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Full text of "La Ciudad de Dios"

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La  Ciudad  de  Dios 


Año  XL.--Núm.  1.119. 


LA 

Ciudad  de  Dios 

REVISTA  QUINCENAL 

RELIGIOSA,  CIENTÍFICA  Y  LITERARIA 


DEDICADA 


AL  GRAN  PADRE  SAN  AGUSTÍN 

PUBLICADA  POR  LOS  PP.  AGUSTINOS  DE  EL  ESCORIAL 


eon  aprobación  eclesiástica. 


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VOLUMEN  eXX 


REDACCIÓN  Y  ADMINISTRACIÓN 

REAL   MONASTERIO  DE   SAN   LORENZO  DE   EL   ESCORIAL    (maDRID) 

1920 


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Imprenta  Helénica. — Pasaje  de  la  Alhambra,  3.  Madrid. 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL 

EN  LA 

DETERMINACIÓN   DE   LA   PENA 


(Doctrina  de  los  antiguos  tratadistas  españoles  acerca  de  la  materia.) 

1.  Observaciones  preliminares.— 2.  Doctrina  general  de  nuestros  tratadistas 
sobre  la  amplitud  del  arbitrio  del  juez,  e  influencia  que  en  ellos  ejercieron 
las  ideas  de  Aristóteles  y  Santo  Tomás  en  este  punto.— 3.  Razones  de  orden 
político  y  jurídico  que  justifican  el  sistema  restrictivo  del  arbitrio,  o  la  su- 
bordinación del  juez  a  la  ley,  cuando  ésta  determina  y  tasa  la  pena.— 4.  Sal- 
vedad relativa  al  soberano  legislador,  al  ejercer  funciones  de  juez.— 5.  El 
arbitrio  judicial  en  las  penas  ordinarias,  atendiendo  a  las  condiciones  del 
delincuente  y  circunstancias  del  delito.— 6.  Extensión  de  la  facultad  del  juez 
en  las  penas  extraordinarias  o  arbitrarias,  y  casos  principales  en  que  éstas 
tenían  lugar.— 7.  Limitaciones  y  reglas  del  arbitrio  judicial.— 8.  Extralimita- 
ciones  de  los  jueces  en  la  determinación  y  aplicación  de  las  penas.— 9.  El 
arbitrio  en  relación  con  las  pruebas  judiciales:  soluciones  dadas  por  los  mo- 
ralistas al  caso  de  contradicción  entre  el  resultado  de  las  pruebas  y  la  ver- 
dad conocida  privadamente  por  el  juez. 

1. — La  máxima  nullam  crimen,  nulla  poena  sine  lege,  que  consa- 
gra el  imperio  absoluto  y  exclusivo  de  la  ley  en  materia  penal,  fué 
en  su  origen  un  principio  político  más  bien  que  jurídico,  consigna- 
do, por  lo  mismo,  en  las  modernas  Constituciones  políticas  de  los 
diversos  Estados,  y  significó  una  afirmación  de  los  derechos  del  hom- 
bre enfrente  del  poder  judicial,  una  garantía  de  los  derechos  indivi- 
duales contra  los  posibles  abusos  del  poder,  y  una  reacción  contra 
los  excesos  del  arbitrio  judicial  en  épocas  pasadas. 

De  un  extremo,  que  debe  calificarse  de  vicioso,  se  pasó  de  un 
salto  a  otro  extremo  más  vicioso  todavía.  Encerrado  el  juez  en  las 
estrechas  mallas  del  Código  y  reducido  a  aplicar  casi  automática- 
mente la  ley  a  los  casos  concretos,  se  ve  precisado  con  frecuencia  a 


6  EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

sustituir  la  conciencia  del  hombre  por  la  conciencia  del  juez;  se  en- 
cuentra en  la  imposibilidad  de  administrar  verdadera  justicia  mu- 
chas veces,  porque  la  ley  está  muy  lejos  de  responder  a  la  variadísi- 
ma realidad  de  los  hechos  en  asuntos  penales;  no  tiene  que  pensar 
en  la  individualización  de  la  pena,  cosa  tan  necesaria  para  los  fines 
de  la  misma,  y  se  hace  imposible  o  se  retarda  considerablemente  el 
beneficioso  progreso  del  derecho,  cuyo  primer  motor  debía  ser  el 
juez,  «ley  viva»,  como  le  llamaban  nuestros  antecesores. 

Por  estas  y  otras  causas,  es  manifiesta  y  lógica  la  tendencia  ac- 
tual— generalmente  llevada  hasta  la  exageración— a  exigir  de  la  ley 
una  flexibilidad  que  amplíe  el  arbitrio  discrecional  del  juez  y  le  per- 
mita más  libertad  de  acción  para  la  aplicación  de  los  preceptos  pe- 
nales a  las  casos  prácticos,  único  medio  de  realizar,  a  lo  menos  hasta 
cierto  punto,  aspiraciones  tan  importantes  como  la  de  la  individua- 
lización de  la  pena  y  otras  medidas  coercitivas.  Es  decir,  que  se  as- 
pira hoy,  así  por  la  generalidad  de  los  penalistas  como  por  las  no- 
vísimas legislaciones  penales,  a  volver  al  sistema  antiguo,  más  o  me- 
nos perfeccionado,  de  las  penas  discrecionales  y  arbitradas. 

Y  ocurre  aquí  un  fenómeno  muy  curioso.  Cuando  las  leyes  o  la 
costumbre,  por  las  deficiencias  o  inadaptación  de  aquéllas,  concedían 
al  juez  un  amplio  arbitrio  en  la  punición  de  los  delincuentes,  los 
moralistas  y  los  jurisconsultos  combatían  casi  unánimemente  seme- 
jante arbitrio,  y  defendían  como  un  ideal  el  posible  imperio  de  la 
ley.  Hoy,  en  cambio,  cuando  las  legislaciones  penales  han  realizado 
aquel  ideal  con  exceso,  se  le  combate  y  se  defiende  la  doctrina 
opuesta.  Es,  sin  duda  que,  como  todo  lo  humano,  uno  y  otro  siste- 
ma tienen  sus  ventajas  e  inconvenientes  respectivos,  y  apenas  se 
puede  aspirar  más  que  a  lo  menos  imperfecto  o  menos  malo. 

El  arbitrio  permitido  por  las  antiguas  leyes  a  los  jueces  en  ma- 
teria penal  no  fué  tan  amplio  como  vulgarmente  se  cree,  ni  los  jue- 
ces usaron  de  aquella  facultad  en  contra  de  los  «derechos  del  hom- 
bre», sino  comúnmente  en  favor  de  los  reos,  ni  los  abusos  extrale- 
gales fueron  quizás  tan  frecuentes  y  tan  graves  como  han  querido 
dar  a  entender,  así  los  escritores  de  la  época,  que,  tratando  de  refre- 
nar los  abusos,  naturalmente  habían  de  tender  a  exagerarlos,  como 
los  penalistas  modernos  más  o  menos  tocados  del  individualismo 
revolucionario. 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA  7 

Sea  como  quiera,  no  nos  proponemos  dilucidar  este  punto  his- 
tórico, sino  exponer  sencillamente,  y  casi  sin  comentarios,  las  doctri- 
nas de  nuestros  antiguos  tratadistas  acerca  de  la  cuestión  del  arbitrio 
judicial.  Los  numerosos  tratados  Dejustitia  eijiire  y  de  teología  mo- 
ral, las  obras  expositivas  de  la  Samma  de  Santo  Tomás  de  Aquino  y 
las  de  los  comentaristas  de  nuestro  derecho,  canonistas,  jurisconsul- 
tos y  criminalistas  españoles  de  los  siglos  XVI  y  XVII,  son  las  fuen- 
tes principales  de  este  estudio  (1). 

2.— Ya  en  pleno  siglo  XVI  se  suscitó  la  cuestión  radical  de  si 
sería  más  útil  encomendar  a  la  sabiduría  de  los  jueces  que  a  las  pres- 
cripciones legales  el  gobierno  de  la  sociedad  y  la  solución  de  los 
casos  de  derecho.  Gregorio  de  Valencia,  que  se  hizo  cargo  del  pro- 
blema, alega  en  favor  de  la  primera  solución,  que  parece  la  más  ra- 
zonable, si  se  tiene  en  cuenta  que  el  juez  es  la  justicia  animada  o  la 
«ley  viva»,  y  es  quien  mejor  puede  conocer  las  circunstancias  parti- 
culares de  cada  caso.  No  obstante — añade— es  preciso  sostener  lo 
segundo,  esto  es,  el  dominio  de  la  ley  sobre  el  arbitrio  judicial,  re- 
produciendo los  razonamientos  comunes  para  demostrarlo,  y  respon- 
diendo a  los  argumentos  contrarios  que  «las  prescripciones  legales 
no  impiden  que  el  magistrado  aprecie  las  circunstancias  particulares 
y  vea  en  los  casos  que  ocurren  hasta  qué  punto  debe  o  no  juzgar 
según  la  ley>  (2). 

Alfonso  de  Acevedo,  comentarista  de  nuestras  antiguas  leyes, 
indica  las  dos  opiniones  extremas  sobre  la  amplitud  del  arbitrio  ju- 
dicial, y  opta,  como  la  generalidad  de  los  autores,  por  un  término 
medio:  el  de  no  modificar  la  pena  legal  sin  discreción  y  a  cada 


(1)  Era  mi  plan  formar  un  derecho  penal  completo  y  sistemático  con  las 
doctrinas  de  nuestros  escritores  antiguos,  trabajo  muy  útil  que  no  se  ha  hecho 
hasta  ahora;  mas  como  esto  supone  el  estudio  de  algunos  centenares  de  obras, 
la  mayor  parte  muy  voluminosas,  y  algunos  años  de  trabajo  para  el  acopio  de 
materiales  que  podrían  resultar  inútiles,  porque  nadie  tiene  asegurada  la  vida, 
he  preferido  emprender  la  labor  con  una  serie  de  monografías  sobre  las  princi- 
pales cuestiones  de  derecho  penal,  hasta  donde  Dios  permita  que  llegue.  Si 
algo  útil  puedo  hacer,  a  lo  menos  eso  quedará. 

(2)  «Respondetur  disciplinam  legum  non  obstat  quominus  magistratus  ha- 
beant  rationem  circumstantiarum  particularium,ut  videant  in  casibus  occurren- 
tibus  quatenus  ex  lege  judicare  debeant  aut  no  debeant».  Commentaríorum  iheo- 
logicomm  íibri  qaatuor,  1592  (2.»  edición),  tom.  II,  disp.  VII,  quaest.  V,  punct.  3. 


8  EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DERERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

paso  (1).  «Máximo  y  principal  precepto  de  buen  gobierno— agrega 
más  adelante— es  que  nada  se  resuelva  fuera  de  la  ley  y  todo  según 
la  ley,  porque,  como  dijo  Platón,  solamente  el  modo  de  gobernar 
que  esto  practica  es  justo»  (2). 

Tal  fué  el  modo  de  pensar  de  nuestros  tratadistas,  siguiendo  la 
doctrina  de  Aristóteles,  que  defendió  la  gran  conveniencia  social  de 
someter  a  la  reglamentación  de  las  leyes  cuanto  por  ellas  pueda  ser 
regulado,  dejando  lo  menos  posible  al  arbitrio  de  los  jueces.  Prime- 
ro, porque  es  más  fácil  encontrar  uno  o  pocos  hombres  sabios  para 
legislar  que  muchos.  Segundo,  porque  las  leyes  pueden  formularse 
después  de  una  larga  meditación,  mientras  los  juicios  tienen  que  ser 
rápidos,  y  esto  hace  difícil  para  los  jueces  la  buena  administración 
de  justicia.  Tercero,  y  principalmente,  porque  el  juicio  del  legislador 
no  se  refiere  a  los  casos  particulares  y  presentes,  sino  a  los  futuros 
y  en  forma  general,  mientras  el  juez  juzga  de  lo  presente  y  concreto. 
De  donde  resulta  que,  hallándose  el  juez  sometido  a  los  sentimien- 
tos del  amor  y  el  odio,  y  pudiendo  tener  la  causa  que  juzga  conexión 
con  su  utilidad  propia,  no  esté  en  condiciones  de  apreciar  la  verdad 
y  las  pasiones  ofusquen  su  juicio.  Por  lo  cual  afirmamos  que  debe 
concederse  al  juez  las  menores  facultades  posibles.  Mas  por  lo  que 
toca  a  si  el  hecho  es  o  no  es  y  cómo  es,  la  ley  no  puede  determi- 
narlo, y  queda  por  necesidad  a  la  ciencia  del  juez  (3). 

No  menos  que  esta  doctrina  de  Aristóteles  influyó  en  nuestros  teó- 
logos y  jurisconsultos  la  de  Santo  Tomás,  que  es  también  restrictiva 
en  lo  que  se  refiere  al  arbitrio  judicial.  «De  otro  modo— dice— se 


(1)  «Sed  Ínter  haec,  médium  est  eligendum,  scilicet,  quod  non  passim  et 
sine  discretione  est  poena  minuenda.»  Commentariorum  juris  civilis  in  Hispa- 
niae  regias  constituiiones.  Lib.  VII,  tít.  I,  lex  I,  n.  29. 

(2)  «Máximum  enim  et  praecipuum  optimae  gubernationis  praeceptum  est 
ut  nihil  praeter  leges,  omnia  vero  secundum  leges  fíant,  nam,  ut  inquit  Plato, 
ea  sola  recta  gubernatio  est  quae  id  effícit.»  Ibid.,  tít.  XXVI,  lex  XIV,  núm.  1. 

(3)  He  aquí  las  palabras  del  filósofo  griego,  según  la  traducción  latina: 
«Máxime  igitur  convenit  ut  quae  rectae  positae  sunt  leges  cuneta  ipsae  expli- 
cent  quae  explicari  queant,  et  quam  mínima  judicibus  relinquant.  Primum,  quia 
unum  aut  paucos  prudentes,  qui  leges  ferré  aut  judicare  possint,  facilius  est  in- 
venire  quam  multos.  Deinde,  quoniam  longi  temporis  consideratione  leges 
feruntur,  judicia  brevissime  conficiuntur,  difficile  est  ut  bene  a  judicibus  jus- 
tum  et  conducibile  distribuatur.  Illud  autem  omnium  máximum  est  quod  legis- 
latoris  judicium  non  de  singulis  nec  de  praesentibus,  sed  de  universalibus  et 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA  9 

encuentra  impedido  (el  juez)  por  parte  de  la  república,  cuya  potes- 
tad representa  y  a  cuyo  bien  interesa  que  los  malhechores  sean  pe- 
nados... Porque  el  juez  inferior  no  tiene  facultad  para  absolver  al 
reo  de  la  pena,  contra  las  leyes  que  le  han  sido  impuestas  por  el  su- 
perior» (1). 

Fundados  nuestros  autores  en  la  máxima  de  ser  más  fácil  dictar 
buenas  leyes  que  aplicarlas,  y  legislar  que  resolver  los  casos  concre- 
tos, en  que  se  mezclan  tantos  intereses  y  pasiones,  deducen  en  con- 
clusión la  necesidad  social  y  jurídica  de  afianzar  el  imperio  de  la  ley 
y  dejar  al  arbitrio  del  juez  solamente  lo  que  aquélla  no  puede  deter- 
minar (2). 

Casi  todos  los  razonamientos  se  reducen  a  reproducir  y  ampliar 
los  que  quedan  apuntados  de  Aristóteles.  Véanse  por  vía  de  ejem- 
plo, las  siguientes  palabras  de  Luis  Medina,  relativas  a  la  prepon- 
derancia de  la  ley  sobre  el  arbitrio  judicial.  «La  razón  de  esto  es, 
por  ser  más  fácil  encontrar  uno  o  pocos  hombres  prudentes  que 
formen  las  leyes,  auxiliados  por  la  propia  experiencia  y  las  leyes 
dadas  en  otros  pueblos,  y  las  impongan,  ya  a  los  subditos,  para  que 
las  cumplan...,  ya  también  a  los  jueces  y  funcionarios  de  las  diver- 
sas ciudades  y  lugares,  que  las  hagan  observar  y  según  ellas  juz- 
guen, que  encontrar  tanta  muchedumbre  de  hombres  sabios  y  pro- 
bos que,  sin  el  auxilio  de  las  leyes,  prescriban  lo  que  conviene  a 
los  subditos  y  puedan  juzgarlos  en  cuantos  casos  ocurran...  Otra 
razón  es,  porque  las  leyes  se  dan  para  lo  futuro  y  de  un  modo  gene- 
ral, sin  referirse  a  persona  particular  alguna,  por  lo  cual  no  es  de  te- 


futuris  est;  senator  vero  et  judex  de  praesentibus  jam  determinatisque  judi- 
cant.  Unde  fit  ut,  cum  ament  et  oderint,  sua  quoque  utilitas  connexa  sit,  non 
satis  queant  veritatem  perspicere,  sed  propria  voluptas  vel  dolor  judicia  sua 
obumbret.  Quare  minimam  ceterarum  rerum  protestatem  judici  tribuendam 
dicimus;  factum  vero  esse  aut  non  esse,  et  fore  aut  non  fore,  haec  omnia,  cum 
non  possit  lator  legis  providere,  judicibus  relinquenda  necessario  sunt».  Rhe- 
toric.  lib.  I,  cap.  I. 

(1)  «Alio  modo,  impeditur  ex  parte  reipublicae  cujus  potestate  fungitur,  ad 
cujus  bonum  pertinet  quod  malefactores  puniantur...  Judex  enim  inferior  non 
habet  potestatem  absolvendi  reum  a  poena  contra  leges  a  superiore  sibi  im- 
positas».  2,  2.,  quaest.  67,  art.  IV. 

(2)  «Quare  melius  est  ut,  quam  máxime  fíeri  possit,  cuneta  legibus  expli- 
centur,  judicibus  autem  nonnisi  minima,  quae  lege  determinari  nequeunt,  relin- 
quatur».  Soto,  De  justicia  etjure,  ed.  de  1589,  lib.  I,  quaest.  V,  art.  I. 


10        EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

mer  que  en  su  confección  se  mezclen  respetos  o  afectos  particulares 
que  las  puedan  torcer,  mientras  los  jueces,  en  los  casos  concretos,  si 
juzgaren  sin  leyes  establecidas  previamente  por  otros,  y  que  han  de 
observar,  fácilmente  podrían  apartarse  de  lo  recto,  por  afecto  al  ac- 
tor o  al  reo,  o  dejarse  corromper  por  súplicas  o  dinero.  Últimamen- 
te, porque  cuando  las  leyes  se  han  dado  de  antemano  y  son  comu- 
nes a  todos  aquellos  a  quienes  se  manda  o  prohibe  algo  o  se  amena- 
za con  una  pena,  no  es  su  ejecución  tan  molesta  y  odiosa  a  los  sub- 
ditos como  cuando  el  juez  o  el  superior  lo  establece  o  ejecuta  en  el 
acto,  ni  se  da  lugar  a  las  quejas  contra  el  juez  o  el  superior  que  ha- 
cen observar  lo  que  ya  estaba  determinado  por  las  leyes»  (1). 

3. — Alfonso  de  Castro  agrega  otra  razón  de  política  penal— cuyo 
valor  es  hoy  muy  discutible,  dado  nuestro  sistema  de  penalidad — 
que  consiste  en  optar  por  la  determinación  legal  de  la  pena,  para 
dar  a  ésta  más  eficacia  intimidadora.  «No  basta  — dice  — para  la  ob- 
servancia de  las  leyes,  que  éstas  amenacen  con  una  pena  (indeter- 
minada), remitiéndola  al  arbitrio  del  juez,  para  que  él  imponga  al 
transgresor  la  que  le  plazca;  es  necesario  muchas  veces  que  la  mis- 
ma pena  sea  expresa  y  limitada,  porque  las  cosas  que  se  conciben 
en  particular  mueven  y  atemorizan  más  el  ánimo  de  los  hombres 


(I)  «Ratio  autem  in  prímis  est,  quoniam  facilius  est  nuum  aut  paucos  pru- 
dentes repetiré,  qui  leges  condant,  adjuti  longa  experientia  ac  legibus  in  alils 
rebuspublicis  latis,  casque  praescribant,  tum  subditis  ut  eas  servent...,  tum 
etiam  judicibus  ac  praepositis  diversarum  civitatum  ac  locorum,  qui  eas  serva- 
ri  curent  et  juxta  lilas  judicent,  quan  reperire  tantam  multitudinem  prudentum 
ac  proborum  qui,  sine  legum  adjutorio,  et  subditis  praecipiant  quae  oportet, 
et  eos  judicare  in  singulis  eventibus  possint.,.  Ratio  tertio  est,  quoniam  le- 
ges de  futuris  atque  in  universali  constituuntur,  nullas  personas  particulares 
tune  attingendo  ac  respiciendo,  eaque  de  causa,  in  illis  ferendis  personarum 
particularium  respectus  variique  circa  illas  affectus  qui  a  recto  deviari  effi- 
ciant,  non  est  cur  timeatur.  Judices  vero,  in  particularibus  eventibus,  si  sine 
legibus  prius  ab  aiiis  statutis,  quas  sequi  in  judicando  tune  tenerentur,  judi- 
carent,  facile  affectu  circa  actorem  aut  reum  pecuniaque  aut  precibus  corrum- 
pi  possent  ut  a  justo  deviarent.  Ratio  item  quarto  est,  quoniam  quando  leges 
jam  antea  sunt  statutae  communes  ómnibus  quibus  oliquid  praecipitur,  prohi- 
betur  aut  punitur  poena  aliqua,  non  est  adeo  subditis  molestum  ac  odiosum, 
etiam  dum  executioni  mandatur,  quam  esset  si  judex  aut  praelatus  id  tune  sta- 
tueret  ac  executioni  mandaret,  ñeque  est  locus  quaerimoniis  adversus  judicem 
aut  praelatum  quod  id  observare  faciat  executionique  mandet  quod  antea  legi- 
bus erat  statutum.»  Dejustitia  etjure,  ed.  de  1593,  tract.  V,  disp.  68,  núm.  2. 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA  1 1 

de  malos  instintos  que  cuando  se  perciben  bajo  un  concepto  uni- 
versal... Además,  la  misma  ley  es  más  firme  y  constante  y  menos 
expuesta  a  apartarse  de  lo  recto  que  el  juez,  por  lo  cual  necesaria- 
mente ha  de  ser  aquélla  más  temible  que  éste.»  (1). 

A  estas  razones  de  política  legal  agregaron  los  tratadistas  otras 
de  carácter  más  jurídico,  para  limitar  en  lo  posible  el  arbitrio  judi- 
cial. Nos  referimos  a  las  razones  deducidas  de  la  misión  propia  del 
juez  respecto  al  derecho  y  su  obligación  ante  el  precepto  de  la  ley. 
Juega  aquí  un  papel  importante  la  antigua  división  de  las  leyes  pe- 
nales—más propia  del  derecho  canónico  que  del  civil— en  leyes 
latae  sententiae,  que  imponen  la  pena  ípso  fado,  y  se  dirigen,  por 
tanto,  al  reo,  y  hs  ferendae  sententiae,  que  más  directamente  se  diri- 
gen al  juez. 

«Dos  aspectos— dice  Francisco  Suárez— tiene  la  ley  penal:  uno, 
el  que  se  refiere  a  los  subditos  cuyos  hechos  prohibe  o  manda...,  y 
otro,  el  que  se  refiere  al  juez...  La  ley  penal  obliga  al  juez  a  juzgar 
según  ella,  y  a  penar  al  reo  suficientemente  convencido  del  crimen... 
Porque  si  la  ley  penal  impone  la  pena  tpso  fado,  no  corresponde 
propiamente  al  juez  imponerla,  sino  dictar  sentencia  sobre  el  delito 
y  ejecutar  la  pena.  Ambas  cosas  caen  evidentemente  bajo  la  obliga- 
ción del  juez:  la  primera,  porque  está  obligado  a  sentenciar  según 
la  verdad  probada;  la  segunda,  porque  es  ministro  y  ejecutor  de  la 
justicia.  Y  aunque  parece  que  esta  obligación  se  deriva  más  bien 
del  mismo  oficio  del  juez  y  de  la  ley  naturalque  de  la  ley  que  esta- 
blece la  pena,  sin  embargo,  aún  puede  decirse  que  se  deriva  de  esta 
última  ley,  porque  en  virtud  de  ella  solamente  se  determina  y  con- 
creta la  obligación  de  aplicar  tal  pena  más  bien  que  cualquiera 
otra.»  (2). 


(1)  «Nec  satis  est  ad  legum  observationem  poenam  per  legem  minari,  et 
illam  judiéis  arbitrio  committere,  ut  quam  ille  voluerit  transgressori  poenam 
¡nfligat;  sed  necessarium  est  saepe  poenam  ipsam  esse  expressam  et  limitatam, 
quia  quae  sic  particuíariter  concipiuntur  magis  movent  et  terrent  improborum 
hominum  mentes  quam  si  universali  conceptu  percipiantur...  Deinde,  fírmior 
et  constantior  est  ipsa  lex,  et  minus  potest  a  rectitudine  deflecti  quam  judex, 
et  inde  evenire  necesse  est  ut  saepe  magis  illa  timeatur  quam  ille.»  De  potes- 
iate  legis  poenalis,  ed.  de  1568,  lib.  I,  cap.  VI. 

(2)  «Dúos  respectus  habet  lex  poenalis:  unus  est  ad  subditos  quorum  facta 
prohibet  aut  praecipit...  alius  est  ad  judicem...  Dicendum  est  hujusmodi 


12        EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

La  cuestión  no  cambia  substancialmente  cuando  la  ley  se  dirige 
al  juez  y  exige  previa  sentencia  que  determine  la  pena.  También  en 
este  caso  la  ley  obliga  al  juez  a  imponerla,  y  de  esta  obligación  se 
deriva  otra,  esto  es,  la  ejecución  de  la  pena  impuesta,  después  de  la 
sentencia  condenatoria,  para  que  ésta  no  resulte  inútil.  <Se  demues- 
tra lo  primero  porque  la  ley  que  impone  pena  determinable  por 
sentencia  ulterior  (sententia  ferenda),  aun  bajo  este  aspecto  es  ver- 
dadera ley,  y  en  cuanto  tal,  más  se  dirige  al  juez  que  al  reo,  hasta  el 
punto  de  decir  Castro  que  sólo  tiene  razón  de  ley  respecto  del 
juez...,  porque  a  éste  se  dirigen,  por  su  naturaleza,  las  palabras  de 
la  ley.  En  segundo  lugar,  puede  agregarse  la  razón  de  que,  por  el 
hecho  de  la  pena  de  la  ley,  queda  obligado  el  juez,  por  razón  de  su 
oficio,  a  imponerla.  Y  se  prueba  esto,  porque  está  obligado  a  guar- 
dar la  equidad  natural  en  la  aplicación  de  la  pena,  siendo  como  es 
juez  de  justicia.  Dada  la  ley,  resulta  determinada  esta  equidad,  por- 
que si  antes  de  la  ley  sólo  era  equidad  natural,  que  debía  apreciar 
y  cumplir  el  juez  según  su  prudente  arbitrio,  dada  la  ley,  resulta 
una  equidad  legal  que  también  debe  cumplir  el  juez,  porque  es 
custodio  y  ejecutor  de  las  leyes,  y  como  la  ley  animada.  >  (1). 


legem  obligare  judicem  ut  secundum  illam  judicet  et  puniat  reum  sufficienter 
de  crimine  convictum...  Quia  si  lex  poenalis  imponat  poenam  ipso  facto,  ad 
judicem  proprie  non  spectat  poenam  imponere,  sed  sentcntiam  superdeiictum 
proferre  et  executioni  poenae  incumbere.  Utrumque  autem  horum  manifesté 
cadit  sub  obligationem  judicis:  primum  quidem,  quia  tenetur  secundum  veri- 
tatem  probatam  proferre  sententiam;  secundum  autem,  quia  est  minister  et 
executor  justitiae.  Et  quamvis  haec  obligatio  magis  ex  muñere  ipso  et  lege 
naturali  quam  ex  lege  puniente  reum  oriri  videatur,  nihilominus  etiam  dici 
potest  oriri  ex  tali  lege,  quia  nonnisi  ratione  illius  determinatur  obligatio 
exequendi  talem  poenam  potius  quam  aliam.»  Traciatus  de  legibus  ac  Deo  legis- 
latore,  lib.  V,  cap.  XI,  núms.  1-2. 

(1)  «At  vero  si  lex  imponat  poenam  ferendam,  obligat  judicem  ut  illam 
imponat,  et  inde  etiam  sequitur  altera  obligatio,  scilicet,  ut  post  condemna- 
tionem,  illam  exequi  faciat  ne  inutilis  et  frivola  sit  condemnatio...  Primum 
autem  ostenditur,  quia  lex  imponens  poenam  ferendam,  etiam  sub  ea  ratione 
est  vera  lex,  et  ut  sic,  magis  fertur  ad  judicem  quam  ad  reum,  adeo  ut  Castro 
supra  dixerit  solum  habere  rationem  legis  respectu  judicis...  nam  ex  natura 
reí,  ad  judicem  diriguntur  verba  legis.  Secundo  explicari  potest  ratio,  quia  eo 
ipso  quod  lex  taxat  poenam,  tenetur  judex  ex  vi  sui  muneris  ad  imponen- 
dam  illam.  Probatur,  quia  tenetur  servare  aequitatem  in  poena  imponen- 
da,  cum  sit  judex  justitiae;  haec  autem  aequitas  resultat  posita  lege,  nam 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA  13 

La  misma  obligación  de  no  traspasar  el  juez  los  términos  expre- 
sados por  la  ley,  aumentando  o  disminuyendo  la  pena,  deduce  el 
autor  del  concepto  de  justicia  conmutativa,  concibiendo  la  pena 
como  una  deuda  derivada  del  delito,  cuya  cuantía  está  fijada  por  la 
ley.  De  aquí  que  el  juez  que  impusiere  una  pena  más  grave  que  la 
determinada  por  la  ley,  haría  pagar  al  reo  más  de  lo  que  debe,  y  co- 
metería una  injusticia  (1). 

La  misma  doctrina  había  defendido  antes  Alfonso  de  Castro.  Re- 
firiéndose a  la  pena  tasada  por  la  ley,  dice  así.  <Si  la  ley  penal  esta- 
blece contra  el  reo  una  pena  cierta  y  tasada  que  haya  de  ser  impues- 
ta por  el  juez,  no  puede  éste  sin  culpa  remitir  aquella  pena.  Esta 
conclusión  se  prueba  de  muchas  maneras.  Primeramente,  por  la 
primacía  y  el  poder  que  la  ley  tiene  sobre  el  juez,  como  sobre  aque- 
llos que  por  el  juez  han  de  ser  juzgados;  porque  no  está  la  ley  some- 
tida al  juez,  sino  el  juez  es  el  que  está  sometido  a  las  leyes,  para  que 
según  ellas  juzgue  y  no  según  su  arbitrio.»  (2). 

La  doctrina  de  los  demás  moralistas  y  jurisconsultos  acerca  del 
arbitrio  judicial,  en  el  supuesto  a  que  aquí  nos  referimos,  esto  es, 


ante  illam,  solum  erat  aequitas  naturalis  quam  prudenti  arbitrio  discernere  et 
servare  tenetur  judex;  posita  autem  lege,  resultat  aequitas  legalis,  quam 
etiam  servare  debet,  quia  est  custos  et  executor  legum,  et  quasi  animata  lex.» 
Ibid.,  núm.  3.— La  misma  idea  expresan  estas  breves  palabras  de  Juan  de  Sa- 
las: «Ante  legem,  solum  tenetur  judex  aequitatem  naturalem  in  poena  servare; 
post  legem,  tenetur  ex  legali  aequitate  taxatam  poenam  imponere.>  Tractatus 
de  legibüs,  in  l.<^m  2.ae  Sancti  Ihomae,  1611,  quaest.  96,  tract.  XIV,  disp.  XV, 
sect.  VIH. 

(1)  «Ratio  est,  quia  non  potest  a  reo  juste  exigi  plus  quam  debeat,  sicut 
ñeque  a  quolibet  debitore;  posita  autem  lege  taxante  talem  poenam,  qui  con- 
tra illam  committit  fít  reus  et  debitor  talis  poenae,  et  non  majoris;  ergo  quic- 
quid  mali  ultra  illam  infertur  hujusmodi  reo,  non  est  poena,  sed  injuria.»  Ibíd. 
número  4. 

(2)  «Si  lex  poenalis  statuat  poenam  aliquam  contra  reum  certam  et  taxatam, 
a  judice  inferendam,  non  potest  judex  sine  culpa  sua  poenam  illam  remitiere. 
Haec  conclusio  multiplicer  probatur.  Primo,  ex  primatu  et  principatu  quem  lex 
habet  supra  judicem,  sicut  supra  eos  qui  a  judice  judicandi  sunt.  Non  est  enim 
lex  subjecta  judici,  sed  judex  est  sujectus  legibus,  ut  secundum  illas  judicare 
teneatur,  et  non  ex  arbitrio  suo.»  Ob.  cit.,  lib.  II,  cap.  XII.— La  misma  razón 
alega,  entre  tantos  otros,  Pedro  de  Aragón:  «Sunt  enim  (judices)  subditi  atque 
subjecti  illis  legibus,  et  sic  contra  eas  faceré  non  possunt.»  In  Secandam  Secan' 
dae  Divi  Thontae,  Doctorís  Angelici  commentaria.  Dejustitia  etjare,  ed.  de  1590, 
quaest.  60,  art.  V. 


14         EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

cuando  la  ley  determina  la  pena,  impóngala  ¿pso  fado  o  encomien- 
de su  imposición  al  juez,  es  la  misma  que  queda  expuesta,  sin  que 
en  su  exposición  se  encuentren  variantes  de  importancia.  Veamos, 
sin  embargo,  algunos  otros  textos. 

Aludiendo  el  moralista  Lugo  a  la  citada  distinción  de  la  pena 
impuesta  ipso  jare  y  la  encomendada  a  la  sentencia  judicial,  pero 
determinada  previamente  por  la  ley,  dice  así:  *Si  lo  primero,  ya  no 
corresponde  al  juez  otra  cosa  que  declarar  el  delito  cometido  y  eje- 
cutar la  pena,  mas  no  imponerla.  Si  lo  segundo,  el  juez  está  obliga- 
do en  virtud  de  la  ley  a  imponer  aquella  pena...  Porque,  ¿qué  otra 
cosa  es  tal  ley  sino  preceptuar  a  los  jueces  la  imposición  detal  pena 
por  tal  delito?  Luego,  no  pudiendo  el  juez  inferior  dispensar  la  ley 
de  su  superior,  no  puede  dejar  de  aplicar  aquella  pena.»  (1). 

Casi  las  mismas  palabras  emplea  otro  moralista,  Fernando  de 
Castro-Palao  (2);  y  en  otro  lugar,  tratando  de  la  cuestión  bajo  un 
aspecto  algo  diferente,  manifiesta  la  imposibilidad  jurídica  del  juez 
para  modificar  la  pena  determinada  por  la  ley,  lo  mismo  antes  de 
incurrir  en  ella  el  culpable  que  al  dictar  la  sentencia  y  después  de 
la  sentencia.  «Si  la  pena — dice — ha  sido  establecida  ipso  jure  por  ley, 
costumbre  o  estatuto  para  un  determinado  delito...  ningún  juez  infe- 
rior al  legislador  está  facultado  para  impedir  que  quien  cometa  tal 
delito  incurra  en  tal  pena,  ya  porque  en  ninguna  parte  consta  que 
haya  sido  dada  aquella  facultad  a  los  inferiores,  ya  porque  esto  no 


(1)  «Poena  quae  statuitur  per  legem,  vel  imponitur  ipso  facto,  vel  solum 
statuitur  imponenda.  Si  primum,  jam  non  pertinet  ad  judicem  nisi  declarare 
delictum  commissum  et  exequi  poenam,  non  vero  illam  imponere.  Si  secundum, 
judex  tenetur  ex  vi  legis  ad  imponendam  illam  poenam...  Quid  enim  aliud  est 
illa  lex  nisi  praeceptum  judicibus  de  imponenda  tali  poena  pro  tali  delicto? 
Cum  ergo  judex  inferior  non  possit  dispensare  in  lege  sui  superioris,  non 
potest  non  imponere  illam  poenam. >  Disputationum  de  jastiüa  et  Jare,  edición 
de  1652,  disp.  XXXVII,  sect.  VIH,  núm.  89. 

(2)  «Vel  lex  imponit  poenam  ipso  facto,  vel  signat  ferendam:  si  constituit 
ipso  facto,  judex,  declarans  delictum,  eo  ipso  declarat  poenam  incursam,  ñe- 
que hanc  incursionem  potest  ipse  impediré,  alias  legislatore  esset  superior. 
Si  autem  est  ferenda  poena,  et  judex  procedit  ad  punitionem  delicti,  cura  ne- 
cessario  aliqua  regula  regi  debeat,  ut  aequitatem  servet,  et  hac  nulla  alia  ap- 
tior  esse  possit  quam  lex,  legi  debet  conformari.»  Summa  moralis,  vel  Operis 
moralis  de  virtutibus  ei  vitiis  contrariis  in  varios  tractatus  et  dispatationes  theolo- 
gicas  distributi.  Opera  omnia,  ed.  de  1700,  tract.  III,  disp.  II,  punct.  6. 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA  15 

sería  conveniente,  debiendo  ser  la  pena,  antes  del  delito,  un  medio 
de  evitar  que  se  cometa.  Cuando  se  ha  de  hacer  ejecutar  la  pena  es- 
tablecida por  la  ley,  no  le  es  lícito  al  juez,  sin  causa  legítima,  dismi- 
nuirla ni  aumentarla...  La  razón  es,  porque  en  vano  habría  ordenado 
tal  pena  la  ley  si  al  juez  le  fuera  h'cito  atenuarla  o  remitirla  sin  causa. 
Al  arbitrio  del  juez  queda  sometido  el  hecho,  mas  no  la  pena.»  (1). 

Esta  doctrina  fué  seguida,  con  más  o  menos  rigor,  por  todos  los 
jurisconsultos.  Pedro  Núnez  de  Avendaño,  que  fué  uno  de  los  que 
más  extremaron  el  imperio  de  la  ley  sobre  el  arbitrio  judicial,  afirma 
que  cuando  la  pena  está  tasada  por  la  ley,  el  juez  no  puede  cambiar- 
la por  ningún  motivo  (2);  que  esto  se  ha  de  entender,  no  sólo  de 
las  penas  legales,  sino  también  de  las  consuetudinarias  y  estatuta- 
rias (3);  que  se  presume  dolo  en  el  juez  que  traspasa  la  forma  de  la 
ley  en  la  aplicación  de  las  penas  (4);  finalmente,  que  allí  donde  la 
pena  está  determinada  por  la  ley,  cesa  el  arbitrio  judicial  (5), 

«El  juez,  al  dictar  sentencia— agrega  el  criminalista  Luis  de  Pe- 
gara—, debe  seguir  siempre  las  penas  ordinarias  y  establecidas  por 
las  leyes,  y  no  puede  temerariamente  y  a  su  arbitrio  aumentarlas, 
atenuarlas,  variarlas,  torcerlas  o  infringirlas. >  (6). 


(1)  «Si  poena  sit  a  lege,  consuetudine  vet  statuto  imposita  ipso  jure  pro 
aliquo  delicto...,  nullus  inferior  legislatore  impediré  potest  ne  committens 
illud  delictum  taiem  poenam  contrahat,  tum  quia  nullibi  habeíur  talem  po- 
testatem  inferioribus  esse  datam,  tum  quia  id  non  erat  expediens,  cum  poe- 
na ante  commissum  delictum  detinet  ne  committatur.  Quando  poena  executio- 
ni  mandanda  est  per  judicem,  et  poena  est  a  lege  statuta,  non  licet  judi- 
ci  absque  causa  poenam  minuere  ñeque  augere...  Ratio  est,  quia  frustra  esset 
poena  constituía  a  lege,  si  judici  absque  causa  liceret  eam  minuere  vel  remit- 
iere; arbitrio  enim  jiídicis  factum  conmittitur,  non  poena.»  Ob.  cit.,  tract.  III, 
disp.  VI,  punct.  6. 

(2)  «Poena  a  lege  taxata  in  tantum  est  a  judice  sequenda,  quod  etiam  prop. 
ter  nobilitatem  personarum  non  licet  dictam  poenam  mutare.»  De  exequendis 
mandaiis  regum  Hispaniae,  1593,  part.  íl,  cap.  XVI,  núm.  3. 

(3)';  ■  «Non  solum  in  poenis  legalibus  hoc  tenendum  est,  sed  etiam  in  consue- 
tudinariis  vel  statutariis,  nam  ab  istis,  sicut  a  legibus,  non  licet  recedere  ñe- 
que in  ordinariis  ñeque  in  extraordinariis  criminibus.>  Ibid.,  núm.  5. 

(4)  <Si  judex  transgreditur  in  poenis  imponendis  formam  legis,  eo  ipso 
praesumitur  in  dolo. »  íbíd. 

(5)  «Ubi  a  lege  poena  est  imposita,  ibi  non  habet  locum  et  cessat  judiéis 
arbitrium.»  Ibíd.  núm.  6. 

(6)  «Judex  in  ferenda  sententia  perpetuo  sequi  debet  poenas  ordinarias  et 


16         EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

4. — En  la  doctrina  expuesta,  los  autores  se  refieren  siempre  a  los 
jueces  inferiores  al  legislador,  y  suelen  hacer  una  salvedad  respecto 
del  soberano  al  ejercer  funciones  judiciales  en  causa  criminal.  No 
todos,  sin  embargo,  están  conformes  sobre  este  punto.  Pedro  de 
Aragón  afirma  categóricamente  que  «también  el  soberano  está  obli- 
gado a  juzgar  según  la  ley  escrita  en  cuanto  a  la  mente  y  la  inten- 
ción de  la  misma  ley.>  (1). 

Esta  fué  también  la  opinión  de  Soto,  que  no  hace  diferencia  al- 
guna entre  el  juez  supremo  y  los  inferiores,  en  el  supuesto  a  que  nos 
referimos,  y  no  andan  lejos  de  pensar  así  los  moralistas  que  recono- 
cen tal  potestad  en  el  legislador  juez,  por  las  restricciones  a  que  la 
someten.  Suárez,  por  ejemplo,  distinguiendo  el  aspecto  moral  y  el 
jurídico  de  la  cuestión,  afirma  que  es  clara  la  diferencia  entre  el  juez 
ordinario  y  el  soberano  en  el  fuero  externo,  porque  el  primero  no 
puede  remitir  la  pena  y  el  segundo  puede  hacerlo  impunemente; 
mas  en  el  fuero  interno  parece  difícil  establecer  aquella  diferencia, 
porque,  o  se  trata  de  remitir  la  pena  sin  razón  y  por  solo  el  querer 
de  la  voluntad,  o  mediando  causa  justa.  Si  lo  primero,  no  es  lícito 
al  príncipe  hacerlo  en  conciencia,  porque,  como  hemos  dicho,  la  ley 
justa  obliga  al  príncipe  en  cuanto  a  su  fuerza  directiva;  si  lo  segundo, 
también  en  ese  caso  el  juez  inferior  puede  remitir  la  pena  legal»  (2). 

Admite,  sin  embargo  una  facultad  más  amplia  en  el  juez  supre- 
mo que  en  el  ordinario,  porque  a  éste  sólo  le  es  permitido  modificar 
la  pena  de  la  ley  en  los  casos  expresados  por  el  derecho  o  estableci- 
dos por  la  costumbre,  mientras  aquél  puede  hacerlo  por  otras  diver- 
sas causas,  como  la  de  manifestarse  liberal  y  benigno,  en  gracia  de 


in  legibus  constituías,  ñeque  illas  temeré  potest  suo  arbitrio  augere,  minuere, 
variare,  inflectere  ant  infringere.»  Liber  guaestionum  criminaliam  in  acta  prac- 
tico frequentium  et  máxime  conducibiliam,  ed.,  de  1585,  cap.  VII,  núm.  14. 

(1)  «Non  soium  judices  inferiores,  sed  etiam  princeps  tenetur  judicare  se- 
cundum  legem  scriptam,  quantum  ad  mentem  et  intentionem  ipsius  legis.> 
Ob.  y  lugar  citados. 

(2)  In  foro  conscientiae  videtur  difficilis  ea  differentia...,  quia  vel  est  ser- 
mo  de  remissione  ex  sola  volúntate  sine  ratione,  vel  ex  causa  justa.  Prior 
modus  etiam  principi  non  licet  |  in  conscientia,  quia  supra  dictum  est  legem 
justam  obligare  principem  quoad  vim  directivam.  Posteriori  autem  modo, 
etiam  inferior  judex  potest  interdum  remittere  poenam  legis.»  Ob.  cit.,  lib.  V, 
cap.  XI,  núm.  8. 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA  17 

otro  soberano  que  lo  pide,  por  la  utilidad  pública  de  la  persona  cul- 
pable, etc. 

<Existe  además— añade — ,  otra  diferencia;  que  el  principe  puede 
de  antemano,  por  decirlo  así,  conceder  a  uno  el  pri\filegio  de  no 
serle  aplicable  tal  pena,  cosa  que  no  pueden  hacer  los  jueces  inferio- 
res. Y  otra  diferencia  señalan  también  la  Glosa  y  los  doctores;  que 
el  juez,  aunque  tenga  facultad  para  templar  la  pena  antes  de  la  sen- 
tencia, después  nada  puede  hacer,  porque  ya  terminó  su  misión; 
pero  el  príncipe  puede  hacerlo  antes  o  después,  siempre  que  no  le- 
sione el  derecho  de  otro  o  sea  en  daño  de  tercero.»  (1). 

5. —Hasta  aquí  la  parte  negativa  de  la  cuestión,  o  sea,  los  casos 
en  que  se  exige  al  juez  la  subordinación  más  o  menos  absoluta  a  las 
leyes  en  la  aplicación  de  las  penas.  Resumiendo  en  pocas  palabras 
lo  dicho  anteriormente,  resulta  que  toda  la  doctrina  de  los  antiguos 
tratadistas  acerca  del  arbitrio  judicial,  cuando  la  ley  determina  la 
pena,  se  reduce  a  estos  dos  puntos  o  conclusiones.  1.''  El  juez  no 
puede,  fuera  de  casos  extraordinarios,  modificar  la  pena,  cuando 
ésta  ha  sido  determinada  previamente  por  la  ley.  2.°  El  ideal  en  este 
punto  es  que  las  leyes  determinen  siempre  la  pena  que  procede  im- 
poner y  la  norma  de  los  juicios,  dejando  solamente  al  prudente  arbi- 
trio del  juez  lo  que  la  ley  no  puede  concretar  (2).  Veamos  ahora  la 
parte  positiva,  esto  es,  los  casos  y  materias  encomendadas  por  las 
leyes  y  los  autores  al  arbitrio  judicial,  y  la  extensión  del  mismo  en 
la  teoría  y  la  práctica. 

Sabido  es  que  en  las  antiguas  legislaciones  penales  se  admitían 


(1)  «Estque  alia  differentia,  quod  princeps  potest  antecedenter,  ut  ita  di- 
cam,  concederé  privilegium  ut  aliquis  non  possit  tali  poena  punirí,  quod  non 
possunt  inferiores  judices.  Alia  etiam  notatur  a  Glosa  et  doctoribus  citatís, 
quod  judex,  licet  ante  latam  sententiam  possit  interdum  illam  temperare, 
post  latam  sententiam  niiiil  potest,  quia  jam  functus  est  officio  suo;  princeps 
autem  interdum  potest,  dummodo  non  redundet  contra  jus  alteri  quaesitum 
seu  in  damnum  tertii.»  Ibíd.,  n.  9.— Casi  las  mismas  palabras  emplea  Salas  en 
la  exposición  y  resolución  de  este  caso.  Ob.  y  lugar  citados. 

(2)  iConsultissimum  tamen  utilissimumque  est,  ut  quam  máxime  fieri  po- 
test, cuneta  quae  observar!  debent,  tum  a  subditis,  tum  etiam  a  judicibus  in 
judicando  et  puniendo,  legibus  statuantur,  eaque  sola  judicum  arbitrio,  spec- 
tatis  circunstantiis  concurrentibus,  defínienda  relinqui  quae  legibus  com* 
prehendi  non  possunt».  Luis  Molina,  ob.  cit.  tract.  V,  disp.  68. 

2 


18         EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

dos  clases  de  penas,  bajo  el  aspecto  que  aquí  nos  interesa:  ordinarias^ 
y  extraordinarias  o  arbitrarias.  Eran  las  primeras  aquellas  que  expre- 
samente estaban  determinadas  en  las  leyes,  los  estatutos  o  la  cos- 
tumbre del  país;  y  las  segundas,  las  que,  no  hallándose  determina- 
das en  alguna  de  las  formas  anteriores,  quedaban  encomendadas  al 
prudente  arbitrio  del  juez  (1). 

A  las  penas  ordinarias  o  determinadas  por  el  derecho  nos  hemos 
referido  hasta  ahora,  y  a  pesar  del  carácter  restrictivo  que,  respecto 
de  ellas,  dan  los  autores  al  arbitrio  judicial,  todos  están  conformes 
en  que  la  determinación  legal  de  la  pena  no  excluye  aquel  arbitrio, 
pudiendo  existir  causas  que  permiten  al  juez,  ya  agravar,  ya,  sobre 
todo,  atenuar  la  pena  establecida  por  la  ley  para  un  determinado 
delito. 

Las  causas  por  las  cuales  podía  el  juez  aumentar  la  pena  legal 
son  aquellas  que  dan  al  crimen  un  carácter  extraordinariamente  gra- 
ve, porque,  como  dicen  Suárez  y  otros  muchos,  alegando  una  razón 
de  defensa  social— factor  importante  de  la  medida  de  las  penas—, 
«esto  no  lo  prohibe  la  ley,  que  se  refiere  al  delito  tal  como  ordina- 
riamente suele  cometerse,  y  no  excluye  aquella  providencia  que  es 
necesaria  para  el  bien  común  y  el  ejemplo  de  otros».  (2). 

No  todos  estuvieron  conformes  con  que  el  juez  pudiera  aumen- 
tar la  pena  legal  en  caso  alguno,  ni  tampoco  en  la  facultad  de  ate- 
nuarla por  causas  legítimas,  aunque  esta  fué  la  doctrina  comúnmente 
seguida  (3).  Núñez  de  Avendaño,  que,  como  hemos  dicho,  fué  uno 


(1)  «Poena  ordinaria  dicitur  illa  quam  leges  sanxerunt,  quam  principes 
constituerunt,  aut  certe  quae  longa  patriaque  consuetudine  introducta  est.  Et 
differt  ab  extraordinaria,  ideo  quod  extraordinaria  est  illa  quam  judex  non  ex 
legum  principumve  constitutione  aut  inolita  conmetudine,  sed  ex  proprió  ar- 
bitrio infert  et  imponit.»  Luis  de  Peguera,  ob.  cit.,  cap.  Vil,  núm.  16. 

(2)  «Et  hoc  non  excluditur  per  legem,  quae  loquitur  de  delicto  ut  ordinarie 
committi  solet,  et  non  excludit  providentiam  ad  bonum  commune  et  ad  aliorum 
exemplum  necessarium».  Ob.  cit.,  iib.  V,  cap.  Xíl,  núm.  5.— Análoga  razón 
da  Lugo  en  defensa  de  esta  opinión.  «Quia  etiam  ad  judices  inferiores  pertinet 
procurare  bonum  commune».  Ob.  cit.,  disp.  XXXVÍI,  sect.  Vil,  nüms.  90-92. 

(3)  El  mismo  Suárez,  que  en  este  punto  no  es  de  los  menos  rigoristas,  re- 
conoce esta  potestad  en  el  juez,  pero  sólo  interviniendo  causa  justa;  «primo, 
quia  est  contra  commune  bonum,  atque  adeo  contra  legalem  justitiam,  quod 
delicta  maneant  impunita  aut  non  satis  punita,  quia  est  moralis  occasio  ut 
multiplicentur.  Secundo,  quia  judex  ex  oíficio  suo,  ac  proinde  ex  justitia,  teñe- 


EL  AEBITmO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA         19 

de  los  jurisconsultos  españoles  que  más  exageraron  la  tendencia  res- 
trictiva del  arbitrio  judicial,  escribió  estas  palabras:  <Sin  dejar  de  ser 
cierto  lo  que  queda  dicho,  no  obstante,  el  derecho  da  algunas  veces 
facultad  al  juez  para  apartarse  de  las  penas  expresadas  en  las  leyes, 
y  puede,  si  quiere,  moderar  en  estos  casos  dichas  penas;  mas  si  no 
quiere,  también  puede  hacerlo,  sin  que  por  ello  se  le  exija  respon- 
sabilidad. >  (1).  Y  sigue  enumerando  las  causas  por  las  cuales  el  juez 
podía — y  en  algunos  casos  debía— atenuar  la  pena  legal  (2). 

Estas  causas— algunas  de  las  cuales  son  nuestras  circunstancias 
atenuantes  de  hoy,  y  otras  debieran  serlo— ofrecían  un  ancho  campo 
de  acción  al  arbitrio  judicial,  no  solamente  por  ser  potestativo  en  el 
juez  apreciarlas  o  no,  según  los  casos,  sino  también  por  permitirle 
la  ley  y  el  uso  darles  el  valor  que  le  pareciere  y  poder  apreciar  otras 
muchas,  propias  de  cada  caso  concreto  y  no  expresadas  por  las  leyes. 
Cosa  muy  distinta  es  el  sistema  de  nuestra  legislación  actual,  que, 
enumerando  y  casi  tasando  estas  circunstancias  y  dándoles  un  valor 
matemático  en  relación  con  la  penalidad,  reduce  la  obra  del  juez, 
en  la  aplicación  de  las  penas,  poco  más  que  a  una  operación  me- 
cánica. 

La  razón  de  la  facultad  del  juez  para  modificar  la  pena  legal,  en 


tur  observare  leges  justas  quae  ad  bonum  commune  órdinantur».  Ob.  citada, 
lib.  V,  cap.  XI,  núm.  7. 

(1)  «Et  iicet  supradicta  vera  sint,  tanien  a  jure  aliquando  data  est  facultas 
judicibus  recedendi  a  poenis  in  legibus  expressis;  et  si  vult,  his  casibus  po- 
test  moderare  dictas  poenas,  si  vero  non  vult,  id  quoque  proterit,  ñeque  ob 
id  in  sindycatu  convenietur».  Ob.  y  lugar  cit.,  núm.  11, 

(2)  Señala  las  causas  siguientes  de  atenuación,  tomadas  de  diversos  auto- 
res y  leyes:  la  edad  menor  de  diez  y  siete  años  (de  apreciación  obligatoria),  la 
escasa  importancia  del  daño  (especialmente  en  el  hurto),  los  servicios  públicos 
prestados  por  el  reo,  el  excesivo  rigor  de  la  pena  legal,  teniendo  en  cuenta  las 
condiciones  personales  del  delincuente,  la  no  consumación  del  delito,  aunque 
la  ley  le  pene  en  este  supuesto,  el  ejercicio  del  magisterio  y  la  nobleza  del 
penado,  la  multitud  de  los  delincuentes,  la  consanguinidad  entre  unos  y  otros, 
la  costumbre  de  atenuar  la  pena  respecto  a  ciertos  delitos,  tener  el  reo  mu- 
chos hijos  que  quedan  en  la  indigencia,  el  móvil  pasional,  llevar  mucho 
tiempo  en  la  cárcel  (precedente  del  abono  de  la  prisión  preventiva),  la  honra- 
dez y  buenos  antecedentes  de  la  persona,  la  notable  pericia  de  ésta  en  algún 
arte  útil,  la  dignidad,  el  exceso  en  la  defensa,  la  amistad  del  juez,  la  falta  de 
un  fin  malo,  la  confesión  espontánea  del  delito,  y  cometerle  fuera  del  territo- 
rio y  contra  leyes  del  mismo.  Ibíd.,  núms.  12  y  siguientes. 


20         EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

atención  a  las  circunstancias  del  delito,  es,  como  dice  Diego  de  Co- 
varruvias,  por  una  parte,  la  necesidad  de  proporcionar  la  pena  al 
delito,  cuya  gravedad  varía  según  las  circunstancias  de  lugar,  tiem- 
po y  persona,  y  por  otra,  la  imposibilidad  en  que  se  encuentra  la  ley 
de  fijar  muchas  cosas  que,  por  tanto,  tiene  que  dejar  al  recto  y  pru- 
dente arbitrio  del  juez.  Consta,  pues,  que  puede  éste  aumentar  o  dis- 
minuir la  pena  según  su  arbitrio...  mas  no  dispensarla,  porque  una 
cosa  es  dispensar  en  el  crimen  o  en  la  pena  a  él  debida,  y  otra  ate- 
nuar, por  causa  justa,  el  rigor  de  la  ley  (1). 

Cita  a  continuación  un  caso— de  uso  frecuente  en  los  tribunales- 
de  una  pena  subsidiaria  y  condicional,  de  carácter  conminatorio, 
que  podía  ser  remitida  por  el  juez,  aunque  no  se  cumpliera  la  con- 
dición: la  pena  de  azotes  si  el  reo  no  pagaba  la  pena  pecuniaria, 
dentro  de  un  determinado  plazo,  impuesta  con  carácter  principal  por 
algún  delito.  El  juez  podía,  a  su  arbitrio,  hacer  efectiva  esta  última, 
pasado  el  plazo,  y  remitir  aquélla  (2). 

Luis  Molina  compara  las  leyes  que  determinan  la  pena  aplicable 
a  cada  delito,  a  las  normas  generales  de  la  medicina,  que  permiten 
al  médico  aplicarlas  en  una  u  otra  forma,  según  las  condiciones  par- 
ticulares del  enfermo.  Aunque  las  leyes—dice— determinen  la  pena 
y  ésta  se  imponga  ipso  fado,  la  recta  razón  enseña  que  no  ha  sido  la 
mente  del  legislador  obligar  a  observarlas  al  pie  de  la  letra,  o  a  que 
se  observen  sin  la  debida  discreción,  cuando  en  el  delito  concurren 
ciertas  circunstancias.  «Como  el  médico  debe  proceder,  instruido  en 
su  arte,  a  la  curación  del  enfermo,  usando,  sin  embargo,  de  la  nece- 


(1)  «Cum  crimina  sint  secundum  proportionis  mensuram  punienda,  et  haec 
varíe  contingat  ratione  loci,  temporis,  personae  et  qualitatis,  nec  a  lege  quid 
statui  possit,  quin  judiéis  recti  et  prudentis  arbitrio  multa  relinquantur,  cons- 
tat  plañe  judicem  posse  proprio  judicio  et  sententia  legis  poenam,  vel  augere 
vel  minuere.»  Variarum  resolutionum,  lib.  II,  cap.  IX,  núm.  8.  (En  la  colección 
de  sus  obras,  ed.  de  1583,  vol.  I.) 

(2)  «Si  judex,  ut  plerumque  fieri  solet,  aliquem  ob  crimen  damnaverit  poe- 
na  pecuniaria  intra  decem  dies  solvenda,  hoc  addito  quod  si  eam  intra  id  tem- 
pus  non  solverit  publice  reus  flagelletur,  nihilominus,  non  soluta  pecunia  in- 
tra eum  diem,  poterit  judex  poenam  eamdem  pecuniariam,  omissa  corporali, 
executioni  mandare...  Nam  is  judex  qui  in  pronuncianda  criminali  sententia 
hac  forma  usus  est,  veré  pecuniaria  poena  delinquentem  punit;  utitur  tamen 
Gorporalis  poenae  comminatione,  ut  facilius  et  diligentius  pecuniariam  ipsam 
damnatus  reusque  criminis  solvat.»  Ibíd. 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA         21 

saria  prudencia  para  dar  los  remedios  y  medicamentos  convenientes, 
según  las  circunstancias,  ya  poniendo  la  justa  moderación  a  los  pre- 
ceptos universales  del  arte,  ya  abandonándolos  si  viese  que  son  noci- 
vos, así  el  juez,  instruido  en  la  pericia  de  las  leyes,  debe  proceder  a 
juzgar,  ya  usando  a  la  vez  de  prudencia  para  apreciar  las  circuns- 
tancias concurrentes,  ya  moderando  las  disposiciones  universales  de 
las  leyes,  ya,  en  fin,  prescindiendo  enteramente  de  ellas,  cuando  por 
epiqaeya  juzgase  que,  en  aquel  caso  particular  y  en  aquellas  circuns- 
tancias, esa  es  la  mente  del  legislador.»  (1). 

No  puede  llegarse  a  más  ni  podría  darse  otra  doctrina  mejor  fun- 
dada, si  la  pena  no  tuviera  otra  misión  que  cumplir,  como  la  medi- 
cina respecto  del  enfermo,  que  la  cura  moral  del  delincuente.  De 
todas  maneras,  ¡cuánta  luz  brota  de  estas  palabras  para  la  historia  de 
ciertas  teorías  penales  y  de  algunas  instituciones  y  aspiraciones  del 
derecho  penal  moderno! 

Aunque  esta  fué  la  opinión  corriente  y  la  seguida  en  la  práctica, 
no  faltaron  contradictores  de  la  doctrina,  aferrados  al  principio  teó- 
rico del  imperio  de  la  ley  sobre  el  criterio  particular  de  los  jueces. 
De  esta  opinión  se  muestra  partidario,  entre  algunos  otros,  Gaspar 
Hurtado,  al  afirmar  que  cuando  el  caso  de  que  se  trata  está  conte- 
nido en  el  precepto  legal,  el  juez  inferior  está  obligado  a  juzgar  se- 


(1)  «Licet  latae  sint  leges,  ex  circumstantiis  tamen  concurrentibus  recta  ra- 
tio  docet  mentem  legislatorum  non  esse  ut,  intervenientibus  eis  circumstantiis, 
serventur,  aut  ut  integre,  nullo  adhibito  moderamine,  serventur.  Quare,  sicut 
medicus,  instructus  peritia  artis  accederé  debet  ad  curandum  infírmum,  atta- 
men  simul  uti  debet  prudentia  ut  pro  qualitate  circumstantiarum  concurrentium 
adhibeat  remedia  ac  medicamenta,  moderamen  interdum  apponendo  praecep- 
tis  universalibus  artis,  et  interdum  ea  deserendo  quando  viderit  nociva  fore..., 
ita  judex,  legum  peritiae  instructus,  accederé  debet  ad  judicandum,  interdum 
utendo  simul  prudentia,  ut  pro  qualitate  circumstantiarum  concurrentium, 
moderamen  interdum  adhibeat  dispositionibus  universalibus  legum,  interdun- 
que  illas  omnimo  omittat,  quando  per  epichejam  judicaverit  illas,  in  eo  even- 
tu  et  cum  eis  circumstantiis,  ex  mente  ipsorummet  legislatorum  locum  habere.» 
Ob.  cit.,  tract.  V,  disp.  68,  núm.  2. 

Soto  había  refutado  antes  esta  doctrina,  en  lo  que  tiene  de  exagerada  y  pe- 
ligrosa, negando  la  paridad  entre  el  médico  y  el  juez,  ya  que  en  aquél  no  se  ha 
de  presumir  intención  de  matar  al  enfermo,  ni  que  se  deje  corromper  por  dine- 
ro o  súplicas  contra  la  vida  del  paciente,  ni  necesite  tener  en  cuenta  otra  cosa 
que  la  curación  del  mismo,  ni,  en  fin,  que  pueda  prescindir  de  la  ciencia,  ante- 
poniendo a  ella  sus  propias  opiniones.  Ob.  cit.,  lib.  I,  quaest.  V,  art.  I. 


22         EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

gún  la  ley,  aun  en  el  caso  que  el  legislador  habría  exceptuado  si  se 
le  hubiera  ocurrido,  pues  no  por  eso  la  ley  deja  de  ser  justa.  Por 
tanto,  ha  de  ser  observada  por  el  juez  inferior,  ya  que  no  tiene  po- 
testad para  dispensarla...  «Consta,  por  consiguiente,  que  el  juez  infe- 
rior no  puede  dispensar  ni  rebajar  la  pena  de  la  ley,  aunque  medie 
perdón  de  la  parte  ofendida,  y  que  puede  hacerlo  el  príncipe,  con 
causa  racional,  aunque  la  parte  ofendida  no  perdone.>  (1). 

P.  Jerónimo  Montes. 

o.  s.  A. 
(Concluirá,) 


(I)  ...  cjudicem  inferiorem  teneri  judicare  secundum  legem  latam  non  deffi- 
cientem,  etiam  in  eo  casu  quem  legislator  exciperet  si  menti  occurrisset... 
quia  etiam  in  eo  casu  lex  manet  justa;  ergo  servanda  est  a  judice  inferiore, 
quía  nequit  in  lege  dispensare...  Constat  ergo  judicem  inferiorem  non  posse 
poenam  legis  relaxare  nec  mitigare,  etiarasi  pars  laesa  remittat,  et  principem, 
causa  rationali  existente,  posse,  quamvis  pars  laesa  non  remittat.»  Tractatas 
dejastitiaetjure,  1637,  disp.  I  de  judicio  forensi,  diff.  V. 


ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSOBIAL  E.  IMAGINATIVA 


Además  de  la  atención  espotánea  y  voluntaria  caracterizadas,  según 
pudimos  ver  en  el  artículo  anterior,  por  la  conciencia  del  esfuerzo  psí- 
quico en  la  segunda  y  su  ausencia  en  la  primera,  vamos  a  distinguir 
también  la  atención  fijándonos  en  las  funciones  de  nuestra  actividad 
en  las  cuales  interviene,  y  a  las  que,  por  decirlo  así,  informa.  Cualquier 
función  psicológica  es  susceptible,  en  efecto,  de  desenvolverse  de  dos 
maneras  bien  diferentes;  según  que  intervenga  la  atención,  o  se  con- 
sume sin  ella,  siguiendo  en  este  último  caso  las  vías  habituales.  Aten- 
ción y  hábito  son,  por  consiguiente,  dos  modalidades  esenciales  de 
nuestra  vida  consciente,  y  de  ninguna  manera  dos  actividades  o  facul- 
tades distintas,  como  alguno  podría  creer.  No  hay  atención  ni  hábito 
puros,  esto  es,  que  existan  independientemente  de  las  funciones  a  las 
cuales  informan:  prestar  atención  es  siempre  o  sentir  atentamente,  o 
percibir  o  pensar  con  atención;  de  igual  modo,  tener  un  hábito  o  una 
costumbre  será  siempre  poner  en  práctica  una  función  determinada 
aprovechando  las  facilidades  del  hábito  adquirido  para  hacerla  con 
menos  esfuerzo  de  nuestra  parte.  He  aquí  la  razón  por  qué  esta  moda- 
lidad de  nuestros  actos,  que  llamamos  atención,  se  puede  encontrar  en 
todos  ellos,  y  al  mismo  tiempo  el  fundamento  en  que  nos  apoyaremos 
para  estudiarla  separadamente  en  cada  una  de  las  facultades  en  que 
interviene. 

Puesto  que  toda  función  psíquica  puede  utilizar  la  concentración  de 
la  conciencia,  sigúese  que  existirán  tantas  clases  de  atención  como  fun- 
ciones hay.  Bien  conocido  de  todos  es  el  papel  importantísimo  que 
juega  en  la  sensibilidad  de  algunos  individuos  la  atención  aplicada  a 
los  sentimientos.  Esta  atención  llamada  afectiva,  si  se  la  considera  en 
su  modo  de  actividad  espontánea,  predomina  en  la  vida  de  los  indivi- 
duos pertenecientes  a  los  tipos  emocional  y  pasional,  que  parecen  con- 


24  ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA 

tinuamente  ocupados  en  exagerar  y  multiplicar  por  todos  los  medios 
sus  emociones  concentrándose  en  ellas,  hasta  llegar  a  crearse  verdade- 
ras obsesiones  afectivas.  En  su  forma  menos  absorbente,  la  atención 
afectiva  es  más  ordinaria  y  más  frecuente  en  la  economía  de  nuestra 
vida  psíquica.  Si  al  pasar  por  la  calle  oímos  una  pieza  de  música,  que 
nos  es  familiar,  o  nos  agrada,  instintivamente  nos  paramos  a  escuchar- 
la; pero  esta  acción  de  detenerse  se  consuma  en  nosotros  automática- 
mente y  como  a  pesar  nuestro,  pues  hay  casos  en  que  vamos  preocu- 
pados por  llegar  pronto  a  un  sitio  en  que  nos  esperan  negocios 
urgentes,  y,  sin  embargo,  no  resistimos  a  la  tención  y  continuamos  allí 
como  clavados  hasta  que  la  pieza  ha  terminado. 

Resulta  que  la  excitación  es  en  este  caso  muy  intensa  y  muy  activa, 
y,  por  el  contrario,  el  individuo  representa  en  él  un  papel  poco  menos 
que  pasivo,  puesto  que  la  música,  si  es  verdad  que  le  agrada  y  por  eso 
se  complace  en  escucharla,  no  es  menos  cierto  que  le  inmoviliza.  El 
excitante  externo  es  activo,  y  nos  provoca,  dejándonos  nosotros  cauti- 
var por  él;  el  fenómeno  viene  hacia  nosotros  y  nos  invade;  nosotros  no 
necesitamos  hacer  esfuerzo  alguno  para  trasladarnos  hacia  él;  nos  en- 
tregamos a  él  contra  nuestra  voluntad.  No  hay  en  tales  casos  aquella 
lucha  que  caracteriza  los  estados  violentos  en  que  nos  es  preciso  esco- 
ger por  medio  de  una  decisión  en  la  que  tenemos  necesidad  de  toda  la 
energía  de  nuestra  voluntad;  tampoco  hay  aquel  sentimiento  de  tensión 
psíquica,  ni  el  esfuerzo  general  orgánico  propios  de  la  atención  intelec- 
tual y  voluntaria.  Basta  que  el  sentimiento  influya  sobre  una  cualquie- 
ra de  nuestras  facultades  psíquicas,  para  que  inmediatamente  se  verifi- 
que en  ella  una  disociación  más  o  menos  patente  y  marcada  de  sus 
elementos. 

Cuando  la  atención  afectiva  aparece  bajo  su  forma  voluntaria,  se 
da  a  conocer  por  el  esfuerzo  que  se  emplea  para  fomentar  los  senti- 
mientos, que  se  trata  de  favorecer,  cultivándolos  por  todos  los  medios, 
reprimiendo  al  mismo  tiempo  los  que  deben  desaparecer,  sintiendo  en 
una  palabra,  según  creemos,  que  es  nuestra  obligación,  y  no,  según  las 
predisposiciones,  de  una  sensibilidad  indisciplinada  por  su  naturaleza. 
Sigúese  de  aquí  que  el  sentimiento  en  el  primer  caso  (en  su  forma  es- 
pontánea) disocia  y  debilita  la  atención  voluntaria,  es  decir,  que  perju- 
dica a  la  adaptación  mental,  haciéndola  menos  flexible  y  menos  fácil,- 
puesto  que  la  atención  verdadera  es  la  voluntaria,  y  aun  la  espontánea 


ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA  25 

siempre  que  no  se  deje  absorber  completamente  por  el  sentimiento. 
Verdad  es  que  hay  que  reconocer  la  eficacia  de  este  factor  en  su  forma 
de  sorpresa  o  admiración,  que,  según  Descartes  (1),  era  la  primera  de 
las  pasiones  del  alma;  pero  sólo  como  estimulante  primero  de  la  aten- 
ción; porque  si  su  influencia  se  prolonga,  es  siempre  en  detrimento  de 
esta  última.  No  podemos  estar  realmente  atentos  en  los  grandes  acce- 
sos de  alegría  o  de  tristeza,  porque  el  estado  de  perfecta  atención  ha 
de  estar  libre  de  todo  elemento  intensamente  afectivo.  El  sentimiento 
no  ha  de  tener  influencia,  sino  en  los  primeros  instantes  preparatorios 
del  acto  de  atención  y  únicamente  como  estimulante  de  este  acto. 

Las  especies  de  atención  más  estudiadas  y,  por  consiguiente,  las 
mejor  conocidas  son,  sin  duda  alguna,  la  sensorial,  la  imaginativa  y 
la  intelectual.  La  primera,  objeto  frecuente  de  las  experiencias  en  los 
laboratorios  de  psicología,  como  más  accesible  a  la  observación  exter- 
na y  experimental,  puede  subdividirse  en  visual,  auditiva,  táctil,  etc., 
según  las  diversas  sensaciones  sobre  las  que  nuestro  acto  de  atención 
se  concentra.  El  funcionamiento  de  nuestros  sentidos  externos,  lo 
mismo  que  el  de  cualquiera  otra  facultad,  puede  ocurrir  de  dos  mane- 
ras: unas  veces  los  abandonamos  para  que  escojan  ellos  mismos  su 
objeto  y  le  sustituyan  por  otro  a  su  antojo,  es  decir,  les  permitimos  que 
desarrollen  su  actividad  natural  y  espontánea;  otras  veces,  por  el  con- 
trario, interviene  nuestro  espíritu  para  regular  su  dirección  y  fijar  su 
punto  de  aplicación.  Esta  es  la  causa  de  que  todas  las  lenguas  posean 
dos  verbos  para  expresar  esta  doble  modalidad  en  el  ejercicio  de  nues- 
tros sentidos;  y  en  el  mismo  lenguaje  vulgar  se  establece  una  diferencia 
entre  ver  y  mirar,  por  ejemplo,  entre  oír  y  escuchar,  entre  tocar  y  pal- 
par,  oler  y  olfatear,  etc. 

En  el  hombre,  la  atención  sensorial  se  ordena  por  su  misma  natura- 
leza a  preparar  y  favorecer  su  atención  intelectual,  toda  vez  que  el  en- 
tendimiento ha  de  trabajar  directa  o  indirectamente  utilizando  los  ma- 
teriales ofrecidos  por  los  sentidos.  Pero  hay  que  guardarse  mucho  de 
caer  en  las  exageracionee  de  los  filósofos  más  o  menos  contaminados 
por  el  materialismo  en  sus  numerosos  matices,  y  no  pretender,  como 
Ribot,  por  ejemplo,  que  la  atención  sensorial  y  la  afectiva  constituyen 
en  el  hombre  la  atención  propiamente  dicha.  No  se  puede  negar  que  en 


(1)    Descartes:  Tratado  de  las  pasiones  del  alma.  Parte  primera. 


26  ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA 

la  mayoría  de  los  casos  la  atención  sensorial  contiene  una  dosis  n  o 
despreciable  de  elementos  afectivos,  pero  el  sentimiento  no  es  la  aten- 
ción, si  bien,  como  dijimos  antes,  la  estimula  al  principio  y  aun  en  el 
curso  de  su  desarrollo;  lo  cual,  sin  embargo,  no  quiere  decir  que  se 
hayan  de  confundir  las  dos,  y  mucho  menos  que  toda  nuestra  actividad 
psíquica  se  reduzca  a  ellas. 

En  el  caso  de  la  atención  sensorial,  sobre  todo  en  su  forma  espon- 
tánea, somos  más  bien  pasivos  que  intelectuales  y  voluntarios:  el  indi- 
viduo se  ve  subyugado  por  los  fenómenos  exteriores,  muchas  veces, 
sin  darse  él  mismo  cuenta  de  esta  servidumbre.  La  actividad  puramente 
sensorial  nos  conduciría  infaliblemente  a  un  exclusivismo  peligroso,  si 
no  tuviéramos  la  actividad  intelectual  que  nos  protege  y  nos  defiende. 
En  tanto  no  haya  una  elaboración  intelectual  de  los  elementos  sensi- 
bles de  parte  de  nuestras  facultades  superiores,  la  atención  sensitiva, 
que  tiene,  sin  duda,  un  valor  propio,  pues  nos  sirve  para  conocer  el 
mundo  exterior,  no  poseerá  las  cualidades  de  unidad  y  continuidad, 
características  de  nuestra  actividad  intelectual. 

La  atención  propia  de  los  sentidos  favorece  sobre  todo  las  tenden- 
cias especiales  de  cada  individuo  hacia  los  objetos  que  más  le  intere- 
san, al  trasladar  rápidamente  al  cerebro  las  impresiones  familiares  en 
consonancia  con  las  aficiones  innatas  o  adquiridas  en  él.  Un  geólogo 
distinguirá  inmediatamente  el  mineral  raro,  que  encuentre  tirado  por  el 
camino  y  que  habrá  sido  momentos  antes  el  blanco  de  las  imprecacio- 
nes para  un  vulgar  transeúnte,  cuyo  pie  ha  lastimado.  La  curiosidad 
del  primero  se  vio  interesada  por  el  intermedio  de  los  sentidos,  curio- 
sidad que  se  transformó  al  instante  en  una  atención  puramente  intelec- 
tual: ahora  medita  y  reflexiona  sobre  la  naturaleza,  el  valor  y  origen 
de  este  mineral,  en  tanto  que  el  desgraciado  labriego,  que  había  experi- 
mentado un  vivo  dolor  en  el  pie  herido,  pasa  de  largo  y  si  ve  el  mine- 
ral es  furtivamente  y  encolerizado  contra  él.  Al  sabio  le  ha  servido  la 
atenta  percepción  externa  para  mejor  preparar  la  elaboración  intelec- 
tual del  objeto,  mientras  que  para  el  ignorante  todo  se  redujo  a  una 
pura  sensación.  La  utilidad  de  la  atención  sensitiva  en  la  economía  del 
hombre  racional  se  mide  preferentemente  por  la  facilidad  con  que  le 
procura  la  atención  intelectual:  de  hecho  aquel  sentimiento  de  que  nos 
hablaba  Descartes,  el  de  «admiración>  nos  conduce  casi  siempre  a  ella. 

Los  sentidos  externos  llevan  sin  cesar  al  cerebro  las  excitaciones 


ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA  27 

que  ellos  reciben:  pero  éste  se  interesa  en  mayor  o  menor  grado  de 
ellas:  a  veces  las  modera,  otras  las  rechaza  y  algunas  las  conserva,  se- 
gún las  conveniencias  generales  de  utilidad  con  el  sujeto  y  sus  aficio- 
nes. Toda  excitación  sensorial  que,  en  el  curso  de  su  elaboración,  no 
se  acompañe  de  energía  o  esfuerzo  alguno,  jamás  podrá  llamarse  aten- 
ción propiamente  dicha,  pues  ésta  se  caracteriza  esencialmente  por  el 
esfuerzo.  Aún  la  atención  habitual  le  implica  en  sus  orígenes.  Esto 
quiera  decir,  en  resumen,  que  la  atención  propiamente  intelectual  es  la 
única  capaz  de  elaborar  cualquier  fenómeno  exterior,  por  poco  compli- 
cado que  se  le  suponga.  El  hombre  habituado  a  la  meditación  y  a  la 
reflexión  está  en  condiciones  para  perseguir  entre  la  inmensa  variedad 
y  riqueza  de  la  experiencia  externa,  las  peripecias  de  la  realidad,  utili- 
zando sobre  todo  el  sentido  de  la  vista,  el  más  espiritual,  según  Santo 
Tomás  y  los  escolásticos,  cuando  quiere  observar,  por  ejemplo,  de  cer- 
ca los  fenómenos  de  la  vida  y  las  reacciones  químicas  de  la  materia. 
Mas,  después  de  haber  terminado  este  trabajo  de  investigación,  se  reti- 
rará a  la  soledad  y  silencio  de  su  cuarto  de  estudio,  realizando  alh  la 
verdadera  labor  investigadora  y  científica.  Abstraído  y  aislado  de  todo 
el  mundo  externo,  pensará  en  las  diversas  modalidades  del  hecho  que 
acaba  de  observar;  sus  propiedades  más  o  menos  características,  y 
preparará  el  camino  para  una  inducción  legítima:  la  verdadera  activi- 
dad de  la  atención  es  interna.  La  atención  sensorial  le  había  servido 
para  seguir  de  cerca  la  evolución  completa  de  su  fenómeno:  había  ano- 
tado sucesivamente  los  numerosos  incidentes  de  la  experiencia;  pero 
sólo  después,  cuando  se  concentró  en  sí  mismo,  pudo  hacer  obra  de 
atención  útil  y  eficaz. 

Ei  joven  y  principalmente  el  niño  se  ven  atraídos  por  los  objetos 
externos  a  los  cuales  prestan  una  atención  especial;  la  falta  de  reflexión 
en  los  primeros  y  la  poca  experiencia  en  los  segundos  es  causa  de  que 
unos  y  otros  sean,  en  general,  incapaces  de  desplegar  aquella  suma  de 
energía  necesaria  para  una  elevada  atención  intelectual.  Esta,  como 
hemos  visto  antes  y  lo  trataremos  más  de  propósito  en  el  artículo  si' 
guíente,  lleva  consigo  siempre  un  esfuerzo,  ai  cual  no  están  acostum- 
brados los  espíritus  en  aquella  tierna  edad.  De  aquí  que  los  pedagogos 
no  cesen  de  recomendar  a  los  profesores  y  maestros,  a  quienes  está 
confiada  la  difícil  y  delicada  misión  de  instruir  a  la  niñez  y  a  la  ju- 
ventud, que  pongan  todos  los  medios  a  su  alcance  para  hacer  agrada- 


28  ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA 

bles,  intuitivas  y  concretas  todas  las  materias  y  partes  de  la  enseñanza. 
Pero  tampoco  hay  que  exagerar  en  este  punto,  como  desgraciadamente 
ha  ocurrido  de  un  tiempo  a  esta  parte,  pretendiendo  dar  un  predomi- 
nio casi  exclusivo  en  el  niño  a  las  facultades  sensitivas  y  relegando  a 
un  segundo  plano  las  intelectuales;  pues  la  enseñanza  intuitiva  y  prác- 
tica en  grado  exagerado,  nos  ha  conducido  ya  a  errores  graves,  por  to- 
dos reconocidos  y  lamentados.  El  sistema  que  termine  por  suprimir  el 
trabajo  interno,  el  esfuerzo  sostenido  de  una  atención  verdaderamente 
intelectual,  será  de  funestas  consecuencias  para  el  niño,  pues  impedirá 
la  creación  en  él  de  aquellos  hábitos  en  gran  manera  preciosos  de  la 
reflexión,  le  hará  repugnante  toda  concentración  seria  de  su  espíritu,  y 
ese  individuo  no  llegará  nunca  a  adquirir  la  facilidad  del  trabajo  inter- 
no, el  único  fructífero.  La  ley  del  menor  esfuerzo,  si  puede  tener  mu- 
chas y  sabias  aplicaciones  en  otras  ciencias,  no  puede  ser  nunca  una 
buena  doctrina  pedagógica. 

«Es,  por  desgracia,  una  verdad  bien  manifiesta,  escribe  Paul  Nay- 
rac  (1),  que  en  la  nueva  pedagogía  existen  tendencias  bien  marcadas  a 
propagar  una  enseñanza  demasiado  bien  preparada,  que  suprima  en 
el  alumno  el  esfuerzo  y  la  iniciativa.  Me  parece  que  en  este  particular, 
como  en  otros,  el  temperamento  francés  se  ha  encargado  de  exagerar  y 
de  llevar  hasta  el  extremo  un  método  que  en  sí  mismo  y  con  una  inter- 
pretación sabia  y  racional  podía  acarrear  excelentes  resultados.  Presen- 
tando al  niño  todo  hecho  y  haciéndole  salvar,  sin  esfuerzo  alguno  de 
su  parte,  las  etapas  que  le  han  encumbrado  hasta  la  cima  del  saber  y 
del  éxito,  ¿qué  generación  es  la  que  formamos?  ¿Qué  es  la  vida  sin  el 
esfuerzo?  Un  joven  estudiante,  a  quien  todo  se  le  da  preparado  de  an- 
temano, a  quien  se  hace  representar  el  papel  de  aparato  automático  y 
registrador,  jamás  será  apto  para  la  vida  práctica.  Porque,  hay  que  des- 
engañarse, entre  una  tal  educación  llena  de  mimos  y  solicitudes,  y  la 
ruda  y  triste  realidad,  hay  un  abismo:  en  la  vida  real  y  práctica  es  pre- 
ciso luchar,  es  necesario  ser  fuerte,  tenaz  y  ser  dueño  de  una  voluntad 
a  toda  prueba.»  Tiene  sobrada  razón  el  escritor  francés  para  anatemati- 
zar el  exclusivismo  sensorial  y  sentimental  en  la  obra  de  la  educación 
de  la  juventud,  pues  no  otra  es  la  causa  de  que  abunde  tanto  en  el 
mundo  ilustrado  ese  tipo  de  espíritu  superficial  e  inconstante,  que  se 


(1)    Nayrac:  Physiologie  ei  Psychologie  de  rAttention,  pág.  197. 


ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA  29 

deja  arrastrar  por  cualquier  impresión,  y  aquel  otro  de  caracteres  débi- 
les e  indecisos,  incapaces  de  valerse  por  sí  solos  y  siempre  dispuestos 
a  dar  la  razón  al  último  a  quien  escuchan. 

Hay  otra  clase  de  atención  llamada  imaginativa^  la  cual  está  par- 
ticularmente desarrollada  en  los  individuos,  que  por  naturaleza  o  por 
educación  son  artistas,  y  de  la  cual  vamos  a  hablar  brevemente,  antes 
de  estudiar  la  atención  intelectual.  Clásica  es  la  distinción  entre  imagi- 
nación reproductora  y  creadora;  la  primera  se  reduce  a  reproducir  las 
imágenes,  y  la  segunda  las  elabora  y  saca  de  ellas  formas  nuevas. 
Esta  es  la  verdadera  imaginación,  pues  la  otra  se  puede  reducir  a  la 
memoria,  en  la  cual  ya  hemos  visto  cómo  influye  la  atención  (1). 

La  imaginación  creadora  es  una  facultad  de  metamorfosis  y  un 
instrumento  poderoso  de  invención.  Por  eso  es  tan  débil  y  alcanza  tan 
escaso  desarrollo  en  el  reino  animal,  que  no  es  capaz  de  inventar  nada, 
reducido  como  está,  se  puede  decir  que  exclusivamente,  a  la  actividad 
de  su  imaginación  reproductora.  En  cambio,  es  característica  de  la 
conciencia  humana,  que  puede  escalar  las  alturas  del  genio  gracias  a 
sus  impulsos.  En  el  hombre,  ya  perciba,  ya  piense  u  obre,  se  manifiesta 
un  deseo  irresistible  y  un  poder  extraordinario  de  crear  o  hacer  reapa- 
recer sus  experiencias,  de  ser  el  modelador  de  su  propia  vida,  el  trans- 
formador del  mundo  que  habita  y  que  no  se  resigna  casi  nunca  a  acep- 
tar tal  cual  existe. 

Sin  duda  que  es  grande  la  parte  que  corresponde  a  la  espontanei- 
dad, aun  en  la  creación  artística,  que  se  puede  considerar  como  la  obra 
maestra  de  la  imaginación  superior;  el  que  no  posee  aquel  poder  má- 
gico, pero  natural,  de  hacer  brotar  las  imágenes  latentes  en  las  más 
recónditas  profundidades  de  su  espíritu,  cuando  ni  la  conciencia  las 
conoce,  no  será  nunca  capaz  de  elevarse  sobre  las  medianías,  pues 
aquella  espontaneidad  no  se  puede  sustituir  con  nada.  Sin  embargo, 
el  trabajo  y  la  atención  son  siempre  necesarios;  nos  sucede,  en  efecto, 
con  frecuencia  que,  por  más  que  nos  esforcemos  en  buscar  una  imagen 
apropiada,  todo  ello  es  estéril,  porque  la  conciencia  no  nos  suministra 
nada  nuevo  y  la  inspiración  huye  de  nosotros.  Del  espíritu  ha  de  venir 
en  todo  caso  la  impulsión  primera,  que  ha  de  hacer  revivir  las  imáge- 


(I)    Vid.  La  Ciudad  de  Dios,  vol.  CXVII,  págs.  268-277,  y  vol.  CXVIII,  pá- 
ginas 177-190. 


30  ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA 

nes;  el  punto  de  partida  para  la  marcha  fecunda  de  éstas  es  una  idea 
concebida  por  el  entendimiento  y  fijada  por  la  atención  en  la  concien- 
cia; esta  idea  conmueve  al  alma  toda  entera,  suscita  todos  los  elemen- 
tos armónicos  con  el  estado  presente  y  pone  de  manifiesto  las  distintas 
combinaciones,  que  pueden  servir  para  expresarle.  Pero  el  espíritu,  en 
medio  de  esta  fermentación  que  él  mismo  ha  provocado,  permanece 
dueño  de  sí,  verifica  actos  de  elección,  rechaza  o  acepta  y  no  retiene 
más  que  aquello  que  realmente  se  conforma  con  el  ideal  por  él  conce- 
bido. Hasta  que  la  obra  artística  llegue  a  satisfacer  al  espíritu,  la  vo- 
voluntad  debe  también  prestar  su  concurso,  manteniendo  el  ideal 
en  la  conciencia,  concentrando  sobre  él  las  energías  de  la  atención. 
Hay,  por  consiguiente,  en  toda  obra  artística  una  especie  de  colabora- 
ción armónica  de  la  espontaneidad  con  la  reflexión,  de  la  naturaleza 
con  la  libertad. 

La  obra  de  la  imaginación  creadora  no  es,  pues,  algo  de  anormal 
y  de  misterioso,  como  se  han  empeñado  en  sostener  algunos  (1).  Ver- 
dad es  que  el  sabio  habla  a  veces  de  sus  iluminaciones  instantáneas, 
cuando  al  buscar  una  verdad  y  no  encontrarla,  después  de  haber  ya 
renunciado  a  hacer  nuevos  esfuerzos,  en  un  momento,  bruscamente,  y 
como  por  encanto,  aparece  deslumhrándole  entre  las  claridades  de  una 
intuición  luminosa.  Un  artista  o  un  poeta  llegarán  hasta  el  extremo  de 
declarar  que  su  dios  ha  descendido  súbitamente'vpara  comunicarles  la 
inspiración  que  buscaban  y  el  entusiasmo  que  les  arrebata  hasta  las 
más  altas  cimas  del  ideal.  La  verdad  es  que  el  genio,  a  cualquier  ma- 
teria que  se  aplique,  nos  aparece  como  un  don  de  composición  espon- 
tánea e  inmediata;  su  creación  semeja  brotar  de  si  misma,  haber  sido 
concebida  y  ejecutada  de  una  vez;  y  por  eso,  cuando  se  manifiesta. 


(1)  No  han  faltado  quienes  han  pretendido  comparar  el  genio  con  la  locura, 
haciendo  de  los  dos  un  mismo  efecto  de  una  misma  enfermedad:  la  neurosis. 
Pero  el  paralelismo  que  se  pretende  establecer  estriba  en  una  falsa  analogía 
bien  superficial.  Entre  el  genio  y  la  locura  hay  la  misma  distancia  que  separa 
a  ia  enfermedad  de  la  salud  la  más  equilibrada  y  floreciente.  El  loco  se  ve 
aprisionado  en  la  cárcel  de  la  idea  estrecha  que  le  obsesiona,  o  flota  a  merced 
de  cualquier  representación  incoherente  que  surge  en  él.  El  genio,  por  el  con- 
trario, es  la  riqueza  y  la  fuerza  de  la  concepción;  lejos  de  perderse  en  medio 
de  las^  ideas  que  se  agitan  en  su  espíritu,  él  las  modela,  las  organiza  y  a  su 
potente  impulso  aparecen  obras  llenas  de  expresión  y  de  vida,  obras  inteligi- 
bles, más  bellas  que  las  de  la  misma  naturaleza. 


ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA  31 

siempre  causa  sorpresa  y  admiración  profundas,  aparece  como  una 
gracia.  Sin  embargo,  la  obra  de  la  imaginación  no  sale  del  marco  de 
lo  natural  y  siempre  es  explicable  por  causas  de  este  orden;  no  es  efecto 
de  una  acción  divina  ni  de  un  «delirio  sagrado»,  sino  que  procede  de 
una  colaboración  feliz  de  todas  nuestras  facultades,  no  cabiéndole  parte 
pequeña  en  ella  a  nuestra  atención. 

La  misma  historia  de  los  descubrimientos  científicos  nos  prueba 
que,  lejos  de  haber  sido  éstos  fruto  de  revelaciones  inmediatas,  fueron, 
por  el  contrarío,  preparados  por  esfuerzos  prolongados  y  trabajosas 
meditaciones.  Preguntaron  un  día  a  Newton  cómo  había  llegado  a 
descubrir  la  ley  de  la  gravitación  universal,  y  él  respondió:  «Pensando 
continuamente  en  ella.»  Conocida  es  también  la  célebre  definición  de 
Buffon:  «El  genio  es  una  larga  paciencia.»  Esta  manera  de  definir  el 
genio  no  es  absolutamente  exacta,  es  verdad;  porque,  además  de  una 
larga  paciencia,  es  antes  que  nada  una  superioridad  natural  y  en  cierto 
modo  innata,  pues  supone  aptitudes  determinadas  para  tal  o  cual  or- 
den particular  de  investigaciones,  y  este  don  es  insustituible,  aunque 
sea  por  el  trabajo  más  largo  y  paciente.  Pero  no  es  menos  cierto  que 
para  ser  verdaderamente  fecundo  en  obras  sólidas,  exige  el  genio  una 
atención  sostenida  y  una  voluntad  enérgica;  en  una  palabra,  lo  que 
llamaba  el  mismo  Newton  «la  paciencia  del  pensamiento».  Cualquier 
hallazgo  feliz  en  el  orden  de  la  ciencia  y  del  arte,  cualquier  invención 
o  descubrimiento,  consiste,  en  último  término,  en  una  identificación; 
pero  precisamente  ésta  es  de  lo  más  difícil,  porque  las  semejanzas  de 
las  cosas  se  esconden  debajo  de  un  tropel  de  diferencias,  que  son  las 
que  más  saltan  a  la  vista;  y  esta  es  la  razón  por  qué,  para  comparar 
los  objetos,  es  preciso  antes  tener  un  conocimiento  perfecto  de  los  mis- 
mos, analizando  cuidadosamente  sus  elementos  por  medio  del  pensa- 
miento, descartando  todas  las  asociaciones  que  de  ordinario  sugieren 
para  permitir  únicamente  la  aparición  de  las  asociaciones  originales  y 
nuevas.  Todo  esto,  como  se  puede  comprender,  no  se  logra  sin  estudios 
atentos  y  prolongados,  sin  una  aplicación  enérgica  y  un  trabajo  ince- 
sante de  investigación.  La  verdad  no  viene  a  presentársenos  espontá- 
neamente y  por  sí  misma;  es  menester  buscarla  con  ahinco,  pues  no  se 
revela  de  aquella  manera  brusca  sino  a  los  hombres  de  voluntad  fuerte 
que  tienen  la  paciencia  de  perseguirla  en  sus  manifestaciones]  todo  el 
tiempo  que  sea  necesario. 


32  ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA 

No  menos  esencial  es  el  trabajo  de  atención  y  reflexión  en  las 
creaciones  de  la  imaginación  artística.  Que  se  trate  de  pintura,  de  mú- 
sica o  de  poesía,  siempre  hay  una  idea  que,  concebida  por  el  espíritu, 
es  conservada  en  la  conciencia  y  fijada  por  la  voluntad.  La  vida  que 
pone  el  artista  en  esta  concepción  sirve  para  agrupar  en  torno  suyo 
todas  las  imágenes  dispersas  por  las  regiones  obscuras  de  la  concien- 
cia; de  aquí  que  las  fuentes  más  abundantes  de  la  inspiración  artística 
sean  siempre  la  reserva  de  recuerdos,  una  sensibilidad  delicada  y  una 
gran  fuerza  de  voluntad  para  el  trabajo  intelectual,  que  no  pocas  veces 
es  bien  ingrato.  El  artista  entonces,  guiado  por  una  especie  de  instinto 
superior,  que  le  sirve  para  discernir  lo  bello  y  que  se  llama  el  gusto 
artístico,  no  tiene  más  que  escoger  entre  todos  los  elementos  y  dar  a  los 
privilegiados  forma  viviente  agrupándolos  en  proporción  y  en  armonía. 

Puesto  que  la  atención  en  las  diversas  formas  hasta  aquí  estudia- 
das, y  en  las  que  veremos  después  entra  en  proporción  tan  importante 
en  el  desarrollo  de  nuestra  vida  psíquica,  la  educación  en  todos  sus 
grados  debe  tender  a  regular  esta  actividad  tan  preciosa  e  indispensa- 
ble, esta  obrera  de  toda  nuestra  vida,  como  algunos  con  mucha  pro- 
piedad la  llaman;  y  para  ello  es  preciso  saber  utilizar  todos  sus  meca- 
nismos, proporcionando  al  niño  métodos  útiles  y  de  fácil  aplicación. 
Será  oportuno,  según  esto,  decir  dos  palabras  sobre  la  educación  de 
los  sentimientos,  que  no  es  más  que  un  adiestramiento  de  la  atención 
afectiva,  por  desgracia  muy  raramente  sana  y  vigorosa  en  nuestra 
sociedad.  La  sensibilidad  y  sus  pasiones  es  la  causa  más  ordinaria  de 
nuestras  más  lamentables  caídas,  o  por  lo  menos  de  los  más  frecuen- 
tes riesgos  en  que  nos  encontramos  de  faltar  a  nuestra  perfección  indi- 
vidual. Existe  en  nosotros  una  propensión  demasiado  marcada  a  des- 
peñarnos en  la  utopía  de  Juan  Jacobo  Rousseau,  creyendo  que  todos 
nuestros  sentimientos  y  todas  nuestras  emociones  son  excelentes  y 
que  su  espontaneidad  y  su  sinceridad  bastan  para  decidir;  su  valor. 
Este  ambiente  malsano  en  que  vivimos  llega  a  embotar  el  sentido 
moral,  haciéndonos  olvidar  y  descuidar  la  obra  cada  vez  más  necesa- 
ria de  una  corrección  enérgica  y  sin  contemplaciones  de  nuestra  sensi- 
bilidad torcida;  tarea,  es  verdad,  siempre  antipática  y  fatigosa,  que  no 
podrá  realizarse  sino  gracias  a  una  atención  voluntaria  extraordinaria- 
mente fuerte  y  constante. 

Dada  la  importancia  que  en  nuestra  actividad  de  orden  intelectual 


ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA  33 

pueden  tener  los  sentidos,  será  del  mismo  modo  conveniente  educar 
la  atención  que  a  sus  objetos  se  refiere.  Las  experiencias  psicométricas 
nos  demuestran  bien  claramente  que,  cuando  dirigimos  nuestra  aten- 
ción sobre  algún  sentido,  la  rapidez  y  la  precisión  de  la  reacción  aumen- 
tan de  una  manera  muy  notable;  la  atención  sirve  para  dotar  a  nues- 
tros órganos  sensitivos  de  una  delicadeza  extraordinaria,  que  no 
adquirirían  sin  su  concurso.  Hay  que  enseñar  a  los  niños  a  utilizar  los 
sentidos  como  instrumentos  de  trabajo  intelectual,  aplicando  a  ellos  la 
atención.  La  lectura,  por  ejemplo,  hecha  en  un  lugar  silencioso  y  con 
calma,  ayudándose  del  oído  para  percibir  la  tonalidad  de  las  palabras 
y  del  movimiento  para  su  articulación,  es,  sin  duda,  la  forma  más 
favorable  para  aplicar  la  atención  a  un  trozo  que  se  ha  de  aprender 
de  memoria.  El  niño,  y  el  hombre  en  general,  no  siendo  capaz  de  con- 
centrar toda  su  actividad  sobre  un  solo  sentido,  necesita,  para  estar 
atento,  interesar  el  mayor  número  posible  de  sentidos  a  la  vez,  si  quiere 
no  distraerse  con  tanta  facilidad.  Cuando  escuchamos  a  un  orador  sin 
perderle  de  vista,  esto  es,  cuando  nos  esforzamos  por  verle  y  oírle 
simultáneamente  lo  mejor  posible,  nos  colocamos  también  en  las  con- 
diciones más  favorables  para  aplicar  nuestra  atención  intelectual.  Hacer 
trabajar  varios  sentidos  a  la  vez  y  con  el  mismo  fin,  es  educar  la  aten- 
ción y  adquirir  la  costumbre  que  nos  hará  después  más  fácil  el  acto  de 
reconcentrarse  con  más  eficacia. 

Bien  conocidos  son  los  procedimientos  para  desarrollar  y  fortalecer 
la  atención  sensorial.  Sabemos  que  un  órgano  que  permanece  mucho 
tiempo  en  la  inacción  sin  funcionar,  se  atrofia,  y,  en  cambio,  se  perfec- 
ciona con  el  ejercicio:  los  numerosos  juegos  en  que  hay  que  valerse 
principalmente  de  la  vista,  constituirán  un  medio  excelente  para  la 
educación  de  la  atención  visual;  la  música  y  el  canto  para  la  auditiva, 
que  puede  así  llegar  a  percibir  todas  las  finezas  del  sonido.  Para  favo- 
recer la  acción  motriz,  proponen  algunos  el  método  de  hacer  aprender 
a  todos  los  niños  la  lengua  de  los  sordo-mudos,  por  revestir  ésta  en 
grado  eminente  la  forma  visual  motriz,  que  es  tan  rica,  tan  preciosa  y 
tan  variada.  Parece  que  la  facultad  más  favorecida  en  este  caso,  es  la 
memoria,  pues  los  músculos  retienen  en  cierto  modo  más  fácilmente 
que  los  centros  sensoriales  del  oído  y  de  la  vista.  M.  Van  Biervliet  (1), 


(1)    Van  Biervliet,  Education  de  lá  mémoire,  París,  1903. 


34  ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA 

a  quien  ya  hemos  tenido  ocasión  de  citar  otras  veces,  al  tratar  en  su 
interesante  trabajo  sobre  la  educación  de  la  memoria,  demuestra  con 
argumentos  bien  fundados  en  la  experiencia,  que  la  memoria  motriz  es 
la  más  fiel,  la  más  precisa  y  la  más  exacta.  Como  instrumento  físico  de 
gran  valor  en  la  educación  de  la  atención  visual,  auditiva,  táctil  y  sobre 
todo  motriz,  se  podría  citar  el  cronóscopo  de  Arsonval,  que  ha  dado 
muy  buenos  resultados  en  la  psicología  pedagógica,  pero  en  cuya  des- 
cripción detallada  no  queremos  detenernos  por  no  ser  este  el  lugar  apro- 
piado y  además  porque  los  que  deseen  conocerlo  lo  encontrarán  en 
cualquier  obra  dedicada  a  esta  clase  de  materias. 

Siendo  tan  importante,  como  hemos  visto,  el  papel  que  representa 
la  imaginación  en  el  proceso  de  toda  nuestra  vida,  es  evidente  que  una 
facultad  tan  preciosa  debe  ser  educada  y  cultivada.  Sin  embargo,  no 
pocas  veces  ha  sido  objeto  de  maldición  y  de  desprecio.  A  veces,  en 
efecto,  es  funesta  para  el  hombre,  puesto  que  es  capaz,  en  ocasiones, 
de  envenenar  toda  su  vida.  Cuando  la  imaginación  está  mal  dirigida  y 
disciplinada,  desarrolla  las  pasiones  malas  del  alma,  y  es  la  causa  de 
todas  las  grandes  caídas;  llega  a  ser  el  agente  más  poderoso  del  conta- 
gio moral  y  la  fuente  de  las  más  groseras  supersticiones.  Por  otra  parte, 
es  la  imaginación  también  madre  de  todas  las  terribles  desilusiones  que 
hacen  la  vida  insoportable  y  de  los  funestos  ensueños,  que  llevan  hasta 
el  olvido  de  los  deberes.  Malebranche  llegó  a  llamarla  «la  loca  de  la 
casa»  y  Pascal  «una  maestra  de  error  y  de  falsedad». 

Pero  también  tiene  sus  ventajas:  la  imaginación  es  el  principio  del 
arte,  y,  por  consiguiente,  de  las  más  bellas  emociones;  si  es  verdad  que 
nos  hace  soñar,  este  ensueño  nos  sirve  de  descanso  y  nos  proporciona 
una  felicidad  bien  que  momentánea:  si  concibe  ilusiones,  ella  misma 
corrige  el  mal  que  ha  causado:  ella  es  la  que  da  pábulo  a  la  esperanza, 
que  es  el  resorte  enérgico  de  toda  nuestra  vida:  ella  nos  comunica  el 
entusiasmo  por  las  acciones  nobles  y  caballerescas,  sostiene  nuestra 
fortaleza  para  acometerlas  poniéndonos  delante  la  perspectiva  del 
éxito;  da  un  matiz  elevado  y  poético  a  la  prosa  de  la  vida,  haciéndo- 
nosla ver  amable  e  interesante:  ella  abre,  en  fin,  nuestro  corazón  a  la 
simpatía  y  a  las  virtudes  de  la  caridad  cristiana. 

La  educación  debe  tender  a  disciplinar  esta  facultad,  en  vez  de 
ahogarla  y  suprimirla,  porque  una  naturaleza,  en  la  cual  faltase,  se 
vería  privada  de  im  elemento  precioso:  incapaz,  como  seria,  de  repre- 


ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA  35 

sentarse  nada  con  energía  y  con  fuerza,  no  podría  nunca  sentir  con  vi- 
veza y  se  vería  condenada  a  la  más  absoluta  inercia.  Sin  duda  que  una 
naturaleza  en  la  cual  la  imaginación  fuera  demasiado  viva  y  absor- 
bente, no  sería  mejor  a  causa  de  los  excesos  de  todas  suertes  a  que  es- 
taría expuesta. 

De  aquí  que  la  educación  de  la  imaginación  y  de  la  atención  ima- 
ginativa, ha  de  abrazar  dos  extremos:  en  aquellos  sujetos  en  que  esta 
facultad  sea  naturalmente  lenta  y  fría,  es  menester  excitarla  poniéndola 
en  contacto  con  las  obras  bellas  de  la  naturaleza  o  del  arte,  procuran- 
do levantar  su  entusiasmo  con  la  vista  o  la  narración  de  acciones  gran- 
des y  heroicas,  alimentando  su  curiosidad  con  las  páginas  más  vibran- 
tes de  las  obras  maestras  en  literatura.  Así  la  imaginación  se  educará 
en  cierta  manera  a  sí  misma.  Para  toda  esta  obra  de  educación  imagi- 
nativa, es  indispensable  un  gran  esfuerzo  de  atención  para  percibir  la 
belleza  allí  donde  realmente  existe,  y  para  sujetar  nuestras  facultades 
al  trabajo,  que  intentamos  realizar. 

En  aquellos  individuos  en  que  la  imaginación  se  desborda  con  de- 
masiada frecuencia,  o  está  continuamente  dispuesta  a  engolfarse  en  el 
mundo  de  las  quimeras  y  de  lo  inverosímil,  el  principal  fin  de  la  edu- 
cación ha  de  ser  introducir  en  sus  espíritus  la  disciplina  y  la  regla  y  so- 
meterlos a  una  razón  fuerte,  a  una  reflexión  sólida,  atenta  y  sostenida. 
Cuanto  la  imaginación  abandonada  a  sus  propios  sueños  y  caprichos 
es  más  peligrosa,  capaz  de  males  irreparables,  tanto  más  útiles  servi- 
cios nos  podrá  prestar  transformando  toda  nuestra  vida,  si  se  la  pone 
al  servicio  de  la  razón,  o  más  bien,  se  identifica  con  ella. 

Como  resumen  de  lo  dicho  en  el  presente  artículo,  hablaremos  algo 
de  la  influencia  que  ejerce  la  atención  sobre  la  vida  moral.  Hemos  vis- 
to cómo  la  atención  puede  preservarnos  contra  los  peligros  de  las  pa- 
siones, permitiéndonos  conservar  una  inspección  minuciosa  y  continua 
sobre  todos  los  movimientos  de  nuestra  sensibilidad  y  asegurándonos 
el  imperio  sobre  nosotros  mismos.  Hay  quienes  acusan  a  la  reflexión 
por  introducir  en  nuestro  ánimo  una  prudencia  demasiado  fría  y  calcu- 
ladora; pero  la  verdad  es  que  la  atención  no  nos  impide  para  sentir  con 
viveza,  cuando  es  preciso,  y  para  arder  de  entusiasmo  por  las  causas, 
que  la  razón  legítima.  Es  falso  que  la  atención  seque  el  corazón;  lo  que 
hace  únicamente  es  ilustrarle,  e  ilustrándole  hace  que  sus  sentimientos 
sean  más  profundos.  Cuando  Sócrates  declaraba  que  la  virtud  es  idén- 


36  ATENCIÓN  AFECTIVA,  SENSORIAL  E  IMAGINATIVA 

tica  a  la  ciencia  y  el  vicio  a  la  ignorancia,  no  hay  duda  que  exageraba; 
pero  corrigiendo  su  fórmula,  podríamos  nosotros  decir  que  en  todo  caso 
la  sabiduría  es  hija  de  la  reflexión  y  que  el  malvado  es  antes  que  nada 
un  distraído.  Cuando  cometemos  un  pecado,  frecuentemente  es  la  falta 
de  vigilancia  la  que  abre  las  puertas  a  la  tentación.  No  ignoramos  que 
hay  casos  de  perversión  lúcida,  aquellos  en  que  el  individuo  calcula 
fríamente  el  crimen  y  lo  pone  por  obra  con  la  misma  frialdad;  pero  esto 
es  el  efecto  más  bien  de  un  extravío,  el  resultado  de  una  idea  fija,  que 
distrae  precisamente  al  hombre  respecto  a  todo  lo  demás,  en  que  le 
convendría  pensar  y  le  hace  olvidarse  hasta  de  sí  propio. 

En  todo  caso,  nadie  se  atreverá  a  negar  que  la  reflexión  es  el  alma 
de  la  libertad,  que  permite  a  la  deliberación  ser  sincera;  y  multiplican- 
do los  motivos  de  elección  con  el  valor  exacto  de  cada  uno,  nos  per- 
mite determinarnos  a  obrar  con  todo  conocimiento  de  causa.  Por  la  re- 
flexión atenta,  el  hombre  es  una  persona  y,  sobre  todo,  un  carácter, 

P.  V.  Burgos. 


'U  CASA  DE  LA  TROYA"  DE  PÉREZ  LUGÍN 


Recientemente  ha  sido  premiada  esta  novela  por  la  Real  Academia 
Española,  y  es  bien  anticiparlo,  porque  aquello  de  Troya,  con  su  artícu- 
lo por  delante,  quizás  en  algunos  oídos  suene  a  zarabanda  y  escánda- 
lo, algo  así  como  una  imitación  atrevida  y  chocarrera  de  La  Celestina. 
La  casa  de  la  Troya  es,  en  efecto,  cosa  de  mucho  ruido  y  estruendo, 
si  no  recomendable,  como  una  lectura  del  Kempis,  tampoco  un  jolgorio 
que  pase  la  raya,  ni  mucho  menos  roce  los  linderos  de  la  moral.  La 
casa  de  la  Troya,  para  que  de  una  vez  lo  sepan  mis  lectores,  no  es 
más  que  una  antigua  casa  de  estudiantes  de  Santiago  de  Compostela, 
y  con  ello  está  dicho  que  no  faltaba  el  ruido,  las  travesuras,  los  motes, 
sus  horas  de  timba  en  los  primeros  de  mes,  cuando  había  algún  dine- 
ro, buen  humor  y  poco,  poquísimo,  estudio  como  es  natural  en  toda 
reunión  de  jóvenes  que  se  ven  sueltos  y  libres  de  toda  vigilancia.  El 
asunto  de  la  novela  es  muy  sencillo:  un  estudiante  madrileño,  hijo  de 
buena  familia,  que  ha  perdido  a  su  madre  y,  por  las  muchas  ocupacio- 
nes de  su  padre,  se  ve  en  Madrid  libre  de  toda  vigilancia  y  con  dinero. 
Claro  está,  no  estudia,  gasta  mucho,  se  reúne  con  otros  compañeros 
tan  alegres  como  él,  frecuenta  los  teatros,  las  corridas  de  toros  y  demás; 
y  por  último  se  enamora  de  una  bailarina.  Al  fin  se  entera  su  padre,  y 
para  sacarlo  de  ese  medio  ambiente  y  que  termine  su  carrera,  si  no  con 
provecho,  al  menos  en  paz,  lo  encierra  en  Santiago  de  Compostela.  Ya 
en  Santiago,  el  muchacho  se  aburre  los  primeros  días,  pasea  solo  y 
está  a  punto  de  desesperarse;  mas  a  los  veintitrés  años,  rodeado  de  mu- 
chachos alegres  y  cariñosos,  como  saben  ser  los  gallegos,  se  hace  a  la 
tierra  y  a  las  costumbres,  se  enamora  de  una  muchacha  buena,  religiosa 
y  formal,  y  después  de  muchos  lances  provincianos,  unos  prósperos  y 
otros  adversos,  termina  su  carrera  y  se  casa.  Total,  nada:  un  asunto  tri- 
vial que  se  repite  en  España  con  muchísima  frecuencia,  al  menos  en  la 


38  «LA  CASA  DE  LA  TROYA»  DE  PÉREZ  LUGÍN 

primera  parte  y  no  pocas  en  la  segunda,  si  se  descuentan  las  circuns- 
tancias de  lugar  y  tiempo.  ¿Quién  no  ha  visto  en  España  estudiantes 
ricos  y  pobres  que  se  divierten  y  no  estudian?  No  escasean  tampoco 
aquellos  otros  en  que  una  muchacha  buena  y  formal,  que  se  estima  y 
tiene  conciencia  de  que  el  matrimonio  no  es  cosa  de  bureo  y  trampan- 
tojo, obliga  al  que  pretende  su  mano  a  demostrar  que  es  digno  de  ella, 
que  es  hombre  de  acción  y  de  palabra,  un  caballero,  en  fin,  que  ha  de 
saber  llevar  las  cargas  del  nuevo  estado  y  sostener  con  lustre  y  sin  ta- 
cha el  nuevo  hogar  que  se  va  a  establecer.  Y,  sin  embargo,  Pérez  Lugín 
con  elementos  tan  sencillos  y  ordinarios,  casi  prosaicos,  me  atrevería  a 
decir,  ha  logrado  tejer  una  hermosa  novela,  llena  de  interés,  de  ideali- 
dad, de  frescura  y  de  entusiasmo;  una  optimista  narración  que  se  lee 
de  una  sentada.  Al  revés  de  Pío  Baroja,  que  no  acierta  a  observar  en  la 
vida  más  que  pasiones,  ruindades  y  miserias,  intenciones  aviesas  y 
mezquinas;  al  revés  de  la  escuela  modernista,  si  es  que  existe  tal 
escuela,  cultivadora  de  los  sidera  errantia  de  las  situaciones  raras  y 
perversas,  que  no  sabe  encontrar  su  originalidad  más  que  en  lo  exótico, 
en  las  pasiones  exacerbadas  y  morbosas,  en  los  casos  de  ensueño  y  de 
artificio,  Pérez  Lugín  bebe  su  inspiración  jugosa  y  simpática  en  un  rin- 
cón de  España,  en  la  fuente  pública  de  una  ciudad  gallega,  siquiera  sea 
ésta  una  de  las  más  típicas  de  la  hermosa  Galicia,  tan  hermosa  como 
desdeñada,  pues  ni  aun  sus  mismos  hijos  hacen  valer  sus  méritos  en  lo 
que  es  de  razón  y  de  justicia.  Ni  siquiera  ha  tomado  Pérez  Lugín  sus 
elementos  de  los  caseríos  y  pazos,  envueltos  en  la  bruma  legendaria, 
ni  de  los  hechos  unos  raros  y  otros  gloriosos  de  la  misteriosa  Galicia, 
impregnados  algunos  de  hondo  sentimentalismo,  como  el  caso  de  Vei- 
ga,  cuya  Alborada  cristalina  y  vagorosa  se  dice  que  le  brotó  del  alma, 
como  una  endecha  dolorida,  forjada  en  el  rescoldo  de  un  amor  impo- 
sible y  desgraciado.  A  Pérez  Lugín  le  basta  con  las  peripecias  inconsis- 
tentes y  banales  de  la  vida  universitaria  para  engarzar  su  relato  ilu- 
minado por  las  tintas  melancólicas  del  recuerdo  y  matizado  con  algu- 
nos toques  de  amable  ironía  que  lo  transfiguran  y  le  comunican  cierto 
aire  recatado  de  sabrosa  complejidad. 

Sobre  el  jolgorio  de  la  vida  escolar,  derramada  y  bullanguera,  so- 
bre el  acompañamiento  abigarrado  de  sonajas  y  guitarras,  armado  por 
la  troula  estudiantil  revolotea  el  canto  de  un  amor  ideal,  generoso, 
casto  y  severo  que  ennoblece  a  los  protagonistas  y  los  hace  compren- 


«LA  CASA  DS  LA  TROYA»  DE  PÉREZ  LüGÍÍÍ  39 

der  la  vida  en  serio,  con  sus  grandes  responsabilidades  y  también  con 
los  remansos  y  alicientes  de  una  dicha  intima  y  serena,  un  amor  cris- 
tiano, en  ñn,  a  la  manera  antigua,  tal  como  lo  ensalzaron  los  novelistas 
de  cepa,  Alarcón,  Pereda  y  el  mismo  Cervantes  en  el  maravilloso  episo- 
dio del  Cautivo.  Propiamente  lo  que  sugiere  de  un  modo  vago  y  lejano 
La  casa  de  la  Troya  es  El  escándalo  de  Alarcón,  en  esfera,  claro  está, 
mucho  más  modesta.  En  el  fondo  el  caso  es  el  mismo.  Una  muchacha, 
Carmen  de  Castro,  de  ilustre  y  antigua  cuna,  que  siente  vivísima  inclina- 
ción por  el  estudiante  madrileño,  Gerardo  Roquer;  mas  que  al  mismo 
tiempo,  escamada  por  la  aureola  de  calavera  y  un  tanto  escandaloso  y 
libertino  que  envuelve  al  muchacho,  reprime  sus  sentimientos  y  exige 
garantías  de  constancia,  de  sacrificio  y  de  trabajo,  mientras  ella  ruega 
con  grandísimo  fervor  a  la  Virgen  para  que  lo  sostenga  y  lo  haga 
tan  cumplido  caballero,  tan  firme,  tan  noble  y  tan  leal  como  ella  lo 
desea. 

Visto  así  el  amor  profano,  se  idealiza,  se  convierte  en  una  aspira- 
ción a  la  hermosura  espiritual  y  adquiere  perspectivas  ultraterrenas, 
sobre  las  cuales  puede  caer  sin  desdoro  la  bendición  divina  en  la  virtud 
del  Sacramento,  es  sencillamente  la  bendición  del  hogar  cristiano,  cuya 
semejanza  con  el  santuario  es  más  real  y  profunda  de  lo  que  parece  a 
primera  vista.  Y  esa  ráfaga  de  espiritualidad,  de  amor  que  muchos 
califican  de  romántico  y  que  sin  embargo  no  lo  es  porque  no  se  trata 
de  cosa  imaginaria  e  imposible,  porque  más  o  menos  clara  y  perfecta- 
mente lo  vemos  cumplirse  en  la  inmensa  mayoría  de  las  mujeres  espa- 
ñolas, es  lo  que  da  interés  e  idealidad  a  La  casa  de  la  Troya  de  Pérez 
Lugín.  A  medida  que  los  personajes  se  aproximan  a  ese  resplandor,  se 
humanizan,  se  vuelven  serios  y  pundonorosos,  incluso  los  fantásticos 
y  bullangueros  jóvenes  de  la  troula  universitaria. 

El  novelista  pone  en  boca  de  un  limpiabotas,  personaje  de  cuarta  o 
quinta  fila,  pero  de  mucho  sabor  local  y  por  eso  muy  importante,  una 
frase  que  lo  acredita  de  sagaz  observador:  cuyamente...  la  juventud 
nunca  se  pone  más  seria  que  cuando  dispónese  para  se  divertir.  Se 
trataba  de  un  baile  en  el  casino,  y  aunque  a  esas  reuniones  se  las  lla- 
men fiesta  y  diversión  y  en  muchos  casos  lleguen  a  una  algarabía  loca 
y  reprobable,  de  ordinario  entre  personas  honradas  y  sobre  todo  en 
provincias,  son  algo  más,  es  el  instinto  del  porvenir,  es  lo  que  diría 
Schopenhauer  en  sentido  panteísta,  el  canto  de  la  especie,  y  lo  que  de- 


40  «LA  CASA  DE  LA  TROYA»  DE  PÉREZ  LUGÍN 

cimos  en  sentido  vulgar,  la  posibilidad  de  un  futuro  más  o  menos  di- 
choso. De  ahí  la  seriedad  instintiva,  la  apostura  caballeresca  y  el  aire 
resuelto  y  de  energía  elegante  que  adoptan  los  jóvenes  sin  darse  cuen- 
ta, y  muy  bien  está  cuando  sus  almas  vibran  al  refilar  de  impulsos 
generosos.  Pero,  en  fin,  dejemos  a  un  lado  estas  filosofías  que  a  buen 
seguro,  no  las  tuvo  en  cuenta  para  nada  el  autor  de  La  casa  de  la 
Troya.  Decíamos  que  las  costumbres  y  travesuras  de  la  vida  estudiantil 
formaban  el  acompañamiento  de  la  sonata  amorosa,  pero  tal  vez  no 
hemos  dicho  bien,  pues  con  ser  tan  noble  el  pensamiento  que  sirve  de 
hilo  conductor  en  el  desarrollo  de  la  novela,  hay  allí  una  galería  de 
tipos,  de  episodios  y  de  lances,  dibujados  con  tanta  gracia,  tanta  natu- 
ralidad y  desenfado  que  a  veces  agrada  más  o,  por  lo  menos  tanto,  la 
salsa  como  el  nervio  del  tuétano.  Es  muy  posible  que  uno  de  los  méritos 
más  grandes,  si  no  el  principal  consista  en  eso,  en  hacer  agradables  e  in- 
teresantes las  mil  fruslerías,  tomaduras  de  pelo  y  trapisondas  de  los  es- 
tudiantes. Por  lo  mismo  que  no  pasan  de  niñerías  que  se  repiten  poco 
más  o  menos  todos  los  años,  se  necesita  no  poco  arte  para  contarlas 
sin  que  lleguen  a  cansar.  La  entrada  de  Gerardo  en  La  casa  de  la  Troya 
tiene  gracia.  Habían  conseguido  los  compañeros  sacarle  de  un  hotel 
donde  vivía  solo  y  aburrido,  y  en  un  día  de  fiesta  lo  trasladaron  a  la  fa- 
mosa Peña.  <Dieron  una  vuelta  por  la  Herradura — dice  el  novelista— y 
dos  por  la  Rúa,  y  al  medio  día,  rendidos  por  el  largo  paseo,  pero  de 
buen  humor,  fueron,  acompañados  por  el  servicial  Rafael,  a  la  casa 
de  la  Troya. 

Tuvieron  que  llamar  varias  veces  para  que  les  oyesen,  porque  ha- 
bía dentro  un  alboroto  de  doscientos  mil  demonios,  o  de  media  docena 
de  estudiantes,  que  viene  a  ser  lo  mismo  con  algunos  tantos  a  favor  de 
la  mayor  potencia  ruidosa  estudiantil. 

Desde  el  segundo  piso  preguntó  la  criada,  que  abrió  Ja  puerta  tiran- 
do de  la  cuerda  del  pestillo  que  subía  por  el  vano  de  la  escalera. 

— ¿Quién  es? 

— El  señorito  nuevo— respondió  Rafael. 

— Voy  allá — se  oyó  a  doña  Generosa. 

— Yo  me  marcho — dijo  el  camarero  (Rafael)—.  Muchas  felicidades^ 
don  Gerardo;  don  Augusto,  hasta  luego. 

—Pero  ¿y  eso?— interrogó  el  último. 

—Que  no  quiero  que  me  vean,  porque  me  van  a  pedir  dinero  y  hoy 


«LA  GASA  DE  LA  TROYA >  DE  PÉREZ  LUQÍN  41 

no  tengo.  Cuando  le  alborotan  así,  es  que  no  le  hay  un  cuarto  en  toda 
la  casa. 

— lAbajo  Samoeirol  iMueran  los  osíró^'odos/— gritaron  en  el  segun- 
do piso  los  huéspedes  de  doña  Generosa. 

— iDemonio!—  exclamó  Rafael,  apresurando  la  despedida — .  Andan 
a  vueltas  con  Samoeiro.  Esto  está  peor  dejo  que  yo  me  pensaba. 
• >•     ....     ....     ....... 

En  la  puerta  del  comedor  detúvose  Gerardo,  entre  curioso  y  asom- 
brado. Seis  o  siete  estudiantes  tenían  acorralado  a  otro  rapaz  que  era 
el  único  vestido  de  una  manera  admisible.  Los  demás...  Uno  llevaba 
un  impermeable  viejo,  de  esos  de  esclavina  que  le  arrastraba,  otro  me- 
tía su  cuerpo  en  un  gabán  de  verano  de  aquellos  cortitos  que  ridiculi- 
zaron tantas  veces  los  caricaturistas  de  la  época,  y  lucía  sus  piernas 
embutidas  en  unos  calzoncillos  listados  de  rosa  y  azul,  realmente  ase- 
sinos. Los  demás  envolvíanse  en  las  colchas  de  la  cama... 

— ¡Samoeiro,  ostrogodo  indigno! — gritaba  uno — .  ¡Cede  o  te  declara- 
mos enemigo  de  la  patria! 

En  La  casa  de  la  Troya  se  reunían  unos  cuantos  tipos  deliciosos: 
Samoeiro,  muchacho  un  poco  obtuso,  agarrado  y  que  desde  el  curso  de 
Historia  de  España  llevaba  el  mote  de  Ostrogodo;  Barcala,  el  poeta  de 
la  Troya  y  el  más  listo  y  sensato;  Madeira,  un  mozo  fornido,  amigo  de 
zambras,  malísimo  estudiante,  de  buenos  puños  y  con  una  gran  pasión 
dominante,  la  vanidad  de  considerarse  como  el  mejor  panderetista  de 
Compostela  y  el  más  enterado  de  las  cosas  del  Extranjero.  En  una  trou- 
la  estudiantil  había  recorrido  algunos  pueblos  de  Portugal,  luciendo 
sus  habilidades  panderetiles,  y  desde  entonces  no  permitía  que  se  le 
discutiera  ni  que  hablase  nadie  de  Portugal,  sin  que  él  dijese  la  últi- 
ma palabra.  Lo  bueno  de  aquella  reunión  era  que  a  los  ocho  días  de 
estar  en  Santiago  no  tenía  nadie  una  peseta,  ni  siquiera  pantalones, 
pues  todo  había  sido  tragado  por  las  fauces  de  los  cafés  y  los  presta- 
mistas, y  tenían  que  limitarse  a  recorrer  en  continua  gresca  las  escale- 
ras y  pasillos  de  la  casa  de  la  Troya.  Aquello  era,  pues,  una  verdade- 
ra Troya,  un  estruendo  continuo  y  una  zarabanda  que  no  dejaba  en 
paz  a  nadie  en  un  kilómetro  a  la  redonda  y  que  sólo  podía  aguantar 
doña  Generosa,  la  dueña  de  aquel  estrepitoso  manicomio.  Sin  embargo, 
también  se  escondía  en  aquella  casa  y  entre  aquel  jolgorio  una  nota 
delicada,  un  muchacho  bueno,  aplicado  y  modesto.  Se  llamaba  Pan- 


42  «LA  CASA  DE  LA  TROYA»  DE  PÉREZ  LüGlN 

duriño,  estudiaba  Medicina,  y  por  la  escasez  de  recursos  se  veía  preci- 
sado en  los  veranos  a  recorrer  las  fiestas  aldeanas  en  una  murga,  to- 
cando el  cornetín  de  pistón. 

En  honor  de  los  troyanos  es  preciso  reconocer  que,  no  sólo  no  mo- 
tejaban su  pobreza,  sino  que  más  bien  le  profesaban  cariño  y  hasta 
cierta  veneración.  A  Pandiiriño  todo  el  mundo  le  respetaba  cuando  se 
recogía  a  estudiar  en  su  rincón;  es  más,  si  el  ruido  llegaba  a  las  nubes, 
como  sucedía  casi  siempre  de  día  y  de  noche,  nadie  se  atrevía  a  repli- 
car a  las  reprensiones  de  Panduriño.  Alrededor  de  estos  tipos  y  de  esta 
casa  de  estudiantes,  que  es  un  símbolo  de  todas  las  demás,  traza  el  no- 
vehsta  otra  multitud  de  tipos  y  figuras  de  la  Universidad  y  la  pobla- 
ción, de  tal  manera,  que  en  resumen  viene  a  resultar  una'vista  de  con- 
junto de  la  sociedad  provinciana  y  calmosa  de  Santiago;  pero  todo 
ello  perfectamente  distribuido,  enlazado  y  anotado  con  sobriedad  y 
sus  puntos  de  alegre  y  generosa  ironía.  Allí  figura  el  pintoresco  don 
Servando,  profesor  muy  sabio  e  indulgente  con  los  muchachos;  don 
Ventura  Lozano  y  Portillo,  ex  juez  de  Ordenes,  señor  tan  bueno  como 
latoso  por  su  extremada  cortesía  y  su  afición  a  los  discursos  transcen- 
dentes; Carlotas,  el  betunero;  su  contrinca  el  Merlo;  los  bedeles  y  po- 
licías, o  vHleus;  los  graves  canónigos  de  la  catedral;  el  saltatumbas  Min- 
guiña;  ks  mamas  y  las  muchachas,  que  tienden  con  sabia  y  honrada 
discreción  sus  redes  para  pescar  un  maridíto  o  un  yerno  presentable  en 
aquel  río  alegre  de  abogados  y  de  médicos;  las  confiterías  y  tabernas, 
las  troulas  estudiantiles  y  hasta  los  cómicos  de  la  legua,  dirigidos  por 
Rebolo,  que  alborotan  unos  días  y  se  marchan  después  con  la  música 
a  otra  parte,  porque  allí  decae  el  interés,  y,  sobre  todo,  decae  el  bolsi- 
llo, que  es  lo  más  grave.  Ya  hemos  dicho  que  las  fruslerías,  trapison- 
das y  ajetreo  de  los  estudiantes  compostelanos  no  tienen  en  sí  nada  de 
particular  ni  de  nuevo;  son  cosa  repetida  todos  los  años  con  ligerísímas 
variantes.  Lo  que  agrada  es  el  soplo  de  vida  ingenua  que  el  autor  ha 
sabido  infundir  en  los  personajes.  Se  ve  que  el  autor  la  ha  vivido  y  se 
ha  codeado  con  Barcala  y  Madeira,  y  que  ahora,  a  distancia,  la  recuer- 
da con  cariño  e  indulgencia,  como  se  recuerdan  siempre  los  años  de  la 
juventud  descuidada  y  bullanguera.  Al  concluir  la  carrera  y  obtener  su 
tilulo  de  licenciado,  el  poeta  Barcala  se  despide  de  sus  compañeros  en 
un  discurso  que  es  la  perspectiva  de  Pérez  Lugín:  «No  nos  felicitéis, 
amigos— dijo  emocionado—.  iCompadecednos  y  dejad  que  os  envidie- 


«LA  CASA  DE  LA  TROYA >  DE  PÉRKZ  LUGÍN  43 

mos!  Los  dichosos  sois  vosotros,  que  todavía  continuaréis  aquí  libres 
de  cuidados,  sin  preocupaciones,  ¡felices!  ¡¡jóvenes!!  Nosotros  acabamos 
de  desposarnos  con  la  inquietud...»  A  esa  luz  fantástica  se  desvane- 
cen los  apuros,  la  zozobra  de  los  exámenes,  los  ratos  de  aburrimiento, 
el  trabajo  fastidioso  de  las  asignaturas,  los  fracasos  y  otras  peripecias 
que  lleva  siempre  rodando  la  vida  y  no  queda  más  que  un  sonido  aéreo 
de  cascabeles,  cuyo  interés  se  cifra  únicamente  en  lo  agradable  del  re- 
cuerdo. Sin  embargo,  entre  las  mil  jugarretas  de  los  estudiantes  com- 
postelanos,  refiere  el  novelista  una  que  es  original  y  graciosa,  de  la 
cual  no  queremos  privar  a  nuestros  lectores.  Tenían  los  estudiantes  de 
Santiago,  y  probablamente  seguirán  teniendo,  la  costumbre  de  obse- 
quiar a  sus  novias  con  una  serenata,  y  con  tal  motivo  no  pasaba  no- 
che en  Santiago  que  no  se  oyera  alguna  murga  por  la  calle.  Quedó 
entonces  por  algún  tiempo  de  alcalde  interino  D.  Ventura  Lozano,  el 
famoso  ex  juez  de  Ordenes,  y  prohibió  aquellos  jolgorios  musicales  de 
un  plumazo.  Disgustáronse  los  estudiantes  e  imaginaron  una  burla  in- 
geniosa: constituir  el  Batallón  del  silencio. 

Formaban  esta  singular  milicia  la  mayoría  de  los  estudiantes,  y  te- 
nían su  campo  de  concentración  en  la  solitaria  plaza  de  la  Quintana- 
Al  frente  de  la  escuadra  de  gastadores,  los  mejores  mozos  de  la  Univer- 
sidad, marchaba  orguUosamente  el  diminuto  Nietiño.  Gerardo  conducía 
la  bandera;  el  famoso  chaqué  con  pintas  de  grasa  de  Samoeiro,  enar- 
bolado  en  una  escoba,  al  cual  servía  de  gloriosa  corbata  una  toalla. 
Los  banderines  de  las  compañías  eran  diversas  prendas  de  uso  interior: 
unos  calzoncillos,  el  de  la  primera;  el  de  la  segunda,  una  camiseta;  un 
calcetín,  el  de  la  tercera.  A  la  cola  del  batallón  y  en  calidad  de  ambu- 
lancia sanitaria,  marchaban  Cañotas  y  el  Merlo,  con  sus  cajas  de  betu- 
nero. Los  muchachos  desfilaban  en  silencio  por  las  calles  más  concu- 
rridas, y  en  los  soportales,  donde  solía  pasear  D.  Ventura,  se  colocaban 
detrás,  como  guardia  de  honor,  marcando  el  paso  con  gran  formalidad, 
sin  hablar  una  palabra.  Si  D.  Ventura  entraba  en  el  café,  el  batallón 
desfilaba  ante  él,  entrando  por  una  puerta  y  saliendo  por  otra;  si  se  re- 
tiraba a  su  casa,  aUí  le  seguía  el  batallón,  presentando  armas  al  des- 
aparecer D.  Ventura;  si  iba  al  Ayuntamiento,  el  batallón  le  acompaña- 
ba, y  dondequiera  que  estuviese  el  glorioso  alcalde,  el  batallón  se  pro- 
yectaba detrás  como  una  sombra  fatídica.  Excusado  es  advertir  que  a 
su  paso  se  abrían  todas  las  ventanas,  se  asomaba  la  gente  a  los  bal- 


44  «LA  CASA  DE  LA  TROYA»  DE  PÉREZ  LUGIN 

cones,  gritaban  los  chiquillos  y  estallaban  las  risas  estrepitosas,  incluso 
de  los  propios  villeuSy  como  si  el  pobre  D.  Ventura,  tan  solemne,  tan 
ceremonioso  y  ordenancista  fuese  un  alcalde  de  Carnaval;  excusado  es 
añadir  que  el  disgusto  y  la  ira  se  habían  apoderado  del  buen  señor  y 
le  tenían  acoquinado,  sin  saber  qué  partido  tomar.  — iSerenol— gritaba 
desesperado  en  cierta  ocasión  un  tanto  picaresca—.  ¡Sereno!  ¡Detenga 
usted  a  estos  criminales  en  flagrante  delito  de  atentado  a  la  primera 
autoridad  compostelanaí 

— No  le  tengo  cuerda  bastante,  señor  alcalde — repuso  angustiado  el 
villeu. 

Y  con  esto  queda  anotado  lo  que  hay  de  más  saliente  en  La  casa 
de  la  Troya,  de  Pérez  Lugín;  en  conjunto,  una  novelíta  muy  alegre, 
movida  y  espumosa,  risueña  y  apacible  como  una  puesta  de  sol  en  el 
mes  de  Mayo,  salpicada  aquí  y  allá  de  fina  sátira  y  con  extraordinaria 
indulgencia  para  el  hervor  de  la  sangre  moza  y  la  inconsciencia  de  los 
pocos  años.  Sin  embargo,  dado  el  nivel  moral  de  la  literatura  moder- 
nista y  la  crítica  de  mala  intención  que  reina  en  el  ambiente  literario  de 
nuestros  días,  bien  se  puede  señalar  con  piedra  blanca  La  casa  de  la 
Troya.  Si  hubiéramos  de  poner  reparos,  según  es  costumbre  en  la  crí- 
tica española,  más  que  en  la  extranjera,  diríamos  que  el  estilo  peca 
de  flojo  y  desmañado,  que  no  hay  allí  frase  torneada  y  brillante,  rebus- 
co de  efectos  y  tonalidades  artísticas  y  nuevas. 

Alguien  echará  de  menos  el  escenario,  la  descripción  del  paisaje  ga- 
llego, y  aun  de  la  misma  ciudad  de  Santiago  con  su  imponente  cate- 
dral y  su  Santo  Apóstol,  que  lo  absorben  todo,  otros  preferirían  que 
el  viaje  de  Gerardo  a  Compostela  se  hubiese  hecho  por  la  orilla  del 
mar,  por  el  ferrocarril  que  va  de  Vigo,  desde  el  cual  se  contemplan  las 
rías  gallegas  e  infinitos  paisajes  de  un  encanto  indescriptible.  Desde 
luego  Pérez  Lugín  no  es  un  paisajista.  Los  toques  descriptivos  de  su 
novela  son  escasos  y  borrosos,  apenas  recorta  los  perfiles  y  no  acierta 
a  dar  la  impresión  de  exuberancia,  de  ternura,  de  intimidad  y  de  color 
recatado  que  se  observa  en  casi  toda  Galicia.  Al  que  haya  visto  aque- 
llos bosques  inmensos  de  pinos,  aquel  río  Miño,  tan  silencioso,  aquella 
verdura  lujuriante  que  sube  hasta  la  cumbre  de  los  montes,  aquellas 
rías  tranquilas  como  un  lago,  rodeadas  de  alisos,  aquellos  maizales 
rumorosos,  las  casitas  blancas,  las  chozas  escondidas  en  la  espesura,  y 
aquellos  senderos,  que  unas  veces  se  asoman  al  mar,  como  por  un  bal- 


«LA  CASA  DE  LA  TROYA >  DE  PÉREZ  LÜGÍN  45 

con,  y  otras  se  esconden  en  la  espesura,  espontáneamente  se  le  ocurre  la 
idea  de  tener  allí  una  casita  y  quedarse  para  siempre  a  vivir  en  aquella 
tierra  aislada,  como  recostado  y  adormecido  en  el  regazo  ubérrimo  de 
una  madre  cariñosa.  El  paisaje  gallego  explica,  en  gran  parte,  la  timi- 
dez y  recato  de  sus  habitantes;  se  comprende  la  morriña  que  sienten 
cuando  salen  fuera  de  su  país,  los  aires  tiernos  y  melancólicos  de  la  gai- 
ta gallega,  el  habla  cantarína  y  melosa,  los  modales  insinuantes,  su  afi- 
ción y  sus  grandísimas  facultades  para  la  música  y  la  lírica,  su  encogi- 
miento y  desconfianza,  propios  del  que  vive  aislado  del  bullicio  urba- 
no y  como  envuelto  y  absorto  en  la  contemplación  de  un  paisaje  silen- 
cioso. Es  como  si  las  explosiones  humanas  que  saltan  bravias  en  la 
jota  o  se  marcan  expresivas  en  los  pinreles  de  una  gitana,  se  amorti- 
guasen allí,  aprisionados  en  las  sedas  mórbidas  de  un  estuche  inmen- 
so. Y  no  se  crea  que  todo  es  melosidad  y  blandura,  cortesía  y  encogi- 
miento. Por  lo  íntimo  de  las  almas  se  desliza  una  corriente  impetuosa 
de  profundo  realismo,  unas  veces  salvaje  y  fiero,  otras  de  una  sátira 
grave  y  desconfiada;  a  veces  alegre  y  retozona,  otras  picaresca,  es  de- 
cir, un  realismo  de  suma  complejidad,  que  no  se  paga  de  la  forma  y  se 
va  derecho  a  los  resortes  más  íntimos  de  las  pasiones  humanas,  inter- 
pretadas éstas,  no  como  impulsores  ciegos  de  la  vida  humana,  como  los 
pies,  que  decía  San  Agustín,  hechos  para  andar,  para  ir  a  todas  partes, 
guiados  por  la  vista,  o  sea  por  la  razón,  sino  como  un  impulso  taima- 
do. En  la  musa  gallega,  tal  vez  más  que  en  ninguna,  se  ofrecen  las  pa- 
siones, la  interpretación  de  la  vida,  como  tendencia  maligna,  como  una 
preponderancia  de  los  instintos  y  temperamentos  en  la  corriente  gene- 
ral del  vivir,  y,  por  consiguiente,  el  criterio  práctico  de  la  musa  gallega, 
mientras  no  se  demuestre  lo  contrario,  es  el  mismo  de  la  Guardia  civil 
en  ruta;  paso  firme,  mucha  vista  y  mala  intención. 

En  la  poesía  popular  es  donde  fulguran  esos  matices  variadísimos, 
donde  asoma  el  pueblo  gallego  tal  como  es: 

Os  fiUos  d'a  miña  filia, 
eses  meus  fíllos  son; 
os  fíllos  d'a  miña  ñora, 
¿eses?,  ¡ou  serán  ou  non! 


Canta  rula,  canta  rula, 
canta  rula  n'aquel  souto. 


46  «LA  CASA  DE  LA  TROYA»  DE  PÉREZ  LUGIN 

¡Pobriño  d'aquel  que  espera 
p'lo  que  esta  n'aman  d'outrol 

Fixéchem'unha  camisa 
e  non  m'a  riscache  ben; 
costureiras  namoradas 
nunca  certan  a  coser. 

Si  se  exceptúan  las  explosiones  líricas,  que  las  hay  de  una  ternura 
y  una  vaguedad  aérea  infinitas  por  todas  las  demás,  se  desliza  un  aire 
socarrón,  a  veces  tan  sutil  que  se  quiebra,  pero  que  siempre  va  más  o 
menos  directo,  con  más  o  menos  disimulo  al  mismo  fin.  En  las  fiestas 
de  aldea  se  presentan  el  gaitero  y  su  muchacho  que  golpea  con  estruen- 
do en  el  bombo.  El  gaitero  es  un  cuarentón,  y  el  muchacho  de  unos 
quince  a  dieciséis.  Entre  soplido  y  refilada  conversan  los  dos  entre  sí, 
y  dice  el  cuarentón  al  muchacho: 

Mira  cuántas  nenas, 
qué  bunitas  son. 
¿Ti  gustarche  muyto? 
¿Eu...?  |Eu  si,  señor...! 

Si  a  todo  esto  se  recuerda  la  lírica  mimosa,  delicada  y  triste  de  Rosa- 
lía de  Castro,  aquellos 

Aires,  airiños,  aires. 
Aires  d'a  miña  térra. 
Aires,  airiños,  aires. 
Aires,  levaim'a  ela. 

o  la  Cantiga  «morriñosa»  de  Curros  Enriquez: 

N'o  xardín  unha  noite  sentada 
o  refrexo  d'o  branco  luar...  etc.,  etc. 

y  no  se  olvidan  las  manifestaciones  de  los  escritores  gallegos  en  la  lite- 
ratura castellana,  se  echará  de  ver  la  complejidad  asombrosa,  la  rique- 
za extraordinaria,  la  exuberancia  de  la  psiquis  galaica,  fértil  como  nin- 
guna y  en  gran  parte  desconocida. 

De  todo  esto,  claro  está,  no  se  encuentra  nada,  o  se  encuentra  muy 
poco  en  La  casa  de  la  Troya,  y  es  lógico,  en  cierto  modo,  que  no  tenga 
de  esas  cosas,  ya  porque  el  gusto  moderno  se  va  derecho  a  la  acción  y 


«LA  CASA  DE  LA  TROYA»  DE  PÉREZ  LÜGÍN  47 

no  se  entusiasma  con  las  descripciones,  ya  porque  en  La  casa  de  la 
Troya  no  habitan  más  que  jóvenes,  y  éstos  viven  de  sí  mismos,  de  sus 
travesuras,  de  su  agitación,  y  les  importa  un  bledo  el  paisaje  con  todos 
los  sentimentalismos.  El  viaje  de  Gerardo  en  carrilana,  pasando  por 
tenduchos  y  ventas  donde  los  jóvenes  garbean  a  la  manera  antigua  de 
los  estudiantes,  es  más  típico.  En  fin,  para  terminar,  diremos  que  son 
muy  propios  de  una  novela  juvenil  la  pequenez  de  ios  conflictos,  casi 
idílicos,  la  bondad  nativa  y  generosa  de  todos  los  personajes,  excepto 
la  familia  de  los  Maragota,  y  aun  del  lenguaje  y  esíiio  podemos  afir- 
mar que,  si  no  llega  a  la  perfección  ni  mucho  menos,  en  cambio  refleja 
muy  bien  el  tono  meloso  de  Santiago:  <no  le  hay  dinero  en  casa,  no 
le  tengo  cuerda  bastante...*,  son  expresiones  íntimas  que  están  pidien- 
do una  bata  y  unas  babuchas  de  orillo.  En  resumen.  La  casa  de  la 
Troya  no  es  una  novela  de  intriga,  ni  de  pensamiento  transcendental, 
ni  de  caracteres  o  de  estudio  psicológico  profundo,  es  un  cuadro  risue- 
ño de  costumbres  universitarias  y  nada  más. 

P.  Benito  Garnelo. 
o.  s.  A. 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA 


A.— Historia  del  manuscrito. 

Aunque  esta  Biblia  no  se  remonta  a  tan  alta  antigüedad  como  el 
Códice  Ovetense,  es,  sin  embargo,  mucho  más  importante  que  él,  por 
razón  de  su  contenido.  Ambrosio  de  Morales  habla  de  ella  como  de  uno 
de  los  Códices  más  notables  de  España,  y  es  indudable  que  lo  era,  por 
lo  menos  entre  los  Códices  bíblicos. 

Fué  copiado  este  incomparable  manuscrito  en  el  Monasterio  de  Be- 
nedictinos de  Valvanera  (1),  y  «aunque  no  se  dice  en  él  cuándo  se  es- 
cribió, cierto  la  forma  de  la  letra  asegura  ser  del  siglo  XI,  y  aún  de  más 
atrás >,  en  opinión  del  citado  Morales  (2),  que  tuvo  ocasión  de  verle  y 
estudiarle  detenidamente.  El  P.  Benito  Rubio,  archivero  del  citado  Mo- 
nasterio en  el  siglo  XVÍII,  señala  con  más  precisión  la  fecha  del  códice 
y  nos  da  a  conocer,  además,  el  nombre  del  copista  con  estas  palabras: 
«También  hubo  en  lo  antiguo  monges  muy  literatos  en  este  Monaste- 
rio. Del  que  hay  alguna  memoria  es  de  Simón  Pérez,  el  escritor,  el  que 
escribió  la  Biblia  de  que  hace  mención  Morales  en  su  Historia  de  Es- 
paña y  llevó  al  Escorial  el  Rey  Felipe  segundo...  También  escribió  este 
monge  la  Regla  de  S.  Benito,  y  aunque  no  pone  su  nombre  en  una 
ni  en  otra  obra,  en  la  Regla  ya  pone  la  fecha,  que  es  la  siguiente:  Ex- 
plícitas est  Codex  iste  sub  die  quod  erit  tertio  Idus  Maii,  die.  Sabbato, 
era  nonagentesima  nonagésima  secunda  Lunae  Cursi  22.  Regnante 
Rege  Ordonio  in  Legione  et  Comité  Ferdinando  Gundisalviz  in  Cas- 
tellaa (3). 


(1)  Está  situado  en  !os  montes  Distercios,  en  la  Rioja,  y  es  uno  de  los  más 
célebres  Santuarios  de  la  Virgen  en  España. 

(2)  Coronica  General  de  España,  Córdova,  1586,  t.  III,  pág.  330. 

(3)  Historia  y  feliz  hallazgo  de  Nuestra  Señora  de  Valvanera,  Logroño,  1798, 
página  99.  De  esta  Regla  de  S.  Benito  habla  también  el  P.  A.  Yepes  en  su 
Crónica,  Centuria  1.»,  fol  284. 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA  49 

Preciso  es  confesar  que  este  testimonio,  en  lo  que  se  refiere  al  autor 
de  la  Biblia  de  Valvanera,  no  ofrece  todas  las  garantías  que  suele  exi- 
gir la  critica,  por  ser  de  época  reciente  y  estar  desprovisto  de  todo  com- 
probante (1);  pero,  en  cambio,  en  lo  que  atañe  a  la  fecha  en  que  fué 
copiada,  que  es  lo  que  más  nos  interesa,  nos  parece  que  merece  entero 
crédito,  porque,  sustancialmente,  concuerda  con  el  parecer  de  Ambro- 
sio de  Morales,  y  además  está  avalorado  con  el  documento  sacado  de 
la  Regla  de  S.  Benito,  cuya  semejanza  de  letra  con  la  Biblia  fácil- 
mente podía  conocerse.  Creemos,  por  tanto,  bien  probado  que  la  Biblia 
de  Valvanera  fué  copiada  hacia  la  mitad  del  siglo  X. 

Se  conservó  esta  Biblia  en  dicho  Monasterio  hasta  el  año  1561,  en 
que  fué  prestada  al  P.  Castillo  para  que  pudiera  cómodamente  estu- 
diar y  colacionar  su  texto.  En  el  año  1572  aparece  en  la  lista  de  los 
libros  de  D.  Pedro  Ponce  de  León,  que  debían  tomarse  para  El  Es- 
corial: 

<Vna  biblia  muy  grande  escrita  en  dos  cuerpos  de  letra  goctica  en  parga- 
mino  y  ha  mas  de  trecientos  años  por  lo  menos  que  se  escribió.  Es  del  mo- 
nesterio  de  nra.  S.^  de  balbanera  y  es  por  donde  se  emendaua  una  biblia 
questara  adelante  al  prencipio  de  los  ynpresos.*  (2). 


(1)  Acerca  de  este  mismo  punto,  el  actual  Abad  de  Valvanera,  muy  reve- 
rendo Padre  Agustín  Urcey,  en  atenta  carta  del  29  de  Diciembre  de  1919,  que 
muy  de  veras  agradecemos,  nos  comunica  lo  siguiente:  «Estimado  Padre:  Re- 
volviendo los  pocos  papeles  que  se  conservan  en  este  archivo,  encontré  un 
«Dietario  o  Breve  Compendio  del  Archivo  de  el  Monasterio  de  Nuestra  Seño- 
ra de  Valvanera  y  sucesos  de  su  historia»,  escrito  en  1757  por  el  P.  Benito 
Rubio,  archivero  de  este  Monasterio,  obedeciendo  órdenes  del  entonces  Ge- 
neral de  la  Congregación  de  San  Benito  el  Real,  de  Valladolid,  reverendísimo 
Padre  Fr.  José  Balboa.  En  el  folio  52  de  este  manuscrito  dice  el  P.  Rubio:  «En 
ella  (en  la  casa  de  Valvanera)  florecieron  varones  prodigiosos  en  santidad  y 
letras.  De  quienes  hay  memoria  (lo  copio  hasta  sin  sentido)  de  Deodato  y 
Obdulio,  Obispo  aquél  de  Alaba  y  éste  de  Tarazona.  De  quienes  fué  trabajo 
aquella  obra  de  la  Biblia  escrita  en  gótico  con  las  versiones  de  Theodoción  y 
Aquila  que  el  rey  D.  Felipe  11  se  llevó  de  nuestra  casa  al  Escorial  como  es  tes- 
tigo Morales  en  su  Historia  de  España.» 

Estos  datos  acerca  del  autor,  o  mejor  dicho,  de  los  autores  de  la  Biblia  de 
Valvanera  están  en  abierta  oposición  con  lo  dicho  por  el  mismo  P.  Rubio  en 
su  Historia  y  constituyen  una  prueba  positiva  del  poco  crédito  que  merece  su 
testimonio  en  este  punto. 

(2)  Memoria  de  los  libros  que  se  deben  tomar  para  el  Real  Monesterio  de  San 
Lorencio,  de  los  que  reñía  el  obpo.  de  Plasencia  Don  Pero  Ponce  de  León.~Ms, 
ESCUR.  dí.-II-15,  fol.238v. 

4 


50  LA  BIBLIA  DE  VALVANERA 

Estas  palabras  parecen  indicar  que  aunque  se  hallaba  entre  los 
libros  del  Obispo  de  Plasencia,  la  propiedad  del  manuscrito  seguía  per- 
teneciendo al  Monasterio  de  Valvanera,  al  cual  no  sabemos  si  fué  de- 
vuelto, o  si,  al  contrario,  fué  traído  directamente  de  Plasencia  al  Esco- 
rial hacia  el  año  1572  juntamente  con  los  demás  libros  de  D.  Pedro 
Ponce  (1).  Lo  cierto  es  que*  ya  antes  del  1586,  año  en  que  está  impreso 
el  tercer  tomo  de  la  Crónica  de  Ambrosio  de  Morales,  pertenecía  a  los 
fondos  de  la  Biblioteca  Escurialense. 

En  el  índice  (2)  de  esta  Biblioteca,  atribuido  al  P.  Lucas  de  Alaejos, 
figuran  solamente  dos  Biblias  góticas,  cuya  descripción  es  como  sigue: 

Biblia  Vulgata.  Codex  perantiquus.  Litteris  Gotthicis.  membr.  era.  M.C.X. 
—I.  A.  2. 

Biblia  Vulgata,  Codex  perantiquus.  Litteris  Gotthicis.  membr.  era 
M.CC.XX.L— In  principio  reperitur  Chronicon  breuis  per  aetates.  I.  B.  9. 

Probablemente  esta  última  debe  identificarse  con  la  de  Valvanera, 
pues  la  era  de  MCCXXI  coincide,  exactamente,  con  la  era  en  que,  se- 
gún una  nota  de  la  Biblia  de  Valvanera  (que  luego  copiaremos),  fué 
dedicada  la  Iglesia  del  Monasterio  del  mismo  nombre  por  el  Obispo  de 
Calahorra,  lo  cual  da  motivo  para  sospechar  que  el  autor  del  índice 
tomó  equivocadamente  la  fecha  de  la  dedicación  de  la  Iglesia  como 
fecha  de  la  composición  del  códice. 

En  los  índices  posteriores  al  del  P.  Lucas  de  Alaejos  no  se  vuelve 
a  hablar  de  esta  Biblia  ni  al  presente  se  halla  en  esta  Biblioteca,  igno- 
rándose por  completo  su  paradero.  Es  probable  que  pereciera,  como 
tantos  otros  tesoros  bibliográficos,  en  el  terrible  incendio  de  1671.  Egu- 
ren,  en  su  conocida  Memoria  de  los  Códices  notables  de  los  Archivos 
eclesiásticos  de  España  (Madrid,  1859,  pág.  45),  habla  de  esta  Biblia 
como  si  en  su  tiempo  existiera  todavía  en  El  Escorial,  pero  es  seguro 
que  este  autor  no  la  vio,  pues  la  descripción  que  de  ella  hace  no  es 
más  que  un  breve,  y  no  del  todo  fiel,  extracto  de  la  de  Ambrosio  de  Mo- 


lí) El  P.  Castillo  en  una  nota  que  en  otro  lugar  hemos  copiado  (Cfr.  volu- 
men CXVIl,  pág.  395)  parece  dar  a  entender  que  en  el  1576  la  Biblia  se  encon- 
traba todavía  en  Valvanera,  y  Ambrosio  de  Morales  afirma  terminantemente 
que  se  trajo  del  mismo  Monasterio  al  Escorial;  sin  embargo,  confesamos  que 
no  podemos  desechar  la  sospecha  de  que  viniera  con  los  libros  del  Obispo 
de  Plasencia. 

(2)  Index  alphabetico  digesius  ordine,  in  quo  recensentur  Códices  manus- 
cripti  latini,  qui  in  huius  Regiae  Bibliothecae  armariis...  asservantur.  fol.  XII. 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA  51 

rales.  S.  Berger  (1),  el  diligente  investigador  de  los  códices  bíblicos  de 
España,  confiesa  que  han  sido  vanos  cuantos  esfuerzos  ha  hecho  para 
encontrarla.  Parece,  pues,  indudable,  que  de  esta  famosa  Biblia  no  se 
conserve  otra  cosa  que  los  fragmentos  copiados  por  el  P.  Castillo  en  las 
márgenes  del  incunable  Escurialense,  de  que  en  otro  lugar  hemos  ha- 
blado. 

B. — Descripción  del  manuscrito  y  examen  crítico  de  su  contenido 

Ambrosio  de  Morales,  en  su  Coránica  General  de  España,  habla  de 
esta  Biblia  como  de  «cosa  extremadamente  notable>,  y  hace  de  ella  una 
descripción  bastante  amplia  y  detallada,  que  merece  ser  conocida,  por 
contener  noticias  muy  interesantes,  aunque,  según  veremos,  no  sea 
todo  lo  exacta  y  completa  que  fuera  de  desear.  Dice  así  el  ilustre  cro- 
nista de  Felipe  II: 

«En  el  Real  Monesterio  de  San  Lorenzo  del  Escurial  está  una  Biblia 
muy  antigua  en  dos  tomos  escrita  en  pargamino  con  letra  gótica.  Y 
aunque  no  se  dice  en  ella  cuándo  se  escribió,  cierto  la  forma  de  la  letra 
asegura  ser  de  estos  tiempos  (siglo  XI)  y  aún  de  más  atrás.  Trujóse 
esta  Biblia  del  Monesterio  de  N.^  S.^  de  Balbanera  de  la  Orden  de 
S.  Benito,  en  los  confines  de  Nájera  o  por  allí  cerca.  Su  mucha  anti- 
güedad se  juzga  por  la  forma  de  la  letra,  habiendo  en  la  gótica  sus  di- 
ferencias de  muy  antigua  y  menos  antigua. 

Mas  todavía  se  halla  en  el  principio  del  libro  una  memoria  que  dice: 

Dedicata  fuit  Ecclesia  sanctae  Mariae  Vallis  Vena 
riae  a  Domino  Roderico  Calagurritano  Episcopo  sub 
Era  MCCXXI.  mense  setembrio,  die  XVI  kal.  Ocio 
briSy  existente  domino  Dominico  abbate  qui  fuit  de 
Castellion.  Regnante  Rege  Alfonso  in  Toleto  et  in 
tota  Castella. 

Otra  memoria  hay  en  una  hoja  blanca  del  principio  aún  más  anti- 
gua que  ésta,  pues  dice: 

Remembranza  del  tiempo  de  las  cortes  que  fizo 
el  rey  don  Alfonso  en  Najara  Era  de  mil  y  do 
zientos  y  dos  años. 


(1)    Histoire  de  la  Válgate,..  París,  1893,  pág.  25,  nota  2.» 


52  LA  BIBLIA  DE  VALVANERA 

Aunque  estas  memorias  señalan  el  año  de  1164  la  segunda  y  la  pri- 
mera el  de  1183,  y  así  son  de  cuatrocientos  años  y  más  atrás,  pero  to- 
davía por  lo  dicho  parece  como  la  Biblia  se  escrivió  ciento  y  cincuenta 
años  y  aún  mucho  más  antes.  Y  he  dicho  todo  esto  por  una  cosa  ex- 
tremadamente notable  que  esta  Biblia  tiene,  pues  se  ven  en  ella  por  las 
márgenes  de  la  misma  letra  gótica  del  texto  anotadas  las  diferencias  de 
la  translación  de  los  Setenta  Intérpretes  con  esta  señal:  LXX;  la  de 
Teodoción  con  esta:  T;  de  la  edición  griega  también  con  esta:  In  gr. 
Débese  estimar  en  mucho,  que  en  aquel  tiemqo  hubiese  en  España 
quien  tratase  de  cotejar  traslaciones  en  la  Sagrada  Escritura,  y  supiese 
la  lengua  griega  y  entendiese  cómo  se  había  de  acudir  al  original  de 
aquella  lengua.  Todo  esto  era  singular  merced  de  Dios  que  a  nuestra 
España  en  tiempos  tan  miserables  y  afligidos  con  la  cautividad  de  los 
Moros  hacía»  (1). 

La  conclusión  a  que  llega  A.  de  Morales  no  puede  ser  más  halagüe- 
ña para  la  cultura  patria.  Un  monje  del  siglo  X,  que  posee  a  la  perfec- 
ción las  lenguas  latina  y  griega  y  que,  dotado  de  aho  espíritu  crítico, 
se  dedica,  en  el  tiempo  que  le  dejan  libre  la  oración  y  demás  ejercicios 
monásticos,  a  traducir  las  versiones  griegas  de  la  Biblia  y  a  cotejarlas 
con  la  Vulgata,  es  algo  insólito  y  admirable,  cuya  existencia  nadie  sos- 
pecharía en  el  más  inculto  y  bárbaro  de  los  siglos  medievales.  iLástima 
que  no  sea  verdad  tanta  belleza!  Los  Padres  Yepes  y  Rubio,  Eguren  y 
otros  autores  admitieron  sin  discusión  el  parecer  de  Morales,  y  también 
nosotros,  lo  confesamos  ingenuamente,  fuimos  durante  algún  tiempo 
de  la  misma  opinión;  pero  un  estudio  más  detenido  y  atento  nos  con- 
venció bien  pronto  del  error  en  que  nos  encontrábamos,  haciéndonos 
ver  con  evidencia  que  las  notas  marginales  de  la  citada  Biblia  no  eran 
otra  cosa  que  fragmentos  de  una  o  varias  versiones  prejeronimianas. 
Este  descubrimiento  disminuye  la  aureola  literaria  del  monje  copista 
del  siglo  X  y  echa  por  tierra  las  halagadoras  deducciones  de  Ambrosio 
de  Morales,  pero  en  cambio  aumenta  el  valor  crítico  de  la  Biblia  de 
Valvanera,  pues  sabido  es  que  para  la  crítica  textual  la  copia  fiel  de  un 
texto  antiguo  tiene  más  interés  que  una  traducción  original. 

Otro  defecto  tiene  la  descripción  del  Cod.  de  Valvanera  hecha  por 
Morales  y  es  el  de  no  ser  completa,  pues  no  se  hace  mención  en  ella  ni 


(1)    Coronta  general  de  España,  Cordova,  1586,  t.  III,  pág.  329-330. 


LA  BIBLIA  DE  VALV AÑERA  53 

del  Cronicón  citado  por  el  Catálogo  del  P.  Alaejos,  ni  de  las  Interpre- 
iationes  de  los  nombres  propios  que  se  hallan  en  la  S.  Escritura,  que 
fueron  copiadas  por  el  P.  Castillo  en  el  incunable  Escurialense.  De  todo 
lo  dicho  resulta  que  la  Biblia  de  Valvanera  contenía  en  sus  dos  am- 
plios volúmenes  1.°)  un  Chronicon  breuis  per  oetates,  2.*")  unas  ínter- 
pretationes  de  los  nombres  propios  de  la  Biblia,  3.°)  el  texto  íntegro  de 
la  Vulgata  del  A.  y  N.  Testamento,  y  4.°)  notables  fragmentos  de  la  Ve- 
tus  latina. 

Del  Cronicón  no  queda  rastro  ninguno.  Acerca  de  las  Interpret alio- 
nes... bastará  notar  que  están  tomadas  literalmente  de  la  obra  de  S.  Je- 
rónimo, que  lleva  por  título  Liber  interpretationis  hebraicorum  nomi- 
num,  en  lo  cual  no  se  fijó  sin  duda  el  P.  Castillo,  pues  de  haberlo  ad- 
vertido, no  se  hubiera  tomado  la  molestia  de  transcribirlas  en  el  incu- 
nable del  Escorial. 

Los  textos  bíblicos  merecen  un  examen  más  detenido. 

TEXTO  DE  LA  VULGATA 

Las  lecciones  que  de  este  texto  nos  conservó  el  P.  Castillo  en  el 
iipcunable  citado,  pertenecen  a  los  siguientes  libros:  Génesis,  Éxodo, 
tevítico,  Números,  Jueces,  los  4  de  los  Reyes,  I  de  los  Paralip.,  Prover- 
bios, Sapiencia,  los  2  de  Macabeos,  los  cuatro  Evangelios  y  las  2  Epís- 
tolas de  S.  Pedro. 

Las  lecciones  del  Pentateuco  son  bastante  numerosas  y  con  bastan- 
te frecuencia  concuerdan  con  el  cod.  Toletano  y  el  Cod.  Goi.  Legionen- 
se  de  la  Colegiata  de  S.  Isidoro.  Muchas  de  ellas  nos  parecen  excelen- 
tes, como  son,  por  ejemplo:  (1). 


Gen.             I, 

2    —  erant. 

4    ac  tenebras. 

14    ut  dividant. 

31     fecit. 

11, 

4    —  sunt. 

25    erant  autem  uterque  nudi. 

X, 

1.  20    —  sunt. 

XV, 

18    fluvium  magnum,  flumen  Eupratem. 

XVIII, 

28    proter  quinqué. 

XXIV, 

24    filia  Bathueli  sum,  filii  Melchae,  quem  peperit  Nahor. 

(1)    Al  signo  — 

le  damos  el  valor  de  omittit. 

54  DA  BIBLIA  DE  VALV AÑERA 

Gen.    XXVIII,         5    expleret. 
27    —  pleni. 
XLVIII,       15    benedixitque  Jacob  Joseph  filio  suo. 
XLIX,        10    de  femoribus. 
18    —  adorantes. 
Éxodo  II,    5    e  famulis  suis. 

IX,    9,  10,  11    vulnera  (/.  ulcera). 
XXXI,    4    ad  excogitandum  fabre  quidquid  fieri. 
XXXII,  15    manu  scriptas. 

28    quasi  tria  millia. 
XXXIV,  34    —  fusis  basibus  earum  argentéis. 
Nám.         VIH,    2    —  candelabrum  in  australi  parte  erigatis.  Hoc  igitur 
praecipe  est  lucernae  contra  boream  e  regione  res- 
piciant  ad  mensam  panum  propositioris. 

Estas  variantes  y  otras  muchas  que  omitimos  en  gracia  de  la  breve- 
dad, concuerdan  con  los  mejores  códices  de  la  Vulgata. 

Las  siguientes  son  más  raras,  pero  se  encuentran  también  en  algu- 
nos buenos  manuscristos,  principalmente  en  los  españoles: 

Gen.  VIII,    7  qui  egrediebatur  et  revertebatur. 

XIX,  38  —  id  est,  filius  populi  mei. 

XLI,  54  non  erat  pañis. 

Éxodo  XXVIII,  42  feminalia. 

Nim.  I,  45  fuerunt  simul  filiorum  Israel. 

No  faltan,  sin  embargo,  malas  lecciones  y  erratas  de  copia.  Tales 
son,  por  ejemplo: 

Gen.       XVI,  16    triginta  et  sex  annorum  erat  quando  peperit... 

XXIII,  2    in  civitate  Bersabee. 

XXIV,  32    ad  lavandos  pedes  camelorum. 
XXVII,  34    irruit  clamore  magno. 
XXXII,  10    memor  sum. 

22    vadum  Jacob. 

Finalmente,  alguna  que  otra  variante  parece  derivarse  de  la  Vetus 
latina,  por  ejemplo:  Gen.  II,  21  extasim;  X,  24  Sala.] 

En  los  demás  libros  del  A.  Testamento,  las  lecciones  conservadas 
son  muy  pocas  y  no  ofrecen  algún  interés,  si  se  exceptúan  estas  dos 
omisiones,  que  se  advierten  también  en  otros  buenos  códices:  et  factum 
est  quasi  porst  mensem,  I  Reg.  XI,  1;  et  ait:  considera  Israel  pro  his 
qui  mortui  sunt  super  excelsa  tua  vulnerati,  II  Reg.  I,  18. 

En  el  Nuevo  Testamento  el  P.  Castillo  sólo  nos  conservó  las  si- 
guientes variantes: 


LA  BIBAIA  DE  VALVANERA 


55 


EVANG.   SEC.   MATH, 

Cap.        VI,  30  minime  fídei? 

Vil,  11  —data. 

13  —  est. 

14  -  est. 

VIII,  25    —  ad  eum  discipu- 
li  eíus. 

XXIII,  14    —  totam  versum. 

XXIV,  27    fulgor. 

EVANG.  SEC.  MARC. 

Cap.  IV,  35    transfretemus. 

EVANG.   SEC.  LUC. 

Cap.  I,  17    incredibiies. 

45    credidit...  ei  (/.  cre- 

didisti...  tibi). 
68    —  Dominus 

IV,  18    —sanare  contri- 

tos corde. 

V,  7    —  pene. 

VII,  24    moueri  (/.    agita- 

tam). 
31     —  ait  autem  Do- 
minus. 

VIII,  18    quomodo  audistis. 
23    nauigantibus   au- 
tem. 

52    —  puella. 
XII,  35    —  in  manibus  ves- 
tris. 


Cap.      XIII,    4    syloam. 

XVI,  21     —  et  nemo  illi  da- 
bat. 
26    chaus. 

XIX,  22    non   quod  semi- 

naui. 
26    —  et  abundavit. 
XXIV,  11     credebant. 
18    Cleopas. 

EVANG. SEC.  JOAN 

Cap.  I,  29  ecce  {post  Dei). 

II,  10  —  autem. 

13  Hierosolymajesus. 

20  —  in. 

III,    5  —  sancto. 

33  accipit. 

IX,    4  veniet. 

16  condiscípulos 
suos. 

XII,  47  custodierit  ea. 

XX,  29  —  Thoma. 
XXI,  22  si  eum. 

23    si  eum. 

EPIST.  I  s.  PET 
Cap.  IV,  4    in  quo  peregrinantur. 

EPIST.  II  S.  PETR. 

Cap.  I,  4    per  quae. 


Todas  estas  variantes,  exceptuadas  ocho  o  diez,  concuerdan  con  el 
texto  de  la  edición  de  Worsdworth-White,  lo  cual  es  un  buen  argu- 
mento de  su  genuinidad. 

Mucho  más  importantes  que  estas  lecciones  de  la  Vulgata  son  los 
fragmentos  de  la  Vetas  latina  que  llenaban  los  márgenes  de  la  B.  de 
Valvanera,  de  los  cuales  hablaremos  en  el  siguiente  artículo. 


(Continuará.) 


P.  Mariano  Revilla. 
o.  s.  A. 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN 


Por  nuestros  teatros. 

Pónese,  al  tratar  de  la  Dramática  en  los  libros  elementales  de  Literatu- 
ra, un  capítulo  en  el  cual  suelen  los  autores  desahogar  su  mal  humor, 
verdadero  o  fingido,  contra  el  género  que  se  llama  chico,  y  le  cargan  en 
cuenta  una  serie  de  desaguisados  hechos  en  el  campo  literario  por  el  tal 
género,  llegando  algunos,  en  la  furia  de  su  acometividad,  hasta  a  desearle 
el  mayor  de  los  males:  la  muerte,  por  su  influencia  nefanda,  por  su  virtud 
demoledora  en  los  hermosos  campos' elíseos  de  la  Dramática,  hermosos 
por  lo  que  para  ello  trabajaron  tantos  ingenios,  hasta  que  en  estos  elíseos 
campos  logró  entrar  este  huésped  extraño  que,  no  solamente  privó  a  los 
malhumorados  señores  de  disfrutar  de  las  bellezas  del  panorama,  sino 
que  torció  la  dirección  del  genio  y  hasta^  le  aprisionó  en  los  estrechos 
moldes  de  que  se  sirve  para  proporcionarnos  sus  menguados  engendros. 
Yo  no  sé  si  este  género  chico  se  habrá  dado  cuenta  de  la  conspiración 
que  contra  él  se  trama.  Porque  anda  el  infeliz  hace  ya  dos  tercios  de  siglo 
de  teatro  en  teatro,  desafiando,  quizá  por  inexperiencia,  la  furia  de  todos 
esos  señores,  y  no  toma,  al  parecer,  precauciones  para  desfruncirles  el 
cejo  y  hacérseles  algo  simpático,  siquiera  para  que  le  perdonen  la  vida. 

Yo  no  quiero  aquí  tampoco  salir  en  su  favor,  porque  no  desearía  indis- 
ponerme con  los  aludidos  señores.  Pero  sí  digo,  para  disculparle  al  menos, 
que  en  ese  género  hay  esperpentos  y  hay  bellezas  de  indiscutible  buena 
ley,  ni  más  ni  menos  que  en  todos  los  demás  géneros.  ¿Por  qué,  pues,  se 
le  ha  de  condenar  a  muerte?  En  la  variedad  de  composiciones  literarias 
hay  odas  de  mucha  extensión  adornadas  con  mil  piedras  preciosas,  y  hay 
madrigales  de  muy  pocos  versos,  que  son  una  filigrana.  ¿Vamos  a  enterrar 
a  estos  últimos  porque  sean  chicos? 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN  57 

En  este  trabajillo  no  pretendemos  extractar  el  asunto  de  las  obras 
puestas  en  escena  en  la  segunda  mitad  del  año  1919,  ni  tampoco  hacer  de 
ellas  o  de  sus  autores  una  crítica  literaria  a  fondo  como  para  hacer  una 
semblanza  de  los  mismos,  ni  establecer  normas,  ni  señalar  direcciones  a 
la  Dramática.  Es  mucho  más  modesta  la  idea  que  nos  induce  a  escribir 
estas  líneas;  se  trata,  para  decirlo  en  pocas  palabras,  de  poner  a  nuestros 
lectores  en  un  punto  de  vista  desde  el  cual  puedan  ver  el  panorama  tea- 
tral, en  la  fecha  antes  fijada,  lo  más  completo  posible.  La  labor,  pues,  del 
que  escribe  no  será  de  crítica,  sino  de  crónica. 

Y  para  que  de  una  sola  ojeada  pueda  contemplar  ese  panorama,  roga- 
mos al  lector  que  nos  acompañe  con  el  espíritu  a  un  altozano  desde  donde 
podremos  irle  haciendo  notar  los  diversos  matices. 

Ya  estamos  en  el  sitio  elegido;  tomemos  asiento  y  tome  el  amable  lec- 
tor estos  prismáticos  para  que  vaya  viendo  el  detalle  de  los  grupos  que  tan 
animadamente  platican  en  el  llano. 

Fíjese  en  aquella  parte  sombría  y  obscura.  Allí  se  ve  un  señor  que  por 
su  indumentaria  parece  extranjero,  hablando  con  otro  que  parece  de  por 
acá.  Efectivamente,  son  J.  de  Burgos  y  Mr.  Fultonk,  el  primero  de  los  cua- 
les ha  traducido,  para  que  nos  vayamos  enterando  de  este  nuevo  género 
dramático.  El  fantasma  [gris,  drama  policíaco,  en  tres  actos,  original  del 
otro  encopetado  señor  con  quien  habla,  Mr.  Fultonk.  Están  conversando, 
por  lo  que  se  deduce  de  sus  gestos,  sobre  la  aceptación  que  esta  clase  de 
representaciones  puede  tener  en  España,  y  aunque  J.  de  Burgos  no  fía  mu- 
cho en  el  éxito,  supone  que,  tal  vez  por  la  novedad,  pueda  pasar  en  nuestro 
público  esa  literatura  truculenta  y  espeluznante.  (En  esto  se  quivoca  nues- 
tro compatriota,  pues  la  noche  de  su  representación,  el  público  se  levantó 
airado  protestando  contra  una  de  esas  escenas  que  ponen,  ciertamente,  los 
pelos  de  punta.) 

A  El  fantasma  gris  siguen  otras  dos  obras  del  mismo  género.  El  Ge- 
nio del  crimen  y  El  diablo  negro,  o  La  rapsodia  de  la  muerte,  formando 
un  terceto  de  episodios  de  Los  misterios  de  Nueva  York. 

También  se  representó  en  el  Cómico  otro  dramón  policíaco,  titulado: 
Los  hijos  del  circo,  en  seis  actos;  y  aunque  en  él  se  abusa  del  argumento, 
donde  los  protagonistas  son  dos  niños  de  corta  edad,  sin  embargo  el  pú- 
blico habitual  de  ese  teatro  quedó  encantado  del  folletón  y  lo  aplaudió  con 
entusiasmo. 

Por  último,  y  para  apartar  la  vista  de  este  grupo  tétrico,  fíjese  el  lector 


58  NOTAS  DE  INFORMACIÓN 

en  aquel  otro  señor  que,  aunque  forma  parte  del  grupo,  no  quiere  trato 
con  los  otros,  es  el  ilustre  Sinesio  Delgado,  con  una  zarzuela...  policíaca, 
no  exenta  de  interés  y  tan  ingeniosa  y  limpiamente  escrita  como  cuanto  es- 
cribe el  ilustre  literato  y  expertísimo  autor.  Se  titula /«/zí/c/as  y  ladrones, 
en  dos  actos,  con  música  de  los  maestros  Soutullo  y  Vert. 

Fíjese  el  lector  en  aquel  otro  grupo  alegre  y  bullanguero,  y  en  el  que 
abundan  gentes  con  melena,  cara  flaca  y  vestir  estrafalario:  son  músicos  y 
departen  animadamente  con  otros  señores  casi  todos  ellos  conocidos.  Allí 
están  los  Sres.  Montero  y  Moya  con  el  maestro  Villa  tratando  de  explicar- 
se el  porqué  de  no  haber  tenido  un  éxito  ruidoso,  aunque  no  fuera  más 
que  la  buena  intención,  en  el  estreno  de  El  patio  de  Monipodio. 

Aquellcs  otros  tres,  también  conocidos,  demuestran  en  la  sonrisa  del 
semblante  el  agrado  con  que  ven  el  éxito  que  obtiene  su  obra  Trianerías; 
son  los  señores  Muñoz  Seca,  Pérez  Fernández  y  el  maestro  Vives. 

Aquel  otro  grupito  que  forman  cuatro  señores,  cariacontecidos,  porque 
su  obra.  El  rapto  de  las  sabinas,  tuvo  en  su  estreno  alguna  intervención 
zumbona  del  público  que  lo  escuchaba  y  veía.  Son  los  Sres.  Jover  y  Gon- 
zález del  Castillo  con  los  músicos  Quislan  y  Badía.  En  el  mismo  teatro  de 
la  Zarzuela  se  había  estrenado  días  antes  otra  zarzuela,  en  un  acto,  titulada 
Soleares;  sus  autores  (José  Ramos  Martín,  de  la  letra,  y  el  maestro  Jimé- 
nez, de  la  música)  tuvieron  que  salir  al  proscenio  repetidas  veces  a  agra- 
decer los  aplausos  del  público.  Fué  un  éxito  lisonjero  el  de  esta  pieza. 

Aquel  otro  señor  que  va  solo  y  en  su  semblante  retrata  la  alegría  inte- 
rior, es  el  maestro  Serrano,  satisfecho  del  acierto  al  poner  en  solfa  (no  es 
ironía)  algunos  números  de  El  carro  del  Sol.  El  libro  de  Maximiliano 
Thous  es  notoriamente  defectuoso,  pero  el  maestro  Serrano  supo  sacar 
todo  el  partido  posible  de  las  situaciones  musicales  de  este  libreto.  Hay  en 
la  música  de  El  carro  del  Sol  riqueza  innagotable  de  melodía,  pasión,  ex- 
quisitez, elegancia,  facilidad,  ligereza  y  color...  Hace  más  de  dos  lustros 
que  al  estrenarse  El  carro  del  Sol,  el  maestro  Serrano  obtuvo  un  triunfo 
clamoroso  y  merecido.  El  éxito  del  estreno  ha  hecho  reverdecer  los  laure- 
les de  entonces.  Los  aplausos  no  cesaron  durante  toda  la  representación,  y 
el  compositor  hubo  de  salir  al  proscenio.  Esto  sucedió  el  día  17  de  No- 
viembre. 

Veamos  aquel  otro  grupo  que  también  es  gente  conocida,  como  que 
lo  forman  Paso,  Rosales  y  los  músicos  Soutullo  y  Vert;  por  su  fisonomía 
parece  que  están  contentos  y  satisfechos;  es  que  han  puesto  en  el  CómicQ 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN  59 

una  zarzuela,  en  dos  actos,  titulada  La  Garduña,  que  es  un  folletín  escéni- 
co muy  interesante  y  muy  regocijado.  Un  poco...  un  mucho  de  buena  vo- 
luntad hace  falta  para  admitir  la  verosimilitud  y  aun  la  posibilidad  del 
desarrollo  de  la  fábula  en  ciertos  pasajes.  Pero  desde  los  días  de  Horacio 
se  convino  en  conceder  a  los  pintores  y  a  los  poetas  libertad  para  «algunos 
atrevimientos».  Las  situaciones  musicales  no  están  muy  bien  encuadradas; 
sin  embargo,  los  maestros  arriba  citados  han  escrito  números  que  no  des- 
dicen de  la  inspiración  y  cultura  que  en  ellos  todos  reconocemos. 

Esos  mismos  señores,  Paso  y  Rosales,  han  puesto  en  escena  otra  zar- 
zuela, en  dos  actos,  titulada  Las  aventuras  de  Colón,  con  sus  ribetes  de 
magia.  La  música  es  de  los  maestros  SoutuUo  y  Monterde. 

También  llama  la  atención  el  maestro  Sinesio  Delgado  con  otra  zarzue- 
la o  cuento  infantil:  El  anillo  de  los  Faraones,  con  música  de  Acevedo. 

Para  acabar  este  capítulo  lírico-musical,  citaremos  otra,  en  un  acto,  de 
D.  Julián  Moyrón,  con  música  de  José  Serrano.  Algo  defraudó  las  esperan- 
zas del  público,  o  tal  vez  éste  se  formó  una  idea  errónea  creyendo  que  iba 
a  ser  otra  cosa,  porque  el  concepto  que  de  ella  se  ha  formado  ha  sido  muy 
mediocre.  El  engendro  que  ha  dado  tal  chasco  se  titula  Los  leones  de  Cas- 
tilla, Aquí  se  repite  aquello  de  que  el  nombre  no  hace  a  la  cosa,  como 
dicen  los  galiparlantes. 

Forman  otro  grupo  interesante,  aunque  no  muy  numeroso,  ios  autores 
de  juguetes  cómicos,  de  cuyas  filas  forma  parte  (¡Cómo  no!)  el  gran  Muñoz 
Seca,  con  uno,  en  tres  actos,  que  titula  Faustina.  De  esta  obra  dice  Rafael 
Rotllán:  «Implacable  se  ha  mostrado  el  autor  de  Faustina  con  cuanto  sig- 
nifique arte,  buen  gusto  y  sentido  común.  Ha  amontonado  vulgaridades, 
vejeces,  tópicos,  extravagancias,  inverosimilitudes.  Su  diálogo  es  imposible 
entre  cuerdos,  solamente  los  orates  puede  concebirse  que  hablen  de  ese 
modo.  Ahora  ha  dado  en  la  flor  de  estropear  el  idioma  castellano,  inven- 
tando verbos  y  sustantivos  y  adjetivos  que  no  existen»,  etc.,  etc. 

Los  Sres.  Pacheco  y  Grajales,  que  han  hecho  un  juguete  en  tres  ac- 
tos, con  materiales  para  una  comedia,  titulado  La  conquista  de  África, 

La  novedad  del  Metropolitano  en  Madrid,  ha  dado  origen  ya  a  un  bo- 
nito  juguete  estrenado  en  el  Cómico,  con  el  título  de  Llévame  al  €^ metro», 
mamá,  y  sus  autores  son  Asenjo  y  Torres  del  Álamo,  y  el  de  la  músi- 
ca, Luna. 

Otro  juguete,  en  dos  actos,  de  Muñoz  Seca  y  Pérez  Fernández,  por  va- 
rios conceptos  reprobable:  Los  amigos  del  alma;  y,  por  fin,  otro  del  pri- 


60  NOTAS  DE  INFORMACIÓN 

mero  de  los  susodichos  autores,  que  lleva  por  seña  El  colmillo  de  Badha, 
en  tres  actos;  como  en  todas  las  obras  de  este  señor,  la  astracanada  corre  a 
caño  libre  y  el  retruécano  se  sirve  sin  medida. 

Ya  veo  al  lector  haciéndome  una  pregunta,  después  de  contemplar  un 
grupito  de  los  representantes  del  juguete:  — ¿Y  no  hay  entre  todos  esos 
autores  alguno  que  cultive  nuestro  salado  y  clásico  saínete?—  A  ello  le 
contesto  diciendo  que  no  es  abundante  la  lista,  pero  hay  quien  lo  repre- 
senta. Ahí  está  Arniches  con  La  flor  del  barrio,  al  que  han  puesto  unas 
ilustraciones  musicales  Foglieti  y  Calleja.  Ahí  está  también  el  veterano  don 
Tomás  Luceño  con  uno  precioso:  El  maestro  de  hacer  saínetes  o  los  ca- 
lesines. El  interés  de  la  fábula,  lo  bien  trazado  de  los  caracteres,  las  face- 
cias  del  diálogo  y  las  filigranas  del  estilo  avaloran  esta  producción  del 
Sr.  Luceño,  de  una  frescura,  de  un  garbo,  de  una  gracia  y  de  una  perfec- 
ción realmente  clásicas. 

El  grupo  de  comedias  estrenadas  durante  la  temporada  es  bastante  nu- 
meroso; por  lo  cual,  para  no  molestar  al  lector,  registraremos  en  esta  cró- 
nica sólo  las  más  notables:  La  comedia  de  Linares  Rivas  y  Pérez  Lugín. 
Esta  obra  se  hizo  centenaria  en  la  temporada  anterior;  fué  aplaudida  en  la 
noche  del  7  de  Septiembre,  al  inaugurar  la  actnal,  en  el  teatro  de  la  Come- 
dia, como  si  se  estrenase. 

Los  beneméritos  hermanos  Quintero  han  colocado  una  nueva  flor  en 
la  corona  con  que  las  letras  patrias  ciñen  sus  sienes:  es  una  comedia  en 
dos  actos  titwlada  Febrerillo  el  loco,  en  la  que  con  gran  habilidad  fustigan 
el  excesivo  afán  de  lucro.  El  movimiento  escénico  es  perfecto,  el  diálogo 
es  chispeante,  y  la  gracia  de  buena  ley  lo  anima  e  ilumina  todo. 

Hay  algunas  adaptaciones  a  la  escena  española,  entre  las  que  se  desta- 
ca la  linda  comedia  escrita  en  italiano  por  Goldoni  y  adaptada  en  verso 
castellano  por  Luis  de  Tapia  y  Gregorio  Martínez  Sierra. 

Una  refundición  de  El  semejante  a  si  mismo,  de  D.Juan  Ruiz  de  Alar- 
cón,  hecha  por  Calvo  Revilla.  Y,  por  último,  para  dar  fin  a  este  capítulo 
de  comedias,  citaremos  las  que  más  han  llamado  la  atención  en  los  últimos 
días:  una  de  Benavente  titulada  La  Cenicienta,  en  un  prólogo  y  tres  actos; 
otra  de  Sinesio  Delgado,  con  carácter  de  magia,  en  diez  y  siete  cuadros, 
Las  garras  del  demonio,  y  otra  muy  divertida  de  Arniches  y  Abati,  que 
lleva  por  nombre  Las  grandes  fortunas.  Entre  las  de  magia,  además  de  la 
que  acabamos  de  citar,  hemos  de  registrar  otra  del  mismo  Benavente,  en 
veintiún  cuadros,  Y  va  de  cuento. 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN  61 

Dramas  propiamente  dichos  también  se  han  representado:  uno  de 
Echegaray,  La  esposa  del  vengador;  otro  de  Lope  de  Vega,  El  castigo  sin 
venganza;  otro  en  cuatro  actos  de  Marquina,  Alimaña,  y  otro  de  Quimera, 
El  alma  es  mía. 

Es  plausible  el  propósito  de  D.  Jacinto  Grau  que  expresa  en  los  si- 
guientes términos:  «Integrar  a  nuestro  presente  lo  más  vivo  de  nuestra 
crónica,  de  nuestro  romance  y  de  nuestro  maravilloso  decir  es  lo  que 
deseé  conseguir  en  El  Conde  de  Alanos,  y  para  eso  ha  escrito  la  tragedia 
citada. 

Por  último,  y  para  completar  el  cuadro,  concluiremos  por  apuntar  al- 
gunas traducciones  o  adaptaciones  a  nuestro  teatro,  además  de  los  ya  ci- 
tados dramas  policíacos  y  la  comedia  de  Qoldoni.  La  importancia  de  lla- 
marse Ernesto,  escrita  por  Osear  Wilde  y  traducida  por  Ricardo  Baeza. 
El  as,  un  vodevil  por  muchos  conceptos  reprobable,  escrito  por  Henne- 
quin  y  Gorase  y  adaptado  por  Juan  José  Cadenas;  y,  en  fin,  una  traducción 
hecha  por  Martínez  Sierra  de  la  obra  del  noruego  Bjornson,  titulada  Leo- 
narda. 

Este  es  el  panorama  que  ofrece  nuestro  teatro  en  la  última  época,  en  el 
que,  como  se  ve,  hay  de  todo  y  para  todos  los  gustos:  autores  que  trabajan 
por  elevar  y  dignificar  nuestro  teatro,  otros  con  miras  menos  plausibles  y 
otros  que  no  persiguen  más  ideal  que  el  del  lucro. 

P.  Gutiérrez. 
Madrid,  Enero  de  1920. 


SECCIÓN    AMENA 


EN  EL  TELÉFONO  DEL  CIELO 

Es  muy  de  mañana.  Las  estrellas  recorren  con  júbilo  sus  órbitas,  como 
mensajeras  de  Dios.  Todos  los  ángeles  y  bienaventurados  se  disponen 
para  ir  a  sus  trabajos.  El  Arcángel  Gabriel  entra  en  su  oficina  telefónica, 
pues  ha  sido  encargado  de  ese  oficio.  No  ha  tenido  necesidad  de  esperar 
mucho  tiempo,  cuando  suena  el  timbre  de  llamada.  Gabriel  acude  solícito 
al  aparato: 

El  Cielo.-~¿Con  quién  hablo? 

—Con  Guillermo,  el  Emperador  de  Alemania. 

— ¡Ah!  Muy  buenos  días.  Majestad.  ¿En  qué  puedo  servirle? 

— Te  ruego.  Arcángel,  que  pidas  a  Dios  que  me  ayude.  Estoy  en 
guerra. 

—  ¿En  guerra?  Pues  ¿con  quién? 

—Con  Rusia,  Japón,  Servia,  Montenegro,  Francia,  Egipto,  Inglaterra  y 
Bélgica. 

—Esto  es  demasiado.  Y  ¿por  qué? 

—Los  servios  han  asesinado  a  mi  amigo  el  príncipe  heredero  Fran- 
cisco Fernando;  los  rusos  han  atacado  a  mis  aliados  los  austríacos,  y  no 
tengo  otro  remedio  que  ayudarlos.  Después  he  tenido  que  echar  el  ce- 
rrojo a  los  franceses,  y  vinieron  en  seguida  los  ingleses.  Por  último,  hasta 
los  japoneses  me  han  declarado  la  guerra;  te  ruego  digas  a  Dios  que  me 
socorra. 

—¿Y  Bélgica? 

— ¡Ah!  Es  verdad:  Bélgica...  demasiado  lo  sé...;  pero  yo  me  he  visto 
delante  de  un  hecho  consumado;  en  último  término,  no  he  podido  hacer 
otra  cosa. 

—Está  bien;  te  prometo  presentar  durante  la  audiencia  del  mediodía 
tus  súplicas  al  Altísimo... 


SECCIÓN  AMENA  63 

R-r-r... 

El  Cielo,— ¿Quién  llama? 

—Nicolás,  el  Zar  de  las  Rusias. 

—Y  ¿qué  hay? 

— Tengo  guerra. 

—Ya  lo  sabía. 

—Pues  ¿quién  te  lo  ha  dicho? 

—Tu  primo  Guillermo. 

— ¡Ah!,  ¿ese?...  Pues  precisamente  con  él  estoy  yo  en  guerra.  Ayuda  a 
mis  enemigos. 

— Sí;  pero  son  sus  amigos. 

.—No  me  importa;  él  podría  muy  bien  haberse  quedado  tranquilo;  yo 
no  tengo  nada  contra  él. 

—Pues  ¿qué  es  lo  que  deseas? 

— Tengo  algo  de  miedo;  di  por  si  acaso  a  tu  Señor  que  me  ayude. 

— Se  lo  diré,  descuida. 

— Muchas  gracias;  pero  no  se  te  olvide. 

Se  va.  Y  el  Arcángel  discurre  la  manera  de  presentar  esta  petición. 

R-r-r.  Central  celeste.  —¿Quién  es? 

—Jorge,  Rey  de  Inglaterra,  Emperador  de  las  Indias. 

—¡Oh!,  ¡cuánto  me  alegro!  ¡Hacía  tanto  tiempo  que  no  se  oía  nada  de 
ti  por  estas  tierras!...  ¿Qué  hay? 

— ¡Guerra! 

— ¡Ah!,  ya;  ¿guerra?  Y  ¿cuánto  juegas  en  ella? 

— Todo;  absolutamente  todo;  me  encuentro  en  un  apuro  colosal. 

—¿Es  posible?...  ¿Con  un  poder  tan  inmenso? 

—No  tanto,  no  tanto.  Mi  primo  Guillermo  quiere  despeñarme  en  la  des 
gracia.  Está  en  guerra  con  el  mundo  entero. 

—Es  decir,  con  Inglaterra. 

— Sí,  sí;  también. 

— ¿Y  en  qué  podríamos  servirte  desde  aquí? 

—Alcanzando  el  favor  del  Cielo  para  mis  armas. 

— ¿Para  las  balas  dum-dum? 

— ¿Cómo?  Pero,  ¿es  que  ya  ha  telefoneado  Guillermo? 

— Sí;  ya  hemos  hablado. 

—No  le  creas  nada;  no  tengo  más  que  armas  reales  y  legítimas;  pero 
mi  ejército  es  demasiado  pequeño;  y  mi  marina  se  va  reduciendo  de 


64  SECCIÓN  AMENA 

día  en  día.  Necesito  la  protección  de  lo  Alto.  Entiéndete  con  el  Señor. 

— Eso  es  lo  que  debías  haber  hecho  tú  antes. 

—Sin  embargo,  díselo,  yo  te  lo  suplico.  ¡Ah!,  y  un  saludo  especialísimo 
de  la  reina  María. 

—Todo  está  muy  bien;  lo  intentaré. 

