  zagada;  el  cual  le  envió  a  curar  al  despote 
de  Bodayna,  reyno  de  Grecia,  su  tributario,  griego  cismático,  distante 
doscientas  leguas,  navegando  el  Danubio  desde  Constantinapla  una  jor- 
nada entra  en  el  Mar  Negro  con  quatro  bocas,  cada  una  de  ancho  de 
una  legua;  hizo  la  cura  y  volvió  a  Constantinopla,  donde  cansado  de 
curar  peste,  que  allí  casi  es  continua,  se  embarcó  de  secreto  en  un  navio 
ingles  para  Lisboa,  llevando  cincuenta  mil  pessos  en  diamantes,  perlas 
y  otras  cosas,  y  presentó  una  lámpara  a  Nuestra  Señora  de  la  Peña  de 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


179 


Francia,  que  está  quinientos  pasos  de  Lisboa;  curó  un  capitán  español 
de  Cádiz,  que  en  un  barco  suyo  trajo  a  Castilla  mas  de  doscientos  mil 
pesos  en  ámbar,  almizcle,  algalia,  canela,  clavos,  pimienta  y  otras  dro- 
gas, y  éste  se  embarcó  con  su  caudal,  oro  y  joyas;  vinieron  costeando, 
entrando  el  capitán  en  cada  puerto  que  queria;  llegaron  a  Arenas  Gor- 
das, donde  tenia  trato  el  capitán  para  entrar  los  dichos  géneros  en  dos 
galeones  olandeses,  para  que  de  noche  los  metedores  entrasen  los  dichos 
géneros  en  la  ciudad;  no  hallaron  los  navios,  por  que  hablan  ido  a 
hacer  aguada,  causa  de  su  ruyna,  por  que  el  viento  sur  echó  el  barco 
a  una  ensenada  a  vista  de  San  Lúcar,  donde  fueron  dos  barcos  luengos 
del  Consulado,  y  conociendo  que  eran  de  contrabando,  lo  rindieron, 
matando  quatro  de  doce  que  iban  en  él,  y  el  reo  quedó  desconcertado 
la  clavícula  del  hombro  derecho,  y  de  aquella  riqueza  levantaron  las 
dos  partes,  echando  a  el  mar  cuantos  papeles  hallaron,  por  que  no  se 
pudiera  probar  el  hurto,  en  que  perdió  el  reo  su  caudal  y  treinta  libros 
suyos  manuscritos  de  los  secreptos,  gobierno,  leyes,  costumbres  y  medi- 
camentos de  las  naciones  referidas,  que  habia  visto  sus  títulos  de  sacer- 
dote, y  el  dicho  buleto,  y  solo  pudo  reservar  algunos  pocos  libros,  y 
entre  ellos  el  de  los  rudimentos  de  la  lengua  francesa  y  la  academia 
ruchilania,  y  a  media  noche  les  echaron  a  tierra,  encargándoles  que 
negasen  que  hablen  estado  en  Lisboa,  porque  les  darian  tormento;  el 
reo  pasó  a  Cádiz,  donde  se  curó,  y  amparado  del  doctor  Valenciano, 
en  quatro  meses  ganó  quatrocientos  pesos,  y  hizo  una  fé  falsa  de  su 
baptismo  y  una  información  de  testigos  supuestos  de  que  era  borgoñon, 
por  librarse  de  pagar  la  farda  y  de  la  opresión  de  los  españoles;  pasó  a 
Madrid,  donde  se  revalidó  y  asistió  quatro  años  con  Pedro  Robledo, 
del  órden  del  oratorio  católico,  capellán  del  hospital  de  los  franceses, 
para  con  el  común,  de  que  el  reo  era  sacerdote,  y  el  capellán  escribió 
a  su  general  para  que  le  sacase  de  Francia  sus  títulos  de  sacerdote  y 
buleto  para  curar,  y  el  reo  se  acomodó  con  el  virey  Conde  Alba  para  ir 
a  México  por  su  médico  de  cámara,  y  en  el  camino  enfermó  el  reo  en 
Córdova;  pasó  a  Cádiz  y  a  Canarias,  donde  estuvo  dos  años  y  medio, 
y  se  embarcó  con  el  maestro  de  campo  Castrejon,  que  llebaba  ocho- 
cientos soldados  a  Flandes,  y  encontrando  los  ocho  navios  ingleses,  los 
llevaron  al  general,  que  estaba  en  Dunas,  el  qual  les  dexó  pasar  a 
Burquerque,  y  unos  pescadores  de  noche  pasaron  por  seis  pesos  a  este 
reo  a  Calez,  donde  fué  descubierto  y  le  quitaron  cien  doblones  que 
llevaba  en  el  cuerpo,  y  otros  escapó  que  llevaba  en  una  botixuela  con 


180 


J.  T.  MEDINA 


jarabe  de  retama;  fué  a  Miens,  donde  estuvo  enfermo  quatro  meses, 
después  a  Paris,  donde  de  quatro  meses  los  dos  estuvo  enfermo  de  ter- 
ciana; buscó  a  Simón  Pelope,  amigo  suyo,  banco  para  Roma,  y  le  halló, 
aunque  con  dificultad,  por  tener  Paris  tres  millones  de  almas;  le  comu- 
nicó sus  trabajos  y  cómo  iba  a  buscar  sus  títulos  de  sacerdote  y  buleto, 
el  qual  le  dixo,  que  les  procurarla  y  pues  que  se  volvia  a  Canarias  se 
los  remitirla,  porque  era  su  amigo  de  quarenta  años  y  también  lo  era 
del  padre  y  la  madre  de  Luis,  su  sobrino;  y  Pelope  le  dixo  que  se  truxie- 
se  consigo  a  Luis,  su  sobrino,  y  aunque  lo  repugnó  porque  no  descu- 
briese a  el  reo,  que  era  sacerdote,  hasta  a  tener  sus  títulos,  lo  venció 
Pelope  con  que  dirian  a  Luis  que  el  reo  era  un  pasajero  y  que  le  llevarla 
su  tio  al  Perú;  assí  se  executó;  pasaron  a  Rúan  y  se  embarcaron  en 
Absterdan  y  entraron  a  la  isla  de  Tenerife,  donde  entregó  las  llaves  de 
su  casa  a  Luis  y  recibió  carta  de  Pelope,  en  que  referia  haberle  embiado 
por  Amsterdan  y  Cádiz  los  títulos  de  órdenes  y  buletos,  y  que  por  pa- 
recerle  que  los  habla  recibido,  se  descubrió  con  su  madre  de  Luis,  de 
que  el  pasagero  que  le  habla  llevado  era  su  tio,  y  parecióle  a  el  reo  que 
se  lo  escribirla  el  mismo  Luis,  pero  el  reo  nunca  se  ha  declarado  con 
Luis:  y  ambos  vinieron,  como  .vino,  para  la  Habana,  Cartagena,  por 
haber  tenido  noticia  que  habla  mucha  falta,  y  con  ánimo  de  volver  a 
España;  allí  comunicó  al  padre  Herrada,  de  la  Compañía  de  Jesús 
(que  es  el  que  vino  por  visitador  de  las  provincias  del  Perú),  y  absolvió 
al  dicho  Juan  Antonio,  calvinista,  de  la  heregía,  en  confession  sacra- 
mental, sin  embargo  de  la  qual  fué  reconciliado,  y  el  reo  se  confessaba 
con  él,  ocultándole  ser  sacerdote  y  que  no  rezaba  oficio  divino,  pare- 
ciéndole  que  dexándole  de  rezar,  no  era  culpa  mortal,  porque  no  decía 
missa,  ni  tenia  beneficio  eclesiástico,  y  porque  María  criada  que  él 
habia  traydo  de  Canaria,  y  Luis,  confederados,  le  robaban,  acomodó  el 
padre  Valverde,  de  la  Compañía,  con  él  a  Juan  Antonio,  apressado  con 
otros  calvinistas,  a  quienes  predicaba  para  que  le  sirviesen,  y  el  reo 
embió  a  María  su  criada  a  Canaria,  pagándole  su  salario,  y  al  despedirse 
dijo  el  reo  que  se  guardase  de  Luis,  porque  algún  dia  le  picarla  la 
víbora  que  tenia  en  el  pecho,  y  queriendo  el  reo  pasar  al  Perú,  le  dixo 
el  padre  Alarcon  que  truxiese  en  su  servicio  a  Juan  Antonio,  aunque 
era  herege,  que  el  padre  Herrada  estaba  en  el  Perú,  y  le  reducirla  a 
católico,  y  para  este  fin  lo  truxo  y  aportó  a  Payta,  donde  llegó  el  señor 
virey  Conde  de  Santisteban,  y  le  curó  de  unas  tercianas,  y  la  niña  doña 
Teresa,  su  hija,  de  lombrices,  por  lo  qual  le  hizo  su  médico  de  cámara 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


181 


y  bibliotecario  y  maestro  de  gramática  de  don  Manuel,  su  hijo,  al  qual 
ha  enseñado  muy  bien  la  gramática,  lógica,  philosofía  moral  y  cosmo- 
grafía, y  comunicó  el  reo  con  el  dicho  padre  Herrada  cómo  era  sacer- 
dote, sin  títulos  ni  testigos,  el  qual  le  respondió  que  ya  habia  paces  entre 
Francia  y  España,  y  que  se  fuese  a  España  y  que  lo  conseguirla  fácil- 
mente; y  el  dicho  señor  Virey  no  le  concedió  licencia  para  ir  ni  salir 
de  su  casa,  antes  le  dio  el  salario  y  curación  del  hospital  de  mi  señora 
Santa  Ana,  y  le  ayudó  a  incorporarse  de  dotor  en  esta  Universidad,  y 
después  le  pidió  licencia  para  ir  a  los  piés  de  Su  Santidad  y  fundar  un 
borden,  que  habia  de  llamar  de  los  christianos,  y  le  mostró  las  consti- 
tuciones (de  que  se  puso  una  copia  en  la  causa),  cuyo  instituto  habia 
de  ser  curar  por  Dios  y  de  balde  a  todo  próximo,  gentiles,  judíos  y 
moros,  hereges,  católicos,  y  en  especial  a  los  pobres,  como  doctrina  de 
Christo  y  sus  apóstoles,  que  así  lo  hicieron,  combertiendo  por  este  me- 
dio mas  gentes  que  con  la  predicación,  y  martirium  et  virtus  ex  illo 
exibat  et  sanabat  omnes;  pareciéndole  que  todas  las  naciones  admitieran 
esta  religión,  por  llevarles  salud  y  en  todas  habria  noticia  de  la  ley  chris- 
tiana,  y  en  ellas  seria  alabado  Dios  nuestro  Señor,  y  podria  ser  medio 
para  que  fuese  unus  pastor  et  unus  obile,  y  éste  lo  ha  visto  en  la  espe- 
riencia,  en  diversidad  de  tantas  naciones,  que  estiman  mas  un  médico 
o  un  cirujano  que  a  los  religiosos  y  sacerdotes;  siendo  así  que  en  la 
yglesia  de  Dios,  falta  este  instituto  de  la  curación  de  balde,  estando  imi- 
tados los  demás  de  pobreza  y  predicación,  etc.,  y  se  hallará  en  sus 
papeles  escrito  este  instituto  y  las  rabones  de  precepto  de  Christo:  cúrate 
infirmas  gratis  acepistis  gratis  dater  super  egros  manus  imponens  et 
bene  habebunt  (sic) ;  y  San  Barttolomé  combirtió  a  un  rey  y  reyno, 
curando  al  hijo  del  rey,  sin  querer  recibir  la  paga;  y  habiéndolo  enten- 
dido el  Conde  de  Santisteban,  por  menor,  leyéndole  en  presencia  del 
padre  Bartolomé  Onesia  y  del  padre  Saavedra,  que  dieron  parecer  ser 
inspirado  del  Espíritu  Santo,  y  que  le  amparase  su  Excelencia,  porque 
no  le  pidiese  Dios  quenta  de  ello;  el  Conde  tomó  a  su  cuidado  favorecer 
este  negocio,  y  escribió  a  su  Santidad  y  a  algunos  señores  cardenales, 
y  al  embaxador  de  España,  de  que  se  guarda  respuesta,  y  le  dijo  que  no 
era  necessario  su  viage  a  Roma,  y  le  permitió  vestirse  de  hábito  clerical, 
por  la  mayor  decencia;  vino  cédula  del  Consejo  de  Indias,  negando  la 
fundación  y  resolución  de  ella,  de  haber  escrito  a  Roma  si  haber  pri- 
mero permiso  de  su  Magestad.  Refirió  este  reo  la  entrada  que  tuvo 
en  su  casa  el  dicho  Pedro,  segundo  testigo  de  su  causa,  con  ocasión  de 


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J.  T.  MEDINA 


abrirle  unas  láminas,  por  ra^on  de  las  dichas  constituciones,  comiendo 
y  cenando  con  el  reo,  por  ser  pobre,  y  por  el  agasajo  que  el  reo  le 
monstraba,  se  malquistó  con  él  Luis,  su  sobrino,  y  Pedro  le  reveló  cómo 
Luis  le  robaba,  y  el  reo  no  tenia  de  Pedro  otro  conocimiento  mas  de 
haberle  dicho  algunos  paisanos  que  era  un  mozo  fuerte  y  peleador,  y 
que  no  sabia  cual  era  la  causa  de  su  prission". 

Habiéndose  resuelto  se  le  diese  tormento,  se  le  llevó  a  la  cámara, 
y  puesto  el  reo  en  la  cincha,  pareció  tener  una  fuente  en  el  brazo  iz- 
quirdo,  y  comenzándole  a  dar  la  primera  vuelta,  respondió,  "quedán- 
dose el  reo  en  la  cincha  y  ligado  los  brazos",  por  espacio  de  tres  cuartos 
de  hora,  o  como  decían  los  jueces,  "durante  cuatro  credos",  que  le 
desatasen  y  que  iría  declarando,  en  lo  que  vinieron,  dejándole  sentado 
en  el  banquillo.  Después  de  sus  declaraciones,  en  otra  audiencia,  el  reo 
"con  humildad  y  de  rodillas  pidió  misericordia ', 

"Votóse  esta  causa  en  definitiva  por  dos  Inquisidores,  el  Ordinario 
y  dos  consultores,  en  cinco  de  setiembre  de  1667  años,  y  todos  fueron 
de  parecer  que  este  reo  era  apóstata,  herege  de  nuestra  santa  fee  católica, 
observante  de  la  ley  natural  de  Aristóteles  y  de  la  perversa  de  Epicuro, 
fautor  y  encubridor  de  hereges,  y  estar  incurso  en  su  sentencia  de  esco- 
munion  mayor,  y  que  sus  bienes  debían  ser  confiscados  y  aplicados 
desde  el  día  que  comenzó  a  hereticar,  a  quien  de  derecho  perteneciesen, 
reservando  su  declaración  a  este  Tribunal,  y  que  el  reo  sea  admitido 
a  reconciliación  y  salga  a  auto  público  de  fe,  en  cuerpo,  sin  cinto,  ni 
bonete,  descalzo,  con  sambenito  de  dos  aspas  coloradas  y  una  vela  de 
cera  verde  en  la  mano,  y  allí  le  sea  leyda  su  sentencia  con  méritos, 
abjure  formalmente  sus  errores  y  toda  especie  de  heregía,  y  hecha  la 
abjuración,  sea  absuelto  y  restituido  al  gremio  de  la  santa  fee  cathólica 
y  sacramentos  de  ella,  y  que  debe  ser  condenado  en  sambenito,  cárcel 
perpetua,  en  degradación  verbal,  destierro  perpetuo  de  estos  reynos  del 
Perú  y  villa  de  Madrid,  y  remitido  a  la  Inquisición  de  Sevilla,  y  entre 
tanto  que  haya  armada  viva  con  reclusión  en  la  cárcel  de  penitencia, 
oyga  los  dias  de  fiesta  missa  y  sermón,  quando  le  hubiere  en  la  iglesia 
catedral  de  esta  ciudad,  y  vaya  los  sábados  en  romería  a  la  iglesia  de 
San  Francisco  y  reze  cinco  veces  el  Pater  Noster  y  Ave  María,  credo  y 
Salve  Regina,  de  rodillas,  se  confiese  y  reciba  los  sacramentes  de  la 
Eucaristía  en  las  tres  pascuas  de  cada  año,  y  quede  inhábil  para  quales- 
quiera  dignidades  y  oficios,  y  no  trayga  oro,  seda,  paño  fino,  armas, 
ni  ande  a  caballo,  ni  cure  en  público  ni  en  secreto,  sin  imponerle  otras 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


183 


penas  de  galeras  y  azotes  por  su  edad  y  estado;  y  su  sambenito,  con  el 
nombre  y  patria,  sea  colocado  en  la  iglesia  catedral. 

"Sentencióse  esta  causa  en  conformidad  de  los  dichos  votos  en  auto 
público  particular  en  la  iglesia  de  esta  Inquisición,  sábado  por  la  ma- 
ñana, ocho  de  octubre  de  seiscientos  sesenta  y  siete  años;  hizo  el  reo 
la  abjuración  y  fué  absuelto  en  diez  del  mismo  octubre;  en  audiencia 
se  le  volvió  a  leer  la  dicha  abjuración,  y  fué  advertido  que  volviendo 
a  caer  en  algunas  heregías,  incurriría  en  las  penas  de  relapso;  hizo 
el  juramento  de  secreto  y  aviso  de  cárceles,  y  amonestado,  fué  entre- 
gado al  alcayde  de  las  cárceles  donde  se  hacia  la  penitencia. 

"La  república  y  pueblo  de  Lima  se  inquietaron  contra  este  reo, 
de  forma  que  aun  personas  de  virtud  y  capacidad  se  apercibían  para 
quitarle  la  vida  en  saliendo  a  la  calle,  por  lo  cual  parecía  conveniente 
que  él  ni  los  demás  de  sambenitos  saliesen  a  la  calle  en  mas  de  dos 
meses,  y  después  salieron  con  el  recato  y  resguardo  necesario.  El  Arzo- 
bispo de  Lima  pidió  las  dos  imágenes  offendidas  (21)  de  Christo  Nues- 
tro Señor  Crucificado  y  su  gloriosa  madre  la  Virgen  María  de  la  Sole- 
dad, de  pintura  y  cuerpo  entero,  para  colocarlas  en  el  monasterio  de 
Agustinos  descalzos,  donde  tiene  su  entierro,  y  habiendo  el  Tribunal 
venido  en  ello,  se  reconcilió  el  grande  aparato  que  prevenía  el  Prelado 
para  recibir  las  santas  imágenes,  y  pareció  conveniente  entregallas  con 
toda  veneración;  pusieron  el  Santo  Cristo  en  unas  ricas  andas  de  plata, 
y  Nuestra  Señora  en  otras  andas  de  flores  contrahechas,  de  grande 
estimación,  con  sus  arcos,  y  en  una  solemne  procesión  mui  devota  y 
tierna,  de  muchas  lágrimas,  en  que  llevé  el  Santísimo  Sacramento  en 
un  viril,  en  mis  manos  indignas  (dice  unos  de  los  ministros)  concu- 
rrieron todas  las  religiones,  nobleza  y  numerosa  plebe,  despoblándose 
para  venir  a  verla  los  lugares  circunvecinos,  se  llevaron  las  imágenes 
desde  la  iglesia  de  nuestra  capilla  a  la  de  Santo  Domingo,  en  una  tarde 
y  dia  glorioso  para  la  Inquisición,  en  que  salieron  los  ministros  con  sus 
insignias  y  luces  en  la  mano,  como  la  numerosa  multitud  que  llevaron 
las  varas  del  palio;  los  calificadores  cantando  el  Te  Deun  laudamus, 
himnos  y  psalmos,  las  calles  limpias,  colgadas  con  tantas  rosas,  claveles 
y  flores  que  arrojaban  de  las  ventanas  y  techos,  que  parecían  estar 
alfombradas;  a  tiempo  iba  cada  uno  de  los  Inquisidores  a  incensar  al 


(21)  Se  referían  con  esto  los  inquisidores  la  denuncia  que  se  hizo  tie  que  Bandicr  había 
insullado  y  amenazado  con  un  cuchillo  a  esas  imágenes. 


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J.  T.  MEDINA 


Señor  Sacramentado.  El  dia  siguiente  volvió  el  Tribunal  a  Santo  Do- 
mingo, cuya  yglesia  estaba  maravillosamente  aderezada  con  frontales, 
platas  de  martillo  en  los  altares,  con  muchas  colgaduras,  adornos  y 
muchas  luces,  donde  se  dijo  una  missa  cantada  y  predicó  el  prior  del 
colejio  de  Santo  Thomas;  a  la  tarde  del  mismo  dia  fué  el  dicho  Prelado, 
de  pontifical,  muy  devoto,  acompañado  de  los  cabildos,  y  eclesiásticos 
y  seculares,  y  en  una  solemne  procesión,  y  llevó  las  santas  imágenes 
desde  Santo  Domingo  a  la  Catedral,  donde  las  tuvo  con  muchas  luces 
y  les  hizo  tres  fiestas  con  muchas  misas  y  sermones,  y  después  de  una 
procession  mas  solemne  que  la  del  dia  del  Corpus  Christis,  en  que  llevó 
en  sus  manos  el  Santísimo  Sacramento,  concurriendo  a  ella  la  Real 
Audiencia,  que  gobernaba  por  muerte  del  Virey,  los  tribunales,  cabildo 
y  clerecía,  religiones,  cofradías  y  todo  el  pueblo,  adornadas  las  calles 
con  ricas  colgaduras,  muchas  dantas  y  lo  demás,  y  fuegos  dignos  de 
verse  por  sus  artificios;  y  ser  larga  la  distancia,  y  los  muchos  años  del 
arzobispo,  descansó  en  la  capilla  de  la  iglesia  de  la  Inquisición  quando 
pasó  por  ella:  puestas  las  santas  imágenes  en  el  monasterio,  les  cele- 
braron personas  devotas  a  porfía  un  octavario  con  sus  misas  y  sermones, 
y  las  que  no  tuvieron  lugar,  se  fueron  a  celebrar  a  otras  yglesias  donde 
habia  imágenes  de  Nuestra  Señora  de  la  Soledad.  Digno  es  de  referirse 
que  en  tanto  gasto  de  cera  y  adorno,  no  se  hizo  ninguno  en  la  Inqui- 
sición. Pareció  referir  este  suceso  por  el  placer  que  Nuestra  Alteza 
tendrá,  y  para  gloria  de  la  Divina  Majestad"  (22). 

El  cuarto  reo  era  Luis  Legras,  alias  Luis  Grandier,  sobrino  del 
doctor  y  preso  juntamente  con  él,  al  cual  se  declaró  hereje,  apóstata, 
observante  de  la  ley  natural,  ateísta,  fautor  y  encubridor  de  herejes,  se 
le  confiscaron  sus  bienes,  y  se  condenó  a  que  saliese  en  auto  público, 
en  cuerpo,  descalzo,  en  forma  de  penitente,  con  sambenito  de  dos  aspas 
coloradas,  vela  de  cera  verde,  abjurase  de  vehemenü  y  fuese  reconci- 
liado, desterrado  perpetuamente,  llevando  el  sambenito  dos  años,  sin 
poder  cargar  en  su  persona,  oro,  seda,  paño  fino,  ni  andar  a  caballo. 

Poco  después  resolvieron  también  los  inquisidores  las  causas  de 
Francisco  Ramírez  de  los  Olivos,  natural  de  Lima,  jesuíta,  de  setenta 
años,  testificado  de  solicitante  por  seis  de  sus  confesadas,  a  quienes 
pedía  que  le  tratasen  con  mucha  llaneza.  Declaró  que  nunca  había 


(22)  Cofia  de  la  causa  que  se  ha  celebrado  contra  Nicolás  Legras,  etc.,  libro  760, 
folio  79. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


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conocido  mujer  y  que  si  alguna  vez  había  hecho  levantarse  los  vestidos 
a  algunas,  había  sido  "para  ver  la  naturaleza  por  donde  paren  los  hom- 
bres, pero  que  fué  por  curiosidad  y  ver  lo  que  no  habia  visto". 

Juan  Ruiz,  mulato,  por  casado  dos  veces,  y  Francisco  de  Valbuena, 
mestizo,  por  lo  mismo,  los  cuales  salieron  en  auto  público  particular 
en  la  capilla  de  la  Inquisición. 

Juan  Ignacio  de  Atienza,  de  Sevilla,  de  cincuenta  años,  soltero,  que 
andaba  en  hábito  clerical,  que  se  decía  hijo  de  Felipe  IV,  profeta  de 
Dios,  que  había  de  ser  pontífice,  y  que  había  engendrado  hijos  sin 
conocer  a  sus  madres  por  un  modo  que  llamaba  per  noctámbulos,  al 
fin  fué  dado  por  loco. 

Entendían  también  por  ese  entonces  en  el  proceso  de  fray  de  Juan 
de  Vargas  Machuca,  natural  de  Sevilla,  que  había  tomado  el  hábito 
de  religioso  franciscano  en  Panamá,  y  profesado  en  Lima,  maestro  por 
su  General,  de  edad  de  sesenta  años,  que  había  ido  tres  veces  a  España 
y  dos  a  Roma,  yendo  en  la  segunda  preso  por  orden  del  Rey,  quien, 
por  cédula  oficial  lo  había  recomendado  a  la  vigilancia  del  Conde  de 
Santisteban  como  sospechoso  de  inteligencias  con  los  enemigos  de  la 
real  corona.  Fué  acusado  por  diez  testigos,  que  depusieron  contra  él, 
entre  otras  cosas,  que  "decia  publicamente  que  las  reliquias  que  tienen 
los  padres  de  la  Compañía  de  Jesús  son  huesos  de  gallinas  y  de  osarios 
y  sepulturas,  y  que  destos  se  venden  muchos  en  Roma,  y  que  el  sancto 
lignutn  crucis  que  tenían  dichos  padres  no  era  sino  un  pedazo  de  aza- 
bache, y  las  demás  reliquias  eran  falsas.  Que  su  vivir  ha  sido  y  es 
escándaloso,  que  no  dice  misa,  ni  la  oye  entre  año,  ni  acude  al  coro, 
ni  reza  las  horas  canónicas,  come  carne  los  dias  prohibidos,  está  conti- 
nuamente amancebado,  con  nota  y  escándalo  de  su  religión,  y  a  una 
amiga  suya,  en  juéves  santo,  la  prohibió  no  se  confesase,  diciéndola 
que  quien  lo  quería  a  él,  no  se  habia  de  arrepentir". 

Mandado  meter  en  cárceles  secretas,  con  secuestro  de  bienes  y  pa- 
peles, fué  después  trasladado  a  la  Recolección  de  su  Orden  en  Lima. 

Pertenece  también  a  esta  época  un  ruidoso  suceso  ocurrido  en  Tru- 
jillo  por  los  años  de  1681.  Había  en  aquella  ciudad  un  convento  de 
monjas,  cuyos  confesores  eran  los  franciscanos,  y  como  se  dijese  un  día 
que  algunas  de  aquellas  estaban  endemoniadas,  ocurría  el  pueblo  a 
verlas  y  sacerdotes  a  examinarlas.  Allí  era  de  ver  las  contorsiones,  ges- 
tos y  saltos  que  hacían  las  poseídas,  y  de  cómo  hablaban  en  latín  y 
respondían  por  su  boca  los  demonios  tales  y  cuales.  Pero  no  faltó  un 


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jesuíta  travieso  que  persuadido  de  que  todo  aquello  era  una  bonita 
farsa  para  encubrir  hechos  escandalosos,  que  bien  pronto  habían  de  tra- 
ducirse en  resultados  se  presentase  también  a  exorcizar  a  alguna  de 
las  endemoniadas.  De  paso  para  el  convento,  metió  en  una  bolsita  que 
llevaba  de  antemano  preparada,  un  estiércol  de  caballo  que  encontró 
en  el  camino;  hizo  llamar  a  una  de  las  monjas  que  parecía  más  ator- 
mentada, y  colgándole  al  cuello  la  bolsita  le  dijo  que  bien  pronto  había 
de  sentirse  aliviada,  pues  allí  se  contenía  una  reliquia  muy  milagrosa 
que  estaba  destinada  a  obrar  maravillosos  efectos  en  casos  semejantes; 
y  así  fué,  en  efecto,  porque  bien  pronto  la  dama  dijo  sentirse  muy 
mejorada. 

Con  el  informe  que  el  jesuíta  hizo  al  Santo  Oficio,  se  mandó 
prender  a  dos  de  las  madres  y  se  cambiaron  los  confesonarios  (23). 


(23)  Las  monjas  fueron  presas  en  5  de  septiembre  de  1681  y  el  16  del  mismo  mes  el 
Tribunal  remitió  a  España  el  proceso  y  todos  sus  antecedentes;  pero  no  consta  cuál  fuese  el 
resultado. 


CAPITULO  XXI 


Relaciones  de  los  Virreyes  con  los  Inquisidores. — Miembros  de!  Tribunal. — Re- 
tardos que  sufren  las  causas. — Diferencias  entre  los  Inquisidores. — Causas  de 
poligamia. — Otros  procesos. — Reos  despachados  en  la  Sala  del  Tribunal. — 
Causas  de  hechiceras. — Pedro  Gutiérrez  encausado  por  judaizante. — José  de 
la  Cruz  intenta  fundar  nueva  secta.— Otros  procesos. — Reos  penitenciados  des- 
de 1707  hasta  1713. — Causa  del  jesuíta  Martín  Morante. — Id.  de  José  de 
Buendía. — Procesos  seguidos  a  otros  religiosos. — Id.  contra  brujos  o  hechice- 
ras.— Reos  despachados  desde  1713  hasta  1721. 

El  virrey,  Duque  de  la  Palata,  que  llevara  su  desdén  por  el  Santo 
Oficio  hasta  negar  a  sus  ministros  la  visita  que  era  de  estilo,  tuvo  por 
sucesor  al  Conde  de  la  Monclova,  tan  afecto,  por  el  contrario,  a  las 
cosas  de  la  Inquisición,  que  no  contento  con  ir  en  persona  a  cumplir 
con  aquella  ceremonia,  se  hizo  acompañar  para  ella  de  toda  su  familia, 
gastando  largo  tiempo  en  examinar  las  oficinas  y  salas  que  podían 
verse;  deprimió  en  algunas  ocasiones  la  autoridad  de  la  Audiencia  en 
obsequio  del  Tribunal  y  aún  logró  que  mediante  sus  empeños,  se  leye- 
sen en  la  Catedral  los  edictos  de  la  fe,  siendo  que  por  las  diferencias 
ocurridas  con  el  Cabildo  Eclesiástico,  hacía  cuarenta  años  a  que  no  se 
cumplía  con  semejante  formalidad. 

Veíase  así,  como  bien  lo  reconocían  los  Inquisidores,  que  cuando 
contaban  con  el  apoyo  de  los  Virreyes,  que  por  la  suma  de  poder  que 
investían  dentro  de  los  límites  de  los  territorios  colocados  bajo  su  di- 
rección, en  nada  inferior  al  del  mismo  soberano,  luego  cobraban  vuelo; 
y  que  por  la  inversa,  cuando  la  voluntad  de  aquellos  les  era  desfavora- 
ble, estaban  obligados  a  guardar  más  miramientos  a  todo  el  mundo  y 
proceder  en  su  oficio  con  más  cautela.  Por  esto,  decía  Várela,  y  con 
razón,  "cuanto  crece  y  ha  crecido  en  estos  reynos  la  veneración  a  este 


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Tribunal,  por  providencia  divina,  para  exaltación  de  nuestra  santa  fe, 
tanto  ha  crecido  la  envidia  de  los  otros,  y  el  escudo  de  todas  nuestras 
defensas  le  hemos  labrado  de  los  auxilios  de  los  Vireyes"  (1). 

Por  el  mes  de  abril  de  1701,  falleció  en  el  pueblo  de  Sinsicapa,  del 
obispado  de  Trujillo,  José  de  Burrelo,  que  venía  como  inquisidor,  y 
en  agosto  del  año  siguiente,  Várela,  que  hacía  de  más  antiguo;  que- 
dando solos  en  el  despacho  Gómez  Suárez  de  Figueroa,  y  como  fiscal, 
Francisco  de  Ponte  y  Andrade,  hallándose  ambos  en  el  más  deplorable 
estatlo  de  salud.  Suárez,  desde  1697,  en  que  había  llegado  de  Cartagena, 
donde,  como  hemos  dicho,  había  permanecido  siete  años  a  cargo  de 
aquella  Inquisición,  además  de  su  avanzada  edad,  solía  sentirse  tan 
apretado  del  asma,  que  en  dos  ocasiones  estuvo  sacramentado,  sin  en- 
contrar más  remedio  a  su  enfermedad  que  abandonar  la  ciudad  y  salir 
a  buscar  en  sus  inmediaciones  clima  más  favorable  (2).  La  situación 
del  fiscal  era  todavía  peor.  Desde  que  llegara  a  Lima  le  había  postrado 
la  gota  de  tal  suerte  que  en  noviembre  de  1704  se  contaban  veintidós 
meses  a  que  no  salía  a  la  calle  y  catorce  a  que  no  bajaba  de  sus  habita- 
ciones al  Tribunal. 

Con  esta  situación  de  los  ministros,  el  despacho  de  las  causas  no 
sólo  sufría  retardos,  sino  que  a  veces  se  paralizaba  por  completo,  y  aun- 
que las  de  fe  no  eran  por  entonces  de  consideración,  con  motivo  de  un 
breve  de  Alejandro  VII  y  un  auto  del  Consejo  de  26  de  diciembre  de 
1666,  que  radicaban  el  conocimiento,  tanto  de  las  fiscales  como  de  las 
de  patronatos  de  censos  en  la  Inquisición,  los  negocios  civiles  sobrepu- 
jaban ya  a  los  del  mismo  orden  que  se  tramitaban  en  la  Audiencia, 
siendo  el  valor  de  los  censos  en  la  ciudad  y  cinco  leguas  en  contorno 
de  cerca  de  millón  y  medio  de  pesos  (3).  Por  estas  circunstancias,  ma- 
nifestaba Suárez  de  Figueroa  al  Consejo  que  se  requerían  en  lo  de 
adelante  ministros  versados,  de  proporcionada  edad,  salud  y  fuerzas, 
que  pudiesen  aplicarse  con  eficacia  al  despacho  de  tantos  asuntos. 

La  resolución  que  esta  advertencia  mereció  no  fué,  sin  embargo, 
de  las  más  acertadas,  ascendiéndose  a  inquisidor  a  Ponte  Andrade,  y 
nombrándose  en  su  lugar  a  Gaspar  Ibáñez  de  Segovia,  que  había  pasado 
al  curato  del  Callao,  después  de  servir  el  de  Chilca,  "donde  me  retiró, 


(!;  Cana  (le  25  de  febrero  de  1700. 

(2)  Id.  del  Arzobispo  de  Lim.i  de  17  de  septiembre  del  mismo  año. 

(3)  Id.  de  Ponte  y  -\ndradc  de  22  de  noviembre  de  1704. 


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contaba,  el  deseo  de  abandonar  el  arduo  camino  de  escuelas  y  cátedras, 
que  seguí  por  espacio  de  veinte  años,  vistiendo  la  beca  de  colegial  ma- 
yor de  San  Felipe  el  Real  de  Lima,  donde  fui  dos  veces  su  rector,  y 
desde  donde  obtuve  la  cátedra  de  Digesto  viejo  en  esta  Real  Universi- 
dad, que  regenté  por  tiempo  de  mas  de  diez  años  y  dejé  por  lograr  el 
estado  sacerdotal  que  ansiosamente  deseaba,  en  mas  quietud  que  per- 
mite la  turbulenta  fatiga  de  la  palestra  literaria". 

Junto  con  estos  nombramientos  entró  la  cizaña  en  el  seno  del 
Tribunal.  Los  títulos  de  los  nombrados  eran  de  igual  fecha,  pero  Ibá- 
ñez  recibió  el  suyo  de  manos  de  un  pasajero  y  no  por  la  vía  ordinaria 
de  los  galeones,  siendo  admitido  en  el  acto  a  jurar  su  cargo.  Junto  con 
esto,  mandó  Suárez  de  Figueroa  que  se  quitase  a  Ponte  Andrade  su 
asiento  en  la  sala  y  en  la  capilla,  y  que  el  receptor  no  le  pagase  su 
sueldo.  Llegó  al  fin  el  título  a  Ponte,  y  como  estaba  tullido,  hizo  que 
como  antes  solía  acostumbrarlo,  le  bajasen  en  una  silla  sus  criados  y 
que  le  colocasen  al  lado  derecho  del  asiento  que  ocupaba  Suárez,  antes 
de  que  alguien  llegase  a  los  estrados  para  presenciar  el  espectáculo  del 
mísero  estado  en  que  se  hallaba.  Suárez,  que  aquel  día  tenía  anunciado 
que  no  asistiría  a  la  audiencia,  fué  llamado  en  persona  por  Ibáñez,  y 
entrando  al  parecer  muy  colérico  en  la  sala,  comenzó  por  decir  que 
Ponte  "se  bajaba  al  Tribunal  sin  mas  ni  mas". 

Estos  procedimientos  de  Suárez  no  tenían,  sin  embargo,  más  objeto 
que  obtener  para  su  amigo  Ibáñez  la  antigüedad  del  título,  que,  además 
de  las  prerrogativas  inherentes  al  cargo,  le  permitiría  gozar  de  un 
aumento  de  mil  cuatrocientos  pesos  de  sueldo,  de  capellanías,  limosnas, 
dotes  de  doncellas  y  de  monjas,  etc. 

Y  una  vez  que  Ponte  Andrade  se  persuadió  de  los  procedimientos 
de  que  era  objeto,  no  tuvo  ya  interés  alguno  en  callar  al  Consejo  la 
conducta  de  sus  compañeros,  y  así  le  refería:  "Para  que  V.  E.  sepa  qué 
letrados  son  los  dos,  digo  el  caso  siguiente.  El  dia  26  de  agosto  bajé 
al  Tribunal,  y  sabiendo  que  estaba  pendiente  la  causa  de  Alejandro 
de  Vargas,  pedí  el  proceso  para  tenerlo  visto  para  el  tiempo  de  la  sen- 
tencia: hallé  que  don  Gaspar  Ibañez  habia  recibido  las  denunciaciones 
como  inquisidor,  por  ausencia  de  don  Gómez,  y  luego  después  pidió 
clamosa  e  hizo  oficio  de  fiscal  en  la  misma  causa,  y  habiéndole  dicho 
yo  cómo  habia  hecho  aquello,  pues  habiendo  hecho  oficio  de  juez,  no 
podia  hacerlo  de  fiscal,  me  respondió  que  don  Gómez  le  habia  dicho 
que  no  importaba.  Si  esto  hallé  en  el  primer  proceso,  ¡cómo  estarán 


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los  demás!  El  lugar  está  desesperado  y  los  ministros  del  oficio  de  se- 
cuestros, porque  no  hay  despacho  de  lo  civil"  (4). 

Las  causas  de  fe,  hemos  referido  ya,  no  asumían  por  este  tiempo 
la  gravedad  de  ocasiones  anteriores,  siendo  las  más  importantes  las  de 
poligamia  y  superstición:  "las  de  aquesta  calidad  son  muchas,  espresaba 
Suárez  de  Figueroa,  y  aunque  por  lo  inconexo  y  singularidad  de  las 
testificaciones,  no  se  hace  aprecio  de  algunas  para  seguir  hasta  definiti- 
va, todas  son  prolijas,  multiplican  las  tareas  y  dan  bastante  que  hacer 
a  los  ministros  del  secreto"  (5). 

Estas  últimas  que  apuntaba  el  Inquisidor,  habían  cundido  espe- 
cialmente en  el  distrito  de  Quito,  de  donde  el  Obispo  escribía  que 
después  de  tener  origen  en  los  indios,  habían  pasado  a  contagiar  a  los 
españoles  por  el  comercio  y  comunicación  que  tenían  con  ellos:  para 
cuyo  remedio  proponía  que  la  jurisdicción  del  comisario  de  la  capital 
se  extendiese  hasta  proceder  al  castigo  de  los  delincuentes,  que  siendo 
en  la  mayor  parte  pobres,  no  había  medios  con  qué  costear  su  remisión 
hasta  Lima  (6). 

He  aquí  ahora  la  relación  de  los  procesos  de  que  el  Tribunal  había 
conocido. 

En  18  de  enero  de  1696  fueron  penitenciados  Bernardo  Galbán, 
Santiago  Pérez,  Melchor  Gallardo,  Juan  García  Vélez,  Domingo  López 
y  Manuel  de  Berrocal,  por  polígamos;  José  Ramírez  y  Andrés  de  Bra- 
camonte  por  testigos  falsos;  Juan  Salvador  y  Juan  Pradier,  por  blasfe- 
mias hereticales. 

Petrona  de  Saavedra,  mulata,  natural  de  Huancavelica,  vendedora 
de  leña,  de  más  de  cuarenta  años,  que  invocaba  al  "ilustrísimo  Luzbel, 
príncipe  de  las  tinieblas",  pidiéndole  que  le  sacase  de  sus  empeños  con 


(4)  Carfa  de  31  de  agosto  de  1707. 

(5)  Id.  de  27  de  febrero  de  1703. 

(6)  Id.  de  29  de  abril  de  1706.  La  Audiencia  de  Quito  siguió  causa  en  1698  y  castigó 
a  varias  mujeres  por  haber  ocasionado  varios  embustes  y  estafas.  La  Inquisición  que  tuvo 
noticias  del  caso,  reclamó  el  expediente,  que  después  de  varios  trámites  sólo  mereció  ver  en 
copia,  y  en  el  cual  los  calificadores  manifestaron  que  habiendo  sido  aquella  materia  del  Santo 
Oficio,  los  oidores  estaban  excomulgados.  El  obispo,  por  su  parte,  se  quejó  algún  tiempo  más 
tarde  de  uno  de  ellos,  Tomás  Hernández,  por  desacato  a  su  autoridad,  y  de  otro,  Cristóbal 
Ccvallos,  por  haber  hecho  publicar  como  milagrosa  "una  que  quiso  llamar  imagen  de  Nuestra 
Señora  de  la  Empanada,  por  unos  borrones  que  parecia  la  formaban  en  un  papel  en  que 
envolvió  una  de  las  que  hizo  para  celebración  de  sus  años,  en  profano  convite  de  numeroso 
concurso,  propasándose  a  calificarla  y  publicarla  por  milagrosa,  daba  culto  público  con  solcm- 
niilad  de  misa,  sermón,  festivos  repiques",  etc.  Carla  de  15  de  octubre  de  1712. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


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muchas  palabras  deshonestas,  llamando  juntamente  a  Santa  Marta, 
Santa  María  Magdalena  y  Santiago,  y  encargando  a  las  mujeres  que  la 
iban  a  consultar  que  rezasen  durante  el  acto,  treinta  y  tres  padrenues- 
tros y  otras  tantas  avemarias.  A  otras  aconsejaba  que  en  lugar  de  cari- 
cias y  halagos,  se  pasasen  la  mano.  .  y  después  por  el  rostro  y  que  así 
los  hombres  las  querrían. 

Puesta  en  el  tormento,  "a  la  primera  vuelta  dio  muchos  gritos,  pi- 
diendo misericordia  y  confesó  en  parte  lo  que  de  ella  se  pretendía,  y 
estando  pendiente  del  cincho  y  cargada  la  primera  vuelta,  dando  gran- 
des gritos,  instantáneamente,  ni  hizo  mas  movimiento  que  bajar  la 
cabeza  y  doblar  el  cuerpo,  de  calidad  que  porque  no  se  ahogase,  mandó 
el  Inquisidor  y  Ordinario  al  verdugo  que  le  levantasen  la  cabeza  y  la 
quitasen,  reconviniendo  la  poca  destreza  del  verdugo  y  el  manifiesto 
riesgo  de  que  se  ahogase,  y  habiéndolo  hecho  así  el  verdugo,  estuvo 
por  gran  rato  suspensa;  y  como  reparada  de  un  grande  desmayo,  volvió 
en  sí  y  se  suspendió  el  dicho  tormento,  con  protesta  que  se  le  hizo  de 
proseguirle  cada  y  cuando  convenga,  y  no  quedó  con  lesión  alguna". 

En  su  sentencia,  se  le  mandaron  dar  doscientos  azotes. 

Despachados  en  la  sala  del  Tribunal  fueron: 

Diego  Ruiz  Quiñones,  por  blasfemias  hereticales;  Fr.  Pedro  Dávila 
Tamayo,  de  setenta  y  dos  años,  religioso  de  San  Agustín,  acusado  por 
veinticinco  de  sus  confesadas  de  haberlas  solicitado  en  el  confesonario; 
Fr,  Pedro  de  Peñalosa,  también  agustino  y  procesado  por  lo  mismo, 
limeño,  de  cuarenta  años,  que  llegaba  a  grandes  indecencias;  Antonio 
de  Castro  Osorio,  y  Ventura  Collao,  clérigos,  por  celebrar  en  un  mismo 
día  muchas  misas  y  sin  estar  en  ayunas;  Magdalena  Jurado  del  Campo, 
y  José  Quintero,  de  Chile,  por  polígamos;  Jorge  Castrioto,  irlandés,  que 
habiendo  sido  abandonado  en  Juan  Fernández,  fué  después  llevado  a 
Lima,  donde,  acusado  de  hereje  nacional,  fué  admitido  a  reconciliación 
en  1°  de  junio  de  1695. 

Juan  Jacinto  de  Vargas,  español,  de  oficio  fundidor,  natural  de 
Lima,  que  habiéndose  denunciado  de  doble  matrimonio,  fué  condenado 
a  abjurar  de  levi  y  a  que  por  espacio  de  dos  meses  asistiese  a  visitar 
enfermos  a  los  hospitales  y  a  rezar  el  rosario  los  sábados  a  la  iglesia  de 
Santo  Domingo. 

Pablo  Maldonado,  mestizo,  de  oficio  zapatero  y  sillero,  que  preso 
en  cárceles  secretas  con  embargo  de  bienes,  confesó  haber  dado  de  pu- 
ñaladas a  su  mujer  para  casarse  con  otra;  siendo  condenado  a  que  sa- 


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líese  en  auto  público  de  fe,  en  la  capilla  de  San  Pedro  Mártir,  con 

insignias  de  polígamo,  le  fuese  leída  su  sentencia  con  méritos,  abjurase 
de  levi,  se  le  diesen  azotes  por  las  calles  y  saliese  desterrado  a  Valdivia 
por  cuatro  años. 

Antonio  de  Cifuentes  Guerrero,  negro,  de  oficio  pregonero,  resi- 
dente en  Potosí  y  natural  de  lea,  por  igual  delito  fué  condenado  en 
penas  idénticas  y  a  dos  años  de  servicio  en  la  Casa  de  Moneda. 

Blas  Fernández,  mestizo,  natural  de  Jaén  de  Bracamoros,  de  sesenta 
años,  labrador;  Ana  María  de  la  Rosa,  vendedora  de  frutas,  natural  de 
Lambaycque,  de  dieciocho  años;  Juan  de  la  Cruz  y  Serna,  natural  de 
Huánuco,  de  diecinueve  años,  platero;  Francisco  de  Luna  Castro,  negro; 
Juan  Antonio  de  Tejada,  mercachifle,  natural  de  Rioja  en  España,  de 
veintidós  años,  residente  en  Trujillo;  Nicolás  de  Valladares,  mestizo, 
platero,  natural  de  esta  última  ciudad;  Diego  Díaz  Moreira,  alias  Ba- 
talla, español,  labrador,  domiciliado  en  Corrientes,  de  cuarenta  años; 
Marcela,  alias  Francisca  de  Salinas,  natural  de  La  Paz;  Juana  de  Casasola, 
mestiza;  José  de  Alegría,  soldado  de  Chile;  Francisco  de  Aspur,  alias 
José  Cortés,  cuarterón  de  mulato,  carpintero,  vecino  del  Callao;  Marcelo 
de  Chávez,  alias  Gregorio  Robles,  sombrerero,  establecido  en  Loja;  Die- 
go Fernández  Rodríguez,  natural  de  Sevilla,  sin  oficio,  residente  en  Li- 
ma; Francisco  de  Echazábal,  alias  don  Antonio  Idiaquez,  guipuzcoano, 
mercader  viandante,  denunciado  en  La  Paz;  Juan  Alonso  Baldecoa, 
arriero  de  Huamanga;  Andrés  Guajardo,  de  Chile;  Juan  Manuel  Ba- 
rranco, de  oficio  mercader,  natural  de  Sevilla;  Jacinto  Ascensio  de  la 
Cruz,  zapatero,  residente  en  Jauja;  Marcos  de  Muga,  barbero  y  cirujano, 
oriundo  de  Segovia;  Sebastián  Durán  de  la  Calle,  bordador,  vecino  de 
Cuenca;  D.  Juan  Giliberto,  alias  don  Juan  de  Padilla  Castillo  Alarcón 
y  Córdova,  sin  oficio,  natural  de  Antequera:  todos  condenados  por  po- 
lígamos. 

Antonio  de  Llanos,  por  prestar  falso  juramento  en  una  información 
de  soltería,  fué  votado  a  ser  reprendido  en  audiencia  a  puerta  cerrada, 
relevándosele  de  otras  penas  en  atención  a  la  larga  prisión  que  había 
sufrido  en  la  cárcel  real. 

Feliciano  Canales,  mulato  libre,  sastre,  natural  de  Lima,  de  veinti- 
cuatro años,  se  denunció  el  13  de  mayo  de  1700  de  que  usaba  de  sorti- 
legios amatorios  y  en  ellos  de  diversos  signos,  como  muñecos  de  cera, 
cabellos  y  huesos  de  difuntos,  polvos  verdes  y  otras  cosas  para  atraer 
las  voluntades  de  algunas  mujeres.  Era  especialmente  buscado  por  éstas 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


para  que  le  proporcionase  medios  de  conquistarse  a  los  hombres,  para 
cuyo  fin  les  propinaba  baños  de  flores  y  yerbas  silvestres,  cocidas  con 
huesos  humanos  extraídos  de  las  sepulturas,  y  las  llevaba  en  ocasiones 
a  una  huaca  a  que  mascasen  coca  y  maíz,  que  debían  ofrecer  a  las  almas 
de  los  difuntos  muertos  sin  bautismo,  a  las  cuales  invocaban  encendien- 
do una  vela  y  pidiéndoles  señas  para  la  certidumbre  del  efecto.  En  aten- 
ción a  la  debilidad  en  que  se  hallaba  el  reo  cuando  se  fallaba  su  causa 
fué  excusado  de  los  azotes  y  desterrado  a  Concepción  por  dos  años. 

Nicolás  Ban,  alias  Constantino,  vecino  de  Conchucos,  griego,  casa- 
do dos  veces,  que  durante  el  curso  de  la  causa  que  por  esto  se  le  seguía, 
confesó  haber  practicado  la  religión  de  su  país,  siendo  por  ello  conde- 
nado a  salir  en  auto  público  de  fe  con  insignias  de  polígamo,  que  abju- 
rase de  formal  y  los  errores  confesados,  admitido  a  reconciliación,  y  que 
fuese  colocado  por  dos  años  en  un  convento,  donde  rezase  y  oyese  misa, 
"en  atención  a  tener  protestado  querer  perseverar  y  morir  en  la  fe  que 
confesaba  y  enseñaba  la  Santa  Iglesia  Romana". 

Margarita  Gallardo,  de  veinte  años,  natural  de  Lima,  acusada  de 
solicitar  maestros  de  sortilegios,  hablando  con  la  yerba  coca  y  conjurán- 
dola, nombrando  a  Macarandón  y  rezando  treinta  y  tres  credos  por  el 
alma  condenada.  Otras  veces,  con  maíz  blanco  y  cocimiento  de  flores 
refregaba  el  cuerpo  de  las  mujeres  que  iban  a  solicitarla  para  algún 
efecto  amatorio.  Parecieron  cómplices  suyos  nueve  mujeres  y  un  hombre 
menor  de  edad;  confesó  que  era  casada  pero  que  no  hacía  vida  con  su 
marido,  y  que  en  un  principio,  siendo  muchacha,  creía  firmemente  en 
todo  lo  que  hacía  para  sus  conjuros  y  adivinaciones,  y  que  después  se 
había  desengañado  de  que  todo  era  mentira,  negando  haber  tenido 
pacto  con  el  demonio.  Fué  condenada  en  9  de  julio  de  1702  a  salir  en 
auto  de  fe,  con  coroza  e  insignias  de  sortílega,  donde  se  le  leyese  su 
sentencia  con  méritos,  abjurarse  de  levi  y  saliese  a  la  vergüenza,  desnuda 
de  medio  cuerpo  arriba,  por  las  calles  públicas,  lo  que  después  le  fué 
remitido  "por  fuertes  motivos". 

Francisca  Trujillo,  mulata  esclava,  cocinera,  soltera,  de  sesenta 
años,  convencida  de  algunos  actos  semejantes  y  de  que  persuadía  a  las 
gentes  a  que  se  quitasen  los  rosarios  del  cuello  y  que  no  invocasen  a  la 
Virgen  María,  y  de  que  echaba  el  zumo  de  la  coca  en  un  plato,  donde 
veía  como  en  un  espejo  un  indio,  un  tonto  y  un  difunto,  "todo  a  fin 
de  que  las  mujeres  que  se  valían  de  ella  retuviesen  la  ilícita  amistad  de 
sus  amigos  y  consiguiesen  fortuna  con  los  hombres".  La  rea  negó  estos 

13 — La  Inquisición  de  Litiiu    li'niu  li 


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J.  T.  MEDINA 


hechos,  por  lo  cual  fué  puesta  en  el  potro,  ligada  y  desnuda,  y  persis- 
tiendo en  su  negativa  y  pidiendo  se  tuviese  lástima  de  ella,  se  mandó 
cesar  en  la  diligencia;  saliendo  al  fin  condenada  en  las  mismas  penas 
de  la  anterior:  cuya  sentencia  se  ejecutó  el  27  de  junio  de  1702. 

Teresa  de  Llanos  González,  cuarterona  de  mulata,  natural  de  Lima, 
de  veintisiete  años,  que  pretendía  con  sus  sortilegios  que  los  galanes 
dejasen  su  dinero,  siendo  por  ello  denunciada  por  los  calificadores  de 
pacto  implícito  con  el  demonio,  sospechosa  leviter  in  fide  y  graviter  en 
cuanto  a  haberse  hecho  maestra,  y  de  que  era  heretical  el  consejo  que 
dió  a  una  de  sus  cómplices  de  que  no  se  confesase  de  los  sortilegios. 
Enfermó  de  tal  manera  en  la  prisión  que  en  las  audiencias  sólo  podía 
mantenerse  en  pie  apoyándose  en  una  mesa,  habiendo  confesado  duran- 
te ellas  varios  hechos  supersticiosos  practicados  con  "piedra  imán,  pol- 
vos y  yerba  de  la  perlilla,  que  decia  ser  buena  para  que  los  hombres 
quisiesen  y  no  maltratasen  a  sus  amigas,  y  que  habia  usado  traer  en 
una  bolsita  una  mano  de  cuy  y  la  ala  de  cierto  pajarillo  para  que  sus 
amantes  le  diesen  plata". 

Juana  Apolonia,  zamba,  esclava,  vendedora  de  berzas,  vecina  de 
Lima  y  natural  de  Arequipa,  de  cincuenta  años,  fué  denunciada  de 
jactarse  de  tener  pacto  con  el  diablo  y  ser  maestra  de  remedios  amato- 
rios, aconsejando  a  sus  clientes  que  saliesen  al  campo  con  ella,  "donde 
hablan  de  ver  y  besar  la  parte  posterior  al  dicho  su  patrón",  y  que 
asimismo  usaba  de  un  pajarillo  muerto,  que  llamaban  patilla,  y  de 
varios  ungüentos  para  los  dichos  efectos  amatorios,  diciendo  traía  a 
los  amigos  a  la  ilícita  amistad  de  las  mujeres  por  medio  de  la  Virgen 
María  y  de  los  santos,  "como  también  pretendiendo  ser  tenida  por  adi- 
vina, inquiriendo  los  secretos  c]ue  pasaban  entre  las  dichas  mujeres". 

María  de  Carrión,  zamba,  esclava,  de  oficio  lavandera,  vecina  de 
Realejo  en  México,  de  más  de  cuarenta  años,  fué  testificada  de  que 
daba  remedios  amatorios  a  las  mujeres  que  de  ella  se  valían  para  con- 
seguir la  buena  amistad  de  los  hombres,  usando  de  varios  compuestos 
de  yerbas  olorosas,  "plateándoles  después  {sic)  las  palmas  de  las  manos 
y  plantas  de  los  piés  y  mojándolos  con  ungüentos  de  flores  y  zahumán- 
dolos con  olores,  los  santiguaba,  haciéndoles  la  señal  de  la  cruz  y  di- 
ciéndoles  "Palla  Inga"  para  que  tuviesen  fortuna  con  sus  galanes,  y 
para  el  mesmo  efecto  acostumbraba  darles  una  hoja  o  penca  de  sábila 
plateada  y  encintada,  diciéndoles  le  encendiesen  una  vela  los  miércoles 
y  hablasen  y  creyesen  en  dicha  sábila;  y  también  daba  la  piedra  imán 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


195 


aderezada  para  el  fin  mismo,  y  aseguraba  a  dichas  mujeres  tenia  una 
imájen  de  Nuestra  Señora,  la  cual  desnudaba  y  dormia  con  ella  y  la 
hablaba,  y  dicha  imájen  con  el  rostro  la  decia  lo  que  habia  de  hacer". 
Confesó  que  en  una  ocasión,  invocando  al  demonio,  vió  el  bulto  de 
dicha  imagen  sobre  un  bufete  de  la  cocina  donde  asistía,  estando  antes 
aquélla  arrimada  a  la  pared;  y  añadió  que  hallándose  otra  vez  cerca 
del  fogón,  muy  afligida,  una  noche  invocó  al  diablo  con  todo  su  corazón, 
con  ánimo  de  entregarle  su  alma,  viendo  descender  entonces  por  la 
chimenea  un  bulto  que  le  pareció  ser  un  zambo  esclavo  de  la  casa,  y 
que  tratando  de  apartarle  del  fogón  para  que  no  se  quemase,  tocó  unos 
cuernos  y  asustada  cayó  en  tierra. 

Josefa  Mudana,  cuarterona  de  mestiza,  casada,  sin  oficio,  natural 
de  Lima,  de  treinta  años,  que  se  juntaba  con  otros  cómplices  los  viernes 
en  que  había  luna  llena,  y  recitando  la  oración  de  Santiago  y  Santa 
Marta,  les  refregaba  los  cuerpos  con  membrillos,  diciendo,  "venid  for- 
tuna". 

María  de  Almeida,  casada,  vecina  del  Callao,  natural  de  Tacunga, 
que  variaba  las  fricciones  con  ají,  no  permitiendo  que  sus  clientes  gui- 
sasen la  comida  con  sal  ni  manteca;  "y  para  los  mismos  efectos,  adere- 
zaba muñecos  de  cera  clavados  con  alfileres,  y  retratos  de  los  galanes, 
y  de  cierta  agua  que  componía  de  polvos  de  murciélagos  tostados  con 
aguardiente  y  cocimientos  de  yerbas,  la  noche  de  San  Juan;  y  para 
destruir  maleficios,  se  valia  del  zumo  del  tabaco  y  otros  ingredientes". 

Cecilia  de  Castro,  zamba,  del  Cuzco,  de  treinta  y  seis  años,  maestra 
de  sortilegios  para  fines  amatorios,  que  ejecutaba  unas  veces  mascando 
la  coca  y  hablando  sobre  ella  secretamente,  haciendo  movimientos  con 
la  cabeza  y  manos  y  diciendo  que  lo  que  recitaba  eran  los  evangelios; 
y  siempre  que  mascaba  la  coca,  la  encendía  luz  y  se  santiguaba  con  de- 
mostraciones en  forma  de  cruz,  y  después  echaba  a  arder  en  aguar- 
diente el  zumo  de  dicha  coca,  ejecutando  varias  suertes,  en  que  acos- 
tumbraba encender  dos  luces,  compuestas  con  los  cabellos  de  los  galanes 
de  las  mujeres,  y  a  medio  arder  los  apagaba  y  echaba  en  la  olla  del 
aguardiente  haciendo  que  dichas  mujeres  por  quienes  se  hacían  los 
sortilegios  no  comiesen  cebolla,  y  que  después  de  dicha  mascadura  y 
hervor  del  aguardiente,  dijesen  con  ella  vítores  al  gran  chivato  y  tocasen 
castañuelas,  repitiendo  "chasque,  chasque";  amonestándolas  que  creye- 
sen en  lo  que  la  veían  hacer  y  tuviesen  fe,  para  que  se  siguiesen  los 
efectos  amatorios  que  solicitaban. 


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J.  T.  MEDINA 


Doña  Catalina  de  la  Torre,  alias  la  Palavecino,  cuarterona  de  mes- 
tiza, casada,  natural  de  Guayaquil,  de  veintisiete  años,  que  ejecutaba  sus 
sortilegios  invocando  al  "ánima  recta  y  a  la  palla  inga  y  repitiendo  las 
palabras  del  evanjelio  de  San  Juan  et  Vebum  caro  factum  est".  Se  de- 
nunció a  sí  misma  nueve  veces  consecutivas  ante  el  comisario  del  Callao, 
diciendo  que  hacía  catorce  años  a  que  practicaba  su  arte,  con  ánimo  e 
intención  de  que  el  demonio  operase  en  ella. 

Bárbara  de  Aguirre,  costurera,  vecina  del  Callao,  natural  de  Tacun- 
ga,  de  cincuenta  años,  que  confesó  que  sus  sortilegios  los  ejecutaba  por 
gracia  divina,  según  lo  que  una  bruja  le  había  enseñado  en  Quito, 
aunque  nunca  había  logrado  ver  al  demonio. 

Laura  de  Valderrama  Altamirano,  alias  Lorenza  la  sorda,  lavan- 
dera, de  sesenta  años,  que  ya  había  sido  penitenciada  por  el  Santo  Oficio 
en  marzo  de  1696,  y  a  quien  por  su  opinión  de  sabia  la  iban  a  buscar 
las  mujeres  al  hospital  donde  se  hallaba  reclusa,  declaró  que  los  reme- 
dios amatorios  sólo  los  daba  en  interés  de  que  le  pagasen  sus  servicios. 

Cecilia  Rosalía  del  Rosario  Montenegro,  zamba,  viuda,  costurera, 
establecida  en  Huaura,  invocaba  al  alma  condenada,  a  quien  pedía  en 
señal  de  que  sus  actos  le  eran  propicios,  que  cantase  un  gallo,  y  que  en 
otras  ocasiones  se  juntaba  con  otras  mujeres  los  jueves  y  viernes,  volan- 
do de  noche  en  figura  de  patos,  diciendo  estas  palabras:  "de  viga  en 
viga,  sin  Dios  ni  Santa  María,  lunes  y  martes  y  miércoles  tres",  y  es- 
tándolas  profiriendo  en  una  de  dichas  ocasiones,  entró  un  chivato  y 
rodeando  a  la  rea  y  cómplices,  se  desaparecieron  todas  con  él  del  dicho 
lugar.  Se  le  acusó  igualmente  de  que  tenía  un  crucifijo  metido  dentro 
de  una  almohadilla  de  costura  y  de  que  lo  punzaba  a  veces  con  alfileres, 
y  de  que  reñía  a  cierta  persona  que  vivía  con  ella  cuando  rezaba  las 
oraciones,  y  de  que  no  quería  recibir  plata  con  la  señal  de  la  cruz. 

Pedro  Gutiérrez,  mercachifle,  residente  en  Trujillo,  natural  de  To- 
ledo, cristiano  nuevo,  soltero,  de  veintiséis  años,  fué  testificado  en  Va- 
lladolid,  de  que  él  y  su  madre  eran  judíos.  Preso,  en  consecuencia,  en 
el  lugar  en  que  vivía  y  remitido  a  Lima,  negó  en  absoluto  los  cargos 
que  se  le  imputaban,  hasta  que  después  de  haberse  presentado  contra 
él  la  acusación,  declaró  que  poco  antes  de  salir  de  Salamanca  para  Se- 
villa, su  padre  le  había  llevado  al  campo,  siendo  él  niño  de  quince  años, 
y  le  dijo  que  sólo  podía  salvarse  en  la  ley  de  Moisés,  que  siguiera 
siempre  su  familia,  enseñándole  que  cuando  pudiese  debía  ayunar  du- 
rante veinticuatro  horas  continuas.  Se  le  hizo  cargo  de  que  los  actos 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


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de  devoción  que  le  habían  visto  hacer,  eran  simulados  y  sólo  en  pre- 
vención de  lo  que  pudiese  ocurrirle,  instándole  para  que  expresase  la 
intención  con  que  se  había  hallado  cuando  su  padre  le  dió  la  lección 
referida.  Puesto  en  el  tormento  de  la  mancuerda  el  25  de  junio  de  1703, 
"a  la  segunda  vuelta,  dijo  ser  verdad  lo  que  decían  los  testigos  y  que 
él  lo  había  hecho.  A  la  tercera  vuelta,  dijo  había  pecado  como  hombre 
miserable  y  pedia  misericordia,  y  que  no  había  confesado  antes  la  ver- 
dad porque  era  pecador  y  el  demonio  le  había  tentado.  A  la  cuarta 
vuelta  dijo  ser  verdad  hizo  unos  ayunos  con  su  padre  y  madre,  en 
observancia  de  la  ley  de  Moisés,  por  habérselo  dicho  su  padre,  y  teniendo 
por  cierto  que  ya  dicha  ley  era  la  verdadera,  y  falsa  la  de  N.  S.  Jesu- 
cristo, y  que  los  había  ejecutado  en  compañía  de  su  padre,  madre  y 
hermana,  por  tiempo  de  dos  años,  viviendo  en  Salamanca,  antes  de 
pasar  a  Sevilla,  y  que  no  había  hecho  mas,  y  conocía  habia  errado  como 
hombre  en  lo  referido  y  en  ocultar  la  verdad  a  este  Tribunal,  movido 
de  ser  hombre  de  bien  y  no  verse  toreado  por  las  calles". 

Después  de  confiscados  sus  bienes,  por  sentencia  de  29  de  octubre 
de  1703,  se  le  condenó  a  salir  en  auto  de  fe,  en  forma  de  penitente, 
con  sambenito  de  dos  aspas,  a  que  abjurase  de  levi,  fuese  reconciliado 
en  forma  y  encerrado  en  cárcel  perpetua,  que  debía  comenzar  a  cumplir 
en  Lima  mientras  se  le  remitía  a  Sevilla.  Hallándose  en  la  prisión,  en 
9  de  diciembre  de  1704,  volvió  a  denunciarse  de  que  había  tenido  cier- 
tas visiones  en  apoyo  de  la  ley  que  siguiera  y  de  la  suerte  que  le  espe- 
raba, por  lo  cual  hubo  de  iniciársele  nuevo  proceso,  que  se  falló  en 
1705,  siendo  condenado  a  nueva  abjuración  y  penitencias.  Embarcado 
al  fin  para  Panamá  bajo  partida  de  registro,  tuvo,  sin  embargo,  noticia 
el  Tribunal  de  que  había  llegado  allí  sin  sambenito,  dictando  para  que 
se  le  pusiese,  nuevas  providencias;  pero  al  llegar  a  Portobelo  pudo  el 
infeliz  reo  escaparse  para  Jamaica  a  bordo  de  un  buque  inglés,  y  a  pesar 
de  que  todavía  se  le  persiguió,  las  diligencias  de  los  jueces  no  produ- 
jeron resultado  alguno. 

Jerónimo  Fabián  Vívangerís,  tabernero,  natural  de  Genova,  casado, 
de  treinta  y  siete  años,  fué  testificado  en  7  de  abril  de  1701  de  que 
estando  conversando  de  cosas  espirituales,  había  sostenido,  con  motivo 
de  la  resurrección  de  la  carne,  que  nadie  se  iría  con  su  cuerpo  al  cielo; 
y  que  en  otra  ocasión,  habiéndosele  preguntado  que  quién  había  sido 
el  primer  hombre  que  hubiera  entrado  al  cielo,  había  dicho  que  el 
buen  ladrón,  y  que  el  cuerpo  de  Cristo  se  había  quedado  en  la  tierra. 


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J.  T.  MEDINA 


Secuestrados  sus  bienes  y  recluso  en  cárceles  secretas  desde  el  22  de  abril 
de  1703,  declaró  no  sospechar  la  causa  de  su  prisión,  acusándose  en 
cambio  de  muchos  actos  torpes  que  cometiera  durante  su  vida  de  gru- 
mete. En  las  audiencias  posteriores,  los  ministros  le  hicieron  una  porción 
de  preguntas  sobre  la  materia  de  la  acusación,  a  que  respondía  ya  en 
sentido  ya  en  otro,  confesando  que  no  había  recibido  más  instrucción 
religiosa  que  la  que  había  leído  en  el  Ramillete  de  divinas  flores,  y  que 
él  mismo  se  había  levantado  falso  testimonio  a  fin  de  obtener  miseri- 
cordia. Sus  proposiciones  fueron  declaradas  por  los  calificadores  como 
formalmente  heréticas,  siendo,  en  consecuencia,  condenado  a  un  año 
cabal  después  de  haber  sido  reducido  a  prisión,  a  que  saliese  en  auto 
público,  con  sambenito  de  media  aspa,  abjurase  de  vehemenii  y  perma- 
neciese algún  tiempo  recluso  en  un  convento,  y  a  perder  la  mitad  de 
sus  bienes  (7). 

José  de  la  Cruz  y  Coca,  alias  Márquez  y  Saavedra,  mulato,  esclavo 
del  hospital  de  Santa  Ana  de  Lima,  y  sacristán  de  su  iglesia,  soltero,  de 
diecinueve  años,  que  por  haber  leído  lo  que  la  historia  cuenta  de  Ma- 
homa,  concibió  el  proyecto  de  fundar  una  nueva  secta,  que  debía  lla- 
marse saavedrina.  Para  congraciarse  con  el  demonio  y  llegar  a  tener 
el  mismo  séquito  que  el  personaje  que  se  había  propuesto  por  modelo 
y  la  buena  gracia  de  cierto  adorado  tormento,  fabricó  un  muñeco  de 
cera  en  forma  de  hombre,  que  denominó  Febo,  que  tenía  en  una  mano 
espada  y  unas  hilachas  carmesíes  imitando  el  fuego,  y  en  la  otra  un 
cetro  con  una  cédula  escrita  de  su  mano,  que  decía:  "Satanás,  señor 
mió,  yo,  José,  me  hago  tu  esclavo  desde  hoy,  con  tal  que  esta  noche 
os  he  de  ver  la  cara  para  suplicaros  lo  que  congoja  mi  alma,  y  no  fumo 
hasta  véi»osla".  Puso  la  figura  en  un  nicho  de  la  sacristía,  y  revistiéndose 
con  unas  vestiduras  sacerdotales  muy  usadas,  estuvo  incensando  al  ídolo 
cuatro  días,  mañana  y  tarde,  hasta  que  notando  que  un  crucifijo  estaba 
inmediato,  le  pareció  que  se  "rendían  las  paredes  del  edificio",  con  lo 
que  anduvo  muy  asustado  algunos  días,  hasta  que  volvió  nuevamente 
(como  cuando  de  lego  hacía  figuritas  de  santos  en  el  convento)  a  fa- 
bricar otro  busto  del  demonio,  colocándolo  también  en  la  sacristía, 
donde  de  rodillas  le  decía:  "amigo  Luzbel,  ya  me  pesa  lo  que  hice  en 


(7)  El  Consejo  manifestó  en  este  proceso  su  extrañeza  de  que  estando  tan  vario  el  reo, 
no  hubiese  el  Tribunal  mandado  darle  tormento  sobre  la  intenci<Sn,  a  fin  de  que  se  asentase 
en  la  verdad,  recomendación  que  ordenaba  se  tuviese  presente  en  las  causas  de  esta  gravedad 
y  calidad. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


deshacer  la  figura  del  ídolo,  y  ahora  me  arrepiento  de  ello  y  vuelvo  a 
tí  y  estaré  en  tu  compañía;  pues  que  hay  amigos  en  los  infiernos,  vos 
lo  habéis  de  ser  mió,  con  tal  que  me  concedas  lo  que  te  pedí  la  vez 
pasada,  me  deis  una  yerba  para  andar  invisible,  y  que  en  cuantas  mu- 
geres  pusiese  los  ojos  las  atraiga  a  mí,  y  os  daré  en  precio  esta  alma, 
aunque  padezca  perpetuos  tormentos". 

En  el  curso  de  la  causa  se  acusó  también  de  algunas  adoraciones 
que  había  hecho  en  las  huacas  y  de  otras  cédulas  que  había  firmado 
a  su  amigo  Luzbel,  de  las  veces  que  revestido  con  los  trajes  sacerdotales 
bendecía  el  agua  en  el  hospital,  del  empleo  que  hiciera  de  las  plumas 
de  cierto  pajarillo  para  obtener  los  favores  de  las  mujeres;  aunque  ne- 
gando siempre  que  hubiese  tenido  pacto  con  el  demonio,  a  quien  decla- 
raba ingenuamente  que  jamás  había  merecido  ver  ni  oír. 

Fué  al  fin  condenado  a  salir  en  auto,  si  le  hubiese,  o  si  no,  en  una 
iglesia,  donde  se  le  leyese  su  sentencia  con  méritos,  teniendo  puesto 
durante  el  acto  un  sambenito  de  dos  aspas,  a  que  abjurase  de  vehementt 
y  fuese  reconciliado  en  forma. 

Juan  Bautista  de  Mazay,  tratante  en  mercaderías,  residente  en  Loja, 
natural  de  Liorna,  de  sesenta  años,  preso  en  el  lugar  donde  vivía,  en 
1692,  por  blasfemo,  porque  hallándose  enfermo  le  dijo  al  que  le  curaba 
"voto  al  cuerpo  de  Cristo,  que  si  me  lastimas  me  lo  ha  de  pagar  María", 
y  porque  otra  vez  reprendiéndole  una  persona  por  que  llamaba  a  los 
demonios,  volviendo  el  rostro  hacia  un  crucifijo,  exclamó:  "mi  alma 
no  es  tuya  sino  de  los  demonios"  y  cogiéndole  en  las  manos,  lo  arrojó 
con  rabia  al  suelo.  Dos  calificadores  expresaron  que  por  la  patria  del 
reo,  señales  que  llevaba  en  los  brazos  y  por  hablar  la  lengua  morisca, 
debía  considerársele  como  hereje  formal,  aunque  los  restantes  sostuvie- 
ron que  sólo  era  sospechoso  de  herejía  violenta.  Negando  redondamente 
los  hechos  que  se  le  imputaban  y  justificando  oír  misa  y  cumplir  con 
los  demás  preceptos  de  la  Iglesia,  fué  condenado  solamente  a  que  se 
presentase  en  la  sala  de  la  audiencia  a  oír  la  lectura  de  su  sentencia 
sin  méritos,  a  que  fuese  reprendido  y  a  que  no  regresase  más  a  Loja. 

Andrés  Flores  de  la  Pana,  alias  el  Fámulo,  carpintero,  casado,  vecino 
y  natural  del  Cuzco,  fué  denunciado  de  haber  dicho  que  no  en  balde 
habían  crucificado  y  puesto  en  la  vergüenza  a  Cristo,  y  que  estaba  con 
mucha  razón  bien  azotado;  que  ojalá  le  partiese  un  rayo  o  se  abriese 
la  tierra  hasta  tragarle  y  le  acabasen  de  llevar  los  diablos;  que  muerta 
una  manceba  suya  y  entenada,  dijo  que  pagaría  al  sacristán  para  que  le 


200 


J.  T.  MEDINA 


sacase  la  calavera  para  tenerla  a  la  cabecera  de  su  cama  y  adorarla,  etc. 
Después  de  negarlo  todo,  concluyó  por  decir  que  lo  había  hecho  por 
consejo  que  le  dieron  en  la  cárcel  del  Cuzco;  siendo  al  fin  condenado 
a  salir  en  auto,  con  insignias  de  blasfemo,  a  que  abjurase  de  levi,  y  a 
otras  penas. 

Fr.  Francisco  de  Alzamora,  religioso  profeso,  corista  del  convento 
de  Santo  Domingo  de  Lima,  de  veinticuatro  años,  fué  testificado  de 
que  estando  fugitivo,  había  celebrado  misa  en  tres  ocasiones  y  hecho 
un  entierro  solemne,  y  que  bajo  de  juramento  había  llamado  al  diablo. 
Hallándose  en  la  cárcel  pidió  confesor,  ponderando  las  aflicciones  y 
desconsuelos  que  padecía  y  las  funestas  representaciones  que  veía  en 
sueños.  Justificáronle  de  que  siendo  de  dieciséis  años,  había  entrado  en 
relaciones  con  cierta  joven,  y  de  temor  del  castigo  que  pudiera  sobreve- 
nirle, se  había  entrado  fraile,  de  lo  cual,  arrepentido,  llamaba  al  diablo 
para  que  le  sacase  de  su  encierro,  y  que  en  efecto,  una  vez,  hallándose 
en  un  platanar,  se  le  apareció  un  hombre  como  de  vara  y  media  de 
alto,  blanco,  con  uñas  muy  largas  y  una  mano  overa,  que  le  dijo  que 
le  pondría  fuera  del  convento  a  condición  de  que  no  rezase  el  rosario, 
ni  el  oficio  parvo,  en  lo  que  había  venido  el  reo;  que  estando  próximo 
a  profesar,  se  le  apareció  de  nuevo,  aconsejándole  hiciese  sus  votos  sin 
intención  de  cumplirlos,  lo  que  también  había  ejecutado;  y  de  que  ha- 
llándose una  vez  en  casa  de  su  padre,  se  le  presentó  el  mismo  personaje, 
y  dándole  algún  dinero,  le  invitó  a  que  fuese  a  casa  de  una  mujer  de 
buen  rostro,  con  quien  había  permanecido  en  ilícita  amistad  algún 
tiempo;  y  por  fin,  de  que  hallándose  de  portero  del  convento,  tuvo 
siempre  numerosas  aventuras  galantes  en  que  se  vió  bien  correspondido. 

En  atención  a  la  calidad  de  su  padre  D.  José  de  Alzamora,  general 
de  la  Mar  del  Sur,  fué  sentenciado  a  que  se  presentase  en  la  sala  de 
audiencia  a  oír  la  lectura  de  su  sentencia,  en  que  se  le  declaraba  por 
irregular  y  se  le  mandaba  abjurar  de  levi. 

Fr.  Antonio  Montero,  diácono  de  la  Merced,  de  Quito,  residente 
en  el  obispado  de  Trujillo,  testificado  de  haber  confesado  a  una  india 
y  de  que  había  celebrado  muchas  misas  sin  ser  sacerdote;  de  que  se 
había  escapado  de  su  convento  a  causa  de  ciertas  puñaladas  que  diera 
a  otro  hombre,  y  finalmente,  de  que  había  usado  de  patentes  falsas,  fué 
sentenciado  en  análoga  forma  al  anterior  y  desterrado  de  Quito  por 
cuatro  años. 

Fr.  Pedro  Ruiz  de  Rojas,  corista  de  San  Agustín,  de  aquella  ciudad, 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


201 


de  quien  se  averiguó  haber  hecho  fuga  en  cuatro  ocasiones  de  su  con- 
vento y  de  varios  hurtos  que  cometiera  donde  solía  hospedarse:  por 
haber  dicho  misa  y  confesado,  fue  desterrado  a  Santiago. 

Antonio  de  Corro  y  Cos,  clérigo,  residente  en  Lima,  de  cincuenta 
años,  acusado  de  haber  recibido  las  órdenes  sagradas,  siendo  casado 
en  Yumbel  de  Chile  hacía  treinta  años,  declaró  que  después  de  haber 
partido  de  su  casa  para  Tucumán,  había  allí  recibido  la  sotana  de  la 
Compañía  de  Jesús,  creyendo  que  su  mujer  era  muerta,  pero  que  habiendo 
sabido  en  Potosí  por  carta  que  ella  le  escribió  en  que  le  ofrecía  entrarse 
a  un  convento,  que  era  viva,  se  denunciaba  al  Tribunal  para  que  pro- 
cediese contra  él;  siendo  absuelto  en  vista  de  la  buena  fe  con  que  parecía 
haber  procedido, 

Fr.  Diego  Mesía,  alias  don  Diego  Antonio  Mosquera,  limeño,  lego 
de  San  Juan  de  Dios,  se  denunció  también  de  que  después  de  profesar 
se  había  casado  en  Chachapoyas,  cuya  causa  no  llegó  a  sentenciarse  por 
haber  muerto  el  reo  mientras  se  tramitaba. 

Fr.  Pedro  Muñoz,  sacerdote  de  San  Francisco,  acusado  de  que  im- 
ponía a  sus  penitentes  mujeres  que  recibiesen  azotes  de  su  mano,  por 
detrás  o  por  delante,  a  su  elección,  lo  que  declaró  que  hacía  por  el  poco 
temor  que  tenían  a  Dios  las  hijas  de  Eva;  fué  suspendido  del  confe- 
sonario. 

Jerónimo  de  Ortega,  clérigo  de  menores  órdenes,  se  denunció  por 
consejos  de  su  confesor,  de  que  en  tres  ocasiones  le  había  firmado  cédula 
al  demonio,  el  cual,  sin  embargo,  no  había  querido  recogerlas  del  lugar 
en  que  se  las  había  dejado,  y  que  en  otra  ocasión  en  el  campo,  en 
unión  de  otras  dos  personas,  lo  invocaban  diciéndole:  "Tú,  que  dicen 
eres  señor  del  Africa,  como  tan  poderoso,  ayúdanos  y  danos  fortuna, 
así  para  el  juego  como  para  nuestros  amores  y  te  invocaremos  en  ade- 
lante y  detestaremos  el  ausilio  de  Dios";  y  puestos  de  rodillas,  cogían 
la  yerba  coca  en  las  manos  y  la  levantaban  en  alto;  que  se  colocaba  en 
las  esquinas  de  las  calles  a  oír  lo  que  decían  los  que  pasaban,  deduciendo 
de  sus  palabras  lo  que  había  de  suceder;  que  sacaba  pronósticos  la  noche 
de  San  Juan,  etc. 

Fr.  José  del  Rosario,  alias  Francisco  Antonio  Harbún,  alias  Mal- 
donado,  lego  betlemita,  residente  en  Potosí,  natural  de  Viscaya,  apósta- 
ta, fugitivo,  casado  en  Tucumán. 

D.  Pedro  Espinosa  de  los  Monteros,  sirviente  de  oficio,  limeño,  que 
deseando  salir  de  pobreza  había  llamado  al  diablo  en  diferentes  ocasio- 


202 


J.  T.  MEDINA 


nes,  y  por  no  acudir  a  sus  voces,  culpaba  a  Jesucristo  de  que  no  le  daría 
licencia  para  ello,  por  lo  cual  descolgó  una  vez  a  un  Cristo  que  tenía 
en  su  habitación,  le  dió  cincuenta  azotes  y  después  de  embadurnarlo  . . 
lo  tuvo  quince  días  pendiente  del  techo.  Otra  vez,  culpando  del  silencio 
del  diablo  a  cierta  devoción  que  tenía,  la  dejó,  yéndose  además  a  holgar- 
se en  mala  compañía  (8). 

He  aquí  los  reos  que  fueron  aún  penitenciados  durante  los  años 
transcurridos  desde  1707  hasta  1713,  antes  de  que  se  celebrase  auto  de  fe: 

Martín  Morante,  sacerdote  jesuíta,  profeso  de  cuarto  voto,  confesor 
y  predicador,  natural  de  Piura,  de  cuarenta  y  dos  años,  denunciado  por 
veintisiete  de  sus  confesadas,  cuyas  declaraciones  extractamos  tomando 
algunas  al  acaso. 

La  testigo  primera,  mujer  española,  soltera,  denunció  de  este  reo 
en  24  de  agosto  de  1693,  que  confesándose  con  él,  estando  enferma,  le 
tocaba  el  rostro  y  pechos  y  en  otra  ocasión  sus  partes  verendas,  y  porque 
se  esquivaba  la  decía  que  si  no  había  conocido  cuando  la  confesaba 
cuanto  la  quería,  "y  que  en  la  misma  forma,  agrega  la  declarante,  la 
continuó  visitando  cuatro  o  cinco  veces,  en  las  cuales  la  dijo  varios 
amores  y  la  osculó  y  la  instó  a  que  le  tocase  usque  ad  pollutionem 
habere,  y  refirió  otras  cosas  pertenecientes  a  sensualidad  que  le  habían 
pasado  con  él  independientes  a  confetione" . 

La  testigo  tercera,  mulata,  casada,  declaró  que  habiendo  ido  al  co- 
legio de  San  Pablo,  por  llamado  de  Morante,  le  halló  sentado  en  un 
confesonario,  donde  la  hizo  hincar  de  rodillas,  y  puesta  en  esa  forma, 
le  significó  le  había  parecido  muy  bien,  con  otras  palabras  en  orden  a 


(8)  En  vista  de  las  sentencias  de  algunos  de  los  reos  que  quedan  señalados  y  que  fueron 
condenados  a  salir  en  auto  público,  según  hemos  indicado,  parece  que  puede  colegirse  que 
tsa  ceremonia  ha  debido  tener  lugar  en  algunos  de  los  años  anteriores  al  de  1707.  Al  margen 
o  a  la  conclusión  de  algunas  de  las  relaciones  de  las  causas  de  esta  época  se  dice  también 
que  la  pena  se  ha  cumplido  el  20  de  abril  de  1704;  y  aunque  los  documentos  no  dan  razón 
IJrecisa  de  la  verificación  del  auto,  creemos  que  la  afirmativa  es  muy  probable. 

Las  relaciones  de  las  causas  referidas  fueron  enviadas  al  Consejo  con  carta  de  12  de 
diciembre,  en  que  se  leen  las  palabras  siguientes,  que  apuntamos  aquí  como  complemento 
a  los  datos  que  dejamos  consignados  a  propósito  de  estos  reos:  .  "No  se  cobra  un  real 
que  no  cueste  actuación  judicial  y  muchas  dilijencias,  que  ocupan  las  horas  de  audiencia  de 
mañana  y  tarde  y  a  los  ministros  públicos  y  del  secreto;  conteniéndonos  a  no  actuar  muchas 
mas  causas  de  fe  lo  grasoso  que  fuera  al  fisco  y  casi  imposible  en  el  estado  presente  mantener 
la  copia  de  reos  que  pudiesen  estar  en  cárceles  secretas,  precisándonos  a  [wner  algunos  en 
las  públicas  de  la  ciudad,  y  a  otros  en  conventos  de  regulares  y  hospitales,  por  el  miserable 
estado  de  las  rentas  del  fisco". 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


203 


enamorarla,  citándola  para  verse  con  ella  en  aquel  sitio  y  forma  otras 
veces. 

Al  día  siguiente  de  prestadas  estas  declaraciones,  compareció  espon- 
táneamente el  reo  a  denunciarse,  y  habiéndosele  hecho  cargos  de  que  se 
presentaba  dos  meses  después  de  sucedidos  los  hechos  que  quedan 
referidos,  respondió  que  lo  hacía  porque  en  casa  de  las  susodichas  se 
hablaba  de  lo  sucedido,  según  había  sabido. 

La  testigo  sexta,  española,  menor  de  edad,  doncella,  expuso  que 
el  jesuíta  era  su  confesor  y  que  en  el  confesonario  le  había  puesto  la 
mano  sobre  los  pechos,  diciéndola:  "cómo  te  va,  hija.  Tienes  escapula- 
rio?" y  después,  pasándola  la  mano  por  sobre  el  vestido  le  había  dicho 
cómo  estaba  tan  gorda  haciendo  tantas  penitencias;  y  que  algunas  veces, 
acabado  de  confesarla,  intentó  levantarle  las  puntas  ciel  manto  para  verle 
el  cuerpo,  y  otras  llegaba  su  rostro  a  la  de  la  testigo,  tratándola  cariño- 
samente. 

La  séptima,  mujer  menor,  doncella,  declaró  que  el  padre  le  había 
metido  la  mano  en  los  pechos  en  el  confesonario,  y  que  habiéndose  con 
esto  retirado,  la  buscó  en  su  casa,  citándola  para  la  iglesia,  donde  la 
volvió  a  hablar  de  amores  y  la  persuadió  a  que  se  viese  con  él  a  solas 
en  un  sitio  que  le  indicó. 

La  testigo  octava  era  una  religiosa,  que  depuso  que  hallándose  en 
ilícita  amistad  con  cierto  sujeto  (según  parece  antes  de  profesar),  se 
confesó  con  el  reo,  quien  le  aconsejó  que  abandonase  a  su  amante  "por 
no  poderla  remediar,  y  que  habiendo  ido  de  visita  a  su  casa,  la  gozó 
lascivamente,  dejándola  ocupada  de  una  hija  que  parió". 

Morante  que  había  salido  de  Piura  muy  niño  para  entrar  en  Lima 
en  la  Compañía  a  los  trece  años  de  edad,  después  de  ordenarse,  estuvo 
empleado  en  Huamanga  y  Trujillo.  Llevado  a  la  cárcel  a  consecuencia 
de  las  denunciaciones  indicadas,  se  enfermó  a  poco,  siendo  a  causa  de 
esto  colocado  en  casa  del  alcaide  y  posteriormente  en  el  Noviciado  de 
su  Orden.  En  sus  confesiones,  dijo  ser  verdaderas  la  mayor  parte  de 
las  declaraciones  que  obraban  contra  él,  limitándose  en  su  defensa  a 
decir  que  algunas  de  sus  acusadoras,  eran  mujeres  públicas,  circunstan- 
cia que  no  pudo  acreditarse  sino  de  dos  o  tres:  saliendo  condenado  a 
que  oyese  la  lectura  de  su  sentencia  en  presencia  de  los  secretarios  del 
secreto,  a  que  abjurase  de  levi,  en  privación  perpetua  de  confesar  muje- 
res, y  en  destierro  del  Cuzco  [)or  seis  años,  amén  de  algunos  ayunos  y 
rezos. 


204 


J.  T.  MEDINA 


José  de  Buendía,  jesuíta,  profeso  de  cuarto  voto,  natural  de  Lima, 
de  sesenta  y  seis  años,  fué  denunciado  de  las  solicitaciones,  hechos  y  pro- 
posiciones siguientes : 

Una  beata  dominicana  de  buena  opinión,  depuso  que  siendo  el 
reo  su  confesor,  en  el  mismo  confesonario,  antes  de  comenzar  el  acto, 
la  solicitó  e  instó  a  que  "cayese"  con  él,  diciéndole  que  confesándose  con 
él,  estaría  guardada  su  honra,  que  era  voluntad  de  Dios  cayese  con  él, 
a  fin  de  que  tuviese  que  llorar  y  ser  como  San  Pedro,  lo  que  le  mandaba 
debajo  de  obediencia,  como  su  padre  espiritual  que  era;  y  que  hacién- 
dole ella  cargos  de  cómo  estando  consagrada  a  Dios  y  habiendo  hecho 
voto  de  castidad  la  quería  perder,  la  replicó  que  no  era  Santa  Teresa 
ni  Santa  Gertrudis,  ni  sabía  si  Dios  había  aceptado  su  voto  de  castidad, 
ni  que  Dios  tenía  honra;  que  no  importaba  que  una  beata  saliese  por 
las  calles  con  el  vientre  abultado,  y  que  así  su  resistencia  era  sober- 
bia, etc. 

La  cuarta  testigo,  religiosa  de  las  Carmelitas,  dijo  que  Buendía  la 
había  provocado  a  actos  torpes  diversas  veces  en  el  confesonario,  y  en 
algunas  le  refirió  que  allí  había  tenido  .  .  instándola  a  que  las  tuviese 
la  penitente,  y  en  otras  a  que  se  le  viese  sus  partes  naturales  por  la  rejilla 
del  confesonario;  cobrándole  también  celos  de  otro  padre. 

Otros  testigos  le  acusaron  de  que  venerándose  en  Lima  la  memoria 
de  Nicolás  Aillón  como  santo  (9),  había  él  contribuido  a  ello  con  sus 
alabanzas,  exageradas,  de  lo  que  él  mismo  declaraba  tener  la  culpa, 
con  el  sermón  que  predicara  en  sus  exequias;  aunque  en  su  abono  ex- 
presaba que  nunca  se  pudo  imaginar  que  la  cosa  pásese  tan  adelante, 
lo  que  se  le  probó  haber  expresado  sólo  después  de  haberse  disgustado 
con  la  viuda  del  difunto,  con  quien  de  antes  se  hallaba  en  muy  buenas 
relaciones. 

En  11  de  abril  de  1703,  compareció  el  reo  con  un  papel  escrito  de 
su  mano,  en  que  se  denunciaba  al  Tribunal;  mas,  por  ser  privado  del 
Virrey,  los  Inquisidores  resolvieron  ante  todo  consultar  el  caso  a  España, 
donde  se  mandó  en  diciembre  de  1709  que  se  prosiguiese  la  causa.  En 
consecuencia,  se  siguieron  recibiendo  algunas  declaraciones  y  entre  otras, 
las  de  tres  sacerdotes  que  acusaban  al  jesuíta  de  palabras  malsonantes 
dichas  en  el  pulpito.  Reducido  a  prisión  en  16  de  noviembre  de  1711, 
confesó  los  delitos  de  que  se  le  acusaba,  insistiendo  especialmente  en 


(9)  Véase  iobre  cmc  panioular  lo  que  ilecimos  más  adelante  en  el  capítulo  siguiente. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


205 


aquellos  que  habían  mediado  con  monjas;  y  votada  su  causa  en  23  de 
marzo  de  1712,  se  resolvió  que  saliese  en  forma  de  penitente  a  la  sala 
de  audiencia,  para  que  en  presencia  de  los  párrocos,  prelados  de  las 
religiones  y  de  sus  compañeros  confesores  le  fuese  leída  su  sentencia 
con  méritos,  mandándosele  que  abjurase  de  levi,  quedase  perpetuamente 
privado  de  confesar  hombres  y  mujeres,  suspendido  de  la  predicación 
por  dos  años,  con  privación  de  voz  activa  y  pasiva,  y  a  que  retractase 
en  la  parroquia  de  Santa  Ana  las  proposiciones  que  le  fueron  calificadas: 
lo  que  cumplió  en  un  día  de  gran  concurso  de  gente.  Desterrado  ade- 
más a  Huamanga,  con  informe  de  sus  prelados  y  de  algunos  curanderos, 
pretendió  quedarse  en  el  camino,  pero  habiendo  resultado  sus  excusas 
afectadas  y  supuestas,  se  le  mandó  seguir  su  jornada  (10). 

Martín  Galindo  y  Jacinto  Colona,  de  Chile;  Diego  Ascencio  de 
Vera,  natural  de  Riobamba;  D.  Francisco  Hernández  de  Rivera,  capi- 
tán de  artillería  en  el  Callao;  Margarita  Ceballos,  cuzqueña;  Antonia 
María  Saldaña,  mestiza,  de  Moyobamba;  Nicolás  Antonio  de  Zabaleta, 
de  Cajamarca;  Isabel  Petrona  de  Arteaga,  mestiza,  de  Tarma;  Pedro 
Clemente,  de  Marsella,  procesado  en  Chile;  y  Juan  Tomás  de  Araujo, 
músico,  de  Alcalá:  todos  los  cuales  fueron  castigados  por  bigamos. 

Por  idéntica  causa  lo  fueron  Antonio  de  San  Agustín,  lego  corista, 
profeso  en  Alcalá,  de  cincuenta  años,  que  después  de  apostatar  se  fué 
a  Saña,  donde  se  hizo  médico  y  comerciante  y  en  seguida  se  casó;  y 
Fr.  Domingo  de  San  Juan,  de  Mechoacán,  vecino  de  La  Paz,  que  se 
había  casado  en  Sicasica. 

Fr.  Tomás  Martínez  de  Eguibar,  natural  de  Potosí,  que  hizo  igual 
cosa  en  un  pueblo  del  arzobispado  de  La  Plata. 

Fr.  Juan  García  Cabello,  lego  profeso  de  la  Merced,  que  se  denun- 
ció en  el  Cuzco. 

Fr.  Fabián  de  Castro,  también  lego  mercedario,  profeso  en  Sevilla, 
que  yendo  de  camino  para  esta  última  ciudad  desde  Huamanga,  celebró 
cuatro  misas  a  persuasión  de  varios  arrieros  en  cuya  compañía  hacía 
el  viaje. 

Fr.  Francisco  de  Rojas,  religioso  profeso  de  San  Francisco,  guardián 
del  convento  de  su  orden  de  Guayaquil,  natural  de  Burgos,  de  cuarenta 
años,  denunciado  por  solicitante,  en  Chimbo,  en  1706.  Una  doncella 


(10)  Ruendía  es  autor  del  libro  Vitiii  ndniiiiil'le  y  prodigiosas  virtudes  del  venerable  y 
aposlóüio  padre  Francisco  del  Castillo,  de  la  Compañía  de  jesiís,  Madrid,  1693, 


206 


J.  T.  MEDINA 


virtuosa  depuso  que  habiéndose  confesado  con  él  a  la  puerta  de  su  celda, 
una  vez  absuclta,  la  levantó  en  brazos,  y  sentándola  junto  a  sí,  tuvo 
con  ella  tocamientos,  diciéndola  si  quería  condescender  con  él,  y  como 
ella  se  resistiese,  la  entró  a  su  habitación,  donde  la  osculó  y  regaló  dos 
ramos  de  flores.  Otra  mujer  depuso  de  que  refiriéndole  en  confesión  de 
que  no  la  habían  querido  absolver  por  no  tener  bula  de  cruzada,  lo 
hizo  Rojas,  a  condición  de  que  entrase  en  relaciones  con  él.  Dos  años 
después  de  votada  su  prisión,  fué  llevado  a  Lima,  donde  algunos  meses 
después  se  le  amonestó  para  que  se  abstuviese  de  confesar,  "en  cuanto 
estuviese  de  su  parte". 

Fr.  Ignacio  Ximénez  de  Cisneros,  profeso  de  San  Juan  de  Dios, 
acusado  de  haber  dado  la  absolución  a  un  enfermo,  fué  reprendido  y 
obligado  a  guardar  conventualidad  en  Huamanga. 

Fr.  Francisco  del  Rosario  Paguegue,  natural  de  Guipúzcoa,  fran- 
ciscano, guardián  del  convento  de  San  Diego  de  Quito,  se  denunció  ante 
el  comisario  de  Cuenca  de  que  se  había  procurado  una  yerba  llamada 
espuela  de  caballero,  que  decían  era  eficaz  para  ser  uno  atendido  de 
hombres  y  mujeres,  y  que  con  objeto  de  obtener  las  buenas  gracias  de 
una  mujer  se  había  valido  de  unos  cabellos  suyos,  que  había  metido 
en  la  suela  de  sus  zapatos:  recetas  ambas  que  le  habían  resultado  in- 
eficaces por  la  poca  fe  con  que  decía  las  había  empleado;  que  solicitó 
adivinos  para  descubrir  las  cosas  perdidas;  que  llamó  con  todas  sus 
fuerzas  al  demonio;  que  usó  cuatro  veces  de  la  suerte  del  cedazo,  po- 
niendo dentro  unos  caracteres  en  cruz  y  sobre  ellos  unas  tijeras  en  la 
misma  forma,  invocando  los  nombres  de  San  Pedro  y  San  Pablo  y  a 
Cristo  crucificado,  para  descubrir  tesoros,  y  que  en  dicha  ocasión,  para 
cerciorarse  de  la  virtud  del  conjuro,  había  escondido  un  patacón  en 
parte  oculta,  donde  le  descubrió  un  cómplice,  aunque  en  otras  no  le 
salió  cierta  la  dicha  suerte;  que  había  usado  también  de  la  de  las  varillas, 
rezando  el  credo,  para  encontrar  huesos  de  santos;  y  por  fin,  que  para 
saber  los  ascensos  y  honores  que  tendría  en  su  carrera,  había  derramado 
un  huevo  sobre  un  vidrio  la  noche  de  San  Juan.  Su  sentencia  se  leyó 
en  la  sala  de  audiencia,  sin  méritos,  abjuró  de  levi  y  fué  absuelto  ad 
cautelam. 

Fr.  Diego  de  Jesús  María  Armentos,  alias  el  licenciado  don  Juan 
María  de  Guevara,  religioso  corista,  franciscano  de  La  Plata,  natural 
de  Tarija,  abogado,  fué  acusado  de  que  después  de  su  profesión  había 
apostatado  dedicándose  a  la  abogacía  y  casándose  en  seguida.  El  reo 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


207- 


había  estudiado  gramática  en  el  seminario  de  Chuquisaca  y  artes  en 
Lima,  graduándose  de  bachiller  en  cánones,  afirmándose  en  que  su 
profesión  había  sido  forzada  por  las  amenazas  de  muerte  que  le  hizo 
su  tutor.  Después  de  haberse  debilitado  mucho  en  la  prisión,  fué  recluso 
en  el  convento  de  su  Orden,  donde  falleció  en  1714,  antes  de  que  en  su 
causa  se  dictase  sentencia. 

Celio  Riveros  del  Jordán,  platero,  natural  del  Brasil,  compareció 
espontáneamente  por  consejos  de  su  confesor,  declarando  bajo  jura- 
mento que  era  bautizado,  que  confesaba  y  comulgaba,  y  que  de  edad 
de  nueve  años,  deseoso  de  ver  a  su  padre  que  navegaba  en  los  mares 
de  su  patria,  se  había  embarcado  en  una  nave  que  cautivaron  los  moros, 
siendo  llevado  a  la  ciudad  de  Bilbilis,  donde  le  encerraron  en  un  lugar 
que  llaman  los  baños,  en  compañía  de  tres  hombres  católicos,  y  que 
allí  comió  del  pan  y  bebió  del  vino  que  tenían  preparados  los  moros 
para  después  de  comer  en  señal  de  religión,  por  lo  cual  cierto  sacerdote 
cristiano  que  entre  ellos  estaba,  le  dió  de  azotes,  castigo  que  le  valiera 
ser  llevado  a  casa  de  un  moro,  que  con  grandes  agasajos  le  cuidaba  y 
enseñaba  algunas  oraciones  en  su  lengua;  que  le  llevaba  a  su  ama  el 
cojín  y  la  alfombra  al  templo,  donde  había  una  estatua  del  verdadero 
profeta,  que  decían,  y  donde  después  de  predicar  sus  doctores,  se  lle- 
gaban los  fieles  a  una  baranda,  y  tomaban  unas  tripas  sopladas  que  pen- 
dían de  las  orejas  de  la  estatua  y  por  ellas  se  confesaban  y  pedían  gracia, 
lo  que  también  hacía  el  reo,  pero  teniendo  siempre  cuidado  de  decir 
alguna  desvergüenza  para  saber  si  aquel  ídolo  era  el  verdadero  Dios; 
y  que  estando  ya  resuelto  a  tornarse  moro,  hallándose  enterando  el  plazo 
de  cuatro  años  que  se  concedía  de  probación  a  los  neófitos,  había  llega- 
do un  redentor  que  le  rescató.  Después  cié  esta  confesión,  Guevara  fué 
absuelto  ad  cautelam,  reprendido  en  la  sala  y  colocado  bajo  la  inspec- 
ción de  un  calificador  para  que  le  instruyese. 

María  Flores,  alias  Candela,  mestiza,  natural  y  vecina  del  Cuzco, 
de  más  de  cincuenta  años,  acusada  de  que  iba  a  Lima  en  veinticuatro 
horas  y  volvía  en  otras  tantas;  de  que  agasajaba  una  culebra  que  estaba 
a  los  pies  de  un  crucifijo  y  que  tomaba  a  éste  de  las  barbas  cuando  se 
hallaba  enojada;  que  exigía  que  no  rezasen  el  credo,  porque  decía  que 
había  de  reventar  al  oírlo;  c]ue  tenía  un  Ecce  Homo,  al  cual  llamaba 
Pepito,  y  le  encendía  luces  y  cuando  estaba  disgustada  con  su  amante 
le  daba  de  bofetadas  y  le  decía  que  era  un  perro  Pepito,  metiéndole 
coca  en  la  boca  para  el  efecto  de  sus  maleficios;  que  en  varias  ocasiones 


208 


J.  T.  MEDINA 


había  hecho  bailar  un  huevo  y  unas  tijeras,  etc.  Reducida  a  prisión  y 
habiendo  negado  los  hechos  que  se  le  imputaban,  fué  votada  a  tormen- 
to, que  se  le  aplicó  hasta  la  tercera  vuelta  de  mancuerda,  sin  que  con- 
fesase cosa  alguna;  siendo  condenada  a  salir  en  un  auto  particular  de 
fe,  que  tuvo  lugar  en  la  capilla  de  San  Pedro  Mártir,  el  15  de  diciembre 
de  1709. 

Alejandro  de  Vargas,  mestizo,  de  Cajamarca,  vecino  de  Lima,  de 
treinta  y  tres  años,  labrador,  denunciado  por  brujo  y  curandero,  se 
presentó  espontáneamente  al  Tribunal,  diciendo  que  curaba  mediante 
los  maleficios  y  brujerías  de  una  piedra  pequeña,  larga  y  lisa,  de  color 
negro,  que  llamaba  "anchico",  con  la  cual  refregaba  la  parte  enferma, 
aplicando  juntamente  unturas  de  sebo  de  macho,  que  se  esponjaba  en 
la  mano  al  tiempo  que  iba  diciendo  "en  el  nombre  de  San  Pedro  y  San 
Pablo,  de  tí  me  valgo",  y  en  dando  vueltas  la  piedra,  cuando  caía  al 
suelo,  era  señal  de  estar  maleficiada  la  persona  por  quien  se  hacía  la 
ceremonia,  y  que  esta  piedra  se  la  había  comprado  a  un  indio  en  veinte 
pesos,  al  ver  las  curaciones  que  ejecutaba  con  ella  sacando  del  cuerpo 
de  los  enfermos  gusanos  y  otras  sabandijas. 

Después  de  relatar  largamente  los  maravillosos  efectos  que  había 
experimentado  en  sí  mismo  con  tales  artes,  más  tarde  se  delató  de  que 
todo  era  invención  suya,  pues  llevaba  de  antemano  preparadas  todas 
las  cosas  que  decía  después  haber  extraído  del  cuerpo  de  los  pacientes; 
y  por  hallarse  gravemente  enfermo  del  mal  de  bubas,  fué  sacado  de 
la  prisión  y  trasladado  a  un  hospital  para  que  fuese  puesto  en  cura,  para 
ser  después  llevado  nuevamente  a  la  cárcel  y  recibir  tormento,  "según 
estilo  del  Santo  Oficio,  y  dada  la  primera  vuelta,  dijo  que  tenia  confesa- 
da la  verdad  y  no  otra  cosa,  y  cesó  el  tormento".  El  11  de  diciembre  de 
1709  salió  en  auto  particular,  con  sambenito  de  media  aspa  e  insignias 
de  polígamo  (que  también  lo  era),  abjuró  de  levi,  fué  absuelto  ad  cau- 
telam  y  desterrado  a  Valdivia,  con  perdimiento  de  la  mitad  de  sus 
bienes. 

Félix  Canelas,  mulato,  sastre,  penitenciado  ya  anteriormente  por 
sortílego,  fué  de  nuevo  denunciado  de  que  daba  yerbas  a  las  mujeres 
(que  no  salían  de  su  casa  sin  pagar  tributo)  para  que  sus  amantes  no 
las  olvidasen;  siendo  sentenciado,  además  de  las  penas  ordinarias,  a 
salir  a  la  vergüenza,  recibir  doscientos  azotes  y  marchar  desterrado 
para  Concepción. 

Juan  de  Dios  Solano,  mulato,  del  Callao,  que  usaba  de  supersticio- 


LA  INQUISICIÓM  DE  LIMA 


nes  análogas,  y  entre  otras,  de  un  gallo  que  metía  dentro  de  una  cesta, 
con  la  invocación  de  San  Pedro  y  San  Pablo. 

Rosa  Pita,  o  de  la  Cerda,  negra  de  Trujillo,  casada,  que  daba  pro- 
nósticos por  las  señales  que  dejaba  en  la  mano  la  coca  mascada,  salió 
en  auto  y  recibió  doscientos  azotes  por  las  calles  públicas. 

Fernando  Hurtado  de  Quezada,  vecino  de  Lima,  de  veintiún  años, 
que  habiendo  encontrado  una  noche  abiertas  las  puertas  del  Sagrario, 
hurtó  la  píxide  con  las  formas  consagradas  que  encerraba,  las  cuales 
guardó  en  un  papel  y  las  fué  a  enterrar  en  la  vecindad  de  una  acequia 
de  la  Alameda.  Preso  por  la  justicia  real  y  reclamado  en  seguida  por 
la  Inquisición,  que  lo  hizo  extraer  de  la  misma  casa  del  fiscal  real  donde 
se  le  había  detenido,  su  causa  dió  origen  a  una  ruidosa  cuestión  de 
competencia  que  terminó  a  favor  del  Santo  Oficio,  cuyos  ministros  se 
empeñaron  en  poner  el  reo  a  cuestión  de  tormento  para  que  declarase 
la  intención  que  hubiera  tenido  al  cometer  tan  atroz  sacrilegio,  a  pesar 
de  las  protestas  del  delincuente  que  aseguraba  haber  procedido  sólo 
instado  del  demonio  y  no  de  ninguna  falsa  creencia;  y  visto  que  se 
afirmaba  en  este  propósito,  los  jueces  se  limitaron  entonces  a  llevarlo 
a  la  cámara  y  atarle  los  brazos,  para  condenarlo  en  definitiva  a  que 
abjurase  de  le  vi,  fuese  reprendido  y  desterrado  por  diez  años  a  Valdivia, 

Durante  los  años  transcurridos  desde  el  de  1707  al  de  1713  fueron 
absueltos  ad  cautelam,  después  de  reconciliados  circa  relapsia  algunos 
marineros,  en  su  mayor  parte  ingleses,  que  habían  sido  enviados  a  Li- 
ma como  prisioneros  de  guerra  y  que  fueron  presentados  en  el  Tribunal 
por  los  jesuítas,  previa  declaración  que  hicieron  de  ir  errados  en  el 
protestantismo  y  que  querían  ser  admitidos  en  el  gremio  de  la  Iglesia 
católica  y  seguir  sus  prácticas,  como  único  camino  de  salvación.  La  ma- 
yor parte  de  ellos  no  entendían  el  castellano  y  sus  nombres  eran:  Gui- 
llermo Estragente,  Samuel  Hendy,  Roberto  Lanfort,  Tomás  Porter, 
Guillermo  Cullen,  Juan  Debaistre,  Jacobo  Van  Espen,  Tomás  Sterling, 
Felipe  Bernard,  Jacobo  Gillis,  Guillermo  Waters,  Simón  Hatrey,  Cris- 
tóbal Leech,  Juan  Keyby,  Tomás  Brayer  y  Juan  de  Bruss. 

Desde  1713  a  1721  fueron  penitenciados: 

Por  polígamos,  José  Vélez  del  Castillo,  alias  Juan  de  Salazar,  natu- 
ral de  Santander,  que  viniendo  a  Chile  tle  soldado  se  huyó  en  Buenos 
Aires  y  se  casó  en  Tarija  y  Trujillo;  siendo  absuelto  después  de  ocho 
años  de  incoada  su  causa. 

Juan  José  de  Otárola,  alias  Chepc  el  cocinero,  cuarterón,  labrador 

14 — La  Inquis  ición  Je  Lima   l'uino  1 1 


210 


J.  T.  MEDINA 


en  Jauja,  procesado  por  testigo  falso  en  una  información  de  soltería; 
Juan  Arias,  mestizo,  sombrerero  de  Riobamba,  que  habiéndose  denuncia- 
do él  mismo,  fué  condenado  a  azotes  y  destierro;  Francisco  de  Villaseñor 
y  Angulo,  natural  de  Cuenca,  mercader,  residente  en  Oruro,  que  también 
denunció  de  sí;  Francisco  de  Fuentes,  mulato  libre,  natural  y  vecino 
de  Pativilca,  que  habiendo  salido  en  bestia  de  albarda,  recibió  doscien- 
tos azotes  a  voz  de  pregonero;  José  Urbano  de  Espinosa,  mestizo,  na- 
tural de  Paita,  fué  exceptuado  de  los  azotes  y  desterrado  a  Concepción; 
Juana  Petrona  Caballero,  que  no  escapó  a  la  vergüenza  ni  a  los  azotes; 
José  García  de  Arcos  y  Toledo,  herrero,  de  Tarma,  condenado  a  lo 
mismo;  Gabriel  de  Rueda,  español,  mercader,  residente  en  Paita;  Felipe 
de  la  Torre,  que  oyó  su  sentencia  sin  méritos  y  abjuró  de  levi;  Miguel 
de  la  Benita,  labrador,  vecino  de  Lima,  y  Juan  de  San  Martín,  residente 
en  Guayaquil,  que  habiéndose  enfermado  en  la  prisión,  fué  trasladado 
a  un  hospital,  donde  murió  poco  después,  "con  señales  de  arrepenti- 
miento"; y  José  Godoy,  de  Chile. 

Juan  Bautista  Busugnet,  natural  de  París,  soltero,  de  veintitrés  años, 
platero  y  lapidario,  residente  en  Lima,  testificado  en  marzo  de  1711  de 
haber  dicho  que  no  reverenciaba  la  hechura  de  un  niño  Jesús  por  ser 
de  palo,  sino  a  Dios;  que  en  el  Santísimo  Sacramento  no  adoraba  un 
pedazo  de  pan,  sino  a  Dios;  que  la  ley  de  los  judíos  era  mejor  que  la 
de  los  cristianos,  porque  aquélla  la  había  dado  Dios  y  ésta  no  sabía  cómo 
lo  había  sido;  que  no  daba  limosna  para  las  ánimas;  que  él  era  judío, 
y  que  le  argumentasen;  Jesucristo  un  perro,  que  ellos  (los  judíos)  le 
castigaron;  y  por  fin,  que  no  quería  creer  en  pataratas. 

En  el  curso  del  proceso  agregó  que  aunque  siempre  se  había  con- 
fesado y  comulgado,  había  dejado  de  hacer  ambas  cosas  desde  que  co- 
nociera mujeres,  porque  no  quería  renunciar  a  ellas.  Refirió  que  de 
edad  de  catorce  años  había  salido  del  lado  de  sus  padres  para  ir  a  Ams- 
terdam  a  perfeccionarse  en  su  oficio  de  lapidario,  y  que  una  vez  termi- 
nados sus  estudios,  había  regresado  a  París,  de  donde  salió  para  venir 
a  establecerse  con  tienda  en  Lima,  trayendo  algunas  cartas  de  recomen- 
dación; que  en  cuanto  a  la  causa  de  su  prisión,  sólo  sospechaba  que  sería 
porque  una  vez  se  había  manifestado  admirado  de  que  hubiese  danzas 
en  la  procesión  del  Corpus,  y  porque  en  un  entierro  muy  suntuoso 
había  dicho  que  tanta  pompa  era  inútil  ya  que  el  muerto  no  había  de 
menester  nada. 

En  el  curso  de  su  prisión  el  reo  trató  de  ahorcarse,  y  no  habiéndolo 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


.211 


logrado,  "fué  llevado  a  la  cámara  del  tormento,  y  hechas  con  él  las 
diligencias  de  derecho  y  estilo,  habiendo  comenzado  a  dar  la  primda 
vuelta,  dijo  ser  católico  cristiano  ;  y  habiéndole  dado  temblor  en  ei 
cuerpo  y  vuelto  los  ojos,  con  palidez  en  el  cuerpo,  se  mandó  cesar  en 
el  tormento,  por  causa  de  ser  menor,  con  la  protesta  de  repetirlo  cuando 
paresciese". 

Siete  días  después  fué  condenado  a  salir  en  auto  público,  con  insig- 
nias de  penitente,  sambenito  de  dos  aspas,  donde  se  leyese  su  sentencia 
con  méritos,  abjurase  de  jormali,  fuese  absuelto,  con  perdimiento  de 
todos  sus  bienes,  y  encarcelado  por  tres  años  en  Valdivia.  El  12  de  mayo 
de  1717  se  celebraba  en  la  capilla  de  San  Pedro  Mártir,  auto  particular 
para  el  cumplimiento  de  esta  sentencia. 

Pedro  de  León,  alias  Pedro  de  Gamos,  natural  de  Alicante,  soltero, 
de  veintidós  años,  denunciado  en  Buenos  Aires  por  haber  terciado  en 
una  disputa  de  religión  entre  franceses  e  ingleses,  afirmándose  en  que 
éstos  se  salvaban  en  su  ley;  a  que  añadía  el  denunciante  que  en  el  dis- 
curso de  viaje  se  había  observado  que  el  reo  no  se  persignaba,  ni  cargaba 
rosario,  ni  practicaba  devoción  alguna. 

Mandado  traer  preso  desde  Lima,  y  una  vez  en  el  Tribunal,  contó 
que  siendo  muy  niño  se  había  embarcado  para  Orán  y  que  en  el  camino 
la  embarcación  en  que  nrvegaba  había  sido  apresada  por  una  inglesa, 
y  ésta,  a  su  vez,  por  una  trancesa,  en  Gibraltar,  de  donde  le  llevaron 
a  Marsella;  que  entonces  figuró  en  varias  expediciones  de  corso,  hasta 
que  fué  de  nuevo  apresado  y  llevado  a  Inglaterra,  de  cuyo  país  se  esca- 
pó, pasando  a  Guinea  y  en  seguida  a  Buenos  Aires. 

Votado  a  tormento  "sobre  la  intención  y  falsa  creencia  de  lo  que 
estaba  testificado,  lo  que  se  ejecutó  con  el  de  la  mancuerda,  y  habiendo 
confesado  no  haber  tenido  mala  intención,  a  la  segunda  vuelta,  dijo: 
Ay!  Virgen  .soberana,  reina  de  las  jerarquías,  venga  un  confesor,  ma- 
tarme de  una  vez,  siempre  he  creído  en  mi  ley,  ay!  ay!  señor,  digo 
la  verdad  por  la  pasión  y  muerte;  y  continuando  el  tormento,  dijo  que 
no  sabia  que  decir,  que  tenia  dicha  la  verdad  por  Jesucristo,  y  habién- 
dose .suspendido  la  diligencia,  se  ratificó  a  las  veinticuatro  horas". 

Quince  días  después  .salía  a  la  capilla  como  penitente,  con  sambenito 
de  media  aspa,  para  abjurar  de  vehementi  y  ser  desterrado  por  tres 
años,  con  perdimiento  de  todos  sus  bienes. 

Francisco  Petrel,  natural  de  Rennes,  marinero  del  navio  francés 
"Santa  Rosa",  casado,  de  treinta  y  ocho  años,  fué  testificado  de  haber  dicho 


212 


J.  T.  MEDINA 


que  la  ley  de  Moisés  era  buena,  que  Jesucristo  había  pecado,  como  lo 
decía  el  evangelio,  sobre  lo  cual  había  estado  altercando  con  el  inter- 
locutor que  le  denunció.  En  las  audiencias  que  con  él  se  tuvieron  hubo 
de  emplearse  el  latín,  porque  nadie  le  entendía  lo  que  decía  en  su  len- 
gua. En  balde  el  capellán  de  su  nave  le  recomendó  al  Tribunal  como 
católico,  pues  hubo  que  encerrarle  en  las  cárceles,  donde  el  infeliz  se 
manifestó  tan  acongojado  que  se  echó  de  rodillas  ante  el  alcaide  para 
pedir  perdón,  lo  que  sólo  le  valió  que  le  pusiesen  un  par  de  grillos; 
siendo  al  fin,  después  de  cinco  meses,  absuelto  de  la  instancia  por  cuanto 
los  testigos  no  estuvieron  medianamente  acordes  en  sus  dichos. 

Juan  Caballero  Coronel,  vecino  de  Lima,  soldado,  cristiano  viejo, 
de  edad  de  cincuenta  años,  que  se  denunció  de  que  cuando  perdía  en 
el  juego  se  daba  de  golpes  contra  las  mesas  y  paredes,  profiriendo  pa- 
labras ofensivas  a  Dios  y  sus  santos,  dando  puñadas  a  las  imágenes  e 
invocando  a  veces  al  demonio  por  los  campos. 

Juan  de  Landa,  labrador,  de  Conchucos,  se  denunció  de  haber  so- 
licitado igualmente  al  demonio,  firmándole  cédula  en  que  se  obligaba 
a  darle  el  alma  dentro  de  veinte  años,  a  condición  de  que  le  diese  teso- 
ros y  fortuna. 

Manuel  Jerónimo  de  Segura,  lego  de  la  Merced,  procesado  en  San- 
tiago de  Chile. 

Felipe  de  Figueroa,  natural  de  Borgoña,  de  treinta  y  cuatro  años, 
que  se  hallaba  establecido  en  Cajamarca  como  maestro  de  escuela,  de- 
nunciado como  hereje  protestante,  sostuvo  que  era  católico  y  que  de 
niño  había  servido  de  monaguillo  en  la  parroquia  de  su  pueblo:  lo  que 
no  le  valió  para  ser  condenado  a  salir  en  forma  de  penitente  y  ser 
desterrado  a  Chile  por  dos  años. 

Tomás  de  la  Puente  Bearne,  mozo  de  pulpería,  oriundo  de  la  Na- 
varra francesa,  fué  denunciado  de  haber  preguntado  que  cuándo  moría 
Dios,  de  que  el  Papa  no  podía  echar  un  alma  al  cielo  y  de  otras  expre- 
siones, que  dijo  en  su  descargo  las  había  proferido  desesperado  con 
las  burlas  que  le  hacían  los  negros  de  su  oficio.  Habría  el  reo  escapado 
probablemente  del  tormento  si  no  hubiese  tenido  la  poca  discreción  de 
decir  una  vez  al  alcaide  que  los  inquisidores  eran  unos  ladrones  que 
procesaban  a  ías  gentes  para  quitarles  su  dinero;  pero  estas  palabras 
le  valieron  algunas  vueltas  de  mancuerda,  que  saliese  con  sambenito 
de  media  aspa,  destierro  a  Valdivia  por  tres  años  y  perdimiento  de 
bienes. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


213 


María  Josefa  de  la  Encarnación,  cuarterona,  vecina  de  Lima,  don- 
cella, de  más  de  cincuenta  años,  fué  testificada  por  tres  confesadas  de 
un  mismo  sacerdote  de  que  la  rea  había  tenido  ciertas  revelaciones, 
reducidas  según  ella  misma  lo  contaba,  a  que  la  Virgen  se  le  había 
aparecido  desde  la  edad  de  cuatro  años,  una  vez  que  pidiéndole  pan, 
le  dió  su  bendición,  diciéndole,  "hija,  yo  te  daré  el  pan  de  la  gracia  de 
mi  Hijo".  Hallándose  su  causa  en  estado  de  monición,  manifestó  que 
sólo  se  sentía  culpada  de  lo  que  referían  de  ella  algunas  personas,  de 
que  los  diablos  la  azotaban,  hecho  que  era  tan  cierto  que  su  madre  se 
veía  precisada  muchas  veces  a  defenderla.  Agregaba  que  veía  en  sueños 
a  Jesucristo  y  a  la  Virgen  María;  que  en  la  oración  se  transponía  como 
en  un  dulce  adormecimiento,  y  hallándose  fuera  de  sí,  le  ocurrían  las 
cosas  que  contaba.  Añadió  también  que  encontrándose  en  una  ocasión 
muy  enferma  y  extenuada  y  dispuesta  ya  para  morir,  por  la  gravedad 
del  accidente,  había  visto  en  su  aposento  una  cantidad  de  demonios 
que  la  echaban  mucho  fuego  de  lujuria,  y  abrazándose  con  ella  uno  que 
entró  en  figura  de  hombre,  se  había  subido  a  la  cama,  haciendo  que 
otros  la  sujetasen  con  fuerza  para  conocerla  carnalmente. 

Asimismo  expresó  que  la  noche  del  día  en  que  se  le  leyó  su  acu- 
sación, estando  dormida,  vió  a  Nuestro  Señor  en  un  Tribunal  muy 
hermoso  y  muchos  demonios  en  su  presencia  que  tenían  su  alma  en 
las  manos  y  decían,  "Señor,  justicia  contra  ésta";  y  que  habiendo  pare- 
cido allí  la  Virgen  y  San  Ignacio  a  rogar  por  ella,  dijo  el  Señor  que 
estaba  muy  irritado  contra  ella  porque  había  comunicado  a  las  criaturas 
los  favores  que  le  había  concedido  y  trabajos  que  la  había  enviado,  y 
que  sólo  confesando  en  el  Santo  Oficio  todo  lo  que  venía  contando 
la  perdonaría. 

Trasladada  al  hospital  por  su  crecida  edad  y  achaques,  fué  poco 
más  tarde  condenada  a  recibir,  desnuda  de  medio  cuerpo  arriba,  jinete 
en  bestia  de  albarda,  doscientos  azotes,  a  voz  de  pregonero,  después 
de  abjurar  de  levi  y  ser  absuelta  ad  cautelam. 

Agustina  Picón,  natural  y  vecina  de  Lima,  mujer  ya  madura,  que 
para  efectos  amatorios  se  valía  de  varios  sortilegios,  fué  condenada  a 
salir  en  forma  de  penitente,  con  abjuración  de  levi  y  destierro  por  cua- 
tro años. 

Doña  Juana  Saravia,  conocida  con  el  apodo  de  Chana  Luciana, 
soltera,  igualmente  avecindada  en  Lima,  que  confesaba  que  al  emplear 


214 


J.  T.  MEDINA 


la  coca  para  atraer  a  su  amante,  experimentaba  las  mismas  torpes  com- 
placencias y  nefarios  goces  como  si  realmente  cohabitase  con  el. 

Ambrosio  Vellido,  clérigo  de  menores,  residente  en  Huamanga, 
que  por  ciertas  preguntas  que  hizo  al  Comisario  de  su  pueblo,  fué  con- 
denado a  que  oyese  la  lectura  de  su  sentencia  en  el  Tribunal,  a  puertas 
abiertas. 

Don  Juan  de  Mijancas,  subdiácono,  natural  y  vecino  del  Cuzco, 
por  haber  celebrado  misa  y  oído  de  confesión. 

Fr.  Vicente  de  Santa  María,  lego  franciscano,  que  se  denunció  de 
que  desde  la  edad  de  siete  años  llamaba  al  demonio  para  que  le  facilitase 
dinero  y  le  favoreciese  en  sus  amores,  firmándole  cédulas  en  las  que 
renegaba  de  Dios  y  sus  santos;  aunque  añadió  que  había  pretendido 
engañarle,  ayunando  por  consejos  de  un  brujo,  nueve  días  antes  de  ir 
a  cierta  cueva  donde  debía  tener  lugar  la  cita,  y  arrojando  en  ella  un 
gallo  blanco,  unos  grillos  para  que  se  aprisionase  y  un  hueso  de  difunto 
con  cierto  envoltorio  que  le  diera  su  amigo  el  brujo  y  que  no  sabía 
para  qué  había  de  servir  en  aquel  lance. 

Fr.  José  Jiménez,  conocido  bajo  otros  dos  nombres,  lego  francisca- 
no, que  después  de  asesinar  a  un  cofrade,  se  escapó  para  el  Cuzco, 
celebrando  varias  misas  en  el  camino,  por  lo  cual  abjuró  de  levi  y  fué 
desterrado  a  Valdivia. 

Fr.  Pedro  de  Castañeda,  corista  del  convento  de  Predicadores  de 
Lima,  de  dieciocho  años,  que  había  ofrecido  su  alma  al  diablo,  a  con- 
dición de  que  le  proporcionase  cien  pesos  en  cada  mes. 

Fr.  Juan  José  de  Zamora,  lego  dominico,  que  hizo  otro  tanto,  pi- 
diendo en  cambio  que  le  diese  el  diablo  habilidad  y  le  hiciese  aventajar 
a  sus  condiscípulos  en  el  estudio  de  la  lógica,  por  lo  cual  fué  declarado 
apóstata  y  hereje;  Fr.  Martín  Ramírez,  también  lego  de  Santo  Domingo, 
que  se  casó  en  Huamanga,  y  Fr.  Andrés  de  Mayorga,  lego  mercedario 
de  Chuquisaca,  que  diputado  para  pedir  limosna,  se  permitió  celebrar 
algunas  misas;  Nicolás  de  Aguirre  Calderón,  subdiácono,  que  en  Tru- 
jillo  hacía  de  confesor;  y  Fr.  José  Luque,  religioso  franciscano  de  Lima, 
que  dijo  dos  misas  en  un  día;  abjuraron  de  levi  y  llevaron  las  penas 
de  estilo;  y  por  fin,  el  jesuíta  chileno  Juan  Mauro  Frontaura. 


CAPITULO  XXII 


Fiesta  a  la  canonización  de  San  Pedro  Arbués. — Exequias  de  Felipe  IV. — Edictos 
prohibiendo  varios  libros. — Estado  de  los  edificios  del  Tribunal. — Situación 
pecuniaria. — Nuevos  inquisidores. — Auto  de  fe  de  16  de  marzo  de  1693. — 
Causa  de  Angela  Carranza. — Incendio  ocurrido  en  las  casas  del  Santo  Oficio. 
— Auto  de  le  de  20  de  diciembre  de  1694. — Causas  contra  los  confesores  de 
la  Carranza. — Libro  del  padre  Sartolo  sobre  la  vida  de  Nicolás  Aillón. — 
Prohíbense  por  los  Inquisidores  varios  actos  literarios. 

Alternaron  los  Inquisidores  en  el  período  que  venimos  historiando 
el  despacho  de  las  causas  de  las  personas  que  dejamos  señaladas  y  la 
celebración  de  los  diminutos  autos  de  fe  en  que  aquellas  se  castigaron, 
con  algunas  fiestas  que  debemos  consignar  aquí  porque  acaso  fueran 
las  únicas  que  tuvieron  lugar  durante  toda  la  vida  del  adusto  Tribunal 
de  la  fe. 

En  efecto,  tan  pronto  como  se  recibió  en  Lima  la  noticia  de  que 
Pedro  de  Arbués,  primer  inquisidor  de  Zaragoza,  había  sido  colocado 
por  la  Iglesia  entre  los  santos  del  cielo  (1),  los  ministros  se  creyeron 
en  el  caso  de  festejar  con  toda  pompa  una  decisión  que  redundaba  en 
tanto  honor  suyo  y  del  Tribunal  a  cuyo  nombre  procedían. 

"Comunicóla  al  Conde  de  Santisteban,  virey  de.  estos  reinos,  al 
arzobispo  de  esta  metrópoli,  don  Pedro  de  Villagomez,  a  los  Cabildos 
eclesiásticos  y  secular,  que  afectuosos  retornaron  con  parabienes  y  sin- 
gulares aplausos  el  gozo  de  esta  noticia,  ofreciendo  hacer  algunos  fes- 
tejos de  toros,  torneos  y  comedias,  que  se  estimaron,  aunque  no  se 
admitieron. 


(I)  Vcasc  la  historia  del  a-scsinato  del  Inquisidor  y  su  bcatihcación,  en  Llórenle,  Histoire 
critique  de  Vliiqnisition  d'Espagne,  tomo  I,  págs.  189  y  siguientes. 


216 


J.  T.  MEDINA 


"Convocó  el  Tribunal  en  su  sala  de  audiencia  los  prelados  de  las 
religiones,  y  lo  mas  lucido  de  sus  ministros  y  familiares,  con  quienes 
dispuso  el  culto,  solemnidad  y  adorno  de  la  fiesta;  señalóse  para  el  día 
diez  y  siete  de  septiembre,  que  fué  el  de  su  glorioso  tránsito,  como  se 
expresa  en  la  bula  de  su  beatificación,  a  que  se  refiere  el  órden  de 
Vuestra  Alteza. 

"Miércoles  diez  y  seis  de  septiembre,  víspera  de  este  día,  al  punto 
de  las  tlocc,  comenzó  el  repique  de  campanas  (que  duró  por  espacio 
de  una  hora)  en  la  cathedral,  religiones,  parroquias  y  monasterios, 
cuyo  número  y  consonancia  despertó  la  devoción  de  los  fieles. 

"A  prima  noche  repitió  el  repique,  coronáronse  las  torres  de  lumi- 
narias y  fuegos,  el  Arzobispo  y  Cabildo  eclesiástico  y  secular  adornaron 
de  hachas  sus  balcones,  y  los  ministros  del  Santo  Oficio,  y  a  su  exemplo, 
mucha  parte  de  la  ciudad,  con  ostentación  de  luces,  fuegos  y  candela- 
das, y  lo  mismo  hicieron  las  religiones  y  parrochias  en  sus  iglesias  y 
torres. 

"El  Tribunal  dispuso  en  su  plaza  singulares  invenciones  de  fuego, 
y  entre  otras  piezas,  hubo  una  en  que  se  manifestó  el  alma  del  Santo, 
que  salió  de  su  cuerpo  a  vista  de  los  que  le  martirizaron,  y  por  la  parte 
superior,  se  demostró  un  rótulo  de  letras  de  fuego  que  decía.  Ora  pro 
nobis,  heate  Petre,  sin  otros  muchos  que  por  mas  de  hora  y  media  se 
dispararon  a  mano:  ardían  veinte  hachones  de  resina,  y  en  los  balcones 
de  los  Inquisidores  doctores  don  Cristóbal  de  Castilla  y  Zamora,  y  don 
Juan  de  Huerta  Gutiérrez,  mas  de  sesenta  hachas,  con  mucho  número 
de  luminarias  en  todo  el  contorno  y  circunferencia  del  Santo  Oficio, 
clarines  y  chirimías;  en  las  dos  galerías  del  inquisidor  doctor  don  Alvaro 
de  Ibarra,  se  pusieron  quarenta  hachas,  y  en  el  terrado  muchas  lumi- 
narias en  forma  de  estrellas,  cruces  y  soles,  que  por  la  variedad  de 
luces  y  colores  eran  muy  agradables  a  la  vista;  en  las  quatro  esquinas 
de  su  calle  se  disparó  un  castillo  de  fuego,  haciéndole  antes  la  salva 
copioso  número  de  cohetes:  tocaban  a  competencia  dos  clarines,  y  gene- 
ralmente deseaban  todos  excederse  en  la  celebridad  de  esta  noche. 

"La  religión  de  Santo  Domingo  se  esmeró  en  los  fuegos  y  con 
especialidad  en  el  adorno  de  sus  torres,  con  que  toda  la  ciudad  estuvo 
muy  regocijada. 

"El  dia  siguiente  por  la  mañana  concurrieron  en  las  casas  de  esta 
Inquisición  todos  sus  ministros,  compitiéndose  los  seculares  en  galas 
y  libreas;  pusiéronse  en  ala  mas  de  cinquenta  coches,  en  que  se  acom- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


217 


pañaron  al  Tribunal,  que  salió  a  las  nueve  a  la  iglesia  de  Santo  Domingo, 
donde  le  recibió  el  provincial  y  su  comunidad  con  el  obsequio  que 
acostumbra. 

"Era  tan  numeroso  el  concurso,  que  con  mucha  dificultad  pudo 
entrar  en  la  iglesia  y  llegar  a  sus  sillas,  que  se  pusieron  en  el  presbiterio 
ilel  altar  mayor:  ocuparon  los  ministros  las  dos  bandas  de  el  crucero, 
cuya  modestia  y  compostura  fué  el  mayor  ornato  de  la  fiesta:  la  iglesia, 
que  es  uno  de  los  mas  capaces  y  sumptuosos  templos  que  hay  en  esta 
ciudad,  estuvo  toda  alfombrada;  los  veinte  y  seis  altares  que  la  compo- 
nen se  adornaron  de  riquísimas  láminas,  flores  y  otros  sobrepuestos  de 
argenterías  de  oro  y  plata,  tan  brillantes,  que  apenas  se  dejaban  percibir 
de  la  vista:  en  el  altar  mayor  ardian  mas  de  trescientas  luces  en  blan- 
dones y  candeleros  de  plata  curiosamente  labrados:  en  medio  se  colocó 
la  imágen  del  santo  en  un  lienzo  de  primoroso  pincel,  cubríale  un  velo 
de  tela  carmesí  con  flores  de  plata,  servíale  de  marco  un  hermoso  iris 
de  flores  de  seda  y  oro,  unas  imitadas  y  otras  superiores  a  las  naturales: 
adornóse  el  coro  de  hermosos  lazos  de  tafetanes  de  diversos  colores; 
ocupaban  los  blancos  espejos  cristalinos  y  láminas  en  cristal:  el  comedio 
de  el  crucero  se  compuso  de  bufetilios  de  plata,  que  sirvieron  a  los 
perfumadores,  pomos  y  pebeteros,  que  en  copioso  número  exhalaban 
suavísimos  olores. 

"Asistieron  en  una  de  las  tribunas  de  la  iglesia,  el  Virey  y  su  con- 
sorte. Condes  de  Santisteban,  El  alguacil  mayor  don  García  de  Híjar  y 
Mendoza,  caballero  del  órden  de  Santiago,  acompañado  de  ocho  fami- 
liares, colocó  el  estandarte  de  la  fee  (que  estaba  en  la  sacristía)  en  el 
altar  mayor  al  lado  del  evangelio,  en  un  pedestal  de  plata  sobredorailo, 
al  tiempo  que  salió  el  preste.  . 

"La  bula  de  la  beatificación  del  santo  se  puso  en  el  altar  sobre  una 
riquísima  salvilla  cubierta  de  una  red  de  oro  y  seda  de  diversos  colores; 
recibióla  de  manos  de  el  diácono  el  doctor  don  Juan  tle  Huerta  Gu- 
tiérrez, inquisidor  menos  antiguo,  entrególa  al  inquisidor  mas  antiguo 
doctor  don  Cristóbal  de  Castilla  y  Zamora,  y  cogiéndola,  la  entegró  al 
licenciado  don  Pedro  Alvarez  de  Paria,  presbítero,  secretario  mas  anti- 
guo de  la  cámara  del  secreto,  que  acompañado  de  seis  familiares  subió 
al  pulpito  y  la  leyó  con  expedición  y  a  gusto  del  concurso. 

"Descubrióse  luego  la  imágen  del  santo,  y  al  compás  de  los  órga- 
nos, arpas,  dulzaynas  y  otros  instrumentos,  prosiguieron  los  músicos 
el  Te  Deum  laudamus,  que  entonó  el  preste;  hizo  salva  la  artillería,  la 


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J.  T.  MEDINA 


cathedral,  parrochias  y  religiones  repicaron  a  un  tiempo,  disparáronse 
en  las  puertas  de  la  iglesia  muchas  bombas,  cohetes  y  ruedas,  celebrando 
todos  la  gloria  de  nuestro  insigne  mártir. 

"Dijo  la  misa  el  maestro  Fray  Juan  González,  rector  del  colegio 
de  Santo  Thomas  de  esta  ciudad;  predicó  el  padre  maestro  fray  Juan 
de  Isturizaga,  ambos  del  orden  de  Santo  Domingo  y  calificadores  de 
este  Santo  Oficio:  la  misa  se  ofició  a  quatro  coros  de  los  mejores  músi- 
cos de  este  reyno,  y  se  interpolaron  algunas  letras  y  villanzicos  en 
alabanza  del  sancto,  cuya  dulzura  en  los  versos  y  armonía  en  los  tonos, 
suspendía. 

"La  mayor  parte  del  sermón  se  compuso  de  la  vida  del  sancto, 
reduciendo  en  breve  y  sin  digresión  de  lugares,  lo  mas  prodigioso  de 
sus  virtudes  (para  que  se  dió  orden)  porque  todas  se  comunicasen  a 
todos  en  mayor  gloria  suya,  y  a  su  exemplo  en  utilidad  de  los  fieles. 

"Repartieron  dos  familiares  muchas  imágenes  del  sancto,  que  lle- 
vaban en  salvillas  doradas,  y  se  admitieron  con  devoción  y  ternura. 

"Duraron  los  oficios  hasta  mas  de  medio  dia,  y  a  las  tres  volvió  el 
Tribunal  acompañado  de  sus  ministros,  a  asistir  a  las  vísperas:  pareció 
mas  crecido  el  concurso,  gozándose  en  la  iglesia  un  nuevo  cielo  en 
resplandor  de  luces  y  suavidad  de  olores;  excedióse  la  música  con  no- 
vedad de  tonos  y  letras,  cuya  dulzura  hizo  breve  la  tarde,  aunque  se 
acabaron  con  el  dia,  que  fué  uno  de  los  mayores  y  mas  lucidos  que  ha 
tenido  este  reino,  y  durará  siempre  la  memoria  de  su  ostentación  y 
grandeza. 

"Los  prelados  y  comunidad  de  Santo  Domingo  salieron  acompa- 
ñando al  Tribunal  hasta  la  puerta  del  cimenterio  a  dejarle  en  el  coche, 
y  llegando  a  las  casas  de  este  Santo  Oficio,  con  el  lucido  acompaña- 
miento de  sus  ministros,  ocuparon  la  sala  de  audiencia,  donde  el  doctor 
don  Cristóbal  de  Castilla  y  Zamora,  inquisidor  mas  antiguo,  les  agra- 
deció con  singular  discreción  las  asistencias  de  este  dia,  que  sea  para 
mayor  honra  y  gloria  de  Dios  nuestro  Señor,  y  exaltación  de  su  sancta 
fee  cathólica"  (2). 

Poco  después  de  verificada  esta  fiesta,  se  recibía  en  Lima  la  noticia 

(2)  Relación  de  la  fiesta  que  lelehrv  el  Tniunutl  del  Santo  Oficio,  etc.  Tres  años  más 
larde  irató  el  Santo  Oficio  de  impedir  la  procesión  que  se  hi/o  a  vSanta  Rosa,  fundándose  en 
que  para  ello  no  había  autorización  en  la  bula  de  canonización,  pero  no  se  atrevió  a  |ioneri« 
en  práctica,  porque  pareció  "materia  de  mucho  ruido  prohibirlo".  Carta  de  17  de  junio  de 
1669. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


219 


del  fallecimiento  de  Felipe  IV,  cuyas  exequias  celebraban  las  autori- 
dades y  religiones  "con  tanta  pompa  y  solemnidad,  que  se  tiene  por 
cierto  que  en  parte  ninguna  de  Europa  se  ha  hecho  con  mas  ostenta- 
ción y  aparato"  (3).  Acostumbraba  el  Santo  Oficio  celebrar  las  ceremo- 
nias de  esta  especie  en  la  capilla,  pero  por  hallarse  por  entonces  en  mal 
estado,  resolvió  valerse  para  la  fiesta  que  proyectaba  y  en  que  no  quería 
que  nadie  le  aventajase,  de  la  iglesia  del  monasterio  de  la  Concepción, 
que  se  hallaba  situada  sólo  a  cuadra  y  media  de  distancia,  fijando  para 
la  celebración  el  día  28  de  septiembre  del  año  de  1668.  Para  el  efecto, 
colgóse  el  templo  de  telas  de  damasco  negro,  con  flores  de  plata,  de 
Sevilla,  con  franjas  interpoladas  de  sargas  anaranjadas,  y  a  la  puerta, 
debajo  de  la  imagen  de  la  Virgen,  un  marco  de  oro  enlutado,  en  cuyo 
centro  se  veían  dos  coronados  leones,  con  inscripciones  latinas,  en  prosa 
y  verso,  alusivas  a  las  circunstancias. 

Una  vez  terminados  los  demás  preparativos,  salieron  los  Inquisi- 
dores acompañados  de  sus  principales  ministros,  adornados  de  sus  in- 
signias, arrastrando  "tristes  lutos  de  paños  de  Segovia",  llevando  el 
alguacil  mayor  entre  las  dos  filas  de  asistentes,  el  estandarte  de  la  fe, 
que  se  colocó  en  el  túmulo  sobre  un  pedestal  de  plata. 

Constaba  aquél  de  diversos  cuerpos  con  escudos  de  las  distintas 
provincias  de  la  monarquía,  y  tenía  en  el  centro  una  esfera  que  repre- 
sentaba el  mundo,  con  un  sol  eclipsado  en  el  signo  del  león,  y  cuatro 
ninfas  del  Parnaso  que  sostenían  en  sus  manos  carteles  con  inscripcio- 
nes adecuadas  a  las  circunstancias.  Colocóse  la  estatua  de  Felipe  sobre 
el  mundo,  alta  de  más  de  dos  varas,  representando  al  difunto  soberano, 
armado  de  punta  en  blanco,  ceñida  la  celada  con  una  riquísima  corona 
de  oro  de  martillo,  adornado  de  plumas  negras  y  blancas,  sustentando 
en  el  brazo  izquierdo  una  media  columna  de  jaspe,  en  cuyo  extremo 
se  veía  un  cáliz  de  oro  con  una  hostia  de  plata,  y  en  su  mano  derecha, 
una  luciente  espada,  como  amparando  la  columna,  en  demostración  de 
su  gran  celo  en  defensa  de  la  fe. 

Las  vísperas  se  comenzaron  a  las  cuatro  de  la  tarde,  durando  hasta 
las  once  de  la  noche,  a  cuya  hora  se  retiraron  los  Inquisidores  en  ca- 
rruajes, escoltados  de  numeroso  concurso  y  de  un  séquito  de  más  de 
cincuenta  personas  que  llevaban  hachones  encendidos.  Al  día  siguiente 
comenzaron  los  oficios  a  las  diez,  pasando  Castilla  desde  su  sillón  al 


(i)  Curta  lie  los  Inquisidores  de  16  de  noviembre  de  1666. 


220 


J.  T.  MEDINA 


altar  mayor,  con  acompañamiento  de  doce  familiares  y  veinte  capella- 
nes. En  seguida,  subió  al  pulpito  a  predicar  el  sermón  el  padre  Diego 
de  Avendaño,  provincial  de  los  jesuítas,  alternando  durante  toda  la  fies- 
ta once  coros  de  los  mejores  músicos  de  la  ciudad  y  de  las  monjas  del 
monasterio  (4). 

Los  edictos  prohibitivos  de  libros  fueron  frecuentes  por  esta  época 
(5),  siendo  dignos  de  especial  mención  los  referentes  al  del  franciscano 
de  la  provincia  de  Lima  Fr.  Pedro  de  Alva  y  Astorga  intitulado,  Sol 
veritatis,  la  Vida  de  Jesucristo  del  agustino  Fr.  Fernando  de  Valverde, 
que  aún  hoy  día  se  lee  con  general  aplauso  (6),  y  el  de  un  papel  ma- 
nuscrito que  se  atribuyó  al  dominico  Fr.  Antonio  Meléndez,  en  que 
pintaba  los  peligros  que  encerraban  para  la  monarquía  las  grandes  ri- 
quezas que  iban  atesorando  los  jesuítas  en  América,  y  que  concluía 
con  unos  versos  que  decían  así: 

Puntos  aquí  se  dejan  necesarios 

Por  volver  a  vosotros,  hombres  sabios, 

Doctos,  ingeniosos; 

Cuenta  con  estos  hombres  tan  piadosos 

Que  si  en  vicios  consiguen  privar  a  todos  de  su  tierra, 

¿Cuál  será  el  tesoro  que  su  erario  encierra? 

Mas,  es  justo  decir  que  bajo  este  respecto,  ni  aún  el  mismo  arzobis- 
po de  Lima  don  Fr.  Juan  de  Almoguera,  escapó  a  la  censura  inquisito- 
rial. Este  prelado  que  mientras  fué  obispo  de  Arequipa  había  tenido 
ocasión  de  persuadirse  del  desarreglo  en  que  vivían  los  curas  de  indios, 
dió  a  luz  en  Madrid  en  1671  una  obra  que  intituló:  Instrucción  a  curas 
y  eclesiásticos  de  las  Indias,  en  la  que,  según  el  parecer  de  los  Inquisido- 
res, no  sólo  denigraba  a  los  párrocos,  sino  que  vertía  doctrinas  injuriosas 
a  la  Sede  apostólica.  Manifestóse  el  Arzobispo  muy  sentido  de  este  dic- 
tamen, aseverando  en  su  defensa  que  las  doctrinas  contenidas  en  su 
obra,  no  sólo  eran  sustentadas  por  los  mejores  autores  corrientes  en  el 
Perú,  sino  también  que  los  hechos  que  citaba  eran  perfectamente  cier- 

('l)  Brcrc  relación  de  la<  liuiiiiis  <pic  /¡i~o  el  TiihiiiHil.  ele. 
{5)  Vciinsc  l;is  carta.s  de  6  de  junio  y  5  ilc  julio  de  1651. 

(6)  Cuita  de  18  de  agosto  tic  1678.  De  la  obra  de  Valverde  se  habían  hecho  hasta 
1754  cuatro  ediciones;  en  Madrid  se  publicó  otra  en  folio  en  1871,  y  el  año  18!^5  se  re- 
imprimió en  Barcelona  formanilo  parte  de  la  Biblioteca  amena  e  iiistnu  tini. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


221 


tos,  apelando,  en  comprobación,  al  testimonio  de  los  mismos  Inquisi- 
dores, que  no  pudieron  menos  de  asentir  a  sus  palabras,  pero  que  no 
bastó  a  impedir  que  la  calificación  en  que  tan  de  mala  data  se  dejaba 
al  Prelado  se  publicase  en  todas  las  ciudades  del  reino  (7). 

Bien  pronto  habían  de  hacerse  extensivas  estas  prohibiciones,  sin 
excepción  de  persona  alguna,  a  todo  el  que  buscase,  pidiese,  vendiese 
o  comprase  cintas  de  seda,  abanicos,  telas,  paños  u  otras  cosas  de  hilo 
o  algodón,  que  circulaban  con  nombre  de  corazones  de  ángeles,  entra- 
ñas de  apóstoles  (8),  etc.;  mandándose,  a  la  vez,  recoger  las  navajas  y 
cuchillos  que  tuviesen  grabadas  las  imágenes  de  Cristo  o  de  cualquier 
santo  (9). 

Es  de  observar,  con  todo,  que  ni  estos  edictos,  ni  aún  los  generales 
de  fe  se  leían  en  la  Catedral  desde  hacía  mucho  tiempo,  a  causa  de 
que  con  los  disgustos  que  habían  mediado  entre  el  Cabildo  Eclesiástico 
y  los  Inquisidores,  éstos  no  aportaban  por  allí  (10). 

No  podía  cumplirse  tampoco  con  esa  solemnidad  en  la  capilla  del 
Tribunal,  porque  con  el  terromoto  ocurrido  en  Lima  el  13  de  noviem- 
bre de  1655,  había  quedado  el  edificio  en  tal  estado  que  hubo  necesidad 
de  derribar  el  techo,  que  Ibarra  mandó  después  reconstruir,  haciendo 
fabricar  al  mismo  tiempo  un  retablo  tan  costoso  que  se  pagó  por  él 
quince  mil  pesos.  La  cámara  del  secreto,  que  también  sufrió  mucho 
con  el  sacudimiento,  fué  igualmente  necesario  echarla  al  suelo  para 
reconstruirla  en  mejores  condiciones  que  las  que  tenía  de  antes.  Toda- 
vía, en  20  de  octubre  de  1687,  ocurrió  otro  temblor  que  dejó  muy  arrui- 
nadas las  tres  casas  de  propiedad  del  Tribunal,  y  aunque  las  cárceles 
sufrieron  algo  esta  última  vez,  el  estrago  fué  poco  en  comparación  del 
que  produjo  el  terremoto  de  20  de  noviembre  de  1690,  en  que  se  caye- 
ron algunos  calabozos  y  otros  quedaron  amenazando  ruina,  habiendo 


(7)  Carla  de  Almoguera  de  \."  de  mayo  de  1675,  y  otra  de  Huerta  Gutiérrez  de  6  i!c 
)unio  del  mismo  año.  Almoguera  remitió  su  libro  al  célebre  Nicolás  Antonio  para  c]uc  lo 
diese  a  luz,  según  este  mismo  lo  retiere  en  su  Biblioteca  hispana  nova,  lomo  I,  pág.  630.  Ll 
arzobis|)o  tuvo  al  fin  que  pasar  por  lo  c^ue  mandaron  los  Inquisidores,  limitándose  a  pedir 
al  Consejo  que,  una  vez  corregido  el  libro,  se  le  permitiese  reimprimirlo  en  Lima,  lo  que, 
al  menos  en  sus  días,  no  tuvo  lugar,  pues  murió  poco  antes  de  enterarse  un  año  después  de 
hecha  su  solicitud. 

(8)  Cana  de  27  de  junio  de  165!. 
('^)  lil.  de  3  de  julio  del  mismo  año. 
(lOj  Carla  de  11  de  marzo  de  1675 


222 


J.  T.  MEDINA 


escapado  los  presos  milagrosamente:  daños  que  no  se  repararon  hasta 
tres  años  más  tarde  (11). 

La  situación  pecuniaria  del  Tribunal,  por  fortuna,  era  excelente. 
Desde  el  año  1634  hasta  el  de  1649  habían  entrado  en  sus  arcas  veintiún 
mil  ochocientos  sesenta  y  siete  pesos,  por  penitencias;  y  por  multas  de 
juego,  compromisos  y  penas  impuestas  por  los  jueces,  no  menos  de 
cincuenta  y  dos  mil  pesos  (12);  y  según  otra  relación  no  menos  auten- 
tica, en  los  diez  años  transcurridos  desde  1641  hasta  1651  habían  valido 
al  Tribunal  las  sentencias  pronunciadas  contra  tleudores,  de  ordinario 
reconciliailos  o  relajados,  ciento  veintiún  mil  cuatrocientos  sesenta  y  un 
pesos  (13).  Además,  se  habían  percibido  también  cuarenta  y  un  mil 
ciento  veintiocho  pesos,  de  cuya  suma  próximamente  las  dos  terceras 
partes  se  debían  a  censos,  y  lo  restante  al  producto  de  las  canonjías 
asignadas  como  renta  fija  al  Santo  Oficio  y  a  los  cánones  de  arrenda- 
miento de  un  tambo  y  varias  casas.  Las  causas  civiles  fenecidas,  referen- 
tes al  cobro  de  bienes  adventicios  del  gremio  de  donaciones  y  cesiones 
hechas  al  Tribunal,  según  certificado  expedido  por  el  receptor  general 
Esteban  de  Ibarra  en  1662,  montaban  desde  el  año  de  1572  hasta  el  de 
650,  a  la  cifra  de  dos  mil  setecientos  treinta  y  un  pesos  (14). 

