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La Ciudad de Dios
Año XL.--Núm. 1.119.
LA
Ciudad de Dios
REVISTA QUINCENAL
RELIGIOSA, CIENTÍFICA Y LITERARIA
DEDICADA
AL GRAN PADRE SAN AGUSTÍN
PUBLICADA POR LOS PP. AGUSTINOS DE EL ESCORIAL
eon aprobación eclesiástica.
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VOLUMEN eXX
REDACCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
REAL MONASTERIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL (maDRID)
1920
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Imprenta Helénica. — Pasaje de la Alhambra, 3. Madrid.
EL ARBITRIO JUDICIAL
EN LA
DETERMINACIÓN DE LA PENA
(Doctrina de los antiguos tratadistas españoles acerca de la materia.)
1. Observaciones preliminares.— 2. Doctrina general de nuestros tratadistas
sobre la amplitud del arbitrio del juez, e influencia que en ellos ejercieron
las ideas de Aristóteles y Santo Tomás en este punto.— 3. Razones de orden
político y jurídico que justifican el sistema restrictivo del arbitrio, o la su-
bordinación del juez a la ley, cuando ésta determina y tasa la pena.— 4. Sal-
vedad relativa al soberano legislador, al ejercer funciones de juez.— 5. El
arbitrio judicial en las penas ordinarias, atendiendo a las condiciones del
delincuente y circunstancias del delito.— 6. Extensión de la facultad del juez
en las penas extraordinarias o arbitrarias, y casos principales en que éstas
tenían lugar.— 7. Limitaciones y reglas del arbitrio judicial.— 8. Extralimita-
ciones de los jueces en la determinación y aplicación de las penas.— 9. El
arbitrio en relación con las pruebas judiciales: soluciones dadas por los mo-
ralistas al caso de contradicción entre el resultado de las pruebas y la ver-
dad conocida privadamente por el juez.
1. — La máxima nullam crimen, nulla poena sine lege, que consa-
gra el imperio absoluto y exclusivo de la ley en materia penal, fué
en su origen un principio político más bien que jurídico, consigna-
do, por lo mismo, en las modernas Constituciones políticas de los
diversos Estados, y significó una afirmación de los derechos del hom-
bre enfrente del poder judicial, una garantía de los derechos indivi-
duales contra los posibles abusos del poder, y una reacción contra
los excesos del arbitrio judicial en épocas pasadas.
De un extremo, que debe calificarse de vicioso, se pasó de un
salto a otro extremo más vicioso todavía. Encerrado el juez en las
estrechas mallas del Código y reducido a aplicar casi automática-
mente la ley a los casos concretos, se ve precisado con frecuencia a
6 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
sustituir la conciencia del hombre por la conciencia del juez; se en-
cuentra en la imposibilidad de administrar verdadera justicia mu-
chas veces, porque la ley está muy lejos de responder a la variadísi-
ma realidad de los hechos en asuntos penales; no tiene que pensar
en la individualización de la pena, cosa tan necesaria para los fines
de la misma, y se hace imposible o se retarda considerablemente el
beneficioso progreso del derecho, cuyo primer motor debía ser el
juez, «ley viva», como le llamaban nuestros antecesores.
Por estas y otras causas, es manifiesta y lógica la tendencia ac-
tual— generalmente llevada hasta la exageración— a exigir de la ley
una flexibilidad que amplíe el arbitrio discrecional del juez y le per-
mita más libertad de acción para la aplicación de los preceptos pe-
nales a las casos prácticos, único medio de realizar, a lo menos hasta
cierto punto, aspiraciones tan importantes como la de la individua-
lización de la pena y otras medidas coercitivas. Es decir, que se as-
pira hoy, así por la generalidad de los penalistas como por las no-
vísimas legislaciones penales, a volver al sistema antiguo, más o me-
nos perfeccionado, de las penas discrecionales y arbitradas.
Y ocurre aquí un fenómeno muy curioso. Cuando las leyes o la
costumbre, por las deficiencias o inadaptación de aquéllas, concedían
al juez un amplio arbitrio en la punición de los delincuentes, los
moralistas y los jurisconsultos combatían casi unánimemente seme-
jante arbitrio, y defendían como un ideal el posible imperio de la
ley. Hoy, en cambio, cuando las legislaciones penales han realizado
aquel ideal con exceso, se le combate y se defiende la doctrina
opuesta. Es, sin duda que, como todo lo humano, uno y otro siste-
ma tienen sus ventajas e inconvenientes respectivos, y apenas se
puede aspirar más que a lo menos imperfecto o menos malo.
El arbitrio permitido por las antiguas leyes a los jueces en ma-
teria penal no fué tan amplio como vulgarmente se cree, ni los jue-
ces usaron de aquella facultad en contra de los «derechos del hom-
bre», sino comúnmente en favor de los reos, ni los abusos extrale-
gales fueron quizás tan frecuentes y tan graves como han querido
dar a entender, así los escritores de la época, que, tratando de refre-
nar los abusos, naturalmente habían de tender a exagerarlos, como
los penalistas modernos más o menos tocados del individualismo
revolucionario.
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 7
Sea como quiera, no nos proponemos dilucidar este punto his-
tórico, sino exponer sencillamente, y casi sin comentarios, las doctri-
nas de nuestros antiguos tratadistas acerca de la cuestión del arbitrio
judicial. Los numerosos tratados Dejustitia eijiire y de teología mo-
ral, las obras expositivas de la Samma de Santo Tomás de Aquino y
las de los comentaristas de nuestro derecho, canonistas, jurisconsul-
tos y criminalistas españoles de los siglos XVI y XVII, son las fuen-
tes principales de este estudio (1).
2.— Ya en pleno siglo XVI se suscitó la cuestión radical de si
sería más útil encomendar a la sabiduría de los jueces que a las pres-
cripciones legales el gobierno de la sociedad y la solución de los
casos de derecho. Gregorio de Valencia, que se hizo cargo del pro-
blema, alega en favor de la primera solución, que parece la más ra-
zonable, si se tiene en cuenta que el juez es la justicia animada o la
«ley viva», y es quien mejor puede conocer las circunstancias parti-
culares de cada caso. No obstante — añade— es preciso sostener lo
segundo, esto es, el dominio de la ley sobre el arbitrio judicial, re-
produciendo los razonamientos comunes para demostrarlo, y respon-
diendo a los argumentos contrarios que «las prescripciones legales
no impiden que el magistrado aprecie las circunstancias particulares
y vea en los casos que ocurren hasta qué punto debe o no juzgar
según la ley> (2).
Alfonso de Acevedo, comentarista de nuestras antiguas leyes,
indica las dos opiniones extremas sobre la amplitud del arbitrio ju-
dicial, y opta, como la generalidad de los autores, por un término
medio: el de no modificar la pena legal sin discreción y a cada
(1) Era mi plan formar un derecho penal completo y sistemático con las
doctrinas de nuestros escritores antiguos, trabajo muy útil que no se ha hecho
hasta ahora; mas como esto supone el estudio de algunos centenares de obras,
la mayor parte muy voluminosas, y algunos años de trabajo para el acopio de
materiales que podrían resultar inútiles, porque nadie tiene asegurada la vida,
he preferido emprender la labor con una serie de monografías sobre las princi-
pales cuestiones de derecho penal, hasta donde Dios permita que llegue. Si
algo útil puedo hacer, a lo menos eso quedará.
(2) «Respondetur disciplinam legum non obstat quominus magistratus ha-
beant rationem circumstantiarum particularium,ut videant in casibus occurren-
tibus quatenus ex lege judicare debeant aut no debeant». Commentaríorum iheo-
logicomm íibri qaatuor, 1592 (2.» edición), tom. II, disp. VII, quaest. V, punct. 3.
8 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DERERMINACIÓN DE LA PENA
paso (1). «Máximo y principal precepto de buen gobierno— agrega
más adelante— es que nada se resuelva fuera de la ley y todo según
la ley, porque, como dijo Platón, solamente el modo de gobernar
que esto practica es justo» (2).
Tal fué el modo de pensar de nuestros tratadistas, siguiendo la
doctrina de Aristóteles, que defendió la gran conveniencia social de
someter a la reglamentación de las leyes cuanto por ellas pueda ser
regulado, dejando lo menos posible al arbitrio de los jueces. Prime-
ro, porque es más fácil encontrar uno o pocos hombres sabios para
legislar que muchos. Segundo, porque las leyes pueden formularse
después de una larga meditación, mientras los juicios tienen que ser
rápidos, y esto hace difícil para los jueces la buena administración
de justicia. Tercero, y principalmente, porque el juicio del legislador
no se refiere a los casos particulares y presentes, sino a los futuros
y en forma general, mientras el juez juzga de lo presente y concreto.
De donde resulta que, hallándose el juez sometido a los sentimien-
tos del amor y el odio, y pudiendo tener la causa que juzga conexión
con su utilidad propia, no esté en condiciones de apreciar la verdad
y las pasiones ofusquen su juicio. Por lo cual afirmamos que debe
concederse al juez las menores facultades posibles. Mas por lo que
toca a si el hecho es o no es y cómo es, la ley no puede determi-
narlo, y queda por necesidad a la ciencia del juez (3).
No menos que esta doctrina de Aristóteles influyó en nuestros teó-
logos y jurisconsultos la de Santo Tomás, que es también restrictiva
en lo que se refiere al arbitrio judicial. «De otro modo— dice— se
(1) «Sed Ínter haec, médium est eligendum, scilicet, quod non passim et
sine discretione est poena minuenda.» Commentariorum juris civilis in Hispa-
niae regias constituiiones. Lib. VII, tít. I, lex I, n. 29.
(2) «Máximum enim et praecipuum optimae gubernationis praeceptum est
ut nihil praeter leges, omnia vero secundum leges fíant, nam, ut inquit Plato,
ea sola recta gubernatio est quae id effícit.» Ibid., tít. XXVI, lex XIV, núm. 1.
(3) He aquí las palabras del filósofo griego, según la traducción latina:
«Máxime igitur convenit ut quae rectae positae sunt leges cuneta ipsae expli-
cent quae explicari queant, et quam mínima judicibus relinquant. Primum, quia
unum aut paucos prudentes, qui leges ferré aut judicare possint, facilius est in-
venire quam multos. Deinde, quoniam longi temporis consideratione leges
feruntur, judicia brevissime conficiuntur, difficile est ut bene a judicibus jus-
tum et conducibile distribuatur. Illud autem omnium máximum est quod legis-
latoris judicium non de singulis nec de praesentibus, sed de universalibus et
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 9
encuentra impedido (el juez) por parte de la república, cuya potes-
tad representa y a cuyo bien interesa que los malhechores sean pe-
nados... Porque el juez inferior no tiene facultad para absolver al
reo de la pena, contra las leyes que le han sido impuestas por el su-
perior» (1).
Fundados nuestros autores en la máxima de ser más fácil dictar
buenas leyes que aplicarlas, y legislar que resolver los casos concre-
tos, en que se mezclan tantos intereses y pasiones, deducen en con-
clusión la necesidad social y jurídica de afianzar el imperio de la ley
y dejar al arbitrio del juez solamente lo que aquélla no puede deter-
minar (2).
Casi todos los razonamientos se reducen a reproducir y ampliar
los que quedan apuntados de Aristóteles. Véanse por vía de ejem-
plo, las siguientes palabras de Luis Medina, relativas a la prepon-
derancia de la ley sobre el arbitrio judicial. «La razón de esto es,
por ser más fácil encontrar uno o pocos hombres prudentes que
formen las leyes, auxiliados por la propia experiencia y las leyes
dadas en otros pueblos, y las impongan, ya a los subditos, para que
las cumplan..., ya también a los jueces y funcionarios de las diver-
sas ciudades y lugares, que las hagan observar y según ellas juz-
guen, que encontrar tanta muchedumbre de hombres sabios y pro-
bos que, sin el auxilio de las leyes, prescriban lo que conviene a
los subditos y puedan juzgarlos en cuantos casos ocurran... Otra
razón es, porque las leyes se dan para lo futuro y de un modo gene-
ral, sin referirse a persona particular alguna, por lo cual no es de te-
futuris est; senator vero et judex de praesentibus jam determinatisque judi-
cant. Unde fit ut, cum ament et oderint, sua quoque utilitas connexa sit, non
satis queant veritatem perspicere, sed propria voluptas vel dolor judicia sua
obumbret. Quare minimam ceterarum rerum protestatem judici tribuendam
dicimus; factum vero esse aut non esse, et fore aut non fore, haec omnia, cum
non possit lator legis providere, judicibus relinquenda necessario sunt». Rhe-
toric. lib. I, cap. I.
(1) «Alio modo, impeditur ex parte reipublicae cujus potestate fungitur, ad
cujus bonum pertinet quod malefactores puniantur... Judex enim inferior non
habet potestatem absolvendi reum a poena contra leges a superiore sibi im-
positas». 2, 2., quaest. 67, art. IV.
(2) «Quare melius est ut, quam máxime fíeri possit, cuneta legibus expli-
centur, judicibus autem nonnisi minima, quae lege determinari nequeunt, relin-
quatur». Soto, De justicia etjure, ed. de 1589, lib. I, quaest. V, art. I.
10 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
mer que en su confección se mezclen respetos o afectos particulares
que las puedan torcer, mientras los jueces, en los casos concretos, si
juzgaren sin leyes establecidas previamente por otros, y que han de
observar, fácilmente podrían apartarse de lo recto, por afecto al ac-
tor o al reo, o dejarse corromper por súplicas o dinero. Últimamen-
te, porque cuando las leyes se han dado de antemano y son comu-
nes a todos aquellos a quienes se manda o prohibe algo o se amena-
za con una pena, no es su ejecución tan molesta y odiosa a los sub-
ditos como cuando el juez o el superior lo establece o ejecuta en el
acto, ni se da lugar a las quejas contra el juez o el superior que ha-
cen observar lo que ya estaba determinado por las leyes» (1).
3. — Alfonso de Castro agrega otra razón de política penal— cuyo
valor es hoy muy discutible, dado nuestro sistema de penalidad —
que consiste en optar por la determinación legal de la pena, para
dar a ésta más eficacia intimidadora. «No basta — dice — para la ob-
servancia de las leyes, que éstas amenacen con una pena (indeter-
minada), remitiéndola al arbitrio del juez, para que él imponga al
transgresor la que le plazca; es necesario muchas veces que la mis-
ma pena sea expresa y limitada, porque las cosas que se conciben
en particular mueven y atemorizan más el ánimo de los hombres
(I) «Ratio autem in prímis est, quoniam facilius est nuum aut paucos pru-
dentes repetiré, qui leges condant, adjuti longa experientia ac legibus in alils
rebuspublicis latis, casque praescribant, tum subditis ut eas servent..., tum
etiam judicibus ac praepositis diversarum civitatum ac locorum, qui eas serva-
ri curent et juxta lilas judicent, quan reperire tantam multitudinem prudentum
ac proborum qui, sine legum adjutorio, et subditis praecipiant quae oportet,
et eos judicare in singulis eventibus possint.,. Ratio tertio est, quoniam le-
ges de futuris atque in universali constituuntur, nullas personas particulares
tune attingendo ac respiciendo, eaque de causa, in illis ferendis personarum
particularium respectus variique circa illas affectus qui a recto deviari effi-
ciant, non est cur timeatur. Judices vero, in particularibus eventibus, si sine
legibus prius ab aiiis statutis, quas sequi in judicando tune tenerentur, judi-
carent, facile affectu circa actorem aut reum pecuniaque aut precibus corrum-
pi possent ut a justo deviarent. Ratio item quarto est, quoniam quando leges
jam antea sunt statutae communes ómnibus quibus oliquid praecipitur, prohi-
betur aut punitur poena aliqua, non est adeo subditis molestum ac odiosum,
etiam dum executioni mandatur, quam esset si judex aut praelatus id tune sta-
tueret ac executioni mandaret, ñeque est locus quaerimoniis adversus judicem
aut praelatum quod id observare faciat executionique mandet quod antea legi-
bus erat statutum.» Dejustitia etjure, ed. de 1593, tract. V, disp. 68, núm. 2.
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 1 1
de malos instintos que cuando se perciben bajo un concepto uni-
versal... Además, la misma ley es más firme y constante y menos
expuesta a apartarse de lo recto que el juez, por lo cual necesaria-
mente ha de ser aquélla más temible que éste.» (1).
A estas razones de política legal agregaron los tratadistas otras
de carácter más jurídico, para limitar en lo posible el arbitrio judi-
cial. Nos referimos a las razones deducidas de la misión propia del
juez respecto al derecho y su obligación ante el precepto de la ley.
Juega aquí un papel importante la antigua división de las leyes pe-
nales—más propia del derecho canónico que del civil— en leyes
latae sententiae, que imponen la pena ípso fado, y se dirigen, por
tanto, al reo, y hs ferendae sententiae, que más directamente se diri-
gen al juez.
«Dos aspectos— dice Francisco Suárez— tiene la ley penal: uno,
el que se refiere a los subditos cuyos hechos prohibe o manda..., y
otro, el que se refiere al juez... La ley penal obliga al juez a juzgar
según ella, y a penar al reo suficientemente convencido del crimen...
Porque si la ley penal impone la pena tpso fado, no corresponde
propiamente al juez imponerla, sino dictar sentencia sobre el delito
y ejecutar la pena. Ambas cosas caen evidentemente bajo la obliga-
ción del juez: la primera, porque está obligado a sentenciar según
la verdad probada; la segunda, porque es ministro y ejecutor de la
justicia. Y aunque parece que esta obligación se deriva más bien
del mismo oficio del juez y de la ley naturalque de la ley que esta-
blece la pena, sin embargo, aún puede decirse que se deriva de esta
última ley, porque en virtud de ella solamente se determina y con-
creta la obligación de aplicar tal pena más bien que cualquiera
otra.» (2).
(1) «Nec satis est ad legum observationem poenam per legem minari, et
illam judiéis arbitrio committere, ut quam ille voluerit transgressori poenam
¡nfligat; sed necessarium est saepe poenam ipsam esse expressam et limitatam,
quia quae sic particuíariter concipiuntur magis movent et terrent improborum
hominum mentes quam si universali conceptu percipiantur... Deinde, fírmior
et constantior est ipsa lex, et minus potest a rectitudine deflecti quam judex,
et inde evenire necesse est ut saepe magis illa timeatur quam ille.» De potes-
iate legis poenalis, ed. de 1568, lib. I, cap. VI.
(2) «Dúos respectus habet lex poenalis: unus est ad subditos quorum facta
prohibet aut praecipit... alius est ad judicem... Dicendum est hujusmodi
12 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
La cuestión no cambia substancialmente cuando la ley se dirige
al juez y exige previa sentencia que determine la pena. También en
este caso la ley obliga al juez a imponerla, y de esta obligación se
deriva otra, esto es, la ejecución de la pena impuesta, después de la
sentencia condenatoria, para que ésta no resulte inútil. <Se demues-
tra lo primero porque la ley que impone pena determinable por
sentencia ulterior (sententia ferenda), aun bajo este aspecto es ver-
dadera ley, y en cuanto tal, más se dirige al juez que al reo, hasta el
punto de decir Castro que sólo tiene razón de ley respecto del
juez..., porque a éste se dirigen, por su naturaleza, las palabras de
la ley. En segundo lugar, puede agregarse la razón de que, por el
hecho de la pena de la ley, queda obligado el juez, por razón de su
oficio, a imponerla. Y se prueba esto, porque está obligado a guar-
dar la equidad natural en la aplicación de la pena, siendo como es
juez de justicia. Dada la ley, resulta determinada esta equidad, por-
que si antes de la ley sólo era equidad natural, que debía apreciar
y cumplir el juez según su prudente arbitrio, dada la ley, resulta
una equidad legal que también debe cumplir el juez, porque es
custodio y ejecutor de las leyes, y como la ley animada. > (1).
legem obligare judicem ut secundum illam judicet et puniat reum sufficienter
de crimine convictum... Quia si lex poenalis imponat poenam ipso facto, ad
judicem proprie non spectat poenam imponere, sed sentcntiam superdeiictum
proferre et executioni poenae incumbere. Utrumque autem horum manifesté
cadit sub obligationem judicis: primum quidem, quia tenetur secundum veri-
tatem probatam proferre sententiam; secundum autem, quia est minister et
executor justitiae. Et quamvis haec obligatio magis ex muñere ipso et lege
naturali quam ex lege puniente reum oriri videatur, nihilominus etiam dici
potest oriri ex tali lege, quia nonnisi ratione illius determinatur obligatio
exequendi talem poenam potius quam aliam.» Traciatus de legibus ac Deo legis-
latore, lib. V, cap. XI, núms. 1-2.
(1) «At vero si lex imponat poenam ferendam, obligat judicem ut illam
imponat, et inde etiam sequitur altera obligatio, scilicet, ut post condemna-
tionem, illam exequi faciat ne inutilis et frivola sit condemnatio... Primum
autem ostenditur, quia lex imponens poenam ferendam, etiam sub ea ratione
est vera lex, et ut sic, magis fertur ad judicem quam ad reum, adeo ut Castro
supra dixerit solum habere rationem legis respectu judicis... nam ex natura
reí, ad judicem diriguntur verba legis. Secundo explicari potest ratio, quia eo
ipso quod lex taxat poenam, tenetur judex ex vi sui muneris ad imponen-
dam illam. Probatur, quia tenetur servare aequitatem in poena imponen-
da, cum sit judex justitiae; haec autem aequitas resultat posita lege, nam
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 13
La misma obligación de no traspasar el juez los términos expre-
sados por la ley, aumentando o disminuyendo la pena, deduce el
autor del concepto de justicia conmutativa, concibiendo la pena
como una deuda derivada del delito, cuya cuantía está fijada por la
ley. De aquí que el juez que impusiere una pena más grave que la
determinada por la ley, haría pagar al reo más de lo que debe, y co-
metería una injusticia (1).
La misma doctrina había defendido antes Alfonso de Castro. Re-
firiéndose a la pena tasada por la ley, dice así. <Si la ley penal esta-
blece contra el reo una pena cierta y tasada que haya de ser impues-
ta por el juez, no puede éste sin culpa remitir aquella pena. Esta
conclusión se prueba de muchas maneras. Primeramente, por la
primacía y el poder que la ley tiene sobre el juez, como sobre aque-
llos que por el juez han de ser juzgados; porque no está la ley some-
tida al juez, sino el juez es el que está sometido a las leyes, para que
según ellas juzgue y no según su arbitrio.» (2).
La doctrina de los demás moralistas y jurisconsultos acerca del
arbitrio judicial, en el supuesto a que aquí nos referimos, esto es,
ante illam, solum erat aequitas naturalis quam prudenti arbitrio discernere et
servare tenetur judex; posita autem lege, resultat aequitas legalis, quam
etiam servare debet, quia est custos et executor legum, et quasi animata lex.»
Ibid., núm. 3.— La misma idea expresan estas breves palabras de Juan de Sa-
las: «Ante legem, solum tenetur judex aequitatem naturalem in poena servare;
post legem, tenetur ex legali aequitate taxatam poenam imponere.> Tractatus
de legibüs, in l.<^m 2.ae Sancti Ihomae, 1611, quaest. 96, tract. XIV, disp. XV,
sect. VIH.
(1) «Ratio est, quia non potest a reo juste exigi plus quam debeat, sicut
ñeque a quolibet debitore; posita autem lege taxante talem poenam, qui con-
tra illam committit fít reus et debitor talis poenae, et non majoris; ergo quic-
quid mali ultra illam infertur hujusmodi reo, non est poena, sed injuria.» Ibíd.
número 4.
(2) «Si lex poenalis statuat poenam aliquam contra reum certam et taxatam,
a judice inferendam, non potest judex sine culpa sua poenam illam remitiere.
Haec conclusio multiplicer probatur. Primo, ex primatu et principatu quem lex
habet supra judicem, sicut supra eos qui a judice judicandi sunt. Non est enim
lex subjecta judici, sed judex est sujectus legibus, ut secundum illas judicare
teneatur, et non ex arbitrio suo.» Ob. cit., lib. II, cap. XII.— La misma razón
alega, entre tantos otros, Pedro de Aragón: «Sunt enim (judices) subditi atque
subjecti illis legibus, et sic contra eas faceré non possunt.» In Secandam Secan'
dae Divi Thontae, Doctorís Angelici commentaria. Dejustitia etjare, ed. de 1590,
quaest. 60, art. V.
14 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
cuando la ley determina la pena, impóngala ¿pso fado o encomien-
de su imposición al juez, es la misma que queda expuesta, sin que
en su exposición se encuentren variantes de importancia. Veamos,
sin embargo, algunos otros textos.
Aludiendo el moralista Lugo a la citada distinción de la pena
impuesta ipso jare y la encomendada a la sentencia judicial, pero
determinada previamente por la ley, dice así: *Si lo primero, ya no
corresponde al juez otra cosa que declarar el delito cometido y eje-
cutar la pena, mas no imponerla. Si lo segundo, el juez está obliga-
do en virtud de la ley a imponer aquella pena... Porque, ¿qué otra
cosa es tal ley sino preceptuar a los jueces la imposición detal pena
por tal delito? Luego, no pudiendo el juez inferior dispensar la ley
de su superior, no puede dejar de aplicar aquella pena.» (1).
Casi las mismas palabras emplea otro moralista, Fernando de
Castro-Palao (2); y en otro lugar, tratando de la cuestión bajo un
aspecto algo diferente, manifiesta la imposibilidad jurídica del juez
para modificar la pena determinada por la ley, lo mismo antes de
incurrir en ella el culpable que al dictar la sentencia y después de
la sentencia. «Si la pena — dice — ha sido establecida ipso jure por ley,
costumbre o estatuto para un determinado delito... ningún juez infe-
rior al legislador está facultado para impedir que quien cometa tal
delito incurra en tal pena, ya porque en ninguna parte consta que
haya sido dada aquella facultad a los inferiores, ya porque esto no
(1) «Poena quae statuitur per legem, vel imponitur ipso facto, vel solum
statuitur imponenda. Si primum, jam non pertinet ad judicem nisi declarare
delictum commissum et exequi poenam, non vero illam imponere. Si secundum,
judex tenetur ex vi legis ad imponendam illam poenam... Quid enim aliud est
illa lex nisi praeceptum judicibus de imponenda tali poena pro tali delicto?
Cum ergo judex inferior non possit dispensare in lege sui superioris, non
potest non imponere illam poenam. > Disputationum de jastiüa et Jare, edición
de 1652, disp. XXXVII, sect. VIH, núm. 89.
(2) «Vel lex imponit poenam ipso facto, vel signat ferendam: si constituit
ipso facto, judex, declarans delictum, eo ipso declarat poenam incursam, ñe-
que hanc incursionem potest ipse impediré, alias legislatore esset superior.
Si autem est ferenda poena, et judex procedit ad punitionem delicti, cura ne-
cessario aliqua regula regi debeat, ut aequitatem servet, et hac nulla alia ap-
tior esse possit quam lex, legi debet conformari.» Summa moralis, vel Operis
moralis de virtutibus ei vitiis contrariis in varios tractatus et dispatationes theolo-
gicas distributi. Opera omnia, ed. de 1700, tract. III, disp. II, punct. 6.
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 15
sería conveniente, debiendo ser la pena, antes del delito, un medio
de evitar que se cometa. Cuando se ha de hacer ejecutar la pena es-
tablecida por la ley, no le es lícito al juez, sin causa legítima, dismi-
nuirla ni aumentarla... La razón es, porque en vano habría ordenado
tal pena la ley si al juez le fuera h'cito atenuarla o remitirla sin causa.
Al arbitrio del juez queda sometido el hecho, mas no la pena.» (1).
Esta doctrina fué seguida, con más o menos rigor, por todos los
jurisconsultos. Pedro Núnez de Avendaño, que fué uno de los que
más extremaron el imperio de la ley sobre el arbitrio judicial, afirma
que cuando la pena está tasada por la ley, el juez no puede cambiar-
la por ningún motivo (2); que esto se ha de entender, no sólo de
las penas legales, sino también de las consuetudinarias y estatuta-
rias (3); que se presume dolo en el juez que traspasa la forma de la
ley en la aplicación de las penas (4); finalmente, que allí donde la
pena está determinada por la ley, cesa el arbitrio judicial (5),
«El juez, al dictar sentencia— agrega el criminalista Luis de Pe-
gara—, debe seguir siempre las penas ordinarias y establecidas por
las leyes, y no puede temerariamente y a su arbitrio aumentarlas,
atenuarlas, variarlas, torcerlas o infringirlas. > (6).
(1) «Si poena sit a lege, consuetudine vet statuto imposita ipso jure pro
aliquo delicto..., nullus inferior legislatore impediré potest ne committens
illud delictum taiem poenam contrahat, tum quia nullibi habeíur talem po-
testatem inferioribus esse datam, tum quia id non erat expediens, cum poe-
na ante commissum delictum detinet ne committatur. Quando poena executio-
ni mandanda est per judicem, et poena est a lege statuta, non licet judi-
ci absque causa poenam minuere ñeque augere... Ratio est, quia frustra esset
poena constituía a lege, si judici absque causa liceret eam minuere vel remit-
iere; arbitrio enim jiídicis factum conmittitur, non poena.» Ob. cit., tract. III,
disp. VI, punct. 6.
(2) «Poena a lege taxata in tantum est a judice sequenda, quod etiam prop.
ter nobilitatem personarum non licet dictam poenam mutare.» De exequendis
mandaiis regum Hispaniae, 1593, part. íl, cap. XVI, núm. 3.
(3)'; ■ «Non solum in poenis legalibus hoc tenendum est, sed etiam in consue-
tudinariis vel statutariis, nam ab istis, sicut a legibus, non licet recedere ñe-
que in ordinariis ñeque in extraordinariis criminibus.> Ibid., núm. 5.
(4) <Si judex transgreditur in poenis imponendis formam legis, eo ipso
praesumitur in dolo. » íbíd.
(5) «Ubi a lege poena est imposita, ibi non habet locum et cessat judiéis
arbitrium.» Ibíd. núm. 6.
(6) «Judex in ferenda sententia perpetuo sequi debet poenas ordinarias et
16 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
4. — En la doctrina expuesta, los autores se refieren siempre a los
jueces inferiores al legislador, y suelen hacer una salvedad respecto
del soberano al ejercer funciones judiciales en causa criminal. No
todos, sin embargo, están conformes sobre este punto. Pedro de
Aragón afirma categóricamente que «también el soberano está obli-
gado a juzgar según la ley escrita en cuanto a la mente y la inten-
ción de la misma ley.> (1).