Todo  esto—piensa  Gabriel  para  sus  adentros— va  a  constituir  una  lista 
bien  interesante  de  peticiones,  y  cuando  se  dispone  a  anotar  estos  diálo- 
gos, suena  otra  vez  el  timbre.  R-r-r. 

— ¿Con  quién  hablo? 

— Con  Pedro,  rey  de  Servia. 

— Lo  siento  mucho,  pero  no  le  conozco.— Se  retira. 

Este  hombre— piensa  Gabriel— sobre  cuya  conciencia  pesan  sus  prede- 
cesores, tiene  todavía  el  atrevimento  de  telefonear  al  Cielo.  ¡Los  hay  des- 
vergonzados!... 

R-r-r.  — ¿Quién  habla? 

— Nikita,  rey  de  Montenegro. 
'     — ¡Ah!  muy  bien;  ¿qué  ocurre? 

—Estoy  en  guerra. 

— ¡Cómo!  ¿es  posible?  ¿otra  vez? 

— Es  una  realidad;  con  Austria  y  Alemania. 

-¿Tú? 

— Sí;  yo  y  mi  primo  Pedro. 

— ¿Quién  es  ese  Pedro? 

— El  de  Servia. 

—Pero,  ¿es  ese  tu  primo? 

—¡Pues  claro!  ¿No  lo  sabías? 

— No;  únicamente  lo  había  sospechado.  Pero  ¿qué  tienes  tú  contra  Ale- 
mania? 

— Es  que  ayuda  a  Austria. 

— Y  ¿qué  te  ha  hecho  Austria? 

— Quisiera  un  pedazo  de  Bosnia  y  de  Dalmacia. 

— ¿Para  qué? 

— ¡Toma!  pues  para  gobernarlo.  Montenegro  es  demasiado  pequeño. 

—Pero  en  ese  Estado  tan  pequeño  has  vivido  mucho  tiempo  tranquilo 
y  con  salu«l 

—Sí  que  es  verdad;  pero  desearía  agrandar  mi  reino. 

—  ¿Y  qué  tengo  yo  que  hacer  en  ese  caso? 


SECCIÓN  AMENA  65 

—Ten  la  bondad  de  decir  al  Señor  que  me  ayude. 

—¿Que  te  ayude?  ¿A  robar? 

—No;  i  pelear;  a  pelear  honradamente  contra  Austria. 

—Pero  debes  tener  en  cuenta  que  cuando  un  muchacho  tan  pequeño 
como  tú  declara  la  guerra  a  dos  potencias  mundiales,  no  tiene  derecho  a 
molestar  a  Dios,  que  ayuda  con  mucho  gusto  a  los  débiles,  pero  no  a  los 
temerarios. 

— Oh,  amigo  Gabriel,  tú  sabes  bien  cómo  nosotros  los  eslavos  te  tene- 
mos en  gran  reputación:  no  te  niegues  a  interceder  por  mí. 

— Vaya;  pues  lo  intentaré.— Se  retira. 

R-r-r.— ¿Con  quién  hablo? 

—Con  Alfonso  de  Borbón,  rey  de  España. 

—Me  alegro  mucho:  ¿acaso  estás  también  en  guerra? 

— No;  yo  no:  pero  mi  vecino  el  Presidente  de  Francia. 

— ¿Quién?  No  le  conocemos. 

—Es  Poincaré,  el  presidente  de  la  República  francesa. 

— No  existe  tal  república  en  nuestro  registro:  ha  destronado  a  Dios. 

— Pero  quisiera  volverle  otra  vez  a  su  trono. 

— ¡Ah!;  no  es  necesario;  de  eso  nos  encargaremos  nosotros,  cuando  el 
Señor  lo  desee. 

— Pero  mi  amigo  Poincaré  desearía  hablar  con  el  Cielo  y  me  pregunta 
a  quién  se  ha  de  dirigir  y  dónde  ha  de  llamar. 

— ¿Conque  sí?  Dile  que  debe  llamar  a  aquellos  que  han  sido  educados 
en  las  escuelas  nacionales  francesas.  El  número  creo  que  estaba  bien  claro 
antes  en  los  libros  de  las  escuelas.  Si  ahora  han  rasgado  esas  hojas  y  se 
han  perdido,  no  podemos  nosotros  hacer  más  que  lamentarlo. — Se  va. 

R-r-r.-El  Cielo —¿Quién  habla? 

—Alberto,  el  desdichado  rey  de  la  pisoteada  Bélgica.  Puesto  que  pare- 
ce que  en  la  tierra  ya  no  existe  la  fidelidad  y  el  derecho,  implora  la  ven- 
ganza del  Cielo  contra  los  violadores  de  mi  tierra. 

—Ya  aclararemos  las  cosas  y  entonces  juzgaremos  según  derecho. 

— Con  esto  me  contento;  y  pido  a  Dios  su  gracia. 

—Pero  piensa  continuamente  en  tus  antepasados  y  en  las  cuestiones  de 
Bélgica  en  El  Congo. — Se  retira. 

La  hora  del  mediodía  se  acerca.  De  repente  se  oye  un  ruido  espantoso, 
como  si  sonaran  a  la  vez  millones  de  timbres. — R-r-r-r-r-r-r. 

El  Cielo,— ¿Quién  toca  tan  desesperado? 

5 


66  SECCIÓN  AMENA 

—Somos  nosotros,  diez  millones  de  niños  de  Austria  y  de  Alemania. 

— ¿También  vosotros?  ¿Y  qué  queréis? 

—Que  presentes  nuestro  más  cariñoso  saludo  al  Niño  Dios  y  a  su  ben- 
dita Madre.  Además,  que  veríamos  con  mucho  gusto  a  nuestro  amado  Pa- 
dre estas  Navidades  en  casa  con  nosotros.  Si  no  es  nuestro  Padre  el  que 
enciende  las  velitas  del  árbol  de  Navidad,  nos  parece  que  no  lucen  la  mi- 
tad... Suplicamos  por  la  paz  para  Austria  y  Alemania;  por  una  paz  honrosa 
para  nuestro  anciano  emperador:  que  los  rusos  se  vayan  a  su  casa  y  los 
servios  hagan  penitencia;  y  que  todos  nosotros,  austríacos,  alemanes  y 
franceses  nos  hagamos  mejores.  No  pedimos  más  que  eso.  Paz,  solamente 
paz,  y  con  esto  se  arreglará  todo.  Y  un  rayo  de  luz  para  los  últimos  días 
de  vida  terrenal  de  nuestro  emperador...  Un  millón  de  recuerdos  a  tía  So- 
fía y  a  nuestro  Santo  Archiduque,  y  al  príncipe  Eugenio,  a  Estanislao  de 
Kostka,  al  rey  Esteban,  al  patriota  tirolés  Andrés  Hófer  y  a  toda  nuestra 
gente  de  allá  arriba. 

—Lo  haré  con  muchísimo  gusto. 

—Muchísimas  gracias.  Adiós,  Gabriel.— Se  va. 

(María  vom  Cuten  Rat) 


bibliografía 


El  Sistema  Palanquíno.— Economía  de  la  Construcción  fundamental:  Revisión 
de  valores  y  Moral  científica,  por  D.  Aureliano  Estany  y  Torrent.— Tomo  I. 
La  Técnica  de  la  Construcción.  Con  las  licencias  necesarias.— Imp.  Subira- 
na.— Barcelona,  1919.— En  4.o,  de  344  págs. 

El  título  mismo  del  libro  necesita  explicación;  y  el  autor  se  encarga  de 
dárnosla  en  el  Prólogo.  Puesto  que  toda  operación  humana,  intencionada 
y  dirigida  a  un  fin  conveniente  se  puede  considerar  como  una  construc- 
ción, el  hombre  normal  en  edad  de  discreción  y  en  pleno  dominio  y  uso 
de  sus  facultades,  al  poner  en  ejercicio  sus  potencias,  será  el  constructor. 
Las  obras  procedentes  de  la  persona  humana  pueden  [ser  innumerables  y 
distribuirse  en  grupos  caracterizados  por  los  denominadores  comunes  de 
las  actividades,  que  en  ellos  intervienen,  y  de  los  que  resultan  las  especia- 
lidades y  aficiones  distintas;  pero  en  todas  ellas  hay  un  fondo  idéntico,  del 
cual  las  especialidades  son  clases,  y  ese  fondo  se  llama  construcción  fun- 
damental. Aquel  conjunto  de  reglas  y  procedimientos  útiles  y  necesarios 
para  hacer  del  hombre  un  constructor  sabio  y  perito  será  la  Técnica  de  la 
construcción.  Para  esto  es  menester  estudiar  al  hombre,  conocer  sus  po- 
tencias y  sus  cualidades;  investigar  en  el  ser  humano  no  solamente  el  ele- 
mento activo,  sino  también  el  elemento  pasivo,  que  interviene  en  la  obra. 
De  aquí  que  en  este  libro  se  dedique  el  autor  a  revisar  y  justipreciar  el 
valor  de  los  valores  fundamentales  humanos.  Por  último,  al  exponer  las 
reglas  del  obrar  humano,  puesto  que  no  otro  es  el  procedimiento  para  la 
construcción  fundamental  tomada  en  el  sentido  antes  explicado,  resultará 
una  Moral  científica. 

Ahora  se  comprenderá,  sin  esfuerzo,  la  razón  de  poner  el  autor  título 
tan  raro  a  su  libro.  Comparando  la  operación  humana  con  el  funciona- 
miento de  la  palanca,  se  ve  que  el  hombre,  ejerciendo  y  aplicando  su  es- 
fuerzo personal  es  la  potencia:  el  punto  de  apoyo  tiene  que  ser  siempre 
una  cosa  firme,  y  la  resistencia  es  aquello  que  el  hombre  se  propone 
efectuar. 

Esta  exposición  nos  lleva  ya  como  por  la  mano  a  hablar  del  plan  en  que 


68  BIBLIOGRAFÍA 

está  concebida  y  desarrollada  la  obra  del  Sr.  Esíany.  En  la  primera  parte 
se  estudian  los  puntos  de  apoyo,  que  pueden  ser  de  varias  clases;  la 
materia  y  sus  propiedades^  los  seres  vivos  y  el  hombre,  por  un  lado,  el 
orden  extrasensible,  por  otro,  y,  finalmente,  el  orden  moral;  en  la  sección 
segunda  se  trata  de  la  resistencia,  que  es  aquello  que  nos  proponemos 
conseguir  en  el  ejercicio  de  nuestra  actividad  espontánea;  la  resistencia 
puede  clasificarse:  a),  por  la  labor  y  objeto  terminal;  b),  por  el  pasivo  en 
donde  el  hombre  tiene  que  ejercer  su  acción,  y  c),  por  el  proceso  mismo 
de  ésta.  La  sección  tercera  trata  de  la  potencia  humana  y  la  estudia  en  sus 
diferencias  de  individuo  a  individuo,  originadas  ya  por  motivos  ordinarios, 
bien  por  motivos  casuales.  Finalmente,  en  otras  dos  secciones  se  exponen 
las  propiedades  del  acto  individual  y  del  colectivo  o  social. 

Si  la  concepción  del  plan  es  excelente,  no  se  podría  decir  otro  tanto  de 
su  exposición,  ya  que  el  estilo  es  tan  obscuro  que  cuesta  trabajo  a  veces 
entender  lo  que  el  autor  quiere  expresar.  Quizá  el  afán  de  no  alargar  de- 
masiado la  obra  ha  perjudicado  a  la  claridad  de  la  expresión;  es  lástima, 
porque  el  libro  del  Sr.  Estany  contiene  gran  número  de  enseñanzas  muy 
aprovechables,  especialmente  en  estos  momentos  de  encarnizadas  luchas 
sociales,  en  que  van  comprometidos  muchos  valores,  que  debemos  los  ca- 
tólicos esforzarnos  por  salvar  a  toda  costa,  especialmente  por  medio  de  es- 
critos bien  orientados  y  fundamentados  como  el  presente.— P.  V.  Burgos. 


Alfonso  Camilo  De-Romanis,  agustinianc— La  Gemma  den'Umbría,S.  Rita  da 
Cascia,  as:ostÍniana.— Storia  della  sua  vita.— Roma,  Tip.  Pontificia,  nell' 
Inst.  Pío  IX,  I919.-Un  vol.  de  180  págs. 

La  devoción  a  Santa  Rita  es  de  las  más  populares  en  el  mundo  cristia- 
no. Habiendo  pasado  en  la  tierra  por  los  cuatro  estados  de  doncella,  casa- 
da, viuda  y  religiosa,  en  que  puede  vivir  la  mujer  cristiana,  fué  verdadero 
modelo  de  perfección  en  todos  ellos,  y  bajo  este  aspecto  se  la  considera  y 
propone  a  los  fieles  en  las  numerosas  biografías  y  vidas  que  se  han  escri- 
to de  la  «Abogada  de  imposibles.)»  Todas  ellas  contienen  siempre  algo 
nuevo  y  original  para  instrucción  y  edificación  de  los  cristianos.  La  que 
anunciamos  hoy,  debida  a  la  bien. cortada  pluma  del  erudito  escritor  agus- 
tiniano  P.  Alfonso  C.  De-Romanis,  en  el  hermoso  y  dulce  idioma  del  Dante, 
ofrece  verdadero  interés,  como  puede  verse  por  la  brevísima  indicación  de 
su  contenido.  En  erudita  y  extensa  introducción,  describe  el  carácter  dis- 
tintivo de  la  vida  de  los  santos,  los  vestigios  que  dejan  en  la  tierra,  su. 
influencia  mucho  más  duradera  y  eficaz  que  la  de  tantos  y  tantos  persona- 
jes, cuya  celebridad  apenas  si  sobrevive  a  su  mortaja,  por  ser  su  gloria  y 


BIBLIOGRAFÍA  69 

SUS  heroísmos  producto  de  la  humana  soberbia.  Da  a  conocer  los  móviles 
que  le  han  inducido  a  escribir  la  vida  de  Santa  Rita,  habiéndose  publicado 
ya  tantas,  sobre  todo  en  estos  últimos  años,  después  de  su  gloriosa  canoni- 
zación; siendo  estos  motivos,  principalmente,  por  haber  conseguido  preci- 
sar y  acotar  los  datos  históricos  referentes  a  la  gran  Santa.  Encuentra 
además,  en  la  mayor  parte  de  las  biografías  de  Santa  Rita,  que  predomina 
y  se  hace  resaltar  con  exceso  el  elemento  sobrenatural  y  todo  lo  extraordi- 
nario y  heroico  de  la  Santa,  lo  cual  impide  que  se  logre  uno  de  los  fines 
principales  en  la  devoción  a  los  Santos,  que  consiste  en  mover  a  los  fieles 
a  la  imitación  de  sus  virtudes. 

Comprende  la  historia  de  Santa  Rita  tres  partes.  En  la  primera  discu- 
rre el  P.  Alfonso  sobre  la  patria  de  la  Santa,  condiciones  y  cualidades  de 
sus  moradores;  educación  piadosa  de  Rita;  vida  de  recogimiento  en  sus 
años  juveniles;  matrimonio  y  vicisitudes  durante  el  mismo,  por  el  carácter 
violento  de  su  esposo,  a  quien  logra,  al  fin,  transformar  con  la  oración  y 
la  paciencia.  Modelo,  en  una  palabra,  de  jóvenes,  de  casadas  y  viudas,  que 
fueron  los  tres  estados  por  que  pasó  hasta  los  cuarenta  años  de  edad. 

Desde  que  entra  en  la  Religión  hasta  su  gloriosa  muerte,  es  la  materia 
de  los  diez  capítulos  de  la  Segunda  parte;  en  el  primero  de  los  cuales  se 
hace  brillante  apología  del  estado  religioso,  y  se  describe  el  origen  y  pro- 
pagación de  la  vida  monástica,  fijándose  especialmente  en  la  fundación  y 
difusión  de  la  Orden  Agustiniana,  en  la  que  brillaron  tantos  varones  en 
ciencia  y  santidad  y  tantas  heroínas,  entre  las  que  se  cuenta  la  «Santa  de 
los  Imposibles.» 

En  los  seis  capítulos  de  la  Tercera  parte  se  estudia  a  Santa  Rita  desde 
sü  muerte  hasta  nuestros  días;  su  culto,  sus  prodigios  innumerables  y  es- 
tupendos, por  los  que  muy  pronto  el  pueblo  le  dio  el  título  de  «Santa». 
En  España  es  donde  primero  recibió  el  título  singular  y  único  de  «Aboga- 
da de  Imposibles».  Nuestros  reyes  tuvieron  siempre  gran  devoción  a  la 
heroína  de  Casia.  En  las  antiguas  colonias  españolas  se  extendió  rápida- 
mente su  devoción  y  culto,  siendo  muchos  en  número  los  pueblos  que 
llevan  su  nombre  y  los  templos  dedicados  a  Santa  Rita.  Recientemente  se 
ha  erigido  en  los  Estados  Unidos  de  América  una  iglesia  parroquial  que 
lleva  la  advocación  de  la  Santa. 

Numerosas  Asociaciones  y  Cofradías  se  han  fundado  también  en  diver- 
sas iglesias  bajo  la  protección  de  nuestra  Santa,  habiéndose  establecido 
hace  muy  poco  la  devoción  de  los  quince  jueves  que  preceden  a  la  fiesta  de 
Santa  Rita;  devoción  enriquecida  por  el  actual  Pontífice  con  numerosas 
indulgencias. 

Entre  las  Asociaciones  de  Santa  Rita  ocupa  lugar  preeminente  (y  asi  lo 


70  BIBLIOGRAFÍA 

hace  notar  el  autor)  la  de  los  «Talleres  de  Caridad  de  Santa  Rita  de  Casia», 
fundada  por  el  inolvidable  P.  Salvador  Font  (q.  s.  g.  h.)  y  extendida  por 
gran  parte  de  las  provincias  de  España,  en  sus  antiguas  colonias:  Filipinas, 
Argentina, Perú, Colombia,  Cuba, etc.,  y  en  algunas  capitales  del  Extranjero. 
Tal  es,  en  brevísimo  resumen,  el  contenido  de  La  Gemma  deWUm- 
brla,  que  seguramente  contribuirá  a  propagar  aun  más  el  nombre  y  la  de- 
voción de  Santa  Rita.— P.  V.  Menéndez. 

LIBROS   RECIBIDOS 

Instituciones  de  Derecho  Canónico  con  sujeción  a  las  normas  del  nue- 
vo Código,  por  el  M.  R.  P.  Felipe  Maroto,  procurador  general  de  los  Mi- 
sioneros hijos  del  Inmaculado  Corazón  de  María,  profesor  de  Derecho 
Canónico  en  los  seminarios  Lateranense  y  Leoniano,  de  Roma;  traducida 
al  castellano  por  el  R.  P.  Jesús  López  Alijarde,  C.  M.  F.,  catedrático  de 
lengua  castellana  en  la  Universidad  Pontificia  de  Cervera,  y  revisada  por 
el  Dr.  D.  Felipe  Clemente  de  Diego,  catedrático  de  Derecho  civil  en  la 
Universidad  Central.— Un  vol.,  de  535  págs.,  en  4.°.— Madrid.  Editorial  del 
Corazón  de  María.  Mendizábal,  67.  1919. 

—Menéndez  y  Pelayo  y  el  estudio  de  la  cultura  española  en  los  Esta- 
dos Unidos,  por  el  Dr.  Rodolfo  Schevill.— Un  folleto  de  32  págs.,  en  12.'' 
Santander,  MCMXIX. 

—Anales  de  Instrucción  primaria  en  el  Uruguay -Tomo  XVI.— Un 
volumen  de  326  págs.,  en  4.°.— Montevideo.  1919. 

—Les  Acies  da  Saaveur,  La  Lettre  de  Pílate,  Les  Missions  de  Vola- 
sien,  de  Nathan,  La  Vindicte,  Leurs  origines  et  leurs  iransformations, 
par  Dom  Etienne  Darley,  O.  S.  B.— Un  folleto  de  36  págs.,  en  4.''.— París. 
Librairie  Auguste  Picard,  Rué  Bonaparte,  82.  1919. 

—  Theologiae  Asceticae  et  Mysiicae  Cursas  ad  usum  Seminariorum, 
Institutorum  Religiosorum,  Clericorum  necnon  Moderatorum  animarum  a 
R.  P.  Francisco  Naval  e  Missionariis  Filiis  I.  Cordis  B.  V.  Mariae  concin- 
natus.  Prima  versio  latina  a  R.  P.  Josepho  M.  Fernández,  accuratissime 
facta.— Un  vol.,  de  408  págs.,  en  12.^— Apud  Editorem  Petrum  Marietti. 
Romae.  1920. 

—El  Inmanentismo  y  la  Filosofía  surista,  por  el  R.  P.  Eugenio  Can- 
tera, O.  A.  R.— Folleto  de  55  págs.,  en  4.°.— Monachil,  Imprenta  de  Santa 
Rita.  1919. 

-Biografía  del  Rvmo.  P.  Fr.  Mariano  Bernad  del  Pilar,  por  Fray 
P.  Fabo,  del  Corazón  de  María.— Un  vol.  de  122  págs.,  en  4.*  menor.— 
Monachil,  Imprenta  de  Santa  Rita.  1919. 


BIBLIOGRAFÍA  71 

—Los  alambrados  españoles,  por  el  P.  E.  Colunga,  O.  P.—FoUeto 
de  20  págs.,  en  4."*. — Salamanca.  Establecimiento  tipográfico  de  Calatra- 
va.  1919. 

—La  felicidad  en  la  familia,  por  el  P.  Pedro  Aguilera.— Un  volumen 
de  304  págs.,  en  8.^~Librería  Católica,  Hijos  de  Gregorio  del  Amo,  Paz,  6. 
Madrid.  1919. 

—Suma  de  Teología  Moral  acomodada  al  Código  canónico  y  a  la  Le- 
gislación civil  española,  por  D.  Domingo  Torres  Laguna,  canónigo  de  la 
Santa  Iglesia  Catedral  de  Jaca.— Un  vol.,  de  857  págs.,  en  4.°.— Valladolid. 
Talleres  tipográficos  «Cuesta».  1919. 

—Avérroes  Compendio  de  Meíajisica.  Texto  árabe  con  traducción  y 
notas  de  Carlos  Quirós  Rodríguez. — Un  vol.,  de  484  págs.,  en  8.®.— Ma- 
drid. Imprenta  de  Estanislao  Maestre,  Pozas,  12.  MCMXIX. 

—Conferencias  sociales,  por  el  P.  J.  A.  Pérez  del  Pulgar,  de  la  Com- 
pañía de  Jesús. — Folleto  de  78  págs.,  en  8.°.— Madrid.  Hijos  de  Gregorio 
del  Amo,  Paz,  6.  1919. 

—  Valvanera  Imagen  y  Saniuario.  Estudio  histórico,  por  el  ilustrísimo 
y  reverendísimo  P.  Fr.  Toribio  Minguella  y  Arnedo,  de  la  Orden  de  Agus- 
tinos recoletos.  Obispo  titular  de  Basilinópolis.— Un  vol.,  de  118  págs., 
en  8.''.~Madrid.  Hijos  de  Gregorio  del  Amo.  1919. 

— Historia  de  la  Saniisima  Virgen  María,  con  explicaciones  y  reflexio. 
nes,  por  el  limo.  Sr.  D.  Fr.  Toribio  Minguella  y  Arnedo,  de  la  Orden  de 
Agustinos  recoletos.  Obispo  titular  de  Basilinópolis.— Un  vol.,  de  322  pá- 
ginas, en  8.**.— Madrid.  Hijos  de  Gregorio  del  Amo,  Paz,  6.  1919. 

—Investigaciones  acerca  de  Arqueología  y  Prehistoria  de  la  región 
salmantina,  por  el  P.  César  Moran  Sardón,  agustino.— Un  vol.,  de  170 
págs.,  en  4.°  menor. — Salamanca.  Establecimiento  tipográfico  de  Calatra- 
va.  1919. 


CRÓNICA  GENERAL 


Madrid-Escorial,  31  de  Diciembre  de  1919, 


ROMA 


Por  el  retraso  que  a  causa  de  la  huelga  de  tipógrafos  en  Madrid  lleva 
este  número,  nos  limitaremos  a  consignar  algunas  de  las  manifestaciones 
hechas  por  nuestro  Santísimo  Padre  Benedicto  XV  al  recibir  la  felicitación 
del  Sagrado  Colegio  de  Cardenales,  en  la  vigilia  de  Navidad.  Al  discurso 
del  Cardenal  decano  contestó  Su  Santidad  diciendo,  entre  otras  hermosísi- 
mes  reflexiones: 

«Nada  más  desconsolador  que  lo  que  nos  relatan  nuestros  hermanos 
en  el  Episcopado  sobre  las  devastaciones  morales  de  la  guerra,  pérfída- 
mento  explotadas  por  los  que  espían  los  infortunios  y  las  abyecciones  para 
volverlas  en  provecho  de  la  irreligión  y  del  embrutecimiento  social. 

El  espíritu  de  la  indisciplina,  triste  privilegio  en  otros  tiempos  de  un 
corto  número,  ha  invadido  ahora  a  las  masas  y  les  ha  sugerido  también  el 
antiguo  non  serviam. 

Hoy  en  día,  ávida  de  placer,  sedienta  de  riquezas,  sin  gusto  para  el  tra- 
bajo, la  Humanidad,  con  una  locura  e  inconsciencia  colectivas,  no  se  son- 
roja ante  tantos  duelos  y  lágrimas,  de  abandonarse  al  placer  y  abusar  de 
los  bienes  al  propio  tiempo  que  ciega  o  agota  sus  manantiales.  Hoy,  no 
sólo  en  las  relaciones  de  los  pueblos,  sino  en  las  de  los  individuos  mismos, 
una  nueva  guerra  amenaza  estallar,  y  está  ya  declarada:  guerra  de  envi- 
dia, de  odio,  de  ceguera,  que  se  desencadena  contra  el  derecho,  contra  la 
caridad,  contra  el  bienestar  social  de  las  masas  mismas,  entregadas  a  sus 
convulsiones. 

Y  es  que  el  individuo  se  atreve  contra  el  individuo;  la  sociedad  se  atreve 
aún  en  mayor  grado  contra  Dios.  De  la  libertad  se  ha  llegado  a  la  toleran- 
cia; de  la  tolerancia  a  las  divisiones;  de  las  divisiones  a  los  conflictos  de 
doctrina;  de  los  conflictos  de  doctrina  al  ostracismo,  porque  Dios  ha  lle- 
gado a  ser  un  extraño.  La  sociedad  pretende  bastarse  a  sí  misma;  la  razón 


CRÓNICA  GENERAL  73 

quiere  ser  la  fuerza  del  progreso  humano.  Mas,  ¿adonde  nos  conduce  esta 
locura  del  naturalismo?  El  olvido  de  lo  sobrenatural  conduce  individual- 
mente al  egoísmo  en  los  diversos  aspectos  de  sus  múltiples  esclavitudes; 
socialmente  conduce  a  la  revolución,  a  la  anarquía,  a  la  destrucción. 

Así,  pues,  parece  que  Nos  debemos  mirar  con  espanto  el  porvenir  de 
los  individuos  y  de  la  sociedad,  y  con  efecto,  estiramos  espantados  si  los 
votos  del  Sacro  Colegio  no  nos  sugiriera  la  esperanza  de  ver  renovarse  es- 
tos bienes  de  la  paz  que  comenzaron  a  resplandecer  en  el  mundo  cuando 
nació  en  Belén  el  divino  Salvador... 

Lejos  de  mirar  con  espanto  al  porvenir  de  los  individuos  y  de  la  socie- 
dad, Nos  unimos  al  voto  del  Sacro  Colegio,  deseando,  en  primer  lugar, 
que  se  reavive  el  espíritu  de  fe  en  los  individuos  y  la  sociedad,  y  que  ésta 
como  aquéllos  puedan  gozar  en  seguida  largamente  de  los  frutos  de  esta 
paz  que  engendra  una  verdadera  vida  de  fe.» 

EXTRANJERO 

Importantes  y  trascendentales  sucesos  han  ocurrido  en  Europa  al  fina- 
lizar el  año  1919. 

A  punto  estuvo  de  que  estallara  de  nuevo  la  guerra,  debido  a  la  resis- 
tencia de  Alemania  a  aceptar  el  protocolo  de  I.""  de  Noviembre.  Exigía  el 
Gobierno  alemán  para  firmarle,  la  repatriación  inmediata  de  los  prisione- 
ros de  guerra;  el  que  fuesen  sometidas  a  la  conferencia  de  la  Haya  las  di- 
ferencias de  apreciación  existentes  entre  ella  y  íos  aliados  respecto  al  hun- 
dimiento de  la  escuadra  alemana  en  Scapa  Flow,  y  la  supresión  de  las  me- 
didas coercitivas  de  índole  militar  consignadas  en  el  protocolo  para  el  caso 
de  un  incumplimiento  del  Tratado.  Pero  a  esto  se  opuso  resueltamente  el 
Consejo  Supremo  interaliado,  estimando  que  el  acta  relativa  a  la  entrada 
en  vigor  del  Tratado,  debe  ser  respetada  sin  discusión  por  Alemania.  Una 
vez  firmado  el  Tratado,  Francia  repatriaría  inmediatamente  los  prisioneros; 
en  cuanto  a  las  compensaciones  por  la  destrucción  de  la  flota  de  Scapa 
Flow,  creía  el  Consejo  que  no  se  deben  tener  en  cuenta  las  observaciones 
hechas  por  el  Gobierno  alemán  por  ser  incuestionable  su  responsabilidad. 
Respecto  al  tercer  punto,  estaba  dispuesto  a  admitir  algunas  modificaciones 
del  protocolo. 

No  eran  éstas,  sin  embargo,  las  razones  que  más  pesaban  en  el  ánimo 
de  Clemenceau  al  querer  enviar  a  Alemania  un  ulíimátam  con  plazo  pe- 
rentorio. La  razón  de  esta  actitud  hay  que  buscarla  en  el  nuevo  incremento 
que  el  militarismo  parecía  tomar  entre  los  mismos  socialistas  alemanes,  y 
en  la  reorganización  militar,  a  la  que  el  miedo-  francés  da  un  valor  muy 


74  CRÓNICA  GENERAL 

superior  al  que  en  realidad  tiene.  Y  con  el  fin  de  acordar  la  conducta  a 
seguir,  en  el  caso  de  que  Alemania  no  contestara  satisfactoriamente,  y  al 
mismo  tiempo  arreglar  asuntos  de  excepcional  importancia  internacional, 
juntamente  con  otros  vitales  para  Francia,  marchó  a  Londres  el  Sr.  Cle- 
menceau.  Las  'conferencias  allí  celebradas  entre  el  Gobierno  británico, 
Clemenceau  y  el  ministro  de  Negocios  Extranjeros  italiano,  Scialoja,  des- 
pertaron vivísimo  interés  en  el  mundo  entero,  interés  ciertamente  justifica- 
do, dado  las  cuestiones  que  debían  tratarse;  posibilidad  de  una  alianza 
angloiatina,  del  establecimiento  de  un  acuerdo  militar  entre  Inglaterra, 
Francia  y  Bélgica,  con  un  Estado  Mayor  común  a  los  tres  ejércitos,  que 
obligara  a  Alemania  a  cumplir  el  tratado  de  paz;  de  la  cuestión  del  Adriá- 
tico, de  la  paz  con  Turquía,  del  problema  ruso,  de  la  concesión  de  crédi- 
tos a  Francia  y  suministro  de  carbón  a  este  país,  etc. 

Las  conversaciones  sobre  asuntos  tan  espinosos,  han  dado  ocasión, 
cosa  rara,  a  que  se  afirmasen  más  y  más  la  cordialidad,  buena  inteligen- 
cia y  completa  solidaridad  que  entre  los  aliados  existe,  según  reza  el  co- 
municado oficial.  Por  lo  visto,  los  conferenciantes  se  entretuvieron  dema- 
siado en  darse  mutuamente  pruebas  de  amistad,  y  no  lea  dio  tiempo  para 
resolver  los  problemas  propuestos,  con  sentimiento  de  Clemenceau,  a 
quien  la  solución  interesaba  más  que  a  nadie.  Lo  cierto  es  que,  en  con- 
creto, no  se  hizo  nada.  Clemenceau  volvió  a  París  sin  la  alianza  con  In- 
glaterra. 

Otro  de  los  asuntos  que  interesaban  vivamente  a  Francia,  era  la  cons- 
trucción del  túnel  bajo  el  Canal  de  la  Mancha.  La  realización  de  este  pro- 
yecto hubiera  ligado  eternamente  los  destinos  de  las  dos  naciones,  y  Fran- 
cia podría  verse  libre,  durante  mucho  tiempo,  del  temor  alemán.  Pero  In- 
glaterra, indiferente  a  lo  que  pueda  ocurrir  a  su  aliada,  desea  volver  al 
aislamiento  insular,  que  tan  buenos  resultados  le  proporcionó  siempre. 

El  mismo  éxito  ha  tenido  el  presidente  del  Gobierno  francés  en  los 
asuntos  de  orden  económico.  La  Gran  Bretaña  no  puede  aumentar  las 
cantidades  de  carbón  suministradas  a  Francia,  por  ser,  cada  vez  menor,  el 
rendimiento  de  las  minas,  que  apenas  producen  lo  suficiente  para  el  con- 
sumo de  los  ingleses. 

Las  demás  cuestiones,  que  la  buena  inteligencia  no  ha  podido  resolver 
ahora,  se  tratarán  en  próximas  conferencias,  que  para  esto  se  reunirán  en 
París  o  en  Londres. 

— Mientras  tanto,  se  trabajaba  en  Berlín  por  presentar  una  nota  que 
calmara  al  tigre  francés,  y  de  ella  merecen  consignarse  los  siguientes  pá- 
rrafos: 

«El  Gobierno  alemán  desea  disipar  toda  mala  interpretación,  después 


CRÓNICA  GENERAL  75 

de  lo  cual,  en  compensación  de  la  ausencia  momentánea  de  les  delegados 
de  los  Estados  Unidos,  de  las  Comisiones  previstas  por  el  Tratado  de  Paz, 
Alemania  reclamará  el  derecho  de  ver  modificar  las  disposiciones  del  Tra- 
tado, concernientes  a  la  extradición  de  las  personas  inculpadas  por  actos 
contrarios  a  las  leyes  de  la  guerra,  y  la  repatriación  de  los  prisioneros  de 
guerra. 

La  repatriación  de  prisioneros  de  guerra  no  ha  sido  mencionada  de 
propósito. 

En  la  cuestión  de  la  extradición  el  Gobierno  alemán  hizo  valer,  antes 
de  la  recepción  de  la  nota  de  los  aliados  fechada  en  l.^de  Noviembre,  las 
razones  por  las  que  parecía  atenuar  las  condiciones  de  la  ejecución  del 
Tratado. 

Esas  razones  merecían  después,  como  antes,  haber  sido  tomadas  seria- 
mente en  consideración  por  los  aliados  y  asociados. 

El  Gobierno  alemán  no  ha  hecho  nunca  depender  su  asentimiento, 
concerniente  a  la  puesta  en  vigencia  del  Tratado  de  Paz,  de  la  regulación 
previa  de  esta  cuestión. > 

A  la  nota  anterior  han  contestado  los  aliados  con  otra,  levantando  acta 
de  las  concesiones  hechas  por  el  Gobierno  alemán  a  más  no  poder. 


Las  responsabilidades  de  la  guerra.— E\  periódico  Las  Noticias,  de 
Hamburgo,  publicó  hace  tiempo  una  carta  abierta  del  príncipe  Enrique 
de  Prusia,  dirigida  al  rey  de  Inglaterra,  en  la  que  dice: 

«Como  las  voces  pidiendo  la  extradición  del  emperador  Guillermo  con- 
tinúan haciéndose  oír  en  la  Prensa  de  la  Entente,  dirijo  a  V.  M.  la  carta 
abierta  siguiente,  como  continuación  a  mi  telegrama  del  7  de  Julio,  que 
hasta  ahora  ha  quedado  sin  contestación,  haciendo  todavía  una  vez  más 
un  llamamiento  a  los  sentimientos  de  justicia  de  V.  M. 

Si  V.  M.  y  sus  consejeros  se  encuentran  en  la  incertidumbre  en  lo  con- 
cerniente a  los  orígenes  y  responsabilidades  de  la  guerra,  le  ruego  que 
tenga  presente  y  recuerde  que  los  documentos  y  los  hechos  indican,  sin 
duda  alguna,  que  únicamente  el  Gobierno  inglés,  desde  hace  años,  preparó 
esta  guerra  mundial  para  alejar  a  un  concurrente  Jan  molesto  como  era 
Alemania,  y  que,  por  consecuencia,  ese  solo  Gobierno  es  el  que  tiene  la 
responsabilidad  del  desencadenamiento  de  la  guerra. 

Quisiera  aún  recordar  la  entrevista  de  V.  M.  con  Sazonof  y  vuestras 
declaraciones  hechas  respecto  a  la  suerte  reservada  a  las  marinas  de  gue- 
rra y  de  comercio  alemanas. 

Si  Inglaterra  tiene  la  responsabilidad  principal  de  esta  guerra,  la  más 


76  CRÓNICA  GENERAL 

terrible  de  todas,  las  naciones  que  se  consideraron  aliadas  con  Inglaterra 
tienen  igualmente  su  parte  en  las  responsabilidades. 

Si  en  la  inaudita  exigencia  de  querer  la  extradición  de  un  soberano 
fuere  preciso  ver  el  deseo  de  acercarse  a  la  verdad,  lo  cual  puedo  admitir, 
se  seguirá  de  ello  que  debiera  citarse  también  ante  ese  Foro  Supremo  a 
aquellos  que  en  primera  línea  se  comprometieron  tan  claramente  en  el 
desencadenamiento  de  la  guerra. 

Es  necesario  colocar  en  primer  término  a  los  hombres  de  Estado  res- 
ponsables del  Gobierno  británico  y  de  las  naciones  aliadas  de  Inglaterra. 

Yo  me  figuro  un  Tribunal  Supremo  que  se  formase  por  estadistas  de 
países  neutrales,  y  con  sede  en  Madrid,  capital  de  un  país  que  posee  un 
Soberano  que  se  esforzó  lealmente  en  observar  la  más  estricta  neutralidad. 

Alemania  no  ha  sido  vencida  por  las  armas  de  la  Entente,  sino  por  el 
bloqueo  y  el  hambre,  y  fué  entregada  de  este  modo  sin  defensa  a  la  vengan- 
za y  a  la  avidez  de  adversarios  sin  piedad. 
Alemania  ha  sido  herida  de  gravedad;  pero  no  ha  muerto. 

El  espíritu  alemán,  que  momentáneamente  sufre  un  eclipse,  seguirá 
viviendo,  y  un  día  pedirá  estrecha  cuenta  a  sus  adversarios. 

He  aquí  por  lo  que  pido  a  V.  M.  se  digne  renunciar  a  la  comparecen- 
cia de  S.  M.  Guillermo  II  ante  un  Tribunal  Supremo,  y  que  haga  valer  ante 
la  corriente  de  opinión  la  influencia  que  la  constitución  le  concede.» 

*** 

La  religión  en  Polonia. — Reunidos  sobre  la  tumba  de  San  Adalberto 
en  la  Catedral  de  Gniezno,  metrópoli  religiosa  de  Polonia,  los  obispos  po- 
lacos han  publicado  una  carta  abierta  a  la  nación,  resumiendo  en  una  for- 
ma elevada  la  idea  sobre  los  derechos  y  la  misión  de  la  Iglesia  en  Polonia 
e  indicando  a  los  fíeles  los  deberes  para  con  la  Iglesia  y  la  Patria. 

La  Iglesia  reclama  del  Estado  que  le  asegure  un  sitio  debido  en  su 
Constitución;  reclama  escuela  católica  para  los  católicos,  la  fe  y  la  moral 
como  base  de  la  educación  pública  y  la  indisolubilidad  del  matrimonio. 

Como  su  misión  considera  la  Iglesia  prestar  ayuda  a  la  nación  en  la 
construcción  del  Estado  y  lucha  contra  la  revolución. 

Una  parte  extensa  de  la  carta  está  dedicada  a  la  significación  del  socia- 
lismo y  del  bolcheviquismo. 

Está  firmada  por  el  Primado  de  Polonia,  arzobispo  de  Gniezno  y  Poz- 
nan;los  arzobispos  metropolitanos  de  Lwow  y  Varsovia,  el  arzobispo  de  rito 
armenio  de  Lwow,  el  vicario  general  castrense  y  los  obispos  de  Cracovia, 
Przemysl,  Kujawy,  PIock,Tarnow,  Kielce,  Sandomir,  Minsk,  Lublín,  Podla- 
quia,  WiIna,  Kamieniec  y  Sejny. 


CRÓNICA  GENERAL  77 

América  del  Sur,— Ha.  fallecido  en  Lima  el  ilustre  escritor  peruano 
D.  Ricardo  Palma,  cuya  intensa  labor  literaria  es  tan  conocida  y  estimada 
en  todo  el  mundo. 

Contaba  el  Sr.  Palma  ochenta  y  seis  años,  y  era,  en  la  actualidad,  un 
verdadero  patriarca  de  las  letras  peruanas.  Sus  Tradiciones,  traducidas  a 
casi  todos  los  idiomas,  serán  siempre  leídas  con  deleite. 

Había  nacido  en  Lima;  viajó  mucho  por  los  países  de  América  del  Sur, 
tomando  parte  en  numerosos  combates.  Visitó  los  Estados  Unidos  y  Euro- 
pa. A  su  regreso  al  Perú  tuvo  que  vivir,  durante  la  ocupación  chilena,  de 
sus  correspondencias  a  periódicos  extranjeros.  Fué  luego  uno  de  los  prin- 
cipales redactores  de  La  Prensa,  de  Buenos  Aires. 

Estuvo  en  1892  en  España  como  representante  del  Perú  para  el  cuarto 
centenario  del  descubrimiento  de  América.  Aquí  fué  colmado  de  aga- 
sajos. 

En  1912  renunció  la  dirección  de  la  Biblioteca  Nacional  por  no  tran- 
sigir con  imposiciones  del  presidente  Leguía  y  se  retiró  a  Lima,  donde  ha 
vivido  hasta  ahora,  rodeado  del  cariño  de  sus  hijos  y  de  la  devoción  de  sus 
admiradores. 

El  problema  social  en  el  Japón.— Lsl  transformación  del  Japón  antiguo 
no  data  de  más  de  hace  unos  cuarenta  años,  y  no  es  extraño  que  el  obre- 
rismo no  haya  progresado  tanto  como  el  europeo,  en  lo  que  éste  llama 
lucha  reivindicatoría. 

Sin  embargo,  el  imperio  del  Sol  Naciente,  lejos  de  encontrarse  libre  de 
cuestiones  sociales,  se  le  va  infiltrando  rápidamente. 

Conviene  advertir  que  la  legislación  japonesa  está  en  embrión  a  este 
respecto. 

De  ahí  se  cree  que  arranque  el  afán  del  barón  Makino  por  alcanzar  de 
la  Conferencia  de  la  Paz  la  igualdad  de  razas,  que  es  sabido  encontró  la 
oposición  de  Mr.  Wilson. 

La  Conferencia  de  la  Paz  ha  establecido  el  principio  de  que  el  trabajo 
del  obrero  no  ha  de  ser  en  ningún  caso  considerado  como  una  simple 
mercancía  objeto  de  cambio. 

El  trabajo  en  el  Japón  estaba  antes  reglamentado  de  un  modo  patriar- 
cal. Las  familias  conservaban  secularmente  los  secretos  de  su  arte,  y  lo  cul- 
tivaban exclusivamente  sus  miembros  en  cada  casa. 

Súbitamente  se  lanzó  el  Imperio  a  desenvolver  la  industria  en  gran  es- 
cala y  cambió  el  modo  de  ser  del  obrero,  perdiéndose  poco  a  poco  el  con- 
cepto anterior  de  las  dos  castas  de  hombres  superiores  e  inferiores,  aunque 
algo  queda  todavía. 


78  CRÓNICA  GENERAL 

El  obrero  japonés  da  un  cierto  valor  a  su  trabajo  y  lo  cambia  por  una 
suma.  Este  aún  es  su  concepto  en  la  actualidad. 

Pero  a  pesar  de  esto,  ya  han  aprendido  a  asociarse  .y  a  sindicarse.  Las 
leyes  japonesas  no  hablan  siquiera  de  este  punto;  en  cambio,  el  artículo  17 
de  la  ley  de  Orden  público  pone  en  manos  de  las  autoridades  todos  los 
medios  coercitivos  para  impedir  el  ejercicio  de  los  derechos  derivados  de 
la  ley  de  Asociaciones. 

Se  han  hecho  diversos  ensayos,  constituyendo  la  Tekko  Kumiai  o 
Unión  de  Metalúrgicos,  que  llegó  a  tener  5.400  socios;  la  Unión  de  Ferro- 
viarios, que  tuvo  un  millar;  el  Sindicato  de  constructores  de  tranvías,  y 
otras,  que  duraron  poco.  Actualmente  existe  La  Fraternal,  que  cuenta  con 
20.000  adheridos. 

La  idea  de  la  Conferencia  Internacional  del  Trabajo  hizo  que  la  Prensa 
japonesa  empezara  una  campaña,  en  la  que  unánimemente  reconoce  la  ne- 
cesidad de  una  ley  que  permita  la  constitución  de  Sindicatos  obreros, 
según  el  modelo  de  las  Trade  Unions  inglesas.  El  Gobierno  no  ha  hecho 
ninguna  promesa  formal;  pero  se  considera  que  tendrá  que  conceder  algo. 

* 

Pérdidas  de  la  guerra.— "EA  corresponsal  del  Chicago  Tribune  en  Ber- 
lín comunica  a  dicho  periódico: 

«La  desaparición  de  Alemania  como  potencia  naval  ha  sido  demos- 
trada por  el  relato  oficial  de  los  barcos  perdidos  durante  las  hostilida- 
des, y  en  virtud  de  las  condiciones  del  armisticio  y  del  tratado  de  Ver- 
salles. 

Una  estadística  indica  la  pérdida  total  de  6.900  barcos,  comprendidos 
249  submarinos;  el  número  exacto  de  éstos  hundidos  por  los  aliados  es 
de  178. 

En  total  general,  315  han  sido  perdidos  en  el  combate,  34  han  sido 
hundidos  para  evitar  que  cayesen  en  manos  del  enemigo,  y  41  solamente 
se  indican  como  desaparecidos. 

Además,  74  barcos  han  sido  entregados  a  los  aliados  en  virtud  de  las 
condiciones  del  armisticio,  y  otros  108  deben  ser  entregados  a  los  efectos 
del  tratado  de  la  paz. 

Las  pérdidas  en  batallas  están  representadas  por  la  destrucción  o  apre- 
samiento de  un  acorazado,  de  7  grandes  cruceros,  de  21  cruceros  y  124 
pequeños  torpederos,  de  un  barco  especial  y  de  178  submarinos. 

Las  ponencias  oficiales  dan  como  perdidos  81  submarinos  en  el  Mar 
del  Norte  y  del  Atlántico,  78  en  las  costas  de  Flandes,  3  en  el  Mar  Báltico, 
16  en  el  Mediterráneo  y  5  en  el  Mar  Negro. 


CRÓNICA  GENERAL  7Q 

Las  pérdidas  de  vidas  humanas  hacen  un  total  de  18.854  entre  oficiales 
y  marinos. 

Los  barcos  entregados  a  los  ingleses,  cuya  mayoría  ha  sido  luego  hun- 
dida por  sus  propias  tripulaciones,  comprenden  11  acorazados,  15  cruce- 
ros de  combate,  8  pequeños  cruceros  y  50  torpederos. 

El  tratado  de  Versalles  exige  la  entrega  de  8  acorazados,  8  pequeños 
cruceros,  24  contratorpederos  y  50  torpederos. 

Además  de  todas  esas  pérdidas,  ha  sido  entregada  la  flota  alemana  co- 
gida a  los  mismos  alemanes,  la  cual  debe  ser  desarmada,  excepto  algunos 
acorazados  y  cruceros  ligeros.» 

— Según  una  estadística  oficial  publicada,  he  aquí  las  pérdidas  que  ha 
sufrido  la  quinta  arma,  es  decir,  la  Aviación  francesa: 

Desde  el  4  de  Agosto  de  1914  al  12  de  Noviembre  de  1918,  las  pérdi- 
das en  la  zona  de  los  ejércitos  han  sido  de  1.945  pilotos  y  aviadores  muer- 
tos. A  esa  primera  cifra  conviene  añadir  1.461  desaparecidos,  y  cuya  muer- 
te es  indudable,  y  2.922  heridos. 

En  la  zona  del  interior,  considerada  oficialmente  como  zona  de  gue- 
rra para  el  ejército  aéreo,  las  pérdidas  han  sido  de  1.917  pilotos  y  obser- 
vadores. 

En  total,  las  pérdidas  de  la  Aviación  francesa  han  sido  de  9.757  avia- 
dores. 

El  efectivo  total  del  personal  de  la  Aviación  era  en  1  de  Diciembre 
de  1918  de  12.918;  las  pérdidas  de  guerra  representan,  pues,  un  81  por 
100  del  efectivo.  Proporción  de  pérdidas  no  alcanzada  en  ninguna  otra 
arma. 

Notemos,  por  otra  parte,  que  la  producción  de  aeroplanos  ha  sido  de 
3.460  en  1915;  de  7.552  en  1916;  de  22.751  en  1917,  y  de  34.219  en  1918. 

Las  fábricas  de  la  aeronáutica  empleaban  12.650  obreros  en  1  de  Ene- 
ro de  1915;  30.960  en  1  de  Enero  de  1916;  86.003  en  igual  mes  de  1917; 
131.501  en  el  mismo  mes  de  1918,  y  186.003  en  2.de  Noviembre  de  1918, 
en  vísperas  del  armisticio. 

ESPAÑA 

La  huelga  de  los  tipógrafos  en  Madrid  durante  el  mes  de  Diciembre  ha 
dejado  bien  manifiesta  la  superioridad  de  las  organizaciones  católicas  en 
el  periodismo  sobre  las  radicales  y  revolucionarias,  pues  mientras  éstas  se 
vieron  obligadas  a  suspender  sus  diarios  por  imposición  ineludible  del 
sindicalismo,  los  periódicos  de  la  derecha  se  suspendieron  voluntariamen- 
te y  sólo  con  el  fin  de  manifestar  su  solidaridad  en  la  defensa  contra  las 
pretensiones  de  los  sindicatos,  afectos  a  la  Casa  del  Pueblo. 


80  CRÓNICA  GENERAL 

La  suspensión  duró  solamente  algunos  días,  excepto  para  la  Prensa  no 
diaria,  que  se  prolongó  todo  el  mes  de  Diciembre  y  parte  de  Enero. 

—Si  la  Iglesia  española  se  ha  regocijado  con  un  honor  más  de  Su  San- 
tidad Benedicto  XV,  que  acaba  de  conceder  la  púrpura  cardenalicia  al  ex- 
celentísimo señor  Arzobispo  de  Zaragoza,  llora  por  el  contrario  la  pérdida 
de  oíros  dos  Prelados  eminentes,  la  del  Cardenal  Cos,  Arzobispo  de  Va- 
lladolid,  y  la  del  Obispo  de  Málaga,  Excmo.  Sr.  D.  Juan  Muñoz  Herrera, 
uno  y  otro  octogenarios  y  de  memoria  ilustre,  tanto  por  sus  hechos  como 
por  su  jerarquía.  En  la  corona  de  méritos  del  insigne  purpurado  de  Valla- 
dolid  figuran  dos  grandes  florones:  la  restauración  del  canto  litúrgico  y  la 
organización  de  la  enseñanza  catequística.  En  el  Excmo.  Sr.  Muñoz  Herre- 
ra resurgieron  todas  las  luces  del  episcopologio  de  Málaga  reverberando 
en  la  historia  de  sus  obras  de  caridad  y  celo  sacerdotal  y  en  sus  pastorales 
y  trabajos  oratorios  henchidos  de  doctrina  evangélica  que  supo  revestir 
siempre  con  los  mejores  ornamentos  del  habla  castellana.  Desde  hacía 
años,  oprimido  por  la  vejez,  vivía  en  Antequera,  su  ciudad  natal,  en  donde 
se  obscureció  el  orador  y  escritor,  pero  no  el  apóstol  venerable,  que  no 
cesó  de  edificar  con  sus  ejemplos  hasta  la  hora  de  la  muerte. 

— Por  iniciativa  del  excelentísimo  señor  Nuncio  de  Su  Santidad  en  Es- 
paña, se  ha  constituido  en  Madrid  una  Junta  de  personas  ilustres  en  las 
letras  para  estimular  en  nuestro  país  la  celebración  del  Centenario  del 
Dante,  que  se  verificará  en  el  año  1921. 

Forman  dicha  Junta  el  Sr.  Rodríguez  Marín,  director  de  la  Biblioteca 
Nacional,  como  presidente;  D.  Manuel  Pérez  Bueno,  catedrático  de  la  Uni- 
versidad Central,  secretario;  los  académicos  señores  Ortega  Munilla,  Váz- 
quez de  Mella,  Bonilla  San  Martín  y  D.  Miguel  Asín,  y  el  director  de  «Pren- 
sa Asociada»,  D.  Norberto  Torcal,  vocales. 

— Y  termina  el  año  1919  con  una  manifestación  de  la  hidalguía  del  país, 
cual  es  la  respuesta  de  los  españoles  al  llamamiento  del  Papa  en  favor  de 
los  niños  de  la  Europa  central.  En  todas  las  diócesis  se  multiplican  las 
ofrendas  en  proporciones  que  todavía  no  es  posible  decir  con  exactitud, 
pero  que  reflejan  el  agradecimiento  de  la  nación  a  la  Providencia  divina 
por  nuestra  neutralidad  en  el  magno  conflicto  de  estos  últimos  años. 


B.R. 


EL  TRABAJO  A  DüiMICILIO  EN  ESPAÑA 


La  organización  del  trabajo  industrial,  en  fábricas  y  talleres,  ha  sido 
en  España,  durante  veinte  años  consecutivos,  objeto  de  una  copiosa  le- 
gislación. Mientras  esto  se  hacía,  limitando  cada  día  más  y  más  los  pro- 
cedimientos abusivos  de  la  gran  industria,  nuestros  legisladores  no 
ponían  la  atención  debida  en  la  existencia  de  un  gran  problema  de  ca- 
rácter general,  en  cuya  solución  estaba  interesada  una  clase  numerosa 
de  trabajadores  manuales  que,  atendidas,  entre  otras  circunstancias,  su 
condición  y  edad,  podían  ser,  y  eran  de  hecho,  objeto  de  una  explota- 
ción vergonzosa.  Tal  era  el  problema  del  trabajo  a  domicilio,  descen- 
tralizado o  dispersado.  En  tanto  que  el  intervencionismo  extranjero,  na- 
cional (1)  o  internacional  (2),  adoptaba  medidas  de  protección,  siquiera 


(1)  Ya  de  un  modo  directo,  mediante  ley  especial,  bien  con  ocasión  de  re- 
glamentar el  trabajo  en  las  fábricas,  el  trabajo  a  domicilio  ha  sido  regulado 
por  varios  Estados.  Entre  otras  leyes  extranjeras,  son  dignas  de  mención  es- 
pecial: la  australiana  (1904),  sobre  fábricas;  la  yanqui  (Nueva  York),  de  1909 
(art.  VIL— Objetos  fabricados  a  domicilio);  la  inglesa  (1909),  sobre  Consejos 
industriales,  y  la  alemana,  de  1911,  sobre  el  trabajo  a  domicilio. 

(2)  Excepcional  importancia  revistió  el  Congreso  internacional  de  Zurich, 
año  1912,  ya  por  el  número  de  Estados  que  en  él  tuvieron  representación  ofi- 
cial, ya  por  los  acuerdos  tomados  comprensivos  de  estos  extremos: 

«La  ley  alcanzará  a  todos  los  obreros  que  pertenezcan  a  la  industria  dis- 
persa o  descentralizada  que  trabajen  a  domicilio  por  cuenta  de  un  empresario. 

Todo  empresario  que  dé  trabajo  fuera  de  su  establecimiento,  llevará  un 
registro  con  el  nombre  y  las  señas  de  los  obreros,  la  naturaleza  del  trabajo  y 
el  salario  que  se  pague;  y  dará  a  los  obreros  una  libreta  individual  donde  se 
hará  mención  del  trabajo  efectuado  y  el  salario  pagado. 

El  cuidado  de  fijar  el  mínimum  del  salario  estará  a  cargo  de  organismos 
corporativos,  Comités  paritarios,  elegidos  por  los  patronos  y  los  obreros  de 
las  industrias  interesadas. 

Estos  Comités  determinarán  el  mínimum  que  debe  recibir  por  hora  un 
obrero  de  capacidad  media,  y  tendrán  en  cuenta,  si  ha  lugar,  el  salario  míni- 
mo de  un  obrero  de  la  misma  capacidad,  de  talleres  donde  se  produzcan  géne- 
ros semejantes.» 

LA  Ciudad  de  dios.— Año  XL.— Número  1.120.  6 


82  EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA 

fuese  a  modo  de  ensayo,  para  ese  ejército  numeroso  (1)  de  individuos 
que,  faltando  a  todas  las  reglas  de  una  elemental  higiene  y  una  sana 
moral,  y  a  trueque  de  un  jornal  mísero,  produce  esos  objetos  llamados 
vulgarmente  «de  pacotilla*,  empleando  en  esa  labor  jornadas  excesi- 
vas y  agotadoras  de  toda  energía,  en  España  nada  se  hizo,  y  tal  vez 
fuera  más  exacto  decir  que  hízose  todo  lo  posible  para  que  nuestra 
legislación  obrera  excluyese  de  sus  preceptos  el  inhumano  siveating- 
system,  ya  que  aquélla  comprende  tan  sólo,  para  los  efectos  de  la  ac- 
ción tutelar,  a  «todos  los  que  ejecutan  habitualmente  trabajo  manual 
fuera  de  su  domicilio,  por  cuenta  ajena,  con  retribución  o  sin  ella.» 

¿Es  que  en  España  no  existía  el  problema?  Ciertamente  que  sí. 
Anunciado  quedó  en  la  información  practicada  en  1884  por  la  enton- 
ces llamada  Comisión  de  Reformas  Sociales.  El  mal  tenía  que  existir 
forzosamente,  aunque  con  menor  intensidad  que  en  otros  países,  por- 
que existían  las  causas  generadoras  del  mismo,  a  saber:  competencia 
patronal  y  obrera;  descentralización,  por  parte  del  patrono,  del  trabajo 
industrial  a  fin  de  verse  libre  del  régimen  del  taller,  de  la  organización 
y  vigilancia  del  trabajo  en  la  fábrica,  de  los  gastos  de  entretenimiento 
del  capital  fijo,  de  las  exigencias  de  los  obreros  organizados,  de  la  ins- 
pección legal,  y,  finalmente,  inhibición  del  Poder  público,  tal  vez  con 
la  intención  de  no  poner  trabas  enojosas  a  la  antigua  industria  fa- 
miliar. 

La  realidad  del  mal  en  España  quedó  puntualizada  el  año  1907  en 
una  Memoria  del  Servicio  de  Inspección  del  Trabajo;  en  ella  se  alude 
al  trabajo  a  domicilio  y  se  apuntan  las  causas  a  que  obedece  y  se 


(1)  No  recuerdo  haber  visto,  ni  creo  que  exista,  una  estadística  oficial  per- 
fecta, de  los  obreros  a  domicilio.  De  todos  modos,  puede  afirmarse  que  su 
número  es  bastante  grande.  M.  Boyaval  nos  ofrece  estos  datos: 

Proporción 
Obreros  a  domicilio.        Total  de  obreros.  pQ^  joq. 

Bélgica 132.000  285.000                        17 

Alemania 405.262  >                         > 

Suiza 120.000  >                    17  a  19 

Italia 250.000 

Austria 760.000  »                             34 

Dinamarca 18.000  »                              9 

Rusia 12.000.000 

Francia 1.565.000  >                         > 


EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA  83 

afirma  la  ineficacia,  para  atajar  el  mal,  de  la  ley  reguladora  del  trabajo 
de  las  mujeres  y  de  los  niños;  se  habla  de  los  telares  a  mano,  cordele- 
rías, zapaterías  y  fábricas  de  sombreros  en  lucha  con  los  telares  y  fá- 
bricas modernas,  a  expensas  de  jornadas  interminables,  de  doce  y  ca- 
torce horas  de  labor,  y  de  jornales  de  0,25  a  una  peseta  entregados  a 
mujeres  de  catorce  a  veinte  años.  Las  Memorias  de  los  Inspectores  del 
Trabajo  se  han  ido  sucediendo  y  en  todas  ellas  se  describe  el  siüea- 
tingsystem  y  se  anatematiza  el  abuso  ilimitado  del  obrero  a  domici- 
lio excluido  de  la  protección  de  nuestras  leyes  obreras.  Salarios  irriso- 
rios, jornadas  excesivas,  situaciones  de  extrema  angustia,  competencias 
inicuas:  he  aquí  lo  que,  respecto  al  obrero  domiciliario,  no  ha  tratado 
de  remediar  nuestra  legislación. 

No  de  remedio,  y  sí  de  paliativo,  a  este  cortejo  de  miserias  sirvió  el 
esfuerzo,  muy  laudable,  realizado  por  la  acción  de  carácter  privado. 
Con  las  Ligas  de  consumidores  se  consiguieron,  aunque  no  siempre 
ni  en  su  totalidad,  estos  tres  laudables  fines:  descanso  en  los  días  fes- 
tivos, supresión  de  las  exageradas  velas  nocturnas  y  un  aumento  racio- 
nal en  los  precios  de  la  labor.  En  los  Patronatos  y  Asociaciones,  mix- 
tas o  puras,  halló  la  obrera  protección  y  sostén  en  los  meses  de  esca- 
sez de  trabajo  o  en  situaciones  de  apuros  económicos,  y  en  los  Insti-- 
tutos  de  amparo  encontraron  algún  remedio  determinadas  clases  obre- 
ras, como  las  criadas,  trabajadoras  de  la  aguja,  institutrices,  empleados 
de  mostrador,  etc.  A  estas  instituciones  de  iniciativa  privada  debe  aña- 
dirse esta  otra  de  indiscutible  interés  social:  las  Exposiciones  del  traba- 
jo a  domicilio,  cuya  finalidad  consiste  en  poner  de  manifiesto  a  la  con- 
ciencia social,  mediante  datos  vivientes,  el  estado  misérrimo  del  obrero 
domiciliario.  ¿No  es  suficiente  a  sublevar  el  ánimo  más  indiferente 
contemplar  allí  objetos,  cuyo  valor  no  exceda  de  0,75  pesetas,  para  cuya 
elaboración  ha  sido  preciso  emplear  nueve  horas  de  trabajo?  ¿No  ha 
de  causar  profunda  impresión  moral  saber  que  diez  horas  de  labor  para 
fabricar  un  jersey,  verbigracia,  no  proporciona  mayor  rendimiento  que 
0,75  pesetas? 

Hasta  hace  poco  tiempo,  el  problema  del  trabajo  a  domicilio  no  ha 
logrado  entre  nosotros  adquirir  estado  parlamentario.  Los  primeros 
anatemas  lanzados  en  las  Cámaras  contra  la  explotación  del  indefenso 
trabajador  manual  fuera  de  la  fábrica  datan  del  año  1914.  En  el  Diario 
de  Sesiones  del  Senado  quedaron  estampadas  estas  palabras  del  señor 


84  EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA 

Polo  y  Peyrolón:  «El  Sindicato  de  Trabajadoras  de  Agujas  y  Similares 
de  Valencia  me  ha  dispensado  el  honor  de  encargarme  que  haga  en  el 
Senado  una  denuncia  y  un  ruego.  La  denuncia  es  contra  un  contratista 
que,  sin  duda  alguna,  ha  recibido  de  alguna  de  las  naciones  beligeran- 
tes el  encargo  de  confeccionar  un  millón  de  camisas,  y  a  las  trabajado- 
ras de  agujas  las  obliga  a  hacer  estas  camisas,  y  las  abona  a  1,50  pe- 
setas por  docena,  con  la  circunstancia  agravante  de  que  la  primera 
camisa  que  cosen  tiene  que  ser  gratis,  y  además  han  de  poner  las  tra- 
bajadoras operarlas  el  hilo  y  la  máquina,  y  dicho  se  está  que,  si  traba- 
jan de  noche,  la  luz. 

No  hay  conciencia  honrada  que  no  se  subleve  contra  la  explota- 
ción de  las  míseras  obreras,  que  mantienen  muchas  veces  a  su  familia 
con  la  remuneración  del  trabajo  que  produce  la  aguja,  porque  estas 
obreras  sacarán  de  50  a  75  céntimos  por  cada  catorce  horas  de  traba- 
jo, pues  para  la  confección  de  12  camisas  necesitan  veintiocho  horas... 

No  solamente  ocurre  esto  en  Valencia,  y  en  este  caso  concreto,  sino 
que  aprovecho  la  ocasión  para  decir  que  lo  mismo  ocurre  en  Madrid, 
en  Barcelona  y  demás  capitales  importantes...*  (1). 

La  condenación  oficial  hecha  en  el  Senado  se  repitió  en  el  Con- 
greso por  el  Sr.  Simó  (2).  A  estos  anatemas  oficiales  siguieron  las 
informaciones  llevadas  a  cabo  por  el  benemérito  Instituto  de  Reformas 
Sociales,  y  a  éstas,  los  proyectos  de  ley.  Es  el  último  el  presentado  por 
el  Sr.  Burgos  y  Mazo,  y  tiene  la  ventaja;  indiscutible,  justo  es  recono- 
cerlo así,  de  formar  parte  de  una  labor  social  orgánica  bastante  com- 
pleta (3),  y  es  lástima  grande  que  este  conato  legislativo  haya  fracasa- 
do, como  tantos  otros,  a  causa  de  las  vicisitudes  poHticas.  Para  ver  el 
alcance  de  este  proyecto  juzgamos  necesario  un  ligero  comentario  del 
mismo. 

Las  dos  soluciones  que,  en  términos  generales,  admite  el  problema 


(1)  Sesión  del  Senado  de  25  de  Noviembre  de  1914.  El  mismo  orador  repi- 
tió la  denuncia  en  la  sesión  de  14  de  Diciembre  del  mismo  año  y  en  la  de  26  de 
Noviembre  de  1915. 

(2)  Sesión  del  Congreso  de  28  de  Noviembre  de  1914. 

(3)  Entre  otros  proyectos  de  carácter  social  leídos  en  el  Parlamento  por  el 
Sr.  Burgos  y  Mazo,  merecen  ser  tenidos  en  cuenta  los  que  versan  acerca  de 
estas  materias:  trabajo  a  domicilio,  trabajo  doméstico,  de  aprendizaje,  con- 
trato de  trabajo,  accidentes  del  trabajo  (modificación  de  la  ley  de  30  de  Enero 
de  1900),  sindicación  y  casas  baratas. 


EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA  85 

del  trabajo  a  domicilio  consisten  en  suprimirlo  o  reglamentarlo.  La 
primera  lleva  consigo  tan  graves  inconvenientes,  que  no  ha  podido 
hallar  sanción  legislativa.  ¿Cómo  obligar  que  sucumban  por  el  hambre 
tantos  infelices  que,  debido  a  sus  condiciones  especiales,  no  pueden 
trabajar  en  el  taller  o  en  la  fábrica?  ¿Cómo  impedir  que  el  niño,  la  mu- 
jer de  edad  avanzada,  o  enferma,  o  no  susceptible  de  una  formación 
profesional,  acepten,  para  realizarlas  en  el  hogar  doméstico,  labores 
sencillas,  completando  así  el  salario  ganado  por  el  cabeza  de  familia? 
¿Cómo  impedir  el  trabajo  domiciliario  de  esa  otra  categoría  de  mujeres 
hábiles  operarías  que,  por  haber  perdido  su  rango  social,  desean  tra- 
bajar ^sin  que  se  sepa»?  Otra  categoría  de  obreras  a  domicilio  es  la 
formada  por  «obreras  de  profesión».  A  la  mujer  casada  que  aprendió 
el  oficio  en  el  taller,  pero  a  causa  del  aumento  de  sus  hijos,  cuya  edu- 
cación no  quiere  descuidar,  no  puede  volver  a  la  fábrica,  ¿por  qué  se 
le  ha  de  prohibir  trabajar  en  su  domicilio?  Es  más:  ¿por  qué  impedir 
al  obrero  mismo  imponerse  voluntariamente  determinado  trabajo  en 
su  domicilio  para  obtener  así  mayor  utilidad,  siempre  que  tal  labor 
complementaria  no  sea  impuesta  por  el  patrono  como  continuación 
de  la  reahzada  en  la  fábrica?  Estas  y  otras  consideraciones  impiden  la 
supresión  del  trabajo  a  domicilio.  A  motivos  de  puro  sentimentalismo, 
más  que  a  conocimiento  exacto  de  la  cuestión,  ha  obedecido  que  en 
algún  Congreso  hayase  defendido  esta  medida.  Tal  acaeció  en  el  pri- 
mer Congreso  de  la  Federación  de  Constructores  de  Calzado,  celebrado 
en  Madrid. 

La  supresión  de  esta  clase  de  trabajo  perjudicaría  enormemente,  y 
sin  razón  bastante  a  justificar  el  daño,  no  sólo  a  una  gran  masa  de 
obreros,  sino  a  las  industrias.  Sabido  es  que  las  salidas  de  muchos 
artículos  aumentan  o  disminuyen  en  determinadas  épocas  del  año. 
¿Por  qué  razón,  que  no  sea  la  arbitrariedad,  ha  de  obligarse  al  patrono 
industrial,  cuando  la  escasez  de  los  pedidos  sea  un  hecho,  tener  orga- 
nizadas sus  fábricas,  gastando  el  mismo  capital  en  maquinaria,  perso- 
nal obrero,  etc.,  que  en  épocas  de  grandes  demandas?  Nada  o  bien 
poco  valdría  la  objeción  de  que  el  patrono  puede  seguir  produciendo 
y  almacenando  en  épocas  de  escasez  para  las  de  mayor  venta;  porque, 
aun  supuesto  que  esto  resulte  factible  cuando  se  trate  de  la  fabricación 
de  ciertos  artículos,  no  lo  será  tratándose  de  otros  muchos;  por  ejem- 
plo: las  sederías,  cintas,  telas  y,  sobre  todo,  los  llamados  objetos  de 


86  EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA 

moda.  ¿Qué  hará  de  tales  productos  si,  al  llegar  el  tiempo  de  la  venta, 
se  han  hecho  anticuados  y  no  sirven  a  satisfacer  los  caprichos  de  la 
moda?  Para  evitar  estos  inconvenientes,  hácese  necesario  el  trabajo  a 
domicilio,  que  viene  a  ser  como  el  «acumulador»  y  «regulador>  de  la 
gran  industria.  No  hay,  pues,  que  suprimirlo,  sino  reglamentarlo  acer- 
tadamente, para  que  no  pueda  decirse  de  él,  y  con  verdad,  que  es  el 
sistema  de  trabajo  mediante  el  cual  el  patrono  hace  sudar  al  obrero; 
hacer  sudar,  sistema  del  sudor,  sweating-system,  este  es  el  vocablo 
que  el  uso  ha  consagrado  para  designar  el  régimen  del  trabajo  a 
domicilio  moderno  no  sujeto  a  una  sabia  y  protectora  reglamentación. 

¿Es  fácil  la  regulación  de  este  régimen  de  trabajo?  La  respuesta 
debe  ser  negativa.  Son  tantas  las  modalidades  que  puede  ofrecer  el 
trabajo  a  domicilio,  que  su  concepto  exacto  difícilmente  puede  ence- 
rrarse en  una  simple  definición.  No  basta  decir  de  él  que  es  «el  trabajo 
descentralizado»,  dispersado,  diseminado,  pues  hay  labores  descentra- 
lizadas que,  como  más  adelante  se  verá,  no  merecen  ser  consideradas, 
para  los  efectos  que  la  ley  persigue,  como  trabajo  a  domicilio.  Tam- 
poco es  suficiente,  para  determinar  su  concepto,  atender  a  la  natura- 
leza de  la  obra  realizada,  ni  al  modo  como  se  realice,  ni  a  la  forma  de 
ser  retribuida.  Por  eso  juzgamos  buena  la  definición  que  del  trabajo  a 
domicilio  se  da  en  el  proyecto  que  comentamos:  «el  que,  siendo  de  la 
naturaleza  permitida  por  la  misma  ley,  ejecuten  los  obreros,  del  cual 
reciban  retribución  por  la  obra  ejecutada.»  Poco  importa  que  el  trabajo 
a  realizar  sea  por  tarea,  a  destajo;  pero  es  esencial  que  el  obrero  trabaje 
en  su  domicilio  por  cuenta  del  patrono,  contratista,  subcontratista,  des- 
tajista u  otro  intermediario  cualquiera,  como  es  igualmente  esencial  el 
concepto  de  salario,  aunque  no  su  forma. 

Sin  embargo,  hay  que  hacer  una  aclaración.  ¿Bastaría  que  la  pro- 
tección legal  se  extendiera  únicamente  a  los  obreros  que  trabajan  en 
su  domicilio — en  el  local  en  que  estuviesen  domiciliados,  dice  el  pro- 
yecto—o también  a  los  que  lo  hacen  en  domicilio  ajeno?  Evidentemen- 
te que  la  protección  debe  comprender  a  estos  últimos,  en  determinados 
casos  y  a  fin  de  evitar  situaciones  angustiosas  que  todos  lamentamos, 
debidas  exclusivamente  a  lo  irrisorio  de  ciertos  jornales.  ¿Quién  puede 
dudar  que,  si  la  retribución  económica  del  que  trabaja  en  su  domicilio 
por  cuenta  de  un  patrono,  destajista,  etc.,  es  pequeña,  no  será  menor  la 
de  los  obreros  auxiliares  suyos?  Hay  más;  estos  obreros,  por  realizar  el 


EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA  87 

trabajo  fuera  de  su  domicilio  y  por  cuenta  de  otro,  son  considerados 
como  tales  obreros,  según  el  concepto  que  de  los  mismos  dan  las  leyes; 
pero,  como  el  lugar  en  que  trabajan  no  está  sujeto  a  la  inspección  del 
trabajo,  resulta  que  no  gozan  los  privilegios  por  las  leyes  concedidos 
referentes  a  la  duración  de  la  jornada,  descanso  dominical,  seguridad, 
higiene,  etc.  ¿No  es  esto  un  contrasentido? 

El  medio  de  evitar  estos  inconvenientes  está  en  determinar  lo  que 
debe  entenderse  por  patrono  y  obrero  a  domicilio.  Así  se  hace  en  el  pro- 
yecto del  Sr.  Burgos  y  Mazo,  al  considerar  «como  patrono  a  domicilio, 
y  el  taller  que  en  el  suyo  establezca  estará  sometido  a  la  legislación 
general  del  trabajo  de  fábricas  y  talleres,  el  destajista  o  quien,  obrero  o 
no,  tomando  trabajo  a  domicilio,  tenga  a  sus  órdenes,  como  auxiliares, 
otros  obreros,  oficiales,  aprendices,  etc.,  que  trabajen  con  él  y  para  él, 
a  jornal,  tarea  o  destajo,  dándoles  o  no  los  materiales».  Estos  obreros 
auxiliares  que  no  viven  en  el  domicilio  del  patrono  y  que,  para  traba- 
jar, han  de  abandonar  el  suyo,  deben  ser  considerados  como  obreros  a 
domicilio,  y  equiparados,  por  consiguiente,  para  los  efectos  de  la  pro- 
tección legal,  a  los  que  trabajan  solos  o  ayudados  de  los  suyos  en  el 
taller  de  familia  en  su  domicilio. 

Pero  el  taller  de  familia  puede  ofrecer  dos  modalidades  bien  distin- 
tas y,  por  ello,  ser  ocasión  de  abusos  que  es  preciso  evitar.  Por  eso  en 
el  proyecto  se  tiene  en  cuenta  si  aquél  es  o  no  industrial,  es  decir,  si  el 
producto  del  trabajo  hácese  por  cuenta  ajena  y  mediante  retribución,  o 
sólo  sirve  para  satisfacer  las  necesidades  del  hogar.  A  esta  doble  mo- 
dalidad responde  el  proyecto  protegiendo  (1)  o  no  (2)  el  trabajo,  uniper- 
sonal o  colectivo,  realizado  en  el  taller  familiar. 

No  podía  ocultarse  a  la  perspicacia  del  legislador  la  necesidad  de 
definir  bien  el  taller  de  familia  para  impedir  los  abusos  de  que  son 
objeto  determinados  obreros,  generalmente  mujeres  y  niños  que  viven 
habitualmente  con  el  dueño  del  taller  y  sus  parientes,  sin  mediar  entre 


(1)  Serán  objeto  de  la  protección  de  esta  ley: 

1.**    Los  obreros  que,  aisladamente  o  formando  taller  de  familia,  trabajan 
en  su  domicilio  a  destajo,  por  cuenta  de  patronos.  Art.  S.®,  1." 

(2)  Art.  4.«    No  se  considerará  como  trabajo  a  domicilio  para  la  protec- 
ción que  la  presente  ley  conceda  a  los  obreros: 

á)    El  trabajo,  individual  o  colectivo,  en  taller  de  familia,  que  se  efectúe 
en  un  domicilio  para  satisfacer  las  necesidades  domésticas. 


b8  EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA 

unos  y  otros  lazo  alguno  de  parentesco  o  siendo  éste  muy  remoto.  Así 
defínese  el  taller  de  familia,  para  los  efectos  legales  de  protección,  «el 
formado  por  personas  pertenecientes  a  ésta  y  parientes  del  jefe  de  la 
misma  o  de  su  mujer,  dentro  del  tercer  grado  de  consanguinidad,  y  que 
además  vivan  en  la  casa-morada  de  dicho  jefe».  Los  obreros,  mujeres 
y  niños  acogidos  por  la  familia  y  los  parientes  del  jefe  de  ésta  o  de  su 
mujer,  que  no  se  hallen  en  las  condiciones  dichas  de  parentesco  y  co- 
habitación, estarán  protegidos  por  la  ley,  «siéndoles  aplicables  las  leyes 
que  fijan  la  duración  de  la  jornada,  edad  para  el  trabajo,  descanso  se- 
manal, trabajo  nocturno,  labores  peligrosas  e  insalubres,  y  cuantas  se 
dicten  para  los  obreros  de  su  sexo  y  edad  que  trabajan  en  fábricas  y 
talleres»  (1). 

También  el  denominado  trabajo  autónomo  puede  ofrecer  doble  ca- 
rácter, según  sea  o  no  descentralizado.  Puede,  en  efecto,  darse  el  caso 
de  que  el  productor  independiente  elabore  sus  productos,  bien  solo, 
bien  ayudado  de  los  individuos  que  integran  su  familia:  es  el  caso  de 
un  taller  de  familia.  O  bien  se  trata  de  un  individuo  que,  aun  trabajan- 
do en  su  domicilio,  tiene,  sin  embargo,  bajo  sus  órdenes  y  en  concepto 
de  auxiliares  extraños  a  su  familia,  a  otros  obreros  oficiales,  ayudantes 
o  aprendices  a  quienes  retribuye  de  algún  modo:  es  el  caso  de  un  pa- 
trono, aunque  en  pequeña  escala,  a  domicilio.  Bajo  el  primer  aspec- 
to (2)  y  no  bajo  el  segundo  (3)  concede  protección  el  proyecto. 

¿Y  qué  decir  si  varios  obreros,  abandonando  su  propio  domicilio, 
trabajan  en  el  de  otro  ayudándole  en  compañía  (compañerías),  es 
decir,  con  la  condición  de  repartirse  entre  ellos  los  beneficios  del  objeto 
elaborado  por  cuenta  de  un  patrono,  almacenista,  destajista,  etc.?  No 
cabe  duda  que  a  este  caso  debe  ser  aplicable  lo  dicho  referente  al  pa- 


(1)  Art.  3.0 

(2)  Art.  3.0    Serán  objeto  de  la  protección  de  esta  ley: 

3.®  Los  obreros  que  trabajen  a  jornal,  por  tarea  o  destajo,  o  a  título  de 
aprendizaje,  fuera  de  su  domicilio,  en  el  de  un  patrono  a  domicilio. 

(3)  Art.  4.0  No  se  considerará  como  trabajo  a  domicilio  para  la  protec- 
ción que  la  presente  ley  concede  a  los  obreros: 

b)  El  trabajo  autónomo,  individual  o  colectivo,  en  taller  de  familia,  enten- 
diéndose por  trabajo  autónomo  el  que  se  hace  para  la  venta  directa  del  pro- 
ducto sin  intermedio  de  patrono. 

Si  el  trabajo  fuera  mixto,  para  el  público  y  patronos,  se  calificará  todo  él 
como  trabajo  a  domicilio. 


EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA  89 

trono  a  domicilio  y  obreros  a  domicilio,  no  debiendo,  por  tanto,  quedar 
éstos  excluidos  de  la  protección  legal.  Así  lo  reconoce  el  proyecto 
cuando  dice  que  serán  objeto  de  protección  <los  obreros  que  en  el  do- 
micilio de  uno  de  ellos  trabajen  a  destajo  por  cuenta  de  patronos,  en 
compañía,  a  partir  ganancias»  (1). 

Claro  está  que  de  la  definición  admitida  en  el  proyecto  no  habían 
de  quedar  eliminados  aquellos  obreros  que,  trabajando  durante  el  día 
en  el  taller  o  en  la  fábrica,  han  de  realizar  en  su  casa  durante  la  noche, 
para  tener  derecho  al  salario  íntegro,  un  complemento  de  trabajo.  Es 
este  un  modo  tan  abusivo  como  fácil  de  que  se  vale  el  patrono  para 
descentralizar  su  industria  y  obtener,  en  cambio,  las  ventajas  de 
aumentar  la  producción  y  aminorar  los  gastos.  Tal  iniquidad  encuentra 
sanción  en  el  proyecto  al  establecer  que  «la  jornada  de  obreros  emplea- 
dos en  fábricas  o  talleres  no  podrá  aumentarse  como  consecuencia  de 
encargos  de  trabajo  a  domicilio»  (2). 

El  verdadero  nudo  de  la  cuestión  del  trabajo  domiciliario  está,  más 
que  en  lo  excesivo  de  la  jornada  (3)  y  en  la  falta  de  condiciones  higié- 
nicas en  que  se  practica  (4),  en  lo  exiguo  y  precario  de  la  retribución. 
Ya  hemos  indicado  que  el  problema  queda  en  pie,  dándole  como  so- 
lución única  la  acción  de  los  propios  obreros  (la  sindicación,  por  ejem- 
plo) o  de  la  sociedad  (las  ligas  sociales  de  compradores,  verbigracia). 
La  intervención  pronta  y  enérgica  del  Poder  público  hácese  necesaria^ 


(1)  Art.  3.^  núm.  2.o 

(2)  Art.  6.^ 

(3)  El  proyecto  fija,  para  este  régimen  de  trabajo,  la  jornada  mínima  de 
ocho  horas,  respetando,  no  obstante,  las  inferiores  establecidas  por  pacto  o 
por  costumbre.  Art.  Q.\ 

(4)  El  Inspector  de  Trabajo,  Sr.  González  Castro,  en  su  obra  El  trabajo  de 
la  mujer  en  la  industria,  nos  presenta,  con  tanta  sencillez  como  elocuencia,  un 
cuadro  bien  acabado  de  cómo  se  practica  entre  nosotros  el  trabajo  a  domi- 
cilio. 

«La  visión  de  esos  talleres  domésticos— dice -es  inolvidable.  En  una  pieza 
obscura,  sin  ventilación  directa,  de  paredes  ennegrecidas,  o  cubierta  con  mu- 
griento papel  y  múltiples  desgarrones,  con  el  pavimento  de  rotos  ladrillos,  sin 
más  muebles  que  una  desvencijada  camilla  y  cuatro  taburetes,  trabajan  la 
madre,  dos  hijas  y  una  niña,  ajena  a  la  familia,  en  concepto  de  aprendiza.  En 
el  rostro  de  todas  se  retrata  la  anemia.  La  madre  tose,  y  va  arrojando  sus 
esputos  en  una  bacinilla  que  tiene  al  lado,  en  la  que  se  ve  gran  cantidad  de 
expectoración  espesa,  amarillenta  y  con  algunas  estrías  de  sangre.  Hacen  pan- 
talones, y  las  hemos  interrogado: 


90  EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA 

fijando  un  salario  mínimo;  intervención  tanto  más  necesaria  cuanto 
que  los  obreros  a  domicilio  encuéntranse  en  condiciones  mucho  más 
difíciles  que  los  de  otras  industrias  para  unirse  y  oponer  una  fuerte  or- 
ganización obrera  a  la  organización  patronal.  Puede  afirmarse  que  en 
este  punto  están  conformes  economistas  y  sociólogos,  siendo  muy 
exacta  esta  afirmación  de  M.  Bayabal:  «la  intervención  legal  para  la 
fijación  del  salario  mínimo  de  los  trabajadores  a  domicilio  parece  el 
único  remedio  verdaderamente  eficaz:  todos  los  demás  propuestos  han 
fracasado*.  Esta  medida  ha  sido  aplicada  con  buenos  resultados  en 
otros  países;  se  ha  puesto  en  práctica  entre  nosotros  para  otras  indus- 
trias, no  siendo  obstáculo  invencible  la  variabilidad  de  la  producción 
y  del  precio  de  los  productos,  circunstancias  éstas  que  no  abundan  en 
los  obreros  domiciliarios.  Fijado  el  salario  mínimo,  que,  idealmente 
considerado,  debe  ser  el  que  necesite  el  obrero  para  satisfacer  sus  ne- 
cesidades de  una  manera  decente,  y  eliminados,  por  ende,  los  salarios 
Ínfimos,  que  son  los  más  numerosos  en  el  trabajo  a  domicilio,  la  cues- 
tión está  resuelta  en  su  totalidad.  ¿Qué  duda  cabe  que  las  jornadas  in- 
terminables (generalmente  éstas  son  las  peor  remuneradas)  y  las  pési- 
mas condiciones  higiénicas  del  trabajo  a  domicilio  son  efecto  del  salario 
de  ínfima  cuantía?  «Cuando  el  obrero  haya  logrado  un  salario  conve- 
niente—ha dicho  M.  Bru — ,  todas  las  medidas  sanitarias  o  reglamenta- 
rias no  tendrán  ya  objeto...  La  limpieza  reinará  por  sí  misma  y  los  enfer- 
mos no  trabajarán.  Los  obreros  no  se  recargan  por  gusto. >  Cierto  que,  sin 


«—Mi  marido  está  en  cama,  baldado,  como  usted  sabe,  y  he  de  trabajar 
para  mantenerle  y  para  que  coman  pan,  siquiera,  los  dos  pequeños  que  están 
en  la  cama  con  su  padre,  para  que  no  nos  estorben  en  la  labor.  Ya  ve  usted 
los  precios:  nos  pagan  a  40  céntimos  cada  pantalón,  y  hemos  de  poner  el  hilo 
nosotras.  A  mucho  que  trabajemos  las  cuatro  salimos  por  cuatro  pesetas  al  día. 
Algunos  llegamos  hasta  cinco  o  seis  pesetas,  pero  eso  es  trabajando  catorce  y 
más  horas  seguidas...» 

La  tos  interrumpe  el  relato  de  la  sinventura.  Dos  meses  después  de  esta  es- 
cena, la  tuberculosis  se  llevó  a  la  madre.  Sus  hijas  continuaron  haciendo  pan- 
talones, la  anciana  prosiguió  su  labor  de  abono  en  aquellos  organismos  para  el 
espléndido  florecer  de  la  tisis,  y  cuando  hace  unos  meses  volvimos  a  la  casa..., 
ya  encontramos  al  lado  de  las  dos  hermanas  la  misma  bacinilla  en  que  echaba 
los  esputos  la  madre.  ¡Ellas  también  tosían...!» 

Cuadros  análogos  podríamos  citar  muchos,  pero  más  sombríos,  más  crue- 
les aún,  que  sorprendemos  en  esos  tugurios,  cuando  como  médicos  entramos 
en  ellos.» 


EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA  9 1 

atender  al  salario  suficiente,  es  posible  la  reglamentación  de  la  indus- 
tria a  domicilio;  pero  ¿qué  se  conseguiría  con  ello?  ¿Cómo  hacer  efec- 
tivas las  prescripciones  relativas  a  la  duración  de  la  jornada,  prohibi- 
ción del  trabajo  nocturno  y  en  lugares  insalubres  y  peligrosos,  cuando 
el  taller  y  el  hogar  del  obrero  son  una  misma  pieza?  Y  supuesto  que 
ello  se  consiguiera  con  la  existencia  permanente  de  un  inspector  en 
cada  taller-habitación,  ¿no  sería  cruel  esta  medida?  <¿No  se  llegaría 
por  tal  medio — como  escribía  M.  Jay — a  cerrarle  a  la  obrera  la  habita- 
ción estrecha  y  malsana,  es  decir,  impedirle  trabajar  mientras  no  gane 
lo  bastante  para  instalarse  mejor?» 

¡Difícil  cuestión  la  de  fijar  el  salario  mínimo  en  la  industria  domi- 
ciliaria! Desde  luego  no  puede  establecerse  un  tipo  único,  porque  no 
son  idénticos  los  trabajos  realizados  en  las  varias  iudustrias  de  una  re- 
gión o  localidad  determinada,  ni  el  trabajo  o  serie  de  operaciones  son 
siempre  iguales  en  cada  producto,  y  difieren  bastante  las  aptitudes  de 
cada  operario,  etc.  Estas  circunstancias  y  otras  muy  numerosas,  exigen 
que  se  establezcan  tantos  tipos  de  salario  mínimo  cuantas  sean  las  in- 
dustrias en  cada  región  o  localidad;  que  se  tenga  en  cuenta  el  salario 
suficiente  ganado  por  los  demás  obreros  que  trabajan  en  las  fábricas 
en  objetos  de  igual  clase,  ya  sea  la  retribución  por  obra  ejecutada  o 
bien  a  jornal;  y  la  circunstancia  de  si  el  obrero,  para  trabajar,  ha  de 
aportar  determinados  elementos  de  trabajo  y  hasta  sufragar  los  gastos 
de  entretenimiento,  etc.  Estas  circunstancias  modificadoras  de  la  cuan- 
tía del  salario  suficiente  del  obrero  a  domicilio,  hállanse  bien  determi- 
nadas en  el  proyecto  que  comentamos  (1). 


(1)  Art.  19.  1.*  Se  fijarán  tantos  tipos  de  salario  cuantas  sean  las  clases 
de  trabajo,  tareas  u  operaciones. 

2.*  Se  fijará  el  tipo  mínimo  general  de  la  retribución,  esto  es,  el  límite  in- 
ferior de  la  que  ha  de  darse  al  obrero  sometido  al  régimen  del  trabajo  a  do- 
micilio, asimilándolo  al  que  un  obrero  de  capacidad  media  y  de  igual  catego- 
ría perciba  en  los  trabajos  de  la  misma  clase  o  de  la  más  semejante  posible  en 
los  talleres,  fábricas  o  centros  de  trabajo  de  la  localidad  o  región,  no  someti- 
dos a  dicho  régimen,  teniendo  en  cuenta  las  condiciones  siguientes: 

En  la  retribución  por  obra  ejecutada  se  tomará  como  base  la  que  se  da  en 
los  destajos  iguales  o  semejantes,  en  la  localidad  o  región,  y  si  en  ellas  no  se 
practicase  este  género  de  trabajo,  deduciéndose  de  las  tarifas  usuales,  y  se 
multiplicará  por  el  número  global  de  horas  que  prudencialmente  se  crean  ne- 
cesarias para  la  fabricación  del  objeto. 


92  EL  TRABAJO  A  DOMICILIO  EN  ESPAÑA 

Acertadamente,  y  siguiendo  en  ello  la  opinión  más  generalizada 
entre  los  sociólogos  modernos  y  el  ejemplo  de  otros  países,  en  el  pro- 
yecto no  se  atribuye  al  Estado  el  derecho  de  fijar  él  mismo  los  sala- 
rios (1).  Esta  función  importantísima  y  delicada  atribuyese  a  los  Conse- 
jos paritarios  profesionales  (2),  y  allí  donde  éstos  no  existan,  a  los 
Consejos  mixtos  de  fijación  de  salarios  y  del  trabajo  a  domicilio  (3).  A 
modo  de  tribunal  de  apelación,  se  crea  en  el  Instituto  de  Reformas  So- 
cieles  un  Consejo  Central  de  fijación  de  salarios  (4).  Declarados  éstos 
obligatorios,  regirán  durante  dos  años,  salvo  circunstancias  extraordi- 
narias, que  el  Consejo  apreciará  en  vista  de  la  denuncia  de  cualquiera 
de  las  partes  interesadas. 

Favorable  debe  ser  el  juicio  crítico  de  este  proyecto,  y  dada  la  ur- 
gencia de  resolver  la  cuestión  social  en  España,  es  de  esperar  que  pron- 
to entre  a  formar  parte  de  nuestra  copiosa  legislación  obrera. 

P.  Ambrosio  Garrido. 


En  el  caso  de  que  los  obreros  protegidos  trabajen  a  jornal,  se  igualará  al 
que  perciben  los  de  las  industrias  iguales  o  semejantes  en  la  localidad  o  re- 
gión, en  iornadas  permitidas,  según  sexos  y  edades. 

Se  establecerá  igual  salario  para  hombres  y  mujeres,  en  igualdad  de  traba- 
jo y  profesión. 

3.*  Se  tomarán  las  fluctuaciones  normales  del  trabajo  por  razón  de  esta- 
ción y  demás  circunstancias  generales  y  locales. 

4.*  No  se  incluirá  en  el  salario  el  valor  de  los  materiales  o  accesorios  ne- 
cesarios para  elaborar  los  diferentes  objetos,  que  serán  proporcionados  por  el 
patrono  o  abonados  aparte. 

5.*  Se  tendrá  en  cuenta,  para  la  fijación  de  los  tipos  mínimos  de  salarios, 
los  gastos  que  supongan  para  el  obrero  el  alquiler  de  las  máquinas  o  el  uso  de 
los  motores  mecánicos  y  cualesquiera  otros  gastos  que  afecten  a  la  generali- 
dad de  los  obreros  empleados  por  el  patrono,  tales  como  las  de  traslado  de 
dichos  obreros  al  taller  y  otros  análogos. 

(1)  Este  criterio  informó  las  bases  1.*,  5.»,  6.»  y  7.»  del  Congreso  catalán 
del  Trabajo  a  domicilio  del  año  1917. 

(2)  Art.  10. 

(3)  Arts.  10  y  11. 

(4)  Art.  15. 


PÉREZ    CALDOS 


(1) 


En  la  madrugada  del  día  4  de  Enero  falleció  en  Madrid  el  célebre  no- 
velista y  fecundo  escritor  D.  Benito  Pérez  Galdós.  Aunque  era  del  cam- 
po contrario,  no  se  crea,  sin  embargo,  que  por  eso  hemos  de  regatear 
al  autor  de  los  Episodios  Nacionales  lo  que  en  justicia  se  merece.  Pero 
también  consignaremos  que  el  nombre  y  las  obras  del  idolatrado  maes- 
tro, mejor,  sus  ideas  abiertamente  revolucionarias  y  anticlericales  sir- 
vieron de  bandera  bajo  la  cual  se  cobijaron  la  antipatía  y  el  odio  más 


(1)  Nació  en  Las  Palmas  (Islas  Canarias).  No  podemos  fijar  con  certeza  el 
año  en  que  nació  el  insigne  literato.  Varias  fechas  hemos  visto  consignadas 
en  ios  periódicos  que  días  pasados  han  escrito  su  biografía  Unos  la  fijan  el  10 
de  Mayo  de  1840;  otros  el  1843,  y  el  P.  Blanco  y  Cejador  asegura  en  sus  res- 
pectivas obras  que  Galdós  vino  al  mundo  el  año  1845.  Terminado  el  bachille- 
rato en  el  Instituto  y  en  el  Colegio  de  San  Agustín,  de  Las  Palmas,  vino  a  Ma- 
drid el  63  a  estudiar  la  carrera  de  Leyes,  con  poca  voluntad  y  menos  afición, 
según  él  mismo  confiesa.  cAllá— dice— en  el  Instituto  fui  bastante  aprovecha- 
do; aquí  todo  lo  contrario.»  Antes  de  su  venida  a  Madrid  había  manifestado 
sus  aficiones  literarias  escribiendo  en  los  periódicos  de  su  tierra.  Pero  las 
primicias  de  su  talento  artístico,  sus  amores  a  las  Bellas  Artes  fueron,  según 
notan  sus  biógrafos,  el  dibujo  y  la  pintura.  «Fué— escribe  G.  Marañen  en  El  Li- 
beral—añciondiáo  a  la  pintura.  Es  curioso  que  su  entusiasmo  por  el  Arte  se 
manifestase  por  el  dibujo  antes  que  por  la  literatura.  De  cuando  tenía  doce  o 
catorce  años  se  conserva  un  dibujo  que,  por  cierto,  lleva  la  primera  firma  que 
se  guarda  de  Galdós,  en  cuyo  dorso  un  amigo  de  la  familia  escribió  entusias- 
mado unos  versos  proféticos,  prediciendo  al  joven  autor  un  porvenir  artístico 
que  la  realidad  ha  superado,  si  bien  por  distinto  camino  que  el  de  la  pintura. 
En  la  colección  ilustrada  de  los  Episodios  Nacionales  (en  Zaragoza,  y  no  re- 
cuerdo si  en  algún  otro  volumen)  hay  algún  dibujo  ejecutado  por  él  con  la  mi- 
nuciosidad y  el  detalle  tan  del  gusto  de  la  época.  También  se  conservan  va- 
rias tablitas  pintadas  al  óleo  de  paisajes  y  marinas  montañesas,  realizadas  con 
una  gracia  candorosa  muy  interesante  y  muy  en  armonía  con  su  modo  de  ser.» 

A  este  propósito  dicen  que  en  la  Exposición  provincial  celebrada  en  Santa 
Cruz  de  Tenerife  el  1862  obtuvo  mención  honorífica  por  sus  obras  La  Magda- 
lena, Un  huerto  histórico  y  Una  alquería. 


94  PÉREZ  GALDÓS 

enconados  contra  los  elementos  o  principios  que  sirvieron  de  base  e  in- 
forman la  vida  del  pueblo  español  en  todos  los  períodos  de  su  historia. 
No  hace  al  caso  exhumar  las  tristes  e  infames  campañas  que  en 
tiempos  no  muy  lejanos  se  suscitaron  a  causa  de  sus  obras.  Conviene, 
no  obstante,  traer  a  cuento  algunas  cosas  para  ignominia  y  baldón  de 
muchos  locos  y  frenéticos  que  proclamaron  al  autor  de  Gloria  *no  como 
símbolo  de  un  ideal  literario  o  como  gloria  ejemplar  de  una  escuela, 
sino  como  proclama  o  banderín  de  sectarismo  y  de  cruda  impiedad». 
Galdós  desciende  a  la  tumba  rodeado  de  una  popularidad  grande,  me- 
recida por  sus  obras  y  por  las  manifestaciones  escandalosas  que  origi- 
naron. Si  se  reunieran  cuantos  trabajos  hay  publicados  en  favor  y  en 
contra  de  algunas  obras  galdosianas,  quizás  y  sin  quizás  superaran  a 


A  los  tres  años  de  su  venida  a  la  Corte  comenzó  sus  trabajos  literarios  en 
los  periódicos  El  Contemporáneo,  El  Parlamentario,  etc.,  a  la  vez  que  se  ensa- 
yaba en  la  composición  de  algunas  piezas  dramáticas,  como  La  expulsión  de 
los  moriscos  y  otras  que  no  llegaron  a  representarse  nunca. 

«Por  este  tiempo— dice  Galdós— se  me  ocurrían  a  mí  unas  cosas  muy  raras. 
Hice  algunos  ensayos  de  obras  de  teatro,  todo  bastante  mediano,  excepto  una 
cosa  que  me  parece  que  era  menos  mala,  si  bien  me  alegro  que  no  hubiera  pa- 
sado de  los  muros  del  teatro...»  Por  lo  dicho  se  deduce  que  Galdós  sentía  sus 
aficiones  por  el  teatro;  pero,  fueran  los  primeros  desengaños,  fuera  que,  ha- 
biendo ido  por  esta  época  a  París,  se  enfrascó  en  la  lectura  del  gran  novelista 
Balzac,  es  lo  cierto  que  a  su  regreso  de  Francia  publicó  su  primera  novela  La 
Fontana  de  oro,  «libro  con  cierta  tendencia  revolucionaria».  Fuéle  simpática  la 
Revolución  del  68,  aunque  no  tuvo  parte  en  ella.  «Después— escribe— estuve 
algún  tiempo  como  atortolado,  sin  saber  qué  dirección  tomar,  bastante  des- 
animado y  triste  (no  siendo  exclusivamente  literarias  las  causas  de  esta  situa- 
ción de  espíritu)».  Concluida  su  carrera  el  69,  se  dedicó  por  completo  al  perio- 
dismo. Acababan  de  fundar,  su  paisano  León  y  Castillo  y  D.  José  Luis  Albareda, 
la  Revista  de  España,  Pérez  Galdós  colaboró  en  ella  y  en  los  periódicos  progre- 
sista y  democrático  La  Nación  y  Las  Cortes,  dando  «a  conocer  su  feliz  ingenio 
con  notables  artículos  humorísticos  y  con  una  serie  de  deliciosas  semblanzas 
que  tituló,  si  mal  no  recordamos,  «Figuras  de  cera>  (Revilla,  Bocetos  Litera- 
rios, pág.  112).  El  71  conoció  a  Pereda  en  Santander.  Desde  entonces  quedó 
arraigada  entre  los  dos  escritores  una  amistad,  más  que  íntima,  fraternal,  que, 
lejos  de  entibiarse  con  las  enormes  diferencias  políticas  y  religiosas  que  los 
dividía,  se  estrechó  más  y  más  a  medida  que  se  pasaron  los  años.  Todos  los 
veranos  se  veían  en  Santander,  y  en  las  demás  épocas  del  año  su  correspon- 
dencia epistolar  era  frecuente.  Fuera  de  la  política  y  de  ciertas  materias  reli- 
giosas, en  todas  las  cosas  del  mundo,  chicas  y  grandes,  estuvieron  los  dos 
perfectamente  de  acuerdo.  Esto  afirma  el  gran  Pereda  y  lo  confirma  el  señor 
Galdós.  «Del  71  data  mi  entrañable  amistad  con  el  insigne  escritor  montañés, 
amistad  que  permaneció  inalterable,  fraternal,  hasta  que  acabaron  los  días  del 


PÉHEZ  GALDÓS  95 

los  cientos  y  pico  de  volúmenes  que  forman  la  producción  del  publicis- 
ta canario.  A  cada  novela  de  D.  Benito,  a  cada  estreno  dramático,  lan- 
zábanse a  la  Prensa  un  sinnúmero  de  admiradores  competentes  e  in- 
competentes para  saludar  al  escritor  canario  como  el  genio  más  grande 
que  Dios  había  enviado  a  este  mundo. 

Tamaño  disparate  publicaban  sus  adeptos  por  calles  y  plazas  a  la 
vez  que  en  los  periódicos  liberales  se  escribían  encomios  y  ditirambos 
estupendos  acerca  de  Galdós  y  sus  creaciones  dramáticas  y  novelescas. 
Contestaban  los  nuestros,  y  fuerza  es  decir  que  muchas  veces  peca- 
ron por  el  extremo  contrario,  rebajando  y  obscureciendo  más  de  lo 
justo  los  méritos  que  al  traído  y  llevado  novelista  señalaban  sus  fervo- 
rosos panegiristas.  Difícil  era  en  aquella  pelea  viva  y  apasionada  con- 

gloríoso  autor  de  Sotileza  y  Peñas  arriba.  Algunos  creen  que  Pereda  y  yo  vi- 
víamos en  continua  rivalidad  por  cuestiones  religiosas  y  políticas.  Esto  no  es 
cierto.  Pereda  tenia  sus  ideas,  y  yo  las  mías;  en  ocasiones  nos  enredábamos  en 
donosas  disputas,  sin  llegar  al  altercado  displicente.  En  verdad,  ni  D.  José 
María  de  Pereda  era  tan  clerical  como  alguien  cree,  ni  yo  tan  furibundo  libre- 
pensador como  suponen  otros.  En  mi  copioso  archivo  epistolar...  conservo 
como  un  rico  tesoro  multitud  de  cartas  de  Pereda,  escritas  maravillosamente 
en  aquella  prosa  fluida,  galana,  incomparable...» 

Del  cariño  que  ambos  novelistas  se  tuvieron,  nació  la  mutua  ayuda  que  se 
prestaron.  Galdós  influyó  notablemente  para  que  el  nombre  y  las  obras  del 
insigne  Pereda  fueran  conocidos  en  Madrid.  Cuando  el  autor  de  El  sabor  de  la 
tierruca  publicó  Tipos  y  paisajes,  apareció  en  El  Debate  un  artículo  muy  enco- 
miástico firmado  por  Galdós,  principio  de  las  alabanzas,  que  no  siempre,  pero 
sí  alguna  vez,  tributó  la  Prensa  liberal  madrileña  al  insigne  novelista  santande- 
rino.  Lo  propio  hizo  en  las  conversaciones  con^los  críticos  y  periodistas  libera- 
les, en  el  discurso  de  contestación  al  de  Pereda,  en  la  Academia  Española  y  en 
el  prólogo  a  El  sabor  de  la  iierruca.  Cuentan  que  Pereda  en  sus  disputas  con 
Galdós  y  en  su  larga  correspondencia,  tomó  a  pechos  la  conversión  de  don 
Benito;  pero,  desgraciadamente,  poco  o  nada  consiguió,  al  menos  los  hechos 
así  nos  obligan  a  creerlo.  ¡Aunque  quién  sabe!  Si  hemos  de  dar  fe  a  los  relatos 
acerca  de  su  muerte,  ellos  nos  permiten  sospechar  que  por  la  memoria  y  la 
imaginación  del  gran  novelista  canario  debieron  cruzar  recuerdos  y  escenas  de 
la  vida  pasada.  Los  últimos  momentos  no  son  los  más  a  propósito  para  re- 
crearse y  complacerse  en  ilusiones  ya  desvanecidas.  En  aquellos  fatídicos  y 
solemnes  instantes  de  la  muerte,  Galdós  recordaba,  con  la  ingenuidad  y  can- 
didez de  un  niño,  los  días  de  su  infancia,  y  juntas  las  manos  y  cerrados  los 
ojos,  con  voz  balbuciente  modulaba  infantiles  canciones.  ¿No  es  verosímil  que 
también  le  vinieran  a  la  memoria  las  disputas  religiosas  con  Pereda  y  los  sen- 
timientos cristianos  inculcados  por  sus  padres?  Cuando  Galdós  inició  su  amis- 
tad con  Pereda  ya  bullía  en  su  mente  la  idea  de  escribir  «una  serie  de  novelas 
históricas,  breves  y  amenas»,  a  las  que  no  sabía  qué  titulo  poner,  hasta  que 


96  PÉREZ  GALDÓS 

servar  la  serenidad  de  ánimo  y  la  lucidez  intelectual  suficientes.  Cuan- 
do las  pasiones  se  sublevan  y  se  ponen  los  nervios  de  punta,  la  razón 
pierde  mucha  claridad,  y,  como  consecuencia,  las  cuestiones,  lejos  de 
aclararse,  se  embrollan  y  enredan  más. 

Resultado:  Palos  de  ciego,  mandobles  a  rajatabla,  prolongadas  y 
estériles  disputas,  insultos,  amenazas,  y  el  bien,  la  belleza  y  el  arte,  in- 
justamente atropellados  y  escarnecidos  por  la  ignorancia  y  la  pasión. 
No  faltaron  escritores  sensatos  que  terciaron  en  la  contienda  para 
poner  las  cosas  en  su  justo  medio;  pero  nadie  les  atendía.  De  aquí  que 
Galdós  fuera  ensalzado  por  unos  hasta  las  nubes  y  deprimido  por 
oíros  hasta  las  esferas  del  más  vulgar  imitador;  bendecido  por  los  que 
vieron  en  él  y  en  sus  obras  un  arma  terrible  contra  la  religión,  y  exe- 


Albareda  le  dijo:  «Bautice  usted  esas  obritas  con  el  nombre  de  Episodios  Na- 
cionales, «Alcanzaban  mucha  boga  en  Francia  los  Romans  nationaux,  de  Erk- 
man-Cliatrian,  con  sus  brillantes  escenas  y  sus  fieles  reproducciones  históri- 
cas, así  dei  periodo  revolucionario  como  del  Imperio  y  ia  Restauración,  y  otras 
más  modernas  y  candentes,  en  que  no  quisieron  los  narradores  ocultar  sus 
ideales  abiertamente  democráticos.»  (P.  Blanco,  Literatura  española  en  el  si- 
glo XIX,  pág.  491).  Quiso  Galdós  hacer  lo  mismo  con  los  personajes  y  sucesos 
españoles,  y  emprendió  esa  obra  magna,  cuyas  dos  primeras  series,  de  a  diez 
novelas  cada  una,  concluyó  en  seis  años  (1873-1879).  Acerca  de  los  Episodios 
Nacionales  «es  curioso  anotar,  por  ser  poco  conocido  del  público,  la  influencia 
que  tuvo  en  la  obra  literaria  de  Galdós  su  tío  D.  Domingo  Pérez,  hermano 
mayor  de  su  padre,  D.  Sebastián.  Este  D.  Domingo  fué  un  clérigo  inteligente  y 
lleno  de  curiosidad  por  la  vida,  que  para  acompañar  a  su  hermano,  cadete, 
vino  a  la  Península  como  capellán  del  batallón  de  Granaderos  canarios,  que 
luchó  contra  los  ejércitos  de  Napoleón,  durante  la  guerra  de  la  Independencia. 

De  sus  andanzas  por  España  escribir^  unas  Memorias,  en  su  mayor  parte 
perdidas;  pero  en  los  trozos  que  se  conservan,  llenos  de  alegre  y  perspicaz 
observación  de  los  detalles  y  de  los  tipos  que  pasaban  ante  sus  ojos,  se  des- 
cubre con  seguridad  el  germen  de  lo  que  luego  fueron  los  Episodios  Nacio- 
nales. 

De  estos  relatos  que  leemos  en  las  páginas  incompletas  del  cura  D.  Do- 
mingo se  alimentó  la  curiosidad  infantil  del  niño  Galdós.  Entonces  prendió  en 
su  alma  el  amor  inextinguible  a  la  raza  y  al  solar  español,  que  fué  el  trazo 
más  firme  del  espíritu  del  maestro  y  el  nervio  de  toda  su  obra...»  (G.  Marañón, 
en  El  Libeal.) 

Los  viajes  fueron  sus  recreaciones  favoritas.  Viajó  por  Inglaterra,  Holan- 
da, Alemania,  Escocia,  Suecia,  Portugal,  Bélgica,  Suiza  e  Italia.  Recorrió  casi 
toda  nuestra  Península  para  desempolvar  de  los  archivos  y  bibliotecas  cuan- 
tos papeles  y  documentos  juzgaba  útiles  para  el  estudio  de  los  interesantes  y 
agitados  momentos  políticos  que  se  proponía  novelar  en  sus  Episodios. 

Como  político,  figuró  en  las  huestes  acaudilladas  por  Sagasta,  quien  le  hizo 


PÉREZ  GALDÓS  97 

erado  por  los  que  siempre  le  consideraron  como  formidable  ^enemigo 
de  su  Dios  y  de  su  fe. 

Estos  días  tampoco  le  han  faltado  a  Galdós  panegíricos  y  oraciones 
fúnebres  en  la  Prensa.  Era  natural  que  los  animados  del  mismo  espí- 
ritu sectario  que  informa  la  creación  galdosiana  se  deshicieran  en  ala- 
banzas al  maestro,  entonaran  himnos  de  gratitud  al  amigo  y  generoso 
bienhechor  y  hasta  exigieran  que  todo-  el  pueblo  español  vistiera  de 
luto  y  acompañara  los  restos  mortales  de  D.  Benito  a  su  última  mora- 
da. Lo  inconcebible  es  que  ciertos  periódicos  y  periodistas  católicos  ha- 
yan consagrado  páginas  enteras  a  cantar  el  nombre  y  la  fama  de  Galdós 
como  literato,  como  novelista,  sin  hacer  mención  de  la  tendencia  moral 
y  religiosa  de  sus  obras.  No  reprobamos  que  unos  y  otros  saquen  a  re- 
lucir las  grandezas,  los  méritos,  la  inmensa  labor  literaria  de  este  espa- 


diputado  por  Puerto  Rico  el  1885.  Más  tarde  se  retiró  de  la  política;  pero  ya 
casi  en  el  ocaso  de  su  vida,  en  1906,  fué  requerido  por  les  republicanos  a 
volver  a  ella,  y,  en  efecto,  verificadas  las  elecciones,  salió  representante  en 
Cortes  por  Madrid.  Grandes  disgustos  y  no  pequeños  dispendios  le  propor- 
cionaron sus  nuevas  aventuras  políticas,  a  la  vez  que  le  enajenaron  muchas 
simpatías.  Su  nombre  y  su  bolsillo  fueron  bien  explotados  por  los  hermanos 
de  la  gloriosa  cofradía  republicana.  Hasta  que,  «viejo,  achacoso,  casi  ciego, 
desilusionado  y  pobre,  abandonó  esta  postura  para  recluirse  en  la  tranquili- 
dad de  su  modesta  vida».  «Los  últimos  años  han  sido  de  martirio.  Enfermo  y 
ciego,  el  eximio  novelista  ha  pasado  horas  muy  amargas,  recluido  en  su  domi- 
cilio. Su  agonía  puede  decirse  que  ha  durado  meses.»  Refíeren  que  Galdós  era 
enemigo  acérrimo  de  exhibiciones  personales  aparatosas,  y  rehuía  los  honores 
oficiales.  Por  esto,  «ya  en  la  senectud,  esquivaba  resueltamente  aceptar  el 
grandioso  homenaje  que  intentaron  tributarle  muchos  admiradores,  preparán- 
dole la  coronación  en  el  Valle  de  Orotava...  Galdós  ofreció  escribir  dos  obras 
a  cambio  de  que  no  le  impusiesen  el  peso  de  una  corona».  No  obstante,  vio 
con  gusto,  escuchó  con  interés  las  aclamaciones  y  los  agasajos  que  se  le  dis- 
pensaron con  motivo  de  la  inauguración  en  el  Retiro  del  monumento  a  Gal- 
dós, obra  de  Victorio  Macho,  costeada  por  fervorosos  admiradores  del  ilustre 
novelista. 

Derrotado  por  el  Sr.  Commelerán  el  1885,  ingresó  en  la  Academia  Española 
el  1897. 

He  aquí,  poco  más  o  menos,  los  datos  biográficos  publicados'  estos  días 
en  los  periódicos  acerca  de  Galdós.  Realmente  son  bien  pobres,  si  se  atiende 
a  que  la  vida  del  «maestro»  alcanzó  más  de  setenta  años.  Algunos  más  pudié- 
ramos añadir  por  nuestra  cuenta  que  esclarecen  mucho  la  vida  pública  y 
privada  del  Sr.  Galdós;  pero,  a  decir  verdad,  son  poco  gratos,  y  sería  una 
indiscreción  recordar  tiempos  pasados;  así,  que  lo  dicho  es  suficiente  por 
ahora. 


9á  PÉREZ  GALDÓS 

ñol  insigne,  «uno  de  los  que  con  más  gloria  han  hecho  sonar  el  nombre 
de  la  Patria  dondequiera  que  la  literatura  de  imaginación  es  conocida 
y  estimada=^  (1);  nos  parece  bien  se  aprecien  y  publiquen  las  bellezas 
contenidas  en  la  obra  galdosiana,  «tan  rica,  tan  compleja,  tan  memora- 
ble en  la  historia  literaria  de  nuestro  tiempo,  tan  honda  y  eficaz  aun 
en  otras  relaciones  del  puro  arte>  (2).  Dígase,  enhorabuena,  que  entre 
los  novelistas  españoles  de  estos  últimos  tiempos,  Galdós  fué  el  más 
genial  y  fecundo;  que  levantó  para  gloria  del  pueblo  hispano  «un  mo- 
numento que  quizá  después  de  la  Comedia  humana,  de  Balzac,  no 
tenga  rival  en  lo  copioso  y  en  lo  vario  entre  cuantos  ha  levantado  el 
ingenio  de  la  novela  en  nuestro  siglo,  donde  con  tal  predominio  ha 
imperado  ésta  sobre  las  demás  formas  literarias >  (3). 

Pero  nos  parece  mal  no  decir  ni  una  palabra  siquiera  de  la  tenden- 
cia nefasta  de  sus  obras,  del  espíritu  inmoral  y  antirreligioso  que  alienta 
en  la  mayor  parte  de  las  novelas  galdosianas.  De  esto  apenas  han  ha- 
blado los  periódicos,  quizás  por  piedad,  acaso  por  temor  humano;  pero 
hay  que  decirlo.  De  otro  modo  fácilmente  puede  convertirse  los  elo- 
gios y  encomios  a  Galdós  en  propaganda  y  reclamo  de  sus  obras.  Claro 
está  que  en  esto  de  los  aplausos  a  Galdós  entra  por  mucho  la  ampulo- 
sidad retórica,  el  bien  parecer,  las  conveniencias  sociales  y  cierto  ro- 
manticismo característico  de  nuestro  pueblo.  Habrá  muy  pocos  españo- 
les aficionados  a  los  libros  amenos  que  no  hayan  satisfecho  su  curio- 
sidad literaria  leyendo  alguna  novela  galdosiana.  Por  otra  parte,  el 
nombre  de  Galdós  sonaba  mucho  dentro  y  fuera  de  la  frontera  española; 
en  alguno  de  sus  Episodios  acertó  a  encarnar  las  luchas,  las  aspiracio- 
nes, los  heroísmos,  el  modo  de  ser  de  nuestra  raza  en  la  última  centuria; 
todos  sus  libros,  en  fin,  tienen  un  fondo  de  españolismo  que  sería  com- 
pletamente simpático  si  en  ocasiones  no  apareciera  enturbiado  por  la 
pasión  política  y  sectaria  del  eximio  novelista  canario. 

Todo  esto  y  algo  más  explica  que  periódicos  y  periodistas  de  las 
derechas  y  de  las  izquierdas  hayan  rendido  el  postrer  homenaje  de 
admiración  al  genio  recio  y  fuerte  de  Galdós,  sin  pararse  a  considerar 
el  fondo  inmoral  de  las  novelas  galdosianas.  Los  aplausos  de  los  nues- 


(1)  M.  Pelayo:  Estudios  de  critica  literaria,  quinta  serie,  pág.  86. 

(2)  ídem  id. 

(3)  ídem  id. 


PÉREZ  G ALDOS  99 

tros  no  han  sido,  como  es  natural,  para  el  impío,  sino  para  el  hombre 
de  letras;  para  el  escritor  de  esos  ciento  y  pico  de  volúmenes;  para  el 
renovador  de  nuestra  decadente  novela;  para  el  literato  que  llena  un 
período  de  nuestra  historia  literaria  y  deja  tras  sí  una  labor  digna  y 
grande  que  lo  sería  mayor  todavía  si  las  ideas,  las  doctrinas  y  las  ten- 
dencias que  entraña  no  fueran  absolutamente  reprobables  en  el  orden 
moral.  Y  entiéndase  bien.  Desde  el  punto  de  vista  artístico  y  literario 
somos  los  primeros  en  reconocer  los  méritos  de  Galdós;  así  que  para  el 
maestro  novelista,  como  tal  novelista,  nuestra  admiración  y  nuestro  res- 
peto. Mas  para  el  Galdós  sectario,  semivolteriano,  descaradamente  im- 
pío y  «antipático  defensor  de  disolventes  ideales»,  nuestra  indignación 
mezclada  con  algo  de  caridad  cristiana;  para  el  tristemente  célebre 
autor  de  Eledra,  Gloria  y  Doña  Perfecta,  ridiculizador  de  santas  y  su- 
blimes aspiraciones  humanas,  flagelador  frío  y  cruel  de  la  honradez  y 
la  virtud...  para  éste  nuestras  oraciones  y...  lo  que  se  dirá  más  adelante. 
Lástima  que  Galdós  manchara  su  gran  reputación  de  novelista  con  el 
cieno  inmundo  de  escandalosas  pasiones  tan  «extrañas  al  arte  que  no 
hicieron  más  que  torcer  una  inspiración  tan  fecunda  y  opulenta»  como 
la  suya.  Esto  es  innegable,  como  lo  es  también  que  la  manía  o  malicia 
de  presentar  en  sus  obras  y  resolver  a  su  modo  problemas  políticos, 
religiosos  y  sociales,  «debe  reputarse  dañina  y  perjudicial  por  un  lado 
y  por  otro  enteramente  inútil».  Pereda,  el  P.  Coloma,  Alarcón,  Fernán 
Caballero  y  tantos  otros,  no  necesitaron  para  ser  grandes,  apelar  a  re- 
cursos ajenos,  a  la  moral  y  al  arte... 

No  es  fácil  en  breves  cuartillas  y  en  pocas  horas  estudiar  la  perso- 
nalidad literaria  de  Galdós,  y  mucho  menos  lo  es  emitir  un  juicio  com- 
pleto de  todas  y  cada  una  de  las  producciones  galdosianas.  Dejando 
para  más  adelante  su  teatro,  hablaremos,  siquiera  sea  brevemente,  de 
las  novelas  de  Galdós.  Sin  meternos  en  grandes  honduras  ni  descender 
a  pormenores,  prescindiendo  de  si  al  aparecer  Galdós  se  escribían  o  no 
en  España  novelas  históricas,  de  caracteres  y  de  costumbres;  dejando  a 
un  lado  quiénes  fueron  los  predecesores  de  Galdós  y  los  que  compar- 
tieron con  él  la  gloria  de  restaurar  la  novela  española,  nos  fijaremos 
únicamente  en  las  cualidades  buenas  y  malas  que  entraña  la  novela 
galdosiana. 

Tres  grupos  formó  Galdós  con  sus  novelas.  Episodios  Naciona- 


loo  PÉREZ  GALDÓS 

les  (1),  Novelas  de  primera  época  (2)  y  Novelas  españolas  contempo- 
ráneas (3). 

La  gloria  más  grande  de  Galdós,  lo  que  hará  su  nombre  inmortal, 
son  los  Episodios  Nacionales,  obra  inmensa,  asombrosa,  como  fácil- 
mente puede  colegirse  con  sólo  leer  los  asuntos  que  abarcan;  obra  jus- 
tamente coronada  por  el  éxito  más  lisonjero.  En  ellos  se  manifestó  el 
novelador  histórico  digno  y  nuevo.  Los  románticos  trabajaron  con  más 
esfuerzo  que  éxito  por  aclimatar  o  introducir  en  España  la  novela  his- 
tórica, tal  y  como  lo  había  hecho  en  su  tierra  el  ilustre  escocés  Walter 
Scott. 

Al  efecto,  Larra,  Espronceda,  Escosura  y  Enrique  Gil  dieron  a  la  pu- 


(1)  Primera  serie:  Trafalgar,  La  corte  de  Carlos  IV ^  El  19  de  Marzo  y  el  2  de 
Mayo,  Bailen  (1873),  Napoleón  en  Chamariín,  Zaragoza,  Gerona,  Cádiz  (1874), 
Juan  Martin  el  Empecinado,  La  batalla  de  Arapiles  (1875). 

Segunda  serie:  El  equipaje  del  Rey  José,  Memorias  de  un  cortesano  de  1815 
(1875),  La  segunda  casaca.  El  grande  Oriente,  Siete  de  Julio  (1876),  Los  cien  mil 
hijos  de  San  Luis,  El  terror  de  1824  (1877),  Un  voluntario  realista  (1878),  Los 
apostólicos.  Un  faccioso  más  y  algunos  frailes  menos  (1879). 

Tercera  serie:  Zumalacárregui,  Mendizábal,  De  Oñate  a  la  Granja  (1898), 
Luchana,  La  campaña  del  Maestrazgo,  La  estafeta  romántica.  Ver  gara  (1899), 
Montes  de  Oca,  Los  Ayacuchos,  Bodas  reales  (1900). 

Cuarta  serie:  Las  tormentas  del  48  (1901),  Narváez  (1902),  Los  duendes  de  la 
camarilla  (1903),  La  revolución  de  Julio,  O'Donnell,  Aita  Tettauen  (1904),  Car- 
los VI  en  la  Rápita  (1905),  La  vuelta  al  mando  en  la  «Namancia»,  Prim  (1906), 
La  de  los  tristes  destinos  (1907). 

Serie  final:  España  sin  Rey  (1908),  España  trágica  (1909),  Amadeo  I  (1910), 
La  primera  República,  De  Cartago  a  Sagunto  {\9U),  Cánovas  (1912).  Dícese 
que  Galdós  proyectaba  la  publicación  de  los  episodios  Sagasta,  Las  colonias 
perdidas.  La  Reina  Regente  y  Alfonso  XIII,  que  completarían  la  serie  final. 

(2)  La  fontana  de  oro  (1870),  La  sombra  (1871),  El  audaz  (1872),  Doña  Per- 
fecta (1876),  Gloria  (dos  tomos,  1877),  Marianela  (1878),  La  familia  de  León 
Rock  (tres  tomos,  1878). 

(3)  La  desheredada  (primera  y  segunda  parte,  1880-81),  El  amigo  Man- 
so (1882),  El  doctor  Centeno  {áosíomos,  1883),  ^1  armenio.  La  de  Bringas,  Lo 
prohibido  (primera  parte,  1884),  Lo  prohibido  (segunda  parte,  1885),  Fortunata 
y  Jacinta  (cuatro  tomos,  1886  87),  Miau,  La  incógnita  (1888),  Realidad,  Torque- 
mada  en  la  hoguera  (1889),  Ángel  Guerra  (tres  tomos,  1890-91),  Iristana,  La 
loca  de  la  casa  (1892),  Torquemada  en  la  cruz  (1893),  Tor quemada  en  el  purgato- 
rio (1894),  Torquemada  y  San  Pedro,  Nazarin,  Halma  (1895),  Misericordia,  El 
abuelo  (1897),  Casandra,  Memoranda  (1905),  El  caballero  encantado  (1909),  La 
razón  de  la  sinrazón  (1915),  £/  tacaño  Salomón  (1916). 

Véase  D.  Julio  Cejador:  Historia  de  la  lengua  y  literatura  castellana. 
Tomo  VIII,  págs.  442-3. 


PÉREZ  GALDÓS  101 

blicidad  novelas  históricas;  pero  «no  tuvieron  el  éxito  necesario  para 
fundar  un  nuevo  género».  «Sus  elegantes  narraciones,  más  abundantes 
en  color  local  que  en  interés  dramático,  no  lograron  excitar  la  atención 
del  público...  nunca  fueron  populares  y  prontamente  descendieron  a  la 
fosa  del  olvido,  sin  dejar  huella  en  la  memoria  del  público.»  (1).  No 
faltaron  entre  los  románticos  españoles  poetas  y  novelistas  de  valer,  de 
ingenio;  «pero  de  la  historia  de  su  patria  sabían  poco  y  aun  esto  de  un 
modo  general  y  confuso,  por  lo  cual  rara  vez  sus  representaciones  de 
costumbres  antiguas  lograron  eficacia  artística,  ni  siquiera  apariencia 
de  vida,  salvo  en  el  teatro  y  en  la  leyenda  versificada  (2).  Concedamos, 
pues,  al  autor  de  los  Episodios  Nacionales  la  gloria  de  ser  el  primer 
«novelador  de  la  historia  moderna,  de  un  género  nuevo»,  ya  que  en 
opinión  de  muchos,  las  novelas  del  período  romántico,  y  mucho  menos 
las  narraciones  fantásticas,  las  fabulosas  aventuras  y  las  folletinescas 
monstruosidades  de  Fernández  y  González,  con  su  cortejo  de  imitado- 
res, merecen  el  nombre  de  novelas  históricas  por  la  pobreza  de  funda- 
mento real  y  humano.  Algún  reparillo  cabría  poner  a  esta  afirmación 
tan  rotunda;  pero,  en  fin,  vamos  adelante.  Galdós  supo  aliar  la  historia 
con  la  novela,  mezclando  con  maravilloso  arte  y  buen  gusto  aconteci- 
mientos y  personajes  rigurosamente  históricos,  con  otros  sucesos  y  per- 
sonajes creados  por  la  fantasía  del  eximio  novelista,  y  que  si  no  exis- 
tieron en  la  realidad,  son  siempre  verosímiles.  El  estudio  de  la  historia, 
la  observación  realista,  le  sirvieron  para  dar  a  su  obra  el  carácter  de 
historia  verdadera,  y  su  inventiva  le  permitió  fingir  esa  serie  de  lances 
amorosos  y  dramas  pasionales  que  realzan  y  matizan  el  hecho  históri- 
co principal,  prestándole  amenidad,  gracia  y  arte.  Por  esta  maestra 
combinación  de  hechos,  tipos  y  costumbres  genuinamente  castizos  y 
reales,  con  otros  sucesos  puramente  imaginados  en  los  que  el  novelista 
da  mucha  «importancia  al  elemento  psicológico,  al  drama  de  la  con- 
ciencia, como  generador  del  drama  exterior,  del  conflicto  de  las  pasio- 
nes» (3);  por  todo  esto,  decimos,  los  Episodios  Nacionales  resultan 
verdaderas  «novelas  históricas»,  o,  si  se  quiere,  «historias  anoveladas», 
una  de  las  más  afortunadas  creaciones  de  la  literatura  española  en 


(1)  Revilla:  Bocetos  literarios;  Benito  Pérez  Galdós,  pág.  109. 

(2)  Menéndez  y  Pelayo:  Estudios  de  crítica  literaria,  quinta  serie,  pág.  96. 

(3)  Menéndez  y  Pelayo,  obra  citada,  pág.  107. 


102  PÉREZ  GALDÓS 

nuestro  siglo,  en  la  cual  están  representadas  todas  las  castas  y  condi- 
ciones, todos  los  oficios  y  estados,  todos  los  partidos  y  banderías,  todos 
los  impulsos  buenos  y  malos,  todas  las  heroicas  grandezas  y  todas  las 
extravagancias,  fanatismos  y  necedades  que  en  guerra  y  en  paz...  for- 
man la  trama  de  nuestra  existencia  nacional... >  (1);  allí  aparecen  miles 
y  miles  de  acontecimientos  trágicos  y  cómicos,  historias  amorosas, 
aventuras  novelescas,  dramas  de  la  vida  política  y  doméstica,  grande- 
zas y  heroísmos,  ruindades  y  pequeneces,  multitud  de  relatos  «empa- 
pados en  amor  a  la  patria»,  verdaderos  y  fingidos,  todos  interesantes, 
amenos,  graciosos,  escenas  llenas  de  ese  patriotismo  «no  bullicioso, 
provocativo  e  intemperante,  sino  recatado,  ardiente  y  sincero*;  figuras, 
en  fin,  personajes  y  hechos  tan  henchidos  de  vida,  «interna  y  viva>,  y 
tan  artísticos  que  dieron  a  Galdós  la  palma  de  novelista  histórico  y  el 
nombre  justamente  msrecido  del  Erekmann-Chatrian  español.  No  es 
cierta  la  opinión  de  los  que  juzgan  que  la  España  pintada  por  Galdós 
en  los  Episodios,  que  esa  centuria  por  él  «analizada,  atamizada  referi- 
da con  estilo  cervantino,  con  la  generosidad  y  la  imparcialidad  de  un 
elevado  numen >,  es  la  España  verdadera.  No  es  la  verdadera,  porque 
Galdós,  a  partir  de  la  segunda  serie,  dio  al  traste  «con  la  seriedad  y  la 
buena  fe »  de  la  primera,  y  guiado  muchas  veces  por  la  pasión  sectaria, 
falsea  los  acontecimientos  y  los  personajes,  entonando  himnos  a  la  li- 
bertad callejera  y  motinesca  como  el  más  exaltado  liberal  progresista. 
Y  no  lo  es  tampoco  porque  «el  racionalismo  no  iracundo,  no  agresivo, 
sino  más  bien  manso,  frío,  no  puedo  decir  que  cauteloso,  comenzaba  a 
insinuarse  en  algunas  narraciones  del  Sr.  Galdós,  torciendo  a  veces  el 
recto  y  buen  sentido  con  que  generalmente  contempla  y  juzga  el  mo- 
vimiento de  la  sociedad  que  precedió  a  la  nuestra,  y  porque  quizá  la 
habitual  serenidad  del  narrador  parecía  entoldarse  alguna  vez  con  las 
nieblas  de  una  pasión,  tan  enérgica  como  velada,  que  no  llamaré  po- 
lítica en  el  vulgar  sentido  de  la  palabra...  porque  toca  a  más  altos  inte- 
reses humanos...  (2).  De  aquí  «que  el  cuerpo  de  esa  España  Galdosiana 
coincide  con  el  de  la  de  Toreno  o  Lafuente,  con  el  de  la  objetiva,  his- 
tórica; mas  creemos  también  que  el  alma  de  aquella  España  y  la  de 
ésta  fueron  muy  distintas;  y,  no  obstante,  Galdós  suplantó  la  segunda 


(1)  Ídem,  id.,  págs.  108  y  102. 

(2)  Menéndez  y  Pelayo,  obra  citada,  págs.  103  y  104. 


PÉREZ  GALDÓS  103 

por  la  primera;  y,  leído  Galdós,  es  imposible  no  admitir  que  la  suya  es 
la  auténtica;  y,  en  definitiva,  el  alma  imaginada  por  Galdós  tiene  una 
existencia,  ideal,  sí,  pero  más  real  e  imperecedera  que  la  que  los  histo- 
riadores copiaran  escrupulosamente  del  modelo  vivo...  (1).  En  suma, 
dejando  los  defectos  que  en  el  orden  estético  y  literario  señalan  los  crí- 
ticos a  los  Episodios,  diremos:  el  espíritu  sectario  y  anticatólico;  los 
ideales  y  tendencias  políticas  y  religiosas,  antipáticas  y  corrosivas  que 
profesó  toda  su  vida  el  Sr.  Galdós,  asoman  en  esos  libros  tan  dignos, 
por  otra  parte,  de  ser  leídos  y  admirados. 

Esos  ideales  le  sirvieron  de  lente  para  enfocar  y  vej  hechos,  y  como 
en  este  mundo  todo  se  ve  según  el  cristal  con  que  se  mira,  los  hechos 
y  las  opiniones  de  los  Episodios  son,  no  más  que  hasta  cierto  punto, 
verdaderos  y  tolerables. 

Él,  que  tantas  veces  pintó  con  caracteres  gráficos,  violentos,  la  fin- 
gida o  supuesta  intolerancia  religiosa  de  los  católicos;  el  imaginado 
fanatismo  de  los  verdaderos  creyentes,  muéstrase  no  menos  fanático  e 
intolerante  en  sus  obras  defendiendo  a  capa  y  espada  los  ideales  poH- 
ticos  y  religiosos  propios  y  de  su  partido,  como  si  quisiera  obligar  a  que 
todos  los  españoles  fuéramos  rabiosos  anticlericales  y  furibundos  repu- 
blicanos por  que  él  lo  era. 

El  anticlericalismo,  el  sectarismo  religioso,  fueron  las  mayores  y  más 
imperdonables  faltas  de  Galdós.  Manifiéstase  furioso  anticlerical  no  ad- 
mitiendo «más  que  personajes  odiosos  que  confirmen  sus  doctrinas, 
habiéndolos  buenos  en  las  clases  que  combate.  En  las  novelas  de  Gal- 
dós todo  clérigo,  toda  persona  piadosa,  todo  católico  suele  ser  odioso 
y  extremado  en  lo  clerical,  en  la  intransigencia,  en  la  dureza  de  entra- 
ñas, en  el  fariseísmo.  Realmente  hay  muchos  en  España  que  son  así; 
pero  hay  otros  que  no  lo  son,  y  éstos  nunca  salen  a  lucir  sus  virtudes 
en  las  novelas  de  Galdós.  En  cambio,  para  él...  todos  los  hombres  de 
ideas  avanzadas  (que  además  siempre  son  ingenieros...)  son  emblema 
de  perfecciones,  tanto  físicas  como  morales  e  intelectuales...  Son  listos, 
amables,  locuaces,  bien  educados,  finos  en  enamorar  y  duchos  en  fas- 
cinar, hasta  guapos,  para  colmo  de  desdichas.  Tal  el  Pepe  de  Doña 
Perfecta  y  el  Máximo  de  Electra  (2). 


(1)  El  Debate,  día  5  de  Enero  de  1920. 

(2)  Don  Julio  Cejador:  Historia  de  la  lengua  y  literatura  castellana.  Tomo 
VIH,  pág.  422. 


104  PÉREZ  GALDÓS 

El  cambio  de  doctrinas  literarias  ha  restado  muchas  simpatías  al 
célebre  novelista.  Pero  es  cabalmente  su  sectarismo  el  que  proyecta 
grandes  sombras  sobre  la  España  novelada  en  sus  Episodios.  Defec- 
to, si  se  quiere,  negativo,  pero  digno  de  tenerse  muy  en  cuenta,  y  a  la 
postre  perjudicial  para  el  escritor,  porque  le  quita  muy  considerable 
número  de  admiradores.  Se  ha  dicho  estos  días  que  la  obra  novelesca 
de  Galdós  «es,  en  conjunto,  el  gran  poema  descriptivo  de  la  vida  pú- 
blica y  privada  de  los  españoles  desde  los  últimos  días  del  siglo  XVIII 
a  la  terminación  de  la  siguiente  centuria...  que  «es  tan  exacta,  com- 
prensiva y  rica  en  pormenores  su  visión  de  España,  que  su  galería 
novelesca  puede  tenerse  como  un  documento  histórico  inapreciable 
para  el  conocimiento  de  la  vida  y  costumbres  de  la  España  del  si- 
glo XIX.»  No  negamos  la  veracidad  de  estas  afirmaciones;  pero  las 
desventuras  de  España  aparecen  allí  pintadas  con  tan  negros  colores, 
tan  triste  y  desolador  es  el  pesimismo  galdosiano,  tan  pavoroso  resulta 
el  aspecto  político  y  social  del  pueblo  español,  que  acaso  por  esto 
dijo  hace  pocos  días  el  Sr.  Unamuno  en  las  columnas  de  El  Liberal 
que  «si  de  la  obra  novelesca  galdosiana  se  puede  extraer  alguna  psi- 
cología elemental  y  poquísimo  complicada,  será  difícil  extraer  socio- 
logía de  ella.  No  refleja— dice— una  sociedad,  sino  una  muchedum- 
bre. Cuando,  pasado  el  tiempo,  se  lea,  dentro  de  unos  años  o  aun  si- 
glos, la  obra  de  Galdós  para  hacer  en  ella  la  España  de  la  Restaura- 
ción borbónica  y  de  la  Regencia  hapsburgiana,  sentirase  toda  la 
inmensa  desolación  de  una  muchedumbre  amorfa  y  amodorrada  de 
hombres  y  mujeres  anémicos,  sin  huesos,  sin  fe  ni  esperanza,  de  un 
pueblo  que  soñaba  en  el  puchero  y  la  cama,  diciendo:  «¡Se  vive!»  El 
mundo  que  pasando  por  el  alma  de  Galdós  nos  ha  quedado  para  siem- 
pre en  su  obra  de  arte,  es  un  mundo  sin  pasiones  ni  acciones,  que  se 
deja  vivir,  pero  que  no  hace  la  vida.  Y  en  su  mundo  agonizan  sin  aca- 
bar de  morirse— que  es  lo  peor— Don  Quijote  y  Sancho.  Es  un  mundo 
que  nació  cansado  de  la  vida.  Descanse  en  paz  el  mundo  de  Galdós, 
como  en  paz  descansa  ya  quien  nos  lo  ha  eternizado  >  (1). 

Fuertecillo  está  el  Sr.  Unamuno  y  no  cabe  dudar  que  se  le  ha  ido 
la  pluma  más  de  lo  justo.  Vean  los  exaltados  panegiristas  de  Galdós 
cómo  dispara  bala  rasa  contra  su  ídolo  un  hombre  que  tiene  poco  de 


(1)    El  Liberal,  día  5  de  Enero  de  1920. 


PÉREZ  GALDÓS  105 

«neo*  y  reaccionario;  y  vean  también  y  sepan  cómo  a  la  vuelta  de  unos 
años  la  literatura  galdosiana  será  juzgada  en  el  Tribunal  de  la  crítica 
con  mucha  más  severidad  precisamente  por  los  mismos  que  ayer  se 
decían  discípulos  y  admiradores  suyos.  Con  todo,  es  innegable  que  los 
españoles  de  todas  clases  sociales,  presentes  y  futuros,  leerán  siempre 
con  gusto  sus  novelas  madrileñas  y  los  Episodios  de  la  primera  serie, 
lo  más  recio  y  sugestivo  que  trazó  la  pluma  del  insigne  novelista.  Estas 
obras  de  Galdós  no  morirán  porque  en  ellas  «viven  y  vivirán  siempre 
con  eterna  y  sana  juventud»  esos  personajes  humanos,  reales  y  vivos 
maravillosamente  dibujados  por  el  genio  artístico  galdosiano. 


(Continuará,) 


P.  Francisco  García. 

o.  S.  A. 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 


CÓDICES  LATINOS  PROCEDENTES  DE  FRANCIA 

Algunos  códices  y  libros  impresos,  aunque  debieron  ser  pocos,  vi- 
nieron también  de  Francia,  especialmente  de  París.  Felipe  II  así  lo  in- 
tentó, como  lo  hizo  en  Venecia,  Roma,  Flandes,  etc.,  valiéndose  de 
personas  de  su  confianza  o  de  sus  embajadores.  Ciertamente  consta 
que  se  compraron  en  París  algunos  códices  griegos,  aunque  no  se  es- 
pecifican. Principalmente  se  hicieron  traslados  de  algunos  códices  no- 
tables de  la  Real  Biblioteca. 

El  secretario  Gabriel  de  Zayas  escribió  al  embajador  dándole  cuenta 
del  proyecto  y  deseos  de  Felipe  II  de  juntar  en  el  monasterio  de  San 
Lorenzo  del  Escorial,  que  entonces  estaba  edificándose,  una  gran  libre- 
ría, y  le  encargaba  de  parte  de  Su  Majestad  le  ayudase  en  lo  que  allí 
pudiera. 

Poco  después  Felipe  II,  en  carta  de  San  Lorenzo  del  Escorial,  a  28 
de  Mayo  de  1567,  dice  a  D.  Francés  de  Álava,  embajador  de  Francia: 

«^ayas  me  ha  hecho  relación  de  lo  que  le  escriuistes  acerca  de  la  re- 
liquia del  bienauenturado  Sanct  Lorencio  y  de  la  librería  que  en  esta  su 
casa  se  ha  de  juntar,  las  dos  cosas  os  agradezco  mucho... 

En  lo  de  los  libros  yo  tengo  ya  mandado  juntar  aquí  alguna  buena 
cantidad  dellos,  aunque  todauía  holgaré  que  de  ay  se  tomen  todos  los 
más  raros  y  exquisitos  que  se  pudieren  hauer,  porque  lo  entiendo  de  la 
manera  que  vos  dezis,  que  es  una  de  las  principales  memorias  que 
aquí  se  pueden  dexar,  assi  para  el  aprouechamiento  particular  de  los 
religiosos,  que  en  esta  casa  huuieren  de  morar,  como  para  el  beneficio 
público  de  todos  los  hombres  de  letras  que  quisieren  venir  a  leer  en 
ellos,  mas  porque  no  se  tomen  los  que  ya  ay  aquí,  será  bien  que  vos 
vays  embiando  memoria  de  los  libros  raros  que  fueredes  hallando,  se- 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL  107 

ñaladamente  de  los  de  mano  y  antigfuos,  y  de  los  demás  que  se  tuuie- 
ren  en  estima,  y  del  precio  de  cada  uno  dellos,  porque  se  puedan  tomar 
los  que  acá  parecieren  que  harán  al  caso.»  (Simancas. — Estado,  Le- 
gajo 1570.) 

Escribió  el  embajador  al  Rey  dándole  cuenta  de  una  compra  de 
libros  griegos  que  había  hecho,  y  Felipe  II,  en  carta  de  17  de  Diciem- 
bre de  1567,  le  contesta  aprobando  el  precio,  que  le  parecía  moderado, 
y  le  encarga  que  para  apreciar  bien  su  valor  lo  consulte  antes  con  al- 
gunos hombres  doctos  de  aquella  Universidad  de  París,  y  que  no  diga 
que  son  para  él  para  que  no  se  encarezcan. 

Y  un  poco  más  tarde,  en  carta  de  19  de  Febrero  de  1568,  vuelve  a 
decir  Felipe  II  a  D.  Francés  de  Álava: 

«De  los  libros  que  vais  comprando  es  menester  que  embieis  memoria 
particular,  y  que  se  tomen  conforme  a  lo  que  se  os  ha  aduertido  y  por 
personas  que  lo  entiendan,  y  anisareis  qué  dinero  aureis  menester  an- 
temano para  ello,  que  luego  lo  mandaré  proueer  aunque  si  pudiesedes 
embiar  la  lista  de  los  tales  libros  antes  de  comprarlos,  sería  lo  mejor, 
porque  se  os  pudiesse  aduertir  de  los  que  auriades  de  tomar  o  dexar, 
que  yo  tengo  ya  muchos  de  todas  facultades,  impresos  y  de  mano,  y 
los  duplicados  se  podrían  excusar.»  (Ibidem.) 

Capítulos  de  carta  de  D.  Francés  de  Álava  a  Gabriel  de  Zayas 
(18  de  Junio  de  1568).  Uno  dice: 

«Ando  entendiendo  en  lo  de  los  libros  para  la  librería  de  su  Mag.^  , 
a  cargo  lo  tienen  personas  que  no  se  pueden  escoger  más  a  propósito, 
a  lo  menos  en  este  Reyno,  las  quales  dizen  que  es  menester  dinero,  y 
un  cathalogo  de  los  libros  que  hay  en  la  librería  de  su  Mag.^  para  que 
sobre  ellos  se  busquen  otros  rarísimos.  Que  ninguna  dubda  ay  sino 
que  en  esta  ocasión  se  pueden  hauer  mas  y  mas  raros  de  los  que  pue- 
den tener  en  España  recogidos.  (Al  margen  dice  Felipe  II:)  Mejor  es 
que  de  allá  embien  la  memoria  de  los  libros  que  ubiere  como  creo  que 
se  les  ha  escrito,  quel  cathalogo  de  los  de  acá  no  podrá  ir.»  (Archivo 
Nacional  de  Paris-K.  1511,  N."  63.) 

D.  Francés  de  Álava  a  Gabriel  de  Zayas  (Paris  10  de  Septiembre 
de  1568): 

«En  lo  de  los  libros  de  la  librería  del  Escurial,  la  presunción  que 
allá  se  tiene  de  que  no  puede  auer  otros  más  subidos  de  punto  haze  que 
no  se  resuelua  su  mag.^  en  embiar  memoria  de  los  que  allá  ay.  Entre 


108  REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 

otros  hombres  con  quien  tengo  comunicada  esta  materia  ay  un  Jesuyta 
que  se  llama  Maldonado;  el  cual  tengo  nombrado  a  V.  m.  otras  vezes  y 
es  bien  que  entienda  que  quantos  philosophos  y  theologos  ay  en  esta 
uniuersidad  de  París  y  en  toda  la  Francia  le  ceden  y  dizen  que  es  el  más 
admirable  hombre  que  ha  venido  mili  años  ha,  y  no  tiene  más  de  32  ó 
33  años.  El  qual  Maldonado  se  ríe  de  pensar  que  se  pueda  dar  a  en- 
tender nadie  que  no  haya  en  la  librería  deste  Rey  y  de  particulares  muy 
muchos  libros  que  no  se  hallarán  en  España  ni  en  otras  partes,  y  el 
dezir  que  se  embie  desde  aquí  cathalogo  dellos,  es  querer  lo  que  no  se 
puede  hazer  sin  grandissima  dificultad.  (Felipe  II  al  margen:)  Mostrad 
este  capitulo  a  Velasco  y  comunicadlo  con  él  para  que  veamos  lo  que 
será  bien.-  (Ibidem,  K.  1510.  N:  28). 

D.  Francisco  de  Álava  a  Zayas  (24  de  Noviembre  de  1568): 
«A  Arias  Montano  ayudaré  en  la  empresa  para  que  salga  aquella 
librería  tal,  que  sea  la  primera  del  mundo,  como  es  razón,  y  no  serán 
menester  muchos  millares  de  escudos,  pero  deuele  aconsejar  V.  m.  que 
tenga  grande  attencion  a  lo  que  Maldonado  le  escriuiere  porque  tiene 
raro  voto  en  aquella  materia,  y  assi  le  he  hecho  sacar  estos  aduerti- 
mientos  que  a  V.  m.  embio,  y  no  será  inconueniente  que  venga  un  ca- 
pitulico  para  el  dicho  Maldonado,  que  aunque  cierto  no  es  nada  ambi- 
cioso, sino  un  ángel  de  condición,  ayudará  mucho.»  (Ibídem  K.  151 L 
N."  124.) 

*Los  avisos  que  se  escribieron  al  doctor  Arias  Montano  por  man- 
dado del  señor  embajador  (D.  Francés  de  Álava)  acerca  de  los  libros 
que  compra  son  éstos: 

1.°  Que  para  comprar  los  libros  que  suelen  vender  de  lance  sería 
menester  que  enviase  aquí  crédito,  y  se  diese  cargo  a  alguna  persona 
que  los  detuviese,  como  seria  el  secretario  Aguilon;  porque  en  un  lance 
no  se  puede  esperar  la  respuesta  de  Anvers. 

2.°  Porque  los  más  y  mejores  libros  deste  reino  no  se  darán  a  ven- 
der, pero  sí  a  trasladar,  sería  menester  que  el  rey  tuviese  aquí  algunas 
personas  que  no  se  ocupasen  en  otra  cosa  que  en  escribir  semejantes 
libros. 

3.°  Porque  aquí  en  París  salen  cada  día  a  luz  muchos  libros  nuevos 
de  diversas  librerías,  y  podría  ser  que  en  habiendo  comprado  el  rey 
un  libro  de  precio  lo  imprimieren  aquí  por  otra  parte,  con  lo  cual  se 
disminuiría  la  auctoridad  y  estima  de  los  libros  del  rey,  se  podrían  im- 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL  109 

primir  algunos  en  acabándose  de  trasladar,  diciendo:  Ex  nobili  et  lo- 
ciiplete  bibliotheca  Philippi  Regís  e/.",  para  hacer  juntamente  mucho 
provecho  a  la  iglesia,  y  juntamente  afamar  la  nueva  librería  y  ocurrir 
al  inconveniente  sobredicho  (Al  margen,  de  Felipe  II:  Esto  no  hay  para 
que  se  haga,  y  asi  se  avise). 

Enviósele  también  aviso  de  algunos  libros  en  particular,  y  que 
cuando  fuese  menester,  se  le  podrían  enviar  los  catálogos  de  todos  los 
libros  que  hay  en  este  reino.»  (Simancas.— Estado.— Legajo  583.) 

Carta  de  Zayas  a  D.  Diego  de  Zúñiga,  embajador  en  Francia. 

<Muy  Ill.e  S.^ 
Ya  V.^  S.^  terna  memoria  de  lo  que  poco  antes  de  su  partida  le  dixe 
en  esta  villa  de  parte  de  su  Mag.^  cerca  de  lo  que  el  señor  Don  Fran- 
zes  de  Alaua  habia  tratado  ay  de  la  librería  desse  Rey  Christianissimo 
a  lo  qual  V.  S.^  me  respondió  que  quando  entendiese  que  hauia  lle- 
gado a  essa  corte  se  lo  escriuiesse,  no  lo  hize  por  hauer  estado  hasta 
aqui  los  negocios  desse  reyno  de  manera  que  no  me  paresció  hallaría 
lugar  este  siendo  de  la  qualídad  que  es.  Pero  hauíendo  ya  puesto  lo  de 
ay  en  el  estado  en  que  está  me  ha  parecido  dar  a  V.  S.  noticia  de  lo 
que  en  esto  de  los  libros  hay  y  entonces  le  dixe. 

El  Rey  Francisco  abuelo  deste  Rey  Chrístianiss.°  hizo  juntar  una 
copiosa  librería  y  de  muchos  originales  Griegos  y  Latinos  en  Fontena- 
bleau.  Su  Mag.^  dessea  hazer  lo  mismo  en  este  su  real  Monasterio  de 
sanct  Lorenzo  y  se  van  allegando  muchos  exemplares  antiguos  Grie- 
gos, Latinos  y  Castellanos.  Tiénese  intención  de  hazer  copiar  de  otras 
librerías  los  raros  y  de  stima  que  se  hallaren,  lo  qual  el  S.^  Don  Fran- 
zes  auia  tratado  ay  por  medio  de  un  P.®  Maldonado  de  la  Compañía 
de  Jesús  que  podrá  dar  razón  desto,  era  que  le  dexassen  copiar  los 
libros  que  quisíesse  dessa  real  librería  de  Fontenableau,  y  me  dize  que 
lo  tenia  ya  acabado  y  que  no  faltaua  sino  poner  manos  en  ello.  Esto 
se  quedó  assi  por  la  poca  calor  que  entonces  le  dieron  desde  acá  y  co- 
sas que  después  subcedieron.  Pero  caso  que  agora  se  huuíesse  la  mis- 
ma facultad  no  se  deurían  copiar  todos  sino  los  que  de  acá  embiase- 
mos  señalados  viendo  el  catálogo  dellos,  por  causa  que  aqui  tenemos 
algunos  de  los  que  ay  se  hallaren,  y  otros  auran  ya  salido  a  luz  que 
cada  día  se  van  ymprimiendo  o  se  podrán  auer  de  las  librerías  de  Don 
Diego  de  Mendoga  y  del  Card.^  de  Burgos  Don  Francisco  de  Mendoga, 
o  de  otras  partes,  y  assi  lo  que  V.  S.  podrá  hazer  al  presente  será  ver 


lio  REAL  BIBLIOTECA  D1Á  EL  ESCORIAL 

el  catalogo  de  estos  libros  escriptos  de  mano  y  si  huuiese  impressos  de 
Fontenableau  y  embiarmele  aquí  lo  mas  presto  que  ser  pudiere,  por- 
que cotejándose  con  los  que  acá  tenemos  se  pueda  dar  orden  en  los 
que  se  auran  de  tresladar,  que  mientras  menos  fueren  mas  fácilmente 
se  dará  copia  dellos,  y  si  también  pudiesse  V.  S.^  auer  otros  catálogos 
de  librerías  antiguas  desse  reyno,  que  en  Marsella  me  dizen  ay  una  y 
en  otras  partes  deue  auer,  esto  se  podria  ir  haziendo  poco  a  poco  y 
vernia  muy  a  cuento  para  lo  que  se  pretende.  V.  S.  hará  en  esto  como 
cosa  del  seruicio  y  gusto  de  su  Mag.^  y  a  mi  me  anisará  del  reciuo  y 
después  de  lo  que  se  hiziere  y  si  en  algo  podré  seruir  a  V.  S.  que  lo  haré 
con  toda  voluntad.  N.  S.  ecta.  De  Madrid  a  XXVII  de  Nouj.^  1572.» 
(Museo  Británico— Eg. 2,047.) 

Acaso  la  siguiente  nota  de  la  librería  de  Cuyacio  fuera  mandada 
por  el  embajador,  pero  parece  que  no  se  adquirió  para  El  Escorial. 

«La  librería  de  Cuiagio  está  en  la  ciudad  de  Burges,  que  la  tiene  su 
muger  viuda  la  qual  fácilmente  la  dará  en  dos  mili  ducados  poco  mas 
o  menos. 

Burges  es  la  principal  ciudad  de  la  prouincia  lexos  de  Lion  de 
Francia  quarenta  leguas  que  con  passaporte  del  Duque  de  Neuers  se 
pueden  cómodamente  embarcar  en  el  rio  de  Loire  hasta  Rouana  que 
dista  Lion  doce  leguas  y  de  ay  seguramente  se  ua  a  Sauoya  y  Piemonte 
hasta  Genoua. 

La  ciudad  de  Burges  es  lexos  de  el  rio  de  la  embarcación  diez  leguas 
y  se  puede  yr  hasta  el  passo  de  el  hierro  donde  muy  seguramente  se 
hará  la  embarcación  en  buen  precio. 

Acerca  de  los  libros  la  Justicia  de  la  ciudad  después  que  fallesció 
el  Cuiagio  mandó  hacer  ynuentario  de  ellos  el  qual  juntamente  con  los 
libros  están  sellados  y  nayde  puede  llegar  a  ellos. 

En  Burges  ay  una  casa  o  colegio  de  la  compañía  de  Jesús  por  su 
medio  se  puede  aber  ynformacion. 

En  la  dicha  librería  hay  los  sessenta  libros  de  las  basílicas  manus- 
critas en  griego  que  son  únicas  en  el  mundo  de  las  quales  los  libreros 
de  París  otras  beces  en  tiempo  de  paz  quisieron  pagarlas  dos  mili  duca- 
dos para  ymprimirlas. 

Hay  también  las  pandectas  florentinas  manuscritas. 

Assimesmo  hay  un  tomo  de  san  Joan  Crisostomo  en  griego  de  las 
obras  que  se  desean  y  no  son  ympresas. 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ttSCORlAL  1 1 1 

Todos  los  Teólogos  antiguos  la  mayor  parte  manuscritos. 

Muchas  Biblias  manuscritas  y  muchos  Historiographos,  poetas, 
gramáticos,  philosophos  y  médicos,  de  Jurisprudencia  manuscritos. 

En  quanto  a  la  ympresion  no  creo  que  un  solo  bueno  latino  y  griego 
haya  que  no  lo  tenga  la  dicha  librería. 

Biblia  de  Anuersa  en  siete  y  ocho  lenguas  ay  dos  bolumines. 

Todos  los  doctores  eclesiásticos,  todos  los  tractados  de  Jurisconsul- 
tos en  28  bolumines,  todos  los  Doctores  de  Jurisprudencia.  (Ms.  &.  II.  15, 
fol.  198.) 

No  pueden  identificarse  con  seguridad  los  códices  latinos  de  esta 
procedencia. 


112  REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 


CÓDICES   LATINOS  PROCEDENTES  DE  LA  EDICIÓN 
DE  LAS  OBRAS  DE  SAN  ISIDORO 

Alvar  Gómez  propuso  a  Felipe  II  que  mandara  examinar  y  depurar 
el  texto  de  todas  las  obras  de  San  Isidoro,  utilizando  los  códices  anti- 
guos que  abundaban  en  España,  para  publicar  bajo  su  Real  protección 
una  edición  crítica  y  completa  hecha  por  los  sabios  españoles  de  aquel 
tiempo.  Consta  así  en  la  siguiente  carta: 

t 
*S.  C.  R.  M. 

Entre  las  otras  cosas  con  que  V.  M.'^  engrandece  este  Reyno  de  es- 
paña,  no  es  la  menor  la  librería  que  en  el  monesterio  del  Escurial, 
según  tengo  entendido,  manda  juntar:  porque  siempre  en  todos  tiem- 
pos a  sido  obra  de  grandes  Reyes  y  asi  lo  declara  Tito  Linio,  quando 
hablando  de  la  librería  que  el  Rey  Ptolemeo  philadelpho  juntó  en 
Aegypto  dize.  Elegantiae  Regumque  cvrae,  egregivm  id  opus  fuisse. 
Dios  dé  a  V.  M.^  muy  larga  uida,  para  que  haga  estas  obras,  y  otras 
mayores  para  bien,  y  utilidad  de  sus  subditos.  Pareceme  que  para  este 
effeto  haré  seruicio  a  V.  M^  en  traerle  a  la  memoria  lo  que  aora  diré, 
y  a  cuya  causa  me  he  atreuido  a  escriuir  esta  carta. 

En  nuestra  españa  en  tiempo  de  los  godos  vuo  como  V.  M.^  sabe 
aquel  excellente  y  sagrado  doctor  S.  Isidro,  cuya  doctrina  fué  tan  gran- 
de, que  quando  se  señalaron  los  cuatro  doctores  de  la  iglesia,  vuo  gran 
competencia  en  que  él  se  señalase  vno  dellos.  Este  sancto  fué  del  lina- 
ge  Real,  creo  que  está  al  presente  en  ochenta  y  tantos  grados  de  con- 
sanguinidad con  la  casa  Real  de  castilla.  Escriuió  muchas  obras  y  de 
gran  doctrina,  de  cuyo  catálogo  V.  M.^  puede  fácilmente  ser  informa- 
do: destos  ay  muy  pocos  ímpressos,  porque  con  las  guerras  y  trauajos 
que  después  de  su  muerte  vuo  en  España,  muchos  se  an  perdido,  y 
otros  están  sin  ser  conocidos  en  algunas  antiguas  librerías  deste  Reyno, 
principalmente  en  Asturias,  y  castilla  la  vieja,  en  monesterios  de  Ber- 
nardos y  Benitos.  Haría  V.  M.^  vna  obra  muy  accepta  a  Dios,  y  que 
redundaría  en  el  prouecho  de  su  santa  iglesia,  mandar  que  se  buscas- 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL  Il3 

sen  todas  las  obras  deste  sto.  que  en  los  lugares  que  tengo  dicho  se 
pudiessen  hallar,  y  después  de  juntarlos  todos,  hazer  que  se  impri- 
miessen  muy  correctos,  como  aora  su  santidad  ha  mandado  imprimir 
las  obras  de  sancto  thomas:  y  el  Emp.  Don  Carlos  padre  de  V.  M.^  las 
obras  del  Tostado  obispo  de  Auila,  con  las  quales  se  ha  illustrado  nues- 
tra nación,  aunque  es  author  mas  moderno  y  no  tan  conocido  de  los  es- 
trangeros  como  este  gran  sancto,  de  cuyos  milagros  y  beneficios  hechos 
a  nuestros  Reyes  antecessores  de  V.  M.^  las  historias  españolas  dan 
largo  testimonio:  principalmente  el  Rey  don  Alonso  el  VI  que  ganó  a 
Toledo:  y  a  su  nieto  don  Alonso  que  se  llamó  Emp.  De  los  quales  el  VI 
traya  siempre  en  la  boca  Valame  S.  Isidro,  y  quando  murió  en  Toledo, 
tres  dias  antes  en  los  pies  del  Altar  de  San  Isidro  de  León,  corrió  vna 
fuente  muy  abundosamente  agua,  de  que  beuieron  el  obispo  de  León 
y  el  de  Ouiedo  que  se  hallaron  acaso  juntos.  No  entendieron  por  en- 
tonces lo  que  aquel  prodigio  significaua,  hasta  que  desde  a  pocos  dias 
sabida  la  muerte  del  Rey  conocieron  claro  que  la  tierra  en  la  muerte 
de  su  buen  Rey,  derramaua  aquellas  lágrimas,  y  quasi  pedia  a  Dios 
prorogación  de  su  vida  delante  del  altar  del  Sto.  a  quien  él  tanto  hon- 
rraua.  Al  nieto  Alonso  teniendo  cercada  a  Baega,  y  desconfiado  de  to- 
marla, quiriendo  algar  el  cerco,  le  apareció  en  sueños  San  Isidro,  y  le 
mandó  que  no  lo  hiziese  porque  luego  la  tomarla,  y  asi  sucedió,  en 
cuya  memoria  el  Rey  fundó  en  Baega  vna  iglesia  de  San  Isidro,  con 
canónigos  Reglares. 

He  dicho  todo  esto  para  que  vea  V.  M.^  la  razón  que  ay  de  honrar 
en  españa  este  gran  Sancto,  cuya  deuoción  como  otras  cosas  está  res- 
friada: y  que  será  gran  género  de  honoralle  sacar  a  luz  sus  obras,  y  pu- 
blicarlas por  el  mundo,  para  que  juntamente  con  la  Biblia  Regia  que 
saldrá  agora,  salga  también  vn  tan  gran  interprete  della,  lo  vno  y  lo 
otro  con  los  auspicios  de  V.  M.**  a  quien  Dios  toma  por  instrumento 
de  tan  excelentes  cosas. 

El  obispo  de  plazencia  me  an  dicho  que  tiene  algunos  libros  de 
mano  deste  S.^^,  yo  podré  dar  aniso  de  algunos  bien  antiguos,  parte 
dellos  escritos  de  letra  Mozárabe.  Tiene  V.  M.^  para  la  correction  dellos 
gran  aparejo  en  el  prior  del  Escurial,  que  es  hombre  muy  docto,  y  de 
juizio  muy  asentado  para  semejantes  cosas  y  en  el  obispo  de  segovia 
su  vezino  el  qual  allende  de  su  gran  doctrina  tiene  particular  afición  a 
este  Santo.  Suplico  a  V.  M.^  perdone  mi  atreuimiento,  porque  ha  mu- 


1 14  REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 

ches  días  que  tengo  este  deseo,  y  pareciéndome  que  Dios  ofrecía  tan 
buena  oc2:sion,  heme  atreuido  a  importunar  a  V.  M.^  con  tan  larga 
carta,  cuyos  esclarecidos  y  Reales  intentos  Dios  nuestro  señor  ensalce, 
y  enderece  siempre,  y  haga  a  V.  M.**  tan  gran  sieruo  suyo  quanto  le 
ha  hecho  gran  principe  en  la  tierra. 

De  Toledo  VIII  dias  de  otubre  M.D.LXXL— S.  C.  R.  M.— Su  humil- 
de subdito,  vasallo  y  perpetuo  capellán  que  sus  Reales  manos  besa. — 
Aluargomez.»  (Archivo  del  Conde  de  Valencia  Don  Juan.) 

Felipe  II  pidió  a  casi  todos  los  obispos  de  España  y  a  muchos  mo- 
nasterios los  códices  antiguos  que  tuviesen  en  sus  librerías  para  la  me- 
jor realización  de  aquella  empresa  gloriosa,  pero  que  terminada  se  los 
devolvería.  Tuvo  un  cuidado  especial  en  que  se  cumpliera  asi,  como 
varias  veces  lo  recuerda  por  escrito  a  sus  secretarios.  No  obstante  algu- 
nos hicieron  donación  de  ellos  al  Rey  para  que  enriqueciera  la  Biblio- 
teca de  S.  Lorenzo,  que  por  entonces  estaba  formando.  Y  de  esa  proce- 
dencia son  el  siguiente  grupo  de  códices  que  todavía  se  conservan,  ade- 
más de  los  que  de  seguro  perecerían  en  el  incendio  de  1671. 

b.  JIf,  4.  S.  Isidori  Hispalensis  in  libros  V.  et  N.  Testamenti  prooe- 
mia,  de  ortu  et  obitu  Patrum,  allegoriae  S.  Scripturae,  synonima.  S.  Au- 
gustini  opera  aliqua.  (Es  del  Monasterio  de  sant  LorJ°  el  Real.  Truxose 
del  Archivo  de  Simancas. — Tuuole  el  P.  Ju."  de  mariana  embiole  en  9 
de  agosto  de  1585. — Tuuole  fuentidueña) 

b.  III.  14.  Gennadii  Massiliensis  de  fide  catholica.  Privilegium  Ove- 
tensis  eclesiae.  Leovigildi  de  habitu  clericorum.  S.  Martini  Dumiensis 
de  trina  mersione  et  de  correctione  rusticorum,  S.  Isidori  Hispalensis 
epístola  ad  Laudefredum,  liber  prooemiorum,  de  fide  catholica  adversus 
judaeos,  alphabetum  orationis,epistolae  variae  ect.  (Assi  se  sigue  lo  que 
inuentarió  el  M.""  Albar  Gómez  hasta  la  muerte  de  Alexandro  Magno.) 

b.IV.  17.  S.  Isidori  Hispalensis  synonima,  expositio  in  Can.  Canti- 
corum  ect,  {Tuuole  el  P.'  Ju.°  de  Mariana  y  enuiole  en  9  de  agosto 
de  1583.) 

(;.  IV.  23,  S.  Isidori  Hispalensis  de  ortu  et  obitu  Patrum,  de  ecclesias- 
ticis  officiis  et  alia  quaedam  ect.  {Es  del  Monestr.^  de  nra.  señora  de 
Guadalupe.) 

e.  IV,  13.  S.  Isidori  Hispalensis  de  ordine  CTeaturarum,  de  natura  re- 
rum  et  etymologiarum  capitula  eci.{Este  libro  es  de  la  yglesia  de  Osma. 
El  D.^^  Remigio  de  cuenca  secret/") 


REAL  BIBLIOTEOA  DE  EL  ESCORIAL  115 

c.  IV.  14.  S.  Isidori  Hispalensis  sententiarum  librí  IIÍ,  dífferentiarum 
libri  II,  de  natura  rerum  ect.  (Tuuole  García  de  Loaisa  y  el  doctor  va- 
lles.—Buelbe  a  Madrid  a  24  de  agosto  de  IS77  para  el  5/  D.°''  Valles, 
que  enmienda  lo  de  natura  rarum.—Vino  de  T.°  en  9  de  agosto  de  1583 
que  le  embió  el  maestro  perez  o  el  Padre  mariana.) 

e.  IV.  18.  S.  IsidoTi  Hispalensis  sententiarum  libri  III,  excerpta  ex 
synonimis  etc.  (Este  libro  es  de  la  yglesia  Mayor  de  Salamanca.) 

f.  IV.  8.  S.  Isidori  Hispalensis  synonimorum  libri  II,  sententiarum 
libri  III  ect.  (Este  tuuo  el  Ar."'^  de  Guadalajara  y  le  bolbió  G. — embiole 
el  p.""  Ju^  de  mariana  en  9  de  Agosto  1583.— Este  libro  es  del  monas- 
terio de  Guadalupe.) 

f.  IV.  9.  Hugonis  de  S.  Victori  canon  mystici  libaminis.  S.  Isidori 
Hispalensis  expositio  Missae,  diíferentiarum  libri  II,  prooemiorum  de  V. 
et  N.  Testamento  liber.  (De  la  yglesia  Mayor  de  Seuilla.— Tuuole  el 
p.^  Juan  de  mariana  y  embiole  en  9  de  agosto.  1583.) 

P.  III.  10.  S.  Isidori  Hispalensis  sententiarum  libri  III.  (Pertenesce  al 
monesterio  de  sant  isidro  del  campo  de  león.) 

P.  III.  17.  S.  Isidori  Hispalensis  quaestiones  de  Veteri  Testamento. 
(Este  libro  es  del  cabildo  de  la  S.^^  iglesia  de  Patencia  que  le  embio 
a  pedir  de  su  librería  el  III.'"^  don  Aluaro  de  MendoQa  nuestro  prela- 
do y  S.^  por  cédula  de  su  magestad  sacóse  en  28  dias  de  Abril  de  1578 
con  otro  tomo. — El  Dean  de  Patencia.) 

Q.  III.  20.  S.  Isidori  Hispalensis  sententiarum  libri  III,  synonimorum 
libri  II  ect.  (Es  de  la  iglesia  mayor  de  Salamanca.) 

R.  II.  9.    S.  Isidori  Hispalensis  quaestiones  in  VetusTestamentum  ect. 
(Es  de  la  librería  de  nra.  S.^  de  Gualalupe. — Velasco.) 

T.  II.  24.  S.  Isidori  Hispalensis  etymologiarum  libri.  (De  la  iglesia 
de  Salamanca.) 

T.  II.  25.  S.  Isidori  Hispalensis  sententiarum  libri.  (Del  Colegio  de 
San  Salvador  de  la  yglesia  de  Oviedo  de  Salamanca.) 

Se  hizo  la  edición  de  las  obras  de  S.  Isidoro  propuesta  por  Alvar 
Gómez  y  se  publicó  en  Madrid  1599. 

En  los  preliminares  generales  y  particulares  se  consignan  en  com- 
pendio los  trabajos  realizados,  la  noticia  de  los  códices  que  se  utilizaron 
y  los  nombres  de  los  que  intervinieron.  La  colección  completa  manus- 
crita de  todos  los  trabajos  se  conservaba  en  la  Biblioteca  Real  de  Ma- 
drid y  pereció  en  el  incendio  de  Lisboa  a  mediados  del  siglo  XVIU^ 


116  REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 

como  lo  hace  constar  D.  Juan  de  Santander  en  un  informe  que  elevó  al 
Rey  en  20  de  Mayo  de  1761  acerca  del  estado  de  dicha  Real  Biblioteca. 
Por  la  reducción  de  fondos  <no  solo  se  ha  malogrado  un  muy  útil  tiem- 
po de  enriquecer  el  tesoro  de  Manuscritos,  sino  que  de  estos  han  pas- 
sado  muchos  a  varios  sugetos,  y  aún  a  Reynos  extraños,  de  quienes 
jamás  podrán  recobrarse.  Basta  por  exemplo  la  famosa  Colección  que 
sacó  de  esta  Corte  a  Portugal  el  conde  de  la  Ericeyra,  en  que  con  otras 
obras  singulares  pertenecientes  a  España,  llevó  todo  lo  que  se  havia 
trabajado  de  orden  del  S.^"^  Phelipe  II  para  la  edición  correctísima  que 
havia  resuelto  hacer  de  las  de  S."  Isidoro,  Arzobispo  de  Sevilla.  Su- 
ceso tanto  mas  sensible,  quanto  hace  irreparable  su  pérdida  el  ultimo 
incendio  de  Lisboa,  que  abrasó  la  Librería  en  que  se  conservaban  to- 
dos aquellos  Manuscritos».  (Alcalá.— I .  P.  Legajo  113.) 

P.  Guillermo  Antolín. 

O.S.A. 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL 


EN   LA 


DETERMINACIÓN   DE   LA    PENA 


(conclusión) 

6. — Respecto  de  las  penas  extraordinarias  p  arbitrarias  poco  hay 
que  decir,  puesto  que  aquí  apenas  tenía  el  juez  otras  normas  que  el 
dictamen  de  su  conciencia  para  elegir  la  clase  y  el  grado  de  pena  apli- 
cable. En  tres  casos — dice  Gregorio  de  Valencia,  reproduciendo  ideas  de 
Aristóteles— debe  resolverse  la  causa,  no  según  las  prescripciones  de  la 
ley,  sino  según  el  arbitrio  judicial:  cuando  el  caso  no  está  previsto  por 
la  ley;  cuando  de  aplicarla  se  seguiría  un  daño  mayor,  y  cuando  las 
partes  convienen  en  someter  la  causa  al  arbitrio  del  juez,  siempre  que 
tal  acuerdo  no  suponga  una  violación  de  la  ley  divina  o  humana  (1). 

Aunque  esto  se  refiere  más  bien  a  las  causas  civiles  que  a  las  crimi- 
nales, es  lo  cierto  que  en  materia  penal  los  casos  de  penas  arbitrarias 
eran  muy  numerosos,  y  por  su  origen  pueden  concretarse  en  los  si- 
guientes: por  prescripción  expresa  o  tácita  de  la  ley;  por  deficiencia  de 
la  ley;  por  indeterminación  relativa  de  la  pena,  y  por  la  costumbre 
establecida. 

El  primer  caso  no  necesita  explicación  fuera  de  la  relativa  al  ejerci- 
cio y  límites  de  la  facultad  que  concede  al  juez,  materia  común  a  las 
demás  hipótesis,  de  que  hablaremos  luego.  En  el  caso  de  deficiencia 
de  la  ley,  ya  por  no  existir  una  norma  legal  aplicable  al  hecho  punible, 
ya  por  ser  la  ley  manifiestamente  injusta,  que  equivale  a  la  no  existen- 
cia de  la  misma,  el  juez  podía  resolver  según  su  prudente  arbitrio   (2), 


(1)  Ob.  cit.  tomo  II,  disp.  VII,  quaest,  V,  punct.  3. 

(2)  «Supponimus  quod  quando  lex  aliqua  in  casu  aliquo  particulari  déficit, 


118      EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINA OIÓN  DE  LA  PENA 

porque  la  máxima  nulla  poena  sine  lege  no  tenía  el  valor  absoluto 
que  se  la  ha  dado  después,  y  porque,  como  dice  Suárez  refiriéndose  a 
los  delitos  naturales,  «el  reato  se  sigue  de  la  condición  natural  e  intrín- 
seca de  la  culpa,  de  tal  manera  que,  aunque  la  pena  no  fuese  determi- 
nada por  la  ley,  podría  penarse  al  arbitrio  del  juez  competente»  (1). 

«Cuando  la  ley  penal  encomienda  al  juez  la  imposición  de  la  pena, 
y  no  la  determina  o  la  tasa,  el  juez  puede,  según  los  casos,  moderar  la 
pena,  en  atención  a  la  cualidad  y  circunstancias  del  delito»  (2).  La  in- 
determinación relativa  de  la  pena  puede  referirse,  ya  al  quantum  de  la 
misma,  si  es  divisible,  ya  a  la  clase  de  pena,  si  se  señalan  varias  en  for- 
ma alternativa.  En  este  último  caso  la  elección  correspondía  al  juez  (3). 

La  costumbre — materia  de  que  trataremos  en  otra  ocasión.  Dios 
mediante— había  ido  introduciendo  diversas  penas,  ya  contra  la  ley,  ya 
fuera  de  la  misma,  y  a  la  vez  que  era  una  fuente  de  nuevas  penas  ar- 
bitrarias, constituía  también  un  límite  de  la  arbitrariedad  judicial,  ya 
que  el  juez,  en  el  caso  a  que  nos  referimos,  no  podía  imponer  pena  al- 
guna desacostumbrada  (4). 

Las  causas  de  atenuación  o  agravación  de  las  penas,  no  sólo  auto- 
rizaban al  juez,  como  hemos  visto,  para  imponer  pena  distinta  de  la 
señalada  por  la  ley,  en  las  ordinarias,  sino  que  eran  también  aplicables, 
y  con  más  razón,  a  las  arbitrarias.  Algunas  de  estas  causas,  como  la 
edad  menor  de  diez  y  siete  años,  daban  lugar  por  sí  solas  a  una  pena 
arbitraria  (5),  y  lo  mismo  ocurría,  a  lo  menos  en  la  práctica,  con  todas 


seu  fit  iniqua  ob  circumstantiam  aliquam  occurrentem,  tune  judex,  adhuc  infe- 
rior, non  teneatur,  imo  non  possit  licite  secundum  eam  judicare,  sed  tune 
possit  ad  arbitrium  viri  prudentis  judicare,  quia  eum  deficiat  lex,  desinit  obli- 
gare. >  Gaspar  Hurtado,  ob.  y  lugar  cit.— «Ubi  lex  eertam  et  specialem  poe- 
nam  non  imponit,  tune  arbitraria  poena  vendicat  sibi  loeum,  ut,  scilicet,  judex 
arbitrio  causa  cognita  puniat.»  Luis  de  Peguera,  ob.  cit.,  cap.  I,  núm.  3. 

(1)  ...  «sed  sequitur  ille  reatus  ex  naturali  et  intrínseca  conditione  culpae, 
ita  ut,  lieet  poena  non  esset  per  legem  determinata,  arbitrio  competentls  judi- 
éis punid  posset».  Ob.  cit.,  lib.  II,  cap.  XII,  núm.  1 

(2)  «Si  lex  poenalis  statuit  poenam  a  judice  inferendam,  sed  non  eertam 
aliquam  aut  taxatam,  judex  potest  aliquando  poenam  temperare,  prout  quaü- 
tas  et  eireumstantia  delicti  patitur.»  Alfonso  de  Castro,  ob.  cit.,  lib.  II.  cap.  XII. 

(3)  «Cum  enim  jura  varias  poenas  imponunt,  optio  datur  judici.»  Juan  Vela 
y  Acuña.  Tractafus  de  poenis  delictorum,  ed.  de  1603,  cap.  XXX,  núm.  12. 

(4)  Avendafio,  ob.  y  lugar  cit.,  núm.  9. 

(5)  ...  «quia  lege  cavetur  minorandam  poenam  propter  aetatem,  et  sie  ¡n 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  KN  LA  DETBRMINAOIÓN  I>E  LA  PENA        1  1 9 

las  demás,  así  que  llegó  tiempo  en  que  las  penas  arbitrarias  ocuparon 
casi  todo  el  campo  del  derecho  penal. 

Entre  las  principales  causas  que  podían  producir  estos  efectos,  el 
moralista  Tomás  Sánchez  señala  el  conjunto  de  condiciones  persona- 
les que  hacían  concebir  la  esperanza  de  la  enmienda  del  delincuente 
sobre  todo  tratándose  de  la  pena  de  muerte  (1),  y  haber  transcurrido 
gran  espacio  de  tiempo  desde  que  se  cometió  el  delito  (2).  El  mismo 
autor  afirma  que,  por  causas  contrarias,  el  juez  puede  agravar  la  pena, 
reconociendo  que  esto  es  más  fácil  en  las  penas  arbitrarias  que  en  las 
determinadas  por  la  ley  (3). 

Observa  el  P.  Salón  que  las  mismas  leyes  suelen  dejar  mucho  a  la 
prudencia  del  juez  en  la  punición  de  los  delincuentes,  en  atención  a  las 
circunstancias  de  lugar,  tiempo  y  persona.  Si  el  delincuente  es  pe- 
ligroso, como  el  asesino,  el  sicario,  el  salteador,  o  el  crimen  es  atroz, 
como  el  homicidio  con  alevosía  o  el  robo  grave,  ningún  juez  puede  re- 
mitir la  pena.  Pero  en  otros  más  leves,  perdonando  el  acusador,  pue- 
den hacerlo,  aun  los  jueces  inferiores,  imponiendo  pena  arbitraria,  pues 
esto  lo  admiten  las  mismas  leyes  de  los  diversos  Estados,  y  es  muy 
conforme  con  la  recta  razón  y  la  equidad  (4). 

Había  otros  muchos  casos  especiales  en  que  la  pena  quedaba  al  ar- 


minore  non  erat  a  jure  poena  certa  determinata.»  Gregorio  López,  Las  siete 
partidas  del  sabio  rey  don  Alfonso...,  ed.  de  1555,  glosa  a  la  ley  VIII,  tit.  XXXI, 
Partida  Vil. 

(1)  ...  «quando  mérito  speratur  ex  diminutione  poenae  correctio  et  emenda 
delinquentis,  praesertim  si  poena  mortis  plecti  debet.*  Ob.  cit.,  lib.  VI,  cap.  II, 
dub.  21. 

(2)  ...  «si  post  delictum  commissum  transit  aliquod  magnum  intervallum 
vel  tempus.»  Ibíd. 

(3)  Ibíd. 

(4)  Observandum  est,  primo,  leges  ipsas,  circa  poenas  inferendas  delin- 
quentibus,  multa  saepe  relinquere  prudentiae  et  dispositioni  judicum,  etiam  in- 
feriorum,  pro  varia  ratione  locorum,  temporum  et  personarum...  Unde  si  de- 
linquens  est  nocivus,  ut  sicarius,  assassinus,  agressor  itinerum,  depraedator, 
vel  crimen  est  atrox,  ut  homicidium  per  insidias,  furtum  grave,  nullus  judex 
potest  in  his  poenam  remitiere...  In  alus  autem  levioribus,  ut  homicidio  casua- 
li,  furto  levi  et  similibus,  remitiente  accusatore,  possunt  judices,  etiam  infe- 
riores, non  puniré  poena  legis,  sed  alia  arbitraria,  cum  id  admittant  ipsaemet 
privatae  leges  singulorum  regnorum,  estque  máxime  consonum  rectae  rationi 
et  aequitati.»  Controversia  dejustitia  efjure  atqae  de  contractibas  et  commerciis 
humanis  licitis  et  illicitis,  ed.  de  1608,  quaest.  67,  art.  IV. 


120      EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

bitrio  del  juez,  como  los  delitos  no  consumados,  la  falta  de  prueba  ple- 
na, según  la  opinión  de  algunos,  las  penas  pecuniarias  en  muchos  ca- 
sos, las  prendas  relevantes  del  reo,  que  le  hicieran  altamente  útil  a  la 
sociedad,  o  el  haber  prestado  servicios  eminentes  (1)  y,  por  último,  el 
perdón  o  remisión  del  acusador  en  algunos  delitos,  reminiscencia  del 
antiguo  sistema  de  composición,  conservado  por  las  Partidas  y  caído 
posteriormente  en  desuso.  Así  lo  testifica,  entre  otros,  Domingo  Bañez, 
que  no  sólo  niega  al  juez  esta  facultad,  tratándose  de  crímenes  graves, 
sino  al  mismo  gobernante  supremo,  en  el  fuero  de  la  conciencia,  con- 
siderando el  hecho  de  redimir  la  culpa  o  remitir  la  pena  por  dinero  una 
injusticia  y  una  inmoralidad  (2). 

La  misma  doctrina  sostuvo  el  P.  Salón,  juzgando,  no  sólo  injusto  e 
inmoral,  sino  antisocial  y  peligroso  este  sistema  de  composición.  <Ni 
aun  los  jueces  supremos— dice — ,  con  toda  la  plenitud  de  su  poder, 
cuando  no  lo  consiente  la  parte  lesionada,  ni  los  jueces  inferiores,  cuan- 
do las  leyes  se  lo  permiten,  deben  ser  fáciles  en  conmutar  las  penas  cor- 
porales por  las  pecuniarias,  principalmente  cuando  tal  conmutación,  co- 
múnmente llamada  composición,  sirve  de  motivo  para  que  los  reos 


(1)  El  criminalista  Pedro  Plaza  de  Moraza  certifica  que  la  opinión  común 
autorizaba  al  juez  para  rebajar  la  pena  legal  y  aun  remitirla,  tratándose  de  un 
reo  de  manifiesta  utilidad  pública,  citando  en  favor  de  esta  opinión  varias 
prescripciones  legales,  y  en  contra,  a  Covarruvias  y  Luis  Carrero  (Practica 
criminalis),  fundados  en  que  no  era  esta  la  función  del  juez,  y  a  éste  sólo  le 
tocaba  suspender  la  ejecución  de  la  pena  y  consultar  al  príncipe.  Entraba,  en 
cambio,  en  las  atribuciones  del  juez,  según  el  mismo  Covarruvias,  rebajar  la 
pena  legal  a  su  prudente  arbitrio,  cuando  se  trataba  de  servicios  eminentes 
prestados,  y  por  la  excelencia  y  dignidad  de  la  persona,  «existimans  ipsum  ju- 
dicem  posse  proprio  judicio  et  sententia,  ob  personae  dignitatem  et  excellen- 
tiam,  poenam  legís  ordinariam  minuere  et  in  mitiorem  commutare».  Epitomes 
delictorum  causarumqae  criminalium...  liber  primas,  ed.  de  1558,  cap.  XXXIII. 

(2)  «Licet  in  Partita  VII,  tít.  I,  lex  22,  dicatur  quod,  remitiente  accusatore, 
non  puniat  judex  reum  corporali  poena  taxata  per  legem,  tamen  haec  lex,  ut 
jacet,  non  est  in  usu,  nam  si  crimen  sit  atrox,  judices  puniré  debent  et  pu- 
niunt  secundum  poenam  legis,  etiamsi  actor  condonet.  Si  autem  crimen  non 
sit  atrox,  puniatur  reus  mitiori  poena,  etiam  arbitraria,  et  hoc  est  in  usu  et 
valde  justum...  Supremus  principes  non  debet  frequenter  et  facile  relaxare 
poenas,  et  multo  minus  debet  facile  concederé  ut  poena  corporalis  precio  re- 
dimatur,  hoc  enim  esset  daré  occasionem  peccandi  pravis  hominibus...  Ini- 
quissimum  esset  precium  accipere  pro  delictis,  quando  possuntalia  via  impe- 
dir! in  futurum.»  Ob.  cit.,  quaes.  67,  art.  IV. 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA        121 

persitan  en  sus  delitos...  Pide  la  recta  razón  que  los  ricos,  frecuentemen- 
te audaces  e  insolentes  porque  confían  en  sus  riquezas,  no  sean  pena- 
dos con  pena  pecuniaria,  sino  de  otro  modo,  no  sea  que,  con  la  espe- 
ranza de  redimir  la  pena  con  su  dinero,  diciendo,  como  suelen,  dineros 
lo  remediarán,  delincan  con  mayor  libertad  y  audacia»  (1). 

En  los  delitos  religiosos,  juzgados  por  el  Tribunal  de  la  Inquisición, 
el  arbitrio  judicial  era  mucho  más  amplio,  ya  en  cuanto  a  la  aprecia- 
ción de  las  circunstancias  del  delito  y  las  condiciones  personales  del 
reo,  ya  en  el  sistema  de  procedimientos  y  ritos  procesales,  ya,  en  fin,  en 
la  elección  de  penas  o  penitencias  aplicables  a  cada  caso  concreto.  Por- 
que aquí,  más  bien  que  de  penar,  se  trataba  únicamente,  como  a  cada 
paso  lo  repiten  los  autores  y  las  leyes,  de  procurar  la  corrección  y  en 
mienda  del  culpable,  lo  cual  es  difícil  sin  la  debida  individualización 
de  los  medios.  Por  la  misma  razón  podía  el  citado  Tribunal  modificar  la 
pena  después  de  la  sentencia — cosa  no  permitida  a  ningún  otro — ,  o 
dejar  pendiente  su  duración  del  futuro  comportamiento  del  penado  o 
penitenciado.  Este  es  el  precedente  más  antiguo  y  más  notable  de  la 
sentencia  indeterminada  (2). 

Entre  los  delitos  comunes,  había  muchos  cuya  penalidad  encomen- 
daban las  leyes  al  prudente  arbitrio  del  juez,  especialmente  aquellos 
que,  como  la  injuria,  ofrecen  tanta  variedad  en  los  casos  concretos, 
porque  su  mayor  o  menor  importancia  depende  casi  totalmente  de  las 
circunstancias  que  les  rodean.  A  estos  delitos  se  refiere  el  príncipe  de 
nuestros  jurisconsultos,  Antonio  Gómez,  al  decir  que,  «siendo  tan  va- 
riadas y  diversas  las  cualidades  de  las  personas,  y,  por  consiguiente, 
tan  varias  y  diversas  las  cualidades  de  las  injurias,  el  derecho  no  pudo 
establecer  una  cierta  y  determinada  pena,  sino  que  dejó  su  determina- 


(1)  «Observandum  est,  secundo,  ñeque  judices  supremos  ex  plenitudine 
suae  potestatis,  quando  non  proclamat  pars  laesa,  ñeque  judices  inferiores, 
quando  a  legibus  id  ipsis  permittitur,  non  deberé  esse  fáciles  in  commutandis 
poenis  corporalibus  in  pecuniarias,  máxime  quando  talis  commutatio,  quae 
communiter  vocatur  compositio,  est  occasio  reis  permanendi  in  suis  delictis... 
Postulat  enim  recta  ratio,  cum  divites  sint  frequenter  audaces  et  insolentes, 
confidentes  in  suis  devitiis...  ut  non  poena  pecuniaria,  sed  alia  via  punian- 
tur,  ne  spe  redimendi  poenam  suam  divitiis,  dicentes  ut  solent  hispane:  dine- 
ros lo  remediarán,  audacius  ac  Hberius  peccent.»  Lugar  últimam.  cit. 

(2)  Puede  verse,  sobre  esta  materia,  mi  obra  El  crimen  de  herejía,  1918,  es- 
pecialmente los  números  49,  107  y  161. 


122      KL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMIIf ACIÓN  DB  LA  PENA 

ción  al  arbitrio  del  juez,  en  vista  de  la  cualidad  del  hecho,  la  ofensa, 
la  persona  y  el  lugar.  Y  no  solamente  en  este  delito  de  injuria,  sino  en 
cualquier  otro,  público  o  privado,  para  el  cual  no  se  halla  en  el  derecho 
una  pena  determinada,  se  impone  pena  extraordinaria,  al  arbitrio  del 
juez,  atendiendo  a  dichas  cualidades»  (1). 

7. — El  arbitrio  judicial  estaba  sometido  a  ciertas  limitaciones  y  cier- 
tas reglas;  pero  más  bien  de  carácter  moral  que  jurídico,  aunque  algu- 
nas de  ellas  se  encuentren  expresadas  por  las  leyes.  De  éstas  y  de  la 
doctrina  de  los  autores,  resulta,  como  dice  el  mismo  Antonio  Gómez,  un 
consejo  tan  necesario  en  conciencia  como  en  justicia:  que  en  las  penas 
arbitrarias,  como  por  una  parte  esté  interesado  el  bien  de  las  personas 
y  por  otra  el  de  la  sociedad,  cuide  siempre  el  juez  de  imponer  la  pena 
apropiada  y  merecida,  y  ni  dicte  sentencia  demasiado  severa  por  codi- 
cia de  una  gloria  vana,  ni  imponga  pena  más  leve  que  la  que  el  delito 
exige,  movido  de  una  falsa  misericordia,  teniendo  siempre  a  Dios  ante 
sus  ojos.  De  todas  maneras,  entre  estos  dos  extremos,  vale  más  pecar 
por  defecto  que  por  exceso,  porque  menos  dista  del  término  medio  de 
la  justicia  el  defecto  nacido  de  la  misericordia  que  la  excesiva  severidad. 
Debe,  sin  embargo,  cumplir  la  justicia  con  corazón  compasivo,  y  dolerse 
de  la  pena  de  su  prójimo  (2). 


(1)  «Cum  variae  et  diversae  sint  qualitates  personarum,  et  per  conse- 
quens  variae  et  diversae  sunt  qualitates  injuriarum;  non  potuit  a  jure  statui 
certa  et  determinata  poena,  sed  est  arbitraria,  judiéis  arbitrio  imponenda, 
attenta  qualitate  facti,  et  ofensae,  et  personae,  et  loci...  Et  necdum  in  hoc 
delicto  injuriae,  sed  in  omni  alio  delicio,  publico  vel  privato,  in  quo  non 
reperitur  a  jure  poena  determinata,  et  imponitur  extraordinaria,  judiéis  arbi- 
trio, attentis  praedictis  qualitatibus.»  Cómmentarlorum  variarumque  resoluiio- 
num  jiiris  civilis,  communis  et  regii,  tomi  tres.— Tomas  teriius,  de  delictis,  ed. 
de  1584,  cap.  VI,  núm.  7.— Aprovechamos  la  ocasión  de  citar  por  primera  vez 
a  este  célebre  jurisconsulto  para  advertir  que  fué  el  primero  que  en  España 
sistematizó  el  derecho  penal  positivo,  constituyendo  su  obra  un  verdadero 
Código,  dividido,  como  los  modernos,  en  una  parte  general,  así  titulada 
por  el  mismo  autor,  y  una  parte  especial,  relativa  a  cada  uno  de  los  delitos. 