Fuera  de  las  casas  dadas  en  arrendamiento,  poseía  el  Santo  Oficio 
una  que  había  comprado  en  cuatro  mil  doscientos  pesos,  y  la  que  se 
había  confiscado  a  Manuel  Bautista  Pérez,  que  formaba  la  esquina 
poniente  de  la  plaza  en  que  se  hallaba  el  Tribunal,  que  ocupaba  el 
primer  inquisidor;  y  capilla  de  por  medio,  la  que  habitaba  el  segundo 
(que  vivía  en  los  altos)  y  el  alcaide,  que  tenía  la  parte  baja  (15). 

Estos  cuantiosos  bienes  estaban,  sin  embargo,  tan  mal  administra- 
dos que  el  receptor  general  que  había  entrado  a  servir  su  puesto  en 
1674  se  lamentaba  de  que  a  pesar  de  todos  sus  afanes  no  había  logrado 
establecer  orden  completo  en  los  negocios.  Según  sus  cálculos  y  por  la 
razón  dicha,  las  rentas  del  Tribunal  habían  descendido  a  treinta  y  cinco 
mil  novecientos  cincuenta  y  un  pesos,  ascendiendo  los  gastos  a  un  poco 
más  de  esta  suma.  De  este  modo,  al  mismo  tiempo  que  era  fácil  pc- 


(11)  Carias  de  22  de  agosto  de  1656,  20  de  noviembre  de  1665,  2S  de  mayo  de  1666 
y  29  de  octubre  de  1693. 

(12)  Lihro  760—12—,  fol.  H8. 

(13)  Legajo  de  Hiiriendíi.  núm.  562. 

(14)  /</.  137. 

(15)  UÑO  760—12—,  fol.  174. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


223 


netrarsc  de  que  las  rentas  eran  harto  considerables,  no  podía  menos  de 
reconocerse  que  el  empleo  que  de  ellas  se  hacía,  pagando  una  cantidad 
de  empleados  y  enviando  al  Consejo  sumas  no  despreciables,  habrían 
bastado  todavía  para  ocurrir  a  todos  los  gastos,  si,  como  lo  expresaba 
el  receptor,  los  Inquisidores,  unos  en  pos  de  otros,  no  hubiesen  distraído 
sumas  relativamente  cuantiosas  en  aderezar  sus  respectivas  viviendas 
hasta  dejarlas  a  su  placer,  y  a  que  con  ocasión  de  las  frecuentes  promo- 
ciones a  obispados  que  se  habían  hecho  de  los  ministros,  estos  habían 
continuado  percibiendo  sus  sueldos  del  destino  que  antes  desempeña- 
ban (16). 

El  personal  del  Tribunal  había  sufrido,  mientras  tanto,  algunas 
modificaciones.  A  Huerta  Gutiérrez  después  de  haberse  hallado  algún 


(16)  Los  gastos  tlcl  Tribunjl  en  esa  i'poca  (16,S1)  se  descomponían  de  la  man-'ra  si- 
guiente: 


Al  inquisidor  más  antiguo,  Francisco  de  Bruna  Rico  ($  4,96.í.  2  is.), 

y  como  juez  de  bienes  confiscados   147  pesos:  total   $    5,110.  2  rs. 

A  Queipo  de  Llanos,  inquisidor   4,063.  2  rs. 

A  Juan  íle  la  Cantera,  id   4,965.  2  rs. 

Al   secretario    Ramón    de    Auiestía   1,654.  6  rs. 

Id.  id.  Juan  de  Robles   1,654.  6  rs. 

Al    receptor   general   1,694.  3  rs. 

Al  notario  de  secuestros   496.  2  rs. 

A\  abogado  del    Fisco  del   Tribunal   165.  3  rs. 

Al    medico   de    jas   cárceles   50 

Al    i)rocurad()r   del    Fisco   750 

Al  alcaide   827 

Al  nuncio   550 

Al  portero   400 

Al  ministro  ejecutor  de  vara   250 

Al  Supremo  Consejo  se  enviaban  todos  los  años   9,926.  3  rs. 

Al    Secretario   de   id....   496.  2  rs. 

A  otro  secretario  :   275 

A  otro   375 

Al  oficial  mayor   275 

Al  oficial  de  la  contaduría   200 

En  los  pobres  de  las  cárceles,  término  mc<lio,  en  el  año   850 

Gastos  extraordinarios  en   varios  años   2,800 

Gastos   (le   cámara   del   Secreto   250 

Gastado  en  aderezar  las  habitaciones  de  los  inquisidores  en  siete  años  7,000 


Cíiriu  de  l'tdro  Noguera  de  18  de  enero  de  1681.  A  no  ser  que  estuviesen  vacantes  sus 
puestos  por  entonces  (cosa  que  no  es  probable)  no  se  explica  que  el  receptor  no  incUnesc  en 
esta  nota  a  un  tercer  secretario  (1,000),  notario  del  juzgado  (1,400).,  contador  (200),  juez 
de  bienes  (1,000),  letrado  de  pobres  (200),  despensero  (300),  solicitador  (100),  y  barbero 
(100).  que  se  contaban  como  empleados  de  planta  del  Tribunal.  Véase  Memorial  atado.  Ibíil. 


224 


J.  T.  MEDINA 


tiempo  solo,  vino  a  hacerle  compañía,  en  calidad  de  fiscal,  Bartolomé 
González  Poveda,  que  llegó  a  Lima  a  fines  de  marzo  de  1670,  para 
ascender  cuatro  años  después  a  la  presidencia  de  los  Charcas.  Juan 
Queipo  de  Llanos,  que  fué  proveído  con  igual  carácter  a  principios 
de  1672,  fué  también  promovido  en  diciembre  de  1680  al  obispado  de 
La  Paz.  Francisco  Luis  de  Bruna  Rico,  después  de  haber  servido  de 
inquisidor  en  Cartagena,  se  recibió  en  su  nuevo  puesto  en  2  de  enero 
de  1675;  y  Juan  Bautista  de  la  Cantera,  que  obtuvo  su  título  en  el  mis- 
mo mes  de  1681,  moría  el  15  de  septiembre  de  1692,  "con  accidentes  tan 
arrebatados  y  repentinos  que  apenas  tuvo  tiempo  de  recibir  los  sacra- 
mentos, por  haberse  privado  totalmente  de  sentido"  (17). 

El  Tribunal  de  Cartagena,  que  se  había  constituido  ya  como  en 
una  escala  de  ascensos  para  el  de  Lima,  había  de  suministrar  todavía 
antes  de  concluir  el  siglo  XVII  otros  tres  ministros,  que  lo  fueron,  Gó- 
mez Suárez  tle  Figucroa,  que  después  de  haber  desempeñado  aquellas 
funciones  sólo  en  aquella  ciudad,  llegó  a  Lima  en  1697,  sirviendo  du- 
rante varios  años,  hasta  que  murió;  el  licenciado  Alvaro  Bernardo  de 
Quirós  y  Tineo,  que  se  hallaba  en  Lima  desde  fines  de  1682;  y,  por  fin, 
Francisco  Valera,  abogado  de  la  Audiencia,  asesor  de  los  Virreyes,  dos 
veces  rector  de  la  Universidad,  inquisidor  de  Cartagena  en  1682  (18), 
donde  tales  encuentros  tuvo  con  el  Obispo  y  a  tales  extremos  llegaron 
sus  audacias,  que  el  Rey  dió  orden  al  Conde  de  la  Monclova  para  que 
sin  pérdida  de  tiempo  ni  excusa  alguna  lo  hiciese  salir  para  España  (19). 

Tales  fueron  los  Jueces  que  respectivamente  conocieron  de  las  cau- 
sas de  los  reos  que  señalaremos  a  continuación: 

1672-1675. — Ignacio  de  Loyola  Ponce  de  León,  desterrado  a  Valdi- 
via por  blasfemo;  Lorenzo  Becerra,  natural  de  Arequipa,  soldado,  por 
haberse  casado  dos  veces;  Antonio  Zeballos,  sevillano,  de  setenta  años, 
mercader,  "porque  estando  mal  recibido  en  las  acciones  de  cristiano, 
y  habiendo  sido  azotado  publicamente  por  blasfemo,  teniendo  tienda 
en  el  Cuzco,  hizo  un  hoyo  dentro  de  ella,  detras  de  la  puerta,  y  enterró 
allí  una  imájen  de  Nuestra  Señora  de  Guadalupe,  hecha  de  hoja  de 
lata,  de  tres  dedos  de  alto". 

Jerónimo  de  Medina,  presbítero,  del  Cuzco,  por  testigo  falso;  Lucas 


(17)  Carta  de  Valera  de  15  de  septiembre  de  \ffi2. 

(18)  Id.  de  ^  de  junio  de  1690. 

(19)  Cídula  de  1.'^  de  abril  de  1691. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


225 


Bran,  esclavo,  por  haber  sido  causa  de  que  se  casase  segunda  vez  un 
mulato;  Francisco,  negro  criollo,  de  lea,  y  Sebastiana  Caboverde,  escla- 
va, por  dos  veces  casada. 

Tomás  Gago  de  Vadillo,  clérigo,  hijo  de  español  y  de  india,  natu- 
ral de  Huancavelica,  de  cincuenta  y  seis  años,  por  embustero,  hipócrita, 
por  algunas  indecencias  que  cometía  con  sus  hijas  de  confesión  y  por 
algunas  proposiciones  escandalosas,  abjuró  de  levi  y  quedó  suspenso 
de  platicar,  "en  público  ni  en  secreto"  por  todos  los  días  de  su  vida. 

Fr.  Agustín  Pérez,  religioso  diácono,  natural  de  Cuenca,  por  haber 
confesado  a  una  india;  Ana  María  de  Gozar  y  Acevedo,  cuzqueña,  por 
bigamia;  Antonio  Pérez  de  Leiva,  de  veinte  años,  mayordomo  de  repar- 
tir pan,  natural  de  Popayán,  por  blasfemo;  María  Jurado,  zamba  esclava, 
oriunda  de  Gonchucos,  presa  por  embustera,  sortílega  y  hechicera,  re- 
cibió los  azotes  de  estilo. 

Francisca  Arias  Rodríguez  del  Valle,  natural  de  Oruro,  de  cin- 
cuenta años,  "consta  que  mascaba  la  coca  para  atraer  a  los  hombres 
a  lo  que  ella  quería  y  rezaba  por  las  ánimas  del  purgatorio  o  condena- 
das, haciendo  que  le  pintasen  dos,  una  de  hombre  y  otra  de  mujer,  y 
les  encendía  velas  y  les  rezaba  tres  paternóster  y  tres  avemarias,  por 
un  hilo  que  llaman  de  maite,  que  tenía  por  cuenta  trece  nudos,  y  con- 
juraba las  ánimas  diciendo:  "yo  os  conjuro  por  el  dia  en  que  nacisteis, 
por  el  baptismo  que  recibisteis,  por  la  primera  misa  que  oísteis,  que 
me  traigáis  a  fulano". 

Sabina  Junco,  cuarterona  de  mulata,  limeña  de  veinte  años,  por 
hechicera,  fué  reclusa  por  dos  años;  María  de  Soria,  mestiza,  de  Huan- 
cavelica, por  doble  matrimonio;  María  Gómez,  por  testigo  falso  en  una 
información  de  soltería;  Petrona  Arias,  natural  de  Andahuaylas,  casada, 
por  hechicera. 

Fr.  Antonio  de  San  Germán,  napolitano,  lego  de  San  Francisco, 
procesado  por  embustero,  que  fingiendo  virtud  y  revelaciones  y  comu- 
nicación con  su  ángel  de  guarda,  predecía  el  porvenir,  con  lo  cual 
adquiría  dineros  que  gastaba  algunas  veces  en  usos  torpes  y  deshonestos. 

Antonio  Novoa  de  las  Marinas,  clérigo,  limeño,  de  cincuenta  y 
ocho  años,  porque  acostumbraba  decir  dos  misas  en  un  mismo  día; 
Francisca  de  Herrera,  alias  la  Pastora,  de  Oruro,  de  cuarenta  años,  por 
supersticiosa  y  hechicera;  Francisca  de  Urriola,  mulata  esclava,  gua- 
temalteca, por  lo  mismo;  Miguel  Urgiles,  mozo  soltero,  de  Riobamba, 
porque  tocando  la  guitarra  hacía  bailar  un  huevo  y  que  se  levantase 

15 — La  Ini.uísición  de  Lima  Tomo  II 


226 


J.   T.  MEDINA 


del  suelo  hasta  la  altura  de  su  cabeza;  Josefa  de  Llanos,  mestiza,  de 
Cajamarca,  por  supersticiones;  Magdalena  de  Ucles,  mulata  esclava,  de 
Quito,  por  haber  proferido  ciertas  palabras  de  desesperación. 

Inés  Dávila  Falcón,  vecina  de  Lima,  por  casarse  tres  veces;  Agustín 
Poblete,  natural  de  Potosí,  sacerdote,  expulso  de  Santo  Domingo,  de- 
nunciado de  que  tenía  la  costumbre  de  mascar  coca  y  tomar  la  yerba 
que  llaman  del  Paraguay  hasta  muy  tarde  de  la  noche:  fué  desterrado 
a  Chile  por  ocho  años. 

Francisco  Duran  Martel,  diácono,  natural  de  Huánuco,  por  haber 
celebrado  misa;  Juan  Manuel  de  los  Ríos,  que  por  medio  de  sortilegios 
prometía  a  los  hombres  los  favores  de  sus  amigas;  y  Susana,  negra  de 
casta  del  Congo,  que  se  casó  primero  en  Chile  y  después  en  Lima. 

Durante  este  tiempo  no  se  había  ofrecido  más  reo  de  importancia 
que  Antonio  de  Campos,  que  había  sido  preso  por  sostener  ciertas 
proposiciones  heréticas  y  que  por  mantenerse  pertinaz  en  ellas  había 
sido  condenado  a  relajar.  Tropezaban,  sin  embargo,  para  ello  los  Inqui- 
sidores con  que  no  era  posible  por  un  sólo  penitente  entrar  en  los  con- 
siderables gastos  que  demandaba  un  auto  público,  por  lo  cual  consulta- 
ban al  Consejo  en  1671  qué  deberían  hacer  en  semejante  caso  (20).  Por 
fortuna  para  Campos,  poco  tiempo  después  de  elevada  esta  consulta, 
se  descubrió  que  su  verdadero  nombre  era  el  de  Fr.  Teodoro  de  Ribera, 
agustino,  y  por  una  información  hecha  en  Huancavelica,  que  "le  habia 
hecho  mal  una  mujer,  privándole  de  su  juicio  en  la  comida  que  le 
daba":  de  lo  cual  el  infeliz  llegó  al  fin  a  persuadirse  a  tal  extremo  que 
en  la  cárcel  no  había  forma  de  reducirle  a  que  probase  alimento  alguno. 
Con  tales  antecedentes  fué  recogido  por  su  prelado  y  puesto  a  buen 
recaudo  en  la  cárcel  del  convento;  mereció  escaparse  de  allí  a  poco 
tiempo,  concluyendo  por  dar  tales  demostraciones  de  decadencia  en  su 
razón  que  los  jueces  resolvieron  entregarlo  nuevamente  a  su  provincial, 
suspendiendo  su  causa  y  mandando  que  se  le  tratase  como  a  loco  (21). 

1675-1681. — Leonardo  de  Vargas,  limeño,  de  dieciocho  años;  Alon- 
so Ramírez  de  la  Parra,  Antonia  de  Neira,  Josefa  Rodríguez  de  Villa- 
verde,  Petrona  Méndez,  Juan  Blanco  de  Bustamante,  José  Ramón  de 
Ojeda,  Felipe  de  Montenegro,  Roque  del  Aguila,  Francisco  de  Rojas 
Pacheco  y  Francisco  de  Torres  Chacón,  por  casarse  dos  veces. 


(20)  Cíirln  (le  Povcda  y  HiiciUi  Gutiérrez  de  If!  tle  agosto  de  dicho  año. 

(21)  Culta  de  Bruna  Rico  y  Huerta  Gutiérrez  de   ll)  de  noviembre  de  167-1. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


227 


Domingo  de  Baena,  español,  herrado  en  el  rostro,  y  Manuel  de 
Coyto,  portugués,  por  blasfemos. 

Fr.  Juan  Pichardo,  lego  de  Santo  Domingo,  y  Fr.  Diego  de  Santa 
María,  por  celebrantes. 

Bernarda  Cervantes,  española,  de  Ibarra,  y  Juana  María  de  Herrera, 
por  sortílegas. 

Pedro  de  Espíndola  Marmolejo,  por  adivino  y  curandero;  María 
Magdalena  de  Aliaga,  por  deshonestidades  y  consultora  de  hechiceros; 
I-conardo  Alvarez  de  Valdés,  por  habérsele  hallado  una  cédula  en  que 
ofrecía  su  alma  al  diablo,  y  Fr.  Francisco  de  Rojas,  de  la  Recolección 
franciscana,  madrileño,  de  treinta  y  cuatro  años,  por  solicitante. 

Al  fin  encontraron  los  Inquisidores  material  bastante  para  un  auto 
de  fe,  que  tuvo  lugar  en  la  iglesia  de  Santo  Domingo  el  16  de  marzo 
de  1693,  con  las  personas  siguientes: 

María  de  Castro  Barreto,  zamba,  guayaquileña,  de  treinta  y  seis 
años,  cocinera  y  vendedora  de  nieve,  que  se  daba  a  las  supersticiones 
derivadas  del  uso  de  la  coca.  Por  los  males  inmundos  de  que  adolecía 
se  escapó  del  tormento  a  que  fué  votada,  pero  no  de  los  doscientos 
azotes  que  se  le  aplicaron  por  las  calles,  a  voz  de  pregonero. 

Matías  de  Aybar  Morales,  de  treinta  años,  domador  de  muías,  por 
haber  contraído  cuatro  veces  matrimonio;  Pedro  Martin  de  Alarcón, 
Benito  de  Campos  y  Josefa  Rosa,  alias  Chepa  Manteca,  por  causa  se- 
mejante. 

Antonio  Fernández  Velarde,  que  fué  remitido  de  Chile  (*). 

Melchor  de  Aránibar,  de  sólo  diecinueve  años  de  edad,  que  se 
decía  haber  celebrado  pacto  con  el  diablo  en  el  Cuzco  y  que  llevado 
al  Tribunal  ofreció  a  los  jueces  que  les  haría  algunas  pruebas  de  mano, 
lo  que  verificó  con  gran  espanto  de  aquéllos,  por  lo  cual  le  mandaron 
aplicar  cien  azotes. 

Francisco  de  Benavides,  por  sortílego,  Juan  Alejo  Romero,  mestizo, 
Lorenzo  de  Valderrama  y  doña  Inés  de  Peñailillo,  por  lo  mismo. 

Juan  Francisco  de  la  Rosa,  mulato,  por  blasfemias  hereticales,  y 
Petronila  de  Guevara,  que  ya  había  salido  en  auto  público  anterior- 
mente y  que  fué  de  nuevo  castigada  por  hechicera,  sortílega,  supersti- 
ciosa y  embustera. 


(*)  Véase,  Metlina.  Historia  del  Tii/tiinal  del  Santo  Oficio  de  la  Inquisición  en  Chile.  Cap. 
X,  pág.  467,  reimpresión   l')52  (N.  del  E.j. 


228 


J.  T.  MEDINA 


Angela  de  Olivitos  y  Esquivel,  llamada  también  la  hermana  An- 
gela de  Cristo,  soltera,  de  veintiséis  años,  limeña,  cuarterona  de  mestiza, 
costurera,  que  vivía  en  casa  de  cierto  hombre  casado  con  quien  entró 
al  fin  en  malas  relaciones  y  en  cuya  casa  había  sido  recogida  por  el 
crédito  que  tenía  de  virtuosa  y  sierva  de  Dios.  Quejábase  de  "las  esteri- 
lidades" que  padecía,  refería  los  éxtasis  que  experimentaba,  y  contaba 
que  la  asistían  dos  ángeles  de  guardia,  que  tenía  el  completo  uso  de 
su  razón  desde  la  edad  de  seis  años,  y  que  en  ese  entonces  la  despertó 
uno  de  sus  ángeles  diciéndole  que  se  levantase  del  lecho  en  que  se  hallaba 
para  adorar  a  Dios,  pasando  desde  ese  día  en  vela  dos  horas  de  la  noche ; 
y  que  sufriendo,  desde  los  siete,  estímulos  de  los  sentidos,  se  le  había 
aparecido  Santo  Tomás  y  le  había  hecho  una  cruz,  con  la  cual  había 
quedado  desde  entonces  libre  de  tentaciones.  Por  todo  esto,  abjuró  de 
levi,  fué  advertida,  reprendida,  conminada  y  desengañada  y  condenada 
a  reclusión  por  cinco  años  en  un  lugar  señalado  por  el  Tribunal. 

Pero  existía  por  esos  días  en  las  cárceles  del  Santo  Oficio  una  mujer 
cuya  prisión  duraba  ya  seis  años,  famosa  en  los  anales  del  Tribunal  que 
historiamos.  Era  ésta  Angela  Carranza,  soltera,  natural  de  Córdoba  del 
Tucumán,  y  en  esa  fecha  mayor  de  cincuenta,  que  desde  que  había 
pasado  a  Lima  por  los  de  1665  dió  en  frecuentar  los  templos  y  santos 
sacramentos,  logrando  por  este  medio  captarse  al  cabo  de  poco  tiempo 
la  reputación  de  santa  y  especialmente  favorecida  de  Dios. 

Mas,  dejemos  al  inquisidor  Várela  que  refiera  los  pormenores  de 
este  interesante  proceso.  "Para  ahogar  el  enemigo  la  mies  católica,  pre- 
tendiendo llenar  las  trojes  del  infierno,  expresa  aquel  magistrado,  havíase 
valido,  como  suele,  y  acostumbrado  otras  veces  el  demonio,  del  medio 
de  una  mujer  de  éstas  que  llaman  beatas,  y  lo  era  del  hábito  del  glorioso 
patriarca  San  Agustín;  su  nombre  era  Anjela  de  Carranza,  a  quien  por 
antonomasia  de  veneración  llamaban  la  madre  Anjela,  y  ella  se  apelli- 
daba vanamente  Anjela  de  Dios. 

"Teníase  por  un  paraíso  de  perfeciones,  la  que  sólo  era  sentina 
de  errores.  Era  en  la  engañada  aprehensión  de  los  mortales,  la  santa 
de  este  siglo,  la  maravilla  de  este  orbe,  la  maestra  de  la  mística,  la 
abogada  del  pueblo;  milagros,  éxtasis,  raptos,  inteligencias  y  revelacio- 
nes, se  suponían  tan  frecuentes,  que  el  cielo  se  juzgaba  compendiado 
en  aquella  muger.  Era  últimamente  el  correo  de  la  gloria  y  por  un  nuevo 
género  de  sagrada  estafeta,  llevaba  y  traia  del  cielo  no  solo  respuestas 
y  despachos  divinos,  sino  varias  alhajas,  a  cuya  bendición  viniesen  vincu- 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


229 


lados  auxilios  y  felicidades.  Comenzó  para  acreditar  el  tráfico,  por  cuen- 
tas, rosarios  y  campanillas,  como  cosas  que  por  lo  sagrado  del  uso  no 
repugnaban  lo  milagroso  del  favor,  y  acabó  en  piedras  y  cencerros:  llevá- 
banse a  su  casa  los  rosarios  y  cuentas,  no  uno  a  uno,  sino  por  cofres  y 
caxones,  que  pasaron  también  a  essos  reynos,  y  aun  llegaron  a  Roma 
con  su  fama;  espadas,  dagas  y  otras  preseas  de  esta  calidad  eran  ya  a  un 
tiempo  trastes  y  reliquias,  uniendo  la  incompatibilidad  de  lo  religioso 
de  la  veneración  con  lo  profano  del  servicio;  sino  es  el  altar  y  la  cano- 
nización, no  le  faltaba  otra  cosa  en  la  acepción  común  del  reyno.  Guar- 
dábanse ya  los  fragmentos  de  lo  que  por  su  contacto  o  participación, 
esperaban  en  breve  ver  reliquias.  Sus  vestidos,  muelas,  uñas  y  cabellos,  no 
eran  mas  decentes  que  las  vendas  y  paños  teñidos  en  su  sangre;  lo  que 
mas  horrible  fué  era  lo  que  ocultaba  al  pueblo  y  solo  manifestado  a  sus 
confesores,  tenia  en  mayor  su  santidad  y  en  notable  expectación  al  mundo. 

"Esto  es,  sus  copiosos  escritos  en  materias  teológicas;  en  quince 
años,  escribió  quince  libros,  compuestos  de  quinientos  y  quarenta  y 
tres  cuadernos,  con  mas  de  siete  mil  y  quinientas  foxas,  cuyo  asunto 
principal,  decia,  se  encaminaba  a  que  por  sus  escritos  avia  de  declarar 
la  Santa  Sede  Apostólica  por  de  fee,  el  misterio  de  la  Concepción  purí- 
sima de  Nuestra  Señora,  y  que  para  este  fin  la  avia  Dios  elegido  sin- 
gularmente, constituyéndola  maestra  y  doctora  de  los  doctores.  Tuvo 
engañado  al  género  humano  en  este  reino,  sin  reservarse  Vireyes,  Arzo- 
bispos, Obispos  y  Prelados:  hacia  felices  solo  el  comunicarla.  Ultima- 
mente,  reconocido  este  mónstruo,  quitada  la  máscara  a  esta  esfinge  dia- 
bólica, se  hallo  todo  el  prodigio  de  sus  maravillas,  portento  de  embustes, 
ficciones  y  vanidades  ridiculas,  irrisorias,  contradictorias  y  disparatadas, 
por  la  mayor  parte  en  las  revelaciones.  Sus  escritos,  un  seminario  de 
heregías,  errores,  malsonancias,  temeridades,  escándalo  de  proposiciones 
cismáticas,  impías,  blasfemias  peligrosas,  arrogantes,  presumptuosas, 
disparatadas,  relaxativas  de  las  costumbres,  injuriosas  y  denigrativas  de 
los  próximos  en  todos  estados,  expresando  sus  nombres,  sin  exceptuar 
Pontífices,  Reyes,  Vireyes,  Tribunal  del  Santo  Oficio,  Reales  Audien- 
cias, Arzobispos,  Obispos,  Cabildos,  eclesiásticos,  sagradas  religiones, 
monasterios  de  monjas,  como  también  de  otras  personas  determinadas 
con  negras  notas  de  graves  injurias,  infamándolos  no  una  sino  muchas 
veces,  refiriendo  que  Dios  se  lo  revelaba.  Su  vida  desahogada,  inmodesta, 
regalada,  sin  penitencia  ni  mortificación  alguna,  vana  y  arrogante,  im- 
paciente, iracunda,  soberbia  y  codiciosa  en  extremo,  y  al  fin  relaxada 


230 


J.  T.  MEDINA 


I 


y  correspondiente  en  todo  a  sus  engaños,  corrido  el  velo  de  su  hipocre- 
sía" (22). 

Fallada  la  causa  de  la  Carranza,  resolvieron  los  Inquisidores  cele- 
brar un  auto  público  en  la  iglesia  de  Santo  Domingo,  el  20  de  diciembre 
de  1694,  para  cuyo  efecto  se  hizo  la  publicación  acostumbrada  el  día 
quince  de  ese  mes.  Pero,  "sin  duda  el  demonio  por  estorbar  este  glorioso 
triunfo  de  la  fe,  hizo  que  como  a  las  dos  de  la  mañana  de  ese  día,  sin 
saberse  quien  ni  qué  personas,  con  poco  temor  de  Dios  y  de  sus  almas, 
pusiesen  fuego  a  una  pieza  fuerte  que  servia  de  custodia  a  los  depósitos 
de  plata  que  existian  en  el  Tribunal,  contiguo  a  las  cárceles  secretas, 
sala  del  Tribunal  y  archivos",  a  cuyo  efecto  los  supuestos  ladrones,  esca- 
lando la  pared  más  alta  y  provistos  de  los  aparejos  necesarios,  habían 
producido  el  incendio.  Mas,  tan  pronto  como  se  notó  lo  que  ocurría, 
Valera  y  sus  criados  trataron  de  apagar  el  fuego,  y  no  lográndolo,  des- 
pertaron a  toda  la  gente  del  barrio  y  empezaron  a  tocar  a  rebato  en  una 
iglesia  vecina,  a  cuyo  llamado  acudieron  los  jesuítas  y  frailes  de  Santo 
Domingo,  con  botijas  de  agua  y  hachas  de  rajar  leña,  y  la  guardia  de 
los  alabarderos  con  el  hijo  del  Virrey  a  su  cabeza.  Extinguido  el  incen- 
dio, sin  pérdida  alguna  de  dinero  y  sin  más  destrozo  que  el  de  la 
habitación  en  que  éste  se  guardaba,  y  el  de  las  tapas  de  algunos  libros, 
luego  se  fijaron  edictos  declarando  el  caso  como  uno  de  los  reservados 
y  conminando  a  los  sabedores  con  las  penas  ordinarias  de  excomunión 
si  no  se  presentasen  en  un  término  dado  a  denunciar  a  los  autores  de 
la  intentona  que  en  tanto  riesgo  había  puesto  a  las  casas  del  Tribu- 
nal (23). 

Llegó  en  ésto  el  día  fijado  para  el  auto,  en  que  la  Carranza  fué 
condenada  a  abjurar  de  levi  y  a  cinco  años  de  recogimiento,  con  prohi- 
bición absoluta  de  tratar,  escribir  ni  hablar  con  persona  alguna  acerca 
de  revelaciones.  "La  moción  del  pueblo,  durante  él,  concluye  Várela, 
fué  la  mayor  que  hasta  hoy  se  ha  visto,  absorto  de  ver  penitenciada  la 
que  esperaba  ántes  dar  adorada  a  la  posteridad;  gozoso  verse  libre  del 
veneno  y  de  las  ilusiones,  sagradamente  irritado  con  la  enormidad  de 
las  iniquidades;  y  últimamente,  escarmentado  con  el  ejemplo  para  evi- 
tar en  muchos  la  caida,  y  en  los  demás  la  facilidad  en  el  engaño,  cedien- 


(22)  Carta  al  Consejo  de  15  de  enero  de  1695. 

(23)  Id.  de  Valera  de  8  de  enero  de  1695.  A  pesar  de  los  edictos,  nada  pudo  descubrirse, 
y  para  evitar  en  lo  suces¡\o  el  riesgo  que  corriera  el  dinero,  se  puso  más  tarde  en  una  bóveda 
subterránea  de  cal  y  piedra,  con  puerta  de  hierro.  Id.,  id. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


231 


do  todo  en  mayor  veneración  del  Santo  Tribunal,  gloria  de  Dios  nuestro 
Señor  y  de  V.  A.,  por  haberse  descubierto  y  deshecho  al  cabo  de  seis 
años  este  monstruo  en  el  tiempo  de  su  felicísimo  gobierno,  y  a  la  sombra 
de  la  suprema  presidencia  y  dirección  del  excelentísimo  señor  Inquisi- 
dor Jeneral"  (24). 

Además  de  la  Carranza,  salieron  en  el  auto  Juan  García  Muñoz 
y  Juan  de  Silvela  y  Mendoza,  polígamos,  y  José  de  Rivera,  testigo  falso. 

De  las  causas  de  Benito  de  la  Peña  y  Antonio  Cataño  daremos 
relación  en  la  parte  de  esta  obra  referente  a  Chile  (*). 

Tan  pronto  como  se  feneció  el  proceso  de  la  Carranza,  se  fijaron 
edictos  impresos  para  que  se  entregasen  en  el  Tribunal,  dentro  de  los 
nueve  días  siguientes  a  la  publicación,  las  cuentas,  rosarios,  medallas, 
campanillas,  cencerros,  espadas,  pañuelos,  las  vendas  mojadas  con  su 
sangre;  retazos  de  sus  enaguas,  retratos,  uñas,  cabellos,  firmas  y  papeles, 
debiendo  además,  denunciarse  a  los  que  guardasen  tales  objetos  y  a  los 
que  sostuviesen  que  sus  escritos  no  eran  dignos  de  censura,  "sin  que 
puedan  tenerlos,  expresaba  aquel  documento,  leer  los  orijinales,  ni  co- 
piados ni  traducidos  en  cualquier  lengua  que  sean,  ni  venderlos,  ni 
imprimirlos,  ni  rasgarlos,  ni  quemarlos,  ni  referir  de  memoria  lo  en 
ellos  contenido,  debajo  de  escomunion  mayor,  pena  de  quinientos 
pesos  y  otras  a  nuestro  arbitrio,  porque  así  conviene  al  servicio  de  Dios 
nuestro  Señor  y  a  la  mayor  exaltación  de  su  fe,  y  lo  contrario  haciendo, 
procederemos  contra  los  inobedientes  y  rebeldes  como  contra  personas 
que  sienten  mal  de  las  cosas  de  nuestra  santa  fe  católica,  apostólica  y 
romana"  (25). 

Esta  medida  surtió  pronto  sus  efectos,  exhibiéndose  sólo  en  Lima 
"tanta  multitud  de  rosarios  y  cuentas,  que  pasan  de  millones,  y  de  tal 
suerte,  que  en  diez  pontificados  no  ha  distribuido  la  Sede  Apostólica 


(2-1)  Carla  citada  de  15  de  enero.  La  causa  de  la  Carranza  fué  primeramente  dada  a 
conocer  por  José  del  Hoyo  en  su  Relación  completa  y  exacta  del  auto  público,  etc.,  Lima,  1695, 
4.",  reproducida  por  Otlriozola,  Dociinicnlos  literarios  del  Perú,  tomo  VIL  Hoyo  fué  abogado 
de  bienes  de  la  Inquisición  desde  el  año  de  1678,  y  secretario  en  el  siguiente,  siendo  nombrado 
contador  en  1683,  sirviendo  cuyo  cargo  falleció  el  8  de  agosto  de  1703.  Había  sido,  además, 
cura  interino  de  Santa  Ana,  visitador  del  obispado  de  Guamanga,  regente  de  la  cátedra  de 
Decreto,  licenciado  y  doctor  en  cánones  y  vicerrector  de  la  Universidad.  Palma  en  la  Reiista 
de  Sud-América  (Valparaíso,  1862)  y  después  en  sus  Anales  de  la  lni¡iiisicián  de  Lima,  ha 
relatado  también  este  i)roceso. 

(25)  Edicto  impreso  de  22  de  diciembre  de  1694. 

(*)  V.  Medina.  Historia  del  Tribunal  del  Santo  Oficio  de  la  Inquisición  en  Chile.  Cap.  X, 
pág.  468,  reimpresión  1952. 


232 


J.  T.  MEDINA 


mas  cuentas  y  rosarios  que  los  que  distribuyó  esta  muger  en  los  catorce 
años  que  tuvo  engañada  a  esta  ciudad  con  su  hipocresía".  En  cuanto 
a  las  espadas,  velas,  ropa  usada,  retratos  suyos  en  bronce  y  lienzo,  con 
insignias  particulares  de  santidad,  se  hizo  igualmente  una  cosecha  tan 
abundante,  que  se  llenó  con  esos  objetos  una  sala  bien  espaciosa  del 
Secreto  (26). 

En  cuanto  a  los  confesores  de  la  rea,  que  lo  habían  sido  el  doctor 
Ignacio  Ixar,  cura  de  San  Marcelo,  y  los  agustinos  Fr.  José  de  Prado 
y  Fr.  Agustín  Román,  fueron  presos  en  cárceles  secretas  y  procesados 
en  forma  (27). 

Entre  las  revelaciones  que  la  beata  Angela  decía  haber  tenido,  era 
una  la  de  que  el  indio  Nicolás  de  Aillón,  o  Nicolás  de  Dios,  había 
subido  al  cielo  luego  de  su  muerte,  acompañado  de  Jesucristo  y  de  mu- 
chas almas  que  había  sacado  del  purgatorio,  y  que  gozaba  de  la  misma 
gloria  que  el  rey  David.  Fué  Aillón  un  sastre,  natural  de  Chiclayo,  ca- 
sado con  una  mestiza  nombrada  Jacinta  de  Montoya,  que  se  titulaba 
la  madre  de  María  Jacinta  de  la  Santísima  Trinidad,  y  que  había 
fallecido  en  Lima,  con  crédito  de  siervo  de  Dios  el  7  de  noviembre  de 
1677.  Poco  después,  su  mujer,  acompañada  de  varias  doncellas,  formaba 
un  recogimiento,  al  mismo  tiempo  que  gestionaba  activamente  ante  la 
curia  arzobispal  para  acreditar  la  santidad  de  su  marido,  de  que  daba 
buen  testimonio  la  incorruptibilidad  de  su  cuerpo,  "que  despedía  olor", 
hecho  de  que  luego  se  llevó  denuncia  al  Santo  Oficio,  el  cual  por  en- 
tonces se  limitó  a  recibir  algunas  declaraciones,  y  entre  otras,  la  de  la 
misma  Jacinta  de  la  Santísima  Trinidad  (28). 

Las  cosas  habrían  quedado  probablemente  en  este,  estado  si  el 
jesuíta  Bernardo  Sartolo,  catedrático  de  Artes  en  el  Colegio  de  Santiago 
de  la  misma  Compañía,  no  hubiese  dado  a  la  estampa  una  obra  sobre 
la  vida  de  Aillón,  que  se  publicó  en  Madrid  en  1684  y  que  tan  pronto 
como  se  recibió  en  Lima,  causó  gran  novedad.  Aceptaba,  en  efecto,  su 
autor  como  verdadera  la  revelación  de  la  Carranza  respecto  de  su  héroe 
y  elogiaba  sin  tasa  al  agustino  Fr.  Pedro  de  Avila  Tamayo,  confesor 
de  aquél,  que  había  sido  castigado  por  el  Santo  Oficio  como  solicitante 
con  escándalo;  amén  de  otros  detalles  conocidamente  falsos  y  perjudi- 


(26)  Car/a  de  Valcra  de  2U  de  abril  de  1695. 

(27)  Id.  de  13  de  agosto  del  mismo  año. 

(28)  Los  jueces  examinaron  a  la  viuda  de  Aillón  por  un  largo  interrogatorio,  en  que 
descendían  hasta  las  más  secretas  particularidades  de  su  vida  marital... 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


233 


cíales  a  las  sanas  creencias,  por  lo  cual  hubo  de  fijarse  edictos  prohi- 
biendo el  libro  y  mandando  que  los  que  lo  tuviesen  lo  entregasen  en  la 
Inquisición,  bajo  las  penas  ordinarias  (29). 

Es  verdad  que  para  esto  debió  influir  el  que  con  ocasión  de  las 
mujeres  que  el  Tribunal  había  procesado  por  hechos  supersticiosos  y 
embusteros,  desde  antemano  y  en  virtud  de  órdenes  superiores,  debía 
hallarse  muy  prevenido  sobre  los  divulgadores  de  semejantes  creduli- 
dades y  fantasías;  siendo  muy  digno  de  notarse  que  estas  advertencias 
se  hicieran  a  los  ministros  precisamente  con  motivo  de  una  obra  sobre 
la  vida  de  Santa  Rosa.  "El  libro  manuscrito  de  la  hermana  Rosa  y 
calificación  que  a  él  han  dado,  que  todo  vino  con  carta  de  4  de  mayo 
del  año  pasado  de  1622,  decían,  en  efecto,  en  el  Consejo,  se  queda  mi- 
rando y  a  su  tiempo  se  ordenará  sobre  lo  que  debáis  hacer,  y  entre  tanto, 
considerando  con  el  Ilmo;  señor  Inquisidor  Jeneral  ésto  y  lo  demás  que 
contiene  vuestra  carta  acerca  de  las  que  se  hacen  santas  con  fingidas 
arrobaciones,  que  decis  llaman  comunmente  aturdidas,  ha  parecido  que 
vais  continuando  las  causas  que  han  sobrevenido  y  adelante  resultaren, 
con  mucho  recato,  recibiendo  las  testificaciones  y  haciéndolas  calificar, 
añadiendo  a  los  edictos  de  fe  lo  que  viéredes  que  conviene  advertir  al 
pueblo  acerca  de  la  materia,  y  haciendo  lo  demás  que  pareciere  con- 
veniente para  reprimir  estas  novedades,  de  que  iréis  dando  cuenta  y  de 
lo  que  resultare  de  las  dichas  diligencias".  Y  lo  que  es  más  singular 
todavía,  que  "por  haberse  intentado  sacar  los  papeles  que  hay  en  el 
secresto  contra  ella",  con  ocasión  de  las  letras  apostólicas  sobre  la  ca- 
nonización de  la  monja  dominicana,  se  les  mandó,  en  8  de  mayo  de 
1671,  que  respondiesen  que  no  había  en  el  Tribunal  papel  alguno  rela- 
tivo a  ella  (30).  '  " 


(29)  Carta  de  31  de  agosto  de  1696.  El  libro  de  Sartolo,  que  tenemos  a  la  vista,  se 
intitula  Vida  admirable  y  muerte  prodigiosa  de  Nicolás  de  Aillón  y  con  renombre  más  glo- 
rioso Nicolás  de  Dios,  etc.  Madrid,  1684,  4.*^  Es  singular  que  el  Tribunal  no  hubiese  [iroce- 
dido  de  una  manera  semejante  tratándose  de  tantos  otros  libros  relativos  a  vidas  de  personajes 
ascéticos  que  se  publicaron  en  Lima  durante  todo  el  siglo  XVII,  y  que  están  plagados  de 
revelaciones,  milagros  y  otros  hechos  semejantes. 

(30)  Muy  pronto,  en  virtud  de  esta  disposición,  se  vieron  los  Inquisidores  obligados  a 
incurrir  en  una  mentira  idéntica.  A  pesar  de  lo  que  referían  del  libro  de  Sartolo,  llegaron  a 
Lima  en  1711  ciertas  letras  a|)ostólicas  cometidas  al  arzobisi)o  para  que  en  juicio  plenario 
recibiese  información  sobre  la  vida  y  virtudes  de  Aillón,  y  en  su  consecuencia,  se  presentó 
un  canónigo  en  el  Tribunal  solicitando  que  se  le  devolviese  el  expediente  anteriormente  iniciado 
ante  el  Metropolitano  y  que  se  había  llevado  al  Santo  Oficio  con  ocasión  del  libro  del  jesuíta: 
a  lo  que  le  contestaron  los  jueces  "que  no  liabia  en  el  Santo  Oficio  papeles  algunos  que  dar 


234 


J.  T.  MEDINA 


No  limitaron  su  censura  por  este  tiempo  los  Inquisidores  a  libros 
e  impresos,  pues,  con  ocasión  de  haberse  ofrecido  en  el  convento  de 
San  Agustín  la  celebración  de  unas  conclusiones  públicas  que  fueron 
dedicadas  al  Virrey  por  su  autor  el  maestro  Fr.  José  García  Jiménez, 
habiendo  éste  solicitado  la  aprobación  del  Tribunal  para  darlas  a  la  es- 
tampa, no  sólo  no  se  le  otorgó,  sino  que  se  le  mandó  entregar  el  ma- 
nuscrito, por  cuanto  siendo  verdad  que  algunos  temas  podían  defenderse 
en  la  Universidad,  monasterios  de  monjas  y  colegios  de  la  ciudad,  era 
raro  el  caso  en  que  no  se  diesen  a  entender  a  todos  en  romance,  "porque 
como  son  tantos  los  caballeros  laicos  que  se  convidan  a  su  asistencia, 
por  no  tenerlos  toda  una  tarde  mortificados  sin  entender  lo  que  oyen, 
acostumbran  los  maestros  que  presiden  o  replican,  decir  el  punto  que 
se  controvierte  en  estilo  e  idioma  castellano,  fácil  e  intelijible  a  to- 
dos" (31). 

Otro  tanto  le  ocurrió  al  doctor  José  Carrillo  de  Cárdenas,  presbítero, 
que  trató  de  celebrar  unas  conclusiones  públicas  en  la  Universidad  para 
c]ue  las  defendiese  uno  de  los  colegiales  jesuítas;  mas,  divulgado  el  día 
en  que  debía  tener  lugar  el  acto,  causó  tanta  novedad  en  muchos  hom- 
bres de  letras  y  escándalo  en  todos  los  laicos  que  se  convidaron  para 
la  fiesta,  "dividiéndose  en  pareceres  los  doctos,  y  los  no  tales,  abomi- 
nando la  novedad",  entre  los  cuales  no  fué  de  los  últimos  el  mismo 
Virrey,  según  lo  asegura  uno  de  los  Inquisidores  (32),  que  al  fin  la 
fiesta  no  tuvo  lugar. 


en  razón  de  lo  que  se  pedia,  arreglándonos,  según  signiticaban  al  Consejo,  a  la  providencia 
que  se  sirvió  V.  A.  ordenar  en  carta  de  8  de  marzo  de  1631,  para  que  según  ella,  respondiese 
al  padre  Jerónimo  Bautista,  procurador  nombrado  para  las  iníormaciones  en  el  plenario  de  la 
beatificación  de  Santa  Rosa  de  Santa  María,  que  pedia  ciertos  papeles  e  informaciones  orijinales 
que  paraban  en  este  Secreto".  Carta  de  Suárez  de  Figueroa  e  Ibáñez  de  30  de  octubre  de  1711. 

(31)  Carta  de  Valera  de  20  de  octubre  de  1653. 

(32)  Id.  de  15  de  septiembre  del  año  anterior.  La  conclusión  era  relativa  a  las  sacra- 
mentos, presentándose  como  autor  de  ella  al  padre  jesuíta  Nicolás  de  Olea,  "tenido  y  reputado 
por  gran  teólogo,  muy  virtuoso  y  circunspecto,  aunque  tenido  por  pagado  de  su  dictamen". 
IMeí.  Dos  años  después  de  este  percance  publicó  Olea  en  Lima  la  Siinima  tripartita  scholasticae 
philosophiae,  etc.,  libro  y  autor  que  no  mencionan  los  padres  Backer  en  sus  Ecrivains  de 
¡a  Compagnic  de  ¡éstis. 


CAPITULO  XXIII 


Quejas  de  la  Inquisición  contra  el  Visitador  de  los  jesuítas. — Id.  del  Arzobispo 
contra  los  Inquisidores. — La  Inquisición  y  las  religiones. — Auto  de  fe  de  28 
de  noviembre  de  1719. — Id.  de  21  de  diciembre  de  1720. — Reos  penitenciados 
hasta  1725. — Dos  causas  de  portugueses. 

"Entre  los  cuidados  con  que  se  halla  este  Tribunal  para  el  despacho 
y  espediente  de  las  muchas  causas  que  han  ocurrido  y  que  en  él  están 
pendientes,  decían  los  Inquisidores  al  Consejo,  en  carta  de  4  de  junio 
de  1701,  no  ha  sido  el  menor  embarazo  el  que  se  ha  ofrecido  con  el 
padre  Diego  Francisco  Altamirano".  Era  este  hombre  de  más  de  ochenta 
años,  visitador  y  viceprovincial  de  la  Compañía  de  Jesús  en  el  Perú, 
quien  entre  otras  disposiciones  de  su  cargo,  tenía  ordenado  que  ningún 
miembro  de  la  Orden  admitiese  el  oficio  de  calificador  del  Santo  Tri- 
bunal sin  previa  licencia  del  provincial.  Ignoramos  cuáles  fuesen  las 
razones  que  para  el  caso  obraran  en  el  ánimo  de  Altamirano,  pero 
como  en  él  se  envolvía  un  ataque  más  o  menos  velado  a  la  jurisdicción 
y  autoridad  del  Tribunal,  sus  ministros  levantaron  luego  un  expediente 
a  fin  de  descubrir  los  móviles  del  visitador,  o,  más  propiamente,  con  el 
propósito  de  desautorizarle;  afirmando  dentro  de  poco  al  Consejo  que 
los  verdaderos  autores  de  la  disposición  del  jesuíta  eran  algunos  padres 
que  nombraban,  y  muy  especialmente  don  Diego  Montero  del  Aguila, 
que  después  de  haber  enviudado,  se  había  ordenado  de  sacerdote,  lo- 
grando así  que  el  Tribunal  le  diese  el  salario  de  abogado  del  Fisco  y 
el  título  de  consultor.  Le  acusaban,  en  consecuencia,  de  infiel  en  el 
desempeño  de  ambos  cargos  y  repetían  que  era  público  en  Lima  que 
todos  ellos  estaban  completados  para  quejarse  de  las  operaciones  del 
Santo  Oficio,  temiendo  lo  cual  se  anticipaban  a  informar  de  lo  que  pa- 
saba para  que  el  Consejo  estuviese  sobre  aviso  y  sólo  diese  a  las  delacio- 


236 


J.  T.  MEDINA 


nes  que  intentaran  el  crédito  que  pudiesen  merecer  después  del  informe 
que  elevarían  una  vez  terminado  el  expediente  que  tenían  iniciado. 

Eran  sin  duda  infundadas  las  suspicacias  de  los  Inquisidores,  pues 
ni  el  jesuíta  ni  sus  supuestos  consejeros  presentaron  queja  alguna  al 
Consejo,  que  debían  al  fin  partir  de  una  fuente  más  autorizada  de  la 
que  ellos  se  imaginaban  (1).  El  acusador  de  sus  procedimientos  debía 
ser  esta  vez,  en  efecto,  nada  menos  que  el  Arzobispo,  que,  como  él 
mismo  lo  lamentaba  más  tarde,  por  haber  tolerado  en  un  principio  los 
avances  de  los  Inquisidores,  ofensivos  de  su  dignidad  y  jurisdicción 
eclesiástica,  "solo  habían  servido  de  basa  y  fundamento  sólido  en  que 
han  fabricado  otros  mayores  de  escandalosas  y  perjudiciales  consecuen- 
cias". 

Estaba  a  cargo  del  inquisidor  más  antiguo  el  patronado  del  colegio 
de  niñas  huérfanas,  que  tenía  considerables  sumas  asignadas  para  su 
crianza,  educación  y  estado.  Propusieron  los  ministros  cuatro  que  desea- 
ban ser  religiosas  de  velo  blanco  en  el  monasterio  de  la  Encarnación, 
enterándose  a  cada  una  la  dote  que  le  correspondía;  pero  cumplido  el 
año  de  noviciado,  se  entendió  que  las  jóvenes  manifestaban  alguna  re- 
pugnancia para  profesar,  por  lo  cual  el  Inquisidor  rogó  al  Arzobispo 
que  tratase  de  persuadirlas  a  que  lo  verificasen  lo  más  pronto;  resultando 
de  la  conferencia  que  con  este  motivo  tuvo  con  ellas  el  Prelado,  que 
dos  profesaron,  una  se  excusó  y  la  otra  vino  en  ello  a  condición  de 
que  su  profesión  tuviese  lugar  en  distinto  monasterio.  Sin  más  que  esto, 
Suárez  de  Figueroa  pasó  a  embargar  todas  las  rentas  del  convento,  a 
título  de  asegurar  la  dote  de  las  que  debían  salir,  sin  prevenirlo  siquiera 
al  prelado,  que  era  el  llamado  a  conocer  en  el  negocio.  Esta  determina- 
ción, causó,  como  era  de  esperarse,  no  poco  alboroto  en  la  ciudad,  pues 
siendo  el  monasterio  de  pocas  rentas,  con  el  embargo  se  privó  a  las 
monjas  del  sustento  diario,  resultando  inútiles  cuantas  representaciones 
entabló  la  abadesa,  en  que  manifestaba  que  las  cantidades  que  se  trata- 
ba de  que  devolviese  habían  sido  invertidas  en  alimentar  a  la  comuni- 
dad: a  pesar  de  lo  cual  el  embargo  no  se  suspendió  mientras  no  se 
verificó  la  restitución  que  pedía  el  Inquisidor. 


( 1 )  Sin  detenernos  en  denuncias  de  poca  importancia,  no  debemos  pasar  aquí  en  silencio 
el  que  liacía  a  Ibáiíez  el  mercedario  Fr.  Juan  Fernández  Melena,  de  haber  nombrado  de 
calificador,  "por  sus  fines  particulares",  a  Fr.  Miguel  Altamirano,  siendo  notorio  y  público 
ciue  era  hijo  de  un  clérigo  y  de  una  mujer  que  nunca  fué  casada,  "de  que  estaba  la  ciudad 
admirada".  Cííiíu  de  22  de  diciembre  de  1720. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


237 


Después  de  inculpar  al  Tribunal  por  este  proceder,  agregaba  el  Ar- 
zobispo, que  en  los  concursos  de  acreedores  que  se  habían  ofrecido,  y 
en  los  cuales  como  encargado  de  hacer  ejecutar  el  cobro  de  varias  man- 
das piadosas,  había  debido  gestionar,  los  ministros,  o  habían  archivado 
los  escritos  de  su  fiscal,  o  se  habían  desentendido  de  su  derecho,  "en 
que  no  solo  se  conocen  la  pasión  con  que  obran,  sino  el  dictamen  que 
han  hecho  y  acreditado  de  ir  en  todo  contra  mi  jurisdicción". 

Continuando  en  sus  acusaciones,  añadía  que  un  familiar  de  Ibáñez, 
a  quien  no  había  querido  ordenar  por  varios  defectos  que  le  hacían 
inhábil  para  el  sacerdocio,  sin  la  licencia  suya,  le  había  enviado  al  obis- 
pado de  Huamanga,  donde  se  hallaba  de  provisor  su  hermano  don  Ma- 
tías, de  quien  había  obtenido  que  le  confiriesen  las  órdenes,  haciéndole 
en  seguida  volver  a  Lima.  Otro  tanto  había  hecho  con  don  Melchor 
Ibáñez,  que  acababa  de  enviudar  y  deseaba  también  ordenarse. 

Al  cura  párroco  de  San  Lorenzo  de  Quinti,  con  pretexto  de  que 
era  deudor  de  cierta  suma  al  receptor  del  Santo  Oficio,  habiendo  ido 
a  Lima  a  oponerse  a  una  canonjía,  le  había  dado  la  ciudad  por  cárcel, 
siendo  el  hecho  muy  reparable,  tratándose  de  un  cura  que  tenía  precisa 
obligación  de  asistir  a  su  curato,  y  no  obstante,  le  había  tenido  así  mu- 
chos meses  sin  dejarlo  partir  al  lugar  de  su  residencia. 

Llegaba  ya  con  esto  el  Arzobispo  a  lo  que  le  había  compelido  a 
coger  la  pluma,  "por  los  escándalos  y  disensiones  que  se  han  seguido, 
decía,  teniendo  todas  su  oríjen  en  la  injusta  pretensión  que  hizo  (Ibá- 
ñez) sobre  que  yo  consintiese  en  la  permuta  que  intentaba  hacer  del 
curato  de  San  Marcelo  con  don  Matías  Ibañez,  su  hermano". 

Según  se  recordará,  cuando  Ibáñez  fué  nombrado  inquisidor,  se 
hallaba  sirviendo  el  puesto  de  cura  del  Callao,  que  hubo  de  permutar 
en  seguida  por  el  del  Sagrario  de  Lima  y  después  por  el  de  San  Marcelo 
de  la  misma  ciudad.  Desde  un  principio  se  trató  de  declarar  vacante 
este  puesto,  pero  mediante  a  que  el  Inquisidor  expresaba  que  su  título 
era  meramente  condicional,  se  convino  en  que  era  conveniente  no  pro- 
ceder aún  a  aquella  diligencia.  Subsanado  el  inconveniente  que  Ibáñez 
alegara,  volvióse  a  tratar  en  el  Cabildo  Eclesiástico  de  la  necesidad  de 
declarar  la  vacante,  resolución  que  hubo  al  fin  de  quedar  pendiente, 
merced  a  los  amigos  con  que  el  Inquisidor  contaba  en  la  corporación 
y  que  estaban  persuadidos  de  que  había  de  disgustarle  semejante  decla- 
ración; hasta  que  noticioso  el  Consejo  de  Indias  de  que  Ibáñez,  a  pesar 
de  su  título  de  inquisidor  en  propiedad,  mantenía  aún  el  curato,  des- 


238 


J.  T.  MEDINA 


pacho  cédula  al  Arzobispo  para  que  averiguase  si  aquél  cumplía  con 
los  deberes  de  párroco.  En  esas  circunstancias,  Ibáñez  procuró  que  se 
confiriese  a  su  hermano  el  provisor  de  Huamanga,  empeñando  de  tal 
manera  en  su  favor  al  Virrey,  que  era  entonces  el  arzobispo  Morcillo, 
que  en  una  última  visita  que  con  ese  objeto  le  hizo  éste  al  Metropoli- 
tano, le  dijo  textualmente  que  al  día  siguiente  debía  consentir  en  la 
traslación,  o  que  si  no,  había  de  reñir.  Respondióle  efectivamente  en  el 
plazo  señalado,  manifestándole  que  hallándose  pendiente  el  asunto  del 
conocimiento  del  monarca,  no  podía  condescender  con  su  empeño:  mi- 
siva que  contestó  Morcillo  con  el  mismo  capellán  que  se  la  llevó,  en- 
viando a  decir  de  palabra  a  su  colega  que  por  no  desairarle  no  se  la 
devolvía,  pero  que  se  quedaba  con  ella  sin  abrirla;  y  junto  con  esto, 
horas  después,  le  devolvía  unas  conclusiones  que  un  sobrino  del  Metro- 
politano le  tenía  dedicadas,  negándose  tenazmente  a  asistir  a  ellas,  a  pesar 
de  las  instancias  que  amigos  comunes  de  ambos  le  hicieron,  y  por  lo 
cual  hubo  de  suspenderse  el  acto,  retirándose  las  religiones,  colegios  y 
Universidad  que  estaban  ya  congregados  con  ese  propósito. 

En  estas  circunstancias  llegaba  un  despacho  real  que  disponía  que 
el  Inquisidor  renunciase  el  curato,  o  que  de  no  hacerlo,  se  le  declarase 
por  vaco. 

En  septiembre  de  1720,  moría  Gómez  Suárez  de  Figueroa,  y  a  pesar 
de  que  el  chasqueado  inquisidor  había  quedado  de  esa  manera  sin  más 
compañía  en  el  Tribunal  que  la  del  nuevo  fiscal  José  Antonio  Gutiérrez 
de  Cevallos,  que  había  llegado  a  Lima  hacía  dos  años,  el  Arzobispo 
no  temía  denunciar  al  Consejo  "el  mucho  orgullo  y  codicia"  de  su  an- 
tagonista, pidiendo  que  se  le  ordenase,  en  cuanto  a  los  ultrajes  y  aja- 
mientos que  le  había  hecho  en  su  dignidad  de  prelado,  que  se  le  man- 
dase dar  la  pública  satisfacción  que  le  correspondía  (2). 

Como  era  de  esperarlo,  Ibáñez  no  dejó  sin  respuesta  las  acusaciones 
que  el  arzobispo  Zuloaga  tenía  presentadas  en  contra  suya,  encargando 
al  fiscal  que  hiciese  presente  por  él  que  la  información  que  aquél  había 
levantado  tocante  a  su  inasistencia  en  el  curato  era  falsa  y  maliciosa, 
ocultando  en  ella  la  verdad,  en  fuerza  de  penas  y  censuras;  y  que  si 
el  prelado  había  puesto  de  por  medio  en  el  negocio  el  mejor  servicio 
de  Dios,  no  había  tenido  razón  para  ello,  pues  él  mismo  acostumbraba 
laxitudes  en  cuanto  a  la  residencia  de  los  párrocos,  "y  en  otros  muy 


(2)  Curia  de  30  de  noviembre  de  1720. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


239 


propios  de  su  cargo,  concluía,  que  están  causando  grave  y  continuo 
escándalo  en  todo  el  arzobispado"  (3). 

Con  motivo  de  haberse  negado  el  Tribunal  a  asistir,  como  tenía  de 
costumbre,  a  la  fiesta  que  en  honor  de  San  Pedro  mártir,  se  celebraba 
anualmente  en  el  Convento  de  Santo  Domingo,  éste  elevó  también  sus 
quejas  al  Consejo,  manifestando  que  la  causa  del  desaire  no  era  otra 
que  los  prelados  y  todo  el  magisterio  no  concurrían  a  unas  misas  can- 
tadas de  capellanías  fundadas  por  particulares,  de  que  eran  patronos  los 
inquisidores,  siendo  que  por  sola  su  asistencia  recibían  aquéllos  consi- 
derables propinas;  que  la  Comunidad  invitaba  para  ellas  siempre  a  las 
demás  religiones,  las  cuales  era  ya  corriente  que  se  estuviesen  allí  dos 
o  tres  horas  esperando  que  llegasen  los  ministros,  que  de  esa  manera  no 
sólo  se  manifestaban  imprudentes,  sino  también  desagradecidos  con  los 
frailes  de  la  Orden,  siendo  que  siempre  y  cuando  aún  no  estaban  ase- 
guradas las  dotaciones  de  sus  puestos,  les  habían  socorrido  liberalmente 
hasta  en  cantidad  de  cuarenta  mil  pesos;  y  por  fin,  que  era  ya  usual 
que  con  pretexto  de  ser  calificadores  algunos  religiosos,  el  Tribunal  les 
separase  de  la  jurisdicción  de  sus  prelados  cuando  por  justas  causas  aqué- 
llos los  recluían  o  desterraban,  habiendo  aún  acontecido  el  caso  de  que 
para  burlar  las  disposiciones  de  un  provincial,  se  hubiese  elegido  a  pos- 
teriori  calificador  a  un  fraile  que  había  sido  desterrado  de  Lima  (4) : 
denuncia  a  que  por  su  parte  respondían  los  Inquisidores  diciendo  que 
no  habían  asistido  a  la  fiesta  que  se  mencionaba  por  no  haber  sido 
invitados  a  tiempo,  siendo  enteramente  inexacto  que  se  esmerasen  en 
hacerla  ostentosa,  como  se  aseguraba,  y  que,  por  lo  demás,  "el  provincial 
de  Santo  Domingo  y  sus  relijiosos,  que  son  tan  celosos  de  la  asistencia 
del  Tribunal  a  la  fiesta  de  su  patrón,  que  con  solo  una  vez  que  con 
justificado  motivo  se  faltó  a  ella,  concluían,  recurren  a  Vuestra  Alteza, 
no  hicieran  ménos  si  los  autos  de  fee  se  llevasen  a  otra  iglesia,  pero 
callaran  la  causa  que  ahora  se  ofrecía  para  executarlo  y  que  esperamos 
que  en  la  estimación  de  Vuestra  Alteza,  fuera  lo  bastante,  pues  en 
auto  de  once  reos,  que  celebramos  a  28  de  noviembre  del  año  pasado 
de  1719,  recelando  el  mucho  concurso,  prevenimos  seis  soldados  con 
un  oficial  que  asistiesen  a  guardar  el  presbiterio  y  los  bancos  precisos 


(3)  Id.  de  Gutiérrez  de  Cevallos  de  28  de  novicinbrc  de  id. 

(4)  Memorial  de  Fray  Cristóbal  de  Molina,  sin  fecha,  visto  en  el  Consejo  en  6  de  no- 
viembre de  1719. 


240 


J.   T.  MEDINA 


para  las  personas  del  Tribunal,  y  para  hacer  más  recomendable  a  dicho 
oficial  y  soldados,  la  noche  ántes  del  auto,  pasó  a  la  iglesia  nuestro  co- 
lega don  Joseph  Antonio  Gutiérrez  de  Zevallos,  y  encargó  al  Prior, 
Maestros  y  otros  religiosos,  los  atendiesen  y  ayudasen  en  la  incumbencia 
en  que  estaban,  y  fué  su  correspondencia  tan  contraria  de  esta  demos- 
tración, que  siendo  ellos  los  primeros  a  acomodarse  y  a  sus  familias, 
uno  no  tan  muchacho  ni  inadvertido  que  no  sea  lector  actual  de  theolo- 
gía,  al  oficial  de  los  soldados,  sobre  hacer  su  deber,  le  rompió  con  una 
llave  la  boca,  y  le  echó  dos  o  tres  dientes  afuera,  en  medio  de  la  iglesia, 
y  de  tanta  gente  que  estaba  llena,  y  llegando  después  el  cuerpo  del  Tri- 
bunal, al  entrar  en  la  capilla  mayor,  desaparecieron  los  Prelados  y 
Maestros,  y  nos  hallamos  con  todo  el  presbiterio  y  altar  preocupados 
de  los  religiosos,  mozos  de  la  casa  y  algunos  de  otras  comunidades,  des- 
entendiéndose todos  de  nuestras  indignaciones  y  de  las  diligencias  que 
por  apartarlos  hacian  los  ministros  oficiales,  de  suerte  que  nos  fué  pre- 
ciso retirarnos  por  mas  de  hora  y  media  a  una  trassacristía,  y  a  no  estar 
en  la  iglesia,  en  un  cancel,  el  Príncipe  Santo  Buono,  virey  de  este  reino, 
nos  hubiéramos  vuelto  sin  executar  al  auto  por  el  grave  desaire  que  ex- 
perimentamos, sin  que  ningún  Prelado  pareciese  a  poner  en  moderación 
a  sus  frailes,  que  en  nuestra  presencia  tenian  el  arrojo  de  responder 
que  era  su  casa  y  su  iglesia,  y  que  en  ella  debían  ser  privilejiados;  y  en 
tan  calificado  desacato,  no  se  hizo  otra  demostración  que  la  de  haberlo 
significado  al  Prelado,  y  la  que  éste  quiso  hacer  con  el  religioso  agresor 
de  los  soldados,  que  fué  una  protesta  formal  de  reclusión  por  tres  o 
quatro  dias,  con  que  manifestamos  darnos  por  satisfechos,  por  quitar 
la  ocasión  al  Provincial  Fray  Juan  Moreno,  de  que  actuase  su  desafecto, 
recurriendo  con  siniestros  informes  a  Vuestra  Alteza"  (5). 

Según  se  ve  de  las  palabras  anteriores,  los  jueces  habían  celebrado 
auto  de  fe  en  la  iglesia  de  los  dominicos  el  28  de  noviembre  de  1719, 
cuyos  detalles,  en  cuanto  a  los  reos  que  en  él  se  presentaron  y  que  según 
acabamos  de  ver  fueron  once,  no  conocemos.  Por  lo  demás,  salvo  algu- 
nos edictos  que  se  publicaron  para  recoger  ciertos  libros  (6),  el  Tribu- 
nal pudo  continuar  tranquilamente  en  el  conocimiento  de  las  causas 
de  fe,  habiéndose  fallado  desde  1721  hasta  1725,  las  de  los  siguientes 
reos: 


(5)  Carta  de  los  Inquisidores  de  5  de  diciembre  de  1720. 

(6)  Véase  la  carta  de  23  de  octubre  de  1711. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


241 


La  del  clérigo  francés  Juan  de  UUos,  residente  en  Mendoza,  que 
publicaba  que  el  Papa  ni  el  concilio  general  eran  los  jefes  de  la  Iglesia, 
proposición  que  habiendo  sido  dada  a  calificar  al  jesuíta  Luis  de  An- 
drade  y  al  mercedario  Fr.  Francisco  Galiano,  como  expresasen  que 
por  tratarse  de  un  francés  se  hacía  difícil  la  calificación,  se  les  secuestró 
el  peculio  y  se  les  metió  en  la  cárcel. 

Eusebio  Vejarano,  natural  de  Lima,  residente  en  el  Cuzco;  Juan 
de  Valencia,  platero,  residente  en  Loja;  Antonio  Lesana,  que  desempe- 
ñaba el  mismo  oficio  en  Trujillo;  Juan  Ventura  de  Guevara,  mulato, 
zapatero,  residente  en  Santa;  Nicolás  Fernández,  labrador,  en  San  Már- 
cos  de  Conchucos;  D.  Cristóbal  de  Oña,  natural  de  Sevilla,  y  establecido 
en  Buenos  Aires,  donde  se  denunció:  todos  los  cuales  fueron  castigados 
como  bigamos. 

Fr.  Pedro  de  Valenzuela,  corista  de  San  Agustín  de  la  provincia 
de  Quito,  que  fué  absuelto  de  la  instancia  por  no  haberse  comprobado 
su  profesión  solemne;  Guillermo  Lemonier,  clérigo,  natural  de  Nor- 
mandía,  denunciado  de  haber  celebrado  dos  misas  en  un  día;  Francisco 
José  de  Osera,  clérigo  de  Lima,  de  cuarenta  y  ocho  años,  que  habiéndose 
dado  desde  muy  temprano  al  juego  de  los  dados,  prorrumpía  en  blas- 
femias hereticales  cuando  la  suerte  le  trataba  mal;  Fr.  Diego  de  Quiro- 
ga  y  Losada,  religioso  dominico,  diácono,  que  se  denunció  de  haberse 
huido  varias  veces  de  su  convento  de  Lima  y  de  haber  dicho  algunas 
misas. 

Juan  Jerónimo  del  Valle,  natural  de  Marchena,  zapatero,  blasfemo; 
Francisco  Esteban  Canela,  soldado,  oriundo  de  Cabra,  testificado  de  que 
afirmaba  decir  más  verdad  que  la  Virgen;  Juan  Enríquez  de  Iturriza- 
ga,  clérigo,  natural  y  vecino  de  Huancavelica,  que  se  valía  de  brujas 
y  sortilegios  para  diversos  fines. 

Pedro  de  Abalos,  natural  de  Santa  Fe  y  residente  en  Lima,  de  veinti- 
séis años  de  edad,  estando  preso  en  la  cárcel  real  se  denunció  al  Santo 
Oficio  de  que  hacía  diez  años  a  que  era  esclavo  del  demonio,  para 
probar  lo  cual  refería  que,  estando  igualmente  detenido  en  la  cárcel 
de  Quito  por  una  muerte  que  había  cometido,  una  india,  su  manceba, 
le  suministró  un  brebaje,  y  que  después  de  un  rato  de  haberlo  bebido, 
se  sintió  mal  de  la  cabeza,  y  entrando  la  india  a  su  calabozo,  cohabitó 
con  ella;  que  después,  al  despertar,  se  había  encontrado  boca  abajo  y 
sin  su  amiga,  apareciéndosele  de  ahí  a  poco  un  hombre  que  le  dijo  era 
el  diablo,  y  que  ya  era  suyo  por  lo  que  había  ejecutado  con  aquella 

16 — La  Inquisición  lIc  Lima   Toint)  II 


242 


J.   T.  MEDINA 


mujer,  prometiéndole  favorecerle  y  sacarle  de  trabajos,  a  condición  de 
que  renegase  de  la  fe  de  Jesucristo  y  que  habiendo  logrado  venir  a  Lima, 
se  valía  de  una  piedrecilla  que  había  extraído  de  la  boca  de  un  sapo  y 
que  llevaba  engastada  en  una  sortija,  para  obtener  los  favores  de  las 
mujeres,  sin  que  le  costase  nada,  y  de  los  mercaderes  las  especies  que 
deseaba  al  precio  que  quería:  por  cuyos  hechos  abjuró  formalmente,  y 
fué  en  seguida  reconciliado  sin  sambenito. 

Nicolás  Solórzano,  soltero,  de  veintiún  años,  cuarterón  de  mulato, 
se  denunció  de  que  se  había  valido  del  demonio  para  lograr  casarse 
con  una  mujer  que  habían  encerrado  en  un  convento  y  que  no  quería 
acceder  a  sus  pretensiones,  guiándole  aquél  la  mano  para  firmarle  la 
respectiva  cédula,  pues  él  no  sabía  escribir;  pero  que  como  un  día  en 
que  había  entrado  a  una  iglesia,  su  amigo  le  diera  tal  pescozón  que  lo 
había  tenido  metido  mucho  tiempo  debajo  de  un  escaño,  se  había  arre- 
pentido de  lo  convenido.  - 

Domingo  de  Estrada,  de  veinte  años,  vecino  y  natural  de  Lima, 
también  amistado  con  Satanás  para  que  le  auxiliase  con  sus  conocimien- 
tos médicos. 

Manuel  Almeida  Pereira,  soldado  de  Buenos  Aires,  procesado  por 
haber  repartido  un  prospecto  ofreciendo  a  las  damas  sus  servicios,  a  fin 
de  que  por  su  medio  y  ciertas  invocaciones,  obtuviesen  los  favores  de 
sus  galanes. 

Antonio  Hurtado,  mulato  libre,  natural  de  Moquegua,  de  sesenta 
años,  que  para  atormentar  a  sus  enemigos  se  valía  de  un  sapo  al  cual 
atravesaba  con  alfileres  los  miembros  que  deseaba  que  aquéllos  tuvie- 
sen dañados.  Confesó  que  curando  por  medios  naturales  sabía  también 
hacer  creer  a  las  gentes  que  estaban  maleficiadas  cuyo  embuste  le  valió 
algunos  azotes. 

Pedro  de  Acevedo,  capitán  reformado  y  viejo,  que  se  denunció  de 
que  hallándose  pobre  intentó  vender  su  alma  al  diablo. 

Francisco  Pastrana,  negro  esclavo,  que  comunicaba  con  una  bruja, 
a  quien  vió  diversas  veces  que  llamando  por  sus  nombres  a  unos  mu- 
ñecos que  tenía  parados  y  sentados  dentro  de  un  escaparate,  salían  a 
bailar,  y  en  especial  uno  que  tenía  cuernecitos  y  rabito. 

Nicolasa  Cavero,  mulata  que  había  sido  esclava,  porque  propinaba 
algunos  remedios  a  cierta  dama  que  se  quejaba  de  que  su  marido  era 
demasiado  exigente. 

El  licenciado  Diego  de  Frías,  clérigo  y  abogado,  que  por  haber 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


243 


negado  la  resurrección  de  la  carne,  fué  acusado  por  el  fiscal,  de  hereje, 
apóstata,  contumaz,  impenitente,  falso,  simulado,  revocante,  fraudulen- 
to, vario  y  perjuro,  después  de  haber  estado  preso  cuatro  años,  tuvo 
que  retractarse  públicamente  en  la  parroquia  de  Santa  Ana. 

Juan  Campino,  natural  de  Londres,  marinero,  que  se  denunció 
por  hereje;  Juan  Marfil  (Murphy?)  Stuart,  residente  en  Santiago  de 
Chile;  David  Jacobo,  escocés,  y  Felipe  Lorenzo  (Lawrence),  ambos 
marineros  ingleses,  por  haber  confesado  que  eran  protestantes,  fueron 
condenados  a  las  penas  de  estilo. 

Además  de  Marfil,  se  procesaron  también  en  Chile  durante  el  pe- 
ríodo de  que  venimos  dando  cuenta,  Amet  Crasi,  Fr.  José  Vázquez, 
María  Zapata  y  Matías  Tula. 

Las  causas  de  judaismo  se  iban  haciendo  por  este  tiempo  cada  vez 
más  raras;  sin  embargo,  ocurrieron  dos  que  por  sus  caracteres  merecen 
especial  mención.  Fué  una  de  ellas  la  de  Alvaro  Rodríguez,  que  murió 
en  la  prisión  a  mediados  de  1698,  hallándose  el  proceso  en  estado  de 
prueba,  por  cuyo  motivo  se  enviaron  edictos  a  Portalegre,  de  donde  era 
natural  el  difunto,  para  que  los  que  se  creyesen  partes  saliesen  a  defen- 
der su  memoria  y  fama.  Sus  bienes,  que  alcanzaban  a  catorce  mil  pesos, 
fueron  confiscados  y  remitidos  a  España,  a  pesar  de  que  el  proceso  no 
estaba  concluido  y  de  que  no  había  mérito  para  aplicarlos  al  fisco  de 
la  Inquisición,  por  cuanto  el  reo  carecía  de  parientes  en  el  Perú  y  el 
soberano  había  dictado  una  orden  para  que,  a  título  de  represalias,  se 
confiscasen  los  de  vasallos  de  Portugal  (7). 

La  otra  es  mucho  más  interesante.  Había  sido  preso  y  puesto  en 
cárceles  secretas  por  los  años  de  1722  (y  quizás  antes)  (8),  don  Teodo- 
ro Candioti,  vecino  de  Lima,  al  parecer  de  origen  italiano,  casado  y 
con  hijos  españoles.  "En  13  de  mayo  de  1726,  dicen  los  Inquisidores, 
el  alcaide  de  dichas  cárceles  hizo  relación  que  dicho  reo  estaba  enfermo 
del  accidente  epidemial  que  estaba  corriendo  en  esta  ciudad,  y  habiendo 
llamado  al  médico  de  este  Santo  Oficio,  por  haberle  sobrevenido  un 


(7)  Carta  de  Suárcz  c  Ibáñez  de  L"  de  diciembre  de  1707. 

(8)  En  la  carta  que  citamos  más  abajo,  se  hace  relación  de  una  orden  del  Consejo  relativa 
a  esta  causa,  recibida  en  Lima  en  octubre  de  1723.  .^hora  bien,  entre  la  formación  del  proceso, 
el  envío  de  la  consulta  a  España  y  la  contestación  aludida,  ha  debido  trascurrir,  por  lo  menos, 
el  tiempo  necesario  para  que  podamos  fijar  la  fecha  que  indicamos  en  el  texto.  No  hemos 
encontrado  en  los  archivos  esta  interesante  causa,  y  acaso  para  su  desaparecimiento  no  faltaban 
razones .  . , 


244 


J.   T.  MEDINA 


curso  y  estar  descaecido,  y  que  no  quería  admitir  los  medicamentos  que 
le  recetaba,  por  quitárselos  del  cuerpo,  previno  seria  bien  se  le  diese 
confesor  por  el  riesgo  en  que  estaba  dicho  reo,  que  asimismo  le  pidió, 
como  le  habia  pedido  muchas  veces,  estando  sano,  y  al  alcaide  dijese 
en  el  Tribunal,  que  si  moria  de  dicho  accidente,  estaba  inocente  y  que 
volviese  por  el  crédito  de  su  fama,  de  sus  hijos  y  de  su  familia.  Y  en 
dicha  audiencia,  por  auto  se  mandó  citar  al  reverendo  padre  Alonso 
Messía,  de  la  Compañía  de  Jesús,  ex  provincial  y  calificador  de  esta 
Inquisición,  y  estando  en  ella,  hizo  el  juramento  acostumbrado  en  este 
caso,  y  advertido  de  lo  mandado  en  la  instrucción  ochenta  y  una  de 
f.  treinta  y  seis  vuelta,  del  año  de  mil  quinientos  ochenta  y  uno,  entró 
en  la  cárcel  número  tres,  en  donde  estaba  enfermo  dicho  reo,  con  asis- 
tencia del  alcaide,  y  le  dió  noticia  de  que  venia  a  confesarle,  y  le  res- 
pondió que  estaba  pronto  pero  que  necesitaba  de  algún  tiempo  para 
prepararse  y  hacer  una  confesión  general,  citándole  para  la  mañana  del 
dia  siguiente,  y  que  dicho  padre  le  exhortó  a  que  descargase  su  concien- 
cia para  no  tener  embarazo  en  ella,  a  que  le  respondió  que  los  cargos 
que  se  le  hacian  se  reducian  a  tres,  el  primero  de  un  ayuno,  que  no  era 
como  decian,  sino  en  la  forma  que  se  usa  en  su  tierra  la  vigilia  de  Na- 
tividad, tomando  un  desayuno  corto  y  no  comiendo  hasta  la  noche, 
que  se  ejecuta  en  una  comida  espléndida,  asistiendo  un  sacerdote  a 
bendecir  la  mesa;  el  segundo  que  habia  afirmado  en  una  conversación 
que  San  Moisés  era  un  gran  santo,  y  que  en  su  tierra,  en  una  parrochia, 
se  veneraba  y  estaba  en  un  altar;  el  tercero,  que  le  hablan  hecho  cargo 
de  que  estaba  circuncidado,  siendo  falso,  y  así  lo  declaró  dicho  padre 
en  dicha  audiencia,  y  en  la  de  catorce  de  dicho  mes  y  año  confesó  a 
dicho  reo,  diciendo  en  ella  después,  que  le  habia  hallado  muy  tierno  y 
contrito,  sin  expresarle  fuera  de  la  confesión  cosa  que  debiese  mani- 
festar en  ella.  Y  en  la  de  diez  y  ocho  de  dicho  mes  y  año,  el  alcaide  dió 
noticia  que  el  médico  habia  dicho  que  dicho  reo  estaba  de  mucho 
riesgo  su  vida,  y  que  no  se  le  dejase  solo,  y  luego  se  ordenó  que  el  nuncio 
citase  a  dicho  padre  para  que  visitase  a  dicho  reo,  y  habiendo  compare- 
cido en  ella,  se  le  ordenó  entrar  en  dichas  cárceles  y  le  visitase,  y  fecho, 
dió  noticia  que  estaba  muy  a  lo  último  y  con  poca  esperanza  de  vida 
y  muy  conforme  con  la  voluntad  de  Dios,  y  que  le  habia  dicho  que 
en  lo  que  habia  leido  en  fray  Luis  de  Granada,  sabia  que  solo  se  podia 
salvar  el  hombre  guardando  la  ley  de  Dios,  con  la  gracia  de  Jesuchristo. 
Y  en  la  audiencia  de  diez  y  nueve  de  dicho  mes  y  año,  el  alcaide  avisó 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


245 


que  habiendo  dejado  a  las  once  de  la  noche  de  el  dia  antecedente  algo 
mas  aliviado  de  su  accidente  a  dicho  reo  y  en  su  compañía  el  preso 
que  habia  ordenado  el  Tribunal,  volvió  a  las  cinco  de  la  mañana  de 
dicho  dia  a  visitarle  y  le  habia  hallado  difunto,  y  que  el  preso  que  le 
asistió,  le  dijo  que  había  ayudado  y  exortado  a  dicho  reo,  como  cathó- 
lico  christiano,  y  que  habia  muerto  como  a  las  cuatro  de  la  mañana.  Y 
en  dicha  audiencia,  por  auto,  se  mandó  que  el  secretario  que  asistió  a 
estas  diligencias  reconociese  e  hiciese  inspección  para  certificar  y  dar 
fee  del  estado  en  que  se  hallaba  el  cuerpo  de  dicho  reo,  y  hecha  esta  dili- 
gencia, certificó  en  dicho  dia  que  habia  visto  en  la  cárcel  número  tres  y 
reconocido  un  cuerpo  difunto,  en  cama  y  entre  sábanas,  que  al  parecer 
era  el  de  dicho  don  Antonio  Candioti;  y  luego,  por  otros,  se  mandó 
que  por  ahora  y  hasta  la  determinación  de  su  causa,  el  cuerpo  de  dicho 
don  Antonio  Candioti  fuese  sepultado  en  una  de  las  sepolturas  que 
para  este  efecto  están  asignadas  en  dichas  cárceles,  señalándola  para  que 
conste,  en  la  que  fué  enterrado  con  asistencia  de  dicho  secretario:  así 
se  ejecutó,  como  parece  de  su  certificación,  que  está  con  dichas  diligen- 
cias y  en  dicha  causa"  (9). 

He  aquí  ahora  el  epílogo  de  este  drama,  según  lo  refieren  también 
los  Inquisidores: 

"Muy  poderoso  señor.  En  carta  de  veinte  y  quatro  de  noviembre 
del  año  próximo  pasado,  de  setecientos  veinte  y  ocho,  se  sirve  Vuestra 
Alteza,  al  último  capítulo  de  ella,  mandarnos  hagamos  sacar  los  huesos 
de  don  Teodoro  Candioti,  de  la  sepultura  en  que  fué  enterrado  y  se 
lleven  a  la  iglesia  parroquial  secretamente,  en  donde  se  les  dé  sepultu- 
ra sagrada  y  se  siente  la  partida  en  el  libro  de  entierros  de  dicha  pa- 
rroquia, el  dia  en  que  murió,  no  poniendo  en  ella  que  murió  en  las 
cárceles,  sino  en  esa  ciudad,  lo  que  se  hiciese  saber  a  la  viuda  y  here- 
deros por  si  quisiesen  sacar  dicha  partida  de  su  óbito,  y  que  si  dicha 
viuda  o  sus  herederos  pidiesen  certificación  de  no  obstarles  la  causa 
seguida  contra  dicho  don  Theodoro,  no  solo  se  les  diese  de  no  obstarles 
para  oficios  públicos  y  de  honrra,  sino  también  para  oficios  del  Santo 
Oficio.  I  en  su  cumplimiento,  noticiamos  a  Vuestra  Alteza  que  por  la 
certificación  que  remitimos,  con  carta  de  veinte  y  tres  de  diciembre 
de  setecientos  veinte  y  siete,  habrá  constado  a  Vuestra  Alteza  la  dili- 
gencia que  ejecutamos  de  dar  sepultura  eclesiástica  a  los  huesos  de  dicho 


(9)  Carla  de  los  Inquisiilorcs  de  23  de  mayo  de  1726. 


246 


J.   T.  MEDINA 


señor  don  Theocloro,  con  todo  secreto,  en  la  iglesia  del  Colegio  de 
Santo  Tomas  del  orden  de  Predicadores,  por  cuyo  motivo  no  se  exhu- 
maron los  huesos  para  trasladarlos  a  la  parroquia,  pero  se  hizo  asentar 
en  el  libro  de  entierros  de  ella,  donde  tocaba  la  partida  de  su  entierro, 
en  la  conformidad  que  previene  Vuestra  Alteza,  y  pasando  a  noticiarlo 
a  la  viuda  y  herederos,  resultó  pedirnos  luego  certificación,  la  que  se 
les  mandó  dar  por  un  secretario  del  Secreto,  en  la  conformidad  que 
Vuestra  Alteza  nos  manda  en  dicha  carta  citada.  Asimismo  presentaron 
las  genealogías  de  don  Antonio  y  don  Juan  de  Candioti,  hijos  de  dicho 
don  Theodoro,  pidiendo  la  gracia  de  familiares  de  esta  Inquisición, 
la  que  nos  pareció  conveniente  concederles,  porque  expresándose  en  la 
referida  certificación  que  no  les  obsta  para  oficios  del  Santo  Oficio,  y 
teniendo  la  protección  del  Virey  y  todo  su  palacio  muy  empeñado  en 
favorecer  a  esta  familia,  recelamos  que  atribuiria  a  voluntaria  negación 
nuestra  lo  que  supondria  muy  regular  el  órden  de  Vuestra  Alteza,  y 
así  tuvimos  por  preciso  despacharles  títulos  en  la  forma  que  en  virtud 
de  particular  facultad  del  señor  Inquisidor  General,  en  carta  de  seis 
de  junio  de  seiscientos  y  setenta  y  seis,  se  acostumbra  con  los  interina- 
rios  en  este  Santo  Oficio,  porque,  aunque  discurríamos  escusarnos  con 
el  motivo  de  extrangería,  todavía  en  el  supuesto  de  dicha  certificación 
y  que  no  se  atribuye  la  negación  a  impedir  el  órden  de  Vuestra  Alteza 
y  del  empeño  del  Virey,  nos  pareció  no  ser  bastante  para  certificarle" 
(10). 


(10)  Carta  de  los  Inquisidores  de  26  de  agosto  de  1729. 


CAPITULO  XXIV 


Escándalo  producido  en  Buenos  Aires  por  los  sermones  de  un  franciscano. — Des- 
inteligencias entre  los  Inquisidores. — Cargos  contra  Ibáñez. — Quejas  del  Tri- 
bunal por  el  estado  a  que  habían  llegado  sus  negocios. — Es  penitenciado  el 
inglés  Roberto  Shaw. — Auto  de  ie  de  12  de  julio  de  1733. — El  Tribunal  in- 
tenta procesar  a  don  Pedro  de  Peralta  Barnuevo  por  haber  impreso  la  relación 
de  esta  ceremonia. — Los  Triunfos  del  Santo  Oficio  peruano  y  el  nuevo  auto 
de  23  de  diciembre  de  1736. — Celébrase  otro  auto  de  fe  en  11  de  noviembre 
del  año  siguiente. 

La  influencia  inquisitorial  se  había  hecho  sentir  hasta  la  época  de 
que  damos  cuenta,  de  una  manera  poco  eficaz  en  la  apartada  ciudad 
de  Buenos  Aires;  pero  al  fin  hubo  de  llamar  la  atención  del  Tribunal 
lo  que  estaba  ocurriendo  allí  con  un  padre  franciscano  llamado  Fr.  Juan 
de  Arregui,  denunciado  de  haber  proferido  proposiciones  escandalosas 
en  un  sermón  de  la  Octava  de  la  Virgen,  y  que  llegara  a  motivar  un 
pasquín  que  se  fijó  en  las  partes  más  públicas  de  la  ciudad.  Para  la 
averiguación  de  estos  hechos,  escribieron  los  jueces  al  comisario,  que 
lo  era  por  entonces  el  canónigo  Jorge  Antonio  Meléndez  de  Figueroa, 
y  el  cual,  después  de  haber  recibido  las  informaciones  del  caso,  escribía, 
a  su  vez,  a  los  Inquisidores  diciendo  que  todos  los  testigos,  unánimes 
y  contestes,  afirmaban  que  el  predicador  había  dicho  que  "María  San- 
tísima era  la  yegua  blanca  de  Rúa,  en  que  paseaba  el  Santísimo  Sacra- 
mento, a  que  habia  añadido  que  los  evanjelios  eran  caballos  de  lazo", 
frase  que  se  comentaba  en  el  pasquín  aludido  "de  que  siendo  yegua 
María,  el  Padre  seria  caballo  y  el  Hijo  potrillo".  Fueron  éstas  chocheces 
del  padre  Arregui,  pues  era  ya  muy  anciano,  o  hijas  sólo  de  su  ignoran- 
cia, era  lo  cierto  que  a  sus  prédicas  iba  mucha  gente,  "como  a  farsa  o 
comedia,  mas  que  a  recibir  buen  ejemplo  de  su  doctrina,  a  un  rato  de 
zumba  y  divertimiento,  porque  en  ellas  nombraba  por  sus  propios  nom- 
bres a  diferentes  personas  de  su  relijion  y  legos  ridículos,  como  a  otras 
personas  de  este  jaez  del  pueblo,  con  que  motivaba  a  carcajadas  de 


248 


J.   T.  MEDINA 


risa  al  auditorio".  Mas,  como  Arregui  era  cristiano  viejo,  el  padre  de 
provincia  más  antiguo,  emparentado  con  los  miembros  del  Cabildo, 
hermano  del  Obispo  del  Cuzco  y  muy  amigo  del  Gobernador,  no  sólo 
no  fué  privado  del  pulpito  sino  que,  mediante  al  empeño  de  las  mismas 
personas  indicadas,  fué  ascendido  al  gobierno  del  obispado,  mientras 
le  llegaban  las  bulas  para  consagrarse:  circunstancias  de  que  el  comisa- 
rio se  manifestaba  muy  contristado,  pues  temía,  y  con  razón,  que  en 
tan  alto  cargo  nadie  le  fuese  a  la  mano,  con  la  desestimación  del  puesto 
que  se  deja  comprender,  especialmente,  como  lo  expresaba  en  su  re- 
lación a  los  Inquisidores,  "a  vista  de  los  hereges  del  real  asiento  de 
Inglaterra,  en  que  serán  mayores  los  escándalos  que  se  orijinarán  en 
los  ridículos  sermones  de  este  sujeto"  (1);  concluyendo  por  pedir  al 
Tribunal,  ya  que  él  nada  podía  hacer,  con  que  se  pusiesen  estos  hechos 
en  noticia  del  confesor  del  Rey,  y  que  no  habían  de  impedir  al  fin  que 
Arregui  ascendiese  al  obispado  y  lo  gobernase  hasta  su  muerte,  ocurri- 
da en  1734  (2). 

Como  de  ordinario,  no  eran  muy  cordiales  las  relaciones  que  los 
Inquisidores  guardaban  entre  sí.  En  efecto,  había  entrado  a  desempeñar 
la  fiscalía  en  agosto  de  1722  (3)  el  doctor  Cristóbal  Sánchez  Calderón, 
mozo  que,  si  bien  graduado  en  Alcalá,  no  pasaba  de  los  veintiocho  años, 
en  lugar  de  Gutiérrez  de  Cevallos,  que  ascendió  a  segundo  inquisidor, 
y  a  quien  hubo  de  reemplazar  más  tarde  en  este  puesto,  por  su  promo- 
ción al  obispado  de  Tucumán,  en  1730  (4). 

(1)  Carta  de  3  de  junio  de  1731. 

(2)  Alcedo  en  la  palabra  Buenos  Aires. 

(3)  Carta  del  Tribunal  de  31  de  mayo  de  1734. 

(4)  José  García  Gutiérrez  de  Cevallos,  que  algunos  años  después  de  haber  sido  promovido 
al  obispado  de  Tucumán,  fué  ascendido  al  arzobispado  de  Lima,  fué  caballero  del  hábito  de 
Santiago  y  colegial  del  colegio  del  Rey  en  Salamanca.  El  obispo  Villarroel  en  su  Gobierno 
eclesiástico  pacífico,  tomo  II,  pág.  54,  refiriendo  cierto  lance  del  arzobispo,  dice  que  "tenia 
muchas  ayudas  de  costa  para  errar  en  el  punto:  ser  muy  caballero,  muy  rico,  muy  reciente 
prelado,  con  su  punta  de  colérico".  En  20  de  diciembre,  los  ininistros  que  sucedieron  a  Gutié- 
rrez en  el  Tribunal,  remitieron  al  Consejo  unos  autos,  de  que  constaba  que  habiendo  ido  a 
visitar  el  monasterio  de  monjas  del  Prado,  salió  toda  la  comunidad  a  recibirle  a  la  portería  y 
que  en  la  conversación  que  tuvo  allí  con  las  madres  les  refirió  que  siendo  obispo  de  Córdova 
del  Tucumán,  se  había  visto  obligado  a  sacar  a  una  monja  del  convento  del  Carmen  porque 
mantenía  una  comunicación  entre  la  portería  y  su  celda,  donde  se  veía  a  solas  con  cierto 
bienhechor  del  monasterio,  "esto  es,  mis  madres,  dijo  S.  I.,  que  el  dicho  le  echaba  la  pierna 
a  la  monja.  Les  preguntó  que  para  qué  se  habían  metido  monjas,  y  como  le  respondiesen  que 
para  buscar  a  Dios  con  toda  perfección,  les  replicó  que  para  eso  mejor  fuera  haberse  casado 
y  procrear  el  mundo,  añadiendo,  yo  no  he  sido  jamas  aturdido,  y  si  en  mi  mano  estuviera, 
de  las  cuatro  partes  y  de  las  comunidades  de  frailes,  quitara  las  dos  o  tres,  y  lo  mismo  de  las 
monjas". 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


249 


Ibáñez  que  en  virtud  de  su  antigüedad  seguía  presidiendo  el  Tri- 
bunal, luego  se  ligó  estrechamente  con  Calderón,  y  tan  pronto  como 
Gutiérrez  de  Cevallos  recibió  el  título  de  su  promoción,  le  envió  recado 
con  el  secretario  indicándole  que  se  excusase  de  seguir  asistiendo  a  las 
audiencias.  "Yo,  dice  aquél,  hablando  de  este  incidente,  procuré  hacer 
de  necesidad  virtud,  conociendo  que  ninguna  dilijencia  habria  de  bastar 
a  reducirlos  de  su  siniestra  intención,  pero  por  cumplir  con  mi  celo  y 
devoción  al  Santo  Oficio  y  lastimarme  muy  de  veras  el  grande  atraso 
del  despacho,  habiendo  reos  de  trece  años  de  prisión  y  once  que  yo 
haciendo  oficio  de  fiscal,  les  puse  la  acusación  por  delitos  de  formal 
molinismo  (5)  les  manifesté  a  los  Inquisidores  mi  ánimo  de  asistir 
siempre".  Pero  Ibáñez,  a  pesar  de  su  enfermedad  de  parálisis,  que  lo 
retenía  en  ocasiones  impedido  por  más  de  tres  meses,  no  cejó  en  su 
primera  resolución,  y,  por  el  contrario,  con  motivo  de  una  fiesta  que 
hubo  en  la  capilla  del  Tribunal  y  por  cuya  asistencia  cada  uno  de  los 
jueces  se  hacía  pagar  ocho  pesos  de  propina,  ordenó  que  no  se  le  acudie- 
se con  ella  al  nuevo  obispo:  lo  que  no  impidió,  sin  embargo,  según  éste 
asegura,  que  siguiera  visitándole  y  aún  cumplimentándole  puntualmen- 
te en  los  días  de  su  santo. 

Llegó  en  esto  el  12  de  enero  de  1731,  en  que  habiendo  ido  el  virrey 
Marques  de  Castelfuerte  a  visitar  a  Gutiérrez,  que  continuaba  viviendo 
en  el  edificio  de  la  Inquisición,  manifestó  el  deseo  de  que  se  le  permi- 
tiese conocer  las  salas  y  dependencias  del  Tribunal  que  fuese  lícito  ins- 
peccionar. En  este  momento  se  hallaba  allí  inmediato  el  negro  barren- 
dero, que  era  el  que  guardaba  las  llaves,  y  habiéndole  llamado  el 
Inquisidor,  bajaron  los  tres  a  que  el  Virrey  viese  la  sala  de  audiencia 
y  la  capilla,  únicas  partes  del  edificio  que  se  dejaban  visitar  aún  a  los 
personajes  de  la  nota  de  los  Virreyes  (6).  De  regreso,  pasó  el  negro 
por  la  puerta  de  la  habitación  del  fiscal,  el  cual  permanecía  mientras 
tanto  escondido  tras  del  arco  del  zaguán,  y  haciendo  que  el  alcaide 
le  preguntase  si  había  visto  el  Virrey  la  sala  del  Tribunal,  y  como  el 


(5)  El  Inquisidor  se  refiere  en  este  párrafo  a  la  causa  del  jesuíta  chileno  Juan  Francisco 
Ulloa  y  sus  secuaces  Solís,  Vclasco,  etc.,  de  que  daremos  cuenta  en  nuestra  historia  del  Tribunal 
del  Santo  Oficio  en  Chile.  Nótese  que  solo  en  ese  momento  se  le  hacía  scrúpulo  al  denunciante 
la  larga  duración  de  los  procesos  de  esos  reos,  siendo  que,  como  él  lo  confiesa,  hacía  once 
años  a  que  les  había  puesto  la  acusación. 

(6)  Ni  aún  el  Arzobispo-Virrey  había  logr.ido  ver  más  de  lo  que  le  fué  mostrado  al 
Marques.  Véase  una  carta  de  Gutiérrez  citada  más  adelante. 


250 


J.   T.  MEDINA 


interrogado  negase,  replicó  Sánchez,  que  bien  sabía  la  parte  del  edificio 
que  había  visitado  el  Virrey,  "como  no  haya  visto  el  Tribunal,  está 
bien  lo  demás".  Mas,  al  salir  de  la  audiencia  el  primer  día  en  que  la 
hubo,  sigue  refiriendo  Gutiérrez,  al  llegar  a  la  portería,  en  presencia 
de  los  notarios  y  criados,  Ibáñez,  encarándose  al  licenciado  presbítero 
Antonio  de  Luzurriaga,  que  hacía  de  portero,  le  dijo:  "la  llave  del 
Tribunal  no  se  fia  a  nadie,  que  ha  sido  muy  grande  atrevimiento  ha- 
berlo abierto  sin  mi  licencia,  porque  el  señor  don  José  es  ya  obispo  y 
no  manda  aquí,  que  aquí  solo  yo  mando,  y  por  mi  ausencia,  el  señor 
fiscal":  después  de  lo  cual  aquella  misma  tarde  se  despidió  al  negro. 

Este  suceso  no  podía  pasar  inadvertido  en  la  ciudad,  siendo  tan 
grande,  en  efecto,  el  rumor  que  se  levantó  en  ella,  que  Ibáñez,  al  cabo 
de  tres  días,  llamó  al  sacristán  para  preguntarle  con  qué  pretexto  había 
despedido  al  negro,  y  como  se  le  respondiese  que  por  cierto  descuido 
que  tuviera  con  las  lámparas,  le  mandó  que  le  hiciese  volver  a  su  oficio; 
pero  aquél,  que  "debajo  de  su  tiznado  color,  expresaba  Gutiérrez,  es 
de  mucha  razón  y  punto",  se  negó  a  ello  redondamente. 

Mientras  esto  pasaba  en  el  Santo  Oficio,  el  virrey  envió  a  uno  de 
sus  gentileshombres  a  casa  de  Gutiérrez  para  pedirle  que  le  informase 
de  lo  sucedido,  y  pasando  en  persona  a  verle  en  aquella  misma  tarde 
para  expresarle  cuán  sentido  se  hallaba  con  el  proceder  de  Ibáñez;  a 
quien  el  obispo  procuró  entonces  disculpar,  manifestándole  que  aquel 
era  sólo  un  negocio  entre  compañeros,  de  que  él  no  debía  darse  por 
aludido  ,  .  Después  de  esto,  Ibáñez  vino  a  comprender  que  el  paso  que 
había  dado  era  manifiestamente  ofensivo  al  Virrey,  a  quien  dió  sus 
excusas,  haciéndole  presente  que  su  enojo  había  nacido  de  que  no  se 
le  hubiese  avisado  que  estaba  en  las  casas  de  la  Inquisición  para  haberle 
hecho  en  persona  los  honores  correspondientes  a  su  rango. 

Explicando  Gutiérrez  al  Consejo  la  razón  de  la  malquerencia  de 
sus  colegas  hacia  él,  entra  en  algunos  pormenores  que  conviene  decla- 
rar. Atribuíala,  en  primer  lugar,  a  los  numerosos  asuetos  que  los  jueces 
acostumbraban  darse  con  cualquier  pretexto,  y  eso  "fuera  de  los  de 
tabla,  que  son,  con  poca  diferencia,  la  mitad  del  año",  siendo  que  el 
sueldo  de  que  disfrutaban,  tanto  Ibáñez  como  Calderón,  ascendente  a 
cuatro  mil  novecientos  sesenta  y  tres  pesos  y  pico,  sin  ayudas  de  cos- 
tas (7),  bien  les  hubiera  permitido  excusarse  de  semejantes  holganzas; 


(7)  Curta  ilt  los  Inquisidores  clv  31  ilc  mayo  de  173-1, 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


251 


el  haberse  el  exponente  resistido  a  que  Ibáñez  nombrase  de  secretario 
a  Lorenzo  Rizo,  que  hacía  de  relator  en  lo  civil,  empeño  en  que  había 
salido  mal,  por  cuanto  el  candidato  resultó  ser  hijo  bastardo  de  un 
genovés  y  de  una  mujer  espuria  de  cierto  eclesiástico,  interesado,  muy 
codicioso  y  tan  mal  reputado,  que  tenía  al  Tribunal  con  dos  mil  que- 
josos en  su  ministerio  de  relator,  por  más  estofado  que  se  hallase  con 
su  grado  de  doctor.  Refería,  además,  que  otro  tanto  había  ocurrido  en 
el  nombramiento  de  un  consultor  y  en  el  del  cirujano  del  Tribunal, 
recaído  en  un  José  de  Ayala,  mulato,  y  por  añadidura,  expósito;  con- 
cluyendo todavía  por  afirmar  que  el  jefe  de  la  Inquisición  acostumbra- 
ba valerse  siempre  de  criados  mestizos  o  mulatos,  y  hasta  de  un  indio 
neto,  por  quien  se  empeñara  con  el  Arzobispo  para  que  le  ordenara, 
como  lo  había  conseguido,  porque  así  se  imaginaba  mandar  con  más 
absolutismo  en  ellos,  máxima  que  igualmente  pretendía  aplicar  a  todos 
los  dependientes  del  Santo  Oficio. 

Citaba  en  seguida,  Gutiérrez,  los  abusos  cometidos  por  su  colega 
en  la  elección  de  las  niñas  huérfanas  que  habían  de  entrar  al  colegio, 
cuyo  patronato  tenía;  que  hacía  nueve  años  a  que  no  hacía  publicar 
edictos;  que  había  alterado  las  horas  de  audiencia;  y,  por  fin,  que  a 
pesar  de  las  denuncias  que  había  contra  el  Comisario  de  Jauja,  y  entre 
otras,  una  sobre  ciertas  estocadas  que  había  tirado  una  noche,  andando 
en  hábito  seglar,  a  don  Pedro  de  Salazar  y  que  se  le  habían  justificado 
por  información  de  doce  testigos,  sostenía  el  fiscal  que  la  tal  informa- 
ción no  merecía  ninguna  fe,  y  en  consecuencia,  que  no  existían  méritos 
para  proceder  contra  el  delincuente  (8). 

Debemos  citar  aquí  también,  que  ya  se  trata  de  esclarecer  la  con- 
ducta del  inquisidor  más  antiguo,  una  acusación  que  le  hacían  en 
cuerpo  sus  demás  colegas,  a  saber,  cjue  se  había  a  tal  punto  familiariza- 
do con  el  jesuíta  Gabriel  de  Orduña  que  no  se  miraba  en  revelarle  el 
secreto  de  cuanto  pasaba  en  el  Tribunal,  "manifestando  en  amistad 
mas  allá  de  su  obligación";  siendo  que  el  jesuíta,  con  poco  recato,  no 
demostraba  empacho  alguno  en  revelar  esas  confidencias,  con  tanto 
extremo,  que  ni  aún  sus  íntimas  relaciones  con  el  amigo  decidido  con 
quien  contaba  en  la  Inquisición  le  valieran  para  que  por  su  inconside- 
rado proceder  se  le  encausase  "como  oblocuente  e  injurioso  al  Santo 
Oficio".  Hubo  al  fin  que  dar  cuenta  de  ello  al  Consejo,  el  cual  dispuso 


(8)  Car/a  de  30  de  abril  de  1731. 


252 


J.   T.  MEDINA 


que  el  mismo  Ibáñez  llamase  al  reo  para  significarle  se  contuviese  en 
sus  palabras  y  tratase  en  adelante  al  Santo  Oficio  con  el  respeto  y  ve- 
neración que  merecía:  disposición  que  al  fin  no  pudo  cumplirse  porque, 
bien  fuera  por  una  circunstancia  casual,  o  por  las  buenas  inteligencias 
que  la  Compañía  mantenía  en  España,  la  resolución  del  Consejo  llegó 
a  saberse  en  Lima  antes  de  que  se  diese  lectura  a  la  orden  del  Consejo, 
de  que  lastimadísimos  los  ministros  exclamaban  dirigiéndose  a  aquel 
alto  cuerpo:  "en  ésto  podrá  V.  A.  conocer  el  estado  a  que  ha  llegado 
en  este  tiempo  el  Santo  Oficio,  sobre  que  solo  nos  queda  lugar  a  la 
compasión  y  rogar  a  V.  A.  por  el  remedio"  (9). 

Habían,  mientras  tanto,  transcurrido  cinco  años  sin  que  la  capital 
hubiese  presenciado  ningún  auto  de  fe,  ni  aún  de  los  menores  que  se 
celebraban  en  la  capilla  del  Tribunal  o  en  la  iglesia  de  los  dominicos, 
hasta  que  por  los  fines  de  1730  se  presentó  en  la  persona  de  Roberto 
Shaw,  el  solo  penitenciado,  la  ocasión  de  uno,  acaso  el  más  pobre  de 
cuantos  hasta  entonces  habían  tenido  lugar. 

Era  aquel  un  marinero  de  la  expedición  de  Clipperton,  natural  de 
Halifax,  que  desertándose  en  Panamá  y  metiéndose  en  un  barco  espa- 
ñol había  ido  a  parar  al  Callao  y  de  ahí  al  Cuzco.  Preso  "por  hereje 
y  calvinista  de  profesión",  después  de  nueve  meses  de  cárcel,  pidió  que 
le  bautizasen,  manifestando  que  quería  reconciliarse  con  la  Iglesia  ca- 
tólica. Diósele,  en  consecuencia,  como  instructor  a  Fr.  Tomás  Correy, 
a  quien,  después  de  tenerlo  medianamente  instruido  en  las  verdades 
de  la  religión,  con  poco  aprovechamiento  de  ellas,  se  le  huyó  un  buen 
día,  después  de  descerrajarle  un  baúl  y  de  llevarle  algunas  alhajas  y 
ciento  sesenta  pesos  en  plata,  para  ir  a  aparecer  a  Puno,  donde  se  había 
establecido  con  una  carnicería,  en  unión  de  una  mulata  esclava  y  de  una 
mujer  española.  Llevado  nuevamente  a  Lima  y  conclusa  su  causa,  se 
le  mandó  absolver  ad  cautelam,  sin  abjuración,  con  orden  de  que  se 
confesase  tres  veces  en  el  primer  año  y  rezase  todos  los  sábados,  de  ro- 
dillas, un  tercio  del  rosario. 

Más  notable  había  de  ser  el  auto  que  se  acordó  tuviese  lugar  el  día 
12  de  julio  de  1733,  a  cuyo  efecto  pasó  Sánchez  Calderón  a  manifestar 
esta  resolución  al  Virrey,  Marqués  de  Castelfuerte,  quien  no  sólo  ofreció 
para  el  auto  el  concurso  de  las  milicias  y  la  asistencia  de  la  Audiencia, 
sino  que  aseguró  que  podía  también  contarse  con  su  presencia.  Volvió 

(9;  Carla  de  12  de  enero  de  1739. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


253 


el  Fiscal  al  día  siguiente  a  tributar  las  gracias  al  Marqués  y  a  significarle 
al  mismo  tiempo  que  por  el  estado  de  atraso  en  que  se  encontraban 
las  rentas  del  municipio,  el  auto  se  celebraría  en  la  iglesia  de  Santo 
Domingo  y  no  en  la  plaza,  único  sitio  a  que  sus  antecesores  habían 
acostumbrado  concurrir  cuando  no  se  hallaban  de  incógnito  dentro  de 
lo  que  vulgarmente  llamaban  jaulas.  Porfió  el  Virrey  en  que  a  pesar  de 
eso  quería  hallarse  presente,  y  como  no  hubiera  forma  de  disuadirle 
de  su  empeño,  hubo  de  tener  lugar  la  ceremonia  como  si  se  tratase 
de  una  pública  (10). 

El  muy  famoso  doctor  don  Pedro  de  Peralta  Barnuevo  y  Rocha, 
a  quien  el  Virrey,  deseando  perpetuar  el  recuerdo  de  una  fiesta  cuya 
solemnidad  en  gran  parte  le  era  debida,  dió  el  encargo  de  publicar 
su  relación,  cuenta  que  "apenas  habia  amanecido  el  dia  señalado,  pasó 
una  compañía  de  infantería  con  fusil  y  bayoneta  calada  a  guardar  el 
cementerio  del  templo  para  contener  al  pueblo,  cuya  curiosidad  era 
tan  grande  que  fué  necesario  resistir  lo  mismo  que  se  debia  celebrar". 

Junto  al  acompañamiento  del  Virrey  en  Palacio,  pasó  en  carroza 
a  las  casas  de  la  Inquisición  y  después  de  apearse,  penetró  en  el  patio 
del  Tribunal,  con  la  Audiencia,  Tribunal  de  Cuentas  y  el  Cabildo, 
llegando  hasta  las  gradas  del  Antetribunal,  donde  ya  lo  esperaban 
los  Inquisidores,  tomándolo  al  medio  para  comenzar  luego  la  procesión. 

Iba  en  la  vanguardia  un  trozo  de  soldados  de  caballería,  vestidos 
de  rico  paño  azul  con  botonaduras  de  plata  y  bandas  de  terciopelo 
carmesí,  rematadas  de  hebillaje  igualmente  de  plata,  con  espada  en 
mano.  El  resto  de  la  caballería  se  había  abierto  en  dos  alas  para  coger 
en  medio  y  proteger  la  procesión.  Venían  después  las  compañías  de 
infantería  del  presidio  del  Callao;  luego  seguía  la  cruz  de  la  Catedral, 
llevada  por  el  cura  don  Ignacio  Díaz,  acompañado  de  numerosos  clé- 
rigos, revestidos  de  magníficos  sobrepellices.  Seguían  los  familiares, 
adornados  de  sus  veneras  y  hábitos,  los  calificadores,  títulos  y  caballeros 
que  iban  de  padrinos,  todos  con  las  insignias  del  Tribunal.  Iban  los 
reos  que  esta  nobleza  apadrinaba,  en  número  de  doce,  conducidos  por 
el  alcaide  de  las  cárceles,  llevando  el  bastón,  insignia  de  su  cargo,  acom- 
pañado del  nuncio  del  Tribunal.  Llevaba  luego  el  estandarte  del  Santo 
Tribunal  su  alguacil  mayor,  en  medio  de  los  dos  alcaldes  de  la  ciudad, 
sosteniendo  cada  uno  una  de  las  borlas.  Seguía  el  Cabildo,  el  Tribunal 


(10)  Carta  de  16  de  octubre  de  1733. 


254 


J.   T.  MEDINA 


de  Cuentas  y  la  Audiencia,  sucediendo  al  oidor  más  antiguo  don  José 
de  Santiago  Concha,  el  Virrey,  que  tenía  a  su  derecha  a  Ibáñez  de 
Peralta,  y  a  su  izquierda  a  Sánchez  Calderón,  cubiertos  con  sus  chapeos 
o  sombreros  ile  ceremonia,  a  todos  los  cuales  precedía  inmediatamente 
la  compañía  de  alabarderos.  Tras  del  Virrey,  iban  sus  secretarios  y  gen- 
tiles hombres  y  otro  trozo  de  caballería.  La  procesión  ocupaba  muchas 
cuadras  entre  el  gentío  que  amenazaba  desplomar  los  balcones,  abrién- 
dose la  iglesia  para  dar  paso  al  séquito.  Los  altares  estaban  cubiertos 
con  velos  negros,  y  a  un  lado  del  de  Santo  Domingo,  se  veía  un 
tablado  de  dos  gradas,  cubierto  de  bayetas  negras,  del  tamaño  de  la 
cúpula.  En  el  presbiterio  había  tres  sillas  con  tres  almohadas  de  tercio- 
pelo verde  a  los  pies,  debajo  de  un  dosel,  a  cuyo  frente  se  veía  un 
crucifijo  de  marfil,  y  delante  de  la  silla  del  medio,  un  sitial  sin  almo- 
hada, con  otro  crucifijo,  y  al  lado  una  cajuela  guarnecida  de  plata  que 
encerraba  los  procesos  de  los  reos,  la  cual  habían  traído  en  la  procesión 
dos  familiares.  Sentóse  allí  el  Virrey  y  los  Inquisidores,  y  por  su  orden 
el  resto  de  la  comitiva.  El  estandarte  de  la  fe  estaba  en  medio  de  la 
peaña  del  altar  mayor,  y  los  reos  se  colocaron  en  las  gradas  del  tablado 
con  las  señales  infamantes  de  sus  delitos. 

Comenzó  en  el  altar  mayor  la  misa  un  fraile  dominico,  quien,  aca- 
bada la  epístola,  se  sentó,  y  ofreció  entonces  el  Inquisidor  más  antiguo 
la  campanilla  a  S.  E.:  sonóla,  y  pasándosela  a  aquél  para  que  dirigiese 
el  resto  del  acto  se  volvió  hacia  el  Virrey  y  le  exigió  el  juramento  de 
estilo.  Salió  en  seguida  al  pulpito  un  mercedario  a  leer  el  juramento 
de  la  fe  que  debían  hacer  la  Audiencia,  Cabildos,  etc.,  diciendo  en  el 
acto,  dirigiéndose  al  pueblo:  "alzad  todos  las  manos,  i  diga  cada  uno 
juro  a  Dios,  etc."  Siguió  luego  la  lectura  del  edicto  y  constitución  de 
Pío  V.  Vino  después  la  lectura  de  las  causas  de  los  reos,  para  lo  cual 
iban  subiendo  al  púlpito  cada  uno  de  los  señores  diputados  para  este 
efecto,  comenzando  el  mismo  secretario  del  Santo  Oficio,  la  de  María 
de  la  Cruz,  alias  la  Fijo,  "hechicera,  de  casta  negra,  natural  de  esta 
ciudad,  de  edad  de  treinta  y  seis  años,  libre,  y  de  estado  casada,  peni- 
tenciada por  este  Santo  Oficio  el  año  pasado  de  mil  setecientos  y  diez 
y  siete,  por  delitos  de  superstición  y  bruxería.  Salió  en  cuerpo  al  auto, 
en  forma  de  penitente,  con  las  señales  de  coroza  de  supersticiosa,  hi- 
pócrita, maléfica,  y  embustera,  de  soga  gruesa  al  cuello  y  vela  verde 
en  las  manos,  por  haber  reincidido  en  los  inicuos  artes  referidos,  soli- 
citando personas  a  quienes  dar  medicamentos  amatorios  para  ser  que- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


255 


ridas  y  lograr  fortuna  en  el  infame  empleo  de  sus  torpes  tratos;  ha- 
ciéndolo ella  de  lo  que  así  ganaba.  Abjuró  de  levi,  fué  advertida, 
reprehendida  y  conminada,  y  condenada  en  que  saliese  el  dia  siguiente 
por  las  calles  públicas  y  acostumbradas,  en  bestia  de  albarda,  donde,  a 
voz  de  pregonero  que  publicase  su  delito,  le  fuesen  dados  doscientos 
azotes  (de  los  cuales  se  le  relevó  por  justos  motivos,  saliendo  solo  a  la 
vergüenza)  y  en  la  pena  de  destierro  de  la  corte  de  S.  M.  y  de  esta 
ciudad,  al  puerto  de  Arica,  y  en  algunas  penitencias  instructivas  de 
los  misterios  de  nuestra  santa  fé  y  provechosas  a  su  alma.  Fué  ésta 
apadrinada  de  los  marqueses  de  Santiago  y  Monterico,  familiares. 

"Joseph  Nicolás  Michel,  español,  natural  de  la  ciudad  de  La  Paz 
en  este  reyno,  y  vecino  de  la  villa  de  Oruro,  de  edad  de  mas  de  veinte 
y  ocho  años,  exercitado  en  enseñar  gramática  a  niños.  Salió  al  auto  en 
cuerpo  y  en  forma  de  penitente,  con  coroza  de  supersticioso,  hypócrita 
y  embustero,  soga  gruesa  al  cuello  y  vela  verde  en  las  manos,  por  los 
delitos  de  haber  dicho  número  de  quarenta  missas,  sin  tener  órdenes 
algunas  y  haber  usado  de  maleficios  y  artes  mágicos,  con  que  convertía 
a  la  vista  en  negros  a  los  hombres  blancos;  y  por  el  de  la  desesperación, 
con  que,  desconfiando  de  la  misericordia  divina,  intentó  quitarse  la 
vida  varias  veces  en  la  misma  cárcel,  donde  se  le  desató  el  lazo  que 
se  tenia  echado  al  cuello:  hallósele  un  embol torio  de  varios  instrumentos 
y  yerbas,  de  que  usaba  para  sus  maleficios.  Abjuró  de  levi,  fué  advertido 
y  reprehendido  y  conminado,  y  condenado  en  la  pena  de  doscientos 
azotes,  para  el  dia  siguiente,  y  en  la  de  destierro,  en  la  forma  que  la 
reo  antecedente,  al  presidio  de  Valdivia  por  siete  años,  con  algunas 
penitencias  saludables  en  el  hospital  de  San  Juan  de  Dios  del  mismo 
presidio,  donde  fuesse  instruido  en  nuestra  santa  fe;  y  fué  inhabilitado 
perpetuamente  para  ascender  a  sacros  órdenes.  Fueron  sus  padrinos, 
don  Francisco  de  los  Santos  y  Agüero  y  don  Joachim  de  los  Santos 
Agüero,  regidores  de  esta  ciudad  y  familiares. 

"Pedro  Sigil,  mestizo,  natural  de  la  villa  de  Guancavelica,  residente 
en  el  pueblo  de  Atunyauyos  en  la  provincia  de  Yauyos,  de  edad  de 
quarenta  años  y  de  exercicio  labrador.  Salió  en  la  forma  que  los  prece- 
dentes, con  coroza  de  supersticioso  y  sambenito  de  media  aspa,  soga 
gruesa  y  vela  verde,  por  los  delitos  de  haber  hereticado  y  apostatado 
de  nuestra  santa  fe  cathólica,  idolatrando  y  dando  culto  gentílico  a 
sus  ídolos,  con  sacrificios  y  adoraciones  en  su  honor,  oblaciones  de 
bebidas  y  frutos  de  la  tierra,  y  víctimas  que  degollaba  delante  de  ellos, 


256 


J.   T.  MEDINA 


de  carneros  de  Castilla  y  de  otros  animales  de  este  pays,  nombrados 
llamas,  que  ofrecia  por  medio  de  otra  mestiza,  que  habia  erigido  en 
sacerdotisa  de  aquellas  falsas  aras,  a  quien  prestaba  summa  reverencia: 
passando  a  afirmar  que  aquellos  ídolos  eran  los  autores  de  todos  los 
bienes,  dándoles  la  vida,  el  sustento  y  la  abundancia  de  los  frutos,  y 
librándolos  de  las  enfermedades  y  las  pestes:  actos  idolátricos  a  que 
habia  destinado  en  las  semanas  del  año  el  dia  mártes,  y  singularmente 
el  precedente  a  las  vísperas  del  Corpus  Christi.  La  forma  de  estos  sa- 
crificios era  la  de  matar  aquellos  animales  para  hacerlos  comida  de 
los  ídolos,  entrándoles  el  cuchillo  por  un  costado;  miéntras  la  sacerdo- 
tisa, oculta  en  un  sótano  u  horno,  estaba  esperando  la  sangre  vertida 
de  mano  de  este  apóstata,  que  se  la  entregaba  cogida  en  unos  vasos, 
que  acá  se  llaman  mates,  para  que  la  diese  a  beber  a  aquellos  mismos 
ídolos,  y  después  la  regasse  por  el  suelo,  donde  la  referida  estaba  con 
el  qmpo,  que  es  un  atado  en  que  los  naturales  guardan  sus  trages  y 
comidas.  De  que  lograba  el  que  los  alcaldes  de  su  pueblo  le  abonassen 
cien  pesos  por  la  cabeza  de  ganado  que  mataba  por  esta  especie  de 
sacrificios,  y  otros.  Abjuró  de  vehemenú  y  fué  absuelto  ad  cautelam, 
y  condenado  en  confiscación  de  la  mitad  de  sus  bienes  para  la  cámara 
y  fisco  de  S,  M.  y  para  su  receptor  general  en  su  real  nombre.  Fué 
asimismo  advertido,  reprehendido  y  conminado,  y  sentenciado  a  que 
el  dia  siguiente  saliesse  en  bestia  de  albarda  por  las  calles  públicas  y 
acostumbradas,  desnudo,  como  los  demás,  de  la  cintura  arriba,  a  la 
vergüenza,  y  en  la  pena  de  destierro  de  la  villa  de  Madrid,  corte  de 
S.  M.,  y  de  esta  ciudad,  por  cinco  años  al  presidio  de  Valdivia,  y  otras 
saludables.  Fueron  sus  padrinos,  don  Pedro  de  Arce  y  don  Balthasar 
Hurtado  Girón,  familiares. 

"Calixto  de  Herazo,  mestizo,  natural  de  San  Juan  de  Pasto,  en  la 
provincia  de  Quito,  de  exercicio  labrador,  de  edad  de  mas  de  treinta 
años,  y  de  estado  casado,  residente  en  Santiago  de  Guayaquil.  Salió  al 
auto  en  la  forma  que  los  antecedentes,  con  coroza  en  que  estaban  pin- 
tadas insignias  de  casado  dos  veces,  soga  y  vela  verde,  por  el  delito  de 
poligamia  o  haber  contraído  segundo  matrimonio  en  la  referida  ciudad 
de  Guayaquil,  viviendo  su  primera  muger  en  la  villa  de  San  Miguel 
de  Ibarra  de  la  provincia  referida.  Abjuró  de  levi,  fué  advertido,  repre- 
hendido y  comminado,  y  condenado  a  que  el  dia  siguiente  se  le  diesen, 
en  la  forma  que  a  los  demás,  doscientos  azotes,  y  en  la  pena  de  destierro 
de  la  villa  de  Madrid  y  de  esta  ciudad,  por  tiempo  de  quatro  años  al 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


257 


presidio  de  Valdivia,  rebaxándoselc  de  éstos  los  de  su  prisión,  con  otras 
saludables.  Y  en  quanto  ai  vínculo  del  matrimonio,  se  remitió  al  juez 
eclesiástico  ordinario,  que  de  la  causa  puede  y  debe  conocer.  Fueron 
sus  padrinos,  don  Pascual  de  Prada  y  don  Juan  Joseph  de  Herrera,  fa- 
miliares. 

"Juan  Domingo  de  Llano,  alias  de  Espinóla,  natural  de  la  ciudad 
de  Genova,  y  residente  en  esta  de  Lima,  de  edad  de  treinta  y  tres  años, 
de  ejercicio  cirujano  y  de  estado  casado.  Salió  en  la  forma  que  los 
precedentes,  con  coroza,  en  que  estaban  puestas  insignias  de  casado  dos 
veces,  por  el  delito  de  poligamia  o  segundo  matrimonio,  que  celebró 
en  el  pueblo  de  Corocotillo  de  la  provincia  de  Bracamoros,  del  corregi- 
miento de  Chachapoyas,  en  el  obispado  de  Trujillo,  viviendo  su  pri- 
mera muger  en  esta  ciudad.  Abjuró  de  levi,  fué  advertido,  reprehendido 
y  conminado,  y  condenado  a  que  el  dia  siguiente  saliese  por  las  calles 
públicas  en  la  manera  que  los  antecedentes,  donde  le  fuesen  dados  dos- 
cientos azotes,  cuyo  castigo  se  le  suspendió  por  justos  motivos,  man- 
dándose que  solo  saliese  a  la  vergüenza;  y  en  la  pena  de  destierro  de 
la  corte  y  capital  referida,  por  tiempo  de  cuatro  años  al  presidio  de 
Valdivia,  y  en  otras  espirituales  y  edificativas.  Y  en  cuanto  al  vínculo 
del  matrimonio,  se  remitió  al  juez  ordinario  eclesiástico,  que  de  la  causa 
puede  y  debe  conocer.  Apadrináronle  don  Diego  Miguel  de  la  Presa, 
regidor  perpétuo  de  esta  ciudad,  y  don  Luis  Carrillo  de  Córdoba,  mar- 
ques de  Concham,  familiares. 

"María  Atanasia,  negra  criolla,  esclava,  natural  de  esta  ciudad,  de 
edad  de  veinte  y  nueve  años,  y  de  estado  casada.  Salió  en  la  forma  re- 
ferida, con  coroza,  en  que  se  veían  puestas  insignias  de  casada  dos  veces, 
soga  al  cuello  y  vela  verde  en  las  manos,  por  el  misrño  delito  de  haber 
contraido  segundo  matrimonio  en  esta  ciudad,  viviendo  en  ella  a  un 
mismo  tiempo  su  primer  marido.  Abjuró  de  le  vi,  fué,  como  los  demás, 
advertida,  reprehendida  y  conminada,  y  condenada  a  que  saliese  por 
las  calles  públicas  y  acostumbradas  en  bestia  de  albarda,  desnuda  de  la 
cintura  arriba,  donde,  a  voz  de  pregonero  que  publicase  su  delito,  le 
fuesen  dados  doscientos  azotes;  y  en  la  pena  del  destierro  por  tiempo 
de  cinco  años  al  lugar  que  se  le  asignaría,  rebajándole  el  de  su  prisión, 
y  en  otras  saludables  y  espirituales.  Y  en  cuanto  al  vínculo  del  matri- 
monio, se  remitió  al  juez  ordinario  eclesiástico,  que  de  la  causa  puede 
y  debe  conocer.  La  apadrinaron  don  Francisco  de  Sosa  y  don  Manuel 
Pérez  Victoriano,  familiares  del  Santo  Oficio. 

17 — La  Inquisición  de  Lima  Tomo  II 


258 


J.   T.  MEDINA 


"Manuel  de  Jesús,  alias  Zaboga,  negro  de  Guinea,  de  casta  congo, 
esclavo  de  la  hacienda  de  San  Juan  que  posee  la  sagrada  Compañía 
de  Jesús  en  el  distrito  de  esta  ciudad,  de  mas  de  sesenta  años  de  edad, 
viudo.  Salió  al  auto  en  la  forma  de  penitencia  que  los  reos  antecedentes, 
con  coroza  de  supersticioso,  hipócrita,  embustero,  soga  al  cuello  y  vela 
verde  en  las  manos,  por  los  delitos  de  la  superstición  y  la  impostura,  en 
cuyos  infames  artes  era  famoso  maestro,  con  artífice  de  singulares  ma- 
leficios, ejecutados  con  varias  yerbas,  cocimientos  y  fricciones  inhones- 
tas del  cuerpo  de  las  personas  de  ambos  sexos,  al  torpe  y  engañoso  fin 
de  producir  alguna  fortuna  en  sus  ilícitos  amores,  y  a  otros  de  curarlos 
de  los  dolores  que  sentian  por  los  maleficios  que  les  persuadía  que  pa- 
decían. En  cuyas  operaciones  mezclaba  varias  cosas  y  palabras  sagradas 
a  los  conjuros  y  santiguos  que  hacia,  valiéndose  del  sacrilego  auxilio  de 
nombrar  a  los  santos,  y  haciendo  señales  de  cruz  con  palma  bendita, 
sobre  las  cuales  mandaba  que  pasasen  las  personas  referidas;  a  quienes 
fricaba  los  desnudos  cuerpos,  con  cuyes  (animales  semejantes  a  los 
conejos)  y  propinándoles  bebidas  de  ciertas  aguas  confecionadas  de 
varias  inmundicias  y  polvos  que  finjia  ser  medicamentos  de  botica; 
vendiéndose  por  intelijente  en  medicina,  por  haber  asistido  en  su  mo- 
cedad a  la  botica  de  la  referida  sagrada  Compañía,  para  lograr  por 
precio  de  sus  embustes  las  cantidades  que  les  pedia.  Abjuró  de  levi, 
fué  advertido,  reprehendido  y  conminado,  y  condenado  a  que  saliese 
por  las  calles  públicas  y  acostumbradas,  en  la  forma  que  los  demás, 
donde  le  fuesen  dados  doscientos  azotes  (los  cuales  no  se  ejecutaron 
por  justos  motivos)  y  en  la  pena  de  destierro  por  tiempo  de  seis  años 
al  lugar  que  se  le  asignarla,  y  en  otras  instructivas  y  saludables.  Fueron 
sus  padrinos  don  Matías  Vázquez  de  Acuña,  conde  la  Vega  del  Ren, 
y  don  Jerónimo  Vázquez  de  Acuña  Iturgoyen,  comisario  general  de  la 
caballería  y  batallón  de  esta  ciudad,  familiares  del  Santo  Oficio. 

"Juan  Joseph  de  Otarola,  quarteron  de  mulato,  libre,  natural  y 
vecino  de  esta  ciudad,  de  edad  de  mas  de  quarenta  años,  de  officio  bor- 
dador y  de  estado  casado;  penitenciado  que  fué  por  el  mismo  Santo 
Officio  en  el  año  passado  de  mil  setecientos  y  quince,  por  testigo  formal 
y  falso,  para  que  cierta  persona  religiosa  y  professa  celebrasse  matri- 
monio, que  desde  luego  se  efectuó.  Salió  al  auto  en  forma  de  penitente, 
con  coroza,  en  que  se  veian  insignias  de  casado  dos  veces,  con  soga 
gruesa  al  cuello,  y  vela  verde  en  las  manos,  por  el  delito  de  haber  con- 
traído segundo  matrimonio  en  esta  ciudad,  viviendo  en  el  pueblo  de 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


259 


la  Japallanga  en  la  provincia  de  Xauxa,  su  primera  muger.  Abjuró  de 
lem,  fué  advertido,  reprehendido  y  conminado,  y  condenado  en  la  pena 
de  doscientos  azotes,  que  se  le  diessen  por  las  calles  públicas,  a  voz  de 
pregonero  que  publicase  su  delito,  en  la  de  destierro  por  tiempo  de  cinco 
años  al  presidio  de  Valdivia,  donde  sirva  a  S.  M.  a  ración  y  sin  sueldo, 
y  sea  instruido  por  el  comissario  del  Santo  Officio  en  los  misterios  de 
nuestra  santa  fe  y  doctrina  christiana,  y  en  otras  saludables  y  espiri- 
tuales. Y  en  quanto  al  vínculo  del  matrimonio,  se  remitió  al  juez  ordi- 
nario eclesiástico,  que  de  la  causa  puede  y  debe  conocer.  Apadrináronle 
don  Joseph  de  Llamas,  general  del  Callao,  y  don  Antonio  Sarmiento 
Sotomayor,  conde  del  Portillo,  familiares  del  Santo  Officio. 

"Juana  Caldera,  quarterona  de  mulata,  libre,  natural  y  vecina  de 
esta  ciudad,  de  edad  de  mas  de  treinta  años,  de  estado  casada,  y  sin 
exercicio  alguno.  Salió  en  cuerpo  al  auto,  en  forma  de  penitente,  con 
coroza,  en  que  estaban  delineadas  insignias  de  supersticiosa,  hipócrita 
y  embustera,  soga  y  vela  verde,  por  maestra  famosa  en  las  artes  de 
superstición  y  el  maleficio,  con  que  solicitaba  personas  a  quienes  pro- 
pinar bebidas  amatorias,  atractivas  de  los  hombres,  así  para  que  éstos 
las  amasen,  como  para  que  no  se  apartasen  de  aquella  ilícita  comuni- 
cación, con  que  lograban  las  conveniencias  del  dinero  y  fortuna  que 
les  producía.  A  que  añadía  varias  aguas  confeccionadas  de  diversas 
yerbas  en  que  las  bañaba,  con  encantaciones  y  conjuros,  en  que  mez- 
claba palabras  sagradas  y  la  señal  de  la  cruz:  todo  a  efecto  de  vender 
este  maléfico  beneficio  por  la  plata,  que  era  el  precio  de  su  paga.  Abjuró 
de  levi,  fué  advertida,  reprehendida  y  conminada,  y  condenada,  como 
los  precedentes,  en  la  pena  de  doscientos  azotes  (que  por  justos  motivos 
no  se  ejecutaron)  y  en  la  de  destierro  por  tiempo  de  cuatro  años,  que 
hubiese  de  cumplir  en  la  ciudad  de  lea,  reclusa  en  el  beaterío  de  dicha 
ciudad,  y  en  otras  instructivas  y  saludables.  Fueron  sus  padrinos,  don 
Isidro  Cosío,  del  órden  de  Alcántara,  prior  del  Consulado  de  esta  ciu- 
dad, y  don  Juan  Antonio  de  Tagle,  familiares  del  Santo  Oficio. 

"María  de  Fuentes,  mestiza,  natural  del  pueblo  de  la  Gloria,  de 
la  jurisdicción  de  Santiago  de  Chile,  en  que  era  residente,  de  edad  de 
mas  de  treinta  y  seis  años,  de  oficio  tejedora,  de  estado  casada  y  sir- 
viente en  el  hospital  de  San  Juan  de  Dios.  Salió  en  la  forma  que  los 
reos  antecedentes,  con  coroza  pintada  de  insignias  de  casada  dos  veces, 
por  el  delito  de  haber  contraído  segundo  matrimonio  en  dicha  ciudad 
de  Santiago,  viviendo  su  primer  marido.  Abjuró  de  levi,  fué  advertida, 


26Ü 


J.   T.  MEDINA 


reprehendida,  y  conminada  en  la  forma  que  los  demás,  en  la  pena  de 
doscientos  azotes,  y  en  la  de  destierro  por  espacio  de  tres  años  al  lugar 
donde  se  le  señalase  por  el  Santo  Tribunal,  y  en  otras  espirituales  e 
instructivas.  Y  en  cuanto  al  vínculo  del  matrimonio,  se  remitió  al  juez 
ordinario  eclesiástico,  que  de  la  causa  pudiese  y  debiese  conocer.  Fue- 
ron sus  padrinos  don  Luis  de  Oviedo  y  Echaburu,  conde  de  la  Granja, 
y  don  Francisco  Hurtado  de  Mendoza. 

"Francisco  de  las  Infantas,  mestizo,  natural  del  pueblo  de  Lucanas 
de  la  provincia  de  Otoca,  en  el  obispado  de  Guamanga,  residente  en 
la  de  Abancay,  de  edad  de  mas  de  cuarenta  años,  de  oficio  labrador  y 
de  estado  casado.  Salió  en  la  forma  de  penitente  que  los  demás,  con 
coroza,  y  en  ella  insignias  de  casado  dos  veces,  por  el  delito  de  la  poli- 
gamia, cometido  en  haber  celebrado  segundo  matrimonio  en  el  valle 
de  Abancay,  viviendo  su  primera  muger  en  dicho  pueblo  Lucanas.  Ab- 
juró de  levi,  fué  advertido,  reprehendido  y  conminado,  y  condenado  a 
que  se  le  diesen  doscientos  azotes,  y  en  la  pena  de  destierro  en  la  manera 
que  los  antecedentes,  por  tiempo  de  cuatro  años,  al  lugar  que  se  le 
señalaria  por  el  Santo  Tribunal,  como  lo  fué  el  de  la  isla  del  Callao, 
donde  trabajase  en  cortar  piedra,  y  otras  saludables.  Y  en  cuanto  al 
vínculo  del  matrimonio,  se  remitió  al  juez  eclesiástico  ordinario,  que  de 
la  causa  puede  y  debe  conocer.  Apadrináronle  don  Francisco  de  Pare- 
des y  Clerque,  marques  de  Salinas,  y  don  Agustin  de  Echeverría  Zu- 
loaga,  marques  de  Sotohermoso. 

"Sebastiana  de  Figueroa,  cuarterona  de  mestiza,  natural  y  vecina 
de  la  ciudad  de  León  de  Guánuco,  de  estado  viuda,  de  edad  de  mas  de 
sesenta  años,  y  de  ejercicio  hiladora.  Salió  en  forma  de  penitente  que 
los  reos  precedentes,  con  coroza,  en  que  estaban  pintadas  insignias  de 
supersticiosa,  hipócrita,  embustera,  y  con  sambenito  de  media  aspa,  soga 
y  vela  verde,  por  los  delitos  de  haber  hereticado  y  apostatado  de  nuestra 
santa  fe  católica,  dando  adoración  y  culto  al  demonio,  y  valiéndose  de 
este  maestro  del  engaño  para  los  que  ejecutaba,  y  para  los  diabólicos 
artes  con  que  pervertía  a  unos  y  maleficiaba  a  otros,  con  daños  que 
les  hacia  en  sus  personas  y  en  sus  bienes  y  causando  a  algunos  el  abo- 
rrecimiento a  los  que  amaban:  exercicio  en  que  por  medio  de  supersti- 
ciosos medicamentos  adivinaba  a  otros  su  próxima  muerte,  cuya  predic- 
ción comprobaba  lo  triste  del  suceso.  A  que  añadia  diversos  otros  male- 
ficios, haciendo  a  varias  personas  fricciones  con  yerbas  prevenidas,  y 
con  cierto  animalillo  de  color  blanco,  en  cuyo  vientre  (que  para  esto 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


261 


abria)  las  introducía  con  alguna  plata;  sin  que  por  esto  muriese  el 
referido  animalito,  a  quien,  hallado  después  vivo,  arrojó  a  un  rio.  En 
que  no  parando  sus  delitos,  pasó  a  cometer  los  de  quitar  a  muchas 
personas  la  vida,  y  a  otros  encantos,  como  el  de  embarazar  la  voz  a 
algunos  por  medio  de  una  espina  atravesada  en  la  garganta  de  un 
muñeco  hecho  de  cera  (figuras  de  c]ue  se  le  hallaron  varias,  formadas 
de  hombres  y  mugeres)  y  a  los  de  usar  de  baños  confeccionados  de 
diferentes  yerbas,  que  daba  a  las  mugeres  para  ser  queridas  de  sus 
galanes  o  maridos,  con  el  torpe  permiso  de  dejarlas  libres  para  vivir 
con  toda  la  licencia  que  deseaban,  por  la  infatuación  que  introducía 
en  aquellos  para  que  no  la  advirtiesen,  vengándose,  al  contrario,  de 
los  que  resistían  semejante  libertad,  con  la  crueldad  de  fulminarles 
graves  dolores  y  una  total  insensatez,  a  que  después  de  haber  penado 
mucho  tiempo,  les  hacia  poner  por  término  la  muerte,  fuera  de  otros 
muchos  execrables  crímenes  que  cometía,  como  sequaz  famosa  de  la 
apostasía  e  insigne  artífice  del  maleficio.  Abjuró  de  vehementi,  fué  ad- 
vertida, reprehendida  y  conminada,  y  condenada  en  confiscación  de  la 
mitad  de  sus  bienes  para  la  cámara  y  fisco  de  S.  M.  y  su  receptor  gene- 
ral en  su  real  nombre,  y  que  al  día  siguiente  se  le  diesen  doscientos 
azotes  en  la  forma  que  a  los  demás  (los  cuales  se  le  remitieron  por 
justos  motivos)  y  en  la  pena  de  destierro  por  cuatro  años  al  lugar  que 
se  le  señalase  por  el  Santo  Tribunal,  donde  fuese  instruida  en  los  mis- 
terios de  nuestra  santa  fe,  con  otras  saludables  y  espirituales.  Fueron 
sus  padrinos  don  Joseph  de  Tagle  Bracho,  marques  de  Torre  Tagle,  y 
don  Ventura  Lobaton  y  Hazaña,  familiares  del  Santo  Oficio. 

"Concluida  la  lectura  de  las  causas  y  sentencias,  bajaron  los  reos 
de  el  tablado  donde  estaban,  y  conducidos  al  presbiterio  de  la  capilla 
mayor,  se  separaron  de  los  demás  los  dos  que  tenían  sambenito  de 
medía  aspa,  e  hincados  de  rodillas  delante  de  la  mesa  y  asiento  de  los 
señores  inquisidores,  puestas  las  manos  sobre  la  santa  cruz  y  evangelios 
que  allí  estaban,  repitieron  la  abjuración  de  vehementi,  que  les  fué  le- 
yendo don  Joseph  Thoríbio  Román  de  Aulestía,  como  secretario  del 
Secreto.  Y  levantado  en  pié  el  señor  Inquisidor  mas  antiguo,  doctor  don 
Gaspar  Ibañez,  con  estola  morada  al  cuello,  recitó  en  el  Manual  Ro- 
mano las  oraciones  señaladas,  a  que  habiendo  seguido  el  himno  Veni 
creator  spiritus,  cantado  con  tlevota  entonación  por  la  comunidad  de 
los  religiosos  asistentes,  hizo  el  referido  señor  Inquisidor  a  los  postrados 
reos  las  preguntas  de  los  artículos  de  la  fe,  en  cuyas  respuestas  maní- 


262 


J.   T.  MEDINA 


festaron  su  creencia  y  su  instrucción;  y  pasando  a  decir  el  psalmo  del 
Miserere  destinado  a  la  penitente  ceremonia,  los  clérigos  que  hablan 
acompañado  la  cruz  de  la  mayor  parroquia,  que  ya  allí  se  hallaban 
prevenidos,  como  sacros  ministros  de  la  piadosa  pena,  les  herian  con 
sendas  varas  las  espaldas,  haciéndole  a  cada  verso  los  repetidos  golpes, 
ecos  de  arrepentimiento  de  las  voces  de  la  contrición:  acto  a  que  suce- 
dió la  absolución  que  les  dio  el  Inquisidor,  según  la  forma  del  mismo 
Manual  y  el  sacro  estilo  de  semejantes  casos.  Después  de  cuya  acción, 
apartados  los  dos  reos  referidos,  llegaron  los  demás,  y  arrodillados  ante 
los  mismos  señores  en  la  forma  que  aquellos,  pronunciaron  la  abjura- 
ción de  levi,  que  les  fué  leyendo  el  mismo  secretario.  Con  que  habili- 
tados todos  por  mano  de  la  penitencia  a  la  asistencia  del  sacrosanto 
sacrificio  de  la  misa,  que  habia  suspendido  la  presencia  de  los  que  antes 
eran  detestables,  prosiguió  luego  en  el  altar  mayor,  ante  cuya  peaña 
postrados  éstos,  y  encendidas  las  velas  que  llevaban,  al  tiempo  del  Satic- 
tus,  fué  cada  uno  besando  la  mano  del  sacerdote,  luego  que  se  acabó  la 
misa,  con  que  se  terminó  toda  la  acción  del  templo". 

En  el  mismo  orden  que  había  ido,  fué  el  Virrey  en  procesión  a 
dejar  a  los  Inquisidores,  hasta  despedirlos  a  la  puerta  del  Tribunal, 

Al  día  siguiente  salieron  los  reos  entre  las  compañías  de  a  caballo 
y  ministros  ordinarios  del  Santo  Oficio  y  familiares  que  los  conducían, 
montados  en  caballos  adornados  de  ricos  jaeces,  con  sus  insignias  y  varas 
de  justicia,  seguidos  del  Alguacil  mayor  y  del  secretario  menos  antiguo, 
también  "en  caballo  de  manejo",  con  gualdrapas  de  terciopelo  negro. 
Los  penitenciados,  "unos  a  la  vergüenza  y  otros  al  dolor,  fueron  lleva- 
dos por  las  calles  acostumbradas,  donde  la  cabeza  y  la  espalda,  sujetas 
a  la  coroza  y  al  azote,  tuvieron  la  asistencia  de  la  infamia  y  el  golpe, 
que  formaban  todo  el  tenor  del  castigo"  (11). 

Pero  acaso  lo  más  original  de  este  auto  fué  la  escapada  que  hizo 
su  panegirista  e  historiador  de  caer  en  las  manos  de  los  Inquisidores 
cuya  fama  colocaba  tan  alto;  pues  con  ocasión  de  haberse  notado  en  la 
relación  algunas  proposiciones  que  "se  hablan  hecho  reparables"  estuvo 
a  pique  de  ser  encausado,  debiendo  su  salvación  sólo  a  que  por  haber 
trabajado  de  orden  del  Virrey,  los  jueces  no  se  atrevieron  a  procesarlo, 
temiendo  se  siguiesen  "perniciosas  consecuencias,  por  no  haber  de  per- 


(11;  Obra  citada  de  Peralta  Barnucvo. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


263 


suadirse  se  hacia  por  causa  de  las  proposiciones,  sino  en  odio  de  que 
corran  públicos  sus  simulados  aplausos"  (12). 

El  ejemplo  del  doctor  Peralta  Barnuevo,  encontró,  con  todo,  bien 
pronto  un  imitador  en  don  José  Bermúdez  de  la  Torre  y  Solier,  alguacil 
mayor  de  la  Audiencia  y  consultor  del  Tribunal,  al  cual  con  reverente 
humildad  dedicó  su  libro  Triunfos  del  Santo  Oficio  peruano,  en  que 
se  contiene  la  relación  de  los  dos  autos  de  fe  celebrados  el  23  de  di- 
ciembre de  1736  y  el  11  de  noviembre  del  año  siguiente. 

Como  era  de  costumbre  en  tales  casos,  el  fiscal  Diego  de  Unda, 
que  por  ascenso  de  Sánchez  Calderón  había  pasado  a  ocupar  el  puesto 
que  éste  dejaba  vacante,  fué  a  transmitir  la  noticia  al  Virrey  Marqués 
de  Villargarcía,  y  para  que  llevase  el  estandarte  de  la  fe,  a  su  hijo,  que 
servía  de  capitán  de  la  guardia  de  alabarderos,  y  al  Arzobispo,  que  no 
había  de  asistir  a  la  fiesta.  El  secretario  Román  de  Aulestía,  con  igual 
objeto,  pasó  a  notificar  a  los  Oidores,  Cabildo  Eclesiástico  y  Secular,  a 
la  Universidad  y  Consulado.  Hízose,  en  seguida,  la  publicación  de  estilo 
con  ostentoso  aparato,  y  ya  listos  los  tablados  en  la  plaza  y  colocados 
en  su  sitio  el  Virrey  e  Inquisidores,  dijo  el  sermón  acostumbrado  el 
padre  Fr.  Juan  de  Gacitúa;  se  prestó  el  juramento  de  estilo,  y  acto  con- 
tinuo, se  dió  principio  a  la  lectura  de  las  causas  de  los  reos. 

Fueron  éstos:  Antonia  Osorio,  alias  la  Manchada,  mulata,  limeña, 
viuda,  de  cuarenta  años,  acusada  de  propinar  maleficios  amatorios,  que 
se  presentó  (como  los  demás  reos  de  este  delito)  en  cuerpo,  en  forma 
de  penitente,  con  sambenito  de  media  aspa,  coroza  de  supersticiosa, 
soga  gruesa  al  cuello  y  vela  verde  en  las  manos:  abjuró  de  vehementi, 
fué  absuelta  ad  caiitelam,  y  condenada  a  que  saliese  al  día  siguiente 
por  las  calles  públicas,  en  bestia  de  albarda,  desnuda  de  la  cintura  arri- 
ba, y  recibiese  doscientos  azotes  a  voz  de  pregonero,  con  destierro  a 
Guayaquil  por  diez  años,  y  otras  penitencias. 

Micaela  de  Zavala,  cuarterona  de  mulata,  también  limeña,  soltera, 
de  treinta  y  tres  años,  vendedora  de  jamón;  y  María  Teresa  de  Mallavín, 
esclava,  de  veintiocho. 

María  Hernández,  alias  la  Pulpa,  y  su  hija  María  Feliciana  Fritis, 
alias  la  Pulpa  menor,  chilenas;  Sabina  Rosalía  de  la  Vega,  mulata 
libre,  natural  del  pueblo  de  Caravelli,  de  cuarenta  años,  casada,  de 

(12)  Carta  de  18  de  noviembre  de  17.Í3.  el  Consejo  se  ordenó,  sin  en^bargo,  que  las 
proposiciones  se  calificasen  y  votasen,  y  sin  pasar  a  vías  de  hecho,  se  enviase  el  expediente 
a  Madrid.  Carta  de  los  Inquisidores  de  16  de  lebrero  de  1735, 


264 


J.   T.  MEDINA 


oficio  hilandera;  Teodora  de  Villarroel,  natural  y  vecina  de  Lima,  de 
veintiocho  años,  sin  oficio,  soltera;  Rosa  de  Ochoa,  alias  la  Pulis,  negra 
criolla,  limeña,  soltera,  sin  oficio;  todas  las  cuales  recibieron  la  misma 
pena  de  la  primera. 

Juan  de  Ochoa,  lego  expulso  de  Santo  Domingo,  limeño,  de  cua- 
renta años,  conocido  por  galante  y  obsequioso  familiar  de  algunas  de 
las  antecedentes,  y,  entre  ellas,  por  el  título  y  renombre  de  la  "docta 
pluma",  que  salió  al  auto,  en  cuerpo,  en  forma  de  penitente,  con  sam- 
benito de  media  aspa  y  demás  insignias,  abjuró  de  vehemenú,  fué  ad- 
vertido, reprendido,  conminado  y  absuelto  ad  caiitdam  por  sospechoso 
en  la  fe;  y  por  justos  motivos,  dice  Bermúdez,  "se  le  relevó  de  la  pena 
de  azotes,  dispensándosele  a  esta  docta  pluma  que  se  le  diera  el  grado 
de  maestro  en  diabólicas  artes  y  doctor  en  malvada  brujería,  sin  paseo 
en  que  se  oyese  el  rumor  de  trompetas  y  atabales,  dejando  de  sonar 
estos  en  sus  espaldas,  y  aquellos  en  las  voces  que  por  él  fuese  echando 
el  pregonero". 

Felipe  de  la  Torre,  cuzqueño,  casado,  de  cincuenta  años,  batihoja, 
y  que  ya  había  sido  sentenciado  por  polígamo  en  1719,  salió  con  sam- 
benito de  media  aspa,  coroza,  soga  al  cuello,  vela  verde  en  las  manos 
y  mordaza  en  la  boca,  por  haberse  fingido  reo  del  Santo  Oficio,  dicién- 
dose religioso  sacerdote,  y  por  blasfemias  hereticales.  Estando  preso  en 
la  cárcel  de  corte,  se  le  acusó  de  haber  usado  de  figuras  y  yerbas  para 
conseguir  mujeres,  habiendo  intentado  por  tres  veces  ahorcarse  en  su 
prisión.  Abjuró  de  vehemenú,  fué  absuelto  ad  cautelam,  sentenciado 
a  recibir  doscientos  azotes  por  las  calles  y  a  servir  por  tiempo  de  diez 
años  a  S.  M.  en  Valdivia,  a  ración  y  sin  sueldo,  "y  a  cumplir  otras 
saludables  penitencias,  instructivas  de  los  misterios  de  nuestra  santa 
fe,  espirituales  y  edificativas". 

Bernabé  Morillo,  alias  Juan  Bernabé  de  Otárola,  negro  criollo,  es- 
clavo, cocinero,  residente  en  el  Callao,  testificado  de  pacto  con  el  de- 
monio, "y  haberse  introducido  a  asegurar  a  las  mujeres  estar  maleficia- 
das, ofreciendo  curarlas,  sacarles  de  los  cuerpos  culebras  y  sapos,  y  darles 
fortuna  con  los  hombres":  abjuró  de  vehemenú  y  se  le  dieron  doscientos 
azotes. 

María  Josefa  Cangas,  negra,  de  más  de  cincuenta  años,  que  para 
vivir  más  holgadamente  con  su  amante,  administró  a  su  marido  tales 
maleficios  que  le  privó  de  razón.  Abjuró  de  lev'i  y  fué  sentenciada  a 
servir  cuatro  años  en  un  hospital. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


265 


Pascuala  González,  negra,  de  Trujillo,  también  por  hechicera,  re- 
cibió una  pena  análoga  a  la  anterior. 

Nicolás  de  Araus  y  Borja,  cuarterón  de  mulato,  maestro  de  pri- 
meras letras,  que  por  medio  de  varillas  y  un  sello  de  papel  del  Santo 
Oficio  y  pacto  con  el  demonio,  pretendía  descubrir  tesoros  y  riquezas. 
Fué  desterrado  a  Valdivia  por  cuatro  años. 

Por  polígamos  fueron  condenados:  Juan  de  la  Cerda,  quiteño,  Juan 
Matías  del  Rosario,  zapatero,  que  se  casó  primera  vez  en  Santiago,  Juan 
Bautista  Gómez,  Tomás  José  de  Vertís,  Matías  de  Cabrera,  de  Quito, 
Bernardo  Aguirre,  arriero,  de  Arequipa,  y  el  negro  José  Lorenzo  de 
Gomentlio,  que  se  casó  segunda  vez  en  Concepción:  todos  los  cuales 
salieron  en  forma  de  penitentes,  con  coroza,  insignias,  soga  gruesa  y 
vela  verde. 