Esta fué también la opinión de Soto, que no hace diferencia al-
guna entre el juez supremo y los inferiores, en el supuesto a que nos
referimos, y no andan lejos de pensar así los moralistas que recono-
cen tal potestad en el legislador juez, por las restricciones a que la
someten. Suárez, por ejemplo, distinguiendo el aspecto moral y el
jurídico de la cuestión, afirma que es clara la diferencia entre el juez
ordinario y el soberano en el fuero externo, porque el primero no
puede remitir la pena y el segundo puede hacerlo impunemente;
mas en el fuero interno parece difícil establecer aquella diferencia,
porque, o se trata de remitir la pena sin razón y por solo el querer
de la voluntad, o mediando causa justa. Si lo primero, no es lícito
al príncipe hacerlo en conciencia, porque, como hemos dicho, la ley
justa obliga al príncipe en cuanto a su fuerza directiva; si lo segundo,
también en ese caso el juez inferior puede remitir la pena legal» (2).
Admite, sin embargo una facultad más amplia en el juez supre-
mo que en el ordinario, porque a éste sólo le es permitido modificar
la pena de la ley en los casos expresados por el derecho o estableci-
dos por la costumbre, mientras aquél puede hacerlo por otras diver-
sas causas, como la de manifestarse liberal y benigno, en gracia de
in legibus constituías, ñeque illas temeré potest suo arbitrio augere, minuere,
variare, inflectere ant infringere.» Liber guaestionum criminaliam in acta prac-
tico frequentium et máxime conducibiliam, ed., de 1585, cap. VII, núm. 14.
(1) «Non soium judices inferiores, sed etiam princeps tenetur judicare se-
cundum legem scriptam, quantum ad mentem et intentionem ipsius legis.>
Ob. y lugar citados.
(2) In foro conscientiae videtur difficilis ea differentia..., quia vel est ser-
mo de remissione ex sola volúntate sine ratione, vel ex causa justa. Prior
modus etiam principi non licet | in conscientia, quia supra dictum est legem
justam obligare principem quoad vim directivam. Posteriori autem modo,
etiam inferior judex potest interdum remittere poenam legis.» Ob. cit., lib. V,
cap. XI, núm. 8.
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 17
otro soberano que lo pide, por la utilidad pública de la persona cul-
pable, etc.
<Existe además— añade — , otra diferencia; que el principe puede
de antemano, por decirlo así, conceder a uno el pri\filegio de no
serle aplicable tal pena, cosa que no pueden hacer los jueces inferio-
res. Y otra diferencia señalan también la Glosa y los doctores; que
el juez, aunque tenga facultad para templar la pena antes de la sen-
tencia, después nada puede hacer, porque ya terminó su misión;
pero el príncipe puede hacerlo antes o después, siempre que no le-
sione el derecho de otro o sea en daño de tercero.» (1).
5. —Hasta aquí la parte negativa de la cuestión, o sea, los casos
en que se exige al juez la subordinación más o menos absoluta a las
leyes en la aplicación de las penas. Resumiendo en pocas palabras
lo dicho anteriormente, resulta que toda la doctrina de los antiguos
tratadistas acerca del arbitrio judicial, cuando la ley determina la
pena, se reduce a estos dos puntos o conclusiones. 1.'' El juez no
puede, fuera de casos extraordinarios, modificar la pena, cuando
ésta ha sido determinada previamente por la ley. 2.° El ideal en este
punto es que las leyes determinen siempre la pena que procede im-
poner y la norma de los juicios, dejando solamente al prudente arbi-
trio del juez lo que la ley no puede concretar (2). Veamos ahora la
parte positiva, esto es, los casos y materias encomendadas por las
leyes y los autores al arbitrio judicial, y la extensión del mismo en
la teoría y la práctica.
Sabido es que en las antiguas legislaciones penales se admitían
(1) «Estque alia differentia, quod princeps potest antecedenter, ut ita di-
cam, concederé privilegium ut aliquis non possit tali poena punirí, quod non
possunt inferiores judices. Alia etiam notatur a Glosa et doctoribus citatís,
quod judex, licet ante latam sententiam possit interdum illam temperare,
post latam sententiam niiiil potest, quia jam functus est officio suo; princeps
autem interdum potest, dummodo non redundet contra jus alteri quaesitum
seu in damnum tertii.» Ibíd., n. 9.— Casi las mismas palabras emplea Salas en
la exposición y resolución de este caso. Ob. y lugar citados.
(2) iConsultissimum tamen utilissimumque est, ut quam máxime fieri po-
test, cuneta quae observar! debent, tum a subditis, tum etiam a judicibus in
judicando et puniendo, legibus statuantur, eaque sola judicum arbitrio, spec-
tatis circunstantiis concurrentibus, defínienda relinqui quae legibus com*
prehendi non possunt». Luis Molina, ob. cit. tract. V, disp. 68.
2
18 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
dos clases de penas, bajo el aspecto que aquí nos interesa: ordinarias^
y extraordinarias o arbitrarias. Eran las primeras aquellas que expre-
samente estaban determinadas en las leyes, los estatutos o la cos-
tumbre del país; y las segundas, las que, no hallándose determina-
das en alguna de las formas anteriores, quedaban encomendadas al
prudente arbitrio del juez (1).
A las penas ordinarias o determinadas por el derecho nos hemos
referido hasta ahora, y a pesar del carácter restrictivo que, respecto
de ellas, dan los autores al arbitrio judicial, todos están conformes
en que la determinación legal de la pena no excluye aquel arbitrio,
pudiendo existir causas que permiten al juez, ya agravar, ya, sobre
todo, atenuar la pena establecida por la ley para un determinado
delito.
Las causas por las cuales podía el juez aumentar la pena legal
son aquellas que dan al crimen un carácter extraordinariamente gra-
ve, porque, como dicen Suárez y otros muchos, alegando una razón
de defensa social— factor importante de la medida de las penas—,
«esto no lo prohibe la ley, que se refiere al delito tal como ordina-
riamente suele cometerse, y no excluye aquella providencia que es
necesaria para el bien común y el ejemplo de otros». (2).
No todos estuvieron conformes con que el juez pudiera aumen-
tar la pena legal en caso alguno, ni tampoco en la facultad de ate-
nuarla por causas legítimas, aunque esta fué la doctrina comúnmente
seguida (3). Núñez de Avendaño, que, como hemos dicho, fué uno
(1) «Poena ordinaria dicitur illa quam leges sanxerunt, quam principes
constituerunt, aut certe quae longa patriaque consuetudine introducta est. Et
differt ab extraordinaria, ideo quod extraordinaria est illa quam judex non ex
legum principumve constitutione aut inolita conmetudine, sed ex proprió ar-
bitrio infert et imponit.» Luis de Peguera, ob. cit., cap. Vil, núm. 16.
(2) «Et hoc non excluditur per legem, quae loquitur de delicto ut ordinarie
committi solet, et non excludit providentiam ad bonum commune et ad aliorum
exemplum necessarium». Ob. cit., iib. V, cap. Xíl, núm. 5.— Análoga razón
da Lugo en defensa de esta opinión. «Quia etiam ad judices inferiores pertinet
procurare bonum commune». Ob. cit., disp. XXXVÍI, sect. Vil, nüms. 90-92.
(3) El mismo Suárez, que en este punto no es de los menos rigoristas, re-
conoce esta potestad en el juez, pero sólo interviniendo causa justa; «primo,
quia est contra commune bonum, atque adeo contra legalem justitiam, quod
delicta maneant impunita aut non satis punita, quia est moralis occasio ut
multiplicentur. Secundo, quia judex ex oíficio suo, ac proinde ex justitia, teñe-
EL AEBITmO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 19
de los jurisconsultos españoles que más exageraron la tendencia res-
trictiva del arbitrio judicial, escribió estas palabras: <Sin dejar de ser
cierto lo que queda dicho, no obstante, el derecho da algunas veces
facultad al juez para apartarse de las penas expresadas en las leyes,
y puede, si quiere, moderar en estos casos dichas penas; mas si no
quiere, también puede hacerlo, sin que por ello se le exija respon-
sabilidad. > (1). Y sigue enumerando las causas por las cuales el juez
podía — y en algunos casos debía— atenuar la pena legal (2).
Estas causas— algunas de las cuales son nuestras circunstancias
atenuantes de hoy, y otras debieran serlo— ofrecían un ancho campo
de acción al arbitrio judicial, no solamente por ser potestativo en el
juez apreciarlas o no, según los casos, sino también por permitirle
la ley y el uso darles el valor que le pareciere y poder apreciar otras
muchas, propias de cada caso concreto y no expresadas por las leyes.
Cosa muy distinta es el sistema de nuestra legislación actual, que,
enumerando y casi tasando estas circunstancias y dándoles un valor
matemático en relación con la penalidad, reduce la obra del juez,
en la aplicación de las penas, poco más que a una operación me-
cánica.
La razón de la facultad del juez para modificar la pena legal, en
tur observare leges justas quae ad bonum commune órdinantur». Ob. citada,
lib. V, cap. XI, núm. 7.
(1) «Et iicet supradicta vera sint, tanien a jure aliquando data est facultas
judicibus recedendi a poenis in legibus expressis; et si vult, his casibus po-
test moderare dictas poenas, si vero non vult, id quoque proterit, ñeque ob
id in sindycatu convenietur». Ob. y lugar cit., núm. 11,
(2) Señala las causas siguientes de atenuación, tomadas de diversos auto-
res y leyes: la edad menor de diez y siete años (de apreciación obligatoria), la
escasa importancia del daño (especialmente en el hurto), los servicios públicos
prestados por el reo, el excesivo rigor de la pena legal, teniendo en cuenta las
condiciones personales del delincuente, la no consumación del delito, aunque
la ley le pene en este supuesto, el ejercicio del magisterio y la nobleza del
penado, la multitud de los delincuentes, la consanguinidad entre unos y otros,
la costumbre de atenuar la pena respecto a ciertos delitos, tener el reo mu-
chos hijos que quedan en la indigencia, el móvil pasional, llevar mucho
tiempo en la cárcel (precedente del abono de la prisión preventiva), la honra-
dez y buenos antecedentes de la persona, la notable pericia de ésta en algún
arte útil, la dignidad, el exceso en la defensa, la amistad del juez, la falta de
un fin malo, la confesión espontánea del delito, y cometerle fuera del territo-
rio y contra leyes del mismo. Ibíd., núms. 12 y siguientes.
20 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
atención a las circunstancias del delito, es, como dice Diego de Co-
varruvias, por una parte, la necesidad de proporcionar la pena al
delito, cuya gravedad varía según las circunstancias de lugar, tiem-
po y persona, y por otra, la imposibilidad en que se encuentra la ley
de fijar muchas cosas que, por tanto, tiene que dejar al recto y pru-
dente arbitrio del juez. Consta, pues, que puede éste aumentar o dis-
minuir la pena según su arbitrio... mas no dispensarla, porque una
cosa es dispensar en el crimen o en la pena a él debida, y otra ate-
nuar, por causa justa, el rigor de la ley (1).
Cita a continuación un caso— de uso frecuente en los tribunales-
de una pena subsidiaria y condicional, de carácter conminatorio,
que podía ser remitida por el juez, aunque no se cumpliera la con-
dición: la pena de azotes si el reo no pagaba la pena pecuniaria,
dentro de un determinado plazo, impuesta con carácter principal por
algún delito. El juez podía, a su arbitrio, hacer efectiva esta última,
pasado el plazo, y remitir aquélla (2).
Luis Molina compara las leyes que determinan la pena aplicable
a cada delito, a las normas generales de la medicina, que permiten
al médico aplicarlas en una u otra forma, según las condiciones par-
ticulares del enfermo. Aunque las leyes—dice— determinen la pena
y ésta se imponga ipso fado, la recta razón enseña que no ha sido la
mente del legislador obligar a observarlas al pie de la letra, o a que
se observen sin la debida discreción, cuando en el delito concurren
ciertas circunstancias. «Como el médico debe proceder, instruido en
su arte, a la curación del enfermo, usando, sin embargo, de la nece-
(1) «Cum crimina sint secundum proportionis mensuram punienda, et haec
varíe contingat ratione loci, temporis, personae et qualitatis, nec a lege quid
statui possit, quin judiéis recti et prudentis arbitrio multa relinquantur, cons-
tat plañe judicem posse proprio judicio et sententia legis poenam, vel augere
vel minuere.» Variarum resolutionum, lib. II, cap. IX, núm. 8. (En la colección
de sus obras, ed. de 1583, vol. I.)
(2) «Si judex, ut plerumque fieri solet, aliquem ob crimen damnaverit poe-
na pecuniaria intra decem dies solvenda, hoc addito quod si eam intra id tem-
pus non solverit publice reus flagelletur, nihilominus, non soluta pecunia in-
tra eum diem, poterit judex poenam eamdem pecuniariam, omissa corporali,
executioni mandare... Nam is judex qui in pronuncianda criminali sententia
hac forma usus est, veré pecuniaria poena delinquentem punit; utitur tamen
Gorporalis poenae comminatione, ut facilius et diligentius pecuniariam ipsam
damnatus reusque criminis solvat.» Ibíd.
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 21
saria prudencia para dar los remedios y medicamentos convenientes,
según las circunstancias, ya poniendo la justa moderación a los pre-
ceptos universales del arte, ya abandonándolos si viese que son noci-
vos, así el juez, instruido en la pericia de las leyes, debe proceder a
juzgar, ya usando a la vez de prudencia para apreciar las circuns-
tancias concurrentes, ya moderando las disposiciones universales de
las leyes, ya, en fin, prescindiendo enteramente de ellas, cuando por
epiqaeya juzgase que, en aquel caso particular y en aquellas circuns-
tancias, esa es la mente del legislador.» (1).
No puede llegarse a más ni podría darse otra doctrina mejor fun-
dada, si la pena no tuviera otra misión que cumplir, como la medi-
cina respecto del enfermo, que la cura moral del delincuente. De
todas maneras, ¡cuánta luz brota de estas palabras para la historia de
ciertas teorías penales y de algunas instituciones y aspiraciones del
derecho penal moderno!
Aunque esta fué la opinión corriente y la seguida en la práctica,
no faltaron contradictores de la doctrina, aferrados al principio teó-
rico del imperio de la ley sobre el criterio particular de los jueces.
De esta opinión se muestra partidario, entre algunos otros, Gaspar
Hurtado, al afirmar que cuando el caso de que se trata está conte-
nido en el precepto legal, el juez inferior está obligado a juzgar se-
(1) «Licet latae sint leges, ex circumstantiis tamen concurrentibus recta ra-
tio docet mentem legislatorum non esse ut, intervenientibus eis circumstantiis,
serventur, aut ut integre, nullo adhibito moderamine, serventur. Quare, sicut
medicus, instructus peritia artis accederé debet ad curandum infírmum, atta-
men simul uti debet prudentia ut pro qualitate circumstantiarum concurrentium
adhibeat remedia ac medicamenta, moderamen interdum apponendo praecep-
tis universalibus artis, et interdum ea deserendo quando viderit nociva fore...,
ita judex, legum peritiae instructus, accederé debet ad judicandum, interdum
utendo simul prudentia, ut pro qualitate circumstantiarum concurrentium,
moderamen interdum adhibeat dispositionibus universalibus legum, interdun-
que illas omnimo omittat, quando per epichejam judicaverit illas, in eo even-
tu et cum eis circumstantiis, ex mente ipsorummet legislatorum locum habere.»
Ob. cit., tract. V, disp. 68, núm. 2.
Soto había refutado antes esta doctrina, en lo que tiene de exagerada y pe-
ligrosa, negando la paridad entre el médico y el juez, ya que en aquél no se ha
de presumir intención de matar al enfermo, ni que se deje corromper por dine-
ro o súplicas contra la vida del paciente, ni necesite tener en cuenta otra cosa
que la curación del mismo, ni, en fin, que pueda prescindir de la ciencia, ante-
poniendo a ella sus propias opiniones. Ob. cit., lib. I, quaest. V, art. I.
22 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
gún la ley, aun en el caso que el legislador habría exceptuado si se
le hubiera ocurrido, pues no por eso la ley deja de ser justa. Por
tanto, ha de ser observada por el juez inferior, ya que no tiene po-
testad para dispensarla... «Consta, por consiguiente, que el juez infe-
rior no puede dispensar ni rebajar la pena de la ley, aunque medie
perdón de la parte ofendida, y que puede hacerlo el príncipe, con
causa racional, aunque la parte ofendida no perdone.> (1).
P. Jerónimo Montes.
o. s. A.
(Concluirá,)
(I) ... cjudicem inferiorem teneri judicare secundum legem latam non deffi-
cientem, etiam in eo casu quem legislator exciperet si menti occurrisset...
quia etiam in eo casu lex manet justa; ergo servanda est a judice inferiore,
quía nequit in lege dispensare... Constat ergo judicem inferiorem non posse
poenam legis relaxare nec mitigare, etiarasi pars laesa remittat, et principem,
causa rationali existente, posse, quamvis pars laesa non remittat.» Tractatas
dejastitiaetjure, 1637, disp. I de judicio forensi, diff. V.
ATENCIÓN AFECTIVA, SENSOBIAL E. IMAGINATIVA
Además de la atención espotánea y voluntaria caracterizadas, según
pudimos ver en el artículo anterior, por la conciencia del esfuerzo psí-
quico en la segunda y su ausencia en la primera, vamos a distinguir
también la atención fijándonos en las funciones de nuestra actividad
en las cuales interviene, y a las que, por decirlo así, informa. Cualquier
función psicológica es susceptible, en efecto, de desenvolverse de dos
maneras bien diferentes; según que intervenga la atención, o se con-
sume sin ella, siguiendo en este último caso las vías habituales. Aten-
ción y hábito son, por consiguiente, dos modalidades esenciales de
nuestra vida consciente, y de ninguna manera dos actividades o facul-
tades distintas, como alguno podría creer. No hay atención ni hábito
puros, esto es, que existan independientemente de las funciones a las
cuales informan: prestar atención es siempre o sentir atentamente, o
percibir o pensar con atención; de igual modo, tener un hábito o una
costumbre será siempre poner en práctica una función determinada
aprovechando las facilidades del hábito adquirido para hacerla con
menos esfuerzo de nuestra parte. He aquí la razón por qué esta moda-
lidad de nuestros actos, que llamamos atención, se puede encontrar en
todos ellos, y al mismo tiempo el fundamento en que nos apoyaremos
para estudiarla separadamente en cada una de las facultades en que
interviene.
Puesto que toda función psíquica puede utilizar la concentración de
la conciencia, sigúese que existirán tantas clases de atención como fun-
ciones hay. Bien conocido de todos es el papel importantísimo que
juega en la sensibilidad de algunos individuos la atención aplicada a
los sentimientos. Esta atención llamada afectiva, si se la considera en
su modo de actividad espontánea, predomina en la vida de los indivi-
duos pertenecientes a los tipos emocional y pasional, que parecen con-
24 ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA
tinuamente ocupados en exagerar y multiplicar por todos los medios
sus emociones concentrándose en ellas, hasta llegar a crearse verdade-
ras obsesiones afectivas. En su forma menos absorbente, la atención
afectiva es más ordinaria y más frecuente en la economía de nuestra
vida psíquica. Si al pasar por la calle oímos una pieza de música, que
nos es familiar, o nos agrada, instintivamente nos paramos a escuchar-
la; pero esta acción de detenerse se consuma en nosotros automática-
mente y como a pesar nuestro, pues hay casos en que vamos preocu-
pados por llegar pronto a un sitio en que nos esperan negocios
urgentes, y, sin embargo, no resistimos a la tención y continuamos allí
como clavados hasta que la pieza ha terminado.
Resulta que la excitación es en este caso muy intensa y muy activa,
y, por el contrario, el individuo representa en él un papel poco menos
que pasivo, puesto que la música, si es verdad que le agrada y por eso
se complace en escucharla, no es menos cierto que le inmoviliza. El
excitante externo es activo, y nos provoca, dejándonos nosotros cauti-
var por él; el fenómeno viene hacia nosotros y nos invade; nosotros no
necesitamos hacer esfuerzo alguno para trasladarnos hacia él; nos en-
tregamos a él contra nuestra voluntad. No hay en tales casos aquella
lucha que caracteriza los estados violentos en que nos es preciso esco-
ger por medio de una decisión en la que tenemos necesidad de toda la
energía de nuestra voluntad; tampoco hay aquel sentimiento de tensión
psíquica, ni el esfuerzo general orgánico propios de la atención intelec-
tual y voluntaria. Basta que el sentimiento influya sobre una cualquie-
ra de nuestras facultades psíquicas, para que inmediatamente se verifi-
que en ella una disociación más o menos patente y marcada de sus
elementos.
Cuando la atención afectiva aparece bajo su forma voluntaria, se
da a conocer por el esfuerzo que se emplea para fomentar los senti-
mientos, que se trata de favorecer, cultivándolos por todos los medios,
reprimiendo al mismo tiempo los que deben desaparecer, sintiendo en
una palabra, según creemos, que es nuestra obligación, y no, según las
predisposiciones, de una sensibilidad indisciplinada por su naturaleza.
Sigúese de aquí que el sentimiento en el primer caso (en su forma es-
pontánea) disocia y debilita la atención voluntaria, es decir, que perju-
dica a la adaptación mental, haciéndola menos flexible y menos fácil,-
puesto que la atención verdadera es la voluntaria, y aun la espontánea
ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA 25
siempre que no se deje absorber completamente por el sentimiento.
Verdad es que hay que reconocer la eficacia de este factor en su forma
de sorpresa o admiración, que, según Descartes (1), era la primera de
las pasiones del alma; pero sólo como estimulante primero de la aten-
ción; porque si su influencia se prolonga, es siempre en detrimento de
esta última. No podemos estar realmente atentos en los grandes acce-
sos de alegría o de tristeza, porque el estado de perfecta atención ha
de estar libre de todo elemento intensamente afectivo. El sentimiento
no ha de tener influencia, sino en los primeros instantes preparatorios
del acto de atención y únicamente como estimulante de este acto.
Las especies de atención más estudiadas y, por consiguiente, las
mejor conocidas son, sin duda alguna, la sensorial, la imaginativa y
la intelectual. La primera, objeto frecuente de las experiencias en los
laboratorios de psicología, como más accesible a la observación exter-
na y experimental, puede subdividirse en visual, auditiva, táctil, etc.,
según las diversas sensaciones sobre las que nuestro acto de atención
se concentra. El funcionamiento de nuestros sentidos externos, lo
mismo que el de cualquiera otra facultad, puede ocurrir de dos mane-
ras: unas veces los abandonamos para que escojan ellos mismos su
objeto y le sustituyan por otro a su antojo, es decir, les permitimos que
desarrollen su actividad natural y espontánea; otras veces, por el con-
trario, interviene nuestro espíritu para regular su dirección y fijar su
punto de aplicación. Esta es la causa de que todas las lenguas posean
dos verbos para expresar esta doble modalidad en el ejercicio de nues-
tros sentidos; y en el mismo lenguaje vulgar se establece una diferencia
entre ver y mirar, por ejemplo, entre oír y escuchar, entre tocar y pal-
par, oler y olfatear, etc.
En el hombre, la atención sensorial se ordena por su misma natura-
leza a preparar y favorecer su atención intelectual, toda vez que el en-
tendimiento ha de trabajar directa o indirectamente utilizando los ma-
teriales ofrecidos por los sentidos. Pero hay que guardarse mucho de
caer en las exageracionee de los filósofos más o menos contaminados
por el materialismo en sus numerosos matices, y no pretender, como
Ribot, por ejemplo, que la atención sensorial y la afectiva constituyen
en el hombre la atención propiamente dicha. No se puede negar que en
(1) Descartes: Tratado de las pasiones del alma. Parte primera.
26 ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA
la mayoría de los casos la atención sensorial contiene una dosis n o
despreciable de elementos afectivos, pero el sentimiento no es la aten-
ción, si bien, como dijimos antes, la estimula al principio y aun en el
curso de su desarrollo; lo cual, sin embargo, no quiere decir que se
hayan de confundir las dos, y mucho menos que toda nuestra actividad
psíquica se reduzca a ellas.
En el caso de la atención sensorial, sobre todo en su forma espon-
tánea, somos más bien pasivos que intelectuales y voluntarios: el indi-
viduo se ve subyugado por los fenómenos exteriores, muchas veces,
sin darse él mismo cuenta de esta servidumbre. La actividad puramente
sensorial nos conduciría infaliblemente a un exclusivismo peligroso, si
no tuviéramos la actividad intelectual que nos protege y nos defiende.
En tanto no haya una elaboración intelectual de los elementos sensi-
bles de parte de nuestras facultades superiores, la atención sensitiva,
que tiene, sin duda, un valor propio, pues nos sirve para conocer el
mundo exterior, no poseerá las cualidades de unidad y continuidad,
características de nuestra actividad intelectual.
La atención propia de los sentidos favorece sobre todo las tenden-
cias especiales de cada individuo hacia los objetos que más le intere-
san, al trasladar rápidamente al cerebro las impresiones familiares en
consonancia con las aficiones innatas o adquiridas en él. Un geólogo
distinguirá inmediatamente el mineral raro, que encuentre tirado por el
camino y que habrá sido momentos antes el blanco de las imprecacio-
nes para un vulgar transeúnte, cuyo pie ha lastimado. La curiosidad
del primero se vio interesada por el intermedio de los sentidos, curio-
sidad que se transformó al instante en una atención puramente intelec-
tual: ahora medita y reflexiona sobre la naturaleza, el valor y origen
de este mineral, en tanto que el desgraciado labriego, que había experi-
mentado un vivo dolor en el pie herido, pasa de largo y si ve el mine-
ral es furtivamente y encolerizado contra él. Al sabio le ha servido la
atenta percepción externa para mejor preparar la elaboración intelec-
tual del objeto, mientras que para el ignorante todo se redujo a una
pura sensación. La utilidad de la atención sensitiva en la economía del
hombre racional se mide preferentemente por la facilidad con que le
procura la atención intelectual: de hecho aquel sentimiento de que nos
hablaba Descartes, el de «admiración> nos conduce casi siempre a ella.
Los sentidos externos llevan sin cesar al cerebro las excitaciones
ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA 27
que ellos reciben: pero éste se interesa en mayor o menor grado de
ellas: a veces las modera, otras las rechaza y algunas las conserva, se-
gún las conveniencias generales de utilidad con el sujeto y sus aficio-
nes. Toda excitación sensorial que, en el curso de su elaboración, no
se acompañe de energía o esfuerzo alguno, jamás podrá llamarse aten-
ción propiamente dicha, pues ésta se caracteriza esencialmente por el
esfuerzo. Aún la atención habitual le implica en sus orígenes. Esto
quiera decir, en resumen, que la atención propiamente intelectual es la
única capaz de elaborar cualquier fenómeno exterior, por poco compli-
cado que se le suponga. El hombre habituado a la meditación y a la
reflexión está en condiciones para perseguir entre la inmensa variedad
y riqueza de la experiencia externa, las peripecias de la realidad, utili-
zando sobre todo el sentido de la vista, el más espiritual, según Santo
Tomás y los escolásticos, cuando quiere observar, por ejemplo, de cer-
ca los fenómenos de la vida y las reacciones químicas de la materia.
Mas, después de haber terminado este trabajo de investigación, se reti-
rará a la soledad y silencio de su cuarto de estudio, realizando alh la
verdadera labor investigadora y científica. Abstraído y aislado de todo
el mundo externo, pensará en las diversas modalidades del hecho que
acaba de observar; sus propiedades más o menos características, y
preparará el camino para una inducción legítima: la verdadera activi-
dad de la atención es interna. La atención sensorial le había servido
para seguir de cerca la evolución completa de su fenómeno: había ano-
tado sucesivamente los numerosos incidentes de la experiencia; pero
sólo después, cuando se concentró en sí mismo, pudo hacer obra de
atención útil y eficaz.
Ei joven y principalmente el niño se ven atraídos por los objetos
externos a los cuales prestan una atención especial; la falta de reflexión
en los primeros y la poca experiencia en los segundos es causa de que
unos y otros sean, en general, incapaces de desplegar aquella suma de
energía necesaria para una elevada atención intelectual. Esta, como
hemos visto antes y lo trataremos más de propósito en el artículo si'
guíente, lleva consigo siempre un esfuerzo, ai cual no están acostum-
brados los espíritus en aquella tierna edad. De aquí que los pedagogos
no cesen de recomendar a los profesores y maestros, a quienes está
confiada la difícil y delicada misión de instruir a la niñez y a la ju-
ventud, que pongan todos los medios a su alcance para hacer agrada-
28 ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA
bles, intuitivas y concretas todas las materias y partes de la enseñanza.
Pero tampoco hay que exagerar en este punto, como desgraciadamente
ha ocurrido de un tiempo a esta parte, pretendiendo dar un predomi-
nio casi exclusivo en el niño a las facultades sensitivas y relegando a
un segundo plano las intelectuales; pues la enseñanza intuitiva y prác-
tica en grado exagerado, nos ha conducido ya a errores graves, por to-
dos reconocidos y lamentados. El sistema que termine por suprimir el
trabajo interno, el esfuerzo sostenido de una atención verdaderamente
intelectual, será de funestas consecuencias para el niño, pues impedirá
la creación en él de aquellos hábitos en gran manera preciosos de la
reflexión, le hará repugnante toda concentración seria de su espíritu, y
ese individuo no llegará nunca a adquirir la facilidad del trabajo inter-
no, el único fructífero. La ley del menor esfuerzo, si puede tener mu-
chas y sabias aplicaciones en otras ciencias, no puede ser nunca una
buena doctrina pedagógica.