(2)  «Ex  quibus  resultat  consilium  summe  necessarium  in  conscientia  et 
justitia:  ut  semper  in  delictis  arbitrariis,  cum  ex  una  parte  vertatur  periculum 
personarum,  et  ex  alia  grave  praejudicium  reipublicae,  judex  poenam  condig- 
nam  imponat,  et  caveat  ne  cupiditate  inanis  gloriae  severam  sententiam  ferat, 
vel  injusta  misericordia  motus,  leviorem  poenam  quam  delictum  poscat,  sem- 
per summum  Deum  nostrum  prae  oculis  habendo...  Unum  tamen  est,  quod 
ínter  ista  dúo  extrema,  non  est  tam  grave  peccatum  declinare  in  defectum 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA       123 

La  misma  regla  se  encuentra  repetida  por  otros  muchos  autores, 
«En  estas  penas  (arbitrarias) —dice  Alfonso  de  Castro—,  aunque  el  juez 
pueda  moderar  la  sentencia  con  la  misericordia,  no  puede,  sin  embar- 
go, remitir  toda  pena,  porque  aunque  la  ley  deje  al  arbitrio  del  juez 
así  la  cualidad  como  la  cantidad  de  la  pena,  no  le  deja  en  libertad  de 
penar  o  no  penar.  De  lo  cual  se  sigue  que  el  juez  en  este  punto  queda 
sujeto  a  la  ley  y  no  puede,  por  tanto,  remitir  toda  la  pena,  a  no  tratarse 
de  delitos  muy  leves  y  sin  injuria  de  otro,  o  concurre  alguna  circuns- 
tancia notable  que  aconseje  lo  contrario. >  (1). 

Núñez  de  Avendaño  aconseja  al  juez  que  no  sea  demasiado  liberal 
en  las  penas  arbitrarias  (2),  y  Suárez,  indicando  una  idea  que  sirve  de 
base  a  varias  teorías  modernas  acerca  de  la  determinación  de  la  pena, 
consigna  un  caso  en  que  el  juez  debe  inclinarse  más  bien  al  rigor  que 
a  la  benignidad:  cuando  el  reo  se  muestra  obstinado  e  incorregible,  y 
no  ofrece  esperanza  de  enmienda  (3). 

Otra  regla  limitativa  del  arbitrio  judicial,  más  jurídica  que  las  an- 
teriores, era  la  que  obligaba  al  juez  a  seguir  las  normas  generales  del 
derecho  común  en  la  aplicación  de  las  penas  arbitrarias  (4),  lo  cual  no 
significaba  otra  cosa  que  introducir  en  el  Derecho  penal  lo  que  en 


quam  in  excessus,  quia  minus  distat  defectus  ex  misericordia  a  medio  Justitiaa 
quam  severitas,  ut  ex  superioribus  constat;  debet  tamen  exercere  justitiam 
cum  cordis  compassione  et  quadam  mentís  commotione,  de  poena  proximi  sui 
condolendo.»  Ob.  y  lugar  citados. 

(1)  «Sed  in  his  poenis,  ücet  possit  judex  temperare  sententiam  cum  mise- 
ricordia, non  tamen  potest  omnem  poenam  remitiere,  quia  etsi  judicis  arbi- 
trio committat  poenae  qualitatem  et  quantitatem,  non  tamen  illi  liberum  relin- 
quit  ut  puniat  vel  non  puniat.  Et  inde  convincitur  judicem  in  hac  parte  esse 
legi  subjectum,  et  per  consequens,  non  posse  totam  remitiere  poenam,  nisi 
forte  crimen  esset  nimium  leve  sine  proximi  injuria,  aut  aliqua  notabilis  occu- 
rreret  circumstantia  quae  mérito  convinceret  poenam  esse  prorsus  remitten- 
dam.»  Ob.  cit.,  lib.  II,  cap.  XII. 

(2)  fNon  solum  in  poenis  legalibus  certis  non  est  recedendum  a  tramite 
legis,  sed  in  arbitrariis  quoque  non  debet  esse  judex  nimis  gratiosus.»  Lugar 
citado,  núm.  7. 

(3)  «...  nisi  reus  obstinatus  sit  et  incorregibilis,  et  spem  emendationis  non 
praebeat;  tune  enim,  etiam  in  casu  arbitrario,  rigore  potius  quam  benignitate 
cum  illo  utendum  est.»  Ob.  cit.,  lib.  V,  cap.  XI,  núm.  10. 

(4)  «Arbitrium  concessum,  quantumcunque  liberum,  debet  regulari  secun- 
dum  jus  commune.>  Antonio  de  Sousa:  Aphorismi  inquisitorum,  lib.  III, 
cap.  XXVI. 


124      EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DERERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

nuestro  Código  civil  toma  el  nombre  de  «principios  generales  del  de- 
recho>,  y  que  los  antiguos  llamaron  equidad.  El  ya  citado  juriscon- 
sulto Juan  Matienzo,  después  de  reconocer,  como  todos,  la  necesidad 
de  que  las  leyes  penales  dejen  muchas  cosas  al  arbitrio  judicial,  dice 
asi:  «Por  lo  demás,  una  cosa  he  de  añadir  a  lo  dicho  sobre  el  arbitrio 
del  juez,  y  es  que  está  obligado  a  usar  de  él  en  conformidad  con  el 
derecho...  y  observar  siempre  la  equidad,  aunque  la  pena  esté  enco- 
mendada a  su  arbitrio,  porque  las  leyes  que  dejan  algo  al  arbitrio  de 
los  jueces  lo  hacen  por  providencia  hacia  las  personas,  como  la  triaca 
contra  el  veneno.»  (1). 

Más  claro  Diego  Simancas  repite  la  misma  idea,  refiriéndose  a  los 
jueces  inquisidores— y  con  más  razón,  por  tanto,  en  este  punto  a  los  or- 
dinarios—: <Ni  en  aquello  quese  deja  a  su  arbitrio  pueden  juzgar  se- 
gún su  voluntad  o  capricho,  sinosegún  el  derecho  y  las  leyes.  Ni  pue- 
den seguir  su  propia  conciencia,  sino  está  del  todo  informada  por  las 
leyes.*  (2). 

En  cuanto  a  las  penas  aplicables,  cuando  su  elección  se  dejaba  al 
criterio  del  juez,  ya  hemos  dicho  que  el  arbitrio  estaba  limitado  con  la 
prohibición  de  imponer  una  pena  insólita,  esto  es,  no  existente  en  el 
derecho  o  fijada  por  la  costumbre  (3). 

Otra  limitación  importante  es  la  relativa  a  la  pena  de  muerte.  Todos 
los  tratadistas  defienden,  en  principio,  que  el  arbitrio  judicial  no  puede 
llegar  hasta  imponer  la  pena  de  muerte  cuando  no  está  expresamente 
impuesta  por  ía  ley,  pero  suelen  admitir  alguna  excepción  (4). 


(1)  «Ceterum  id  addendum  esse  duxi  ad  ea  quae  de  judiéis  dicta  sunt 
arbitrio,  nempe  ut  arbitrari  semper  teneatur  quod  juri  conveniat...  et  ita 
aequitatem  semper  servare  tenetur,  quamvis  ejus  libero  arbitrio  committatur.^ 
Nam  leges  aliquid  arbitrio  judicum  committentes,  id  faciunt  ut  personis  pro 
videant,  sicut  tryaca  contra  venenum.>  Ob.  cit.,  pars.  III,  cap.  LXIV. 

(2)  «Ñeque  in  iiis  rebus  quae  arbitrio  eorum  relinquuntur  pro  volúntate 
aut  libídine,  sed  secundum  jura  et  leges  judicare  queunt.  Ñeque  suam  ipso- 
rum  conscientiam  sequi  possunt,  nisi  legibus  undique  sit  informata.>  Decatho- 
licis  insiitutíonibus,  ed.  de  1569,  tít.  XXXIV,  núms.  34-36. 

(3)  «Judex  in  arbitrariis  semper  debet  se  referre  ad  id  quod  fieri  solet.» 
Antonio  Gómez  (que  cita  estas  palabras  como  máxima  del  derecho),  ob.  cit., 
cap.  VI,  núm.  8. 

(4)  Pedro  de  Salazar,  no  solamente  sostuvo  esta  doctrina  en  términos  ab- 
solutos, sino  que  negó  al  juez  la  facultad  de  imponer  una  pena  arbitraria  de 
distinta  especie  de  la  señalada  por  la  ley.  Declara  su  opinión  con  el  siguiente 


KL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA       125 

Alfonso  de  Castro  sostiene  que  pecaría  contra  el  quinto  precepto  del 
Decálogo  el  juez  que  ordenase  la  muerte  de  un  delincuente  sin  hallarse 
esta  pena  establecida  por  la  ley  para  el  caso.  Dios  puede  hacerlo;  «mas 
el  hombre,  aunque  esté  investido  de  autoridad  pública,  no  puede  man- 
darlo más  que  en  conformidad  con  leyes  justas,  establecidas  según  el 
dictado  de  una  justísima  razón.  De  aquí  que  el  juez,  donde  la  ley  no 
lo  ordena,  no  puede  imponer  a  nadie  la  pena  de  muerte,  porque  obra- 
ría contra  el  precepto  divino  de  no  matar>.  Exceptúa,  sin  embargo,  el 
caso  en  que  concurriesen  tales  circunstancias,  que  el  malhechor  se  hi- 
ciese incompatible  con  la  conservación  del  cuerpo  social,  porque  en- 
tonces la  pena  no  depende  ya  sólo  del  arbitrio  del  juez,  sino  que  está 
impuesta  por  la  razón  natural  (1). 

Lo  mismo  en  substancia  afirman  otros  muchos  autores,  alegando, 
ya  el  derecho  común,  por  deficiencia  del  derecho  patrio,  ya  la  costum- 
bre del  lugar.  Así,  Tomás  Sánchez,  refiriéndose  a  las  penas  arbitrarias, 
dice  que  «de  ningún  modo  puede  el  juez  en  este  caso  imponer  la  pena 
de  muerte..,  a  no  ser  tales  las  circunstancias  del  delito  que  por  derecho 
común  o  según  la  costumbre  hubiera  de  aplicarse  dicha  pena>  (2).  Y 
Antonio  Gómez  dice  que  procede  en  dos  casos:  por  la  cualidad  de  al- 
gún hecho  gravísimo,  y  cuando  por  semejante  delito  suele  imponerse 
en  el  lugar  de  su  perpetración  la  pena  de  muerte  (3). 


ejemplo:  «Si  dicat  statutum  quod  si  quis  insultaverit  aüquem  cum  armis,  de- 
cem  ducatorum  poena  puniatur,  sed  si  vulneraverit,  puniatur  poena  majori,  non 
poterit  praetor  transiré  ad  aliam  speciem  poenae  corporalis,  sed  ad  majorem 
pecuniariam  tantummodo.»  De  usa  et  consuetudine  et  de  stylo  Curiae  Regalis^ 
ed.  de  1579,  cap.  V,  núm.  8. 

(1)  «Homo  autem,  etsi  personam  publicae  potestatis  gerat,  hoc  non  potest 
jubere,  nisi  secundum  leges  justas  quae  secundum  justissimae  rationis  impe- 
rium  institutae  sunt.  Et  inde  convincitur  judicem,  ubi  id  lex  non  statuit,  non 
posse  aliquem  morte  puniré,  quia  faceret  contra  Dei  praeceptum  quo  praecipit 
non  occidere.  Si  tamen  casus  occurreret  talibus  circumstantiis  vestitus  ut 
ratio  naturalis,  juxta  ea  quae  supra  in  hoc  capite  diximus  de  similitudine 
corporis  humani  (alude  a  la  necesidad  de  amputar  un  miembro  para  salvar  la 
vida),  mérito  censeret  sceleratum  aliquem  hominem  esse  morte  puniendum, 
tune  judex  juste  posset  illum  ad  mortem  damnare,  quamvis  nulla  lex  scripta 
esset  quae  illum  morte  plectendum  esse  censeret.  Sed  in  eo  casu  illa  scelerati 
hominis  occisio  non  ex  solo  judicis  arbitrio  penderet.»  Ob.  cit.,  lib.  I,  cap.  VI. 

(2)  «NuUo  modo  potest  judex  hoc  casu  imponere  mortis  poenam...  nisi  ta- 
les essent  circumstantiae  delicti,  ut  pro  eo,  jure  communi  vel  ex  consuetudi- 
ne, esset  mortis  poena  imponenda.»  Ob.  cit.,  lib.  111,  dub.  XVI. 

(3)  «Quod  tamen  intellige  procederé  in  duobus  casibus:  primus  est,  attenta 


126      EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

Respecto  a  la  forma  de  ejecución  de  esta  pena,  cuando  no  estaba 
expresamente  determinada  por  la  ley,  podía  determinarla  el  juez  a  su 
arbitrio,  dentro  de  las  formas  permitidas  o  usadas,  y  teniendo  en  cuenta 
la  calidad,  antecedentes  y  condiciones  de  la  persona  del  reo  (1). 

El  arbitrio  judicial  cesaba,  como  ya  queda  indicado,  en  el  momento 
de  dictar  sentencia:  la  pena  impuesta  sólo  por  el  soberano  podía  ser 
modificada  o  dispensada,  contra  la  práctica  del  derecho  canónico,  que 
permitía  al  juez  alterar  la  duración  y  circunstancias  de  la  pena,  y  aun 
dispensarla  o  conmutarla  después  de  la  sentencia  (2). 

Las  Partidas  hicieron  una  excepción  relativa  a  la  pena  de  multa.  «E 
esto  sería  cuando  el  judgador  condenase  alguno  que  pechase  a  la  corte 
del  Rey  alguna  cuantía  cierta  por  yerro  que  ficiera,  e  fuese  tan  pobre 
aquel  contra  quien  fuese  dado  el  juicio,  que  non  pudiesen  sacar  de  sus 
bienes  aquella  pena  que  había  de  pechar,  ca  puede  entonce  aquel  jud- 
gador quel  condenó  revocar  el  juicio  e  quitarle  de  aquella  pena  que 
mandó  que  pechase,  si  se  quiere  doler  del>. 

Observa  Gregorio  López  a  esta  ley — que  es  la  4.*  del  tít.  XXII, 
Part.  III — que  debe  entenderse  de  la  pena  impuesta  a  modo  de  multa, 
porque  si  fuese  pena  ordinaria  establecida  por  la  ley,  no  podría  el  juez 
dispensarla,  sino  imponer  la  subsidiaria  personal.  Aunque  la  disposi- 
ción es  potestativa,  «podría,  sin  embargo,  sostenerse  que,  si  el  delito 
por  el  cual  se  impuso  la  multa  o  pena  extraordinaria  es  leve,  el  juez 
está  obligado  a  perdonarla  para  que  el  reo  no  sufra  pena  personal,  por- 


qualitate  alicujus  gravissimi  facti...;  secundus  casus  est,  quando  pro  simili  de- 
licto  commisso  solet  dari  et  imponi  in  illo  loco  poena  mortis.>  Lugar  última- 
mente citado. 

(í)  «Si  tamen  lex  ve!  statutum  non  assignat  genus  mortis,  potest  judex  ín- 
ter poenas  mortis  arbitrari  an  decolletur,  vel  igni  subjiciatur,  vel  furcae,  quia 
gratiam  potest  faceré,  non  vitae  sed  melioris  mortis,  prout  dictaverit  sibi  ae- 
quitas  arbitrii,  secundum  dignitatem,  secundum  aetatem,  secundum  merita 
prioris  vitae.»  Gregorio  López,  Glosa  a  la  ley  6.*,  tit.  XXXI,  partida  VIL 

(2)  «Post  latam  sententiam  et  poenám  inflictam,  sive  fuerit  imposíta  ad 
instantiam  partís  sive  ex  officio,  attento  Jure  civili,  nullus  judex  potest,  incon- 
sulto principe,  poenam  impositam  minuere,  vel  augere,  aliquo  modo  tollere, 
quia,  data  sententia,  functus  est  officio  suo...  At  attento  jure  canónico,  poterit 
Judex,  post  latam  sententiam,  poenam  minuere  vel  aliquo  modo  in  illa  dispen- 
sare, praecipue  si  ex  officio  in  causa  processum  sit.»  Castro-Palao,  ob.  cit, 
tract.  III,  disp.  VI,  núra.  6.— Véase  también  mi  citada  obra  El  crimen  de  he- 
rejía. 


EL  ARBITRIO  JÜDICIAl.  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PEHA        127 

que  por  leves  infracciones  no  han  de  ser  corporalmente  penados  los 
pobres  >  (1). 

8. — A  pesar  de  todas  las  reglas  limitativas  del  arbitrio  judicial,  y  a 
pesar  de  todos  los  principios  teóricos  y  todos  los  frenos  morales  para 
contener  la  tendencia,  cada  día  más  marcada,  a  la  preponderancia  del 
arbitrio  sobre  las  leyes  en  la  punición  de  los  delitos,  es  lo  cierto  que  los 
jueces,  en  general,  traspasaron  los  justos  límites  y  cometieron  abusos 
reprobables.  Los  testimonios  de  este  hecho  abundan  en  las  obras  de  los 
escritores  antiguos,  y  nos  concretaremos  a  citar  algunos,  eligiendo  es- 
pecialmente los  de  los  juristas. 

Afirma  Martín  de  Azpilcueta  {Doctor  Navarras)  que  gravemente 
erraban  en  su  tiempo  muchos  jueces  que,  en  la  punición  de  los  crí- 
menes, extendían  su  arbitrio  y  modo  de  pensar  más  allá  de  lo  conve- 
niente (2).  Y  asegura  que  «pocos  eran  los  jueces,  aun  los  inferiores,  aun 
los  seglares,  que  aplicaran  las  penas  establecidas  por  el  derecho  común 
o  particular:  unos,  por  ignorancia  e  imprudencia;  otros,  por  misericor- 
dia; otros,  por  odio  o  ira  aumentan  la  pena;  otros,  por  súplicas  o  dine- 
ro; otros,  por  gloria  vana  de  demasiada  clemencia  o  severidad..,;  y  to- 
dos, contra  aquella  ley  natural,  divina  y  humana,  que  manda  a  los 
inferiores  observar  las  leyes  y  preceptos  de  los  superiores,  y  contra  las 
leyes  según  las  cuales  están  obligados  los  inferiores  a  imponer  la  pena 
establecida  por  el  derecho»  (3). 


(1)  «Intellige  per  modum  mulctae,  nam  si  esset  poena  ordinaria  a  lege  statu- 
ta,  non  posset  judex  hoc  faceré,  sed  qui  non  habet  in  bonis  luat  in  corpore... 
Forte  posset  dici  quod,  si  delictum  pro  quo  imposita  fuit  muleta  vel  poena  ex- 
traordinaria sit  leve,  judex  teneatur  remitiere,  ut  sic  non  puniatur  in  corpore, 
quia  propter  leves  abusiones,  pauperes  non  sunt  in  corpore  puniendi.»  Glosa 
a  la  ley  cit. 

(2)  ...  «graviter  a  multis  judicibus  nostra  aetate  errari,  suo  sensui  et  arbi- 
trio plus  satis  in  criminum  punitione  indulgentibus.»  Commeniaríus  in  rub.  De 
judiciis.  Op.  omnia,  ed.  de  1616,  núm.  97. 

(3)  «Secundo,  quod  jure  quis  miretur  paucos  collatione  aliorum  esse  judi- 
ces,  etiam  inferiores,  etiam  saeculares,  qui  poenas  ipsas  a  jure  communi  vel 
particulari  statutas,  sine  augmento  vel  diminutíone  criminosis  imponatur: 
alii  quidem  per  ignorantiam  et  imprudentiam;  alii  per  misericordiam;  alii  per 
odium  et  iram  augent;  alii  autem  prece  vel  precio;  alii  ob  inanem  gloriam  ni- 
miae  clementiae  vel  severitatis...  et  omnes  contra  illam  legem  naturalem,  d¡- 
Tinam  et  humanam,  qua  jubentur  inferiores  servare  legem  et  praecepta  supe- 
riorum,  et  contra  leges  quibus  tenentur  omnes  inferiores  imponere  poenam  a 
jure  statutam.»  Ibid.  núm.  98. 


128      EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

De  abusos  más  graves  da  cuenta  el  comentarista  Acevedo,  al  decir 
que  «algunos  jueces,  para  lograr  que  las  partes  consientan  en  la  con- 
dena, moderan  la  penalidad»  y  a  veces  condenan  por  esta  causa  a  per- 
sonas inocentes,  y  las  imponen  penas  en  que  no  incurrieron,  haciéndo- 
les comprender  que  las  moderarán;  y  los  míseros  reos,  viéndose 
oprimidos,  consienten  en  ello>  (1).  Y  más  adelante  expone  y  comenta 
ciertas  leyes  de  la  Nueva  Recopilación  que  trataron  de  poner  coto  al 
arbitrio  judicial,  aunque  sin  resultado  (2). 

Matienzo,  en  su  Diálogo  del  relator  y  el  abogado,  pone  en  boca  del 
último  estas  palabras:  «¿De  qué  sirve  hoy  la  ciencia  de  las  leyes  y  los 
cánones,  si  la  mayor  parte  de  los  jueces,  desentendiéndose  de  ellas,  si- 
guen su  propio  juicio  en  la  resolución  de  las  causas,  como  si  ellos  fue- 
ran los  legisladores?...  ¿No  apartan  el  oído  de  la  verdad  los  que  juzgan 
cosa  de  su  arbitrio  lo  que  las  leyes  y  constituciones  impusieron  como 
de  observancia  necesaria?»  (3). 

Ante  las  frecuentes  extralimitaciones  de  los  jueces,  se  imponía,  como 
dice  Cerdán  de  Tallada  en  el  Prólogo  de  su  célebre  obra  Visita  de  la 
cárcel  y  de  los  presos,  «regular  este  inconsiderado  arbitrio,  en  cuanto 
se  pudiere  hacer,  a  términos  de  derecho  y  de  razón  escrita,  a  fin  que  a 
lo  menos  aproveche  para  que  los  descuidados  jueces  se  detengan  de 
usar  tan  sueltamente  de  la  potestad  que  dicen  absoluta,  en  tan  grande 
fraude  de  la  justicia.» 

Por  grandes  que  fueran  los  abusos,  es  preciso,  sin  embargo,  reco- 
nocer que  el  arbitrio  judicial  no  dejó  de  producir  bienes  estimables,  ya 
porque  muchos  jueces  usarían  rectamente  de  él,  ya  por  ser  la  mayor 
parte  de  las  leyes  penales  inadaptables  al  estado  social  y  las  necesida- 
des de  épocas  posteriores,  mejorando  el  derecho  al  no  aplicarlas,  ya,  en 


(1)  «Aliqui  judices...  ut  partes  condemnationem  consentiant,  poenas  mo- 
derantur,  et  aliquando  judices  hac  de  causa  partes  innocentes  condemnant, 
et  ubi  poenam  non  incurrerunt  imponunt,  sub  velamine  quod  eam  moderabun- 
tur,  et  miseri  rei,  videntes  se  oppressos,  id  consentiunt.»  Ob.  cit.,  lib.  VIH, 
tít.  I,  ley  1.%  núm.  29. 

(2)  Ibid.  tit.  XXVI,  ley  14,  núms.  3  y  siguientes. 

(3)  «Quid  enim,  quaeso,  legum  hodie  aut  canonum  scientia  proderit,  si  ju- 
dices, ut  plurimum,  eis  neglectis,  propriam  in  definiendis  causis  amplexantur 
sententiam,  quasi  legum  ipsi  latores  fuerint?...  Nonne  a  veritate  auditum  aver- 
tunt  qui  ea  quae  necessitatis  esse  leges  jusserunt  et  constitutiones,  ea  ut  arbi- 
trii  esse  existimant?»  Ob.  cit.,  part.  II,  cap.  III. 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA       129 

fin,  por  permitir  a  un  juez  prudente  tener  en  cuenta  las  condiciones  de 
cada  persona  y  realizar  así  una  verdadera  obra  de  individualización 
penal  provechosa  para  la  sociedad  y  para  el  reo. 

9. — Terminaremos  con  una  cuestión  que,  aunque  más  de  orden  mo- 
ral que  jurídico,  está  enlazada  con  la  del  arbitrio  judicial,  y  hasta  cierto 
punto  es  un  aspecto  de  la  misma.  ¿Qué  solución  debe  dar  el  juez  a  una 
causa  criminal  en  la  que  hay  contradicción  entre  el  resultado  de  las 
pruebas  y  lo  que  él  privadamente  sabe  con  certeza? 

Domingo  Báñez  señala  cuatro  opiniones  distintas  sobre  la  solución 
que  debía  darse  a  esta  cuestión:  dos  extremas  y  otras  dos  intermedias. 
La  primera  sostuvo,  en  términos  absolutos,  que  el  juez  debe  sentenciar 
siempre  juxta  allegata  et  probata.  La  segunda,  al  contrario,  que  debe 
dictar  sentencia  según  la  verdad,  cualquiera  que  sea  el  modo  de  cono- 
cerla. La  tercera  distingue  entre  las  causas  civiles  y  las  criminales,  de- 
biendo resolver  aquéllas  según  las  pruebas  y  éstas  según  la  conciencia 
personal  o  privada.  La  cuarta,  por  último,  distingue  entre  la  sentencia 
absolutoria  y  la  condenatoria,  suponiendo  en  el  juez  facultad  para 
absolver  según  la  verdad  que  sabe  privadamente,  mas  no  para  con- 
denar. 

La  primera  solución,  que  es  la  adoptada  por  Santo  Tomás  (1),  y  la 
seguida  por  la  generalidad  de  los  tratadistas  (2),  se  funda  en  las  siguien- 
tes razones  que  resume  así  el  citado  Báñez:  «El  juez  juzga  como  persona 
pública  y  en  representación  de  la  sociedad;  si  ésta  hubiese  de  juzgar, 
no  podría  proceder  sino  en  conformidad  con  la  ciencia  pública;  luego, 
según  ella  debe  sentenciar  el  juez,  pues  de  otro  modo  no  sería  fiel  repre- 
sentante de  la  república.»  Por  otra  parte,  de  las  opiniones  opuestas  se 
seguirían  graves  inconvenientes  a  la  sociedad  y  la  perversión  de  los  jui- 
cios, porque  un  juez  inicuo  fácilmente  podría  condenar  al  inocente  y 


(1)  Summa,  2.»  2.ae,  quaest.  67,  art.  II. 

(2)  Entre  otros  muchos,  el  Abulense,  Super  Exodam,  XXIII,  quaest.  VI; 
Covarrubias,  Variarum  resolutionum,  lib.  I,  ns.  3  y  6;  Torquemada,  In  cap.  ja- 
dicet,  III,  quaest.  Vil,  2.*;  Juan  Gutiérrez,  Canonicarum  atriusque  fori,  tam  ex- 
terioris  quam  interioris  animae  quaesíionum,  líber  primas  et  secundas,  1597,  li- 
bro II,  cap.  XXIX;  Antonio  de  Córdoba,  que  después  de  una  larga  exposición 
de  las  diversas  opiniones,  opta  por  la  de  Santo  Tomás:  «quae  igitur  harum 
opiniorum  verior  sit,  nostri  non  est  arbitrii  definiré,  tantum  consulerem  illam 
secundam  opinionem  Beati  Thomae,  quae  et  magis  communis  est,  esse  sequen- 
dam».  Qaaestionarium  theologicum,  en  la  ed.  de  1569,  lib.  I,  quaest.  37. 

9 


1  30      EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

absolver  al  culpable,  con  sólo  decir  que  él  tenía  conocimiento  de  la  ver- 
dad con  ciencia  privada,  y  dictaría  sentencia  contra  lo  alegado  y  pro- 
bado en  juicio.  Y  agrega  que  así  lo  exigen  la  paz  social  y  la  seguridad 
pública,  que  serían  imposibles  con  cualquiera  otra  solución  del  pro- 
blema (1). 

Esta  función  social  de  la  pena  y  la  sentencia  judicial  invoca  para 
contestar  a  los  que  alegaban  en  contrario  el  símil  del  médico  y  la  me- 
dicina. «El  ejemplo  del  médico— dice — no  convence,  porque  el  medica- 
mento se  ordena  por  sí  a  la  salud  de  tal  hombre  según  el  estado  en  que 
se  encuentra,  y  la  sentencia  del  juez  va  encaminada  a  la  tranquilidad 
y  la  paz  de  la  república>  (2). 

Como  a  muchos  les  parecía  duro  obligar  al  juez  a  resolver  según  el 
resultado  de  las  pruebas,  cuando  le  constaba  la  verdad  contraria,  acu- 
dieron a  varios  subterfugios  para  salir  de  este  conflicto  de  conciencia, 
hasta  imponer  al  juez,  en  último  extremo,  el  deber  moral  de  renunciar  el 
cargo,  antes  de  dictar  una  sentencia  contraria  a  los  hechos  por  él  cono- 
cidos. El  mismo  Báñez  rechaza  esta  solución,  y  afirma  que  la  doctrina 
por  él  sostenida  no  sólo  es  aplicable  a  los  jueces  inferiores,  sino  al  mis- 
mo soberano,  cuando  actúa  de  juez,  aunque  respecto  de  éste  el  con- 
flicto tiene  solución  más  fácil,  puesto  que  puede  perdonar  la  pena. 

Domingo  Soto  dice  que  la  cuestión,  en  causas  criminales,  compren- 
de dos  partes:  una,  si  es  lícito  al  juez  condenar  al  reo,  sabiendo  con 
certeza  que  es  culpable,  cuando  judicialmente  no  se  demuestra;  y  otra, 

(1)  «judex  judicat,  ut  persona  publica,  vice  reipublicae;  sed  si  respublica 
judicaret,  non  posset  procederé  nisi  secundum  scientiam  publicam;  ergo  judex 
debet  judicare  secundum  illam,  alias  non  esset  vicarius  bonus  ipsius  reipubli- 
cae... Ex  oppositis  sententiis  sequuntur  magna  incommoda  reipublicae  et  judi- 
ciorum  perversio,  nam  iniqui  judices  facile  condemnarent  innocentes  et  absol- 
verent  nocentes,  dicerent  enim  se  scire  veritatem  privata  scientia,  et  profer- 
rent  sententiam  contrariam  allegatis  et  probatis...  Utilitas  judiciorum  ea  má- 
xime et,  ut  reipublicae  satisfaciat,  ut  in  tranquillitate  consistat  et  in  tran- 
quillitate  servetur  dum  iniqui  puniuntur  et  alii  a  malo  arcentur;  sed  nisi 
prima  sententia  sit  vera,  omnia  isla  commoda  pereunt,  dum  ipsa  respublica 
non  puniret|eos  qui  publice  probantur  iniqui.»  De  jure  et  justitiae  decisiones  ^ 
quaest.  67,  art.  II. 

(2)  «Exemplum  autem  de  medico  non  convincit,  quoniam  medicatio  per- 
se  ordinatur  ad  salutem  istius  hominis  hic  et  nunc,  sententia  autem  judiéis 
ordinatur  ad  tranquillitatem  et  pacem  reipublicae.»  Ibid.— Véase  atrás  la  re- 
futación del  mismo  símil,  por  Domingo  Soto,  alegado  como  prueba  del  arbi- 
trio judicial. 


EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA        131 

el  caso  inverso,  esto  es,  si  puede  el  juez  condenar  a  quien,  según  las 
puebas,  resulta  culpable,  sabiendo  con  ciencia  cierta  que  es  inocente. 
En  el  primer  caso,  el  juez  no  puede  condenar  al  reo — y  sobre  esto  no 
hubo  discusión — ,  porque  se  trata  de  un  crimen  jurídicamente  oculto 
que  está  fuera  de  la  jurisdicción  externa  (1).  En  el  segundo  caso,  el  juez 
está  obligado  a  resolver  según  el  resultado  de  las  pruehas—juxta  alie- 
gata  et  probata — y  no  según  su  conciencia  directa.  La  razón  de  esto  es 
que  el  juez  no  obra  con  autoridad  privada,  sino  pública,  y  no  puede 
sentenciar  según  su  propio  juicio,  sino  según  el  juicio  común  y  públi- 
co. «Tan  escrupulosamente  está  obligado  el  juez  a  seguir  la  ciencia 
universal  del  derecho,  que  ni  puede  escuchar  su  propio  juicio,  si  es 
opuesto,  ni  admitir  probación  alguna  en  contrario»  (2).  Cita  el  notable 
texto  de  San  Agustín:  «El  buen  juez  nada  resuelve  según  su  arbitrio, 
sino  según  las  leyes  y  el  derecho»  (3),  y  reconoce  que  en  la  práctica  el 
caso  es  raro,  puesto  que  las  pruebas  no  pueden  ser  más  que  aparentes, 
y  no  le  faltarán  al  juez  medios  de  destruirlas. 

Juan  Matienzo,  que  sigue  la  opinión  común  sobre  la  materia,  excep- 
túa al  soberano,  quien,  como  arbitro  de  las  leyes,  puede  sentenciar  se- 
gún lo  que  conoce  con  ciencia  cierta,  prescindiendo  del  resultado  de 
las  pruebas  (4). 

La  misma  afirmación  hace  Tomás  Sánchez  respecto  del  soberano 
legislador,  puesto  que  puede  dispensar  las  leyes,  y  sigue  a  Soto  en  la 
distinción  antes  indicada.  Todos  están  conformes — dice— en  que  el  juez 
no  puede  condenar  a  un  acusado  cuya  culpabilidad  le  consta  privada- 
mente, si  no  se  demuestra  en  juicio;  lo  que  se  discute  es  si  puede  con- 
denar a  quien  resulta  judicialmente  culpable,  sabiendo  que  es  inocente. 
La  opinión  afirmativa  es  la  comúnmente  seguida;  mas  no  todos  están 


(1)  ...  «quoniam  forum  exterius  non  extenditur  ad  crimina  oculta,  et  ocul- 
ta illa  jure  censetur  quae  secundum  regulas  juris  ligitime  non  constat.>  Obra 
citada,  lib.  V,  quaest.  IV,  art.  2.» 

(2)  *Supponitur  enim...  judicem  non  privata  sed  publica  auctoritate  fungi 
dum  judicat.  Ex  quo  fít  non  suo  privato  judicio,  sed  communi  et  publico  debe- 
re  informari...  Scientiam  universalem  juris  tenetur  judex  sic  sánete  sequi,  ut 
ñeque  suum  proprium  arbitrium.  si  contrarium  est,  audire  possit,  ñeque  ullas 
in  contrarium  probationes  admitiere.»  Ibid. 

(3)  «Bonus  judex  nihil  ex  arbitrio,  sed  secundum  leges  et  jura  pronuntiat.» 
De  vera  religione,  cap.  XXXI. 

(4)  Ob.  cit.,  pars.  III,  cap.  XXXVIII. 


132      EL  ARBITRIO  JUDICIAL  EN  LA  DETERMINACIÓN  DE  LA  PENA 

conformes  en  el  medio  de  evitar  la  condena  de  un  inocente.  El  juez  está 
obligado  a  emplear  cuantos  medios  tenga  a  su  alcance  para  impedirlo, 
pero  no  a  renunciar  el  cargo,  y  puede  y  debe  dictar  sentencia  Juxta 
allegata  et  probata  (1). 

Siguió  la  tercera  de  las  opiniones  indicadas  (2)  por  Báñez  Pedro  de 
Navarra,  que  distingue,  para  la  solución,  entre  las  causas  civiles  y  las 
criminales.  Respecto  de  las  primeras,  afirma  que  el  juez  está  obligado 
a  sentenciar  siempre  Juxta  allegata  et  probata,  porque  aquí  se  trata 
sólo  de  un  caso  de  subordinación  de  un  interés  privado  al  bien  general; 
y  respecto  de  las  segundas,  sostiene  que  no  le  es  lícito  al  juez  condenar 
a  quien  resulta  judicialmente  culpable,  si  sabe  que  es  inocente,  y  antes 
que  esto  suceda,  debe  llegar  hasta  la  renuncia  de  su  oficio  (3). 

P.  Jerónimo  Montes. 
o.  s.  A. 


(1)  Ob.  cit.,  libro  VI,  cap.  I,  dub.  17. 

(2)  De  la  segunda  no  hacemos  mención,  porque  no  tuvo  un  solo  defensor, 
que  sepamos,  en  España.  Únicamente  el  P.  Bartolomé  Miguel  Salón  (O.  S.  A.) 
la  califica  de  probable,  por  la  autoridad  de  los  que  la  sostienen  y  las  razones 
en  que  la  fundan;  pero  reconoce  como  más  probable  la  indicada  de  Santo  To- 
más. He  aquí  sus  conclusiones:  «1.^  Quantum  ad  dispositionem  et  scientiam 
universalem  juris,  tenetur  judex  sequi  leges  scriptas...  et  non  suum  privatum 
sensum  et  judicium.  2.*  Quantum  ad  veritatem  particularem  facti,  debet  uti 
judex  diligentia  et  examine  ad  repellendos  testes  quos  videt  testificari  contra 
veritatem  quam  certe  novit.  3.*  Quando  omni  diligentia  adhibita,  judex  non 
potest  repeliere  falsos  testes,  tenetur  judicare  juxta  ea  quae  proponuntur  et 
probantur  in  judicio,  et  non  secumdum  veritatem  quam  ipse  privatim  novit.» 
Ob.  cit.  quaest.  67,  art.  11. 

(3)  «Putamus  quod  in  civilibus,  etiam  ubi  de  magna  quantitate  ageretur, 
posset  judex  innocentem  condemnare.  Non  enim  in  hoc  casu  condemnatus  est 
rationabiliter  laesus,  nam  pro  bono  pacis,  et  ne  reipublicae  legumque  ordo 
subvertatur,  tenetur  patienter  tolerare  sententiam.  Videtur  quod  in  criminali- 
bus,  máxime  in  causa  capitis,  non  est  licitum  talem  condemnare,  sed  tenetur 
judex  officium  dimitiere,  nec  satis  esset  manus  lavare,  ut  Pontius  fecit  cum  in- 
nocentem Christum  morti  addixit  ob  falsa  testimonia.»  De  abíatorum  restitu- 
tione  iuforo  conscientiae,  ed.  de  1593-1594,  lib.  11,  cap.  III,  núms.  160-161. 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN 


ñcción  católico-social. 

La  propaganda  ha  sido  y  es  al  presente  un  medio  poderoso,  necesario 
y  eficaz  para  la  difusión  de  las  ideas.  La  escrita  es  más  difusiva  que  la 
oral;  pero  ésta,  cuando  es  intensa,  tiene  una  fuerza  avasalladora.  Conven- 
cidos de  esto  los  miembros  directores  de  la  Confederación  Nacional  Cató- 
lico Agraria,  han  reunido  un  pequeño  ejército  de  propagandistas  que, 
alentados  por  la  fe,  el  amor  a  sus  semejantes,  a  la  verdad  y  al  bien,  edu- 
can a  las  muchedumbres,  señalándoles  caminos  seguros  que  las  lleven  a 
la  consecución  de  sus  fines  sociales.  Desde  la  magna  Asamblea  de  Loyola, 
habida  en  el  mes  de  Septiembre  pasado,  han  engrosado  las  filas  de  ese 
ejército  propagandistas  de  todas  las  clases  sociales,  llevando  la  alta  misión 
de  sacar  a  esas  pobres  gentes  de  la  ignorancia  y  embrutecimiento  en  que 
yacen  merced  a  las  doctrinas  positivistas,  neutras  y  ácratas;  desvanecer 
prejuicios,  romper  las  cadenas  usurarias,  mostrarles  las  ventajas  de  la 
asociación  católica,  y  sobre  todo  llevar  a  las  inteligencias  las  luces  de  la 
Religión,  principio  y  fundamento  del  orden  social,  y  a  sus  corazones  la 
esperanza  y  la  paz,  por  medio  de  la  práctica  de  esas  enseñanzas  tantas  ve- 
ces conculcadas. 

No  es  mi  intento  hacer  una  relación  detallada  de  todo  el  movimiento 
sindical  católico-agrario,  sino  sólo  hacer  ver,  con  los  datos  que  he  podido 
recoger,  la  intensa  labor  llevada  a  cabo  en  el  último  semestre  pasado  por 
esos  hombres,  en  su  mayor  parte  jóvenes,  que,  llenos  de  entusiasmo  y 
abnegación,  laboran  por  la  redención  y  el  bienestar  del  proletariado,  olvi- 
dado y  despreciado  hasta  el  presente  por  la  generalidad  de  las  personas 
acomodadas. 

Donde  han  desplegado  una  energía  de  titanes  ha  sido  en  Galicia  y 
León.  En  el  mes  de  Julio,  en  la  Federación  de  Lugo  se  fundaron  once 
Sindicatos;  entre  otros,  los  de  Triaba,  Entrambasaguas,  San  Esteban  de 


134  NOTAS  DE  INFORMACIÓN 

Loencia,  Justas,  Santa  María  de  Ludrio,  Sarria  y  Castro.  La  Federación  de 
Monforte  fundó  nueve  Sindicatos;  entre  ellos,  los  de  San  Martín  de  Vuelos, 
San  Julián  de  Lovias,  San  Martín  de  Doade  y  Chave;  así  como  la  Federa- 
ción de  Mondoñedo  fundó  diez  y  nueve;  entre  otros,  Cógela,  Sante,  Villa- 
pena,  Villanueva,  Santo  Tomé,  San  Jorge,  San  Adriano  y  San  Esteban.  En 
la  Federación  de  Orense  se  fundaron  otros  diez  y  nueve;  entre  ellos,  Bro- 
badela.  Toen,  Folgoso,  Qranda,  Barbadanes  y  Sobrado  del  Obispo.  Ins- 
tituida en  Agosto  la  Federación  de  León,  fundo  muy  pronto  diez  Sindica- 
tos, como  La  Dehesa,  Lugán,  Puebla  de  Lillo,  Calle  y  Grandoso. 

En  varios  Concejos  de  Asturias  también  se  han  fundado  Sindicatos 
como  los  de  Campillo,  San  Salvador  de  Alezga,  San  Miguel  de  la  Plaza  y 
otros,  instituyendo  Cajas  rurales  de  Ahorros  y  Préstamos,  Seguros  de  ga- 
nado. Compras  en  Comisión  y  otras  obras  sociales. 

Refiriéndonos  a  otras  localidades,  objeto  también  del  celo  de  los  bue- 
nos propagandistas,  mencionaremos,  en  primer  lugar,  la  Federación  de 
Badajoz,  integrada  por  diez  y  ocho  Sindicatos;  entre  ellos,  Don  Benito,  Ma- 
gacela,  Mérida,  Montijo,  Valdetorres,  Puebla  de  la  Calzada,  Villanueva  de 
la  Serena  y  Albuera;  la  Federación  de  Ávila,  con  los  Sindicatos  de  Adane- 
ro.  La  Torre,  Villatero.  Tolbaños,  Piedrahita  y  otros.  Por  Octubre  quedó 
constituida  la  Federación  Alavesa,  integrada  por  veintiún  Sindicatos. 

A  la  Federación  de  Toledo  se  le  han  unido  otros  varios,  como  Lupia- 
na.  Escalona,  Santa  Olalla,  Montaba  y  Lorance.  En  el  Alto  Aragón  se  han 
formado  21  Sindicatos;  entre  ellos,  Bielsa,  Boitaña,  Tierrantoña  y  Coscu- 
juela  de  Sobrarbe.  La  Federación  de  Barbastro  quedó  constituida  por  la 
integración  de  40  Sindicatos,  así  como  a  la  de  Gerona  se  han  unido  los  de 
Ruidearenas,  San  Esteban  de  Bas,  Caldas  de  Malabella  y  Omer.  En  la  Fe- 
deración de  Vich  ingresaron  ocho  Sindicatos  más. 

En  el  mes  de  Septiembre  se  celebró  una  importante  Asamblea  en  Seo 
de  Urgel  para  constituir  la  Federación,  integrada  por  veinte  Sindicatos, 
muchos  de  ellos  comerciales.  En  la  de  Lérida  se  han  fundado  diez  y  seis, 
y  en  la  comarca  de  Olot,  tres,  siendo  dos  de  ellos,  Mieras  de  Besalú  y  Santa 
Pau,  dotados  de  maquinaria  agrícola. 

Mencionemos,  por  último,  la  Federación  de  Ibiza,  constituida  en  28  de 
Julio,  y  que  ha  fundado  ocho  Sindicatos;  la  de  Menorca,  a  la  que  se  unie- 
ron nueve,  entre  otros,  Mahón,  Mercadal,  Alagar  yFerrerías;  la  de  Menorca, 
constituida  por  cuarenta  Sindicatos,  entre  ellos  Pollenza,  Febaniíx,  Santa 
Margarita,  Sóller,  Bini  Salen,  Alcudia,  Valdemosa  y  Manacor.  También  en 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN  1 35 

la  provincia  de  Albacete  se  han  fundado  nueve  Sindicatos:  Ontur,  Higue- 
ruela,  Peñas  de  San  Pedro,  Pozohondo,  Salobral,  La  Qineta,  Motilleja  y 
otros. 

La  Federación  de  Jaén,  formada  en  Agosto  e  integrada  por  veinticuatro 
Sindicatos,  está  desplegando  una  actividad  asombrosa.  Se  han  fundado 
Cajas  de  Ahorros  y  Préstamos  y  numerosas  Cooperativas,  habiéndose 
hecho  imposiciones  por  valor  de  676.540  pesetas.  Se  han  cedido  en 
arriendo  5.250  fanegas  de  tierra  y  se  han  comprado  para  los  socios  50  par- 
celas ofrecidas  en  condiciones  muy  ventajosas.  Le  fueron  donadas  tres  ca- 
sas para  obreros  y  una  casa  social  en  Villacarrillo  evaluada  en  20.000  pe- 
setas. 

En  la  Federación  de  Málaga  se  han  fudado  varios  Sindicatos,  entre 
otros  el  de  Ronda,  que,  de  prosperar,  será  el  lazo  de  unión  entre  los  pue- 
blos de  la  Serranía,  la  muerte  del  caciquismo  imperante  en  aquella  región 
y  la  extirpación  de  la  usura  que,  como  cáncer,  se  halla  extendida  por  mu- 
chos pueblos  de  la  comarca. 

Prueba  de  los  beneficios  de  una  buena  acción  social  es  la  población 
de  Hinojosa  del  Duque  (Córdoba),  la  cual,  después  de  vencer  innumera- 
bles dificultades,  muestra  una  pujanza  de  vida  que  admira.  En  el  inquie- 
tante problema  agrario  andaluz  es  de  urgente  necesidad  la  división  de  la 
propiedad  inmueble,  haciendo  posible  su  adquisición  en  parte  por  el  pro- 
letariado; hacer  que  el  jornalero  no  sea  solamente  instrumento  de  labor, 
sino  un  elemento  en  la  relación  económico-jurídica  del  dominio.  Para  lle- 
gar a  tal  fin  sin  la  cooperación  del  Estado  se  requiere  un  esfuerzo  enorme, 
y  por  eso  dijo  León  XIII  que  la  solución  del  problema  social  no  puede  ser 
otra  que  la  de  hacer  propietario  al  obrero. 

En  las  Asambleas  de  La  Coruna,  Tarazona  y  Seo  de  Urgel  se  discutie- 
ron y  fueron  objeto  de  conclusiones  muy  prácticas  los  puntos  siguientes: 
contratos  de  arrendamiento  por  escrito,  su  duración,  mejoras  introduci- 
das por  el  arrendatario  en  beneficio  de  éste  si  fueren  necesarias;  prohibi- 
ción del  subarriendo,  abolición  de  los  subforos,  necesidad  de  hacer  pe- 
queños propietarios,  y  primeramente  por  medio  de  los  Sindicatos,  ce- 
diendo éstos  fincas  a  braceros;  conveniencia  de  establecer  seguros  de 
caballerías  y  de  pedir  protección  al  Estado  para  los  Sindicatos,  publica- 
ciones de  los  Sindicatos  federados  como  medio  de  información,  marcha 
sindical,  etc. 

El  Sindicato  de  Villanueva  de  la  Serena  (Badajoz)  ha  tenido  el  acierto 


136  NOTAS  DE  INFORMACIÓN 

de  arrendar  junto  a  las  márgenes  del  Zújar  y  Guadiana,  en  dehesas  perte- 
necientes a  los  marqueses  de  Perales  y  Castelar,  3.214  fanegas  de  tierra. 
Valía  más  el  arriendo,  pero  la  generosidad  del  señor  marqués  de  Perales 
no  terminó  aquí,  sino  que  ha  hecho  donación  al  citado  Sindicato  de  25.000 
pesetas  anuales. 

Otro  tanto  ha  hecho  el  marqués  de  Santa  Cristina  por  el  Sindicato  de 
Zarza  Capilla,  cuyos  socios  extremeños  entran  en  posesión  de  12  fanegas 
de  cabida.  Entre  los  braceros  y  agricultores  pobres  han  tenido  lugar  esce- 
nas que  no  son  para  descritas,  pues  no  sabían  cómo  manifestar  su  grati- 
tud al  citado  procer  que  ha  cooperado  a  esta  hermosa  obra  social. 

Los  datos  que  los  representantes  de  cada  uno  de  los  Centros  agrarios 
presentaron  en  la  Asamblea  de  Leyóla,  informativos  unos,  directivos  otros 
y  todos  eminentemente  prácticos,  pueden  sintetizarse  en  lo  siguiente: 

El  Centro  de  la  Coruña  informó  sobre  la  actividad  desplegada  por  los 
propagandistas,  y  en  la  actualidad  estudia  la  organización  de  Sindicatos  de 
encajeras,  que  son  de  absoluta  necesidad,  como  lo  es  el  que  las  señoras 
formen  Círculos  femeninos  de  estudios.  El  Centro  de  Oviedo  informó  so- 
bre el  movimiento  feminista  en  Gijón,  en  donde  el  Sindicato  de  sirvientas 
ha  conseguido  algunas  mejoras,  y  llamó  la  atención  sobre  el  avance  del  sin- 
dicalismo revolucionario  entre  la  población  obrera  de  Asturias.  El  de  San- 
tander informó  sobre  la  constitución  del  Centro  en  el  mitin  social  de  Lim- 
pias, al  que  asistieron  más  de  2.000  campesinos;  como  el  de  San  Sebastián 
hizo  resaltar  los  caracteres  agudos  con  que  se  presenta  el  sindicalismo  en 
Eibar,  y  defendió  además  la  necesidad  de  fundar  Sindicatos  de  pescadores. 

El  Centro  de  Vitoria  dio  referencias  sobre  la  adquisición  de  un  edificio 
para  la  Sociedad  Femenina,  en  la  cual  se  congregan  muchas  obreras,  y  so- 
bre fundación  de  la  catequesis  infantil,  la  cual  funciona  en  sus  tres  seccio- 
nes de  dote,  socorro  y  ahorro.  El  Centro  de  Bilbao  informó  sobre  los 
trabajos  que  se  realizan  para  moralizar  los  espectáculos  públicos,  sobre 
la  delincuencia  infantil,  los  Tribunales  de  niños  y  Patronatos  que  será  ne- 
cesario crear.  En  Amurrio  está  próximo  a  abrirse  el  Reformatorio  del 
Salvador. 

Según  la  información  del  Centro  de  Zaragoza,  la  Federación  Aragone- 
sa cuenta  con  más  de  300  Sindicatos.  En  la  Caja  federal  hay  600.000  pese- 
tas, y  eso  que  funciona  hace  dos  meses  escasos.  Las  referencias  del  de  Bar- 
celona versaron  sobre  el  estado  floreciente  y  eficaz  actuación  del  Sindicato 
ferroviario  de  Vich,  donde  además  funciona  un  Sindicato  de  sirvientas, 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN  137 

como  en  Villarreal  (Castellón)  funciona  un  Sindicato  mixto  compuesto  de 
propietarios,  obreros  agrícolas  y  obreros  industriales  derivados  de  la  agri- 
cultura. 

El  Centro  de  Madrid  habló  de  la  campana  intensa  llevada  a  cabo  por 
medio  de  propaganda  hablada  y  sobre  el  primero  y  segundo  Círculo  de 
Estudios  a  favor  del  Magisterio  Primario.  La  Oficina  de  la  Enseñanza  or- 
ganizó un  mitin  en  el  teatro  Alvarez  Quintero. 

Hacemos  omisión  de  los  datos  aportados  por  otros  Centros,  como  los 
de  Valladolid,  Burgos,  Segovia,  Valencia,  Murcia  y  Sevilla  para  transcribir 
aquí  las  conclusiones  de  la  Asamblea,  que  fueron  éstas: 

Conclusiones. — Los  propagandistas  no  tomarán  parte  en  los  actos  or- 
ganizados por  otras  entidades  a  no  ser  que  la  invitación  viniere  por  con- 
ducto del  secretario  del  Centro.— 2.^  Cada  Centro  remitirá  trimestralmente 
al  Centro  de  Madrid  una  relación  de  todos  los  trabajos  efectuados  en  ese 
período.— 3.^  La  A.  C.  N.  de  P.  prestará  su  apoyo  al  grupo  de  la  Demo- 
cracia Cristiana. — 4.^  La  Asociación  ayudará  indistintamente  a  todas  las 
organizaciones  católicas  obreras,  quedando  a  los  secretarios  del  Centro  la 
apreciación  de  la  oportunidad  del  concurso.— 5/  Considera  necesaria  y 
urgente  la  organización  de  la  clase  media  por  medio  de  Sindicatos  profe- 
sionales.— 6.*  Realizará  una  intensa  campaña  en  favor  del  aumento  de  do- 
tación del  clero.— 7.*  Proseguirá  apoyando  las  aspiraciones  del  Magiste- 
rio Primario.— 8.^  Promoverá  mítines  eucarístico-sociales.— 9."*  Reanuda- 
rá la  campaña  de  vulgarización  de  los  principios  y  soluciones  de  la  Iglesia 
católica  en  materia  social  por  medio  de  mítines. — 10.^  Reitera  su  ofreci- 
miento para  la  propaganda  agraria.— 11.^  Proseguirá  su  campana  por  la 
autonomía  universitaria  y  la  libertad  de  enseñanza,  y  que  para  la  redac- 
ción de  Estatutos  de  Universidad  se  oiga  a  la  clase  estudiantil.  Urge  fo- 
mentar las  organizaciones  de  estudiantes.— 12.^  Proseguirá  propugnando 
el  sistema  de  la  representación  proporcional  para  las  elecciones  políticas  y 
administrativas. — 13.*  Aspira  a  la  igualdad  de  derechos  políticos  de  la 
mujer  y  el  hombre,  y  defenderá  como  reforma  inmediata  la  concesión  a 
la  mujer  del  sufragio  activo.— 14.*  Estima  conveniente  la  reforma  de  la 
Alta  Cámara  en  sentido  de  dar  representación  a  las  clases  organizadas. 

Las  conclusiones  fueron  aprobadas  por  aclamación. 

J.  García. 
(Concluirá.) 


SECCIÓN   científica 


UN  MODELO  MECÁNICO  DEL  ÁTOMO 

Cuando  se  trata  de  explicar  algunas  teorías  científicas,  cuyos  enuncia- 
dos no  son  fácilmente  comprensibles  sin  un  esfuerzo  muy  grande  de  la 
imaginación,  los  modelos  mecánicos  prestan  en  muchas  ocasiones  una 
ayuda  eficacísima. 

Al  exponer  Ramsay  la  hipótesis  moderna  respecto  a  la  estructura  del 
átomo,  que  supone  la  existencia  de  uno  o  varios  electrones  moviéndose  y 
describiendo  órbitas  alrededor  de  un  núcleo  positivo,  se  valió  de  un  mo- 
delo mecánico  muy  ingenioso  y  cuyo  artificio  es  el  siguiente.  En  una  cuba 
de  madera  de  15  cm.*  de  superficie  y  2  cm.  de  profundidad,  se  coloca  un 
electrodo  central  de  platino,  y  en  los  cuatro  ángulos  otros  cuatro  electro- 
dos, también  de  platino  o  de  hierro.  El  electrodo  central  se  une  al  polo 
positivo,  mientras  que  los  electrodos  colocados  en  los  ángulos  se  acoplan 
en  paralelo  y  se  unen  al  polo  negativo.  Sobre  la  cuba  se  coloca  también  un 
electroimán.  La  corriente  que  entra  por  el  electrodo  central  pasa  después 
por  los  otros  eloctrodos  y  recorre  un  camino  sensiblemente  radial  y  per- 
pendicular al  campo  del  imán,  que  hace  el  papel  de  núcleo  positivo.  Sus- 
tituyendo las  agujas  de  Mayer  por  bolitas  metálicas,  éstas  adquieren  movi- 
mientos particulares,  que  van  siendo  más  complicados  a  medida  que  se 
aumenta  el  número  de  bolas.  Las  singulares  propiedades  de  estos  movi- 
mientos y  las  perturbaciones  que  experimentan  dan  lugar  a  interpretacio- 
nes muy  curiosas,  como  son  el  origen  de  las  radiaciones  luminosas,  por 
ejemplo,  del  mismo  modo  que  la  fuente  de  perturbación  de  donde  se  ori- 
ginan los  rayos  X. 

Modificando  un  poco  este  sistema,  es  posible  obtener  también  una  ima- 
gen muy  perfecta  de  la  desintegración  atómica  constante  que  experimen- 
ta el  radio  y  dar  una  idea  muy  sencilla  de  todas  sus  radiaciones  particu- 
lares. 


SECCIÓN  CIENTÍFICA  13Q 


DE   RE   ASTRONÓMICA 

MOVIMIENTOS    DE    LA    LUNA 

Movimientos  de  traslación  a  través  de  las  constelaciones.— Los  fenó- 
menos lunares  indicados  hasta  aquí,  la  sucesión  periódica  de  las  fases,  de- 
muestran sin  más  razonamientos  que  nuestro  satélite  marcha  sucesiva  y 
periódicamente  a  través  del  espacio  sin  detenerse,  tomando  diversas  posi- 
ciones respecto  del  Sol  y  de  la  Tierra:  que  mientras  ésta,  durante  unos 
treinta  días,  recorre  un  trozo  de  su  órbita  en  torno  al  astro  centra!,  la  Luna 
pasa  por  las  fases  descritas,  y  completa  una  circunferencia  en  derredor 
de  la  Tierra.  Antes  de  ahora  hemos  demostrado  que  el  Sol,  aparentemente, 
y  en  realidad  nuestro  globo,  van  pasando  durante  el  año  a  través  de  las 
constelaciones  del  Zodíaco,  siguiendo  la  curva  llamada  Eclíptica.  Fenóme- 
no semejante  se  verifica  con  la  Luna  durante  un  mes  lunar,  y  análogas  con- 
sideraciones demuestran  el  mismo  hecho  de  la  traslación  del  satélite.  Basta 
fijarse  en  él  a  una  hora  determinada  durante  algunas  noches,  cotejando  sus 
posiciones  con  las  de  las  estrellas  próximas,  para  ver  el  avance  progresivo 
de  la  Luna  hacia  el  oriente  con  movimiento  directo,  sin  que  al  observador 
le  quede  la  menor  duda  de  la  realidad  del  fenómeno.  Lo  mismo  se  deduce 
de  la  comparación  de  las  horas  de  los  ortos  y  ocasos.  Cada  día,  y  en  suce- 
sión no  interrumpida,  nuestro  satélite  nace  y  se  pone  más  tarde  que  el  día 
anterior. 

Observaciones  más  precisas  demuestran  asimismo  que  el  movimiento 
de  traslación  de  la  Luna  no  es  uniforme.  Sucede  aquí  exactamente  lo  mis- 
mo que  lo  ya  expuesto  acerca  del  movimiento  de  traslación  de  la  Tierra: 
aquí  la  Tierra  y  allá  la  Luna  corren  por  el  espacio,  ora  con  velocidad  máxi- 
ma, ora  con  velocidad  minina,  y  dentro  de  esos  límites,  con  velocidad  in- 
termedia, según  las  circunstancias,  obedeciendo  a  la  ley  de  las  áreas;  si  bien, 
en  cuanto  a  la  Luna,  esa  obediencia  no  sea  más  que  aproximada,  a  causa 
de  la  misma  complicación  que  iremos  notando  en  los  movimientos  lunares. 

Causa  principal  de  la  irregularidad  en  el  movimiento  de  traslación. — 
Al  tratar  de  este  movimiento  de  nuestro  planeta  en  torno  al  Sol,  vimos  que 
la  causa  principal  de  sus  irregularidades  eran,  la  forma  elíptica  de  la  tra- 
yectoria y  el  ocupar  el  Sol,  no  el  centro  geométrico  de  la  elipse,  sino  uno 


140  SECCIÓN  CIENTÍFICA 

de  sus  focos.  Por  lo  cual  la  distancia  entre  los  dos  astros  oscilaba  del 
mismo  modo,  entre  dos  límites  extremos,  correspondiendo  al  primero  (al 
mínimo)  la  velocidad  máxima  y  al  segundo  la  velocidad  mínima.  Bastará, 
pues,  que  el  lector  recuerde  las  circunstancias  del  movimiento  de  la  Tierra 
enderredor  del  Sol,  para  darse  cuenta  del  de  la  Luna,  cuyo  giro  en  torno  a 
la  Tierra  es  más  de  doce  veces  más  rápido  que  el  de  nuestro  planeta;  bien 
que  al  movimiento  lunar  acompañan  otros  pormenores  que  lo  tornan  más 
complicado  que  el  terrestre.  En  lo  que  sigue  daremos  a  conocer  algunos 
de  esos  pormenores;  pero  antes  conviene  definir  con  más  precisión  los 
principales  elementos  geométricos  y  astronómicos  de  la  órbita  lunar. 

La  distancia  entre  la  Tierra  y  su  satélite  (de  centro  a  centro)  varía  cons- 
tantemente y  rápidamente  con  el  tiempo  entre  los  límites  55,61278  radios 
terrestres  (distancia  mínima)  y  64,92030  radios  (distancia  máxima),  siendo 
la  media  60,26654  radios.  Reducidas  a  kilómetros,  multiplicando  por  los 
kilómetros  que  mide  el  radio  ecuatorial  de  la  Tierra,  resulta: 

Distancia  máxima  de  la  Luna,  415831  kilómetros. 

Distancia  mínima,  352959  kilómetros. 

Distancia  media,  384395  kilómetros. 

Diferencia  entre  la  mínima  y  la  máxima,  62872  kilómetros. 

Eje  mayor  de  la  elipse,  768790  kilómetros. 

Desarrollo  de  la  órbita  lunar  considerada  como  una  circunferencia  con 
la  distancia  media  por  radio,  2'41 5,223  kilómetros. 

La  excentricidad  de  dicha  órbita  es  0,0549006. 

La  órbita  de  la  Luna  y  la  de  la  Tierra  no  coinciden  en  un  solo  plano, 
como  es  bien  sabido.  Se  cortan  entre  sí  los  dos  planos  con  una  inclinación 
media  de  5°8'43",8,  oscilando  el  valor  de  este  ángulo  entre  5°5'18"  y 
5°12'9,6,  según  un  período  de  173  días,  aproximadamente.  Los  puntos  de 
cruce  entre  la  órbita  lunar  y  la  Eclíptica  se  denominan  nodos  lunares;  nodo 
ascendente  aquel  en  que  la  Luna  pasa  del  hemisferio  eclíptico  austral  al 
hemisferio  boreal,  y  nodo  descendente  el  punto  de  paso  del  hemisferio 
boreal  al  hemisferio  austral. 

Apogeo  y  perigeo  lanares.—Son,  respectivamente,  los  puntos  de  la  ór- 
bita en  que  el  satélite  se  encuentra  a  la  mayor  y  a  la  menor  distancia  de  la 
Tierra.  Con  el  nombre  de  longitud  del  perigeo  lunar  se  conoce  la  longitud 
del  nodo  ascendente  aumentada  en  la  distancia  del  dicho  nodo  al  perigeo. 
Para  determinar  la  longitud  de  la  Luna  en  un  momento  dado,  la  longitud 
del  perigeo  y  la  del  nodo  ascendente,  referidas  todas  a  la  Eclíptica,  hay  que 


SECCIÓN  CIENTÍFICA  141 

partir  de  los  valores  de  estos  mismos  elementos  conocidos  de  antemano, 
correspondientes  a  una  fecha  fija,  que  se  denomina  época.  Por  ejemplo, 
en  1.°  de  Enero  de  1900  se  tenía: 

Longitud  media  de  la  Luna,  283°36'48",2  +  17325644'M0  t. 

Longitud  del  perigeo,  334^26'! 9'',  1  H-  146485'',09  t. 

Longitud  del  nodo  ascendente,  259°7'5r^6  —  69629'',12  t. 

Si  ahora  se  quieren  obtener  los  valores  correspondientes  a  otra  época 
posterior  cualquiera,  basta  multiplicar  por  /  que  representa  anos,  los  coefi- 
cientes numéricos  de  los  segundos  sumandos  de  las  anteriores  expresiones, 
y  agregar  el  producto,  reducido  a  grados,  minutos  y  segundos  al  primer 
sumando  respectivo.  El  factor  /  representa  años  julianos  de  365,25  días. 
Por  vía  de  ejemplo,  determinemos  la  longitud  de  la  Luna  para  el  I.°  de 
Enero  de  1920.  Se  tendrá: 

283°36'48",2  -f-  17325644",10  x  20  -=  57°10'41''; 

después  de  suprimir  el  número  entero  de  circunferencias  contenidas  en 
la  suma. 

Movimiento  de  la  Luna  en  declinación.— E\  movimiento  en  Ascensión 
Recta  es  consecuencia  inmediata  del  movimiento  en  longitud  de  que  aca- 
bamos de  tratar.  La  AR  (ascensión  recta)  queda  determinada  en  cada  caso, 
por  la  intersección  del  círculo  máximo  de  Declinación  (D),  que  pasando 
por  el  centro  del  satélite,  corta  perpendicularmente  al  Ecuador.  Aquí,  ante 
todo,  conviene  conocer  y  definir  el  movimiento  de  la  Luna  en  declinación 
y  en  latitud  astronómicas. 

Al  estudiar  los  movimientos  aparentes  del  Sol  nos  dimos  cuenta  de  que, 
a  causa  de  la  oblicuidad  de  la  Eclíptica  sobre  el  ecuador,  el  astro  del  día 
oscilaba  a  uno  y  al  otro  lado  del  plano  Ecuatorial:  que  para  un  punto  dado 
de  la  Tierra,  en  el  hemisferio  norte,  por  ejemplo,  el  Sol  declinaba  más  y 
más  hacia  el  Sur;  salía  y  se  ponía  más  bajo  respecto  de  la  línea  EW.,  des- 
de el  equinocio  de  otoño  al  solsticio  de  invierno,  en  el  cual  llegaba  el  astro 
al  límite  de  declinación  austral;  así  como  alcanzaba,  medio  año  después, 
el  límite  de  declinación  boreal,  en  el  solsticio  de  verano.  Pues  bien:  solo 
necesitamos  llamar  la  atención  del  lector  sobre  el  fenómeno  análogo  de 
esas  oscilaciones  de  la  Luna  en  declinación,  para  que  por  sí  mismo  se  dé 
cuenta,  no  sólo  del  hecho,  sino  de  su  mayor  frecuencia  y  aptitud  más 
grande,  respecto  de  la  Luna.  La  frecuencia  está  regulada  por  el  número  de 
revoluciones  sinódicas  del  satélite  en  torno  a  la  Tierra,  durante  un  año,  y 


142  SECCIÓN  CIENTÍFICA 

la  amplitud  puede  abarcar  en  su  máximo  la  suma  de  la  oblicuidad  de  la 
Eclíptica  y  la  inclinación  sobre  ésta  de  la  órbita  lunar.  Por  término  medio, 
la  Luna  oscila  a  uno  y  otro  lado  del  Ecuador  unos  28°  35'  45",  verificando 
algo  más  de  doce  oscilaciones  completas  en  espacio  de  un  año.  Fácil  es 
observar  cómo  la  Luna  en  nuestro  hemisferio  se  aproxima  a  veces  a  nues- 
tro cénit,  creciendo  en  altura,  más  que  el  Sol  en  el  solsticio  de  verano;  y 
que  a  veces  también  decrece  su  altura  hasta  bajar  más  hacia  el  Sur,  que  el 
astro  del  día  en  el  solsticio  de  invierno. 

Nestacion  de  la  órbita  de  la  Luna.—A\  decir  que  dicha  órbita  no  coin- 
cide en  el  mismo  plano  con  la  Eclíptica  y  que  la  inclinación  de  la  una  res- 
pecto de  la  otra  tienen  un  máximo  y  un  mínimo  de  amplitud,  es  lo  mismo 
que  afirmar  que  el  ángulo  de  las  dos  oscila  periódicamente  a  uno  y  otro 
lado  de  un  valor  medio.  La  semioscilación  de  que  se  trata  equivale  en  su 
amplitud  media  a  11' 22".  Si  ahora  suponemos  o  nos  imaginamos  una 
recta  perpendicular  en  el  centro,  el  plano  de  la  órbita  lunar,  como  eje  de 
rotación  del  movimiento  del  satélite  en  torno  a  la  Tierra,  ese  eje  formará 
con  el  de  la  Eclíptica  el  mismo  ángulo  rectilíneo  de  1 T  22"  de  abertura,  su- 
mándose o  restándose  con  el  ángulo  de  inclinación  que  forman  entre  sí  la 
órbita  de  la  Tierra  y  la  órbita  de  la  Luna.  El  eje  del  Ecuador  que  hemos 
denominado  también  eje  del  mundo,  eje  polar  y  eje  de  la  esfera  celeste 
forma  asimismo  con  el  eje  de  la  órbita  lunar  otro  ángulo  de  28°  35'  45'' 
sometido  a  esa  misma  variación  oscilatoria  de  los  11'  22''. 

Si  el  plano  orbital  de  la  Luna  no  tuviera  otros  movimientos  que  la  os- 
cilación indicada,  sin  cambiar  la  posición  de  la  línea  de  los  nodos,  es  cla- 
ro que  la  perpendicular  presupuesta,  al  eje,  no  haría  más  que  alternativa- 
mente aproximarse  y  alejarse  respecto  del  eje  de  ia  Eclíptica  y  del  eje  del 
Ecuador.  No  sucede  así,  sin  embargo:  de  un  modo  análogo  a  lo  expuesto 
al  tratar  de  la  precesión  de  los  equinocios  y  de  la  consiguiente  retrograda- 
clon  de  los  puntos  equinociales,  ocurre  aquí  con  la  órbita  de  la  Luna  y  sus 
puntos  nodales  un  fenómeno  de  la  misma  naturaleza,  con  la  diferencia  de 
realizarse  aquí  en  proporciones  más  notables,  como  iremos  viendo  en  lo 
que  sigue.  Digamos  antes  que  la  oscilación  que  hemos  descrito  se  conoce 
en  Astronomía  por  el  nombre  de  nestacion  de  la  órbita  de  la  Luna. 

Reirogradación  de  los  nodos.— La.  definición  de  nodos  ascendente  y 
descendente  dada  más  arriba  con  respecto  a  la  Luna  es  aplicable  en  gene- 
ral a  todos  los  puntos  de  ia  misma  naturaleza  determinados  por  el  cru- 
ce de  las  órbitas  planetarias  y  de  las  de  los  satélites  respectivos  con  la 


SECCIÓN  CIEii  TÍFICA  143 

Eclíptica.  Concretémonos  por  el  momento  a  los  nodos  del  satélite  de  la  Tie- 
rra. Acabamos  de  indicar  que  estos  puntos  nodales  son  en  todo  y  por  todo 
análogos  a  los  equinociales,  con  la  diferencia  de  que  en  los  equinocios 
hay  intersección  de  líneas,  mientras  aquí  sólo  hay  cruce  de  órbitas.  Otra 
analogía  existe  entre  la  precesión  equinocial,  que  es  retrógrada,  y  la  retro- 
gradación  de  los  nodos  lunares,  que  se  mueven  también  de  Oriente  a  Po- 
niente, a  lo  largo  de  la  Eclíptica,  aunque  con  velocidad  mucho  más  gran- 
de. En  efecto,  al  nodo  lunar  le  bastan  6.793,5  días  para  completer  un  giro 
de  360°,  cuando  el  punto  equinocial  necesita,  como  hemos  visto,  más 
de  2.500  años  para  completar  el  mismo  giro  o  bien  recorrer  el  mismo  ca- 
mino, no  en  distancias  longitudinales,  sino  en  amplitud  angular,  que  es 
una  circunferencia  en  ambos  casos.  Los  6.793,5  días  hacen  aproximada- 
mente 18,59960  años  trópicos.  El  movimiento  medio  anuo  retrógado  del 
nodo  lunar  es  aproximadamente  de  19°  21':  la  precesión  equinocial  media 
alcanza  sólo  a  52 ',26  por  año.  Este  movimiento  del  nodo  ascendente  de  la 
Luna  y  las  oscilaciones  de  su  órbita  son  la  causa  principal  de  que  la  obli- 
cuidad deesa  órbita  respecto  del  Ecuador  varíe  entre  los  límites  18°  10' 
y  28«  45'. 

Oscilaciones  y  giro  del  eje  de  la  órbita  lunar  en  torno  al  eje  de  la 
Eclíptica. — Al  estudiar  los  diversos  movimientos  de  la  tierra  en  el  espacio, 
vimos  que,  como  consecuencia  de  la  precesión  equinocial,  el  eje  terrestre 
describía  un  cono  en  derredor  del  eje  de  la  Eclíptica,  con  la  nestación  co- 
rrespondiente de  que  allí  se  hizo  mérito.  Del  mismo  modo,  por  la  retro- 
gradación  de  les  nodos  lunares,  el  eje  de  la  órbita  del  satélite  describe 
otro  cono  más  estrecho,  pero,  al  mismo  tiempo,  con  mucha  más  veloci- 
dad, como  se  deduce  de  los  períodos  respectivos  de  revolución,  cuyos  va- 
lores quedan  consignados  en  el  párrafo  precedente.  Por  las  variaciones  de 
la  oblicuidad  de  la  Eclíptica  sobre  el  Ecuador  o  bien  de  éste  sobre  aquélla, 
el  eje  polar  en  su  revolución  cónica  va  oscilando  al  uno  y  al  otro  lado  de 
una  posición  media.  Lo  mismo  sucede  con  respecto  a  la  Luna  a  causa  de 
las  oscilaciones  de  su  órbita.  Por  último,  debido  al  cambio  continuado  de 
la  posición  de  los  nodos  lunares  a  lo  largo  de  la  Eclíptica,  sucede  que  la 
trayectoria  curva  descrita  por  la  Luna  girando  en  torno  de  la  Tierra,  nun- 
ca llega  a  cerrarse  en  un  mismo  plano.  En  sus  revoluciones  sucesivas  el 
satélite  va  describiendo  algo  así  como  una  espiral  ondulada.  Bien  es  cierto 
que  esto  mismo  puede  decirse,  en  general,  de  las  órbitas  de  todos  los  pla- 
netas y  satélites  del  sistema  solar,  que,  trasladándose  todo  él  en  su  conjunto 


144  SECCIÓN  CIENTÍFICA 

a  través  de  los  espacios,  ninguno  de  sus  componentes  ha  pasado  jamás 
dos  veces  por  un  mismo  punto.  Pero,  además  de  esto  que  es  común  a  todo 
el  sistema  planetario,  en  la  Luna  se  verifica  el  fenómeno  por  la  causa  di- 
cha. Los  giros  de  nuestro  satélite  en  torno  a  la  Tierra  tienen  diversas  de- 
nominaciones, según  los  diversos  puntos  desde  donde  comienzan  a  con- 
tarse y  en  donde  termina  cada  vuelta.  En  el  artículo  siguiente  trataremos 
de  estos  pormenores. 

P.  Ángel  Rodríguez  de  Prada. 
(Continuará.) 


bibliografía 


Estudios  antropológicos,  por  el  P.  Eusebio  Negrete,  agustino.— Primera  se- 
rie: Biblia,  Prehistoria  y  Paleontología.— \}n  volumen  en  8.°  de  304  páginas . 
Madrid,  1919. 

Tratándose  de  una  obra  cuyo  autor  pertenece  a  nuestra  Corporación, 
hemos  de  limitarnos  a  reproducir  en  estas  columnas,  de  entre  los  diversos 
juicios  que  van  apareciendo  en  periódicos  y  revistas,  los  que  han  visto  la 
luz  en  El  Universo  del  15  de  Diciembre  y  en  Revista  Eclesiástica,  de 
Valladolid,  del  30  de  Noviembre,  bajo  las  firmas,  respectivamente,  de  C.  de 
la  A.  y  de  S.  Q.  Dice  el  primero: 

«Con  abundante  y  políglota  lectura,  antigua  y  moderna,  firmemente 
asentado  sobre  las  bases  de  la  fe  y  de  la  ciencia  cristiana,  y  abarcando  con 
amplia  y  segura  mirada  todos  los  horizontes  de  la  ciencia  del  día,  el  Padre 
Eusebio  Negrete,  religioso  agustino,  ha  escrito  un  interesantísimo  volumen 
de  304  páginas,  que  no  debe  faltar  en  la  librería  de  cuantos  se  precien  de 
intelectuales  y  amigos  del  saber. 

aTitúlase  la  obra  Estudios  antropológicos;  se  refieren  en  esta  serie,  que 
es  !a  primera,  a  sus  relaciones  con  la  Biblia,  y  la  obra  expone  con  método 
óptimo  y  extremada  claridad  las  principales  teorías  e  hipótesis  de  Prehisto- 
ria y  Paleontología. 

>E1  P.  Negrete,  siguiendo  las  huellas  luminosas  de  otros  dos  religiosos 
agustinos  que  han  llegado  a  merecer  la  dignidad  episcopal,  estudia  cientí- 
ficamente el  origen  del  hombre,  el  supuesto  hombre  terciario,  las  razas 
humanas  más  antiguas  y  las  condiciones  del  hombre  primitivo,  poniendo  de 
manifiesto  los  groseros  errores  y  las  supercherías  que  pasan  como  verda- 
des demostradas  para  los  eruditos  a  la  violeta. 

»E1  P.  Negrete  expone  en  dicha  obra  los  últimos  descubrimientos  pre- 
históricos y  paleontológicos. 

»Como  los  incrédulos  se  han  servido  de  esta  clase  de  enseñanzas  para 
combatir  a  la  Religión,  bien  puede  afirmarse  que  el  nuevo  libro  del  Padre 
Negrete  es  una  obra  científicamente  apologética,  por  cuya  publicación  feli- 
citamos a  su  sabio  autor. 

10 


1 46  BIBLIOGRAFÍA 

El  precio  dei  libro,  a  pesar  de  la  carestía  actual  de  la  producción  im- 
presa, es  sólo  de  cuatro  pesetas.» 

Y  en  la  Revista  que  en  la  ciudad  del  Pisuerga  publican  y  dirigen  los 
Padres  Benedictinos  de  Silos,  leemos: 

«Los  entusiastas  y  aun  apasionados  por  los  estudios  de  esta  índole  que 
hayan  leído  la  mayoría,  si  no  todas  las  obras,  opúsculos  y  artículos  que 
cita  el  P.  Negrete  en  sus  Estadios  antropológicos,  no  podrán  menos  de 
confesar  que  este  trabajo,  si  bien  no  encierra  grandes  novedades  ni  descu- 
brimientos en  su  campo,  recopila  de  una  manera  admirable,  clara  y  metó- 
dica, todo  io  que  sabemos  de  cierto  sobre  tema  tan  transcendental. 

> La  Biblia  señala  nuestro  origen  divino:  Dios  nos  hizo  hombres  per- 
fectos desde  el  momento  en  que  inspiró  soplo  de  vida  en  aquel  cuerpo  que 
Él  mismo  había  formado. 

>No  repugna  de  por  sí  que  Dios  formase  el  ser  humano,  creando  un 
alma  humana  e  infundiéndola  en  un  cuerpo  preexistente;  pero  sabemos  por 
la  Biblia,  palabra  de  Dios,  que  no  fué  así,  y  de  lo  que  los  descubrimientos 
de  la  ciencia  nos  revelan  consta  que  no  puede  sacarse  en  buena  lógica  la 
conclusión  de  que  el  hombre,  hasta  llegar  al  estado  en  que  hoy  vive,  pasa- 
se primeramente  por  una  bestialidad  pura  y  repugnante.  Dios  creó  a  Adán 
en  estado  de  perfección,  dotándole  de  un  conocimiento  completísimo  de 
las  cosas  divinas,  sin  dejar  por  eso  de  adornarle  con  todo  el  saber  humano 
que  le  convenía,  como  a  quien  había  de  ser  el  padre  y  primer  educador  de 
todo  el  humano  linaje. 

»Ni  la  Prehistoria  ni  la  Paleontología  han  llegado  a  demostrarnos  que 
el  hombre  del  Paleolítico  era  un  animal  en  vias  de  ser  hombre,  pues  desde 
el  momento  en  que  aparece  se  ven  muestras  de  su  inteligencia;  las  armas 
que  se  construye  están  muy  bien  adaptadas  a  sus  necesidades,  honra  a  los 
muertos,  etc. 

>¿Qué  importa  que  el  esqueleto  de  Neanderthal  fuese  de  un  cuerpo  feo^ 
¿No  hemos  topado  con  un  ser  patológico?  ¿No  existen  hoy  hombres  tan 
feos  como  pretenden  que  ere  aquél? 

>Atraso,  incultura,  barbarie,  supongamos  que  sí  la  hubo,  aunque  no  al 
salir  el  hombre  de  las  manos  de  Dios;  pero  salvajismo,  no. 

>Ni  la  Prehistoria  ni  la  Paleontología  han  mostrado  hasta  ahora  el  hom- 
bre terciario.  Pero  supongamos  que  este  punto  llegue  a  ser  verdad  demos- 
trada, ¿se  opondría  acaso  a  la  narración  bíblica?  De  ningún  modo.  Bus- 
quen los  transformistas  al  precursor  del  hombre,  busquen  el  codiciado 
anillo;  ¿le  han  encontrado?  Ni  le  encontrarán.  ¿En  qué  paró  el  famoso  ár- 
bol genealógico  de  Ameghino? 

»He  aquí  enunciados  algunos  de  los  puntos  que  estudia,  desarrolla  y 


BIBLIOGRAFÍA  147 

resuelve  el  P.  Negrete  en  su  última  obra,  en  cuanto  a  los  estudios  antropo- 
lógicos del  día,  todos  conocidos  y  utilizados  todos  por  el  insigne  agustino, 
permiten  resolver  y  desarrollar  estas  cuestiones. 

»Vaya  nuestro  aplauso  muy  sincero  al  autor  por  este  resumen  crítico  y 
concienzudo  en  la  materia,  al  que  preside  la  lógica  más  sana  y  libre  de  pre- 
juicios; guía  el  saber  teológico  y  acompaña,  desde  el  principio  hasta  el  fin, 
una  palabra  fácil  y  un  estilo  elegante. > 


Bibliografía  Ibérica.  Sudeste  de  España:  Castellar  de  Meca.  Cerro  de  los 
Santos,  por  Julián  Zuazo  Palacios,  abogado,  C.  de  la  Real  Academia  de  la 
Historia. -De  71  págs.,  en  4.*^.    Imprenta  de  Blass  y  0.»».— Madrid.  — 1919. 

.  Esta  Memoria,  presentada  por  su  ilustrado  autor  al  Congreso  de  Cien- 
cias celebrado  el  pasado  verano  en  Bilbao,  tiene  por  objeto  extender 
entre  los  sabios  y  aficionados,  la  noticia  de  los  descubrimientos  arqueoló- 
gicos verificados  en  diversos  tiempos,  en  las  localidades,  ya  famosas,  de 
Castellar  de  Meca  (Valencia)  y  Cerro  de  los  Santos  (Albacete);  anunciar  las 
nuevas  excavaciones  que  piensa  hacer  el  autor  en  dichos  lugares,  hacien- 
do una  franca  invitación  a  los  doctos  para  colaborar  con  él  y  «ver  si  de 
ese  modo  logramos  despertar  el  interés  de  un  excavador  que  nos  quiera 
ayudar  en  obra  tan  meritoria». 

La  obra,  impresa  con  gran  lujo  y  adornada  con  18  magníficas  ilustra- 
ciones, reproduce  la  parte  bibliográfica  incluida  por  él  en  otras  dos  obras 
suyas  publicadas  anteriormente  y  que  le  valieron  el  ser  designado  Co- 
rrespondiente de  la  Real  Academia  de  la  Historia.  Los  que  conozcan  esas 
dos  obras  nada  nuevo  encontrarán  en  la  presente,  como  no  sea  su  patrió- 
tico llamamiento  a  la  colaboración  y  la  manifestación  de  sus  laudabilísimos 
proyectos;  pero  para  los  que  no  las  conocen,  daremos  una  sucinta  idea  de 
su  contenido.  Divide  la  obra  en  dos  partes,  dedicando  la  primera  a  Caste- 
llar de  Meca,  y  la  segunda  al  Cerro  de  los  Santos,  colocando  en  medio  las 
ilustraciones,  todas  ellas  referentes  a  Meca. 

Incluye  en  la  primera  parte  la  nota  bibliográfica  de  catorce  obras  que 
hablan  de  Meca  más  o  menos  extensamente,  y  da  a  continuación  un  am- 
plio resumen  de  su  contenido,  terminando  con  un  breve  juicio  crítico  de 
cada  una  de  ellas,  con  el  título  de  comentarios,  que  se  leen  con  sumo  in- 
terés y  que  el  autor  podía  haber  extendido  mucho  más  sin  que  fatigara 
al  lector,  pues  sus  atinadas  observaciones,  basadas  en  el  detenido  estudio 
del  terreno  y  de  los  objetos  hallados,  son  de  no  poco  valor  y  autoridad. 
Únicamente  podía  haberse  ahorrado  el  tiempo  y  el  espacio  ocupados  por 
la  relación  de  determinado  autor  que,  «dejándose  llevar  por  una  imagina- 


148  liíHLIOGRAFÍA 

ción  calenturienta,  habla  de  gigantes,  merodeadores  y  misterios».  Esos 
«cuentos  orientales»,  Sr.  Zuazo,  no  merecen  más  que  un  compasivo  si- 
lencio. 

En  la  parte  que  toca  al  Cerro  de  los  Santos,  señala  con  gran  claridad 
su  situación  geográfica,  los  caracteres  del  terreno,  la  descripción  del  cerro 
y  la  significación  de  su  templo  en  los  tiempos  primitivos;  sigue  la  historia 
de  las  excavaciones  hechas  en  ese  lugar,  con  la  indicación  de  la  clase  y 
número  de  objetos  encontrados  y  la  descripción  detallada  del  más  notable 
de  ellos,  agregando  algunas  curiosas  observaciones.  Completa  todo  ello  la 
nota  bibliográfica  de  42  obras  nacionales  y  1 1  extranjeras,  un  ligero  exa- 
men de  las  más  notables  y  la  opinión  del  autor  sobre  diversos  extremos, 
en  los  que  rectifica  con  razones  muy  atendibles  opiniones  de  muy  doctos 
y  autorizados  arqueólogos. 

El  autor,  dándose  cuenta  de  la  importancia  de  los  descubrimientos  he- 
chos y  de  otros  muchos  que  pudieran  hacerse,  nos  indica  la  luz  que  ha- 
bían de  aportar  sobre  la  vida  y  civilización  de  los  primitivos  habitantes  de 
nuestra  península.  Sus  esfuerzos  y  su  llamamiento  a  los  doctos  nos  recuer- 
dan aquellos  otros  del  inteligente  arqueólogo  mallorquín,  Sr.  Pérez  Cabre- 
ro, que,  ante  la  inmensidad  de  objetos  prehistóricos  fenicios  encerrados  en 
las  necrópolis  de  Ibiza,  invocaba  angustiado  la  protección  del  Gobierno, 
antes  que  gentes  extranjeras  pusieran  sus  manos  en  la  obra;  pero  aquellos 
preciosos  tesoros  siguen  aún  bajo  tierra.  El  Sr.  Zuazo  ha  mostrado  ya  su 
competencia  en  las  dos  obras  citadas  y  debe  emprender  cuanto  antes  y  lo 
más  ordenadamente  posible  sus  trabajos,  que  aún  obtendrán  mucho  fruto. 

Quéjase  el  Sr.  Zuazo  de  la  incredulidad  con  que  con  frecuencia  son  re- 
cibidos en  el  extranjero,  y  principalmente  en  Francia,  los  descubrimientos 
hechos  en  España,  y  desde  luego  tiene  mucha  razón. 

No  está  todavía  muy  lejos,  para  que  se  olvide,  lo  acaecido  al  ilustre 
descubridor  de  las  pinturas  rupestres  de  la  Cueva  de  Altamira,  Sr.  Santuo- 
la,  cuya  obra  Breves  apuntes,..,  publicada  en  1880  y  que  tiene  el  innega- 
ble defecho  de  primacía  en  esas  materias,  fué  recibida  en  Europa  en  me- 
dio de  la  general  indiferencia  de  los  sabios  y  más  tarde  sañudamente  com- 
batida, para  después  tener  que  reconocer  sus  enemigos,  no  sin  algo  de 
rubor,  la  verdad,  exactitud  e  importancia  de  los  descubrimientos  y  obser- 
vaciones del  explorador  español. 

Observa  también  el  autor  que,  siendo  como  se  ha  indicado,  muy  nu- 
merosas las  obras  publicadas  sobre  el  Cerro  de  los  Santos,  es  muy  difícil 
la  adquisición  de  muchas  de  ellas,  entre  otras  razones,  «por  haberse  hecho 
muy  pequeñas  tiradas  de  las  Memorias  referentes  a  este  asunto...  debido  al 
ningún  interés  que  por  estos  estudios  se  siente  en  este  país>;  y  a  pesar  de 


BIBLIOGRAFÍA  1 49 

eso,  él  mismo  imita  el  ejemplo,  puesto  que  nos  dice  que  de  su  obra  Meca 
no  se  tiraron  más  que  200  ejemplares;  y  en  cuanto  al  interés  que  despier- 
tan esos  estudios  en  España,  no  debe  ya  ser  tan  nulo  cuando  esos  mismos 
200  ejemplares  citados  se  agotaron  rápidamente,  como  afirma;  hágase  pro- 
paganda en  periódicos,  revistas  y  librerías  y  creemos  que  también  esos  li- 
bros se  venderán  en  abundancia. 

Mucho  esperamos  de  los  esfuerzos  y  de  la  reconocida  competencia  del 
Sr.  Zuazo,  y  llena  nuestro  ánimo  de  esperanzas  cuando  nos  anuncia  que  si 
no  halla  quien  le  ayude  trabajará  él  solo  hasta  donde  lleguen  sus  fuerzas; 
deseamos  que  el  más  grande  de  los  éxitos  corone  sus  trabajos.~P./ü//d/2 
de  Urquiola. 

LIBROS   RECIBIDOS 

L'Amour  Chrétien  (deuxiéme  edition),  par  A.  D.  Sertillanges,  membre 
de  L'Institut.— Un  vol.  de  306  págs.,  en  8.°.— Librairie  Lecoffre  j.  Gabalda, 
editeur.—Rue  Bonaparte,  90.— París. 

— La  Rota  Española,  discurso  leído  en  el  acto  de  su  recepción  en  la 
Real  Academia  de  Ciencias  Morales  y  Políticas,  por  el  limo.  Sr.  D.  Javier 
Vales  Failde,  y  contestación  del  Excmo.  señor  Marqués  de  Figueroa. — 
Un  vol.  de  143  págs.,  en  4.**  menor. —Madrid.— Tip.  de  la  «Rev.  de  Arch. 
Bib.  y  Museos*.— 1920. 

— La  Gtierre  et  la  Paix  d'apres  le  Droit  naturel  chrétien,  par  le 
R.  P.  Marcel  Chosat,  S.  J.— Preface  par  Ivés  de  la  Briére.— Un  vol,  de 
224  págs.,  en  8.".— Bloud  et  Oay,  editeurs.— París-Barcelone. 

—La  Paix  Prochaine  et  la  Mission  des  Alliés,  par  Maurice  Legen- 
dre. — Un  vol.  de  238  págs.,  en  8.°. — Bloud  et  Gay,  editeurs.— París-Bar- 
celone. 

—En  Amerique  á  la  fin  de  laguerre,  par  Tabbé  Félix  Klein,  aumonier 
de  Tambulance  americaine,  professeur  honoraire  a  l'Institut  Catholique  de 
París. — Un  vol.  de  305  págs.,  en  8.**.— París. — Gabriel  Beauchesne.— 1919. 

—Esto  Fidelis.—A  los  religiosos  jóvenes,  por  el  P.  José  Delbrel,  S.  J. — 
Un  vol.  de  142  págs.,  en  8.°.— Bruno  del  Amo,  editor.  —Madrid,  Tole- 
do, 72.— 1920. 

— La  Izquierda  Liberal.  Campañas  políticas  de  D.  Santiago  Alba. — 
Un  vol.  de  896  págs.,  en  4.*^  mayor. — Imprenta  Castellana. — Valladolid. 

— Los  Ferrocarriles  internacionales  y  la  red  peninsular. — Ponencia 
presentada  a  la  deliberación  del  Congreso  Nacional  de  Ingeniería  por  la 
Comisión  burgalesa  de  iniciativas  ferroviarias. — Un  vol.  de  80  págs.,  en 
4.*  mayor.— Librería  Hijos  de  Santiago  Rodríguez.— Burgos. 


CRÓNICA  GENERAL 


Madrid-Escorial,  15  de  Enero  de  1920. 


ROMA 


En  los  primeros  días  del  mes  se  verificó  en  Roma  un  Congreso  Nacio- 
nal de  la  Juventud  católica  italiana  que,  como  se  sabe,  forma  parte  del  nue- 
vo plan  de  campaña  que  para  resolver  los  altos  intereses  católicos  y  nacio- 
nales ha  emprendido  la  Acción  Católica  de  aquel  país,  siguiendo  las  ins- 
trucciones de  su  Junta  Directiva. 

Al  acto  concurrieron  muchas  y  distinguidas  personalidades  y  numero- 
sos representantes  de  los  Círculos  de  todas  las  ciudades  de  Italia. 

El  comendador  Pericole,  que  ocupaba  la  presidencia,  entre  grandes 
aplausos  presentó  a  la  marquesa  de  Patrizi,  presidenta  de  la  Unión  católi- 
ca femenina.  Esta  ilustre  dama  inauguró  los  discursos  para  saludar  en 
nombre  de  las  mujeres  católicas  de  Italia  a  los  jóvenes  hermanos  de  fe. 

Entre  grandes  aplausos  habló  el  comendador  Pericoli,  presidente  ge- 
neral, diciendo  que  del  Congreso  debe  ser  excluida  toda  forma  acadé- 
mica. Saluda  al  Padre  Santo  y  tiene  palabras  fraternales  para  los  jóvenes 
católicos  de  Trieste  y  de  Capo  de  Instria.  Al  mencionar  al  Papa  la  Asam- 
blea toda  en  pie  prorrumpió  en  grandes  vivas  y  aclamaciones. 

Después  hablaron  diversos  representantes  de  las  juventudes  de  pro- 
vincias. 

En  otra  de  las  sesiones  se  aprobó  una  nota  oficiosa  que  dice  que  la 
Sociedad  de  la  Juventud  Católica  Italiana,  sintiendo  los  estragos  de  la  gue- 
rra con  todas  sus  consecuencias,  se  confirma  en  la  creencia  de  que  todas 
las  crisis  y  problemas  del  actual  momento  histórico  deben  encontrar  su 
adecuada  y  plena  solución  en  la  doctrina  inmutable  del  cristianismo,  vivi- 
ficada con  las  enseñanzas  infalibles  de  la  Iglesia  católica  y  reconoce  que 
todas  las  organizaciones  deben  concurrir  a  obtener  una  formación  inte- 
gral de  la  conciencia  cristiana  y  a  procurar,  con  el  auxilio  de  obras  con- 


CRÓNICA  GENERAL  151 

cretas,  que  penetren  a  través  de  las  masas  populares  en  el  cuerpo  nacional 
el  espíritu  y  la  moral  cristianos. 

-El  periódico  Corriere  d' Italia  da  cuenta  del  discurso  pronunciado 
por  S.  S.  Benedicto  XV  en  la  audiencia  concedida  a  la  nobleza  romana 
que  fué  a  felicitarle  las  Pascuas  y  Año  Nuevo. 

Contestando  a  la  salutación  del  príncipe  de  Paliano,  dijo  el  Pontífice 
que  la  fiesta  de  la  Caridad  debe  resonar  una  vez  más  en  los  católicos  como 
un  himno  de  fe  que  los  ángeles  cantan  ai  Dios  de  la  paz.  Después  de  ha- 
blar elogiosamente  de  la  misión  del  sacerdote  y  de  su  heroico  comporta- 
miento en  la  guerra,  añadió  que  la  nobleza  ha  sido  un  nuevo  sacerdocio. 
La  obra  de  la  nobleza  debe  resumirse  con  la  del  clero  en  el  honroso  cum- 
plimiento de  sus  deberes  en  el  campo  de  batalla,  en  las  ambulancias,  en 
las  aldeas  desoladas,  asistiendo,  luchando  y  muriendo.  Porque  es  además 
muy  justo  que  se  rinda  este  homenaje  al  sacerdocio  de  la  nobleza. 

El  Pontífice  recordó  luego  la  epístola  de  San  Pablo  a  Timoteo  y  sus 
preceptos,  diciendo  que,  cuanto  más  elevada  sea  la  posición  del  noble, 
más  debe  emerger  del  bien  con  el  ejemplo,  con  la  propagación  de  la  ver- 
dad y  de  la  doctrina  de  la  caridad,  de  la  religión  y  de  la  patria.  Y  el  buen 
ejemplo  de  la  nobleza  no  sólo  incumbe  al  caballero  sino  a  la  dama,  con 
cuyos  ejemplos  han  de  edificarse  las  otras  clases  sociales. 

Al  final  el  Padre  Santo  les  dio  su  bendición. 

— La  Cruz  Roja  internacional  de  Ginebra  se  ha  dirigido  al  Soberano 
Pontífice  para  pedirle  su  apoyo  en  favor  de  200.000  prisioneros  que  aún 
están  internados  en  Siberia  en  las  peores  y  más  míseras  condiciones  de 
esclavitud. 

El  Comité  Internacional  de  Ginebra,  en  su  Mensaje,  rinde  un  público 
homenaje  a  la  generosidad  y  eficacia  de  la  acción  pontificia  durante  la 
guerra. 

Benedicto  XV  ha  acogido  con  toda  su  alma  la  petición  de  la  Cruz  Roja 
Internacional,  y  acaba  de  comenzar  nuevas  gestiones  con  los  revoluciona- 
rios rusos  a  fin  de  salvar  de  una  muerte  espantosa  a  los  internados  en  Sibe- 
ria, y  ha  designado  a  monseñor  Maglione  para  que  se  ponga  de  acuerdo 
con  el  Comité  de  Ginebra. 

EXTRANJERO 

Es  ya  un  hecho  el  cambio  de  ratificaciones  del  Tratado  de  paz  entre 
Alemania  y  los  países  de  la  Entente.  La  Prensa  en  su  mayoría,  incluso  la 
de  los  aliados,  censura  con  dureza  el  remate  final  de  un  Tratado  que,  lejos 
de  compensar  las  desgracias  pasadas  y  asegurar  por  mucho  tiempo  la 
tranquilidad  en  el  mundo,  lleva  en  sí  el  germen  de  muchas  guerras. 


I  52  CRÓNICA  GENERAL 

The  Times,  el  órgano  más  autorizado  del  imperialismo  inglés,  confiesa 
que  esta  paz  no  es  la  que  los  pueblos  anhelaban  y  por  la  que  ellos  entra- 
ron en  la  guerra.  Dice  así  el  periódico  londinense: 

«Esta  no  es  la  paz  cuya  esperanza  nos  sostenía  a  través  de  los  obscuros 
días  de  la  guerra.  El  nuevo  mundo  que  nos  imaginábamos  forjar,  aún  está 
por  hacer;  el  espíritu  de  rivalidades  internacionales  y  de  desconfianzas 
mutuas  sigue  vivo.  Y  en  lugar  de  un  mundo  animado  por  el  ideal  de  un 
trabajo  común,  nos  encontramos  con  otro  muy  distinto,  absorto  en  las 
rivalidades  entre  los  principios  de  progreso  constitucional  y  los  partidarios 
de  la  tiranía. 

»La  Europa  oriental  y  gran  parte  de  Asia  aún  yacen  en  un  caos  san- 
griento, y  rehusamos  olvidar  que  la  paz  es  sólo  el  boceto  de  un  torso  y  no 
la  divina  estatua  de  la  libertad  a  que  el  mundo  aspiraba  para  aliviar  sus 
males.  > 

—El  día  10  de  Enero  tuvo  lugar  en  París  la  ratificación  del  Tratado  de 
Versalles,  firmando  el  protocolo  de  Noviembre  los  representantes  de  las 
naciones  aliadas  juntamente  con  los  del  Gobierno  alemán.  Estos  eran  los 
señores  Clemenceau,  Lloyd  Qeorge,  Nitti  y  Matsui,  Lersner  y  Simson. 

Los  pormenores  del  acto  están  consignados  en  la  siguiente  comunica- 
ción de  un  corresponsal: 

El  Sr.  Clemenceau,  después  de  declarar  que  el  protocolo  que  se  some- 
tía a  la  firma  estaba  conforme  con  el  entregado  el  día  2  de  Noviembre,  les 
invitó  a  firmar,  verificándolo  así  los  delegados  alemanes. 

A  continuación,  Clemenceau  les  entregó  la  carta  en  la  cual  los  aliados 
se  comprometen  a  reducir  sus  peticiones  de  material  de  puerto  si  lesionan 
los  intereses  vitales  y  económicos  de  Alemania. 

Los  plenipotenciarios  alemanes  fueron  conducidos  después  al  salón 
del  Reloj,  donde  se  encontraban  ya  los  aliados. 

A  las  cuatro  y  cinco  Clemenceau  tomó  asiento  en  el  sillón  presidencial, 
teniendo  a  su  derecha  a  los  señores  Tardieu,  Klotz,  Leygues,  Julio  Cam- 
bon,  Nitti,  Hymans,  Venizelos  y  Pachilch,  y  a  su  izquierda,  a  Lloyd  Qeor- 
ge, Bonar  Law,  Curzon  y  Matsui. 

El  director  del  protocolo  invitó  a  los  delegados  alemanes  a  firmar  el 
acta  y  las  ratificaciones  que  se  encontraban  expuestos  sobre  una  mesa. 

Simson  firmó  el  primero,  haciéndolo  después  Lersner,  y  a  continuación 
firmaron  Lloyd  Qeorge,  Clemenceau,  Nitti,  Matsui  y  los  plenipotenciarios 
de  Bélgica,  Bolivia,  Brasil,  Quatemala,  Panamá,  Perú,  Polonia,  Slam,  Che- 
coeslovaquia y  Uruguay, 

El  señor  Clemenceau  dijo  después:  «El  protocolo  de  ratificación  del 
Tratado  concertado  entre  las  potencias  de  la  Entente  y  Alemania,  está  fír- 


CRÓNICA  GENERAL  153 

mado,  y  desde  este  momento  el  Tratado  entra  en  vigor,  debiendo  ser  eje- 
cutadas todas  sus  cláusulas.  Se  levanta  la  sesión.» 

Los  alemanes  salieron  los  primeros,  y  a  continuación  los  aliados,  ex- 
cepto los  señores  Clemenceau,  Lloyd  Qeorge  y  Nitti,  que  celebraron  un 
Consejo  secreto. 

El  Tratado  de  paz  con  Hungria.—La.  entrega  del  Tratado  a  la  Delega- 
ción húngara,  presidida  por  el  señor  Apponyi,  se  verificó  en  París  el  día 
15  en  el  despacho  del  ministro  de  Negocios  Extranjeros,  señor  Pichón. 

El  Sr.  Apponyi  y  los  demás  delegados  fueron  introducidos  en  el  des- 
pacho por  el  subdirector  del  protocolo,  Sr.  Fouquiere.  En  el  despacho 
estaban  ya  los  presidentes  de  los  Consejos  de  Italia,  Francia  e  Inglaterra  y 
los  representantes  de  los  Estados  Unidos  y  el  Japón. 

Abierta  la  sesión  por  el  Sr.  Clemenceau,  éste  dijo  que  la  Conferencia 
de  la  paz  había  decidido  conceder  a  la  delegación  de  Hungría,  quince  días 
de  plazo  para  presentar  las  observaciones  al  Tratado.  Añadió  que  la  Con- 
ferencia, por  unanimidad,  había  acordado  también  oír  el  informe  del  señor 
Apponyi,  como  presidente  de  la  delegación,  sobre  la  situación  de  Hun- 
gría, pero  a  condición,  sin  embargo,  que  esta  audición  no  significa  dere- 
cho a  discutir. 

Acto  seguido,  el  secretario  general  de  la  Conferencia,  Sr.  Dutasta,  en- 
tregó al  Sr.  Apponyi  el  volumen  conteniendo  las  condiciones  de  paz  de  los 
aliados. 

El  Sr.  Apponyi  se  limitó  a  decir  que  acusaba  recibo  del  Tratado.  La 
ceremonia  duró  cinco  minutos. 

El  Tratado  húngaro  es  igual  al  de  San  Germán  en  todo  lo  referente  a 
Sociedad  de  las  Naciones,  intereses  fuera  de  Europa,  prisioneros  de  gue- 
rra, puertos  y  vías  de  comunicación  y  trabajo.  La  línea  de  fronteras  queda 
toda  dentro  del  territorio  de  Hungría.  Esta  reconoce  la  independencia  del 
Estado  checoeslovaco.  El  detalle  de  las  fronteras  será  fijado  por  una  Co- 
misión de  siete  miembros. 

Hungría  renuncia  a  todos  sus  derechos  en  los  territorios  que  hayan 
sido  reconocidos  como  pertenecientes  a  Italia,  Yugoeslavia,  Rumania  y 
Checoeslovaquia.  Rumania  acepta  las  disposiciones  del  Tratado  referentes 
a  la  protección  de. las  minorías  nacionales.  Hungría  renuncia  a  favor  de 
Austria  de  todos  sus  derechos  sobre  los  territorios  del  antiguo  reino,  situa- 
do más  allá  de  las  fronteras  fijadas  actualmente.  El  ejército  húngaro  queda 
reducido  a  35.000  hombres,  con  prohibición  de  tener  cañones  superiores 
a  105  milímetros.  El  Estado  húngaro  entregará  durante  cinco  años  una 


154  CRÓNICA  (iiSNKRAL 

cantidad  de  carbón  que  señalarán  las  potencias  aliadas  y  pagará  los  gastos 
del  ejército  aliado,  exceptuando  las  emprendidas  sin  autorización  de  las 
principales  potencias  de  la  Entente  desde  el  3  de  Noviembre  de  1918.  Por 
último,  Hungría  pagará  la  deuda  de  guerra  de  su  nación  y  parte  de  la 

deuda  austríaca. 

* 
*  * 

Inglaterra. —No  podemos  menos  de  transcribir  un  documento  de  im- 
portancia dirigido  por  los  jefes  de  los  Gobiernos  de  los  Estados  que  inte- 
gran el  Imperio  británico  a  sus  pueblos.  Se  publicó  el  día  3  de  Enero,  subs- 
cribiéndolo el  primer  ministro  de  Inglaterra,  Mr.  Lloyd  George,  por  la 
Gran  Bretaña;  Sir  Robert  Borden,  por  el  Canadá;  Mr.  W.  M.  Hughes,  por 
Australia;  Mr.  W.  J.  Massey,  por  Nueva  Zelanda,  y  Mr.  R.  A.  Squires,  por 
Terranova.  Dice  así  el  documento: 

«A  nuestros  conciudadanos  del  Imperio  británico. 

La  guerra,  al  sacudir  profundamente  los  cimientos  del  orden  social  ci- 
vilizado, ha  movido  a  los  estudiosos  a  acometer  el  examen  de  las  bases 
de  vida  nacional  e  internacional. 

Está  hoy  claramente  demostrado,  tanto  por  la  experiencia  de  la  guerra 
como  por  los  ensayos  hechos  para  reconstruir  la  vida  de  la  paz,  que  ni  la 
educación,  ni  la  ciencia,  ni  la  diplomacia,  ni  la  prosperidad  comercial,  fun- 
dadas en  la  opinión  de  ser  la  fuerza  material  el  poder  decisivo,  constitu- 
yen cimientos  sólidos  para  el  ordenado  desenvolvimiento  de  la  vida  mun- 
dial. Todos  esos  factores  son  sencillamente  los  instrumentos  o  medios  que 
para  obrar  utiliza  el  espíritu. 

Aun  la  esperanza,  hecha  entrever  al  mundo,  de  una  vida  de  paz,  pro- 
tegida y  fomentada  por  la  Liga  de  las  Naciones,  requiere  piedras  angula- 
res más  hondas  e  inconmovibles. 

La  cooperación  que  la  Liga  de  las  Naciones  supone  y  ha  de  desenvol- 
ver, sólo  tendría  efectividad  cuando  los  pueblos  coalicionados  obedecie- 
ran al  acicate  de  la  buena  voluntad;  ahora  bien,  el  espíritu  de  buena  vo- 
luntad entre  los  hombres  descansa  necesariamente  sobre  móviles  espiri- 
tuales, así  como  la  esperanza  de  una  «fraternidad  humana>  ha  de  apoyarse 
sobre  el  firme  cimiento  espiritual  de  la  fe  en  Dios  como  Padre. 

En  este  reconocimiento  y  en  el  de  los  designios  de  Dios  respecto  al 
mundo,  ejes  ambos  de  la  doctrina  cristiana,  hallaremos  las  bases  primor- 
diales y  últimas  para  la  reorganización  de  una  vida  ordenada  y  armónica, 
entre  todos  los  hombres.  Pero  esa  fe  no  puede  ser  impuesta  por  los  Go- 
biernos; ha  de  surgir  como  un  acto  de  libre  consentimiento  prestado  por 
los  individuos  en  todas  partes. 


CRÓNICA  GENERAl.  155 

Responsables  nosotros,  cada  uno  en  su  esfera,  de  la  dirección  y  go- 
bierno del  Imperio  británico,  ante  los  problemas  futuros,  declaramos  que 
en  la  aceptación  de  aquellos  principios  espirituales  estriba  el  fundamento, 
más  seguro  de  la  paz  del  orbe.  Por  ello  quisiéramos  recomendar  a  nues- 
tros conciudadanos  la  urgencia  de  que  los  hombres  de  buena  voluntad 
(que  en  todas  las  regiones  revisan  sus  responsabilidades  personales,  rela- 
tivas a  la  reconstrucción  del  mundo  civilizado),  consideren  también  la  ver- 
dad y  validez  eternas  de  aquellas  fuerzas  espirituales,  que  son,  en  defini- 
tiva, las  únicas  que  permiten  esperar  en  el  reinado  permanente  de  la  paz 
del  mundo.» 


Alemania,— En  contestación  a  las  reiteradas  preguntas  que  le  habían 
hecho,  con  el  fin  de  que  explicara  los  motivos  que  había  para  que  el  Cen- 
tro se  uniera  a  los  socialistas,  Pfeiffer,  secretario  general  del  partido  cató- 
lico, ha  hecho  las  siguientes  declaraciones: 

«Constituía  para  el  Centro  una  necesidad  (la  unión  con  los  socialistas), 
si  no  quería  renunciar  a  su  participación  en  el  Gobierno;  y  era  preciso  que 
participara  en  él.  Hemos  aceptado  en  el  Gabinete  las  carteras  más  ingratas: 
Hacienda,  Trabajos  públicos  y  Abastecimientos. 

La  unión  de  los  dos  partidos  no  impide  que  cada  cual  conserve  sus 
ideas  y  su  programa.  Y  esta  unión  nos  ha  permitido  a  los  católicos  la  ob- 
tención o  conservación  de  ventajas  inestimables:  libertad  de  enseñanza; 
reconocimiento  de  los  derechos  de  la  Iglesia;  libertad  de  asociación,  que 
comprende  a  todas  las  Órdenes  religiosas. 

El  último  vestigio  de  las  leyes  de  Mayo,  el  famoso  artículo  que  prohibía 
a  los  jesuítas  la  vida  de  comunidad  en  Alemania,  ha  sido  abolido  por  el 
nuevo  Gobierno,  cuando  con  el  anterior  no  habíamos  podido  obtener  su 
supresión,  a  pesar  de  habernos  esforzado  durante  medio  siglo  para  conse- 
guirla. Nuestras  asociaciones  de  culto  serán  consideradas  en  lo  sucesivo 
como  personas  morales,  pudienda  ser  objeto  de  liberalidades,  legados, 
fundaciones,  no  sólo  por  parte  de  los  individuos,  sino  también  de  las 
colectividades,  de  los  Sindicatos,  de  las  organizaciones  industriales.  Gra- 
cias a  una  fundación  de  este  género,  será  erigida  la  nueva  iglesia  católica 
de  Dusseldorf. 

Algunos  de  nuestros  correligionarios  nos  reprochan  la  aprobación  del 
primer  artículo  de  la  Constitución:  «el  poder  reside  |en  el  pueblo»;  y  el 
haber  así  olvidado  que  todo  poder  descansa  únicamente  en  Dios.  Pero  es 
que  ellos  confunden  un  principio  metafisico,  al  cual  permanecemos  fíeles, 
con  una  concepción  jurídica  a  la  que  creemos  lícito  adherirnos.  Lo  que 


1 56  CRÓNICA  GENERAL 

hemos  querido  decir  nosotros  es  que  el  poder  divino,  en  vez  de  ser  dele- 
gado en  un  príncipe,  puede  ser  en  lo  sucesivo  delegado  en  el  pueblo  y  en 
los  representantes  de  éste,  que  tienen  el  ejercicio  de  tal  poder. 

Se  nos  reprocha  también  la  adopción  de  la  fórmula  laica  del  juramento 
de  fidelidad  a  la  Constitución.  Pero  se  olvida  que  hemos  hecho  añadir  a 
ella  una  fórmula  religiosa  facultativa.  ¿Qué  interés  podemos  tener  nosotros 
en  que  los  ateos  se  vean  obligados  a  hacer  a  Dios  testigo  de  un  juramento 
en  el  que  ellos  no  tienen  fe  alguna?» 

—Según  ios  últimos  telegramas,  han  ocurrido  en  Berlín  graves  distur- 
bios, motivados  por  una  manifestación  de  los  socialistas  independientes, 
que  se  presentó  frente  al  Reichstag  para  protestar  de  la  ley  sobre  los  Con- 
sejos de  obreros.  Durante  la  manifestación  se  repartieron  profusamente 
folletos  de  los  grupos  espartaquistas,  conteniendo  violentos  ataques  con- 
tra el  Gobierno  e  incitando  a  la  proclamación  de  la  República  de  los  So- 
viets. Al  dislocarse  la  manifestación,  varios  oradores  pronunciaron  violen- 
tos discursos  contra  la  Asamblea  nacional. 

Los  funcionarios  de  la  Policía,  que  se  esforzaban  en  conservar  la  cal- 
ma, intentaron  inútilmente  de  disolver  la  manifestación,  cuando  de  pron- 
to, frente  a  la  estatua  de  Bismarck,  la  muchedumbre  les  atacó,  arrebatán- 
doles sus  carabinas  y  usándolas  contra  ellos,  dándoles  furiosos  bayonetazos, 
produciéndose  entonces  un  choque  violentísimo,  del  que  resultaron  nume- 
rosos muertos  y  heridos. 

A  causa  de  esto,  el  Gobierno  de  Berlín  se  ha  visto  en  la  precisión  de 
declarar  el  estado  de  sitio  en  varias  importante  ciudades  del  Imperio. 

ESPAÑA 

Honda  fué  la  impresión  que  produjo  el  sangriento  suceso  promovido 
por  unos  desalmados  en  el  cuartel  del  Carmen,  de  Zaragoza.  Afortunada- 
mente, los  temores  nacidos  al  saber  la  noticia,  de  que  esa  chispa  tal  vez 
produjera  un  incendio,  no  se  han  confirmado,  Quizá  la  aplicación  de  la  ley 
militar  a  los  culpables  y  también  el  patriotismo  que  se  ha  impuesto  han 
hecho  que  la  tranquilidad  renazca  en  los  espíritus. 

No  relatamos  el  hecho  por  ser  de  todos  conocido;  pero  sí  registrare- 
mos, cosa  que  consuela  como  síntoma,  el  grito  unánime  de  repulsión  con- 
tra aquellos  miserables  y  a  la  vez  las  ansias  con  que  la  opinión  pública  re- 
clama un  Gobierno  fuerte  que  garantice  la  libertad  del  trabajo  y  la  tran- 
quilidad de  todos.  Eco  o,  mejor  dicho,  portavoz  de  ese  grito  unánime  fué 
en  el  Parlamento  el  Sr.  La  Cierva^  que  conmovió  profundamente  a  la  Cá- 
mara con  un  enérgico  discurso  concebido  en  términos  altamente  patrióti- 


eRÓXICA  GENERAL  157 

COS.  También  llamó  mucho  la  atención  otro  del  Sr.  Lerroux,  quien  declaró 
con  gran  valentía  la  necesidad  de  reprimir  con  mano  dura  los  desmanes 
del  sindicalismo  libertario.  Casi  todos  los  jefes  de  las  minorías  represen- 
tadas en  el  Parlamento  ofrecieron  también  al  Gobierno  su  actuación  y 
apoyo. 

— Noticia  importante  de  la  quincena  es  la  muerte  de  D.  Benito  Pérez 
Galdós.  Había  nacido  en  Las  Palmas  (Canarias)  en  1845,  y  desde  1870,  en 
que  publicó  La  Fontana  de  Oro,  hasta  nuestros  días,  ha  sido  uno  de  los 
autores  que  más  fama  han  logrado  como  novelistas.  No  juzgaremos  aquí 
su  obra  literaria,  pero  sí  queremos  que  conste  la  distinción  que  hacemos 
de  Galdós  como  hablista  y  como  pensador:  en  el  primer  concepto  nada 
tenemos  que  decir;  pero  en  el  segundo  no  puede  negarse  que  un  espíritu 
sectario  y  abiertamente  racionalista  aparece  en  algunas  de  sus  obras. 

— Ha  muerto  también  el  ilustre  mallorquín  y  periodista  de  gran  nom- 
bre D.  Miguel  Santos  Oliven  No  hace  mucho  tiempo  que  los  periódicos, 
por  un  error  de  información,  dieron  la  noticia  de  su  muerte,  que  hubieron 
de  rectificar,  porque,  afortunadamente,  era  falsa.  Ahora,  por  desgracia 
para  el  periodismo  y  las  letras  patrias,  la  noticia  de  la  muerte  es  cierta. 
Con  este  motivo,  dice  El  Universo:  «Había  nacido  Santos  Oliver  en  Ma- 
llorca. En  edad  temprana  se  trasladó  a  Barcelona,  y  pronto,  por  su  talento, 
cultura  y  laboriosidad,  llegó  a  ser  una  preeminente  figura  en  el  periodis- 
mo y  la  sociología.  Laboró  siempre  en  las  derechas  españolas,  y,  hombre 
consecuente  y  ecuánime,  encarnó  la  moderación  y  el  posibilismo.  Trabajó 
en  muchos  periódicos;  fué  director  del  Diario  de  Barcelona;  escribió  va- 
rios libros  en  que  se  reveló  como  filósofo,  poeta,  historiador  y  sociólogo, 
y  últimamente  dirigía  el  más  importante  diario  de  Cataluña,  La  Van- 
guardia, 

La  muerte  de  Miguel  Santos  Oliver  es  una  pérdida  muy  sensible  para 
el  periodismo  y  el  mundo  de  las  letras.» 

—Por  lo  demás  seguimos  como  sobre  un  volcán.  Huelgas  por  todas 
partes;  la  carestía  de  la  vida  en  aumento;  el  estado  de  inquietud  cunde,  y  el 
espíritu  del  miedo  parece  que  tiene  un  rincón  en  todos  los  corazones.  El 
incremento  que  va  tomando  el  mal  quizá  sea  causa  de  su  remedio.  El  en- 
fermo, más  que  paños  calientes,  necesita  cauterio. 

P.  Gutiérrez. 


MISCELÁNEA 


La  biblioteca  de  Lovaina. 

Sobre  las  pérdidas  de  la  gran  biblioteca  de  Lovaina  durante  la  guerra, 
se  ha  publicado  la  siguiente  relación,  firmada  por  Van  Dyle,  en  La  Época, 
que  dice  así: 

«Como  se  sabe,  toda  la  biblioteca  de  la  Universidad  de  Lovaina  fué 
presa  de  las  llamas  en  el  primer  año  de  la  guerra. 

En  los  trabajos  de  descombro  efectuados  últimamente,  no  se  han  en- 
contrado más  que  un  montón  de  libros  calcinados,  completamente  ilegi- 
bles, pero  que  conservan  su  forma  y  todas  sus  hojas. 

Estos  residuos  son  las  únicas  reliquias  que  quedan  de  la  secular  bi- 
blioteca. 

Todos  los  preciosos  manuscritos  que  contenía  perecieron  en  el  in- 
cendio. 

De  estos  tesoros  perdidos,  cinco,  sobre  todo,  merecen  ser  menciona- 
dos aparte.  En  primer  lugar,  el  famoso  Codex  Parcensis,  escrito  en  el  si- 
glo XV,  manuscrito  del  De  Landibus  ducum  exterarum  gentium,  o  del  De 
viris  illüstribüs,  de  Cornelio  Nepote.  Después,  las  Opera,  obras  históricas 
y  biográficas  de  Renier  de  Liége,  muerto  poco  después  del  año  1182.  Era 
un  manuscrito  de  gran  valor;  procedía  de  la  antigua  abadía  de  San  Lo- 
renzo, de  Lieja,  y  había  sido  escrito  en  vida  del  autor;  tal  vez  fué  dictado 
por  él.  Un  sabio  alemán  lo  ha  publicado,  en  parte,  en  la  Momimenia  ger- 
maniae  Histórica,  la  gran  colección  crítica  de  las  fuentes  literarias  de  la 
historia  de  Qermania. 

En  tercer  lugar,  citaremos  el  pequeño  volumen  de  14  centímetros  de 
largo  por  10  de  ancho,  encuadernado  en  madera,  recubierta  de  cuero  ne- 
gro, que  se  mostraba  a  todos  los  visitantes.  Contenía  ese  volumen  los  Ser- 
mones ad  novices  y  la  Vita  Sanctae  Lidewygís,  autógrafo  de  Tomás  de 
Kempis,  el  autor  de  la  Imitación  de  Jesucristo ^  según  se  cree  por  la  mayo- 
ría, ya  que  este  es  problema  no  resuelto  aún. 

Por  último,  había  dos  manuscritos  originales  de  Dionisio  el  Cartujo, 


X!lSOEL/\?ÍEA  159 

un  comentario  sobre  Jerónimo  y  Ecequiel  y  otro  comentario  sobre  las  epís- 
tolas católicas;  la  exposición  sobre  los  libros  de  San  Juan  Clímaco  y  la  vida 
de  este  anacoreta. 

Al  lado  de  éstos  había  otros  muchos.  Una  estadística  de  los  manuscri- 
tos, hecha  por  Van  Even  en  1913,  calcula  su  número  en  600 

El  más  antiguo  databa  del  siglo  XI;  contenía  las  poesías  latinas.  Car- 
mina,  de  Prudencio,  poeta  latino  español  del  siglo  IV. 

La  biblioteca  de  Lovaina  no  poseía,  en  lo  que  se  refiere  a  los  clásicos, 
más  manuscritos  antiguos  que  de  Cicerón  (De  Inventione  rhetorica,  del 
siglo  XII  y  Paradoxa),  de  Cornelio  Nepote,  ya  citado;  de  Horacio  (Ars 
poética,  siglo  XIII;  Epistolae,  siglo  XIII,  y  algunos  fragmentos),  y  de  Lu- 
cano  (Pharsalia,  fin  del  siglo  XII.) 

La  explicación  de  este  hecho  es  muy  sencilla.  Cuando  se  constituyó  la 
biblioteca  de  Lovaina,  en  1636,  había  disminuido  la  busca  de  los  antiguos 
textos  de  los  clásicos.  Se  ocupaban  más  entonces  de  los  autores  eclesiásti- 
cos. Estos,  naturalmente,  figuraban  en  mucho  mayor  número  en  el  Catá- 
logo de  los  manuscritos.  Pero  también  ahí  había  lagunas.  De  un  apócrifo 
de  San  Clemente  de  Roma  se  pasaba  a  Lactancio,  de  éste  al  De  prepara- 
tiene  evangélica,  de  Ensebio  de  Cesárea,  y  de  éste  a  San  Efraín,  del  cual 
se  conservaban  dos  manuscritos  de  sermones,  traducidos  del  griego  al 
latín  por  el  monje  camaldulense  Ambrosio  Traversari,  muerto  en  1439,  y 
precedidos  de  una  dedicatoria  a  Cosme  de  Médicis. 

De  San  Agustín  no  poseía  la  Universidad  más  que  el  De  civilate  Dei» 
del  siglo  XII,  en  bella  letra  gótica;  las  Confesiones,  del  siglo  XV,  con  ini- 
ciales ricamente  adornadas,  y  la  Epístola  ad  Selencianam;  de  San  Juan 
Crisóstomo,  sólo  algunos  opúsculos  y  sermones;  de  San  Jerónimo,  el  De 
Viris  illusiribus  y  la  Epístola  ad  Nepoiianum  de  vita  et  regala  clerico- 
rum,  del  siglo  XV. 

San  Gregorio  el  Grande  estaba  representado  únicamente  por  el  cuarto 
diálogo,  copiado  en  1429. 

No  existía  nada  de  San  Basilio,  San  Ambrosio,  San  Hilario,  ni  de  San 
Gregorio  Nacianceno. 

Muchos  más  numerosos  eran  los  manuscritos  de  obras  compuestas 
desde  la  segunda  mitad  del  siglo  XII  al  siglo  XV.  Varios  fueron  transcritos 
en  vida  de  los  autores  o  poco  después  de  su  muerte. 

Entre  ellos  figuraban  un  manuscrito  de  la  primera  mitad  del  siglo  XIII, 
que  continuaba  el  célebre  poema  de  Gautier  de  Chátillon,  la  Alexan- 
dreida,  compuesto  entre  los  años  1176  y  1179;  la  Summa  iheologica, 
de  Guillermo  d'Auxerre,  muerto  en  1230;  la  Margarita  Decreti  y  la  Cró- 
nica pontifical,  de  Martín  el  polaco,  muerto  en  1279;  algunas  Constitucio- 


160  MISCELÁNEA 

nes  dictadas  por  el  capítulo  general  del  Cister  en  1316  y, transcritas  poco 
después  de  esa  fecha;  un  poema,  todavía  en  gran  parte  inédito,  de  Pedro 
Riga,  muerto  en  1269,  titulado  Aurora;  un  tratado  de  Botánica,  del  si- 
glo XIII,  de  Platearlo,  profesor  de  Salerno,  antes  de  1200,  etc.,  etc. 

Con  los  anales  y  crónicas  interesantes  de  la  historia  de  Bélgica,  poseía 
la  biblioteca  un  gran  número  de  obras  referentes  a  la  historia  de  los  con- 
ventos belgas  y  sobre  todo  de  Lovaina.  Entre  ellas  figuraba  la  necrología 
de  los  Carmelitas  de  Bruselas,  comenzada  en  1249. 

Había  también  libros  de  horas  de  diversas  épocas,  los  manuscritos  de 
piedad,  en  inglés,  procedentes  de  la  Cartuja  de  Nieuport,  una  colección  de 
manuscritos  flamencos,  a  partir  del  siglo  XIV,  compuesta  especialmente 
de  libros  de  oraciones,  obras  litúrgicas  y  sermones  inéditos. 

Los  antiguos  archivos  quemados  en  Lovaina  no  constituyen  sino  una 
pequeña  parte  de  los  archivos  de  la  antigua  Universidad.  Hay,  sin  embar- 
go, piezas  importantes  cuya  pérdida  es  sensible,  tales  como  la  bula  origi- 
nal de  la  fundación  del  Alma  Mater  otorgada  por  Martín  V  en  1425,  libros 
conteniendo  estatutos,  el  Liber  Iniitulatorum,  la  lista  de  los  estudiantes 
de  1426  a  1453,  trabajos  manuscritos,  muchos  de  ellos  inéditos,  compues- 
tos por  profesores  del  siglo  XV  al  XVIII. 

Los  archivos  de  la  nueva  Universidad  están  todos  destruidos.  Lovaina 
poseía  una  magnífica  colección  de  incunables,  más  de  mil.  Muchísimos  de 
ellos  salieron  de  las  imprentas  belgas  de  Alost  y  de  Lovaina  y  estaban  muy 
bien  conservados.  A  su  belleza,  a  su  número,  a  su  variedad  y  a  su  valor  in- 
trínseco hay  que  añadir  las  notas  manuscritas  y  las  encuademaciones  fla- 
mencas tan  artísticas  del  siglo  XV. 

Las  obras  antiguas  constituían  una  de  las  riquezas  de  la  Universidad  de 
Lovaina:  ediciones  antiquísimas  de  Matemáticas  del  siglo  XV  al  XVIII; 
obras  de  Medicina,  entre  otras  el  ejemplar  en  pergamino,  de  Andrés  Ve- 
salio,  De  Hamani  corporis  fabrica,  edición  de  Basilea,  de  1545,  adornada 
con  admirables  miniaturas— donativo  de  Carlos  V—;  ediciones  antiguas  de 
clásicos  griegos  y  latinos;  libros  de  Derecho  civil;  obras  de  Teología,  cuya 
colección  era  la  más  completa;  obras  caldaicas  y  hebreas,  textos  armenios, 
etcétera. 

La  mayor  parte  de  estas  pérdidas  es  irreparable.  Sin  embargo,  ya  hay 
un  Comité  formado  en  los  Estados  Unidos  para  rehacer  la  famosa  biblio- 
teca de  la  Universidad  de  Lovaina. 


CARTA  APOSTÓLICA 

DE 

NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

POR  LA  DIVINA  PROVIDENCIA  PAPA  XV 

A  LOS  PATRIARCAS,  PRIMADOS,  ARZOBISPOS  Y  OBISPOS 
DEL  MUNDO  CATÓLICO 


Venerables  Hermanos:  Salud  v  Bendición  Apostólica. 

La  altísima  y  sagrada  misión,  que  Nuestro  Señor  Jesucristo  confió 
a  sus  discípulos,  cuando,  próximo  ya  su  regreso  al  Padre,  dijo:  «Id  por 
todo  el  mundo  y  predicad  el  Evangelio  a  toda  criatura*,  no  debía  cier- 
tamente terminarse  con  la  muerte  de  los  Apóstoles,  antes  bien  perpe- 
tuarse por  medio  de  sus  sucesores  hasta  el  fin  de  los  tiempos;  esto  es: 
en  tanto  que  en  la  tierra  hubiese  hoi  '^res  que  salvar  por  el  magisterio 
de  la  verdad.  Y,  en  efecto,  desde  que  «dispersándose  por  el  mundo 
predicaron  en  todas  partes»  la  palabra  de  Dios,  hasta  oírse  su  voz  en 

Venerabiles  Frates. 

Salutem  et  Apostolicam  Benedictionem. 

Máximum  illud  sanctissimumque  munus,  quod  suo  iam  instante  ad  Pa- 
trem  reditu,  Dominus  Noster  lesus  Christus  discipulis  demandavit,  cum 
dixit:  «Euntes  in  mundum  universum  praedicate  evangelium  omni  creatu- 
rae»  (Maro.,  XVI,  15),  non  erat  sane  Apostolorum  vita  terminandum,  sed 
apud  eorum  successores  perpetuandum  usque  ad  consummationem  saeculi, 
quoad  scilitet  futuri  essent  in  térra  homines,  quos  varitas  liberaret.  Ex  quo 

LA  Ciudad  de  dios.— Año  XL.— Números  1.131  y  1.122.  11 


162         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

toda  la  tierra  y  sus  palabras  en  los  confines  del  orbe,  la  Iglesia,  recor- 
dando el  divino  mandato,  nunca  cesó,  en  el  correr  de  los  siglos,  de  en- 
viar a  todas  partes  ministros  y  predicadores  de  la  divina  palabra,  que 
anunciasen  la  salud  eterna  traída  por  Jesucristo  al  género  humano.  En 
el  período  de  los  tres  primeros  siglos,  en  que  la  furia  de  la  persecución 
desencadenada  por  el  infierno,  parecía  ahogar  en  sangre  a  la  Iglesia 
naciente,  ya  la  voz  de  los  predicadores  del  Evangelio  fué  oída  hasta  en 
los  últimos  confines  del  Imperio  romano.  Mucho  mayores  aún  fueron 
los  progresos  que  hizo  en  el  apostolado  por  todo  el  mundo,  cuando, 
poco  después,  se  le  dio  públicamente  la  paz  y  libertad  de  acción;  en 
este  tiempo  trabajaron  con  gran  fruto  varones  eminentes  en  santidad, 
distinguiéndose  entre  todos  Gregorio  ILluminator,  que  cristianizó  la 
Armenia,  conip  Victorino  la  Estiria  y  Frumencio  la  Etiopía;  por  enton- 
ces San  Patricio  ganó  para  Cristo  a  los  irlandeses;  San  Agustín,  a  los 
ingleses,  y  San  Columbano  y  Paladio,  a  los  de  Escocia;  un  poco  más 
tarde,  lleva  la  luz  del  Evangelio  a  los  holandeses  Clemente  Viilibror- 
do,  primer  obispo  de  Utrecht,  y  convierten  a  la  Fe  católica  a  los  pueblos 
germanos  Bonifacio  y  Ansgario;  Cirilo  y  Metodio  a  los  eslavos.  Poste- 


igitur  «illi  profecti  praedicaverunt  ubique>  verbum  Del  (Maro.,  XVI,  20), 
ita  quidem  ut  «in  omnem  terram»  exierit  «sonus  eorum:  et  in  fines  orbis 
terrae  verba  eorum>  (Ps.  XVIII,  5j;  divini  mandati  memor,  Ecclesia  nun- 
quam,  labentibus  saeculis,  cessavit  adhuc  traditae  divinitus  doctrinae  par- 
taeque  humano  generi  per  Christum  salutis  aeternae  nuntios  et  adminis- 
tros in  omnes  partes  mittere.  IIIo  ipso  enim  trium  saecuíorum  spatio,  quo 
ad  Ecclesiam  recens  natam  opprimendam,  alia  ex  alia,  excitata  ab  inferís 
persecutio  desaeviit,  cum  omnia  Christianorum  sanguine  redundaren!,  vox 
tamen  Evangelii  praeconum  late  Romanii  imperii  fines  pervagata  est.  Post- 
quam  vero  pax  et  libertas  publica  est  Ecclesiae  data,  multo  maiores  in 
apostolatu  progressus  teto  orbe  fecit:  quo  in  genere  praeclari  vitae  sancti- 
monia  viri  utilissime  elaborarunt.  Ex  his  Gregorius  Illuminator  Armeniam 
christiano  nomini  adiungit,  Styriam  Victorinus,  Aethiopiam  Frumentius; 
tutn  parit  Hibernos  Christo  Patritius,  Anglos  Augustinus,  Columba  Palla- 
diusque  Scotos;  deinde  illustrad  Evangelii  luce  Hollandiam  Clemens  Wi- 
Ilibrordus,  primus  ille  Ultraiectensium  Episcopus,  Germaniae  popules  Bo- 
nifacius  et  Ansgarius,  Slavoniae  autem  Cyrillus  et  Methodius  ad  catholicam 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO         163 

riormente,  dilatándose  mucho  más  el  campo  de  acción  a  los  misioneros 
de  Cristo,  Guillermo  de  Rubruquis  llevó  la  antorcha  de  la  Fe  a  los  mon- 
goles, y  el  B.  Gregorio  X  envió  los  primeros  misioneros  a  China,  en 
donde  no  mucho  después  los  hijos  de  San  Francisco  crearon  una  flore- 
ciente cristiandad,  que  fué  destruida  al  poco  tiempo  por  el  furor  de  la 
persecución.  Descubierta  América,  una  legión  preclara  de  varones  apos- 
tólicos, entre  los  que  merece  especial  mención  Bartolomé  de  las  Casas, 
gloria  y  ornamento  de  la  Orden  de  Santo  Domingo,  se  consagran  a  la 
defensa  y  a  la  conversión  de  los  pobres  indígenas,  mientras  que  San 
Francisco  Javier,  digno  en  verdad  de  ser  comparado  a  los  mismos 
Apóstoles,  después  de  haber  empleado  tantos  desvelos  en  la  India  y  en 
el  Japón  por  la  gloria  de  Dios  y  la  salud  de  las  almas,  muere  a  las  puer- 
tas del  Imperio  Chino,  adonde  sus  anhelos  le  llevaban,  abriendo  con 
su  muerte  camino  a  una  nueva  evangelización  de  aquellas  vastísimas 
regiones,  donde  los  hijos  de  tantas  esclarecidas  Órdenes  religiosas  y  los 
miembros  de  tantos  Institutos  de  Misioneros,  ansiosos  de  la  propagación 
de  la  Fe,  habían  de  ejercer  el  apostolado  entre  mil  vicisitudes  de  las  co- 
sas y  de  los  tiempos.  Por  último,  el  mundo  novísimo,  la  Australia,  como 


Fidem  traducunt.  Deinceps  multo  latior  campus  hominibus  apostolicis  pa- 
tere  coepit,  cum  Gulieimus  de  Rubruquis  Fidei  facetn  Mongolis  intulit, 
cumque  beatus  Gregorius  X  primos  missionaies  legavit  in  Sinam:  quos 
subinde  Francisci  Assisiensis  alumni  consecuti,  non  exiguam  ibi  consti- 
tuerunt  fídeiium  ecclesiam,  quam  haud  multo  post  persecutionis  orta  tem- 
pestas dissipavit.  America  autem  detecta,  virorum  apostolicorum  agmen, 
in  quibus  praecipue  commemorandus  est  Bartholomaeus  Las  Casas,  Do- 
miniciani  Ordinis  decus  ac  lumen,  miseros  indígenas  cum  ab  hominum 
dominatu  improbo  tuendos,  tum  ex  daemonum  durissima  servitute  eripien- 
dos  suscipiunt;  intereaque  Franciscus  Xaverius,  dignus  is  quidem  qui 
Apostolis  ipsis  comparetur,  cum  in  Indiis  Orientalibus  et  in  laponia  pro 
Christi  gloria  animarumque  salute  mirifice  desudasset,  ad  Sinensis  limen 
Imperii,  quo  iam  tendebat,  emoritur,  quasi  discessu  suo  aditum  patefaciens 
novae  Evangelii  praedicationi  in  illam  regionum  immensitatem,  in  qua 
erat  futurum  ut  e  tot  inclytis  religiosorum  Ordinibus  et  Missionalium  Fa- 
miliis  homines  Fidei  propagandae  studiosi,  tantas  per  vicissitudines  rerum 
ac  temporum,  apostolatum  obirent.  Postremo  continens  ea  quae  ultima  pa- 


164         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

también  el  África  interior,  de  exploración  reciente  verificada  con  tanta 
audacia  y  constancia,  recibieron  a  los  mensajeros  del  Evangelio,  y  ya 
apenas  queda  una  isla  tan  remota  en  las  inmensidades  del  Pacífico  a 
la  que  no  haya  llegado  la  influencia  de  la  actividad  de  nuestros  misio- 
neros, muchos  de  los  cuales,  buscando  la  salvación  de  los  prójimos,  a 
ejemplo  de  los  Apóstoles,  alcanzaron  un  alto  grado  de  santidad,  y  no 
pocos  sellaron  la  fe  con  su  sangre,  uniendo  al  apostolado  la  palma  del 
martirio. 

Mas  causa  verdadero  asombro  el  que,  después  de  tantos  trabajos 
sufridos  por  nuestros  misioneros  en  la  propagación  de  la  Fe,  después  de 
tantas  solicitudes,  de  tantos  ejemplos  de  fortaleza  invicta,  sean,  no  obs- 
tante, muchísimos  los  que  todavía  yacen  en  las  tinieblas  y  en  las  som- 
bras de  la  muerte,  puesto  que,  según  las  últimas  estadísticas,  el  nú- 
mero de  infieles  se  eleva  próximamente  a  mil  millones. 

De  aquí  es  que  Nos,  compadeciendo  la  suerte  tristísima  de  tanta 
multitud  de  almas,  y  anhelando,  como  lo  reclama  la  santidad  del  mi- 
nisterio Apostólico,  hacerlas  partícipes  de  los  beneficios  de  la  Reden- 
ción de  Cristo,  veamos  con  viva  alegría  y  consuelo,  cómo,  bajo  el  in- 


tuit,  Australia,  itemque  Africae  interiores  tractus,  audacia  constantiaque 
recentiorum  explorati,  christianae  Fidei  nuntios  acceperunt;  ac  fere  iam 
nulla  est  intra  vastissimum  mare  Pacificum  tan  remota  ínsula,  quo  non 
Missionalium  nostrorum  virtus  actuosa  pervaserit.  Ex  iis  autem  plurimi 
exstiterunt,  qui  cum  fratrum  salutem  quaererent,  ipsi,  Apostolorum  exem- 
plo,  ad  sanctitatis  fastigium  pervenerint,  neo  pauci,  qui,  apostolatum  mar- 
tyrii  laude  cumulantes,  Fidem  profuso  sanguine  confirmarint. 

Iam  vero  tot  tantosque  labores  a  nostris  in  Fidei  propagatione  exantla- 
tos,  tanta  studia  posíta,  tanta  invictae  fortitudinis  exempla  edita  consideran- 
tibus,  vehementer  demirari  licet,  innumerabiles  tamen  esse  adhuc  qui  in 
tenebris  et  in  umbra  mortis  sedeant;  siquidem  ethnicorum  habita  recentar 
ratione,  ad  decies  millies  centena  millia  numerantur. 

Nos  igitur,  tan  immensae  animarum  multitudinis  lacrimabilem  sortem 
miserantes,  cum,  pro  Apostolici  sanctitate  offícii  nihil  habeamus  autiquius 
quam  ut  beneficia  eis  divinae  Redemptionis  communicemus,  equidem  plu- 
rifariam  in  orbe  catholico  increbrescere  illa,  Dei  nimirum  Spiritu  commota, 
studia  bonorum  in  Missionibus  exteris  provehendis  et  explicandis,  libenti 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO         165 

flujo  del  divino  Espíritu,  se  acrecienta  más  y  más  cada  día  en  diferen- 
tes lugares  del  mundo  católico  el  celo  de  los  buenos  por  promover  y 
desarrollar  las  sagradas  Misiones  entre  los  infieles.  Y  así,  para  fomen- 
tar ese  movimiento  y  darle  vigoroso  impulso  en  todo  el  mundo,  como 
es  Nuestro  deber  y  ardientemente  anhelamos,  Nos,  después  de  haber 
implorado  los  auxilios  y  luces  del  Señor,  os  enviamos,  venerables  Her- 
manos, estas  letras  Apostólicas  con  las  cuales  queremos  enfervorizar 
vuestro  celo  y  el  del  rebaño  a  vosotros  confiado,  diciendo  de  qué  ma- 
nera podréis  ayudar  mejor  a  esta  santísima  causa. 

En  primer  lugar.  Nos  dirigimos  a  aquéllos  que  en  calidad  de  Obis- 
pos, Vicarios  o  Prefectos  Apostólicos  están  al  frente  de  las  Misiones, 
puesto  que  a  ellos  en  primer  lugar  incumbe  el  cuidado  de  propagar  la 
Fe,  y  en  ellos  tiene  la  Iglesia  puestas  sus  esperanzas  de  mayores  en- 
sanches. No  ignoramos  cuan  ardiente  sea  en  ellos  el  espíritu  del  apos- 
tolado, y  conocemos  muy  bien  las  dificultades  inmensas  que  han 
tenido  que  vencer  y  las  pruebas  por  que  han  pasado,  sobre  todo  en 
estos  últimos  años,  no  sólo  para  no  perder  las  posiciones  conquistadas, 


sane  gratoque  animo  videmus.  Itaque  ad  ea  ipsa  studia  fovenda  usque 
quaque  et  incitanda,  ut  Nostro  est  muneri  summisque  votis  consentaneum, 
lumine  auxilioque  Domini  magnis  precibus  implorato,  has  vobis,  venera- 
biles  Fratres,  mittimus  litteras  quibus  vos  vestrosque  cleros  ac  popules 
hortamur,  significantes  quemadmodum  huic  gravissimae  causae  prodesse 
possitis. 

Primum  omnium  ad  eos  Nostra  spectat  oratio,  qui,  ut  Episcopi  aut  ut 
Vicarii  Praefective  Apostolici,  sacris  praesunt  Missionibus:  ipsis  enim  cura 
omnis  próxima  incumbit  Fidei  propagandae,  in  iisdem  praesertim  spem 
amplifícationis  suae  habet  Ecclesia  repositam.  Quamquam  non  ignoramus 
quo  fere  sint  ardore  apostolatus,  probeque  novimus  quae  quantaeque  iis 
vincendae  diffícultates  fuerint,  subeundaque  discrimina,  his  máxime  pos- 
tremis  annis  non  modo  ne  de  suis  praesidiis  stationibusque  decederent, 
sed  ut  regnum  Dei  etiam  dilatarent.  Ceterum,  eorum  erga  hanc  Apostoli- 
cam  Sedem  observantia  ac  pietate  perspecta,  confídenter  ipsis,  ut  fíliis 
pater,  animum  Nostrum  aperimus.  Hoc  igitur  ante  omnia  cogitent,  se  suae 


166         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

sino  también  para  extender  más  aún  el  reino  de  Dios.  Además,  bien 
conocida  su  adhesión  y  piedad  filial  hacia  esta  Sede  Apostólica,  con 
plena  confianza,  como  un  padre  a  sus  hijos,  les  abrimos  Nuestro  cora- 
zón. Piensen,  pues,  ante  todo,  que  ellos  deben  ser  el  alma  de  sus  res- 
pectivas Misiones.  Por  lo  tanto,  han  de  servir,  principalmente  con  su 
celo,  de  ejemplo  y  edificación  a  sus  sacerdotes  y  cooperadores,  exhor- 
tándolos y  animándolos  siempre  a  nuevos  aumentos  del  bien.  Porque 
todos  los  que  de  algún  modo  trabajan  en  esta  viña  del  Señor  conviene 
que  conozcan  por  experiencia  y  sientan  evidentemente  que  tienen  en 
el  superior  un  verdadero  padre,  vigilante,  diligente,  lleno  de  caridad, 
ardientemente  solícito  del  bien  de  todos  y  en  todas  las  cosas,  que 
comparte  con  ellos  sus  alegrías  y  sus  penas,  que  aplaude  y  promueve 
toda  buena  iniciativa  y  que,  en  una  palabra,  mira  todas  las  cosas  de 
sus  subditos  con  el  mismo  cariño  que  si  fueran  propias.  Es  indudable 
que  la  suerte  de  una  Misión  depende  principalmente  del  modo  cómo 
se  la  dirige,  y  por  esto  puede  resultar  muy  perjudicada  si  el  que  está 
al  frente  de  ella  es  inepto  o  no  del  todo  idóneo.  Por  lo  común,  los  que 
abandonan  su  patria  y  a  sus  seres  queridos  por  la  propagación  del 


quemque  Missioni  tamquam  animam,  ut  aiunt,  esse  deberé.  Quamobrem 
suis  sacerdotibus  ceterisque  sui  muneris  adiutoribus  bono  sint,  verbis  fac- 
tisque,  documento,  animosque  ac  stimulos  addant,  ad  sequenda  usque  me- 
liora.  Quotquot  enim  quoquo  pacto  in  hac  vinca  Domini  operantur,  expe- 
rimento cognoscant  oportet,  planeque  sentiant  Missioni  praesidere  patrem, 
vigilem,  diligentem,  caritatis  plenum,  omnes  et  omnia  summo  studio  com- 
plectentem,  qui  suorum  rebus  gaudeat  prosperis,  condolescat  adversis, 
conatus  coeptusque  laudabiles  secundet  atque  adiuvet,  qui  denique  subdi- 
torum  quaecumque  sunt,  ut  sua  propria  respiciat.  Omnino,  prout  una 
quaeque  gubernatur,  ita  varia  est  conditio  et  fortuna  Missionum:  quibus 
proinde  valde  perniciosum  eveneri  potest,  si  quis  ineptus  minusve  idoneus 
praeponatur.  Plerumque  enim  ¿[uisquis  patriam  carosque  propinquos  de- 
serit,  christiani  nominis  propagandi  causa,  is  longo  saepiusque  periculoso 
itineri  se  committit,  alacer  et  promptus  ad  durissima  quaeque  toleranda, 
dum  quam  plurimas  Christo  animas  lucretur.  Qui  si  diligenti  praeposito 
utitur,  cuius  sibi  ómnibus  in  rebus  adsit  prudentia  et  caritas,  non  est  du- 
bium,  quin  fructuosissima  futura  sit  eius  opera;  sin  autem,  valde  est  timen- 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO         167 

nombre  cristiano,  y  se  aventuran  a  un  viaje  generalmente  largo  y 
lleno  de  peligros,  están  animados  y  prontos  a  sufrir  de  buen  grado 
toda  clase  de  trabajos  y  fatigas,  con  tal  de  ganar  muchas  almas  para 
Cristo.  Si  éstos  se  hallan  con  un  superior  diligente,  que  les  dirija  con 
prudencia  y  caridad,  no  hay  duda  que  su  obra  será  fructuosísima;  mas 
si  no  encuentran  esa  ayuda,  de  temer  es  que,  fatigados  poco  a  poco 
por  los  trabajos  y  adversidades,  terminen  desfalleciendo  por  completo 
y  entregándose  a  la  inacción. 

Además  de  esto,  el  que  regenta  una  Misión  debe  cuidar  de  promo- 
verla y  llevarla  hasta  su  pleno  desenvolvimiento.  Estando,  en  efecto, 
confiada  a  sus  cuidados  toda  la  comarca  en  que  se  halla  circunscrita  su 
Misión,  claramente  se  ve  que  es  obligación  suya  procurar  la  salvación 
eterna  de  todos  los  habitantes  de  aquel  territorio,  y,  por  tanto,  no  debe 
contentarse  con  haber  ganado  entre  tanta  multitud  millares  de  almas 
para  la  Fe,  sino  que  ha  de  procurar,  además,  mantener  en  el  espíritu 
a  los  ya  convertidos,  no  permitiendo  que  alguno  de  ellos  vuelva  a  la 
vida  de  perdición  y  perezca.  Ni  crea  que  ha  cumplido  perfectamente 
con  su  deber  si  no  lucha  sin  descanso  y  con  todas  sus  energías  por 


dum  ne,  laboribus  incommodlsque  paulatim  defatigatus,  ad  extremum  defi- 
ciat  animo  desidiaeque  se  dedat. 

Praeterea  qui  Missioni  praeest,  curare  in  primis  debet  ut  eam  usque 
promoveat  pleneque  explicet.  Etenim,  cum  ea  regio  cuius  terminis  sua 
Missio  circumscribitur,  omnis  quam  longe  lateque  patet,  ipsius  sit  man- 
data  curae,  prefecto  omnium  quotquot  eadem  in  regione  incolunt,  ipsi 
omnino  quaerenda  est  salus  sempiterna.  Quamobrem  si  ex  ingenti  multi- 
tudine  aliquot  millia  ethnicorum  ad  Fidem  traduxerit,  non  ei|  fas  erit  in 
hoc  acquiescere.  Accuret  quidem,  tueatur  et  foveat  eos  quos  iam  lesu 
Christo  peperit,  nec  sinat  ex  eis  dilabi  quemquam  et  interire.  Verum  ne 
putet  se  fungí,  ut  oportet,  officio,  nisi  ceteros  etiam,  quorum  fere  est  nimio 
maior  numerus,  veritatis  vitaeque  christianae  compotes  faceré  pro  viribus 
et  sine  ulla  intermissione  contendat.  Itaque  ut  ad  aures  singulorum  eo  ce- 
lerius  meliusque  Evangelii  praedicatio  perveniat,  multum  proderit  alias 
subinde  missionalium  stationes  et  sedes  constituere  futuras  tamquam  toti- 
dem  centra  Vicariatíbus  aut  Praefecturis  novis,  in  quas  cum  opportunitas 
adfuerit;  eadem  Missio  dividatur.  Quo  loco  debitas  tribuimus  laudes  Vica- 


168         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

cristianizar  a  los  restantes,  que  en  general  suelen  ser  la  mayor  parte. 
Por  esta  razón,  para  que  todos  fácilmente  oigan  la  predicación  del 
Evangelio,  importará  mucho  crear  nuevos  centros  y  nuevas  cristianda- 
des que  en  lo  porvenir  podrán  ser  otros  tantos  Vicariatos  y  Prefecturas 
en  que  se  dividiese  la  Misión,  cuando  pareciere  el  momento  propicio. 
Y  en  este  punto  alabamos  cual  se  merecen  a  aquellos  Vicarios  Apos- 
tólicos que,  obrando  del  modo  dicho,  contribuyen  grandemente  a  la 
propagación  del  reino  de  Dios,  y  que,  cuando  no  pueden  obtener  mi- 
nistros suficientes  de  su  misma  familia  religiosa,  reciben  los  de  otras 
con  gozo  para  que  trabajen  en  su  propia  Misión. 

Por  el  contrario,  icuán  reprensible  sería  la  conducta  de  aquél  que, 
habiéndosele  asignado  para  cultivarla  una  parte  de  la  viña  del  Señor, 
la  considerase  como  propiedad  exclusivamente  suya  y  no  sufriese  que 
otros  pusiesen  sus  manos  en  ellal  Y  iqué  responsabilidad  tan  grande 
contraería  ante  el  divino  juez,  especialmente,  si,  encontrándose  su  pe- 
queña cristiandad — según  ocurre  con  frecuencia — como  perdida  entre 
la  multitud  de  los  infieles,  y  no  bastando  su  trabajo  ni  el  de  los  suyos 
para  la  instrucción  catequística,  se  obstinase  en  no  admitir  la  ayuda 
de  otros  cooperadores.  Muy  de  otro  modo,  el  superior  de  la  Misión  que 


riis  Apostolicis,  quotquot  sunt  qui  ea  ratione,  quam  diximus,  regno  Dei 
nova  semper  incrementa  parant:  eamque  in  rem  si  domesticorum  adiuto- 
rum  copia  sibi  non  suppetat,  eos  ex  aliena  religiosorum  familia  vel  socie- 
tate  libentissime  accipere  consueverunt. 

At  contra,  quam  non  probandus  illa  foret  qui  Dominici  agri  partem,  sibi 
assignatam  ad  excolendum,  tamquam  suam  propriam  possessionem  haberet, 
quam  prorsus  nollet  alienis  manibus  attingi.  Quanta  vero  subeunda  ei  esset 
divini  iudicii  severitas,  praesertim  si— quod  saepius  contingere  memoravi- 
mus — christianis  non  ita  multis  circumfusa  esset  multitudo  ethnicorum, 
quibus  quídem  erudiendis  quum  ipse  cum  suis  verbi  ministris  non  sufñ- 
ceret,  nollet  aliorum  operam  advocatam  adhibere.  Atqui  catholicae  Missio- 
nis  praeses,  cui  nihil  aliud  cordi  sit  nisi  Dei  gloria  et  salus  animarum, 
undique  ad  sanctissimum  munus  adiutores,  cum  opus  fuerit,  conquirit,  nec 
ii  qui  sint,  suae  an  alienae  familiae  aut  nationis,  quidquam  pensi  habet, 
«dum  omni  modo  Christus  annuntietur»  (Philip.,  1, 18):  nec  solum  adiuto- 
res, sed  adiutrices  etiam,  ¡dest  sórores  religiosas  adhibet  ad  scholas,  ad 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO  169 

no  ansia  más  que  la  gloria  de  Dios  y  la  salvación  de  las  almas,  a  todas 
partes  llama  y  busca  cooperadores  que  le  ayuden  en  su  ministerio,  sin 
parar  mientes  en  si  son  o  no  de  su  Orden  o  su  nación,  «con  tal  que  por 
todos  los  modos  sea  anunciado  el  nombre  de  Cristo  >.  Y  no  sólo  busca 
cooperadores,  sino  también  cooperadoras,  esto  es,  hermanas  religiosas, 
para  las  escuelas,  hospicios,  hospitales,  casas  de  socorro  y  demás  fun- 
daciones de  caridad,  en  la  persuasión  de  que  todos  estos  son  medios 
eficacísimos  en  manos  de  la  divina  Providencia  para  propagar  la  Fe 
cristiana. 

Aún  más;  el  buen  superior  de  una  Misión  no  restringe  su  actividad 
a  los  estrechos  límites  de  su  territorio,  como  si  todo  lo  demás  no  le  im- 
portara, sino  que  urgiéndole  la  caridad  de  Cristo  e  interesándole  mucho 
todas  las  obras  de  la  gloria  divina,  procura  estar  en  relación  y  amistad 
con  sus  colegas  circunvecinos.  Porque  hay  muchas  veces  asuntos  de 
interés  común  relativos  a  una  misma  región,  los  cuales,  como  es  claro, 
no  pueden  resolverse  sino  de  común  acuerdo.  Es  además  muy  ventajo- 
so para  la  Religión,  que  los  directores  de  las  Misiones  se  reúnan,  todos 
los  que  puedan,  en  determinados  tiempos,  para  aconsejarse  y  animar- 
se recíprocamente  con  la  mutua  presencia  y  conversación.  En  fin,  los 


orphanotrophia,  ad  nosocomia,  ad  domus  hospitales,  ad  cetera  caritatis 
instituta  in  quivus  novit,  Dei  providentis  nutu,  incredibilem  quamdam  vim 
ad  fiden  latius  proferendam  inesse. 

Ad  haec  bonus  Missionis  praefectus  non  se  intra  suos  fines  continet, 
quasi  aliena  ducat  omnia  quae  foris  fíunt,  sed  urgente  caritate  Christi, 
cuius  ad  gioriam  quidquid  intersit,  sua  multum  interesse  putat,  cun  colle- 
gis  finitimis  amiciti'am  et  necessitudinem  studet  habere.  Multa  enim  saepe 
exsistunt  communia  negotia  ad  eandem  regionem  pertinentia  quae,  ut  patet, 
nisi  communiter,  expediri  non  possunt.  Sed  praeterea  magno  cum  Religio- 
nis  emolumento  Missionum  praesides,  quotquot  poterunt,  in  unum  statis 
temporibus  convenient,  ut  consilia  inter  se  conferant,  mutuisque  alloquiis 
confírmentur.  Denique  illud  est  quo  quicumque  Missionem  regunt,  ii  suas 
praecipue  curas  oportet  habeant  conversas,  ut  sacrorum  ministros  de  gente 
ipsa  in  qua  versantur,  educent  atque  instituant:  id  quod  novarum  ecclesia- 
rum  spem  máxime  continet.  Nam  sacerdos  indigena,  utpote  qui  ortu,  in- 
genio, sensibus  studiisque  cohaereat  cum  suis  popularibus,  mirum  quan- 


170        CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

que  presiden  las  Misiones  deben  dedicar  sus  principales  cuidados  a  la 
buena  formación  del  clero  indígena,  sobre  lo  cual,  especialmente,  des- 
cansan las  mejores  esperanzas  de  las  nuevas  cristiandades.  Porque  el 
sacerdote  indígena,  debido  a  que  participa  del  mismo  origen,  índole, 
sentimientos  y  aspiraciones  que  los  de  su  país,  reúne  cualidades  de 
aptitud  valiosísima  para  inspirar  en  sus  corazones  la  Fe;  porque  nadie 
mejor  que  él  conoce  los  modos  de  llevar  a  sus  almas  la  persuasión.  Así 
ocurre  con  frecuencia  que  él  puede  entrar  con  toda  facilidad  allí  donde 
no  es  permitido  a  los  extranjeros. 

Mas  para  que  el  clero  indígena  pueda  conseguir  los  esperados  fru- 
tos, es  de  todo  punto  necesario  que  su  educación  e  instrucción  sean 
cual  conviene.  No  basta,  por  lo  tanto,  una  educación  cualquiera,  inci- 
piente y  rudimental,  la  que  se  requiere  para  poder  admitirles  al  sacer- 
docio, sino  que  ha  de  ser  completa  y  perfecta,  como  la  que  suele  darse 
a  los  sacerdotes  en  las  naciones  cultas.  En  una  palabra,  la  preparación 
de  los  clérigos  indígenas  no  ha  de  limitarse  a  que  puedan  ayudar  en 
los  ministerios  más  humildes  a  los  misioneros  extranjeros,  sino  que  ha 
de  ser  de  tal  suerte  que  estén  a  la  altura  de  su  misión  sagrada  y  muy 
bien  puedan  algún  día  encargarse  del  gobierno  del  pueblo.  Porque 


tum  valet  ad  Fidem  eorum  mentibus  insinuandam:  multo  enim  melius, 
quam  quisquam  alius,  novit  quibus  modis  quidpiam  ais  persuaderi  queat. 
Ita  saepe  fít  ut  illuc  fáciles  aditus  habeat,  quo  advenae  sacerdoti  pedem 
inferre  non  licet. 

lam  vero  clerum  indigenam,  ut  speratos  fructus  afferat,  omnino  necesse 
est  bene  conformare  et  fingere.  At  nequáquam  satis  erit  ad  hoc  institutio 
quaedam  inchoata  et  rudis,  talis  videlícet  ut  quis  ad  sacerdotíum  ineundum 
evadat  idoneuS;  sed  plena  debet  esse  perfectaque  et  numeris  ómnibus  abso- 
luta, qualis  sacerdotibus  cultarum  gentium  tradi  solet.  Ñeque  enim  clerus 
indigena  eatenus  parandus  est,  ut  missionarios  advenas,  hu  milioribus  mi- 
nisteriis  addicti,  adiuvent,  verum  ut  ipse,  par  diviuo  muneri  obeundo, 
recte  possit  populi  sui  gubernationem  aliquando  suscipere.  Nam  ut  Eccle- 
sia  Dei  catholica  est  nullamque  apud  gentem  vel  nationem  extranea,  ita 
consentaneum  est  ex  una  quaque  gente  sacrorum  administros  exsistere 
quos  divinae  legis  magistros  viaeque  ad  salutem  duces  sequantur  populares 
sui.  Ubicumque  igitur  adsit  quantum  sat  est  indigenae  cleri  eiusque  bene 


CARTA  APOSTÓLICA  DK  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO         171 

como  la  Iglesia  de  Dios  es  universal  y  en  ningún  país  ni  nación  se  con- 
sidera extranjera,  así  es  conveniente  que  de  cada  nación  haya  ministros 
de  las  cosas  sagradas,  capaces  de  dirigir  a  sus  conciudadanos  como 
maestros  de  la  ley  divina  y  guias  en  los  caminos  de  la  salvación  eter- 
na. Dondequiera,  por  lo  tanto,  que  haya  un  número  suficiente  de  clero 
indígena,  bien  instruido  y  digno  de  su  excelsa  vocación,  allí  con  razón 
puede  afirmarse  que  la  obra  del  misionero  se  ha  llevado  a  cabo  feliz- 
mente y  la  iglesia  descansa  sobre  sólidos  fundamentos;  y  si  por  desgra- 
cia surgiera  en  adelante  la  tormenta  de  la  persecución  para  destruirla, 
no  es  de  temer  que,  con  base  tan  sólida  y  tan  profundas  raíces,  no  había 
de  resistir  victoriosa  contra  los  ímpetus  enemigos. 

Verdaderamente,  para  que  se  estimase  en  toda  su  importancia  este 
deber  tan  grave  y  se  llevase  a  la  práctica  con  toda  la  diligencia  posible, 
la  Sede  Apostólica  no  ha  cesado  de  insistir  ante  los  rectores  de  las  Mi- 
siones; y  del  celo  manifestado  en  esa  causa  son  prueba  elocuente  los 
colegios  antiguos  y  modernos  fundados  en  esta  Ciudad  para  instrucción 
del  clero  extranjero,  principalmente  del  rito  oriental.  Mas  es  deplorable 
el  que,  a  pesar  de  la  insistencia  de  los  Romanos  Pontífices,  haya  toda- 
vía muchas  regiones,  donde  implantada  la  Fe  desde  hace  siglos,  apenas 


instituti  et  vocatione  sua  sancta  digni,  ibi  Missionarii  opus  feliciter  exple- 
tum  ecclesiamque  praeclare  esse  fundatam  iure  dixeris.  Quod  si  forte  ad 
eam  iabefaciendam  procella  dein  persecutionis  oriatur,  non  verendum  est 
ne,  eo  fundamento  iisque  radicibus,  non  sit  hostiles  Ímpetus  latura. 

Hoc  enimvero  tam  grave  muneris  offícium  ut  ex  veritate  aestimarent 
diligenterque  exsequerentur,  semper  apud  Missionum  rectores  institit 
Apostólica  Sedes:  cuius  quidem  in  hoc  genere  studium  clare  indicant  velera 
et  recentia  huius  Urbis  Collegia  clericis  exterarum  nationum  instituendis, 
praesertim  Orientali  ritu.  At,  post  hanc  instantiam  Pontifícum,  dolendum 
est,  regiones  esse,  in  quas  abhinc  pluribus  saeculis  catholica  Fides  illata  sit, 
atque  ubi  tamen  clerum  indigenam,  nisi  deterioris  notae,  non  reperias:  item 
populos  esse  nonnullos,  mature  Evangelii  luce  illustratos,  qui  ex  barbaria 
ad  eum  iam  humanitatis  gradum  emerserint,  ut  in  omni  civilium  artium 
varietate  praestantes  viros  habeant,  quique,  cum  multa  iam  saecula  salutari 
Evangelii  Ecclesiaeque  virtute  sint  affecti,  tamem  adhuc  nec  Episcopos,  a 
quibus  regerentur,  nec  sacerdotes,  quorum  disciplina  civibus  imperitaret, 


172         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

existe  clero  indígena  medianamente  instruido:  pueblos  hay  también 
que,  no  obstante  haber  alcanzado  un  alto  grado  de  civilización  y  tener 
varones  ilustres  en  todos  los  ramos  de  la  industria  y  de  la  ciencia,  sin 
embargo,  aunque  llevan  muchos  siglos  bajo  la  saludable  influencia  del 
Evangelio  y  de  la  Iglesia,  todavía  no  han  podido  suministrar  Obispos 
propios  que  los  gobernasen  ni  sacerdotes  que  los  dirijan.  Esto  indica 
que  se  ha  seguido  hasta  el  presente  un  método  incompleto  y  equivoca- 
do en  la  educación  del  clero  destinado  a  las  Misiones.  A  fin,  pues,  de 
remediar  tales  inconvenientes,  queremos  que  la  Sagrada  Congregación 
de  Propaganda  Fide  tome  las  disposiciones  que  crea  más  convenientes 
y  oportunas  en  relación  con  las  regiones  diversas,  que  se  interese 
por  la  fundación  y  por  el  buen  gobierno  de  los  Seminarios,  sean  intra- 
diocesanos  o  regionales,  y  que,  sobre  todo,  vigile  de  un  modo  especia- 
lísimo  la  formación  del  clero  en  cada  uno  de  los  Vicariatos  y  en  las  di- 
versas Misiones. 

Y  ahora  volvamos  el  discurso  a  vosotros,  Hijos  amadísimos,  cuantos 
seáis,  cultivadores  de  la  viña  del  Señor,  y  de  quienes  más  directamente 
depende,  a  la  vez  que  la  propagación  de  la  Fe,  la  salud  eterna  de  tan- 


afferre  potuerint.  Apparet  igitur  mancam  mendosamque  esse  rationem  ad 
huno  diem  ahcubi  usitatam  in  educando  clero  qui  se  ad  Missiones  applicet: 
cuius  quidem  incommodi  removendi  causa,  Sacro  Consilio  Propagandae 
Fidei  mandamus,  ut  quae  variis  regíonibus  opportuua  sint,  constitual,  et 
Seminaria,  quae  regíonibus  singulis  pluribusque  simul  diocesibus  usui 
sint,  vel  condenda  curet  vel  condita  iam  recte  gubernanda,  praesertim  vero 
sollicitum  sit  quemadmodum  novus  in  Vicariatibus  ceterisque  Missionum 
loéis  clerus  adolescat. 

Iam  vos  alloquimur,  dilectissimi  Nobis  Filii,  quotquot  estis,  Dominicae 
vineae  cultores,  quorum  in  manibus  proxime  posita  est,  cum  chrisíianae 
sapientiae  propagationne,  tot  salus  animarum. — Principio  versetur  vobis 
semper  ante  oculos  excelleníia  magnitudoque  muneris,  in  quod  vester 
insumitur  labor.  Divinum  est  prorsus  longeque  ab  humanarum  rationum 
exiguitate  remotum,  quod  vobis  propositum  est,  iacentibus  in  mortis 
umbra  lucem  admovere  et  ruentibus  in  interitum  caeli  viam  aperire.  Inte- 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO         173 

tas  almas.  Ante  todo,  es  necesario  que  tengáis  un  gran  concepto  de  vues- 
tra excelsa  vocación.  Debéis  recordar  siempre  que  el  encargo  confiado 
a  vuestra  solicitud  es  del  todo  divino  y  muy  ajeno  a  la  mezquindad  de 
las  miras  humanas,  pues  que  se  os  ha  encomendado  llevar  la  luz  a  los 
que  yacen  en  las  sombras  de  la  muerte  y  abrir  el  camino  del  cielo  a  los 
que  corren  hacia  su  perdición  eterna.  Considerando,  por  lo  tanto,  que 
a  cada  uno  de  vosotros  ha  dicho  el  Señor:  «Olvida  a  tu  pueblo  y  la  casa 
de  tu  padre»,  tendréis  muy  presente  que  vuestro  deber  no  es  propagar 
el  reino  de  los  hombres,  sino  el  de  Jesucristo,  no  es  ganar  ciudadanos 
para  la  patria  terrena,  sino  para  la  celestial.  Por  aquí  se  comprende 
cuan  deplorable  sería  el  que  hubiera  entre  los  misioneros  algunos  tan 
olvidados  de  su  dignidad  que  cuidasen  de  su  patria  terrena  más  bien 
que  de  la  del  cielo,  preocupándose  extremadamente  por  dilatar  su  in- 
fluencia, por  extender  sobrejtodo  su  gloria.  Sería  ciertamente  una  de  las 
plagas  más  tristes  del  Apostolado,  que  rompería  bien  pronto  en  el  mi- 
sionero los  lazos  de  la  caridad  de  las  almas  y  deprimiría  toda  su  auto- 
ridad ante  los  indígenas;  porque  éstos,  por  muy  rudos  y  bárbaros  que 
sean,  demasiado  bien  comprenden  qué  pretensiones  abriga,  qué  es  lo 
que  entre  ellos  busca  el  misionero,  y  escudriñan  con  sagacidad  extrema 


Iligentes  igitur  vestrum  unicuique  dictum  a  Domino:  «obliviscere  popu- 
lum  tuurn,  et  domum  patris  tui»  (Ps.  XLIV,  11),  memineritis  non  homi- 
num  deberé  vos  imperium  propagare,  sed  Christi,  nec  patriae  quae  hic 
cst,  sed  patriae  quae  sursum  cives  adiicere.  Ac  miserum  sane  foret,  si  qui 
ex  Missionariis  ita  suae  dignitatis  immemores  viderentur,  ut  potius  de 
terrena  patria  quam  de  caelesti  cogitarent,  eiusque  plus  aequo  studerent 
potentiam  dilatare  gloriamque  super  omnia  extendere.  Esset  haec  quidem 
apostolatus  pestis  teterrima,  quae  in  Evangelii  precone  omnes  caritatis 
animarum  ñervos  elideret,  ipsiusque  vulgo  debilitaret  auctoritatem.  Homi- 
nes  enim,  quantumvis  barbari  et  immanes,  satis  bene  intelligunt  quid  sibi 
velit,  quid  ab  eis  quaerat  Missionarius,  sagacissimeque  odorando  perspi- 
ciunt,  si  quid  aliud,  ac  ipsorum  spirituale  bonum  expetat.  Fac  vero  eum 
terrenis  aliqua  éx  parte  inservire  consiliis,  nec  se  virum  undique  apostoli- 
cum  gerere,  sed  suae  quoque  patriae  negotia  procurare  videri:  continuo 
omnis  eius  opera  in  suspicionem  veniet  multitudini:  quae  quidem  facile 
adduci  poterit  in  eam  opinionem  ut  christianam  religionem  putet  pro- 


174         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

si  lleva  otras  miras  que  las  de  su  provecho  espiritual.  Supongamos  que 
no  se  haya  despojado  del  todo  de  miras  terrenas  y  que  no  en  todas 
partes  se  porta  como  un  varón  apostólico,  antes  se  le  ve  también  pro- 
curar los  intereses  de  su  patria:  al  instante  toda  su  obra  se  hará  sospe- 
chosa ante  la  población,  a  la  cual  fácilmente  se  hará  creer  que  la  Reli- 
gión cristiana  es  la  religión  propia  de  un  país  extranjero,  y  que  el  que 
la  abraza,  queda  sujeto  a  dicho  país  y  bajo  su  tutela,  perdiendo  al  mis- 
mo tiempo  los  derechos  de  su  propia  nación. 

Y  ciertamente  mucho  Nos  han  desagradado  ciertas  revistas  de  Mi- 
siones, publicadas  en  estos  últimos  tiempos,  en  las  cuales  más  que  el 
celo  por  la  propagación  del  reino  de  Dios  aparece  el  deseo  de  dar  ma- 
yores ensanches  a  la  influencia  de  sus  respectivos  países;  y  asombra 
más  el  que  no  se  den  cuenta  de  lo  mucho  que  estas  cosas  distancian  de 
nuestra  santa  religión  el  ánimo  de  los  gentiles.  No  ha  de  ser  asi  el  pro- 
ceder del  misionero  católico,  digno  de  tal  nombre,  sino  que  con  el  pen- 
samiento fijo  en  que  es  un  enviado  de  Jesucristo,  y  no  de  su  propia  na- 
ción; debe  conducirse  de  tal  manera  que  todos  reconozcan  en  él,  sin 
duda  ninguna,  a  un  ministro  de  aquella  religión,  que  al  abrazar  en  su 
seno  a  todos  los  hombres,  adoradores  de  Dios  en  espíritu  y  en  verdad. 


priam  cuiusdam  externae  nationis  esse,  quam  religionem  qui  amplexus  sit; 
subiecisse  se  tutelae  imperioque  civitatis  exterae,  propriaeque  civitatis  ius 
exuisse  videatur. 

Magnae  Nobis  quidem  aegritudini  illa  sunt  de  rebus  Missionum  com- 
mentaria,  quae  hisce  postremis  annis  vulgari  coepta  sunt  in  quibus  non 
tam  studium  apparet  Dei  regnum  dilatandi,  quam  propriae  civitatis  am- 
plitudinem  augendi:  miramurque  in  eis  nihil  curari  quantum  haec  abalie- 
nent  a  religione  sancta  ánimos  ethnicorum.  Haud  ita  Missionarius  catho- 
licus,  hoc  dignus  nomine:  sed  is,  perpetuo  recogitans,  se  nequáquam  pro 
sua  ipsius  natione,  verum  pro  Christo  legatione  fungi,  ita  se  gerat  ut  qui- 
libet  sine  ulla  dubitatione  agnoscat  eius  ministrum  religionis  quae,  cum 
omnes  complectatur  homines,  in  spiritu  et  veritate  Deum  adorantes,  nuUi 
est  nationi  extranea  atque  «ubi  non  est  Gentilis,  et  ludaeus,  circumcisio, 
et  praeputium,  Barbarus  et  Scytha,  servus  et  liber;  sed  omnia,  et  in  ómni- 
bus Christus»  (Colos.,  III,  11).  Alterum  autem  perdiligenter  Missionario 
cavendum,  hoc  est  ne  alios  quaestus  velit  faceré  quam  animarum.  Verum 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO         175 

para  ningún  país  es  extranjera,  y  «en  la  que  no  hay  distinción  en  gen- 
tiles y  judíos,  circuncisos  e  incircuncisos,  bárbaros  y  escitas,  esclavos  y 
libres,  sino  que  Cristo  es  todo  y  en  todos».  Otra  cosa  que  el  misionero 
debe  evitar  con  todo  cuidado  es  que  no  pretenda  otras  ganancias  que  las 
de  las  almas.  Mas  de  esto  no  es  menester  disertar  mucho,  porque  quien 
está  dominado  por  el  deseo  de  lucro,  ¿cómo  podrá  buscar  única  y  ex- 
clusivamente la  gloria  de  Dios  y  promoverla  cual  conviene,  devolvien- 
do la  salud  a  los  que  la  han  perdido  y  estar  dispuesto  a  dar  todas  sus 
cosas  y  hasta  la  misma  vida  por  sus  ovejas?  Añádase  que  sólo  por  esa 
causa  perdería  no  poco  de  su  autoridad  y  prestigio  delante  de  los  in- 
fieles, máxime  si,  como  sucede  frecuentemente,  su  deseo  de  lucro  se 
hubiese  convertido  ya  en  avaricia,  pues  nada  como  ese  vicio  sórdido 
merece  el  desprecio  de  los  hombres,  ni  hay  nada  tampoco  más  indigno 
del  reino  de  Dios.  Ei  buen  predicador  del  Evangelio,  por  el  contrario, 
procurará  imitar  con  toda  fidelidad  al  Apóstol  de  las  gentes,  de  quien 
no  sólo  es  aquella  exhortación  a  Timoteo,  «teniendo  con  qué  alimen- 
tarnos y  con  qué  vestirnos,  contentémonos  con  estas  cosas»,  sino  que 
tuvo  en  tanta  estimación  su  fama  de  desinteresado,  que  en  medio  de  la 
actividad  prodigiosa  de  su  ministerio  se  procuraba  el  sustento  con  le 
trabajo  de  sus  manos. 


hac  de  re  non  attinet  plura  dicere.  Nam  quem  cupiditas  teneat  lucrí, 
quomodo  ille  divinae  gloriae  studebit  unice,  ut  oportet,  in  eamque  pro- 
movendam,  alios  revocans  ad  sanitatem  paratus  erit  sua  omnia  vitamque 
ipsam  impenderé?  Accedit  quod  ob  eam  causam  muhum  ei  decederet 
auctoritatis  apud  infideles,  máxime  si  quod  proclive  factu  est,  studium  rei 
quaerendae  in  avaritiae  vitium  iam  abiisset;  cuius  quidem  sordibus  nihil 
est  nec  hominibus  contemptibilius  neo  Del  regno  magis  indignum.  Bonus 
igitur  Evangelii  propagator  perstudiose  in  hoc  etiam  sequetur  gentium 
Apostolum,  cuius  non  solum  est  illa  ad  Timotheum  hortatio:  «habentes 
alimenta,  et  quibus  tegamur,  his  contenti  simus»  (1  Tim.,  VI,  8),  quando- 
quidem  usque  eo  laudem  abstinentiae  magni  fecit  it,  operosissimi  mune- 
ris  distentus  curis,  tamen  labore  et  manu  sibi  victum  compararet. 

Sed  enim  Missionario,  priusquam  ad  apostolatum  accedat,  adhibenda 
est  praeparatio  diiigens:  quamquam  quispiam  dicat  nom  esse  tot  rerum 
scientíam  ei  necessariam  qui  gentibus  ab  humanitate  remotíssimis  sit 


176         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

'  Pero  además,  antes  que  el  misionero  comience  su  apostolado,  se  le 
ha  de  disponer  para  su  desempeño  con  una  preparación  cuidadosa,  no 
obstante  el  sentir  de  los  que  dicen  que  no  son  necesarios  tantos  conoci- 
mientos científicos  para  predicar  a  Cristo  en  pueblos  bárbaros  e  incul- 
tos. Pues  aunque  es  cierto  que  en  la  conversión  de  las  almas  influye  mu- 
cho más  el  ornamento  de  las  virtudes  que  el  de  las  letras,  pero  quien  no 
posea  un  buen  bagaje  de  conocimientos  sentirá  muchas  veces  la  falta 
de  auxilios  muy  poderosos  para  sacar  el  fruto  debido  de  su  ministerio. 
Y  no  es  raro  tampoco  el  caso  en  que,  careciendo  de  libros  y  no  tenien- 
do personas  doctas  a  quienes  consultar,  ¡deba  no  obstante  responder 
pronto  a  las  objeciones  que  contra  la  Fe  se  propongan  y  resolver  cues- 
tiones dificilísimas.  A  lo  cual  se  añade  que,  cuanto  más  instruido  se 
muestre,  tanto  mayor  será  su  crédito  y  estimación  en  el  pueblo,  sobre 
todo  si  éste  se  precia  de  culto,  en  el  cual  caso  sería  indecoroso  que  los 
ministros  de  la  verdad  fuesen  superados  por  los  del  error  en  saber.  Por 
tanto,  al  preparar  convenientemente  a  los  alumnos  del  santuario,  lla- 
mados por  Dios,  para  las  tareas  del  apostolado  en  las  misiones,  se  les 
deberá  instruir  en  toda  clase  de  disciplinas  necesarias  al  misionero,  tan- 
to sagradas  como  profanas.  Y  esto  mismo  queremos  que  en  adelante  se 
practique — como  es  justo — en  las  aulas  del  Colegio  Pontificio  de  Pro- 


Christum  nuntiaturus.  Nam  licet  controversia  esse  non  possit  quin  ad  sa- 
lutarem  animorum  conversionem  plus  virtutum  ornamenta  valeant  quam 
litterarum,  tamen  si  qui  bono  tamquam  commeatu  dcctrinae  non  sit  ins- 
tructus,  multum  sibi  saepe  sentiet  deesse  praesidii  ad  sancti  ministerii  fruc- 
tum.  Ñeque  enim  is  raro  et  librorum  copia  carel  et  doctorum,  quos  con- 
sulat,  consuetudine,  cum  tamen  responderé  rogantibus,  quidquid  contra 
fidem  obiecerint,  quaestionesque  dissolvere,  vel  perdifñciles,  debeat.  Ad 
haec,  quo  is  se  eruditiorem  ostendet,  eo  maior  eius  erit  vulgo  opinio,  prae- 
sertim  si  in  populo  versabitur,  apud  quem  in  honore  et  in  pretio  sint  stu- 
dia  dcctrinae;  quo  quidem  in  genere  nimium  sane  dedeceret  veritatis  nun- 
tios  a  ministris  errorum  superan.  Itaque,  dum  alumni  sacrorum,  quos  Do- 
minus  advocet,  ad  apostólicas  expeditiones  rite  instituentur,  omnino  eos  in 
ómnibus  disciplinis,  tum  sacris  tum  profanis,  quae  Missionariis  opus  sint- 
erudiri  oportebit.  Id  ipsum  fieri,  uti  par  est,  in  scholis  Pontifícü  Collegii 
Urbaniani  christiano  nomini  propagando,  volumus:  in  quibus  etiam  pro- 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO         177 

paganda  Fide  de  esta  ciudad,  en  el  que  ordenamos  que  de  ahora  en 
adelante  se  establezca  una  enseñanza  especial  de  todo  aquello  que  tie- 
ne alguna  relación  con  las  Misiones. 

Entre  los  conocimientos  que  ha  de  poseer  el  misionero  debe  citarse, 
en  primer  lugar,  el  de  la  lengua  del  pueblo  a  cuya  salvación  ha  de  con- 
sagrarse. Y  no  basta  un  conocimiento  cualquiera,  sino  en  tal  grado,  que 
pueda  hablar  el  idioma  expedita  y  correctamente,  pues  su  misión  es 
para  toda  suerte  de  personas,  para  los  rudos  y  para  los  doctos,  y  no  ig- 
nora cuan  fácilmente  puede  el  que  habla  bien  atraerse  la  universal  be- 
nevolencia. Respecto  de  la  explicación  de  la  doctrina  cristiana,  el  mi- 
sionero celoso  no  debe  confiarla  a  los  catequistas,  sino  que  ha  de  lle- 
varla por  sí  mismo,  como  obligación  personal  y  parte  principalísima  de 
su  ministerio,  puesto  que  no  por  otros  fines,  sino  para  predicar  el  Evan- 
gelio fué  enviado  por  el  Señor.  A  veces  le  ocurrirá  que,  como  ministro 
y  representante  de  la  Religión,  tenga  que  tratar  con  las  autoridades  del 
pueblo,  o  se  le  invite  a  reuniones  de  personas  doctas,  y  en  esos  casos 
¿cómo  podrá  mantener  el  prestigio  de  su  dignidad,  si  por  desconoci- 
miento de  la  lengua  no  sabe  expresar  bien  sus  conceptos?  Por  eso  Nos 
recientemente  hemos  atendido  a  esta  necesidad,  cuando  con  las  miras 


prium  magisterium  scientiae  rerum  quae  ad  Missiones  pertinent,  tradendae 
posthac  esse  iubemus. 

In  iis  vero  quae  Missionarius  percepta  et  cognita  habeat  necesse  est, 
praecipue  est  numerandus,  ut  apparet,  sermo  populi,  cuius  se  saluti  devo- 
vebit.  Nec  enim  contentus  esse  debebit  levi  quadam  huius  cognitione  ser- 
monis,  sed  tanta  ut  expedite  atque  eméndate  loqui  possit.  Siquidem  ómni- 
bus, imperitis  aeque  ac  doctis,  debitor  est,  nec  ignorat  quam  facile  quis 
possit,  bene  loquendo,  allicere  ad  benevolentiam  ánimos  multitudinis.  Ac 
praesertim  explicationem  doctrinae  christianae  non  catechistis  committat 
diligens  Missionarius,  sed  hanc  provinciam,  velut  sibi  propriam,  adque 
adeo  ut  potissimam  sui  muneris  partem,  ipse  retineat,  qui  non  est  aliam  ob 
causam  missus  a  Deo,  nisi  ut  Evangelium  praedicaret.  Eidem  autem  inter- 
dum  continget  ut,  tamquam  religionis  sanctae  nuntius  et  interpres,  primori- 
bus  populi  se  sistere  debeat,  aut  in  coetus  doctorum  hominum  invitetur: 
tum  vero  qua  ratione  is  suam  tuebitur  dignitatem,  si  sermonis  inscitia  ex- 
primere  sua  sensa  prohibeatur?— Nos  igitur  hoc  ipsum  attendimus  nuper, 

12 


178         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

puestas  en  la  propagación  y  aumento  de  la  Iglesia  en  Oriente,  funda- 
mos aquí  en  Roma  un  Instituto  o  casa  especial  de  estudios  con  objeto 
de  que  los  que  hayan  de  ejercer  el  apostolado  en  aquellas  regiones, 
salgan  bien  instruidos  en  todo,  y  especialmente  en  el  conocimiento  de 
las  lenguas  y  costumbres  orientales.  Y  como  la  fundación  de  este  Ins- 
tituto Nos  parezca  de  gran  oportunidad,  aprovechamos  la  ocasión  para 
recomendar  a  todos  los  superiores  de  las  Corporaciones  religiosas  que 
tienen  Misiones  en  el  Oriente  que  manden  a  sus  alumnos  destinados 
a  las  mismas  Misiones  para  que  se  impongan  en  una  más  perfecta 
cultura. 

Mas  al  que  se  dispone  convenientemente  para  el  cargo  del  apostola- 
do, le  es  indispensable,  antes  que  todo,  una  cualidad  de  la  mayor  impor- 
tancia y  de  que  ya  hemos  hecho  mención,  es  a  saber,  la  santidad  de 
vida.  Y  en  verdad,  es  necesario  que  sea  todo  de  Dios  quien  predica  a 
Dios,  y  que  aborrezca  el  pecado  quien  intima  tal  aborrecimiento.  Entre 
los  infieles,  sobre  todo,  que  se  guían  más  por  el  instinto  que  por  la  ra- 
zón, aprovecha  más  la  predicación  del  ejemplo  que  la  de  la  palabra. 
Que  adornen,  pues,  al  misionero  las  más  bellas  prendas  de  inteligencia 
y  espíritu,  que  sobresalga  en  doctrina  y  cultura:  si  todas  esas  cualida- 


cum,  catholici  nominis  apud  Orientales  incremento  et  propagationi  consu- 
lentes,  peculiare  in  Urbe  studiorum  domicilium  instituimus,  ubi  qui  apos- 
tolatum  in  lis  regionibus  obituri  essent,  gnari  scientesque  linguarum  mo- 
runque  Orientis,  ceterisque  praesidiis  instructissimi  evaderent.  Quod  qui- 
dem  Institutum  cum  magnae  opportunitatis  Nobis  videatur,  hac  utimur 
occasione  ad  exhortandos,  quotquot  sunt,  moderatores  religiosarum  fami- 
liarum,  quibus  Orientales  Missiones  sunt  demandatae,  ut  suos  alumnos, 
iisdem  Missionibus  destinatos,  ea  disciplina  excolendos  expoliendosque 
curent. 

At,  qui  se  ad  apostolicum  munus  recte  accingit,  unum  necesse  est  ante 
omnia  sibi  comparet,  utpote  maximi  momenti  ac  ponderis,  videlicet,  quod 
supra  memoravimus,  vitae  sanctimoniam.  Etenim  homo  Dei  sit  oportet, 
qui  Deum  praedicat;  oderit  peccatum,  qui  odisse  peccatum  iubet.  Máxime 
apud  infideles,  qui  sensu  potius,  quam  rationibus,  ducuntur,  multo  plus 
proficitur  fidem  exemplis  praedicando  quam  verbis.  Esto  igitur  Missiona- 
rius  ómnibus  mentís  animique  laudibus  praeditus,  ómnibus  doctrinis  ex- 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO    17^ 

des  no  van  unidas  a  una  vida  pura  y  santa,  ninguna  o  muy  poca  efica- 
cia tendrán  para  la  salvación  de  los  pueblos,  antes  bien  las  más  de  las 
veces  causarán  no  pocos  perjuicios  a  él  mismo  y  a  los  demás. 

Sea,  pues,  el  misionero  ejemplarmente  humilde,  obediente  y  casto; 
sea  especialmente  piadoso  y  dado  de  lleno  a  la  oración  santa  y  a  la 
unión  continua  con  Dios,  negociando  constantemente  ante  su  divino 
acatamiento  la  salvación  de  las  almas.  Porque  cuanto  más  íntima  fuere 
su  unión  con  Dios,  tanto  mayores  gracias  y  auxilios  recibirá.  Atienda 
a  la  exhortación  del  Apóstol:  «Revestios,  pues,  como  escogidos  de  Dios, 
santos  y  amados,  de  entrañas  de  misericordia,  de  benignidad,  de  mo- 
destia, de  paciencia.>  (Colos.,  III,  12.)  Con  el  auxilio  de  estas  virtudes 
se  remueven  todos  los  obstáculos,  y  es  fácil  y  llano  a  la  verdad  el  ac- 
ceso al  corazón  de  los  hombres,  porque  no  hay  voluntad  tan  obstinada 
que  les  pueda  resistir.  Y  por  eso  el  misionero  que,  a  semejanza  de  Je- 
sucristo, arde  en  caridad,  viendo  aun  en  los  paganos  más  abyectos,  a 
hijos  de  Dios,  redimidos  con  el  mismo  precio  de  la  divina  sangre,  no  se 
irrita  por  su  rudeza  ni  se  asombra  por  su  perversidad  de  costumbres,  no 
los  desprecia  o  mira  con  desdén,  no  los  trata  con  aspereza  o  severidad, 
sino  procura  atraerlos  con  todas  las  dulzuras  de  la  benignidad  cristiana 


cultas,  omni  humanitate  politus;  nisi  haec  cum  morum  innocentia  cohae- 
reant,  parum  aut  nihil  effícacitatis  habebunt  ad  saiutem  populorum,  imo 
plurimum  et  ipsi  et  ceteris  obesse  possunt. 

Sit  ille  igitur  in  exemplum  humilis,  obediens,  castus,  sit  praecipue  pius, 
sanctaeque  orationi  ac  perpetuae  cum  Deo  coniunctioni  deditus,  sedulo 
apud  eum  causam  agens  animarum.  Quanto  enim  fuerit  Deo  coniunctior, 
tanto  plus  ei  divinae  gratiae  et  adiumenti  impertietur.  Audiat  autem  Apos- 
tolum  sic  hortantem:  Indulte  vos  ergo  sicut  electi  Dei,  sancti,  et  dilecíi, 
viscera  misericordiae,  benignitatem,  humüitatem,  modesüam,  patien- 
iiam  (1).  Harum  ope  virtutum  patens  planusque  in  ánimos  hominum  est 
veritati  aditus,  quibusvis  submotis  ímpedimentis;  ñeque  enim  ulla  est  adeo 
contumax  voluntas  quae  eis  facile  obsistat.  Ergo  Missionarius,  qui  quidem 
ad  similitudinem  lesu  Domini  flagret  caritate,  cum  vel  perditissimos  ethni- 
corum  numeret  inter  filios  Dei,  utpote  eodem  divini  sanguinis  pretio  re- 


(1)    Colos,  IlL,  12. 


180         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

para  llevarlos  algún  día  al  abrazo  de  Jesucristo,  el  Buen  Pastor.  Al  cual 
propósito  suele  meditar  aquel  paso  de  la  Sagrada  Escritura:  «¡Oh  cuan 
bueno  y  suave  es,  Señor,  tu  espíritu  en  todas  las  cosas,  y  por  eso  corri- 
ges por  partes  a  los  que  yerran  y  los  amonestas  de  las  cosas  en  que  pe- 
can, y  les  hablas,  para  que  dejada  la  malicia  crean  en  ti,  Señor...  Y  tú, 
dominador  poderoso,  juzgas  con  tranquilidad  y  nos  gobiernas  con  gran- 
de comedimiento.  >  (Sap.,  XII,  1,2, 18.)  Mas  ¿qué  dificultades,  qué  fatigas 
o  peligrosas  contingencias  podrán  apartar  de  su  empeño  a  este  enviado 
de  Jesucristo?  Ninguna,  ciertamente;  porque,  agradecidísimo  a  Dios  que 
le  eligió  para  misión  tan  excelsa,  cuanto  de  adverso  y  difícil  de  tolerar 
pueda  ocurrirle,  los  trabajos,  las  afrentas,  las  privaciones,  el  hambre,  la 
muerte  misma,  aunque  cruel,  todo  está  dispuesto  a  sufrirlo,  generoso  y 
magnánimo,  con  tal  de  librar  aunque  no  sea  más  que  a  un  alma  de  las 
fauces  del  infierno. 