Juan  González  de  Rivera,  que  había  vivido  entre  los  indios  de 
Huanta,  vistiéndose  a  su  usanza  y  casóse  allí  con  tres  mujeres,  y  que 
además  de  expreso  pacto  con  el  demonio,  se  había  hecho  agorero,  va- 
liéndose de  las  plumas  y  canto  de  las  aves;  abjuró  de  vehementi  y  fué 
absuelto  ad  cautelam,  con  servicio  de  tres  años  en  la  isla  de  San  Lo- 
renzo, a  ración  y  sin  sueldo, 

Francisco  Javier  de  Neira,  clérigo  santiaguino,  de  cuya  causa  da- 
remos cuenta  en  otra  parte  (*). 

María  Francisca  Ana  de  Castro,  alias  la  madama  Castro,  natural 
de  Toledo,  vecina  de  Lima,  de  cincuenta  años,  casada,  por  "judía  ju- 
daizante, convicta,  negativa  y  pertinaz,  salió  al  auto  en  cuerpo,  con 
sambenito  o  capotillo  entero,  de  dos  aspas  y  pintado  de  llamas  y  figuras 
espantosas  y  horribles,  coroza  en  la  cabeza,  soga  al  cuello  y  cruz  verde 
en  las  manos,  y  por  observante  de  la  ley  de  Moisés,  fué  relajada  en 
persona  a  la  justicia  y  brazo  secular,  observando  el  Santo  Tribunal  en 
su  sentencia  la  fórmula  que  acostumbra  en  la  relajación  de  reos,  en- 
cargando a  los  jueces  seculares  se  hayan  benigna  y  piadosamente  con 
ella". 

En  estatua  salieron  Pedro  Núñez  de  la  Haba,  y  José  Solís  y  Oban- 
do;  siendo  igualmente  relajados  en  estatua  el  jesuíta  Juan  Francisco 
Ulloa  y  Juan  Francisco  de  Velasco,  de  cuyas  causas,  por  referirse  a 
Chile,  trataremos  en  otro  lugar  (**). 


(*)  Véase  Medina.  His/oiin  dd  Tiihiiinil  del  Siiiilo   Ofuio  de  \a  liujiiisidóii   en  Chile. 
Cap.  XII,  páfi.  582.  Rdmprcsuin  del  F.md,,  Ilisi.  y  Bihl.  ).  T.  Malina,  l'iS2.  N.  dtl  E. 
(*♦;  Ihidcm.  Cap.  XI  a  XIII,  págs.  ^75  a  6U2.  N.  dd  E. 


266 


J.   T.  MEDINA 


Terminada  la  lectura  de  las  sentencias,  se  entregó  para  que  se 
llevase  a  la  hoguera  a  la  Castro,  y  las  estatuas  y  huesos  de  los  reos  a  ella 
condenados,  al  general  Martín  Mudana  y  Zamudio,  asistido  de  sus 
tenientes  y  del  escribano  de  cabildo  para  que  diese  fe  de  todo;  y,  entre 
las  milicias  que  marchaban  con  bayoneta  calada  y  un  inmenso  gentío, 
"y  formando  todos  un  perfecto  círculo,  termina  el  narrador  de  aquella 
Irajedia,  llegaron  a  ocupar  el  embarazado  terreno,  en  cuyo  espacioso 
ámbito  se  ejecutó  el  dispuesto  suplicio,  entregando  la  rea  al  estrecho 
dogal  y  después  a  la  encendida  hoguera,  que  al  furor  de  sus  activas 
llamas  la  redujo  a  pálidas  cenizas,  en  que  igualmente  quedaron  sepul- 
tados las  estatuas,  como  también  los  huesos  del  reo  sentenciado  a  ésta 
que  propiamente  fué  última  pena,  en  que  acompañó  al  incendio  la 
ruina,  para  la  total  estincion  de  su  memoria"  (13). 

María  Ana  de  Castro,  fué  la  última  persona  que  el  Tribunal  del 
Santo  Oficio  de  Lima  condenó  a  la  hoguera.  Su  causa  y  su  muerte  han 
dado  tema  a  una  novela  que  hemos  visto  citada  varias  veces,  pero  que 
no  conocemos. 

El  siguiente  auto  de  fe  se  celebró,  como  hemos  indicado,  el  11  de 
noviembre  del  año  siguiente,  en  la  capilla  del  Rosario  de  la  iglesia  de 
los  dominicos,  donde  se  erigió  una  tribuna  con  celosías  para  que  asis- 
tiese el  Virrey  a  ver  penitenciar  las  personas  que  a  continuación  se 
expresan : 

Juan  Ferreira  o  Juan  Antonio  Pereira,  soltero,  corredor,  acusado 
de  que  después  de  la  celebración  del  auto  de  28  de  diciembre  de  1736, 
en  que  había  sido  relajada  por  judía  judaizante  Mariana  de  Castro, 
había  dicho:  "las  brujas  están  sueltas  y  Mariana  de  Castro  quemada; 
miren  que  tierra  esta!  Qué  Cristo,  ni  Cristo!  Cristo  no  fué  judío?":  por 
cuyas  proposiciones  y  otras  semejantes,  después  que  le  secuestraron  sus 
bienes,  fué  encerrado  en  cárceles  secretas  el  8  de  enero  de  1787.  En  sus 
confesiones  declaró  el  reo  haber  expresado  que  al  tiempo  de  dar  garrote 
a  la  Castro,  junto  al  quemadero,  había  manifestado  mucho  esfuerzo  y 
valor,  poniéndose  ella  misma  el  cordel  y  arreglándose  el  cabello  para 
morir.  Contando  el  discurso  de  su  vida  dijo  que,  siendo  soldado,  fué 
hecho  prisionero  en  la  batalla  de  Almansa,  y  que  una  vez  en  libertad, 
había  pasado  al  Brasil,  Buenos  Aires  y  Lima,  por  la  vía  de  Chile.  Vo- 


(13)  Tnmijoi  t/el  Sanio  Ofaio  pcniíino.  i'oli.)  15''.  Para  mayores  detalles  de  este  auto 
reniiiimos  al  lector  a  la  parte  de  nuestro  libro  rcíerciUe  a  Chile 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


267 


tado  a  tormento  y  cuando  ya  iba  a  ser  puesto  en  la  mancuerda,  se  des- 
cubrió que  tenía  una  gran  hernia,  lo  que  si  bien  le  permitió  escapar 
de  la  tortura  por  el  peligro  en  que  su  vida  podía  hallarse,  no  le  libró 
de  las  abjuraciones  de  estilo  y  de  recibir  doscientos  azotes. 

María  Antonia,  negra  criolla,  esclava,  que  invocaba  al  diablo  va- 
liéndose de  muñecos,  y  guardaba  un  cuernecito  de  chivato,  creyendo 
que  tenía  la  virtud  de  impedir  que  su  amante  cayese  en  brazos  de  otra, 
hechos  que  fueron  calificados  de  heréticos  y  de  que  argüían  pacto  ex- 
preso con  el  demonio,  y  que  por  lo  tanto,  constituían  a  la  rea  vehemen- 
temente sospechosa  en  la  fe,  lo  cual  le  valió  que  se  le  aplicasen  no  pocos 
azotes. 

José  Calvo,  también  negro  criollo,  que  se  ejercitaba  en  varias  es- 
pecies de  suertes  invocando  al  diablo  cojuelo;  Silvestra  Molero,  alias 
la  china  Silvestra,  casada  y  costurera,  en  cuya  habitación  se  reunían  las 
maestras  del  arte  divinatorio  y  hechiceras. 

Catalina  Bohorquez,  limeña,  de  veintitrés  años,  que  por  haber  na- 
cido tuerta  y  una  prima  suya  muy  hermosa,  en  venganza  de  Dios  que 
tal  agravio  le  hiciera,  cuando  se  confesaba  se  acusaba  sólo  de  los  pecados 
leves,  enseñando  a  las  niñas  el  arte  de  pecar  a  fin  de  que  por  su  parte 
también  le  ofendiesen. 

Nicolasa  de  Cuadros,  de  cincuenta  años,  casacia  en  Lima,  que  se 
acompañaba  de  un  negro  su  amante  para  dar  baños  y  propinar  reme- 
dios a  los  que  deseaban  obtener  buenos  sucesos  en  sus  amores;  Félix 
Canelas,  que  había  sido  penitenciado  ya  dos  veces  por  sortílego,  com- 
pañero de  la  rea  antecedente;  y  Juan  Bautista  Vera  Villavicencio  por 
casado  dos  veces. 

No  había  aún  transcurrido  un  mes  desde  la  celebración  de  este 
auto  cuando  moría  Ibáñez  a  la  edad  de  sesenta  años. 

A  pesar  de  tan  repetidas  muestras  de  los  castigos  que  el  Tribunal 
había  estado  decretando  en  los  últimos  tiempos,  encontraron  todavía 
los  ministros  material  abundante  para  nuevas  condenaciones,  de  que 
dan  buena  muestra  los  reos  siguientes: 

Francisco  Hazaña,  negro  bozal,  de  casta  terranova,  acreditado  de 
brujo  y  que  curaba  los  maleficios  con  palma  bendita,  romero  y  olivo 
tostados  en  un  tiesto  de  greda,  zahumando  la  casa,  asperjando  con  agua 
bendita  los  rincones,  y  "aleteando"  con  la  capa  como  para  espantar 
alguna  cosa,  hasta  llegar  a  la  puerta  tic  calle,  donde  enterraba  un  cui 
prieto,  clavado  con  alfileres. 


268 


J.   T.  MEDINA 


Luisa  Contreras,  negra  criolla  de  Lima,  soltera,  de  treinta  años, 
que  se  valía  de  remedios  prohibidos  para  que  la  quisiese  su  galán,  y 
Ursula  Blanco,  mestiza,  natural  de  Huamanga,  hilandera,  de  cuarenta 
años,  por  el  mismo  delito. 

Dominga  de  Rojas,  natural  de  Pisco,  que  sospechando  estar  male- 
ficiada por  cierta  mujer,  había  buscado  un  maestro  del  arte  que  le 
había  recomendado  que  procurase  un  zapato  viejo  de  su  enemiga  y  un 
cuerno,  y  que  haciendo  un  agujero  en  la  puerta  por  donde  entrase, 
enterrase  ambas  cosas,  llenando  previamente  el  cuerno  con  ajos,  ají  seco 
y  sal,  y  en  seguida  orinando  y  escupiendo  en  él,  con  lo  cual  era  seguro 
que  había  de  atajar  el  paso  a  la  bruja. 

Rafaela  Rodríguez,  casada,  de  veintiséis  años,  vendedora  de  galli- 
nas, que  se  valía  de  hechiceros  a  fin  de  escapar  del  mal  trato  que  le 
daba  su  marido.  Es  curioso  lo  que  ejecutó  en  compañía  de  otra  mujer 
a  fin  de  impedir  que  un  amigo  fuese  desterrado  a  Valdivia.  Dispuso 
tres  muñecos,  que  representaban  otras  tantas  personas  de  autoridad 
"y  cgercicio",  los  dos  vestidos  de  golilla  y  el  tercero  de  escarlata,  y 
así  dispuestos,  pusieron  sobre  carbones  encendidos  una  olla  con  aguar- 
diente, coca  mascada  y  azúcar,  y  levantando  la  olla  en  alto,  azotaban 
la  llama  con  los  muñecos,  invocando  al  demonio  con  las  palabras, 
"cojuelo,  que  no  vaya  fulano  a  Valdivia",  para  cuyo  efecto  todas  las 
de  la  asamblea  se  quitaban  previamente  los  rosarios,  bebían  aguardiente 
y  fumaban  cigarros. 

Bartolomé  de  Cisneros,  limeño,  cigarrero,  de  treinta  y  tres  años, 
denunciado  por  su  mujer  de  que  haciendo  ella  una  novena  a  San  José 
y  no  habiendo  obtenido  lo  que  deseaba,  dijo  que  San  José,  ni  la  y 
otras  expresiones  de  este  calibre. 

Francisca  de  Mondragón,  alias  la  Cagatecho,  cuarterona,  del  Callao, 
que  pretendía  curarse  de  un  maleficio;  María  Monserrate  y  Santisteban, 
mulata,  de  treinta  años,  que  inconsolable  por  el  abandono  de  su  aman- 
te, buscaba  remedios  a  su  pena  consultando  hechiceras;  Petronila  Ortiz, 
mulata,  lavandera,  acusada  por  cierta  mujer  que  decía  la  tenía  malefi- 
ciada, y  Juana  Novoa,  residente  en  Trujillo,  que  por  medio  de  hechizos 
pretendía  volver  a  su  amistad  a  su  seductor. 

Cayetano  Zenteno,  cuarterón  de  mulato,  arriero,  denunciado  de 
que  yendo  cerca  de  unas  huacas,  había  comenzado  a  renegar  y  votar 
desesperadamente. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


269 


Roque  de  Espilcueta,  natural  de  Buenos  Aires,  tratante,  de  cuarenta 
y  un  años,  acusado  de  doble  matrimonio;  Fr.  Manuel  de  Guzmán  Var- 
gas de  la  Cadena,  corista  del  convento  de  San  Agustín  de  Lima,  que 
se  denunció  de  haber  confesado  a  una  mujer;  Ignacio  de  Chanis  y 
Echeverría,  natural  de  Azpetía,  comerciante,  casado  en  Córdoba  de 
Tucumán  y  en  Guayaquil;  Juan  Antonio  Neira,  que  se  casó  también 
dos  veces  y  una  de  ellas  en  Concepción,  y  María  del  Rosario  Perales, 
alias  Muzanga,  mulata,  viuda,  vecina  de  Lima,  por  hechos  sortílegos. 

Nicolás  Flores,  clérigo,  cura  de  la  doctrina  de  San  Pedro  del  arzo- 
bispado de  los  Reyes,  de  cuarenta  y  ocho  años,  acusado  de  haber  escrito 
un  papel  en  que  con  relación  a  los  confesores  que  habían  auxiliado  a 
la  Castro,  sostenía  que  la  rea  había  sido  injustamente  acusada,  contra- 
viniendo de  esta  manera  a  lo  dispuesto  por  el  Tribunal  de  que  nadie 
hablase  ni  tratase  sobre  la  materia.  Fué  acusado  igualmente  de  que  en 
un  escrito  que  enviaba  al  obispo  del  Cuzco,  dándole  cuenta  del  auto 
de  fe  en  que  el  padre  Ulloa  había  sido  quemado  en  estatua,  se  afirmaba 
en  que  no  había  podido  condenársele  a  dicha  pena  por  no  haber  me- 
diado contumacia  de  parte  del  reo.  Estas  proposiciones  fueron  calificadas 
por  el  fiscal  como  "heréticas  de  fautoría,  escandalosas,  temerarias,  de- 
nigrativas e  injuriosas",  concluyendo  por  pedir  que  Flores  fuese  puesto 
a  cuestión  de  tormento,  quien  al  fin  salió  condenado,  entre  otras  penas, 
a  quinientos  pesos  de  multa,  debiendo  declarar  que  "todos  estaban  obli- 
gados a  creer  y  confesar  que  las  determinaciones  del  Santo  Tribunal 
son  conformes  y  justas". 

Fr.  Juan  Ventura  de  Aldecoa,  natural  de  Bilbao,  mercader  de 
Potosí,  denunciado  de  que  conversando  en  el  claustro  de  la  Merced  de 
Sevilla,  se  había  sostenido  en  que  los  Inquisidores  habían  procedido 
con  pasión  en  la  causa  del  padre  Ulloa,  no  sabiendo  siquiera  lo  que 
era  de  su  obligación.  Con  este  motivo  se  le  previno,  una  vez  que  fué 
reducido  a  prisión,  que  las  causas  del  Santo  Oficio  se  seguían  con  toda 
independencia,  sin  pasión  ni  odio,  y  que  sus  resoluciones  se  debían  ve- 
nerar, por  ser  siempre  arregladas  a  lo  que  constaba  del  sumario,  estando 
prohibido  a  los  particulares  abrir  discusión  sobre  los  motivos  de  dichas 
sentencias;  concluyendo  por  condenarle  a  que  para  enmienda  en  lo  fu- 
turo, abjurase  de  lefi  y  pagase  quinientos  pesos  de  multa. 

En  este  tiempo  se  fallaron  también  las  causas  de  los  secuaces  del 
padre  Ulloa,  Umanzoro,  las  González,  Muguerga,  la  Villanueva,  la 


270 


J.   T.  MEDINA 


Flores,  y  Cristóbal  Sánchez  o  Guimaráes,  de  que  daremos  cuenta  por 
extenso  al  tratar  de  la  Inquisición  de  Chile  (*). 

A  principios  de  1737,  el  Tribunal  remitió  a  España  la  causa  de 
Pedro  de  Zubieta,  canónigo  de  la  catedral  de  Lima,  "pues  siendo  perso- 
na egríjia,  por  lo  tocante  a  la  dignidad  que  obtiene,  decían  los  Inqui- 
sidores, nos  ha  parecido  no  proceder  en  ella  hasta  consultar  con  V.  A." 

El  reo  se  denunció  en  30  de  enero  de  1737,  diciendo  ser  natural 
de  Lima,  de  edad  de  cincuenta  y  tres  años,  y  de  que  siendo  cura  de 
la  doctrina  de  Chiquián,  había  comenzado  a  confesar  a  doña  Lorenza 
de  Fuentes,  religiosa  profesa  del  monasterio  de  la  Concepción,  minis- 
terio en  que  se  había  ocupado  durante  cuatro  o  cinco  meses,  oyéndola 
cada  quince  días  y  a  veces  cada  ocho.  Que  habiendo  tenido  que  ausen- 
tarse, le  escribió  algunas  cartas,  y  a  su  regreso  "habia  tenido  con  ella 
grandísimas  conversaciones  amorosas  y  deshonestas  en  el  confesonario"; 
y  que  no  contento  con  ésto,  de  común  acuerdo,  habían  abandonado 
para  el  intento  el  confesonario  y  seguido  sus  charlas  en  el  locutorio. 

La  monja  que  por  su  parte  entró  también  en  escrúpulos,  se  valió 
del  jesuíta  José  Mudana  para  que  llevase  por  escrito  su  denuncia  al 
Tribunal,  el  cual,  con  vista  de  todo,  comisionó  al  mismo  jesuíta  para 
que  trasladándose  al  monasterio  recibiese  su  declaración  a  la  denuncian- 
te, reducida  a  que  cuando  acordaron  con  su  confesor  seguir  las  con- 
versaciones en  el  locutorio,  aquél  le  tomaba  la  mano  en  señal  de  cariño 
y  la  instaba  a  que  en  seguida  se  confesase  con  él. 

Denunció  también  al  canónigo,  sor  Eugenia  Evangelista,  monja 
del  monasterio  del  Prado,  de  edad  de  veintitrés  años,  expresando  que 
hacía  diez  que  se  confesaba  con  él,  habiéndose  poco  a  poco  ido  apar- 
tándose del  buen  camino  hasta  cogerle  las  manos  y  en  seguida  echarle 
los  brazos  con  alguna  impureza.  Otras  veces,  "después  de  celebrarle 
sus  partes  exteriores  que  veia  y  sabia  de  mí,  dice  la  testigo,  pasaba  a 
celebrarme  las  interiores  que  suponía  de  mi  cuerpo".  Preguntóle  en- 
tonces el  delegado  del  Tribunal  que  a  qué  partes  interiores  se  refería, 
según  sus  palabras,  el  confesor,  respondiendo  "que  de  las  partes  veren- 
das que  suponía  en  la  denunciante  y  también  de  las  demás  ocultas". 
Añade  que  solía  en  el  confesonario  leerle  algunos  versos  que  le  dedica- 
ba, "y  en  el  mismo  lugar,  concluye  sor  Eugenia,  sabiendo  que  me  prc- 


(*)  Véase  Medina.  Historia  del  Tiihiiuiil  del  Siinln  Ofuin  de  la  ¡i!¡¡¡iisi(i6ii  en  Chile. 
Cap.  XXIII,  pág.  593.  ReiinprcMÓn  de  1952.  N.  del  E. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


271 


tendía  un  sujeto  para  pecar,  preguntándome  quien  era,  y  diciéndole 
yo  que  para  qué  quería  saber,  me  dijo  que  por  ver  quien  era  quien 
tenia  tan  buen  gusto.  En  el  mismo  lugar  solicitó  saber  si  me  valia  del 
instrumento  de  navaja  para  cercenar  las  superfluidades  que  nacen  en 
las  partes  materiales,  y  para  este  fin  me  trajo  una  . :  celebraba  las 
prendas  que  suponía  haber  en  mí  í:omo  muy  aptas  y  a  propósito  para 
el  acto  carnal  :  me  ha  referido  en  dicho  lugar  varios  modos  de  pecar 
en  pecados  de  sensualidad  .  "  Al  fin,  en  1743,  Zubieta  fué  reprendido, 
aconsejándosele  que  no  siguiese  confesando. 

En  autos  celebrados  en  10  de  junio  de  1740  en  el  convento  de  Pre- 
dicadores, y  en  la  capilla  de  la  Inquisición  el  7  de  febrero  de  1741,  2 
de  marzo  de  1742  y  7  de  febrero  de  1743,  salieron: 

Diego  Núñez  de  la  Haba,  de  diecinueve  años,  acusado  por  una 
beata  de  haberle  visto  azotar  una  cruz;  Juan  de  Mansilla,  natural  de 
Santiago  del  Estero,  carretero,  que  viajaba  de  Mendoza  a  Buenos  Aires, 
procesado  porque  en  las  noches  cuando  alojaba,  junto  al  fogón,  sacaba 
un  cristo  sin  brazos  y  atándolo  a  un  azador  le  daba  de  bofetadas;  Fr. 
Francisco  Jurado,  de  Trujillo,  lego  profeso,  acusado  de  haber  contraído 
matrimonio;  José  de  Meneses,  zambo  limeño,  testificado  de  haber  dicho 
estando  en  su  casa  en  compañía  de  varios  amigos:  "ah!  demonios,  trái- 
ganme aquí  un  melón",  el  cual  había  repartido  entre  las  visitas. 

Doña  Rosa  Gallardo,  que  pretendía  valerse  de  hechizos  para  atraer- 
se a  un  amante;  María  Rosalía,  cuarterona,  casada,  acusada  de  sortílega; 
Pedro  Martín  de  Basail,  vecino  y  natural  de  Lima,  que  sostenía  que 
el  que  moría  en  pecado  mortal  no  se  condenaba,  que  la  simple  forni- 
cación no  era  pecado,  y  que  el  casado  que  moría  tocaba  a  las  puertas 
del  cielo,  y  que,  por  el  contrario,  a  la  mujer  que  se  encontraba  en 
iguales  circunstancias,  la  echaba  San  Pedro  para  abajo,  como  diciéndole 
se  fuese  a  los  infiernos,  todo  por  los  muchos  disgustos  de  que  sin  duda 
habría  sido  causa. 

Juana  de  Santa  María,  mestiza,  de  Huancavelica,  denunciada  de 
gastar  polvos,  ungüentos  y  otros  mixtos  para  engatusar  a  los  hombres; 
Andrés  Labrada,  gallego,  aficionado  a  blasfemar;  Fr.  Manuel  Mosquera, 
religioso  de  San  Juan  de  Dios,  que  hallándose  encarcelado  en  su  con- 
vento por  algunas  faltas,  le  dijo  al  lego  que  le  llevaba  de  comer  que 
si  creía  que  el  cuerpo  de  Cristo  estaba  en  la  hostia  consagrada,  y  con- 
testándole el  interesado  que  sí  creía,  le  replicó  consagrándole  el  pan  que 
le  servía;  Fr.  Antonio  de  Sotomayor,  lego  franciscano  del  Cuzco,  por 


272 


J.   T.  MEDINA 


celebrante;  Fr.  Pedro  de  Aranda,  franciscano,  cura  de  la  Magdalena, 
demasiado  inclinado  a  besar  y  estrechar  las  manos  a  sus  penitentes. 

Manuela  de  Castro,  que  estando  presa,  solicitó  a  otra  mujer  para 
que  con  diabólicas  artes  hiciese  volver  a  su  lado  cierto  amante  que  se 
le  había  escapado;  María  de  Valenzuela,  de  veintiocho  años,  costurera, 
que  no  bastándole  sus  gracias  naturales,  pretendía  valerse  de  maleficios 
para  sacar  el  dinero  a  los  hombres;  Alvaro  Cáceres,  amansador,  de 
Córdoba,  procesado  por  bigamo;  Cristóbal  González,  esclavo  del  con- 
vento de  la  Merced  de  Chimbarongo,  por  hechicero. 

Ignacio  Gregorio  de  Mieres,  natural  del  Cairo,  casado,  de  cin- 
cuenta y  cinco  años,  fué  denunciado  por  el  ama  de  su  mujer  de  que 
habiéndole  pedido  licencia  para  dormir  en  su  casa  y  dádosela  por  dos 
veces  en  cada  semana,  había  respondido  que  lo  demás  era  p .  . ;  que 
el  pan  de  la  misa  era  lo  mismo  que  el  que  se  comía  todos  los  días,  y 
que  oyéndole  hablar  de  la  dicha  su  mujer,  había  dicho  que  la  quería 
más  que  a  Dios;  José  de  Guzmán,  malagueño,  mercachifle,  por  doble 
matrimonio;  Jacinto  Mino  Llulli,  por  celebrante;  José  Zambrano,  se- 
villano, que  juraba  y  renegaba  atrozmente;  Pedro  Timermans,  flamenco, 
a  quien  le  sorprendieron  una  conversación  en  que  sostenía  que  no 
había  purgatorio,  y  Francisco  Anastasio  de  la  Cruz,  mestizo,  de  Jauja, 
por  doble  matrimonio. 

Santiago  Haden,  bostones,  por  hereje,  cuya  causa  terminó  por  la 
conversión  del  reo  al  catolicismo;  Fr.  José  de  Villavicencio,  lego  de  la 
Recoleta  dominica,  organista  en  Lima,  que  pretendía  descubrir  los  hur- 
tos, valiéndose  de  encantamientos;  Sebastiana  de  Jesús,  lavandera,  de 
cincuenta  y  cuatro  años,  que  sostenía  que  en  su  casa  aposentaba  al 
demonio,  encarnado  en  tres  gallos,  y  que  al  tiempo  que  rezaba  oía  que 
decían  los  gallos  "creo,  creo"  y  que  ella  les  respondía  "ah!  perros,  en 
qué  habéis  vosotros  de  creer!". 

Fr.  Fernando  López  de  la  Flor,  sacerdote  franciscano,  y  el  licen- 
ciado Clemente  de  Paz  y  Miranda,  presbítero,  natural  de  Canarias,  por 
solicitante,  y  Fabiana  Sánchez,  mestiza,  tejedora,  casada,  por  bruja. 


CAPITULO  XXV 


El  Consejo  reprende  a  los  Inquisidores. — Vicios  cometidos  en  la  causa  de  Ana  de 
Castro. — Id.  del  padre  Ulloa. — Id.  de  Pedro  Núñez. — Dilapidación  de  caudales. 
— Vida  escandalosa  de  Sánchez  Calderón  y  Unda. — Nómbrase  visitador  al 
doctor  Arenaza. — Es  recibido  en  Lima  y  destierra  a  sus  colegas. — Sus  proce- 
dimientos en  el  Tribunal. — Su  amistad  con  el  Virrey  y  los  jesuítas. — Mán- 
dase suspender  la  visita. 

De  tales  vicios  habían  estado  plagadas  las  causas  de  fe  trami- 
tadas por  el  Tribunal  en  los  últimos  años  que,  con  referencia  a  las 
relaciones  enviadas  por  los  Inquisidores  en  carta  de  13  de  abril  de  1737, 
el  Consejo  proveyó  un  auto  acordado  en  que,  después  de  sentar  que 
iban  "diminutas  y  cautelosas",  resultando  de  ellas  la  ignorancia  c  inordi- 
nación  con  que  se  procedía  aún  en  las  materias  más  claras,  añadía  estas 
textuales  palabras:  "que  quedaba  el  Consejo  con  el  mayor  desconsuelo 
y  escándalo,  por  ver  como  se  trataban  los  negocios  de  la  relijion,  en 
ofensa  suya  y  de  la  justicia,  y  del  honor  del  Santo  Oficio";  concluyendo 
por  manifestar  que  si  en  adelante  no  se  condujesen  los  ministros  con 
la  correspondiente  integridad  y  observancia  de  las  leyes,  se  les  quita- 
rían sus  empleos:  amenaza  que  iba  dirigida  especialmente  a  Sánchez 
Calderón,  pues  Ibáñez,  que  en  sus  últimos  años  había  caído  en  una  es- 
pecie de  insensatez,  era  ya  muerto,  Unda  no  pasaba  de  ser  un  mero 
instrumento  suyo,  y  el  fiscal  Mateo  tie  Amusquíbar  podía  decirse  que 
acababa  de  llegar. 

Acaso  la  resolución  del  Consejo  hubiera  sido  por  entonces  diversa, 
si  hubiese  estado  en  posesión  de  todos  los  antecedentes  ocurridos  en  el 
curso  de  los  procesos,  en  cuya  relación  se  había  tenido  cuidado  especial 
de  omitir  circunstancias  de  gravedad,  y  que  uno  de  los  mismos  jueces 
hubo  de  revelar  más  tarde. 

18 — La  Innuibición  de  Lima    Pomo  II 


274 


J,   T.  MEDINA 


Sea  el  primero  el  de  Ana  de  Castro,  quien,  como  se  recordará,  fué 
entregada  a  la  justicia  secular,  para  ser  ahorcada  y  quemada  en  seguida 
en  el  brasero.  Por  él  "reconocerá  V.  A.,  significaba  al  Consejo  el  juez 
alutlido,  cuán  temerariamente  se  quitó  la  vida  a  esta  reo,  contra  órdenes 
expresas  de  V.  A." 

Los  antecedentes  enviados  a  España  alcanzaban  hasta  el  momento 
en  que  debía  darse  tormento  a  aquella  infeliz,  estando  ya  votada  a  rela- 
jación. Esperaba  el  Consejo,  con  este  motivo,  "que  si  de  la  dilijencia 
del  tormento  y  audiencia  con  calificadores  antecedentes,  resultase  no 
arrepentirse  la  reo  y  confesar  su  delito,  sino  mantenerse  en  el  mismo 
estado  de  negativa,  sin  novedad  alguna,  se  ejecute  en  ella  la  sentencia 
de  relajación;  y  sobreviniendo  novedad,  confesando  sus  delitos  y  esti- 
mándola arrepentida,  se  le  reconciliará  en  forma"  (1). 

Sucedió  que  el  día  antes  de  salir  al  suplicio,  la  Castro  solicitó  y 
obtuvo  dos  audiencias  voluntarias,  "en  las  cuales  no  parece  puede  du- 
darse que  confesó  lo  que  bastaba  y  sobraba,  sino  para  tenerse  por  ver- 
daderamente arrepentida,  de  modo  que  se  le  hubiese  de  admitir  luego 
a  la  reconciliación  .  . ;  porque  en  aquel  conflicto  y  natural  turbación  y 
bajo  de  una  pregunta  jeneral,  ¿qué  mas  pudo  hacer  ni  expresar  una 
pobre  mujer,  especialmente  ignorando,  como  debia  ignorar,  la  celada 
que  le  tenia  armada  Calderón  (que  hacia  de  fiscal)  en  el  efujio  de  si 
contestaba  o  no  enteramente  con  todos  sus  cómplices  y  particulares  su- 
cesos de  sus  observancias?" 

No  constaba,  además,  del  proceso  que  se  le  hubiese  notificado  el 
auto  de  relajación,  ni  del  cuaderno  de  votos  aparecía  comprobación 
alguna  de  este  acuerdo,  y  aún  en  caso  de  que  hubiese  existido,  era  nulo 
por  haberse  verificado  sin  asistencia  del  Ordinario,  pues  aunque  se  daba 
por  cierta  la  de  éste  y  tres  consultores,  sólo  se  veían  allí  las  rúbricas 
de  Ibáñez  y  Unda.  Y  lo  cierto  fué  que  a  pesar  de  las  confesiones  de  la 
Castro,  ocurridas  el  día  que  precedió  al  de  su  muerte,  ni  siquiera  se 
reunieron  los  jueces  ni  el  Ordinario  para  acordar  una  nueva  resolución 
cualquiera. 

"Estos  excesos  tan  graves,  que  parecen  eran  sin  igual,  continúa 
Amusquíbar,  no  merecieron  la  prerrogativa  de  únicos,  por  los  que  co- 
metieron mis  colegas  en  la  causa  contra  el  padre  Juan  Francisco  de 
UUoa;  y  si  V.  A.  se  sirve  de  cotejar  lo  dispuesto  por  las  instrucciones 


(1)  Cana  de  ^  de  febrero  de  1732. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


275 


y  lo  actuado  en  esta  causa,  no  dudo  que  ha  de  crecer  en  el  justicado  y 
piadoso  ánimo  de  V.  A.  al  último  grado  el  escándalo  con  que  dice 
estaba  de  ver  los  excesos  cometidos  en  las  otras  causas  y  el  deseo  de 
l-oncr  el  mas  pronto  remedio  para  atajarlas". 

Habíase,  en  efecto,  comenzado  en  ella  por  contravenir  a  instruc- 
ciones expresas,  iniciándola  contra  la  memoria  del  reo  sin  "tener  entera 
probanza  para  lo  condenar",  como  se  ordenaba,  y  había,  por  fin,  sido 
mandado  relajar  en  estatua,  no  sólo  mediando  discordia  en  los  votos, 
sino  pareceres  para  que  fuera  absuelta  aquélla,  mediando  únicamente 
en  contra  el  voto  del  Inquisidor  Unda,  y  dos  consultores:  "de  que  re- 
sulta, terminaba  Amusquíbar,  de  que  duplicadamente  contravinieron 
mis  colegas  a  dicha  instrucción,  pues,  ya  que  no  distinguieron  si  era 
o  no  esta  causa  de  relajación,  debieron,  según  la  misma  instrucción, 
ejecutar  el  voto  de  los  mas,  que  absolvieron  al  reo". 

"Pero  el  gran  celo  del  inquisidor  Calderón,  que  habia  hecho  de 
fiscal,  para  que  no  faltase  al  auto  público  que  se  habia  dispuesto,  esta 
tan  especial  solemnidad  y  sonada  circunstancia,  allanó  todas  estas  difi- 
cultades, inventando  nuevos  modos  de  proceder  en  el  Santo  Oficio.  Hizo 
que  se  volviese  a  votar  la  causa  en  grado  de  revista,  sin  haber  interpuesto 
apelación  o  recurso  alguno;  y  para  no  errar  el  tiro,  llamaron  para  esta 
segunda  votación  a  los  dos  consultores  que  en  la  primera  estuvieron 
contra  el  reo;  excluyeron  a  los  dos  que  votaron  en  su  favor,  y  también 
al  Ordinario,  que  ahora  es  obispo  de  Guamanga,  asistiendo  como  tal  el 
cura  del  Callao,  quien  habia  dado  censuras  muy  acres  como  calificador 
a  los  cuadernos  de  pláticas  que  se  suponían  ser  del  reo.  No  paró  aquí  su 
actividad.  Dispuso  que  se  votase  en  día  feriado  y  en  que  el  inquisidor 
Ibáñez  se  escusó  de  asistir,  y  que  en  lugar  de  los  dos  consultores  escluidos 
hiciesen  de  tales  el  Conde  de  las  Torres,  oidor  de  esta  Real  Audiencia, 
su  estrecho  amigo,  y  don  Francisco  Javier  de  Salazar,  alcalde  del  crimen, 
de  jenio  (según  dicen)  harto  criminal.  Todos  los  cuales  habiéndose  im- 
puesto en  autos  tan  difusos  y  dificultosos  en  el  breve  espacio  de  una 
mañana,  votaron  conformes  la  relajación  y  se  ejecutó  ésta  en  23  de  di- 
ciembre tic  dicho  año  (1736)"  (2). 


(2)  El  principal  insilgador  de  la  cauia  contra  Ulloa,  no  pudo  ocultarse  él  mismo  su  pro- 
ceder, y  según  consta  de  un  borrador  de  carta  al  Consejo  de  su  puño  y  letra,  que  se  le  sor- 
prendió en  el  embargo  de  sus  papeles,  "qucria  paliar  con  visos  de  celo  su  frenesí".  Pero  si  esto 
se  llama  celo,  exclama  Amusquíbar,  ¿i.\uc  será  injuslicia?   (Uuin  ile  21  ile  abril  ilc  17-18. 


276 


J.   T.  MEDINA 


Pero  si  estos  detalles  los  ignoraba  el  Consejo,  los  tenía  y  muy  com- 
pletos respecto  de  lo  que  había  ocurrido  en  la  causa  de  Pedro  Núñez  de 
la  Haba,  natural  de  Trujillo,  en  el  Perú,  cuya  sentencia  conocemos.  Así 
sabía  que  desde  las  audiencias  de  oficio  hasta  la  acusación,  habían  me- 
diado dos  años;  que  habiéndose  fugado  el  reo,  su  mismo  padre  lo  había 
presentado  al  Tribunal,  lo  que  no  había  obstado  para  obligarle  a  pagar 
hasta  el  último  centavo  gastado  en  la  conducción  de  su  hijo;  que  a  éste, 
luego  de  restituido  a  la  prisión,  se  le  habían  aplicado  doscientos  azotes 
por  la  fuga  que  realizara,  y  que,  habiéndole  declarado  solamente  sospe- 
choso los  calificadores,  se  le  votó  como  hereje  formal,  teniéndose  por 
"injusto  y  atentado"  todo  lo  obrado  en  la  causa  desde  el  auto  de  prisión, 
y,  en  consecuencia,  también  por  nula  su  reconciliación  con  sambenito. 

Si  esto  estaba  ocurriendo  con  los  presos  del  Tribunal,  en  las  causas 
civiles,  Unda  o  no  asistía  a  fallarlas  a  causa  de  su  gota,  o  por  su  ciega 
condescendencia  con  su  colega,  rara  vez  era  juez  más  de  en  el  nombre, 
de  que  nacían  "varias  monstruosidades  y  contradicciones",  siendo  no  la 
menor  el  que  contra  órdenes  expresas  y  recientes  del  Consejo,  Calderón 
hacía  prevalecer  disposiciones  suyas  y  aún  su  mero  antojo. 

No  se  observaban  tampoco  los  mandatos  superiores  que  regían  en 
la  admisión  de  los  pretendientes  a  oficios,  y  se  suspendía  o  expedía  a  los 
que  los  ejercían  con  legítimo  título,  como  había  acontecido  con  Jerónimo 
de  la  Torre,  secretario  de  secuestros,  y  con  otros. 

Distribuían  las  dotes  de  los  patronatos  a  personas  tales  "que  unas 
no  pueden  nombrarse  sin  escándalo,  otras  acomodadas,  incapaces  o  in- 
dignas, prefiriéndolas  por  solo  ser  dependientes  de  algunos  sujetos  a  quie- 
nes el  inquisidor  Calderón  quería  hacer  este  obsequio". 

Las  visitas  de  cárceles  no  se  practicaban  conforme  a  las  instruccio- 
nes, notándose  además  en  ellas  abandono  y  excesos  punibles  (3). 

Calderón  había  gastado  más  de  cinco  mil  pesos  en  adornar  sus  ha- 
bitaciones, y  por  haberse  opuesto  a  que  el  receptor  interino  Juan  Esteban 
Peña  renovase  su  fianza,  con  la  quiebra  que  hizo,  había  sido  el  Tribunal 
defraudado  en  considerables  sumas. 

Las  noticias  que  desde  este  punto  de  vista  llegaban  al  Consejo  eran 


(5)  La  masor  parle  de  estos  detalles  no  sólo  consta  de  la  carta  de  Aniusquíliar  ya  citada, 
sino  que,  como  él  mismo  lo  reconoce,  fueron  todos  comprobados  con  certihcaciones  y  testimo- 
nios. Para  que  no  se  conceda  al  autor  de  ese  documento  el  mérito  de  haberse  hecho  eco  de 
estas  quejas,  no  debe  olvidarse  que  sólo  las  expuso  cuando  ya  sus  relaciones  con  sus  colegas 
ctaban   inttrriun]ndas,   según  luego  lo  veremos. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


277 


verdaderamente  alarmantes.  Se  decía,  en  efecto,  que  el  receptor  Manuel 
de  Ilarduy  resultaba  alcanzado  en  más  de  doscientos  treinta  mil  pesos, 
y  se  añadía  que  en  otros  ramos,  como  eran  "fisco,  buenas  memorias,  re- 
ducciones de  censos,  se  comprendían  partidas  de  consideración  de  mas 
alcance  suyo"  (4). 

Unda,  que  al  partir  de  España  en  1735  había  recibido  encargo  espe- 
cial de  estudiar  esta  materia,  informaba  más  tarde,  al  tomar  posesión 
de  su  destino,  a  principios  del  año  siguiente,  que  en  cuanto  a  la  limpieza 
con  que  se  administraban  los  caudales,  sólo  había  notado  un  disgusto, 
nacido  de  que  Sánchez  Calderón  instaba  al  receptor  para  que  rindiese 
las  cuentas  que  tenía  a  su  cargo,  depositando  los  alcances  en  arcas  del 
Tribunal,  y  que  por  su  oposición,  se  había  procedido  a  embargar  sus 
bienes,  diligencia  que  se  suspendió  en  virtud  de  recado  verbal  de  Ibáñez, 
c]ue  había  hecho  sospechar  que  estaba  en  colusión  con  él;  mas,  que  al 
día  siguiente  cuando  se  trató  de  continuar  el  embargo,  el  receptor  había 
ocultado  una  cantidad  de  plata  entalegada  y  muchísima  ropa  de  la  tierra 
y  de  Castilla  que  tenía  almacenada,  encontrándose  los  alguaciles  con  sólo 
un  platillo  y  las  vinajeras  del  servicio  de  un  oratorio. 

No  contento  con  este  paso,  Ilarduy  sabiendo  que  el  nuevo  Inquisidor 
venía  de  camino,  se  escapó  de  Lima,  saliéndole  al  encuentro  en  el  pueblo 
de  Guaura,  para  ponderarle  los  agravios  que  se  le  hacían,  muy  ajenos, 
según  declaraba,  a  su  fidelidad,  cuidado  y  limpieza  en  la  administración 
de  los  fondos  que  corrían  a  su  cargo;  añadiendo  que  se  le  estaba  ya  lla- 
mando por  edictos  y  pregones  y  que  sin  duda  se  le  pondría  en  prisión: 
todo  deducido,  a  su  juicio,  de  la  enemistad  que  le  profesaba  Sánchez 
por  "particulares  pasiones".  Aseguróle  allí  el  recién  llegado  que,  si  como 
afirmaba,  no  había  fraude  ni  colusión  de  por  medio,  se  regresase  tran- 
quilamente a  Lima,  que  él  le  garantizaba  que  no  sólo  no  se  le  molestaría, 
sino  que  continuaría  en  el  oficio,  siempre  que  sus  cuentas  apareciesen 
en  debida  forma.  Vino  en  ello  Ilarduy,  y  aunque  tardó  en  llegar  a  Lima 
bastantes  días  y  que  en  seguida  pidió  término  para  la  rendición  de  cuen- 
tas, al  fin  reintegró  cincuenta  y  tantos  mil  pesos  de  alcances,  tomándole 
Calderón,  además  de  otras  partidas  de  consideración,  una  escritura  de 
más  de  setenta  mil  que  a  su  favor  le  otorgara  un  Miguel  Gómez  de  los 


(4)  Curia  de  Ündii  ilc  marzo  de  1748. 


278 


J.   T.  MEDINA 


RÍOS,  pariente  inmediato  de  aquél,  ascendiendo  de  esta  manera  el  em- 
bargo a  más  de  ciento  sesenta  mil  pesos  (5). 

Unda  había  traído  en  su  compañía  a  Ignacio  de  Irazábal,  en  calidad 
de  secretario  del  Secreto,  que  Ilarduy  se  llevó  a  vivir  a  su  casa,  captán- 
doselo de  tal  manera,  que  hallándose  de  contador  del  Tribunal,  aprobó 
sin  reparos  una  cuenta  suya  que  después  resultó  plagada  de  vicios  irreso- 
lutos, y  no  contento  con  esto,  se  avanzó  hasta  ofrecer  a  Unda  una  crecida 
cantidad  y  cancelarle  los  préstamos  que  había  contraído  para  gastos  de  su 
transporte,  a  condición  de  que  autorizase  su  restitución  al  oficio  (y  que 
al  fin  hubo  de  conseguirlo  en  España),  siempre  que  otorgase  fianzas 
competentes. 

Con  motivo  de  la  manifiesta  parcialidad  de  Irazábal,  éste  fué  igual- 
mente separado  del  destino,  como  lo  fué  también  Jerónimo  de  la  Torre, 
otro  de  los  secretarios,  que  había  perdido  públicamente  el  respeto  al  Tri- 
bunal, negándose  a  cumplir  cierta  orden  que  éste  le  diera.  Pero  Calderón 
y  Unda  que  tan  severos  se  mostraban  de  esta  manera,  dejaron,  sin  em- 
bargo, en  su  puesto  a  Romo  el  alcaide,  compadre  y  amigo  del  receptor, 
a  pesar  de  que  se  justificó  que  había  facilitado  a  éste  medios  de  introdu- 
cir en  el  fuerte  (nombre  con  que  se  designaba  la  caja  del  tesoro)  parte 
de  las  cantidades  que  de  él  había  sacado  para  sus  negocios;  guardándose 
muy  bien  los  jueces  de  expresar  en  sus  informaciones  cual  era  la  causa 
de  esta  singular  tolerancia  hacia  el  cómplice  del  hombre  contra  quien 
de  esta  manera  procedían.  Mas  no  les  faltaba  razón  para  ello. 

Era  Romo  padre  de  dos  muchachas  llamadas  Magdalena  y  Bartola. 
Cayó  ésta  en  gracia  a  Calderón,  y  como  habitaban  el  mismo  edificio,  se 
intimó  tanto  luego  con  ella  que  se  la  llevó  a  vivir  a  su  lado,  no  sin  que 
la  joven  le  hiciese  padre  de  varios  hijos,  tres  de  los  cuales,  que  eran  mu- 
jeres, hiso  entrar  de  monjas  en  el  convento  de  Santa  Catalina,  donde 
eran  conocidas  sólo  por  nombre  de  las  Inquisidoras  (6).  Unda,  en  Ue- 


(5)  Conviene  advertir  que  Gómez  debiendo  ausentarse  para  España,  dejaba  pendiente 
en  la  Sierra  más  de  noventa  mil  pesos  en  créditos,  sobre  los  cuales  le  prestó  Ilarduy  los  sesenta 
mil  que  después  le  embargó  el  Inquisidor,  ciue  era  pariente  de  aquel.  Calderón  afirma  que  cl 
receptor  entró  en  cl  negocio,  iiroiioniéndoselo  a  el  por  medio  de  su  compadre  cl  alcaide  ilc  las 
cárceles  Francisco  Romo,  a  fin  de  ver  modo  tie  conseguir  por  este  medio  ijue  cesase  cl  juicio 
de  cuentas  que  tenía  pendiente. 

(6)  Tuvo  también  relaciones  Calderón  con  una  chola,  a  ciuicii  después  metió  de  iiiunja 
de  velo  blanco,  o  donada,  en  el  convento  de  la  Conce|)ción.  En  este  orden,  se  le  probó  también 
haber  extraído  del  colegio  de  niñas  huérfanas  a  una  que  casó  con  el  mayordomo  de  su  chacra. 
Constan  estos  hechos  de  las  deposiciones  de  siete  testigos  que  declararon  en  la  causa  de  visita. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


279 


gando  a  Lima,  conoció  también  a  Magdalena,  y  como  tenía  por  dentro 
de  la  casa  y  de  las  cárceles  secretas  comunicación  con  las  habitaciones  de 
la  familia  del  alcaide,  trabó  luego  relaciones  con  ella,  con  grandísimo 
descaro  y  nota  pública,  y  como  con  ésto  diera  en  galán,  no  tardó  tampoco 
en  exhibirse  con  chupa  de  tisú,  bien  almidonada  camisola,  pañuelo  bor- 
dado, y  encajes  en  la  gorra  y  cuello  (7). 

Todos  los  que  se  habían  visto  así  maltratados  por  los  Inquisidores, 
dirigieron  sus  esfuerzos  a  desunirlos,  insinuando  desde  luego  a  Unda 
que  públicamente  se  murmuraba  de  su  miedo  hacia  el  colega  y  de  cuán 
ceñido  se  hallaba  a  sus  resoluciones,  sin  aprecio  por  esto  en  la  opinión, 
que  lo  pintaba  como  si  viviese  metido  debajo  de  una  mesa  (8).  Pero 
tales  empeños  debían  por  esta  parte  resultar  vanos,  ligados  como  se  ha- 
llaban los  jueces  del  Santo  Oficio  por  tan  estrechos  lazos  de  familia. .  . 

La  vida  que  ambos  llevaban  se  había  hecho  tan  pública  que  el  fiscal 
Amusquíbar  lo  supo  viniendo  de  camino,  y  como  si  esto  no  fuese  aún 
bastante,  era  notorio  a  todos  que  Unda  se  dejaba  corromper  con  dádivas 
en  la  administración  de  justicia  y  que  Calderón  comerciaba  por  mar  y 
tierra,  bajo  el  nombre  de  un  capellán  suyo,  y  con  tal  usura  que  sólo  en 
el  año  de  1739  había  remitido  a  España  ochenta  mil  pesos  (9).  Este 
mismo  tráfico,  para  el  cual  se  habían  sustraído  de  la  caja  del  Tribunal 
los  fondos  necesarios  (que  se  devolvieron  a  tiempo)  le  habían  proporcio- 
nado también  hacerse  dueño  de  una  valiosa  propiedad  a  las  puertas  de 
Lima. 

Cuando  el  Consejo  se  hallaba  ya  en  posesión  de  tales  antecedentes, 
llegaron  a  España  Felipe  de  Altolaguirre,  secretario  que  había  sido  del 
Marqués  de  Villagarcía,  y  yerno  de  Ilarduy,  acompañado  de  un  religioso; 
llevando  entre  ambos  cien  mil  pesos,  destinados  a  servirles  en  la  corte  de 
poderoso  auxiliar  en  sus  pretensiones  de  informar  en  contra  del  Inquisi- 
dor Calderón,  Ilarduy  había  despachado  antes  a  otro  emisario,  también 
con  buenos  pesos,  para  negociar  su  restitución  al  empleo  de  que  fuera 
separado,  y  como  se  ha  visto,  con  éxito  completo.  No  podía,  pues,  esperar 
inferior  resultado  de  la  comisión  que  acababa  de  confiar  a  su  hijo  político, 
que  en  at]uellas  circunstancias  había  de  gestionar  por  él  con  mayor  em- 


(7)  Kxi>eíliciilc  de  visüii. 

(8)  Carta  de  Uiuhi  dt  iiuir/.o  ílc  17^8.  Amusquíbar  dice  que  su  primera  acción  en  llegando 
a  Lima  fué  desalojar  de  los  bajos  de  su  habitación  a  la  familia  e  hijas  del  alcaide,  haciéndolas 
pasar  a  la  casa  contigua  de  penitencia.  Carta  de  9  de  agosto  de  175  L 

(9 )  Expediente  de  visita. 


2S0 


J.   T.  MEDINA 


peño  y  mejores  recomendaciones.  Y  tan  seguro  de  ello  estaban  Altolagui- 
rre  y  el  religioso,  que,  desde  antes  de  salir  de  Lima  y  en  Buenos  Aires, 
cuya  ruta  siguieron,  publicaban  que  no  regresarían  al  Perú  sin  haber 
conseguido  separar  de  su  plaza  al  inquisidor  Sánchez  Calderón. 

El  Consejo,  en  efecto,  persuadido  de  lo  que  ocurría  en  el  Tribunal 
de  Lima  y  merced  al  dinero  de  los  delegados  de  Ilarduy,  acordó  nombrar 
visitador,  que  con  las  instrucciones  del  caso  y  gran  suma  de  poder,  se 
trasladase  al  Perú  a  remediar  los  abusos  que  de  tanto  tiempo  atrás  se 
le  tenían  denunciados  (10). 

Fijó  su  elección  aquel  alto  cuerpo  en  la  persona  del  doctor  Pedro 
Antonio  de  Arenaza,  provisor,  vicario  general  e  inquisidor  de  Valencia, 
a  quien  para  que  aceptase  se  le  prometió  sueldo  de  catorce  mil  pesos,  y 
agregados.  Y  como  si  esto  no  bastase,  los  enviados  de  Ilarduy,  que  eran 
vizcaínos  como  él,  según  asevera  Calderón,  le  representaron  que  era  aquel 
un  negocio  que  había  de  proporcionarle  crecidos  caudales,  ya  de  las  mul- 
tas que  podía  sacar  a  los  Inquisidores,  a  quienes  se  pintaba  poderosos  y 
cargados  de  plata,  ya  porque  podía  beneficiar  los  corregimientos  de  Piura 
y  el  Cercado,  por  los  cuales  le  ofrecían  desde  luego  treinta  y  seis  mil 
pesos;  ya  porque  ellos  mismos  habían  de  costearle  el  viaje,  ya,  en  fin, 
por  el  tráfico  de  los  ricos  géneros  que  podría  llevar;  asegurándole  que 
a  su  regreso  a  España  no  se  sentaría  en  el  Consejo  sin  traer  menos  de 
cien  mil  pesos  (11). 

Consiguióse  con  el  Rey  que  se  permitiese  a  Arenaza  embarcarse  en 
navio  de  Portugal,  por  temor  a  las  escuadras  inglesas;  y  después  de  pro- 
veerse de  sesenta  cargas  de  mercaderías  preciosas  y  de  algunos  negros, 
destinados  todo  a  venderse,  el  visitador  y  Altolaguirre  salían  de  Lisboa 
en  dirección  a  Río  de  Janeiro,  adonde  llegaban,  a  mediados  de  1744, 
después  de  sesenta  y  dos  días  de  viaje,  "hechos  un  esqueleto,  enteramente 
desfigurados,  como  todos  los  demás  del  navio"  (12). 


(10)  "Altolaguirre  y  Ilarduy  públicamente  se  jactan  de  haber  salido  con  la  suya  de  ver 
destruidos  a  ios  inquisidores  con  los  doblones  que  dicen  dieron  al  señor  Inquisidor  general  y 
consejeros  por  estas  palabras  que  el  Altolaguirre  dice:  "con  cuatro  doblones  que  les  metí  los 
ataranté,  conseguí  todo  lo  que  quise,  y  si  mas  hubiera  pedido,  mas  me  hubieran  concedido;  y 
esto  en  la  esquina  de  la  plaza,  junto  al  Arzobispo".  Carta  de  Miguel  León  de  Prado  a  Miguel 
Ortiz  de  3  de  diciembre  de  1745.  ..  "Ilarduy  dijo  en  público  y  en  presencia  de  ministros 
subalternos,  haberle  costado  cuarenta  mil  pesos  la  deposición,  que  habia  invertido  en  la  corte 
don  Felipe  Altolaguirre,  su  yerno".  Carla  del  mismo,  de  29  de  marzo  de  1747. 

(11)  Representación  que  por  vía  de  recurso  hace  el  doctor  don  Cristóbal  Sánchez  Calderón, 
pág.  11,  impreso. 

(12)  Carta  de  Arenaza  de  30  de  agosto  de  1744,  datada  en  Río  de  Janeiro. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


281 


A  principios  de  noviembre  Arenaza  se  hallaba  en  Buenos  Aires, 
donde  tuvo  noticias  de  que  en  Lima  se  sabían  ya  todas  las  circunstancias 
de  su  viaje,  lo  que  le  hacía  exclamar:  "así  vuelan  estas  noticias,  y  así  se 
resguardan  los  recelosos  de  su  conducta"  (13). 

Siguió  desde  allí  por  tierra  hasta  Santiago,  en  compañía  del  obispo 
recién  nombrado,  don  Juan  González  Melgarejo,  entrando  en  la  ciudad 
en  medio  de  las  demostraciones  públicas  con  que  manifestaba  "su  gran 
veneración  en  obsequio  del  Santo  Oficio,  acción  muy  propia  de  la  nobleza 
de  su  solar"  (14),  llegando,  por  fin,  a  Lima  a  principios  de  mayo  de  ese 
mismo  año.  El  15  presentó  sus  despachos  (15),  y  acto  continuo,  en  com- 
pañía de  los  demás  Inquisidores  y  ministros  pasó  a  tomar  razón  del 
dinero  que  existía  depositado  en  el  fuerte.  Dos  semanas  más  tarde,  una 
mañana,  al  bajar  de  sus  habitaciones  a  la  capilla,  para  oír  la  misa,  el 
notario  de  la  visita  notificaba  a  Unda  que  se  trasladase  a  la  residencia  de 
Amusquíbar,  donde  estaba  ya  Arenaza,  y  quien  en  el  acto  de  entrar 
Unda,  hizo  que  el  notario  le  advirtiese  que  incontinenti,  tal  como  se 
hallaba,  se  metiese  en  un  forlón  que  esperaba  a  la  puerta  y  en  compañía 
de  un  secretario  se  trasladase  al  convento  de  franciscanos  del  inmediato 
pueblo  de  la  Magdalena,  con  prohibición  de  que  tanto  en  el  camino 
como  allí,  comunicase  con  persona  alguna.  En  seguida,  sin  pérdida  de 
momento,  el  visitador  en  persona  pasó  a  practicar  el  embargo  de  sus 
bienes,  cerrando  y  asegurando  previamente  todas  las  puertas  de  la  casa 
y  poniendo  en  ella  guardia  de  soldados  durante  un  día  (16). 

El  3  de  abril  por  la  mañana  se  cerraban  las  puertas  de  la  Inquisición, 
resguardadas  por  cuarenta  soldados  de  la  guardia  del  Virrey,  e  inmedia- 
tamente, el  alguacil  mayor,  cuyo  cargo  desempeñaba  de  nuevo  el  mismo 


(li)  Id.  de  ()  de  noviembre  del  mismo  año. 
(H;     W.  de  14  de  febrero  de  1745. 

(15)  Merece  notarse  que  en  el  interrogatorio  que  en  Lspaña  se  dió  al  Visitador  para  que 
por  el  examinase  los  testigos,  se  encuentran  las  preguntas  siguientes,  que  manifiestan,  corno 
se  verá,  de  una  manera  indudable,  que  allí  se  estaba  perfectamente  al  cabo  de  la  vida  que 
en  Lima  hacían  los  inquisidores. 

"Si  saben  que  los  dichos  inquisidores  y  cada  uno  de  ellos  viven  honestamente  y  sin  tener 
acceso  a  las  mujeres  presas  o  hijas  o  parientes  de  presos  o  difuntos  llamados  por  el  Santo 
Oficio,  o  de  sus  parientes  de  los  tales  llamados,  o  si  alguno  de  los  oficiales  han  incurrido  en 
lo  susodicho.  34:  Si  s.iben  que  el  alguacil  carcelero  y  otro  algún  ministro  del  dicho  Santo 
Oficio  haja  dado  licencia  o  permitido  que  la  mujer  de  algún  preso  o  marido  o  mujer  o  otra 
persona  alguna  de  su  casa  o  tie  fuera  hablase  con  él  o  con  ella  o  con  otro  algún  preso  o 
dádolc  algún  aviso  de  palabra,  por  escrito  o  de  otra  manera". 

(16)  Curta  de  Unda  de  marzo  de  1748. 


282 


J.   T.  MEDINA 


Irazábal,  antes  separado,  dejando  dos  centinelas  del  lado  de  afuera, 
penetraba,  en  unión  de  otro  corchete,  a  las  habitaciones  de  Calderón. 
Estaba  éste  en  cama  hacía  tres  días,  y  en  aquel  momento  se  hallaba 
asistido  por  su  médico  y  un  capellán,  a  quienes  hizo  salir  de  la  estancia 
tan  pronto  como  el  alguacil  le  previno  que  iba  a  leerle  un  auto  del  visita- 
dor en  que  se  le  advertía  que  quedaba  suspendido  de  su  oficio  de  inqui- 
sidor, que  se  le  mandaban  embargar  sus  bienes  y  que  él  mismo  debía 
salir  desterrado  a  Limatambo.  Y  sin  más  tardanza,  Irazábal  cogió  las 
llaves  de  todas  las  puertas,  cajas  y  baúles,  y  procedió  a  inventariar  cuanto 
encontró  en  la  casa,  diligencia  que  por  no  haberse  podido  terminar  ese 
día  hubo  de  continuarse  en  el  siguiente.  Mientras  tanto.  Calderón  no 
se  movió  de  su  lecho,  vigilado  ya  no  sólo  por  los  soldados,  sino  por  dos 
frailes  franciscanos  que  allí  se  le  pusieron  "como  monumento",  todos 
con  orden  de  que  no  se  permitiese  al  preso  hablar  con  persona  alguna, 
ni  dejar  salir  a  nadie  de  la  casa.  Al  otro  día,  el  Inquisidor,  acompañado 
del  secretario  Altuve,  salía  en  el  coche  de  Amusquíbar  (no  habiéndosele 
permitido  enganchar  el  suyo)  y  atravesando  la  ciudad,  llegaba  a  la  ha- 
cienda elegida  para  su  destierro,  donde  ya  le  aguardaban  dos  religiosos 
dominicos  encargados  de  custodiarle,  para  ponerse  nuevamente  en  mar- 
cha el  3  de  mayo  con  dirección  a  Guaura,  villa  a  que  se  había  removido 
su  carcelería. 

Dejáronse  los  soldados  a  las  puertas  del  Tribunal  durante  un  mes, 
continuando  el  embargo  de  cuanto  se  halló,  de  propiedad  de  Calderón, 
inclusa  la  chácara,  para  cuyas  diligencias  se  habilitó  al  mismo  Jerónimo 
de  la  Torre,  que  también  había  sido  antes  suspendido;  se  despacharon 
chasques  en  busca  de  otros  bienes  a  partes  distantes,  y  se  llamó  a  decla- 
rar a  los  que  se  denunció  como  que  tenían  en  su  poder  valores  o  especies 
del  inquisidor  suspenso.  "Viendo  que  en  todo  lo  embargado,  dice  éste, 
no  habia  para  adquirir  dicho  señor  visitador,  los  crecidos  caudales  que 
por  via  de  multa  le  hablan  representado  mis  émulos,  pues  lo  principal 
que  se  hallaba  entre  mis  bienes  resultaba  ser  estraño,  por  varias  confian- 
zas que  de  mí  habían  hecho  sus  dueños,  que  lo  repetirían,  dispuso  la 
astucia  manifestar  finjida  compasión,  proponiéndome  hacer  embargo  de 
los  alzamientos  hechos,  con  condición  de  que  diese  fianza  de  cincuenta 
mil  pesos  por  las  resultas  de  juzgado  y  sentenciado,  ofreciendo,  en  conse- 
cuencia, que  con  dicha  cantidad  y  veinte  mil  pesos  del  inquisidor  Unda, 
se  cancelarla  la  visita,  se  compondría  todo  a  voluntad  de  las  partes  y 
seriamos  restituidos  a  nuestras  plazas". 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


283 


Mientras  Calderón  y  su  colega  permanecían  alejados  de  Lima,  Are- 
naza  empezó  a  comerciar  desde  luego  en  el  despacho  de  negros  y  géneros 
que  había  traído,  tráfico  que  como  se  hiciese  notorio  en  la  ciudad,  se 
valió  de  los  jesuítas,  que  le  franquearon  una  pieza  en  el  convento  para 
que  el  secretario  Gabiria  vendiese  los  negros  y  mercaderías. 

Los  ministros  que  habían  recibido  títulos  del  Santo  Oficio  fueron 
obligados  a  presentarlos,  recogiéndose  los  de  algunos  que  los  habían 
obtenido  sin  la  pureza  necesaria  y  especialmente  los  de  muchos  allegados 
o  parientes  de  escribanos.  En  cambio,  todos  los  oficiales  que  estaban 
como  interinos,  fueron  nombrados  en  propiedad,  y  además,  un  quinto 
secretario  para  que  hiciese  oficio  de  fiscal,  "siendo  un  colejialillo  ridículo 
que  nunca  ha  podido  leer  una  cátedra",  dándose  preferencia  a  todos  los 
que  como  el  visitador  y  Amusquíbar  eran  vizcaínos,  llarduy,  entretanto, 
seguía  recaudando  todas  las  dependencias  de  Arenaza,  por  medio  de  un 
soldado  que  le  estaba  asignado  de  ordenanza,  arrancando  de  este  modo 
a  los  deudores,  no  sólo  el  principal  sino  también  crecidos  intereses  (17); 
y  de  este  modo  los  negocios  y  lucros  del  visitador,  al  cabo  de  muy  pocos 
meses,  se  hallaban  en  tal  estado  de  adelanto  que  pudo  remitir  por  la  vía 
de  Portugal  cuarenta  mil  cuatrocientos  pesos  en  oro  (18). 

Arenaza,  que  en  Chile  había  sido  muy  atendido  por  el  presidente 
don  José  de  Manso,  y  a  quien  éste  ocupó  luego  de  su  elevación  al  virrei- 
nato para  que  por  conducto  del  Santo  Oficio  le  encaminase  a  España 
ciertos  pliegos,  se  hallaba  con  él  en  las  mejores  relaciones.  Esmeróse  Lima 
en  celebrar  su  promoción  regalándole  con  fiestas  y  ocho  días  de  toros, 
a  que  asistió  el  visitador  en  su  palco,  "echado  de  pechos  en  el  balcón, 
con  los  brazos  de  fuera,  dando  a  las  damas,  dulces  y  helados  él  propio, 
con  grande  desenvoltura,  tanto  que  llegaron  a  tirar  desde  mas  arriba  a 
capadas  las  cáscaras  de  naranjas"  (19). 

Los  términos  en  que  se  hallaba  con  los  jesuítas,  que  eran  los  que 
habían  enviado  a  intrigar  a  Madrid  a  uno  de  los  suyos  contra  los  In- 
quisidores, en  compañía  de  Altolaguirre,  y  que  después,  como  acabamos 
de  ver,  habían  facilitado  sus  propios  claustros  para  que  Gabiria  expen- 
diese los  negros,  terciopelos  y  sederías  del  visitador,  no  eran  menos  ín- 


(17;  Cíiila  lie  C-aldcróii  de  6  de  cuero  de  I7  lfi.  1mi  iilra  de  Mijjuel  de  Oreña  dirigida  a 
Mijjucl  Ortiz,  de  8  de  ajiosto  i!c  17(8,  so  dice  que  Arenaza  remitió  a  España  liasta  la  iilala 
labrada  embarcada  a  Unda. 

(18)  Carta  citada  de  Oreña. 

(]<»;  Id.  de  Prado  a  ürtiz  de  3  de  diciembre  de  1745. 


284 


J.   T.  MEDINA 


timos,  extendiendo  sus  agasajos,  no  sólo  a  éste,  sino  también  a  su  secuaz 
Amusquíbar.  Con  ocasión  de  los  días  del  santo  de  este  último,  invitaron 
a  ambos  los  padres  a  su  hacienda  de  Bocanegra,  donde  desde  la  víspera  les 
tenían  preparadas  fiestas  y  saraos,  aunque  se  sabía  que  estas  manifesta- 
ciones y  condescendencias  no  eran  tan  desinteresadas  que  no  fuese  ya 
voz  común  que  todo  lo  hacían  "por  ver  cómo  hablan  de  ocultar  otra 
causa  que  el  Santo  Tribunal  habia  o  tenia  contra  otro  teatino,  y  aun 
tenian  mandado  prenderle,  y  pusieron,  quitado  el  reo,  otro,  mudado 
el  nombre"  (20).  Se  añadía  aún  que  la  intimidad  no  paraba  en  eso, 
pues  se  juntaban  en  casa  del  Virrey,  y  que  allí  habían,  entre  otras  cosas, 
acordado  en  la  causa  de  Calderón  que  se  le  trajese  preso  a  las  cárceles 
secretas  del  Tribunal,  y  aún  que  lo  hubieran  ejecutado  así,  a  no  haber 
ocurrido  en  el  Consejo  la  novedad  que  referiremos. 

Lo  cierto  era,  sin  embargo,  que  estas  estrechas  relaciones  de  los 
jesuítas  con  los  inquisidores  triunfantes,  comenzaban  a  costarles  caro. 
En  efecto,  el  padre  Zovalve,  que  había  escrito  a  España  contra  los  de- 
puestos, había  muerto  "sin  poder  siquiera  decir  Jesús",  a  las  once  horas 
de  firmada  su  carta;  se  había  prendido  fuego  a  los  cañaverales  de  azúcar 
de  la  hacienda  en  que  se  había  dado  el  convite  a  Arenaza  y  compañero, 
en  el  punto  mismo  en  que  ambos  se  retiraban  de  allí,  incendio  que  les 
valía  cincuenta  mil  pesos  de  pérdida;  y,  por  fin,  al  día  siguiente  de 
aquel  en  que  el  padre  Silvestre  Moreno  había  contribuido  a  acordar  k 
prisión  de  Calderón,  moría  repentinamente  (21). 

Se  temía  en  vista  de  estos  hechos  que  el  fin  del  mundo  debía  estar 
próximo,  "queriendo  Dios  empezar  por  este  Santo  Tribunal  de  la  fe, 
decia  un  contemporáneo,  porque  ha  decrecido  tanto  de  sí  que  no  puede 
ser  mas,  y  según  todos  dicen,  no  será  posible  vuelva  jamas  a  aquel  pun- 
donor en  que  ántes  estaba,  porque  todos  vemos  que  en  él  no  hay  mas 
que  codicia,  falsedad  y  tiranía"  (22). 

Calderón,  a  todo  esto,  no  cesaba  de  manifestar  al  Consejo  lo  que 
estaba  ocurriendo,  pintando  al  mismo  tiempo  el  triste  estado  a  que  se 
veía  reducido,  con  sus  bienes  embargados,  casi  teniendo  que  comer  de 
limosnas,  con  sus  amigos  perseguidos  por  la  parcialidad  de  vizcaínos 
que  aseguraba  se  había  adueñado  del  Tribunal,  "porque  se  dirije  su 


(20)  Caita  citada  de  Prado. 

(21)  Id.,  id. 

(22)  Id.,  id. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


285 


maldad  a  sofocar  mi  paciencia  y  ver  si  logran  acabar  conmigo,  por  que 
no  haya  quien  saque  a  luz  sus  violencias,  injusticias  y  tropelías,  y  la 
suma  decadencia,  deshonor  y  desautoridad  a  que  ha  llegado  el  Tribu- 
nal, mayormente  con  haberse  hecho  los  padres  de  la  Compañía  arbitros 
de  la  voluntad  de  dicho  visitador  y  su  compañero  Amusquíbar,  quienes 
reputándolos  en  gran  precio  y  utilidad,  han  resignado  su  voluntad  en 
ellos,  de  forma  que  hoy  se  gobierna  la  Inquisición  por  este  conducto, 
sin  que  haya  para  ellos  Inquisición,  ni  para  los  que  son  de  su  afecto 
e  inchnacion"  (23). 

La  condición  de  los  reos,  en  medio  de  todo  este  desbarajuste,  era 
lamentable,  sin  habérseles  concedido  siquiera  una  sola  audiencia,  "pa- 
reciendo por  esas  calles  sin  esperanza  de  su  despacho,  y  valiéndose  de 
muchos  de  ellos  los  ministros  para  sus  fábricas  particulares".  Con  el 
temblor  grande,  en  efecto,  ocurrido  en  octubre  de  1747,  las  casas  de 
la  Inquisición  se  habían  arruinado,  aprovechando  de  ellas  Arenaza  sólo 
algunos  materiales  para  labrar  su  vivienda,  "fuera  de  lo  que  usurparon 
los  peones,  que  daban  los  palos  que  valían  diez  y  doce  pesos,  por  cuatro 
reales,  y  su  soldado  no  dejó  cosa  perteneciente  al  Tribunal  que  no  ven- 
diese sus  maderas"  (24).  Así,  hubo  que  trasladar  la  Inquisición  "al 
patio  de  un  colejio  particular,  fabricándole  de  firme  muy  estrecha  e 
incompetente,  pero  a  conveniencia,  acompañada  y  resguardada  de  cos- 
tados de  familias  de  ambos  sexos,  sin  mas  resguardo  que  una  leve 
quincha,  y  que  para  el  despacho  y  audiencias  de  fe,  se  lleven  por  las 
calles  los  reos  y  ministros,  que  da  horror  el  sacarlo  a  consecuencia"  (25). 

Calderón,  que,  como  es  de  suponer,  mantenía  buenos  agentes  en 
Madrid,  hallándose  en  las  circunstancias  dichas,  recibió  por  la  vía  de 
Potosí,  noticias  del  fallecimiento  del  inquisidor  general  Orozco,  que  era 
el  que  había  confiado  sus  poderes  a  Arenaza,  y  con  esto  encontró  bas- 
tante pretexto  para  sostener  que  la  comisión  del  visitador  había  termi- 
nado, poniéndose,  en  consecuencia,  en  camino  para  Lima,  adonde  en  el 
acto  de  llegar  recusó  a  su  juez,  amenazándole  con  matarle  de  un  balazo, 
y  pidiendo  al  mismo  tiempo  al  Virrey  que  no  impartiese  auxilio  alguno 
de  la  fuerza  pública  si  contra  él  llegase  a  pedirse.  Sobievino  entonces, 
según  refiere  el  mismo  Calderón,  "la  fuerza  del  empeño  de  dichos  padres 


(23)  Carta  de  6  de  enero  de  17-16. 

(2-1)  líl.  citada  de  Oreña  de  8  de  aposto  de  1748. 

(25)  Id.  de  Unda  de  marzo  de  17-18. 


286 


J.   T.  MEDINA 


de  la  Compañía,  quienes  para  allanar  la  voluntad  de  dicho  Virey,  le 
franquearon  algunos  regalos  de  valor,  de  que  resultó  volver  casaca  y 
escribirme  que  a  él  no  le  tocaba  mas  que  dar  el  auxilio  que  se  le  ordena- 
ba, y  que  yo  recurriera  a  España,  como  si  estuviera  en  la  otra  cuadra, 
y  dejando  desairado  mi  recurso,  me  obligó  a  salir  dentro  de  diez  horas 
sin  prevención  ni  auxilio  alguno"  (26). 

Arenaza  escribía,  por  su  parte,  a  un  hermano  suyo  que  estaba  en  la 
Península,  que  Calderón  había  intentado  comprarlo,  y  como  no  lo  hu- 
biese conseguido,  había  ocurrido  al  sistema  de  amenazas,  "con  que  no 
ha  de  lograr  realizar  su  ánimo,  porque  estoy  resuelto,  afirmaba,  a 
dejarme  primero  freir  vivo  en  una  sartén  en  lo  público  de  la  plaza 
mayor".  ¡Hasta  este  punto  habían  llegado  las  animosidades  de  los  que 
en  un  tiempo  habían  sido  amigos  y  hasta  compañeros  de  colegio! 

Lo  cierto  era  que  Arenaza,  en  el  interés  de  ganar  tiempo  para 
continuar  sus  granjerias,  ya  con  las  dilatorias  que  el  residenciado  ha- 
bía opuesto,  habiendo  llegado  hasta  recusarle,  o  ya  con  el  pretexto  de 
no  recibir  respuesta  de  España  a  sus  notas,  la  visita  adelantaba  bien 
poco.  En  el  Consejo,  ante  el  cual  seguía  gestionando  activamente  el 
apoderado  de  Calderón,  se  acordó,  al  fin,  adoptar  nueva  resolución, 
disponiendo  en  abril  de  1747,  que  los  inquisidores  suspensos  fuesen 
repuestos  en  el  acto  en  sus  anteriores  destinos,  alzándoseles  el  embargo 
de  sus  bienes  y  pagándoseles  los  sueldos  de  que  permanecían  insolu- 
tos; que  el  visitador  cesase  enteramente  en  su  comisión  por  lo  tocante 
a  sus  colegas,  continuando  sólo  su  cometido  en  cuanto  a  los  demás 
ministros  y  asuntos  del  Tribunal;  y,  por  fin,  que  se  tuviese  por  juez 
para  todos  tres  a  la  persona  que  el  Virrey  eligiese. 

Calderón,  que  fué  el  primero  en  recibir  el  anuncio  de  su  reposi- 
ción, se  fué  acercando  inmediatamente  a  Lima;  escribió  al  Virrey 
poniendo  el  hecho  en  su  noticia,  y  como  éste  le  contestase  que  por  su 
parte  no  había  recibido  despacho  alguno,  hizo  propios  al  Obispo  de 
Trujillo  por  si  por  algún  acaso  le  hubiesen  llegado  a  él.  Arribaron, 
al  fin,  por  la  vía  de  Chile,  los  anhelados  pliegos,  y  en  el  acto,  el  día 
cuatro  de  marzo,  entraron  a  la  ciudad  Calderón  y  Unda,  con  comitiva 
de  tres  coches,  chirimías,  cajas,  matracas,  y  con  acompañamiento  de 
multitud  de  negros  y  mulatas,  "por  su  naturaleza  escandalosas",  que 
iban  derramando  flores  y  victoreando  la  función  por  las  calles  y  pla- 


(26)  Cai/a  citada  de  6  de  enero  de  1746. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


287 


zuelas.  De  esta  manera  llegaron  los  inquisidores  a  palacio,  a  cuyos 
corredores  salieron  los  ministros  del  Rey,  que  estaban  en  audiencia, 
y  el  mismo  Virrey  para  dar  orden  cjue  se  apartase  la  chusma,  que 
a  la  salida  de  los  recién  llegados  siguió  aclamándolos,  al  son  de  los 
repiques  de  campanas  de  los  monasterios  de  monjas,  donde  aquéllos 
eran  patronos  o  tenían  sus  hijas,  hasta  restituirse  a  sus  casas,  conti- 
nuando por  las  calles  todo  aquel  día  y  el  siguiente  los  vítores  de  los 
negros  y  mulatas. 

Arenaza  se  vio  así  obligado  a  sufrir  el  triunfo  de  sus  colegas,  cuyos 
partidarios  "voceaban  descaradamente  haberlo  obtenido  al  crecido  costo 
y  dispendio  de  noventa  mil  pesos,  que  decían  unos,  o  de  ciento  treinta 
mil  que  decían  otros,  gastados  por  Calderón  en  el  recurso"  (27). 

El  Virrey  trató  luego  de  ver  modo  de  desempeñar  la  comisión 
que  se  le  confiaba,  aunque,  según  lo  afirmaba  al  Consejo  poco  después, 
no  le  había  sido  posible  encontrar  persona  que  se  hubiese  querido  en- 
cargar de  tan  espinoso  cometido  (28) :  lo  que  aseguraba  Calderón,  no 
pasaba  de  ser  un  pretexto  para  que  su  amigo  Arenaza  siguiese  disfru- 
tando de  los  bienes  que  a  él  se  le  tenían  embargados  (29),  aseveración 
calumniosa  para  Manso,  pues  tan  pronto  como  el  que  eso  escribía  llegó 
a  Lima,  se  había  ido  a  vivir  a  la  chacra  que  comprara  con  título  de 
mera  hipoteca  y  que  en  esos  precisos  momentos  acababa  de  desocuparle 
el  arrendatario  a  quien  se  la  tenía  entregada. 

"Siendo  preciso  tomar  alguna  providencia,  expone  el  Virrey,  hice 
concurrir  al  señor  Arenaza  con  los  Inquisidores,  y  haciéndoles  saber 
que  la  visita  no  podia  actuarse  por  la  falta  de  persona  que  aceptase  la 
comisión,  después  de  una  larga  conferencia,  quedó  acordado  que  a  los 
inquisidores  se  les  desembargasen  sus  bienes  y  que  asistiesen  al  despacho 
del  Tribunal  y  se  suspendiese  toda  actuación  de  visita  hasta  que  el  señor 
Inquisidor  Jeneral  resolviese  con  su  noticia.  El  señor  Arenaza  presidia 


(27)  Breve  resumen  con  algunas  reflexiones  del  origen  de  la  visita,  etc.,  impreso,  fol.  9. 

(28)  Carta  de  \P  de  marzo  de  1751.  "En  esta  ciudad  y  su  Cabildo  eclesiástico,  refiere 
Manso,  habia  sujetos  que  podian  llenar  la  comisión,  mas  no  fué  posible  que  ninguno  la  aceptase, 
y  a  cuantos  procuré  persuadir  me  representaron  que  a  vista  del  modo  con  que  se  habia  tratado 
al  señor  Arenaza,  concebían  la  visita  peligrosa  y  espuesta,  porque  después  de  trabajar  en  nego- 
cios tan  graves  y  laboriosos,  solo  se  podia  esperar  la  pérdida  del  honor  y  la  reputación,  y  que 
no  se  pondrían  en  términos  de  buscar  enemigos  tan  poderosos,  habiéndose  puesto  la  comisión 
en  estado  de  no  ser  posible  evacuarla  sin  ofensa  de  alguno".  Memorias  de  los  Virreyes,  lug.  cit. 

(29)  Carta  de  15  de  marzo  de  1748.  Manso  se  inclinó  manifiestamente  a  favor  del 
visitador,  calificando  a  Calderón  de  insolente  y  provocador  y  atribuyendo  su  resistencia  a  salir 
de  Lima  a  la  esperanza  que  .abrigaba  de  poder  continuar  en  el  Tribunal. 


288 


J.   T.  MEDINA 


el  Tribunal  en  virtud  de  las  facultades  que  se  le  dieron,  y  aunque  des- 
pués de  alguna  resistencia  me  prometieron  los  inquisidores  asistir  con 
él  al  despacho  ordinario,  no  lo  ejecutaron"  (30). 

Continuó  así  el  Tribunal,  como  de  antes,  a  cargo  del  Visitador  y 
Amusquíbar,  pues  Unda  fallecía  el  27  de  mayo  de  ese  mismo  año  de 
un  ataque  de  apoplejía  que  le  había  acometido  estando  de  visita  en 
casa  de  un  compadre  suyo  con  cuyas  hijas  estaba  sindicado  de  hallarse 
en  mala  amistad,  siendo  enterrado  tan  tristemente  que  Calderón  se 
excusó  de  asistir  a  su  inhumación  diciendo  que  "su  compañero  había 
muerto  como  había  vivido". 

Por  fin,  en  virtud  de  disposición  del  Consejo  de  12  de  diciembre 
de  1749,  que  se  recibió  en  Lima  a  fines  del  año  siguiente,  se  mandó 
suspender  definitivamente  la  visita,  embarcándose  Arenaza  en  el  Callao 
el  11  de  agosto  de  1751,  quejosísimo  de  que  el  sueldo  de  catorce  mil 
pesos  que  al  partir  de  España  se  le  ofreciera,  hubiese  quedado  reducido 
a  cinco  mil  novecientos  (31). 


(30)  Memorias  de  los  Virreyes,  lug.  cit. 

(31)  Brei'e  resúrneti,  ele.  fol.  10.  Se  le  entregaron  además  dieciocho  mil  quinientos  pesos 
"de  la  plata  que  se  cojió"  para  satisfacer  sus  empeños  del  viaje  a  Lima,  y  ocho  mil  que  se 
le  anticiparon  para  el  de  su  regreso  a  la  Corte.  Carta  de  Amusquíbar  de  9  de  agosto  de  1751. 
Arenaza  para  obtener  aquella  suma  juró  que  en  coche,  guarniciones,  libreas  y  muías  le  tenían 
gastado  de  su  cuenta  cuando  llegó  a  Lima  mas  de  siete  mil  pesos,  y  que  otros  tantos  había 
importado  el  arreglo  de  su  vivienda.  Car/a  de  26  de  octubre  de  1745.  Arenaza  murió  en 
Cartagena  de  Indias,  ames  de  llegar  a  la  Península. 


CAPITULO  XXVI 


Queda  Amusquíbar  solo  en  el  Tribunal. — Estado  en  que  éste  se  hallaba. — Terre- 
moto de  28  de  octubre  de  1746. — Auto  de  fe  de  19  de  octubre  de  1749. — 
Detalles  de  la  causa  de  Juan  de  Loyola. — Nómbrase  inquisidor  a  Diego  Ro- 
dríguez Delgado. — Desavenencias  con  su  colega. — Cédula  de  20  de  julio  de 
1751. — Muerte  de  Rodríguez. — Negociado  de  dos  títulos  de  Castilla. — Quejas 
contra  Amusquíbar. — Es  denunciado  por  sospechoso  en  la  fe. — Francmasones 
y  herejes. — Auto  de  fe  de  6  de  abril  de  1761. — Causa  de  Francisco  Moyen. 

Con  la  partida  de  Arenaza,  el  Tribunal  quedó  a  cargo  de  sólo 
Amusquíbar,  uno  de  los  inquisidores  más  jóvenes  que  hasta  entonces 
hubiese  habido,  pues  para  recibirse  al  ejercicio  de  su  cargo  en  septiem- 
bre de  1744,  había  tenido  que  esperar  cumplir  treinta  años,  precisamen- 
te, como  se  ha  visto,  en  la  época  en  que  nunca  habían  sido  más  críticas 
las  circunstancias  del  Santo  Oficio. 

Sus  entracias  estaban  reducidas  por  esos  días  a  treinta  mil  pesos 
anuales,  siendo  que  desde  que  Amusquíbar  entrara  en  el  Tribunal,  fe- 
cha en  que  se  habían  remitido  al  Consejo  diecinueve  mil  pesos,  no  había 
de  verificarse  nueva  remesa;  y  con  los  enteros  hechos  al  visitador,  ape- 
nas si  quedaban  en  caja  poco  más  de  cuarenta  mil,  y  eso  por  salarios 
retenidos  a  los  inquisidores  suspensos,  que  aún  no  se  les  había  mandado 
entregar. 

Para  colmo  de  desventuras,  a  las  diez  y  media  de  la  noche  del  28 
de  octubre  de  1746,  un  espantoso  terremoto  reducía  a  escombros  la 
ciudad  de  los  Reyes,  sepultando  entre  sus  ruinas  cerca  de  ocho  mil  per- 
sonas, si  bien  los  presos  de  las  cárceles  secretas  escaparon,  cuando  esta- 
ban a  punto  de  ahogarse  por  el  desborde  de  una  acequia  inmediata, 
merced  a  las  diligencias  de  Arenaza.  La  capilla  se  encontró  en  tal  esta- 
do que  los  ministros,  temiendo  que  con  su  caída  sepultase  las  sagradas 

IQ — La  Inquisición  de  Lima    Tomo  11 


290 


J.   T.  MEDINA 


formas,  las  llevaron  al  día  siguiente  en  procesión  con  los  clérigos  del 
oratorio  de  San  Felipe  de  Neri  a  la  Iglesia  de  San  Pedro.  Las  casas 
quedaron  totalmente  arruinadas,  habiendo  escapado  el  Visitador  muy 
maltratado  entre  los  escombros  de  la  que  ocupaba,  con  pérdida  de  uno 
de  sus  familiares,  que  quedó  sepultado. 

Retiráronse  con  esto  los  Inquisidores  a  vivir  a  la  huerta  del  colegio 
mayor  de  San  Felipe,  instalándose  en  barracas  provisionales  y  en  toldos 
de  campaña.  La  cámara  del  secreto  pudo,  con  todo,  habilitarse  para 
sala  de  audiencia,  y  la  del  archivo,  para  secreto.  Donde  antes  estaba 
la  saleta  en  que  se  recibían  las  confesiones  a  los  reos,  se  levantaron  al- 
gunos cuartuchos  de  cañas,  y  repuestos  unos  pocos  de  los  calabozos,  se 
restituyeron  a  "sus  tenebrosos  encierros"  los  presos,  trasladándolos  allí 
desde  los  diferentes  sitios  en  que  se  les  tenía  en  depósito. 

En  esta  emergencia,  lo  peor  del  caso  era  que  para  la  reconstrucción 
de  lo  destruido  no  se  podía  contar  con  más  de  seis  mil  pesos  anuales, 
que  era  lo  único  que  sobraba  de  las  rentas  ordinarias  del  Tribunal, 
después  de  pagados  los  salarios  (1). 

De  los  reos  había  por  entonces  bien  poco  que  esperar.  Con  los 
temblores  y  discordias  de  los  Inquisidores,  no  había  podido  hacerse  casi 
nada  en  este  orden  durante  los  últimos  años,  pues  sólo  habían  sido 
penitenciados,  de  ordinario  secretamente,  unas  cuantas  personas,  en  su 
mayor  parte  religiosos,  a  saber: 

Fr.  Pedro  Pablo  de  Herrera,  franciscano,  natural  de  Astudillo, 
en  Castilla  la  Vieja,  por  haberse  entrado  en  religión,  profesado  y  orde- 
nádose  in  sacris,  dicho  misa  y  confesado,  siendo  casado  en  Madrid, 
donde  aún  vivía  su  mujer. 

Fr.  Diego  Videla,  también  franciscano,  por  delitos  cometidos  en 
Chile  (*). 

Fr.  Angelo  de  la  Cruz,  lego  franciscano,  natural  de  Arequipa,  de 
treinta  y  dos  años,  que  había  sido  fabricante  de  loza,  porque  hallándose 
en  el  pueblo  de  Sicuani,  celebró  dos  misas  y  confesó  a  varias  personas, 
entre  otras  a  un  comisario  de  Jerusalén.  Metido  en  cárceles  secretas  en 
agosto  de  1746,  confesó  que  yendo  camino  del  Cuzco  a  entrarse  fraile, 
y  habiendo  llegado  a  aquel  pueblo,  sin  tener  avíos  con  que  poder  con- 


(1)  Carla  <lc  Ainusquíbar  de  9  de  agosto  de  1751. 
(*) 

Véase,  Medina.  Histoviít  del  Tyiluiníü  íJel  Stnito   Oficio  {le  la  1  fiqaisiciún   eii  Chile, 
Cap.  XV,  pág.  reimpresión  1052.  N.  del  E, 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


291 


tinuar  su  viaje,  el  cacique  le  había  entregado  ocho  reales  para  que  le 
dijese  una  misa,  y  que  queriéndose  aprovechar  de  ellos,  después  de 
hacerse  cerquillo,  se  había  llevado  industriando  como  decirla,  resol- 
viéndose a  salir  al  altar  y  ejecutar  todas  las  ceremonias,  aunque  sin  leer 
nada  ni  pronunciar  palabra  alguna;  y  que  como  el  cacique  le  ofreciese 
cabalgadura  a  condición  de  que  le  confesase  su  familia,  había  también 
venido  en  ello.  Ese  mismo  año  de  su  prisión  fué  condenado  a  salir 
en  auto  público  de  fe,  si  le  hubiere  de  próximo,  y  si  no,  a  una  iglesia, 
tlonde,  en  forma  de  penitente,  con  coroza  y  soga  al  cuello  le  fuese  leída 
su  sentencia  con  méritos,  abjurase  de  levi  y  fuese  gravemente  advertido, 
reprendido  y  conminado,  y  al  día  siguiente  saliese  por  las  calles  públicas 
y  acostumbradas,  desnudo  de  la  cintura  arriba,  jinete  en  bestia  de  al- 
barda,  y  que  así,  a  voz  de  pregonero  que  publicase  su  delito,  le  fuesen 
dados  doscientos  azotes,  y  desterrado  en  seguida  por  cinco  años  a  Juan 
Fernández:  sentencia  que  no  se  ejecutó  hasta  el  9  de  septiembre  de  1757, 
en  auto  particular  de  fe  que  se  celebró  en  la  capilla  del  Hospital  de 
Lima  (2). 

Fuera  de  estos  reos  no  parece  que  hubiera  durante  este  tiempo 
más  penitenciados  que  los  que  salieron  en  el  auto  particular  de  19  de 
octubre  de  1749.  "Concluidos  los  procesos  de  sus  méritos  y  causas,  re- 
fiere don  Ensebio  de  Llano  y  Zapata,  determinaron  los  señores  celebrar 
con  ellos  el  dia  19  de  octubre  auto  particular  de  fe  en  la  iglesia  de  Santo 
Domingo.  Y  para  que  la  función  se  practicase  con  la  mayor  solemnidad 
que  se  deseaba,  el  señor  inquisidor  ménos  antiguo,  pasó  el  dia  catorce 
al  palacio  del  Exmo.  señor  Conde  de  Superunda,  virey  de  estos  reynos, 
quien  informado  de  lo  que  se  trataba  executar  con  los  apóstatas  y  ene- 
migos de  nuestra  santa  fe  cathólica,  mandó  que  sus  soldados  y  guardias 
estuviessen  a  las  órdenes  de  los  señores  del  Santo  Tribunal. 

"El  siguiente  dia,  que  fué  el  quince,  don  Joseph  de  Arezcurenaga, 
secretario  mas  antiguo  del  Secreto,  puso  en  noticia  del  R.  P.  F.  Ber- 
nardo Dávila,  prior  del  convento  grande  de  predicadores,  la  comission 
que  llevaba  de  los  señores  Inquisidores,  para  la  celebridad  del  auto  par- 
ticular de  fe  que  habían  determinado  hacer  en  su  iglesia  de  nuestro 
padre  Santo  Domingo,  como  era  de  costumbre.  Y  al  punto,  con  la  órden 


(2)  Llano  y  Zapata  en  su  obra  que  luego  citaremos,  dice  que  los  reos  que  salieron  en 
esa  ocasión  fueron  siete,  faltando,  por  consiguiente,  algunos  nombres  a  los  que  quedan  se- 
iíalados. 


292 


J.   T.  MEDINA 


que  para  ello  dió  el  R.  P.  prior,  se  previno  el  magestuoso  templo  de 
los  aparatos  necesarios  para  el  cumplimiento  de  la  función  que  se  es- 
peraba. 

"El  dia  dieziseis,  don  Andrés  de  Muguruza,  nuncio  y  alcayde  del 
Santo  Tribunal,  vestido  de  terciopelo  negro  a  lo  militar,  con  costosa 
venera  y  hábito  del  Santo  Oficio,  y  montado  en  un  generoso  bruto 
vistosamente  enjaezado,  hizo  publicar  por  las  esquinas  y  calles  que 
hablan  de  ser  tránsito  precisso  a  la  procession  de  reos,  el  pregón  si- 
guiente, que  decia  assí,  en  voz  del  pregonero: 

"Manda  el  Santo  Oficio  de  la  Inquisición  que  todos  los  vecinos  y 
habitadores  de  las  casas  y  tiendas  de  las  calles  que  corren  desde  dicho 
Santo  Oficio  hasta  la  iglesia  de  Santo  Domingo,  las  limpien  y  barran 
para  el  domingo  diez  y  nueve  del  presente  mes  de  octubre,  en  que  ha 
de  ser  la  procesión  del  auto  particular,  pena  de  diez  pesos  y  otras  ar- 
bitrarias. 

"En  este  mismo  dia,  el  licenciado  don  Bernardino  Fernandez  Qui- 
xano,  presbítero,  portero  del  Santo  Oficio,  hizo  el  convite  de  parte  de 
los  señores  a  toda  la  nobleza  de  esta  ciudad,  para  que  precediendo  la 
solemnidad  del  juramento  que  en  semejantes  ocasiones  se  acostumbra, 
viniessen  con  insignias  de  ministros  y  familiares  a  authorizar  la  función 
con  sus  personas,  como  la  executaron  todos  los  más  calificados  y  dis- 
tinguidos sujetos,  acreditando  con  su  asistencia  el  zelo  de  la  religión 
y  el  culto  que  se  debe  al  Santo  Tribunal  de  la  Fé  en  venir  con  las  órde- 
nes de  sus  sagrados  y  venerables  jueces  y  ministros. 

"El  dia  dieziocho,  don  Andrés  de  Muguruza,  con  las  mismas  insig- 
nias y  tren  que  se  acabó  de  expressar,  publicó  a  voz  de  pregonero  en 
todas  las  calles  acostumbradas  el  pregón,  que  es  del  tenor  que  se  sigue: 

"Manda  el  Santo  Oficio  de  la  Inquisición,  que  ninguna  persona 
de  qualquier  estado,  calidad  o  condición  que  sea,  pueda  detenerse  en 
coche,  caleza  ni  caballería,  ni  que  embaraze  con  mesas,  ni  escaños  el 
centro  de  las  calles  que  corren  desde  la  Inquisición  a  la  iglesia  de  Santo 
Domingo,  ni  atraviese  la  procession  en  parte  alguna  a  la  ida  ni  a  la 
vuelta,  jnañana  diez  y  nueve  del  corriente  en  que  ha  de  celebrar  auto 
particular  de  Fé.  Y  también  que  ni  en  dicho  dia,  ni  en  el  de  los  azotes 
sea  osado  alguno  a  tirar  a  los  reos  manzanas,  piedras,  naranjas  ni  otra 
cosa  alguna:  pena  de  cien  pesos  ensayados,  siendo  español  el  que  contra- 
viniere, y  de  diez  pesos  y  quatro  dias  de  cárcel,  con  las  demás  que  tu- 
viere por  convenientes,  siendo  de  otra  casta. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


293 


"Cumplidas  estas  prevenciones,  con  la  formalidad  y  circunspección 
con  que  el  Santo  Tribunal  solemniza  sus  hechos,  llegó  el  dia  diez  y 
nueve,  que  se  destinó  para  la  celebridad  del  auto.  La  curiosidad  que 
siempre  madruga,  en  esta  ocasión  parece  que  veló.  No  habia  calle  donde 
antes  del  amanecer  no  se  viesse  el  numeroso  concurso  de  las  gentes 
que  se  encaminaban  a  la  iglesia  de  Santo  Domingo,  plaza  mayor  y 
casas  del  Tribunal.  En  las  cercanías  de  los  vecinos  pueblos  también  fué 
grande  la  tropelía  de  los  que  atrahidos  de  la  novedad,  se  conduxeron 
a  esta  corte.  En  ménos  de  tres  horas  ocuparon  las  calles  por  donde  se 
habia  de  encaminar  la  procesión  mas  de  treynta  mil  personas  de  todo 
sexo.  Y  a  no  haber  los  soldados  que  guardaban  las  bocas-calles,  observa- 
do puntualmente  el  orden  que  se  les  dió  para  desembarazar  el  passo, 
se  subiera  hecho  inaccesible  el  tránsito  a  causa  de  la  confusión  de  los 
que  entraban  y  salían, 

"Serian  ya  como  las  siete  y  media  de  la  mañana,  quando  los  títulos, 
mayorazgos  y  caballeros  de  las  órdenes  militares,  vestidos  todos  de  gala 
y  honrosamente  decorados,  con  las  insignias  de  venera  y  hábito  del 
Santo  Oficio,  ocurrieron  a  la  casa  de  en  medio  del  Tribunal,  para 
acompañar  en  la  procession  a  los  señores  Inquisidores,  como  sus  minis- 
tros y  familiares.  Luego  que  se  juntaron  todos  los  oficiales,  secretarios  y 
ministros,  don  Andrés  de  Muguruza,  alcaide  de  las  cárceles  secretas, 
comenzó  a  sacar  de  los  calabozos  a  los  reos,  llamando  a  cada  uno  por 
su  nombre,  según  la  lista  que  de  ellos  tenia;  de  los  que  con  otra  nómina, 
que  también  los  expresaba,  se  hizo  entrega  al  alguacil  mayor,  quien 
los  dió  a  los  caballeros  familiares  y  ministros,  que  les  habían  de  apadri- 
nar en  la  procesión,  que,  ordenada  en  los  patios  del  Tribunal,  principió 
teniendo  el  cuydado  de  dirigirla  y  ordenarla  los  ministros  familiares 
que  se  siguen:  don  Ventura  Ximenez  Lobaton,  don  Joseph  Sánchez  de 
Orellana,  don  Juan  Baptísta  de  Arrieta,  don  Felipe  Barba  y  Cabrera  y 
don  Juan  de  Acha  y  Ulibarri.  Iba  por  delante  el  portero  del  Santo  Ofi- 
cio, a  quien  después  seguian  con  las  infames  insignias  de  sus  méritos 
los  reos,  conducidos  del  alcaide.  Y  a  cada  uno  de  ellos  le  apadrinaron 
dos  familiares,  guarneciéndoles  el  lucido  trozo  de  caballería,  que  en 
dos  alas,  con  espada  en  mano,  marchaba  al  compás  de  la  procesión. 

"A  poca  distancia,  dos  lacayos,  vestidos  de  costosa  librea,  cargaban 
una  estatua,  que  trayendo  al  pecho  un  rótulo,  gravado  en  una  lámina 
de  plata  de  delicado  buril,  expresaba  el  nombre  y  apellido  del  inocente 
don  Juan  de  Loyola,  que  falsamente  calumniado  de  los  abominables 


294 


J.   T.  MEDINA 


delitos  de  herege  y  judío  judaizante,  murió  por  los  años  de  1745,  presso 
por  este  Santo  Tribunal,  aunque  poco  ántes  de  su  fallecimiento  ya 
habia  empezado  a  descubrirse  la  iníqua  conspiración  de  los  falsos  ca- 
lumniantes. Era  el  vestido  que  llevaba  de  lama  blanca,  color  que  sim- 
bolizaba su  inocencia,  guarnecido  de  finissimos  sobrepuestos  de  oro  de 
Milán,  con  botonadura  de  diamantes,  y  salpicado  de  varias  joyas  de 
quantioso  precio,  que  hermoseaban  toda  la  tela.  En  la  una  mano  traia 
la  palma,  insignia  de  su  triunpho,  y  en  la  otra  un  bastón  de  puño  de 
oro,  con  riquíssima  pedrería,  por  haber  obtenido  en  la  ciudad  de  lea, 
donde  era  nativo  (siendo  originario  de  la  ilustríssima  casa  de  Loyola 
en  el  lugar  de  Aspeytia  de  la  provincia  de  Guipúzcoa)  los  honrosos  y 
distinguidos  cargos  de  maestre  de  campo  de  la  caballería,  y  varias  veces 
el  de  alcalde  ordinario. 

"Inmediatamente  don  Luis  de  los  Rios  y  Miranda,  rector  que  fué 
del  real  y  mayor  calegio  de  San  Phelipe,  y  don  Thadeo  Zabala  y  Vaz- 
ques,  colegial  del  real  de  San  Martin,  trahían  de  unas  argollas  de  plata 
pendiente  la  cajuela,  en  que  se  incluían  los  processos  y  sentencias  de 
los  reos,  que  después  habían  de  leer  en  público  los  ministros,  a  quienes 
se  cometió  el  cargo  de  este  negocio. 

"Continuaban  después  los  notarios,  familiares,  ministros,  calificado- 
res, consultores  y  comissarios,  que  se  componían  de  lo  mas  ilustre  del 
exemplar  clero,  de  lo  mas  sabio  de  los  doctores  y  cathedráticos  de  la 
real  universidad,  con  los  tres  reales  colegios,  y  de  lo  mas  venerable  y 
docto  de  los  maestros  y  prelados  de  las  esclarecidas  religiones,  que 
haciendo  un  cuerpo  con  la  nobleza  que  assistió,  iban  todos  mezclados 
sin  preferencia  de  lugar.  Sobresalía  por  la  grandeza  del  vestido  y  cos- 
tosísima gala,  que  para  tan  plausible  día  dispuso  don  Ignacio  de  Loyola 
y  Haro,  a  quien  el  Santo  Tribunal,  en  remuneración  de  la  expressada 
calumnia  que  padeció  su  hermano  don  Juan  de  Loyola,  había  honrado 
con  el  decoroso  empleo  de  su  alguacil  mayor  de  la  ciudad  de  lea,  su 
patria,  dando  asimismo  títulos  de  familiares  y  ministros  a  sus  sobrinos, 
don  Sancho  de  Loyola,  presbítero,  y  los  reverendos  padres  Fr.  Francisco 
de  Loyola  y  Fr.  Marcelo  de  Loyola,  del  órden  seráphico,  que  iban  los 
últimos  de  tan  lustroso  acompañamiento.  Seguíase  el  oficio  del  Santo 
Tribunal  en  la  forma  que  se  expressa. 

"Don  Manuel  Román  de  Aulestía,  marqués  de  Montealegre,  que 
haciendo  el  oficio  de  alguacil  mayor  por  enfermedad  del  propietario, 
que  lo  es  don  Ignacio  de  Irazábal,  trahía  el  estandarte  de  la  Fé.  Llevaba 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


295 


la  borla  de  la  mano  derecha  el  coronel  de  infantería  española,  don 
Melchor  Malo  de  Molina,  marqués  de  Monterico,  conde  del  Puerto  y 
Humanes,  correo  mayor  de  las  Indias,  y  la  siniestra  el  maestre  de  campo 
don  Miguel  de  Mudarra  y  Roldan,  marqués  de  Santa  María.  Era  el 
estandarte  de  terciopelo  negro  con  fina  flecadura  de  oro  y  borlas  de  lo 
mismo.  Tenia  en  el  medio  bordadas  de  oro  de  realce  en  campo  verde 
de  oliva,  cruz  y  espada,  armas  del  Santo  Oficio,  y  por  orla  las  siguientes 
palabras  del  psalm.  73.  Exsurge,  Domine,  et  judica  causam  tuam. 

"Procedian  en  fila  a  la  mano  derecha  de  los  señores  inquisidores, 
don  Manuel  Castellanos,  secretario  jubilado,  don  Ignacio  Altuve,  se- 
cretario del  Secreto,  doctor  don  Bartolomé  López  Grillo,  colegial  del 
real  y  mayor  de  San  Felipe,  secretario  fiscal,  doctor  don  Miguel  de 
Valdivieso  y  Torrejon,  cathedrático  de  vísperas  de  leyes  y  abogado  del 
real  fisco. 

"Por  la  izquierda,  guardando  la  misma  orden,  don  Joseph  Arez- 
curenaga,  secretario  mas  antiguo  del  Secreto;  don  Juan  Baptista  Ga- 
biria,  presbítero,  secretario  de  visita  del  Secreto;  don  Gaspar  de  Orue, 
secretario  del  Secreto;  don  Juan  de  Ugalde,  contador  ordenador  y  del 
Santo  Oficio. 

"Venían  cubiertos  de  los  chapeos  o  sombreros  de  ceremonia  pro- 
pios de  su  dignidad  y  delegación  pontificia,  los  muy  ilustres  señores 
doctor  don  Pedro  Antonio  de  Arenaza  y  Gárate,  del  consejo  de  S.  M. 
en  el  supremo  de  la  santa  general  Inquisición  de  España,  visitador  ge- 
neral, juez  de  bienes  confiscados  y  superintendente  general  del  real 
fisco  de  ésta  de  los  reynos  del  Perú,  y  doctor  don  Matheo  de  Amusquí- 
bar,  inquisidor  apostólico,  que  sobresaliendo  como  athlantes,  que  sobs- 
tienen  el  firmamento  de  la  fe,  o  como  antorchas  que  ilustran  la  esphera 
de  la  religión,  presidian,  colocados  en  el  medio  de  tan  venerable  y 
supremo  Tribunal.  Parece  que  en  cada  uno  de  estos  señores  se  hacia 
admirar  lo  respetoso  del  semblante,  noblemente  unido  con  la  authori- 
dad  de  las  acciones.  El  cielo  quando  destina  a  los  sugetos  para  los  em- 
pleos, proporciona  a  sus  espíritus  el  carácter  de  los  accidentes,  para  que 
no  degeneren  de  la  dignidad  que  representan,  los  ministerios  que  exer- 
citan. 

"Seguíanse  luego  por  atrás  sus  familiares,  que  procedian  con  los 
capellanes  del  Santo  Tribunal  en  la  forma  que  se  expressa:  don  Juan 
Cabrera  Barba,  don  Pablo  Roxas,  don  Francisco  del  Castillo,  don  Fran- 
cisco Rivagaray,  don  Melchor  Bravo  de  Rueda  y  don  Juan  Pedro  de 


296 


J.   T.  MEDINA 


Guraya.  Cerraba  este  magestuoso  cuerpo  del  Tribunal  y  lucido  acom- 
pañamiento de  ministros  y  nobleza  otro  trozo  de  caballería,  que  mar- 
chando de  retaguardia,  embarazaba  el  bullicio  y  tropelía  de  la  numerosa 
plebe,  que  atrahida  de  la  curiosidad,  sobrevenía  a  la  procesión. 

"Assí  se  encaminaba  desde  las  casas  del  Tribunal  hacia  la  iglesia 
de  Santo  Domingo,  formada  la  procession,  quando  llegó  a  la  plaza 
mayor,  donde  miran  las  galerías  del  palacio,  en  que  ya  el  Excelentísimo 
señor  Virey,  que  por  el  justo  recelo  de  los  temblores,  que  aun  hasta 
hoy  se  repiten,  no  assistió  con  algunos  señores  de  la  Real  Audiencia,  que 
le  acompañaban,  mientras  passó  el  Santo  Tribunal  de  la  fe,  estuvo  en 
pié,  acatándole  con  el  mas  debido  rendimiento,  que  inspiraron  a  su 
ánimo  cathólico  el  celo,  la  piedad  y  la  religión;  y  los  señores  del  le 
correspondieron,  guardando  las  ceremonias  y  etiquetas  de  su  dignidad 
y  empleo. 

"Luego  que  se  acercó  este  admirable  espectáculo  a  la  plazuela  del 
referido  templo,  la  infantería,  que  guardaba  su  cementerio  y  puertas, 
se  puso  en  dos  filas,  estando  a  la  derecha  su  capitán,  el  teniente  coronel 
don  Manuel  Augustin  de  Caycoegui  y  Aguiñiga,  caballero  del  órden 
de  Santiago,  para  que  por  el  medio  del  centro  que  ocupaba,  passasse 
la  procession  a  tomar  las  puertas,  donde  el  R.  P.  Prior,  con  toda  la 
venerable  comunidad  de  predicadores  recibió  y  ministró  la  agua  bendita 
a  los  señores  Inquisidores,  que  al  entrar,  deponiendo  los  chapeos,  to- 
maron los  bonetes.  Y  assí,  acompañados  de  la  religiosa  comunidad, 
subieron  hasta  el  presbiterio,  de  donde  después  de  hecha  oración  al 
augusto  sacramento  del  altar,  pasaron  a  ocupar  las  dos  sillas,  que  con 
igual  número  de  almohadas  a  los  pies,  de  terciopelo  verde,  estaban  al 
lado  del  evangelio,  puestas  baxo  de  un  dosel  del  mismo  género,  en 
cuyo  medio  se  veian  de  realce  y  fabricadas  de  oro  bordadas  las  armas 
del  Santo  Tribunal,  y  por  delante,  un  bufete  cubierto  de  rico  terciopelo 
verde,  con  su  flecadura  y  alamares  en  que  estaba  una  imágen  de  Cristo 
crucificado  sobre  el  libro  de  los  quatro  evangelios,  unos  tinteros  con 
su  campanilla  y  la  caxuela  con  las  causas  y  sentencias  de  los  reos.  En 
la  misma  línea  en  que  se  puso  el  dosel,  se  colocó  también  el  estandarte 
de  la  Fé,  que  en  la  procesión  traxo  el  alguacil  mayor  del  Tribunal. 

"Después,  fuera  del  presbiterio,  al  mismo  lado  del  evangelio,  se- 
guían quatro  bancas  cubiertas,  que  ocuparon  por  su  antigüedad  el 
alguacil  mayor,  secretarios  y  oficiales  del  Santo  Tribunal.  En  frente, 
al  lado  de  la  epístola,  sobre  el  mismo  presbiterio,  estaban  en  asientos 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


297 


distinguidos  los  ministros  que  se  habian  nombrado  para  leer  las  causas 
y  sentencias  de  los  reos,  que  ya  habian  subido  al  tablado  o  theatro,  que 
cubierto  de  paños  negros,  se  erigió  de  competente  altura,  con  quatro 
gradas  para  la  subida,  cuya  frente  ocupaba  todo  el  espacio  que  hay 
desde  la  pilastra  del  púlpito  hasta  la  capilla  mayor,  igual  al  diámetro 
desde  la  cúpula  en  el  crucero.  Allí  cerca,  en  taburete  raso,  con  bastón 
negro  de  puño  de  plata,  insignia  de  su  cargo,  estaba  el  alcayde,  que 
habia  de  sacar  y  poner  los  reos  en  la  xaula  o  ambón,  quando  cada  uno 
de  ellos,  leido  el  processo  de  su  causa,  hubiesse  de  oir  la  sentencia  que 
le  daban,  en  vista  de  sus  méritos. 

"Desde  la  pilastra  del  púlpito,  dexando  en  medio  el  tablado,  en 
cuyas  gradas  se  habian  levantado  los  reos,  seguían  unos  escaños  que  se 
destinaron  para  asientos  de  los  consultores,  calificadores,  comissarios  y 
familiares  que  concurrieron  a  la  procession,  mezclados  con  la  nobleza 
que  asistió:  entre  quienes,  acompañada  por  uno  y  otro  lado  de  los  dis- 
tinguidos sujetos  que  le  apadrinaron,  se  colocó  la  estatua  de  don  Juan 
de  Loyola,  sucediéndole  inmediatamente,  en  la  misma  órden  de  asientos, 
su  hermano  y  sobrinos. 

"De  esta  suerte  se  habia  todo  executado,  quedando  competente 
guarnición  de  soldados,  assí  en  las  puertas  reglares  del  convento,  como 
en  las  de  afuera  de  la  iglesia,  para  contener  el  inmenso  concurso  de  los 
que  pretendían  atropellar  la  entrada,  no  siendo  possible  cupiesse  mayor 
número  de  concurrentes  en  el  magnífico  templo,  que  el  de  mas  de  diez 
mil  personas  que  ya  ocupaban  su  recinto. 

"No  habia  passado  mucho,  quando  haciendo  el  señor  visitador  se- 
ñal con  una  campanilla,  salió  la  missa,  que  en  altar  mayor,  cubierto  de 
un  velo  morado,  principió  el  R.  P.  M.  F.  Miguel  Campanon,  prior  del 
convento  de  la  Magdalena  y  comissario  del  Santo  Oficio,  quien,  acabada 
la  epístola,  suspendió  el  sagrado  sacrificio  y  tomó  asiento  en  una  silla 
de  terciopelo  violado  que  estaba  en  el  presbiterio,  al  lado  de  la  epístola, 
de  cara  hacia  los  señores  Inquisidores.  Y  hecha  con  la  campanilla  se- 
gunda señal,  subió  al  púlpito  don  Joseph  de  Arezcurenaga,  que  volvién- 
dose al  pueblo  dixo:  alzad  todos  las  manos  y  cada  uno  de  los  circuns- 
tantes haga  el  juramento  . 

.  .  "Concluida  la  lectura  tic  la  constitución,  que  es  contra  los  que 
pretenden  embarazar  c  intentan  impedir  la  jurisdicción  tlel  Santo  Tri- 
bunal, cuyo  original  latino  comienza  con  las  singulares  palabras  Si  de 
protegendis,  se  procedió  a  la  lectura  de  las  causas  y  sentencias,  que  en 


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J.   T.  MEDINA 


el  púlpito  los  ministros  que  se  habían  deputado  para  este  fin  leyeron, 
guardando  la  orden  que  se  sigue. 

"Bernabé  Morillo,  alias  Otarola,  negro,  nativo  del  puerto  del  Callao, 
dos  leguas  de  Lima,  de  cuarenta  años  de  edad,  de  estado  soltero,  de 
exercicio  grumete,  que  por  los  delitos  de  superstición  y  apostasía  ya 
habia  sido  penitenciado  por  este  Santo  Tribunal,  en  el  auto  general  de 
fe  que  por  los  años  de  1736  celebró  a  23  de  diciembre,  en  la  plaza  ma- 
yor. Salió  al  auto  con  hábito  penitencial  de  media  aspa,  por  herege, 
idólatra  y  apóstata,  y  estando  en  forma  de  penitente,  confesso  y  contrito, 
se  le  leyó  su  sentencia  con  méritos,  abjuró  de  vehcmenú,  y  siendo  ab- 
suelto  ad  cautelam,  gravemente  reprendido,  conminado  y  particular- 
mente advertido  de  sus  errores,  fué  condenado  a  cárcel  perpetua  y  a 
que  el  dia  siguiente,  desnudo  de  medio  cuerpo,  saliese  en  muía  de 
albarda  y  se  le  diessen  doscientos  azotes  por  las  calles  públicas  y  acos- 
tumbradas; fueron  sus  padrinos  don  Joseph  Bravo  de  Castilla  y  don 
Felipe  Colmenares. 

"Juan  Joseph  Meneses,  esclavo,  de  casta  zambo,  natural  de  Lima, 
de  edad  de  veinte  años,  de  estado  soltero  y  de  oficio  ollero  y  entintador 
de  imprentas,  salió  al  auto  con  insignias  de  sortilegio,  supersticioso  y 
blasfemo;  y  estando  en  forma  de  penitente  y  con  soga  de  dos  nudos  al 
cuello,  se  le  leyó  su  sentencia  con  méritos;  abjuró  de  levi,  fué  absuelto 
ad  cautelam,  y  condenado  a  que  el  dia  siguiente  al  auto  le  diesen  dos- 
cientos azotes  por  las  calles  públicas  y  acostumbradas,  y  a  destierro  de 
esta  ciudad,  villa  de  Madrid,  corte  de  su  Su  Majestad,  al  presidio  de  Val- 
divia, donde  sirviese  cinco  años  a  ración  y  sin  sueldo,  cumpliendo  con 
las  laudables  penitencias  de  comulgar  tres  veces  por  espacio  de  dos  años, 
en  los  dias  de  Pascua  de  Navidad,  Resurrección  y  Asunción  de  Nuestra 
Señora,  y  que  por  este  tiempo  rezasse  todos  los  viérnes  un  tercio  del 
rosario  a  María  Santísima,  Señora  Nuestra.  Fueron  sus  padrinos  el 
doctor  don  Isidro  Tello  de  Guzmán,  rector  que  ha  sido  de  la  real 
universidad  de  San  Márcos,  y  don  Gaspar  de  Morales  y  Rios. 

"Joseph  Ventura  de  Acosta  y  Montero,  español,  natural  de  la  isla 
de  Tenerife,  en  las  Canarias,  y  residente  en  el  puerto  del  Callao,  de 
exercicio  piloto,  soltero,  de  edad  de  cincuenta  i  tres  años,  salió  al  auto 
con  sambenito  de  media  aspa,  por  proposiciones  heréticas  y  escandalo- 
sas; y  estando  en  forma  de  penitente,  confessa  y  contrito,  se  le  leyó  su 
sentencia  con  méritos,  abjuró  de  vehementi,  fué  absuelto  ad  cautelam 
y  condenado  a  destierro  de  esta  ciudad  de  Lima,  villa  de  Madrid  y  corte 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


299 


de  S.  M.,  por  espacio  de  ocho  años,  y  treinta  leguas  en  contorno,  y  que 
todos  los  sábados  del  expressado  tiempo  reze  una  parte  de  rosario  a 
María  Santísima,  y  en  confiscación  de  la  mitad  de  sus  bienes,  aplicados 
a  la  cámara  y  fisco  de  S.  M.  y  en  su  nombre,  al  receptor  general  del 
Santo  Oficio.  Fueron  sus  padrinos  don  Lorenzo  de  Zárate  y  don  Joseph 
de  Salazar  y  Solórzano. 

"Juana  Nicolasa  Crespo,  negra  esclava,  natural  de  Lima,  de  estado 
soltera,  de  exercicio  lavandera  y  de  cuarenta  años  de  edad,  salió  al 
auto  con  insignias  de  blaphema  heretical  y  con  soga  de  dos  nudos  al 
cuello  y  mordaza;  y  estando  en  forma  de  penitente,  se  le  leyó  su  sen- 
tencia, abjuró  de  levi,  fué  condenada  a  que  al  dia  siguiente  al  auto, 
desnuda  de  la  cintura  arriba,  se  le  diessen  doscientos  azotes  por  las  calles 
públicas  y  acostumbradas,  y  que  reclusa  por  espacio  de  cuatro  años  en 
el  hospital  de  caridad  de  esta  corte,  confiesse  y  comulgue  tres  veces  los 
dos  primeros  años,  en  la  Pascua  de  Resurrección,  dia  de  la  Santísima 
Trinidad  y  Assumcion  de  Nuestra  Señora,  con  tal  que  en  ellas  reze 
todos  los  viernes  y  sábados  de  rodillas  un  tercio  de  rosario  a  María 
Santísima.  Fueron  sus  padrinos  don  Gaspar  de  Zeballos  y  don  Francisco 
de  los  Ríos  y  Tamayo,  marqués  de  Villa  Hermosa. 

"Juan  Esteban  Flores,  alias  de  Andrade,  mestizo,  natural  de  la 
ciudad  de  San  Francisco  de  Quito  y  residente  en  la  de  Cuenca,  del 
mismo  obispado,  de  oficio  zapatero,  y  de  edad  de  treinta  años,  por  dos 
veces  casado,  salió  al  auto  con  insignias  de  polígamo;  y  estando  en 
forma  de  penitente  se  le  leyó  su  sentencia  con  méritos,  abjuró  de  levi 
y  fué  condenado  a  doscientos  azotes  por  las  calles  públicas  y  acostum- 
bradas, y  a  destierro  de  esta  ciudad  de  Lima,  de  la  de  Quito  y  villa  de 
Madrid  y  corte  de  S.  M.,  por  tiempo  de  cuatro  años,  que  cumplirá  en 
el  presidio  de  Valdivia,  y  que  en  los  dos  primeros  años  confiesse  y  co- 
mulgue en  cada  uno  tres  veces,  las  Pascuas  de  Navidad,  Resurrección  y 
Espíritu  Santo,  y  que  los  sábados,  durante  su  destierro,  reze  un  tercio 
de  rosario  a  María  Santísima;  y  en  cuanto  al  vínculo  del  matrimonio, 
se  remitió  al  Ordinario  Eclesiástico,  que  de  la  causa  debe  conocer.  Fue- 
ron sus  padrinos  don  Nicolás  de  Salazar  y  don  Luis  de  Vejarano  y 
Bravo,  conde  de  Villaseñor. 

"Juan  Joseph  Graciano  de  Santa  Clara,  alias  Juan  de  Mata,  pardo 
esclavo,  natural  de  la  ciudad  de  Truxillo,  de  estado  casado,  de  oficio 
albañil  y  de  mas  de  treinta  años  de  edad,  por  dos  veces  casado,  salió 
al  auto  con  insignias  de  polígamo;  y  estando  en  forma  de  penitente. 


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J.   T.  MEDINA 


se  le  leyó  su  sentencia  con  méritos,  abjuró  de  levi  y  fué  condenado  a 
doscientos  azotes  por  las  calles  públicas  y  acostumbradas,  y  a  destierro 
de  esta  ciudad,  villa  de  Madrid  y  corte  de  S.  M.,  por  tiempo  de  cuatro 
años  a  las  ciudades  de  ka.  Pisco  o  Nasca;  y  que  por  espacio  de  dos 
años  confiesse  y  comulgue  las  Pascuas  de  Navidad,  Resurrección  y  Es- 
píritu Santo,  y  que  los  sábados  del  expressado  tiempo  reze  un  tercio 
de  rosario  a  María  Santísima,  y  en  cuanto  al  vínculo  del  matrimonio, 
se  remitió  al  Ordinario  eclesiástico,  que  de  la  causa  debe  entender.  Fue- 
ron padrinos  don  Francisco  de  la  Fuente  e  Ixar,  marqués  de  San  Mi- 
guel y  el  doctor  don  Fernando  Román  de  Aulestía,  colegial  del  Real  y 
mayor  de  San  Felipe. 

"Joaquín  de  Rivera,  alias  don  Antonio  de  Ormaza,  alias  Joaquín 
Pasmino,  español,  natural  de  la  ciudad  de  San  Francisco  de  Quito,  de 
estado  casado,  de  exercicio  pintor  y  después  boticario,  de  edad  de  mas 
de  veinte  y  cinco  años.  Salió  al  auto  con  insignias  de  polígamo,  por 
haberse  casado  tres  veces,  viviendo  su  primera  legítima  muger;  y  estan- 
do en  forma  de  penitente,  con  soga  de  dos  nudos  al  cuello,  se  le  leyó 
su  sentencia  con  méritos;  abjuró  de  levi  y  fué  condenado  a  doscientos 
azotes  por  las  calles  públicas  y  acostumbradas  y  a  destierro  de  esta  ciu- 
dad, de  la  de  Quito  y  villa  de  Madrid,  corte  de  S.  M.,  por  espacio  de 
seis  años,  que  cumplirá  en  la  ciudad  de  Guayaquil,  y  que  por  tiempo 
de  dos  años  confiesse  y  comulgue  tres  veces  en  cada  uno  por  las  Pascuas 
de  Navidad,  Resurrección  y  Espíritu  Santo,  y  durante  el  destierro  reze 
todos  los  sábados  un  tercio  de  rosario  a  María  Santísima;  y  en  quanto 
al  vínculo  de  matrimonio,  se  remitió  al  juez  eclesiástico  que  de  la  causa 
pueda  y  deba  conocer.  Fueron  sus  padrinos  don  Francisco  Arias  Saa- 
vedra,  marques  de  Moscoso,  y  don  Diego  Santa  Cruz  y  Zenteno. 

"Joseph  Pantaleon  Pardo,  esclavo,  natural  de  la  ciudad  de  lea  de 
este  arzobispado,  de  estado  soltero,  y  sin  exercicio,  de  edad  (al  parecer) 
de  quarenta  años.  Salió  al  auto  con  insignias  de  testigo  falso,  siendo 
inventor,  promovedor,  director  y  cabeza  de  la  conspiración  que  princi- 
pió y  fomentó  contra  el  inocente  don  Juan  de  Loyola  y  Haro,  impután- 
dole ser  judío  judaizante,  con  muy  execrables  delitos  de  palabras  y  obras, 
y  pretendiendo  afirmar  la  falsedad  del  hecho  y  calumnia  con  aparicio- 
nes y  locuciones  sobrenaturales  e  injuriosas  a  nuestro  Señor  Jesucristo 
y  a  su  Madre  Santísima,  fingidas  por  el  despravado  ánimo  de  este  reo. 
Y  estando  en  forma  de  penitente,  se  le  leyó  su  sentencia  con  méritos  y 
fué  condenado  a  doscientos  azotes  y  a  que  sirva  a  S.  M.  a  ración  y  sin 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


301 


sueldo  perpetuamente  en  el  presidio  de  Valdivia,  y  que  todos  los  vier- 
nes reze  una  parte  del  rosario  a  María  Santísima,  y  por  particular  mise- 
ricordia del  Santo  Tribunal  no  se  le  relaxó  al  brazo  secular.  Fueron  sus 
padrinos  don  Juan  Baptista  Casabona,  mayordomo  del  Excmo.  señor 
Virey,  y  don  Joseph  de  Rozas,  gentil  hombre. 

"Francisco  del  Rosario,  alias  el  Chileno,  de  casta  zambo,  esclavo, 
natural  de  la  ciudad  de  Santiago  del  reyno  de  Chile,  de  estado  soltero 
y  sin  oficio,  de  edad  de  mas  de  treinta  años.  Salió  al  auto  con  insignias 
de  testigo  falso  por  haber  sido  inventor,  promovedor  y  director  de  la 
falsa  calumnia  de  judío  judaizante  que  padeció  la  inocencia  de  su  amo, 
don  Juan  de  Loyola,  con  muy  execrables  delitos  de  palabras  y  obras. 
Y  estando  en  forma  de  penitente,  se  le  leyó  su  sentencia  con  méritos  y 
fué  condenado  a  doscientos  azotes  y  a  que  sirva  a  S.  M.  a  ración  y  sin 
sueldo  perpetuamente  en  el  presidio  de  Valdivia,  y  que  todos  los  viér- 
nes  reze  una  parte  del  rosario  a  María  Santísima;  no  habiéndosele  re- 
laxado al  brazo  secular  por  conmiseración  particular  que  tuvo  con  este 
reo  el  Santo  Tribunal.  Fueron  sus  padrinos  don  Joseph  Miguel  de 
Ovalie  y  don  Martin  de  Texada,  gentiles  hombres  del  Excmo.  señor 
Virey. 

"Juan  de  Hermosilla,  negro  esclavo,  natural  de  Lima,  de  estado 
soltero,  de  oficio  botijero,  y  al  parecer  de  treinta  años  de  edad,  que 
murió  presso  por  este  Santo  Oficio.  Salió  al  auto  en  estatua,  con  insig- 
nias de  testigo  falso,  por  la  falsa  calumnia  de  judío  judaizante  que 
imputó  a  su  amo  don  Juan  de  Loyola.  Y  estando  en  forma  de  penitente, 
se  le  leyó  su  sentencia  con  méritos.  Fueron  sus  padrinos  don  Joseph 
Cayetano  Hurtado,  caballero  del  Orden  de  Santiago,  y  el  coronel  don 
Diego  de  Chavez  y  Messía,  maestre  de  campo  del  batallón  de  esta 
ciudad. 

"Catharina,  alias  Catha  de  Vera,  zamba  de  indio,  libre,  de  exercicio 
cocinera  y  lavandera,  natural  de  la  ciudad  del  Cuzco,  de  cincuenta  años 
de  edad  y  de  estado  viuda,  salió  al  auto  con  insignias  de  testigo  falso, 
por  haber  inventado  y  promovido  la  falsa  calumnia  de  judío  judaizante, 
contra  el  inocente  don  Juan  de  Loyola,  en  cuya  casa  sirvió  de  criada 
desde  sus  primeros  años;  y  estando  en  forma  de  penitente,  se  le  leyó 
su  sentencia  con  méritos  y  fué  condenada  a  doscientos  azotes  por  las 
calles  públicas  y  acostumbradas  y  a  que  por  tiempo  de  diez  años  sirva 
en  el  hospital  de  la  Caridad  o  en  otro  de  esta  corte,  según  dispusiesse 
el  Santo  Tribunal,  y  a  que  todos  los  viérnes  reze  una  parte  de  rosario 


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J.   T.  MEDINA 


a  María  Santísima.  Fueron  sus  padrinos  don  Antonio  Bansi,  gentil- 
hombre del  Exmo.  señor  Virey,  y  don  Justino  Solórzano. 

"Juan  de  Loyola  Haro  de  Molina,  natural  de  la  ciudad  de  lea, 
donde  obtuvo  los  honrosos  empleos  de  maestre  de  campo  del  batallón 
y  varias  veces  de  alcalde  ordinario,  siendo  de  primer  voto  en  su  Ilustre 
Cabildo  y  Regimiento,  de  poco  mas  de  sesenta  años  de  edad,  de  estado 
soltero,  que  presso  por  este  Santo  Oficio  murió;  salió  al  auto  en  estatua, 
y  estando  en  forma  de  inocente,  con  palma  en  las  manos  y  vestido  de 
blanco,  se  le  leyó  su  sentencia  absolutoria,  dándole  por  libre  de  los  de- 
litos de  heregía  y  judaismo,  que  por  maliciosa  conspiración  y  falsa  ca- 
lumnia se  le  imputaron.  Restituido,  pues,  al  buen  nombre,  opinión  y 
fama  que  antes  de  su  prisión  gozaba,  se  mandó  saliese  en  el  acompaña- 
miento, entre  dos  sujetos  distinguidos  que  el  Santo  Tribunal  señaló 
para  que  le  apadrinasen  en  la  procesión  de  reos,  y  que  al  tiempo  de 
actuarse  la  función  en  la  iglesia,  se  colocase  la  estatua  en  medio  de  lo 
mas  calificado  del  concurso;  que  levantados  cualesquiera  secuestros  y 
embargos  hechos  en  sus  fincas  y  bienes,  se  entregassen  del  todo,  según 
el  inventario  que  de  ellos  se  hizo  cuando  se  secuestraron;  que  si  su 
hermano,  sobrinos  y  parientes  quisiessen  passear  la  estatua  por  las  ca- 
lles públicas  y  acostumbradas,  puesta  en  un  caballo  blanco  hermosa- 
mente enjaezado,  le  executassen  el  dia  siguiente  al  auto  en  que  los 
ministros  del  Santo  Tribunal  hablan  de  hacer  cumplir  la  pena  de  azotes 
que  se  impuso  a  cada  reo,  y  que  en  atención  a  haberse,  de  órden  del 
Santo  Tribunal,  sepultado  secretamente  su  cadáver  en  una  capilla  de 
la  iglesia  de  Santa  María  Magdalena,  Recolección  de  Santo  Domingo, 
pudiessen  exhumarlo  para  hacerle  públicas  exequias,  trasladándole  al 
lugar  que  por  su  última  voluntad  señaló  para  su  entierro,  y  que  a  su 
hermano  y  parientes  se  despachassen  testimonios  de  este  hecho  para 
que  en  ningún  tiempo  la  padecida  calumnia  les  sea  embarazosa  a  obte- 
ner los  mas  sobresalientes  empleos,  assí  políticos,  como  cargos  del  Santo 
Oficio,  honrándoles  el  Tribunal  con  las  gracias  que  juzgare  proporcio- 
nadas para  comprobar  la  inocencia  del  espressado  don  Juan  de  Loyola, 
difunto.  Fueron  sus  padrinos  don  Fermin  de  Carvajal,  conde  del  Cas- 
tillejo, y  don  Diego  de  Hesles  Campero,  brigadier  de  los  reales  exércitos 
de  S.  M.  y  secretario  de  cámara  del  Exmo.  señor  Conde  de  Superunda, 
virey  de  Lima. 

"Fenecida  la  lectura  de  las  causas  y  sentencias,  baxaron  del  pavo- 
roso cadalso  dos  de  los  reos  que  tenian  el  hábito  penitencial  a  media 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


303 


aspa,  y  puestos  de  rodillas  cerca  de  la  mesa  que  estaba  junto  a  las  dos 
sillas,  que  baxo  del  dosel  servían  de  respetoso  asiento  a  los  señores  in- 
quisidores, tocaron  con  las  manos  la  cruz  y  libro  de  los  Evangelios, 
haciendo  abjuración  de  vehementi,  que  les  repetia  don  Joseph  de  Arez- 
curenaga,  secretario  del  Santo  Tribunal.  Puesto  entonces  en  pié  el  señor 
visitador,  doctor  don  Pedro  Antonio  de  Arenaza  y  Gárate,  con  estola 
morada  al  cuello,  recitó  en  el  Manual  Romano  las  oraciones  prevenidas 
para  casos  semejantes,  a  que  acompañando  el  himno  Veni  Creator  Spi- 
ritus,  devotamente  entonado  por  la  religiosa  comunidad,  hizo  a  los 
reos,  postrados  en  su  presencia,  las  preguntas  de  estilo  prevenidas  en 
el  ceremonial;  y  repitiendo  después  la  misma  comunidad  el  salmo  del 
Miserere,  destinado  a  la  penitente  ceremonia,  seis  religiosos  sacerdotes, 
revestidos  con  sobrepellices,  hirieron  con  unas  varas  las  espaldas  de  los 
reos.  Acabado,  pues,  el  último  versículo  del  expressado  salmo,  les  absol- 
vió el  señor  visitador,  según  la  fórmula  del  mismo  Manual  y  sagrada 
costumbre  que  se  observa  en  iguales  ocasiones.  Terminada  esta  cere- 
monia, conduxo  el  alcaide  cuatro  reos,  que  en  presencia  de  los  señores, 
arrodillados  como  los  otros,  pronunciaron  la  abjuración  de  levi,  que  les 
leyó  el  mismo  secretario;  y  assí  reconciliados  con  la  Iglesia  por  medio 
de  la  absolución  y  arrepentimiento,  prosiguió  la  missa  que  el  celebrante 
habia  suspendido  mientras  hicieron  la  detestación  y  abjuración  de  sus 
delitos,  conforme  la  naturaleza  de  ellos,  y  llegando  al  Sanctus,  encen- 
dieron las  velas  verdes  que  tenian  en  las  manos;  después,  postrados 
delante  de  la  peña  del  altar,  las  ofrecieron  al  sacerdote,  besándole  la  mano, 
luego  que  terminó  con  toda  la  acción  del  templo  el  sacrosanto  sacrificio 
de  la  missa. 

"Concluidas  estas  sagradas  demostraciones  en  la  iglesia,  que  recibe 
en  su  gremio  a  los  apóstatas  de  la  fe,  cuando  reconciliados  por  mano  de 
la  penitencia  se  reúnen  a  ella,  volvió  a  formarse  la  procesión  con  aquella 
órden  que  habia  entrado,  y  procediendo  otra  vez  por  la  plaza  mayor, 
el  Exmo.  señor  Virey,  que  también  le  esperaba  a  la  vuelta  en  la  galería 
del  palacio  en  que  antes  se  habia  dexado  ver,  repitió  con  el  Tribunal 
Santo  de  la  Fe  las  mismas  católicas  demostraciones  que  a  la  ida  le  ha- 
blan dictado  su  religioso  celo  y  fervorosa  cristiandad. 

"Continuando,  pues,  el  ilustre  acompañamiento,  siguió  la  proce- 
sión hasta  restituirle  al  Tribunal,  donde  terminó  aquel  admirable  es- 
pectáculo de  la  fe,  con  las  atenciones  de  urbanidad  y  cortesanía  que 
actuaron  los  señores  Ynquisidores  con  la  nobleza  que  asistió  a  apadrinar 


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J.  T,  MEDINA 


los  reos,  que  entregados  al  alcaide,  los  volvió  a  sus  calabozos,  para  que 
el  dia  veintiuno,  saliendo  en  muías  de  albarda  por  las  calles  públicas, 
a  la  vergüenza,  se  executasse  en  ellos,  a  voz  de  pregonero,  la  sentencia 
de  azotes,  que  se  practicó  assí. 

"Venian  los  primeros  a  caballo,  el  alcaide  y  portero  del  Santo 
Tribunal.  Conducíanse  luego  en  muías  de  albarda  los  reos,  desnudos 
de  la  cinta  arriba,  con  las  afrentosas  insignias  de  coroza  a  la  cabeza 
y  soga  gruesa  al  cuello;  y  en  cada  esquina  de  las  calles  públicas  y  acos- 
tumbradas, el  fiel  executor,  a  voz  de  pregonero  que  publicaba  sus  de- 
litos, les  heria  con  una  penca  las  espaldas,  para  que  cumpliéndose  assí 
la  sentencia  de  azotes  que,  en  vista  de  sus  méritos,  se  les  impuso, 
pagassen  con  este  linage  de  castigo  otras  penas  de  cárcel  y  destierro,  las 
abominables  culpas  que  cometieron  contra  el  candor  y  pureza  de  la  ley. 

"Después,  quatro  lacayos,  costosamente  adornados  de  libreas  de 
paño  azul  fino,  con  botonaduras,  alamares  y  franjas  de  plata,  conduelan 
de  unos  cordones  de  seda  el  generoso  blanco  bruto,  que  con  riquísimos 
encintados  de  tisú  de  oro,  silla  de  terciopelo  carmesí  bordada  de  plata 
de  realze,  con  artificios  lucientes  briscados,  estribos  y  hevillages  de  oro 
de  martillo,  cargaba  la  estatua  de  don  Juan  de  Loyola,  que  ostentando 
con  la  palma  que  llevaba  el  triunfo  de  la  calumnia,  se  hizo  símbolo 
de  la  inocencia.  Acompañábanle  por  uno  y  otro  lado,  con  igual  gran- 
deza, assí  en  los  jaeces  de  los  caballos,  como  en  la  riqueza  de  los  vesti- 
dos, los  dos  calificados  sujetos  que  le  hablan  apadrinado  en  la  procession 
de  reos  y  celebridad  del  auto.  Seguíale  a  pocos  passos,  vestido  de  tercio- 
pelo negro  con  hábito  y  venera  del  Santo  Oficio  y  vara  alta,  insignia 
de  su  honroso  cargo,  el  alguacil  mayor  del  Santo  Tribunal,  Marques 
de  Montealegre,  en  un  brioso  bruto,  que  airosamente  manexaba.  Iba 
con  igual  lucimiento  a  su  lado  siniestro,  don  Gaspar  de  Orue,  secretario 
del  Secreto,  acompañándolo  de  retroguardia  un  trozo  de  caballería,  resto 
de  todo  el  cuerpo  militar,  que  con  espada  en  mano,  guarnecían  por 
frente  y  costados  el  mísero  y  abominable  espectáculo  de  reos. 

"Assí  passearon  veintidós  calles,  habiendo  subido  hasta  la  plazuela 
de  Santa  Ana,  y  de  aquí,  descendiendo  por  la  real  cassa  de  Moneda 
y  colegio  de  Santo  Thomas,  se  restituyeron  al  Tribunal,  donde  el  al- 
guacil mayor  volvió  los  castigados  reos  al  alcaide  para  que,  puestos 
otra  vez  en  sus  encierros,  saliessen  el  señalado  dia  a  cumplir  sus  cárceles, 
depósitos  y  destierros.  Y  para  que  en  cumplimiento  de  los  mandatos 
del  Santo  Tribunal,  no  qucdasse  órden  sin  executarse,  el  dia  seis  de 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


305 


noviembre,  en  la  iglesia  del  colegio  máximo  de  San  Pablo,  con  la  assis- 
tencia  de  la  mayor  parte  de  la  nobleza  de  esta  ciudad,  convidada  por  los 
dichos  calificados  padrinos,  se  hicieron  públicas  exequias  a  don  Juan 
de  Loyola,  cuyos  huessos,  exhumados  de  la  bóveda  en  que  secretamente 
se  habian  sepultado  en  una  capilla  de  la  iglesia  de  Santa  María  Magda- 
lena, se  trasladaron  a  este  templo,  donde  se  les  señaló  sitio  para  su 
depósito  y  entierro,  en  que  yacen  en  cerrado  cajón,  debido  honor  a  su 
inocencia. 

"De  este  modo  se  cumplieron  todas  las  órdenes  del  Santo  Tribunal, 
reconociéndose  en  lo  mas  arduo  indeficiente  el  celo  del  señor  consejero 
visitador  y  señores  Ynquisidores,  pues  en  medio  de  una  general  desola- 
ción, continuada  plaga  de  temblores,  repetidas  epidemias  y  otras  cala- 
midades que  bastaban  a  perturbar  el  ánimo  mas  constante,  siempre 
se  ha  esperimentado  vigoroso  su  espíritu  para  atender  a  lo  económico 
y  civil  del  Tribunal.  De  manera  que  aunque  se  deshizo  el  material  de 
sus  fábricas,  se  mantuvo  en  perfección  lo  formal  de  su  gobierno,  a  es- 
pensas  del  desvelo  y  cuidado  de  tan  celosos  ministros,  que  aun  a  peligro 
de  sus  propias  vidas,  desempeñaron  la  obligación  de  su  cargo.  Y  se 
espera  en  la  bondad  divina  que  pues  los  previno  para  defensa  de  tanto 
riesgo,  los  continuará  para  reparo  de  tanto  mal,  interesando  la  cristian- 
dad en  este  nuevo  mundo,  con  la  actividad  de  su  infatigable  celo,  mu- 
chas medras  en  la  pureza  de  la  religión"  (3). 

La  más  notable  de  las  causas  de  los  reos  que  quedan  referidos,  y 
por  sus  circunstancias  y  resultados  una  de  las  más  interesantes  que  ja- 
más se  hubiesen  presentado  en  el  Tribunal,  fué  sin  duda  la  de  Juan 
de  Loyola. 

Había  sido  éste  denunciado  en  lea,  el  15  de  abril  de  1743,  por  un 
esclavo  de  don  Diego  de  los  Ríos,  que  contaba  que  habiendo  en  un  día 
viernes  oído  que  tiraban  un  cohete  de  la  casa  de  Loyola,  notó  que  en 
seguida  habían  salido  al  campo  tres  bultos  negros,  en  uno  de  los  cuales 
había  reconocido  a  don  Juan,  y  que  junto  los  tres,  pasada  la  medianoche, 
se  iban  a  la  falda  de  un  cerro  despoblado,  donde  ante  una  luz  pequeña, 
sentía  que  daban  de  azotes  a  alguien;  y  que  a  otro  negro  le  había  oído 
que  el  denunciado  tenía  un  crucifijo  enterrado  debajo  del  quicio  de  la 
puerta  de  su  casa,  en  su  hacienda,  y  que  al  que  pisaba  allí  encima,  aun- 
que fuese  por  acaso,  le  hacía  agasajos;  y  que  tenía  también  otro  Cristo 


(.■))  I.lnno  V  Zapata,  Reliuiáii  del  mito  pail'nithii-  de  je,  ele,  I.iiiia,  17S(),  -1." 
2Ü — La  Inquisición  de  Lima  Tomo  1 1 


306 


J.   T.  MEDINA 


de  rostro  muy  hermoso  metido  dentro  de  una  tinaja  grande,  donde 
guardaba  pallares  y  cecinas. 

Esta  era  la  denuncia  más  seria  que  obraba  en  el  proceso,  y  con  su 
vista,  se  votó  en  que  el  reo  fuese  preso  con  secuestro  de  bienes,  lo  que 
se  ejecutó  en  9  de  julio  de  1743. 

Mientras  tanto,  el  Comisario  de  ka  comunicaba  al  Tribunal  siete 
días  después,  que  el  preso  había  otorgado  escritura  de  donación  de  su 
hacienda,  casa  y  viña  a  favor  de  cierto  beatorio,  a  lo  cual  se  persuadía 
había  dado  motivo  la  voz  que  corría  en  el  pueblo  de  que  Loyola  era 
judío. 

En  8  de  agosto  era  el  reo  remitido  a  Lima  y  una  vez  encerrado 
en  cárceles  secretas,  se  continuó  recibiendo  las  deposiciones  de  los 
nuevos  testigos  que  se  habían  presentado  y  que  en  sustancia  ni  siquiera 
alcanzaban  a  dar  más  luz  que  lo  que  ya  constaba  en  el  proceso.  Junto 
con  esto,  el  Comisario  repetía  oficio  al  Tribunal  diciendo  que  no  había 
procedido  a  escarbar  en  el  sitio  donde  se  afirmaba  que  estaba  enterrado 
el  crucifijo,  porque  una  nueva  voz  pública  aseveraba  que  la  denuncia- 
ción hecha  al  reo  no  había  tenido  más  propósito  que  el  de  robar  a 
Loyola,  y  que  ya  una  mujer  de  las  que  había  declarado,  en  artículo 
de  muerte,  había  confesado  al  padre  jesuíta  Manuel  de  Bustos  que  la 
denunciación  era  falsa. 

A  pesar  de  eso,  se  tuvo  con  el  reo  la  primera  audiencia  el  21  de 
dicho  mes  de  agosto,  diciendo  él  ser  soltero,  de  edad  de  sesenta  años, 
maestre  de  campo  por  su  grado  militar,  y  que  en  cuanto  a  los  hechos 
de  que  pudiera  acusársele,  no  podía  sino  atribuirlos  a  la  mala  voluntad 
que  le  tenían  sus  criados. 

Dedujo  el  Fiscal,  sin  embargo,  doce  capítulos  de  acusación  contra 
el  reo,  aceptando  plenamente  las  deposiciones  de  los  testigos  y  hacién- 
dole, además,  cargo  de  que  nunca  había  procurado  que  sus  esclavos 
muriesen  sacramentados,  y  a  que  hacía  tres  años  que  no  oía  misa  ni 
se  confesaba. 

Llegado  el  caso  de  las  ratificaciones,  comenzó  a  descubrirse  que  el 
denunciante  se  jactaba  de  ser  el  autor  de  la  prisión  de  Loyola  y  de  la 
libertad  de  sus  esclavos,  por  lo  cual,  a  mediados  de  febrero  de  1745, 
se  le  mandó  encarcelar  a  él  y  cuatro  de  los  demás  declarantes. 

Loyola,  que  aparecía  gravemente  enfermo,  fué  trasladado  a  un 
convento  en  julio  de  ese  mismo  año;  pero  habiéndose  agravado  mucho, 
el  Guardián  ocurrió  al  Tribunal  a  preguntar  lo  que  haría  en  tal  coyun- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


307 


tura,  siendo  requerido  para  que  exhortase  al  reo,  antes  de  confesarlo, 
a  que  dijese  la  verdad. 

A  todo  esto  ios  jesuítas,  que  no  habían  puesto  los  pies  en  el  Tribu- 
nal desde  que  el  padre  UUoa  había  sido  condenado,  hacían  todo  género 
de  esfuerzos  en  solicitud  de  la  libertad  de  Loyola;  pero  éste  se  hallaba 
ya  tan  postrado  que  en  27  de  diciembre  de  1745  fallecía  "con  grandes 
señales  de  salvación",  según  afirmaba  un  fraile  del  convento  en  que  se 
hallaba  recluso,  y,  en  consecuencia,  se  le  mandó  enterrar  allí  secreta- 
mente, y  de  donde  después  se  exhumaron  sus  huesos  para  que  se  le 
hiciese  entierro  público,  según  hemos  visto  (4). 

Ya  hemos  indicado  que  con  la  partida  de  Arenaza,  Amusquíbar 
había  quedado  solo  en  el  Tribunal.  Algunos  meses  después,  llegaba, 
sin  embargo,  de  La  Plata,  a  hacerse  cargo  del  puesto  de  inquisidor  el 
canónigo  Diego  Rodríguez  Delgado,  que  por  las  circunstancias  que 
sabemos,  tuvo  que  irse  a  vivir  en  casa  aparte  de  la  que  ocupaba  su 
colega  en  el  colegio  de  San  Felipe  (5). 

Muy  pronto  informaba  al  Consejo  de  que  se  consideraba  comple- 
tamente incapaz  de  proceder  al  reconocimiento  de  las  cuentas  del  re- 
ceptor, según  se  le  había  ordenado,  porque  "era  imposible  a  los  mas 
linces  ojos  rejistrar  los  lejítimos  cargos  en  que  se  halla  descubierto;  si 
resultan  contra  él  por  su  culpa  o  neglijencia;  su  importe  líquido,  etc." 
Apuntaba,  igualmente,  que,  según  sus  informes  privados,  lo  que  se 
gastaba  en  los  reos  no  pasaba  de  mil  pesos  al  año,  partida  que  en  las 
cuentas  se  hacía  ascender  a  cuatro  mil;  que  se  estaban  debiendo  más  de 
setenta  mil  pesos  de  rentas  de  fincas  y  canonjías;  que  con  las  rebajas 
de  sueldos,  que,  por  ser  exorbitantes,  proponía  que  se  redujesen,  ese 


(4)  En  España,  con  vista  del  expediente,  se  resolvió  que  "la  prisión  había  sido  injusta, 
por  no  haber  en  la  sumaria  prueba  convincente  del  delito,  pues  solo  habia  un  testigo  formal, 
decían  los  consejeros,  y  éste  de  ínfima  condición";  que  antes  de  la  prisión  se  debieron  calificar 
los  hechos,  amén  de  otros  defectos  del  proceso,  que  se  pusieron  todos  a  cargo  del  inquisidor 
Calderón  para  cuando  se  obrase  la  visita.  Carta  de  Arenaza  de  6  de  noviembre  de  174').  Ya 
sabemos  que  semejante  cargo  al  fin  no  se  hizo  efectivo. 

(5)  Rodríguez  era  natural  de  Oropesa  en  Extremadura,  y  había  cursado  en  Alcalá  más 
de  siete  años.  El  obispo  Casiani  le  llevó  como  secretario  a  Cartagena  en  1713,  de  donde 
regresó  a  España  cinco  años  más  tarde.  En  1723  obtuvo  la  tesorerí.n  de  la  catedral  de  Santa 
Marta,  y  cinco  años  después  la  chantría.  Habiendo  sido  promovido  un  hermano  suyo  al  obis- 
pado de  Panamá,  le  llevó  en  su  compañía  como  secretario,  para  pasar,  en  seguida,  a  servir 
(1  curato  de  la  villa  de  los  Santos,  durante  tres  años.  En  1732  cuando  su  hermano  fue  tras- 
ladado a  los  Charcas,  le  llevó  también  consigo.  Hasta  1736  estuvo  en  La  Paz,  para  ser  ascen- 
dido a  una  canonjía  de  La  Plata  en  1739.  De  su  puesto  de  inquisidor  tomó  posesión  el  día 
9  de  diciembre  de  1751. 


308 


J.    T.  MEDINA 


capital  subiría  sin  inconveniente  a  cien  mil  pesos,  con  cuya  suma  habría 
de  sobra  para  reedificar  las  casas  y  la  capilla  del  Tribunal.  "No  puedo 
omitir  a  U.  S.,  aunque  sea  de  paso,  concluía,  que  en  el  tiempo  del 
receptor  anterior  a  el  actual,  se  confiscaron  mas  de  sesenta  mil  pesos 
por  la  causa  de  Francisco  Ubau,  discípulo  del  padre  Ulloa,  quien  fué 
castigado  por  este  Tribunal  por  sus  delitos,  cuya  noticia  se  me  ha  par- 
ticipado, y  aunque  he  solicitado  secretamente  razón  de  este  embargo, 
su  consumo  y  existencia,  no  lo  he  podido  adquirir  (6). 

A  poco  andar,  los  malos  informes  que  transmitía  no  se  limitaron 
ya  al  receptor,  tachando  juntamente  a  todos  los  empleados  que  por 
vizcaínos  estaban  ligados  en  facción  aparte.  De  su  colega,  a  quien  el 
secretario  Torres  calificaba  de  torcida  intención  y  suma  hiprocresía, 
contaba  que  "su  amor  propio  era  imponderable  y  le  hacia  inflexible 
y  distante  del  conocimiento  de  la  razón  y  de  todo  lo  que  se  pueda 
enderezar  a  la  paz  y  a  la  rectitud  del  Tribunal;  vive  tan  pagado  de 
su  dictamen,  que  aun  en  las  materias  claras,  leves  y  cortas  no  hay 
espresiones  que  le  basten  ni  inclinen  a  lo  justo,  siendo  tan  irresoluble 
y  voluntarioso  en  otras  que  estando  una  causa  cerca  de  un  año  ha  en 
estado  de  sentencia  definitiva  en  revista,  no  he  podido  conseguir  con- 
curra a  su  determinación".  Añadía,  que  era  muy  de  reprochársele  que 
en  una  vivienda  armada  de  cañas,  fabricada  en  medio  del  patio  de  un 
colegio,  frecuentado  no  sólo  por  los  colegiales  y  sus  sirvientes,  sino 
por  la  gente  ordinaria  que  se  hallaba  allí  recogida  con  ocasión  del  últi- 
mo temblor,  "gobierne  y  dirija  sus  empeños,  escriba  billetes,  confiera 
asuntos".  Achacábale,  en  seguida,  su  estrecha  unión  con  Ilarduy,  "de 
natural  voluntarioso,  recio  y  mal  inclinado,  de  rencor  y  soberbia  inco- 
rrejibles";  con  el  administrador  de  patronatos  y  con  el  secretario  Bar- 
tolomé López  Grillo,  que  constituían  entre  todos  una  alianza  de  viz- 
caínos tan  firme  e  inseparable,  que  dificultando  en  extremo  toda  pro- 
videncia, hacía  indispensable  una  reforma  (7). 