«Es, por desgracia, una verdad bien manifiesta, escribe Paul Nay-
rac (1), que en la nueva pedagogía existen tendencias bien marcadas a
propagar una enseñanza demasiado bien preparada, que suprima en
el alumno el esfuerzo y la iniciativa. Me parece que en este particular,
como en otros, el temperamento francés se ha encargado de exagerar y
de llevar hasta el extremo un método que en sí mismo y con una inter-
pretación sabia y racional podía acarrear excelentes resultados. Presen-
tando al niño todo hecho y haciéndole salvar, sin esfuerzo alguno de
su parte, las etapas que le han encumbrado hasta la cima del saber y
del éxito, ¿qué generación es la que formamos? ¿Qué es la vida sin el
esfuerzo? Un joven estudiante, a quien todo se le da preparado de an-
temano, a quien se hace representar el papel de aparato automático y
registrador, jamás será apto para la vida práctica. Porque, hay que des-
engañarse, entre una tal educación llena de mimos y solicitudes, y la
ruda y triste realidad, hay un abismo: en la vida real y práctica es pre-
ciso luchar, es necesario ser fuerte, tenaz y ser dueño de una voluntad
a toda prueba.» Tiene sobrada razón el escritor francés para anatemati-
zar el exclusivismo sensorial y sentimental en la obra de la educación
de la juventud, pues no otra es la causa de que abunde tanto en el
mundo ilustrado ese tipo de espíritu superficial e inconstante, que se
(1) Nayrac: Physiologie ei Psychologie de rAttention, pág. 197.
ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA 29
deja arrastrar por cualquier impresión, y aquel otro de caracteres débi-
les e indecisos, incapaces de valerse por sí solos y siempre dispuestos
a dar la razón al último a quien escuchan.
Hay otra clase de atención llamada imaginativa^ la cual está par-
ticularmente desarrollada en los individuos, que por naturaleza o por
educación son artistas, y de la cual vamos a hablar brevemente, antes
de estudiar la atención intelectual. Clásica es la distinción entre imagi-
nación reproductora y creadora; la primera se reduce a reproducir las
imágenes, y la segunda las elabora y saca de ellas formas nuevas.
Esta es la verdadera imaginación, pues la otra se puede reducir a la
memoria, en la cual ya hemos visto cómo influye la atención (1).
La imaginación creadora es una facultad de metamorfosis y un
instrumento poderoso de invención. Por eso es tan débil y alcanza tan
escaso desarrollo en el reino animal, que no es capaz de inventar nada,
reducido como está, se puede decir que exclusivamente, a la actividad
de su imaginación reproductora. En cambio, es característica de la
conciencia humana, que puede escalar las alturas del genio gracias a
sus impulsos. En el hombre, ya perciba, ya piense u obre, se manifiesta
un deseo irresistible y un poder extraordinario de crear o hacer reapa-
recer sus experiencias, de ser el modelador de su propia vida, el trans-
formador del mundo que habita y que no se resigna casi nunca a acep-
tar tal cual existe.
Sin duda que es grande la parte que corresponde a la espontanei-
dad, aun en la creación artística, que se puede considerar como la obra
maestra de la imaginación superior; el que no posee aquel poder má-
gico, pero natural, de hacer brotar las imágenes latentes en las más
recónditas profundidades de su espíritu, cuando ni la conciencia las
conoce, no será nunca capaz de elevarse sobre las medianías, pues
aquella espontaneidad no se puede sustituir con nada. Sin embargo,
el trabajo y la atención son siempre necesarios; nos sucede, en efecto,
con frecuencia que, por más que nos esforcemos en buscar una imagen
apropiada, todo ello es estéril, porque la conciencia no nos suministra
nada nuevo y la inspiración huye de nosotros. Del espíritu ha de venir
en todo caso la impulsión primera, que ha de hacer revivir las imáge-
(I) Vid. La Ciudad de Dios, vol. CXVII, págs. 268-277, y vol. CXVIII, pá-
ginas 177-190.
30 ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA
nes; el punto de partida para la marcha fecunda de éstas es una idea
concebida por el entendimiento y fijada por la atención en la concien-
cia; esta idea conmueve al alma toda entera, suscita todos los elemen-
tos armónicos con el estado presente y pone de manifiesto las distintas
combinaciones, que pueden servir para expresarle. Pero el espíritu, en
medio de esta fermentación que él mismo ha provocado, permanece
dueño de sí, verifica actos de elección, rechaza o acepta y no retiene
más que aquello que realmente se conforma con el ideal por él conce-
bido. Hasta que la obra artística llegue a satisfacer al espíritu, la vo-
voluntad debe también prestar su concurso, manteniendo el ideal
en la conciencia, concentrando sobre él las energías de la atención.
Hay, por consiguiente, en toda obra artística una especie de colabora-
ción armónica de la espontaneidad con la reflexión, de la naturaleza
con la libertad.
La obra de la imaginación creadora no es, pues, algo de anormal
y de misterioso, como se han empeñado en sostener algunos (1). Ver-
dad es que el sabio habla a veces de sus iluminaciones instantáneas,
cuando al buscar una verdad y no encontrarla, después de haber ya
renunciado a hacer nuevos esfuerzos, en un momento, bruscamente, y
como por encanto, aparece deslumhrándole entre las claridades de una
intuición luminosa. Un artista o un poeta llegarán hasta el extremo de
declarar que su dios ha descendido súbitamente'vpara comunicarles la
inspiración que buscaban y el entusiasmo que les arrebata hasta las
más altas cimas del ideal. La verdad es que el genio, a cualquier ma-
teria que se aplique, nos aparece como un don de composición espon-
tánea e inmediata; su creación semeja brotar de si misma, haber sido
concebida y ejecutada de una vez; y por eso, cuando se manifiesta.
(1) No han faltado quienes han pretendido comparar el genio con la locura,
haciendo de los dos un mismo efecto de una misma enfermedad: la neurosis.
Pero el paralelismo que se pretende establecer estriba en una falsa analogía
bien superficial. Entre el genio y la locura hay la misma distancia que separa
a ia enfermedad de la salud la más equilibrada y floreciente. El loco se ve
aprisionado en la cárcel de la idea estrecha que le obsesiona, o flota a merced
de cualquier representación incoherente que surge en él. El genio, por el con-
trario, es la riqueza y la fuerza de la concepción; lejos de perderse en medio
de las^ ideas que se agitan en su espíritu, él las modela, las organiza y a su
potente impulso aparecen obras llenas de expresión y de vida, obras inteligi-
bles, más bellas que las de la misma naturaleza.
ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA 31
siempre causa sorpresa y admiración profundas, aparece como una
gracia. Sin embargo, la obra de la imaginación no sale del marco de
lo natural y siempre es explicable por causas de este orden; no es efecto
de una acción divina ni de un «delirio sagrado», sino que procede de
una colaboración feliz de todas nuestras facultades, no cabiéndole parte
pequeña en ella a nuestra atención.
La misma historia de los descubrimientos científicos nos prueba
que, lejos de haber sido éstos fruto de revelaciones inmediatas, fueron,
por el contrarío, preparados por esfuerzos prolongados y trabajosas
meditaciones. Preguntaron un día a Newton cómo había llegado a
descubrir la ley de la gravitación universal, y él respondió: «Pensando
continuamente en ella.» Conocida es también la célebre definición de
Buffon: «El genio es una larga paciencia.» Esta manera de definir el
genio no es absolutamente exacta, es verdad; porque, además de una
larga paciencia, es antes que nada una superioridad natural y en cierto
modo innata, pues supone aptitudes determinadas para tal o cual or-
den particular de investigaciones, y este don es insustituible, aunque
sea por el trabajo más largo y paciente. Pero no es menos cierto que
para ser verdaderamente fecundo en obras sólidas, exige el genio una
atención sostenida y una voluntad enérgica; en una palabra, lo que
llamaba el mismo Newton «la paciencia del pensamiento». Cualquier
hallazgo feliz en el orden de la ciencia y del arte, cualquier invención
o descubrimiento, consiste, en último término, en una identificación;
pero precisamente ésta es de lo más difícil, porque las semejanzas de
las cosas se esconden debajo de un tropel de diferencias, que son las
que más saltan a la vista; y esta es la razón por qué, para comparar
los objetos, es preciso antes tener un conocimiento perfecto de los mis-
mos, analizando cuidadosamente sus elementos por medio del pensa-
miento, descartando todas las asociaciones que de ordinario sugieren
para permitir únicamente la aparición de las asociaciones originales y
nuevas. Todo esto, como se puede comprender, no se logra sin estudios
atentos y prolongados, sin una aplicación enérgica y un trabajo ince-
sante de investigación. La verdad no viene a presentársenos espontá-
neamente y por sí misma; es menester buscarla con ahinco, pues no se
revela de aquella manera brusca sino a los hombres de voluntad fuerte
que tienen la paciencia de perseguirla en sus manifestaciones] todo el
tiempo que sea necesario.
32 ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA
No menos esencial es el trabajo de atención y reflexión en las
creaciones de la imaginación artística. Que se trate de pintura, de mú-
sica o de poesía, siempre hay una idea que, concebida por el espíritu,
es conservada en la conciencia y fijada por la voluntad. La vida que
pone el artista en esta concepción sirve para agrupar en torno suyo
todas las imágenes dispersas por las regiones obscuras de la concien-
cia; de aquí que las fuentes más abundantes de la inspiración artística
sean siempre la reserva de recuerdos, una sensibilidad delicada y una
gran fuerza de voluntad para el trabajo intelectual, que no pocas veces
es bien ingrato. El artista entonces, guiado por una especie de instinto
superior, que le sirve para discernir lo bello y que se llama el gusto
artístico, no tiene más que escoger entre todos los elementos y dar a los
privilegiados forma viviente agrupándolos en proporción y en armonía.
Puesto que la atención en las diversas formas hasta aquí estudia-
das, y en las que veremos después entra en proporción tan importante
en el desarrollo de nuestra vida psíquica, la educación en todos sus
grados debe tender a regular esta actividad tan preciosa e indispensa-
ble, esta obrera de toda nuestra vida, como algunos con mucha pro-
piedad la llaman; y para ello es preciso saber utilizar todos sus meca-
nismos, proporcionando al niño métodos útiles y de fácil aplicación.
Será oportuno, según esto, decir dos palabras sobre la educación de
los sentimientos, que no es más que un adiestramiento de la atención
afectiva, por desgracia muy raramente sana y vigorosa en nuestra
sociedad. La sensibilidad y sus pasiones es la causa más ordinaria de
nuestras más lamentables caídas, o por lo menos de los más frecuen-
tes riesgos en que nos encontramos de faltar a nuestra perfección indi-
vidual. Existe en nosotros una propensión demasiado marcada a des-
peñarnos en la utopía de Juan Jacobo Rousseau, creyendo que todos
nuestros sentimientos y todas nuestras emociones son excelentes y
que su espontaneidad y su sinceridad bastan para decidir; su valor.
Este ambiente malsano en que vivimos llega a embotar el sentido
moral, haciéndonos olvidar y descuidar la obra cada vez más necesa-
ria de una corrección enérgica y sin contemplaciones de nuestra sensi-
bilidad torcida; tarea, es verdad, siempre antipática y fatigosa, que no
podrá realizarse sino gracias a una atención voluntaria extraordinaria-
mente fuerte y constante.
Dada la importancia que en nuestra actividad de orden intelectual
ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA 33
pueden tener los sentidos, será del mismo modo conveniente educar
la atención que a sus objetos se refiere. Las experiencias psicométricas
nos demuestran bien claramente que, cuando dirigimos nuestra aten-
ción sobre algún sentido, la rapidez y la precisión de la reacción aumen-
tan de una manera muy notable; la atención sirve para dotar a nues-
tros órganos sensitivos de una delicadeza extraordinaria, que no
adquirirían sin su concurso. Hay que enseñar a los niños a utilizar los
sentidos como instrumentos de trabajo intelectual, aplicando a ellos la
atención. La lectura, por ejemplo, hecha en un lugar silencioso y con
calma, ayudándose del oído para percibir la tonalidad de las palabras
y del movimiento para su articulación, es, sin duda, la forma más
favorable para aplicar la atención a un trozo que se ha de aprender
de memoria. El niño, y el hombre en general, no siendo capaz de con-
centrar toda su actividad sobre un solo sentido, necesita, para estar
atento, interesar el mayor número posible de sentidos a la vez, si quiere
no distraerse con tanta facilidad. Cuando escuchamos a un orador sin
perderle de vista, esto es, cuando nos esforzamos por verle y oírle
simultáneamente lo mejor posible, nos colocamos también en las con-
diciones más favorables para aplicar nuestra atención intelectual. Hacer
trabajar varios sentidos a la vez y con el mismo fin, es educar la aten-
ción y adquirir la costumbre que nos hará después más fácil el acto de
reconcentrarse con más eficacia.
Bien conocidos son los procedimientos para desarrollar y fortalecer
la atención sensorial. Sabemos que un órgano que permanece mucho
tiempo en la inacción sin funcionar, se atrofia, y, en cambio, se perfec-
ciona con el ejercicio: los numerosos juegos en que hay que valerse
principalmente de la vista, constituirán un medio excelente para la
educación de la atención visual; la música y el canto para la auditiva,
que puede así llegar a percibir todas las finezas del sonido. Para favo-
recer la acción motriz, proponen algunos el método de hacer aprender
a todos los niños la lengua de los sordo-mudos, por revestir ésta en
grado eminente la forma visual motriz, que es tan rica, tan preciosa y
tan variada. Parece que la facultad más favorecida en este caso, es la
memoria, pues los músculos retienen en cierto modo más fácilmente
que los centros sensoriales del oído y de la vista. M. Van Biervliet (1),
(1) Van Biervliet, Education de lá mémoire, París, 1903.
34 ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA
a quien ya hemos tenido ocasión de citar otras veces, al tratar en su
interesante trabajo sobre la educación de la memoria, demuestra con
argumentos bien fundados en la experiencia, que la memoria motriz es
la más fiel, la más precisa y la más exacta. Como instrumento físico de
gran valor en la educación de la atención visual, auditiva, táctil y sobre
todo motriz, se podría citar el cronóscopo de Arsonval, que ha dado
muy buenos resultados en la psicología pedagógica, pero en cuya des-
cripción detallada no queremos detenernos por no ser este el lugar apro-
piado y además porque los que deseen conocerlo lo encontrarán en
cualquier obra dedicada a esta clase de materias.
Siendo tan importante, como hemos visto, el papel que representa
la imaginación en el proceso de toda nuestra vida, es evidente que una
facultad tan preciosa debe ser educada y cultivada. Sin embargo, no
pocas veces ha sido objeto de maldición y de desprecio. A veces, en
efecto, es funesta para el hombre, puesto que es capaz, en ocasiones,
de envenenar toda su vida. Cuando la imaginación está mal dirigida y
disciplinada, desarrolla las pasiones malas del alma, y es la causa de
todas las grandes caídas; llega a ser el agente más poderoso del conta-
gio moral y la fuente de las más groseras supersticiones. Por otra parte,
es la imaginación también madre de todas las terribles desilusiones que
hacen la vida insoportable y de los funestos ensueños, que llevan hasta
el olvido de los deberes. Malebranche llegó a llamarla «la loca de la
casa» y Pascal «una maestra de error y de falsedad».
Pero también tiene sus ventajas: la imaginación es el principio del
arte, y, por consiguiente, de las más bellas emociones; si es verdad que
nos hace soñar, este ensueño nos sirve de descanso y nos proporciona
una felicidad bien que momentánea: si concibe ilusiones, ella misma
corrige el mal que ha causado: ella es la que da pábulo a la esperanza,
que es el resorte enérgico de toda nuestra vida: ella nos comunica el
entusiasmo por las acciones nobles y caballerescas, sostiene nuestra
fortaleza para acometerlas poniéndonos delante la perspectiva del
éxito; da un matiz elevado y poético a la prosa de la vida, haciéndo-
nosla ver amable e interesante: ella abre, en fin, nuestro corazón a la
simpatía y a las virtudes de la caridad cristiana.
La educación debe tender a disciplinar esta facultad, en vez de
ahogarla y suprimirla, porque una naturaleza, en la cual faltase, se
vería privada de im elemento precioso: incapaz, como seria, de repre-
ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA 35
sentarse nada con energía y con fuerza, no podría nunca sentir con vi-
veza y se vería condenada a la más absoluta inercia. Sin duda que una
naturaleza en la cual la imaginación fuera demasiado viva y absor-
bente, no sería mejor a causa de los excesos de todas suertes a que es-
taría expuesta.
De aquí que la educación de la imaginación y de la atención ima-
ginativa, ha de abrazar dos extremos: en aquellos sujetos en que esta
facultad sea naturalmente lenta y fría, es menester excitarla poniéndola
en contacto con las obras bellas de la naturaleza o del arte, procuran-
do levantar su entusiasmo con la vista o la narración de acciones gran-
des y heroicas, alimentando su curiosidad con las páginas más vibran-
tes de las obras maestras en literatura. Así la imaginación se educará
en cierta manera a sí misma. Para toda esta obra de educación imagi-
nativa, es indispensable un gran esfuerzo de atención para percibir la
belleza allí donde realmente existe, y para sujetar nuestras facultades
al trabajo, que intentamos realizar.
En aquellos individuos en que la imaginación se desborda con de-
masiada frecuencia, o está continuamente dispuesta a engolfarse en el
mundo de las quimeras y de lo inverosímil, el principal fin de la edu-
cación ha de ser introducir en sus espíritus la disciplina y la regla y so-
meterlos a una razón fuerte, a una reflexión sólida, atenta y sostenida.
Cuanto la imaginación abandonada a sus propios sueños y caprichos
es más peligrosa, capaz de males irreparables, tanto más útiles servi-
cios nos podrá prestar transformando toda nuestra vida, si se la pone
al servicio de la razón, o más bien, se identifica con ella.
Como resumen de lo dicho en el presente artículo, hablaremos algo
de la influencia que ejerce la atención sobre la vida moral. Hemos vis-
to cómo la atención puede preservarnos contra los peligros de las pa-
siones, permitiéndonos conservar una inspección minuciosa y continua
sobre todos los movimientos de nuestra sensibilidad y asegurándonos
el imperio sobre nosotros mismos. Hay quienes acusan a la reflexión
por introducir en nuestro ánimo una prudencia demasiado fría y calcu-
ladora; pero la verdad es que la atención no nos impide para sentir con
viveza, cuando es preciso, y para arder de entusiasmo por las causas,
que la razón legítima. Es falso que la atención seque el corazón; lo que
hace únicamente es ilustrarle, e ilustrándole hace que sus sentimientos
sean más profundos. Cuando Sócrates declaraba que la virtud es idén-
36 ATENCIÓN AFECTIVA, SENSORIAL E IMAGINATIVA
tica a la ciencia y el vicio a la ignorancia, no hay duda que exageraba;
pero corrigiendo su fórmula, podríamos nosotros decir que en todo caso
la sabiduría es hija de la reflexión y que el malvado es antes que nada
un distraído. Cuando cometemos un pecado, frecuentemente es la falta
de vigilancia la que abre las puertas a la tentación. No ignoramos que
hay casos de perversión lúcida, aquellos en que el individuo calcula
fríamente el crimen y lo pone por obra con la misma frialdad; pero esto
es el efecto más bien de un extravío, el resultado de una idea fija, que
distrae precisamente al hombre respecto a todo lo demás, en que le
convendría pensar y le hace olvidarse hasta de sí propio.
En todo caso, nadie se atreverá a negar que la reflexión es el alma
de la libertad, que permite a la deliberación ser sincera; y multiplican-
do los motivos de elección con el valor exacto de cada uno, nos per-
mite determinarnos a obrar con todo conocimiento de causa. Por la re-
flexión atenta, el hombre es una persona y, sobre todo, un carácter,
P. V. Burgos.
'U CASA DE LA TROYA" DE PÉREZ LUGÍN
Recientemente ha sido premiada esta novela por la Real Academia
Española, y es bien anticiparlo, porque aquello de Troya, con su artícu-
lo por delante, quizás en algunos oídos suene a zarabanda y escánda-
lo, algo así como una imitación atrevida y chocarrera de La Celestina.
La casa de la Troya es, en efecto, cosa de mucho ruido y estruendo,
si no recomendable, como una lectura del Kempis, tampoco un jolgorio
que pase la raya, ni mucho menos roce los linderos de la moral. La
casa de la Troya, para que de una vez lo sepan mis lectores, no es
más que una antigua casa de estudiantes de Santiago de Compostela,
y con ello está dicho que no faltaba el ruido, las travesuras, los motes,
sus horas de timba en los primeros de mes, cuando había algún dine-
ro, buen humor y poco, poquísimo, estudio como es natural en toda
reunión de jóvenes que se ven sueltos y libres de toda vigilancia. El
asunto de la novela es muy sencillo: un estudiante madrileño, hijo de
buena familia, que ha perdido a su madre y, por las muchas ocupacio-
nes de su padre, se ve en Madrid libre de toda vigilancia y con dinero.
Claro está, no estudia, gasta mucho, se reúne con otros compañeros
tan alegres como él, frecuenta los teatros, las corridas de toros y demás;
y por último se enamora de una bailarina. Al fin se entera su padre, y
para sacarlo de ese medio ambiente y que termine su carrera, si no con
provecho, al menos en paz, lo encierra en Santiago de Compostela. Ya
en Santiago, el muchacho se aburre los primeros días, pasea solo y
está a punto de desesperarse; mas a los veintitrés años, rodeado de mu-
chachos alegres y cariñosos, como saben ser los gallegos, se hace a la
tierra y a las costumbres, se enamora de una muchacha buena, religiosa
y formal, y después de muchos lances provincianos, unos prósperos y
otros adversos, termina su carrera y se casa. Total, nada: un asunto tri-
vial que se repite en España con muchísima frecuencia, al menos en la
38 «LA CASA DE LA TROYA» DE PÉREZ LUGÍN
primera parte y no pocas en la segunda, si se descuentan las circuns-
tancias de lugar y tiempo. ¿Quién no ha visto en España estudiantes
ricos y pobres que se divierten y no estudian? No escasean tampoco
aquellos otros en que una muchacha buena y formal, que se estima y
tiene conciencia de que el matrimonio no es cosa de bureo y trampan-
tojo, obliga al que pretende su mano a demostrar que es digno de ella,
que es hombre de acción y de palabra, un caballero, en fin, que ha de
saber llevar las cargas del nuevo estado y sostener con lustre y sin ta-
cha el nuevo hogar que se va a establecer. Y, sin embargo, Pérez Lugín
con elementos tan sencillos y ordinarios, casi prosaicos, me atrevería a
decir, ha logrado tejer una hermosa novela, llena de interés, de ideali-
dad, de frescura y de entusiasmo; una optimista narración que se lee
de una sentada. Al revés de Pío Baroja, que no acierta a observar en la
vida más que pasiones, ruindades y miserias, intenciones aviesas y
mezquinas; al revés de la escuela modernista, si es que existe tal
escuela, cultivadora de los sidera errantia de las situaciones raras y
perversas, que no sabe encontrar su originalidad más que en lo exótico,
en las pasiones exacerbadas y morbosas, en los casos de ensueño y de
artificio, Pérez Lugín bebe su inspiración jugosa y simpática en un rin-
cón de España, en la fuente pública de una ciudad gallega, siquiera sea
ésta una de las más típicas de la hermosa Galicia, tan hermosa como
desdeñada, pues ni aun sus mismos hijos hacen valer sus méritos en lo
que es de razón y de justicia. Ni siquiera ha tomado Pérez Lugín sus
elementos de los caseríos y pazos, envueltos en la bruma legendaria,
ni de los hechos unos raros y otros gloriosos de la misteriosa Galicia,
impregnados algunos de hondo sentimentalismo, como el caso de Vei-
ga, cuya Alborada cristalina y vagorosa se dice que le brotó del alma,
como una endecha dolorida, forjada en el rescoldo de un amor impo-
sible y desgraciado. A Pérez Lugín le basta con las peripecias inconsis-
tentes y banales de la vida universitaria para engarzar su relato ilu-
minado por las tintas melancólicas del recuerdo y matizado con algu-
nos toques de amable ironía que lo transfiguran y le comunican cierto
aire recatado de sabrosa complejidad.
Sobre el jolgorio de la vida escolar, derramada y bullanguera, so-
bre el acompañamiento abigarrado de sonajas y guitarras, armado por
la troula estudiantil revolotea el canto de un amor ideal, generoso,
casto y severo que ennoblece a los protagonistas y los hace compren-
«LA CASA DS LA TROYA» DE PÉREZ LüGÍÍÍ 39
der la vida en serio, con sus grandes responsabilidades y también con
los remansos y alicientes de una dicha intima y serena, un amor cris-
tiano, en ñn, a la manera antigua, tal como lo ensalzaron los novelistas
de cepa, Alarcón, Pereda y el mismo Cervantes en el maravilloso episo-
dio del Cautivo. Propiamente lo que sugiere de un modo vago y lejano
La casa de la Troya es El escándalo de Alarcón, en esfera, claro está,
mucho más modesta. En el fondo el caso es el mismo. Una muchacha,
Carmen de Castro, de ilustre y antigua cuna, que siente vivísima inclina-
ción por el estudiante madrileño, Gerardo Roquer; mas que al mismo
tiempo, escamada por la aureola de calavera y un tanto escandaloso y
libertino que envuelve al muchacho, reprime sus sentimientos y exige
garantías de constancia, de sacrificio y de trabajo, mientras ella ruega
con grandísimo fervor a la Virgen para que lo sostenga y lo haga
tan cumplido caballero, tan firme, tan noble y tan leal como ella lo
desea.
Visto así el amor profano, se idealiza, se convierte en una aspira-
ción a la hermosura espiritual y adquiere perspectivas ultraterrenas,
sobre las cuales puede caer sin desdoro la bendición divina en la virtud
del Sacramento, es sencillamente la bendición del hogar cristiano, cuya
semejanza con el santuario es más real y profunda de lo que parece a
primera vista. Y esa ráfaga de espiritualidad, de amor que muchos
califican de romántico y que sin embargo no lo es porque no se trata
de cosa imaginaria e imposible, porque más o menos clara y perfecta-
mente lo vemos cumplirse en la inmensa mayoría de las mujeres espa-
ñolas, es lo que da interés e idealidad a La casa de la Troya de Pérez
Lugín. A medida que los personajes se aproximan a ese resplandor, se
humanizan, se vuelven serios y pundonorosos, incluso los fantásticos
y bullangueros jóvenes de la troula universitaria.
El novelista pone en boca de un limpiabotas, personaje de cuarta o
quinta fila, pero de mucho sabor local y por eso muy importante, una
frase que lo acredita de sagaz observador: cuyamente... la juventud
nunca se pone más seria que cuando dispónese para se divertir. Se
trataba de un baile en el casino, y aunque a esas reuniones se las lla-
men fiesta y diversión y en muchos casos lleguen a una algarabía loca
y reprobable, de ordinario entre personas honradas y sobre todo en
provincias, son algo más, es el instinto del porvenir, es lo que diría
Schopenhauer en sentido panteísta, el canto de la especie, y lo que de-
40 «LA CASA DE LA TROYA» DE PÉREZ LUGÍN
cimos en sentido vulgar, la posibilidad de un futuro más o menos di-
choso. De ahí la seriedad instintiva, la apostura caballeresca y el aire
resuelto y de energía elegante que adoptan los jóvenes sin darse cuen-
ta, y muy bien está cuando sus almas vibran al refilar de impulsos
generosos. Pero, en fin, dejemos a un lado estas filosofías que a buen
seguro, no las tuvo en cuenta para nada el autor de La casa de la
Troya. Decíamos que las costumbres y travesuras de la vida estudiantil
formaban el acompañamiento de la sonata amorosa, pero tal vez no
hemos dicho bien, pues con ser tan noble el pensamiento que sirve de
hilo conductor en el desarrollo de la novela, hay allí una galería de
tipos, de episodios y de lances, dibujados con tanta gracia, tanta natu-
ralidad y desenfado que a veces agrada más o, por lo menos tanto, la
salsa como el nervio del tuétano. Es muy posible que uno de los méritos
más grandes, si no el principal consista en eso, en hacer agradables e in-
teresantes las mil fruslerías, tomaduras de pelo y trapisondas de los es-
tudiantes. Por lo mismo que no pasan de niñerías que se repiten poco
más o menos todos los años, se necesita no poco arte para contarlas
sin que lleguen a cansar. La entrada de Gerardo en La casa de la Troya
tiene gracia. Habían conseguido los compañeros sacarle de un hotel
donde vivía solo y aburrido, y en un día de fiesta lo trasladaron a la fa-
mosa Peña. <Dieron una vuelta por la Herradura — dice el novelista— y
dos por la Rúa, y al medio día, rendidos por el largo paseo, pero de
buen humor, fueron, acompañados por el servicial Rafael, a la casa
de la Troya.
Tuvieron que llamar varias veces para que les oyesen, porque ha-
bía dentro un alboroto de doscientos mil demonios, o de media docena
de estudiantes, que viene a ser lo mismo con algunos tantos a favor de
la mayor potencia ruidosa estudiantil.
Desde el segundo piso preguntó la criada, que abrió Ja puerta tiran-
do de la cuerda del pestillo que subía por el vano de la escalera.
— ¿Quién es?
— El señorito nuevo— respondió Rafael.
— Voy allá — se oyó a doña Generosa.
— Yo me marcho — dijo el camarero (Rafael)—. Muchas felicidades^
don Gerardo; don Augusto, hasta luego.
—Pero ¿y eso?— interrogó el último.
—Que no quiero que me vean, porque me van a pedir dinero y hoy
«LA GASA DE LA TROYA > DE PÉREZ LUQÍN 41
no tengo. Cuando le alborotan así, es que no le hay un cuarto en toda
la casa.
— lAbajo Samoeirol iMueran los osíró^'odos/— gritaron en el segun-
do piso los huéspedes de doña Generosa.
— iDemonio!— exclamó Rafael, apresurando la despedida — . Andan
a vueltas con Samoeiro. Esto está peor dejo que yo me pensaba.
• >• .... .... .......
En la puerta del comedor detúvose Gerardo, entre curioso y asom-
brado. Seis o siete estudiantes tenían acorralado a otro rapaz que era
el único vestido de una manera admisible. Los demás... Uno llevaba
un impermeable viejo, de esos de esclavina que le arrastraba, otro me-
tía su cuerpo en un gabán de verano de aquellos cortitos que ridiculi-
zaron tantas veces los caricaturistas de la época, y lucía sus piernas
embutidas en unos calzoncillos listados de rosa y azul, realmente ase-
sinos. Los demás envolvíanse en las colchas de la cama...
— ¡Samoeiro, ostrogodo indigno! — gritaba uno — . ¡Cede o te declara-
mos enemigo de la patria!