Animado  de  estos  sentimientos  y  propósitos,  y  bajo  el  ejemplo  del 
Divino  Maestro  y  de  los  Apóstoles,  entre  confiadamente  el  misionero 
en  el  ejercicio  de  su  apostolado,  pero  sin  olvidarse  de  poner  en  Dios 
toda  su  confianza.  Es  labor  toda  divina,  como  dijimos,  la  propagación 


demptos,  non  eorum  vel  inhumanitate  irritatur,  vel  morum  perversitate 
percellitur,  non  eos  despicit  aut  fastidit,  non  acerbe  atque  dure^tractat,  ve- 
rum  ómnibus  christianae  benignitatis  officiis  studet  allicere,  ut  ad  comple- 
xum  Christi,  Pastoris  Boni,  aliquando  perducat.  In  quo  illud  Scripturae 
Sanctae  meditari  consuevit:  O  quam  bonus,  et  suavis  est,  Domine,  spiritus 
tuus  in  ómnibus!  Ideoque  eos,  qui  exerrant,  partibus  corripis:  et  de  qui- 
bus  peccant,  ddmones  et  alloqueris  ut  relicta  maliiia  credant  in  te,  Do- 
mine  Tuautem  dominator  virtutis  cum  tranquillitate  indicas  et  cum 

magna  revereniia  disponis  nos  (1).  Quid  vero  est  aut  difficultatis  aut  mo- 
lestiae  aut  discriminis,  quod  talem  Jesu  Christi  legatum  ab  incoepto  remo- 
retur?  Nihil  sane:  nam,  gratissimus  in  Deum  qui  se  tam  celso  muneri  des- 
tinavit,  omnia  quaecumque  inciderint  adversa  et  áspera  ad  toleramdum, 
labores,  contumelias,  inopiam,  famem,  mortem  ipsam  quamvis  crudelem, 
magno  complectitur  animo,  dum  vel  unam  ex  infernorom  faucibus  animam 
eripiat. 


(1)    Sap.,  XII,  1  2, 18. 


GÁRTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO    181 

de  la  Fe  cristiana,  puesto  que  sólo  Dios  sabe  penetrar  en  el  interior  de 
la  conciencia,  iluminar  los  entendimientos  con  el  esplendor  de  la  ver- 
dad, encender  las  voluntades  con  la  llama  de  las  virtudes  y  dispensar 
al  hombre  las  oportunas  energías  para  que  pueda  abrazar  y  seguir  lo 
conocido  como  verdadero  y  bueno.  De  aquí  que  si  el  ministro  del  Evan- 
gelio no  recibiera  el  socorro  y  ayuda  del  Señor,  vanos  serían  todos  sus 
esfuerzos.  Con  todo  eso,  sin  embargo,  condúzcase  muy  valerosamente 
en  su  labor,  confiando  siempre  en  el  auxilio  de  la  gracia  divina  que 
jamás  ha  de  faltar  al  que  la  implora. — Y  aquí,  aprovechando  la  ocasión 
oportuna  que  se  presenta,  no  queremos  dejar,  sin  una  mención  especial 
a  las  mujeres,  que  ya  desde  los  primeros  tiempos  del  Cristianismo  han 
colaborado  siempre  con  admirable  celo  por  la  propagación  del  Evange- 
lio. Y  son  especialmente  dignas  de  una  bien  merecida  alabanza  aque- 
llas vírgenes  consagradas  al  Señor,  que  en  gran  número  se  encuentran 
en  las  santas  Misiones,  dedicadas  a  la  educación  de  los  niños  y  a  otras 
múltiples  empresas  de  piedad  y  beneficencia;  y  deseamos  que  esta 
Nuestra  alabanza  de  sus  obras  les  proporcione  nuevos  estímulos  y  en- 
tusiasmo para  hacerse  cada  vez  más  beneméritas  de  la  santa  Iglesia. 


Ita  affectus  animatusque,  Christi  Domini  et  Apostolorum  exemplo,  ad 
suum  munus  fungendum  fidenter  Missionarius  aggrediatur:  sed  omnem 
fiduciae  suae  rationem  in  Deo  collocabit.  Divinum  est  hoc  totum,  ut  dixi- 
mus,  christianam  propagare  sapientiam,  cum  solius  Dei  sit  penetrare  in 
ánimos,  ut  et  mentes  splendore  veritatis  illustret,  et  voluntates  igniculis  vir- 
tutum  inflammet,  et  idóneas  vires  homini,  ad  sequendum  efficiendumque 
id  quod  verum  bonumque  cognoverit,  adiiciat.  Quare,  nisi  ministro  ela- 
boranti  Dominus  adfuerit,  is  frustra  contendet.  Ídem  nihilo  minus  tamen 
strenue  pergat  pro  instituto  contendere,  auxilio  nimirum  freíus  divinae 
gratiae,  quae  numquam,  eam  roganti,  defutura  est. — Quo  loco  praetereun- 
dae  silentio  non  sunt  mulleres,  quae  iam  inde  a  rei  christianae  primordiis 
egregiam  operam  studiumque  Evangelii  praeconibus  navare  consueverunt. 
Ac  dignae  sunt  quae  praecipua  cum  laude  hic  commemorentur  virgines 
illae  Deo  devotae,  quae  in  sacris  Missionibus  frequentes  versantur,  puero- 
rum  educationi,  pietatisque  et  beneficentiae  multiplicibus  institutis  ad- 
dictae;  volumusque  haec  suorum  commendatio  meritorum  illis  ad  bene  de 
Ecclesia  sancta  merendum  ánimos  addat  et  alacritatem.  Illae  autem  pro 


182         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

Tengan  por  cierto  que  sus  trabajos  serán  tanto  más  útiles  cuanto  más 
empeño  pongan  en  su  propio  perfeccionamiento  espiritual. 

Y  ahora  Nos  complacemos  en  dirigir  la  palabra  a  todos  aquellos 
que  por  un  gran  favor  de  Dios  misericordioso  se  hallan  ya  en  posesión 
de  la  verdadera  Fe  y  participan  de  sus  innumerables  beneficios.  En  pri- 
mer lugar  conviene  que  reflexionen  sobre  la  ley  estrictísima  que  les 
obliga  a  favorecer  las  sagradas  Misiones  entre  los  infieles;  pues  Dios 
«mandó  a  cada  uno  que  tuviese  cuidado  de  su  prójimo»  (EcclL,  XVII,  12); 
el  cual  precepto  tanto  más  gravemente  obliga,  cuanto  mayor  es  la  ne- 
cesidad en  que  se  encuentra  nuestro  prójimo.  Y  verdaderamente,  ¿quién 
está  más  necesitado  de  la  ayuda  fraterna  que  los  infieles,  los  cuales, 
no  conociendo  a  Dios,  entregados  a  sus  concupiscencias  ciegas  y  des- 
enfrenadas padecen  la  esclavitud  más  dura  de  todas,  bajo  el  poder  del 
ángel  de  las  tinieblas?  Por  tanto,  todos  aquellos,  que,  según  sus  me- 
dios, contribuyen  a  iluminarlos,  principalmente  ayudando  a  la  obra  de 
las  Misiones,  al  mismo  tiempo  que  cumplen  un  imperioso  deber,  mues- 
tran además  al  Señor,  y  en  forma  la  más  acepta  a  sus  divinos  ojos,  su 
agradecimiento  por  haberles  favorecido  con  el  don  inestimable  de 
la  Fe. 


certo  habeant  tanto  suam  operam  fore  uliliorem,  quanto  magis  suae  ipsa- 
rum  perfectioni  spiritus  studuerint. 

Affari  iam  libet  universos  omnes,  quicumque,  magno  Dei  miserentis 
muñere,  verae  sunt  Fidei  compotes  et  innumerabilia,  quae  inde  manant, 
beneficia  participant.  Ac  primum  attendant  oportet  quam  sánela  teneantur 
lege  sacris  ad  infideles  Missionibus  opitulandi.  Etenim  mandavit  (Deus) 
unicüique  de  próximo  sao  (1);  quod  mandatum  eo  quidem  urget  gravius, 
quo  proximum  premit  maior  necessitas.  At  vero  quod  genus  hominum 
magis  fraternae  opis  indiget,  quam  infidelium,  qui,  cum  Deum  ignorent, 
caecls  effrenatisque  cupiditatibus  devincti,  pessimam  omnium,  sub  diabolo, 
serviunt  servitutem?  Quotquot  igitur  his  illuminandis  opem  pro  facúltate 
attulerint;  praesertim  Missionalium  operam  adiuvando,  ii  et  máxima  in  re 


(1)    Eccli.y  XVIÍ,  12. 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO         183 

De  tres  modos  pueden  ser  los  auxilios  con  que  se  ayude  a  las  Mi- 
siones y  que  los  misioneros  no  cesan  de  implorar.  El  primero  está  al 
alcance  de  todos,  y  es  pedir  al  Señor  que  se  muestre  propicio  con  aqué- 
llas. Ya  más  de  una  vez  hemos  dicho  que  toda  la  obra  del  misionero 
será  vana  y  estéril  si  no  la  fecunda  la  gracia  divina;  como  decia  de  sí 
San  Pablo:  «Yo  planté,  Apolo  regó,  mas  Dios  es  el  que  ha  dado  el  cre- 
cimiento >  (I,  Cor.j  III,  6).  Mas  para  impetrar  esta  gracia  no  hay  sino  un 
solo  medio,  y  es  la  oración  humilde  y  constante,  según  que  el  mismo 
Señor  dice:  «Cualquier  cosa  que  pidieren,  les  será  concedida  por  mi  Pa- 
dre» (S.  Mat.  XVIII,  19):  oración  de  cuya  eficacia  no  puede  caber  duda, 
y  menos  en  el  caso  presente  en  que  se  trata  de  una  causa  nobilísima  y 
más  grata  a  Dios  que  ninguna  otra.  Al  modo,  pues,  como  un  día  Moi- 
sés en  la  cima  del  monte  y  con  las  manos  en  alto  imploraba  la  ayuda 
divina  para  Israel  en  lucha  contra  los  amalecitas,  así  todos  los  cristia- 
nos deben,  con  el  auxilio  de  santas  plegarias,  favorecer  a  los  propaga- 
dores del  Evangelio,  mientras  ellos  luchan  entre  mil  dificultades  en  los 
campos  del  Señor.  Y  como  justamente  para  este  fin  haya  sido  instituido 
el  que  se  llama  «Apostolado  de  la  oración».  Nos  aquí  lo  recomenda- 
mos encarecidamente  a  todos  los  buenos  con  el  más  vivo  deseo  de  que 


officii  partes  expleverint  et  grates  Deo  acceptissimum  in  modum  de  Fidei 
beneficio  persolverint. 

lamvero  triplicis  generis  sunt  adiumenta  quae  Missionibus  afferri  pos- 
sunt,  quaeque  Missionales  ipse  rogare  non  desinunt.  Primum  est,  quod 
quidem  cuique  praestare  licet,  ut  propitius  eis  Deus  invocetur.  Semel  ite- 
rumque  iam  diximus  inanem  atque  irritum,  a  Missionariis  insumptura,  la- 
borem  fore,  nisi  eum  divina  gratia  fecundarit,  Paulo  testante  qui  ait:  Ego 
planiaví,  Apollo  rigavitt  sed  Deas  ¿ncrementam  dedil  (1).  Huius  autem 
gratiae  impetrandae  una  via  est  eaque  in  perseverantia  humilium  precum 
consistit,  nam  de  omníre,  quamcumque  petierint,  fiel  illis  a  Paire  meo  (2) 
dicit  Dominus.  Quae  preces,  si  unquam  alias,  sane  effectu  carera  non  pos- 
sunt  in  hac  causa,  qua  nulla  praestantior,  nulla  gratior  Deo  est.  Quemad- 
modum  igitur  dum  Israelitae  cum  Amalee  praeliabantur,  intérea  Moisés  in 


(1)  I  Cor.,  III  6. 

(2)  Mam.,  XVIII,  19. 


184         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

ninguno  rehuse  pertenecer  a  él,  y  que  todos  quieran  tomar  parte,  al 
menos  con  su  celo  espiritual,  en  las  santas  fatigas  del  apostolado. 

En  segundo  lugar,  es  necesario  atender  al  aumento  de  misioneros, 
porque  si  ya  antes  eran  pocos,  pero  hoy,  después  de  la  guerra,  se  ha 
hecho  mucho  más  sensible  su  escasez,  hasta  el  punto  de  que  gran  parte 
de  la  viña  del  Señor  carece  de  cultivadores.  Sobre  lo  cual  deseamos, 
principalmente,  venerables  Hermanos,  hacer  un  llamamiento  a  vuestra 
solicitud;  y  en  ello  haríais  una  obra  digna  de  vuestro  amor  a  la  reli- 
gión, si  fomentaseis  con  cuidado,  tanto  en  el  clero  como  en  los  alum- 
nos del  Seminario  diocesano,  la  vocación  hacia  las  Misiones,  cuando 
en  algunos  de  ellos  se  manifestase.  Ni  os  dejéis  engañar  en  esto  por 
alguna  apariencia  de  bien  o  por  razones  completamente  humanas 
como  la  de  que  cuanto  diereis  a  las  Misiones  extranjeras  seria  con  per- 
juicio de  vuestra  diócesis,  pues  por  un  solo  apóstol  a  quien  dejéis  se- 
guir su  vocación,  el  Señor  suscitará  muchos  sacerdotes  útilísimos  para 
la  salvación  de  vuestra  grey.  Y  aquí  también  rogamos  con  vivas  ins- 
tancias a  los  superiores  de  las  Órdenes  e  Institutos  religiosos  que  tienen 
Misiones  en  el  Extranjero,  que  no  destinen  a  obra  tan  importante  sino 
a  los  más  selectos  en  la  virtud,  es,  a  saber,  a  los  que  sobresalgan  por 


summo  coUe  divinam  eis  opem  sublatis  manibus  impetrabat,  ita  Evangelii 
propagatoribus  laboriose  in  vínea  Domini  se  exercentibus  omnes  debent 
Christifídeles  sanctarum  precationum  ope  suffragari.  Cui  quidem  officio 
rite  exsequendo  cum  proprie  institutus  sit  Apostolatus  precátionis  qui  di- 
citur,  eum  hic  vehementer  bonorum  universitali  commendamus,  optantes 
ut  nemo  se  ab  eius  consortione  abstineat,  sed  veHnt,  quotquot  sunt,  aposto- 
lici  laboris  si  non  re  at  studio  esse  participes. 

Secundo  loco,  Missionalium  paucitati  medendum  est;  quae  cum  antea 
non  exigua  esset,  summa  iam  facta  est  confecto  bello,  ut  multae  Dominici 
agri  partes  a  cultoribus  vacent.  In  quo  vestram  praecipue,  venerabiles  Fra- 
tres^  advocatam  desideramus  diligentiam;  vosque  rem  facturi  estis  vestro 
religionis  amore  in  primis  dignam,  si  et  in  clero  et  in  Seminario  dioecesa- 
no  apostolatus  semina,  quae  quis  forte  sibi  inesse  ostenderit,  studiose  fo- 
veatis.  Nec  vos  ulla  species  recti  decipiat  aut  humana  aliqua  ratio  permo- 
veat,  quasi,  quod  exteris  Missionibus  permiseritís,  id  de  utilitate  dioecesis 
vestrae  detraxisse  videamini.  In  locum  enim  unius  quem  dimiseritis  foras, 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO         185 

SU  inocencia  de  vida,  por  el  fuego  de  su  devoción  y  por  el  deseo  de  la 
salvación  de  las  almas;  y  que  cuando  vieren  que  sus  misioneros  han 
trabajado  en  algún  pueblo  con  éxito  feliz  atrayéndolo  de  la  idolatría 
hacia  la  escuela  de  Cristo,  y  que  han  logrado  allí  dar  base  sólida  a  una 
Misión  estable,  los  trasladen,  como  experimentados  soldados  de  Jesu- 
cristo, a  otra  región  para  redimirla  de  igual  modo;  y  éstos  dejen  de  buen 
grado  a  otros  el  menos  difícil  cuidado  de  mejorar  la  tierra  ya  cultivada; 
con  lo  cual  conseguirán,  al  mismo  tiempo  que  mucho  frutó  en  las  al- 
mas, bendiciones  abundantes  para  su  Corporación. 

Son  además  necesarios  para  el  sostén  de  las  Misiones  recursos  no 
pequeños,  sobre  todo  porque  a  consecuencia  de  la  guerra  han  aumen- 
tado considerablemente  sus  necesidades,  habiendo  quedado  destruidas 
muchas  escuelas,  asilos,  hospitales  y  otras  fundaciones  piadosas  desti- 
nadas a  beneficencia.  Sobre  esta  necesidad  queremos  también  llamar  la 
atención  de  todos,  a  fin  de  que  todos  contribuyan  a  remediarla  con  su 
liberalidad  y  en  la  medida  de  sus  fuerzas;  porque  «el  que  tuviere  rique- 
zas de  este  mundo  y  viere  a  su  hermano  tener  necesidad  y  le  cerrare 
sus  entrañas,  ¿cómo  está  en  él  la  caridad  de  Dios?»  (I,  Jo.,  III,  17.)  Así 
habla  el  apóstol  San  Juan  refiriéndose  a  los  que  padecen  necesidad  de 


plures  domi  sacerdotes  perutiles  Deus  vobis  suscitabit.  Qui  vero  Ordinibus 
Institutisve  religiosorum  praesunt  exteras  colentibus  Missiones,  oramus  et 
obsecramus,  ne  ad  tantiim  opus  nisi  sodalium  lectissimos  destinent,  eos 
scilicet  qui  et  vitae  innocentia  et  devotionis  ardore  et  animarum  studio 
praestare  videantur.  lidem  auíem  cum  missionarios  suos  cognoverint  in 
aliquo  populo  ab  impura  superstitione  ad  christianam  sapientiam  tradu- 
cendo  feliciter  esse  versatos,  ecclesiamque  ibi  satis  firme  fundasse,  eos,  ut 
electos  milites  Christi,  ad  aliam  gentem  ex  diaboli  manibus  eripiendam 
transferant,  et  quicquid  ab  illis  iam  quaesitum  Christo  sit,  alus,  cultura 
promovendum  in  melius,  haud  inviti  relinquant.  Quo  pacto,  opimam  fa- 
cientes  tamquam  messem  animarum,  ubérrima  quoque  suis  Familiis  divi- 
nae  bonitatis  muñera  acquirent. 

Denique  opes  et  eae  non  ita  tenues  requiruntur  ad  Missiones  tuendas, 
máxime  cum  earum  necessitates  ex  bello  in  immensum  creverint,  tot  scho- 
lis  et  nosocomiis  et  domibus  hospitalibus  et  gratuitis  rerum  diribítoriis 
aliisque  sublatis  exstinctis.  Hic  enimvero  bonos  omnes  appellamus,  ut  li- 


1 86         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

las  cosas  temporales.  Pero,  ¿cuánto  más  sagrada  no  será  la  obligación 
de  la  caridad  en  este  caso,  puesto  que  se  trata,  no  sólo  de  remediar  el 
hambre,  la  escasez  y  otras  necesidades  sin  cuento,  sino  también  y  prin- 
cipalmente de  librar  a  tantas  y  tantas  almas  de  la  esclavitud  del  sober- 
bio Satanás  y  conducirlas  a  la  libertad  de  los  hijos  de  Dios?  Por  eso 
deseamos  ardientemente  que  la  generosidad  de  los  católicos  contribu- 
ya con  sus  limosnas  de  una  manera  especial  a  favorecer  las  institu- 
ciones benéficas  en  pro  de  las  santas  Misiones.  La  principal  es  la  Obra 
de  la  Propagación  de  la  Fe,  de  la  que  Nuestros  predecesores  y  Nos 
hemos  hablado  repetidas  veces  con  encomio;  por  lo  cual,  deseando  obte- 
ner de  ella  abundancia  de  buenos  frutos,  es  Nuestra  voluntad  que  la  Sa- 
grada Congregación  de  Propaganda  Fide  tenga  de  ella  especial  solicitud 
y  cuidado,  ya  que  ella  de  un  modo  especial  ha  de  proporcionar  directa- 
mente los  recursos  necesarios  para  el  sostenimiento  de  las  Misiones 
actuales  y  de  las  que  en  lo  sucesivo  se  hayan  de  fundar.  Confiamos, 
pues,  en  que  el  mundo  católico  no  ha  de  permitir  que  mientras  otros 
disponen  de  poderosos  medios  para  esparcir  el  error,  nuestros  misione- 
ros tengan  que  luchar  con  la  escasez  para  difundir  la  verdad.  Otra  ins- 
titución que  a  todos  recomendamos  encarecidamente  es  la  Obra  de  la 


berales  pro  facultatibus  exsistant.  Nam  Qui  habuerit  substantiam  huías 
mundi,  et  viderií  fratrem  suam  necessitatem  habere,  et  clauserit  viscera 
sua  ab  eo;  gao  modo  charitas  Dei  manet  in  eo?  (1)  Ita  quidem  loannes 
Apostolus,  de  illis  loquens  qui  rerum  externarum  necessitate  premantur. 
At  quanto  est  sanctius  observanda  caritatis  lex  in  hac  causa,  cum  agitur 
non  solum  ut  inediae  et  inopiae  ceterisque  miseriis  infínitae  multitudinis 
subveniatur,  sed  etiam  et  in  primis  ut  tam  ingens  animarum  numerus  e  su- 
perbo  Satanae  dominatu  in  fíliorum  Dei  libertatem  vindicetur?  Quare  illa 
praesertim  quae  in  sacrarum  Missionum  commodum  sunt  instituta,  adiu- 
vari  catholicorum  liberalitate  cupimus.  Primum  est  Opus  quod  appellatur 
a  Propagatione  Fídei,  pluries  iam  a  decessoribus  Nostris  dilaudatum;  ex 
quo  ut  vel  maior  fructuum  optímorum  ubertas  exsistat  in  posterum,  volu- 
mus  sacrum  Consilium  christiano  nomini  propagando  diligentissime  curet. 
Máxime  enim  ex  eo  copiae  suppetant  oportet  unde  Missiones  tum  quae  iam 


(1)    I,  lo.,  III,  17. 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO         187 

Santa  Infancia,  cuyo  fin  es  procurar  que  no  mueran  sin  el  Bautismo  los 
niños  de  los  infieles:  obra  además  muy  recomendable,  porque  pueden 
tomar  parte  en  ella  nuestros  niños  también,  los  cuales,  de  esta  manera, 
dándose  cuenta  de  lo  que  vale  el  don  inestimable  de  la  Fe,  aprenden 
también  a  aportar  sus  limosnitas  por  la  conversión  del  mundo,  No 
hemos  de  omitir  la  que  llaman  Obra  de  San  Pedro,  que  tiene  por  fin  la 
formación  del  clero  indígena  de  las  Misiones.— Además,  queremos  que 
se  cumpla  con  exactitud  lo  prescrito  por  Nuestro  predecesor  (de  feliz  me- 
moria) León  XIII,  es  decir,  que  en  la  fiesta  de  la  Epifanía  del  Señor, 
se  pida  limosna  en  todos  los  templos  del  mundo  «pro  redimendis  capti- 
vis  ex  Africa>,  y  que  el  dinero  recogido  se  envíe  a  la  Sagrada  Congre- 
gación de  Propaganda  Fide. 

'  Mas  para  que  Nuestros  deseos,  venerables  Hermanos,  más  segura  y 
felizmente  se  cumplan,  debéis  organizar,  de  un  modo  especial,  la  labor 
de  vuestro  clero  en  orden  a  las  Misiones.  Los  fieles  generalmente  se 
hallan  bien  dispuestos  y  propensos  a  favorecer  la  obra  del  apostolado 
y  no  es  necesario  sino  que  sepáis  aprovechar  con  prudencia  esa  pro- 
pensión para  que  rinda  los  mejores  frutos  en  beneficio  de  la  obra  evan- 
gelizadora.  Sabed,  pues,  que  es  Nuestro  deseo  que  en  todas  las  diócesis 


sunt  conditae  tum  quae  posthac  condendae  erunt,  sustententur:  confídimus 
autem  non  permissurum  catholicum  orbem  ut,  cum  alii  ad  errores  diffun- 
dendos  abundenl  affluantque  opibus,  nostri  verum  disseminantes  cum  ino- 
pia luctentur.  Alterum,  quod  etiam  vehementer  ómnibus  commendamus, 
est  Sanctae  Infantíae  Opus,  cuius  est  vigilare  ut  infidelium  parvulis  dece- 
dentibus  baptismus  ministretur:  idque  eo  est  commendabilius,  quia  pueri 
quoque  nostri  ipsum  participare  possunt,  itaque,  mature  intelligentes 
quanti  sit  Fidei  donum,  suam  operam  ad  illud  cum  alus  communicandum 
discunt  conferre.  Nec  vero  praetermittendum  est  Opas  Sancti  Petri,  ut 
aiunt,  quo  educationi  atque  institutioni  cleri  indigenae  Missionum  consuli- 
tur. — Ad  haec  diligenter  observan  volumus  quod  est  a  decessore  Nostro 
fel.  rec.  Leone  Xlll  praescriptum,  ut  in  festo  Epiphaniae  Domini  in  ómni- 
bus orbis  terrarum  sacris  aedibus  stipes  «pro  redimendis  captivis  ex  Áfri- 
ca» corrogentur,  et  quantum  coUectum  erit  pecuniae,  ad  S.  Consilium  Fi- 
dei Propagandae  mittatur. 

Sed  quo  certius  uberiusque  optata  Nostra  eveniant,  debetis  omnino, 


188         CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO 

del  orbe  católico  se  establezca  la  piadosa  Asociación,  llamada  Unión 
Misionera  del  Clero,  la  cual  queremos  que  esté  bajo  la  dependencia  de 
la  Sagrada  Congregación  de  Propaganda  Fide,  a  la  que  ya  hemos  dado 
a  este  fin  todas  las  facultades  necesarias.  Fundada  recientemente  en 
Italia  esta  piadosa  Asociación,  se  ha  extendido  en  poco  tiempo  por 
otras  regiones,  y  hallándose  floreciente  según  Nuestros  deseos,  la 
hemos  ya  enriquecido  con  muchas  indulgencias,  de  las  que  es  verda- 
deramente digna,  puesto  que  por  su  medio  la  acción  de  los  clérigos 
viene  a  ser  sabiamente  ordenada,  no  sólo  a  interesar  a  los  fieles  en  la 
conversión  de  tantos  millones  de  paganos,  sino  también  a  promover 
todas  aquellas  obras  que  en  beneficio  de  las  Misiones  fueron  ya  apro- 
badas por  esta  Santa  Sede. 

He  aqui,  venerables  Hermanos,  cuanto  queríamos  significaros  acer- 
ca de  la  propagación  de  la  Fe  por  todo  el  mundo.  En  verdad  que  si  to- 
dos cumplen,  como  es  justo,  con  su  deber,  los  misioneros  en  el  exterior 
y  los  fieles  en  su  patria,  podemos  esperar  con  fundamento  que  las  san- 
tas Misiones,  restablecidas  de  los  daños  gravísimos  de  la  guerra,  tor- 
narán en  breve  a  florecer  con  nuevo  vigor.  Y  ahora,  como  si  oyéramos 
aquella  exhortación  del  Señor  dirigida  a  Nos,  como  en  otro  tiempo  a 


venerabiles  Fratres,  vestri  cleri  disciplinam  peculiari  quodam  modo  ad 
Missiones  dirigere.  Vulgo  enim  fídeles  ad  opitulandum  hominibus  aposto- 
licis  inclinant  et  propendent;  vosque  hac  animorum  propensione  sapienter 
utamini,  ut  quam  máximo  Missionibus  sit  emolumento.  Scitote  igitur  Nos 
cupere,  in  ómnibus  orbis  catholici  dioecesibus  eam  quam  vocant  Missio- 
nalem  cleri  consociationem,  instituí,  quae  in  dicione  sit  Sacri  Consilii 
christiano  nomini  propagando,  cui  quidem  Sacro  Consilio  omnem  iam 
huius  reí  fecimus  facultatem.  Orla  ea  nuper  ín  Italia,  brevi  in  alias  regiones 
diffusa  est;  Nostroque  studio  cum  floreat,  multis  iam  est  a  Nobis  pontifica- 
lis  indulgentiae  muneribus  ornata.  Et  mérito;  nam  eius  instituto  clericorum 
actio  óptima  ordiñatur,  cum  ad  iniiciendam  christianis  curam  de  tot  ethni- 
corum  salute,  tum  ad  opera  ea  cuiusvis  generis  provehenda,  quae  in  Mis- 
sionum-  utilitatem  Apostólica  haec  Sedes  iam  probarit. 

Haec,  venerabiles  Fratres,  de  Fidei  catholicae  toto  orbe  propagatione 
scribere  ad  vos  habuimus.  Iam  vero,  si  suo  quisque  officio,  uti  par  est, 
omnes  satisfecerint,  Missionarii  foris,  Christifídeles  domi,  bona  nitimur 


CARTA  APOSTÓLICA  DE  NUESTRO  SMO.  PADRE  BENEDICTO  189 

San  Pedro:  «Duc  in  altum>  iqué  ardor  tan  grande  de  la  caridad  paterna 
Nos  empuja  a  querer  conducir  a  toda  la  Humanidad  al  abrazo  de  Jesu- 
cristo! Pues  que  el  Espíritu  de  Dios  alienta  siempre  vivo  y  poderoso  en 
SU  Iglesia,  no  puede  carecer  de  sus  frutos  el  celo  de  tantos  hombres 
apostólicos  que  trabajaron  y  trabajan  sin  intermisión  por  dilatar  sus 
confines.  Estimulados  por  su  ejemplo,  surgirán  otros  muchos  apóstoles 
que,  auxiliados  por  la  plegaria  y  generosidad  de  los  buenos,  seguirán 
conquistando  para  Jesucristo  muchedumbre  abundantísima  de  almas 
por  toda  la  tierra. 

La  Virgen  Madre  de  Dios  y  Reina  de  los  Apóstoles  despache  favora- 
blemente nuestras  súplicas  obteniendo  para  los  ministros  del  Evangelio 
la  gracia  del  Espíritu  Santo;  en  auspicio  de  lo  cual  y  como  testimonio 
de  Nuestra  benevolencia,  con  el  mayor  afecto  damos,  venerables  Her- 
manos, a  vosotros,  a  vuestro  Clero  y  a  vuestro  pueblo  la  bendición 
apostólica. 

Dado  en  Roma,  junto  a  San  Pedro,  a  30  de  Noviembre  de  1919,  año 

sexto  de  Nuestro  Pontificado. 

Benedicto  Papa  XV. 


spe,  futurum  ut,  ex  maximis  belli  vulneribus  damnisque  refectae,  celeriter 
sacrae  Missiones  revirescant.  Atque  hic,  tamquam  hortante  Nos,  ut  oHm 
Petrum,  ea  Domini  voce:  duc  in  altam  (1),  quanto  urgemur  paternae  cari- 
tatis  ardore,  ut  innumerabiles,  qui  nunc  sunt,  homines  ad  ipsius  com- 
plexum  adducamus.  Etenim  alitur  vigetque  semper  Del  Spiritu  Ecclesia; 
neo  suo  possunt  effectu  carera  tot  hominum  apostolicorum  studia,  qui  ad 
eam  amplifícandam  laboraverunt  adhuc  et  laborant.  Horum  autem  exem- 
plis  excitati,  exsistent  subinde  plurimi,  qui,  bonorum  et  pietate  et  munifi- 
centia  suffragante,  laetissimam  parient  Christo  copiam  animarum. 

Faveat  communibus  votis  Magna  Dei  Parens  Regina  Apostolorum, 
Evangelii  praeconibus  effusionem  Sancti  Spiritus  conciliando;  cuius  auspi- 
cem  et  benevolentiae  Nostrae  testem,  vobis,  venerabiles  Fratres,  et  clero 
populoque  vestro  apostolicam  benedictionem  peramanter  impertimus. 

Datum  Romae  apud  sanctum  Petrum,  die  XXX  novembris  MCMXIX, 

Pontificatus  Nostri  anno  sexto. 

Benedictus  PP.  XV. 

(1)    Luc.,V,4. 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA 


Fragmentos  de  la  Vetus  latina. 

Decíamos  en  el  artículo  anterior  que  las  notas  marginales  de  la 
Biblia  de  Valvanera  ofrecían  un  ínteres  excepcional  por  pertenecer  a 
una  o  varias  versiones  latinas  anteriores  a  San  Jerónimo.  Y  vamos  a 
demostrarlo.  Las  notas  que  el  P.  Castillo  nos  conservó  en  el  incuna- 
ble escurialense  pertenecen  a  los  siguientes  libros:  Pentateuco,  Josué, 
Jueces,  libro  de  los  Reyes  y  de  los  Paralipomenos,  Job,  Proverbios,  Ec- 
clesiastés,  Sapiencia,  Isaías,  libros  de  los  Macabeos,  Epístolas  de  San 
Pedro,  Epístola  1.^  de  San  Juan  y  Epístola  de  San  Judas.  La  mayor  par- 
te de  las  lecciones  van  precedidas  de  los  signos  LXX  o  In  gr.;  otras  lo 
están  de  la  abreviatura  At  y  finalmente  hay  algunas  señaladas  con  la 
sigla  T. 

I.  Las  lecciones  precedidas  de  LXX  o  In  gr.,  que  en  adelante  de- 
signaremos con  el  título  de  Valv.*,  se  extienden  a  todos  los  libros  pro- 
tocanónicos  del  Antiguo  Testamento,  antes  citados,  y  son  muy  nume- 
rosas, especialmente  en  el  Pentateuco,  Jueces,  libros  de  los  Reyes  y 
de  los  Paralipomenos,  Job,  Proverbios  e  Isaías.  Con  los  signos  LXX  o 
In  gr,  no  cabe  duda  que  se  quiere  indicar  que  las  lecciones  así  señala- 
das se  derivan  del  texto  griego  de  los  Setenta  Intérpretes,  lo  cual,  de  otra 
parte,  aparece  evidente  por  la  perfecta  concordancia  que  de  ordinario 
se  advierte  entre  ambos  textos.  Supuesta  esta  procedencia  se  explica 
perfectamente  que  el  régimen  o  construcción  sintáctica  de  dichas  lec- 
ciones se  amolde  con  frecuencia  más  bien  a  las  reglas  de  la  gramática 
griega  que  a  la  índole  de  la  lengua  latina.  Véanse  algunos  ejemplos: 
Gen.y  I,  28:  principamini  piscium  maris  et  volatilium  coeli;  XXX,  5: 
inf antis  quibus  miserias  est  Deas  puero  sao;  XLIX,  10:  doñee  ueniat 
qui  reposita  sunt  ei.  En  los  fragmentos  que  más  adelante  publicamos 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA  191 

se  pueden  ver  otros  muchos  ejemplos.  Tampoco  es  raro  encontrar  pa- 
labras griegas  sin  traducir,  como  son:  Gen.,  XIX,  6:  protyrum  (Trpoeupov, 
Cod.  D)  (1);  XXX,  37:  istiratinam;  Ex.,  XXV,  10:  cimatia,  28:  thisiS" 
cas,  XXX,  24:  yrim;  Levit,  XIII,  39:  alphos;  Jud.,  IV,  21:  scarizans 
{==  Cod.  A),  V,  10:  lampenis  (=  Cod.  A);  I  Reg.  IV,  1:  (y  passim)  Allo- 
philU  XIV,  14:  in  volidis  et  petrouolis  {=  Cod.  A),  XX,  20:  scizas;  Job, 
X,  6:  pyratheria,  XX,  18:  stricnhus,  etc.  (1). 

Aliado  de  estas  palabras  y  construcciones  griegas  se  encuentran 
otras  que  son  propias  del  latín  rústico  o  plebeyo,  como  son:  Gen.,  IX, 
20:  agricolariy  XXIII,  9:  speleum  duplicem;  Ex,  III,  7:  notítionem,  VI, 
6:  de  subiug añone,  XXIII,  8:  pestiferant,  XXV,  35:  sub  duobus  calami- 
scos;  Num.  XIII,  31:  assilentiavit;  Deut.  VIII,  9:  metallabis,  XII,  31: 
abominamenta;  I  Reg.,  VIII,  13:  panicoquas,  IX,  21:  post  ómnibus  civi- 
tatibus,  XIV,  19:  concolige,  XV,  22:  obaudientia,  XVII,  18:  cáseas  mol- 
les;  Job,  III,  26:  paciferatus,  XXXII,  19:  flaturaríum,  Prov.,  XXXI,  23: 
circunspicibilis,  etc. 

Todos  estos  caracteres  son  propios  y  distintivos  de  las  diversas  ver- 
siones o  recensiones  de  la  Biblia,  que  los  críticos  suelen  denominar  con 
el  título  general  de  Vetas  latina,  a  la  cual  pertenecen  sin  duda  alguna 
los  fragmentos  de  Valv.*  Avanzando  un  poco  más  en  nuestro  análisis, 
podemos  asegurar  que  dichos  fragmentos  pertenecen  a  la  recensión 
italiana,  pues  tienen  muy  estrecha  afinidad  con  el  texto  bíblico  usado 
por  Nuestro  Padre  San  Agustín,  San  Ambrosio  y  Lucífero,  Obispo  de 
Cagliari,  que,  como  es  sabido,  se  sirvieron  de  la  citada  recensión.  Véan- 
se algunos  textos  comparativos  (3): 


(1)  Cfr.  H.  Barclay  Swete:  The  Oíd  Testament  in  Greek...,  Cambridge. 
1909,  h.  1. 

(2)  También  se  encuentran  algunas  palabras  hebreas  sin  traducir,  pero  no 
cabe  duda  que,  por  lo  menos,  la  mayor  parte  de  ellas  pasaron  a  Valv.*  por 
mediación  del  texto  griego  de  los  LXX.  Las  cuatro  siguientes,  sin  embargo,  no 
las  hemos  hallado  en  las  edidiones  modernas  de  los  LXX:  Levit.,  XI,  22:  haha- 
cab,  XVI,  8:  azazel,Jud.,  III,  16:  maddau,  IV,  2:  haffgoim. 

(3)  Omitimos,  por  parecemos  innecesaria,  la  referencia  de  las  obras  de 
donde  están  sacados  los  textos  que  citamos  de  Nuestro  Padre  San  Agustín, 
San  Ambrosio  y  Lucífero.  El  lector  podrá  fácilmente  encontrarlos  en  la  edición 
de  Sabatier  {Bibliomm  sacrorum  latinae  versiones  antíquae,  Parisiis,  1751)  se- 
gún la  cual  hacemos  nuestras  citas. 


192 


LA  BIBLIA  DE  VALV AÑERA 


VALV.* 

Gen.  I,    2:  Terra  autem  erat 

inuisibilis  et  in- 

composita. 

28:  Et  principamini  pi- 

scium   maris  et 

volatilium    coeli. 

Ex.  X,    1:  ut  ordine  superue- 

nient  signa  haec 

super  eos. 

2:  ut  narretis  in  auri- 

bus  fíliis  uestris 

et  fíliis  fíliorum 

uestrorum   quae- 

cumque    delusi 

Aegyptios. 

XXI,    9:  quod  si  filio  adno- 

minaueriteam  se- 

cundum  iustitiam 

fíliarum  faciet  el. 

33:  si  quis  aperuerit  la- 

cum  aut  exciderit 

lacum. 

XXXII,  25:  disipauit  enim  eum 

Aaron  ut  in  gau- 

dium  uenirentad- 

uersariis  sius. 


S.  AGUSTÍN 

térra  autem  erat  invisibilis  et  incom- 
posita. 

et  principamini  piscium  maris  et 
vola  tilium  coeli. 

ut  ordine  süperveniant  signa  mea 
haec  super  eos. 

ut  narretis  in  aures  fíliis  vestris  et 
fíliis  fíliorum  vestrorum,  quae- 
cumque  illusi  Aegyptiis. 


Quod  si  filio  adnominaverit  eam,  se- 
cundum  iustificationem  filiarum 
faciet  ei. 

Si  quis  autem  aparuerit  lacum  aut 
exciderit  lacum. 

dissipavit  enim  eos  Aaron,  ut  in 
gaudium  venirent  adversariis 
suis. 


Ex.  XXX,  12:  Si  acceperiscompu- 

tationem  filiorum 
Isrrael  in  uisita- 
tione  ipsorum  et 
dabunt  singuli  re- 
demptionem  ani- 
mae  suae  dno  in 
uisitatione  sua  et 
noneritin  eis  rui- 
na in  uisitatione 
eorum. 
13:  et  hoc  est  quod  da- 
bunt quod  per- 


S.  AMBROSIO 

Cum  acceperis  computationem  fílio- 
rum Israel  in  visitatione  ipso- 
rum, dabunt  singuli  redemptio- 
nem  animae  suae  Domino,  et 
non  erit  in  his  ruina  in  visitatione 
eorum  (1). 


Et  hoc  es  quod  dabunt  quotquot  pe- 
rambulant  visitationem,   didra- 


(1)    N.  P.  S.  Agustín  en  el  Lib.  Locut.  in  Heptat.  cita  este  vers.  12  en  una 
forma  que  se  aproxima  más  todavía  que  el  texto  de  S.  Ambrosio  al  de  Valv.* 


LA  nilíLTA  DE  VAI.VANEKA 


193 


transient  uisita- 
tionem  didragmi 
dimidiam  partem 
quod  est  secun- 
dum  didragmum 
sanctum  uiginti 
oboli  didragmum 
dimitía  autem 
pars  didragmi 
illatio  Domino. 


chmi  dimidiam  partem,  quod  est 
secundum  didrachmum  sanctum. 
Viginti  oboli  didraclimum.  Dimi- 
dia  autem  pars  didrachmi  illatio 
Domino. 


Ex.  XXII,    8:  muñera  excecant 

oculos  videntium 
et  pestiferant  ser- 
mones iustos. 

/.  Reg.  XV,  22:  Et  ecce  dicto  au- 
dientia  melior  est 
quam  sacrificium 
et  obaudientia 
quamadipesarie- 
tum. 
23:  quoniam  peccatum 
abominatio  est 
tibi  dolores  et  ge- 
mitus  ad  te  addu- 
centur  pro  quibus 
nuUius  momenti 
fecisti  verbum 
dni  nuUius  mo- 
rnenti  te  faciet 
dnus  ne  regnes  in 
Isrrael 


LUCÍFERO 

Muñera  enim  excaecant  oculos  vi- 
dentium, et  pestiferant  sermones 
justos. 

Et  ecce  dico  (1)  audientia  melior  est 
quam  sacrificium  et  obedientia 
quam  adipes  arietum. 


quoniam  peccatum  abominatio  est, 
dolores  et  gemitus  ad  te  adduxi- 
sti.  Pro  quibus  nuUius  momenti 
fecisti  verbum  Domini,  nullius 
momenti  te  faciet  Dominus  ne 
regnes. 


Creemos  que  son  más  que  suficientes  los  textos  citados  para  demos- 
trar de  un  modo  palmario  las  dos  afirmaciones  arriba  sentadas,  es  de- 
cir, 1.%  que  los  fragmentos  de  Valv.*  son  verdaderos  restos  de  una  ver- 
sión latina  prejeronimiana  y  no  simplemente  «traducciones  hechas 
directamente  del  griego  y  juxtapuestas  al  texto  de  la  Vulgata  de  nues- 
tro manuscrito,  sin  haber  nunca  formado  parte  de  un  texto  latino  com- 


(1)    En  la  edición  de  G.  Hartel  del  Corpus  sripíor.  latín,  de  Viena  (t.  XIV)  en 
lugar  de  dico  se  lee  dicto,  como  en  el  texto  de  Valv.* 

13 


194  LA  BIBLIA  DE  VALV AÑERA 

pleto  y  en  uso»  (1);  y  2.^  que  dichos  fragmentos  deben  ser  clasificados 
en  el  grupo  de  los  textos  italianos.  Cierto  es  que  al  lado  de  estas  con- 
cordancias se  pudieran  citar  no  pocas  discrepancias  entre  Valv.'  y  el 
texto  de  los  Padres  mencionados;  pero  esto  no  invalida  las  afirmacio- 
nes hechas,  pues  sabido  es  que  entre  los  distintos  representantes  de 
una  misma  recensión  se  suelen  encontrar  numerosas  variantes,  origina- 
das de  múltiples  causas,  cuya  explicación  sería  ociosa  en  este  mo- 
mento. 

También  parece  haber  algún  parentesco  entre  Valv.*  y  el  texto  bí- 
blico usado  por  Prisciliano,  a  juzgar  por  los  siguientes  pasajes,  que  son 
los  únicos  (fuera  del  libro  de  Isaías)  que  podemos  comparar: 

VALV.*  PRISCILIANO  (2) 

Num.  XXIII,  22:  Deus  qui  eduxit  illos  Nobis  in  omni  scriptura,  sicut  scrip- 

de  aegypto  sicut  íum  est  unicornis  est  Deus.  {Líber 

claritas  vnicorni  Apol.,  p.  XXVI.) 
eius. 

XXIV,    8:  Sicut  honor  vnicornis  Sicut  honor  unicorni  cornua  eius, 

eius  comedet  gen-  comedet  gentes  inimicorum  suo- 

tes  inimicorum  suo-  rum  et  cubitos  eorum    emedu- 

rum  et  ossa  illorum  llauit.  (Ibidem,  p.  XXVIII.) 
emedullabit. 

Deui.  XXXllfS:  Statuit  fines  gentium,  Constitutis  terminis  gentium,  secun- 

secundum  numerum  dum    números   angelorum    Del 

angeiorum  Dei.  (Tractatus  Exodi,  p.  LXV.) 

En  el  libro  de  Isaías,  las  notas  marginales  de  Valv.*  no  concuerdan 
tanto  con  los  autores  citados  como  con  el  texto  latino  derivado  de 
los  LXX,  que  cita  San  Jerónimo  en  su  Comentario  a  dicho  libro,  de 
donde  tal  vez  estén  sacadas  (3).  También  las  pocas  notas  que  se  leen 


(1)  Esta  última  hipótesis  fué  propuesta  por  Burkitt  (The  Oíd  Latín  and  The 
ítala,  pág.  9)  respecto  de  las  notas  marginales  del  Cod.  G.  Legión.  Cfr.  L.  Dieu, 
JRevue  Biblíque,  1919,  pág.  383. 

(2)  Citamos  las  obras  de  Prisciliano  según  la  nueva  edición  de  Menéndez 
y  Pelayo  {Heterodoxos,  Madrid,  1917,  t.  II),  que  es  reproducción  exacta  de  la 
de  Schepss. 

(3)  Se  ha  discutido  si  el  texto  latino  derivado  de  los  LXX,  que  cita  San 
Jerónimo  en  sus  Comentarios  a  los  Profetas,  pertenece  a  la  Vetas  latina  o  es 
más  bien  una  traducción  original  del  Santo  Doctor.  La  opinión  más  probable, 
a  nuestro  juicio,  es  la  defendida  por  el  P.  Sabatier  en  los  siguientes  térmi- 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA  195 

en  las  márgenes  del  Eclesiastés  tienen  grande  analogía  con  el  texto 
alegado  por  el  mismo  Doctor  en  su  Comentario  (1). 

Otro  problema  interesante  que  presentan  los  fragmentos  de  Valv.* 
es  el  de  sus  relaciones  con  el  texto  griego,  pero  no  es  nuestro  propósito 
entrar  a  fondo  en  la  discusión  amplia  y  detallada  de  este  punto,  por- 
que necesitaríamos  antes  tratar  de  otro  más  general;  es,  a  saber:  del  de 
las  relaciones  de  la  recensión  italiana  con  el  mismo  texto  griego,  para 
lo  cual  no  disponemos  ni  de  tiempo  suficiente  ni  de  instrumentos  crí- 
ticos adecuados.  Nos  limitaremos,  por  tanto,  a  hacer  algunas  observa- 
ciones generales.  Y  sea  la  primera  que  el  texto  de  Valv.'  contiene  nu- 
merosas lecciones  que  sólo  se  encuentran  en  la  recensión  de  Luciano. 
Si  estas  lecciones  proceden  directamente  del  texto  de  Luciano  o  más 
bien  se  derivan  de  otro  más  antiguo,  semejante  al  que  sirvió  a  este 
autor  para  su  recensión,  es  cuestión  que  dejamos  al  juicio  de  otros  más 
competentes.  Séanos  sin  embargo  permitido  decir  que  la  primera  hipó- 
tesis nos  parece  mucho  más  probable  en  la  mayoría  de  los  casos.  En 
bastantes  pasajes  hemos  también  advertido  que  hay  íntimo  parentesco 
entre  Valv.'  y  el  códice  Alejandrino.  En  prueba  de  ello  vamos  a  trans- 
cribir los  fragmentos  del  Cántico  de  Débora; 

Jad,  V,     2    Cum  inchoarent  principes  in  Isrrael  in  volúntate  po- 
puli  benedicite  dominum. 

>  4    etenim  coeli  locuti  sunt. 

»  6    Defecerunt  viae  et  euntes  tabescebant  ambulantes 

vías  pravas. 

>  7    defecerunt  commorantes  in  Isrrael. 

*  8    Elegerunt  Déos  nouos  tune  velut  panem  ordeatium 

tigimen  adulescentium  iaculantium  accensus  est  et 
iaculauit  in  quadraginta  millibus  Isrrael. 


nos:  «Interpretatlonem  illam  latinam  nihil  aliud  esse  plerumque,  quam  Versio- 
nem  antiquam  ab  Editione  LXX.  Ko:vfí,  sen  Communi,  ortam:  multo  pauciora 
quae  illam  e  Graeco,  etiam  Hexaplari,  emendatam  fuisse  ab  Hieronynio  de- 
monstreut:  nuUa  aut  pene  nulla  ex  quibus  efficiatur  concludaturque  omnino 
aiiam,  data  opera,  ab  Hieronymo  elaboratam  fuisse.»  (Bíbliorum  sacrorum  la- 
tinae  versiones  antiquae,  t.  II,  pág.  508-509.) 

(1)  Acerca  de  la  versión  latina  del  Eclesiastés,  que  se  halla  en  el  Comen- 
tario de  San  Jerónimo,  dice  el  citado  P.  Sabatier:  ex  Hebraeo  fonte  pauca, 
ex  LXX.  pene  omnia  derivata  esse  videnfur.  (Obra  cit.,  t.  II,  pág.  350.) 


196  LA  BIBLIA  DE  VALVANERA 

Jiid.  V,    10    ascendentes  asinas  et  sedentes  in  lampenis  et  ambu- 
lantes super  viam. 
»  11    respóndete  a  uoce  resonantium  in  medio  epulantium 

illic  dabunt  iustitiam  domino. 

>  13    Domine  descende  mihi  in  fortiores  me. 

»  16    inhabitas  in  medio  labiorum  ut  exaudias  sibilationes. 

»  17    Asser  hospitatus  est  secus  ripam  maris. 

>  28    per  fenestram  retiatam. 

En  grada  de  la  brevedad  omitimos  aquí  el  texto  griego  paralelo  del 
Cod.  A,  Quien  no  le  tenga  a  mano  puede  consultar  las  numerosas  va- 
riantes que  de  este  códice  trae  H.  B.  Swete  en  su  excelente  edición  de 
los  LXX,  y  con  ellas  a  la  vista  no  le  será  difícil  comprobar  las  notables 
concordancias  que  hay  entre  dicho  códice  y  los  fragmentos  copiados 
de  Valv.* 

Finalmente,  es  digno  de  notarse  que  algunas  de  las  lecciones  de 
Valv.*  se  encuentran  en  los  manuscritos  de  la  Vulgata  de  familia  es- 
pañola y  en  las  Biblias  de  Teodulfo  de  Orleans.  He  aquí  algunas  de 
estas  lecciones: 

I  Reg.      X,    2:    salientes  magnas  fossas  (Teod.  y  ms.  16  de  Or^ 
leans:  salientes  magnas  f  o  veas.) 

>  XIII,  21:    et  erat  vindemia  parata  ut  vindemiarent,  vasa  au- 

tem  erant  tribus  siclis  in  dentem  et  securis  et  fal- 
ces in  substantia  erat  eis  (=  Teod.  con  ligeras 
variantes.) 
»      XIV,  14:    in  volidis  et  pretrouolis  et  in  saxis  campi  f=  Teod.) 

>  XXI,    7:    qui  pascebat  muías  Saúl  (=  Tolet,  F.  Breviario 

muzárabe,  Teod.)  (1). 

II.  El  segundo  grupo  —notablemente  menos  numeroso  e  importante 
que  el  anterior— de  notas  marginales  de  la  Biblia  de  Valvanera,  que 
designaremos  con  el  título  de  Valv.',  lo  constituyen  las  señaladas  con 
un  signo  que  no  aparece  claro  si  debe  leerse  At  (  =  Alia  translatio) 


(1)    Cfr.  S.  Berger,  Histoire  de  la  Válgate,  págs.  84-167-175. 


LA  BIBLIA  DE  VALV AÑERA  197 

O  Al  (==  Alias,  o  aliter  o  alia  lectio)  (1).  Se  hallan  precedidas  de  este 
signo  algunas  notas  marginales  del  Pentateuco,  Josué,  Jueces  y  de  los 
cuatro  de  los  Reyes  y  todas  las  de  los  libros  siguientes:  Sapiencia,  los 
dos  de  los  Macabeos,  Epístolas  de  S.  Pedro,  Ep.  1.^  de  S.  Juan  y  Ep.  de 
S.  Judas.  A  nuestro  juicio,  estos  fragmentos  pertenecen  también  a  la 
antigua  versión  latina,  y  en  los  libros  protocanónicos  citados  del 
A.  T. — en  los  cuales  casi  todas  las  lecciones  de  Valv.^  van  acom- 
pañadas de  la  correspondiente  variante  de  Valv.* —reproducen  un 
texto  que  de  ordinario  se  aleja  bastante  del  de  este  último,  como  puede 
apreciarse  por  los  siguientes  ejemplos: 

Valv.*  Valv.^ 

Éxodo,  XXVI,  6:  et  facies  círculos  au-  et  facies  circuios  quinquaginta  áu- 
reos et  omnia  iun-  reos  et  coniungcs  pellos  aliam 
ges  atria  ad  alus           ad  aliam  circulis  et  erit  taber- 
alium  de  circulis  et  naculum  unum. 
erit    tabernaculum 
unum. 

36:  et  facies  adductorium  et  facies  epispartum  de  hyacinto. 
hostio  tabernaculi. 

XXXI,  14:  qui  profanauerit  illud  qui  commaculabit  illum  morte  mor- 

morte  morietur.  tificabitur. 

XXXII,  7:  exterminatus  est  enim  iniquitatem  enim  commisit  populus 
populus  tuus.  tuus. 

25:  ut  in  gaudium  venirent  etphicarma  aduersariis  suis. 
adversariis  suis. 

Jos.        Vil,  25:  qui  disperdisíi  nos  dis,  qui  exterminasti  nos  exterminet  te 

perdat  te  dominus.  dnus. 


De  la  comparación  de  estos  breves  fragmentos  se  deduce  con  clari- 
dad que  el  texto  griego  de  donde  se  deriva  Valv.*  era  algo  distinto 
del  que  tuvo  a  su  disposición  el  autor  de  Valv.* 

Hemos  dicho  que  los  fragmentos  de  Valv."  son  restos  de  la  antigua 
versión  latina  y  no  traducciones  parciales  de  un  glosador  desconocido, 
y  nos  fundamos,  para  creeerlo  así,  en  las  singulares  coincidencias  que 
hemos  notado  con  otros  textos  ciertamente  prejeronimianos. 


(1)    En  el  Deut.  XXXII,  43,  se  cita  una  lección  con  la  rúbrica  Alia,  y  en 
el  III  de  los  Reyes,  IV,  2,  otra  con  la  siguiente:  Aliter, 


198  LA  ÜIBLIA  DK   V.M.VANERA 

He  aquí  algunas  concordancias  con  el  texto  de  Nuestro  Padre  San 
Agustín; 

Valv.2  S.  Agustín. 

Deut.XXlX,  19:  Vt  non  in  vnum  pariter      Ut  non  simul  perdat  peccator  eum 

perdat   peccatorem  qui  sine  peccato  est. 

qui  sine  peccato  est. 
20:  non  uolet  dominus  pro-      nolet  Deus  propitiari  ei:  sed  tune 

pitiare  ei.  Sed  tune  incendetur  ira  Domini,  et  zelus 

exardescet   ira  do-  eius  in  homine  illo. 

mini  et  zelus]ipsius 

in  homine  illo  (1). 
Jad.  I,  15:  redemptionem  excelso-     redemptionem   excelsorum   et   re- 

rum  et  redemptio-  demptionem  humilium. 

nem  humilium. 


Mas  digno  de  notarse  es  que  los  citados  fragmentos  nos  hayan 
conservado  un  pasaje  del  libro  de  los  Números,  que  se  encuentra  abso- 
lutamente idéntico  en  las  obras  de  Prisciliano  (Lib.  ApoL,  p.  XXVIII). 
El  pasaje  es  el  siguiente:  et  cubitos  eorum  emedullabit  (2)  et  iaculís 
suis  concutiet  inimicum  (Núm.  XXIV,  8).  Finalmente,  hemos  compro- 
bado que  las  notas  marginales  del  P  de  los  Macabeos  reproducen  un 
texto  casi  idéntico  al  del  célebre  manuscrito  15  de  S.  Germán,  publi- 
cado por  el  P.  Sabatier,  y  que  las  del  IF  de  los  Macabeos  tienen  evi- 
dente parentesco  con  el  ms.  356  de  Lión,  del  cual  nos  ha  dado  a  cono- 
cer algunos  fragmentos  S.  Berger  (3).  Ahora  bien;  si  los  fragmentos 
de  Valv.*  fueran  obra  de  un  glosador,  ¿es  posible  que  coincidieran  tan 
exactamente  con  los  textos  citados  de  la  antigua  versión  latina?  A  nos- 
otros nos  parece  del  todo  improbable  tal  suposición.  Por  otra  parte,  el 
léxico  y  sintaxis  de  los  fragmentos  de  VALV.^  como  puede  apreciarse 
por  los  que  hemos  aquí  transcrito,  tienen  caracteres  muy  parecidos 
a  los  de  los  textos  prejeronimianos.  Creemos,  por  tanto,  que  dichos 


W{1)    No  está  claro  si  debe  leerse propitiare  o  propitiarL— Estos  dos  versillos 
faltan  en  Valv.* 

(2)  En  la  edición  citada  de  M.  Pelayo  de  las  obras  de  Prisciliano  se  lee 
emedulauit,  pero  el  contexto  parece  exigir  que  se  lea  emedullabit,  como 
en  Valv.2  y  en  San  Cipriano.  (Cfr.  P.  Sabatier,  obra  cit.) 

(3)  Notice  sur  quelques  textes  latías  inédits  de  rancien  Testáment,  París,  1893, 
pág.  36. 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA  199 

fragmentos,  por  lo  menos  los  del  A.  Testamento,  pertenecen  a  la  Vetas 
latina. 

En  el  Nuevo  Testamento,  las  pocas  lecciones  que  nos  ha  conserva- 
do Valv.'  concuerdan  de  ordinario  con  los  códices  españoles  de  la  Vul- 
gata,  principalmente  con  el  Toletano  y  el  Cávense;  pero  esto  no  quiere 
decir  que  no  pertenezcan  a  la  antigua  versión  latina,  pues  sabido  es 
que  los  manuscritos  de  la  Vulgata  de  familia  española  contienen  no 
pocas  lecciones  prejeronimianas,  entre  las  cuales  deben  contarse,  sino 
todas,  por  lo  menos  parte  de  las  de  Valv.* 

ni.  El  tercer  grupo— menos  numeroso  que  los  anteriores— de  notas 
marginales  de  la  Biblia  de  Valvanera,  comprende  las  señaladas  con  la 
letra  T,  que  se  extienden  solamente  desde  Gen.  XXÍX,  25,  hasta  Le- 
vit.  VI,  10.  No  sabemos  con  certeza  qué  es  lo  que  quiso  significar  el 
copista  con  esa  sigla.  Ambrosio  de  Morales  creyó  que  era  un  signo  in- 
dicador de  la  versión  de  Teodoción,  de  la  cual  dichas  notas  serían  tra- 
ducción directa,  hecha  por  el  autor  del  manuscrito;  pero  tal  explicación 
es  a  todas  luces  inverosímil.  Nosotros  creímos  en  un  principio  que  se- 
rían copia  de  las  lecciones  de  Teodoción,  que  S.  Jerónimo  cita  en  sus 
obras  (1),  de  las  cuales,  como  hemos  visto,  tomó  no  pocas  cosas  el  co- 
pista de  la  B.  de  Valvanera,  pero  habiendo  hecho  un  detenido  cotejo 
entre  unas  y  otras,  nos  hemos  convencido  de  que  tampoco  puede  sos- 
tenerse tal  hipótesis.  Acaso  nos  acercaríamos  más  a  la  verdad  suponien- 
do que  la  letra  T  es  sigla  de  Tertia  (translatio),  puesto  que  las  leccio- 
nes señaladas  con  dicha  letra  forman  la  tercera  de  las  recensiones  de  la 
Vetus  latina  conservadas  en  la  B.  de  Valvanera. 

El  texto  de  estas  lecciones,  que  titularemos  Valv.',  en  algunos  pa- 
sajes se  aproxima  bastante  al  citado  por  N.  P.  S.  Agustín  y  Rufino, 
como  se  puede  ver  por  los  siguientes: 

VALV.'  S.  AGUSTÍN 

Ex.        IV,  25:  Sumpsit  Sephora  cal-      Et  assumto  Sephora  calculo,  cir- 
culum  et  circumcidii  cunicidit  praeputium  fílií  sui,  et 

praeputium   filii  sut  procidit  ad  pedes  eius,  et  dixit: 


(I)  Estas  lecciones  de  Teodoción  citadas  por  S.  Jerónimo,  pueden  verse 
reunidas  en  la  edición  dej.  Martianay:  5.  Hieron.  Opera.  Parisiis,  1689, 
tomo  II. 


200 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA 


et  procidit  ad  pedes 
eius  et  dixit  stet  san- 
guis  circuiicisionis 
infantis  mei. 
Ex.  IV,  25:  et  recessit  ab  eo  prop- 
ter  quod  dixit  stet 
sanguis  circuncisio- 
nis. 
XXIV,  10:  Et  uiderunt  locum  ubi 
stabat  Deus  Isrrael 
et  quae  sub  pedibus 
eius  tanquam  opus 
lapidis  saphyri  et 
tamquam  firmamenti 
coeli  munditia. 
11:  et  de  electis  Isrrael  non 
defecit  nec  unus  et 
paruerunt  in  monte. 

Gen.  XLIX,  19:  piraterium  teníatuit 
eum  ipse  autem  pira- 
ta illis  erit  secus  pe- 
des. 


stetit  sanguis  circuncisionis  in- 
fantis mei. 


Et  recessit  ab  eo,  propter  quod  di- 
xit, dessit  sanguis  cirpuncisionis. 


Et  viderunt  locum  ubi  steterat  ibi 
Deus  Israel  (et)  sub  pedibus  eius 
tanquam  opus  lapidis  sapphiri,  et 
tamquam  aspectus  firmamenti  coe- 
li {i). 


et  de  electis  Isr.  el  non  dissonuit  nec 
unus  et  apparuerunt  in  loco. 

Rufino. 
piraterium  tentavit  illum,  ipse  autem 
tentabit  eos  post  pedes  (2). 


En  otros  lugares  el  texto  de  Valv.^  presenta  algunas  lecciones  bas- 
tante singulares,  pero  que  no  ofrecen  particular  interés. 

C.—La  B.  de  Valuanera  y  el  Cód.  Got  Legíonense. 

Como  remate  de  nuestro  breve  estudio,  no  estará  de  más  decir  dos 
palabras  acerca  de  las  relaciones  existentes  entre  las  notas  marginales 
de  la  B.  de  Valvanera  y  las  del  célebre  Cód.  Got.  Legíonense  de  la  Co- 
legiata de  S.  Isidoro  (3),  al  cual  hemos  aludido  varias  veces  en  el  curso 


(1)  Las  palabras  subrayadas  están  tomadas  de  la  obra  De  Triniiaíe;  todas 
las  demás  lo  están  del  libro  Quaesf.  in  Hept.  (Cfr.  P.  Sabatier,  obra  cit.). 

(2)  Cfr.  P.  Sabatier,  obra  cit.  en  la  nota  a  este  pasaje. 

(3)  De  este  Códice  han  tratado  el  P.  Vercellone,  Burkitt,  Rhalfs,  Driver, 
Berger  en  obras  que  no  citamos,  por  ser  bien  conocidas,  y  recientemente 
L.  Dieu  (en  la  Revue  BibL,  1919,  pág.  383  y  sigs.);  pero  los  estudios  de  estos 
autores,  aunque  interesantes  todos  ellos,  son  muy  incompletos;  por  lo  cual  se- 
ría de  desear  que  algún  crítico  español  emprendiera  un  nuevo  y  más  completo 
estudio  y  llevara  a  cabo  la  publicación  de  todas  sus  notas  marginales. 


LA  BIBLIA  DE  VAI-VANERA  201 

del  presente  trabajo.  Tan  íntimas  son  estas  relaciones,  que  dan  motivo 
para  sospechar  la  influencia  del  uno  sobre  el  otro  códice,  o,  lo  que  tal 
vez  es  más  probable,  que  ambos  proceden  de  un  mismo  arquetipo.  El 
texto  de  las  notas  comunes  a  los  dos  es  casi  idéntico  e  idénticos  son 
también  los  signos  con  que  están  señalados.  Cada  uno  de  ellos,  sin  em- 
bargo, contiene  algunas  notas  propias,  que  no  se  encuentran  en  el 
otro.  Para  que  más  claramente  aparezcan  estas  relaciones,  creemos 
oportuno  colacionar  los  cinco  primeros  capítulos  del  Génesis  del  modo 
siguiente: 

I.  Lecciones  idénticas  en  ambos  códices. 

Gen.     I,    2  Terra  autem  erat  inuisibilis  et  incomposita. 

9  Et  uideatur  árida. 

28  Et  principamini  piscium  maris  et  volatilium  coeli. 

II,    7  Figurauit  dnus  Deus  hominem. 

9  Et  produxit  dnus  Deus  adhuc  de  térra. 

12  Et  ibi  erit  carbunculus  et  lapis  prasinus. 

19  Et  figurauit  Deus  adhuc  de  térra  omnes  bestias  agri 

et  omnes  aues  coeli. 

III,  7    Campestria. 

18    generauit  vel  eiiciet. 

20  Vita. 

IV,  6    tristis. 

7    nonne  si  recte  offeras  recte  aut  non  diuidas  peccasti. 
12    gemens  et  tremens. 

15  Septem  uindictas  exsoluet. 

II.  Lecciones  de  Valv.*  que  faltan  en  el  Cód.  Got.  Leg. 

Gen.     I,  16    Luminare  maius  initia  diei  et  luminare  minus  initia 
noctis. 

21  coetos  magnos. 
III,  12    mecum. 

16  moerores. 
>     tristitias. 

17  In  tristitia. 


202  LA  BIBLIA  DE  VALVANERA 

lll.— Lecciones  del  Cód.  Got.  Leg.  que  faltan  en  Valv.* 

Gen.  III,    1    prudencior,  sapientior. 

24    deliciarum  vel  iucunditatis. 
IV,    1    acquisiui. 

IV. — Variantes  entre  uno  y  otro. 

III,  8  Valv/:  Tigimenta.  Cód.  Got.  Leg.:  Tegimenta. 

V,  1        >    :  originis  hominum.  :  generationis  ho- 

minum. 

Como  se  ve,  las  diferencias  entre  ambos  Códices  ni  son  muchas  ni 
muy  profundas;  en  cambio,  son  muy  notables  las  concordancias.  En 
general,  hemos  comprobado  que  son  más  numerosas  las  lecciones  de 
la  Biblia  de  Valvanera,  principalmente  en  el  libro  del  Éxodo.  Además, 
el  Cód.  Got.  Leg.  carece  por  completo  de  notas  marginales  en  los  libros 
siguientes:  Proverbio,  Eclesiastés,  Sapiencia,  Isaías  y  los  dos  de  los 
Macabeos. 

Es,  pues,  bastante  más  amplio  el  texto  de  la  B.  de  Valvanera  que  el 
del  Cód.  Legionense. 


Con  esto  damos  por  terminado  nuestro  modesto  trabajo  acerca  de 
la  B.  de  Valvanera,  que  hasta  el  presente  podía  retenerse  como  casi 
completamente  desconocida,  pues  lo  era  su  principal  contenido,  a  pe- 
sar de  la  extensa  descripción  que  de  ella  hizo  Ambrosio  de  Morales. 

No  pretendemos  haber  hecho  un  estudio  acabado  y  completo,  pues 
nos  han  faltado  los  medios  indispensables  para  conseguir  este  fin,  pero 
sí  creemos  haber  aportado  algunos  datos  nuevos  para  la  historia  de 
la  Biblia  en  España,  y  haber  dicho  lo  suficiente  para  que  el  lector 
se  forme  una  idea  aproximada  del  carácter  e  importancia  de  la  Biblia 
de  Valvanera,  la  cual,  según  lo  expuesto,  resulta  ser  el  manuscrito  que 
nos  ha  conservado— mediante  el  incunable  Escurialense— los  más  no- 
tables fragmentos  de  las  versiones  prejeronimianas  usadas  en  nuestra 
patria,  antes  de  la  introducción  definitiva  de  la  Vulgata.  Bien  quisié- 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA  203 

ramos,  en  compensación  de  la  insuficiencia  de  nuestro  estudio,  poder 
ofrecer  a  los  especialistas  la  edición  crítica  de  todos  estos  fragmentos; 
pero,  por  ahora,  nos  es  imposible  realizar  esta  empresa  por  múltiples 
causas  que  no  es  del  caso  explicar.  Nos  contentaremos,  por  tanto,  con 
ofrecer  una  muestra  de  los  mismos,  publicando  los  fragmentos  del  libro 
de  los  Proverbios  y  un  fragmento  de  la  Ep.  1.^  de  S.  Juan,  es  a  saber,  el 
célebre  comma  Joanneum,  sin  ningún  aparato  crítico,  por  creer  que  los 
especialistas  fácilmente  podrán  consultar  la  obra  citada  del  P.  Sabatier 
y  otras  más  modernas,  con  cuyo  auxilio  no  les  será  difícil  conocer  las 
relaciones  de  estos  fragmentos  con  los  textos  hasta  el  presente  conoci- 
dos. Nuestra  copia  es  reproducción  exacta,  en  cuanto  nos  ha  sido  posi- 
ble, de  la  que  se  encuentra  en  el  incunable  Escurialense  tantas  veces 
citado.  Cuando  alguna  lección  nos  parece  evidente  errata  de  copia,  in- 
dicamos en  las  notas  su  corrección. 


VERSIONIS  SACRARUM  SCRIPTURARUM 

LATINAE  ANTEHIERO  NYMÍANAE 

FRAGMENTA 

E    COD.    VALVANENSI 

Liber  Proverbiorum. 

Cap.  I.  ^  Percipere  quoque  uersutias  sermonum  et  intelligere  ius- 
titiam  ueram  et  iudicium  diligere  *  uti  det  his  qui 
sine  malitia  sunt  astutiam  pueri  autem  iuniori  inte- 
llectum  et  conceptionem. 

^  Pietas  autem  in  dnm  initium  intellectus  prudentiam  et 
disciplinam  impii  spernunt,  ^  audi  fili  disciplinam 
patris  tui  et  ne  abiceris  constitutionem  matris  tuae. 

**  Et  sacellus  unus  fiat  nobis. 

*"  Quantocumque  tempore  qui  sine  malitia  sunt  obtinue- 
runt  iustitiam  non  confundentur  insipientes  autem 
contumeiiae  appetitores  impii  facti  oderunt  sensum 
*^  et  reí  facti  sunt  traductionibus. 

*"  Pro  eo  enim  quod  iniuste  tractauerunt  infantes  peri- 


204  LA  BIBLIA  DE  VAL V AÑERA 

mentur  et  inquisitio  impios  perdet  ^^  qui  autem  me 
audit  consistit  in  spe  et  quiescit  ab  impulsu  mali. 
Cap.         II.   **  Voluntas  et  consilia  bona  custodientur  et  cogitatio 
sancta  seruauit  te. 
*®  Fili  non  comprehendant  (1)  te  cogitatio  mala  "  quae 
derelinquit  disciplinam  a  iuventute  *^  et  testamenti 
Deifici  oblita  est. 
*^  Si  enim  abirent  uias  bonas  inuenissent  utique  semitas 
iustitiae  planas  et  lenes. 

III.  ^  Tune  sanitas  erit  carnibus  tuis  et  diligentia  ossibus  tuis 

^  honora  Deum  de  istis  laboribus  tuis  et  primitiare  el 

a  tuis  fructibus  iustitiae. 
"  Quem  enim  diligit  dnus  corripit  flagellat  autem  omnem 

filium  quem  assumit. 
(In  groe,  additur  hic  uersus.)  *^  Ab  ore  eius  proficis- 

citur  iiistitia  legem  autem  et  misericordiam  in  lingua 

portat. 
^*  Deus  superbis  resistit  humilibus  autem  dat  gratiam. 

IV.  ^  Filius  enim  fui  et  ego  patri  dicto  audiens  et  dilectus 

ante  faciem  matris  *  qui  docebant  me. 

*°  Fili  meae  edictione  intende,  meis  autem  sermonibus 
accommoda  aurem  tuam  "  ut  non  deficiant  a  te  fon- 
tes  dni  custodi  illos  in  tuo  corde. 

'^  Et  palpebrae  tuae  iusta  annuant. 
V.    ■"'  Mel  enim  distillat  a  labiis  mulieris  fornicariae  quae 
proseados  unget  tuam  faciem  ^  postea  uero  amarius 
felle  inuenies  eam  et  acutiorem  magis  quam  gladium 
bifrontem. 

**  Et  paeniteat  te  in  nouissima  senectute  quando  tristae 
fuerint  carnes  corporis  tui. 

^^  Hic  moritur  cum  improperiis  innumerabilibus. 
VI.    '  Muscipula  enim  sunt  fortissima  hominis  labia  sua. 

(In  gr.  hi  uersus  additi  sunt.)  '^'*  Vel  ad  apetum  uade  et 
uide  et  disce  quam  sit  operada  operatione  quoque 
quam  sancta  mercatur  cuius  labores  reges  et  medio- 


(1)    Corrige:  comprehendat. 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA  205 

eres  ad  salutem  assumunt  appetibilis  est  autem  ómni- 
bus et  clara  etiam  cum  sit  robore  infirmis  Sapientiam 
honorans  praelata  est  ^  quo  usque  piger  recumbens. 
'*"  Non  est  mirum  si  quis  deprehendatur  inuolans  inuolat 
enim  ut  repleat  animam  suam  esurientem. 
Cap.       VIL   *'  In  uerecundia  (1)  autem  facie  locuta  est  ad  eum  **  sa- 
crificium  pacis  est  mihi. 
'*  Institis  intexui  lectum  meum. 
^'^  Veni  et  conuolutemur  cupidine. 
"  Amans  uero  factus  et  consecutus  eam  circunuentus. 
VIIÍ.     '  Sapientia  (2)  ergo  inuoca  ut  prudentia  tibi  obaudiat. 
^  Nihil  in  his  prauum  ñeque  profocatum  ^  omnia  autem 
euidentia  intelligentibus  et  recta  intelligentibus  scien- 
tiam. 
"  Ego  sapientia  creaui  consilium  et  scientiam  et  intellec- 

tum  ego  inuocaui. 
*^  Per  me  nobiles  dissoluuntur  et  magnificantur  et  tyranni 

per  me  obtinent  terram. 
"  Dominus  condidit  me  initium  uiarum  suarum  in  opera 
sua  *'*  ante  soeculum  fundauit  me  initium  in  princi- 
pio viarum  suarum  ante  quam  terram  faceret  '*  et 
ante  quam  abyssos  constituere  (3)  prius  quam  proce- 
derent  fontes  aquarum  *  ante  diculum  (4)  genuit  te 
filii  et  filiae  gentium  tui  erunt. 
''*  Cum  laetaretur  orbe  perfecto  et  iocundaretur  in  filiis 
hominum.    *  Thesauri   autem  eius  faciunt  gaudi- 
bundos. 
IX.    ^  Misit  sernos  suos  cum  altissima  praedicatione. 

*"  Si  sapiens  fueris  tibi  sapiens  eris  et  proximis. 
X.  ^^  Sicut  uba  inmatura  dentibus  uexatio  est  et  fumus  ocu- 

lis  sic  iniquitas  eis  qui  utuntur  illa. 
XI.   *''  Nequáquam  malefacit  quando  admixtus  fuerit  iusto 
odit  autem  facta  tuta  menti. 

(1)  Con.:  inuerecunda. 

(2)  Con.:  sapientiam. 

(3)  Con.:  constitueret. 

(4)  Con.:  diluculum. 


206  LA  BIBLIA  DE  VALVANERA 

*^  Mulier  grata  suscita  (1)  uiro  claritatem  sedens  autem 

inhonorationis  est  uxor  odio  habens  uxta  diuitiarum 

pigri  inopes  fiunt  fortes  autem  nituntur  diuitiis. 
**  Manibus  manus  iniiciens  iniuste  non  immunis  erit  ma- 

lorum  *'^  qui  seminat  autem  iustitiam  accipiet  merce- 

dem  fidelem. 
(In  gr,  hic  uersus  additar.)  "*  Qui  aedificat  domum 

suam  iniuste  relinquit  filius  (2)  dolores. 
^"  Ex  fructu  iustitiae  florescit  arbor  uitae  inmature  uero 

subtrahentur  animae  iustorum. 
Cap.       XII.   '"  Pascit  iustus  animas  puerorum  (3)  suorum. 

**  Sunt  qui  dicendo  uulnerant  ut  machere  lingua  autem 

sapientium  sanat. 
'^  Vir  prudens  tronus  est  sapientiae  cor  uero  impruden- 

tium  obuiauit  maledictis. 
"  Non  consequetur  subdolus  uenationem  pretiosam. 

XIII.  '  Proteruus  autem  labiis  traducet  se. 

XIV.  '**  Misericordes  bonorum  cogitatores  sunt,  ignorantes 

misericordiam  et  fidem  fabricatores  malorum  sunt, 
elemosinae  autem  et  fides  apud  fabricatores  bono- 
rum sunt. 
XV.    ^  In  abundantia  iustitiae  uirtus  máxima  est  non  (4)  impii 
cum  totis  radicibus  de  térra  peribunt. 
*'  Exterminauit  se  omnis  muñera  accipiens  nunqui  odit 
muñera  accipere  uiuet?  (5). 
XVI.   *^  Nidi  sapientiae  potiores  sunt  auro.  nidi  uero  pruden- 

tiae  praeferuntur  argento. 
XVII.    (In  graeco  additur  hic  uersus.)  ®  Eius  qui  fidelis  est  to- 
tus  mundus  diuitiarum  est,  infidelis  autem  nec  obolus. 
XVIII.  "  Qui  proiicit  uxorem  bonam  bona  sua  expellit  a  se,  nam 
qui  tenet  adultera  (6)  stultus  et  impius  est. 

(1)  Corr,:  suscitat. 

(2)  Corr.;  filiis. 

(3)  Con.:  pecorum. 

(4)  Corr.:  nam. 

(5)  Forsan  ita  corrigendam  est:  nam  qui  odit  muñera  accipere  uiuet. 

(6)  Corr.:  adulterara. 


LA  BIBLIA  DE  VALV AÑERA  207 

Cap.     XIX.   *^  Timor  obtinet   et   ef eminatum ,   anima   autem   pigri 
esuriet. 
*'  Et  secundum  datum  eius  reddet  ei. 
*^  Male  cogitans  homo  multo  danno  afligetur  quod  si 
pemiciosus  fuerit  et  animam  suam  apponet. 
XX.  -^  Muscipula  est  uiro  citato  aliquid  de  siiis  consecrare, 
postea  autem  quam  uotum  fecit  poenitentia  agitur. 
'^^  ventilator  impiorum  rex  sapiens  et  immittit  illis 
rota  (1)  malorum. 
XXI.    ^  Melius  est  habitare  in  domo  hypetri  quam  in  politis 
cum  iniquitate  et  in  domo  vna. 
»8  Purgamentum  est  autem  iusti  iniquus. 
"  Et  deposui  murum  in  quo  considebant  impii. 
XXII.   "  Prouidum  uirum  et  acutum  in  operibus  suis  regibus 
oportet  adsistere  non  viris  iníirmis. 

XXIII.  *  Si  sederis  conare  ad  mensam  potentis  sensate  intellige 

ea  quae  apponuntur  tibi  '  et  mitte  manum  tuam 
sciens  quia  talia  te  necesse  est  praeparare.  '"  Quod  si 
infornitiores  noli  concupiscere  epulas  illius,  haec 
enim  habent  uitam  fallecem,  ^  noli  te  extendere  pau- 
per  contra  diuitem  sensu  vero  tuo  contine  te.  ^  Si 
enim  statueris  oculum  tuum  ad  illum  nusquam  pare- 
bit.  Parabit  enim  sibi  pinna  sicut  aquila  et  vadet  in 
domun  eius  qui  praest  illi. 

'°  Términos  aeternos. 

^*  Si  enim  in  phialas  et  cálices  detis  oculos  vestros  postea 
ambulabitis  nudiores  pilo. 

XXIV.  **  Si  autem  dixeris  non  noui  hunc  scito  quoniam  Deus 

corda  hominum  nouit. 
"  Et  conuertat  ab  eo  iram  suam  a  te. 
**  Time  dnm  fili  et  regem  et  neutri  illorum  inobaudiens 

fueris.  "  Súbito  enim  necabunt  impios,  punitiones 

autem  amborum  quis  scire  poterit. 
*®  Labia  autem  bona  abundant  respondentia  uerba  bona 

et  óptima. 

(1)    Con,:  rotam, 


208  LA  BIBLIA  DE  VALVANERA 

Cap,  XXV.  *  Hae  disciplinae  Salomonis  quas  descripserunt  amici 
Ezechiae  regis  ludae.  ®  Claritas  Dei  abscondit  sernio- 
nem,  claritas  autem  regís  honorificat  negocia,  "  coe- 
lum  sublime  est,  térra  autem  lata,  cor  autem  regis  in- 
corruptibile  est.  *  Percute  argentum  reprobum  et 
purgatur  omne,  ^  occidantur  impie  a  facie  regis  et  co- 
rrigatur  in  iustitia  tronus  eius. 

*^  Sicut  exitus  niuis  in  messe  combusturae,  prodest  sic 
nuntius  fidelis  his  qui  eum  miserunt.  Animas  enim 
eorum  qui  eo  utuntur  proficere  efficit. 

*^  Via  mali  et  pes  iniqui  peribunt  in  die  mala. 

"  Sicut  autem  acetum  vulneri  inutile  est  sic  incidens 
passio  corporis  cor  contristat. 

"  Ventus  aquilo  excitat  nubes,  facies  autem  inuerecunda 
linguam  incitat. 

""^  Edere  mel  multum  non  est  bonum  honorare  autem 
oportet  sermones  praeclaros. 
XXVI    ®  De  suis  viis  in  properium  (1)  acquirit  qui  mittit'sermo- 
nem  per  nuntium  inprudentem. 

^  Qui  alligat  lapidem  in  fundibalo  similis  est  ei  qui  dat 
imprudenti  claritatem. 

*'  Sicut  qui  tenet  caudam  canis  sic  et  qui  praeest  iudicio 
alieno. 

*^  Sicut  qui  curant  praemittunt  sermones  in  homines,  qui 
autem  occurrit  sermoni  primus  supplantatur,  *^  sic 
omnes  qui  insidiantur  suis  amicis  cum  autem  uisi 
sunt  dicant  (2)  quia  ludens  íeci. 
XXVII.  "^  Tamquam  auis  cum  euolauerit  de  nido  suo  sic  homo 
in  seruitutem  redigens  cum  peregrinatur  a  locis  suis. 

*^  Sicut  non  sunt  símiles  personae  personis  sic  ñeque 
corda  simJlia  cordibus  hominum. 

**  Si  flagellaueris  imprudentem  in  mediis  consessibus 
inhonorans  eum  non  auferes  ei  imprudentiam. 
XXVIII.    ^  Qui  multiplicat  diuitias  suas  ex  usuris  et  auaritiis  ei  qui 
miseretur  pauperis  congregat  eas. 

(1)  Con.:  improperium. 

(2)  Córr.:  dicunt. 


LA  BIBLIA  DE  VALVANERA  20Q 

**  Beatus  homo  est  qui  exponit  omnia  per  metum,  durus 

autem  corde  incidit  in  mala. 
"  Pro  homine  reo  homicidii  qui  spondet  refuga  erit  nec 

in  tuto  ambulauit. 
'*  In  locis  impiorum  gemunt  iusti  in  perditione  autem 

illorum  multiplicabuntur. 
Cap.  XXIX.    ^  Nouit  iustus  misereri  pauperibus  impius  autem  non  in- 

teiliget  sapientiam  et  pauperis  non  est  sensus  agnitor. 
"  Totam  iram  suam  profert  imprudens  sapiens  autem 

moderatur  per  partes. 

XXX.  *  Hanc  dicit  homo  credentibus  Deo  excelso. 

'  Deus  docuit  me  sapientiam  et  prudentiam  sanctorum 
sciui. 

"  Filius  malus  ipse  se  iustum  dicit  exitum  uero  suum 
non  abluit. 

**  Sanguis  sugae  tres  filiae  fuerunt  dilectione  dilectae  et 
tres  hae  non  satiabant  illam  et  quarta  non  sufficit  di- 
cere  satis  est,  *'  inferi  et  amor  mulieris  et  thartarus  et 
térra  insatiabilis  et  aqua  et  ignis  non  dicunt  sufficit. 

"  Et  si  ancilla  excluserit  suam  dominam. 

'*  Et  gallus  deambulans  inter  faeminas  aequanimis  et 
hircus  praecedens  gregem  et  rex  concionans  genti 
"  si  tradideris  te  in  iocunditate  et  porrexeris  manum 
tuam  cum  rixa  ad  os  tuum  inhonoraueris. 

XXXI.  *  Aperi  os  tuum  et  aurem  prebe  sermonibus  Dei  et  indi- 

ca omnia  sane. 
*®  Pretiosior  est  lapidibus  pretiosis  quae  talis  est  "  fidit 

in  ea  cor  mariti  eius. 
"  Nens  lana  (1)  et  linum  pulchris  manibus. 
*®  Brachia  sua  extendit  ad  utilia,  cubita  autem  firmauit 

ad  colum. 
"  Circunspicibilis  autem  sit  in  foribus  maritus  eius. 
"  Angustae  conuersationes  domus  eius. 
**  Misericordia  autem  illius  suscitauit  filios  eius  et  locu- 

pletati  sunt. 


(1)    Con.:  lanam. 

14 


210  LA  BIBLIA  DE  VALVANERA 

^°  Falsi  placatores  et  vanae  species  mulieris  malae  mulier 
pia  benedicetur. 


Epístola  I  S.  loannis. 

Cap.  V.  ^  Hic  est  qui  uenit  per  aquam  et  sanguinem  et  spiritura 
lesus  Christus,  non  in  aqua  solum,  sed  in  aqua  et 
sanguine  et  spiritu,  spiritus  est  qui  testificatur,  quo- 
niam  spiritus  est  et  ueritatis  ^  quia  tres  sunt  qui  testi- 
monium  dant  in  térra  spiritus  et  aqua  et  sanguis  et  hi 
tres  vnum  sunt  in  Chro  lesu.  '  et  tres  sunt  qui  testi- 
moniunt  dicunt  in  coelo,  Pater  uerbum  et  spiritus  et 
hi  tres  vnum  sunt.  •'  Si  testimonium. 

P.  Mariano  Revilla. 
o.  s.  A. 


LA  ELECCIÓN  DEL  PRESIDENTE 

DE  LA 

REPÚBLICA  FRANCESA 


Paris,  20  de  Enero  de  1920. 

Muy  Rdo.  P.  Director  de  La  Ciudad  de  Dios. 

Le  envío  la  relación  pedida,  advirtiéndole  que  mala,  incoherente  y 
desgarbada  como  es,  tiene  el  mérito  de  estar  hecha  sobre  el  terreno,  en  los 
mismos  lugares  que  se  citan  en  ello.  Llegué  con  tal  oportunidad  a  París, 
y  de  tal  manera  me  favoreció  la  suerte  en  el  viaje,  deparándome  el  encuen- 
tro de  un  amigo  leal  e  influyente,  senador  de  la  República  francesa,  que 
se  me  abrieron  todas  las  puertas,  cuando  más  cerradas  estaban  con  motivo 
de  la  elección  del  nuevo  Presidente.  Desde  la  estación  de  Hendaya  hasta 
los  salones  del  pacífico  Versalles,  no  me  dejó  un  momento  el  simpático  se- 
nador, que  me  hizo  recordar  episodios  olvidados  de  algunas  visitas  que 
hicimos  juntos  a  la  Exposición  universal  de  1889  y  a  varios  centros  nota- 
bles de  la  República,  cuando  él  y  yo  teníamos  la  suerte  de  contar  pocos 
años  y  vivir  de  muchas  ilusiones. 

Figúrese  cuál  sería  mi  sorpresa  y  cuan  viva  mi  gratitud  al  escuchar  de 
sus  labios  la  proposición  tentadora  e  irresistible  de  codearme  con  minis- 
tros, diputados  y  otros  personajes,  encargados  de  proporcionar  un  salva- 
dor a  Francia,  tan  necesitada  hoy  de  la  luz  de  los  cielos  y  de  la  paz  de  la 
tierra  para  resolver  con  tino  y  acierto  los  muchos  y  graves  problemas  que 
la  están  ahogando. 

No  vacilé  ni  pude  vacilar  un  momento.  Enriquecido  con  el  tesoro  de  una 
tarjeta,  de  las  poquísimas  que  obligaban  a  ujieres  y  soldados  a  inclinarse 
reverentes  y  dejar  paso  libre  a  los  no  electores,  me  dirigí  el  17  al  Palacio 
del  Gran  Rey,  donde  pocos  meses  antes,  el  28  de  Junio  último,  palpitaron 


212  LA  ELECCIÓN  DEL  PRESIDENTE  DE  LA  REPÚBLICA  FRANCESA 

los  corazones  de  grandes  pueblos  y  hasta  de  las  naciones  todas,  cuando  el 
pulso  agitado  y  tembloroso  de  sus  caudillos  firmaba  la  paz  universal  o  la 
guerra  sin  cuartel,  que  pudiera  seguir  minando  la  existencia  de  la  Humani- 
dad pecadora.  El  17  de  Enero  era  también  Versalles  el  centro  de  grandes 
preocupaciones,  temores  y  sobresaltos,  que  podrían  terminar  en  gritos  de 
júbilo,  indicios  de  la  prosperidad  de  Francia,  o  en  explosiones  de  odios  y 
rencores  conducentes  al  suicidio  de  la  hija  primogénita  de  la  Iglesia 
Católica. 

Era  evidente  la  curiosidad  del  pueblo  distinguido  y  de  la  plebe  hara- 
pienta, comentando  en  voz  alta  temores  y  esperanzas,  al  precipitarse  en  las 
estaciones  de  Saint  Lazare,  Invalides  y  Montparnasse — por  lo  que  veo  en  la 
primera  conjetura  lo  sucedido  en  las  otras  dos—,  queriendo  todos  ser  los 
primeros  en  asaltar  los  trenes  de  Versalles,  sin  duda  para  ser  también  los 
primeros  en  conocer  el  triunfo  del  «Tigre»  sobre  su  competidor,  o  la  vic- 
toria de  Deschanel  sobre  Clemenceau,  de  no  mediar  alguna  intriga  que,  a 
última  hora,  eche  por  tierra  planes  y  convenios  concertados  antes  por 
los  padres  de  la  Patria. 

Veo  que  los  trenes  se  suceden  con  rapidez;  la  afluencia  de  gentes 
aumenta  por  momentos;  los  automóviles  invaden  las  carreteras,  y  hasta 
no  faltan  aeroplanos  contemplando  desde  las  alturas  la  solicitud  de  los 
hombres  en  arrastrarse  por  la  tierra,  en  espera  del  gran  acontecimiento 
del  día,  que  yo  esperaba  también  con  emoción,  contagiado,  sin  duda,  por 
la  efervescencia  del  pueblo  y  de  las  reflexiones  del  senador  votante,  mi 
ángel  tutelar  en  aquella  baraúnda  y  mi  introductor  en  los  salones  de  los 
secretos  a  voces  del  palacio  de  Versalles. 

La  inscripción  de  Aux  oloires  de  la  Frange,  en  letras  de  oro,  es  lo 
primero  que  aparece  a  mis  ojos  al  verme  ya  algo  libre  de  vaivenes  y 
apretones.  ¿Confesaré  que  los  resplandores  de  la  inscripción,  iluminada 
por  el  sol,  me  parecen  menos  brillantes  después  de  la  guerra  mundial  que 
antes  de  la  victoria?...  El  recuerdo  de  varios  guerreros,  marinos,  políticos: 
las  sombras  de  Suger,  Richelieu,  Bayard,  Turenne  y  tantos  otros  como 
defendieron  el  suelo  patrio  de  la  invasión  extranjera,  proporcionando 
lauros  a  Francia,  me  llevan  ahora,  no  por  los  campos  de  gloria  de  nación 
tan  poderosa,  sino  por  el  intrincado  laberinto  en  que  se  pierden  los  pue- 
blos y  por  las  dudas,  zozobras  y  responsabilidades  del  hombre  que  muy 
pronto,  antes  de  dos  horas,  ha  de  figurar  a  la  cabeza  de  los  encargados 
de  levantar  el  prestigio  nacional  o  de  colgar  nuevos  crespones  a  la  bande- 


LA  ELECCIÓN  DEL  PRESIDENTE  DE  LA  REPÚBLICA  FRANCESA    213 

ra  de  la  República,  bien  necesitada  de  mano  fuerte,  talento  excepcional  y 
previsión  singularísima. 

Con  el  fin  de  asegurar  el  cumplimiento  de  la  ley  que  exige  la  publici- 
dad en  la  Asamblea  nacional,  se  habían  reservado  unos  veinte  sillones  a 
los  menos  favorecidos  por  la  fortuna,  incapaz  de  colmar  los  deseos  de 
tantos  desheredados.  Presencio  en  Versalíes  con  la  elección  del  Presidente, 
lo  que  puede  presenciarse  en  Madrid  con  el  sorteo  de  Navidad:  una  cola 
formada  desde  hacía  ocho  días,  por  gentes  conocedoras  del  do  üi  des,  sus- 
tituida constantemente  por  otra  de  mayor  categoría,  y  horas  antes  de  la  vo- 
tación, por  graves  Messieurs  de  levita  y  guante  blanco,  que  habían  pasado 
algunos  miles  de  francos  a  bolsillos  más  o  menos  escuálidos,  para  darse  ellos 
el  gusto  de  toser  fuerte  en  las  mismísimas  barbas  de  electores  y  elegido. 

La  galería  de  los  Bustos  y  de  las  Tumbas  era  el  murmuradero  de  pe- 
riodistas, diputados,  concejales,  senadores,  militares  y  paisanos  que  habían 
o  habíamos  recibido  el  placel  de  la  guardia,  al  enseñar,  con  cierto  orgullo, 
el  título  de  nuestro  derecho  a  pisar  mármoles  y  alfombras,  y  a  mirar  frente 
a  frente,  y  sin  miedo,  a  los  más  encopetados  directores  de  la  República, 
que  antes  por  los  jardines  y  luego  por  los  salones,  iban  y  venían,  gritaban 
y  discutían,  glosaban  con  acierto  o  exponían  con  lamentable  falta  de  lógica 
las  noticias  de  ayer,  las  conversaciones,  encuentros  y  propósitos  de  los 
linces  de  la  política,  todo  el  mare  magnum  anterior  a  la  presentación  de 
los  candidatos. 

Acompañado  siempre  del  Mecenas  más  simpático  y  generoso  que  guia- 
ra mis  pasos  entre  aquel  hervidero  de  gentes,  y  harto  ya  de  escuchar  frases 
repetidas,  algunas  de  gran  transcendencia  político-social,  penetró  en  el 
hemiciclo,  lujosamente  decorado,  en  el  que  había  de  escucharse  pronto  el 
nombre  del  futuro  Presidente  de  la  República  francesa,  ansiosa  de  trans- 
mitirle, sin  pérdida  de  tiempo,  a  todos  los  Soberanos  de  la  tierra,  como 
lo  demostraban  las  veinticuatro  cabinas  telefónicas  reservadas  a  la  Prensa 
en  la  «Galería  de  Piedra>,  a  más  de  otra  serie  de  instalaciones  del  mismo 
género,  y  de  los  sesenta  aparatos  de  telegrafía  en  comunicación  directa  con 
París-Central  y  París-Bolsa  y  con  los  cables  trasatlánticos  de  Brest,  en  ser- 
vicio con  Londres,  ambas  Américas,  etc.  Una  máquina  eléctrica,  primoro- 
samente dispuesta,  timbraba  hasta  sesenta  mil  cartas  o  tarjetas  postales  por 
hora,  llenando  todas  las  exigencias  de  los  curiosos  que  anhelaban  enviar 
correspondencia  con  el  sello  de  fecha  tan  memorable  para  la  «nación  ven- 
cida... siendo  vencedora>. 


214  LA  ELECCIÓN  DEL  PRESIDENTE  DE  LA  REPÚBLICA  FRANCESA 

Dan  las  once  y  media:  el  hambre  y  sed  de  la  justicia  no  están  reñidas, 
según  pude  observar,  con  otros  manjares  menos  poéticos  y  sublimes, 
pero  muy  en  armonía  con  las  prosaicas  exigencias  de  la  naturaleza  huma- 
na, ya  se  oculte  en  gabanes  de  pieles,  ya  se  agite  enfurecida  bajo  los  plie- 
gues de  la  blusa,  como  lo  estaba  diciendo  a  gritos  la  contienda  de  un  pu- 
lido diplomático  con  un  pintor  de  brocha  gorda.  Los  restaurantes,  no  todos 
auténticos,  son  invadidos  por  padres  e  hijos  del  pueblo  soberano;  los  par- 
lamentarios intentan  agruparse  por  afinidad  de  opiniones,  sin  perjuicio 
de  verse  muchos  en  la  precisión  de  ocupar  asientos  al  lado  y  enfrente  de 
adversarios  políticos,  bien  seguros  todos  de  no  lanzar  su  sangre  al  río  en 
los  ratos  de  ocio  y  descanso  de  mandíbulas,  por  que  los  garQons  se  hacen 
los  suecos  y  se  llaman  andana  en  la  imposibilidad  material  de  servir  a 
tantos  y  tan  distinguidos  comensales. 

Me  llama  la  atención  un  viejo  parlamentario,  votante  por  séptima  vez 
de  la  Asamblea  Nacional.  Como  hasta  se  cruzan  apuestas  sobre  el  nú- 
mero probable  de  votos  del  futuro  Presidente,  se  encarama  sobre  una  silla, 
gritando  en  la  edad  decrépita  como  gritara  en  sus  mejores  tiempos: 

—Señores:  debéis  tener  en  cuenta  los  datos  siguientes  para  orientaros 
en  vuestras  apuestas.  En  treinta  de  Enero  de  mil  ochocientos  setenta  y 
nueve,  Julio  Grevy  contó  a  su  favor  quinientos  sesenta  y  tres  votos  contra 
noventa  y  nueve  del  general  Chancy.  A  los  siete  años,  en  mil  ochocientos 
ochenta  y  seis,  fué  reelegido  por  cuatrocientos  cincuenta  y  siete  votos,  los 
que  no  obtendría  hoy  monsieur  Poincaré,  caso  de  presentar  su  candida- 
tura; pero  están  verdes  y... 

— ¿Qué  sabe  ese  carcamal  de  la  política  de  nuestros  tiempos  y  con  qué 
derecho  se  constituye  en  tribuno  cuando  nadie  le  pide  su  opinión?— voci- 
feró un  apuesto  banquero,  cansado  de  esperar  su  omelette, 

— ¿Y  qué  necesidad  tengo  yo  de  que  nadie  pida  mi  opinión  para  ha- 
blar aquí  y  en  todas  partes?  Estamos  en  tiempos  de  libertad,  y  sigo  dicien- 
do a  cuantos  quieran  escucharme:  Sadi  Carnot  fué  privilegiado  por  seis- 
cientos diez  y  seis  de  los  ochocientos  veintisiete  votos  de  la  Asamblea.  Ca- 
simiro Peder,  por  cuatrocientos  cincuenta  y  uno  de  ochocientos  cuarenta 
y  cinco.  Félix  Faure,  por  cuatrocientos  treinta  de  setecientos  noventa  y  uno. 
Loubet,  por  cuatrocientos  ochenta  y  tres  de  ochocientos  doce.  Fallieres, 
por  cuatrocientos  cuarenta  y  nueve  de  ochocientos  cuarenta  y  ocho,  y  Poin- 
caré por  trescientos  ochenta  y  siete  de  mayoría.  Ahora,  señores,  apuesto 
yo  también  y  aseguro  que  nada  ha  de  conseguirse  con  las  maquinaciones 


LA  ELECCIÓN  DEL  PRESIDENTE  DE  LA  REPÚBLICA  FRANCESA    215 

de  <outsiders>,  con  las  maquinaciones  de  la  victoria,  con  las  maquinacio- 
nes envueltas  en  hermoso  ropaje,  pero  maquinaciones  al  fin,  y  digo  y  afir- 
mo y  aseguro  solemnemente,  que  monsieur  Paul  Deschanel  ha  de  obte- 
ner muy  pronto,  antes  de  una  hora,  por  lo  menos  setecientos  votos:  no  lo 
dudéis;  su  elección  está  asegurada. 

Y  el  joven  y  elegante  banquero  constituye  su  silla  en  tribuna  financie- 
ra para  explicar  en  pocas  palabras,  agriadas  por  el  despecho  que  sintió  en 
las  aprobaciones  del  público  al  orador  viejo,  que  Mr.  Clemenceau  es  el 
más  patriota  de  los  franceses,  el  vencedor  en  la  guerra,  el  salvador  del  cré- 
dito francés,  el  que,  por  su  tenacidad  y  clarividencia,  había  logrado  lo  que 
muchos  nacionales  y  extranjeros  llamaban  milagro;  detener  los  inmundos 
cascos  alemanes  y  aniquilar  a  los  enemigos,  obligándoles  a  firmar  aquí,  en 
Versalles,  el  pliego  de  sus  ignominias  y  el  castigo  de  sus  arrogancias.  Cle- 
menceau, señores,  merece... 

Asentimientos  y  protestas  de  todos  los  calibres  convierten  aquel  res- 
taurante del  aristocrático  Versalles  en  legítima  plaza  de  verduleras.  Afortu- 
nadamente sonó  la  hora  y  se  dio  la  señal  de  entrada  en  el  palacio  para  pro- 
ceder al  acto  solemne  que  hacía  palpitar  ya  con  violencia  a  todos  los  cora- 
zones franceses.  Los  electores  y  los  favorecidos  con  la  tarjeta  especial  de 
entrada  invaden  precipitadamente  los  salones  con  dirección  al  suntuoso 
hemiciclo,  en  el  que  había  ya  más  de  quinientos  votantes,  no  sé  si  honda- 
mente preocupados,  pero  sí  poseídos  de  su  importantísima  misión  en  aquel 
acto  transcendental,  que  había  de  repercutir  en  la  solución  de  muchos  y 
graves  problemas  nacionales.  Todo  estaba  dispuesto:  trece  mesas  para  los 
escrutadores  de  los  votos:  fotógrafos  haciendo  funcionar  sus  máquinas, 
cual  si  éstas  fueran  necesarias  al  feliz  resultado  de  la  elección;  Mr.  Bour- 
geois,  presidente  del  Senado,  y,  por  algunos  horas,  de  la  Asamblea  Nacio- 
nal, se  deja  caer  satisfecho  en  el  sillón  presidencial,  frente  al  hermoso  lien- 
zo Ouveriure  des  États  Généraax  de  1789.  Ni  en  el  sorteo  de  escrutadores 
ni  en  el  orden  alfabético  que  había  de  seguir  la  votación  hay  el  menor  in- 
cidente ni  se  registra  la  más  pequeña  anormalidad,  hasta  que  llegó  el  turno 
al  bravo  y  cristianísimo  general  Castelnau,  que  sube  a  la  tribuna  como  al 
asalto  de  una  plaza  fuerte,  en  medio  de  aclamaciones,  aplausos,  burras  y 
vítores,  con  la  protesta  de  poquísimos  de  la  extrema  izquierda,  que  tienen 
el  mal  gusto  de  nadar  en  el  despecho,  gritando:  ¡Viva  Sarrail! 

Creí  yo  entonces,  emocionado  como  estaba,  que  se  armaría  la  de  San 
Quintín  en  la  Venerable  Asamblea,  pero  volvió  a  reinar  la  calma  hasta  una 


216  LA  ELECCIÓN  DEL  PRESIDENTE  DE  LA  REPÚBLICA  FRANCESA 

media  hora  después,  en  la  proclamación  solemne,  grave  y  majestuosa  de 
Mr.  Paul  Deschanel,  Président  de  la  République  Franqaise  pour 

SEPT  ANS. 

Aclamaciones  en  el  estrado,  abrazos  y  apretones  de  manos  en  el  hemi- 
ciclo, júbilo  de  muchos  y  cara  tristona  en  pocos  de  los  concurrentes,  agi- 
tación de  pañuelos  y  regocijo  y  vida  en  el  patio  de  honor,  junto  con  explo- 
siones de  cólera  fué  la  nota  característica  de  la  proclamación  entre  los  mi- 
les de  personas  congregadas  en  Versalles,  a  la  vez  que  el  tic  tac  de  los  apa- 
ratos telegráficos  y  el  lenguaje  incoherente  en  los  telefónicos  anuncian  a 
Francia  y  al  mundo  el  nombre,  y  hasta  una  sucinta  biografía,  del  décima 
Presidente  de  la  República. 

— ¡Lástima  que  el  vencedor  de  Alemania  (Clemenceau)  no  haya  venci- 
do la  brutalidad  de  los  franceses  ni  en  las  Cámaras  ni  aquí! 

—Poincaré  no  ha  querido  dar  su  candidatura. 

— Poincaré  no  ha  podido  presentarla,  sin  hundirse  en  el  ridículo. 

—¡Tanto  peor  para  mi  país!,  ha  tenido  el  atrevimiento  de  rugir  el  «Ti- 
gre», que  hoy  hubiera  sido  la  muerte  de  Francia. 

—¡Viva  el  Presidente  y  los  setecientos  treinta  y  cuatro  franceses  que  le 
han  votado! 

—¡Viva  Francia  y  la  unión  sagrada! 

Al  son  de  estas  músicas  para  todos  los  gustos  iban  desfilando  autos^ 
desapareciendo  gentes  y  corriendo  trenes  con¿dirección  a  París,  donde  los 
comentarios,  disputas,  contiendas  y  apreciaciones  son  y  seguirán  siendo 
mucho  tiempo  aún,  la  ocupación  predilecta  de  holgazanes  y  laboriosos. 


Monsieur  Deschanel  ha  sido  aclamado  con  entusiasmo  por  las  dere- 
chas, y  es  la  esperanza  segara  de  las  aspiraciones  y  anhelos  de  los  católi- 
cos. Por  de  pronto— me  lo  asegura  una  persona  seria  y  bien  informada — ^ 
no  tiene  manchas  en  su  vida  pública  y  nadie  le  asigna  defectos  en  su  vida 
privada.  Ha  buscado  la  luz  y  aborrecido  las  tinieblas.  En  la  tribuna,  en  el 
Parlamento,  en  presencia  de  los  fariseos  y  a  despecho  de  los  Judas  que 
venden  su  conciencia  por  un  aplauso  y  a  Cristo  por  treinta  dineros,  ha 
pronunciado  siempre  el  augusto  nombre  de  Dios,  mirando  al  cielo,  ya 
que  no  podía  clavar  sus  ojos  en  el  santo  Crucifijo,  vil,  cobarde  y  traidora- 
mente  desterrado  de  los  centros  oficiales,  obligados,  más  de  una  vez,  a  tri- 
butarle aplausos  por  su  elocuencia  y  su  lógica  contra  los  enemigos  del 


LA  ELECCIÓN  DEL  PRESIDENTE  DE  LA  REPÚBLICA  FRANCESA    217 

orden  y  partidarios  de  la  guerra  social,  contra  los  adversarios  de  la  pro- 
piedad y  del  trabajo,  del  ejército  fuerte  y  de  las  virtudes  militares.  Un  furi- 
bundo discurso  contra  Jaurés  enardeció  de  tal  modo  a  la  Cámara  que  fué 
impreso  por  cuenta  del  Estado,  con  orden  expresa  de  fijarlo  a  las  puertas 
de  todas  las  Alcaldías  de  Francia.  El  llamado  ahora  a  la  primera  magistra- 
tura del  Estado  increpó  al  Gabinete  Ribot  por  dejarse  arrastrar  de  la  extre- 
ma izquierda,  como  increpó  a  Millerand  y  a  Jaurés  ante  la  Cámara  por  su 
política  radical  y  sus  manejos  revolucionarios.  En  lucha  constante  frente 
a  los  socialistas,  despreciando  honores  y  rehusando  elevados  puestos,  con- 
sagró las  energías  de  su  inteligencia  y  les  prestigios  de  sus  dos  carreras 
—Derecho  y  Filosofía  y  Letras— a  encauzar  la  justicia,  combatir  maqui- 
naciones, principalmente  socialistas,  y  a  descubrir  y  señalar,  no  el  vuelo 
majestuoso,  pues  no  le  tienen,  sino  las  manchas  babosas  de  ciertos  mo- 
luscos al  salir  de  sus  charcas. 

Desde  1898  ha  ocupado  la  presidencia  del  Congreso,  como  candidato 
perpetuo  de  las  gentes  de  orden,  venciendo  dos  veces  consecutivas  las  as- 
piraciones y  trabajos  de  Brison,  al  que  tuvo  que  ceder  el  puesto  en  el  mi- 
nisterio Combes,  cuya  desastrosa  política  pulverizó  dura  y  enérgica- 
mente, y  de  un  modo  especial  su  falta  de  tacto  diplomático  en  la  ruptura 
brutal  de  relaciones  con  la  Santa  Sede. 

Francia  entera  vive  hoy  en  la  persuación  de  que  esta  torpeza  política 
y  esta  insidia  satánica,  condenadas  hasta  por  la  conducta  de  naciones  pro- 
testantes y  pueblos  no  cristianos,  han  de  ser  pronta  y  sabiamente  corregi- 
dos por  M.  Deschanel,  que  aplaude  y  admira  la  abnegación  y  patriotismo 
del  clero  secular  y  el  heroísmo  de  tantos  y  tantos  frailes  desterrados  que 
volvieron  a  la  madre  patria  para  enjugar  sus  lágrimas,  darle  su  sangre  en 
la  guerra  y  su  vida  en  la  victoria. 

El  pueblo  católico  y  el  pueblo  de  orden,  al  saludar  al  nuevo  Presidente, 
«uno  de  los  franceses  más  patriotas  y  a  la  vez  más  juiciosos»,  juzgando  los 
procedimientos  futuros  por  los  pasados,  «todos  sanos  y  todos  de  orden» 
esperan  que  la  unión  sagrada  y  la  prosperidad  de  la  nación  sean  un  hecho 
brillante  y  una  realidad  consoladora.  ¡Dios  lo  quiera! 

Veo  que  mi  carta  va  resultando  excesivamente  larga  y  pesada.  Perdone 
y  mande  a  su  afectísimo  que  muy  de  veras  se  encomienda  a  sus  oraciones. 

P.  J.  Rodrigo. 
o.  8.  A. 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  OEL  DERECHO  PENAL 


(Doctrina  de  los  antiguos  tratadistas  españoles  sobre  la  materia.) 

\.— Teoría  general  de  la  costumbre.— \.  Concepto  antiguo  de  la  costumbre.— 
2.  Distinciones  entre  ésta  y  el  uso,  el  estilo  y  la  prescripción.— 3.  Clasifica- 
ción tradicional  de  la  costumbre.— 4.  Condiciones  intrínsecas  y  externas  de 
la  misma.— 5.  Examen  especial  del  consentimiento  tácito  del  legislador. — 
6.  La  prescripción  en  la  costumbre.— 7.  Efectos  jurídicos  de  la  costumbre.— 
8.  Efectos  derogatorios  y  problema  acerca  de  la  necesidad  de  ser  aceptada 
la  ley  por  los  subditos.— 9.  La  cláusula  derogatoria  de  la  ley,  que  prohibe 
toda  costumbre  en  contra,  ¿impide  la  formación  de  una  costumbre  futura 
contra  legem? 

II.— ¿a  costumbre  en  materia  penal.— \0.  Aplicación  de  la  doctrina  general  acer- 
ca de  la  costumbre.— 11.  Derogación  de  la  ley  penal  por  la  costumbre.— 
12.  ¿Puede  ser  derogada  la  pena  por  la  costumbre,  permaneciendo  en  vigor 
el  precepto  penal?  Distinciones.— 13.  Opinión  de  Alfonso  de  Castro.— 14. 
Opinión  de  Suárez  y  casos  prácticos  que  la  confirman.— 15.  ¿Puede  la  cos- 
tumbre derogar  el  precepto  penal,  subsistiendo,  sin  embargo,  la  pena?  Ver- 
dadero aspecto  de  la  cuestión  y  opiniones  acerca  de  la  misma. 

La  historia  de  la  costumbre  como  fuente  del  derecho  penal,  esto  es, 
como  expresión  del  derecho  o  elemento  productor  de  normas  penales, 
es  la  misma  que  la  del  arbitrio  judicial,  ya  que  el  juez,  si  no  puede  con- 
siderarse como  órgano  creador  de  la  costumbre,  es  por  lo  menos  el  que 
da  forma  a  las  normas  consuetudinarias,  en  conformidad  con  las  nece- 
sidades y  condiciones  sociales  del  momento,  como  el  legislador  es  el 
que  formula  las  normas  legales,  teniendo  en  cuenta,  no  sólo  los  princi- 
pios de  justicia,  sino  también  las  condiciones  del  pueblo  para  quien 
legisla.  Por  consiguiente,  atrofiado  aquel  órgano  bajo  la  presión  de  la 
ley,  suprimido  el  arbitrio  judicial  en  la  determinación  y  aplicación  de  las 
penas,  y  reducida  la  obra  del  juez  a  seguir  el  camino  que  previamente 
le  ha  trazado  el  legislador,  sin  desviarse  un  punto  a  uno  u  otro  lado, 
la  formación  de  normas  consuetudinarias  en  materia  penal  se  hace 


LA.  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL  219 

poco  menos  que  imposible,  la  costumbre  como  fuente  del  derecho  pe- 
nal queda  extinguida,  y  se  afirma  el  imperio  absoluto  y  exclusivo  de 
la  ley  en  la  punción  de  los  delitos:  nullum  crimen  sine  lege,  nulla  poe- 
na  sine  lege. 

En  cambio,  cuando  las  leyes  dejan  al  arbitrio  judicial  una  esfera  de 
acción  más  o  menos  amplia  en  la  definición  de  los  delitos,  la  apre- 
ciación de  las  circunstancias  de  todo  género  y  la  elección  de  penas  u 
otros  medios  represivos  y  preventivos,  el  principal  órgano  formulador 
de  las  normas  penales  consuetudinarias  queda  expedito,  y  aparece  por 
necesidad  una  nueva  fuente  del  derecho  penal  al  lado  de  la  ley:  la  cos- 
tumbre. 

Esto  es  lo  que  ocurría  en  el  sistema  penal  antiguo,  como  hemos 
visto  en  la  cuestión  precedente,  y  de  ello  podemos  deducir  toda  la  im- 
poitancia  que,  lo  mismo  en  la  práctica  que  en  la  doctrina  jurídica  y  en 
las  leyes,  tuvo  la  costumbre  como  fuente  del  derecho  penal.  Tal  es  el 
asunto  de  la  cuestión  presente,  que  dividiremos  en  dos  partes:  una  ge- 
neral, ya  que  de  ordinario  los  tratadistas  hablan  de  la  costumbre  como 
fuente  del  derecho,  sin  distinguir  el  penal  de  los  demás,  y  otra  especial, 
que  se  refiere  de  un  modo  particular  y  concreto  a  las  normas  jurídico- 
penales  creadas  por  la  costumbre. 

I 

1. — Así  entre  los  antiguos  legisladores,  como  entre  los  jurisconsul- 
tos, fué  muy  común  el  error  de  concebir  la  costumbre  como  una  forma 
de  la  ley— la  ley  no  escrita— y  definida  según  esta  manifestación  exter- 
na del  derecho —derecho  no  escrito—.  Ejemplo  de  ello  tenemos  en  la  co- 
nocida definición  que  de  la  costumbre  dan  las  Partidas:  «derecho  o  fuero 
que  non  es  escripto,  el  cual  han  usado  los  omes  luengo  tiempo,  ayu- 
dándose de  él  en  las  cosas  e  en  las  razones  sobre  que  lo  usaron*  (1). 

No  dejaron  de  advertir  el  citado  error  algunos  de  nuestros  mora- 
listas, observando  que  tales  definiciones,  ni  expresan  la  naturaleza  de 
la  costumbre  ni  lo  que  distingue  a  ésta  de  la  ley,  porque,  como  dice 
Salas,  la  ley  puede  ser  también  expresión  del  derecho  escrito,  así  como. 


(1)    Ley  4.%  tít.  II,  part.  I.— La  misma  idea  se  encuentra  en  San  Isidoro  y  en 
varios  textos  del  derecho  romano. 


220  LA  COSTUMBRE  COMO  FUENNE  DEL  DERECHO  PENAL 

al  contrario,  la  costumbre  puede  revestir  la  forma  escrita  sin  dejar  de 
ser  costumbre.  Por  lo  cual  puede  definirse  ésta,  en  cuanto  es  una  for- 
ma del  derecho,  *la  tácita  voluntad  de  obligar,  por  parte  de  quien  tiene 
poder  para  hacerlo,  manifestada  solamente  por  el  uso  y  el  modo  de 
obrar  de  los  que  le  practican*  (1). 

Posteriormente,  Fernando  de  Castro-Palao,  otro  de  nuestros  moralis- 
tas, vuelve  a  incurrir  en  el  error  antes  notado,  concibiendo  la  costum- 
bre como  derecho  no  escrito  y  como  una  especie  derivada  del  género 
ley.  Después  de  distinguir  la  costumbre  de  hecho  y  la  de  derecho,  dice  de 
esta  última  que  es  «una  especie  de  derecho  constituido  por  el  uso  (mo- 
ribüs,  que  en  castellano  se  traduce  por  costumbre,  y  en  latín  se  distin- 
gue del  usus  y  la  consuetudo),  y  recibido  como  ley  cuando  ésta  fal- 
ta>  (2).  Lo  cual  parece  indicar  que  el  autor  da  a  la  costumbre  un  valor 
subsidiario  respecto  de  la  ley,  y  que,  en  consecuencia,  no  admite  la 
costumbre  contra  ley;  mas  no  es  así,  sino  que  expresamente  admite  las 
tres  clases  tradicionales  de  la  costumbre.  Veamos  su  explicación. 

«Se  dice  que  es  un  cierto  derecho  constituido  por  las  costumbres, 
porque  por  las  costumbres  de  los  hombres  y  su  uso  frecuente  se  crea 
aquel  derecho  obligatorio...  Añádese  que  la  costumbre  es  derecho  acep- 
tado como  ley,  no  porque  verdaderamente  no  sea  ley,  sino  porque  se 
recibe  en  lugar  de  la  ley  escrita,  y  como  ella  tiene  fuerza  obligatoria. 
Dícese,  por  úhimo,  que  esto  ocurre  cuando  falta  la  ley,  esto  es,  cuando 
no  hay  ley  que  pueda  producir  obligación. >  La  costumbre,  según  ley  y 
contra  ley,  se  explica  de  este  modo.  «Cuando  la  costumbre  se  conforma 
en  todo  con  la  ley  escrita,  entonces  no  constituye  derecho,  sino  que  si- 
gue más  bien  el  derecho  ya  establecido;  pero  si  algo  añade  o  modifica, 


(1)  «Sed  credo  nullam  harum  definitionem  exactam  aut  quidditativam  esse, 
praesertim  illas  quae  conmetudinem  defíniunt  tantum  per  hoc  quod  sit  jus  non 
scriptum,  nam  superius...  diximus  legem,  etiam  ut  a  consuetudine  distingui- 
tur,  jus  non  scriptum  esse  posse;  ete  contra,  etiamsi  consuetudo  sit  per  scrip- 
turam  notata,  consuetudo  erit  vim  habens  legis...  Quare  ergo  sic  definirem 
consuetudinem,  quae  est  juris  species,  est  tacita  obligandi  voluntas  ab  eo  pro" 
fecta  qui  obligare  potest,  usu  tantum  et  more  utentium  expressa.  Non  dixi  a 
populo  profecía,  quia  multi  arbitrantur  consuetudinem  nunquam  habere  vim 
obligandi  ex  volúntate  populi  subjecti,  sed  superíoris.»  Iractatus  de  legibus, 
1611,  disp.  XIX,  sect.  I. 

(2)  «Jus  quoddam  moribus  constitutum,  quod  pro  lege  suscipitur  cum  defi- 
cil  lex.»  Summa  moralis,  ed.  de  1700,  tract.  III,  disp.  III,  punct.  I. 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL  221 

en  esta  parte  puede  crear  nuevo  derecho,  porque  en  tal  caso  ya  falta  la 
ley.  Si  la  costumbre  se  opone  a  la  ley,  claro  es  que  entonces  falta  la  ley 
en  aquello  sobre  lo  cual  verse  la  costumbre...  La  costumbre  perfecta 
nunca  se  opone  a  la  ley  escrita,  porque  la  deroga  y,  por  consiguiente, 
no  tiene  ya  ley  a  qué  oponerse,  pues  no  puede  haber  dos  derechos  con- 
trarios entre  sí  (1)>. 

2.  Existía  en  el  derecho  antiguo— y  en  parte  también  en  el  moder- 
no—cierta sinonimia  entre  la  costumbre,  el  uso,  el  fuero,  el  estilo  y  la 
prescripción.  El  mismo  autor  últimamente  citado  señala  en  síntesis  es- 
tas diferencias:  la  costumbre  se  distingue  del  uso,  como  el  efecto  de  la 
causa;  porque  el  uso  es  el  que  engendra  el  derecho  consuetudinario;  del 
estilo  se  distingue,  como  el  género  de  la  especie,  porque  el  estilo  es  cos- 
tumbre, pero  limitada  a  los  actos  judiciales,  pues  no  significa  otra  cosa 
que  el  modo  de  proceder  un  pueblo  en  sus  juicios,  y  por  la  misma  ra- 
zón se  distingue  del  fuero,  que,  entre  otras  acepciones,  es  la  costumbre 
del  uso  de  la  jurisdicción  que  se  ha  de  observar  en  los  juicios  (2).» 

El  uso— dice  Gregorio  López— se  distingue  de  la  costumbre  en  que 
aquél  es  el  hecho  y  ésta  el  derecho  (3).  Más  filosóficamente  que  ningún 


(1)  «Dicitur  autem  esseyz/s  quoddam  moribas  constítutum,  quia  moribus  ho- 
minum  et  usti  frequenti  illorum,  jus  illud  obligans  consíituitur...  Additurdein- 
de  consuetudinem  esse  jus  quodpro  lege  suscipitur,  non  quia  veré  non  sit  lex, 
sed  quia  loco  legis  scriptae  suscipitur  et  eamdem  cum  illa  obligationem  indu- 
cit.  Ultimo  dicitur  hoc  contingere  cum  déficit  lex,  hoc  est,  cum  lex  non  adest 
quae  obligationem  inducere  possit...  Quando  consuetudo  conformatur  integre 
cum  lege  scripta,  tune  non  constituit  jus,  sed  potius  jus  constitutum  exequitur; 
si  vero  aliquid  superaddit  aut  immutat,  illa  in  parte  poterit  novum  jus  consti- 
tuere,  quia  in  illa  parte  jam  déficit  lex.  Quod  si  consuetudo  opponatur  legi, 
tune  manifestum  est  defícere  legem  in  eo  circa  id  quod  est  consuetudo,  cum 
lex  de  opposito  sit.  Adde  cum  Bartholo  consuetudinem  perfectam  nunquam 
adversar!  legi  scriptae,  quia  derogat  legi,  ac  proinde  non  habet  legem  cui  ad- 
versetur,  non  enim  dúo  jura  possunt  esse  sibi  contraria.»  Lugar  cit. 

(2)  «Distinguitur  namque  haec  consuetudo  ab  usu  tanquam  effectus  a  causa, 
ex  usu  enim  frequenti  nascitur  hoc  jus;  ab  stylo  tamen  distinguitur  tanquam  in- 
cludens  ab  incluso,  quia  stylus  est  consuetudo,  sed  est  consuetudo  limitata  ad 
judiciales  actus,  quia  stylus  significat  modum  procedendi  alicujus  reipublicae 
in  suis  judiciis  et  sententiis...;  eadem  ratione  consuetudo  a  foro  distinguitur 
est  enim  forus,  ut  alias  acceptiones  omittam,  consuetudo  de  usu  jurisdictionis 
in  judiciis  servando.»  Ibid.— Sobre  el  valor  del  estilo  como  fuente  del  derecho, 
puede  verse  Burgos  de  Paz,  Ad  leges  taurinas,  1568,  Prcemium,  núms.  225  y  sigs. 

(3)  «Difert  ergo  usus  a  consuetudine,  ut  hic,  quia  usus  sonat  factum,  con- 


222      LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

Otro,  Francisco  Suárez  distingue  la  materia  y  la  forma  en  cada  uno  de 
los  dos  aspectos  de  la  costumbre:  el  derecho  y  el  hecho.  En  cuanto  de- 
recho, la  materia  de  la  costumbre  es  la  misma  que  la  de  toda  ley  hu- 
mana, porque  el  derecho  escrito  y  no  escrito  no  se  diferencian  en  la  ma- 
teria sobre  que  versan  sino  en  su  manifestación  externa;  pero  la  forma 
intrínseca  de  la  ley  (consuetudinaria)  es  alguna  voluntad,  causa  efi- 
ciente de  la  obligación  introducida  por  la  costumbre.  Considerada  ésta 
como  hecho,  su  materia  son  los  mismos  actos  en  cuya  frecuencia  con- 
siste, y  porque  la  costumbre  debe  ser  útil  y  honesta,  su  forma  será  esa 
misma  utilidad  y  honestidad  en  cada  uno  de  los  actos  que  la  constitu- 
yen y  en  su  frecuente  repetición  (1). 

Reconoce  luego  una  doble  causa  en  la  formación  de  la  norma  con- 
suetudinaria: causa  próxima,  que  es  la  acción  de  los  que  elaboran  la 
costumbre,  y  causa  primaria,  que  es  la  voluntad  del  poder  legislativo, 
en  caso  de  necesitarse  su  intervención.  La  primera,  por  tanto,  se  refiere 
a  la  costumbre  de  hecho,  y  la  segunda  a  la  de  derecho  (2). 

Esta  materia  da  origen  a  diversas  cuestiones  relacionadas  con  las 
condiciones  exigidas  por  los  antiguos  para  la  costumbre  jurídica.  De 
esas  condiciones  trataremos  después  de  dar  una  ligera  idea  de  las  cla- 
ses y  formas  de  la  costumbre. 

3.  Varias  son  las  clasificaciones  que  de  ésta  pueden  hacerse  bajo  di- 
versos aspectos;  pero  la  tradicional  y  la  que  tiene  especial  importancia 
para  nuestro  objeto  es  la  que,  en  relación  con  la  ley  o  con  el  derech# 
existente,  divide  la  costumbre  en  secundum  legem,  extra  legem  y  contra 
legem  (3).  Esta  última,  especialmente,  puede  revestir  diversas  formas,  re- 


suetudo  jus.»  Las  siete  partidas  del  sabio  rey  don  Alfonso,  ed.  de  1555,  Preám- 
bulo al  tit.  II,  Part.  I. 

(1)  «Quatenus  est  quid  juris,  materia  circa  quam  versatur  (consuetudo)  est 
eadem  quae  materia  legis  humanae,  nam  jus  scriptum  et  non  scriptum  non  dif- 
ferunt  in  materia  circa  quam  versantur,  sed  in  signo  quo  constituuntur...  For- 
ma vero  intrínseca  hujus  legis  est  aliqua  voluntas  quae,  alia  consideratione, 
est  causa  effíciens  obligationis  per  consuetudinem  inductae.  Si  autem  conside- 
remus  consuetudinem  ut  est  quid  facti,  materia  ex  qua  constat  sunt  actus  ipsi 
in  quorum  frequentia  consistit;  et  quia  consuetudo  debet  esse  utilis  et  honesta, 
ideo  illius  quasi  forma  erit  ejusdem  honestas  et  utilitas  in  singulis  actibus  et 
in  eorum  frequentia  inventa.»  Tractatus  de  legibus  ac  Deo  legislatore,  ed.  de 
1612,  lib.  Vil,  cap.  IX,  núm.  1. 

(2)  Ibid.,  núm.  2. 

(3)  Véase,  entre  otros  muchos,  Salas,  ob.  cit.,  disp.  XIX,  sect.  II. —Las  tres 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      223 

lacionadas  con  la  aceptación  o  no  aceptación  de  la  ley  y  con  los  efectos 
obligatorios  y  derogatorios  de  la  costumbre,  como  veremos  al  tratar  de 
estas  cuestiones  (1). 

4.  Las  condiciones  intrínsecas  de  la  costumbre  son  las  mismas  que 
las  de  la  ley  y  las  de  toda  norma  jurídica.  Los  tratadistas  suelen  redu- 
cirlas a  una  sola:  que  sea  racional^  entendiendo  que  es  racional  cuan- 
do se  conforma  con  la  ley  natural  (honesta),  y  cuando  satisface  una  ne- 
cesidad común  (útil).  La  costumbre  según  ley  no  ofrece  duda  en  este 
punto.  La  costumbre  fuera  de  la  ley  se  presume  racional,  porque  no  es 
fácil  que  deje  de  ser  conveniente  al  bien  común  lo  que  es  de  observan- 
cia general  (2).  La  costumbre  contra  ley  puede  ser  también  racional  y 
producir  todos  sus  efectos  jurídicos,  cuando  en  ella  concurren  los  requi- 
sitos necesarios  (3). 

Presupuesta  la  facultad  para  crear  derecho  consuetudinario,  que  sólo 
existe  en  el  pueblo  o  colectividad  que  tenga  potestad  para  dictar  leyes 
propiamente  dichas  (4),  la  primera  de  las  condiciones  externas  que  se 
exigen  es  que  la  costumbre,  o  el  hecho  que  la  constituye,  sea  de  obser- 


clases  de  costumbre,  a  lo  menos  en  algunos  de  sus  efectos,  están  expresadas 
en  estas  palabras  de  las  Partidas:  «Fuerza  muy  grande  ha  la  costumbre  cuan- 
do es  puesta  con  razón,  así  como  diximos,  ca  las  contiendas  que  los  omes  han 
entre  si,  de  que  non  fablan  las  leyes  escritas,  pueden  se  librar  por  la  costum- 
bre... e  aun  ha  fuerza  de  ley.  Otrosí  decimos  que  la  costumbre  puede  interpre- 
tar la  ley  cuando  acaesciese  dubda  sobre  ella...  E  aun  ha  otro  poderío  muy 
grande,  que  puede  tirar  las  leyes  antiguas  que  fuesen  fechas  antes  que  ella.» 
Part.  I,  tít.  II,  ley  6.^ 

(1)  Suárez:  ob.  cit.,  lib.  VII,  cap.  XVIII. 

(2)  «Si  consuetudo  nulli  legi  adversetur,  sed  praeter  legem,  clarum  est 
bono  communi  expediré  ejus  observationem,  quia  bono  communi  expediré  vi- 
detut  id  in  quod  communiter  omnes  conveniunt».  Castro-Palao:  ob.  cit.,  tract. 
III,  disp.  III,  punct.  II,  §  1.**— Lo  mismo  Tomás  Sánchez:  De  sancto  matrimonii 
Sacramento  disputationum ,  ed.  de  1605,  lib.  VII,  disp.  IV,  núm.  14. 

(3)  Nos  referimos  aquí  a  la  ley  positiva  humanaj  no  a  la  ley  natural,  contra 
la  cual  no  puede  prevalecer  la  costumbre,  porque,  como  advierte  Salas,  falta- 
ría en  ésta  la  condición  de  la  honestidad,  y  aquélla,  por  otra  parte,  es  inmuta- 
ble. «Ratio  est  quia  lex  naturae  est  immutabilis,  et  actus  illi  habent  insepara- 
bilem  malitiam,  unde  non  possunt  sub  obligatione  cadere».  Ob.  cit.,  disp.  XIX, 
sect.  II. 

(4)  «Communiter  doctores  asserunt  solum  populum  qui  potestatem  habeat 
condendi  leges,  posse  consuetudinem  introducere.»  Suárez:  ob.  cit.,  lib.  Vil, 
cap.  IX,  núm.  11.— Volveremos  sobre  este  asunto  al  tratar  del  consentimiento 
tácito  del  legislador. 


224  LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

vancia  general.  No  es  necesario  el  concurso  de  toda  la  colectividad  en 
cuyo  seno  se  elabora  la  costumbre,  pero  sí  el  de  la  mayor  parte— des- 
contando, como  observan  algunos  autores,  los  incapaces  del  hecho  ju- 
rídico de  que  se  trate—.  La  razón  de  ello  está  en  que  el  derecho  creado 
por  la  costumbre  obliga  a  la  comunidad  entera,  y  es  preciso  que  la  cos- 
tumbre pueda  atribuirse  moralmente  a  la  comunidad  como  obra  suya, 
lo  que  no  puede  hacerse  cuando  es  obra  de  la  voluntad  de  la  menor 
parte.  Tal  es  el  pensamiento  de  Suárez  (1). 

Sígnense  de  aquí  otras  varias  condiciones  relativas  a  los  actos  cons- 
titutivos de  la  costumbre  jurídica.  Si  ésta  no  se  forma  sin  el  consenti- 
miento y  la  aprobación  de  la  generalidad,  es  preciso  que  dichos  actos 
sean  frecuentes  y  repetidos,  voluntarios  y  públicos  (2).  Los  actos  no  vo- 
luntarios no  son  manifestación  del  consentimiento  del  agente,  de  aquí 
que  los  ejecutados  con  error  o  ignorancia,  fuerza  o  miedo,  no  pueden 
crear  costumbre,  y  los  clandestinos  no  pueden  obtener  el  consentimien- 
to de  los  demás  por  serles  desconocidos.  Sobre  esto  puede  decirse  que 
no  hubo  discrepancia  de  opiniones  (3). 

Las  dificultades  nacen  cuando  se  pretende  determinar  por  medio  de 
una  regla  fija  el  número  de  actos  necesarios  para  la  formación  de  la 


(1)  «Ut  consuetudo  a  populo  inducatur,  necessarium  est  ut  saltem  a  majo- 
ri  parte  communitatis  observetur,  atque  illa  suffícit...  Quia  consuetudo  debet 
esse  moraliter  a  tota  communitate,  cum  jus  ejus  totam  cadat;  minor  autem  pars 
non  suffícit  ut  consuetudo  ipsi  communitati  simpüciter  tribuatur,  ñeque  ut  in- 
ducat  consensum  ejus.»  Lugar  cit.,  núm.  12. 

(2)  «Dicendum  breviter  est,  consuetudinem  non  introduci  nisi  perfrequen- 
tiam  actuum  qui  publice  et  voluntarle  fiunt,  quatenus  consensus  populi  est  ad 
introducendam  consuetudinem  necessarius.»  Suárez:  Ibid.,  cap.  X,  núm.  1. 

(3)  «Certa  et  communis  resolutio  est,  actus  introducentes  consuetudinem 
voluntarios  esse  deberé.  Et  ratio  est,  quia  actus  consuetudinis  non  inducunt 
illam  nisi  ratiane  consensus  populi  qui  per  illos  inducatur;  sed  actus  non  indi- 
cant  consensum  nisi  sint  voiuntarii,  ergo,  ut  consuetudinem  inducant,  necessa- 
rium est  ut  voiuntarii  sint.»  Ibid.,  cap.  XII,  núm.  1  y  sigs.— Agregan  otros, 
como  Castro-Palao,  la  necesidad  de  la  intención  jurídica  en  los  actos:  «con- 
suetudo enim  pro  lege  suscipitur,  ac  proinde,  sicut  ad  rationem  legis  requiri- 
tur  in  legislatore  intentio  ferendi  illam,  sic  ad  consuetudinem  requiritur  in  his 
qui  illam  introducere  possunt  intentio  introducendi  illam...  Consuetudo  ergo» 
quae  iegem  abrogare  debet  vel  novam  statuere,  necessario  procederé  debet  ex 
speciali  intentione  statuendi  novam,  quae  alia  via  statui  non  potest,  nisi  pro- 
cedat  ex  intentione  se  obligandi  ad  illius  observationem.»  Ob.  y  lugar  cit.,  §  3.°, 
núm.  14. 


LA  COSTUMBRE  COMO  PUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      225 

costumbre  y  la  frecuencia  de  su  realización.  Algunos  opinaron  que 
podía  bastar  uno,  sobre  todo  si  era  continuado.  Otros  exigían  como 
suficientes  dos  o  tres,  con  el  concurso  de  ciertas  condiciones.  La  gene- 
ralidad conviene  en  que,  sobre  este  punto,  no  puede  darse  una  regla 
fija,  por  la  variedad  de  casos  y  circunstancias,  optando  por  dejar  la  so- 
lución al  prudente  arbitrio  del  juez  (1). 

Las  Partidas  exigían  como  requisito  de  la  costumbre  la  confirma- 
ción de  la  misma  mediante  dos  sentencias  judiciales  (2);  pero  Gregorio 
López  admitía,  a  pesar  de  la  prescripción  de  la  ley,  la  costumbre  extra- 
judicial  (3).  Esta  fué  la  opinión  común  entre  muchos  jurisconsultos  y 
moralistas,  fundada  en  la  falta  de  potestad  en  el  juez  para  dictar  leyes 
y  crear  la  costumbre  de  que  aquí  se  trata  (4),  y  en  que  la  confirmación 
judicial,  o  nada  significa,  o  presupone  ya  creada  la  costumbre  (5). 
La  ley  contraria  de  las  Partidas  sufrió  otra  interpretación  distinta  de  lo 
que  significan  sus  palabras,  o  se  consideró  derogada  en  nuestros  rei- 
nos (6). 

5.— Otra  condición  exigida  comúnmente  por  los  tratadistas  es  la  del 
consentimiento,  por  lo  menos  tácito,  del  legislador  para  la  formación 
de  la  costumbre.  El  problema  era  para  ellos  de  difícil  solución  y  a  la 


(1)  Castro-Palao:  ob.  cit.,  tract.  III,  disp.  III,  punct.  II,  §  3.<»,  y  Suárez: 
libro  citado,  cap.  X,  núm.  3.— Sobre  este  punto  puede  consultarse  Salas:  obra 
citada,  disp.  XIX,  sec.  VIII,  que  expone  las  diversas  opiniones  y  sus  respecti- 
vos fundamentos. 

(2)  Ley  5.*,  tít.  II,  part.  I. 

(3)  Glosa  a  la  cit.  ley. 

(4)  «Ratio  vero  est,  quia  illae  sententiae  non  sufficiunt  inducere  jus  per 
modum  consuetudinis,  propter  rationem  factam,  nec  per  modum  legis  scrip- 
tae,  quia  non  est  potestas  in  judicante.»  Suárez,  ob.  cit.,  lib.  VII,  cap.  XI, 
núm.  14.— «Quod  sint  in  judíelo  vel  extra,  non  extendit  longitudinera  et  praes- 
criptionem  consuetudini  requisitám,  et  ex  alia  parte,  illi  actus  judiciales  non 
faciunt  jus,quia  non  procedunt  ab  habentibus  potestatem  illud  constituendi.» 
Castro-Palao:  ob.  cit.,  tract.  III,  disp.  III,  punct.  II,  §  3.°,  núm.  7. 

(5)  «Atioqui  non  posset  introduci  consuetudo,  quia  si  antea  consuetudo 
non  habuit  vim,  non  potest  judex  decernere  vim  habuisse.»  Salas:  ob.  y  lugar 
citado,  sect.  VI,  núm.  66. 

(6)  Así  lo  asegura  Pedro  de  Salazar  {De  usu  et  consuefudine,  et  de  sfylo 
Curiae  Resalís,  ed.  de  1579,  cap.  X,  núm.  45),  rectificado,  en  cuanto  a  la  inter- 
pretación de  la  ley  de  las  Partidas,  por  Vázquez  {Commentariorum  ac  disputatio- 
num,  disp.  177,  cap.  VI),  que,  con  Burgos  de  Paz,  defendió  la  necesidad  de 
dos  sentencias  para  la  eficacia  de  la  costumbre. 

15 


226      LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

vez  de  suma  transcendencia,  por  referirse  a  la  potestad  misma  para 
crear  derecho  consuetudinario  y  por  representar  un  conflicto  entre  el 
poder  popular,  en  el  caso  de  bastarse  por  sí  solo  para  dictar  normas 
jurídicas,  y  el  poder  supremo  legislativo.  La  docrrina  de  nuestros  escri- 
tores en  este  punto  se  reducía,  en  substancia,  a  lo  siguiente  (1). 

En  aquellos  países  y  tiempos  en  que  el  poder  legislativo  residía  en 
el  pueblo  y  era  directamente  ejercido  por  él,  el  problema  no  tenía  lugar, 
porque  el  autor  de  la  ley  y  de  la  costumbre  era  el  mismo,  sin  más  dife- 
rencia entre  una  y  otra  que  la  del  consentimiento  expreso  del  pueblo  en 
la  primera  y  el  consentimiento  tácito,  revelado  por  los  hechos,  en  la 
segunda.  Pero,  habiendo  pasado  el  poder  legislativo  y  su  ejercicio  a 
una  o  varias  personas  determinadas,  se  hacía  difícil  explicar  la  crea- 
ción de  normas  jurídicas  obligatorias,  por  falta  de  potestad,  sin  la  in- 
tervención del  poder  legislativo.  Porque,  si  la  costumbre  era  extra 
legem,  había  que  reconocer  en  el  pueblo  un  poder,  bajo  este  punto  de 
vista,  igual  al  poder  legislativo;  y  si  era  contra  legem,  había  que  admi- 
tir el  absurdo  de  un  poder  superior  al  poder  supremo,  la  voluntad  de 
los  subditos  que  prevalece  contra  la  del  superior,  un  derecho  a  mandar 
sin  obligación  correlativa  de  obedecer. 

De  aquí  dedujeron  la  necesidad  de  una  cooperación  del  poder 
legislativo  en  la  formación  de  la  costumbre,  encontrando  de  este  modo, 
y  sólo  de  este  modo,  una  base  firme  para  explicar  los  efectos  obligato- 
rios y  derogatorios  del  derecho  consuetudinario.  «Porque— como  dice 
Suárez— en  el  pueblo  existe  la  potestad  de  hecho  más  bien  que  la  de 
derecho  para  rechazar  la  ley,  en  cuanto  a  él  toca,  y  por  parte  del  sobe- 


(1)  Es  la  misma  de  Santo  Tomás,  que  distingue  entre  los  pueblos  con  po- 
testad legislativa  y  los  que  la  han  trasladado  a  otro,  y  sólo  por  tolerancia  del 
mismo  pueden  crear  costumbre  contra  la  ley.  Summa,  1.  2.  q.  97,  art.  3.  Salas, 
aludiendo  a  la  razón  de  igualdad  entre  la  costumbre  y  la  ley,  alegada  por  un 
jurisconsulto  romano,  dice:  «Quae  ratio  erat  óptima  pro  eo  tempore  quo 
legitima  potestas  erat  in  communitate;  nunc  autem  jam  translata  est  in  prin- 
cipem;  ergo  consensus  communitatis  non  suffícit,  nisi  forte  quis  respondeat 
nunquam  istam  potestatem  ita  esse  translatam  in  principem,  quin  expectari 
debeat  consensus  populi  ut  legis  obligatio  incipiat  et  perseveret,  quod  de  le- 
gibus  civilibus  censuit»  Castro  (De  poiest.  legis  poen.,  lib.  I,  cap.  1.)  Obra  ci- 
tada, disp.  XIX,  sect.  III,  núm.  18.— Lo  mismo  Suárez,  que  alega  la  razón  de 
ser  el  soberano  toda  la  república,  o  no  distinguirse  de  la  colectividad  política. 
Ob.  y  lib.  cits,  cap.  XIII,  núm.  1. 


LA  COSTUMBRE  COM  O  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      227 

rano  hay  también  potestad  para  consentir  y  conformarse  con  la  volun- 
tad del  pueblo;  y  de  este  modo  se  completa  la  potestad  necesaria  para 
derogar  la  ley...  De  aquí  que  no  sea  preciso  que  en  el  mismo  pueblo, 
en  sí  considerado,  exista  potestad  activa  para  crear  o  derogar  la  ley, 
sino  que  basta  la  capacidad  legal  pasiva  y  que  la  costumbre  se  intro- 
duzca por  aquellos  a  quienes  la  ley  se  refiere.  Porque  este  acto  de 
contradecir  la  ley  por  la  costumbre  no  es  acto  de  jurisdicción  o  de  pú- 
blica potestad,  sino  más  bien  propio  de  los  obligados  a  obedecer  la 
ley.^  (1). 

¿Cuál  debía  ser  la  cooperación  del  legislador  en  la  formación  de  la 
costumbre  jurídica?  Casi  todos  convienen  en  que  podía  crearse  derecho 
consuetudinario,  aun  contra  la  ley,  sin  conocimiento  del  legislador, 
supliéndose  esta  falta  por  la  prescripción  y  el  consentimiento  presunto 
de  aquél;  es  decir,  por  la  presunción  de  que  el  legislador,  siendo  la 
costumbre  racional,  consentiría  en  ella  si  la  conociese.  De  dos  modos 
— dice  Salas- -puede  la  costumbre  derogar  la  ley:  por  prescripción  y  por 
cambio  de  voluntad  en  el  soberano.  De  aquí  que  la  costumbre  racional 
y  legítimamente  prescrita  baste  para  abrogar  o  derogar  la  ley,  aunque 
el  príncipe  la  ignore  (2). 

Cuando  en  presencia  o  con  conocimiento  del  legislador  no  se  cum- 
ple la  ley  o  se  realizan  actos  contrarios  a  ella,  sin  que  aquél  se  oponga 
o  pene  tales  actos,  pudiendo  hacerlo,  entonces  bastan  uno  o  dos,  según 


(1)  «Quia  in  plebe  est  potestas  facti  potius  quam  juris  ad  abjiciendam 
illatn  legem,  quantum  in  se  est,  et  ex  parte  principis  est  etiam  potestas  ad 
connivendum  et  consentiendum  voluntati  populi,  et  ita  completur  potestas  ad 
conferendam  legem.  Atque  hinc  constat...  non  esse  necessarium  ut  in  ipso  po- 
pulo, per  se  spectato,  sit  potestas  activa  ponendi  vel  tollendi  legem,  sed  suffí- 
cere  capacitatem  passivam  legis,  et  quod  consuetud©  introducatur  ab  illis  ad 
quos  lex  loquitur.  Quia  hic  actus  repugnandi  legi  per  consuetudinem  non  est 
actus  jurisdictionis  vel  publicae  potestatis,  sed  potius  eorum  qui  parere  debe- 
rent  legi.»  Ob.  cit.,  lib.  Vil,  cap.  XVIII,  núms.  3-4. 

(2)  «Adverte  duobus  modis  per  consuetudinem  posse  abrogari  legem, 
scilicet,  per  modum  praescriptionis  et  per  modum  occasionis  novae  volunta- 
tis  principis...  Consuetudo  rationabilis  et  legitime  praescripta  suffícitadabro- 
gandam  vel  derogandam  legem,  eliamsi  princeps  illam  ignoret.»  Obra  cita- 
da, disp.  XIX,  sect.  111,  núm.  20.— Agrega  que  esta  era  la  opinión  común, 
y  en  otra  parte  cita  estas  palabras  de  Avendaño:  «Sciencia  regís  non  requiri- 
tur  ad  introducendam  consuetudinem,  quia  si  rationabilis  est,  servanda  est, 
et  habet  voluntatem  et  approbationem  ipsius  regis  tacitam.»  Disp.  XIII, 
sect.  VI. 


228  LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

algunos,  para  crear  derecho  derogatorio  de  la  ley,  por  el  consentimiento 
tácito  de  su  autor,  y  sin  necesidad  de  prescripción  ni  aun  de  costumbre 
propiamente  dicha. 

Entre  los  numerosos  testimonios  que  pudieran  aducirse  en  compro- 
bación de  los  dos  casos  precedentes,  nos  concretaremos  al  siguiente  de 
Gregorio  López:  «Si  desde  el  principio  se  negare  el  pueblo  a  aceptar  la 
ley,  y  contra  ella  ejecutare  varios  actos  con  conocimiento  del  legisla- 
dor, y  pudiendo  éste  oponerse  no  lo  hiciere,  entonces  se  supone  que  el 
superior  accede  a  la  contravención  e  inobservancia  de  la  ley,  y  la  ley 
dejaría  de  obligar...  Mas  si  no  constare  del  conocimiento  del  superior, 
en  este  caso,  para  introducir  costumbre  contra  la  ley  no  recibida  y  pro- 
ducir su  derogación,  bastarían  diez  años,  durante  los  cuales  el  pueblo 
permaneció  sin  querer  aceptar  la  ley.»  (1). 

6. — Sin  dejar  de  reconocer  los  antiguos  las  diferencias  que  hay  en- 
tre la  prescripción  civil  y  la  costumbre  (2),  aplicaron  por  analogía  la 
primera  a  la  segunda,  o  más  bien  llamaron  prescripción  a  la  condición 
del  transcurso  de  tiempo  necesario  para  que  la  costumbre  produjese  sus 
efectos  obligatorios  o  derogatorios.  Así  como  la  prescripción  civil  es  un 
medio  de  adquirir  o  perder  derechos  y  extinguir  obligaciones,  así  tam- 
bién veían  los  antiguos  tratadistas  en  la  costumbre  continuada  por  lar- 
go tiempo  un  modo  de  crear  nuevo  derecho,  de  extinguir  el  derecho 


(1)  «Si  tamen  populus  ab  initio  nollet  legem  recipere,  et  contra  eam, 
sciente  conditore,  et  valente  contradicere  et  non  contradicente,  faceret  plures 
actus  contrarios,  tune  videtur  superior  acquiescere  illi  contraventioni  et  inob- 
servantiae,  et  lex  non  ligaret...  Si  autem  non  constaret  de  scientia  superioris, 
tune  ad  inducendum  dissuetudinem  legis  non  receptae,  ut  ipsi  praejudicetur, 
sufficerent  decem  anni  per  quos  populus  stetit,  quod  legem  noluit  recipere.» 
Ad  legem  16,  tít.  I,  part.  I. 

(2)  Las  principales  que  suelen  señalar  son;  1.*  La  costumbre  nace  del  uso 
general  y  crea  derecho  obligatorio  para  todos  los  habitantes  del  lugar  en  que 
se  ha  formado;  la  prescripción  hace  nacer  un  derecho  subjetivo  y  privado  o 
entre  particulares.  2.»  Por  la  prescripción  lo  que  uno  adquiere  lo  pierde  otro; 
por  la  costumbre  hay  adquisición  sin  pérdida  correlativa.  3.*  Para  algunos,  la 
prescripción  era  el  género  y  la  costumbre  la  especie,  según  lo  cual  toda  pres- 
cripción es  uso  o  costumbre,  mas  no  viceversa.  «Esas  y  otras  diferencias  pue- 
den verse  en  Covarruvias,  In  regulam  Possessor  malae  fldei.  De  regulis  juris, 
pars.  II,  §  III,  núm.  2;  Molina,  De  primógenas  Hispaniae,  cap.  VI,  núm.  10;  Ma- 
tienzO;  glosa  VI  a  la  ley  I,  núm.  3,  tit.  Vil,  lib.  V,  de  la  Nueva  Recopilación; 
Castro-Palao,  ob.  cit.,  tract.  III,  disp.  III,  punct.  I,  núm  3;  Salas,  obra  citada, 
disp.  XIX,  sect.  I. 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      229 

anterior  contrario  y  de  eximirse  de  una  obligación  legal.  Venia  a  ser 
como  una  prescripción  de  los  derechos  de  los  subditos  contra  los  del 
legislador. 

Acerca  del  tiempo  necesario  para  la  prescripción  de  la  costumbre, 
hubo  gran  diversidad  de  opiniones.  La  más  generalizada  fué  la  que  exi- 
gía diez  años  para  prescribir  contra  el  derecho  civil,  y  cuarenta  contra 
el  canónico  (1).  Una  segunda  opinión  niega  que  la  costumbre  necesite 
un  determinado  tiempo  para  derogar  la  ley  contraria  (2).  Se  funda  en 
que  el  hecho  de  no  observar  la  ley,  sabiéndolo  y  no  contradiciéndolo  el 
legislador,  supone  su  consentimiento,  y  esto  basta.  Otra  opinión,  en  fin, 
va  más  allá,  y  sostiene  que  ni  hay  tiempo  determinado  para  la  costum- 
bre ni  puede  determinarse,  porque  siempre  quedarían  el  legislador  y 
sus  sucesores  con  potestad  para  manifestar  su  consentimiento  en  con- 
tra (3). 

Salas  trata  de  conciliar  las  distintas  opiniones,  distinguiendo  entre 
la  costumbre  conocida  y  tolerada  por  el  legislador  y  la  que  se  forma 
sin  tales  requisitos,  o  sea  por  vía  de  prescripción.  En  el  primer  caso, 
puede  sostenerse  que  la  costumbre  no  necesita  un  determinado  tiempo; 
en  el  segundo,  es  preciso  aplicar  las  leyes  de  la  prescripción,  bastando 
probablemente  el  plazo  de  diez  años  (4). 

7. — Los  efectos  jurídicos  de  la  costumbre,  en  conformidad  con  las 
tres  clases  de  la  misma,  se  reducen  a  estos  tres  grupos:  efectos  confir- 
matorios del  derecho  existente,  efectos  obligatorios  como  la  ley  y  efec- 
tos derogatorios  del  derecho  anterior.  Los  primeros  corresponden  a  la 


(1)  Así,  entre  otros  muchos,  Molina,  Antonio  de  Córdoba,  Azpilcueta  (que 
aplica  el  plazo  de  diez  años  a  la  costumbre  contra  la  ley  no  aceptada  y  cuarenta 
para  la  derogación,  por  el  no  uso,  de  la  ley  aceptada),  Pedro  de  Salazar,  etc. 

(2)  Entre  los  españoles,  Bartolomé,  Medina,  In  primam  secundae  S,  Thomae, 
quaest,  97,  art.  III. 

(3)  Esta  opinión  fué  defendida  por  Vázquez,  Commentariorum,  disp.  177, 
cap.  V. 

(4)  «Si  sermo  sit  de  consuetudine  derogante  legem  ex  solo  consensu  tácito 
principis,  tune  dominantis  et  videntis  ac  permittentis  consuetudinem  introdu- 
ci  contra  legem,  nullum  certum  tempus  requiritur  ut  eam  legem  aboleat...  Si 
vero  sermo  sit  de  consuetudine  abrogante  legem  per  modum  praescriptionis, 
ac  proinde  ex  vi  legum  praescriptionis  seu  ex  consensu  expresso  legislatoris, 
qui  íeges  praescriptionis  tulit,  verissima  est  prima  opinio.»  Ob.  cit.  disp.  XIX, 
sect.  IV,  núm.  32. 


230      LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

costumbre  secundum  legem,  que,  como  advierten  los  tratadistas,  no 
crea  derecho  nuevo,  pero  sí  otros  efectos  importantes,  como  fijar  el  sen- 
tido y  extensión  de  la  ley  por  medio  de  la  interpretación,  y  confirmar 
la  eficacia  de  la  misma  ley,  evitando  su  derogación  por  el  uso  contra- 
rio. Es  máxima  del  derecho  que  «la  costumbre  es  el  mejor  intérprete 
de  las  leyes >  (1),  y  no  puede  dudarse  que  la  eficacia  de  éstas,  más  aún 
que  de  la  voluntad  del  legislador,  depende  de  su  uso  y  práctica  cons- 
tantes. Porque,  como  dice  Salas,  después  que  las  leyes  han  recibido  su 
confirmación  de  la  costumbre,  es  difícil  dejar  de  cumplirlas,  porque 
la  costumbre  se  convierte  en  naturaleza;  y  de  aquí  también  la  necesi- 
dad de  que  las  mismas  leyes  se  adapten  a  las  costumbres  con  tal  que 
sean  honestas  (2). 

Los  efectos  de  la  costumbre  extra  legem  se  reducen  a  crear  nuevas 
normas  jurídicas  al  lado  de  la  ley  e  igualmente  obligatorias  que  las 
de  la  ley.  Acerca  de  esta  forma  de  la  costumbre,  sus  condiciones  y  su 
valor  como  fuente  del  derecho,  nada  hemos  de  añadir  a  lo  dicho  y  a 
lo  que  diremos  luego  más  en  concreto  con  referencia  al  derecho 
penal. 

8. — Los  efectos  derogatorios,  propios  de  la  costumbre  contra  legem, 
están  relacionados  con  una  cuestión  que  hoy  mismo,  con  toda  nuestra 
democracia  y  nuestra  soberanía  popular,  calificaríamos  de  anárquica, 
y  fué  muy  debatida  por  los  antiguos  teólogos  moralistas  y  jurisconsul- 
tos. Nos  referimos  a  la  necesidad  de  ser  aceptada  la  ley  por  el  pueblo 
para  su  eficacia,  o  lo  que  es  lo  mismo,  si  la  aceptación  de  la  ley  es  re- 
quisito necesario  de  la  misma.  En  caso  afirmativo  puede  suceder,  o  que 
la  ley  no  haya  sido  aceptada— no  observándose,  por  tanto,  en  ningún 
tiempo  e  implícitamente  rechazada  por  el  no  uso—,  y  entonces  no  pue- 
de decirse,  hablando  con  propiedad,  que  la  costumbre  produzca  efectos 
derogatorios,  o  que,  aceptada  y  observada  la  ley  por  algún  tiempo,  se 


(1)  «Ratio  autem  est  manifesta,  nam  si  consuetudo  habet  vim  introducendi 
legem  el  abrogandi  institutam,  a  fortiori  habere  debet  efficaciam  interpretandi 
iüam,  praecipue  cum  hic  effectus  magis  necesarius  esse  videatur  quam  alii.» 
Castro-Palao:  ob.  cit.,  trat.  III,  disp.  III,  punct.  IV,  §  3.° 

(2)  «Postquam  leges  consuetudine  fírmatae  sunt,  non  facile  est  ab  lilis  re- 
cedere,  quia  consuetudo  vertitur  in  naturam,  et  ideo  leges  debent  moribus  et 
consuetudinibus  honestis  esse  accommodatae  quantum  fíeri  potest.»  Obra 
citada,  disp.  XVIII,  sect.  I,  núm.  2. 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      231 

introduzca  después  una  costumbre  en  contra,  con  todos  los  requisitos 
debidos,  y  en  este  caso  es  cuando  produce  el  no  uso  o  el  uso  contrario 
verdaderos  efectos  derogatorios  (1). 

La  opinión  comúnmente  seguida,  como  reconocen  los  mismos  que 
opinaban  de  otro  modo,  fué  que  la  aceptación  de  la  ley  por  parte  d^ 
los  subditos  era  condición  necesaria  para  su  validez  y  su  fuerza  obli- 
gatoria. Defendieron  esta  opinión,  entre  otros  muchos,  el  doctor  Nava- 
rro (Martín  de  Azpilcueta)  (2),  Juan  de  Torquemada  (3),  Diego  Covarru- 
vias  (4),  Toledo  (5),  Gregorio  de  Valencia  (6)  y  Manuel  Rodríguez  (7), 
sin  que  faltaran  tampoco  autores  de  nota  que  defendieron  la  opinión 
contraria. 

Suárez  resume  así  los  fundamentos  de  ambas  opiniones.  La  razón 
de  los  que  juzgan  necesaria  la  aceptación  de  las  leyes  para  su  validez, 
es  que  el  magistrado  público  ha  recibido  su  potestad  del  'pueblo  (8),  y 
pudo  éste,  por  tanto,  no  conferírsela  sino  bajo  la  condición  de  no  obli- 
garse al  cumplimiento  de  las  leyes  del  soberano  más  que  cuando  el 
mismo  pueblo  prestase  su  consentimiento  por  la  aceptación,  y  es  vero- 
símil que  no  de  otra  manera  transfiriese  aquella  potestad.  Esto,  además, 
es  lo  que  parece  conveniente  al  bien  común,  porque  ninguna  señal 
puede  haber  más  clara  para  saber  si  una  ley  es  o  no  conveniente  al 
bien  del  pueblo  que  la  aceptación  o  no  aceptación  del  mismo,  y  en  todo 


(1)  Entre  el  simple  no  uso,  aplicable  a  ley  no  aceptada  de  hecho,  el  desuso 
(dessaetudo),  aplicable  a  ley  aceptada  y  dejada  de  usar,  y  el  uso  o  costumbre  en 
contra,  establecían  los  antiguos  algunas  otras  diferencias,  así  en  el  orden  ju- 
rídico como  en  el  moral.  Véase,  por  ejemplo,  Salas,  ob.  cit.,  disp.  XIIl, 
sect.  II. 

(2)  Consiliomm  et  responsorum,  ed.  completa  de  1616,  cons.  I  de  constiíatio- 
nibus,  I,  quaest.  V,  y  Mannuaíe  confessoríorum,  cap.  XXIII,  núm.  45. 

(3)  In  Gratiani  Decretorum,  §  leges,  dist.  IV. 

(4)  Variarum  resolutionum  (tomo  I  de  la  colección  de  1583),  cap.  XVI,  nú- 
mero 6. 

(5)  De  sepiem  peccatis,  cap.  XVIII. 

(6)  Commentariórum  theólogicorum,  ed.  de  1592,  disp.  VII,  quaest.  V, 
punct.  5. 

(7)  Regulararriy  tom.  I,  quaest.  VI,  art.  X. 

(8)  Gregorio  de  Valencia,  defensor  de  esta  opinión,  rechaza,  sin  embargo, 
tal  argumento  por  su  escaso  valor,  porque,  aun  recibido  el  poder  del  pueblo, 
una  vez  adquirido,  puede  ser  absoluto.  Por  otra  parte,  no  es  aplicable  al  le- 
gislador eclesiástico,  sino  sólo  al  civil.  Ob.  cit.,  t.  II,  disp.  VIL,  q.  V,  punct.  V. 


232  LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

caso,  basta  que  la  ley  no  sea  aceptada  para  considerarla  opuesta  al 
bien  común  (1). 

La  opinión  contraria— continúa  el  mismo  autor— que  no  exige  la 
aceptación  para  la  validez  de  la  ley,  se  funda  en  que  ésta,  una  vez 
promulgada  y  propuesta  por  quien  tiene  potestad  para  ello,  obliga  a 
su  cumplimiento,  y  por  tanto,  también  a  su  aceptación;  luego  no  puede 
admitirse  que  la  aceptación  sea  requisito  necesario  para  los  efectos 
obligatorios  de  la  ley  (2).  Agréganse  a  esto  otras  razones,  como  la 
inutilidad  del  poder  legislativo  en  caso  de  necesitar  cada  disposición 
la  aceptación  del  pueblo,  la  forma  imperativa  de  la  ley,  que  en  aquel 
supuesto  quedaría  reducida  a  mero  consejo,  y  el  uso  constante  de 
penar  a  los  infractores  de  la  ley,  sin  que  ningún  juez  admita  la  excusa 
de  no  haber  sido  aceptada  (3). 

Señala  algunas  excepciones  en  que  cabe  sostener  la  doctrina  opuesta 
-—por  ejemplo,  el  no  uso  tolerado  por  el  legislador,  cuando  se  hace  ge- 
neral, la  injusticia  de  la  ley  en  alguna  de  sus  aplicaciones,  alguna 
causa  que  haga  presumir  haberse  dictado  como  ensayo  y  para  saber 
cómo  es  recibida— (4),  y  por  último,  observa  que,  cuando  el  poder  le- 
gislativo se  reparte  entre  el  monarca  y  el  pueblo,  como  ocurría  en  Ara- 
gón, es  inexacto  decir  que  la  ley  necesite  la  aceptación  del  pueblo, 
porque  aquí  no  es  el  rey  solo  el  legislador,  y  siempre  resulta  cierto  que 
el  supremo  legislador  posee  la  potestad  suficiente  para  obligar  a  los 
subditos  a  la  aceptación  y  el  cumplimiento  de  la  ley.  «Cierto  es  en  este 
caso  que  de  algún  modo  se  requiere  la  aceptación  del  reino  para  la 
validez  de  la  ley;  mas  no  es  esta  la  aceptación  de  que  ahora  tratamos , 


(1)  «Et  ratio  reddi  potest,  quia  magistratus  civilis  habet  a  populo  potes- 
tatem,  ut  supra  vidimus;  ergo  potuit  populus  illam  non  daré  nisi  sub  hac  con- 
ditione,  ut  non  obligaretur  legibus  principis  nisi  ipse  etiam  populus  per  accep- 
tationem  in  eis  consentiret.  Ergo  verisimile  est  sub  hac  conditione,  et  non 
aliter,  iilam  dedisse...  Tum  etiam  quia  ita  videbatur  conveniens  ad  commune 
bonum,  quia  nullum  signum  melius  esse  potest  an  lex  communi  bono  totius 
populi  conveniat,  necne,  quam  ipsius  aceptatio  vel  repugnantia.»  Ob.  cit.,  li- 
bro III,  cap.  XIX,  núm.  2. 

(2)  «Quia  lex  suffícienter  promulgata  et  proposita  ab  habente  auctoritatem, 
obligat  ad  sui  observationem,  ergo  et  ad  sui  acceptationem;  ergo  non  est  po- 
sibile  ut  acceptatio  sít  conditio  necessaria  ad  obligationem  legis.»  Ibid.,  núm. 5. 

(3)  Ibid.,  núms.  7-9. 

(4)  Ibid.,  núms.  10-13. 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL  233 

porque  no  sigue  a  la  constitución  y  promulgación  de  la  ley  ni  es  he- 
cha por  los  subditos  en  cuanto  tales,  sino  el  consentimiento  del  reino 
juntamente  con  el  del  rey,  que  concurre  a  la  formación  de  las  le- 
yes* (1). 

En  forma  muy  semejante  expone  Juan  de  Salas  la  cuestión,  y  des- 
pués de  reproducir  las  principales  razones  en  que  fundaban  su  opinión 
los  que  hacían  depender  de  la  aceptación  del  pueblo  la  eficacia  obli- 
gatoria de  las  leyes,  hace  una  substanciosa  crítica  de  los  argumentos 
empleados  en  defensa  de  dicha  opinión.  Todos  ellos— dice— se  redu- 
cen a  estos  dos:  o  es  por  falta  de  potestad  para  imponer  el  legislador 
sus  leyes  a  los  subditos  sin  su  aceptación,  o  por  falta  de  voluntad  en 
el  mismo,  y  ni  lo  uno  ni  lo  otro  constituye  una  razón  sólida.  Lo  prime- 
ro, porque  ordinariamente  la  sociedad  transfiere  al  supremo  gober- 
nante su  potestad  legislativa  sin  restricciones  ni  reservas.  «Y  cierta- 
mente, si  quedase  al  arbitrio  del  pueblo  aceptar  o  contradecir  la  ley,  y 
no  pudiese  ser  obligado  a  cumplirla,  sino  bajo  la  condición  de  que  la 
aceptase  o  no  la  repugnase,  muy  débil  sería  la  potestad  legislativa,  y 
el  medio  de  gobierno  más  importante  y  necesario,  cual  es  el  poder  le- 
gislativo, dependería  más  bien  de  los  subditos  que  del  superior.  Mas 
en  éste  existe  una  potestad  coercitiva,  por  medios  penales,  en  cuyo 
ejercicio  no  depende  de  la  aceptación  del  pueblo;  luego  tampoco  en  el 
ejercicio  de  la  potestad  preceptiva,  que  no  es  menos  obsoluta  e  inde- 
pendiente» (2). 


(1)  «Et  tune  verum  est  requiri  aliquo  modo  acceptationem  regni  ad  valorem 
legis;  tamen  etiam  in  eo  casu  non  est  illa  acceptatio  de  quae  nunc  tractamus, 
quia  non  est  consequens  ad  institutionem  et  promulgationem  legis,  nec  est  a 
subditis,  ut  tales  sunt,  consensus  regni,  simul  cum  consensu  regis,  concurrens 
ad  condendam  legem.>  Ibid.,  núm.6. 

(2)  «Quia  lex  humana  quae  a  subditis  non  acceptatur,  hoc  ipso  videtur  esse 
inutilis,  atque  adeo  caret  una  de  conditionibus  requisitis  ad  justitiam  et  subs- 
tantiam  legis.— Quia  non  expedit  ita  homines  per  potestatem  humanam  guber- 
nari,  ut  renitentes  atque  inviti  adigantur  lege  ad  aliquid  faciendum  quod  alio- 
qui  nec  lege  naturali  ñeque  divina  tenentur  praestare...  (palabras  de  Gregorio 
de  Valencia,  ob.  cit.,  disp.  VIH,  q.  5.*).  ítem  ex  eo  quod  Navarrus  (ob.  cita- 
da, cap.  XXIII,  núm.  67)  concludit,  non  posse  statui  legem  humanam  quae  ju- 
beat  etiam  ut  ipsi  trangressores  a  seipsis  repetant  poenam  lege  constitutam. 
Et  prefecto,  si  esset  in  arbitrio  populi  acceptare  aut  contradicere,  ñeque  pos- 
set  obligari  simpliciter  ad  parendum  legi,  sed  sub  conditione  acceptationis  vel 
non  repugnantiae,  valde  debilis  esset  potestas  legislativa,  et  absolutum  ac  prin- 


234      LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

El  autor,  como  en  otras  cuestiones,  sigue  una  opinión  armónica  o 
intermedia,  defendiendo  la  necesidad  de  la  aceptación  de  las  leyes 
cuando  son  injustas,  en  el  sentido  de  contrariar  derechos  que  los  sub- 
ditos pueden  ceder,  o  resultan  demasiado  gravosas  y  defíciles,  y  ne- 
gando la  necesidad  de  la  aceptación  cuando  las  leyes  son  justas,  mo- 
deradas y  convenientes  al  bien  público.  «Juzgo  —  dice  en  conclu- 
sión—que los  reyes  y  otros  príncipes  seglares  tienen  comúnmente  po- 
testad para  obligar  a  sus  pueblos  a  la  aceptación  y  observancia  de  las 
leyes,  y  que  los  pueblos  comúnmente  carecen  de  derecho  para  contra- 
decirlas» (1). 

Después  del  resumen  hecho  de  las  dos  opiniones  acerca  de  la  cues- 
tión, no  necesitamos  aducir  testimonios  y  argumentos  de  los  que  exi- 
gían la  aceptación  de  la  ley,  que  en  lo  substancial  no  son  distintos  de 
los  que  quedan  alegados.  Esta  úhima  opinión,  que  siguieron  casi  to- 
dos los  moralistas  en  otro  tiempo,  fué  perdiendo  terreno  después  de 
Salas  y  Suárez,  y  los  moralistas  negaron  ordinariamente  al  pueblo 
el  derecho  a  aceptar  o  rechazar  las  leyes  legítimamente  promulgadas. 
De  suerte  que  el  no  uso  de  la  ley  o  la  costumbre  contraria,  con  las  de- 
bidas condiciones,  producía  en  todo  caso  verdaderos  efectos  deroga- 
torios. 

P.  Jerónimo  Montes. 

o.  S.  A. 

(Concluirá.) 


cipale  régimen,  quale  est  legislativum,  magis  penderet  ex  subditis  quam  ex 
principe.  Et  in  principe  est  absoluta  potestas  coercitiva,  per  poenas,  in  cujus 
usu  non  pendet  a  populi  acceptatione,  ergo  nec  in  usu  potestatis  praecepti- 
vae,  quae  non  minus  absoluta  est  et  independens.»  Lugar  cit.,  número  3. 
Ob.  cit.,  disp.  XIII,  sec.  II. 

(1)  «Existimo  reges  et  alios  principes  saeculares  communiter  habere  po- 
testatem  obligandi  populos  ut  legem  acceptent  et  servent,  ñeque  populos  ha- 
bere communiter  jus  contradicendi  legibus  ipsorum.>  Ibid.,  núm.  6. 


ANTONIO   PÉREZ 


APÉNDICES 

SECRETARIO  DE  LA 
MAOESTAD  DEL  REY  PHELIPPE  II  Y  DE  LAS  REVOLUCIONES  DE  ZA- 
RAGOZA  EN   24   DE  MAYO    1591  (1). 

Antonio  Pérez,  Secretario  del  Rey  Nro.  Señor  ocupado  en  pape- 
les del  Estado  algunos  años,  al  cavo  dellos  fue  preso,  inculpado  del 
crimen  lese  majestatis,  y  de  otros  graves  delitos,  quebranto  su  pri- 
sión en  Madrid,  huyo  de  allí,  y  de  los  Reynos  de  Castilla,  entro  en 
el  de  Aragón,  donde  por  orden  de  S.  Md.  fue  de  nuevo  acusado, 
detenido  en  cárcel  siempre  con  guardas,  a  la  postre  con  grillos.  Lo 
primero  de  las  guardas  por  la  graveza  de  sus  delitos,  y  naturaleza  in- 
quieta y  reboltosa;  las  prisiones  por  haverse  descubierto  un  trato, 
que  tenía  de  quebrantar  aquella  cárcel,  y  passarse  a  los  herexes  de 
Francia,  ponerse  en  tierra  de  Vandoma,  y  en  poder  de  su  hermana, 
no  sin  muchos  indicios,  de  que  procurarla  desde  alli  hacer  el  mal, 
que  pudiesse. 

El  Marques  de  Almenara  D.  Iñigo  de  Mendoza  y  de  la  Cerda, 
persona  de  gran  calidad,  y  confianza,  encargado  por  su  Mag.d  de 
tratar  en  Aragón  de  negocios  de  mucho  servicio  suyo,  lo  estuvo 
también  de  lo  que  toca  a  las  cosas  de  Ant.o  Pérez  como  de  materi? 
grave. 

Llaman  en  Aragón  tribunal  del  Justicia  y  Cárcel  de  los  manifes- 
tados al  Consistorio,  y  prisión,  donde  recurren  por  via  de  fuerza  los 


(1)    Debo  la  esmerada  copia  de  este  documento  a  mi  querido  hermano  de 
hábito  R.  P.  Fr.  Saturnino  López  Zamora. 


236  ANTONIO  PÉREZ 

que  pretenden,  que  la  reciven  en  sus  causas  y  negocios.  Decidida 
en  aquel  tribunal  de  la  fuerza  esta  pretensión,  se  entregan  a  los  jue- 
zes  los  presos,  según  la  que  resulta  del  agravio,  que  pretendieren: 
forma  de  Juycio  muy  antigua  en  aquel  Reyno,  concedida  por  los 
Reyes,  en  cuyo  real  nombre  se  exercita  la  jurisdicion:  ponen  en  sus 
casos  los  Ministros,  y  nombran  personas,  a  quien  llaman  Justicias. 

A  este  Juez  y  Officio  havia  tenido  recurso  Antonio  Pérez  quando 
estuvo  a  las  guardas  y  prisiones,  que  arriva  se  dice  hasta  los  24  de 
Mayo  de  este  año  1591. 

Este  dia  a  las  10  horas  de  la  mañana  embiaron  los  Ynquisidores 
Apostólicos  de  Aragón  contra  la  erética  pravedad  y  apostasia  los 
Ministros  de  aquel  Santo  Officio  con  provisión  suya  para  el  Justicia, 
y  los  Juezes  de  su  tribunal,  que  llaman  Lugartenientes,  por  la  qual 
provisión  les  pedían  las  personas  de  Antonio  Pérez,  y  de  Juan  Ma- 
llorin,  allegado  del  Antonio  Pérez,  detenido  en  la  misma  cárcel.  De- 
cían los  Ynquisidores  Apostólicos  en  sus  letras  y  provisiones,  que 
los  pedian  por  estar  acusados  por  cosas  de  Fee,  y  que  se  les  entre- 
gassen  luego  dentro  de  tres  horas  desde  la  presentación  de  las  Le- 
tras: Obedeciéronse  estas;  entregáronse  los  presos,  lleváronlos  luego 
los  Ministros,  por  ser  todo  assi  conforme  a  dicho  fuero,  y  pusiéron- 
los en  la  cárcel  y  casa  de  Ynquisicion,  que  llaman  de  la  Feria,  apo- 
sento Real  antiguo  fuera  de  los  muros  de  Zaragoza. 

Don  Diego  de  Heredia,  D.  Pedro  de  Olea,  D.  Juan  Loscon,  Mos- 
sen  de  la  Hu^a  (sic),  Cavalleros  naturales  del  mismo  Reyno,  anda- 
van  inquietos,  y  con  p©ca  consideración  tenian  los  mas  dellos  co- 
municación con  Antonio  Pérez,  y  assi  sabido  el  caso  de  su  prisión, 
juntándoseles  algunos  del  pueblo,  quisieron  hacer  común  del  Reyno 
el  negocio  particular  de  Ant.°  Pérez,  y  rompimiento  de  libertades  y 
leyes  el  haverle  llevado  a  la  Ynquisicion. 

Llegaron  pues  estos  mismos  Cavalleros,  o  muchos  dellos  a  la 
casa,  donde  se  tiene  el  Consistorio  del  Justicia,  que  se  llama  Depu- 
tacion,  acompañados  de  pocos  del  pueblo;  topólos  el  escrivano,  ante 
quien  havia  passado  la  entrega  de  Antonio  Pérez  a  la  Ynquisicion; 
persuadióles  que  se  sossegassen,  diciendole  la  verdad  de  todo  el 
sussesso  (sic).  No  obstante  esto  fueron  al  dicho  Tribunal  del  Justicia, 
entraron  en  el:  dixeron  allí,  que  se  havian  de  tomar  las  armas,  pues 
se  acabavan  las  libertades  del  Reyno.  Satisfizoseles,  que  en  la  prisión 


ANTONIO  PÉREZ  237 

de  Antonio  Pérez  no  havia  un  punto  de  ellas:  no  obstante  el  desen- 
gaño acudieron  al  consistorio  de  los  Diputados,  fueron  a  enterarse 
de  la  verdad  al  Tribunal  del  Justicia,  quedaron  satisfechos  della,  y 
procuraron  la  quietud. 

Pero  los  Cavalleros  ya  movidos  hallando  poco  aparexo  en  los 
Consistorios,  y  mucho  en  la  gente  del  Pueblo,  que  se  iva  llegando 
a  la  novedad,  ignorante  de  la  causa,  pensava,  que  los  Ynquisidores 
procedian  de  hecho,  que  sacavan  Ant.®  Pérez  de  donde  estava  para 
llevarlo  fuera  del  Reyno.  Los  Cavalleros,  que  savian  la  forma  Jurídi- 
ca, que  se  havia  seguido,  callando  el  hecho  y  la  causa,  encarecían 
el  sucesso,  davan  fuerza  al  furor,  por  no  mostrar  el  desengaño. 

Con  esto  se  dividió  la  gente  vulgar  en  dos  puestos,  unos  fueron 
a  la  casa  de  la  Ynquisicion  con  apellido  de  libertad,  las  espadas  des- 
nudas, pidiendo  Antonio  Pérez  y  a  Mallorin  presos,  amenazando, 
que  los  sacarían,  si  no  se  los  davan,  con  palabras  descompuestas,  y 
davan  ya  mano  para  executarlo. 

Otros  de  los  del  pueblo,  por  la  poca  distancia  que  hay  desde  los 
Consistorios,  adonde  havlan  estado  los  Cavalleros,  hasta  la  casa,  en 
donde  vivía  el  Marques,  y  principalmente  por  que  les  pareció,  que 
el  havia  sido  Instrumento  de  la  prisión,  que  se  havia  hecho,  como 
hombre,  que  tratava  de  los  negocios  contra  Antonio  Pérez,  deter- 
minaron de  Ir  a  su  casa,  y  sercarla.  La  causa,  que  para  la  ida  tuvie- 
ron, fue  la  culpa,  que  en  aquel  caso  le  davan  de  las  leyes  y  libertad, 
y  que  a  son  de  campanas  se  juntarla  gente,  y  assl  lo  hicieron,  pero 
quando  quisieron  entrar,  hallaron  cerrada  la  puerta,  y  guardada 
la  casa  por  los  criados  della,  que  al  ruydo  se  recogieron  y  repa- 
raron. 

Corrió  voz,  que  un  Aguacil,  llamado  Juan  Martin  havia  prendi- 
do a  uno,  que  llaman  Burul,  y  lo  havia  llevado  a  la  casa  del  Mar- 
ques de  Almenara,  pidió  un  primo  de  este  Burul  el  agravio  y  fuer- 
za ante  el  Justicia,  proveyosse,  que  fuesse  con  provisión  de  aquel 
Tribunal  un  Portero  y  Escrivano  para  sacar  de  allí  el  preso,  que 
declan  estava  dentro;  después  se  supo,  que  era  invención,  por  que 
ni  el  Aguacil  prendió  tal  hombre,  ni  aquel  día  estuvo  en  casa  del 
Marques. 

Llegaron  a  executar  esta  provisión  del  Justicia,  esforzando  ya 
mas  la  voz  de  la  libertad  con  la  opresión,  que  falsamente  dixeron, 


238  ANTONIO  PÉREZ 

que  se  hada  dentro  de  aquella  casa  al  preso  en  ella,  y  con  no  abrir- 
la a  los  que  trayan  la  provisión  se  aumento  mas  la  querella. 

Viéndose  en  esto  el  Marques,  envió  a  llamar  al  Justicia,  que  fue 
allá  con  dos  Jueces  de  su  Tribunal,  envió  el  uno  delante,  el  quedo 
atrás  para  desviar  la  gente,  llego  alia,  y  abrió  la  puerta,  metió  a  los 
executores  de  la  provisión,  pero  aunque  se  sossego  el  tumulto  con 
esto  algún  tanto,  no  desistieron  de  su  intento  en  pedir  al  Marques, 
y  assi  el  Justicia  envió  a  pedir  el  favor  y  assistencia  del  Virey  y  de 
los  Diputados,  pero  como  la  confusión,  y  la  apretura  de  la  gente  era 
tanta,  no  fue  possible  llegar  a  llamarlos,  ni  después  venir  ellos,  por- 
que el  Virey,  que  quiso  de  suyo  llegar  alia,  no  lo  pudo  hacer,  y  assi 
se  quedo  en  casa  del  Arzobispo,  que  saria  (sic)  buen  medio  para 
sacar  Antonio  Pérez  de  la  Ynquisicion,  y  sossegar  el  Pueblo. 

La  gente,  que  allí  estava,  como  arriva  se  dice,  pidiendo  con  voz 
de  libertad  Ant.°  Pérez,  viendo  llegar  alia  el  Virey,  le  hizo  instancia, 
en  que  se  sacassen  los  presos,  amenazándole,  que  no  saldría  vivo,  si 
no  los  sacava,  y  después  de  llegado  a  la  Ynquisicion  el  Virey,  envió 
alia  el  Arzobispo  tres  villetes,  que  los  llevaron  algunos  Canónigos; 
pedia  en  ellos,  que  sacassen  los  presos,  pareciendole,  que  solo  aque- 
llo podia  ser  remedio  de  los  daños,  que  amenazava  tal  furia,  y  re- 
paro en  el  riesgo,  que  corria  el  Marques,  pero  el  Pueblo  no  espero 
la  deliberación  de  los  Ynquisidores  para  la  restitución  de  Antonio 
Pérez,  porque  se  dio  mas  priesa  en  instar  la  prisión  del  Marques, 
que  los  Ynquisidores  en  sacar  los  presos,  y  assi  el  Justicia,  que  se 
entretuvo  en  casa  del  Marques  buscando  dilaciones,  y  tratando  del 
sossiego,  no  basto  con  decir  como  dixo  al  Pueblo,  que  tenia  pre- 
sos a  los  Criados  del  Marques  por  la  resistencia,  porque  luego  cla- 
mava,  que  la  prisión  se  hiciesse  en  persona  del  mismo  Marques; 
diciendole  el  Justicia,  que  ya  lo  havia  hecho  y  dadole  la  Casa  por 
cárcel,  hizo  instancia  el  Pueblo,  en  que  lo  llevasen  a  la  Cárcel  co- 
mún, dixo  el  Justicia,  que  esperava  en  que  llevarle,  pidieron  que 
fuesse  a  pie. 

El  Marques  con  mucho  valor  estava  resuelto  de  que  por  su  cau- 
sa no  se  entregassen  los  presos  de  la  Ynquisicion,  ni  el  fuesse  llevado 
a  la  Cárcel,  antes  pensava  morir  en  su  Casa  y  en  defensa  della,  pero 
los  Cavalleros,  y  algunos  de  los  mismos  Jueces  requerían  y  protes- 
tavan,  que  fuesse  llevado,  y  assi  persuadiéndole,  que  esto  era  lo  que 


ANTONIO  PÉREZ  239 

mas  convenia,  vino  en  ello,  y  ia  gente  popular  indignada  ya  de  la 
dilación,  y  embravecida  contra  el  Magistrado  del  Justicia,  estavan 
rompiendo  las  puertas,  y  derrivaron  las  unas,  y  vieron,  que  ya  salía 
el  Justicia,  y  con  él  el  Marques  como  lo  pedian.  Requirió  el  Justicia 
que  le  ayudassen  y  assistiesen  los  que  allí  se  hallassen:  ofreciéronle 
su  assistencia  y  ayuda  los  Cavalleros:  iva  el  Marques  a  pie;  preso  el 
y  tres  criados  suyos,  y  su  Lugar  tenientes  al  rededor,  algunos  Cava- 
lleros con  ellos  defendiéndoles,  la  gente  apellidando  libertad  y  mue- 
ran, con  este  apellido  y  voces  pudo  mal  guardarse  la  orden,  y  assi 
no  pudieron  defender  al  Marques;  todavía  algunos  assistian  a  ello,  y 
hirieron  a  un  Cavallero  que  le  defendía,  a  otros  desviaron  el  tropel 
de  la  gente,  o  con  la  multitud  de  ella  cayan,  a  assi  quedo  el  Marques 
casi  en  las  manos  del  vulgo  y  en  la  misericordia,  que  algunos  con  el 
usaron,  y  en  la  crueldad  de  otros  en  ofenderle  y  maltratarle. 

Llegó  a  la  Cárcel  Real,  herido  de  dos  cuchilladas  en  la  cabeza  a 
los  dos  lados  de  ella,  una  en  la  frente,  otra  en  la  mano,  una  ladeava 
en  el  colodrillo.  Murió  en  la  misma  cárcel  al  catorzeno  día.  Ya  esta- 
va  el  Marques  en  la  Cárcel,  quando  movidos  los  Ynquisidores  del 
continuo  tumulto  de  la  gente,  y  de  la  presencia  del  Arzobispo,  del 
daño,  que  amenazava  la  noche,  y  del  que  ya  se  havía  recibido  en 
persona  de  un  esclavo  de  un  Ynquisidor,  a  quien  mataron,  y  havien- 
do  llegado  los  Condes  de  Aranda  y  Morata  con  orden  del  Arzobis- 
po también  por  los  presos,  determinaron  de  darlos  con  protestación, 
de  que  quedavan  presos  por  el  Santo  Officio,  y  les  davan  por  cárcel 
suya  la  de  los  manifestados,  adonde  bolvio  Antonio  Pérez,  y  su  com- 
pañero  en  un  coche  con  mucho  contentamiento  del  Pueblo,  acom- 
pañados del  Virey  y  de  los  Condes  de  Aranda  y  Morata. 

Bueltos  a  la  Cárcel  de  los  manifestados  estos  presos  se  sosegó 
la  gente,  pero  no  el  furor  en  saquear  una  casa,  que  estava  cerca  de 
la  cárcel  de  los  manifestados,  donde  hacían  guarda  a  Antonio 
Pérez. 

Fueron  también  a  saquear  la  casa  del  Marques,  pero  hicieron 
poco  daño,  por  haver  acudido  a  ella  los  ministros  de  Justicia. 

Púsose  a  Antonio  Pérez  guarda  bastante  de  Arcabuseros  fuera  y 
dentro  de  su  aposento,  porteros,  que  assisten  en  el,  y  duermen  allí 
de  noche,  y  esto  se  ha  continuado  hasta  ahora. 

Después  acá  lo  que  se  entiende  es,  que  las  cabesas  de  este  albo- 


240  ANTONIO  PÉREZ 

roto  tienen  inquieto  a  este  pueblo,  y  perseveran  en  aprovar  lo  que 
tienen  hecho,  dándole  a  entender  otros  errores  de  nuevo. 

También  alguno  de  los  Cavalleros,  que  fueron  de  los  principales 
en  lo  passado  anduvieron  después  reconociendo  los  Archivos  y  es- 
crituras del  Reyno  buscando  la  fundación  del  S.  OfP  con  falsa  pre- 
tensión de  que  huvo  concordia,  y  que  esta  puesta  la  Inquisición  en 
aquel  Reyno  por  tiempo  limitado. 

También  tratan  de  pretender,  que  los  Ynquisidores  han  de  ser 
naturales  del  Reyno,  y  no  pueden  conocer  sino  de  las  cosas  de  la  fee, 
ni  sacar  presos  de  poder  de  Jueces  seculares  hasta  haverse  pronun- 
ciado los  Processos. 

Los  mismos  Cavalleros  han  andado  buscando  los  testigos,  que 
depusieron  contra  Antonio  Pérez  en  la  Ynquisicion,  dando  a  enten- 
der, que  havian  sido  falsos  y  subornados  por  el  Marques,  Han  pro- 
curado haver  alguno  a  sus  manos,  y  a  uno  que  pudieron  haver,  le 
hicieron  promesas  y  amenazas  para  que  se  desdixesse  teniéndolo  en- 
cerrado con  mucho  recato;  fueseles  sin  poder  Induzirle  a  lo  que  pre- 
tendían, pero  entretienen  al  pueblo  con  decirle  se  desdicen  todos. 

Hanse  publicado  Pasquines  contra  los  Ministros  del  Sto.  Off°, 
motexandoles  de  que  no  lo  exercen  como  deven. 

Últimamente  los  Ynquisidores  publicaron  unos  Edictos  contra 
los  que  sacassen  presos  de  la  Ynquisicion,  y  diessen  favor  y  ayuda 
a  ello,  y  con  inserción  de  un  motu  proprio  del  Papa  Pió  V.  sobre 
esta  materia.  La  publicación  del  ha  escandalizado  los  ánimos  de  mu- 
chos, buscando  parecer  de  que  aquello  no  comprende  a  los  que  han 
entendido  en  esto. 

Lo  que  se  dice  aquí  es  lo  que  se  save  de  las  cosas  de  Zaragoza 
desde  24  de  Mayo  hasta  hoy  18  de  Julio  de  1591. 


(Archivo  de  la  Embajada  Española  en  Roma.  Leg,  15,foL  114-131. 
Cop.  del  sigl.  XVHI. 

Otra  copia,  de  la  misma  mano,  ocupa  los  f oís.  122-127. 

En  los  f oís.  106-113,  hay  otra  copia  simple  hecha  por  un  amanuen- 
se imperito  y  llena  de  incorrecciones  y  muy  deteriorada  por  el  incendio 
que  padeció  el  Archivo  en  el  siglo  XVHI,  habiendo  desaparecido  mu- 
chas silabas  y  aun  palabras  enteras  de  las  que  estaban  inmediatas  a 
las  márgenes.) 


ANTONIO  PÉREZ  241 

SVMARIO  DEL  PROCESO  PARTÍS  FISCALIS  DOMINI  NOSTRI  REGÍS  CONTRA 

antonivm  pérez  secretarivm 
(ms.  6.552  (antes  s.  51)  de  la  biblioteca  nacional  de  Madrid.) 


Por  primera  vezsegún  creo— se  publica  este  importantísimo  y  ca- 
pital documento.  La  conducta  de  Felipe  II  y  sus  métodos  de  gobierno; 
la  fidelidad  de  donjuán  de  Austria  a  su  hermano,  no  obstante  pasa- 
jeros arrebatos;  el  modo  de  portarse  Antonio  Pérez  en  la  secretaría  de 
Estado,  y,  principalmente,  la  parte  que  le  corresponde  como  instigador 
del  asesinato  de  Escobedo,  son  los  puntos  que  en  él  extensamente  se 
tratan. 

No  es  desgraciadamente  ninguno  de  los  Procesos  que  se  siguieron 
contra  el  peí  verso  Secretario  de  Felipe  II,  sino  un  Sumario;  pero  aun 
que  resumen  y  extracto  es  lo  más  verídico  que  hasta  hoy  se  conoce  de- 
las  acusaciones  y  cargos  contra  Antonio  Pérez. 

Como  ya  noté  en  esta  Revista  (t.  CXVIII,  págs.  294-97)  el  titula- 
do Proceso  criminal,  impreso  en  el  siglo  XVIII,  no  es  otra  cosa  que 
un  mal  zurcido  de  diversos  retales,  no  todos  de  ley,  cuya  copia  más 
antigua  no  pasa  del  año  1714. 

El  Sumario  que  yo  publico,  escrito  de  muy  buena  y  cuidada  letra, 
fué  sin  duda  copiado  entre  los  años  1600  a  1620,  o  tal  vez  antes. 

Cuando  escribí  el  trabajo  acerca  de  Antonio  Pérez,  me  era  conocí- 
do  tan  fragmentariamente,  que  no  sospeché  la  importancia  que  tiene. 
Desde  luego  confirma  mi  teoría  de  que  bastantes  piezas  del  Proceso 
criminal,  (Madrid,  1788)  son  auténticas;  pues  se  hallan  reproducidas 
en  el  presente  Sumario. 

Aunque  el  manuscristo  de  que  me  sirvo  es  una  copia  simple  sin  in- 
dicaciones de  procedencia,  por  la  trabazón  del  contenido,  en  todo  con- 
forme con  las  normas  Jurídicas,  por  el  esmero  de  su  escritura,  y  por  ser 
muchas  piezas  idénticas  a  documentos  originales  que  aún  se  conservan 
merece  completa  fe. 

Y  sin  más,  paso  a  transcribirlo  con  su  ortografía  y  puntuación, 
resolviendo  las  abreviaturas  para  más  comodidad  de  los  lectores. 