El  origen  de  esta  separación  de  los  dos  únicos  miembros  del  Tri- 
bunal, que  como  aconteció  siempre  en  semejantes  casos,  llegó  a  dege- 
nerar en  odios  irreconciliables,  lo  atribuía  por  su  parte  Amusquíbar  a 
las  íntimas  relaciones  que  su  colega  Rodríguez  cultivaba  con  Calderón, 
que  aún  permanecía  retraído  en  su  chacra,  y  por  servir  cuyos  intereses 


(6)  Calla  de  28  de  diciembre  de  1752. 

(7)  hl.  de  26  de  abril  de  1753. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


309 


en  la  dote  de  cierta  monja,  había  no  sólo  tomado  su  partido,  sino  avan- 
zándose hasta  enviar  a  la  puerta  del  colegio  en  que  vivía  una  compa- 
ñía de  soldados  armados  (8).  Lo  cierto  era  que  ambos  inquisidores, 
no  contentos  con  no  verse,  despachaban  cada  uno  en  sus  respectivas 
viviendas,  que,  como  hemos  advertido,  a  causa  del  temblor  de  1747, 
no  estaban  ya  en  el  mismo  edificio,  sino  en  casas  separadas  y  hasta 
distantes. 

No  podía  tampoco  Amusquíbar  perdonar  a  Rodríguez  que  con 
ocasión  de  la  real  cédula  de  20  de  julio  de  1751,  que  negaba  a  los 
ministros  del  Santo  Oficio  el  fuero  activo  en  lo  civil  y  criminal,  incu- 
rriese "en  la  vergonzosa  deserción"  de  no  haber  resistido  su  cumpli- 
miento, poniéndose  de  parte  del  Virrey,  que  lo  exigía,  no  habiendo 
sido  de  su  mismo  parecer  en  adoptar  la  excusa  que  para  ello  se  daba 
de  no  haber  sido  pasada  esa  real  disposición  por  el  Consejo  de  la  Gene- 
ral Inquisición,  siendo  que  a  todas  luces  esa  orden  importaba  el  golpe 
más  tremendo  que  jamás  se  hubiese  asestado  a  los  privilegios  y  autoridad 
del  Tribunal  (9). 

Así,  poco  más  tarde,  para  descargo  de  su  conciencia,  según  su» 
textuales  palabras,  pedía  terminantemente  que  por  la  notoria  y  total 
insuficiencia  de  su  colega,  que  le  constituía  inútil  para  ministro  del 
Santo  Oficio,  se  nombrase  otro  sujeto  idóneo  y  se  colocase  a  aquél  en 
una  mitra,  que,  según  se  decía,  anhelaba  ansiosamente,  buscando  para 
el  efecto  informes  favorables  del  Virrey  "con  que  debilitar  y  desva- 
necer los  que  estaban  anticipados  contra  su  persona  en  el  Consejo  y 
Cámara  de  las  Indias,  por  el  Cabildo  eclesiástico,  Presidente,  Real  Au- 
diencia y  Fiscal  de  los  Charcas;  y  aun  en  el  caso  de  no  poderse  propor- 
cionar, añadía,  la  insinuada  promoción,  es  urjentísima  la  necesidad  que 
hay  de  esta  misma  providencia,  pues  el  inquisidor  Rodríguez  lo  es  solo 
en  el  nombre,  no  habiendo  dictado  en  dos  años  que  ha  que  juró  su 
plaza  una  cláusula  en  audiencia,  despachos,  cartas,  estrados,  relaciones 
de  causas,  ni  siendo  capaz  de  hacerlo  sino  con  el  empeño  que  se  deja 
entender  por  el  de  los  votos  que  ha  dictado  con  ocasión  de  discor- 
dia" (10). 

(8)  Caitti  tle  Amusquíbar  de  26  abril  ilc  1753. 

('*)  Los  autos  que  se  siguieron  con  motivo  ilc  esta  competencia  son  bastante  voluminosos, 
pero  nos  ha  parecido  bastante  dejar  aquí  constancia  del  hecho,  para  tratarlo  con  alguna  mayor 
extensión  en  el  capítulo  ñnai  de  esta  obra. 

(H))  Cuita  de  16  de  enero  de  \75'\. 


310 


J.   T.  MEDINA 


Por  fortuna  para  el  decoro  del  Tribunal,  como  se  expresaba  Amus- 
quíbar,  Rodríguez  murió  repentinamente  el  31  de  octubre  de  1756. 
Vino,  pues,  aquél,  con  este  suceso  a  quedar  nuevamente  solo  en  el 
Santo  Oficio,  y  aunque  poco  después  se  designaba  para  acompañarle  a 
José  de  Salazar  y  Cevallos,  canónigo  de  Arequipa,  no  alcanzó  éste  a 
tomar  posesión  del  destino  a  causa  de  su  fallecimiento,  que  se  anunció 
a  Lima  por  correo  especial  en  noviembre  del  año  siguiente  de  1757  (11). 

Según  se  habrá  notado,  de  algún  tiempo  atrás,  los  inquisidores 
no  se  enviaban  ya  de  España,  como  antes,  sino  que  se  elegían  de 
entre  los  eclesiásticos  establecidos  en  Indias  y  aún  naturales  de  ellas, 
a  pesar  de  que  era  corriente  por  esa  época  la  opinión  de  que  los  criollos 
no  eran  aparentes  para  puestos  de  justicia  (12).  Con  este  sistema  no 
obedecía  el  Consejo  General  a  una  opinión  diversa  de  la  que  le  trans- 
mitían sus  agentes  de  América,  sino  a  que  con  este  medio  se  evitaban 
los  cuantiosos  gastos  que  demandaba  el  pasaje  desde  España  de  los 
inquisidores  y  sus  séquitos,  deseoso  de  verificar  por  este  medio  econo- 
mías que  permitiesen  proceder  de  una  vez  y  de  una  manera  seria  a 
la  reconstrucción  del  arruinado  edificio  de  la  Inquisición.  A  este  pro- 
pósito tendían  las  instrucciones  que  se  habían  entregado  a  los  ministros 
últimamente  nombrados  y  que  habían  motivado  de  parte  de  ellos  y 
muy  especialmente  de  Rcxlríguez  varias  propuestas  de  arbitrios,  como 
la  reducción  del  salario  de  los  jueces  y  de  algunos  ministros  y  la 
supresión  de  algunos  destinos  que  se  consideraban  superfinos.  Pero 
esto,  junto  con  no  implantarse,  había  originado  cargos  graves  contra 
Amusquíbar,  ya  por  las  cuantiosas  sumas  que  invirtiera  en  el  arreglo 
de  su  habitación  provisional,  ya  por  nuevos  e  innecesarios  nombra- 
mientos, ya,  por  fin,  por  propinas  otorgadas  a  sus  allegados  y  fa- 
vorecidos (13). 

Sin  embargo,  ya  que  no  se  adoptó  ninguno  de  los  medios  anterior- 
mente propuestos,  el  Consejo  obtuvo  del  Rey  autorización  para  nego- 


(11)  Carta  de  Jerónimo  de  la  Torre,  de  17  de  noviembre  de  1757. 

(12)  "Los  criollos  de  estas  provincias,  no  son  para  ministerios  de  justicia"  decía  La 
Torre  en  la  carta  que  acabamos  de  citar.  r)esdc  la  fundación  el  Tribunal  todos  los  ministros 
habían  estado  repitiendo  lo  mismo,  avanzándose  aún  a  afirmar  que  criollo  era  sinónimo 
de  todas  las  malas  cualidades  que  pudieran  verse  reunidas  en  una  misma  persona. 

(13)  Uno  de  los  cargos  que  se  formulaban  contra  Amusquíbar  era  el  de  haber  asalariado 
profesores  de  música  para  que  la  enseñasen  a  las  niñas  expósitas,  cuya  vigilancia,  como  se 
recordará,  estaba  confiada  al  inquisidor  más  antiguo. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


311 


ciar  en  Lima  dos  títulos  de  Castilla,  cuyo  producto  debía  aplicarse  a 
la  reedificación  de  las  casas  del  Tribunal,  enviándoselos  para  el  efecto 
al  Virrey,  con  varios  más  destinados  a  invertirse  en  reparo  de  otras 
necesidades.  Comenzó  aquel  alto  funcionario,  con  extremada  deferen- 
cia, por  ofrecer  en  venta  los  dos  dedicados  al  Santo  Oficio,  y  con  tan 
buen  resultado,  que  al  cabo  de  muy  pocos  meses  los  compradores  ente- 
raban en  cajas  del  Tribunal  la  respetable  suma  de  veinte  mil  pesos 
por  cada  uno  (14). 

A  pesar  de  que  Amusquíbar  permanecía  en  el  Tribunal  sin  com- 
pañero alguno,  tan  poca  atención  seguía  prestando  a  las  cosas  de  su 
oficio  que  en  cinco  meses  sólo  había  asistido  tres  veces  al  despacho, 
y  con  pretexto  de  enfermedad,  hasta  se  había  ausentado  de  Lima, 
nombrando  para  que  le  reemplazase  al  fiscal  Bartolomé  López  Grillo, 
hecho  que  causó  extraordinaria  novedad,  pues  hasta  entonces  no  se 
había  conocido  ejemplar  semejante. 

"La  enfermedad  que  se  ha  dicho,  cuenta  La  Torre  a  este  respecto, 
es  hidropesía  de  humor.  Yo  verdaderamente  ignoro  qué  sea,  por  estar 
reservado  entre  los  de  su  parcialidad,  que,  con  particular  estudio,  desde 
su  retiro  han  variado,  unas  veces  constituyéndole  grave  para  la  justa 
resolución  de  aquella  estraordinaria  providencia  y  su  salida.  ";  y  otras 
veces  suponiendo  el  accidente  de  ninguna  gravedad,  pero  precisa  su 
convalecencia  y  desahogo,  deslumhrando  con  artificio  la  verdad  para 
conservar  así  el  respeto  en  su  manejo,  y  que  no  se  providencie  por 
U.  S.  L  el  remedio  y  reparo,  siendo  tan  preciso.  Yo  sé  que  la  enferme- 
dad que  fuere  la  trajo  contraída  de  España,  por  cuya  causa  impendió 
mas  de  dos  años  en  el  viaje,  y  sin  otro  mérito  y  servicio,  percibió  aquí 
con  su  arribo  y  antes  de  él,  once  mil  pesos,  con  poca  diferencia.  Des- 
pués ha  estado  indispuesto  en  distintas  ocasiones,  y  en  una  de  ellas 
salió  para  el  mismo  valle  (de  Lurin);  y  en  mi  concepto,  el  accidente 
es  cierto,  y  lo  es  mas  el  de  la  hidropesía  de  ambición,  y  ambos  incura- 
bles" (15). 

A  todo  esto,  las  personas  que  manifestaban  interesarse  por  los  ne- 
gocios de  la  fe,  visto  el  estado  de  abandono  en  que  se  encontraba  el 
Tribunal  encargado  de  seguirlos  en  el  Perú,  encontraron  por  más  con- 
veniente ocurrir  directamente  a  la  Jeneral. 

(H)  Cuna  (le  Aimisquíb.ir  i!c  6  lU-  abril  ilc   1758.  Uno  de  los  compiadores,  luc  José 
Villar  y  .Andrade,  que  se  titiil(')  Conde  lic  Villar  de  Fuentes, 
(15)  (^aila  de  H  de  noviembre  de  1757. 


312 


J.   T.  MEDINA 


Gregorio  de  Arrascaeta,  que  la  ciudad  de  Córdoba  del  Tucumán 
había  enviado  a  la  corte  para  que  gestionase  varios  asuntos  civiles,  se 
presentó,  en  efecto,  al  Consejo,  manifestando  que  la  provincia  cuya 
representación  le  había  sido  confiada,  estaba  tan  "plagada  de  los  mas 
enormes  vicios  y  herejías,  y  especialmente  de  hechiceros",  que,  siendo 
en  su  mayor  parte  individuos  del  pueblo,  servían  hasta  en  los  monas- 
terios y  conventos:  a  tal  punto  que  casi  no  se  presentaba  enfermo  en 
la  ciudad  que  no  atribuyese  sus  dolencias  a  efectos  de  algún  maleficio. 
Era  cierto  que  el  Comisario  del  Santo  Oficio  en  aquellas  partes  había 
levantado  informaciones  contra  algunos,  las  cuales,  remitidas  a  Lima, 
habían  quedado  sin  curso;  y  como  los  jueces  reales  estaban  inhibidos 
para  proceder  a  su  castigo  en  virtud  de  las  leyes  del  reino,  se  les  veía 
así  tan  insolentes,  que  "sin  recato,  ni  mucha  cautela,  usan  de  sus 
hechizos,  cuyo  pacto  (con  el  demonio)  se  sabe  por  ellos  mismos"  (16). 

Más  aún:  en  el  mismo  Tribunal  y  hasta  en  su  propio  jefe  había 
venido  a  encontrar  acogida  un  delito  contra  la  fe,  tan  notorio  en  Lima, 
que  el  mismo  Arzobispo  se  vió  en  el  caso  de  denunciarlo  al  Consejo. 
En  efecto,  el  fraile  franciscano  Fr.  Joaquín  de  la  Parra,  había  predicado 
en  la  iglesia  de  su  convento  que,  según  revelaciones  que  habían  tenido 
nueve  personas  muy  virtuosas,  pronto  había  de  quedar  Lima  reducida 
a  cenizas  por  la  ira  del  cielo.  Es  fácil  calcular  la  conmoción  y  el  espanto 
que  se  apoderó  de  la  ciudad  al  oír  semejante  especie:  hubo  llantos, 
confesiones  generales,  y  tal  alboroto  que  el  Prelado,  por  medio  de  su 
provisor,  hizo  examinar  al  franciscano  tocante  al  origen  de  las  revela- 
ciones de  que  se  había  hecho  eco  en  la  cátedra  sagrada.  Parra,  que 
estaba  sumamente  satisfecho  del  efecto  causado  por  sus  prédicas,  confesó 
que  las  revelaciones  eran  perfectamente  ciertas,  y  que  aún  para  que  no 
se  tergiversasen  sus  palabras,  había  rogado  al  Inquisidor  se  hallase  pre- 
sente a  oírlas,  las  cuales,  por  lo  demás,  antes  de  publicarlas,  las  había 
consultado  con  personas  muy  doctas  y  graves,  que  le  dijeron  podía 
declararlas  en  público.  Mas,  instado  por  el  delegado  arzobispal  José 
Potau  para  que  declarase  los  nombres  de  las  personas  que  habían  sido 
favorecidas  con  tales  anuncios,  declaró  que  sólo  podía  hacerlo  respecto 
de  una  de  sus  confesadas,  pues  las  otras  (que  todas  eran  mujeres)  eran 
hijas  de  confesión  de  otros  sacerdotes.  "Díjome,  pues,  expresa  Potau, 
que  su  confesada  era  mujer  de  edad  de  treinta  y  cinco  años,  poco  mas 


(16)  Memorhd  de  7  de  octubre  de  1752. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


313 


O  menos,  doncella  e  hija  de  familia,  de  complexión  sana,  aunque  de 
muy  poco  sueño,  de  larga  oración,  de  mas  de  tres  horas  de  noche,  y 
de  una  profunda  humildad.  Esta,  pues  (dijo),  la  víspera  de  la  Asunción 
de  Nuestra  Señora  deste  presente  año  de  1756,  estando  dormida,  se  le 
representó  que  el  Señor  arrojaba  desde  el  cielo  contra  cada  una  de  las 
casas  desta  ciudad  tres  lanzas  o  flechas  de  fuego,  con  que  se  incendiaba 
toda  ella  y  quedaba  reducida  a  cenizas,  en  castigo  de  las  graves  culpas 
que  se  cometían,  especialmente  por  los  individuos  del  estado  eclesiás- 
tico, secular  y  regular,  en  que  se  incluían  las  monjas".  Que  para  cercio- 
rarse de  la  verdad  de  tan  funesto  anuncio,  se  le  había  ocurrido  que  si 
su  confesada  le  repitiese  en  latín  algunas  expresiones  conducentes  al 
asunto,  le  prestaría  asenso,  y  que,  en  efecto,  al  día  siguiente  le  había 
manifestado  su  penitente  que  había  oído  una  voz  muy  penetrante  y 
sutil  que  decía  iratus  est  Dominiis,  "con  lo  c]ue  quedó  del  todo  per- 
suadido". Respecto  a  indicar  quiénes  fuesen  los  directores  espirituales 
de  las  otras  mujeres  que  habían  tenido  también  revelaciones,  quedó  de 
consultarlo  previamente  y  pasar  en  seguida  a  decirlo  a  casa  del  provisor, 
para  lo  cual  habría  de  subir  en  la  calesa  que  Potau  quedó  de  enviarle 
al  convento,  "y  aunque  le  envié  la  calesa,  dice  éste,  en  su  informe  al 
Arzobispo,  a  la  puerta  principal  del  convento  y  dado  recado  al  portero, 
como  me  lo  previno,  no  salió  ni  dijo  cosa  alguna  al  dicho  portero,  sin 
duda  porque  con  haber  estado  con  U.  S.  I.  se  impuso  de  que  no  era 
necesario  verme  a  mí"  (17). 

"Después  de  todo,  decia  el  Prelado  al  Consejo,  y  bajo  de  la  protesta 
que  llevo  hecha  y  de  que  solo  me  mueven  los  justos  recelos  de  lo  que 
en  otras  ocasiones  se  pueda  ofrecer  de  semejante,  me  es  preciso,  par- 
ticular y  reservadamente  participar  a  V.  S.  I.  que  este  señor  In- 
c]uisidor  don  Matheo  de  Amusquíbar,  ha  sido  el  autor,  o  a  lo 
menos  el  principal  promovedor  de  las  citadas  revelaciones,  que  al 
principio  dieron  mucho  que  temer  a  la  ciudad,  y  después  no  poco 
que  censurar,  considerando  que  un  sujeto  de  tal  graduación  y  minis- 
terio, se  hubiese  mezclado  en  semejantes  lixerezas  y  facilidades  de 
gentes  menos  reflexivas,  y  sobre  todo  de  monjas  y  beatas  que  por  su 
sexo  y  débil  condición,  son  tan  espuestas  a  dar  por  revelaciones  quales- 
quiera  sueños  o  fantasías  de  su  ymaginacion. 

"No  ay  duda  que  este  caballero  en  todo  lo  demás  es  un  muy 


(17)  Injonnc  ele-  l'otau  dt-  10  de  noviembre  de  1756. 


314 


J.    T.  MEDINA 


arreglado  y  exemplar  eclesiástico,  pero  ha  demostrado  siempre  una  gran 
flaqueza  en  esta  parte  de  bautismo.  Ya  en  otra  ocasión  le  previne  muy 
reservadamente  por  medio  de  un  billete,  que  se  abstuviese  de  dirigir 
religiosas,  por  questo  no  parecia  bien  en  un  señor  Inquisidor,  y  de 
que  di  parte  a  U.  S.  Y  sin  embargo,  aunque  cessó  de  frecuentar  los 
monasterios,  no  por  eso  a  dexado  de  tener  algunas  comunicaciones  por 
medio  de  villetes,  con  el  título  de  conciencia,  que  clandestinamente 
se  introducian  sin  que  las  viessen  las  superioras,  como  se  deve  executar 
y  practicar  aun  con  los  de  las  personas  mas  propincuas  de  las  religiosas 
recoletas:  assí  lo  executó  en  el  suceso  presente,  remitiendo  papeles  a 
una  religiosa  capuchina  nombrada  Sóror  Andrea,  muy  tentada  de  todo 
lo  que  es  revelación,  por  lo  que  le  es  muy  grata  a  dicho  señor  Amus- 
quíbar;  y  embiando  recado  por  medio  del  segundo  capellán,  el  licen- 
ciado don  Gregorio  de  Zapata,  que  es  también  de  los  que  dan  por 
este  camino  a  las  dichas  capuchinas,  cuya  comunidad  se  puso  toda  en 
conternacion  e  inquietud,  aun  mucho  antes  que  el  padre  franciscano 
las  hubiese  publicado"  (18). 

Mas,  dejando  lo  referente  a  las  querellas  internas  que  seguían  tra- 
bajando a  los  ministros  del  Santo  Oficio  y  las  acusaciones  que  contra 
ellos  iban  formulándose,  es  tiempo  de  que  entremos  a  ocuparnos  de 
los  reos  que  continuaban  presos  en  sus  cárceles,  dando  la  preferencia 
por  el  momento  a  los  que  se  consideraba  culpables  de  un  delito  que 
por  vez  primera  vamos  a  ver  presentarse  en  la  ya  larga  lista  de  los 
que  llevamos  enumerados.  Nos  referimos  a  los  francmasones. 

En  21  de  agosto  de  1751,  el  Consejo  enviaba  a  Lima  una  comuni- 
cación del  tenor  siguiente: 

"Siendo  preciso  al  Consejo  saber  los  sugetos  militares  y  políticos, 
habitantes  en  esos  reynos,  que  hayan  ocurrido  a  ese  Tribunal  o  a  sus 
ministros  a  delatarse  espontáneamente  de  francmasones,  se  os  encarga, 
señores,  c]ue  luego  hagáis  formar  lista  de  los  que  constaren  delatados 
en  vuestro  distrito,  con  espresion  de  los  que  cada  uno  de  éstos  hubiere 
delatado  por  cómplices,  y  porque  conviene  que  todos  los  culpados  en 
esa  congregación  sean  oídos  como  en  forma  espontánea,  por  ahora  y 
con  todo  el  posible  secreto,  daréis  providencia  oculta  para  que,  bien 
sea  por  espontáneos  que  hubieren  venido  y  fueren  amigos  de  los  que 


(18)  Cai/a  de  Pcilro  Antonio,  arzobispo  <lc  Lima  al  IncjuiMilor  General,  20  de  febrcrp 
de  1757, 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


315 


no  hubieren  hecho  esta  saludable  dilijencia,  o  por  ministro  o  ministros 
que  hallareis  mas  proporcionados  para  este  oficio  de  piedad,  se  les 
sugiera  vengan  al  seno  de  la  piedad  de  este  Santo  Oficio,  que  nada 
desea  mas  que  el  remedio  espiritual  de  sus  almas  con  la  absolución  de 
su  excomunión  y  sospecha  vehemente  de  heregía,  declarada  por  la 
sede  apostólica,  estando  ellos  dispuestos  a  detestar  tal  congregación  y 
el  juramento  en  ella  hecho,  y  a  separarse  y  a  nunca  tenerse  por  tales 
congregantes,  y  que  estén  muy  ciertos  de  que  pueden  y  deben  declarar 
cualquier  secreto  y  crímenes  que  supieren  o  hubieren  entendido,  y 
lodos  los  sugetos  que  supieren  congregantes,  con  la  seguridad  de  que 
serán  despachados  secretísimamente,  sin  que  pueda  atrasarse  su  honor, 
grado  y  reputación,  ni  que  pueda  entender  el  Rey  ni  sus  ministros  esta 
diligencia,  antes  bien  amonestándoles  de  que  si  no  lo  hicieren,  llegará 
el  tiempo  de  que  no  pueda  hacerse  con  esta  secreta  gracia,  sino  por  la 
via  judicial  y  pública  del  Santo  Oficio,  que  les  traerá  tan  grande  daño; 
y  porque  se  ha  entendido  que  algunos  sugetos  han  llegado  a  declarar 
espontáneamente  ante  algún  ministro  de  fuera,  y  que  no  se  les  ha 
absuelto  por  no  tener  facultad,  y  ellos  han  quedado  falsamente  ciertos 
de  que  han  cumplido;  se  os  ordena  reconozcáis  si  algunos  están  sin 
absolución  y  dispongáis  dársela  por  algún  inquisidor  fuera  del  Tribu- 
nal, o  por  ministro  oportuno,  en  su  casa,  encargándoos  que  estas  listas 
vengan  con  la  posible  brevedad.  Dios  os  guarde.  Madrid,  veinte  y  uno 
de  agosto  de  mil  setecientos  cincuenta  y  uno". 

Despacho  que  contestaban  los  Inquisidores,  diciendo  "que  en  todo 
el  reyno  no  hay  ni  leve  indicio,  y  solo  se  tiene  noticia  haberse  cstendido 
en  Europa  por  algunas  papeletas  y  Mercurios  que  se  han  recibido  de 
dos  o  tres  años  a  esta  parte".  Pocos  días  antes  de  recibirse  el  oficio  que 
acaba  de  leerse,  se  habían  recogido,  sin  embargo,  de  poder  de  un  co- 
merciante unas  estampas  que  pintaban  el  modo  con  que  eran  recibidos 
en  el  gremio  los  afiliados,  estampas  que  en  el  acto  fueron  remitidas  a 
España  (19).  Y  como  ya  con  esto  el  camino  quedaba  abierto,  muy  poco 
después  de  datar  la  carta  en  que  enviaban  al  Consejo  semejante  noticia, 
los  jueces  abrían  proceso  por  el  delito  indicado  al  gobernador  de  Val- 
divia Ambrosio  Sáez  de  Bustamante,  de  que  en  otro  lugar  trataremos, 
y  a  Diego  de  la  Granja  (*). 


{V))  Carla  de  los  Inquisidoics  de  20  de  diciembre  de  1753. 

C)  Véase:  Medina.  Hisloria  del  Tribunal  del  Santo  Oficio  de  la  Inquisición  en  Chile, 
Cap.  XV,  pái;.  631  Reimpresión  1952.  N.  del  I-., 


316 


J.   T.  MEDINA 


Era  Granja,  o  Lagrangc,  un  cirujano  francés  que  fué  denunciado 
en  Lima  en  noviembre  de  1773  por  una  mujer  llamada  Inés  de  Medina, 
"la  qual,  por  descargo  de  su  conciencia,  dijo  y  denuncia  que  ahora 
dos  meses,  poco  mas  o  ménos,  estando  la  declarante  en  casa  de  la  hija 
de  don  Martin  Delgart,  casa  assesoria  a  la  declarante,  le  oyó  decir  en 
conversación,  a  un  francés  nombrado  Diego  de  la  Granja,  de  exercicio 
cirujano,  que  era  farmason,  y  los  de  esta  asamblea  eran  conocidos  por 
unas  insignias,  las  que  se  reducian  a  un  escapulario,  en  el  cual  tenian 
una  imagen  en  medio,  como  del  Salvador,  con  una  bandera  en  la  ma- 
no; a  un  lado  de  esta  imagen  una  espada,  al  otro  lado  una  llave  y 
por  otros  lados  unas  letras  como  abreviadas. 

"La  otra  insignia  era  una  banda  negra,  y  otra  colorada  con  listas 
amarillas;  y  que  dijo  el  dicho  francés  que  estas  eran  las  insignias  de 
los  farmasones,  que  dijo  también  que  éstos  farmasones  tenian  iglesia 
aparte,  que  no  se  confesaban  con  ningún  sacerdote,  sino  con  Dios,  que 
sus  abuelos  habian  sido  hereges,  pero  sus  padres  cristianos;  que  desde 
edatl  de  nueve  años  habia  aprendido  la  farmasonería  en  la  academia 
de  Paris  de  Francia;  que  ahora  era  maestro  en  dicha  farmasonería  o 
asamblea;  que  preguntándole  la  hija  de  don  Martin  Delgart,  nombrada 
doña  María  Delgart,  y  doña  Mariana  de  Medina,  hermana  de  la  de- 
clarante, qué  significaban  las  insignias  del  escapulario,  respondió  el 
dicho  francés  Diego  de  la  Granja,  que  la  espada  era  para  defender  la 
fee,  la  llave  era  del  templo  de  Salomón,  con  las  letras  donde  estaba 
encerrado  el  secreto;  y  que  preguntándole  qué  religión  era  ésta  de  far- 
masonería, respondió  que  era  una  religión  muy  buena,  hermandad  que 
tienen  entre  ellos,  en  la  cual  no  se  hace  daño  a  nadie,  sino  todo  el  bien 
que  se  pudiese;  que  no  es  admitido  en  dicha  hermandad  persona  pobre 
ni  de  vicio  de  embriaguez,  porque  no  declaren  el  secreto  que  se  pro- 
fesaba en  dicha  hermandad;  que  si  alguno  estuviese  con  indigencia  de 
plata  lo  socorriesen  todos,  que  se  hacia  juramento  de  guardar  secreto 
sobre  los  santos  evangelios;  y  que  preguntándole  si  ésto  de  farmasonería 
se  reducía  contra  el  sesto  mandamiento,  respondió  con  mucha  alegría, 
ésto  es  estar  poi  comer  bien,  y  se  alegrar  y  estar  una  cosa  muy  buena, 
y  si  usted  quiere  le  dijo  a  la  dicha  niña,  le  enseñaré  la  farmasonería, 
que  también  hay  en  Francia  muchas  señoras  en  ella;  que  quando  se 
recibia  una  señora  habia  mucha  asamblea,  con  la  distinción  que  ha- 
bian dos  fiestas,  una  tle  hombres  y  otra  de  mugeres,  en  la  de  los  hombres 
no  entraban  las  mugeres,  mas  en  la  de  las  mugeres  entraban  los  hom- 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


bres;  que  deseando  el  rey  de  Francia  saber  de  esta  farmasonería,  hizo 
que  su  hijo  el  delfín  la  aprendiese,  por  saber  el  rey  lo  que  contenia, 
lo  que  no  ha  podido  conseguir,  porque  el  hijo,  por  el  juramento  que 
hizo,  no  ha  querido  decirle  nada. 

"También  dijo  el  dicho  francés,  que  en  esta  ciudad  habia  quarenta 
farmasones,  que  nombró  a  uno  que  vive  en  frente  de  la  puerta  de  los 
judíos,  nombrado  don  Esteban  Urrutia,  de  oficio  mercader,  que  entran- 
do en  una  ocasión  en  la  mencionada  casa  de  doña  María  Delgart,  con 
un  francés  nombrado  don  Lorenzo  Fiat,  panadero  de  la  chacarilla  de 
los  padres  de  la  Compañía,  dijo,  "el  señor  es  también  farmason",  a  lo 
que  respondió  el  dicho  don  Lorenzo:  no  diga  usted  eso,  que  los  far- 
masones son  hereges,  y  lo  llevarán  a  usted  a  la  Inquisición;  y  que  a 
esto  último  no  se  halló  presente  la  declarante,  mas  se  lo  dijo  doña 
Mariana  Medina,  hermana  de  la  declarante. 

"Preguntada  si  hay  algunas  personas  que  sepan  lo  que  tiene  decla- 
rado y  dónde  vive  dicho  francés  Diego  de  la  Granja  — dijo  que  el  dicho 
francés  vive  en  la  calle  de  Santa  Rosa,  en  casa  de  doña  María  Delgart, 
que  el  marido  de  la  dicha  doña  María  nombrado  don  Joseph  Zamur 
se  halló  presente  en  dicha  conversación,  y  también  una  muger  nom- 
brada Isabel  del  Molino;  también  dijo  la  declarante  que  el  dicho  francés 
es  de  cuerpo  espigado,  de  buena  cara,  narigón,  de  ojos  azules,  colorado 
de  cara  y  no  blanco,  y  de  edad  de  treinta  y  tres  años;  que  usa  peluca 
de  pelo  propio,  con  su  bolsa,  y  que  ésto  es  lo  que  sabe  y  dice  por  des- 
cargo tle  su  conciencia,  y  que  todo  lo  que  ha  dicho  es  verdad  por  el 
juramento  que  tiene  hecho,  y  siéndole  leydo,  dijo  estaba  escrito  bien, 
y  que  no  lo  dice  por  odio  ni  mala  voluntad  que  tenga  o  haya  tenido 
a  la  persona  denunciada,  sino  por  descargo  de  su  conciencia:  encargósele 
el  secreto  prometido  y  lo  firmó  con  el  dicho  padre  maestro  comisario 
— Fray  Joseph  Hurtado,  comisario  del  Santo  Officio — Inés  Meditja. — 
Pasó  ante  mí.  Fray  Mariano  de  León,  notario  del  Santo  Oficio". 

Siguieron  declarando  a  este  tenor  hasta  otros  cuatro  testigos,  y 
en  vista  de  lo  acordado  por  el  Inquisidor  General,  las  diligencias  actua- 
das se  remitieron  a  Madrid  por  el  mes  de  febrero  del  año  siguiente. 
Mas,  pocos  días  después,  sobrevino  nueva  denuncia  de  la  Medina,  ex- 
presando que  el  "dicho  Diego  tenia  sobre  la  mesa  del  cuarto  un  librito 
pequeño  con  el  forro  prieto;  y  llegándose  la  tleclarante  a  ver  lo  que 
tenia  el  dicho  libro,  no  pudo  entender  otra  cosa  que  unas  letras  abre- 
viadas donde  decia:  pregunta  y  respuesta.  Preguntóle  la  declarante  qué 


318 


J.   T.  MEDINA 


contenia  ese  librito,  y  para  qué  fin  lo  estaba  trasladando  a  otro  papel, 
porque  así  lo  halló  la  declarante  quando  entró  a  su  cuarto. 

"Y  le  respondió  el  dicho  Diego  de  la  Granja,  que  en  el  dicho  librito 
estaban  contenidas  las  cosas  que  pertenecían  a  su  asamblea,  y  que  lo 
estaba  trasladando  para  darle  el  trasunto  a  un  sujeto,  profesor  de  la 
misma  facultad  de  fracmason,  el  qual  estaba  para  ir  a  su  tierra,  y  que 
en  caso  de  no  llevar  esas  insignias,  no  le  abrirían  la  puerta  de  la  asam- 
blea, ni  tampoco  le  darian  entrada,  y  para  que  este  sugeto  (cuyo  nombre 
no  quiso  declararle  el  dicho  Diego  de  la  Granja)  consiguiera  su  intento, 
le  daba  un  traslado  del  original,  el  que  mantenía  en  su  poder,  por  si 
acaso  volviese  a  su  tierra.  Preguntóle  la  declarante  cómo  se  entraba  en 
su  asamblea,  respondió,  que  dando  señales,  y  que  sin  éstas  no  le  abri- 
rían las  puertas;  las  quales  señales  eran:  dar  tres,  cinco,  siete  golpes  con 
la  mano,  la  que  habla  de  estar  medio  empuñada,  esto  es,  medio  abierta 
y  medio  cerrada,  y  la  palma  para  arriba.  Preguntóle  la  declarante  que 
le  dixese  el  modo  con  que  se  entraba  y  lo  que  pasaba  en  su  asamblea, 
y  díjole  el  dicho  Diego,  que  luego  que  se  daban  los  golpes  en  el  órden 
espresado,  se  abria  la  puerta  y  se  manifestaba  un  hombre  muy  respetuo- 
so y  severo,  el  qual  pregunta  al  que  toca  a  la  puerta,  qué  es  lo  que 
busca  y  entónces  responde  el  que  toca,  busco  la  luz,  fundado  en  el 
evangelio  que  dice  pedid  y  se  os  concederá;  y  entonces  dice  el  portero, 
para  llegar  a  ver  esa  luz,  hay  muchos  trabajos  que  sufrir  y  tormentos 
que  pasar.  Aquí  díxole  el  dicho  Diego  a  la  declarante:  los  trabajos,  que 
hay  que  pasar  aquí  son,  oscuridad  muy  grande,  fuego  sin  verlo,  unos 
precipicios  muy  espantosos,  como  son  ruedas  de  navajas  y  amagos  que 
causan  mucho  terror  al  que  entra,  que  por  medio  de  estos  tormentos 
se  purifique  y  pase  a  ver  la  luz.  Así  (dijo)  que  le  sucedió  a  él  quando 
entró  a  la  dicha  asamblea,  de  suerte  que  le  parecía  que  estaba  en  el 
mismo  infierno,  y  que  todo  lo  sufrió  para  purificarse  y  conseguir  ver 
la  luz  por  medio  de  estos  tormentos,  sin  los  quales  no  se  consigue  esta 
gloria.  Preguntóle  la  declarante  qué  tiempo  se  mantenía  entre  esos  tor- 
mentos el  que  se  iba  a  alistar  a  su  asamblea,  dijo,  muchas  horas  se  pasan 
en  ellos,  y  luego  que  se  acaban  se  llega  a  ver  la  luz.  Aquí,  qué  gloria, 
qué  consuelo!  se  entra  en  una  hermosa  sala  y  en  ella  se  manifiestan 
tres  columnas:  una  al  oriente,  otra  al  poniente  y  otra  al  septentrión,  en 
cada  columna  hay  un  hombre  vivo,  y  a  cada  uno  de  éstos  le  da  prueba 
el  que  se  recibe  ser  de  la  asamblea: 

"Pregunta  el  que  está  en  la  primera  columna,  qué  es  lo  que  busca? 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


319 


y  él  da  su  respuesta;  los  otros  dos  también  le  preguntan,  y  responde  a 
cada  uno  de  los  dos  lo  que  solicita.  Y  preguntado  el  dicho  Diego  de  la 
Granja  por  la  declarante  qué  preguntas  eran  las  que  hacian  los  de  las 
tres  columnas,  y  sus  respuestas,  no  quiso  decirlas,  solo  sí,  se  rió,  y  dijo, 
la  señora  Ygnacita  pregunta  bien;  volviéndole  la  declarante  a  pregun- 
tar, qué  era  lo  que  se  trataba  en  la  asamblea,  y  en  qué  se  instruían,  no 
lo  quiso  declarar,  porque  (dijo)  estaban  obligados  a  guardar  todo  se- 
creto, so  pena  de  ser  degollados,  quemados  y  arrojadas  las  cenizas  al 
mar;  todo  lo  qual  lo  advertia  el  maestro  que  enseñaba  en  una  hermosa 
cáthedra,  el  que  encargaba  mucho  el  secreto  bajo  de  las  espresadas  penas 
y  el  juramento  hecho  sobre  los  evangelios.  Y  preguntándole  la  decla- 
rante, después  de  lo  referido,  al  dicho  Diego  de  la  Granja,  por  qué  razón 
en  el  recibimiento  cié  las  mugeres  concurrian  los  hombres,  y  no  en  el 
de  los  hombres  las  mugeres,  respondió  que  a  las  mugeres  no  se  les 
cargaba  el  rigor  de  los  tormentos  que  se  practicaban  con  los  hombres, 
y  con  éstos,  no  por  igual  sino  con  el  mismo  órden,  con  los  ricos  menos 
tormentos,  y  con  los  pobres  mayores.  Y  acordándose  aquí  de  una  mu- 
ger  que  entró,  se  empezó  a  reir,  el  dicho  Diego,  diciendo,  que  quando 
la  dicha  muger  entró  a  la  asamblea,  luego  que  vió  la  rueda  de  navajas, 
se  espantó  y  dijo,  ay,  ay,  ay,  ay.  Preguntóle  la  declarante  si  tenia  noticia 
alguna  de  esta  asamblea  ántes  de  haber  entrado,  dijo  que  no,  pero  que 
desde  que  entró  en  ella  se  hallaba  mas  seguro  de  salvarse  que  ántes, 
y  prosiguió  diciendo  el  dicho  Diego,  si  yo  guardara  todos  los  requisitos 
de  mi  asamblea,  tenia  tan  segura  la  gloria  y  estuviera  tan  cerca  de  ella, 
como  estoy  de  aquí  a  mi  cama,  que  no  dista  de  mí  cuatro  o  seis  pasos. 
Preguntóle,  en  fin,  la  declarante  para  qué  destino  guardaba  ese  librito, 
quando  no  se  habia  de  ir  a  su  tierra,  dijo  que  lo  guardaba  como  que 
era  la  principal  insignia  que  habia  de  llevar  a  su  asamblea  en  caso  de 
irse  a  su  tierra,  y  sin  ella,  aunque  se  hallase  en  trabajos,  no  podia  ocu- 
rrir a  la  luz,  razón  por  que  no  lo  daba  todo,  sino  solo  un  traslado. 

"Y  hablando  la  declarante  después  de  ésto  sobre  las  erradas  máxi- 
mas en  que  vivían  los  judíos,  le  contó  al  dicho  Diego  que  en  esta  ciudad 
habían  quemado  a  una  judía,  por  no  haber  querido  convertirse  a  la 
fe  cathólica;  entonces  le  preguntó  el  dicho  Diego,  qué  señora  fué  esa? 
doña  Mariana  de  Castro,  di  jóle  la  declarante;  a  lo  que  dijo  Diego  de 
la  Granja:  buena  señora,  que  supo  dar  la  vida  por  no  dejar  su  fe,  hizo 
muy  bien  y  he  de  ir  a  buscar  donde  está  esa  heroína  muger.  Preguntada 
la  declarante  si  le  vió  o  oyó  decir  otras  cosas  al  dicho  Diego  de  la  Gran- 


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J.   T.  MEDINA 


ja,  (lijo  que  en  otra  ocasión,  entrando  el  dicho  Diego  de  la  Granja  a  la 
vivienda  de  la  declarante,  tomó  un  librito  que  trataba  de  las  ceremonias 
de  la  misa,  que  tenia  sobre  su  mesa;  abriólo,  y  al  instante  lo  cerró  con 
grande  golpe  y  enojo  diciendo,  me  enfadan  estas  estampas  que  hay  en 
este  libro,  y  luego  quiso  disimular  su  dicho,  dando  por  razón  que  eran 
feos  los  rostros  y  mal  pintados.  Preguntada  la  declarante  si  habian  otras 
personas  que  hubiesen  oido  los  dichos,  el  dicho  Diego  de  la  Granja, 
(dijo)  que  quando  abrió  el  librito  estampado  de  las  ceremonias  de  la 
missa  y  lo  cerró  con  furia,  se  halló  presente  Pedro  Joseph  Salguero; 
pero  cuando  dijo  lo  expresado  arriba,  no  habia  persona  alguna,  pues 
pasó  lo  referido  solamente  entre  él  y  la  declarante.  Preguntada  donde 
vivia  el  dicho  Diego  de  la  Granja  (dijo),  ya  no  vivia  en  la  casa  de  don 
Josef  Zamar,  sino  en  la  calle  de  la  Chacarilla,  que  viene  a  ser  la  calle 
donde  está  la  puerta  falsa  del  Estanco  de  tabacos,  en  una  casita  que 
tiene  las  puertas  de  la  calle  dadas  de  verde  y  con  unos  clavos  finjidos 
de  color  blanco;  y  a  lo  segundo  respondió,  que  el  motivo  de  no  haber 
venido,  aunque  lo  deseaba  mucho,  fué  por  haber  estado  bien  enferma 
y  ser  su  casa  muy  distante,  lo  que  ha  hecho  ahora  por  hallarse  mejor, 
y  que  todo  lo  que  ha  dicho  es  verdad,  por  el  juramento  que  tiene  hecho, 
y  siéndole  leido,  dijo  que  estaba  bien  escrito,  y  que  no  lo  dice  por  odio, 
ni  mala  voluntad  que  tenga  o  haya  tenido  al  denunciado,  sino  por  des- 
cargo de  su  conciencia;  encargósele  el  secreto  prometido,  y  lo  firmó  con 
el  padre  maestro  Comisario". 

Con  estos  antecedentes,  se  trató  en  el  Tribunal  de  despachar  man- 
damiento de  prisión,  con  secuestro  de  bienes,  contra  el  denunciado;  pero 
en  esas  circunstancias  el  Virrey  despachó  al  reo  para  la  Península,  en 
mérito  de  ciertos  delitos  ajenos  a  la  fe  (20). 

Debemos  citar  también  en  este  lugar  otra  orden,  datada  en  13  de 
julio  de  1758,  en  que,  a  instancias  del  Inquisidor  General,  el  Rey  había 
dispuesto  que  se  estuviese  a  la  mira  de  los  herejes  que  con  real  permiso 
estaban  en  las  fábricas  españolas:  "con  cuya  ocasión  hacemos  presente 
a  V.  A.,  decian  los  ministros  de  Lima,  seria  muy  conveniente  se  celase 
con  particular  cuidado  en  la  Contratación  de  Cádiz  que  no  pasen  a  este 
reino  en  los  frecuentes  navios  de  permiso  que  se  despachan  los  muchos 


(20)  Lagrange  despiRs  de  permanecer  preso  algún  tiempo  en  la  cárcel  pública  de  Cádiz, 
fué  puesto  en  libertad,  y  estaba  ya  contratado  como  médico  de  unos  cómicos  que  se  hallaban 
de  partida  para  el  Callao,  cuando  fué  de  nuevo  denunciado  y  aprehendido. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


321 


estranjeros  que  se  conducen  entre  la  tripulación  de  ellos,  sin  total  certeza 
y  comprobación  de  ser  católicos,  en  especial  los  que  son  de  naciones 
que  profesan  la  herejía  libremente,  pues  algunos  de  éstos  se  han  re- 
conciliado a  nuestra  dilijencia  con  la  Santa  Iglesia  Católica,  y  otros 
muchos  no  lo  han  ejecutado,  quedándose  no  pocos  ocultos  en  estas  pro- 
vincias, sin  ser  posible  contenerlos  a  bordo  en  el  largo  tiempo  que  se 
demoran  los  navios,  aunque  lo  procuramos:  cuyo  inconveniente  es  tan 
grave  como  se  deja  considerar,  de  mas  del  que  resulta  y  puede  provenir 
en  lo  político  de  cualquiera  venida  de  estranjeros  a  las  Indias"  (21). 

Esta  representación  mereció  la  más  favorable  acogida  del  fiscal  del 
Consejo,  recomendando  que  en  caso  de  concederse  alguna  licencia  a 
algún  extranjero,  se  diese  noticia  al  Tribunal  de  Lima,  "para  que  éste 
investigue  si  es  católico  cristiano,  hijo  de  padres  cristianos,  o  si  hereje, 
o  recien  convertido,  para  que  a  éste  no  se  le  permita  usar  de  la  licencia, 
representando  a  V.  M,  los  inconvenientes  que  se  pueden  seguir  de  se- 
mejantes permisiones". 

Por  las  causas  que  mas  atrás  quedan  expresadas,  no  es  de  extrañar 
que  los  trabajos  del  Tribunal  en  asuntos  tocantes  a  la  fe  hubiesen  sido 
casi  nulos  durante  este  último  tiempo.  Es  verdad  que  en  1757  se  había 
celebrado  un  auto  particular  (22) ;  mas,  durante  los  años  de  1759  y  60, 
sólo  se  habían  despachado  en  la  sala  de  audiencia,  y  eso  a  puertas  ce- 
rradas, tres  causas  de  solicitación  en  el  confesonario:  una  contra  Vicente 
Gómez  de  Castilla,  presbítero,  natural  de  Cuenca,  en  el  reino  de  Quito; 
otra  contra  el  limeño  Fr.  Diego  Montero,  de  los  Mínimos  de  San  Fran- 
cisco de  Paula;  y  por  fin,  la  del  franciscano  de  Chuquisaca  Fr.  Diego 
Chacón. 

Después  de  tanto  tiempo,  "habiendo  los  señores  Inquisidores  des- 
pachado algunas  causas  secretamente,  por  el  carácter  de  los  reos  y  na- 
turaleza de  sus  delitos,  y  teniendo  conclusas  y  votadas  otras  seis,  cuya 
noticia  podia  salir  al  público,  determinaron  celebrar  auto  particular  de 
fe  el  dia  6  de  abril  de  1761.  Pasó  a  noticiarlo  al  Exmo.  señor  Virey  de 
estos  reinos  el  señor  inquisidor  fiscal,  y  S.  E.,  con  el  innato  amor  que 
profesa  al  Santo  Oficio  y  al  bien  público,  que  tanto  depende  de  la 
conservación  de  la  pureza  de  nuestra  sagrada  religión,  lo  celebró  con 


(21)  Caria  de  8  ele  febrero  de  1760. 

(22)  Este  hecho  consta  de  una  Carta  de  los  Inquisidores  de  9  de  abril  de  1761,  y  aunque 
ignoramos  los  nombres  de  los  reos  que  en  el  auto  figuraron,  puede  aseverarse  que  debieron 
ser  muy  contados. 


21 — La  Inquisición  de  Lima  Tomo  U 


322 


J.   T.  MEDINA 


atentas  espresiones  de  obsequio  al  Santo  Tribunal,  ofreciendo  de  la  tropa 
de  infantería  y  caballería  la  que  fuere  menester  y  todo  lo  demás  que 
pudiese  conducir  al  mas  autorizado  lucimiento  y  decencia  de  la  función. 

"La  estación  del  tiempo  todavía  ardiente  y  otros  justos  motivos 
movieron  a  los  señores  Inquisidores  a  que  por  la  ruina  de  la  capilla 
tuviesen  el  auto  en  la  sala  de  audiencia,  a  puerta  abierta.  Mandaron 
citar  a  todos  los  ministros  del  Santo  Oficio,  oficiales,  consultores,  ca- 
lificadores, comisarios,  varones  honestos  y  caballeros  familiares,  que 
compusieron  un  respetuoso  concurso,  a  que  se  agregaron  otras  muchas 
personas  de  la  mas  distinguida  calidad,  a  quienes  convidó  el  celo  a 
las  cosas  de  nuestra  santa  fe  católica;  y  fuera  de  dicha  sala,  concurrió 
innumerable  jente  de  todas  clases,  sin  que  hubiese  habido  desórden, 
por  las  premeditadas  disposiciones  de  los  señores  Inquisidores,  cuya  di- 
lijencia  previno  todos  los  medios  de  evitarle. 

"A  la  hora  señalada,  que  fué  la  de  las  ocho  de  la  mañana  de  dicho 
dia  6  de  abril,  se  empezaron  a  leer  las  relaciones  de  las  causas  si- 
guientes (23). 

Fr.  Diego  Pacheco,  religioso  corista,  expulso  del  convento  de  San 
Francisco  del  Cuzco,  su  ciudad  natal,  por  haber  celebrado  misa,  oído 
de  confesión  y  solicitado  ad  turpia  a  varias  mujeres  y  administrado  la 
extremaunción  repetidas  veces,  salió  con  sambenito  de  media  aspa  y  de- 
más insignias  de  estilo,  para  abjurar  en  seguida  y  partir  desterrado  a 
Juan  Fernández  perpetuamente,  a  ración  y  sin  sueldo,  después  de  salir 
a  la  vergüenza; 

Matías  Ponce  de  León,  oriundo  de  Tucumán,  por  haber  dicho  dos 
misas,  siendo  laico;  Francisco  de  Toro,  mayordomo  de  una  hacienda, 
el  mestizo  Juan  de  Salas  y  Rafael  Pascual  de  Senado,  de  Cádiz,  todos 
por  dos  veces  casados,  y,  finalmente,  Francisco  Moyen. 

Era  éste  un  francés  que  había  sido  aprehendido  en  Potosí,  en  virtud 
de  la  denuncia  que  copiamos  a  continuación: 

"En  la  villa  de  Potosí,  en  treinta  dias  del  mes  de  marzo  del  año 
de  mil  setecientos  cuarenta  y  nueve,  a  horas  quatro  de  la  tarde,  ante  el 
señor  doctor  don  Joseph  de  Licaraza  Beaumont  y  Navarra,  cura  rector 
propio  mas  antiguo  de  la  Santa  Iglesia  Matriz,  consultor  del  Santo 


(23)  La  relación  de  esta  ceremonia  se  imprimió  en  Lima  ese  mismo  año,  con  el  título 
de  Reladún  del  auto  particular  de  Fee,  celebrado  en  el  Tribunal  del  Santo  Oficio  de  la  In- 
quisición de  Lima  el  dia  6  de  abril  de  1761,  4.°,  6  hojas,  y  ha  sido  reproducido  por  Odriozola 
cii  el  temo  VH,  pág.  -110,  de  sus  Documentos  literarios  del  Peni. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


323 


Oficio  de  la  Inquisición  y  comisario  de  él  en  ella,  y  jurisdicción  de  su 
distrito,  pareció  sin  ser  llamado  un  hombre  español,  de  el  qual,  estando 
presente,  fué  recibido  juramento  por  Dios  nuestro  Señor  y  una  señal 
de  cruz  de  que  dirá  verdad  de  lo  que  viene  a  declarar  y  le  fuese  pregun- 
tado y  guardar  secreto  de  ello;  y  dijo  llamarse  don  Joseph  Antonio  de 
Soto,  soltero,  natural  de  la  villa  de  Redondela  en  el  reyno  de  Galicia, 
residente  en  esta  villa  y  comerciante  en  ella  y  otros  lugares  de  este 
reyno  y  el  de  Chile,  de  edad  de  veinte  y  nueve  a  treinta  años,  el  qual 
por  descargo  de  su  conciencia  dijo  y  denuncia  que  el  dia  quince  o  diez 
y  seis  de  marzo  del  presente  año  de  mil  setecientos  cuarenta  y  nueve, 
en  el  parage  de  Pumaguasi  o  Rio  Blanco,  que  está  en  el  camino  real 
de  la  ciudad  de  Juxui  a  esta  villa,  y  en  el  marquesado  de  Tajo  de  la 
provincia  de  Tucuman  o  Chichan,  y  distrito  de  la  Real  Audiencia  de 
los  Charcas,  donde  el  denunciante  hizo  real,  en  mansión  y  compañía 
de  don  Diego  de  Alvarado,  sugeto  comerciante  de  la  carrera  de  Buenos 
Ayres  a  esta  villa,  de  el  doctor  don  Diego  Martínez  de  Iriarte,  clérigo 
diácono,  entrambos  residentes  al  presente  en  esta  dicha  villa,  y  viven 
juntos  en  la  calle  de  San  Agustín;  y  don  Francisco  Moyen,  de  nación 
francés,  oriundo  de  la  corte  de  Paris,  que  al  presente  reside  también  en 
esta  villa,  hospedado  en  casa  del  coronel  don  Antonio  Rodríguez  de 
Guzman,  por  bajo  de  la  plaza  principal,  en  la  calle  de  Santo  Domingo; 
habiéndose  armado  en  dicho  parage,  entre  siete  y  ocho  de  la  noche,  una 
tempestad  de  truenos  y  relámpagos,  dijo  que  temeroso  de  estar  en  com- 
pañía de  dicho  francés,  porque  recelaba  algún  castigo  de  la  ira  divina, 
por  los  delirios  que  le  habia  oido  contra  nuestra  santa  fee  cathólica, 
como  tiene  denunciado  en  este  Santo  Tribunal,  se  apartó  de  la  carpa 
donde  estaba  dicho  francés,  y  se  fué  a  la  del  enunciado  doctor  don 
Diego,  en  fin  de  pregar  en  su  compañía  a  Dios  por  la  evasión  de  aquel 
peligro  (como  lo  hizo),  y  que  después  de  serenada,  habiendo  vuelto 
en  compañía  de  dicho  doctor  a  la  carpa  donde  estaba  el  citado  don 
Diego  con  el  referido  francés,  entraron  diciendo:  gracias  a  Dios,  que 
nos  hemos  librado  de  esta  tempestad;  a  que  respondió  don  Diego  di- 
ciéndoles  si  hablan  estado  rezando,  y  respondió  el  declarante  que  sí,  y 
para  cuyo  efecto  se  había  apartado,  y  que  a  ésto  dixo  el  mencionado 
francés,  cuya  estatura  es  proporcionada,  gordo,  carifarto,  de  barba  co- 
piosa, cerrada  y  rubia,  blanco,  chaposo  y  nariz  roma,  labios  gruesos, 
ojos  grandes  y  traviesos,  con  una  señal  de  cuchillada  en  la  quijada  iz- 
quierda hasta  el  estremo  de  la  boca:  en  vano  se  cansan  ustedes  en  rezar. 


324 


J.   T.  MEDINA 


pues,  como  he  dicho,  no  son  capaces  los  hombres  con  sus  oraciones  de 
hacer  que  Dios  derogue  lo  que  una  vez  tiene  determinado;  a  que  el 
mencionado  doctor  se  le  opuso  con  razones  y  también  el  declarante, 
diciéndole  que  si  la  ira  de  Dios  no  se  aplacase  con  las  oraciones  y  com- 
punción de  los  hombres,  serian  vanas  y  inútiles  las  que  nuestra  Santa 
Madre  Iglesia  nos  enseñaba,  los  conjuros  y  demás  remedios  que  orde- 
naba, con  cuyo  uso  les  habia  persuadido  muchas  veces  la  experiencia, 
su  eficacia;  y  que  a  todo  respondia  el  mencionado  francés  haciendo 
fizga  y  menosprecio,  y  conforme  se  iba  hilando  la  declaración,  engar- 
zaba sus  errores  diciendo  que  no  tenia  el  Pontífice  facultad  para  conce- 
der indulgencias,  y  que  éstas  eran  una  quimera  y  patarata,  como  el  que 
el  Papa  fuese  cabeza  universal  de  la  Iglesia,  y  que  a  éste  se  le  debiese 
obediencia,  pues  no  era  posible  el  que  a  un  solo  hombre  se  le  sugetasen 
tantos,  y  mas  cuando  éste  concitaba  tropas  a  favor  de  unos  príncipes 
o  monarcas  contra  otros.  Y  que  habiendo  todos  los  circunstantes,  con 
las  rabones  de  que  podian  y  les  dictaba  su  christiandad,  impunándole 
sus  detestables  errores,  hacia  fizga  y  menosprecio  de  todo,  concluyendo 
con  decir,  ah!  si  ustedes  leyeran  los  libros  escritos  en  idioma  francés 
que  yo  he  leydo,  qué  bien  se  desengañaran  ustedes;  a  lo  que  el  decla- 
rante le  dijo:  munsieur,  esos  libros  no  deben  de  leer  los  católicos,  ni 
nuestra  España  los  admite,  porque  tenemos  un  Santo  Tribunal  de  In- 
quisición que  solo  permite  correr  los  libros  saludables  a  la  christiandad 
y  conformes  a  nuestra  santa  fee  cathólica,  y  que  a  ésto  respondió  el 
citado  francés,  ustedes  hacen  mucho  blasón  y  alarde  del  Tribunal  de 
Inquisición  que  tienen,  siendo  así  que  es  un  Tribunal  que  sin  justifi- 
cación alguna  y  sin  oir  descargos  pasa  a  castigar,  como  lo  observé  en 
Lisboa.  Y  que  a  esto  respondió  el  declarante:  yo  no  he  estado  en  Por- 
tugal, pero  sé  que  éste  es  un  Tribunal  justificadísimo,  que  no  pasa  a 
imponer  castigo  o  pena  sin  que  ántes  se  halle  plenamente  probado  el 
delito,  procediendo  en  todo  con  mucha  circunspección,  sigilo  y  rectitud, 
usando  al  mismo  tiempo  de  piedad  y  misericordia  con  los  arrepentidos 
que  detestaban  sus  errores,  y  de  rigor  y  tirantez  con  los  contumaces  y 
rebeldes,  y  que  habiendo  apoyado  esto  mismo  el  citado  don  Diego  de 
Alvarado,  calló  el  mencionado  francés,  y  que  continuando  la  conversa- 
ción, dijo  también  dicho  francés,  no  se  acuerda  con  qué  ocasión,  que 
parecía  que  Dios  habia  errado  en  la  creación  del  hombre,  pues  sabiendo 
que  habia  de  ser  infiel  y  ofenderle,  lo  habia  criado;  manifestando  en 
ésto  como  ingratitud  a  los  hombres  respecto  a  los  que  daba  el  ser  para 


1 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


325 


condenarlos.  Y  que  a  ésto  le  hizo  impugnación  el  mencionado  doctor 
don  Diego,  con  razones  que  se  acuerda,  y  que  a  ellas  replicaba  el  refe- 
rido francés  muy  fervorizado  y  tenaz  en  sus  dictámenes,  sin  convencer- 
se; y  que  también  le  dijo  el  declarante,  que  los  mismos  hombres  por  sus 
culpas  eran  causa  de  su  eterna  condenación,  y  que  como  hubiese  escu- 
chado que  el  citado  francés  para  prueba  de  sus  errores,  citaba  testos  de 
la  sagrada  Escriptura,  le  dijo,  por  último,  el  denunciante,  enfadado: 
ustedes  los  hereges  interpretan  las  sagradas  letras  como  quieren,  y  dan 
a  los  lugares  el  sentido  que  les  parece  para  aludir  a  sus  errores;  y  con 
ésto  se  salió  de  la  carpa,  dejando  en  ella  al  referido  francés,  quien  tam- 
bién quedó  disgustado.  Preguntado  quienes  se  hallaron  presentes  a  todo 
lo  ocurrido,  respondió,  don  Diego  de  Alvarado,  doctor  don  Diego  Mar- 
tinez  de  Iriarte,  y  don  Antonio  Ruiz,  andaluz,  que  se  halla  hospedado 
en  la  calle  de  la  Comedia  y  casa  de  don  Manuel  de  la  Cueva,  en  esta 
villa;  y  preguntado  si  el  predicho  francés,  quando  dijo  todo  lo  que  tiene 
enunciado  estaba  o  nó  en  su  sano  juicio .  .  ;  y  que  todo  lo  que  ha  dicho 
es  la  verdad  por  el  juramento  que  tiene  fecho,  y  siéndole  leydo,  dijo 
que  estaba  bien  escrito,  y  que  no  lo  dice  por  odio  ni  mala  voluntad  que 
tenga  y  haya  tenido  al  denunciado,  sino  por  descargo  de  su  concien- 
cia". 

Siguió  el  Comisario  tramitando  el  proceso  durante  un  año,  y  una 
vez  terminadas  las  diligencias  del  sumario,  envió  el  reo  a  Lima,  adonde 
llegó  éste  después  de  un  viaje  de  dos  años.  En  la  primera  audiencia 
que  le  concedieron  los  Inquisidores,  dijo  ser  de  edad  de  treinta  y  dos 
años,  comerciante,  músico  y  pintor,  que  no  tenía  hijos  ni  era  casado;  que 
su  padre  había  sido  músico  de  la  real  cámara;  que  había  estudiado 
matemáticas  con  un  maestro  que  le  tenían  en  la  casa,  y  por  fin,  la  es- 
grima. A  los  diecisiete  años,  con  licencia  de  su  padre,  había  partido 
para  Santo  Domingo,  pero  sólo  había  alcanzado  hasta  Nantes,  donde 
había  vivido  de  los  recursos  que  se  proporcionaba  con  su  violín.  En 
1738,  partía  para  las  Indias  Orientales,  de  donde  regresaba  al  cabo  de 
dieciocho  meses  para  pasar  a  Santiago  de  Compostela  y  a  Lisboa,  don- 
de pudo  frecuentar  el  palacio  real  y  hacerse  de  algunas  relaciones  entre 
la  gente  noble.  Habiendo  muerto  su  abuelo,  había  regresado  por  poco 
tiempo  a  París,  para  volverse  en  seguida  a  Lisboa  y  embarcarse  para 
Río  de  Janeiro,  de  donde  poco  después  volvía  a  Lisboa  para  tornar 
nuevamente  al  Brasil  y  a  Buenos  Aires.  En  esta  última  ciudad  había 
tenido  un  desafío  con  el  corregidor  que  estaba  provisto  para  Potosí, 


326 


J.   T.  MEDINA 


dándole  una  cuchillada  en  el  rostro,  que  le  obligó  a  asilarse  en  el  con- 
vento de  Santo  Domingo,  de  donde  fué  sacado  por  la  justicia.  A  me- 
diados de  1748,  podía,  sin  embargo,  salir  en  compañía  del  futuro  co- 
rregidor de  Porco  y  de  seis  o  siete  personas  más  entre  chapetones  y 
criollos,  con  dirección  a  Potosí,  adonde  se  encaminaba  a  levantar  el 
plano  de  un  ingenio  de  metales.  Contó  también  allí  a  los  jueces  las 
terribles  peripecias  y  amarguras  sin  cuento  que  había  debido  experi- 
mentar en  el  camino  desde  que  fuera  preso  hasta  su  llegada  a  las  cár- 
celes secretas.  Por  lo  demás,  no  negó  lo  de  que  se  le  acusaba.  Calificáron- 
sele  trece  proposiciones,  y  después  de  otros  tantos  años  de  prisión,  salía 
en  el  auto  en  forma  de  penitente,  con  sambenito  de  media  aspa,  coroza, 
soga  al  cuello,  mordaza  en  la  lengua  y  vela  verde  en  las  manos,  abjuró 
de  vehementi,  fué  absuelto  ad  cautelam,  con  confiscación  y  perdimiento 
de  la  mitad  de  sus  bienes,  y  perpetuo  destierro  de  América  y  corte  de 
Madrid,  por  diez  años,  que  debía  cumplir  en  uno  de  los  presidios  de 
Africa  o  en  una  casa  de  penitencia  de  Sevilla.  Al  día  siguiente  del  auto, 
salía  todavía  a  la  vergüenza,  escapándose  de  los  doscientos  azotes  que 
se  le  habían  mandado  aplicar,  así  como  antes,  del  tormento,  por  el 
achaque  de  gota  coral  de  que  padecía  (24). 


(24)  Amusquíbar  se  creyó  en  el  caso  de  dar  explicaciones  al  Consejo  acerca  de  la  larpa 
duración  de  este  proceso,  apuntando  como  justificativos,  las  competencias  en  que  se  había 
visto  envuelto,  sus  propias  enfermedades  y  la  gota  coral  de  que  adolecía  Moyen,  y,  por  fin, 
que  el  abogado  del  fisco,  a  quien  se  había  encomendado  la  defensa,  había  estado  siempre  muy 
ocupado  con  otros  quehaceres  de  su  oficio.  Carta  de  9  de  abril  de  1761.  El  Consejo  no  aceptó 
semejantes  excusas,  y,  por  el  contrario,  en  carta  acordada  de  14  de  febrero  de  1762,  expresaba 
al  Tribunal  de  Lima,  "que  los  diez  años  que  han  corrido  desde  la  prisión  del  reo  hasta  su 
sentencia,  es  dilación  excesiva  y  grave  omisión  del  Tribunal". 

La  causa  de  Moyen  fué  dada  a  conocer  por  el  señor  Vicuña  Mackcnna  en  un  folleto 
dado  a  luz  en  Valparaíso  en  1868,  con  el  título  de  Francisco  Moyen,  o  lo  que  fué  la  Inquisi- 
ción en  América,  traducido  al  inglés  y  publicado  en  Londres  al  año  siguiente  por  James  W. 
Duffy.  El  señor  Vicuña  ignoraba  cuál  hubiese  sido  el  destino  posterior  del  reo,  acogiendo  la 
tradición  de  que  había  perecido  en  el  naufragio  del  navio  "San  Juan  Bautista",  en  que  fué 
embarcado.  De  los  documentos  del  archivo  de  Simancas  consta  que  Moyen  llegó  a  Cádiz  en 
noviembre  de  1761,  de  donde  fué  trasladado  a  Sevilla  en  el  siguiente  mes,  para  ser  más 
tarde  remitido  a  Oran,  donde  se  le  eximió  de  servir  a  ración  y  sin  sueldo. 


CAPITULO  XXVII 


Auto  particular  de  fe  de  1."  de  septiembre  de  1773. — Causas  falladas  por  el  Tri- 
bunal hasta  fines  del  siglo  pasado. — Reos  procesados  por  lectura  de  libros 
prohibidos. — Atrasos  que  experimentan  las  rentas  del  Santo  Oficio. — Datos 
acerca  de  algunos  de  sus  ministros.— Pónense  a  venta  los  oficios  de  la  Inqui- 
sición.— Se  procesa  y  suspende  al  inquisidor  Pedro  de  Zalduegui. — Ultimas 
causas  de  fe. — Supresión  del  Santo  Oficio. — Inventario  de  sus  caudales  y 
efectos. — Saqueo  de  sus  oficinas  por  el  pueblo. — Restablecimiento  del  Tribu- 
nal.— Su  abolición  definitiva. 

Uno  de  los  últimos  autos  de  fe  de  que  haya  constancia  en  los  do- 
cumentos que  nos  han  servido  para  la  compaginación  de  este  libro, 
fué  el  que  se  celebró  el  1.°  de  septiembre  de  1773  en  la  capilla  del 
Tribunal,  con  presencia  de  ocho  reos,  sólo  de  dos  de  los  cuales  conoce- 
mos sus  nombres  y  delitos:  José  Joaquín  Santistéban  y  Padilla,  arequi- 
peño,  por  haber  predicado,  celebrado  misa  y  oído  de  confesión  sin  ser 
sacerdote,  y  José  Calvo  de  Arana,  natural  de  San  Lúcar,  por  biga- 
mia (1). 

Un  examen  atento  de  los  papeles  que  se  conservan  de  esta  época, 
hasta  la  extinción  del  Tribunal,  nos  permite,  sin  embargo,  añadir  toda- 
vía a  la  ya  larga  lista  de  nombres  que  tenemos  apuntados,  los  de  las 
personas  siguientes: 

En  1759  fué  acusado  de  hereje  el  francés  Pedro  Fos,  natural  de 
Grenoble,  hijo  de  padres  protestantes,  cocinero  de  oficio;  habién- 
dose suscitado  en  su  causa  tal  discordia  que  mientras  el  Ordinario 
pretendía  que  se  le  considerase  como  hereje  formal,  Amusquíbar  y 
Grillo  sostenían  que  debía  admitírsele  a  reconciliación,  disistiendo  el 
primero  en  cuanto  a  la  confiscación  de  sus  bienes  (que  ascendían  a  cinco 


(1)  Cuna  lie  López  GiíIId  de  15  de  diciembre  de  1773. 


328 


J.   T.  MEDINA 


mil  pesos)  por  cuanto  era  hereje  nacional  y  no  facto,  como  quería  el 
Ordinario,  apoyándose  en  que  ya  se  le  había  informado  de  que  la  fe 
de  la  Iglesia  católica  era  la  infalible. 

En  Quito,  un  jesuíta  era  obligado,  en  1761,  a  recoger  un  sermón 
que  había  publicado,  advirtiéndosele  que  no  lo  reiterase  y  que  se  abstu- 
viese de  predicar  durante  un  año,  lo  que  motivó  de  parte  de  la  Orden 
una  apelación  a  España  (2). 

Ese  mismo  año  se  denunció  el  teniente  cura  de  Cuyoacán  por  soli- 
citaciones, siendo  penitenciado  diez  años  más  tarde. 

En  1762  se  procesaba  al  jesuíta  Mateo  de  los  Santos,  que  se  hallaba 
en  Roma,  también  por  solicitante. 

En  1769  se  remitió  al  Consejo  la  causa  de  José  Camborda,  natural 
de  la  Mancha,  denunciado  de  que  estando  en  cierta  casa  había  dicho 
que  los  jesuítas  eran  herejes,  que  San  Ignacio  no  era  santo,  y  que  en 
el  bolsillo  andaba  trayendo  con  que  probarlo.  En  la  declaración  jurada 
que  prestó  con  este  motivo  dos  años  más  tarde,  se  afirmó  en  lo  dicho, 
"pues  admitían  a  tantos  de  las  naciones  infectas  habiendo  leido  en  un 
Mercurio  de  España,  que  los  jesuítas  hacían  voto  con  espresion  de  no 
obedecer  a  los  monarcas,  ni  al  Papa,  sino  en  cosas  de  misión,  lo  que 
era  herejía  conocida;  y  en  cuanto  a  San  Ignacio,  negó  que  hubiese 
dicho  que  no  fuese  santo,  sino  que  tras  la  imájen  del  Santo,  en  un 
cuarto  de  un  jesuíta,  se  había  hallado  un  papel  en  que  se  decía  que 
había  sido  canonizado  a  empeño  de  muchos  monarcas ...  Y  visto  que 
escluye  toda  sospecha,  se  le  advirtió  que  escuse  iguales  conversaciones 
con  todo  jénero  de  personas  y  especialmente  con  jente  laica". 

En  1771  se  denunció  al  negro  José  Feliciano  de  la  Oliva,  peniten- 
ciado ya  por  supersticioso,  y  que  hubo  de  serlo  más  tarde  en  1779. 

Aquel  mismo  año,  el  franciscano  limeño  Manuel  de  Colmenares, 
cuya  causa  se  mandó  suspender  en  1778,  fué  testificado  de  solicitante 
por  varias  mujeres  y,  entre  otras,  por  una  lavandera  de  diecinueve  años 
de  edad,  que  le  acusaba  de  haberle  dicho  en  medio  de  su  confesión. 
"Me  has  descompuesto,  me  has  hecho  mucho  daño,  me  has  muerto,  tú 
eres  muy  ardiente;  ¿quié  te  tentó  a  que  vinieras  aquí?" 

En  17  de  marzo  de  1772,  el  Tribunal  remitió  la  causa  de  María 
de  Jesús  Cornejo,  alias  la  Jabonera,  por  hechicerías.  Fué  esta  mujer 
denunciada  en  Lambayeque,  en  enero  de  1756,  por  Luisa  Guerrero, 


(2)  Carta  de  López  Grillo  de  9  de  diciembre  de  1763. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


329 


casada,  de  cuarenta  años,  quien  "en  descargo  de  su  conciencia",  la 
acusó  de  que  tenía  tratos  con  brujos,  que  usaba  de  unos  polvos  amari- 
llos que  le  llevaba  un  mestizo  serrano,  con  los  cuales  vió  que  se  untaba 
ella  y  varios  amigos,  y  que  preguntada  por  la  eficacia  de  esta  receta, 
dijo  que  era  para  no  estar  pobre  y  para  que  los  hombres  la  quisiesen; 
que  estuvo  en  ilícita  amistad  con  un  hombre  que  se  hallaba  para  ca- 
sarse, de  quien  dijo  que  no  lo  había  de  hacer,  y  en  efecto  el  novio  vino 
después  donde  ella,  y  que  a  poco  después  de  entrar  a  su  casa  se  supo 
que  estaba  moribundo  a  causa  de  cierta  bebida  que  le  diera  en  un 
mate;  que  una  noche  se  la  había  encontrado  en  una  rueda  de  indios, 
en  figura  de  tigre,  bailando  y  mochando  en  lo  oculto  de  unos  bosques; 
que  había  dado  a  guardar  a  cierta  mujer  un  talego  y  que  abriéndolo 
ésta  por  curiosidad,  había  encontrado  dentro  uñas,  cabellos,  piedras 
y  otras  cosas,  de  cuyo  hallazgo  sintió  la  Cornejo  pena  extremada,  di- 
ciendo que  ya  no  se  casaría  con  ella  el  sujeto  a  quien  amaba  y  que  antes 
la  aborrecería;  y  tenía  una  piedra  negra  redonda  con  la  cual  refregaba 
a  sus  hijas  para  que  las  quisiesen,  hasta  tanto  que  la  piedra  sudaba 
gotas  gordas;  que  tenía  amistad  con  un  brujo  de  la  tierra  a  quien 
hacía  muy  buen  agasajo,  y  que  cada  vez  que  venía  limpiaba  las  paredes 
con  un  gallinazo  para  tener  buena  fortuna;  etc.,  etc. 

Recibidas  las  declaraciones  de  los  testigos,  el  Tribunal  mandó  ca- 
lificar los  hechos  a  los  principales  frailes,  teólogos  y  doctores  de  la 
Universidad,  quienes  se  pronunciaron  por  que  la  mayoría  de  ellos  eran 
supersticiosos  y  la  rea  vehementemente  sospechosa  en  la  fe,  con  lo  cual 
la  Jabonera  fué  puesta  en  la  cárcel  y  a  buen  recaudo.  Era  entonces 
como  de  sesenta  años,  dos  veces  viuda,  mediana  de  cuerpo,  gruesa,  de 
grandes  ojos  azules,  "a  quien  habiéndola  rejistrado  el  alcaide,  no  le 
halló  cosa  alguna  de  las  prohibidas".  Declaró  que  era  católica,  que 
como  tal  se  confesaba  y  comulgaba;  signóse  y  santiguóse,  dijo  el  pater 
noster,  avemaria,  credo  y  salve  en  romance,  y  en  cuanto  a  sospechar 
la  causa  de  su  prisión,  que  sería  porque  viviendo  en  malas  relaciones 
con  una  hija  suya  don  Pedro  Albo,  la  Guerrero,  envidiosa  de  tan  buena 
fortuna,  le  gritaba  públicamente  que  era  una  hechicera,  bruja  arbolaria, 
y  que  no  había  de  parar  hasta  ponerla  en  el  Tribunal.  Mas,  quiso  la 
buena  suerte  de  la  acusada  que  fuese  defendida  por  el  Marqués  de  Ca- 
saconcha,  que  tomando  con  celo  su  defensa,  justificó  que  todo  debía 
atribuirse  a  imaginación  de  mujeres. 


330 


J.   T.  MEDINA 


En  1776  se  denunció  por  blasfemo  a  un  esclavo  de  Guillermo  Mi- 
quena  (Mackenna),  siendo  su  causa  fallada  cuatro  años  más  tarde. 

En  1777  fué  acusado  José  González  de  la  Cámara  por  doble  ma- 
trimonio, y  penitenciado  en  1781. 

En  1778  fué  testificada  de  supersticiosa  y  curandera  la  negra  Juana 
Echavarría  y  salió  en  un  autillo  que  tuvo  lugar  en  la  sala  de  audiencia 
al  año  siguiente,  en  compañía  del  negro  Pedro  José  Zavala,  guayaqui- 
leño,  a  quien  se  denunció  en  Huamanga  por  blasfemo,  y  de  Paula  Mo- 
lina, alias  la  "Pan  y  queso",  casada,  pescadora,  por  supersticiosa,  em- 
bustera y  jactanciosa. 

En  el  año  1779  se  procesó  a  Fr.  Francisco  Bueno,  misionero  de 
Ocopa,  por  solicitaciones  hechas  en  Córdoba,  y  al  presbítero  José  Igna- 
cio Gutiérrez  por  hechos  añálogos  ocurridos  en  Tarija.  También  lo 
fué  en  lea,  por  el  mismo  motivo,  José  Manuel  Basualdo,  pero  su  causa 
sólo  se  falló  en  1794. 

En  1782  se  penitenció  en  Lima  por  polígamo  a  Bernardo  Idobro 
Cabeza  de  Vaca. 

Por  estos  años  ocurrió,  según  parece,  una  nueva  complicidad  de 
judaismo,  pues  en  1774  escribía  el  Tribunal  que  las  solas  causas  que 
había  pendientes  eran  trece  de  esta  especie,  "de  ninguna  sustancia,  y 
las  dos  restantes,  agregaba,  poca  esperanza  de  adelantar  su  justificación". 
Nombrábanse  los  reos  Amaro  de  Sosa,  Gregorio  Nombela,  Antonio 
Gribaldo,  Agustín  Ortiz,  Fr.  Javier  Olivos,  expulso  de  San  Francisco, 
Antonio  Cava,  Francisco  Blanco,  Bernardo  de  Silva,  José  Fernández, 
Juan  Dorado,  Antonio  Correa,  Rosa  Argote  y  María  Bravo. 

De  los  procesos  de  esta  época  fueron  sin  duda  los  más  notables  los 
seguidos  a  algunas  personas  por  lo  referente  a  libros  prohibidos. 

En  virtud  de  orden  del  Inquisidor  General,  en  20  de  octubre  de 
1748,  el  Tribunal  mandó  suspender  las  licencias  concedidas  a  algunas 
personas  para  leer  semejantes  libros,  y  es  lo  más  probable  que  se  cum- 
pliese al  pie  de  la  letra  con  esta  disposición,  pues  en  los  anales  del 
Santo  Oficio  no  encontramos  expediente  alguno  sobre  esta  materia, 
hasta  el  año  1782,  en  que  ocurrió  la  denuncia  de  Santiago  de  Urquizu. 

Era  éste  un  joven  de  edad  de  veintiocho  años,  balanzario  de  la 
Casa  de  Moneila  de  Lima,  e  hijo  del  oidor  decano  de  la  Audiencia, 
tlon  Gaspar  de  Urquizu  Ibáñez.  Su  padre,  que  lo  destinaba  a  figurar 
en  la  Península,  con  solícito  afán  había  durante  muchos  años  com- 
partido su  tiempo  entre  el  Tribunal  y  la  educación  de  su  hijo,  a  quien, 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


331 


fuera  de  la  enseñanza  común,  había  instruido  en  la  física  y  matemáticas. 
El  joven,  por  su  parte,  correspondió  bien  a  estos  esfuerzos,  y  durante 
las  largas  horas  que  pasaba  en  la  muy  surtida  biblioteca  del  oidor, 
manifestó  especial  inclinación  a  las  obras  religiosas,  estudiando  el  griego 
y  el  latín  para  leer  en  sus  originales  las  obras  de  los  Padres  de  la  Igle- 
sia, sin  olvidarse  de  rezar  las  horas  canónicas,  con  el  propósito  de 
hacerse  más  tarde  sacerdote.  El  demasiado  estudio,  sin  embargo,  hubo 
de  ocasionarle  tal  decadencia  en  su  salud  que  se  le  aconsejó  buscar 
alivio  en  pasatiempos  y  en  la  sociedad  mundana,  concluyendo  por  ju- 
gar de  cuando  en  cuando,  asistir  a  comedias  y  frecuentar  gente  diver- 
tida. Deseando  hallar  apología  a  su  conducta,  quiso  seguir  en  materia 
de  lecturas  un  camino  opuesto  al  que  llevara  en  un  principio,  encon- 
trando luego  medios  para  procurarse  algunos  libros  prohibidos,  y,  entre 
otros,  algunos  que  compró  al  corregidor  de  Huaylas;  y  entregándose, 
por  fin,  a  largas  conversaciones  con  cierto  fraile  dominico  de  vida  non 
sancta,  pronto  se  apoderó  de  él  el  arrepentimiento,  y,  siguiendo  sus 
impulsos,  se  fué  a  delatar  al  Tribunal,  el  cual  le  mandó  entregar  todos 
los  libros  prohibidos,  le  hizo  confesarse,  entrar  a  ejercicios  y  rezar  de 
rodillas  el  rosario,  etc.,  etc. 

No  es  menos  curioso  lo  que  le  ocurrió  a  Fr.  Diego  de  Cisternas, 
monje  de  San  Jerónimo,  a  quien  se  le  quitaron  las  obras  de  Voltaire, 
que  fué  denunciado  por  el  padre  Juan  Rico,  de  que  habiéndole  ido  a 
visitar  le  había  mostrado  aquellos  libros,  que  tenía  en  lo  alto  de  un 
estante,  y  otro  en  que  con  extremada  insolencia  se  satirizaba  al  Santo 
Oficio  por  las  prisiones  injustas  que  acostumbraba,  y  alguno  contra  los 
jesuítas  y  a  favor  de  Jansenio.  Se  le  había  además  oído  "darse  por  uno 
de  aquellos  espíritus  singulares  que  conocen  en  verdad  a  Jesucristo  y  a 
su  relijion"  contra  el  común  de  los  maestros;  se  decía  que  siendo  con- 
fesor de  una  beata  le  atribuía  haber  conocido  a  Dios  antes  de  nacer 
y  haber  sabido  por  ciencia  infusa  las  obras  de  los  Santos  Padres;  que 
el  demonio  la  había  convertido  durante  un  año  en  piedra  de  Huamanga, 
habiendo  también  concebido  un  hijo  de  este  espíritu  maligno;  que 
había  asistido  a  los  moribundos  predestinados  del  ejército  español  que 
peleaba  cerca  de  Argel;  y,  por  fin,  que  había  sudado  sangre  y  muerto 
muchas  veces  para  resucitar  otras  tantas  por  un  milagro  perpetuo  de 
la  Providencia. 

Como  Cisneros  se  hallase  en  íntima  amistad  con  el  oidor  José  de 
la  Portilla,  cuyos  dictámenes  seguía  el  Virrey,  a  pesar  de  estar  el  fraile 


332 


J.   T.  MEDINA 


tildado  de  espíritu  inquieto  y  caviloso  y  de  poco  afecto  al  Santo  Oficio, 
uno  de  los  Inquisidores,  después  que  le  quitaron  los  libros,  fué  a  visi- 
tarle "para  darle  satisfacción",  lo  que  no  impedía  que  él  mismo,  en 
carta  al  Consejo  lo  calificase  en  aquellos  términos  y  pidiese  que  se  le 
mandase  retirar  a  sus  claustros  (3). 

Hízose  también  proceso,  por  lo  tocante  a  esta  materia  contra  el 
asesor  del  Virrey  don  Ramón  de  Rozas,  de  que  daremos  cuenta  en  otro 
lugar  (*),  y,  finalmente,  contra  el  Barón  de  Nordenflicht,  que  había 
pasado  al  Perú  en  comisión  del  Rey  para  el  estudio  de  las  minas,  y  con 
licencia  especial,  que  llegado  el  caso  exhibió,  para  poder  leer.  El  Tri- 
bunal dió  cuenta  de  que  el  Barón,  abusando  del  permiso,  no  sólo  leía 
sino  que  también  prestaba  libros  prohibidos,  previniéndose  por  el  Con- 
sejo que  si  el  denunciado  no  se  abstuviese  de  semejante  conducta  para 
lo  sucesivo,  "se  procediera  contra  él  a  estilo  del  Santo  Oficio,  advirtién- 
dosele que  aún  cuando  permaneciese  en  el  dia  en  la  relijion  luterana,  no 
tenia  licencia  ni  estaba  autorizado  para  prestar  a  nadie  libros  prohibidos 
en  los  dominios  de  S.  M."  (4). 

Aparte  de  estos  incidentes,  podemos  apuntar  que  aún  en  1787  se 
anunciaba  el  envío  de  cinco  causas,  contra  Fr.  Nicolás  de  Zumarán, 
mercedario,  y  Fr.  José  Hurtado  de  Mendoza,  dominico,  por  solicitantes; 
contra  Fr.  Pedro  Mollinedo,  por  falso  celebrante,  y  contra  José  García 
y  Leandro  Jofré,  por  bigamos. 

En  Córdoba,  una  beata  denunció  en  1790  al  clérigo  Fermín  de 
Aguirre,  por  haberla  solicitado  en  el  confesonario,  por  lo  cual  se  le 
condenó,  tres  años  más  tarde,  a  oír  la  lectura  de  su  sentencia,  sin  bonete 
ni  cinto,  en  presencia  de  doce  sacerdotes,  debiendo  además  abjurar  de 
levi  y  llevar  otras  penitencias. 

Por  proposiciones  fué  encausado  en  1791  Fernando  de  Rivas,  sol- 
dado de  Buenos  Aires,  y  en  el  año  siguiente,  Fr.  Joaquín  María  Albo, 
alias  don  Joaquín  Cabrera,  natural  de  ¡barra,  religioso  corista  de  la 
Merced,  por  haberse  casado. 

En  Quito  se  procesaba  por  proposiciones  hereticales  al  francés 


(3)  Carta  de  Abarca  y  Maticnzo  de  15  de  diciembre  de  1786. 

(4)  Orden  de  19  de  noviembre  de  1801.  Lo  que  no  pudo  entonces  el  Santo  Oficio  lo 
realizó  más  tarde  una  señora  chilena  que  impuso  al  Barón,  como  condición  previa  para 
entregarle  su  blanca  mano,  que  renunciase  a  la  religión  luterana. 

(*)  Véase:  Medina.  Historia  del  Tribunal  del  Santo  Oficio  de  la  Inquisición  en  Chile. 
Cap.  XVI,  pág.  6-18.  Reimpresión  año  1952.  N.  del  E. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


333 


Pedro  de  Flor  Condamine,  sobre  el  conocimiento  de  cuya  causa  se 
había  trabado  una  competencia  entre  el  comisario  y  el  alcalde  ordinario 
en  1791,  que  el  Consejo  estando  ya  el  reo  votado  a  prisión  en  Lima, 
mandó  suspender  en  11  de  febrero  de  1793. 

En  7  de  agosto  de  1804  se  denunció  a  José  Arbite,  vizcaíno,  soltero, 
de  treinta  años,  de  que  negaba  que  hubiese  Dios,  infierno  ni  santos, 
y  a  pesar  de  que  el  fiscal  pidió  auto  de  prisión  contra  él,  no  se  accedió 
a  ello  en  un  principio,  creyendo  hubiese  colusión  entre  los  denuncian- 
tes; mas,  formalizada  la  acusación  y  despachado  mandamiento,  el  go- 
bernador de  Buenos  Aires  se  negó  a  darle  cumplimiento. 

Si  tan  notable  decaimiento  se  hacía  sentir  en  orden  a  las  causas 
de  fe,  iba  también  haciéndose  manifiesta  la  disminución  que  experi- 
mentaban las  rentas  del  Tribunal.  A  principios  de  1777  se  debían  a 
los  ministros  más  de  veintiún  mil  pesos  de  sus  salarios;  y  a  pesar  de  las 
activas  diligencias  que  el  receptor  practicaba,  no  perdonando  gestiones 
oficiosas  ni  embargos,  no  se  conseguían  las  cobranzas,  porque  luego 
se  formaban  concursos  de  acreedores  que  dilataban  los  juicios  por  diez 
y  veinte  años,  ya  por  estudiada  morosidad  de  los  ocurrentes,  ya  por 
falta  de  compradores  de  los  fundos. 

Las  casas  de  los  inquisidores  no  estaban  tampoco  terminadas,  y 
alguna  en  tal  estado,  que  López  Grillo  se  había  visto  obligado  a  alquilar 
una  para  sí,  distante  una  cuadra  del  Tribunal. 

Dimanaba  la  decadencia  de  las  rentas,  de  que  con  el  terremoto 
de  28  de  octubre  de  1746  se  rebajaron  los  censos,  que  redituaban  el 
cinco,  al  tres  por  ciento;  de  que  ya  no  tenían  lugar  las  pingües  con- 
denaciones que  durante  tanto  tiempo  se  habían  aplicado  a  los  reos; 
y  a  que  las  canonjías  supresas  no  producían  lo  que  de  antes.  La  de 
Quito  estaba  debiendo  cerca  de  diez  mil  pesos,  once  mil  la  de  Trujillo, 
y  aún  hasta  la  de  Arequipa,  que  había  sido  siempre  la  de  más  consi- 
deración, con  la  baja  de  precio  de  los  frutos,  había  experimentado  no- 
table quebranto.  La  contribución  para  la  Orden  de  Carlos  III,  y,  por 
último,  el  establecimiento  de  los  derechos  de  aduanas,  eran  de  por  sí, 
decían  los  ministros,  no  pequeñas  causales  para  la  ruina  del  virreinato; 
que  si  llegaba  a  fundarse,  como  se  pensaba,  el  de  Buenos  Aires,  ni  aún 
quedaría  renta  suficiente  para  dos  inquisidores,  "porque  se  establecerá 
el  comercio  en  aquella  ciudad,  donde  se  llevarán  los  caudales,  y  ésta  de 
Lima  quedará  en  lamentable  pobreza,  hecha  una  Galicia"  (5). 

(5)  Carta  de  8  de  febrero  de  1777. 


334 


J.   T.  MEDINA 


Con  el  terremoto  ocurrido  en  todo  el  distrito  del  Cuzco  el  13  de 
mayo  de  1784,  las  canonjías  de  La  Paz,  Arequipa  y  de  aquella  ciudad, 
produjeron  todavía  menos,  de  tal  modo  que  se  hizo  indispensable  urgir 
porque  se  suprimiese  la  plaza  de  un  tercer  inquisidor,  y  aun  llegó  a 
facultarse  al  Tribunal  para  vender  "las  posesiones  y  otras  cosas"  y  poder 
pagar  a  los  ministros  sus  salarios  por  trimestres  anticipados  (6). 

Sin  embargo,  esta  visible  decadencia  del  Santo  Oficio  en  el  número 
de  causas  y  sus  calidades,  podía  considerarse  insignificante  al  lado  de 
lo  que  estaba  pasando  en  su  mismo  personal.  Amusquíbar  había  falle- 
cido el  21  de  abril  de  1763,  de  tercianas,  disentería  y  fiebre,  con  opinión, 
según  sus  colegas,  "de  justo,  santo,  padre  de  los  pobres,  y  sin  más  hábito 
que  un  tosco  sayal  a  raiz  de  las  carnes"  (7) ;  y  en  su  lugar  se  había 
ascendido  a  López  Grillo,  quien  después  de  treinta  y  dos  años  de  ser- 
vicios, expiraba,  a  su  vez,  de  una  parálisis,  que  le  había  durado  veinte 
días,  en  la  noche  del  2  de  febrero  de  1777  (8).  El  19  de  junio,  por  fin, 
moría  de  tisis  renal  Juan  Ignacio  de  Obiaga,  después  de  haber  ocupado 
su  puesto  cerca  de  dieciocho  años. 

Francisco  Matienzo  Bravo  del  Rivero,  sobrino  del  Obispo  chileno 
de  este  apellido,  que  había  acompañado  a  López  en  el  Tribunal  desde 
diciembre  de  1766,  salía  de  Lima  treinta  años  más  tarde  para  ir  a 
desempeñar  el  obispado  de  Huamanga.  Era  oriundo  de  La  Plata,  y 
después  de  estudiar  en  el  colegio  de  San  Martín,  a  cuyas  aulas  entró 
en  1743,  se  recibió  de  abogado  en  1751,  pasando  a  ocupar  más  tarde 
el  curato  de  Tacna  y  varias  dignidades  de  la  Catedral  de  Arequipa,  hasta 
llegar  a  ser  provisor  general.  Con  su  ausencia  había  quedado  solo 
Francisco  Abarca  Calderón,  natural  de  Santander,  que  había  tomado 
posesión  de  su  plaza  de  fiscal  en  abril  de  1779,  pero  que  en  los  primeros 
años  de  este  siglo  se  hallaba  ya  tan  achacoso  que  no  podía  dedicarse 
una  hora  de  seguida  a  su  obligación  (9).  El  canónigo  de  Trujillo  José 
Ruiz  Sobrino,  desempeñaba  la  fiscalía  desde  1798,  y,  por  fin,  Pedro 
Zalduegui,  que  de  barrendero  y  sacristán  de  la  capilla  del  Tribunal, 
había  ascendido  a  Inquisidor  apostólico. 

(6)  Carta  de  28  de  junio  de  1784. 

(7)  Id.  de  26  de  febrero  de  1763. 

(8)  Id.  de  8  de  febrero  de  1777.  López  se  recibió  de  fiscal  el  20  de  mayo  de  1758, 
cuando  aún  no  hacía  un  año  que  se  había  ordenado. 

(9)  Abarca  nació  en  1748,  estudió  en  el  convento  de  San  Francisco  de  su  ciudad  natal, 
se  ordenó  de  misa  en  1774,  obtuvo,  en  seguida,  un  beneficio  en  Novales  y  más  tarde  el  rec- 
torado de  la  Universidad  de  Oñate,  donde  regentó  la  cátedra  de  Instituía  civil. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


335 


Todo  el  mundo  conocía  en  Lima  el  origen  de  Zalduegui  y  la  histo- 
ria de  su  carrera.  Se  sabía  que  había  dado  mil  pesos  al  capellán  mayor 
del  Santo  Oficio  para  colocarse  en  su  lugar,  que  era  "un  jentil  badula- 
que", que  nunca  había  pensado  sino  en  comercios  y  testamentarias 
lucrosas,  y  que  el  título  de  bachiller  en  teología  con  que  se  decoraba, 
lo  había  comprado  también.  Los  vecinos  de  Lima  no  podían  tomar 
su  promoción  a  lo  serio,  y  de  tal  manera,  que  con  pretexto  de  su  reci- 
bimiento se  reunieron  algunos  para  darle  la  enhorabuena,  concluyendo 
por  convertir  el  festejo  en  una  solemne  burla.  Atando  cabos,  luego  se 
dijo  en  la  ciudad  que  su  título  de  Inquisidor  lo  había  comprado,  y  de 
averiguación  en  averiguación,  se  descubrió  que  ello  no  sólo  era  verdad, 
sino  que  en  la  secretaría  de  la  General  Inquisición,  el  oficial  mayor  Cris- 
tóbal de  Cos  tenía  en  venta  los  puestos  del  Santo  Oficio,  sin  que  para 
obtenerlos  hubiese  más  trepidación  que  la  suma  que  había  de  enterarse 
a  su  agente  en  Lima,  Fernando  Piélago,  uno  de  los  secretarios  del  Tri- 
bunal (10).  En  comprobación  de  esta  creencia,  se  citaban  varios  hechos. 
Manuel  del  Vado  Calderón,  había  dado  tres  mil  pesos  por  la  secretaría 
de  Secuestros;  el  mismo  Piélago  otro  tanto  por  un  destino  análogo; 
Narciso  de  Aragón,  seiscientos;  Manuel  Arrieta,  por  jubilarse  en  los 
términos  que  lo  pretendió,  mil,  etc. 

No  faltó  quien  enviase  informes  al  Consejo  de  lo  que  pasaba, 
añadiendo  no  sólo  nuevos  hechos  a  los  ya  expresados,  sino  también 
detalles  muy  poco  halagadores  de  los  que  por  dinero  habían  comprado 
sus  oficios.  Así,  se  decía,  que  José  de  Arezcurenaga,  el  primero  que 
hubiera  merecido  jubilarse,  había  dejado  su  plaza  a  un  hijo  suyo  "de 
conducta  desbaratada",  lleno  de  vicios,  suspenso  por  el  Ordinario  y 
tildado  de  toda  la  ciudad;  que  Gaspar  de  Orue,  también  jubilado, 
había  cedido  su  lugar  a  su  primo  Pablo  de  la  Torre,  "sujeto  de  lengua 
voraz,  enfermo,  de  cuasi  ninguna  asistencia  a  su  obligación,  lleno  de 
dependencias,  de  malos  créditos,  y  que  apenas  sabia  escribir";  que  Zal- 
duegui había  obtenido  el  puesto  de  capellán,  a  pesar  de  ser  un  sujeto 
que  pasaba  los  días  "de  tienda  en  tienda  de  los  comerciantes,  de  con- 
ducta notada  de  todas  las  jentes,  inepto  para  su  empleo,  distraído  y  sin 


(lü)  "Don  Lúcar  de  Quiñones  y  clon  Cristóbal  de  Cos  empezaron  a  escribir  cartas  a 
Lima  a  don  Manuel  del  Vado  y  don  Fernando  de  Piélago,  parientes  de  Cos,  que  lodo  el  que 
quisiese  pretender  empleo  en  el  Santo  Oficio,  les  enviasen  poderes  y  dinero,  que  aunque  la 
cosa  fuera  de  la  mayor  dificultad,  se  conseguiría,  porque  tenían  valimento  para  todo,  como  así 
se  verificó".  Caria  de  Pedro  de  Amaran  de  20  de  julio  de  1793. 


336 


J.   T.  MEDINA 


cabeza";  y  por  fin,  que  creciendo  en  audacia,  con  asombro  de  la  ciudad, 
había  merecido  comprar  en  catorce  mil  pesos  su  puesto  de  Inquisi- 
dor (11). 

Tan  escandaloso  llegó  a  parecer  este  tráfico,  iniciado  en  el  año  de 
1789,  que  el  23  de  septiembre  de  1792,  frente  a  la  Catedral,  en  uno  de 
los  pilares  de  los  portales  de  la  plaza  principal  de  Lima,  amaneció  fijado 
un  cartel,  formado  con  letras  impresas  recortadas  de  otros  papeles,  que 
decía:  "al  publico.  Quien  quisiese  hacer  posturas  a  empleos  de  In- 
quisición, acuda  a  la  oficina  de  don  Fernando  Piélago,  secretario  de 
ella,  que  los  tiene  de  remate,  en  virtud  del  poder  de  sus  amigos  y  pa- 
rientes en  la  corte,  sin  obstar  el  ser  tendero,  ni  para  Inquisidor  fiscal. 

UN  idiota". 

Con  estos  antecedentes,  el  Consejo  no  pudo  ya  disimular  más,  dis- 
poniendo que  Abarca  y  Matienzo  abriesen  una  información  sobre  todos 
los  puntos  denunciados,  y  al  efecto  levantaron  aquéllos  un  expediente 
en  que,  sin  profundizar  demasiado  las  cosas,  llegaron  a  persuadirse  que 
cuanto  se  decía  tocante  a  la  venta  de  empleos  como  a  las  aptitudes  de 
los  nombrados,  era  perfectamente  cierto  (12). 

Pero  Zalduegui  no  había  de  quedarse  atrás  y  muy  luego  escribió 
al  Consejo  informándole  que  desde  el  momento  en  que  tomara  pose- 
ción  de  su  destino,  se  propusieron  sus  colegas  "con  esfuerzos  y  empe- 
ños atraerlo  a  sus  designios  enteramente  para  que  no  hubiese  en  el 
Tribunal  quien  pudiese  hacer  la  menor  jestion,  reparo  ni  contradicción 
a  lo  que  arbitrariamente  estaban  practicando,  con  gravísima  ofensa  del 
ministerio  apostólico  e  intereses  del  real  fisco,  demás  ramos  y  públicos, 
conduciéndose  por  el  estímulo  de  sus  fines  particulares  y  también  rela- 
ciones de  las  personas  a  quienes  creían  necesitaban  ganar  y  complacer". 

.  .  "El  Obispo  de  Trujillo,  añadía,  el  año  próximo  pasado,  en  los 
meses  que  estuvo  en  esta  capital,  no  pudo  ménos  que  significar  que 
aquí  los  Inquisidores  y  oficiales  no  asistían  al  Tribunal,  según  la  fre- 
cuencia con  que  los  veían  hacer  visitas,  y  fuera,  en  las  horas  y  dias  que 
no  eran  feriados"  (13). 

(11)  Carta  de  Pedro  de  Amaran  ya  citada.  Según  pareció  después,  esta  firma  era  sólo 
un  seudónimo,  empleado  sin  duda  para  no  captarse  la  mala  voluntad  de  los  denunciados, 
quienes,  por  cierto,  no  habían  de  agradecer  el  interés  que  en  ella  se  manifestaba  por  las 
cosas  del  Santo  Oficio. 

(12)  Carta  de  8  de  noviembre  de  1794.  Los  autos  que  acompañan  a  este  documento  se 
encuentran  en  el  archivo  de  Alcalá  de  Henares,  Hacienda,  legajo  282. 

(13)  Carta  al  Cardenal  Lorenzana  de  11  de  febrero  de  1796. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


337 


Llegó,  sin  embargo,  un  día  en  que  los  colegas  de  Zalduegui  no 
pudieron  desentenderse  de  su  inepcia,  y  con  ocasión  de  una  disputa 
que  sostuvo  con  un  tal  Bartolomé  Guerrero,  acerca  de  si  era  o  no  here- 
jía el  que  el  autor  de  la  oración  fúnebre  de  la  Condesa  de  Guirior  hu- 
biese dicho  que  estaba  adornada  de  la  gracia  santificante,  le  hicieron 
calificar  la  proposición  y  a  continuación  lo  encausaron,  suspendiéndolo 
del  oficio:  medida  que  el  Consejo  hubo  muy  luego  de  revocar  (14). 
Tal  es  el  último  proceso  de  fe  de  que  dan  cuenta  los  antecedentes  que 
hemos  tenido  a  la  vista  para  la  compaginación  de  este  libro. 

Aunque,  como  afirma  Vicuña  Mackenna,  puede  decirse  con  ver- 
dad que  la  Inquisición  murió  a  las  puertas  del  siglo  en  que  vivimos, 
cúmplenos  todavía  citar  aquí  algunos  casos  que  ya  dió  a  conocer  la 
brillante  pluma  de  nuestro  inolvidable  compatriota  y  amigo,  valién- 
donos para  ello  de  relaciones  de  gentes  que  si  un  día  pudieron  ser  recu- 
sados por  herejes,  hoy  nos  han  de  parecer  no  por  eso  menos  verídicas  y 
auténticas. 

"Discutiendo  un  dia,  dice  el  distinguido  viajero  ingles  y  secretario 
de  Lord  Cochrane,  W.  B.  Stevenson,  con  cierto  fraile  Bustamante, 
dominico,  acerca  de  la  imájen  de  Nuestra  Señora  del  Rosario,  concluyó 
ex-abrupto,  asegurándome  que  oiria  hablar  de  él  muy  pronto.  Esa  mis- 
ma noche  fui  a  un  salón  de  billar,  donde  jugaba  el  Conde  de  Montes  de 
Oro.  Noté  que  éste  me  miraba  y  que  hablaba  en  seguida  con  algunos 
amigos  que  estaban  del  otro  lado  de  la  mesa.  Inmediatamente  recordé 
la  amenaza  del  padre  Bustamante,  pues,  sabia,  ademas,  que  el  Conde 
era  alguacil  mayor  de  la  Inquisición. —  Pasé  delante  de  él  y  lo  saludé: 
al  instante  me  siguió  hasta  la  calle.  Le  dije  que  suponía  tuviera  algún 
recado  para  mí;  preguntóme  mi  nombre  — diciéndome  que  asi  era  en 
realidad.  Le  dije  que  lo  sabia,  y  que  estaba  pronto  a  comparecer  al  mo- 
mento. Después  de  pensar  un  rato  añadió:  "Es  este  un  asunto  demasiado 
serio  para  tratarlo  en  la  calle",  y  me  acompañó  hasta  casa,  donde  me 
comunicó,  no  sin  cierta  vacilación,  que  a  la  mañana  siguiente  debia  ir 
con  él  al  Santo  Tribunal  de  la  Fé;  repliquéle  que  estaba  pronto,  y  le 
habría  hecho  relación  de  todo,  si  él,  tapándose  los  oídos  con  ambas 

(14)  La  suspensión  ilc  Zaldmiiui  es  inilisciitiblc,  mas  no  aparece  con  cbridad  ilc  los 
documentos  (]uc  hemos  consultado  si  lo  fué  con  posterioridad  a  la  causa  que  se  le  siguió 
con  motivo  de  su  disputa,  o  anterior  a  ella.  Por  lo  demás,  tampoco  puede  iludarsc  tle  que 
fuera  repuesto,  pues  él  mismo  en  carta  ai  Arzobispo  de  Zaragoza  de  6  de  junio  de  1803, 
afirma  que  lo  fué  ))or  esos  días. 

22 — l.a  Inquisición  de  Lima  Tomo  II 


338 


J.   T.  MEDINA 


manos,  no  hubiera  esclamado:  ¡oh!  por  amor  de  Dios,  ni  una  palabra, 
yo  no  soy  inquisidor,  a  mí  no  me  conviene  saber  los  secretos  de  la 
Santa  Casa",  agregando  el  antiguo  adajio:  "Del  Rey  y  la  Inquisición, 
chiton.  Solo  espero  y  ruego  a  Dios  que  sea  V.  un  cristiano  vicio,  como 
yo".  Me  aconsejó  de  la  manera  más  solemne  que  permaneciese  en  mi 
habitación  y  que  ni  viera  ni  hablara  a  persona  alguna;  que  me  pusiese 
a  orar  y  que  por  ningún  motivo  contase  a  nadie  que  él  se  hubiese 
anticipado  a  comunicarme  órdenes,  porque  ésto  era  absolutamente  opues- 
to a  las  prácticas  de  la  Santa  Casa.  Lo  tranquilicé  sobre  este  punto,  y  le 
aseguré  que  volveria  con  él  al  café  y  que  lo  esperaria  a  las  nueve  de  la 
mañana  siguiente  en  mi  casa.  A  la  hora  convenida,  un  corchete  entró 
a  mi  cuarto,  y  me  dijo  que  el  Alguacil  mayor  me  esperaba  en  la  esquina 
próxima.  Cuando  lo  encontré,  me  ordenó  que  no  le  hablara,  pero  que 
lo  acompañase  a  la  Inquisición.  Así  lo  hice,  notando  que  el  corchete  y 
otra  persona  nos  seguían  a  cierta  distancia.  Mostréme  despreocupado, 
hasta  que  entré  al  pórtico,  tras  del  Conde,  seguidos  de  nuestros  dos 
acompañantes.  Entonces  me  habló  el  Conde  y  me  preguntó  si  estaba 
preparado:  le  contesté  que  sí  lo  estaba:  golpeó,  en  seguida,  la  puerta 
interior,  que  abrió  el  portero.  No  se  pronunció  ni  una  palabra;  per- 
manecimos sentados  en  un  escaño  durante  algunos  minutos,  hasta  que 
el  familiar  volvió  con  la  contestación  de  que  aguardase.  El  anciano 
Conde  se  retiró  entonces,  enviándome  con  los  ojos  un  largo  adiós;  pero 
sin  decir  palabra.  Algunos  minutos  después,  un  bedel  me  dió  órden 
de  seguirlo.  Atravesé  una  puerta  y  después  otra  ántes  de  llegar  a  la  sala 
de  audiencia:  era  ésta  pequeña,  pero  alta,  alumbrada  por  una  escasa 
luz  que  penetraba  difícilmente  por  ventanas  enrejadas  colocadas  cerca 
del  techo. 

"Cuando  yo  entraba  salian  de  la  sala,  por  la  misma  puerta,  cinco 
frailes  franciscanos,  cuyos  rostros  encubrían  las  capuchas,  con  los  brazos 
cruzados,  las  manos  ocultas  en  las  mangas  y  los  cordones  el  cuello.  Pa- 
recían jóvenes  por  su  porte  y  marchaban  solemnemente  en  pos  de  su 
superior,  un  fraile  viejo  y  de  aspecto  grave  que  llevaba  la  capucha  echa- 
da sobre  el  rostro,  pero  el  cordón  en  la  cintura,  indicando  de  esta  ma- 
nera que  no  hacia  penitencia.  Me  sentia  no  sé  como,  los  miraba  com- 
pasivamente, pero  me  sonreía  apesar  mió  al  imajinarme  el  efecto  que 
a  media  noche  habría  producido  aquella  procesión  en  cualquiera  ciudad 
de  Inglaterra.  Volví  los  ojos  a  los  tres  terribles  jueces  que  estaban 
sentados  en  un  estrado,  bajo  un  dosel  de  terciopelo  verde  ribeteado 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


339 


de  azul  pálido,  teniendo  a  sus  espaldas,  pendiente  de  la  pared,  un 
crucifijo  de  tamaño  natural.  Delante  se  veia  una  mesa  grande,  cubierta 
y  adornada  como  el  dosel,  y  sobre  ella,  dos  velas  verdes  encendidas,  un 
tintero,  algunos  libros  y  papeles,  que  me  hicieron  acordar  de  Jovcllanos 
que  describía  la  Inquisición  diciendo  que  se  componía  de  un  Santo 
Cristo,  dos  candcleros  y  tres  majaderos. 

"Sabia  lo  que  era  inquisidores;  pero  cuan  diferentes  de  lo  que 
eran  en  otro  tiempo!  El  raquítico  y  retinto  Abarca,  en  el  centro,  que 
parecía  nadar  en  su  sillón;  a  su  izquierda,  el  obeso  Zalduegui,  que, 
oprimido  su  enorme  cuerpo  por  los  brazos  de  la  silla,  resollaba  por 
las  narices  como  cerdo  cebado;  y  a  su  derecha,  el  fiscal.  Sobrino,  que 
contraía  sus  pobladas  cejas  y  hacia  lo  posible  por  dar  a  su  estúpida 
fisonomía  una  apariencia  de  sabio. 

"A  cada  estremo  de  la  mesa  estaba  un  secretario;  uno  de  ellos 
me  mandó  aproximarme;  para  obedecer  subí  tres  gradas,  quedando 
así  al  mismo  nivel  de  la  trinidad  que  acabo  de  describir.  Me  ordenaron 
acercar  un  pequeño  banco  de  madera,  haciéndome  señal  con  la  ca- 
beza para  que  tomara  asiento,  ofrecimiento  que  contesté  inclinándome 
un  poco  y  sentándome. 

"El  fiscal  me  preguntó  entonces,  con  voz  solemne,  si  sabia  por  qué 
se  me  habia  ordenado  comparecer  ante  ese  santo  Tribunal.  Contesté 
que  lo  sabia,  y  me  preparaba  a  continuar,  cuando  me  gritó  que  callase; 
advirtiéndome  que  jurase  decir  verdad  en  lo  que  se  me  iba  a  pregun- 
tar. Repliqué  que  no  lo  baria  porque  siendo  yo  estranjero  no  debia 
él  estar  seguro  de  que  fuera  católico,  ni  era  necesario,  en  consecuencia, 
que  prestara  un  juramento  que  talvez  no  me  obligaba  a  decir  la  verdad. 

"El  fiscal  y  el  inquisidor  mas  antiguo  cambiaron  algunos  signos 
misteriosos  y  en  seguida  me  preguntaron  nuevamente  si  diria  la  ver- 
dad. Contesté  que  sí. 

"Por  último,  abordando  la  materia,  se  me  preguntó  si  conocía  al 
reverendo  padre  Bustamante.  Contesté:  "Conozco  al  fraile  Bustamante, 
lo  he  encontrado  a  menudo  en  los  cafées;  pero  supongo  que  el  reveren- 
do padre  que  Uds.  dicen  debe  ser  algún  personaje  que  no  frecuenta 
tales  sitios".  ¿Trató  V.  con  el  padre  Bustamante  sobre  asuntos  relijio- 
sos?"  — "Nó,  pero  sí  sobre  algunos  supersticiosos".  — "No  debe  ha- 
blarse sobre  asuntos  semejantes  en  los  cafées",  dijo  Zalduegui.  — "Nó, 
repliqué,  e  igual  cosa  dije  al  padre  Bustamante".  — "Pero  V.  debió 
callarse,  me  contestó".  — "Sí,  y  dejarme  injuriar  por  un  fraile!" 


340 


J.   T.  MEDINA 


"Zalduegui  se  puso  encarnado,  y  me  preguntó  cual  era  mi  inten- 
ción al  hacer  tanto  hincapié  sobre  la  palabra  fraile — ."Cualquiera,  le 
respondí,  tómelo  V.  como  guste". 

"Después  de  un  diálogo  semejante,  que  duró  mas  de  una  hora, 
Abarca  tocó  una  campanilla,  entró  el  bedel,  quien  me  mandó  que 
me  retirase. 

"Algunos  momentos  mas  tarde  se  me  llamó  nuevamente  y  se  me 
dijo  que  fuera  al  dia  siguiente  a  las  ocho  de  la  mañana  a  ver  a  Sobrino 
a  su  propia  casa.  Hícclo  así  y  almorzé  con  él. 

"Aconsejóme  que  en  lo  futuro  evitase  toda  clase  de  discusiones 
relijiosas,  sobre  todo  con  personas  desconocidas,  agregando,  en  seguida, 
"le  pedí  a  Ud.  esta  entrevista  porque  desde  mi  asiento  de  juez  no 
podia  hablarle  a  usted  como  lo  hago  ahora.  Debe  usted  saber,  agregó, 
que  está  usted  sujeto  al  Tribunal  de  la  Fé,  lo  mismo  que  todas  las 
personas  que  viven  en  los  dominios  de  su  Majestad  Católica;  debe 
usted,  en  consecuencia,  amoldar  su  conducta  a  la  que  acabo  de  espre- 
sarle. Diciendo  esto,  se  retiró,  dejando  a  mi  cuidado  que  saliese  de  su 
casa  como  pudiese,  lo  que  efectué  en  el  acto. 

"En  la  noche  fui  a  un  café  donde  vi  a  mi  amigo,  el  fraile  Busta- 
mante;  se  sonrojó,  pero  saludándome  con  mucha  cortesía,  me  señaló 
un  asiento  a  su  lado;  me  encojí  de  hombros  y  devolví  su  saludo  de 
una  manera  significativa  y  quizá  algo  burlona,  lo  que  parece  entendió, 
porque  se  fué  pronto.  En  seguida,  me  encontré  con  el  anciano  Conde 
de  Montes  de  Oro  que  me  miró,  vaciló  un  poco  i  un  momento  después 
pasando  cerca  de  mí,  me  tomó  una  mano  y  me  la  estrechó;  pero  no  me 
habló  ni  una  palabra. 

"Durante  mi  residencia  en  Lima,  vi  a  dos  individuos  penitencia- 
dos por  la  Inquisición,  uno  por  haber  celebrado  misa  sin  estar  orde- 
nado, y  otro  por  brujo  y  hechicero.  Llevóseles  una  mañana  temprano 
a  la  capilla  del  Tribunal,  ambos  vestidos  con  sambenitos,  una  especie 
de  túnica  corta  y  suelta,  cubierta  con  pinturas  ridiculas  de  culebras, 
muerciélagos,  zapos  y  llamas,  etc.  El  seudo  sacerdote  llevaba  en  la  cabeza 
una  mitra  de  plumas,  i  el  otro,  una  corona  de  lo  mismo;  estaban  de 
pié  en  el  centro  de  la  capilla,  cada  uno  con  una  vela  verde  en  las  manos. 
A  las  nueve  subió  al  pulpito  uno  de  los  secretarios  y  dió  lectura  a  la 
sentencia  en  que  se  les  castigaba.  El  infeliz  celebrante  parecía  muy 
arrepentido,  pero  el  viejo  agorero,  cuando  comenzó  el  relato  de  sus 
hazañas,  prorrumpió  en  risa,  siendo  seguido  por  muchos  de  los  que 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


341 


estaban  presentes.  Trajcronse  dos  muías  hasta  la  puerta  y  se  subió  en  ellas 
a  los  culpables,  con  la  cara  vuelta  hácia  atrás.  Dióse  con  ésto  principio 
a  la  procesión,  encabezada  por  el  Conde  de  Montes  de  Oro,  seguido 
de  varios  alguaciles;  marchaban  después  las  muías  guiadas  por  el  ver- 
dugo {hangman),  en  tanto  que  los  Inquisidores  en  sus  coches  de  gala 
cerraban  la  marcha.  Dos  frailes  dominicos  llevaban  a  los  lados  de  los 
coches  grandes  ramos  de  palma,  siguiendo  en  este  órden  hasta  Santo 
Domingo,  a  cuya  puerta  fueron  recibidos  por  el  Provincial  y  la  comu- 
nidad: se  colocó  a  los  penitentes  en  el  centro  de  la  iglesia  y  se  dió  lectura 
en  el  pulpito  a  los  mismos  documentos,  según  los  cuales  aquellos  fue- 
ron condenados  a  servir  en  un  hospital,  a  voluntad  de  los  Inquisido- 
res" (16). 

El  mismo  Stevenson  refiere  también  que  el  último  de  los  peniten- 
ciados fué  un  marino  andaluz  (Urdaneja)  "por  proposiciones  heréticas 
y  lectura  de  los  filósofos  franceses,  y  resultando  condenado  a  encierro, 
ayunos  y  oraciones  en  los  Descalzos  de  Lima,  armó  tal  zalagarda  con 
los  frailes  en  la  primera  noche  de  su  espiacion  que  los  Inquisidores  hu- 
bieron de  desterrarlo  al  castillo  de  Bocachica,  en  la  bahía  de  Cartajena. 
De  allí  se  escapó,  sin  embargo,  el  último  hereje  y  fué  a  prestar  sus 
servicios  a  los  independientes  de  Méjico,  en  cuyo  país  murió"  (17). 

Llegó  por  fin  a  Lima  el  decreto  de  las  Cortes,  expedido  en  22  de 
febrero  de  1813,  aboliendo  el  Tribunal  del  Santo  Oficio  en  todos  los 
dominios  españoles,  que  en  el  acto  hizo  el  virrey  Abascal  publicar  por 
bando  en  la  ciudad,  a  fines  de  julio  de  ese  mismo  año.  En  su  conse- 
cuencia, el  30  de  dicho  mes,  el  vocal  de  la  Diputación  Provincial,  Fran- 
cisco Moreira  y  Matute  se  trasladaba  al  Tribunal  a  practicar  el  inventa- 
rio de  cuanto  allí  se  encontrase,  comenzando  por  el  caudal  depositado 
en  el  fuerte,  que  con  la  plata  labrada  de  la  capilla  y  otras  alhajas  as- 
cendió a  setenta  y  tres  mil  ochocientos  ochenta  y  ocho  pesos,  que  fueron 


(16)  Twenty  yeuis  icítdcncc  iii  Sotit/i  Amcricii,  t.  I.,  páj;.  261. 

(17)  Vicuña  Mackcnna  en  libro  Francisco  Moyen,  pág.  107,  dice  que  los  particulares 
que  dejamos  apuntados  los  supo  ilc  boca  de  don  Francisco  Mariátcgui,  que  presenció  el  auto. 

El  viajero  francés  Mcllet,  que  visitó  a  Lima  en  1815,  refiere  ciue  en  el  mismo  año  en  que 
fué  penitenciado  Urdaneja,  fué  acusado  de  hechicero  un  saltimbanqui  que  se  ganaba  la  vida 
haciendo  bailar  perros  y  gatos.  "Sería  imposible,  dice  con  este  motivo,  formarse  una  idea  del 
estado  lastimoso  a  que  había  sido  rc<lucido  este  infeliz  al  ser  puesto  en  libertad  después  de 
seis  meses  de  prisión,  así  como  de  los  tormentos  que  habia  sufrido,  y  cjue  no  se  atrevía  a 
contarlos,  limitándose  a  contestar  a  los  que  le  interrogaban,  que  habia  sido  absuclto.  Lo  que 
parecía  evidente  era  que  se  le  habría  tomado  por  un  escjuelcto  salido  del  sepulcro".  Voyage 
duns  l'Ainéiiijne  Mcridionale,  pág.  120, 


342 


J.   T.  MEDINA 


trasladados  a  las  cajas  reales.  De  los  estados  presentados  por  el  contador 
del  Santo  Oficio  aparecía  que  el  capital  de  los  censos  y  valor  de  las 
fincas,  tanto  del  fisco  como  de  las  obras  pías,  ascendían  a  la  suma  de 
un  millón  ^quinientos  ocho  mil  quinientos  dieciocho  pesos  (18).  In- 
ventariáronse todos  los  autos  y  papeles,  poniendo  en  lugar  aparte  y 
reservado  los  de  fe,  índices  de  personas  notadas,  libros  prohibidos  y 
estampas  deshonestas,  las  cuales  fueron  luego  recogidas  por  el  Arzobis- 
po, y  cuando  todo  presagiaba  que  los  encargados  del  Virrey  podrían 
terminar  felizmente  su  cometido  ocurrió  un  suceso  inesperado. 

Alarmado,  en  efecto,  el  pueblo  de  la  capital  con  que  los  libros  de 
índices  no  se  hubiesen  destruido,  quebrantó  las  puertas  de  las  oficinas 
y  cárceles  y  sustrajo  a  su  antojo  los  papeles  y  parte  de  los  muebles  que 
encontró,  y  el  destrozo  hubiera,  a  no  dudarlo,  continuado  más  adelante, 
si  el  Virrey,  noticioso  de  lo  que  pasaba,  no  hubiese  enviado  un  piquete 
de  tropa  encargado  de  contener  el  desorden  (19), 


(18)  En  esta  suma  se  comprende  el  valor  del  patronato  de  Mateo  Pastor  de  Vclasco  del 
colegio  de  Santa  Cruz  de  niñas  expósitas,  que  en  su  fundación  ascendió  a  341,626  pesos,  y  du- 
rante el  gobierno  de  fray  García  de  Taboada  y  Lemus  a  cerca  de  395,000,  que  producían 
quince  mil  de  renta.  De  ellos  se  empleaban  aproximadamente  nueve  mil  en  salarios  de  maes- 
tros y  alimentos  de  las  niñas.  Memorias  de  los  Virreyes,  tomo  VI,  pág.  50.  Cuando  se  extinguió 
el  Tribunal,  el  capital  del  patronato  pasaba  de  medio  millón  de  pesos. 

(19)  Carta  de  Moreira  al  Rey,  de  7  de  diciembre  de  1813.  De  los  autos  de  inventario 
que  existen  por  duplicado  en  Alcalá  y  Sevilla,  en  cuyo  archivo  encontramos  la  carta  anterior, 
tomamos  el  siguiente  detalle  del  mobiliario  que  se  halló  en  las  oficinas  del  Tribunal. 

Inventario  formado  de  los  bienes  y  objetos  pertenecientes  a  la  extinguida  inquisición  en 
Lima. — "En  quince  de  agosto  de  mil  ochocientos  trece,  continuando  los  expresados  señores  en 
la  ocupación  e  inventario  decretado  por  las  cortes  generales  y  extraordinarias,  procedieron  a  él, 
por  ante  mí  el  infrascrito  secretario,  en  la  forma  y  manera  siguiente: 

"Primeramente,  el  edificio  en  general,  que  comprende  las  tres  casas  destinadas  para  habi- 
taciones de  los  tres  señores  Inquisidores,  portería,  sala  principal  de  audiencia,  cámara  del 
secreto,  saleta,  archivo,  cárceles  secretas,  habitación  del  alcaide  de  ellas,  secretaría  de  secuestros, 
contaduría,  capilla  y  sacristía.  Dentro  de  las  piezas  que  se  han  referido,  a  excepción  de  las 
casas  en  que  habitaban  los  dichos  señores  Inquisidores  y  alcaide,  cuyos  muebles  en  ellas  conte- 
nidos son  de  la  pertenencia  de  sus  habitantes,  se  encontraron  por  pertenecientes  a  los  bienes 
del  Tribunal,  lo  que  sigue: 

"En  el  cuarto  de  la  portería  y  su  cuarto  inmediato:  dos  escaños  de  madera  pequeños  y 
muy  antiguos;  una  caxa  vieja  sin  chapa  y  en  ella  tres  cortinas  de  terciopelo  verde  forradas 
en  listadillo,  que  servían  para  colgaduras  de  las  puertas  de  la  calle  de  las  tres  casas  de  los 
señores  Inquisidores;  un  mamparon  de  madera  tallado  al  frente  de  la  sala  de  audiencia. 

"En  esta  sala,  un  cancel  de  madera  tallado,  compuesto  de  tres  puertas  en  el  frente  y  los 
costados;  una  campanita  de  metal  para  el  uso  del  portero;  un  lienzo  de  San  Pedro  mártir,  con 
marco  de  madera  dorado;  una  mesita  forrada  en  baqueta,  y  flecos  de  seda;  dos  taburetes  de 
ídem;  nueve  bancas  también  forradas  en  lo  mismo:  un  banquillo,  todo  de  madera;  una  alfombra 
grande  de  tripe,  con  flores;  dos  tiras  largas  de  alfombras  del  país,  muy  usadas  y  antiguas;  la 
mesa  grande  servia  para  el  despacho,  con  faldones  de  terciopelo  verde,  flecos  de  seda  y  encerado 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


343 


He  aquí  como  refiere  esta  escena  Stevenson,  que  se  halló  presente. 

"La  señora  doña  Gregoria  Gainza,  esposa  del  coronel  Gainza,  me 
comunicó  que  ella  y  algunos  amigos  hablan  obtenido  permiso  del  Vircy 
Abascal  para  visitar  el  ex-tribunal;  invitándome  para  que  al  dia  si- 
guiente los  acompañase,  después  de  comer.  Fui,  según  habia  prometido, 
y  visitamos  al  mónstruo,  como  se  atrevían  a  llamarlo  ya. 

"Por  hallarse  abiertas  las  puertas  de  la  sala,  entraron  muchos  que 
no  hablan  sido  invitados  y  al  ver  que  para  ello  no  habia  obstáculo,  las 
primeras  víctimas  de  nuestra  furia  fueron  las  sillas  i  la  mesa,  las  que 
se  destruyeron  bien  pronto;  después  de  lo  cual  algunos  echaron  mano 
a  las  cortinas  de  terciopelo  del  dosel  y  las  tiraron  con  tal  fuerza  que 
dosel  y  crucifijo  vinieron  al  suelo  con  grandísimo  estrépito. 

"Sacaron  el  crucifijo  de  entre  las  ruinas  de  la  pompa  inquisitorial 
y  se  descubrió  que  la  cabeza  era  de  movimiento. 

"Hallábase  una  escala  escondida  detras  del  dosel,  y  de  esta  manera 
se  esplicó  todo  el  misterio  de  la  imájen  milagrosa.  Un  hombre  se 
ocultaba  en  la  escala  con  las  cortinas  del  dosel,  e  introduciendo  la  mano 
por  un  agujero,  hacia  que  la  cabeza  se  moviese  de  modo  que  indicara 
asentimiento  o  negativa. 

"¡Cuántas  veces  ha  podido  influir  el  empleo  de  esta  impostura  en 


pintado  en  )a  parte  superior;  tres  sillas  grandes  forradas  en  terciopelo  verde;  una  cruz  pequeña 
con  Santo  Cristo,  peaña  y  cantoneras  de  metal  dorado;  un  misal  viejo  con  cantoneras  al  parecer 
de  plata;  un  libro  forrado  de  terciopelo  carmesí  con  cantoneras  de  plata,  titulado  Orden  de 
procesar;  otro  ídem,  Indice  expurgatorio;  otro  ídem  por  Carena,  Tratado  del  Santo  Oficio;  otro 
ídem,  Directorio  de  Inquisidores;  otro  ídem,  Curia  Filípica;  otro  ídem,  Compilación  de  las 
Instrucciones  del  Santo  Oficio;  varios  papeles  sueltos;  otro  ídem  manuscrito  de  varios  apuntes 
l^crtcnecientes  al  Santo  Oficio;  un  dosel  grande  de  terciopelo  verde  y  en  él  un  crucifixo  de 
tamaño  regular  en  una  cruz  con  cantoneras  al  parecer  de  plata  sobredorada;  cuatro  ventanas 
con  reja  de  fierro  y  sus  correspondientes  vidrieras. 

"En  el  cuarto  de  tránsito  para  el  secreto:  dos  ventanas  con  vidrios;  una  mesa  de  madera 
ordinaria;  cuatro  sillas  viejas  forradas  en  baqueta;  dos  mapas  geográficos  de  esta  América;  un 
plumero  rcgulai. 

"Cámara  del  secreto:  cuatro  ventanas  con  vidrios;  un  lienzo  de  Nuestra  Señora  de  Mon- 
serrate,  con  su  dosel  de  damasco  carmesí  y  amarillo,  viejos;  otro  lienzo  con  un  Santo  Cristo  en 
su  dosel  de  hule  pintado;  diez  y  siete  lienzos  pequeños;  ocho  alhacenas  con  sus  puertas,  papeles 
y  libros  de  asuntos  pertenecientes  a  las  causas  de  fe;  dos  armarios,  ídem,  ídem.;  cinco  mesas 
regulares  con  cinco  carpetas  para  el  despacho  de  los  secretarios;  otra  dicha  mayor  con  su 
carpeta  y  forro  de  hule  para  el  despacho  del  señor  inquisidor  fiscal;  nueve  taburetes  forrados 
en  baqueta;  dos  sillas  grandes,  viejas,  con  el  mismo  forro;  tres  tinteros  de  hoja  de  lata;  un 
oblcario  de  plomo;  cuatro  salv.ideras  de  ídem;  dos  banquitos;  un  caxoncito  con  exemplares  de 
Indice  expurgatorio;  una  botella  grande  para  tinta;  una  caxita  rotulada  Constituciones  del  Mo- 
nasterio de  la  Trinidad;  una  campana  de  iTie;al  p.ira  llamar  a  los  secretarios. —  Juan  Rondón, 
^|^cretari(J, — No  tiene  riibrica", 


344 


J.   T.  MEDINA 


personas  inocentes  para  confesarse  culpables  de  crímenes  en  que  jamás 
pensaron ! 

"Sobrecojidos  por  el  miedo,  y  condenados  por  un  milagro,  como 
creian,  dando  lugar  la  verdad  a  la  mentira,  confesándose  la  inocencia, 
como  tímida,  culpable. 

"Todavía  hay  víctimas  en  los  calabozos"  gritaban  exasperados  por 
el  furor  cuantos  presenciaban  esta  escena;  e  inmediatamente  se  procedió 
a  hacer  un  rejistro  jeneral,  rompiendo  con  presteza  la  puerta  que  co- 
municaba con  el  interior.  La  que  encontramos  a  continuación  se  lla- 
maba del  secreto,  y  como  la  palabra  estimulaba  la  curiosidad,  no  tardó 
el  obstáculo  en  ser  derribado.  Conducía  a  los  archivos.  Allí  se  encon- 
traban hacinados  en  rimeros  los  procesos  de  los  condenados  o  acusados 
ante  ese  tribunal;  y  allí  pude  leer  los  nombres  de  muchos  amigos  que 
estarían  lejos  de  imajinarse  que  su  conducta  hubiera  sido  examinada 
por  el  Santo  Oficio  o  de  que  su  nombre  se  encontrara  inscrito  en  tan 
espantoso  rejistro.  Algunos  de  los  circunstantes  descubrieron  los  suyos 
en  las  listas,  las  cuales  tuvieron  cuidado  de  guardarse. 

"Tomé  de  allí  quince  espedientes  y  me  los  llevé  a  casa,  aunque  re- 
sultaron de  poca  importancia.  Cuatro  por  blasfemias  tenían  sentencia 
idéntica,  que  consistía  en  tres  meses  de  reclusión  en  un  convento,  con- 
fesión jeneral  y  otras  penitencias,  todas  secretas.  Las  otras  eran  acusa- 
ciones de  frailes  solicitantes  in  confetione,  a  dos  de  los  cuales  conocía, 
y  aunque  era  peligroso  el  descubrirlo,  les  referí  después  lo  que  había 
visto. 

"Había  en  el  cuarto  muchos  libros  prohibidos,  que  pronto  encon- 
traron dueño.  Con  gran  sorpresa  nuestra,  descubrimos  también  una 
inmensa  cantidad  de  pañuelos  de  algodón  con  dibujos.  Estos,  desgracia- 
damente, habían  desagradado  a  la  Inquisición  por  tener  estampada  en 
el  centro  una  imájen  que  tenia  en  una  mano  un  cáliz  y  en  la  otra  una 
cruz,  colocada  allí  seguramente  por  algún  imprudente  fabricante  que 
pensaba  asegurar  compradores  con  tan  devotas  pinturas;  pero  que  no 
se  acordó  del  horrible  pecado  de  sonarse  y  escupir  sobre  la  cruz.  Para 
evitar  semejante  crimen,  este  relijioso  tribunal  tomó  las  mercaderías 
al  por  mayor,  olvidándose  de  pagar  su  importe  al  dueño,  quien,  sin 
embargo,  debia  considerarse  afortunado  con  que  no  le  llevaran  todo 
el  almacén. 

"De  este  cuarto  nos  dirijimos  a  otro  que,  con  gran  sorpresa  e  in- 
dignación, vimos  que  era  el  del  tormento.  En  el  centro  había  una 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


345 


mesa  muy  sólida,  como  de  ocho  pies  de  largo  por  siete  de  ancho,  en  uno 
de  cuyos  estremos  se  notaba  un  collar  de  hierro  que  se  abria  horizon- 
talmente  en  el  medio,  para  recibir  el  cuello  de  la  víctima;  a  cada  lado 
del  collar  habia  también  gruesas  correas  con  hebillas,  para  sujetar  los 
brazos  cerca  del  cuerpo,  y  a  los  lados  de  la  mesa,  para  las  muñecas, 
correas  con  hebillas,  que  se  comunicaban  con  cuerdas  colocadas  debajo 
de  aquella  y  aseguradas  al  eje  de  una  rueda  horizontal;  al  otro  estre- 
mo, dos  correas  mas  para  los  tobillos,  con  cuerdas  atadas  a  la  rueda 
de  un  modo  semejante.  Así,  era  evidente  que  estendiendo  el  cuerpo 
de  una  persona  sobre  la  mesa  y  haciendo  jirar  la  rueda  se  podia  tirar 
en  ambas  direcciones  al  mismo  tiempo,  sin  ningún  riesgo  de  ahorcarle 
porque  las  dos  correas  de  debajo  de  los  brazos,  cerca  del  cuerpo,  evi- 
taban ese  peligro;  pero,  sin  embargo,  todas  las  articulaciones  podian 
dislocarse. 

"Después  que  se  descubrió  el  diabólico  objeto  de  esta  maquinaria, 
todos  se  estremecieron  e  involuntariamente  miraban  hácia  la  puerta 
como  temerosos  de  que  se  cerrase  sobre  ellos.  Al  principio  se  oian 
maldiciones  por  lo  bajo,  que  luego  se  cambiaron  en  terribles  impreca- 
ciones contra  los  que  inventaron  y  usaban  de  tales  tormentos;  pero 
también  llovían  bendiciones  sobre  las  Cortes  por  haber  abolido  ese  tirá- 
nico tribunal. 

"En  seguida,  examinamos  un  cepo  vertical  allegado  a  la  muralla; 
tenia  un  agujero  grande  y  dos  mas  pequeños,  y  al  abrirlo,  levantando 
la  mitad  del  aparato,  percibimos  hoyos  en  la  pared,  siéndonos  fácil  dar- 
nos cuenta  del  objeto  del  instrumento.  Se  aseguraban  bien  los  puños 
y  el  cuello  del  culpable  en  los  agujeros  del  cepo,  escondiéndose  la  cabeza 
y  las  manos  en  la  muralla:  así  los  legos  dominicos  podian  azotarles  sin 
peligro  de  ser  reconocidos  y  se  evitaba  el  que  se  les  descubriera  por 
cualquier  accidente. 

"En  las  paredes  se  veían  colgadas  disciplinas  de  diferentes  mate- 
riales, algunas  de  sogas  anudadas  y  no  pocas  tiesas  con  la  sangre;  otras 
de  cadenas  de  alambre  con  puntas  i  ruedecillas  como  las  de  las  espuelas; 
éstas  también  estaban  manchadas  de  sangre;  cilicios  de  tejidos  d'-  alam- 
bre con  puntas  salientes,  como  de  un  octavo  de  pulgada,  hacia  el 
interior,  cubiertos  con  cuero  por  el  esterior  y  provistos  de  cordeles  para 
amarrarlos.  Los  habia  de  diversos  tamaños,  para  la  cintura,  los  muslos, 
las  piernas  y  los  brazos.  Las  murallas  también  se  veían  adornadas  con 
camisas  de  crin,  que  no  serían  de  un  uso  muy  agradable  después  de 


346 


J.   T.  MEDINA 


una  flajelacion;  huesos  humanos  con  una  cuerda  a  cada  estremo  para 
amordazar  a  los  que  hablaban  mas  de  lo  necesario,  y  mordazas  desti- 
nadas al  mismo  objeto,  hechas  con  dos  pedazos  de  caña  atados  en  los 
estremos,  que  abriéndolos  en  el  medio,  al  ponerlas  en  la  boca,  i  ama- 
rrándolas detras  de  la  cabeza,  como  las  de  hueso,  apretaban  la  lengua 
con  gran  fuerza. 

"En  un  cajón  habia  muchas  argollas  para  los  dedos,  hechas  de 
pequeños  pedazos  de  hierro  en  forma  de  semi-círculos  o  medias  lunas, 
con  un  tornillo  en  uno  de  sus  estremos,  de  manera  que  colocándolas  en 
el  sitio  adecuado,  se  podian  apretar  todo  lo  que  se  quisiera,  aun  hasta 
el  punto  de  reventar  las  uñas  y  romper  los  huesos. 

"Viendo  semejantes  elementos  de  tortura,  quién  podría  disculpar  a 
los  monstruos  que  los  usaban  para  establecer  la  fe  enseñada  por  el  dulce, 
humilde  y  santo  Jesús  con  sus  preceptos  y  divino  ejemplo!  ¡Ojalá  que  el 
que  no  los  maldiga,  como  merecen,  caiga  en  poder  de  esos  infames! 

"Fué  destruido  en  un  instante  el  tormento  y  el  cepo,  por  que  tal 
era  el  furor  de  mas  de  un  centenar  de  personas  que  allí  habían  logrado 
entrar,  que  aunque  hubieran  sido  de  hierro  no  habrían  resistido  a  la 
violencia  y  empuje  de  los  asaltantes.  Hallábase  en  un  estremo  un  caballo 
de  madera  pintado  de  blanco;  supúsose  luego  que  debía  ser  otro  ins- 
trumento de  tortura;  pero  mas  tarde  se  supo  que  una  víctima  de  la 
Inquisición  c]ue,  quemada,  fué  declarada  después  inculpable,  como  una 
satisfacción  a  su  muerte,  se  habia  declarado  públicamente  su  inocencia, 
y  su  efijie  vestida  de  blanco  i  montada  en  ese  caballo,  paseada  por  las 
calles  de  Lima.  Alguien  dijo  que  el  individuo  de  que  se  trata  había 
sido  procesado  en  Lima,  otros  que  en  España,  y  que  por  un  decreto  del 
Inquisidor  Jeneral  se  había  llevado  a  cabo  esta  farsa  donde  quiera  que 
existía  un  Tribunal  de  Inquisición  en  los  dominios  españoles.  Penetra- 
mos hasta  los  calabozos,  que  hallamos  todos  abiertos  y  vacíos,  y  que, 
aunque  diminutos,  no  eran  del  todo  incómodos  para  ser  prisión. 
Algunos  tenían  un  pequeño  patío  anexo;  otros,  mas  solitarios,  ninguno. 

"Habiendo  examinado  todos  los  rincones  de  tan  misteriosa  prisión, 
nos  retiramos  ya  de  noche,  llevándonos  libros,  papeles,  disciplinas,  ins- 
trumentos de  tortura,  etc.,  etc.,  muchos  de  los  cuales  se  repartieron  en 
la  puerta,  especialmente  varios  de  los  pañuelos  criminosos". 

A  consecuencia  de  este  atentado,  se  mandó  por  el  Virrey  publicar 
bando  y  por  el  Arzobispo  se  fulminaron  censuras  para  que  los  asal- 
tantes devolviesen  los  papeles  y  especies  sustraídas,  disposiciones  que 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


347 


produjeron  tan  buen  resultado  que  el  menoscabo  de  papeles  pareció 
de  muy  poca  consideración  (20). 

Siguióse,  con  todo,  pagando  sus  asignaciones  a  los  ministros  del 
Tribunal,  con  excepción  de  Piélago  que  había  aceptado  el  corregimien- 
to de  Canta  y  algún  otro  empleado  subalterno  (21),  hasta  que  Fer- 
nando VII  mandó  restablecer  nuevamente  los  Tribunales  de  la  Inquisi- 
ción, por  decreto  de  21  de  julio  de  1814,  que  insertamos  aquí  según 
el  texto  de  la  copia  que  se  envió  al  Presidente  de  Chile. 

"El  Rey  nuestro  señor  se  ha  servido  expedir  el  decreto  siguiente — 
El  glorioso  título  de  católico  con  que  los  reyes  de  España  se  distinguen 
entre  otros  príncipes  cristianos,  por  no  tolerar  en  el  reyno  a  ninguno 
que  profese  otra  religión  que  la  católica  apostólica  romana,  ha  movido 
poderosamente  mi  corazón  a  que  emplee,  para  hacerme  digno  de  él, 
quantos  medios  ha  puesto  Dios  en  mi  mano.  Las  turbulencias  pasadas 
y  la  guerra  que  aflixió  por  espacio  de  seis  años  todas  las  provincias  del 
reyno;  la  estancia  en  él  por  tanto  tiempo  de  tropas  extrangeras  de 
muchas  sectas,  casi  todas  inficionadas  de  aborrecimiento  y  odio  a  la 
religión  católica;  y  el  desórden  que  traen  siempre  tras  sí  estos  males, 
juntamente  con  el  poco  cuidado  que  se  tuvo  algún  tiempo  en  proveer 
lo  que  tocaba  a  las  cosas  de  la  religión,  dió  a  los  malos  suelta  licencia 
de  vivir  a  su  libre  voluntad,  y  ocasión  a  que  se  introduxesen  en  el  reyno 
y  asentasen  en  él  muchas  opiniones  perniciosas,  por  los  mismos  medios 
con  que  en  otros  países  se  propagaron.  Deseando,  pues,  proveer  el  re- 
medio a  tan  grave  mal  y  conservar  en  mis  dominios  la  santa  religión 
de  Jesucristo,  que  aman  y  en  que  han  vivido  y  viven  dichosamente 
mis  pueblos,  así  por  la  obligación  que  las  leyes  fundamentales  del  reyno 
imponen  al  príncipe  que  ha  de  reynar  en  él,  y  yo  tengo  jurado  guardar 
y  cumplir,  como  por  ser  ella  el  medio  mas  a  propósito  para  preservar 
y  cumplir  a  mis  súbditos  de  disensiones  intestinas  y  mantenerlos  en 
sosiego  y  tranquilidad,  he  creído  que  seria  muy  conveniente  en  las 
actuales  circunstancias  volviese  al  exercicio  de  su  jurisdicción  el  Tribu- 
nal del  Santo  Oficio,  sobre  lo  qual  me  han  representado  prelados  sabios 
y  virtuosos,  y  muchos  cuerpos  y  personas,  así  eclesiásticas  como  secula- 

(20)  Carta  citada  (k-  Morcira.  Entre  otros  objetos,  faltaron  cinco  pares  ilc  .grillos,  ilos  de 
bragas,  un  potro  apolillado  de  madera,  once  asjias  y  medias  aspas,  dieciséis  corozas,  tres  pares 
de  mordazas,  dieciséis  velas  de  cera  verde  y  treinta  y  cuatro  cajones  [lara  embarcar  metálico. 
La  urna  de  plata  en  que  se  llevaban  las  sentencias  a  los  autos  se  perdió  también,  devolviéndose 
sólo  una  de  sus  abrazaderas. 

(21)  id. 


348 


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res,  que  a  este  Tribunal  debió  España  no  haberse  contaminado  en  el 
siglo  XVI  de  los  errores  que  causaron  tanta  aflicción  a  otros  reynos, 
floreciendo  la  nación  al  mismo  tiempo  en  todo  género  de  letras,  en 
grandes  hombres  y  en  santidad  y  virtud.  Y  que  uno  de  los  principales 
medios  de  que  el  opresor  de  la  Europa  se  valió  para  sembrar  la  corrup- 
ción y  la  discordia  de  que  sacó  tantas  ventajas,  fué  el  destruirle,  so  color 
de  no  sufrir  las  luces  del  dia  su  permanencia  por  mas  tiempo,  y  que 
después  las  llamadas  cortes  generales  y  extraordinarias,  con  el  mismo 
pretesto  y  el  de  la  constitución  que  hicieron  tumultuariamente,  con 
pesadumbre  de  la  nación,  le  anularon.  Por  lo  que,  muy  ahinca- 
damente me  han  pedido  el  restablecimiento  de  aquel  Tribunal;  y 
accediendo  yo  a  sus  ruegos  y  a  los  deseos  de  los  pueblos  que  en  desahogo 
de  su  amor  a  la  religión  de  sus  padres  han  restituido  de  sí  mismos 
algunos  de  los  Tribunales  subalternos  a  sus  funciones,  he  resuelto  que 
vuelvan  y  continúen  por  ahora  el  Consejo  de  inquisición  y  los  demás 
Tribunales  del  Santo  Oficio,  al  exercicio  de  su  jurisdicción,  así  de  la 
eclesiástica,  que  a  ruegos  de  mis  augustos  predecesores  le  dieron  los 
pontífices,  juntamente  con  la  que  por  sus  ministros  los  prelados  locales 
tienen,  como  de  la  real  que  los  reyes  le  otorgaron,  guardando  en  el  uso 
de  una  y  otra  las  ordenanzas  con  que  se  gobernaban  en  1808  y  las  leyes 
y  providencias  que  para  evitar  ciertos  abusos  y  moderar  algunos  privi- 
legios, convino  tomar  en  distintos  tiempos.  Pero  como  ademas  de  estas 
providencias,  acaso  pueda  convenir  tomar  otras  y  mi  intención  sea  me- 
jorar este  establecimiento,  de  manera  que  venga  de  él  la  mayor  utilidad 
a  mis  subditos,  quiero  que  luego  que  se  reúna  el  Consejo  de  Inquisi- 
ción, dos  de  sus  individuos  con  otros  cios  de  mi  Consejo  Real,  unos  y 
otros,  los  que  yo  nombrase,  examinen  la  forma  y  modo  de  proceder 
en  las  causas  que  se  tienen  en  el  Santo  Oficio  y  el  método  establecido 
para  la  censura  y  prohibición  de  libros;  y  si  en  ello  hallasen  cosa  que 
no  sea  contra  el  bien  de  mis  vasallos  y  la  recta  administración  de  justi- 
cia, o  que  se  deba  variar,  me  lo  propongan  y  consulten  para  que  acuerde 
yo  lo  que  convenga.  Tendréislo  entendido  y  lo  comunicareis  a  quien 
corresponda. — Palacio,  21  de  julio  de  1814. — Yo  el  rey". 

Cuando  esta  noticia  llegó  a  Lima  a  fines  de  septiembre,  vivían 
todavía  Abarca  (22),  Zalduegui  y  Ruiz  Sobrino,  y  según  noticia  de 
ellos  mismos,  el  Virrey  "se  habia  propuesto  por  objeto  no  contribuir 


(22)  Ab;irc;i  se  iuhilc)  en  l.SUÍ.  Era  entonces  i)ensii)natlo  de  la  Ortlen  de  Carlos  III,  del 
Consejo  y  Cámara  de  Indias,  \  honorario  de  la  Suprema  Inquisición.  Mcndiburu,  Diícionuiio, 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


al  cumplimiento  de  lo  que  nuestro  católico  monarca  tiene  ordenado,  y 
ya  que  le  faltó  el  valor  para  una  declarada  oposición,  trata  de  entorpecer 
las  reales  resoluciones  por  medios  indirectos,  atropellando  y  vejando 
las  prerrogativas  del  Santo  Oficio  en  odio  a  su  restablecimiento;  y  la 
verdad  que  la  retardación  de  diez  y  ocho  dias  en  contestar  nuestro 
primer  oficio,  con  escándalo  del  pueblo;  en  no  prestarse  a  la  publica- 
ción por  bando  que  se  le  propuso;  en  no  haber  circulado  la  real  orden, 
según  se  le  manda,  y  el  haberse  negado  enteramente  a  la  pronta  devo- 
lución en  todo  y  en  parte  del  dinero  y  alhajas  que  de  su  órden  se 
pasaron  a  cajas  reales,  son  pruebas  nada  equívocas  de  su  oculto  desig- 
nio" (23).  "Estas  son,  añaden,  más  adelante,  las  lastimosas  circunstan- 
cias en  que  se  ve  este  Tribunal,  sin  fondos  de  que  disponer  para  sus 
atenciones,  privado,  por  su  falta,  de  reducir  a  prisión  varios  reos  man- 
dados recluir  aun  ántes  de  su  suspensión,  postergado  dos  meses  hace  el 
pago  de  los  ministros  de  sus  respectivos  sueldos,  los  edificios  del  Tribu- 
nal faltos  de  lo  mas  preciso  y  en  la  mayor  indecencia 

Mientras  los  Inquisidores  vivían  ausentes  de  su  nido,  las  cárceles 
del  Santo  Oficio  no  se  habían  visto  solitarias:  las  autoridades  españolas 
habían  allí  encerrado  a  los  que  por  insurgentes  eran  enviados  a  la  capi- 
tal del  virreinato  de  las  diversas  provincias  que  luchaban  entonces  por 
su  independencia. 

Como  se  sabe,  las  Cortes  liberales  de  1820,  por  decreto  de  9  de 
marzo,  abolieron  definitivamente  los  Tribunales  del  Santo  Oficio.  "Esta 
supresión,  cuenta  un  escritor  peruano,  fué  recibida  en  Lima,  según  las 
noticias  que  se  nos  han  dado,  con  frenéticas  muestras  de  entusiasmo. 
La  muchedumbre  espresaba  en  su  locura  la  transición  que  hacia  de  un 
estado  de  continuas  alarmas  y  de  inseguridad,  a  otro  en  que  se  podia 
reposar  sin  temor  en  el  hogar  doméstico. 

"Como  en  1821  se  juró  en  Lima  la  independencia  del  Perú,  quedó 
confirmada  de  hecho  la  supresión  del  Santo  Oficio.  Los  bienes  que  éste 
poseia  pasaron  al  dominio  del  Estado,  y  su  administración  se  confió  a 
una  oficina  llamada  Dirección  Jeneral  de  Censos.  Estos  bienes  fueron 
destinados  a  la  instrucción  pública,  con  el  objeto,  sin  duda,  de  emplear 
en  el  progreso  intelectual  los  mismos  recursos  de  que  ántes  se  habia 
echado  mano  para  detenerlo"  (24). 

(23)  Carla  de  H  de  junio  de  1815.  Los  Inquisidores  culpaban  de  la  conducta  del  V'irrcv 
a\  contador  mayor  don  Joaquín  Honet,  su  consejero,  quien,  por  sus  ideas  liberales,  decían,  no 
podía  mirar  con  buenos  ojos  el  restablecimiento  del  Santo  Oficio. 

(2-\)  (Jarcia  Calderón,  citado  por  Vicuña  Mackenna,  r¡aiH¡s<o  Mayen,  pái;.   110,  nota. 


CAPITULO  FINAL 


Aplausos  tributados  al  Santo  Oficio  de  Lima  por  sus  contemporáneos. — Vastos  lí- 
mites de  su  jurisdicción. — Detalles  de  algunas  de  las  materias  de  que  conocía. 
— La  coca  y  la  yerba  mate. — Persecución  a  los  desafectos  a  la  Inquisición. — 
Bula  de  Sixto  V  a  favor  de  los  Inquisidores. — Protección  y  privilegios  que 
les  acuerda  el  Rey. — Disgustos  causados  por  los  Inquisidores  a  las  autoridades 
del  virreinato. — Delitos  cometidos  por  los  dependientes  del  Tribunal  que  que- 
dan impunes. — Ley  real  que  exime  a  los  ministros  de  la  Inquisición  del  co- 
nocimiento de  sus  causas  por  la  justicia  ordinaria. — La  Audiencia  de  Lima 
solicita  remedio  a  los  abusos  de  la  Inquisición  en  este  punto. — El  Tribunal 
niega  al  fiscal  de  la  Audiencia  la  apelación  en  cierto  proceso. — El  Conde  del 
Villar  denuncia  el  proceder  arbitrario  de  los  Inquisidores. — El  Marqués  de 
Cañete  hace  otro  tanto. — La  Inquisición  deja  sin  efecto  una  provisión  real. — 
Quejas  del  Cabildo  de  Lima. — Cédulas  de  concordia. — Continúan  los  disgus- 
tos con  las  autoridades. — Acusación  que  hace  a  los  Inquisidores  don  Guillen 
Lombardo. — Denunciación  del  Conde  de  Alba. — Cédula  de  1751  que  priva 
del  fuero  activo  a  los  ministros  de  la  Inquisición. — Estos  se  hacen  aborrecibles 
a  todo  el  mundo. — Estadística  de  los  procesados. —  Entre  las  costumbres  y  la 
ie. — Las  costumbres  peruanas  según  el  Conde  del  Villar. — Disolución  de  los 
frailes. — Edicto  contra  los  solicitantes  en  confesión. — Medidas  tomadas  por  el 
Marqués  de  Castelfuerte  para  prevenir  los  amancebamientos. — Lo  que  refie- 
ren Frezier  y  Jorge  Juan. — Resumen  y  conclusión. 