En La casa de la Troya se reunían unos cuantos tipos deliciosos:
Samoeiro, muchacho un poco obtuso, agarrado y que desde el curso de
Historia de España llevaba el mote de Ostrogodo; Barcala, el poeta de
la Troya y el más listo y sensato; Madeira, un mozo fornido, amigo de
zambras, malísimo estudiante, de buenos puños y con una gran pasión
dominante, la vanidad de considerarse como el mejor panderetista de
Compostela y el más enterado de las cosas del Extranjero. En una trou-
la estudiantil había recorrido algunos pueblos de Portugal, luciendo
sus habilidades panderetiles, y desde entonces no permitía que se le
discutiera ni que hablase nadie de Portugal, sin que él dijese la últi-
ma palabra. Lo bueno de aquella reunión era que a los ocho días de
estar en Santiago no tenía nadie una peseta, ni siquiera pantalones,
pues todo había sido tragado por las fauces de los cafés y los presta-
mistas, y tenían que limitarse a recorrer en continua gresca las escale-
ras y pasillos de la casa de la Troya. Aquello era, pues, una verdade-
ra Troya, un estruendo continuo y una zarabanda que no dejaba en
paz a nadie en un kilómetro a la redonda y que sólo podía aguantar
doña Generosa, la dueña de aquel estrepitoso manicomio. Sin embargo,
también se escondía en aquella casa y entre aquel jolgorio una nota
delicada, un muchacho bueno, aplicado y modesto. Se llamaba Pan-
42 «LA CASA DE LA TROYA» DE PÉREZ LüGlN
duriño, estudiaba Medicina, y por la escasez de recursos se veía preci-
sado en los veranos a recorrer las fiestas aldeanas en una murga, to-
cando el cornetín de pistón.
En honor de los troyanos es preciso reconocer que, no sólo no mo-
tejaban su pobreza, sino que más bien le profesaban cariño y hasta
cierta veneración. A Pandiiriño todo el mundo le respetaba cuando se
recogía a estudiar en su rincón; es más, si el ruido llegaba a las nubes,
como sucedía casi siempre de día y de noche, nadie se atrevía a repli-
car a las reprensiones de Panduriño. Alrededor de estos tipos y de esta
casa de estudiantes, que es un símbolo de todas las demás, traza el no-
vehsta otra multitud de tipos y figuras de la Universidad y la pobla-
ción, de tal manera, que en resumen viene a resultar una'vista de con-
junto de la sociedad provinciana y calmosa de Santiago; pero todo
ello perfectamente distribuido, enlazado y anotado con sobriedad y
sus puntos de alegre y generosa ironía. Allí figura el pintoresco don
Servando, profesor muy sabio e indulgente con los muchachos; don
Ventura Lozano y Portillo, ex juez de Ordenes, señor tan bueno como
latoso por su extremada cortesía y su afición a los discursos transcen-
dentes; Carlotas, el betunero; su contrinca el Merlo; los bedeles y po-
licías, o vHleus; los graves canónigos de la catedral; el saltatumbas Min-
guiña; ks mamas y las muchachas, que tienden con sabia y honrada
discreción sus redes para pescar un maridíto o un yerno presentable en
aquel río alegre de abogados y de médicos; las confiterías y tabernas,
las troulas estudiantiles y hasta los cómicos de la legua, dirigidos por
Rebolo, que alborotan unos días y se marchan después con la música
a otra parte, porque allí decae el interés, y, sobre todo, decae el bolsi-
llo, que es lo más grave. Ya hemos dicho que las fruslerías, trapison-
das y ajetreo de los estudiantes compostelanos no tienen en sí nada de
particular ni de nuevo; son cosa repetida todos los años con ligerísímas
variantes. Lo que agrada es el soplo de vida ingenua que el autor ha
sabido infundir en los personajes. Se ve que el autor la ha vivido y se
ha codeado con Barcala y Madeira, y que ahora, a distancia, la recuer-
da con cariño e indulgencia, como se recuerdan siempre los años de la
juventud descuidada y bullanguera. Al concluir la carrera y obtener su
tilulo de licenciado, el poeta Barcala se despide de sus compañeros en
un discurso que es la perspectiva de Pérez Lugín: «No nos felicitéis,
amigos— dijo emocionado—. iCompadecednos y dejad que os envidie-
«LA CASA DE LA TROYA > DE PÉRKZ LUGÍN 43
mos! Los dichosos sois vosotros, que todavía continuaréis aquí libres
de cuidados, sin preocupaciones, ¡felices! ¡¡jóvenes!! Nosotros acabamos
de desposarnos con la inquietud...» A esa luz fantástica se desvane-
cen los apuros, la zozobra de los exámenes, los ratos de aburrimiento,
el trabajo fastidioso de las asignaturas, los fracasos y otras peripecias
que lleva siempre rodando la vida y no queda más que un sonido aéreo
de cascabeles, cuyo interés se cifra únicamente en lo agradable del re-
cuerdo. Sin embargo, entre las mil jugarretas de los estudiantes com-
postelanos, refiere el novelista una que es original y graciosa, de la
cual no queremos privar a nuestros lectores. Tenían los estudiantes de
Santiago, y probablamente seguirán teniendo, la costumbre de obse-
quiar a sus novias con una serenata, y con tal motivo no pasaba no-
che en Santiago que no se oyera alguna murga por la calle. Quedó
entonces por algún tiempo de alcalde interino D. Ventura Lozano, el
famoso ex juez de Ordenes, y prohibió aquellos jolgorios musicales de
un plumazo. Disgustáronse los estudiantes e imaginaron una burla in-
geniosa: constituir el Batallón del silencio.
Formaban esta singular milicia la mayoría de los estudiantes, y te-
nían su campo de concentración en la solitaria plaza de la Quintana-
Al frente de la escuadra de gastadores, los mejores mozos de la Univer-
sidad, marchaba orguUosamente el diminuto Nietiño. Gerardo conducía
la bandera; el famoso chaqué con pintas de grasa de Samoeiro, enar-
bolado en una escoba, al cual servía de gloriosa corbata una toalla.
Los banderines de las compañías eran diversas prendas de uso interior:
unos calzoncillos, el de la primera; el de la segunda, una camiseta; un
calcetín, el de la tercera. A la cola del batallón y en calidad de ambu-
lancia sanitaria, marchaban Cañotas y el Merlo, con sus cajas de betu-
nero. Los muchachos desfilaban en silencio por las calles más concu-
rridas, y en los soportales, donde solía pasear D. Ventura, se colocaban
detrás, como guardia de honor, marcando el paso con gran formalidad,
sin hablar una palabra. Si D. Ventura entraba en el café, el batallón
desfilaba ante él, entrando por una puerta y saliendo por otra; si se re-
tiraba a su casa, aUí le seguía el batallón, presentando armas al des-
aparecer D. Ventura; si iba al Ayuntamiento, el batallón le acompaña-
ba, y dondequiera que estuviese el glorioso alcalde, el batallón se pro-
yectaba detrás como una sombra fatídica. Excusado es advertir que a
su paso se abrían todas las ventanas, se asomaba la gente a los bal-
44 «LA CASA DE LA TROYA» DE PÉREZ LUGIN
cones, gritaban los chiquillos y estallaban las risas estrepitosas, incluso
de los propios villeuSy como si el pobre D. Ventura, tan solemne, tan
ceremonioso y ordenancista fuese un alcalde de Carnaval; excusado es
añadir que el disgusto y la ira se habían apoderado del buen señor y
le tenían acoquinado, sin saber qué partido tomar. — iSerenol— gritaba
desesperado en cierta ocasión un tanto picaresca—. ¡Sereno! ¡Detenga
usted a estos criminales en flagrante delito de atentado a la primera
autoridad compostelanaí
— No le tengo cuerda bastante, señor alcalde — repuso angustiado el
villeu.
Y con esto queda anotado lo que hay de más saliente en La casa
de la Troya, de Pérez Lugín; en conjunto, una novelíta muy alegre,
movida y espumosa, risueña y apacible como una puesta de sol en el
mes de Mayo, salpicada aquí y allá de fina sátira y con extraordinaria
indulgencia para el hervor de la sangre moza y la inconsciencia de los
pocos años. Sin embargo, dado el nivel moral de la literatura moder-
nista y la crítica de mala intención que reina en el ambiente literario de
nuestros días, bien se puede señalar con piedra blanca La casa de la
Troya. Si hubiéramos de poner reparos, según es costumbre en la crí-
tica española, más que en la extranjera, diríamos que el estilo peca
de flojo y desmañado, que no hay allí frase torneada y brillante, rebus-
co de efectos y tonalidades artísticas y nuevas.
Alguien echará de menos el escenario, la descripción del paisaje ga-
llego, y aun de la misma ciudad de Santiago con su imponente cate-
dral y su Santo Apóstol, que lo absorben todo, otros preferirían que
el viaje de Gerardo a Compostela se hubiese hecho por la orilla del
mar, por el ferrocarril que va de Vigo, desde el cual se contemplan las
rías gallegas e infinitos paisajes de un encanto indescriptible. Desde
luego Pérez Lugín no es un paisajista. Los toques descriptivos de su
novela son escasos y borrosos, apenas recorta los perfiles y no acierta
a dar la impresión de exuberancia, de ternura, de intimidad y de color
recatado que se observa en casi toda Galicia. Al que haya visto aque-
llos bosques inmensos de pinos, aquel río Miño, tan silencioso, aquella
verdura lujuriante que sube hasta la cumbre de los montes, aquellas
rías tranquilas como un lago, rodeadas de alisos, aquellos maizales
rumorosos, las casitas blancas, las chozas escondidas en la espesura, y
aquellos senderos, que unas veces se asoman al mar, como por un bal-
«LA CASA DE LA TROYA > DE PÉREZ LÜGÍN 45
con, y otras se esconden en la espesura, espontáneamente se le ocurre la
idea de tener allí una casita y quedarse para siempre a vivir en aquella
tierra aislada, como recostado y adormecido en el regazo ubérrimo de
una madre cariñosa. El paisaje gallego explica, en gran parte, la timi-
dez y recato de sus habitantes; se comprende la morriña que sienten
cuando salen fuera de su país, los aires tiernos y melancólicos de la gai-
ta gallega, el habla cantarína y melosa, los modales insinuantes, su afi-
ción y sus grandísimas facultades para la música y la lírica, su encogi-
miento y desconfianza, propios del que vive aislado del bullicio urba-
no y como envuelto y absorto en la contemplación de un paisaje silen-
cioso. Es como si las explosiones humanas que saltan bravias en la
jota o se marcan expresivas en los pinreles de una gitana, se amorti-
guasen allí, aprisionados en las sedas mórbidas de un estuche inmen-
so. Y no se crea que todo es melosidad y blandura, cortesía y encogi-
miento. Por lo íntimo de las almas se desliza una corriente impetuosa
de profundo realismo, unas veces salvaje y fiero, otras de una sátira
grave y desconfiada; a veces alegre y retozona, otras picaresca, es de-
cir, un realismo de suma complejidad, que no se paga de la forma y se
va derecho a los resortes más íntimos de las pasiones humanas, inter-
pretadas éstas, no como impulsores ciegos de la vida humana, como los
pies, que decía San Agustín, hechos para andar, para ir a todas partes,
guiados por la vista, o sea por la razón, sino como un impulso taima-
do. En la musa gallega, tal vez más que en ninguna, se ofrecen las pa-
siones, la interpretación de la vida, como tendencia maligna, como una
preponderancia de los instintos y temperamentos en la corriente gene-
ral del vivir, y, por consiguiente, el criterio práctico de la musa gallega,
mientras no se demuestre lo contrario, es el mismo de la Guardia civil
en ruta; paso firme, mucha vista y mala intención.
En la poesía popular es donde fulguran esos matices variadísimos,
donde asoma el pueblo gallego tal como es:
Os fiUos d'a miña filia,
eses meus fíllos son;
os fíllos d'a miña ñora,
¿eses?, ¡ou serán ou non!
Canta rula, canta rula,
canta rula n'aquel souto.
46 «LA CASA DE LA TROYA» DE PÉREZ LUGIN
¡Pobriño d'aquel que espera
p'lo que esta n'aman d'outrol
Fixéchem'unha camisa
e non m'a riscache ben;
costureiras namoradas
nunca certan a coser.
Si se exceptúan las explosiones líricas, que las hay de una ternura
y una vaguedad aérea infinitas por todas las demás, se desliza un aire
socarrón, a veces tan sutil que se quiebra, pero que siempre va más o
menos directo, con más o menos disimulo al mismo fin. En las fiestas
de aldea se presentan el gaitero y su muchacho que golpea con estruen-
do en el bombo. El gaitero es un cuarentón, y el muchacho de unos
quince a dieciséis. Entre soplido y refilada conversan los dos entre sí,
y dice el cuarentón al muchacho:
Mira cuántas nenas,
qué bunitas son.
¿Ti gustarche muyto?
¿Eu...? |Eu si, señor...!
Si a todo esto se recuerda la lírica mimosa, delicada y triste de Rosa-
lía de Castro, aquellos
Aires, airiños, aires.
Aires d'a miña térra.
Aires, airiños, aires.
Aires, levaim'a ela.
o la Cantiga «morriñosa» de Curros Enriquez:
N'o xardín unha noite sentada
o refrexo d'o branco luar... etc., etc.
y no se olvidan las manifestaciones de los escritores gallegos en la lite-
ratura castellana, se echará de ver la complejidad asombrosa, la rique-
za extraordinaria, la exuberancia de la psiquis galaica, fértil como nin-
guna y en gran parte desconocida.
De todo esto, claro está, no se encuentra nada, o se encuentra muy
poco en La casa de la Troya, y es lógico, en cierto modo, que no tenga
de esas cosas, ya porque el gusto moderno se va derecho a la acción y
«LA CASA DE LA TROYA» DE PÉREZ LÜGÍN 47
no se entusiasma con las descripciones, ya porque en La casa de la
Troya no habitan más que jóvenes, y éstos viven de sí mismos, de sus
travesuras, de su agitación, y les importa un bledo el paisaje con todos
los sentimentalismos. El viaje de Gerardo en carrilana, pasando por
tenduchos y ventas donde los jóvenes garbean a la manera antigua de
los estudiantes, es más típico. En fin, para terminar, diremos que son
muy propios de una novela juvenil la pequenez de ios conflictos, casi
idílicos, la bondad nativa y generosa de todos los personajes, excepto
la familia de los Maragota, y aun del lenguaje y esíiio podemos afir-
mar que, si no llega a la perfección ni mucho menos, en cambio refleja
muy bien el tono meloso de Santiago: <no le hay dinero en casa, no
le tengo cuerda bastante...*, son expresiones íntimas que están pidien-
do una bata y unas babuchas de orillo. En resumen. La casa de la
Troya no es una novela de intriga, ni de pensamiento transcendental,
ni de caracteres o de estudio psicológico profundo, es un cuadro risue-
ño de costumbres universitarias y nada más.
P. Benito Garnelo.
o. s. A.
LA BIBLIA DE VALVANERA
A.— Historia del manuscrito.
Aunque esta Biblia no se remonta a tan alta antigüedad como el
Códice Ovetense, es, sin embargo, mucho más importante que él, por
razón de su contenido. Ambrosio de Morales habla de ella como de uno
de los Códices más notables de España, y es indudable que lo era, por
lo menos entre los Códices bíblicos.
Fué copiado este incomparable manuscrito en el Monasterio de Be-
nedictinos de Valvanera (1), y «aunque no se dice en él cuándo se es-
cribió, cierto la forma de la letra asegura ser del siglo XI, y aún de más
atrás >, en opinión del citado Morales (2), que tuvo ocasión de verle y
estudiarle detenidamente. El P. Benito Rubio, archivero del citado Mo-
nasterio en el siglo XVÍII, señala con más precisión la fecha del códice
y nos da a conocer, además, el nombre del copista con estas palabras:
«También hubo en lo antiguo monges muy literatos en este Monaste-
rio. Del que hay alguna memoria es de Simón Pérez, el escritor, el que
escribió la Biblia de que hace mención Morales en su Historia de Es-
paña y llevó al Escorial el Rey Felipe segundo... También escribió este
monge la Regla de S. Benito, y aunque no pone su nombre en una
ni en otra obra, en la Regla ya pone la fecha, que es la siguiente: Ex-
plícitas est Codex iste sub die quod erit tertio Idus Maii, die. Sabbato,
era nonagentesima nonagésima secunda Lunae Cursi 22. Regnante
Rege Ordonio in Legione et Comité Ferdinando Gundisalviz in Cas-
tellaa (3).
(1) Está situado en !os montes Distercios, en la Rioja, y es uno de los más
célebres Santuarios de la Virgen en España.
(2) Coronica General de España, Córdova, 1586, t. III, pág. 330.
(3) Historia y feliz hallazgo de Nuestra Señora de Valvanera, Logroño, 1798,
página 99. De esta Regla de S. Benito habla también el P. A. Yepes en su
Crónica, Centuria 1.», fol 284.
LA BIBLIA DE VALVANERA 49
Preciso es confesar que este testimonio, en lo que se refiere al autor
de la Biblia de Valvanera, no ofrece todas las garantías que suele exi-
gir la critica, por ser de época reciente y estar desprovisto de todo com-
probante (1); pero, en cambio, en lo que atañe a la fecha en que fué
copiada, que es lo que más nos interesa, nos parece que merece entero
crédito, porque, sustancialmente, concuerda con el parecer de Ambro-
sio de Morales, y además está avalorado con el documento sacado de
la Regla de S. Benito, cuya semejanza de letra con la Biblia fácil-
mente podía conocerse. Creemos, por tanto, bien probado que la Biblia
de Valvanera fué copiada hacia la mitad del siglo X.
Se conservó esta Biblia en dicho Monasterio hasta el año 1561, en
que fué prestada al P. Castillo para que pudiera cómodamente estu-
diar y colacionar su texto. En el año 1572 aparece en la lista de los
libros de D. Pedro Ponce de León, que debían tomarse para El Es-
corial:
<Vna biblia muy grande escrita en dos cuerpos de letra goctica en parga-
mino y ha mas de trecientos años por lo menos que se escribió. Es del mo-
nesterio de nra. S.^ de balbanera y es por donde se emendaua una biblia
questara adelante al prencipio de los ynpresos.* (2).
(1) Acerca de este mismo punto, el actual Abad de Valvanera, muy reve-
rendo Padre Agustín Urcey, en atenta carta del 29 de Diciembre de 1919, que
muy de veras agradecemos, nos comunica lo siguiente: «Estimado Padre: Re-
volviendo los pocos papeles que se conservan en este archivo, encontré un
«Dietario o Breve Compendio del Archivo de el Monasterio de Nuestra Seño-
ra de Valvanera y sucesos de su historia», escrito en 1757 por el P. Benito
Rubio, archivero de este Monasterio, obedeciendo órdenes del entonces Ge-
neral de la Congregación de San Benito el Real, de Valladolid, reverendísimo
Padre Fr. José Balboa. En el folio 52 de este manuscrito dice el P. Rubio: «En
ella (en la casa de Valvanera) florecieron varones prodigiosos en santidad y
letras. De quienes hay memoria (lo copio hasta sin sentido) de Deodato y
Obdulio, Obispo aquél de Alaba y éste de Tarazona. De quienes fué trabajo
aquella obra de la Biblia escrita en gótico con las versiones de Theodoción y
Aquila que el rey D. Felipe 11 se llevó de nuestra casa al Escorial como es tes-
tigo Morales en su Historia de España.»
Estos datos acerca del autor, o mejor dicho, de los autores de la Biblia de
Valvanera están en abierta oposición con lo dicho por el mismo P. Rubio en
su Historia y constituyen una prueba positiva del poco crédito que merece su
testimonio en este punto.
(2) Memoria de los libros que se deben tomar para el Real Monesterio de San
Lorencio, de los que reñía el obpo. de Plasencia Don Pero Ponce de León.~Ms,
ESCUR. dí.-II-15, fol.238v.
4
50 LA BIBLIA DE VALVANERA
Estas palabras parecen indicar que aunque se hallaba entre los
libros del Obispo de Plasencia, la propiedad del manuscrito seguía per-
teneciendo al Monasterio de Valvanera, al cual no sabemos si fué de-
vuelto, o si, al contrario, fué traído directamente de Plasencia al Esco-
rial hacia el año 1572 juntamente con los demás libros de D. Pedro
Ponce (1). Lo cierto es que* ya antes del 1586, año en que está impreso
el tercer tomo de la Crónica de Ambrosio de Morales, pertenecía a los
fondos de la Biblioteca Escurialense.
En el índice (2) de esta Biblioteca, atribuido al P. Lucas de Alaejos,
figuran solamente dos Biblias góticas, cuya descripción es como sigue:
Biblia Vulgata. Codex perantiquus. Litteris Gotthicis. membr. era. M.C.X.
—I. A. 2.
Biblia Vulgata, Codex perantiquus. Litteris Gotthicis. membr. era
M.CC.XX.L— In principio reperitur Chronicon breuis per aetates. I. B. 9.
Probablemente esta última debe identificarse con la de Valvanera,
pues la era de MCCXXI coincide, exactamente, con la era en que, se-
gún una nota de la Biblia de Valvanera (que luego copiaremos), fué
dedicada la Iglesia del Monasterio del mismo nombre por el Obispo de
Calahorra, lo cual da motivo para sospechar que el autor del índice
tomó equivocadamente la fecha de la dedicación de la Iglesia como
fecha de la composición del códice.
En los índices posteriores al del P. Lucas de Alaejos no se vuelve
a hablar de esta Biblia ni al presente se halla en esta Biblioteca, igno-
rándose por completo su paradero. Es probable que pereciera, como
tantos otros tesoros bibliográficos, en el terrible incendio de 1671. Egu-
ren, en su conocida Memoria de los Códices notables de los Archivos
eclesiásticos de España (Madrid, 1859, pág. 45), habla de esta Biblia
como si en su tiempo existiera todavía en El Escorial, pero es seguro
que este autor no la vio, pues la descripción que de ella hace no es
más que un breve, y no del todo fiel, extracto de la de Ambrosio de Mo-
lí) El P. Castillo en una nota que en otro lugar hemos copiado (Cfr. volu-
men CXVIl, pág. 395) parece dar a entender que en el 1576 la Biblia se encon-
traba todavía en Valvanera, y Ambrosio de Morales afirma terminantemente
que se trajo del mismo Monasterio al Escorial; sin embargo, confesamos que
no podemos desechar la sospecha de que viniera con los libros del Obispo
de Plasencia.
(2) Index alphabetico digesius ordine, in quo recensentur Códices manus-
cripti latini, qui in huius Regiae Bibliothecae armariis... asservantur. fol. XII.
LA BIBLIA DE VALVANERA 51
rales. S. Berger (1), el diligente investigador de los códices bíblicos de
España, confiesa que han sido vanos cuantos esfuerzos ha hecho para
encontrarla. Parece, pues, indudable, que de esta famosa Biblia no se
conserve otra cosa que los fragmentos copiados por el P. Castillo en las
márgenes del incunable Escurialense, de que en otro lugar hemos ha-
blado.
B. — Descripción del manuscrito y examen crítico de su contenido
Ambrosio de Morales, en su Coránica General de España, habla de
esta Biblia como de «cosa extremadamente notable>, y hace de ella una
descripción bastante amplia y detallada, que merece ser conocida, por
contener noticias muy interesantes, aunque, según veremos, no sea
todo lo exacta y completa que fuera de desear. Dice así el ilustre cro-
nista de Felipe II:
«En el Real Monesterio de San Lorenzo del Escurial está una Biblia
muy antigua en dos tomos escrita en pargamino con letra gótica. Y
aunque no se dice en ella cuándo se escribió, cierto la forma de la letra
asegura ser de estos tiempos (siglo XI) y aún de más atrás. Trujóse
esta Biblia del Monesterio de N.^ S.^ de Balbanera de la Orden de
S. Benito, en los confines de Nájera o por allí cerca. Su mucha anti-
güedad se juzga por la forma de la letra, habiendo en la gótica sus di-
ferencias de muy antigua y menos antigua.
Mas todavía se halla en el principio del libro una memoria que dice:
Dedicata fuit Ecclesia sanctae Mariae Vallis Vena
riae a Domino Roderico Calagurritano Episcopo sub
Era MCCXXI. mense setembrio, die XVI kal. Ocio
briSy existente domino Dominico abbate qui fuit de
Castellion. Regnante Rege Alfonso in Toleto et in
tota Castella.
Otra memoria hay en una hoja blanca del principio aún más anti-
gua que ésta, pues dice:
Remembranza del tiempo de las cortes que fizo
el rey don Alfonso en Najara Era de mil y do
zientos y dos años.
(1) Histoire de la Válgate,.. París, 1893, pág. 25, nota 2.»
52 LA BIBLIA DE VALVANERA
Aunque estas memorias señalan el año de 1164 la segunda y la pri-
mera el de 1183, y así son de cuatrocientos años y más atrás, pero to-
davía por lo dicho parece como la Biblia se escrivió ciento y cincuenta
años y aún mucho más antes. Y he dicho todo esto por una cosa ex-
tremadamente notable que esta Biblia tiene, pues se ven en ella por las
márgenes de la misma letra gótica del texto anotadas las diferencias de
la translación de los Setenta Intérpretes con esta señal: LXX; la de
Teodoción con esta: T; de la edición griega también con esta: In gr.
Débese estimar en mucho, que en aquel tiemqo hubiese en España
quien tratase de cotejar traslaciones en la Sagrada Escritura, y supiese
la lengua griega y entendiese cómo se había de acudir al original de
aquella lengua. Todo esto era singular merced de Dios que a nuestra
España en tiempos tan miserables y afligidos con la cautividad de los
Moros hacía» (1).
La conclusión a que llega A. de Morales no puede ser más halagüe-
ña para la cultura patria. Un monje del siglo X, que posee a la perfec-
ción las lenguas latina y griega y que, dotado de aho espíritu crítico,
se dedica, en el tiempo que le dejan libre la oración y demás ejercicios
monásticos, a traducir las versiones griegas de la Biblia y a cotejarlas
con la Vulgata, es algo insólito y admirable, cuya existencia nadie sos-
pecharía en el más inculto y bárbaro de los siglos medievales. iLástima
que no sea verdad tanta belleza! Los Padres Yepes y Rubio, Eguren y
otros autores admitieron sin discusión el parecer de Morales, y también
nosotros, lo confesamos ingenuamente, fuimos durante algún tiempo
de la misma opinión; pero un estudio más detenido y atento nos con-
venció bien pronto del error en que nos encontrábamos, haciéndonos
ver con evidencia que las notas marginales de la citada Biblia no eran
otra cosa que fragmentos de una o varias versiones prejeronimianas.
Este descubrimiento disminuye la aureola literaria del monje copista
del siglo X y echa por tierra las halagadoras deducciones de Ambrosio
de Morales, pero en cambio aumenta el valor crítico de la Biblia de
Valvanera, pues sabido es que para la crítica textual la copia fiel de un
texto antiguo tiene más interés que una traducción original.
Otro defecto tiene la descripción del Cod. de Valvanera hecha por
Morales y es el de no ser completa, pues no se hace mención en ella ni
(1) Coronta general de España, Cordova, 1586, t. III, pág. 329-330.
LA BIBLIA DE VALV AÑERA 53
del Cronicón citado por el Catálogo del P. Alaejos, ni de las Interpre-
iationes de los nombres propios que se hallan en la S. Escritura, que
fueron copiadas por el P. Castillo en el incunable Escurialense. De todo
lo dicho resulta que la Biblia de Valvanera contenía en sus dos am-
plios volúmenes 1.°) un Chronicon breuis per oetates, 2.*") unas ínter-
pretationes de los nombres propios de la Biblia, 3.°) el texto íntegro de
la Vulgata del A. y N. Testamento, y 4.°) notables fragmentos de la Ve-
tus latina.
Del Cronicón no queda rastro ninguno. Acerca de las Interpret alio-
nes... bastará notar que están tomadas literalmente de la obra de S. Je-
rónimo, que lleva por título Liber interpretationis hebraicorum nomi-
num, en lo cual no se fijó sin duda el P. Castillo, pues de haberlo ad-
vertido, no se hubiera tomado la molestia de transcribirlas en el incu-
nable del Escorial.
Los textos bíblicos merecen un examen más detenido.
TEXTO DE LA VULGATA
Las lecciones que de este texto nos conservó el P. Castillo en el
iipcunable citado, pertenecen a los siguientes libros: Génesis, Éxodo,
tevítico, Números, Jueces, los 4 de los Reyes, I de los Paralip., Prover-
bios, Sapiencia, los 2 de Macabeos, los cuatro Evangelios y las 2 Epís-
tolas de S. Pedro.
Las lecciones del Pentateuco son bastante numerosas y con bastan-
te frecuencia concuerdan con el cod. Toletano y el Cod. Goi. Legionen-
se de la Colegiata de S. Isidoro. Muchas de ellas nos parecen excelen-
tes, como son, por ejemplo: (1).
Gen. I,
2 — erant.
4 ac tenebras.
14 ut dividant.
31 fecit.
11,
4 — sunt.
25 erant autem uterque nudi.
X,
1. 20 — sunt.
XV,
18 fluvium magnum, flumen Eupratem.
XVIII,
28 proter quinqué.
XXIV,
24 filia Bathueli sum, filii Melchae, quem peperit Nahor.
(1) Al signo —
le damos el valor de omittit.
54 DA BIBLIA DE VALV AÑERA
Gen. XXVIII, 5 expleret.
27 — pleni.
XLVIII, 15 benedixitque Jacob Joseph filio suo.
XLIX, 10 de femoribus.
18 — adorantes.
Éxodo II, 5 e famulis suis.
IX, 9, 10, 11 vulnera (/. ulcera).
XXXI, 4 ad excogitandum fabre quidquid fieri.
XXXII, 15 manu scriptas.
28 quasi tria millia.
XXXIV, 34 — fusis basibus earum argentéis.
Nám. VIH, 2 — candelabrum in australi parte erigatis. Hoc igitur
praecipe est lucernae contra boream e regione res-
piciant ad mensam panum propositioris.
Estas variantes y otras muchas que omitimos en gracia de la breve-
dad, concuerdan con los mejores códices de la Vulgata.
Las siguientes son más raras, pero se encuentran también en algu-
nos buenos manuscristos, principalmente en los españoles:
Gen. VIII, 7 qui egrediebatur et revertebatur.
XIX, 38 — id est, filius populi mei.
XLI, 54 non erat pañis.
Éxodo XXVIII, 42 feminalia.
Nim. I, 45 fuerunt simul filiorum Israel.
No faltan, sin embargo, malas lecciones y erratas de copia. Tales
son, por ejemplo:
Gen. XVI, 16 triginta et sex annorum erat quando peperit...
XXIII, 2 in civitate Bersabee.
XXIV, 32 ad lavandos pedes camelorum.