* 


16 


242  ANTONIO  PÉREZ 

La  Magestad  del  Rey  Don  Felipe  Nuestro  Señor  Mediante  su 
Real  probission  dada  en  San  Lorenzo  el  Real  en  cinco  de  Setiembre 
del  año  K\'ú  quinientos  y  Nouenta  dirigida  al  Doctor  Mizer  Urbano 
Ximenez  su  Consejero  y  Regente  de  la  Real  Cancellaria  de  Aragón 
comete  que  por  quanto  Antonio  Ferez  su  Secretario  del  estado  Uni- 
uersal  de  todos  sus  Reynos  y  Señoríos  hauia  delinquido  y  excedido 
en  diuersas  cossas  granes  tocantes  al  officio  del  Secretario  de  estado 
que  hauia  exergido  y  era  su  Voluntad  que  se  le  tomase  quenta  y  ra- 
zón de  ellas.  Por  tanto  le  manda  y  comete  en  la  forma  y  manera 
que  de  drecho  y  razón  vel  alias  Su  Magestad  hazerlo  podia  y  deuia 
Inquiriese  y  tomase  residencia  de  la  manera  que  el  dicho  Antonio 
Pérez  hauia  procedido  en  el  dicho  offigio  de  Secretario  de  es- 
tados (sic)  y  en  las  cossas  dependentes  del  assi  en  las  que  general- 
mente le  hauian  tocado  como  en  las  particulares  que  se  le  habían 
cometido,  y  si  se  hauia  hauido  con  fidelidad  y  limpieza  en  lo  uno  y 
en  lo  otro.  Recibiendo  contra  el  los  testigos  é  informaciones  que 
conbiniesen  y  dándole  sus  defensas  y  haciéndole  el  Progesso  y  En- 
qüesta  que  viesse  ser  necessaria  y  que  procediesse  contra  el  assi  por 
los  dichos  excessos  como  por  qualesquiera  otras  cossas  y  negogios 
concernientes  al  dicho  officio  de  Secretario,  o  de  otros  qualesquiera 
de  que  pueda  y  deua  ser  acussado  por  Via  de  Enqüesta  hasta  Sen- 
tencia diffinitiba  y  darle  el  condigno  Castigo  conforme  a  sus  demé- 
ritos y  a  la  calidad  de  ellos  de  manera  que  sirua  de  Castigo  para  el 
cometiéndole  sus  vezes  y  poder  cumplido  ett.* 
F.  1  V.  Esta  dicha  Comission  fue  pressentada  por  dicho  Comissario  a 

Don  Juan  de  Gurrea  entonces  Regente  [en]  el  offigio  de  la  General 
Gobernación  y  Capitán  General  por  su  Magestad  en  dicho  Reyno 
de  Aragón  y  a  su  instancia  le  admitió  a  Jurar  en  sus  manos  en  la 
forma  acostumbrada  de  hauerse  bien  y  lealmente  en  su  officio  y  de 
guardar  los  Fueros  y  lo  demás  que  fuesse  obligado  conforme  a  dicha 
Comission. 

Después  en  quinze  de  dicho  Mes  de  Setiembre  dicho  Comissa- 
rio nombró  en  Escribano  de  la  causa  a  Juan  Montañés  Escribano  de 
Mandamiento  alli  pressente  el  qual  acceptó  y  Juró  en  forma,  y  tam- 
bién se  halló  Antón  Pérez  Procurador  fiscal  de  su  Magestad  y  dicho 
Comissario  Voluio  a  Jurar  lo  propio  que  ante  el  Gobernador  hauia 
Jurado  pressente  dicho  Procurador  Fiscal. 


ANTONIO  PÉREZ  243 

Después  en  Veinte  y  seis  de  Setiembre  del  Año  Mil  quinientos 
y  Nobenta  Ante  dicho  Comissario  parecieron  Gerónimo  Bax  y  An- 
tonio Pérez  Oodino  Procuradores  fiscales,  los  quales  dieron  una  que- 
rella y  denungiagion  criminal  contra  Antonio  Pérez  Secretario  del 
Consejo  de  Estado  de  su  Magestad  y  su  official  Real,  en  la  qual  el 
Procurador  fiscal  articula  lo  siguiente. 

Primeramente  dize  que  dicho  Antonio  Pérez  denunciado  en  los 
tiempos  que  cometió  los  crimines  de  que  abaxo  se  le  haze  cargo  y 
por  muchos  años  antes  y  después  hasta  de  pressente  fue,  era,  y  es 
Secretario  de  los  mas  principales  de  su  Magestad  del  Consejo  del 
Estado,  Interuiniendo  en  dicho  Consejo  y  en  las  deliberaciones  y  se- 
cretos del  confiriendo  dichos  negocios  y  secretos  en  su  Magestad, 
Teniéndose  el,  y  teniéndolo  todos  comunmente  por  tal  siendo 
I  de  ello  la  voz  común  y  fama  publica  en  la  Ciudad  de  Qaragoza  F.  2  r. 
y  Reyno  de  Aragón  y  en  los  otros  Reynos  y  Señónos  de  su  Ma- 
gestad. 

En  el  Segundo  dize,  que  [de]  treinta  años  a  esta  parte  entre 
otros  Consejos  que  de  personas  muy  graues  y  de  mucha  ciencia  y 
conciencia  para  la  administración  de  la  Justicia  Gobierno  de  tantos 
Reynos  su  Magestad  tiene  un  Consejo  de  Estado  donde  se  despa- 
chan negocios  grabissimos  concernientes  al  Uniuersal  Gobierno  de 
todos  sus  Señoríos  y  assi  et  alijs  del  dicho  Reyno  de  Aragón  y  de 
su  Corona,  que  por  ser  tan  graues  se  han  tratado  y  conbiene  se  tra- 
ten con  mucho  secreto  y  fidelidad  so  pena  de  perderse  todo  siguién- 
dose daños  irreparables  en  deseruicio  de  su  Magestad  y  ruina  Uni- 
uersal de  la  cossa  publica  y  de  dichos  Reynos  y  Señónos  y  Vassallos 
de  ellos. 

El  Tercero  dize  que  por  ser  Verdad  lo  dicho,  siempre  su  Mages- 
tad ha  nombrado  para  el  dicho  Consejo  personas  de  grandissima 
autoridad  y  confianza  y  de  mucha  ciencia  y  conciencia  como  para 
cossa  de  la  qual  sale  el  Gobierno,  quietud,  y  paz  y  conserbacion  de 
tantos  Reynos  y  Señoríos,  y  el  descargo  de  la  Real  Conciencia  de  su 
Magestad. 

El  quarto  dize  que  dicho  Antonio  Pérez  Inquirido  seyendo  Se- 
cretario del  dicho  Consejo  de  Estado  y  teniendo  su  Magestad  del 
muy  gran  confianza,  faltando  a  la  fidelidad  que  debia  y  obligación 


244  ANTONIO  PÉREZ 

que  tenia  de  guardar  secreto  y  de  hager  las  cossas  del  dicho  Offigio 
con  la  entereza  y  Verdad  que  debía,  no  solo  no  lo  hizo,  pero  olui- 
dado  de  todo  ello  y  faltando  a  su  obligación  fidelidad  y  offício  gra- 
uemente  delinquiendo  ha  cometido  dibersos  y  grabissimos  delictos 
Rebelando  y  descubriendo  las  cossas  que  en  dicho  Consejo  se  trata- 

F.  2  V.  ban  y  deliberaban  en  |  los  secretos  de  aquel  y  las  cossas  de  muy 
gran  pesso  é  importancia  que  en  dicho  Consejo  de  Estado  se  trata- 
ban Resoluian  y  determinaban  cometiendo  por  ello  crimen  de  Infi- 
delidad, perjurio,  y  otros  resultantes  de  lo  sobre  dicho  en  gran  daño 
de  la  cossa  publica  offensa  y  deseruigio  grabissimo  de  su  Magestad 
y  assi  lo  ha  confessado  dicho  Antonio  Pérez  por  escrito  y  por  pala- 
bra, y  por  tal  ha  sido  reputado  común  mente  y  de  ello  ha  sido  y  es 
la  Voz  común  y  fama  publica  en  las  partes  dichas. 

El  quinto  que  dicho  Antonio  Pérez  denunciado,  ha  faltado  en 
dicho  su  officio  descifrando  falsamente  muchos  despachos  y  cartas 
que  de  dibersas  partes  se  imbiaban  al  Rey  Nuestro  Señor  concer- 
nientes al  estado  de  Reynos  Vassallos  y  Señoríos  de  su  Magestad 
Unas  Vezes  añadiendo  y  otras  quitando  muchas  cossas  substanciales 
de  dichos  Despachos  Cartas  y  escrituras  y  aun  de  las  que  su  Mages- 
tad mandaua  escribir,  cometiendo  por  ello  el  en  otras  dibersas  for- 
mas y  maneras  muchos  delictos  notables  negligencias  fraudes  y  cau- 
telas de  la  manera  que  los  testigos  produclderos  declararan,  y  por  es- 
critos cartas  confessiones  suyas  y  otras  legitimas  probanzas  resultara, 
y  de  ello  ha  sido  y  es  publica  y  Generalmente  infamado  y  por  tal  re- 
putado y  de  ello  lá  Voz  común  y  fama  publica  en  dichas  partes  ett.^ 
El  Sexto  dlze  que  el  Señor  Don  Juan  de  Austria  Hermano  de  su 
Magestad  fue  Principe  Crlstianisslmo  y  de  grandes  partes  obedien- 
tissimo  a  su  Magestad  y  de  muy  grandes  esperanzas  para  muy 
grande  seruigio  de  su  Real  persona  Benefficio  y  tranquilidad  de  sus 
Reynos  con  grandissima  satisfacción  de  su  Magestad  sin  hauersele 

F.  3  r.  Jamas  podido  poner  nota  en  cossa  y  le  encomendó  |  muchas  cossas 
y  cargos  en  Italia  Flandes  y  otras  partes  dándole  ministros  de 
mucha  confianza  y  entre  otros  a  Juan  de  Escobedo  para  que  le 
sirbiesse  de  Secretario  quitándole  de  cabe  si  que  le  serbia  de  Secre- 
tario de  hacienda  y  lo  empleaba  en  otras  cosas  de  confianza  y  siruio 
al  Señor  Don  Juan  de  Secretario  con  mucha  aprobación  de  su  Ma- 
gestad. 


ANTONIO  PÉREZ  245 

El  Seteno,  que  entre  Antonio  Pérez  denunciado  y  el  dicho  Es- 
cobedo  quando  serbia  en  Italia  y  Flandes  al  dicho  Señor  Don  Juan 
habia  particular  amistad  y  se  escribían  de  ordinario,  y  el  dicho  An- 
tonio Pérez  escribia  largamente  al  dicho  Escobedo  abisandole  de 
muchas  cossas  que  pasaban  en  el  Consejo  de  Estado  [y]  se  trataban 
con  su  Magestad  que  por  ser  muy  graues  que  necessitaban  de  gran 
secreto  y  tales  que  dicho  denunciado  para  cumplir  con  la  fidelidad 
y  obligación  de  dicho  su  offi^io  ni  las  podia  escribir,  ni  comunicar 
con  persona  alguna,  y  especialmente  hablando  de  Principe  tan  emi- 
nente Hermano  de  su  Magestad  y  de  otras  personas  muy  impor- 
tantes. 

El  ocheno  dize  que  el  dicho  Antonio  Pérez  denunciado  desci- 
frando cartas  del  dicho  Señor  Don  Juan  de  Austria  y  del  dicho  Es- 
cobedo que  venían  para  su  Magestad  pusso  y  quitó  muchas  y  diuer- 
sas  cossas  substanciales  de  ellas  y  en  aquellas  hauiendolas  descifrado 
falsamente  y  adulterando  la  Verdad  y  substancia  de  ellas  conforme 
a  sus  propios  y  particulares  designios,  las  dio  asi  falsificadas  y  adul- 
teradas a  su  Magestad  y  en  otros  despachos.  Instrucciones,  ordenes, 
y  cartas  que  su  Magestad  mando  escribir  para  el  dicho  Señor  Don 
Juan  su  Hermano  y  Escobedo  quitaba  y  anadia  de  lo  substancial  de 
aquellos  lo  que  le  parecía  conforme  a  su  intento  sin  saberlo  ni  en- 
tenderlo su  Magestad. 

El  Nobeno,  que  hauiendo  venido  Escobedo  a  la  Corte  temiendo 
Antonio  1.  Pérez  denunciado  que  el  dicho  Secretario  Escobedo  des-  F.  3  v. 
cubriría  dichos  delictos  y  falsedades,  determino  de  hacerlo  matar 
como  de  hecho  lo  hizo  aunque  primero  tubo  orden  de  hacer  quemar 
los  papeles  del  dicho  Escobedo  por  los  quales  constaba  de  las  di- 
chas Reuelaciones  crimines,  y  delictos  y  de  fama  publica. 

El  Deceno  dize  que  habiendo  dicho  Antonio  Pérez  denunciado 
dado  por  su  propia  persona  y  manos  dos  Vezes  Veneno  al  dicho  Se- 
cretario Escobedo  y  no  hauiendole  podido  matar  con  el  pero  ha- 
uiendole  después  muerto,  o  hecho  matar  por  medio  de  criados  su- 
yos y  otros  forasteros  que  lleuo  deste  Reyno  de  la  Corona  de  Aragón 
a  traycion  y  alebosamente,  y  siendo  acussado  de  ello  y  habiéndolo 
negado  siempre  por  espacio  de  onze  años  que  estubo  presso  en  Cas- 
tilla viéndose  después  conuencido  determino  de  quebrantar  la  cárcel 
en  la  qual  por  mandado  de  su  Magestad  presso  estaua  y  se  vino  hu- 


246  ANTONIO  PÉREZ 

yendo  al  pressente  Reyno  donde  estando  presso  pensando  discul- 
parse de  dicho  delicio,  ha  determinado  de  cometer  otros  grabissi- 
mos  faltando  a  su  officio  de  Secretario  por  que  el  [con]  atrebimiento 
diabólico  sin  ser  necesario  para  su  pretensa  defensión  voluntariamen- 
te ha  dicho  en  sus  defensas  y  ha  hecho  enquadernar  un  libro  y  en 
aquel  ha  escrito  y  firmado  de  su  mano  propia  y  letra  muchas  cossas 
que  como  Secretario  de  su  Magestad  y  del  dicho  Consejo  de  Estado 
sabia  tenia  obligación  de  callar  por  ser  tan  graues  y  de  muy  grande 
importancia  tocantes  a  la  autoridad  de  su  Magestad  y  estado  Univer- 
sal de  sus  Reynos  y  Señoríos,  el  qual  libro  el  dicho  Antonio  Pérez 
denunciado  ha  dado  a  los  Juezes  de  la  Corte  del  Justicia  de  Aragón 
y  a  los  Diputados  y  a  otros  diuersos  Caballeros  y  personas  a  gran- 
dissimo  escándalo  y  en  grandissimo  deseruicio  y  offensa  de  su  Ma- 
gestad. 
F.  4  r.  El  onceno  dize  que  entre  otras  cossas  que  en  dichas  defensas  y 
librillo  ha  dicho  ha  sido  publicar  [y]  afirmar  que  la  causa  de  la  dicha 
muerte  de  Escobedo  fue  porque  por  medio  de  dicho  Escobedo  el 
dicho  Señor  Don  Juan  de  Austria  trataua  de  Rebelarse  contra  su  Ma- 
gestad fundándolo  en  Cartas  del  dicho  Señor  Don  Juan  escritas  á  An- 
tonio Pérez  como  Secretario  del  Estado  y  otras  a  su  Magestad  que 
benian  a  sus  manos  como  secretario  descifrándolas  falsamente  y 
dando  a  las  dichas  Cartas  Inopinados  y  falsos  entendimientos,  siendo 
verdad  infalible  que  el  dicho  Señor  Don  Juan  siempre  fue  obedien- 
tissimo  y  el  que  mas  en  este  mundo  serbia  a  su  Magestad  hagien- 
dosse  el  mas  benemérito  suyo  [y]  aun  de  toda  la  Cristiandad  de 
quantos  nacieron  haciendo  muchas  proezas  y  hazañas,  venciendo  al 
Gran  Turco  en  la  Batalla  Naual,  de  lo  qual  se  colige  quan  falsamente 
dicho  Pérez  denunciado  ha  querido  mancillar  la  honrra  y  fama  de 
un  Hermano  de  su  Rey  y  Señor  Principe  tan  bueno  y  esclarezido 
como  el  mundo  saue,  y  esparciendo  libros  por  todo  el  Reyno  como 
lo  suelen  hazer  los  [que]  quieren  introducir  o  persuadir  cossa  escan- 
dalosa. 

El  Dozeno  dize  que  dicho  Pérez  denunciado  añadiendo  mal  a 
mal  e  perdido  todo  el  respeto  ha  mostrado  a  diuersas  personas  mu- 
chos Villetes,  o  gedulas  de  su  Magestad  y  respuestas  de  su  Mages- 
tad á  Villetes  del  dicho  Pérez,  hauiendolas  confiado  como  offigial 
Secretario  suyo  y  de  quien  tenia  tanta  confianza  teniendo  obligación 


ANTONIO  PÉREZ  247 

tan  precissa  de  tenerlos  secretos  en  puridad  y  espegialmente  siendo 
cossas  tan  granes  y  del  dicho  Consejo  de  Estado. 

El  Trezeno  dize  [que]  el  dicho  Antonio  Pérez  ha  dicho  y  publi- 
cado que  sirbiendo  dicho  officio  de  Secretario  acostumbraban  de 
Abrir  y  se  abrian  despachos  de  particulares  con  sabiduría  y  orden 
de  su  Magestad  y  el  gran  cuydado  que  le  daua  después  como  se  ha- 
blan de  voluer  a  cerrar  de  manera  que  no  se  conociesse  en  cossa  que 
necessita  ser  castigada  con  gran  demostración  y  exemplo. 

El  Catorzeno  dize  que  el  dicho  Librillo  el  dicho  Antonio  Pérez  F.  4  v. 
ha  dado  a  dichos  Juezes,  Diputados,  Caualleros,  y  otras  diuersas  per- 
sonas y  como  dicho  es  se  ha  esparcido  por  todo  el  Reyno  y  fuera 
del  esta  firmado  de  su  letra  y  mano  y  comienza.  Adueriimiento  par- 
ticular de  Antonio  Pérez,  y  acaba  como  se  sigue,  Ne  forte  extimescas 
faciem  potentis,  y  lo  que  después  dize,  Diez  y  seis  de  Julio  año  mil 
{quinientos  y  nobenia.  Antonio  Pérez  esta  escrito  de  su  propia  mano 
y  letra. 

El  quinzeno  dige  que  el  dicho  Pérez  en  dichas  sus  defensas  y 
Librillo  ha  descubierto  muchas  cossas  secretas  que  como  Secretario 
sobre  dicho  tenia  obligación  de  callarlas  todo  lo  qual  quiere  aqui  el 
dicho  Procurador  hauer  por  inserto  y  a  mas  de  lo  sobre  dicho  ha 
leydo  y  mostrado  a  diuersas  personas  muchos  Villetes  de  su  Mages- 
tad que  como  Secretario  sobre  dicho  tenia  obligación  de  guardar 
con  el  secreto  deuido,  y  en  alguno  de  ellos  ha  borrado  y  lo  ha  pro- 
ducido en  dicho  Processo  borrando  lo  que  le  ha  parecido  a  su  pro- 
possito  y  comforme  al  intento  y  designio  que  licuaba  y  no  otro.  Ha 
cortado  parte  del  por  que  no  se  viesse  ni  pudiese  leer  lo  que  mas  su 
Magestad  degia  en  dicho  Villete,  con  que  mudó  la  sustancia  de  lo 
que  en  dichos  Villetes  se  degia  dexando  solo  aquello  que  hagia  a 
proposito  de  lo  que  el  dicho  Antonio  Pérez  pretendía  en  grandissi- 
ma  offensa  y  deseruicio  de  su  Magestad  cometiendo  los  críme- 
nes ett.^  De  lo  qual  dicho  denunciado  esta  disfamado  y  de  ello  es  la 
Voz  común  y  fama  publica  en  las  partes  dichas. 


248  ANTONIO  PÉREZ 


Conclusio 


La  Conclussion  dize  que  pide  se  pronuncie  y  declare  el  dicho 
Antonio  Pérez  Inquirido  hauer  cometido  los  crimines  y  delictos 
sobredichos  y  dellos  resultantes  y  señaladamente  el  dicho  crimen  de 
lese  Mayestatis  y  de  aquel  y  de  aquellos  hauer  sido  Reo  y  culpable 
F.  5  r.  y  por  ello  hauer  Incurrido  en  pena  |  capital  y  de  perdimiento  de  to- 
dos y  qualesquiere  bienes  suyos  assi  mobles  como  sitios,  créditos, 
drechos,  nombres  Instancias  y  acciones  a  el  pertenecientes  y  que  le 
pertenecerán  hauidos  y  por  hauer  en  donde  quiere  y  aquellos  hauer 
sido  y  ser  applicados  al  fisco  y  cofres  de  su  Magestad  como  perdi- 
dos y  confiscados  condenándolo  en  dichas  penas  et  alijs  eit^  Pro- 
nuncie al  dicho  Reo  y  criminoso  en  aquellas  mayores  penas,  o  pe- 
nas, contra  tales  y  semejantes  reos  criminosos  y  delinquentes  de  fuero 
Drecho  eí  aliis  Impuestas,  o  arbitrariamente  y  en  las  costas  y  da- 
ños ett.^ 

Firman  esta  querella  el  Señor  Micer  Gerónimo  Pérez  de  Nueros 
adbogado  fiscal,  Miger  Luis  de  Santangel,  Miger  Juan  de  Ribas  y  Mi- 
Qer  Francisco  de  Santa  Cruz  y  Morales  como  Abogados  de  la  Causa. 

Dada  dicha  querella  y  Denungiagion  dicho  señor  Comissario  se 
mando  Informar  y  citar  testigos  y  dichos  Procuradores  fiscales  dixe- 
ron,  que  para  probar  lo  contenido  en  dicha  querella  tenian  testigos 
en  la  Villa  de  Madrid  y  en  otras  partes  del  Reyno  de  Castilla  y  assi 
supplicaron  se  les  concediese  letras  en  subsidio  de  Drecho  con  lo 
articulado  si  quiere  plica  de  articulos  dirigidas  a  losjuezes  y  officia- 
les  Reales  de  la  dicha  Villa  de  Madrid  y  a  otras  partes  de  dicho 
Reyno  de  Castilla  y  dicho  Señor  Comissario  las  congedio  en  forma. 

V  después  en  cinco  de  octubre  creo  en  Nungio  á  Miguel  Gómez 
y  Juro  de  auerse  bien  y  lealmente  y  dicho  dia  el  Fiscal  hizo  fee  del 
dicho  Librillo  espargido  y  publicado  por  dicho  Antonio  Pérez  cuya 
copia  esta  en  el  fin  deste  sumario,  y  dicho  Nungio  hizo  fee  hauer  ci- 
tado á  Agustín  de  Villa  en  testigo  el  qual  Juró  a  pressentagion  del 
Fiscal  y  pidió  otras  letras  subsidiarias  para  regibir  testigos  en  Cata- 
luña y  en  otras  partes  y  se  le  concedieron. 
F.  5  V.         V  después  en  seis  de  octubre  de  dicho  Año  de  Nobenta  Juraron 


ANTONIO  PÉREZ  249 

por  el  Fiscal  Don  Francisco  de  Moncayo  y  Juan  de  Alteraque  citados 
por  dicho  Nuncio. 

Y  después  en  ocho  de  octubre  Juro  Diego  Feget  por  testigo  pre- 
cedientes la  misma  pressentacion  y  relagion  et  aun  el  fiscal  hizo  fee 
de  una  escritura  que  comienza:  En  la  Villa  de  Madrid  Martes  por  la 
mañana  a  quinze  dias  del  Mes  de  Mayo  mil  quinientos  y  Nobenta,  y 
acaba,  por  mandado  del  dicho  señor  Alcalde,  la  qual  el  dicho  Señor 
Comissario  mando  inserir  como  lo  esta  a  fozas  (sic). 

Escriptara  producida  por  el  Fiscal. 

La  qual  Escriptura  fecha  fee  contiene  lo  siguiente. 

Que  en  Madrid  Martes  por  la  mañana  en  quinze  de  Mayo  del 
Año  de  Nobenta  ante  el  Licengiado  Fernando  de  Pareja  Alcalde,  Pe- 
dro Nauarro  como  Procurador  de  su  Magestad  substituido  por  el  Se- 
ñorAdbogado  Fiscal  y  hizo  fee  de  su  poder  y  pressentó  unas  letras 
subsidiarias  de  la  Corte  del  Justicia  de  Aragón  con  la  plica  de  Artícu- 
los. (Insiere  el  poder  y  las  letras  y  artículos.  El  poder  en  especial  para 
solo  lo  dicho.  Las  letras  requisitorias  fueron  dadas  en  Qaragoza  en 
Nuebe  de  Mayo  de  Nobenta.  Son  Requisitorias  para  recibir  testigos 
sobre  la  demanda  y  addicion  dadas  por  los  fiscales  en  el  Processo 
Criminal  pendiente  en  la  Corte  del  Justicia  de  Aragón  a  instancia  del 
Fiscal  contra  Antonio  Pérez.) 

Plica  de  Articulos. 

Primo  que  su  Magestad  es  Rey  de  Aragón  y  de  Castilla  tiene  su- 
premo poder  I  supremo  sin  reconocer  superior  exceptado  lo  que  en    F.  6  r. 
Aragón  por  los  fueros  esté  limitado. 

Segundo  que  Antonio  Pérez  acusado  en  dicho  Processo,  es  na- 
tural de  Castilla  teniendo  alli  su  Domicilio  Cassa  y  familia  y  que  al 
tiempo  de  la  Comisión  de  los  delictos  Infrascriptos  antes  y  después 
era  y  es  Vasallo  del  Rey  Nuestro  Señor  y  señaladamente  ha  tenido 
su  domicilio  en  Madrid  hasta  que  ha  venido  huyendo  a  este  Reyno. 

El  Tercero  que  dicho  Antonio  Pérez  quando  cometió  los  infras- 
criptos crimines  antes  y  después  era  Secretario  del  Consejo  de  Esta- 
do y  Juro  ett.^  Y  en  posesión  de  dicho  officio  estubo  haciendo  y  re- 


250  ANTONIO  PÉREZ 

biendo  Despachos  y  las  otras  cossas  que  tocaban  a  su  offigio  y  de 
Reputación  y  fama. 

El  quarto  que  quando  fue  muerto  el  Secretario  Juan  Escobedo  y 
antes  por  muchos  años  era  Secretario  del  Rey  Nuestro  Señor,  el  qual 
Juro  ett.^  y  en  posesión  de  dicho  officio  ett.^ 

El  quinto  que  habrá  algunos  años  que  el  dicho  Antonio  Pérez 
sin  ocassion  determino  de  hager  matar  al  dicho  secretario  Juan  Es- 
cobedo, y  para  poner  en  execucion  su  dañada  Intención  imbio  a 
llamar  al  Capitán  Garcia  Darze  que  estaua  en  el  Pressidio  de  Fuente 
Rabia,  o  en  otra  parte  á  nombre  de  su  Magestad  y  hauiendo  ido  a  la 
Villa  de  Madrid  para  ver  lo  que  su  Magestad  le  mandaua  y  el  dicho 
Antonio  Pérez  le  dixo  que  lo  que  su  Magestad  mandaua  era  que  ma- 
tasse  al  dicho  Escobedo  offregiendole  en  nombre  de  su  Magestad  muy 
grandes  mercedes  si  lo  hagia  siendo  falso  porque  no  mandó  tal  su 
Magestad  y  el  Garzia  de  Arze  que  queria  hablar  primero  con  su  Ma- 
gestad, y  que  assi  hiciese  lo  que  le  decía  que  su  Magestad  se  serbiria 
de  ello  y  el  dicho  Arze  despidido  determinó  de  ponerlo  en  execucion. 

El  Sexto  que  yéndose  una  noche  dicho  Secretario  Escobedo  por 
la  Villa  de  Madrid  en  un  Caballo  dicho  Arze,  o  otros  amparados  por 
F.  6  V.  dicho  Antonio  |  Pérez  llebando  las  Espadas  con  baynas  de  tafetán  la 
emprendieron  alebosamente  y  a  traición  y  le  dieron  muchas  estoca- 
das y  murió  dentro  de  pocos  dias. 

El  Seteno  que  dicha  muerte  fue  hecha  de  la  manera  sobre  dicha, 
o  de  otra  manera  por  orden  y  mandamiento  del  dicho  Antonio  Pé- 
rez en  la  Villa  de  Madrid  estando  alli  su  Magestad  con  su  corte  y 
siruiendole  actualmente  de  Secretario  dicho  Escobedo. 

El  octavo  que  siendo  Antonio  Pérez  secretario  y  teniendo  obli- 
gación de  hauerse  con  toda  fidelidad  ha  descubierto  secretos  del 
Consejo  de  Estado  y  ha  descifrado  falsamente  Despachos  que  de  di- 
uersas  partes  se  imbiaban  al  Rey  Nuestro  Señor  tocantes  al  estado  de 
sus  Reynos  lo  qual  ha  hecho  diuersas  veces. 

El  Nobeno  que  por  razón  de  dichos  Crimines  y  otros  del  dicho 
Antonio  Pérez  fue  mandado  prender  y  estando  presso  en  la  Cárcel 
en  Madrid  se  le  dio  demanda  y  hizo  cargo  de  los  dichos  delictos  y 
otros  por  la  parte  Interessada  y  por  el  Fiscal  y  sintiendosse  culpado 
rompió  la  Cargel  y  se  fue  huyendo  de  aquellas  y  le  Voluieron  a 
prender  y  le  reduxeron  a  la  cárcel. 


ANTONIO  PÉREZ  251 

El  Degeno  que  el  dicho  Antonio  Pérez  sintiéndose  culpable  de 
la  muerte  de  Escobedo  se  ha  concertado  con  sus  Hijos  y  porque  le 
perdonassen  dicha  muerte,  les  ha  dado  muchos  millares  de  Ducados 
y  por  razón  de  dicho  dinero  le  han  perdonado  quanto  a  su  Interese. 

El  Onzeno  que  según  la  dispossigion  de  Drecho  común  y  Vsso  de 
Castilla  ett.^  el  Procurador  fiscal  de  su  Magestad  es  para  acusar  cua- 
lesquiere  delictos  ett.^  por  la  parte  y  sin  ella  y  aunque  perdone  la 
parte  puede  proseguir  y  hazer  condemnar  ett.* 

El  Dozeno  que  dicho  Antonio  Pérez  sabiendo  que  pues  hauia  F.  7  r. 
cometido  dichos  delictos  por  ellos  seria  condemnado  teniendo  Una 
Cassa  por  cargel  en  Madrid  y  teniéndolo  con  gente  de  guarda  de- 
terminó de  romper  y  violar  como  de  hecho  rompió  y  violo  la  dicha 
Cárcel  que  tenia  assignada  y  con  violengia  y  fuerza  se  ha  salido  y 
huyo  de  aquella  y  se  ha  venido  al  presente  Reyno  de  Aragón  huyen- 
do de  dicha  cargel  y  aquella  quebrantando  y  confesando  hauer  hecho 
y  cometido  los  crimines  y  delictos  sobre  dichos  de  que  era  acussado 
y  otros  y  otros  y  assi  es  Verdad. 

Artículos  de  la  Addíccíon, 

El  Primero  que  la  muerte  de  Escobedo  fue  fecha  en  la  Villa  de 
Madrid  en  una  noche  del  Mes  de  Marzo  que  hera  el  postrero  del 
Año  Mil  quinientos  y  setenta  y  ocho,  o  en  otro  mas  Verdadero  dia 
y  tiempo  por  orden  y  mandamiento  del  dicho  Antonio  Pérez  Reo  y 
Criminosso  Estando  la  Magestad  del  Rey  Nuestro  Señor  en  la  dicha 
Villa  de  Madrid  y  teniendo  alli  su  Corte  Real  y  consejos  y  siendo 
como  era  entonges  el  dicho  Escobedo  Secretario  del  Rey  Nuestro 
Señor  y  assi  es  Verdad. 

El  Segundo  que  quando  el  dicho  Antonio  Pérez  mando  matar  á 
Escobedo  fue  y  era  Secretario  del  Rey  Nuestro  Señor  y  de  su  Con- 
sejo de  Estado  y  para  hacer  dicha  muerte  con  mas  fagilidad  offen- 
diendo  la  autoridad  Real  se  valió  para  dicho  effecto  de  ser  Secreta- 
rio de  la  Magestad  Real  y  de  la  merged  que  le  hauia  hecho  en  darle 
tan  buen  lugar  caue  si  dando  a  entender  a  los  que  lo  hablan  de  exe- 
cutar  que  iba  en  ello  Restauragion  de  Reynos  y  otras  cossas  que  le 
paregio  ett.* 

El  Tercero  que  antes  de  la  Comission  de  dicha  muerte  que  como 


252  ANTONIO  PÉREZ 

dicho  es  se  hizo  y  atrabeso  alebossamente  por  orden  de  Antonio 
Pérez  por  tres  veges  se  intento  de  dar  veneno  a  dicho  Escobedo  con 
F.  7  V.  que  muriese,  en  diferentes  |  comidas  y  venidas  y  todo  esto  con  orden 
y  mandado  de  dicho  Antonio  Pérez. 

El  quarto  que  no  hauiendo  podido  el  dicho  Antonio  Pérez  con- 
seguir lo  que  pretendia  por  el  orden  de  veneno  determinó  de  hacer 
matar  al  dicho  Escobedo  por  qualquiere  camino  que  pudiesse  y  assi 
una  noche  del  Mes  de  Marzo,  o  en  otro  mas  verdadero  tiempo  por 
orden  de  dicho  Antonio  Pérez  y  hauiendolo  tratado  el  dicho  Gargia 
de  Arze  le  aguardaron  entre  otros  a  dicho  Escobedo  unos  llamados 
Diego  Martínez  Mayordomo  y  criado  de  dicho  Antonio  Pérez,  el 
Alférez  Antonio  Enrriquez.  Juan  de  Messa.  Juan  Rubio.  Miguel  Bos- 
que y  Insausti  y  passando  por  una  calle  de  dicha  Villa  de  Madrid 
alebosamente  y  a  traición  le  tiraron  una  o  mas  estocadas  de  las  qua- 
les  quedó  herido  a  grande  efussion  de  sangre  y  de  dicha  herida  o 
heridas  murió  luego,  o  dentro  de  pocos  dias. 

El  quinto  que  después  de  hecha  la  dicha  muerte  como  dicho  es, 
ha  sido  siempre  la  voz  común  y  fama  publica  veementissima  y  cons- 
tante y  tenida  por  cierta  que  la  dicha  Muerte  se  hauia  hecho  por 
orden  y  mandado  de  dicho  Antonio  Pérez. 

Pressentadas  dichas  letras  Requisitorias  poder  y  Plica  dicho  Al- 
calde se  offrecio  aparejado  ett.^  y  dicho  Procurador  pressentó  por 
testigos  a  Diego  Martinez  presso  en  la  Cárcel  Real.  Al  Alférez  Anto- 
nio Enrrique,  Cristóbal  de  Perea,  Bernardino  de  Fuen  Mayor. 
Doña  Cecilia  de  Herrera  viuda  de  Gerónimo  Diez.  Don  Pedro  de 
Escobedo.  El  Almirante  de  Castilla.  Francisco  de  Gillamas,  Agustin 
F.  8  r.  de  la  Concha,  Gaspar  López  Escribano  del  crimen.  Alonso  I  Rodri- 
guez  escribano  su  official.  Francisco  Sánchez  criado  del  Alcalde  Es- 
pinossa.  Domingo  Ximenez  criado  de  Antonio  Pérez.  Don  Baltasar 
de  Alamos,  los  Alguaciles  Mugica  e  Diego  de  Zamora,  Juan  Marti- 
nez de  Licona  es.  pedro  Ruyz  es.  Jacome  marengo  ginobes  es.  Don 
Pedro  de  Mendoza. 

Después  para  aberiguacion  de  la  Muerte  del  Cardenal  Gran  Vela 
é  Comendador  mayor  Don  Juan  de  Zuñiga  é  Gerónimo  Diez  testi- 
gos examinados  antes  de  aora  Juraron  Gerónimo  Palacio  y  Juan  Pé- 
rez escribano. 


ANTONIO  PÉREZ  253 


Probanza  hecha  en  Castilla  sobre  las  dichas  letras  requisitorias  de  la 
Corte  del  Justicia  de  Aragón, 


[Diego  Martínez.] 

Primo,  Diego  Martínez  presso  en  la  Cárcel  Real  de  la  Corte  ve- 
cino de  Monrreal,  interrogado  sobre  el  primero  y  segundo  artículos 
de  la  Demanda  arriba  en  dicha  Plica  ynsertos  Respondió  ser  Verdad 
lo  que  en  ellos  se  dize. 

Al  tercero  Articulo  de  la  dicha  Demanda  dize  que  lo  saue  como 
en  ella  se  contiene  por  que  vio  que  Antonio  Pérez  quando  se  come- 
tieron los  delictos  y  muchos  años  antes  y  después  era  Secretario  del 
Rey  Nuestro  Señor  y  de  su  Consejo  de  Estado  y  le  vio  usar  el  offi- 
gio  haciendo  despachos  y  todas  las  otras  cossas  que  al  dicho  officio 
tocaban  porque  estubo  en  su  Cassa  como  su  Mayordomo  mas  de 
doce  años  é  muchos  de  ellos  le  vio  exercir  dicho  su  officio. 

Sobre  el  quarto  que  saue  la  pregunta  porque  en  el  tiempo  que 
mataron  a  Escobedo  vio  era  Secretario  de  su  Magestad. 

Sobre  el  sexto  dijo  que  tiene  dicho  su  dicho  en  Madrid  a  veinte    p.  g  v. 
y  quatro  de  hebrero  del  mismo  Año  ante  el  Señor  Rodrigo  Bazquez. 
Fuele  mostrado  y  ratificósse  que  es  como  se  sigue  (1). 

Que  por  Nauidad  del  año  setenta  y  siete  tres  messes  antes  que  su- 
cediese la  muerte  de  Escobedo  le  trató  y  le  dixo  a  este  que  declara 
Antonio  Pérez  que  si  habría  modo  como  se  matasse  al  dicho  Escobe- 
do  y  el  le  respondió  que  no  sabía  y  assi  se  quedó  por  algunos  dias, 
después  de  los  quales  dicho  Pérez  le  tornó  a  decir  que  conbenía  que 
se  híciesse,  y  el  le  respondió  que  no  sabia  como  se  podía  hager  a  un 
hombre  tan  graue  y  que  que  ocassiones  lo  mobian,  y  dicho  Pérez  le 
dixo,  que  se  híciesse  que  no  se  las  podia  degir  por  entonces  que  des- 
pués se  las  diría,  y  assi  andubieron  este  que  declara  y  el  dicho  Pérez 
comunicandosse  algunos  días  de  como  se  executaria  Y  tratosse  de 
darle  una  venida  y  se  le  dio  en  un  poco  de  agua  clara  y  vino,  estando 


(1)    Parte  de  esta  declaración,  con  muchas  variantes  y  supresiones,  está  ya 
publicada  en  el  Proceso  criminal,  págs.  174-180. 


254  ANTONIO  PÉREZ 

comiendo  en  la  cassa  del  campo  el  dicho  Antonio  Pérez,  y  no  hubo 
effecto,  y  después  se  trato  de  darle  otra  cossa  y  se  le  dio  que  fue 
hecharle  polbos  en  un  Puchero  en  que  guisaban  la  comida  de  dicho 
Escobedo  y  el  que  los  hecho  fue  Juan  Rubio  según  el  se  lo  dixo,  y  tan- 
poco  tubo  effecto  aunque  estubo  malo  de  ello,  y  este  que  declara  dixo 
al  dicho  Pérez  que  era  bien  dexarlo  que  no  sabia  para  que  se  hagia 
pues  no  tenia  effecto,  y  que  si  alguna  caussa  pregissa  le  mobia  para 
que  se  higiesse  que  se  buscasse  otra  cossa  y  se  dexase  aquella,  y  el  di- 
cho Pérez  le  respondió,  que  era  fuerza  que  se  hiciese  la  muerte  por 
que  conbenia  al  seruicio  de  su  Magestad  y  que  asi  era  menester  bus- 
car quien  lo  hiciesse,  y  este  que  declara  dixo.  quien  diablo  se  ha  de 
atreber  a  hagerlo  por  que  si  los  coxen  o  los  prenden  los  han  de  ahor- 
car, y  el  dicho  Antonio  Pérez  respondió,  no  harán,  que  quando  sean 
tan  desgraciados  los  que  lo  hicieren  no  peligraran  porque  su  Mages- 
tad dará  orden  como  sean  salbos  y  esto  creed  de  mi,  y  el  testigo  dixo, 
por  cierto  Señor  que  no  se  quien  lo  quiera  hager,  aquí  están  tres,  o 
quatro  si  quiere  v.  merced  que  les  hable  yo,  les  hablare,  hagedlo  que 
si  se  atrebieren  yo  les  hablare  después.  Y  assi  este  que  declara  habló 
á  Juan  de  Messa  y  al  dicho  Juan  Rubio  y  Antonio  Enrriquez  y  les  dio 
quenta  del  negogio,  y  dixeron  que  como  fuesse  cossa  del  seruigio  de 
F.  9  r.  Antonio  Pérez  que  harian  |  todo  quanto  pudiessen  y  assi  le  fueron  á 
ablar  y  estubieron  con  el,  y  como  les  contó  el  casso  no  lo  entendió 
este  que  declara  mas  de  que  le  dixeron  los  susodichos  que  les  habia 
dicho  que  conbenia  se  matasse  á  Escobedo  y  que  assi  ellos  darian 
orden  en  ello  como  se  higiesse  y  lo  tomaron  a  su  cargo  y  buscaron 
otro  que  se  llamaba  Insausti,  y  un  Hermano  del  dicho  Antonio  En- 
rriquez que  [se]  llamaba  Miguel  los  quales  todos  trataron  y  concer- 
taron de  hagerlo  y  andubieron  en  ello  cossa  de  un  Mes,  o  Mes  y  me- 
dio. Y  un  dia  de  la  Pasqua  de  Resurrección  a  la  tarde  le  dixeron  a 
este  que  declara,  esta  tarde  se  ha  de  hager,  o  si  no  nunca  se  hará, 
porque  ya  estamos  cansados,  y  se  apartaron  deste  que  declara,  a 
puestas  del  sol  los  tres  de  ellos  es.  Juan  Rubio,  Bosque,  Insausti  y  se 
quedaron  el  Juan  de  Messa  y  Antonio  Enrriquez  con  este  que  decla- 
ra, y  de  alli  a  un  rato  boluio  el  Juan  Rubio,  que  ya  sabia  donde  es- 
taba el  Escobedo  y  assi  se  fue  a  la  cassa  donde  estaba  y  le  aguarda- 
ron para  quando  saliesse  y  caminaron  los  tres  tras  el  y  antes  que 
llegassen  este  que  declara  y  Juan  de  Messa  y  Antonio  Enrriquez  a  la 


ANTONIO  PÉREZ  255 

plaza  de  Santiago  y  sintieron  ruido  que  venian  corriendo  gentes, 
luego  dixeron  que  habian  muerto  a  Escobedo,  y  assi  el  Messay  En- 
rriquez  se  fueron  a  sus  possadas,  y  este  que  declara  se  fue  a  la  suya 
a  genar  en  casa  de  Antonio  Pérez  y  estando  allí  que  acababa  de  ce- 
nar vino  Juan  Rubio  a  este  que  declara  y  le  dixo,  ya  aquello  está 
hecho  y  todos  están  en  saibó,  y  estando  assi  entro  no  se  acuerda 
quien  en  cassa,  y  dixo  muerto  han  á  Escobedo,  y  fue  Diego  de  Suy- 
ca  alia  y  vio  como  estaua  herido,  y  aquella  noche  se  despachó  á  An- 
tonio Pérez  que  estaua  en  Alcalá  como  el  lo  hauia  mandado  que  le 
auisasse  de  todo  lo  que  sucediesse  como  se  hizo  después  a  la  maña- 
na con  Antonio  de  Céspedes  y  el  mismo  Juan  Rubio  tanbienfue  por 
otra  parte  y  esto  es  lo  que  passa. 

Preguntado  que  passo  de  alli  adelante  y  que  hizo  Antonio  Pérez 
y  que  hicieron  los  otros  seis  que  fueron  en  dicha  muerte  Dixo,  que 
dicho  Antonio  Pérez  vino  de  Alcalá  que  estaua  alia  con  el  Marques 
de  los  Velez  y  dio  orden  como  se  fuesen  de  aqui,  y  dioles  dinero 
para  el  camino,  no  saue  quanto  se  dio  a  cada  uno  |  si  fue  giento,  o  F.  9  v. 
docientos  escudos  a  cada  uno,  y  les  ordenó  que  estubiessen  en  tara- 
goza que  alli  les  imbiaria  mas  recaudo,  y  assi  imbio  a  los  tres  de 
ellos  sendas  gedulas  de  entretenimientos  con  títulos  de  Alférez  de 
que  su  Magestad  les  hagia  merced  con  veinte,  o  veynte  y  cinco  escu- 
dos de  entretenimiento  al  Mes  con  que  fueron  a  Italia,  y  todo  esto 
fue  según  dixo  Antonio  Pérez  por  orden  de  su  Magestad  y  que  su 
Magestad  quedaba  muy  contento  y  que  todo  el  tiempo  en  que  se  di- 
lató daba  mucha  prissa  dicho  Pérez  por  que  degia  que  su  Magestad 
la  daba  y  que  era  la  cossa  que  mas  deseaua  en  esta  vida  ett.* 

Preguntado  con  quien  y  en  cuya  cassa  trataba  particularmente  en 
este  tiempo  Antonio  Pérez  dixo,  que  en  cassa  de  la  Princessa  de 
Eboly  iba  y  venia  cassi  cada  dia  antes  y  después  de  la  muerte  de  Es- 
cobedo. 

Al  séptimo  articulo  que  dize  lo  que  tiene  dicho  porque  el  delic- 
to  y  muerte  del  dicho  Secretario  Juan  de  Escobedo  se  cometió  en  la 
forma  que  tiene  declarada  por  orden  y  mandamiento  del  dicho  An- 
tonio Pérez  y  que  el  dia  que  le  mataron  estaua  la  Corte  en  Madrid  y 
sirbiendo  actualmente  Juan  de  Escobedo  de  secretario  de  su  Magestad. 

El  noueno  que  saue  que  se  procedió  contra  Pérez  por  Juezes  com- 
petentes y  fue  mandado  prender  y  le  prendieron. 


256  ANTONIO  PÉREZ 

AI  primero,  segundo  tercero  y  quarto  artículos  de  la  Adi^cion  se 
refiere  a  lo  dicho  ett.a 

El  quinto  que  después  de  dicha  Muerte  de  dicho  Escobedo  siem- 
pre ha  sido  la  voz  común  y  fama  publica  veementissima  constante  y 
tenida  por  cierta  y  segura  que  aquella  se  hauia  fecho  por  orden  de 
dicho  Pérez  y  que  es  de  hedad  de  mas  de  cinquenta  años  ques  pa- 
riente suyo  dentro  del  quarto  grado  ett.a 

Bernardino  de  Fuen  mayor  criado  del  Duque  de  Pasirana. 

F.  10  r.  Al  primero,  [y]  segundo  que  es  verdad. 

Al  tercero  que  al  tiempo  que  se  dixo  hauer  muerto  Pérez  a  Es- 
cobedo hera  secretario  del  Rey  y  de  su  Consejo  de  Estado  y  le  vio 
en  possesion  de  dicho  officio  y  vsarle  habiendo  despachos,  é  reci- 
biéndolos, y  todas  las  otras  cossas  que  tocaban  al  dicho  officio  de  se- 
cretario ett.^ 

Al  quarto  capitulo  que  vio  que  Escobedo  quando  fue  herido. 
Hauia  muchos  años  era  secretario  de  su  Magestad  haciendo  todas  las 
cossas  que  al  dicho  officio  tocaban  ett.^ 

Al  primero  de  la  Adiccion  dize,  que  la  muerte  de  Escobedo  se 
cometió  en  Madrid  en  una  noche  del  mes  de  Marzo  de  setenta  y 
ocho,  y  entonces  se  dixo  se  habia  cometido  por  orden  y  mandado  de 
dicho  Antonio  Pérez  y  que  antes  hauia  procurado  matarle  dándole 
veneno  dos  vezes  que  entonces  estaua  su  Magestad  y  Corte  en  Ma- 
drid y  era  su  secretario  Escobedo  y  exer^ia  el  officio  ett.^ 

Al  tercero  que  se  refiere  ett.^ 

Al  quarto  todo  es  de  oyda  ett.^ 

Chrísioual  de  Pereyra. 

Sobre  el  primero  y  segundo  artículos  que  son  verdaderos  ett.a 
AI  tercero  que  es  verdad  porque  le  ha  visto  a  Antonio  Pérez  exer- 
^itar  y  ussar  muchos  años  el  dicho  officio  de  Secretario  de  su  Mages- 
tad del  Consejo  de  su  Estado,  y  que  este  testigo  ha  tratado  muchos 
negocios  de  muy  grande  importancia  como  en  tal  Secretario  de  Es- 
tado, y  sacado  de  su  cassa  y  poder  muchas  gedulas  del  Rey  Don  Fe- 
lipe Nuestro  Señor  refrendadas  y  firmadas  de  su  mano  y  nombre 


ANTONÍO  PÉREZ  257 

como  Secretario  de  su  Magestad  en  el  dicho  Estado,  y  se  las  ha  vis- 
to firmar  a  despachar  antes  y  después  de  la  Muerte  de  Escobedo  ett.* 

AI  onzeno  que  es  verdad  que  acussa  el  Fiscal  con  la  parte  hasta    F.  10  v. 
sentencia  no  enbargante  que  perdone  la  parte. 

Al  primero  de  la  Adiccion  que  al  tiempo  de  la  muerte  de  Esco- 
bedo estaua  en  Valladolid  el  que  declara  y  que  luego  se  comenzó  a 
de?ir  que  Antonio  Pérez  hauia  hecho  matar  a  Escobedo,  y  el  que  de- 
clara assi  lo  cree  y  lo  tiene  por  cierto  por  que  sauia  de  algunos  dias 
atrás  que  el  dicho  Antonio  Pérez  era  mortal  enemigo  de  Escobedo  y 
le  deseaua  y  procuraba  la  muerte  por  diferentes  caminos,  y  de  oyda  y 
fama  continuada  que  ya  que  no  pudo  con  veneno,  busco  formas  para 
hacerle  matar  con  hierro  y  que  para  esto  se  ayudo  de  la  autoridad  y 
grandeza  de  su  Magestad  diciendo  a  los  que  persuadía  que  le  mata- 
ssen  que  su  Magestad  lo  mandaua  diciendo  que  Escobedo  era  tray- 
dor  contra  su  Magestad  y  que  conbenia  muriesse  para  la  pacificación 
destos  Reynos,  diziendo  otras  mentiras  y  falsedades  inuentadas  por 
Pérez  solo  con  fin  que  muriese,  y  la  causa  era  por  que  el  dicho  Es- 
cobedo le  aconsejaba  y  persuadía  cossas  muy  del  seruigio  de  Dios  y 
de  su  Magestad  y  muy  decentes  y  por  que  le  reprendía  los  delictos 
y  cossas  feas  e  Indecentes  y  escandalossas  que  el  dicho  Pérez  hagia  y 
los  malos  tratos  Illigitos  y  escandalosos  en  que  andaua,  y  que  al  tiem- 
po de  dicha  muerte  era  Escobedo  Secretario  de  su  Magestad  ett.* 

Al  segundo  de  la  Adigcion,  que  al  tiempo  de  dicha  muerte  era 
Secretario  de  Estado  dicho  Pérez  y  de  tan  grande  cargo  se  valió 
para  hacer  matar  á  Escobedo,  diziendo  conuenia  al  seruigio  de  su 
Magestad. 

Al  tercero  y  quarto  que  se  refiere,  y  que  la  muerte  que  hizo  dar 
Pérez  á  Escobedo  fue  a  traigion  y  alebosamente  dándole  una  esto- 
cada par  las  espaldas  yendo  descuydado  de  noche  ett.a 

El  quinto  que  todo  lo  que  tiene  dicho  es  notorio,  la  voz  común    F.  11  r. 
y  fama  publica  tenida  por  muy  cierta  que  la  muerte  de  dicho  Esco- 
bedo hauia  sido  por  orden  y  mandado  de  dicho  Pérez  ett.a 

Por  la  copia, 

P.  J.  Zarco. 

o.  S.  A. 

(Continuará.) 

17 


DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN 


Si  nos  fijamos  atentamente  en  las  orientaciones  de  la  pedagogía 
moderna,  en  su  propensión  a  dulcificar  los  procedimientos  de  enseñan- 
za, a  desterrar  de  las  escuelas  el  adagio  de  los  antiguos  preceptores  de 
que  la  letra  con  sangre  entra,  muy  pronto  se  echará  de  ver  que  en  el 
fondo,  a  lo  que  se  tiende,  lo  que  se  propone  inculcar  en  el  alma  de  los 
modernos  pedagogos  no  es  otra  cosa  que  el  espíritu  magnánimo  de  San 
Agustín,  para  quien  el  único  móvil  estable  y  fecundo  de  las  acciones 
humanas,  a  cualquier  orden  que  éstas  pertenezcan,  es  el  corazón.  De 
ahí  proviene  que  en  los  tratados  de  Pedagogía  se  hallen  multitud  de 
pensamientos,  recogidos  al  azar  de  las  obras  del  Santo  Patriarca,  y  se 
ocurran,  al  que  esté  medianamente  versado  en  las  doctrinas  agustinia- 
nas,  otros  muchos  que  pueden  servir  de  base  y  de  norma  a  una  serie 
de  procedimientos  pedagógicos,  cuyo  maravilloso  resultado  nos  causa 
profunda  admiración.  Sin  ir  más  lejos,  el  sistema  de  enseñanza  emplea- 
do en  las  escuelas  del  Ave  María,  debido  a  la  feliz  iniciativa  y  trabajo 
perseverante  y  abnegado  de  D.  Andrés  Manjón,  en  realidad  de  verdad 
no  es  otra  cosa  que  el  desarrollo  y  aplicación  a  la  enseñanza  de  los 
niños  de  aquel  principio  de  San  Agustín,  a  la  vez  tan  profundo  y  tan 
humano  que  le  sirvió  de  fundamento  para  construir  sobre  él  nada  me- 
nos que  todo  el  sistema  teológico  de  la  Gracia:  trahit  sua  quemque 
üoluptas.  Si  se  quiere  saber  el  justo  valor  y  la  medida  en  que  se  han 
de  emplear  los  medios  coercitivos,  San  Agustín  nos  lo  dirá  en  una 
comparación  breve  y  sumamente  gráfica:  el  temor  es  como  la  aguja 
que  penetra  y  el  amor  es  el  hilo  que  une  y  enlaza  para  siempre,  y,  por 
tanto,  los  medios  coercitivos  no  se  han  de  emplear  más  que  de  una 
manera  transitoria  y  circunstancial,  en  cuanto  sean  necesarios,  para 
desarraigar  del  corazón  los  instintos  perversos;  mas  el  fin  primario  e 
inmanente  de  la  educación  es  grabar  la  ley,  el  orden  y  la  disciplina  en 


DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN  259 

lo  íntimo  del  corazón.  Si  deseamos  conocer  cuáles  son  los  justos  lími- 
tes en  que  se  ha  de  circunscribir  una  advertencia  o  una  reprensión,  en 
frase  lapidaria  nos  advertirá  el  Santo  Doctor  que  la  reprensión  cristia- 
na no  se  confunde  jamás  con  la  injuria,  y  si  queremos  penetrar  más 
hondo  en  la  comprensión  de  estos  lances,  tan  frecuentes  y  peligrosos  en 
la  educación  de  los  jóvenes,  podemos  seguir  estudiando  la  doctrina  de 
San  Agustín,  pues  allí  se  verá  que  en  último  análisis  la  perversión  de 
los  espíritus  consiste  en  derramarse  fuera  de  sí,  entregarse  a  las  cosas 
exteriores,  perder  su  propio  señorío,  extraviarse,  anima  diffusa,  dice  el 
Santo,  y,  por  consiguiente,  el  remedio  será  anima  confusa,  una  sacudi- 
da que  la  vuelva  en  sí,  que,  haciéndola  comprender  su  propia  fealdad, 
encienda  al  mismo  tiempo  el  deseo  de  la  hermosura  perdida,  et  desi- 
derat  puletritudínem. 

Es  decir,  que  en  las  obras  de  San  Agustín  se  halla  no  sólo  el  concep- 
to fundamental  de  la  educación,  del  gobierno  y  política  de  los  hombres, 
sino  que  allí  hay  además  cantera  riquísima  de  donde  extraer  multitud  de 
consejos  y  detalles  sumamente  oportunos  para  la  educación  de  los 
jóvenes,  consejos  y  doctrinas  que  se  armonizan  admirablemente  con 
las  tendencias  modernas  de  la  pedagogía  cristiana  y  que  además  de 
ser  el  fruto  de  un  análisis  sutil,  de  una  visión  penetrante,  honda  y  com- 
prensiva, llevan  consigo  la  autoridad  del  más  grande  Doctor  de  la  Igle- 
sia. Y  no  sólo  en  lo  que  se  refiere  a  la  formación  del  carácter,  de  recti- 
tud moral  que  es,  ante  todo,  el  nervio  de  la  vida,  sino  en  la  misma  en- 
señanza técnica,  en  la  educación  del  entendimiento,  pues  no  se  debe 
echar  en  olvido  que  antes  de  llegar  a  las  cumbres  de  la  especulación 
teológica,  por  lo  cual  mereció  los  títulos  de  Padre  y  Doctor  de  la  Igle- 
sia, fué  San  Agustín  profesor  de  niños,  lo  que  se  dice  un  pedagogo  de 
reconocida  fama. 

La  consideración  de  todas  estas  cosas  nos  ha  movido  a  emprender 
aquí  un  pequeño  estudio  de  las  doctrinas  agustinianas,  desde  ese  punto 
de  vista,  en  la  convicción  de  que  sería  un  tema  provechoso  y  de  actuali- 
dad, sobre  todo  aquí  en  España,  donde  apenas  se  tiene  más  que  la  idea 
general  de  que  San  Agustín  fué  un  santo  muy  simpático.  En  el  extran- 
jero no  se  han  dejado  nunca  de  la  mano  las  obras  del  Santo  Doctor,  y 
la  bibliografía  de  los  autores  que  han  bebido  en  las  fuentes  inagotables 
de  las  doctríBas  agustinianas,  sería  enorme.  En  Francia,  sobre  todo, 
Agustín  es  el  Doctor  de  la  Iglesia  más  popular;  en  sus  obras  han 


260  DOCTRINAS  FEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN 

encontrado  inspiración  ubérrima  los  oradores  más  famosos,  los  místi- 
cos, los  pensadores  y  hasta  los  escritores  que  vagabundean  por  las 
cimas  del  pensamiento;  a  Francia  se  debe  la  mejor  Vida  que  se  ha  es- 
crito de  San  Agustín  y,  en  nuestros  días,  una  primorosa  biografía 
de  Luis  Bertrand  llega  rápidamente  a  la  veintidós  edición.  No  sólo 
eso,  sino  que  se  publican  páginas  escogidas  de  San  Agustín,  se  hacen 
ediciones  de  sus  obras,  se  recogen  sus  sentencias  profundas  y  se  las 
comenta  de  mil  modos,  es  decir,  que  se  lee,  saborea  y  medita  con  el 
mismo  entusiasmo  que  un  escritor  del  día.  ¿Por  qué  en  España  no  su- 
cede lo  mismo?  En  el  siglo  XVI  teníamos  un  Luis  Vives  que  podía 
compartir  con  Erasmo  la  tarea  de  publicar  una  edición  crítica  de  las 
obras  del  Santo  Patriarca,  le  estudiaban  los  teólogos  y  místicos,  y  por 
la  misma  edición  de  las  obras  de  San  Isidoro  puede  comprobarse  que 
muchos  le  conocían  al  detalle.  Después  apenas  queda  más  que  la  edi- 
ción de  los  opúsculos,  hecha  por  los  agustinos  de  San  Felipe  el  Real, 
y  en  nuestros  días,  nada  o  poco  menos  que  nada.  Tres  o  cuatro  sen- 
tencias que  van  rodando  por  los  sermonarios  y  libros  de  mística  como 
piedras  preciosas  desprendidas  de  una  joya  anticuada.  Todavía  anda 
por  ahí  sin  traducir  el  Díuus  Augustinus  de  Mayr,  y  es  una  verdadera 
lástima,  pues,  al  menos,  tendríamos  un  libro  de  meditaciones  de  ver- 
dadero sabor  teológico  y  escriturario,  en  vez  de  tantos  otros  como 
abundan,  ayunos  de  doctrina  y  de  fuego,  y  hasta  de  sentido  común,  en 
los  cuales  se  toma  a  San  Agustín  por  símbolo  del  pecador,  cual  si  hu- 
biera sido  un  criminal.  ¿A  qué  se  debe  este  descuido  en  estudiar  las 
doctrinas  agustinianas,  siendo  así  que  en  ellas  parecen  adivinarse  las 
objeciones  de  la  especulación  moderna  y  la  especial  idiosincrasia  de 
los  espíritus  contemporáneos?  Mucho  se  debe  atribuir  a  la  decadencia 
general  de  los  estudios;  a  que  nuestros  teólogos  no  suelen  ir  más  allá 
de  la  Suma  Teológica,  sea  esto  dicho  con  todo  el  respeto  y  sin  mengua 
alguna  de  la  obra  realizada  por  el  doctor  angélico;  mas  es  indudable  que 
al  desvío  de  las  doctrinas  agustinianas  contribuyeron  la  peste  janse- 
nista y  el  amargor  de  las  contiendas  teológicas,  en  las  cuales  no  triunfó 
la  verdad,  sino  la  estrategia  en  acaparar  los  Centros  de  publicación  y 
de  enseñanza.  Todavía  anda  por  ahí  el  texto  de  Perrone,  en  el  cual  se 
despacha  el  sistema  agustiniano  en  cuatro  palabras,  dando  una  inter- 
pretación grosera  e  incomprensiva  a  la  palabra  uoluptas.  En  el  sentido 
agustiniano,  voluptas  no  significa  más  que  agrado,  agrado  por  las  co- 


DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN  261 

sas  espirituales,  una  chispita  de  amor  de  Dios,  siquiera  sea  infinité- 
sima, y  en  ese  sentido,  velis  nolis,  todos  se  ven  precisados  a  reconocer 
la  profunda  veracidad  que  se  entraña  en  la  doctrina  agustiniana,  pues 
todos  reconocen  que  el  temor  servil  no  es  suficiente  para  obtener  el 
perdón  de  los  pecados.  Y  no  se  crea  que  exagero  al  afirmar  que  toda- 
vía perduran  los  efectos  de  las  desdichadas  contiendas  teológicas,  pues 
no  ha  mucho  nos  sucedió  un  caso  que  es  todo  un  poema. 

Viajaba  yo  en  el  tren  y  me  hallaba  sentado  en  un  rinconcito  del  co- 
che, cuando  apareció  un  sacerdote  joven,  muy  correcto  y  muy  ilustrado 
por  lo  que  pude  ver  después.  Se  acercó  a  mí,  me  saludó  atentamente  y 
al  fijarse  en  el  hábito  y  la  correa  exclamó  un  tanto  sorprendido.  — ¿Es 
usted  agustino?  —Servidor  de  usted.  —  lAh!  icuánto  gusto!  Se  sentó 
a  mi  lado  y  dijo.  — No  conozco  nada  de  los  agustinos  ni  de  San  Agustín, 
si  se  exceptúan  cuatro  o  cinco  textos  que  a  prendí  cuando  estudiaba  el 
sistema  de  la  Gracia;  mas  a  pesar  de  todo  yo  tengo  una  secreta  simpa- 
tía por  San  Agustín  y  por  su  Orden.  He  leído  algo  de  Pascal  y,  a  pesar 
de  sus  extravíos,  confieso  que  hay  allí  un  hombre  de  talento  extraordi- 
nario. — ¿Y  no  conoce  usted— repuse  yo— a  San  Agustín  y  a  los  agusti- 
nos más  que  por  Pascal?  ¡Pues  sí  que  son  fuentes  de  información!  Segui- 
mos conversando  y  salió,  ¿no  había  de  salir?  el  sistema  agustiniano 
de  la  gracia  con  la  palabreja  de  lectación,  como  suelen  pintarle  los 
teólogos  chirles,  y  hube  de  contestar  algunas  palabras  en  defensa  del 
sistema  agustiniano.  Entonces  él,  envolviéndome  en  una  sonrisa  afa- 
ble y  compasiva,  me  contestó:  -  ¿Y  ustedes  qué  han  de  decir?  Educa- 
dos en  su  ambiente  y  encariñados  con  sus  libros  y  maestros,  resulta 
muy  lógico,  muy  humano  y  hasta  muy  honroso  que  les  parezcan  los 
mejores  del  mundo.  —Perdone  usted— le  respondí  yo  con  alguna  vive- 
za sin  poderme  contener— esas  palabras  se  pueden  aplicar  a  usted  con 
mucha  más  razón  que  a  mí,  pues,  como  acaba  usted  de  confesar,  no 
tiene  apenas  noticias  de  las  doctrinas  agustinianas,  y  por  consiguiente 
su  educación  teológica  es  unilateral,  y  usted  me  dispensará  si  le  digo 
que  es  deficiente.  De  la  mía  no  hay  que  hablar,  pues  no  vengo  aquí 
en  calidad  de  comisionista  del  sistema  agustiniano;  pero  el  lema  de 
San  Agustín  y  el  que  se  infiltra  a  todos  los  que  le  siguen  más  o  menos 
de  cerca,  porque  constituye  un  rasgo  distintivo  de  su  espíritu,  es  el 
principio  eminentemente  pedagógico,  progresivo  y  cristiano:  In  neces^ 
sariis  unitOj  en  dubiis  libertas  et  in  ómnibus  chantas.  Muchas  veces 


262  DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN 

he  recordado  este  episodio  rigurosamente  histórico  y  para  mi  ha  sido 
una  clave  de  la  aridez  e  infecundidad  y  hasta  la  inadaptación  que  se 
experimenta  en  los  estudios  teológicos,  ascéticos,  místicos  y  literarios 
de  nuestros  días.  Es  un  empacho  de  logicismo.  Bien  está,  mejor  dicho, 
es  imprescindible  estudiar  la  Suma  Teológica  para  tener  claridad  y  so- 
lidez de  ideas  y  lo  es,  además,  para  hacerse  con  aquella  agilidad,  agu- 
deza y  analítica  precavida  que  tanto  sobresalió  entre  los  escolásticos; 
pero  el  entusiasmo,  el  fuego  en  la  exposición  de  la  doctrina  es  necesa- 
rio buscarlo  en  los  Santos  Padres  y  sobre  todo  en  San  Agustín;  en 
primer  término,  porque  eran  santos,  porque  se  hallaron  en  contacto 
con  la  edad  heroica  del  Cristianismo  y  porque  su  tiempo  es  en  gran 
parte  muy  semejante  al  nuestro.  Las  dificultades  que  se  oponen  a  la 
religión  católica,  llevan  siempre,  claio  está,  en  su  seno  un  error  filosó- 
fico; pero  en  torno  de  esa  ofuscación  o  ignorancia  intelectual  de  orden 
trascendente,  se  agitan  una  multitud  de  prejuicios,  de  errores  históri- 
cos, de  entelequias  sociales,  que  es  preciso  desvanecer  al  detalle,  y 
aun  así  no  se  ha  conseguido  el  objeto,  pues  una  vez  desvanecidas  las 
dificultades,  una  vez  que  resplandece  la  verdad.^todavia  quedan  frente 
a  frente  la  austeridad  de  la  virtud  y  el  corazón  humano,  roído  por  las 
miserias  de  la  culpa,  desgastado  por  las  malas  costumbres,  implicado 
en  una  red  de  conveniencias  sociales,  queda,  en  una  palabra,  la  cobar- 
día del  espíritu,  que  de  ningún  modo  se  puede  vencer  sin  el  concurso 
eficaz  de  la  gracia  divina,  sin  la  mano  de  Dios  que  regenera,  mas  que 
no  contradice  los  medios  naturales,  antes  bien,  por  la  vía  ordinaria  los 
presupone.  Ahora  bien,  aparte  de  los  móviles  sobrenaturales,  como 
son  los  castigos  y  premios  eternos  que  Dios  ha  establecido,  todavía  le 
queda  al  propagandista,  al  educador,  al  apóstol,  en  una  palabra,  la  es- 
trategia en  la  exposición  de  la  doctrina,  en  exponerla  como  una  solu- 
ción tranquila  y  equilibrada,  como  una  solución  obvia  y  relativamente 
fácil,  en  hacer  comprender  la  hermosura  de  virtud,  la  suavidad  del 
yugo  divino,  como  Dios  no  lo  exige  todo  de  una  vez  y  como  no  es 
preciso  trastornar  ni  el  universo,  ni  la  sociedad  para  acercarse  a  Jesu- 
cristo. Y  en  este  punto  nadie  como  San  Agustín  ha  sabido  ¡exponer  la 
doctrina  cristiana  con  aquel  aire  de  moderación,  de  exquisita  urbani- 
dad con  palabras  tan  sugestivas  y  atrayentes.  Aquella  sentencia:  in  cen- 
saras unitas,  etc.,  es  ya  por  sí  misma  un  símbolo;  pero  de  todo  esto  hay 
en  las  obras  de  San  Agustín  innumerables  testimonios  y,  si  alguna  difi- 


DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN  263 

cuitad  cupiese,  sería  en  escoger  los  más  selectos  y  expresivos.  San 
Agustín  dice  a  sus  religiosos  que  vivan  en  el  claustro,  no  como  siervos 
oprimidos  por  la  ley,  sino  como  hombres  constituidos  en  gracia,  tam- 
quam  spiritualis  pulchritudinis  amatores;  en  el  libro  De  catechizandis 
rudibus,  advierte  una  y  mil  veces  al  diácono  catequista  que  reciba  a 
todos  con  moderación,  incluso  los  malos  y  que  a  todos  enseñe  según 
su  capacidad  y  sus  conocimientos,  sin  irritarse  y  sin  manifestar  ni 
tedio,  ni  cansancio,  porque  según  la  Sagrada  Escritura  hilaren  dato- 
rem  diligit  Deus.  El  mismo  libro,  la  manera  de  contestar  al  diácono  es 
toda  una  enseñanza  de  corrección  y  de  prudencia,  pues  muy  lejos  de 
dar  la  respuesta  de  un  modo  seco  y  formulario,  desciende  a  enseñarle» 
como  si  fuese  un  niño,  cuáles  son  las  causas  del  desaliento  y  la  manera 
de  combatirlas;  pero  sobre  todo,  donde  resplandece  el  espíritu  de  San 
Agustín,  es  en  la  manera  de  exponer  y  presentar  la  doctrina  general 
de  la  Iglesia.  Desde  los  primeros  siglos  se  habían  iniciado  dos  tenden- 
cias: la  de  los  rigoristas,  que  en  el  siglo  III  arrojó  del  seno  de  la  Igle- 
sia a  Tertuliano  y  los  Montañistas,  y  la  de  los  moderados  que,  sin  tran- 
sigir con  la  sociedad  y  costumbres  de  la  época  en  lo  esencial,  sin  ocul- 
tar que  el  espíritu  de  la  Iglesia  era  llevar  las  almas  a  la  cumbre  de  la 
perfección,  comprendían  que  lo  mismo  en  el  orden  natural  que  en  el 
espiritual  ex  ordinariis  conting entibas,  natura  non  facit  saltas,  se  si- 
gue siempre  la  ley  biológica  del  desarrollo,  y  por  lo  mismo  que  era  indis- 
pensable tener  muy  en  cuenta  las  circunstancias  de  cada  hombre  y  el 
medio  ambiente;  es  decir,  que  lo  importante  era  enseñar  las  condicio- 
nes mínimas  y  después  señalar  la  cumbre,  exponer  la  hermosura  de  la 
virtud  perfecta,  como  un  aliciente  a  las  almas  generosas  y  esforzadas. 
Estas  dos  tendencias  continuaron  siempre  y  continúan  en  nuestros 
días,  porque  en  la  mayoría  de  los  casos  no  pasan  de  temperamentos  y 
€n  otros  provienen  de  la  dificultad  de  determinar  en  un  caso  práctico 
si  es  más  conveniente  aplicar  el  rigor  o  la  misericordia.  En  el  siglo  IV, 
a  la  vista  de  tantas  calamidades  como  agobiaban  a  la  sociedad,  los 
Santos  Padres  se  esforzaron  en  atraer  las  almas  al  Cristianismo,  como 
era  su  deber,  pero  algunos  se  propasaron  más  de  lo  justo,  dando  con 
ello  motivo  a  que  los  paganos  se  retrajesen  y  difamaran  a  los  cris- 
tianos como  enemigos  de  la  sociedad.  San  Paulino,  y.  gr.,  llamaba  a 
los  soldados  minister  mortis  (Bibl.,  Max.  VI,  234-235)  y  repetía  como 
un  argumento  en  contra  de  los  emperadores  el  dicho  de  los  mártires: 


264  DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN 

Deus  verus,  Dominas  imperator  eternas,  es  más,  llegó  a  pintar  el  ma- 
trimonio como  un  estado  miserable  e  indigno,  olvidando  que  Dios  le 
había  santificado  por  medio  del  Sacramento.  Disrunipe  omnia  le  decía 
a  un  amigo  suyo,  indicanto  tal  vez  contra  su  criterio  una  propensión 
negativa  y  revolucionaria.  iCuán  distinta  era  la  manera  de  exponer  y 
de  argüir  de  San  Agustín!  Mientras  por  un  lado  aprobaba  las  leyes  de 
los  emperadores  contra  los  sacrificios  y  fiestas  salvajes  de  los  paganos, 
quis  nostram,  quis  vestram  non  laudat  leges  ab  imperatoribus  datas 
adversas  sacrificia  paganoram.  (Ep.,  XCIII,  10)  por  otro  no  olvidaba 
el  punto  de  vista,  el  criterio  peculiar  de  los  que  vivían  una  vida  externa, 
exclusivamenre  política.  «A  los  que  pretenden  demostrar— decía— que 
la  doctrina  de  Cristo  es  contraria  a  la  república,  les  pido  que  nos  den  un 
ejército  compuesto  de  soldados,  tales  como  los  exige  esa  doctrina,  que 
nos  den  magistrados  provinciales,  maridos,  esposas,  padres,  hijos, 
amos,  esclavos,  reyes,  jueces,  deudores,  exactores,  tales  como  exige 
que  sean  la  ley  de  Cristo.  ¿Quién  se  atreverá,  pues,  a  decir  que  ésta  es 
enemiga  de  la  república?  ¿Quién,  por  el  contrario,  dudará  en  reconocer 
que  la  salud  del  Estado  se  hallaría  más  segura,  si  se  oyesen  nuestras 
exhortaciones? >  Si  estas  cosas  no  se  hubiesen  dicho  en  el  siglo  IV,  pen- 
saríamos que  habían  sido  pronunciadas  por  un  filósofo,  un  político,  un 
apóstol  o  un  maestro  cristiano  de  nuestros  días.  Tanta  es  su  oportuni- 
dad en  esta  época  de  continuas  agitaciones  políticas,  de  revoluciones 
y  trastornos.  Hoy,  como  en  los  tiempos  de  San  Agustín  son  innumera- 
bles los  que  no  tienen  ni  más  vida,  ni  más  ideal  que  el  político,  y  hoy 
como  entonces  es  preciso  no  aventurar  afirmaciones  demasiado  rotun- 
das, buscar  la  unidad  in  necesariis  y  abstenerse  de  lo  conveniente,  si 
resulta  imposible  por  las  circunstancias.  Se  han  llamado  algunos  par- 
tidarios del  mal  menor  y  esa  fórmula  ni  es  lícita  ni  exacta;  porque  a 
nadie  es  lícito  transigir  con  el  mal  por  pequeño  que  éste  sea.  Lo  que 
se  busca  es  el  bien  mayor  en  un  momento  dado  y  esa  es  la  práctica 
constante  y  uniforme  del  hombre  recto,  pues  el  bien  absoluto  ni  se  da 
en  los  individuos,  ni  mucho  menos  en  las  sociedades.  Es  decir,  que  la 
prudencia,  el  tacto  de  San  Agustín  en  proponer  las  cuestiones,  en  se- 
ñalar los  elementos  primarios,  las  condiciones  sine  qaa  non  que  cons- 
tituyen la  ciencia,  la  sabiduría,  la  educación,  la  organización  de  las 
sociedades,  etc.,  se  manifiestan  siempre  los  mismos.  No  se  verá  nunca 
que  San  Agustín  pretenda  abarcar  la  totalidad  de  las  cosas  o  de  los 


DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN  265 

conocimientos,  él  se  irá  siempre  a  las  condiciones  primarias,  las  con- 
diciones síne  qiia  non  y  en  ellas  quedarán  implícitos  los  límites  pro- 
píos, como  los  tienen  toda  naturaleza  por  el  mero  hecho  de  ser  con- 
creta y  definida.  En  dos  palabras,  distingue  la  ciencia  teológica,  místi- 
ca y  aún  metafísica  a  lo  cual  él  llamaba  sapientia  del  conocimiento 
experimental,  el  análisis  de  la  observación.  Et  in  hominíbus,  dice 
(VI,  cob.  197,  A),  quidem  hoc  dúo  ita  discerní  probabiliter  solent,  ut 
sapientia  pertineat  ad  intelectiim  eternorum  scientia  vero  ad  ea  quae 
sensibus  corporis  experimur.  ¿Es  que  en  esas  dos  palabras  está  conte- 
nido todo  el  amplio  desarrollo  de  la  metafísica,  de  la  teología  y  la  místi- 
ca y  de  la  ciencia  experimental?  No.  Ahí  no  están  más  que  las  notas  mí- 
nimas, las  directrices,  como  en  el  germen  se  hallan  las  ramas  frondosas 
de  un  árbol.  La  gran  equivocación  de  la  filosofía  moderna  es  el  ir  en 
busca  del  conocimiento  integral  por  medio  del  análisis  y  el  pretender 
un  conocimiento  máximo  por  medio  de  la  teórica,  cuya  naturaleza  es 
siempre  una  anotación  de  las  condiciones  sine  qua  non.  Fijémonos  en 
las  matemáticas  y  observaremos  que  en  su  estudio  se  reduce  a  marcar 
las  condiciones  mínimas.  Si  yo  digo  que  un  número  es  divisible  por  2 
cuando  termina  en  O  ó  cifra  par,  no  quiere  decir  eso  que  yo  pretendo 
determinar  todas  las  propiedades  del  número  propuesto,  sino  las  indis- 
pensables para  que  sea  divisible  por  2.  Lo  mismo  ocurre  en  las  cien- 
cias experimentales.  Al  decir  que  en  la  fabricación  de  la  pólvora  se  nece- 
sitan dos  partes,  v.  g.,  de  carbón  por  tres  de  azufre  y  una  de  nitrato,  no 
se  indica  más  que  la  relación  permanente  de  los  componentes,  es  de- 
cir, las  condiciones  precisas  para  que  resulte  un  explosivo,  sin  preocu- 
parnos si  ese  explosivo  es  edemas  un  purgante,  etc.  Por  eso  decían  los 
escolásticos  omne  indiuiduum  inefabile,  porque  es  una  totalidad  y  el 
conocimiento  de  ella  sólo  pertenece  a  Dios.  Así  se  comprende  lo  que 
tiene  la  ciencia  humana  de  absoluta  y  de  relativa,  y  como  ambas  pro- 
piedades no  se  contradicen  y  al  mismo  tiempo  explican  su  progreso 
continuo.  Por  la  observación  aspiramos  a  la  totalidad  a  contemplar 
las  cosas  en  todos  sus  aspectos,  en  el  mayor  número  de  ellos  que  nos 
sea  posible  y  por  el  análisis  a  determinar  las  condiciones  mínimas, 
sine  qua  non  de  un  punto  de  vista  cualquiera.  Si  algún  conocimiento 
pudiera  considerarse  como  integral,  sería  el  artístico,  pues  en  él  se 
trata  de  dar  noción  de  las  cosas  con  todos  sus  pelos  y  señales,  y  aun 
así  nadie  ignora  cuánto  hay  de  idealismo  en  el  arte,  en  la  que  se  llama 


266  DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN 

realista  O  naturalista,  cuya  norma  esencial  consiste  en  reproducir  la 
realidad  sin  depuración  alguna.  De  la  misma  Historia  ¿no  se  puede 
afirmar  otro  tanto?  ¿Qué  hace  el  historiador  sino  recoger  los  hechos 
más  salientes,  las  características  de  un  período,  eliminando  todo  aque- 
llo que  desdibuja  el  cuadro?  Por  mucho  que  investigue  el  historiador, 
por  muchos  datos  que  recoja,  siempre  irán  al  sepulcro  millones  de 
seres  totalmente  desconocidos,  anotados  únicamente  por  un  indicador 
brevísimo,  en  el  cual  no  se  contiene  más  que  una  parte  infinitésima 
de  su  realidad.  ¿De  los  mismos  personajes  más  conocidos  y  famosos  no 
se  escriben  infinidad  de  monografías,  todas  nuevas,  sin  que  ningún 
escritor  pueda  jactarse  de  haber  dicho  la  última  palabra?  Y  no  puede 
ser  de  otro  modo,  porque  si  hubiéramos  de  delatar  los  hechos  que  se 
verifican  en  un  solo  minuto,  la  Humanidad  entera  no  sería  capaz  de 
leer  esa  página  infinitésima  de  la  Historia.  ¿Quiere  esto  decir  que  por 
no  ser  integral  resulte  falsa  la  Historia?  No,  quiere  decir,  que  se  han 
anotado  las  condiciones  sine  qua  non,  la  realidad  mínima  y  que  sobre 
esa  realidad,  verificada  en  todos  y  en  cada  uno  de  los  seres  se  acumu- 
lan otras  muchas  ignoradas,  pero  que  no  la  contradicen,  antes  bien,  la 
presuponen  como  una  realidad  esencial  que  informa  al  individuo  en 
todas  sus  manifestaciones. 

De  todo  esto  se  infieren  dos  reglas  pedagógicas,  hoy  ensalzadas  por 
la  ciencia,  y  que  resplandecen  de  una  manera  especialísima  en  San 
Agustín.  Es  la  primera  la  anotación  de  esa  realidad  mínima,  y  la  se- 
gunda la  modestia  que  se  apodera  del  hombre  realmente  sabio  y  se 
convierte  en  una  gran  amplitud  de  espíritu  y  de  criterio.  Por  dondequie- 
ra que  se  abran  las  obras  del  Santo,  observaremos  esas  dos  manifesta- 
ciones, la  vista  de  águila  que  se  apodera  de  esa  realidad  y  la  modestia 
en  presentarla  como  es,  sin  pretensión  de  construir  una  fórmula  defini- 
tiva y  conclusa.  Los  mismos  libros  de  las  Retractaciones  son  una  prueba 
de  esa  modestia,  del  temor  que  sentía  en  sus  úhimos  años  de  haberse 
excedido  en  algunas  cosas,  de  haber  afirmado  demasiado  o  con  excesi- 
va seguridad  o  con  términos  impropios,  y  la  amplitud  de  criterio  en  su 
curiosidad  infinita,  en  la  multitud  de  aspectos  que  le  ofrecían  las  cosas 
y,  por  consiguiente,  la  posibilidad  de  otras  mil  desconocidas.  Cada  vez 
que  mienta  la  palabra  libertad,  se  le  ofrece  un  aspecto  nuevo  y  todos 
ellos  reales:  aquí  como  una  indiferencia  potencial,  allá  como  una  su- 
premacía, en  otro  punto  como  seguridad:  Nulla  enim  re  fruitur  anima 


DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN  267 

cum  libértate,  nisi  qua  fruitur  securitate  (De  lib.  arb.,  II,  973)  y  lo  mis- 
mo sucede  con  todas  las  cuestiones.  Al  tratar,  por  ejemplo,  de  la  ver- 
dad y  el  bien  supremos  que  se  derraman  por  todas  las  criaturas,  sin  des- 
gastarse ni  disminuirse,  a  un  mismo  tiempo  nos  describe  la  escala  gra- 
dual de  los  bienes  sensibles  y  las  categorías  ascendentes  de  los  senti- 
dos. Minas  ergo  ea  quae  tangimus  (ibid.  col.,  980)  vel  quae  gustamus, 
vel  quae  olfacimus,  huic  sunt  veritati  similia,  sed  magis  ea  quae  au- 
dimus  et  cernimus:  quia  et  omne  verbum  a  quíbus  auditur,  totum  au- 
ditur  ab  ómnibus,  et  simul  a  singulis  totum;  et  species  omnis  quae 
occulis  adjacet  quanta  videtur  ab  uno,  tanta  et  ab  alio  simul.  Aun  por 
esto  mismo  deberíamos  estudiar  a  San  Agustín,  porque  se  adapta  ma- 
ravillosamente a  la  manera  de  ser  de  los  pensadores  modernos  que  gus- 
tan de  espiritualizar  los  objetos  y  los  actos  intuyéndolos  a  luz  de  una 
idea  general.  Pero  en  sus  mismas  definiciones  se  observa  su  mirada  pro- 
funda y  amplia.  De  ordinario  no  son  fórmulas  cerradas,  no  pretende 
construir  un  sistema  definitivo,  sino  acotar  lo  que  ha  visto,  dejando  en- 
trever que  más  allá  se  extiende  el  océano  infinito  de  la  verdad,  en  cu- 
yas márgenes  no  es  posible  levantar  las  columnas  de  Hércules.  Verum 
est  id  quod  est,  dice  al  tratar  de  la  verdad,  y  sobre  esta  definición  han 
construido  los  escolásticos  la  definición  de  la  verdad  lógica  y  de  la  ver- 
dad metafísica.  Por  mucho  tiempo  se  admitieron  las  definiciones  esco- 
lásticas en  globo,  sin  preocuparnos  gran  cosa  de  los  atisbos  sutiles  de 
los  comentaristas  hasta  que  los  embates  formidables  de  Kant  y  de  los 
psicólogos  contemporáneos  nos  han  obligado  a  decir  con  Mercier  que  la 
definición  de  los  metafísicos:  La  verdad  es  la  conformidad  del  enten- 
dimiento y  el  ente  ha  menester  de  interpretación  y  perfeccionamiento. 
(Criteriologia  general,  pág.  27).  ¿Quién  nos  asegura  que  más  adelante 
otros  estudios  más  profundos  no  nos  han  de  obligar  a  perfeccionar  y 
añadir  nuevas  notas  a  la  definición  de  Mercier?  ¿Se  destruyen  por  esto 
los  conocimientos  sólidos  adquiridos?  No;  la  definición  de  San  Agustín 
continúa  siendo  tan  sólida  en  nuestros  días  como  siempre:  Verdad  es 
lo  que  es,  y  lo  que  no  es,  no  será  verdad  sino  en  cuanto  de  algún 
modo  es.  Lo  mismo  puede  añadirse  de  aquella  definición  de  la  belleza 
splendor  ordinis,  o  de  la  que  se  refiere  a  su  constitución  formal:  Tota 
pulchritudinis  forma  unitas  est.  Todas  son  notas  mínimas  que  admi- 
ten interpretación  y  perfeccionamiento  indefinido,  y  así  las  expone  San 
Agustín,  sin  pretensiones  de  agotar  la  realidad.  Por  dondequiera  que 


268  DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN 

se  abran  las  obras  de  San  Agustín  se  halla  la  misma  intuición  honda  y 
el  mismo  espíritu  de  moderación.  <Nan  beatos  illos  amorem  ipsorum 
aeternorum,  dice  al  tratar  del  libre  albedrío  (Eb.  I,  col.  349),  sub  aeter- 
na  lege  agere  existimo,  miseris  vero  temporalis  imponitur...  dummodo 
illud  inconcusum  teneas...  eos  qui  temporali  legi  serviunt  non  esse 
posse  ab  aeterna  liberos.>  En  estas  palabras  sencillas,  moldeadas  en 
una  frase  concisa,  se  contiene  en  germen  toda  la  economía  de  la  vida 
humana,  y  aun  se  da  un  ligerísimo  esbozo  de  lo  que  ha  de  ser  en  resu- 
men la  vida  eterna.  Si  habla  del  tiempo  nos  dice  que  es  la  sucesión  de 
las  cosas;  si  de  la  constitución  del  mundo  físico,  llega  hasta  el  prope 
nihil  de  la  materia  prima;  si  de  la  Creación  o  los  días  genesíacos,  aun 
sin  los  datos  o  vestigios  qne  ofrece  la  investigación  moderna,  supo  en- 
contrar palabras  tan  profundas  y  moderadas  que  la  apología  moderna 
no  ha  podido  hallar  otras  mejores;  si  se  trata  de  la  verdadera  religión, 
su  libro  es  base  de  cuanto  se  ha  escrito  después;  si  de  la  Santísima  Tri- 
nidad, en  su  estudio  se  condensa  cuanto  humanamente  se  había  estu- 
diado y  se  puede  rastrear  de  este  elevadísimo  misterio;  si  de  la  gracia^ 
su  doctrina  es  norma  de  la  Iglesia,  y  en  lo  que  pueda  haber  de  explica- 
ción hipotética  sobre  la  armonía  o  conciliación  de  la  libertad  y  la  efica- 
cia intrínseca  del  auxilio  divino,  su  sistema  es  el  más  humano,  el  que 
mejor  se  adapta  a  la  constitución  de  nuestra  naturaleza,  y  lo  que  él  no 
acertó  a  resolver  no  lo  ha  resuelto  nadie,  y,  por  último,  si  dirige  una  mi- 
rada comprensiva  al  conjunto  de  la  Humanidad,  él  sabe  indicar  las  raí- 
ces primarias  de  la  agitación  efervescente  de  los  pueblos.  No  hay  cui- 
dado que  San  Agustín  menosprecie  ningún  elemento  de  la  investigación 
humana  ni  deje  de  analizar  o  distinguir  lo  que  puede  haber  de  apro- 
vechable, separando  lo  esencial  de  lo  transitorio,  lo  cierto  de  lo  hipo- 
tético, y  esto  último  de  lo  que  es  manifiestamente  absurdo  o  nocivo.  En 
el  libro  de  las  Ochenta  y  tres  cuestiones  distingue  admirablemente  lo 
supersticioso  del  estudio  serio  de  las  Matemáticas;  en  el  tratado  de  la 
Música,  establece  los  elementos  del  ritmo  y  distingue  lo  que  hay  en  ello 
de  racional,  lo  que  obedece  a  la  proporción  y  el  número  de  la  melodía 
y  la  habilidad  artística,  y  en  cuanto  a  la  Medicina  y  demás  ciencias  na- 
turales, conocidos  son  los  textos  en  que  distingue  cuanto  había  en  su 
tiempo  de  conocimientos  positivos  y  orientación  sólida  de  los  escom- 
bros acumulados  por  la  charlatanería  y  la  superstición.  Así,  pues,  de  la 
ciencia  de  San  Agustín  y  de  su  manera  de  estudiar  y  proponer  las  cues- 


DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN  269 

tiones,  se  puede  afirmar  lo  que  él  mismo  decía  de  la  Verdad  eterna,  que 
es  siempre  antigua  y  siempre  nueva,  antigua,  por  lo  que  en  su  fondo 
hay  de  transcendente,  y  nueva,  porque  las  notas,  las  especificaciones  en 
que  se  contrae,  los  nuevos  modos  en  que  se  manifiesta,  no  la  contradi- 
cen, sino  que  la  despliegan  en  un  progreso  continuo  e  inagotable.  Sus 
mismas  exclamaciones  y  epifonemas  parecen  de  nuestros  días.  ¿Qué  se 
le  ha  de  ocurrir  al  sabio,  cuando  por  el  telescopio  se  asoma  al  piélago 
inmenso  de  las  estrellas,  o  por  la  lente  del  microscopio  intuye  las  ma- 
ravillas del  mundo  infinitésimo,  sino  postrarse  ante  Dios,  y  exclamar: 
magnus  in  magnis  et  maximus  in  minimus! 

Esta  manera  de  enfocar  las  cuestiones,  esta  amplitud  y  flexibilidad 
de  criterio  para  abarcar  el  amplio  conjunto  de  la  ciencia,  esta  vibratili- 
dad del  espíritu  para  hacerse  cargo  de  la  verdad,  venga  de  donde  vi- 
niere; esta  manera  de  ser  y  de  pensar  en  cuya  virtud  se  aprovechan  de 
algún  modo  hasta  los  mismos  errores,  pues  obligan  a  fijarse  con  más 
insistencia  en  algún  aspecto  de  la  verdad,  que  de  otra  manera  pasaría 
desapercibido,  y,  sobre  todo,  la  distinción  entre  el  hombre  que  se  en- 
gaña y  el  engaño  en  sí,  aquel  diligere  homines  et  odisse  errores,  la 
modestia  en  exponer  sus  mismas  ignorancias  y  dudas,  el  atender  con 
igual  solicitud  a  los  humildes  que  a  los  grandes,  a  los  jóvenes  que  a 
los  ancianos,  a  los  ignorantes  que  a  los  instruidos;  aquel  tacto  exqui- 
sito en  evitar  el  disgusto  y  la  molestia  al  poner  sus  manos  ungidas  en 
la  llaga,  son  cualidades  peculiarísimas  que  hacen  de  San  Agustín  un 
espíritu  siempre  nuevo  y  simpático  a  los  sabios  de  todos  los  tiempos, 
incluso  a  los  que  sostienen  opiniones  diametralmente  opuestas.  Y 
¿cómo  es  posible  desconocer  que  éstas  son  directrices  inmanentes  de  la 
Pedagogía  ideal?  Normas  de  enseñanza  y  normas  de  conducta  son 
estas  cualidades  de  San  Agustín,  normas  que  debe  tener  muy  presen- 
tes todo  el  que  se  dedica  a  exponer  la  verdad,  desde  el  maestro  de  ni- 
ños hasta  el  doctor  ecuménico,  o  el  publicista,  cuyas  genialidades  cau- 
san tal  vez  más  daño,  porque  se  reciben  en  un  ambiente  de  fría  re- 
flexión. 

Pero  lo  que  hace  oportuno  el  recuerdo  de  la  doctrina  y  el  espíritu 
de  San  Agustín  en  nuestros  días,  de  un  modo  especial,  es  aquella 
ardiente  proclamación  del  amor  divino  como  base  de  la  educación,  de 
la  sociedad  y  de  la  vida  humana  en  toda  su  complejidad.  Ya  nos  lo 
había  revelado  Nuestro  Señor  Jesucristo  que  toda  la  ley  se  hallaba 


270  DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN 

comprendida  virtualmente  en  el  amor  de  Dios  y  del  prójimo;  pero  nin- 
gún Santo  Padre  ni  Doctor  de  la  Iglesia  ha  conseguido  hacer  del  pre- 
cepto divino  una  glosa  tan  profunda  ni  descubrir  en  él  perspectivas  tan 
amplias  como  San  Agustín.  Ahora  bien;  la  enfermedad  de  nuestra 
época,  la  necesidad  que  se  palpa  y  se  siente  por  todas  partes,  y  a  la 
cual  apunta  con  el  dedo  la  Pedagogía  moderna,  sin  distinción  de  crite- 
rios y  opiniones,  es  la  frialdad  de  sentimientos,  la  atrofia  del  corazón. 
Es  tan  extenso  el  campo  de  la  ciencia  humana  y  tan  grandes  los  traba- 
jos que  se  requieren  para  dominar  la  técnica  de  un  ramo  cualquiera, 
son  tan  absorbentes  las  preocupaciones  y  necesidades  de  la  industria 
y  el  comercio,  es  tanta  la  agitación  y  el  clamoreo  de  la  vida  humana, 
cada  vez  más  apretada  y  constreñida  por  el  acortamiento  de  las  distan- 
cias y  la  difusión  de  la  Prensa,  que,  sin  la  gracia  de  Dios,  se  agotan  las 
energías  del  espíritu  y  no  le  quedan  ni  aspiraciones  ni  fuerzas  para  más. 
Y  no  es  que  tan  sólo  se  desgasten  las  energías  del  espíritu,  es  que  se 
anquilosa  y  petrifica  en  la  rigidez  y  la  inercia  de  la  materia  o  la  inflexi- 
bilidad  del  tanto  por  ciento.  No  hay  más  que  observar  cómo  se  vuelven 
duros  y  fríos,  calculadores  e  inflexibles,  cuantos  se  engolfan  en  los  es- 
tudios matemáticos  y  en  las  ciencias  experimentales,  los  que  viven  del 
comercio  o  sostienen  una  industria;  su  vida  y  su  criterio  son  una 
fórmula  algebraica,  en  que  los  factores  se  reducen  a  cantidades  inertes 
que  han  de  responder  con  exactitud  matemática.  De  ahí  que,  sin  el 
contrapeso  de  la  Religión  y  la  caridad  cristiana,  propendan  a  la  inflexi- 
bilidad  cruel  y  a  resolverlo  todo  por  una  especie  de  triangulación  geo- 
désica, que,  en  último  resultado,  no  es  más  que  la  expresión  de  su 
egoísmo  seco.  Prueba  de  ello  son  los  Tratados  de  sociología  científica 
y  evolutiva,  en  que  se  admite  incluso  el  factor  religioso,  pero  no  como 
un  fin  último  y  sobrenatural,  sino  como  una  variable  que  va  decre- 
ciendo en  razón  inversa  del  progreso  científico  (1).  En  el  mismo  princi- 
pio se  basa  y  por  las  mismas  tendencias  se  rige  la  Pedagogía  científi- 
ca, incluso  la  llamada  integral.  Todo  está  previsto  en  esos  programas 
educativos:  tanto  de  estudio  reflexivo  y  teórico,  tanto  de  memoria, 
tanto  de  gimnasia  y  de  baile  para  formar  un  cuerpo  sano,  robusto  y 
armonioso;  tanto  de  educación  estética,  de  trato  social,  etc.,  para  en- 
cauzar de  algún  modo  las  aspiraciones  vagas  del  espíritu;  en  fin,  todo 


(1)    La  question  sociale,  par  Ludwig  Stein. 


DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN  271 

calculado  y  previsto  por  leyes  científicas,  según  los  datos  que  proporcio- 
nan la  Psicología,  la  Medicina,  la  Química,  la  Sociología,  la  Higiene,  etc.; 
pero  ¿ha  correspondido  el  resultado  a  los  esfuerzos?  Claro  está  que  por 
los  resultados  no  se  puede  obtener  una  demostración  palmaria  de  que 
la  ciencia  endurece  y  petrifica,  porque  las  ideas  cristianas  flotan  en  el 
ambiente  social,  y,  aunque  a  veces  desfiguradas  y  contrahechas,  anu- 
lan los  efectos  de  las  aberraciones  científicas;  mas  la  tendencia  seria  al 
absurdo  comunista,  donde  se  da  el  summum  ius  summa  injuria. 
Es  indudable  que  por  la  educación  exclusivamente  científica  el  hombre 
se  ha  convertido  en  una  especie  de  genio  misterioso  y  maligno  con  un 
poder  extraordinario  sobre  la  materia;  pero  al  mismo  tiempo  ha  sido 
esclavizado,  ahogado  por  el  mundo  físico.  Todas  las  facultades  huma- 
nas se  han  prolongado  y  adquirido  una  velocidad  y  una  eficiencia  ex- 
traordinarias; la  voz  llega  a  centenares  de  kilómetros,  la  vista  adivina 
y  percibe  las  órbitas  de  los  mundos,  penetra  en  las  regiones  de  los 
microorganismos  o  traspasa  los  cuerpos  opacos,  los  pensamientos  y 
las  órdenes,  los  deseos  y  caprichos  se  cruzan  misteriosos  a  través  del 
espacio;  el  hombre  vuela  como  un  ave,  desciende  y  navega  por  el 
fondo  del  mar  como  un  pez,  se  desliza  en  los  trenes  como  una  serpien- 
te, corre  en  cualquier  dirección  con  sus  automóviles  y  realiza  otras  mil 
maravillas  que  sería  prolijo  enumerar;  pero  ¿a  costa  de  cuántas  lágri- 
mas, de  cuántas  maldiciones  y  blasfemias?  Es  innegable  que  la  orga- 
nización de  la  industria  ha  sido  anticristiana  y  embrutecedora.  Todo  se 
ha  sacrificado  a  la  competencia,  al  éxito  y  a  la  ganancia,  prescindiendo 
en  absoluto  del  fin  sobrenatural  del  hombre;  y  las  consecuencias  han 
sido  una  guerra  espantosa  en  que  han  muerto  millones  de  hombres  y 
una  lucha  social  atizada  por  odios  irreconciliables.  No  hemos  de  insis- 
tir en  la  consideración  de  estos  males,  porque  nos  hallamos  todos  pre- 
senciando el  fracaso  y  la  bancarrota  de  toda  una  organización  social; 
pero  en  el  fondo  no  cabe  duda  que  la  razón  está  de  parte  de  los  obre- 
ros, que  ansian  libertarse  de  la  materia,  del  embrutecimiento  bestial  y 
siniestro  en  que  los  ha  sumido  una  explotación  sin  entrañas.  Si  obser- 
vamos la  literatura  revolucionaria,  lo  que  se  ve  en  el  fondo  es  una  as- 
piración mística,  desorientada,  emponzoñada  por  el  odio  y  la  envidia, 
pero  efusiva,  que  tiende  al  amor  del  prójimo,  a  la  compasión  mutua 
de  las  miserias  y  a  algo  más  que  no  acierta  a  distinguir  porque  está  des- 
orientada, a  aquella  realidad  suprema  que  atrae  los  espíritus  desde  todos 


272  DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN 

los  puntos  del  cuadrante,  como  el  Norte  atrae  las  agujas  imanadas,  y 
que  fué  admirablemente  definida  por  San  Agustín  en  aquella  profundí- 
sima sentencia:  Fecisti  nos  Domine  ad  te  et  inquietum  est  sor  nostrum, 
doñee  requiescam  in  te.  La  enfermedad  de  nuestra  época  es  un  ahogo 
de  sentimientos  que  se  ven  reprimidos  y  despreciados  por  las  exigencias 
de  una  vida  material  y  que  actúan  de  explosivos,  como  los  gases  some- 
tidos a  presión.  Si  esto  no  fuere  una  verdad  palmaria,  tendríamos  una 
prueba  concluyente  en  el  testimonio  de  la  Iglesia,  que,  por  ser  divino, 
es  el  único  acertado  y  seguro.  Ahora  bien;  ¿cuáles  han  sido  las  pre- 
ocupaciones de  la  Iglesia  en  los  últimos  tiempos?  La  cuestión  social, 
resuelta,  no  por  la  justicia  y  la  nivelación  a  rajatabla,  sino  por  la  cari- 
dad; el  culto  al  Sagrado  Corazón,  y  sobre  todo  a  la  Eucaristía;  los 
Congresos  eucarísticos,  la  adoración  perpetua  del  Sacramento,  la  co  • 
munión  frecuente,  las  catequesis,  la  comunión  de  los  niños,  una 
especie  de  pugilato  por  conquistar  las  generaciones  futuras,  deposi- 
tando en  las  almas  todavía  inocentes  el  alimento,  la  energía  espiritual 
del  amor  divino.  Es  decir,  que,  según  el  testimonio  de  la  Iglesia,  hoy 
más  que  nunca  se  necesita  levantar  los  corazones  hacia  Dios,  ennoble- 
cer los  sentimientos  y  grabar  la  ley  divina  en  lo  íntimo  del  alma,  no  por 
el  rigor  y  la  disciplina  amanerada  y  niveladora,  sino  por  el  conven- 
cimiento, por  la  mansedumbre,  la  atracción  y  el  cariño.  Puesto  que  en 
la  sociedad  han  de  encontrar  los  jóvenes  tantos  compañeros  que  los 
atraigan  suavemente  al  camino  del  mal,  tantos  peligros  y  halagos 
de  libertad  y  soltura,  pero  que  al  mismo  tiempo  llevan  consigo  acerví- 
simos  desengaños  y  sufrimientos,  es  necesario  que  salgan  del  colegio 
con  el  alma  nutrida  de  vigorosas  y  elevadas  aspiraciones,  y  si  tuviesen 
la  desgracia  de  sucumbir,  que  surja  en  lo  íntimo  de  sus  conciencias 
el  recuerdo  de  la  vida  escolar  como  una  reprensión  entrañable,  como 
surgía  en  la  imaginación  del  hijo  pródigo  el  contraste  de  la  casa  pa- 
terna con  la  tiranía  de  sus  dueños.  Y  no  se  confunda  esta  aspiración 
con  la  indulgencia  manirrota  y  culpable,  porque  no  Jhay  disciplina 
más  vigorosa  y  exigente  que  el  agrado,  la  obediencia  que  brota  del 
corazón.  Ahora  bien;  todo  esto  no  es  más  que  el  espíritu  y  la  doctrina, 
cuya  norma  se  halla  perfectamente  definida  en  aquellas  palabras  de  su 
regla  monástica:  No  (vivan  los  hombres)  como  esclavos  oprimidos 
por  la  ley,  sino  como  hombres  libres  regenerados  por  la  gracia. 
El  mismo  anhelo  con  que  buscó  San  Agustín  la  verdad,  sin  detenerse 


DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN  273 

en  la  costra  ni  contentarse  con  los  riachuelos,  hasta  dar  con  la  misma 
Fuente  de  donde  proviene  el  ser  y  realidad  de  cuanto  existe,  constituye 
un  modelo  único  en  la  Historia,  digno  de  ser  imitado  por  cuantos  se 
dedican  al  estudio,  y  mucho  más  en  nuestros  días,  en  que  la  ciencia 
se  ha  convertido  en  ídolo  de  la  Humanidad,  en  una  especie  de  Anti- 
cristo que  asombra  al  mundo  con  sus  maravillas.  Es  innegable  que  la 
ciencia  ha  pulverizado  muchas  supersticiones,  rasgando  el  velo  de  las 
energías  físicas;  pero  al  mismo  tiempo  se  ha  convertido  en  una  gran 
superstición,  mucho  más  peligrosa  que  las  antiguas,  porque  va  directa- 
mente contra  la  virtud  sobrenatural  del  Cristianismo  y  porque  desva- 
nece la  mirada  de  los  más  grandes  ingenios,  precipitados  en  la  rebel- 
día de  Lucifer:  ero  similis  Altissimo.  La  ciencia  se  cree  hoy  en  posesión 
de  la  llave  que  ha  de  abrir  todos  los  misterios  y  resolver  todas  las  difi- 
cultades; está  persuadida  de  que  es  sólo  cuestión  de  tiempo  y  tenaci- 
dad, y  se  impone,  como  un  deber  imprescindible  a  la  Pedagogía  cris- 
tiana, el  advertir  a  los  muchachos  de  ese  peligro,  de  la  vanidad  de  la 
ciencia  cuando  se  aparta  de  Dios,  y  de  que,  a  pesar  de  todas  las  inves- 
tigaciones y  todos  los  métodos  y  todos  los  esfuerzos  reunidos,  no  se 
conseguirá  que  la  torre  de  Babel  científica  llegue  hasta  el  cielo.  Y  en 
esta  cuestión  ningún  recuerdo  tan  oportuno  como  el  de  San  Agustín, 
pues  siendo  su  inteligencia  tan  profunda  como  lo  han  podido  ser  los 
ingenios  más  grandes  que  han  existido  en  la  Humanidad,  le  vemos 
recorrer  todos  los  sistemas  y  cenáculos  de  los  sofistas,  incluso  los  jero- 
glíficos de  los  astrólogos,  y  no  hallar  reposo  hasta  que  ingresa  en  el 
seno  de  la  Iglesia  católica. 

Son  una  advertencia  y  una  enseñanza  sus  desengaños;  lo  es  tam- 
bién la  noble  sinceridad  con  que  investigaba  la  verdadera  sabiduría, 
y,  por  último,  el  armonioso  conjunto  de  la  ciencia  humana  y  divina 
que  se  formó  en  su  espíritu  una  vez  convertido  al  cristianismo. 

En  fin,  no  insistamos  más.  Por  lo  dicho  se  infiere  que  de  las  obras 
de  San  Agustín  puede  recogerse  doctrina  pedagógica  sólida  y  abun- 
dante en  su  doble  aspecto  de  educación  intelectual  y  moral  o  forma- 
ción del  carácter.  Es  además  oportuno  su  recuerdo,  porque,  en  último 
análisis,  contiene  en  resumen  las  orientaciones  de  la  Pedagogía  mo- 
derna, llevando  a  todos  la  ventaja  de  que  su  doctrina  y  sus  tendencias, 
la  preocupación  de  su  espíritu,  es  la  misma  divisa  renovadora  de 
Pío  X:  instaurare  omnia  ¿n  Christó,  Lo  difícil  es  recoger  y  seleccionar 

18 


274  DOCTRINAS  PEDAGÓGICAS  DE  SAN  AGUSTÍN 

tantos  materiales,  ponerlos  en  orden  y  hacerlos  resaltar  de  forma  que 
no  aminoren  y  desdigan  de  la  profundidad  y  grandeza  del  pensamiento 
agustiniano. 

Por  nuestra  parte,  nos  limitaremos  a  un  brevísimo  estudio  de  los 
siguientes  puntos:  1.°,  San  Agustín,  como  profesor;  2.**,  su  sistema  de 
educación  intelectual,  y  3.°,  su  doctrina  moral  o  formación  del  carácter. 
Si  nuestras  indicaciones  sirven  para  que  alguien,  con  una  preparación 
más  sólida,  escriba  un  estudio  completo  de  la  Pedagogía  agustiniana, 
se  habrán  colmado  nuestras  aspiraciones. 

P.  Benito  Garnelo. 
o.  E.  s.  A. 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN 


ñcción  católico-social  (1). 

II 

Continuando  nuestra  reseña  del  movimiento  católico  social  habido  en 
los  últimos  meses,  diremos  siquiera  lo  más  imprescindible  en  las  diferen- 
tes empresas  que  ejercitan  el  celo  de  los  buenos. 

Se  han  celebrado  no  pocos  mítines  agrarios,  desarrollando  en  ellos  los 
propagandistas  temas  de  gran  oportunidad.  Merece  consignarse  la  oposi- 
ción y  censura  general  suscitada  contra  el  decreto  de  reorganización  de  las 
Cámaras  Agrícolas  que  publicó  el  Gobierno  del  Sr.  Sánchez  de  Toca  y  que 
fué  tachado  de  antidemocrático  y  favorecedor  del  antagonismo  de  clases.  La 
orientación  de  dicho  decreto  era  todo  lo  contrario  de  la  que  representa  la 
floreciente  Confederación  Nacional  Católico- Agraria,  que  integran  hoy 
unas  55  Federaciones,  con  un  total  de  480.000  socios  de  toda  la  penínsu- 
la, y  por  lo  mismo  el  decreto  cayó  en  el  desprestigio  desde  el  primer  ins- 
tante por  significar  una  pretensión  de  dar  vida  a  organismos  muertos,  y, 
además,  por  constituir  un  error  de  táctica  para  la  solución  de  los  proble- 
mas actuales. 

A  la  fundación  de  Mutualidades  escolares  dedican  sus  mejores  ener- 
gías propagandistas  celosos  que  están  recorriendo  diferentes  comarcas  de 
la  península,  con  el  objeto  de  establecer  dichos  organismos  sociales.  Uno 
de  los  más  ilustres  apóstoles  de  la  Mutualidad  escolar  explica  así  la  nece- 
sidad de  multiplicar  esas  fundaciones:  «Trátase— dice— de  una  obra  más 
interesante  que  el  mejoramiento  de  nuestros  cultivos,  más  digna  de  aten- 
ción que  el  seguro  de  nuestras  cosechas  y  ganados;  trátase  de  los  niños 


(1)    Véase  la  pág.  133  de  este  volumen. 


276  NOTAS  DE  INFORMACIÓN 

de  nuestros  Sindicatos.»  Hoy  todos  son  lazos  para  esos  corazones  tiernos, 
los  amigos  pérfidos,  la  lectura,  los  espectáculos,  los  malos  ejemplos  que 
dentro  y  fuera  les  extravían,  y  que  por  desgracia  se  repiten  con  demasia- 
da frecuencia.  Por  eso  es  necesario  tutela  y  amparo,  vigilancia  y  direc- 
ción y  sobre  todo  infundirles  las  enseñanzas  de  nuestra  Religión  sagrada. 
¿Cómo  podrá. el  pobre  obrero  educar  a  sus  hijos  si  no  le  deja  tiempo  la 
fábrica  o  el  campo?  ¿Cómo  podrá  prestarle  su  apoyo,  aconsejarle  y  ten- 
derle su  mano  protectora  la  madre  que  trabaje  en  el  taller?  La  Confedera- 
ción se  encarga,  por  medio  de  Sindicatos  y  Federaciones  de  llevar  a  feliz 
término  esta  hermosa  obra. 

He  aquí  lo  que  pudiéramos  llamar  programa  del  Patronato  de  jóvenes 
de  la  C.  N.  C.  A.  para  remediar  el  abandono  moral  en  que  se  encuentran 
por  el  desamparo  de  la  ley  o  por  su  inobservancia  y  también  por  falta  de 
instituciones  auxiliares  o  complementarias  de  la  educación  en  la  familia. 
El  remedio  ha  de  llevarse  a  cabo;  1.°,  atendiendo  a  su  formación  moral  en 
reuniones  catequistas  dominicales  y  asociaciones  que  promuevan  todos 
los  actos  de  la  piedad  cristiana;  2.°,  cuidando  de  su  elevación  intelectual 
en  escuelas  primarias  diurnas  y  nocturnas,  clase  de  dibujo  en  toda  su  ex- 
tensión, agricultura,  contabilidad,  música,  francés  y  demás  enseñanzas  de 
necesidad  universal,  auxiliadas  con  la  facilitación  de  bibliotecas  ambulan- 
tes, repetidos  actos  literarios  y  representaciones  dramáticas;  3.°,  favorecien- 
do su  educación  social  por  medio  de  conferencias  y  veladas  instructivas  y 
por  la  práctica  de  la  mutualidad  y  ahorro;  y  4.°,  dedicanto  también  la  con- 
veniente atención  a  su  desarrollo  físico  por  medio  de  deportes,  excursio- 
nes campestres,  vacaciones  para  los  débiles  y  auxilio  facultativo  a  los  en- 
fermos. El  programa  no  puede  ser  más  completo  y  seguramente  ha  de 
proporcionar  muchos  frutos  de  regeneración  social. 

Se  ha  redactado  ya  el  reglamento  de  las  Mutualidades  infantiles,  que 
tienen  por  objeto  despertar  en  los  niños,  desde  su  más  tierna  edad,  el  es- 
píritu de  asociación  y  mutuo  apoyo,  así  como  los  hábitos  de  previsión  y 
ahorro.  Claro  está,  que  entrando  en  ellas  niños  que  nadan  en  la  abundan- 
cia, al  tener  que  convivir  con  el  niño  que  vive  en  la  estrechez,  se  estable- 
cerían corrientes  de  simpatía  comunicándose  mutuamente  esas  almas  pu- 
ras, y  merced  al  desprendimiento  y  generosidad  del  uno  y  al  ahorro  del 
otro,  se  conseguirán  grandes  provechos,  para  que  en  el  día  de  mañana 
sean  una  garantía  de  la  Religión  y  la  Patria. 

No  es  ajena  a  los  fines  que  se  persiguen  con  esta  institución  la  ayuda 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN  277 

a  los  padres  de  los  niños  enfermos,  constituyendo  a  su  favor  una  pensión 
de  retiro  para  la  vejez,  todo  lo  cual  se  obtiene  mediante  la  cuota  de  diez 
céntimos  semanales.  Entra  en  los  propósitos  de  la  Federación  implantar 
la  Bolsa  de  Trabajo,  Caja  de  Reaseguro  y  Hoja  mutualista,  encaminada  a 
la  formación  intelectual  y  religiosa  del  niño. 

— No  hay  razón  para  negar  a  la  mujer  una  mayor  colaboración  activa  en 
la  salvación  de  la  sociedad,  interviniendo  más  directamente  en  los  asuntos 
públicos,  pero  siempre  con  subordinación  a  sus  deberes  primordiales  que 
son  los  de  la  familia.  «Las  cambiadas  condiciones  de  los  tiempos—decía 
recientemente  S.  S.  Benedicto  XV  al  Comité  de  Unión  Católica  italiana 
de  mujeres — han  podido  señalar  a  la  mujer  atribuciones  y  derechos  que 
en  otras  épocas  no  se  hubiesen  consentido.  Pero  ningún  cambio  en  las  opi- 
niones de  los  hombres,  y  ninguna  novedad  de  cosas  y  de  sucesos  podrán 
jamás  alejar  a  la  mujer,  que  conoce  su  propia  misión,  de  ese  centro  natu- 
ral para  ella,  que  es  la  familia.  Ella  es  la  reina  del  hogar  doméstico,  y  aun 
cuando  se  encuentre  lejana  de  éste,  debe  dedicar  al  mismo  no  sólo  su 
cariño  de  madre,  sino  también  sus  cuidados,  del  mismo  modo  que  un  so- 
berano, que  se  encuentra  lejos  de  sus  Estados,  no  descuidaría  el  bien  de 
éstos.  Con  razón  podemos  decir  que  el  cambio  de  las  condiciones  ha  en- 
sanchado el  campo  de  la  actividad  de  la  mujer.  A  la  acción  más  estrecha 
que  ha  ejercido  hasta  aquí  entre  las  paredes  domésticas,  sucede  hoy  un 
apostolado  más  amplio  ejercido  en  medio  del  mundo;  pero  este  apostola- 
do debe  ejercerse  de  manera  que  demuestre  que  la  mujer,  tanto  fuera 
como  dentro  de  la  casa,  no  olvida  su  deber  de  consagrar  sus  principales 
cuidados  a  la  familia.» 

Son  las  palabras  de  Su  Santidad  una  advertencia  sobre  los  peligros 
que  puede  haber  en  la  aplicación  de  muchos  puntos  que  abarcan  las  lla- 
madas teorías  feministas,  y  son  al  mismo  tiempo  una  indicación  sobre  la 
orientación  general  que  ha  de  tener  la  acción  social  de  la  mujer,  que  es 
extender  su  apostolado.  En  España  las  organizaciones  de  esta  índole  pro- 
tectoras de  la  mujer  se  hallan  todavía  en  embrión.  Véase,  sin  embargo,  que 
en  Francia,  por  ejemplo,  florece  un  conjunto  de  instituciones  que,  bien 
dirigidas,  pueden  producir  inmensos  beneficios,  como  Círculos  de  estu- 
dios, cursos  profesionales.  Cajas  de  retiro.  Cooperativas,  asilos  infantiles 
para  hijos  de  las  sindicadas,  mutualidad  en  sus  varias  formas,  cursos  de 
economía  doméstica  y  talleres  para  las  que  no  tienen  trabajo. 

Muchas  de  esas  obras  se  han  inaugurado  ya  en  diferentes  poblaciones 


278  NOTAS  DE  INFORMACIÓN 

de  nuestro  país,  pero  necesitan  todavía  más  amplio  desarrollo  si  han  de 
evitarse  los  peligros  que  del  feminismo  mal  entendido  pueden  venir. 

J.  García. 


Sobre  el  Grupo  de  la  Democracia  Cristiana. 

El  presidente  de  esta  agrupación,  Severino  Aznar,  acaba  de  recibir  de 
monsieur  Pottier  el  interesante  documento  que  publicamos  a  continuación, 
Mr.  Pottier  es  hoy  acaso  el  maestro  social  de  más  autoridad  en  Europa. 
Lo  llevó  a  Roma  León  XIII,  lo  nombró  Pío  X  catedrático  de  Sociología 
en  el  Colegio  Leoniano,  lo  ha  nombrado  Benedicto  XV  consiliario  y  ga- 
rante de  la  ortodoxia  de  la  acción  social  católica  en  Italia.  El  documento 
dice  así: 

Roma,  23  de  Diciembre  de  1919. 

Sr,  D,  Severino  Aznar.  Muy  querido  profesor: 

Permítame  que  desde  luego  le  manifieste  la  viva  y  respetuosa  sim- 
patía que  me  inspira  la  iniciativa^  tan  meritoria  y  tan  oportuna,  que  us- 
ted y  sus  ilustres  amigos  han  tenido  al  fundar  eU  Grupo  de  la  Democra- 
cia Cristiana».  Con  un  interés  palpitante  y  con  una  alegría  profunda  he 
leído  su  comunicación  y  los  documentos  anejos.  A  pesar  de  que  no  co- 
nozco la  lengua  española  con  mucha  perfección,  con  gran  satisjacción 
mía  he  podido  enterarme  perfectamente  de  todo. 

Con  verdadero  regocijo  he  podido  comprobar  que  el  programa  socia- 
en  que  ustedes  exponen  las  bases  de  organización  y  el  <cprograma  doctri- 
nal y  de  acción  del  sindicalismo  obrero  católico*,  responde  en  su  conjun- 
to a  las  necesidades  que  hoy  se  imponen.  Abordan  ustedes  en  él  todas  las 
cuestiones  candentes  que  preocupan  y  agitan  al  IV  Estado  en  todas  las 
caciones  civilizadas,  cuestiones  de  las  que  no  es  posible  ni  lícito  prescin- 
dir sin  ponerse  «ipsofacto»  fuera  de  las  corrientes  vitales  que  animan  a 
la  sociedad  contemporánea,  cuestiones  que  los  católicos,  que  comprendan 
su  deber,  deben  resolver  con  una  franqueza,  con  una  sinceridad  y  pleni- 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN  279 

tud  capaces  de  provocar  la  atención  y  suscitar  la  confianza  de  las  masas 
populares. 

Es  el  programa  de  ustedes  un  programa  máximo,  y  a  mi  juicio  de  una 
oportunidad  urgente.  Los  católicos  debemos  vaciar  el  programa  socialis- 
ta de  todo  lo  que  hay  en  él  de  justo  y  verdadero.  Es  condición  imprescin- 
dible para  triunfar  de  él  y  para  salvar  la  civlización  cristiana.  Entre  las 
reivindicaciones  obreras  que  ese  socialismo  agita,  hay  machas  cosas  jus- 
tas y  legitiman  que  en  fin  de  cuentas  y  si  se  quiere  penetrar  hasta  el  fon- 
do de  las  cosas  son  robos  perpetrados  a  la  moral  católica.  Esa  parte 
justa  de  las  reivindicaciones  obreras  es  la  única  que  en  definitiva  consti- 
tuye los  éxitos  de  la  propaganda  roja  que  se  hace  entre  las  masas  obre- 
ras, todavía  profundamente  cristianas,  pero  ignarantes  y  fáciles  de  sedu- 
cir por  fragmentos  de  justicia  y  de  verdad.  Démosles  <toda  la  verdad  y 
toda  la  justicia*  y  acabarán  por  venir  a  nosotros.  Y  como  se  las  daremos 
en  nombre  de  Nuestro  Señor,  hacia  Nuestro  Señor  volverán  con  recono- 
cimiento y  fidelidad. 

*Los  que  todavía  hoy  con  su  critica  menuda  sobre  detalles  sin  impor- 
»tancia,  o  fuera  de  toda  intención  y  realidad,  zahieren  y  acosan  a  los  cató- 
*  lieos  que  van  a  la  substancia  de  las  cosas  y  a  las  necesidades  imperiosas 
»del  momento,  con  motivo  del  nombre  que  se  dan  con  ortodoxia  e  inten- 
>ción  insospechables  y  para  triunfar  mejor  en  su  empresa  grandiosa  y 
ysanta»,  hacen  *como  el  labrador  que  se  entretiene  en  pelar  ranas  en  el 
prado,  mientras  arde  su  ganado  en  el  establo*.  No  niego  la  buena  fe  de 
nadie,  pero  desgraciadamente  hay  todávia  quienes  tienen  ojos  y  no  ven. 

No  gastaré  tiempo  en  poner  de  relieve  ni  en  discutir  las  argucias  histó- 
ricas y  de  otro  orden  con  que  se  pretende  condenar  la  etiqueta  de  *  De- 
mocracia Cristiana*  con  que  ustedes  presentan  su  movimiento  social 
Básteles  saber  que,  sea  lo  que  sea  el  pasado,  hoy  todos  los  católicos  so- 
ciales de  Italia,  Bélgica  y  Francia  se  proclaman  altamente  en  sus  palabras 
y  en  sus  escritos  Demócratas  Cristianos.  En  la  misma  Roma  es  el  nom- 
bre corriente  que  se  dan  todos  nuestros  amigos.  En  Bélgica  se  llama  tLe 
Demácrate*  el  diario  oficial  de  los  católicos  sociales.  Hace  muchos  años 
que  se  hace  asi,  Y  ni  el  Papa  ni  los  Obispos,  que  son  todos  los  días  tes- 
tigos de  estos  hechos,  sienten  recelo  o  suscitan  reclamación  alguna  con- 
tra ellos.  Yo  no  tengo  la  menor  duda  de  que  acerca  de  eso  está  tranquilo 
el  Vaticano,  y  tengo  el  convencimiento  de  que  esa  cuestión,  que  hoy  no  es 
ya  más  que  cuestión  de  palabras,  está  fuera  de  sus  preocupaciones,  A  mi 


280  NOTAS  DE  INFORMACIÓN 

humilde  juicio,  el  tiempo  y  la  tinta  que  ustedes  gasten  en  polémicas  sobre 
su  nombre,  serán  tiempo  y  tinta  perdidos.  Vayan  a  la  realidad  sin  vaci- 
laciones, de  prisa.  En  cuanto  a  lo  demás  «guarda  e  passa.> 

A  fin  de  evitar  retraso  en  mi  contestación,  acabo  aqui  esta  carta  y  les 
presento  a  ustedes  y  a  sus  ilustres  amigos,  con  mis  felicitaciones  caluro- 
sas, la  expresión  de  mi  homenaje  respetuoso  y  lleno  de  afecto. 

A.    POTTIER.» 


REVISTA  CANÓNICA 


Declaración  complementaria  del  Código  sobre  enajenación  de  cosas  y  bie- 
nes eclesiásticos. 

Entre  los  requisitos  esenciales  que  establece  el  Código  para  la  lícita  y 
válida  enajenación  de  las  cosas  y  bienes  eclesiásticos,  encontramos  (ca- 
non 1.530;  p.  3.°)  el  de  la  licencia  debida  del  superior  legítimo.  Y  el  le- 
gítimo superior  para  las  enajenaciones  de  reliquias  insignes  o  de  imágenes 
preciosas,  o  de  las  demás  reliquias  e  imágenes,  que  sin  ser  insignes  ni  pre- 
ciosas, sean  tenidas  en  alguna  iglesia  en  gran  veneración  por  parte  del  pue- 
blo (can.  1.281),  es  siempre  la  Santa  Sede,  como  lo  es  también  para  los 
bienes  que  excedan  del  valor  de  treinta  mil  liras  o  francos,  y  para  las  cosas 
preciosas  (can.  1.582),  En  los  demás  casos,  el  legítimo  superior  es  el  Or- 
dinario del  lugar,  cuya  autoridad  tendrá  que  sujetarse  a  distintas  formali- 
dades de  trámite,  según  la  cuantía  e  importancia  de  los  bienes  que  se  quie- 
ren enajenar.  Porque  si  el  valor  de  la  cosa  alienable  no  excede  de  mil  liras 
o  francos,  basta  oír  al  Consejo  de  administración  y  obtener  el  consenti- 
miento de  aquellos  a  quienes  el  acto  interesa,  a  no  ser  que  de  tan  escaso 
momento  sea  la  cosa,  que  releve  de  toda  formalidad;  pero  si  el  valor  se 
halla  entre  los  dos  límites  extremos  de  mil  y  treinta  mil,  entonces  además 
del  consentimiento  del  Consejo  de  administración  y  de  aquellos  a  quienes 
la  venta  o  enajenación  interesa,  se  requiere  también  el  consentimiento  del 
Capítulo  catedral. 

¿En  qué  concepto  habrán  de  tenerse,  y  bajo  qué  jurisdicción  caerán 
las  alhajas  en  orden  a  estos  fines  y  demás  dones  votivos,  con  que  la  piedad 
de  los  fieles  suele  exornar  las  imágenes,  reliquias,  etc.,  que  venera  en  algu- 
na iglesia,  capilla  pública  o  santuario? 

Difícil  era,  ateniéndonos  sólo  al  contenido  del  Código,  dar  satisfacto- 
riamente una  respuesta  a  las  preguntas  que  anteceden.  Por  lo  cual  me  pa- 
rece de  suma  importancia  la  resolución  aclaratoria  y  complementaria  de 


282  REVISTA  CANÓNICA 

la  doctrina  del  Código,  dada  sobre  este  particular  por  la  Sagrada  Congre- 
gación del  Concilio  el  12  de  Julio  de  1919,  y  aprobada  y  confirmada  por 
nuestro  Santísimo  Padre  Benedicto  XV  en  la  audiencia  habida  al  día  si- 
guiente con  el  Secretario  de  dicha  Congregación. 

El  caso  que  dio  motivo  a  la  resolución  predicha,  es  el  siguiente:  Con 
el  santo  fin  de  ampliar  cierta  iglesia  de  su  ciudad  episcopal,  el  Obispo  N., 
consultado  el  Consejo  de  administración  diocesana,  según  la  mente  del 
canon  1.532,  permitió  la  venta  de  algunos  de  los  dones  votivos  que  enri- 
quecían una  sagrada  imagen  de  la  misma  iglesia,  de  gran  veneración  por 
parte  de  los  fíeles,  hasta  alcanzar  la  suma  de  mil  liras,  que  era  la  cantidad 
que,  según  su  creencia,  le  permitía  la  ley.  Pero  como  la  referida  suma,  ni 
aun  unida  con  otras  oblaciones  de  los  fieles,  era  suficiente  para  pagar  los 
gastos  con  tal  objeto  ya  hechos,  gastos  que  ascendían  a  la  cantidad  de  seis 
mil  liras;  y  habiéndose  hecho  inútil,  por  razones  que  singularmente  expo- 
nía el  mencionado  Obispo  a  la  Congregación,  el  acudir  en  demanda  de 
consentimiento  al  Consejo  de  administración  y  al  Capítulo  catedral,  recu- 
rrió a  la  Santa  Sede  pidiendo  la  facultad  de  poder  enajenar  las  alhajas  de 
oro,  plata  y  piedras  preciosas,  que  como  dones  votivos  adornaban  la  vene- 
rada imagen  referida,  hasta  poder  cubrir  los  gastos  en  cuestión  ya  reali- 
zados. 

No  hay  que  decir,  que  atendida  la  urgente  necesidad  del  caso,  la  Sa- 
grada Congregación  otorgó  benignamente,  con  la  aprobación  de  nuestro 
Santísimo  Padre,  al  Obispo  peticionario  la  suplicada  licencia;  pero  subsa- 
nando a  la  vez  la  enajenación  y  erogación  precedentes,  y  añadiendo  ade- 
más a  la  concesión  la  cláusula,  *dummodo  supersit  congruas  numeras 
donar iorum  ad  ornatum  sacrae  iconis,  et  adhíbeantur  opportunae  caute- 
lae  ne  scandalum  aui  admiratio  in  populo  exoríatun* 

Habiéndole  sorprendido  al  Obispo  la  inesperada  subsanación  de  lo 
precedente,  y  deseando  evitar  en  adelante  todo  error  en  semejantes  nego- 
cios, acudió  de  nuevo  a  los  eminentísimos  Padres,  proponiéndoles  para  su 
resolución  las  siguientes  dudas: 

I.  An  donaría  votiva  in  ordine  ad  alienationem  recensenda  sint  inter 
res  pretiosas  de  guibas  in  can.  1.532,  p.  /,  /z.  /. 

II.  Quinam  valor  dici  possit  notabilis  in  rebus  pretiosis  Ha  ui  earum 
alienatio  sit  Ordinariis  locorum  vetita. 

Cierto  es  que  explícitamente  nos  señala  el  Código  (can.  1.497,  p.  2.*) 
los  caracteres  constitutivos  de  las  cosas  preciosas,  y  de  otro  lado  nos  de- 


REVISTA  CANÓNICA  283 

termina  también,  en  los  párrafos  2.°  y  3.*  del  canon  1.532,  la  suma  de  bie- 
nes de  que  los  Ordinarios  pueden  disponer  en  orden  a  estos  justos  fines 
de  enajenación  y  erogaciones  convenientes.  No  obstante,  imposible  nos 
hubiera  sido  dar  de  antemano  solución  acertada  y  categórica  a  las  cuestio- 
nes integrales  formuladas,  por  la  dificultad  de  apreciar  en  sus  precisos  lí- 
mites alguno  de  sus  conceptos. 

Son  cosas  preciosas  «las  que  tienen  un  valor  notable  por  razón  de  su 
arte  e  historia,  o  bien  por  razón  de  su  materia».  ¿Pero  hasta  dónde  ha  de 
llegar  la  notabilidad  del  valor  materialmente  considerado,  aun  prescindien- 
do aquí  de  los  demás  caracteres  de  estimación  afectiva,  pues  mientras  para 
algunos  autores  es  valor  notable  en  las  cosas  preciosas  todo  lo  que  tiene 
algún  precio,  no  hay  para  otros  tal  notabilidad  de  valor,  si  éste  no  alcanza 
la  suma  de  treinta  mil  liras?...  Y  aunque  rechacemos  como  falsas,  por  no 
apoyarse  ni  en  el  más  leve  fundamento  de  probabilidad,  estas  opiniones 
de  límites  extremos,  y  demos  por  válida  y  segura  la  opinión  que  asigna  al 
valor  notable  la  cantidad  de  mil  liras,  que  es  la  opinión  media  más  co- 
rriente, y  la  que  está  más  de  acuerdo  con  la  línea  de  separación  de  valores 
establecida  por  el  Código;  ¿tienen  hoy  las  cosas  y  la  moneda  el  mismo  va- 
lor que  antes  y  aun  durante  la  guerra  han  tenido,  y  será  igual  el  aprecio 
que  de  ellas  se  haga  el  día  de  mañana? 

A  esto,  que  ya  crea  una  dificultad  seria  y  grave  de  apreciar  material- 
mente la  cualidad  de  cosa  preciosa,  se  une  el  que  los  dones  votivos  entra- 
ñan además  otro  elemento  cualitativo  de  estimación,  que  es  más  difícil  de 
medir  y  determinar  todavía.  Constituyen,  pues,  una  especialidad  que  no 
debe  medirse  por  las  reglas  ordinarias  de  los  bienes  comunes. 

Efectivamente,  los  dones  votivos  son  algo,  si  bien  de  carácter  extrínse- 
co y  accesorio,  que  aumenta  y  acrece  la  estimación  de  las  imágenes  y  re- 
liquias veneradas  a  quienes  se  unen,  y  cuyo  acto  de  enajenación  parece 
que  rechaza  la  devoción  y  piedad  de  los  fíeles.  Tienen  igualmente  toda  la 
apariencia  y  realidad  de  un  verdadero  acto  de  religión,  en  virtud  del 
cual  se  crea  un  lazo  indisoluble  entre  los  dones  votivos  y  la  imagen  o  re- 
liquia que  se  ofrecen,  quedando  por  este  hecho  dichos  dones,  y  por  la 
virtual  intención  del  donante,  fuera  al  parecer  de  todo  comercio  humano. 

Fundada,  sin  duda,  en  tales  y  otras  análogas  razones,  y  teniendo  muy 
a  la  vista  estos  especialísimos  aspectos  de  los  dones  votivos,  siempre  se 
consideró  la  Santa  Sede  en  el  deber  de  reservarse  las  licencias  de  conce- 
sión para  la  enajenación  de  los  mismos;  licencias  que  hasta  el  presente  ha 


284  REVISTA  CANÓNICA 

venido  otorgando  por  medio  de  la  Sagrada  Congregación,  no  a  modo  de 
facultad,  sino  en  forma  de  indulto  para  cada  uno  de  los  casos  en  particu- 
lar. Y  claro  es:  no  era  de  presumir  que  tal  observancia  hubiera  podido 
quedar  tácitamente  abolida  por  el  Código,  dadas  las  razones  de  bien  pú- 
blico que  la  hacen  conveniente  y  aun  necesaria. 

Por  todo  lo  cual,  los  Eminentísimos  Padres  de  la  Sagrada  Congrega- 
ción del  Concilio,  desentendiéndose  de  contestar  directamente  a  cada  una 
de  las  dos  dudas  propuestas  por  el  Obispo  N.,  juzgaron  más  propio  y  acer- 
tado aclarar  y  precisar  la  principal  cuestión  en  ellas  contenida,  refundién- 
dolas en  una  sola,  que  formularon  de  la  manerB  siguiente:  An  donarla  vo- 
tiva alienári  possint  absque  beneplácito  Apostollcae  Sedls?  La  respuesta 
es,  desde  luego,  ^Negative»;  así,  escueta  y  categóricamente. 

No  pueden,  por  consiguiente,  enajenarse  los  dones  votivos  sin  licencia 
de  la  Santa  Sede;  proposición  que  viene  a  completar  de  un  modo  termi- 
nante las  reservas  establecidas  en  el  Código  sobre  este  punto  interesantí- 
simo de  los  bienes  eclesiásticos. 

P.  Anselmo  Moreno 
o.  s.  A. 


Comisión  Pontificia  para  la  interpretación  auténtica  de  los  sagrados 

cánones. 

Dudas  resueltas  en  sesión  plenaria  de  los  Emmos.  Cardenales. 

Can.  6.—\.  Utrum  praescripta  decreti  S.  C.  C.  diei  30  nov.  1910  «De- 
corem  domus  Dei  «efe  chori  disciplina  in  urbe  servanda*  I-VIII,  adhuc 
vigeant. 

Resp.:  Affirmative. 

Can.  10.— 2.  Utrum  vota  religiosa  Simplicia  perpetua  ex  parte  voven- 
tis,  emissa  ante  promulgationem  Codicis  in  Religionibus  votorum  so- 
llemnium,  sive  virorum  sive  mulierum,  sint  moderanda  quoad  modum  di- 
missionis  religiosorum  et  quoad  effectus  dimissionis  a  iure  antiquo  vigente 
ante  Codicem. 

Resp.:  Affirmative. 

Can.  199,  §  1  et  874,  §  /.— 3.  Utrum  ad  normam  canonum  199,  §  1, 
et  874,  §  1,  Parochi,  Vicarii  parochorum,  aliive  sacerdotes  ad  universita- 


REVISTA  CANÓNICA  285 

tem  causarum  delegati,  possint  sacerdotibus  sive  saecularibus  sive  religio- 
sis  delegare  iurisdictionem  ad  confessiones  recipiendas,  aut  saltem  iisdem, 
iam  approbatis,  iurisdictionem  extendere  ultra  fines  loci  vel  personarum^ 
intra  quos  ad  normam  can.  878,  §  1,  fuerit  circumscripta;  an  ad  id  egeant 
speciali  facúltate  seu  mandato  Ordinarii  loci. 

Resp.:  Negative  ad  primam  partem,  affírmative  ad  secundam. 

Can.  395,  §  L— 4.  An  vi  canonis  395,  §  1,  Episcopus  teneatur  pro 
quotidianis  distributionibus,  tam  in  Cathedralibus  quam  in  Collegiatis, 
tertiam  partem  fructuum  separare,  etiam  si  in  dictis  ecclesiis  distributiones 
chórales,  quamvis  tenues,  originem  repetant  ex  privilegio  apostólico. 

Resp.:  Affírmative. 

Can,  396,  §  2.-5.  An  optio,  de  qua  in  canone  396,  §  2,  censeatur 
prohibita,  etiam  ubi  viget  ex  speciali  indulto  apostólico. 

Resp.:  Affírmative. 

Can.  422,  §  2.-6.  Utrum  Canonici  iubilati  sint  exempti  a  servitio  al- 
taris  pro  sua  vice  praestando,  non  obstante  contraria  cbnsuetudine. 

Resp.:  Affirmative. 

Can.  542.-7.  Utrum  verba  qai  sectae  acatholicae  adhae  seruni  cano- 
nis 542  sint  intelligenda  de  iis,  qui  Dei  gratia  moti  ex  haeresi  vel  schismate, 
in  quibus  nati  sunt,  ad  Ecclesiam  pervenerint;  an  potius  de  iis  qui  a  fíde 
defecerunt  et  sectae  acatholicae  adhaeserunt. 

Resp.:  Negative  ad  primam  partem,  affirmative  ad  secundam. 

Can.  567,  §  1  et  568,  n.  7.-8.  Utrum,  ad  normam  canonis  567,  §  1, 
et  canonis  578,  n.  1,  novitii  et  professi  a  votis  temporaneis,  si  morte  praeve- 
niantur,  ad  eadem  ac  professi  a  votis  sollemnibus,  aut  professi  a  votis  sira- 
plicibus  perpetuis,  suffragia  ius  habeant,  etiamsi  aliter  ferant  constitutiones 
antea  approbatae  a  S.  Sede. 

Resp.:  Affirmative  et  ad  mentem. 

Mens  est:  Ordines  et  Congregationes  religiosae  possunt  congrua  ea- 
demque  suffragia  pro  ómnibus  novitiis,  temporanee  professis  et  professis 
a  votis  sollemnibus  aut  professis  a  votis  simplicibus  per^Detuis,  praescribe- 
re  in  suis  constitutionibus  emendandis  et  pro  approbatione  exhibendis  ad 
normam  eiusdem  S.  Congregationis  Decretum  diei  26  iunii  1918. 

Can.  569,  §  /.— 9.  Num  verba  nisi  constitutiones  aliad  ferant  cano- 
nis 569,  §  1,  ad  vocem  libere  referantur,  ita  ut  liceat  per  constitutiones  de- 
terminare in  quem  finem  de  usu  et  usufructu  a  novitiis  sit  statuendum. 

Resp.:  Constitutiones  ante  promulgationem  Codicia  approbatae  servan- 


286  REVISTA  CANÓNICA 

dae  sunt  sive  novitiis  adimant  ius  disponendi  de  usu  et  usufructu  suorum 
bonorum,  sive  hoc  ius  limitent,  seu  praefiniant. 

Can.  621  f  §  7.— 10.    Utrum  canon  621,  §  1,  intelligendus  sit  tantum  de 
religiosis  mendicantibus  strictu  sensu  dictis;  an  etiam  de  illis,  qui  latiori 
sensu  tales  appellantur,  uti  sunt  Fratres  Ordinis  Praedicatorum. 
Et  quatenus  affirmative  ad  primam  partem. 

An  dicti  mendicantes  indigeant  Ordinarü  licentia,  si  velint  stipem  pe- 
tere  in  dioecesi  pro  aedifícatione,  ornatu,  etc.,  suarum  ecclesiarum.  ' 

Resp.:  Affirmative  ad  primam  partem,  negative  ad  secundam;  quod 
vero  attinet  ad  licentiam  ab  Ordinario  obtinendam  provisum  in  cit.  can. 
621,  §  1. 

Can.  756  et  98,— 1\,  Utrum  qui  ad  preces  parentum,  contra  praescrip- 
tum  canonis  756,  a  ritus  alieni  ministro  baptizati  sunt,  pertineant  ad  ritum 
in  quo  sunt  baptizati,  vel  ad  ritum  in  quo,  iuxta  praescriptum  canonis  756, 
baptizari  debuissent. 

Resp.:  Proutcasus  exponitur,  negative  ad  1™  partem,  affirmative  ad  2  ™. 
Can.  822,  §  4.—\2.    Utrum  facultas  celebrandi  Missam  in  domo  pri- 
vata  sit  ab  Ordinario,  ad  normam  canonis  822,  §  4,  interpretanda  res- 
trictive. 

Resp.:  Affirmative. 

Can.  897.— 13.    Utrum,  ad  normam  can.  987,  impedimentis  adnume- 

randus  sit  is,  cuius  pater  vel  mater  tantum  est  acatholicus,  alter  parens  ca- 

tholicus.  Et,  quatenus  affirmative,  an  etiam  eo  in  casu,  quo  matrimonium 

mixtum  datis  cautionibus  cum  dispensatione  in  hoc  vetito  contractum  fuit. 

Resp.:  Affirmative  in  ómnibus. 

Can.  1205,  §  2.— lA.  An  sepultura  fídelium,  quae  locum  obtinet  in 
ecclesia  subterránea,  censenda  sit  facta  in  ecclesia  in  sensu  canonis 
1205,  §  2. 

Resp.:  Affirmative,  si  agatur  de  ecclesia  subterránea,  quae  sit  veré  et 
proprie  ecclesia,  divino  cultui  addicta. 

Can.  72/5.— 15.  Utrum  periculum  offensionis,  vulgo  malumore,  ex 
parte  fidelium  et  cleri  sit,  ad  normam  canonis  1215,  gravis  causa,  quae  ex- 
cuset  a  transferendis  cadaveribus  fídelium  e  loco  in  quo  reperiuntur,  ad 
ecclesiam  ubi  funus  persolvatur. 

Resp.:  Negative,  et  consuetudinem  non  transferendi  cadavera  fídeliumi 
antequam  tumulentur,  e  loco  in  quo  reperiuntur  in  ecclesiam  esse  repro- 
bandam. 


REVISTA   CANÓNICA  287 

Can.  1355, 1356,  144L—\6.  An  in  collatione  paroeciarum  non  rcser- 
vatarum  possit  Episcopus  imponere  pro  una  vice  tantum  moderatam  ta- 
xam  favore  Seminarii,  etiamsi  paroecia  de  qua,  obnoxia  sit  tributo  huic 
Instituto  solvendo. 

Resp.:  Recurrendum  esse  in  singulis  casibus  ad  S.  Congregationes  com- 
petentes. 

Can.  1990.— n.  Utrum  Ordinarius,  praetermissis  iuris  sollemnitati- 
bus  in  Constitutione  Apostolia  Dei  miseraiione  riquisitis,  matrimonium 
possit  declarare  nullum  cum  interventu  tamen  defensoris  vinculi  matrimo- 
nialis,  quin  opus  sit  secunda  sententia,  hisce  in  casibus,  nempe: 

1)  Si  dúo  catholici,  in  loco  certe  antehac  obnoxio  cap.  Tametsi  Conc. 
Tridentini,  vel  post  Decretum  Ne  temeré,  matrimonium  civile  tantum  inie- 
runt,  omisso  ritu  ecclesiastico,  et  obtento  civili  divortio,  novum  in  Ecclesia 
inire  student  matrimonium  vel  novum  matrimonium,  civiliter  initum,  in 
foro  Ecclesiae  convalidare. 

2)  Aut  catholica  pars,  quae  cum  acatholica,  spretis  Ecclesiae  legibus, 
in  templo  sectae  protestanticae  (in  loco  certe  antehac  obnoxio  cap.  Tametsi 
Conc.  Tridentini,  et  ubi  Benedictina  declaratio  extensa  non  est,  vel  post 
Decretum  Ne  temeré)  matrimonium  contraxit,  obtento  civili  divortio,  in 
facie  Ecclesiae  novum  matrimonium  cum  catholico  consorte  inire  vult. 

3)  Aut  apostatae  a  fíde  catholica,  qui  in  apostasia  civiliter  vel  ritu 
alieno  se  iunxerunt,  obtento  civili  divortio,  poenitentes  ad  Ecclesiam  rediré 
et  cum  parte  catholica  alteras  nuptias  in  Ecclesia  celebrare  desiderant. 

Resp.:  Casus  supra  memorati  nullum  iudicialem  processum  requirunt 
aut  interventum  defensoris  vinculi,  sed  resolvendi  sunt  ab  Ordinario  ipso, 
vel  a  Parocho,  consulto  Ordinario,  in  praevia  investigatione  ad  matrimo- 
nii  celebrationem,  de  qua  in  can.  1019  et  seqq. 

Romae,  10  octobris  1919. 

Petrus  Card.  Gasparri,  Praeses 

Aloisius  Sincero,  Secretarias, 


bibliografía 


Nuevo  tratamiento  quirúrgico  del  estrabismo,  por  el  Dr.  B.  Castresana,  jefe 
facultativo  del  Instituto  Oftálmico  Nacional.— Publicado  en  El  Siglo  Médico. 
Madrid.  Imprenta  del  Sucesor  de  Enrique  Teodoro,  glorieta  de  Santa  María 
de  la  Cabeza,  1.  1919.  En  8.**  menor,  de  95  págs.  y  54  grabados. 

Con  la  competencia  peculiar  en  tan  celebrado  maestro,  aborda  el  doc- 
tor Castresana  el  arduo  problema  del  estrabismo  y  su  curación.  Para  po- 
ner en  claro  el  fundamento  científico  del  procedimiento  por  él  empleado, 
hace  un  breve  y  profundo  examen  de  los  métodos  más  en  boga  y  patroci- 
nados por  prestigiosos  médicos,  propios  y  extraños;  y  después  de  señalar 
los  defectos  e  inconvenientes  que  entrañan,  expone  con  admirable  senci- 
llez el  suyo  propio,  verdadero  invento,  comprobándolo  con  abundantes  da- 
tos basados  en  hechos  experimentales.  El  Dr.  Castresana  no  se  satisface  con 
criticar  y  poner  de  relieve  las  deficiencias  de  los  métodos  más  usuales  para 
curar  el  estrabismo;  esa  obra,  sin  duda  laudable,  sería  sólo  de  demolición, 
sino  que  su  labor  es  constructiva,  puesto  que  señala  su  procedimiento  como 
el  más  racional  y  científico  para  reemplazar  a  los  seguidos  hasta  el  pre- 
sente. ¿En  qué  consiste  ese  método? 

«El  doble  avanzamiento  muscular  sencillo  indirecto— tszúht  el  ilustre 
Dr.  Castresana— o  con  resección  de  cierta  cantidad  de  músculo,  siempre 
asociado  a  la  sutura  romboidal  y  combinado  con  la  debilitación  de  los 
músculos  antagonistas  cuando  la  desviación  estrábica  es  pronunciada, 
me  parece  el  tratamiento  ideal  del  estrabismo  en  la  actualidad.  Las  desvia- 
ciones estrábicas  de  poca  intensidad  se  corrigen  con  el  doble  avanza- 
miento sencillo  indirecto,  pequeña  resección  tendenciosa  y  la  sutura  rom- 
boidal. En  los  grados  fuertes  de  estrabismo  es  preciso  añadir,  además,  la 
resección  muscular  en  mayor  o  menor  ¡extensión,  y  la  debilitación  de  los 
músculos  antagonistas.  Con  este  tratamiento  quirúrgico,  la  corrección  es- 
tética conseguida  desde  el  primer  momento  persiste,  y  mejora  en  el  por- 
venir al  restablecerse  el  equilibrio  muscular,  lo  que  no  ocurre  generalmen- 
te con  otros  procedimientos...»  Pág.  94. 


BIBLIOGRAFÍA  289 

Este  procedimiento  quirúrgico  para  corregir  el  estrabismo  es  nuevo  e 
invención  del  Dr.  Castresana;  porque  como  él  mismo  consigna:  «...  si  a  un 
procedimiento  operatorio  se  le  modifica  en  su  principio  fundamental,  y 
además  se  le  añade  un  acto  quirúrgico,  que  viene  a  complementarle  y  co- 
rregir las  deficiencias  que  tiene,  creo  nos  podemos  considerar  autorizados 
para  calificarle  de  nuevo.»  Pág.  31. 

La  presente  obrita,  producto  de  paciente  y  sabia  observación,  constitu- 
ye una  gloria  para  el  Dr.  Castresana,  y  está  llamada  a  destruir  muchos  pre- 
juicios, a  corregir  errores  y  métodos  y  a  producir  incalculables  bienes  a  la 
salud  pública.  Seguramente  que  los  especialistas  I2  habrán  recibido  como 
orientación  segura  de  sus  estudios  y  procedimientos,  tributándole  mereci- 
do aplauso,  al  que  añadimos  también,  aunque  sin  autoridad,  el  nuestro,— 
P.  L.  Conde,  

Miguel  Sastre  y  Sanna.— Rasgos  fisonómicos  del  problema  social.  Conferen- 
cias dadas,  la  primera  el  día  í.°  de  Mayo  de  1919,  en  el  Fomento  del  Traba- 
jo Nacional,  y  la  segunda  el  26  de  Octubre  del  mismo  año,  en  la  Casa  Social 
Católica  de  Barcelona.  Edición  completamente  gratuita,  costeada  por  la 
Casa  Social  Católica.  Barcelona,  Librería  Ribo.  Imprenta,  calle  de  PeJayo, 
número  46.  1919.  En  8.°  menor,  de  93  páginas. 

Estas  Conferencias  vienen  a  ser  un  examen  sintético  del  problema  so- 
cial, señalando  las  responsabilidades  que  en  el  actual  conflicto  entre  patro- 
nos y  obreros  tienen  unos  y  otros,  y  estableciendo  la  única  solución  racio- 
nal, que  consiste  en  la  aplicación  a  la  vida  de  cada  uno,  y  a  sus  mutuas  re- 
laciones, de  las  doctrinas  del  Catolicismo,  tal  como  las  exponen  los  Roma- 
nos Pontífices. 

El  Sr.  Sastre,  sociólogo  competentísimo,  ha  practicado  ese  examen  con 
la  fría  serenidad  del  cirujano  avezado  a  las  más  dolorosas  y  cruentas  ope- 
raciones, con  toda  la  entereza  del  ejecutor  del  castigo  en  nombre  de  la  jus- 
ticia, sin  respetar  los  clamores  y  lágrimas  de  la  víctima,  poniendo  al  descu- 
bierto las  llagas  purulentas  de  patronos  y  obreros,  los  abusos  cometidos, 
las  injusticias  manifiestas,  las  lacras  del  mercantilismo  sin  entrañas.  El  cua- 
dro resultaría  repugnante  si  al  lado  del  mal  no  pusiera  el  remedio  su- 
blime del  Catolicismo  social,  a  cuya  labor  santa,  bienhechora,  dedica  un 
himno  de  arrebatadora  elocuencia. 

Parece,  sin  embargo,  que  el  Sr.  Sastre  se  complace  en  descubrir  y  pu- 
blicar las  faltas  de  los  patronos,  quizá  porque  éstas  son  más  influyentes,  o 
bien  porque  a  ellos  les  alcanza  mayor  responsabilidad  en  la  crisis  social 
que  padecemos;  pero  permítanos  el  Sr.  Sastre  que  le  digamos  sinceramen- 
te nuestro  parecer.  No  creemos  prudente  difundir  esa  media  docena  de 
malos  y  feos  ejemplos  de  patronos  materialistas,  que  nada  añaden  a  la  tesis 

19 


290  BIBLIOGRAFÍA 

doctrinal,  porque  si  cae  su  libro  en  manos  del  obrero  se  quedará  con  esos 
hechos  y  los  citará  como  argumentos  aplastantes,  sin  aprovecharse  de  la 
muy  sólida  doctrina  que  se  halla  en  la  Conferencia.  Bueno  es  decir  todo 
a  los  patronos  y  darles  a  conocer  sus  pecados  para  lograr  su  enmienda, 
pero  lanzarlos  al  público...  es  avivar  la  lucha,  o  lanzar  combustible  a  la 
hoguera.  No  es  procedimiento  para  apagar  las  llamas  del  odio  de  clases. 

Por  lo  demás,  esta  obrita  es  un  encanto  por  la  solidez  de  la  doctrina,  la 
seguridad  de  las  orientaciones  sociales  y  el  entusiasmo  con  que  deñende 
las  soluciones  católicas  del  gran  problema  social.— P.  L.  Conde. 


Instituciones  de  Derecho  canónico  de  conformidad  con  el  nuevo  Código,  por 

el  R.  P.  Felipe  Maroto,  C.  M.  F.— Tomo  II,  traducido  por  el  R.  P.  Jesús  Ló- 
pez Alijalde,  de  la  misma  Congregación.— Madrid.  Editorial  del  Corazón 
de  María.  1919. 

Presentado  en  la  forma  que  el  tomo  primero,  del  que  dimos  ya  cuenta 
en  esta  Revista  (vol.  CXVI,  núm.  1.096),  hemos  recibido  el  segundo  tomo 
de  las  Instituciones  del  Derecho  canónico  que  está  publicando  el  R.  P.  Ma- 
roto, confirmando  las  esperanzas  que  nos  hizo  concebir  la  publicación  del 
primero. 

Continúa  en  este  segundo  volumen  la  exposición  del  Código,  hacien- 
do muy  atinados  comentarios  sobre  todo  lo  referente  a  las  personas  e 
iniciando  el  tratado  de  los  Clérigos  y  el  de  la  constitución  de  la  jerarquía 
eclesiástica.  Abarca  lo  contenido  en  el  Código  desde  el  canon  87  al  214, 
haciendo  un  minucioso  estudio  de  la  naturaleza,  división  y  actos  de  las 
personas,  tanto  físicas  como  morales  y  del  orden  de  precedencia  que  entre 
ellas  señala  el  Derecho  respecto  de  las  funciones  sagradas. 

Sigue  rigurosamente  el  plan  del  Código  y  llama  la  atención  sobre  la 
necesidad  de  adscribirse  los  clérigos  a  iglesias  determinadas.  Expone  con 
minuciosidad  los  derechos  y  privilegios,  así  como  las  obligaciones  de  los 
clérigos,  y  hace  un  detenido  estudio  de  los  Oficios  y  de  cuanto  tiene  rela- 
ción con  la  jurisdicción  eclesiástica,  terminando  el  volumen  con  el  títu- 
lo VI  del  segundo  libro  del  Código:  De  la  reducción  de  los  clérigos  al 
estado  laical. 

Repetimos  el  juicio  que  emitimos  al  dar  a  conocer  el  primer  volumen 
de  esta  obra,  y  es  que  cuando  en  tiempos  futuros  se  hable  de  la  Bibliogra- 
fía Canónica,  merecerá  consignarse  la  del  P.  Maroto  entre  las  obras  ma- 
gistrales publicadas  a  raíz  de  la  promulgación  del  nuevo  Código.— P.  V.  A. 


BIBLIOGRAFÍA  291 

Esto  fidelis.  A  los  religiosos  jóvenes,  por  el  P.  José  Delbrel,  S.  J.— Versión 
de  la  4.^  edición  francesa,  por  el  P.  A.  Pérez  Díaz,  S.  J.— Un  vol.,  de  146 
páginas,  en  8.°— Madrid,  Bruno  del  Amo,  editor,  Toledo,  72.  1920. 

Los  temas  desarrollados  en  esta  obrita  se  dirigen  todos  al  ñn  laudabi- 
lísimo de  mantener  en  religiosos  y  religiosas  la  fidelidad  a  su  vocación.  Es 
un  estudio  expositivo  de  las  razones  que  hay  en  la  perseverancia  y  de  las 
dificultades  que  pueden  ocurrir  en  el  camino  de  la  vida  religiosa  y  que  el 
autor  analiza  resolviéndolas  en  edificación  de  las  almas.  La  nota  mejor 
para  distinguir  la  importancia  de  los  libros  de  esta  clase  es  el  nombre  del 
autor,  y  al  P.  Delbrel  se  le  conoce  ya  como  buen  tratadista  en  materia  de 
vocación  religiosa,  y  además,  el  valor  de  la  presente  obrita  se  demuestra 
por  el  hecho  de  haber  alcanzado  en  poco  tiempo  cuatro  ediciones  en  su 
lengua  original.— 5.  A. 


La  Argonáutica.  Poema  épico  de  Apolonio  Rodio,  traducido  del  original  grie- 
go en  verso  castellano,  por  Ipandro  Acalco.— Tomo  I.— Madrid.  1919. 

El  poema  La  Argonáutica,  tan  célebre  en  la  literatura  antigua,  es  una 
narración  detallada,  minuciosa,  de  la  expedición  de  los  argonautas  a  la  Cól- 
quida  con  el  fin  de  conquistar  el  vellocino  de  oro.  Fué  Jasón  el  jefe  de  la 
expedición,  acompañado  del  médico  Esculapio,  del  poeta  Orfeo  y  de  Cas- 
tor y  Polux,  e  intentaban  apoderarse  de  las  muchas  riquezas  acumuladas 
en  aquella  tierra  memorable  por  el  rey  Qeta. 

Apolonio  de  Rodas  fué  el  cantor  de  tan  memorable  expedición,  y  tan 
hábilmente  narró  las  aventuras  de  los  argonautas,  que  excitó  la  envidia  de 
su  maestro  Calimaco,  determinando  su  destierro  hasta  la  muerte  de  éste. 

Carecíamos  nosotros  de  una  traducción  métrica  española;  pero  hoy 
vemos  con  satisfacción  que  ha  realizado  los  deseos  de  Valera  y  Menéndez 
Pelayo,  manifestados  hace  treinta  y  siete  años,  el  árcade  Ipandro  Acalco, 
limo.  Sr.  D.  Ignacio  Montes  de  Oca,  Obispo  de  San  Luis  de  Potosí. 

Bien  conocido  es  de  los  españoles  Ipandro  Acaico,  por  el  mucho  tiem- 
po que  ha  vivido  entre  nosotros  y  por  sus  valiosos  trabajos  literarios,  y 
pocos  estaban  en  condiciones  de  hacer  una  versión  de  este  género  como 
lo  está  el  culto  e  ilustrado  académico  de  la  Lengua. 

Muchas  veces  he  escrito  en  esta  Revista  el  juicio  que  me  merecían  sus 
versiones,  y  ojalá  no  sea  esta  la  última  vez  que  salga  su  nombre  en  ella. 

Publica  hoy  el  primer  tomo  de  los  argonautas  y  ofrece  para  época  pró- 
xima el  segundo.  Corta  con  esto  3us  trabajos  y  vuelve  a  su  querida  patria, 
de  donde  hace  años  le  arrancó  la  revolución  mejicana,  que  parece  suspen- 


292  '     BIBLIOGRAFÍA 

de  ahora  su  tarea  de  persecución.  Durante  su  prolongada  estancia  entre 
nosotros  ha  matado  santamente  sus  ocios  con  esta  obra  y  otras  de  que  he- 
mos hablado  aquí,  y  por  todas  le  guardará  reconocimiento  la  literatura 
clásica.  El  trabajo  de  ahora  es  de  más  importancia  y  las  dificultades  venci- 
das, dada  la  índole  de  la  expedición,  han  sido  muchas.  Competentísimo 
y  versadísimo  en  estos  estudios  y  aumentando  de  día  en  día  el  caudal  de 
conocimientos,  cierra  por  ahora  con  broche  de  oro  sus  versiones  griegas, 
a  las  que  se  dedicó  desde  la  juventud  hasta  la  avanzada  edad  que  ahora 
tiene.— -fí.  Hompanera, 


Apuntes  sociales  y  agrarios  de  un  propagandista  aragonés,  por  José  María 
Azara,  de  la  Asociación  Católica  Nacional  de  Propagandistas;  agricultor, 
Licenciado  en  Ciencias  y  presidente  del  Sindicato  Central  de  Aragón  de  Aso- 
ciaciones Agrícolas  Católicas,  con  un  prólogo  de  D.  Mariano  Baselga  y  Ra- 
mírez, Doctor  en  Letras  y  en  Leyes,  Director  del  Banco  de  Crédito  de  Zara- 
goza.—Un  grueso  volumen  en  4.°  menor,  de  400  págs.  Tip.  Heraldo,  Coso, 
100.— Zaragoza,  1919. 

La  presente  obra  es  una  magnífica  colección  de  trabajos  de  propagan- 
da social,  predominantemente  agraria,  realizada  por  su  ilustre  autor  en  es- 
tos últimos  cuatro  años. 

Discursos  pronunciados  en  asambleas  y  mítines,  artículos  de  actualidad 
en  la  Prensa,  informes  técnicos,  ponencias.  Memorias,  toda  la  ingente  labor 
de  este  esforzado  paladín  de  la  acción  católica  social,  puede  admirarse  en 
este  grueso  y  bien  presentado  volumen. 

No  sólo  para  la  historia  del  movimiento  social  contemporáneo,  sino 
para  la  hora  presente  ofrece  el  Sr.  Azara  numerosas  y  elocuentes  enseñan- 
zas, adquiridas  con  su  activa  intervención  en  la  vida  de  las  sociedades  ca- 
tólico-agrarias y  en  las  inevitables  luchas  sostenidas  contra  los  enemigos 
de  la  actuación  cristiana. 

Además  de  los  métodos  de  organización,  instruye  y  da  armas  para  ven- 
cer en  las  contiendas  de  los  católicos  con  los  falseadores  del  problema 
social. 

Recomendamos  el  libro  a  todos  los  amantes  del  orden  social  cris- 
tiano.—G.  G, 


CRÓNICA  GENERAL 


Madrid-Escorial,  15  de  Febrero  de  1920. 


ROMA 


Además  de  las  canonizaciones  de  la  Beata  Margarita  María  de  Alaco- 
que,  de  la  Beata  Juana  de  Arco  y  del  Beato  Gabriel  de  la  Dolorosa,  se 
anuncian  para  este  año  cuatro  o  cinco  beatificaciones  más;  es,  a  saber:  las 
de  la  Venerable  Luisa  de  Marillac,  cofundadora  de  las  Hijas  de  la  Caridad; 
Venerable  Ana  María  de  Taigi  y  Venerable  Plünket,  mártir  de  la  Reforma 
en  Irlanda.  Es  probable  que  se  verifique  también  la  del  Venerable  mártir 
de  Uganda.  La  congregación  general  que  se  ocupará  de  su  causa  se  cele- 
brará el  10  del  actual. 

—En  un  periódico  de  París  se  dice,  saliendo  al  paso  de  los  que  esperan 
que  el  Vaticano  envíe  un  prelado  a  Francia  para  arreglar  la  reanudación 
de  relaciones,  que  lo  primero  que  corresponde  hacer  a  Francia  es  enviar 
a  Roma  un  embajador,  que  luego  el  Nuncio  apostólico  irá  a  París,  y  que 
corresponde  a  Francia  empezar,  pues  ella  fué  la  que  rompió  sus  relacio- 
nes oficiales  con  el  Vaticano. 

Añade  que  tienen  seguridad  que  en  el  Parlamento  hay  una  mayoría  ne- 
cesaria para  votar  estos  acuerdos,  puesto  que  las  últimas  elecciones  han 
probado  que  el  país  quiere  la  pacificación  religiosa. 

— L'Osservaiore  Romano  publicó  hace  algunos  días  un  telegrama  de 
Mergentheim,  en  el  cual¡numerosos  oficiales  alemanes,  prisioneros  de  los 
ingleses,  habiendo  obtenido  su  liberación,  dan  las  más  expresivas  gracias 
al  Nuncio  Apostólico  de  Baviera,  y  le  suplican  transmita  al  Augusto  Pon- 
tífice la  sincera  gratitud  de  ellos  para  tantas  pruebas  de  caridad  pontificia 
en  favor  de  los  prisioneros  alemanes. 

En  otro  telegrama  de  Budapest  se  da  cuenta  de  que  ha  sido  abierta 
nuevamente  la  Universidad  teológica  de  la  capital  húngara,  que  la  revolu- 
ción comunista  de  Junio  de  1919,  olvidando  su  pasado  glorioso  y  la  in- 


294  CRÓNICA  GENERAL 

fluencia  que  ejercía  en  el  pueblo  húngaro,  trató  de  suprimir  por  un  krani- 
ukase. 

En  cuanto  se  han  podido  reunir  las  ilustres  personalidades  del  claus- 
tro, han  dirigido  al  Pontífice  un  telegrama  de  adhesión  a  la  Cátedra  Supre- 
ma, para  con  la  bendición  apostólica  seguir  las  gloriosas  tradiciones  uni- 
versitarias que  comienzan  en  1635,  en  que  el  cardenal  Pazmany  fundó 
aquella  Universidad. 

En  otro  telegrama,  también  de  lugar  preferente  del  diario  oficioso  de 
la  Santa  Sede,  se  dice  que  el  clero  católico  de  Inglaterra  e  Irlanda  ha  em- 
prendido una  saludable  campaña  en  contra  de  las  modas  femeninas,  con- 
trarias a  la  modestia. 

El  Primado  de  Irlanda,  cardenal  Logue,  ha  publicado  una  pastoral  a 
las  mujeres  irlandesas,  exhortándolas  a  la  formación  de  una  liga  para  com- 
batir las  modas  femeninas,  contrarias  a  la  educación  cristiana. 

A  su  vez,  el  arzobispo  de  Dublín,  no  sólo  condena  las  nuevas  modas, 
sino  también  los  nuevos  bailes,  y  reprueba  la  celebración  de  bailes  en  las 
salas  públicas  y  Clubs,  que  es  donde  tienen  más  difusión  las  danzas  mo- 
dernistas. 

— El  Santo  Oficio  romano  ha  publicado  el  decreto  contra  el  movimiento 
reformista  del  clero  checo. 

Promulgado  ya,  el  periódico  oficial  del  Vaticano  lo  inserta,  y  de  su  tra- 
ducción italiana,  traducimos  a  nuestra  vez  lo  siguiente: 

«Habiendo  llegado  noticias  a  la  Santa  Sede  de  que  algunos  sacerdotes 
del  clero  bohemio,  a  cuyas  instigaciones  se  han  formulado  precedentemen- 
te reclamaciones  a  la  Santa  Sede,  en  estos  últimos  días  se  han  reunido  ile- 
gítimamente y  con  tentativa  cismática,  han  proclamado  su  separación  de 
la  Iglesia  romana,  madre  y  maestra  de  las  demás  iglesias,  y  centro  de  la 
unidad,  constituyéndose  en  la  que  han  llamado  iglesia  nacional. 

Esta  Suprema  Sacra  Congregación  del  Santo  Oficio,  a  la  cual  incumbe 
la  obligación  de  la  tutela  de  la  fe  y  de  las  costumbres,  detestando  profun- 
damente tan  grave  delito,  se  cree  en  el  deber  de  reprobar  sin  indulgencia 
alguna,  condenar  y  excomulgar  a  la  predicha  iglesia,  como  lo  hace  con  el 
presente  decreto,  en  nombre  y  con  la  autoridad  del  Papa  Benedicto  XV, 
la  reprueba,  condena  y  excomulga;  declarando,  al  mismo  tiempo,  que  los 
predichos  sacerdotes,  de  cualquier  grado,  condición  y  dignidad  a  que  per- 
tenezcan, ya  de  hecho,  según  la  prescripción  del  canon  2.314,  están  incur- 
sos  en  la  excomunión  reservada  en  modo  especial  a  la  Sede  Apostólica;  y 
que  si  ellos.  Dios  no  lo  quiera,  permanecen  en  esta  contumacia,  deberán 
ser  objeto,  lo  más  presto,  de  todas  las  demás  penas  e  inhabilitaciones  esta- 
blecidas por  los  Sagrados  Cánones. 


CRÓNICA  GENERAL  295 

Procuren  los  obispos  de  Bohemia,  según  sus  atribuciones,  de  poner 
inmediatamente  el  presente  decreto  en  conocimiento  de  sus  fieles  y  sus 
afiliados,  y  disuadirlos  de  todas  las  maneras,  de  que  no  presten  adhesión 
a  la  facción  cismática,  a  fin  de  que  esos  mismos  fieles  no  incurran  en  la 
misma  condena.» 

Este  decreto  lleva  la  fecha  del  15  de  Enero,  y  el  canon  2.314  que  se 
cita,  establece  precisamente,  que  los  heresiarcas  y  cismáticos  son  objeto  de 
la  excomunión  reservada  en  modo  especial  a  la  Santa  Sede. 

— El  día  1 1  de  Febrero  falleció  en  Roma  el  cardenal  Rinaldini,  arzobis- 
po titular  de  Heraclea  y  antiguo  representante  de  Su  Santidad  en  España. 
Había  nacido  en  Montefalco  (Italia)  el  5  de  Febrero  de  1844,  y  fué  creado 
cardenal  por  Su  Santidad  Pío  X  en  Abril  de  1907,  después  de  una  gestión 
acertadísima  como  Nuncio  Apostólico  en  Madrid  desde  el  año  1899. 

Circunstancias  muy  difíciles  acompañaron  a  su  misión  diplomática  en 
España  por  virtud  de  las  campañas  del  anticlericalismo  que  tenía  sus  ser- 
vidores en  el  mundo  oficial,  pero  en  todas  ellas  supo  conducirse  con  ex- 
trema prudencia  y  habilidad  el  representante  del  Papa,  venciendo  las  difi- 
cultades con  honor  para  la  Iglesia  y  granjeándose  la  estimación  y  universal 
simpatía  de  los  españoles.  Descanse  en  paz  el  venerable  purpurado. 

EXTRANJERO 

Tan  sueltos  quedaron  los  cabos  del  arreglo  en  la  Conferencia  de  París, 
que  las  reuniones  de  los  directores  del  mundo  siguen  con  mucha  frecuen- 
cia y  casi  siempre  con  los  mismos  problemas  en  pie.  Por  estos  días  se  han 
reunido  en  Londres  los  jefes  de  los  Gobiernos  aliados  para  ver  de  dar  so- 
lución definitiva  al  asunto  del  Adriático  y  convenir  la  política  que  ha  de 
emplearse  con  Rusia,  donde  los  bolcheviques  mandan,  después  de  haber 
derrotado  y  deshecho  las  fuerzas  de  Yudeniht,  Denikin  y  Koltchak,  que 
por  diferentes  puntos  de  la  periferia  rusa  combatían  al  Gobierno  de  los 
Soviets  y  eran  una  esperanza  de  los  aliados.  También  trataron  del  proble- 
ma de  Turquía,  en  el  que  son  muy  diferentes  las  miras  entre  los  aliados  y 
que  se  resolverá  al  presentar  el  Tratado  de  paz  al  Gobierno  turco  que  se 
anuncia  para  muy  en  breve.  Por  de  pronto,  las  noticias  últimas  sobre  los 
resultados  del  Consejo  de  Londres  constan  en  el  siguiente  comunicado 
del  14  de  este  mes: 

«Hoy  ha  quedado  arreglada  definitivamente  la  cuestión  de  la  soberanía 
sobre  Constantinopla,  acordándose  mantener  la  del  Sultán.  Se  tiene  por 
muy  probable  que  el  Consejo  Supremo  no  abordará,  por  ahora,  la  cues- 
tión de  Rusia. 


296  CRÓNICA  GENERAL 

La  contestación  de  los  aliados  a  Holanda  respecto  de  la  entrega  del  Kai- 
ser ha  sido  enviada  ya  al  Gobierno  de  Amsterdam  y  se  hará  pública  muy 
en  breve. 

Ha  quedado  para  Ulterior  estudio  la  cuestión  de  si  ha  de  ser  Londres  o 
París  el  punto  de  residencia  del  Consejo  Supremo. 

Al  regresar  M.  Millerand  de  la  reunión  celebrada  hoy  por  el  Consejo 
Supremo  ha  recibido  a  los  periodistas,  dándoles  algunos  datos  precisos 
acerca  de  lo  tratado  en  ella. 

«Hemos  llegado  a  un  acuerdo— dijo— respecto  de  los  principios  gene- 
rales del  Tratado  de  Paz  con  Turquía  y  sobre  el  mantenimiento  de  la  so- 
beranía del  Sultán  en  Constantinopla. 

También  hemos  acordado  que  se  mantengan  las  garantías  de  los  alia- 
dos especialmente  en  lo  tocante  a  la  libertad  de  los  estrechos  del  Bosforo 
y  de  los  Dardanelos.  El  Sultán  no  tendrá  ejército.> 

La  residencia  del  Consejo  Supremo  se  halla,  por  ahora,  en  Londres,  y 
seguirán  sus  deliberaciones  a  pesar  de  la  ausencia  de  M.  Millerand. 

Por  el  lado  italiano  también  parece  que  reina  satisfacción,  pues  el  asun- 
to del  Adriático  va  por  buen  camino. 

El  señor  Nitti  ha  insistido  sobre  el  punto  de  que  Italia  ha  llegado,  en 
lo  tocante  a  concesiones,  al  extremo  posible.  Queda  por  decidir  si  se  ha 
de  aplicar  lo  estipulado  en  el  compromiso  de  París  o  en  el  Tratado  de  Paz. 
Italia  no  tiene  prisa,  al  parecer,  por  cuanto  posee  ya  en  las  zona?  litigiosas 
un  territorio  más  extenso  aún  del  que  le  concede  el  pacto  de  Londres. > 

* 
*  * 

Los  culpables  de  la  guerra. —St  acentuó  en  las  últimas  semanas  la  ilu- 
minación siniestra  de  la  charca  de  odiosos  rencores  en  que  se  agita  el  es- 
píritu de  los  aliados.  Lo  mostraron  primeramente  en  el  Tratado  de  Paz, 
hecho  a  semejanza  de  sus  progenitores,  con  ausencia  total  del  nombre  de 
Dios,  y  han  seguido  manifestándolo  hasta  en  los  últimos  detalles,  sin  que 
les  arredrara  el  apoyarse  unos  én  otros,  para  predicar  justicia,  los  que  unos 
a  otros  se  han  atribuido  recíprocamente  las  mayores  injusticias  de  los  ana- 
les humanos.  Al  fin  parece  que  vacilan  en  sus  intenciones  de  extremada 
venganza,  pero  consignaremos  lo  que  hasta  ahora  se  ha  intentado,  lo  mis- 
mo respecto  de  la  extradición  del  Kaiser  que  de  la  entrega  de  muchos  per- 
sonajes de  Alemania,  sin  excluir  a  las  más  salientes  figuras  de  la  guerra. 

La  nota  de  los  aliados  a  Holanda  pidiendo  la  extradición  del  Kaiser  de- 
cía así: 

«Al  comunicar  al  Gobierno  de  Su  Majestad  la  Reina  de  Holanda  que  el 


CRÓNICA  GENERAL  297 

tratado  de  paz  con  Alemania  entró  en  vigor  el  día  10  del  actual,  las  poten- 
cias aliadas  tienen  el  honor  de  notificarle,  al  mismo  tiempo,  que  han  deci- 
dido poner  en  ejecución,  sin  conceder  plazo  alguno,  las  disposiciones  del 
artículo  227,  que  se  adjunta  en  copia  certificada;  y,  en  su  consecuencia,  las 
potencias  aliadas  se  dirigen  al  Gobierno  de  los  Países  Bajos,  pidiéndoles 
oficialmente  la  entrega  de  Guillermo  de  Hohenzollern,  ex  Emperador  de 
Alemania,  con  el  fin  de  que  sea  sometido  a  juicio. 

Las  personas  que  residan  en  Alemania  y  hayan  sido  declaradas  culpa- 
bles por  las  potencias  aliadas  y  asociadas,  deberán  ser  también  entregadas 
en  virtud  del  artículo  228  del  Tratado,  y  si  el  ex  Emperador  hubiera  per- 
manecido en  Alemania,  hubiese  tenido  que  ser  entregado  en  las  mismas 
condiciones  por  el  Gobierno  alemán. 

El  Gobierno  alemán  está  ya  al  corriente  de  las  imprescriptibles  razo- 
nes que  imperiosamente  lo  exigen,  pues  por  las  violencias  premeditadas 
de  los  tratados  internacionales,  así  como  por  el  sistemático  desprecio  de 
las  reglas  más  sagradas  del  Derecho  de  gentes,  es  necesario  que  todos  los 
culpables,  incluidas  las  personalidades  más  elevadas,  se  sometan  a  la  san- 
ción especial  prevista  por  el  Congreso  de  la  Paz. 

Las  potencias  recuerdan  el  cínico  crimen  de  la  violación  de  la  neutrali- 
dad de  Bélgica  y  Luxemburgo;  el  bárbaro  e  incalificable  sistema  de  rehe- 
nes; las  deportaciones  en  masa,  arrebatando  a  sus  familias  multitud  de  mu- 
chachas de  Lille  y  entregándolas  sin  defensa  al  peligro  de  la  promiscui- 
dad; la  devastación  sistemática  de  territorios  enteros  sin  ninguna  utilidad 
militar;  la  guerra  submarina  sin  restricción,  abandonando  inhumanamen- 
te a  las  víctimas  en  pleno  mar;  los  innumerables  actos  realizados  contra  los 
no  combatientes,  menospreciando  las  leyes  de  la  guerra,  etc. 

De  todos  estos  actos,  la  responsabilidad,  cuando  menos  moral,  es  del 
jefe  supremo  que  los  ordenó  y  que  abusó  de  sus  poderes,  no  refrenando  e 
impidiendo  esos  atentados  contra  la  conciencia  humana. 

Las  potencias  aliadas  no  pueden  menos  de  creer  que  el  Gobierno  de  los 
Países  Bajos  ha  de  comprender  estas  grandes  responsabilidades  del  ex 
Emperador.  Holanda  no  cumpliría  sus  deberes  internacionales  si  se  negase 
a  unirse  a  las  otras  naciones  en  la  medida  de  sus  medios  para  perseguir 
o  por  lo  menos  no  dificultar  el  castigo  de  los  crímenes  cometidos. 

AI  dirigir  esta  demanda  al  Gobierno  holandés,  las  potencias  creen  su 
deber  hacer  resaltar  el  carácter  especial  de  ella,  y  creen  también  necesario 
asegurar  la  ejecución  del  artículo  227,  sin  que  se  dejen  convencer  por  ar- 
gumentos, porque  no  se  trata  precisamente  de  la  acusación  que  es  necesa- 
rio realizar,  sino  de  un  acto  de  alta  política  internacional,  impuesto  por  la 
conciencia  universal,  y  en  la  cual  las  formas  del  Derecho  fueron  previstas 


298  CRÓNICA  GENERAL 

Únicamente  para  asegurar  la  acusación,  reuniendo  garantías  tales  como  ja- 
más haya  conocido  el  Derecho  público. 

Las  potencias  tienen  la  convicción  de  que  Holanda,  que  ha  testimonia- 
do su  respeto  al  Derecho  y  su  amor  a  la  Justicia,  siendo  una  de  las  prime- 
ras en  pedir  su  puesto  en  la  Sociedad  de  las  Naciones,  no  querrá  cubrir 
con  su  autoridad  moral  la  violación  de  los  principios  esenciales  de  la  soli- 
daridad de  los  pueblos,  interesados  todos  en  impedir  la  repetición  de  se- 
mejante catástrofe. 

El  pueblo  holandés  está  grandemente  interesado  en  que  no  parezca  que 
protege  al  principal  autor,  poniéndole  al  abrigo  de  su  territorio,  y  debe 
facilitarle  que  sea  juzgado  tal  y  como  lo  reclaman  millones  de  víctimas.» 

La  contestación  del  Gobierno  holandés  fué  inmediata  y  tan  digna  como 
se  verá  por  la  siguiente  nota  a  los  aliados: 

«En  la  nota  verbal  fecha  15  de  Enero,  entregada  al  enviado  de  Su  Ma- 
jestad la  Reina,  en  París,  las  potencias  aliadas,  refiriéndose  al  artículo  228 
del  Tratado  de  Versalles,  se  pide  al  Gobierno  de  los  Países  Bajos  entregue 
en  sus  manos  a  Guillermo  Hohenzollern,  ex  Emperador  de  Alemania,  con 
el  objeto  de  que  éste  sea  juzgado. 

En  apoyo  de  dicha  demanda,  las  potencias  hacen  notar  que  si  el  ex 
Kaiser  hubiese  permanecido  en  Alemania,  el  Gobierno  alemán  hubiese 
sido  obligado,  con  arreglo  al  artículo  228  del  Tratado  de  Versalles,  a  en- 
tregarlo. 

Al  recordar  las  potencias  y  presentarlos  como  premeditada  violación 
de  los  Tratados  internacionales,  y  como  sistemático  desconocimiento  de 
las  más  sagradas  reglas  del  Derecho  de  gentes,  varios  actos  cometidos  en 
la  guerra  por  las  autoridades  alemanas,  hacen  remontar  la  responsabilidad, 
cuando  menos  moral,  de  los  mismos  al  ex  Emperador. 

Las  potencias  formulan  la  opinión  de  que  Holanda  no  cumpliría  con  su 
deber  internacional  si  se  negase  a  unirse  con  ellas  en  toda  medida  de  sus 
medios  para  procurar,  o  cuando  menos  no  entorpecer,  el  castigo  de  los 
crímenes  perpetrados. 

Las  potencias  hacen  resaltar  el  especial  carácter  de  su  demanda,  que 
tiende,  no  a  una  acusación  jurídica,  pero  sí  a  un  acto  de  alta  política  inter- 
nacional, y  llaman  al  respeto  al  Derecho  y  del  amor  a  la  Justicia  de  Holan- 
da, para  que  ésta  no  ampare  con  su  autoridad  moral  la  violación  por  Ale- 
mania de  los  esenciales  principios  de  solidaridad  de  las  naciones. 

El  Gobierno  de  la  Reina  tiene  el  honor  de  advertir,  en  primer  lugar, 
que  las  obligaciones  que  hubiesen  podido  resultar  para  Alemania  del  ar- 
tículo 228  del  Tratado  de  Versalles,  no  tienen  valor  para  determinar  el  de- 
ber de  los  Países  Bajos,  que  no  forman  parte  de  dicho  Tratado. 


CRÓNICA  GENERAL  299 

El  Gobierno  de  la  Reina,  movido  por  su  parte  por  razones  imprescrip- 
tibles, no  puede  considerar  la  cuestión  planteada  por  la  demanda  de  las 
potencias,  sino  desde  el  punto  de  vista  de  sus  propios  deberes. 

El  Gobierno  de  la  Reina  ha  sido  ajeno  a  los  orígenes  de  la  guerra,  y 
no  sin  dificultades  ha  mantenido  su  neutralidad  hasta  terminar  ésta. 

Hállase,  pues,  con  respecto  a  los  actos  de  guerra,  en  una  posición  dis- 
tinta de  las  potencias. 

El  Gobierno  de  la  Reina  rechaza  enérgicamente  toda  sospecha  de  que 
pretenda  amparar  con  su  derecho  soberano  y  sit  autoridad  moral  la  viola- 
ción de  los  principios  esenciales  de  solidaridad  de  las  naciones;  pero  no 
puede  reconocer  como  deber  internacional  suyo  el  asociarse  al  acto  de  alta 
política  internacional  de  las  potencias.  Si  llegara  a  crearse  por  la  Sociedad 
de  Naciones  una  jurisdicción  internacional  competente  para  juzgar,  en  caso 
de  guerra,  hechos  calificados  de  crímenes  y  sometidos  a  sanción  coercitiva 
por  un  estatuto  anterior  a  la  comisión  de  los  mismos,  pertenecería  enton- 
ces a  los  Países  Bajos  asociarse  a  ese  nuevo  régimen. 

El  Gobierno  de  la  Reina  no  puede,  en  el  presente  caso,  admitir  ningún 
deber  más  que  el  que  le  imponen  las  leyes  del  reino  y  la  tradición  na- 
cional. 

Pues  bien:  ni  las  leyes  constituyentes  del  reino,  que  están  basadas  en 
principios  de  derechos  universalmente  reconocidos,  ni  las  respetables  jtra- 
diciones  seculares  que  en  todo  tiempo  hicieron  de  este  país  tierra  de  refu- 
gio para  los  vencidos  en  los  conflictos  internacionales,  permiten  al  Gobier- 
no de  los  Países  Bajos  deferir  al  deseo  de  las  potencias,  retirando  al  ex 
Kaiser  el  beneficio  de  esas  leyes  y  de  esa  tradición.  A  ello  se  oponen  el  de- 
recho y  el  honor  nacionales,  cuyo  respeto  es  un  sagrado  deber. 

El  pueblo,  inspirado  en  sentimientos  a  los  cuales  durante  toda  su  histo- 
ria hizo  justicia  el  mundo,  no  puede  traicionar  la  fe  de  quienes  confiaron 
en  sus  libres  instituciones. 

El  Gobierno  de  la  Reina  se  complace  en  creer  que  las  potencias  reco- 
nocerán el  fundamento  de  esas  consideraciones  que  están  colocadas  enci- 
ma de  toda  apreciación  personal,  y  que  le  parecen  tan  perentorias  que  no 
pueden  razonablemente  dar  motivos  a  apariencias  erróneas.» 

Esta  nota,  reflejo  de  la  actitud  firme  y  resuelta  de  Holanda,  ha  dejado 
perplejos  a  los  directores  de  la  Entente.  Hasta  tal  punto  es  esto  verdad, 
que  entre  las  cuestiones  a  tratar  en  la  nueva  conferencia  de  Londres,  se 
encuentra  ésta  en  primer  lugar,  no  habiendo  aún  logrado  ponerse  de 
acuerdo  sobre  los  medios  que  han  de  emplear  para  lograr  el  fin  perse- 
guido. 

También  enviaron  a  Alemania  la  lista  de  los  culpables  para  que  les 


300  CRÓNICA  GENERAL 

fueran  entregados.  Es  un  documento  de  190  páginas,  que  consta  de  896 
culpables,  con  sus  nombres,  apellidos  y  el  país  en  que  se  hallan.  Cada  uno 
de  éstos  tiene  un  número  en  la  lista,  y  están  clasificados  según  sus  grados, 
empleos  y  funciones. 

Aunque,  según  confesión  propia,  los  aliados  estuvieron  de  perfecto 
acuerdo  en  la  presentación  de  la  lista,  cada  aliado  preparó  la  suya  particu- 
lar, que  no  tiene  nada  que  ver  con  las  otras. 

En  primer  lugar  figuran  en  la  lista  los  nombres  de  112  personas  recla- 
madas por  Inglaterra. 

La  Oran  Bretaña  subdivide  a  estas  personas  según  la  clase  de  los  crí- 
mes  que  se  les  atribuyen,  figurando  en  primer  término  los  referentes  a  la 
guerra  submarina;  después,  los  acusados  de  bombardeo  en  ciudades 
abiertas;  luego,  los  que  colocaron  minas  submarinas;  siguen  a  éstos  los 
que  atacaron  los  convoyes  en  alta  mar;  después,  los  responsables  de  ata- 
ques aéreos,  los  relacionados  con  el  asunto  del  capitán  Fryatt  y  de  miss 
Cavell,  y,  por  último,  los  que  dieron  malos  tratos  a  los  prisioneros  en  el 
frente  occidental,  en  Rusia,  en  África  y  en  Turquía,  y  los  responsables  de 
las  carnicerías  realizadas  con  los  aviones. 

A  continuación  figura  la  lista  de  Francia.  Esta  nación  reclama  334  cul- 
pables. 

Entre  los  responsables  más  significados  están  los  nombres  del  Kron- 
prinz,  de  los  Príncipes  Eitel,  Federico  y  Osear,  el  Príncipe  heredero  de 
Baviera  y  del  duque  de  Wurtenberg. 

Italia,  a  su  vez,  reclama  29  culpables,  y  Bélgica,  319,  entre  los  que  figu- 
ran el  canciller  Bethmann-Hollweg,  por  haber  inclinado  la  voluntad  del 
Kaiser  a  violar  la  neutralidad  belga. 

Polonia  reclama  41  culpables,  y  Servia,  cuatro. 

La  indignación  que  la  lista  despertó  en  el  pueblo  alemán  fué  indescrip- 
tible. Desde  von  Lesner,  renunciando  a  las  funciones  de  jefe  de  la  Delega- 
ción alemana  en  París,  por  no  verse  en  la  precisión  de  entregar  dicha  lista 
a  su  Oobierno,  y  el  ministro  de  la  Ouerra,  que  declaró  no  haría  nada  para 
facilitar  «el  cumplimiento  de  las  exigencias  de  la  Entente,  en  lo  que  se  re- 
fiere a  la  entrega  de  los  culpables  de  la  guerra»,  hasta  el  último  alemán, 
todos  se  mostraron  dispuestos  a  oponerse  a  un  acto,  además  de  injusto, 
incompatible  con  su  honor.  Para  sostener  esta  actitud  patriótica,  la  Unión 
de  Antiguos  soldados  ha  realizado  una  intensa  propaganda  en  todo  el  Im- 
perio por  medio  de  los  periódicos  y  de  mítines,  o  de  proclamas,  escritas 
todas  ellas  por  el  tenor  de  la  siguiente: 

«Nosotros,  oficiales  alemanes,  cubriremos  con  nuestros  cuerpos  a  las 
víctimas  de  las  amenazas  enemigas.  Estamos  decididos  a  afrontar  todas  las 


CRÓNICA  GENERAL  301 

consecuencias  de  nuestra  voluntad.  Pedimos  la  misma  y  firme  resolución 
a  todo  el  pueblo  alemán.  Hombres,  mujeres  y  niños  deben  comprender 
ahora  que  se  trata  de  algo  más  que  de  la  vida  de  cada  uno:  se  trata  de  la 
existencia  de  la  nación.» 

Por  su  parte,  el  Gobierno  alemán,  en  el  Memorándum  dirigido  a  los 
aliados,  se  declaró  impotente  para  realizar  la  entrega,  porque  en  todas  par- 
tes encontraría  la  mayor  resistencia,  no  hallando,  además,  funcionarios 
que  detuviesen  y  entregasen  a  sus  compatriotas.  Lo  único  que  lograría  el 
Gobierno  dando  la  orden  de  detención,  sería  provocar  una  ola  de  indig- 
nación, viéndose,  no  sólo  frente  a  la  nación  y  al  Parlamento,  sino  frente  a 
las  tropas  de  la  defensa  nacional,  creando  una  situación  sumamente  difícil. 

Esta  unánime  resistencia  ha  producido  sus  efectos  entre  los  aliados. 
Inglaterra,  siempre  previsora,  acepta  ya  la  posibilidad  de  las  negociaciones 
para  una  modificación  esencial  de  los  artículos  228  y  230  del  Tratado,  y 
Francia  no  tiene  más  remedio  que  conformarse  con  lo  hecho  en  Londres, 
aunque  no  sin  protestas,  exteriorizadas  en  la  Prensa. 

Opiniones  de  mayor  excepción  para  nosotros  son  las  que  insertamos  a 
continuación: 

*L'Osservatore  Romano  publicó  el  día  7  bajo  el  título  de  «Los  Res- 
ponsables» un  artículo,  cuyos  son  estos  párrafos: 

«¿Cuál  de  los  jueces  podría  juzgar  serena  e  imparcialmente?  ¿Cuál  de 
los  beligerantes  puede  afirmar  de  buena  fe  que  sus  ejércitos  no  han  come- 
tido delitos  que  exceden  lo  que  la  guerra  puede  justificar? 

¿Qué  ejército  en  campaña,  desde  que  el  mundo  es  mundo,  no  ha  co- 
metido los  excesos  más  reprobables,  empezando  por  aquel  Napoleón  I 
que  hizo  matar  a  sus  mismos  soldados,  enfermos  en  los  hospitales  de  Pa- 
lestina, para  que  no  los  mataran  los  turcos?... 