Ya  que  en  el  curso  de  las  páginas  precedentes  hemos  ido  estu- 
diando en  detalle  y  casi  paso  a  paso  la  marcha  que  en  su  larga  existencia 
siguió  el  Tribunal  de  la  fe  que  Felipe  II  mandó  fundar  en  Lima,  con- 
viene ahora  que,  por  vía  de  recapitulación,  insistamos  en  alguna  de  sus 
fases  más  culminantes. 

Desde  luego,  es  innegable  que  el  Santo  Oficio  fué  generalmente 
aplaudido  en  América. 

"El  Tribunal  santo  de  la  Inquisición,  decía  el  reputado  maestro 


352 


J.   T,  MEDINA 


Calancha,  poco  mas  de  medio  siglo  después  de  su  establecimiento  en 
la  ciudad  de  los  Reyes,  es  árbol  que  plantó  Dios  para  que  cada  rama 
estendida  por  la  cristiandad  fuese  la  vara  de  justicia  con  flores  de  mi- 
sericordia y  frutos  de  escarmiento.  El  que  primero  egercitó  este  oficio 
fué  el  mismo  Dios,  cuando  al  primer  hereje,  que  fué  Caín,  .  .  Dios  le 
hizo  auto  público  condenándolo  a  traer  hábito  de  afrenta,  como  acá 
se  usa  hoy  el  sambenito  perpetuo". 

"El  primer  inquisidor  que  sostituyó  por  Dios,  fué  Moisés  (conti- 
núa el  mismo  autor),  siendo  su  subdelegado,  que  mató  en  un  dia  veinte 
y  tres  mil  herejes  apóstatas  que  adoraron  el  becerro  que  quemó"  (1). 

Un  siglo  cabal  después  de  estampadas  las  anteriores  palabras,  otro 
escritor  no  menos  famoso  en  Lima  que  el  que  acabamos  de  citar,  el 
doctor  don  Pedro  de  Peralta  Barnuevo,  declaraba,  por  su  parte,  que 
aquel  Tribunal  "fue  un  sol  a  cuyo  cuerpo  se  redujo  la  luz  que  antes 
vagaba  esparcida  en  la  esfera  de  la  religión.  Es  ese  santo  Tribunal  el 
propugnáculo  de  la  fe  y  la  atalaya  de  su  pureza;  el  tabernáculo  en  que 
se  guarda  el  arca  de  su  santidad;  la  cerca  que  defiende  la  viña  de  Dios 
y  la  torre  desde  donde  se  descubre  quien  la  asalta;  el  redil  donde  se 
guarda  la  grey  católica,  para  que  no  la  penetren  el  lobo  del  error,  ni 
los  ladrones  de  la  verdad,  esto  es,  los  impíos  y  hereges,  que  intentan 
robar  a  Dios  sus  fieles.  Es  el  rio  de  la  Jerusalen  celeste,  que  saliendo 
del  trono  del  Cordero,  riega  con  el  agua  de  su  limpieza  refulgente  el 
árbol  de  la  religión,  cuyas  hojas  son  la  salud  del  cristianismo.  Sus  sa- 
grados ministros  son  aquellos  ánjeles  veloces  que  se  envian  para  el 
remedio  de  las  gentes  que  pretenden  dilacerar  y  separar  los  sectarios 


(1)  Coránica  moralizada,  Barcelona,    1638,  pág.  616. 

Con  relación  a  esto  mismo  el  poeta  chileno  Pedro  de  Oña,  en  su  poema  inédito  El  Vasanro. 
se  expresa  así,  hablando  del  Tribunal  del  Santo  Oficio: 

ylqiicl  que  con  Elias  las  apnesla 

A   rígido,  a  celoso,  a  vigilante, 

Y  a  cuyo   nombre  diente  da  con  diente 

Quien  teme,  o  saco  infame,  o  juego  ardiente. 

Oh!   tribunal  sublime,   recto  y  puro 

En    que   la   je  cristiana   se  acrisola 

Su   torre  de  /lomena/e  y  fuerte  miirn 

Donde   bandera   cándida  tremola: 

Alcázar  en   que  rife  a  lo  seguro 

Ornada  virgen,  virgen  española 

Sin  cuyo  abrigo  fiel,  hecha  pedazos 

Hoy   la  triijeran   mil  herejes  brazos! 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


353 


y  los  seductores:  cada  uno  es  el  que  con  la  espada  del  zelo  guarda  el 
paraíso  de  su  inmarcesible  doctrina  y  el  que  con  la  vara  de  oro  de  la 
ciencia  mide  el  muro  de  su  sólida  firmeza"  (2). 

Pintando  los  beneficios  que  llegara  a  realizar  en  las  vastas  pro- 
vincias sujetas  a  su  jurisdicción,  aquel  cronista  agregaba:  "A  los  Inqui- 
sidores, mas  beneméritos  del  título  de  celadores  de  la  honra  de  Dios 
que  Finées,  debe  este  Perú  la  excelencia  mayor  que  se  halla  en  toda 
la  monarquía  y  reynos  de  la  cristiandad,  pues  ninguno  se  conoce  mas 
limpio  que  éste  de  herejías,  judaismos,  setas  y  otras  zizañas  que  siembra 
la  ignorancia  y  arranca  o  quema  este  Tribunal,  siendo  su  jurisdicción 
desde  Pasto,  ciudad  junto  la  equinocial,  dos  grados  hacia  el  trópico 
de  cancro,  hasta  Buenos  Aires  y  Paraguay,  hasta  cuarenta  grados  y 
mas  hacia  el  sur,  con  que  corre  su  jurisdicción  mas  de  mil  leguas  norte 
sur  de  distancia,  y  mas  de  ciento  leste  oeste,  en  lo  mas  estrecho,  y 
trescientas  en  lo  mas  estendido.  Todo  ésto  ara  y  cultiva  la  vijilancia 
deste  Santo  Tribunal  y  el  incansable  cuidado  de  sus  inquisidores";  y 
aunque,  como  se  recordará,  en  1610,  se  cercenó  del  distrito  que  le  fué 
primitivamente  asignado  las  provincias  que  pasaron  a  formar  el  de 
Cartagena,  el  territorio  sometido  a  su  jurisdicción  resultaba  siempre 
enorme. 

En  virtud  de  las  atribuciones  de  que  estaba  investido,  sabemos  ya 
hasta  donde  llevaba  el  Tribunal  su  escrupulosidad  en  materia  de  delitos 
y  denunciaciones;  pero  como  si  esto  no  fuera  todavía  bastante,  hubo 
una  época  en  que  nadie  podía  salir  de  los  puertos  del  Perú  sin  licencia 
especial  del  Santo  Oficio;  sus  ministros  debían  hallarse  presentes  a  la 
llegada  de  cada  bajel  para  averiguar  hasta  las  palabras  que  hubiesen 
pasado  durante  el  viaje;  no  podía  imprimirse  una  sola  línea  sin  su 
licencia;  los  prelados.  Audiencias  y  oficiales  reales,  debían  reconocer 
y  recoger,  en  virtud  de  leyes  reales,  los  libros  prohibidos,  conforme  a 
sus  expurgatorios,  y,  en  general,  todos  los  que  llevasen  los  extranjeros 
que  aportasen  a  las  indias  (3). 

Por  más  absurdas  y  ridiculas  que  hoy  nos  parezcan  las  prácticas 
y  ceremonias  de  los  hechiceros,  que  tanto  que  entender  dieron  al  Tri- 
bunal, ya  hemos  visto  el  papel  que  en  ellas  desempeñaban  la  coca, 
cuyo  uso  tan  arraigado  entre  los  indios  bien  pronto  se  extendió  a  los 


(2)  Relación  del  auto  de  fe,  etc.,  Lima,  1733. 

(3)  Leyes  7  y  14  del  título  XXII,  libro  1,  de  Indias. 

23 — La  I  nquisición  de  Lima  Tomo  1 1 


354 


J.   T.  MEDINA 


españoles  y  especialmente  a  las  crédulas  mujeres,  haciéndoles  soñar  en 
su  virtud  para  el  conocimiento  del  porvenir  y  éxito  maravilloso  de 
amores  desgraciados;  tanto  que,  no  sólo  los  Inquisidores,  sino  muchos 
de  los  Virreyes  en  general,  desde  don  Francisco  de  Toledo,  trataron 
a  toda  costa  de  proscribir  su  uso,  sin  llegar  a  resultado  alguno  en  un 
pueblo  que  lo  aceptaba  por  tradición  y  por  necesidad  y  que  hasta  hoy 
desde  el  Ecuador  hasta  las  altiplanicies  de  Bolivia  lo  conserva  en  su 
forma  primitiva. 

Pero  si  en  su  empleo  se  creía  ver  una  invención  diabólica,  no 
había  de  pasar  mucho  tiempo  sin  que  se  hiciese  igual  sugestión  respecto 
de  otra  planta  americana,  tan  generalizada  en  otra  época  casi  tanto 
como  hoy  el  tabaco  en  muchos  de  los  pueblos  de  la  América  del  Sur. 
El  reverendo  jesuíta  Diego  de  Torres,  provincial  que  fué  en  Chile,  Tu- 
cumán  y  Paraguay,  expresaba,  en  efecto,  al  Tribunal,  a  principios  del 
siglo  XVII: 

"En  estas  dos  gobernaciones  de  Tucuman  y  Paraguay  se  usa  el 
tomar  la  yerba,  que  es  zumaque  tostado,  para  vomitar  frecuentemente, 
y  aunque  parece  vi^io  de  poca  consideración,  es  una  superstición  dia- 
bólica que  acarrea  muchos  daños,  y  algunos  que  diariamente  toca  su 
remedio  a  ese  Sancto  Tribunal:  el  primero  destos  es  que  los  que  al 
principio  lo  usaron,  que  fueron  los  indios,  fué  por  pacto  y  sujestion 
clara  del  demonio,  que  se  les  aparecía  en  los  calabozos  en  figura  de 
puerco,  y  agora  ser  a  pacto  implícito,  como  se  suele  decir  de  los  ensal- 
mos y  otras  cosas;  segundo,  que  casi  todos  los  que  usan  deste  VÍ9Í0, 
dicen  en  confesión  y  fuera  de  ella  que  ven  que  es  vi^io,  pero  que  ellos 
verdaderamente  no  se  pueden  enmendar,  y  entiendo  que  así  lo  creen 
y  de  9Íento  no  se  enmienda  uno,  y  lo  usan  cada  dia,  y  algunas  vezes 
con  harto  daño  de  la  salud  del  cuerpo  y  mayor  del  alma;  tercero,  jún- 
tanse  muchos  a  este  vi^io,  etiam  quando  los  demás  están  en  misa  y 
sermón,  y  varias  ve^es  lo  oyen;  cuarto,  totalmente  quita  este  vi^io  la 
frequen^ia  de  los  sacramentos,  especialmente  el  de  la  Eucaristía,  por 
dos  razones,  primera,  porque  no  pueden  aguardar  a  que  se  diga  la 
misa  sin  tomar  esta  yerba;  segunda,  porque  no  se  pueden  contener, 
habiendo  comulgado,  a  dexar  de  vomitar  luego,  y  así  no  hay  casi  per- 
sona que  use  este  vicio  que  comulgue,  sino  que  el  domingo  de  Resu- 
rrección, y  entónces  procuran  misa  muy  de  mañana,  y  los  más  hazen 
luego  vómito,  con  suma  indecencia  del  Santísimo  Sacramento,  y  por 
ésto,  muchos  de  los  sacerdotes  no  dicen  misa  sino  raras  veces.  Estas 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


355 


indecencias  y  inconvenientes  tiene  el  tabaco  y  coro,  que  toman  también 
en  vino  por  la  boca,  aun  con  mas  frecuencia;  quinta,  salen  con  gran 
nota  de  las  misas  a  orinar  frequentemente.  No  digo  los  demás  incon- 
venientes que  tocan  al  gusto  y  salud,  y  a  los  muchos  indios  que  mueren 
cogiendo  y  tostando  esta  maldita  yerba,  que  es  gran  lástima  y  com- 
pasión, y  el  escándalo  que  los  españoles  y  sacerdotes  dan  con  este  vi^io: 
solo  digo  que  ellos  y  los  indios  se  hacen  holgazanes  y  perezosos,  y  van 
los  venidos  de  España  y  los  criollos  y  criollas,  perdiendo,  no  solo  el 
uso  de  la  razón,  pero  la  estima  y  aprecio  de  las  cosas  de  la  fée,  y  temen 
tan  poco  el  morir  muchos  como  si  no  la  tuvieran,  y  de  que  tienen  poca, 
tengo  yo  muy  grandes  argumentos. 

"Otra  causa  y  raíz  desta  poca  fée,  es  que  no  solo  ha  entrado  por 
Buenos  Aires  y  San  Pablo  alguna  gente  portuguesa  que  se  ha  avecin- 
dado nueva  en  ella  entre  la  mucha  que  hay;  pero  como  desde  el  prin- 
cipio se  ha  poblado  estas  dos  gobernagiones  de  alguna  gente  foragida 
y  perdida  del  Perú  y  ha  habido  pocos  hombres  doctos  y  de  buenas  cos- 
tumbres, están  éstas  muy  estragadas,  y  cada  dia  serán  peores. 

"Todo  lo  qual  entiendo  ha  permitido  Dios  Nuestro  Señor  en  estas 
gobernaciones  y  los  demás  males  en  la  de  Chile,  por  el  servicio  personal 
que  en  ellas  se  ha  conservado  contra  todo  derecho  y  gédulas  reales,  que 
ha  sido  causa  de  que  se  hayan  consumido  los  indios  y  haya  tantas 
infieles  y  los  cristianos  vivan  como  sino  lo  fuesen,  y  se  huyan,  pero 
que  los  españoles  hayan  vivido  en  mal  estado,  como  también  sus  go- 
bernadores y  confesores,  que  por  ventura  tienen  la  principal  culpa,  y 
miéntras  esta  raíz  de  todos  estos  males  y  de  el  de  las  malocas  no  las 
quitaren  los  ministros  de  S.  M.,  a  cuyo  cargo  está,  dado  que  los  demás 
medios  surtan  y  tengan  efecto;  y  no  digo  a  Vuestra  Señoría  los  graví- 
simos males  que  han  resultado  de  una  maloca  que  desta  se  hizo  para 
traer  indios  al  servicio  personal,  porque  veo  no  pertenecer  el  remedio 
a  ese  Sancto  Tribunal,  si  bien  le  podia  tocar  por  ser  el  medio  mas 
cierto  con  que  el  demonio  impide  la  conversión  de  la  gentilidad,  y 
que  con  ella  desacredita  totalmente  nuestra  sancta  feé  y  ley  evangélica; 
segunda,  que  baptizan  a  estas  piezas  sin  prueba  y  cathecismo  bastante 
porque  no  se  las  quiten,  y  unos  venden  y  otros  se  vuelven,  que  todo 
es  en  menosprecio  y  daño  de  los  sacramentos  y  religión. 

"El  daño  de  la  yerba  tiene  muy  fácil  remedio,  sirviéndose  el  señor 
Virey  de  mandar  con  graves  penas  que  no  se  coxa,  atento  a  que 
por  ello  han  muerto  muchos  indios  y  seguídose  gravísimos  inconve- 


356 


J.   T,  MEDINA 


nientes,  porque  no  se  coxe  sino  en  Maracayá,  cien  leguas  mas  arriba 
de  la  Asunción,  a  cuyo  comisario  se  pudiera  también  cometer  que  no 
la  consintiera  baxar,  y  convenia  mucho  quitar  este  trato  porque  por 
ser  en  el  camino  de  San  Pablo  vienen  con  los  que  andan  en  él,  los 
que  pasan  por  allí"  (4). 

No  hay  constancia  en  los  archivos  del  Santo  Oficio  del  Perú  de 
que  a  pesar  de  tan  eficaces  recomendaciones  se  incluyese  la  yerbamate 
en  la  vulgar  opinión  en  que  se  encontraba  acreditada  la  coca;  pero  en 
todo  caso  este  recuerdo  nos  servirá  para  manifestar  cómo  se  discurría 
en  esa  época  por  hombres  tan  ilustrados  como  el  firmante  de  la  anterior 
exposición.  ¡Quién  hubiera  podido  imaginarse  después  de  esto  que  tan 
execrables  y  diabólicas  yerbas  hubiesen  sin  embargo  de  figurar  con 
aplauso  en  la  farmacopea  de  nuestro  siglo! 

Bien  se  deja  comprender  que  a  la  sombra  de  las  disposiciones  que 
dejamos  recordadas  nadie  vivía  seguro  de  sí  mismo,  ni  podía  abrigar 
la  menor  confianza  en  los  demás,  comenzando  por  las  gentes  de  su 
propia  casa  y  familia;  pues,  como  de  hecho  sucedió  en  muchas  ocasio- 
nes, el  marido  denunciaba  a  la  mujer,  ésta  al  marido,  el  hermano  al 
hermano,  el  fraile  a  sus  compañeros,  y  así  sucesivamente;  encontrando 
en  el  Tribunal  no  sólo  amparo  a  las  delaciones  más  absurdas,  sino  aún 
a  las  que  dictaban  la  venganza,  la  envidia  y  los  celos.  Ni  siquiera  se 
excusaba  el  penitente  que  iba  buscando  reposo  a  la  conciencia  a  los 
pies  de  un  sacerdote,  pues,  como  declaraba  con  razón  el  agustino  Ca- 
lancha,  sus  centinelas  y  espías  eran  todas  las  religiones  y  sus  familiares 
todos  los  fieles  (5). 

El  pueblo  que  por  sus  ideas  o  creencias  no  podía  resistir  su  esta- 
blecimiento, en  general  no  hizo  nada  para  sustraerse  de  algún  modo 
a  las  pesquisas  de  ese  Tribunal;  mas,  no  así  la  Compañía  de  Jesús,  que 
no  sólo  supo  dentro  de  la  disciplina  de  sus  miembros  encontrar  recursos 
para  el  mal,  sino  que  también  llegó  hasta  atreverse  a  invadir  el  campo 
de  sus  atribuciones,  no  sin  que  por  eso  supiera  librarse  en  absoluto  de 
las  dentelladas  que  en  más  de  una  ocasión  le  asestara  el  Santo  Oficio. 

Desde  el  proceso  de  Luiz  López,  es  decir,  desde  los  primeros  años 
en  que  el  Tribunal  comenzó  a  funcionar  en  Lima,  ya  se  había  visto 
que  la  Compañía,  de  una  manera  disimulada,  trataba  de  combatir  la 


(■1)  Cíii/íi  al  Santo  Oficio  de  Lima,  lecha  en  Córdoba  a  2-1  de  septiembre  de  IfílO. 
(S;  Coiúniíu  moiv.'.izuda,  etc.,  pdg.  620. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


357 


preponderancia  de  los  jueces,  propinando  en  el  confesonario  absolucio- 
nes de  casos  que  les  estaban  reservados,  y  hasta  expresándose  más  o 
menos  claramente  en  contra  de  la  tiranía  inquisitorial,  que,  celosa  como 
era  de  sus  prerrogativas,  si  pudo  perdonarle  a  López  ser  causa  de  la 
perdición  de  los  dominicos  secuaces  de  Cruz,  no  podía  transigir  con 
que  se  pusiese  en  tela  de  juicio  sus  atribuciones.  Bastante  experiencia, 
por  lo  demás,  habían  cosechado  los  discípulos  de  San  Ignacio  en  el  caso 
de  los  fundadores  de  la  Orden  en  el  Perú  para  que  desde  entonces  no  se 
esforzasen  en  escapar  de  las  sentencias  inquisitoriales. 

Bien  pronto,  en  efecto,  uno  de  sus  provinciales  dispuso  que  sin  li- 
cencia superior,  ningún  miembro  de  la  Compañía  aceptase  puesto  alguno 
en  el  Tribunal,  circunstancia  que  no  pasó  tan  inadvertida  que  éste  no 
la  entendiese  y  notase,  y  sin  duda  que  semejante  proceder  habría  parecido 
destituido  de  gran  importancia  si  uno  de  los  mismos  jesuítas,  ministro 
que  fué  y  procurador  para  Roma  de  las  provincias  de  Chile,  Tucumán 
y  Paraguay,  llamado  Antonio  de  Ureña,  no  hubiese  denunciado  por 
extenso  al  Santo  Oficio,  fatigado  de  su  conciencia,  según  expresaba, 
todas  las  tretas  a  que  dentro  de  la  Orden  se  estaba  ocurriendo  en  me- 
nosprecio del  Tribunal  de  la  fe. 

Contaba,  pues,  el  denunciante,  que  pareció  sin  ser  llamado,  en  25 
de  agosto  de  1622,  que  todos  los  miembros  de  la  Compañía  que  en  el 
Santo  Oficio  habían  delatado  alguna  cosa  habían  sido  reputados  por 
díscolos  y  por  indignos  de  todo  cargo.  "Que  en  el  año  de  seiscientos 
y  diez  y  ocho,  a  primero  de  agosto,  se  comenzó  la  congregación  pro- 
vincial en  este  Colegio  de  San  Pablo,  al  qual  vino  una  carta  dirigida 
a  la  misma  congregación  o  al  provincial,  la  qual  vió  este  denunciante 
ocularmente,  que  se  la  mostró  y  leyó  el  padre  Juan  de  Villalobos,  rector 
que  a  la  sazón  era  y  consultor  de  provincia  del  noviciado,  la  qual  carta 
contenia  que  en  el  Colegio  de  Oruro  (y  le  parece  también  que  en  el 
de  Potossí)  algunos  de  la  Compañía  habían  solicitado  en  confesión 
algunas  indias  bonitas,  las  quales  habiendo  ido  a  confesarse  con  el  que 
escribió  la  carta,  le  decían  que  como  no  le  decían  en  la  confesión  vida 
mia,  mis  ojos  y  otras  palabras  de  amores  que  en  la  dicha  carta  están 
en  lengua  de  indio,  y  que  se  acuerda  de  zonco  paca,  que  quiere  decir 
mi  corazón,  y  otras  de  que  no  se  acuerda,  mas  que  todas  ellas  son  tic 
amores  y  deshonestas,  y  que  el  que  escribió  la  carta  las  habia  dicho, 
hijas  mias,  en  confesión  no  se  usan  esas  palabras,  a  lo  qual  habían 
respondido  ellas  riéndose  que  así  lo  hacían  los  padres  de  la  Compañía, 


358 


J.   T.  MEDINA 


por  lo  cual  decía  la  dicha  carta  y  encargaba  mucho  que  mirasen  los 
superiores  por  la  Compañía,  porque  por  las  dichas  y  otras  razones  que 
contiene  la  dicha  carta,  iban  los  de  la  Compañía  camino  de  ser  de  los 
alumbrados,  y  que  la  dicha  carta  la  dejaron  los  padres  Juan  de  Soxo 
y  Bernabé  de  Cobos,  ministros  de  Guamanga,  que  la  había  escrito  un 
fraile  francisco,  y  que  el  dicho  fraile  francisco  apurándole  los  de  la 
Compañía,  habia  dicho  que  uno  de  la  Compañía  se  la  habia  dado,  y 
que  aunque  le  digeron  los  nombres  del  dicho  fraile  francisco  y  del  dicho 
padre  de  la  Compañía,  no  se  acuerda,  pero  que  es  esta  carta  tan  común 
en  la  Compañía  que  no  hay  ninguno  que  no  se  acuerde  de  ella,  en 
particular  los  que  se  hallaron  en  dicha  congregación,  y  que  esta  carta 
original  tiene  por  cierto  estará  en  el  archivo  del  Colegio  grande,  donde 
se  suelen  guardar  papeles  de  importancia;  y  que  este  archivo  está  en 
el  aposento  del  padre  provincial,  y  también  estará  un  tanto  de  ella  en 
el  archivo  que  tiene  también  el  padre  rector  en  su  aposento,  y  lo  que 
aquí  no  esté  se  hallará  en  poder  del  padre  Juan  Vasquez,  que  es  com- 
pañero y  secretario  del  provincial,  y  tiene  en  su  poder  los  papeles  del 
padre  Francisco  de  Araabieru,  en  cuyo  tiempo  se  escribió;  y  que  los 
archivos  son  dos  alhacenas  que  hay  entre  ambos  aposentos  de  provincial 
y  rector,  y  en  el  aposento  del  provincial  un  escritorio  y  dos  cajones;  y 
también  tiene  por  cierto  que  habrán  enviado  un  tanto  de  esta  carta  al 
Jeneral  a  Roma,  y  que  cuando  leyó  esta  carta  el  dicho  padre  Juan  de 
Villalobos  a  este  denunciante,  le  dijo:  el  que  esta  escribió  mucho  sabe 
de  nuestras  cosas,  mucho  hay  que  temer. 

"Y  que  después  tratando  con  el  dicho  padre  Bernabé  de  los  Cobos 
de  esta  carta,  le  dijo  a  este  denunciante  algo  habia  de  lo  que  decia  la 
carta,  pero  no  tanto,  y  lo  mismo  le  parece  que  le  dijo  el  dicho  padre 
Soxo,  hablando  del  colejio  de  Oruro  y  Potossí. 

"Y  lo  que  obró  esta  carta  fué  casi  total  mudanza  en  los  colegios 
de  Oruro  y  Potossí,  si  bien  comunmente  se  dice  en  casa  por  los  padres 
graves  de  ella  que  entendieron  de  dicha  carta,  que  el  padre  de  la 
Compañía  que  la  habia  escrito  era  poco  afecto  a  ella;  y  que  porque  la 
escribió  o  por  sospechas  que  tenian  de  que  la  habia  escrito,  le  hablan 
aflijido;  y  tiene  por  cierto  este  denunciante  que  al  padre  Peña  que  des- 
pidieron en  el  Cuzco,  habrá  tiempo  de  un  año,  la  escribió,  aunque 
la  carta  le  pareció  demás  de  hombre  de  mas  talento,  si  bien  pudo 
comunicarla  con  otros  mas  bien  entendidos. 

"Y  que  por  dicha  carta  se  acuerda  que  mudaron  de  Oruro  al  padre 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


359 


Gabriel  Perlin  y  lo  enviaron  a  Buenos  Aires,  y  desde  ésta  al  dicho 
padre  Bernabé  de  Cobos  a  Arequipa,  y  que  no  sabe  si  por  esta  misma 
causa  mudaron  al  padre  Coleri  y  enviáronle  a  Tuli,  y  otros  que  no 
se  acuerda. 

"Y  que  del  depósito  mandaron  a  Agustin  de  Aguilar  y  al  padre 
Conde,  que  ambos  estaban  en  Arequipa;  al  padre  Juan  de  Figueroa, 
a  quien  afligieron  mucho  y  le  enviaron  a  Chuquisaca  o  a  La  Paz  y  al 
cabo  le  echaron,  y  es  fraile  agustino,  y  que  aunque  mudaron  al  padre 
Ordoñez  a  Quito,  piensa  no  fué  por  la  dicha  carta;  y  que  otros  mudaron 
también  del  dicho  colegio,  que  no  se  acuerda  y  lo  dirá  si  se  acordare, 
y  que  por  razón  de  la  dicha  carta  sabe  este  denunciante,  porque  las 
escribia  por  su  mano,  que  se  hicieron  órdenes  muy  apretadas  en  aquella 
congregación  que  no  saliesen  los  religiosos  a  confesar  a  la  iglesia  sino 
en  cierta  forma,  y  que  no  pudiesen  hablar  con  las  indias  bonitas  sino 
tiempo  limitado  y  muy  corto  y  en  dias  señalados,  como  constará  de 
la  dicha  congregación,  y  por  haber  dado  la  hora  cesó  la  audiencia,  y 
siéndole  leido  lo  que  ha  dicho,  dijo  estar  bien  escrito  y  lo  firmó  de  su 
nombre. — antonio  de  ureña. — Y  pasó  ante  mí. — Juan  de  Izaguirre, 
secretario. 

"En  la  ciudad  de  los  Reyes,  a  veintiséis  dias  del  mes  de  agosto  de 
mil  y  seiscientos  y  veintidós  años,  estando  en  su  audiencia  de  la  maña- 
na el  señor  inquisidor  licenciado  Andrés  Juan  Gaytan,  pareció  en  ella 
el  padre  Antonio  de  Ureña,  y  continuando  la  dicha  su  declaración, 
debajo  del  juramento  que  tiene  hecho,  dixo  que  sabe  por  cosa  cierta 
que  muchos  de  los  privilegiados  que  tiene  la  Compañía  ad  tempus  y 
no  perpetuos,  han  espirado  mas  ha  de  seis  a  ocho  años,  como  de  ellos 
mismos  constará,  y  sabe  que  no  obstante  la  cesación  de  ellos,  han  usado 
y  usan  actualmente  de  ellos  los  padres  de  la  Compañía,  contra  lo  dis- 
puesto por  su  Santidad  muchas  y  varias  veces,  sobre  lo  cual  consultaron 
las  Provincias  al  general  Claudio  Aquaviva,  y  Muccio  Viteleschi,  que 
es  ahora,  y  de  ella  respondieron  que  se  fuessen  con  su  buena  fe,  y  tiene 
por  cierto  que  escribieron  de  Roma  los  secretarios  que  lo  hablan  co- 
municado con  su  Santidad;  y  yendo  a  Roma  y  tratando  este  punto 
este  declarante  con  el  padre  Nicolás  de  Almanza,  asistente  de  España 
c  Indias,  le  dixo  a  este  denunciante  que  él  no  sabia  de  tal  comunicación 
con  el  Pontífice  y  que  mirasen  lo  que  hacían;  y  en  este  mismo  tiempo, 
para  confirmación  de  esta  verdad,  su  Santidad  el  Papa  Paulo  V,  el 
año  de  doce  o  trece,  despachó  una  bula,  cuyo  tenor  tiene  este  denun- 


360 


J.   T.  MEDINA 


ciante  en  su  baúl,  al  fin  de  los  privilegios,  impresa  en  Roma,  no  uno 
sino  dos  traslados,  en  la  cual  bula,  a  ruego  de  los  arzobispos  y  obispos 
de  estos  reynos,  que  gravemente  se  quejaron  al  Pontífice  de  que  la 
Compañía  les  usurpaba  su  jurisdicción,  dejándoles  casi  sin  ninguna, 
usando  indebidamente  de  los  privilegios  y  aun  escediendo  en  ellos,  por 
lo  cual  la  bula  susodicha  vino  quartada  en  gran  manera;  por  lo  cual 
viendo  los  padres  de  este  colegio  de  San  Pablo  cuán  atadas  estaban 
las  manos  por  la  dicha  bula,  hicieron  pareceres,  en  especial  el  padre 
Juan  Pérez  Menacho,  de  que  todos  los  privilegios  etiam  ad  tempus 
eran  perpetuos,  el  que,  al  parecer,  apreció  la  congregación  dicha  del 
año  de  mil  seiscientos  y  dieziocho,  y  el  padre  Nicolás  Duran,  que  en- 
viaron por  procurador  le  llamó  a  Roma,  y  habiéndole  visto  el  General 
y  no  atreviéndose  a  comunicarlo  con  el  Pontífice,  sabiendo  que  no  lo 
habia  de  conceder,  respondieron  con  el  mismo  padre  Nicolás  Duran 
que  el  parecer  dicho  les  era  muy  bueno  y  que  con  él  pasasen  y  usasen 
de  su  privilegio  y  dispensasen  como  ántes,  y  que  este  denunciante, 
como  sabia  lo  que  pasaba  en  Roma,  porque  estuvo  en  ella  nueve  meses 
y  que  el  Pontífice  no  concediera  los  tales  privilegios  porque  era  muy 
celoso  de  la  autoridad  de  los  obispos,  y  por  este  escrúpulo,  en  los  casos 
que  se  le  han  ofrecido  a  este  denunciante,  no  ha  querido  dispensar  en 
virtud  de  los  dichos  privilegios  y  órdenes  del  General,  por  tenerlos 
por  ningunos,  y  en  particular  lo  hizo  este  mes  de  abril  pasado  habién- 
dosele ofrecido  la  rehabilitación  de  un  matrimonio,  acudió  al  doctor 
don  Juan  Velasquez,  arcediano  de  esta  santa  Iglesia  y  comisario  de  la 
Cruzada  para  que  dispensase,  como  cosa  que  le  pertenecía,  por  ser  tal 
comisario,  y  le  dió  la  dicha  dispensación  y  la  despachó  el  padre  Juan 
de  Tamayo  y  le  costó  trece  patacones  y  dos  reales,  que  dió  a  Pedro 
Bermudez,  thesorero  de  la  Cruzada,  como  parecerá  por  sus  libros,  a 
que  se  remite,  y  que  no  sabe  otra  cosa  que  decir  en  este  caso. 

"Preguntado  en  qué  ocasiones  y  en  qué  lugares  han  dispensado 
los  padres  de  la  Compañía  después  que  se  acabaron  los  dichos  privile- 
gios: dixo  que  en  todo  el  reyno  sabe  que  han  dispensado  y  es  cosa 
ordinaria  en  el  trato  común  de  casa  referir  las  dispensaciones  c]ue  han 
hecho  y  que  particularmente  cuando  van  a  las  misiones  dispensan  en 
todos  los  casos  que  se  ofrecen,  que  no  se  acuerda  formalmente  de  las 
personas  ni  de  los  lugares. 

"Preguntado  si  llevan  por  las  tales  dispensaciones  alguna  limosna, 
dixo  que  no,  ni  tal  ha  entendido  jamas. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


361 


"Iten  dixo  que  el  año  de  614,  partiendo  de  esta  ciudad  para  Roma 
el  padre  Juan  Vasquez,  que  iba  por  procurador,  le  oyó  decir  que  ha- 
bia  .  todo  lo  que  le  habia  de  suceder  en  el  viaje  con  una  persona,  la 
cual  le  habia  dicho  que  tuviese  cuidado  al  embarcar  y  desembarcar  y 
que  con  eso  tendría  buen  viaje;  y  después  entendió  que  la  persona  que 
le  dixo  ésto  fué  un  indio  hechicero  y  que  sospechó  que  era  del  Cercado, 
porque  sabe  que  los  mismos  padres  que  viven  en  el  cercado  le  han 
dicho  que  por  debajo  de  la  puerta  de  Santa  Cruz,  donde  están  los 
hechiceros  y  hechiceras,  les  han  consultado  muchas  personas  de  fuera, 
españoles,  indios  y  mestizos,  y  aunque  se  puso  algún  cuidado  para 
que  no  acudiesen  a  la  puerta,  no  sabe  que  haya  remedio  total,  ni  que 
se  deje  de  hacer. 

"Iten  dixo,  que  sabe  que  el  año  de  617,  estando  de  partida  en 
Sevilla  para  este  reyno  con  el  dicho  padre  Juan  Vasquez  este  declarante, 
le  dixeron  que  el  dicho  padre  Juan  Vasquez  habia  consultado  a  un 
grande  hechicero  nigromantino  para  saber  qué  suceso  habia  de  tener 
en  su  viage,  el  cual  le  parece  que  vivia  en  Jerez  de  la  Frontera,  lo 
cual  le  digeron  el  padre  Pedro  Bol  y  Juan  Fernandez,  que  desde  Car- 
tagena se  volvieron  otra  vez  a  España,  por  pesadumbres  que  hablan 
tenido  con  el  dicho  padre  Juan  Vasquez,  los  cuales  escribieron  que 
vivian  en  la  provincia  de  Aragón,  en  Zaragoza  o  Valencia,  y  a  su  ruego 
lo  escribió  al  padre  Diego  Alvarez  de  Paz  con  este  declarante  el  her- 
mano Pedro  de  Armendariz,  que  ahora  está  en  este  colegio,  y  podrá 
ser  que  la  carta  esté  en  el  archivo,  porque  este  declarante  se  la  entregó 
y  dió  en  mano  propia  y  se  la  vió  leer  al  dicho  Diego  Alvarez  de  Paz, 
que  entonces  era  provincial;  y  asimismo  sabe  de  ésto  el  licenciado 
Cristóbal  Frontín,  que  entónces  era  de  la  Compañía,  y  entiende  este 
declarante  que  ahora  está  aquí  o  en  el  Callao,  y  que  no  se  acuerda 
ahora  de  mas  testigos. 

"Iten  dixo,  que  predicando  este  denunciante  el  año  de  619  en  la 
villa  de  Guaura,  le  dijo  el  licenciado  Alonso  de  las  Cabañas,  cura  y 
vicario  de  la  misma  villa  de  Guaura,  que  viniendo  a  visitar  la  idolatría 
dos  padres  de  la  Compañía,  cuyos  nombres  no  se  acuerda,  llegaron  a 
la  villa  de  Baqueta,  media  legua  de  Guaura,  pueblo  de  indios  y  anejo 
al  mismo  vicario,  y  que  teniendo  noticia  de  un  grande  hechicero  que 
vivia  en  el  dicho  pueblo  de  Baqueta,  le  hicieron  untar,  hechizar  y  las 
demás  cosas  que  solia  hacer  el  indio  invocando  al  Zupay  (que  es  el 
Diablo),  con  los  cuales  conjuros  e  invocaciones  el  indio  perdió  el  juicio 


362 


J.   T.  MEDINA 


y  estuvo  como  muerto  algunas  horas,  y  después  volvió  haciendo  mil 
visajes  endemoniados,  diciendo  cómo  habia  estado  en  tal  o  cual  región, 
de  lo  cual  le  dixo  el  dicho  vicario  a  este  declarante  que  se  habia  escan- 
dalizado gravemente,  y  aun  a  este  declarante  le  pareció  cosa  muy  abo- 
minable, de  lo  cual  todo  dará  mas  larga  relación  el  dicho  vicario,  que 
todavía  lo  es  y  vive  en  la  misma  villa. 

"Iten  dixo,  que  el  año  de  615,  estando  este  declarante  en  Roma, 
y  juntamente  el  padre  Juan  Vasquez,  habia  falta  de  agnus  benditos  a 
causa  de  que  habia  ocho  o  diez  años  que  no  los  consagraba  Paulo  V, 
pontífice  que  entónces  era,  y  deseando  traer  muchos  agnus  a  este  reyno 
el  dicho  padre  Juan  Vasquez,  es  pública  voz  y  fama  que  buscando  mol- 
des hizo  los  dichos  agnus  falsos,  sin  las  bendiciones  del  Pontífice  y 
oblaciones  y  crismas  con  que  se  consagran,  lo  cual  escribió  en  la  dicha 
carta  el  dicho  hermano  Pedro  de  Armendariz,  como  íntimo  suyo,  que 
lo  sabia  muy  bien  y  se  lo  dixo  a  este  denunciante  y  al  dicho  licenciado 
Cristóbal  Frontín,  y  tiene  por  cierto  que  también  lo  saben  el  hermano 
Juan  María  Gallo,  italiano,  que  era  su  compañero  en  Roma,  y  vió  este 
denunciante  que  tenían  allí  gran  amistad,  y  también  el  hermano  Sa- 
maniego,  que  fué  su  compañero  desde  aquí  a  Roma  y  volvió  con  él, 
y  ahora  está  en  el  colegio  de  Arequipa  o  Tuli,  y  que  diciéndolo  este 
denunciante  al  padre  Diego  Alvarez  de  Paz,  provincial,  que  le  habia 
parecido  muy  mal,  le  respondió  que  entendía  habia  de  haber  una  bula 
para  poder  hacer  aqui  de  los  agnus  quebrados  enteros,  y  replicándole 
este  denunciante  que  ésto  habia  sido  en  Roma  y  no  de  quebrados  sino 
de  cera  por  bendecir,  donde  hay  grandísimas  penas  y  excomunión  pa- 
pal a  quien  lo  hace,  dixo  que  él  lo  veria  y  no  sabe  que  se  haya  hecho 
ninguna  diligencia  mas,  ni  mas  castigo;  y  por  ser  dada  la  hora  cesó  la 
audiencia,  y  siéndole  leído  lo  que  ha  dicho,  dixo  estar  bien  escrito  y 
lo  firmó  de  su  nombre. — antonio  de  ureña. — Pasó  ante  mí. —  ]uan  de 
Izaguirre,  secretario. 

"En  la  ciudad  de  los  Reyes,  a  veintisiete  dias  del  mes  de  agosto  de 
mil  y  seiscientos  y  veintidós  años,  estando  en  su  audiencia  de  la  maña- 
na el  señor  Inquisidor,  licenciado  Andrés  Juan  Gaytan,  pareció  en  ella 
el  dicho  padre  Antonio  de  Ureña,  de  la  Compañía  de  Jesús,  y  conti- 
nuando la  dicha  su  declaración  debajo  del  juramento  que  tiene  hecho, 
dixo  que  el  padre  Bernabé  de  los  Cobos,  que  ahora  es  ministro  del 
colegio  de  Guatemala,  le  dijo  que  en  el  colegio  de  Oruro,  el  padre 
Claudio  Cüloni  habia  manifestado  una  confesión  declarando  a  un  su- 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


363 


perior  de  una  religión  un  pecado  de  un  subdito  suyo,  que  habia  sabido 
en  confesión  sacramental,  y  que  entiende  que  el  superior  y  el  religioso 
eran  de  la  Orden  de  Santo  Domingo,  y  debe  de  haber  que  pasó  ésto 
tres  o  cuatro  años,  y  que  este  padre  Coloni  se  fué  con  el  padre  Joseph 
de  Arriaga,  a  España,  en  la  armada  que  partió  del  Callao  el  mes  de 
mayo  de  este  año,  y  dicen  que  va  a  Roma. 

"Yten,  dijo  que  en  este  colegio  de  algunos  años  a  esta  parte  suelen 
ser  padres  espirituales,  que  toman  quenta  de  la  conciencia  y  junta- 
mente confesores  y  consultores,  personas  que  luego  infaliblemente  vie- 
nen por  provinciales  o  rectores  de  la  misma  casa,  como  lo  fué  el  pro- 
vincial que  ahora  es,  y  el  padre  Diego  Alvarez  de  Paz,  rector  y  pro- 
vincial, y  que  también  corre  público  en  la  casa  que  el  padre  Gonzalo 
de  Lira  ha  de  ser  provincial,  y  le  dieron  el  dicho  oficio,  y  le  exerció 
hasta  que,  fatigado  de  la  asma,  se  fué  a  convalecer  a  la  Sierra,  de  lo 
qual  se  sigue  que  sabiéndolo  los  de  casa,  se  retraen  en  las  confesiones 
de  decir  cosas  graves,  si  las  hai,  por  temor  de  que  después  les  han  de 
regir  por  ellas  a  premiar  o  castigar,  tomando  ocasión  de  otras,  y  la 
verdad  es  que  el  castigo  no  lo  hacen  al  religioso,  por  lo  que  dicen,  ma- 
nifiestan y  publican  los  superiores  sino  por  lo  que  saben  en  confesión 
de  sus  conciencias  del  súbdito  o  subditos  a  quien  castigan,  como  públi- 
camente, lo  dijo  el  padre  Estéban  Pérez  en  unos  casos  de  conciencia, 
un  lunes,  dia  en  que  tratan  dellos  en  la  Compañía,  que  podrían  muy 
bien  aprovechar  los  superiores  de  lo  que  sabian  en  las  confesiones  para 
el  régimen  de  los  subditos:  por  lo  cual  ha  sabido  este  denunciante  que 
se  han  hecho  muchas  confesiones  sacrilegas,  así  por  ésto  como  por  la 
dificultad  grande  que  tienen  en  dar  licencia  para  absolver  de  cosas  re- 
servadas, por  lo  cual  algunos  han  inventado  nuevas  y  estraordinarias 
opiniones  para  no  pedirla,  sabiendo  esta  dificultad,  como  el  año  de  1616, 
en  Santa  Fé  de  Bogotá,  siendo  rector  el  padre  Luis  de  Sanctillan  y 
provincial  el  padre  Gonzalo  de  Lira,  estuvieron  presos  en  la  Compañía 
ocho  o  diez  religiosos,  entre  los  quales  fué  Zamavilla,  excelente  músico 
de  la  iglesia  de  Toledo,  por  que  decían  que  bastaba  cuando  el  superior 
el  dia  de  fiesta  dice  la  misa  a  la  comunidad,  aquella  absolución  general 
que  dice  misereatur  vestri  o  aquello  que  se  dice  antes  de  comulgar 
indulgentiam  absolutionem ,  etc.,  para  quitar  la  reservación,  por  lo  cual 
despidieron  a  algunos  de  ellos,  y  al  maestro  ele  ellos,  que  era  Li^arraga, 
lector  de  teulogía,  enviaron  a  España  el  año  de  617,  y  desembarcó  en 
Lisboa. 


364 


J.   T.  MEDINA 


"Y  que  esta  dificultad  en  dar  licencia  la  ha  esperimentado  este 
denunciante  yendo  a  pedir  algunas  para  personas  de  dentro  de  casa, 
que  se  querian  confesar  con  él,  los  quales  sin  grandes  limitaciones  y 
sin  inmensa  dificultad  no  pudo  conseguir,  y  tan  pocas  que  no  pasaron 
de  dos,  teniendo  este  denunciante  que  espresar  si  habia  cómplice  en  el 
pecado  del  penitente  que  pedia  la  dicha  licencia,  por  ser  reservado  el 
caso  que  pedia  y  obligaba  a  pedir  la  tal  licencia,  y  que  no  hai  pecado 
exterior  mortal,  sino  es  la  omisión  del  rezo  que  no  esté  reservada,  por- 
que aunque  el  Pontífice  por  su  bula  señaló  materias  que  se  pudiesen 
reservar,  y  no  otras,  por  aquella  facultad  que  añadió  que  los  capítulos 
y  congregaciones  generales  podrían  añadir  los  mas  que  les  pareciese 
necesarios,  con  esta  latitud,  en  la  primer  congregación  general,  añadió 
la  Compañía  hasta  no  dexar  pecado  mortal,  sino  es  la  omisión  del 
rezo:  pecado  mortal  entiéndese  exterior. 

"Yten,  dijo  que  por  cuanto  sabe  que  hai  un  buleto  de  Su  Santidad, 
y  ha  leydo  y  ha  oydo  decir  en  la  Compañía  a  muchos  religiosos  de 
cuyos  nombres  no  se  acuerda  ahora,  que  se  despachó  a  petición  de  este 
Santo  Tribunal,  tomándole  por  toda  la  Inquisición,  de  que  no  se  admi- 
tiesen ni  aconsejasen,  fuera  de  caso  de  necesidad,  a  mujeres  mozas,  hacer 
nuevas  confesiones  generales,  por  haberse  esperimentado  que  esta  ge- 
neral noticia  de  la  vida  de  la  tal  persona  daba  avilantez  a  los  tales 
confesores  para  impetrar  y  alcanzar  de  ellas  cosas  no  lícitas,  el  qual 
buleto  porque,  o  muchos  no  le  saben,  o  por  otras  razones,  no  le  guar- 
dan; y  que  este  denunciante  ha  esperimentado  muchas  veces  que  no 
se  practica,  y  en  especial  se  lo  dixo  al  dicho  padre  Juan  de  Villalobos, 
que  confesaba  ynnumerables  mugeres,  generalmente  que  a  este  denun- 
ciante le  parecía  que  no  habia  necesidad  de  que  hiciesen  confesión 
general  sino  particular,  y  le  parece  a  este  denunciante  hay  necesidad 
precisa  de  mandar  a  los  padres  de  la  Compañía  que  guarden  y  cumplan 
el  dicho  breve. 

"Yten,  dixo  que  ahora  se  acuerda  que  dicho  padre  Juan  de  Villa- 
lobos dijo  a  este  denunciante,  tratando,  de  la  prudencia  que  se  debía 
tener  en  las  penitencias  que  se  daban  por  cosas  reservadas,  que  en  un 
colegio  un  rector  habia  mandado  al  confesor  que  le  pidió  licencia  para 
un  caso  reservado,  que  mandase  al  penitente  salir  con  una  pública 
disciplina  al  refitorio,  por  lo  qual  conoció  el  superior  el  que  habia  de- 
linquido. 

"Y  otro  rector  mandó  traer  un  cilicio  muy  áspero  a  un  confesor 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


365 


que  le  fué  a  pedir  otra  licencia  para  un  penitente,  y  como  le  mandó 
que  diese  en  penitencia  al  que  habia  cometido  aquel  pecado  reservado 
el  dicho  cilicio  muy  áspero,  haciendo  diligencia  para  saber  quien  tenia 
el  cilicio  que  él  le  habia  espresado  le  mandase  poner,  porque  edificaba 
mucho  en  casa  por  su  aspereza,  conoció  que  el  que  le  tenia  era  la 
persona  para  quien  habia  dado  la  licencia  del  tal  caso  reservado;  y 
que  algunos  superiores  aunque  saben  que  hacen  mal  en  descubrir  el 
que  tiene  caso  reservado  por  los  caminos  dichos,  y  otros  lo  hacen  por- 
que de  esa  manera,  y  con  tales  finezas  ganan  opinión  de  exactos  obser- 
vantes, celosos,  y  así  son  superiores  toda  la  vida,  porque  de  estas  cosas 
se  avisa  muy  particularmente  a  Roma,  de  lo  qual,  pagado  el  General, 
les  confirma  los  oficios,  como  el  provincial  presente  Juan  de  Frias  He- 
rran,  que  ha  treinta  y  cuatro  años  continuos  que  es  superior,  y  otros 
muchos,  y  el  padre  Oñate  ha  diezyocho  o  veinte  años  que  es  superior 
continuamente. 

"Yten,  dijo  que  el  privilegio  para  traer  en  este  reyno  altar  portátil, 
aunque  es  tan  útil  en  algunas  partes,  no  se  usa  en  él  con  la  debida 
decencia  cuando  se  dice  misa,  como  este  declarante  ha  visto  en  lugares 
no  limpios  y  en  partes  donde  corria  riesgo  llevarse  el  aire  la  hostia 
consagrada,  lo  cual  convendría  avisarles  en  este  particular  que  usasen 
del  dicho  breve  con  moderación  y  mas  decencia. 

"Yten,  dijo  que  en  las  anuas  que  todos  los  años  hacen  los  provin- 
ciales de  todos  los  casos  notables  que  han  sucedido  aquel  año  y  les 
envian  a  Roma  y  a  España,  en  las  cuales  anuas  se  ponen  muchos  casos 
que  pasan  en  confesión,  aunque  sin  señalar  parte,  y  otros  que  tocan  a 
la  honra  y  reputación  de  personas  graves,  por  lo  cual  se  viene  en  conoci- 
miento de  las  tales  personas,  con  grave  pérdida  de  su  honrra  y  repu- 
tación, porque  como  las  personas  son  conocidas  de  los  religiosos  de 
casa  y  especifican  tantas  circunstancias  y  el  Perú  es  un  callejón  donde 
todos  se  conocen  sin  dificultad  ninguna,  aunque  no  se  ponga  el  nombre, 
se  viene  en  conocimiento  de  la  persona,  y  este  declarante  ha  venido  en 
conocimiento  de  algunas  personas  y  de  casos  gravísimos  por  las  tales 
anuas,  por  lo  cual  las  tiene  por  perjudiciales  y  dañosas  para  las  honrras, 
por  los  tales  casos,  y  necesario  se  les  mande  que  no  escriban  los  tales 
casos  que  envian  en  iatin  a  Roma  y  en  romance  a  todas  las  provincias 
de  España,  y  que  no  se  le  acuerda  por  ahora  otra  cosa  que  decir,  y 
que  todo  lo  que  ha  dicho  y  declarado  en  las  dos  primeras  audiencias, 
y  en  ésta  es  cierto  y  verdadero,  y  que  no  lo  ha  dicho  por  odio  ni  ene- 


366 


J.   T.  MEDINA 


mistad  que  tenga  a  la  Compañía,  religiosos  de  ella,  sino  por  descargar 
su  conciencia,  y  siéndole  vuelto  a  leer  lo  que  ha  dicho  en  las  dos  pri- 
meras audiencias  y  en  ésta  dijo  estar  bien  escrito:  encargósele  el  secreto, 
y  prometiólo,  y  lo  firmó  de  su  nombre. — antonio  de  ureña— Pasó  ante 
mí. —  Juan  de  Izaguirre,  secretario. 

"En  la  ciudad  de  los  Reyes,  a  tres  dias  del  mes  de  setiembre  de  mil 
y  seiscientos  y  veinte  y  dos  años,  estando  en  su  audiencia  de  la  mañana 
el  señor  Inquisidor,  licenciado  Andrés  Juan  Gaytan,  mandó  entrar  a 
ella  al  dicho  padre  Antonio  de  Ureña,  de  la  Compañía  de  Jesús,  que 
vino  sin  ser  llamado,  y  siendo  presente  fué  dél  recibido  el  juramento 
en  forma  debida  de  derecho,  so  cargo  del  cual  prometió  de  decir  verdad, 
y  siendo  preguntado  dijo  llamarse  el  padre  Antonio  de  Ureña,  de  la 
Compañía  de  Jesús,  natural  de  Medina  de  Rioseco,  sacerdote  predicador 
y  confesor  en  la  dicha  Compañía,  de  edad  de  treinta  y  cuatro  años,  y 
(.lijo  que  se  le  ha  acordado,  de  mas  de  lo  que  en  las  audiencias  pasadas 
dijo,  que  el  padre  Gabriel  Cerrato,  de  la  Compañía,  predicando  en  La 
Paz,  habrá  tiempo  de  cuatro  años,  dijo  como  a  ningún  sacerdote  que 
hubiese  cometido  pecado  de  carne  con  muger  le  perdonaba  Dios,  lo 
cual  dijo  en  la  congregación  de  los  clérigos  de  la  dicha  ciudad,  de 
que  se  escandalizaron  notablemente,  lo  cual  le  refirió  a  este  denun- 
ciante el  padre  Cristóbal  de  los  Cobos,  que  se  lo  oyó  decir,  que  le  pa- 
rece a  este  denunciante  tener  alguna  conexión  con  la  heregía  de  Ter- 
tuliano, que  enseñaba  ser  imposible  perdonarse  el  pecado  al  adulto 
después  que  recibió  el  bautismo,  y  que  también  fué  heregía  de  los 
anabaptistas  y  otros  que  decían  que  cada  vez  que  pecaba  un  hombre 
era  menester  volverse  a  bautizar:  y  que  lo  que  ha  dicho  es  la  verdad, 
y  no  lo  dice  por  odio  ni  enemistad  que  tenga  al  dicho  padre  Gabriel 
Cerrato,  sino  por  descargo  de  su  conciencia,  y  siéndole  leydo,  dijo  estar 
bien  escrito,  encargósele  el  secreto  y  prometióle,  y  lo  firmó  de  su  nom- 
bre.— ANTONIO  DE  ureña. — Pasó  ante  mí,  ]ua7i  de  Izaguirre,  secreta- 
rio  (5). 

. .  "En  casa  se  publicó  pena  de  excomunión  para  que  qualquiera 
que  hubiese  entrado  o  llevado  carta  mia  para  ese  Tribunal,  lo  viniese 
manifestando  al  padre  provincial,  reservando  en  sí  la  absolución,  con 


(5)  "Concuerda  con  su  original  que  queda  en  el  dicho  libro  en  la  Cámara  del  secreto 
del  Santo  Oficio  de  la  Inquisición  del  Perú  de  donde  la  saqué  yo.  Martin  Díaz  de  Contreras, 
secretario".  Lib.  760 — 8,  f.  74. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


367 


lo  qual  el  viejo  Martin  de  Jauregui  lo  manifestó  y  le  dieron  su  salmo- 
rejo. Sabido  pues  que  habia  tenido  origen  de  mí  y  no  de  U.  S.  la  yda  a 
ese  Santo  Tribunal,  la  noche  siguiente,  luego  que  vine,  me  metieron  en 
un  infernal  aposento,  obscuro,  lóbrego,  poniendo  tres  llaves,  y  por  una 
ventanilla  solamente  me  daban  de  comer,  que  era  solo  pan  negro  y 
agua,  que  añadido  al  suelo  por  cama,  me  hizo  tal  impresión  en  el 
estómago  que  no  podía  retener  nada  con  continuos  vómitos.  Viendo 
ésto,  por  temor  de  la  muerte,  dige  me  llamasen  al  provincial,  que  ya 
sabia  por  qué  era  tanto  rigor;  vino,  y  habiendo  tratado  con  él  varias 
cosas,  me  dijo  si  tenia  otra  cosa  que  se  la  dixese,  para  remediar,  tirán- 
dome tiros  que  luego  entendí  — yo  entónces  viéndome  en  el  apretura 
referida  y  que  el  aposento  se  caya  sobre  mí,  que  entendí  ahogarme  de 
polvo,  sin  retener  nada  en  el  estómago,  saltando  como  perjuro  el  jura- 
mento, le  descubrí  tres  cosas  de  las  que  denuncié;  bien  es  verdad  que 
primero  que  las  dixese,  le  dije  que  en  conciencia  no  podia:  aquí  me 
respondió  que  por  evitar  alguna  deshonra  a  la  Religión,  que  no  tuviese 
escrúpulo  en  manifestárselo:  lo  que  le  dije  fueron  estas  tres  cosas:  pri- 
mera, la  consulta  del  padre  Juan  Vasquez  con  el  hechicero,  no  aña- 
diendo mas,  a  que  me  respondió  que  ya  se  habían  desdicho  los  testigos 
y  que  entendía  habia  sido  dicho  no  mas.  Lo  segundo  que  le  dije  fué 
lo  de  los  privilegios  falsos,  que  sintió  muchísimo  sobre  manera,  sobre 
que  tuvimos  muchos  dares  y  tomares,  por  lo  qual  esta  armada  se  harán 
fuertes  diligencias  para  ganarlos  del  Pontífice  nuevo,  que  afirman  ser 
muy  afecto  a  la  Religión,  que  por  ser  punto  tan  esencial,  ha  dado  y 
dará  grandísimo  cuidado  y  mas  del  que  U.  S.  puede  imaginar,  pues 
ya  son  subditos  de  los  señores  obispos  o  sus  superiores,  y  como  ahora 
los  dos  arzobispados  de  este  reyno  están  vacos,  como  a  parte  indefensa 
y  sin  defensor,  entiendo  perecerán;  pero  este  cuidado  mas  les  toca  a  los 
señores  prelados,  que  a  mí;  solo  afirmo  que  si  Paulo  Quinto  viviera, 
ni  se  lo  pidieran  ni  los  concediera  jamas,  pues  en  el  uso  hay  abuso  y 
prodigalidad,  poco  recurso  a  los  señores  obispos,  ninguna  subjecion, 
ménos  estimación.  Lo  tercero,  fué  lo  de  la  carta  de  las  solicitaciones: 
cayó  luego  en  ello,  pero  dixo  que  el  frayle  seria  castigado,  pues  no 
avisó;  preguntó  si  alguno  en  particular  estaba  encontrado,  dije  que  nó, 
y  señalando  algo  al  que  fué  a  España  a  otro  propósito,  me  preguntó 
con  ansia  si  habia  de  aquel  padre  otras  cosas,  mas  tan  de  veras  que 
me  hizo  reparar:  esto  es  lo  que  solamente  le  dije,  con  harto  dolor  de 


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J.   T.  MEDINA 


mi  alma:  con  que  de  lo  que  hubiese  delinquido  pido  perdón:  pasó 
esto  a  16  de  setiembre. 

"No  paró  aquí  el  negocio,  porque  el  padre  Alonso  Mesía,  ansioso 
o  temeroso  de  haber  sido  comprehendido  en  algo,  negoció  con  el  padre 
provincial  (salvo  si  fué  traza  de  entrambos),  de  que  me  confesase  al 
Mesía,  por  saber  lo  que  me  habia  pasado  y  el  provincial  por  si  habia 
ocultado  otra  cosa,  y  aunque  yo  pedí  otro  padre  (porque  a  Mesía  jamás 
por  su  poca  verdad,  mucha  caballería  e  indecible  presunpcion  le  habia 
podido  tragar)  no  tuvo  remedio,  sino  que  habia  de  ser  él,  como  si  el 
confesar  fuera  casamiento  indisoluble  o  violencia  tiránica;  en  fin,  vino 
(comencéme  a  confesar,  y  luego  lupus  in  jabulationem),  viera  U.  S. 
tanto  apremio,  que  solo  le  dixe,  que  no  es  usted,  que  solo  es  una  con- 
sulta que  el  padre  Juan  Vasquez  hizo  en  España  a  un  hechicero,  y 
aunque  me  desolló,  no  dixe  mas,  y  de  aquello  pésame  harto  en  verdad, 
yo  no  sé  si  por  no  le  haber  dicho  mas,  o  porque  luego  me  revolvió 
con  el  provincial,  no  tanto  como  él  lo  está  con  el  General .  . . 

"Lo  que  resultó  de  haber  dicho  al  provincial  los  tres  puntos,  fué 
darme  palabra  de  sacarme  otro  dia;  luego  aquél  mismo,  la  comida  bue- 
na y  abundante,  cama  y  mejor  aposento  y  dejar  que  los  de  casa  me 
hablasen,  y  en  este  estado  estoy  ahora  .  ."  (7). 

.  .  "Con  lo  qual  no  hay  quien  se  atreva,  no  le  suceda  lo  que  a  mí", 
terminaba  Ureña  (8). 

Según  desde  un  principio  ha  podido  comprobarse,  los  obispos  no 
recibieron  en  general  con  aplauso  el  establecimiento  de  la  Inquisición 
en  sus  respectivas  diócesis,  bien  fuera  porque  así  se  les  cercenaba  con- 
siderablemente su  jurisdicción,  o  porque  con  el  curso  del  tiempo  pu- 
dieron cerciorarse  de  que  en  sus  ministros  sólo  podían  encontrar  ver- 
daderos perseguidores  de  su  conducta,  cuando  no  gratuitos  detractores. 

Bajo  este  aspecto,  el  Tribunal  no  se  andaba  con  escrúpulos,  pues 
donde  quiera  que  notase  el  más  mínimo  síntoma  de  enemistad,  de 
mero  descontento,  o  de  simple  falta  de  aprobación  de  sus  procederes, 
jamás  dejaba  de  encontrar  en  sus  archivos,  o  de  forjar  para  el  caso, 
informaciones  que  rebosaban  veneno,  destinadas  a  enviarse  al  Consejo 
de  Inquisición  o  al  Rey,  por  medio  de  sus  jefes  inmediatos. 


(7)  Carta  tle  Ureña  a  Gaitán,  de  22  de  noviembre  de  1622.  Número  1  de  Testificaciones 
contra  los  Padres  de  la  Compañía,  fol.  482. 

(8)  Cana  al  Rey  de  6  de  abril  de  1623. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


369 


No  sólo  el  infeliz  reo  que  después  de  ser  penitenciado  se  desahogaba 
quejándose  del  modo  como  había  sido  tratado  o  de  la  poca  justicia 
que  se  había  usado  con  él,  estaba  sujeto  a  caer  en  primera  oportunidad 
ele  nuevo  bajo  el  látigo  inquisitorial,  pero  los  que  por  algún  motivo 
cualquiera,  aunque  fuese  el  mismo  decoro  del  Tribunal,  ajado  y  piso- 
teado por  la  avaricia  o  vida  escandalosa  de  sus  miembros,  creían  opor- 
tuno dar  aviso  al  Consejo  de  Indias  o  al  de  Inquisición,  y  hasta  los 
mismos  prelados  que  en  cumplimiento  de  sus  deberes  se  creían  en  el 
caso  de  formular  la  más  ligera  indicación  que  pudiera  contrariar  los 
planes  de  los  Inquisidores,  eran  denunciados,  calumniándolos  muchas 
veces  sin  piedad.  Fué  este  un  sistema  a  que  desde  los  primeros  días 
amoldaron  su  conducta  con  una  rara  invariabilidad. 

No  recordaremos  el  caso  en  que  con  todo  descaro,  obedeciendo 
a  un  sistema  preconcebido,  negaban  los  Inquisidores  la  comunicación 
(.le  los  documentos  que  en  sus  archivos  existían  tocantes  a  Santa  Rosa 
cuando  se  trató  de  canonizarla;  pero  si  no  fueran  ya  bastantes  los  nu- 
merosos testimonios  que  sobre  la  táctica  del  Tribunal  dejamos  consig- 
nados, queremos  aquí  estampar  una  última  muestra  de  la  impudencia 
con  que  la  baba  inquisitorial  se  cebaba  hasta  en  las  personas  que  la 
Iglesia  ha  elevado  hace  tiempo  a  la  categoría  de  santos. 

He  aquí  en  efecto,  lo  que  uno  de  los  ministros  decía  con  referencia 
a  Santo  Toribio  y  demás  obispos  congregados  en  concilio  provincial: 

"Hemos  tenido  mucha  experiencia  en  este  reyno  de  que  general- 
mente no  dió  gusto  venir  la  Inquisición  a  él,  a  las  particulares  personas, 
por  el  freno  que  se  puso  a  su  libertad  en  el  vivir  y  hablar,  y  a  los 
eclesiásticos,  porque  a  los  prelados  se  les  quitaba  ésto  de  su  jurisdicción, 
y  a  los  demás  se  les  añadían  jueces  mas  cuidadosos,  y  a  las  justicias 
reales,  especialmente  Virrey  y  Audiencias,  porque  con  ésta  se  les  sacaba 
algo  de  su  mano,  cosa  para  ellos  muy  dura,  por  la  costumbre  que  tenían 
de  mandarlo  todo  sin  escepcion;  y  así,  para  que  esta  contradicción  en 
sus  ánimos  se  olvidase,  y  en  lugar  de  ella  le  subcediesse  afficion  y  amor, 
el  que  a  tan  Sancto  Oficio  se  debe  hacer,  hemos  estado  y  estamos  muy 
cuidadosos  de  que  en  nuestra  manera  de  proceder  y  en  la  modestia 
de  nuestros  ministros,  no  solo  no  hubiese  cosa  enojosa,  sino  toda  afabi- 
lidad y  concordia,  guardando  lo  que  debemos  en  lo  demás;  y  con  todo 
este  cuidado  hallamos  siempre  que  reparar  en  unos  y  en  otros  tribu- 
nales, que  no  mirando  a  lo  mucho  que  su  magestad  les  encomienda 
nuestras  cosas,  comunmente  las  ilesfavorecen  en  lo  que  pueden,  espe- 

24 — La  In-juií-lción  de  Lima  Toniüll 


370 


J.   T.  MEDINA 


cialmente  los  obispos,  no  considerando  que  con  la  Ynquisicion  les  quitó 
Vuestra  Señoría  lo  con  que  mas  encargaban  sus  conciencias,  pues  no 
usaban  de  ella  sino  en  los  casos  y  con  las  personas  con  quien  con  su 
jurisdicción  ordinaria  no  podian,  y  en  los  que  derechamente  heran 
de  este  fuero  hacian  lo  que  en  los  demás  ordinarios,  según  hemos  visto 
por  los  procesos  hechos  por  ellos  que  se  nos  remitieron;  — y  con  este 
fundamento,  y  no  cierto  con  otro,  estando  los  obispos  de  estas  partes 
congregados  en  esta  ciudad  en  concilio  provincial,  después  de  muchas 
discusiones  que  entre  sí  tuvieron  y  en  que  lo  que  nos  fué  posible,  les 
quitamos  con  nuestra  intervención,  entre  las  pocas  cosas  en  que  se  con- 
vinieron fué  una  el  capítulo  de  una  carta  que  escribieron  a  su  magestad, 
cuya  copia  será  con  esta,  en  que  tratan  de  nuestros  comisarios,  y  certi- 
ficamos a  Su  Señoría  que  en  ninguno  de  los  que  hemos  tenido,  ha 
halládose  cosa  de  las  que  en  este  capítulo  se  les  imputa,  sino,  demás 
de  lo  dicho,  creemos  que  será  la  causa  el  haber  los  obispos  del  Cuzco 
(que  es  difunto),  y  el  de  La  Plata  y  el  de  Tucuman  pretendido  de 
nosotros  que  los  hiciésemos  comisarios  en  sus  obispados,  y  habérselo 
negado,  en  conformidad  de  lo  que  Vuestra  Señoría  nos  manda,  de  lo 
qual  han  mostrado  mucho  desplacer  — y  hemos  sentido  mucho  que 
personas  que  a  tanto  están  obligadas,  hayan,  sin  fundamento  alguno 
de  verdad,  alargádose  a  escribir  a  su  magestad,  desacreditando  nuestros 
ministros —  conociendo  todos  y  confesando  que  la  Inquisición  ha  hecho 
y  hazc  en  estas  partes,  en  servicio  de  Dios  y  de  su  magestad,  mas  que 
juntos  todos  los  otros  ministros  que  en  ellas  tiene,  y  creemos  cierto 
que  el  ser  esta  la  voz  del  pueblo,  despierta  en  ellos  estas  y  otras  ca- 
lumnias 

"Para  que  en  lo  que  hemos  dicho  que  los  obispos  del  concilio 
provincial  escribieron  a  su  magestad,  se  persuada  Vuestra  Señoría  es- 
tuvieron demasiados,  diremos  lo  que  ha  pasado,  y  es,  que  habiendo 
hecho  ciertos  decretos  y  publicádolos,  en  que  mandaban  que  los  obispos 
ni  otros  clérigos  jugasen,  sino  en  cierta  cantidad,  que  no  tratasen  ni 
contratasen  por  sí  ni  por  intcrpósita  persona,  y  otras  cosas,  so  pena  de 
excomunión  ipso  jacto  incurrenda,  y  de  otras  penas,  nos  informaron 
que  escribieron  a  su  magestad  ésto  que  havian  ordenado,  diciendo  que 
para  que  los  demás  lo  cumpliesen  se  obligaban  primero  a  sí  mismos 
al  cumplimiento,  y  desde  algunos  dias  hicieron  un  decreto  o  declara- 
ción y  renovación  en  quanto  a  ellos  toca,  cuya  copia  será  con  esta, 
dándose  facultad  de  dispensar  con  los  demás  clérigos,  el  qual  decreto 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


371 


hicieron  sin  secretario,  y  después  se  le  hicieron  firmar,  sin  ver  lo  que 
era,  para  tenelle  secreto,  aunque  por  descuido  del  Obispo  de  Tucuman 
se  tiescubrió,  y  por  lo  que  se  ve  en  los  mas  de  estos  prelados,  se  ha  dado 
causa  de  que  se  diga  y  crea,  fue  para  acrecentar  sus  haciendas"  (9). 

La  insolencia  y  orgullo  de  los  Inquisidores  no  debe,  sin  embargo, 
parecer  extraña,  amparados  como  se  hallaban  por  la  suprema  autoridad 
del  papado  y  del  rey,  en  unos  tiempos  en  que,  después  de  Dios,  nada 
más  grande  se  conocía  sobre  la  tierra.  Precisamente  el  mismo  año  en 
que  se  creaban  para  América  los  tribunales  del  Santo  Oficio,  Pío  V 
dictaba  una  bula  o  motu  proprio  del  tenor  siguiente: 

"Si  cada  dia  con  diligencia  tenemos  cuidado  de  amparar  los  mi- 
nistros de  la  Iglesia,  los  cuales  Nuestro  Señor  Dios  nos  ha  encomendado, 
y  Nos  los  habemos  recibido  debaxo  de  nuestra  Fe  y  amparo,  cuanto 
mayor  cuidado  y  solicitud  nos  es  necessario  poner  en  los  que  se  ocupan 
en  el  Santo  Oficio  de  la  Inquisición  contra  la  herética  pravedad,  para 
que  siendo  libres  de  todos  peligros,  debaxo  del  amparo  de  la  inviolable 
authoridad  de  nuestra  Sede  Apostólica,  pongan  en  execucion  cuales- 
quiera cosas  tocantes  a  su  Oficio,  para  exaltación  de  la  Fe  Cathólica? 
Assí  que,  como  cada  dia  se  aumente  mas  la  multitud  de  hereges,  que 
por  todas  vías  y  artes  procuran  destruir  el  Santo  Oficio  y  molestar 
y  ofender  a  los  ministros  de  él,  hános  traído  la  necesidad  a  tal  término 
que  nos  es  neccesario  reprimir  tan  maldito  y  nefario  atrevimiento  con 
cruel  azote  de  castigo.  Por  tanto,  con  consentimiento  y  acuerdo  de  los 
Cardenales,  nuestros  hermanos,  establecemos  y  mandamos  por  esta  ge- 
neral constitución,  que  cualquiera  persona,  ahora  sea  particular  o  pri- 
vada, o  ciudad  o  pueblo,  o  señor,  conde,  marques  o  duque,  o  de  otro 
cualquiera  mas  alto  y  mejor  título,  que  matare  o  hiriere  o  violenta- 
mente tocare  y  ofendiere,  o  con  amenazas,  conminaciones  y  temores,  o 
en  otra  cualquiera  manera  impidiere  a  cualquiera  de  los  Inquisidores 
o  sus  oficiales,  fiscales,  promotores,  notarios  o  a  otros  cualesquiera  mi- 
nistros del  Santo  Oficio  de  la  Inquisición,  o  a  los  obispos  que  exercitan 
el  tal  oficio  en  sus  obispados  o  provincias,  o  al  acusador,  denunciador  o 
testigo  traído  o  llamado,  como  quiera  que  sea,  para  fee  y  testimonio 
de  tal  causa;  y  el  que  combatiere  o  acometiere,  quemare  o  saqueare  las 
iglesias,  casas  u  otra  cualquiera  cosa  pública  o  privada  del  Santo  Oficio, 
o  cualquiera  que  quemare,  hurtare  o  llevare  cualesquiera  libros  o  pro- 


(0)  Cuna  (Ic  Cut'k'rrez  de  1,'lloa  al  Cnnscj.),  fecha  26  i!e  aliril  de  158-1. 


372 


J.   T.  MEDINA 


cesos,  protocolos,  escrituras,  trasuntos  u  otros  cualesquiera  instrumentos 
o  privilegios,  donde  quiera  que  estén  puestos,  o  cualquiera  que  llevare 
las  tales  escrituras  o  alguna  de  ellas,  a  tal  fuego,  saco  o  robo,  en  cual- 
quiera manera,  o  cualquiera  persona  que  se  hallare  en  el  tal  combate, 
fuego  o  saco,  aunque  esté  sin  armas  o  fuere  causa,  dando  consejo,  favor 
y  ayuda,  en  cualquiera  manera  que  sea,  de  combatir,  saquear  o  quemar 
las  dichas  cosas  tocantes  y  pertenecientes  al  Santo  Oficio,  en  cualquiera 
manera  que  sea,  o  prohibiere  que  algunas  cosas  o  personas  del  Santo 
Oficio  no  sean  guardadas  o  defendidas;  y  cualquiera  persona  que  que- 
brantare cárcel  pública  o  particular,  o  sacare  y  echare  fuera  de  la  tal 
cárcel  algún  preso,  o  prohibiere  que  no  le  prendan,  o  le  receptare  o 
encubriere,  o  diere  o  mandare  que  le  den  facultad,  ayuda  o  favor 
para  huir  y  ausentarse,  o  el  que  para  hacer  y  cometer  alguna  de 
las  dichas  cosas  o  parte  de  ellas,  hiciere  junta  o  cuadrilla,  o  aperci- 
biere y  previniere  a  algunas  personas  o  de  otra  cualquiera  manera,  en 
cualquier  cosa  de  las  sobredichas,  de  industria  diere  ayuda,  consejos 
o  favor,  pública  o  secretamente,  aunque  ninguno  sea  muerto,  ni  herido, 
ni  sacado  o  echado,  ni  librado  de  tal  cárcel;  y  aunque  ninguna  casa 
sea  combatida,  quebrantada,  quemada  ni  saqueada;  finalmente,  aun- 
que ningún  daño  en  efecto  se  haya  seguido,  con  todo  esso,  el  tal  delin- 
cuente sea  excomulgado  y  anathematizado,  y  sea  reo  lesae  magestati  y 
quede  privado  de  cualquier  señorío,  dignidad,  honra,  feudo  y  de  todo 
otro  cualquiera  beneficio  temporal  o  perpetuo,  y  que  el  juez  lo  califique 
con  aquellas  penas  que  por  constituciones  legítimas  son  dadas  a  los  con- 
denados por  el  primer  capítulo  de  la  dicha  ley,  quedando  aplicados 
todos  sus  bienes  y  hacienda  al  fisco,  así  como  también  está  constituido 
por  derechos  y  sanciones  canónicas  contra  los  hereges  condenados;  y 
los  hijos  de  los  tales  delincuentes  queden  y  sean  sugetos  a  la  infamia 
de  sus  padres,  y  del  todo  queden  sin  parte  de  toda  y  cualquiera  heren- 
cia, sucession,  donación,  manda  de  parientes  o  estraños,  ni  tengan 
ningunas  dignidades,  y  ninguno  pueda  tener  disculpa  alguna  ni  poner 
ni  pretender  algún  calor  o  causa  para  que  sea  creído  no  haber  cometido 
tan  gran  delito,  en  menosprecio  y  odio  del  Santo  Oficio,  si  no  mostrare 
por  claras  y  manifiestas  probanzas  haber  hecho  lo  contrario.  Y  lo  que 
sobre  los  susodichos  delincuentes  y  sus  hijos  hemos  estatuido  y  mandado, 
esso  mismo  queremos  y  ordenamos  que  se  entienda  y  execute  en  los 
clérigos  y  presbíteros,  seculares  y  regulares,  de  cualquiera  orden  que 
sean,  aunque  sean  exemptos,  y  en  los  obispos  y  otras  personas  de  mas 


I 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


373 


dignidad,  no  obstante  cualquiera  privilegio  que  cualquiera  persona  ten- 
ga; de  manera  que  los  tales,  por  authoridad  de  las  presentes  letras, 
siendo  privados  de  sus  beneficios  y  de  todos  los  oficios  eclesiásticos, 
sean  degradados  por  juez  eclesiástico,  como  hereges;  y  así  raídas  sus 
órdenes,  sean  entregados  al  juez  y  brazo  seglar,  y  como  legos  sean  suge- 
tos  a  las  sobredichas  penas.  Pero  queremos  que  las  causas  de  los  prelados 
sean  reservadas  a  Nos  o  a  nuestros  sucesores,  para  que,  inquirido  y 
examinado  su  negocio,  procedamos  contra  ellos,  para  deponerlos  y  dar- 
le's  las  sobredichas  penas,  conforme  y  como  lo  requiere  la  atrocidad  de 
su  delito.  Y  cualesquiera  que  procuraren  pedir  perdón  para  los  tales 
o  interceder  de  cualquiera  otra  manera  por  ellos,  sepan  que  han  incu- 
rrido ipso  jacto  en  las  mismas  penas  que  las  sagradas  constituciones 
ponen  contra  los  favorecedores  y  encubridores  de  hereges.  Pero  si  al- 
gunos, siendo  en  mucho  o  en  poco  culpados  en  los  tales  delitos,  movidos, 
o  por  zelo  de  la  Religión  Christiana  o  por  arrepentimiento  de  su  pecado, 
descubrieren  su  delito  antes  que  sea  delatado  o  denunciado,  sea  libre 
del  tal  castigo;  pero  en  lo  que  toca  a  todas  y  a  cualesquiera  absoluciones 
de  los  tales  delitos  y  las  habilitaciones  y  restituciones  de  fama  y  honra, 
deseamos  que  de  aquí  adelante  se  tenga  y  guarde  en  esta  forma:  Que 
nuestros  sucessores  no  concedan  ningunas  sino  fuere  después  de  haber 
passado  por  lo  menos  seis  meses  de  sus  pontificados,  y  habiendo  sido 
primero  sus  peticiones  verificadas  y  conocidas  por  verdaderas  por  el  su- 
premo Oficio  de  la  Inquisición.  Y  assí  estatuimos  y  ordenamos  que  todas 
y  cualesquiera  absoluciones,  habilitaciones  y  restituciones  de  esta  manera 
que  de  aquí  adelante  se  hicieren,  no  aprovechen  a  nadie  si  primero  no 
fueren  verificados  los  ruegos  y  peticiones;  y  queremos  y  mandamos  que 
esta  nuestra  constitución,  por  ninguna  vía  ni  parte  sea  derogada  ni  revo- 
cada, ni  se  pueda  juzgar  haber  sido  revocada  ni  derogada,  sino  siendo 
el  tenor  de  toda  nuestra  constitución  inserto  en  la  tal  revocación,  palabra 
por  palabra;  y  mas  queremos,  que  la  tal  gracia  y  revocación  sea  hecha 
por  cierta  ciencia  del  Romano  Pontífice  y  sellada  con  su  propia  mano; 
y  si  aconteciere  que  por  liviana  causa  se  hiciere  tal  revocación  y  deroga- 
ción, queremos  que  las  tales  derogaciones  y  revocaciones  no  tengan  nin- 
guna fuerza  ni  valor.  Iten  mandamos,  que  todos  y  cualesquiera  patriar- 
cas, primados,  arzobispos,  obispos  y  los  demás  prelados  de  la  Iglesia 
constituidos  por  todo  el  orbe,  procuren  por  sí  propios  o  por  otras  personas 
publicar  solemnemente  en  sus  provincias,  ciudades  y  obispados  esta  nues- 
tra constitución  o  el  traslado  de  ella,  y  cuanto  en  sí  fuere  hacerla  guardar, 


374 


J.   T.  MEDINA 


apremiando  y  compeliendo  a  cualesquiera  contradictores,  por  censuras 
y  penas  eclesiásticas,  pospuesta  toda  apelación,  agravando  las  censuras  y 
penas  cuantas  veces  bien  visto  les  fuere,  invocando  para  ello,  si  fuere 
menester,  el  auxilio  del  brazo  seglar;  no  obstante,  cualesquiera  constitu- 
ciones, ordenaciones  apostólicas  y  cualesquiera  cosas  que  parecieren  ser 
contrarias.  Y  queremos  que  los  traslados  de  estas  nuestras  letras  sean 
impresos,  publicados  y  sellados  por  mano  del  notario  público,  o  con  el 
sello  de  otro  cualquiera  de  la  Curia  Eclesiástica  o  de  algún  prelado;  y 
los  tales  traslados  queremos  que  en  cualquier  parte  y  lugar  que  fueren 
publicados,  hagan  tan  entera  fee  y  testimonio  como  si  el  propio  original 
fuera  leído  y  publicado.  Iten,  rogamos  y  amonestamos  a  todos  los  prín- 
cipes de  todo  el  orbe,  a  los  cuales  es  permitida  la  potestad  del  gladio 
seglar  para  venganza  de  los  malos,  y  les  pedimos,  en  virtud  de  la  Santa 
Fe  Cathólica  que  prometieron  guardar,  que  defiendan  y  pongan  todo 
su  poderío  en  dar  ayuda  y  socorro  a  los  dichos  ministros  en  la  punición 
y  castigo  de  los  dichos  delitos  después  de  la  sentencia  de  la  Iglesia;  de 
manera  que  los  tales  ministros  con  el  presidio  y  amparo  de  ellos,  execu- 
ten  el  cargo  de  tan  grande  oficio  para  gloria  del  Eterno  Dios  y  aumento 
de  la  Religión  Christiana,  porque  assí  recibirán  el  incomparable  inmenso 
premio  que  tiene  aparejado  en  la  compañía  de  la  eterna  beatitud  para 
los  que  defienden  nuestra  Santa  Fe  Católica.  Y  mandamos  que  a  ninguno 
sea  lícito  rasgar  o  contradecir  con  atrevimiento  temerario  esta  escritura 
de  nuestra  sanción,  legación,  estatuto,  jussion,  ostentación  y  voluntad; 
y  si  alguno  presumiere  o  intentare  lo  contrario,  sepa  que  ha  incurrido 
en  la  indignación  de  Dios  Todopoderoso  y  de  los  bienaventurados  San 
Pedro  y  San  Pablo.  Dada  en  Roma,  en  San  Pedro,  a  primero  dia  del 
mes  de  abril  del  año  de  la  Encarnación  del  Señor  mil  quinientos  y  sesenta 
y  nueve,  en  el  año  cuatro  de  nuestro  Pontificado"  (10). 

En  esta  virtud,  cada  vez  que  la  ocasión  se  ofrecía  en  que  la  Inquisi- 


(10)  Constitución  de  nuestro  muy  santo  pitrlic  l'afii  Pío  Oitinlo,  iiiscrla  cii  la  Rcloiión 
del  auto  de  je  de  Peralta  Barnuevo. 

No  tenemos  para  qué  entrar  aquí  en  la  enumeración  de  las  j^racias  que  los  Pontífices 
tenían  concedidas  a  los  Inquisidores,  i)ero  el  lector  podrá  encontrarlas  en  un  libro  impreso 
en  Lima,  en  1707,  por  Fernando  Román  de  Aulestía,  y  reimpreso  cincuenta  años  más  tarde, 
por  mandato  del  Tribunal,  que  existe  en  nuestra  Biblioteca  Nacional  \  que  se  titula  Summario 
de  las  indulgencias  plcnanas,  jubileos  y  gracias  espirituales  concedidas  por  los  Suinmos  l'on- 
tijices  a  los  señores  Inquisidores,  jiscaics,  etc. 

La  familia  de  Aulestía  sirvió  sin  interrupción  al  Santo  Oficio  durante  más  de  ciento 
treinta  años,  según  consta  de  la  Relación  de  méritos  y  servicios  de  ¡osé  Toribio  Román  de 
Aulestía,  impresa  por  orden  de  la  Marquesa  de  Montealcgre,  que  tenemos  a  la  vista. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


375 


ción  debiera  ejercer  en  público  algunas  de  sus  ceremonias  relacionadas 
con  el  desempeño  de  sus  funciones,  tenía  cuidado  de  exigir  a  los  Virreyes, 
a  la  Real  Audiencia  y  al  pueblo  el  juramento  que  insertamos  en  seguida. 

El  Virrey  juraba:  "V.  E.  jura  y  promete  por  su  fe  y  palabra,  que, 
como  verdadero  y  cathólico  Virey,  puesto  por  S.  M.  cathólica,  etc.,  de- 
fenderá con  todo  su  poder  la  Fe  cathólica,  que  tiene  y  cree  la  Santa 
Madre  Iglesia  apostólica  de  Roma,  y  la  conservación  y  augmento  de  ella; 
perseguirá  y  hará  perseguir  a  los  hereges  y  apóstatas  contrarios  de  ella; 
y  que  mandará  y  dará  el  favor  y  ayuda  necessaria  para  el  Santo  Officio 
de  la  Inquisición  y  ministros  de  ella,  para  que  los  hereges  perturbadores 
de  nuestra  religión  christiana  sean  prendidos  y  castigados,  conforme  a 
los  derechos  y  sacros  cánones,  sin  que  haya  omission  de  parte  de  V.  E., 
ni  excepción  de  persona  alguna,  de  cualquiera  calidad  que  sea.  Y  S.  E. 
respondía:  Assí  lo  juro  y  prometo  por  mi  fee  y  palabra.  En  cuya  conce- 
cuencia  decia  el  mismo  señor  Inquisidor  a  S.  E.:  Haciéndolo  V.  E.  assí, 
como  de  su  gran  religión  y  christiandad  esperamos,  ensalzará  Nuestro 
Señor  en  su  santo  servicio  a  V.  E.  y  todas  sus  acciones,  y  le  dará  tanta 
salud  y  larga  vida,  como  este  reyno  y  servicio  de  S.  M.  han  menester". 

La  Audiencia:  "Nos  el  presidente  y  oidores  de  esta  Real  Audiencia 
y  chancellcría  real,  que  reside  en  esta  ciudad  de  los  Reyes,  justicia  y  re- 
gimiento de  dicha  ciudad,  alguaciles  mayores  y  menores  y  demás  minis- 
tros, por  amonestación  y  mandado  de  los  señores  Inquisidores  que  resi- 
den en  esta  dicha  ciudad,  como  verdaderos  christianos  y  obedientes  a  los 
mandamientos  de  la  Santa  Madre  Iglesia,  prometemos  y  juramos  por 
los  santos  Evangelios  y  la  Santa  Cruz  que  tenemos  ante  nuestros  ojos, 
que  tendremos  la  Santa  Fe  cathólica  que  la  Santa  Madre  Iglesia  romana 
tiene  y  predica,  y  que  la  haremos  tener  y  guardar  a  todas  otras  cuales- 
quiera personas  sugetas  a  nuestra  jurisdicción,  y  la  defenderemos  con 
todas  nuestras  fuerzas  contra  todas  las  personas  que  la  quisieren  impug- 
nar y  contradecir,  en  tal  manera,  que  perseguiremos  a  todos  los  hereges 
y  sus  creyentes  y  favorecedores,  receptadores  y  defensores,  y  los  prende- 
remos y  mandaremos  prender,  y  los  acusaremos  y  denunciaremos  ante 
la  Santa  Madre  Iglesia  y  ante  los  dichos  señores  Inquisidores,  como  sus 
ministros,  si  supiéremos  de  ellos  en  cualquier  manera.  Mayormente  lo 
juramos  y  prometemos,  cuando  acerca  de  este  caso  fuéremos  requeridos. 
Otrosí,  juramos  y  prometemos,  que  no  cometeremos  ni  encargaremos 
nuestras  tenencias,  ni  alguacilazgos,  ni  otros  officios  públicos,  de 
cualquiera  calidad  que  sean;  a  ninguna  de  las  dichas  personas,  ni 


376 


J.   T.  MEDINA 


a  Otras  ningunas  a  quienes  fuere  vedado  o  impuesto  por  peniten- 
cia por  V.  S.  o  por  cualesquiera  señores  Inquisidores,  que  en  este  Santo 
Officio  o  en  otro  hayan  residido,  ni  a  ningunas  personas  que  el  derecho 
por  razón  del  dicho  delito  lo  prohibe;  o  si  los  tuvieren,  no  los  dexaremos 
usar  de  ellos,  ántes  los  puniremos  y  castigaremos,  conforme  a  las  leyes 
de  estos  reynos.  Otrosí,  juramos  y  prometemos,  que  a  ninguno  de  los 
susodichos  recibiremos  ni  tendremos  en  nuestras  familias,  compañía  ni 
servicio,  ni  en  nuestro  consejo;  y  si  por  ventura  lo  contrario  hiciéremos, 
no  sabiéndolo,  cada  y  cuando  a  nuestra  noticia  viniere  las  tales  personas 
ser  de  la  condición  susodicha,  luego  las  lanzaremos.  Otrosí,  juramos  y 
prometemos,  que  guardaremos  todas  las  preeminencias,  privilegios,  y 
exempciones  e  immunidades  dadas  y  concedidas  a  los  señores  Inquisido- 
res, y  a  todos  los  otros  officiales,  ministros  y  familiares  del  dicho  Santo 
Officio,  y  los  haremos  guardar  a  otras  personas.  Otrosí,  juramos  y  pro- 
metemos, que  cada  y  cuando  por  los  dichos  señores  Inquisidores  o  cuales- 
quiera de  ellos,  nos  fuere  mandado  executar  cualquiera  sentencia  o  sen- 
tencias contra  alguna  o  algunas  personas  de  los  susodichos,  sin  ninguna 
dilación,  lo  haremos  y  cumpliremos,  según  y  de  la  manera  que  los  sa- 
grados cánones  y  leyes  que  en  tal  caso  hablan,  lo  disponen;  y  que  assí 
en  lo  susodicho,  como  en  todas  las  otras  cosas  que  al  Santo  Officio  de 
la  Inquisición  pertenecieren,  seremos  obedientes  a  Dios  y  a  la  Iglesia 
Romana  y  a  los  dichos  señores  Inquisidores,  y  a  sus  sucesores,  según 
nuestra  possibilidad.  Assí  Dios  nos  ayude  y  los  santos  cuatro  Evangelios, 
que  están  por  delante,  y  si  lo  contrario  hiciéremos,  Dios  nos  lo  demande, 
como  a  malos  christianos,  que  a  sabiendas  se  perjuran.  Amen". 

Y,  finalmente,  el  pueblo:  "Juro  a  Dios  y  a  Santa  María,  y  a  señal 
de  la  Cruz,  y  a  las  palabras  de  los  Santos  Evangelios,  que  seré  en  favor, 
defensión  y  ayuda  de  la  Santa  Fe  cathólica  y  de  la  Santa  Inquisición, 
officiales  y  ministros  de  ella,  y  de  manifestar  y  descubrir  todos  y  cuales- 
quiera hereges,  fautores,  defensores  y  encubridores  de  ellos,  perturbado- 
res e  impedidores  del  dicho  Santo  Officio;  y  que  no  les  daré  favor  ni 
ayuda,  ni  los  encubriré;  mas  luego  que  lo  sepa,  lo  revelaré  y  declararé 
a  los  señores  Inquisidores,  y  si  lo  contrario  hiciere,  Dios  me  lo  demande, 
como  a  aquel  o  aquellos  que  a  sabiendas  se  perjuran.  Amen". 

El  Rey,  por  su  parte,  había  colocado  desde  el  primer  momento  bajo 
su  salvaguardia  y  protección  a  los  inquisidores  de  Indias,  a  sus  ministros 
y  oficiales,  con  todos  sus  bienes  y  haciendas,  disponiendo  que  ninguna 
persona  de  cualquier  estado,  dignidad  o  condición  que  fuese,  directa  ni 


á 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


377 


indirectamente  "sea  osada  (son  las  palabras  de  la  ley),  a  los  perturbar, 
damnificar,  hacer  ni  permitir  que  les  sea  hecho  daño  o  agravio  alguno, 
so  las  penas  en  que  caen  e  incurren  los  quebrantadores  de  salvaguardia 
y  seguro  de  su  Rey  y  señor  natural"  (11). 

Desde  el  Consejo  de  las  Indias  hasta  el  último  juez  de  los  dominios 
americanos,  ninguno  debía  entremeterse  "por  vía  de  agravio,  ni  por  vía 
de  fuerza,  ni  por  razón  de  no  haber  sido  algún  delito  en  el  Santo  Oficio 
ante  los  Inquisidores  suficientemente  castigado,  o  que  el  conocimiento 
dél  no  les  pertenece,  ni  por  otra  vía,  o  cualquier  causa  o  razón,  a  conocer 
ni  conozcan,  ni  a  dar  mandamiento,  cartas,  cédulas  o  provisiones  contra 
los  Inquisidores  o  jueces  de  bienes  sobre  absolución,  alzamiento  de  cen- 
suras o  entredichos,  o  por  otra  causa  o  razón  alguna,  y  dexen  proceder 
libremente  a  los  Inquisidores,  o  jueces  de  bienes,  conocer  y  hacer  justicia 
y  no  les  pongan  impedimento  o  estorbo  en  ninguna  forma". 

Estaban  exentos  de  pagar  sisas  y  repartimientos.  "Y  mandamos, 
declaraba  el  soberano,  a  los  vireyes,  presidentes  y  oidores  de  nuestras 
Audiencias  reales  de  las  Indias  y  otras  justicias  y  personas  a  cuyo  cargo 
fuese  repartir,  empadronar  y  cobrar  cualesquier  pechos,  sisas  y  reparti- 
mientos y  servicios  a  nos  debidos  y  pertenecientes,  y  en  otra  cualquier 
forma,  que  no  los  repartan,  pidan,  ni  cobren  de  los  oficiales  de  la  Santa 
Inquisición,  entre  tanto  que  tuviesen  y  sirviesen  estos  oficios,  y  les  guar- 
den y  hagan  guardar  las  honras  y  exempciones  que  se  guardan  a  los 
oficiales  de  las  Inquisiciones  de  estos  reynos,  por  razón  de  los  dichos 
oficios,  pena  de  la  nuestra  merced  y  de  mil  ducados  para  nuestra  Cá- 
mara" (12).  Alguno  de  los  Virreyes  se  olvidó  más  tarde  de  esta  disposi- 
ción y  obtuvo  que  para  un  donativo  contribuyese  con  cierta  suma  uno 
de  los  Inquisidores,  lo  que  le  valió  a  éste  una  reprimenda  del  Consejo 
y  una  advertencia  de  que  para  lo  futuro  los  ministros  del  Tribunal  se 
abstuviesen  de  concurrir  a  semejantes  contribuciones. 

Y  no  sólo  se  les  eximía  de  pagar  contribuciones  y  se  ordenaba  que 
se  les  facilitase  buenos  alojamientos,  sino  que  también  los  carniceros  de 
las  ciudades  donde  residiesen  los  Inquisidores  o  sus  ministros,  debían 
suministrarles  gratis  la  carne  que  hubiesen  menester  para  el  consumo  de 
sus  casas,  privilegio  que  el  fundador  del  Tribunal  exigió  de  los  carnice- 
ros de  Lima  inmediatamente  de  llegar  y  que  se  reglamentó  más  tarde, 


(II;  I.ry  2,  tít.  XI.X,  lib.  I  de-  IiuUas. 
(12;  Id.  -I,  íil.,  kl. 


378 


y.   T.  MEDINA 


mandando  el  Rey  que  de  las  reses  que  se  matasen  para  el  abasto  común 
se  suministrase  a  los  Inquisidores  y  ministros  los  despojos  de  diez,  "con 
lomos  de  ellas",  lo  cual  se  les  debía  dar  por  sus  precios,  como  los  demás, 
"sin  dar  lugar  a  que  sus  criados  tomen  los  despojos  para  revender- 
los" (13). 

Debía  suministrárseles  también  lo  que  hubiesen  menester  "de  todo 
jénero  de  mantenimientos  y  materiales  de  clavazón,  cal  y  demás  cosas 
que  suelen  venir  en  los  barcos  y  fragatas  del  trato,  al  precio  justo  y  or- 
dinario . 

Y  para  que  hubiese  siempre  bienes  de  que  pagarles  sus  sueldos  se 
obtuvo  del  papa  Urbano  VIII  que  en  cada  una  de  las  catedrales  de 
Indias  se  suprimiese  una  canonjía  y  sus  frutos  se  aplicasen  a  ese  ob- 
jeto (14). 

No  es,  pues,  de  extrañar  que  amparados  y  favorecidos  de  esta  ma- 
nera los  empleados  del  Tribunal,  el  que  podía  tratase  a  toda  costa  de 
obtener  un  título  cualquiera  en  la  Inquisición,  siendo  tan  considerable 
por  los  años  de  1672  el  número  de  familiares,  que  en  la  capital  debían 
ser  sólo  doce,  según  su  planta,  que  se  contaban  más  de  cuarenta  (15). 

Es  verdad  que  al  principio  no  se  encontraron  los  Inquisidores  sa- 
tisfechos de  la  calidad  de  las  personas  que  se  ofrecían  a  servir  los  puestos, 
aun  los  de  más  importancia,  como  ser  calificadores  y  consultores,  por- 
que, o  carecían  de  las  letras  suficientes,  o  eran  de  malas  costumbres, 
o  estaban  casados  con  mujeres  cuya  genealogía  no  era  toda  de  cristianos 
limpios.  "Según  los  pocos  cristianos  viejos  que  acá  pasan,  decia  UUoa 
en  1580,  así  letrados  como  de  otra  jente,  tenemos  sospecha  que  el  que 
no  pide  estas  cosas,  no  le  debe  de  convenir"  (16). 

Cuando  Ruiz  de  Prado  practicó  la  visita  del  Tribunal  tuvo  cuidado 
de  examinar  las  pruebas  de  oficiales,  comisarios  y  familiares,  resultando 
que  muchos  no  habían  rendido  información,  que  otros  aparecían  ca- 
sados con  cuarteronas,  sin  que  faltase  alguno  que  lo  estuviese  con  moris- 
ca, y  que  por  estas  causas,  a  pesar  de  la  mucha  tolerancia  que  en  esto 
se  tuvo,  hubo  necesidad  de  separar  a  varios  de  sus  puestos. 

Cincuenta  años  después  de  la  fundación  del  Tribunal  subsistía  aún 
el  mal,  y  en  tales  proporciones,  que  Mañozca  no  pudo  menos  de  llamar 


(13)  Ley  30,  tít.  XIX,  lib.  I  de  Indias. 

(14)  W.  24,  tít.  XIX,  lib.  I. 

(15)  Carta  de  Huerta  Gutiérrez  y  González  Poveda  de  27  de  mayo  de  dicho  año. 

(I6>  Cíiiía  de  8  de  abril. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


379 


la  atención  al  Consejo  significándole  la  falta  que  había  de  ministros  y 
familiares  "de  calidad  y  aprobación"  y  que  aún  los  pocos  que  aparecían 
sin  tacha  bajo  estos  respectos,  no  usaban  siquiera  de  las  cruces  y  hábitos 
en  los  días  a  que  estaban  obligados. 

"Materia  es  ésta  aun  mas  considerable  de  lo  que  parece,  observaba 
uno  de  los  sucesores  de  Mañozca,  y  de  general  consecuencia  para  todas 
las  Inquisiciones  de  las  Indias,  sobre  que  será  forzoso  decir  a  U.  S.  lo 
que  siento  y  he  probado  con  la  esperiencia,  de  que  en  ocurrencias  de 
Méjico  he  dado  a  U.  S.  algunos  avisos:  y  hánse  de  suponer  dos  cosas, 
la  primera,  que  en  las  fundaciones  de  estos  Tribunales,  para  darles  mi- 
nistros y  familiares,  se  admitieron  algunos  sin  hacerles  las  pruebas  en 
las  naturalezas  de  sus  padres  y  abuelos  de  España,  contentándose  los 
Inquisidores  con  la  buena  opinión  que  acá  se  tenia  de  su  limpieza  y 
recibir  información  de  algunos  testigos  que  deponían  de  ella,  y  aun 
después  acá  se  ha  usado  desta  liberalidad  con  algunos,  y  las  esperiencias 
han  mostrado  que  llegando  a  las  naturalezas,  se  halla  diferente  de  lo 
que  acá  se  probó.  La  segunda  cosa  es,  que  por  ser  los  distritos  de  las 
Inquisiciones  tan  dilatados,  los  pocos  españoles  de  capa  negra  que  viven 
en  los  lugares  distantes  y  puertos  de  mar,  y  ménos  los  eclesiásticos  ca- 
paces de  ser  comisarios,  se  acostumbra  echar  mano  de  los  que  hay  para 
la  visita  de  los  navios  y  los  demás  negocios  que  allí  ocurren,  sin  darles 
título  en  forma,  sino  una  comisión  por  carta  para  estos  efectos,  no 
pudiéndose  ésto  escusar,  habiéndose  de  dar  cobro  a  los  negocios  del 
oficio,  como  quiera  que  los  inconvenientes  que  dello  resultan  son  pa- 
tentes: el  primero,  la  corta  idoneidad  de  los  sujetos  para  tales  confian- 
zas; el  segundo,  el  exceso  con  que  abusan  de  la  potestad  que  se  les  da, 
por  mas  que  se  les  limite,  llamándose  comisarios,  alguaciles  mayores  y 
familiares  del  Santo  Oficio,  y  valiéndose  deste  nombre  y  exempcion 
para  cien  mil  dislates  y  competencias  de  jurisdicción;  el  tercero  y  mas 
considerable,  la  opinión  en  que  se  introducen  de  personas  calificadas 
por  el  Santo  Oficio  para  sus  pretensiones,  casamientos  y  otras  utilida- 
des" (17). 

Los  Inquisidores,  según  refiere  Stevenson  en  su  obra  anteriormente 
citada,  usaban  sobre  sus  trajes  sacerdotales,  una  faja  azul  a  la  cintura, 
como  distintivo  de  su  oficio;  por  la  ley  se  les  recomendaba  excusar  las 
visitas  a  particulares  (18);  eran  servidos  por  criados  españoles,  y  salían 


(17)  Cíiftii  lie  (ñitiáTc/.  Morís  <k-  jl  de  ciicro  ilc  1626. 
(18;  Ley  jÜ.  tít.  XL\,  lib.  I  di  la^  Indias. 


380 


J.   T.  MEDINA 


siempre  acompañados  de  capellanes,  "retirados  de  los  concursos,  y  para 
lo  muy  preciso,  saliendo  en  coche  a  cortina  corrida"  (19).  Se  hacían 
seguir  también  de  negros  con  espadas,  costumbre  que  usaron  hasta 
principios  del  siglo  XVII,  en  cuya  fecha  el  Marqués  de  Montesclaros, 
la  prohibió,  y  a  pesar  de  que  sobre  ello  hicieron  autos  llamando  a 
declarar  a  muchos  testigos  en  apoyo  de  la  antigua  práctica,  el  monarca, 
en  la  cédula  de  concordia  del  año  1633,  ratificó  la  orden  del  Virrey  (20). 

La  arrogancia  e  insolencia  que  la  impunidad  aseguraba  a  los  inqui- 
sidores por  su  carácter  y  que  se  extendía  hasta  el  último  de  sus  allegados, 
desde  un  principio,  como  se  recordará,  jamás  reconoció  límites.  Los 
disgustos  y  bochornos  que  este  proceder  ocasionó  durante  el  largo  pe- 
ríodo que  historiamos,  a  todas  las  autoridades  civiles,  desde  el  Virrey 
abajo,  y  aún  a  las  eclesiásticas,  serían  difíciles  de  contar;  pero  es  tan 
característico  bajo  este  aspecto  y  a  la  vez  tan  gráfico  el  conocimiento  de 
esta  fase  de  la  vida  del  Tribunal  del  Santo  Oficio  de  Lima,  que  no  po- 
demos menos  de  consignar  aquí  como  comprobantes  de  nuestro  aserto, 
fieles  al  sistema  de  no  avanzar  un  hecho  sin  justificarlo  en  seguida, 
algunos  casos  que  sirvan  para  autorizar  lo  que  acabamos  de  expresar. 

El  interesantísimo  expediente  de  visita  de  Juan  Ruiz  de  Prado,  que, 
como  se  tendrá  presente,  comprende  en  sus  observaciones  sólo  los  veinte 
años  primeros  de  la  existencia  de  la  Inquisición  en  el  Perú,  nos  sumi- 
nistra algunos  pormenores  dignos  de  recordarse.  Consta,  en  efecto,  de 
ese  documento  que  en  el  breve  espacio  de  tiempo  en  que,  por  diferentes 
causas  ya  indicadas,  los  dependientes  del  Tribunal  eran  mucho  menos 
numerosos  de  lo  que  después  lo  fueron,  se  habían  tramitado  ciento 
sesenta  y  cinco  causas  civiles  y  no  menos  de  cincuenta  y  siete  criminales 
contra  familiares  y  comisarios,  en  que,  salvo  rarísimas  excepciones, 
éstos  habían  quedado  siempre  impunes  o  triunfantes.  Pedro  Tenorio, 
familiar,  mató  a  un  esclavo  de  Francisco  Pedroso,  y  quedó  sin  castigo. 
Martín  de  Valencia  que  tenía  igual  título  en  Potosí,  tuvo  una  pendencia 
con  Luis  Vásquez,  en  que  éste  salió  herido,  se  pidió  el  expediente  a  la 
justicia  ordinaria,  y  nada  se  hizo.  Otro  tanto  sucedió  en  Lima  con  Diego 
de  Carvajal,  el  primero  que  tuvo  la  vara  de  alguacil  mayor.  José  Gutié- 
rrez mató  en  Potosí  a  Tomás  Ginés  y  resultó  impune. 

Francisco  Cervantes,  criado  de  Gutiérrez  de  Ulloa,  dio  a  traición, 
en  la  cabeza,  a  Andrés  de  Velasco,  un  golpe  con  la  espada  desnuda, 


(19)  Cíiilíi  lie  Custilia  \  Zamora  de  H  ilc  junio  de  16fí0. 

(20)  Id.  de  Verdugo  y  Gailán  de  5  de  febrero  de  líilj. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


381 


y  estando  convencido  del  caso,  por  la  justicia  ordinaria,  reclamó  el  ex- 
pediente el  comisario,  y  con  esto  se  terminó  el  proceso,  porque  el  ofen- 
dido manifestó  que  ya  nada  tenía  que  pedir. 

Francisco  Bucar  de  Zumaiga,  por  un  delito  itlcntico,  fué  dado  en 
fiado  libremente.  En  Huamanga,  Antonio  Mañueco,  hombre  "que  se 
tocaba  del  vino",  fué  a  matar  a  su  casa  a  Gonzalo  Isidro,  "sobre  hecho 
y  caso  pensado,  con  armas  ofensivas  y  defensivas",  y  nadie  se  atrevió  a 
mover  el  asunto.  Contra  Pedro  de  Chávez  procedieron  los  alcaldes  de 
corte  en  Lima  hasta  condenarlo  a  vergüenza  pública,  a  cuatro  años  de 
galeras  y  a  que  se  le  clavase  una  mano  en  el  rollo,  pero,  por  ser  criado 
de  Ulloa,  reclamó  el  fuero  de  la  Inquisición,  y  en  el  acto  se  inhibió 
a  la  justicia  real,  se  excomulgó  al  secretario  de  la  causa,  se  le  negó  al 
fiscal  en  lo  civil  la  copia  que  del  proceso  solicitaba,  y  al  ofendido  no 
le  quedó  más  recurso  que  presentarse  exponiendo  que  perdonaba  al 
delincuente  y  que  ya  nada  pedía  contra  él. 

A  este  respecto,  llegó  a  tanto  el  atrevimiento  inquisitorial  que  es- 
tando una  vez  Martín  García  Oñez  de  Loyola,  el  mismo  que  fué  más 
tarde  gobernador  de  Chile,  ahorcando  en  Potosí  a  un  mulato  porque  no 
se  quería  confesar,  dice  el  documento  que  venimos  citando,  un  mero 
familiar,  Juan  de  Arratia,  se  presentó  a  reclamar  al  reo  y  en  el  acto 
hubo  de  entregársele. 

Lo  más  curioso  de  todo  esto  era  que  cuando  alguien  se  permitía 
decir  que  no  se  atrevía  a  pedir  justicia  contra  alguno  por  ser  dependiente 
del  Tribunal,  como  le  aconteció  a  Pedro  Calvo  que  deseaba  acusar  a 
Baltasar  de  la  Cruz,  familiar,  que  le  amenazaba  con  el  Santo  Oficio, 
sin  más  que  esto,  se  les  formaba  proceso,  escapando  siempre,  por  cierto, 
bastante  mal. 

Si  los  que  de  esta  manera  se  veían  amparados  y  favorecidos  se  hu- 
biesen siquiera  limitado  al  uso  legítimo  del  arma  poderosa  que  el  Rey 
les  confiaba,  habría  parecido  ésta  más  tolerante;  pero  iban  transcurridos 
apenas  tres  años  a  que  Cerezuela  desplegaba  su  omnipotencia  en  el 
Perú,  cuando  la  Audiencia  de  Lima  se  veía  obligada  a  ocurrir  al  sobe- 
rano denunciándole  los  abusos  inquisitoriales. 

"Con  los  Inquisidores,  expresaba  aquel  alto  cuerpo,  se  padece  mucho 
trabajo  por  estender  su  jurisdicción  mucho  mas  de  lo  que  deben  y 
pueden,  por  que  no  solo  a  las  personas  que  Vuestra  Magestad  da  exen- 
ción para  el  conocimiento  de  sus  causas,  pero  a  sus  criados  e  hijos  la 
estienden  y  proceden  con  demasiado  rigor,  no  siendo  cosas  tocantes  a 


382 


J.   T.  MEDINA 


la  fe:  a  Vuestra  Magestad  se  suplicó  lo  mandase  remediar,  y  se  respon- 
dió a  los  alcaldes  y  al  Virey  se  habia  enviado  la  órden  que  se  habia 
de  tener,  la  qual  nunca  ha  enviado,  y  como  el  oficio  es  de  suyo  tan 
bueno  y  es  razón  que  se  favorezca,  no  les  hemos  ido  a  las  manos  porque 
no  se  entienda  que  hay  discordia.  Vuestra  Magestad  provea  del  remedio 
ques  necesario,  porque  todos  los  negocios  que  quisieren  tomarán  por 
suyos,  y  no  habiendo  acá  superior,  mal  se  pueden  desagraviar  los  agra- 
viados" (21), 

El  Fiscal  de  la  Audiencia  representaba,  por  su  parte,  entrando  ya 
en  hechos  concretos,  que  habiéndose  tratado  pleito  en  el  Santo  Oficio 
sobre  el  conocimiento  de  una  causa  contra  un  esclavo  de  Domingo  de 
Garro,  que  se  titulaba  notario  del  Tribunal,  por  la  muerte  que  diera  a 
otro  esclavo,  había  interpuesto  en  ella  apelación  de  lo  resuelto,  pero 
que  no  sólo  se  la  habían  negado,  sino  que  hasta  habían  rehusado  darle 
copia  del  proceso  (22). 

No  necesitamos  recordar  aquí  lo  que  le  había  acontecido  al  an- 
ciano Conde  del  Villar  en  vísperas  de  su  partida  a  España,  cuando  por 
haber  dado  tormento  al  doctor  Salinas,  a  pretexto  de  que  éste  era  abo- 
gado de  la  Inquisición,  los  jueces  se  habían  avanzado  hasta  excomul- 
garlo. "Señor,  le  decía  al  Rey,  por  esos  dias,  por  las  cosas  de  que  he 
dado  cuenta  a  Vuestra  Magestad  cerca  del  proceder  de  los  Inquisidores 
en  esta  tierra,  se  habrá  entendido  cuanto  se  van  acrecentando  los  des- 
órdenes y  excesos,  con  que  tienen  amedrentadas  las  repúblicas  y  teme- 
rosos y  oprimidos  los  ministros  de  Vuestra  Magestad,  con  la  libertad 
y  brío  que  han  dado  a  los  suyos,  y  se  habrá  parecido  cuanto  he  deseado 
la  quietud  y  concordia  con  que  Nuestro  Señor  y  Vuestra  Magestad  se 
sirviesen  y  los  negocios  se  encaminasen  a  mejores  fines,  para  lo  cual, 
entre  los  medios  que  para  ésto  he  tenido,  no  se  pudiera  hallar  ninguno 
tan  eficaz  para  escusarse  muchos  daños  que  se  esperaban,  como  la  re- 
portación que  Dios  ha  sido  servido  darme  en  todos  los  sucesos,  dende 
el  auto  público  de  la  fé  y  causas  del  doctor  Salinas  y  don  Fernando 
Niño,  que  en  otras  he  referido;  mas,  como  ya  por  lo  pasado,  en  que  no 
han  visto  sus  familiares  y  oficiales  reformación  ni  castigo,  saben  que 
acá  no  tienen  superior  en  ninguna  causa  suya,  aunque  sean  de  las  que 
deben  y  pueden  conocer  las  justicias  reales,  no  tienen  freno  sus  atrevi- 


(21)  C.jiia  lie  la  Audiencia  de  I.ima  al  Rey,  27  de  enero  de  1573.  A.  de  I. 

(22)  /(/.  de  Alonso  de  Carenaga  de  8  de  marzo  de  1577.  h.  de  I. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


383 


mientos  y  desacatos,  ni  los  jueces  y  vasallos  de  Vuestra  Magestad  pue- 
den valerse  con  ellos,  ni  alcanzar  justicia  de  deudas  que  deban,  ni 
delitos  que  cometan  las  partes  que  con  ellos  litigan,  y  ésto  es  muy 
general  en  cualquiera  de  las  ciudades  y  pueblos  de  acá,  donde  por  ser 
tantos  los  dichos  ministros,  y  con  mas  oficios,  varas  y  comisiones  que 
pueden  y  debian  tener,  y  que  por  sus  puestos  les  dan,  siendo,  como  son, 
los  mas  de  ellos  ricos  y  feudatarios,  y  que  tienen  otros  cargos  y  oficios 
de  Vuestra  Magestad,  está  reducido  a  su  obediencia  y  voluntad  lo  mas 
y  mejor  de  este  reyno,  y  por  ésto,  como  a  Vuestra  Magestad  tengo  es- 
cripto,  serian  el  virey  y  Audiencias  escusados  en  él,  sino  se  remediase 
y  castigase,  conforme  a  la  mucha  necesidad  que  dello  hay:  la  cual  llega 
a  tanto  que  habiendo,  en  un  dia  del  mes  de  julio  del  año  pasado,  dado 
un  mandamiento  el  corregidor  de  la  ciudad  de  Guánuco  para  que  un 
Grabiel  Martínez  de  Esquivel,  escribano  público  del  Cabildo  de  aquella 
dicha  ciudad,  pagase  sesenta  pesos  que  debia  de  los  gastos  de  justicia 
de  que  era  receptor  y  se  le  habia  hecho  alcance  en  las  cuentas  que  él 
le  habia  tomado,  y  respondiendo  desacatada  y  libertadamente  al  Algua- 
cil mayor  que  lo  ejecutaba,  y  pareciendo  en  contienda  de  ésto  ante  el 
dicho  Corregidor,  dijo  que  no  los  habia  de  pagar,  ni  él  juez  suyo,  por- 
que era  familiar  del  Santo  Oficio,  y  estaba  en  comisiones  suyas,  y  dando 
grandes  voces  dijo,  "aquí  los  del  Santo  Oficio",  y  resistió  con  gran 
alboroto  y  escándalo  la  dicha  ejecución,  y  el  Corregidor  no  le  prendió, 
antes  el  dicho  familiar  prendió  un  escribano  con  quien  el  dicho  Corre- 
gidor le  habia  hecho  un  requerimiento  y  le  aprisionó  y  trató  afrentosa- 
mente, con  nombre  y  voz  del  Santo  Oficio,  como  se  verá  por  los  autos 
e  información  que  el  dicho  Corregidor  sobre  ellos  hizo  y  carta  que  es- 
cribió al  acuerdo  desta  Real  Audiencia,  cuya  copia  de  todo  será  con 
ésta,  sobre  lo  cual  los  Inquisidores  escribieron  al  dicho  Corregidor  una 
carta  que  a  Vuestra  Magestad  envié  con  otra,  que  el  dicho  Corregidor 
me  escribió,  en  el  despacho  pasado  de  diezynueve  de  abril,  y  ahora 
también  las  vuelvo  a  enviar,  cerca  de  haber  muerto  en  una  heredad 
del  dicho  escribano,  un  indio  hecho  pedazos  en  un  trapiche  de  azúcar, 
donde,  contra  lo  prevenido  por  ordenanzas  y  provisiones  ocupa  los 
indios  que  se  le  reparten  para  sementeras:  visto  lo  cual  llamé  por  una 
provisión  al  dicho  escribano  que  pareciese  ante  mí,  por  proceder  con 
mas  templanza  y  sin  ocasión  de  encuentro  con  los  dichos  Inquisidores, 
por  ser  familiar  suyo,  y  habiéndosele  notificado,  con  palabras  desacata- 
das respondió  a  ella,  escusándose  con  las  comisiones  del  Santo  Oficio, 


384 


J.   T.  MEDINA 


siendo  escribano  de  Vuestra  Magestad  y  público  de  aquel  Cabildo,  sin 
tener  atención  a  las  obligaciones  que  por  esta  razón  y  por  otras  tenia 
de  cumplir  lo  que  se  le  mandaba:  la  copia  de  todo  lo  cual  y  la  carta 
que  el  corregidor  sobre  ello  me  escribió,  será  con  ésta,  que  suplico  a 
vuestra  magestad  se  sirva  de  mandarlo  ver  todo,  porque  así  conviene 
a  su  real  servicio.  Yo  me  he  detenido  en  proceder  adelante  en  este  ne- 
gocio, y  siempre  que  lo  haga  será  con  la  consideración  y  justificación 
que  de  mi  parte  se  ha  conocido,  y  en  lo  demás  me  ha  parecido,  por 
escusar  los  inconveniente  que  en  servicio  de  Nuestro  Señor  y  de  vuestra 
magestad  se  pudieran  seguir,  aunque  ya  va  la  desorden  de  manera  que 
no  sé  si  será  de  mas  inconveniente  pasar  por  ello  y  ménos  servicio  de 
entrambas  magestades,  y  ansí  quedó  con  dubda  y  confusión  de  lo  que 
mas  convendría  hacerse  para  remedio  de  estas  libertades  y  otras  muchas 
que  no  refiero,  con  que  ha  venido  la  autoridad  de  los  ministros  de  la 
justicia  real  en  notable  menosprecio  del  respeto  con  que  debe  ser  acata- 
da, y  son  cometidas  por  ministros  tan  conocidos  por  indignos  de  serlo 
del  Santo  Oficio  que  espanta  a  quien  lo  considera,  habiendo  en  este 
reyno  tantas  personas  de  las  partes  que  se  requieren  para  ello,  las  cuales 
no  tiene  este  escribano,  ni  el  doctor  Salinas,  como  lo  tengo  escripto, 
que  anda  ya  por  esta  ciudad,  y  los  Inquisidores  le  traen  libre  por  ella, 
sin  haberle  castigado,  como  si  hubieran  sido  unos  delitos  muy  ligeros 
y  cometidos  contra  quien  hubiera  lugar  de  disimularlos,  que  para  poder 
llevar  ésto,  es  bien  menester  el  sufrimiento  y  reportación  que  se  deja 
considerar. 

"Y  no  se  han  contentado  con  haber  hecho  las  cosas  que  he  referido, 
mas  han  procurado,  por  los  medios  que  pueden,  impedir  que  yo  no 
pueda  sentenciar  el  pleito  en  que  voy  procediendo  contra  Joan  Bello, 
mi  secretario,  y  del  gobierno  que  fué,  por  los  cohechos  y  delitos  que 
cometió,  de  que  envié  relación  a  vuestra  magestad  el  año  pasado,  y 
en  haberle  tenido  preso  y  penitenciádole  juntamente:  ahora  parece  que 
le  quieren  favorecer  con  impedir  por  algunas  vías  que  no  lo  sentencie, 
y  ansí,  pareciéndoles  que  yo  saliera  de  este  reyno  con  mas  brevedad,  so 
color  de  decir  el  fiscal  del  Santo  Oficio,  que  teriia  necesidad  de  sacar 
del  proceso  del  dicho  Joan  Bello  algunas  cosas  para  acumular  en  el  que 
yo  procedí  contra  el  dicho  doctor  Salinas,  mandaron  dar  compulsorio 
para  que  el  secretario  Navamuel  entregase  el  dicho  proceso  original  a 
su  secretario,  y  habiendo  respondido  que  estaba  recibido  a  prueba  y  que 
iban  ratificando  los  testigos  y  que  era  necesario  el  dicho  proceso  original 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


385 


para  ratificar  los  que  faltaban,  le  mandaron  con  censuras  que  luego  le 
entregase,  e  yo  le  mandé  lo  hiciese,  porque  respecto  de  las  cosas  que 
han  pasado  y  manera  de  proceder  de  los  Inquisidores,  lo  menor  fuera 
prenderle,  y  ansí  se  le  entregó  a  los  veinte  y  tres  del  mes  de  marzo  de 
este  año;  y  después  de  haber  pasado  algunos  dias,  viendo  que  no  le 
volvían,  envié  a  llamar  al  dicho  su  secretario  y  le  dije  la  necesidad  que 
habia  del  dicho  proceso  para  proseguirle  y  acabarle,  y  que  dijese  a  los 
Inquisidores  lo  mandasen  volver,  y  no  solamente  no  se  hizo,  pero  no 
me  volvió  a  dar  respuesta;  y  dejando  pasar  algunos  dias  mas  invié  el 
dicho  secretario  Navamuel  para  que  de  mi  parte  lo  pidiese  a  los  dichos 
Inquisidores,  y  ni  ésto,  ni  haberlo  inviado  después  a  buscar  con  el  Guar- 
dian de  San  Francisco,  ha  bastado,  ni  nunca  nos  ha  querido  volver  este 
proceso,  como  todo  lo  podrá  vuestra  magestad  mandar  ver,  siendo  ser- 
vido, por  el  testimonio  que  será  con  ésta.  Este  negocio  he  sentido  en 
particular  por  lo  que  importa  al  servicio  de  vuestra  magestad  y  exemplo 
de  esta  tierra,  hacer  justicia  en  él  y  que  queden  castigados  los  delitos 
que  ha  cometido  el  dicho  Joan  Bello,  como  lo  haré,  volviéndose  el 
proceso,  y  pues  esto  pide  el  propio  remedio  que  lo  demás,  suplico  a 
vuestra  magestad  lo  mande  proveer  como  mas  se  sirva. 

"Después  de  haber  pasado  lo  que  he  referido  en  los  atrevimientos 
y  desacatos  del  doctor  Salinas  y  lo  que  han  hecho  los  Inquisidores  para 
que  no  se  castigasen,  he  visto  otro  no  menor  en  una  petición  que  pre- 
sentó ante  ellos,  mas  digna  de  castigo  que  de  admitirse,  porque  dice  en 
ella  que  se  mande  al  secretario  de  la  gobernación  le  dé  testimonio 
cómo  después  que  Antonio  Bautista  de  Zalazar  dijo  un  dicho  contra 
él  a  instancia  mia,  le  proveí  para  que  hiciese  una  revisita,  con  cierto 
salario,  para  lo  presentar  en  la  causa  que  trata  contra  mí  en  aquel  Tri- 
bunal sobre  los  agravios  y  daños  que  dice  le  he  hecho,  y  para  ello  le 
mandaron  dar  compulsorio,  que  los  Inquisidores  conozcan  contra  mí: 
yo  no  lo  he  sabido  hasta  agora,  ni  entiendo  que  lo  puedan  hacer  en 
este  casso,  por  lo  que  ha  pasado  y  merced  que  vuestra  magestad  me  ha 
hecho  de  ponerme  en  este  cargo,  ni  por  otra  cosa  alguna,  por  la  miseri- 
cordia divina,  sino  por  su  pasión,  que  demás  de  haberla  bien  mostrado 
en  las  demás  cosas  de  que  he  dado  cuenta  a  vuestra  magestad  y  la  doy 
en  ésta,  lo  hacen  ahora  con  no  ménos  evidencia  en  admitir  la  dicha 
causa  y  petición,  debiéndolo  ántes  castigar  todo,  pues  no  es  justo  que 
nadie  se  atreva  a  ello,  y  particularmente  a  querer  dar  a  entender  que 
yo  hiciese  instancia  a  que  en  este  negocio,  ni  en  otro,  por  gravísimo 

25 — Lu  Inquisición  de  Lima  Tomo  II 


386 


J.   T.  MEDINA 


que  fuese,  dixiese  ningún  testigo  mas  de  lo  que  supiese,  y  aunque  en- 
tiendo que  no  fuera  menester  satisfacer  a  vuestra  magestad,  diré  lo 
que  passó,  y  es,  que  a  este  Antonio  Bautista  le  mandé  tomar  un  dicho 
para  que  dijese  lo  que  sabia  en  el  negocio  del  dicho  doctor  Salinas,  por 
la  forma  que  se  acostumbra,  y  él  lo  dijo  sin  otra  instancia,  y  después  de 
haberle  llamado  en  el  Santo  Oficio  para  tomarle  su  declaración  cerca 
dello,  a  lo  que  se  entiende,  y  pasados  muchos  dias,  habiéndose  pedido 
por  parte  de  unos  indios  cierta  revisita  para  remedio  de  algunos  agravios 
que  hablan  recibido  de  su  encomendero  y  proveído  persona  que  la  hi- 
ciese, se  escusó,  y  después  le  recusaron,  y  a  otro  que  por  esta  causa 
proveí,  por  lo  cual  se  buscó  persona  sin  sospecha,  y  habiéndome  dicho 
que  lo  haria  bien  el  dicho  Antonio  Bautista  de  Salazar,  por  tener  espe- 
riencia  y  habilidad,  lo  proveí  en  ella,  como  lo  podrá  vuestra  magestad 
mandar  ver,  siendo  servido,  por  el  testimonio  que  de  todo  invio,  certi- 
ficando a  vuestra  magestad  con  toda  verdad  que  para  ello  no  me  acordé 
si  habia  hecho  la  dicha  declaración  o  nó,  y  cuando  me  acordara  dello, 
no  parara  en  esto  y  le  cometiera  la  dicha  revisita,  si  entendiera  que 
tenia  partes  para  ello,  como  fui  informado  que  las  tenia;  pero  como 
se  entiende  que  el  fin  de  los  Inquisidores  va  enredezado  a  que  parezcan 
falsos  los  testigos  que  dijeron  contra  el  dicho  doctor  SaUnas,  para  sanear 
lo  que  han  hecho,  no  me  maravilló.  Vuestra  magestad,  para  castigo  y 
remedio  desto,  como  de  lo  demás  de  que  tengo  dada  cuenta  a  vuestra 
magestad,  y  es  de  creerlo  habrá  cada  hora,  mandará  proveer  lo  que  fuere 
servido,  que  espero  no  será  ménos  que  lo  que  al  servicio  de  Dios  y  de 
vuestra  magestad  conviene,  pues  aquí  no  le  hay,  ni  se  puede  dar"  (23). 

El  Marqués  de  Cañete,  que  sucedió  al  Conde,  no  tenía  menos  mo- 
tivos para  quejarse  de  lo  que  ocurría  en  el  Tribunal,  según  podrá  verse 
del  párrafo  de  carta  suya  que  copiamos  a  continuación. 

"En  todas  las  ocasiones  que  se  han  ofrecido,  he  dado  cuenta  a  V.  M. 
lo  que  conviene  que  mande  resolver  en  lo  que  toca  a  las  exenciones 
del  Santo  Oficio,  por  que  los  de  este  Tribunal  están  tan  exentos  y  sin 
reconocer  a  nadie,  que  se  ha  pasado  y  pasa  en  esto  mucho  trabajo,  y 
no  hay  hombre  visitado,  ni  que  pretenda  no  pagar  lo  que  debe  a  la 
real  hacienda,  ni  que  se  le  tome  cuenta,  que  no  procure  una  familiatura 
o  oficio,  y  hasta  Alvaro  Ruiz  de  Navamuel,  secretario  de  la  Goberna- 
ción, se  ha  hecho  ahora  familiar  del  Santo  Oficio  y  contador  (por  ausen- 


(23)  Gh-/,7  del  Conde  del  Villar  ni  Rey.  de  M  de  mayo  de  1589.  A.  de  I, 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


387 


cia  de  Joan  de  Cadahalso)  y  por  esta  vía,  pretenderá  eximirse  de  su 
visita  y  de  las  demás  cosas  que  se  le  puedan  ofrecer,  y  los  oficiales  reales 
también  son  familiares,  y  uno  de  los  de  Arequipa,  que  también  lo  es 
mandándole  tomar  cuenta  de  su  oficio,  ha  pretendido  escusarse  por  ser 
familiar;  así  que  ésto  está  acá  muy  estragado,  y  conviene  mucho  que 
lo  mande  remediar  V.  M."  (24). 

El  Virrey  don  Luis  de  Velasco  añadía,  a  su  vez:  "Desde  luego  que 
entré  en  este  gobierno,  advertí  el  modo  de  proceder  que  aquí  guardaban 
los  Inquisidores,  así  en  las  cosas  esenciales  de  su  oficio,  como  en  las 
acciones  esteriores,  cuales  son,  acompañamientos,  número  de  familiares 
y  ceremonias  de  ósculo  de  paz  y  evangelio  que  se  les  dá  en  la  misa, 
donde  la  oyen,  pareciendo  nueva  y  no  usadas  ni  admitidas  de  los  de  la 
Nueva  España;  demás  de  la  superioridad  y  mano  que  en  la  república 
quieren  tener  para  que  no  les  falten  colores  o  de  autoridad  o  jurisdic- 
ción, sobre  que  se  han  ofrecido  y  de  ordinario  se  ofrecen  pesadas  com- 
petencias con  esta  Real  Audiencia,  en  que  siempre  hacen  de  hermanos 
mayores,  paresciéndoles  que  lo  pueden  ser,  y  que  los  ministros  superio- 
res de  V.  M.,  a  cuyo  cargo  está  la  paz  y  quietud  de  la  república,  han 
de  ceder  su  derecho  por  evitar  escándalos,  como  lo  hacen,  de  que  los 
Inquisidores  tienen  poco  cuidado,  como  de  negocio  que  no  corre  por 
su  cuenta:  con  verdad  certifico  a  V.  M.  que  andan  en  todo  tan  apunta- 
dos, que  si  no  se  contemporizase  con  ellos,  ora  sufriendo,  ora  hacién- 
dome desentendido,  habria  muchos  encuentros.  En  lo  de  la  paz  y  evan- 
gelio, de  industria  he  disimulado,  porque  pasa  allá  donde  van  a  misa 
y  no  en  mi  presencia,  y  también  porque,  si  advertidos  de  que  lo  causasen, 
no  se  rindiesen,  como  es  de  creer  no  se  rendirían,  habia  de  hacer  pública 
demostración:  de  todo  he  dado  aviso  a  V.  M.,  suplicándole  fuese  servido 
de  proveer  sobre  ello  y  dar  el  órden  que  deben  guardar,  y  por  no  ha- 
berse dado,  están  todavía  en  pié  y  corren  las  mismas  dificultades,  con 
desautoridad  deste  Oficio  y  Real  Audiencia  y  con  vejación  y  molestia 
del  pueblo,  cargándole  de  mandatos  y  sumisiones,  que  algunos  son  mas 
de  ostentación  (de  que  hay  muchos),  que  de  necesidad,  aliende  las 
otras  de  competencias  de  jurisdicción,  en  que  los  vasallos  de  V.  M,  ca- 
recen del  amparo  y  defensa  que  en  sus  causas  deben  tener;  y  poco  há 
que  habiendo  ido  a  la  Inquisición  el  oidor  mas  antiguo  desta  Real 
Audiencia  a  conferir  sobre  cierta  competencia,  fué  tan  mal  acogido  de 


(2^)  1(1.  al  Rey  de  12  de  abril  de  1506.  A.  de  I. 


388 


J.   T.  MEDINA 


los  Inquisidores,  que  le  dieron  asiento  fuera  del  dosel,  como  si  fuera 
llamado  para  consultar,  no  haciéndose  así  en  la  de  Méjico,  de  que  toda 
esta  Audiencia  está  con  sentimiento  e  yo  en  propósito  de  no  dar  lugar 
a  otro  caso  semejante,  por  la  indecencia,  mientras  aquí  estuviere:  hu- 
mildemente suplico  a  V.  M.  sea  servido  de  mandar  asentar  esto  de  for- 
ma que  entre  estos  Tribunales  haya  toda  conformidad  y  buena  corres- 
pondencia, y  que  cada  uno  sepa  hasta  donde  ha  de  llegar  sin  salir  de 
sus  límites,  que  dello  se  servirá  Nuestro  Señor  y  en  este  reyno  habrá 
paz  y  quietud;  que  aunque  yo  salgo  dél,  por  lo  que  toca  al  decoro  y 
autoridad  deste  Oficio,  tengo  obligación  de  suplicarlo  a  V.  M."  (25). 

Pero  si  los  Inquisidores  burlaban  las  disposiciones  de  la  primera 
autoridad  del  virreinato,  no  estaba  lejos  el  día  en  que  habían  de  atre- 
verse a  dejar  sin  efecto  las  mismas  órdenes  del  Rey.  Aconteció,  en  efecto, 
que  en  la  ciudad  de  La  Plata  el  escribano  de  la  audiencia  Fernando 
de  Medina,  "casado  y  velado  con  Beatriz  González,  su  mujer,  de  quien 
tuvo  hijos  lejítimos,  y  haciendo  vida  maridable  con  ella,  viviendo  con 
mucha  honra,  paz  y  sosiego,  el  doctor  don  Jerónimo  de  Tobar  y  Mon- 
talvo,  fiscal  de  la  dicha  audiencia,  con  color  de  la  mucha  amistad  que 
tenia  con  el  dicho  Fernando  de  Medina,  comenzó  a  visitarle  y  a  la 
dicha  su  mujer,  y  a  solicitarla  a  que  tuviese  amores  con  él,  y  dentro 
de  pocos  dias  lo  habia  conseguido  y  tenia  acceso  carnal  con  ella,  en 
casa  del  dicho  Fernando  de  Medina,  entrando  para  el  dicho  efecto  a 
horas  estraordinarias  y  de  noche,  la  que,  olvidada  de  la  fidelidad  que 
debia  al  dicho  su  marido,  no  se  contentando  con  la  injuria  y  ofensa 
que  le  hacia  en  cometerle  adulterio,  y  estando  el  dicho  su  marido 
ausente  de  la  dicha  ciudad  de  La  Plata,  en  la  villa  de  Potosí,  en  cosas 
tocantes  al  real  servicio  y  otras  veces  ocupado  en  su  oficio,  con  acuerdo 
y  órden  del  dicho  fiscal,  se  salia  en  hábito  de  hombre,  con  una  negra 
esclava  suya,  y  se  iba  en  casa  del  susodicho,  donde  estaba  mucha  parte 
de  la  noche  cometiendo  el  dicho  adulterio,  y  otras  veces  en  hábito  de 
india,  causando  nota  y  escándalo  en  la  dicha  ciudad  y  la  infamia  que 
dello  resultaba  al  dicho  Fernando  de  Medina  por  haber  sido  muchas 
veces  vista  en  los  dichos  hábitos;  y  no  contento  con  lo  susodicho,  el 
dicho  fiscal,  dió  órden  con  la  dicha  Beatriz  González,  que  de  la  hacien- 
da del  dicho  su  marido  le  tomase  parte  della  y  se  la  diese,  como  se  la 
dió,  en  que  le  consumió  mas  de  seis  mil  pesos;  y  por  encubrir  la  suso- 


(25)  Cai-ta  al  Rey  ilc  10  de  m.iyo  de  1604.  A.  de  I. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


389 


dicha  el  dicho  deHto,  habia  intentado  diversas  veces  de  matar  con  vene- 
no al  dicho  su  marido,  ayudándose  para  ello  de  ciertas  indias  hechiceras, 
con  polvos  que  para  ello  le  daban,  con  que  le  decian  trastornarian  el 
juicio  para  que  no  viese  ni  entendiese  el  agravio  que  se  le  hacia,  y  la 
susodicha,  poniéndolo  en  execucion,  los  habia  echado  algunas  veces  en 
el  vino  que  habia  de  beber;  y  teniendo  noticia  dello  el  dicho  Fernando 
de  Medina  y  que  era  público  en  la  dicha  ciudad  el  dicho  adulterio, 
habia  muerto  a  puñaladas  a  la  dicha  mujer"  (26). 

El  agraviado  escribano,  que  así  sabía  vengar  su  honra,  luego  se 
presentó  a  la  Audiencia  acusando  al  seductor  de  su  mujer,  obteniendo 
que  fuese  suspendido  del  oficio  y  se  le  tuviese  recluido  en  su  casa;  pero 
en  este  estado  del  negocio,  Gutiérrez  de  UUoa,  por  una  de  las  arbitra- 
riedades que  tanto  acostumbró,  avocándose  el  conocimiento  de  la  causa, 
declaró  que  Medina  no  era  parte  para  acusar  al  fiscal,  y  mandó  que 
éste  continuase  en  su  oficio  y  que  al  acusador  se  le  privase  del  suyo. 
Ordóñez  y  Ruiz  de  Prado,  mirando  las  cosas  bajo  el  mismo  aspecto, 
a  título  de  que  el  escribano  era  familiar,  continuaron  en  el  conocimiento 
del  negocio  y  al  fin  le  condenaron  en  destierro  de  cinco  años  y  mil 
pesos  de  multa  para  el  Santo  Oficio. 

Mas,  el  Rey  a  quien  se  dió  aviso  del  negocio,  no  podía  consentir 
en  que  quedase  impune  uno  de  sus  ministros  encargado  de  velar  por 
las  costumbres  de  sus  vasallos  y  que  con  sus  actos  de  tan  escandalosa 
manera  comprometía  su  nombre,  y,  en  consecuencia,  dispuso  que  ha- 
ciéndose más  luz  en  el  negocio,  se  le  castigase  con  rigor.  Cuando  esta 
orden  llegó  a  la  Audiencia,  ya  el  fiscal  había  fallecido,  pero  como  aún 
estaba  allí  Medina,  aunque  ya  muy  pobre,  pues  los  mil  pesos  de  multa, 
según  lo  expresaba  su  apoderado,  le  habían  salido  al  fin  importando, 
con  los  gastos  del  proceso,  cincuenta  mil,  se  dió  orden  de  prenderle  y 
secuestrarle  sus  bienes.  No  se  despachó  el  mandamiento  tan  en  secreto 
que  el  aludido  no  lo  supiese,  y  así  fué  que  cuando  el  corchete  encargado 
de  prenderle  se  presentó  en  su  casa,  ya  él  se  había  trasladado  con  cama 
y  petacas  al  convento  de  Santo  Domingo,  de  donde,  por  medio  de 
legítimo  representante,  ocurrió  a  Ordóñez  para  que,  como  a  familiar 
del  Santo  Oficio,  le  amparase  de  la  nueva  persecución  que  se  había 
desatado  contra  él,  emanada  esta  vez  del  mismo  soberano;  pero  el  In- 
quisidor, haciendo  valer  los  fueros  del  Santo  Oficio  y  de  que  el  Rey  sin 


(26)  Real  cédula  de  2  de  marzo  de  1598, 


390 


J.   T.  MEDINA 


duda  no  tenía  noticia  de  que  Medina  era  familiar,  ordenó  al  alcalde 
de  corte  encargado  de  la  comisión  que  se  abstuviese  de  todo  procedi- 
miento, bajo  pena  de  excomunión  mayor  y  quinientos  pesos  de  multa 
para  gastos  extraordinarios  (27). 

En  1608,  el  Cabildo  de  Lima  escribía  al  Rey  manifestándole  que 
desde  el  establecimiento  de  la  Inquisición  había  acompañado  siempre 
el  estandarte  de  la  fe,  ayudado  a  la  fábrica  de  los  tablados  y  esmerádose 
por  cuantos  medios  estaban  a  su  alcance  a  fin  de  complacer  a  sus  mi- 
nistros; pero  que  últimamente  éstos  lo  habían  compelido  con  censuras 
y  otras  penas  a  que  en  los  días  en  que  aquéllos  se  leyesen  fuesen  en 
cuerpo  a  la  iglesia  mayor  para  sentarse  en  escaños,  sin  alfombras,  siendo 
precedidos  hasta  por  el  alcaide  de  la  cárcel,  con  gran  detrimento  de  la 
autoridad  del  primer  municipio  del  virreinato  (28). 

Dos  años  más  tarde,  había  aún  de  acontecer  a  los  cabildos  algo 
mucho  más  desdoroso.  En  virtud  de  mandato  de  los  Inquisidores  fue- 
ron de  acompañantes  a  la  lectura  de  los  edictos,  y  como  a  la  salida  de 
la  iglesia  los  dos  alcaldes,  que  iban  a  caballo,  como  los  restantes  de  la 
comitiva,  se  colocasen  a  los  lados  de  aquéllos,  comenzaron  en  alta  voz 
a  decirles  que  ese  no  era  el  lugar  que  les  correspondía,  y  viendo  que 
no  les  obedecieron  tan  pronto,  mandaron  prenderlos  y  los  tuvieron,  en 
efecto,  seis  días  detenidos  en  las  casas  de  cabildo,  hasta  que  por  influjos 
del  Virrey  se  logró  les  pusiesen  en  libertad  (29). 

En  la  cuaresma  siguiente,  temerosos  los  alcaldes  de  que  les  acon- 
teciese un  lance  semejante,  ocurrieron  al  Virrey  solicitando  arreglase 
que  sus  asistencias  a  la  iglesia  no  se  verificasen  con  tanto  desdoro  del 
alto  cuerpo  que  representaban,  autorizándoseles  para  que  pudiesen  estar 
en  el  coro  de  la  catedral  mientras  duraba  la  lectura;  lo  que  llevaron 
tan  a  mal  los  Inquisidores  que  allí  mismo  los  excomulgaron  y  multaron 
en  quinientos  pesos  a  cada  uno;  con  lo  cual  los  excomulgados  se  vieron 
privados  de  asistir  a  las  sesiones  del  cabildo,  habiendo  necesidad  de 
que  el  Virrey,  que  estaba  entendiendo  en  las  fortificaciones  del  Callao, 
se  trasladase  a  Lima  a  interceder  para  que  les  levantasen  la  excomunión, 
lo  que  no  obtuvieron  sino  después  de  sumisa  petición,  cuya  resolución 
debieron  aguardar  más  de  una  hora  a  la  puerta  del  Tribunal,  "entre 


(27)  Autos  y  diligencias  hechos  con  el  licenciado  Francisco  Cocllo,  alcalde  de  corte  y 
juez  de  comisión  de  la  causa  de  Fernando  Medina,  etc. 

(28)  Carta  de  20  de  mayo  de  1606.  A.  de  I. 

(29)  Id.  de  H  de  abril  de  1608. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


391 


penitentes  de  hábito,  haciendo  cuerpo  con  ellos"  (30).  "Proveyeron  un 
auto,  expresa  el  Virrey,  en  que  los  mandaron  absolver  a  remcidentia  por 
los  dias  que  quedaban  de  la  cuaresma;  acabado  este  término,  harán  lo 
que  quisieren,  porque  la  gente  es  voluntariosa  y  presumen  que  no  hay 
mano  superior  que  los  enfrene,  ni  aun  los  resista.  Mucho  se  debe  con- 
siderar el  desorden  con  que  proceden  y  que  estos  vasallos  de  V.  M., 
que  tan  distantes  se  ven  de  su  persona,  no  tengan  amparo  y  defensa 
a  los  golpes  de  su  honra"  (31). 

"De  algunos  años  atrás,  manifestaba  el  Cabildo  con  motivo  de  este 
lance,  acudiendo  los  Inquisidores,  mas  por  particulares  intentos  de  sus 
personas,  que  por  causas  debidas  a  sus  oficios,  han  inquietado  e  inquie- 
tan a  los  criados  y  ministros  de  V.  M.,  tratándolos  con  tanta  aspereza 
y  menosprecio,  que  aun  no  dan  lugar  que  el  Virey,  que  tan  inmediata- 
mente representa  la  persona  de  V.  M.,  los  valga  y  ampare,  cosa  que 
espanta  y  escandaliza  a  los  vasallos  de  V.  M.,  y  aun  los  pone  en  cono- 
cidos peligros"  (32). 

El  Arzobispo,  por  su  parte,  decía  al  Rey  en  estos  mismos  días: 
"aquí  he  hallado  que  los  Inquisidores  han  introducido,  que,  así  en  los 
actos  de  Inquisición,  como  en  los  que  no  lo  son,  y  cuando  cualquiera 
de  ellos  está  en  alguna  iglesia,  aunque  sea  no  en  forma  de  oficio,  baje 
a  darles  a  besar  el  evanjelio  y  paz  el  diácono,  contra  la  regla  del  misal 
y  lo  que  la  Iglesia  tiene  ordenado.  .  .  No  he  querido  darme  por  enten- 
dido y  me  escusaré  de  ir  a  mi  iglesia  los  dias  de  edictos  de  la  fe  para 
no  ver  con  mis  ojos  semejante  abuso"  (33). 

El  mismo  prelado  daba  cuenta  más  tarde  de  un  nuevo  abuso  que 
los  Inquisidores  habían  introducido  en  la  lectura  de  los  edictos  que  se 
hacían  en  la  catedral,  obligando  a  que  "los  prebendados  todos  los  salgan 
a  rescebir,  siendo  así  que  al  Virey  y  Audiencia  salen  solamente  tres 
o  cuatro,  como  V.  M.  lo  tiene  mandado"  (34). 

Así,  ante  las  multiplicadas  denuncias  que  llegaban  puede  decirse 
que  ilía  a  día  a  los  pies  del  trono,  vióse  el  Rey  en  la  necesidad  de  dictar 


(31))  Cíiila  del  Calnlílo,  sin  fcclia.  Archivo  ilc  Iiuiias. 

(31)  Id.  del  Marques  de  Montcsclaros,  de  31  de  marzo  de  1609.  Archivo  de  Indias. 

(32)  Id.  del  Cabildo,  de  29  de  marzo  de  1609.  Id. 

(33)  Cailu  de  15  de  marzo  de  1610.  Id.  "Por  escusar  las  competencias,  diferencias  e 
inconvenientes  que  se  han  recurrido",  se  encargó  a  los  prelados  no  asistiesen  a  la  lectura  de 
los  edictos  de  fe.  Ley  19,  tít.  7,  lib.  I  de  Indias. 

(34)  Id.  de  26  de  abril  de  1620.  Id. 


392 


J.   T,  MEDINA 


medidas  generales  que  atajasen  en  cuanto  fuese  posible  la  serie  de  abusos 
de  que  se  habían  hecho  reos  los  ministros  de  la  Inquisición;  disponiendo 
que  juntándose  dos  de  la  General  con  dos  del  Consejo  de  Indias  for- 
mulasen un  reglamento  que  en  adelante  sirviese  de  norma  a  los  inqui- 
sidores en  su  conducta  y  deslindase  sus  relaciones  con  las  autoridades 
civiles.  La  real  cédula  que  lo  aprobó  y  que  lleva  la  fecha  de  1610,  fué 
siempre  conocida  bajo  el  nombre  de  concordia,  pero  en  realidad  de 
verdad  constituye  en  cada  uno  de  los  veinte  y  seis  artículos  de  que 
consta  otras  tantas  sentencias  condenatorias  contra  los  ministros  del 
Tribunal  de  Lima. 

Se  mandaba  en  ella,  en  primer  lugar,  que  los  inquisidores,  de  ahí 
adelante,  tácita  ni  expresamente,  no  se  entremetiesen  por  sí  o  por  ter- 
ceras personas,  en  beneficio  suyo  ni  de  sus  deudos,  ni  amigos,  a  arren- 
dar las  rentas  reales,  ni  a  prohibir  c]ue  con  libertad  se  arrendasen  a 
quien  más  por  ellas  diese. 

No  debían  tratar  en  mercaderías  ni  arrendamientos,  por  sí  ni  por 
interpósitas  personas;  quedarse  por  el  tanto  con  cosa  alguna  que  se 
hubiese  vendido  a  otro,  a  no  ser  en  los  casos  permitidos;  tomar  merca- 
derías contra  la  voluntad  de  sus  dueños,  y  los  que  fuesen  mercaderes 
o  tratantes  o  encomenderos,  debían  pagar  derechos  reales,  pudiendo 
las  justicias  reconocerles  sus  casas  y  mercaderías  y  castigar  los  fraudes 
que  hubieren  cometido  en  los  registros; 

Que  nombrando  los  jueces  ordinarios  depositario  de  bienes  a  algún 
familiar,  le  pudiesen  compeler  a  dar  cuenta  de  ellos  y  castigarle  siendo 
inobediente; 

Que  los  comisarios  no  diesen  mandamiento  contra  las  justicias  ni 
otras  personas,  si  no  fuese  por  causas  de  fe;  y  que  los  mismos  y  fami- 
liares no  gozasen  del  fuero  de  inquisición  en  los  delitos  que  hubieren 
cometido  antes  de  ser  admitidos  en  los  tales  oficios; 

Que  en  adelante  no  prohibiesen  a  ningún  navio  o  persona  salir 
de  los  puertos  aunque  no  tuviesen  licencia  de  la  Inquisición; 

Que  no  prendiesen  a  los  alguaciles  reales  sino  en  casos  graves  y 
notorios  en  que  se  hubiesen  excedido  contra  el  Santo  Oficio; 

Que  sucediendo  por  testamento  algún  ministro  o  dependiente  de 
la  Inquisición  en  bienes  litigiosos,  no  se  llevasen  a  ella  los  pleitos  ema- 
nados de  esta  causa; 

Que  cuando  algunos  fuesen  presos  por  el  Santo  Oficio  no  diesen 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


393 


los  Inquisidores  mandamiento  contra  las  justicias  para  que  sobreseyesen 
en  los  pleitos  que  aquéllos  tuviesen  pendientes; 

Que  tuviesen  cuidado  de  nombrar  por  familiares  a  personas  quietas, 
de  buena  vida  y  ejemplo,  y  que  cuando  eligieren  por  calificador  a  algún 
religioso  no  impidiesen  a  sus  prelados  trasladarle  a  otra  parte; 

Que  los  familiares  que  tuviesen  oficios  públicos  y  delinquieren  en 
ellos  o  estuviesen  amancebados,  no  fuesen  amparados  por  los  Inquisi- 
dores; 

Que  los  Inquisidores  no  procediesen  con  censuras  contra  el  Virrey 
por  ningún  caso  de  competencia,  etc. 

Si  la  circunstancia  sola  de  haberse  dictado  este  código  está  mani- 
festando que  obedecía  a  una  necesidad,  deducida  de  los  hechos,  es  fácil 
reconocer  que  los  que  en  este  orden  sirvieron  indudablemente  de  base, 
fueron  los  mismos  de  que  hemos  ido  dando  cuenta  en  el  curso  de  este 
libro.  Desde  la  primera  hasta  la  última  de  sus  disposiciones  caben  como 
dentro  de  un  marco  dentro  de  los  abusos  cometidos  por  los  Inquisido- 
res, que,  paso  a  paso,  hemos  ido  anotando.  Se  les  prohibía  arrendar  las 
rentas  reales,  y  se  recordará  que  Gutiérrez  de  Ulloa  lo  verificó  por 
medio  de  su  hermano;  no  debían  tratar  en  mercaderías  y  tenemos  ya 
la  constancia  de  que  Ordóñez  Flores  despachaba  agentes  a  México, 
provistos  de  los  dineros  del  Tribunal;  se  les  mandaba  que  no  impidie- 
sen salir  del  reino  a  ningún  navio  o  persona,  y  ellos  mismos  daban 
cuenta  de  la  resolución  que  dictara  esa  prohibición;  que  tuviesen  cuida- 
do en  nombrar  familiares  de  buena  conducta,  y  hasta  hace  un  momento 
hemos  venido  viendo  quienes  desempeñaban  de  ordinario  esos  puestos; 
se  les  privaba  de  excomulgar  a  los  virreyes,  y  no  se  habrá  olvidado 
lo  que  le  ocurrió  al  conde  del  Villar  en  las  vísperas  de  su  partida  para 
España. 

Más,  este  fallo  del  soberano  estaba  en  rigor  limitado  meramente  a 
reglamentar  el  modo  de  ser  de  las  personas  dependientes  de  la  Inquisi- 
ción, y  en  vista  de  las  repetidas  controversias  de  jurisdicción  y  exigen- 
cias de  los  jueces  del  Santo  Oficio,  depresivas  de  las  autoridades  civiles 
y  eclesiásticas,  hubo  de  completarse  más  tarde  con  una  nueva  real  cédula, 
que  lleva  la  fecha  de  1633,  y  que  estaba  especialmente  destinada  a  zan- 
jar y  prevenir  los  repetidos  encuentros  que  con  tanta  frecuencia  habían 
venido  suscitándose. 