XXVII, 34 irruit clamore magno.
XXXII, 10 memor sum.
22 vadum Jacob.
Finalmente, alguna que otra variante parece derivarse de la Vetus
latina, por ejemplo: Gen. II, 21 extasim; X, 24 Sala.]
En los demás libros del A. Testamento, las lecciones conservadas
son muy pocas y no ofrecen algún interés, si se exceptúan estas dos
omisiones, que se advierten también en otros buenos códices: et factum
est quasi porst mensem, I Reg. XI, 1; et ait: considera Israel pro his
qui mortui sunt super excelsa tua vulnerati, II Reg. I, 18.
En el Nuevo Testamento el P. Castillo sólo nos conservó las si-
guientes variantes:
LA BIBAIA DE VALVANERA
55
EVANG. SEC. MATH,
Cap. VI, 30 minime fídei?
Vil, 11 —data.
13 — est.
14 - est.
VIII, 25 — ad eum discipu-
li eíus.
XXIII, 14 — totam versum.
XXIV, 27 fulgor.
EVANG. SEC. MARC.
Cap. IV, 35 transfretemus.
EVANG. SEC. LUC.
Cap. I, 17 incredibiies.
45 credidit... ei (/. cre-
didisti... tibi).
68 — Dominus
IV, 18 —sanare contri-
tos corde.
V, 7 — pene.
VII, 24 moueri (/. agita-
tam).
31 — ait autem Do-
minus.
VIII, 18 quomodo audistis.
23 nauigantibus au-
tem.
52 — puella.
XII, 35 — in manibus ves-
tris.
Cap. XIII, 4 syloam.
XVI, 21 — et nemo illi da-
bat.
26 chaus.
XIX, 22 non quod semi-
naui.
26 — et abundavit.
XXIV, 11 credebant.
18 Cleopas.
EVANG. SEC. JOAN
Cap. I, 29 ecce {post Dei).
II, 10 — autem.
13 Hierosolymajesus.
20 — in.
III, 5 — sancto.
33 accipit.
IX, 4 veniet.
16 condiscípulos
suos.
XII, 47 custodierit ea.
XX, 29 — Thoma.
XXI, 22 si eum.
23 si eum.
EPIST. I s. PET
Cap. IV, 4 in quo peregrinantur.
EPIST. II S. PETR.
Cap. I, 4 per quae.
Todas estas variantes, exceptuadas ocho o diez, concuerdan con el
texto de la edición de Worsdworth-White, lo cual es un buen argu-
mento de su genuinidad.
Mucho más importantes que estas lecciones de la Vulgata son los
fragmentos de la Vetas latina que llenaban los márgenes de la B. de
Valvanera, de los cuales hablaremos en el siguiente artículo.
(Continuará.)
P. Mariano Revilla.
o. s. A.
NOTAS DE INFORMACIÓN
Por nuestros teatros.
Pónese, al tratar de la Dramática en los libros elementales de Literatu-
ra, un capítulo en el cual suelen los autores desahogar su mal humor,
verdadero o fingido, contra el género que se llama chico, y le cargan en
cuenta una serie de desaguisados hechos en el campo literario por el tal
género, llegando algunos, en la furia de su acometividad, hasta a desearle
el mayor de los males: la muerte, por su influencia nefanda, por su virtud
demoledora en los hermosos campos' elíseos de la Dramática, hermosos
por lo que para ello trabajaron tantos ingenios, hasta que en estos elíseos
campos logró entrar este huésped extraño que, no solamente privó a los
malhumorados señores de disfrutar de las bellezas del panorama, sino
que torció la dirección del genio y hasta^ le aprisionó en los estrechos
moldes de que se sirve para proporcionarnos sus menguados engendros.
Yo no sé si este género chico se habrá dado cuenta de la conspiración
que contra él se trama. Porque anda el infeliz hace ya dos tercios de siglo
de teatro en teatro, desafiando, quizá por inexperiencia, la furia de todos
esos señores, y no toma, al parecer, precauciones para desfruncirles el
cejo y hacérseles algo simpático, siquiera para que le perdonen la vida.
Yo no quiero aquí tampoco salir en su favor, porque no desearía indis-
ponerme con los aludidos señores. Pero sí digo, para disculparle al menos,
que en ese género hay esperpentos y hay bellezas de indiscutible buena
ley, ni más ni menos que en todos los demás géneros. ¿Por qué, pues, se
le ha de condenar a muerte? En la variedad de composiciones literarias
hay odas de mucha extensión adornadas con mil piedras preciosas, y hay
madrigales de muy pocos versos, que son una filigrana. ¿Vamos a enterrar
a estos últimos porque sean chicos?
NOTAS DE INFORMACIÓN 57
En este trabajillo no pretendemos extractar el asunto de las obras
puestas en escena en la segunda mitad del año 1919, ni tampoco hacer de
ellas o de sus autores una crítica literaria a fondo como para hacer una
semblanza de los mismos, ni establecer normas, ni señalar direcciones a
la Dramática. Es mucho más modesta la idea que nos induce a escribir
estas líneas; se trata, para decirlo en pocas palabras, de poner a nuestros
lectores en un punto de vista desde el cual puedan ver el panorama tea-
tral, en la fecha antes fijada, lo más completo posible. La labor, pues, del
que escribe no será de crítica, sino de crónica.
Y para que de una sola ojeada pueda contemplar ese panorama, roga-
mos al lector que nos acompañe con el espíritu a un altozano desde donde
podremos irle haciendo notar los diversos matices.
Ya estamos en el sitio elegido; tomemos asiento y tome el amable lec-
tor estos prismáticos para que vaya viendo el detalle de los grupos que tan
animadamente platican en el llano.
Fíjese en aquella parte sombría y obscura. Allí se ve un señor que por
su indumentaria parece extranjero, hablando con otro que parece de por
acá. Efectivamente, son J. de Burgos y Mr. Fultonk, el primero de los cua-
les ha traducido, para que nos vayamos enterando de este nuevo género
dramático. El fantasma [gris, drama policíaco, en tres actos, original del
otro encopetado señor con quien habla, Mr. Fultonk. Están conversando,
por lo que se deduce de sus gestos, sobre la aceptación que esta clase de
representaciones puede tener en España, y aunque J. de Burgos no fía mu-
cho en el éxito, supone que, tal vez por la novedad, pueda pasar en nuestro
público esa literatura truculenta y espeluznante. (En esto se quivoca nues-
tro compatriota, pues la noche de su representación, el público se levantó
airado protestando contra una de esas escenas que ponen, ciertamente, los
pelos de punta.)
A El fantasma gris siguen otras dos obras del mismo género. El Ge-
nio del crimen y El diablo negro, o La rapsodia de la muerte, formando
un terceto de episodios de Los misterios de Nueva York.
También se representó en el Cómico otro dramón policíaco, titulado:
Los hijos del circo, en seis actos; y aunque en él se abusa del argumento,
donde los protagonistas son dos niños de corta edad, sin embargo el pú-
blico habitual de ese teatro quedó encantado del folletón y lo aplaudió con
entusiasmo.
Por último, y para apartar la vista de este grupo tétrico, fíjese el lector
58 NOTAS DE INFORMACIÓN
en aquel otro señor que, aunque forma parte del grupo, no quiere trato
con los otros, es el ilustre Sinesio Delgado, con una zarzuela... policíaca,
no exenta de interés y tan ingeniosa y limpiamente escrita como cuanto es-
cribe el ilustre literato y expertísimo autor. Se titula /«/zí/c/as y ladrones,
en dos actos, con música de los maestros Soutullo y Vert.
Fíjese el lector en aquel otro grupo alegre y bullanguero, y en el que
abundan gentes con melena, cara flaca y vestir estrafalario: son músicos y
departen animadamente con otros señores casi todos ellos conocidos. Allí
están los Sres. Montero y Moya con el maestro Villa tratando de explicar-
se el porqué de no haber tenido un éxito ruidoso, aunque no fuera más
que la buena intención, en el estreno de El patio de Monipodio.
Aquellcs otros tres, también conocidos, demuestran en la sonrisa del
semblante el agrado con que ven el éxito que obtiene su obra Trianerías;
son los señores Muñoz Seca, Pérez Fernández y el maestro Vives.
Aquel otro grupito que forman cuatro señores, cariacontecidos, porque
su obra. El rapto de las sabinas, tuvo en su estreno alguna intervención
zumbona del público que lo escuchaba y veía. Son los Sres. Jover y Gon-
zález del Castillo con los músicos Quislan y Badía. En el mismo teatro de
la Zarzuela se había estrenado días antes otra zarzuela, en un acto, titulada
Soleares; sus autores (José Ramos Martín, de la letra, y el maestro Jimé-
nez, de la música) tuvieron que salir al proscenio repetidas veces a agra-
decer los aplausos del público. Fué un éxito lisonjero el de esta pieza.
Aquel otro señor que va solo y en su semblante retrata la alegría inte-
rior, es el maestro Serrano, satisfecho del acierto al poner en solfa (no es
ironía) algunos números de El carro del Sol. El libro de Maximiliano
Thous es notoriamente defectuoso, pero el maestro Serrano supo sacar
todo el partido posible de las situaciones musicales de este libreto. Hay en
la música de El carro del Sol riqueza innagotable de melodía, pasión, ex-
quisitez, elegancia, facilidad, ligereza y color... Hace más de dos lustros
que al estrenarse El carro del Sol, el maestro Serrano obtuvo un triunfo
clamoroso y merecido. El éxito del estreno ha hecho reverdecer los laure-
les de entonces. Los aplausos no cesaron durante toda la representación, y
el compositor hubo de salir al proscenio. Esto sucedió el día 17 de No-
viembre.
Veamos aquel otro grupo que también es gente conocida, como que
lo forman Paso, Rosales y los músicos Soutullo y Vert; por su fisonomía
parece que están contentos y satisfechos; es que han puesto en el CómicQ
NOTAS DE INFORMACIÓN 59
una zarzuela, en dos actos, titulada La Garduña, que es un folletín escéni-
co muy interesante y muy regocijado. Un poco... un mucho de buena vo-
luntad hace falta para admitir la verosimilitud y aun la posibilidad del
desarrollo de la fábula en ciertos pasajes. Pero desde los días de Horacio
se convino en conceder a los pintores y a los poetas libertad para «algunos
atrevimientos». Las situaciones musicales no están muy bien encuadradas;
sin embargo, los maestros arriba citados han escrito números que no des-
dicen de la inspiración y cultura que en ellos todos reconocemos.
Esos mismos señores, Paso y Rosales, han puesto en escena otra zar-
zuela, en dos actos, titulada Las aventuras de Colón, con sus ribetes de
magia. La música es de los maestros SoutuUo y Monterde.
También llama la atención el maestro Sinesio Delgado con otra zarzue-
la o cuento infantil: El anillo de los Faraones, con música de Acevedo.
Para acabar este capítulo lírico-musical, citaremos otra, en un acto, de
D. Julián Moyrón, con música de José Serrano. Algo defraudó las esperan-
zas del público, o tal vez éste se formó una idea errónea creyendo que iba
a ser otra cosa, porque el concepto que de ella se ha formado ha sido muy
mediocre. El engendro que ha dado tal chasco se titula Los leones de Cas-
tilla, Aquí se repite aquello de que el nombre no hace a la cosa, como
dicen los galiparlantes.
Forman otro grupo interesante, aunque no muy numeroso, ios autores
de juguetes cómicos, de cuyas filas forma parte (¡Cómo no!) el gran Muñoz
Seca, con uno, en tres actos, que titula Faustina. De esta obra dice Rafael
Rotllán: «Implacable se ha mostrado el autor de Faustina con cuanto sig-
nifique arte, buen gusto y sentido común. Ha amontonado vulgaridades,
vejeces, tópicos, extravagancias, inverosimilitudes. Su diálogo es imposible
entre cuerdos, solamente los orates puede concebirse que hablen de ese
modo. Ahora ha dado en la flor de estropear el idioma castellano, inven-
tando verbos y sustantivos y adjetivos que no existen», etc., etc.
Los Sres. Pacheco y Grajales, que han hecho un juguete en tres ac-
tos, con materiales para una comedia, titulado La conquista de África,
La novedad del Metropolitano en Madrid, ha dado origen ya a un bo-
nito juguete estrenado en el Cómico, con el título de Llévame al €^ metro»,
mamá, y sus autores son Asenjo y Torres del Álamo, y el de la músi-
ca, Luna.
Otro juguete, en dos actos, de Muñoz Seca y Pérez Fernández, por va-
rios conceptos reprobable: Los amigos del alma; y, por fin, otro del pri-
60 NOTAS DE INFORMACIÓN
mero de los susodichos autores, que lleva por seña El colmillo de Badha,
en tres actos; como en todas las obras de este señor, la astracanada corre a
caño libre y el retruécano se sirve sin medida.
Ya veo al lector haciéndome una pregunta, después de contemplar un
grupito de los representantes del juguete: — ¿Y no hay entre todos esos
autores alguno que cultive nuestro salado y clásico saínete?— A ello le
contesto diciendo que no es abundante la lista, pero hay quien lo repre-
senta. Ahí está Arniches con La flor del barrio, al que han puesto unas
ilustraciones musicales Foglieti y Calleja. Ahí está también el veterano don
Tomás Luceño con uno precioso: El maestro de hacer saínetes o los ca-
lesines. El interés de la fábula, lo bien trazado de los caracteres, las face-
cias del diálogo y las filigranas del estilo avaloran esta producción del
Sr. Luceño, de una frescura, de un garbo, de una gracia y de una perfec-
ción realmente clásicas.
El grupo de comedias estrenadas durante la temporada es bastante nu-
meroso; por lo cual, para no molestar al lector, registraremos en esta cró-
nica sólo las más notables: La comedia de Linares Rivas y Pérez Lugín.
Esta obra se hizo centenaria en la temporada anterior; fué aplaudida en la
noche del 7 de Septiembre, al inaugurar la actnal, en el teatro de la Come-
dia, como si se estrenase.
Los beneméritos hermanos Quintero han colocado una nueva flor en
la corona con que las letras patrias ciñen sus sienes: es una comedia en
dos actos titwlada Febrerillo el loco, en la que con gran habilidad fustigan
el excesivo afán de lucro. El movimiento escénico es perfecto, el diálogo
es chispeante, y la gracia de buena ley lo anima e ilumina todo.
Hay algunas adaptaciones a la escena española, entre las que se desta-
ca la linda comedia escrita en italiano por Goldoni y adaptada en verso
castellano por Luis de Tapia y Gregorio Martínez Sierra.
Una refundición de El semejante a si mismo, de D.Juan Ruiz de Alar-
cón, hecha por Calvo Revilla. Y, por último, para dar fin a este capítulo
de comedias, citaremos las que más han llamado la atención en los últimos
días: una de Benavente titulada La Cenicienta, en un prólogo y tres actos;
otra de Sinesio Delgado, con carácter de magia, en diez y siete cuadros,
Las garras del demonio, y otra muy divertida de Arniches y Abati, que
lleva por nombre Las grandes fortunas. Entre las de magia, además de la
que acabamos de citar, hemos de registrar otra del mismo Benavente, en
veintiún cuadros, Y va de cuento.
NOTAS DE INFORMACIÓN 61
Dramas propiamente dichos también se han representado: uno de
Echegaray, La esposa del vengador; otro de Lope de Vega, El castigo sin
venganza; otro en cuatro actos de Marquina, Alimaña, y otro de Quimera,
El alma es mía.
Es plausible el propósito de D. Jacinto Grau que expresa en los si-
guientes términos: «Integrar a nuestro presente lo más vivo de nuestra
crónica, de nuestro romance y de nuestro maravilloso decir es lo que
deseé conseguir en El Conde de Alanos, y para eso ha escrito la tragedia
citada.
Por último, y para completar el cuadro, concluiremos por apuntar al-
gunas traducciones o adaptaciones a nuestro teatro, además de los ya ci-
tados dramas policíacos y la comedia de Qoldoni. La importancia de lla-
marse Ernesto, escrita por Osear Wilde y traducida por Ricardo Baeza.
El as, un vodevil por muchos conceptos reprobable, escrito por Henne-
quin y Gorase y adaptado por Juan José Cadenas; y, en fin, una traducción
hecha por Martínez Sierra de la obra del noruego Bjornson, titulada Leo-
narda.
Este es el panorama que ofrece nuestro teatro en la última época, en el
que, como se ve, hay de todo y para todos los gustos: autores que trabajan
por elevar y dignificar nuestro teatro, otros con miras menos plausibles y
otros que no persiguen más ideal que el del lucro.
P. Gutiérrez.
Madrid, Enero de 1920.
SECCIÓN AMENA
EN EL TELÉFONO DEL CIELO
Es muy de mañana. Las estrellas recorren con júbilo sus órbitas, como
mensajeras de Dios. Todos los ángeles y bienaventurados se disponen
para ir a sus trabajos. El Arcángel Gabriel entra en su oficina telefónica,
pues ha sido encargado de ese oficio. No ha tenido necesidad de esperar
mucho tiempo, cuando suena el timbre de llamada. Gabriel acude solícito
al aparato:
El Cielo.-~¿Con quién hablo?
—Con Guillermo, el Emperador de Alemania.
— ¡Ah! Muy buenos días. Majestad. ¿En qué puedo servirle?
— Te ruego. Arcángel, que pidas a Dios que me ayude. Estoy en
guerra.
— ¿En guerra? Pues ¿con quién?
—Con Rusia, Japón, Servia, Montenegro, Francia, Egipto, Inglaterra y
Bélgica.
—Esto es demasiado. Y ¿por qué?
—Los servios han asesinado a mi amigo el príncipe heredero Fran-
cisco Fernando; los rusos han atacado a mis aliados los austríacos, y no
tengo otro remedio que ayudarlos. Después he tenido que echar el ce-
rrojo a los franceses, y vinieron en seguida los ingleses. Por último, hasta
los japoneses me han declarado la guerra; te ruego digas a Dios que me
socorra.
—¿Y Bélgica?
— ¡Ah! Es verdad: Bélgica... demasiado lo sé...; pero yo me he visto
delante de un hecho consumado; en último término, no he podido hacer
otra cosa.
—Está bien; te prometo presentar durante la audiencia del mediodía
tus súplicas al Altísimo...
SECCIÓN AMENA 63
R-r-r...
El Cielo,— ¿Quién llama?
—Nicolás, el Zar de las Rusias.
—Y ¿qué hay?
— Tengo guerra.
—Ya lo sabía.
—Pues ¿quién te lo ha dicho?
—Tu primo Guillermo.
— ¡Ah!, ¿ese?... Pues precisamente con él estoy yo en guerra. Ayuda a
mis enemigos.
— Sí; pero son sus amigos.
.—No me importa; él podría muy bien haberse quedado tranquilo; yo
no tengo nada contra él.
—Pues ¿qué es lo que deseas?
— Tengo algo de miedo; di por si acaso a tu Señor que me ayude.
— Se lo diré, descuida.
— Muchas gracias; pero no se te olvide.
Se va. Y el Arcángel discurre la manera de presentar esta petición.
R-r-r. Central celeste. —¿Quién es?
—Jorge, Rey de Inglaterra, Emperador de las Indias.
—¡Oh!, ¡cuánto me alegro! ¡Hacía tanto tiempo que no se oía nada de
ti por estas tierras!... ¿Qué hay?
— ¡Guerra!
— ¡Ah!, ya; ¿guerra? Y ¿cuánto juegas en ella?
— Todo; absolutamente todo; me encuentro en un apuro colosal.
—¿Es posible?... ¿Con un poder tan inmenso?
—No tanto, no tanto. Mi primo Guillermo quiere despeñarme en la des
gracia. Está en guerra con el mundo entero.
—Es decir, con Inglaterra.
— Sí, sí; también.
— ¿Y en qué podríamos servirte desde aquí?
—Alcanzando el favor del Cielo para mis armas.
— ¿Para las balas dum-dum?
— ¿Cómo? Pero, ¿es que ya ha telefoneado Guillermo?
— Sí; ya hemos hablado.
—No le creas nada; no tengo más que armas reales y legítimas; pero
mi ejército es demasiado pequeño; y mi marina se va reduciendo de
64 SECCIÓN AMENA
día en día. Necesito la protección de lo Alto. Entiéndete con el Señor.
— Eso es lo que debías haber hecho tú antes.
—Sin embargo, díselo, yo te lo suplico. ¡Ah!, y un saludo especialísimo
de la reina María.
—Todo está muy bien; lo intentaré.
Todo esto—piensa Gabriel para sus adentros— va a constituir una lista
bien interesante de peticiones, y cuando se dispone a anotar estos diálo-
gos, suena otra vez el timbre. R-r-r.
— ¿Con quién hablo?
— Con Pedro, rey de Servia.
— Lo siento mucho, pero no le conozco.— Se retira.
Este hombre— piensa Gabriel— sobre cuya conciencia pesan sus prede-
cesores, tiene todavía el atrevimento de telefonear al Cielo. ¡Los hay des-
vergonzados!...
R-r-r. — ¿Quién habla?
— Nikita, rey de Montenegro.
' — ¡Ah! muy bien; ¿qué ocurre?
—Estoy en guerra.
— ¡Cómo! ¿es posible? ¿otra vez?
— Es una realidad; con Austria y Alemania.
-¿Tú?
— Sí; yo y mi primo Pedro.
— ¿Quién es ese Pedro?
— El de Servia.
—Pero, ¿es ese tu primo?
—¡Pues claro! ¿No lo sabías?
— No; únicamente lo había sospechado. Pero ¿qué tienes tú contra Ale-
mania?
— Es que ayuda a Austria.
— Y ¿qué te ha hecho Austria?
— Quisiera un pedazo de Bosnia y de Dalmacia.
— ¿Para qué?
— ¡Toma! pues para gobernarlo. Montenegro es demasiado pequeño.
—Pero en ese Estado tan pequeño has vivido mucho tiempo tranquilo
y con salu«l
—Sí que es verdad; pero desearía agrandar mi reino.
— ¿Y qué tengo yo que hacer en ese caso?
SECCIÓN AMENA 65
—Ten la bondad de decir al Señor que me ayude.
—¿Que te ayude? ¿A robar?
—No; i pelear; a pelear honradamente contra Austria.
—Pero debes tener en cuenta que cuando un muchacho tan pequeño
como tú declara la guerra a dos potencias mundiales, no tiene derecho a
molestar a Dios, que ayuda con mucho gusto a los débiles, pero no a los
temerarios.
— Oh, amigo Gabriel, tú sabes bien cómo nosotros los eslavos te tene-
mos en gran reputación: no te niegues a interceder por mí.
— Vaya; pues lo intentaré.— Se retira.
R-r-r.— ¿Con quién hablo?
—Con Alfonso de Borbón, rey de España.
—Me alegro mucho: ¿acaso estás también en guerra?
— No; yo no: pero mi vecino el Presidente de Francia.
— ¿Quién? No le conocemos.
—Es Poincaré, el presidente de la República francesa.
— No existe tal república en nuestro registro: ha destronado a Dios.
— Pero quisiera volverle otra vez a su trono.
— ¡Ah!; no es necesario; de eso nos encargaremos nosotros, cuando el
Señor lo desee.
— Pero mi amigo Poincaré desearía hablar con el Cielo y me pregunta
a quién se ha de dirigir y dónde ha de llamar.
— ¿Conque sí? Dile que debe llamar a aquellos que han sido educados
en las escuelas nacionales francesas. El número creo que estaba bien claro
antes en los libros de las escuelas. Si ahora han rasgado esas hojas y se
han perdido, no podemos nosotros hacer más que lamentarlo. — Se va.
R-r-r.-El Cielo —¿Quién habla?
—Alberto, el desdichado rey de la pisoteada Bélgica. Puesto que pare-
ce que en la tierra ya no existe la fidelidad y el derecho, implora la ven-
ganza del Cielo contra los violadores de mi tierra.
—Ya aclararemos las cosas y entonces juzgaremos según derecho.
— Con esto me contento; y pido a Dios su gracia.
—Pero piensa continuamente en tus antepasados y en las cuestiones de
Bélgica en El Congo. — Se retira.
La hora del mediodía se acerca. De repente se oye un ruido espantoso,
como si sonaran a la vez millones de timbres. — R-r-r-r-r-r-r.
El Cielo,— ¿Quién toca tan desesperado?
5
66 SECCIÓN AMENA
—Somos nosotros, diez millones de niños de Austria y de Alemania.
— ¿También vosotros? ¿Y qué queréis?
—Que presentes nuestro más cariñoso saludo al Niño Dios y a su ben-
dita Madre. Además, que veríamos con mucho gusto a nuestro amado Pa-
dre estas Navidades en casa con nosotros. Si no es nuestro Padre el que
enciende las velitas del árbol de Navidad, nos parece que no lucen la mi-
tad... Suplicamos por la paz para Austria y Alemania; por una paz honrosa
para nuestro anciano emperador: que los rusos se vayan a su casa y los
servios hagan penitencia; y que todos nosotros, austríacos, alemanes y
franceses nos hagamos mejores. No pedimos más que eso. Paz, solamente
paz, y con esto se arreglará todo. Y un rayo de luz para los últimos días
de vida terrenal de nuestro emperador... Un millón de recuerdos a tía So-
fía y a nuestro Santo Archiduque, y al príncipe Eugenio, a Estanislao de
Kostka, al rey Esteban, al patriota tirolés Andrés Hófer y a toda nuestra
gente de allá arriba.
—Lo haré con muchísimo gusto.
—Muchísimas gracias. Adiós, Gabriel.— Se va.
(María vom Cuten Rat)
bibliografía
El Sistema Palanquíno.— Economía de la Construcción fundamental: Revisión
de valores y Moral científica, por D. Aureliano Estany y Torrent.— Tomo I.
La Técnica de la Construcción. Con las licencias necesarias.— Imp. Subira-
na.— Barcelona, 1919.— En 4.o, de 344 págs.
El título mismo del libro necesita explicación; y el autor se encarga de
dárnosla en el Prólogo. Puesto que toda operación humana, intencionada
y dirigida a un fin conveniente se puede considerar como una construc-
ción, el hombre normal en edad de discreción y en pleno dominio y uso
de sus facultades, al poner en ejercicio sus potencias, será el constructor.
Las obras procedentes de la persona humana pueden [ser innumerables y
distribuirse en grupos caracterizados por los denominadores comunes de
las actividades, que en ellos intervienen, y de los que resultan las especia-
lidades y aficiones distintas; pero en todas ellas hay un fondo idéntico, del
cual las especialidades son clases, y ese fondo se llama construcción fun-
damental. Aquel conjunto de reglas y procedimientos útiles y necesarios
para hacer del hombre un constructor sabio y perito será la Técnica de la
construcción. Para esto es menester estudiar al hombre, conocer sus po-
tencias y sus cualidades; investigar en el ser humano no solamente el ele-
mento activo, sino también el elemento pasivo, que interviene en la obra.
De aquí que en este libro se dedique el autor a revisar y justipreciar el
valor de los valores fundamentales humanos. Por último, al exponer las
reglas del obrar humano, puesto que no otro es el procedimiento para la
construcción fundamental tomada en el sentido antes explicado, resultará
una Moral científica.
Ahora se comprenderá, sin esfuerzo, la razón de poner el autor título
tan raro a su libro. Comparando la operación humana con el funciona-
miento de la palanca, se ve que el hombre, ejerciendo y aplicando su es-
fuerzo personal es la potencia: el punto de apoyo tiene que ser siempre
una cosa firme, y la resistencia es aquello que el hombre se propone
efectuar.
Esta exposición nos lleva ya como por la mano a hablar del plan en que
68 BIBLIOGRAFÍA
está concebida y desarrollada la obra del Sr. Esíany. En la primera parte
se estudian los puntos de apoyo, que pueden ser de varias clases; la
materia y sus propiedades^ los seres vivos y el hombre, por un lado, el
orden extrasensible, por otro, y, finalmente, el orden moral; en la sección
segunda se trata de la resistencia, que es aquello que nos proponemos
conseguir en el ejercicio de nuestra actividad espontánea; la resistencia
puede clasificarse: a), por la labor y objeto terminal; b), por el pasivo en
donde el hombre tiene que ejercer su acción, y c), por el proceso mismo
de ésta. La sección tercera trata de la potencia humana y la estudia en sus
diferencias de individuo a individuo, originadas ya por motivos ordinarios,
bien por motivos casuales. Finalmente, en otras dos secciones se exponen
las propiedades del acto individual y del colectivo o social.
Si la concepción del plan es excelente, no se podría decir otro tanto de
su exposición, ya que el estilo es tan obscuro que cuesta trabajo a veces
entender lo que el autor quiere expresar. Quizá el afán de no alargar de-
masiado la obra ha perjudicado a la claridad de la expresión; es lástima,
porque el libro del Sr. Estany contiene gran número de enseñanzas muy
aprovechables, especialmente en estos momentos de encarnizadas luchas
sociales, en que van comprometidos muchos valores, que debemos los ca-
tólicos esforzarnos por salvar a toda costa, especialmente por medio de es-
critos bien orientados y fundamentados como el presente.— P. V. Burgos.
Alfonso Camilo De-Romanis, agustinianc— La Gemma den'Umbría,S. Rita da
Cascia, as:ostÍniana.— Storia della sua vita.— Roma, Tip. Pontificia, nell'
Inst. Pío IX, I919.-Un vol. de 180 págs.
La devoción a Santa Rita es de las más populares en el mundo cristia-
no. Habiendo pasado en la tierra por los cuatro estados de doncella, casa-
da, viuda y religiosa, en que puede vivir la mujer cristiana, fué verdadero
modelo de perfección en todos ellos, y bajo este aspecto se la considera y
propone a los fieles en las numerosas biografías y vidas que se han escri-
to de la «Abogada de imposibles.)» Todas ellas contienen siempre algo
nuevo y original para instrucción y edificación de los cristianos. La que
anunciamos hoy, debida a la bien. cortada pluma del erudito escritor agus-
tiniano P. Alfonso C. De-Romanis, en el hermoso y dulce idioma del Dante,
ofrece verdadero interés, como puede verse por la brevísima indicación de
su contenido. En erudita y extensa introducción, describe el carácter dis-
tintivo de la vida de los santos, los vestigios que dejan en la tierra, su.
influencia mucho más duradera y eficaz que la de tantos y tantos persona-
jes, cuya celebridad apenas si sobrevive a su mortaja, por ser su gloria y
BIBLIOGRAFÍA 69
SUS heroísmos producto de la humana soberbia. Da a conocer los móviles
que le han inducido a escribir la vida de Santa Rita, habiéndose publicado
ya tantas, sobre todo en estos últimos años, después de su gloriosa canoni-
zación; siendo estos motivos, principalmente, por haber conseguido preci-
sar y acotar los datos históricos referentes a la gran Santa. Encuentra
además, en la mayor parte de las biografías de Santa Rita, que predomina
y se hace resaltar con exceso el elemento sobrenatural y todo lo extraordi-
nario y heroico de la Santa, lo cual impide que se logre uno de los fines
principales en la devoción a los Santos, que consiste en mover a los fieles
a la imitación de sus virtudes.