Un  senador  americano,  dicen  los  periódicos,  rehusaba  dar  su  voto  al 
Tratado  porque  en  éste  no  se  nombra  a  Dios.  Este  hecho  escandaloso,  de 
que  en  un  documento  tan  solemne  no  se  reconozca  que  hay  un  Juez  Su- 
premo, que  juzga  a  los  hombres  y  a  las  naciones— fruto  del  masonismo  y 
del  laicismo  de  los  Estados  europeos,  regidos  por  la  masonería  y  el  socia- 
lismo— ,  es  muy  significativo;  pero  no  impide  a  las  muchedumbres  adver- 
tir que  los  responsables  de  la  guerra  podrán  eludir  la  justicia  humana,  no 
la  divina,  que  ha  de  alcanzarles  doquiera  se  refugien.» 

Respecto  de  la  actitud  de  Alemania  en  lo  referente  a  la  entrega  de  los 
llamados  culpables,  el  ministro  de  la  Guerra,  M.  Noske,  ha  declarado  al 
corresponsal  del  Daily  Mail  lo  siguiente: 

<No  haré  nada  para  facilitar  el  cumplimiento  de  las  exigencias  de  la 
Entente,  en  lo  que  se  refiere  a  la  entrega  de  los  culpables  de  la  guerra,  no 


302  CRÓNICA  GENERAL 

porque  no  tenga  interés  en  que  se  cumplan  todas  las  cláusulas  del  Tratado, 
sino  porque  no  se  encontrará  en  toda  Alemania  un  solo  hombre  capaz  de 
realizar  esa  entrega,  teniendo  además  en  cuenta  que  las  mismas  tropas  se 
negarían  a  prestar  su  auxilio  para  un  tal  acto. 

Si  el  Gobierno  se  viera  obligado  a  retirarse,  dudo  que  pueda  formarse 
otro,  y  sería  de  efímera  duración,  que  consienta  en  ejecutar  la  entrega. 

De  todos  modos,  tengo  el  convencimiento  de  que  sólo  la  amenaza  de 
cumplir  esa  entrega  desencadenaría  la  guerra  civil. 

Ni  este  Gobierno  ni  otro  que  le  suceda  se  prestará  a  la  entrega  que  se 
quiere  exigir  de  Alemania.» 

En  la  reunión  de  hoy  del  Reichstag,  el  ministro  prusiano  del  Interior, 
Heine,  ha  leído  la  siguiente  declaración,  que  la  Asamblea  escuchó  en  pie: 

«El  Reichstag,  en  su  calidad  de  representante  constitucional  del  país, 
se  une  a  la  opinión  expuesta  por  el  Gobierno  del  Imperio,  respecto  a  la 
entrega  de  subditos  alemanes  a  la  Entente. 

El  Reichstag  no  intenta  sustraerse  a  una  encuesta  regular  de  actos  cri- 
minales, ni  se  opone  a  la  comparecencia  de  sus  autores  ante  la  justicia  ale- 
mana; pero  participa  de  la  opinión  de  todo  el  pueblo  alemán  de  oponerse 
a  entregar  a  la  Entente  algún  subdito  alemán. 

El  Reichstag  está  convencido  de  que  la  opinión  de  todo  el  país  está  en 
este  asunto  detrás  del  Gobierno. 

En  cuanto  al  Gobierno  del  Imperio,  declara  que  la  demanda  de  la  En- 
tente es  inejecutable. 

Contra  una  humillación  así  infligida  al  pueblo  alemán,  el  Reichstag 
hace  un  llamamiento  al  sentido  de  justicia  del  mundo  entero.» 

El  ministro  alemán  Heine  hizo  las  siguientes  declaraciones  ante  el  co- 
rresponsal del  Vossische  Zeitung: 

«Firmamos  el  Tratado  de  paz  bajo  la  amenaza  de  la  Entente,  protes- 
tando de  las  cláusulas  que  atacaban  nuestro  honor  y  nuestra  dignidad.  Si 
no  hubiéramos  firmado,  Francia  hubiese  aprovechado  la  ocasión  para 
invadir  el  resto  de  las  cuencas  industriales  de  Occidente,  por  lo  menos. 

Tratamos  por  todos  los  medios  de  convencer  a  los  aliados  de  que  se 
nos  exigía  algo  que  ningún  Gobierno  podía  cumplir,  por  muy  grande  que 
fuese  su  voluntad.» 

Un  telegrama  de  Berlín,  del  6  de  Febrero,  decía:  «Alemania  enviará, 
probablemente,  una  nueva  Nota  a  París;  es  posible  que  esta  Nota  vaya 
acompañada  de  un  documento  que  contenga  la  relación  de  todos  los  actos 
de  barbarie  que  se  dice  cometidos  por  los  aliados,  tanto  en  Europa  como 
en  las  colonias  alemanas  durante  la  guerra.  El  Ministerio  del  Interior  tra- 
baja actualmente  en  la  elaboración  de  este  documento.» 


CRÓNICA  GENERAL  303 

Otro  telegrama  decía: 

«En  los  centros  políticos  alemanes  se  manifiesta  una  gran  inquietud  por 
la  Nota  de  la  Entente  y  la  lista  de  los  individuos  cuya  extradición  se  exige, 
y  que  pasa  de  9ñ0  hombres.  La  Prensa  comenta  esta  Nota  en  tonos  de  gran 
violencia.  El  partido  nacional  alemán  ha  protestado  contra  la  actitud  de  la 
Entente.  La  Unión  de  antiguos  soldados,  que  cuenta  más  de  cien  mil  hom- 
bres, hace  una  gran  propaganda  en  todo  el  Imperio  contra  la  extradición, 
y  organiza  para  muy  pronto  manifestaciones  en  Berlín. 

La  Unión  de  oficiales  alemanes  ha  publicado  un  manifiesto,  que  termi- 
na con  está  palabra:  ¡jamás!» 


La  Liga  de  las  Naciones.— Se  ha  celebrado  en  París  la  primera  reunión 
de  la  Liga  de  las  Naciones,  que,  por  desgracia,  no  es  la  imaginada  por 
Wilson,  con  el  fin  de  asegurar  la  paz  en  el  mundo,  sino  que  es,  sencilla- 
mente, una  alianza  ideada  por  Lloyd  Qeorge  y  Clemenceau  para  garanti- 
zar el  predominio  de  sus  respectivos  países,  no  figurando  en  ella  los  Esta- 
dos Unidos,  sus  promovedores,  ni  los  pueblos  de  la  Europa  oriental  ni 
central,  como  tampoco  muchos  pueblos  de  América,  Asia  y  África.  Vea- 
mos ahora  lo  que  se  trató  en  la  primera  reunión: 

Presidió  M.  León  Bourgeois,  quien  tenía  a  su  derecha  a  lord  Curzon, 
representante  de  Inglaterra;  Matsui,  del  Japón;  Da  Cunha,  del  Brasil,  y  Ve- 
nizelos,  de  Grecia. 

A  su  izquierda  estaban  los  señores  Mangiorno  Ferraris,  representante 
de  Italia;  Hymens,  de  Bélgica,  y  Quiñones  de  León,  de  España. 

Frente  a  M.  Bourgeois  estaba  sir  Eric  Drummond,  representante  de  los 
dominios  ingleses. 

Asistían  también  los  señores  Klotz,  ministro  de  Hacienda  francés;  Lar- 
naude,  decano  de  la  Facultad  de  Derecho  de  París;  Gaiffíer  Pestroy,  em- 
bajador de  Bélgica;  los  ministros  de  Suecia,  Noruega,  Dinamarca,  Grecia 
y  Suiza;  Pateck,  ministro  de  Negocios  Extranjeros  de  Polonia;  encargado 
de  Negocios  de  Checoeslovaquia  y  los  delegados  chinos  y  siameses. 

Por  unanimidad,  y  a  propuesta  de  Venizelos,  a  quien  apoyó  lord  Cur- 
zon, fué  nombrado  presidente  M.  Bourgeois,  quien  agradeció  la  unanimi- 
dad dé  la  elección,  y  dijo  que  esto  era  un  gran  honor  que  se  dirige  más  al 
país  que  representa  que  a  su  persona,  y  dirige  frases  del  testimonio  de  la 
estima  y  del  respeto  del  Consejo  hacia  lord  Grey,  invitando  a  sir  Eric 
Drummond  a  ocupar  el  puesto  de  secretario  de  la  sesión,  y  le  dio  gracias 
por  el  trabajo  que  ha  hecho. 


304  CRÓNICA  GENERAL 

Monsieur  Bourgeois,  en  su  discurso  de  apertura  del  Comité  ejecutivo 
de  la  Sociedad  de  las  Naciones,  después  de  lamentar  que  el  presidente 
Wilson  no  sea  el  que  presida  la  primera  reunión,  expresó  su  esperanza  y 
su  deseo  de  que  las  últimas  dificultades  que  impiden  a  los  Estados  Unidos 
tomar  parte  en  ella  desaparezcan  en  breve. 

Añadió  que  el  organismo  de  la  Sociedad  de  las  Naciones  no  estará 
completo  hasta  que  la  Asamblea  de  Estados,  prevista  por  el  art.  2.°  del 
pacto,  pueda  constituirse. 

Hizo  resaltar  que  los  Estados  neutrales  pueden  tomar  parte  en  ella,  y 
se  felicitó  de  la  adhesión  de  España,  Persia  y  Repúblicas  Argentina,  para- 
guaya y  chilena. 

Después  trazó,  a  grandes  rasgos,  la  misión  de  la  futura  Sociedad  de  las 
Naciones,  cuyo  mandato  encierra  dos  tareas  muy  distintas:  una,  la  necesi- 
dad inmediata  tendente  a  la  ejecución  práctica  del  Tratado,  y  otra,  de  evo- 
lución y  de  porvenir,  pues  para  levantar  el  edificio  del  mañana  es  preciso 
desescombrar  el  suelo  de  las  ruinas  acumuladas  por  la  guerra  y  fijar,  en 
los  límites  del  Derecho,  previsto  por  el  Tratado,  la  situación  de  los  Esta- 
dos asociados: 

Lord  Curzon  pronunció  un  importante  discurso,  al  cual  pertenecen  los 
siguientes  párrafos: 

«Inglaterra  y  sus  dominios— dijo— asegurarán  por  todos  los  medios 
que  tengan  a  su  disposición  la  eficacia  del  pacto  de  la  Sociedad  de  las  Na- 
ciones.» 

Después  de  demostrar  que  la  Sociedad  de  las  Naciones  no  implica  en 
modo  alguno  la  creación  de  un  superestado,  puesto  que  su  existencia  está 
basada  en  la  propia  existencia  de  las  naciones,  añadió  que  el  éxito  de  la 
Conferencia  del  Trabajo  es  un  buen  presagio  para  la  Sociedad  de  las  Na- 
ciones, pues  demuestra  la  utilidad  de  los  debates  públicos  en  el  campo  de 
acción  internacional. 

Afirmó  que  la  aplicación  del  pacto  de  Sociedad  de  Naciones,  si  no  per- 
mite inmediatamente  la  desaparición  de  los  armamentos,  aliviará  a  las  na- 
ciones del  peso  abrumador  de  los  mismos. 

Terminó  diciendo  que  cuando  los  Estados  Unidos  hayan  decidido 
tener  un  puesto  en  la  Sociedad  de  las  Naciones,  serán  calurosamente 
acogidos. 

«  • 

Francia.— Noi2L  saliente  en  la  política  de  la  vecina  República  ha  sido  la 
elección  de  Presidente  de  la  República.  El  día  17  de  Enero  se  reunieron  en 
Versalles,  bajo  la  presidencia  de  M,  Bourgeois,  los  diputados  y  senadores 


CRÓNICA  GENERAL  305 

de  la  nación,  y  sin  incidente  alguno  se  procedió  a  la  elección,  que  dio  el 
siguiente  resultado: 

Número  de  votantes,  886;  boletines  blancos  y  nulos,  20;  votos,  886; 
mayoría  absoluta,  435.  M.  Deschanel  obtuvo  734  votos. 

Al  leerse  el  resultado,  lo  mismo  que  al  pronunciar  el  presidente  de  la 
Asamblea  las  solemnes  palabras:  «Proclamo  a  M.  Deschanel  Presidente  de 
la  República  por  siete  años»,  estallan  en  toda  la  sala  frenéticos  aplausos, 
con  vivas  a  la  República  y  al  nuevo  Presidente.  Los  aplausos  se  repitieron 
en  toda  Francia  apenas  llegó  la  noticia  de  la  elección. 

La  elevación  de  M.  Deschanel,  producto  de  una  conjura  llevada  a  cabo 
con  gran  sigilo  y  extraordinaria  rapidez,  produjo  en  el  mundo  entero  una 
impresión  enorme,  pues  su  triunfo  es  la  derrota  de  Clemenceau,  tan  céle- 
bre en  la  guerra  como  en  las  negociaciones  de  la  paz. 

No  creemos,  sin  embargo,  que  la  derrota  del  forjador  de  la  victoria 
indique  un  cambio  en  la  política  exterior  de  Francia,  con  la  que  está  con- 
forme el  pueblo  y  la  mayor  parte  de  sus  representantes  en  el  Parlamento. 
El  carácter  excesivamente  enérgico  e  impulsivo,  imposible  para  las  funcio- 
nes moderadoras  del  Presidente  de  la  República,  el  odio  de  algunos  secto- 
res políticos  a  quienes  persiguió  sin  descanso  desde  el  poder,  y,  sobre 
todo,  el  temor  de  los  jefes  de  los  principales  partidos  parlamentarios  a  no 
ser  llamados  al  Gobierno  y  a  perder  su  influencia  política,  explican  el  des- 
calabro de  Clemenceau  y  el  fácil  triunfo  del  acomodaticio  y  siempre  conci- 
liador del  nuevo  elegido. 

Es  M.  Deschanel  una  de  las  inteligencias  más  preclaras  de  Francia, 
un  hombre  eminentemente  culto,  autor  de  excelentes  obras  históricas 
y  políticas  que  le  han  valido  el  ingreso  en  la  Academia  Francesa.  Comen- 
zó su  carrera  política  en  1878,  cuando  fué  nombrado  subprefecto  de 
Dreux.  En  el  85  entró  en  la  Cámara  de  Diputados,  en  el  96  fué  nombrado 
vicepresidente  de  la  Cámara,  en  el  98  ocupó  la  Presidencia  de  la  misma 
hasta  1902,  siendo  de  nuevo  elegido  en  1912,  pasando  de  esta  Presidencia, 
en  la  que  se  ganó  las  simpatías  de  todos  por  su  habilidad  y  moderación,  al 
Elíseo,  donde  continuará  siendo  el  ecuánime  y  el  contemporizador,  la  figu- 
ra decorativa  que  desean  los  que  han  de  ser  sus  consejeros. 

Había  anunciado  Clemenceau  que,  verificada  la  elección  presiden- 
cial, presentaría  la  dimisión  de  su  Gabinete.  Así  lo  hizo,  en  efecto,  y  en  su 
consecuencia,  se  ha  procedido  a  la  formación  del  nuevo  Gobierno,  que  ha 
quedado  constituido  en  la  siguiente  forma: 

Presidencia  y  Negocios  Extranjeros,  Millerand,  republicano  socialista. 

Justicia,  Lhopiteau,  radical. 

Guerra,  André  Lefevre,  republicano  socialista. 

20 


306  CRÓNICA  GENERAL 

Marina,  Landry,  ídem. 

Hacienda,  Frangois  Marsal,  independiente. 

Interior,  Honnorat,  radical. 

Instrucción  Pública,  Víctor  Borad. 

Comercio,  Isaac,  de  la  coalición  democrática. 

Colonias,  Alberto  Sarraut,  radical  socialista. 

Trabajos  públicos.  Le  Troquer,  republicano  de  la  izquierda. 

Agricultura,  Ricard,  independiente. 

Higiene  social,  Jl.  Bretón,  republicano  socialista. 

Este  Gobierno,  según  la  declaración  de  Millerand,  es  continuación  de 
la  política  clemencista. 

—Caracteriza  la  dirección  general  de  la  política  emprendida  por  el 
nuevo  Ministerio  el  discurso  del  jefe  del  Gobierno  en  la  Cámara,  del  que 
tomamos  las  siguientes  declaraciones,  de  indiscutible  importancia: 

«El  señor  Millerand  comenzó  su  discurso  asegurando  «que  el  nuevo 
Gabinete  opina  que  no  debe  romper  en  modo  alguno  la  continuidad  de 
la  política  extranjera  de  Francia,  que  le  permitió  rodearse  de  tales  alian- 
zas y  amistades,  que,  finalmente,  ganó  la  guerra». 

«En  particular— dijo— el  Gabinete  actual  proseguirá  la  política  del  Ga- 
binete que  presidió  el  señor  Clemenceau. 

El  día  en  que  el  interés  nacional  parezca  mandar  que  se  reanuden  las 
interrumpidas  relaciones  con  el  Vaticano,  ese  día,  inspirándonos  única- 
mente en  el  interés  francés,  públicamente,  como  corresponde  a  la  dig- 
nidad de  la  República,  nos  presentaremos  al  Parlamento,  el  cual  deci- 
dirá.» 

Refiriéndose  a  la  cuestión  del  Adriático,  el  señor  Millerand  declaró 
que  Francia  no  se  inspira  sino  en  el  cuidado  de  sostener  la  paz  del  mundo 
y  en  su  amistad  hacia  Italia  y  los  pueblos  servios. 

Habló  luego  de  la  paz,  y  dijo  que  los  delegados  turcos  serán  convoca- 
dos a  una  nueva  sesión  de  la  Conferencia  de  la  Paz  que  se  celebrará  en 
París,  y  que  las  firmas  de  la  ratificación  se  cambiarán  también  en  París. 

El  señor  Millerand  ofreció  que  no  se  practicará  la  diplomacia  secreta, 
y  que  se  entregarán  a  la  Comisión  de  Negocios  Extranjeros. 

Refiriéndose  a  Rusia,  ha  dicho: 

«Las  afirmaciones  del  señor  Cachin  son  inexactas  en  lo  referente  a  la 
presencia  de  negociaciones  inglesas  en  las  conversaciones  entre  Estonia  y 
el  Gobierno  de  los  Soviets. 

Todos  los  aliados  han  permanecido  y  permanecerán  fíeles  a  los  com- 
promisos adquiridos  con  respecto  a  los  soviets,  y  ninguno  adoptó  actitud 
particular  alguna. 


CRÓNICA  GENERAL  307 

Los  ejércitos  antibolchevistas  han  sufrido  fracasos,  pero  nada  permite 
decir  que  estos  fracasos  sean  definitivos. 

Si  Polonia  fuese  atacada  por  los  bolchevistas,  puede  contar  con  el  con- 
curso más  completo  de  todas  las  potencias  aliadas.» 

*** 

Inglaterra,— Con  todo  el  ceremonial  que  se  había  suprimido  durante 
la  guerra,  se  verificó  el  día  10  la  apertura  del  Parlamento  inglés,  presi- 
diendo el  rey  Jorge  V,  que  leyó  un  discurso  muy  expresivo  sobre  la  situa- 
ción general  y  sobre  los  proyectos  que  afectan  a  la  política  británica. 

Empezó  el  monarca  declarando  su  satisfacción  por  haber  sido  ratifica- 
do el  Tratado  de  Paz  y  haberse  reanudado  las  relaciones  diplomáticas  con 
Alemania. 

Manifestó  su  esperanza  de  llegar  en  breve  a  un  acuerdo  con  Turquía  y 
Hungría,  y  de  ver  ratificados  por  el  Parlamento  inglés  los  Tratados  con 
Austria  y  Bulgaria. 

Debemos  resolver — continuó— la  debatida  cuestión  del  Adriático.  Para 
que  las  bendiciones  de  la  paz  vengan  sobre  E  iropa,  es  preciso  que  se  res- 
taure en  el  Oriente  y  en  Rusia  las  relaciones  normales  de  la  vida  económi- 
ca. Mientras  esas  vastas  regiones  no  contribuyan  a  la  existencia  de  Europa 
ésta  no  recobrará  su  prosperidad. 

«Mucha  parte  del  malestar  de  Irlanda  obedece  a  la  agravación  de  los 
problemas  económicos,  general  en  todo  el  mundo.  Los  artículos  de  pri- 
mera necesidad  alcanzan  precios  elevados.  Sin  embargo,  en  estas  islas  son 
más  bajos  que  en  otras  partes.  Las  condiciones  de  nuestro  comercio  con 
el  Extranjero  hacen  que  nuestros  pueblos  encuentren  facilidades  que  otras 
naciones  no  poseen. 

Si  queremos  que  la  prosperidad  y  la  paz  social  continúen,  todas  las 
clases  británicas  deben  trabajar  con  buena  voluntad,  energía  y  paciencia, 
mientras  la  legislación  debe  proveer  con  todas  las  medidas  necesarias. 

Respecto  de  Irlanda,  declaró  que  inmediatamente  se  presentará  el  pro- 
yecto de  ley  que  quedó  sobre  la  Mesa  en  la  última  legislatura. 

Se  atenderá  también  a  la  instrucción  pública,  que  constituye  una  nece- 
sidad urgente  en  algunos  sitios  de  Irlanda.  Todas  las  medidas  se  procurará 
que  sean  compatibles  con  el  Home-Rule. 

Es  sumamente  urgente  el  problema  de  las  minas  de  carbón.  Hay  que 
crear  una  base  fija.  No  solamente  habrá  que  procurar  las  medidas  para 
que  los  mineros  sean  capaces  de  solucionar  las  presentes  condiciones 
anormales  de  su  industria,  sino  que  el  Parlamento  tendrá  que  ver  en  un 


308  CRÓNICA  GENERAL 

proyecto  de  nacionalización  de  ciertas  minas  para  mejorar  las  condiciones 
generales  y  ordenar  las  industrias,  teniendo  en  cuenta  los  intereses  de  la 
comunidad.» 

Durante  la  guerra  se  ha  visto  cómo  ha  mejorado  la  salud  al  restringir 
el  uso  de  las  bebidas  alcohólicas. 

Se  presentará  un  proyecto  de  ley  que  regule  su  venta. 

Desde  la  guerra  se  ha  evidenciado  también  un  malestar  causado  por 
ventas  desmesuradas  de  propiedades  rurales.  Habrá  que  tomar  medidas 
que  mitiguen  las  condiciones  demasiado  duras  observadas  en  dichas  ope- 
raciones. 

Se  presentará  también  un  proyecto  de  ley  para  el  desarrollo  y  el  mejo- 
ramiento de  la  industria  pesquera,  y  otro  proyecto  para  organizar  el 
ejército. 

Se  estudiará  el  seguro  contra  el  paro  forzoso,  el  sistema  de  horas  de 
trabajo  y  el  establecimiento  de  un  salario  mínimo,  así  como  preceptos  re- 
lacionados con  la  salud  del  obrero  en  las  fábricas. 

Se  tratará  también  de  proteger  a  la  industria  contra  la  competencia 
desleal. 

Se  procederá  durante  la  presente  legislatura  a  la  reforma  de  la  segunda 
Cámara  y  confío  en  que  quedará  aprobada  antes  de  que  concluya  dicha 
legislatura. 

Al  día  siguiente  de  la  apertura  de  las  sesiones  presentaron  los  laboris- 
tas una  enmienda  al  discurso  de  la  Corona  pidiendo  la  nacionalización  de 
las  minas,  pero  la  enmienda  fué  rechazada.  Respecto  de  lo  cual  dice  el  pe- 
riódico Daily  Mail  «que  esta  es  una  ocasión  muy  propicia  para  cambiar  el 
sistema  de  trabajo  y  traer  mejores  condiciones  para  los  mineros,  con  par- 
ticipación del  control  de  su  industria. 

Los  ferroviarios  ya  lo  han  conseguido  y  es  justo  que  los  mineros  lo 
obtengan  también.  El  proyecto  del  Gobierno  contiene  esto,  y  además  hace 
que  el  Estado  intervenga  para  la  unificación  de  los  distritos  de  minas  y 
que  los  directores  y  consejeros  de  las  minas  tengan  que  dar  cuenta  en  su 
administración  y  proporcionar  mejor  alojamiento  a  sus  obreros. 

Según  hemos  podido  comprender,  las  peticiones  de  los  laboristas  son 
perjudiciales  para  los  mineros,  pues  exigen  que  las  minas  sean  dirigidas 
por  el  Estado,  así  como  que  éste  intervenga  en  la  distribución  de  carbón. 
Esta  es  una  proposición  gigantesca.  El  país  no  ha  sido  consultado  con 
ellas  y  todas  las  señales  son  que  semejante  forma  de  nacionalización  pre- 
sentada al  país  como  resultado  definitivo  de  estos  debates  será  rechazada 
por  él.» 

—La  publicación  de  una  carta  por  el  embajador  británico  en  Wáshing- 


CRÓNICA  GENERAL  309 

ton,  lord  Grey,  dirigiéndose  públicamente  a  su  país  para  tratar  asuntos  re- 
ferentes a  la  política  internacional,  causó  grave  disgusto  al  presidente  Wil- 
son,  dando  origen  a  que  se  acentuaran  más  las  diferencias  entre  los  dos 
Gobiernos.  A  ello,  como  a  otros  problemas,  hizo  relación  el  ministro  de 
Negocios  Extranjeros,  lord  Carson,  en  su  discurso  de  la  Cámara,  diciendo 
que  no  lamentaba  el  paso  dado  por  lord  Grey  con  la  publicación  de  su 
carta,  aunque  ésta  no  ha  sido  inspirada  por  el  Gobierno.  Con  ella  no  trata 
de  intervenir  en  los  asuntos  de  América,  y  yo,  personalmente,  sólo  siento 
gratitud  hacia  él. 

Estima  que  será  preciso  revisar  y  modificare]  Tratado  de  paz,  si  Ale- 
mania manifiesta  su  intención  de  cumplirlo  fielmente. 

«Y  si  esto  hace,  nosotros,  por  nuestra  parte,  haremos  también  lo  posi- 
ble por  ayudarla  en  su  tarea  y  permitirla  recobrar  su  lugar  entre  las  colec- 
tividades civilizadas  del  mundo. 

El  retraso  con  que  se  lleva  la  paz  con  Turquía  obedece  a  nuestro  de- 
seo de  ver  participar  en  ella  a  los  Estados  Unidos. 

La  situación  de  Oriente  es  causa  de  graves  preocupaciones,  por  los  sín- 
tomas inquietantes  manifestados  en  Egipto,  Palestina,  Armenia,  Persia, 
Arabia  y  Afganistán. 

Los  acuerdos  que  habíamos  firmado  al  principio  de  la  guerra  con  Fran- 
cia, Italia  y  otros  aliados  nos  crean  dificultades  cuyas  consecuencias  son 
desconcertantes. 

Para  encontrar  una  solución  debemos  permanecer  unidos  con  los  alia- 
dos, en  especial  con  Francia;  mantenernos  dentro  de  los  elementos  de 
nuestras  facultades  financieras  y  militares,  y  dar  facilidades  a  las  naciones 
nuevas  para  que  tengan  una  existencia  autónoma. 

La  Liga  de  Naciones  es  una  garantía  del  arreglo  pacífico  de  los  conflic- 
tos. Esperamos  que  todos  apoyarán  a  la  Liga  y  que  ésta  será  una  realidad.» 


Holanda.— En  otro  lugar  publicamos  la  respuesta  de  Holanda  a  la  En- 
tente sobre  la  petición  de  extradición  del  Kaiser.  El  Parlamento  holandés 
ha  expresado  en  una  de  las  sesiones  la  satisfacción  experimentada  con  la 
actitud  del  Gobierno.  Comentando  dicha  respuesta,  escribió  UOsservaio- 
re  Romano: 

«Ha  ocurrido  lo  que  tenía  que  ocurrir.  A  la  petición  de  la  Entente  de 
entregar  al  Kaiser  para  juzgarlo,  Holanda  ha  contestado  en  términos  que 
no  por  corteses,  dejan  de  ser  negativos.  ¿Quién  podía  suponer  que  la  pe- 
queña, pero  valiente  Holanda,  se  hubiera  prestado  humildemente  a  violar 


310  CRÓNICA  GENERAL 

el  derecho  de  asilo  en  su  territorio,  para  complacer  a  algunas  potencias 
deseosas  de  realizar  un  juicio  que  hubiese  sido  un  espléndido  film  cine- 
matográfico; pero  que  a  la  luz  de  la  más  elemental  ciencia  penal  moderna 
aparecía  con  una  enormidad  jurídica? 

La  Prensa  de  todos  los  países  neutrales,  desde  Suiza  a  Escandinavia, 
desde  Dinamarca  a  España,  de  acuerdo  con  los  profesores  de  Derecho  in- 
ternacional, aprueban  la  respuesta  de  Holanda;  y  nosotros  estamos  pro- 
fundamente convencidos  de  que  el  pueblo  inglés  y  francés,  en  su  inmensa 
mayoría  piensa  del  mismo  modo. 

Pero  si  la  respuesta  de  Jiolanda  no  es  una  sorpresa,  maravilla  la  exi- 
gencia de  la  Entente.» 

«¿Ha  firmado  Italia?— pregunta  el  articulista.  Se  dice  que  los  aliados  o 
la  Entente;  pero  estas  palabras  no  tienen  el  mismo  significado  comprensi- 
vo. No  han  firmado  la  petición,  ni  el  Japón  ni  los  Estados  Unidos;  la  han 
suscrito  Francia  e  Inglaterra.  Pero  la  Comisión  parlamentaria  italiana,  que 
examinó  el  Tratado  de  Versalles,  desaprobó  los  artículos  que  se  referían  al 
proceso  del  Kaiser  y  los  oficiales  superiores  de  Alemania.  Se  dirá  que 
habiendo  firmado  el  Tratado,  Italia  debe  firmar  la  petición;  pero  el  Japón 
ha  firmado  el  Tratado  solamente.  El  artículo  227  no  impone  a  cada  poten- 
cia esta  obligación  de  tal  modo  que  algunas  no  puedan  desinteresarse, 
como  lo  han  hecho  los  japoneses.  Por  estas  razones,  espérameos  (¿podemos 
esperar  todavía?)  que  Italia,  patria  de  Beccarta,  Filangeri,  Romagnosi,  Ca- 
rrard,  fundadores  de  la  ciencia  penal  moderna,  no  se  habrá  asociado  a 
una  petición,  cuyo  resultado  sería  un  absurdo  jurídico. 

Pero  cualesquiera  que  sean  los  firmantes  no  podían  esperar  más  que 
una  repulsa.  Un  diplomático  inglés,  de  paso  por  Roma,  fué  interrogado 
sobre  la  actitud  que  adoptaría  Inglaterra,  si  se  encontrase  en  las  condicio- 
nes de  Holanda.  — Probablemente — repuso— Inglaterra  no  contestaría 
nada.  —¿Y  si  la  amenaza  acompañase  a  la  petición?  —Entonces,  Inglate- 
rra contestaría  con  los  cañones.  — Muy  bien;  por  consiguiente,  Inglaterra 
y  Francia  debían  esperar  de  Holanda  la  misma  respuesta  que  ellas  hubie- 
sen dado.  — ¿Y  qué  harán  ahora?  A  menos  que  la  petición  con  la  negativa 
esperada  no  sea  el  medio  escogido  para  enterrar  con  cierto  decoro  este 
proyecto  de  juicio  que  no  hubiera  debido  hacer... 

¿Qué  hará  Inglaterra?  ¿Querrá  obligar  a  Holanda  con  la  amenaza  de  la 
guerra?  No  es  probable;  sería  una  guerra  en  contradicción  con  los  princi- 
pios sostenidos  por  los  aliados  desde  que  se  inició  la  contienda.  Además, 
¿permitirían  los  pueblos  guerra  semejante?  Y,  finalmente,  si  Holanda,  ame- 
nazada, apelase  a  la  Sociedad  de  las  Naciones  (apelación  que  no  podría 
rehusarse),  la  cuestión  sería  sometida  a  un  tribunal  arbitral,  y  la  respuesta 


CRÓNICA  GENERAL  311 

sería  de  seguro  negativa.  Pero  nada  de  esto  es  probable;  esperemos  que 
no  volverá  a  hablarse  de  este  proceso.  Tanto  el  juicio  del  Kaiser  como  el 
de  los  oficiales  superiores,  tendría  un  resultado:  prolongar  por  algunas  ge- 
neraciones los  odios  nacionales  y  hacer  posible  una  revolución  militarista 
bolchevista  en  Alemania. 

En  interés  de  todos,  vencedores  y  vencidos,  deben  abandonarse  estos 

procesos.» 

* 
*  * 

Italia.— Da  idea  perfecta  de  la  situación  en  la  península  italiana  el  si- 
guiente relato  publicado  por  el  director  de  //  Corriere  d'Iialia: 

«Acaba — dice — de  salir  Italia  de  dos  graves  agitaciones  de  funciona- 
rios públicos:  la  de  los  empleados  de  Correos  y  Telégrafos  y  la  de  los  fe- 
rroviarios. En  cambio,  no  ha  solventado  aún  la  espinosa  cuestión  adriáti- 
ca,  que  desde  hace  meses  pone  a  dura  prueba  los  nervios  de  la  nación. 

Las  agitaciones  y  huelgas  de  funcionarios,  especialmente  de  los  ferro- 
viarios, constituyeron  un  problema  difícil  en  las  graves  circunstancias  por 
que  atraviesa  el  país,  e  inspiraron  temores  muy  serios.  Las  elecciones  ge- 
nerales de  Noviembre  enviaron  a  las  Cámaras  160  diputados  socialistas;  y 
dado  que  el  socialismo  italiano— con  excepción  de  algunos  elementos  inte- 
lectuales, como  Turati— ostenta  un  carácter  netamente  bolchevista,  su  éxito 
electoral  parecía  encerrar  una  amenaza  revolucionaria  a  corto  plazo.  La 
ocasión  de  cumplirla  pudo  ser  la  huelga  ferroviaria;  y  así  lo  creyeron  mu- 
chos, en  vista  del  carácter  político  de  la  huelga,  ya  que  en  el  terreno  eco- 
nómico el  Gobierno  había  hecho  concesiones  muy  razonables. 

Contra  lo  que  se  preveía,  la  huelga  sólo  se  extendió  a  los  ferroviarios 
adheridos  a  las  organizaciones  socialistas,  siendo  casi  unánime  en  el  norte 
de  Italia,  parcial  en  el  centro  e  inexistente  en  el  sur.  Vino  una  reacción  en 
la  opinión  pública,  y  en  menos  de  diez  días  el  movimiento  fracasó,  con  gran 
confusión  de  sus  promotores. 

La  índole  política  bolchevista  de  la  referida  huelga  implicó  su  fracaso, 
por  dos  razones  principales:  primera,  porque  el  pueblo  italiano  ha  resul- 
tado estar  mucho  más  lejos  de  lo  que  suponían  los  socialistas  de  alimentar 
sentimientos  subversivos,  y  segunda,  porque  la  amenaza  bolchevista  ha 
tropezado  con  la  firme  actuación  del  parUdo  popular.  Es  ya  evidente  que 
el  triunfo  socialista  en  las  pasadas  elecciones  fué  debido,  en  gran  parte,  al 
descontento  popular  por  los  sufrimientos  derivados  de  la  guerra.  Como 
adversarios  de  la  guerra,  no  como  socialistas  revolucionarios,  recogieron 
éstos  muchos  votos,  que  están  lejos  de  ser  adhesiones  al  bolchevismo,  se- 
gún aparece  ahora  claramente. 


312  CRÓNICA  GENERAL 

En  cuanto  a  la  eficaz  actuación  del  partido  popular,  baste  recordar  que 
éste — verdadero  triunfador  en  las  elecciones  de  Noviembre,  puesto  que  en 
ellas  logró  cuadruplicar  con  exceso  el  número  de  sus  diputados,  mientras 
los  socialistas  lograron  poco  más  que  duplicar  los  suyos — es  arbitro  de  la 
situación  parlamentaria,  entre  socialistas  y  liberales.  Al  estallar  la  huelga 
ferroviaria,  las  organizaciones  adheridas  al  partido  popular  se  opusieron 
a  la  maniobra  política,  sin  dejar  de  estimar  en  su  valor  las  aspiraciones 
económicas  de  los  ferroviarios.  Hizo  fracasar  la  huelga,  por  una  parte; 
mas,  por  otra  parte,  obtuvo  del  Gobierno  las  concesiones  con  las  que  se 
resolvió  el  conflicto.  La  actuación  del  partido  popular  no  puede  ser  más 
útil,  colocado  entre  la  desatentada  actividad  revolucionaria  de  los  socialis- 
tas y  la  inercia  de  los  liberales  desorganizados. 

Resuelto  este  conflicto  interno,  sigue  en  pie,  como  antes  advertí,  el 
problema  adriático.  Discútese  en  estos  momentos  en  el  Parlamento,  y  el 
telégrafo  habrá  anticipado  noticias  que  creo  inútil  consignar  en  esta  carta. 
Me  limitaré,  pues,  a  hacer  algunas  observaciones  sobre  el  asunto. 

Se  equivocan  los  que  piensan,  en  el  Extranjero,  que  la  opinión  pública 
italiana  se  halla  muy  excitada  por  la  decepción  de  sus  esperanzas  en  el 
Adriático.  La  verdad  es  que  la  opinión  está  enteramente  resignada  a  obte- 
ner una  solución  modesta,  siempre  que  sea  decorosa,  y  ninguna  ilusión 
se  hace  ya  respecto  a  las  disposiciones  de  los  Gobiernos  aliados.  Si  existe 
alguna  inquietud,  dimana  tan  sólo  de  esa  desilusión.  Es  de  notar,  como 
hecho  muy  significativo,  que  se  está  formando  una  gran  corriente  de  opi- 
nión, fomentada  por  el  partido  socialista,  por  el  popular  y  por  varias  frac- 
ciones liberales,  contra  la  conclusión  de  cualquier  alianza  italiana  con 
Francia  e  Inglaterra.  Esto  se  explica,  además,  por  el  hecho  de  ser  hoy  Ita- 
lia el  país  más  alejado  de  toda  ambición  imperialista  y  el  que  más  sincera- 
mente cree  en  la  posibilidad  de  una  nueva  política  internacional,  sobre 
bases  de  fraternidad,  entre  todas  las  naciones.  Después  del  Tratado  de 
Versalles  y  de  los  gérmenes  de  nuevas  disensiones  que  ha  sembrado  por 
toda  Europa,  hay  cierta  ingenuidad  en  tal  creencia...  No  importa;  el  pue- 
blo italiano  sabe  todavía  ser  ingenuo;  sin  perjuicio  de  tener  suficiente 
buen  sentido  para  no  asociarse  a  las  persecuciones  intentadas  contra  el 
Kaiser  y  los  alemanes  culpables  de  delitos  de  guerra,  y  suficiente  genero- 
sidad de  corazón  para  socorrer  a  muchos  miles  de  niños  austríacos  ham- 
brientos. 

La  verdad  es  que  Italia,  entre  las  naciones  afectadas  por  la  guerra,  es  la 
que  menos  odia  al  enemigo  de  ayer.  Hay  una  profunda  diferencia  entre 
nuestra  psicología  de  post-guerra  y  la  de  los  franceses  e  ingleses:  diferen- 
cia que  explica  en  buena  parte  la  desconfianza  recíproca,  revelada  a  diario 


CRÓNICA  GENERAL  313 

por  tantos  hechos.  Ello  no  significa  que  no  desee  Italia  mantener  con  sus 
aliados  de  ayer  relaciones  de  amistad,  tanto  más  cuanto  que  en  ellos,  como 
en  los  otros  países,  valen  más  los  pueblos  que  los  Gobiernos...» 

ESPAÑA 

Hemos  de  registrar  tres  recepciones  en  las  Academias  de  Ciencias  Mo- 
rales y  Políticas,  y  en  la  Española.  En  la  primera  fué  recibido  el  ilustre  es- 
critor, honra  del  clero,  D.  Javier  Vales  Failde,  quien  por  su  infatigable 
celo  en  favor  de  las  obras  sociales,  se  ha  hecho,  indudablemente,  acreedor 
a  tan  distinguida  consideración.  En  la  Española  fué  recibido  también  el 
señor  conde  de  la  Mortera,  D.  Gabriel  Maura  y  Gamazo,  pronunciando  un 
discurso  muy  justamente  aplaudido. 

También  se  celebró  con  gran  solemnidad  la  recepción  del  poeta  don 
Manuel  Sandoval.  El  tema  del  discurso  fué  el  siguiente:  De  lo  inconsciente 
y  lo  voluntario  en  las  obras  literarias  y  poéticas.  Examinó  la  existencia  de 
estos  elementos  en  el  Quijote,  en  la  famosa  égloga  de  Virgilio:  Sicaelides 
musae...  en  la  que  creyeron  adivinar  los  doctores  de  la  Edad  Media  una 
especie  de  profecía  o  vaticinio  del  nacimiento  de  Jesucristo,  creencia  que 
originó  una  gran  veneración  por  el  poeta  a  quien  con  poca  exactitud  so- 
lemos llamar  mantuano.  Compara  esta  égloga  con  una  glosa  o  comento 
que  de  ella  conscientemente  hizo  Juan  de  la  Encina,  demostrando  con  este 
caso  que  lo  inconsciente  es  más  provechoso  muchas  veces  que  lo  que  se 
hace  sabiendo  el  alcance  y  valor  de  la  obra.  Examinó  también,  estudiando 
este  elemento  de  lo  inconsciente,  la  Medea,  de  Séneca;  Persiles  y  Segis- 
munda,  de  Cervantes,  y  versos  de  Lope  de  Vega,  en  los  que  una  vista  pers- 
picaz y  de  zahori  puede  vislumbrar  como  una  profecía  del  telégrafo  y  de 
la  navegación  aérea. 

Don  Manuel  Sandoval  nació  el  1  de  Enero  de  1874.  A  los  veintidós 
años  se  licenció  en  la  Facultad  de  Derecho,  y  en  el  siguiente  se  doctoró  en 
la  de  Filosofía  y  Letras.  Ha  sido  muchos  años  catedrático  de  Literatura  en 
varios  Institutos.  En  1907  fué  nombrado  corresponsal  en  la  Academia,  en 
la  que  ha  ingresado.  Fué  también  individuo  de  número  en  la  Real  Acade- 
mia de  Ciencias,  Bellas  Letras  y  Nobles  Artes  de  Córdoba.  Entre  otras 
obras  tiene  un  poema  titulado  Prometeo,  un  libro  de  poesías.  Aves  de 
paso.  Cancionero  y  Musa  castellana.  De  mi  cercado  y,  por  fin,  una  poe- 
sía titulada  Renacimiento  que  fué  premiada  en  los  Juegos  Florales  de  El 
Escorial. 

—El  día  30  de  Enero  se  cumplió  el  primer  centenario  del  nacimiento 
de  doña  Concepción  Arenal,  mujer  ilustre  que  con  su  talento  y  más  con 


314  CRÓNICA  GENERAL 

SU  generoso  y  tierno  corazón  ha  llegado  a  ser  una  de  las  más  grandes  figu- 
ras de  su  sexo.  En  todas  partes  se  ha  celebrado  su  centenario  con  gran 
solemnidad;  en  el  teatro  de  la  Princesa  organizó  la  velada  el  Congreso 
Nacional  de  mujeres  que  preside  la  excelentísima  señora  marquesa  de  Ter. 
El  acto  fué  presidido  por  el  Sr.  Francos  Rodríguez;  en  el  Ateneo  se  cele- 
bró también  el  centenario  bajo  la  presidencia  del  docto  catedrático  don 
Adolfo  A.  Buylla,  ensalzando  la  obra  y  los  escritos  de  la  ilustre  ferrolana 
los  Sres.  Palacios,  Salillas  y  el  marqués  de  Figueroa,  que  alabó  la  modes- 
tia, inteligencia  y  virtud  de  Concepción  Arenal  y  comentó  su  obra  sobre  el 
Derecho  de  gentes,  haciendo  notar  que  en  este  libro  elevó  la  autora  el  con- 
cepto del  Derecho  internacional,  considerándolo  no  como  el  conjunto  de 
tratados,  sino  aceptando  la  influencia  de  los  principios  eternos  de  la  jus- 
ticia natural. 

Digna  es  ciertamente  de  todos  los  homenajes  una  mujer  que  aun  sin 
necesidad  de  hacerla  subir  hasta  las  alturas  donde  están  colocadas  Santa 
Teresa  de  Jesús  e  Isabel  la  Católica,  donde  han  querido  colocarla  algunos, 
es  merecedora  de  que  se  recuerde  su  memoria  para  bendecirla,  se  propa- 
guen sus  libros  y,  sobre  todo,  continúe  su  obra  altamente  caritativa. 

— Con  el  título  de  Festival  en  tiempo  de  Goya,  se  ha  celebrado  en  el 
Teatro  Real  una  fiesta  artística,  organizada  por  aristocráticas  damas,  presi- 
didas por  la  duquesa  de  Parcent.  El  fin  de  la  misma  fué  hacer  una  obra 
de  candad  a  los  niños  pobres  de  las  naciones  más  castigadas  por  la  gue- 
rra y  de  otros  niños  españoles  que  también  merecen  protección  y  amparo. 
El  éxito  fué  lisonjero,  no  solamente  como  obra  de  caridad,  pues  parece 
que  se  recaudaron  unas  cincuenta  mil  pesetas,  sino  también  como  obra 
artística,  pues  todas  las  admirables  figuras  de  los  cuadros,  tapices  y  dibu- 
jos del  gran  pintor  aragonés  resurgieron  en  el  Teatro  Real  con  sus  trajes 
típicos  y  su  inconfundible  belleza. 

P.  Gutiérrez. 


MISCELÁNEA 


Sobre  el  enjuiciamiento  del  Kaiser. 

Prescindimos  de  todo  comentario  para  insertar  únicamente  un  artículo 
que  publicó  L'Oservatore  Romano  sobre  el  enjuiciamiento  del  ex  Empe- 
rador de  Alemania,  y  que  dice  así: 

«En  la  parte  séptima  del  Tratado  de  Paz,  referente  a  las  responsabili- 
dades de  la  guerra,  se  contienen  las  siguientes  cláusulas,  impuestas  a  Ale- 
mania por  las  naciones  victoriosas: 

«Guillermo  II  será  públicamente  enjuiciado  por  ofensa  de  lesa  autori- 
dad sagrada  de  los  Tratados  internacionales. 

Será  juzgado  por  un  Tribunal  especial,  compuesto  de  cinco  jueces  nom- 
brados por  las  principales  naciones. 

Se  dirigirá  al  Gobierno  holandés  una  demanda  de  extradición.» 

El  nuevo  Gobierno  alemán,  haciendo  suyas  las  reservas  ya  contenidas 
en  las  contraposiciones  formuladas  por  el  Gobierno  que  le  precedió  (y  en 
una  larga  nota  que  envió  al  secretario  de  la  Conferencia),  se  declaró  dis- 
puesto a  firmar  el  Tratado  con  la  reserva  de  las  cláusulas  relativas  a  la  res- 
ponsabilidad y  a  las  sanciones  de  la  guerra.  Lo  cual  quiere  decir  que  Ale- 
mania no  se  confiesa  única  responsable  de  la  guerra,  y  que  los  responsa- 
bles alemanes,  el  Emperador  y  los  generales,  no  deben  ser  procesados. 

Habiendo  rechazado  estas  reservas  las  potencias  victoriosas,  Alemania 
se  vio  en  la  necesidad  de  no  insistir. 

No  discutamos  ahora  los  cargos  de  la  acusación;  pero  no  será  cosa  in- 
oportuna examinar  a  la  serena  luz  de  la  Jurisprudencia  un  caso  tan  nuevo 
en  la  historia  del  Derecho  y  también  en  la  historia  de  la  diplomacia.  Y 
aunque  en  otro  artículo  estudiaré,  si  Dios  quiere,  el  procesamiento  de  los 
generales  alemanes,  quiero  ahora  entretener  a  mis  lectores  examinando 
ese  procesamiento  que  se  quiere  entablar  contra  el  Emperador. 


316  MISCELÁNEA 

Empecemos  por  la  constitución  de  ese  Tribunal. 

Las  potencias  victoriosas  elegirán  los  jueces  que  deben  juzgar  al  ex 
Emperador.  Lo  cual  vale  tanto  como  decir  que  «los  acusadores  elegirán  el 
Tribunal  que  ha  de  juzgar  al  acusado». 

En  Derecho  criminal,  el  caso  es  inaudito,  por  no  decir  otra  cosa. 

Admitamos,  empero,  que  las  potencias  elijan  como  jueces  personas  ín- 
tegras, de  vastísima  ciencia  jurídica,  dotadas  de  las  más  excelsas  cualida- 
des; nunca  se  podrá  negar  que  el  solo  hecho  de  haber  sido  elegidos  por  la 
parte  interesada  en  la  condenación,  es  per  se  un  motivo  suficiente  de  legí- 
tima recusación. 

Supongamos  constituido  ya  el  Tribunal.  Es  necesario  llevar  a  la  barra 
al  procesado,  pidiendo  su  extradición  a  Holanda,  donde  reside. 

Si  Inglaterra  se  encontrara  en  condiciones  iguales  a  las  de  Holanda  (se 
ha  preguntado  a  un  eminente  personaje  inglés),  ¿qué  respondería  Inglate- 
rra a  tal  demanda? 

— Inglaterra— contestó  el  personaje  referido—,  probablemente  no  res- 
pondería nada. 

— Pero— se  añadió—,  ¿y  si  la  demanda  fuera  acompañada  de  una 
amenaza? 

—Entonces,  Inglaterra  respondería,  pero  con  la  boca  de  sus  cañones. 

Holanda,  que  tiene  un  profundo  sentimiento  de  dignidad,  responderá 
probablemente  lo  mismo;  es  decir,  que  el  derecho  de  asilo  es  tan  sagrado 
e  inviolable  en  su  territorio  como  en  Inglaterra. 

Mas  si  la  Entente  quiere  obligarla  por  la  fuerza,  la  pequeña  Holanda 
no  podrá,  como  Inglaterra,  responder  con  la  voz  de  sus  cañones. 

Pero  en  tal  caso,  la  Entente  daría  con  sus  hechos  la  negación  mayor 
del  principio  (proclamado  desde  el  principio  de  la  guerra,  especialmente 
por  el  presidente  Wilson),  de  que  los  derechos  de  los  pueblos  débiles  son 
tan  sagrados  y  respetables  como  los  derechos  de  los  fuertes. 

Supongamos,  empero,  al  acusado,  ante  el  Tribunal  y  que  empieza  la 
vista  del  proceso. 

¿Sobre  qué  crimen  deberá  entender  y  fallar  el  Tribunal? 

Si  ha  de  juzgar  solamente  la  violación  de  la  neutralidad  de  Bélgica,  no 
habría  necesidad  de  este  procedimiento  judicial,  cuando  el  mismo  Canci- 
ller alemán  declaró  públicamente  que  la  invasión  de  Bélgica  era  contraria 
al  Derecho  internacional. 

Pero,  dejando  a  un  lado  la  observación  de  algunos  de  que  se  podrían 


MISCELÁNEA  317 

aplicar  a  las  potencias  acusadoras  aquella  palabra  del  Evangelio  «el  que 
de  vosotros  esté  sin  pecado  que  tire  la  primera  piedra»,  nadie  podrá  des- 
conocer que  la  responsabilidad  de  tales  crímenes,  especialmente  en  Dere- 
cho constitucional,  recae  sobre  el  Gobierno  y  no  sobre  la  persona  del  jefe 
del  Estado. 

Pero  pasemos  también  por  alto  todo  esto,  y  supongamos  al  Kaiser  úni- 
co responsable. 

El  Tribunal  deberá  fijar,  por  una  prueba  o  demostración  jurídica,  las 
causas  próximas  y  remotas  de  la  guerra  para  declarar  la  responsabilidad 
que  corresponda.  Y  esta  demostración  jurídica  (si  el  Tribunal  quiere  dig- 
namente cumplir  su  misión),  deberá  hacerla  apoyado,  no  en  las  columnas 
de  los  diarios  o  en  la  opinión  pública,  sino  en  los  documentos  diplomáti- 
cos de  los  archivos  de  las  Cancillerías. 

Son  estos  documentos,  en  efecto,  los  únicos  que  pueden  revelar  las  cau- 
sas de  la  guerra,  tanto  la  más  inmediata,  que  hizo  precipitar  la  declaración, 
como  la  más  remota,  es  decir,  ese  largo  período  de  tiempo  durante  el  cual 
las  agrupaciones  amenazadoras  de  las  potencias,  el  juego  de  alianzas  y  con- 
tra alianzas,  el  choque  de  intereses  opuestos  y  el  de  hegemonías  rivales,  los 
armamentos  y  los  preparativos  de  guerra,  no  conseguían  sino  hacer  inevi- 
table, más  pronto  o  más  tarde,  la  gran  tragedia.  Ahora  bien:  ¿las  potencias 
están  dispuestas  a  abrir  los  archivos  secretos  y  a  hacer  del  dominio  público 
los  documentos  que  encierran? 

Y  después,  ¿qué  garantía  podrá  tener  el  Tribunal  de  que  ninguno  de 
estos  documentos  ha  sido  destruido  o  sustraído?; 

La  verdadera  historia  de  la  guerra  mundial,  en  sus  verdaderos  oríge- 
nes, no  es  posible  hacerla  en  el  momento.  No  será  sino  en  un  porvenir, 
más  o  menos  alejado,  cuando  las  Cancillerías  abran  sus  archivos  a  los  his- 
toriadores. Y  aun  entonces  quedará  la  duda  de  si  los  Gobiernos  de  esta 
época  han  destruido  documentos  que  habrían  podido  poner  en  su  verdade- 
ro lugar  las  causas  próximas  y  remotas,  los  principales  autores  y  cómpli- 
ces de  este  crimen  contra  la  Humanidad. 

Finalmente,  el  Tribunal  deberá  formular  sus  conclusiones  y  dictar  sen- 
tencia. ¿Cuál  será  la  sentencia?  Si  el  Tribunal,  teniendo  en  cuenta  lo  que 
hemos  dicho  hasta  ahora,  decide  que  en  el  momento  presente  no  es  posi- 
ble establecer,  mediante  una  prueba  jurídica,  las  causas  próximas  y  re- 
motas de  la  guerra,  y  que,  por  consiguiente,  no  puede  designarse  jurí- 
dicamente el  autor  verdadero  y  responsable  de  esta  guerra,  esta  conclu- 


318  MISCELÁNEA 

sión  será  ^una  gran  derrota  moral,  un  verdadero  desastre  para  la  Entente. 

Si,  por  el  contrario,  el  Tribunal  pronuncia  una  sentencia  de  condena- 
ción contra  el  Kaiser,  esta  sentencia  no  tendrá  ningún  valor  ante  la  opinión 
¡mparcial  de  los  juristas,  ya  porque  el  Tribunal  es  jurídicamente  recusable 
ya  por  falta  de  elementos  esenciales  de  prueba,  que  sólo  pueden  encon- 
trarse rebuscando,  buscando  y  examinando  documentos  en  todas  las  Can- 
cillerías cerradas. 

Por  consiguiente,  no  sólo  esta  sentencia  de  condenación  dejaría  per- 
pleja la  opinión  de  los  juristas,  sino  que  inclinaría  en  favor  del  Kaiser  la 
opinión  pública  mundial,  que  vería  en  él  una  víctima  de  la  arbitrariedad  y 
de  la  dominación  de  los  vencedores.  En  último  lugar,  una  tal  sentencia  no 
podría  contener  ninguna  sanción  penal,  nalla  pena  sine  lege;  y,  ¿dónde 
está  la  ley  que  establece  las  penalidades  contra  un  Soberano  responsable 
de  la  guerra? 

Los  argumentos  que  acabamos  de  exponer,  demuestran  clarísima- 
mente  las  dificultades  a  las  que  se  expondría  la  Entente  con  semejante 
proceso. 

Su  único  resultado  sería  crear  un  nuevo  e  indestructible  obstáculo  a  la 
pacificación  internacional,  pacificación  que  debe  ser  una  de  las  principales 
aspiraciones  de  todos  los  pueblos.» 

Sobre  el  mismo  asunto  publicó  L'Unitá  Catholica  lo  siguiente: 

«De  algún  tiempo  a  esta  parte  se  discute  en  los  periódicos  extranjeros 
acerca  del  proceso  que  se  intenta  formar  para  el  Kaiser,  como  responsable 
de  la  bárbara  guerra.  Primeramente  habrá  que  buscar  otros  responsables 
del  gran  conflicto,  y  creo  que  se  encontrarían  fácilmente,  además  de  aque- 
llos que,  pudiendo  impedir  la  guerra,  no  lo  hicieron  y  aun  tomaron  parte 
en  ella. 

Despierta  hilaridad  la  noticia  propagada  por  los  periódicos,  de  que  23 
ó  24  potencias  (!)  han  reclamado  la  extradición  del  Emperador  y  quieren 
la  cabeza  de  éste.  Sería  cosa  nueva  en  la  Historia  que  los  reyes  fuesen 
acusados  y  condenados  por  haber  hecho  la  guerra,  mientras  se  respeta 
que,  siendo  vencedores,  dicten  leyes  a  los  vencidos,  y  al  ser  vencidos, 
sean  humillados,  unciéndolos  al  carro  triunfal  de  los  pueblos  victoriosos. 

Se  necesita  no  conocer  la  Historia  contemporánea  y  la  filosofía  de  la 
Historia  para  afirmar  semejante  utopía.  La  guerra  es  azote  de  Dios,  y  de 
la  guerra  pasada  puede  decirse,  sin  temor  a  ser  desmentido,  que  fué  el 
castigo  de  la  sociedad  europea,  apóstata  de  Dios  y -de  la  Iglesia.  Además^ 


MISCELÁNEA  319 

la  guerra  estaba  prevista  desde  mucho  tiempo  antes  por  hombres  políticos 
y  sabios.  El  Sr.  Nitti,  hoy  presidente  del  Consejo,  decía  el  26  de  Octubre 
de  1916:  «De  cuarenta  años  a  esta  parte,  Europa  se  regía  por  un  sistema 
de  acuerdos  y  de  transacciones.  Todos  hacían  la  apología  de  la  paz,  pero 
todos,  de  una  manera  o  de  otra,  se  preparaban  para  la  guerra.» 

¿Y  los  inmensos  armamentos  que  agotaban,  hasta  dejarlos  exhaustos, 
los  recursos  de  los  Estados?  ¿Y  las  convulsiones  balkánicas,  y  los  sueños 
imperialistas  de  reyes  y  soberanos,  y  los  estremecimientos  de  los  pueblos 
rebeldes  al  freno,  y,  sobre  todo,  las  excitaciones  de  aquellos  poderes  ocul- 
tos que,  por  odio  a  Dios  y  al  Papa,  atizaban  desde  mucho  tiempo  antes  el 
fuego,  no  eran  otros  tantos  preparativos  para  el  estallido  final? 

Los  acontecimientos  son  demasiado  recientes  y  los  documentos  no  han 
sido  dados  a  luz.  Sin  embargo,  algo  más  viene  sabiéndose  cada  día,  y  algo 
más  nos  atrevemos  a  decir,  a  pesar  de  esta  confusión. 

La  tragedia  de  Sarajevo  no  fué  un  pretexto,  como  se  dice,  sino  que  fué 
el  verdadero  casas  bellL  Hacía  más  de  diez  anos  que  la  masonería  servia, 
que  estaba  además  en  el  Poder,  conspiraba  contra  la  católica  Austria  y 
contra  la  dinastía  católica  de  los  Habsburgo.  El  asesinato  de  la  familia  im- 
perial fué  la  gota  que  hizo  desbordar  el  vaso,  ya  colmado.  Y  ya  se  sabe  que 
en  Servia,  país  medio  bárbaro,  las  tragedias  dinásticas  son  casi  tradicio- 
nales. 

Austria,  ofendida  en  aquello  que  le  era  más  caro,  exigió  una  repara- 
ción, y  estaba  en  su  derecho  al  pedirla.  Servia,  resguardada  por  Rusia, 
que,  aunque  tirana  del  pueblo  polaco,  se  ha  hecho  siempre  el  paladín  de 
los  pueblos  eslavos,  rechazó  altivamente  toda  reparación,  y  Austria,  al 
descubrirse  el  juego,  declaró  la  guerra.  La  guerra  debía  haberse  localiza- 
do, o  por  lo  menos  dificultado,  con  alguna  mediación.  Pero  no  fué  así; 
Rusia  se  quitó  la  careta  y  declaró  que  tomaría  las  armas  en  favor  de 
Servia.  El  incendio  se  extendió  mucho  más  de  lo  que  se  creía;  Rusia  creyó 
llegado  el  tiempo  de  poner  en  obra  el  sueño  de  Pedro  el  Grande. 

Alemania,  unida  en  amistad  estrecha  con  Austria,  tomó  también  las  ar- 
mas, pronta  a  combatir  al  lado  de  su  fiel  aliada. 

De  este  modo  el  Kaiser  tuvo  que  afrontar  a  Rusia  y  su  Emperador,  que 
provocó  el  primero  la  formidable  conflagración  europea,  y  al  mismo  tiempo 
a  la  inquieta  Francia,  que  hacía  más  de  cuarenta  años  que  pensaba  en  la 
revancha. 

Y  en  lo  que  se  refiere  a  Alemania,  es  cierto  que  el  Kaiser  es  reo  de  ha- 


320  MISCELÁNEA 

ber  bárbaramente  violado  la  neutralidad  de  Luxemburgo  y  de  Bélgica. 
Pero,  pensándolo  bien,  y  así  lo  dijo  el  Giornale  d' Italia,  si  no  hubiera 
sido  Alemania  la  primera  en  violar  Bélgica,  hubiera  sido  Francia  quien  lo 
hiciese  poco  después.  Séanos  lícito  hacer  una  pequeña  observación.  Ser- 
via, que  había  sido  la  causa  primera  de  la  guerra  y  que  con  tanta  audacia 
había  provocado  a  Austria,  por  la  ocupación  de  la  Bosnia  Herzegovina, 
era  destruida  en  Enero  de  1916  junto  con  Montenegro,  otro  nido  de  sec- 
tarios y  conspiradores,  covi  di  settari  e  di  conspiratori.  Rusia,  que  había 
encendido  después  de  ellas  la  primera  chispa  del  incendio,  era  destrozada 
en  los  Lagos  Masúricos  y  ha  acabado  en  la  más  desoladora  ruina.  ¡Dios  no 
tiene  prisa!...  Y  no  hablemos  de  otras  naciones. 

Por  lo  demás,  la  Historia  nos  ensena  que  las  guerras  no  las  hacen  los 
reyes  ni  los  presidentes  de  las  Repúblicas,  sino  |los  pueblos  y  las  razas;  y 
los  reyes  y  los  presidentes  las  retardan  todo  lo  que  pueden  y  después  las 
sufren.  Atribuir  al  Kaiser  la  responsabilidad  del  conflicto  europeo  es  ir 
demasiado  aprisa.  Si  el  Kaiser,  consultando  sólo  con  su  ambición  perso- 
nal, hubiese  declarado  la  guerra  por  su  propia  iniciativa,  ¿hubiera  podido 
evitar  el  puñal  y  la  rebeldía  de  algún  asesino  anarquista?  No  ciertamente.» 


LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS 


Si  no  tuviesen  otras  muchas  partidas  en  su  debe  las  escuelas 
sociales  izquierdistas  representadas  por  la  Casa  del  Pueblo,  sólo  la  de 
la  presente  actuación,  al  menos  en  España,  sería  suficiente  para  decla- 
rarlas fracasadas  y  absolutamente  impotentes  para  labrar  la  prosperi- 
dad de  los  pueblos.  Y  es  el  caso  que,  a  fuerza  de  gritar  y  alborotar  y 
proclamar  como  artículos  de  fe  social  una  multitud  de  vaciedades  y 
errores  bordados  en  cañamazo  democrático,  han  logrado  producir  en 
espíritus  poco  serenos  y  no  muy  cultos  en  estas  materias,  horrible  con- 
fusión de  ideas  con  insensato  aturdimiento,  de  donde  procede  esa  des- 
orientación inconcebible  en  las  clases  directoras  y  en  los  llamados 
órganos  de  la  opinión;  poseyendo  tal  virulencia  el  mal,  que,  por  conta- 
gio, en  parte  se  ha  transmitido  al  campo  opuesto.  En  esto,  claro  está, 
hay  honrosísimas  excepciones. 

La  táctica  izquierdista  es  antiquísima  y  conocida  de  todo  espíritu 
observador.  Las  obras  humanas,  sobre  todo  cuando  son  realizadas  por 
la  colaboración  de  muchos,  tienen  innumerables  defectos  imposibles 
de  suprimir,  aun  supuesta  la  buena  voluntad  y  la  competencia  mental 
de  sus  principales  propulsores. 

Pues  bien;  la  táctica  referida  consiste  en  ponderar  y  exagerar  esos 
defectos  en  todos  los  tonos  y  en  todas  las  formas,  presentarlos  a 
luces  distintas  y  sombrías,  atribuirles  consecuencias  accidentalmente 
de  ellos  derivadas...;  en  una  palabra,  presentarlos  al  público  como 
fuente  y  origen  de  todos  los  males  humanos,  que  jamás  en  absoluto 
podrán  ser  suprimidos,  para  que  el  público  aborrezca  esas  doctrinas  y 
sus  propugnadores  y  se  disponga  a  aceptar  como  buena  y  salvadora 
cualquier  otra,  siquiera  sea  utópica  o  positivamente  errónea.  Y  como 
los  que  piensan  son  muy  pocos  y  muchos  los  que  dan  por  bueno  lo 
que  como  tal  se  les  propone,  por  no  tomarse  la  molestia  de  estu- 

LA  CIUDAD  DE  DIOS.— Afio  XL.— Núm.  1.123.  •  21 


322  LA  CASA  DELi  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS 

diarlo  con  detenimiento,  entran  en  circulación  y  se  dan  por  legítimos 
valores  a  todas  luces  falsos,  llegando  la  desorientación  a  tal  punto,  que 
a  los  que  se  niegan  a  recibirlos  y  se  atreven  a  mostrar  su  falsedad  son 
tenidos  por  raros,  por  inactuales,  y  con  tono  despectivo  se  les  aplica  el 
calificativo  de  reaccionarios.  Y  lo  triste  es  que  unos  aturdidos  por  el 
griterío,  otros  intimidados  por  los  reproches,  aquéllos  por  desordenado 
amor  al  aura  popular  y  éstos  por  superficialidad  y  falta  de  solidez  men- 
tal^ se  suman  parcial  o  totalmente,  aumentando  con  ello  la  confusión, 
a  los  propagandistas  del  error. 

Sólo  así  puede  explicarse  el  frenesí  que  hoy  se  ha  apoderado  de  la 
sociedad,  sin  que  se  oigan  austeras  voces  de  sensatez  y  de  verdad,  que 
llamen  a  la  reflexión,  expongan  a  todos  los  deberes  en  vez  de  hablar 
siempre  de  derechos;  los  peligros  reales  del  desorden,  en  vez  de  quimé- 
ricos sueños  de  paradisíacas  venturas;  la  necesidad  del  cumplimiento 
de  las  leyes,  en  vez  de  la  independencia  regresiva  de  los  salvajes;  la 
aceptación  voluntaria  de  sacrificios  privados  en  aras  del  bien  común, 
en  vez  de  la  alimentación  de  irracionales  deseos  y  esperanzas  de  una 
vida  sin  dificultades  ni  luchas,  impropia  de  la  humana  existencia. 
Sí,  hoy  existe  un  ambiente  de  insinceridad,  de  cobardía  y  de  egoísmo 
por  todos  conceptos  nocivo  y  peligrosísimo.  Las  clases  directoras  del 
pensamiento  y  de  la  acción  realizan  el  indecoroso  papel  del  adminis- 
trador que,  por  no  disgustar  a  sus  administrados,  nada  les  dice  de  los 
peligros  de  arruinarse  si  no  ordenan  racionalmente  su  vida  económica. 

Va  de  historia:  en  una  familia  existen  estrecheces  económicas  por 
no  ser  suficientes  los  ingresos,  que  por  distintos  conceptos  percibidos 
forman  su  haber,  para  atender  a  los  gastos  ordinarios  y  se  reúnen 
para  poner  remedio  al  mal  que  todos  reconocen  y  sienten.  El  padre 
dice  serle  necesario  aumentar  sus  gastos  por  haber  variado  los  tiem- 
pos y  demandarlo  así  el  decoro  de  su  persona  y  las  exigencias  so- 
ciales; sigue  la  madre,  y  afirma  que  la  vida  ha  encarecido,  que  la 
mujer  de  hoy  no  es  la  de  pasadas  edades,  que  el  alternar  con  ciertas 
gentes  y  sus  nuevas  relaciones  la  obliga  a  vestir  y  adornarse  con  más 
elegancia;  razonamiento  parecido  usa  la  hija  mayor,  apoyada  por  to- 
das sus  hermanas  con  resolución  y  entusiasmo;  por  su  parte,  los  her- 
manos, que  hasta  entonces  se  habían  limitado  a  escuchar,  consignan 
con  mucho  aplomo  que,  efectivamente,  las  necesidades  de  la  vida  cre- 
cen de  día  en  día,  y  que,  en  la  tertulia,  en  el  café,  en  el  teatro...  las 


LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS  323 

pesetas  se  marchan  sin  darse  cuenta;  que  la  cerveza,  el  vermout  y  el 
tabaco  se  hallan  en  alza  continua,  y  que,  por  consiguiente,  es  preciso 
el  aumento  de  sus  gastos  diarios.  Bien  meditadas  las  razones  por  cada 
uno  expuestas,  convienen  todos  en  los  aumentos  solicitados,  y  muy 
alegres  y  satisfechos  del  transcendental  acuerdo  por  tan  respetable 
como  discreta  familia  tomado,  sin  hablar  una  palabra  más,  ni  mentar 
para  nada  la  cuestión  de  los  ingresos,  se  echan  a  la  calle  a  disfrutar 
de  los  aumentos  recibidos.  Dice  el  narrador  de  esta  verídica  historia 
que  lo  referido  acaeció  en  China,  y,  en  cambio,  nada  refiere  del  final 
de  esta  buena  familia.  Suponen  algunos  que  el  silencio  obedece  a  su 
desaparición. 

Cuando  por  primera  vez  oí  este  relato,  confieso  sinceramente  que 
me  pareció  desatinado  y  no  pude  creerlo,  pues  no  me  cabía  en  la  ca- 
beza la  existencia  de  una  familia  tan  falta  del  sentido  de  la  realidad  y 
de  sentido  común,  en  la  cual  todos  hablasen  de  gastar  y  consumir  sin 
preocuparse  para  nada  de  ingresos  y  producción,  como  si  pudiese  exis- 
tir aquello  sin  esto.  Pero  al  ver  lo  que  ahora  está  sucediendo  en  Espa- 
ña ya  no  me  parece  imposible  la  historia  de  la  familia  china. 

Seamos  sinceros  y  estudiemos  los  hechos  sociales  serenamente,  sin 
prevenciones  de  ningún  género,  sin  prejuicios  de  escuela  ni  de  partido. 
¿Qué  son  hoy  las  Casas  del  Pueblo  y  los  Sindicatos  allí  congregados? 
Si  a  los  hechos  nos  atenemos,  que  después  de  todo  son  los  que  man- 
dan y  no  engañan,  y  dejamos  a  un  lado  nombres,  títulos,  palabras, 
apariencias,  banderas  encubridoras  de  mercancías  y  banderines  de  en- 
ganche, la  casi  totalidad,  si  no  son  todas,  de  las  referidas  Casas,  son  me- 
ros centros  políticos  de  una  política,  cierto,  su¿  generiSj  que  clama  con- 
tra la  otra  política,  pero  tan  política  como  ella,  aunque  quizá  menos 
noble,  pues  es  subterránea,  de  trampantojos,  y  en  la  cual  se  compro- 
mete la  tranquilidad,  el  bienestar  y  la  paz  de  clases  necesitadas  y  poco 
cultas  y  en  ocasiones  de  la  nación  entera.  Engañar  con  bellas  palabras, 
relampagueantes  frases,  halagüeñas  promesas  a  las  clases  cultas  y  aco- 
modadas, a  los  poseedores  de  cultura,  poder  y  fortuna,  no  es  cristiano 
ni  honrado,  pero  es  menos  digno  y  menos  bajo  que  captar  la  inteli- 
gencia y  la  voluntad  de  masas  humildes  e  incultas  y  por  consiguiente 
Cándidas,  y  a  las  cuales  debemos  todos,  de  una  manera  especial,  la  ver- 
dad íntegra  y  precisa,  encaminándolas  por  las  vías  del  bien,  ilustrando 
su  inteligencia,  fortaleciendo  su  voluntad  y  ordenando  su  corazón  para 


324  LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS 

que  no  se  desorienten  ni  desfallezcan  al  ascender  por  la  áspera  pen- 
diente de  la  vida.  ¿Quién  duda  que  son  políticos  los  centros  donde  se 
forjan  concejales  y  diputados  que  fuera  de  allí  jamás  llegarían  a  serlo, 
por  no  abonarlo  ni  su  cultura,  ni  su  talento,  ni  su  amor  sincero  y  ab- 
negado por  los  intereses  generales,  ni  su  competencia  administrativa, 
ni  su  inexperimentada  austeridad  social  y  probidad  financiera?  Cierto 
que  algunos  no  pretenden  esos  puestos  y  no  consienten  que  ninguno 
de  los  suyos  los  ocupen,  pero  es  para  ocupar  otros  más  cómodos,  más 
lucrativos,  de  menos  preocupaciones  y  compromisos,  como  son  los  de 
mangoneadores  de  esas  Casas  con  muy  variados  títulos  y  la  misma 
substancialidad.  Para  hablar  en  el  Parlamento  y  discutir  los  complejos 
problemas  de  interés  nacional  que  allí  deben  estudiarse,  no  bastan  cua- 
tro tópicos,  cuatro  frases  hechas  más  o  menos  gruesas,  cuatro  fórmulas 
vagas  y  generales,  con  cuya  aplicación,  en  un  abrir  y  cerrar  de  ojos,  el 
mundo  queda  arreglado,  ni  basta  halagar  a  una  clase  con  promesas 
fantásticas  y  locas  utopías,  es  preciso  un  bagaje  intelectual  especial- 
mente jurídico,  político  y  económico  más  vasto  que  el  poseído  de  or- 
dinario por  los  oradores  de  mitin  y  mangoneadores  de  las  Casas  del 
Pueblo.  En  ellas  estos  señores  se  sienten  emperadores,  aunque  sin  co- 
rona, tienen  su  corte,  reparten  mercedes,  disponen,  mandan  y  adminis- 
tran su  pequeño  reinado  con  un  poder  absoluto,  a  veces  dictatorial,  aun- 
que siempre  en  nombre  de  la  democracia  y  entonando  himnos  a  la 
voluntad  popular;  tratan  de  potencia  a  potencia  con  los  Poderes  públi- 
cos, amenazan  romper  y  de  hecho  rompen  sus  relaciones  con  ellos,  de- 
claran la  guerra  y  movilizan  sus  ejércitos...  en  fin,  ejercen  funciones  de 
verdaderos  soberanos  y  hasta  cobran  tributos,  pues  no  otro  nombre 
debe  darse  a  las  cuotas  de  los  incautos  obreros.  ¿Qué  más  pueden  desear 
los  que  prefieren  ser  cabeza  de  ratón  a  cola  de  león,  cuyo  número  es  ma- 
yor de  lo  que  se  cree?  Allí  encuentran  ampliamente  resuelto  el  proble- 
ma de  la  vida,  posición,  influencia,  consideraciones,  fortuna...  a  cambio 
de  unos  cuantos  discursos  donde  se  habla  mal  de  todo  gobierno  divino 
y  humano,  se  pondera  con  frases  de  relumbrón  y  epítetos  truculentos 
los  goces  de  los  patronos  y  los  sufrimientos  de  los  obreros,  se  promete 
un  paraíso  casi  mahometano  para  el  día  del  triunfo  que  se  aproxima 
y  se  entona  adulador  himno  a  la  virtud,  a  la  grandeza,  a  la  heroicidad 
de  las  compactas  masas  populares.  La  verdad  es  que  el  precio  no  pa- 
rece excesivo  comparado  con  lo  obtenido  por  él.  De  estos  leaders,  los 


LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS  325 

reflexivos  y  con  sentido  de  la  realidad  y  sin  la  ceguera  de  la  ambición 
ilimitada,  desean  permanecer  siempre  en  la  oposición,  siempre  en  la 
región  de  la  promesa  y  de  la  esperanza,  girando  siempre  letras  a  lo  fu- 
turo, pues  saben  que  el  día  del  cumplimiento  de  las  promesas,  el  del 
vencimiento  de  esas  letras  sería  el  día  de  su  bancarrota  y  de  su  despres- 
tigio y  caída.  Es  ésta  una  ley  histórica  sin  excepciones  y  de  todos  bien 
conocida. 

¿Qué  es  sino  política,  y  de  la  de  baja  ley,  en  una  manifestación 
obrera,  en  un  mitin,  al  salir  de  una  asamblea,  dar  mueras  a  la  religión, 
a  la  monarquía  y  a  políticos  honrados  que  aman  más  verdaderamente 
al  obrero  que  sus  gárrulos  aduladores?  ¿Qué  es  sino  política  de  baja 
ley  cooperar  utilizando  el  arma  de  la  huelga  y  del  motín  callejero, 
donde  el  trabajador  pierde  sus  haberes,  se  desmoraliza,  pone  en  peli- 
gro su  vida  para  dar  el  triunfo  a  políticos  intrigantes  y  ambiciosos  que 
llevan  a  la  ruina  la  nación,  con  lo  cual,  no  sólo  no  ganan  las  clases 
obreras,  sino  que  se  les  dificulta  la  vida?  Así  podríamos  ir  alegando 
pruebas  de  cómo  las  llamadas  Casas  del  Pueblo  son  focos  políticos  de 
carácter  partidista  y  revolucionario  en  la  mayor  parte  de  los  casos.  Allí 
los  fines  profesionales  quedan  relegados  al  último  lugar  y  con  un  ca- 
rácter restringidísimo  y  casi  negativo  y  una  orientación  desordenada. 
Para  convencerse  de  ello  basta  estudiar,  siquiera  sea  ligeramente,  los 
programas,  sus  bases  y,  sobre  todo,  las  peticiones  o  reivindicaciones 
principales  utilizadas  por  los  agitadores,  para  arrastrar  las  masas  obre- 
ras y  llevarlas  adonde  no  irían  en  su  mayor  parte  si  se  diesen  cuenta 
exacta  de  las  cosas. 

Comencemos  por  consignar  un  hecho  general  y  muy  significativo 
capaz  por  sí  solo  de  desacreditar  las  actuales  orientaciones  del  socia- 
hsmo  y  sindicalismo,  y  de  esos  centros  donde  en  vez  de  intruír  al  obre- 
ro y  hacerle  amar  el  cumplimiento  del  deber  y  respetar  los  derechos  de 
todos,  para  que  todos  respeten  los  suyos,  y  la  sociedad  resulte  reunión 
de  seres  inteligentes  que  mutuamente  se  ayudan  para  la  realización 
de  sus  altos  destinos  y  no  manada  de  fieras  que  se  arrebatan  la  presa  y 
se  despedazan  unas  a  otras.  El  hecho  a  que  nos  referimos  es  que  allí 
los  problemas  sociales  no  se  plantean  ni  se  estudian  tal  y  como  la  rea- 
lidad los  presenta,  como  son  en  sí  con  todas  sus  relaciones  y  derivacio- 
nes, no  se  contemplan  a  la  luz  de  los  principios  eternos  del  Derecho 
natural  y  de  la  justicia,  que  exige  el  suum  caique,  dar  a  cada  cual  lo 


326  LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS 

suyo  (1),  allí  se  enfocan  y  resuelven  las  cuestiones  con  criterio  restringi- 
do y  partidista,  atendiendo  sólo  a  los  intereses  materiales  del  momen- 
to de  una  clase  social,  prescindiendo  en  absoluto  de  los  derechos  e  in- 
tereses de  las  demás  clases,  como  si  aquella  sola  existiese  en  el  mundo 
y  le  perteneciese  todo  lo  en  él  existente,  no  preocupándose  de  los  inte- 
reses generales  de  la  colectividad,  ni  de  las  consecuencias  para  lo  por- 
venir, las  cuales  han  de  alcanzar  necesariamente  a  todos  y  en  mayor 
grado  a  los  inadaptados;  lo  cual  viene  a  ser  algo  así  como  matar  y  co- 
merse la  gallina  que  ponía  los  huevos. 

Estudiar  y  resolver  el  problema  económico  mirando  sólo  al  consu- 
mo sin  tomar  en  cuenta  la  producción,  es  algo  monstruoso  delatador  de 
absoluta  incapacidad,  inconcebible  locura  o  refinada  maldad  en  los  ac- 
tuantes. Hállase  Europa,  después  de  la  horrible  guerra  que  la  ha  deso- 
lado, en  un  período  de  reconstrucción,  de  reorganización,  de  alumbra- 
miento de  fuentes  de  riqueza,  de  siembra  abundante  para  preparar  la 
futura  recolección,  es  decir,  en  un  período  de  trabajo,  de  sacrificios,  de 
dificultades  financieras,  de  estrecheces,  y  fecundas  economías...  ¿Y  qué 
es  lo  demandado  por  los  obreros,  mejor  dicho,  por  sus  obstinados  y  cie- 
gos guías?  Disminución  de  horas  de  trabajo,  aumento  de  salarios,  inver- 
sión de  muchos  millones  en  asistencia  social,  como  casas  baratas,  se- 
guros diversos,  centros  de  cultura,  pensiones  para  instrucción...  y  algo 
que  es  peor,  que  sin  pedirlo  lo  realizan  con  la  facilidad  inconsciente 
con  que  un  vago  se  lanza  a  la  calle  para  ver  lo  que  pasa,  los  bárbaros 
y  suicidas  actos  de  sabotage,  los  criminales  intentos  de  concluir  con  los 
creadores  o  mantenedores  de  la  gran  industria,  la  destrucción  de  cose- 
chas y  fábricas...  De  manera  que  esos  conductores  de  masas  pretenden 
hacer  progresar  la  sociedad,  aumentar  el  bienestar  humano,  con  la  hol- 
ganza, la  francachela,  destrucción  del  patrimonio  social,  secamiento  de 
las  principales  fuentes  de  riqueza  y  supresión  de  los  hombres  superio- 
res que  las  descubren,  las  alumbran  y  las  sostienen  con  su  trabajo  ce- 
rebral tan  respetable  e  importante  como  el  manual:  todo  esto  es  algo 
así  como  pretender  para  elevarse  hasta  las  nubes,  arrojarse  al  fondo 
del  Océano.  Se  hace  más  bien  a  la  Humanidad  en  general  y  a  los  obre- 


(1)  No  entendemos  aquí  por  suyo  lo  que  cada  cual  posee,  según  las  leyes 
actuales  que  pudieran  variarse,  sino  lo  que  a  cada  cual  pertenece  por  Derecho 
natural  y  en  justicia  absoluta. 


LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS  327 

ros  en  particular,  aprovechando  un  salto  de  agua,  descubriendo  y  po- 
niendo en  explotación  una  mina,  planeando  y  realizando  una  fábrica 
de  cualquier  clase  de  productos,  organizando  empresas  mercantiles 
para  hacer  circular  la  riqueza  y  para  que  lo  sobrante  en  un  punto  sea 
aprovechado  en  otros  donde  se  necesite,  consiguiendo  con  ello  que  los 
ricos  y  pobres  de  Madrid  nos  vistamos  con  algodón  de  los  Estados  Uni- 
dos a  precios  económicos,  y  nos  alimentemos  con  el  trigo  de  la  Argen- 
tina y  garbanzos  de  Méjico,  y  utilicemos  el  yute  de  la  India  y  las  ma- 
deras de  Noruega...  que  con  la  fundación  de  un  millar  de  Casas  del 
Pueblo.  Todo  esto  revela  más  capacidad  y  laboriosidad,  consume  más 
energías  y  tiene  más  importancia  para  el  bienestar  de  los  pueblos,  que 
todos  los  mítines,  reuniones  y  conciliábulos  de  la  Casa  del  Pueblo  y  los 
miles  de  discursos  allí  pronunciados. 

Y  no  es  que  yo  vea  con  malos  ojos  el  mejoramiento  material  de  la 
clase  obrera  y  de  todas  las  clases  en  general,  no;  lo  encuentro  justo, 
justísimo,  lo  aplaudo  con  toda  mi  alma;  pero  en  eso,  como  en  todo, 
debe  procederse  racionalmente^  es  decir,  sin  pretender  imposibles,  sin 
usar  procedimientos  absurdos  e  injustos,  sin  llevar  a  la  ruina  a  las  Em- 
presas industriales,  agrícolas  y  mercantiles,  que  son  las  fuentes  de  don- 
de ha  de  fluir  la  riqueza,  lo  cual  sobrevendrá  necesariamente  si  se  traba- 
ja menos  y  se  aumentan  los  salarios,  pues  sabido  es  que  sin  la  adición 
de  esas  dificultades  sucumben  hoy  el  75  por  100  de  las  Empresas.  Si 
la  Casa  del  Pueblo  pidiera  medios  para  trabajar  y  producir  en  mayor 
escala  y  mejor,  para  aumentar  el  patrimonio  social,  abaratar  la  vida» 
poner  al  alcance  de  todas  las  fortunas  los  productos,  no  sólo  de  prime- 
ra necesidad,  sino  los  de  mera  utilidad  y  los  de  lujo,  de  suerte  que  con 
diez  céntimos  al  día  se  pudiera  adquirir  lo  necesario  para  no  pasar 
hambre,  y  con  una  peseta  se  pudiera  comer  regaladamente,  como  hubo 
tiempos  en  que  así  sucedía,  por  dos  pesetas  al  mes  tener  espaciosa  y 
confortable  vivienda,  por  cinco  un  buen  reloj,  y  en  esta  proporción  to- 
das las  cosas  que  facilitan,  hermosean  y  hacen  agradable  la  vida,  toda 
persona  honrada,  tado  cristiano  estaría  al  lado  de  los  obreros,  pues 
nada  más  natural  que  el  procurar  por  todos  los  medios  posibles  que  el 
bienestar  y  los  goces  sanos  y  legítimos  de  la  vida  se  coloquen  al  alcance 
de  todos;  pero  el  socialismo  y  sindicalismo  alimentados  en  la  Casa  del 
Pueblo  siguen  camino  contrario;  y  no  trabajando  ni  dejando  trabajar, 
oponiéndose  sistemáticamente  con  repugnante  insidia  a  los  éxitos  eco- 


328  LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS 

nómicos  de  los  grandes  productores,  hombres  de  inteligencia  clara  y 
voluntad  resuelta,  de  actividad  febril  y  de  ininterrumpida  labor,  de  aus- 
teras costumbres  y  alientos  soberanos  (1)  llevan  indefectiblemente  a  la 
ruina  a  las  naciones,  ocasionando  un  desequilibrio  funesto  entre  la  pro- 
ducción y  el  consumo,  que  eleva  de  manera  brutal  el  precio  de  las  co- 
sas; y  llegará  el  momento  en  que  para  vestirse  de  percal  y  tomar  cocido 
se  necesitará  ser  capitalista;  y  no  debe  olvidarse  que  por  ese  camino  los 
capitales  se  acabarían,  porque  el  capital  no  es  más  que  trabajo  ahorra- 
do, o  heredado,  o  usurpado  a  quien  lo  ahorró.  El  capital  no  se  crea  sino 
se  trabaja  y  se  ahorra. 

No  faltan  gentes,  aun  entre  las  poseedoras  de  cierta  cultura,  que  se 
ríen  de  estas  afirmaciones  y  estos  negros  presagios,  apoyándose  en  no 
haberse  cumplido  nunca  y  haber  atravesado  muchas  naciones  por  cri- 
sis sociales  habiendo  seguido  el  mundo  sin  graves  tropiezos.  Claro  está 
que  los  que  así  discurren  suelen  ser  gentes  que  siempre  han  visto  des- 
de lejos  esas  crisis,  y  como  las  víctimas  de  ellas  las  entierran  y  no  se 
levantan  del  sepulcro  a  contar  a  los  demás  los  horrores  sufridos  en  la 
revolución,  creen  exagerados  los  relatos,  y  hasta  no  falta  quien  diga: 
«Ahí  está  Rusia,  viviendo  después  de  dos  años  de  anarquía,  sindicalis- 


(1)  Sólo  hombres  de  estas  o  parecidas  condiciones  logran  crear  y  conti- 
nuar una  gran  Empresa  donde  la  producción  se  centuplica.  ¿Han  visto  los  so- 
cialistas que  los  obreros  cultivadores  de  la  holganza  y  de  la  juerga,  asiduos 
parroquianos  de  la  taberna  o  del  café,  perpetuos  moradores  del  círculo  de  re- 
creo, habladores  sempiternos  en  tertulias  y  mítines...  que  hayan  hecho  algo 
grande  en  pro  de  la  multiplicación  de  la  riqueza  para  que  se  abarate  la  vida? No 
deben  ignorar  que  no  es  la  multiplicación  de  los  discursos,  reuniones  y  huel- 
gas como  se  facilita  la  existencia  de  todas  las  clases,  sino  la  multiplicación  de 
los  productos  por  medio  de  las  grandes  industrias,  en  las  cuales  todos  presten 
honradamente  su  trabajo,  unos  el  de  organización,  otros  el  de  dirección,  otros 
el  técnico,  otros  el  manual,  otros  el  de  investigación,  otros  el  de  elección  de 
mercados...  Desde  que  el  mundo  es  mundo,  en  todas  las  épocas,  en  todas  las  ci- 
vilizaciones, en  todas  las  organizaciones  sociales,  sin  excluir  la  actual  de  Ru- 
sia, la  falta  de  productos  ha  elevado  su  precio,  los  ha  alejado  del  consumo  ge- 
neral, reservándolos  sólo  para  los  grandes  capitalistas.  Cuando  esos  productos 
son  los  de  primera  necesidad  hacen  imposible  la  vida  a  las  clases  humildes, 
viniendo  el  hambre  con  un  cortejo  de  enfermedades,  miserias  y  muertes.  Si 
hay  cien  millones  de  habitantes  en  Rusia,  seguramente  noventa  y  nueve  millo- 
nes maldecirán  de  Lenin  y  sus  teorías.  Por  eso,  los  que  destruyen  o  aconsejan 
destruir  cosechas  y  fábricas,  o  son  inconscientes  o  criminales,  o  las  dos  cosas 
juntas. 


LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS  329 

mo  y  revolución».  Eso  de  vivir  es  muy  relativo;  allí  viven  unos  cuan- 
tos, pasan  horribles  privaciones  muchísimos  y  sucumben  no  pocos.  Pero 
ese  fenómeno  no  invalida  las  afirmaciones  hechas,  tiene  una  explica- 
ción muy  natural.  En  Rusia  hay  muchos  millones  de  hombres  que  ape- 
nas se  dan  cuesta,  si  no  es  por  el  malestar  y  desorden  existente,  del 
cambio  de  régimen,  y  siguen  trabajando  como  antes;  otros  muchos  tra- 
bajan por  la  presión  sobre  ellos  ejercida  por  las  autoridades  revolucio- 
narias, que  aunque  muy  demócratas  de  nombre,  de  hecho  mandan  con 
soberano  imperio,  sin  consentir  la  discusión  de  sus  determinaciones 
inapelables.  Por  otra  parte,  con  ia  riqueza  acumulada  durante  siglos  se 
puede  vivir  muchos  años,  como  el  hijo  derrochador  tarda  a  veces  bas- 
tante tiempo  en  consumir  el  patrimonio  heredado  de  sus  padres. 

Para  demostrar  cómo  con  la  disminución  de  horas  de  trabajo  se  mar- 
cha directamente  a  dificultar  la  vida,  a  extender  la  miseria,  a  sembrar 
gérmenes  de  regresión  a  civilizaciones  estacionarias  y  nirvanianas,  don- 
de van  limitándose  las  necesidades  y  goces  de  la  vida  por  la  ausencia 
de  medios  para  satisfacerlos  y  hasta  de  fuerzas  y  entusiasmos  para  de- 
searlos, cual  sucesle  al  indio  satisfecho  con  su  taparrabos  y  su  moris- 
queta, sin  extender  el  horizonte  de  sus  anhelos  e  ilusiones  más  allá  del 
alcanzado  por  su  vista  miope,  basta  la  siguiente  reflexión  de  una  evi- 
dencia perogrullesca.  Si  cesase  hoy  todo  trabajo  en  el  mundo,  salvo  el 
necesario  para  efectuar  el  consumo,  las  cosas  comenzarían  a  escasear, 
unas  a  las  pocas  horas,  otras  después  de  unos  cuantos  días,  y  al  año  ha- 
brían muerto  muchos  millones  de  hombres  de  hambre,  y  los  pocos  que 
quedasen  en  nada  se  distinguirían  de  los  salvajes  más  primitivos  que  se 
alimentarían  con  los  productos  espontáneos  de  la  Naturaleza,  como  las 
bestias  en  los  campos.  Por  lo  contrario,  si  se  viviese  vida  intensa,  y 
el  ingeniero,  el  químico,  el  físico,  el  empresario,  el  industrial,  el  comer- 
ciante, los  obreros  manuales...  trabajasen  con  entusiasmo  hasta  el  límite 
de  la  resistencia  orgánica,  se  llegaría  a  crear  tal  cúmulo  de  riqueza,  los 
productos  todos  abundarían  tanto,  que  la  aferta  sería  muy  superior  a 
la  demanda  y  todo  descendería  de  precio  hasta  lo  inverosímil,  y  la  vida 
sería  fácil  para  todos,  si  la  distribución  se  hacía  con  justicia,  dando  a 
cada  cual  lo  suyo.  De  esto  se  deduce  que  a  la  ausencia  obsoluta  de  tra- 
bajo corresponde  la  ausencia  absoluta  de  productos,  y  consiguiente- 
mente el  hambre,  la  miseria,  la  muerte  y  el  salvajismo  de  los  sobrevi- 
vientes, es  decir,  la  imposibilidad  del  vivir;  en  cambio,  a  un  trabajo  in- 


330  LA  CASA  DEL  PUEBLO  T  SUS  FRUTOS 

tenso  y  máximo  por  parte  de  todos,  lo  mismo  de  los  obreros  manuales 
que  de  los  de  la  inteligencia,  corresponde  la  abundancia  de  productos, 
el  bienestar  general,  la  facilidad  de  la  vida,  afinamiento  de  los  gustos, 
progreso  de  las  ciencias  y  de  las  artes,  amplitud  y  elevación  de  los 
anhelos  humanos,  o  sea  la  vida  de  las  elevadas  civilizaciones. 

Entre  estos  dos  distantes  extremos  está  la  multitud  innumerable  de 
estados  intermedios  más  o  menos  separados  de  aquéllos,  pero  cum- 
pliéndose la  universal  ley  de  que  el  trabajo  es  fuente  incesante  de  bien- 
estar, riqueza,  elevación  humana...:  en  virtud  de  lo  cual  hay  siempre  co- 
rrelación perfecta  entre  el  amor  al  trabajo  y  su  intensidad  y  el  bienestar 
social:  siendo,  por  consiguiente,  un  empuje  regresivo,  un  salto  atrás  y 
un  desconocimiento  pleno  de  las  realidades  sociales  pretender  resolver 
el  gran  problema  moderno  disminuyendo  las  horas  de  trabajo  y  con 
aumento  de  jornales,  con  lo  cual  se  va  a  la  ruina  de  todos,  ricos  y  po- 
bres, hundiendo  las  Empresas  actuales  sin  sustituirlas  por  otras  nuevas 
y  elevando  el  precio  de  todos  los  productos  hasta  el  extreipo  de  no  haber 
jornales  ni  sueldos  capaces  de  soportarlo.  Hoy  el  jornal  de  cinco  pesetas 
equivale  al  antiguo  de  tres,  y  el  sueldo  de  tres  mil  pesetas  no  es  supe- 
rior prácticamente  al  antiguo  de  mil  quinientas,  y  con  esos  aumentos 
nada  se  ha  conseguido  si  no  es  hacer  morir  de  hambre  a  los  desgracia- 
dos empleados  a  quienes  no  se  les  han  subido  proporcionalmente  los 
sueldos.  Al  elevar  el  precio  de  la  vida  con  el  aumento  de  jornales  y 
disminución  de  trabajo,  se  hace  preciso  el  que  a  todos  los  empleados, 
a  todos  los  que  viven  de  un  sueldo,  sean  maestros,  sacerdotes,  mili- 
tares..., se  les  aumenten  sus  haberes,  si  no  se  les  quiere  condenar  a  la 
miseria. 

P.  Teodoro  Rodríguez. 
(Continuará.)  o.  s.  a. 


EL  TEATRO  RELIGIOSO  EN  LA  EDAD  MEDIA 


LOS  MISTERIOS  FRANCESES  (^ 

Un  procedimiento  similar  al  indicado  en  nuestro  artículo  anterior 
para  el  misterio  de  Pascua,  dio  por  resultado  la  evolución  y  el  pleno 
desenvolvimiento  del  misterio  de  Navidad  en  el  siglo  XIV,  prepa- 
rando y  disponiendo  las  cosas  de  modo  que  insensiblemente  se  diera 
el  paso  definitivo  hacia  la  fusión,  en  un  solo  poema  dramático,  de 
todos  los  elementos  antes  dispersos  y  separados,  para  satisfacer  el 
gusto  y  las  exigencias  del  público,  que  ya  no  se  contentaba  con  menos 
que  con  ver  desarrollarse,  sin  soluciones  de  continuidad,  el  cuadro 
completo  de  la  vida  de  Jesucristo,  tal  como  lo  realizaron  los  grandes 
dramas  cíclicos  del  siglo  XV,  que  estudiaremos  en  el  artículo  si- 
guiente. 

Ya  en  el  siglo  XIII  es  muy  sensible  la  tendencia  a  agrupar  en  un 
solo  misterio,  de  dimensiones  más  amplias,  las  escenas  rudimentarias 
de  «Los  Pastores >,  «Los  Inocentes»  y  «Los  Reyes  Magos»,  del  teatro 
litúrgico,  para  abarcar  en  una  sola  representación  las  circunstancias 
principales  del  nacimiento  del  Salvador. 

Reunidas  las  encontramos  ya  en  el  drama  de  Benedictbeuern  de 
principios  del  siglo  XIII,  y  aun  con  aumentos  considerables,  puesto 
que  los  autores  de  aquella  pieza,  a  las  escenas  tradicionales,  añadieron 
otra  de  «La  Anunciación»,  completada  con  «La  Visitación»  de  la  Vir- 
gen a  su  prima  Santa  Isabel;  desenvolvieron  la  escena  de  «La  Huida 
a  Egipto»,  indicada  no  más  en  los  antiguos  dramas  litúrgicos  de  «Ra- 
quel» o  de  «Los  Inocentes»,  y  dando  al  todo  por  prólogo  la  escena  de 
«Los  Profetas  de  Cristo»,  construyeron  el  más  antiguo  misterio  sinóp- 


(1)    Véase  la  página  365  del  vol.  CXIX. 


332  EL  TEATRO  RELIGIOSO  EN  LA  EDAD  MEDIA 

tico  de  Navidad,  o  por  lo  menos,  el  más  antiguo  de  los  hasta  hoy  co- 
nocidos. 

Pero  el  desarrollo  dramático  del  argumento  era  susceptible  de  nue- 
vas amplificaciones:  el  relato  evangélico,  la  tradición,  los  textos  apó- 
crifos y  el  inagotable  tesoro  de  las  leyendas  cristianas  constituían  un 
filón  riquísimo  muy  aprovechable  y  que,  de  hecho,  aprovecharon  muy 
pronto  los  autores  para  dar  a  la  acción  una  mayor  amplitud  y  satisfa- 
cer, de  paso,  las  exigencias  del  espectador,  más  ávido  cada  día  de  re- 
presentaciones extensas  y  detalladas. 

La  primitiva  sobriedad  y  concisión  del  drama  litúrgico,  casi  exclu- 
sivamente lírico,  fué  cambiando  hasta  adoptar  las  formas  espléndidas 
y  abundantes  del  poema  épico  o  narrativo. 

La  primera  escena  que  parece  haberse  añadido  a  las  que  consti- 
tuían el  misterio  tradicional  fué  la  de  «La  Presentación  en  el  Templo», 
que  daba  pie  para  dramatizar  la  profecía  del  anciano  Simeón;  por  pri- 
mera vez  encontramos  esta  escena  en  el  Juego  llamado  de  San  Gall, 
del  siglo  XIV,  pero  que,  casi  con  seguridad,  sigue  en  esto  la  tradición 
de  los  misterios  de  Navidad  representados  en  idioma  vulgar  durante 
la  mayor  parte  del  siglo  XIII.  El  juego  de  Benedictbeuern,  que  tantas 
y  tan  curiosas  analogías  tiene  con  el  de  San  Gall,  está  exclusiva- 
mente escrito  en  latín;  pero  es  sabido  que  los  estudiantes  de  las  gran- 
des escuelas  monásticas  de  Suiza  y  Alemania  adoptaron  muy  pronto 
para  sus  representaciones  teatrales  el  idioma  popular  (1). 

En  Francia,  como  hemos  dicho  ya,  el  empleo  de  la  lengua  del 
vulgo  se  debió  más  bien  a  la  organización  de  las  cofradías  medio 
eclesiásticas,  medio  seglares,  que  se  formaron  muy  pronto,  y  cuya 
influencia,  en  lo  que  al  desenvolvimiento  del  drama  cristiano  se  refie- 
re, se  sobrepuso  por  completo  a  la  de  las  escuelas  universitarias,  con 
las  que,  no  obstante,  les  unían  lazos  más  o  menos  estrechos. 

Una  segunda  adición,  que  también  aparece  por  vez  primera  en  el 
misterio  de  San  Gall,  pero  que  todo  induce  a  creer  que  se  introdujo 
más  tarde  que  la  anterior,  fué  la  de  «Los  desposorios  de  la  Virgen  y 
San  José>;  esta  escena,  apenas  esbozada  en  San  Gall,  adquirió  des- 
pués un  desarrollo  muy  amplio,  sobre  todo  cuando  fueron  interpolán- 


(1)    E\  juego  de  San  Gall  lo  publicó  Mone:  Schauspiele  des  Mittelalfers,  1. 1, 
págs.  132  y  sig.— Vide  Wilken,  obra  citada,  pág.  25. 


EL  TEATRO  RELIGIOSO  EN  LA  EDAD  MEDIA  333 

dose  episodios  alusivos  a  la  «Infancia  de  la  Santísima  Virgen>  y  hasta 
alguna  vez  salieron  a  escena  los  padres  de  María,  San  Joaquín  y  Santa 
Ana,  como  ocurre  en  un  misterio,  cuyo  texto,  desgraciadamente,  se  ha 
perdido,  pero  que  se  representó  en  Tolón  en  las  fiestas  de  Navidad  del 
año  1333,  y  en  el  que  figuraban  nada  menos  que  70  personajes,  según 
la  lista  que  nos  ha  conservado  el  registro  de  un  notario  que,  al  parecer, 
fué  el  alma  y  el  organizador  de  la  fiesta;  el  nombre  de  los  actores  nos 
enseña  que  a  la  representación  contribuyeron  las  principales  famihas 
de  la  ciudad  y  no  pocos  eclesiásticos,  entre  otros  figuran  un  clérigo, 
familiar  del  Obispo,  y  el  Chantre  de  la  Catedral,  que  hacía  el  papel  de 
San  José  (1). 

Más  tarde  se  introduce  la  escena  de  < Jesús  entre  los  Doctores»;  aca- 
so esta  adición  se  deba  originariamente  a  alguno  de  los  primeros  dra- 
mas cíclicos,  o  sea  aquellos  en  que  se  intentó  reunir  en  una  sola  repre- 
sentación la  materia  de  los  juegos  de  Navidad  y  la  de  los  Juegos  de 
Pascua;  desde  luego  la  escena  en  cuestión  es  el  enlace  natural  y  lógico 
de  la  infancia  del  Salvador  con  su  vida  pública,  y  es  sabido  que  esta 
última,  toda  entera,  llegó  a  desarrollarse  en  los  últimos  Juegos  de 
Pascua. 

Este  argumento  de  inducción  adquiere  nueva  fuerza  con  el  hecho  de 
que  el  texto  más  antiguo  en  que  la  encontramos  sea  precisamente  un 
misterio  cíclico,  el  llamado  Juego  de  Maéstricht,  escrito  en  dialecto 
neerlandés,  de  mediados  del  siglo  XIV  (2);  pero  sea  de  esto  lo  que  quie- 
ra, lo  que  es  indiscutible  es  que,  una  vez  introducida  en  las  represen- 
taciones, la  escena  de  «Jesús  en  el  Templo >  se  conservó,  muchas  veces, 
aun  en  los  Juegos  exclusivos  de  Navidad,  y  como  ejemplos,  baste  citar 
una  de  las  piezas  que  nos  ha  conservado  el  precioso  manuscrito  de  la 
Biblioteca  Nacional,  de  París,  titulado  Miracles  de  Nótre-Dame  par 
personages  (3),  que  estudiaremos  más  adelante. 

La  índole  particularísima  de  los  dramas  incluidos  en  esta  colección, 
y  sobre  todo  el  misterio  de  Navidad,  que  entre  ellos  figura,  y  en  el  que 


(1)  Revue  des  Sociétés  Savantes,  afío  1874,  2.^  sem.,  págs.  259  y  sig. 

(2)  Publicó  este  Juego  Julíus  Zacher  en  la  colección  de  Haupt  titulada: 
Zeitschriftfurdeutsches  Alterthuen,  t.  II,  págs.  302  y  sig.— V.  Wilkem,  pág.  172. 

(3)  El  texto  de  esta  pieza  lo  publicó  Du  Méril,  Orig.  lat.  del  Théátre  moder- 
ne,  pág.  364.— Se  encuentra  también  en  la  colección  publicada  por  Gastón  Pa- 
rís y  Ulises  Robert,  t.  I,  págs.  203  y  sig. 


334  EL  TEATRO  RELIGIOSO  EN  LA  EDAD  MEDIA 

la  escena  en  cuestión  es,  a  todas  luces,  algo  pegadizo  y  como  fuera  de 
lugar,  prueban  suficientemente  que  ya  antes  de  mediar  el  siglo  XIV, 
fecha  aproximada  de  Les  Miracles,  se  había  generalizado  la  costumbre 
de  terminar  los  misterios  de  Navidad  con  la  escena  de  «Jesús  entre  los 
Doctores*. 

Costumbre  también  muy  generalizada  fué  comenzarles,  abstracción 
hecha  de  la  escena  de  «Los  Profetas  de  Cristo >,  por  otra  alegórica  que 
estaba  llamada  a  adquirir,  en  el  drama  cristiano,  una  importancia  y  un 
desarrollo  extraordinarios  y  a  la  que  se  llama  escena  del  Proceso  del 
Paraíso;  consistía  en  la  dramatización  de  un  pasaje  del  salmo  84  (v.  11: 
Misericordia  et  veritas  obviaverunt  sibi:  justitia  et  pax  osculatae  sunt.) 
que  la  Iglesia  aplica  a  la  Redención  de  la  Humanidad  por  Jesucristo, 
único  capaz  de  aplacar  la  Justicia  de  su  Padre  y  de  conciliaria  con  su 
Misericordia. 

Esta  escena  no  figura  en  los  juegos  de  Benedictbeuern  y  San-Gall; 
pero,  como  la  anterior,  la  encontramos  en  el  drama  cíclico  de  Maéstricht, 
donde  la  disputa,  entablada  en  el  cielo,  entre  la  Justicia  y  la  Misericor- 
dia, comprende  más  de  un  centenar  de  versos. 

A  primera  vista,  y  teniendo  en  cuenta  que  el  aplacamiento  de  la 
Justicia  divina  sólo  podía  realizarse  por  la  muerte  del  Justo,  parece  que 
la  escena  del  «Proceso  del  Paraíso*  no  podía  tener  lugar  más  que  en 
los  dramas  que  abarcaran  la  materia  de  La  Pasión;  la  mayor  parte  de 
los  críticos  admiten,  efectivamente,  que  su  primera  aparición  hay  que 
referirla  a  los  dramas  cíclicos,  pero  lo  que  no  admite  duda  es  que,  una 
vez  introducida  en  las  piezas  teatrales,  se  conservó,  muy  a  menudo, 
como  introducción  de  los  misterios  de  Navidad  (1). 

La  adición  más  reciente,  o  la  últimamente  añadida,  parece  haber 
sido  la  escena  que  podríamos  llamar  de  «El  edicto  del  Censo >,  cuyo 
personaje  principal  era  el  Emperador  Augusto,  al  que  los  misterios^  con 
gran  precisión  histórica,  dan  el  nombre  de  Octaviano. 

En  algunos  dramas  toma  esta  escena  un  desarrollo  notabilísimo  por 
la  introducción  en  ella  del  personaje  de  la  Sibila  y  por  el  desenvolvi- 


(1)  Esta  es  la  opinión  más  corriente  o  casi  generalmente  aceptada;  pero  no 
deja  de  tener  fuerza  la  contraria,  sobre  todo  si  no  se  olvida  que  el  salmo  84 
forma  parte  de  la  liturgia  de  Navidad.  —  V.  Petit  de  Julleville,  Les  Mysteres, 
tomo  II,  pág.  359,  nota. 


EL  TEATRO  RELIGIOSO  EN  LA  EDAD  MEDIA  335 

miento  dialogado  de  una  leyenda  popularisima  en  la  Edad  Media,  se- 
gún la  que  esta  Sibila  había  anunciado  al  Emperador  el  nacimiento  del 
Mesías;  pero  como  también  figuraba  este  personaje  en  la  escena  de  «Los 
Profetas  de  Cristo»,  fuente  de  «El  Viejo  Testamento»,  la  escena  de  Oc- 
taviano  se  acopló  a  este  último  ciclo,  que,  por  su  origen,  se  relaciona 
con  la  liturgia  de  Navidad,  aunque,  en  todo  rigor  lógico,  sólo  debiera 
figurar  en  un  drama  de  La  Pasión  y  Resurrección  o  en  las  piezas  pro- 
piamente cíclicas. 

Fuera  de  estas  escenas  nuevas  o  añadidas,  el  ciclo  de  Navidad  fué 
desarrollándose  por  la  amplificación  de  otras  indicadas  no  más  en  los 
dramas  primitivos;  se  dio  también  una  noticia  más  extensa  y  detallada 
de  las  circunstancias  que  rodearon  los  hechos  del  Salvador  según  el  re- 
lato evangélico;  se  fueron  introduciendo,  poco  a  poco,  elementos  nue- 
vos, proporcionados  por  las  leyendas  apócrifas  y,  hasta  sin  escrúpulos 
de  ningún  género,  los  autores  de  los  misterios  se  dieron  a  imaginar, 
por  cuenta  propia,  historias  piadosas,  salvando  únicamente  la  verosi- 
militud, entendida,  claro  está,  según  el  criterio  y  las  costumbres  de  un 
tiempo  en  que  la  moralidad  no  era  ciertamente  muy  recomendable; 
pero  la  fe  arraigaba  muy  en  lo  hondo  de  las  almas. 

La  primera  parte  del  misterio,  o  sea  «La  Anunciación>  y  «El  Naci- 
miento del  Salvador»,  fué  creciendo  gradualmente:  primero  se  versifi- 
caron las  palabras  del  Ángel  a  San  José;  después  se  relató  El  Viaje  de 
los  santos  esposos  de  Nazaret  a  Belén,  intercalando  la.  escena  de  la 
busca  de  hospedaje,  que  dio  lugar,  en  no  pocos  juegos,  a  observaciones 
satíricas  muy  desarrolladas  contra  la  proverbial  avaricia,  por  lo  visto 
muy  antigua  y  de  todos  los  países,  de  mesoneros  y  mozos  de  posada; 
más  tarde  se  dramatizó  la  leyenda  de  Zebel  y  de  Salomé,  la  increduli- 
dad de  la  última,  su  castigo  y  su  curación  por  la  intervención  de  la  Vir- 
gen, leyenda  que,  entre  paréntesis,  constituye  el  argumento  del  Miracle, 
arriba  indicado. 

La  Adoración  de  los  Pastores  se  desarrolló  en  un  cuadro  amplísimo 
de  vida  campestre,  de  un  bucolismo  sano,  aunque  no  pocas  veces  de- 
generara en  escenas,  un  tanto  y  más  que  un  tanto,  subidas  de  color,  en 
su  afán  de  copiar  costumbres  muy  reales  y  muy  propias  de  la  época  y 
de  los  personajes,  pero  que  nosotros  no  acertamos  a  comprender  cómo 
podían  tolerarse  en  una  representación  religiosa  y  que  a  todas  luces 
perseguía  un  fin  moralizador. 


336  EL  TEATRO  RELIGIOSO  EN  LA  EDAD  MEDIA 

Quédese  este  punto,  muy  digno  de  estudio,  para  ocasión  más  opor- 
tuna, que  no  dejará  de  presentarse  en  el  curso  de  nuestro  trabajo  y  con- 
tentémonos con  dejar  sentado  aquí  que  esa  nota,  exageradamente  realis- 
ta, sólo  tiene  carácter  episódico,  pues  el  tono  dominante,  aun  en  las  es- 
cenas en  que  intervienen  pastores  o  personajes  que  pertenecen  a  la  más 
ínfima  escala  social,  es  de  un  idealismo  candoroso,  reflejo  más  o  menos 
fiel  de  las  invenciones  arcádicas,  que  por  aquellos  tiempos  habían 
puesto  en  moda  troveros  y  juglares. 

A  la  escena  de  «Los  Reyes  Magos»  se  la  rodeó  de  todas  las  circuns- 
tancias que  proporcionaban  la  tradición  y  la  leyenda;  Melchor,  Gaspar 
y  Baltasar  se  presentaban  con  lucida  escolta  de  caballeros,  con  toda  la 
fastuosidad  de  los  príncipes  de  la  Edad  Media  y  se  representaba  su  via- 
je sin  que  faltara  el  más  mínimo  detalle,  que  hubiera  podido  ser  obje- 
to de  la  censura  del  público,  entonces  ya  no  poco  exigente. 

El  personaje  de  Herodes,  rodeado  continuamente  de  consejeros,  es- 
birros, espías,  soldados  y  verdugos,  reproducía  en  la  escena  el  cuadro 
de  alguna  de  las  cortes  de  los  reyes  tiranos:  de  Carlos  el  Malo  y  de  al- 
gunos de  los  llamados  crueles  por  la  historia;  la  Degollación  de  los  Ino- 
centes se  prestaba  a  amplificaciones  de  una  ferocidad  desenfrenada  de 
la  soldadesca,  y  a  los  misterios  pasaron,  efectivamente,  cuadros  poco 
edificantes  calcados  en  las  costumbres  corrientes  de  los  salteadores  de 
caminos  y  de  los  aventureros  de  las  grandes  compañías,  más  o  menos 
blancas,  que  juegan  un  papel  tan  importante  en  todas  las  luchas  de 
aquel  siglo. 

Una  leyenda  muy  antigua  daba  como  segura  la  inclusión  entre  las 
víctimas  de  Herodes,  de  un  su  hijo  todavía  en  la  cuna  y  que  murió  por 
el  descuido  de  una  de  las  sirvientes;  la  tradición  pasó  a  los  dramas, 
dando  lugar  a  una  serie  rimada  de  lamentaciones  de  la  nodriza  del  jo- 
ven príncipe  y  a  la  desesperación  del  tirano,  que  se  suicida  y  cuya  alma 
se  llevan  los  demonios  al  infierno  en  medio  de  una  algazara  indescrip- 
tible. 

La  aparición  de  los  diablos  en  el  teatro  religioso  es  antiquísima,  los 
encontramos  ya  en  el  siglo  XI  en  el  misterio  del  Esposo;  tienen  relati- 
va importancia  en  El  Adán  y  en  el  drama  de  Benedictbeuern;  pero  en 
los  misterios  de  Navidad  y  de  Pasión,  del  siglo  XIV,  las  escenas  de 
diablería  adquieren  un  desarrollo  tan  enorme  que  dieron  origen  a  una 
tradicióii  que  recogen  más  tarde  los  autores  de  los  grandes  dramas  cí- 


EL  TEATRO  RELIGIOSO  EN  LA  EDAD  MEDIA  337 

clicos  del  siglo  XV,  llegando  a  constituir  uno  de  los  rasgos  caracterís- 
ticos y  casi  esenciales  de  aquellos  grandes  espectáculos  y  cuya  influen- 
cia se  refleja  en  otras  ramas  de  la  literatura  de  los  últimos  tiempos  de  la 
Edad  Media. 

En  el  artículo  siguiente  veremos  que  el  ciclo  de  Navidad  formaba 
la  primera  jornada  de  los  grandes  misterios  franceses;  pero  hubo  tam- 
bién, aun  en  pleno  siglo  XV,  representaciones  separadas  de  la  materia 
propia  de  aquella  festividad;  el  año  1474  se  representó,  con  gran  es- 
plendidez, en  la  plaza  del  Mercado  Nuevo  de  Rouen,  el  misterio  de 
La  Encarnación  y  del  Nacimiento;  es  más:  esa  parte  del  drama  reli- 
gioso puede  asegurarse  que  fué  siempre  la  predilecta  y  la  preferida  por 
el  pueblo  sencillo  y  creyente,  y  siguió  representándose,  sobre  todo,  en 
los  pueblos,  separados  de  las  grandes  urbes,  hasta  muchos  años  des- 
pués de  la  crisis  que  dio  al  traste  con  los  misterios  y  casi  casi  hasta 
nuestros  días.  Du  Meril  ha  reproducido  el  texto  de  una  Pastoral  sobre 
el  Nacimiento  de  Jesucristo,  impresa  en  Saint-Malo  y  en  Avignon  du- 
rante el  primer  Imperio,  y  que  él  recordaba  haberla  visto  representar 
cuando  era  muy  niño. 

Se  abre  esta  pieza  con  la  escena  en  que  la  Virgen  y  San  José  bus- 
can alojamiento  en  que  hospedarse,  en  la  que  hay  un  diálogo  curiosí- 
simo entre  el  huésped,  su  mujer  y  una  criada. 

El  edicto  de  Augusto  ha  llevado  a  Belén  a  grandes  personajes  de 
los  contornos,  y  muy  orgulloso  el  posadero  al  ver  que  invaden  su  casa 
personajes  de  cuenta,  prohibe  a  su  mujer  y  a  la  criada  que  admitan 
huéspedes  que  no  lleguen  con  grande  séquito  y  aparato  prometedores 
de  pingüe  ganancia;  en  aquel  momento  llaman  a  la  puerta  la  Virgen 
y  San  José;  el  hostelero,  al  ver  que  se  trata  de  gente  de  humilde  condi- 
ción, se  cierra  de  banda,  y  a  pesar  de  la  insistencia  de  las  dos  mujeres, 
a  las  que  la  modestia  de  la  Santísima  Virgen  ha  impresionado  profun- 
damente, pone  fin  a  la  discusión,  retirándose,  con  los  versos  siguientes: 

«Fermez,  fermez  la  porte, 
Nous  ne  logerons  point  des  gens  de  cette  sorte.» 

Como  se  desprende  del  mismo  título  de  la  pieza,  abundan  en  ella 
escenas  y  diálogos  pastoriles;  son  muy  notables  los  de  los  pastores 
que,  invitados  por  el  Ángel,  van  a  Belén  a  adorar  al  Niño-Dios  recién 
nacido,  que  guardan  analogías  sorprendentes  con  muchos  villancicos 

22 


338  EL  TEATRO  RELIGIOSO  EN  LA  EDAD  MEDIA 

populares  que  todavía  se  oyen  en  las  aldeas,  lo  que  ha  hecho  suponer 
que  esos  cantares  del  pueblo  son  fragmentos,  más  o  menos  alterados, 
de  los  antiguos  misterios,  que  olvidaron  completamente  los  eruditos  y 
literatos  durante  siglos  enteros,  pero  que  conservó  con  esmero  el  pue- 
blo, encariñado  siempre  con  sus  tradiciones. 

El  desenvolvimiento  popular  de  los  juegos  de  Navidad  fué  consi- 
derable en  toda  la  Europa  cristiana,  sobre  todo  en  Alemania  y  España; 
pero  no  adelantemos  los  acontecimientos,  que  ya  les  llegará  el  turno 
cuando  estudiemos  el  Teatro  religioso  en  los  demás  pueblos  de  la 
Europa  medioeval. 

P.  Raimundo  González. 

o.  s.  A. 
(Continuará.) 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 


CÓDICES  LATINOS  PROCEDENTES  DE  DON  SILVESTRE 
MAUROLICO 

Por  Marzo  del  año  1582  vino  D.  Silvestre  Maurolico  a  Madrid  para 
ofrecer  a  Felipe  II  los  libros  impresos  y  manuscritos  que  había  com- 
puesto su  tío  D.  Francisco  Maurolico,  de  gran  fama  y  sabiduría  por 
aquel  tiempo,  y  a  la  vez  pedir  para  sí  alguna  merced  en  recompensa 
de  ellos.  Todo  esto  consta  en  la  siguiente  carta  de  Granvela  a  Mateo 
Vázquez,  en  Lisboa. 
«111.^  señor: 

No  sé  si  ha  venido  a  noticia  de  V.  m.  el  nombre  del  Abad  de  Megina 
fran.c°  Maurolico  celebérrimo  matemático  y  famosísimo  en  toda  Italia 
y  en  muchas  partes  de  Europa.  El  ha  compuesto  diversas  obras,  algu- 
nas dellas  son  puestas  en  estampa  y  otras  muy  muchas  no  lo  son  aún. 
Aquí  ha  venido  su  sobrino  clérigo  de  missa,  que  después  de  la  muerte 
del  dicho  Abad  ha  procurado  de  recoger  los  libros  no  aún  impresos,  y 
de  los  que  son  impresos  ha  traydo  algunos  exemplares  los  quales  me 
ha  consiñado  para  embiarlos  a  V.  m.  porque  los  presente  a  su  M.^  jun- 
tamente con  [un]  plieguezillo  suyo  en  que  deue  de  yr  nota  de  los  libros 
no  aún  impresos,  por  sus  trauajos  que  como  verá  y  de  lo  impreso  y  de 
la  nota  de  lo  que  aún  no  lo  es,  esperaua  el  tío  que  se  le  haría  alguna 
merced.  Y  hauiendo  entendido  aquí  este  su  sobrino,  que  hauia  la 
abbadia  de  la  blaca,  que  algunos  capellanes  no  hauian  querido  acep- 
tar por  no  quererse  obligar  a  la  residencia  esta  pide  él  y  espera  que 
yrá  oy  o  con  el  primer  ordinario  la  consulta.  Dessea  él  esta  Abbadia 
para  recogerse  en  ella  y  atender  a  la  impresión  de  los  dichos  libros 
que  faltan.  El  es  hombre  de  buena  apariencia  y  de  letras.  Concurriendo 
tantas  cosas,  merece  el  favor  de  V.  m.  a  quien  le  encomiendo  quanto 


340  REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 

puedo.  Guarde  nro.  s.^^  la  111.^  persona  de  V.  m.  como  dessea.  De  Ma- 
drid a  postrero  de  Margo  1582.  ser.^^^de  V.  m.  Ant.  Card.  de  Granuella. 
Fuera  dice  Felipe  II:  auisadselo  al  c.^*  y  el  recibo  y  gracias  de  los  li- 
bros.» {Archivo  del  Conde  de  Valencia  Don  Juan). 

Acaso  el  mismo  D.  Silvestre  Maurolico  se  ofreciera  a  Felipe  II  para 
recoger  por  Italia  libros  para  traerlos  a  la  Biblioteca  del  Escorial,  o  el 
mismo  Rey  se  lo  encomendara  en  vista  de  sus  cualidades  y  condicio- 
nes. Del  año  1583  existe  la  siguiente  carta  de  Felipe  II: 

«A  los  Ministros  de  su  M.^  de  muchas  partes  y  sus  Reynos  por  el 
Doctor  Silvestre  Maroli  frayle  de  Sant  lorenzo  que  va  a  buscar  libros 
para  la  librería  del.» 

Dentro: 

«Al  embaxador  en  Roma. 

Yendo  el  doctor  don  Silvestre  Maroli  a  essas  partes  a  buscar  ciertos 
libros  para  la  librería  de  sant  lorengo,  y  a  imprimir  unas  obras  que  ha 
hecho  he  querido  scriuiros  con  él  y  ordenaros  y  mandaros:  le  tengáis 
por  muy  encomendado  para  fauorescelle  assi  en  lo  que  toca  a  los  di- 
chos libros  e  impression  de  sus  obras,  como  en  todo  lo  demás  que  se 
le  offresciere  de  que  rescibire  yo  mucho  servicio.  De  Madrid  a  29  de 
Agosto  1583. 

Iden  a  los  embaxadores  de  Genova,  Venecia  y  Alemania,  Gouer- 
nador  de  Milán  y  Virreyes  de  Ñapóles  y  Sicilia.» 

No  sé  cuándo  volvió  a  Madrid  D.  Silvestre  Maurolico  a  traer  los  li- 
bros y  manuscritos  que  en  bastante  cantidad  había  recogido  por  Italia. 
Debió  venir  por  el  año  1596.  En  el  Ms,  L.  I.  13,  fols.  151  y  sigtes.  se 
conserva  el  memorial  de.  ellos.  Yo  solamente  copiaré  de  él  los  títulos 
de  los  códices  latinos. 

^Memorial  de  los  libros  que  traxo  el  Doctor  Don  Syluestro  Marolo, 
manuscriptos  que  no  se  hallan  en  la  librería  de  S.  Lor." 


Latinos. 

Vita  Alexandri  magni,  Auctore  Demosthene. 
Romuleon  de  gestis  Romanorum. 
Bricordius  in  nouum  testamentum. 
Michael  Bononens.  in  Psalm. 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL  341 

Ricobardi  Chronica  de  septem  etatibus. 
Jacobus  de  Gesolis  de  ludo  scacorum  methaphorice. 
Diuus  Bernardinus  de  Sena  de  contractibus. 
Petrus  Pintor  de  praeseruatione  et  curatione  pestilentiae. 
Sententia  contra  Templarios,  cum  testamento  Friderici  Imperatoris. 
Joannes  Mensuratus  de  septem  donis  Spiritus  Sancti. 
Raphael  Blandolinus. 

Testamentum  nouum  cum  quibusdam  annotationibus. 
Opera  S.^'  Dionysii  Areop.  traducta  per  Ambros.  monachum. 
Porchetus  contra  Judeos. 
Alengarius. 
Braduardi  Geometria. 
Gratiadei  in  Phisicos  8. 
Enricus  Veneius  de  virtutibus. 
Umbertus  de  tribus  votis. 
Bernardus  de  Sena  de  sacra  Religione. 
Alexander  de  Alexandria  in  Joannem. 
ídem  in  tres  libros  de  anima. 
Computus  manualis. 
Vitae  quorumdam  Sanctorum  Patrum. 
Tragediae  Senecae  cum  annotationibus. 
Priscianus  Lisdius  in  Theophrastem  de  anima. 
Arbor  virtutum  ac  vitiorum  et  aliorum. 
Postilla  super  Apocalip.  auct.  magistro  Vitale. 
Jordanus  de  mathematicis. 
Joannes  de  Deo  de  penitentia,  amix."*  et  alus. 
Sylanus  de  Nigris  de  medicina. 
Cathalogus  de  subditis  R.^^  ecclesiae. 
Egidius  Prior  de  canone  missae. 
Laurentius  Rugius  de  natura  equi. 
Fr.  Barthol.  de  S.*°  Concordio  de  casibus  conscientiae. 
Viridarium  consolationis. 
Isídorus  de  summo  bono. 
Fr.  Francisci  de  Abbate  postillae. 

Ludouici  Bucaferrei  in  Physicam  et  de  generatione  et  de  paruis  na- 
turalibus  et  de  coelo  et  mundo  quatuor  volumina. 
Lotarius  de  miseria  humana  et  Alanus  de  contione. 


342  REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 

Marsilius  Ficinus  in  Trimegistrum. 
Volumen  de  secretis  secretorum  Aristot.  nuncupatum. 
Turrecremata  de  penit.^ 

Fr.  Nicolai  de  Trebet  in  Boetium  de  consolatione. 
Fr.  magistri  Floriani  de  anima. 
Flores  S.  Augustini  per  Franciscum  Maioronem. 
Expositio  legum  de  Toro  et  concordantia  aliarum  legum. 
Heli  Auenrage  de  juditiis  astronomicis. 
Nonaginta  epistolae  magni  Turchi. 
Bellum  Alphonsi  2  regis  contra  Pandulphum. 
Uncinus  de  partibus  medicinae. 
Descriptio  Insulae  Cypri  per  Franciscum  Sabornianum. 
Lentilarius  per  Petrum  de  Canibus. 
Flores  S.  Hieronymi  P.  nostri. 
Imago  mundi  S.  Anselmi. 
Jacobus  de  legibus,  gallice. 
Compendium  moralis  philosophiae  incerti  autoris. 
Buridanus  de  anima. 
Joannis  Montis  Doca  de  anima. 
Francisci  Jupi  in  fábulas  Esopi  Alegorice. 
Vita  Christi. 

Practica  citeriae  per  miser  Matthiam. 
Petrus  Bellon  de  mirabilibus  quorumdam  Regionum. 
Miracula  S.  Bernardini  de  Sena. 

Genealogia  Regum  Francorum  et  Aragoniae  et  aliorum. 
Officium  Angeli  custodis. 
Matthei  Bosii  de  veris  ac  salutaribus  gaudiis. 
Joannis  Litembergi  pronostica. 
Stimulus  diuini  amoris  per  Jacobum  Mediolanensem. 
GuUielmus  Murellus  in  hymnos  ecclesiae. 
Deploratio  depositionis  cuiusdam  Imperatoris. 
Paraphras.  in  Arist,  incerti  auctoris. 

Original  uno  de  los  que  enuio  por  su  Reyno  don  Alonso  de  las  leyes 
que  hizo  en  Alcalá. 
Ptolomeus  de  astris. 

Sermones  vetustissimi.  * 

Reuelationes  S.^^  Catharinae  de  Sena. 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL  343 

Víctor  Uticensis  episcopus  de  gestis  Wandalorum  Regum. 
Joannes  Cicada  de  vita  Caesaris  et  Pompeii. 
Flores  Francisci  Petrarchae  cum  itinerario  eiusdem. 


Los  que  se  hallan  en  la  librería  de  S.  Lor.^  manuscríptos. 

Turrecremata  summa  ecclesiae. 
Geraldus  Odonius  super  Eticam. 
Bocatius  de  mulieribus. 
Tullius  de  oíficiis. 
Epistolae  Ciceronis. 
Comentaria  Caesaris. 
Dialogi  S.  Gregorii. 
Sermones  magistri  Peraltae. 


Titus  Libius  ab  urbe  condita. 

ítem  de  bello  macedónico. 

ítem  de  bello  púnico. 

Epistolae  S.  Hieronymi. 

Titus  Libius  de  bello  púnico,  aliud  volumen. 

Horae  B.  Marie  Virginis  2  volumina. 

Crónica  martiniana. 

Meditationes  et  reuelationes  S.*^®  Mectildae. 

Psalterium. 

Psalterium  S.  Hieronymi. 

Biblia. 

Obras  de  SM  Catalina  de  Sena. 

Tusculanae  quaestiones. 

S.  Augustinus  de  duodecim  abusiuis. 

Meditatio  passionis  Jesu  Christi. 

Vita  S.  Hieronymi  per  Eusebium. 

M.  C.  ad  Brutum. 

S.  Ambrossius  de  iniciandis  mysteriis. 

Brebiarium  illuminatum  Nicolai  4  ut  fertur. 


Cosmae  episcopi  Mayhumensis  in  Philosophiam. 
Epístola  Samuel  contra  Judeos. 


344  REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 

Fragmentum  S.  Hieronymi  de  fide. 


Epistolae  Senecae. 
De  aucupio  paruum...» 

En  el  Ms.  de  la  Biblioteca  Nacional,  de  Madrid,  9-98  fols.  66  y  67  se 
encuentra  un  Aduertimiento  del  doctor  Valuerde  sobre  los  libros  que 
ha  traído  don  Siluestrey  dirigido  probablemente  a  García  de  Loaisa  y 
de  él  voy  a  transcribir  lo  que  interesa  a  mi  propósito: 

«Muylll.®  S.o^ 

En  pago  de  la  merced  que  recibo  siempre  que  V.  m.  me  da  ocasión 
de  ver  cosas  que  toquen  a  las  letras  y  libros  mayormente  concernientes 
a  la  librería  de  su  Real  Mag.'^  diré  lo  que  visto  el  Memorial  de  lo  que 
aora  se  ha  traydo  se  me  ofrece,  y  es  que  el  fin  y  principal  intento  que 
tuuieron  los  Antiguos  en  hacer  grandes  librerías,  fué  para  recoger  en 
ellas  las  obras  y  Originales  de  los  Antiguos  Doctores  de  la  yglesia, 
para  las  ocasiones  que  se  ofrescían  cada  día  contra  los  Hereges,  seruir- 
se  de  ellos,  sacándolos  de  las  librerías  auténticas...  (Pone  después  va- 
rios ejemplos  en  confirmación  de  esto  y  concluye:)  Digo  esto  para  que 
se  entienda  el  fin  que  hubo  de  formar  grandes  librerías  y  el  delecto  o 
election  que  a  de  hauer  en  ello.  Y  assi  desta  minuta  que  aora  he  visto 
me  da  pena  que  de  186  volumines  que  se  nombran  no  hallo  yo  veynte 
que  sean  de  mucha  estimación  y  momento,  porque  de  solos  nueue  que 
hay  Griegos  solo  el  1.°,  3.°  y  9.**  se  pueden  estimar.  Los  demás  andan 
vulgares  y  impressos.  De  los  latinos  puedo  dezir  a  V.  m.  que  me  ha  des- 
placido mucho  ver  que  de  quatro  partes  de  ellos,  las  tres  son  vulgares 
y  impressos,  y  que  no  era  menester  yr  fuera  de  España  y  estoy  por  de- 
zir de  Madrid  para  juntarlos.  A  lo  menos  en  ninguno  desta  minuta  ha- 
llaríamos en  un  menester  el  socorro  para  que  los  juntaron  los  Antiguos. 
Y  a  las  Illuminaciones  que  traen  algunos  dellos,  podría  dezir  el  Biblio- 
thecario  lo  que  dixo  S.  Gerónimo:  teneos  vosotros  vuestros  libros  do- 
rados y  illuminados  et  lítteris  uncialibus  scriptos,  que  yo  los  míos  quie- 
ro pululados  y  carcomidos.  Esto  es  lo  que  siento  para  con  V.  m,  cuyo 
seruidor  soy.— Bart.  Valuerde.  >  Graux  conoció  este  Advertimiento  de 
Valverde  y  publica  lo  que  se  refiere  a  los  códices  griegos,  pero  equivo- 
cadamente dice  que  está  dirigido  al  Rey. 

Los  códices  latinos  que  aún  se  conservan  de  los  que  trajo  D.  Silves- 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL  345 

tre  Maurolico  se  encuentran  en  las  signaturas  siguientes:  b,  III.  6,  e,  IL 
2,  g,  III 27. 

CÓDICES  LATINOS  PROCEDENTES  DEL  MONASTERIO  DE  N.^  SE- 
ÑORA DE  GUADALUPE 

El  Doctor  Bartolomé  Valverde,  como  se  verá,  fué  el  que  indicó  a 
Felipe  II  que  en  el  monasterio  de  nuestra  Señora  de  Guadalupe  había 
algunos  libros  de  mano  antiquísimos  o  de  autores  de  fama  y  doctrina, 
que  allí  eran  tenidos  en  poca  estima  y  hasta  estaban  perdiéndose,  como 
él  mismo  había  visto  y  había  oído  decir  a  algunos  monjes.  Graux  en  su 
Essai  habla  en  varias  ocasiones  del  Dr.  Valverde  en  su  relación  con 
los  códices  griegos  del  Escorial  y  publica  en  el  apéndice  n.°  19  la  «Re- 
lación de  lo  que  el  Dotor  Valverde  hizo  en  S.  Lorengo  el  Real  cerca  de 
lo  que  se  le  mando  por  orden  de  Su  Mag.^  en  la  librería,  y  parecer 
della  a  20  de  deziembre  de  1586.>  Se  refiere  al  examen  y  cotejo  de  los 
códices  griegos  de  D.  Antonio  Agustín  con  los  entonces  existentes  en 
la  Biblioteca  del  Escorial,  y  juicio  acerca  de  ellos,  y  de  la  conveniencia 
o  no  de  adquirirlos  por  las  razones  allí  alegadas.  Después  el  agustino 
P.  Félix  Pérez- Aguado,  que  fué  auxiliar  de  la  Biblioteca  por  algunos 
años,  publicó  en  la  revista  La  Ciudad  de  Dios,  tomo  43,  págs.  81  y  561, 
y  tomo  44,  págs.  98  y  264,  un  estudio  acerca  del  Dr.  Valverde,  aunque 
incompleto  por  falta  de  datos,  como  él  mismo  dice,  pero  lo  bastante 
para  poder  conocer  la  personalidad  literaria  de  dicho  Doctor.  Reprodu- 
ce al  fin  la  <Relación>  que  había  publicado  Graux.  No  se  sabe  si  tam- 
bién dio  su  parecer  en  los  códices  latinos  del  mismo  D.  Antonio  Agus- 
tín, pero  sí  se  conoce,  como  en  su  lugar  se  verá,  lo  que  dijo  de  los  có- 
dices latinos  traídos  de  Italia  por  D.  Silvestre  Maurolico  para  la  Biblio- 
teca del  Escorial. 

Carta  del  Dr.  Valverde  a  Felipe  II. 

t 
«S.  C.  R.  M. 

El  dotor  Valuerde  a  quien  V.  Mag.  hizo  merced  seys  años  ha,  de 
aceptarle  por  su  Capellán,  y  mandar  fuesse  a  seruir  de  lo  mesmo  a  la 
Sereniss.^  Emperatriz,  dize  que  a  hecho  lo  que  V.  M.  le  mandó,  assis- 


346  REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 

tiendo  a  su  seruicio  hasta  el  dia  de  hoy,  con  el  trabajo  que  V.  R.  M.  po- 
drá entender  de  su  enfermedad,  y  largo  camino,  y  algunas  obras  que 
contra  hereges  ha  impresso,  y  porque  para  las  necessidades  del  quoti- 
diano  sustento  suyo,  criados  y  caualgaduras  en  tan  larga  jornada  se 
huuo  de  endeudar  y  aora  se  le  recrece  mayor  gasto  según  que  su  de- 
cencia, y  obligaciones  de  corte  lo  requieren  y  no  tiene  otro  censo  ni  pa- 
trimonio ni  se  le  ha  dado  otro  socorro  ni  ayuda  mas  de  lo  de  Capellán 
de  V.  Mag.  y  lo  que  demás  desso  yendo  a  Alemania  V.  Mag.  por  su 
real  cédula  le  señaló  cada  un  año  durante  su  seruicio:  suplica  humilde- 
mente a  V.  M.  atento  lo  que  como  humilde  y  fiel  criado  ha  hecho  en 
seruicio  de  V.  M.  mande  para  esta  necessidad  y  deuda  presente  se  le  dé 
lo  que  se  le  deue  de  los  gajes  sobre  lo  de  la  capilla,  y  para  passar  ade- 
lante prosiguiendo  los  estudios  de  las  diuinas  letras  que  siempre  ha  pro- 
fessado  suplica  a  V.  M.  lo  ordene  algún  modo  de  biuienda  y  sustento 
con  que  sirua  a  V.  M.  y  acabe  de  imprimir  lo  que  tiene  escrito,  y  escriue 
en  seruicio  de  la  S>  Religión,  y  assi  lo  espera  de  V.  M. 

Dize  también  que  hauiendo  V.  Mag.  hecho  tan  gran  beneficio  a  toda 
la  Christiandad,  y  obligado  a  todo  el  mundo  en  darle,  lo  que  apenas  en 
un  rincón  de  España  se  hallaua,  es  a  saber  las  Diuinas  Escrituras  en 
todo  genero  de  lenguas,  y  con  obra  tan  inmortal  y  tan  desseada  hauien- 
do satisfecho  la  sed  del  Christiano,  Griego,  Judio  y  Caldeo,  pues  por 
este  singular  beneficio  cada  uno  en  su  lengua  goza  de  la  ley  de  Dios. 
Visto  tan  manifiesto  el  santo  zelo  de  V.  R.  M.  acerca  de  las  Sagradas 
Letras:  dize  que  hauiéndose  perdido  con  el  tiempo  muchas  obras  y  tra- 
tados de  los  Sagrados  Doctores  que  las  declarauan  halló  aora  en  el  mo- 
nasterio de  N.^  S.^  de  Guadalupe  un  volumen  antiquissimo  en  Letra 
Gótica  que  contiene  en  si  doze  libros  de  exposiciones,  glossas  y  decla- 
raciones sobre  el  Apocalypsis,  collegidas  de  los  Sagrados  Doctores  que 
se  perdieron,  y  a  lo  que  del  Prologo  y  parte  del  principio  que  ley,  y  ten- 
go aqui  se  collige  parece  y  es  assi  un  gran  tesoro  este  libro,  y  digno  de 
que  V.  M.  tenga  noticia  por  lo  que  importarla  al  bien  común  saliese  a 
luz  y  se  comunicasse  al  mundo  so  el  amparo  y  glorioso  nombre  de 
V.  Mag.  mandando  también  ver  y  escudriñar  lo  demás  que  en  aque- 
lla S.*a  casa  puede  hauer  precioso  en  este  género,  pues  un  religioso  de- 
Ua  me  certificó  que  en  rincones  y  desuanes  della  hay  gran  copia  de  li- 
bros de  mano  antiquísimos,  y  muchos  dellos  gastados,  y  consumidos 
por  no  verse  ni  tratarse. 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL  347 

I  porque  el  invictissimo  y  glorioso  piogenitor  de  V.  R.  M.  con  aquel 
santissimo  zelo  que  V.  Mag.  heredó,  mandó  en  su  vida,  sacar  a  luz  las 
obras  de  aquel  excellente  varón  que  llaman  el  Tostado,  y  las  hizo  im- 
primir a  su  costa,  mandando  al  Doctor  Polo  Canónigo  de  Cuenca  fuesse 
para  este  effecto  a  Venecia,  y  assistiesse  a  la  impression,  y  estas  obras 
por  su  sana  y  sustancial  doctrina  fueron  tan  vendibles  que  poco  tiempo 
después  no  se  hallauan,  ni  aora  sino  en  algunas  particulares  casas  de 
religiosos  se  hallan,  y  demás  desto  por  hauer  escrito  el  dicho  doctor  otras 
muchas,  que  ni  entonces  ni  después  jamas  se  imprimieron,  como  son 

De  errore  benedictionis  Isac 

De  amore  et  amicitia 

De  fatis  Medeae 

Descriptio  terrae  Sanctae 

De  mullere  sarracena  ad  judaismum  conuersa 

De  anticipatione  Paschae 

De  indulgentiis 

De  reformatione  ecclesiae 

De  potestate  papae  &c. 
y  destas  que  nunca  se  han  visto  yo  he  hallado  en  ciertos  Originales  de 
mano  del  monasterio  algunas  como  es  la  de  errore  et  benedictione 
Isac  que  tiene  seys  pliegos  de  papel  y  empiega  assi:  Tantam  veneratus 
magnitudinem,  nec  jussa  subterfugere  volui,  nec  si  ullatenus  subterfu- 
gere  fas  foret,  id  mihi  collibitum  esset  y  otra  de  anno  et  die  mortis 
Christi,  et  anticipatione  caenae  Domini  que  tiene  nouenta  y  nueue  Ca- 
pítulos, y  ciento  y  veinte  hojas  grandes.  La  tercera  de  amore  et  amici- 
tia, dirigida  al  Rey  Don  Juan,  obra  maravillosa,  tiene  ciento  y  treynta 
y  tres  Capítulos.  Sup.^o  a  V.  Mag.  mande  ver  y  considerar  el  bien  y 
prouecho  uniuersal  que  resultarla  de  tornar  a  imprimir  las  dichas  obras 
añadiendo  las  que  nunca  lo  fueron,  pues  ya  no  hay  quien  las  pueda 
alcangar  por  no  hauerse  hecho  otra  impression  mas  de  la  que  mandó 
su  Mag.  del  Emperador  de  gloriosa  memoria,  y  si  se  diesse  orden  que 
algún  hombre  docto  quitasse  y  cercenasse  a  una  parte  todas  las  quis- 
tiones,  digressiones,  disputas,  y  historias  que  él  mezcla  y  entretexe  en 
el  discurso  de  sus  Commentos,  y  dexasse  a  otra  la  pura  y  clara  declara- 
ción suya  que  da  al  Sagrado  Texto,  seria  cosa  a  mi  parecer  preciosissi- 
ma  y  importantissima,  para  los  que  ni  le  pudiessen  leer  ni  comprar 
todo  entero. 


348  REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL 

Y  por  lo  que  toca  también  a  la  gloria  y  honrra  de  nuestra  nación 
digo  que  el  Doctor  Alonso  de  Falencia  Coronista  que  fué  de  los  Reyes 
Cath.os  en  una  obra  suya  que  hay  en  el  dicho  monasterio  que  dize 
hauer  hecho  por  mandado  dellos  mesmos,  allega  y  cita  las  siguientes, 
y  dize  que  las  tiene  compuestas 

De  la  antigüedad  de  la  gente  Española  diez  libros. 

Del  imperio  de  los  Romanos  en  España  y  ferocidad  de  los  Godos,  y 
crueldad  de  la  gente  mahomética  diez  libros. 

De  los  nombres  antiguos  de  las  provincias  y  rios  de  España  y  como 
se  perdió  la  memoria  dellos. 

Anuales  de  la  guerra  de  Granada. 

Costumbres  y  supersticiones  de  las  Islas  Canarias. 

De  los  lisongeros  y  falsos  títulos  y  epithetos. 

De  la  sufficiencia  que  han  de  tener  los  Capitanes  y  Embaxadores  &c. 
y  por  estar  cierto  que  ninguna  obra  destas  se  ha  visto,  ni  salido  a  luz, 
como  criado  tan  afficionado  a  la  grandeza  y  gloria  de  V.  Mag.  y  el  bien 
uniuersal  de  sus  reynos  y  señoríos  me  moui  a  dar  noticia  de  lo  susodi- 
cho a  V.  R.  M.  con  la  deuida  reuerencia  y  acatamiento  que  deuo,  y  es- 
pero que  V.  M.  conocerá  la  voluntad  y  animo  que  a  ello  me  mueue, 
zeloso  solo  del  seruicio  de  Dios  y  de  V.  S.  R.  M.  cuyos  pies  beso  humil- 
demente.—De  V.  M.— humilde  Capellán  y  criado.— Bartolomé  Valuer- 
de.>  (Archivo  del  Conde  de  Valencia  Don  Juan.) 

A  Felipe  II  debió  agradarle  la  idea  del  Dr.  Valverde,  como  le  agra- 
daban todas  las  buenas  y  grandes  empresas  en  gloria  de  la  Religión  y 
de  España,  y  dio  a  estudiar  la  carta  pidiendo  el  parecer  de  ella.  Se  con- 
serva parte  del  parecer  que  se  publica,  pero  no  sé  de  quién  es.  El 
P.  Eustasio  Esteban,  que  es  quien  le  copió  del  archivo  de  Zabalburu, 
dice  que  es  de  letra  del  que  era  obispo  de  Osma  el  año  1583.  Don  Al- 
fonso V.  Velázquez  fué  trasladado  de  Osma  a  Santiago  el  9  de  Marzo 
de  1583,  y  D.  Sebastián  I.  Férez  fué  presentado  para  obispo  de  Osma 
en  Eliciembre  de  1582. 

«a  lo  primero  que  trata  de  los  libros  antiguos  que  vio  en  guadalupe, 
no  dudo  sino  que  podría  auer  algunos  buenos  de  mano  puestos  al  rin- 
cón y  en  desuanes,  porque  es  assi  que  quando  pusieron  en  la  librería 
los  libros  mejores  que  aora  tiene,  sacaron  della  muchos  de  mano  y  los 
pusieron  en  unos  desuanes  como  saben  todos  los  frayles  antiguos,  y  en 
tanta  abundancia  suele  auer  algunos  muy  buenos.  Descendiendo  al 


REAL  BIBLIOTECA  DE  EL  ESCORIAL  349 

particular  el  libro  sobre  el  apocalypsi  si  es  de  buenos  autores  seria  muy 
prouechoso  publicarse,  y  asi  conuernia  primero  examinarse  por  hom- 
bres doctos  theologos. 

De  las  obras  del  tostado  ay  falta  porque  quando  se  truxeron  a  es- 
paña  de  venecia  se  perdieron  muchos  en  la  mar,  es  libro  de  mucho 
prouecho  y  que  se  despachara  poco  (?)  faltan  muchas  obras  por  impri- 
mir que  están  en  guadalupe  y  en  el  colegio  de  S.  Bartolomé  en  sa- 
lamanca donde  dizen  que  fue  colegial  y  después  maestrescuela,  mas  lo 
que  se  imprimiese  auia  de  ser  examinado  primero  lo  que  no  está  im- 
preso y  entero  como  él  lo  dexó,  porque  quitar  y  poner  no  es  Hcito  en 
obra  agena  sino  es  quitando  faltas,  y  sacar  de  un  autor  cosas  y  dexar 
otras,  es  del  estudio  particular  de  quien  le  lee,  y  no  de  quien  le  ympri- 
me  con  fidelidad. 

Los  libros  del  chronista  alonso  de  Falencia  son  de  muy  buenas  ma- 
terias y  si  las  obras  respondiesen  con  los  títulos  examinándolas  hom- 
bres doctos  serian  de  mucho  prouecho,  porque  destas  mismas  cosas 
después  acá  se  a  descubierto  mucho  y  bueno.  >  (Zabalburii.) 


Se  conservan  todavía  los  siguientes  códices  latinos  procedentes  del 
Monasterio  de  Nuestra  Señora  de  Guadalupe: 

Q,  IV.  23.  S.  Isidori  Hispalensis  de  ortu  et  obitu  Patrum,  de  ecclesias- 
ticis  officiis.  S.  Anselmi  Cantuariensis  epístola  de  sacramentis  Ecclesiae. 

f.  IV.  8.  S.  Isidori  Hispalensis  synonimorum  libri  II,  sententiarum 
libri  III.  S.  Bernardi  Claraevallensís  de  conscientia  aedifícanda  sive  de 
interiori  domo  tractatus.  S.  Augustini  sermones  dúo. 

/?.  //.  9.  S.  Isidori  Hispalensis  quaestiones  in  Vetus  Testamentum. 
Daretis  Phrygii  vastatio  Trojae. 

Aunque  no  tiene  procedencia  el  códice  &.  II.  5,  es  posible  que  sea 
al  que  se  refiere  el  Dr.  Valverde  en  su  carta  a  Felipe  II,  pues  contiene 
S.  Beati  de  Liebana  explanatio  in  Apocalypsim,  de  letra  minúscula  vi- 
sigótica. 

También  el  códice  f.  II.  11,  Alfonsi  de  Falencia  díctíonarium  Jatíno- 
hispanum,que  tiene  al  fin:Mentío  laboris  praeteriti  et  ulterioris  propositi. 

Del  Tostado  se  conservan  cinco  códices  castellanos. 

F.  Guillermo  Antolín. 

o.  S.  A. 


LA  COSTUMBRE  COI  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 


(conclusión) 

9. — Si  la  ley  podía  impedir  estos  efectos  derogatorios,  o  más  bien 
la  formación  de  una  costumbre  futura  en  contra,  fué  también  discutido 
por  los  antiguos  tratadistas.  Que  la  ley  tiene  eficacia  para  derogar  la  cos- 
tumbre anterior,  sólo  pudo  ser  discutido  por  los  que  exigían  la  necesi- 
dad de  ser  aceptada  la  ley  para  su  validez,  porque  en  caso  de  no  serlo, 
no  obligaba,  y  ningún  efecto  derogatorio  de  la  costumbre  podía  produ- 
cir. Así  lo  afirma  expresamente  Acevedo,  en  el  supuesto  de  no  ser  acep- 
tada la  ley  y  contando  con  el  consentimiento  ^tácito  del  legislador  (1). 

La  principal  dificultad  es  la  que  se  refiere  a  la  costumbre  futura  con- 
tra la  ley,  cuando  ésta  la  prohibe,  como  ocurría  con  frecuencia  en  el  de- 
recho antiguo  y  como  lo  practican  aún  muchas  leyes  modernas.  ¿Qué 
valor  puede  concederse  a  la  cláusula  derogatoria,  o  más  bien  prohibi- 
tiva, de  la  costumbre  futura  contra  la  ley?  ¿Podrá,  a  pesar  de  esto, 
formarse  una  costumbre  con  efectos  derogatorios  de  la  ley?  Considera- 
da la  cuestión  en  sus  términos  absolutos,  la  sentencia  negativa  fué  la 
seguida  por  la  generalidad  de  los  autores  (2),  fundada,  por  una  parte, 
en  la  necesidad  del  consentimiento  tácito  del  legislador  para  la  costum- 
bre, que  aquí  falta,  y  por  otra,  en  la  inutilidad  de  la  prohibición  legaU 
si  a  pesar  de  ella  y  contra  ella  pudiera  prevalecer  la  costumbre. 


(1)  «Est  tamen  advertendum  quod,  si  lex  regia  vel  alia  quae  similem  clau- 
sulam  consuetudinis  derogatoriam  haberet,  nunquam  fuit  receptam  per  popu- 
lum,  contra  eam  ante  et  a  principio  et  post  facientem,  sciente  ejus  conditore 
et  non  contradicente,  non  ligabit  talis.>  Commentariomm  juris  civilis  in  Hispa- 
niae  regias  constitationes,  lib.  11,  tít.  1,  in  leg.  III,  núm.  23. 

(2)  Entre  los  españoles,  quizás  el  que  más  decididamente  defendió  la  opi- 
nión opuesta  fué  Bartolomé  Medina,  Expositiones  in  1.  2.  Divi  Thomae,  1581  ^ 
quaest.  97,  articulo  III. 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      351 

No  obstante,  para  resolver  la  cuestión,  los  tratadistas  acuden  a  va- 
rias distinciones.  Ante  todo,  es  preciso  saber  si  la  ley  se  concreta  a  pro- 
hibir la  costumbre  en  contra,  o  la  prohibe  y  reprueba  como  irracional. 
En  el  primer  caso,  puede  introducirse  costumbre  contra  la  ley  y  llegar  a 
derogarla,  porque  la  simple  prohibición  de  la  costumbre  no  prueba  que 
sea  irracional,  sino  que  suele  hacerse  ad  cautelam  y  para  poner  un 
obstáculo  a  su  formación,  dirigiéndose  especialmente  al  juez  (1).  En  el 
segundo  caso,  esto  es,  cuando  la  ley  no  sólo  prohibe  toda  costumbre 
en  contra,  sino  que  la  reprueba  como  irracional,  nunca  puede  prevale- 
cer contra  la  ley,  fuera  del  caso  en  que,  por  cambiar  las  circunstancias, 
llegue  a  ser  racional  y  conveniente  lo  que  antes  no  era  (2). 

Castro-Palao  se  muestra  más  refractario  a  admitir  la  costumbre  con- 
tra ley  cuando  se  presenta  el  obstáculo  de  la  cláusula  derogatoria  (3); 
rechaza  por  improcedente  la  distinción  indicada  entre  la  simple  prohi- 
bición y  la  reprobación  de  costumbre,  y  no  juzga  explicación  satisfac- 
toria suponer  que  la  prohibición  de  la  ley  se  dirige  a  los  jueces,  sino 
que  lo  que  intenta  el  legislador  es  que  la  costumbre  no  prevalezca  con- 
tra la  ley  y  se  asegure  su  cumplimiento  (4).  Admite,  sin  embargo,  que 


(1)  «Nota...  consuetudinem  non  reprobatam  a  lege  posse  legem  vincere, 
licet  lex  praecipiat  consuetudinem  non  introduci.  Quod  enim  consuetudo  pro- 
hibeatur  non  indicat  consuetudinem  esse  irrationaiem,  sed  fieri  solet  ad  ma- 
jorem  cautelam  non  permittendi  usum  contrarium...  et  ministri  justitiae  te- 
neantur  eam  (consuetudinem)  non  permitiere,  nisi  ad  evitanda  majora  mala.» 
Salas,  ob.  cit,  disp.  XIX,  sect.  VII,  núm.  71.— Lo  mismo  Vázquez,  Commenta- 
riorum,  disp.  177,  cap.  VIII,  núms.  72-73;  Azpilcueta,  comment.  de  spoliis, 
§  XV,  núm.  8;  Gregorio  López,  etc. 

(2)  Con  algunas  variaciones  accidentales,  esta  es  la  opinión  sustentada  por 
Suárez,  ob.  cit.  lib.  VII,  cap.  XIX;  Salas,  lugar  cit.;  Covarruvias,  Vázquez  y 
Azpilcueta,  lugares  cit.;  Burgos  de  Paz,  Ad  leges  Tauri,  lex  1.%  núms.  464  y 
479;  Juan  Gutiérrez,  etc. 

(3)  «Consuetudo  vi  sua  non  habet  auctoritatem  derogandi  legi,  sed  ex  con- 
sensu  et  volúntate  legislatoris;  at  legislator  expresse  manif  estat  se  nolle  con- 
suetudinem huic  legi  praevalere,  ergo  nullo  modo  praevalet.»  Ob.  cit.  tract. 
III,  disp.  III,  punct.  IV,  §  II,  núm,  6. 

(4)  «Non  enim  existimo  esse  sufficientem  rationem  reprobandi  consuetudi- 
nem, ut  dixit  Suárez,  specialiter  advertere  judices  et  gubernatores  ne  per- 
mittant  usum  contrarium,  satis  enim  hoc  ipsa  lege  advertitur;  sed  credo  ideo 
reprobari  consuetudinem,  ut  vires  non  assumat  adversus  legem.  Intendit  enim 
legislator  legem  firmare  et  roborare  quoad  potest;  videt  autem  consuetudine 
contraria  posse  infirmar!  et  destruí,  cavet  sua  prohibitione  hanc  destructio- 
nem.»  Ibid.,  núm.  10. 


352  LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

las  cosas  se  muden  de  tal  manera,  o  se  den  casos  de  tal  naturaleza,  que 
hagan  razonable  la  presunción  del  consentimiento  contrario  del  legis- 
lador y  posible  la  formación  de  una  costumbre  contra  legem,  a  pesar 
de  la  cláusula  derogatoria  (1). 

II 

10. — Viniendo  más  concretamente  a  nuestro  asunto,  observemos  que 
las  doctrinas  expuestas  acerca  de  la  costumbre  en  general  eran  aplica- 
das por  los  antiguos  tratadistas  indistintamente  al  derecho  penal  y  al 
.civil,  pues,  como  dijimos  al  principio,  no  suelen  hacer  distinción  alguna 
entre  uno  y  otro  derecho  al  tratar  de  la  costumbre.  Era  ésta,  por  tanto, 
para  ellos  una  fuente  importante  del  derecho  penal,  un  medio  podero- 
so de  producir  nuevas  normas  jurídico-penales. 

Que  no  pensaron,  como  se  ha  pensado  y  se  ha  hecho  después,  en 
excluir  el  derecho  penal  de  la  costumbre  jurídica,  lo  prueban  estas  pa- 
labras de  Suárez:  «Puede  aquí  preguntarse  si  esta  ley  (la  ley  no  escrita) 
tiene  también  poder  para  obligar  a  la  pena,  o  lo  que  es  lo  mismo,  si 
puede  la  costumbre  producir  una  ley  penal.  Sobre  lo  cual,  brevemente 
se  ha  de  contestar  que  sí,  porque  la  razón  relativa  a  la  ley  en  absoluto 
procede  del  mismo  modo  respecto  de  la  ley  penal.  ¿Qué  repugnancia 
puede  señalarse  que  impida  a  la  costumbre  obligar  bajo  una  pena 
como  puede  obligar  bajo  culpa?  Precisamente  por  lo  mismo  que  obliga 
bajo  pena,  hace  reo  de  la  pena  al  transgresor  de  la  costumbre,  porque 
este  reato  se  sigue  de  la  culpa.  Luego  igualmente,  por  la  misma  cos- 
tumbre podrá  introducirse  la  determinación  de  la  pena,  esto  es,  que 
quien  violare  tal  costumbre  haya  de  sufrir  tal  pena;  y  entonces  será 
justa  la  pena  tasada  por  la  norma  consuetudinaria...  Creo  que  la  cos- 
tumbre puede  también  producir  una  norma  puramente  penal,  en  virtud 
de  la  cual,  quien  no  la  observa  pueda  ser  penado,  aunque  en  ello  no 
peque,  porque,  en  cuanto  a  esto,  también  existe  la  misma  razón  res- 
pecto de  la  costumbre  que  respecto  de  la  ley  escrita*  (2). 


(1)  «Si  enim  res  ita  mutentur,  ut  prudenter  possit  legislator  legi  velle  dero- 
gare, tune  consuetudo  adversus  legem  reprobantem  consuetudinem  praevale- 
re  potest,  quod  contingit  quando  est  aliqua  ratio  bonum  commune  attingens, 
quae  legislatorem  latuit  cum  legem  tulit,  ve!  quando  de  uno  se  offert  quam 
ipse  cogitare  non  potuit.»  Ibid. 

(2)  «Potest  autem  hic  inquirí  an  possit  haec  lex  etiam  obligare  ad  poenam, 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      353 

Esta  teoría,  como  veremos  luego,  se  confirma  con  una  multitud  de 
casos  que  en  el  derecho  penal  antiguo  y  la  práctica  judicial  se  regula- 
ban sólo  por  normas  consuetudinarias,  relativas  unas  veces  al  precepto 
impuesto  bajo  la  amenaza  de  una  pena,  y  otras  únicamente  a  la  deter- 
minación de  la  pena.  Sirva  de  ejemplo,  por  ahora,  la  pena  de  muerte 
impuesta  al  ladrón  que  hubiere  cometido  tres  o  más  veces  el  mismo 
delito,  pena  que,  según  los  autores,  fué  introducida  por  la  costum- 
bre (1). 

La  cuestión  propuesta  por  Suárez  fué  reproducida  y  resuelta  del 
mismo  modo  por  otros  autores  (2),  fundados  en  que  la  costumbre  es 
ley,  con  el  mismo  valor  y  los  mismos  efectos  que  la  ley,  y  en  que  no 
hay  derecho  que  no  pueda  revestir  la  forma  de  la  costumbre,  ni  ley 
que  no  pueda  ser  derogada  o  modificada  por  la  costumbre  (3). 

11. — Estas  últimas  palabras  del  príncipe  de  los  canonistas  españoles 
dan  por  resuelta  la  cuestión  bajo  su  aspecto  más  grave:  la  costumbre 
contra  las  leyes  penales  y  sus  consiguientes  efectos  derogatorios.  La 
creación  de  nuevas  normas  jurídico-penales  extra  legem  no  encontró 
entre  los  antiguos  juristas  grandes  dificultades;  pero  la  costumbre  con- 


seu  an  consuetudo  possit  inducere  legem  poenalem.  In  quo  breviter  dicendum 
est,  posse,quia  ratio  facta  de  lege  absoluta  procedit  etíam  in  lege  poenal¡.¿Quae 
enim  potest  assignari  repugnantia,  ut  non  possit  consuetudo  obligare  ad  poe- 
nam,  sicut  potest  ad  culpam?  Imo  eo  ipso  quod  obligatad  poenam,  facittrans- 
gressorem  consuetudinis  reum  poenae,  nam  hic  reatus  sequitur  ex  culpa.  Ergo 
pari  ratione  poterit  eadem  consuetudine  introduci  determinatio  poenae,  ut, 
scilicet,  qui  talem  consuetudinem  violaverit,  tali  poena  puniatur,  et  tune  justa 
erit  poena  quasi  per  legem  cosuetudinis  taxata...  Existimo  consuetudinem 
etiam  induci  posse  quasi  legem  puré  poenalem,  ratione  cujus  possit  aliquis  non 
observans  illam  in  aliquo  mulctari,  etiamsi  in  eo  non  peccet,  quia  quoad  hoc 
etiam  est  eadem  ratio  de  consuetudine  quae  de  lege  scripta.»  Ob.  cit.,  lib.  VII, 
capítulo  XVI,  núm.  3. 

(1)  Asi  lo  testifica,  entre  otros,  Pedro  de  Salazar:  «ut  fur  furca  suspenda- 
tur  qui  ter  fuerit  furatus;  dicuntque  esse  hoc  consuetudine  in  toto  regno  praes- 
criptum»,  De  usa  et  consuetudine,  cap,  V,  núm.  4. 

(2)  «Quae  enim  est  repugnantia  ut  consuetudo  introducatur  puniendi  írans- 
gressores  alicujus  legis  hac  vel  illa  poena  determinata?  Cum  enim  a  lege 
fíeri  possit,  cur  non  potesit  fieri  consuetudine,  quae  pro  lege  suscipitur?  ítem 
introduci  potest  consuetudo  ut  tali  poena  multetur  transgressor  alicujus  cons- 
titutionis,  etiamsi  constitutio  ad  culpam  mortalem  non  obliget.»  Castro- 
Palao,  lugar  últ.  cit. 

(3)  «Consuetudo  potest  tollere  et  modificare  omnem  legem  humanam.» 
Azpilcueta:  Commentarii  de  lege  poenali,  núm.  42. 

23 


354      LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

tra  ley  en  materia  penal  no  dejó  de  tener  impugnadores  El  mismo 
Suárez  afirma  que,  entre  las  excepciones  a  la  fuerza  derogatoria  de  la 
costumbre,  señalaban  algunos  la  ley  penal.  «Mas  esta  excepción — con- 
testa— carece  de  fundamento  en  el  derecho  y  es  contraria  a  la  razón, 
porque  también  la  costumbre  contra  tal  ley  puede  ser  racional,  sin 
duda  alguna,  e  indicar  suficientemente  la  voluntad  de  derogar  la  ley 
por  parte  del  legislador.  No  menos  puede  convenir  esto  al  bien  común 
respecto  de  la  ley  penal  que  de  cualquiera  otra,  cuando  no  se  conforma 
con  las  costumbres  del  pueblo  o  por  experiencia  consta  que  no  es  bene- 
ficiosa. >  (1). 

Conforme  con  Suárez  en  este  punto,  como  en  otros  muchos,  el  mo- 
ralista Castro-Palao  va  aún  más  allá,  y  afirma  que,  respecto  de  la  ley 
penal,  la  conveniencia  de  su  derogación  por  la  costumbre  puede  ser 
mayor  que  en  otras  leyes,  por  lo  mismo  que  aquélla  suele  ser  recibida 
con  más  repugnancia  por  el  pueblo  (2). 

Por  último,  Alfonso  de  Castro,  al  tratar  de  las  causas  por  las  cuales 
puede  o  debe  el  juez  modificar  la  pena  legal — asunto  tan  relacionado 
con  la  costumbre  en  materias  penales — ,  señala  entre  ellas  la  costum- 
bre que  no  sea  irracional  e  injusta.  «Y  ciertamente  —dice — ,  si  la  cos- 
tumbre no  es  mala,  la  razón  natural  dicta  que,  según  ella,  pueda  dismi- 
nuirse la  pena  legal.  Porque  si  en  otras  materias  puede  la  costumbre 
derogar  la  ley,  no  hay  razón  para  que  no  pueda  hacerlo  en  cuanto  a  la 
pena  por  la  ley  establecida.  >  (3). 

La  costumbre  puede  derogar  la  ley,  ya  de  un  modo  total  y  absoluto 


(1)  «Haec  tamen  exceptio  nullo  jure  fundatur,  et  est  contra  rationem...  quia 
etiam  consuetudo  contra  talem  legem  potest  esse  rationabilis,  ut  per  se  cons- 
tat,  et  potest  indicare  sufficienter  voluntatem  tacitam  legislatoris  abrogandi 
talem  legem.  Non  enim  minus  potest  hoc  expediré  ad  commune  bonum  in  lege 
poenali  quam  in  qualibet  alia,  quando  illa  non  est  conveniens  moribus  popu- 
1¡,  vel  experimento  constat  non  esse  illis  profícuam.»  Lib.  cit.,  cap.  XIX, 
núm.  1. 

(2)  «...  omnes  affírmant  consuetudinem  praevalere  posse  adversus  quamli- 
bet  legem  positivam,  quia  potest  esse  rationabilis  et  legitime  praescripta; 
imo  circa  legem  poenalem  potest  excogitari  major  convenientia,  eo  quod  po- 
pulus  effícatius  ejus  observationem  repugnare  potest.»  Lugar  cit.,  punct.  IV, 
§  II,  núm.  2. 

(3)  «Quarta  causa  esse  potest  consuetudo  quae  non  sit  mala...  Et  certe,  si 
consuetudo  non  est  mala,  ratio  naturalis  docet  ut  per  illam  possit  poena  legis 
minui.  Quia  si  consuetudo  potest  in  alus  derogare  legi,  consequens  est  ut 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      355 

(abrogatío),  ya  sólo  parcialmente  (derogatio),  cuando  el  precepto  o 
la  norma  contiene  elementos  divisibles  y  separables.  Para  la  aplica- 
ción del  principio  a  las  leyes  penales,  es  preciso  tener  en  cuenta  la 
clasificación  que  de  ellas  hizo  Alfonso  de  Castro,  y  siguieron  otros 
muchos  (1),  en  leyes  puramente  penales  y  leyes  mixtas.  Ley  pura- 
mente penal  es  la  que  carece  de  precepto  que  mande  o  prohiba  algo, 
y  se  concreta  a  amenazar  con  una  determinada  pena  al  que  hiciere  u 
omitiere  tal  cosa.  Ley  penal  mixta  es  la  que  contiene  un  mandato 
o  una  prohibición,  y  establece,  además,  una  pena  aplicable  a  los  trans- 
gresores  del  precepto  (2).  Si  la  ley  contiene  sólo  el  precepto,  mas  no  es- 
tablece pena  alguna,  es  ley  puramente  moral,  que  está  fuera  de  nues- 
tro objeto. 

Presupuestas  estas  nociones,  fácil  es  deducir  que  la  ley  puramente 
penal— si  realmente  existiera — no  admite  derogación  parcial  por  la 
costumbre,  porque  consta  sólo  de  un  elemento,  que  es  la  pena,  y  dero- 
gada ésta,  nada  queda  de  la  ley.  La  ley  mixta,  en  cambio,  como  consta 
de  dos  elementos  reparables,  el  precepto  y  la  pena,  admite  la  deroga- 
ción parcial,  ya  del  precepto,  convirtiéndose  así  en  ley  meramente  pe- 
nal, ya  de  la  pena,  quedando  reducida  en  este  caso  a  ley  puramente 
moral.  La  derogación  puede  verificarse  lo  mismo  por  la  costumbre  que 
por  cualquier  otra  causa  suficiente. 

12.— La  cuestión,  por  tanto,  comprende  dos  partes:  L^  ¿Puede  la 
costumbre  derogar  la  pena,  permaneciendo  el  precepto  y  la  obligación 
incluida  en  el  precepto?  2.^  ¿Puede  la  costumbre  derogar  el  precepto, 
dejando,  sin  embargo,  subsistente  la  pena?  Para  contestar  a  la  primera 


etiam  possit  derogare  in  poena  a  lege  statuta.»  De  potestafe  legis  poenalis, 
lib.  II,  cap.  XIII. 

(1)  La  clasificación  es  mucho  más  antigua,  pero  la  denominación  es  del 
insigne  teólogo  y  penalista  español.  Algunos  la  calificaron  de  pueril;  otros, 
como  Azpilcueta,  la  combatieron  por  carecer  de  fundamento;  la  mayor  parte 
de  los  tratadistas  la  siguieron  sin  discutirla. 

(2)  «Primo  igitur...  annotare  oportet  duplicem  esse  legem  poenalem:  quae- 
dam  est  lex  puré  poenalis,  et  alia  est  lex  poenalis  mixta...  Lex  puré  poenalis 
est  illa  quae  nihil  faceré  praecipit  aut  prohibet,  sed  tantum  imponit  poenam 
illi  qui,  aut  aliquid  fecerit  aut  faceré  omisserit.  Lex  poenalis  mixta  est  quae 
aliquid  fíeri  praecipit  aut  prohibet,  et  insuper  verbis  expressis  statuit  poenam 
contra  ejusdem  legis  transgressorem,  quocumque  modo  illa  statuatur.»  Alfonso 
de  Castro,  ob.  cit.,  lib.  I,  cap.  IX. 


356      LA  COSTUMBRE  COMO  PUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

pregunta,  debemos  recordar  la  antigua  distinción — propia  del  derecho 
canónico  más  que  del  derecho  penal  común — entre  la  pena  impuesta 
por  la  ley  ipso  fado  et  ante  sententiam  judicis,  y  la  que  exige  previa 
sentencia  judicial.  En  aquélla,  la  sentencia  está  ya  incluida  en  la  ley 
(latae  sententiae);  la  ley  se  dirige  al  reo,  y  éste  incurre  en  la  pena  pres- 
crita por  el  hecho  solo  del  delito.  En  ésta  (ferendae  sententiae),  la  ley 
se  dirige  al  juez,  encomendándole  la  imposición  de  la  pena  en  virtud  de 
una  sentencia,  y  el  reo  no  incurre  en  la  pena  ni  ésta  existe  mientras  no 
recaiga  sentencia  judicial. 

13. — En  el  primer  caso,  esto  es,  cuando  la  ley  impone  la  pena  ipso 
fado,  parece  que  faltan  los  términos  hábiles  para  que  pueda  formarse 
una  costumbre  derogatoria  de  dicha  pena.  Esta  fué  la  opinión  de  Alfon- 
so de  Castro,  fundada  en  que,  ante  esta  clase  de  leyes,  el  reo  incurre  en 
la  pena  sin  intervención  alguna  del  juez,  que  es  el  único  que  pudiera 
iniciar  una  costumbre  en  contra,  y  ningún  juez  puede  impedir  que  el 
reo  incurra  en  la  pena  establecida,  realizado  el  hecho  por  el  cual  se  im" 
pone.  Es,  por  tanto,  imposible  señalar  un  acto  como  punto  inicial  de  la 
costumbre  (1). 

Con  el  ejemplo  concreto  del  canon  que  imponía  la  pena  de  exco- 
munión ipso  fado  a  quien  pusiera  violentamente  sus  manos  sobre  un 
clériefo,  demuestra  el  autor  mecánicamente  (demasiado  mecánicamente 
en  este  caso),  la  imposibilidad  de  dar  principio  a  una  costumbre  que 
llegase  a  derogar  esta  ley,  no  pudiendo  impedir  jamás  la  negligencia  del 
juez,  porque  no  interviene,  que  quien  quebrantó  aquella  ley  incurra  en 
excomunión.  Y  lo  que  se  dice  del  primer  acto  contrario  a  la  ley  es  igual- 
mente aplicable  al  segundo  y  al  tercero,  mientras  la  ley  esté  en  vigor  (2). 


(1)  «NuUus  judex,  etiamti  supremus  sit,  ut  Papa  aut  Rex,  potest  reum  delin- 
quentem  contra  legem  poenalem,  centinentem  sententiam  latam,  eripere  a  poe- 
na  legis,  ne  incidat  in  eam...  Nam  omnis  hujusmodi  lex  obligat  in  conscientia 
sine  aliqua  judiéis  declaratione.  Et  inde  apertissime  sequitur,  ut  reus,  statim 
post  delictum  commissum,  incidat  in  poenam  ab  liujusmodi  lege  decretam, 
etiamti  nulla  adsit  judicis  sententia  quae  declaret  delictum  fuisse  commissum. 
Ex  quo  evidenter  convincitur  judicem,  in  hujusmodi  delictis,  non  posse  impedí- 
ren  ut  reus  incidat  in  talem  poenam...  Quod  autem  falsa  sit  Panormitani  sen- 
tencia (que  admitía  la  posibilidad  de  una  costumbre  derogatoria  de  estas  pe- 
nas), manifesté  probatur  per  hoc  quod  nulla  unquam  potest  incipere  contra  hu- 
jusmodi legem  consuetudo.»  Ob.  cit.,  lib.  II,  cap.  XII. 

(2)  «De  hac  ergo  lege  poenalí  quaerere  oportet  ab  ipso  Panormitano, 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      357 

Si  la  sentencia— continúa — fuese  encomendada  al  juez  y  no  dicta- 
da por  la  ley  misma,  podría  muy  bien  aquél,  con  su  disimulación,  evi- 
tar al  reo  la  pena;  pero  ocurriendo  lo  contrario,  esto  es,  que  la  ley  im- 
pone la  pena  y  no  el  juez,  la  disimulación  de  éste  no  puede  impedir 
que  el  reo  incurra  en  la  pena,  porque  antes  de  que  el  juez  pueda  disi- 
mular, ya  el  infractor  de  la  ley  ha  incurrido  en  la  pena  establecida  por 
ella.  Por  lo  cual,  evidentemente  consta  que  nunca  puede  empezar  una 
costumbre  contra  la  sentencia  de  tal  ley,  y  que  ésta  jamás  puede  ser 
derogada,  en  cuanto  a  la  pena,  por  la  costumbre  (1).  Decimos  en  cuan- 
to a  la  pena,  que  es  el  supuesto  a  que  nos  referimos,  porque,  constan- 
do estas  leyes  de  los  dos  elementos  ya  indicados,  el  precepto  y  la  pena, 
cabe  una  derogación  del  precepto,  si  es  puramente  humano,  por  la  cos- 
tumbre, y  como  consecuencia  la  derogación  de  la  pena.  Lo  que  Alfon- 
so de  Castro  defiende  es  la  imposibilidad  de  que  ésta  sea  derogada  por 
la  costumbre,  en  las  leyes  de  sentencia  lata,  quedando  subsistente  el 
precepto  penal  (2). 

14. — Esta  opinión  de  Castro  fué  combatida  por  los  más  notables 
morahstas  y  jurisconsultos  posteriores,  entre  ellos  el  Doctor  Navarro  y 
Francisco  Suárez.  Nos  concretaremos,  para  abreviar,  a  exponer  la  doc- 
trina de  este  último  acerca  de  los  efectos  derogatorios  de  la  costumbre 
en  materia  penal. 


quando  unquam  aut  quomodo  poterit  contra  illam  incipere  consuetudo,  cum 
nulla  judiéis  aut  praelati  negligentia  possit  impediré  quin  contra  illam  legem 
delinquens  statim  post  delictum  commissum  incidat  in  excommunicationem... 
Da  ergo  mihi  primum  qui  percusserit  clericum,  et  stante  illo  praedicto  canone 
in  suo  robore,  non  inciderit  eo  ipso  in  excommunicationem.»  Ibid. 

(1)  «Si  sententia  illius  canonis  esset,  non  lata  sed  a  judice  ferenda,  posset 
optime  judex  sua  dissimulatione  servare  delinquentem  ne  in  poenam  illius 
canonis  incidat.  At  cum  non  ferenda  sed  lata  sit  illius  canonis  sententia, 
aperte  convincitur  judiéis  dissimulationem  nihil  agere  ad  praeservandum  de- 
linquentem ne  incidat  in  illius  canonis  poenam,  quia  antequam  judex  dissimu- 
lare incipiat,  jam  is  qui  contra  canonem  illium  deliquit,  incidit  in  ejusdem  ca- 
nonis poenam.  Ex  quibus  ómnibus  evidenter  constat  nunquam  posse  incipere 
consuetudinem  contra  canonis  illius  sententiam,  et  inde  ulterius  deducitur  ca- 
nonem illium  per  nullan  posse  consuetudinem  derogari.»  Ibid. 

(2)  «Oportet  considerare  dúo  in  hujusmodi  legibus  paenalibus  quae  senten- 
tiam continent  latam:  primum  est  quod  lege  praecipitur;alterum  est  ipsa  excom- 
munieatio  aut  quaevis  alia  poena,  quae  contra  illius  praecepti  transgressorem 
statueretur.  Si  primum  est  sola  lege  humana  et  non  divina  praeceptum...,  per 
consuetudinem  poterit  hujusmodi  oblígatio  tolli.  Ablata  talis  praecepti  obliga- 


358      LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

En  cuanto  a  la  cuestión  de  que  venimos  tratando,  esto  es,  si  la  cos- 
tumbre puede  derogar  la  pena  sola,  dejando  subsistente  el  precepto 
penal  y  la  obligación  por  él  impuesta,  y  partiendo  también  de  la  distin- 
ción entre  la  pena  establecida  por  la  ley  ipso  fado,  y  la  encomendada 
a  la  sentencia  del  juez,  defiende  Suárez,  como  todos,  la  solución  afir- 
mativa respecto  de  esta  última,  porque  la  ley  de  esa  clase,  en  cuanto  a 
la  pena,  se  dirige  al  juez  y  a  él  le  obliga;  de  donde  se  sigue  que,  como 
pueden  derogarse  las  demás  leyes  por  la  costumbre,  lo  mismo  ésta  en 
cuanto  precepto  que  recae  sobre  el  juez  (1). 

Respecto  de  las  leyes  que  imponen  la  pena  ipso  fado,  defiende 
(contra  Alfonso  de  Castro)  la  misma  solución  afirmativa,  porque  toda 
ley  puede  ser  derogada  sin  ser  abrogada,  y  puede  serlo  lo  mismo  por 
la  costumbre  que  por  cualquiera  otra  causa.  «Cualquiera  que  sea  la  ra- 
zón de  la  divisibilidad  de  una  ley,  puede  derogarse  en  una  parte  y  no 
en  otra;  y  como  la  pena  legal  es  separable  de  la  culpa,  sigúese  que  la 
costumbre  puede  derogar  la  ley  en  cuanto  a  la  imposición  de  la  pena, 
dejando  subsistente  la  obligación  ad  culpam,  porque  tal  pena  no  es  por 
sí  aneja  a  la  culpa»  (2).  Un  ejemplo  tenemos  en  el  soberano  legislador, 
obligado  al  precepto  penal  y  no  a  la  pena. 

«Aunque  es  cierto— añade— que,  mientras  no  transcurra  el  tiempo 
necesario  para  la  prescripción  de  la  costumbre  y  ésta,  por  tanto,  no 
haya  prevalecido  contra  la  pena  legal,  en  ella  se  incurre  por  transgre- 
sión de  la  ley,  puede  suceder,  sin  embargo,  que,  aunque  se  incurra  en 
la  pena,  nunca  se  observe,  y  que  en  este  desuso  se  persevere  el  tiempo 
necesario  para  la  prescripción  o  para  deducir  la  voluntad  del  legislador, 


tione,  eo  ipso  tollitur  obligatio  poenae  quae  fuerat  contra  transgressorem 
praecepti  statuta.  Talis  igitur  obligatio  poenae  non  tollitur  per  consuetudinem 
quae  sit  contra  solam  poenam,  sed  per  consuetudinem  contra  id  propter  quod 
fuit  poena  statuta,  et  ex  quo  poena  pendebat.»  Ibid. 

(1)  «Ratio  vero  specialis  est,  quia  talis  lex,  quoad  illam  partem,  judicem 
instruit  et  illum  obligat;  unde  sicut  aliae  leges  derogari  possunt,  ita  etiam  haec, 
ut  est  praeceptum  cadens  in  judicem.»  Ob  cit.,  lib.  VII,  cap.  XIX,  núm.  2.  Y 
más  adelante  agrega:  «Quando  poena  est  imponenda  per  judicem,  potest  con- 
suetudo  aliquam  excusationem  inducere,  saltem  quoad  diminutionem  poenae, 
quia  illam  potest  faceré  judex.»  Ibid,  núm.  5. 

(2)  «Quacumque  ratione  lex  divisibilis  sit,  poterit  in  una  parte  derogari  et 
non  inalia.  Est  autem  separabilis  poena  legis  a  culpa;  ergo  potest  consuetudo 
derogare  legi  quoad  impositionem  poenae,  relicta  obligatione  ad  culpam,  quia 
talis  poena  non  est  per  se  annexa  culpae.»  Ibid,  núm.  3. 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      359 

que  conoce  y  tolera  la  inobservancia  o  inejecución  de  la  pena;  y  esto  es 
suficiente  para  la  derogación  de  la  misma,  aunque  no  se  haya  formado 
costumbre  contra  la  observancia  de  la  ley»  (1). 

Alega  el  autor  otras  varias  razones  para  demostrar  la  posibilidad  de 
una  costumbre  derogatoria  de  la  pena  sin  derogar  la  obligación  del 
precepto  penal,  aun  tratándose  de  una  costumbre  que  no  sea  racional 
y  justa.  Respecto  a  este  punto,  distingue  entre  la  costumbre  irracional 
de  la  comunidad  a  quien  se  dirige  la  ley  y  la  observada  por  una  o  más 
personas  particulares  contra  la  misma  ley.  Esta  última  costumbre  pri- 
vada no  excusa  de  la  pena,  sino  más  bien  la  agrava,  así  por  suponer 
la  costumbre  de  delinquir  mayor  culpa,  como  por  ser  una  conducta  más 
antisocial  y  contraria  al  bien  común.  En  cambio,  la  costumbre  obser- 
vada por  la  comunidad  puede  ser  causa  de  excusa  o  disminución  de  la 
pena,  y  esto  de  dos  modos:  unas  veces  por  derogación  de  la  ley  en 
cuanto  al  elemento  penal,  y  otras  por  razón  de  las  circunstancias  del 
acto,  ya  que  de  la  misma  frecuencia  de  las  transgresiones  y  de  la  mul- 
titud de  los  transgresores  de  la  ley,  puede  resultar  la  conveniencia  de 
atenuar  o  remitir  la  pena,  aunque  la  ley  en  sí  no  esté  derogada.  Por 
otra  parte,  cabe  que  la  costumbre  sea  irracional  en  cuanto  a  la  trans- 
gresión del  precepto,  mas  no  en  cuanto  a  la  inejecución  de  la  pena, 
como  si,  a  pesar  de  la  malicia  de  la  transgresión,  la  pena  parece  dema- 
siado dura,  o  está  fuera  de  los  usos  patrios,  o  es  ocasión  de  pecados 
más  graves,  etc.  (2). 


(1)  «Quando  consuetudo  non  est  praescripta  seu  non  praevaluerit  contra 
poenam,  verum  est  illam  incurrí  per  transgressionem  legis;  nihilominus  ta- 
men,  accidere  potest  ut,  licet  poena  incurratur,  nunquam  servetur,  et  quod  in 
ea  dessuetudine  perseveretur  toto  tempore  necessario  ad  praescriptionem  vel 
ad  indicandam  voluntatem  principis  scientis  et  tollerantis  íliam  non  observa- 
tionem  seu  non  executionem  poenae,  et  id  satis  est  ad  abrogationem  poenae, 
quamvis  contra  observationem  legis  non  sit  inducta  consuetudo.»  Ibid.,  núm.  4. 

(2)  «Circa  hanc  doctrinam  adverto  aliud  esse  loqui  de  consuetudine  irratio. 
nabili  communitatis,  aliud  de  privata  consuetudine  peccandi  unius  personae- 
Haec  enim  posterior  consuetudo  de  se  non  excusat  poenam  etiam  in  foro  hu- 
mano, sed  potius  aggravat,  quia  aggravat  culpam  et  est  modus  peccandi  magis 
contrarius  communi  bono...  Circa  (primam  consuetudinem)  dúo  praeterea  ani- 
madverti  possunt:  unum  est,  duobus  modis  posse  intelligi  talem  consuetudi- 
nem excusare  vel  minuere  poenam.  Uno  modo  per  abrogationem  legis  vel 
aliquam  derogationem,  saltem  quoad  eam  partem  qua  poenam  imponit;  alio 
modo  per  modum  circunstantiae  actus,  eo  quod  ex  multitudine  et  frequentia 


360  LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

Cuando  la  pena  no  es  impuesta  por  la  ley  ipso  fado,  sino  que  ha 
de  ser  infligida  por  el  juez,  cabe  admitir  una  costumbre  que  excuse  más 
o  menos  la  pena,  aunque  sea  irracional  en  cuanto  a  los  dos  elementos 
de  la  ley.  Y  esto  por  dos  razones:  la  primera  por  parte  de  los  mismos 
delincuentes,  ya  porque  de  la  pública  costumbre  de  cometer  un  delito, 
especialmente  si  aquélla  es  tolerada,  resulta  alguna  ignorancia  que 
hace  menos  grave  el  delito,  o  por  lo  menos  alguna  inadvertencia  acer- 
ca de  su  deformidad,  que  disminuye  la  culpa  y,  por  tanto,  el  resto  de  la 
pena,  ya  también  porque  el  ejemplo  de  muchos  es  una  tentación  y  un 
estímulo  que  produce  el  mismo  efecto.  La  segunda  razón  por  parte  de 
la  sociedad,  ya  que  de  la  misma  multitud  de  los  delincuentes  suele  sur- 
gir la  ocasión  de  no  ejecutarse  la  pena,  porque  no  puede  ser  fácilmente 
castigada  toda  la  multitud  sin  escándalo  o  grave  perturbación  y  daño 
general,  ni  tampoco  conviene  penar  a  unos  y  no  a  otros,  porque  en- 
gendraría también  escándalo  esta  aceptación  de  personas.  Y  si  por  ra- 
zones especiales  pudiera  hacerse  esto,  siempre  tendríamos  la  citada 
excusa  a  favor  de  !a  mayoría  de  los  delincuentes  que  constituyen  la 
comunidad  (1). 


peccantium  contra  legem,  resultet  aliqua  ratio  conveniens  ob  quam  poena  mi- 
nuatur  vel  remittatur,  etiamsi  lex  in  se  non  sit  abrógala...  Alio  modo  potest 
esse  consuetudo  irrationabiüs  quoad  legis  transgressionem,  non  vero  quoad 
non  executionem  poenae,  ut  si,  non  obstante  malitia  transgressionis,  poena 
videatur  nimis  acerba,  aut  praeter  mores  patriae,  aut  esse  occasio  graviorum 
peccatorum,  vel  quid  simile.»  Ibid.,  núm.  6. 

(1)  «Addo,  etiamsi  consuetudo  sit  omnino  irrationabiüs  quoad  utramque 
partem,  posse  aliquam  excusationem  afferre  per  modum  circumstantiae,  quan- 
do  lex  non  imponit  poenam  ipso  facto...  Et  declaratur  primo  ex  parte  singulo- 
rum  peccantium,  tum  quia  ex  publica  consuetudine  alicujusdelicti,  etpraeser- 
tim  tolerata,  ordinarie  resultat  aliqua  ignorantia  qua  tale  delictum  minus 
grave  existimatur,  vel  saltem  inadvertentia  circa  deformitatem  ejus,  ex  qua  ali- 
quo  modo  minuatur  delictum,  et  consequenter  reatus  poenae,  tum  etiam  quia 
exemplum  multorum  est  quasi  vehemens  tentatio  inducens  per  modum  cu- 
jusdam  vehementis  objecti  et  passionis,  quae  solet  etiam  aliquo  modo  excu- 
sare... Secundo,  ex  parte  reipublicae,  solet  ex  multitudine  peccantium  insur- 
gere  occasio  non  exequendi  poenam,  quia  non  potest  tota  multitudo  facile 
puniri  sine  scandalo  vel  magna  perturbatione  aut  majori  detrimento  reipubli- 
cae, ñeque  etiam  expedit  quosdam  puniré  et  non  alios,  quia  etiam  generaret 
scandalum  propter  acceptionem  personarum.  Vel  si  quando  id  fieri  potest  in 
aliquibus,  propter  specialem  rationem,  illi  solent  esse  pauci,  et  excusatio  in 
communitate  populi  locum  habet.»  Ibid.,  núm.  8. 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      361 

En  confirmación  de  esta  doctrina,  que  fué  la  sustentada  por  la  ge- 
neralidad de  los  tratadistas  (1),  citan  los  autores  numerosos  casos,  así 
del  derecho  canónico  como  del  penal  común,  en  que  la  costumbre 
había  derogado  o  modificado  la  pena,  subsistiendo,  sin  embargo,  el 
precepto  obligatorio.  Uno  de  ellos  es  la  usura,  castigada  por  las  anti- 
guas legislaciones  como  delito.  Martín  de  Azpilcueta,  con  otros  muchos, 
sostiene  que  la  costumbre  de  no  aplicar  la  pena  legal  por  este  delito 
podía  eximir  de  dicha  pena  a  los  nuevos  infractores,  sin  dejar  por  eso 
de  existir  el  precepto,  con  la  obligación  de  conciencia  en  él  contenido 
y  la  obligación  moral  y  jurídica  de  restituir  lo  adquirido  ilegítimamen- 
te por  esta  causa.  Porque  el  precepto  es  de  orden  divino  y  de  justicia 
natural,  y  ninguna  costumbre  puede  prevalecer  contra  tales  preceptos, 
mientras  la  pena  es  de  derecho  humano  y  puede,  por  tanto,  ser  deroga- 
da por  la  costumbre  (2). 

Fué  opinión  muy  común,  fundada  en  algunos  textos  del  derecho  y 
en  las  doctrinas  de  los  glosadores,  que  la  costumbre  en  materias  pena- 
les, por  iniqua  que  sea,  excusa  de  la  pena  temporal.  Luis  de  Peguera 
combatió  esta  doctrina,  o  más  bien  la  redujo  a  sus  verdaderos  límites, 
afirmando  que  esto  no  puede  entenderse  de  la  costumbre  contra  un  pre- 
cepto natural,  sino  solamente  de  aquella  que  va  contra  disposiciones 
de  las  leyes  humanas  (3). 


(1)  Véanse,  por  ejemplo,  Azp'úcueia.,  Commenf.  III  de  r^gularibus,  núm.  55, 
y  Manuale  confessariorum,  cap.  XXVII,  núm.  106;  Salas,  ob.  cit.,  disp.  XIX; 
sect.  IX;  Castro-Palao,  ob.  cit.,  tract.  III,  disp.  III,  punct.  IV,  etc. 

(2)  «Consuetudo  non  potest  praejudicare  legi  divinae...  Nec  obstat  dictum 
solemne  Bartholi,  cum  allegatis  ab  ejus  additione,  quia  Barthulus  noluit  dice- 
re  quod  consuetudo  liberet  a  peccato  usurae,  sed  quod  qui  secundum  éam 
contrahit,  non  est  censendus  usurarius  in  foro  exteriori,  ad  hoc  ut  poena  usu- 
rariorum  puniatur,  eo  quod  consuetudo  excusat  a  poena  temporali...  Imo 
nec  videtur  excusare  a  restitutione  per  talem  contractum  quaesiti,  quia  resti- 
tutio  non  est  poena. >  Consiliorum  et  responso rum,  ed.  de  1616,  lib.  V,  de  usu- 
ris,  cons.  XXVI,  núm.  2. 