En  virtud  de  las  disposiciones  contenidas  en  ella,  no  habían  de 
excusarse  de  los  alardes  militares  los  familiares  c]ue  no  estuviesen  actual- 


394 


J.   T.  MEDINA 


mente  ocupados  en  diligencias  del  Santo  Oficio;  debían  abstenerse  de 
proceder  a  conminar  con  censuras  a  los  soldados  o  guardias  de  los 
bajeles  que  trajesen  provisiones,  cuando  hubiese  escasez  de  ellas;  no 
debían  embarazarse  en  compras  de  negros;  se  les  prohibía  proceder  con 
censuras  a  llamar  ante  el  Tribunal  a  los  jueces  y  justicias,  "como  somos 
informado  se  ha  hecho  por  lo  pasado",  decía  el  Rey;  no  entremeterse 
en  las  elecciones  de  alcaldes  ni  oficios  de  la  república;  debían  cobrar 
sólo  cuatro  pesos  de  derechos  a  los  navios  que  hiciesen  visitar,  en  vez 
de  los  que  antes  exigían;  no  podían  consentir  que  en  sus  casas  se  ocul- 
tasen bienes  de  persona  alguna  en  perjuicio  de  tercero,  etc.  Creemos 
inútil  prevenir  que  estas  disposiciones  obedecían  enteramente  a  la  re- 
solución de  los  hechos  y  cuestiones  que  se  habían  presentado  en  la 
práctica,  como  de  ello  queda  comprobación  en  los  capítulos  pasados 
de  esta  historia. 

Pero  no  se  crea  que  por  mediar  estas  disposiciones  reales,  los  In- 
quisidores cesaron  en  sus  exigencias.  Fuera  de  algunos  casos  que  ya 
conocemos  y  que  manifestaban  su  propósito  de  continuar  como  de  antes, 
citaremos  otros  que  sirvan  de  confirmación  a  este  aserto. 

Por  muerte  de  Francisco  de  Sierra  se  siguió  pleito  en  Lima  en  el 
juzgado  de  bienes  de  difuntos  sobre  validación  de  los  testamentos  que 
otorgara  poco  antes  de  sO  muerte,  de  que  resultó  uno  criminal  contra 
su  albacea  Diego  Fernández  de  Carvajal,  por  ocultación  de  haberes  por 
más  de  cuarenta  mil  pesos,  y  estando  a  punto  de  darle  tormento,  decli- 
nó de  jurisdicción,  reclamando  el  fuero  de  familiar  del  Santo  Oficio, 
el  cual  en  el  acto  solicitó  la  entrega  del  preso,  conminando  al  alcalde 
ordinario  y  juez  que  conocían  del  asunto  con  censuras  y  penas  pecunia- 
rias; por  lo  cual  la  Audiencia  hubo  de  entregar  el  preso  y  su  causa  (35). 

Y  no  sólo  continuaron  con  la  práctica  de  que  se  les  diese  la  paz 
por  el  diácono  y  se  les  saliese  a  recibir  por  todos  los  prebendados,  sino 
que  en  la  capilla  mayor  de  la  catedral  dieron  en  sentarse  con  la  espalda 
vuelta  al  coro,  donde  se  instalaba  la  Audiencia  con  el  Virrey,  y  que 
un  criado  les  llevase  las  faldas  levantadas  al  entrar,  sino  que  también, 
cuando  solicitaban  el  viático,  había  de  llevárselos  el  Deán  y  Cabildo  (36). 

En  uno  de  los  días  de  Pascua  de  Espíritu  Santo  del  año  de  1657, 
hallándose  en  la  catedral  el  Virrey  y  la  Audiencia,  arzobispo,  cabildos, 


(35)  Cana  de  la  Audiencia  de  15  de  julio  de  1647.  Archivo  de  Indias. 

(36)  Id.  de  Sebast¡í\n  de  Btisiamaiiic  y  Loyola  de  10  de  septiembre  de  1651, 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


395 


tribunales  y  religiones,  mandaron  los  Inquisidores  que  subiese  al  pulpito 
el  notario  y  leyese  algunos  edictos  expurgatorios  de  libros,  el  decreto 
de  la  erección  del  Tribunal,  y  penas  impuestas  a  los  transgresores,  sin 
reservación  de  personas;  y  a  pesar  de  que  se  aconsejó  al  Conde  de  Alba 
que  allí  mismo  hiciese  bajar  al  notario  del  pulpito,  "que  le  ocupaba  tan 
sin  tiempo  ni  causa",  se  reportó  hasta  el  último,  a  pesar  de  aquello, 
según  las  palabras  de  la  Audiencia,  que  más  que  a  un  fin  propio  de  su 
oficio,  parecía  enderezado  a  desautorizar  la  presencia  del  Virrey  (37). 

El  mismo  Conde  de  Alba  hizo  reparo  en  que  cuando  el  Tribunal 
iba  a  darle  las  pascuas  (para  lo  cual  entraba  inmediatamente  después 
de  la  Audiencia),  se  hiciese  acompañar  hasta  el  salón  por  el  alguacil 
mayor,  que  cargaba  la  vara,  por  lo  cual  hubo  de  mandarle  a  éste  que 
saliese;  y  en  que  cuando  algún  inquisidor  pensaba  visitarle,  le  enviase 
recado  para  que  le  señalase  hora,  "porque  no  se  usa  hacerle  esperar"  (38). 

Subió  aún  más  la  sorpresa  del  Virrey  cuando  tratando  de  castigar 
los  excesos  que  cometían  los  labradores  y  otros  personas  en  el  exhorbi- 
tante  precio  a  que  vendían  el  trigo,  en  contravención  a  la  tasa  mandada 
pregonar  por  la  autoridad,  estando  procesando  por  esta  causa  a  Pedro 
de  Gárate,  de  la  Orden  de  Santiago,  cuando  menos  lo  esperaba,  los 
Inquisidores  ordenaron  al  escribano  de  gobierno  que  se  presentase  ante 
ellos  a  darles  cuenta  del  expediente,  y  como  aquél  se  negase,  repitieron 
el  mandato,  agravándolo  con  censuras,  viéndose  obligado  el  Virrey  a 
escribirles  manifestándoles  que  aquel  negocio  era  de  su  exclusiva  com- 
petencia, y,  como  a  pesar  de  ello,  no  cejasen,  hubo  que  suspender  el 
proceso  y  remitir  el  caso  en  consulta  al  Rey.  Resolución  semejante  hubo 
de  dictarse  en  otra  causa  sobre  aguas,  que  corría  igualmente  por  la 
secretaría  de  gobierno,  y  que  hubo  al  fin  que  entregar  a  los  Inquisidores 
para  no  producir  un  escándalo  (39),  no  sin  que  con  este  motivo,  abu- 
rrido ya  el  Conde,  expresase  al  Rey  que  "la  reiteración  y  multiplicidad 
de  los  excesos  de  jurisdicción  podía  ser  c|ue  obligasen  a  romper  con 
todo,  si  de  otra  suerte  no  se  pudiese  mantener  el  gobierno  con  la  auto- 


(37)  Carta  de  la  Auditncia  de  12  tic  julio  ilc  1657.  Archivi)  ilc  Indias.  E.n  consecuencia 
(le  la  representación  del  Virrc\-,  vino  ortlen  real  para  que  en  adelante  no  se  repitiese  semejante 
hecho,  pero  el  Tribunal  probó  con  información  que  estaba  en  posesión  de  esa  costuinbrc, 
y  siguió  haciendo  leer  los  edictos  como  anteriormente. 

(38)  Relación  que  el  Conde  de  Alha  hace  del  eslado  del  l'cni,  etc.,  pág.  191. — Carta 
del  mismo  al  Rey,  fecha  '>  de  julio  de  1657.  Archivo  de  Indias. 

(39)  Carta  de  la  Audiencia  de  12  de  julio  de  1657,  diversa  de  la  citada.  Archivo  de 
Indias, 


396 


J.   T.  MEDINA 


ridad  y  mano  que  conviene"  (40).  Y  aludiendo  en  otra  comunicación 
al  soberano  al  caso  de  Gárate  decía:  "cuanto  hacen  los  Inquisidores  es 
a  fin  de  extender  su  juridiccion,  y  como  esto  no  se  puede  conseguir 
menos  que  excediendo  en  la  elección  de  los  medios,  usan  algunos  solo 
ajustados  a  sus  intenciones,  pero  no  a  los  derechos  que  debieran  respetar, 
con  ánimo  de  que  se  entienda  que  no  hay  Virey  y  Audiencia  que  los 
pueda  resistir"  (41). 

Por  toda  contestación  a  estas  quejas  se  limitaban  los  Inquisidores 
a  expresar  que  nunca  habían  tratado  de  estorbar  el  cumplimiento  de 
los  autos  y  órdenes  de  gobierno,  "sino  de  que  los  oficiales  que  contra- 
vinieren a  ellos  sean  castigados  por  el  Tribunal  y  no  por  otras  justicias, 
porque  no  se  ha  de  tlar  mas  a  un  Virey  y  un  Acuerdo  que  a  las  leyes 
y  órdenes  tle  S.  M.,  siendo  así  que  no  se  hace  poco  en  consentir  que 
comprehcndan  a  los  oficiales  del  Santo  Oficio,  pues  aun  las  premáttcas 
reales  no  tienen  fuerza  para  con  los  familiares  de  la  Inquisición  de 
Sicilia,  según  refiere  Narbona"  (42). 

Y  en  cuanto  a  los  disgustos  ocurridos  con  el  Arzobispo  y  Cabildo 
secular  decían  al  Consejo,  "¿a  quién  mejor  se  pueden  abatir  las  ban- 
deras que  al  Tribunal  de  la  fe,  que  es  templo  vivo  de  Dios  ? .  .  .  Es 
verdad  que  en  el  Cabildo  concurren  algunas  personas  de  calidad  y 
letras,  pero  también  es  cierto  que  ha  habido  muchos  de  raíz  infecta, 
ignorantes  y  mestizos,  y  nunca  se  ha  de  hacer  consideración  para  las 
preeminencias  de  lo  que  pueden  ser,  sino  de  lo  que  actualmente  son, 
fuera  de  que  en  ambas  consideraciones  ha  tenido  este  Tribunal  sujetos 
de  muchas  prendas  y  que  ascendieron  después  a  las  mayores  iglesias 
de  estos  reinos  .  La  interposición  de  los  Vireyes  corre  sin  límite  ni 
razón,  llevando  los  casos  que  se  ofrecen  al  Acuerdo  por  voto  consultivo, 
haciendo  reo  al  Tribunal,  y  con  la  ambición  de  parecer  mas  el  Acuerdo 
y  ser  nuestros  jueces,  peligran  los  fueros  del  Santo  Oficio,  y  en  el  efecto 
es  lo  mismo  que  con  auto  de  fuerza,  y  aun  éste  seria  mas  decente  porque 
se  supiera  el  término  que  podia  tener  Y  en  prueba  de  lo  dicho, 
traemos  a  la  memoria  de  V.  A.  el  papel  que  se  mandó  recojer  de  don 
Guillen  Lombardo,  en  cuyo  remedio,  si  V.  A.  no  interpone  toda  su 
autoridad,  se  pueden  seguir  muchos  inconvenientes,  con  manifiesto  ries- 
go de  la  paz  pública  y  derogación  de  los  fueros  del  Santo  Oficio"  (43). 

(4U)  Carta  tic  30  de  junio  de  1657.  A.  de  I. 

(41)  Id.  de  8  de  julio  de  1657.  A.  de  I. 

(42)  Id.  de  Castilla  c  Ibarra,  de   15  de  junio  de  1660. 

(43)  Cai-la  de  los  niismoi  de  14  de  junio  de  1660. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


397 


Habría  valido  más  para  los  firmantes  de  este  documento,  exagerado 
y  calumnioso,  no  mover  el  asunto  de  Lombardo,  no  tanto  por  la  grave 
reprensión  que  de  parte  del  Consejo  les  valió,  sino  especialmente  por 
cuanto  de  su  conducta  en  el  asunto  se  desprendía  manifiestamente  la 
poca  limpieza  de  sus  procedimientos. 

En  efecto,  véase  lo  que  el  monarca  escribía  en  31  de  diciembre  de 
1651. 

"El  Rey. — Conde  de  Alba  de  Aliste,  primo,  gentil-hombre  de  mi 
cámara,  mi  virey,  gobernador  y  capitán  general  de  las  provincias  de 
la  Nueva  España.  En  carta  que  me  escribisteis  en  veinte  de  abril  próxi- 
mo pasado  deste  año,  me  dais  quenta  de  que  don  Guillen  Lombardo, 
que  dice  ser  de  nación  irlandés,  habia  passado  a  ese  reyno  el  año  de 
setecientos  y  quarenta,  dando  a  entender  iba  con  órden  particular  a 
tratar  de  diferentes  negocios  de  mi  real  servicio,  y  que  contrahizo  dife- 
rentes firmas,  falseando  algunos  despachos  y  cartas,  de  que  entónces  se 
me  dió  quenta,  y  de  que  la  Inquisición  lo  prendió  en  veinte  y  seis  de 
octubre  de  seiscientos  y  quarenta  y  dos,  por  astrólogo  judiciario,  con 
mala  aplicación  de  sus  estudios,  y  refirió  que  la  víspera  de  pascua  de 
Navidad  del  año  de  seiscientos  y  cinquenta,  en  compañía  de  otro  preso 
llamado  Diego  Pinto,  quebrantó  la  cárcel  de  la  Inquisición,  y  que  a  las 
tres  de  la  mañana  del  dia  siguiente  fué  a  palacio  y  dió  a  un  soldado  de 
la  compañía  de  vuestra  guardia,  un  pliego  ordinario,  sobre  escrito  para 
vos,  encargándole  su  entrega  quanto  ántes,  porque  era  de  La  Habana 
y  importaba  a  mi  servicio,  y  que  habiéndole  recibido,  hallasteis  cuatro 
papeles  que  hablaban  con  vos,  que  en  el  primero  referia  que  se  le  habia 
aparecido  la  noche  que  murió  don  Juan  de  Mañozca  que  fué  arzobispo 
de  esa  santa  iglesia,  como  uno  de  los  principales  autores  de  su  prisión 
y  visitador  del  Tribunal  de  la  Inquisición;  en  el  segundo,  dice  que  le 
convidaron  los  Inquisidores  a  que  se  alease  con  ese  reyno;  en  el  tercero, 
y  otro  que  está  con  él,  hace  relación  de  su  dependencia,  partes,  estudios 
y  servicios,  oponiéndose  a  los  cargos  que  le  hizo  el  Tribunal,  con  raros 
y  heréticos  argumentos,  tratando  de  ignorantes  a  los  Inquisidores,  con- 
tando muy  por  menor  la  vida  y  costumbres  de  cada  uno,  forma  en  que 
adquirieron  las  placas,  miserable  tratamiento  que  se  hace  a  los  presos, 
y  que  las  haciendas  secrestadas  a  mas  de  sesenta  familias,  que  aprehen- 
dió el  Tribunal  los  años  pasados,  con  pretesto  de  judaismo,  importaron 
mas  de  un  millón,  y  le  repartieron  entre  ellos,  y  que  tratan  y  contratan 
con  la  cantidad  que  a  cada  uno  le  cupo,  y  que  atendiendo  Dios  Nuestro 


398 


J.   T.  MEDINA 


Señor  a  la  defensa  de  nuestra  sancta  fee  católica,  le  habia  mandado  os 
intimase  lo  referitlo  y  que  se  formase  una  junta  de  diferentes  personas, 
donde,  con  noticia  de  lo  referido,  se  resolviese  el  prender  a  los  Inquisi- 
dores y  ilemas  ministros  de  aquel  Tribunal,  confiscarles  sus  bienes  y  pro- 
ceder luego  al  castigo  que  todos  merecían:  referís,  asimismo,  que  el 
primer  dia  de  pasqua  de  Navidad,  amanecieron  fijados  en  la  iglesia 
Catedral  de  esa  ciudad  y  de  otras  partes,  algunos  papeles  deste  hombre 
contra  la  Inquisición,  y  que  aunque  causó  alboroto  este  caso,  como 
luego  el  Tribunal  os  dió  quenta  de  la  fuga  y  se  publicó  edicto  en  su 
nombre  y  bantlo  en  el  mió  para  que  nadie  los  ocultase,  se  apaciguó 
todo;  y  el  tercer  dia  de  pasqua,  pareció  don  Lombardo  en  casa  de  un 
pobre  hombre,  que  sin  saber  quién  era,  le  habia  recogido,  y  Diego  Pinto 
pareció  en  otro  parage,  y  que  ambos  fueron  restituidos  a  la  cárcel,  y 
que  teniendo  el  Tribunal  noticia  de  que  los  papeles  referidos  hablan 
llegado  a  vuestras  manos  (aunque  no  de  las  particularidades  que  conte- 
nían) don  Juan  de  Mañozca,  en  nombre  del  Tribunal,  os  insinuó  impor- 
taba recoger  todos  los  que  este  hombre  hubiese  sembrado;  pero,  como  de- 
mas  de  algunos  casos  pertenecientes  a  la  fee,  tocaban  otros  que  miran  a 
sus  particulares  haciendas,  rehusasteis  el  dar  todos  los  papeles,  enviando 
solamente  el  que  trata  de  haberle  soltado  de  la  prisión.  El  Arzobispo 
difunto,  con  ánimo  de  poner  los  otros  tres  en  mis  manos,  para  que 
viendo  lo  que  contenían,  se  tomase  la  resolución  conveniente,  pero 
que  después  porfió  el  Tribunal  en  recogerlo  todos,  y  tomando  por  pre- 
texto que  quando  le  prendieron  le  hallaron  un  pliego  intitulado  al 
visitador  don  Pedro  de  Calvez  y  que  podría  ser  haber  dado  ántes  otros, 
publicaron  censuras  contra  la  persona  o  personas  de  cualquier  estado, 
calidad  o  condición  que  fuese,  en  cuyo  poder  parase  algún  papel  de 
don  Cuillen,  que  no  le  entregase  dentro  de  seis  horas,  y  que  habiendo 
vos  comunicado  luego  esta  materia  con  sugeto  de  ciencia  y  conciencia 
para  que  declarasen  si  todavía  podríales  rehusar  el  entrego  de  dichos  pa- 
peles, pues  vuestro  intento  no  era  otro  que  ponerlos  en  mis  manos, 
fueron  de  parecer  que  respecto  de  haber  en  ellos  algunos  puntos  to- 
cantes a  la  fee  y  estar  sometida,  aun  mi  real  persona,  a  la  Inquisición 
en  semejantes  casos,  no  se  podía  escusar  el  enviárselos,  menos  que  incu- 
rriendo en  la  excomunión,  con  que  se  los  remitisteis  luego,  señaladas 
las  hojas  de  vuestra  mano,  como  consta  del  recibo  (de  que  enviáis  copia 
en  esta  carta) ;  y  habiéndose  visto  todo  en  mi  Consejo  Real  de  las  Indias, 
como  quiera  que  se  me  dió  quenta  de  todo  para  que  remitiese  esta  noti- 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


cía  al  Inquisidor  general  y  él  diese  la  orden  conveniente  para  que  el 
Tribunal  de  la  Inquisición  de  esa  ciudad  haga  justicia  con  brevedad 
en  lo  que  toca  al  dicho  don  Guillen  Lombardo,  me  ha  parecido  daros 
noticia  de  ello  y  deciros  que  bien  pudiérades  haber  escusado  el  allana- 
miento de  haber  entregado  los  papeles  que  este  hombre  os  envió,  su- 
puesto que  contenian  cosas  que  miraban  a  sindicación  de  los  Inquisido- 
res y  de  los  bienes  confiscados  y  de  otras  cosas  que  tocaban  a  la  causa 
pública,  pues  la  Inquisición  no  podía  despachar  censuras  contra  vos, 
como  mi  virey,  y,  por  lo  ménos,  pudiérades  haberos  quedado  con  copias 
de  los  dichos  papeles,  y  para  lo  de  adelante  lo  tendréis  entendido  así 
en  otros  casos  que  se  ofrezcan  desta  calidad.  De  Madrid,  a  treinta  y  uno 
de  diciembre  de  165i. — yo  el  rey. — Por  mandado  del  Rey  nuestros 
señor. — Gregorio  de  Leguiva"  (44). 

El  Consejo,  a  su  vez,  dirigía,  con  este  motivo,  a  los  Inquisidores  la 
siguiente  comunicación: 

"Recibimos  vuestra  carta  de  9  de  julio  de  1657  en  que  avisáis  del 
recibo  de  la  acordada  de  22  de  junio  de  1656,  en  que  se  mandan  recoger 
y  prohibir  in  totum  los  dos  papeles  del  Protector  de  Inglaterra,  el  uno 
intitulado  Manifiesto  de  dicho  Protector,  y  el  otro  Proclamación,  y  pre- 
mática  mandada  publicar  por  él,  de  que  hicisteis  publicar  edicto,  y 
también  decis  en  ella  que,  a  pedimento  del  fiscal  de  ese  Santo  Oficio, 
añadisteis  al  dicho  edicto,  mandando  recoger  y  prohibir  in  totum  otro 
papel  en  un  pliego  manuscrito,  titulado:  Declaración  de  los  justos  jui- 
cios de  Dios,  y  comienza  Excelentísimo  Señor,  yo  don  Guillen  Lom- 
bardo, y  acababa  con  una  firma  del  dicho  nombre,  cuya  copia  recibimos 
con  dicha  carta,  la  cual  se  sacó  de  una  que  envió  el  Conde  de  Alba  de 
Aliste,  virey  de  ese  reyno,  a  vos,  el  Inquisidor  don  Luis  de  Betancourt 
y  Figueroa  (que  por  haberlo  enviado  a  pedir  se  lo  volvió),  y  referís 
os  movió  a  prohibirle  ser  contra  el  señor  don  Joan  Mañozca,  arzobispo 
de  México,  Inquisidores  y  ministros  de  la  Inquisición  de  aquellos  rey- 
nos,  cuya  publicación  se  hizo  en  presencia  de  dicho  Virey,  de  que  no 
se  dió  por  entendido  ni  exhibió  el  dicho  papel  que  paraba  en  su  poder, 
y  porque  cerca  de  la  publicación  del  edicto  y  prohibición  de  dicho 
papel,  dió  cuenta  a  su  Magestad  en  el  Consejo  de  Indias,  con  gran  sen- 
timiento de  que  habiéndole  comunicado  en  confianza  a  vos  el  dicho 
inquisidor  Betancourt,  se  faltase  a  ella,  hiciese  la  prohibición  y  publi- 

Libro  76()-M,  ful.  l^i.  Las  fiases  señaladas  con  cursiva  se  hallan  así  en  el  original. 


4üÜ 


J.   T.  MEDINA 


case  el  edicto  en  su  presencia  y  de  los  de  la  dicha  Audiencia  de  ese 
reyno  y  dia  tan  festivo  y  privilegiado  como  uno  de  los  de  pascua  del 
Espíritu  Santo  (cosa  no  acostumbrada),  como  lo  veréis  por  la  copia 
del  resumen  de  la  consulta  hecha  por  dicho  Consejo  de  Indias,  que  con 
ésta  se  os  remite,  y  del  decreto  de  su  Magestad,  su  fecha  de  ocho  de 
este  presente  mes,  con  que  la  envió  al  Ilustrísimo  señor  Obispo  Inqui- 
sidor General:  visto  todo,  presente  su  Señoría  llustrísima,  ha  parecido 
deciros,  señores,  se  ha  estrañado  mucho  hayáis  procedido  en  este  caso 
con  tanta  aceleración,  debiendo  haber  dado  primero  cuenta  al  Consejo 
y  remitido  copia  del  dicho  pape!  y  calificádole  por  los  calificadores  de 
ese  Tribunal,  y  de  las  censuras  que  se  dieron  a  él,  para  que  con  vista 
de  ellas  y  de  lo  que  se  acordare  executar,  se  os  mandara  lo  mas  conve- 
niente, no  queriendo  tanta  aceleración  este  negocio,  ni  teniendo  auto- 
ridad para  ello  sino  en  caso  muy  urgente  y  preciso,  y  no  menos  el 
haber  faltado  a  la  urbanidad  y  cortesía  debida  al  dicho  Virey,  pues  ha- 
biéndoos comunicado  el  dicho  papel,  en  confianza,  a  vos  el  inquisidor 
Betancourt,  y  no  habiendo  noticia  corriese  en  ese  reyno,  ni  dél  se  si- 
guiese escándalo,  y  que  le  tenia  y  llegó  a  sus  manos  siendo  virey  de  la 
Nueva  España,  y  que  él  antes  dél,  se  le  envió  cuando  quebrantó  las 
cárceles  secretas,  como  os  lo  refirió  a  vos  el  dicho  inquisidor  Betancourt; 
por  lo  que  se  debe  a  su  persona  y  a  la  dignidad  que  representa,  no 
debiérades  haber  publicado  el  edicto  en  que  excedisteis,  y  no  ménos  en 
haberlo  publicado  en  dia  tan  festivo,  como  uno  de  la  pascua  de  pente- 
costes,  en  su  presencia  y  de  los  de  la  Real  Audiencia,  cuando  en  caso 
que  importara  el  hacerlo,  se  pudiera  hacer  en  otro  dia,  como  se  acos- 
tumbra, ocasionando  discordias,  que  tanto  se  deben  evitar,  ántes  valeros 
de  los  medios  de  urbanidad  y  templanza,  que  son  los  mas  a  propósito 
para  aumentar  la  estimación  y  veneración  de  ese  Tribunal,  sus  oficiales 
y  ministros,  como  lo  han  hecho  los  Inquisidores,  vuestros  antecesores, 
con  los  Vireyes  que  han  sido  en  esos  reynos,  y  porque  conviene  enterar 
el  real  ánimo  de  su  Magestad  y  satisfacer  a  su  real  decreto  y  a  lo  con- 
sultado por  el  Consejo  de  Indias,  se  os  remite  para  que  sobre  cada 
punto  de  lo  en  ello  contenido,  nos  informéis  muy  particular  y  indivi- 
tlualmente,  sin  omitir  parte  alguna  de  lo  que  contienen,  con  su  pare- 
cer" (45). 

No  aparece  en  los  archivos  inquisitoriales  la  respuesta  que  el  Tñ- 


(45)  l.ihro  -1,  fül.  173. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


401 


bunal  diera  a  esta  orden;  aunque  bien  se  deja  comprender  que  habia 
de  su  parte  demasiado  interés  en  no  aclarar  los  hechos  denunciados 
por  Lombardo  para  que  podamos  pensar  compasivamente  que  el  par- 
tido más  prudente  que  adoptó  por  entonces  fué  guardar  sobre  todo 
absoluto  silencio. 

En  la  cédula  de  concordia  ya  citada  se  mandaba  a  los  Inquisidores 
que  no  se  entremetiesen  a  estorbar  el  gobierno  de  los  prelados  de  las 
órdenes  religiosas,  de  cuyo  hecho  algún  caso  hemos  dejado  ya  consig- 
nado en  el  curso  de  esta  obra;  y,  como  nueva  comprobación,  daremos 
aquí  cuenta  de  los  embarazos  que  ocasionaron  a  los  dominicos  por  la 
época  que  vamos  relacionando,  y  que  constan  del  siguiente  documento, 
cuya  veracidad  garantizaba  al  Consejo  de  Indias  el  Conde  de  Alba,  en 
carta  de  30  de  agosto  de  1657. 

"El  año  de  45  queriendo  esta  provincia  hacer,  como  hijo,  provincial 
a  fray  Francisco  de  la  Cruz,  se  opusieron  los  inquisidores  Andrés  Juan 
Gaitan  y  don  Antonio  de  Castro,  pidiendo  votos  en  contra  para  el 
maestro  fray  Cipriano  de  Medina,  diciendo  era  causa  del  Tribunal,  y 
apretaron  grandemente  a  los  vocales,  que  eran  ministros;  no  así  don 
Luis  de  Betancourt,  que,  de  escusas  de  su  compañero,  obraba  diferente. 

"En  las  demás  elecciones  también  se  han  entrometido  solicitando 
votos  para  el  dicho  sugeto,  a  quien  los  religiosos  no  tienen  en  este 
concepto. 

"En  esta  elección  constará  a  V.  E.  el  empeño  que  han  hecho  con 
los  frailes  vocales,  en  especial  García  Martinez  Cabezas,  contando  que 
no  es  creíble,  según  lo  refieren  los  religiosos.  También  los  hicieron  don 
Bernardo  de  Ey^aguirre  y  don  Luis  de  Betancourt,  aunque  éste  con 
mucha  remisión,  y  don  Bernardo,  con  templanza,  don  Cristóbal  de 
Castilla  en  ninguna  manera. 

"Ahora  corre  han  de  dar  al  maestro  Machuca,  que  va  mal  contento, 
despachos  para  los  comisarios  que  le  hagan  buen  pasage,  que  se  dice 
que  va  por  tierra  a  Cartagena:  ya  se  hizo  con  fray  Nicolás  de  Acuña, 
un  fugitivo,  y  muy  escandaloso,  de  quien  se  dirá. 

"El  año  de  cincuenta  y  cuatro  motivados  los  frayles  que  S.  M. 
habia  presentado  en  la  iglesia  de  Santa  Marta  a  fray  Francisco  de  la 
Cruz,  provincial  actual,  le  negaron  la  obediencia,  siendo  cabeza  el 
maestro  fray  Juan  de  Barnasan,  que  se  intituló  vicario  general,  y  el 
caudillo,  el  maestro  fray  Cipriano  de  Medina,  a  quien  seguía  el  maestro 
fray  Diego  de  Trejo  y  presentado  fray  Francisco  de  Paredes  y  otros 

26 — La  Inquisición  de  Lima   Tomo  11 


402 


J.   T.  MEDINA 


pocos  sacerdotes,  con  los  mas  de  la  casa  de  novicios,  que  hacen  la  obser- 
vancia, con  escándalos  y  descréditos  tales  que  no  son  para  repetidos. 
Fomentáronlos  los  Inquisidores,  y  con  empeño.  Cabezas,  tanto  que  que- 
riéndose el  presentado  Paredes  ir  fuera  de  casa  sin  licencia,  y  man- 
dándole el  provincial  no  fuese,  dijo  iba  al  Tribunal,  en  que  no  tiene 
ejercicio  el  provincial:  le  respondió  pidiese  licencia,  no  quiso,  y  el  Tri- 
bunal envió  a  don  García  de  Ijar,  su  alguacil  mayor,  en  forma,  a  decir 
al  provincial  que  como  impedía  fuese  aquel  religioso  a  la  Inquisición, 
y  el  provincial  respondió  que  solo  impedia  fuese  sin  licencia. 

"Quedó  la  obediencia  de  gracia;  quiso  el  provincial  reparar  tanto 
daño;  fué  de  los  rebeldes  fray  Pedro  Román,  persona  honesta,  que 
llaman,  de  la  Inquisición,  frayle  que  no  habia  estudiado,  y  parecióle 
empezar  por  él,  por  ir  prudentemente,  temiendo  a  los  Inquisidores, 
que  aunque  no  tienen  juridiccion  en  ésto,  como  ni  hay  fuerzas  ni  re- 
curso, no  es  bien  ponerse  a  decir:  mándele  ir  al  Callao,  y  el  inquisidor 
Cabezas  envió  un  recado  que  lo  suspendiese.  Escusóse  el  provincial 
cortesmente,  y  dentro  de  muy  pocos  dias  vino  órden  del  Tribunal  que 
era  necesario  aquí  para  su  ministerio.  El  provincial  trájolo  a  la  Recoleta; 
inquietaría  mucho  a  todos;  mandóle  con  censuras  que  fuese  y  viniese 
al  Tribunal  vía  recta  y  que  acabado  lo  que  tenia  que  hacer  en  la  In- 
quisición, se  fuese  a  Trujillo,  y  el  Tribunal  envió  a  notificar  un  auto 
con  censuras  al  provincial,  que  notificó  don  Pedro  Paria  su  secretario, 
que  repusiese  el  auto  y  censura  contra  el  padre  fray  Pedro  Román: 
repúsolo  y  trájole  a  este  convento,  con  que,  conociendo  que  los  princi- 
pales agresores  del  tumulto  eran  calificadores,  habían  de  hacer  lo  mis- 
mo y  quedar  en  peor  estado,  se  retiró  y  quedó  la  religión  en  el  miserable 
que  hoy  tiene. 

"Enviaron  los  rebelados  por  su  procurador  a  España  a  fray  Nicolás 
de  Acuña,  hombre  escandaloso,  que  aquí  con  un  pistolete  se  defendía, 
y  en  Quito  hizo  grandes  excesos  contra  los  prelados ;  ahogóse  en  la  almi- 
ranta  que  se  perdió  en  los  Mimbres:  a  éste  se  le  dieron  despachos,  por- 
que fué  por  Quito,  para  los  comisarios  que  le  ayudasen,  y  los  llevó 
también  del  comisario  general  de  San  Francisco  fray  Francisco  de 
Borja,  de  los  de  la  Inquisición;  hubo  aquí  papeles  que  lo  certificaban; 
llevó  cartas  en  su  abono  y  crédito  de  procurador  a  Cartagena  del  inqui- 
sidor Cabezas,  y  con  un  poder  falso  y  dicho  abono  de  persona  para 
que  le  diesen  pasage  y  hiciesen  favor,  al  gobernador  y  a  don  Gonzalo 
de  Herrera,  vecino  de  aquella  ciudad,  que  tenia  de  este  convento  once 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


403 


mil  pesos  para  comprar  negros,  y  se  fué  con  ellos;  se  perdieron,  y  así 
se  ha  dado  por  descargo  de  parte  de  don  Gonzalo,  que  no  pudo  prevenir 
no  fuese  procurador  del  provincial  el  que  iba  acreditado  de  un  Inquisi- 
dor, electo  obispo  de  aquella  ciudad.  Es  verdad  que  hasta  ahora  no  se 
han  visto  papeles,  porque  se  ha  dejado,  viendo  que  de  España  no  se 
provee  de  remedio  sino  que  ántes  se  le  premia;  esto  es  lo  que  hemos 
entendido"  (46). 

Sería  largo  citar  todas  las  cuestiones  que  siguieron  ocurriendo,  aún 
con  los  más  frivolos  pretextos,  entre  los  inquisidores  y  los  Virreyes, 
y  especialmente  con  el  Duque  de  la  Palata,  que  por  tener  de  asesor  a 
don  Pedro  Fraso,  hombre  muy  versado  en  leyes  y  autor  de  una  volu- 
minosa obra  sobre  patronato,  no  cejaba  un  punto  en  las  regalías  de 
su  puesto.  No  debemos  olvidar,  con  todo  que  habiéndose  hecho  causa 
contra  José  de  Aponte,  porque  yendo  de  ronda  la  noche  del  5  de  julio 
de  1698  el  doctor  don  Juan  Pérez  de  Urquizu,  alcalde  del  crimen  de  la 
Real  Audiencia,  por  la  calle  de  la  Catedral,  encontraron  los  ministros 
"un  hombre  abrazado  con  una  mujer,  que  tenia  debajo  del  capote, 
arrimados  a  un  poste  del  cementerio,  y  preguntándole  quien  iba  a  la 
justicia,  se  resistió  sacando  una  pistola  cargada,  prorrumpiendo  en  pa- 
labras indecentes  y  desacatadas  contra  el  juez  y  los  ministros";  mas,  al 
segundo  día  de  iniciado  el  proceso,  el  Santo  Oficio  despachó  un  auto, 
mandando  que  por  ser  el  reo  hermano  del  fiscal,  se  notificase  a  los 
alcaldes  del  crimen  entregasen  luego  el  preso  y  la  causa,  pena  ile  ex- 
comunión mayor  (47). 

Pero,  al  fin,  tanto  apuraron  la  materia  los  ministros  del  Santo  Oficio 
que  llegó  un  día  en  que  siguiéndose  causa  de  concurso  en  el  Consulado 
de  Lima  sobre  los  bienes  de  Félix  Antonio  de  Vargas,  ordenó  el  Tri- 
bunal, "por  el  interés  de  un  secretario  suyo",  que  se  le  enviasen  los 
autos  para  que  ante  él  se  siguiese  el  juicio;  y  pareciéndole  al  del  Con- 
sulado que  esto  sería  en  agravio  de  sus  fueros,  se  presentó  ante  el 
Gobierno,  el  cual,  con  dictamen  del  Real  Acuerdo,  dispuso  que  se  for- 
mase sala  de  competencia,  lo  que  resistió  la  Inquisición  con  pretexto 
de  no  ser  caso  de  duda  el  fuero  activo  de  sus  ministros  titulados. 

El  Virrey  Manso  a  su  llegada  a  Lima  encontró  el  expediente  en 
este  estado  y  comprendiendo,  como  él  dice,  que  en  él  estaba  interesada 


(46)  An/iii'o  de  indias,  c-st.  70,  cajón  2,  leg.  23. 

(47)  Carta  de  la  Aiidiccia  de  Lima  de  12  de  febrero  de  1699.  A.  de  I. 


404 


J.   T.  MEDINA 


la  causa  pública,  después  de  nuevas  tramitaciones  sin  resultado,  hizo 
llamar  a  su  gabinete  a  los  Inquisidores  para  ver  modo  de  tratar  priva- 
damente el  negocio,  logrando  que  se  allanasen  a  formar  sala  refleja, 
en  que  se  declarase  si  el  punto  era  de  la  de  competencia.  Pero  en  esto 
surgió  una  nueva  dificultad,  que  consistía  en  que  el  oidor  decano  ins- 
taba en  que  se  le  admitiese  con  capa  y  sombrero,  y  la  Inquisición  que 
había  de  entrar  con  toga  y  con  gorra,  empeñándose  cada  parte  en 
sostener  su  dictamen  como  si  se  tratase  de  la  cosa  más  grave.  Después 
de  nuevas  actuaciones  judiciales  y  nuevas  conferencias  privadas  se  re- 
solvió al  fin  que  los  ministros  gozaban  del  fuero,  como  lo  pretendía 
el  Santo  Oficio.  Mas,  no  pensó  el  Rey  lo  mismo,  pues  en  vista  de  los 
autos,  expidió  la  cédula  fecha  20  de  junio  de  1751  declarando  que  los 
ministros  titulados  y  asalariados  del  Santo  Oficio  sólo  debían  gozar 
del  fuero  pasivo,  así  en  lo  civil  como  en  lo  criminal,  y  los  familiares, 
comensales  y  dependientes  de  los  Inquisidores  ni  en  uno  ni  en  otro, 
sin  olvidarse  tampoco  S.  M.  de  resolver  el  caso  de  la  capa  y  sombre- 
ro.. .  (48). 

Pero  si  el  Tribunal  se  mostraba  tan  celoso  de  sus  fueros,  verdaderos 
o  supuestos,  no  era  menos  exigente  cuando  alguien  se  permitía  arro- 
garse su  nombre,  sin  derecho  o  contra  su  consentimiento  y  voluntad, 
de  lo  cual  dejamos  ya  constatados  numerosos  casos. 

Apenas  necesitamos  insinuar  aquí  que  cuanto  se  ha  dicho  de  los 
jefes  del  Tribunal  es  enteramente  aplicable  a  sus  delegados,  comisarios, 
familiares  y  dependientes. 

No  tiene,  pues,  nada  de  extraño,  ni  a  nadie  sorprenderá,  que  por 
todos  estos  motivos  el  Tribunal  del  Santo  Oficio  se  hiciese  desde  su 
instalación  aborrecible  a  todo  el  mundo,  a  las  autoridades  civiles,  a  los 
obispos,  a  los  prelados  de  las  órdenes  y  al  pueblo,  de  tal  manera  que  los 
Inquisidores  no  sólo  vivían  persuadidos  de  este  hecho,  sino  que  aún 
tenían  cuidado  de  recordarlo  a  cada  paso  como  un  título  destinado  a 
enaltecerlos;  y  para  no  citar  más  del  testimonio  de  uno  de  ellos,  famoso 
en  los  anales  de  este  Tribunal,  transcribiremos  aquí  sus  propias  pala- 
bras: "Hemos  tenido  mucha  esperiencia  en  este  reino,  decía  Gutiérrez 
de  Ulloa,  que  jeneralmente  no  dio  gusto  venir  la  Inquisición  a  él,  a 
las  particulares  personas  por  el  freno  que  se  puso  a  la  libertad  en  el 


(48)  Véase  el  detalle  de  eslos  incidentes  en  las  Memorun  //;•  ¡os  Virreyes,  l.  IV,  pág.  73 
y  siguientes. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


405 


vivir  y  hablar,  y  a  los  eclesiásticos  porque  a  los  prelados  se  les  quitaba 
ésto  de  su  jurisdicción,  y  a  los  demás  se  les  añadian  jueces  mas  cuida- 
dosos, y  a  las  justicias  reales,  especialmente  Virey  y  Audiencias,  porque 
con  ésta  se  les  sacaba  algo  de  su  mano,  cosa  para  ellos  muy  dura  por  la 
costumbre  que  tenian  de  mandarlo  todo  sin  escepción"  (49).  Con  oca- 
sión de  una  queja  de  la  Audiencia  de  Panamá,  en  que  exponía  al  sobe- 
rano los  agravios  que  los  delegados  del  Tribunal  hacían  a  sus  vasallos, 
los  Inquisidores  repetían  todavía  de  una  manera  más  categórica,  "que 
los  ministros  del  Tribunal,  por  el  mismo  caso  que  lo  son,  son  tan  abo- 
rrecibles a  los  jueces  reales  que  les  procuran  hacer  y  hacen  molestia 
en  cuantas  cosas  se  les  ofrecen"  (50). 

El  alborozo  con  que  en  Lima  se  recibió  la  noticia  de  la  abolición 
del  Tribunal  y  las  pruebas  inequívocas  del  odio  del  pueblo,  que  suce- 
dieron a  ese  acontecimiento,  están  demostrando  claramente  que  con  el 
tiempo  no  desmereció  el  Tribunal  de  la  opinión  que  desde  un  princi- 
pio se  captó. 

Pero,  como  se  comprenderá  fácilmente,  si  para  algunos  se  habían 
hecho  especialmente  aborrecibles,  como  ellos  lo  expresaban,  para  nadie 
con  más  justo  título  que  para  los  infelices  que  por  un  motivo  o  por 
otro  eran  encerrados  en  las  cárceles  secretas.  Los  largos  viajes  que  debían 
emprender,  de  ordinario  engrillados,  a  causa  de  una  simple  delación, 
muchas  veces  de  un  solo  testigo,  acaso  enemigo,  que  motivaron  tantas 
quejas  de  los  Virreyes,  la  mala  alimentación  que  se  les  suministraba 
en  las  cárceles,  las  torturas  a  que  se  les  sometía  obligándoles  casi  siem- 
pre por  este  medio  a  denunciarse  por  delitos  que  jamás  cometieron,  el 
no  conocer  nunca  a  sus  delatores,  el  atropello  de  sus  personas  por  la 
más  refinada  insolencia,  la  eterna  duración  de  sus  procesos  (51),  cons- 
tituía tal  odisea  de  sufrimientos  para  estos  infelices  de  ese  modo  vejados, 
que  encontraba  muchas  veces  término  en  el  suicidio  más  cruel,  ya  de- 
sangrándose, ahorcándose  de  un  clavo,  privándose  de  todo  alimento  y 
hasta,  lo  que  parece  increíble,  tratándose  de  ahogar  con  trapos  que  se 


(■49)  Carta  tic  2fi  ilc  abril  ilc  1584. 

(5ü)  Id.  <lc  los  Inquisidores  de  3  de  abril  de  15H1. 

(51)  Ya  sabemos  lo  que  aconteció  con  la  l'i/.arro.  con  Moyen,  etc.:  pero  aquí  debemos 
recordar    toilavía   otro    hecho  semejante. 

l'.n  3  lie  septiembre  fué  denunciado  en  ('ajamarc.i,  S.uitos  Reyes  Montero,  que  daba 
fortuna  con  amores  y  curaba  con  maleficios,  y  que  excepcionó  diciendo  que  había  sido 
acusado  por  un  enemigo  capital  suyo.  Habiendo  sido  objetado  el  proceso  desde  España,  vino 
a  fallarse  en  noviembre  tle  17-19. 


40G 


J.   T.  MEDINA 


metían  en  la  boca.  Y  acaso  lo  que  hoy  parezca  quizá  más  horrible  a 

nuestras  sociedades  modernas,  llevándose  la  saña  contra  ellos,  no  sólo 
a  dejar  en  la  orfandad  a  sus  familias,  privando  a  sus  hijos  de  los 
bienes  que  les  debían  corresponder  por  herencia  de  sus  padres,  sino, 
viéndose  junto  con  ellos,  condenados  a  perpetua  infamia  por  un  delito 
que  jamás  cometieron. 

No  es  fácil  poder  determinar  de  una  manera  exacta  cuántas  fueron 
las  personas  procesadas  por  el  Santo  Oficio  de  Lima.  El  expediente  de 
visita  de  Ruiz  de  Prado  nos  manifiesta  que  de  las  causas  de  algunos 
reos  no  se  enviaba  relación  al  Consejo,  por  omisión  voluntaria  o  no, 
que  no  lo  sabemos.  Por  otra  parte,  la  documentación  del  siglo  XVIII, 
bajo  este  aspecto,  no  es  tan  completa  que  pueda  llevarnos  a  formar  una 
estadística  cabal  y  exacta.  Consta  sí,  según  lo  hemos  ya  expresado  (52), 
que  en  el  solo  período  de  los  veinte  años  primeros  de  la  existencia  del 
Tribunal  habían  sido  encausados,  según  los  apuntes  del  visitador,  mil 
doscientos  sesenta  y  cinco  individuos,  y  aún  más,  y  que  el  inquisidor 
Verdugo,  como  también  lo  hemos  indicado  ya  (53),  luego  de  su  llegada 
a  Lima,  en  1602,  mandó  suspender  no  menos  de  cien  procesos.  Ahora 
bien,  sin  comprender  los  de  origen  chileno,  que  ascienden  mas  o  menos 
a  otros  tantos,  en  nuestra  obra  hemos  dado  noticias  de  mil  cuatrocien- 
tos setenta  y  cuatro,  cuya  enumeración  por  orden  alfabético,  publica- 
mos al  fin  del  presente  volumen.  Es  verdad  que  en  estos  últimos  damos 
cabida  a  algunos  que  se  comprenden  en  la  lista  de  Ruiz  de  Prado; 
pero,  tomando  en  consideración  todas  las  circunstancias  que  dejamos 
apuntadas,  creemos  que  un  cálculo  prudencial  nos  permite  fijar  apro- 
ximadamente en  tres  mil  el  número  de  personas  encausadas  por  el  Tri- 
bunal. 

Ahora,  si  consideramos  que  no  estaban  sujetos  a  la  Inquisición  los 
indios,  que  componían  en  su  inmensa  mayoría  la  población  de  las  di- 
versas provincias  del  virreinato,  debemos  llegar  forzosamente  a  la  con- 
clusión de  que  aquella  cifra,  especialmente  por  lo  que  a  los  primeros 
años  de  la  existencia  del  Tribunal  se  refiere,  es  realmente  enorme. 

De  los  mil  cuatrocientos  setenta  y  cuatro  nombres  que  forman  la 
lista  que  indicamos,  ciento  ochenta  corresponden  a  mujeres;  ciento 
uno  a  clérigos;  cuarenta  y  nueve  a  frailes  franciscanos;  treinta  y  cuatro 
a  dominicos;  treinta  y  seis  a  mercedarios;  veintiséis  a  agustinos,  y  doce 


(52)  Véase  la  páj,'.  211  del  lomo  I  ilc  citc  libro. 

(53)  Toiiiü  I,  pág.  303. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


407 


a  jesuítas.  Por  proposiciones,  fueron  procesados  ciento  cuarenta;  por 
judíos,  doscientos  cuarenta  y  tres;  cinco  por  mahometanos;  por  lutera- 
nos, sesenta  y  cinco;  por  blasfemos,  noventa  y  siete;  por  doctrinas  con- 
trarias al  sexto  mandamiento,  cuarenta;  por  doble  matrimonio,  dos- 
cientos noventa  y  siete;  por  hechiceros,  ciento  setenta  y  dos;  por  solici- 
tantes en  confesión,  ciento  nueve;  y  por  varios  hechos,  doscientos  se- 
tenta y  seis. 

Treinta  fueron  quemados  en  persona,  y  de  entre  ellos,  quince  vi- 
vos; en  estatua  y  huesos,  dieciocho. 

No  necesitamos  consignar  aquí  cuantos  de  los  condenados  eran 
realmente  locos,  ni  cuantos  aparecen  que  lo  fueron  siendo  inocentes, 
según  la  misma  relación  de  sus  causas,  porque  el  lector  bien  habrá 
podido  comprenderlo  ya. 

La  observación  más  notable  que  a  nuestro  juicio  pudiera  establecerse 
respecto  de  los  delitos  de  los  procesados,  es  la  que  se  deduce  de  la  ma- 
nera como  se  castigaban  los  que  delinquían  contra  las  costumbres  y 
los  que  pecaban  contra  la  fe.  Así,  Francisco  Moyen  que  negaba  que 
faltar  al  sexto  mandamiento  fuese  un  hecho  punible,  recibió  trece  años 
de  cárcel  y  diez  de  destierro,  y  el  sacerdote  que  ejerciendo  su  ministerio 
abusaba  hasta  donde  es  posible  de  sus  penitentes,  llevaba  una  mera 
privación  de  confesar  durante  un  tiempo  más  o  menos  limitado  y  algu- 
nas penas  espirituales.  Esta  contradicción  chocante  es  realmente  sor- 
prendente. 

Es  verdad  que  el  estudio  de  las  costumbres  nos  manifiesta  que 
el  pueblo,  los  esclesiásticos,  y  más  aún  los  Inquisidores  vivían  a  este  res- 
pecto tan  apartados  de  las  buenas,  que  apenas  si  hoy  podemos  explicar- 
nos semejante  estragamiento.  Lo  que  se  ha  visto  de  UUoa,  Ruiz  de 
Prado,  Unda,  etc.,  nos  manifiesta  que  si  la  investigación  hubiera  podido 
adelantarse  por  circunstancias  especiales,  como  ha  acontecido  con  aque- 
llos, merced  a  la  visita  del  Tribunal,  serían  muy  pocos  los  inquisidores, 
ministros  y  familiares  del  Santo  Oficio  que  hoy  pudieran  presentarse 
libres  de  esta  mancha;  pero  lo  que  se  conoce  es  ya  suficiente  para  tener 
una  idea  aproximada  de  lo  que  fué  el  Tribunal  bajo  este  aspecto. 

Lo  que  los  Inquisidores  han  cuidado  decir  de  los  obispos  con 
quienes  no  llegaron  a  tener  amistad,  nos  manifiesta,  igualmente,  cuán 
poco  podía  esperarse  de  su  ejemplo,  y  ahora  expondremos  brevemente 
cómo  este  mal  se  encontraba  arraigado  en  todas  las  clases  sociales,  y, 
especialmente,  en  los  eclesiásticos. 


408 


J.   T.  MEDINA 


Desde  antes  de  la  llegada  de  Cerezuela,  el  agustino  Bivero  signi- 
ficaba al  Rey  el  estado  de  las  costumbres  en  el  Perú,  granjerias,  cruel- 
dades cometidas  con  los  indios,  abandono  absoluto  de  su  enseñanza 
religiosa,  avaricia  de  las  prelados,  etc. 

La  relación  que  algunos  años  más  tarde  enviaba  al  Rey  el  Conde 
del  Villar  no  era  menos  lastimosa. 

"En  lo  que  toca  al  estado  eclesiástico,  decía,  están  vacos  los  obispa- 
dos de  el  Cuzco,  La  Plata  y  Quito,  y  así  gobiernan  en  ellos  los  Cabildos 
de  las  iglesias,  en  los  cuales  hay  tanta  división  entre  los  capitulares  y 
tantas  pretensiones  y  diferencias  que  cada  uno  acude  a  su  particular 
interés  y  de  los  a  quien  quiere  favorecer,  de  manera  que  se  entiende 
que  con  su  gobierno  se  desirve  Dios  y  Vuestra  Magestad,  y  la  doctrina 
y  conversión  de  los  indios  no  se  hace  cómo  ni  por  los  ministros  que  se 
debia;  y  así  parece  que  conviene  que  Vuestra  Magestad  se  sirva  mandar 
proveher  con  brevedad  de  prelados  en  los  dichos  obispados,  en  los  de- 
mas  vacaren  en  estas  partes  y  en  personas  que  tengan  las  que  se  requie- 
ren, y  siendo  posible  no  sean  de  los  que  los  pretenden,  porque  la 
intención  de  los  tales  no  se  entiende  que  es  el  aprovechamiento  de  las 
ánimas  sino  el  de  su  caudal,  y  algunos  lo  mercadean  como  si  fuera  de 
su  profesión,  ocupando  para  ello  a  los  sacerdotes  de  su  distrito,  a  cada 
uno  en  el  suyo,  y  disimulándoles  por  ésto  sus  descuidos  y  vicios,  y  ellos 
a  los  indios  los  que  tienen,  por  las  grangerías  con  que  viven,  como  de 
ésto  hay  muy  notoria  experiencia. 

"Los  clérigos  particulares  de  este  reyno,  son  en  tres  maneras:  unos 
vienen  de  Castilla  y  otros  se  ordenan  acá,  aunque  nacieron  en  ella,  y 
otros  son  nacidos  y  criados  en  esta  tierra:  a  pocos  de  los  que  vienen 
de  Castilla  se  entiende  que  les  trae  el  deseo  de  servir  a  Dios  sino  el  de 
enriquecer,  y  así  los  mas  no  cuidan  de  saber  la  lengua,  sino  de  las  inte- 
ligencias y  grangerías  con  que  pueden  ganar  de  comer,  no  solo  entre 
los  indios  de  sus  doctrinas,  pero  fuera  de  ellos,  y  cuando  ya  tienen  cau- 
dal para  no  tener  tan  insaciable  codicia  y  saben  la  lengua  y  entienden 
las  costumbres  de  los  indios,  se  vuelven  a  España;  y  así  hay  necesidad 
de  que  en  su  lugar  entren  otros  nuevos,  que  solo  sirven  de  lo  que  los 
otros  y  de  esquilmar  a  los  indios  y  llevarse  el  salario,  sin  hacer  aprove- 
chamiento; y  aunque  hay  algunos  clérigos  de  buena  vida  y  ejemplo, 
lo  general  es  lo  que  digo,  y  sirviéndose  de  ello  Vuestra  Magestad,  me 
parece  convenia  que  a  los  clérigos  que  pasan  a  este  reyno,  no  se  diese 
licencia  para  salir  de  él  sin  que  hayan  residido  diez  o  doce  años,  o  los 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


409 


que  Vuestra  Magestad  se  sirviere,  y  que  si  fueren  sin  ella,  los  vuelvan 
acá  o  se  les  ponga  otro  vínculo,  porque  se  suelen  ir  por  el  Nuevo  Reyno 
de  Granada  y  otras  partes,  y  también  me  parece  que  conviene  que  des- 
pués de  el  dicho  tiempo  se  les  de  licencia  para  poderse  volver  a  Castilla, 
porque  de  otra  manera  entiendo  que  dejarían  de  pasar  acá  y  seria  de 
inconveniente  por  las  razones  contenidas  en  los  capítulos  siguientes. 

"Los  que  se  ordenan  acá  de  los  nacidos  en  Castilla,  regularmente 
son  soldados  delincuentes  y  hombres  que  por  culpa  suya  se  hallan  nes- 
cesitados  de  ordenarse,  aunque  también  hay  quien  lo  hace  por  chris- 
tiandad  y  devoción;  y  los  que  son  de  los  primeros  de  este  capítulo, 
pierden  tarde  las  costumbres  antiguas  y  todo  redunda  en  daño  espiri- 
tual y  corporal  de  los  indios,  y  muchas  veces  en  inquietudes  de  el  reyno 
que  los  tales  sacerdotes  suelen  inventar;  y  los  nacidos  y  ordenados  acá, 
aunque  suelen  ser  expertos  en  la  lengua  de  los  indios,  pocas  veces  tienen 
aprobación  de  costumbres  ni  las  partes  que  deben  tener  los  que  han 
de  dar  pasto  espiritual,  principalmente  a  gente  nueva  y  inculta  en  la 
fee;  de  estos  segundos  y  terceros,  se  entiende  que  hay  muchos  en  las 
doctrinas  de  los  dichos  obispados  vacantes,  y  que  en  este  arzobispado 
concurren  los  de  mejor  aprobación  y  los  que  mas  bien  disciplinados 
y  corre j idos  están,  por  el  cuidado  de  el  Arzobispo  presente,  que  per- 
sonalmente los  visita,  y  castiga  con  rigor  sus  excesos. 

"Religiosos  de  la  orden  de  San  Francisco  hay  pocos  en  este  reyno, 
y  son  de  los  que  se  entiende  que  hacen  la  doctrina  con  mayor  cuidado 
y  exemplo  y  ménos  codicia,  y  así  he  puesto  algunos  en  doctrinas  de 
indios,  de  mas  de  los  que  habia  en  otras. 

"Los  dominicos,  aunque  hay  mayor  número,  no  tienen  tanta  apro- 
bación porque  es  muy  grande  el  de  los  mozos  criollos  que  hay  en  la 
Orden,  y  el  de  los  que  cada  dia  reciben  en  ella,  aunque  no  sepan  leer, 
por  ser  muy  niños,  y  lo  es  también  la  cudicia  que  muchos  de  ellos 
muestran  en  las  doctrinas  que  tienen. 

"Entre  los  agustinos  hay  mas  número  de  viejos  y  de  hombres  de 
aprobación  que  entre  los  dominicos. 

"Los  de  la  Compañía  de  Jesús  viven  con  particular  cuidado  tic  dar 
buen  exemplo  y  de  la  manera  que  lo  hacen  en  Castilla. 

"Los  mercenarios  reciben  muchos  mozos  criollos  y  mestizos,  y 
aunque  entre  ellos  hay  algunos  de  mucha  aprobación,  en  general  los 
de  esta  Orden  viven  con  no  tanta  como  parece  que  convenia,  y  así 
tienen  mucha  necesidad  de  ser  visitados  y  corregidos  por  personas  gra- 


410 


J.   1.  MEDINA 


ves,  y  que  la  tengan  y  vengan  a  ello  y  vuelvan  a  dar  cuenta  a  su 
superior,  porque  los  que  pretenden  quedar  acá  tratan  mas  de  grangear 
amigos  y  riquezas  que  de  atesorarlas  para  el  cielo. 

"Los  correjidores  de  este  reyno,  o  son  proveídos  por  Vuestra  Ma- 
gestad,  o  por  los  Vireyes  y  gobernadores  de  él:  los  de  allá  lo  son  y 
viven  con  máxima  de  que  son  inmediatos  a  Vuestra  Magestad  y  a  su 
Real  Consejo  de  las  Indias,  y  así,  en  lo  general,  viven  y  proceden  olvi- 
dados de  que  han  de  dar  cuenta,  o  pareciéndoles  que  no  habrá  quien 
les  vaya  a  seguir  su  residencia  al  dicho  Real  Consejo,  y  como  vienen 
empeñados  y  gastados  de  Castilla,  se  procuran  desempeñar  y  enriquecer 
en  el  tiempo  de  el  oficio  con  tratos  y  grangerías  y  otros  medios,  que 
algunos  hallan,  y  aviándose  con  los  caciques  y  sacerdotes,  y  atienden 
poco  a  las  obligaciones  de  sus  oficios,  y  algunos  han  puesto  sus  repú- 
blicas a  riesgo  de  perderse;  y  los  proveídos  en  esta  tierra,  aunque  son 
y  viven  mas  sujetos  y  con  mas  cuidado,  nunca  dejan  de  tenerle  de  sus 
grangerías  y  aprovechamientos,  ocupando  en  ellos  a  los  indios;  pero 
acudiré  al  remedio  quitándolos  cuando  conviene,  y  de  los  unos  y  de 
los  otros  son  pocos  los  que  proceden  de  otra  manera,  aunque  ahora 
con  .  .  mandé  llevar  la  plata  de  comunidades  y  residuos,  cesará  mucha 
parte  y  en  los  corregimientos  se  procura  elegir  personas  cuales  con- 
vienen, o  las  de  mas  aprobación  que  se  pueden  hallar. 

"Los  vecinos  encomenderos  y  situados  de  este  reyno,  generalmente 
están  pobres  y  empeñados  por  la  carestía  que  hay  en  todas  las  cosas, 
y  sus  excesivos  gastos,  y  viven  con  deseo  de  servir  a  V.  M.,  aunque 
cuando  han  sido  llamados  para  las  ocasiones  que  se  han  ofrecido  de 
presente,  algunos  se  han  asperado  y  puesto  dificultades,  pareciéndoles 
o  dando  a  entender  que  no  tienen  esta  obligación,  sino  solamente  de 
residir  y  defender  la  ciudad  donde  son  vecinos,  de  lo  cual,  a  lo  que  yo 
he  entendido,  tienen  mas  culpa  que  ellos  las  personas  que  les  han 
favorecido  para  ello,  de  que  en  carta  doy  mas  particular  quenta  a  V.  M. 

"Pretensores  hay  gran  número  en  este  reyno,  porque  como  los 
conquistadores  y  primeros  pobladores  han  dejado  hijos,  cada  uno 
de  ellos  pretende  la  gratificación  entera  de  lo  que  su  padre  sirvió:  los 
unos  diciendo  que  son  mayores,  y  los  otros  necesitados,  y  las  mugeres 
por  serlo,  y  así  como  van  multiplicando  los  hijos  y  descendientes,  cre- 
cen los  pretensores,  y  porque  lo  son  muchos  que  nunca  sirvieron  y 
tuvieron  mérito,  sino  que  lo  toman  por  entretenimiento  y  porque  cual- 
quier ocasión,  aunque  muy  ligera,  en  que  sirven  a  V.  M.,  no  obstante 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


411 


que  sea  por  sueldo,  es  para  ellos  muy  grande,  para  pretender  gratifi- 
cación y  estar  ya  tan  acostumbrados  a  ésto  que  casi  lo  tienen  por  refujio 
los  hombres  perdidos  y  se  quejan  tan  de  veras  de  que  no  se  les  haga 
merced,  como  si  de  rigor  se  les  debiese;  y  a  los  que  se  entiende  que 
mejor  lo  merecen,  se  satisface  repartiéndoles  lo  que  hay  y  se  ofrece 
en  el  reyno,  que  no  es  mucho,  por  lo  cual  y  porque  se  procura  entre- 
tener a  muchos,  no  les  cabe  la  cantidad  que  cada  uno  queria,  y  de 
cualquier  manera  que  se  haga  con  ellos,  no  es  posible  contentarlos, 
como  se  desea  y  procura. 

"Los  gentiles  hombres  de  las  compañías  de  los  lanzas  y  arcabuces, 
respecto  de  que  la  consignación  de  donde  se  pagan  rentas,  ménos  que 
las  que  se  les  debe,  no  les  alcanza  el  sueldo  entero  y  andan  de  ordinario 
necesitados,  aunque  son  los  que  mas  a  la  mano  están  para  servir  en 
lo  que  se  les  manda,  por  lo  cual  he  puesto  en  la  corona  de  V.  M. 
algunos  repartimientos  para  que,  acabada  la  vida  de  los  a  quien  hice 
merced  de  los  tributos  de  ellos,  en  su  real  nombre,  queden  para 
la  dicha  consignación,  como  lo  tengo  escrito  a  V.  M.,  y  parecióme  usar 
de  este  medio  porque  si  se  pusieran  en  la  dicha  corona  de  V.  M.  para 
que  desde  luego  lo  gozaran  las  dichas  compañías,  causara  descontento 
a  los  que  esperaban  la  presente  gratificación,  y  aunque  por  la  dicha 
causa  ahora  no  lo  gozan  los  lanzas,  lo  harán  adelante  y  podrá  haber 
mayor  número  de  ellos,  y  hacer  gratificación  con  las  dichas  plazas  a 
los  que  tuvieren  méritos  para  ello,  en  lugar  de  la  que  se  les  habia  de 
hacer  de  los  dichos  repartimientos. 

"La  demás  gente  española  de  el  reyno,  a  quien  llaman  soldados, 
unos  se  ocupan  en  grangerías,  trayendo  empleos  de  España  y  Nueva 
España,  y  Tierrafirme;  otros  de  unas  partes  a  otras,  de  este  reyno,  o 
de  él  al  de  Chile;  otros  beneficiando  minas,  y  algunos  son  labradores 
de  el  campo;  y  otros  en  el  trato  de  la  coca;  y  otros  vagando  sin  oficio 
ni  entretenimiento,  mas  que  pasearse  y  acudir  a  comer  a  las  casas  de 
los  vecinos  y  de  otros  hombres  ricos  que  los  sustentan,  y  aunque  éstos 
son  muchos,  se  entiende  que  hoy  son  ménos  que  solían,  respectivamen- 
te de  la  gente  que  habia  y  hay  de  presente  en  este  reyno,  porque  en 
cada  flota  pasa  mucha  y  son  pocos  los  que  vuelven  a  Castilla,  y  de  los 
dichos  ociosos,  pocos  paran  en  esta  ciudad,  porque  los  mas  se  van  a 
las  de  arriba,  y  los  unos  y  los  otros,  aunque  tienen  el  nombre  de  solda- 
dos, huyen  en  las  ocasiones  de  serlo  y  se  juntan  con  dificultad  para 
ello. 


112 


J.   T.  MEDINA 


"El  trato  general  de  los  hombres  es  igual  sin  diferencia  y  como 
si  todos  fueran  calificados  y  ninguno  lo  dejara  de  ser,  y  lo  mesmo  el 
de  las  mugeres,  cuyo  trage  es  costosísimo. 

"Los  caciques  y  principales  de  los  indios,  aunque  tienen  subjetos 
a  los  subditos,  no  con  la  opresión  que  solian,  sino  en  lo  que  conviene, 
porcjue  les  van  a  la  mano  las  justicias  dellos;  y  los  indios  particulares, 
a  lo  que  se  entiende,  están  poco  fundados  en  nuestra  santa  fee,  que 
es  gran  lástima,  en  especial  porque  no  es  toda  la  culpa  suya  sino  de 
los  que  los  tienen  a  cargo,  como  esta  referido,  y  de  los  que  les  dan  mal 
ejemplo,  que  no  son  pocos,  no  obstante  que  se  pone  el  remedio  que  se 
puede  para  ello"  (54). 

Los  procesos  seguidos  en  el  Santo  Oficio  nos  dan  sobre  las  cos- 
tumbres dominantes  en  los  claustros  las  más  tristes  noticias. 

Hay  algunos  reos  de  entre  los  frailes,  como  Luis  Coronado,  Am- 
brosio de  Rentería,  etc.,  a  quienes  se  les  ha  permitido  contar  por  menor 
la  relación  de  todas  sus  torpezas,  tan  asquerosas  que  la  pluma  se  resiste 
a  entrar  en  este  terreno  (55). 

¿Qué  decir  de  lo  que  pasaba  en  el  confesonario?  El  número  de 
sacerdotes  procesados  lo  está  claramente  manifestando.  Los  Inquisido- 
res alarmados  con  lo  que  estaba  sucediendo,  especialmente  en  el  Tu- 
cumán,  ocurrieron  al  Consejo  en  demanda  de  que  se  les  permitiese 
agravar  las  penas  impuestas  en  tales  casos,  y  no  contentos  con  esto, 
promulgaron  edictos  especiales,  como  los  que  habían  fulminado  con- 
tra los  hechiceros,  para  ver  modo  de  poner  atajo  a  las  solicitaciones  en 
confesión,  según  puede  comprobarse  por  el  que  transcribimos  en  se- 
guida. 

"Nos  los  Inquisidores  contra  la  herética  pravedad  y  apostasía,  en 
la  ciudad  y  arzobispado  de  los  Reyes,  con  el  arzobispado  de  la  provincia 
de  los  Charcas,  y  los  obispados  de  Quito,  el  Cuzco,  Rio  de  la  Plata,  Tu- 


(5-1)  ('íiriu  de  S  (le  ni.iyo  de  1588.  A.  de  I. 

(55)  "Por  la  relación  del  ne.íjocio  de  l-'r.  Francisco  de  la  Cruz  verá  U.  S.,  decían  los 
Inquisidores  en  18  de  marzo  de  1575,  cómo  confiesa  haber  caído  en  el  pecado  nefando  con 
dos  frailes  de  su  Orden,  y  asimismo  confiesa  que  se  entendía  i)or  los  frailes  de  aquella  casa 
que  habia  entre  ellos  algunos  que  cometían  aquel  pecado,  y  mucho,  en  particular  algunos; 
y  parece  por  la  dicha  confesión  que  acerca  deste  pecado  hay  mucho  daño  en  aquel  monasterio 
\  Orden,  y  mayormente  le  habia  en  aquel  tiempo  entre  los  frailes  novicios.  Damos  desto  noticia 
a  U.  S.  para  que,  pareciendo  que  conviene  iiara  obviar  este  daño  que  por  nuestra  parte  se 
hiciese  alguna  diligencia,  sea  U.  S.  servido  de  nos  mandar  el  orden  que  tendremos":  a  lo 
ilue  se  respondió  en  24  de  enero  de  1576  que  no  se  entremetiesen  en  esto. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


413 


cuman,  Santiago  de  Chile,  La  Paz,  Santa  Cruz  de  la  Sierra,  Guamanga, 
Arequipa  y  Truxillo;  y  en  todo  los  reinos,  estados  y  señoríos  de  la  pro- 
vincia del  Pirú  y  su  vireinado,  gobernación  y  distrito  de  las  Audiencias 
reales,  que  en  las  dichas  ciudades,  reynos  y  provincias  residen,  por 
autoridad  apostólica,  etc. 

"A  todos  los  vecinos  y  moradores,  estantes  y  habitantes  en  todas 
las  ciudades,  villas  y  lugares  deste  nuestro  distrito,  de  qualquier  estado, 
condición  o  preminencia  que  sean,  exemptos  y  no  exemptos,  y  cada 
uno  y  qualquiera  de  vos  a  cuya  noticia  viniere  lo  contenido  en  esta 
nuestra  carta,  en  qualquier  manera,  salud  en  nuestro  Señor  Jesuchristo, 
que  es  la  verdadera  salud,  y  a  los  nuestros  mandamientos,  que  mas 
verdaderamente  son  dichos  apostólicos,  firmemente  obedecer,  guardar  y 
cumplir.  Hacemos  saber  que  ante  Nos  pareció  el  promotor  fiscal  deste 
Santo  Oficio  y  nos  hizo  relación  diciendo  que  a  su  noticia  habia  venido 
que  muchos  sacerdotes  confesores,  clérigos  y  religiosos,  pospuesto  el 
temor  de  Dios,  nuestro  Señor,  y  de  sus  conciencias,  con  grave  escán- 
dalo del  pueblo  christiano  y  detrimento  espiritual  de  sus  próximos, 
sintiendo  mal  de  las  cosas  de  nuestra  santa  religión  y  santos  sacramentos 
especialmente  del  de  la  penitencia,  y  en  menosprecio  de  las  penas  y 
censuras  por  Nos  promulgadas  en  las  edictos  generales  de  la  fe  que 
mandamos  publicar,  se  atreven  a  solicitar  a  sus  hijos  e  hijas  espirituales 
en  el  acto  de  la  confesión,  o  próximamente  a  ella,  ántes  o  después,  in- 
duciéndolas y  provocándolas  con  obras  y  palabras  para  actos  torpes  y 
deshonestos,  entre  sí  mismos,  o  para  que  sean  terceros  o  terceras  de 
otras  personas,  y  que  en  vez  de  reconciliarlas  con  Dios  por  medio  del 
dicho  santo  sacramento,  que  es  la  segunda  tabla  después  del  naufragio 
de  la  culpa  y  el  único  remedio  que  el  mismo  Christo  dejó  en  la  Iglesia 
para  su  reparo,  le  convierten  en  veneno  mortífero  y  cargan  las  almas 
que,  arrepentidas,  le  buscan  a  los  piés  de  los  dichos  confesores,  con 
mayor  pesso  de  pecados.  Y  que  demás  desto,  continuando  los  dichos 
confesores  su  dañada  y  perversa  intención  a  fin  de  huyr  y  castigar  por 
este  medio  las  penas  y  castigos  del  dicho  delito,  quando  los  dichos 
sus  hijos  o  sus  hijas  espirituales  se  van  a  confesar  con  ellos,  ántes  de 
persignarse,  ni  comenzar  la  confesión  sacramental,  las  divierten  de 
aquel  santo  propósito,  diciéndolas  y  persuadiéndolas  que  no  se  confiesen 
por  entónces,  y  las  solicitan  y  provocan  para  las  dichas  deshonestidades 
o  tercerías,  y  que  otras  veces,  con  el  mismo  intento,  fuera  del  acto  de 
la  confesión,  se  aprovechan  de  los  confesonarios  y  otros  lugares  en  que 


414 


J.    T.  MEDINA 


se  administra  el  dicho  sacramento  de  la  penitencia,  como  mas  libres, 
seguros  y  secretos  para  tratar  con  los  dichos  hijos  e  hijas  espirituales 
las  mismas  torpezas  y  tener  otras  pláticas  y  conversaciones  indecentes 
y  reprobadas,  fingiendo  y  dando  a  entender  que  se  confiesan;  y  perse- 
verando por  mucho  tiempo  en  la  continuación  de  los  dichos  pecados 
y  sacrilegios,  prohiben  a  las  personas  con  quien  los  cometen  que  no 
se  confiessen  con  otros  confessores  ni  puedan  salir  del  engaño  en  que 
los  tienen,  de  que  no  son  casos  tocantes  al  Santo  Oficio;  y  que  demás 
desto,  otros  confesores,  con  ignorancia  de  que  el  conocimiento  y  puni- 
ción dellos  nos  está  cometida  privativamente  por  diversas  bulas  e  in- 
dultos de  la  Santa  Sede  Apostólica,  o  dándoles  siniestras  interpretacio- 
nes, absuelven  en  las  confesiones  sacramentales  a  las  personas  culpadas 
en  los  dichos  delitos,  y  a  las  que  han  sido  solicitadas  y  tenido  los  dichos 
tratos  y  conversaciones  deshonestas,  o  saben  de  otras  que  las  han  tenido, 
sin  declararlas  la  obligación  que  tienen  de  manifestarlo  ante  Nos.  Y 
que  a  otros  letrados  y  personas  doctas  o  tenidas  y  reputadas  por  tales, 
cuando  se  les  consultan  y  comunican  fuera  del  acto  de  la  confession 
algunos  destos  casos,  se  adelantan  en  conformar  y  dar  pareceres  de  que 
no  son  de  los  tocantes  al  conocimiento  y  censura  del  Santo  Oficio, 
aunque  ademas  de  estarles  ésto  prohibido  en  los  edictos  generales  de 
la  fee,  impiden  el  recto  y  libre  exercicio  del  dicho  Santo  Oficio,  y 
quedan  sin  punición  y  castigo  pecados  y  excesos  tan  graves  y  opuestos 
a  la  pureza  y  sinceridad  de  nuestra  santa  fé  católica:  porque  nos  pidió 
el  dicho  fiscal,  que,  atenta  la  gravedad  y  frecuencia  de  los  dichos  delitos 
y  las  muchas  y  graves  ofensas  que  con  ellos  se  cometen  contra  Dios, 
nuestro  Señor,  proveyéssemos  de  competente  remedio,  mandando  pu- 
blicar nuevos  edictos,  agravando  y  reagravando  las  censuras  por  Nos 
fulminadas,  y  executando  contra  los  transgressores  y  sus  fautores  y  en- 
cubridores, en  cualquier  manera,  las  penas  estatuydas  por  derecho  y 
por  los  dichos  breves,  indultos  y  bulas  apostólicas,  especialmente  por 
las  de  los  Sumos  Pontífices  Pió  IV,  Paulo  V  y  Gregorio  XV,  de  felice 
recordación. 

"Y  por  Nos,  visto  su  pedimento  ser  justo  y  que  habiendo  crecido 
tanto  la  exhorbitancia  y  abuso  de  los  dichos  excesos,  toca  a  nuestra 
vigilancia  y  obligación  proveer  de  medios  mas  eficaces  para  atajarlos, 
y  que  las  cosas  sagradas  y  sacramentos  de  nuestra  Santa  Madre  Iglesia 
se  traten  y  administren  con  la  integridad,  acato  y  reverencia  que  se  les 
debe.  Mandamos  dar  y  damos  la  presente  para  vos,  y  cada  uno  de  vos, 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


415 


en  la  dicha  razón,  por  la  qual  os  amonestamos,  exhortamos  y  reque- 
rimos, y  siendo  necesario,  en  virtud  de  santa  obediencia  y  so  pena  de 
excomunión  mayor  latae  sententiae  trina  canónica  monitione  praemissa 
ipso  jacto  incurrenda,  mandamos  que  si  supiéredes,  o  entendiéredes, 
hubiéredes  visto,  sabido  o  oydo  decir,  que  alguno  o  algunos  confesores, 
clérigos  o  religiosos,  exemptos,  o  no  exemptos,  de  qualquier  orden,  gra- 
do, preminencia  o  dignidad  que  sean,  aunque  inmediatamente  estén 
sujetos  a  la  Santa  Sede  Apostólica,  que  por  obra  o  de  palabra  hayan 
solicitado,  provocado  o  intentado,  o  intentaren  solicitar  y  provocar  qua- 
lesquiera  personas,  hombres  o  mugeres,  para  actos  torpes  y  deshonestos, 
que  entre  sí  mismos  se  hayan  de  cometer,  en  qualquier  manera,  o  para 
que  sean  terceros  o  terceras  de  otras  personas,  o  tuvieren  con  ellos  o 
ellas  pláticas  y  conversaciones  de  amores  ilícitos  y  deshonestas  en  el 
acto  de  la  confesión  sacramental,  o  próximamente  a  ella,  ántes  o  des- 
pués, o  con  ocasión  y  pretexto  de  confession  (aunque  realmente  no  la 
haya),  o  sin  el  dicho  pretexto,  fuera  de  confession,  en  los  confessonarios 
o  qualquiera  otro  lugar  en  que  se  oigan  confessiones  o  esté  diputado 
o  señalado  para  ellas,  con  capa  y  demostración  que  se  confiessan  o  quieren 
confesar,  hicieren  y  perpetraren  qualquiera  de  los  delitos  de  suso  re- 
feridos, sin  comunicarlo  con  nadie  (porque  assí  conviniese),  lo  ven- 
gáis a  decir  y  manifestar  ante  Nos,  en  este  Santo  Oficio,  y  fuera  de 
esta  ciudad,  ante  nuestros  comisarios  de  los  partidos,  dentro  de  seis 
dias  después  de  la  publicación  de  nuestro  edicto,  o  que  del  sepáis  y  ten- 
gáis noticia,  en  qualquiera  manera,  los  quales  os  asignamos  por  tres 
términos  y  canónicas  moniciones,  cada  dos  dias,  por  un  término,  y 
todos  seis,  por  ultimo  y  peremptorio,  con  apercibimiento  que  el  dicho 
término  pasado  y  no  lo  cumpliendo,  demás  de  que  habreys  incurrido 
en  sentencia  de  excomunión  mayor,  en  que  desde  luego  os  declaramos 
por  incursos,  procederemos  contra  los  que  rebeldes  e  inobedientes  fué- 
redes,  por  todo  rigor  de  derecho,  como  contra  personas  sospechosas 
en  nuestra  santa  fe  católica,  e  inobedientes  a  los  mandatos  apostólicos 
y  censuras  de  la  santa  madre  Iglesia. 

"Y  por  quanto  la  absolución  de  los  dichos  crímenes  y  delitos,  como 
dependientes  de  la  heregía  y  sospechosos  della,  nos  está  especialmente 
reservada,  y  assí  la  reservamos,  mandamos,  debaxo  de  las  dichas  penas 
y  sentencias  de  excomunión  mayor  ipso  jacto  incurrenda,  que  ningún 
confesor  clérigo,  o  secular,  ni  religioso,  de  qualquier  grado,  dignidad 
o  preminencia  que  sea,  ni  so  color  de  ningún  indulto  o  privilegio  (aun- 


416 


J,    T.  MEDINA 


que  haya  emanado  de  la  Santa  Sede  Apostólica,  la  qual,  en  quanto  a 
ésto  los  tiene  todos  reservados)  no  sea  osado  a  absolver  sacramental- 
mente  a  ninguna  persona  que  fuere  culpada  en  qualquiera  de  las  cosas 
sobre  dichas,  o  supieren  de  otros  que  lo  son,  ántes  las  adviertan  la 
obligación  que  tienen  a  denunciarlo  y  manifestarlo  ante  Nos.  Y  hasta 
haberlo  hecho,  no  les  concedan  la  absolución  sacramental,  ni  fuera 
de  la  confesión  se  entremetan  a  interpretar  las  dichas  bulas  y  breves 
apostólicos,  aconsejando  y  dando  pareceres  sobre  si  las  cosas  que  se  les 
comunican  son  de  las  comprendidas  en  ellos  o  no,  y  pertenecientes  al 
conocimiento  del  dicho  Santo  Oficio,  al  qual  les  remitan,  con  todo 
secreto,  donde  se  les  dará  el  despacho  conveniente. — Dada  en  la  ciudad 
de  los  Reyes,  en  1630"  (56). 

Pero  el  mal  no  cesaba,  y  un  siglo  después  el  Marqués  de  Castel- 
fuerte  daba  todavía  cuenta  al  Rey  del  estado  de  las  costumbres  de 
seglares  y  eclesiásticos,  en  los  términos  siguientes: 

"Señor: — El  público  escándalo  de  los  amancebados  me  constituyó 
en  la  precisa  obligación  de  ver  si  podia  ocurrir  en  parte  al  remedio  de 
tan  diabólicas  consecuencias,  por  haber  llegado  este  delicto  en  estos 
payses  a  su  mayor  desenvoltura,  y  haberme  acusado  la  conciencia  mu- 
chas personas  de  elevado  espíritu;  tuve  por  conveniente  dar  comisión 
especial  para  estas  providencias  al  doctor  don  Thomas  de  Brun,  alcalde 
del  crimen  de  esta  Real  Audiencia,  para  que  las  atendiese  con  la  xptian- 
dad  y  prudencia  correspondiente,  como  en  carta  de  trece  de  setiembre 
tengo  participado  a  V.  M.,  y  aunque  es  así  que  con  mi  aplicación  y 
celo  y  el  que  asiste  a  este  ministro,  se  han  estinguido  algunos  de  estos 
excesos  en  el  todo,  y  se  tiene  apercibido  a  muchos  para  que  se  contengan 
en  ellos;  habiéndose  conseguido  estos  fines  hasta  el  presente,  sin  estré- 
pito judicial,  por  lo  delicado  de  estos  asumptos,  esperando  las  resultas 
de  estas  prudentes  advertencias,  para  pasar,  en  casos  necesarios,  a  los 
castigos  prevenidos  por  derecho;  pero,  como  todo  lo  executado  y  pre- 
venido se  ciñe  a  los  seculares,  se  hace  mas  irremediable  este  delicto  por 
la  publicidad  con  que  se  cometen  los  sacerdotes,  así  seculares  como 
regulares,  de  algunas  religiones;  de  forma  que  tienen  éstos  de  su  cuenta 
diferentes  mugeres  con  hijos  y  familia,  yendo  a  sus  casas,  como  un 
padre  de  familia  a  la  suya;  pudiéndose  decir  que  es  tan  ofensivo  el 
modo  como  la  ofensa;  y  aunque  comprehendo  la  dificultad  en  lo  prác- 


(56)  Libro  760-9,  fol.  11. 


LA  INQUISICION  DE  LIMA 


417 


tico  para  el  remedio  de  este  exceso,  pero  si  los  prelados  eclesiásticos 
contuviesen  con  el  castigo  a  sus  súbditos,  no  podía  dejar  de  estinguirse 
una  gran  parte  de  tanto  mal,  y  cuando  ménos  en  territorio  que  se  com- 
pone de  ser  los  mas  nuevamente  convertidos,  ha  de  traer  infelices  con- 
secuencias, que  en  los  sacerdotes  parezca  licencia  la  tolerancia,  mayor- 
mente no  bastando  las  providencias  a  que  puede  concretarse  la  justicia 
secular  para  con  los  sacerdotes,  especialmente  no  esperimentando  abrigo 
alguno  en  los  prelados  eclesiásticos,  desentendiéndose  éstos  en  parte  y 
en  el  todo,  así  por  lo  que  mira  al  castigo,  como  a  cualquiera  otra  expe- 
dición conducente  al  reparo  de  tan  perniciosos  males:  cuya  libertad 
me  ha  extimulado  a  representar  a  V.  M.  estos  excesos  para  que,  enterado 
de  sus  infelices  consecuencias,  se  sirva  mandar  a  los  arzobispos  y  demás 
prelados  de  las  religiones  que  vigilen  sobre  el  modo  de  vivir  sus  súb- 
ditos, especialmente  los  curas  de  almas  que  están  encargados  del  cui- 
dado pastoral  de  diversos  lugares  recien  convertidos,  en  que  se  necesita 
para  la  enseñanza  de  los  indios  de  sugetos  de  conocida  literatura  y  vir- 
tud que  prudentemente  los  eduquen  con  su  aplicación  y  exemplo;  por- 
que sin  éste,  han  de  vivir  aquellos  expuestos  a  su  relajación,  sin  que 
puedan  experimentar  en  sus  parrochias  la  enseñanza  y  la  correcion  de 
sus  excesos,  no  siendo  menos  que  en  estas  materias  sensuales  el  desorden 
en  los  mismos  curas  eclesiásticos,  y  de  un  público  comercio  en  que 
entienden  con  la  misma  libertad  que  si  fueran  seculares,  sin  atender 
al  estado  sacerdotal,  ni  conocer  superior  que  se  les  embaraze,  ni  menos 
los  corrija,  obrando  con  esta  contratación  y  celebrando  las  escripturas 
de  sus  tratos,  contra  todo  lo  que  debia  ser  de  su  obligación,  desenten- 
diéndose de  las  sanciones  canónicas  y  conciliares  de  su  prohibición; 
en  cuyos  términos  parece  ha  de  convenir  el  que  V.  M.  se  digne  ordenar 
a  los  arzobispos,  obispos  y  prelados  (que  con  tanta  tibieza  y  omisión 
toleran  estos  inconvenientes,  por  las  utilidades  que  de  ésto  se  les  sigue 
en  sus  visitas)  procedan  con  vigilancia  y  celo,  a  desarraigar  los  vicios 
de  la  sensualidad  escandalosa  y  públicos  tratos  que  celebran  sus  súbditos, 
para  que  por  su  continencia  en  estos  dos  asumptos  tan  destructivos  del 
bien  común,  se  consiga  el  remedio  universal  que  debe  solicitarse,  pues 
con  el  castigo  en  dichos  eclesiásticos  y  su  corrección,  que  pudiera  redu- 
cirse a  desposeerles  de  sus  prebendas  y  a  estrañarles  del  reyno,  se  faci- 
litarla el  que  los  demás  se  contuviesen,  temerosos  del  castigo  y  aplica- 
ción de  sus  prelados;  agregándose  el  que  yo,  en  los  casos  expresados, 


27 — La  Inquisición  de  Lima,  Tomo  II 


418 


J.   T.  MEDINA 


les  daria  el  auxilio  que  me  pidieren  para  el  efectivo  cumplimiento  de 
las  providencias  mencionadas,  las  cuales  no  pueden  tener  el  que  xptia- 
namente  les  corresponde  (por  mas  que  mis  instancias,  celo  y  aplicación 
lo  soliciten)  en  el  ínterin  que  V.  M.  por  su  real  cédula  se  digne  advertir 
y  mandar  a  dichos  prelados  eclesiásticos,  la  execucion  de  aquellas,  con 
lo  demás  que  sobre  este  punto  fuere  del  mayor  servicio  de  V.  M. — 
Dios  guarde  la  C.  R.  P.  de  V.  M.  como  la  xpiandad  ha  menester.  Lima 
25  de  marzo  de  1725.— £/  Marqués  de  Casteljuerte"  (57). 

El  francés  Frezier  que  visitó  a  Lima  por  esta  época,  a  pesar  de  su 
corta  estada  en  ella,  llegó  a  vislumbrar  lo  suficiente  para  que  sus  apre- 
ciaciones concuerden  en  un  todo  con  las  del  Marqués.  "Parece,  dice  el 
distinguido  viajero,  que  por  el  número  tan  crecido  de  conventos  y  casas 
relijiosas  de  ambos  sexos,  se  debia  conjeturar  que  Lima  fuese  una  ciu- 
dad en  que  reinase  la  devoción  mas  grande;  falta  mucho,  sin  embargo, 
para  que  estas  hermosas  apariencias  se  encuentren  comprobadas  por  la 
piedad  de  los  que  la  habitan,  porque  la  mayor  parte  de  los  frailes 
llevan  una  vida  tan  licenciosa,  que  hasta  los  superiores  y  provinciales 
sacan  de  los  conventos  que  gobiernan,  sumas  considerables  para  atender 
a  los  gastos  de  una  vida  mundana,  y,  algunas  veces,  tan  públicamente 
estragada,  que  no  se  hacen  esfuerzo  alguno  en  confesar  los  hijos  que  así 
tienen  y  de  conservar  a  su  lado  tan  auténticos  testimonios  de  su  disolu- 
ción, a  quienes  a  menudo  dejan  por  herencia  el  hábito  que  cargan: 
lo  que  se  estiende  a  veces  a  mas  de  una  jeneracion,  si  debe  prestarse 
asenso  a  lo  que  me  han  dicho  allí  mismo. 

"Las  monjas,  con  excepción  de  tres  o  cuatro  monasterios,  solo  guar- 
dan la  mera  apariencia  de  clausura  que  deben,  porque  en  vez  de  vivir 
en  la  pobreza  común  de  que  hacen  voto,  viven  en  particular  y  a  sus 
espensas,  con  gran  séquito  de  domésticas,  esclavas,  negras  y  mulatas, 
que  les  sirven  en  la  verja  de  terceras  en  sus  galanterías. 

"No  se  puede  hablar  de  la  vida  del  uno  o  del  otro  sexo,  sin  apli- 
carles estas  palabras  de  San  Pablo,  tollens  membra  Christi  faciam  mem- 
bra  meretricis"  (58). 

Los  célebres  marinos  españoles,  Jorge  Juan  y  Antonio  de  Ulloa, 
que  visitaron  el  virreinato  veinte  años  más  tarde,  refieren  sobre  este 
particular  pormenores  decisivos.  "Entre  los  vicios  que  reinan  en  el 


(57)  Archivo  de  Indias. 

(58)  Relation  dii  voyage  de  la  Mer  du  Stid,  pág.  208,  París,  1732,  4  °. 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


419 


Perú,  el  concubinaje,  como  mas  escandaloso  y  mas  jeneral,  deberá  tener 
la  primacía.  Todos  están  comprendidos  en  él,  europeos,  criollos,  solte- 
ros, casados,  eclesiásticos,  seculares  y  regulares ...  La  libertad  con  que 
viven  las  relijiosas  en  aquellos  países  es  tal  que  ellas  mismas  abren  las 
puertas  al  desorden.  En  las  ciudades  grandes,  la  mayor  parte  de  ellas 
viven  fuera  de  los  conventos,  en  casas  particulares .  .  .  Lo  mismo  sucede 
en  las  ciudades  pequeñas,  en  las  villas  o  en  los  asientos:  los  conventos 
están  sin  clausura,  y  así  viven  los  relijiosos  en  ellos  con  sus  cuncubinas 
dentro  de  las  celdas,  como  aquellos  que  las  mantienen  en  sus  casas 
particulares,  imitando  exactamente  a  los  hombres  casados .  . .  Ademas 
de  lo  referido,  es  tan  poco  o  tan  ninguno  el  cuidado  que  ponen  estos 
sujetos  en  disimular  esta  conducta,  que  parece  hacen  ellos  mismos  alarde 
de  publicar  su  incontinencia;  así  lo  dan  a  entender  siempre  que  viajan, 
pues  llevando  consigo  la  concubina,  hijos  y  criados,  van  publicando 
el  desorden  de  su  vida  . . 

"Todo  ésto  que  parece  mucho,  es  nada  en  comparación  de  lo  demás 
que  sucede,  debiéndose  suponer  que  apénas  hay  uno  que  se  escape  de 
este  desorden,  ya  sea  viviendo  en  las  casas  de  la  ciudad,  en  la  hacienda, 
o  ya  en  los  propios  curatos,  porque  así  en  unos  como  en  otros  parajes, 
viven  con  igual  desahogo  y  libertad.  Pero  lo  que  se  hace  mas  notable 
es  que  los  conventos  estén  reducidos  a  públicos  burdeles,  como  sucede 
en  los  de  las  poblaciones  cortas,  y  que  en  las  grandes  pasen  a  ser  teatro 
de  abominaciones  inauditas  y  execrables  vicios". .  .  (59). 

Viniendo,  pues,  en  este  medio,  los  Inquisidores  no  sólo  no  pro- 
curaron atajar  el  mal,  sino  que,  por  el  contrario,  bien  pronto  se  conta- 
giaron con  él  en  un  país,  que,  como  se  "espresaba  Alcedo,  parece,  que 
bien  pronto  hace  a  uno  judío".  Y  si  en  un  principio  los  ministros  del 
Tribunal  se  enviaban  de  España,  más  tarde,  cuando  por  economía  se 
eligieron  de  entre  los  mismos  eclesiásticos  peruanos,  es  fácil  comprender 
que,  por  lo  mismo,  menos  dispuestos  habrían  de  manifestarse  a  reac- 
cionar contra  un  sistema  que  entraba  por  mucho  en  los  hábitos  del 
pueblo. 

Por  más  depravados  que  fuesen  los  Inquisidores,  es  lo  cierto  que 
por  el  mero  hecho  de  desempeñar  ese  puesto,  se  creían  con  derecho, 
como  la  práctica  lo  confirmaba,  a  más  elevados  cargos,  si  cabe,  como 
eran  los  obispados.  Desde  Cerezuela,  que  renunciaba  una  oferta  del 


(59)  Noticias  secretas  de  América,  págs.  490  y  siguientes. 


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J.   T.  MEDINA 


Rey  en  este  sentido,  a  Verdugo,  Mañozca,  Gutiérrez  de  Cevallos  y 
hasta  el  apocado  e  infeliz  Zanduegui,  que  había  comprado  el  cargo  y 
para  quien,  por  su  inutilidad,  su  colega  Abarca  reclamaba  una  mitra, 
todos  ellos  pretendían  ese  honor  como  la  cosa  más  natural. 

El  apego  que  siempre  manifestaron  al  dinero,  salvo  contadas  excep- 
ciones, jamás  reconoció  límites,  considerándose  el  puesto  de  inquisidor 
tan  seguro  medio  de  enriquecerse  que,  como  sabemos,  se  compraban 
los  puestos  de  visitadores,  como  más  tarde  hubieron  de  venderse  en 
almoneda  pública  hasta  los  destinos  más  ínfimos. 

Su  puesto  lo  utilizaron  bajo  este  aspecto,  ya  comerciando  con 
los  dineros  del  Tribunal,  ya  partiendo  con  los  acreedores  el  cobro  de 
sus  créditos,  haciendo  para  ello  valer  las  influencias  del  Santo  Oficio, 
ya  imponiendo  contribuciones,  ya  captando  herencias  de  los  mismos 
reos,  y,  sobre  todo,  con  el  gran  recurso  de  las  multas  pecuniarias  y 
confiscaciones  impuestas  a  los  reos  de  fe,  de  las  cuales  ningunas  tan 
escandalosas  como  las  que  sufrieron  los  portugueses  apresados  en  1635 
y  que  pagaron  en  la  hoguera  el  delito  de  haberse  enriquecido  con  su 
trabajo;  siendo  tanta  su  avaricia  que  como  ejemplo  y  norma  de  lo  que 
después  estaba  llamado  a  suceder,  recordaremos  el  caso  de  uno  de  los 
fundadores  del  Tribunal,  que,  según  el  testimonio  de  su  mismo  secre- 
tario, se  murió  de  pena  por  habérsele  huido  dos  esclavos. 

Los  casamientos  ventajosos  realizados  a  la  sombra  del  nombre  in- 
quisitorial, los  remates  de  rentas  reales  verificados  por  interpósitas  per- 
sonas, todo  lo  utilizaban  a  fin  de  allegar  caudales. 

Desunidos  entre  sí  y  tan  enemistados  que  vivían  perpetuamente 
odiándose;  altaneros  con  todo  el  mundo,  comenzando  por  sus  mismos 
dependientes;  vengativos  hasta  no  perdonar  jamás  al  que  cometía  el 
atrevimiento  de  denunciarles  o  siquiera  expresarse  mal  de  ellos;  ocu- 
rriendo siempre  al  arsenal  de  sus  archivos  para  encontrar  o  forjar  rastros 
hasta  de  los  más  recónditos  secretos  de  quienes  se  proponían  perseguir; 
desempeñando  sus  oficios  con  tanto  descuido  que  difícilmente  podía 
hallarse,  según  lo  acreditan  los  expedientes  de  visita,  una  sola  causa 
tramitada  conforme  a  su  código  de  enjuiciamiento;  habiendo  comen- 
zado por  hacerse  odiosos  y  terribles,  para  concluir  en  el  más  absoluto 
desprestigio  y  burla;  secundados  por  gente  siempre  a  su  altura,  por 
su  espíritu  de  venganza,  ignorancia,  avaricia  y  disolución  de  costum- 
bres; crueles  hasta  lo  increíble;  muriendo,  por  fin,  como  habían  vivido: 
tales  fueron  los  ministros  que  con  nombre  del  Santo  Oficio  estuvieron 


LA  INQUISICIÓN  DE  LIMA 


421 


encargados  de  mantener  incólume  la  fe  en  los  dominios  españoles  de 
la  América  del  Sur. 

Si  los  pueblos  sujetos  a  su  férula  no  descendieron  más  en  su  nivel 
moral,  intelectual  y  social,  fué  porque  el  apocamiento  humano  tiene 
ciertos  límites  que  es  imposible  franquear;  pero  siempre  el  estudio  de 
esta  faz  de  la  vida  de  los  pueblos  americanos  se  impondrá  a  todo  el 
que  quiera  penetrar  un  tanto  en  el  conocimiento  de  las  causas  y  ele- 
mentos que  hoy  constituyen  su  sociabilidad. 


LISTA  DE  LOS  INQUISIDORES  QUE  HUBO  EN  EL 
TRIBUNAL  DEL  SANTO  OFICIO  DE  LIMA  (1) 


(1)  No  incluímos  aquí  los  nombres  de  los  fiscales,  a  no  ser  de  aquellos  que  fueron  as- 
cendidos a  inquisidores,  pero  en  tal  caso  sólo  por  el  tiempo  que  desempeñaron  este  último  puesto. 


A.ndrés  de  Bustamante,  1569. 

Serván  de  Cerezuela,  1569-1582. 

Antonio  Gutiérrez  de  Ulloa,  1571-1597. 

Juan  Ruiz  de  Prado,  1587-1594.  1596-1599 

Antonio  Ordóñez  y  Flores,  1596-1611. 

Francisco  Verdugo,  1601-1623. 

Andrés  Juan  Gaitán,  1611-1651. 

Juan  de  Mañozca,  1624-1638. 

Juan  Gutiérrez  Flores,  1624-1631. 

Antonio  de  Castro  y  del  Castillo,  1627-1648. 

León  de  Alcayaga  Lartaun,  1638. 

Diego  Martínez  Cabezas,  1658. 

Luis  de  Betancurt  y  Figueroa,  1642-1659. 

Cristóbal  de  Castilla  y  Zamora,  1656-1669. 

Bernardo  de  Izaguirre,  1655. 

Alvaro  de  Ibarra,  1659-1667. 

Juan  de  Huerta  Gutiérrez,  1664. 

Bartolomé  González  Poveda,  1670-1674. 

fuan  Queipo  de  Llanos,  1672-1680. 

Francisco  Luis  de  Bruna  Rico,  1675. 

Juan  Bautista  de  la  Cantera,  1681-1692. 

Alvaro  Bernardo  de  Quirós  y  Tineo,  1682. 

José  de  Burrelo,  1701. 

Francisco  Várela,  1692-1702. 

Gómez  Suárez  de  Figueroa,  1697-1720. 

S'rancisco  Ponte  y  Andrade,  1707. 

Gaspar  Ibáñez  de  Segovia,  1703-1737. 

]osé  García  Gutiérrez  Cevallos,  1718-1730. 

Cristóbal  Sánchez  Calderón,  1730-1748. 


426 


J.   T.  MEDINA 


Diego  de  Unda,  1735-1748. 

Pedro  de  Arenaza  y  Gárate,  1744-1751. 

Mateo  de  Amusquíbar,  1744-1763. 

Diego  Rodríguez  Delgado,  1751-1756. 

José  de  Salazar  y  Cevallos,  1757. 

Juan  Ignacio  de  Obiaga,  1759-1777. 

Bartolomé  López  Grillo,  1763-1777. 

Francisco  Matienzo  Bravo  del  Rivero,  1766-1796. 

Francisco  Abarca  Calderón,  1779-1816. 

José  Ruiz  Sobrino,  1798. 

Pedro  de  Zalduegui,  1793-1820. 


LISTA  DE  LAS  PERSONAS  PROCESADAS  POR  EL 
TRIBUNAL  DEL  SANTO  OFICIO  DE  LIMA  DE  QUE 
SE  DA  NOTICIA  EN  ESTA  OBRA 


A 

Abalos,  Pedro  de— II.— 241. 

Abarca,  Antonia. — II. — 159, 

Abarca,  Hernando. — I. — 160. 

Acevedo,  Jerónimo. — II. — 64,  122. 

Acevedo,  Juan  de. — II. — 55,  56,  133. 

Acevedo,  Pedro  de. — II. — 242. 

Acosta,  Juan  de. — II. — 125. 

Acosta,  Rodrigo  Alonso  de. — I. — 294. 

Acosta  y  Montero,  José  Ventura. — I. — 298. 

Acuña,  Antonio  de.— II.— 48,  49,  51,  75,  79, 

116,  118,  122. 
Acuña  de  Noroña,  Juan. — II. — 31. 
Adán,  Adrián.— I.— 308. 
Adarme,  Dionisio. — I. — 275. 
Aguiar,  Manuel. — I. — 294. 
Aguiar,  Fr.  Pedro.— I.— 125,  127. 
Aguilar,  Antonio  de. — I. — 311. 
Aguilar,  Diego  de. — I. — 142. 
Aguilar,  María  de. — I. — 252,  287. 
Aguilar,  Pedro  de. — I. — 233. 
Aguirre,  Bárbara  de. — 196. 
Aguirre,  Bernardo  de. — II. — 264,  265. 
Aguirre,  Fermín  de. — II. — 332. 
Aguirre  Calderón,  Nicolás  de. — II. — 214. 
Aguirre  de  Solórzano,  Juan. — II. — 10. 
Agreda,  Miguel  de.— I.— 310. 
Alarcón,  Juan  de. — I. — 141. 
Alarcón,  Pedro  Martín  de. — II. — 227, 
Albo,  Fr.  Joaquín  María  de. — II. — 332. 
Albítez,  Hernando. — I. — 275. 
Alcaraz,  José  Toribio. — I. — 55. 
Alcocer,  Hernando  de. — I. — 276. 
Aldecoa,  Fr,  Juan  Ventura  de. — II. — 269. 
Alegre,  Rodrigo. — I. — 137. 
Alegría,  José  de. — II. — 192. 
Almanza,  Ana  de. — II. — 41. 


Almanza,  Francisco  de. — II. — 150, 

Almeida,  María  de. — II. — 195. 

Almeida  Pereira,  Manuel. — II. — 242. 

Almendras,  María  de. — I. — 275, 

Almoguera,  Fr.  Juan  de. — II. — 220,  221. 

Almonte,  Hernán  de. — I. — 56,  134. 

Alonso,  Alvaro. — I. — 287. 

Alvarado,  Fr.  Mateo  de. — I. — 299. 

Alvarez,  Alonso. — I. — 39. 

Alvarez,  Juan. — I. — 39. 

Alvarez,  Manuel. — II. — 126. 

Alvarez,  Manuel. — II. — 63. 

Alvarez  Cabral,  Ñuño.— I.— 318. 

Alvarez  de  Carmona,  Hernán. — I. — 56. 

Alvarez  de  Espinosa,  Manuel. — I. — 29. 

Alzamora,  Fr.  Francisco  de. — II. — 200. 

Ana  María. — I. — 275. 

Andrade,  Diego  de. — II. — 31. 

Andrade,  Jerónimo. — I. — 308. 

Andrea,  maestre. — I. — 233, 

Andrea,  Miguel. — I. — 272. 

Angeles,  Inés  de  los. — I. — 59. 

Angulo,  Isabel. — I. — 274. 

Angulo  de  Cabrera,  Juan. — I. — 176,  178. 

Anrique  Fonseca,  Diego. — I. — 310. 

Anríquez,  Manuel. — I. — 280. 

Antón,  negro. — I. — 313. 

Antón,  negro. — II. — 159, 

Antonia,  negra. — I. — 138. 

Antonia,  Isabel. — II. — 119. 

Antonia,  María. — II. — 267. 

Antonio,  negro. — I. — 237. 

Antonio,  Juan. — II. — 12, 

Antonio,  Marco. — II. — 11, 

Apolonia,  Juana, — II, — 194. 

Aranda,  Fr.  Pedro  de.— II.— 272. 

Araníbar,  Melchor  de. — II, — 227, 

Araujo,  Manuel  de. — II. — 32. 


430 


J.  T.  MEDINA 


Araujo,  Juan  Tomás  de. — II. — 205. 
Araus  y  Borja,  Nicolás  de. — II. — 265. 
Arbité,  José. — II. — 333. 
Arceo,  Pedro  de.— I.— 56,  141,  170. 
Arcos,  Juan  García  de. — II. — 210. 
Arcos,  Rodrigo  de. — I. — 56,  133. 
Arenas,  Diego  de. — I. — 56. 
Argote,  Rosa. — II. — 330. 
Arias,  Francisco. — II. — 150. 
Arias,  Juan.— II.— 210. 
Arís  Lobos,  Pedro  de. — I. — 299. 
Arismendi,  Domingo  de. — I. — 275. 
Arli,  Heliz.— I.— 281. 
Armenla,  Alonso  de. — I. — 176. 
Armenlos,  Fr.  Diego  de  Jesús  María. — II. 
—206. 

Arriaza,  Juan  de. — II. — 43,  293. 
Arrospe,  Juan  Martín  de. — I. — 56. 
Arteaga,  Isabel  Petrona. — II. — 205. 
Aspur,  Francisco  de. — II. — 192. 
Atanasia,  María. — II. — 257. 
Atienza,  Fr.  Blas  de. — I. — 55. 
Atienza,  Juan  Ignacio  de. — II. — 185. 
Avendaño,  Antonio  de. — II. — 169. 
Avila,  Rodrigo  de.— II.— 53,  63,  115. 
Avis,  Richarte  de. — I. — 282. 
Axli,  Enrique. — I. — 273. 
Ayala,  Ana  de. — II. — 159. 
Ayala,  Francisco  de. — II. — 151. 
Ayala,  Iñigo  de. — I. — 182. 
Aybar  Morales,  Matías  de. — II. — 227. 
Ayllón,  Fr.  Juan  de. — I. — 125. 

B 

Baena,  Catalina  de. — II. — 33. 

Báez,  Sebastián. — I. — 272. 

Baides,  Josefa  de. — II. — 159. 

Baldecoa,  Juan  Alonso. — II. — 192. 

Balmaceda,  Juan  de. — II. — 11. 

Baltasar,  Fray. — I. — 143. 

Ban,  Nicolás.— II.— 193. 

Bandera,  Beatriz  de  la. — II. — 113. 

Bandier,  César  de.— II.— 161,  170. 

Baptista,  Diego. — I. — 287. 

Baptista,  Juan. — I. — 233. 

Barba,  Rodrigo.— I.— 178. 

Barba  Cabeza  de  Vaca,  Juan. — I. — 137. 

Barranco,  Juan  Manuel. — II. — 192. 

Barreda,  Luis  de  la. — II. — 158. 

Barrios,  Juana  de. — II. — 12. 

Basail,  Pedro  Martín  de. — II. — 271. 

Bascones,  Fr.  Juan  de. — I. — 276. 


Bastante,  Pedro. — I.— 319. 

Basualdo,  José  Manuel. — II. — 330. 

Bautista,  Juan. — I. — 307. 

Bazán,  Fr.  Diego.— II.— 159. 

Bazán,  Jerónimo. — I. — 178. 

Bel,  Manuel.— II.— 61,  62. 

Bello,  Arias. — I. — 44. 

Bello,  Juan.— I.— 222,  223,  237. 

Bello  Raimundo,  Francisco. — I. — 233. 

Benavides,  Francisco  de. — II. — 227. 

Benito,  Alonso. — I. — 41. 

Benocla,  Alejandro. — I. — 319. 

Bernabé,  negro. — I. — 313. 

Bernal,  Juan.— I.— 141,  143,  147,  148,  149. 

Bernáldez,  Diego  Cristóbal. — II. — 42. 

Berbard,  Felipe.— II.— 209. 

Berrocal,  Manuel  de. — II. — 190. 

Betanzos,  Ignacio  de. — I. — 137. 

Bivas,  Luis.— I.— 178,  183. 

Blanco,  Francisco. — II. — 330. 

Blanco,  Ursula.— II.— 268. 

Bocanegra,  Pedro  de. — I. — p.  159. 

Bogado,  Sebastián. — II. — 32. 

Bohorquez,  Beatriz  de. — II. — 92. 

Bohorquez,  Pedro  de. — I. — 234. 

Bonconte,  Pedro  de. — I. — 41. 

Borja,  Juan  Pablo  de.— I.— 179,  233. 

Bracamonte,  Andrés. — II. — 190. 

Bran,  Juan. — I. — 272. 

Bravo  María. — II. — 330. 

Bravo  de  Verdugo,  Pedro. — I. — 176. 

Brayer,  Tomás. — II. — 209. 

Bries,  Guillermo. — I. — 282. 

Briviesca,  María  de. — II. — 42. 

Brügen,  Julio. — II. — 10. 

Bruss,  Juan  de.— II.— 209. 

Buendía,  José  de.— II.-187,  204. 

Bueno,  Fr.  Francisco. — II. — 330. 

Butlar,  Enrique. — I. — 150. 

Budar,  Juan.— I.— 49,  150. 

Bustamante,  Fr.  Juan  de.— I.— 109,  110,  113. 

Bustos,  Francisca  de. — II. — 170. 

Busquet,  Juan  Bautista. — II. — 210. 

C 

Caballero,  Juana  Petrona. — II. — 210. 
Caballero  Coronel,  Juan. — II. — 212. 
Cabello,  Fr.  Juan. — I. — 233. 
Cabezas,  Leonor. — I. — 238. 
Cabrales,  Juana  de. — II. — 159. 
Cabrera,  Diego  de. — II. — 30. 
Cabrera,  Matías  de. — II. — 265. 


Índice 


431 


Cabrera  Barba,  Juan  de.— II.— 92,  295. 
Cáceres,  Alvaro. — II. — 272. 
Caldera,  Juana.— II.— 259. 
Caldera  de  Rojas,  Juan. — I. — 178. 
Calderón,  Alvaro.— I.— 178. 
Calderón,  Alvaro. — I. — 233. 
Calderón,  Juan. — I. — 177. 
Calderón,  Juan. — I. — 182. 
Calvache,  Cristóbal. — I. — 177. 
Calvo,  José.— II.— 267. 
Calvo  de  Arana,  José. — II. — 327. 
Camacho,  Magdalena. — II. — 159. 
Camborda,  José. — II. — 328. 
Campino,  Juan. — II. — 243. 
Campos,  Ana  de. — II. — 113. 
Campos,  Andrés  de. — I. — 59. 
Campos,  Benito  de. — II. — 227. 
Campos,  Pedro  de. — II. — 32. 
Canales,  Feliciano. — II. — 192. 
Cananas  y  Guzmán,  Luis. — II. — 151. 
Candia,  Juan  de. — I. — 233. 
Candioti,  Teodoro.— II.— 243,  245,  246. 
Canela,  Francisco  Esteban. — II. — 241. 
Canela,  Félix.— II.— 208  267. 
Canelas  Albarrán,  Juan  de. — II. — 112. 
Cangas,  María  Josefa. — 11. — 264. 
Cansino,  García. — I. — 43. 
Caracciolo,  Jerónimo. — II. — 10. 
Carbonera,  Fr.  Antonio. — I. — 142. 
Cárcamo,  Fr.  Diego. — II. — 92. 
Cárdenas,  Gutierre  de. — I. — 319. 
Caro  de  Porras,  Miguel  Jerónimo. — I. — 312. 
Carranzo,  Angela.— II.— 215,  230,  231,  232. 
Carrión,  María  de.— II.— 194. 
Carrillo  de  Cárdenas,  José. — II. — 234. 
Casasola,  Juana  de. — II. — 192. 
Casco,  Fr.  Pedro. — I. — 142. 
Castañeda,  Fr.  Pedro  de. — II. — 214. 
Castañeda,  Ana  de. — I. — 272;  II. — 9. 
Castellón,  Luisa  de. — II. — 40. 
Castillo,  Juan  Bautista  del. — I. — 314. 
Castillo,  Santiago  del.— II.— 67,  90,  92,  108, 
134,  138. 

Castillo  y  Lizárraga,  Luisa  del. — II. — 13. 

Castrioto,  Jorge. — II. — 191. 

Castro,  Cecilia  de.— II.— 195. 

Castro,  Cristóbal  de. — II. — 159. 

Castro,  Manuela  de. — II. — 272. 

Castro,  María  Francisca  Ana  de. — II. — 265. 

Castro,  Fr.  Fabián  de. — II. — 205. 

Castro,  Francisco  de. — I. — 275. 

Castro  Barrete,  María  de. — II. — 227. 

Castro  Osorio,  Antonio  de. — II. — 191. 


Catalán,  Pedro  Alonso. — I. — 142. 

Catalán,  Tomás. — I. — 177. 

Catalina,  negra. — I. — 286. 

Cataño,  Benito. — II. — 231. 

Cataño,  Isabel. — I. — 274. 

Cava,  Alonso  de  la. — I. — 313. 

Cava,  Antonio. — II. — 330. 

Cavali,  Miguel. — II. — 11. 

Cavero,  Nicolasa. — II. — 242. 

Cea,  Gabriel  de. — I. — 233. 

Ceballos,  Margarita. — II. — 114. 

Cerda,  Juan  de  la. — II. — 265. 

Cerda,  María  de  la. — II.— 156. 

Cieza,  Alvaro. — I. — 35. 

Cifuentes  Guerrero,  Antonio  de. — II. — 192. 

Cintrón,  Esteban. — I. — 308. 

Cisneros,  Bartolomé  de. — II. — 268. 

Cisneros,  Fr.  Diego  de. — I. — 308. 

Cisternas,  Fr.  Diego  de. — II. — 331. 

Claros,  El  licenciado. — I. — 180. 

Clavijo,  Mariana. — I. — 287. 

Clavijo,  Fr.  Pedro.— I.— 125,  126,  180,  238. 

Clemente,  Pedro.— II.— 205. 

Cobeñas,  Fr.  Juan  de. — I. — 182. 

Coello,  Manuel.— II.— 61,  92. 

Colmenares,  Gabriel  de. — I. — 309. 

Colmenares,  Manuel  de. — II. — 328. 

Colona,  Jacinto. — II. — 205. 

Collao,  Ventura.— II.— 191. 

Contreras,  Pedro  de.— I.— 205,  283,  285. 

Contreras,  Ana  María  de. — II. — 113,  158. 

Contreras,  Luisa. — II. — 268. 

Córdoba,  Ana  de. — I. — 280. 

Córdoba,  Inés  de. — II. — 159. 

Cordero,  Antonio.— II.— 73,  116,  118. 

Cordero  de  Silva,  Alvaro. — II. — 29. 

Corne,  Diego. — I. — 176. 

Cornejo,  María  de  Jesús. — II. — 328,  329. 

Cornelio,  Andrés. — II. — 32. 

Cornieles,  Francisco. — I. — 282. 

Coronado,  Fr.  Pedro.— I.— 179,  233. 

Coronel,  Jerónimo. — I. — 307. 

Corral,  Fr.  Andrés.— I.— 298. 

Correa,  Antonio. — II. — 330. 

Correa,  Antonio. — I. — 311,  312. 

Correa,  Carlos. — I. — 233. 

Correa,  Simón. — II. — 61,  156. 

Corro  y  Cos,  Antonio  de. — II. — 201. 

Cortés  de  Loyola,  José. — II. — 91. 

Costa,  Marco  Antonio. — I. — 286. 

Corzo,  Juan  Bautista. — I. — 18,  35,  58,  59. 

Corzo,  Pedro.— II.— 318. 

Crasi,  Amct. — II. — 243. 


432 


J.  T.  MEDINA 


Crespo,  Juana  Nicolasa. — II. — 299. 
Crespo  de  Aguirre,  Juan. — II. — 13. 
Cruz,  Fr.  Angelo  de  la.— II.— 290. 
Cruz,  Bartolomé  de  la. — I. — 298. 
Cruz,  Fr,  Francisco  de  la. — I. — 63  a  80,  85, 

88  a  91,  93  a  96,  98  a  101,  104,  108, 

109,  113,  114,  125,  401,  412. 
Cruz,  Francisco  Anastasio. — II. — 272. 
Cruz,  Jacinto  Asencio  de  la. — II. — 192. 
Cruz,  María  de  la.— II.— 91,  254. 
Cruz,  Mateo  de  la  II.— 65,  119,  127. 
Cruz,  Sebastián  de  la. — II. — 91. 
Cruz  y  Coca,  José  de  la.— II.— 187,  198. 
Cruz  y  Serna,  Juan  de  la. — II. — 192. 
Cuadramigo,  Fr.  Antonio. — I. — 143. 
Cuadros,  Nicolasa  de. — II. — 267. 
Cuaresma,  Tomé. — II. — 137. 
Cuentas,  José  de  las. — II. — 169. 
Cuentas  y  Valverde,  Pedro  de  las. — II. — '7. 
Cuevas,  Hernando  de. — I. — 178. 
Cullén,  Guillermo.— II.— 209. 

CH 

Chagaray,  Sebastián  de. — II. — 159. 

Chaves,  Fr.  Diego  de. — I. — 287. 

Chaves,  Fr.  Francisco  de. — I. — 143. 

Chaves,  Marcelo  de. — II. — 192. 

Chefre,  Enrique. — I. — 282. 

Chanis  y  Echeverría,  Ignacio  de. — II. — 269. 

D 

Darmas,  Luis. — I. — 125,  136. 
Dávila,  Fr.  Diego.— I.— 309. 
Dávila  Tamayo,  Fr.  Pedro. — II. — 191. 
Debaistre,  Juan. — II. — 209. 
Degutado,  Martín. — I. — 280. 
Delgado,  Cristóbal.— II.— 156. 
Delgado,  Matías. — II. — 156. 
Delgado,  Sebastián.— II. — 64,  92. 
Deza  Navarro,  Diego. — II. — 9. 
Díaz,  Fr.  Alonso.— I.— 244,  287. 
Díaz,  Esteban. — II. — 67. 
Díaz,  Felipe. — II. — 65, 
Díaz,  Fernando. — I. — 310. 
Díaz,  Francisco. — I. — 232,  273. 
Díaz,  Juan. — I. — 202. 
Díaz,  Juan.— II.— 150. 
Díaz,  Pascual.— II.— 88,  128. 
Díaz  Becoso,  Fr.  Alonso. — I. — 288. 
Díaz  de  la  Cruz,  Salvador. — II. — 158. 
Díaz  de  Escobar,  Alonso. — II. — 9. 


Díaz  Franco,  Felipe. — II. — 150. 
Díaz  de  Lucena,  Luis. — I. — 310. 
Díaz  Moreira,  Diego. — II. — 192. 
Díaz  Tavares,  Gregorio. — I. — 311. 
Díaz  Tirado,  Pedro. — I. — 313. 
Dionis,  Amaro. — II. — 56,  117. 
Domínguez,  Gregorio. — I. — 142. 
Domínguez    de    Villafañe,    Alfonso. — II. — 
158. 

Dorado,  Juan.— II.— 330. 
Drac,  Juan.— I.— 211,  234. 
Duarte,  Manuel. — I. — 310. 
Duarte,  Sebastián.— II.— 51,   60,    135,  136, 
143. 

Duque  de  Estrada  Monroy  Cerezuela,  Juan. 

— I.— 180. 
Duran,  Alonso. — I. — 136,  166. 
Durán  de  la  Calle,  Sebastián. — II. — 192. 

E 

Echazaval,  Francisco  de. — II. — 192. 
Echavarría,  Juana. — II. — 330. 
Echeverría,  Antonio  de. — I. — 179, 
Encarnación,  María  Josefa  de  la. — II. — 213. 
Enríquez,  Diego. — I. — 286. 
Enríquez,  Duarte. — I. — 310. 
Enríquez,  Francisco. — II. — 10. 
Enríquez,  Mateo. — II. — 65,  127. 
Enríquez,  Pero  Luis. — I. — 272. 
Enríquez  de  Guzmán,  Luis. — I. — 125,  128. 
Enríquez  Iturriaga,  Juan. — II. — 240. 
Enríquez  de  Rivero,  Félix. — II. — 156. 
Escobar,  Francisco  de. — I. — 178. 
Escobar,  Pedro  de. — I. — 293. 
Espilcueta,  Roque  de. — II. — 269. 
Espinar,  Hernando  de. — I. — 177. 
Espinosa,  Antonio  de. — I. — 275. 
Espinosa,  Antonio  de. — II. — 124,  131. 
Espinosa,  Fernando  de. — II, — 63,  121. 
Espinosa,  Francisca  de. — I. — 287. 
Espinosa,  Iñigo  de. — I, — 275, 
Espinosa,  Isabel  de. — I. — 272. 
Espinosa,  Jorge  de. — II. — 52,  58,  124. 
Espinosa,  José  Urbano  de. — II. — 210. 
Espinosa,  Manuel  de. — II. — 104,  124,  130. 
Espinosa  Estévez,  Fernando  de. — II. — 121. 
Espinosa  de  los  Monteros,  Pedro. — II. — 201. 
Estacio,  Antonio. — I. — 110,  188. 
Estacio,  Ojier. — I. — 142. 
Esteban,  Juan. — I. — 238. 
Estrada,  Antonio  de, — I. — 237. 
Estrada,  Domingo  de. — II. — 242. 


Índice 


433 


Estrada,  Juana  de. — II. — 159. 
Estrada  Duque  de  Figueroa,  Andrés  de. — 
II.— 92. 

Estragente,  Guillermo. — II. — 209. 

F 

Parías,  Pedro.— II.— 63,  115. 
Felipe,  Diego. — I. — 275. 
Fernández,  Antonio. — I. — 296. 
Fernández,  Blas. — II. — 192. 
Fernández,  Francisco. — II. — 56. 
Fernández,  Gaspar. — II. — 57,  136. 
Fernández,  José. — II. — 330. 
Fernández,  Juan. — I. — 238. 
Fernández,  Nicolás. — II. — 241. 
Fernández,  Rodrigo. — II. — 65. 
Fernández  de  Aguilar,  Fr.  Cristóbal. — II. — 
169. 

Fernández  Bautista,  Juan. — I. — 293. 
Fernández  de  Brito,  Antonio. — I. — 310. 
Fernández  Cánones,  Pedro. — II. — 150. 
Fernández  Cutiño,  Gaspar. — II. — 123. 
Fernández  Darraña,  Juan. — II. — 158. 
Fernández  Gullio,  Juan. — I. — 280. 
Fernández  de  las  Heras,  Juan. — 283,  285. 
Fernández  Mexía,  Pedro. — I. — 56. 
Fernández  de  Pablos,  Juan. — I. — 313. 
Fernández  de  Vega,  Antonio. — II. — 117. 
Fernández  Velarde,  Antonio. — II. — 227. 
Fernández  Viana,  Francisco. — I. — 310. 
Fernández  Viana,  Pedro. — I. — 310. 
Ferreira,  Juan. — II. — 266. 
Ferroel,  Richarte. — I. — 234. 
Figueroa,  Angela  de. — I. — 293. 
Figueroa,  Felipe  de. — II. — 212. 
Figueroa,  Juan  de. — I. — 288,  359. 
Figueroa,  Sebastián  de. — II. — 260. 
Flambel,  Giles.— I.— 176,  286. 
Flor  Condamine,  Pedro  de. — II. — 333. 
Florencio,  Juan. — II. — 156. 
Flores,  Fr.  Diego. — I. — 318. 
Flores,  Juan  Esteban. — II.— 299. 
Flores,  María.— II.— 207. 
Flores,  Nicolás.— II.— 269. 
Flores,  Vicente. — II. — 11. 
Flores  de  la  Pana,  Andrés. — II. — 199. 
Fonseca,  Duarte  de. — II. — 151. 
Fonseca,  Fernando  de. — II. — 150. 
Fonseca,  Manuel  de. — I. — 318. 
Fors,  Cornielles. — II. — 10. 
Fos,  Pedro.— II.— 327. 
Fragoso,  Luis. — II. — 12. 


Francisco,  negro. — I. — 233. 

Franco,  Juan  Bautista. — II. — 13. 

Freile,  Jusepe.— II.— 59,  81,  87. 

Fresneda,  Pedro  de. — I. — 55. 

Frías,  Diego  de. — II. — 242. 

Frías  Miranda,  Diego  de.— I.— 177,  287. 

Frías  Miranda,  Fr.  Gaspar  de. — I. — 287. 

Fritis,  María  Feliciana. — II. — 263. 

Frontaura,  Juan  Mauro. — II. — 214. 

Fuentes  y  Cárdenas,  Gaspar  de  la. — II. — 32. 

Fuentes,  María  de. — II. — 259. 

Fuentes,  Pedro  Miguel  de. — I. — 99,  181. 

Funes,  Gaspar  de. — I. — 178. 

G 

Galdín,  Juan  Bautista. — I. — 139. 
Galindo,  Martín.— II.— 205. 
Gallardo,  Margarita. — II. — 193. 
Gallardo,  Melchor.— II.— 190. 
Gallardo,  Rosa. — II. — 271. 
Gallegos  de  Aparicio,  Juan. — II. — 11. 
Gallinato,  Juan. — II. — 9. 
Galván,  Bernardo. — II. — 190. 
Galván,  Blas.— 1,-313. 
Gálvez,  Fr.  Francisco  de. — I. — 143,  275. 
Gamarra,  Fr.  Bernardo  de. — I. — 274. 
Gamboa,  Fr.  Jerónimo  de. — I. — 272. 
Ganui,  Pedro.— II.— 159. 
García,  Andrés. — I. — 293. 
García,  Ginés. — II. — 159. 
García,  Francisco. — I. — 275. 
García,  José. — II. — 210,  332. 
García  Cabello,  Fr.  Juan. — II. — 205. 
García  Jiménez,  Fr.  José. — II. — 234. 
García    Matamoros,    Manuel. — II. — 68,  90, 
92. 

García  Muñoz,  Juan. — II. — 231. 
García  Vélez,  Juan. — II. — 190. 
Cárnica,  Alonso  de. — II. — 42. 
Cárnica,  Pedro  de. — I. — 179. 
Garro,  Pedro  de. — I. — 178. 
Gaseo,  Fr.  Alonso  de. — I. — 63,  64,  66,  67, 
68,  69,  73  a  78,  86,  89,  97,  98,  100,  113. 
Gama,  Juan  de. — I. — 286. 
Giliberto,  Juan.— II.— 192. 
Gillis,  Jacobo.— IL— 209. 
Ginovés,  Juan  Bautista. — II. — 12. 
Goiri,  Sant  Joan  de. — I. — 237. 
Gomendio,  José  Lorenzo  de. — II. — 265. 
Gómez,  Alonso. — I. — 318. 
Gómez,  Ana. — I. — 280. 
Gómez,  Antonio. — I. — 238. 


2.'í— Ln  Inquisición  de  Lima  Tnnio  II 


434 


J.  T.  MEDINA 


Gómez,  Duarte. — II. — 29,  43. 

Gómez,  Francisca. — I. — 280. 

Gómez,  Juan  Bautista. — II. — 265. 

Gómez,  Roque. — II. — 52. 

Gómez  Aceituno,  Gonzalo. — II. — 66. 

Gómez  de  Acosta,  Antonio. — II. — 52,  55. 

Gómez  de  Acosta,  Baltasar. — II. — 118. 

Gómez  Bravo,  Juan. — I. — 272. 

Gómez  Caro,  Juan. — II. — 8. 

Gómez  de  Castilla,  Vicente. — II. — 321. 

Gómez  de  Ojeda,  Fr.  Rodrigo. — I. — 309. 

Gómez  Palomo,  Fr.  Gaspar. — I. — 312. 

Gómez  Piñero,  Pero. — I. — 296. 

Gómez  Portaces,  Antonio. — II. — 150. 

Gómez  de  Salazar,  Diego. — II. — 28. 

Góngora,  Hernando  de. — I. — 286. 

González,  Alonso. — I. — 233. 

González,  Alvaro. — I. — 35. 

González,  Ana  María. — II. — 112. 

González,  Cristóbal. — II. — 272. 

González,  Francisco. — II. — 33. 

González,  Gracia. — I. — 125. 

González,  Juan. — I. — 233. 

González,  Manuel. — II. — 63,  116. 

González,  Matías. — II. — 68. 

González,  Pascuala. — II. — 265. 

González  Calderón,  Alonso. — II. — 12. 

González  de  la  Cámara,  José. — II. — 330. 

González  Holgado,  Alonso. — I. — 176. 

González  de  Mendoza,  Pedro. — I. — 41. 

González  de  Miranda,  Alvaro. — I. — 311. 

González  de  Rivera,  Juan. — II. — 265. 

González  Tinoco,  Jerónimo. — II. — 92. 

González  Vaquero,  Francisco. — II. — 9. 

Gordillo  Farfán,  Juan. — I. — 179. 

Granja,  Diego  de  la. — II. — 315  a  320. 

Gre,  Tomás.— I.— 239,  282. 

Gribaldo,  Antonio. — I.— 330. 

Griego,  Jorge. — I. — 46,  272. 

Grin,  Enrique. — I. — 282. 

Guevara,  Juan  Ventura  de. — II. — 241. 

Guevara,  Petronila  de. — II. — 159,  227. 

Gutiérrez,  Pedro.— II.— 187,  196. 

Gutiérrez,  José  Ignacio. — II. — 330. 

Gutiérrez,  Juliana. — II. — 159. 

Gutiérrez,  Lorenzo. — I. — 318. 

Gutiérrez  de  Logroño,  Pedro. — I. — 178,  233. 

Gutiérrez  de  Molina,  Diego. — I. — 318. 

Gutiérrez  de  Perales,  Juan. — I. — 275. 

Gutiérrez  de  Soto,  Gabriel. — I. — 272. 

Guzmán,  José  de. — II. — 272. 

Guzmán,  Pedro  de. — II. — 8,  92. 


Guzmán  Vargas  de  la  Cadena,  Fr.  Manuel 
de.— II.— 269. 

H 

Haden,  Santiago. — II. — 272.  • 
Hans,  Nicolás.— I.— 281. 
Hatrey,  Simeón. — II. — 209. 
Hazaña,  Francisco. — II. — 267. 
Helix,  Juan.— I.— 281. 
Hendy,  Samuel.— II.— 209. 
Henríquez,  Gaspar. — II. — 158. 
Henríquez,  Fernando  de. — II. — 156. 
Heredia,  Juan  Luis  de. — I. — 177. 
Hermosilla,  Juan  de. — II. — 301. 
Hernández,  Antonio. — I. — 35,  49. 
Hernández,  Antonio. — I. — 272. 
Hernández,  Diego. — I, — 151. 
Hernández,  Francisco. — II. — 121. 
Hernández,  Gómez. — I. — 44,  45. 
Hernández,  Fr.  Gonzalo. — II. — 92. 
Hernández,  Gregorio. — I. — 280. 
Hernández,  Jerónimo. — II. — 51. 
Hernández,  María. — II. — 263. 
Hernández,  Mateo. — I. — 318. 
Hernández,  Miguel.— I.—l  10,  137. 
Hernández,  Ñuño. — I. — 308. 
Hernández,  Fr.  Pedro. — I. — 142. 
Hernández  de  Córdoba,  Diego. — I. — 177. 
Hernández  de  Espinosa,  Francisco. — II. — 13. 
Hernández  de  Rivera,  Francisco. — II. — 205. 
Hernández  de  Soto,  Bartolomé. — I. — 56. 
Hernández  Sotomayor,  Gonzalo. — I. — 238. 
Hernández  de  Villarroel,  Antonio. — I. — 125, 

130,  131,  134. 
Hernández  Vizuete,  Francisco. — I. — 150. 
Herrera,  Fr.  Alonso  de. — I. — 312. 
Herrera,  Cristóbal  de. — I. — 179. 
Herrera,  Francisca  de. — I. — 272. 
Herrera,  Francisco  de. — I. — 294. 
Herrera,  Fr.  Jacinto  de. — II. — 159. 
Herrera,  Juan  de. — I. — 275,  286. 
Herrera,  Fr.  Pedro  Pablo  de.— II.— 290. 
Herrera,  Rodrigo  de.— I.— 125,  134,  143. 
Herrera,  Sebastián  de. — I. — 50. 
Herrera,  Sebastián  de. — I. — 176,  257,  258. 
Hervas  Sarmiento,  Francisco  de. — I. — 275. 
Hoces,  Agustín  de. — I. — 308. 
Holanda,  Cristóbal  de. — I. — 238. 
Hontarón,  Isabel. — II. — 97. 
Horta,  Juan  de. — II. — 150. 
Huerta,  Fr.  Gaspar  de. — I. — 109. 


ÍNDICE 


435 


Hurtado,  Antonio. — II. — 242. 
Hurtado  de  Mendoza,  Fr.  José. — II. — 332. 
Hurtado  de  Valcázar,  Francisco. — ^11. — 59, 
87,  112. 

Hurtado  de  Zaldívar,  Juan. — I. — 313. 
I 

Idobro  Cabeza  de  Vaca,  Bernardio. — II. — 
330. 

Illanes,  Jorge  de. — II. — 156. 
Illanes,  Fr.  Mateo  de. — I. — 307. 
Infantas,  Francisco  de  las. — 11. — 260. 
Isabel,  negra. — I. — 313. 
Ixar,  Ignacio  de. — I. — 232. 

J 

Jacobo,  David. — II. — 243. 

Jacques,  Richarte. — I. — 282. 

Jamingo,  Pablo. — I. — 319. 

Jaramillo,  Francisco. — II. — 10. 

Jesús,  Fr.  Francisco  de. — II. — 11. 

Jesús,  Manuel  de. — II. — 258. 

Jesús,  Sebastiana  de. — II. — 272. 

Jiménez,  Cristóbal. — I. — 309. 

Jiménez,  Francisca. — I. — 287. 

Jiménez,  Fr.  José. — II. — 214. 

Joanes,  Pedro. — II. — 32. 

Jofré,  Leonardo. — II. — 332. 

Jorge,  Domingo. — I. — 319. 

Jorge,  Hernán. — I. — 285. 

Jorge  y  Acuña,  Pedro. — II. — 156, 

Juárez,  Cristóbal. — I. — 293. 

Juárez  de  Valdés,  Pedro. — I. — 142. 

Julio,  Juan. — I. — 294. 

Jullian,  Luis. — I. — 272. 

Jurado,  Fr.  Francisco. — II. — 271. 

Juarado  del  Campo,  Magdalena. — II. — 191. 

K 

Keyby,  Juan.— II.— 209. 

L 

Labrada,  Andrés. — II. — 271. 
Lagares,  Bartolomé  de. — I. — 275, 
Landa,  Juan  de. — II. — 212. 
Lanfort,  Roberto.— II.— 209. 
Latorre,  Fr.  Cristóbal  de.— II. — 159. 
Lavín,  Fr.  Juan  de. — I. — 143. 
Leal,  Luis.— II.— 184. 


Lencovier,  Guillermo. — II. — 241. 
León,  Bartolomé. — II. — 51,  117, 
León,  Gabriel  de. — I. — 233, 
León,  Juan  de.— L— 59,  67,  188. 
León,  María  de.— II.— 90. 
León,  Pedro  de.— I.— 177,  233. 
León,  Pedro  de. — II. — 211. 
León  de  Cisneros,  Juan  de. — II. — 168, 
Leonés,  Bartolomé. — I. — 39,  40,  41. 
Leonis,  Francisco. — I. — 182. 
Leonor,  negra. — I. — 56. 
Lesana,  Antonio. — II. — 241. 
Li,  Guillermo. — I. — 282. 
Liébana,  Josefa  de. — II. — 159. 
Lima,  Gonzalo  de, — I. — 307, 
Lima,  Juan  de. — II. — 124. 
Lima,  Luis  de.— II.— 58,  67,  90,  124,  131, 
135,  146. 

Lima,  Tomás  de.— II.— 60,  124,  129. 

Lira,  Juan  de. — I. — 179. 

Lira,  Fr.  Juan  de.— I.— 177. 

Lirios,  Antón  de. — I. — 313. 

Lizamo,  Fr.  José  de. — I. — 141. 

Lizárraga,  María  de. — II. — 40. 

Lizárraga  del  Castillo,Luisa  de. — II. — 30, 

Loaisa,  Bernadino. — I. — 19. 

López,  Domingo. — I. — 313. 

López,  Domingo. — II. — 190. 

López,  Felipa.— I.— 295,  296. 

López,  Juan. — I. — 280. 

López,  Gaspar.— I.— 310;  II.— 9. 

López,  Hernán. — I. — 233,  245. 

López,  Lorenzo. — I. — 275. 

López,  Luis.— L— 63  a  67,  74,  75,  77,  80  a 

88,  91,  99,  100,  109,  356,  357. 
López,  Manuel.— I.— 180,  311. 
López,  Manuel. — I. — 150. 
López,  Pedro.— I.— 310. 
López,  Rodrigo. — II. — 151. 
López  Aceituno,  Gonzalo. — II. — 92. 
López  de  Agurto,  Gaspar. — I. — 233. 
López  Cordero,  Gonzalo. — II. — 42. 
López  de  la  Flor,  Fr.  Fernando.— II.— 272, 
López  de  Fonseca,  Diego. — II. — 48,  49,  51, 

93,  116,  117,  131. 
López  Guarnido,  Jerónimo. — I. — 39,  40,  41, 

90. 

López  de  Lisboa,  Diego.— II.— 147,  154,  155. 
López  Matos,  Juan. — II. — 151. 
López  de  Mestanzo,  Juan. — II. — 113. 
López  de  Osuna,  Francisco. — I. — 272. 
López  Serrano,  Bernardo. — II. — 29. 
López  Suárez,  Gaspar. — II. — 157. 


436 


J.  T.  MEDINA 


López  de  Taide,  Martín. — II. — 32. 
López  de  Vargas,  Diego. — I. — 310. 
López  de  la  Vega,  Cristóbal. — I. — 142. 
Lorenzo,  Diego. — I. — 176. 
Lorenzo,  Enrique. — II. — 58,  119. 
Lorenzo,  Felipe. — II. — 243. 
Lorenzo,  Juan. — I. — 176. 
Loyola  Haro  de  Molina,  Juan  de. — II. — 302 
a  307. 

Lucena,  Baltazar. — I. — 296. 

Lucena,  Gaspar  de. — I. — 296. 

Lucero,  Juan. — II. — 12. 

Lucio,  Marcos  de.— I.— 176,  181,  188. 

Luis,  Catalina. — I. — 308. 

Luján,  Felipe  de. — I. — 286. 

Luna,  Gonzalo  de. — I. — 303. 

Luna,  Mayor  de.— II.— 55,  93,  118. 

Luna,  Mencía  de.— II.— 55,  93,  96,  118. 

Luna  Castro,  Francisco  de. — 192. 

Ll 

Llano,  Juan  Domingo  de. — II. — 257. 

Llanos,  Antonio  de. — II. — 192. 

Llanos  González,  Teresa  de. — II. — 194. 

M 

Madariaga,  Sancho  de. — I. — 287. 

Machicao,  Cristóbal  de. — II. — 10. 

Magaña,  Diego  de. — I. — 56. 

Maldonado,  Francisca. — I. — 197,  287. 

Maldonado,  Fr.  Juan. — I. — 275. 

Maldonado,  Melchor.— I.— 288. 

Maldonado,  Fr.  Melchor. — II. — 151. 

Maldonado,  Pablo.— II.— 191. 

Maldonado  de  Silva,  Francisco. — II. — 131. 

Mallarín,  María  Teresa  de. — II. — 263. 

Mandinga,  Simón. — I. — 159. 

Manrique,  Fr.  Hernando. — I. — 272. 

Mansilla,  Juan  de. — II. — 271. 

Mariaca,  Martín  de. — I. — 318. 

Marfil,  Juan.— II.— 243. 

María,  negra. — I. — 233. 

María  Angela,  negra. — I. — 272. 

María  Rosalía. — II. — 271. 

Marica,  negra. — I. — 138. 

Marín,  Francisco. — I. — 310. 

Marle,  Andrés. — I. — 273. 

Márquez  de  Guzmán,  Juan. — I. — 233. 

Márquez  Montesinos,  Francisco. — II. — 121. 

Márquez  Montesinos,  Manuel. — II. — 56,  151. 

Martel,  Francisco. — II. — 42. 


Martín,  Diego.— I.— 293. 
Martín,  Ignacio. — I.— 309. 
Martín,  Girardo. — I. — 313. 
Martín,  Simón. — I. — 239. 
Martín  Rafael,  Francisco. — I. — 272. 
Martínez,  Bernabé. — I. — 313. 
Martínez,  Diego.— I.— 80,  106. 
Martínez,  Diego. — II. — 159. 
Martínez,  María. — II. — 42. 
Martínez,  Pero.- 1.— 182,  233. 
Martínez,  Fr.  Pedro.— I.— 218,  219,  220. 
Martínez,  Pedro. — I. — 143. 
Martínez  de   Esquíbar,   Fr.  Tomás. — II.- 
205, 

Madriz,  García  de  la.— I.— 178. 
Mateo,  negro. — I. — 237. 
Matos,  Juan  de. — I. — 272. 
Matos,  Juan  de. — II. — 91. 
Matos,  Manuel  Luis.— II.— 57,  126. 
Mayorga,  Fr.  Andrés  de. — II. — 214. 
Mazay,  Juan  Bautista  de. — II. — 199. 
Medina,  Juan  de.— I.— 157,  178. 
Medina,  Fr.  Juan  de.— I.— 143,  287. 
Medina,  Martín  de. — I. — 318. 
Medina  Anuncibay,  Juan  de. — I. — 312. 
Medrano,  Cristóbal  de. — I. — 313. 
Medrano,  Juan  de.— I.— 152,  156,  157. 
Mejía,  Fr.  Nicolás. — II. — 169. 
Mejía  Mirabel,  Francisco. — II. — 91. 
Meléndez  de  la  Oliva,  Alonso. — I. — 310. 
Melgarejo,  Luisa. — II. — 33. 
Meló,  Fr.  Miguel.— II.— 159. 
Mena,  Catalina  de. — I. — 286. 
Méndez,  Alvaro. — II. — 41. 
Méndez,  Duarte.— I.— 280,  298. 
Méndez,  Francisco. — II. — 120. 
Méndez,  Víctor. — I. — 280. 
Méndez  de  Dueñas,  Garcí. — II. — 28. 
Méndez  Hernández,  Salvador. — I. — 20. 
Mendieta,  Diego  de. — I. — 275. 
Mendoza,  Fr.  Alonso  de. — I. — 275. 
Mendoza,  Fr.  Diego  de. — I. — 177. 
Mendoza,  Juan  de. — I. — 313. 
Meneses,  José  de. — II. — 271. 
Meneses,  Juan  José. — II. — 298. 
Mercado,  Martín  de. — I. — 309. 
Mesa,  Francisco  de. — I. — 288. 
Mesía,  Fr.  Diego. — II. — 201. 
Mexía  de  Ovando,  Pedro. — II. — 13. 
Michel,  José  Nicolás.— II.— 255. 
Mieres,  Ignacio  Gregorio  de. — II. — 272. 
MigoUa,  Gabriel  de.— I.— 176. 
Mijancas,  Juan  de. — II. — 24. 


Índice 


437 


Millar,  Juan.— I.— 35,  231. 

Mino  Llulli,  Jacinto. — II. — 272. 

Míñez,  Juan. — I. — 56. 

Miranda,  Fr.  Pedro.— I.— 143. 

Molero,  Silvestra. — II. — 267. 

Molina,  Paula.— II.— 330. 

Mollinedo,  Fr.  Pedro.— II.— 332. 

Mondragón,  Francisca  de. — II. — 268. 

Monserrate  y  Santisteban,  María. — II. — 268. 

Montañés,  Juan. — I. — 294, 

Monte,  Fr.  Pedro.— I.— 286. 

Monte  Cid,  Domingo. — II. — 53,  114. 

Montenegro,  Cecilia. — II. — 196. 

Montenegro,  Juan  de. — I. — 233. 

Montero,  Fr.  Antonio. — II. — 200. 

Montero,  Fr.  Diego.— II.— 235,  321. 

Montes,  Juan  Antonio. — I. — 272. 

Montoya,  Francisco  de. — II. — 156. 

Montrartu,  Lucas  de. — I. — 280. 

Morales,  Ambrosio  de. — II. — 68,  90,  92. 

Morales,  Luis  de. — II. — 91. 

Morán  de  Cáceres,  Diego. — II. — 27. 

Morante,  Martín.— II.— 187,  202. 

Morato,  Martín.— II.— 68,  92. 

Moreira,  Domingo. — I. — 318. 

Moreno,  Nicolás. — I. — 273. 

Morillo,  Bernabé.— II.— 264,  298. 

Morón,  Antonio.— II.— 54,  93,  118. 

Morón,  Isabel  Antonia. — II. — 55,  93,  135. 

Mosquera,  Fr.  Manuel. — II. — 271. 

Moyén,  Francisco.— II.— 289,  322,  323,  326, 

241,  249,  405,  407. 
Mozambique,  Juan. — I. — 318. 
Mudana,  Josefa. — II. — 195. 
Muga,  Marcos  de. — II. — 192. 
Múñiz,  Andrés.— IL— 68,  90,  92,  109,  139, 

148. 

Muñoz,  Fr.  Pedro.— II.— 201. 
Muñoz  de  Acuña,  Manuel. — I. — 180. 

N 

Nájera  Aranz,  Hernando  de. — II. — 9. 
Nápoles,  Domingo  de. — II. — 11. 
Narbasta,  Sebastián  de.— I.— 178. 
Narváez,  Pedro  de. — I. — 137. 
Natera,  Luis.— I.— 293. 
Navarrete,  Gonzalo  de. — II. — 13, 
Navarrete,  Fr,  Juan. — I. — 180. 
Navarrete,  Juan  Antonio. — I. — 313. 
Navarro,  Diego. — I. — 294. 
Negrón,  Eugenio  de. — I. — 138. 
Neira,  Francisco  Javier  de. — II, — 265. 


Neira,  Juan  Antonio. — II. — 269. 
Nicolao,  Benito. — I. — 275. 
Nicolao,  Griego. — I. — 308. 
Nieves,  María  de  las. — I. — 47,  48. 
Niño,  Gonzalo.— I.— 51,  161,  171,  172,  173. 
Noble,  Luis.— II.— 11. 
Noguera,  Baltasar  de. — I. — 176. 
Noguera,  Bernabela  de. — II. — 158. 
Nombela,  Gregorio. — II. — 330, 
Norambuena,  Fr.  Gaspar  de. — I. — 309. 
Noria,  Gabriel  de.— I.— 287. 
Nordenflicht,  Barón  de.— II.— 332. 
Novoa,  Juana. — II. — 268. 
Núñez,  Alvaro. — I. — 310. 
Núñez,  Fr.  Antonio. — I. — 141, 
Núñez,  Diego. — I. — 42. 
Núñez,  Jorge. — I. — 283. 
Núñez,  Luis. — II. — 61. 
Núñez,  Pascual.— II.— 63,  128. 
Núñez,  Pedro,- 1.— 310. 
Núñez  de  Cea,  Duarte. — I, — 297. 
Núñez  Chaparro,  Francisco. — I. — 312. 
Núñez  Duarte,  Francisco. — II. — 52. 
Núñez  Duarte,  Gaspar.— II.— 52,  120,  123. 
Núñez  de  Espinosa,  Enrique. — II. — 53,  119. 
Núñez  de  la  Haba,  Pedro.— II.— 265. 
Núñez  Juárez,  Andrés. — I. — 296. 
Núñez  Magro  de  Almeida.  Manuel. — II. — 
30. 

Núñez  de  Olivera,  Francisco. — I. — 295, 
Núñez  de  Silva,  Diego. — I. — 310, 

O 

Ocampo,  Jerónimo  de, — I. — 55. 

Ocampo,  Fr.  Juan  de. — 287. 

Ocampo,  Lucía  de. — I. — 287. 

Ochoa,  Rosa  de. — II. — 264. 

Olave,  Mariana  de. — II. — 114. 

Oliva,  Fr.  Antonio  de  la.— I.— 288. 

Oliva,  José  Feliciano  de  la. — II. — 328. 

Olivera,  Antonio  de  la.— I.— 158,  288. 

Olivera,  Gaspar  de. — I. — 313. 

Olivitos  y  Esquive!,  Angela. — II. — 288. 

Olivos,  Fr.  Javier.— II.— 330. 

Oña,  Cristóbal  de.— II.— 241. 

Oñazamba,  Luisa  de. — II. — 114. 

Once,  Nicolás  de. — I. — 307. 

Orbieto,  Sebastián  de. — I. — 272. 

Ordóñez  de  Villaquirán,  Antonio. — I. — 179. 

Orduña,  Juan  de. — I. — 272. 

Ormaza,  Isabel  de. — II. — 30. 

Oropesa,  Juan  de. — I. — 178. 


438 


J.  T.  MEDINA 


Ortega,  Jerónimo  de. — II. — 71,  201. 
Ortega,  Juan.— II. — 28. 
Ortega,  Manuel  de. — I. — 309. 
Ortigas,  Rodrigo  de. — I. — 286. 
Ortiz,  Agustín. — II. — 330. 
Ortiz,  Alonso. — I. — 275. 
Ortiz,  Francisco. — I. — 43, 
Ortiz,  Gonzalo. — I. — 307. 
Ortiz,  Petronila.— II.— 268. 
Ortiz,  Rodrigo.— I.— 299. 
Ortiz  Cabezas,  Juan. — I. — 319. 
Ortiz  Melgarejo,  Nicolás. — I. — 238. 
Ortiz  de  Mena,  Diego. — I. — 177. 
Ortiz  de  Oña,  Alonso. — I. — 319. 
Ortuño  Sierra,  Domingo. — I. — 313. 
Osera,  Francisco  José  de. — II. — 241. 
Osorio,  Alonso.— I.— 192,  197,  203,  220,  275, 
292. 

Osorio,  Antonia. — II. — 263. 
Osorio,  Francisco. — II. — 1 1 . 
Osorio,  García. — I. — 203,  237. 
Osorio,  Simón. — II. — 57,  114. 
Osorio  Fonseca,  Antonio. — I. — 159. 
Otárola,  Juan  de. — I. — 237. 
Otárola,  Juan  José  de. — II. — 209. 
Ovalle,  Diego  de.— II.— 54,  69,  115. 
Ovando,  Rafaela.— I.— 298. 
Oxnen,  Juan.— I.— 149,  150. 

P 

Pacheco,  Fr.  Diego. — II. — 322. 
Pacheco,  Fr.  Pedro. — I. — 287. 
Padilla,  Bartolomé.— I.— 286. 
Padilla,  Juan  de.— 1,-142. 
Padilla,  Liquina  de. — I. — 177, 
Pagueguc,  Fr.  Francisco  del  Rosario. — II. — 
206. 

Palacios  Alvarado,  Hernando. — I. — 176,  252. 

Palar,  Cristóbal.— I.— 282. 

Palino  de  Cárdenas,  Francisco. — I. — 43. 

Palma,  Antonio  de  la. — II. — 29. 

Palomares,  Rodrigo  de. — I. — 286. 

Palomino,  Pedro. — I. — 275. 

Panlagua,  Andrés  de. — I. — 280. 

Pardo,  José  Pantaleón. — II. — 300. 

Pasani  Bentíboli,  César. — II. — 170. 

Pastor  de  Dios,  Miguel. — I. — 313. 

Pastrana,  Francisco. — II. — 242. 

Parra,  Francisco  de  la. — II. — 156. 

Parra,  Juan  de  la. — II. — 156. 

Paz,  Francisco  de  la. — I. — 276. 

Paz,  Jorge  de. — II, — 11, 


Paz,  Juana  de  la. — I. — 275. 

Paz,  Manuel  de.— II.— 93,  137. 

Paz,  María  de  la.— II. — 59. 

Paz  Maldonado,  Pedro  de. — I. — 276. 

Paz  y  Miranda,  Clemente  de. — II. — 272. 

Pedro,  negro.— I.— 178,  237. 

Peña,  Bernardino  de  la. — I. — 56. 

Peña,  Antonio  de  la. — II. — 208. 

Peña,  Francisco  de  la. — II. — 26. 

Peña,  Francisca  de  la. — II. — 158. 

Peña,  Lope  de  la. — I. — 35. 

Peña,  Lorenzo  de  la. — I. — 276. 

Peña  Guerrero,  Alvaro  de. — II. — 9. 

Peñailillo,  Inés  de. — II. — 227. 

Peñaloza,  Fr.  Pedro  de. — II. — 191. 

JPeñalver,  Clemente  de. — I. — 177. 

Perales,  María  del  Rosario. — II. — 269. 

Peralta  Pareja  y  Riveros,  Jerónimo. — II. — 9. 

Perea,  El  canónigo. — I. — 56. 

Perdomo,  Diego. — I. — 233. 

Pereira,  Diego. — II. — 66. 

Pereira  Diamante,  Diego. — II. — 61,  150. 

Pérez,  Ana  María. — II. — 30. 

Pérez,  Cornielles. — I. — 180. 

Pérez,  Diego, — I. — 47. 

Pérez,  Domingo. — II. — 27. 

Pérez,  Isabel.— I.— 272. 

Pérez,  Juan.— I.— 233,  307, 

Pérez,  Juan.— I.— 310,  317. 

Pérez,  Juana.— II.— 82,  91. 