Comprende la historia de Santa Rita tres partes. En la primera discu-
rre el P. Alfonso sobre la patria de la Santa, condiciones y cualidades de
sus moradores; educación piadosa de Rita; vida de recogimiento en sus
años juveniles; matrimonio y vicisitudes durante el mismo, por el carácter
violento de su esposo, a quien logra, al fin, transformar con la oración y
la paciencia. Modelo, en una palabra, de jóvenes, de casadas y viudas, que
fueron los tres estados por que pasó hasta los cuarenta años de edad.
Desde que entra en la Religión hasta su gloriosa muerte, es la materia
de los diez capítulos de la Segunda parte; en el primero de los cuales se
hace brillante apología del estado religioso, y se describe el origen y pro-
pagación de la vida monástica, fijándose especialmente en la fundación y
difusión de la Orden Agustiniana, en la que brillaron tantos varones en
ciencia y santidad y tantas heroínas, entre las que se cuenta la «Santa de
los Imposibles.»
En los seis capítulos de la Tercera parte se estudia a Santa Rita desde
sü muerte hasta nuestros días; su culto, sus prodigios innumerables y es-
tupendos, por los que muy pronto el pueblo le dio el título de «Santa».
En España es donde primero recibió el título singular y único de «Aboga-
da de Imposibles». Nuestros reyes tuvieron siempre gran devoción a la
heroína de Casia. En las antiguas colonias españolas se extendió rápida-
mente su devoción y culto, siendo muchos en número los pueblos que
llevan su nombre y los templos dedicados a Santa Rita. Recientemente se
ha erigido en los Estados Unidos de América una iglesia parroquial que
lleva la advocación de la Santa.
Numerosas Asociaciones y Cofradías se han fundado también en diver-
sas iglesias bajo la protección de nuestra Santa, habiéndose establecido
hace muy poco la devoción de los quince jueves que preceden a la fiesta de
Santa Rita; devoción enriquecida por el actual Pontífice con numerosas
indulgencias.
Entre las Asociaciones de Santa Rita ocupa lugar preeminente (y asi lo
70 BIBLIOGRAFÍA
hace notar el autor) la de los «Talleres de Caridad de Santa Rita de Casia»,
fundada por el inolvidable P. Salvador Font (q. s. g. h.) y extendida por
gran parte de las provincias de España, en sus antiguas colonias: Filipinas,
Argentina, Perú, Colombia, Cuba, etc., y en algunas capitales del Extranjero.
Tal es, en brevísimo resumen, el contenido de La Gemma deWUm-
brla, que seguramente contribuirá a propagar aun más el nombre y la de-
voción de Santa Rita.— P. V. Menéndez.
LIBROS RECIBIDOS
Instituciones de Derecho Canónico con sujeción a las normas del nue-
vo Código, por el M. R. P. Felipe Maroto, procurador general de los Mi-
sioneros hijos del Inmaculado Corazón de María, profesor de Derecho
Canónico en los seminarios Lateranense y Leoniano, de Roma; traducida
al castellano por el R. P. Jesús López Alijarde, C. M. F., catedrático de
lengua castellana en la Universidad Pontificia de Cervera, y revisada por
el Dr. D. Felipe Clemente de Diego, catedrático de Derecho civil en la
Universidad Central.— Un vol., de 535 págs., en 4.°.— Madrid. Editorial del
Corazón de María. Mendizábal, 67. 1919.
—Menéndez y Pelayo y el estudio de la cultura española en los Esta-
dos Unidos, por el Dr. Rodolfo Schevill.— Un folleto de 32 págs., en 12.''
Santander, MCMXIX.
—Anales de Instrucción primaria en el Uruguay -Tomo XVI.— Un
volumen de 326 págs., en 4.°.— Montevideo. 1919.
—Les Acies da Saaveur, La Lettre de Pílate, Les Missions de Vola-
sien, de Nathan, La Vindicte, Leurs origines et leurs iransformations,
par Dom Etienne Darley, O. S. B.— Un folleto de 36 págs., en 4.''.— París.
Librairie Auguste Picard, Rué Bonaparte, 82. 1919.
— Theologiae Asceticae et Mysiicae Cursas ad usum Seminariorum,
Institutorum Religiosorum, Clericorum necnon Moderatorum animarum a
R. P. Francisco Naval e Missionariis Filiis I. Cordis B. V. Mariae concin-
natus. Prima versio latina a R. P. Josepho M. Fernández, accuratissime
facta.— Un vol., de 408 págs., en 12.^— Apud Editorem Petrum Marietti.
Romae. 1920.
—El Inmanentismo y la Filosofía surista, por el R. P. Eugenio Can-
tera, O. A. R.— Folleto de 55 págs., en 4.°.— Monachil, Imprenta de Santa
Rita. 1919.
-Biografía del Rvmo. P. Fr. Mariano Bernad del Pilar, por Fray
P. Fabo, del Corazón de María.— Un vol. de 122 págs., en 4.* menor.—
Monachil, Imprenta de Santa Rita. 1919.
BIBLIOGRAFÍA 71
—Los alambrados españoles, por el P. E. Colunga, O. P.—FoUeto
de 20 págs., en 4."*. — Salamanca. Establecimiento tipográfico de Calatra-
va. 1919.
—La felicidad en la familia, por el P. Pedro Aguilera.— Un volumen
de 304 págs., en 8.^~Librería Católica, Hijos de Gregorio del Amo, Paz, 6.
Madrid. 1919.
—Suma de Teología Moral acomodada al Código canónico y a la Le-
gislación civil española, por D. Domingo Torres Laguna, canónigo de la
Santa Iglesia Catedral de Jaca.— Un vol., de 857 págs., en 4.°.— Valladolid.
Talleres tipográficos «Cuesta». 1919.
—Avérroes Compendio de Meíajisica. Texto árabe con traducción y
notas de Carlos Quirós Rodríguez. — Un vol., de 484 págs., en 8.®.— Ma-
drid. Imprenta de Estanislao Maestre, Pozas, 12. MCMXIX.
—Conferencias sociales, por el P. J. A. Pérez del Pulgar, de la Com-
pañía de Jesús. — Folleto de 78 págs., en 8.°.— Madrid. Hijos de Gregorio
del Amo, Paz, 6. 1919.
— Valvanera Imagen y Saniuario. Estudio histórico, por el ilustrísimo
y reverendísimo P. Fr. Toribio Minguella y Arnedo, de la Orden de Agus-
tinos recoletos. Obispo titular de Basilinópolis.— Un vol., de 118 págs.,
en 8.''.~Madrid. Hijos de Gregorio del Amo. 1919.
— Historia de la Saniisima Virgen María, con explicaciones y reflexio.
nes, por el limo. Sr. D. Fr. Toribio Minguella y Arnedo, de la Orden de
Agustinos recoletos. Obispo titular de Basilinópolis.— Un vol., de 322 pá-
ginas, en 8.**.— Madrid. Hijos de Gregorio del Amo, Paz, 6. 1919.
—Investigaciones acerca de Arqueología y Prehistoria de la región
salmantina, por el P. César Moran Sardón, agustino.— Un vol., de 170
págs., en 4.° menor. — Salamanca. Establecimiento tipográfico de Calatra-
va. 1919.
CRÓNICA GENERAL
Madrid-Escorial, 31 de Diciembre de 1919,
ROMA
Por el retraso que a causa de la huelga de tipógrafos en Madrid lleva
este número, nos limitaremos a consignar algunas de las manifestaciones
hechas por nuestro Santísimo Padre Benedicto XV al recibir la felicitación
del Sagrado Colegio de Cardenales, en la vigilia de Navidad. Al discurso
del Cardenal decano contestó Su Santidad diciendo, entre otras hermosísi-
mes reflexiones:
«Nada más desconsolador que lo que nos relatan nuestros hermanos
en el Episcopado sobre las devastaciones morales de la guerra, pérfída-
mento explotadas por los que espían los infortunios y las abyecciones para
volverlas en provecho de la irreligión y del embrutecimiento social.
El espíritu de la indisciplina, triste privilegio en otros tiempos de un
corto número, ha invadido ahora a las masas y les ha sugerido también el
antiguo non serviam.
Hoy en día, ávida de placer, sedienta de riquezas, sin gusto para el tra-
bajo, la Humanidad, con una locura e inconsciencia colectivas, no se son-
roja ante tantos duelos y lágrimas, de abandonarse al placer y abusar de
los bienes al propio tiempo que ciega o agota sus manantiales. Hoy, no
sólo en las relaciones de los pueblos, sino en las de los individuos mismos,
una nueva guerra amenaza estallar, y está ya declarada: guerra de envi-
dia, de odio, de ceguera, que se desencadena contra el derecho, contra la
caridad, contra el bienestar social de las masas mismas, entregadas a sus
convulsiones.
Y es que el individuo se atreve contra el individuo; la sociedad se atreve
aún en mayor grado contra Dios. De la libertad se ha llegado a la toleran-
cia; de la tolerancia a las divisiones; de las divisiones a los conflictos de
doctrina; de los conflictos de doctrina al ostracismo, porque Dios ha lle-
gado a ser un extraño. La sociedad pretende bastarse a sí misma; la razón
CRÓNICA GENERAL 73
quiere ser la fuerza del progreso humano. Mas, ¿adonde nos conduce esta
locura del naturalismo? El olvido de lo sobrenatural conduce individual-
mente al egoísmo en los diversos aspectos de sus múltiples esclavitudes;
socialmente conduce a la revolución, a la anarquía, a la destrucción.
Así, pues, parece que Nos debemos mirar con espanto el porvenir de
los individuos y de la sociedad, y con efecto, estiramos espantados si los
votos del Sacro Colegio no nos sugiriera la esperanza de ver renovarse es-
tos bienes de la paz que comenzaron a resplandecer en el mundo cuando
nació en Belén el divino Salvador...
Lejos de mirar con espanto al porvenir de los individuos y de la socie-
dad, Nos unimos al voto del Sacro Colegio, deseando, en primer lugar,
que se reavive el espíritu de fe en los individuos y la sociedad, y que ésta
como aquéllos puedan gozar en seguida largamente de los frutos de esta
paz que engendra una verdadera vida de fe.»
EXTRANJERO
Importantes y trascendentales sucesos han ocurrido en Europa al fina-
lizar el año 1919.
A punto estuvo de que estallara de nuevo la guerra, debido a la resis-
tencia de Alemania a aceptar el protocolo de I."" de Noviembre. Exigía el
Gobierno alemán para firmarle, la repatriación inmediata de los prisione-
ros de guerra; el que fuesen sometidas a la conferencia de la Haya las di-
ferencias de apreciación existentes entre ella y íos aliados respecto al hun-
dimiento de la escuadra alemana en Scapa Flow, y la supresión de las me-
didas coercitivas de índole militar consignadas en el protocolo para el caso
de un incumplimiento del Tratado. Pero a esto se opuso resueltamente el
Consejo Supremo interaliado, estimando que el acta relativa a la entrada
en vigor del Tratado, debe ser respetada sin discusión por Alemania. Una
vez firmado el Tratado, Francia repatriaría inmediatamente los prisioneros;
en cuanto a las compensaciones por la destrucción de la flota de Scapa
Flow, creía el Consejo que no se deben tener en cuenta las observaciones
hechas por el Gobierno alemán por ser incuestionable su responsabilidad.
Respecto al tercer punto, estaba dispuesto a admitir algunas modificaciones
del protocolo.
No eran éstas, sin embargo, las razones que más pesaban en el ánimo
de Clemenceau al querer enviar a Alemania un ulíimátam con plazo pe-
rentorio. La razón de esta actitud hay que buscarla en el nuevo incremento
que el militarismo parecía tomar entre los mismos socialistas alemanes, y
en la reorganización militar, a la que el miedo- francés da un valor muy
74 CRÓNICA GENERAL
superior al que en realidad tiene. Y con el fin de acordar la conducta a
seguir, en el caso de que Alemania no contestara satisfactoriamente, y al
mismo tiempo arreglar asuntos de excepcional importancia internacional,
juntamente con otros vitales para Francia, marchó a Londres el Sr. Cle-
menceau. Las 'conferencias allí celebradas entre el Gobierno británico,
Clemenceau y el ministro de Negocios Extranjeros italiano, Scialoja, des-
pertaron vivísimo interés en el mundo entero, interés ciertamente justifica-
do, dado las cuestiones que debían tratarse; posibilidad de una alianza
angloiatina, del establecimiento de un acuerdo militar entre Inglaterra,
Francia y Bélgica, con un Estado Mayor común a los tres ejércitos, que
obligara a Alemania a cumplir el tratado de paz; de la cuestión del Adriá-
tico, de la paz con Turquía, del problema ruso, de la concesión de crédi-
tos a Francia y suministro de carbón a este país, etc.
Las conversaciones sobre asuntos tan espinosos, han dado ocasión,
cosa rara, a que se afirmasen más y más la cordialidad, buena inteligen-
cia y completa solidaridad que entre los aliados existe, según reza el co-
municado oficial. Por lo visto, los conferenciantes se entretuvieron dema-
siado en darse mutuamente pruebas de amistad, y no lea dio tiempo para
resolver los problemas propuestos, con sentimiento de Clemenceau, a
quien la solución interesaba más que a nadie. Lo cierto es que, en con-
creto, no se hizo nada. Clemenceau volvió a París sin la alianza con In-
glaterra.
Otro de los asuntos que interesaban vivamente a Francia, era la cons-
trucción del túnel bajo el Canal de la Mancha. La realización de este pro-
yecto hubiera ligado eternamente los destinos de las dos naciones, y Fran-
cia podría verse libre, durante mucho tiempo, del temor alemán. Pero In-
glaterra, indiferente a lo que pueda ocurrir a su aliada, desea volver al
aislamiento insular, que tan buenos resultados le proporcionó siempre.
El mismo éxito ha tenido el presidente del Gobierno francés en los
asuntos de orden económico. La Gran Bretaña no puede aumentar las
cantidades de carbón suministradas a Francia, por ser, cada vez menor, el
rendimiento de las minas, que apenas producen lo suficiente para el con-
sumo de los ingleses.
Las demás cuestiones, que la buena inteligencia no ha podido resolver
ahora, se tratarán en próximas conferencias, que para esto se reunirán en
París o en Londres.
— Mientras tanto, se trabajaba en Berlín por presentar una nota que
calmara al tigre francés, y de ella merecen consignarse los siguientes pá-
rrafos:
«El Gobierno alemán desea disipar toda mala interpretación, después
CRÓNICA GENERAL 75
de lo cual, en compensación de la ausencia momentánea de les delegados
de los Estados Unidos, de las Comisiones previstas por el Tratado de Paz,
Alemania reclamará el derecho de ver modificar las disposiciones del Tra-
tado, concernientes a la extradición de las personas inculpadas por actos
contrarios a las leyes de la guerra, y la repatriación de los prisioneros de
guerra.
La repatriación de prisioneros de guerra no ha sido mencionada de
propósito.
En la cuestión de la extradición el Gobierno alemán hizo valer, antes
de la recepción de la nota de los aliados fechada en l.^de Noviembre, las
razones por las que parecía atenuar las condiciones de la ejecución del
Tratado.
Esas razones merecían después, como antes, haber sido tomadas seria-
mente en consideración por los aliados y asociados.
El Gobierno alemán no ha hecho nunca depender su asentimiento,
concerniente a la puesta en vigencia del Tratado de Paz, de la regulación
previa de esta cuestión. >
A la nota anterior han contestado los aliados con otra, levantando acta
de las concesiones hechas por el Gobierno alemán a más no poder.
Las responsabilidades de la guerra.— E\ periódico Las Noticias, de
Hamburgo, publicó hace tiempo una carta abierta del príncipe Enrique
de Prusia, dirigida al rey de Inglaterra, en la que dice:
«Como las voces pidiendo la extradición del emperador Guillermo con-
tinúan haciéndose oír en la Prensa de la Entente, dirijo a V. M. la carta
abierta siguiente, como continuación a mi telegrama del 7 de Julio, que
hasta ahora ha quedado sin contestación, haciendo todavía una vez más
un llamamiento a los sentimientos de justicia de V. M.
Si V. M. y sus consejeros se encuentran en la incertidumbre en lo con-
cerniente a los orígenes y responsabilidades de la guerra, le ruego que
tenga presente y recuerde que los documentos y los hechos indican, sin
duda alguna, que únicamente el Gobierno inglés, desde hace años, preparó
esta guerra mundial para alejar a un concurrente Jan molesto como era
Alemania, y que, por consecuencia, ese solo Gobierno es el que tiene la
responsabilidad del desencadenamiento de la guerra.
Quisiera aún recordar la entrevista de V. M. con Sazonof y vuestras
declaraciones hechas respecto a la suerte reservada a las marinas de gue-
rra y de comercio alemanas.
Si Inglaterra tiene la responsabilidad principal de esta guerra, la más
76 CRÓNICA GENERAL
terrible de todas, las naciones que se consideraron aliadas con Inglaterra
tienen igualmente su parte en las responsabilidades.
Si en la inaudita exigencia de querer la extradición de un soberano
fuere preciso ver el deseo de acercarse a la verdad, lo cual puedo admitir,
se seguirá de ello que debiera citarse también ante ese Foro Supremo a
aquellos que en primera línea se comprometieron tan claramente en el
desencadenamiento de la guerra.
Es necesario colocar en primer término a los hombres de Estado res-
ponsables del Gobierno británico y de las naciones aliadas de Inglaterra.
Yo me figuro un Tribunal Supremo que se formase por estadistas de
países neutrales, y con sede en Madrid, capital de un país que posee un
Soberano que se esforzó lealmente en observar la más estricta neutralidad.
Alemania no ha sido vencida por las armas de la Entente, sino por el
bloqueo y el hambre, y fué entregada de este modo sin defensa a la vengan-
za y a la avidez de adversarios sin piedad.
Alemania ha sido herida de gravedad; pero no ha muerto.
El espíritu alemán, que momentáneamente sufre un eclipse, seguirá
viviendo, y un día pedirá estrecha cuenta a sus adversarios.
He aquí por lo que pido a V. M. se digne renunciar a la comparecen-
cia de S. M. Guillermo II ante un Tribunal Supremo, y que haga valer ante
la corriente de opinión la influencia que la constitución le concede.»
***
La religión en Polonia. — Reunidos sobre la tumba de San Adalberto
en la Catedral de Gniezno, metrópoli religiosa de Polonia, los obispos po-
lacos han publicado una carta abierta a la nación, resumiendo en una for-
ma elevada la idea sobre los derechos y la misión de la Iglesia en Polonia
e indicando a los fíeles los deberes para con la Iglesia y la Patria.
La Iglesia reclama del Estado que le asegure un sitio debido en su
Constitución; reclama escuela católica para los católicos, la fe y la moral
como base de la educación pública y la indisolubilidad del matrimonio.
Como su misión considera la Iglesia prestar ayuda a la nación en la
construcción del Estado y lucha contra la revolución.
Una parte extensa de la carta está dedicada a la significación del socia-
lismo y del bolcheviquismo.
Está firmada por el Primado de Polonia, arzobispo de Gniezno y Poz-
nan;los arzobispos metropolitanos de Lwow y Varsovia, el arzobispo de rito
armenio de Lwow, el vicario general castrense y los obispos de Cracovia,
Przemysl, Kujawy, PIock,Tarnow, Kielce, Sandomir, Minsk, Lublín, Podla-
quia, WiIna, Kamieniec y Sejny.
CRÓNICA GENERAL 77
América del Sur,— Ha. fallecido en Lima el ilustre escritor peruano
D. Ricardo Palma, cuya intensa labor literaria es tan conocida y estimada
en todo el mundo.
Contaba el Sr. Palma ochenta y seis años, y era, en la actualidad, un
verdadero patriarca de las letras peruanas. Sus Tradiciones, traducidas a
casi todos los idiomas, serán siempre leídas con deleite.
Había nacido en Lima; viajó mucho por los países de América del Sur,
tomando parte en numerosos combates. Visitó los Estados Unidos y Euro-
pa. A su regreso al Perú tuvo que vivir, durante la ocupación chilena, de
sus correspondencias a periódicos extranjeros. Fué luego uno de los prin-
cipales redactores de La Prensa, de Buenos Aires.
Estuvo en 1892 en España como representante del Perú para el cuarto
centenario del descubrimiento de América. Aquí fué colmado de aga-
sajos.
En 1912 renunció la dirección de la Biblioteca Nacional por no tran-
sigir con imposiciones del presidente Leguía y se retiró a Lima, donde ha
vivido hasta ahora, rodeado del cariño de sus hijos y de la devoción de sus
admiradores.
El problema social en el Japón.— Lsl transformación del Japón antiguo
no data de más de hace unos cuarenta años, y no es extraño que el obre-
rismo no haya progresado tanto como el europeo, en lo que éste llama
lucha reivindicatoría.
Sin embargo, el imperio del Sol Naciente, lejos de encontrarse libre de
cuestiones sociales, se le va infiltrando rápidamente.
Conviene advertir que la legislación japonesa está en embrión a este
respecto.
De ahí se cree que arranque el afán del barón Makino por alcanzar de
la Conferencia de la Paz la igualdad de razas, que es sabido encontró la
oposición de Mr. Wilson.
La Conferencia de la Paz ha establecido el principio de que el trabajo
del obrero no ha de ser en ningún caso considerado como una simple
mercancía objeto de cambio.
El trabajo en el Japón estaba antes reglamentado de un modo patriar-
cal. Las familias conservaban secularmente los secretos de su arte, y lo cul-
tivaban exclusivamente sus miembros en cada casa.
Súbitamente se lanzó el Imperio a desenvolver la industria en gran es-
cala y cambió el modo de ser del obrero, perdiéndose poco a poco el con-
cepto anterior de las dos castas de hombres superiores e inferiores, aunque
algo queda todavía.
78 CRÓNICA GENERAL
El obrero japonés da un cierto valor a su trabajo y lo cambia por una
suma. Este aún es su concepto en la actualidad.
Pero a pesar de esto, ya han aprendido a asociarse .y a sindicarse. Las
leyes japonesas no hablan siquiera de este punto; en cambio, el artículo 17
de la ley de Orden público pone en manos de las autoridades todos los
medios coercitivos para impedir el ejercicio de los derechos derivados de
la ley de Asociaciones.
Se han hecho diversos ensayos, constituyendo la Tekko Kumiai o
Unión de Metalúrgicos, que llegó a tener 5.400 socios; la Unión de Ferro-
viarios, que tuvo un millar; el Sindicato de constructores de tranvías, y
otras, que duraron poco. Actualmente existe La Fraternal, que cuenta con
20.000 adheridos.
La idea de la Conferencia Internacional del Trabajo hizo que la Prensa
japonesa empezara una campaña, en la que unánimemente reconoce la ne-
cesidad de una ley que permita la constitución de Sindicatos obreros,
según el modelo de las Trade Unions inglesas. El Gobierno no ha hecho
ninguna promesa formal; pero se considera que tendrá que conceder algo.
*
Pérdidas de la guerra.— "EA corresponsal del Chicago Tribune en Ber-
lín comunica a dicho periódico:
«La desaparición de Alemania como potencia naval ha sido demos-
trada por el relato oficial de los barcos perdidos durante las hostilida-
des, y en virtud de las condiciones del armisticio y del tratado de Ver-
salles.
Una estadística indica la pérdida total de 6.900 barcos, comprendidos
249 submarinos; el número exacto de éstos hundidos por los aliados es
de 178.
En total general, 315 han sido perdidos en el combate, 34 han sido
hundidos para evitar que cayesen en manos del enemigo, y 41 solamente
se indican como desaparecidos.
Además, 74 barcos han sido entregados a los aliados en virtud de las
condiciones del armisticio, y otros 108 deben ser entregados a los efectos
del tratado de la paz.
Las pérdidas en batallas están representadas por la destrucción o apre-
samiento de un acorazado, de 7 grandes cruceros, de 21 cruceros y 124
pequeños torpederos, de un barco especial y de 178 submarinos.
Las ponencias oficiales dan como perdidos 81 submarinos en el Mar
del Norte y del Atlántico, 78 en las costas de Flandes, 3 en el Mar Báltico,
16 en el Mediterráneo y 5 en el Mar Negro.
CRÓNICA GENERAL 7Q
Las pérdidas de vidas humanas hacen un total de 18.854 entre oficiales
y marinos.
Los barcos entregados a los ingleses, cuya mayoría ha sido luego hun-
dida por sus propias tripulaciones, comprenden 11 acorazados, 15 cruce-
ros de combate, 8 pequeños cruceros y 50 torpederos.
El tratado de Versalles exige la entrega de 8 acorazados, 8 pequeños
cruceros, 24 contratorpederos y 50 torpederos.
Además de todas esas pérdidas, ha sido entregada la flota alemana co-
gida a los mismos alemanes, la cual debe ser desarmada, excepto algunos
acorazados y cruceros ligeros.»
— Según una estadística oficial publicada, he aquí las pérdidas que ha
sufrido la quinta arma, es decir, la Aviación francesa:
Desde el 4 de Agosto de 1914 al 12 de Noviembre de 1918, las pérdi-
das en la zona de los ejércitos han sido de 1.945 pilotos y aviadores muer-
tos. A esa primera cifra conviene añadir 1.461 desaparecidos, y cuya muer-
te es indudable, y 2.922 heridos.
En la zona del interior, considerada oficialmente como zona de gue-
rra para el ejército aéreo, las pérdidas han sido de 1.917 pilotos y obser-
vadores.
En total, las pérdidas de la Aviación francesa han sido de 9.757 avia-
dores.
El efectivo total del personal de la Aviación era en 1 de Diciembre
de 1918 de 12.918; las pérdidas de guerra representan, pues, un 81 por
100 del efectivo. Proporción de pérdidas no alcanzada en ninguna otra
arma.
Notemos, por otra parte, que la producción de aeroplanos ha sido de
3.460 en 1915; de 7.552 en 1916; de 22.751 en 1917, y de 34.219 en 1918.
Las fábricas de la aeronáutica empleaban 12.650 obreros en 1 de Ene-
ro de 1915; 30.960 en 1 de Enero de 1916; 86.003 en igual mes de 1917;
131.501 en el mismo mes de 1918, y 186.003 en 2.de Noviembre de 1918,
en vísperas del armisticio.
ESPAÑA
La huelga de los tipógrafos en Madrid durante el mes de Diciembre ha
dejado bien manifiesta la superioridad de las organizaciones católicas en
el periodismo sobre las radicales y revolucionarias, pues mientras éstas se
vieron obligadas a suspender sus diarios por imposición ineludible del
sindicalismo, los periódicos de la derecha se suspendieron voluntariamen-
te y sólo con el fin de manifestar su solidaridad en la defensa contra las
pretensiones de los sindicatos, afectos a la Casa del Pueblo.
80 CRÓNICA GENERAL
La suspensión duró solamente algunos días, excepto para la Prensa no
diaria, que se prolongó todo el mes de Diciembre y parte de Enero.
—Si la Iglesia española se ha regocijado con un honor más de Su San-
tidad Benedicto XV, que acaba de conceder la púrpura cardenalicia al ex-
celentísimo señor Arzobispo de Zaragoza, llora por el contrario la pérdida
de oíros dos Prelados eminentes, la del Cardenal Cos, Arzobispo de Va-
lladolid, y la del Obispo de Málaga, Excmo. Sr. D. Juan Muñoz Herrera,
uno y otro octogenarios y de memoria ilustre, tanto por sus hechos como
por su jerarquía. En la corona de méritos del insigne purpurado de Valla-
dolid figuran dos grandes florones: la restauración del canto litúrgico y la
organización de la enseñanza catequística. En el Excmo. Sr. Muñoz Herre-
ra resurgieron todas las luces del episcopologio de Málaga reverberando
en la historia de sus obras de caridad y celo sacerdotal y en sus pastorales
y trabajos oratorios henchidos de doctrina evangélica que supo revestir
siempre con los mejores ornamentos del habla castellana. Desde hacía
años, oprimido por la vejez, vivía en Antequera, su ciudad natal, en donde
se obscureció el orador y escritor, pero no el apóstol venerable, que no
cesó de edificar con sus ejemplos hasta la hora de la muerte.
— Por iniciativa del excelentísimo señor Nuncio de Su Santidad en Es-
paña, se ha constituido en Madrid una Junta de personas ilustres en las
letras para estimular en nuestro país la celebración del Centenario del
Dante, que se verificará en el año 1921.
Forman dicha Junta el Sr. Rodríguez Marín, director de la Biblioteca
Nacional, como presidente; D. Manuel Pérez Bueno, catedrático de la Uni-
versidad Central, secretario; los académicos señores Ortega Munilla, Váz-
quez de Mella, Bonilla San Martín y D. Miguel Asín, y el director de «Pren-
sa Asociada», D. Norberto Torcal, vocales.
— Y termina el año 1919 con una manifestación de la hidalguía del país,
cual es la respuesta de los españoles al llamamiento del Papa en favor de
los niños de la Europa central. En todas las diócesis se multiplican las
ofrendas en proporciones que todavía no es posible decir con exactitud,
pero que reflejan el agradecimiento de la nación a la Providencia divina
por nuestra neutralidad en el magno conflicto de estos últimos años.
B.R.