(3)  «Jure  cautum  est  consuetudinem,  quantumvis  pravam  et  iniquam,  excu- 
sare a  poena  temporali...  In  contrarium  tamen  est  rei  veritas,  nec  meretur  no- 
men  consuetudinis,  sed  potius  corruptelae;  quae  corruptela  nullatenus  excusat 
a  poena  temporali...  Et  licet  per  supra  allegatas  glosas  dicatur  consuetudinem 
pravam  et  iniquam  excusare  a  poena  temporali,  illud  quidem  intelligendum  et 
restringendum  est  quando  ageretur  de  eo  quod  propter  legis  humanae  disposi- 
tionem  est  prohibitum...;  non  tamen  dicta  glosarum  sententia  admittenda  est 
quando  ignorantia  pravae  consuetudinis  esset  prava  et  supina,  ut,  puta,  con- 


362      LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

En  la  mayor  parte  de  los  casos  de  derogación  parcial  por  la  costum- 
bre, ésta  se  concreta  a  la  atenuación  de  la  pena  legal  o  a  sustituir  la 
señalada  por  la  ley  con  otra  menos  dura,  a  no  ser  cuando  la  ley,  como 
en  otra  parte  hemos  dicho,  no  obtenía  la  aceptación  del  pueblo,  ya  en 
su  integridad,  ya  por  lo  menos  en  cuanto  a  la  pena.  Respecto  de  nues- 
tras leyes  patrias,  dice  Alfonso  de  Acevedo  que  la  costumbre  a  ellas 
contraria  no  excusaba  totalmente  de  la  pena,  a  no  demostrarse  que 
nunca  habían  sido  aceptadas,  a  ciencia  y  paciencia  de  su  autor,  o  por 
lo  menos  de  los  magistrados  y  jueces  del  lugar  de  dicha  costumbre  (1). 

El  mismo  autor  recuerda,  entre  las  penas  modificadas  o  abolidas 
por  la  costumbre,  la  antigua  de  las  setenas  (2),  conmutada  posterior- 
mente por  la  de  galeras.  La  costumbre  suavizó  también  la  penalidad 
de  muchos  delitos,  como  el  lenocinio  y  la  brujería,  castigados  antigua- 
mente con  la  pena  capital,  y  conmutada  después  con  una  pena  infa- 
mante (3);  la  acusación  no  probada  y  el  falso  testimonio;  castigados,  se- 
gún las  leyes  antiguas,  con  la  pena  del  tallón,  que  cayó  en  desuso  (4),  y 
otros  muchos  delitos  y  penas  legales  que,  por  diversas  causas,  vinieron 
a  ser  materia  del  arbitrio  judicial  y,  por  consecuencia,  de  la  costumbre. 


tra  jus  naturale,  nam  ex  usu  quo  committitur  delictum  contra  naturam  non 
inducitur  aiiqua  consuetudo.»  Líber  quaestionum  criminaltum,  ed.  de  1585,  ca- 
pítulo XXXIV,  núms.  1-6. 

(1)  «Consuetudo  contra  legem  regiam  non  excusabit  a  poena  in  totum,  nisi 
probetur  legem  iilam  nunquam  fuisse  receptam,  sed  explosam  potius  et  non 
admissa,  publice  sciente  et  non  contradicente  conditore  ejus.  Imo  et  tune  sa- 
tis est  si  vel  magistratuum  vel  praetorum  ejus  loci  scientia  et  patientia  adsit.» 
Obra  cit.,  lib.  II,  tít.  I,  in  leg.  III,  núm.  23. 

(2)  Refiriéndose  a  la  ley  9.%  tít.  XI,  lib.  VIII  de  la  Nueva  Recopilación,  dice: 
«Ex  iis  verbis  coUigitur  manifesté  septenarum  poenam,  jam  olim  de  Hispaniae 
consuetudine  obtentam,  et  solitam  poni  pro  primo  furto,  ab  usu  recessisse, 
prout  videmus  consuetum.»  Ad.  leg.  cit.  núm.  1. 

(3)  «Cum  aliquanto  videatur  ea  sententia  severior,  consuetudine  introduc- 
tum  est  ut  lenones  non  punlantur  poena  mortis,  sed  tantummodo  flagellantur, 
cum  mitra  vel  alia  punitione  arbitraria,  juxta  varietatem  regionum  et  civita- 
tum.  De  qua  consuetudine  attestatur  Nunius,  (De  los  corregidores,  fol.  204).  Y 
lo  mismo  Antonio  Gómez,  Peguera  y  otros.  «Consuetudo  potens  est  ut  poena 
jure  statuta  pro  crimine  commisso  per  judicem  minoretur...  ita  practicar!  in 
lamiis  et  intercessoribus  lenonibus  seu  alcahuetis,  nam  de  consuetudine  univer- 
sali  flagellantur,  mitra  imposita,  seu  vocabulo  coroza,  cum  furca  deberent  sus- 
pendí.» Pedro  deSalazar,  ob.  cit.,  cap.  II. 

(4)  Véase  Covarruvias,  variarum  ex  jure  pontificio  regio  et  caesareo  resolu- 
tionum,  libro  II,  cap.  IX,  núm.  1. 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL  363 

Por  último,  la  costumbre  introdujo— contra  algunas  leyes  que  adop- 
taron el  sistema  opuesto — que  la  tentativa  y  la  frustración  del  delito  se 
penasen  menos  que  su  consumación  (1),  exceptuando  de  la  regla  algu- 
nos crímenes  atroces,  ya  por  razón  del  daño  social,  ya  por  suponer  una 
gran  perversión  moral  en  su  autor  (2). 

15.  Así  de  los  casos  citados  como  de  la  doctrina  expuesta  y  común- 
mente seguida,  dedúcese  que,  en  las  leyes  penales  llamadas  mixtas,  la 
costumbre  podía  derogar  la  pena,  permaneciendo  la  fuerza  obligatoria 
del  precepto.  ¿Podía  darse  también  el  caso  inverso,  esto  es,  una  costum- 
bre derogatoria  del  precepto  penal,  subsistiendo,  sin  embargo,  la  pena? 
Así  parece  deducirse  del  principio  general  antes  sentado,  de  que  toda 
ley  compuesta  de  elementos  divisibles  y  separables  puede  ser  derogada 
por  la  costumbre  o  el  no  uso  en  cuanto  a  uno  de  sus  elementos,  sub- 
sistiendo los  demás  (3),  y  también  de  la  doctrina  de  los  que  defendie- 
ron la  existencia  de  leyes  puramente  penales,  que,  por  tanto,  no  con- 
tienen un  precepto  obligatorio  en  conciencia,  sino  solamente  la  obliga- 
ción de  sufrir  la  pena,  realizada  la  hipótesis  de  la  ley  penal  (4).  Pero 
esto  se  relaciona  con  otra  cuestión,  la  de  la  eficacia  obligatoria  de  la  ley 
penal,  de  que  trataremos.  Dios  mediante,  en  otra  ocasión. 


(1)  <...  quia  licet  de  jure  conatus  sive  attentatum  ad  delictum  committen- 
dum  debeat  puniri,  etiam  si  non  sit  secutus  effectus,  eadem  poena  qua  effectus 
puniretur...  tamen  de  generali  consuetudine  non  punitur  affectus  ñeque  cona- 
tus sive  attentatum,  nisi  sequatur  effectus.»  Luis  de  Peguera,  ob.  cit.,  cap.  XVI, 
números  12-13. 

(2)  Entre  ellos  exceptúa  Covarruvias  la  tentativa  de  asesinato  por  medio 
del  veneno,  contra  la  opinión  de  Baldo,  que,  fundándose  en  la  regla  general 
establecida  por  la  costumbre,  de  la  atenuación  de  la  pena,  la  aplica  también  a 
este  caso:  «Sed  quia  communi  totius  orbis  consuetudine  derogatum  est  legibus 
conatum  absque  vero  effectu  punientibus,  contrariam  sententiam,  imo  quod 
poena  extraordinaria  puniendus  sit  qui  venenum  causa  mortis  alteri  propina- 
verit,  si  vel  medicamentis  vel  alia  via  mors  sequuta  non  fuerit,  tenent  Bal- 
dus»,  etc.  In  Clementinam  Si  furiosas.— De  homicidio,  núm.  11. 

(3)  Martín  de  Azpilcueta,  refiriéndose  a  la  ley  no  aceptada,  alegó  el  princi- 
pio indicado  para  deducir  la  posibilidad  de  la  derogación  parcial  de  la  ley, 
por  el  no  uso,  ya  en  cuanto  al  precepto,  ya  en  cuanto  a  la  pena.  «Sicut  lex  in 
nihilo  recepta  ad  nihilum  obligat...  ita  lex,  in  una  sola  parte  recepta,  quoad 
illam  solum  obligat;  quo  fít  ut  aliquot  leges  obligent  quoad  suam  dispositio- 
nem  principalem  et  non  quoad  poenam,  quia  quoad  illam  sunt  receptae  et  non 
quoad  hanc;  et  aliquot  quoad  unam  partem  poenae  et  non  quoad  aliam.»  Ma- 
nuale  confessariorum,  cap.  XXIII,  núm.  62. 

(4)  En  esta  razón  se  funda  Castro-Palao  para  contestar  afirmativamente  a 


364  LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

Juan  de  Salas  propone  en  sus  debidos  términos  la  cuestión,  y,  en 
conformidad  con  el  Doctor  Navarro,  la  resuelve  afirmativamente,  fun- 
dado en  las  razones  apuntadas.  Porque  si  no  repugna— dice— la  exis- 
tencia de  una  ley  que  obligue  sólo  ad  poenam  y  no  ad  culpam,  tam- 
poco se  ve  la  imposibilidad  de  que  el  mismo  efecto  se  produzca  por  la 
costumbre,  pues  si  ésta  puede  derogar  la  ley  totalmente,  mejor  podrá 
hacerlo  respecto  de  una  de  sus  partes  (1). 

Algunos  dieron  distinta  solución  al  problema,  según  que  se  tratase 
de  leyes  penales  latae  sententiae  o  de  leyes  ferendae  sententiae.  Suá- 
rez  rechaza  esta  distinción,  porque  la  misma  dificultad  existe  respecto 
de  unas  que  de  otras  leyes  para  explicar  la  subsistencia  de  la  pena  una 
vez  derogada  por  la  costumbre  la  obligación  nacida  del  precepto  y, 
por  tanto,  la  culpa  por  la  violación  de  dicho  precepto.  «Cesando  la  cau- 
sa adecuada— dice— cesa  el  efecto;  luego,  si  en  virtud  de  la  costumbre 
cesa  la  culpa,  necesariamente  cesa  la  pena,  sea  impuesta  ipso  fado,  o 
haya  de  ser  dictada  por  sentencia,  porque  la  culpa  es  la  causa  adecua- 
da de  la  pena.  De  donde  se  sigue  que  la  costumbre  introducida  en  con- 
tra sería  irracional  (2). 

«Sin  embargo — añade — ,  afirmo  que  puede  ocurrir  que  la  costum- 
bre derogue  la  ley  en  cuanto  a  la  obligación  ad  culpam,  subsistiendo 
la  deuda  de  la  pena,  cuando  ésta  no  supone  por  necesidad  intrínseca 
la  culpa...  La  razón  es,  porque  la  ley  puede  ser  derogada  sin  ser  abro- 
gada, y  es  derogable,  por  tanto,  en  cualquiera  de  sus  partes  separables, 
quedando  las  demás  en  vigor...  Luego  la  ley  penal  mixta  puede  ser  de- 
rogada en  cuanto  a  la  obligación  directa  y  absoluta,  y  quedar  reducida 

la  cuestión:  «Ratio  est,  quia  dari  possunt  leges  puré  poenales,  quae  solum  ad 
poenam  obligent,  non  ad  culpam  propriam.»  Ob.  cit.,  tract.  III,  disp.  III,  punct. 
IV,  §  II,  núm.  4. 

(1)  «An  fieri  consuetudine  possit  ut  lex  quae  obligat  ad  culpam  et  ad  poe- 
nam, solum  obliget  ad  poenam?  Respondeo  posse...  quía  non  repugnat  legem  a 
principio  ferri  sub  illo  onere  sine  obligatione  ad  culpam;  ergo  et  nec  per  con- 
suetudinem  reduci  ad  talem  statum,  quia  sicut  consuetudo  potest  abrogare 
legem  in  totum,  ita  in  parte,  seu  derogare».  Ob.  cit.,  disp.  XIX,  sect.  IX, 
núm.  77. 

(2)  «Absolute  ergo  de  utroque  lege  dubitari  potest...  quia  cessante  causa 
adaequata,  cessat  effectus;  ergo  si  propter  consuetudinem  cessat  culpa,  neces- 
sario  cessat  poena,  sive  lata  sive  imponencia,  quia  culpa  est  causa  adaequata 
poenae.  Unde  consuetudo  aliter  introducta  irrationabilisest».  Ob.  cit.,  lib.  VII, 
cap.  XIX,  núm.  11. 


LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL      365 

a  ley  puramente  penal.  Y  esto  por  sí  no  es  injusto,  porque,  aunque  la 
pena  en  su  acepción  estricta  se  refiere  a  la  culpa,  en  un  sentido  más 
amplio,  en  cuanto  es  carga  o  pena  civil,  o  humana,  basta  que  exista 
causa  o  culpa  cuasi-civil.  Y  tampoco  es  irracional  tal  costumbre,  pues- 
to que  puede  haber  una  congrua  razón  para  mitigar  la  obligación  le- 
gal>  (1). 

Para  comprender  los  anteriores  razonamientos  y  la  cuestión  misma 
de  que  se  trata,  es  preciso  tener  en  cuenta  que  nuestros  autores  se  refie- 
ren al  aspecto  moral  del  problema  más  bien  que  al  jurídico,  o  sea  a  la 
obligación  de  conciencia  y  bajo  culpa  moral  de  cumplir  el  precepto 
impuesto  bajo  la  amenaza  de  una  pena.  Por  tanto,  preguntar  si  la  cos- 
tumbre puede  derogar  el  precepto  penal  sin  derogar  a  la  vez  la  pena, 
es  plantear  mal  la  cuestión,  y  la  pregunta  sola  encierra  un  absurdo 
evidente.  La  pena  presupone  un  delito  o  una  contravención,  y  ni  el  uno 
ni  la  otra  son  posibles  sin  un  precepto  penal  que  sea  violado  o  infrin- 
gido; derogado,  por  consiguiente,  el  precepto,  fundamento  y  causa  de  la 
pena,  ésta  desaparece  por  necesidad. 

La  cuestión,  pues,  tal  como  de  ella  trataron  los  moralistas  y  en  el 
único  aspecto  en  que  puede  considerarse  para  que  tenga  sentido,  debe 
plantearse  así:  Si  una  ley  impone  en  su  origen  la  obligación  de  con- 
ciencia y  bajo  pecado  de  hacer  lo  que  manda  o  no  hacer  lo  que  prohi- 
be, bajo  la  amenaza  de  una  pena,  ¿puede  la  costumbre  hacer  que  des- 
aparezca tal  obligación  de  conciencia,  de  tal  manera  que  sin  culpa  mo- 
ral o  pecado  pueda  no  cumplirse  el  precepto,  quedando,  sin  embargo, 
subsistente  la  obligación  de  cumplir  la  pena  legalmente  impuesta  en 
caso  de  infracción? 

Debe  tenerse  en  cuenta,  en  segundo  lugar,  que  la  cuestión  no  puede 


(1)  «Nihilominus,  dico  fieri  posse  ut  consuetudo  deroget  legi  quoad  oblíga- 
tionem  ad  culpam,  relicto  debito  poenae,  quando  poena  intrinsece  non  suppo- 
nit  culpam...  Ratío  vero  est,  quia  lex  potest  derogari,  licet  non  abrogetur,  et 
ita  potest  derogari  in  quacumque  parte  separabili  ab  alia,  relicta  altera  in  sua 
vi...  Ergo  potest  lex  mixta  derogari  in  obligatione  directa  et  absoluta,  etrelin- 
qui  in  ratione  legis  puré  poenalis.  Ñeque  hoc  est  per  se  injustum,  quia  licet  poe- 
na, stricto  modo  sumpta,  referatur  ad  culpam,  tamen  late,  ut  est  onus  vel  poena 
civilis  seu  humana,  satis  est  ut  habeat  causam  et  quasi'civilem  culpam.  Nec 
etiam  est  irrationabilis  talis  consuetudo,  quia  potest  habere  congruam  ratio- 
nem  ita  mitigandi  obligationem.»  Ibid.,  núm.  11. 


366  LA  COSTUMBRE  COMO  FUENTE  DEL  DERECHO  PENAL 

referirse  a  los  delitos  naturales  (prohibita  quia  mala),  porque  son  in- 
fracciones de  preceptos  naturales  contra  los  cuales  no  puede  prevalecer 
costumbre  alguna,  sino  únicamente  a  los  delitos  o  contravenciones  de 
creación  legal  o  meramente  humanos  (mala  quia  prohibita),  como  los 
penados  por  leyes  fiscales  o  de  orden  administrativo  o  de  policía.  Asi 
lo  entiende  el  mismo  Suárez,  al  decir  que  «quizás  muchas  leyes  civiles, 
que  imponen  exacciones  o  prohiben  ciertos  actos,  como  vender,  cortar 
árboles,  exportar  alguna  cosa,  aunque  al  principio  fueran  directivas, 
pudieron  por  el  uso  convertirse  en  meramente  penales  y  cambiar  en 
cierto  modo  de  naturaleza,  por  no  haber  sido  observadas  en  otro  sen- 
tido>  (1). 

A  la  misma  costumbre  acude  Martín  de  Azpilcueta  para  justificar 
su  teoría  de  la  licitud  de  ciertos  actos  penados  por  leyes  puramente 
humanas,  como  los  de  cortar  árboles  y  otros  aprovechamientos  de  fru- 
tos, distinguiendo  entre  los  debidos  al  trabajo  del  hombre  y  los  natura- 
les o  espontáneos.  Respecto  de  los  primeros— dice— es  raro  que  la  cos- 
tumbre los  haya  hecho  lícitos,  con  la  sola  obligación  de  pagar  la  pena 
en  caso  de  ser  impuesta;  mas  respecto  de  los  segundos,  como  son  los 
pastos,  la  costumbre  es  más  general,  más  racional  y  más  fácil  de  for- 
marse, aunque  se  trate  de  cosas  que  han  llegado  a  ser  propiedad  de  los 
pueblos  o  de  los  particulares  (2). 

La  razón  de  la  licitud  de  tales  actos  no  hay  que  buscarla  en  la  ley 
que  a  la  obligación  del  precepto  agrega  la  de  la  pena,  porque  ésta  no 


(1)  »Et  sic  fortasse  multae  leges  civiles,  imponentes  exactiones  vel  prohi- 
bentes  veneri,  ligna  scindere,  vel  aliquid  ex  regno  extrahere,  licet  in  principio 
directivae  íuerint,  potuerunt  usu  fíeri  mere  poenales  et  quasi  naturam  mutare, 
quia  non  aliter  sunt  observatae,  et  illo  tantum  modo  contra  illas  praescriptum 
est.»  Ob.  y  1.  cit.,  núm.  12  = 

(2)  «In  paucis  terris  est  consuetudo  qua  liceat,  soluta  poena,  primi  generis 
arbores  caedere  et  herbas  depascere;  in  multis  autem,  et  fere  ubique,  ett  con- 
suetudo qua  liceat  id  faceré  in  arboribus  et  herbis  secundi  generis,  quia  faci- 
lius  et  rationabilius  potuit  induci  consuetudo  haec  quam  illa...  Illa  enim  omnia 
sponte  nascentia,  sicut  a  principio  erant  communia  et  occupantis  fíebant,  licet 
postea  fuerint  facta  publica  certorum  populorum  vel  privata  certorum  particu- 
larium,  quoad  dominium  et  proprietatem,  sic  facilius  potuerunt  remanere 
communia  ad  eum  usum  quo  liceret  uti  eis  impune  si  non  deprehenderentur, 
vel  soluta  poena  sí  essent  deprehensi.  Commentarii  in  lege  poenali.—ln  c.  Fra- 
ternitas,  núm.  33. 


LA  COSTUMBRE  COMO  PUENTE  DEL  DERECHO  PENAL  367 

destruye  la  obligación  de  conciencia  de  observar  el  precepto  penal;  hay 
que  buscarla  en  la  costumbre,  que  hace  que  dichos  actos  no  sean  ilíci- 
tos, introduciendo  un  derecho  nuevo  o  conservando  el  antiguo  que  los 
permitía  (1). 

P.  Jerónimo  Montes, 
o.  s.  A. 

(1)    Ibid.,  núms.  38-40. 


DOS   OBRAS  COLOMBIANAS 


Tengo  una  deuda  de  gratitud  y  un  deber  literario  que  saldar  con 
D.  Antonio  Gómez  Restrepo,  quien,  cuando  vea  el  tomo  VI  de  His- 
toria General  de  la  Orden  de  Agustinos  Recoletos  que  le  remito 
lecién  impreso,  será  muy  indulgente  con  este  buen  amigo  y  admira- 
dor suyo  al  considerarme  tan  atafagado  como  ando  con  el  polvillo 
de  los  archivos  y  el  olor  a  papeles  viejos.  Refiérense  la  deuda  y  deber 
al  acuse  de  recibo  del  primer  tomo  de  Obras  completas^  de  D.  Miguel 
Antonio  Caro,  cuyo  compilador  y  anotador  es  del  tomo  en  buena  hora 
dado  a  la  estampa  bajo  sus  auspicios. 

Por  varias  de  mis  obras,  especialmente  por  Rufino  J.  Cuervo  y  la 
Lengua  castellana,  ya  se  conoce  cuánta  es  la  admiración  que  tenía  y 
tengo  a  Caro,  en  quien  la  cultura  literaria  de  nuestro  siglo  de  oro  se 
cifró  para  reaparecer,  como  un  caso  de  herencia  psíquica,  en  nuestros 
días.  Por  eso,  yo,  que  suscribo  todos  y  cada  uno  de  los  pensamientos 
que  en  el  discurso-prólogo  Gómez  Restrepo  le  dedica,  no  puedo  menos 
de  manifestar  que,  al  decirnos  que  tenía  Caro  alma  latina,  hubiera  sido 
más  exacto  aseverar  que  Caro  era  la  síntesis  de  la  raza  española  con 
influencias  de  la  francesa,  italiana,  inglesa,  helénica,  al  modo  que 
Gómez  Restrepo,  que  va  siendo  su  continuador,  es  más  español  que 
todo.  ¿Pruebas  del  españolismo  de  Gómez  Restrepo? 

Con  motivo  de  la  Fiesta  de  la  Raza,  publicó  en  El  Nuevo  Tiempo, 
de  Bogotá,  un  artículo  editorial  que  merece  archivarse  en  el  arca  que 
guarda  el  cadáver  del  Cid. 

De  donde  dimana  mi  cariño  al  gran  polígrafo  colombiano,  maestro 
de  Gómez  Restrepo,  pues  desarrolló  una  campaña  revaluadora  en  pro 
de  la  madre  Patria  con  tal  suerte,  que  él,  que  tenía  vehemencias 
de  trueno  y  susurros  de  brisa,  hizo  que  despertase  el  genio  de  la  raza 
y  entonaran  un  himno  de  amor  a  ella  las  naciones  del  Nuevo  Mundo. 


DOS  OBRAS  COLOMBIANAS  369 

No  acabo  de  concebir  la  traza  general  en  que  se  desarrollará  su 
obra  de  compilador,  ni  alcanzo  a  entender  por  entero  a  Caro,  porque 
me  es  desconocida  la  cuantía  de  su  caudal  literario,  que,  a  juzgar  por 
lo  que  en  el  primer  volumen  aparece,  resultará  mayor  de  lo  que  la 
fama  publica.  De  todas  suertes,  y  por  si  acaso  no  las  tiene,  ofrezco 
a  D.  Antonio  Gómez  Restrepo  tres  poesías  autógrafas,  de  las  cuales 
por  ventura  aquél  no  se  guardó  copia,  y  servirán  de  provecho  y  luci- 
miento para  los  tomos  siguientes.  También  transcríbole  una  carta  que, 
como  todas  las  de  aquel  Tequandama  de  literatura,  chorrea  erudición 
por  todos  partes,  y  revela  situaciones  de  ánimo  que  sabrá  utilizar  el 
biógrafo. 

Cuanto  a  la  primera  poesía  latina,  fué  compuesta  a  raíz  de  la 
muerte  del  limo,  y  Revmo.  P.  Fr.  Nicolás  Casas,  Obispo  de  Adrianópo- 
lis.  Agustino  Recoleto,  cuyo  amigo  era.  Me  la  envió  Caro  con  una  carta 
de  4  de  Mayo  de  1906,  en  que  dice:  <E1  señor  Obispo  ya  se  nos  fué 
in  piares;  ya  le  consagró  V.  R.  una  admirable  necrología;  ya  olvidamos 
al  santo  ausente;  ya  nadie  se  acuerda  de  él,  ya  pasó.  Digo  así  en  tér- 
minos generales,  porque  yo  no  soy  de  los  que  olvidan;  pero  así  es  el 
mundo.  > 

Fr.  Nicolai  Casas,  Hispani  Agustiniani, 

Pia  recordatío. 

Tu,  natale  solum  et  patrem  matremque  relinquens. 

Per  mare,  per  térras  venisti,  sánete  sacerdos, 

Extremas  ut  oves  nuda  regione  iacentes 

Ducere  divini  possis  in  ovile  Magistri. 

Tali  opere  in  medio  vires,  non  Gratia  desunt: 

Et  fremitus  mundi  cessas  audire  profanos. 

At  nobis  liceat  secreta  voce  vocare 

Te,  pariter  votis  nunc  responderé  paratum. 

Fictile  vas  fractum  est,  flos  immortalis  ademptus, 

Non  tamen  omnis,  adhuc  castum  sentimus  adorem. 

M.  A.  C. 
Mens.  Apr.  a  1906. 


370  DOS  OBRAS  COLOMBIANAS 

La  siguiente  poesía  es  también  autógrafa  y  original;  ignoro  si  el 
autor  se  guardó  traslado.  Según  una  nota  puesta  al  pie  por  el  Padre 
Provincial  Fr.  Santiago  Matute,  Agustino  Recoleto,  fué  compuesta  en 
Ubaque,  en  Enero  de  1893,  siendo  Vicepresidente  de  la  República, 
Encargado  del  Poder  ejecutivo.  En  este  tiempo  él  estaba  veraneando, 
y  el  P.  Matute  estuvo  a  visitarlo  en  su  casa,  y  seguramente  algún  día, 
de  paseo  a  la  orilla  del  río  ubaqueño  que  corre  hacia  los  Llanos  de 
Casanare  y  hacia  el  Meta,  donde  habían  abierto  ya  gloriosas  campañas 
apostólicas  los  misioneros  de  la  Candelaria,  concibió  él  estos  versos 
de  sabor  tan  virgiliano: 

Rive,  peregrinas  qui  dum  placidissimus  undis 

Muscosas  ripas  et  memora  alta  rigas. 
Murmure  jucundo  fessis  solatia  praebes 

Atque  salutífera  dulce  levamen  aqua, 
Y,  sequere  Aurorae  clivoso  tramite  fines, 

Solos  nativae  fertilitatis  agros, 
Quae,  novus  ut  mundus,  cum  tellus  ampia  patebit, 

Ymperio  crescet  divitiisque  potens. 
Paupere  nec  pudeat  censu  serviré  tumenti 

Metae,  nec  major  dessiluisse  velis. 
Hoc  tibi,  rive,  satis,  quod,  dum  te  ludere  credunt, 

Felicem  monstras  certa  sagita  viam. 

M.  A.  C. 

La  tercera  poesía  fué  un  obsequio  autógrafo  que  hizo  al  citado 
limo.  P.  Casas  en  una  de  las  visitas  que  éste  le  hizo  en  Bogotá.  Indica 
la  notita  puesta  al  pie  de  la  poesía  el  especial  afecto  que  a  ese  con- 
vento tenía  por  las  referencias  hechas  en  los  escritos  de  J.  M.  Caicedo 
Rojas  y  otros  autores  que  de  él  han  hablado  como  de  un  monumento 
nacional.  Caro  no  conoció  ocularmente  aquel  nido  de  sabios  y  de 

santos. 

Pax  vobis. 

Cuando  Jesús,  el  Hijo 
De  Dios,  a  los  que  amaba  por  vez  postrera  habló, 
Dióles  la  paz  del  alma,  y  al  despedirse  dijo: 
«iHe  orado  por  vosotros,  más  por  el  mundo  no!» 


DOS  OBRAS  COLOMBIANAS  371 

¿Qué  extraño  que  en  el  mundo 
Surja  lo  que  es  horrendo  y  abunde  lo  que  es  vil: 
Tumulto  de  pasiones,  servil  cortejo  inmundo, 
Furores  de  pantera,  ponzoñas  de  reptil? 

iOh,  ved  la  inmoble  cima  (1) 
Donde  llegando  el  alma  su  vuelo  a  reposar, 
Mira  el  cielo  que  se  abre,  tranquilo  y  puro,  encima, 
Mira  lejos,  abajo,  romperse  airado  el  mar! 

M.  A.  C. 

1898. 

Véase  ahora  la  carta,  y  si  ha  de  formarse  algún  epistolario,  aprové- 
chese; pero  voy  a  indicar  primero  lo  que  la  motivó.  Apareció  en  Bogo- 
tá un  editor  ambulante,  que  pidió  a  Caro  una  poesía,  y  el  príncipe  de 
las  letras  colombianas  accedió  a  darle  un  soneto.  Lo  reputé  bueno  por 
la  idea  y  por  el  sentimiento;  pero  mediano  y  aun  malo  por  la  hechura. 
Y  tal  como  lo  vi,  así  se  lo  manifesté  inmediatamente  por  carta.  Enton- 
ces estaba  yo  atacado  por  la  epidemia  derripiadora  de  Valbuena.  Pa- 
saba y  repasaba  los  Ripios  con  fruición;  y  hasta  concebí  el  proyecto  de 
desripiar  a  los  poetas  colombianos,  proyecto  que  no  ejecuté;  y  así, 
conste  ahora  que  el  Valmala,  autor  de  Ripios  Colombianos,  no  soy  yo, 
como  supusieron  algunos.  ¡Quién  sabe  a  qué  despeñaderos  me  hubie- 
ra arrojado  yo,  si  no  hago  caso  de  esta  carta!  Porque,  eso  sí,  los  conse- 
jos de  ella  decidieron  de  mi  vocación  literaria  en  este  punto.  Hago  esta 
confidencia  como  tributo  de  gratitud  al  maestro. 

«Reverendo  P.  Fabo. 

Jueves,  29  Marzo  1906. 

Bogotá. 

Reverendo  Padre:  El  domingo  último  tuve  el  gusto  de  oír  a  V.  R. 
predicar,  y  predicar  muy  bien,  como  V.  R.  sabe  hacerlo,  en  esta  iglesia 
de  las  Nieves,  sobre  el  Sacramento  del  Matrimonio,  y  el  lunes  siguiente 
recibí  en  forma  de  carta  otra  prédica  de  V.  R.,  no  ya  sagrada  sino  pro- 
fana, sobre  algún  inocente  soneto  mío  que  salió  a  luz  por  ahí  en  es- 
tos días. 


(1)    Por  ejemplo,  el  Desierto  de  la  Candelaria.  {Nota  de  Caro). 


372  DOS  OBRAS  COLOMBIANAS 

Al  contestar  a  V.  R.  debo  empezar  por  decirle  que  he  remitido  a  su 
destino  los  muy  interesantes  apuntamientos  que  V.  R.  tuvo  a  bien  co- 
municarme sobre  cantos  populares  de  Colombia.  No  dudo  que  allá  sal- 
drá todo  eso  con  el  merecido  elogio. 

Y  viniendo  al  contenido  de  su  carta,  o  sermón  privado  literario, 
debo  confesar  a  V.  R.  que  me  ha  sorprendido  no  poco,  por  dos  concep- 
tos. Lo  primero,  por  lo  heterogéneo  del  trabajo  que  trae  V.  R.  de  frente 
de  esta  cuaresma,  preparando  la  exposición  de  la  palabra  divina,  y  al 
mismo  tiempo  otra  obra  de  crítica  literaria,  que  me  dice  V.  R.  está  es- 
cribiendo a  lo  Valbuena,  la  cual,  siendo  de  V.  R.  debe  tener  mérito, 
pero  por  el  modelo  que  ha  adoptado  «en  mal  punto>,  según  la  frase  de 
Fray  Luis  de  León,  no  podrá  resultar  edificante. 

Lo  segundo,  por  la  importancia  que  V.  R.  ha  concedido  a  una  de 
esas  poesías  fugitivas  o  epigramáticas,  porque  en  el  sentido  grecolati- 
no  un  soneto  no  es  ni  más  ni  menos  que  un  epigrama,  que  sale  a  relu- 
cir en  hojas  periódicas,  comparables  al  heno,  a  la  mañana  verde,  seco 
a  la  tarde,  o  a  aquellas  hojas  de  la  Sibila,  que  apenas  escritas  andaban 
ya  agitadas  y  revueltas  por  el  viento. 

Explicaré  a  V.  R.  por  qué  se  publicó  ese  soneto,  dejando  para  otra 
ocasión,  si  Dios  me  diere  licencia,  satisfacer  a  sus  reparos,  privada  y 
confidencialmente  por  supuesto,  con  una  eufrasis  y  comento  breve  del 
tal  soneto,  que  no  querría  yo  que  alcanzase  los  honores  de  la  discusión 
pública  que  mereció,  y  todavía  está  pendiente,  porque  habent  sua  fafa 
libelli,  el  soneto  de  Góngora,  a  la  tercera  parte  de  la  Historia  Pontifical 
del  Dr.  Babia. 

Yo  también  en  mis  mocedades  recibí  «la  alternativa>,  que  dicen  los 
toreros  españoles,  «et  militavi  non  sine  gloria>,  ya  en  la  edad  madura, 
en  letras  y  en  política,  en  el  periodismo  y  en  los  Congresos.  Vuestra 
Reverencia  no  pudo  yer  mi  trabajo,  porque  V.  R.  entonces  estaba  muy 
niño  y  muy  lejos  de  este  país.  Pero  hace  algún  tiempo  que  me  corté 
la  coleta  y  me  recogí  a  buen  vivir,  siguiendo  las  advertencias  y  el  ejem- 
plo de  hombres  «sabios  que  en  el  mundo  han  sido»,  como  dice  tam- 
bién nuestro  Fray  Luis  de  León.  He  aquí  a  Horacio: 

Non  eadem  est  aetas,  non  mens.  Veianius  armis 
Herculis  ad  postem  fixis  latet  abditus  agro, 
Ne  populum  extrema  toties  exoret  arena. 


DOS  OBRAS  COLOMBIANAS  373 

Est  mihi  purgatam  crebro  qui  personet  aurera: 
Solve  senescentem  mature  sanus  equum,  ne 
Peccet  ad  extremum  ridendus  et  ilia  ducat. 
Nuno  itaque  et  versus  et  catera  ludiera  pono. 

En  este  retiro  me  ha  encontrado  V.  R.,  y  en  él  he  recibido  la  amo- 
nestación privada  que  ahora  me  dirige. 

Pero  ¿por  qué,  me  dirá  V.  R.,  te  has  asomado  a  la  ventana  de  tu 
celda? 

Dígnese  leer  V.  R.  la  advertencia  preliminar  del  libro  de  poesías 
que  me  permito  remitirle  como  un  pequeño  obsequio,  y  allí  verá  cómo 
una  obra  mía  de  cierta  importancia  ha  podido  permanecer  después  de 
impresa,  inédita  durante  diez  años,  hasta  que  algunos  amigos  vinieron 
a  sacarla  de  los  rincones  donde  yacía  amarillenta  y  polvorosa,  caso 
nuevo  en  la  historia  de  la  imprenta.  Esto  probará  a  V.  R.  que  no  soy 
de  aquellos  a  quienes  aqueja  el  flujo  de  hacer  viso.  Hace  mucho  tiem- 
po que  me  domina  el  sentimiento  de  San  Cayetano  Theano,  nombre 
que  por  devoción  de  mi  madre  llevo  entre  los  que  me  pusieron  en  la 
pila:  «Trabajar  y  no  mostrarse».  iQué  mucho,  si  aun  en  tiempos  pasa- 
dos gusté  más  de  salir  de  visera,  que  hoy  decimos  anónimo  y  pseudó- 
nimo? Así  anda  la  mayor  parte  de  mis  producciones.  De  mis  poesías 
originales  inéditas,  no  saco  sino  una  que  otra,  de  vez  en  cuando,  por 
compromiso  de  amistad  o  deber  de  cortesía,  y  las  veces  en  que,  por  re- 
sabios de  mi  mala  vida  pasada,  se  me  ocurre  escribir  algo  en  verso  y 
pido  <las  tablillas»,  es  decir,  me  acerco  a  la  máquina  de  escribir  para 
dictar  algo,  prefiero  la  lengua  latina,  sin  que  me  arredre  el  sueño  de 
Rómulo,  que  nuestro  Bartolomé  de  Argensola  (lo  llamo  nuestro  por  lo 
que  le  quiero  y  le  admiro)  aplicó  con  tanta  gracia  y  acierto  a  los  poetas 
latinos  modernos.  No  me  cuadra  esa  advertencia  de  Quirino,  porque  no 
pretendo  llevar  a  los  bosques  leña,  sino  andar  más  solo  y  secreto.  «Ipse 
mihi  scriboque  legoque»,  como  dijo  adolorido  aquel  famoso  poeta  des- 
terrado al  Bajo  Danubio  (Bajo  Putumayo  del  Imperio  Romano),  pero 
yo,  satisfecho,  digo  por  mi  cuenta: 

Gratia  dis,  quoniam  sic  non  intelligor  ulli; 

Si  quis  erit,  saltem  me  placido  ore  leget 


374  DOS  OBRAS  COLOMBIANAS 

Bien  creo  yo  que  si  hubiera  expresado  en  latín  el  contenido  de  ese 
soneto  sobre  la  Providencia,  V.  R.  hubiera  fijado  más  la  atención  en  el 
pensamiento  espiritual  y  cristiano  que  envuelve,  y  no  habría  pensado 
en  criticar  palabras  a  lo  Valbuena. 

Sucedió,  pues,  volviendo  a  mi  explicación,  que  llegó  un  personaje 
raro,  llamado  Ríos,  editor  ambulante  de  una  publicación  por  entregas, 
intitulada  Musa  Americana.  Este  sujeto  empezó  a  instarme  valiéndose 
de  un  intermediario  íntimo,  para  que  yo  le  favoreciera  con  alguna  co- 
sita inédita  en  verso.  Una  cosa  es  llevar  vida  retirada,  y  otra  cosa  es  ser 
huraño,  descortés  y  soberbio.  ¿Por  qué  negar  una  friolera  al  que  la  pide 
por  favor?  Y  claro  está  que  no  habría  yo  de  mandar  versos  latinos,  que 
sería  lo  mismo  que  japoneses,  a  la  Musa  Americana  callejera.  Dije  a 
uno  de  mis  hijos,  que  de  cierta  colección  de  sonetos  morales  y  religio- 
sos sacase  alguno,  y  escogió  ése  como  pudo  escoger  cualquiera  otro. 
Supuse  que  no  sería  leído  más  de  una  vez  por  nadie;  que  contrastaría 
por  su  espíritu  con  lo  que  hoy  se  estila;  que  se  comprendería  bien  que 
con  eso  daba  gusto  al  editor;  pero  he  aquí,  cosa  del  todo  imprevista, 
el  soneto  moral  y  religioso,  no  censurado  por  algún  decadente  o  impío, 
sino  objeto  de  crítica  minuciosa  y  severa,  aunque  privada,  por  parte  de 
un  respetable  agustino.  He  ahí  la  historia  de  mi  falta. 

Me  alegro  sinceramente  de  saber  que  V.  R.,  después  de  haber  ejer- 
citado su  ingenio  en  la  novela,  y  lo  que  más  me  gusta,  en  el  estudio  de 
los  cantos  populares,  quiera  ahora  también  ejercitarlo  en  la  crítica  lite- 
raria, siempre  que  esa  crítica  sea  justa  y  seria,  que  instruya  deleitando, 
como  la  de  Quintana,  la  de  Ticknor,  la  de  Bello,  para  no  citar  sino  lo 
tocante  a  literatura  castellana;  o  bien,  si  allá  le  lleva  su  inclinación,  fes- 
tiva y  satírica,  pero  general  e  impersonal,  contra  las  malas  costumbres, 
contra  las  modas  literarias  perniciosas,  como  lo  es  el  decadentismo,  no 
contra  personas  determinadas,  ni  menos  contra  cualesquiera  personas, 
sin  distinción  de  doctrinas,  escuelas  y  tendencias.  El  autor  mismo  del 
Quijote,  refiriéndose  a  aquella  crítica  personal  y  agresiva,  a  que  se  mos- 
traron tan  aficionados  muchos  literatos  de  su  tiempo,  de  quienes  hoy 
nadie  se  acuerda,  y  de  la  cual  fué  blanco  el  mismo  Cervantes,  pudo  de- 
cir con  satisfacción  de  hombre  bueno  y  cristiano,  y  éste  es  quizá  el  ras- 
go más  bello  de  su  carácter: 


DOS  OBRAS  COLOMBIANAS  375 

Nunca  voló  la  humilde  pluma  mía 
Por  la  región  satírica:  bajeza 
Que  a  infames  premios  y  a  desgracias  guía. 

No,  no  vaya  V.  R.  a  echar  a  perder  el  talento  con  que  Dios  le  dotó 
y  a  dar  muestra  no  buena  de  sí  propio  y  de  la  casa  religiosa  a  que  per- 
tenece, por  tantos  títulos  respetable,  sólo  por  un  error  de  método,  por 
un  deplorable  extravío  de  imitación,  empeñándose  en  seguir  por  maes- 
tro a  un  hombre  que  se  formó  en  la  escuela  del  irrespeto,  en  el  piso 
bajo  de  periódicos  políticos  maldicientes,  y  que  luego,  de  su  mala  fe 
notoria,  de  su  erudición  falsa  y  de  su  pedantismo  insolente,  ha  logrado 
hacer  un  oficio  lucrativo:  «infames  premios»,  que  dijo  Cervantes.  El 
arma  que  él  juega  es  fácil  de  manejar,  pero  es  un  arma  vedada,  en  gue- 
rra literaria  como  en  toda  especie  de  guerra  (1).  «Si  autem  oculus  tuus 
fuerit  nequam,  totum  corpus  tuum  tenebrosum  erit.» 

Vuestra  reverencia  es,  por  el  contrario,  alma  bien  nacida,  como  lo 
prueba  bien  su  vocación  religiosa,  y  el  llevar  muy  dignamente  el  hábi- 
to de  los  ermitaños  de  San  Agustín,  arrostrando  las  penalidades  del 
misionero  en  tierras  apartadas  y  semibárbaras  como  las  de  Casanare. 
Vuestra  reverencia  tiene  el  ojo  literario  limpio,  y  «si  oculus  tuus  fuerit 
simplex,  totum  corpus  tuum  lucidum  erit>.  Vuestra  reverencia  es  árbol 
bueno,  «et  non  potest  arbor  bona  malos  fructus  facere>,  sino  «bonos 
fructus»  como  los  que  hasta  ahora  ha  dado,  testigo  yo. 

Con  esta  franqueza  mía  correspondo  a  la  de  V.  R.  y  me  ofrezco  de 
nuevo  a  sus  órdenes  como  obsequente  servidor  y  amigo. — Miguel  An- 
tonio Caro, 

P.  S. — Principié  esta  carta  el  jueves  29,  y  la  termino  hoy  sábado  31. 
Por  el  mal  estado  de  mi  vista  no  puedo  escribir  seguidamente  de  mi 
puño  y  letra,  y  tengo  que  valerme  de  la  ayuda  de  alguno  de  mis  hijos 
en  las  horas  en  que  están  fuera  de  oficina. — Vale,> 


(1)  Don  Andrés  Bello,  autor  de  la  Alocución  a  la  Poesía,  de  la  cual  se  cita  un 
fragmento,  ocupa  el  puesto  más  eminente  en  la  historia  de  las  letras  hispano- 
americanas, como  poeta,  como  humanista,  como  erudito,  como  jurisconsulto. 

El  autor  de  Ripios  apenas  se  digna  mencionarlo  de  paso,  con  esta  frase  de 
soberano  desprecio:  «Andrés  Bello,  otro  poeta  malo  de  América.» 

Como  si  alguien  dijese:  «Luis  de  León,  otro  poeta  malo  de  España»;  «Aure- 
lio Agustín,  otro  teólogo  mediocre  y  escritor  malo  de  África.»  {Nota  de  Caro.) 


376  DOS  OBRAS  COLOMBIANAS 

Por  último,  digo  que  leí  la  obra  de  Gómez  Restrepo,  La  literatura 
colombiana,  que  se  publicó  en  el  tomo  XLIII  de  Revue  Hispanique^ 
después  propagada  en  folleto  aparte.  La  primera  época,  o  sea  hasta  lo 
que  trae  el  inolvidable  Vergara  y  Vergara,  no  lo  leí  con  pausa  porque 
en  este  autor  lo  tenía  bien  estudiado,  si  bien  ahora  añadió  y  mejoró 
ciertas  cosas  D.  Antonio.  Lamento  que  éste  no  hubiera  tenido  a  mano 
mis  dos  tomos  de  Historia  de  lo  Provincia  de  la  Candelaria  para  que 
hubiese  añadido  algo  sobre  el  polígrafo  colombiano  del  siglo  XVII, 
biblioteca  animada  lo  llamaban  en  su  tiempo,  P.  Fr.  Andrés  de  San 
Nicolás,  hermano  mío  de  hábito. 

La  parte  contemporánea  está  muy  bien  hecha,  y  los  que  se  queja- 
ren, que  no  falta  quien  se  queje  por  aquello  de  genus  irascibile  uatum, 
y  los  que  la  tacharen  de  muy  compendiosa,  que  se  hagan  cargo  de  que 
no  se  trataba  de  escribir  la  bibliografía  crítica  de  Colombia,  sino  un 
bosquejo  ligerísimo. 

Sin  embargo  de  ello,  he  ido  poniendo  los  signos  convencionales 
que  acostumbro  y  representan  mi  juicio  sobre  lo  leído,  y  al  observar 
cuál  trata  a  D.  J.  Manuel  Groot,  veo  que  lo  hace  con  el  mismo  criterio 
que  lo  hizo  Torres  Caicedo  en  sus  Ensayos  biográficos^  publicados  en 
París,  y  Caicedo  Rojas  y  Pedro  Fernández  Madrid  y  José  Joaquín  Ortiz 
y  José  Joaquín  Borda  y  que  el  mismo  Caro,  quien  en  la  introducción  a 
las  Obras  escogidas,  de  Groot,  llámalo  «eminente  escritor»;  alaba  la 
«frescura  y  movimiento»  de  sus  descripciones,  aparte  de  los  muchos 
elogios  que  tributa  al  fondo  histórico  y  documental  de  su  obra  magna. 
En  vista  de  esto,  digo,  tracé  en  Literatura  colombiana  con  lápiz  rojo 
una  palabra  cifrada  que  me  recordará  siempre  dos  cosas:  que  el  señor 
Gómez  [Restrepo  lee  mucho,  y  cuan  dificultoso  es  substraerse  a  la 
influencia  de  las  lecturas  y  de  la  sangre.  Y  ya  que  menciono  a  Groot, 
hará  muy  bien  el  autor  de  La  Literatura  colombiana  en  atribuir  bien 
la  parte  que  corresponde  al  ilustre  nieto  de  éste  en  la  colaboración  de 
la  novela  Pgjc,  porque  el  sentimiento  que,  como  hálito  de  musas,  exha- 
lan muchas  de  sus  páginas  no  es  propio  del  irónico  y  pintoresco  Ma- 
rroquín,  sino  del  autor  de  Resurrección,  Rivas  Groot,  alma  becquerina 
clarificada  con  rayos  de  crepúsculo  e  impregnada  con  efluvios  de  mio- 
sotis. 

De  más  a  más,  yo  no  puedo  considerar  dignos  de  figurar  entre  Caro, 
Cuervo,  Ortiz,  Carrasquilla  y  tantos  otros  verdaderamente  literatos,  cier- 


Dos  OBRAS  COLOMBIANAS  377 

tos  individuos  que  nada  tienen  de  tales,  y  que  si  merecen  entrar  en  los 
catálogos  de  la  bibliografía  colombiana  y  en  obras  cómo  la  de  Amaya 
Laverde,  que  Gómez  conoce  al  dedillo,  aparecen  entre  los  hombres  de 
letras  como  gansos  en  una  bandada  de  aves  del  paraíso.  Pues  ¿qué  será 
lo  que  debe  la  literatura,  por  ejemplo,  al  general  Santander?  ¿Qué,  al 
obscuro  y  fosilizado  Ezequiel  Rojas  que  tenía  tan  poco  de  estilista 
como  de  filósofo?  García  Calderón,  pongo  por  caso,  en  un  trabajo  aná- 
logo al  de  Gómez,  paréceme  que  tuvo  un  punto  de  vista  más  literario, 
y  por  lo  mismo  más  preciso  y  completo. 

Mi  buen  amigo  D.  Antonio,  dentro  del  tomo  citado  que  le  envío 
verá  un  gajito  de  laurel.  A  poco  de  recibir  el  volumen  de  Obras  com- 
pletas, entré  en  los  jardines  del  Generalife  de  la  Alhambra  de  Granada, 
pensé  en  Gómez  Restrepo,  desgajé  esas  hojas,  y  se  las  envío  ahora  como 
símbolo  del  galardón  que  la  fama  reserva  para  los  que  cultivan  las  le- 
tras castellanas  con  la  hermosura  con  que  lo  hace  él,  discípulo  mayor 
y  heredero  intelectual  de  Caro. 

Fr.  P.  Fabo. 

Madrid,  Febrero  de  1920. 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN 


Del  régimen  universitario. 

El  asunto  que  ha  ocupado  con  preferencia  la  atención  de  los  claustros 
universitarios,  ha  sido,  sin  duda,  la  solución  del  problema  planteado  por 
el  decreto  de  21  de  Mayo  último,  acerca  de  la  autonomía  de  las  Universi- 
dades españolas. 

«En  la  mayoría  de  nuestras  Universidades— ha  dicho  un  sabio  publi- 
cista—se observa  ahora  cierta  inusitada  preocupación  por  los  problemas 
pedagógicos,  cierta  fiebre  de  reforma  y  mejoramiento,  cierto  inquieto  des- 
pertar del  sentimiento  de  responsabilidad,  que  auguran  una  nueva  era  para 
nuestra  enseñanza  oñcial,  tan  bochornosamente  decaída.»  Afortunadamen- 
te se  ha  impuesto  una  franca  corriente  de  simpatía  y  optimismo,  creada  y 
fomentada  por  cuantos  lamentan  el  deplorable  estado  de  la  enseñanza  na- 
cional, y  al  examinar  sus  propias  fuerzas,  muéstranse  dispuestos,  dando 
mano  a  funestos  egoísmos,  a  realizar  un  supremo  sacrificio  en  aras  de  la 
pública  conveniencia  y  de  la  cultura  nacional,  cuyo  centro  de  elaboración 
reclama  con  justo  derecho  la  Universidad  española. 

La  Universidad  zaragozana,  al  redactar  y  aprobar  su  Estatuto,  ha  de- 
clarado, paladinamente,  que  acepta  el  espíritu  y  las  tendencias  reformado- 
ras de  la  nueva  regeneración,  secundando  los  planes  docentes  emanados 
de  la  superioridad,  y  abriga  la  esperanza  de  que  el  prestigioso  profesora- 
do de  la  Universidad  aragonesa,  que  por  unanimidad  aprobó  el  Estatuto, 
ha  de  saber  responder  de  su  misión  educadora,  abriendo,  al  efecto,  nuevos 
cauces  y  dirigiendo  las  energías  juveniles  por  los  amplios  derroteros  que 
de  consuno  reclaman  los  modernos  adelantos  de  la  ciencia  y  el  buen  nom- 
bre de  que  ha  disfrutado  siempre  aquel  centro  superior  de  cultura  en  Es- 
paña y  en  el  Extranjero. 

El  ejemplo  dado  por  la  citada  Universidad  de  Zaragoza,  que  tuvo  la 
honra  de  ser  la  primera  en  redactar  su  Estatuto,  fué  seguido  por  las  demás 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN  379 

Universidades  del  Reino,  no  sin  que  en  el  seno  de  algunos  claustros  se 
discutiera  con  calor  y  se  propusieran  enmiendas  de  carácter  más  o  menos 
restrictivo,  nacidas  de  criterios  divergentes  en  materias  de  enseñanza  y  en- 
caminadas a  conseguir  la  alta  consideración  de  que  se  encontraban  inves- 
tidas las  antiguas  Universidades  españolas. 

Alrededor  del  ya  muy  trillado  tema  de  la  enseñanza,  que  ha  llegado  a 
preocupar  a  gran  parte  de  nuestros  pensadores,  han  visto  la  luz  pública 
infinidad  de  artículos  periodísticos  de  todas  clases  y  matices,  inspirados 
unos  en  intereses  personales  o  de  partido,  cuya  desaparición  reclama  im- 
periosamente el  bien  de  la  enseñanza,  encaminados  otros  a  mejorar  la  obra 
empezada  mediante  el  valioso  concurso  e  ilustración  de  sabios  y  bien  in- 
tencionados pedagogos,  a  quienes  corresponde  llenar  con  su  competencia 
los  vacíos  que  existan,  para  que  resulte  la  obra  perfecta  y  acabada. 

La  inestabilidad  de  las  entidades  directoras  que  ha  dado  al  traste  no 
pocas  veces  con  reformas  que  reclama  el  bien  público,  amenazó  también  a 
ésta  de  la  Enseñanza,  y  hubiera  corrido  igual  suerte,  de  no  haber  sido  de- 
signado para  ocupar  la  vacante  del  Sr.  Silió,  el  Sr.  Prado  y  Palacio,  entu- 
siasta defensor  del  proyecto  de  Autonomía,  como  lo  manifestó,  entre  otros 
actos,  reuniendo  en  el  Hotel  Ritz  a  los  representantes  de  las  Universidades 
españolas,  para  redactar  el  proyecto  de  ley  correspondiente  que  el  Gobier- 
no había  de  presentar  a  las  Cortes  para  su  discusión. 

Hemos  de  consignar  igualmente  la  importancia  que  revistieron  las 
manifestaciones  del  Sr.  Bullón,  del  pasado  Octubre,  subsecretario  a  la  sa- 
zón de  Instrucción  pública,  quien,  en  su  discurso  ante  el  profesorado  zara- 
gozano, puso  de  manifiesto  el  criterio  del  Gobierno  en  el  importante  asun- 
to de  la  reforma  docente,  que  era  de  franca  simpatía,  manifestando  la  re- 
solución decidida  de  llevarla  a  cabo,  para  lo  cual  había  aquél  ultimado  ya 
el  correspondiente  proyecto  de  ley,  dando  cabida  a  muy  plausibles  refor- 
mas extensivas  al  Consejo  de  Instrucción  pública  y  a  la  segunda  ense- 
ñanza. 

Tampoco  hemos  de  omitir  aquí,  ya  que  se  nos  presenta  ocasión  propi- 
cia, la  razonada  exposición  y  petición  dirigida  al  ministro  de  Instrucción 
pública  por  los  directores  de  los  Institutos  de  Madrid,  Sres.  Suárez  Somon- 
te y  Zabala,  en  la  cual  defínense  y  concrétanse  con  admirable  precisión  el 
concepto,  fines  y  extensión  de  la  Universidad  y  de  la  segunda  enseñanza, 
sosteniendo  que  no  compete  a  aquélla  la  misión  «funciones  y  derechos 
inalienables  del  Ministerio  de  Instrucciónpública,que  también  son  nuestros 


380  NOTAS  DE  INFORMACIÓN 

y  de  la  sociedad  en  general>.  En  conformidad  con  la  Exposición  citada, 
suplican  «que  se  suprima  la  autorización  que  pide  la  Universidad  para 
crear  o  incorporar  Centros  de  enseñanza  de  grado  medio  y  elemental,  y 
que  con  la  urgencia  que  los  momentos  reclaman,  se  presente  a  las  Cortes 
un  proyecto  de  reorganización  de  la  segunda  enseñanza,  en  la  forma  que 
antes  hemos  indicado,  aprovechando  para  esto  la  información  abierta  por 
el  Consejo  de  Instrucción  pública,  y  estimulada  con  gran  actividad  por 
ios  Institutos  de  Madrid,  ampliándola  convenientemente  para  que  todos 
los  Centros  civiles  y  militares,  y  todas  las  organizaciones  del  Estado,  así 
como  todas  las  agrupaciones  sociales,  formulen  su  demanda  acerca  del 
contenido  de  la  segunda  enseñanza,  y  que  una  Comisión,  compuesta  en 
su  mayoría  de  catedráticos  de  Instituto  y  de  representantes  de  esas  entida- 
des y  Corporaciones,  fije  ese  contenido,  ese  núcleo  de  disciplinas  comu- 
nes a  todos  los  Institutos;  los  cuales,  con  la  libertad  antes  indicada  y  la 
precisa  autonomía  para  tener  la  necesaria  independencia,  transformarán 
rápidamente  la  segunda  enseñanza,  atendiendo  por  igual  a  los  múltiples 
fines  de  la  misma  y  a  las  necesidades  de  la  vida  nacional».  Tal  es  la  peti- 
ción elevada  al  señor  ministro  por  los  señores  arriba  citados  en  defensa 
de  la  nueva  reorganización  de  la  enseñanza  en  los  Institutos. 

En  una  conferencia  dada  por  el  Sr.  Silió  en  Noviembre  del  año  pasa- 
do, expuso,  con  la  competencia  por  todos  reconocida  en  el  ex  ministro 
maurista,  la  necesidad  de  una  pronta  reforma  universitaria,  reclamada  por 
gran  parte  del  profesorado  y  por  el  estado  de  postración  en  que  han 
venido  a  parar  nuestros  clásicos  Centros  de  cultura,  por  incuria  imperdo- 
nable de  unos  y  por  desaciertos  incalificables  de  otros.  Precisó  con  exacti- 
tud el  verdadero  y  genuino  carácter  de  la  autonomía  que  se  concede  a  la 
Universidad,  exenta  de  toda  intromisión  política  e  informada  solamente 
por  un  franco  ideal  patriótico.  Refiriéndose  al  decreto  de  Mayo  último, 
dice  que  en  él  se  consigna  el  doble  aspecto  de  la  Universidad:  de  escuela 
profesional  y  de  institución  creadora  de  ciencia,  de  alta  cultura;  también  se 
consigna  allí  el  derecho,  que  se  reserva  el  Estado,  de  fíjar  el  núcleo  de 
disciplinas  indispensables  para  cada  profesión,  pudiendo  la  Universidad 
organizar  la  carrera  según  crea  conveniente.  Las  funestas  consecuencias 
que  se  seguirían  de  dejar  en  manos  de  la  Universidad  la  facultad  de  otor- 
gar los  títulos,  fueron,  pues,  previstas,  de  igual  modo  que  los  recursos  in- 
dispensables. Contesta  con  suma  habilidad  a  la  repetida  excusa  de  que  la 
Universidad  no  está  capacitada  para  recibir  tan  honda  transformación,  y 


NOTAS  DE  INFORMACIÓN  381 

termina  diciendo  que  lo  que  el  decreto  hace  es  libertar  a  la  Corporación 
de  la  tiranía  de  los  profesores,  sacudir  el  letargo  tradicional  en  que  vive  la 
Universidad  española. 

Hemos  visto  cómo  el  inmediato  sucesor  del  Sr.  Silió  en  el  Ministerio 
de  Instrucción  pública  continuó  la  labor  comenzada:  cúmplenos  hacer 
constar  que  al  actual  ministro,  Sr.  Rivas,  se  debe  la  renuncia  de  nombrar 
rectores  de  las  Universidades  de  Granada  y  Santiago,  confiriendo  a  los 
Claustros  respectivos  el  hacer  la  propuesta;  además,  una  disposición  esta- 
bleciendo que  el  nombramiento  de  decanos  se  haga  por  elección  del 
Claustro  de  cada  Universidad,  y  que  los  vicerectores  sean  nombrados  di- 
rectamente por  el  rector,  que  es  el  que  representa  la  voluntad  del  Claustra 

En  diversas  ocasiones  ha  manifestado  el  citado  ministro  su  firme  pro- 
pósito de  que  las  Universidades  se  desenvuelvan  con  la  mayor  autonomía 
posible. 

M .  Martínez. 


REVISTA  CANÓNICA 


Sobre  la  prohibición  de  enajenar  objetos  artísticos  o  de  mérito  histórico. 

Con  fecha  12  de  Enero  de  este  año,  el  excelentísimo  señor  Nuncio  de 
Su  Santidad  en  Madrid  ha  remitido  a  los  Prelados  la  siguiente  circular: 

«Es  notorio  que  en  conversaciones  particulares  y  artículos  de  la  Prensa 
se  moteja  a  menudo  a  las  entidades  eclesiásticas  de  poco  cuidadosas  en 
conservar  los  tesoros  artísticos  existentes  en  las  iglesias  de  España;  y  en  tal 
sentido  se  han  venido  recibiendo  en  esta  Nunciatura  f  recuentes  quejas, 
hasta  de  las  autoridades  civiles  y  políticas. 

No  hace  muchos  días  se  formuló  un  proyecto  de  ley  encaminado  a 
traer  los  objetos  artísticos  de  las  Diócesis  españolas  para  conservarlos  con 
mayor  esmero  en  esta  capital. 

En  virtud  de  particulares  instrucciones  de  la  Santa  Sede,  me  apresuro 
a  encarecer  e  inculcar  la  más  estricta  observancia  de  los  Cánones  1.532, 
párrafo  1.°,  número  1  y  1.497,  párrafo  2.°  del  Código  de  Derecho  canóni- 
co, los  cuales,  en  términos  claros  y  taxativos,  prohiben  en  absoluto  enaje- 
nar cualquier  objeto  de  valor  artístico  o  de  mérito  histórico,  sin  el  previo 
permiso  de  la  misma  Santa  Sede. 

Como  en  esta  materia  puede  faltar  la  seguridad  de  que  tales  objetos 
sean  o  no  preciosos,  y  es  de  temer  que  los  compradores  traten  de  sorpren- 
der la  buena  fe,  despreciando  estudiosamente  sus  condiciones,  convendría 
requerir  oportunamente  el  dictamen  de  personas  peritas,  y  si  después  de 
esto  subsistiese  aún  la  duda,  elevar  a  la  Santa  Sede  una  detallada  consulta, 
y  así  se  conjuraría  el  peligro  de  lamentables  equivocaciones.» 

CÁNONES  A  QUE  SE  REFIERE  LA  PRESENTE  CIRCULAR 

Can.  534.—%  1.  Firmo  praescripto  can.  1.531,  si  agatur  de  alienandis 
rebus  pretiosis  aliisve  bonis  quorum  valor  superet  summam  triginta  mil- 
lium  francorum  seu  libellarum,  vel  de  contrahendis  debitis  et  obligationi- 


REVISTA   CANÓNICA  383 

bus  ultra  indicatam  summam,  contractus  vi  caret,  nisi  beneplacitum  apos- 
tolicum  antecesserit;  secus,  requiritur  et  suffícit  licentia,  in  scriptis  data, 
Superioris  ad  normam  constitutionum  cum  consensu  sui  Capituli  seu  Con- 
silii  per  secreta  suffragia  manifestato;  sed  si  agatur  de  monialibusautsoro- 
fibus  iuris  dioecesani,  accedat  necesse  est  consensus,  in  scriptis  praestitus, 
Ordinarii  loci,  necnon  Superioris  regularis,  si  monialium  monasterium 
eidem  subiectum  sit. 

§  2.  In  precibus  pro  obtinendo  consensu  ad  contrahenda  debita  vel 
obligationes,  exprimi  debent  alia  debita  vel  obligationes,  quibus  ipsa  per- 
sona moralis,  religio  vel  provincia  vel  domus,  ad  eum  diem  gravatur;  secus 
obtenta  venia  invalida  est. 

Can.  1.530.—%  1.  Salvo  praescripto  can.  1.281,  ad  alienandas  res  eccle- 
siasticas  immmovües  aut  móviles,  quae  servando  servari  possunt,  requiritur: 

1.**    Aestimatio  rei  a  probis  peritis  scripto  facta; 

2.°  lusta  causa,  idest  urgens  necessitas,  vel  evidens  utilitas  Ecclesiae, 
vel  pietas; 

3.**     Licentia  legítimi  Superioris,  sine  qua  alienatio  invalida  est. 

§  2.  Aliae  quoque  opportunae  cautelae,  ab  ipsomet  Superiore  pro 
diversis  adiunctis  praescribendae,  ne  omittantur,  ut  Ecclesiae  damnum 
vitetur. 

Can.  1.531.—%  1.  Res  alienari  minore  pretio  non  debet  quam  quod  in 
aestimatione  indicatur. 

§  2.  Alienatio  fíat  per  publicam  licitationem  aut  saltem  nota  reddatur, 
nisi  aliud  circumstantiae  suadeant;  et  res  ei  concedatur  qui  ómnibus  per- 
pensis,  plus  obtulerit. 

§  3.  Pecunia  ex  alienatione  percepta  caute,  tuto  et  utiliter  in  commo- 
dum  Ecclesiae  collocetur. 

Can.  1.532.—%  1.  Legitimiis  Superior  de  quo  in  can.  1.530,  §  1,  n.  3, 
est  Sedes  Apostólica,  si  agatur: 

1.°     De  rebus  pretiosis; 

2.°  De  rebus  quae  valorem  excedunt  triginta  millium  libellarum  seu 
francorum. 

§  2.  Si  vero  agatur  de  rebus  quae  valorem  non  excedunt  mille  libella- 
rum seu  francorum,  est  loci  Ordinarius,  audito  administrationis  Consilio, 
nisi  res  minimi  momenti  sit,  et  cum  eorum  consensu  quorum  interest. 

§  3.  Si  denique  de  rebus  quarum  pretium  continetur  intra  mille  libellas 
et  triginta  millia  libellarum  seu  francorum,  est  loci  Ordinarius,  dummodo 


384  REVISTA   CANÓNICA 

acceserit  consensus  tum  Capituli  cathedralis,  tum  Consilii  administratio- 
nis,  tum  eorum  quorum  interest. 

§  4.  Si  agatur  de  alienanda  re  divisibili,  in  petenda  licentia  aut  consen- 
su  pro  alienatione  exprimí  debent  panes  antea  alienatae;  secus  licentia 
irrita  est. 

Can.  /.555.— Sollemnitates  ad  normam  can.  1.530-1.532  requiruntur 
non  solum  in  alienatione  proprie  dicta,  sed  etiam  in  quolibet  contracta 
quo  conditio  Ecclesiae  peior  fíeri  possit. 

Can.  1.534.—%  1.  Ecclesiae  competit  actio  personalis  contra  eum  qu¡ 
sine  debitis  sollemnitatibus  bona  ecclesiastica  alienaverit  et  contra  eius  he- 
redes; realis  vero,  si  alienatio  nulia  fuerit,  contra  quemlibet  possessorem, 
salvo  iure  emptoris  contra  male  alienantem. 

§  2.  Contra  invalidam  rerum  ecclesiasticarum  alienationem  agere  pos- 
sunt  qui  rem  alienavit,  eius  Superior,  utriusque  succesor  in  officio,  tándem 
quiiibet  clericus  illi  ecclesiae  adscriptus,  quae  damnum  passa  sit. 

Can.  2.347. — Firma  nullitate  actus  et  obligatione,  etiam  per  censurara 
urgenda,  restituendi  bona  illegitime  acquisita  ac  reparandi  damna  forte 
illata,  qui  bona  ecclesiastica  alienare  praesumpserit  aut  in  iis  alienandis 
consensum  praebere  contra  praescripta  can.  534,  §  1,  et  can.  1.532: 

1.°  Si  agatur  de  re  cuius  pretium  non  excedit  mille  libellas,  congruis 
poenis  a  legitimo  Superiore  ecclesiastico  puniatur; 

2.°  Si  agatur  de  re  cuius  pretium  sit  supra  mille,  sed  infra  triginta  mil- 
lia  libellarum,  privetur  patronus  iure  patronatus;  administrator,  muñere 
administratoris;  Superior  vel  oeconomus  religiosus,  proprio  officio  et  ha- 
bilítate ad  cetera  officia,  praeter  alias  congruas  poenas  a  Superioríbus  ín- 
fligendas;  Ordinarius  vero  aliique  cleríci,  offícium,  benefícium,  dígnitatem, 
munus  in  Ecclesia  obtínentes,  solvant  duplum  favore  ecclesiae  vel  piae 
causae  lasae;  ceteri  cleríci  suspendantur  ad  tempus  ab  Ordinario  de- 
finíendum; 

3.^  Quod  si  beneplacitum  apostolicum,  in  memoratis  canonibus  praes- 
criptum,  fuerit  scienter  praetermissum,  omnes  quovis  modo  reos  sive  dan- 
do sive  recipiendo  sive  consensum  praebendo,  manet  praeterea  excomuni- 
catio  latae  sententiae  neminí  reservata. 


bibliografía 


Le  probléme  de  révolution.— Essai  d'un  systéme  expHcatif  des  formes  natu- 
relles,  par  Adolf  Spaldák.— De  150  págs.,  en  8.°— París,  G.  Beauchesne,  1919. 
Pr.  net.:  4  fr. 

Tres  fines,  todos  ellos  excelentes,  persigue  M.  Spaldák  en  este  ensa- 
yo: 1.°,  hacer  obra  apologética,  poniendo  de  relieve  las  magnificencias  de 
la  sabiduría  y  el  poder  divinos  en  la  creación  del  mundo  y  de  los  seres; 
2.°,  demostrar,  bien  que  de  rechazo  y  más  o  menos  directamente,  la  incon- 
sistencia o,  por  mejor  decir,  las  falsas  bases  en  que  pretende  apoyarse  el 
transformismo  o  doctrina  de  la  evolución  material  de  las  especies,  y 
S.*',  puesto  que  la  teoría  transformista  es  impotente  para  explicar  el  origen 
y  desarrollo  de  los  seres,  sustituirla  por  otra  que  el  autor  llama  teoría 
ideal.  Por  lo  que  toca  a  los  dos  primeros  fines,  nada  tenemos  que  decir, 
como  no  sea  que  aplaudimos  el  generoso  y  levantado  intento  de  M.  Spal- 
dák. Plausible  también  parécenos  el  tercero;  mas  hemos  de  manifestar  que 
ni  teórica  ni  prácticamente  es  aceptable  desde  el  punto  de  vista  científico 
la  concepción  que  en  este  ensayo  se  propone  como  «la  hipótesis  que  escla- 
rece mejor  todos  los  fenómenos  de  la  naturaleza».  A  nuestro  juicio,  la 
hipótesis  o  teoría  de  M.  Spaldák,  o  no  resuelve  nada,  o  viene  en  último 
término  a  darse  la  mano  con  el  transformismo,  sin  otra  diferencia  que  la 
de  poner  ideal,  donde  éste  escribe  o  dice  material,  física,  mecánica^  u  otros 
términos  equivalentes.  ¿Qué  valor,  si  no,  tienen  esas  leyes  ideales,  esos 
parentescos  ideales  y  esa  evolución  ideal,  que  se  dice  ser  producto  y  coro- 
namiento de  aquellas  leyes?  ¿Es  acaso  que  también  las  especies  y  los  indi- 
viduos pertenecen  a  una  categoría  ideal?  Monsieur  Spaldák  confiesa  que 
en  el  fondo  su  teoría  es  muy  antigua,  tan  antigua,  que  la  idea-madre  se  en- 
cuentra en  cualquier  manual  de  metafísica  escolástico-cristiana.  Así  es  la 
verdad.  La  doctrina  de  las  ideas  divinas  o  arquetipos  y  de  los  universales 
aute  rem,  pero  con  fundamento  in  re,  es  muy  vieja,  muy  cristiana  y  muy 
filosófica,  como  lo  es  también  la  que  enseña  que  el  mundo  no  es  efecto  del 
azar  y  que  la  obra  de  la  creación  responde  a  un  plan  sabiamente  previsto 
y  ordenado.  Mas  si  todo  esto  es  verdad,  y  en  ello,  justo  es  declararlo,  la 

25 


386  BIBLIOGRAFÍA 

explicación  de  nuestro  autor  discrepa  de  la  que  da  el  transformismo  ma- 
terialista y  ateo,  no  lo  es  menos  que  el  plan  divino  se  ha  desarrollado  y 
continúa  desarrollándose  en  seres  materiales  y  bajo  la  acción  de  causas, 
estímulos  o  fuerzas  materiales,  que  entran  también  en  los  planes  del  Crea- 
dor; estribando  precisamente  toda  la  dificultad  en  que,  si  bien  conocemos 
la  existencia  de  las  causas  segundas,  pero  ignoramos,  tanto  como  los  de- 
signios o  planes  del  Autor  de  la  Naturaleza,  el  modo,  el  tiempo  y  la  forma 
de  actuación  de  aquéllas  en  la  realización  de  éstos.  Es  decir,  que  el  punto 
de  partida  de  M.  Spaldák  es  firme,  seguro;  pero  desorientado,  a  nuestro 
entender,  el  camino  que  recorre,  o  sea,  la  explicación  que  da  acerca  del 
desarrollo  de  las  formas  y  constitución  de  los  grupos  o  especies  vegetales 
y  animales.  Más  y  mejor  que  teoría  ideal,  debiera  llamarla  su  autor  teoría 
idealista.  Refiriéndose  a  ella  en  conjunto,  dice  el  propio  M.  Spaldák:  «nues- 
tra ficción...»  Este  es  el  nombre  que  le  cuadra,  debiendo  nosotros  añadir^ 
para  terminar,  que  al  servicio  de  esta  ficción  ha  puesto  su  ilustre  autor  un 
caudal  no  escaso,  ni  al  alcance  de  todos,  de  conocimientos  científicos,  sin- 
gularmente en  ios  diversos  ramos  de  la  ciencia  natural.— P.  E.  Negrete, 


Officia  Majoris  Hebdomadae  et  Octavae  Paschatis.— Editio  cum  cantu.— 426 

páginas,  en  8.^— Editorial  Litúrgica  Española.— Barcinone,  via  Cortes,  581, 
MCMXX. 

Acaba  de  fundarse  la  Sociedad  Editorial  Litúrgica  Española,  Suceso- 
res de  Juan  Gili,  cuyo  primordial  objeto  es  emprender,  con  la  intensidad 
y  amplitud  que  el  ramo  editorial  exige,  la  publicación  de  obras  litúrgicas, 
y  en  general  toda  suerte  de  ediciones  y  publicaciones,  y  el  ejercicio  de 
las  industrias  y  comercios  con  ellas  relacionados. 

La  primera  muestra  que  recibimos  de  los  trabajos  de  dicha  Sociedad 
es  la  obra  que  anunciamos,  referente  sólo  a  las  Misas  de  Semana  Santa  y 
Pascua,  y  que  tiene  una  ventaja  muy  señalada  sobre  los  libros  más  comu- 
nes de  liturgia  y  es  el  canto  ritual.  En  cuanto  a  las  condiciones  tipográfi- 
cas, es  verdaderamente  muestra  muy  honrosa,  que  merece  todos  los  aplau- 
sos y  deja  vislumbrar  un  gran  porvenir  para  las  ediciones  de  todos  los  li- 
bros litúrgicos.— C.  G. 


BIBLIOGRAFÍA  387 


LIBROS   RECIBIDOS 

Concilium  Tridentinum.  Diariorum,  actor um,  episfolarum,  tracta- 
tuum  nova  coUectio. — Editit  Societas  Qoerresiana. 

VIII.  Actorum  pars  quinta.— Un  vol.,  de  XIV-1.024  págs.,  en  4.**  ma- 
yor. En  rústica,  54  pías.  En  pasta,  59,40  ptas. 

X.  Episiolarum  pars  prima.— Un  vol.,  de  LXXVI-996  págs.,  en  4.*> 
mayor. — En  rústica,  54  ptas.  En  pasta,  59,40  ptas.  Sumptibus  ac  typis 
B.  Herder,  typographi  editoris  pontificii.— Friburgi  Brisgoviae. 

— Theologia  Aíora/zs,  auctore  Augustino  Lehmkuhl,  S.  J.— Editio  duo- 
décima denuo  recognita  et  correcta.— 2  vols.,  en  4.°,  de  900  y  935  págs.,  res- 
pectivamente.— Friburgi  Brisgoviae,  B.  Herder. — MCMXIV.  En  rústica, 
16  ptas.  En  pasta,  20,70. 

—  Exigencias  ferroviarias  de  Ga//cw.— Memoria  por  D.  Constante 
Amor  y  Neveiro,  Pbro.  — Segunda  edición  corregida.— Tipografía  de  «El 
Eco  de  Santiago».— 1919. 

—Ministerio  Pastoral  de  la  Iglesia  Católica.— Carta  pastoral  del  Exce- 
lentísimo y  Rvmo.  Sr.  Dr,  D.  Juan  Benlloch  y  Vivó,  Arzobispo  de  Burgos. 

—La  predicación  litúrgica,  por  A.  Meyenberg.— Versión  de  la  quinta 
edición  alemana,  por  el  R.  P.  R.  Ruiz  Amado,  S.  J.— Segunda  edición  ex- 
tractada de  La  práctica  del  pulpito— \Jn  vol.,  de  315  págs.,  en  8.°— Barce- 
lona.— Librería  Religiosa,  calle  Aviñó,  20.— 1920. 

—Reiraites  fermées.  Practique  et  Theorie,  par  le  P.  Antoíne  Boissel. 
Un  vol.,  de  420  págs.,  en  8,°.— París,  Gabriel  Beauchesne.— 1920. 

— Liber  Céneseos,  —Texium  hebraicum  emendavit,  Latinum  vulgatum 
addidit  Godofredus  Hoberg.  Editio  altera.— Un  vol.,  de  417  págs.,  en 
12.**— Friburgi  Brisgoviae.  B.  Herder,  Typographus  Editor  Pontificius, 
En  rústica,  2,05  ptas.  En  pasta,  2,85. 

—Niños  santos  o  Leyendas  infantiles,  por  el  P.  Francisco  Hattier,  de 
la  Compañía  de  Jesús.  Obra  traducida  del  alemán  por  el  P.  Jerónimo  Ro- 
jas, de  la  misma  Compañía  Quinta  edición  cuidadosamente  revisada — Un 
vol.,  de  272  págs.,  en  8.° — Friburgo  de  Brisgovia  (Alemania).- B.  Herder, 
Librero.  Editor  Pontificio.— En  rústica,  2,35  pesetas.  En  pasta,  2,95. 

— Literatura  Universal,  por  Guillermo  Jünemann.— Quinta  edición, 
muy  mejorada.— Un  vol.,  de  325  págs.,  en  8.°— Friburgo  de  Brisgovia. 
B.  Herder,  1916.-4,05  y  4,25.  ptas. 

—Conspectus  Codicisjuris  Ca/zo/7/d.— Supplementum  ad  Institutiones 
Juris  Ecclesiastici  concinnavit  Josephus  Laurentius,  S.  J.— Un  vol.,  de  125 


388  BIBLIOGRAFÍA 

páginas,  en  4.°— Friburgi  Brisgoviae.  B.  Herder,  Typografus,  editor  pon- 
tifícius.—MCMXIX.— En  rústica,  4,50  ptas. 

—Quaestiones  praecipuae  morales.— Novo  ]uñ  Canónico  adaptatae 
quas  pro  appendice  Theologie  Moralis  brevitur  collegit  Augustinus  Lehm- 
kuhl,  S.  J.— Folleto  de  96  págs.  —  Friburgi  Brisgoviae.  B.  Herder.— ■ 
MCMXVIII.-0,85  ptas. 

—Dispüiaiiones  metaphysicae  de  ente  communi,  auctore  P.  Stanislao 
de  Backer,  S.  J.— Folleto  de  125  págs.— Paris.  Gabriel  Beauchesne.— 1919. 

— Asseria  Moralia,  auctore  M.  M.  Matharan.  S.  J.— Editio  decima  ter- 
cia cura  P.  Castillon,  S.  J. — De  302  págs.,  en  8.°— Gabriel  Beauchesne, 
Paris.— 1920. 

—Estudios  sobre  el  teatro  de  Lope  de  Vega,  por  D.  Marcelino  Me- 
néndez  y  Pelayo. — Edición  ordenada  y  anotada  por  D.  Adolfo  Bonilla  y 
San  Martín.— Tomo  1.  Un  vol.,  de  316  págs.,  en  4.°— Librería  de  Victo- 
riano Suárez.  Madrid. — 1919. 

—Carta  Pastoral  del  Emmo.  Sr.  Dr.  D.  Enrique  Almaraz  y  Santos, 
Cardenal-Arzobispo  de  Sevilla.— MCMXX. 

—La  Jurisprudencia  y  la  vida  del  Derecho.— Discurso  por  D.  Niceto 
Alcalá  Zamora.  Madrid.— 1920. 

—La  ley  del  Sacrificio.— C2iriSL  Pastoral  del  Eminentísimo  Señor  Car- 
denal-Arzobispo de  Toledo.— 1920. 

-Quelques  promoieurs  de  la  Meditation  Methodique  au  Quinziéme 
siéclCj  par  le  P.  Henri  Watrigant,  S.  J.— Folleto  de  83  págs.,  en  8.°  mayor. 
Paris.  Librairie  P.  Lethielleux. 

—Librito  de  Misa^  dedicado  a  los  niños  piadosos,  por  Gustavo  Mey. — 
De  148  págs.,  en  16.**— Octava  edición.,  B.  Herder.  Friburgo  de  Brisgo- 
via  (Alemania).— 0,85  ptas. 

—Critique  et  Catholique,  par  le  P.  Et.  Hugueny,  O.  P.— II.  Apologie 
des  dogmes.  Premiére  partie.— Un  vol.,  de  272  págs.,  en  8.°  Paris. — Li- 
brairie Letouzey  et  Ané.— 1914. 


CRÓNICA  GENERAL 


Madrid-Escorial,  29  de  Febrero  de  1920, 

EXTRANJERO 

Durante  la  última  quincena  han  seguido  los  aliados  su  conferencia 
en  Londres,  versando  las  discusiones,  de  una  manera  especial,  sobre  la 
contestación  a  la  última  Nota  de  Wilson  acerca  de  la  cuestión  del  Adriáti- 
co, las  relaciones  con  Rusia  y  el  problema  de  Turquía. 

La  actitud  de  indiferencia  que  la  Entente  adoptó  con  respecto  a  Wilson, 
nacida  de  la  creencia  de  que  éste  había  perdido  todo  su  poder  y  prestigio 
por  la  oposición  que  encontrara  en  el  Senado  y  por  su  enfermedad,  ha 
molestado,  como  es  natural,  al  Presidente  norteamericano,  que  ahora 
quiere  probarles  su  equivocación  y  obligarles  a  desandar  todo  el  camino 
recorrido  desde  que  prescindieron  de  él.  Si  no  logra  sus  deseos  de  que  los 
aliados  vuelvan  sobre  sus  pasos,  además  de  denunciar  al  mundo  las  inten- 
ciones de  la  Entente,  su  imperialismo  y  rapacidad,  retirará  del  Senado  el 
Tratado  deVersalles,  negociando  Norteamérica  una  paz  separada  con  Ale- 
mania. 

Esta  nueva  postura  de  Wilson  le  ha  merecido  de  la  Prensa  aliada  las 
más  duras  censuras,  llegando  a  calificarle  de  demente,  siendo,  por  tanto, 
irresponsable  de  sus  actos,  si  ya  no  es  que  está  dirigido  por  su  esposa,  que 
es,  al  decir  de  los  aliados,  la  que  actualmente  desempeña  el  cargo  de  Pre- 
sidente de  la  gran  República. 

Pero,  sea  como  quiera,  es  lo  cierto  que  los  aliados  se  han  detenido  en 
su  marcha  triunfal,  y  no  se  atreven,  sin  el  consentimiento  wilsoniano, 
a  dar  su  última  mano  al  zarandeado  problema  del  Adriático,  llegando  a 
consentir  Nitti,  el  más  interesado  en  esta  cuestión,  en  entablar  nuevas  ne- 
gociaciones directas  con  Mr.  Triumbitch,  jefe  de  la  Delegación  y  ministro 
de  Negocios  Extranjeros  de  Yugoeslavia,  para  ver  si,  de  acuerdo  con  éste, 
puede  aplicar  el  compromiso  del  Adriático  de  20  de  Enero. 


390  CRÓNICA  GENERAL 

Esta  ntieva  concesión  de  Nitti,  obtenida  a  ruegjos  de  Millerand  y  Lloyd 
George,  fué  comunicada  sin  pérdida  de  tiempo  al,  según  ellos,  loco  inqui- 
lino  de  la  Casa  Blanca,  solicitando  que  use  de  su  influencia  para  facilitar 
una  solución  amistosa. 

—Respecto  al  segundo  punto,  ha  tomado  la  Conferencia  de  Londres 
las  cinco  resoluciones  siguientes: 

Primera.    Suspensión  de  todo  suministro  de  armas  y  dinero  a  los  ejér- 
citos que  combaten  con  los  bolcheviques. 

Segunda.    Invitación  a  Polonia  para  que  suspenda  todo  ataque  contra 
los  bolcheviques. 

Tercera.    Promesa  de  ayudar  a  Polonia  y  los  Estados  bálticos,  caso  de 
que  hubiese  agresión  por  parte  de  los  bolcheviques. 

Cuarta.    Convención  con  los  agentes  de  los  Soviets  para  reanudar  las 
relaciones  comerciales  por  medio  de  Cooperativas. 

Quinta.    Se  evitará  en  los  pouparlers  la  cuestión  del  reconocimiento 
del  Gobierno  bolchevique. 

—En  el  problema  turco  aún  no  han  logrado  llegar  a  una  inteligencia, 
aunque  en  varios  extremos  han  acordado  ya  las  bases  fundamentales. 

Seis  puntos  comprende  esta  espinosa  cuestión:  la  independencia  de 
Armenia,  con  el  fin  de  librar  a  sus  habitantes  de  la  tiranía  otomana;  la 
anexión  de  Siria  por  parte  de  Francia;  la  unión  a  Grecia  de  la  península 
de  Gallípoli  y  la  Tracia,  y  la  concesión  a  Italia  de  una  extensa  zona  en  el 
Asia  Menor,  zona  que  comprenderá  toda  la  parte  occidental  de  dicha  re- 
gión, excepto  Smirna,  que  se  concede  a  Grecia.  Los  otros  dos  puntos,  en 
que  probablemente  no  lograrán  entenderse,  son  el  de  Constantinopla  y  los 
Dardanelos. 

Las  fantasías,  más  o  menos  verosímiles,  que  han  corrido  por  la  Prensa 
acerca  de  las  soluciones  de  estos  dos  puntos  expuestos  en  la  Conferencia, 
son  infinitas,  pero  ninguna  se  puede  dar  por  verdadera,  dada  la  absoluta 
reserva  que  sobre  esto  han  guardado  los  conferenciantes.  Hasta  tal  punto 
desea  Lloyd  George  que  no  se  haga  pública  la  verdad  de  lo  hasta  ahora 
convenido,  que  ha  quitado  su  empleo  a  un  funcionario  de  Negocios  Ex- 
tranjeros por  haber  revelado  el  contenido  de  un  telegrama  dirigido  al  almi- 
rante Robeck  comunicándole  que  Constantinopla  seguirá  siendo  otomana. 
Este  telegrama  estaba  en  pugna  con  la  Nota  oficial  británica  publicada  el 
mismo  día,  en  la  que  se  decía  que  todavía  no  se  había  resuelto  nada  sobre 
el  asunto. 

• 


CRÓNICA  GENERAL  391 

Los  culpables.— En  éste,  como  en  otros  muchos  artículos  del  Tratado 
de  Versalles,  van  cediendo  los  aliados  en  sus  excesivas  demandas. 

Respecto  a  este  punto,  empezaron  por  borrar  de  la  lista  a  todos  aquellos 
contra  quienes  no  existían  acusaciones  graves  y  terminantes;  ahora,  en  una 
nueva  Nota,  que  copiamos  a  continuación,  renuncian  a  que  Alemania  les 
entregue  los  800  culpables  que  reclamaba,  permitiendo  que  los  juzguen 
ios  mismos  alemanes. 

«Los  aliados  han  examinado  atentamente  la  comunicación  que  fué  diri- 
gida a  las  potencias  aliadas  y  asociadas  el  día  25  de  Enero  del  corriente 
año  por  el  Gobierno  alemán,  exponiendo  las  graves  consecuencias,  tanto 
políticas  como  económicas,  que  podría  tener  para  la  ejecución  del  Tratado 
de  Paz  de  28  de  Junio  de  1919  el  llevar  a  la  práctica  las  disposiciones  con- 
tenidas en  los  arüculos  228  y  230,  referente  a  la  entrega  de  los  alemanes 
acusados  de  haber  violado  las  leyes  y  las  costumbres  de  la  guerra. 

Las  potencias  aliadas  hacen  constar  que  desde  el  momento  en  que  Ale- 
mania declara  que  no  puede  ejecutar  las  obligaciones  que  para  ella  supo- 
nen los  referidos  artículos  del  Tratado  que  ella  firmó,  las  potencias  se  re- 
servan el  usar,  en  la  medida  y  en  la  forma  que  juzguen  conveniente,  los 
derechos  que  les  da  el  Tratado,  caso  de  confirmarse  la  expresada  hipó- 
tesis. 

Los  aliados,  sin  embargo,  toman  nota  de  la  declaración  hecha  por  el 
Gobierno  alemán  de  que  está  dispuesto  a  abrir  ante  el  Tribunal  Supremo 
de  Leipzig  un  procedimiento  penal,  rodeado  de  las  más  completas  garan- 
tías e  independiente  de  todos  los  juicios,  procedimientos  y  decisiones  an- 
teriores de  los  Tribunales  alemanes  civiles  o  militares,  contra  todos  los 
alemanes  cuya  extradición  piensan  pedir  las  potencias  aliadas  y  aso- 
ciadas. 

Este  procedimiento  que  propone  el  Gobierno  alemán  es  compatible  con 
el  art.  228  del  Tratado  de  Paz,  y  está  previsto  expresamente  al  decir:  t  Fie- 
les a  la  letra  y  al  espíritu  del  Tratado,  los  aliados  se  abstendrán  de  inter- 
venir en  nada  que  afecte  a  los  juicios  y  procedimientos  para  dejar  al  Go- 
bierno alemán  la  plena  y  entera  responsabilidad.  Ellos  se  reservan  el  apre- 
ciar por  los  hechos  realizados  la  buena  fe  alemana  en  el  reconocimiento 
de  los  crímenes  cometidos  y  su  sincero  deseo  de  asociarse  ai  castigo. 

Los  aliados  verán  igualmente  si,  ya  que  se  niega  a  entregarlos,  se  en- 
cuentra decidida  realmente  a  juzgarlos  ella  misma  en  el  Tribunal  de 
Leipzig. 

Al  mismo  tiempo,  los  aliados,  procurando  el  triunfo  de  la  verdad  y  la 
justicia,  decidieron  confiar  a  la  Comisión  mixta  interaliada  el  cuidado  de 
reunir,  publicar  y  comunicar  a  Alemania  el  detalle  de  ios  cargos  existentes 


392  CRÓNICA  GENERAL 

contra  cada  uno  de  ellos,  una  vez  establecida  su  culpabilidad  por  la  sen- 
sata realidad. 

Y,  por  último,  los  aliados  tienen  que  recordar  de  manera  formal  que 
el  procedimiento  seguido  ante  la  jurisdicción  propuesta  no  pueda  en  nin- 
gún caso  anular  los  artículos  228  y  230  del  Tratado.  Las  potencias  se  re- 
servan el  apreciar  si  los  procedimientos  propuestos  por  Alemania  para  ase- 
gurar a  los  culpables  todas  las  garantías  de  justicia  no  tienen  por  objeto 
substraerse  al  justo  castigo  que  deben  sufrir  por  sus  crímenes. 

Los  aliados  ejercerán,  si  fuera  necesario,  la  plenitud  de  su  derecho, 
obrando  por  mediación  de  sus  propios  Tribunales.» 

Por  fin,  pareciéndoles  mucho  800  inculpados,  han  resuelto  acusar  a 
cinco  alemanes  por  cada  potencia  del  grupo  de  las  vencedoras.  Estos  pri- 
meros inculpados  se  permitirá  que  sean  juzgados  por  los  Tribunales  ger- 
mánicos. 

Se  trata  de  supuestos  culpables  de  crímenes  sobre  cuya  realización  no 
hay  duda,  ya  que  contra  los  responsables  existen  pruebas  abrumadoras» 
Estos  procesos  darán  la  medida  de  la  imparcialidad  y  espíritu  de  justicia 
con  que  Alemania  está  dispuesta  a  castigar  los  delitos  cometidos  por  sus 
subditos  durante  la  guerra  en  los  países  invadidos. 

Para  designar  a  estos  cinco  culpables  por  cada  una  de  las  tres  naciones 
se  ha  constituido  una  comisión,  compuesta  de  lord  Birkenhead,  por  Ingla- 
terra; el  Sr.  Ignace,  por  Italia,  y  Gacquemin,  por  Francia. 

Al  mismo  tiempo  se  ha  acordado  que  las  demás  naciones  aliadas,  Polo- 
nia, Rumania,  Servia,  etc.,  formen  también  esta  primera  lista  «de  prueba». 

El  Gobierno  socialista  alemán  se  siente  orgulloso  y  afirmado  en  el  Po- 
der por  el  triunfo  que  él  cree  ha  obtenido  sobre  la  Entente. 

No.  No  ha  sido  el  Gobierno;  ha  sido  el  pueblo  alemán  el  que  ha  triun- 
fado, el  que  se  ha  salvado  a  sí  mismo,  el  que  con  su  actitud  decidida  rasgó 
la  lista  y  derrumbó  los  Tribunales  levantados  por  sus  enemigos  para  des- 
honrarle. En  este  asunto  el  Gobierno  socialista  alemán  iba  a  remolque  del 
pueblo  que  representaba;  obraba  contra  su  voluntad,  pues  sabido  es  que 
los  gobernantes  actuales  de  Alemania  son  los  primeros  en  desear  la  des- 
aparición de  los  hombres  reclamados  por  la  Entente,  porque  mientras 
esos  hombres  no  dejen  de  existir,  ellos  no  vivirán  tranquilos. 

Para  examinar  y  definir  su  actitud  respecto  a  esta  nueva  disposición  de 
los  aliados,  se  convocó  en  Berlín  una  reunión  de  generales,  a  la  que  asis- 
tieron Ludendorff,  von  Kluch,  von  Mirbach,  von  Tirpitz  y  otros  muchos 
jefes.  Sin  debate,  firmaron  una  declaración  en  la  cual  dicen  que  se  presen- 
tarán ante  el  Tribunal  de  Leipzig,  pero  no  ante  jueces  extranjeros.  Se  com- 
prometen a  no  intervenir  para  que  el  Gobierno  alemán  haga  la  lista  de 


CRÓNICA  GENERAL  393 

«culpables»  aliados,  aunque  dicen  que  el  pueblo  merece  conocerá  los  que 
mataron  a  sus  hijos  por  hambre  y  a  los  que  practicaban  le  netoyage  de 
trincheras. 

En  lo  que  no  se  encuentran  tan  dispuestos  a  ceder  es  en  la  extradición 
del  Kaiser.  En  el  comunicado  enviado  a  Holanda,  después  de  expresar  su 
asombro  por  no  hallar  en  la  Nota  que  esta  nación  les  envió  una  sola  pala- 
bra de  condenación  para  los  crímenes  cometidos  por  Guillermo  II,  la  ame- 
nazan si  persiste  en  su  actitud,  y  la  exhortan  a  que  cumpla  lo  por  ellos  or- 
denado. 

He  aquí  el  texto  de  la  Nota:  «Los  países  aliados  no  pueden  menos  de 
expresar  su  asombro  por  no  hallar  en  la  contestación  de  Holanda  una  sola 
palabra  de  condenación  para  los  crímenes  cometidos  por  el  Emperador, 
causante  de  esa  guerra,  cuyas  consecuencias  terribles  han  lanzado  a  la  mi- 
seria y  al  hambre  a  numerosas  naciones. 

No  es  posible  que  Holanda  se  coloque  fuera  del  grupo  de  las  demás 
naciones,  teniendo  un  concepto  poco  elevado  de  sus  deberes. 

Si  Holanda  persiste  en  la  actitud  adoptada  a  favor  del  Soberano  de  Ale- 
mania, tendrá  que  acatar  las  responsabilidades  por  proteger  a  un  criminal 
ante  las  acusaciones  de  la  justicia  y  por  permitir  una  propaganda  peligrosa 
para  Europa  y  para  el  mundo  entero. 

Los  derechos  que  poseen  en  virtud  de  los  más  nobles  principios  de 
derecho,  autorizan  a  las  potencias  aliadas  y  les  imponen  el  deber  de  tomar 
las  medidas  necesarias  en  pro  de  su  propia  seguridad. 

Las  potencias  aliadas  no  pueden  ocultar  la  penosa  inl'presión  que  les 
hizo  la  respuesta  del  Gobierno  holandés,  negándose  a  entregar  el  Empe- 
rador, sin  adoptar  siquiera  ciertas  medidas  de  precaución,  a  fin  de  impe- 
dir que  el  Soberano  pudiera  ejercer  influencia  alguna  en  lo  futuro. 

Aunque  la  proposición  holandesa  en  este  sentido  no  hubiese  corres- 
pondido totalmente  a  las  demandas  de  las;potencias  aliadas,  por  lo  menos 
hubiera  sido  una  prueba  de  que  tales  sentimientos  subsisten  en  Holanda. 

Las  potencias  aliadas  exhortan  al  Gobierno  holandés  de  una  manera 
solemne  y  urgente  a  que  tome  nuevamente  en  consideración  el  asunto  que 
le  fué  presentado.» 

Es  de  suponer  que  también  en  esta  cuestión  cederán  los  aliados  y  se 
conformarán  con  que  Holanda  tome  medidas  de  precaución  para  que  el 
Kaiser  no  influya  en  la  política. 

«  « 

Fra/zc/a.— Constituyó  para  Francia  una  crisis  de  gravedad  indudable 
la  huelga  general  de  ferroviarios.  Se  trata,  al  decir  del  presidente  del  Con- 


394  CRÓNICA  GENERAL 

sejo  francés,  de  una  huelga  revolucionaria,  y  no  parece  faltarle  razón,  pues 
en  ella  no  se  discuten  reivindicaciones  de  orden  económico,  sino  del  dere- 
cho de  disciplina  de  las  Empresas  y  el  que  quiere  imponer  el  sindicalis- 
mo. El  delegado  Campanaud  había  pedido  permiso  para  abandonar  el  ta- 
ller con  el  fin  de  asistir  a  una  reunión  sindical.  La  Compañía  le  negó  el 
permiso;  pero  el  delegado  se  lo  tomó  por  su  cuenta,  castigándole  enton- 
ces la  Compañía  a  quedarse  dos  días  sin  jornal.  Sus  compañeros  interce- 
dieron por  él,  y  al  no  ceder  la  Compañía,  se  declararon  en  huelga,  unién- 
dose a  ellos  luego  los  ferroviarios  de  todas  las  líneas  de  la  República, 
incluso  la  del  Oeste,  que  es  propiedad  del  Estado. 

Aunque  este  ha  sido  el  origen,  no  es,  sin  embargo,  la  causa;  las  discu- 
siones apasionadas  entre  mayoritarios  y  minoritarios  son  la  verdadera 
causa  del  conflicto.  Esa  causa  sale  del  estrecho  cuadro  del  incidente  Cam- 
panaud. En  realidad,  la  huelga  está  dirigida  contra  la  Federación  nacional 
de  Ferrocarriles,  cuyos  directores  son  atacados  todos  los  días  por  los  ex- 
tremistas, que  no  les  perdonan  el  que  hayan  renunciado  a  la  huelga  que 
debió  estallar  el  10  de  Febrero.  Desde  ese  día  los  minoritarios,  que  son 
muy  numerosos  entre  los  ferroviarios  parisinos,  no  buscan  más  que  una 
ocasión  para  provocar  un  movimiento  que  les  permita  reemplazar  a  los 
directores  de  la  Federación.  El  incidente  Villeneuve  Saint  Qeorges  les  ha 
parecido  excelente  pretexto  y  se  han  aprovechado  de  él. 

En  el  aviso  declarando  la  huelga  general  se  afirma  que  dicha  medida 
ha  sido  adoptada  después  de  haber  resultado  infructuosas  todas  cuantas 
gestiones  se  han  realizado  cerca  de  la  Compañía  Paris-Lyon-Mediterráneo, 
del  ministro  del  Trabajo  y  del  presidente  del  Consejo  de  Ministros.  La 
Comisión  ejecutiva  aconseja  a  todos  los  afiliados  que  la  orden  de  huelga 
general  sea  ejecutada  con  el  mayor  orden,  y  les  indica  que  el  trabajo  no 
será  reanudado  más  que  por  una  orden  de  la  Federación  nacional.  Y  esta 
orden  no  se  dará  hasta  que  se  haya  obtenido  completa  satisfacción  en  lo 
que  se  refiere  a  las  libertades  sindicales  que  han  sido  violadas.  No  se  orde- 
nará la  reanudación  del  trabajo  hasta  que  no  se  haya  logrado  una  contes- 
tación satisfactoria  a  propósito  de  nuestras  reclamaciones. 

Estas  reclamaciones  se  refieren  al  levantamiento  del  castigo  al  delegado 
Campanaud;  sentar  el  principio  de  la  nacionalización  de  los  ferrocarriles; 
aplicación  inmediata  de  la  escala  de  sueldos;  pago  inmediato  de  las  indem- 
nizaciones por  la  carestía  de  la  vida.  Las  mismas  ventajas  deberán  ser  con- 
cedidas a  los  acompañeros  aspirantes  y  al  personal  femenino  de  acuerdo 
cotv  la  fórmula  que  a  trabajo  igual  debe  corresponder  salario  igual. 

Las  Compañías,  por  su  parte,  se  muestran  intransigentes.  Cuentan  con 
el  apoyo  del  Gobierno,  que,  a  su  vez,  busca  el  del  Parlamento  y  el  de  la 


CRÓNICA  GENERAL  395 

opinión,  para  el  caso  de  recurrir  a  medidas  de  rigor  contra  los  huel- 
guistas. 

Para  recabar  esta  ayuda  del  Parlamento,  el  ministro  de  Trabajos  públi- 
cos presenta  un  proyecto  para  la  requisa  del  material  y  de  los  locales, 
además  de  las  vías  férreas,  en  caso  de  interrupción  de  los  transportes  por 
ferrocarril. 

Monsieur  Lobet  dice  que  no  puede  asociarse  a  un  proyecto  cuyo  fin  es 
quebrantar  una  huelga  basada  en  intereses  corporativos. 

«Es  necesario— agrega— que  los  ministros  consigan  que  el  castigo  in- 
flingido al  ferroviario  Campanaud  sea  levantado,  e  inmediatamente  la  Fe- 
deración dará  la  orden  de  reanudar  el  trabajo. 

El  presidente  del  Consejo  debe  decirnos  lo  que  piensa  hacer.» 

Monsieur  Millerand  sube  entonces  a  la  tribuna. 

«Es  un  asunto  de  disciplina— dice  Millerand—,  el  Gobierno  no  se 
considera  con  derecho  a  intervenir.  Todavía  no  se  ha  tratado  de  un  arbi- 
traje; pero  si  mañana,  una  vez  reanudado  el  trabajo,  se  pidiera  ese  arbitra- 
je, el  Gobierno  nombrará  una  Comisión  arbitral  y  ante  ella  planteará 
el  caso. 

¿Puede  creerse  que  porque  haya  sido  castigado  un  obrero  con  dos  días 
de  suspensión  se  ponga  en  peligro  la  vida  económica  del  país?  No  esta- 
mos en  presencia  de  demandas  corporativas;  estamos  frente  a  un  movi- 
miento político,  frente  a  un  movimiento  revolucionario,  para  llamarle  por 
otro  nombre,  desencadenado  por  un  motivo  pueril;  y  esto  es  tan  grave  que 
al  principio  del  movimiento,  la  Federación,  sobrecogida  por  la  despropor- 
ción entre  la  huelga  y  su  causa,  se  ha  entretenido  en  exponer  una  larga 
lista  de  agravios. 

Ante  una  situación  tan  clara— prosigue  el  presidente  del  Consejo—,  el 
Gobierno  tomará  las  medidas  necesarias.  Impondrá  a  la  población  las  res- 
tricciones indispensables;  asegurará  los  medios  de  transporte  también  in- 
dispensables. No  retrocederá  ante  ningún  medio  legal.  Ya  hay  movilizadas 
tres  quintas  de  ingenieros  en  la  línea  París-Lyon-Mediterráneo.  Si  en  al- 
guna parte  se  apelara  a  la  violencia  o  a  la  provocación,  se  haría  justicia 
inmediatamente.  Hago  un  llamamiento  a  los  ferroviarios,  a  su  buen  senti- 
do y  a  su  patriotismo.  No  se  dan  cuenta  del  mal  que  hacen  al  país.  Por 
encima  de  la  solidaridad  corporativa  está  la  solidaridad  nacional.» 

Monsieur  Millerand  es  objeto  de  una  gran  ovación. 

Interviene  M.  About,  quien  obliga  a  M.  Millerand  a  dar  algunas  expli- 
caciones sobre  su  entrevista  con  los  delegados  ferroviarios. 

«Les  he  dicho— declara  el  presidente— que  si  se  había  cometido  un 
error,  sería  may  fácil  averiguarlo  y  repararlo.  Dije  que  bastaba  con  reanu- 


396  CRÓNICA  GENERAL 

dar  el  trabajo  y  someter  después  el  caso  litigioso  al  examen  de  una  Comi- 
sión arbitral.  Esta  es  la  proposición  que  yo  he  hecho;  espero  la  respuesta.» 

Se  reclama  la  terminación  del  debate,  que  se  acuerda,  a  pesar  de  las 
vehementes  protestas  de  los  socialistas. 

El  artículo  1.°,  que  fija  el  principio  general  de  la  requisa,  es  adoptado 
por  una  enorme  mayoría. 

La  Cámara  aprueba  por  510  votos  contra  70  el  proyecto  de  requisa  del 
material  y  líneas  férreas. 

—El  Senado  aprobó  también  un  proyecto  de  ley,  referente  a  la  requisa 
de  material  y  locales  distintos  de  los  de  las  vías  férreas,  para  poder  hacer 
frente  a  cualquier  eventualidad  originada  por  la  huelga  ferroviaria. 

La  actitud  firme  del  Gobierno,  resuelto  a  no  retroceder  ante  el  conflicto 
ha  producido  en  toda  la  nación  una  impresión  excelente,  confiando  en  que 
tal  situación  no  puede  durar  mucho  tiempo. 


Inglaterra.— Ningún  acontecimiento  ha  cautivado  tanto  a  la  opinión  in- 
glesa desde  que  se  firmó  el  armisticio  como  el  triunfo  alcanzado  por  As- 
quith,  triunfo  que  encarna  un  grave  peligro  para  el  Tratado  de  Versalles. 
Dos  puntos  capitales  tiene  Asquith  en  su  programa  que  motivarán  en  la 
Cámara  de  los  Comunes  enconadas  luchas  entre  él  y  Lloyd  Qeorge,  su  an- 
tiguo enemigo:  la  desaparición  de  la  diplomacia  secreta  y  la  revisión  del 
Tratado  de  Paz. 

Las  corrientes  favorables  que  a  estas  dos  tendencias  se  observan  en  In- 
glaterra darán  mucha  autoridad  a  la  acción  de  Asquith  y  pueden  ser  de  más 
transcendencia  que  la  campaña  de  Robert  Cecil  emprendida  a  raíz  de  la 
victoria.  Asquith  puede,  además,  en  la  Cámara  dar  a  la  oposición  la  direc- 
ción y  la  unidad  que  le  faltaba,  a  lo  que,  en  parte,  debe  Lloyd  Qeorge  sus 
triunfos. 

En  torno  de  Asquith  se  agrupan  fuerzas  enormes.  Además  de  lord  Ro- 
bert Cecil,  le  prestan  su  poderosa  ayuda  Grey  y  lord  Northolife. 

Ahora,  pues,  empezará  una  encarnizada  guerra  entre  los  dos  hombres 
representantes  de  los  dos  partidos  más  influyentes  de  Inglaterra. 


Rusia.— Los  bolcheviques  que,  según  las  agencias  telegráficas,  iban  de 
derrota  en  derrota  y  se  encontraban  en  plena  desorganización,  son  hoy 
dueños  de  casi  todo  el  antiguo  imperio  ruso.  Ludenitch  ha  sido  completa- 


CRÓNICA  GENERAL  397 

mente  derrotado;  Kolchat,  después  de  sufrir  enormes  descalabros,  ha  sido 
capturado  con  todo  su  Estado  Mayor  y  el  núcleo  principal  de  sus  ejérci- 
tos, siendo  por  fin  fusilado  por  sus  propias  tropas;  Denikin  se  encuentra  en 
situación  desesperada,  sin  medios  de  combate,  y  su  ejército  desorganizado. 

Militarmente,  la  situación  de  los  bolcheviques  es  excelente.  Su  ejército, 
muy  superior  a  los  ejércitos  enemigos,  dirigido  por  generales  del  Zar  y 
por  oficiales  alemanes,  con  una  férrea  disciplina  y  con  material  de  guerra 
y  dinero  en  abundancia,  es  hoy  realmente  un  ejército  formidable. 

Los  Estados  fronterizos  que  debían  formar  el  cerco  de  hierro  ideado 
por  Clemenceau,  temerosos  de  que  no  fuera  lo  suficientemente  fuerte  para 
resistir  las  victoriosas  hordas  de  Trotsky,  han  celebrado  la  paz  o  andan  en 
tratos  con  los  Soviets.  Así,  después  de  la  paz  ccn  Estonia  y  Letonia,  em- 
pieza Polonia  a  negociar  con  los  rojos.  Alemania,  a  las  proposiciones  de 
paz  que  el  Gobierno  de  Moscou  le  ha  hecho,  ha  contestado  que  la  paz  en- 
tre Alemania  y  Rusia  fué  firmada  en  Brest-Litowsk. 

Esta  resurrección  del  famoso  Tratado,  parece  más  bien  un  deseo  de  an- 
ticiparse a  la  Entente  en  el  reconocimiento  de  la  Rusia  sovietista,  pues  co- 
nocidos son  de  todos  los  anatemas  que  los  actuales  gobernantes  alemanes 
han  lanzado  contra  los  autores  de  esta  paz  con  Rusia. 

Los  aliados,  en  la  imposibilidad  de  vencer  a  los  leninistas  con  las  ar- 
mas, y  vista  la  indiferencia  de  Europa  ante  la  campaña  de  la  Prensa  ingle- 
sa que  pedía  una  cruzada  de  todos  los  pueblos  contra  las  fieras  del  bol- 
cheviquismo, con  el  fin  de  que  libraran  a  sus  colonias  del  peligro  que  las 
amenazaba,  han  comprendido  la  necesidad  de  entrar  en  relaciones  con  la 
nueva  Rusia.  El  primero  en  transigir  ha  sido  Lloyd  George,  porque,  según 
él,  cel  pretender  extirpar  el  bolcheviquismo  por  la  fuerza  es  una  locura,  el 
bloquearlo  es  el  asesinato  de  seres  inocentes,  y  la  ayuda  a  los  antibolche- 
viques supone  la  restauración  del  antiguo  régimen.  La  única  política  posi- 
ble es  la  de  emprender  negociaciones  con  las  distintas  fracciones  rusas.» 

Esta  opinión  la  hizo  suya  Nitti,  y  aunque  en  Francia  se  oponían  a  este 
cambio  de  relaciones  con  Rusia,  al  fin  Millerand  ha  declarado  que  recono- 
cerá a  los  Soviets,  lo  mismo  que  Inglaterra,  el  Japón,  Italia  y  Alemania.  Ya 
han  convenido  las  naciones  aliadas  en  no  adoptar  una  política  de  agresión 
hacia  ese  país;  en  alentar  lo  más  posible  las  relaciones  comerciales  entre 
Rusia  y  el  resto  de  Europa;  a  las  relaciones  comerciales  seguirán  las  diplo- 
máticas en  el  momento  en  que  el  Gobierno  de  Moscou  modifique  sus  mé- 
todos sanguinarios. 

Por  su  parte  los  directores  del  bolcheviquismo  no  ocultan  sus  anhelos 
de  paz  y  el  deseo  de  ver  reconocidos  por  los  Gobiernos  europeos  el  esta- 
do de  cosas  por  ellos  creado.  «El  mundo  entero  sabe,  ha  dicho  Lenin,  que 


3Q8  CRÓNICA  GENERAL 

estamos  dispuestos  a  concertar  la  paz,  haciendo  concesiones  que  satisfarán 
al  capitalismo  más  imperialista. 

Hemos  dicho  y  hemos  repetido  que  deseamos  la  paz,  y  hemos  declara- 
do que  nos  encontramos  dispuestos  a  conceder  al  capital  extranjero  las  más 
amplias  concesiones  y  con  las  mejores  garantías;  pero  no  queremos  que  se 
nos  estrangule  en  nombre  de  la  paz.» 

Y  Trotsky,  en  una  entrevista  que  con  él  celebró  el  corresponsal  en  Mos- 
cou del  New  York  World,  ha  hecho  las  siguientes  declaraciones: 

«No  obstante  las  aplastantes  victorias  obtenidas  por  el  ejército  rojo, 
estamos  dispuestos  hoy  a  hacer  la  paz,  como  lo  hemos  estado  siempre.  El 
primero  que  reanude  con  nosotros  las  relaciones  amistosas  será  el  primera 
que  se  aprovechará  de  las  ventajas  comerciales  que  de  ello  se  deriven.» 

Tres  veces  en  el  curso  de  la  conversación,  que  duró  el  espacio  de  una 
hora,  Trotsky  insistió  en  las  ventajas  que  obtendría  la  primera  potencia  que 
concierte  la  paz  con  los  Soviets. 

«Nosotros — continuó  diciendo  el  comisario  del  departamento  de  Gue- 
rra—deseamos la  paz  para  el  restablecimiento  de  la  situación  económica. 
En  estos  diez  y  ocho  meses,  durante  los  cuales  todas  las  potencias  del  ca- 
pital imperislista  que  el  mundo  ha  podido  arrastrar  para  que  luchasen 
contra  nosotros,  han  procurado  destruirnos,  y  nosotros  hemos  necesitada 
concentrar  todos  nuestros  esfuerzos  sobre  las  medidas  militares,  hemos 
tenido  que  sacrificar  al  bienestar  de  nuestro  pueblo  y  la  salud  de  las  gene- 
raciones futuras  a  las  necesidades  desesperadas  de  la  hora.  Ningún  otra 
Estado  del  mundo  habría  podido  hacer  lo  que  Rusia,  en  bancarrota  san- 
grante y  hambrienta  por  espacio  de  cuatro  años  de  matanzas  imperialistas, 
ha  realizado  en  los  dos  últimos  años.  Todos  los  Estados  del  Báltico  están 
al  habla  con  nuestros  comisarios  para  concertar  la  paz.  Esta  ya  sólo  es 
cuestión  de  tiempo.  No  os  refiero  nada  nuevo.  Ya  lo  discutimos  con  Mon- 
sieur  Francis,  vuestro  embajador,  hace  dos  años,  y  con  vuestros  represen- 
tantes militares.  En  aquella  época  pregunté  a  las  Misiones  aliadas,  cuando 
organizamos  el  ejército  rojo,  si  nos  ayudarían  a  rechazar  a  los  alemanes. 
Nos  contestaron  que  desearían  responder  afirmativamente,  pero  que  an- 
tes necesitaban  consultar  con  los  respectivos  Gobiernos  por  telégrafo. 
Hace  de  ello  dos  años,  y  todavía  estoy  esperando  la  contestación.  A  pesar 
de  todo,  nuestras  condiciones  de  paz  siguen  en  pie.  Reconocemos  que  te- 
nemos necesidad  de  ayuda  exterior  para  colocar  al  país  en  buena  situa- 
ción industrial  y  económica.  Es  esa  una  gig^antesca  labor  que  requiere  dos, 
cinco,  acaso  diez  años,  para  poder  llevarla  a  cabo.  Pero  merced  al  espíritu 
indomable  de  nuestro  proletariado,  eso  se  realizará  con  una  rapidez  y  una 
competencia  que  sorprenderá  a  nuestros  enemigos. 


CRÓNICA  GENERAL  399 

Jamás  nuestras  tropas  han  estado  en  mejor  situación.  Koltchak  y  Yude- 
nitch  se  hallan  fuera  de  cuenta.  El  fin  de  Denikin  se  aproxima.  Los  cosa- 
cos lo  abandonan;  es  decir,  las  únicas  fuerzas  de  que  dispone.  Cuando  de 
asuntos  militares  se  trata,  es  muy  difícil  ser  profeta;  pero  puedo  decir  que, 
dentro  de  un  mes  o  dos,  nuestras  divisiones,  avanzando  siempre,  a  pesar 
de  la  temperatura  helada  y  de  otras  contrariedades  atmosféricas,  se  habrán 
apoderado  de  las  últimas  bases  estratégicas  de  Denikin.  De  forma  que  an- 
tes de  la  primavera  nos  apoderaremos  de  todos  nuestros  enemigos  en  ar- 
mas, a  menos  que  la  Entente  envíe  contra  nosotros  sus  senegaleses,  sus 
malgachos,  sus  anamtas  y  cualesquiera  otros  elementos. 

Pero  si  se  concierta  la  paz,  nos  apresuraremos  a  desmovilizar,  y  re- 
vertiremos nuestras  energías  a  los  problemas  domésticos. 

El  ejército  rojo,  contra  lo  que  se  ha  propalado,  es  el  organismo  más 
antimilitarista  que  hoy  existe.  Nueve  por  cada  diez  de  sus  organizadores 
son  trabajadores  y  aldeanos,  todos  pacifistas.  El  décimo  que  resta  se  com- 
pone de  militares  de  carrera,  oficiales  que  servían  en  tiempos  del  Zar,  y 
que  ahora  sirven  a  los  Soviets.  De  ellos,  999  por  1.000  simpatizan  con  nos- 
otros, porque  son  patriotas  y  comprenden  que  somos  el  único  grupo  que 
trabaja  por  el  mejoramiento  de  la  situación  de  la  masa  del  pueblo  ruso  y, 
por  consecuencia,  por  Rusia. 

Por  mi  parte,  puedo  confesar  que  soy  el  hombre  menos  militarista 
del  mundo.» 

Resultado  de  todo  esto  es  que  el  régimen  bolcheviquista  se  extiende  y 
se  consolida.  Decididos  ya  los  aliados  a  comerciar  con  las  Cooperativas 
rusas,  y  a  no  prestar  auxilio  a  los  antibolcheviques,  Lenin  puede,  libre  de 
enemigos,  dedicarse  a  fundamentar  su  obra.  Pero  es  el  caso,  verificado  en 
todas  las  revoluciones,  que  paralelamente  a  esa  consolidación  se  va  ope- 
rando una  evolución  conservadora  en  el  bolcheviquismo.  No  sólo  en  el 
campo,  donde  ha  echado  sus  raíces  más  profundas,  sino  en  las  fábricas  y 
en  los  talleres,  los  Soviets  han  evolucionado,  suprimiendo  los  Consejos  de 
fábrica  y  estableciendo  jornadas  que  llegan  a  las  doce  horas. 

T.  Fernández. 
ESPAÑA 

T^.  Con  motivo  de  la  renuncia  del  general  Milán  del  Bosch  (substitución 
la  llaman  algunos),  resultaron  algunas  salpicaduras  que  motivaron  la  crisis 
del  Gobierno,  que  se  resolvió  dejando  la  cartera  de  Fomento  el  Sr.  Gime- 
no,  de  la  que  se  encargó,  provisionalmente,  el  jefe  del  Gobierno,  Sr.  Allen- 
desalazar  y  siendo  nombrado  para  la  misma  el  Sr.  Ortuno,  hombre  de 
grandes  prestigios  y  que  ha  dejado  muy  buenos  recuerdos  en  los  diversos 


400  CRÓNICA  GENERAl^ 

cargos  públicos  que  ha  desempeñado  con  gran  competencia,  principalmen- 
te en  la  Dirección  de  Correos,  pues  al  frente  de  ella  implantó  el  Giro  Pos- 
tal, los  bonos  y  paquetes  postales,  el  cobro  de  efectos  de  comercio,  la  Caja 
de  Ahorros,  la  nueva  casa  de  Correos  y  otras  muchas  obras  que  llevan  su 
nombre.  También  se  distingue  como  orador  y  posee  un  espíritu  organiza- 
dor admirable,  es  amante  del  trabajo  y  hombre  de  moral  intachable. 

—La  situación  de  Barcelona  parece  por  ahora  resuelta,  y  aunque  ha 
habido  gran  rovuelo,  sobre  todo  a  raíz  de  la  renuncia  del  general  Miláns 
del  Bosch,  pues  aun  contando  con  el  acierto  del  Gobierno  en  el  nombra- 
miento del  general  Weyler  para  substituir  a  aquél,  las  manifestaciones  de 
simpatía  de  que  fué  objeto  el  susodicho  general  y  las  de  disgusto  y  des- 
agrado que  se  patentizaron  a  la  llegada  de  Weyler,  hicieron  por  un  mo- 
mento temer  por  la  seguridad  de  la  tranquilidad  pública.  Pasados  esos 
primeros  momentos  de  ansiedad,  ya  parece  que  van  las  corrientes  por  su 
cauce  natural  y  se  ha  impuesto  al  fin  el  buen  sentido,  después  de  las  decla- 
raciones hechas  por  el  Gobierno,  contando  con  la  garantía  de  los  presti- 
gios del  general  Weyler,  la  disciplina  del  ejército,  al  que  se  ha  querido 
achacar  intenciones  que  nunca  tuvo,  y  las  declaraciones  recientes  del  be- 
nemérito general  Miláns  del  Bosch,  hechas  a  su  llegada  a  Madrid.  Según 
ellas,  la  cuestión  de  Barcelona  no  se  resuelve  sino  con  leyes  sociales,  con 
la  sindicación  gremial  forzosa,  con  los  Consejos  paritarios  y  con  otras  me- 
didas, como  la  intervención  del  Estado  en  el  manejo  de  los  fondos,  cosa 
esencialísima.  Respecto  a  la  cuestión  militar,  dijo  también  que  estaba  re- 
suelta, que  la  disciplina  era  perfecta  y  que  todos  los  militares  estaban  en 
sus  puestos  y  dispuestos  a  obedecer.  Dijo,  por  último,  que  no  tendría  in- 
conveniente en  volver  a  Barcelona  con  un  Gobierno  fuerte,  serio  y  que  le 
dispensara  la  asistencia  debida. 

— El  Debate  ha  empezado  una  campaña  de  educación  social,  organi- 
zando al  efecto  una  serie  de  conferencias  sociales,  dadas  por  los  oradores 
parlamentarios  de  más  prestigio.  Ha  comenzado  la  serie  de  ellas  D.  Ángel 
Ossorio  y  Gallardo,  y  dará  la  última  D.  Antonio  Maura. 

— La  comisión  general  de  Presupuestos  ha  examinado  el  referente  al 
del  Ministerio  de  Gracia  y  Justicia,  acordando  el  aumento  en  los  haberes 
del  clero  parroquial  y  catedral.  «El  clero  parroquial,  y  aun  todo  el  clero  es- 
pañol-dice El  Universo,  a  este  propósito—,  debe  gratitud  al  Gobierno 
que  ha  apoyado  el  acuerdo,  a  la  ponencia  que  lo  ha  formulado,  y  sobre 
todo  a  los  reverendos  prelados  y  a  las  comisiones  de  eclesiásticos  que  hace 
tanto  tiempo  vienen  trabajando  sin  descanso  para  lograr  unas  mejoras,  que 
no  sólo  demandan  la  carestía  de  la  vida  moderna,  sino  también  la  digni- 
dad de  una  clase  benemérita  y  sufrida  hasta  el  heroísmo. 

P.  Gutiérrez. 


LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS 


(conclusión) 

Conste  que  es  una  verdadera  locura  pretender  mejorar  la  vida  hu- 
mana individual  y  socialmente  por  la  supresión  del  trabajo:  tan  locura 
como  pretender  aumentar  el  agua  y  fuerza  de  un  río  secando  las  fuen- 
tes de  donde  procede.  Individualmente,  por  regla  general,  el  obrero  que 
tiene  pocas  horas  de  trabajo  y  abundancia  de  jornal  no  se  va  a  la  bi- 
blioteca, a  una  cátedra  que  lo  ilustre,  a  la  iglesia...,  va  a  la  taberna,  al 
garito,  al  café,  al  cine...  a  matar  el  tiempo,  a  gastar  Jas  horas  sustraí- 
das al  trabajo  de  las  cuales  no  sabe  qué  hacer,  y  para  ocuparlas  emplea 
el  aumento  del  jornal,  cuando  no  es  entero,  dejando  a  la  familia  en  la 
miseria  con  todas  sus  consecuencias.  Yo  no  digo  que  no  haya  honrosí- 
simas excepciones,  pero  reto  a  los  conocedores  de  la  vida  obrera  a  que 
me  digan,  con  la  mano  puesta  sobre  la  conciencia,  si  el  bosquejo  ante- 
rior no  se  halla  fundado  en  la  realidad.  De  manera  que  la  disminución 
de  horas  de  trabajo  no  sirve  para  la  elevación  y  dignificación  del  obre- 
ro, sino  para  su  rebajamiento,  para  envilecerse  con  toda  clase  de  exce- 
sos, para  su  degradación  moral  y  su  degeneración  física.  La  taberna,  el 
cafetucho  y  demás  lugares  donde  anida  el  vicio,  consumen  más  energías 
y  destruyen  más  el  vigor  de  la  raza  que  el  trabajo  dilatado,  pero  no  ex- 
tendido hasta  la  extenuación.  Hace  mucho  tiempo  que  existe  el  refrán 
castellano  «la  ociosidad  es  madrs  de  todos  los  vicios>,  y  esto  se  halla 
plenamente  comprobado  hoy  en  la  actual  situación  obrera.  Búsquese 
un  medio,  si  lo  hay,  de  hacer  trabajar  en  una  u  otra  forma  y  clase  de 
trabajo  a  todos  los  ricos,  pero  empujar  a  los  pobres  a  la  holganza  es 
matar  la  vida  de  hogar,  la  vida  morigerada,  la  vida  sana;  es  cooperar  de 
manera  indirecta  al  envenenamiento  físico  y  moral  del  obrero  en  los 
Centros  de  reunión. 

LA  Ciudad  de  dios.— Año  XL.— Núm.  1.124.  28 


402  LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS 

Socialmente  es  también  un  desastre  por  ser  una  regresión,  un  salto 
atrás  en  el  camino  del  progreso,  pues  la  vida  intensa  es  propia  de  altas 
civilizaciones  y,  en  cambio,  la  remisa  lo  es  de  pueblos  bárbaros  o  de- 
generados. Por  otra  parte,  los  grandes  elementos  de  cultura  y  de  como- 
didad, como  bibliotecas,  centros  de  enseñanza,  museos...;  las  carreteras, 
vías  férreas  y  toda  clase  de  medios  de  locomoción,  así  como  las  comu- 
nicaciones postales,  telegráficas  y  telefónicas,  que  tantas  facilidades  dan 
para  la  vida  de  relación  y  la  administración  pública  en  general,  se  ve- 
ría precisada  a  reducirse,  quedando  al  nivel  de  los  pueblos  rezagados  y 
pobres,  porque  la  falta  de  riqueza  particular  secaría  las  fuentes  de  los 
ingresos  del  Estado.  Además,  la  decadencia  individual  produce  siempre 
la  colectiva,  por  ser  uno  mismo  el  ser  individual  y  el  integrante  del  co- 
lectivo. 

Por  cualquier  lado  que  se  contemple  el  probrema,  el  disminuir  más 
allá  de  ciertos  límites,  dados  en  cada  caso  por  las  condiciones  del  ofi- 
cio, las  horas  de  trabajo,  es  un  mal  paso,  y  si  a  esto  se  añade  el  aumento 
de  salario  más  allá  de  los  límites  impuestos  por  la  justicia,  el  mal  paso 
es  una  caída  en  el  abismo,  de  donde  difícilmente  se  podrá  salir. 

Entienden  algunos  que  resolver  el  problema  social  es  contentar  al 
elemento  obrero  a  fuerza  de  concesiones,  sin  preocuparse  de  su  justicia 
o  injusticia,  si  son  elementos  de  vida  moral  y  económica  o  gérmenes 
de  muerte,  a  fin  de  evitar  alborotos  y  algaradas,  lo  cual  no  es  resolver- 
lo, sino  transferirlo  agravado  a  sus  sucesores.  Si  se  prescinde  de  la  jus- 
ticia, base  primordial  en  las  relaciones  humanas,  nada  firme  y  seguro 
puede  construirse,  todo  será  precario  y  movedizo,  como  movedizos  son 
los  caprichos  humanos,  y  no  hay  nada  capaz  de  poner  límites  a  los 
insaciables  deseos  del  hombre  si  las  superiores  normas  de  la  justicia 
no  se  los  pone.  Cuando  se  concede  una  cosa  no  por  lo  justo  de  la  peti- 
ción, sino  por  la  fuerza  que  ostentan  los  demandantes,  el  orden  social 
queda  herido  de  muerte  y  erigido  el  tiránico  imperio  de  los  desapren- 
sivos, de  los  osados,  de  los  ambiciosos.  Además  los  buenos  son  impuK 
sados  hacia  el  mal  al  ver  que  sólo  los  prevaricadores  son  oídos  y  con- 
siderados, lo  cual  es  horriblemente  desmoralizador. 

Es  triste  y  demuestra  lo  que  se  puede  esperar  de  los  leaders  socia- 
listas y  sindicalistas,  cómo  estudian  las  cuestiones  sociales  y  en  qué 
fundamentan  sus  peticiones.  En  la  Casa  del  Pueblo  y  en  las  reuniones 
similares  no  se  estudian  los  problemas  a  sangre  fría  y  mirando  el  in- 


LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS  403 

teres  general  y  a  las  normas  de  lo  justo,  sino  se  resuelven  de  plano  y 
mirando  sólo  a  las  conveniencias  inmediatas  y  tangibles  de  la  clase 
obrera.  Por  eso  no  somos  partidarios,  a  no  ser  transitoriamente,  de  las 
Asociaciones  en  que  se  distancian  unas  clases  de  otras,  donde  los  obre- 
ros sólo  oyen  hablar  de  las  conveniencias  de  los  obreros,  como  si  no 
hubiese  en  el  mundo  más  que  obreros,  y  los  patronos  sólo  escuchan 
cantos  a  los  intereses  patronales,  como  si  la  tierra  hubiese  sido  creada 
para  ser  usufructuada  por  ellos  solos.  Y  como,  de  ordinario,  los  orado- 
res carecen  de  virtud  bastante  para  proclamar  en  alta  voz  la  verdad 
desnuda,  con  sus  austeras  líneas,  exponiéndose  a  caer  en  el  desagrado 
del  público,  ocurre  que  los  que  hablan  a  los  obreros  se  hacen  obreris- 
tas por  encima  de  todo,  y  los  que  peroran  ante  patronos  se  hacen  pa- 
tronales por  encima  de  todo,  con  lo  cual  la  justicia  queda  debajo  y  ho- 
llada por  los  intereses  bastardos,  por  las  concupiscencias  de  unos  y  de 
otros,  y  claro  está  que  un  edificio  sin  base  se  derrumba  necesariamente; 
y  según  dicho  queda,  la  base  del  orden  social  es  la  justicia. 

¿Quiere  esto  decir  que  se  deben  tolerar  los  abusos  en  la  materia 
obligando  a  llevar  al  obrero  una  vida  misérrima?  De  ninguna  manera. 
Toda  ley  puede,  y  en  ciertos  casos  debe,  ser  condicionada  por  la  legí- 
tima autoridad.  Cuando  el  poder  del  capital  trata  de  avasallar  a  los 
obreros,  o  cuando  éstos,  apoyados  en  la  fuerza  del  número  y  en  la  ne-' 
cesidad  del  trabajo  manual  como  elemento  integrante,  no  único,  de  la 
producción,  quieren  atropellar  a  los  patronos,  y  la  inteligencia  entre 
ellos  se  hace  imposible  y  la  justicia  ollada,  el  Estado,  como  alto  mode- 
rador de  todas  las  fuerzas  sociales,  de  manera  indirecta  unas  veces  y 
otras  directa,  pero  siempre  con  exquisita  prudencia  y  fino  tacto,  debe 
intervenir  para  amparar  la  justicia  y  velar  por  la  paz  social,  que  andan 
siempre  juntas,  según  aquello  de  la  Escritura  «justicia  et  pax  oscula- 
tae  sunt». 

Se  ha  olvidado,  o  no  se  quiere  reconocer,  el  mecanismo  automático 
de  las  relaciones  económicas.  Cuando  se  emplean  grandes  capitales  en 
toda  clase  de  empresas,  agrícolas,  industriales,  comerciales...  y  los  obre- 
ros trabajan  mucho  y  bien,  la  producción  resulta  barata  y  las  cosas  ne- 
cesarias o  útiles  para  la  vida  descienden  de  valor  por  su  abundancia  y 
se  ponen  al  alcance  de  las  más  humildes  fortunas,  sueldos  y  jornales, 
pudiendo  vivir  bien  todos  y  hacer  sus  pequeños  ahorros.  Un  salario  de 
dos  pesetas  sería  suficiente  para  la  vida  de  una  familia  obrera  cuando 


404  LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS 

el  pan  estuviese  a  25  céntimos  el  kilo,  a  5  el  de  patatas,  a  peseta  el  de 
tocino  y  de  carne,  y  la  casa  costase  15  pesetas  al  año.  Si  en  estas  cir- 
cunstancias el  ingreso  total  en  el  hogar  obrero  ascendía  por  la  coope- 
ración de  la  mujer  y  de  los  hijos  a  5  pesetas  diarias,  allí,  no  sólo  esta- 
rían cubiertas  todas  las  necesidades  abundantemente,  sino  además 
podrían  realizarse  importantes  ahorros,  supuesto  aquel  régiman  eco- 
nómico. Y  estas  no  son  fantasías  reñidas  con  la  realidad  de  los  hechos. 
No,  esto  se  ha  verificado  y  se  verifica  siempre  que  hay  de  una  manera 
permanente  abundancia  de  productos  con  relación  al  consumo.  No 
hace  mucho  años  que  he  visto  comprar,  en  regiones  algo  separadas 
de  las  vías  de  comunicación,  a  peseta  el  kilo  de  truchas  y  a  10  cénti- 
mos el  de  uvas.  ¿Cómo  sucedía  esto?,  pues  por  la  sencilla  razón  de  ser 
abundantísimos  en  aquella  región  ambos  productos  con  relación  al 
consumo.  Por  consiguiente,  el  camino  para  lograr  una  vida  fácil  y 
abundante  es  producir  mucho  y  bien  con  relación  al  consumo,  lo  cual 
sólo  puede  conseguirse,  cuando  hay  gran  densidad  de  población,  por 
medio  de  las  grandes  fábricas  donde,  no  sólo  trabaja  el  hombre,  sino 
gran  número  de  fuerzas  de  la  Naturaleza  puestas  por  medio  de  los  in- 
ventos a  servicio  de  la  Humanidad.  ¡Véase  ahora  lo  desatinado,  el  caso 
de  locura  de  los  que  quieren  resolver  el  problema  social  suprimiendo 
trabajo  y  aumentando  el  consumo  y  los  salarios  y  consiguientemente 
encareciendo  la  vida!  Por  ese  camino  se  va  necesariamente  a  la  banca- 
rrota, pues  es  el  caso  de  la  familia  en  que  gasta  mucho  y  gana  poco; 
de  la  cual  se  puede  pronosticar  sin  ser  profeta  que  más  pronto  o  más 
tarde,  pero  indefectiblemente,  termina  en  la  ruina. 

Alguno  dirá,  ¿cómo  es  que  en  los  pueblos  más  ricos  la  vida  es  más 
cara?  Yo  sentaría  la  proposición  en  otra  forma,  por  ser  más  verdadera, 
«en  los  pueblos  más  industriales  la  vida  es  más  cara».  Veamos  de  ex- 
plicar este  hecho  en  oposición  aparente  con  lo  dicho  anteriormente.  En 
esos  pueblos,  con  relación  a  otros  atrasados,  se  produce  mucho  más, 
merced  al  uso  de  la  maquinaria  en  las  grandes  fábricas:  si  los  produc- 
tos no  saliesen  del  lugar  donde  se  obtienen  y  esa  gran  producción  al- 
canzase a  todas  las  cosas  necesarias  o  convenientes  para  el  hombre,  la 
vida  se  abarataría  de  manera  extraordinaria:  pero  la  producción  se  li- 
mita a  ciertos  artículos  y  éstos  se  exportan  a  otras  regiones  o  países  ne- 
cesitados de  ellos  y  se  eleva  el  precio  de  los  productos,  verificándose 
entonces  la  doble  corriente  de  saiida  de  productos  y  entrada  de  dinero 


LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS  405 

en  la  región  industrial,  resultando,  como  consecuencia,  la  depreciación 
del  dinero  por  abundar  y  la  subida  de  los  objetos  necesarios  para  la  vida 
por  escasear.  Escasean  unos  por  no  producirse  o  producirse  en  cantida- 
des insuficientes  para  el  consumo,  y  escasean  los  elaborados  por  las  fá- 
bricas a  causa  de  su  exportación.  De  manera  que  la  verdadera  causa  de 
la  carestía  de  la  vida  en  una  región,  encuéntrase  en  la  falta  de  produc- 
ción sufiente  en  ella  de  ciertos  artículos  y  en  la  falta  de  producción  en 
otras  regiones  que  se  lleva  los  artículos  por  aquélla  fabricados,  mandan- 
do en  su  lugar  dinero.  De  suerte  que  el  encarecimiento  de  la  vida  resulta 
siempre,  no  del  exceso  de  productos,  sino  de  la  falta  de  ellos.  La  abun- 
dancia o  escasez  de  productos  dan  o  quitan  valor  al  dinero,  y  si  no 
hubiese  producto  alguno,  nada  valdría  el  dinero,  pues  para  nada  servi- 
ría y  entonces  se  podría  decir  con  verdad  que  la  vida  era  infinitamente 
cara  y  nadie  podría  vivir,  ni  los  poseedores  de  los  tesoros  de  Creso. 
Cuanto  menos  productos  existan,  menos  vale  el  dinero,  más  cara  es  la 
vida  y  menos  pueden  vivir.  Si  en  una  población  de  mil  habitantes  en- 
trasen todos  los  días  sólo  los  productos  necesarios  para  vivir  diez  indi- 
viduos y  se  pusieran  en  el  mercado,  indudablemente  serían  compra- 
dos por  los  diez  individuos  más  ricos;  todos  los  demás,  aunque  fuesen 
dueños  de  muchos  miles  de  duros,  morirían  de  hambre,  porque  con 
esos  miles  de  duros  no  habría  lo  suficiente  para  comprar  lo  necesario 
para  alimentarse,  o  en  otros  términos,  el  dinero  valdría  tan  poco  que 
con  mil  duros  no  se  podría  comprar,  verbigracia,  un  panecillo. 

En  suma,  la  verdadera  riqueza  no  es  la  abundancia  de  dinero,  sino 
la  de  productos,  y  los  individuos  y  los  pueblos  que  poseen  mucho  di- 
nero se  llaman  y  son  ricos,  en  cuanto  con  él  se  pueden  adquirir  muchos 
productos  y  el  dinero  es  como  su  representación.  Supongamos  que 
una  nación  tiene  veinte  mil  millones  de  dinero  y  que  de  repente  los 
productos  todos  del  mundo  se  reducen  a  la  mitad  y  en  su  consecuencia 
aumentan  en  un  doble  su  precio,  la  riqueza  de  esa  nación  queda,  por 
ese  solo  hecho  reducida  a  la  mitad;  si  los  productos  se  reducen  a  la 
cuarta  parte,  el  valor  de  aquel  dinero  quedará  reducido  a  la  cuarta  par- 
te, y  si  los  productos  se  redujesen  a  cero,  el  valor  de  los  veinte  mil  mi- 
llones sería  cero,  puesto  que  nada  se  podría  comprar  con  esa  exorbi- 
tante suma  y  la  vida  sería  infinitamente  cara,  puesto  que  todos  sucum- 
birían de  hambre  aunque  poseyeran  muchos  miles  de  millones. 

Perdóneme  el  lector  la  insistencia  en  aclarar  estos  conceptos,  pues  a 


406  LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS 

juzgar  por  las  obras  los  desconocen  personas  y  personajes  que  pasan 
por  sabios,  y  la  cosa  es  de  transcendencia  inmensa,  pues  si  cunden  las 
ideas  de  trabajar  poco  y  ganar  mucho  se  va  a  la  ruina  económica  de 
particulares,  empresas  y  Naciones,  y  se  retrocede  a  la  época  semisalva- 
je,  en  que  cada  cual  tiene  que  hacerse  todo  lo  necesario,  concluyendo 
con  la  progresiva  y  bienhechora  ley  de  la  división  del  trabajo,  merced 
a  la  cual  es  posible  el  desarrollo  de  la  Ciencia,  de  la  Industria,  del  Co- 
mercio... y  de  los  demás  elementos  civilizadores. 

Lo  que  conviene  propagar  con  la  palabra  y  el  ejemplo  es  amor  al 
trabajo,  cuantas  más  horas  mejor,  mientras  no  se  llegue  a  la  destruc- 
ción del  organismo,  lo  cual  depende  del  género  de  trabajo.  ¿No  es  un 
absurdo  inconcebible  el  señalar  las  mismas  horas  de  trabajo  al  pastor 
que  se  pasea  con  su  rebaño  por  el  campo  que  al  que  trabaja  en  una 
mina  o  el  que  pluma  en  mano  se  ve  precisado  a  poner  en  tensión  su 
cerebro  para  llenar  las  cuartillas  que  tiene  sobre  la  mesa?  Trabaje  cada 
cual  en  lo  que  entienda  y  para  lo  que  sirva  sin  soñar  en  igualdades,  no 
encontradas  por  parte  alguna  en  la  Naturaleza,  ni  en  las  plantas  que 
brotan  en  el  mismo  suelo  ni  en  los  hijos  que  nacen  de  los  mismos  pa- 
dres. 

No  se  debe  consentir  por  el  Estado  que  se  desprecie  artificialmente 
el  valor  del  trabajo  abusando  del  poder  del  capital,  ni  que  se  eleve  ar- 
tificialmente para  ruina  de  las  Empresas,  sino  dejar  desenvolverse  na- 
turalmente  los  fenómenos  económicos,  pues  de  esta  suerte  los  precios 
de  las  cosas  no  bajarán  ni  subirán  más  de  lo  conveniente.  Se  dirá  «ar- 
monías económicas>,  «ranciedades  de  la  escuela  liberah...  Yo  creo  que 
la  escuela  liberal  adolece  de  errores  gravísimos,  pero  rechazar  a  carga 
cerrada  todo  lo  defendido  por  ella,  como  si  los  hombres  eminentes  que 
la  infundieron  vida  hubiesen  dicho  sólo  tonterías  e  inexactitudes,  es  tan 
grave  error  como  el  más  grave  de  la  referida  escuela.  Y,  sobre  todo,  la 
falsedad  de  una  doctrina  no  se  afirma,  se  demuestra.  Las  realidades  de 
la  vida  están  demostrando  que  no  todo  lo  antiguo  es  malo. 

El  problema  social  ni  está  resuelto  ni  va  camino  de  resolverse,  por- 
que hay  muchos  que  lo  plantean  mal  por  prejuicios  de  escuela;  hay 
quienes  lo  soslayan  por  infundirles  terror  acometerlo  de  frente;  hay  otros 
que  lo  ven  y  pretenden  resolverlo  fraccionariamente;  hay  quien,  por 
falta  de  elevación  de  espíritu,  lo  contemplan  dentro  de  un  horizonte  re- 
ducido, sin  abarcarlo  en  su  ingente  magnitud;  no  falta  quien  lo  percibe 


LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS  407 

con  relativa  claridad,  pero  intereses  creados  y  conveniencias  propias  le 
desvían  de  la  trayectoria  que  debieran  seguir...;  y,  sabido  es,  que  un 
problema  mal  planteado  no  puede  ser  bien  resuelto.  Y,  sin  embargo» 
es  de  absoluta  necesidad  darle  solución,  pues  la  producción  está  actual- 
mente en  crisis,  y  sin  producción  o  con  escasa  producción  la  vida  se 
hace  imposible  o  muy  difícil.  Ya  está  visto,  por  lo  que  acontece  en  Ru- 
sia y  en  todos  los  puntos  donde  el  sindicalismo  impera,  que  la  solución 
no  aparece  espontáneamente  como  proclamaban  sus  fundadores  y  si- 
guen defendiendo  sus  secuaces  apoyándose  en  la  frase  de  Sorel:  «un 
obrero  en  un  día  de  revolución  sabe  más  acerca  del  problema  social 
que  todo  un  Congreso  de  sociólogos >,  la  cual,  como  evasiva  y  como 
medio  de  encubrir  la  inopia  doctrinal  del  sindicalismo,  puede  pasar, 
pero  en  sí  es  solemne  incipiencia.  Llevan  tres  años  de  experiencias  y 
tanteos  y  la  solución  ni  se  vislumbra.  En  lo  substancial  siguen  los  mis- 
mos métodos,  los  mismos  procedimientos,  con  sus  ventajas  y  desven- 
tajas, del  sistema  capitalista,  y  en  un  período  de  tiempo  tan  largo,  del 
cerebro,  no  ya  de  un  obrero,  sino  de  cientos  de  miles,  no  ha  brotado 
una  sola  idea  nueva,  económica  o  social,  porque  no  creo  puede  consi- 
derarse como  nuevo  y  menos  como  idea  salvadora  social  la  de  susti- 
tuir una  tiranía  con  otra  mayor,  la  de  empujar  y  tirar  a  los  de  arriba 
para  colocarse  en  sus  puestos  los  de  abajo.  El  sistema  de  «quítate  tú 
para  ponerme  yo>  es  tan  antiguo  como  egoísta  e  injusto.  No,  esto  no  es 
ni  de  cerca  ni  de  lejos  resolver  la  cuestión  social;  esto  es,  sencillamente, 
un  atropello,  un  abuso  de  fuerza  y,  en  el  orden  de  la  Providencia,  qui- 
zá una  justísima  sanción  de  los  abusos  cometidos  por  ricos  y  magnates, 
una  oleada  de  fuego  purificador  de  sórdidas  concupiscencias,  una  lla- 
mada sangrienta  a  los  desertores  del  campo  del  deber,  un  rayo  calcina- 
dor de  corazones  metalizados  y  envilecidos  por  la  avaricia.  Destruir,  de- 
rribar, consumir,  gastar...  todo  eso  es  facilísimo,  lo  hace  cualquiera,  los 
cerebros  más  obtusos  e  incultos  pueden  realizar  en  la  materia  verdade- 
ras maravillas,  y  eso  es  lo  hecho  hasta  la  fecha  por  las  huestes  sindica- 
listas, y  cuando  han  querido  hacer  algo  positivo,  producir,  crear  rique- 
za, han  acudido  a  los  procedimientos  capitalistas,  y  así  lo  ha  pracla- 
mado  con  su  característico  desenfado  Lenine  dirigiéndose  a  las  masas 
obreras:  «Sin  la  gran  producción — les  dice — las  naciones  modernas  se 
arruinan  y  mueren,  y  la  gran  producción  sólo  es  posible  habiendo  mi- 
llares de  personas  que  obedezcan  y  una  que  mande».  Lo  cual  es  con- 


408  LA  CASA  DEL  PUEBLO  T  SUS  FRUTOS 

fesar  la  bancarrota  del  sindicalismo,  es  echar  por  tierra  uno  de  los  ab- 
surdos lemas  sindicalistas:  «ni  Dios  ni  amo>.  Claro  está  que  Lenine  se 
calló  quién  había  de  ser  ese  uno  que  mandara  sobre  los  miles  que  ha- 
bían de  obedecer;  pero  no  es  difícil  suplir  la  omisión  del  jefe  de  los  bol- 
cheviques, apoyándonos  en  la  experiencia  de  todos  los  días,  comproba- 
da por  la  historia  de  todos  los  tiempos.  El  que  dirige  una  Empresa  man- 
dando sobre  todos  los  empleados  en  ella,  para  que  no  la  lleve  a  la  rui- 
na, es  preciso  que  tenga  condiciones  de  inteligencia,  laboriosidad,  vi- 
sión de  los  negocios,  interés  por  el  propio...  superiores  a  las  de  los  de- 
más, porque  sabido  es  que  una  Empresa  prospera  o  se  hunde  por  la 
buena  o  mala  dirección.  Con  el  mismo  personal  subalterno  cambian 
diametralmente  los  resultados  de  un  negocio  con  sólo  cambiar  el  di- 
rector. Esto  ha  sucedido  en  los  tiempos  anteriores  al  régimen  capitalis- 
ta, sucede  durante  dicho  régimen  y,  si  Dios  no  lo  remedia,  pues  los  sin- 
dicalistas está  visto  que  son  impotentes  para  remediarlo,  seguirá  suce- 
diendo en  lo  futuro  mientras  los  hombres  que  actúan  en  la  vida  sean 
los  de  carne  y  hueso  por  todos  conocidos  y  no  los  imaginados  por  fan- 
tasías soñadoras  de  sociólogos  sentimentales. 

De  manera  que  después  de  tantas  ruinas,  tanta  sangre,  tantas  ham- 
bres, tantos  crímenes,  tantos  sufrimientos  morales  y  materiales,  tantos 
trastornos,  tan  profundos  cambios  en  la  organización  social  como  se 
han  verificado  donde  imperan  los  sindicalistas,  nos  encontramos  como 
al  principio  en  orden  al  problema  social,  mejor  dicho,  peor  que  antes, 
pues  en  Rusia  la  producción  ha  disminuido  de  manera  extraordinaria, 
existiendo  un  desequilibrio  alarmante  entre  la  producción  y  el  consu- 
mo, que  no  sólo  hace  dificilísima  la  vida  en  aquella  nación,  sino  que  la 
precipita  en  un  abismo  sin  fondo.  Y  esto  mismosu  cede  en  su  grado 
dondequiera  que  el  sindicalismo  influye  directa  o  indirectamente.  En 
suma,  el  sindicahsmo  es  el  hijo  derrochador  que  se  dedica  a  conquistar 
amigos  malversando  el  patrimonio  paterno  sin  preocuparse  de  que  por 
ley  fatal,  si  no  se  repone  lo  gastado  se  cae  necesariamente  en  la  mi- 
seria después  de  un  lapso  de  tiempo  más  o  menos  largo. 

La  Casa  del  Pueblo,  cuya  misión  debiera  ser,  entre  otros  fines,  for- 
mar al  obrero  para  producir  con  más  abundancia  y  perfección,  con  ob- 
jeto de  que  la  elevación  de  los  salarios  fuese  real  y  no  solamente  nomi- 
nal como  ahora  sucede,  se  ocupa  en  todo  lo  contrario,  en  hacer  baja  po- 
lítica, perturbar  el  orden  social,  paralizar  el  desenvolvimiento  económi- 


LA  CASA  DEL  PUEBLO  Y  SUS  FRUTOS  409 

co  con  huelgas  y  boicoiteos,  formar  aguerridos  sindicalistas  y,  sobre 
todo,  en  impedir  la  prudente  y  sabia  intensificación  de  la  producción, 
perjudicando  con  ello  a  patronos,  obreros  y  consumidores.  Sin  embar 
go,  los  Gobiernos  que  padecemos  consideran,  miman  y  distinguen  a 
esas  Casas,  verdaderas  fábricas  de  revolucionarios;  y  los  particulares, 
cruzados  de  brazos,  nada  práctico  hacen  para  librar  al  obrero  de  esa  ti- 
ranía espantosa  y  para  secar  esa  fuente  de  envenenadas  aguas. 

Si  los  árboles  se  conocen  por  sus  frutos,  al  contemplar  los  produci- 
dos por  tales  Casas  nadie  podrá  dudar  que  tienen  viciada  la  raíz  y,  o  de- 
ben sanearse  o  aplicarles  la  segur  para  bien  de  obreros,  patronos  y  con- 
sumidores y  de  la  sociedad  en  general.  Los  únicos  perjudicados  en  su 
muerte  directa  o  indirecta  serían  los  mangoneadores  de  ellas,  que  se  ve- 
rían privados  de  posición,  influencia  y  prestigio.  Pero  entre  los  intere- 
ses de  unos  cuantos  vividores  y  los  de  todas  las  clases  sociales,  la  elec- 
ción no  debe  ser  dudosa. 

P.  Teodoro  Rodríguez. 
o.  s.  A. 


ANTONIO   PÉREZ 


APÉNDICES 
II 

SVMARIO  DEL  PROCESO  PARTÍS  FISCALIS  DOMINI  NOSTRI  REGÍS  CONTRA 

antonivm  pérez  secretarivm 
(ms.  6.552  (antes  s.  51)  de  la  biblioteca  nacional  de  madrid.) 

(continuación) 

Antonio  Enrrique, 

Al  Primero  y  segundo  Articulo  que  son  verdaderos. 

Al  Tercero  que  al  tiempo  que  murió  Escobedo  era  Secretario  de 
Estado  Pérez  haciendo  y  recibiendo  Despachos  ett.* 

Al  quarto  que  en  dicho  tiempo  Escobedo  era  Secretario  de  su 
Magestad. 

Al  Primer  Capitulo  de  la  AdicQÍon  dixo  que  hauia  depossado  en 
Madrid  el  primero  de  Hebrero  de  ochenta  y  nuebe  ante  el  Señor  Ro- 
drigo Vázquez,  fuele  leydo  y  ratificólo  y  dixo  que  lo  que  saue  y  pas- 
sa  es,  que  estando  este  testigo  vn  dia  en  el  apossento  de  Diego  Mar- 
tinez  Mayordomo  de  Pérez  le  dixo  si  cono^ia  a  algún  hombre  de  su 
tierra  que  quisiesse  dar  vna  cuchillada  a  vno  que  le  importaua  mu- 
cho, y  que  aunque  le  matasse  no  importaba,  y  este  testigo  respon- 
dió que  si,  y  assi  este  testigo  tomo  a  cargo  de  hablar  a  vn  Antón  Car- 
tagena Mozo  de  Muías  y  le  hablo  y  se  contento  de  dar  vna  cuchilla- 
da a  quien  quisiesen  y  en  esto  dicho  Martínez  le  importunaba  mu- 
cho a  este  testigo  para  que  effectuase  esto,  y  que  para  mexor  salir 


ANTONIO  PÉREZ  411 

con  ello  era  mexor  matarlo  y  le  daua  a  entender  que  el  hombre  que 
hauia  de  matar  era  de  calidad  y  que  el  secretario  Antonio  Pérez  gus- 
taua  de  ello,  y  este  testigo  le  respondió  que  aquello  no  era  negocio 
para  fiarlo  de  Mozo  de  Muías,  y  el  Martínez  le  dixo  que  el  hombre 
que  hauian  de  matar  comia  muchas  vezes  en  cassa  de  Pérez,  y  que 
si  se  pudiese  hallar  algún  vocado  o  venida  seria  mas  seguro,  y  assi 
entrambos  se  determino  de  hacer  diligencias  como  se  buscase  reme- 
dio como  darle  a  comer,  o  veuer  algo  con  que  muriesse  y  en  los  di- 
chos días  se  le  offregio  a  este  testigo  el  hir  a  Murcia  a  negocios  pro- 
pios suyos,  y  como  este  testigo  se  lo  digesse  al  dicho  Martínez  se 
holgó  mucho  por  que  dixo  que  hacia  Murgia  hallada  ciertas  yerbas 
que  eran  buenas  para  el  |  effecto  que  buscaban  y  assi  el  dicho  Die-  F.  11  v. 
go  Martínez  le  dio  a  este  testigo  vna  memoria  de  tres  o  quatro  suer- 
tes de  yerbas  que  las  buscasse  y  truxesse,  y  assi  lo  hizo,  y  en  este 
tiempo  el  Martínez  tenia  en  Madrid  vn  Abotecario  o  Arbolario  que 
lo  hauia  hecho  venir  aposta  el  dicho  Diego  Martínez  de  Molina,  vn 
lugar  que  esta  en  la  raya  de  Aragón  y  Castilla,  y  este  Botecario  se- 
gún el  propio  decia  se  llamaba  Muñoz  y  assi  el  Botecario  se  iba  cada 
dia  a  la  possada  deste  testigo  y  alli  sacaba  zumo  de  las  dichas  yer- 
bas, y  las  herbian  en  el  fuego  y  acomodaban  para  el  dicho  negocio 
y  dieron  a  probar  a  vn  Gallo  que  este  testigo  compro  para  ello  y  no 
hizo  ningún  effecto  ni  valió  nada  y  ansi  el  Botecario  se  voluio  a  su 
tierra  y  le  pagaron  bien  y  fue  contento,  y  al  cabo  de  vnos  quantos 
dias  dicho  Martínez  le  dixo  que  ya  tenia  el  recaudo  que  era  menes- 
ter, que  era  vna  cierta  agua  que  se  habla  de  dar  a  veuer,  y  dixo  a 
este  testigo  como  el  secretario  Pérez  no  se  queria  fiar  de  otro  sino 
del  y  que  era  menester  que  le  diesse  a  veuer  en  vna  comida  que  el 
dicho  Pérez  queria  hager  en  la  Cassa  nueba  que  en  ella  estarla  Esco- 
bedo  á  quien  se  hauia  de  dar  la  venida  y  que  para  el  hauian  sido  las 
diligencias  que  se  hauian  hecho,  y  asta  entonges  no  hauian  sauido 
quien  era  la  persona,  y  este  testigo  dixo  que  si  el  secretario  Antonio 
Pérez  se  lo  mandaua  que  lo  haria,  y  assi  dicho  Pérez  llamó  al  decla- 
rante vna  tarde  en  la  cassa  nueba  en  vn  aposento  de  ella  a  solas  y  le 
dixo  como  le  importaba  mucho  como  el  secretario  Escobedo  mu- 
riesse y  que  en  todo  casso  procurasse  de  dalle  la  dicha  venida  para 
vn  dia  de  aquellos  que  estaua  concertada  la  comida  y  que  para  aquel 
y  todo  lo  demás  que  en  el  dicho  casso  se  hubiesse  de  hager  lo  tra- 


412  ANTONIO  PÉREZ 

tasse  con  el  dicho  Martínez  su  mayordomo,  y  sobre  ello  le  hizo  los 
offrecimientos  que  de  semejantes  cossas  se  suelen  hazer  y  de  alli  á 
delante  se  comunicaba  el  negocio  con  este  testigo  muy  claramente. 
Llegado  el  dia  que  estaua  ordenado  para  la  dicha  comida,  comieron 
alli  el  Conde  de  Chinchón,  Melchor  de  Herrera,  Nubes  de  la  Pue- 
bla, y  dicho  secretario  Juan  de  Escobedo,  no  se  acuerda  si  fueron  en 
entrando  por  el  patio  de  la  cassa  nueba  en  la  primera  sala  estaban 
puestos  dos  aparadores  el  del  seruicio  de  la  plata  y  otro  de  las  tazas 
F.  12  r.  de  donde  se  |  hauia  de  llenar  la  venida  a  las  Messas,  y  en  entrando 
la  dicha  sala  voluiendo  a  mano  izquierda  no  en  la  primera  quadra 
que  sale  la  ventana  en  el  patio  sino  en  la  otra  mas  adentro  que  salen 
las  dos  ventanas  al  campo  alli  estaua  la  Messa  donde  comieron,  de 
suerte  que  de  donde  comian  a  do  estañan  los  aparadores  estaua  vna 
quadra  desenbarazada  y  sin  nadie  que  solo  serbia  de  passo,  y  estan- 
do comiendo,  este  testigo  tenia  cuidado  que  siempre  que  el  secreta- 
rio Juan  de  Escobedo  pidia  a  veuer  de  traérselo,  y  assi  se  le  ofreció 
ocassion  en  la  dicha  comida  en  que  el  testigo  le  dio  a  veuer  dos  ve- 
ces, y  en  todas  dos  le  dio  a  veuer  en  el  vino  que  le  daua  de  vna  agua 
que  para  ello  tenia  escogida  Antonio  Pérez  la  qual  tenia  en  su  poder 
Diego  Martínez  su  mayor  domo  en  vna  redomíta  muy  pequeñíta  y 
tubosse  esta  orden  para  dársela  dos  vezes  que  este  testigo  le  Ueuo  de 
veuer.  Diego  Martínez  estaua  siempre  al  auisso,  y  como  este  testigo 
llegaua  a  la  quadra  de  en  medio  que  estaua  sola  y  sin  nadie  aposta 
parábase  á  ablar  con  Diego  Martínez  que  le  estaua  alli  aguardando 
y  el  dicho  Martínez  hechaua  dentro  la  taza  que  este  testigo  licuaba 
con  vino  del  agua  que  el  secretario  Antonio  Pérez  había  mandado 
cada  vez  tanta  como  una  abellana  que  assi  le  hauia  dado  la  orden  su 
amo,  y  acabado  que  hubieron  de  comer,  Escobedo  se  fué  y  los  de- 
más quedaron  jugando,  y  de  alli  a  vn  rato  salió  Pérez  con  escussa  de 
mear  y  se  fue  a  vn  apossento  de  los  del  patio,  y  con  el  Diego  Mar- 
tínez y  este  testigo  y  le  mostraron  lo  que  faltaua  del  agua  que  habían 
gastado  en  dar  a  veuer  al  Escobedo  y  le  pareze  que  dixo  dicho  Pé- 
rez que  le  hauían  dado  mucha  agua,  y  assi  se  voluio  a  jugar  y  la  di- 
cha venida  no  hizo  ningún  effecto,  y  como  lo  sobre  dicho  no  salió 
bien,  al  cabo  de  quantos  días  voluio  el  dicho  Secretario  a  ha^er  otra 
comida  en  su  cassa  propia  que  llaman  del  Cordón,  y  comió  alli  Es- 
cobedo y  Nabal  de  Puebla  y  no  se  acuerda  de  los  demás,  y  Doña 


ANTONIO  PÉREZ  413 

Juana  Muger  de  dicho  secretario  Pérez  y  en  esta  comida  se  dio  a 
cada  vno  de  la  messa  vna  escudilla  que  no  se  acuerda  este  testigo  si 
eran  de  natas,  o  leche,  o  otra  cossa  semejante,  y  en  la  que  tocaua  á 
Escobedo  hauia  mezclada  en  ella  ciertos  poluos  como  de  harina,  y 
demás  de  esso  este  testigo  le  dio  vna  o  dos  veces  de  veuer  y  Martínez 
le  hecho  como  la  otra  |  vez  aquella  agua  en  el  vino  y  esta  comida  F.  12  v. 
fue  de  mas  effecto  que  hizo  experiencia  en  el  dicho  Escobedo  aun- 
que no  cayo  en  la  quenta  de  ello,  y  en  esta  coyuntura  que  Escobedo 
estaua  malo  de  la  comida.  Martínez  tubo  modo  como  vn  amigo  suyo 
Picaro  de  la  cozina  del  Rey  Nuestro  Señor  tomasse  amistad  con  vn 
amigo  del  coginero  del  secretario  Juan  de  Escobedo,  y  el  dicho  Pica- 
ro cada  dia  iba  a  las  mañanas  a  la  cassa  del  dicho  secretario  Juan  de 
Escobedo,  y  como  estaua  aun  malo  de  la  comida  passada,  hagianle 
olla  aparte,  y  hallando  el  dicho  Picaro  ocassion,  hecho  dentro  en  la 
dicha  olla  vn  dedal  de  ciertos  poluos  que  el  dicho  Martínez  le  hauia 
dado,  y  de  aqui  tomaron  la  sospecha  de  la  esciaba,  la  qual  no  tubo 
culpa  ninguna  y  la  haorcaron  por  ello  y  como  el  dicho  secretario  Es- 
cobedo escapasse  de  todo  esto,  determino  de  llenarlo  por  otra  via  y 
fue  que  se  buscasse  modo  como  en  vna  noche  le  matassen  en  la  calle 
de  qualquiera  suerte  que  fuesse  solo  huuiesse  breuedad  y  acabasse  de 
aquella  vez,  y  para  esto  se  determino  que  este  testigo  fuesse  a  su 
tierra  y  buscasse  algún  amigo  para  el  dicho  effecto,  y  también  para 
que  traxessen  una  Ballesta  de  las  que  suelen  hager  en  Cataluña  chi- 
cas para  matar  hombres,  y  ansi  este  testigo  se  partió  de  Madrid  por 
la  posta  y  era  en  quaresma  del  año  de  setenta  y  ocho  y  le  dieron 
una  Qedula  de  Lorenzo  Espinóla  de  cien  escudos  para  Barzelona  para 
traer  el  dicho  recado,  y  ansi  este  testigo  fue  a  Barcelona,  y  voluio  y 
truxo  con  sigo  vn  medio  hermano  suyo  para  el  dicho  effecto  y  le 
prometió  cien  escudos  de  oro  y  mas  la  amistad  que  en  ello  ganarla 
del  secretario  Antonio  Pérez,  que  se  llamaua  Miguel  Bosque  y  tru- 
xeron  la  Ballesta  que  era  de  palmo  y  medio  u  dos  y  era  para  passar 
vn  hombre  aunque  fuera  armado,  y  el  dia  que  llegaron  a  esta  Villa 
de  Madrid  haorcaron  la  esclaua  del  dicho  secretario  Escobedo  y  a  la 
noche  se  vio  este  testigo  con  el  dicho  Diego  Martínez  y  le  dixo  el 
recado  que  traya  y  le  dio  la  Ballesta,  y  el  dicho  Diego  Martínez  la 
tomó  y  se  la  llebó  en  cassa  de  Antonio  Pérez  con  dos  flechas,  y 
mientras  este  testigo  fue  a  su  tierra  y  voluio  el  dicho  secretario  An- 


414  ANTONIO  PÉREZ 

tonio  Pérez  habia  imbiado  a  llamar  a  Juan  de  Messa  en  Aragón  para 
F.  13  r.  la  dicha  muerte.  Y  quando  este  testigo  vino  ya  estaua  |  el  dicho 
Juan  de  Messa  en  Madrid  y  tenia  consigo  otro  hombre  que  se  Ua- 
maua  Insauste  que  el  dicho  Messa  le  buscó  para  el  dicho  effecto,  y 
como  este  testigo  fue  llegado  luego  se  juntaron  todos  en  esse  otro 
dia  fuera  de  Madrid  en  vn  campo  para  concertar  como  se  hauia  de 
hager.  Los  que  se  Juntaron  fueron  Diego  Martinez  Mayordomo  del 
secretario  Antonio  Pérez,  y  el  Picaro  de  la  cogina  del  Rey,  su  amigo 
Juan  de  Messa  y  Insausti  y  este  testigo,  y  su  medio  hermano  Miguel 
Bosque,  y  estos  estubieron  alli  juntos  y  concertaron  la  dicha  muerte, 
y  en  este  tiempo  estaua  o  se  fue  el  dicho  secretario  Antonio  Pérez  á 
Alcalá  de  Enares  que  le  pareze  a  este  testigo  que  era  en  Semana  San- 
ta y  alli  en  el  campo  se  determino  que  se  buscasse  vn  estoque  y  que 
aliando  ocasión  era  mexor  darle  con  el,  y  assi  Diego  Martinez  dio 
orden  luego  que  se  buscase  y  lo  compro,  o  hizo  comprar  y  dagas, 
quedo  de  concierto  que  cada  tarde  al  anochezer  se  juntasen  todos 
en  la  plaza  de  San  Juan  y  de  alli  se  yrian  a  aguardar  al  passo  por 
donde  hubiesse  de  passar  el  Secretario  Escobedo,  y  ansi  se  hizo,  y  el 
Insausti  y  el  Picaro,  y  Miguel  Bosque  que  hablan  de  haíjer  el  golpe, 
y  Diego  Martinez  y  este  testigo  y  el  Messa  hablan  de  andar  [cerjca 
de  ellos  por  si  tubiessen  necesidad  de  ayuda,  o  por  lo  que  se  podia 
offreger.  Insausti  lleuaua  el  Estoque  con  vna  vayna  de  tafetán,  Mi- 
guel Bosque  lleuaua  vn  Pistolete  y  no  quisso  prender  aquella  noche. 
El  Picaro  lleuaua  otra  arma  que  no  se  acuerda  la  noche  que  mataron 
al  dicho  Escobedo.  Este  testigo  y  Juan  de  Messa  tardaron  mas  de  lo 
acostumbrado  de  ir  al  puesto  que  quando  llegaron  a  la  Plagúela  de 
San  Juan  Ya  los  otros  hauian  ydo  a  guardar  el  passo  por  donde 
passó  el  Secretario  Escobedo  Y  ansi  estando  paseando  este  testigo  y 
el  dicho  Juan  de  Messa  en  la  dicha  Plagúela,  llegó  por  alli  el  ruido 
de  como  hauian  muerta  al  dicho  Secretario  Escobedo,  y  assi  los  dos 
se  fueron  cada  vno  a  su  possada,  y  este  testigo  alio  a  Miguel  Bosque 
que  estaua  ya  dentro  en  su  possada  o  aposento  y  en  cuerpo  que 
hauia  perdido  la  capa,  y  como  estaua  en  cuerpo  no  osaba  entrar  y 
assi  Juan  de  Messa  le  hizo  entrar  en  su  apossento  a  escuras  luego  y 
a  la  mañana  se  dio  orden  luego  como  Insausti  saliese  de  Madrid  tres 
o  quatro  dias,  y  assi  se  salió  con  poco  dinero,  por  que  si  fuesse  pres- 
so  por  sospecha  no  le  hallasen  mucho  dinero.  Después  se  dio  orden 


ANTONIO  PÉREZ  415 

mo  Miguel  Bosque  y  el  Picaro  se  saliesen  ¡  de  Castilla  y  se  fuessen  F.  13  v. 
a  Aragón,  y  al  cabo  de  vnos  quantos  dias  se  salieron  de  Castilla 
Juan  de  Messa  e  Insausti  y  este  testigo  todos  tres  Juntos  se  fueron  a 
Bubierca  tierra  de  Juan  de  Messa  y  alli  hallaron  al  Picaro  que  hauia 
dexado  ya  a  Miguel  Bosque  en  Qaragoza  y  se  voluia  a  Castilla  y  assi 
le  hizieron  quedar,  y  este  testigo  y  el  Picaro  se  fueron  de  alli  a  Qa- 
ragoza  que  essa  orden  tenían  de  aguardar  en  Qaragoza  a  Diego  Mar- 
tínez, e  Insausti  se  quedó  en  Bubierca  con  Juan  de  Messa.  Y  quando 
Diego  Martinez  fue  a  Qaragoza  passó  por  Bubierca  y  se  lleuó  consi- 
go a  Insauste  y  llegado  alli  dio  a  cada  uno  de  los  tres  una  gedula  y 
carta  firmada  de  su  Magestad  con  veinte  escudos  de  entretenimiento 
con  titulo  de  Alférez  a  cada  uno.  Luego  que  fue  muerto  el  secreta- 
rio Escobedo  Antonio  Pérez  vino  a  Madrid,  y  este  testigo  cassi  to- 
dos los  dias  que  estubo  en  la  Corte  estaua  en  cassa  del  dicho  Secre- 
tario Antonio  Pérez  y  a  rratos  entraba  en  el  aposento  donde  estaua 
el  Secretario  Antonio  Pérez  y  le  daua  quenta  de  lo  que  se  hacia  y 
passaua  sobre  la  dicha  muerte,  y  quando  llegó  el  dia  quando  este 
testigo  se  hubo  de  ir  con  Juan  de  Messa  e  Insauste  Diego  Martinez 
el  Mayordomo  del  secretario  Pérez  le  dio  en  el  corredor  de  dicha 
cassa  cien  escudos  de  oro  para  el  camino,  y  que  le  aguardasse  en 
Qaragoza  como  lo  tiene  dicho  para  que  le  lleuasse  la  resolución  de 
lo  que  su  Magestad  les  hauia  de  dar.  El  Diego  Martinez  ya  hauia  di- 
cho a  este  testigo  dias  antes  que  partiesse  de  la  Corte  que  el  secreta- 
rio Antonio  Pérez  le  haria  dar  veinte  escudos  de  oro  de  entreteni- 
miento para  que  f  uesse  a  Italia.  Quando  Diego  Martinez  llego  a  ta- 
ragoza le  pregunto  que  quien  hauia  hecho  la  gedula  de  los  entrete- 
nimientos que  si  eran  de  mano  de  algunos  de  los  del  Escritorio.  Y 
Diego  Martinez  le  dixo  que  no  se  hablan  hecho  de  official  del  escri- 
torio, que  todas  iban  escritas  de  mano  de  Hernando  de  Escobar  vn 
clérigo  que  estaua  en  cassa  del  secretario  Antonio  Pérez,  y  dixo  en- 
tonces este  testigo  con  todo  esso  no  dexaran  de  sauerlo  algunos  offi- 
giales  por  respecto  del  libro  del  registro.  A  esto  respondió  Diego 
Martinez  que  estañan  registrados  en  vn  pliego  aparte  y  que  después 
se  ponian  en  el  libro  las  datas  de  los  entretenimientos  y  cartas,  eran 
todas  hechas  de  diez  y  nuebe  de  Abril  de  mil  quinientos  setenta  y 
ocho.  Y  preguntando  este  testigo  a  Insauste  que  hauia  |  hecho  del  F.  14  r. 
Estoque  con  que  habia  muerto  al  secretario  Escobedo,  dixo  que  lo 


416  ANTONIO  PÉREZ 

hauia  echado  el  Juan  de  Messa  en  vn  Pozo  que  estaua  en  el  Corral 
de  la  possada  de  Juan  de  Messa  que  era  vn  estoque  largo  cabado 
hasta  la  punta,  y  el  que  mato  al  dicho  Secretario  Escobedo  fue  el  In- 
sauste  que  le  dio  vna  estocada  con  el  estoque  que  esta  dicho.  Y  este 
testigo  apretando  vn  dia  a  Diego  Martínez  antes  que  el  dicho  Secre- 
tario Escobedo  muriesse  le  digesse  por  que  el  dicho  Secretario  An- 
tonio Pérez  queria  ha(;er  matar  al  dicho  Secretario  Escobedo?  Le  res- 
pondió el  dicho  Diego  Martinez  que  era  casso  que  importaba  mucho 
y  aun  acosaba  restauración  de  Reynos,  y  lo  que  este  testigo  presu- 
mió para  si  fue  que  el  dicho  Secretario  Juan  de  Escobedo  deuia 
hauer  hecho  alguna  cossa  en  Flandes  y  creyó  ser  por  orden  de  su 
Magestad  el  mandarle  matar  por  lo  dicho  y  porque  degia  el  Diego 
Martinez  que  aunque  prendiessen  a  alguno,  no  tubicssen  pena  por 
ello,  y  mas  lo  creyó  viendo  que  su  Magestad  les  hauia  hecho  la  mer- 
ced que  tiene  dicho.  La  noche  que  aconteció  la  muerte  del  dicho  Se- 
cretario Escobedo,  el  dicho  Picaro  fue  a  Alcalá  a  dar  quenta  como 
hauia  passado  al  Secretario  Antonio  Pérez,  y  el  dicho  Secretario 
como  vio  el  Picaro  a  la  mañana  se  salió  al  campo  con  Hernando  de 
Escobar  a  caballo  y  lo  primero  que  le  preguntó  alli  afuera  si  estaua 
presso  alguno,  y  el  Picaro  dixo  que  no,  Y  assi  el  dicho  Secretario 
mandó  al  Picaro  que  se  voluiesse  a  Madrid,  y  buelto  Diego  Marti- 
nez le  dixo  que  el  y  Miguel  Bosque  se  fuessen  a  Alcalá  para  que  des- 
de alli  el  y  Miguel  Bosque  se  saliessen  de  Castilla,  x  ^ssi  se  salieron 
los  dos  de  la  Corte  y  como  llegaron  junto  a  Alcalá  aliaron  al  Secre- 
rio  Antonio  Pérez  que  se  venia  para  Madrid,  y  como  los  vio  les  hizo 
señas  que  se  aguardasen  por  alli,  y  llamo  a  vn  Gentil  hombre  de  los 
que  le  acompañaban,  y  le  dixo  id  adonde  están  aquellos  Hombres, 
y  llebaldos  dentro  a  Alcalá  a  la  possada  donde  vos  estabades,  y  assi 
lo  hizo,  y  alli  buscaron  vna  Muía  de  alquiler  para  Miguel  Bos- 
que para  que  se  fuesse  a  Aragón,  y  el  Picaro  fue  con  el  a  pie  como 
mozo  de  la  muía,  y  Hernando  de  Escobar  ya  dicho  quedó  en  Alca- 
la  quando  Antonio  Pérez  se  fue  a  Madrid  y  dio  cien  escudos  de  oro 
a  Miguel  Bosque  por  los  que  este  testigo  le  hauia  prometido.  Este 
f.  14  V.  Picaro  se  llama  de  su  nombre  propio  Juan  Rubio  |  Hijo  del  Capitán 
Juan  Rubio  Mayordomo  que  fue  del  secretario  Antonio  Pérez,  y  son 
de  Aragón  vassallos  del  Señor  de  Aríza  el  qual  estaua  en  la  cogina 
del  Rey  por  desgracias  que  el  contaua,  y  se  mudo  el  nombre,  y  se 


ANTONIO  PÉREZ  417 

hagia  llamar  Pedro  de  Robles  aunque  no  se  gertifica  mucho  en  ello. 
La  noche  antes  que  el  testigo  y  Juan  de  Messa  e  Insauste  se  parties- 
sen  de  Madrid  penaron  en  la  possada  de  Juan  de  Messa,  y  otro  Her- 
mano de  este  testigo  [llevó?]  a  vna  muger  que  se  llamaba  Damiana  de 
Inojosso  que  esta  en  el  Monasterio  de  las  arrepentidas  y  Diego  Mar. 
tinez  estubo  toda  gena  en  pie  que  no  quisso  genar  y  el  sobrino  de 
Juan  de  Messa  se  llama  Gil  de  Messa,  y  el  Hermano  de  este  testigo 
se  llama  Pedro  Enrrique  y  es  muerto,  y  esto  es  verdad,  y  que  ha  sido 
Page  del  secretario  Antonio  Pérez  habrá  veinte  años. 

Preguntado  si  le  dieron  otros  algunos  despachos  por  cuya  or- 
den, y  para  que  effecto,  dixo,  que  después  de  Muerto  el  secretario 
Escobedo,  para  salir  este  testigo  de  Castilla  hauian  determinado  (se- 
gún le  dixo  Diego  Martínez)  de  darle  vn  despacho  de  la  Princessa 
de  Eboly  para  vn  lugar  suyo  que  tenia  en  el  Reyno  de  Valencia,  por 
que  si  por  Castilla  caminando  le  preguntasen  algo,  mostrasse  como 
iba  por  negocios  de  la  Princessa,  y  después  determinaron  otra  cossa 
y  no  le  dieron  este  despacho,  sino  que  se  fue  con  Juan  de  Messa  é 
Insausti  como  tiene  dicho,  y  a  Juan  de  Messa  le  dieron  vnos  despa- 
chos de  la  Princessa  para  el  effecto  que  tiene  dicho,  ett.^ 

Preguntado  este  testigo  dixo  que  antes  que  sucediesse  dicha 
muerte  si  Escobedo  y  Pérez  eran  intrínsecos  amigos,  dixo  que  si  y 
que  desde  que  trataron  que  matase  a  Escobedo  hasta  que  lo  mataron 
passaron  dos  Messes  poco  mas  o  menos,  y  el  dia  de  la  muerte  cree 
fue  el  segundo  dia  de  Pasqua  de  Resureccion. 

Al  segundo  de  la  Addiccion  dixo,  que  quando  dicha  Muerte  di- 
cho Pérez  era  secretario  de  Estado  y  por  la  autoridad  que  tenia  fue 
obedecido  para  matarle  y  por  que  degia  que  era  muy  necessario  para 
muchas  cossas  el  matarlo. 

Al  Tergero  de  la  Addiccion  que  se  refiere  y  que  la  Muerte  de  F.  15  r. 
Escobedo  fue  alebosamente  y  a  traygion  y  por  el  orden  como  tiene 
dicho. 

Al  quarto  que  se  refiere,  y  que  la  herida  que  se  dio  a  Escobedo 
fue  con  vn  estoque  rezio  grande  y  delgado  como  se  ordeno  fuesse 
para  que  la  herida  fuesse  mas  mortal  é  incurable  y  todo  ello  se  or- 
denó por  mandato  de  Antonio  Pérez. 

Al  quinto  que  de  todo  lo  dicho  ha  sido  siempre  la  voz  común  y 
fama  publica  vehementissima  y  tenida  por  cierta  y  segura  ett.^ 

27 


418  ANTONIO  PÉREZ 

Don  Pedro  de  Escobedo  Secretario  de  Su  Magestad. 

Al  octauo  Capitulo  de  la  Demanda  dixo,  que  este  testigo  tiene 
notigia  de  lo  contenido  en  la  pregunta,  y  lo  saue  porque  estando 
ausente  el  secretario  Juan  de  Escobedo  su  Padre  en  servicio  del  Se- 
ñor Don  Juan  de  Austria,  assi  en  Italia  como  después  en  Flandes,  el 
y  el  dicho  Antonio  Pérez  siendo  secretario  de  Estado  escribia  y  avi- 
saba al  dicho  señor  Don  Juan  y  al  dicho  Secretario  Escobedo  su 
Padre  deste  testigo  todo  lo  que  passaua  en  el  Consejo  de  Estado 
particularmente  quando  tocaba  á  alguno  de  ellos,  lo  qual  saue  por 
hauer  visto  las  mismas  cartas  del  dicho  secretario  Antonio  Pérez,  y 
hauerselo  oido  degir  al  dicho  su  Padre  Juan  Escobedo,  y  en  especial 
se  acuerda  que  el  dicho  Antonio  Pérez  escribió  vna  vez  al  señor  Don 
Juan  y  a  su  Padre  de  este  testigo  quando  su  Magestad  tomo  resolu- 
ción que  el  dicho  Señor  Don  Juan  fuesse  a  Flandes,  que  con  la 
muerte  del  Comendador  mayor  se  hauia  apretado  la  resolución  para 
que  el  dicho  señor  Don  Juan  fuesse  a  Flandes,  y  que  assi  se  le  es- 
cribia por  otro  despacho  aparte,  y  que  al  dicho  secretario  Antonio 
Pérez  le  hauia  ordenado  su  Magestad  que  escribiesse  al  dicho  Se- 
cretario Juan  de  Escobedo  persuadiéndole  que  por  los  medios  que 
mexor  le  paregiesse  dispusiesse  al  señor  Don  Juan  que  acceptasse 
aquella  Jornada,  y  que  todo  lo  áspero  que  creo  escribía  de  aquella 
carta  no  era  suyo,  sino  añadido  de  mano  de  su  Magestad  y  que  assi 
mismo  daua  a  entender  en  la  dicha  carta  el  dicho  Secretario  Anto- 
F.  15  V.  nio  Pérez  que  |  su  Magestad  no  tenia  satisfacion,  y  hagia  poca  con- 
fianza del  dicho  Señor  Don  Juan  y  que  en  el  Consejo  se  hauia  tra- 
tado del  cargo  de  General  de  la  Mar,  y  que  los  Toledos  querian  que 
se  diesse  al  Prior  Don  Fernando,  y  que  el  dicho  Secretario  Antonio 
Pérez  hauia  dicho  a  su  Magestad  que  seria  mexor  dexarlo  estar  assi 
por  el  pressente  por  no  perder  a  Juan  Andrea,  y  que  las  lindezas 
que  en  esto  hablan  passado  guardaba  en  el  Registro  para  quando 
se  viessen  por  no  ser  para  fiado  de  carta,  y  que  hablando  el  dicho 
Secretario  Antonio  Pérez  a  su  Magestad  le  hauia  dicho  que  el  dicho 
secretario  Juan  de  Escobedo,  hauia  entendido  en  Roma  lo  que  se 
trataua  acerca  de  lo  de  Ingalaterra,  y  esto  a  fin  de  que  su  /vlagestad 
no  lo  encubriesse  al  dicho  señor  Don  Juan  y  al  dicho  Secretario  Juan 


ANTONIO  PÉREZ  41Q 

de  Escobedo,  siendo  la  verdad  que  el  dicho  Antonio  Pérez  hauia 
avisado  de  ello  como  de  la  misma  carta  se  dexa  entender.  Todo  lo 
sobre  dicho  y  otras  cossas  que  de  al  pressente  no  se  acuerda  que 
aparezeran  por  la  dicha  carta  que  originalmente  entrego  este  testigo 
al  Licengiado  Salazar  del  Consejo  de  la  Santa  y  General  Inquisigion 
visitador  de  los  secretarios  de  la  Corona  de  Castilla  por  orden  de  su 
Magestad  de  lo  qual  se  entiende  y  colije  que  el  dicho  Antonio  Pé- 
rez rebelaua  el  secreto  de  lo  que  pasaua  y  se  trataua  en  el  Consejo 
de  Estado  contra  el  Juramento  que  tenia  hecho  y  fidelidad  que  tenia 
prometido,  y  que  lo  que  tiene  declarado  cerca  desto  lo  sabe  Fran- 
cisco Guillamas  Maestro  de  la  Cámara  de  su  Magestad  de  cuya 
mano  está  descifrada  la  dicha  carta,  y  Juan  de  la  Concha  que  al 
pressente  esta  en  Galicia,  que  entrambos  fueron  officiales  en  el  es- 
critorio del  dicho  Señor  Don  Juan,  y  que  la  dicha  carta  que  referida 
tiene,  iba  en  el  sobre  escrito  Juan  de  Escobedo  Padre  deste  testigo, 
pero  que  al  dicho  Francisco  Guillamas  escribía  el  dicho  Antonio  Pé- 
rez que  en  casso  que  no  se  hallasse  alli  el  dicho  Secretario  Juan  Es- 
cobedo, descifrasse  aquel  despacho  sin  confiarse  de  nadie,  y  le  mos- 
trasse  al  señor  Don  Juan,  y  al  dicho  Secretario  Juan  de  Escobedo  de 
que  este  testigo  no  se  acuerda  pero  sauelo  por  hauer  visto  las  mis- 
mas cartas  y  que  eran  cossas  de  mucha  substancia  é  importancia  |  y  F.  16  r. 
assi  mismo  dize  y  declara  que  contrabiniendo  el  dicho  Secretario 
Antonio  Pérez  al  Juramento  que  tenia  fecho  y  a  la  confianza  lealtad 
y  fidelidad  de  su  officio  muchas  vezes  en  las  cartas  que  venian  del 
señor  Don  Juan  para  su  Magestad  en  gifra,  el  dicho  Secretario  An- 
tonio Pérez  en  el  descifrado  de  ellas  anadia  y  quitaba  lo  que  le  pa- 
regia  de  ellas  según  el  estado  de  las  cossas  y  lo  que  a  el  le  parezia 
que  conbenia  para  facilitar  lo  que  deseaua  y  tocaba  al  dicho  Señor 
Don  Juan  y  assi  descifradas  a  su  modo,  las  daua  a  su  Magestad  como 
que  las  escribía  en  aquella  forma  el  señor  Don  Juan  no  siendo  ansi 
mucho  de  ello  sino  que  el  dicho  Antonio  Pérez  lo  hauia  puesto  o 
quitado  como  esta  referido  muy  diferente  de  lo  que  se  contenia  en 
la  misma  carta  original,  lo  qual  saue  este  testigo  por  que  vio  mu- 
chas cartas  del  dicho  Antonio  Pérez  para  el  dicho  señor  Don  Juan 
y  para  el  dicho  Secretario  Escobedo  en  que  lo  escriuia  y  degia  que 
lo  hagia  como  se  ha  dicho  y  que  tal  y  tal  cossa  hauia  añadido  a  la 
dicha  carta,  y  tal  y  tal  cossa  hauia  quitado  de  ella,  por  tal  y  tal  res- 


420  ANTONIO  PÉREZ 

pecto,  y  lo  mismo  oyó  decir  este  testigo  al  dicho  Secretario  Escobe- 
do  su  Padre  muchas  vezes,  y  lo  mismo  entiende  que  sauen  los  di- 
chos Juan  de  la  Concha  y  Francisco  Guillamas  por  hauer  visto  y 
descifrado  las  mismas  cartas  del  dicho  Antonio  Pérez,  y  que  la  dicha 
Infidelidad  y  falta  de  lealtad  cometió  muchas  vezes  el  dicho  Secre- 
tario Antonio  Pérez  en  diferentes  negocios  y  de  mucha  Importan- 
cia, y  este  testigo  lo  saue  por  que  vio  en  muchas  cartas,  las  quales 
se  quemaron  algunos  dias  antes  que  sucediesse  la  muerte  del  dicho 
Secretario  Juan  de  Escobedo  Padre  de  este  testigo  y  para  quemarlas 
se  juntaron  el  dicho  Juan  de  la  Concha  y  Hernando  de  Escobar  clé- 
rigo, que  agora  es  Ar^idiano  de  Cuenca,  y  entonces  era  Ayo  de  los 
Hijos  del  dicho  Antonio  Pérez  a  instancia  del  dicho  Antonio  Pérez 
por  que  antes  de  esto  hauian  estado  encontrados  en  alguna  manera 
los  dichos  Secretarios  Antonio  Pérez  y  Juan  de  Escobedo,  y  después 
se  recongiliaron,  y  entonces  procuró  el  dicho  Antonio  Pérez  que  se 
quemassen  todas  sus  cartas  por  que  se  deuio  de  temer  no  le  resul- 
tasse  de  ellas  algún  Inconbeniente,  y  esto  es  lo  que  saue  sobre  el 
dicho  Articulo,  y  assi  es  la  publica  voz  y  fama,  y  la  común  opinión 
y  assi  es  verdad  ett.a 
F.  16  V.  El  Décimo  que  este  testigo  como  Hijo  Vnico  y  Heredero  de  este 
Interfecto  su  Padre  se  concertó  con  Antonio  Pérez  por  veinte  mil 
ducados  que  le  dio  como  pareze  por  dos  escrituras  lo  qual  saue  el 
Almirante  de  Castilla  y  Gerónimo  de  Palacio  y  que  aunque  es  Hijo 
de  Escobedo  no  por  esso  ha  dexado  de  átq'iv  verdad  ett.a 

Francisco  de  Guillamas,  Maestro  de  la  Cámara  de  su  Magestad. 

Al  octauo  de  la  Demanda  dixo  que  saue  que  Pérez  y  Escobedo 
eran  grandes  amigos  y  tenian  mucha  correspondencia  escribiéndose 
muy  a  menudo  y  muy  particularmente  estando  Pérez  en  la  Corte  y 
Escobedo  con  el  Señor  Don  Juan  en  Italia  y  Flandes,  y  entonces  este 
testigo  estaua  en  seruicio  de  dicho  Señor  Don  Juan  y  tenia  a  su  car- 
go la  cifra  particular  de  los  dichos  Secretarios  Escobedo  y  Pérez,  y 
el  Pérez  le  escribía  al  Escobedo  largamente  y  muchas  vezes  avissan- 
dole  de  muchas  cosas  que  acá  passaban  en  el  Consejo  de  Estado  y 
se  trataban  con  su  Magestad  de  las  quales  no  se  acuerda  agora  en 
particular  porque  como  eran  cossas  graues  en  que  se  debia  guardar 


ANTONIO  PÉREZ  421 

secreto  y  este  testigo  no  las  deuia  comunicar  con  nadie,  en  acaban- 
do de  passar  por  ellas  las  oluidaua,  y  en  general  se  acuerda  que 
entre  otras  cossas  le  auisaua  el  Pérez  al  Escobedo  de  cossas  granes 
y  de  mucha  importancia  las  quales  de  razón  para  cumplir  con  la 
obligación  de  su  officio  no  las  podia  escribir,  ni  comunicar,  ni  tra- 
tar sino  con  su  Magestad  y  con  los  de  su  Consejo  de  Estado,  o  con 
las  personas  que  su  Magestad  particularmente  le  ordenasse,  y  este 
testigo  saue  lo  dicho  porque  descifraua  muchas  vezes  las  cartas  que 
el  dicho  Antonio  Pérez  escribía  al  dicho  Escobedo  é  beya  en  ellas 
lo  que  tiene  dicho  y  la  calidad  y  substancia  que  tenían,  y  otras  vezes 
las  descifraua  Juan  de  la  Concha  criado  del  dicho  Señor  Don  Juan, 
y  al  pressente  ressidente  en  la  Coruña  en  Galicia,  y  que  vna  de  las 
cartas  que  este  testigo  descifro  se  acuerda  que  ha  de  estar  en  poder 
del  licenciado  Salazar  Comissario  General  de  la  Cruzada,  Visitador 
de  los  Secretarios  de  su  Magestad  en  los  papeles  de  la  Víssíta  que 
el  descifrado  es  de  mano  deste  testigo,  y  la  cifra  de  Hernando  de 
Escobar  clérigo  Arcediano  de  Alarcon  |  que  es  por  cuya  mano  es-  F.  17 
cribia  el  dicho  Pérez,  esta  cifra  particular  que  tenían  con  el  dicho 
secretario  Escobedo,  y  saue  que  el  dicho  Pérez  escribió  vna  vez  al  Es- 
cobedo que  en  vna  carta  del  Señor  Don  Juan  para  su  Magestad  hauía 
quitado  y  añadido  en  el  descifrado  algunas  [cosas]  de  las  que  el  dicho 
Señor  Don  Juan  escribía  según  el  estado  en  que  entonces  se  halla- 
ban las  cossas,  y  no  se  acuerda  las  que  añadió,  o  quitó,  ni  sobre  que 
materia,  ni  donde  se  hallaua  entonges  el  Señor  Don  Juan,  ni  en  que 
tiempo,  mas  que  le  pareze  que  estaua  en  Italia  antes  que  fuesse  a 
Flandes  y  se  acuerda  que  dicho  Pérez  degia  en  s[u]  carta  que  hauía 
añadido  y  mudado  tal  y  tal  cossa,  y  que  en  hager  lo  susodicho  dicho 
Pérez  hagía  contra  lo  que  deuia  a  su  officio,  secreto,  y  fidelidad  que 
tenia  prometido  y  jurado  ett.^. 