Pérez,  Manuel  Baptista.— II.— 51,  52,  84,  86, 

114,  123,  134,  136,  143. 
Pérez,  Marcos. — I. — 272. 
Pérez,  Santiago. — II. — 190. 
Pérez,  Simón. — I. — 178, 
Pérez  de  Acosta,  Diego. — I. — 311. 
Pérez  de  Carranza,  Ana. — I. — 275. 
Pérez  de  Freitas,  Rafael. — II. — 40. 
Pérez  Mosquera,  Diego. — II. — 158. 
Pérez  de  Pineda,  Germán. — I. — 310. 
Pérez  de  Segura,  Juan. — I. — 179. 
Pérez  Tavares,  Juan. — I. — 308. 
Peso,  Gaspar  del.— I.— 142,  287. 
Petrel,  Francisco. — II. — 2 1 1 . 
Picón,  Agustina. — II. — 213. 
Pila,  Lope  de. — I. — 41. 
Pilar,  Miguel  del.— I.— 234. 
Pinero,  Fr.  Diego.— I.— 294. 
Pita,  Rosa.— II.— 209. 
Pizarro,  Bernardo. — II. — 10. 
Pizarro,  Catalina. — II. — 159.  , 
Pizarro,  Fr.  Diego. — I. — 177. 
Pizarro,  Fr.  Francisco. — I. — 180. 


Índice 


439 


Pizarro,  María.— I.— 63  a  73,  80,  81,  83  a 

91,  96  a  100,  105,  106. 
Ponce  de  León,  Matías. — II. — 322. 
Porras,  Isabel  de. — I. — 286. 
Porras  Santillán,  Alonso  de. — I. — 178,  286. 
Porta,  Nicolás  de  la. — II. — 11. 
Porter,  Tomás.— II.— 209. 
Portilla,  Juan  de  la. — I. — 274. 
Pradeda,  Bartolomé  de.— II.— 72,  78,  81,  83. 
Pradier,  Juan.— II.— 190. 
Prado,  Alonso  de. — I. — 276. 
Prado,  Clara  de.— I.— 280. 
Prado,  Fr.  José  de.— II.— 232. 
Prado  Brián,  Juan  de. — II. — 150. 
Prieto,  Fr.  Juan.— I.— 298. 
Puente  Bearne,  Tomás  de  la. — II. — 212. 

Q 

Quezada,  Fr.  José  de. — 11. — 159. 

Quezada,  Pedro  de. — I. — 310. 

Quintero,  José. — II. — 191. 

Quiñones,  Isabel  de. — II. — 12. 

Quiroga  y  Losada,  Fr.  Diego  de. — I. — 241. 

Quirós,  Manuel  de.— II.— 127. 

Quituera  Melgarejo,  Francisco  de. — II. — 151. 

R 

Rabanal,  Fr.  Francisco. — I. — 288. 

Ramírez,  Cosme. — I. — 125,  134,  136. 

Ramírez,  José. — II. — 190. 

Ramírez,  Marcos. — II. — 10. 

Ramírez  Meneses,  Estefanía. — II. — 113. 

Ramírez  de  los  Olivos,  Francisco. — II. — 184. 

Ramo,  Julián. — I. — 313. 

Ramos,  Diego. — I. — 177. 

Ramos,  Francisco. — I. — 275. 

Ramos,  Luisa.— II.— 42,  151,  157. 

Ramos,  Manuel.— I.— 311,  318. 

Ramos  de  Rojas,  Juan. — II. — 66. 

Reid,  Tomás.— I.— 282. 

Reinoso,  Pedro  de.— I.— 298. 

Rengel,  Fr.  Pedro.— I.— 177,  275. 

Rentería,  Fr.  Antonio. — I. — 272. 

Reyes,  Gaspar  de  los. — I. — 56. 

Reyes,  Juan  de  los. — I. — 41. 

Reyes,  Melchor  de  los.— II.— 126. 

Ribera,  Alonso  de. — I. — 19. 

Ribera,  Fr.  Antonio  de.— L— 238. 

Ribera,  Diego  Luis  de  la. — II. — 11, 

Riberos,  Manuel.— I.— 272. 

Riberos,  Pedro  de. — I. — 311. 


Ricardo,  Juan. — I. — 275. 

Rincón,  Fr.  Sebastián. — I.— 237. 

Riofrío,  Fr.  Francisco. — I. — 287. 

Rivas,  Fernando  de. — II. — 332. 

Rivera,  Joaquín  de. — II. — 300. 

Rivera,  José  de. — II. — 231. 

Riveros  del  Jordán,  Celio. — II. — 207. 

Rocha,  Isabel  de  la. — II. — 13. 

Rodas,  Juan  de.— I.— 309. 

Rodríguez,  Adrián.— II.— 29,  32. 

í^odríguez,  Alvaro. — I. — 307. 

Rodríguez,  Alvaro.— II.— 150,  156,  243. 

Rodríguez,  Fr.  Alvaro. — I. — 159. 

Rodríguez,  Ana. — I. — 275. 

Rodríguez,  Andrés. — I. — 295. 

Rodríguez,  Cosme. — I. — 45. 

Rodríguez,  Elvira. — I. — 125. 

Rodríguez,  Francisco. — I. — 282,  295. 

Rodríguez,  Gaspar. — I. — 286. 

Rodríguez,  Gonzalo. — I. — 232. 

Rodríguez,  Isabel. — I. — 296. 

Rodríguez,  Manuel. — I. — 297. 

Rodríguez,  Pablo.— II.— 128. 

Rodríguez,  Rafaela. — II. — 268. 

Rodríguez,  Tomás. — II. — 61. 

Rodríguez  de  Acevedo,  Ñuño. — I. — 307. 

Rodríguez  Arias,  Juan. — II. — 150. 

Rodríguez  Calvo,  Juan. — II. — 33. 

Rodríguez  de  Cárdenas,  Luis. — II. — 12. 

Rodríguez  Colmenero,  Cristóbal. — 11. — 12. 

Rodríguez  Duarte,  Juan. — II. — 60,  125. 

Rodríguez  Guerrero,  Manuel. — I. — 275. 

Rodríguez  de  Herrera,  Matías. — I. — 272. 

Rodríguez  de  León,  Antonio. — I. — 310. 

Rodríguez  Padilla,  Pedro. — I. — 313. 

Rodríguez  Pereira,  Gaspar. — II. — 122. 

Rodríguez  de  la  Rosa,  Diego. — I. — 177. 

Rodríguez  de  Silva,  Juan.— II.— 59,  117,  132. 

Rodríguez  de  Silva,  Diego. — I. — 310. 

Rodríguez  Tavares,  Jorge. — I. — 308. 

Rodríguez  Tavares,  Jorge. — II. — 53,  124. 

Rodríguez  Zambrano,  Jerónimo. — I. — 177. 

Rojas,  Fr.  Francisco  de.— II.— 205,  206. 

Roldán,  Rodrigo. — I. — 42. 

Román,  Fr.  Agustín. — II. — 232. 

Román,  Juan. — I. — 55. 

Romano,  Fr.  Francisco. — I. — 298. 

Romero,  Juan  Alejo. — II. — 227. 

Romero,  Martín. — I. — 19. 

Romero  Ferrer,  Isabel. — I. — 274. 

Rosa,  Ana  María  de  la.— II.— 192. 

Rosa,  Diego  de  la. — I. — 150. 

Rosa,  Josefa. — II, — 227. 


440 


J.  T.  MEDINA 


Rosa,  Juan  Francisco  de  la. — II. — 227. 

Rosa,  Manuel  de  la.— 11.-^8,  51,  118,  125. 

Rosales,  Francisco. — I. — 312. 

Rosario,  Francisco  del. — II. — 206,  301. 

Rosario,  Fr.  José  del. — II. — 201. 

Rosario,  Juan  Matías  del. — II. — 265. 

Rozas,  Ramón  de. — II. — 332. 

Rueda,  Gabriel  de.— II.— 210. 

Ruiz,  Alonso. — I. — 158. 

Ruiz,  Antón.— I.— 310. 

Ruiz,  Fr.  Antonio. — I. — 238. 

Ruiz,  Fr.  Diego.— I.— 307. 

Ruiz,  Juan.— II.— 185. 

Ruiz  Altamirano,  Cristóbal. — I. — 52. 

Ruiz  Arias,  Francisco. — II. — 120. 

Ruiz  de  Córdoba,  Juan. — I. — 158. 

Ruiz  de  Peñaranda,  José. — II. — 92. 

Ruiz  Quiñones,  Diego. — II. — 191. 

Ruiz  de  Rojas,  Fr.  Pedro.— II.— 200. 

Ruiz  de  Vildósola,  Pedro. — I. — 276. 

Rumbo,  Juan. — I. — 280. 

s 

Sa,  Duarte  de.— II.— 11. 

Saavedra,  Petrona  de. — II. — 190. 

Sáez  de  Bustamante,  Ambrosio. — II. — 315. 

Salado,  Mateo.— I.— 55,  57,  59,  62. 

Salas,  Fr.  Baltasar  de.— I.— 309. 

Salas,  Juan  de. — I. — 306. 

Salas,  Juan  de. — II. — 322. 

Salas,  Sebastián  de. — I. — 280. 

Salazar,  Fr.  Andrés  de. — I. — 287. 

Salazar,  Antonio  de. — II. — 29. 

Salcedo,  Juan  de. — I. — 307. 

Saldaña,  Antonia  María. — II. — 205. 

Salguero,  Francisco. — I. — 318. 

Salinas,  Francisca  de. — II. — 192. 

Salvador,  Juan  de. — II. — 190. 

Sanabria,  Fr.  Diego  de. — I. — 298. 

San  Agustín,  Antonio  de. — II. — 205. 

San  Bernardo,  Agustín  de. — I. — 313. 

Sánchez,  Alvaro. — I. — 275. 

Sánchez,  Baltasar. — I. — 177. 

Sánchez,  Cristóbal. — I. — 19,  270. 

Sánchez,  Diego. — I. — 312. 

Sánchez,  Fabiana. — II. — 272. 

Sánchez,  Isabel. — I. — 312. 

Sánchez,  Juan. — I. — 275. 

Sánchez,  Lorenzo. — II. — 158. 

Sánchez,  Pedro.— I.— 177,  178. 

Sánchez,  Pero. — I. — 59. 

Sánchez  de  Aguirre,  Miguel. — I. — 47. 


Sánchez  Ahumada,  Alonso. — I. — 309. 
Sánchez  de  Avila,  Juan. — II. — 159. 
Sánchez  Cano,  Luis. — I. — 313. 
Sánchez  de  Ceballos,  Cristóbal. — I. — 177. 
Sánchez  Chaparro,  Alonso. — II. — 66,  88,  92, 
138. 

Sánchez  de  Funes,  Alonso. — I. — 307. 
Sánchez  Navarro,  Alvaro. — I. — 286. 
Sánchez  Niño,  Alonso. — I. — 141. 
Sánchez  de  Ojeda,  Gabriel. — I. — 318. 
Sánchez  Palomares,  Luis. — I. — 312. 
Sánchez  Rendón,  Mateo. — II. — 9. 
Sánchez  Serrano,  Juan. — I. — 99. 
San  Juan,  Fr.  Domingo  de. — II. — 205. 
San  Martín,  Juan  de. — II. — 210. 
Santa  Clara,  Juan  José  Graciano  de. — II. — 
299. 

Santa  Cruz,  Fr.  Felipe  de.— I.— 143,  237,  286. 

Santa  María,  Juana  de. — II. — 271. 

Santa  Mónica,  Fr.  Agustín  de. — I. — 142. 

Santiago,  Luis  de. — I. — 179. 

Santillana  de  Guevara,  Juan  de. — I. — 285. 

Santisteban  y  Padilla,  José  Joaquín. — II. — 

215,  217,  327. 
Santo  Domingo,  María  de. — II. — 27. 
Santos,  Antonio  de  los.— II.— 63,  90,  92,  109, 

138,  148. 
Santos,  Mateo  de  los. — II. — 328. 
Saravia,  Juana. — II. — 213. 
Sedaño,  Pascual  de. — II. — 322. 
Segura,  Manuel  Jerónimo  de. — II. — 212. 
Serna,  Fr.  Francisco  de  la. — I. — 179. 
Serpa,  Fr.  Pedro  de. — I. — 275. 
Serrano,  Juan. — I. — 143,  157. 
Sevillano,  Francisco. — I. — 56. 
Sigil,  Pedro.— II.— 255. 
Silva,  Bartolomé  de  . — II. — 156. 
Silva,  Bernardo  de. — II. — 330. 
Silva,  Francisco  de. — II. — 156. 
Silva,  Hernando  de. — I. — 272. 
Silva,  Jorge  de.— II.— 53,  59,  117,  123. 
Silvela  y  Mendoza,  Juan  de. — II. — 231. 
Silvera,  Gaspar  de. — I. — 310. 
Silvera,  Juan  de. — I. — 310. 
Silvestre,  Juan. — I. — 288. 
Simón,  Jácome. — I. — 180. 
Shaw,  Roberto.— II.— 247,  252. 
Solano,  Juan  de  Dios. — II. — 208. 
Solano,  Luis. — I. — 35. 
Solís  y  Ovando,  José. — II. — 265. 
Solórzano,  Nicolás. — II. — 242. 
Soria,  Pedro.— II.— 68,  90,  92,  109,  131,  139, 

148, 


Índice 


441 


Sosa,  Amaro  de. — II. — 330. 
Sosa,  Antonio  de. — II. — 52. 
Sotelo,  Francisco.— II.— 68,  90,  92,  109,  134, 

139,  148. 
Soto  Silíceo,  Diego  de. — I. — 319. 
Sterling,  Tomás.— II.— 209. 
Stevenson,  W.  B.— II.— 337,  341,  343. 
Sotomayor,  Fr.  Antonio  de. — íl. — 271. 
Sotomayor,  Fr.  Bartolomé. — II. — 158. 
Suárez,  Vasco.— I.— 34,  48. 

T 

Talavera,  Pedro  de. — I. — 272. 

Tamayo,  Bartolina. — I. — 176. 

Tapia,  Juan  Alonso  de. — II. — 9. 

Tavares,  Antonio. — I. — 177. 

Tavares,  Enrique  Jorge. — II. — 53,  66,  157. 

Tavares,  Francisco  Jorge. — II. — 150. 

Tejada,  Juan  Antonio  de. — II. — 192. 

Terruela,  Bartolomé. — I. — 280. 

Tillert,  Eduardo.— I.— 273. 

Tillert,  Walter.— I.— 273. 

Timersman,  Pedro. — II. — 272. 

Tinco,  Josefa. — II. — 169. 

Tinto,  Fr.  Luis  Próspero. — I. — 143. 

Toledo,  Agustín  de.— II.— 158. 

Toledo,  Pedro  de.— I.— 308. 

Toquer,  Juan. — I. — 282. 

Toro,  Cristóbal.— II.— 158. 

Toro,  Francisco  de. — II. — 322. 

Toro,  Fr.  Pedro  de.— I.— 63,  64,  66,  67,  74, 

77,  79,  80,  83,  85,  89,  96,  97,  98,  100, 

113. 

Torre,  Catalina  de  la. — II. — 196. 
Torre,  Felipe  de  la.— II.— 210,  264. 
Torrealba,  Juan  de. — II. — 159. 
Torrealba,  Fr.  Juan  de. — I. — 238. 
Torrejón,  Pedro  de. — II. — 12. 
Torres,  García  de. — I. — 312. 
Torres,  Magdalena  de. — II. — 91. 
Torres,  María  de. — I. — 280. 
Trejo,  Beatriz  de. — II. — 33. 
Trillo,  Juan  de.— II.— 29. 
Trujillo,  Francisca. — II. — 193. 
Tula,  Matías. — II. — 243. 


Ubitarte,  Inés  de. — II. — 42. 
Ullén,  Juan.— I.— 281. 
Ulloa,  Ana  María  de.— II.— 169. 
UHoa,  Juan  Francisco  de. — II. — 265. 


Ulloa,  Ursula  de.— II.— 159. 
Ullos,  Juan  de.— II.— 241. 
Urbina,  Antonia. — II. — 159. 
Urdaneja. — II.— 241. 
Urízar  Carrillo,  Juan  de. — I. — 157. 
Urquizu,  Santiago  de. — II. — 330. 
Urrea,  Pedro  de. — I. — 313. 

V 

Vaca,  Diego.— I.— 98. 
Vaca,  Francisco. — II. — 158. 
Vaca  Enríquez,  García. — II. — 123,  143. 
Váez  Machado,  Francisco. — I. — 281. 
Váez  Pereira,  Rodrigo.— II.— 52,  54,  94,  135, 
145. 

Valbuena,  Francisco  de. — II. — 185. 

Valcázar,  Gonzalo. — II. — 156. 

Valcázar,  Pedro  de. — II. — 156. 

Valderrama,  Laura  de. — II. — 196. 

Valderrama,  Lorenzo  de. — II. — 227. 

Valdés  Sorriba,  Pedro  de. — II. — 169. 

Valdivieso,  Juan  de. — I. — 288. 

Valdivieso,  Martín  de. — I. — 233. 

Valencia,  Feliciano  de. — I. — 294. 

Valencia,  Gonzalo  de. — I. — 276. 

Valencia,  Juan  de. — I. — 241. 

Valencia,  Luis  de. — II. — 115. 

Valenciano  de  Quiñones,  Agustín. — I. — 110. 

Valenzuela,  María  de. — II. — 272. 

Valenzuela,  Fr.  Pedro  de. — II. — 241. 

Valera,  Francisco. — I. — 224. 

Valverde,  Francisco  de. — II. — 92. 

Valladares,  Nicolás  de. — II. — 192. 

Valle,  Juan  Jerónimo  del. — II. — 241. 

Vallejo,  Ana.— II.— 158. 

Vallejo,  Pedro  de.— I.— 280. 

Van  Espen,  Jacobo. — II. — 209. 

Vanegas,  Rafael.— II.— 158. 

Vañol,  Salvador. — II. — 11. 

Vaquera,  Alonso  Martín  de  la. — I. — 313. 

Vargas,  Alejandro  de.— II.— 189,  208. 

Vargas,  Juan  de. — I. — 49. 

Vargas,  Juan  Jacinto  de. — II. — 191. 

Vargas,  Luisa  de. — II. — 159. 

Vargas,  Martín  de. — I. — 313. 

Vargas  Barriga,  Cristóbal  de. — II. — 159. 

Vásquez,  Francisco. — II. — 60,  115. 

Vásquez,  Fr.  Francisco. — I. — 180,  287. 

Vásquez,  Fr.  Francisco. — II. — 158. 

Vásquez,  Fr.  José. — II. — 243. 

Vásquez,  Pedro.— I.— 280. 

Vásquez  de  Acuña,  Diego. — II. — 92, 


442 


J.  T.  MEDINA 


Vatres,  Fr.  Francisco  de. — I. — 312. 
Vega,  Antonio  de. — II. — 56,  130. 
Vega,  Iñigo  de  la.— I.— 178,  233. 
Vega,  Juana  de. — II. — 169. 
Vega,  Luis  de.— IL— 56,  125. 
Vejarano,  Eusebio. — II. — 241. 
Vela  de  los  Reyes,  Luis. — II. — 159. 
Velasco,  Inés  de. — II. — 28. 
Velasco,  Juan. — I. — 142. 
Velasco,  Juan  Francisco  de. — II. — 265. 
Velásquez,  Alonso  de.— I.— 157,  158,  237. 
Vélez,  Fr.  Andrés.— I.— 98,  99. 
Vélez  de  Castillo,  José.- II.— 210. 
Vellido,  Ambrosio. — II. — 214. 
Vello,  Sebastián.— I.— 306. 
Venera,  Fr.  Francisco. — I. — 143. 
Vera,  Catalina  de.— II.— 301. 
Vera,  Diego  Asencio  de. — II. — 205. 
Vera  Villavicencio,  Juan  Bautista  de. — II. — 
267. 

Verdugo,  Leonor. — II. — 29. 
Verdugo,  Luis. — I. — 142. 
Vergara,  Francisco  de. — II. — 69. 
Vertiz,  Tomás  José  de. — II. — 265. 
Vicente,  Juan.— I.— 303;  II.— 9. 
Victoria,  Pedro  de.— I.— 287. 
Victoria  Barahona,  Francisco. — II. — 43, 
Videla,  Fr.  Diego.— II.— 290. 
Vildósola,  Pedro  de.— II.— 12. 
Villadiego,  Pedro  de. — I. — 142. 
Villagra,  Pedro  de.— I.— 299. 
Villarberche,  Pedro  de. — I. — 39. 


Villaseñor  y  Angulo,  Francisco  de. — II. — 210. 
Villavicencio,  Fr.  José  de. — II. — 272. 
Villarroel,  Teodoro  de. — II. — 264. 
Vivangeris,  Jerónimo  Fabián. — II. — 197. 

W 

Waters,  Guillermo.— II.— 209. 

X 

Xerez,  Antonio  de. — I. — 272. 
Xervel,  Tomás.— I.— 149,  150. 
Ximénez  Cerrato,  Alonso, — I. — 318. 
Ximénez  de  Cisneros,  Fr.  Ignacio. — II. — 206. 

Z 

Zabaleta,  Nicolás  Antonio  de. — II. — 205. 
Zambrano,  José. — II. — 272. 
Zamora,  Fr.  Juan  José  de. — II. — 214. 
Zapata,  María. — II. — 243. 
Zapata  de  Mendoza,  Gaspar. — I. — 189. 
Zavala,  Micaela  de. — II. — 263. 
Zavala,  Pedro  José. — II. — 330. 
Zenteno,  Cayetano. — II. — 268. 
Zubieta,  Pedro  de.— II.— 270,  271. 
Zuloaga,  Andrés  de. — I. — 237. 
Zumarán,  Fr.  Nicolás  de. — II. — 332. 
Zúñiga  Loyola,  Alonso  de. — I. — 318. 
Zurbano,  Jerónimo. — I. — 287. 


INDICE  ALFABETICO  DE  NOMBRES  DE  PERSONAS 
CITADAS  EN  EL  TOMO  SEGUNDO 


A 

Abarca  Calderón,  Francisco. — 334. 
Acosta,  José  de. — 91,  147. 
Acha  y  Ulibarri,  Juan  de. — 293. 
Agüero,  Diego  de. — 184,  246. 
Aguila,  Roque  del. — 226. 
Aguilar,  Agustín  del. — 359. 
Aguilera,  Ana  de. — 85. 

Alba  de  Liste,  Conde  de.— 163,  164,  351, 

395,  397,  399,  401. 
Albo,  Pedro.— 329. 

Alcayaga  Lartaun,  León  de. — 108,  109,  165. 

Alfaro,  Francisco  de. — 30. 

Aliaga,  María  Magdalena. — 227. 

Alamanza,  Nicolás  de. — 359. 

Almeyda,  El  clérigo. — 20. 

Altamirano,  Francisco  Diego. — 235,  236. 

Altolaguirre,  Felipe  de.— 279,  280,  283. 

Altuve,  Ignacio. — 295. 

Alva  y  Astorga,  Fr.  Pedro  de. — 220. 

Alvarado,  Diego  de. — 323,  324,  325. 

Alvarez  de  Faría,  Pedro. — 217. 

Alvarez  de  Paz,  Diego. — 361,  362,  363. 

Alvarez  de  Valdés,  Leonardo. — 227. 

Alzamora,  José  de. — 200. 

Amarán,  Pedro  de. — 335,  336. 

Amusquíbar,  Mateo  de.— 273,  275,  276,  279, 
281,  282,  284,  285,  289,  290,  295,  307, 
308,  309,  310,  311,  313,  314,  326,  327, 
334. 

Andrada,  Leonor. — 131. 
Andrade,  Luis  de. — 241. 
Antonio,  Nicolás. — 221. 
Antonio,  Pedro. — 314. 
Antúnez,  Mateo. — 310. 
Aquaviva,  Claudio. — 359. 
Aponte,  José  de. — 403. 


Araabieru,  Francisco. — 358. 

Aragón,  Narciso  de. — 335. 

Araujo,  Fr.  Leonardo  de. — 71. 

Arce,  Pedro  de. — 256. 

Arenaza,  Pedro  Antonio  de.— 280,  281,  283 

a  289,  295,  303,  307. 
Arévalo  de  Espinosa,  Juan. — 18,  19,  21,  23, 

63. 

Arezcurenaga,  José  de. — 292,  293,  295,  297, 

303,  335. 
Arias,  Petrona. — 225. 

Arias  Rodríguez  del  Valle,  Francisca. — 225. 

Arias  Saavedra,  Francisco. — 300. 

Armendáriz,  Pedro  de. — 361,  362. 

Arrascaeta,  Gregorio  de. — 312. 

Arratia,  Juan  de. — 381. 

Arregui,  Fr.  Juan  de.— 247,  248. 

Arriaga,  José  de. — 363. 

Arrieta,  Manuel. — 335. 

Arrióla,  Martín  de. — 66,  104. 

Aulestía,  Ramón  de. — 223. 

Avendaño,  Fr.  Diego. — 220, 

Avendaño,  Fernando. — 162. 

Avendaño,  Tomás  de. — 26. 

Avila,  Jorge  de. — 90. 

Avila  Tamayo,  Fr.  Pedro  de. — 232. 

Ayala,  Diego  de. — 23. 

Ayala,  José  de. — 251. 

Ayllón,  Nicolás.— 215,  232,  233. 

B 

Babiria,  Juan  Bautista. — 295. 
Baena,  Diego  de. — 227. 
Baptista,  Manuel. — 60. 

Barahona  Encinillas,  Andrés  de. — 66,  104. 
Barba  y  Cabrera,  Felipe. — 293. 
Barnasán,  Fr.  Juan  de. — 401. 


446 


J.  T.  MEDINA 


Bausi,  Antonio. — 302. 
Bautista,  Jerónimo. — 234. 
Bautista,  Manuel.— 75,  78,  93,  221. 
Becerra,  Lorenzo. — 224. 
Bello,  Juan.— 384,  385. 
Benavides,  Bartolomé  de. — 107. 
Benita,  Miguel  de  la. — 210. 
Bermúdez,  Pedro. — 360. 
Bermúdez  de  la  Torre  y  Solier,  José. — 263, 
264. 

Betabcurt   y   Figueroa,  Luis  de. — 96,  108, 

166,  299,  400,  401. 
Blanco  de  Bustamante,  Juan. — 226. 
Bohorquez,  Catalina. — 267. 
Bol,  Pedro.— 361. 
Bonet,  Joaquín. — 349. 
Borja,  Fr.  Francisco  de. — 402. 
Bran,  Lucas. — 224. 
Brandón,  Isabel. — 116. 
Bravo  de  Castilla,  José. — 298. 
Bravo  de  Laguna,  Fernando. — 107. 
Bravo  de  Rueda,  Melchor. — 295. 
Bravo  de  Saravia,  Alonso. — 13. 
Briviesca  y  Castañeda,  Martín. — 255. 
Brun,  Tomás  de. — 416. 
Bruna  Rico,  Francisco. — 233,  234,  236. 
Bueno  de  Roxas,  Juan. — 107. 
Burrelo,  José  de. — 188. 
Bustamante  y  Loyola,  Sebastián. — 162. 
Bustos,  Manuel  de. — 306. 

C 

Cabanas,  Alonso  de  las. — 361. 
Cabezas,  García  Martín. — 165. 
Cabaverde,  Sebastián. — 225. 
Cabrera,  Joaquín. — 332. 
Cabrera,  Julio  de. — 162. 
Cacho  de  Santillana,  Cristóbal. — 107. 
Calatayud,  Antonio  de. — 107. 
Cadahalso,  Juan. — 387. 
Calderón,  Bartolomé. — 21. 
Calderón,  García. — 349. 
Calderón,  Pedro.— 109. 
Calvo,  Pedro.— 381. 
Campanón,  Miguel. — 297. 
Campos,  Antonio. — 226. 
Candioti,  Antonio. — 245,  246. 
Candioti,  Juan  de. — 246. 
Cantera,  Juana  de  la. — 223,  224. 
Cañete,  Marqués  de. — 251,  386. 
Carabali,  María. — 80. 
Cardoso,  Alvaro. — 31. 


Carenagas,  Alonso  de. — 382. 

Carlos  III.— 348. 

Carrera,  Francisco  de  la. — 23. 

Carrillo,  García  Francisco. — 104,  107. 

Carrillo  de  Córdoba,  Luis. — 257. 

Carvajal,  Diego  de. — 380. 

Carvajal,  Fermín  de. — 302. 

Casabona,  Juan  Baptista. — 301. 

Casaconcha,  Marqués  de. — 329. 

Castelfuerte,   Marqués  de. — 249,   252,  253, 

351,  416. 
Castellanos,  Manuel. — 295. 
Castilla,  Cristóbal  de. — 401. 
Castilla  Altamirano,  Fernando  de. — 102. 
Castilla  Altamirano,  José  de. — 22, 
Castilla  y  Zamora,  Cristóbal. — 166,  216,  217, 

218. 

Castillo,  Francisco  del. — 205,  295. 
Castillo  de  Benavides,  Juan. — 96. 
Castrillo  y  Fajardo,  Enrique  de. — 24, 
Castro,  Fr.  Alonso  de. — 58. 
Castro,  Ana  de. — 273,  274. 
Castro,  Antonio  de. — 401. 
Castro,  María  Ana  de. — 266,  269,  319. 
Castro  del  Castillo,  Antonio  de. — 20,  50,  70, 

72,  78,  89,  100,  102,  104,  109,  137,  166. 
Castro  Icazigui,  Pedro  de. — 107, 
Cataño,  Antonio. — 231. 
Caycoegui  y  Aguiñiga,  Manuel  Agustín  de, 

—296. 

Censano,  Juan  de. — 114. 
Cerezuela,  Serván  de. — 381,  408. 
Cerrato,  Gabriel. — 336. 
Cervantes,  Bernarda. — 227. 
Cervantes,  Francisco. — 380. 
Cevallos,  Cristóbal. — 190. 
Cigoney  y  Luján,  Francisco. — 22. 
Cisneros,  Fr.  José  de. — 111. 
Cobos,  Bernabé  de.— 358,  359,  362. 
Cobos,  Cristóbal  de  los. — 366. 
Coca,  Antonio  de. — 23. 
Cochrane,  Lord. — 337. 
Colmenares,  Felipe. — 298. 
Coloni,  Claudio. — 362,  363. 
Collantes,  Bernardino  de. — 51. 
Concha,  José  de  Santiago. — 254. 
Contreras,  Jerónimo. — 32. 
Contreras  y  Ulloa,  Antonio. — 31. 
Cordero,  Antonio. — 46  a  51,  116. 
Cordero,  Simón. — 106. 
Córdoba,  Agustín  de. — 24. 
Córdoba,  Antonio  de. — 102. 
Córdoba,  Brianda  de. — 21. 


Índice 


447 


Córdoba,  Mariana  de. — 21. 

Correy,  Fr.  Tomás. — 252. 

Cos,  Cristóbal  de. — 335. 

Cosío,  Isidro. — 259. 

Costilla  de  Benavides,  Juan. — 139. 

Coyto,  Manuel  de. — 227. 

Cozar  y  Acevedo,  Ana  María  de. — 225. 

Cruz,  Baltasar  de  la. — 381. 

Cruz,  Fr.  Francisco. — 167. 

Cruz,  María  de  la. — 72,  85. 

Cuadrado,  Hernando. — 28. 

Cuéllar  de  San  Pedro,  Rafael  de.— 26. 

Cuentas,  Pedro  de  las. — 163. 

Cueva,  Francisco  de  la. — 109. 

Cueva,  Juan  de  la. — 68. 

Cueva,  Manuel  de  la. — 325. 

Ch 

Chavez,  El  licenciado. — 26. 

Chávez,  Pedro  de.— 381. 

Chávez  y  Messía,  Diego  de. — 301. 

D 

Dávila,  Bernardo. — 291. 
Dávila,  Jorge.— 92,  148. 
Dávila,  Rodrigo. — 92. 
Dávila  Falcón,  Inés. — 226. 
Delgart,  María. — 316,  317. 
Delgart,  Martín. — 316. 
Díaz,  Ignacio. — 253. 

Díaz  de  Contreras,  Martín.— 25,  96,  97,  106, 

111,  140,  366. 
Díaz,  Gutiérrez,  Jerónimo. — 84. 
Díaz  de  Guzmán,  Rui. — 8. 
Domínguez  de  Balcázar,  Antonio. — 26,  55, 

98. 

Dueñas,  Garciméndez  de. — 20. 
DuHy,  James  W.— 326. 
Durán,  Nicolás. — 360. 
Durán  Martel,  Francisco. — 226. 

E 

Echeverría  Zuloaga,  Agustín  de. — 260. 

Enríquez,  Guiomar. — 134. 

Enríqucz,  Isabel. — 136. 

Enríquez,  Manuel. — 55. 

Espíndola  Marmolejo,  Pedro  de. — 227. 

Espinosa,  Juan  de. — 48. 

Esteban  Flores,  Juan. — 299. 


Evangelista,  Sor  Eugenia. — 270. 
Eyzaguirre,  Bernardo  de. — 401. 

F 

Felipe  II.— 28,  36,  92,  121,  123,  228. 
Felipe  III.— 121. 
Felipe  IV.— 215,  219. 
Felipe,  Diego. — 275. 
Fernando  VIL— 347. 
Fernández,  Jerónimo. — 118,  122. 
Fernández,  Tomás. — 92. 
Fernández  de  Cabrera  y  Bobadilla,  Luis  Je- 
rónimo.— 107. 
Fernández  de  Carvajal,  Diego. — 394. 
Fernández  de  Córdoba,  Luis. — 23,  108. 
Fernández  de  Córdoba,  Pedro. — 23. 
Fernández  Melena,  Fr.  Juan. — 236. 
Fernández  Quijano,  Bernardino. — 292. 
Fernández  Rodríguez,  Diego. — 192. 
Fiat,  Lorenzo. — 317. 
Figueroa,  Fr.  Francisco  de. — 153. 
Flores,  Francisco. — 26. 
Franco  de  Rivadeneyra,  Fernando. — 151. 
Fraso,  Pedro.— 403. 
Freile  de  Moriz,  José. — 51,  92. 
Frías  Herrán,  Juan  de. — 365. 
Frontín,  Cristóbal. — 361,  362. 
Fuente,  Joaquín  Antonio  de  la. — 169. 
Fuentes,  Francisco  de. — 210. 
Fuentes,  Lorenza  de. — 270. 
Fuentes  e  Ixar,  Francisco  de  la. — 300. 

G 

Gacitúa,  Fr.  Juan  de. — 263. 

Gaínza,  Gregoria. — 343. 

Gaitán,  Andrés  Juan.— 15  a  20,  62,  70,  89, 

104,  109,  359,  362,  366,  368,  401. 
Gago  de  Vadillo,  Tomás. — 225. 
Galbán,  Bernardo. — 190. 
Galiano,  Fr.  Francisco. — 241. 
Gallo,  Juan  María. — 362. 
Gálvez,  Pedro  de.— 398. 
Gárate,  Pedro  de.— 395,  396. 
García  Gutiérrez  de  Cevallos,  José. — 248. 

249,  250,  251. 
Gil  Negrete,  Francisco. — 23. 
Ginés,  Tomás. — 380. 
Godoy,  José. — 210. 
Gómez,  María. — 225. 
Gómez  de  los  Ríos,  Miguel. — 277,  278. 
Gómez  de  Sanabria,  Gabriel. — 107. 


448 


J.  T.  MEDINA 


Gómez  de  Sandoval,  Diego. — 106. 
González,  Beatriz. — 388. 
González,  Fr.  Juan. — 218. 
González,  Pascuala. — 265. 
González  Melgarejo,  Juan. — 281. 
González  de  Paz,  Matías. — 92. 
González  de  Peñafiel,  Juan. — 107. 
González    Poveda,    Bartolomé. — 224,  226, 
378. 

Graciano,  Juan  José. — 299. 
Granada,  Luis  de. — 244. 
Gregorio  XV,  Papa. — 414. 
Guajardo,  Andrés. — 192. 
Guerra  de  la  Daga,  Antonio. — 23,  31. 
Guerrero,  Bartolomé. — 337. 
Guerrero,  Luisa. — 328. 
Guirior,  Condesa  de. — 337. 
Guraya,  Juan  Pedro  de. — 295. 
Gutiérrez,  José. — 380. 

Gutiérrez  de  Cevallos,  José  Antonio. — 238, 

239,  240,  248. 
Gutiérrez  de  Coca,  Francisco. — 54,  103. 
Gutiérrez  Flores,  Juan. — 17,  31. 
Gutiérrez  de  Ulloa,  Antonio. — 371,  380. 

389,  393,  404,  407. 

H 

Hernández,  Tomás. — 190. 
Herrera,  Francisca. — 225. 
Herrera,  Gonzalo  de. — 402. 
Herrera,  Juan  José  de. — 257. 
Herrera,  Juana  María  de. — 227. 
Hesles  Campero,  Diego  de. — 302. 
Hizaguirre,  Juan  de. — 19. 
Hoyo,  José  del. — 91. 

Huerta  Gutiérrez,  Juan  de. — 216,  221,  223, 

226,  378. 
Hurtado,  Fr.  José. — 317. 
Hurtado,  José  Cayetano. — 301. 
Hurtado  Girón,  Baltasar. — 256. 
Hurtado  de  Mendoza,  Francisco. — 260. 
Hurtado  de  la  Palma,  Lucas. — 63,  209. 

I 

Ibáñez,  Matías. — 237. 

Ibáñez  de  Segovia,  Gaspar. — 188,  261,  273, 
274. 

Ibáñez  de  Peralta,  Melchor.— 236,  237,  238, 

243,  249,  250,  251,  252,  254. 
Ibáñez  de  Poza. — 107. 
Ibarra,  Alvaro  de. — 166,  216. 


Ibarra,  Esteban. — 221. 

Ijar,  García  de. — 402. 

Ilarduy,  Manuel  de.— 277,  279,  280. 

infantes  y  Méndez,  Andrés  de  los. — 23,  109. 

Irazával,  Ignacio  de. — 278,  282,  294. 

Isidro,  Gonzalo. — 381. 

Isturizaga,  Fr.  Juan  de. — 218. 

Iturgoyen,  Juan  de. — 87,  95,  111. 

Ixar  y  Mendoza,  Alvaro. — 102. 

Ixar  y  Mendoza,  García  de. — 217. 

Izaguirre,  Bernardo  de. — 166. 

Izaguirre,  Juan  de. — 359,  362,  366. 

J 

Jaraba,  José. — 109. 

Jaramilio  de  Andrés,  Diego. — 140. 

Jáuregui,  Martín  de. — 367. 

Jiménez  Lobatón,  Ventura. — 293. 

Jiménez  de  Montalvo,  Juan. — 24. 

Junco,  Sabrina. — 225. 

Jurado,  María. — 225. 

L 

Lara,  Juan  Toribio. — 158. 

Larrea,  Bartolomé  de. — 48,  73,  98. 

Lastra,  Miguel  de  la. — 109. 

Leguiva,  Gregorio  de. — 399. 

León,  Fr.  Mariano  de. — 317. 

León,  Fr.  Miguel  de. — 21. 

León  Pinelo,  Diego  de. — 155, 

León  de  Prado,  Miguel.— 283,  284. 

Licarazaga  Beaumnont  y  Navarra,  José  de. 

—322. 
Lira,  Gonzalo  de. — 177. 
Lobatón  y  Hazaña,  Ventura. — 261. 
Lombardo,  Guillén.— 396  a  399,  401. 
López,  Ana. — 136. 
López,  Antonio. — 76. 
López,  Luis. — 356,  357. 
López,  Marta. — 136. 

López   Grillo,   Bartolomé.— 295,   308,  311, 

327,  328,  333,  334. 
López  de  Zúñiga,  Francisco. — 103. 
Lorenzana,  Cardenal. — 336. 
Loyola,  Fr.  Francisco  de. — 294. 
Loyola,  Juan  de.- 289,  293,  294,  300,  301, 

302,  304,  305,  306,  307. 
Loyola,  Fr.  Marcelo  de. — 294. 
Loyola,  Sancho  de. — 294. 
Loyola  y  Haro,  Ignacio  de. — 294. 
Loyola  Ponce  de  León,  Ignacio  de. — 224. 


Índice 


449 


Luque,  Fr.  José  de. — 214. 

Luxán  Sigorey,  Francisco. — 102. 

Luzuriaga,  Antonio  de. — 250. 

Llamas,  José  de. — 259. 

Llanos,  Josefa  de. — 226. 

Llanos,  Juan  Queipo  de. — 223,  224. 

Llano  y  Zapata,  Eusebio  de. — 291,  305. 

M 

Maldonado,  Melchor. — 151,  153. 
Malo  de  Molina,  Melchor.— 107,  295. 
Mancera,  Marqués  de. — 161. 
Manrique,  Dionisio. — 57. 
Manso,  José  de.— 283,  287. 
Mañozca,  Juan  de.— 15  a  18,  58,  70,  77,  89, 
102,  109,  141,  378,  379,  397,  398,  399. 
Mañueco,  Antonio. — 381. 
Mariátegui,  Francisco. — 341. 
Márquez,  Francisco. — 251. 
Márquez  de  Morales,  Francisco. — 107. 
Martínez  de  Arrova,  Juan. — 96. 
Martínez  Cabezas,  García. — 401,  402. 
Martínez  de  Esquivel,  Gabriel. — 383. 
Martínez  de  Iriarte,  Diego. — 323,  325. 
Martínez  de  Plaza,  Luis. — 102. 
Mathe  de  Salcedo,  Pedro. — 58. 
Matienzo  del  Rivero,  Francisco. — 334. 
Medina,  Cipriano  de. — 401. 
Medina,  Fr.  Diego  de. — 9. 
Medina,  Fernando  de.— 388,  389,  390, 
Medina,  Inés  de. — 316,  317. 
Medina,  Jerónimo. — 224. 
Mejía  de  Zúñiga,  Diego. — 24. 
Meléndez,  Fr.  Antonio. — 220. 
Meléndez  de  Figueroa,  Jorge  Antonio. — 247. 
Méndez,  Petrona. — 226. 
Mendoza,  Alvaro  de. — 22, 
Meneses,  Pedro  de. — 107. 
Meneses,  Juan  José. — 298. 
Meoño,  Antonio. — 108. 
Mesía,  Francisco. — 102. 
Mieres,  Ignacio  Gregorio  de. — 272. 
Molina,  Fr.  Cristóbal  de. — 239. 
Molino,  Isabel  del. — 317. 
Moneada,  Juan  de. — 98. 
Monclova,  Conde  de  la.— 187,  224. 
Monte  Alegre,  Manuel. — 62,  98. 
Montealegre,  Marquesa  de. — 374, 
Montenegro,  Felipe  de. — 226. 
Montesclaro,  Marqués  de. — 380,  391. 
Montesinos,  Fernando  de, — 144. 


Montes  de  Oro,  Conde  de.— 337,  338,  340, 
341. 

Montoya,  Jacinta  de. — 232. 
Morales  Alaon,  Ambrosio  de. — 109,  139. 
Morales  y  Ríos,  Gaspar  de. — 298. 
Morán,  María. — 137. 

Moreira  y  Matute,  Francisco. — 341,  342,  347. 

Moreno,  Fr.  Juan. — 240. 

Moreno,  Silvestre. — 284, 

Mossa,  Felipe  Antonio. — 165. 

Mudana,  José. — 270. 

Mudana  y  Zamudio,  Martín. — 266. 

Mudarra  y  Roldán,  Miguel  de. — 295, 

Muguruza,  Andrés  de. — 292,  293. 

N 

Neira,  Antonia  de. — 226. 

Nestares  Marín,  Francisco. — 167, 

Niño,  Fernando. — 382, 

Noguera,  Pedro. — 224. 

Novoa  de  las  Marinas,  Antonio. — 225. 

Núñez,  Enrique. — 55,  93. 

Núñez  de  la  Haba,  Diego. — 271. 

Núñez  de  Silva,  Diego. — 131. 

O 

Obriaga,  Juan  Ignacio  de. — 334. 

Ocampo,  Gonzalo  de. — 165. 

Ojeda,  José  Ramón  de. — 226. 

Olea,  Domingo. — 102, 

Olea,  Nicolás  de, — 234, 

Ontañón,  Isabel  de. — 82, 

Oña,  Pedro  de.— 352. 

Oñez  de  Loyola,  Martín  García. — 381. 

Ordóñez  y  Flores,  Antonio. — 389,  393. 

Orduña,  Gabriel  de. — 251. 

Oreña,  Miguel  de.— 283,  285, 

Orne,  Gaspar  de.— 295,  304,  335. 

Ortiz,  Damiana. — 82. 

Ortiz,  Miguel.— 280,  283. 

Osorio  del  Odio,  Pedro. — 97. 

Otañez,  Isabel. — 131, 

Otárola,  Juan  José  de. — 258. 

O  valle,  José  Miguel  de. — 301, 

Oviedo  y  Echeburu,  Luis  de, — 260. 

P 

Palata,  Duque  de  la.— 187,  403, 

Palomares,  Lucas  de, — 111. 

Paredes,  Fr,  Francisco  de. — 401,  402. 


29 — La  Inquisición  de  Lima.  Tomo  II 


450 


J.  T.  MEDINA 


Paredes  y  Clerque,  Francisco  de. — 260. 

Parra,  Fr.  Joaquín  de  la. — 312. 

Paulo  V,  Papa.— 359,  414. 

Pedroso,  Francisco. — 380. 

Peñafiel,  Leonardo  de. — 164. 

Peralta  Barnuevo,  Pedro  de. — 247,  253, 

263,  352,  374. 
Pereira,  Gaspar. — 58. 
Pérez,  Fr.  Agustín. — 225. 
Pérez,  Esteban. — 363. 
Pérez  Menacho,  Juan. — 360. 
Pérez  de  Leiva,  Antonio. — 225. 
Pérez  de  Salazar,  Alonso. — 66. 
Pérez  de  Uriarte,  Juan. — 142. 
Pérez  de  Urquiza. — 403. 
Pérez  Victoriano,  Manuel. — 257. 
Perlín,  Gabriel.— 359. 
Piélago,  Fernando.— 335,  336,  347. 
Pinto,  Diego.— 397. 
Pío  IV,  Papa.— 414. 
Pío  V,  Papa.— 371. 
Poblete,  Agustín. — 226. 
Ponte  y  Andrade,  Francisco. — 188. 
Portilla,  José  de  la. — 331. 
Potau,  José. — 312,  313. 
Prada,  Pascual  de. — 257. 
Pradeda,  Bartolomé  de.— 23,  49,  50. 
Presa,  Diego  Miguel  de  la. — 257. 
Prieto,  Francisco. — 108. 

Q 

Quiñones,  Lúcar  de. — 335. 

Quirós  Arguello,  Pedro  de. — 97. 

Quirós  y  Tineo,  Alvaro  Bernardo  de. — 2 

R 

Ramírez,  Juan. — 111. 

Ramírez,  Martín. — 214. 

Ramírez  de  la  Parra,  Alonso. — 226. 

Ramos,  Juan. — 92. 

Ramos  Galván,  Francisco. — 71,  107. 

Real,  Martín.— 148. 

Recalde,  Juan  de.— 109. 

Reguera,  Juan  de  la. — 80. 

Reies,  Melchor  de  los. — 57. 

Rentería,  Fr.  Antonio. — 412. 

Reyes  Montero,  Santos. — 405. 

Ribera,  Fr.  Teodoro. — 226. 

Rico,  Juan. — 331. 

Riesco,  Juan. — 95. 

Ríos,  Diego  de  los. — 305. 


Ríos,  Juan  Manuel  de  los. — 226. 

Ríos  y  Miranda,  Luis  de  los. — 294. 

Ríos  y  Tamayo,  Francisco  de  los. — 299. 

Rivagaray,  Francisco. — 295. 

Rivas,  Fernando  de. — 332. 

Robles,  Juan  de. — 223. 

Robles  de  Salcedo,  Gaspar. — 107. 

Rodríguez,  Duarte. — 136. 

Rodríguez  Delgado,  Diego.— 289,  307,  308, 
309,  310. 

Rodríguez,  Simón. — 136. 

Rodríguez,  Vicente. — 136. 

Rodríguez  de  Guzmán,  Antonio. — 323. 

Rodríguez  de  León,  Juan. — 155. 

Rodríguez  de  Liaño,  Benito. — 59. 

Rodríguez  Muñoz,  Domingo. — 93. 

Rodríguez  Orta,  Antonio. — 136. 

Rodríguez  Panduro  de  Duran,  Juan. — 105. 

Rodríguez  de  Villaverde,  Josefa. — 226. 

Rojas,  Dominga  de. — 268. 

Rojas  Pacheco,  Francisco  de. — 226,  227. 

Román,  Fr.  Pedro. — 402. 

Román  de  Aulestía,  Fernando. — 300,  374. 

Román  de  Aulestía,  José  Toribio. — 261,  263, 

Román  de  Aulestía,  Manuel. — 294. 

Rondón,  Juan. — 343. 

Rosalía,  María. — 271. 

Roxas,  Pablo.— 295. 

Rozas,  José  de. — 301. 

Ruiz,  Antonio. — 325. 

Ruiz  de  Navamuel,  Alvaro.— 384,  385,  386. 
Ruiz  de  Prado,  Juan.— 378,  380,  389,  406, 
407. 

Ruiz  Sobrino,  José.— 339,  340,  348. 
S 

Saavedra,  Fernando  de. — 107. 

Salazar,  Antonio  Bautista  de. — 385,  386. 

Salazar,  Bartolomé  de. — 111. 

Salazar,  Francisco  Javier  de. — 275. 

Salazar,  Nicolás  de. — 299. 

Salazar,  Pedro  de. — 251. 

Salazar  y  Cevallos,  José  de. — 310. 

Salazar  y  Solórzano,  José  de. — 299. 

Saldaña,  Gaspar  de. — 104. 

Salguero,  Pedro  José. — 320. 

Salinas,  El  doctor.— 382,  384,  385,  386. 

Sanctillán,  Luis  de. — 363. 

Sánchez  Calderón,  Cristóbal. — 248,  249,  250, 

252,  254,  263,  273  a  285. 
Sánchez  de  Orellana,  José. — 293. 
San  Germán,  Fr.  Antonio. — 225. 


Índice 


451 


San  Miguel  Solier,  Antonio  de. — 104. 
Santa  Cruz,  Pedro  de.- -150. 
Santc-  Cruz  y  Padilla,  Hernando  de. — 23, 
103,  107. 

Santa  Cruz  y  Zenteno,  Diego. — 300. 
Santa  María,  Fr.  Diego  de. — 227. 
Santa  María,  Fr.  Vicente. — 214. 
Santo  Buono,  Príncipe. — 240. 
Santos  y  Agüero,  Francisco  de  los. — 255. 
Santos  Agüero,  Joaquín  de  los. — 255. 
Sarmiento  Sotomayor,  Antonio. — 259. 
Sartolo,  Bernardo. — 232,  233. 
Senado,  Pascual  Rafael  de. — 322. 
Sierra,  Francisco  de. — 394. 
Silva,  José  de. — 93. 
Solórzano,  Justino. — 302. 
Soria,  María  de. — 225. 
Sosa,  Francisco  de. — 257. 
Soto,  José  Antonio  de. — 323. 
Sotomayor  Pimentel,  Luis  de. — 163. 
Soxo,  Juan  de. — 358. 

Suárez  de  Figueroa,  Gómez. — 188,  189,  190, 

224,  234,  236,  238. 
Susana,  negra. — 226. 

T 

Taboada  y  Lemus,  García  de. — 342. 

Tagle,  Juan  Antonio  de. — 259. 

Tagle  Bracho,  José  de. — 261. 

Tamayo,  García  de. — 26. 

Tamayo,  Juan  de. — 360. 

Tello  de  Guzmán,  Isidro. — 298. 

Tello  de  Sotomayor,  Juan. — 98,  106,  111, 

140,  143. 
Tenorio,  Pedro. — 380. 
Texada,  Martín  de. — 301. 
Tobar  y  Montalvo,  Jerónimo  de. — 388. 
Toledo,  Virrey  Francisco  de. — 354. 
Tomé  Cuaresma,  El  licenciado. — 54. 
Torre,  Cristóbal  de  la. — 61. 
Torre,  Jerónimo  de  la. — 276,  278,  282,  310, 

311. 

Torre,  Pablo  de  la. — 355. 
Torres,  Conde  de  las. — 275. 
Torres,  Alvaro  de. — 31. 
Torres,  Diego  de. — 354. 
Torres,  Magdalena  de. — 82. 
Torres  y  Bohorquez,  Alvaro. — 140. 
Torres  Chacón,  Francisco  de. — 226. 
Trejo,  Fr.  Diego  de. — 401. 
Tula,  Matías. — 243. 


U 

Ubau,  Francisco. — 308. 

Ucles,  Magdalena  de. — 226. 

Ugalde,  Juan  de. — 295. 

Unda,  Diego  de.— 263,  273  a  288,  407. 

Urbano  VIII,  Papa.— 378. 

Ureña,  Antonio  de.— 357,  359,  362,  366,  368. 

Urgiles,  Miguel. — 225. 

Urquizu  Ibáñez,  Gaspar  de. — 330. 

Urrutia,  Esteban. — 317. 

Urriola,  Francisca  de. — 225. 

V 

Vado  Calderón,  Manuel  del. — 335. 
Valdivieso'  y  Torrejón,  Miguel  de. — 295. 
Valencia,  Galdós  de. — 107. 
Valencia,  Martín  de. — 380, 
Valverde,  Fernando  de. — 220. 
Valladolid,  Fr.  Ambrosio  de.— 110,  130. 
Valladolid,  Pedro  de.— 111,  112. 
Vargas,  Diego  de.— 51,  74,  76,  81,  85. 
>Vargas,  Félix  Antonio  de. — 403. 
Vargas,  Leonardo  de. — 226. 
Vargas,  Martín  de.— 59,  81,  98. 
Vargas,  Rodrigo  de. — 109. 
Vásquez,  Fr.  Alonso. — 154. 
Vásquez  Juan.— 358,  361,  362,  367,  368. 
Vásquez,  Luis. — 380. 

Vásquez  de  Acuña  Iturgoyen,  Jerónimo. — 
258. 

Vásquez  de  Acuña,  Matías. — 258. 
Vásquez  y  Zavala,  Thadeo. — 294. 
Vedoya,  Pedro  de. — 22. 
Vega,  Sabina  Rosalía  de  la. — 263. 
Vejarano  y  Bravo,  Luis  de. — 299. 
Velasco,  Andrés. — 380. 
Velasco,  Diego  de. — 26. 
Velasco,  Luis  de. — 387. 
Velasco,  Mateo  Pastor  de. — 342. 
Velásquez,  Juan. — 360. 
Velásquez,  Salvador. — 105. 
Verdugo,  Francisco. — 406. 
Vicuña    Mackenna,    Benjamín. — 337,  339, 
341. 

Vilbao,  Fr.  Luis  de. — 26. 
Villagómez,  Pedro  de. — 215. 
Villalobos,  Juan  de.— 357,  358,  364. 
Villar  y  Andrade,  José. — 311. 
Villagarcía,  Virrey  Marqués  de. — 263. 
Villela,  Andrés  de. — 66. 
Viteleschi,  Muccio. — 359. 


452 


J.  T.  MEDINA 


Y 

Yáñez,  Marcos. — 142. 

Z 

Zabala,  Martín  de.— 109. 
Zalduegui,  Pedro  de.— 327,  335,  336,  337, 
339,  340,  348. 


Zamudio,  Pedro  de. — 163. 

Zamur,  José. — 317,  320. 

Zapata  Maldonado,  Francisco. — 20,  24. 

Zárate,  Lorenzo  de. — 24,  299. 

Zárate,  Pedro  de.— 106,  163. 

Zeballos,  Antonio. — 224. 

Zeballos,  Gaspar  de. — 299. 

Zimero,  José  de. — 145. 

Zúñiga  Zubeco,  Pedro  de. — 24. 


APENDICE  DOCUMENTAL 


Los  documentos  que  se  insertan  a  continuación  han  sido  facilitados  al  Fondo 
Histórico  y  Bibliográfico  José  Toribio  Medina  por  don  Raúl  Porras  Barrenechea 
quien  gentilmente  los  proporcionó  a  la  corporación  con  este  propósito. 


I 


I. — 1575. — Inventario  de  los  libros,  papeles,  cartas,  cartapacios,  ropa,  instrumentos, 
armas  y  otros  efectos  incautados  por  la  Inquisición  de  Lima  del  hato  e  equi- 
paje que  llevaba  el  cronista  y  piloto  Pedro  Sarmiento  de  Gamboa.  Hallado  y 
publicado  por  el  historiador  peruano  don  Carlos  A.  Mackehenie. — Julio- 
agosto  de  1575  (*) 

W.— PEDRO  SARMIENTO. 

En  la  cibdad  de  los  Reyes  a  treynta  de  jullyo  de  mili  e  quinientos  y 
setenta  y  cinco  años  los  señores  inquisidores  licenciado  Cerecuela  y  li- 
cenciado Ulloa  mandaron  a  don  Alonso  de  Aliaga  como  algoacil  deste 
Santo  (Oficio)  que  juntamente  con  mi  Diego  de  Aramburu  fuésemos  a  la 
chácara  de  Maldonado  donde  alaríamos  los  indios  y  caballos  y  ato  que 
traya  P.  de  Sarmiento  preso  en  las  cárceles  deste  santo  oficio  y  todo  ello 
por  ante  my  Diego  de  Aramburu  se  ymbentariasen  y  se  truxe  a  mi  posa- 
da asta  tanto  que  sus  mercedes  mandasen  otra  cosa  y  yendo  a  la  dicha 
chácara  en  cumplimiento  de  lo  mandado  por  los  señores  inquisidores 
topamos  los  indios  con  todo  el  ato  que  benyan  cargado  en  los  caballos 
y  asi  todo  como  trayan  lo  truximos  a  casa  de  my  el  dicho  Diego  de  Aram- 
buru y  alli  ymbentariamos  todo  lo  que  trayan  los  dichos  yndios  y  caba- 
llos del  dicho  Pedro  Sarmiento  que  es  lo  siguiente: 
primeramente  en  un  cofrecito  biejo  lo  seguiente 
id  dos  libros  de  latin  y  otras  cartas  y  papeles  que  estaban  dentro 
de  el. 

id  un  conpas  de  plata  sin  quintar  peso  una  onga  y  tres  quartos 
id  un  conpas  de  latón 


(*)  Se  ha  respetado  estrictamente  la  ortografía  original  de  estos  documentos,  conforme  la 
copia  de  ellos  que  facilitó  el  historiador  peruano  don  Raúl  Porras  Barrencchea. 


456 


J.  T.  MEDINA 


id  tres  cucharas  de  plata  sin  quintar  pesaron  quatro  ongas  y  una 
ochaba 

id  una  ninfa  bordada  con  aljófar 

id  unas  charnelas  (?)  de  freno  de  fierro 

id  una  lima  de  platero 

en  una  petaquilla  se  alio  lo  seguiente 

id  dos  pellejos  de  león 

id  unos  manteles  biejos 

id  unas  escribanyas  biejas 

id  una  basera  de  paja 

id  un  tocino 

id.  dos  quesos 

otra  petaca  y  dentro  della  lo  seguiente 

id  dos  libros  con  otros  muchos  papeles  y  cartapacios 

id  quatro  pares  de  alpargatas 

id.  unos  9apatos  biejos 

id  unos  muslos  de  tafetán  con  sus  cañones  todo  biejo 

id  otras  caigas  de  rraya  biejas  con  cañones  de  tafetán  rrotos 

id  una  capa  bieja  de  rraya  con  fajas  de  tafetán  rrotos 

id  una  gorra  de  terciopelo  bieja 

id  dos  gorras  biejas  de  gorgoran 

id  una  cuera  de  tafetán  bieja 

id  un  par  de  botas  de  cordobán  blancas 

id  una  enera  de  cordobán 

id  un  pedago  de  cordobán 

id  un  sayo  de  paño  aguí  biejo 

id  una  cuera  de  ante  bieja 

id  un  pedazo  de  manta  bieja  encima 

en  otra  petaca  lo  seguiente 

id  tres  lientos  pintados  de  lugares  de  yndios  y  tierras 
id  seys  libros  y  otros  muchos  papeles  e  ynformaciones 
id  una  manga  del  lanse  de  juego  de  cañas 
id  tres  camisas  biejas  digo  quatro 
id  unos  caraguelles  del° 
id  unos  manteles  biejos 

id  un  sombrero  de  tafetán  con  unas  medallas  de  azabache  y  plumas 

id  una  trenca  de  sombrero  de  plata 

id  unos  muslos  de  gamuza  con  cañones  de  tafetán 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


457 


id  un  sayo  de  rraya  biejo 
id  dos  jubones  biejos 

id  un  lio  que  tiene  dentro  muchos  papeles  y  algunos  libros 

id  una  jáquima  de  quero 

id  una  grupera  de  cuero 

id  una  talega  con  unos  ydolos  de  barro 

id  una  almoada 

en  un  cofrecito  que  se  alio  de  la  rra  (roto)  ado  se  hallo  una  talega 
de  plata  muy  bellaca  que  pesaron  ciento  y  treynta  y  cinco  pesos  y  medio, 

en  otra  digo  en  un  costal  se  hallo  lo  seguiente 

id  una  talega  y  dentro  de  ella  docientos  y  sesenta  y  tres  pesos  co- 
rrientes de  plata  muy  mala 

id  en  otra  talega  que  se  alio  en  el  dicho  costal  se  aliaron  dozcientos 
y  cincuenta  y  tres  pesos  de  plata  muy  mala 

id  una  langa 

id  una  espada 

id  cinco  caballos  con  sus  enjalmas  y  lomillos 
todo  lo  cual  se  ymbentario  estando  presente  don  Alonso  de  Aliaga  como 
algoacil  mayor  de  este  Santo  Oficio  y  Pedro  Salbago  lo  qual  queda  en 
mi  poder  hasta  que  los  señores  inquisidores  manden  en  quien  se  de- 
posite. Don  Alonso  de  Aliaga.  Pasó  ante  my,  Diego  de  Aramburu. 

En  los  Reyes  a  treynta  de  julio  1575  años  los  señores  inquisidores 
mandaron  parezer  a  una  o  dos  de  la  tarde  a  Pedro  Sarmiento  y  como  fue 
presente  se  le  leyó  este  ymbentario  y  se  le  dixo  que  viese  en  cuyo  poder 
queria  que  estubiese  lo  suso  dicho  depositado  dixo  que  queria  y  hera 
su  voluntad  que  lo  tubiese  todo  Bartholome  Rodríguez  librero  y  lo  fir- 
mo de  su  nombre  y  los  señores  inquisidores  dixeron  que  se  haya  asy 
Pedro  Sarmiento.  Pasó  ante  my,  Arrieta,  secretario. 

En  la  ciudad  de  los  Reyes  este  dicho  dia  mes  y  año  susodichos  en 
presencia  de  don  Alonso  de  Aliaga  como  algoacil  del  Santo  Oficio  y  ante 
mi  Diego  de  Aramburu  páreselo  presente  Bartholome  Rodríguez  e  di- 
jo que  el  abia  rrescibido  de  mi  el  dicho  Diego  de  Aramburu  todas  las 
cosas  contenydas  en  el  memorial  e  ynventario  de  esta  otra  parte  con- 
tenido que  se  yqo  de  Pedro  Sarmiento  y  como  tal  persona  que  se  abia 
entregado  dellas  y  las  tenya  en  su  poder  se  obligo  que  no  acudirá  con 
ellas  a  persona  alguna  si  no  fuere  con  espreso  mandado  de  los  señores 
inquisidores  so  pena  de  caer  e  yncurrir  en  aquellas  penas  que  caen  e 
yncurren  los  depositarios  y  secuestradores  y  se  sometió  a  la  jurisdizión 


458 


J.  T.  MEDINA 


deste  Santo  Oficio  y  otorgó  deposito  de  todos  ellos  en  forma  y  para  ello 
obligó  su  persona  y  bienes  muebles  y  rayces  abidos  y  por  aber  y  de  todo 
ello  se  dio  por  contento  y  entregado  a  toda  su  voluntad  y  lo  firmo  de 
su  nombre  siendo  testigos  Pedro  Márquez  Enriquez  e  Juan  Benitez  e 
Juan  Blas. — Don  Alonso  de  Aliaga,  Bartholome  Rodríguez. — Paso  ante 
my,  Diego  de  Aramhuru. 

En  dos  de  agosto  de  mili  e  quinientos  y  setenta  y  cinco  años  los 
señores  inquisidores,  licenciado  Cerezuela  y  licenciado  Ulloa  mandaron 
llebar  todos  los  papeles  y  cartas  y  cartapacios  e  libros  e  lientos  pintados 
e  ynformaciones  a  la  audiencia  y  luego  en  cumplimiento  de  lo  man- 
dado por  su  señoría  yo  el  dicho  Diego  de  Aramburu  yce  llebar  todo  lo 
arriba  tocante  a  papeles  y  libros  y  lien90s  que  están  imbentariados  en 
este  papel  por  bienes  de  Pedro  Sarmiento  a  la  audiencia  lo  cual  llevé  en 
un  cofrecito  negro  y  una  petaca  y  un  liechuelo  y  lo  deje  alia  todo  por 
mandado  de  los  señores  inquisidores. — Paso  ante  my,  Diego  de  Aram- 
buru. 

Depositó  Xristoval  Ruiz  Tostado,  Alcayde. 

En  los  Reyes  a  veinte  y  dos  de  febrero  de  mili  e  quinientos  y  setenta 
y  seis  años  Xristoval  Ruiz  Tostado,  alcaide  deste  Santo  Oficio  en  presen- 
cia de  mi  Diego  de  Aramburu  notario  de  secretos  deste  Santo  Oficio 
rescibo  de  Santos  Hernández  una  espada  con  sus  tiros  por  bienes  de 
Pedro  Sarmiento  preso  en  las  cárceles  secretas  deste  Santo  Oficio  y  se 
obligo  a  acudir  con  ello  a  quien  por  los  señores  inquisidores  le  fuere 
mandado  y  no  a  otra  persona  alguna  y  se  sometió  al  fuero  y  juridizion 
deste  Santo  Oficio  lo  qual  se  puso  en  poder  del  dicho  Cristoval  Ruiz 
Tostado  por  mandado  de  los  señores  inquisidores  del  qual  yo  el  presen- 
te notario  doy  fe. — Paso  ante  my,  Diego  de  Aramburu.  Cristoval  Ruiz 
Tostado. 

Sigúese  la  relación  de  las  medicinas  (1)  que  se  gastaron  en  la  en- 
fermedad de  Pedro  Sarmiento  y  de  su  criado,  cuyo  encabezamiento  es 
el  siguiente: 

"lo  que  se  a  dado  en  el  Santo  Oficio  para  la  cámara  de  afuera . . . " 
y  termina: 

"Vale  veinte  pesos  corrientes.  El  licenciado  Torres. 

(1)  Hubiéramos  deseado  transcribir  esta  lista,  pero  tanto  por  ser  de  difícil 
lectura  como  por  el  empleo  de  las  abreviaturas  y  signos  que  no  alcanzan  nuestros 
medios  tipográficos  a  reproducir,  la  hemos  omitido. 

Cuadernos  de  Estudio  del  Instituto  de  Inrestigaciones  Históricas  de  la  Unuersidad  Católica 
del  Perú,  tomo  I,  núm.  3,  septiembre  de  1941  (págs.  221,  222,  223,  224  y  225). 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


459 


Digo  yo  Pedro  Sarmiento  ques  verdad  que  se  a  gastado  en  mis 
enfermedades  y  de  mi  indio  lo  contenido  en  esta  memoria  y  asi  digo 
que  lo  debo  y  que  se  pague  de  cualesquier  bienes  mios  que  tuviere  Bar- 
tolomé Rodríguez  o  otro  cualquiera.  Fecha  en  once  de  febrero  de  1577 
años. — Pedro  Sarmiento. 

En  la  ciudad  de  los  Reyes  en  once  días  del  mes  de  febrero  de  mili 
quinientos  y  setenta  y  siete  años  yo  Cristóbal  Ruiz  Tostado  alcaide  del 
Santo  Oficio  por  comisión  y  mandado  de  los  señores  inquisidores  y 
Pedro  Sarmiento  fenecimos  quenta  del  depósito  que  de  sus  bienes  se 
hizo  en  Bartolomé  Rodríguez  por  la  cuenta  del  libro  del  susodicho  y 
mandamiento  de  los  señores  inquisidores  de  que  hizo  demostración  y 
monto  el  cargo  de  moneda  que  rescibio  del  dicho  depósito  quinientos 
y  quarenta  y  ocho  pesos  tres  tomines  y  seis  gramos  y  dio  en  descargo 
haber  pagado  por  los  dichos  libramientos  y  otras  cosas  que  se  le  manda- 
ron dar  al  dicho  Pedro  Sarmiento  quinientos  y  sesenta  y  un  pesos  y  siete 
tomines  y  así  hizo  de  alcance  el  dicho  Bartolomé  Rodríguez  al  dicho 
Pedro  Sarmiento  trece  pesos  y  tres  tomines  y  seis  gramos  la  qual  dicha 
cuenta  está  cierta  y  verdadera  y  se  feneció  en  presencia  de  nos  los  suso 
dichos  y  del  dicho  Bartolomé  Rodríguez  y  lo  firmamos  de  nuestros 
nombres. — Cristoval  Ruiz  Tostado,  Pedro  Sarmiento,  Bartolomé  Rodrí- 
guez. 

Estoy  contento  de  lo  que  deve  a  Pedro  Sarmiento  en  el  tiempo  que 
estuvo  en  el  Santo  Oficio  y  por  verdad  lo  firmo  de  mi  nombre. — Fecha 
en  Lima  en  16  de  febrero  de  1577. — El  licenciado  Torres. 

Hubiéramos  deseado  cerrar  estos  apuntes  con  alguna  referencia  a 
los  últimos  años  de  Sarmiento,  en  especial  sobre  su  captura  y  estada  en 
Inglaterra,  así  como  su  descarriada  intervención  en  las  maquinaciones 
del  rey  "prudente",  con  motivo  de  la  sucesión  en  Portugal  e  intrigas 
consiguientes,  pero  la  imposibilidad  en  que  nos  hemos  visto  de  cargar 
con  nuestros  libros  hasta  aquí,  nos  priva  de  ello.  Asimismo,  por  la  falta 
de  libros  a  mano,  prescindimos  de  las  anotaciones  que  teníamos  seña- 
ladas sobre:  1.°,  comparación  de  sentencias  del  Santo  Oficio,  en  el  Perú 
y  en  España  y  aún  en  las  Baleares,  con  la  de  Sarmiento  de  Gamboa; 
2.°,  ligero  estudio  sobre  los  anillos  mágicos  y  sus  signos;  3.°,  la  actua- 
ción de  Sarmiento,  el  virrey  de  Toledo,  el  Conde  de  Monterrey  y  don 
Luis  de  Velazco  y  otros  funcionarios  en  relación  con  Drake  y  su  expe- 
dición; y  4.°,  algo  sobre  astrólogos,  conjuros,  encantaciones,  el  Conde 
de  Nieva,  el  Dr.  Cola  María,  el  licenciado  Alvaro  de  Torres,  don  Alonso 


460 


J.  T.  MEDINA 


de  Aliaga  y  el  mismo  don  Francisco  de  Toledo,  a  quien  el  Tribunal 
de  la  Inquisición  — en  documentos  secretos —  acusaba  de  hereje. 

A.  B.  1940. — London. — Vancouver  (British  Columbia). — Carlos  A. 
Mackehetiie. 

II 

II. — 1790. — Notable  carta,  expresiva  de  la  libertad  de  espíritu  del  fraile  geronimita 
español  don  Diego  Cisneros,  ex  confesor  de  la  reina  María  Luisa,  radicado 
en  el  Perú,  protector  del  Mercurio  peruano  y  alentador  de  los  precursores  de 
la  independencia,  criticando  el  Indice  Expurgatorio  de  la  Inquisición  de  1790. 
Esta  carta  dirigida  al  Incjuisidor  General,  desde  Lima,  se  publicó,  primero,  en 
el  periódico  El  Tribuno,  en  España,  y  se  reprodujo,  después,  en  Lima  en  el 
Investigador,  en  1813. 

Política  eclesiástica.  Carta  escrita  desde  Lima,  20  años  hace,  al  señor 
Inquisidor  General,  con  motivo  de  su  Indice  Expurgatorio  de  1790  (2). 
— Illmo.  señor. — El  que  escribe  a  V.  S.  I.  es  un  cristiano  viejo  por 
todos  sus  costados:  es  un  hombre  que  desea  salvarse,  y  que  se  salve 
V.  S.  I.  y  todos  sus  hermanos  en  Jesucristo.  Ademas  de  esto  es  un  sugeto 
que  ha  empleado  algunos  años  en  el  estudio  de  los  índices  expurgato- 
rios, en  saber  el  por  qué  de  todos  ellos,  a  lo  menos  de  los  que  han  llegado 
á  sus  manos;  y  en  examinar  con  zelo  cristiano  los  puntos  que  va  á  tocar 
en  esta  carta.  Confio  en  el  Señor  que  me  dará  su  gracia  para  darme  á 
entender,  aunque  no  estoy  versado  en  el  arte  de  escribir,  especialmente 
a  personajes  tan  grandes  y  tan  temibles.  Lástima  es  que  sea  necesario 
ocultar  mi  nombre,  por  el  justo  temor  que  inspira  á  todos  el  hacer  frente 
á  unos  señores  del  tamaño  de  V.  S.  I.  Esto  es  decir  que  yo  hablaria  con 
V.  S.  I.  con  la  misma  franqueza  que  lo  hago  en  esta  carta;  verdad  y  sin- 
ceridad, mas  no  espero  encontrar  la  misma  sinceridad  y  amor  á  la 
verdad  para  escucharlas.  Este  es  un  grave  mal;  pero  yo  creo  que  esta 
es  puntualmente  la  enfermedad  de  que  adolecen  los  inquisidores:  va- 
mos al  asunto. 

Muchos  y  grandes  son  los  cuidados  que  el  soberano  ha  puesto  en 
manos  del  tribunal  en  que  V.  S.  I.  preside.  Uno  de  ellos  es  la  formación 

(2)  Esta  carta  he  extractado  del  periódico  el  Tribuno  pero  sé  con  evidencia,  que  su  autor 
es  el  M.  R.  P.  Fr.  Diego  Cisneros,  de  la  orden  de  S.  Jerónimo  del  Escorial,  que  falleció  en 
esta  capital  el  año  de  1812.  Varón  sabio  y  religioso  despreocupado,  que  ilustró  y  .sirvió  en 
gran  manera  a  este  reino  con  sus  luces  y  beneficencias. — El  Editor. 


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461 


del  Índice  expurgatorio:  en  consecuencia  se  ha  dado  á  luz  el  de  1790 
en  un  solo  tomo  de  á  cuarto.  Yo  acudí  á  él  con  ansia,  por  la  esperanza 
de  hallar  en  tan  breve  volumen  corregidas  todas  las  faltas  y  enmenda- 
dos los  yerros  del  famoso  índice  de  1747.  Esto  esperaba  yo,  Señor  lUmo. 
y  lo  esperaba  con  justicia  después  de  tantos  años  de  demora,  con  todos 
los  deseos  de  mi  alma. 

Pero  ¿qual  fué  mi  sorpresa,  señor,  al  encontrar  en  el  corto  volumen 
de  V.  S.  I.  todos  los  errores  que  contiene  el  otro?  y  aun  es  poco  decir: 
tiene  otros  muchos  que  solo  pueden  ser  partos  de  una  malicia  refinada, 
y  de  una  obstinación  endurecida.  ¿  De  qué  otro  principio  puede  provenir 
la  desobediencia  formal  á  la  real  cédula  de  1766  y  á  la  bula  Selicita  et 
previda  del  señor  Benedicto  XIV?  Aquí  no  hay  escape.  Señor  lUmo.: 
en  otros  tiempos  (mejor  diria  en  todos)  quando  el  rey  apretaba  á  este 
tribunal,  decian  que  eran  del  papa;  y  si  el  papa  los  estrechaba,  decian 
que  eran  del  rey.  Esta  es  una  verdad  de  que  tenemos  dos  exemplos 
recientes  en  el  suceso  del  fiscal  Macanaz,  y  en  el  del  cardenal  de  Norris: 
pues  ahora  tenemos,  señor,  que  el  rey  y  el  papa  condenan  con  sus  sabias 
providencias  al  expurgatorio  de  V.  S.  I.  Aquí  no  tiene  lugar  el  pretexto 
de  si  la  cédula  estará  suplicada,  ó  no  está  en  uso:  bién  sé  que  no  está 
en  uso  por  la  falta  de  obediencia  de  los  inquisidores;  pero  ademas  de 
la  solemnidad  de  su  confirmación  en  juicio  contradictorio,  por  la  pre- 
sentación que  hizo  el  Inquisidor  General,  se  incorporó  en  el  cuerpo  de 
leyes,  y  toda  la  nación  la  abrazó  con  ambas  manos,  ménos  los  individuos 
que  componen  el  tribunal  de  la  inquisición,  ¡No  es  nuevo  en  ellos  el 
no  tenerse  por  subditos  del  Rey,  siendo  ministros  de  un  tribunal  real! 

Digo  lo  mismo  de  la  bula.  No  queda  el  recurso  ordinario  de  si 
estará  ó  no  estará  recibida,  porque  la  misma  real  cédula,  no  solamente 
se  recibió,  sino  que  la  abraza,  la  venera,  saca  de  ella  sus  principales  de- 
cisiones, y  responde  á  los  vanos  argumentos  ó  pretextos  del  inquisidor 
general:  de  manera,  que  una  y  otra  (la  cédula  y  la  bula)  forman  una 
misma  ley  eclesiástica  y  civil,  á  que  todos  los  españoles  deben  obedecer 
sub  mortali,  y  especialmente  el  tribunal  de  la  suprema,  contra  quien 
fuéron  dirigidas,  o  mas  bien  contra  quien  fuéron  fulminadas. 

Ahora  bien,  señor  Inquisidor  General:  V.  S.  I.  no  solamente  des- 
obedece a  esta  ley,  sino  que  ha  hecho  alarde  de  subir  de  punto  en  desobe- 
diencia. La  ley  le  manda  que  nunca  prohiba  libros  con  la  cláusula  de 
Ínterin  se  expurguen:  y  parece  que  el  mayor  conato  del  índice,  se  puso 
en  quebrantarla  en  este  punto  esencial.  No  solamente  se  incluyeron  en 


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J.  T.  MEDINA 


este  expurgatorio  los  libros  inicuamente  prohibidos  en  el  de  1747,  sino 
que  tiró  la  barra,  y  barrió  de  una  vez  cuantas  obras  buenas  y  santas  habia 
en  la  iglesia,  escritas  por  autores  de  los  dos  últimos  siglos,  especialmente 
en  las  materias  de  gracia,  ó  lo  que  tiene  relación  con  ella;  que  es  decir 
lo  mas  precioso  que  hay  en  la  religión  cristiana. 

Con  la  mera  invención  de  una  estrellita  se  dió  al  traste  con  los 
libros  de  los  más  grandes  hombres  que  habian  escapado  al  furor  del  ex- 
purgatorio de  47.  Digo  escapado,  porque  sin  embargo  de  los  dos  ren- 
gloncitos  con  que  concluye  el  suplemento  de  aquel  índice,  la  inquisi- 
ción disimuló  por  que  no  la  pifiasen  mas,  y  solo  sirvieron  dichos  ren- 
gloncitos  para  impedir  la  entrada  en  el  reyno  a  tales  y  tales,  que  mas 
la  mortificaban.  Ahora  lo  hizo  V.  S.  I.  con  mas  solemnidad,  en  contra- 
vención de  la  dicha  ley:  quiso  con  una  estrella  prohibir  de  una  vez  todas 
las  obras  de  aquellos  brillantes  luceros,  y  cada  una  en  particular.  Arnal- 
do,  Nicole  y  Duguet,  (por  ejemplo)  tienen  estrellita:  por  consiguiente 
quedan  prohibidas  todas  sus  obras,  hasta  que  le  dé  gana  al  tribunal  de 
la  inquisición  de  dejar  correr  una  ú  otra.  Quedan  pues  prohibidas  la 
Freqüente  comunión,  y  la  Perpetuidad  de  fé  sobre  la  eucaristia  del  doc- 
tor Arnaldo;  quedan  así  mismo  los  Ensayos  morales  de  Nicole,  su  trata- 
do de  Oración,  el  de  la  Unidad  de  la  iglesia,  con  otros  muchos  de  este 
escritor  insigne:  y  de  Duguet  los  Principios  de  la  fé.  La  instrucción  del 
príncipe  cristiano,  Las  reglas  para  la  inteligencia  de  la  sagrada  eucaristia, 
sus  Conferencias,  y  todas  sus  demás  obras .  . .  ¿  Qué  es  esto  Señor  Illmo.  ? 
¿  Estamos  en  tierra  de  cristianos  ?  ¿  Qué  religión,  que  f é  católica  profesan 
los  individuos  que  componen  el  tribunal  de  la  fé?  A  vista  de  esto  se 
puede  justamente  responder,  que  casi  parece  que  ninguna;  ó. si  se  quiere 
dirémos:  que  profesan  la  fé  de  los  llamados  jesuítas.  Después  de  tantos 
años  que  fuéron  expatriados  y  extinguidos,  cuando  ya  la  iglesia  católica 
los  mira  con  horror,  y  comienzan  tantas  gentes  á  abrir  los  ojos  sobre  sus 
errores  (no  se  escandalice  V.  S.  I.  espere  un  poco)  entonces  sale  el 
tribunal  de  la  fé  española  en  defensa  de  sus  amados  teatinos  (3),  con- 
denando los  libros  que  ellos  condenaban,  porque  las  santas  reglas  de  los 
tales  libros  los  condenaban  á  ellos.  ¡Este  es  el  fruto  que  han  sacado 
Carlos  III  con  su  sabia  ley,  y  Clemente  XIV  con  su  bula  de  extinción! 

El  fin  de  aquel  gran  rey  en  expelerlos  de  sus  dominios,  fué,  como 


(3)  Nombre,  que  vulgarmente  se  daba  a  los  jesuítas;  como  se  ve  por  aquel  retruécano:  Si 
teatino,  no  te  atino;  con  el  cual  quería  significar  la  tortuosa  e  incomprensible  política  de  dichas 
regulares. 


APENDICE  DOCUMENTAL 


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saben  todos,  el  abolir  las  máximas  regicidas  de  aquellos  benditos  padres, 
y  restablecer  la  santa  doctrina.  Para  esto  prohibió  también  en  cédula 
aparte  la  escuela  molinística,  desterrándola  de  sus  reynos  y  dominios; 
pero  ahora  sale  la  inquisición  (V.  S.  1.  á  la  cabeza)  en  defensa  de  sus 
antiguos  amigos,  directores  y  maestros,  dando  salvo  conducto  á  la  es- 
cuela de  Molina,  de  Escobar  y  Lacroix,  y  condenando  con  una  estrellita 
á  quantos  le  contradicen.  ¿  Y  qué  interés  puede  tener  este  tribunal  en 
defender  á  los  expulsos,  y  en  condenar  á  unos  autores  tan  piadosos  ?  ¿  No 
advierten  sus  miembros  actuales,  que  mañana  puede  estar  compuesta  la 
inquisición  de  gente  mas  sabia  y  moderada?  ¿Qué  memoria  se  tendrá 
entonces  de  los  presentes?  ¿Quál  es  pues  el  interés  que  llevan  estos  en 
su  conducta?  ¡Qual  ha  de  ser!  Es  el  que  corrompe  todas  las  acciones  de 
la  vida  humana:  es  el  interés  de  los  mismos  teatinos,  el  interés  del  orgu- 
llo. La  inquisición  desde  que  se  entregó  á  los  jesuítas  (4),  fué  ella  si- 
multáneamente entregada  al  error  por  un  justo  juicio  del  cielo.  Desde 
entonces  cometió  mil  desaciertos,  que  mas  propiamente  podíamos  lla- 
mar desafueros,  como  probarémos  en  otros  escrito  con  hechos  particula- 
res é  innegables.  Estos  hechos  eran  los  resultados  de  las  malas  doctrinas 
en  que  los  expulsos  hablan  imbuido  al  tribunal;  que  desde  muy  antiguo 
fué  compuesto  de  miembros  criados  por  la  compañía.  No  se  me  diga 
que  siempre  hay  un  dominico  en  la  suprema:  ellos  sabian  bien  el  arte 
de  buscar  un  dominico  que  fuese  jesuita.  De  este  modo  la  inquisición 
ha  venido  á  ser  por  mas  de  dos  siglos  el  instrumento  con  que  jugaban 
los  teatinos.  Estos  querían  al  mundo  ignorante,  para  los  fines  á  que  aspi- 
raban su  saciable  codicia  y  ambición.  Hicieron,  pues,  inquisidores  á  su 
medida:  y  los  que  rodeaban  á  estos  inquisidores,  eran  ellos  mismos,  con 
sus  aliados  y  devotos.  Así  llegó  á  ser  el  tribunal  de  la  fé,  el  mayor  apoyo 
de  la  mentira,  y  el  instrumento  de  las  venganzas  de  un  dios  airado  con- 
tra nuestras  culpas.  ¿Y  qué  otra  cosa  querrá  el  Señor  darnos  á  entender 
en  esto,  sino  que  no  le  es  agradable  un  cuerpo  establecido  contra  el  or- 
den de  la  jerarquía,  que  el  mismo  Jesucristo  con  sus  apóstoles  dejó  plan- 
tada en  su  iglesia? 

Unos  hombres  de  este  carácter,  puesto,  á  la  frente  de  la  fé  católica 

(4)  Al  fin  de  esta  carta  se  manifestará  cuándo  5-  cómo  sucedió  esto  y  allí  se  verá  también, 
cuan  cierto  es  que  habiendo  los  jesuítas  declarádosc  en  algunos  reinos  de  Europa  enemigos  de 
la  Inquisición,  fueron  sin  embargo  muchas  veces,  en  ellos  y  en  otros,  unos  acérrimos  sostene- 
dores de  la  misma  según  que  les  convenía:  demostrándose  por  tanto,  que  en  todos  tiempos  y 
lugares  ha  sido  la  Inquisición  el  ludibrio  y  el  instrumento  de  las  intrigas  y  maldades  de  los 
personajes  y  cuerpos  poderosos,  así  eclesiásticos  como  seglares. 


464 


J.  T.  MEDINA 


de  España,  llevando  por  máxima  nunca  retractarse,  se  creyeron  infali- 
bles: hay  muchos  exemplos  de  esta  práctica.  Tampoco  admiten  correc- 
ción (en  quanto  tribunal)  porque  se  juzgan  incapaces  de  ella;  ó  mas 
bien  á  fuerza  de  no  ser  corregido  se  han  creído  exéntos  de  todo  error,  y 
ellos  mismos  se  han  dado  la  prerrogativa  de  la  infalibilidad,  viendo  que 
nadie  los  corrige;  á  lo  ménos  este  es  el  concepto  que  pretenden  inspirar 
en  el  público:  infalibilidad,  y  aun  impecabilidad  en  cuanto  inquisidores. 
Y  la  razón  es,  que  como  están  á  la  frente  de  la  verdad,  y  como  deposita- 
rios de  ella,  ven  por  lo  general  que  no  son  amonestados  ni  correguidos. 
Luego  en  nuestro  oficio,  ó  bien  sea  ministerio  (dicen  ellos)  somos  infa- 
libles ó  impecables:  luego  á  nadie  es  dado  el  corregirnos  ó  amonestar- 
nos. Así  cualquiera  se  guardará  de  presentarse  á  ellos  con  una  saludable 
corrección  pues  además  de  no  adelantar  con  ella  paso  alguno,  se  veria 
desairado,  causado,  preso  y  de  una  vez  perdido.  Véase  si  es  esta  la  idea 
de  que  el  público  español  está  imbuido;  y  estandolo,  sin  duda  la  ha 
sacado  de  la  práctica  y  conducta  de  la  inquisición. 

¡Ah  señores!  si  hubiera  ménos  orgullo,  y  mas  principios,  V.  S.  S. 
fuéran  dóciles  á  la  vez  de  Dios,  sin  reparar  en  el  instrumento  que  la 
pronuncia.  Pero  me  parece  que  estoy  escuchando  (como  si  lo  oyera) 
una  murmuración  iracunda  notándome  de  libertino,  desvergonzado  y 
poco  respetuoso  al  santo  tribunal.  Pero  señores  míos:  yo  no  tengo  otra 
respuesta,  sino  que  Jesucristo  nos  dió  el  primer  ejemplo  de  este  saludable 
idioma.  Quando  no  bastan  los  milagros,  los  martirios,  ni  las  luces,  que 
reusan  admitir  unos  ciegos  guiados  de  otros  ciegos;  entonces  es  menes- 
ter, á  ejemplo  de  nuestro  divino  Redentor,  exclamar  y  aun  tronar  di- 
ciendo: ¡Ah  inquisidores,  fariseos,  hipócritas  y  fautores  del  fariseísmo! 
¡Ay  de  vosotros! 

San  Juan  Bautista  llamó  también  generación  de  vivaras  a  los  Escri- 
bas y  Fariseos,  como  si  dijéramos  á  los  inquisidores  de  aquellos  tiempos. 
San  Pablo  reprehendió  á  San  Pedro,  que  era  la  cabeza  suprema  de  la 
Iglesia;  que  quiere  decir  mucho  mas  que  la  suprema  Inquisición.  Los 
santos  Cipriano,  Firmiliano,  Basilio,  Columbano,  Bernardo,  Catalina  de 
Sena,  y  otros  muchos  avisaron,  corrigeron  y  reprehendieron  a  otros 
personajes  y  cuerpos  de  mas  alta  dignidad  que  los  Inquisidores.  Este 
lenguage  de  los  santos,  y  del  santo  de  los  santos;  este  lenguage  que 
hemos  olvidado,  o  nunca  hemos  aprehendido,  es  el  que  debia  usarse 
con  el  tribunal  en  circunstancia  tan  escandalosas,  como  las  que  se 
presentan  en  el  purgatorio  de  V.  S.  I.  y  el  tribunal  lo  debia  admitir  como 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


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un  idioma  propio  de  un  celo  religioso  y  caritativo;  pero  ¿"cuando  oyen 
este  lenguage  los  Inquisidores?  Nunca:  ¿y  por  que  no  lo  oyen?  Por  que 
no  pueden  sufrirlo:  ¿y  por  que  no  lo  sufren  con  paciencia  ya  que  no 
con  gana?  por  que  están  llenos  de  orgullo,  de  un  orgullo  farisiaco;  juz- 
gan que  es  injurioso  al  tribunal  en  cuerpo,  y  á  cada  uno  de  sus  miem- 
bros respetables  el  ser  amonestados  y  corregidos  por  un  cristiano  súbdito 
suyo  de  qualquiera  clase  que  sea. 

Como  pues  Señor  Illmo,  ¿qué  doctrina  sigue  en  esto  el  tribunal  de 
la  fé?  porque  este  es  un  punto  demasiado  interesante  y  digno  de  saber 
se,  para  que  nos  sirva  de  regla  en  nuestra  conducta.  Estrechémos  esta 
qüestion  (si  lo  es)  reduciéndola  á  una  pregunta  precisa.  ¿Puede  un 
cristiano  instruido  en  sus  obligaciones  advertir  á'  los  Obispos,  á  los  In- 
quisidores ó  á  otras  qualesquiera  personas  constituidas  en  dignidad  al 
Papa  mismo;  puede  digo  advertirles  de  sus  errores,  sin  van  errados;  y 
si  en  medio  de  estas  advertencias  caritativas  sigue  el  error,  ¿podrá 
(vuelvo  á  preguntar)  repetir  sus  clamores,  y  descubrir  el  camino  que 
llevan  sus  secuaces,  impugnarlo  con  razones  y  autoridades  y  reprehen- 
der á  los  autores  y  protectores  del  error?  Respóndame  V.  S.  I.  porque 
se  trata  de  un  negocio  de  suma  importancia,  y  si  no  me  responde  á  mí 
porque  no  es  fácil,  respóndase  á  sí  mismo,  responda  á  los  clamores  de 
su  conciencia.  Si  V.  S.  I.  dice  que  sí  quiero  decir  que  puede  qualquiera 
fiel  hacer  todo  esto,  no  solo  sin  culpa  sino  con  mucho  mérito  suyo  de- 
lante de  Dios:  estamos  convenidos  y  queda  á  cargo  de  V.  S.  I.  el  inves- 
tigar los  caminos,  y  buscar  los  medios  de  restituir  tantas  honras  como 
ha  quitado  con  su  expurgatorio;  pero  si  responde  que  no;  ¡á  Dios  divino 
Maestro,  á  Dios  San  Juan  Bautista,  á  Dios  San  Pablo,  á  Dios  Santos 
Padres,  en  vuestras  sábias  reconvenciones,  á  los  Sumos  Pontífices!  á  Dios 
Hilario,  quando  pronunciaste  anatema  contra  Liberio!  y  aquí  pudiéra- 
mos añadir,  ¡á  Dios  Inquisidores,  que  os  veis  precisados  á  entrar  en  el 
infierno,  por  no  admitir  una  advertencia  cristiana,  por  no  abandonar 
vuestros  errores,  por  llevar  adelante  vuestro  ignorante  orgullo!  En  tal 
caso  sería  mas  conveniente  y  aun  necesario  formar  otra  nueva  Inquisi- 
ción, para  encerrar  en  ella  á  la  Suprema  y  á  todas  las  subalternas,  hasta 
que  se  humillasen,  se  retractasen  públicamente,  y  sufriesen  una  peniten- 
cia canónica . . .  ¿'  Qué  se  espanta  V.  S.  I.  ?  pues  éste  es  puntualmente  el 
estado  en  que  nos  hallamos:  y  éste  es  el  caso  preciso  de  la  pregunta,  y 
su  respuesta.  Aun  podrémos  añadir  dos  palabras,  si  V.  S.  I.  lo  tiene  á 
bien. 


30 — La  Inquisición  de  Lima.  Tomo  II 


466 


J.  T.  MEDINA 


En  muchos  graves  escritores  de  estos  últimos  tiempos,  se  ven  varios 
razonamientos  y  declamaciones  contra  nuestra  legislación  actual:  esto 
es  contra  el  código  o  códigos  de  leyes  que  actualmente  nos  rigen,  pon- 
derando la  necesidad  de  reformarlos.  Nadie  ha  pensado  en  imputarles  á 
delito  semejante  conducta;  antes  bien  se  les  mira  como  hombres  zelosos 
del  bien  general  de  la  nación:  todos  leen  con  gusto  semejantes  discursos, 
los  aplauden,  los  repiten  y  manifiestan  sus  deseos  de  que  se  reformen  ó 
modifique  una  multitud  de  leyes  que  se  hicieron  ahora  doscientos,  tres- 
cientos, y  aun  seiscientos  años;  adaptándolas  á  las  costumbres,  gobierno 
y  circunstancias  del  dia:  porque  todo  declina  en  la  naturaleza,  se  tuerce 
y  se  descamina;  y  así  es  muy  justo  y  racional  corregirlo  y  enderezarlo 
como  conviene  al  estado  presente.  Ahora  bien.  Señor  Illmo.:  el  estable- 
cimiento del  tribunal  de  la  Inquisición  es  una  pequeña  parte  de  este 
código  de  leyes:  ella  se  ha  torcido,  se  ha  desviado  de  su  instituto,  y  los 
individuos  de  este  cuerpo  mucho  mas.  ¿Por  qué  no  podría,  pues,  un 
buen  español,  católico  cristiano,  advertir  y  proponer  un  rumbo  distinto 
del  que  usa  la  Inquisición,  sin  que  esta  tenga  derecho  á  darse  por  ofen- 
dida y  vulnerada  en  su  autoridad?  ¿Es  mayor  el  sistema  de  la  Inquisi- 
ción que  todo  junto  el  cuerpo  de  leyes?  Luego  siéndonos  lícito  hablar 
y  discurrir  contra  todo  el  código  de  estas,  también  podremos  discurrir, 
escribir  y  hablar  contra  la  Inquisición,  exponiendo  sus  defectos,  y  pro- 
poniendo los  medios  de  enmendar  los  que  ha  cometido.  Esto  es  evidente, 
pero  la  Inquisición  lo  tiene  por  un  crimen;  y  eso  basta  para  que  nadie 
se  atreva  a  abrir  la  boca,  á  tomar  la  pluma,  ni  menos  á  dar  á  la  prensa 
sus  pensamientos  en  esta  materia,  por  arreglados  que  sean.  Don  José  Co- 
barrobias  que  se  arriesgó  a  decir  algo  de  lo  mucho  que  podía,  aunque 
tan  justo,  tan  modesto  y  tan  sólido,  bien  puede  creer  desde  ahora  que 
no  irá  a  pagar  esta  culpa  al  otro  mundo.  Los  avisos  secretos  que  se  die- 
ron sobre  un  libro:  Máximas  sobre  recursos  de  fuerza,  lo  pintaban  como 
un  hereje  digno  de  quemarse;  y  lo,  lindo  es  que  esto:  se  hacía  por  mano 
y  boca  de  los  mismos  obispos:  prueba  de  que  ellos  fueron  avisados  y 
aun  mandados.  En  vista  de  esto  ¿quien  se  atreverá  a  concurrir  con  sus 
luces,  por  medio  de  la  imprenta,  á  enderezar  éste  cuerpo  caduco? 

Siguiendo  todavía  éste  propósito,  digame  V.  S.  I.  ¿cuantos  sujetos 
le  parece  que  habrá  en  la  monarquía  que  se  expongan  á  escribirle  una 
carta  como  ésta?  ¿qué  digo  yo,  escribirle?  A  esto,  ni  uno  siquiera;  pero 
á  lo  menos  a  pintarle  sus  desaciertos  á  la  inquisición  con  oportunas  re- 
flexiones ¿cuantos  habrá,  vuelvo  á  decir?  Quizá  no  habrá  seis,  tal  vez 


APENDICE  DOCUMENTAL 


467 


no  habrá  siquiera  dos:  ¿por  qué  no  los  hay?  Porque  la  Inquisición  les 
cierra  los  ojos  desde  niños,  para  que  no  vean  la  luz  por  algún  resquicio: 
porque  desde  aquella  tierna  edad  los  nutre  solamente  la  masa  corrompi- 
da de  ciertos  autores  vulgares,  que  los  afianzan  en  la  infalibilidad  é  im- 
pecabilidad de  la  inquisición:  y  no  les  dexa  aun  á  los  mas  aplicados  y 
estudiosos  alguna  puerta  abierta,  por  donde  poder  ver  los  campos  ame- 
nos de  la  ciencia  eclesiástica,  ó  instruirse  en  ellos.  Como  desde  luego  ha- 
bían de  tropezar  con  la  irregularidad  de  este  tribunal,  tiene  un  gran 
cuidado  en  que  no  se  mueva  la  menor  cuestión  sobre  él  en  los  libros 
que  permite  generalmente.  Deja  correr  y  apoya  el  error  de  que  todo 
libro  prohibido  es  malo,  porque  lo  ha  prohibido  la  Inquisición;  así  lle- 
gamos todos  á  viejos,  sin  saber  casi  nada  del  terreno  que  pisamos,  ni  de 
los  medios  de  adquirir  una  cabal  instrucción.  Si  alguno  despierta  y  vé  la 
luz  sobre  algunos  puntos,  vá  á  tomar  la  pluma,  y  se  halla  metido  en  un 
callejón  sin  salida:  sus  mismos  padres,  sus  superiores,  sus  hermanos,  to- 
dos ayudan  á  cerrarle  la  puerta;  y  en  caso  de  ver  abierta  alguna,  ya 
juzgan  materia  de  fé  el  delatarlo  al  santo  tribunal.  No  hay  recurso 
pues.  Algunos  escriben  tal  vez  contra  bulas  y  breves  pontificios,  y  hablan 
sobre  ellos  con  libertad  cristiana:  lo  mismo  sucede  sobre  los  concilios, 
principalmente  en  materias  de  disciplina;  pero  no  haya  miedo  que  vea- 
mos uno  siquiera  contra  un  decreto  del  inquisidor  general,  ni  de  la  su- 
prema, ni  aun  de  la  ínfima  inquisición;  ¡pobre  del  que  tal  hiciese! 

Bien  es  verdad  que  habrá  cien  sujetos  que  escriban  directamente  con- 
tra el  tribunal;  pero  no  en  tono  cristiano,  sino  como  filósofos  libertinos. 
De  estos  no  hablo:  sus  libros  y  papeles  son  abominables,  porque  irritan 
y  descaminan  mas  que  enseñan:  irritan  á  los  inquisidores  y  descaminan 
á  los  cristianos  que  los  leen.  No  pretendo  yo  esto:  soy  verdadero  hijo  de 
la  Iglesia  y  las  heridas  que  mi  madre  sufre,  sea  de  parte  de  esos  filósofos 
6  de  los  inquisidores,  las  siento  en  mi  alma,  como  verdadero  hijo,  con  la 
debida  proporción.  Abomino  á  los  filósofos  falsos,  y  los  compadezco  por 
sus  impiedades  y  sofismas;  pero  también  abomino  los  expurgatorios  de 
la  inquisición:  aquellos,  porque  enseñan  lo  malo;  y  estos,  porque  prohi- 
ben lo  bueno.  Los  seis  sujetos  que  dije  podia  haber  á  propósito  para  es- 
cribir ésta  carta,  con  mayor  energia  y  erudiccion,  sin  duda  lo  dejan  de 
hacer  por  el  terror  que  les  infunde  la  presencia  de  un  tribunal  cuyo  pri- 
mer golpe  temen  todos,  como  que  apenas  deja  convalecer  á  nadie  de  sus 
resultas,  aun  cuando  salga  justificado;  ¿  pero  quien  saliera  declarado  ino- 
cente, si  se  presentara  como  autor  de  esta  carta?  ¡Tal  es  la  impresión 


468 


J.  T.  MEDINA 


del  fanatismo,  en  que  V.  S.  I.  y  sus  compañeros  tienen  á  la  pobre  Es- 
paña! Para  escribir  esta  carta  ha  sido  menester  buscar  con  una  vela  un 
amanuense.  Este  es  un  tribunal  que  nunca  habla  instruyendo,  y  siempre 
como  oráculo  pero  con  el  látigo  en  la  mano:  es  un  tribunal  que  no 
sufre  advertencias  ni  admite  correcciones,  cuando  ya  alcanzó  un  paso  mal 
dado.  Tenemos  una  prueba  evidente  de  esto  en  la  prohibición  del  Cate- 
cismo de  Mesangui;  en  que  mas  bien  quiso  salir  á  un  destierro  el  In- 
quisidor General,  que  buscar  un  acomodo,  ó  retractarse.  ¡No  hay  que 
admirar!  vivian  los  jesuítas:  era  el  primer  lance  que  ocurria  con  Carlos 
III,  y  era  necesario  que  el  tribunal  echase  el  resto,  para  intimidar  al 
mismo  rey,  como  tenia  de  costumbre.  No  faltaban  gentes  que  pudiesen 
y  quisiesen  darle  luces  á  aquel  Inquisidor  General:  el  Rey  era  interesado 
en  su  religión,  y  en  su  honor:  habia  estudiado  la  doctrina  cristiana  por 
aquel  precioso  libro,  y  por  él  también  la  estudiaban  sus  hijos;  pero  nada 
bastó  á  este  inquisidor  ignorante  para  que  cejase,  confensando  su  mise- 
ria, porque  temia  mas  a  los  jesuítas  que  al  mismo  Rey;  porque  asi  él  co- 
mo sus  compañeros  no  querían  mas  luces  que  sus  tinieblas,  ni  tenian 
mas  rey  que  su  soberanía  despótica.  No  se  escandalice  V.  S.  I.;  esta  es 
una  verdad  de  hecho,  patente  á  los  ojos  de  todos:  Soberanía  Despótica 
repito.  Esto  es,  que  del  modo  de  ejercer  su  jurisdicción  el  tribunal,  re- 
sulta una  verdadera  monarquía  dentro  de  la  monarquía  española;  pero 
separada  é  independiente  de  ella,  y  mas  poderosa  que  ella.  Probemos 
sin  embargo  á  ver  si  este  areopago,  en  que  V.  S.  I.  es  la  cabeza,  se  digna 
alguna  vez  de  escuchar  la  voz  de  la  razón:  y  continuemos  nuestro  asunto 
de  prohibición  de  libros,  del  que  al  parecer  nos  hablamos  distraído.  Qui- 
zá podremos  hacer  de  un  camino  dos  mandados:  probar  la  injusticia  de 
las  prohibiciones,  y  como  resultas  de  ellas  la  racional  sospecha  de  la  in- 
quisición de  España  en  cuerpo  está  errada  en  la  fe,  y  contraria  a  la  doc- 
trina de  Jesucristo:  el  elector  juicioso  tendrá  paciencia  y  juzgará. 

Diximos  arriba  que  en  este  último  índice  estaban  prohibidas  todas 
las  obras:  de  Arnaldo,  Nicole,  y  Duguet;  por  consiguiente  lo  está  la 
Perpetuidad  de  la  je  sobre  el  Sacramento  de  la  Eucaristía,  que  Arnaldo 
trabajó  juntamente  con  Nicole.  Yo  no  sé  como  no  se  estremece  V.  S.  I. 
al  oir  estas  palabras.  ¿La  perpetuidad  de  la  jé  prohibíd^i}  Luego  V. 
S.  I.  y  sus  cofrades,  no  tienen  la  fé  de  la  iglesia  sobre  aquel  augusto 
Sacramento:  la  razón  se  viene  a  los  ojos.  Los  libros  de  esta  clase  se  pro- 
hiben para  dar  una  idea  á  los  cristianos  de  que  alli  hay  mala  doctrina 
y  aun  doctrina  herética  y  que  por  esta  causa  los  prohiben  los  inquisi- 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


469 


dores  de  la  herética  pravedad.  Juzga  pues  la  inquisición  que  los  libros 
de  La  perpetuidad  de  la  fé  son  heréticos,  y  como  tales  manda  que  nadie 
los  lea,  pena  de  excomunión  mayor,  que  por  los  cánones  no  se  aplica 
en  este  caso,  sino  á  los  que  se  apartan  de  la  fé.  ¡Válgame  Dios!  y  vál- 
gale á  V.  S.  I.  y  su  tribunal!  Una  obra  á  quien  respetaban  los  mismos 
jesuítas,  porque  conocían  bien  el  tamaño  de  su  importancia  (aunque 
envidiaban  el  no  ser  autores  de  ella)  ¿sale  ahora  prohibida  en  el  índice 
español?  ¿Qué  dirian  los  herejes,  aun  aquellos  que  niegan  la  presencia 
real,  de  los  hombres  de  la  Santa  Inquisición  española,  que  con  pretesto 
de  conservar  la  pureza  de  la  fé,  prohiben  una  obra  donde  se  defienden 
y  establece  con  la  solidez,  explendor  y  decoro  que  en  ninguna  otra,  la 
doctrina  de  la  iglesia  acerca  de  aquel  adorable  Sacramento?  ¿A  que 
irrisión  no  expone  V.  S.  I.  toda  la  fé  de  los  dominios  de  España?  pero 
no  es  de  admirar.  Ni  el  gran  inquisidor,  ni  algunos  de  los  Consejeros 
ni  consultores  leen  esta  grande  obra  ni  otras  semejantes;  vieron  el  titu- 
lo: oyeron  el  nombre  de  Arnaldo,  sin  mas  exámen,  le  echaron  el  fallo 
con  la  estrellita.  Cortémos  aquí,  porque  hay  mucho  que  andar;  y  este 
hecho  solo  necesitaba  todo  un  Demostenes  contra  Filipo,  ó  todo  un 
Cicerón  contra  Catilina.  Si  Arnaldo  hubiera  tenido  un  Benedicto  XIV 
o  un  Clemente  XIV,  tal  vez  V.  S.  I.  hubiera  salido  mas  excomulgado 
que  sus  libros. 

Dejemos  aparte  las  demás  obras  del  Dr.  Arnaldo,  en  que  la  Inqui- 
sición debia  ir  á  aprender  lo  muchísimo  que  ignora;  y  vamos  á  Mr. 
Nicole.  Ademas  de  sus  Ensayos  morales,  que  ya  estaban  prohibidos,  se 
prohiben  ahora  su  tratado  de  la  Oración;  el  de  la  Unidad  de  la  Iglesia, 
y  otros  muchos.  ¿Si  sabrán  los  inquisidores  que  es  oración,  que  es  uni- 
dad de  la  iglesia,  y  como  se  defiende  esta  unidad  contra  los  herejes?  De 
Duguet  tenemos  encerrado,  en  el  índice,  como  dijimos  arriba  Los  prin- 
cipios de  la  je,  sus  Reglas  para  la  inteligencia  de  la  sagrada  escritura, 
sus  Conferencias,  etc.  Tienen  razón,  porque  la  fé  de  los  inquisidores 
carece  de  principios,  ni  quiere  reglas  para  entender  los  libros  sagrados 
(que  mas  bien  quiere  abolir,  puesto  que  los  ha  tenido  prohibidos  por 
mas  de  dos  siglos),  ni  gustan  otras  conferencias,  que  las  de  creces  ó 
menguas  de  su  fisco,  y  las  muchas  frecuentes  que  tienen  con  los  dela- 
tores. Mucho  siento  tener  que  usar  de  estas  burlas  en  un  asunto  tan 
serio;  pero  á  esto  nos  obligan  las  veras  de  la  Inquisición.  Ellas  son  tan 
ridiculas,  que  pedian  la  pluma  de  un  Pascal,  para  rebatirlas  con  el 
desprecio  y  mofa  que  merecen.  Ya  que  nombró  á  Pascal  (aquel  hombre 


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J.  T.  MEDINA 


famoso,  enius  dignus  non  erat  mundus:  esto  es,  a  quien  no  son  dignos 
de  leer  los  inquisidores)  viene  muy  á  propósito  para  lo  que  vamos  tra- 
tando el  hacer  mención  de  sus  Cartas  provinciales.  Estas  se  hallan,  hace 
mas  de  siglo,  en  los  índices  con  este  título:  Ludovicus  Moníius,  Heré- 
ticus,  Jansenista,  literae  Provinciales.  Todos  saben  que  Mr.  Pascal  ocul- 
tó su  nombre  bajo  el  supuesto  de  Luis  Montalto.  Digamos  algo  sobre 
su  nota  de  herejía  ¿si  la  habrá  creido  alguna  vez  el  tribunal  ó  alguno 
de  sus  miembros?  V.  S.  I.  mismo,  ignorante  como  es,  ¿cree  que  las 
Provinciales  contienen  alguna  herejía?  Ya  veo  que  me  responderá  que 
no  las  ha  leido,  pero  que  son  de  hereje  y  heréticas,  porque  así  lo  dice 
el  expurgatorio:  respuesta  concluyente.  ¿Pero  donde  está  esa  herejía? 
porque  en  Montalto  no  se  encuentra,  y  es  menester  que  conste  muy  cla- 
ramente para  colocarlo  en  la  primera  clase,  llamándolo  hereje  á  boca 
llena.  Será  menester  pues  hacer  lo  que  se  hizo  con  Covarrubias,  y  su 
libro  Recursos  de  fuerza. 

Nómbrense  por  la  Inquisición  cuatro  o  seis  teólogos  entre  sus  mi- 
nistros ó  consultores;  y  nómbrese  también  un  teólogo  solamente,  que 
defienda  a  Montalto  de  la  nota  de  herejía.,  ¿qué  digo  herejía?  del 
mas  pequeño  error  en  ningún  asunto  de  los  que  trata.  Desde  luego 
apuesto  á  que  no  tiene  valor  la  inquisición  toda  junta,  con  toda  la  tur- 
ba de  sus  consultores  y  calificadores,  á  ponerse  delante  de  aquel  único 
teólogo  defensor.  Sucedería  en  tal  caso  lo  que  en  el  lance  de  Covarru- 
bias, que  por  no  verse  la  Inquisición  convencida  por  un  solo  abogado, 
y  desairada,  escogería  mas  bien  que  corriesen  los  Provinciales  en  manos 
de  todo  el  pueblo;  y  si  era  menester  daría  licencia  para  su  impresión, 
ántes  que  exponerse  delante  de  todo  Madrid  á  quedar  convencida  de 
calumniadora  (5),  Esto  es  lo  que  debió  hacerse  en  1768,  cuando  se  so- 

(5)  Nada  habríamos  conseguido  en  favor  de  los  provinciales,  con  hacer  lo  que  supone 
y  desea  el  celoso  escritor  de  esta  carta.  Escribiéndola  pocos  años  después,  hablaría  de  otra 
suerte,  desengañado  con  lo  sucedido  respecto  de  las  obras  de  Pedro  Nicole  que  permitió  el 
tribunal,  porque  habiéndolas  examinado  muchos  sabios  (así  se  expresa  el  edicto)  no  se  le  ha 
encontrado  ni  una  palabra  que  tacharlo.  No  pudo  la  Inquisición  exponerse  por  entonces  delante 
de  todos  estos  sabios  a  quedar  convencida  de  calumniadora,  con  la  prohibición  de  tan  incom- 
parable teólogo:  pero  no  temió,  y  tuvo  arte  para  eludir  el  juicio  de  esos  mismos  sabios  y  el  de 
todo  el  mundo  católico  que  admira  y  respeta  sus  obras,  pronunciando  en  otro  edicto,  a  los 
cuatro  o  cinco  años.  Se  prohiben  in  totttm  todas  las  obras  de  Pedro  Nicole,  por  contener  muchas 
doctrinas  contrarias  a  la  religión  y  al  estado.  ¡Cuánto  no  hubiera  tenido  que  extenderse  sobre 
este  hecho  el  sabio  y  celoso  Cisneros  en  su  carta!  A  vista  de  tan  garrafal  y  escandalosa  contra- 
dicción de  ambos  edictos,  reconocerá  aún  el  menos  advertido  en  qué  ocasión  erró  el  tribunal;  y 
en  lo  que  viene  a  parar  su  pretendida  infalibilidad.  Aún  a  falta  de  otras  pruebas,  ésta  sólo 
faltaría  para  convenc-erse  del  ciego  despotismo  con  que  se  condenaron  tantas  obras  tan  católicas,— 
El  Editor, 


APENDICE  DOCUMENTAL 


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licitó  su  impresión,  con  las  notas  y  explicaciones  de  Vendrok;  pero  aun 
no  estaba  maduro  este  negocio:  tenia  entónces  todavía  la  Inquisición 
muchos  colmillos;  faltó  el  valor,  porque  nadie  quiere  exponerse  á  una 
tarascada.  En  ese  año,  que  indico,  era  la  ocasión  oportuna,  pues  entón- 
ces fué  cuando  el  señor  B. .  . .  presentó  aquel  asunto  memorial  contra  la 
cédula  del  de  66  de  que  hicimos  mención,  y  salió  rotundamente  negado 
todo  quanto  pedia,  por  ser  todas  sus  peticiones  capciosas  y  maliciosas. 
Pero  en  fin,  entre  los  muchos  negocios  arduos  que  ocupaban  al  gobier- 
no en  aquel  tiempo,  no  hubo  lugar  de  librar  á  Montalto  de  la  nota 
de  herejía;  ¡tan  fascinado  estaba  todo  el  reyno,  por  el  miedo  y  poder  de 
la  Inquisición! 

Pero  ¡válgame  Dios,  señor  Inquisidor!  vuelvo  á  preguntarle:  ¿ha 
creído  nunca  V.  S.  I.  ni  su  tribunal,  que  Montalto  es  hereje?  Un  libro 
como  el  suyo  tan  limpio,  tan  enérgico  y  tan  católico;  libro  que  él  solo 
da  al  traste  con  todos  los  herejes  pasados,  presentes  y  futuros; 
y  especialmente  con  los  que  entónces  inundaban  la  iglesia,  afeando  y 
emporcando,  en  cuanto  estaba  de  su  parte,  á  la  esposa  de  Jesucristo,  sin 
arruga  y  sin  mancha;  quiero  decir,  especialmente  á  los  amigos  de  los 
inquisidores,  al  alma  de  su  tribunal,  á  los . . .  ¿  Pero  adonde  voy  ?  ¿  qué 
mas  causa  que  ésta  buscamos  para  la  prohibición  de  Montalto  y  sus 
Provinciales  ¿Siendo  tal  el  libro  y  el  autor,  ya  hay  licencia  para  calum- 
narlos  aunque  sea  con  la  negra  nota  de  herejía;  y  aun  esto  es  poco:  se 
nos  manda  que  todo  lo  creamos  así.  ¡Benditos  sean  los  padres  Hurtado 
y  di  Castillo,  con  la  turba  de  otros  veinte  doctores  que  plantaron  y  fija- 
ron en  la  Inquisición  la  bella  doctrina  de  calumniar,  sabiendo  que  ca- 
lumnian; de  mentir,  sabiendo  que  mienten:  Quede  esto  dicho  de  paso 
en  favor  de  un  inocente,  ya  que  vino  bien  para  nuestro  asunto  de  las 
prohibiciones  del  índice;  y  pasemos  á  otro,  que  es  el  de  la  prohibición 
de  los  libros  que  tratan  nada  ménos  que  del  amor  de  Dios. 

Parece  que  la  Inquisición  ha  declarado  la  guerra  á  la  caridad.  En 
el  momento  de  salir  un  libro  que  pidiese  un  tantito  de  amor  de  Dios, 
para  recibir  la  gracia  en  el  sacramento  de  la  penitencia,  llevaba  por  re- 
gla el  prohibirlo.  ¡Qué  regla.  Dios  mió!  Esta  fué  la  causa  principal  de 
haber  prohibido  el  libro  de  la  Frecuente  comunión  del  doctor  Arnaldo: 
y  si  S.  Carlos  Borromeo  no  hubiera  tenido  la  fortuna  de  ser  sobrino  de 
un  papa,  y  tener  primos  cardenales,  hubiera  corrido  la  misma  suerte  su 
libro  de  Instrucciones  sobre  la  penitencia.  Mientras  nuestros  inquisi- 
dores se  estaban  cebando  y  revolcando  con  los  Castropalaos,  Escobares, 


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J.  T.  MEDINA 


Dianas  y  Torrecillas,  estaban  muy  atentos  a  prohibir  las  reglas  saluda- 
bles de  la  penitencia  cristiana.  Si  las  instrucciones  de  S.  Carlos  escapa- 
ron de  sus  manos,  no  evitaron  la  prohibición  secreta  de  su  entrada  en 
el  reyno,  sino  incorporadas  en  las  Actas  de  los  concilios  de  Milán,  que 
tenian  muy  pocos,  y  leian  menos.  Así  nos  pasamos  sin  ellas  cerca  de 
dos  siglos,  hasta  que  se  tradujeron  en  español,  y  dieron  a  la  prensa  el 
año  siguiente  a  la  expatriación  de  los  jesuítas. 

Prohibióse,  pues,  la  Frecuente  comunión  de  Arnaldo  y  prohibióse 
también  (¡qué  horror!)  el  Amor  penitente  del  obispo  castoriense  Juan 
Neercacel;  libro  admirable,  celebrado  de  todo  el  mundo,  menos  de  los 
inquisidores  y  teatinos.  Prohibiéronse  también  otros,  como  una  Epis- 
tola  sobre  el  amor  de  Dios  impresa  en  Flandes,  traducida  en  castellano; 
y  otro  escrito  (creo  que  de  Nicole)  sobre  el  mismo  asunto,  traducido 
igualmente  a  nuestro  idioma.  Hasta  la  teología  del  padre  Enrique  de 
S.  Ignacio  fué  prohibida,  quizá  porque  llevaba  por  título:  Ethica  Amo- 
ris;  tanto  como  esto  les  dolia  a  los  inquisidores  la  obligación  de  amar 
a  Dios,  que  el  otro  chino  extrañaba  hubiese  sido  necesario  mandarla 
bajo  el  precepto,  cuando  se  habia  humanado  y  muerto  por  nosotros  en 
una  cruz.  Lea  V.  S.  I.  su  índice,  y  tropezará  a  cada  paso  con  libros  pro- 
hibidos por  esta  causa.  Pida  V.  S.  I.  algunos  de  ellos  a  los  que  cuidan 
de  esto  en  el  tribunal;  que  allí  tal  vez  pueden  estar  encerrados  y  co- 
miéndoselos la  polilla:  y  juntamente  pida  V.  S.  I.  a  Dios  la  gracia  de 
leerlos  y  entenderlos  con  fruto. 

Pero  ya  caímos  en  el  escollo  mayor,  y  en  la  piedra  de  escándalo  de 
la  Inquisición;  esto  es  la  gracia  de  Jesucristo. 

Como  la  gracia  del  Señor  está  tan  íntimamente  unida  con  su  amor, 
era  consiguiente  que  los  inquisidores  procurasen  desterrarla  de  España. 
Esto  no  podía  hacerse  al  descubierto:  era  menester  buscar  un  pretexto 
o  colorido  para  esta  maniobra;  y  lo  hallaron  los  inquisidores  a  medida 
de  su  deseo  en  cierta  palabra  que  no  significa  nada,  y  se  aplica  a  lo  que 
se  quiere,  con  tal  que  aquello  a  que  se  aplica  promueva  el  amor  de 
Dios,  o  la  gracia  de  Jesucristo  o  la  moral  de  su  evangelio.  Así  prohi- 
bieron como  jansenistas  (esta  es  la  palabra  favorita)  hasta  las  mismas 
actas  de  la  congregación  de  Auxiliis,  publicadas  por  el  Padre  Serry, 
y  compuestas  de  los  escritos  que  el  papa,  obispos  y  teólogos,  presentaron 
y  leyeron  en  aquellas  célebres  congregaciones.  Desde  entonces  no  se  ha 
perdonado  a  hombre  cristiano,  como  haya  hablado  cristianamente  en 
materias  de  gracia.  El  D.  D.  Francisco  Peña,  auditor  de  Rota,  y  uno 


APENDICE  DOCUMENTAL 


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de  los  hombres  mas  doctos,  y  que  mas  esforzaron  su  celo  católico  en 
aquella  católica  congregación,  viendo  la  lentitud  con  que  se  procedía 
en  Roma  por  las  astucias  de  los  jesuítas,  y  lo  que  éstos  se  esforzaban  en 
España  a  pintar  su  causa  como  triunfante,  escribía  desde  aquella  capi- 
tal del  mundo  católico  en  estos  términos:  "Muchos  doctores  y  teólogos 
(dice  en  su  carta)  fecha  en  Roma  a  20  de  febrero  de  1602)  que  han 
llegado  aquí,  confiesan  que  ponen  los  teatinos  tanto  cuidado  en  ense- 
ñar esta  doctrina  (la  de  la  ciencia  media)  no  solamente  en  sus  libros  y 
en  sus  colegios,  mas  también  en  los  confesonarios  y  otros  lugares  que 
hasta  las  mujeres  tratan  de  ésto,  y  siguen  las  miserables  lo  que  las  ense- 
ñan en  esta  materia,  y  lo  que  ponen  tanto  cuidado  en  persuadirlas,  y 
pues  ellos  no  se  esconden  ya  de  publicarla  y  enseñarla,  no  hay  para 
qué  hablar  de  aquí  adelante  mas  en  cifras.  Está  sin  duda  España  en 
evidentísimo  peligro  de  ser  Pelagiana;  porque  después  que  en  el  año 
de  1588  se  imprimió  el  libro  de  Molina,  en  Lisboa,  del  cual  se  han 
hecho  muchas  impresiones,  ha  corrido  y  corre  por  toda  España;  y  par- 
ticularmente sus  fautores  han  procurado  meterlo  por  todos  los  rincones 
que  han  podido.  Los  obispos  y  los  demás  consultores  teólogos,  juntados 
para  este  efecto  por  orden  de  Su  Santidad,  no  acaban  de  maravillarse 
de  cómo  ha  sido  o  cómo  es  posible  que  los  obispos  de  España,  entre 
los  cuales  hay  muchos  muy  grandes  teólogos,  han  callado  y  dejado  de 
dar  voces  contra  tan  ponzoñosa  doctrina".  Así  escribía  el  doctor  Peña 
a  la  Inquisición;  porque  a  ella  dirige  esta  carta  y  otra  que  había  escrito 
en  24  de  enero  del  mismo  año.  Yo  no  sé  si  V.  S.  L  sabrá  nada  de  esto, 
y  por  eso  le  he  copiado  este  pasaje;  pero  podrá  haberlo  en  los  archivos 
de  su  tribunal  con  otros  muchos  documentos  que  por  entonces  venían 
de  Roma.  Más  era  hablar  a  sordos:  la  Inquisición  ya  estaba  manchada 
con  tinta  teatina:  a  mí  me  hacen  al  caso  las  cartas  del  doctor  Peña,  por- 
que a  lo  menos  disculpan  la  que  estoy  escribiendo  a  V.  S.  I.  El  doctor 
Peña  escribía  con  valor  y  confianza,  porque  todavía  la  Inquisición  es- 
cuchaba y  sufría  a  regañadientes  los  avisos;  pero  desde  entonces  acá 
hemos  perdido  mucho  terreno,  y  lo  que  en  aquel  señor  auditor  fué  una 
gran  virtud,  en  mí  sería  un  grandísimo  delito.  Su  anuncio  fué  terrible 
¡está  sin  duda  España  en  evidentísimo  peligro  de  ser  Pelagiana!  y  este 
se  ha  verificado  en  gran  parte.  La  Inquisición  se  endureció  en  la  tole- 
rancia y  amparo  del  Pelagianismo;  y  así  estamos  mucho  más  adelante 
de  lo  que  pensó  el  doctor  Peña;  porque  desde  aquel  tiempo  el  Pela- 
gianismo, no  solo  fué  tolerado,  sino  protegido  y  a  ciertas  miras  casi 


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mandado  por  la  Inquisición.  Recorra  V.  S.  I.  en  su  mente  la  historia 
del  siglo  XVII,  y  hallará  que  es  una  verdad  lo  que  digo:  más  parece 
aquel  un  siglo  pagano  que  cristiano.  Desde  entonces,  lo  repito,  la  In- 
quisición no  ha  sido  el  tribunal  de  la  fe,  sino  el  apoyo  de  la  mentira  y 
tal  vez  de  la  herejía.  Algunos  pocos  instruidos,  tendrán  acaso  esta  pro- 
posición por  una  calumnia  grosera;  pero  lo  dicho  dicho,  pues  se  funda 
en  hechos  incontestables. 

Es  evidente  desde  aquella  fecha,  que  si  un  autor  salía  a  la  luz  en- 
teramente cristiano,  luego  se  prohibía.  Por  entonces  aún  no  había  es- 
crito Jansenio;  pero  sabemos  los  muchos  trabajos  que  pasaron  el  padre 
Cabrera,  el  Dr.  Rosales,  el  Dr.  Espino  y  otros  muchos.  En  el  libro  de 
Auxíliis  del  padre  Cabrera  se  hallan  muchos  parches  puestos  en  doctri- 
na católica,  que  la  Inquisición  ha  querido  después  que  sea  Jansenística. 
Al  padre  Antonio  Monroy  le  pusieron  por  entero  en  el  índice:  su  libro 
es  una  defensa  de  S.  Agustín  y  demás  padres  santos,  contra  los  jesuítas, 
a  modo  de  la  que  tenemos  traducida  al  castellano  del  señor  Bossuet; 
pero  en  1680  lo  condenaron,  aunque  el  año  27  del  mismo  siglo  había 
servido  utilísimamente  para  el  esclarecimiento  de  la  doctrina,  que  los 
teatinos  combatían  sin  cesar  desde  las  congregaciones  del  Auxíliis.  Del 
Dr.  Rosales  y  del  Dr.  Espino  nada  nos  ha  dejado  ver  la  Inquisición: 
las  pocas  noticias  de  aquel  tiempo  nos  los  pintan  como  unos  gloriosos 
defensores  de  la  santa  doctrina.  Todas  estas  cosas,  y  otras  infinitas  que 
la  Inquisición  ha  tenido  gran  cuidado  de  no  permitir  que  lleguen  a 
nuestra  noticia,  quitándonos  de  la  vista  todos  los  documentos  referentes 
a  los  pasajes  que  sucedieron  desde  1600  a  1640;  (tiempo  en  que  había 
nacido  la  cuestión  sobre  el  libro  de  Jansenio,  que  puntualmente  se  im- 
primió en  Lovaina  en  este  mismo  año  de  40,  dos  años  después  de  la 
muerte  de  este  respetable  obispo)  acreditan  la  verdad  de  nuestro  aserto. 

Salamanca  y  Valladolid  fueron  los  teatros  de  estas  diferencias  con 
los  jesuítas;  de  manera  que  España  y  el  mundo  cristiano  eran  janse- 
nistas antes  que  pareciese  el  libro  de  Jansenio;  pero  lo  cierto  es  que  la 
Inquisición  era  molinista  completamente,  porque  los  jesuítas  habían  so- 
focado los  clamores  de  estas  dos  célebres  universidades,  y  acabado  con 
todos  los  hombres  doctos  que  les  resistían.  Tal  fué  la  influencia  que 
tuvieron  en  los  gobiernos  del  duque  de  Lerma  y  del  conde  duque  de 
Olivares  (que  llenaron  todo  este  espacio  de  tiempo),  cuyas  conciencias 
ellos  gobernaron  y  prostituyeron:  ello  es  que  por  cuantos  documentos 
nos  quedan  de  nuestra  historia  eclesiástica,  conservados  secretamente,  y 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


475 


muchos  de  ellos  dados  a  la  imprenta  se  verifica  la  proposición  que  dije 
arriba,  y  es  que  si  un  autor  salía  a  luz  enteramente  cristiano  en  materia 
de  gracia  y  predestinación,  luego  se  prohibe.  Era  menester  ser  cristia- 
no a  medias,  para  que  corriese  con  licencia  de  la  Inquisición;  ciencia 
media,  medio  pecado  original,  media  gracia,  media  penitencia,  media 
verdad,  media  predestinación;  todo  era  medio  entre  ellos:  esto  es  lo  que 
se  admitía:  esta  es  la  moneda  que  corría,  y  el  que  se  propasase  a  escribir 
de  la  gracia  de  Dios  como  S.  Pablo,  al  punto  era  puesto  en  el  índice  con 
la  nota  de  jansenista. 

De  aquí  resultó  lo  que  era  muy  regular.  De  la  media  gracia  nació 
naturalmente  el  probabilísimo;  y  como  éste  se  acomodó  desde  luego  a 
las  solas  fuerzas  del  hombre,  soltó  las  riendas  a  todas  las  pasiones  hu- 
manas; y  ve  aquí  los  teólogos  cristianos  convertidos  en  paganos;  y  a 
la  frente  de  ellos  los  inquisidores,  resueltos  a  hacer  la  guerra  y  comba- 
tir a  todo  hombre  que  quisiese  hablar  como  habló  Jesucristo  nuestro 
divino  maestro.  Los  mismos  que  salían  a  predicar  las  verdades  en  la 
cátedra  del  evangelio,  se  convirtieron  en  muñecos  y  farsantes,  forman- 
do discursos  mundanos  y  relajados,  y  captando  astutamente  la  benevo- 
lencia del  ignorante  y  corrompido  vulgo,  para  sacar  aplausos  de  gran- 
des predicadores.  Esto  daba  de  sí  la  gracia  media  que  en  esta  parte  vino 
a  perderse  por  entero.  Los  que  se  dedicaban  al  confesonario,  esparcían 
probabilidades  al  diestro  y  siniestro.  ¿Qué  religión  sería  la  nuestra, 
cuando  los  escolásticos,  predicadores,  confesores,  moralistas  e  inquisi- 
dores iban  por  un  mismo  rumbo,  abandonada  la  escritura  sagrada  y  la 
tradición  de  la  iglesia,  convertidos  a  fábulas,  y  apartados  de  la  verdad 
(en  lo  que  se  vió  cumplida  la  profecía  de  S.  Pablo).  ¡Esta  fué  la  religión 
de  mucha  gente  de  España  en  el  siglo  17  y  más  de  la  mitad  del  18.  ¡la 
misma  que  V.  S.  L  se  ha  esforzado  a  renovar  con  su  expurgatorio  de 
1790! 

En  él  se  nos  repiten  todas  las  prohibiciones  que  había  de  los  de- 
fensores de  S.  Agustín;  y  si  aún  esto  parece  poco,  se  incluyó  también 
al  mismo  santo,  pues  entre  los  jansenistas  están  incluidos  sus  libros 
contra  Juliano  traducidos  al  francés:  el  análisis  de  su  libro  de  la  correc- 
ción y  de  la  gracia  y  el  de  libre  alvedrío:  también  lo  están  en  las  Medi- 
taciones y  soliloquios  del  santo.  Y  ¿por  qué  Señor  Illmo?  Se  me  repre- 
senta que  en  este  momento  de  firmar  el  índice,  apostató  de  un  golpe 
toda  la  Inquisición  de  España:  Están  asimismo  prohibidas  varias  obras 
de  S.  Bernardo:  y  el  misal  en  latín  y  en  francés,  Pero  que  mucho  que 


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J.  T.  MEDINA 


lo  esté  el  misal,  si  el  mismo  evangelio,  el  testamento  de  nuestro  padre, 
por  cuyas  palabras  conocemos  su  voluntad,  y  hemos  de  ser  juzgados,  ha 
estado  prohibido  en  lengua  vulgar  por  más  de  200  años  a  todos  los  es- 
pañoles, que  prometieron  guardarlo  en  su  bautismo? 

¡Gracias  al  Señor  sean  dadas!  que  a  pesar  de  los  esfuerzos  que  hizo 
la  Inquisición  (en  que  verosímilmente  entraría  V,  S.  I.  como  su  cabe- 
za) ya  tenemos  corriente  no  solo  el  evangelio,  sino  toda  la  sagrada  es- 
critura: que  es  el  alimento  sólido  del  cristiano  (en  cuyo  lugar  habían 
sostituido  V.  S.  I.  y  sus  predecesores  el  paganismo  de  él  tal  Viva  y  de 
Lacroix,  con  las  minucias  de  Ripalda  y  Astete)  para  que  los  españoles 
se  nutriesen  de  una  fe  robusta  y  fuerte,  que  no  pudiesen  contrastar  to- 
dos los  esfuerzos  del  infierno. 

Pero  demos  un  paso  hacia  atrás,  formando  una  ligera  recorrida  al 
siglo  XVIII,  ya  que  hemos  apuntado  algunas  especies  del  XVII,  para 
demostrar  que  la  Inquisición  siempre  ha  sido  una  misma,  y  que  siem- 
pre ha  caminado  al  nivel  de  los  jesuítas;  con  el  fin  de  apoyar  y  enten- 
der la  ciencia  media,  desterrando,  si  pudiesen,  la  verdadera  gracia  de 
Jesucristo.  Desde  la  entrada  del  señor  Felipe  V  al  gobierno  de  España 
se  comenzaron  a  esparcir  algunas  luces  para  desterrar,  si  era  dable,  las 
tinieblas  del  siglo  anterior.  El  reyno  todo  estaba  envuelto  en  la  más 
profunda  ignorancia:  después  de  un  mal  catecismo  y  una  crianza  gro- 
sera y  mundana,  pasaban  los  jóvenes  a  estudiar  la  filosofía  de  Aristó- 
teles (por  mal  nombre),  la  teología  de  Gonet,  de  Mastrio  o  de  Suárez; 
y  éstas  tampoco  se  estudiaban  por  los  libros  de  estos  autores,  sino  por 
extractos  que  dictaba  cada  catedrático.  Lo  mismo  sucedía  en  los  cáno- 
nes; unas  malas  instituciones  era  el  todo  fondo  de  un  canonista,  que 
para  sus  actos  consultaba  cuando  era  necesario  el  decreto  de  Graciano, 
las  decretales,  clementinas  y  extravagantes;  y  los  demás  adelantados 
consultaban  a  los  intérpretes  de  estos  libros  canónicos,  para  entregarse 
sin  escrúpulos  a  la  práctica  forense.  ¿Qué  ciencia  eclesiástica  resulta- 
rían de  semejantes  estudios,  pues  con  esta  sola  se  formaban  los  inqui- 
sidores, consultores  y  calificadores:  así  vemos  puestos  a  la  frente  de  la 
Inquisición  a  unos  hombres  mundanos,  que  se  dejaban  dominar  de  las 
más  viles  pasiones  con  una  publicidad  escandalosa;  o  unos  fanáticos 
risibles,  ignorantes  de  la  religión  de  que  cuidaban  como  jefes.  Bien 
sabido  es  el  atentado  del  señor  Mendoza,  inquisidor  general,  contra  el 
maestro  Fr.  Froilán  Díaz,  confesor  del  rey.  También  hubo  otro  por 
este  tiempo  (y  vaya  esta  especie  por  si  V.  S.  I.  la  ignora),  a  quien  tenía 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


477 


la  Inquisición  hecha  causa  de  quietista;  y  para  libertarlo  de  ella,  lo  hi- 
cieron inquisidor  general.  Este  suceso  prueba  mucho;  más  para  mi  in- 
tento basta  que  pruebe  la  íntima  unión  y  enlace  de  la  Inquisición  y  los 
jesuítas.  A  otro  le  dieron  el  mismo  empleo  por  haber  revelado  el  sigilo, 
que  con  tanto  rigor  guarda  el  tribunal  (siendo  fiscal  en  el  de  M .  . . ) 
dando  aviso  al  provincial  o  general  de  la  compañía,  de  que  cuatro  je- 
suítas estaban  delatados  por  quietistas,  a  fin  de  que  los  hiciese  desapa- 
recer, como  se  verificó.  ¿Qué  celo  por  la  fe  católica,  qué  moralidad  ten- 
drían esos  tres  inquisidores?  A  fe  que  para  llegar  a  tales  extremos,  eran 
necesarias  unas  almas  muy  corrompidas.  Pero  nos  distraemos  del  in- 
tento. 

Esparciéronse,  como  dije,  algunas  luces  por  España:  muchos  de  uno 
y  otro  clero  las  tenían  adquiridas  en  el  retiro  y  el  silencio;  y  con  motivo 
de  la  bula  Unigeniíus,  se  comenzaron  a  revolver  los  padres  y  los  conci- 
lios. La  historia  del  abad  de  Fleuri  andaba  en  manos  de  alguna  gente; 
pero  la  Inquisición  andaba  más  lista  con  sus  teatinos,  para  no  permitir 
más  instrucción  que  la  de  Astete  o  Ripalda,  Bousembaum  o  Lárraga;  es 
decir,  no  se  permitía  mas  fe  que  la  de  los  teatinos.  Estos  para  dar  a  la 
Inquisición  una  idea  de  los  progresos  que  hacían  en  su  doctrina,  hicie- 
ron desertar  a  tres  órdenes  religiosas  de  las  que  antes  profesaban  de  S. 
Agustín  y  Sto.  Tomás,  y  a  costa  de  tres  obispados  consiguieron  que 
aquellas  tres  órdenes  abrazasen  la  de  Molina  y  de  Suárez.  ¿Qué  tal? 
Por  el  contrario,  nueve  obispos  nuestros,  en  quienes  había  penetrado  la 
luz  de  la  verdad,  celosos  de  la  buena  moral,  y  escandalizados  de  la  doc- 
trina semipagana  que  corría  entre  nosotros  a  toda  prisa,  se  arriesgaron 
a  dar  un  memorial  al  papa,  delatándole  333  proposiciones  sacadas  del 
padre  Torrecilla,  para  que  las  condenase.  Ellos  no  se  metían  con  los 
jesuítas,  y  sólo  pegaron  con  el  capuchino;  pero  como  éste  los  abrazaba 
a  todos,  los  teatinos  tomaron  el  caso  por  su  cuenta.  Por  más  sigilo  que 
guardaron  los  obispos,  los  jesuítas  a  quienes  nada  estaba  reservado,  lle- 
garon a  entenderlo;  y  suprimieron  el  memorial,  que  hasta  ahora  se 
guarda,  y  está  sepultado  en  Roma;  mientras  el  padre  Torrecilla  se  quedó 
triunfando  sobre  las  conciencias  de  los  que  lo  manejan,  y  de  los  infelices 
que  caen  en  manos  de  tales  directores. 

Uno  de  estos  nueve  obispos  era  el  señor  SoUs,  que  lo  fué  de  Córdo- 
ba; cuyo  nombre  ignorábamos  (¡gracias  a  la  Inquisición!)  y  aun  le  igno- 
raríamos, a  no  ser  por  un  informe  suyo,  pedido  por  el  rey  y  su  consejo 
de  estado,  que  al  fin  se  ha  dado  a  la  imprenta  en  el  tomo  nono  del 


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J.  T,  MEDINA 


semanario  erudito;  y  este  informe  (escrito  en  1709),  junto  con  el  papel 
de  Macanaz,  son  una  prueba  demostrativa  de  las  luces  que  se  iban  espar- 
ciendo en  la  nación.  Mas  como  era  invencible  el  poder  que  amparaba  las 
tinieblas;  estos  y  semejantes  escritos,  unos  se  prohibieron,  otros  se  se- 
pultaron. 

Prohibiéronse  con  especialidad  aquellos  libros,  que  comenzaron  a 
darse  a  luz  en  nuestro  idioma  para  instruirnos  en  las  materias  de  gra- 
cia, y  de  la  justificación  del  pecador;  como  el  Reo  convicto  del  padre 
Senaúl  y  el  Lulero  convicto  de  Galibet;  pero  con  mas  cuidado  que  todos 
se  prohibió  el  catecismo  del  Padre  Pouguet;  en  cuya  preciosa  obra,  des- 
pués de  haber  hecho  mil  destrozos  para  darla  a  luz  en  1710,  mutilándola 
en  muchas  doctrinas  importantes  (como  con  la  de  la  potestad  de  la 
Iglesia  y  los  concilios,  la  de  la  obediencia  y  potestad  de  los  reyes)  con 
todo  no  pudieron  sufrirla  aun  así  tan  desfigurada.  Supongo  que  la  ope- 
ración de  mutilarla  fué  obra  de  la  Inquisición  y  sus  parciales,  pero  aun 
así  la  prohibió;  de  suerte  que  todo  conspira  a  demostrar,  que  los  inquisi- 
dores habían  formado  el  proyecto  de  sostener  y  esparcir  más  y  más  las 
tinieblas  de  la  ignorancia  en  puntos  doctrinales  por  todos  los  dominios 
españoles,  acercándolos  de  modo  que  no  pudiesen  recibir  la  luz  por  nin- 
guna parte.  En  ninguna  materia  eclesiástica  ni  sagrada  nos  querían 
instruidos,  pero  especialmente  asestaban  sus  tiros  a  las  materias  de  gracia, 
del  amor  de  Dios  y  la  penitencia,  como  también  contra  los  libros  que  tra- 
taban de  la  potestad  eclesiástica,  si  no  eran  conformes  a  su  gusto:  esto 
es  si  no  eran  contrarios  a  la  tradición,  que  de  siglo  en  siglo  nos  ha  trans- 
mitido la  iglesia  sobre  este  punto. 

A  ese  paso  eran  muy  liberales  en  franquearnos  aquellos  libros  que 
tratan  de  devociones  supersticiosas,  de  milagritos  ridículos,  de  lo  que  el 
vulgo  llama  culto  de  los  santos,  de  indulgencias  sin  límites,  novenarios, 
trecenarios.  Puertas  francas  del  cielo,  y  otras  mil  cosas  de  este  jaez,  en 
que  únicamente  sudaban  las  prensas  españolas;  todas  dirigidas  a  salvar- 
nos sin  hacer  penitencia,  sin  dejar  el  mundo  de  las  manos  ni  del  corazón, 
por  más  que  Jesucristo  pronuncie  en  términos  formales  y  precisos  todo 
lo  contrario.  Muchos  libros  buenos  y  corrientes  se  dejaron  de  traducir  por 
medio  de  la  Inquisición,  porque  no  los  querían  en  castellano.  Otros  que 
se  imprimieron  traducidos,  o  llegaron  a  prohibirse,  como  las  Instituciones 
del  derecho  eclesiástico  del  abad  de  Fleuri,  vertidas  al  castellano  por 
D.  Blas  Nazarte;  o  vinieron  a  desaparecer,  como  los  Estudios  Monásti- 
cos del  padre  Mabillon,  las  Costumbres  de  los  Israelitas  y  de  los  Cris- 


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tianos  del  mismo  abad  de  Fleuri,  su  Tratado  de  estudios,  y  otros  mu- 
chos. Esto  se  hacía  a  la  sordina  por  medio  del  juez  de  imprentas,  que 
siempre  era  ministro  del  consejo  real,  que  lo  fuese  también  del  de  la 
Inquisición;  el  cual  negaba  la  licencia  para  imprimir  o  reimprimir  éste 
o  el  otro  libro.  Ni  aún  escapó  de  sus  manos  el  de  Moderamine  Ingenio- 
run  de  Muratori,  que  es  un  tratado  tan  luminoso  y  piadoso  como  todos 
saben:  por  esto  lo  condenaron.  Hasta  la  vida  de  la  Virgen  Ntra.  Sra. 
sacada  de  los  evangelios  por  D.  Juan  de  Perreras,  se  prohibió  y  sigue 
prohibida,  porque  ponía  en  duda  el  suceso  de  Pilar  de  Zaragoza;  de 
suerte  que  debíamos  de  ser  supersticiosos  por  sistema.  Esto  me  hace 
recordar  de  los  muchos  libros  que  hay  prohibidos,  y  manchados  con 
parches  y  borraduras,  porque  negaron  que  el  libro  de  los  Ejercicios  fue- 
se de  S.  Ignacio  de  Loyola;  por  mas  que  conste  con  evidencia  que  no 
lo  es.  En  esto  de  ignorancia,  o  más  bien  de  desafueros  de  la  Inquisición 
por  arraigarla  contra  los  pocos  o  muchos  que  pretendían  salir  de  ella, 
llegó  la  famosa  época  de  la  edición  del  Expurgatorio  de  1747'.  ¡aquí  fué 
Troya!  aquí  se  vieron  a  las  claras  los  intentos  de  la  Inquisición  en  pro- 
hibir libros  buenos,  no  dejar  traducir  otros,  y  envilecer  los  que  se  tra- 
ducían. 

Para  hacer  más  efectiva  la  destrucción  de  libros  buenos,  intentada  y 
llevada  a  efecto  por  este  índice,  se  previno  de  antemano  al  señor  inqui- 
sidor general  con  un  edicto  a  raja  tablas  (lo  he  leído),  en  que  revocaba 
generalmente  todas  las  licencias  de  leer  libros  prohibidos,  menos  algu- 
nas pocas  que  dejaba  a  determinados  sujetos,  con  el  aditamento  de  que 
todas  las  comunidades  del  reyno  y  cuantas  personas  habían  en  él,  de 
cualquier  clase  y  condición  que  fuesen,  enviasen  lista  (no  tengo  presente 
si  jurada)  de  todos  y  cada  uno  de  los  libros  prohibidos  que  estuviesen  en 
su  poder,  suyos  o  ajenos,  pena  de  excomunión  mayor,  y  las  demás  que 
acostumbra  el  tribunal:  ¡Esta  fué  la  vanguardia  del  índice  exterminador! 

Publicóse  éste  con  escándalo  de  Roma,  y  de  toda  la  Europa  sabia; 
porque  entre  las  infinitas  cosas  que  le  notaron  de  omisión  y  sumisión, 
la  más  notable  fué  la  de  haber  incluido  en  él  la  Historia  del  Pelagianis- 
mo  del  cardenal  de  Noris,  y  su  Disertación  sobre  la  Quinta  Sinodo.  In- 
cluyeron también  la  Moral  de  Grenoble  del  obispo  Geneto,  la  Teología 
Dogmática  de  Luis  Havert;  con  otros  infinitos  que  anteriormente  no 
estaban  prohibidos,  ni  se  les  había  dado  censura.  Esto  se  extrañó  como 
una  novedad  peligrosa,  porque  todo  el  mundo  sabe  que  el  índice  o  ca- 
tálogo de  libros  prohibidos  no  es  otra  cosa,  sino  una  enumeración  que 


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J.  T.  MEDINA 


se  hace  de  las  obras  o  autores  prohibidos  o  expurgados,  para  que  todo 
fiel  pueda  tener  en  un  solo  libro  la  noticia  necesaria  de  lo  que  ha  de 
evitar  y  precaverse.  Por  esto  en  el  catálogo  no  se  incluyen  las  censuras, 
porque  estas  se  suponen  dadas  de  antemano  en  edictos  particulares:  esta 
era  la  costumbre  del  tribunal,  y  es  lo  que  de  algún  modo  dicta  la  razón. 

Pero  en  el  índice  del  año  47  se  innovó  esta  costumbre,  y  se  aban- 
donó la  razón  rompiendo  sus  barreras  para  acabar,  si  pudieran,  con  todo 
el  mundo  ilustrado.  Disimuladamente,  y  como  si  fuera  un  olvido  natu- 
ral o  mas  bien  aparentando  una  falta  de  noticia,  se  nos  dijo:  "Después 
de  impreso  este  índice  han  llegado  a  nuestra  noticia  los  siguientes  libros 
escritos  en  idioma  francés;  los  cuales  se  prohiben  en  cualquier  idioma". 

En  este  catálogo  o  nuevo  índice  fué  donde  se  incluyeron  Noris,  Ge- 
neto,  y  Luis  Havert,  con  los  demás  de  que  arriba  hicimos  mención;  y 
otros  infinitos  autores  sobresalientes.  La  Inquisición  sabía  muy  de  ante- 
mano el  aprecio  de  tales  libros;  pero  fingió  ignorarlos,  con  el  fin  de 
hallar  un  instante  oportuno  para  desterrarlos  a  todos  de  un  sólo  golpe. 
Hallólo  en  esta  ocasión,  valida  de  la  prepotencia  del  padre  Rábago,  y 
de  la  audacia  y  descaro  de  los  padres  Carrasco  y  Casini,  y  por  semejan- 
tes conductos  se  dió  a  luz  aquel  abominable  Suplemento  sacado  (¡quién 
lo  creyera!)  de  la  Biblioteca  Janseniana  de  aquel  famoso  impostor  y  ca- 
lumniador del  padre  Colonia;  y  para  que  no  quedase  duda,  se  dejaron 
en  la  impresión  de  Madrid  hasta  las  erratas  y  equivocaciones  de  la  dicha 
biblioteca.  Esta  se  había  justísimamente  prohibido  en  Roma  con  un  libelo 
famoso,  el  más  infamatorio  que  ha  salido  a  luz  desde  los  apóstoles  hasta 
nuestros  días:  quien  recorriere  los  anales  de  la  iglesia,  verá  fácilmente 
que  no  hay  cosa  igual.  ¿No  es  ésta  la  fuente.  Señor  Illmo,  donde  bebió 
el  Santo  tribunal  de  la  Inquisición  de  España.''  ¿No  es  éste  también  el 
charco  donde  ha  bebido  V.  S.  I.  después,  y  a  pesar  de  las  luces  que  ha 
recibido  para  el  desengaño?  Hay  algo  mas  en  esto.  Antes  y  después  de 
prohibido  en  Roma  este  infame  libro  por  el  gran  Benedicto  XIV,  fué 
delatado  repetidas  veces  en  la  Inquisición  general;  pero  no  había  quién 
oyese:  ¿ni  quién  había  de  oír,  si  estaban  todos  sus  individuos  fraguando 
el  tomarlo  por  texto  y  apoyo  de  su  ruidoso  suplemento.''  Ello  es  que  ni 
entonces  ni  hasta  la  hora  presente  se  ha  prohibido  el  tal  padre  Colonia, 
por  más  que  han  declamado  contra  él  todos  los  reynos  cristianos;  ¡tanto 
es  el  respeto  con  que  le  miraba  la  Inquisición  española!  A  pesar  de  esto 
tenemos  en  castellano  tantos  libros  y  pasajes,  en  que  se  hace  mención  y 
se  detesta,  como  se  debe,  a  este  gran  calumniador,  como  lo  llama  el  señor 


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Climent,  obispo  de  Barcelona  en  una  de  sus  preciosas  Pastorales.  Lo  peor 
del  caso  es,  que  V.  S.  I,  viene  a  echar  el  fallo,  renovando  la  calumnia 
de  dicho  padre  Colonia,  al  cabo  de  43  años  de  censurado  y  condenado 
por  todo  el  mundo:  esto  es  en  buenos  términos  hacerse  V.  S.  I.  cómplice 
de  todos  los  delitos  de  dicho  padre,  pasados,  presentes,  y  futuros,  sola- 
mente con  la  pincelada  de  la  Estrellita  de  su  expurgatorio.  Y  pregunto 
yo  ahora:  ¿en  qué  tierra  ha  vivido  V.  S.  I.  en  estos  43  años?  ¡Estupendo 
valor  y  obstinación! 