EL TRABAJO A DüiMICILIO EN ESPAÑA
La organización del trabajo industrial, en fábricas y talleres, ha sido
en España, durante veinte años consecutivos, objeto de una copiosa le-
gislación. Mientras esto se hacía, limitando cada día más y más los pro-
cedimientos abusivos de la gran industria, nuestros legisladores no
ponían la atención debida en la existencia de un gran problema de ca-
rácter general, en cuya solución estaba interesada una clase numerosa
de trabajadores manuales que, atendidas, entre otras circunstancias, su
condición y edad, podían ser, y eran de hecho, objeto de una explota-
ción vergonzosa. Tal era el problema del trabajo a domicilio, descen-
tralizado o dispersado. En tanto que el intervencionismo extranjero, na-
cional (1) o internacional (2), adoptaba medidas de protección, siquiera
(1) Ya de un modo directo, mediante ley especial, bien con ocasión de re-
glamentar el trabajo en las fábricas, el trabajo a domicilio ha sido regulado
por varios Estados. Entre otras leyes extranjeras, son dignas de mención es-
pecial: la australiana (1904), sobre fábricas; la yanqui (Nueva York), de 1909
(art. VIL— Objetos fabricados a domicilio); la inglesa (1909), sobre Consejos
industriales, y la alemana, de 1911, sobre el trabajo a domicilio.
(2) Excepcional importancia revistió el Congreso internacional de Zurich,
año 1912, ya por el número de Estados que en él tuvieron representación ofi-
cial, ya por los acuerdos tomados comprensivos de estos extremos:
«La ley alcanzará a todos los obreros que pertenezcan a la industria dis-
persa o descentralizada que trabajen a domicilio por cuenta de un empresario.
Todo empresario que dé trabajo fuera de su establecimiento, llevará un
registro con el nombre y las señas de los obreros, la naturaleza del trabajo y
el salario que se pague; y dará a los obreros una libreta individual donde se
hará mención del trabajo efectuado y el salario pagado.
El cuidado de fijar el mínimum del salario estará a cargo de organismos
corporativos, Comités paritarios, elegidos por los patronos y los obreros de
las industrias interesadas.
Estos Comités determinarán el mínimum que debe recibir por hora un
obrero de capacidad media, y tendrán en cuenta, si ha lugar, el salario míni-
mo de un obrero de la misma capacidad, de talleres donde se produzcan géne-
ros semejantes.»
LA Ciudad de dios.— Año XL.— Número 1.120. 6
82 EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA
fuese a modo de ensayo, para ese ejército numeroso (1) de individuos
que, faltando a todas las reglas de una elemental higiene y una sana
moral, y a trueque de un jornal mísero, produce esos objetos llamados
vulgarmente «de pacotilla*, empleando en esa labor jornadas excesi-
vas y agotadoras de toda energía, en España nada se hizo, y tal vez
fuera más exacto decir que hízose todo lo posible para que nuestra
legislación obrera excluyese de sus preceptos el inhumano siveating-
system, ya que aquélla comprende tan sólo, para los efectos de la ac-
ción tutelar, a «todos los que ejecutan habitualmente trabajo manual
fuera de su domicilio, por cuenta ajena, con retribución o sin ella.»
¿Es que en España no existía el problema? Ciertamente que sí.
Anunciado quedó en la información practicada en 1884 por la enton-
ces llamada Comisión de Reformas Sociales. El mal tenía que existir
forzosamente, aunque con menor intensidad que en otros países, por-
que existían las causas generadoras del mismo, a saber: competencia
patronal y obrera; descentralización, por parte del patrono, del trabajo
industrial a fin de verse libre del régimen del taller, de la organización
y vigilancia del trabajo en la fábrica, de los gastos de entretenimiento
del capital fijo, de las exigencias de los obreros organizados, de la ins-
pección legal, y, finalmente, inhibición del Poder público, tal vez con
la intención de no poner trabas enojosas a la antigua industria fa-
miliar.
La realidad del mal en España quedó puntualizada el año 1907 en
una Memoria del Servicio de Inspección del Trabajo; en ella se alude
al trabajo a domicilio y se apuntan las causas a que obedece y se
(1) No recuerdo haber visto, ni creo que exista, una estadística oficial per-
fecta, de los obreros a domicilio. De todos modos, puede afirmarse que su
número es bastante grande. M. Boyaval nos ofrece estos datos:
Proporción
Obreros a domicilio. Total de obreros. pQ^ joq.
Bélgica 132.000 285.000 17
Alemania 405.262 > >
Suiza 120.000 > 17 a 19
Italia 250.000
Austria 760.000 » 34
Dinamarca 18.000 » 9
Rusia 12.000.000
Francia 1.565.000 > >
EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA 83
afirma la ineficacia, para atajar el mal, de la ley reguladora del trabajo
de las mujeres y de los niños; se habla de los telares a mano, cordele-
rías, zapaterías y fábricas de sombreros en lucha con los telares y fá-
bricas modernas, a expensas de jornadas interminables, de doce y ca-
torce horas de labor, y de jornales de 0,25 a una peseta entregados a
mujeres de catorce a veinte años. Las Memorias de los Inspectores del
Trabajo se han ido sucediendo y en todas ellas se describe el siüea-
tingsystem y se anatematiza el abuso ilimitado del obrero a domici-
lio excluido de la protección de nuestras leyes obreras. Salarios irriso-
rios, jornadas excesivas, situaciones de extrema angustia, competencias
inicuas: he aquí lo que, respecto al obrero domiciliario, no ha tratado
de remediar nuestra legislación.
No de remedio, y sí de paliativo, a este cortejo de miserias sirvió el
esfuerzo, muy laudable, realizado por la acción de carácter privado.
Con las Ligas de consumidores se consiguieron, aunque no siempre
ni en su totalidad, estos tres laudables fines: descanso en los días fes-
tivos, supresión de las exageradas velas nocturnas y un aumento racio-
nal en los precios de la labor. En los Patronatos y Asociaciones, mix-
tas o puras, halló la obrera protección y sostén en los meses de esca-
sez de trabajo o en situaciones de apuros económicos, y en los Insti--
tutos de amparo encontraron algún remedio determinadas clases obre-
ras, como las criadas, trabajadoras de la aguja, institutrices, empleados
de mostrador, etc. A estas instituciones de iniciativa privada debe aña-
dirse esta otra de indiscutible interés social: las Exposiciones del traba-
jo a domicilio, cuya finalidad consiste en poner de manifiesto a la con-
ciencia social, mediante datos vivientes, el estado misérrimo del obrero
domiciliario. ¿No es suficiente a sublevar el ánimo más indiferente
contemplar allí objetos, cuyo valor no exceda de 0,75 pesetas, para cuya
elaboración ha sido preciso emplear nueve horas de trabajo? ¿No ha
de causar profunda impresión moral saber que diez horas de labor para
fabricar un jersey, verbigracia, no proporciona mayor rendimiento que
0,75 pesetas?
Hasta hace poco tiempo, el problema del trabajo a domicilio no ha
logrado entre nosotros adquirir estado parlamentario. Los primeros
anatemas lanzados en las Cámaras contra la explotación del indefenso
trabajador manual fuera de la fábrica datan del año 1914. En el Diario
de Sesiones del Senado quedaron estampadas estas palabras del señor
84 EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA
Polo y Peyrolón: «El Sindicato de Trabajadoras de Agujas y Similares
de Valencia me ha dispensado el honor de encargarme que haga en el
Senado una denuncia y un ruego. La denuncia es contra un contratista
que, sin duda alguna, ha recibido de alguna de las naciones beligeran-
tes el encargo de confeccionar un millón de camisas, y a las trabajado-
ras de agujas las obliga a hacer estas camisas, y las abona a 1,50 pe-
setas por docena, con la circunstancia agravante de que la primera
camisa que cosen tiene que ser gratis, y además han de poner las tra-
bajadoras operarlas el hilo y la máquina, y dicho se está que, si traba-
jan de noche, la luz.
No hay conciencia honrada que no se subleve contra la explota-
ción de las míseras obreras, que mantienen muchas veces a su familia
con la remuneración del trabajo que produce la aguja, porque estas
obreras sacarán de 50 a 75 céntimos por cada catorce horas de traba-
jo, pues para la confección de 12 camisas necesitan veintiocho horas...
No solamente ocurre esto en Valencia, y en este caso concreto, sino
que aprovecho la ocasión para decir que lo mismo ocurre en Madrid,
en Barcelona y demás capitales importantes...* (1).
La condenación oficial hecha en el Senado se repitió en el Con-
greso por el Sr. Simó (2). A estos anatemas oficiales siguieron las
informaciones llevadas a cabo por el benemérito Instituto de Reformas
Sociales, y a éstas, los proyectos de ley. Es el último el presentado por
el Sr. Burgos y Mazo, y tiene la ventaja; indiscutible, justo es recono-
cerlo así, de formar parte de una labor social orgánica bastante com-
pleta (3), y es lástima grande que este conato legislativo haya fracasa-
do, como tantos otros, a causa de las vicisitudes poHticas. Para ver el
alcance de este proyecto juzgamos necesario un ligero comentario del
mismo.
Las dos soluciones que, en términos generales, admite el problema
(1) Sesión del Senado de 25 de Noviembre de 1914. El mismo orador repi-
tió la denuncia en la sesión de 14 de Diciembre del mismo año y en la de 26 de
Noviembre de 1915.
(2) Sesión del Congreso de 28 de Noviembre de 1914.
(3) Entre otros proyectos de carácter social leídos en el Parlamento por el
Sr. Burgos y Mazo, merecen ser tenidos en cuenta los que versan acerca de
estas materias: trabajo a domicilio, trabajo doméstico, de aprendizaje, con-
trato de trabajo, accidentes del trabajo (modificación de la ley de 30 de Enero
de 1900), sindicación y casas baratas.
EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA 85
del trabajo a domicilio consisten en suprimirlo o reglamentarlo. La
primera lleva consigo tan graves inconvenientes, que no ha podido
hallar sanción legislativa. ¿Cómo obligar que sucumban por el hambre
tantos infelices que, debido a sus condiciones especiales, no pueden
trabajar en el taller o en la fábrica? ¿Cómo impedir que el niño, la mu-
jer de edad avanzada, o enferma, o no susceptible de una formación
profesional, acepten, para realizarlas en el hogar doméstico, labores
sencillas, completando así el salario ganado por el cabeza de familia?
¿Cómo impedir el trabajo domiciliario de esa otra categoría de mujeres
hábiles operarías que, por haber perdido su rango social, desean tra-
bajar ^sin que se sepa»? Otra categoría de obreras a domicilio es la
formada por «obreras de profesión». A la mujer casada que aprendió
el oficio en el taller, pero a causa del aumento de sus hijos, cuya edu-
cación no quiere descuidar, no puede volver a la fábrica, ¿por qué se
le ha de prohibir trabajar en su domicilio? Es más: ¿por qué impedir
al obrero mismo imponerse voluntariamente determinado trabajo en
su domicilio para obtener así mayor utilidad, siempre que tal labor
complementaria no sea impuesta por el patrono como continuación
de la reahzada en la fábrica? Estas y otras consideraciones impiden la
supresión del trabajo a domicilio. A motivos de puro sentimentalismo,
más que a conocimiento exacto de la cuestión, ha obedecido que en
algún Congreso hayase defendido esta medida. Tal acaeció en el pri-
mer Congreso de la Federación de Constructores de Calzado, celebrado
en Madrid.
La supresión de esta clase de trabajo perjudicaría enormemente, y
sin razón bastante a justificar el daño, no sólo a una gran masa de
obreros, sino a las industrias. Sabido es que las salidas de muchos
artículos aumentan o disminuyen en determinadas épocas del año.
¿Por qué razón, que no sea la arbitrariedad, ha de obligarse al patrono
industrial, cuando la escasez de los pedidos sea un hecho, tener orga-
nizadas sus fábricas, gastando el mismo capital en maquinaria, perso-
nal obrero, etc., que en épocas de grandes demandas? Nada o bien
poco valdría la objeción de que el patrono puede seguir produciendo
y almacenando en épocas de escasez para las de mayor venta; porque,
aun supuesto que esto resulte factible cuando se trate de la fabricación
de ciertos artículos, no lo será tratándose de otros muchos; por ejem-
plo: las sederías, cintas, telas y, sobre todo, los llamados objetos de
86 EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA
moda. ¿Qué hará de tales productos si, al llegar el tiempo de la venta,
se han hecho anticuados y no sirven a satisfacer los caprichos de la
moda? Para evitar estos inconvenientes, hácese necesario el trabajo a
domicilio, que viene a ser como el «acumulador» y «regulador> de la
gran industria. No hay, pues, que suprimirlo, sino reglamentarlo acer-
tadamente, para que no pueda decirse de él, y con verdad, que es el
sistema de trabajo mediante el cual el patrono hace sudar al obrero;
hacer sudar, sistema del sudor, sweating-system, este es el vocablo
que el uso ha consagrado para designar el régimen del trabajo a
domicilio moderno no sujeto a una sabia y protectora reglamentación.
¿Es fácil la regulación de este régimen de trabajo? La respuesta
debe ser negativa. Son tantas las modalidades que puede ofrecer el
trabajo a domicilio, que su concepto exacto difícilmente puede ence-
rrarse en una simple definición. No basta decir de él que es «el trabajo
descentralizado», dispersado, diseminado, pues hay labores descentra-
lizadas que, como más adelante se verá, no merecen ser consideradas,
para los efectos que la ley persigue, como trabajo a domicilio. Tam-
poco es suficiente, para determinar su concepto, atender a la natura-
leza de la obra realizada, ni al modo como se realice, ni a la forma de
ser retribuida. Por eso juzgamos buena la definición que del trabajo a
domicilio se da en el proyecto que comentamos: «el que, siendo de la
naturaleza permitida por la misma ley, ejecuten los obreros, del cual
reciban retribución por la obra ejecutada.» Poco importa que el trabajo
a realizar sea por tarea, a destajo; pero es esencial que el obrero trabaje
en su domicilio por cuenta del patrono, contratista, subcontratista, des-
tajista u otro intermediario cualquiera, como es igualmente esencial el
concepto de salario, aunque no su forma.
Sin embargo, hay que hacer una aclaración. ¿Bastaría que la pro-
tección legal se extendiera únicamente a los obreros que trabajan en
su domicilio — en el local en que estuviesen domiciliados, dice el pro-
yecto—o también a los que lo hacen en domicilio ajeno? Evidentemen-
te que la protección debe comprender a estos últimos, en determinados
casos y a fin de evitar situaciones angustiosas que todos lamentamos,
debidas exclusivamente a lo irrisorio de ciertos jornales. ¿Quién puede
dudar que, si la retribución económica del que trabaja en su domicilio
por cuenta de un patrono, destajista, etc., es pequeña, no será menor la
de los obreros auxiliares suyos? Hay más; estos obreros, por realizar el
EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA 87
trabajo fuera de su domicilio y por cuenta de otro, son considerados
como tales obreros, según el concepto que de los mismos dan las leyes;
pero, como el lugar en que trabajan no está sujeto a la inspección del
trabajo, resulta que no gozan los privilegios por las leyes concedidos
referentes a la duración de la jornada, descanso dominical, seguridad,
higiene, etc. ¿No es esto un contrasentido?
El medio de evitar estos inconvenientes está en determinar lo que
debe entenderse por patrono y obrero a domicilio. Así se hace en el pro-
yecto del Sr. Burgos y Mazo, al considerar «como patrono a domicilio,
y el taller que en el suyo establezca estará sometido a la legislación
general del trabajo de fábricas y talleres, el destajista o quien, obrero o
no, tomando trabajo a domicilio, tenga a sus órdenes, como auxiliares,
otros obreros, oficiales, aprendices, etc., que trabajen con él y para él,
a jornal, tarea o destajo, dándoles o no los materiales». Estos obreros
auxiliares que no viven en el domicilio del patrono y que, para traba-
jar, han de abandonar el suyo, deben ser considerados como obreros a
domicilio, y equiparados, por consiguiente, para los efectos de la pro-
tección legal, a los que trabajan solos o ayudados de los suyos en el
taller de familia en su domicilio.
Pero el taller de familia puede ofrecer dos modalidades bien distin-
tas y, por ello, ser ocasión de abusos que es preciso evitar. Por eso en
el proyecto se tiene en cuenta si aquél es o no industrial, es decir, si el
producto del trabajo hácese por cuenta ajena y mediante retribución, o
sólo sirve para satisfacer las necesidades del hogar. A esta doble mo-
dalidad responde el proyecto protegiendo (1) o no (2) el trabajo, uniper-
sonal o colectivo, realizado en el taller familiar.
No podía ocultarse a la perspicacia del legislador la necesidad de
definir bien el taller de familia para impedir los abusos de que son
objeto determinados obreros, generalmente mujeres y niños que viven
habitualmente con el dueño del taller y sus parientes, sin mediar entre
(1) Serán objeto de la protección de esta ley:
1.** Los obreros que, aisladamente o formando taller de familia, trabajan
en su domicilio a destajo, por cuenta de patronos. Art. S.®, 1."
(2) Art. 4.« No se considerará como trabajo a domicilio para la protec-
ción que la presente ley conceda a los obreros:
á) El trabajo, individual o colectivo, en taller de familia, que se efectúe
en un domicilio para satisfacer las necesidades domésticas.
b8 EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA
unos y otros lazo alguno de parentesco o siendo éste muy remoto. Así
defínese el taller de familia, para los efectos legales de protección, «el
formado por personas pertenecientes a ésta y parientes del jefe de la
misma o de su mujer, dentro del tercer grado de consanguinidad, y que
además vivan en la casa-morada de dicho jefe». Los obreros, mujeres
y niños acogidos por la familia y los parientes del jefe de ésta o de su
mujer, que no se hallen en las condiciones dichas de parentesco y co-
habitación, estarán protegidos por la ley, «siéndoles aplicables las leyes
que fijan la duración de la jornada, edad para el trabajo, descanso se-
manal, trabajo nocturno, labores peligrosas e insalubres, y cuantas se
dicten para los obreros de su sexo y edad que trabajan en fábricas y
talleres» (1).
También el denominado trabajo autónomo puede ofrecer doble ca-
rácter, según sea o no descentralizado. Puede, en efecto, darse el caso
de que el productor independiente elabore sus productos, bien solo,
bien ayudado de los individuos que integran su familia: es el caso de
un taller de familia. O bien se trata de un individuo que, aun trabajan-
do en su domicilio, tiene, sin embargo, bajo sus órdenes y en concepto
de auxiliares extraños a su familia, a otros obreros oficiales, ayudantes
o aprendices a quienes retribuye de algún modo: es el caso de un pa-
trono, aunque en pequeña escala, a domicilio. Bajo el primer aspec-
to (2) y no bajo el segundo (3) concede protección el proyecto.
¿Y qué decir si varios obreros, abandonando su propio domicilio,
trabajan en el de otro ayudándole en compañía (compañerías), es
decir, con la condición de repartirse entre ellos los beneficios del objeto
elaborado por cuenta de un patrono, almacenista, destajista, etc.? No
cabe duda que a este caso debe ser aplicable lo dicho referente al pa-
(1) Art. 3.0
(2) Art. 3.0 Serán objeto de la protección de esta ley:
3.® Los obreros que trabajen a jornal, por tarea o destajo, o a título de
aprendizaje, fuera de su domicilio, en el de un patrono a domicilio.
(3) Art. 4.0 No se considerará como trabajo a domicilio para la protec-
ción que la presente ley concede a los obreros:
b) El trabajo autónomo, individual o colectivo, en taller de familia, enten-
diéndose por trabajo autónomo el que se hace para la venta directa del pro-
ducto sin intermedio de patrono.
Si el trabajo fuera mixto, para el público y patronos, se calificará todo él
como trabajo a domicilio.
EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA 89
trono a domicilio y obreros a domicilio, no debiendo, por tanto, quedar
éstos excluidos de la protección legal. Así lo reconoce el proyecto
cuando dice que serán objeto de protección <los obreros que en el do-
micilio de uno de ellos trabajen a destajo por cuenta de patronos, en
compañía, a partir ganancias» (1).
Claro está que de la definición admitida en el proyecto no habían
de quedar eliminados aquellos obreros que, trabajando durante el día
en el taller o en la fábrica, han de realizar en su casa durante la noche,
para tener derecho al salario íntegro, un complemento de trabajo. Es
este un modo tan abusivo como fácil de que se vale el patrono para
descentralizar su industria y obtener, en cambio, las ventajas de
aumentar la producción y aminorar los gastos. Tal iniquidad encuentra
sanción en el proyecto al establecer que «la jornada de obreros emplea-
dos en fábricas o talleres no podrá aumentarse como consecuencia de
encargos de trabajo a domicilio» (2).
El verdadero nudo de la cuestión del trabajo domiciliario está, más
que en lo excesivo de la jornada (3) y en la falta de condiciones higié-
nicas en que se practica (4), en lo exiguo y precario de la retribución.
Ya hemos indicado que el problema queda en pie, dándole como so-
lución única la acción de los propios obreros (la sindicación, por ejem-
plo) o de la sociedad (las ligas sociales de compradores, verbigracia).
La intervención pronta y enérgica del Poder público hácese necesaria^
(1) Art. 3.^ núm. 2.o
(2) Art. 6.^
(3) El proyecto fija, para este régimen de trabajo, la jornada mínima de
ocho horas, respetando, no obstante, las inferiores establecidas por pacto o
por costumbre. Art. Q.\
(4) El Inspector de Trabajo, Sr. González Castro, en su obra El trabajo de
la mujer en la industria, nos presenta, con tanta sencillez como elocuencia, un
cuadro bien acabado de cómo se practica entre nosotros el trabajo a domi-
cilio.
«La visión de esos talleres domésticos— dice -es inolvidable. En una pieza
obscura, sin ventilación directa, de paredes ennegrecidas, o cubierta con mu-
griento papel y múltiples desgarrones, con el pavimento de rotos ladrillos, sin
más muebles que una desvencijada camilla y cuatro taburetes, trabajan la
madre, dos hijas y una niña, ajena a la familia, en concepto de aprendiza. En
el rostro de todas se retrata la anemia. La madre tose, y va arrojando sus
esputos en una bacinilla que tiene al lado, en la que se ve gran cantidad de
expectoración espesa, amarillenta y con algunas estrías de sangre. Hacen pan-
talones, y las hemos interrogado:
90 EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA
fijando un salario mínimo; intervención tanto más necesaria cuanto
que los obreros a domicilio encuéntranse en condiciones mucho más
difíciles que los de otras industrias para unirse y oponer una fuerte or-
ganización obrera a la organización patronal. Puede afirmarse que en
este punto están conformes economistas y sociólogos, siendo muy
exacta esta afirmación de M. Bayabal: «la intervención legal para la
fijación del salario mínimo de los trabajadores a domicilio parece el
único remedio verdaderamente eficaz: todos los demás propuestos han
fracasado*. Esta medida ha sido aplicada con buenos resultados en
otros países; se ha puesto en práctica entre nosotros para otras indus-
trias, no siendo obstáculo invencible la variabilidad de la producción
y del precio de los productos, circunstancias éstas que no abundan en
los obreros domiciliarios. Fijado el salario mínimo, que, idealmente
considerado, debe ser el que necesite el obrero para satisfacer sus ne-
cesidades de una manera decente, y eliminados, por ende, los salarios
Ínfimos, que son los más numerosos en el trabajo a domicilio, la cues-
tión está resuelta en su totalidad. ¿Qué duda cabe que las jornadas in-
terminables (generalmente éstas son las peor remuneradas) y las pési-
mas condiciones higiénicas del trabajo a domicilio son efecto del salario
de ínfima cuantía? «Cuando el obrero haya logrado un salario conve-
niente—ha dicho M. Bru — , todas las medidas sanitarias o reglamenta-
rias no tendrán ya objeto... La limpieza reinará por sí misma y los enfer-
mos no trabajarán. Los obreros no se recargan por gusto. > Cierto que, sin
«—Mi marido está en cama, baldado, como usted sabe, y he de trabajar
para mantenerle y para que coman pan, siquiera, los dos pequeños que están
en la cama con su padre, para que no nos estorben en la labor. Ya ve usted
los precios: nos pagan a 40 céntimos cada pantalón, y hemos de poner el hilo
nosotras. A mucho que trabajemos las cuatro salimos por cuatro pesetas al día.
Algunos llegamos hasta cinco o seis pesetas, pero eso es trabajando catorce y
más horas seguidas...»
La tos interrumpe el relato de la sinventura. Dos meses después de esta es-
cena, la tuberculosis se llevó a la madre. Sus hijas continuaron haciendo pan-
talones, la anciana prosiguió su labor de abono en aquellos organismos para el
espléndido florecer de la tisis, y cuando hace unos meses volvimos a la casa...,
ya encontramos al lado de las dos hermanas la misma bacinilla en que echaba
los esputos la madre. ¡Ellas también tosían...!»
Cuadros análogos podríamos citar muchos, pero más sombríos, más crue-
les aún, que sorprendemos en esos tugurios, cuando como médicos entramos
en ellos.»
EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA 9 1
atender al salario suficiente, es posible la reglamentación de la indus-
tria a domicilio; pero ¿qué se conseguiría con ello? ¿Cómo hacer efec-
tivas las prescripciones relativas a la duración de la jornada, prohibi-
ción del trabajo nocturno y en lugares insalubres y peligrosos, cuando
el taller y el hogar del obrero son una misma pieza? Y supuesto que
ello se consiguiera con la existencia permanente de un inspector en
cada taller-habitación, ¿no sería cruel esta medida? <¿No se llegaría
por tal medio — como escribía M. Jay — a cerrarle a la obrera la habita-
ción estrecha y malsana, es decir, impedirle trabajar mientras no gane
lo bastante para instalarse mejor?»
¡Difícil cuestión la de fijar el salario mínimo en la industria domi-
ciliaria! Desde luego no puede establecerse un tipo único, porque no
son idénticos los trabajos realizados en las varias iudustrias de una re-
gión o localidad determinada, ni el trabajo o serie de operaciones son
siempre iguales en cada producto, y difieren bastante las aptitudes de
cada operario, etc. Estas circunstancias y otras muy numerosas, exigen
que se establezcan tantos tipos de salario mínimo cuantas sean las in-
dustrias en cada región o localidad; que se tenga en cuenta el salario
suficiente ganado por los demás obreros que trabajan en las fábricas
en objetos de igual clase, ya sea la retribución por obra ejecutada o
bien a jornal; y la circunstancia de si el obrero, para trabajar, ha de
aportar determinados elementos de trabajo y hasta sufragar los gastos
de entretenimiento, etc. Estas circunstancias modificadoras de la cuan-
tía del salario suficiente del obrero a domicilio, hállanse bien determi-
nadas en el proyecto que comentamos (1).
(1) Art. 19. 1.* Se fijarán tantos tipos de salario cuantas sean las clases
de trabajo, tareas u operaciones.
2.* Se fijará el tipo mínimo general de la retribución, esto es, el límite in-
ferior de la que ha de darse al obrero sometido al régimen del trabajo a do-
micilio, asimilándolo al que un obrero de capacidad media y de igual catego-
ría perciba en los trabajos de la misma clase o de la más semejante posible en
los talleres, fábricas o centros de trabajo de la localidad o región, no someti-
dos a dicho régimen, teniendo en cuenta las condiciones siguientes:
En la retribución por obra ejecutada se tomará como base la que se da en
los destajos iguales o semejantes, en la localidad o región, y si en ellas no se
practicase este género de trabajo, deduciéndose de las tarifas usuales, y se
multiplicará por el número global de horas que prudencialmente se crean ne-
cesarias para la fabricación del objeto.
92 EL TRABAJO A DOMICILIO EN ESPAÑA
Acertadamente, y siguiendo en ello la opinión más generalizada
entre los sociólogos modernos y el ejemplo de otros países, en el pro-
yecto no se atribuye al Estado el derecho de fijar él mismo los sala-
rios (1). Esta función importantísima y delicada atribuyese a los Conse-
jos paritarios profesionales (2), y allí donde éstos no existan, a los
Consejos mixtos de fijación de salarios y del trabajo a domicilio (3). A
modo de tribunal de apelación, se crea en el Instituto de Reformas So-
cieles un Consejo Central de fijación de salarios (4). Declarados éstos
obligatorios, regirán durante dos años, salvo circunstancias extraordi-
narias, que el Consejo apreciará en vista de la denuncia de cualquiera
de las partes interesadas.
Favorable debe ser el juicio crítico de este proyecto, y dada la ur-
gencia de resolver la cuestión social en España, es de esperar que pron-
to entre a formar parte de nuestra copiosa legislación obrera.
P. Ambrosio Garrido.
En el caso de que los obreros protegidos trabajen a jornal, se igualará al
que perciben los de las industrias iguales o semejantes en la localidad o re-
gión, en iornadas permitidas, según sexos y edades.
Se establecerá igual salario para hombres y mujeres, en igualdad de traba-
jo y profesión.
3.* Se tomarán las fluctuaciones normales del trabajo por razón de esta-
ción y demás circunstancias generales y locales.
4.* No se incluirá en el salario el valor de los materiales o accesorios ne-
cesarios para elaborar los diferentes objetos, que serán proporcionados por el
patrono o abonados aparte.
5.* Se tendrá en cuenta, para la fijación de los tipos mínimos de salarios,
los gastos que supongan para el obrero el alquiler de las máquinas o el uso de
los motores mecánicos y cualesquiera otros gastos que afecten a la generali-
dad de los obreros empleados por el patrono, tales como las de traslado de
dichos obreros al taller y otros análogos.
(1) Este criterio informó las bases 1.*, 5.», 6.» y 7.» del Congreso catalán
del Trabajo a domicilio del año 1917.
(2) Art. 10.
(3) Arts. 10 y 11.
(4) Art. 15.
PÉREZ CALDOS
(1)
En la madrugada del día 4 de Enero falleció en Madrid el célebre no-
velista y fecundo escritor D. Benito Pérez Galdós. Aunque era del cam-
po contrario, no se crea, sin embargo, que por eso hemos de regatear
al autor de los Episodios Nacionales lo que en justicia se merece. Pero
también consignaremos que el nombre y las obras del idolatrado maes-
tro, mejor, sus ideas abiertamente revolucionarias y anticlericales sir-
vieron de bandera bajo la cual se cobijaron la antipatía y el odio más
(1) Nació en Las Palmas (Islas Canarias). No podemos fijar con certeza el
año en que nació el insigne literato. Varias fechas hemos visto consignadas
en ios periódicos que días pasados han escrito su biografía Unos la fijan el 10
de Mayo de 1840; otros el 1843, y el P. Blanco y Cejador asegura en sus res-
pectivas obras que Galdós vino al mundo el año 1845. Terminado el bachille-
rato en el Instituto y en el Colegio de San Agustín, de Las Palmas, vino a Ma-
drid el 63 a estudiar la carrera de Leyes, con poca voluntad y menos afición,
según él mismo confiesa. cAllá— dice— en el Instituto fui bastante aprovecha-
do; aquí todo lo contrario.» Antes de su venida a Madrid había manifestado
sus aficiones literarias escribiendo en los periódicos de su tierra. Pero las
primicias de su talento artístico, sus amores a las Bellas Artes fueron, según
notan sus biógrafos, el dibujo y la pintura. «Fué— escribe G. Marañen en El Li-
beral—añciondiáo a la pintura. Es curioso que su entusiasmo por el Arte se
manifestase por el dibujo antes que por la literatura. De cuando tenía doce o
catorce años se conserva un dibujo que, por cierto, lleva la primera firma que
se guarda de Galdós, en cuyo dorso un amigo de la familia escribió entusias-
mado unos versos proféticos, prediciendo al joven autor un porvenir artístico
que la realidad ha superado, si bien por distinto camino que el de la pintura.