Alonso  Rodríguez  Escríbano  Real, 

Sobre  el  Noueno  Capítulo  de  la  Demanda  dize,  que  estando  An- 
tonio Pérez  presso  y  mandado  prender  por  los  dichos  delictos  y  esto 
por  Juezes  conpetentes,  pendiendo  el  pleyto  se  salió  de  la  Prission  y 
Carcelería  en  que  estaua  detenido  y  presso,  lo  qual  saue  por  que  se 
hallo  pressente  quando  fue  buelto  a  prender,  e  se  llego  a  la  fortale- 


422  ANTONIO  PÉREZ 

za  de  Turegano,  la  qual  fuga  y  crebantamiento  (!)  de  carcelería  en- 
tiende este  testigo  que  seria  y  fue  por  sentirse  culpado  de  los  delic- 
tos  de  que  le  acusaban  ett.^. 

Al  onceno  de  la  Demanda  que  los  fiscales  son  parte  legitima, 
aunque  perdone  la  parte  ett.^. 

Francisco  Sánchez  Vecino  de  Madrid. 

Al  Noueno  Capitulo  de  la  Demanda  dixo,  que  sobre  ello  este 
testigo  tiene  dicho  de  ante  diferentes  Jueces  y  Escribanos  y  remi- 
tiendosse  a  aquellos  por  no  se  los  poder  mostrar  respondiendo  a  di- 
cho Articulo  dixo  que  lo  que  saue  y  passa  es  que  hauiendo  sido  licua- 
do presso  a  la  fortaleza  de  Turuesano  Antonio  Pérez  por  los  delictos 
que  degian  hauia  cometido,  y  estando  con  Aguacil  y  Guarda  habrá 
como  quatro  o  cinco  años,  fue  este  testigo  imbiado  por  Guarda  del 
F.  17  V.  dicho  Pérez  por  el  Alcalde  Albar  Garcia  de  Toledo  y  estando  |  en 
su  guarda  en  compañía  del  Alguazil  Arrieta  [y]  Juan  Gutiérrez  guar- 
da, el  dicho  Antonio  Pérez  intentó  y  procuró  de  se  salir  de  la  dicha 
prission  y  quebrantarla  vn  Viernes  de  la  Cruz  en  la  noche  de  vno  de 
los  años  de  su  prission  y  para  haberlo  tenia  preuenidos  y  habían  ve- 
nido de  Aragón  ciertos  hombres  con  cabalgaduras  y  armas,  los  qua- 
les  estubieron  escondidos  en  vn  lugar  gerca  de  Turbegano  como 
vna  legua  en  vn  lugar  que  se  llama  Ñuño  Vero,  y  este  propio  Vier- 
nes de  la  Cruz  en  la  noche  las  dichas  personas  vinieron  escondida- 
mente  hasta  la  puerta  alta  del  Castillo  de  Turbegano,  y  el  dicho  An- 
tonio Pérez  estaua  ya  sin  que  lo  síntíessen  el  Alguacil  y  guardas  que 
lo  guardauan,  preuenido  y  aparejado  vestido  de  camino  y  con  es- 
puelas doradas  y  Daga  en  cinta  y  vn  sayo  largo  y  Montera  de  dos 
bentalles  y  estando  en  esto,  el  dicho  Alguazil  Arrieta  llamó  a  este 
testigo  y  le  dixo  como  sospechaba  que  el  dicho  Pérez  [se  quería]  ir 
y  quebrantar  la  prission,  y  con  esta  sospecha  entraron  en  el  aposen- 
to donde  el  dicho  Antonio  Pérez  estaua  presso,  y  al  entrar  de  la 
puerta  los  detubo  Doña  Juana  Cuello  su  Mujer  para  que  pudiesse 
tener  tiempo  de  meterse  en  la  cama  debaxo  de  la  ropa  porque  no 
viessen  como  estaua  vestido,  y  luego  passado  esto  entraron  donde 
dicho  Pérez  tenia  su  cama,  y  le  dixo  dicho  Alguazil  Carrieta  (sic), 
que  esto  Señor  Secretario,  que  nouedades  son  estas?  no  saue  v.  md. 


ANTONIO  PÉREZ  423 

que  si  alguna  cossa  quisiere  hazer  que  el  que  primero  se  ha  de  ir 
con  V.  md.  he  de  ser  yo,  y  el  dicho  Pérez  dixo,  pues  de  me  essa 
mano  que  agora  es  tiempo,  é  diciendole  esto  dicho  Antonio  Pérez 
se  lebanto  de  la  cama  en  la  forma  que  tiene  dicho  vestido  y  calza- 
do con  daga  y  espuelas,  y  le  dixo  a  este  testigo  el  dicho  Pérez,  pues 
también  se  ira  Francisco  Sánchez  con  nosotros,  y  Yo  le  daré  quatro 
o  seis  mil  ducados  y  Doña  Juana  tendrá  cuydado  de  sustentar  su 
muger  todo  el  tiempo  que  ella  estubiere  alli,  y  a  v.  mA  señor  Agua- 
gil  Arrieta  le  daré  mas  de  ocho  mil  ducados,  y  los  llenare  aparte 
donde  sean  muy  ricos,  y  puedan  ellos  hager  ricos  a  otros,  y  assi  con 
buenas  palabras  el  dicho  Aguagil  y  este  testigo  le  fueron  deteniendo 
para  que  por  aquella  noche  no  entraran  los  que  hablan  venido  por 
el  y  se  les  fuera,  a  lo  qual  Doña  Juana  Cuello  respondió  que  no  los 
creyesse  el  dicho  Antonio  Pérez,  é  que  hiciesse  lo  que  hauia  de 
hager,  y  entrasse  la  gente  porque  este  testigo  y  el  Alguazil  no  cum- 
plirían las  palabras  que  le  dauan  |  y  todavía  el  dicho  Alguazil  y  este  F.  18  r. 
testigo  le  persuadían  que  los  creyesse  y  que  se  subiesse  a  lo  alto  de 
la  fortaleza  y  que  otra  noche  se  yrian  y  quitarían  vna  reja  por  donde 
se  fuesse  y  para  dissimular  y  con  este  engaño  lo  entretubieron  y  el 
dicho  Antonio  Pérez  mandó  al  Alférez  Rubio  que  llebando  vna  sor- 
tija que  tenia  en  las  manos  por  señas  a  las  personas  que  venían  por 
el,  les  dixesse  que  se  fuessen  y  viniessen  otra  noche,  y  Don  Baltasar 
de  Alamosa  (sic)  que  estaua  pressente  al  dar  de  la  sortija  dixo  que 
fuesse  otra  y  no  la  que  daua  el  dicho  Antonio  Pérez  el  qual  dio  la 
que  dicho  Don  Baltasar  degia,  y  con  esto  se  quedo  la  yda  por  aque- 
lla noche  y  con  buenas  palabras  le  subieron  a  lo  alto  de  la  fortaleza, 
y  teniéndolo  en  parte  segura  dieron  quenta  al  Justicia,  y  con  su  fauor 
le  hecharon  mas  prissiones  y  pusieron  mucho  mas  recaudo  en  el  di- 
cho Antonio  Pérez  y  sino  fuera  por  la  astucia  y  maña  de  que  el  di- 
cho Alguazil  y  este  testigo  usaron,  el  dicho  Antonio  Pérez  se  les 
fuera  de  la  dicha  príssion  y  sobre  ello  pudieran  sugeder  Muertes,  y 
de  lo  dicho  se  dio  noticia  al  señor  Conde  de  Baraxas  Pressidente  de 
Castilla,  y  fuelo  a  aberiguar  el  Alcalde  Albaro  Garfia  y  se  hizo  pro- 
banza y  aberiguagion  sobre  ello  a  la  qual  se  reffíere,  y  agora  estan- 
do presso  en  esta  Villa  en  unas  cassas  con  Alguaciles  y  guardas  sabe 
quebrantó  y  violó  la  prission  y  se  ha  hido  huyendo  á  Aragón  ett.^. 


424  ANTONIO  PÉREZ 


Diego  de  Qamora  Alguacil 

Al  dogeno  de  la  Demanda  que  saue  que  hauiendosele  assignado 
en  Madrid  vna  cassa  á  Antonio  Pérez  por  cargel  y  estando  alli  dete- 
nido y  presso  con  gente  de  guarda,  y  este  testigo  como  Alguazil  es- 
taña en  su  guarda,  dicho  Pérez  determinó  de  romper  y  violar  como 
rompió  y  violó  la  dicha  carmel  que  tenia  asignada  y  con  violencia  y 
fuerza  se  ha  salido  é  huydo  de  aquella,  y  quebrado  vna  gerradura  de 
vna  puerta,  y  se  fue  y  ausentó  al  Reyno  de  Aragón,  al  qual  le  oyó 
algunas  vezes  confessar  hauer  cometido  crímenes  de  Muerte  y  que 
estaba  presso  sobre  ello  y  se  lo  contó  a  este  testigo  y  a  otros  Jactán- 
dose de  ello  ett.^ 

Pedro  Rüiz  de  Mágica. 

F.  18  V.  Al  Doceno  capitulo  de  la  Demanda  que  hauiendole  assignado  en 
Madrid  vna  cassa  por  cargel  á  Antonio  Pérez  y  estando  alli  presso 
con  gente  de  guarda  y  este  testigo  era  vno  de  los  que  lo  guardauan, 
el  dicho  Pérez  determinó  de  romper  como  rompió  dicha  carmel  y  se 
huyó  de  dicha  Carcelería,  y  se  hallo  vna  gerraxa  desclabada  de  vna 
puerta  y  se  ha  huido  á  Aragón,  el  qual  confesso  estaua  presso  sobre 
la  Muerte  de  Escobedo  y  que  era  acussado  de  ella,  y  por  otros  Crí- 
menes ett.a 

Juan  Martínez  de  Ligaría. 

Al  Doceno  Capitulo  de  la  Demanda  que  saue  que  Pérez  estando 
presso  en  la  cassa  que  por  cárcel  tenia  con  gente  de  guarda,  vno  de 
los  quales  era  este  testigo.  Determinó  de  romper  y  violar  dicha  Car- 
mel, y  huyóse  de  ella  como  se  fue  y  huyó  al  Reyno  de  Aragón  ett.* 

Martin  de  Muxica  Alguacil. 

Al  Doceno  Capitulo  de  la  Demanda  que  estando  Presso  Pérez  en 
vna  cassa  que  se  le  asignó  por  cargel  con  gente  de  Guarda,  y  este 
testigo  como  Alga^il,  rompió  y  violó  la  carmel  y  se  fue  huyendo  á 
Aragón,  le  oyó  confessar  algunas  vezes  hauer  cometido  crímenes  de 
muerte,  y  que  estaua  Presso  sobre  ello  y  de  fama  ett.* 


ANTONIO  PÉREZ  425 


Gaspar  López  escribano  de  Cámara 

Al  Noueno  de  la  Demanda  dixo  que  estando  presso  Pérez  en 
Turbegano  se  tubo  noticia  que  Pérez  hauia  traydo  Hombres  de  Ara- 
gón para  quebrantar  la  fortaleza,  é  irse  huyendo  á  Aragón,  y  se  pro- 
beyo  por  Juez  de  comission  para  hager  aberiguagion  sobre  lo  dicho 
al  Alcalde  Albargargia  de  Toledo,  el  qual  fue  a  Turbegano,  é  fizo 
aueriguagíon  sobre  que  el  dicho  Pérez  vna  noche  a  ora  de  las  doze 
de  la  noche  se  hauia  quedado  vestido  y  con  espuelas  para  effecto 
de  irse,  y  que  los  hombres  que  hauian  [venido]  por  el  lo  estaban 
aguardando  Junto  la  dicha  fortaleza,  y  otros  en  el  lugar  de  [Ñuño 
Vero?  (1)]  y  que  tenian  preuenidas  Bestias  y  Alcabuzes  para  irse  |  y  F.  IQ  r. 
esto  se  aueriguo  porque  el  declarante  escribió  parte  del  negocio,  y 
agora  estando  presso  por  los  dichos  delictos  en  la  cassa  de  Don  Be- 
nito de  Cisneros  que  le  fue  assignada  por  cargel  y  en  su  guarda  dos 
Alguaciles  y  dos  guardas,  el  dicho  Pérez  pareze  y  es  publico  que  el 
miércoles  santo  en  la  noche  quebranto  la  Cargel  y  se  fue  huyendo  a 
Aragón  ett.^ 

Al  onzeno  que  es  verdad  y  que  assi  lo  ha  visto  ett.^ 

Don  Baltasar  de  Alamos  de  Medina  del  Campo, 

Al  Noueno  de  la  Demanda  dixo  que  tiene  dicho  su  dicho  ante 
el  Alcalde  Albargarcia  de  Toledo  y  Belazquez  su  escribano  dias  ha 
el  qual  no  se  le  muestra,  y  porque  la  memoria  es  frágil  remitiéndose 
a  el,  a  lo  que  saue  y  quiere  que  se  assiente  es  como  se  sigue  que  es- 
tando recluso  Pérez  en  Turbegano  donde  por  mandato  de  su  Mages- 
tad  le  hauia  llenado  el  dicho  Albargarcia  de  Toledo  y  tenia  vn  Al- 
guacil de  Corte  y  dos  guardas  que  le  guardauan  llegó  alli  este  tes- 
tigo vn  dia  del  mes  de  mayo  del  año  de  ochenta  y  cinco,  y  aquella 
mesma  noche  que  llego  oyó  al  Alguazil  Arrieta  y  al  mismo  Antonio 
Pérez  que  se  hauia  querido  hir  de  la  dicha  fortaleza  y  que  hauian  ve- 
nido para  ello  de  Aragón  algunas  personas,  y  que  después  fue  halla- 
do sobre  ello  Albargargia  por  orden  del  Consejo  del  Rey  Nuestro 


(1)    Blanco  en  el  ms. 


426  ANTONIO  PÉREZ 

Señor,  y  este  testigo  entendió  que  hauia  aberiguado  que  el  dicho  Pé- 
rez hauia  querido  salir  de  la  dicha  fortaleza,  y  ha  oido  degir  que  era 
por  la  muerte  del  secretario  Escobedo  ett.^ 


El  Capitán  Jerónimo  de  Palagio  Vegino  de  Madrid, 

Al  Sexto  de  la  Demanda  dixo  que  quando  mataron  a  Escobedo 
vio  se  hicieron  por  los  Alcaldes  de  Corte  muchas  diligencias  y  abe- 
riguaciones  prendiendo  muchas  personas  para  aberiguar  quien  le 
hauia  muerto,  y  después  de  alli  a  algunos  dias  entendió  que  Antonio 
Pérez  Secretario  del  Estado  le  hauia  hecho  matar  por  algunas  passio- 
nes  particulares  que  después  se  entendieron,  aunque  al  tiempo  que 
F.  19  V.  lo  hizo  I  matar  se  trataban  como  muy  grandes  amigos,  y  de  oyda 
que  después  de  hauerle  procurado  matar  con  veneno  diuersas  vezes 
como  fueron  la  primera  valiéndose  de  vn  hombre  que  estaua  disfra- 
zado en  la  cogina  del  Rey  Nuestro  Señor  que  era  Aragonés  hecho 
cocinero  porque  estaua  huido  por  vna  muerte  de  vn  clérigo  en  Ara- 
gón, y  diQcn  que  se  llama  Juan  Rubio  y  por  otro  nombre  el  Picaro, 
para  que  este  tomasse  amistad  con  vna  criada  del  dicho  Escobedo 
que  guisaba  la  comida  que  entrando  en  la  Cogina  hauiendo  prece- 
dido el  preguntar  qual  era  la  olla  en  que  se  guisaba  la  comida  para 
el  dicho  Escobedo  y  sabiéndolo  hauia  hechado  el  dicho  Picaro  en  la 
dicha  olla  vnos  poluos,  de  que  sugedio  estar  muy  malo  el  dicho  Es- 
cobedo y  estado  muy  al  cabo,  y  con  trazas  y  otras  cossas  hauia  me- 
xorado  y  por  cuya  causa  sin  tener  culpa  ahorcaron  a  vna  esclaua  de 
Escobedo,  y  segunda  vez  le  conbidó  a  comer  y  le  dio  benenos  mas 
efficaces  aprouechandose  de  vn  criado  suyo,  y  algo  deudo  que  es 
Diego  Martínez  prebeniendo  que  se  pussiese  la  messa  en  puesto  de 
manera  que  en  vna  pieza,  y  el  seruigio  en  otra,  y  que  quedase  en 
medio  una  pieza  desocupada  para  que  quando  pidiesse  Escobedo  la 
veuida  hubiesse  espagio  para  echar  en  la  taza  sin  que  nadie  lo  viesse 
cierta  agua  de  vna  redomilla  que  el  Martínez  tenia,  y  que  quando 
pidió  la  veuida  hauiendo  comido  el  dicho  Escobedo  de  cierto  man- 
xar  de  vn  plato  que  tenia  alli  se  le  lebanto,  y  lo  iba  a  comer  y  el  di- 
cho Martin  (sic)  se  lo  rebato  y  quitó  de  las  manos  como  persona  que 
deuia  sauer  el  daño  que  en  el  dicho  manjar  habia  para  que  no  lo  co- 
miese, y  saue  de  oyda  que  desta  comida  y  veuida  Escobedo  hauia 


ANTONIO  PÉREZ  427 

estado  muy  malo,  é  tomó  muchas  cossas  para  echar  por  la  coba  y 
que  sino  se  preuiniera  muy  apriessa  muriera,  y  que  viendo  que  no 
hauia  tenido  effecto  lo  hizo  matar  a  ginco  o  seys  hombres  que  en  vna 
callejuela  de  noche  con  vn  estoque  a  traigion,  y  que  mudo  dentro 
de  dos  o  tres  horas  por  que  lo  atrabesaron  de  parte  a  parte,  y  que 
entonges  el  Pérez  hagia  el  muy  amigo  de  Escobedo,  y  que  estando 
comiendo  le  daron  vn  villete  gerrado  a  Pérez,  y  el  se  lo  dio  a  Esco- 
bedo para  que  lo  leyesse  y  todos  entendiessen  la  grande  amistad  que 
entre  ellos  hauia  y  hizo  |  demostración  de  sentimiento  en  su  muerte  F.  20  r. 
para  mas  dissimular  su  alebossia  pero  después  como  le  acusaua  su 
propia  conciengia  se  le  conogia  al  dicho  Pérez  gran  miedo  y  gran- 
des prebengiones  de  hombre  que  le  temia  por  que  tenia  porteros  a 
las  puertas  y  no  se  daxaua  ver  ett.^ 

Al  Décimo  que  Antonio  Pérez  intentó  algunas  veges  hechar  per- 
sonas que  hablassen  a  este  testigo  sauiendo  que  era  Amigo  de  Es 
cobedo,  que  tomassen  luz  para  sauer  si  era  hombre  este  testigo  que 
no  le  dañaba  como  no  le  entendió  dañar  ni  engañar,  y  le  hablo  Ja- 
come  Marengo  Ginoues  amigo  de  Pérez,  y  que  viendo  este  que  este 
testigo  sauia  el  negogio  de  raíz,  y  que  lo  degia  con  libertad,  aconsejo 
al  Pérez  que  por  entonces  no  se  viesse  con  este  testigo,  y  passado  al- 
gunos dias  después  assegurandose  de  algunas  personas  que  este  tes" 
tigo  no  era  hombre  que  si  trataua  de  amistades  no  era  para  engañar 
a  nadie,  si  no  para  poner  en  paz,  con  todo  esso  quisso  que  le  tenta- 
se el  pecho  a  este  testigo  Gaspar  Sánchez  de  la  Compañía  de  Jesús, 
y  assegurado  del  vno  y  del  otro  y  de  la  buena  Intengion  de  este  tes- 
tigo se  calentó  el  negogio  de  manera  que  se  trató  de  las  amistades 
y  también  por  que  hizo  esfuerzo  a  ello  el  Almirante  de  Castilla  que 
pidió  a  este  testigo  que  pues  hera  hacer  bien  passase  adelante  en  lo 
comenzado,  y  trabaxasse  de  manera  que  viniessen  a  ser  amigos,  y 
assi  lo  hizo  yendo  a  hablar  al  Pérez  que  estaua  presso  en  la  cassa  de 
donde  se  huyó,  y  al  secretario  Don  Pedro  de  Escobedo,  y  lo  vino  a 
congertar  en  que  por  las  costas  que  hauia  hecho  en  seguir  la  Muerte 
de  su  Padre  le  diesse  veinte  mil  Ducados,  y  que  con  esto  le  perdo- 
naua,  y  de  esto  se  higieron  escrituras  que  passaron  ante  Gaspar 
Texta  Escribano  del  numero,  y  antes  se  hicieron  amigos  los  dos  to- 
mándoles las  manos  de  amistad,  y  después  se  ablaron  y  carearon 
por  medio  del  Almirante  de  Castilla,  y  en  su  pressengia,  y  que  fue- 


428  ANTONIO  PÉREZ 

ron  los  veinte  mil  ducados  por  que  le  perdonasse,  y  que  sino  se  ex- 
pressa  en  la  escritura  fue  por  que  pareció  se  pussiesse  assi,  y  no  por 
otra  causa,  y  que  por  lo  dicho  entiende  que  Antonio  Pérez  dio  los 
dichos  veynte  mil  ducados  como  hombre  que  entendia  su  culpa  para 
que  la  pena  fuesse  menor  por  causa  del  Perdón  ett.^ 

Examinados  dichos  testigos  el  Procurador  Fiscal  pidió  al  Alcal- 
F.  20  V.  de  que  por  |  quanto  Don  Pedro  de  Mendoza  hauia  dicho  su  dicho 
en  la  acusagion  de  Antonio  Pérez  el  qual  era  vecino  de  Siguenza  y 
estaua  ausente  de  la  Corte  y  era  Hombre  impidido  y  conbenia  a  su 
parte  dixesse  su  dicho  sobre  el  octauo  Articulo  de  la  Demanda  que 
tocaua  sobre  descubrir  secretos  del  Consejo  de  Estado  y  de  su  Ma- 
gestad  le  mandasse  dar  recaudos  necessarios  para  [que]  qualesquiere 
Justicias  donde  estubiesse  lo  examinasen  ett.^ 

Otrosí  y  supplicó  mandasse  se  sacasen  los  dichos  de  Gerónimo 
Diez  que  tratan  de  la  muerte  de  Escobedo,  y  del  Cardenal  Granbela, 
y  Don  Juan  de  Quñiga  que  tratan  del  descifrar,  y  descubrir  secretos 
por  ser  fallecidos  los  dichos  ett.a 

Otrosi  Mandasse  a  Gaspar  Testa  Escribano  Ante  quien  passo  el 
perdón  de  Antonio  Pérez  y  lo  otorgó  Don  Pedro  de  Escobedo.  De 
fee  de  como  Pérez  lo  presentó  en  el  Processo  criminal  ett^. 

El  Alcalde  mandó  que  se  hiciesse  todo  assi,  y  también  pidió  el 
Fiscal  y  dixo  que  presentaba  por  testigos  a  Juan  de  la  Concha,  y 
que  lo  mandasse  gitar,  y  si  estubiesse  ausente,  el  escribano  sacasse 
vn  traslado  de  vn  dicho  que  el  Juan  de  la  Concha  dixo  Ante  el 
licenciado  Salazar  en  la  vissita  de  secretarios,  y  lo  ponga  autentico 
en  la  probanza  ett.^ 

Y  también  pidió  qne  a  mas  de  las  escripturas'  de  perdón  que 
passo  ante  Gaspar  Testa,  passaron  otras  sobre  el  mismo  negogio  que 
las  mandase  sacar,  y  todo  lo  probeyo  el  Alcalde  ett.* 

Prueban  la  Muerte  Granbela,  Juan  de  Qúñiga,  y  Gerónimo  Diez 
que  eran  personas  muy  granes,  y  sacanse  los  dichos  de  los  arriba 
nombrados  por  estar  inbestigado  el  Concha,  y  los  otros  muertos  ett.a 


ANTONIO  PÉREZ  429 


El  dicho  de  Juan  de  la  Concha, 

El  dicho  de  Juan  de  la  Concha  es  que  preguntado' que  saue  del  F.  21  r. 
Secretario  Antonio  Pérez  en  especial  que  toca  al  secreto  si  saue  que 
no  le  haya  guardado  como  debia,  o  haya  oido  decir,  dixo  que  este 
testigo  saue  que  Antonio  Pérez  tenia  muy  particular  corresponden- 
cia con  el  Secretario  Juan  de  Escobedo  y  se  acuerda  que  estando  el 
Escobedo  con  el  Señor  Don  Juan  en  Italia  y  Flandes  se  escribian 
continuamente  y  el  dicho  Pérez  anisaba  muy  en  particular  al  dicho 
Escobedo  de  todo  lo  que  acá  passaua  y  se  trataua  con  su  Magestad  y 
en  el  Consejo  de  estado  que  tocasse  especialmente  al  Señor  Don  Juan 
y  aun  de  otras  cossas,  por  que  eran  tan  amigos  que  ninguna  cossa 
se  encubrían  el  vno  al  otro  que  aunque  agora  no  se  acuerda  de  ellas 
particularmente  por  que  como  eran  secretas  y  no  tocaban  a  este  tes- 
tigo en  acabando  de  passar  los  ojos  por  ellas  las  oluidaua,  pero  que 
de  anisarle  no  hay  duda  y  lo  saue  por  que  descifraba  muchas  de  las 
dichas  cartas  y  otras  vn  Francisco  Guillamas,  que  ambos  estaban 
con  el  Señor  Don  Juan  y  que  lo  que  principalmente  abisaua  era  los 
officios  y  servicios  que  hagia  para  el  Señor  Don  Juan,  en  encaminar 
sus  cossas  y  la  conquista  de  Ingalaterra  dándole  a  entender  que  todo 
lo  hagia  por  su  respecto  y  no  se  acuerda  por  agora  de  otra  cosa  ett.* 

Preguntado  donde  entiende  que  están,  o  se  hallarían  las  dichas 
cartas,  dixo,  que  cree  que  será  imposible  hauerlas,  a  lo  menos  las 
que  se  escribieron  estando  el  Señor  Don  Juan  en  Italia  por  que  ha- 
brá seys  o  siete  Años  que  estando  el  señor  Don  Juan  aqui  en  la 
Corte  se  Juntó  el  testigo  por  orden  del  dicho  Escobedo  con  Hernan- 
do de  Escobar  que  estaua  en  cassa  del  dicho  Pérez  y  quemaron  en 
cassa  del  dicho  Escobedo  todas  las  cartas  que  hauia  del  vno  para  el 
otro,  que  las  que  se  escribieron  después  estando  en  Flandes  no  saue 
que  se  hicieron,  pero  que  se  persuade  que  también  se  quemaron  por 
el  mismo  orden,  y  que  el  secretario  Don  Pedro  de  Escobedo  podria 
dar  en  esto  mas  razón  ett.a 

Preguntado  si  se  le  mostrasse  alguna  de  las  dichas  cartas,  si  la 
conocería,  y  dixo  I  que  si,  é  luego  se  le  mostró  vna  carta  en  cifra  F.  21  v. 
escrita  en  cuatro  hojas  menos  vna  plana  que  comienza  3.  q,  11.  3. 6. 
y  acaba  con  unos  caracteres  3+  o.  8.  y  vn  descifrado  de  ella  en  tres 


4  30  ANTONIO  PÉREZ 

ojas  menos  media  plana  y  comi[en]za:  Como  sobreuino  la  muerte  del 
Comendador  mayor  de  Castilla,  y  acaba  acá  pareció  muy  bien,  dixo 
que  la  dicha  carta  en  cifra  es  de  la  mano  de  Escobar,  y  el  descifrado 
de  ella  es  de  mano  del  dicho  Francisco  Guillamas  lo  cual  saue  por 
que  ha  visto  otras  muchas  cartas  y  letras  de  los  suso  dichos  y  las  co- 
noce bien  porque  como  tiene  dicho  vnas  vezes  las  descifraba  el  di- 
cho Guillamas  y  otras  este  testigo,  y  quando  esta  que  se  ha  mostra- 
do se  escribió  el  dicho  Señor  Don  Juan  estaua  en  Ñapóles  ett* 

Preguntado  si  saue,  o  ha  oydo  degir  que  descifrasse  las  cartas 
añadiendo  o  quitando  de  ellas  algunas  cossas,  dixo,  que  agora  se 
acuerda  que  el  dicho  Antonio  Pérez  escribía  al  dicho  Escobedo  y  en 
sus  cartas  y  en  las  del  Señor  Don  Juan  para  su  Magestad  anadia  o 
quitaba  lo  que  le  parecía  según  el  estado  en  que  estauan  las  cossas 
y  el  entendia  que  mas  conbenian  al  Señor  Don  Juan,  lo  qual  saue 
este  testigo  por  que  vio  en  aquel  tiempo  Cartas  de  Antonio  Pérez 
que  lo  decia  assi  al  dicho  Escobedo  refiriéndole  lo  que  le  hauia  qui- 
tado, mudado,  o  añadido,  y  esto  muchas  vezes  assi  estando  en  Italia 
como  en  Flandes,  que  en  que  tiempo  en  particular  y  en  que  cossas 
y  en  que  materias  no  se  acuerda  mas  de  que  lo  mas  era  en  mostrar 
fineza  en  el  seruigio  del  Señor  Don  Juan  y  en  quitar  las  sospechas 
contra  el  y  cossas  assi  que  estas  cartas  entiende  que  se  quemaron 
como  tiene  declarado  ett.^ 

Preguntado  que  personas  podrían  sauer  algo  de  lo  que  este  tes- 
tigo tiene  declarado  dixo  que  el  dicho  Guillamas  sabrá  mejor  que 
otro  porque  estaua  con  el  dicho  Señor  Don  Juan  como  este  testigo 
y  descifraba  también  y  que  el  secretario  Pedro  Escobedo  también 
podra  sauer  algo  de  hauer  visto  las  dichas  cartas,  o  algunas  de  ellas 
por  hauerlo  oydo  a  su  Padre  ett.* 

[El  Cardenal  Granvela] 

F.  22  r.  El  Cardenal  Granbela  dixo  su  dicho  en  onze  de  Abril  de  ochenta 
y  quatro  ante  el  licenciado  Salazar.  Dize  dicho  Cardenal  que  mu- 
chas vezes  estando  en  Roma  se  quexaban  el  Comendador  mayor  de 
Castilla  y  este  testigo  de  que  el  Papa  fuesse  tan  bien  auissado  de 
nuestras  cossas  y  que  se  hallase  tan  preuenido  por  que  sauia  lo  que 
passaua  en  los  negocios  y  las  resoluciones  de  su  Magestad  mucho 


ANTONIO  PÉREZ  431 

antes  que  el  Embaxador  lo  supiesse  por  carta  de  esta  Corte  y  este 
testigo  no  sauia  por  donde  esto  viniesse  mas  de  creer  que  le  deuia 
de  hauisar  el  Nuncio  al  qual  habisarian  los  que  sauian  las  dichas 
cossas,  o  los  pendientes  de  ellas  y  en  particular  no  han  sospechado 
de  ninguno  ett.a 

[El  Comendador  mayor] 

El  Comendador  Mayor  [dice]  que  estando  este  testigo  por  Em- 
baxador en  Roma  muchas  veges  hallaua  preuenidos  los  negocios,  y 
que  su  Santidad  y  sus  ministros  lo  sabian  primero  que  este  testigo 
que  no  saue  de  donde  esto  saliesse,  mas  que  a  ley  de  sospecha  cree 
que  debia  de  auissar  el  Nuncio,  y  que  de  donde  el  lo  sauia  no  lo 
saue  este  testigo  mas  de  creer  y  sospechar  que  podria  ser  anisarle 
de  algo  el  dicho  Antonio  Pérez  o  sus  offigiales  por  que  via  que  el 
Nuncio  pidia  Benefficios  a  su  Santidad  para  Escobar  criado  de  Pé- 
rez, y  que  al  mismo  Antonio  le  dio  su  Santidad  vna  gran  bacante  en 
Cuenca  haciéndole  mucha  merged,  y  que  esto  entiende  que  se  fun- 
daua  en  algo  de  lo  que  tiene  dicho  que  seria  por  tenerle  grato  para 
las  pretensiones  de  Jacobo,  que  en  particular  no  sabria  degir  mas 
este  testigo  ett.* 

La  depossicion  de  Hieronimo  Diez  Vegino  de  la  Villa  de  Madrid. 

Preguntado  dicho  testigo  si  saue  quien  mato  al  Secretario  Esco- 
bedo,  y  por  cuyo  mandado  y  lo  demás  que  cerca  de  ello  supiere  dixo 
que  no  lo  saue  pero  que  lo  que  para  si  tiene  le  mataron  por  orden 
de  Antonio  Pérez  y  de  la  Princessa  de  Eboly,  fuele  dicho  que  de- 
clare en  particular  lo  que  desto  saue  para  que  se  vea  por  donde  en- 
tiende lo  que  hauia  dicho,  el  qual  dixo. 

Lo  que  Yo  Gerónimo  Diez  contino  de  la  Cassa  de  su  Magestad 
se  de  lo  que  se  me  manda  declarar  es  (1)  que  un  dia  del  Mes  1  de  F.  22  v. 
Henero  del  año  passado  de  Mil  quinientos  y  setenta  y  ocho  partién- 
dome de  la  villa  de  Madrid  a  la  de  Pastrana  a  ser  Gouernador  de 
ella  y  su  partido,  me  fui  a  despidir  del  Secretario  Juan  de  Escobedo 


(1)    Esta  declaración,  muy  incompletamente,  ya  se  halla  publicada  en  el 
Proceso  criminal,  págs.  79-82. 


432  ANTONIO  PÉREZ 

y  entre  otras  cossas  que  passamos  dixe  al  dicho  Escobedo  como  vna 
dueña  de  la  Princessa  de  Melito  Doña  Ana  de  Mendoza  que  se  lla- 
ma Doña  Bernardina  Cabero  me  hauia  dicho  que  el  dicho  Escobedo 
era  terrible  y  degia  [a]  su  ama  cossas  de  que  no  gustaua,  y  que  es- 
taua  muy  atrabessada  con  el  y  este  que  declara  entendió  se  lo  degia 
para  que  se  lo  dixesse  al  dicho  Escobedo  por  ser  muy  notorio  que 
los  dos  dos  eran  muy  amigos  y  de  vna  tierra  y  ansi  se  lo  dixo  y  el 
dicho  Escobedo  respondió  que  assi  lo  entendía  el  porque  dos  dias 
antes  hauia  ido  a  ver  a  la  dicha  Princessa,  y  la  hauia  hallado  con 
Doña  Brianda  de  Guzman,  y  queriéndola  hablar  se  habia  lebantado 
y  salidose  del  estrado  a  vn  lado  de  la  pieza  y  le  hauia  dicho,  bueno 
es  que  piense  ningún  escudero  que  si  yo  quiero  la  cossa,  que  por 
nada  que  el  diga  la  dexare  yo  de  hager,  y  con  esto  sin  decirle  mas 
se  torno  á  asentar,  y  mas  me  dixo,  que  desde  cierto  dia  que  hauia 
ablado  á  Antonio  Pérez  y  a  la  dicha  Princessa,  no  le  dauan  quenta 
de  lo  que  trataban  y  antes  que  ninguna  cossa  trataban  que  no  se  la 
dixessen  cada  vno  de  por  si  el  que  primero  le  ablaba,  y  que  el  tenia 
por  escandosso  aquel  trato,  y  que  a  esto  le  respondió  este  que  de- 
clara que  mirasse  como  trataba  de  «aquel  negogio  que  sabia  pues 
tan  voluntariossa  era  la  dicha  Princessa,  y  el  me  respondió  ya  yo  lo 
veo  que  no  trataua  mas  del,  y  que  estimaua  en  tanto  la  autoridad 
de  los  muertos  que  se  le  hacia  arto  de  mal  y  que  le  daua  arta  pena 
y  con  esto  este  que  declara  se  fue  a  la  Villa  de  Pastrana  donde  lle- 
garon los  Duques  de  Pastrana  y  Francavilla  y  Antonio  Pérez,  y  al 
año  adelante  de  [se]  senta  y  nuebe  a  la  Semana  Sancta  por  la  sazón 
que  se  decia  que  el  dicho  Antonio  Pérez  se  venia  a  este  reyno  de 
Aragón  y  tubieron  alli  la  Semana  Santa  y  el  viernes  de  ella  a  la  tar- 
de dixo  el  dicho  Antonio  Pérez  a  este  que  declara  que  se  pussiesen 
a  caballo  y  se  irian  a  vn  lugar  que  esta  alli  cerca  que  se  llama  Val 
de  Concha  por  que  le  queria  ver  por  que  se  hauia  criado  vn  poco 
de  tiempo  y  aun  si  fuesse  posible  le  comprarla,  y  ansi  hizo  traer  tres 
F.  23  r.  caballos,  y  en  los  dos  fueron  |  los  dos,  y  en  el  otro  vn  caballero  que 
con  el  venia  que  se  llama  Don  Berenguel  dt  Omas,  y  a  la  buelta  le 
dixo  el  dicho  Antonio  Pérez  a^ste  que  declara,  si  sauia  como  Don 
Pedro  de  Escobedo  le  pidia  la  muerte  de  su  Padre,  y  que  lo  hagia 
por  que  sabia  se  la  meregia  como  también  lo  sabia  Escobar,  Jaraba, 
y  Doña  Juana  Cuello  su  Muger,  y  tanbien  en  Materia  de  Marabedis 


ANTONIO  PÉREZ  433 

se  le  hauia  alzado  con  diez  mil  ducados  de  veynte  mil  que  la  Señoría 
de  Genoba  les  habia  dado  a  entranbos  por  gierta  negociación  que  con 
su  Magestad  hauian  hecho,  y  en  esto  llego  el  dicho  Don  Berenguel 
que  venia  detras  y  gesso  la  platica,  y  otro  dia  adelante  le  dixo  que 
su  Magestad  le  hauia  imbiado  a  llamar,  y  que  le  rogaba  a  este  que 
declara  se  fuesse  con  el  hasta  Madrid,  que  le  quería  mostrar  cantidad 
de  Joyas  que  tenia  de  que  se  queria  desager,  y  que  cori  ellas  y  con 
cinquenta  mil  escudos  que  tenia  en  poder  de  vn  amigo  queria  hager 
vna  buena  compra,  y  que  olgaria  si  pudiesse  comprar  aquel  lugar 
por  estar  Junto  a  Pastrana,  que  tratasse  este  que  declara  de  com- 
prársele y  las  Joyas  ni  mas  ni  menos  olgaria  se  encargasse  ni  mas  ni 
menos  de  ello,  y  con  esto  lleuó  a  este  que  declara  con  los  dichos 
Duques  y  consigo  a  Madrid  donde  entendió  [que]  la  dicha  Prin- 
ces'ía  estaua  quexossa  de  Don  Pedro  Velarde,  Matheo  Vázquez,  Pedro 
Negrete,  Suazo  en  razón  que  degia  que  todos  ellos  se  hauian  Junta- 
do en  cassa  [de]  Pero  Nuñez  de  Toledo  y  tratado  con  Don  Pedro 
de  Escobedo  y  aconsejadole  pidiesse  la  muerte  de  su  Padre  á  Anto- 
nio Pérez,  y  hauiendo  entendido  esto  este  que  declara  topó  con  Pe- 
dro Negrete  y  le  preguntó  que  como  era  aquello,  y  respondió  que 
era  mentira,  y  lo  mismo  le  dixeron  Don  Pedro  Velarde,  y  Doña  Au- 
gustina  de  Torres  Muger  de  Suazo,  y  a  este  que  declara  le  paregio 
mal,  y  ansí  no  quisso  dar  quenta  de  ello  a  la  dicha  Pringessa,  yen- 
dosela  a  dar,  le  embio  a  degir  que  no  la  podía  hablar,  que  sí  la  que- 
ria algo  la  digesse  á  aquella  Dueña  con  quien  hauia  imbiado  el  re- 
cado, y  este  que  declara  le  dixo  que  no  era  Recaudo  para  Dueña,  y 
con  todo  esto  le  embio  a  degir  que  se  lo  dixese  y  este  que  declara 
le  dixo  que  digesse  a  la  dicha  Princessa  que  tenia  por  cierto  la  men- 
tían, que  el  sabia  no  tenia  de  que  se  quexar  de  los  que  arriba  tiene 
dicho  que  no  hauian  hecho  tal  Junta  ni  dado  tal  consejo,  y  con  esto 
tornó  a  salir  luego  la  dicha  Dueña  con  que  la  dicha  Princessa  man- 
daua  luego  sin  entrar  en  cassa  de  nadie  á  este  que  declara  se  tor- 
nasse  a  la  Villa  de  Pastrana  y  assi  lo  hizo  ett.^ 

Preguntado  dicho  Testigo  si  saue  que  los  Secretarios  Antonio  F.  23  v. 
Pérez  y  Escobedo  tubieron  siempre  intima  amistad,  dixo  que  sí  y 
que  no  podia  ser  mayor,  ni  mas  continuada  entre  dos  hombres,  has- 
ta que  el  dicho  Escobedo  se  metía  en  estas  platicas  del  y  de  la  dicha 
Pringessa  por  las  quales  y  por  lo  que  tiene  dicho  tiene  [que]  la 

28 


434  ANTONIO  PÉREZ 

Muerte  [de]  Escobedo  sucedió  por  orden  del  dicho  Antonio  Pérez  y 
de  la  dicha  Princessa. 

Y  preguntado  quienes  otros  sauen  lo  que  acaba  de  degir  dixo 
que  muchos  criados  de  la  cassa  de  la  Princessa  dicha  lo  entendían 
assi,  como  es  Don  Pedro  de  Mendoza,  Fuenmayor,  Samaniego, 
Porta,  y  la  dicha  Doña  Bernardina  que  sauia  todo  lo  que  passa- 
ua  ett.* 

Traen  un  poder  que  dio  Antonio  Pérez  á  Alonso  de  Mondragon 
y  Pedro  de  Pina,  y  Alonso  de  Mondragon  Procurador  de  Antonio 
Pérez  pressentó  el  Perdón  otorgado  Por  Don  Pedro  de  Escobedo  en 
fauor  de  Antonio  Pérez  y  para  tomar  la  depossigion  de  Don  Pedro 
de  Mendoza  (1)  Mayordomo  que  fue  de  la  Princessa  de  Eboly  dio 
su  requisitoria  y  artículos.  Este  Don  Pedro  de  Mendoza  parecesse 
que  ya  depossó  en  poder  del  Ligengiado  Salazar  Juez  para  la  Vissita 
de  los  Secretarios  en  Madrid  Miércoles  a  dos  de  Mayo  de  ochenta 
y  dos,  y  dixo  que  en  lo  que  toca  rebelar  el  secreto  el  Antonio  Pérez 
no  lo  saue,  pero  que  comunicaba  tantas  horas,  y  tan  continuamente 
con  la  dicha  Princessa  de  Eboly,  que  este  testigo  y  los  demás  de 
cassa  sospechaban  que  el  dicho  Secretario  degia  a  la  dicha  Princessa 
muchas  cossas  secretas  de  su  offigio  como  probissiones  y  despachos 
de  personas,  y  cossas  desta  manera  porque  la  dicha  Princessa  ablaua 
en  cossas  particulares  que  trataua  el  dicho  Antonio  Pérez  y  personas 
de  Italia  que  venian  a  negociar  con  su  Magestad  que  tocaban  al  offi- 
cio  de  dicho  Secretario,  siempre  procuraban  de  ganar  la  voluntad  y 
faboregerse  de  la  dicha  Princessa  y  porque  al  ir  y  al  venir  al  conse- 
jo de  estado  demás  de  otras  muchas  veges  siempre  el  dicho  Secreta- 
rio iba  y  venia  por  cassa  de  la  dicha  Princessa  y  se  dexa  bien  enten- 
der que  la  diria  muchas  cossas  y  secretos  qne  el  sabia  y  passaba  por 
sus  manos,  y  que  no  saue  el  despacho  que  el  dicho  secretario  daua 
a  los  negociantes,  pero  que  estando  tan  continuamente  en  casa 
F.  24  r.  la  |  dicha  Princessa  que  era  imposible  dar  buen  despacho  a  los  ne- 
gogiantes,  y  este  testigo  vio  que  yendole  a  buscalle  algunos  nego- 


(1)    En  el  Proceso  criminal,  págs.  144-45,  se  publicó  un  sucinto  informe  de  la 
declaración  de  D.  Pedro  de  Mendoza. 


ANTONIO  PÉREZ  435 

fiantes  algunas  veges  alli  los  despedía  con  desgracia  aunque  no  saue 
lo  que  después  hagia  con  ellos  ett.* 

Después  en  la  Villa  de  Cogolludo  en  fuerza  de  la  dicha  requisi- 
toria se  recibió  el  dicho  de  dicho  Don  Pedro  de  Mendoza  el  qual  se 
reñrio  a  su  dicho  arriba  continuado  ett.^ 

Después  se  mandó  sacar  del  Processo  de  la  Visita  de  Secretarios 
una  carta  de  Antonio  Pérez  para  el  dicho  Secretario  Escobedo  que 
es  del  tenor  siguiente. 

Carta  de  Antonio  Pérez. 

Como  sobreuino  la  Muerte  del  Comendador  Mayor  de  Castilla 
se  ha  apretado  la  Resolución  de  lo  de  Flandes  de  manera  que 
V.  m  d  vera  hecho  se  luego  en  Consejo  el  negogio,  y  al' i  corrió  mu- 
chos dias,  y  seria  cossa  larga  degir  las  lindezas  que  sobre  ello  han 
passado,  pero  guardarlas  e  Yo  en  el  Registro  de  la  memoria  para  co- 
nocer mas  lo  que  comemos,  y  aunque  Cayal  (1)  aya  sido  el  consul- 
tor publico  de  este  negogio,  ha  querido  el  Rey  que  Yo  lo  sea  en  se- 
creto y  sabidor  de  la  Resolución  y  pedidome  mi  parezer  y  Yo  he  en- 
caminado en  el  la  dilación,  y  pareciendome  que  seria  la  mayor 
ayuda  como  el  negocio  grande,  si  podrian  poner  las  cossas  de  ma- 
nera que  el  estado  de  ellas  pidiesse  otra  Resolugion.  También  he 
procurado  de  encaminar  la  venida  aqui,  y  no  me  ha  sido  posible 
aunque  llegó  a  poner  de  mi  parte  a  los  Vermexos  y  que  les  parecies- 
se  no  conbenir  apretar  mucho  al  señor  Don  Juan  por  que  no  se  ha- 
llassen  metidas  tantas  prendas,  si  hubiesse  de  hauer  replica,  y  con 
todo  esto  su  Magestad  a  estado  terco,  y  resucitóse  en  lo  que 
U.  m.d  vera  por  la  carta  para  su  Alteza  y  por  la  que  a  mi  me  ha  man- 
dado escribir  a  U.  mA  diciendo  que  V.  mA  y  Yo  hauemos  de  procu- 
rar de  hagerle  este  Seruicio  de  encaminar  que  el  Señor  Don  Juan 
obedezca  luego,  y  por  esto  ha  apretado  tanto  las  cartas  mias  para 
V.  mA  a  quien  aseguro  que  todo  lo  que  se  pareciere  muy  fuerte  y 
crudo,  de  ellas,  ha  sido  añadido  de  su  propia  mano  en  las  minutas 
que  Yo  hauia  ordenado,  de  manera  Señor  que  llegando  el  negogio 


(1)    Zayas. 


436  ANTONIO  PÉREZ 

F.  24  V.  á  este  |  punto  he  pensado  lo  que  se  deue  ha^er,  y  en  quanto  a  la  yda 
a  Flandes  ya,  ^essa  el  inconbiniente  grande  que  Yo  tenia  del  Co- 
mendador mayor,  sin  el  qual  queda  el  negocio  mas  puesto  en  elec- 
ción y' solo,  con  los  Inconbinientes  de  los  trabajos  de  los  estados,  y 
de  las  demás  cossas  que  tras  esto  hauemos  platicado,  pero  siendo  la 
necesidad  pressente  tan  grande,  y  el  aprieto  con  que  el  Rey  lo  man- 
da tan  fuerte,  y  el  peligro  con  que  viuimos,  en  lo  que  toca  a  sus  con- 
sejeros de  aqui  para  que  la  perdamos  con  qualquiera  ocassion,  he 
penssado  gierto  con  mas  cuydado  de  lo  que  puedo  encareger  en  el 
consejo  que  se  deue  tomar,  y  me  he  acogido  a  la  ayuda  del  tiempo 
que  suele  aconsejar,  y  reparar  grandes  cossas  en  grandes  negogios, 
y  assi  seria  de  parecer  que  el  Señor  Don  Juan  quanto  al  obedeger,  y 
partirse  para  Lombardia  y  sacrificarse  a  la  obediencia,  obedezca  y  se 
parta  y  se  sacrifique  a  la  voluntad  de  su  Hermano  digiendo  que  no 
tiene  otra  sino  esta,  y  que  haciendo  esto  aduierta  y  replique,  y  pida 
las  cossas  que  para  el  aciertamiento  del  negogio  le  paregieren  con- 
benientes  porque  Señor  después  que  haya  llegado  este  correo  de 
Lombardia  pueden  las  cossas  tomar  tal  camino,  que  haya  sido  muy 
bueno  la  resolugion  de  su  Hermano,  muy  conbeniente  el  executalla 
con  breuedad,  o  quel  mismo  tiempo  y  el  mismo  sugesso  y  nobedad 
de  las  cossas  la  haga  alterar,  y  pareger  necessario  y  forgosso,  lo  que 
alia  podra  ser  que  se  repressente  assi  obedegemos,  que  ha  de  ser  el 
remedio  de  la  ponzoña  de  acá  y  el  tiempo  y  el  sucesso  de  las  cossas 
nos  ayuda  a  lo  que  agora  entendimiento  humano  no  puede  bien 
aconsejar,  pues  si  se  perdiesse  aquello,  o  se  gerrasse  el  passo  del  re- 
medio quedaríamos  con  el  no  hauer  comenzado  a  obedeger  perdidos 
y  puestos  en  manos  de  calumnia  de  Nuestros  enemigos,  y  si  las 
cossas  gufren  y  pueden  esperar  el  remedio  de  la  persona  del  Señor 
Don  Juan  y  por  muy  gierto  tengo  que  ha  de  ser  muy  sustangial  su 
persona  alli,  hage  un  gran  seruigio  a  Dios,  a  la  Corona,  a  su  Her- 
mano, y  gana  para  sí  una  gran  authoridad  para  mereger  por  Justigia 
diuina  y  humana  mucho  acrecentamiento  de  su  Hermano  y  quando 
corriese  no  se  alia  el  ni  U.  m.^  en  mal  puesto  pata  si,  y  para  sus 
amigos,  de  manera  que  torno  otra  vez  a  rreferirme,  o  resumirme 
que  para  todo  casso  sugeda  lo  que  sugediere,  soy  de  parezer  que 
obedezcamos  luego  y  partamos  que  haciendo  esto  se  replique, 
o  pida,  o  adbierta  lo  que  conbiniere  aduirtiendo  que  esto  sea  todo 


ANTONIO  PÉREZ  437 

para  el  acrecentamiento  del  negocio  y  no  por  cossa  particular,  j  y  F.  25  r. 
que  para  lo  demás  esperemos  en  el  tiempo  que  nos  habrá  dado  mil 
salidas,  o  mostrado  ser  buena  la  yda  a  Flandes. 

Yo  bien  quisiera  Señor  que  nos  dieran  tiempo  a  venir  aquí  para 
muchas  cosas  y  para  las  particulares  de  V.  m.'^  que  importara  mucho, 
pero  no  he  podido  mas,  y  para  decir  a  v.  m.^  la  verdad,  no  se  que 
se  es  que  muy  puesto  le  veo  a  su  Magestad  en  que  ni  en  Italia  esta 
bien  el  Señor  Don  Juan,  ni  acá  tanpoco,  y  todo  esto  es  lo  que  haue- 
mos  ablado  muchas  vezes  me  haze  pensar  que  vinimos  en  gran  peli- 
gro y  assi  digo  que  es  menester  obedeger,  y  que  si  en  una  apretura  y 
necesidad  tan  grande  por  alguna  via  obiessemos  de  faltarle,  nos 
sainamos  en  una  tabla,  y  aseguramos  este  Hombre,  y  vengamos  la 
maligia  destotro  con  una  salida  én  la  vida  estraña,  como  yo  me  he 
atrebido  a  passar  tanto  adelante  con  el  Rey  viendo  de  lexos  estos 
régelos  y  miedos  que  le  he  llegado  a  degir  que  su  Magestad  se 
assegura  que  tiene  Hermano  tan  obediente  que  tomara  una  capilla 
si  es  menester  para  su  seruigio,  y  que  si  quissiese  que  hubiesse  de 
conbenirle  nos  obligaríamos  U.  m^  y  Yo  a  hacelle  Clérigo,  y  que  le 
diesse  vn  Bonete  Roxo,  y  quarenta  o  ginquenta  mil  ducados  de 
renta,  y  que  con  esto  no  tendría  ninguno  que  poner  cuydado  a  su 
Magestad  dixo  que  el  lo  creya  todo  de  su  Hermano,  pero  que  no 
podia  ser,  y  quise  hager  otra  paregiendome  que  en  este  negogio 
hauia  mas  fondo  que  pase  lo  mismo  en  Quiroga  una  noche  con 
ocassion  destas  materias,  y  fuy  el  bien  recibido,  y  dixome  grandes 
quentos  por  que  para  decir  a  U.  m.**  la  verdad  a  todos  estos  se  los 
llebó  de  la  Barba  de  lo  qual  todo  sacó  lo  que  siempre,  nosotros 
habemos  tenido  y  discurrido,  y  que  ageptemos  esta  Jornada  procu- 
rando con  buen  termino  las  ayudas  para  ello,  o  que  tomemos  alguna 
salida  a  Nuestra  Vida  de  satisfagion  a  esta  gente  con  que  se  asegu- 
ran y  aunque  lo  del  Bonete  paregera  disparate,  quiza  para  asegurar- 
nos, y  esperar  y  engañar  al  tiempo  seria  bueno  pero  esto  es  materia 
para  mas  despacio. 

En  lo  de  la  empressa  de  Ingalaterra  que  se  trata,  me  paregio 
degir  al  Rey  que  v.  m.'*  la  hauia  entendido  en  Roma  por  que  no 
nos  la  encubra,  y  assi  algo  que  en  vna  de  las  cartas  que  Yo  escribo 
a  U.  m.^  que  el  a  bisto  que  son  todas  sino  esta,  se  toca  lo  que  U.  m.<* 
verá  para  esperanza  y  premio  del  Señor  Don  Juan. 


438  ANTONIO  PÉREZ 

F.  25  V.  Pide  el  Rey  parecer  de  la  orden  que  se  deue  dar  en  lo  de  la  Mar; 
los  Toledos  querían  á  Sigilia  y  tenientes  de  ella  para  el  Prior,  o  Go- 
bernador de  ella  el  mismo.  Yo  he  dicho  que  demás  de  que  no  con- 
biene  que  al  Señor  Don  Juan  se  le  quite  su  cargo  se  quitara  su  Ma- 
gestad  de  pesadumbres  con  haberlo  assi  poniendo  en  ausencia  del 
Señor  Don  Juan  buena  orden.  En  esta  le  degia  que  seria  bien  tener 
quenta  con  Juan  Andrea  porque  le  perderemos,  y  entiéndelo  assi 
Quiroga  y  todos  los  del  Consejo  sino  los  Toledos  lo  mismo,  y  que 
no  obedecerá  Andrea  sino  a  su  Alteza. 

Vna  de  las  cossas  que  el  Señor  Don  Juan  ha  de  hauer  menester 
mucho  en  Flandes  en  el  estado  que  se  halla  la  materia  del  dinero,  es 
vna  buena  orden  en  lo  de  la  probission,  y  aunque  de  acá  prouehe- 
ran  todo  quanto  se  pudiere,  como  no  podran  tanto  quanto  sera  me- 
nester, seria  muy  bueno  tener  alguna  ayuda  de  algún  crédito  para 
que  no  se  pierda  en  vna  hora  algún  gran  negocio  que  en  mucho 
tiempo  no  pueda  remediarse  después.  Yo  hauia  pensado,  que  pues 
el  Rey  tiene  obligación  á  Lorenzo  Espinóla  y  prometido  se  lo  de  sai- 
narse de  este  Decreto,  que  pida  su  Alteza  a  su  Magestad  entre  otras 
cossas,  que  le  de  a  vn  Hermano  del  dicho  Lorenzo,  para  que  con  el 
crédito  de  esta  familia  pueda  remediar  las  faltas,  y  aun  descuydos 
de  acá.  Garnica  trata  viendo  ser  punto  muy  sustancial  de  que  bay  A 
a  ñor  (?)  y  también  ha  propuesto  al  Rey  á  Lorenzo  Espinóla.  Sepa 
V.  m.d  que  con  hauer  sido  Qayas  el  relator,  y  tratador  en  el  Consejo 
desta  materia  de  Flandes,  ha  querido  su  Magestad  que  Yo  sea  sobre 
consultante,  y  assi  se  ha  resuelto  con  migo  en  la  materia  sin  que  lo 
sepa  el  Consejo  ni  Qayas  por  dos  razones  a  mi  parecer.  La  una  por 
tenerme  confidente  de  V.  mA  y  de  Nuestro  amo,  la  otra  por  el  recato 
con  que  viue  de  los  Toledos,  lo  qual  sera  bien  ocassion  y  sin  ella  lo 
saue  U.  m.d  hacer  que  vaya  mirando  de  apartar  de  Qayas  y  de  Mathe 
para  adelante,  no  solo  las  cossas  particulares  de  su  Alteza  y  cartas 
de  U.  m.d  sino  todas  aquellas  para  que  yo  hubiese  de  ser  bueno,  por 
que  estos  otros,  o  por  necios,  o  por  Bellacos  no  nos  degüellen,  y 
aun  para  degir  a  u.  mA  la  verdad,  Quiroga  me  la  ha  hecho,  diciendo 
que  seria  Justo  dar  a  su  Alteza  satisfacción  en  la  correspondencia. 
Oluidabasse  me  decir  que  entre  las  añadiduras  de  su  Magestad 

F.  26  r.  es  vna  la  que  escribía  a  U.  mA  de  que  no  se  le  ha  oluidado  |  en  esta 
resolución  lo  que  U.  mA  aqui  le  dixo  de  parte  del  Señor  Don  Juan 


ANTONIO  PÉREZ  439 

de  lo  que  desearía  reusar  la  ida  á  Flandes,  y  aquello  y  todas  las  apre- 
turas y  encarecimientos  deste  Despacho  para  que  su  Alteza  parta  y 
obedezca,  son  suyas  palabra  por  palabra,  y  assi  veo  que  es  menester 
que  obedezcamos,  o  que  si  por  alguna  cossa  hubiere  de  hauer  repli- 
ca sea  en  la  forma  que  arriba  he  dicho  obedeciendo  y  dexando  al 
tiempo  que  nos  socorra. 

Esto  es  todo  lo  que  tengo  que  degir  en  estas  materias,  y  por 
auisso  que  al  de  la  Fabara  le  ha  examinado  Matheo  Vázquez  de  las 
cossas  de  alia  creo  por  hauerse  el  metido  con  el  Rey  en  algunas  chis- 
merías, a  doze  de  Abril  de  Mil  quinientos  y  sesenta  y  seys. 

Hernando  de  Escobar  bessa  las  manos  de  v.  mA  y  se  alegra  con 
V.  m.d  del  Hijo  que  Dios  ha  dado  a  estos  Señores  el  qual  es  lindissi- 
mo  y  el  Niño  Gonzalo  que  murió  y  paregerle  tanto  le  han  llamado 
también  Gonzalo. 

Por  amor  de  Dios  que  U.  mA  procure  que  se  pague  a  Lorenzo, 
pues  se  deue  a  la  confianza  y  a  los  seruigios  que  ha  hecho,  y  en  la 
relación  que  acá  embio  Últimamente  de  las  cossas  en  que  se  pen- 
saua  distribuir  el  dinero  que  fue  en  las  Galeras  de  la  Rauri  se  pone 
vna  partida  de  pagar  a  Lorenzo,  y  acá  pareció  muy  bien  ettA 

Por  la  copia, 

P.  J.  Zarco. 

o.  s.  A. 
(Continuará.) 


LAS  COPLAS  DE  JORGE  MANRIQUE 


(CONTESTACIÓN  AL  SEÑOR  LUZ  DE  ORO) 

A  mi  querido  amigo  Miguel  Martín  y  Lozano:  No  ha  mucho,  amigo 
mío,  que  cediendo  a  sus  requerimientos,  obsequié  a  usted  con  un  ar- 
tículo sobre  las  Coplas  del  dulcísimo  Manrique.  El  cielo  ha  querido  que 
recogiese  temprano  los  frutos  de  la  siembra;  pero  pluguiese  a  Dios  que 
la  recolección  hubiera  sido  más  tardía,  que  más  bendiciones  recogiera. 
En  el  momento  en  que  escribo  estas  líneas,  es  grande  mi  desabrimien- 
to. Los  pocos  papeles,  que  contienen  mis  entretenimientos  literarios,  me 
dan  en  rostro,  y  tentado  estuve  de  hacerlos  mil  pedazos  cuando,  con 
harta  pena  de  mi  corazón,  vino  a  mis  manos  un  papelucho,  sin  pie  de 
imprenta  y  con  la  donosa  firma  de  Luz  de  Oro,  o  séase  el  Desconoci- 
do. Hermosa  cobertura  de  mil  trampantojos  y  crímenes  literarios.  ¿Y  el 
artículo?  Si  cabe  hacer  aplicación  del  «parturient  montes,  nascetur  ri- 
diculus  mus»  que  cantara  el  venusino,  nunca  mejor  que  en  el  caso  pre- 
sente. Si  es  posible  un  esperpento  literario,  el  tal  papelucho  aventaja  a 
todos  en  monstruosidad.  Es  una  baraúnda  de  ideas  sacadas  con  gran- 
de afán,  a  lo  que  parece,  de  mil  lugares  distintos.  Es  un  tejido  de  fra- 
secillas  perversamente  escritas  y  muy  mal  pergeñadas.  Y  cuenta  que, 
lo  que  falta  de  aticismo  y  suave  ironía  a  las  tales  frasecicas,  tiénenlo 
de  alardes  de  espíritu  fuerte  y  descreído.  Hay  en  el  articulejo  algo  de 
chiste,  mucho  de  socarronería,  y  más  todavía  de  brutal  desenfado:  todo 
para  desacreditar  a  un  pobre  y  obscuro  escritorzuelo  como  yo,  porque 
tuve  el  atrevimiento  de  decir,  en  honor  de  Manrique,  algo  de  lo  mucho 
que  otros,  a  quienes  asistía  más  autoridad,  habían  dicho  antes  que  yo 
de  mil  maneras  distintas,  sin  que  nadie,  que  yo  sepa,  tildara  sus  juicios 
de  injustos  ni  apasionados.  Está  visto:  la  mar  estaba  picada;  érame 
desconocida  la  ruta;  y  desdichado  y  sin  cautela  me  entré  en  el  revuelto 


LAS  COPLAS  DE  JORGE  MANRIQUE  441 

y  proceloso  mar  de  la  vida  literaria,  sin  tener  en  cuenta  que,  hoy  más 
que  nunca,  abundan  los  criticones  farsantes  y  los  zoilos  revisteros,  gen- 
te sin  canon  y  sin  ciencia,  ayuna  de  toda  noticia  sobre  el  arte  y  sobre 
la  belleza.  Puede  afirmarse  sin  temor  de  errar,  que  aquejan  a  la  critica 
de  nuestros  días  múltiples  y  graves  dolencias,  y  no  diré  yo  que  sea  la 
menor  de  ellas  el  predominio  de  las  apreciaciones  formuladas  sin  fun- 
damento doctrinal.  Hoy  por  hoy,  la  crítica  anda  entre  sí  vergonzosa- 
mente divorciada:  siempre  es  pendenciera  y  descontentadiza.  Fuera  de 
lo  que  podríamos  llamar  primeras  verdades  literarias,  lo  que  para  un 
crítico  es  grave  defecto,  es  para  otro  una  belleza  no  despreciable,  un 
primor,  una  maravilla.  Con  harta  frecuencia  deja  entrever  que  todo  lo 
mira  por  el  prisma  de  la  pasión,  como  si  quisiera  sacar  verdadero  el 
dicho  de  Campoamor,  de  que  todo  en  este  picaro  mundo  es  del  color 

del  cristal  con  que  se  mira. 

Vea  usted,  amigo  mío,  si  será  comunísima  la  dolencia,  pues  tam- 
bién me  alcanza  a  mí,  en  frase  de  nuestro  contrincante.  ¡A  mí,  a  quien 
nunca  molestaron  pretensiones  de  crítico  de  oficio,  aunque  el  señor 
Luz  de  Oro  se  empeñe  en  ver  lo  contrario!  Él  lo  quisiera,  pero  Dios  le 
dé,  que  ni  lo  pretendo,  ni  acepto  el  salado  donecillo.  No  vaya  a  creer 
que  me  abrace  con  la  pesada  cruz  de  crítico  de  oficio;  pero  tenga  en- 
tendido que  nada  desmiento  de  lo  dicho.  Y  para  que  mejor  lo  entien- 
da el  señor  Luz  de  Oro,  hago  mío  el  mote  del  dulcísimo  Manrique,  «ni 
miento,  ni  me  arrepiento»,  como  se  deja  suponer,  de  aquella  exagera- 
ción en  mis  apreciaciones  literarias,  que  tan  recia  tempestad  levanta- 
ron en  su  ánimo. 

A  decir  verdad,  era  de  temer  lo  que  ha  acontecido,  si  se  mira  la 
aparente  novedad  del  pensamiento.  iSi  pecaría  yo  de  temerario,  que- 
riendo hallar  en  Manrique  un  nuevo  género  de  elegía  filosófico-cristia- 
nal  La  idea  no  era  en  rigor  enteramente  nueva;  pero  no  era  de  todos 
conocida,  y  de  ahí  que  el  señor  Luz  de  Oro  cogiese  el  cielo  con  las 
manos,  y  rasgase  sus  vestiduras,  desatándose  en  violentas  diatribas 
contra  mí  y  en  protestas  nacidas,  no  sé  si  decir  de  ignorancia  o  de  mala 
fe,  o  de  entrambas  cosas  a  la  vez. 

A  levantar  tan  grande  polvareda  pudo  contribuir  lo  atrevido  y,  al 
parecer,  nuevo  y  peregrino  del  juicio;  pero,  tengo  para  mí,  que  a  ello 
hubo  de  contribuir  en  mayor  escala  mi  poca  habilidad.  Más  diestro  pa- 


442  LAS  COPLAS  DE  JORGE  MANRIQUE 

rece  ser  nuestro  caballero  en  liza,  puesto  que,  con  el  mismo  polvo  que 
mi  opinión  levantara,  pretende  cegarme  los  ojos.  Niegue  enhorabuena 
lo  que  yo  afirmo,  pero  señale  el  por  qué  de  sus  negaciones,  pues  es 
pública  voz  y  fama  que,  negar  por  negar,  es  de  gente  tonta  y  capricho- 
sa. Bien  es  verdad,  que  no  son  sus  juicios  particulares  lo  que  me  pone 
más  en  cuidado.  Cierto  que  lo  que  da  aparentemente  alguna  fuerza  a 
su  escrito,  son  las  autoridades  que  alega,  para  hacer  ver  que  anduve 
errado  en  el  juicio  de  Manrique.  El  renombre  de  los  autores,  cuyo  tes- 
timonio trae  a  cuento,  es  grande  sin  disputa  ninguna.  ¿Quién  no  ha 
oido  los  nombres  de  Capmany  y  de  Quintana?  No  habrá  entre  los  es- 
pañoles uno  solo  medianamente  instruido,  a  quien  estos  dos  nombres 
no  traigan  a  la  memoria  el  recuerdo  de  singularísimos  merecimientos 
y  de  glorias  inmarcesibles.  Capmany  es  para  mí  una  de  las  grandes 
autoridades  en  asuntos  de  idioma  castellano,  y  de  mucha  autoridad  y 
peso  en  materia  de  gusto  y  de  crítica  literaria.  Por  lo  que  hace  al  señor 
Quintana,  hay  que  convenir  en  que  es  un  grandísimo  poeta  lírico,  más 
poeta  que  crítico,  siquiera,  como  tal,  sea  bastante  notable.  Una  cosa 
hay  cierta,  es,  a  saber,  que  el  nombre  del  gran  escritor  catalán  es  de 
mucho  más  peso  y  autoridad  en  cosa  de  crítica,  que  el  nombre  del  glo- 
rioso cantor  de  Trafalgar  y  de  Bailen. 

Bien  lo  ha  comprendido  nuestro  contrincante,  y  de  ahí  la  compla- 
cencia con  que  trae  a  cuento  la  autoridad  de  tan  ilustre  escritor  en  co- 
rroboración de  la  tesis  que  defiende,  si  hay  alguna  en  tan  desordenado 
escrito.  No  ha  reparado  que  las  palabras  que  cita  de  Capmany  muy 
poco  o  nada  tienen  que  ver  en  nuestro  caso.  El  renombrado  crítico  se 
propuso  solamente  darnos  un  cuadro  general  de  la  elocuencia,  y  ada- 
gio es,  muy  vulgar  entre  las  gentes,  que  no  hay  regla  sin  excepción. 
Es  para  mí  cosa  cierta  que  no  le  pasó  a  Capmany  por  las  mientes  ne- 
gar a  roso  y  belloso  el  mérito  de  la  poesía  de  la  época  que  nos  ocupa, 
señalando  con  la  censura  a  todos  los  poetas  de  aquel  tiempo,  sin  ha- 
cer excepción  en  favor  de  algunos  de  ellos;  pero,  dando  de  barato,  que 
en  aquella  censura  general  intentara  comprender  a  todos  los  poetas  que 
por  entonces  florecieron,  sin  hacer  honrosa  excepción  en  favor  de  Juan 
de  Mena,  del  esclarecido  Marqués  de  Santillana,  de  Gómez  y  de  Jorge 
Manrique...  su  juicio  no  sería  digno  de  elogio.  Composiciones  hay  de 
aquella  época,  algunas  de  las  cuales  pueden  ser  miradas  como  verda- 
deras joyas  literarias,  y  otras  como  notables,  por  más  que  adolezcan  de 


LAS  COPLAS  DE  JORGE  MANRIQUE  443 

graves  defectos.  «Los  Pecados  mortales»  y  «El  laberinto  de  Juan  de 
Mena>  están  sembrados  de  conceptos  elevados  y  de  imágenes  grandio- 
sas y  valientes.  El  Marqués  de  Santillana,  sin  contar  los  «Proverbios», 
«Diálogo  de  Bias  contra  Fortuna»,  «Doctrinal  de  Privados»  y  demás 
composiciones  suyas  que  pertenecen  a  la  escuela  didáctica,  donde  sin 
disputa  ninguna  resplandece  más  la  originalidad  de  su  talento  poético, 
fué  tan  allá  en  sus  inimitables  «Serranillas»  que  sería  hoy  mismo  tarea 
imposible  juntar  con  tanta  gracia  más  sencillez  que  la  que  en  todas 
ellas  resplandece.  Nunca,  ni  antes  ni  después,  se  escribieron  en  caste- 
llano serranillas  más  bellas  que  las  de  nuestro  Marqués.  En  la  poesía 
de  Gómez  Manrique,  fruto  natural  de  su  azarosa  vida,  hallan  eco  pode- 
roso la  moral,  la  filosofía  y  la  política,  que  aparecen  por  doquiera  y 
por  manera  superior  en  «Prosecución  de  los  vicios  y  virtudes»,  «Conse- 
jos a  Diego  Arias  Dávila»,  y  mayormente  en  las  «Coplas  al  mal  gobier- 
no de  Toledo»,  composición  llena  de  ideas  atrevidas  y  de  conceptos 
enérgicos  y  profundos;  hermosa  y  valiente  sátira  al  soberano  Enri- 
que IV,  el  de  la  corte  triste  y  escandalosa.  Jorge  Manrique,  pasando  por 
alto  su  hermosísima  elegía,  se  puso  casi  al  igual  de  los  poetas  de  su 
tiempo  con  sus  «Canciones  y  Decires»,  a  la  manera  provenzal,  con 
«Profesión»,  «Escala  y  Castillo  de  amor»...  No,  Capmany  no  dijo  lo  que 
algunos  quieren  ver  en  sus  escritos.  Lea  el  señor  Luz  de  Oro  las  com- 
posiciones anteriormente  citadas,  y  no  podrá  menos  de  convenir  con- 
migo que  en  los  días  del  siglo  XV  a  que  me  refiero,  hubo  verdadera 
poesía,  siquiera  estuviese  en  abierta  oposición  con  el  espíritu  turbulento 
de  aquella  época  manchada  con  lamentables  hundimientos  y  elevacio- 
nes de  trono.  Es  menester  señalar  a  dicha  poesía,  tomada  en  conjunto, 
graves  defectos,  pero  nadie  puede,  sin  faltar  a  la  justicia,  dejar  de  re- 
conocer en  ella  muchas  y  muy  notables  bellezas.  Y  repito  aquí  lo  que 
decía  en  mi  primer  artículo:  «Manrique  reúne  en  su  elegía  las  bellezas 
literarias  que  avaloran  y  dan  realce  a  las  producciones  de  sus  contem- 
poráneos sin  los  lunares  que  de  ordinario  las  afean  y  manchan.»  Sea  de 
ello  lo  que  quiera,  con  defectos  o  sin  ellos,  siempre  será  la  Jpoesía  de 
aquel  tiempo  parte  importantísima  en  el  dasarrollo  de  nuestra  lite- 
ratura. 

El  conocimiento  cabal  y  perfecto  de  una  época  determinada  de  la 
historia  literaria  se  alcanza  con  el  estudio  directo  de  las  composiciones 
que  nos  dejaron  los  que  suscribieron  en  aquella  época,  más  bien  que 


444  LAS  COPLAS  DE  JORGE  MANRIQUE 

con  la  lectura  de  juicios  y  síntesis  generales  que  por  su  mismo  carác- 
ter no  descienden  a  pormenores.  Sin  echar  en  olvido  que,  encerrar  el 
juicio  de  toda  una  época  en  contadísimos  rasgos  generales,  es,  sin  duda 
ninguna,  tarea  más  difícil  y  espinosa  de  lo  que  pudiera  parecer  a  pri- 
mera vista;  pues,  se  viene  a  los  ojos,  que  para  llevar  a  cabo  tan  eno- 
josa empresa  se  requiere  muy  detenido  y  concienzudo  estudio.  Así  y 
todo,  hará  bien  el  que,  estimando  esos  juicios  en  lo  que  se  merecen, 
haga  más  aprecio  y  estimación  de  aquel  linaje  de  conocimientos  que 
se  alcanzan  con  el  estudio  de  los  individuos;  es  decir,  de  las  obras  que 
éstos  escribieron.  No  quiere  esto  decir  que  yo  tilde  de  falso  y  errado 
todo  linaje  de  juicios  y  síntesis  sobre  una  época  determinada,  mucho 
menos  cuando  están  trazados  por  hombres  de  tanta  competencia  como 
Capmany.  Y  porque  no  me  gusta  meter  las  cosas  a  barullo,  reconozco 
que  se  han  escrito  muchos  artículos  de  este  género  acertadísimo  en  sus 
hneas  generales,  siquiera  se  eche  de  ver  en  algunos  de  ellos  equivoca- 
ciones e  inexactitudes  en  los  pormenores. 

Y  dando  de  mano  a  estas  consideraciones  generales,  vengamos  a 
nuestro  caso  y  digamos  que  siempre  será  más  acertado  y  menos  ex- 
puesto a  equivocaciones  estudiar  la  poesía  del  siglo  XV  en  sus  fuentes. 
A  fe,  que  si  el  señor  Luz  de  Oro  hubiese  estudiado  de  esta  manera  la 
poesía  del  tiempo  que  nos  ocupa,  habría  juzgado  de  las  cosas  muy  de 
otra  manera.  Y  si  no  contaba  con  medios  para  estudiar  todos  los  poetas 
de  aquella  época,  ahí  tenía  los  estudios  de  Menéndez  y  Pelayo  en  su 
Antología  lírica,  Menéndez  y  Pidal,  Amador  de  los  Ríos  y  tantos  otros 
amantes  fervorosos  e  incansables  investigadores  de  nuestras  antigüe- 
dades literarias.  No  creo  que  haya  nadie  tan  torpe  e  ignorante  que  se 
atreva  a  poner  en  tela  de  juicio  la  erudición  y  el  talento  crítico  de  tan 
aventajados  eruditos.  Ciertamente  habría  adquirido  más  exacta  idea 
de  la  poesía  del  siglo  XV.  No  se  juzguen  mis  palabras  desacato  para 
con  la  persona  y  alta  reputación  de  Capmany.  Mis  palabras  no  pueden 
ser  en  manera  alguna  en  mengua  de  aquel  amante  fervoroso  y  maes- 
tro insigne  del  idioma  castellano,  a  quien  pongo  sobre  mi  cabeza. 

Tómenla  para  sí,  si  gustan,  los  que,  sacando  las  palabras  de  su 
asienti  y  natural  significación,  hacen  decir  al  mencionado  crítico  cosas 
que  ni  salieron  de  su  pluma,  ni  le  pasaron  nunca  por  el  pensamiento. 
Porque,  a  decir  verdad,  nunca  falló  Capmany  sobre  si  eran  o  no  verda- 
deras elegías  las  «Coplas  de  Manrique»,  ni  entró  nunca  en  pormenores 


LAS  COPLAS  DE  JORGE  MANRIQUE  445 

sobre  si  Manrique  contaba  con  sobras  de  méritos  para  ser  considerado 
como  maestro  y  fundador  de  un  nuevo  género  de  elegía  filosófico-cris- 
tiana.  Idea  que,  a  juzgar  por  las  palabras,  es  de  las  que  más  amarga- 
ron al  señor  Luz  de  Oro,  y  que  no  retiro  por  mucho  que  le  duela. 

Ni  vale  ponerse  tieso  y  meterse  con  todos  los  críticos  más  sensatos, 
echando  para  ello  mano  de  la  autoridad  de  Quintana.  Siempre  vi  en  él 
un  crítico  muy  estimable  y  bastante  tolerante  e  independiente  dentro 
de  los  dogmas  meticulosos  y  pueriles  que  profesaba  la  escuela  literaria 
a  que  pertenecía;  así  y  todo  hay  en  él  frecuentes  equivocaciones  e  in- 
exactitudes, y  ciertamente  no  por  que  no  alcanzase  a  más  su  inteligen- 
cia. Maravíllame  en  gran  manera  que  Quintana  no  acertase  a  ver  cosas 
que  más  tarde  comprendieron  sin  dificultad  Amador  de  los  Ríos,  Ma- 
nuel de  la  Revilla,  Menéndez  y  Pelayo,  Menéndez  y  Pidal,  Ferrer  del 
Río,  y  con  ellos  todos  los  críticos  y  retóricos.  Y,  ¿quisiera  el  señor  Luz 
de  Oro  que,  dando  de  mano  a  la  opinión  de  tantos  y  tan  aventajados 
críticos,  me  acostase  con  su  parecer,  porque  éste  se  encuentra  autoriza- 
do por  el  sentir  de  Quintana?  En  manera  alguna. 

Es  cosa  que  asombra  y  maravilla  ciertamente,  ver  que  entre  todos 
cuantos  han  tratado  de  las  «Coplas»  de  Manrique,  sólo  Quintana  se 
aparta  del  común  sentir  de  críticos  y  retóricos,  acordes  esta  vez  con  el 
común  sentir  del  vulgo,  al  tratar  del  carácter  y  efecto  del  metro  en  que 
están  escritas  las  famosas  *Coplas>,  haciendo  una  discordancia  harto 
insufrible,  «pace  tanti  vici».  En  el  resultado  del  análisis  que  hace  de 
dicho  metro  hay  un  fondo  muy  pobre,  por  no  decir  nulo  de  verdad.  Si 
así  hablaba  Quintana  del  metro  de  Manrique,  ¿qué  pensaría  de  los 
otros  modelos  del  antiguo  metro  castellano?  ¿Ignoraba,  por  ventura, 
que  entre  todos  los  modelos  del  antiguo  metro,  es  el  de  Manrique  de- 
chado perfectísimo?  Si  se  admite  como  verdadera  en  todos  sus  porme- 
nores la  doctrina  de  Quintana,  ¿quién,  de  los  que  vivieron  más  allá  de 
Manrique,  hubiera  podido  hacer  una  elegía  perfecta  por  todos  concep- 
tos? ¿Sería,  por  ventura,  más  acabada  y  perfecta  la  elegía,  escrita  en 
versos  de  arte  mayor,  o  en  las  enfadosas  estrofas  monorrimas  de  cua- 
derna vía?  El  juicio  que  Quintana  hace  del  efecto  artístico  producido 
por  el  metro  empleado  por  Manrique,  no  se  compadece  en  manera  al- 
guna con  lo  ligero  y  fácil  del  giro  que  todos  unánimemente  reconocen. 
A  todos  agrada  sobremanera  el  verso  en  que  se  escribieron  las  famosí- 
simas «Coplas»;  estaba  reservado,  al  parecer,  para  Quintana,  sentir  que 


446  LAS  COPLAS  DE  JORGE  MANRIQUE 

se  amenguaba  en  su  espíritu  el  placer  que  pudiera  experimentar  con  la 
lectura  de  las  «Coplas»  de  Manrique.  ¡Qué  contraste!  El  pueblo  las  lee  y 
recita  con  placer;  los  amantes  de  nuestras  antigüedades  literarias  cuán- 
to más  las  estudian  tanto  más  prendados  quedan  de  la  inspiración  a  la 
vez  filosófica  y  sencilla  que  en  alto  grado  poseyó  Manrique;  y  por  lo 
que  a  mí  hace,  ni  la  naturaleza  del  verso,  ni  la  considerable  extensión 
de  la  elegía  contribuyen,  poco  ni  mucho,  a  amenguar  en  mi  espíritu  el 
placer  que  nace  de  su  lectura.  No  podía  acontecer  de  otra  manera.  ¿De 
dónde,  sino,  le  vienen  a  Manrique  el  inmortal  renombre  y  la  populari- 
dad inmensa  de  que  goza  en  nuestro  pueblo?  Porque,  su  popularidad 
es  a  todas  luces  evidente,  y  una  popularidad  tan  universal  no  nace  úni- 
camente de  altas  y  raras  cualidades  retóricas  que  pasan  generalmente 
inadvertidas  para  el  común  de  las  gentes,  sino  que  más  bien  se  llega  a 
ella  por  la  naturalidad  y  sencillez  en  el  decir,  y  por  la  soltura,  y  fluidez 
y  melodía  de  la  cadencia,  que  es  lo  que  al  pueblo  se  le  entra  por  los 
sentidos,  sin  haber  menester  otras  noticias  recónditas  y  peregrinas. 

Manrique  es  sencillo  con  sencillez  que  en  ocasiones  toca  los  linde- 
ros de  lo  sublime,  y  natural  con  una  naturalidad  que  oculta  los  cáno- 
nes del  arte.  La  soltura  y  melodía  de  su  metro,  la  delicadeza  y  dulzura 
del  sentimiento,  y  su  pensamiento  filosófico  y  muy  popular,  encerrado 
en  un  lenguaje  perfecto,  serán  siempre  prendas  envidiables  que  acom- 
pañen a  las  «Coplas*  de  Manrique,  y  pongan  muy  alto  su  nombre.  La 
fama  de  sus  «Endechas»  irá  eternamente  unida  a  la  fama  de  su  nom- 
bre, y  se  recitarán  con  placer  mientras  haya  una  porción  de  tierra  en 
que  se  hable  el  hermoso  y  varonil  idioma  de  Castilla.  La  persistencia 
que  en  España  se  echa  de  ver,  por  lo  que  hace  a  la  fama  de  las  «Co- 
plas» de  nuestro  poeta  es  grandísima  y,  a  mi  entender,  sólo  inferior  a 
la  persistencia  de  la  fama  universalísima  del  inmortal  Hidalgo.  Y  sa- 
liendo de  España,  la  fama  de  Manrique  pasó  a  los  extraños  y  no  como 
quiera,  sino  por  la  pluma  de  Camoens  el  inspirado  cantor  de  «Os  Lu- 
siadas»,  que  no  se  desdeñó  descender  de  las  alturas  de  la  epopeya  a  la 
imitación  de  la  elegía  filosófica  de  Manrique,  y  más  tarde  por  la  pluma 
de  Lofenglow,  el  cual  contribuyó  no  poco  a  la  popularidad  grandísima 
de  que  gozan  las  referidas  «Coplas»  en  los  países  de  lengua  inglesa. 
Fama  universal,  merecida  y  muy  bien  cimentada.  ¿De  qué  otra  suerte 
pudiera  Manrique  celebrar  más  dignamente  las  virtudes  de  su  padre  el 
valiente  y  discreto  Don  Rodrigo?  ¿Habría  acertado  Manrique  a  compo* 


LAS  COPLAS  DE  JORGE  MANRIQUE  447 

ner  otro  canto  más  grandioso  que  sus  imperecederas  endechas?  No  hay- 
memoria  de  que  hijo  alguno  haya  perpetuado  el  nombre  de  su  padre 
mejor  que  lo  hiciera  nuestro  poeta  con  su  bellísima  elegía.  La  historia 
literaria  de  los  diversos  pueblos  no  recuerda  otro  canto  de  índole  seme- 
jante. El  nombre  del  esforzado  Don  Rodrigo  se  citará  dondequiera  que 
se  oiga  el  nombre  del  dulcísimo  Manrique;  y  la  bellísima  elegía  de  éste 
morirá  cuando  desaparezcan  los  últimos  restos  de  literatura  castellana. 
Allá  los  retóricos  discuten  con  calor  si  las  «Coplas»  de  Manrique  lle- 
nan todos  los  requisitos  que  en  sus  códices,  atestados  de  preceptos  ar- 
bitrarios e  inútiles,  señalan  para  la  verdadera  elegía,  entendida  a  su 
manera;  pero,  cabalmente,  uno  de  los  principales  méritos  de  las  «Co- 
plas», estriba,  a  mi  entender,  en  haberse  apartado  del  camino  trillado 
de  los  retóricos.  Nadie,  fuera  de  Quintana,  al  menos  que  yo  sepa,  dijo  de 
ellas  con  notable  falta  de  gusto  que,  más  bien  que  elegía,  eran  una  de- 
clamación o  un  sermón  funeral;  antes  por  el  contrario,  convienen  todos 
en  hacer  de  ella  grande  aprecio  y  estimación,  calificándolas  de  admira- 
ble elegía,  singular  elegía,  hermosísima  elegía,  Joya  inestimable  del 
sentimiento,  y  al  decir  del  P.  Blanco,  yoí/a  custodiada  en  una  urna  in- 
mortal; escrita,  vamos  al  decir,  en  un  metro  del  que  habrá  memoria 
mientras  haya  literatura  castellana.  Las  «Coplas»  de  Manrique  son,  en 
frase  de  Fiztmaurice-Kelly,  incuestionablemente  una  alegoría  sin  lágri- 
mas. Para  Quintana  no  hay  tal.  A  su  manera  de  ver,  son  «una  declama- 
ción, o  más  bien  un  sermón  funeral  sobre  la  nada  de  las  cosas  del  mun- 
do, sobre  el  desprecio  de  la  vida  y  sobre  el  predominio  de  la  muerte.» 
Pero  dígasenos  ¿qué  quería  decir  con  las  anteriores  palabras?  ¿En  qué  se 
apoyaba  para  ello?  Si  le  movía  a  decir  tales  cosas  el  espíritu  filosófico 
que  circula  por  toda  la  elegía  de  Manrique,  ¿por  ventura  la  filosofía  no 
puede  hermanarse  con  la  poesía?  Equivocado  y  fuera  de  camino  sería 
querer  señalar  lucha  constante  entre  la  elegía  y  el  elemento  filosófico. 
¿Acaso  no  dice  bien  con  la  elegía?  La  poesía  de  Manrique  es  altamente 
filosófica.  Siempre  vi  en  las  famosas  »Coplas»  una  verdadera  elegía, 
nueva  y  sin  rival  en  su  género,  donde  se  armonizan  y  se  hermanan  el 
elemento  filosófico  y  la  sencillez  y  naturalidad  de  la  elegía.  Porque,  a  mi 
entender,  tampoco  el  elemento  filosófico  está  reñido  con  el  carácter  de  la 
elegía;  pero,  no  una  manera  de  filosofía  cualesquiera,  sino  esa  manera 
de  filosofía  que  emplea  Manrique,  elevada  y  grave,  y  al  mismo  tiempo 
popular,  sencilla  y  espontánea.  Esa  manera  de  inspiración  filosófica 


448  LAS  COPLAS  DE  JORGE  MANRIQUE 

con  que  Manrique  engalana  sus  endechas,  en  nada  impide  la  manifes- 
tación del  sentimiento,  ni  deja  entrever  la  más  ligera  sombra  de  refle- 
xión fría  y  calculada,  o  de  amanerado  estudio.  Las  ideas  y  sentimientos 
brotan  espontáneamente  del  corazón  e  inteligencia  del  poeta.  Esto,  por 
lo  que  a  mí  se  me  alcanza,  constituye  uno  de  los  principales  méritos  de 
Manrique,  quizá  el  más  característico  de  su  elegía,  dejando  a  un  lado 
las  otras  excelencias  que  de  buen  grado  reconoce  Quintana.  Que  tam- 
bién él  hallaba  en  las  famosas  Coplas  rasgos  muy  bellos  y  cosas  muy 
dignas  de  estimación  y  de  elogio.  Y  así,  queriendo  indicar  la  razóu 
por  qué  la  composición  de  Manrique  «ha  obtenido  siempre  un  grande 
aprecio  entre  los  amantes  de  nuestras  antigüedades  y  seguramente  se- 
guirá mereciéndolo  de  los  inteligentes>,  nos  dice  el  mismo  Quintana: 
«La  razón  de  ello  es  que  la  dicción  en  el  tono  y  dirección  que  el  autor 
ha  querido  tomar  es  igual,  firme  y  perfecta,  que  la  lengua  parece  que 
ya  está  fijada,  que  los  pensamientos  son  altos  y  generosos,  y  que  el 
trozo  en  que  saliendo  de  las  máximas  vagas  y  triviales,  hace  aplicación 
de  ellas  a  las  cosas  de  su  tiempo,  toca  casi  en  lo  sublime.»  Como  se  ve 
por  las  palabras  trascritas,  si  dejamos  a  un  lado  el  juicio  de  mal  gusto 
que  le  merecía  el  verso  en  que  están  escritas  las  famosas  «Coplas»,  y 
damos  de  mano  a  aquellas  palabras  en  que  las  califica  más  bien  que  de 
verdadera  elegía,  de  «declamación  o  sermón  funeral»,  es  preciso  dejar 
asentado  que  el  mismo  Quintana  ha  hecho  el  panegírico  de  las  mis- 
mas, y  puesto  en  claro  sus  perfecciones  y  excelencias,  al  buscar  la  razón 
de  su  popularidad. 

Repase  el  señor  Luz  de  Oro  y  pese  detenidamente  las  palabras  de 
Quintana  a  que  me  refiero,  que  ellas  harán,  a  no  dudarlo,  que  estime 
más  que  hasta  el  presente  la  hermosísima  elegía  del  dulcísimo  Manri- 
que. Y  no  vuelva,  se  lo  ruego  por  amor  al  arte  y  de  las  letras  castella- 
nas, no  vuelva  a  dar  en  la  flor  de  tomar  en  serio  la  singular  ocurrencia 
de  querer  ver  en  las  famosas  «Coplas»  de  Manrique  un  sermón  sobre  la 
nada  de  las  cosas  del  mundo.  Y  nunca,  ni  con  nombre  verdadero,  ni 
con  nombre  fingido,  vuelva  a  tomar  en  sus  manos  la  pluma  para  escri- 
bir tamaños  disparates  y  tanta  trivialidad  y  pedantería  como  intercala 
en  sus  renglones. 

Es  muy  cierto  que  la  realidad  de  las  cosas  no  depende  del  juicio  de 
los  hombres;  de  manera  que  ni  la  afirmación  de  éstos  pone  nada  en  las 
cosas,  ni  la  negación  de  los  mismos  las  destruye;  pero  no  es  menos 


LAS  COPLAS  DE  JORGE  MANRIQUE  44Q 

cierto  que  tiene  muchas  quiebras  y  desventajas  ir  contra  la  corriente 
de  los  hombres  más  doctos  y  eruditos.  El  señor  Luz  de  Oro,  por  lo  que 
se  desprende  de  sus  palabras,  no  quiere  cuentas  con  la  huéspeda,  y 
confesando  paladinamente  que  se  le  da  una  higa  de  todos  los  críticos 
y  eruditos,  se  aventura  a  romper  lanzas  contra  retóricos  y  críticos. 
Quiebre  cuantas  lanzas  pueda  haber  a  la  mano,  que  yo  le  aseguro  que 
no  ha  de  conseguir  otra  cosa  que  ponerse  en  ridículo  ante  las  gentes 
ilustradas.  ¿Qué  respondería  a  la  sarta  de  pedanterías  y  trivialidades 
que  el  señor  Luz  de  Oro  nos  ofrece  mal  hilvanadas  en  su  escrito, 
aquella  numerosa  pléyade  de  glosadores  que  ponían,  al  parecer,  todo 
el  logro  de  sus  aspiraciones  literarias  en  glosar  la  admirable  elegía  de 
Manrique?  ¿Qué  dirían  Luis  de  Aranda,  comentador  también  de  Mena 
y  del  Marqués  de  Santillana;  Fr.  Rodrigo  Valdepeñas,  Luis  Pérez,  Gre- 
gorio Silvestre,  Montemayor  y  otros  fervorosos  admiradores,  que  no  se 
cansaban  de  glosar  en  mil  maneras  distintas  las  famosísimas  «Coplas» 
de  Manrique,  puestas  más  tarde  en  música  por  Venegas  de  Henestrosa 
y  grabadas  en  nuestros  mismos  días  en  letras  de  oro,  cumpliéndose  así 
el  deseo  de  Lope  de  Vega  y  de  Mariana? 

Veo,  amigo  mío,  que  me  he  extendido  demasiado  en  la  contesta- 
ción al  insulso  alegato  del  señor  que  se  esconde  detrás  del  seudónimo 
Luz  de  Oro,  Aquí  mismo  hago  punto  final,  repitiéndome  de  usted  afec- 
tísimo amigo, 

DiosDADO  IbAñez  Garrido, 

c.  M.  F. 


29 


PÉREZ    CALDOS 


(1) 


(continuación) 

Al  escribir  éstas  y  las  precedentes  cuartillas  acerca  de  Galdós,  no 
tuvimos  las  pretensiones  de  hacer  un  estudio  del  novelista  canario. 
Harto  comprendemos  la  dificultad  de  la  empresa.  Las  obras  de  D.  Be- 
nito son  numerosas;  fueran  precisas  para  leerlas  y  estudiarlas  detenida- 
mente muchas  horas  de  que  no  disponemos,  y  sin  esta  preparación 
nuestro  trabajo  se  reduciría  a  repetir  desmañadamente  lo  sabido  por 
cualquier  lector  familiarizado  con  las  obras  de  Clarín,  Pardo  Bazán,  An- 
drenio,  Andrés  González  Blanco,  Valera,  Revilla,  y  otros  dioses  mayo- 
res y  menores  de  la  crítica  española  antigua  y  nueva.  Decía  nuestro 
malogrado  P.  Blanco:  «Difícilmente  se  juzgará  a  Galdós  sin  mezclar  de 
alguna  manera  al  hombre  con  el  novelista,  ya  que  él  ha  elegido  una 
bandera,  a  cuya  sombra  milita,  convirtiendo  sus  libros  en  arma  terrible 
de  combate»  (2). 

He  aquí  nuestro  intento:  indicar  que  Galdós  fué  fogoso  e  impeni- 
tente sectario,  cuyos  libros  «arma  terrible  de  combate»,  entrañan  teorías 
filosóficas,  políticas  y  religiosas  de  mala  índole,  revestidas  para  atraer 
y  encantar  mejor  a  los  lectores  con  las  galas  misteriosas  del  arte.  Si  en 
muchas  obras  Galdós  plantea  problemas,  cuya  solución  deja  al  gusto 
del  lector,  en  otras,  la  mayoría,  se  clarea  lo  suficiente;  se  le  ve  y  se  le 
oye  hablar  por  boca  de  los  personajes;  muestra  demasiado  sus  simpa- 
tías por  determinados  individuos,  se  ensaña  más  o  menos  con  ciertos 
tipos,  según  sean  o  no  de  su  agrado;  esmérase  en  pintar  este  o  el  otro 
carácter;  pone  en  la  picota  del  ridículo  unas  ideas  encarnadas  en  perso- 
najes hipócritas,  maniáticos  o  locos,  a  la  vez  que  hace  viables  y  atrac- 


(1)  Véase  la  pág.  105  de  este  volumen. 

(2)  La  Literatura  española  en  el  siglo  XIX,  pág.  508. 


PÉREZ  GALDÓS  451 

tivas  las  contrarias,  personificadas  en  hombres  sinceros,  listos  y  en  sus 
cabales.  Esto  es  tan  cierto,  que  en  acabando  la  lectura  del  libro  excla- 
ma el  lector:  Galdós  pensaba  así;  en  esta  novela  quiso  y  se  propuso 
esto  y  lo  de  más  allá;  este  libro  es  un  alegato  en  pro  de  estas  ideas  y 
una  diatriba  contra  las  otras. 

Ninguno  que  haya  hojeado  las  obras  de  Galdós  se  atreverá  a  de- 
fender lo  contrario.  Se  puede  discutir  si  las  ideas  políticas,  religiosas 
y  filosóficas  del  autor  de  Fortunata  y  Jacinta,  fueron  producto  del 
tiempo,  del  medio  ambiente  de  la  educación  (ya  lo  veremos);  pero 
nadie  negará  a  los  libros  de  Galdós  el  carácter  propagandista.  Los  más 
desaforados  panegiristas  del  célebre  escritor  así  lo  reconocieron  al  pro- 
clamarle como  símbolo  y  banderín  de  ideas  opuestas  al  espíritu  y  las 
tradiciones  de  nuestra  raza.  Galdós  fué  el  «gran  impulsador  de  multi- 
tudes, y,  sin  duda,  muchas  almas,  que  de  lo  contrario  jamás  se  habrían 
despertado  al  mundo  de  las  idaes,  estremeciéronse  y  vibraron  con  la  lec- 
tura de  las  Novelas  de  la  primera  épocas,  fué  «un  admirador  de  multi- 
tudes, que  a  veces  las  encamina  en  una  dirección  opuesta  a  la  que  se 
desearía,  dándoles,  con  pretexto  de  regeneración,  una  bazofia  de  posi- 
tivismo mal  interpretado,  que  no  puede  dejar  sino  un  gran  frió  en  el 
cerebro  y  una  gran  sequedad  en  el  corazón.» 

«Es  por  eso  mismo  más  doloroso  que  quien  tiene  en  sus  manos  el 
poder  de  marcar  un  camino  y  señalar  una  dirección,  empuje  a  los  de 
natural  rebañego,  que  diría  Unamuno,  por  un  escarpado  vericueto,  al 
fin  del  cual  sólo  encuentran  un  precipicio.  Confesemos  que  hoy  por 
hoy,  en  España,  un  mediocre  empleado,  después  de  saturarse  de  esta 
bocanada  de  relente  positivista,  atravesado  en  las  obras  de  Galdós  o  de 
Blasco  Ibáñez,  no  tiene  más  recurso  que  precipitarse  por  el  balcón.  Lo 
cual  no  quita  para  que,  equivocados  y  todo,  estos  dos  grandes  artistas 
nos  den  hermosas  páginas»  (1).  Lo  mismo  creemos  nosotros.  No  quita 
lo  cortés  para  lo  valiente.  No  reprobamos  nosotros  las  obras  de  Galdós 
en  nombre  del  arte,  sino  de  la  moral;  conste  esto  para  que  nadie  nos 
califique  de  injustos.  Somos  los  primeros  en  reconocer  los  méritos  lite- 
rarios de  Galdós;  lo  mucho  que  la  novela  contemporánea  debe  a  este 
español,  cuyas  maravillosas  prendas  artísticas  crearon  la  novela  nacio- 


(1)    Andrés  González  Blanco.  Historia  de  lá  novela  en  España,  desde  el  ro- 
manticismo a  nuestros  días,  págs.  381  y  382. 


452  PÉREZ  GALDÓS 

nal,  ya  que  los  libros  novelescos  del  Sr.  Galdós  «forman  en  conjunto  el 
retrato  cabal,  falsificado  a  trechos,  de  la  España  contemporánea.» 

Por  defectuoso  y  aun  malo  que  aparezca  un  individuo,  siempre  res- 
plandecen en  él  ciertas  cualidades  buenas,  dignas  de  alabanza.  Aun 
suponiendo  que  todas  las  obras  de  Galdós  sean  defectuosas  o  malas 
en  el  orden  moral  (nosotros  no  lo  creemos  así,  pero  respetamos  el  pa- 
recer contrario),  fuerza  es  reconocer  muchas  bellezas  literarias:  estilo, 
pintura  de  caracteres,  observación  realista,  habilidad  y  maestría  sumas 
en  la  trama  y  desenlace  novelescos,  primor  artístico  en  fin,  que  co- 
munican a  los  libros  galdosianos  cierta  firmeza  y  solidez  envidiables. 
Muchas  novelas  de  Galdós,  sino  acabadas  (como  piensan  muchos  cie- 
gos idólatras  admiradores  del  maestro,  cuyos  nervios  se  encrespan  al 
menor  reparillo  puesto  por  la  crítica),  son  en  su  género  buenas,  con  esa 
bondad  propia  del  arte  puramente  pagano.  Así:  Fortunata  y  Jacinta, 
Ángel  Guerra,  Doña  Perfecta,  Marianela,  El  Amigo  Manso  y,  en  ge- 
neral, las  novelas  madrileñas  y  algunos  Episodios  de  la  primera  serie. 

Seamos  justos,  y  a  fuer  de  tales  reconozcamos  y  alabemos  las  cua- 
lidades buenas  de  Galdós;  pero  a  la  vez  censuremos  con  valor  y  fran- 
queza, sin  miramientos  ni  contemplaciones,  las  ideas,  las  enseñanzas, 
las  doctrinas  perversas  que  entrañan  las  producciones  del  ingenio  gal- 
dosiano.  Admirable  talento  el  de  Galdós,  encadenado  villana  y  tiráni- 
camente por  las  pasiones  del  sectario.  Pudo  ser  nuestro  primer  novelis- 
ta, elevar  muy  alto  el  nombre  de  España  y  vencer  a  los  novelistas 
franceses  e  ingleses  contemporáneos  suyos;  pero  malgastó  muchas 
energías  luchando  contra  lo  invencible  y  rompiendo  lanzas  en  pro  de 
ideales  antipatrióticos  y  antisociales.  ¿Quién  puede  dudar  que  Galdós 
seria  más  grande  si  libre  de  preocupaciones  políticas  y  religiosas  hu- 
biera creado  obras  de  arte  y  no  de  partido  o  escuela?  ¿Quién  negará 
que  la  novela  de  Galdós,  «amplia,  realista,  generosa,  serena  y  pura, 
cuando  se  eleva  a  las  regiones  del  arte*  fuera  más  completa  si  no  la 
obscureciesen  «achaques  de  sectarismo»?  Por  no  hacerlo  así,  por  encar- 
nar en  ella  «todos  los  errores  y  miserias  encubiertos  en  el  profanado 
nombre  de  libertad»,  la  producción  del  célebre  novelista  carece  de  la 
firmeza  y  solidez  que  prestan  a  las  obras  humanas  la  verdad  y  el  bien: 
de  ella  quedará  lo  que  crea  digno  una  crítica  lejana,  fina,  serena  e  im- 
parcial. No  se  olvide:  hubo  poetas,  novelistas,  científicos,  historiado- 
res, artistas,  hombres  en  fin,  de  muchas  campanillas  muy  estimados 


PÉREZ  GALDÓS  453 

y  aplaudidos  en  su  tiempo,  la  crítica  juzgó  después  con  dureza  suma 
a  tales  hombres,  y  sus  obras  apenas  si  figuran  en  la  historia  de  los  co- 
nocimientos humanos.  ¿No  acaecerá  lo  mismo  a  Galdós,  tan  ensalzado 
por  unos  como  abatido  por  otros  aun  en  vida?  jQuién  sabel  Ya  el 
Sr.  Unamuno  ha  juzgado  las  obras  de  Galdós  con  bastante  desahogo, 
y  aunque  la  informalidad  del  escritor  vascongado  no  dé  mucho  crédito 
a  sus  afirmaciones,  es  indudable  que  en  muchos  puntos  ha  convenido 
con  críticos  de  la  escuela  católica. 

Pocos  desconocen,  repetimos,  la  exageración  doctrinaria,  la  tenden- 
cia corrosiva  de  los  libros  galdosianos;  pero  conviene  repetir  o  recor- 
dar estas  cosas,  porque  de  puro  sabidas  se  desprecian.  Todos  sabemos 
que  Galdós  fué  «el  más  atrevido,  el  más  avanzado»  de  los  novelistas 
contemporáneos;  «el  escritor  más  a  propósito  para  atreverse  a  decir  al 
público  español  cosas  muy  gordas,  v.  gr.:  «que  por  encima  de  las  dife- 
rencias artificiales  que  crean  la  diversidad  de  confesiones  y  partidos, 
están  las  leyes  naturales  de  la  humanidad  sociable,  el  amor  de  la  fami- 
lia, el  amor  del  sexo,  el  amor  de  la  patria,  el  amor  de  la  verdad,  el  amor 
del  prójimo».  «Las  Novelas  contemporáneas  (Gloria,  Doña  Perfecta, 
León  Rock),  no  atacan  el  fondo  del  dogma  católico;  atacan  las  costum- 
bres y  las  ideas  sustentadas  al  abrigo  de  la  Iglesia  por  el  fanatismo 
secular.»  Estas  malhadadas  novelas  es  posible  que  no  lo  intenten,  «pero 
el  resultado— dice  Clarín — es  el  mismo  que  si  Galdós  se  propusiese 
preparar  el  terreno  para  predicar  el  más  franco  racionalismo.  No  hay 
acaso  en  ninguna  literatura  espectáculo  semejante  al  que  ofrece  la  in- 
fluencia de  Galdós  en  el  vulgo  y  la  popularidad  de  sus  novelas,  anti- 
católicas al  cabo,  en  esta  España  católica  y  preocupada,  hasta  ha  poco 
tan  intolerante.  Piénsese— prosigue  el  señor  Clarín— que  no  hay  país, 
de  los  civilizados,  donde  el  fanatismo  tenga  tan  hondas  raíces,  y  pién- 
sese que  la  novela  de  Galdós  no  ha  influido  sólo  en  estudiantes  libre- 
pensadores y  en  socios  de  Ateneos  y  Clubs,  sino  que  ha  penetrado  en 
el  santuario  del  hogar,  allí  donde  solían  ser  alimento  del  espíritu  libros 
devotos  y  libros  profanos  de  hipócrita  o  estúpida  moralidad  casera,  sin 
grandeza  ni  hermosura»  (1).  Si  el  lector  conoce  la  perversidad,  la  mali- 
cia diabólica  de  Gloria,  Doña  Perfecta  y  La  familia  de  León  Rock,  y 
además  sabe  leer  entre  líneas,  él  por  sí  mismo  pondrá  los  comentarios 


(1)    Solos,  de  Clarín,  págs.  57  y  58. 


454  PÉREZ  GALDÓS 

que  merecen  los  párrafos  de  Clarín,  el  crítico  más  entusiasta  de  Galdós 
y  el  ingenio  más  perspicaz  de  la  crítica  racionalista.  Para  Clarín,  Gal- 
dós fué  ingenio  de  primer  orden,  pensador  profundo.  En  cambio,  Alar- 
cón  y  Pereda  «al  querer  buscar  tendencia  transcendental  para  sus  obras, 
demuestran  que  son  espíritus  vulgares  en  cuanto  se  refiere  a  las  ideas 
más  altas  e  importantes  de  la  filosofía  y  de  las  ciencias  sociológicas. 
No  tiene  más  grandeza  ni  más  profundidad  su  pensamiento  que  el  de 
cualquier  redactor  adocenado  de  El  Siglo  Futuro  o  de  La  Fe,  y  enoja  y 
causa  tedio  la  desproporción  que  hay  entre  los  medios  de  expresión 
artística  de  que  disponen  y  la  inopia  del  fondo  de  pensamiento  que 
pretenden  exhibir.  Quieren  defender  el  pasado  por  medio  de  la  novela; 
el  propósito  merece  respeto,  pero  sus  fuerzas  son  escasas,  sus  alegatos 
pobres,  adocenados,  y  la  comparación  con  los  que  en  pro  de  la  nueva 
vida  presentan  Valera  y  Galdós,  sería  sencillamente  un  sarcasmo»  (1). 
La  maldita  pasión  sectaria  inspiró  muchas  páginas  virulentas  al  señor 
Alas;  es  muy  posible  que  las  anteriores  líneas  tengan  mucho  de  injus- 
tas, sean  o  no  ciertas  nadie  desconoce  los  méritos  de  Alarcón  y  Pereda 
como  novelistas,  y  el  que  haya  leído  las  obras  de  estos  beneméritos 
españoles  deducirá  con  nosotros,  que  en  ellas,  mucho  mejor  que  en  las 
de  Valera  y  Galdós,  el  público  español  aprende  «el  amor  de  la  familia, 
el  amor  del  sexo,  el  amor  de  la  patria,  el  amor  de  la  verdad,  el  amor 
del  prójimo». 

Y  no  sólo  en  los  libros  de  Pereda  y  Alarcón  aprendemos  los  espa- 
ñoles esas  verdades,  sino  en  las  obras  de  otros  novelistas  inferiores. 
Arreglados  estaríamos  si  antes  de  que  D.  Benito  publicara  sus  obras 
no  hubiéramos  sabido  de  memoria  los  españoles  ese  amor  de  que  nos 
habla  el  señor  Clarín.  Precisamente  lo  que  muchos  españoles  apren- 
dieron leyendo  Gloria,  Doña  Perfecta,  La  familia  de  León  Roch,  Elec- 
tra,  Nazarín,  Casandra,  Alma  y  vida,  etc.,  etc.  no  fué  ciertamente  el 
amor  verdadero  a  la  familia,  a  la  verdad  y  al  prójimo,  sino  el  amor  li- 
bre, el  odio  a  ciertas  instituciones  sociales... 

Como  ya  dijimos  en  nuestro  artículo  anterior,  esperábamos  en  los 
artículos  y  discursos  necrológicos  dedicados  al  autor  de  los  Episodios 
ver  reprobadas  sus  ideas  irreligiosas,  antipatrióticas  y  antisociales. 
Nada  de  eso.  Todos  han  sido  bombos  tocados  al  unísono  por  los  pre- 


(1)    Obra  citada,  págs.  59  y  60. 


PÉREZ  GALDÓS  455 

goneros  de  la  fama.  En  prosa  y  en  verso  se  han  cantado  las  glorias  de 
Galdós  como  literato  y  hombre  de  bien. 

Don  Benito  Pérez  Galdós— nos  dicen  sus  obras— fué  un  materialista 
teórico  y  práctico.  Tuvo  en  la  cabeza  cuatro  ideas  aprendidas  en  la  po- 
bre filosofía  positivista,  y  guiado  por  esas  ideas  no  entrevio  más  hori- 
zontes que  los  de  este  bajo  mundo,  y  no  siempre,  por  desgracia,  los 
más  limpios,  luminosos  y  bellos.  Los  horizontes  de  la  otra  vida  le  tu- 
vieron muy  sin  cuidado;  si  acaso  creyó  en  ellos  fué  para  ridiculizar  a 
los  Cándidos  e  hipócritas  curas  y  beatos,  que  aún  esperamos  en  las  pro- 
mesas de  ultratumba.  Sin  embargo,  ya  verán  los  lectores  cómo  para 
muchos  don  Benito  fué,  como  vulgarmente  se  dice,  un  beatas  vír,  un 
hombre  de  Dios  que  no  hizo  mal  a  nadie.  Semejante  a  Jesús  de  Naza- 
ret,  pasó  por  el  mundo  haciendo  bien  a  todos.  Amante  de  los  pobres  y 
condolido  de  la  muUitud  haraposa  y  hambrienta,  prodigó  cuantiosas 
limosnas,  y,  sobre  todo,  sus  libros,  llenos  de  arte,  de  bondad  y  de  belle- 
za, esparcieron  por  el  mundo  enseñanzas  hasta  entonces  ignoradas. 
Muchos  retrógrados  miopes  no  lo  creemos  así;  pero  ya  se  encargarán 
sus  devotos  de  presentarnos  las  obras  <del  Mesías  artístico»  y  decirnos: 
«Tomad  y  leed>. 

Galdós,  ha  dicho  un  poeta  en  versos  muy  malos,  como  la  mayoría 
de  los  versos  modernistas — fué  muchas  cosas:  «Gañán  y  obrero,  artista, 
párroco  de  la  mente  y  minero;  labrador,  leñador,  sembrador,  tejedor  y 
escritor  de  blancas  profecías  a  medio  granar;  empleado  y  ambicioso  y 
constructor  y  soldado»  y...  muchas  otras  tonterías  y  ridiculeces  que  leí- 
mos días  pasados  en  una  poesía  (?)  del  Sr.  Marquina  publicada  en  plena 
luz  de  El  Sol.  ¡Señor  Marquina,  por  Dios!  De  párrocos  como  don  Be- 
nito, Dios  nos  libre.  ¿Olvida  usted,  entre  otras  muchas  asonadas  pro- 
movidas por  los  sermones  del  cura  Benito,  que  allá  por  los  años  de 
1901,  cuando  se  representó  Electra,  formidable  diatriba  anticlerical,  los 
feligreses  del  buen  párroco  recorrieron  calles  y  plazas  chillando  como 
locos  frenéticos  contra  las  comunidades  religiosas?  Quien  escribe  dra- 
mas como  Electra  y  novelas  como  Nazarín  y  Casandra  será  un  cleró- 
fobo  y  anticlerical  intolerante,  pero  ¿párroco?...  Doctrinas  tan  fatídicas 
y  disolventes  como  las  anteriores  abundan  en  las  obras  de  Galdós.  ¿No 
es  injusticia  lamentable  que  la  crítica  pondere  y  abulte  las  bellezas  ar- 
tísticas de  las  obras  galdosianas  y  no  ponga  reparo  alguno  a  su  ten- 
dencia? Esta  les  importa  un  bledo  a  muchos  críticos.  Con  tal  que  una 


456  PÉREZ  GALDÓS 

obra  sea  bella,  artísticamente  (según  ellos  entienden  la  belleza  artísti- 
ca) lo  demás  es...  inútil;  ninguna  relación  tiene  con  el  arte. 

Para  no  proceder  a  la  buena  de  Dios  y  dar,  como  se  dice,  palos  de 
ciego,  hemos  hojeado  varias  obras  de  Galdós  y  bastantes  estudios  crí- 
ticos consagrados  al  célebre  novelista  canario.  Buenas  cosas  hemos 
aprendido  de  D.  Benito  leyendo  a  críticos  como  Clarín,  Menéndez  y 
Pelayo,  Revilla,  Andrenio,  Andrés  González  Blanco  y  los  Padres  Blanco 
y  Muiños.  Pero  días  pasados  ha  aparecido  en  los  diarios  madrileños 
un  enjambre  de  críticos  galdosianos  sin  originalidad  ni  gusto.  Portavo- 
ces y  eco  de  opiniones  ajenas,  la  crítica  de  algunos  gacetilleros  se  ha 
reducido  a  escribir  en  el  periódico  cuatro  frases  gruesas  sobre  la  litera- 
tura galdosiana  sin  haberla  saludado.  Esto  nada  importa;  se  contor- 
nean dos  períodos,  se  estampan  en  las  columnas  del  diario  cuatro 
lugares  comunes,  se  aplican  a  Galdós  media  docena  de  adjetivos  ven- 
gan o  no  a  pelo,  se  lloriquea  un  poco  y...  asunto  terminado.  El  caso 
es  decir  algo,  no  por  amor  a  la  literatura,  a  Galdós  y  a  sus  obras,  sino 
para  ganar  unas  pesetillas  con  que  tomar  café.  En  los  homenajes  a 
Galdós,  la  nota  saliente  ha  sido  el  lloriqueo  más  o  menos  fingido. 
El  caso  no  es  para  menos.  Con  la  muerte  de  Galdós  «merma  el  orbe, 
privado...  de  un  sentido>.  Esta  sí  que  es  gorda.  Murió  Menéndez  y  Pe- 
layo,  hombre  meritísimo,  español  el  más  insigne  del  pasado  siglo  y 
talento  bastante  superior  al  de  Galdós;  hondo  y  universal  sentimiento 
causó  en  el  corazón  de  los  españoles  cultos  y  amantes  de  su  patria; 
entonces  pudo  decirse  con  verdad  que  España  perdía  el  más  ilustre  de 
sus  hijos,  al  ingenio  más  soberano  de  los  tiempos  modernos,  una  ver- 
dadera y  pura  gloria  nacional;  pero  ¡señores!  a  nadie,  creemos,  se  le 
ocurrió  decir  que  España,  y  mucho  menos  el  orbe  terráqueo,  perdían 
un  sentido.  Semejante  hipérbole  sólo  estaba  reservada  para  D.  Benito, 
novelista  español  bueno,  de  los  mejores,  pero  superado  al  presente 
por  otros,  si  no  tan  fecundos,  más  artistas  y  geniales;  porque,  mientras 
el  novelista  canario  daba  a  la  publicidad  en  estos  últimos  años  dramas 
y  novelas  que  sólo  leían  y  coreaban  cuatro  antiguos  amigos,  y  esto 
por  no  desagradar  al  pobre  viejo,  otros  novelistas  españoles  modernos 
y  aun  quizás  contemporáneos  suyos  más  avispados,  le  iban  dejando 
atrás. 

Para  decir  lisa  y  llanamente  el  papel  representado  por  Galdós  en  la 
literatura  patria  y  lo  que  la  nación  española  sentía  la  muerte  del  autor 


PÉREZ  GALDÓS  457 

de  Marianela,  no  eran  necesarias  hipérboles,  mentiras  tan  gordas 
como  la  del  Sr.  Marquina,  aunque  las  diga  en  verso.  Don  Benito  fué 
excelente  literato,  deja  tras  si  una  obra  ingente  en  el  terreno  del  arte, 
siquiera  ella  no  sea  un  «canto  a  la  Bondad  y  el  Bien,  ejes  supremos 
de  la  vida»;  poseyó  talento  clarísimo,  voluntad  fuerte  para  el  trabajo; 
no  se  le  puede  negar  la  nota  de  patriotismo,  bastardeado  a  veces  por 
preocupaciones  políticas  y  religiosas,  pero  al  fin  patriotismo;  en  la 
observación  realista,  en  la  pintura  de  la  vida  madrileña  pocos  le  aven- 
tajaron; la  fuerza  creadora,  plástica,  del  ingenio  galdosiano  modeló 
infinitos  seres  arrancados  de  la  vida  vulgar;  innumerables  y  excelentes 
prendas,  en  fin,  avaloran  la  personalidad  y  la  literatura  galdosiana; 
con  repetir  esto  y  callarse  lo  otro  se  sale  del  apuro.  Pero  los  poetas  no 
lo  entienden  así:  era  menester  hinchar  mucho  el  perro,  lo  cual  resulta 
ridículo  y  tonto. 

Otros  apologistas  ha  tenido  Galdós  que,  en  su  afán  de  ensalzar  al 
«maestro»,  han  escrito  verdaderos  y  estupendos  desatinos.  Estamos  se- 
guros de  que  si  D.  Benito  tuviera  noticias  en  el  oiro  mundo  de  las  mu- 
chas majaderías  publicadas  por  sus  amigos,  del  ridículo  en  que  le  han 
puesto  la  ignorancia  y  la  ciega  admiración,  se  arrepentiría  de  haber 
escrito  novelas.  Porque  él  aspiró,  sin  duda,  a  ocupar  el  primer  puesto 
entre  los  novelistas  españoles  de  su  época;  pero  se  nos  figura  que  jamás 
tuvo  las  pretensiones  de  llegar  a  ser  «el  guía,  el  luminar,  el  faro»  de  la 
cultura  española;  «el  mejor  psicólogo  y  sociólogo  de  España,  el  genio 
literario  más  estupendo,  el  hombre  que  más  y  mejor  ha  comprendido 
el  alma  española  contemporánea...»;  «el  príncipe,  el  patriarca,  el  reno- 
vador... cuya  obra  vale  más  que  nuestra  soberanía...;  el  Abrahan  espi- 
ritual de  que  han  de  descender  las  futuras  generaciones  estéticas;  el 
Mesías  artístico,  precursor  de  toda  una  literatura  que  ha  de  extender  sus 
brazos  por  todos  los  grandes  ideales;  el  español  que  ha  pensado  más 
alto,  ha  sentido  más  hondo  y  hablado  más  claro...»  Todas  estas  cosas 
ni  siquiera  cruzaron  por  la  fantasía  del  novelista  canario. 

Más  le  agradaría  leer  en  España  Nueva  los  parrafitos  del  anarquis- 
ta Samblancat:  «...  imitémosle  (a  D.  Benito),  más  que  en  sus  estéticos 
devaneos  en  su  rugiente  coraje  de  sectario,  de  educador,  de  orientador 
y  conductor  de  masas. 

Si  él  viviera  hoy,  si  él  tuviera  nuestros  ardientes  treinta  años,  sería, 
como  nosotros,  revolucionario,  sindicalista  y  bolchevique,  es  decir, 


458  PÉREZ  GALDÓS 

anarquista  tres  veces.  >  Así,  clarito.  Ya  lo  saben  nuestros  lectores.  Galdós 
fué  sistemático  y  rugiente  sectario,  corifeo  de  la  impiedad  callejera, 
denigrador  frío  y  duro  de  la  virtud,  propagandista  del  vicio  y  del  error, 
paladín  del  racionalismo  de  escalera  abajo,  hombre  infausto  para  la 
Iglesia  y  los  verdaderos  creyentes;  «educador,  orientador  y  conductor» 
de  masas  sin  Dios,  sin  conciencia,  sin  honor,  embrutecidas,  hambrien- 
tas, que  roban  y  asesinan  a  indefensos  y  pacíficos  ciudadanos;  un  re- 
negado de  la  fe,  a  la  que  asestó  recios  golpes;  «adalid  de  la  heterodoxia, 
enemigo  ardiente  del  dogma  católico»,  fanático,  defensor  de  ideales 
trasnochados,  entecos  y...  sus  libros  ariete  formidable  contra  la  verdad 
y  el  bien,  ridiculizados,  escarnecidos  en  sus  páginas. 

Sí.  Samblancat  tiene  razón:  ha  salido  por  los  fueros  de  la  verdad  y 
la  justicia  mal  parados  por  el  silencio  de  unos,  la  cobardía  o  la  piedad 
mal  entendida  en  otros  y  el  descaro  en  los  demás. 

La  vida  de  D.  Benito,  con  sus  andanzas  políticas  y  sus  corajes  de 
rugiente  sectario  no  es,  a  nuestro  juicio,  la  más  propicia  para  vivir  en 
paz  con  Dios  y  nuestros  semejantes;  mucho  menos  lo  es  para  ir  de  pa- 
titas al  cielo.  Los  que  bien  queríamos  al  escritor  canario,  al  saber  por 
los  periódicos  que  se  había  reconciliado  con  Dios  en  los  momentos 
supremos  de  la  muerte,  creímos  a  ciegas  en  este  nuevo  triunfo  de  la 
gracia  divina.  Cuál  no  sería  nuestra  amarga  sorpresa  al  leer  a  los  pocos 
días  en  El  Universo  y  otros  diarios  que  la  conversión  de  D.  Benito  y  su 
muerte  en  el  seno  de  la  Iglesia  era  una  filfa;  así  lo  aseguraba  D.  Hurta- 
do de  Mendoza,  sobrino  y  testamentario  de  Galdós.  Pero  en  este  mun- 
do para  todo  hay  remedio.  La  dolorosa  impresión  producida  en  las 
almas  cristianas  por  la  inoportuna  y  cínica  franqueza  del  Sr.  Hurtado 
desapareció  muy  pronto,  porque  en  La  Época  leímos  una  «carta-ho- 
menaje>,  cuyo  autor,  D.  José  Alcaín,  nos  revelaba  cosas  gordas. 

Es  de  advertir  que  este  Sr.  Alcaín  fué  albacea,  íntimo  y  entusiasta  del 
Sr.  Galdós,  y  en  consecuencia  podía  estar  muy  enterado  de  la  vida  y 
milagros  del  novelista.  Nos  habían  dicho  que  la  situación  económica 
del  fecundo  escritor  fué  bastante  apurada  en  los  últimos  años  de  su 
vida,  que  murió  casi  sin  dejar  un  real;  pero  ahora  resulta  todo  ello  una 
mentira  muy  gorda,  como  mentira  fué  la  reconciliación  de  D.  Benito 
con  la  Iglesia  nuestra  madre.  Dejemos  hablar  al  Sr.  D.  José  Alcaín: 
«Hubo  quienes  zarandearon  su  pobreza  (la  de  D.  Benito)  para  hacerle 
más  daño  que  provecho,  porque  le  «desacreditaron.» 


PÉREZ  GALDÓS  459 

Aunque  tenía  bienes  de  fortuna,  sufrió  años  atrás  escaseces  y  priva- 
ciones; fué  un  genio  y  los  genios  no  saben  administrar... 

Sépanlo  sus  admiradores,  los  españoles  todos  y  el  mundo  entero: 
los  últimos  años  de  D.  Benito  han  sido  tranquilos,  rodeado  de  comodi- 
dades y...  sin  más  molestias  que  las  propias  de  la  enfermedad.»  Ahora 
viene  lo  más  notable. 

<Y  sepan  todos  también  que  D.  Benito  siempre  fué  bueno,  dema- 
siado bueno,  y  que  está  en  el  cíelo,  al  lado  del  Padre  Eterno,  en  lugar 
preferente,  como  le  corresponde...  Sépanlo  las  señoras  españolas  que 
dudan  leer  sus  obras:  los  sacerdotes  admiran  y  elogian  sus  obras,  le 
dedican  preces  y  aseguran  que  está  en  el  cielo...  ¡Gloria  a  Galdós!» 

Con  perdón  del  albacea  galdosiano  y  de  los  sacerdotes,  quizás  ima- 
ginarios, que  «admiran  y  elogian  las  obras  de  Galdós>,  si  exceptuamos 
a  Marianela  y  algunos  Episodios  de  la  primera  serie,  con  dificultad 
hallaremos  en  los  restantes  libros  del  novelista  canario  uno  que  pueda 
ser  leído  por  señoras  españolas  cristianas,  porque— dicho  sea  con  pala- 
bras de  nuestro  querido  hermano  el  P.  Conrado  Muiños — :  <la  impiedad 
que  emana  de  las  novelas  galdosianas,  sería  más  que  suficiente  para 
que  toda  persona  honrada,  de  sentimientos  cristianos  y  aun  simplemen- 
te generosos,  los  arrojase  con  indignación  de  las  manos...» 

En  el  concierto  de  alabanzas  a  Galdós,  en  esos  acordes  tocados  por 
amigos  y  discípulos  de  D.  Benito,  un  hombre  tenido  por  «cumbre  de  la 
intelectualidad  española  moderna»  no  afinó  bien  el  instrumento,  y  en 
consecuencia,  al  unirse  a  la  orquesta  organizada  para  solemnizar  la 
literatura  galdosiana,  se  le  escaparon  notas  disonantes.  Unamuno,  el 
genial  Unamuno,  ha  declarado  que  la  literatura  de  Galdós  es  mercan- 
cía averiada;  en  otro  tiempo,  el  público  devoraba  los  libros  galdosia- 
nos  como  quien  devora  suculentos  manjares;  hoy  nadie  los  lee,  porque 
«hacen  reír,  no  dicen  nada;  de  ellos  no  quedará  recuerdo.» 

En  el  anterior  trabajo  publicamos  algunos  puntos  de  la  opinión 
emitida  por  el  Sr.  Unamuno  acerca  de  Galdós;  de  los  restantes  habla- 
remos otro  día. 

P.  Francisco  García. 

(Continuará.) 


bibliografía 


Le  Guvernement  de  L'Eglíse,  par  le  R.  P.  Gustave  Neyron,  S.  J.-346  pági- 
naá',  en  8.»— París,  Gabriel  Beauchesne,  1919. 

En  este  libro,  de  carácter  apologético,  se  propone  el  autor  hacer  ver 
las  excelencias  del  gobierno  de  la  Iglesia  sobre  el  de  todas  las  demás  so- 
ciedades, demostrando  contra  los  enemigos  del  régimen  eclesiástico,  en 
seis  capítulos  y  dos  apéndices,  cómo  la  Iglesia,  la  única  que  en  medio  del 
movimiento  general  de  reformas  e  innovaciones,  permanece  inconmovi- 
ble sobre  las  bases  que  le  dio  su  divino  fundador,  manteniendo  íntegro  el 
principio  de  autoridad,  no  sacrifica,  por  más  que  se  diga,  la  libertad  del 
individuo,  sino  que,  por  el  contrario,  respeta,  defiende  y  por  todos  los  me- 
dios posibles  trata  de  afianzar  ios  derechos  particulares,  y  cómo  este  mag- 
nífico edificio  social,  muy  otro  en  su  constitución  que  las  sociedades  mo- 
dernas, presenta  en  su  organización  la  belleza  de  la  unidad  en  la  variedad 
y  equilibrio  de  poderes. 

Rebasarían  estas  líneas  los  límites  de  una  bibliografía  sencilla  si,  como 
él  se  merece,  hubiéramos  de  detenernos  en  loar  todos  y  cada  uno  de  sus 
razonamientos,  y  por  eso  nos  limitaremos  a  líneas  generales. 

En  el  capítulo  primero  dice  y  demuestra  que  el  gobierno  de  la  Iglesia, 
en  cuanto  a  la  elección  de  su  jefe,  es  tal  que,  con  razón  el  mismo  José  de 
Maistre,  Donoso  Cortés,  Taine,  Augusto  Comte,  etc.,  se  han  expresado  en 
este  punto  de  manera  que  bien  pudiera  resumirse  su  juicio  en  esta  frase: 
necprimam  similem  visa  esí,  nec  habere  sequeniem. 

Vindica  en  el  segundo  la  conservación  del  principio  de  autoridad;  de- 
muestra que  el  sistema  por  el  que  se  rige  y  gobierna  la  Iglesia,  no  es,  como 
dicen  Emilio  Olivier  y  otros,  un  sistema  de  centralización,  el  más  absoluto 
en  ninguno  de  sus  aspectos  y  relaciones,  ya  con  la  autoridad  civil  ya  con 
los  miembros  que  la  componen;  y  en  resumen,  que  el  poder  central  de  la 
Iglesia,  cuyos  derechos  se  han  proclamado  tan  alto  en  el  siglo  XIX,  no  ha 
anulado  ni  la  actividad  ni  la  independencia  de  los  poderes  subordinados. 

En  confirmación  de  los  asertos  precedentes  hace  ver  en  el  capítulo  ter- 


BIBLIOGRAFÍA  461 

cero  cómo  los  defensores  del  espíritu  de  la  Iglesia  Romana  en  Francia  no 
tuvieron  nunca  la  intención  de  que  se  les  acusa:  de  suprimir  todas  las  tra- 
diciones de  las  iglesias  particulares  y  locales  y  hacer  desaparecer  hasta 
cualquiera  discordancia  ritual.  Los  documentos  y  los  hechos  históricos, 
fielmente  aducidos  y  rectamente  interpretados  por  el  P.  Neyron,  no  dejan 
género  alguno  de  duda. 

El  absolutismo  que  se  atribuye  a  la  Iglesia— dice  en  el  capítulo  cuar- 
to—no existe.  Es,  sí,  una  autoridad  universal  sobre  todos  los  fíeles  y  que 
éstos  deben  respetar,  como  el  buen  hijo  respeta  la  del  padre,  y  en  este  sen- 
tido es  y  debe  ser  ilimitada  y  absoluta,  y  así  lo  quiso  Nuestro  Señor  Jesu- 
cristo; mas  no  por  eso  es  despótica,  como  no  lo  es  la  del  padre  que  hace 
suyos  los  intereses  de  sus  hijos,  sus  penas  y  sus  alegrías,  y  por  lo  mismo 
la  obediencia  a  la  Iglesia  no  es  servil,  como  no  lo  es  la  del  hijo  a  su  padre. 
Si  en  todos  los  capítulos  aparecen  rodeados  de  luz  los  razonamientos, 
quizá  en  ninguno  tanto  como  en  éste:  UEglise  ei  le  guvernement  de  la 
pensée,  donde  pueden  ver  sus  enemigos  cuan  infundado  es  el  cargo  que  le 
hacen  de  que  ejerce  en  las  facultades  superiores  del  hombre  una  injusta 
violencia  al  exigirle  asentimiento  interno  a  las  doctrinas  que  propone;  pues 
no  se  puede  llamar  despótico  ni  tirano  al  que  de  un  modo  infalible  nos 
propone  los  medios  únicos  y  necesarios  para  la  consecución  de  un  fin  de- 
terminado. Verán  también  con  luz  meridiana  cómo,  lejos  de  cortar  los  vue- 
los a  la  razón,  ha  defendido  siempre  sus  justos  fueros  y  dádole  medios  se- 
guros de  conseguir  su  objeto  mostrándole  la  senda  y  descubriendo  los  pe- 
ligros; cómo  lejos  de  oponerse  al  verdadero  progreso  y  nuevos  métodos 
científicos,  los  ha  fomentado  y  favorecido,  condenando  sólo  las  teorías 
atrevidas  e  innovaciones  opuestas  a  la  sana  Filosofía. 

En  el  capítulo  sexto  se  hace  cargo  de  la  objeción  de  los  racionalistas:  la 
incompatibilidad  entre  la  autoridad  de  la  Religión  y  la  libertad  de  la  razón; 
al  concepto  católico  de  religión  debe  oponerse  la  religión  del  espíritu  que 
nos  une  más  directa  y  estrechamente  a  Dios.  Cuan  infundada  sea  esta  ob- 
jeción y  cuan  erróneo  este  falso  misticismo,  palpablemente  lo  hace  ver  el 
autor.  Los  argumentos  que  el  escritor  emplea  con  gran  destreza  y  habili- 
dad, en  éste,  lo  mismo  que  en  los  anteriores  capítulos  en  general,  podrían 
reducirse  a  tres:  los  hechos  históricos,  los  documentos  y  declaraciones  de 
la  misma  Iglesia,  y  de  vez  en  cuando  testimonios  nada  sospechosos  en  este 
asunto. 

Termina  con  dos  apéndices,  el  primero.  El  Concilio  Vaticano  y  su 
obra;  tiene  por  objeto  rebatir  las  acusaciones  de  la  secta  de  los  Viejos  Ca- 
tólicos referentes  a  que  el  Papa,  con  una  mayoría  que  le  rodeaba,  había 
impuesto  las  soluciones  que  de  antemano  tenía  preparadas,  sin  dejar  lugar 


462  BIBLIOGRAFÍA 

a  discutirlas.  El  género  de  refutación  es  el  mismo  que  hasta  aquí:  una  ad- 
mirable síntesis  histórica  de  lo  sucedido  desde  los  antecedentes  hasta  la 
disolución  de  la  magna  asamblea,  sin  exceptuar  las  discusiones  habidas  con 
toda  libertad,  y  que  ponen  bien  de  manifiesto  lo  infundado  de  las  quejas 
de  los  Viejos  Católicos  al  mismo  tiempo  que  su  espíritu  de  facción. 

Finalmente,  pone  término  a  este  hermoso  compendio  de  apología  del 
gobierno  de  la  Iglesia,  devolviendo  a  los  adversarios  el  reproche  de  la  in- 
tolerancia de  los  católicos,  que  para  persuadir  sus  doctrinas  y  el  destierro 
de  las  sectas  acatólicas,  usa,  según  ellos,  de  la  más  extraña  violencia,  sien- 
do así  que  nunca  ha  usado,  ni  usa  otras  armas,  que  las  de  la  razón  para  in- 
culcar, sí,  a  todas  horas  una  verdad  de  derecho  natural,  evidente  a  toda  in- 
teligencia libre  de  prejuicios  y  que,  por  lo  mismo,  tanto  más  culpables 
hace  a  los  Estados  cuanto  más  benignos  se  muestran  éstos  en  la  tolerancia 
de  otros  cultos  que  no  sea  el  católico. 

Una  nota  saliente  se  deja  ver  en  todo  el  libro,  y  es  bien  que  se  haga  sa- 
ber, la  serenidad  y  delicadeza  del  apologista,  a  pesar  de  que  los  reparos  de 
sus  enemigos  son  con  frecuencia  tales,  que  bien  pudiera  decírseles  con  toda 
justicia,  y  es  lo  primero  que  se  viene  a  la  pluma:  que  obran  de  mala  fe  o 
no  saben  el  terreno  que  pisan.  Sin  embargo,  no  los  convencerá  menos  de 
lo  mismo  la  exposición  clara  de  les  hechos  históricos,  que  ellos  parecen 
ignorar  y  que  el  P.  Neyron  cita  con  oportunidad  tanta  e  interpreta  con  tan- 
to acierto,  que  es  necesario  ser  ciego  para  no  ver. — P.  Seijas, 


Gramática  Latina,  campuesta  por  el  Rdo.  P.  José  M.  Fernández  y  García, 
Misionero  Hijo  del  Inriiaculado  Corazón  de  María,  con  permiso  de  los  Su- 
periores. Cuarta  edición.— Madrid,  Editorial  del  Corazón  de  María,  Mendi- 
zábal,  67. 

Quien  conozca  el  método  seguido  hasta  aquí  por  los  gramáticos  en  la 
presentación  de  sus  textos  podrá  desde  luego  formarse  una  idea  general 
de  éste  del  P.  Fernández;  pues,  como  él  mismo  dice  en  el  prólogo,  en  él 
se  sigue  «el  camino  señalado  por  nuestros  gramáticos  ilustres».  No  tiene, 
efectivamente,  este  texto  ni  las  ventajas  ni  los  inconvenientes,  a  nuestro 
modo  de  ver,  más  y  mayores  que  en  la  práctica  ofrecen  a  los  niños  los  nue- 
vos métodos  científicos. 

De  su  conjunto  quisiéramos  poder  decir  con  Horacio,  precepto  XXVII, 
y  por  las  mismas  razones  que  él:  «Sunt  delicta  tamen,  quibus  ignovisse 
velimus»;  pero  quizá  no  fuera  exacto,  y  por  eso  preferimos  dar  nuestro 
juicio  de  cada  una  de  las  partes  por  separado. 

La  Analogía  está  expuesta  con  orden  y  claridad,  sabiamente  dividida  en 


BIBLIOGRAFÍA  463 

Elementos  y  Ampliación,  y  enriquecida  con  los  catálogos  de  adverbios, 
preposiciones  y  conjunciones  que  el  autor  pone  al  final  de  la  misma. 

Tratándose  de  la  Sintaxis,  unimos  nuestros  elogios,  bien  merecidos,  a 
los  que  ya  el  autor  habrá  recibido  por  lo  que  a  la  Concordancia  y  Régi- 
men se  refiere;  pues,  aunque  no  hay  en  su  distribución  orden  lógico,  sin 
embargo,  no  merece  por  esto  censura,  porque  al  maestro  es  a  quien  prin- 
cipalmente toca  establecer  el  orden  que  crea  más  conveniente  para  prove- 
cho de  los  alumnos. 

Quisiéramos  asimismo  poder  asociarnos  a  todos  los  que,  según  el 
autor,  han  tributado  «lisonjeros  elogios  a  la  bondad,  amplitud  y  riqueza» 
del  tratado  de  Construcción  o  Tratado  de  las  oraciones;  mas,  en  nuestro 
humilde  sentir,  no  ha  logrado  en  esta  parte  lo  que  se  propone  en  todas: 
reducir  «los  preceptos  a  la  mayor  concisión  dentro  de  la  claridad»,  según 
el  precepto  XXVI  de  Horacio:  «Quidquid  praecipies,  esto  brevis...» 
No  nos  parece  tan  clara  y  lógica  como  fuera  de  desear  la  misma  clasifica- 
ción de  las  oraciones,  en  las  que,  además,  encontramos  algo  incompletos 
los  modos  de  conversión;  y  en  las  compuestas  de  infinitivo  no  vemos  aquel 
orden  y  claridad  que  debe  destacarse  en  esta  más  que  en  ninguna  otra 
parte  de  la  Gramática. 

Los  ejemplos  que  confirman  las  reglias,  aunque  clásicos,  como  todos 
los  que  se  encuentran  en  el  curso  de  la  obra,  no  nos  parecen  los  más 
a  propósito  para  niños  que  comienzan,  porque  en  estos  casos  parece 
sobrar  todo  término  circunstancial  e  indirecto  que  no  sea  necesario  para 
llenar  las  condiciones  de  la  regla,  y  sobre  todo  no  habiendo  dado  antes 
regla  alguna  de  régimen;  ni  de  lo  contrario  nos  convencen  las  razones 
que  da  el  autor  en  el  prólogo.  Lo  real  no  siempre  responde  a  lo  ideal. 

A  la  Prosodia  ha  dado  el  P.  Fernández  un  mérito  especial,  debido  a  la 
síntesis  sencilla  y  clara  en  que  expone  el  Arte  Métrica,  y  más  si  se  tiene 
en  cuenta  el  Apéndice,  en  que  resume  las  clases  de  versos  latinos  con  sus 
pies  métricos  correspondientes  y  número  de  sílabas  de  cada  ver^o. 

Mérito  más  especial  le  habría  dado  aún  si  la  hubiera  completado  con 
las  reglas  de  la  cuantidad  de  las  sílabas  primas  y  medias. — P.  $eijas. 


CRÓNICA  GENERAL 


Madrid-Escorial,  15  de  Marzo  de  1920, 

EXTRANJERO 

Como  nuevo  están  dejando  los  senadores  americanos  el  Tratado  de  Ver- 
salles.  Son  tantas  y  tan  importantes  las  enmiendas  que  en  él  han  hecho,  que 
bien  puede  decirse  que  resulta  otro  Tratado  completamente  distinto  del 
original.  Con  estas  reservas  pueden  los  yanquis  autorizar  las  relaciones  con 
cualquiera  nación,  y  aumentar  sus  armamentos  sin  contar  para  nada  con  la 
Liga  de  las  Naciones,  la  cual  tampoco  tendrá  jurisdicción  alguna  sobre  los 
asuntos  de  política  interior.  Otras  reservas  se  refieren  a  la  cláusula  de 
cesión  del  Chanting  al  Japón,  y  a  la  negativa  a  contribuir  a  los  gastos  de 
la  Liga. 

Pero  de  todas  las  reservas  puestas  al  Tratado,  ninguna  tan  importante 
como  la  aprobada  en  la  sesión  del  día  5  del  presente  mes.  Según  esto,  se 
quita  toda  autoridad  a  la  Comisión  interaliada  de  Reparaciones  para  in- 
tervenir en  las  transacciones  que  pudieran  mediar  entre  los  Estados  Unidos 
y  Alemania.  El  alcance  de  e?ta  reserva  es  enorme,  y  los  aliados  han  visto 
con  profundo  disgusto  su  aprobación. 

Alemania  no  puede  por  el  Tratado  de  Versalles  celebrar  tratado  de  co- 
mercio o  alianza  política  con  una  nación  3in  consentimiento  de  los  aliados. 
Cualquier  contrato  comercial,  oficial  o  particular  que  quiera  hacer,  debe 
sujetarlo  a  la  fiscalización  de  la  Comisión  interaliada;  se  compromete  ade- 
más a  no  dar  régimen  de  beneficio  si  sólo  ha  de  ser  de  utilidad  para  Ale- 
mania y  no  para  ios  aliados.  Pues  bien,  gracias  a  esta  reserva  aprobada 
por  el  Senado  americano,  todas  estas  prohibiciones  son  como  si  no  fueran 
para  los  Estados  Unidos.  Y  claro  está  que  las  demás  naciones  no  han  de 
desperdiciar  la  lección  que  ahora  les  da  Norteamérica;  y  si  ellas  por  sí 
solas  no  se  encuentran  con  fuerzas  suficientes  para  oponerse  a  la  fiscali- 
zación de  la  Comisión,  pueden  por  intermedio  de  los  Estados  Unidos  ha- 
cer todas  las  transacciones  que  puedan  con  Alemania. 


CRÓNICA  GENERAL  465 

Estos  incidentes  aumentan  más  y  más  la  tensión  de  relaciones  entre  la 
Entente  y  los  americanos,  que  no  están  dispuestos  a  esclavizar  a  Alemania 
para  satisfacer  los  insaciables  deseos  del  imperialismo  francoinglés. 

Esta  tirantez  de  relaciones  ha  venido  a  aumentarla  una  carta  sensacio- 
tial  del  presidente  Wilson  dirigida  al  senador  Mr.  Hitchkook,  en  la  que 
declara  no  oponerse  a  las  modificaciones  del  Tratado  de  paz,  sino  sólo  a 
aquellas  que  anulen  los  artículos  a  que  se  refieran. 

«No  hay  que  olvidar— dice  textualmente— que  el  artículo  10  del  Trata- 
do de  Versalles  es  un  dique  contra  las  injusticias.  Las  ambiciones  de  las  na- 
ciones poderosas  con  las  que  fuimos  aliados  durante  la  guerra  no  han  des- 
aparecido. Mientras  duró  la  Conferencia  de  París,  es  evidente  que  el  partido 
militarista  francés  intentaba  imponerse  en  los  Consejos  de  Francia.  Enton- 
ces ese  partido  militarista  fué  derrotado;  pero  ahora  ejerce  la  supremacía. 

Los  principales  argumentos  italianos  respecto  de  la  cuestión  del  Adriá- 
tico son  argumentos  estratégicos;  es  decir,  militares,  que  se  refieren  a  la 
supremacía  naval  en  ese  mar. 

En  cuanto  a  mí,  del  mismo  modo  que  no  toleraré  las  de  Alemania  no 
toleraré  las  pretensiones  militares  de  otras  naciones.» 

El  revuelo  que  esta  carta  ha  levantado  en  los  países  aliados  es  inmen- 
so, y  la  Prensa,  la  francesa  sobre  todo,  no  ha  perdonado  medio  alguno 
para  molestar  al  profeta  fracasado  de  Washington. 

Algunos  periódicos  dicen,  de  fuente  autorizada,  que  el  Gobierno  fran- 
cés ha  pedido  a  los  Estados  Unidos  algunas  aclaraciones  respecto  de  la 
carta  dirigida  por  el  presidente  Wilson  al  senador  Mr.  Hitchkook,  en  la 
que  acusaba  a  Francia  de  imperialista. 

Parece  que  la  cólera  de  Mr.  Wilson  nace  de  la  actitud  que  Francia  ha 
tomado  en  el  problema  del  Adriático,  firmando  juntamente  con  Inglaterra 
la  famosa  conminación  del  20  de  Enero  último,  dirigida  a  los  yugoeslavos, 
siendo  así  que  un  mes  antes  había  prestado  su  conformidad  a  la  fórmula 
que  para  el  mismo  problema  había  dado  Mr.  Wilson. 

La  política  francesa  en  los  asuntos  de  Siria  y  Silicia  también  puede 
haber  enojado  al  presidente  americano.  Para  explicar  su  enojo  no  se  en- 
cuentran otras  razones. 

La  extradición  del  Kaiser.—A  la  nueva  Nota  aliada'ha  contestado  Ho- 
landa negándose,  como  anteriormente,  a  la  entrega  del  Kaiser.  La  contes- 
tación está  concebida  en  los  siguientes  términos: 

«El  Gobierno  de  la  Reina  no  puede  llegar  a  otras  conclusiones  que 
las  formuladas  en  su  Nota  del  21  de  Enero  negándose  a  diferir  el  deseo  de 
las  potencias. 

30 


4^6  CRÓNICA  GENERAL 

El  Gobierno,  lejos  de  haber  tenido  olvidados  los  actos  contrarios  a  la 
Humanidad  de  que  la  guerra  ha  dado  espectáculo,  estima  que  el  recuer- 
do de  tales  ultrajes  no  puede  ejercer  influencia  en  su  actitud  en  el  presen- 
te caso. 

Debe  recordar  que  los  Países  Bajos  no  han  tenido  parte  en  el  Tratado 
de  Versalles,  encontrándose  frente  a  la  guerra  en  posición  diferente  que  la 
de  las  potencias  aliadas. 

Como  es  deber  supremo  del  Gobierno  respetar  las  leyes  constitucio- 
nales del  Reino,  basadas  en  el  principio  de  derechos  universalmente  reco- 
nocidos, no  puede  por  menos  que  insistir  en  el  hecho  de  que  no  puede 
cometer,  en  esas  condiciones,  un  acto  contrario  al  Derecho  y  a  la  Justicia, 
incompatible  con  el  honor  nacional,  si  consintiese,  a  instancias  de  las  po- 
tencias aliadas,  en  violar  esos  derechos  suprimiendo  los  que  se  conceden 
a  los  fugitivos  que  se  encuentran  en  el  territorio  nacional. 

El  Gobierno  se  ha  preguntado  si  verdaderamente  es  esa  una  concepción 
de  sus  deberes,  que  colocará  a  los  Países  Bajos  fuera  de  la  sociedad  del 
mundo  civiHzado.  La  historia  de  Holanda,  a  la  cual  las  potencias  aliadas 
hacen  alusión,  recordando  las  injusticias  que  sufre  y  sus  luchas  por  la  li- 
bertad, constituye  una  protesta  perentoria  contra  lo  fundado  en  tal  ale- 
gación. 

Si,  pues,  el  Gobierno  debe  mantener  la  respuesta  dada,  no  es  menos 
consciente  del  deber  que  le  impone  la  presencia  del  Kaiser  en  el  territorio 
del  Reino,  lo  mismo  desde  el  punto  de  vista  de  los  intereses  del  país  que 
de  la  seguridad  internacional. 

Consciente  de  sus  deberes,  el  Gobierno  continuará  adoptando  todas 
las  medidas  de  precaución  eficaces  y  necesarias  y  someterá  la  libertad  del 
Kaiser  a  las  limitaciones  referidas.» 

Un  miembro  del  Gabinete  holandés  ha  manifestado  que,  a  juicio  suyo, 
la  deportación  en  las  colonias  no  sería  satisfactoria  ni  práctica  por  los  si- 
guientes motivos:  Sería  contraria  al  derecho  holandés,  sería  más  difícil  vi- 
gilar al  Kaiser  en  un  país  tan  lejano,  no  sería  bien  vista  por  la  opinión 
europea,  y  además  constituiría  una  causa  permanente  de  .dificultad  para 
Holanda. 

Este  mismo  personaje  añadió  que  no  hay  peligro  de  que  Guillermo  11 
pueda  evadirse  de  Doorn,  a  40  kilómetros  de  la  frontera,  para  regresar  a 
Alemania,  aparte  de  que  los  alemanes  no  quieren  nada  con  él  y  de  que  el 
propio  Emperador  no  abriga  el  menor  propósito,  al  menos  por  ahora,  de 
volver  a  su  país. 

En  cuanto  al  efecto  que  tal  respuesta  pueda  producir  en  la  opinión  de 
los  países  aliados,  el  ministro  ha  respondido  que  la  opinión,  en  general. 


CRÓNICA  GENERAL  467 

no  presta  una  gran  atención  a  estas  cuestiones,  por  existir  otros  problemas 
de  mayor  importancia  y  que  son  únicamente  los  diplomáticos  y  los  políti- 
cos los  que  se  preocupan  de  semejantes  asuntos. 

El  traslado  del  Emperador  Guillermo  desde  Amerengen,  donde  se  en- 
cuentra actualmente,  a  Doorn,  se  realizará  muy  en  breve.  Con  este  motivo 
se  hacen  los  necesarios  preparativos  en  la  residencia  que  ha  de  ocupar  en 
la  última  de  las  poblaciones  citadas. 

La  naturaleza  de  tales  preparativos  indica  que  esa  residencia  se  consi- 
dera como  definitiva  para  que  en  ella  acabe  sus  días  el  ex  Kaiser 

El  castillo  se  halla  rodeado  de  una  verja  de  hierro,  y  además  han  sido 
colocadas  fuertes  alambradas  en  todas  las  avenidas  que  dan  acceso  al  edi- 
ficio; alrededor  de  éste  hay  un  profundo  foso  que  se  le  ha  llenado  de  agua, 
y  en  el  parque  hay  gran  número  de  árboles,  para  que  Guillermo  pueda 
dar  expansión  a  sus  aficiones  de  leñador. 

Respecto  a  los  demás  culpables,  sigue  la  cuestión  en  el  mismo  estado 
que  en  la  quincena  anterior,  pues  los  aliados  no  han  hecho  manifestación 
alguna  sobre  este  punto.  Los  generales  y  almirantes  elemanes,  en  cam- 
bio, se  han  reunido  de  nuevo  en  una  segunda  sesión,  en  la  que  tomaron 
la  resolución  siguiente: 

«Los  generales  y  almirantes,  cuya  firma  va  al  pie  de  este  documento, 
manifiestan  de  nuevo  que  ni  ahora  ni  en  lo  futuro  nos  presentaremos  a  un 
Tribunal  extranjero,  por  considerarlo  incompatible  con  el  honor  y  deco- 
ro personal  de  todo  soldado  alemán,  desde  el  general  hasta  el  soldado  raso. 

Consta  que  la  gran  mayoría  del  pueblo  alemán  piensa  como  nosotros 
en  este  particular.  Tenemos,  sin  embargo,  la  mayor  confianza  en  el  juez 
alemán,  convencidos  de  que  él  procederá  sobre  la  base  de  las  leyes  nacio- 
nales. Y  no  sólo  no  estamos  dispuestos  a  comparecer  ante  semejante  Tri- 
bunal, sino  que  esperamos  su  creación  inmediata,  a  fin  de  que  defienda  el 
honor  alemán,  y  el  nuestro  en  particular,  ante  los  injustos  reproches  ene- 
migos. 

Declaramos  que  nos  hacemos  responsables  de  todas  las  órdenes  que 
fueron  dadas  a  nuestros  subordinados.  La  contestación  aliada  de  16  de  Fe- 
brero constituye  un  nuevo  ataque  contra  el  pueblo  germano  y  contra  su 
soberanía,  porque,  lejos  de  anular  la  injuriosa  demanda  de  extradición,  la 
cual  entrega  alemanes  al  odio,  ratifica  la  cláusula  de  que  la  Entente,  como 
autoridad  suprema,  tiene  derecho  a  juzgar  cada  uno  de  los  casos  a  que  se 
refiere  el  art.  228  del  Tratado  de  paz 

Nosotros  declaramos,  en  cambio,  que  reconocemos  como  lícito  el  Có- 
digo alemán,  y  como  autoridad  suprema  al  Tribunal  Nacional  de  Leipzig.» 

El  documento  lleva  las  siguientes  firmas:  Boehn,  d'Elsa,  Falkenhayn, 


468  CRÓNICA  GENERAL 

Haenisch,  Hammer,  Heeringen,  Hutier,  Ingenohl,  Kosch,  Kluck,  Lochew, 
Ludendorff,  Manteuffel,  Quast,  Reitzenstein,  Scheer,  Schroeder,  Tirpitz, 
Vichura,  Winckler  y  Zwohl, 

Portugal.— E\  día  4  del  presente  mes  circularon  insistentes  rumores  de 
que  en  Portugal  ocurrían  gravísimos  sucesos.  Tenían  por  fundamento  un 
telegrama  de  Londres  en  que  se  decía  haber  proclamado  nuestros  vecinos 
la  República  de  los  Soviets.  Sin  embargo,  no  se  confirmó  la  proclamación 
oficial,  pero  de  hecho  bien  puede  decirse  que  hace  ya  mucho  tiempo  que 
existe. 

No  se  trataba  de  una  revolución  sovietista,  sino  de  la  declaración,  de  un 
modo  fulminante,  de  la  huelga  general,  una  más  que  venía  a  sumarse  a  las 
infinitas  que  en  los  últimos  años  ha  padecido  la  nación  hermana. 

Hacía  tiempo  que  los  funcionarios  del  Estado  venían  solicitando  me- 
joras, sin  que  el  Gobierno  hiciera  caso  de  sus  justas  peticiones. 

En  esto,  estalla  la  huelga  de  los  ferroviarios  del  Estado,  a  los  que  inme- 
diatamente se  unieron  todos  los  sectores  de  la  administración  pública,  úni- 
co medio  para  conseguir  el  aumento  de  jornal,  indispensable  para  hacer 
frente  a  la  carestía  de  la  vida.  El  Gobierno,  dándose  cuenta  de  la  gravedad 
de  la  unión  de  los  funcionarios  con  los  ferroviarios  y  con  el  propósito  de 
separarlos  en  la  huelga,  acudió  a  las  Cámaras,  pidiendo  se  votara  el  pro- 
yecto de  subvención  a  los  ferroviarios  y  el  aumento  de  las  tarifas,  pero 
nada  consiguió,  pues  los  funcionarios  públicos  continuaron  en  su  actitud. 

En  vista  de  esto,  el  Gobierno  quiso  obligarles  por  la  fuerza  a  volver  al 
trabajo,  y  para  ello  presentó  en  la  Cámara  un  proyecto  de  ley  dimitiendo 
a  todos  los  funcionarios  que  no  se  presentaran  a  prestar  servicio  en  un 
plazo  de  cuarenta  y  ocho  horas;  pero  las  minorías  combatieron  al  Gobier- 
no por  estimar  ineficaces  las  medidas  propuestas. 

El  jefe  de  la  mayoría  presentó  una  proposición  invitando  al  Gobierno 
a  retirar  el  proyecto. 

El  Gobierno  presentó  la  dimisión  y  fué  encargado  de  formarle  de  nue- 
vo Antonio  María  Silva,  pero  fueron  tales  los  obstáculos  que  a  su  actua- 
ción se  acumulaban,  que  a  las  nueve  horas  de  formado  el  nuevo  Gabinete 
se  retiró.  Otro  tanto  le  ocurrió  al  Sr.  Alvarez  de  Castro.  Por  fin  logró  for- 
marle el  coronel  Antonio  Baptista,  que  fué  acogido  con  general  satisfac- 
ción y  a  quien  las  Cortes  dieron  amplios  poderes  para  solucionar  los  con- 
flictos pendientes.  Pero  hasta  ahora  nada  ha  podido  hacer  que  permita  ver 
el  principio  del  fin  de  tantas  calamidades  como  aquejan  a  la  República 
portuguesa. 

Para  formarse  alguna  idea  de  la  situación  en  que  actualmente  se  en- 


CRÓNICA  GENERAL  469 

cuentra  Portugal,  ponemos  a  continuación  las  interesantes  manifestaciones 
que  Paiva  Couceiro  ha  hecho  a  un  redactor  ád  Journal  des  Debats: 

«Dos  grandes  peligros— ha  dicho  el  coronel  Paiva— amenazan  a  Por- 
tugal, y  ambos  son  inminentes:  la  bancarrota  y  el  bolchevismo. 

El  presupuesto  prevé  600  millones  de  francos  de  recaudación  y  1.175 
de  gastos;  défícii,  485  millones. 

La  circulación  fiduciaria  se  eleva  a  más  de  2.000  millones,  y  la  reserva 
de  oro  del  Banco  de  Estado  es  de  43. 

La  deuda  flotante  es  de  2.800  millones,  y  la  consolidada  de  6.000,  que 
representan  más  de  300  millones  de  interés  anual;  es  decir,  la  mitad  de  la 
recaudación. 

La  Guardia  republicana,  que  es  una  verdadera  Guardia  pretoriana,  ab- 
sorbe ella  sola  460  millones  de  francos. 

Para  conservar  sus  partidarios  y  conquistar  otros,  se  ha  elevado  por  el 
Estado  el  número  de  funcionarios  a  60.000. 

Como  Portugal  no  produce  lo  suficiente  para  la  vida  del  país,  hay  que 
realizar  compras  en  el  Extranjero,  con  la  moneda  depreciada. 

La  situación  favorece  a  los  especuladores  y  el  dinero  mal  ganado  pro- 
duce un  lujo  en  el  desenfreno  y  el  juego  cuyo  espectáculo  ha  avergonzado 
al  país. 

¿Cómo  no  han  de  germinar  ideas  revolucionarias  en  tal  ambiente? 

Los  grupos  extremos  glorifican  el  bolchevismo  y  se  declaran  solidarios 
de  la  revolución  rusa. 

El  régimen  está  bajo  la  amenaza  de  las  fuerzas  que  él  mismo  ha  desen- 
cadenado. Es  él  quien  ha  realizado  la  educación  anárquica  del  pueblo  y  le 
falta  hoy  autoridad  para  oponerse  a  la  amenaza  de  los  Soviets. 

Las  ideas  anárquicas  han  conquistado  a  los  obreros  y  penetran  en  las 
masas  del  campo. 

Mientras  los  conservadores,  divididos  sobre  la  táctica  a  seguir,  perma- 
necen inactivos,  desde  los  monárquicos  hasta  los  republicanos  moderados, 
todas  las  fuerzas  revolucionarías  están  dispuestas  para  la  acción  decisiva. 

La  verdadera  iniciativa  no  será  de  Portugal. 

El  bolchevismo  portugués  no  será  más  que  un  instrumento  del  bolche- 
vismo internacional. 

Los  rusos  y  también  los  alemanes,  han  preparado  el  detonador  donde 
ellos  quieren  que  se  produzca  una  fuerte  explosión. 

Cuando  las  naciones  occidentales  lleguen  a  convencerse  de  que  el  man- 
tenimiento del  orden  en  Portugal  es  de  interés  general,  los  elementos  de 
orden  recobrarán  su  confianza  que  hoy  no  tienen  y  se  unirán  para  oponer 
al  mal  una  barrera  infranqueable.  Sin  duda  es  tiempo  todavía.» 


470  CRÓNICA  GENERAL 

Francia. — La  huelga  de  los  ferroviarios  franceses,  que  tan  mal  cariz 
presentó  en  un  principio,  se  resolvió  muy  pronto,  gracias  a  la  energía  des- 
plegada por  el  Gobierno  y  a  los  auxilios  que  los  elementos  de  orden  pres- 
taron voluntariamente  a  la  obra  del  Gobierno. 

Magníficas  pruebas  de  virtudes  cívicas  ha  manifestado  en  esta  ocasión 
el  pueblo  francés,  tomando  parte  directamente  en  los  trabajos  abandona- 
dos por  los  huelguistas  y  prestándose  a  obedecer  las  órdenes  encaminadas 
a  que  no  se  interrumpan  las  comunicaciones  entre  los  distintos  puntos  de 
la  nación. 

El  Gobierno  ha  dado  también  una  gallarda  muestra  de  un  tacto  exqui- 
sito en  la  solución  del  conflicto,  y  a  esta  cordura  es  debido  en  parte  el  que 
toda  Francia  le  apoyase  con  tanto  entusiasmo. 

Las  ideas  conciliatorias  de  Millerand,  fervoroso  partidario  del  arbitraje, 
han  sido  ahora  puestas  en  práctica  con  magníficos  resultados,  logrando 
unir  armónicamente  la  moderación  a  la  energía,  no  imponiendo  castigos 
por  la  huelga,  pero  salvando  al  mismo  tiempo  la  disciplina,  no  pagando 
los  salarios  de  los  días  que  duró  la  huelga. 

Alemania.— L3i  flamante  República  alemana  ha  sido  derribada  por  un 
golpe  de  Estado,  en  el  que  son  protagonistas  von  Kap  y  el  general  Lutwizt, 
que  al  frente  de  las  tropas  del  Báltico  se  lanzaron  sobre  Berlín,  de  donde 
huyó  el  antiguo  Gobierno.  Una  vez  dueños  de  la  capital,  los  sublevados 
publicaron  una  proclama  anunciando  que  el  Gobierno  del  Imperio  había 
dejado  de  existir,  y  que  el  poder  de  Alemania  había  pasado  a  manos  de  un 
directorio  general  presidido  por  von  Kap. 

Los  partidos  socialistas  han  publicado  un  manifiesto  invitando  a  los 
obreros  a  la  huelga  general,  como  protesta  por  el  acto  realizado  por  los 
contrarrevolucionarios. 

Difícil  es  averiguar  en  qué  parará  todo  esto,  no  siendo  improbable  que 
Alemania  sea  presa  de  la  guerra  civil. 

T.  Fernández. 

ESPAÑA 

La  ola  gigantesca  de  odios  que  cubre  hoy  toda  la  extensión  de  Europa 
llega  con  sus  salpicaduras  hasta  nosotros,  manifestándose  de  varias  mane- 
ras y  sobre  todo  en  los  numerosos  actos  vandálicos  del  sindicalismo,  de 
los  cuales  son  víctimas  principalmente  los  patronos.  En  los  primeros  días 
de  la  quincena  se  verificó  el  entierro  del  Sr.  Meyer,  ingeniero  de  los  altos 
hornos  de  Bilbao,  cuya  muerte  puede  decirse  que  es  debida  a  uno  de  esos 
actos  reprobables,  pues  pocos  días  antes  había  sido  víctima  de  un  atenta- 


CRÓNICA  GENERAL  471 

do,  a  consecuencia  del  cual  murió  su  esposa  y  motivó  que  desde  aquel 
día  llevara  un  pequeño  revólver  en  el  bolsillo,  que  desgraciadamente  se  le 
disparó,  según  se  dijo,  estando  jugando  con  sus  hijos  pequeños. 

— Del  Boletín  eclesiástico  de  Burgos,  tomamos  la  siguiente  noticia:  «Para 
galardonar  los  relevantes  méritos  sinnúmero  que  abrillantan  la  biografía 
del  preclaro  canónigo  de  la  Metropolitana  Catedral  burgalesa,  el  muy  ilus- 
tre señor  licenciado  D.  Manuel  Rivas  Maíeos,  y  premiar  justamente  medio 
siglo  de  incesantes  y  extraordinarios  servicios,  con  celo  infatigable  presta- 
dos a  la  iglesia  de  Dios,  y  de  un  modo  especial  a  la  archidiócesis  de  Bur- 
gos, Su  Santidad  el  Papa  Benedicto  XV,  se  ha  dignado  nombrar  su  Prela- 
do doméstico  a  tan  esclarecido  prebendado. 

— Se  ha  constituido  enesta  corte  un  Comité  hispano-belga,  cuyo  fin  es 
procurar  la  aproximación  entre  ambos  países,  mediante  la  intensificación 
de  sus  relaciones  intelectuales,  sociales  y  económicas.  Lo  preside  el  duque 
de  Alba  y  forman  parte  de  él  personalidades  ilustres  en  las  ciencias,  en  las 
letras  y  en  las  artes.  Este  Comité  se  dedicará  ahora  a  allegar  donativos  de 
libros  españoles  para  la  nueva  biblioteca  de  la  Universidad  de  Lovaina. 

—En  Gante  se  ha  fundado  una  nueva  Cátedra  de  Lengua  castellana,  ha- 
biendo sido  nombrado  para  desempeñarla  D.  Ricardo  Aznar  Casanova. 

—En  la  Biblioteca  Nacional  se  inauguró  el  día  6  la  Sala  de  Cervantes. 
En  ella  se  ha  logrado  reunir  los  ejemplares  de  648  ediciones  de  las  700 
que  se  han  hecho  del  Quijote,  El  complemento  de  la  creación  de  la 
Sala  de  Cervantes,  se  debe  al  ilustre  pintor  Sr.  Muñoz  Degrain,  que  ha  do- 
nado 12  interesantes  y  valiosos  cuadros  debidos  a  su  mágico  pincel,  repre- 
sentando escenas  del  Quijote,  instalados  en  las  paredes. 

Y  para  conmemorar  esta  solemnidad,  Su  Majestad  el  Rey  se  ha  digna- 
do firmar  un  decreto  declarando  obligatoria  la  lectura  del  Quijote  en  las 
escuelas  y  disponiendo  la  publicación  de  una  edición  expurgada  dedicada 
a  los  niños. 

Ademas,  Su  Majestad  el  Rey  ha  firmado  otro  decreto  concediendo  la 
gran  cruz  de  Alfonso  XII  al  Sr.  Muñoz  Degrain.  El  Rey  se  adelantó  al  sitio 
donde  se  hallaba  el  ilustre  pintor  y  le  entregó  el  nombramiento  diciéndole: 
— Este  es  el  complemento  de  este  acto. 

— Ha  circulado  el  rumor  de  que  el  señor  Nuncio  de  Su  Santidad  en  Ma- 
drid, sería  nombrado  cardenal  en  un  próximo  Consistorio,  Pero  después 
se  ha  sabido  que  por  deseo  explícito  de  Su  Majestad  el  Rey,  al  cual  corres- 
ponde el  Papa  Monseñor  Ragonesi,  continuará  de  Nuncio  en  Madrid. 
Hace  poco  tiempo  pronunció  un  notabilísimo  discurso  en  la  Universidad 
Pontificia  de  Comillas,  desarrollando  el  tema  siguiente:  «El  hábito  del 
orden,  blanco  supremo  de  la  educación  en  las  escuelas>. 


472  CRÓNICA  GENERAL 

Ahora  se  trata  de  hacerle  un  homenaje  nacional,  y  al  efecto  se  ha  cele- 
brado  en  el  palacio  episcopal  una  reunión  de  directores  de  todas  las  pu- 
blicaciones católicas  de  Madrid,  bajo  la  presidencia  del  señor  Obispo  de  la 
Diócesis,  para  coadyuvar  a  la  suscripción  iniciada  como  homenaje  nacio- 
nal al  señor  Nuncio  con  ocasión  de  haberle  otorgado  el  Gobierno  la  gran 
cruz  de  Carlos  III. 

El  señor  Obispo  expuso  en  breves  y  elocuentes  frases  el  objeto  de  la 
reunión  y  la  necesidad  patriótica  de  que  la  suscripción  corresponda  por 
el  número  a  las  grandísimas  simpatías  que  el  señor  Nuncio  tiene  en  toda 
España,  y  por  la  cantidad  al  objeto  benéfico  a  que  la  recaudación  se  des- 
tina por  voluntad  reiterada  del  señor  Nuncio.  «Y  si  en  todas  partes — dijo 
el  señor  Obispo— el  homenaje  será  espléndido,  en  Madrid  debe  ser  por 
muchos  motivos  verdaderamente  extraordinario». 

Todos  los  asistentes  al  acto  mostráronse.enteramente  conformes  con  el 
propósito  y  dispuestos  a  apoyarlo  con  el  mayor  entusiasmo,  siendo  de  no- 
tar las  manifestaciones  de  los  directores  de  las  publicaciones  de  carácter 
social,  que  anunciaron  una  importantísima  cooperación  de  los  obreros. 
Este  anuncio  fué  especialmente  apreciado  por  los  periodistas  reunidos  y 
acrecentó  su  entusiasmo  en  favor  del  proyecto  de  homenaje  nacional  al 
señor  Nuncio. 

Inmediatamente  se  acordó  por  unanimidad: 

1.®  Dar  la  mayor  publicidad  posible  a  los  donativos  hasta  ahora  re- 
unidos. 

2.°  Señalar  como  puntos  de  suscripción  la  Secretaría  de  Cámara  del 
Obispado,  el  Banco  Popular  de  León  XIII,  que  hará  el  servicio  de  tesore- 
ría, y  las  oficinas  de  las  publicaciones  católicas,  así  diarios  como  revistas, 
cuyo  p^.rsonal  contribuirá  también  a  esta  suscripción. 

La  reunión  terminó  prometiéndose  todos  los  presentes  llegar  pronto  a 
un  número  de  suscriptores  nunca  rebasado  en  otras  análogas  manifesta- 
ciones de  respeto  y  simpatía. 

— La  política  parece  que  atraviesa  un  período  de  relativa  tranquilidad  y 
es  de  suponer  que  para  fin  de  mes  queden  aprobados  los  presupuestos.  Lo 
que  sucederá  después  está  previsto  al  parecer  y  es  que  tendrá  que  disolver- 
se el  actual  Gobierno.  Lo  que  no  se  sabe  es  quién  recogerá  la  herencia  y 
aunque  muchos  dicen  qne  no  es  ésta  la  hora  de  las  derechas,  si  se  mira  la 
cosa  sin  pasión,  bien  puede  decirse  que  lo  es,  puesto  que  la  única  fuerza 
que  se  manifiesta  con  más  pujanza  es  el  sindicalismo  y  éste  no  tiene  solu- 
ciones prácticas  que  satisfagan  y  resuelvan  los  candentes  problemas. 

Respecto  a  la  solución  que  debe  darse  a  la  crisis  en  cuanto  se  plantee, 
rocordaremos  las  interesantes  declaraciones  hechas  por  el  Sr.  La  Cierva  a 


CRÓNICA  GENERAL  473 

un  rtáacior  áe  El  Correo  de  Andalucía,  de  Sevilla:  Opina  que  el  actual 
Gobierno  es  perjudicial  por  la  diversidad  de  sus  elementos  y  que  no  pue- 
de atender  y  resolver  los  gravísimos  problemas  que  plantea  la  vida  moder- 
na. Dice  que  debe  sustituirle  un  Gobierno  fuerte,  entendiendo  por  tal  al 
integrado  por  personas  que  estén  íntimamente  compenetradas  en  un  pro- 
grama común  donde  figuren  principalmente  los  problemas  de  actualidad, 
y  formado  por  personas  que  por  su  historia  y  antecedentes,  por  su  actua- 
ción en  la  vida  pública  hagan  natural,  posible  y  eficaz  esa  íntima  compe- 
netración. Respecto  al  conflicto  ferroviario  propone  una  solución  que  el 
actual  Gobierno  no  parece  dispuesto  a  aceptar:  un  anticipo  reintegrable 
que  atendería  a  las  necesidades  apremiantes  de  las  Compañías,  y  además, 
éstas  se  verían  forzadas  a  adelantar  en  el  camino  de  la  nacionalización  de 
los  ferrocarriles;  y,  como  solución  definitiva,  la  explotación  de  las  líneas 
nacionalizadas,  por  medio  de  las  Compañías,  en  concierto  con  el  Estado. 
—  En  reñidísimas  oposiciones  y  con  una  brillantez  pocas  veces  alcanza- 
da, ha  ganado  la  cátedra  de  Derecho  internacional  el  Sr.  D.  José  Yanguas, 
que  hace  pocos  años  fué  alumno  de  la  Universidad  del  Escorial  y  de  quien 
se  espera  con  fundamento  que  bien  pronto  será  una  legítima  gloria  de 
nuestra  Universidad  Central.  Nuestra  enhorabuena  más  cumplida. 

P.  Gutiérrez. 


MISCELÁNEA 


Dislocación  del  anglicanismo. 

La  Documentación  Católica  publica  la  siguiente  carta  del  Obispo  pro- 
testante de  Delaware  (Estados  Unidos)  que  entrega  su  dimisión  al  jefe  déla 
secta  episcopalista.  El  dimisionario,  que  es  Mr.  Federico  José  Kinsman,  no 
se  decide  a  ingresar  en  el  redil  del  Buen  Pastor,  pero,  de  todos  modos,  sus 
declaraciones  son  interesantes.  Véanse: 

«Mi  querido  obispo  presidente: 

Adjunta  y  por  vuestro  conducto  dirijo  a  la  Cámara  de  obispos  mi  di- 
misión del  Obispado  de  Delaware.  Si  tomo  esta  resolución  no  es  sin  extre- 
mo pesar;  por  una  parte,  en  efecto,  debo  a  la  Iglesia  que  me  ha  confiado 
el  puesto  que  abandono,  los  más  dulces  consuelos  de  mi  vida;  por  otra  rom- 
po los  lazos  que  me  ligaban  al  Estado  de  Delaware  y  a  sus  simpáticos  ha- 
bitantes, a  quienes  he  profesado  durante  once  años  el  más  profundo  afec- 
to. El  único  cargo  que  podía  desear  fué  el  de  obispo  de  Delaware.  Si  le 
abandono  es  porque  me  es  imposible  ocupar  por  más  tiempo  un  puesto 
de  autoridad  en  la  Iglesia  protestante  episcopalista. 

La  experiencia  más  completa  adquirida  durante  mi  episcopado,  y  aún 
más  mis  estudios  sobre  la  historia  de  nuestra  comunión,  me  han  forzado  a 
rechazar  la  interpretación  que  daba,  el  día  de  mi  consagración,  a  la  tesis  de 
la  iglesia  y  no  puedo  admitir  otra  que  me  autorice  a  perseverar  en  mi  cargo. 

La  Iglesia  episcopalista  pretende  poseer  la  verdad  y  la  vida  católicas. 

Una  breve  exposición  de  las  opiniones  que  han  sido  las  mías,  sin  pre- 
tender justificarme  de  ello,  probará,  por  lo  menos,  la  necesidad  de  mi  reso- 
lución. Los  obispos  pensarán  que  estoy  equivocado,  ya  en  cuanto  a  los  he- 
chos, ya  en  cuanto  a  sus  conveniencias,  o  quizá  en  ambos  casos.  Pero  tenga 
o  no  razón,  me  he  decidido  deliberadamente  a  rechazar  estas  opiniones, 
y  ellas  deben  dictar  tanto  mi  actitud  como  la  de  los  obispos  en  el  juicio 
de  mi  caso. 

La  opinión  que  profesaba  sobre  la  tesis  de  la  Iglesia  y  que  prevalece  en 


MISCELÁNEA  475 

la  Cámara  de  los  obispos,  se  reduce  a  esto:  La  Iglesia  episcopalista,  segu- 
ra de  su  su  apoyo  en  la  antigüedad,  profesa  sin  género  de  duda  el  dogma  de 
la  Encarnación  como  contenido  en  la  Escritura  y  los  Símbolos,  y  apoyada 
en  su  carácter  sacramental  cree  perpetuar  la  vida  de  la  Iglesia  Católica. 

Los  hechos  contradicen  a  esta  pretensión. 

Pero  he  cesado  de  creer,  y  haciendo  esto  me  separo  de  los  Obispos  y 
reniego  de  mis  convicciones  y  enseñanzas  de  años  pasados — ,  he  cesado 
de  creer  que  esta  pretensión  pueda  soportar  la  prueba  de  los  hechos  ac- 
tuales. Con  gran  pesar  y  como  a  la  fuerza  he  llegado  a  pensar  que  la  in- 
terpretación de  la  tesis  anglicana  que  la  une  a  la  Reforma  protestante  está 
de  acuerdo  tan  sólo  con  su  historia  considerada  de  un  modo  general,  y 
que  sus  tendencias  dominantes  la  identifican  cada  vez  más  con  las  corrien- 
tes del  pensamiento,  que  conducen  de  la  precisión  de  las  fórmulas  de  la 
fe  primitiva  a  la  dogmática  vaporosa  de  los  unitarios. 

Y  esto  proviene,  según  creo,  no  sólo  de  condiciones  de  tiempo  o  lugar, 
sino  de  ciertos  principios  directores  que  se  manifiestan  siempre  con  mayor 
o  menor  claridad  en  la  historia  anglicana.  Para  conservar  cierto  equilibrio 
y  cierta  proporción  de  verdad,  las  iglesias  episcopalistas  se  han  servido  de 
compromisos  ordenados  a  mantener  su  armonía.  He  llegado  a  convencer- 
me que  esta  costumbre  de  los  compromisos  entraña  capitulaciones,  siem- 
pre nuevas  de  la  verdad,  contrarias  a  las  renovaciones  religiosas  que  tien- 
den a  un  apoyo  más  firme  sobre  el  terreno  de  la  fe  primitiva. 

Hay  para  mí  tres  escollos  principales:  1.°  La  tolerancia  con  las  defec- 
ciones en  la  fe,  lo  que  parece  indicar  que  se  vacila  en  defender  la  doctrina 
de  Cristo.  2.°  La  tolerancia  de  concepciones  imperfectas  de  los  Sacramen- 
tos que  parecen  conducir  a  la  abstención  de  su  uso.  3.^  Una  teoría  de  las 
ordenaciones  que  lógicamente  parece  establecer  su  nulidad. 

Variaciones  en  la  enseñanza  dogmática.— Los  símbolos  de  la  fe. 

Es  incontestable  que  la  comunión  anglicana  profesa  absolutamente  la 
doctrina  de  las  Escrituras  y  Símbolos  de  fe  de  la  antigua  Iglesia,  declaracio- 
nes oficiales  lo  han  afirmado  siempre  y  aún  nos  lo  afirman.  Pero  la  práctica 
parece  desmentir  esta  afirmación  teórica  Consuetudo  esí  óptima  legis  ínter- 
pres.  No  es  raro  que  se  ataque  a  ios  símbolos  en  general  o  doctrinas  de- 
terminadas, y  estos  ataques  se  toleran  y  aun  se  patrocinan  por  los  que  tie- 
nen oficialmente  la  misión  de  enseñar  y  defender  los  Símbolos  de  la  fe. 
Por  ejemplo,  la  Iglesia  episcopalista  acepta  sin  reservas  el  nacimiento  vir- 
ginal de  Nuestro  Señor  como  contenido  en  el  Evangelio  de  San  Lucas.  El 
clero  que  se  obliga  con  juramento  a  desterrar  con  diligencia  del  seno  de 


476  MISCELÁNEA 

la  Iglesia  las  doctrinas  erróneas  y  todo  género  de  novedades,  tiene  la  obli- 
gación en  principio  de  combatir  toda  negación  del  nacimiento  virginal 
con  el  mismo  valor  y  celo  que  lo  hizo  hace  treinta  años  el  obispo  de 
Ohío.  ¿Pero  es  esto  posible  en  los  momentos  actuales?  No  es  raro  ver  ne- 
gar esta  doctrina  a  eminentes  teólogos  de  Universidades  inglesas  y  de  Amé- 
rica. Ha  habido  casos  en  que  denunciados  a  los  Obispos  no  han  sufrido 
refutación  ni  condena  de  ningún  género. 

Rehusando  anatematizarlos  han  dado  prueba  los  jefes  eclesiásticos  de 
una  repugnancia  absoluta  a  las  discusiones  doctrinales,  de  un  horror  pro- 
fundo a  los  procesos  de  herejía  y  verdadero  desprecio  de  las  verdades  teo- 
lógicas. 

Ningún  obispo  puede  establecer  para  su  diócesis  un  símbolo  de  la  fe  que 
se  aparte  sensiblemente  del  aceptado  por  el  conjunto  de  la  Iglesia,  ni  inten- 
tar desterrar  de  su  diócesis  como  «erróneo»  lo  que  no  es  tenido  por  una  no- 
vedad. Haciendo  pacto  con  el  laxismo  doctrinal,  este  obispo  falta  a  su  deber 
de  defender  las  tesis  dogmáticas  de  la  Iglesia;  pero  ordinariamente  se  une 
así  a  los  sentimientos  y  modo  de  ser  de  su  pueblo— resultado  de  la  habi- 
tual repugnancia  a  lo  sobrenatural  que  prevalece  en  el  protestantismo—. 
Después  de  haber  resistido  largo  tiempo  a  esta  convicción  me  he  visto  for- 
zado a  confesar  que  tolerar  este  laxismo  doctrinal  parece  implicar  defec- 
ción de  la  Iglesia  en  el  deber  que  tiene  de  anunciar  y  defender  su  doctrina 
y  crea  una  dificultad  insuperable  para  las  almas  persuadidas  de  la  importan- 
cia capital  de  la  doctrina  histórica  de  la  Encarnación.» 

Mr.  Kinsman  prosigue  acusando  a  la  Iglesia  episcopalista  de  profesar 
opiniones  vagas  y  contradictorias  sobre  la  naturaleza  de  los  Sacramentos, 
y  en  particular  del  Sacramento  del  Orden.  Después  aborda  la  cuestión  ca- 
pital de  la  carencia  de  un  principio  de  autoridad,  regla  de  la  fe. 

Privada  del  principio  de  autoridad,  la  Iglesia  episcopalista  arruina  la 
verdad  que  debiera  afirmar. 

«¿Merece  ser  defendido  el  Credo?  ¿Los  Sacramentos  son  misterios  di- 
vinos? ¿Las  sagradas  órdenes  son  un  Sacramento?  Creo  que  la  única  res- 
puesta que  debería  dar  la  Iglesia  a  estas  preguntas  debería  ser  un  «Sí> 
pronto,  enérgico.  Sin  embargo,  he  llegado  a  pensar  que  por  su  actitud 
de  duda,  nuestra  Comunión  responde  virtualmente  que  no.  Así,  pues,  no 
me  queda  sino  resignar  mi  cargo  y  declarar  que  me  retiro  del  ministerio: 
los  obispos  no  tienen  más  remedio  que  aceptar  mi  dimisión  y  proceder  a 
deponerme,  porque  una  dimisión  fundada  en  semejantes  motivos  supone, 
por  lo  menos,  el  abandono  de  la  disciplina  y  de  las  órdenes  de  la  Iglesia 
protestante  episcopalista.» 


índice  del  volumen  cxx 


Páeinas. 

Documentos  de  la  Santa  Sede. 

Carta  Apostólica  de  S.  S.  Benedicto  XV  sobre  la  Misiones 161 

Artículos  origínales  científicos,  literarios,  de  actualidad,  etc. 

Antolín  (P.  Guillermo).— Real  Biblioteca  de  El  Escorial.  Códices  la- 
tinos procedentes  de  Francia 106 

—  ídem  procedentes  de  la  edición  de  las  obras  de  San  Isidoro 112 

—  ídem  procedentes  de  D.  Silvestre  Maurolico 339 

Burgos  (P.  Victorino). — Atención  afectiva,  sensoral  e  imaginativa.. .  33 

Fabo  (P.  P.).— Dos  obras  colombianas 368 

(  93 

Garda  (P.  Francisco^.— Pérez  Galdós ¡  ^„ 

f  450 

Í133 

Garnelo  (P.  Benito).  — «La  casa  de  la  Troya»,  de  Pérez  Lugín 37 

Garrido  (P.  Ambrosio).— El  trabajo  a  domicilio  en  España 81 

González  (P.  Raimundo).— El  teatro  religioso  en  la  Edad  Media  (con- 
tinuación)    331 

Gutiérrez  (P.  Pedro).— Por  nuestros  teatros 56 

Ibáñez  Garrido  (P.  Diosdado).— Sobre  las  Coplas  de  Jorge  Manrique.  440 

Martínez  (P.  Melchor).— Del  régimen  universitario 378 

Montes  (P.  Jerónimo).  —El  arbitrio  judicial  en  la  determinación  de  la  j  5 

pena j  117 

Í218 

Revilla  (P.  Mariano).    La  Biblia  de  Valvanera. . , ^^ 

(  3*^1 

Rodríguez  (P.  Teodoro).— La  Casa  del  Pueblo  y  sus  frutos i  ' 

Rodrigo  (P.  Julián \.— La  elección  del  Presidente  de  la  República  fran- 
cesa   211 

Zarco  (P.  Julián).— Antonio  Pérez , ^^^ 


478  ÍNDICE 

Páginas. 

Examen  de  libros. 

i4zorfl  (José  María).  — Apuntes  sociales  y  agrarios  de  un  propagan- 
dista aragonés 292 

Camilo  de  Romanis  (Alfonso).— La  Gemma  deirUmbria,  S.  Rita  de 

Cascia 68 

Casiresana  (B.).— Nuevo  tratamiento  quirúgico  del  estrabismo. . 288 

Delbrel  (J.).— Esto  fídelis.  A  los  jóvenes  religiosos 291 

Editorial  Litúrgica  Española.— Oiiida  Majoris  Hebdomadae  et  Oc- 

tavae  Paschatis '. . .  386 

Estaniy  Torrent  (A.).— El  Sistema  Palanquino.. 67 

Fernández  y  Garda  (P.  José  M.).— Gramática  latina 462 

Ipandro  Acaico.—Ldi  Argonáutica.  (Traducción  en  verso) 291 

Maroto  (F.).    Instituciones  de  Derecho  Canónico  en  conformidad 

con  el  nuevo  Código.  Tomo  II 290 

Negrete  (E.).— Estudios  antropológicos 145 

Neyron  (Gustave).— Le  Gouvernement  de  l'Eglise 460 

Sastre  y  Sanna  íM.).— Rasgos  fisónómicos  del  problema  social  289 

Spaldak  (Adolf ).— Le  probléme  de  l'évolution 385 

Zuazo  Palacios  (Julián).— Bibliografía  Ibérica:  Castellar  de  Meca. 

Cerro  de  los  Santos 147 

Sección  amena. 

En  el  teléfono  del  cielo 62 

Revista  canónica, 

por  el  P.  Anselmo  Moreno. 

Declaración  complementaria  del  Código  sobre  enajenación  de  cosas 
y  bienes  eclesiásticos.— Comisión  pontificia  para  la  interpre- 
tación auténtica  de  los  Cánones  sagrados 281 

—  Sobre  la  prohibición  de  enajenar  objetos  artísticos  o  de  mérito 

histórico 382 

Revista  científica. 

Un  modelo  mecánico  del  átomo.— Movimientos  de  la  luna 138 


ÍNDICE  479 

Páginas. 


Crónica   general  y  de  España, 

por  T.  Fernández  y  P.  Gutiérrez. 

5  DE  ENERO. -/?o/na.  Felicitación  del  S.  C.  de  Cardenales  a  Su 

Santidad  y  declaraciones  del  Papa  sobre  los  males  de  la  guerra 72 

Exfra/í/ero.— Resumen  de  los  sucesos  de  1919  en  la  cuestión  in- 
ternacional.—Carta  del  príncipe  Enrique  de  Prusia  al  rey  de  la  Gran 
Bretaña  sobre  las  responsabilidades  de  la  guerra.— Asamblea  cató- 
lica en  Polonia.- El  problema  social  en  el  Japón.— Pérdidas  de  la 
guerra 73 

España. — Huelga  de  tipógrafos  en  Madrid.— Fallecimiento  del 
Cardenal  Cos  y  del  Obispo  de  Málaga.— Comisión  para  el  Centenario 
del  Dante.— Limosnas  en  España  para  los  niños  de  la  Europa  central.         79 

20  DE  EHEKO.—Roma.  Congreso  de  la  Juventud  católica  italia- 
na.—Petición  de  la  Cruz  Roja  internacional  a  S.  S.  Benedicto  XV. . .        150 

Extranjero.— Cdiiñhio  de  ratificaciones  del  Tratado  de  paz.— El 
Tratado  con  Hungría. — Inglaterra.  Documento  importante  de  los 
jefes  de  los  Gobiernos  a  sus  pueblos.— A/e/Tza/z/a.  La  unión  de  los 
católicos  y  socialistas.— Disturbios  en  Berlín   151 

España.— lAoim  en  el  cuartel  del  Carmen  de  Zaragoza.— Muerte 
del  novelista  Pérez  Galdós  y  de  Santos  Oliver 156 

5  y  20  DE  FEBRERO.— /?oma.  Anuncio  de  canonizaciones.— Ru- 
mores sobre  reanudación  de  relaciones  diplomáticas  entre  Francia  y 
el  Vaticano.— Decreto  contra  el  movimiento  reformista  del  clero 
checo.— Fallecimiento  del  Cardenal  Rinaldini 293 

Extranjero.— CovííQxtVíQ,\2i  de  los  aliados  en  Londres.— Los  culpa- 
bles de  la  guerra.— Nota  de  ios  aliados  a  Holanda  sobre  la  extradi- 
ción del  Kaiser  y  contestación  del  Gobierno  holandés.  -  Las  listas 
de  los  culpables.— Comentarios  de  L'Osservatore  Romano.— Actitud 
del  parlamento  alemán.— Primera  reunión  de  la  Liga  de  las  Naciones. 
—Triunfo  de  M.  Deschanel  sobre  Clemenceau  para  la  presidencia 
de  la  República.— Gabinete  Millerand.— Apertura  del  Parlamento 
inglés  y  discurso  del  trono.— Opiniones  favorables  a  la  modificación 
del  Tratado  de  Versalles.— El  Parlamento  holandés  en  apoyo  del 
Gobierno  y  comentarios  de  U Osservatore  Romano.— Ld.  situación  po- 
lítica en  Italia • 293 

£5/7fl/7a.— Recepciones  en  las  Academias.— Datos  biográficos  del 
poeta  Sandoval.— Centenario  de  Concepción  Arenal.— Imitación  de 
un  festival  de  los  tiempos  de  Goya 313 

5  DE  MARZO.— Extranjero.  El  disgusto  del  presidente  Wiíson  con 
la  Entente.— Resoluciones  en  la  conferencia  de  Londres.— Enmien- 
das de  los  aliados  a  sus  listas  de  los  culpables.— Nueva  nota  de  los 
aliados  al  Gobierno  de  Holanda.— Huelga  de  ferroviarios  en  Francia. 
—Triunfo  electoral  de  Asquith  en  Inglaterra.  — El  bolcheviquismo  en 
Rusia 389 


480  ÍNDICE 

Páginas. 


£s/7a/ífl.— Sustitución  del  general  Milán  del  Bosch,  por  el  general 
Weyleren  Barcelona.— Campaña  de  edificación  social  por  medio  de 
conferencias  organizadas  por  El  Debate.— Acuerdo  de  la  Comisión 
de  Presupuestos  favorable  al  Clero 399 

20  DE  MARZO.— £"Jí:/rQ/2/e/'í?.— Reserva  norteamericana  al  Trata- 
tado  de  Versalles.— Nueva  nota  de  Holanda  a  los  aliados 464 

jEspa/ííZ.— Distinción  al  Sr.  Rivas  Mateos.— Comité  hispano-bel- 
ga.— Inauguración  de  la  «Sala  Cervantes».— Homenaje  nacional  al  se- 
ñor Nuncio  en  Madrid 470 


Miscelánea. 

La  biblioteca  de  Lovaina 158 

—Sobre  el  enjuiciamiento  del  Kaiser.  Articulo  de  L' Osservatore 

Romano , 315 

La  dislocación  del  anglicanismo 474 


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La  Ciu(iacl  de  Dios 


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