Tampoco  puede  ignorar  V.  S.  I.  la  famosa  carta  de  Benedicto  XIV 
al  inquisidor  general  C  .  .  sobre  la  prohibición  de  Noris;  ella  se  hizo 
pública  desde  luego,  se  dió  a  la  prensa  muchas  veces,  y  entre  nosotros 
se  halla  traducida  al  castellano  en  el  tomo  30  del  Semanario  erudito. 
Sabe  también  V.  S.  I.  que  el  buen  inquisidor  susodicho  no  hizo  el  me- 
nor aprecio  de  aquella  carta  del  padre  común  de  los  fieles;  y  en  ese  triste 
estado  le  cogió  la  muerte.  Sobrevino  después  la  caída  de  aquel  nuevo 
Aman  de  la  Iglesia  católica,  el  padre  Francisco  Rábago;  y  habiendo  acae- 
cido este  en  1753,  todavía  tardó  el  tribunal  cinco  años  en  levantar  la 
prohibición  de  Noris.  ¡Tanto  como  esto  le  cuesta  a  la  Inquisición  el 
arrepentirse  y  confesar  un  pecado  mortal!  Esto  es  que  los  clamores  y 
exhortaciones  del  papa,  de  la  religión  agustiniana,  y  de  cuantos  hombres 
doctos  y  piadosos  había  en  todo  el  reyno,  ablandaron  por  fin  la  dureza 
del  tribunal.  Rindióse  la  Inquisición,  y  publicó  un  edicto  en  que  se  dig- 
naba permitir  la  lectura  de  la  historia  Pelagiana  y  Disertación  de  aquel 
sabio  cardenal.  Algunos  años  después  (en  tiempo  de  del  señor  Beltrán, 
hombre  libre  de  muchas  preocupaciones)  franqueó  la  lectura  de  Geneto 
y  de  Luis  Havert.  y  sobre  todo  aplacó  la  ira  del  tribunal  contra  el  cate- 
cismo de  Monpeller,  escrito  por  el  padre  Pouguet,  permitiendo  su  lec- 
tura, en  lo  que  relució  el  celo  y  la  eficacia  del  señor  Lorenzana,  arzobis- 
po de  Toledo,  que  fué  quien  más  contribuyó  a  que  se  soltasen  las  cade- 
nas de  este  precioso  libro.  Y  como  en  él  está  también  pintado  Jesucristo 
como  Redentor  y  como  Pontífice  de  los  bienes  futuros,  pudo  abrir  la 
brecha  contra  el  muro  de  separación  que  los  inquisidores  tenían  puesto 
entre  el  Redentor  y  los  redimidos,  teniéndoles  por  tantos  años  prohibidos 
leer  el  Testamento  nuevo,  que  el  mismo  señor  les  dejó  como  a  sus  hijos, 
para  que  supiesen  su  voluntad  y  la  cumpliesen.  Los  inquisidores  y  los 
jesuítas  parece  que  ellos  mismos  se  constituyeron  de  propia  autoridad 
albaceas  de  aquel  sagrado  testamento;  y  en  lugar  de  la  voluntad  expresa 
de  Jesucristo  y  de  su  siervo  Pablo,  nos  dieron  la  del  Padre  Escobar  con 

31 — La  Inquisición  de  Lima  Tomo  II 


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SUS  veinte  y  cuatro  ancianos,  la  de  los  padres  Moya  y  Busembaum,  y  últi- 
mamente la  del  padre  Lacroix,  que  vino  a  ser  como  el  jefe  de  toda  la 
moral  cristiana;  y  aun  no  parando  aquí,  nos  dieron  por  añadidura  al- 
gunos otros  ribetes  y  pinceladas  por  medio  de  los  padres  Viva,  Franco- 
lino, Casnedi,  Pichón  y  otro  aún  más  blasfemo,  de  quien  hablaremos 
después. 

También  admitieron  tropas  auxiliares  para  esta  grande  empresa,  por- 
que no  se  dijese  que  querían  ellos  llevarse  toda  la  gloria.  Así  agrega- 
ron también  a  Juan  Sánchez,  Caramuel,  Remigio  Diana  y  Torrecilla, 
con  tantos  otros  de  esta  estofa. 

Vinieron  en  apoyo  de  este  mismo  proyecto  Marina  de  Escobar, 
Mariana  de  Jesús,  Ana  de  Guerra,  Margarita  Alacoque;  y  para  conten- 
tar a  los  franciscanos,  se  alistó  también  a  la  madre  Agreda,  a  fin  de  que 
todos  juntos,  los  teólogos  con  sus  preceptos,  y  las  mujeres  con  sus  vi- 
siones y  relaciones  nos  hiciesen  patentes  la  voluntad  del  hijo  de  Dios; 
quien  sin  duda  (según  ellos,  y  ellas  guiadas  por  ellos)  cuando  vino  al 
mundo  y  envió  su  Espíritu  Santo,  no  había  explicado  claramente  su 
modo  de  pensar,  ni  expresado  bien  los  arcanos  de  su  doctrina,  que  es- 
taban reservados  para  la  Inquisición  de  España,  por  medio  de  la  gente 
que  acabamos  de  nombrar.  Parece  chanza  esto,  pero  es  la  realidad;  y 
la  lástima  es  que  la  Inquisición  no  quiere  entender,  ni  por  chanza  ni 
por  veras;  en  prueba  de  ello,  veamos  esto  mismo  por  otro  lado  y  más 
directamente. 

La  regla  quinta  de  este  expurgatorio  de  1747  decía  así:  "Como  la 
experiencia  ha  enseñado  que  de  permitirse  la  sagrada  biblia  en  lengua 
vulgar,  se  sigue  más  daño  que  provecho;  se  prohibe  la  biblia  con  todas 
sus  partes:  y  asimismo  los  sumarios  y  compendios,  aunque  sean  histo- 
riales de  la  misma  biblia".  ¡Válgame  Dios,  Señor  Illmo.!  ¿tan  borrada 
de  nuestros  corazones  quería  la  Inquisición  estuviese  la  palabra  de  Dios, 
y  cuanto  concierne  a  ella,  que  nos  prohibe  hasta  los  compendios  his- 
toriales? La  Inquisición  que  nos  permite  la  Historia  de  los  doce  pares, 
la  de  Estevanillo  González,  y  otras  semejantes  que  se  reimprimen  a  ca- 
da paso;  nos  prohibe  la  de  David,  de  Tobías,  de  Judit  y  de  Ester,  con 
otras  tan  tiernas  y  edificantes  de  los  libros  sagrados.  ¿En  qué  han  peca- 
do los  hechos  que  Dios  tuvo  a  bien  revelar  a  su  Iglesia?  ¡Ah!  Vuelvo 
a  preguntar:  ¿a  qué  clase  de  cristianos  pertenecen  los  inquisidores?  Yo 
no  encuentro  otra  a  que  puedan  pertenecer,  sino  a  los  de  la  familia 
que  acabo  de  nombrar:  a  los  Escobares,  Busembaum  y  Lacroix. 


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Tiene  esta  quinta  regla  otros  primores,  que  quizá  recorreremos  en 
otra  parte;  pero  veamos  los  fines  que  se  propusieron  los  inquisidores 
con  su  quinta  regla.  Los  fines  fueron  abolir  la  verdad  en  España,  para 
establecer  sobre  sus  ruinas  la  probabilidad  y  aun  la  mentira:  así  lo  em- 
prendieron y  lo  consiguieron.  Porque  el  resultado  fué  que  después  del 
siglo  y  medio,  cuando  ya  habían  muerto  los  abuelos  de  los  bisabuelos, 
cuando  ya  no  quedaba  hombre  que  hubiese  oído  desde  niño  contar  a  sus 
mayores  la  caída  de  Adán  y  sus  consecuencias,  la  promesa  del  redentor, 
la  entrada  en  la  tierra  de  promisión,  el  destierro  o  cautividad  de  Babilo- 
nia, la  reedificación  del  templo,  la  historia  de  los  Macabeos:  cuando  ya 
temblaban  los  cristianos  sencillos  de  pronunciar  siquiera  el  nombre  de 
sagrada  escritura:  cuando  ya  sus  curas  y  sacerdotes  no  lo  sabían,  ni  la 
necesitaban  para  la  cátedra,  ni  para  el  confesonario,  ni  para  el  púlpito: 
en  fin,  cuando  ya  los  del  consejo  secreto  de  la  Inquisición  tenían  bien 
preparados  sus  materiales,  para  hacer  caer  al  pueblo  cristiano  español 
en  el  lazo  que  le  tenían  armado  en  el  espacio  de  dos  siglos;  entonces, 
entonces  fué  cuando  se  abrieron  las  puertas  a  la  lección  de  la  sagrada 
historia;  entonces  estuvo  muy  franca  la  Inquisición  en  proponer  al  pue- 
blo español  los  libros  sagrados  para  que  se  nutriesen  en  su  santa  doctrina. 

Pero  veamos  por  dónde;  porque  esto  parece  cosa  milagrosa:  no  hay 
que  admirarse.  La  Inquisición  obró  consecuente  a  sus  principios:  fran- 
queó los  libros  sagrados;  dió  licencia  abierta  para  que  todo  el  mundo  los 
leyese;  ¿pero  por  quién.?  Por  la  Historia  del  pueblo  de  Dios,  de  su  ami- 
go el  padre  Berruyer,  que  sus  consorcios  acababan  de  traducir  en  cas- 
tellano. ¡Ea,  pues!  ya  tenemos  sagrada  escritura  para  el  pueblo:  el  tri- 
bunal que  había  prohibido  los  compendios,  ya  nos  concede  leer  18  tomos 
de  una  historia  que  contiene  no  solamente  los  sucesos,  sino  las  doctrinas 
de  los  santos  libros:  ¡Pero  qué  doctrina!  No  hay  que  escandalizarse:  con 
título  de  Historia  del  pueblo  de  Dios,  nos  dieron  a  beber  las  de  Molina, 
de  Suárez,  Valencia,  y  los  ya  nombrados  Escobar,  Busembaum  y  Lacroix: 
todo  capciosamente  disfrazado,  y  envuelto  en  la  relación  de  los  hechos 
y  doctrina  de  los  libros  santos.  ¡Qué  impiedad  tan  horrenda!  No  creo 
que  hay  otro  ejemplo  en  la  iglesia,  a  lo  menos  que  saliese  a  luz  con 
tanto  arte,  aparato  y  autoridad.  Aún  no  paró  aquí  la  osadía  nos  dió  Be- 
rruyer en  su  historia  (sobre  las  de  Molina  y  Lacroix)  todas  las  inven- 
ciones de  su  maestro  el  padre  Harduino,  que  subió  de  punto  las  herejías 
de  la  compañía.  Como  ya  Berruyer  y  su  historia  se  habían  prohibido  en 
Roma,  se  decía  en  la  traducción  castellana  que  estaba  corregida;  pero 


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la  corrección  fué  trasladar,  en  unos  cuantos  lugares,  los  errores  de  unos 
pliegos  a  otros:  ¡digna  astucia  de  la  compañía,  y  muy  común  en  ella! 
pero  su  insinuación  bastaba  para  tranquilizar  al  tribunal  de  la  fe. 

No  sucedió  así  en  el  Roma,  porque  como  los  errores  de  Berruyer 
estaban  esparcidos  diestramente  por  toda  la  obra,  como  se  ve  en  el  día, 
no  pudieron  creer  en  la  tal  enmienda  y  corrección;  y  así  fácilmente 
se  dieron  recíprocos  avisos  los  españoles  residentes  en  aquella  capital 
y  los  de  Madrid.  Estos  levantaron  el  grito,  sin  temor  al  poder  de  los 
jesuítas,  porque  se  trataba  de  un  asunto  muy  claro:  la  delataron,  y 
consiguieron  que  la  Inquisición  la  proscribiese  á  pesar  suyo.  Esto  lo 
tenían  previsto  los  jesuítas,  pero  a  ellos  les  importaba  estafar  cien  mil 
pesos  a  la  nación  española  en  ambos  mundos;  y  después  poner  la  cara 
triste  con  todos  los  compradores,  dejándolos  aficionados  a  la  escritura 
y  manchados  con  sus  errores  autorizados  ya  por  los  sagrados  libros;  pero 
atribuyendo  la  prohibición  al  influjo  de  los  jansenistas,  que  con  su  va- 
limiento habían  conseguido  la  censura  de  Roma  y  la  de  España.  Parece 
que  la  Inquisición  era  de  este  mismo  dictamen,  porque  con  una  ternura 
de  madre  se  concedía  por  el  inquisidor  general  licencia  para  leerla  a 
cualquiera  monja  o  seglar,  que  tenían  proporción  de  pedirla;  y  en  este 
paraje  donde  escribo  hay  un  sujeto  (de  los  más  malos  que  yo  conozco), 
que  por  el  amor  tierno  que  profesa  a  los  jesuítas  y  a  la  ciencia  sagrada, 
tiene  facultad  para  leerla,  y  la  lee  con  el  fruto  que  todos  vemos  en  su 
conducta.  Estas  cosas  prueban  que  la  Inquisición  de  España  la  condenó 
muy  a  pesar  suyo.  ¿  Dónde  está,  pues,  el  celo  de  la  regla  quinta  de  su  ex- 
purgatorio ?  ¿  Tan  terribles  e  inexorables  para  tantas  historias  santamente 
escritas;  y  tan  francos  para  la  de  Berruyer,  que  prostituye  de  principio  a 
fin  todos  los  libros  santos  ?  Pero  aquel  celo  y  esta  franqueza  siempre  iban 
nivelados  con  los  intereses  de  la  Inquisición  y  de  la  compañía. 

Esta  señora  viendo  que  le  había  salido  tan  bien  su  cuenta,  y  hechos 
sus  negocios  con  las  impresiones  de  Berruyer,  dió  asimismo  a  luz  la 
Historia  del  establecimiento  de  la  Iglesia,  escrita  por  el  padre  Montrevil; 
pero  haciendo  con  él  en  la  traducción  lo  mismo  que  con  Berruyer,  o  mas 
bien,  quitándole  al  padre  Montrevil  lo  que  decía  en  francés,  para  poner 
en  español  lo  que  decía  Berruyer.  Así  corre  todavía,  quizá  porque  no  ha 
habido  lectores  atentos  o  han  sido  demasiado  indulgentes.  Yo  la  hubie- 
ra delatado  mas  de  una  vez;  pero  he  temido  que  V.  S.  I.  y  sus  compa- 
ñeros me  pusiesen  ojo  al  margen. 

Bueno  será  decir  aquí  de  paso,  que  es  cosa  bien  extraña  no  haber 


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prohibido  la  Inquisición  el  Comentario  sobre  San  Juan  del  padre  Har- 
duino,  ni  otra  ninguna  obra  de  este  autor  tan  poco  pío  como  extrava- 
gante: prueba  nada  equívoca  de  lo  que  los  inquisidores  abrigaban  en  su 
corazón.  Esté  también  muy  del  caso  referir  aquí,  que  por  este  tiempo 
(era  el  año  de  1760)  se  dió  a  luz  en  Francia  la  tercera  parte  de  la  historia 
de  Berruyer,  con  no  sé  que  apologías  de  la  primera  y  segunda.  El  papa 
Clemente  XIII,  que  todos  saben  era  su  muy  devoto  y  amigo  no  pudo 
sin  embargo,  sufrir  tal  desvergüenza  contra  la  religión;  y  así  la  prohibió 
por  un  breve  bien  amargo,  en  que  se  quejaba  el  santo  padre  de  la  re- 
beldía de  aquel  desatinado  escritor,  afirmando  que  había  llenado  la  me- 
dida del  escándalo;  mensuram  escandali  implevit.  Esta  tercera  parte  no  se 
tradujo  en  español,  y  por  esa  la  señora  Inquisición  (sin  embargo  del 
breve  del  papa)  se  hizo  desentendida,  y  no  dió  decreto  contra  ella;  cuan- 
do el  papa  con  toda  la  iglesia  cristiana  aseguran,  que  llenó  la  medida  del 
escándalo. . .  Pero  ¿qué  interés  puede  tener  la  Inquisición  con  Harduino 
y  Berruyer.'^  ¡Ay!  bien  se  percibe  que  si  estos  dos  dañinos  escritores  no 
la  interesan,  la  interesa  todavía  su  doctrina  y  la  ropa  que  vestían.  No  se 
advierte  que  los  llamados  jesuítas  saliesen  en  cuerpo  por  este  tiempo 
a  la  defensa  de  Harduino  y  Berruyer,  tan  a  las  claras  como  lo  habían 
hecho  por  su  Molina;  pero  ellos  eran  muy  políticos:  no  lo  pedían  así 
las  críticas  circunstancias  en  que  se  hallaban:  ya  estaban  casi  descubier- 
tos. El  atentado  contra  la  vida  del  Rey  de  Portugal  había  horrorizado  a 
la  Europa  y  España,  a  pesar  de  la  Inquisición,  iba  abriendo  los  ojos  por- 
que corrían  los  papeles  de  aquella  ruidosa  causa,  sin  embargo,  de  los 
esfuerzos  que  hizo  el  padre  provincial  Cornejo  para  suprimirlos. 

Carlos  III  que  había  llegado  poco  antes  a  España,  era  un  rey  apasio- 
nado por  la  sana  doctrina,  y  venía  desde  Ñapóles  bien  informado  de  la 
combatida  que  esta  se  hallaba  en  España  por  los  jesuítas  y  por  la  Inqui- 
sición: tenía  gran  concepto  de  sus  defensores,  y  dió  una  prueba  de  esto, 
luego  que  entró  en  su  reyno,  con  el  nombramiento  que  hizo  de  varios 
prelados  de  doctrina  y  virtud,  y  con  la  libertad  que  dió  libremente  a 
Macanaz.  Entonces  se  vió  con  asombro,  que  la  Inquisición  le  tenía  em- 
bargado sus  bienes  desde  el  año  de  18,  notado  de  hereje  y  sospechosos 
de  herejía,  y  de  tantas  cosas  cuantas  quisieron  atribuirle.  Quien  tenga 
alguna  noción  de  los  trabajos  literarios  y  religiosos  de  este  grande  hom- 
bre: quien  sepa  las  grandes  confianzas  que  hizo  de  él  su  soberano,  aún 
viviendo  desterrado,  no  podrá  menos  de  admirar  y  desterrar  el  poder 
despótico  de  la  Inquisición.  Mas  lo  que  excede  toda  ponderación,  es  el 


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salvoconducto  que  le  dió  Fernando  VI  para  que  luego  que  entrase  en 
España  lo  prendiesen  y  llevasen  al  castillo  de  la  Coruña.  Desembargá- 
ronse sus  bienes,  y  se  le  entregaron;  y  al  fin  este  anciano,  de  90  años 
cumplidos,  tuvo  aquel  pequeño  y  último  consuelo,  porque  al  llegar  a 
Hellín,  su  patria,  falleció.  Siguióse  a  esto  la  escena  del  catecismo  de  Me- 
sangui,  de  que  hicimos  mención;  pero  en  lugar  de  humillarse  o  siquiera 
moderarse  la  Inquisición,  se  puso  mas  alerta  que  nunca,  para  asestar  su 
artillería  contra  quien  pudiese,  y  caiga  quien  cayere. 

Aquí  viene  bien,  ya  que  volvemos  a  nombrar  a  Mesangui,  que  es- 
clarezcamos el  hecho  del  destierro  del  inquisidor  general  Bonijaz;  no 
sea  que  piense  V.  S.  I.  por  mis  anteriores  expresiones,  que  este  inquisi- 
dor sufrió  aquella  pena  por  la  defensa  de  la  fe  o  por  alguna  verdad 
importante,  revestido  de  un  espíritu  apostólico;  todo,  menos  que  eso. 
Aquel  inquisidor  fué  desterrado,  porque  quebrantó  las  leyes  gubernati- 
vas en  materia  bien  grave;  y  lo  hubiera  sido  el  tribunal,  a  no  haber  re- 
trocedido todos  sus  miembros,  modificando  las  expresiones  de  su  sen- 
tencia, cuando  el  Rey  pidió  sus  votos  singulares;  y  como  todo  esto  tiene 
relación  con  la  historia  del  pueblo  de  Dios  de  Berruyer,  diremos  algo 
para  que  V.  S.  I.  no  alegue  ignorancia,  si  es  que  la  tiene  en  este  punto 
tan  importante. 

Mesangui  era  uno  de  los  eclesiásticos  mas  virtuosos  y  doctos  que 
tenía  la  Francia,  a  tiempo  que  se  dió  a  luz  la  historia  de  Berruyer.  Lleno 
de  celo  por  la  verdad  de  la  santa  escritura,  y  en  honor  y  defensa  de  la 
doctrina  de  la  iglesia  católica,  determinó  impugnarlo;  pero  no  con  apo- 
logías, ni  por  algún  tratado  de  controversia,  sino  encarándose  con  la 
verdad  del  sagrado  texto,  y  sacando  de  él  aquellas  reflexiones  conformes 
a  la  palabra  de  Dios  y  adaptadas  a  la  inteligencia  del  pueblo,  a  quien  Be- 
rruyer había  pretendido  engañar.  Con  esta  mira  publicó  su  preciosa  obra 
del  Compendio  del  viejo  Testamento  con  esclarecimientos  y  reflexiones 
morales.  Esta  obra  hacía  pedazos  a  la  de  Berruyer,  sin  nombrarla  si- 
quiera; y  ella  sólo  bastaba  para  desvanecer  todos  los  proyectos  de  los 
jesuítas,  y  el  sistema  abrazado  constantemente  por  la  Inquisición.  Pero 
como  era  tan  santa,  tan  llena  de  unión,  y  tan  bien  escrita,  no  pudieron 
entrarle  el  diente  por  ningún  lado;  bastando  para  su  recomendación  el 
decir:  la  Inquisición  de  España  no  se  ha  atrevido  a  prohibir  el  compen- 
dio histórico  de  Mesangui.  Mas  como  ningún  enemigo  de  sus  sistemas 
favoritos  puede  escapar  de  sus  manos,  auxiliadas  de  los  teatinos,  tomó 
Otro  rumbo  para  vengarse  de  Mesangui;  y  fué  solicitar  en  Roma  con 


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viveza  la  prohibición  del  Catecismo  de  este  famoso  autor,  que  lo  había 
dado  a  luz  muchos  años  antes  (creo  que  en  el  de  1728)  y  había  corrido 
entonces  entre  los  buenos  con  suma  celebridad.  Por  este  catecismo  había 
estudiado  Carlos  III  la  doctrina  cristiana,  e  hizo  también  que  la  estudia- 
sen sus  hijos  y  familia.  Bien  sabían  esto  los  inquisidores  y  jesuítas,  y  por 
lo  mismo  metieron  fuego  en  Roma  para  acelerar  este  negocio,  que  juz- 
gaban como  el  mayor  triunfo  de  su  Molina;  y  por  medio  del  cardenal 
Torregiani,  secretario  de  estado  del  papa,  hombre  a  propósito  para  em- 
presas de  este  género,  lograron  prohibirlo,  a  pesar  de  las  razones,  resis- 
tencias y  protestas  del  célebre  cardenal  Pasionei,  cuyo  voto  en  la  materia 
tenemos  impreso  al  fin  del  tercer  tomo  del  Compendio  de  Macquer. 
Ello  fué  que  a  este  sabio  cardenal  le  costó  la  vida  aquella  prohibición: 
y  con  su  muerte,  tomando  mas  aliento  los  enemigos  del  catecismo,  hi- 
cieron que  el  papa  confirmase  por  un  breve  su  prohibición.  Este  breve,  o 
bula,  cuidaron  los  teatinos  de  remitirlo  inmediatamente  a  la  Inquisición 
general  de  España,  que  lo  estaba  esperando  con  la  boca  abierta;  y  tanto, 
que  se  precipitó  a  publicarlo  por  sí  mismo,  contra  las  leyes  del  reyno  y 
la  soberanía.  Quanta  in  ano  jacinore  sunt  crimina?  Esta  fué  la  verda- 
dera causa  del  destierro  del  señor  Bonifaz.  El  rey  fué  tan  religioso,  que 
entregó  a  la  Inquisición  el  catecismo  de  su  uso;  pero  abrió  los  ojos  para 
conocer  lo  que  es  capaz  de  emprender  un  tribunal,  que  atropella  a  los 
soberanos  de  un  modo  tan  injusto,  tan  ratero  y  ruin.  Esta  es  la  verdad 
del  hecho:  por  donde  se  ve  claramente  que  la  Inquisición  nunca  se  hu- 
milla ni  corrige;  y  como  ella  misma  se  acumula  pruebas  de  esto  todos 
los  días,  en  despique  de  este  suceso,  inmediatamente  prohibieron  las  obras 
postumas  de  Vanespeu,  porque  ya  esparcían  mucha  luz,  y  ellos  sólo 
quieren  tinieblas.  Es  de  notar  que  este  gran  libro  fué  prohibido  el  año 
de  1764  Ínterin  se  expurgaba;  y  gracias  a  Dios  (¿Quién  lo  creyera?)  en 
1790  nos  repite  V.  S.  I.  su  prohibición  con  la  agradable  noticia  de  que 
se  estaba  tratando  del  examen  de  dicho  libro.  ¿  No  es  esto  hacer  burla 
del  público,  y  hacer  mofa  del  séptimo  mandamiento  de  la  Ley  de  Dios, 
que  manda  restituir  la  honra  injustamente  vulnerada?  ¿En  26  años  no 
hubo  tiempo  para  borrarle  siquiera  una  tilde  ?  ¿  No  es  esto  también  bur- 
larse de  la  real  cédula  de  1766,  que  ya  es  una  ley  del  reyno?  Este  solo 
hecho  basta  para  dar  a  conocer  la  Inquisición,  y  caracterizarla  de  una 
vez  en  materia  de  prohibiciones.  ¡La  ignorancia  española  es  el  grande 
objeto  de  este  tribunal;  y  en  él  funda  más  y  mas  su  poder  despótico! 
Acuérdate  que  el  juez  de  imprentas,  que  era  entonces  D.  Juan  Cu- 


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J.  T.  MEDINA 


riel,  inquisidor  de  la  suprema,  y  el  mas  favorito  del  partido,  estaba  ne- 
gado a  toda  licencia  de  buenos  libros:  muchos  años  resistió  concederla 
para  imprimir  la  Historia  del  Probabilismo  del  padre  Concina;  y  fué 
menester  que  lo  apartasen  del  empleo  (a  la  entrada  del  sabio  ministro 
Roda),  para  poder  dar  a  luz  este  y  otros  semejantes  libros.  El  juez  de 
imprentas  siempre  fué  como  el  alma  del  partido,  por  ser  el  que  llevaba 
el  timón,  o  el  nivel  de  lo  que  habían  de  negar  o  conceder  la  Inquisición 
y  los  teatinos. 

Bien  sabe  V.  S,  I.  que  en  la  época  de  que  voy  hablando,  habían  to- 
mado mucho  incremento  las  cosas  de  estos  buenos  amigos,  que  iban  muy 
de  mala  data.  Después  de  proscritos  y  desterrados  de  Portugal,  al  fin  se 
proscribieron  también  en  Francia,  y  a  poco  tiempo  se  expelieron  de  Es- 
paña, Ñapóles,  Parma  y  Malta;  pero  ellos  eran  unos  ciegos  que  iban 
dando  cabezadas  de  pared  en  pared,  renovando  sus  disparates  cada  día. 
Sería  muy  largo  referirlos,  V.  S.  I.  se  acordará  de  algunos,  si  es  que  no 
fué  instrumento,  a  lo  menos  en  alguna  parte  de  la  ejecución. 

Dejémoslo  ya,  Señor  Illmo.  porque  esto  va  demasiado  largo;  y 
V.  S.  I.  es  preciso  que  esté  ya  de  muy  mal  humor.  Así  voy  a  hacer  un 
resumen  de  todo  lo  dicho,  a  ver  si  V.  S.  I.  lo  puede  mantener  en  la  me- 
moria : 

Amphora  coepit  instituit. — El  resultado,  pues,  de  todo  lo  dicho  vie- 
ne a  ser:  Primero:  que  a  los  inquisidores  no  se  les  puede  hacer  una  ad- 
vertencia, ni  menos  una  corrección  cristiana.  Segundo:  que  llevan  por 
máxima  prohibir  los  libros,  con  el  único  fin  de  que  el  pueblo  ignore  la 
verdad.  Tercero:  que  por  medio  de  sus  prohibiciones  han  intentado  abo- 
lir (si  se  pudiera)  el  amor  de  Dios  en  el  corazón  de  los  fieles:  prueba  de 
que  ellos  no  lo  tienen.  Cuarto :  que  llevan  por  máxima  permitir  al  pueblo 
las  supersticiones,  para  mantenerlo  en  la  ignorancia,  que  es  el  origen  de 
todas  ellas.  Quinto:  que  por  espacio  de  200  años  ha  sido  constante  en  pro- 
hibir los  divinos  libros,  y  en  permitir  en  que  corran  los  malos,  con  el 
malicioso  fin  de  quitar  a  los  cristianos  la  luz  de  los  ojos  para  que  no 
vean  los  excesos  y  atentados  de  su  funesto  tribunal.  Sexto:  que  con  este 
arte  infernal  han  intimidado  igualmente  a  los  hombres  sabios,  para  que 
no  publiquen  las  obras  correspondientes  a  las  necesidades  que  padece  y 
sufre  la  iglesia,  y  en  particular  la  nación  española.  Séptimo:  que  con  la 
falta  de  instrucción  del  pueblo,  y  aún  del  clero,  consiguen  tener  a  los 
reyes  a  sus  pies;  y  si  alguna  vez  estos  abren  los  ojos,  se  hallan  prevenidos 
con  millares  de  artificios  para  llevar  adelante  sus  intentos,  y  conseguir 


APÉNDICE  DOCUMENTAL  489 

por  ellos  lo  que  a  viva  fuerza  y  con  claridad  y  llaneza  les  sería  imposible. 
Octavo-,  que  al  cabo  de  dos  siglos  estuvieron  muy  francos  en  dar  al  pue- 
blo español  a  beber  el  veneno  del  Pelagianismo  y  Laxismo  en  la  copa  de 
un  romance,  con  título  de:  Historia  del  pueblo  de  Dios.  Noveno:  que 
aun  a  los  papas  desobedecen  en  todas  las  dichas  materias,  cuando  repri- 
men su  orgullo,  su  ignorancia  y  altivez. 

Concluyamos  en  una  palabra,  diciendo:  ¡Oh  hipócritas!  ¡Oh  mise- 
rables inquisidores,  que  habéis  publicado  el  expurgatorio  de  1790!  ¡Ah 
infelices,  infelices ! .  . .  Y  aquí  se  encierra  todo. 

La  consecuencia  que  V.  S.  I.  debe  sacar,  es  la  de  reformarlo,  y  (si 
puede  ser)  la  de  abolirlo;  aunque  no  sea  más  que  para  restituir  tantas 
honras  inicuamente  quitadas  con  tanto  dasacato.  Dios  le  conceda  a  V. 
S.  I.  su  santa  gracia;  para  buscar  y  encontrar  dignos  cooperadores  en  tan 
santa  empresa;  o  de  una  vez  se  la  quite  para  siempre  de  las  manos. — 
Lima  y  marzo  30  de  1792. 

Apéndice  a  la  carta  del  padre  Cisneros. — Señor  Investigador. — Muy 
señor  mío:  A  nombre  de  todos  los  hombres  buenos,  conocedores  de  la 
religión  de  Nuestro  Señor  Jesucristo,  y  defensores  de  la  gloria  de  su 
santa  esposa  la  iglesia  nuestra  madre,  doy  a  U.  cuantas  gracias  debo  y 
puedo,  por  haber  reimpreso  en  su  Diario,  aunque  a  retazos,  la  carta  del 
R.  P.  Fray  Diego  Cisneros  (que  Dios  goce),  y  le  suplico  que  la  vuelva 
a  imprimir  toda  junta,  para  que  tengamos  por  separado,  y  conservemos 
cuidadosamente  un  monumento  tan  glorioso  de  la  esclarecida  fe,  firme- 
za y  valentía  de  espíritu  y  corazón  de  ese  sabio  religioso,  quien,  aún 
cuando  no  hubiera  sido  un  compasivo  y  generoso  padre  de  pobres,  un 
docto,  que  con  indecible  franqueza  comunicaba  sus  luces,  y  al  fin  no 
hubiera  obsequiado  a  este  público  su  numerosa  y  exquisita  librería:  sería 
digno  de  nuestra  gratitud  y  de  nuestra  admiración  por  la  valerosa  y  cris- 
tiana resolución  de  escribir  esa  carta  al  inquisidor  general,  con  aquel 
vigor  y  firmeza  que  manifestaron  los  Orígenes,  Tertulianos,  y  otros  apo- 
logistas: los  Hilarios,  Ambrosios,  los  Crisóstomos  y  Bernardos,  cada  uno 
en  defensa  de  la  verdad.  Increíble  parece  esta  magnánima  osadía,  pues 
se  expuso  el  padre  Cisneros  evidentemente  a  ser  mártir  de  la  verdad;  y 
si  un  amigo  suyo  no  hubiera  secretamente  impedido  la  entrega  de  la 
carta  al  inquisidor,  sin  duda  hubiera  sido  víctima  de  los  furores  del  tri- 
bunal. 

Este  terrible  combate  en  que  entró  el  padre  Cisneros  bajo  su  propio 


490 


J.  T.  MEDINA 


nombre  y  firma,  no  es  un  conjunto  de  declamaciones  vagas.  Los  tiros 
que  despide,  y  los  golpes  que  descarga,  son  hechos  los  más  constantes  y 
ciertos.  Yo  añadiré  uno  de  casa.  El  padre  Miguel  Duran  de  la  Buena- 
muerte,  publicó  en  esta  ciudad  su  Réplica  Apologética  contra  el  proba- 
bilismo,  y  en  ella  tocó  ciertas  doctrinas  canonizadas  en  muchos  reynos 
cristianos,  pero  odiosas  a  Roma,  y  mas  bien  ignoradas,  que  detestadas  en 
España  por  el  común  de  teólogos  y  canonistas.  Prohibió  esta  obra  la  In- 
quisición, porque  según  decía  el  edicto,  se  promovían  en  ellas  opiniones 
contrarias  al  común  de  los  españoles.  La  Inquisición,  que  tanto  cuidado 
tuvo  de  cerrar  y  tapar  puertas  y  resquicios  para  que  no  nos  entrase  la  luz 
por  parte  alguna,  prohibiendo  los  buenos  libros  que  trataban  de  la  sana 
moral,  de  la  gracia  y  de  la  potestad  eclesiástica,  circunscribió,  y  obligó  a 
la  nación  al  estéril  y  miserable  estudio  de  las  cuestiones  metafísicas  de 
la  teología:  de  las  frías  superficiales  e  incompletas  sumas  morales:  de  los 
comentadores  de  las  decretales  que  se  han  venerado  como  fuentes  ori- 
ginales y  limpias.  De  dogma  casi  no  había  más  instrucción,  que  la  mez- 
quina e  imperfecta  de  Ripalda  y  Astete.  Y  después  de  reducidos  los  es- 
pañoles a  esta  vergonzosa  degradación,  cuentan  los  inquisidores  por  re- 
gla de  fe,  o  piedra  de  toque  la  común  opinión  de  los  nacionales.  Al  ver 
eso,  ¿quién  contendrá  sus  lágrimas  e  indignaciones?  Siempre  he  pensa- 
do, que  mil  escotistas  y  mil  tomistas,  no  son  otras  tantas  autoridades  y 
votos,  sino  un  solo  voto,  una  sola  autoridad  en  cada  uno  de  estos  escua- 
drones literarios;  porque  todos  sus  individuos  el  día  que  visten  el  santo 
hábito,  quedan  sujetos  a  la  fatal  obligación  de  seguir  a  sus  corifeos. 
Cuando  oigo  un  pregón  de  remate  en  los  portales,  digo:  todos  los  que 
juran  in  aliorum  verba  son  otros  tantos  pregoneros,  que  repiten  lo  que 
dice  el  escribano.  Tal  ha  sido  la  miserable  suerte  de  los  españoles  en  más 
de  doscientos  años. 

Regla  cierta  es,  de  ser  mas  seguros  que  seguir  a  pocos  sabios,  que 
al  común  de  los  que  no  los  son.  Fuera  de  esto,  ¿muchos  de  los  padres 
españoles  que  asistieron  a  los  concilios  de  Constancia  y  Basilea,  y  casi 
todos  los  de  Trento  son  acaso  en  poco  número Y  cuando  fueran  en  nú- 
mero más  reducido,  ¿no  son  por  cierto  superiores  a  los  teólogos  y  cano- 
nistas de  los  siglos  siguientes?  Sin  duda,  excepto  unos  pocos,  que  debie- 
ron su  sabiduría  a  ciertas  casuales  combinaciones,  que  no  nacieron  se- 
guramente de  la  instrucción  recibida  en  nuestros  colegios  y  universida- 
des. ¿  Qué  teología  podía  haber  en  España  con  Viva,  Muniesa,  Marín, 
Ripalda,  Arriaga  y  otros  de  este  jaez?  ¿Qué  derecho  canónico  con  Va- 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


491 


lensis,  Reinfestuel,  Pirring,  Torquemada  y  otros  mil  de  esta  clase  ?  ¿  Qué 
moral  con  Larraga,  Félix  Potestas,  Villalobos,  Busembaum,  Lacroix? 
Ignorancia  de  lo  bueno  y  de  lo  verdadero,  y  nada  mas.  De  nuestros  últi- 
mos sabios  no  todos  han  sido  conocidos,  porque  se  han  ocultado,  y  tal 
vez  exteriormente  han  manifestado  lo  contrario  de  lo  que  sabían  por 
no  exponerse,  a  no  ser  que  consultados  por  los  reyes,  y  distantes  de  per- 
secuciones, han  salvado  las  trabas,  y  roto  el  silencio.  Melchor  Cano,  en 
su  dictamen  dirigido  a  Carlos  V  y  Felipe  II,  es  muy  distinto  de  sí  mis- 
mo en  sus  lugares  teológicos.  Macanaz,  creyéndose  libre  y  fuera  de  ries- 
go, habló  y  escribió  con  franqueza,  pero  se  vió  después  en  la  necesidad 
de  convertirse  en  apologista  de  su  propio  verdugo.  La  casualidad  nos  ha 
conservado  el  sabio  y  erudito  dictamen,  que  por  orden  del  rey  y  los 
consejos,  dió  el  señor  Solís  en  1709.  Cuantos  otros  papeles  más  habrán 
de  igual  mérito  desconocidos  y  sepultados  por  la  vigilancia  de  la  Inquisi- 
ción. Sin  el  rompimiento  de  nuestra  corte  con  la  de  Roma  con  ocasión 
del  monitorio  contra  el  duque  de  Parma,  ni  se  hubiera  vertido  al  espa- 
ñol, y  dádose  a  conocer  en  España  la  inmortal  defensa  de  la  declaración 
del  clero  de  Francia  por  el  ilustre  Bosuet  ni  se  hubiera  escrito  la  pulida 
y  docta  disertación  intitulada,  Juicio  Imparcial  por  el  señor  Navarro,  mal 
atribuida  primero  al  conde  de  Campomanes,  y  después  al  de  Florida- 
blanca.  Cual  tigre  hambriento  sobre  su  presa,  tal  se  hubiera  lanzado  la 
Inquisición  sobre  Justino  Febronio,  si  las  Cortes  de  Lisboa  y  de  Madrid, 
no  le  hubieran  defendido.  Mas  gracias  al  Dios  omnipotente,  que  ya  la 
España  está  en  actitud  de  salir  de  las  tinieblas  de  la  ignorancia,  de  las 
supersticiones  y  del  fanatismo.  Poco  importa,  que  la  turbamulta  de  los 
serviles,  se  encarnice  y  empeñe  en  denigrar  a  la  parte  sana  y  a  nuestros 
mismos  representantes  con  los  odiosos  y  calumniosos  dicterios  de  deístas, 
materialistas,  jansenistas.  Son  unos  frenéticos  de  quienes  se  sirve  el  astuto 
jesuitismo,  como  lo  hizo  en  Francia  imitando  el  despotismo  de  aquel 
gobierno  contra  los  más  sanos  y  virtuosos  ciudadanos,  y  causando  de  esta 
suerte  la  terrible  anarquía  de  ese  reyno  en  donde  nos  han  venido  nues- 
tras actuales  desgracias.  Paciencia,  y  camino  adelante,  que  al  fin  su  pro- 
pia rabia  será  el  veneno  que  las  acabe,  a  Dios  amigo  a  lo  gallego. — L  . . 
M. 

Del  Núm.  LXVI  ele  El  Investigador,  de  Lima,  correspondiente  al  sábado  16  de  octubre  de 
1813  (págs.  181,  182,  183  y  184). 


492 


J.  T.  MEDINA 


III 

III. — 1813. — El  Cabildo  de  Lima  felicita  a  las  Cortes  españolas  reunidas  en  Cádiz 
por  el  decreto  de  supresión  de  la  Inquisición  y  pide  que  se  extraiga  de  los 
Archivos  de  la  Inquisición  todos  los  libros  y  papeles  infamantes  para  la  buena 
fama  de  los  ciudadanos  perseguidos  por  ésta  y  se  quemen  públicamente. 

El  Excmo.  Ayuntamiento  de  la  capital  de  Lima  al  soberano  Congre- 
so Nacional. — Señor. — El  cabildo  constitucional  de  esta  capital  jamás 
podrá  dispensarse  de  los  estrechos  deberes  de  felicitar  a  V.  M.  en  nombre 
del  ilustre  y  numeroso  pueblo  que  representa,  y  de  ofrecerle  un  testi- 
monio de  su  entusiasmo  y  gratitud  por  la  reciente  ley  del  exterminio 
del  Tribunal  de  la  Inquisición,  que  fija  la  gloria  de  V.  M.  satisface  los 
votos  de  la  nación,  y  señala  la  época  de  su  completa  prosperidad.  V.M. 
ha  reportado  como  un  triunfo  sobre  el  tropel  de  inconvenientes  que 
los  resabios  del  fanatismo,  y  todavía  motivos  del  más  reprobado  ori- 
gen habían  de  oponer  tenaces  a  la  ejecución  de  un  proyecto,  que  solo 
era  la  obra  de  la  sublimidad  y  de  la  fuerza  de  genio  que  animan  las 
deliberaciones  de  V.  M.,  y  que  relucen  en  sus  plausibles  afectos.  Nin- 
guna de  ellas  podría  alguna  vez  desmentir  de  este  carácter:  y  no  había 
V.  M.  de  tolerar  por  mas  tiempo  un  establecimento,  con  cuyo  espíritu 
se  contrariaba  esencialmente  todo  el  sistema  o  complejo  de  principios 
liberales  en  que  ha  fundado  la  constitución  política,  y  cuya  permanen- 
cia inutilizaba  los  sacrificios  y  desvelos  de  V.  M.  por  sancionarla.  Era 
preciso  que  V.  M.  pusiera  el  complemento  a  aquel  rasgo  admirable 
de  su  sabiduría  y  patriotismo:  y  que  habiendo  trabajado  en  cimentar 
sobre  bases  duraderas  la  libertad  nacional,  hiciera  desaparecer  para 
siempre  el  despotismo  inaudito,  de  un  poder  que  escalando  en  secreto 
los  mas  preciosos  fueros  del  ciudadano,  preparaba  el  alevoso  golpe  con 
que  le  hería  de  muerte,  sin  perdonar  los  destinos  de  una  larga  e  in- 
culpable descendencia.  Tales  eran  esos  horrendos  abusos  que  se  malde- 
cían por  todos  en  el  silencio  melancólico  de  un  pavor  espantable,  y 
una  indignación  sin  límites:  y  que  a  pesar  de  ello  se  practicaba  impu- 
nemente, y  aun  se  autorizaba  por  una  política  rastrera  y  opresora, 
bajo  el  pretexto  especioso  de  religión.  Pero  este  ayuntamiento,  nacido 
en  los  días  y  al  abrigo  de  unas  leyes  como  las  que  V.  M.  ha  dictado, 
protectoras  decididas  de  la  independencia  de  las  ideas,  acostumbra  a 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


493 


nutrirse  a  ejemplo  de  V.  M,  de  máximas  libres  y  sentimientos  gene- 
rosos: y  por  lo  mismo  contempla  con  deliciosos  transporte  que  la 
religión  católica,  única,  santa  y  verdadera,  va  a  ser  desagraviada  de  la 
nota  injuriosa  a  la  divinidad  que  la  establece,  y  que  por  desgracia 
pudiera  malquistarla  entre  ánimos  menos  reflexivos,  a  saber;  que 
de  tan  fieras  medidas  era  preciso  valerse  a  fin  de  sostenerla;  y  que 
como  las  demás,  efímeros  inventos  de  los  hombres,  no  podía  pre- 
servar sino  por  medio  de  la  crueldad  y  la  fuerza.  No  menos  sólidas 
y  demostrables  ventajas  presagia  el  ayuntamiento  en  favor  de  la  cul- 
tura y  perfección  de  los  espritus.  Redimidos  de  las  groseras  trabas 
que  hasta  ahora  han  sujetado  la  intrepidez  del  pensamiento,  explicarán 
su  energía  con  la  actividad  de  un  muelle  que  en  el  punto  de  cesar  la 
comprensión  que  obraba  contra  la  fuerza  elástica,  es  mayor  el  impulso 
y  la  velocidad  con  que  conspira  a  recobrarse.  Aparecerá  pues  entre  nos- 
otros la  filosofía  cuanto  tiene  de  puro,  y  la  literatura  de  exquisito.  Las 
artes  y  las  ciencias,  hijas  de  la  imaginación  y  del  ingenio,  habrán  de 
florecer  correspondiendo  al  liberal  cultivo  de  la  fecundidad  que  las 
produce:  y  todo  dará  el  brillante  resultado  de  la  cabal  ilustración  y  la 
profundidad  de  los  conocimientos.  Por  lo  demás,  restituida  la  confian- 
za a  cada  una  de  las  clases  del  estado,  se  respira  en  las  gratas  emociones 
de  sentir  llenos,  muy  ocultos,  pero  muy  vivos  y  muy  antiguos  anhelos. 
Y  extirpándose  de  este  modo  todo  origen  de  descontento,  se  consolida 
más  y  más  ese  principio  de  unidad  indisoluble  que  no  resalta  menos 
de  la  ajustada  semejanza  de  intenciones  que  aun  mismo  fin  se  endere- 
zan, que  de  los  eficaces  influjos  de  la  autoridad  centralizada.  V.  M.  gus- 
tará el  inefable  consuelo  de  saber  que  ha  sostenido  altamente  la  repre- 
sentación que  le  confiaron  los  pueblos:  y  éstos  publicarán  que  el  sobe- 
rano congreso  ha  manifestado  el  carácter  de  un  verdadero  amigo  de  la 
nación.  Dios  guarde  a  V.  M.  muchos  años.  Sala  capitular  de  Lima  y 
julio  27  de  1813. — Señor. — José  Ignacio  Palacios. — José  Cavero  y  Sala- 
zar. — Antonio  Sáenz  de  Tejada. — Santiago  Manco. — Francisco  Alvarez 
Calderón. — José  Manuel  Blanco  de  Ascona. — Manuel  de  Santiago  y  Ro- 
talde. — Juan  Bautista  Gárate. — Juan  de  Berindoaga. — Manuel  Alvara- 
do. — Francisco  Carrilo  y  Mudarra. — José  Marta  Galdiano. — Es  copia. 
— Juan  de  Berindoaga. — Regidor  secretario. 

El  Investigador,  Núm.  XXXI,  sábado  31  de  julio  de  1813  (págs.  121  y  123). 


494 


J.  T.  MEDINA 


Oficio  de  este  Excmo.  Ayuntamiento  constitucional  al  Exento,  se- 
ñor virrey —Artículo  comunicado— Excmo.  señor.— Dth'xtnáo  este  ayun- 
tamiento constitucional  propender  a  la  seguridad,  lustre  y  decoro  del 
generoso  vecindario  de  esta  capital,  y  considerando  que  extinguidos  los 
tribunales  de  la  Inquisición  por  decreto  de  las  cortes  soberanas,  resta 
aun  providenciar  por  los  gobiernos  sobre  algunos  puntos  accesorios  a 
este  objeto,  y  perseguir  las  reliquias  ofensivas  a  los  derechos  comunes, 
propone  a  V.  E.  el  ayuntamiento  se  sirva  decretar  lo  siguiente: 

Que  se  extraigan  de  los  archivos  inquisitoriales  de  esta  capital,  y  se 
quemen  públicamente  todos  los  libros  y  papeles  que  puedan  manchar 
la  estimación  de  cualesquiera  familias  o  ciudadanos,  como  el  libro  lla- 
mado verde,  el  intitulado  Tisón  de  España,  y  todos  los  procesos  de  esta 
especie  que  se  hallen  fenecidos:  y  cuando  lugar  no  hubiese  por  ahora 
a  esta  providencia,  y  se  espere  resolución  del  gobierno  supremo  de  la 
nación  que  se  sepulten  entre  tanto  en  un  lóbrego  aposento  dependiente 
de  una  sola  puerta  custodiada  con  tres  llaves,  de  las  que  se  mantendrá 
una  en  poder  de  V.  E.  otra  en  el  del  Excmo.  señor  obispo,  y  la  tercera 
en  este  ayuntamiento.  Providencia  que  parece  conforme,  y  muy  aná- 
loga a  la  destrucción  de  los  retratos  e  inscripciones  de  los  castigados  por 
dicho  tribunal. 

Dios  guarde  a  V.  E.  muchos  años.  Sala  capitular  de  Lima  y  agosto 
31  de  1813. — Excmo.  señor  ]osé  Ignacio  Palacios. — José  Cabero  y  Sala- 
zar. — Antonio  Sáenz  de  Tejada. — Santiago  Marico. — El  conde  la  Vega 
del  Ren. — Francisco  Albares  Calderón. — José  Manuel  Blanco  de  Asco- 
na. — ]uan  de  Berindoaga. — Francisco  Carrillo  y  Mudar  ra. — José  María 
Galdiano.— Excmo.  señor  marqués  de  la  concordia,  virrey,  gobernador 
y  capitán  general  de  este  reyno.— Es  copia,  Juan  de  Berindoaga,  regidor 
secretario. 


El  Investigador,  Núm.  XVI,  jueves  16  de  septiembre  de  1813  (págs.  61  y  62). 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


495 


IV 

IV. — 1813. — La  Real  y  Pontificia  Universidad  de  San  Marcos  de  Lima  agradece 
a  las  soberanas  Cortes  de  Cádiz  el  decreto  de  supresión  del  Tribunal  de  la 
Inquisición. 

"LA  UNIVERSIDAD  DE  SAN  MARCOS  DE  LIMA  AL 
SOBERANO  CONGRESO  NACIONAL" 

"Universidad,  septiembre  de  1813. — Señor:  La  Universidad  de  San 
Marcos  de  la  ciudad  de  Lima,  capital  del  reyno  del  Perú,  no  cumpliría 
con  uno  de  sus  esenciales  deberes  que  le  inspiran  la  justicia  y  la  grati- 
tud, si  no  tributase  a  V,  M.  las  más  rendidas  gracias  por  el  singular  be- 
neficio que  acaba  de  recibir  de  su  mano  soberana  con  la  extinción  del 
irregular  Tribunal  de  la  Inquisición, 

"Entre  las  grandes  ventajas  que  la  nueva  constitución  política  de 
nuestra  monarquía,  esa  grande  obra  de  infatigable  celo  y  eminente  sa- 
biduría de  V.  M.  ha  proporcionado  a  la  heroica  nación  española,  es  y  lo 
será  el  haberla  libertado  del  cruel  yugo  de  la  tiranía  en  que  desgracia- 
damente gemía,  cuyo  imperio  se  extendía  hasta  dominar  a  la  más  pre- 
ciosa, la  más  libre  y  esencial  facultad  del  hombre,  imponiendo  un  si- 
lencio forzado  a  sus  discursos,  y  prescribiendo  los  límites  al  saber:  las 
luces  del  entendimiento  luchando  continuamente  con  el  poderoso  em- 
bate de  unas  leyes  que  tiranizaban  a  la  razón,  avergonzadas  se  rendían 
al  impulso  dominante  del  error;  el  temor  de  las  amenazas  de  un  furor 
fanático,  arredraba  los  conocimientos  hasta  obligarlos  a  capitular  con  la 
ignorancia,  y  el  hombre  tan  vilmente  degradado  se  veía  muchas  veces 
precisado  a  abrazar  el  partido  del  disimulo,  o  de  la  mentira  e  hipocre- 
sía, para  evitar  su  propio  sacrificio;  temiendo  más,  según  la  expresión 
de  un  sabio  y  despreocupado  español,  a  los  obscuros  calabozos  de  la 
Inquisición,  que  al  tremendo  juicio  de  Jesucristo.  Sistema  abortivo  del 
poder,  que  jamás  respetó  a  la  sabiduría,  ni  a  la  virtud,  los  grandes  y 
ejemplares  prelados  que  fueron  inmolados  en  sus  infamantes  aras,  son 
el  ejemplo  del  procedimiento  escandaloso  que  dictaba  aquella  ley  pro- 
tectora del  despotismo,  y  una  prueba  de  que  V.  M.  nos  presenta  en  su 
sabio  manifiesto  a  la  nación  española  para  la  extinción  de  este  tribunal, 
en  el  que,  después  de  referirnos  los  nombres  de  aquellos  ilustres  varo- 
nes y  la  desgraciada  suerte  que  tan  horribles  como  irregulares  juicios 


496 


J.  T.  MEDINA 


les  ocasionaron,  nos  advierte  que  ya  no  es  una  paradoja  decir  "que  la 
ignorancia  de  la  religión,  el  atraso  de  las  ciencias,  la  decadencia  de  las 
artes,  del  comercio,  de  lo  agricultura  y  la  despoblación  y  pobreza  de  la 
España,  proviene  en  gran  parte  del  sistema  de  la  Inquisición". 

"Pero  la  poderosa  y  sabia  mano  de  V.  M.  ha  destruido  ya  a  los  ti- 
ranos, y  este  feliz  triunfo,  que  hoy  admira  y  celebra  esta  escuela  litera- 
ria, se  lo  anunciaron  sus  deseos  desde  el  gran  día  en  que  tuvo  la  inde- 
cible satisfacción  de  jurar  el  sabio  código  de  nuestra  actual  legislación. 
Así  se  ha  verificado,  gracias  inmortales  a  V.  M.  disueltas  ya  las  trabas  que 
ligaban  a  nuestros  entendimientos,  la  extensión  de  las  luces  saldrá  de  la 
esfera  obscura  a  que  la  tenían  reducidas  rigurosos  anatemas;  las  cien- 
cias todas  serán  colocadas  en  el  santuario  de  la  verdadera  sbiduría,  y 
nuestra  religión  sagrada  restituida,  y  reintegrada  a  su  divina  indepen- 
dencia, y  bajo  el  celo  de  sus  primeros  y  únicos  ministros,  a  quienes  su 
divino  autor  tiene  encomendada  su  custodia,  no  necesita  del  poder  pri- 
vilegiado y  arbitrario  de  un  espantoso  fantasma  que  los  siglos  del  des- 
potismo formaron  para  autorizar,  con  pretexto  de  religión  unas  ocultas 
y  extraviadas  máximas  que  no  hallaban  apoyo  en  las  sabidurías. 

"El  hombre  restituido  a  la  posesión  de  sus  imprescriptibles  dere- 
chos, usará  de  su  libertad,  de  aquella  libertad  reglada  por  la  razón  y 
la  ley  sabiamente  sancionada  por  los  verdaderos  Padres  de  la  Patria,  y 
resonando  de  un  polo  al  otro  el  dulce  eco  de  la  libertad,  tendrá  V.  M. 
ciudadanos  ilustrados,  fieles  y  amantes  a  su  soberano,  no  solo  por  el 
noble  impulso  de  sus  corazones,  si  también,  por  el  conocimiento  de  sus 
deberes,  y  no  esclavos  aduladores  seducidos  por  la  ignorancia,  tan  pron- 
tos a  aparentar  su  obediencia  como  a  desmentir  su  fidelidad;  porque 
nunca  el  error  ha  sido  el  medio  para  conducir  al  hombre  al  convenci- 
miento de  su  verdadera  felicidad.  Tan  absurdo  y  desnaturalizado  prin- 
cipio estaba  sólo  reservado  a  la  tiranía  para  degradación  y  oprobio  de 
la  humanidad.  ¡Felices  días  en  que  el  hombre  ya  respira  el  aire  natural 
de  todos  sus  derechos,  y  ve  sentada  la  soberanía  en  el  solio  de  todas  las 
virtudes! 

"Por  iguales  motivos  tampoco  puede  esta  Universidad  desentender- 
se, en  esta  oportuna  ocasión  de  ofrecer  a  V.  M.  el  justo  homenaje  de  su 
reconocimiento  "por  aquella  ley  que  sancionaba  por  su  alta  justicia,  fa- 
cultó al  hombre  para  expresar  dignamente  sus  pensamientos  por  medio 
de  la  libertad  de  imprenta.  Este  fué  uno  de  los  primeros  golpes  que  ex- 
perimentó el  despotismo,  y  el  primer  paso  con  que  se  ensayó  el  hombre 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


497 


español  en  el  justo  uso  de  su  libertad  civil:  esta  y  su  seguridad  indivi- 
dual serán  ya  inviolables,  sujetas  sólo  al  imperio  de  la  ley,  no  se  verán 
sacrificadas  al  capricho  del  poder. 

"Tan  justas  y  benéficas  providencias,  sólo  podían  dimanar  de  la 
virtud  y  sabiduría  de  V.  M.  Espera  solamente  la  nación  española  que  el 
infatigable  celo,  e  invencible  constancia  de  V.  M.  pongan  el  sello  del 
poder  soberano  para  su  perpetua  permanencia  y  debida  observancia;  su 
vista  perspicaz  todo  lo  penetra,  su  ardiente  celo  todo  lo  abraza,  y  su 
amor  paternal  todo  lo  remedia:  no  necesita  V.  M.  escuchar  los  gemi- 
dos de  la  víctima  para  descubrir  el  sacrificio.  Tan  altas  y  tan  grandes 
virtudes,  se  reservaron  solamente  a  Vuestra  Majestad  y  por  ellas  con- 
gratula a  V,  M.  este  cuerpo  literario,  tan  amante  y  fiel  a  su  soberano 
como  reconocido  a  sus  incomparables  beneficios. 

"Dios  guarde  a  V.  M.  muchos  años,  como  lo  necesita  la  monar- 
quía. Lima  y  septiembre  (hay  un  claro  en  el  original)  de  1813. 

"Señor  Doctor  Buenaventura  de  Tagle  Yssasaga,  Rector;  Fray  Ge- 
rónimo de  Calatayud,  cathedrático  de  prima  de  theología;  doctor  Ma- 
nuel Antonio  de  Noriega,  catedrático  de  decreto;  doctor  Hipólito  Uná- 
nue,  proto  médico;  doctor  José  María  Galdiano,  Antonio  José  de  Buen- 
día,  fray  Lorenzo  de  Eraunzeta,  José  Jerónimo  Vivar,  catedrático  de 
código;  Toribio  Rodríguez,  catedrático  de  prima  de  escritura;  Bartolo- 
mé de  Orduña,  Pedro  Rolando,  catedrático  de  vísperas  de  matemáticas; 
Francisco  Xavier  de  Echague,  ex  rector;  Manuel  Pérez  de  Tudela,  cate- 
drático substituto  de  decreto;  José  Manuel  Bermúdez,  Juan  José  Flores, 
catedrático  de  retórica;  José  Cabero  y  Salazar,  Dr.  José  Antonio  de  la 
Torre,  Dr.  Pascual  Antonio  de  Gárate,  Dr.  don  Antonio  José  de  Oya- 
güe,  Dr.  Francisco  de  Herrera,  Dr.  Antonio  Guzmán,  Silverio  Toro, 
Xavier  Aginaga,  Francisco  José  de  Arrese,  catedrático  de  vísperas  de 
teología;  Justo  Figuerola,  Pedro  Antonio  Alfaro  de  Arguedas,  Dr.  Ni- 
colás Rodríguez  Ferro,  Dr.  Cecilio  Tagle,  Dr.  Domingo  Egoa  Aguirre, 
regente  de  la  cátedra  de  artes;  Dr.  Angel  de  Luque,  Dr.  Mauricio  Ca- 
lero, Fray  José  Recalde,  catedrático  de  dogmas;  Dr.  Pedro  Vásquez  de 
Velasco  y  Solís,  Dr.  Manuel  Guerci,  Dr.  Manuel  Tellería,  Ignacio  Mo- 
rales, Dr.  Juan  Freyre,  Manuel  Agustín  de  la  Torre,  Miguel  Gaspar  de 
la  Fuente,  José  Antonio  Hurtado,  regente  de  la  cátedra  de  artes;  Dr. 
Manuel  Antonio  Vrrismendi,  Dr.  Fray  Juan  Miranda,  Fray  José  An- 
tonio Torri,  catedrático  de  vísperas  de  theología;  Tomás  de  la  Casa  y 
Piedra,  Don  José  Manuel  de  Villaverde,  Fray  Mateo  Gómez,  Dr.  Casi- 

32 — 1^  Inquisición  de  Lima   Tumo  II 


498 


J.  T.  MEDINA 


miro  de  Sotomayor  e  Yparrraguirre,  substituto  de  la  cátedra  de  prima 
de  cánones;  Pedro  de  Toro,  Fernando  María  Garrido,  Juan  Joseph  de 
Castro,  Dr.  José  Ver  gara,  catedrático  de  clínica;  Lorenzo  Gutiérrez,  An- 
tonio de  Almoguera,  Dr.  José  María  Galindo,  substituto  de  la  cátedra 
de  prima  de  medicina;  Manuel  de  Mendiburú  y  Orellana,  José  Manuel 
Dávalos,  catedrático  de  materia  médica;  José  Joaquín  de  Larriva,  Dr. 
del  Castillo,  Dr.  Pablo  González,  Dr.  José  Manuel  Valdés,  Dr.  don 
José  Pérez,  catedrático  de  anatomía;  Justo  Antonio  de  la  Cueva,  Miguel 
Juan  José  de  Leuro,  conciliario  mayor;  Mariano  del  Llano,  secretario" 
(todos  rubricados). 

Al  margen  del  principio  de  la  exposición  se  lee  (sesión  pública  de 
3  de  marzo  de  1814.  Se  oyó  con  agrado,  y  se  mandó  se  hiciese  mención 
honorífica  en  el  diario  de  cortes  (rúbrica  del  presidente). 

Luis  Antonio  Eguiguren,  Alma  Mater  u  Orígenes  de  ¡a  Universidad  de  San  Marcos  (págs. 
464  a  471). 

1813 

1813. — Artículos  publicados  en  El  Investigador,  de  Lima,  de  junio  a  agosto  de 
1813,  al  amparo  de  la  libertad  de  prensa  decretada  por  las  Cortes  de  Cádiz, 
aplaudiendo  la  supresión  del  Tribunal  de  la  Inquisición,  criticando,  con  abso- 
luta libertad,  los  fundamentos  y  métodos  de  esa  institución  y  expresando  la 
efervescencia  y  el  regocijo  popular  producidos  por  dicha  extinción,  y  ma- 
nifestados en  artículos,  letrillas  y  epigramas. 

Con  fecha  23  de  febrero,  previene  la  regencia  del  reyno  a  esta  su- 
perioridad, lo  siguiente:  Las  cortes  generales  y  extraordinarias,  querien- 
do que  lleguen  a  noticias  de  todos,  los  fundamentos  y  razones  que  han 
tenido  para  abolir  la  Inquisición,  substituyendo  en  su  lugar  los  tribuna- 
les protectores  de  la  religión,  han  venido  en  decretar  y  decretan:  El 
manifiesto  que  las  mismas  cortes  han  compuesto  con  el  referido  objeto, 
se  leerá  por  tres  domingos  consecutivos,  contados  desde  el  inmediato 
en  que  se  reciba  la  orden  en  todas  las  parroquias  de  todos  los  pueblos  de 
la  monarquía,  antes  del  ofertorio  de  la  misa  mayor,  y  a  la  lectura  de 
dicho  manifiesto,  seguirá  la  del  decreto  de  establecimiento  de  los  expre- 
sados tribunales. 


El  Investigador,  Núm.  XVII,  viernes  16  de  julio  de  1813  (pág.  56). 


APENDICE  DOCUMENTAL 


499 


REIMPRESION 
INQUISICION 

Sesión  de  las  cortes  el  9  de  diciembre. — Concluida  la  lectura  del  dic- 
tamen sobre  el  tribunal  de  la  Inquisición,  la  comisión  de  constitución 
después  de  examinar  y  componer  el  sistema  de  la  legislación  antigua, 
con  respecto  al  castigo  de  los  herejes;  los  motivos  porque  se  varió;  cua- 
les fueron  los  que  originaron  el  establecimiento  de  la  Inquisición;  la 
resistencia  de  los  pueblos  a  que  se  plantase;  las  varias  reclamaciones  de 
las  cortes  contra  ella;  la  ilegitimidad  de  este  establecimiento  por  defec- 
to de  autoridad;  su  incompatibilidad  con  la  soberanía  e  independencia 
de  la  nación,  y  con  la  constitución;  y  su  oposición  a  la  libertad  indivi- 
dual presentó  un  proyecto  de  decreto  sobre  los  tribunales  cuyos  resu- 
men es  el  siguiente: 

CAPITULO  I 

1. — Se  restablece  en  su  primitivo  vigor  la  ley  segunda,  título  26,  par- 
te séptima,  en  cuanto  deja  expedita  las  facultades  de  los  obispos  y  sus 
vicarios,  para  conocer  en  las  causas  de  fe,  con  arreglo  a  los  sagrados 
cánones  y  derecho  común,  y  la  de  los  jueces  seculares  para  declarar  e 
imponer  a  los  herejes  las  penas  que  señalan  las  leyes,  o  que  en  adelante 
señalaren.  Los  jueces  eclesiásticos  y  seculares  procederán  en  sus  respec- 
tivos casos,  conforme  a  la  constitución  y  a  las  leyes.  2. — Todo  español 
tiene  acción  para  acusar  del  delito  de  herejía  ante  el  tribunal  eclesiásti- 
co en  defecto  de  acusador,  y  aún  cuando  lo  haya,  el  fiscal  eclesiástico 
hará  de  acusador.  3. — Para  que  en  los  juicios  de  esta  especie  se  proceda 
con  la  circunspección  que  corresponde,  los  cuatro  prebendados  de  oficio 
de  la  iglesia  catedral,  o  en  defecto  de  alguno  de  éstos,  otro  canónigo  o 
canónigos  de  la  misma,  licenciados  en  sagrada  teología  o  en  derecho 
canónico,  nombrados  estos  por  el  obispo,  y  aprobados  por  el  rey,  serán 
los  conciliarios  del  juez  eclesiástico,  y  los  calificadores  de  los  escritos, 
proposiciones  o  hechos  denunciados.  4. — Los  conciliarios  asistirán  con 
el  juez  eclesiástico  a  la  formación  o  a  su  reconocimiento,  cuando  lo  ha- 
ya por  delegación,  y  a  todas  las  demás  diligencias  hasta  la  sentencia 


500 


J.  T.  MEDINA 


que  diere  dicho  juez  eclesiástico;  como  también  al  reconocimiento  de 
las  que  se  hagan  por  delegación,  sin  impedir  el  ejercicio  de  la  jurisdic- 
ción, del  ordinario,  y  sólo  poniendo  al  margen  de  los  proveídos  su  acen- 
so o  descenso.  5. — Instruido  el  sumario,  si  resultase  de  él  causa  suficien- 
te para  reconvenir  al  acusado,  el  juez  eclesiástico  le  hará  comparecer,  y 
en  presencia  de  los  conciliarios  le  amonestará  en  los  términos  que  pre- 
viene la  citada  ley  de  partida.  6. — Si  la  acusación  fuere  sobre  delito  que 
deba  ser  castigado  por  la  ley  con  pena  corporal,  y  el  acusado  fuere  lego, 
el  juez  eclesiástico  pasará  testimonio  del  sumario  al  juez  civil  para  su 
arresto,  y  éste  lo  tendrá  a  disposición  del  juez  eclesiástico  para  las  de- 
más diligencias  hasta  la  conclusión  de  las  causas.  Los  militares  no  goza- 
rán de  fuero  en  esta  clase  de  delitos.  Si  el  acusado  fuere  clérigo,  proce- 
derá al  arresto  el  juez  eclesiástico.  7. — Fenecido  el  juicio  eclesiástico,  se 
pasará  testimonio  de  la  causa  al  juez  secular,  quedando  desde  entonces 
el  reo  a  su  disposición,  para  que  proceda  a  imponer  la  pena  a  que  haya 
lugar  por  las  leyes.  8. — Las  apelaciones  seguirán  los  mismos  trámites,  y 
se  harán  por  ante  los  jueces  que  corresponda  lo  mismo  que  en  todas 
las  demás  causas  eclesiásticas.  9. — En  los  juicios  de  apelación,  se  obser- 
vará todo  lo  prevenido  en  los  artículos  antecedentes.  10. — Habrá  lugar 
a  los  recursos  de  fuerza  lo  mismo  que  en  todos  los  demás  juicios  ecle- 
siásticos. 

CAPITULO  II 

De  la  prohibición  de  los  escritos  contrarios  a  la  religión 

Art.  1. — El  rey  tomará  todas  las  medidas  convenientes,  para  que  no 
se  introduzcan  en  el  reyno  por  las  aduanas  marítimas  o  fronterizas,  li- 
bros ni  escritos  prohibidos,  o  que  sean  contrarios  a  la  religión,  sujetán- 
dose los  que  circulen  a  las  disposiciones  siguientes,  y  a  las  de  la  libertad 
de  imprenta.  2. — El  R.  obispo  o  su  vicario,  en  virtud  de  la  censura  de 
los  cuatro  calificadores  de  que  habla  el  artículo  3.°  del  capítulo  I  de 
este  decreto,  dará  o  negará  la  licencia  de  imprimir  los  escritos  de  reli- 
gión, y  prohibirá  los  que  sean  contrarios  a  ella  oyendo  antes  a  los  inte- 
resados, y  nombrando  un  defensor  cuando  no  haya  punto  que  lo  sosten- 
ga. Los  jueces  seculares  recogerán  aquellos  escritos  que  de  este  modo 
prohiba  el  ordinario,  como  también  los  que  se  hayan  impreso  sin  su 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


501 


licencia.  Será  un  abuso  de  la  autoridad  eclesiástica  prohibir  los  escritos 
de  religión,  por  opiniones  que  se  defienden  libremente  en  la  iglesia. 
3. — Los  autores  que  se  sientan  agraviados  de  los  ordinarios  eclesiásticos, 
o  por  la  prohibición  de  los  impresos,  podrán  apelar  al  juez  eclesiástico 
que  corresponda  en  la  forma  ordinaria.  4. — Los  jueces  eclesiásticos  re- 
mitirán a  la  secretaría  respectiva  de  gobernación,  las  listas  de  los  escri- 
tos que  hubiesen  prohibido,  la  que  se  pasará  al  consejo  de  estado  para 
que  exponga  su  dictamen,  después  de  haber  oído  el  parecer  de  una  jun- 
ta de  personas  ilustradas,  que  designarán  todos  los  años  de  entre  las 
que  residan  en  la  corte,  pudiendo  asimismo  consultar  a  las  demás  que 
juzgue  convenir.  5. — El  rey  después  del  dictamen  del  consejo  de  esta- 
do, extenderá  la  lista  de  los  escritos  denunciados  que  han  de  prohibirse, 
y  con  la  aprobación  de  las  cortes  la  mandará  publicar,  y  será  guardada 
en  toda  la  monarquía  como  ley,  bajo  las  penas  que  se  establezcan.  Cá- 
diz.— Leído  el  dictamen  de  la  comisión,  las  cortes  mandaron  se  impri- 
miese. 

Del  Núm.  XVII  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  sábado  17  de  julio  de 
1813  (págs.  65,  66,  67  y  68). 


LLANTOS  DE  UNA  VIEJA  POR  LA  MUY  SENSIBLE 
EXTINSION  DE  LA  INQUISICION 


Quis  talia  jando 
Temperet  a  lacrimis? 


¡Oh  bárbaros  siglos l 
¡Siglos  de  ignorancia 
En  los  que  vivimos! 
Un  auto  de  fe 


¡Oh  necias  costumbres! 


¿Que  es  esto  que  en  Lima 
Hoy  ha  sucedido 
Que  advierto  que  todos 


{Con  dolor  lo  digo) 
Era  para  muchos 


Están  confundidos? 
¿Que  la  Inquisición 


Un  día  festivo 


Dicen  que  se  ha  extinguido 


De  la  fe  el  baluarte 
Refugio  y  presidio? 


Llórenlo  las  viejas, 
Llórenlo  los  niños. 


Llórenlo  las  viejas, 
Llórenlo  los  niños. 


Donde  había  rato 
Más  entretenido 


502 


J.  T.  MEDINA 


Como  ver  a  un  brujo, 
Hereje,  o  judio, 
Con  su  gran  coroza, 
Y  su  sam  benito 
Tirarle  de  piedras. 
Tronchos  y  pepinos. 

Llórenlo  las  viejas. 
Llórenlo  los  niños. 

Llevarlo  a  la  hoguera 
después  de  haber  sido 
En  triunfo  paseado 
Por  todo  el  distrito. 
Cual  si  fuera  un  Xerges, 
Verpasiano,  o  Tito. 
¡Qué  cosa  tan  bella! 
¡Qué  rato  tan  lindo! 

Llórenlo  las  viejas, 
Llórenlo  los  niños. 

Seguir  los  señores. 
Nuncios,  y  ministros. 
Presidiendo  un  acto 
Tan  serio  y  lucido. 
Tan  llenos  de  galas, 
y  de  adornos  ricos. 
Que  todos  decían. 
Dios  sea  bendito. 

Llórenlo  las  viejas, 
Llórenlo  los  niños. 

¡Oh  tiempos  aquellos 
En  que  los  antiguos 
Contaban  mil  cuentos 
A  sus  nietecitos! 


Como  la  Malavia, 
O  el  negro  Perico, 
Se  transfiguraban 
En  rana,  o  en  mico. 

Llórenlo  las  viejas. 
Llórenlo  los  niños. 

También  les  contaban 
Como  iban  de  un  brinco 
Del  Callao,  a  Cádiz, 
Del  Cuzco,  al  Huarico, 
Y  en  un  sancti  amén 
Iban  estos  niños, 
A  yogar  con  reynas 
De  países  distintos. 

Llórenlo  las  viejas. 
Llórenlo  los  niños. 

Pero  otras  costumbres 
Se  han  introducido, 
¡Oh  mundo  inconstante! 
¡Mundo  corrompido! 
Desde  aqueste  instante 
Lloraré  contino 
El  aciago  día 
En  que  tal  he  visto. 

Llórenlo  las  viejas. 
Llórenlo  los  niños. 

También  las  efigies 
De  aquestos  malditos 
Las  han  derribado; 
Cuando  era  más  digno 
Que  en  el  santo  templo 
Fuesen  el  ludibrio. 
La  risa  y  la  mofa 
Del  grande  y  del  chico. 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


503 


Que  bien  dijo  un  Padre 
Que  ya  este  era  el  juicio, 
Y  que  cierto  Ñopo 
Era  el  Anti-Cristo. 


Llórenlo  las  viejas, 
Llórenlo  los  niños. 


Y  yo  que  lo  creo, 

Y  yo  que  lo  afirmo. 
Al  ver  tales  cosas 
Como  han  sucedido. 


Llórenlo  las  viejas. 
Llórenlo  los  niños. 


F.  L. 


Del  Núm.  XXI  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  miércoles  21  de  julio  de 
1813  (págs.  83  y  84). 

LA  REGENCIA  DEL  REYNO  CON  23  FECHA  DE  FEBRERO  EN  CADIZ 
MANDA  GUARDAR,  CUMPLIR  Y  EJECUTAR  EL  SIGUIENTE  DECRETO: 

"Las  cortes  generales  y  extraordinarias,  atendiendo  a  que  por  el 
artículo  305  de  la  constitución,  ninguna  pena  que  se  imponga,  por 
cualquier  delito  que  sea,  ha  de  ser  trascendental  a  la  familia  del  que  la 
sufre,  sino  que  tendrá  todo  su  efecto  sobre  el  que  la  mereció;  y  a  que 
los  medios  con  que  se  conserva  en  los  parajes  públicos  la  memoria  de 
los  castigos  impuestos  por  la  Inquisición,  irrogan  infamia  a  las  familias 
de  los  que  los  sufrieron,  y  aún  dan  ocasión  a  que  las  personas  del  mis- 
mo apellido  se  vean  expuestos  a  escrituras  o  inscripciones  en  que  están 
consignados  los  castigos  y  penas,  compuestos  por  la  Inquisición,  que 
existan  en  las  iglesias,  claustros  y  conventos,  o  en  otro  cualquier  paraje 
público  de  la  monarquía,  serán  borrados  y  quitados  de  los  respectivos 
lugares  en  que  se  hayan  colocados,  y  destruidos  en  el  perentorio  térmi- 
no de  tres  días,  contados  desde  que  se  reciba  el  presente  decreto.  Ten- 
drálo  entendido  la  regencia  del  reyno  para  su  cumplimiento,  y  se  hará 
imprimir,  publicar  y  circular.  Miguel  Antonio  de  Zumalacarregui,  pre- 
sidente. Florencio  Castillo,  diputado  secretario.  Juan  María  Herrera,  di- 
putado secretario.  Dado  en  Cádiz  a  22  de  febrero  de  1813.  A  la  regencia 
del  reyno. 

Del  Núm.  XXII  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  jueves  22  de  julio  de 
1813  (pág.  86). 


504 


J.  T.  MEDINA 


VERSO  A  LA  INQUISICION 

Con  limpio  corazón 
Querer  a  un  hombre  arruinar 
So  color  de  religión, 
Sólo  le  puede  intentar 
Quien  quiera  la  Inquisición. 

Del  Núm.  XXVII  del  periódico  El  Iiwcstigador  correspondiente  al  martes  27  de  julio  de 
1813  (pág.  108). 

ARTICULO  COMUNICADO 

Señor  editor:  Se  desea  saber  ¿quién  en  estos  últimos  siglos  ha  cau- 
sado más  daños,  o  el  tribunal  de  la  difunta  Inquisición,  o  los  temblores  ? 
Esta  duda  ha  ocurrido  con  motivo  de  haberse  leído  los  concisos  en  que 
se  haya  estampado  lo  siguiente: 

"Hablando  del  señor  Mexía  diputado  en  Cortes,  contra  la  existen- 
cia de  la  Inquisición,  pregunta :  ¿  qué  tiene  que  esperar  el  estado  de  este 
establecimiento,  como  instrumento  político,  cuando  V.  M.  sepa  que  des- 
pués de  la  muerte  de  don  Juan  IV  de  Portugal,  los  inquisidores  tuvie- 
ron la  osadía  y  la  barbaridad  de  desenterrar  y  ultrajar  sus  respetables 
cenizas  a  presencia  de  su  mujer  la  reyna  doña  Isabel  Guzmán,  por  ha- 
berse opuesto  en  vida  constantemente  a  las  confiscaciones  de  bienes  (tan 
apetecida  siempre  de  este  tribunal),  solo  por  el  decoro  de  él  mismo? 
Este  hecho  prueba  que  este  tribunal  no  perdona,  y  que  no  se  puede 
transigir  con  él. 

En  la  sesión  del  13  de  enero,  dijo  el  referido  Mexía:  más  de  dos 
mil  eclesiásticos  fueron  aniquilados  en  Lisboa  por  la  Inquisición,  por 
no  ser  favorables  a  las  pretensiones  de  España. 

En  la  sesión  del  18  de  enero,  dijo  el  señor  diputado  Ruiz  Padrón: 
que  por  delitos  que  era  imposible  cometer,  como  brujerías,  volar  por 
los  aires,  perecieron  solamente  en  las  Andalucías  en  unos  20  años,  más 
de  30  mil  almas. 

Del  Núm.  XXXI,  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  sábado  31  de  julio  de 
1813  (págs.  123  y  124). 


APENDICE  DOCUMENTAL 


505 


REOUIESCANT  IN  PACE.  AMEN 

Epitafio  puesto  en  el  Sepulcro  de  la  Inquisición  por  el  mismísimo  autor  de  las 
coplas  que  se  publicaron  en  el  número  21  de  E/  Investigador 

SONETO 

En  aqueste  sarcófago  se  encierra 
Un  fantasma  que  al  mundo  tuvo  en  poco; 
Fué  el  espantajo,  el  malandrín,  el  coco; 
A  nadie  dió  la  paz,  y  a  todos  guerra. 

Ya  cayó  en  fin  este  coloso  en  tierra 

Que  tanto  dió  que  hacer  al  cuerdo,  al  loco: 

Detente  pasajero:  limpia  el  moco, 

Y  tus  cuitas,  y  lágrimas  destierra. 

Ha  muerto  impenitente  (segiín  dicen) 

Por  lo  que  es  justo  que  la  hoguera  enciendan. 

Y  con  sus  huesos  la  candela  aticen. 

¡Más  oh  dolor!  mis  voces  no  la  ofendan: 
En  su  aplauso  otras  plumas  se  eternicen, 

Y  su  causa,  las  cortes  la  defiendan. 

Del  Núm.  XXXIV  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  martes  3  de  agosto  de 
1813  (pág.  135). 

ARTICULO  COMUNICADO 

Señor  editor. — Muy  señor  mío:  Soy  un  sujeto  que  acaba  de  llegar 
de  nuestra  península  habrá  tres  días,  y  habiendo  preguntado  por  la  pla- 
za de  la  constitución,  pues  que  según  decreto  de  nuestro  soberano  con- 
greso, debe  haberla  en  todas  las  ciudades  donde  se  haya  jurado  ésta,  se 
me  ha  respondido  no  haberla  en  Lima.  Yo  que  me  hallo  sin  dismi- 
nuirse en  nada  con  todo  aquel  santo  celo  y  fuego  patriótico,  que  devora 
a  los  verdaderos  españoles  por  nuestra  constitución  santa,  brinque  al 
momento,  y  habiendo  discurrido  un  rato  me  vino  a  las  mientes  un  pen- 


506 


J.  T.  MEDINA 


samientillo  que  no  me  parece  fuera  de  camino  en  las  circunstancias 
actuales,  a  saber:  que  pues  hay  una  plazuela  ancha  y  hermosa  que  se 
llama,  y  fué  en  otro  tiempo  de  la  Inquisición,  se  coloque  en  ella  la 
lápida  según  lo  ordenó  el  congreso,  en  que  se  explique  este  simpar 
laudable  acontecimiento,  primer  signo  de  nuestra  santa  libertad  e  inde- 
pendencia. 

Con  esto  habremos  conseguido  dos  cosas,  lo  primero  cumplir  con 
lo  ordenado  por  nuestras  leyes,  y  lo  segundo  extinguir  un  nombre  que 
de  otro  modo  duraría  eternamente,  y  eternamente  sería  odioso,  pues 
nos  recordaría  también  eternamente  un  tribunal  opuesto  a  nuestras 
constituciones  según  nuestras  Cortes,  y  según  nuestros  sabios  escritores, 
causa  de  nuestra  ignorancia  y  de  consiguiente  de  todas  nuestras  desgra- 
cias y  miserias.  Lo  que  le  comunico  a  U.  para  que  haciéndolo  al  argos 
de  la  constitución,  o  a  los  celadores  de  su  observancia,  a  tan  poca  costa 
proporcionen  al  público  este  placer  que  debe  ser  universal,  o  a  lo  menos 
lo  sentirá  todo  hombre  sensato  y  amante  de  su  nación. — Dios  guarde  a 
U.  muchos  años,  Lima. — T.  R.  A. 

Del  Núm.  XXXVIII  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  sábado  7  de  agosto 
de  1813  (págs.  149  y  150) 

ARTICULO  COMUNICADO 

Señor  editor. — Muy  señor  mío:  Las  casas  de  la  Inquisición  quedan 
vacantes:  pertenecen  ya  al  estado:  la  grande  extensión  que  ocupaba  el 
tribunal,  sus  cárceles  y  oficinas,  las  tres  habitaciones  de  los  inquisidores 
y  la  del  alcaide,  convidan  a  la  planta  de  un  establecimiento  patriótico. 
Su  capilla  pública,  donde  se  ha  conservado  permanente  el  adorable  sa- 
cramento, no  sufre  ser  destinada  a  usos  profanos.  ¿No  sería  una  cosa 
laudable  y  santa  que  tan  bello  sitio  se  aplicase  a  la  erección  de  un  cole- 
gio de  educandas? 

Sobre  las  facultades  para  erigirle  nadie  puede  dudar;  pues  por  el 
artículo  335  de  la  constitución  toca  a  las  diputaciones  provinciales,  "si 
se  ofrecieran  obras  nuevas  de  utilidad  común  de  la  provincia,  o  la  repa- 
ración de  las  antiguas,  proponer  al  gobierno  los  arbitrios  que  crean  más 
convenientes  para  su  ejecución:  y  en  ultramar  si  la  urgencia  de  las  obras 
públicas  no  permitiese  esperar  la  resolución  de  las  Cortes,  podrá  la  di- 
putación, con  expreso  asenso  del  jefe  de  la  provincia,  usar  desde  luego 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


507 


de  los  arbitrios,  dando  inmediatamente  cuenta  al  gobierno  para  la  apro- 
bación de  las  Cortes". 

En  el  artículo  17  del  decreto  de  las  mismas  Cortes  de  22  de  febrero, 
se  dice  también  que  "si  alguno  de  los  edificios  que  hasta  aquí  han  perte- 
necido a  la  Inquisición  fuera  a  propósito  para  fijar  en  él  algún  estableci- 
miento público  y  nacional  de  reconocida  utilidad  y  conveniencia  para  el 
estado,  podrá  el  gobierno  hacer  aplicación  de  él  al  insinuado  objeto,  pa- 
sando noticias  a  las  Cortes  de  haberlo  ejecutado". 

La  utilidad  y  conveniencia  que  traería  al  estado  esta  nueva  insti- 
tución es  tan  visible,  que  no  se  necesita  demostrar  su  preferencia  sobre 
cualquiera  otro  destino  que  pueda  dárseles  a  aquellos  edificios. 

Difícilmente  se  hallarán  en  el  bello  sexo  almas  tan  bien  puestas 
como  las  de  nuestras  paisanas.  Vivacidad  de  ingenio,  penetración  y 
prontitud  en  el  pensar,  capacidad  para  toda  especie  de  ideas  y  conoci- 
mientos, son  cualidades  que  les  confiesa  todo  imparcial  observador.  Pe- 
ro tan  ventajosas  disposiciones  quedan  por  lo  común  inutilizadas  por 
falta  de  educación  y  cultura.  Las  modas,  las  diversiones,  el  paseo,  fri- 
volidades nocivas  a  las  buenas  costumbres  son  las  ocupaciones  previas 
de  las  que  destina  la  naturaleza  para  esposas  y  madres.  ¿Cómo  forma- 
rán ciudadanos  de  provecho,  y  buenas  madres  de  familia  las  que  no 
pueden  dar  a  sus  hijos  las  nobles  ideas  y  sentimientos  que  no  adquirie- 
ron ellas  mismas?  La  superficialidad  transmitida  de  una  en  otra  gene- 
ración perpetúa  el  desbarato  de  las  casas,  el  trastorno  de  las  fortunas,  la 
infelicidad  y  aun  la  disminución  de  los  matrimonios.  Y  ¿qué  remedio? 
No  hay  otro  si  no  es  una  educación  pública  bien  dirigida  bajo  los  auspi- 
cios de  las  autoridades  encargadas  de  nuestra  prosperidad:  un  estableci- 
miento que  si  no  se  aprovecha  la  oportunidad  presente,  no  será  fácil 
realizarla  después. 

Por  otra  parte,  en  un  país  como  el  nuestro  que  ningún  recurso  de 
subsistencia  proporciona  a  las  mujeres  pobres,  abundan  las  jóvenes  sin 
colocación  ni  destino,  y  huérfanas  desamparadas;  que  si  no  encuentran 
manos  compasivas  que  las  mantengan,  o  se  abandonan  muchas  al  torpe 
tráfico,  o  perecen  envilecidas  en  la  miseria,  con  detrimento  de  la  po- 
blación y  del  estado. 

Admira  que  haya  en  esta  ciudad  un  fondo  de  500  mil  pesos  para 
un  colegio  como  el  de  Santa  Cruz  con  24  becas  a  que  solo  tienen  opción 
niñas  expósitas;  y  que  falte  un  asilo  para  tantas  pobres,  acaso  huérfa- 


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J.  T.  MEDINA 


ñas  de  padres  que  sirvieron  útilmente  a  la  patria,  o  murieron  en  su 
defensa. 

La  extinción  de  la  Inquisición  proporciona  sitio,  y  acaso  también 
fondos  o  arbitrios  para  pensar  en  tan  importante  objeto,  cualquier  ciuda- 
dano tiene  derecho  para  indicar  al  público  sus  benéficos  deseos:  sólo  a 
las  autoridades  respectivas  toca  realizar  los  más  convenientes;  y  el  so- 
licitarlo es  propio  del  ayuntamiento,  a  quien  la  constitución,  entre  las 
demás  atribuciones  que  contiene  el  artículo  321,  le  señala  la  de  promo- 
ver cuanto  sea  útil  y  beneficioso  a  los  pueblos. 

Comunico  a  U.  mi  pensamiento  para  que  en  vista  de  los  efectos 
que  pueda  producir  por  su  mucha  utilidad  y  trascendencia  moral  y  po- 
lítica, le  haga  circular  en  su  periódico.  Soy  de  U. — P.  C. 

Del  Núm.  XXXIX  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  domingo  8  de  agosto 
de  1813  (págs.  153,  154  y  155). 

Articulo  comunicado. — Señor  editor. — Luego  que  se  supo  en  esta 
capital  que  el  príncipe  de  las  tinieblas,  quiero  decir  el  infame  Godoy, 
había  sido  derribado,  el  pueblo  corrió  en  tropel  a  la  Iglesia  de  Santo 
Domingo,  y  furibundo  arrancó,  pisó,  e  hizo  pedazos  su  retrato:  luego 
que  llegó  aquí  la  deseada  noticia  de  haber  experimentado  el  monstruo- 
so tribunal  de  la  santa,  quitaron  y  arrojaron  de  la  iglesia  aquellos  re- 
pugnantes mamarrachos  o  efigies  de  los  mártires  del  fanatismo:  pregun- 
to ahora  ¿deben  borrarse  los  retratos  de  los  ministros  inquisitoriales  que 
se  miran  hoy  con  desprecio'  en  su  capilla;  o  intentan  guardarlos  para 
escabeche } 

Del  Núm.  XXXX,  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  lunes  9  de  agosto  de 
1813  (págs.  159  y  160). 

Artículo  comunicado. — Señor  editor. — Si  la  Inquisición  ha  sido  cau- 
sa, según  dicen,  de  que  las  ciencias  se  hallen  tan  atrasadas  en  España, 
¿cómo  no  ha  dado  la  Universidad  de  San  Marcos  las  gracias  a  las  Cor- 
tes por  su  extinción.''  ¡Estupendo  descuido! 

Del  Núm.  XXXX,  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  lunes  9  de  agosto  de 
1813  (pág.  160). 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


509 


ARTICULO  COMUNICADO 


Señor  editor. — Muy  señor  mío:  Me  parece  ocasión  la  más  oportu- 
na, para  que  pueda  U.  insertar  en  su  periódico  la  adjunta  "Banderilla 
de  fuego",  que  salió  a  luz  en  Cádiz  a  mediados  del  año  pasado,  y  que 
si  no  se  le  clavó  de  firme  al  "Filósofo  rancio",  a  lo  menos  le  hizo  tan- 
tas llagas,  cuantas  son  las  poderosas  razones  con  que  convence,  y  los 
diversos  casos  con  que  acredita  sus  demostraciones.  Aquí  han  llegado 
muy  pocos  ejemplares:  se  trata  en  el  día  de  esta  materia  por  la  extin- 
ción del  tribunal  más  temible  y  tenebroso  que  ha  existido  jamás:  loor 
eterno  a  nuestro  congreso  nacional,  que  ha  tenido  ilustración  y  firmeza 
bastante  para  derrocar  la  barbarie  y  despotismo,  que  bajo  de  la  salva- 
guardia del  baluarte  de  la  fe,  ejercía  un  imperio  monstruoso  después  de 
tres  siglos  de  opresión.  El  público  por  la  mayor  parte  ignora  toda  la  ex- 
tensión de  los  vicios  que  envolvía  el  odioso  método  de  enjuiciar:  el  lu- 
minoso y  bien  fundado  manifiesto  que  S.  M.  ha  mandado  publicar,  no 
deja  que  desear  ya  para  probarlo;  pero  la  refutación  suscinta  y  curiosa 
que  hizo  el  autor  de  la  "Banderilla"  es  muy  digna  de  reimprimirse, 
pues  describió  algunas  razones  muy  obvias  en  que  se  funda;  delineó, 
aunque  en  bosquejo,  un  cuadro  de  las  irregularidades  del  santo  tribu- 
nal. Felices  ios  que  conocen,  y  pueden  hacer  conocer  a  los  preocupados 
la  justicia  con  que  se  ha  abolido,  los  males  de  que  se  nos  ha  librado,  los 
bienes  reales  y  justos  que  se  han  substituido,  para  celar  constantemente 
la  pureza  de  nuestra  sagrada  religión,  la  observancia  de  nuestras  leyes 
fundamentales,  en  que  prohiben  el  ejercicio  de  ninguna  otra,  para  que 
lejos  de  decaer  una  línea  la  creencia  y  dogmas  ortodoxos,  en  todos  los 
que  tenemos  la  gloria  de  pertenecer  a  la  gran  familia  española  en  las 
cuatro  partes  del  mundo,  se  vigile  y  aumente  la  fe  con  caridad  ardiente, 
mansedumbre  cristiana,  y  convencimiento  de  la  razón,  y  sin  dejar  de 
castigarse  los  delitos  de  herejía  con  arreglo  a  nuestras  antiguas  y  sabias 
leyes,  fuera  del  horror,  que  sólo  el  nombre  de  Inquisición  infundía. 
Así  tendremos  el  consuelo  de  ver  a  nuestros  primeros  pastores,  ayudados 
de  los  cuatro  conciliarios  o  prebendados  de  oficio,  cuidar  en  este  punto 
de  su  amada  grey,  que  el  divino  fundador  de  la  iglesia  católica,  les 
dejó  legada,  como  sucesores  legítimos  de  los  apóstoles,  y  jueces  natos  por 
derecho  divino  en  las  causas  eclesiásticas  de  cualesquiera  naturaleza  que 
sean.  Solamente  siento  que  decline  la  refutación  más  en  jocosa  que  en 


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J.  T.  MEDINA 


seria,  como  lo  delicado  y  augusto  del  objeto  requiere.  Lima,  30  de  junio 
de  1813.— Queda  de  U.  su  atento  S.  S.  Q.  S.  M.  B.—R.  G.  P. 

BANDERILLA  DE  FUEGO  AL  FILOSOFO  RANCIO 

He  leído  con  tanto  gusto  la  carta  nona  del  filósofo  rancio,  que  no 
he  podido  resistirme  a  la  tentación  de  glosarla;  pero  antes  de  acometer 
tan  ardua  empresa,  me  he  ensayado  en  glosar  un  período  de  esta  sa- 
pientísima carta,  que  es  el  elogio  más  digno  y  abreviado  de  la  santa 
Inquisición,  un  golpe  mortal  a  tanto  impío  y  jansenista  como  ahora 
hormiguean,  y  una  muestra  de  la  sabiduría  del  reverendo  autor  de  di- 
cho opúsculo.  Dice  así  el  período:  "a  esta  primera  observación  pensaba 
yo  añadir  un  centenar  de  otras,  que  mostrasen,  que  si  algún  tribunal  en 
este  mundo  ha  sabido  reunir  la  misericordia  con  la  justicia,  el  interés 
común  de  la  sociedad  con  el  particular  del  culpado,  el  remedio  del  pe- 
cado con  la  salvación  del  pecador,  y  la  pública  seguridad  con  el  ver- 
dadero interés  y  justa  libertad  de  quien  la  turba,  es  seguramente  el  de 
la  Inquisición". 

Empezemos  nuestra  glosa 
PRIMERO 

Misericordia:  Esta  es  la  virtud  que  más  brilla  en  el  santo  tribunal, 
a  pesar  de  cuanto  clamorean  los  filosofillos  del  día.  Verdad  es  que  saca 
a  una  persona  de  su  casa,  sin  decirle  el  motivo,  ni  aun  darle  el  consuelo 
de  despedirse  de  sus  hijos  y  familia;  que  le  encierra  en  un  calabozo, 
donde  nadie  vuelve  a  saber  de  él,  y  queda  sepultado  en  vida,  sin  la  me- 
nor comunicación  ni  arbitrio  contra  la  opresión  y  la  injusticia;  es  cierto 
que  usaba  de  los  apremios  y  el  tormento  para  arrancar  suavemente  la 
confesión  del  delito,  y  que  exprimieran  los  huesos  del  paciente  hasta  la 
última  gota  del  humor  herético;  pero  todo  esto  era  una  verdadera  mise- 
ricordia, como  que  iba  encaminado  a  la  conversión  de  un  extraviado,  y 
a  procurarle  la  salvación  de  su  alma.  Lo  mismo  debemos  decir  de  los 
leves  castigos  impuestos  por  el  santo  tribunal,  que  se  reducían  a  sacar 
a  la  vergüenza  al  delincuente;  a  infamar  a  toda  una  familia;  a  deshon- 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


511 


rala  para  la  posteridad  (6);  a  destierro,  a  cárcel  perpetua;  a  condenas 
de  300  o  más  azotes,  de  8  o  10  años  de  galera  y  remo,  a  confiscación  de 
bienes  (para  que  no  cundiera  a  los  hijos  la  herejía,  envuelta  en  al  di- 
nero), a  trabajar  en  las  minas  o  en  los  obrajes  por  algunos  años,  para 
gastos  del  santo  oficio;  (¡éstas  sí  que  son  bruxis!)  a  ser  engarrotado,  y 
después  echado  a  las  llamas,  si  el  delincuente  mostraba  arrepentimiento 
y  confesaba  sus  delitos  (7) ;  a  ser  quemado  vivo  si  permanecía  contumaz, 
y  no  lo  ablandaba  la  dulce  persuasión  del  misericordioso  tribunal;  y 
a  ser  quemado  en  estatua  si  se  había  fugado  o  tenido  la  fortuna  de 
morirse:  extendiendo  la  Inquisición  su  misericordia  hasta  los  huesos  de 
difuntos,  y  arrojándolos  a  la  hoguera,  para  que  estuvieran  limpios  y 
purificados  en  el  día  del  juicio.  Ni  aún  se  puede  decir  (hablando  con 
verdad)  que  la  Inquisición  condenase  a  nadie  a  muerte;  antes  interce- 
día caritativamente  por  los  criminales,  relajándolos  al  brazo  secular  con 
esta  fórmula:  Debemos  de  relajar  y  relajamos  la  persona  del  dicho  fu- 
lano a  la  justicia  y  brazo  secular . .  .  a  los  cuales  rogamos  y  encargamos 
muy  afectuosamente,  como  de  derecho  mejor  podemos,  se  hayan  benig- 
na y  piadosamente  con  él  {Libro  del  orden  de  procesar  en  la  Inquisi- 
ción, fol.  31).  A  pesar  de  tanta  mansedumbre,  no  ha  querido  la  Inqui- 
sición descargar  en  otros  el  cuidado  de  vengar  los  agravios  del  cielo,  y 
con  una  previsión  admirable,  dispone  todo  lo  necesario  para  el  castigo. 
Había  el  tribunal  muy  con  tiempo  (dice  un  digno  familiar,  que  publicó 
el  último  auto  general  de  fe,  celebrado  en  España,  que  fué  el  del  año 
de  1680)  avisado  a  los  jueces  seculares,  que  previniesen  en  el  brasero 

(6)  Esta  es  la  única  materia  en  que  no  guardaba  secreto  el  santo  tribunal: 
en  los  templos  mismos  de  un  Dios  de  paz  y  misericordia  se  ven  escritos,  entre 
llamas,  los  nombres  de  los  condenados  por  la  Inquisición.  La  puntualidad  con 
que  los  señala  es  digna  del  mayor  elogio,  y  puede  verse  en  la  Iglesia  de  S.  Juan 
de  Dios  de  esta  ciudad:  el  nombre  del  reo,  su  patria,  el  pueblo  de  su  vecindad, 
el  oficio  en  que  se  ocupaba,  y  hasta  el  nombre  de  su  marido,  si  era  mujer  la  que 
había  sido  condenada;  todo  se  halla  especificado  escrupulosamente  para  gloria 
del  santo  oficio,  y  de  la  ilustración  de  este  siglo. 

(7)  Algunas  veces  faltaba  el  santo  tribunal  a  esta  regla,  y  asaba  vivos  a  los 
reos,  aunque  fuesen  confesos;  pero  era  cuando  habían  cometido  delitos  muy  atro- 
ces. Sucedió  uno  de  estos  casos  en  el  auto  general  celebrado  en  Logroño  en  los 
días  7  y  8  de  noviembre  del  año  1610;  dice  así  la  relación  del  auto:  Ecepto  una 
que  se  llamaba  María  de  Zezaya,  que  fué  confitente,  y  su  sentencia  de  las  más 
notables  y  espantosas  de  cuantas  allí  se  leyeron.  Y  por  haber  sido  maestra  y  ha- 
ber hecho  brujos  a  gran  multitud  de  personas,  hombres  y  mujeres,  niños  y  niñas, 
aunque  fué  confitente,  se  mandó  quemar,  por  haber  sido  tan  famosa  maestra  y 
dogmatizadora.  Por  supuesto  que  el  delito  no  merecía  nada  menos:  ¡cuando  no 
la  pudo  salvar  la  misericordia  del  santo  oficio! 


512 


J.  T.  MEDINA 


hasta  veinte  palos,  y  argollas  para  dar  garrote,  y  atando  en  ellos,  como 
se  acostumbra  a  los  reos,  aplicarles  el  juego,  sin  necesitar  del  horror  y 
violencia  de  otras  más  impropias  y  sangrientas  ejecuciones  (Relación 
de  dicho  auto,  impresa  en  Madrid  en  1680,  pág.  287).  No  dice  el  buen 
familiar  cuales  sean  estas  más  impropias  y  sangrientas  ejecuciones,  y 
remite  al  lector  a  que  lo  pregunte  a  un  Caribe,  íntimo  amigo  suyo,  y  que 
ya  tenía  muchos  méritos  contraídos,  para  condecorarse  con  la  cruz  del 
santo  oficio.  Ahora  caigo  en  la  cuenta,  de  por  qué  este  tribunal  conde- 
naba a  ser  quemados,  y  no  a  otro  linaje  de  muerte  menos  cruel;  y  era 
sin  duda,  por  no  derramar  sangre  humana,  cosa  que  está  prohibida  a 
los  eclesiásticos  por  los  sagrados  cánones.  En  un  auto  general  de  fe, 
celebrado  en  México  el  año  1659,  hubo  un  rasgo  tan  notable  de  la  mi- 
sericordia que  resplandece  en  estos  espectáculos  del  santo  oficio,  que  no 
puedo  menos  de  copiarle  a  la  letra,  deseoso  de  que  produzca  en  los  lec- 
tores el  mismo  efecto  que  en  mí;  es  el  siguiente:  Llegó  el  primero  al 
brasero,  y  sin  poder  reducirle  cuantos  le  predicaban,  por  yerro  los  mi- 
nistros de  justicia  le  empezaron  a  dar  garrote,  habiendo  de  quemarle 
vivo,  y  advirtiéndolo  el  alguacil  mayor  de  la  ciudad,  hizo  que  a  medio 
morir  le  pagasen  fuego,  con  que  participó  de  ambos  castigos  ( relación 
de  dicho  auto,  impreso  en  México,  let.  0).  El  tal  alguacil  mayor  había 
aprendido  misericordia  del  santo  tribunal,  y  no  quiso  exponerse  a  ser 
reprehendido  por  él,  por  no  dar  exacto  cumplimiento  a  sus  órdenes. 
Aunque  estas  parezcan  demasiado  severas,  y  muy  crueles  los  castigos 
que  la  Inquisición  impone,  son  muy  leves  y  benignos,  para  tan  gran- 
des delincuentes;  y  así  es  que  ha  habido  herejes,  que  se  burlen  de  ellos; 
muchos  condenados  al  fuego,  se  han  arrojado  a  él,  como  si  tuvieran  pri- 
sa de  ser  asados,  para  demostrar  lo  convencidos  que  se  hallan  de  la  jus- 
ticia de  su  castigo.  En  el  primer  auto  de  fe,  que  se  celebró  en  castigo  de 
los  albigenses,  por  los  años  de  1206  hubo  900  relajados  según  el  autor 
que  menos  cuenta,  que  pertinaces  ellos  mismos  se  arrojaron  a  las  llamas 
del  brasero.  Así  lo  refiere  un  inquisidor,  que  ha  conservado  a  la  historia 
este  rasgo  misericordioso. 


SEGUNDO 


Justicia:  La  santa  Inquisición  a  nadie  da  cuenta  de  la  causa  por  que 
prende;  por  qué  detiene  en  sus  cárceles;  por  qué  usa  de  sus  mordazas  y 
tormentos;  no  da  comunicación  al  acusado;  no  lo  carea  con  los  testi- 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


513 


gos;  no  confronta  a  éstos;  no  dice  el  nombre  del  delator;  no  da  acción 
para  repetir  contra  el  falso  calumniador;  en  una  palabra,  con  el  vir- 
tuoso objeto  de  que  no  padezca  la  fama  del  acusado,  todo  lo  hace  con 
el  mayor  secreto,  y  lo  sepulta  en  las  tinieblas  de  sus  lóbregas  paredes. 
¿Quién  podrá,  pues,  hablar  contra  la  justicia  de  este  tribunal,  si  nadie 
se  entera  de  sus  procedimientos?  Los  individuos  de  él;  dicen  que  es 
justo,  justísimo;  y  ellos  solos  tienen  motivo  para  saberlo;  luego  debe- 
mos creerlos  sobre  su  palabra.  A  los  únicos  que  pudiéramos  consultar, 
sería  a  los  reos  castigados  por  él;  y  éstos,  aunque  partes  apasionadas,  o 
por  mejor  decir,  pacientes,  no  pueden  menos  que  celebrar  la  justicia 
del  tribunal.  Del  de  ¡a  Itiquisidóii  ninguno  se  queja  con  motivo;  rarí- 
simo sin  él:  dice  nuestro  reverendo  autor;  y  es  tan  cierto  lo  que  dice, 
que  no  habrá  uno  de  cuantos  ha  quemado  el  santo  oficio,  que  se  atreva 
a  desmentirle.  Si  queremos  juzgar  de  la  justicia  de  la  Inquisición  por 
los  castigos  que  impone  en  público,  sacaremos  las  mismas  consecuen- 
cias: como  quiera,  que  no  hay  un  delito  de  herejía,  hechicería,  o  mági- 
ca negra,  que  no  merezca  una  y  mil  muertes;  es  evidente,  que  los  milla- 
res de  personas  que  ha  quemado  el  santo  oficio,  han  sido  muy  bien 
quemadas;  y  a  los  delincuentes  que  no  quema  es  de  pura  gracia  y  favor. 
La  Inquisición  por  lo  común  (dice  su  reverendísima  rancia)  7io  envía 
a  presidio,  sino  a  los  que  debiendo  morir,  sobreviven  por  pura  miseri- 
cordia suya.  En  los  autos  de  fe,  c]ue  andan  impresos  para  conversión  de 
incrédulos,  resplandece  la  justicia  del  santo  tribunal,  aún  más,  si  es  po- 
sible, que  su  sabiduría.  En  el  que  se  celebró  en  Logroño  por  el  mes  de 
tan  justísima  causa,  que  según  consta  del  proceso,  eran  brujos  y  brujas; 
noviembre  de  1610  (¡apenas  ha  dos  siglos!)  se  castigaron  cincuenta  y 
tres  personas,  quemando  a  seis  de  ellas  vivas,  y  a  cinco  en  estatua,  con 
y  se  reforcilaban  con  el  diablo,  y  volaban  de  noche,  y  se  alumbraban  con 
brazos  de  niños  encendidos,  y  daban  de  mamar  al  demonio  en  figura 
de  sapo,  y  daban  hechizos  en  nueces  y  manzanas,  y  chupaban  la  sangre 
de  los  muchachos,  y  se  convertían  en  gatos  y  perros,  para  asustar  a  los 
pasajeros,  y  hacían  otras  mil  diabluras,  que  obligaron  al  santo  oficio, 
(convencido  legalmente  tle  la  verdad  de  estos  hechos)  a  quemar  vivos 
a  los  unos,  y  castigar  severamente  a  los  otros:  llevando  su  celo  hasta  tal 
punto,  que  hizo  abjurar  de  levi  con  destierro  y  otras  penitencias  a  cua- 
tro de  ellos,  porque  guardaban  los  sábados,  y  en  ellos  se  ponían  camisas 
y  cuellos  limpios  y  tnejores  vestidos,  y  otras  ceremonias  de  la  ley  de 
Moysés.  Probablemente  estas  otras  ceremonias  judaicas  se  callan  en  la 

3! — Lí-i  Intiuibición  de  Lima    Tomo  II 


514 


J.  T,  MEDINA 


relación  del  auto,  por  no  ser  tan  escandalosas  y  damnables  como  la  de 
vestirse  de  limpio. 

TERCERO 

El  interés  común  de  la  sociedad  con  el  particular  del  culpado:  Ha- 
ce muy  bien  nuestro  autor  en  decir  "interés  del  culpado",  y  no  "intere- 
ses" en  plural;  porque  sobre  estos  se  echaba  el  santo  oficio,  secuestrán- 
dolos apenas  olfateaba  de  lejos  la  herejía,  y  confiscándolos  en  cuanto  le 
daba  de  lleno  en  la  nariz.  En  punto  a  poseer  ideas  económicas  a  nadie 
cedía  la  Inquisición;  para  hallar  arbitrios  y  sacar  jugo  de  las  piedras, 
ningún  ministro  de  hacienda  pudiera  igualarle.  A  los  mulatos  y  mesti- 
zos libres  los  solía  castigar,  vendiéndolos  en  un  obraje  por  algunos  años, 
aplicado  su  valor  para  gastos  extraordinarios  del  santo  oficio:  son  las 
palabras  mismas  de  la  sentencia,  pronunciadas  en  el  referido  auto  de 
México. 

CUARTO 

El  remedio  del  pecado  con  la  salvación  del  pecador:  A  esto  dirá 
algún  ignorante,  que  no  era  buena  manera  de  procurar  la  salvación  del 
pecador  al  quemarlo;  y  que  hubiera  sido  mejor  dejarle  vivir,  para  ver 
si  el  tiempo  y  la  presuasión  le  convertían;  y  no  darse  prisa  para  man- 
darle a  los  infiernos.  Pero  se  debe  responder:  que  el  que  es  quemado, 
él  se  tiene  la  culpa;  o  como  dice  nuestro  padre,  el  reo  que  muere,  muere 
precisamente,  porque  quiere  ser  obstinado.  Y  en  verdad  que  merecen 
ser  quemados  por  tontos,  porque  con  mentir,  ser  perjuros,  y  decir  lo 
que  no  sienten,  ya  queda  satisfecho  el  santo  tribunal,  y  los  reos  se  li- 
bran de  la  chamusquina.  Además  de  que  hay  ocasiones  en  que  no  se 
puede  esperar  a  ver  si  se  convierten;  y  hay  necesidad  de  un  auto  de  fe, 
para  calentar  con  hogueras  el  fervor  del  pueblo,  y  que  no  se  resfríe  su 
creencia.  Para  eso,  si  hay  un  rey  que  quiere  ver  un  auto,  no  se  puede 
retardar  ni  un  momento:  así  sucedió  en  tiempo  de  Carlos  II,  el  cual 
habiendo  dado  próximamente  algunas  insinuaciones  de  que  gustaría  ha- 
llarse presente  a  la  celebración  de  un  auto  general  de  je,  entendió  el 
consejo  (cuidado  que  es  el  de  la  Inquisición  y  no  otro),  que  seria  obse- 
quio de  S.  M.  el  que  se  ofreciese  ocasión  de  repetir  el  admirable  ejemplo 
de  su  augustísimo  padre  (relación  de  dicho  auto  de  Madrid,  pág.  3). 


APENDICE  DOCUMENTAL 


515 


Para  divertir  al  sabio  monarca,  digno  protector  de  tan  sabio  tribunal, 
se  dispuso:  que,  en  vez  de  una  corrida  de  toros,  hubiese  un  auto  general 
de  fe;  y  con  efecto,  se  quemaron  al  intento  a  veinte  personas  vivas,  y 
a  una  en  estatua;  se  mandaron  a  algunos  a  presidio;  hubo  azotes  por 
barba;  y  el  todo  de  la  función  adornado  con  mojigangas,  soldados  de 
la  fe,  jaulas  para  los  reos,  mordazas,  velas  verdes,  sogas  al  cuello,  coro- 
zas, aspas,  sambenitos  con  llamas  y  diablos  pintados;  y  por  reverso  de  la 
medalla,  esto  es,  debajo  del  tablado,  opíparas  mesas  y  buenos  vinos,  por 
si  algún  reverendo  se  desmayaba.  El  buen  monarca  asistió  sin  pesta- 
ñear a  tan  delicioso  espectáculo,  desde  las  ocho  del  día  hasta  las  nueve 
y  media  de  la  noche:  y  jué  su  devoción  (dice  la  citada  relación  pági- 
na 284)  y  celo  tan  superior  a  la  fatiga,  que  ni  para  comer  se  apartó  un 
cuarto  de  hora  del  balcón;  y  habiéndose  acabado  el  auto  a  la  hora  refe- 
rida, preguntó  si  faltaba  más.  Desgraciadamente  no  había  más  reos  en- 
jaulados, que  si  no,  se  hubieran  quemado  otros  par  de  docenas  más, 
para  continuar  la  diversión  al  pío  monarca. 

Más  a  pesar  de  su  piedad  y  de  la  santa  Inquisición,  no  se  pudo  li- 
brar de  que  después  le  endiablaran  (dúdase  si  fué  en  el  chocolate,  y  es 
punto  de  erudición,  que  aún  no  ha  decidido  el  santo  tribunal);  no 
siendo  bastantes  los  más  célebres  exorcistas  del  mundo  a  echarle  del  cuer- 
po los  espíritus  malos. 

QUINTO 

La  pública  seguridad  con  el  verdadero  interés  y  justa  libertad  de 
quien  la  turba:  Cual  sea  esta  pública  seguridad  que  la  Inquisición  pro- 
porciona, lo  aclara  el  reverendo  autor  en  otro  pasaje,  diciendo  que  es 
el  orden  y  tranquilidad  interior  que  gozaba  España  en  tiempo  de  Fe- 
lipe II.  Seguramente  no  pudo  escoger  otro  rey  más  a  propósito  para 
aclarar  de  una  vez  lo  que  es  la  Inquisición,  y  cuáles  son  los  monarcas 
que  deben  protegerla.  ¡Qué  lástima  que  tengamos  Cortes,  y  no  un  Fe- 
lipe II!  Bien  lo  quisiera  nuestro  padre,  que  lo  pide  a  Dios  en  sus  cortas 
oraciones;  pero,  por  desgracia,  el  cielo  nos  han  enviado  para  castigo  esta 
plaga  de  liberales. 

Mi  objeto  en  publicar  este  arrendajo  de  glosa,  es  el  de  confundir 
a  un  filosofillo  desgarbado,  que  me  dijo  burlándose  el  otro  día:  que 
la  Inquisición  era  como  los  momios  que  duran  siglos  y  siglos,  mientras 
están  encerrados,  sin  darles  el  aire;  pero  que,  en  cuanto  se  abre  la  puer- 


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J.  T.  MEDINA 


ta  y  entra  un  soplo  de  viento,  se  deshacen  y  convierten  en  polvo. — In- 
genuo Tostado. 

El  Investigador,  números  XXXX,  XLII,  VLIII,  VLIV  y  VLV,  correspondiente  a  los  días 
martes  10  de  agosto  de  1813.  miércoles  11  de  agosto  de  1813,  jueves  12  de  agosto  de  1813, 
viernes  13  de  agosto  de  1813  y  sábado  14  de  agosto  de  1813  (páginas  números  161,  162, 
163,  165,  166,  167,  168,  173,  174,  175,  177,  178  y  179,  respectivamente). 

ARTICULO  COMUNICADO 

Nuestro  cabildo  constitucional  ha  copiado  dignamente  los  senti- 
mientos de  la  patria,  presentando  al  congreso  soberano  el  tocante  cua- 
dro de  un  pueblo  reconocido  y  sensible,  cuando  por  su  provida  influen- 
cia sacude  el  "yugo  del  odioso  misterio  que  con  el  nombre  de  Inquisi- 
ción le  ha  tenido  por  tan  largo  tiempo  esclavizado  sin  recurso".  No  po- 
día ser  propósito  más  laudable,  ni  en  que  la  opinión  y  el  voto  público 
se  interesaran  tanto.  Mas  para  realzar  esta  obra,  y  como  fiel  intérprete 
de  las  voluntades  del  mismo  pueblo  arregladas  a  justicia,  debe  contraer- 
se ahora  el  cabildo  a  exponer  al  excelentísimo  señor  virrey  la  necesidad 
que  hay  de  que  por  su  autoridad  gubernativa  se  tomen  las  medidas 
conducentes  a  perseguir  las  reliquias  de  aquel  poder  anonadado:  provi- 
dencia que  inmediatamente  emanada  de  los  espíritus  de  los  decretos 
soberanos  que  rigen  en  el  particular,  conspira  también  a  que  ellos  ten- 
gan un  entero  cumplimiento. 

No  es  posible  ante  todas  cosas  disimular,  que  una  gran  parte  de  este 
generoso  vecindario,  conservando  las  fuertes  impresiones  de  terror  que 
excita  naturalmente  en  los  ánimos  el  prolongado  sufrimiento,  apenas 
cree  mutación  tan  venturosa.  En  los  prestigios  de  una  imaginación  asus- 
tada, aún  se  estremece  contemplando  que  puede  reincidir  bajo  la  infa- 
me tiranía  de  la  potestad  inquisitorial.  Y  todavía  al  pronunciar  este 
nombre,  por  un  movimiento  indeliberado  de  la  costumbre,  vuelve  la 
cara  hacia  atrás,  temiendo  se  aparezca  uno  de  esos  aborrecibles  cómi- 
tres,  agentes  subalternos  del  Oficio,  y  según  su  instituto  de  el  asalto 
por  la  espalda,  con  la  férula  de  acero,  y  al  confuso  grito  de  guerra  que 
no  articulan  sus  labios,  pero  que  a  un  ojo  perspicaz  se  le  descubre  cifra- 
do en  la  tortuosa  y  complicada  forma  de  sus  insignias,  que  como  uno 
de  los  abreviados  caracteres  del  arte  taquigráfico,  dice:  violencia,  avari- 
cia, ignorancia  fanatismo  o  lo  que  es  todo  junto.  Inquisición. 

No  basta  pues,  el  que  se  le  repita  que  ya  ha  perecido  aquella;  y  que 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


517 


se  promulgue  la  ley  de  la  "restauración"  de  su  seguridad.  Es  además 
conveniente  que  este  bien  se  le  persuada,  y  se  le  manifieste  en  cierto 
modo  bajo  imágenes  sensibles  que  le  deje  percibir  que  no  es  él  una 
quimera,  sino  una  dulce  verdad. 

En  cuyo  concepto  es  desde  luego  indispensable,  y  debe  el  cabildo 
pedir  expresamente  a  S.  E.  se  decrete  lo  siguiente: 

I.  — Que  abolido  el  fatal  misterio  de  invisibilidad  que  hacia  las  ca- 
vernas o  infiernillos  inquisitoriales  inaccesibles,  como  los  de  Pintón  a 
la  huella  humana,  se  abran  sus  puertas,  y  se  penetre  por  ellas  libremen- 
te. Admire  todo  el  mundo  la  artificiosa  fábrica  de  este  laberinto,  prodi- 
gio del  arte  de  hacer  penar.  Regístrense  sus  diversas  estancias;  y  entre 
ellas  contémplense,  con  la  satisfacción  de  que  ya  se  inutilizan  para 
siempre,  la  de  los  quemaderos  y  jrianderos,  cuyos  nombres  solos  indi- 
can sus  despiadados  usos;  y  la  de  aquel  estrecho  cementerio  o  vergon- 
zosas humaciones,  destinadas  para  engullirse  los  cadáveres  de  los  mise- 
rables presos,  que  en  una  causa  retardada  perecían  encerrados,  al  rigor 
o  de  la  enfermedad  o  del  tormento.  Que  se  proceda  después  en  público 
a  su  demolición;  y  sientan  todos  el  júbilo  de  ver  derribados  a  sus  pies 
las  enormes  moles  del  espantoso  edificio,  y  su  ruina  material  les  acuer- 
de con  transporte  la  caída  formal  de  este  soberbio  coloso,  erigido  con 
ofensa  manifiesta  de  la  razón  y  los  derechos  del  hombre,  y  que  para 
hollarlos  sin  medida,  amenazaba  eternizarse. 

Es  esto  tanto  más  justo,  cuanto  se  hallan  ya  por  orden  general  ce- 
rrados y  completamente  obstruidos  todos  los  infiernillos  de  nuestras  cár- 
celes públicas,  cuya  conformación  los  disponía  más  que  para  la  seguri- 
dad, para  la  destrucción  corporal.  Y  en  esta  línea,  con  los  de  la  tal  In- 
quisición, ningunos  otros  pudieron  alguna  vez  compararse.  A  que  se 
agrega,  que  en  la  ocasión  es  materia  de  un  clamor  universal  el  concepto 
en  que  se  está  (y  no  se  sabe  si  es  equivocado),  de  que  los  ex  inquisidores 
animados  de  la  vana  esperanza,  que  no  pierden  de  reasumir  un  día  su 
evaporada  magistratura,  tratan  de  hacer  valer  ciertas  prerrogativas  fan- 
tásticas, y  sostenerse  en  la  habitación  de  sus  palacios  de  la  noche  con  el 
objeto  de  proporcionarse  mejor  a  velar  sobre  la  conservación  y  subsisten- 
cia de  la  oficina  de  adentro;  para  volver  a  ejercer  en  ella  con  usuras,  en 
su  resurrección,  la  ordinaria  mansedumbre  inquisitorial. 

II.  — Que  se  destrocen,  hasta  olvidar  su  nombre,  los  ingeniosos  ins- 
trumentos de  martirio,  medios  tan  impotentes  como  crueles  que  se  po- 
nían en  obras  para  arrancar  la  forzada  declaración  de  una  simple  opi- 


518 


J.  T.  MEDINA 


nión,  o  un  pensamiento  secreto:  del  mismo  modo  que  esos  nefandos 
utensilios,  dignos  auxiliares  de  los  triunfos  inquisitoriales,  conocidos  con 
los  nombres  de  coroza,  sambenito,  que  aún  se  custodian  como  siempre 
en  su  apartamento  propio,  con  reverencia  y  respeto,  por  si  llega  el  sus- 
pirado día  de  engalanar  con  ellos  una  víctima. 

III.  — Que  se  extraiga  de  los  archivos  y  sea  públicamente  quemado 
el  inmenso  cúmulo  de  procesos  agitados  por  la  ardentía  fiscal  en  cuya 
organización  eran  desconocidas  esas  fórmulas  protectoras  que  otorga  la 
justicia  en  defensa  del  hombre  que  padece,  y  que  se  conservan  como 
otros  tantos  padrones  de  afrenta  contra  todo  aquel  que  en  la  serie  de 
los  tiempos,  tenía  la  desgracia  de  convenir  en  el  apelativo  con  algunos 
de  los  proscritos  por  las  formidables  anatemas,  y  decretos  judiciales  de 
la  autoridad  más  ilimitada. 

IV.  — Igual  suerte  deben  correr,  como  análogos,  aquellos  cuadros  o 
ignominiosas  pinturas  que  la  profanación  más  sacrilega  tenía  colgadas 
en  el  templo  de  Dios  de  la  paz,  y  que  por  una  corrupción  no  menos 
abusiva  de  los  significados  de  las  voces,  se  llamaban  trofeos  de  la  fe,  no 
siendo  más  que  verdaderos  despojos  de  un  ciego  furor.  Quitados  desde 
luego  por  orden  superior  de  S.  E.  no  han  hecho  más  que  variar  de  si- 
tuación; y  una  economía  sórdida  los  tiene  reservados  bajo  el  altar  ma- 
yor de  la  Iglesia  Catedral,  por  aprovechar  cuatro  despreciables  tablas 
de  que  constan,  sacrificándose  a  tan  débil  interés  nada  menos  que  la 
puntual  observancia  de  la  ley  que  ordenan  expresa  y  terminantemente 
se  destruyan. 

La  ejecución  de  todos  estos  puntos,  propuestos  que  sean  por  el  ayun- 
tamiento y  aceptados  por  S.  E.  proporcionarán  a  Lima  agradables  es- 
pectáculos, dándole  días  tan  placenteros  y  festivos,  como  lo  fué  el  de 
la  solemne  publicación  de  los  decretos  concernientes  a  tan  lisonjero 
objeto.  Volverán  a  resonar  los  suaves  ecos  del  regocijo  común  que  con- 
virtieron en  una  fiesta  magnífica,  aquella  interesante  ceremonia.  Todo 
muy  justas  represalias  por  los  gemidos  de  dolor  en  que  el  extinguido 
Oficio  ha  hecho  exaltar  en  todos  los  tiempos  los  corazones,  las  lágri- 
mas que  ha  hecho  derramar  a  familias  y  pueblos  enteros,  el  sosiego  que 
siempre  ha  robado,  y  los  mortales  pesares  que  ha  dado  a  todo  género 
de  estados  y  de  personas. 

Del  número  L  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  jueves  19  de  agosto  de 
1813  (páginas  números  201,  202,  203  y  204). 


APENDICE  DOCUMENTAL 


519 


ARTICULO  COMUNICADO 

Señor  editor. — Para  que  pueda  verificarse  que  con  la  extinción  del 
tribunal  de  la  Inquisición,  se  adelante  la  literatura  conforme  al  deseo 
de  las  soberanas  Cortes,  es  preciso  que  en  el  Perú  se  aplique  una  parte 
de  sus  despojos  al  fomento  de  los  establecimientos  científicos.  Así  no 
habiendo  en  las  provincias  otros  colegios  que  los  seminarios  conciliares, 
debería  aplicárseles  respectivamente  la  renta  de  la  canonjía  supresa  de 
que  gozaba  la  Inquisición  en  cada  una  de  las  catedrales.  Esta  renta 
unida,  a  la  corta  que  tienen  los  seminarios,  especialmente  en  el  día  en 
que  han  perdido  con  la  falta  de  sínodos  la  mayor  parte  de  su  dotación, 
podría  servir  para  rentar  un  preceptor  de  latinidad,  un  catedrático  de  filo- 
sofía, y  otro  de  teología  con  una  biblioteca  competente.  Bien  manejada 
esta  educación,  habilitaría  la  juventud  para  los  destinos  eclesiásticos  o 
para  seguir  las  otras  facultades,  cuya  instrucción  debe  darse  en  esta 
Universidad. 

Igualmente  nada  conduce  tanto  a  la  pública  ilustración,  como  el  te- 
ner una  biblioteca  bien  surtida  y  servida.  A  este  importante  objeto  pue- 
de dedicarse  la  capilla  y  salón  del  tribunal  de  la  Inquisición,  agregán- 
dole la  casa  pequeña  de  la  esquina  del  Puno  para  que  viva  el  biblioteca- 
rio mayor.  Si  este  o  cualquiera  otro  que  se  ponga  de  segundo  hubiesen 
de  ser  clérigos,  podrán  rentarse  con  las  buenas  capellanías  que  corrían 
a  cargo  de  los  inquisidores. 

Semejante  establecimiento  debe  estar  bajo  la  inmediata  protección 
e  inspección  del  gobierno,  y  abierta  por  un  estatuto  inalterable;  la  puer- 
ta de  la  capilla  cae  a  la  plazuela  en  las  horas  que  se  franquee  la  biblio- 
teca, para  que  todo  el  pueblo  vea  si  se  cumple  o  no  se  cumple  por  los 
encargados  de  ella.  Debe  transportarse  a  estos  salones,  así  la  parte  de  la 
librería  que  puso  en  las  aulas  estrechas  y  obscuras  de  la  Universidad  el 
benemérito  padre  fray  Diego  Cisneros,  como  igualmente  las  reliquias 
de  la  magnífica  biblioteca  que  dejó  arruinar,  robar  y  malograr  la  indo- 
lentísima conducta,  y  abandono  con  que  se  han  mirado  en  la  Universi- 
dad éstas,  y  las  demás  cosas  que  podían  servir  al  progreso  de  las  cien- 
cias, y  al  lustre  de  un  cuerpo  tan  célebre  y  respetado  en  los  tiempos  an- 
tiguos. Y  para  enriquecer  esta  biblioteca  peruana,  están  pronto  diversos 
literatos  a  depositar  en  ella  a  favor  del  bien  público  las  mejores  obras 
que  adornen  sus  librerías  particulares,  luego  estén  seguros,  no  irán  a 


520 


J.  T.  MEDINA 


parar  a  las  boticas  para  envolver  ungüentos,  ni  a  los  cajones  de  riberas 
para  enrollar  especerías,  o  a  otras  manos  como  ha  sucedido  con  tanto 
inestimable  libro  que  se  dió  por  el  rey  a  la  Universidad.  Mas  habrá 
también  varios  que  concurran  a  una  suscripción  general  de  papeles  de 
Europa  y  América,  para  que  se  pongan  en  la  biblioteca  a  fin  que  se 
instruyan  cuantos  quieran. 

Vea  U.  que  aquí  no  se  pide  sino  un  ángulo  de  las  casas  para  un 
objeto  que  en  todas  partes  en  que  se  quiere  la  instrucción  pública  es  el 
primero.  Es  verdad  que  en  El  Investigador  se  propuso  se  adaptasen  es- 
tas casas  para  la  educación  de  las  niñas  que  tanto  se  necesita.  Mas  yo 
no  sé  de  dónde  saldrían  los  muchos  fondos  que  son  indispenasbles  para 
verificarlo.  En  esta  parte  es  necesario  no  olvidar  las  miras  benéficas  del 
Excmo.  e  Illmo.  señor  Larreguera  de  gloriosa  memoria.  Este  gran  prela- 
do pretendía  destinar  dos  de  los  mejores  monasterios  y  demás  pingües 
rentas,  a  la  educación  de  las  niñas.  Y  en  este  proyecto  todo  se  encuentra. 
Viviendas  cómodas,  y  en  el  debido  orden,  desahogo  en  patios  y  huertas, 
muchas  rentas  y  pocas  monjas,  que  admitirán  con  muchísimo  gusto  te- 
ner tan  bellas  ahijadas,  y  cooperar  a  una  cosa  tan  necesaria  a  la  religión 
y  al  estado.  No  hay  pues,  más  que  hacer  para  conseguir  tan  loable  fin, 
que  mandar  que  el  excesivo  número  de  grandes,  y  espaciosos  monaste- 
rios que  tiene  Lima,  en  tal  y  tal,  se  eduquen  las  niñas  bajo  de  tales  y 
tales  planes  y  condiciones,  y  que  se  lleve  a  debido  efecto  lo  mandado 
sin  admitir  recurso  en  la  materia,  que  este  es  el  modo  único  de  hacer 
efectivas  las  cosas  útiles. 

Del  número  LXI  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  lunes  30  de  agosto  de 
1813  (páginas  números  245,  246  y  247). 

Las  últimas  cartas  de  España  traen  una  de  las  noticias  mas  lamen- 
tables de  la  humanidad,  no  se  ignora  la  causa  que  tiene  formada  el  tri- 
bunal de  la  Inquisición  al  señor  Olavide  asistente  de  Sevilla,  cuyo  cri- 
men es  haber  poblado  los  desiertos  de  Sierra  Morena,  de  colonos,  ale- 
manes industriosos  pero  protestantes,  y  haber  convertido  una  gran  ex- 
tensión de  país  que  no  era  más  que  el  refugio  de  ladrones  y  fieras,  un 
distrito  fértil  y  ameno  por  su  cultura,  en  el  cual  hacía  reinar  la  paa,  la 
comodidad  y  el  buen  orden.  Por  su  desgracia  creyó  este  señor  que  enri- 
queciendo a  España  con  una  provincia  feraz,  y  que  acaso  se  aventaja 
al  resto  del  reino,  quedaría  mal  arreglada,  no  permitiendo  en  ella  aque- 
llos que  sembrasen  allí  supersticiones  y  desórdenes  de  que  en  otras  par- 


APENDICE  DOCUMENTAL 


521 


tes  son  los  autores.  Esto  ha  sido  para  pintar  bastante,  como  a  un  hombre 
sin  rehgión  ni  costumbres:  han  gemido  por  espacio  de  dos  años  en  los 
calabozos  de  la  Inquisición,  y  al  fin  ésta  lo  ha  condenado  a  la  pública 
flagelación:  sin  embargo,  atendiendo  a  sus  años,  y  a  la  debilidad  de  su 
salud  se  le  ha  dispensado  este  suplicio,  pero  queda  recluso  en  un  con- 
vento de  frailes,  para  que  allí  viva  ocho  años:  en  el  1°  de  los  cuales 
no  le  es  permitido  salir  de  la  celda  que  se  le  ha  destinado;  ha  de 
estar  acompañado  de  dos  fiscales  frailes  que  dirijan  su  conciencia,  y 
que  le  hagan  rezar  el  rosario,  y  leer  las  leyendas.  Se  le  ha  prohibido 
vestir  sedas,  y  traer  en  su  cuerpo  cosas  de  oro  o  plata;  y  en  fin  el  mon- 
tar a  caballo.  Queda  desterrado  20  leguas  de  Madrid,  y  de  Lima  su  pa- 
tria, caso  que  vuelva  a  Indias:  él,  y  sus  descendientes  hasta  el  5.°  grado, 
se  declararán  inhábiles  para  obtener  jamás  cargo  alguno  civil  o  militar. 
El  señor  Olavide  tiene  55  años  de  edad,  se  ha  distinguido  mucho  por  las 
cualidades  de  buen  corazón  y  excelente  entendimiento,  no  menos  que 
por  su  celo  ardiente  de  adelantar  las  letras,  ciencias  y  artes,  y  de  aumen- 
tar la  gloria  de  su  patria.  Ha  logrado  las  mayores  estimaciones  de  la 
Corte,  y  de  todas  las  personas  de  mérito  que  hay  en  España,  y  aún  se 
puede  decir,  que  las  logra  todavía  después  de  su  desgracia;  cuya  triste 
memoria  se  debiera  borrar  de  los  anales  de  nuestros  días,  si  el  respeto 
debido  a  la  verdad  permitiese  ocultarla  a  nuestros  contemporáneos. 

Nota. — Con  la  mayor  complacencia  recuerdo  la  memoria  del  sabio 
e  inmortal  Olavide,  víctima  de  la  intriga  y  el  fanatismo:  su  talento  y 
virtudes  morales  le  merecieron  un  general  y  distinguido  aprecio  de  los 
sabios  de  Europa,  y  nuestros  descendientes  pronunciarán  con  respeto  el 
nombre  de  este  ilustre  peruano  digno  modelo  de  imitación,  perseguido 
e  inmolado  por  el  despotismo  inquisitorial.  Lloremos  su  desgracia  y 
vindamos  la  debida  gratitud  a  las  Cortes  soberanas,  mediante  cuyas  fir- 
mes resoluciones,  queda  hoy  vindicada  la  eclipsada  gloria  de  este  bene- 
factor, a  la  vista  de  los  delirantes  ex  ministros  de  la  Santa. — El  Editor. 

Suplemento  de  El  Investigador,  N.°  55,  24  de  agosto  de  1813  (páginas  números  221  a  223). 

ARTICULO  COMUNICADO 

Señor  editor. — Ya  U.  habrá  oído,  que  cierto  vecino  de  esta  ciudad, 
tiene  una  carta  en  que  le  dicen,  que  Pío  VII  ha  tenido  muy  a  mal,  que 
se  extermine  la  Inquisición  de  los  dominios  españoles:  que  bajo  de  cen- 


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J.  T.  MEDINA 


sura  ipso  jacto  incurrenda,  y  reservada  a  Su  Santidad,  manda  que  se  re- 
ponga, nombrando  por  su  delegado  plenipotenciario  al  obispo  de  Oren- 
se; y  otras  cosas  que  parecen,  como  urdidas  por  el  mismo  demonio. 
Pregunto  ahora :  ¿  U.  cree  que  hay  tal  carta  ?  Iterum :  ¿  cree  U.  que  si  la 
hay  es  fidedigna?  Iterum:  ¿cree  U.  que  Pío  VII  se  avanzó  a  mandar 
tales  desatinos?  Iterum:  ¿cree  U.  que  si  los  manda  nuestras  Cortes  so- 
beranas, y  nuestra  nación  española,  con  muchas  menos  cataratas  que  las 
que  tenía,  hace  muy  poco  tiempo,  reponga  la  Inquisición,  sacrificando 
las  temporalidades  de  sus  dominios,  la  libertad  de  sus  individuos,  sus 
ciencias,  sus  artes,  y  hasta  su  misma  religión  al  antojo  de  un  juez  espi- 
ritual, que  si  se  excediese  a  mandar  tales  despropósitos,  no  debería  ser 
obedecido  por  carecer  de  facultad  para  ello,  y  por  consiguiente  debe  ser 
reputado  como  un  frenético?  ¿Lo  cree  U.?  pues  yo  no  lo  creo.  Padezca 
la  silla  apostólica  mayores  tormentas  que  las  que  ahora  la  paralizan, 
jamás  errará,  y  tan  supinamente.  Jamás  dejará  de  contar  con  la  asisten- 
cia del  Espíritu  Santo  para  sus  aciertos;  y  jamás  excederá  los  límites  de 
su  imperio,  proveyendo  decretos,  y  fulminando  anatemas,  que  patroci- 
nen el  crimen,  que  fomenten  el  despotismo,  que  abaten  a  la  humanidad, 
que  se  opongan  al  espíritu  de  los  santos  evangelios,  y  mejor  disciplina 
eclesiástica,  y  que  exasperen  a  las  ovejas  del  Señor,  acaso  hasta  desca- 
rrearse de  sus  rebaños.  Repose  U.  tranquilo,  señor  editor.  La  Inquisi- 
ción no  reverdecerá  en  los  territorios  españoles:  hasta  su  memoria  se 
borrará  muy  breve  de  nuestras  fantasías,  y  solo  su  odio  permanecerá 
inalterable  en  los  corazones  presentes,  y  en  los  postreros  hasta  que  los 
siglos  se  junten  con  la  eternidad.  Q.  U,  S. 

Del  N."  10,  tomo  III,  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  miércoles  10  de 
noviembre  de  1813  (páginas  sin  número). 

ARTICULO  COMUNICADO 

Señor  editor. — Hace  días  que  la  carta  apócrifa  de  que  se  trata  en 
El  Investigador  número  9  sobre  el  restablecimiento  de  la  Inquisición, 
llenó  de  júbilo  a  muchos  de  aquellos  fanáticos  que  en  meses  pasados  a 
la  sombra  de  la  santa  perseguían  al  hombre  de  bien,  y  se  deleitaban  en 
atormentar  al  inocente.  Apenas  se  divulgó  la  noticia  de  este  ridículo 
papelucho,  que  cierto  religioso  bien  conocido  en  esta  capital  por  los 
sermones  gerundianos  que  predicó  (no  hace  muchos  años)  a  manera 
de  proclamas,  voló  arrebatado  de  alegría  a  comunicar  a  cierto  ex  mi- 


APÉNDICE  DOCUMENTAL 


523 


nistro  inquisitorial,  la  resurrección  del  extinguido  tribunal,  quien  ro- 
deado de  su  tertulia  diaria  de  filisteos,  al  oírlo  exclamó  ¡gracias  a  Dios, 
así  lo  esperaba!  encargando  al  mismo  tiempo  pasase  incontinenti  el 
conductor  de  esta  feliz  nueva  a  participarla  al  M.  R.  P.  provincial,  cuyo 
apellido  no  es  Gordo. 

A  la  vista  de  tan  extraña  conducta,  debemos  confesar  que  el  moro 
viejo  no  puede  ser  buen  cristiano,  y  donde  cenizas  hubo,  si  no  hay  lla- 
mas hay  calor.  Si  al  primer  estallido  de  una  noticia  velada  y  envuelta 
en  las  apariencias  de  una  manifiesta  falsedad,  han  prorrumpido  en  ex- 
presiones contrarias  a  lo  que  sabiamente  habían  determinado  las  Cortes 
soberanas  para  la  felicidad  y  bien  público,  ¿qué  no  había  de  temerse 
de  unos  hombres  que  se  ven  hoy  desnudos  de  un  poder  que  las  hacía 
superiores  a  todos,  cometiendo  los  excesos  más  escandalosos  sin  que  en 
la  tierra  hubiese  quien  les  refrenase.  El  delirante  fraile  de  la  embajada 
ha  salido  por  un  palo  ensebado;  y  a  todos  se  les  ha  caído  el  gozo  en  el 
pozo.  El  tribunal  no  santo  ha  desaparecido  para  siempre,  y  a  sus  in- 
consolables ex  ministros  solo  les  queda  el  arbitrio  de  callar  o  reventar. — 
El*  mojicón. 

Nota. — El  religioso  aludido  es  fray  Ignacio  Bustamante,  según  se  ve 
en  carta  aclaratoria,  publicada  en  El  Investigador  del  1.°  de  diciembre. 

Del  N.°  13,  tomo  III,  del  periódico  El  Investigador,  correspondiente  al  sábado  13  de  no- 
viembre de  1813  (páginas  sin  número). 

De  los  números  XXIII,  XXX,  XXXI,  XXXII,  XXXIII,  XXXIV.  XXXV, 
XXXVI,  XXXVII,  XXXVIII,  XXXIX,  XL,  XLI,  XLII,  XLIII,  XLIV  y 
XLV,  de  El  Investigador,  periódico  limeño,  correspondiente  a  les  días  23  de  Sep- 
tiembre, 30  de  septiembre,  I.°  de  octubre,  2,  3,  4,  5,  6,  7,  8,  9,  10,  11,  12,  13,  14  y  15  de 
octubre  del  año  1813  (páginas  90,  91,  92,  117,  118,  119,  120,  121,  122,  123,  124,  126,  127, 
128,  129,  130,  131,  132,  133,  134,  137,  138,  139,  140,  142,  143,  144,  146,  147,  148,  149, 
150,  151,  155,  156,  157,  158,  159,  161,  162,  163,  164,  166,  167,  168,  170,  171,  172,  174, 
175,  176,  177,  178,  179  y  180). 


INDICE  DE  LAS  MATERIAS  CONTENIDAS  EN 

ESTE  TOMO 


CAPITULO  XVI 


Incidente  del  provisor  del  obispado  de  la  Paz. — Id.  de  la  fiesta  de  la  cano- 
nización de  San  Ignacio  de  Loyola. — El  virrey  consigue  que  los  espa- 
ñoles aislados  entre  los  chiriguanes  sean  perdonados  por  la  Inquisición. 
— Auto  de  fe  de  17  de  junio  de  1612. — Causas  despachadas  entre  año 
hasta  el  de  1618. — La  Ovandina  de  Pedro  Mejía  

CAPITULO  XVII 

Desavenencias  entre  los  inquisidores. — Id.  con  el  virrey. — Llegada  del 
nuevo  inquisidor  Juan  de  Mañozca. — Sus  primeros  informes  al  Con- 
sejo.— Nómbrase  otro  inquisidor. — Servicios  prestados  por  Mañozca  en 
la  defensa  del  país. — Auto  de  fe  de  21  de  diciembre  de  1625. — Causas 
despachadas  fuera  de  auto. — Proceso  de  Luisa  Melgarejo. — Edicto  con- 
tra astrólogos,  judiciarios  y  hechiceros. — Auto  de  27  de  febrero  de  1631. 

CAPITULO  XVIII 

Los  portugueses  dueños  del  comercio  de  Lima. — Denunciase  a  uno  de  ellos 
por  judío. — Secreto  con  que  se  verifica  su  prisión. — Aprehéndese  a  sus 
jefes  y  tormento  que  se  les  da. — Despáchase  diecisiete  nuevos  manda- 
mientos.— Para  despejar  las  cárceles  resuelven  los  inquisidores  celebrar 
un  auto  de  fe. — Es  separado  de  su  puesto  el  alcaide  Bartolomé  de 
Pradeda. — Continúan  las  prisiones. — Alquílase  una  casa  para  dar  más 
extensión  a  las  cárceles. — Nuevas  denuncias. — Se  prohibe  salir  del  país 
sin  licencia  del  Santo  Oficio. — Otros  reos. — Se  publican  pregones  para 
descubrir  la  fortuna  de  los  procesados. — Jusepe  Freile,  ayudante  del  al- 
caide es  desterrado  a  Chile. — Nuevas  prisiones. — Pleitos  que  se  originan 
con  este  motivo. — Medidas  que  se  arbitran  para  su  despacho. — Otras 
denuncias.— Favor  que  presta  el  virrey  a  los  inquisidores. — Noticias 
acerca  de  los  ministros  de  que  se  componía  por  entonces  el  Tribunal. — 
Quejas  de  los  empleados  subalternos. — Proceso  del  alcaide  Bartolomé 
de  Pradeda. — Relación  que  dan  los  jueces  de  lo  que  resultaba  contra  él. 
—Ardides  de  que  se  valen  los  presos  para  comunicarse  en  su  prisión. — 


528 


J.  T.  MEDINA 


Falsos  testimonios  que  se  levantan  entre  sí  para  prolongar  la  decisión 
de  sus  causas. — Auto  de  fe  de  17  de  agosto  de  1536. — Reos  penitencia- 
dos en  la  capilla  del  Tribunal. — Horribles  incidentes  ocurridos  durante 
la  prisión  de  algunos  de  los  portugueses. — Mencía  de  Luna  muere  en 
el  tormento. — Relación  del  gran  auto  de  fe  de  23  de  enero  de  1639 
según  Montesinos. — Curiosos  detalles  ocurridos  en  el  suplicio  de  algu- 
nos de  los  reos   

CAPITULO  XIX 

El  Rey  ordena  que  los  inquisidores  devuelvan  de  bienes  confiscados  los 
salarios  que  tenían  percibidos. — Estrados  del  Tribunal. — Producto  de 
las  canonjías. — Venta  de  familiaturas. — Procedimientos  relativos  a  los 
bienes  de  los  presos. — Síguense  tramitando  las  causas  de  portugueses. 
— Información  contra  el  obispo  de  Tucumán. — Causa  de  Diego  López 
de  Lisboa. — Auto  de  fe  de  17  de  noviembre  de  1641  

CAPITULO  XX 

Encuentro  con  el  marqués  de  Mancera. — Id.  con  el  arzobispo. — Nuevos 
disgustos  con  el  marqués. — El  Rey  reprende  al  Conde  de  Alba  por  su 
conducta  para  con  la  Inquisición. — Choque  con  el  Cabildo  Eclesiástico. 
— Datos  sobre  los  inquisidores. — Auto  de  fe  de  23  de  enero  de  1664. 
— Id.  de  16  de  febrero  de  1666. — Id.  de  28  de  junio  de  1667. — Rela- 
ción de  la  causa  de  César  Bandier. — Otros  reos  

CAPITULO  XXI 

Relaciones  de  los  virreyes  con  los  inquisidores. — Miembros  del  Tribunal. 
— Retardos  que  sufren  las  causas. — Diferencias  entre  los  inquisidores. — 
Causas  de  poligamia. — Otros  procesos. — Reos  despachados  en  la  sala 
del  Tribunal. — Causas  de  hechiceras. — Pedro  Gutiérrez  encausado  por 
judaizante. — José  de  la  Cruz  intenta  fundar  nueva  secta. — Otros  pro- 
cesos.— Reos  penitenciados  desde  1707  hasta  1713. — Causa  del  jesuíta 
Martín  Morante. — Id.  de  José  de  Buendía. — Procesos  seguidos  a  otros 
religiosos. — Id.  contra  brujos  o  hechiceras. — Reos  despachados  desde 
1713  hasta  1721  

CAPITULO  XXII 

Fiesta  a  la  canonización  de  San  Pedro  Arbues. — Exéquias  de  Felipe  IV. — 
Edictos  prohibiendo  varios  libros. — Estado  de  los  edificios  del  Tribu- 
nal.— Situación  pecuniaria. — Nuevos  inquisidores. — Auto  de  fe  de  16 
de  marzo  de  1693. — Causa  de  Angela  Carranza. — Incendio  ocurrido 
en  las  casas  del  Santo  Oficio. — Auto  de  fe  de  20  de  diciembre  de  1694. 
— Causas  contra  los  confesores  de  la  Carranza. — Libro  del  padre  Sartolo 
sobre  la  vida  de  Nicolás  Aillón. — Prohíbense  por  los  inquisidores 
varios  actos  literarios  


ÍNDICE  529 


CAPITULO  XXIII 


Pág. 


Quejas  de  la  Inquisición  contra  el  visitador  de  los  jesuítas. — Id.  del  arzo- 
bispo contra  los  inquisidores. — La  Inquisición  y  las  religiones. — Auto 
de  fe  de  28  de  noviembre  de  1719. — Id.  de  21  de  diciembre  de  1720. 
— Reos  penitenciados  hasta  1725. — Dos  causas  de  portugueses   235 

CAPITULO  XXIV 

Escándalo  producido  en  Buenos  Aires  por  los  sermones  de  un  franciscano. 
— Desinteligencias  entre  los  inquisidores. — Cargos  contra  Ibáñez. — 
Quejas  del  Tribunal  por  el  estado  a  que  habían  llegado  sus  nego- 
cios.— Es  penitenciado  el  inglés  Roberto  Shaw. — Auto  de  fe  de  12  de 
julio  de  1733. — El  Tribunal  intenta  procesar  a  don  Pedro  de  Peralta 
Barnuevo  por  haber  impreso  la  relación  de  esta  ceremonia. — Los 
Triunfos  deí  Santo  Oficio  peruano  y  el  nuevo  auto  de  23  de  diciem- 
bre de  1736. — Celébrase  otro  auto  de  fe  en  11  de  noviembre  del  año 
siguiente   247 

CAPITULO  XXV 

El  Consejo  reprende  a  los  inquisidores. — Vicios  cometidos  en  la  causa  de 
Ana  de  Castro. — Id.  del  padre  Ulloa. — Id.  de  Pedro  Núñez. — Dilapi- 
dación de  caudales. — Vida  escandalosa  de  Sánchez  Calderón  y  Unda. 
— Nómbrase  visitador  al  doctor  Arenaza. — Es  recibido  en  Lima  y  des- 
tierra a  sus  colegas. — Sus  procedimientos  en  el  Tribunal. — Su  amistad 
con  el  virrey  y  los  jesuítas. — Mándase  suspender  la  visita   273 

CAPITULO  XXVI 

Queda  Amusquíbar  solo  de  el  Tribunal. — Estado  en  que  éste  se  hallaba. — 
Terremoto  de  28  de  octubre  de  1746. — Auto  de  fe  de  19  de  octubre 
de  1749. — Detalles  de  la  causa  de  Juana  de  Loyola. — Nómbrase  inqui- 
sidor a  Diego  Rodríguez  Delgado. — Desavenencias  con  su  colega. — 
Cédula  de  20  de  julio  de  1751. — Muerte  de  Rodríguez. — Negociado 
de  dos  títulos  de  Castilla. — Quejas  contra  Amusquíbar. — Es  denuncia- 
do por  sospechoso  en  la  fe. — Francmasones  y  herejes. — Auto  de  fe  de 
6  de  abril  de  1761. — Causa  de  Francisco  Moyen   289 

CAPITULO  XXVII 

Auto  particular  de  fe  de  1.°  de  septiembre  de  1773. — Causas  falladas  por 
el  Tribunal  hasta  fines  del  siglo  pasado. — Reos  procesados  por  lectura 
de  libros  prohibidos. — Atrasos  que  experimentan  las  rentas  del  Santo 
Oficio. — Datos  acerca  de  algunos  de  sus  ministros. — Pónense  a  venta 
los  oficios  de  la  Inquisición. — Se  procesa  y  suspende  al  inquisidor 
Pedro  de  Zalduegui. — Ultimas  causas  de  fe. — Supresión  del  Santo  Ofi- 
cio.— Inventario  de  sus  caudales  y  efectos.— Saqueo  de  sus  oficinas  por 
el  pueblo. — Restablecimiento  del  Tribunal. — Su  abolición  definitiva.  327 

34 — La  Inquisición  de  Lima.  Tomo  II 


530 


J.  T.  MEDINA 


CAPITULO  FINAL 

Pág. 


Aplausos  tributados  al  Santo  Oficio  de  Lima  por  sus  contemporáneos. — 
Vastos  límites  de  su  jurisdicción. — Detalles  de  algunas  de  las  materias 
de  que  conocía. — La  coca  y  la  yerbamate. — Persecución  a  los  desafec- 
tos a  la  Inquisición. — Bula  de  Sixto  a  favor  de  los  inquisidores. —  Pro- 
tección y  privilegios  que  les  acuerda  el  Rey. — Disgustos  causados  por 
los  inquisidores  a  las  autoridades  del  virreinato. — Delitos  cometidos 
por  los  dependientes  del  Tribunal  que  quedan  impunes. — Ley  real  que 
exime  a  los  ministros  de  Ja  Inquisición  del  conocimiento  de  sus  causas 
por  la  justicia  ordinaria. — La  Audiencia  de  Lima  solicita  remedio  a 
los  abusos  de  la  Inquisición  en  este  punto. — El  Tribunal  niega  al  fiscal 
de  la  Audiencia  la  apelación  en  cierto  proceso. — El  Conde  del  Villar  de- 
nuncia el  proceder  arbitrario  de  los  inquisidores. — El  Marqués  de  Ca- 
ñete hace  otro  tanto. — La  Inquisición  deja  sin  efecto  una  provisión 
real. — Quejas  del  Cabildo  de  Lima. — Cédulas  de  concordia. — ^Conti- 
núan los  disgustos  con  las  autoridades. — Acusación  que  hace  a  los  in- 
quisidores don  Guillen  Lombardo. — Denunciación  del  Conde  de  Alba. 
— Cédula  de  1751  que  priva  del  fuero  activo  a  los  ministros  de  la  In- 
quisición.— Estos  se  hacen  aborrecibles  a  todo  el  mundo. — Estadística 
de  los  procesados. — Entre  las  costumbres  y  la  fe. — Las  costumbres  pe- 
ruanas según  el  Conde  del  Villar. — Disolución  de  los  frailes. — Edicto 
contra  los  solicitantes  en  confesión. — Medidas  tomadas  por  el  Marqués 
de  Castelfuerte  para  prevenir  los  amancebamientos. — Lo  que  refieren 

Freizier  y  Jorge  Juan. — Resumen  y  conclusión   351 

Lista  de  los  inquisidores  que  hubo  en  el  Tribunal  del  Santo  Oficio  de  Lima.  423 
Lista  de  las  personas  procesadas  por  el  Tribunal  del  Santo  Oficio  de  Lima, 

de  que  se  da  noticia  en  esta  obra   427 

Indice  alfabético  de  nombres  de  personas  citadas  en  el  Tomo  II   443 

Apéndice  documental   453 


FIN  DEL  TOMO  II  Y  ULTIMO 


Esía  segunda  edición  de  la  Historia  del  Tribunal  del  Sanio 
Oficio  de  la  Inquisición  en  Lima  se  íerminó  de  im- 
primir el  23  de  abril  de  1050  en  los  talleres 
de  la  imprenta  Nascimenlo,  sita  en 
Santiago  de  Chile,  calle  Artu- 
ro Prat  N."  142.8.  Tuvo  a 
su  cargo  la  edición 
don  Guiller- 
mo Feliú 
Cruz 


LAUS  DEO