En la colección ilustrada de los Episodios Nacionales (en Zaragoza, y no re-
cuerdo si en algún otro volumen) hay algún dibujo ejecutado por él con la mi-
nuciosidad y el detalle tan del gusto de la época. También se conservan va-
rias tablitas pintadas al óleo de paisajes y marinas montañesas, realizadas con
una gracia candorosa muy interesante y muy en armonía con su modo de ser.»
A este propósito dicen que en la Exposición provincial celebrada en Santa
Cruz de Tenerife el 1862 obtuvo mención honorífica por sus obras La Magda-
lena, Un huerto histórico y Una alquería.
94 PÉREZ GALDÓS
enconados contra los elementos o principios que sirvieron de base e in-
forman la vida del pueblo español en todos los períodos de su historia.
No hace al caso exhumar las tristes e infames campañas que en
tiempos no muy lejanos se suscitaron a causa de sus obras. Conviene,
no obstante, traer a cuento algunas cosas para ignominia y baldón de
muchos locos y frenéticos que proclamaron al autor de Gloria *no como
símbolo de un ideal literario o como gloria ejemplar de una escuela,
sino como proclama o banderín de sectarismo y de cruda impiedad».
Galdós desciende a la tumba rodeado de una popularidad grande, me-
recida por sus obras y por las manifestaciones escandalosas que origi-
naron. Si se reunieran cuantos trabajos hay publicados en favor y en
contra de algunas obras galdosianas, quizás y sin quizás superaran a
A los tres años de su venida a la Corte comenzó sus trabajos literarios en
los periódicos El Contemporáneo, El Parlamentario, etc., a la vez que se ensa-
yaba en la composición de algunas piezas dramáticas, como La expulsión de
los moriscos y otras que no llegaron a representarse nunca.
«Por este tiempo— dice Galdós— se me ocurrían a mí unas cosas muy raras.
Hice algunos ensayos de obras de teatro, todo bastante mediano, excepto una
cosa que me parece que era menos mala, si bien me alegro que no hubiera pa-
sado de los muros del teatro...» Por lo dicho se deduce que Galdós sentía sus
aficiones por el teatro; pero, fueran los primeros desengaños, fuera que, ha-
biendo ido por esta época a París, se enfrascó en la lectura del gran novelista
Balzac, es lo cierto que a su regreso de Francia publicó su primera novela La
Fontana de oro, «libro con cierta tendencia revolucionaria». Fuéle simpática la
Revolución del 68, aunque no tuvo parte en ella. «Después— escribe— estuve
algún tiempo como atortolado, sin saber qué dirección tomar, bastante des-
animado y triste (no siendo exclusivamente literarias las causas de esta situa-
ción de espíritu)». Concluida su carrera el 69, se dedicó por completo al perio-
dismo. Acababan de fundar, su paisano León y Castillo y D. José Luis Albareda,
la Revista de España, Pérez Galdós colaboró en ella y en los periódicos progre-
sista y democrático La Nación y Las Cortes, dando «a conocer su feliz ingenio
con notables artículos humorísticos y con una serie de deliciosas semblanzas
que tituló, si mal no recordamos, «Figuras de cera> (Revilla, Bocetos Litera-
rios, pág. 112). El 71 conoció a Pereda en Santander. Desde entonces quedó
arraigada entre los dos escritores una amistad, más que íntima, fraternal, que,
lejos de entibiarse con las enormes diferencias políticas y religiosas que los
dividía, se estrechó más y más a medida que se pasaron los años. Todos los
veranos se veían en Santander, y en las demás épocas del año su correspon-
dencia epistolar era frecuente. Fuera de la política y de ciertas materias reli-
giosas, en todas las cosas del mundo, chicas y grandes, estuvieron los dos
perfectamente de acuerdo. Esto afirma el gran Pereda y lo confirma el señor
Galdós. «Del 71 data mi entrañable amistad con el insigne escritor montañés,
amistad que permaneció inalterable, fraternal, hasta que acabaron los días del
PÉHEZ GALDÓS 95
los cientos y pico de volúmenes que forman la producción del publicis-
ta canario. A cada novela de D. Benito, a cada estreno dramático, lan-
zábanse a la Prensa un sinnúmero de admiradores competentes e in-
competentes para saludar al escritor canario como el genio más grande
que Dios había enviado a este mundo.
Tamaño disparate publicaban sus adeptos por calles y plazas a la
vez que en los periódicos liberales se escribían encomios y ditirambos
estupendos acerca de Galdós y sus creaciones dramáticas y novelescas.
Contestaban los nuestros, y fuerza es decir que muchas veces peca-
ron por el extremo contrario, rebajando y obscureciendo más de lo
justo los méritos que al traído y llevado novelista señalaban sus fervo-
rosos panegiristas. Difícil era en aquella pelea viva y apasionada con-
gloríoso autor de Sotileza y Peñas arriba. Algunos creen que Pereda y yo vi-
víamos en continua rivalidad por cuestiones religiosas y políticas. Esto no es
cierto. Pereda tenia sus ideas, y yo las mías; en ocasiones nos enredábamos en
donosas disputas, sin llegar al altercado displicente. En verdad, ni D. José
María de Pereda era tan clerical como alguien cree, ni yo tan furibundo libre-
pensador como suponen otros. En mi copioso archivo epistolar... conservo
como un rico tesoro multitud de cartas de Pereda, escritas maravillosamente
en aquella prosa fluida, galana, incomparable...»
Del cariño que ambos novelistas se tuvieron, nació la mutua ayuda que se
prestaron. Galdós influyó notablemente para que el nombre y las obras del
insigne Pereda fueran conocidos en Madrid. Cuando el autor de El sabor de la
tierruca publicó Tipos y paisajes, apareció en El Debate un artículo muy enco-
miástico firmado por Galdós, principio de las alabanzas, que no siempre, pero
sí alguna vez, tributó la Prensa liberal madrileña al insigne novelista santande-
rino. Lo propio hizo en las conversaciones con^los críticos y periodistas libera-
les, en el discurso de contestación al de Pereda, en la Academia Española y en
el prólogo a El sabor de la iierruca. Cuentan que Pereda en sus disputas con
Galdós y en su larga correspondencia, tomó a pechos la conversión de don
Benito; pero, desgraciadamente, poco o nada consiguió, al menos los hechos
así nos obligan a creerlo. ¡Aunque quién sabe! Si hemos de dar fe a los relatos
acerca de su muerte, ellos nos permiten sospechar que por la memoria y la
imaginación del gran novelista canario debieron cruzar recuerdos y escenas de
la vida pasada. Los últimos momentos no son los más a propósito para re-
crearse y complacerse en ilusiones ya desvanecidas. En aquellos fatídicos y
solemnes instantes de la muerte, Galdós recordaba, con la ingenuidad y can-
didez de un niño, los días de su infancia, y juntas las manos y cerrados los
ojos, con voz balbuciente modulaba infantiles canciones. ¿No es verosímil que
también le vinieran a la memoria las disputas religiosas con Pereda y los sen-
timientos cristianos inculcados por sus padres? Cuando Galdós inició su amis-
tad con Pereda ya bullía en su mente la idea de escribir «una serie de novelas
históricas, breves y amenas», a las que no sabía qué titulo poner, hasta que
96 PÉREZ GALDÓS
servar la serenidad de ánimo y la lucidez intelectual suficientes. Cuan-
do las pasiones se sublevan y se ponen los nervios de punta, la razón
pierde mucha claridad, y, como consecuencia, las cuestiones, lejos de
aclararse, se embrollan y enredan más.
Resultado: Palos de ciego, mandobles a rajatabla, prolongadas y
estériles disputas, insultos, amenazas, y el bien, la belleza y el arte, in-
justamente atropellados y escarnecidos por la ignorancia y la pasión.
No faltaron escritores sensatos que terciaron en la contienda para
poner las cosas en su justo medio; pero nadie les atendía. De aquí que
Galdós fuera ensalzado por unos hasta las nubes y deprimido por
oíros hasta las esferas del más vulgar imitador; bendecido por los que
vieron en él y en sus obras un arma terrible contra la religión, y exe-
Albareda le dijo: «Bautice usted esas obritas con el nombre de Episodios Na-
cionales, «Alcanzaban mucha boga en Francia los Romans nationaux, de Erk-
man-Cliatrian, con sus brillantes escenas y sus fieles reproducciones históri-
cas, así dei periodo revolucionario como del Imperio y ia Restauración, y otras
más modernas y candentes, en que no quisieron los narradores ocultar sus
ideales abiertamente democráticos.» (P. Blanco, Literatura española en el si-
glo XIX, pág. 491). Quiso Galdós hacer lo mismo con los personajes y sucesos
españoles, y emprendió esa obra magna, cuyas dos primeras series, de a diez
novelas cada una, concluyó en seis años (1873-1879). Acerca de los Episodios
Nacionales «es curioso anotar, por ser poco conocido del público, la influencia
que tuvo en la obra literaria de Galdós su tío D. Domingo Pérez, hermano
mayor de su padre, D. Sebastián. Este D. Domingo fué un clérigo inteligente y
lleno de curiosidad por la vida, que para acompañar a su hermano, cadete,
vino a la Península como capellán del batallón de Granaderos canarios, que
luchó contra los ejércitos de Napoleón, durante la guerra de la Independencia.
De sus andanzas por España escribir^ unas Memorias, en su mayor parte
perdidas; pero en los trozos que se conservan, llenos de alegre y perspicaz
observación de los detalles y de los tipos que pasaban ante sus ojos, se des-
cubre con seguridad el germen de lo que luego fueron los Episodios Nacio-
nales.
De estos relatos que leemos en las páginas incompletas del cura D. Do-
mingo se alimentó la curiosidad infantil del niño Galdós. Entonces prendió en
su alma el amor inextinguible a la raza y al solar español, que fué el trazo
más firme del espíritu del maestro y el nervio de toda su obra...» (G. Marañón,
en El Libeal.)
Los viajes fueron sus recreaciones favoritas. Viajó por Inglaterra, Holan-
da, Alemania, Escocia, Suecia, Portugal, Bélgica, Suiza e Italia. Recorrió casi
toda nuestra Península para desempolvar de los archivos y bibliotecas cuan-
tos papeles y documentos juzgaba útiles para el estudio de los interesantes y
agitados momentos políticos que se proponía novelar en sus Episodios.
Como político, figuró en las huestes acaudilladas por Sagasta, quien le hizo
PÉREZ GALDÓS 97
erado por los que siempre le consideraron como formidable ^enemigo
de su Dios y de su fe.
Estos días tampoco le han faltado a Galdós panegíricos y oraciones
fúnebres en la Prensa. Era natural que los animados del mismo espí-
ritu sectario que informa la creación galdosiana se deshicieran en ala-
banzas al maestro, entonaran himnos de gratitud al amigo y generoso
bienhechor y hasta exigieran que todo- el pueblo español vistiera de
luto y acompañara los restos mortales de D. Benito a su última mora-
da. Lo inconcebible es que ciertos periódicos y periodistas católicos ha-
yan consagrado páginas enteras a cantar el nombre y la fama de Galdós
como literato, como novelista, sin hacer mención de la tendencia moral
y religiosa de sus obras. No reprobamos que unos y otros saquen a re-
lucir las grandezas, los méritos, la inmensa labor literaria de este espa-
diputado por Puerto Rico el 1885. Más tarde se retiró de la política; pero ya
casi en el ocaso de su vida, en 1906, fué requerido por les republicanos a
volver a ella, y, en efecto, verificadas las elecciones, salió representante en
Cortes por Madrid. Grandes disgustos y no pequeños dispendios le propor-
cionaron sus nuevas aventuras políticas, a la vez que le enajenaron muchas
simpatías. Su nombre y su bolsillo fueron bien explotados por los hermanos
de la gloriosa cofradía republicana. Hasta que, «viejo, achacoso, casi ciego,
desilusionado y pobre, abandonó esta postura para recluirse en la tranquili-
dad de su modesta vida». «Los últimos años han sido de martirio. Enfermo y
ciego, el eximio novelista ha pasado horas muy amargas, recluido en su domi-
cilio. Su agonía puede decirse que ha durado meses.» Refíeren que Galdós era
enemigo acérrimo de exhibiciones personales aparatosas, y rehuía los honores
oficiales. Por esto, «ya en la senectud, esquivaba resueltamente aceptar el
grandioso homenaje que intentaron tributarle muchos admiradores, preparán-
dole la coronación en el Valle de Orotava... Galdós ofreció escribir dos obras
a cambio de que no le impusiesen el peso de una corona». No obstante, vio
con gusto, escuchó con interés las aclamaciones y los agasajos que se le dis-
pensaron con motivo de la inauguración en el Retiro del monumento a Gal-
dós, obra de Victorio Macho, costeada por fervorosos admiradores del ilustre
novelista.
Derrotado por el Sr. Commelerán el 1885, ingresó en la Academia Española
el 1897.
He aquí, poco más o menos, los datos biográficos publicados' estos días
en los periódicos acerca de Galdós. Realmente son bien pobres, si se atiende
a que la vida del «maestro» alcanzó más de setenta años. Algunos más pudié-
ramos añadir por nuestra cuenta que esclarecen mucho la vida pública y
privada del Sr. Galdós; pero, a decir verdad, son poco gratos, y sería una
indiscreción recordar tiempos pasados; así, que lo dicho es suficiente por
ahora.
9á PÉREZ GALDÓS
ñol insigne, «uno de los que con más gloria han hecho sonar el nombre
de la Patria dondequiera que la literatura de imaginación es conocida
y estimada=^ (1); nos parece bien se aprecien y publiquen las bellezas
contenidas en la obra galdosiana, «tan rica, tan compleja, tan memora-
ble en la historia literaria de nuestro tiempo, tan honda y eficaz aun
en otras relaciones del puro arte> (2). Dígase, enhorabuena, que entre
los novelistas españoles de estos últimos tiempos, Galdós fué el más
genial y fecundo; que levantó para gloria del pueblo hispano «un mo-
numento que quizá después de la Comedia humana, de Balzac, no
tenga rival en lo copioso y en lo vario entre cuantos ha levantado el
ingenio de la novela en nuestro siglo, donde con tal predominio ha
imperado ésta sobre las demás formas literarias > (3).
Pero nos parece mal no decir ni una palabra siquiera de la tenden-
cia nefasta de sus obras, del espíritu inmoral y antirreligioso que alienta
en la mayor parte de las novelas galdosianas. De esto apenas han ha-
blado los periódicos, quizás por piedad, acaso por temor humano; pero
hay que decirlo. De otro modo fácilmente puede convertirse los elo-
gios y encomios a Galdós en propaganda y reclamo de sus obras. Claro
está que en esto de los aplausos a Galdós entra por mucho la ampulo-
sidad retórica, el bien parecer, las conveniencias sociales y cierto ro-
manticismo característico de nuestro pueblo. Habrá muy pocos españo-
les aficionados a los libros amenos que no hayan satisfecho su curio-
sidad literaria leyendo alguna novela galdosiana. Por otra parte, el
nombre de Galdós sonaba mucho dentro y fuera de la frontera española;
en alguno de sus Episodios acertó a encarnar las luchas, las aspiracio-
nes, los heroísmos, el modo de ser de nuestra raza en la última centuria;
todos sus libros, en fin, tienen un fondo de españolismo que sería com-
pletamente simpático si en ocasiones no apareciera enturbiado por la
pasión política y sectaria del eximio novelista canario.
Todo esto y algo más explica que periódicos y periodistas de las
derechas y de las izquierdas hayan rendido el postrer homenaje de
admiración al genio recio y fuerte de Galdós, sin pararse a considerar
el fondo inmoral de las novelas galdosianas. Los aplausos de los nues-
(1) M. Pelayo: Estudios de critica literaria, quinta serie, pág. 86.
(2) ídem id.
(3) ídem id.
PÉREZ G ALDOS 99
tros no han sido, como es natural, para el impío, sino para el hombre
de letras; para el escritor de esos ciento y pico de volúmenes; para el
renovador de nuestra decadente novela; para el literato que llena un
período de nuestra historia literaria y deja tras sí una labor digna y
grande que lo sería mayor todavía si las ideas, las doctrinas y las ten-
dencias que entraña no fueran absolutamente reprobables en el orden
moral. Y entiéndase bien. Desde el punto de vista artístico y literario
somos los primeros en reconocer los méritos de Galdós; así que para el
maestro novelista, como tal novelista, nuestra admiración y nuestro res-
peto. Mas para el Galdós sectario, semivolteriano, descaradamente im-
pío y «antipático defensor de disolventes ideales», nuestra indignación
mezclada con algo de caridad cristiana; para el tristemente célebre
autor de Eledra, Gloria y Doña Perfecta, ridiculizador de santas y su-
blimes aspiraciones humanas, flagelador frío y cruel de la honradez y
la virtud... para éste nuestras oraciones y... lo que se dirá más adelante.
Lástima que Galdós manchara su gran reputación de novelista con el
cieno inmundo de escandalosas pasiones tan «extrañas al arte que no
hicieron más que torcer una inspiración tan fecunda y opulenta» como
la suya. Esto es innegable, como lo es también que la manía o malicia
de presentar en sus obras y resolver a su modo problemas políticos,
religiosos y sociales, «debe reputarse dañina y perjudicial por un lado
y por otro enteramente inútil». Pereda, el P. Coloma, Alarcón, Fernán
Caballero y tantos otros, no necesitaron para ser grandes, apelar a re-
cursos ajenos, a la moral y al arte...
No es fácil en breves cuartillas y en pocas horas estudiar la perso-
nalidad literaria de Galdós, y mucho menos lo es emitir un juicio com-
pleto de todas y cada una de las producciones galdosianas. Dejando
para más adelante su teatro, hablaremos, siquiera sea brevemente, de
las novelas de Galdós. Sin meternos en grandes honduras ni descender
a pormenores, prescindiendo de si al aparecer Galdós se escribían o no
en España novelas históricas, de caracteres y de costumbres; dejando a
un lado quiénes fueron los predecesores de Galdós y los que compar-
tieron con él la gloria de restaurar la novela española, nos fijaremos
únicamente en las cualidades buenas y malas que entraña la novela
galdosiana.
Tres grupos formó Galdós con sus novelas. Episodios Naciona-
loo PÉREZ GALDÓS
les (1), Novelas de primera época (2) y Novelas españolas contempo-
ráneas (3).
La gloria más grande de Galdós, lo que hará su nombre inmortal,
son los Episodios Nacionales, obra inmensa, asombrosa, como fácil-
mente puede colegirse con sólo leer los asuntos que abarcan; obra jus-
tamente coronada por el éxito más lisonjero. En ellos se manifestó el
novelador histórico digno y nuevo. Los románticos trabajaron con más
esfuerzo que éxito por aclimatar o introducir en España la novela his-
tórica, tal y como lo había hecho en su tierra el ilustre escocés Walter
Scott.
Al efecto, Larra, Espronceda, Escosura y Enrique Gil dieron a la pu-
(1) Primera serie: Trafalgar, La corte de Carlos IV ^ El 19 de Marzo y el 2 de
Mayo, Bailen (1873), Napoleón en Chamariín, Zaragoza, Gerona, Cádiz (1874),
Juan Martin el Empecinado, La batalla de Arapiles (1875).
Segunda serie: El equipaje del Rey José, Memorias de un cortesano de 1815
(1875), La segunda casaca. El grande Oriente, Siete de Julio (1876), Los cien mil
hijos de San Luis, El terror de 1824 (1877), Un voluntario realista (1878), Los
apostólicos. Un faccioso más y algunos frailes menos (1879).
Tercera serie: Zumalacárregui, Mendizábal, De Oñate a la Granja (1898),
Luchana, La campaña del Maestrazgo, La estafeta romántica. Ver gara (1899),
Montes de Oca, Los Ayacuchos, Bodas reales (1900).
Cuarta serie: Las tormentas del 48 (1901), Narváez (1902), Los duendes de la
camarilla (1903), La revolución de Julio, O'Donnell, Aita Tettauen (1904), Car-
los VI en la Rápita (1905), La vuelta al mando en la «Namancia», Prim (1906),
La de los tristes destinos (1907).
Serie final: España sin Rey (1908), España trágica (1909), Amadeo I (1910),
La primera República, De Cartago a Sagunto {\9U), Cánovas (1912). Dícese
que Galdós proyectaba la publicación de los episodios Sagasta, Las colonias
perdidas. La Reina Regente y Alfonso XIII, que completarían la serie final.
(2) La fontana de oro (1870), La sombra (1871), El audaz (1872), Doña Per-
fecta (1876), Gloria (dos tomos, 1877), Marianela (1878), La familia de León
Rock (tres tomos, 1878).
(3) La desheredada (primera y segunda parte, 1880-81), El amigo Man-
so (1882), El doctor Centeno {áosíomos, 1883), ^1 armenio. La de Bringas, Lo
prohibido (primera parte, 1884), Lo prohibido (segunda parte, 1885), Fortunata
y Jacinta (cuatro tomos, 1886 87), Miau, La incógnita (1888), Realidad, Torque-
mada en la hoguera (1889), Ángel Guerra (tres tomos, 1890-91), Iristana, La
loca de la casa (1892), Torquemada en la cruz (1893), Tor quemada en el purgato-
rio (1894), Torquemada y San Pedro, Nazarin, Halma (1895), Misericordia, El
abuelo (1897), Casandra, Memoranda (1905), El caballero encantado (1909), La
razón de la sinrazón (1915), £/ tacaño Salomón (1916).
Véase D. Julio Cejador: Historia de la lengua y literatura castellana.
Tomo VIII, págs. 442-3.
PÉREZ GALDÓS 101
blicidad novelas históricas; pero «no tuvieron el éxito necesario para
fundar un nuevo género». «Sus elegantes narraciones, más abundantes
en color local que en interés dramático, no lograron excitar la atención
del público... nunca fueron populares y prontamente descendieron a la
fosa del olvido, sin dejar huella en la memoria del público.» (1). No
faltaron entre los románticos españoles poetas y novelistas de valer, de
ingenio; «pero de la historia de su patria sabían poco y aun esto de un
modo general y confuso, por lo cual rara vez sus representaciones de
costumbres antiguas lograron eficacia artística, ni siquiera apariencia
de vida, salvo en el teatro y en la leyenda versificada (2). Concedamos,
pues, al autor de los Episodios Nacionales la gloria de ser el primer
«novelador de la historia moderna, de un género nuevo», ya que en
opinión de muchos, las novelas del período romántico, y mucho menos
las narraciones fantásticas, las fabulosas aventuras y las folletinescas
monstruosidades de Fernández y González, con su cortejo de imitado-
res, merecen el nombre de novelas históricas por la pobreza de funda-
mento real y humano. Algún reparillo cabría poner a esta afirmación
tan rotunda; pero, en fin, vamos adelante. Galdós supo aliar la historia
con la novela, mezclando con maravilloso arte y buen gusto aconteci-
mientos y personajes rigurosamente históricos, con otros sucesos y per-
sonajes creados por la fantasía del eximio novelista, y que si no exis-
tieron en la realidad, son siempre verosímiles. El estudio de la historia,
la observación realista, le sirvieron para dar a su obra el carácter de
historia verdadera, y su inventiva le permitió fingir esa serie de lances
amorosos y dramas pasionales que realzan y matizan el hecho históri-
co principal, prestándole amenidad, gracia y arte. Por esta maestra
combinación de hechos, tipos y costumbres genuinamente castizos y
reales, con otros sucesos puramente imaginados en los que el novelista
da mucha «importancia al elemento psicológico, al drama de la con-
ciencia, como generador del drama exterior, del conflicto de las pasio-
nes» (3); por todo esto, decimos, los Episodios Nacionales resultan
verdaderas «novelas históricas», o, si se quiere, «historias anoveladas»,
una de las más afortunadas creaciones de la literatura española en
(1) Revilla: Bocetos literarios; Benito Pérez Galdós, pág. 109.
(2) Menéndez y Pelayo: Estudios de crítica literaria, quinta serie, pág. 96.
(3) Menéndez y Pelayo, obra citada, pág. 107.
102 PÉREZ GALDÓS
nuestro siglo, en la cual están representadas todas las castas y condi-
ciones, todos los oficios y estados, todos los partidos y banderías, todos
los impulsos buenos y malos, todas las heroicas grandezas y todas las
extravagancias, fanatismos y necedades que en guerra y en paz... for-
man la trama de nuestra existencia nacional... > (1); allí aparecen miles
y miles de acontecimientos trágicos y cómicos, historias amorosas,
aventuras novelescas, dramas de la vida política y doméstica, grande-
zas y heroísmos, ruindades y pequeneces, multitud de relatos «empa-
pados en amor a la patria», verdaderos y fingidos, todos interesantes,
amenos, graciosos, escenas llenas de ese patriotismo «no bullicioso,
provocativo e intemperante, sino recatado, ardiente y sincero*; figuras,
en fin, personajes y hechos tan henchidos de vida, «interna y viva>, y
tan artísticos que dieron a Galdós la palma de novelista histórico y el
nombre justamente msrecido del Erekmann-Chatrian español. No es
cierta la opinión de los que juzgan que la España pintada por Galdós
en los Episodios, que esa centuria por él «analizada, atamizada referi-
da con estilo cervantino, con la generosidad y la imparcialidad de un
elevado numen >, es la España verdadera. No es la verdadera, porque
Galdós, a partir de la segunda serie, dio al traste «con la seriedad y la
buena fe » de la primera, y guiado muchas veces por la pasión sectaria,
falsea los acontecimientos y los personajes, entonando himnos a la li-
bertad callejera y motinesca como el más exaltado liberal progresista.
Y no lo es tampoco porque «el racionalismo no iracundo, no agresivo,
sino más bien manso, frío, no puedo decir que cauteloso, comenzaba a
insinuarse en algunas narraciones del Sr. Galdós, torciendo a veces el
recto y buen sentido con que generalmente contempla y juzga el mo-
vimiento de la sociedad que precedió a la nuestra, y porque quizá la
habitual serenidad del narrador parecía entoldarse alguna vez con las
nieblas de una pasión, tan enérgica como velada, que no llamaré po-
lítica en el vulgar sentido de la palabra... porque toca a más altos inte-
reses humanos... (2). De aquí «que el cuerpo de esa España Galdosiana
coincide con el de la de Toreno o Lafuente, con el de la objetiva, his-
tórica; mas creemos también que el alma de aquella España y la de
ésta fueron muy distintas; y, no obstante, Galdós suplantó la segunda
(1) Ídem, id., págs. 108 y 102.
(2) Menéndez y Pelayo, obra citada, págs. 103 y 104.
PÉREZ GALDÓS 103
por la primera; y, leído Galdós, es imposible no admitir que la suya es
la auténtica; y, en definitiva, el alma imaginada por Galdós tiene una
existencia, ideal, sí, pero más real e imperecedera que la que los histo-
riadores copiaran escrupulosamente del modelo vivo... (1). En suma,
dejando los defectos que en el orden estético y literario señalan los crí-
ticos a los Episodios, diremos: el espíritu sectario y anticatólico; los
ideales y tendencias políticas y religiosas, antipáticas y corrosivas que
profesó toda su vida el Sr. Galdós, asoman en esos libros tan dignos,
por otra parte, de ser leídos y admirados.
Esos ideales le sirvieron de lente para enfocar y vej hechos, y como
en este mundo todo se ve según el cristal con que se mira, los hechos
y las opiniones de los Episodios son, no más que hasta cierto punto,
verdaderos y tolerables.
Él, que tantas veces pintó con caracteres gráficos, violentos, la fin-
gida o supuesta intolerancia religiosa de los católicos; el imaginado
fanatismo de los verdaderos creyentes, muéstrase no menos fanático e
intolerante en sus obras defendiendo a capa y espada los ideales poH-
ticos y religiosos propios y de su partido, como si quisiera obligar a que
todos los españoles fuéramos rabiosos anticlericales y furibundos repu-
blicanos por que él lo era.
El anticlericalismo, el sectarismo religioso, fueron las mayores y más
imperdonables faltas de Galdós. Manifiéstase furioso anticlerical no ad-
mitiendo «más que personajes odiosos que confirmen sus doctrinas,
habiéndolos buenos en las clases que combate. En las novelas de Gal-
dós todo clérigo, toda persona piadosa, todo católico suele ser odioso
y extremado en lo clerical, en la intransigencia, en la dureza de entra-
ñas, en el fariseísmo. Realmente hay muchos en España que son así;
pero hay otros que no lo son, y éstos nunca salen a lucir sus virtudes
en las novelas de Galdós. En cambio, para él... todos los hombres de
ideas avanzadas (que además siempre son ingenieros...) son emblema
de perfecciones, tanto físicas como morales e intelectuales... Son listos,
amables, locuaces, bien educados, finos en enamorar y duchos en fas-
cinar, hasta guapos, para colmo de desdichas. Tal el Pepe de Doña
Perfecta y el Máximo de Electra (2).
(1) El Debate, día 5 de Enero de 1920.
(2) Don Julio Cejador: Historia de la lengua y literatura castellana. Tomo
VIH, pág. 422.
104 PÉREZ GALDÓS
El cambio de doctrinas literarias ha restado muchas simpatías al
célebre novelista. Pero es cabalmente su sectarismo el que proyecta
grandes sombras sobre la España novelada en sus Episodios. Defec-
to, si se quiere, negativo, pero digno de tenerse muy en cuenta, y a la
postre perjudicial para el escritor, porque le quita muy considerable
número de admiradores. Se ha dicho estos días que la obra novelesca
de Galdós «es, en conjunto, el gran poema descriptivo de la vida pú-
blica y privada de los españoles desde los últimos días del siglo XVIII
a la terminación de la siguiente centuria... que «es tan exacta, com-
prensiva y rica en pormenores su visión de España, que su galería
novelesca puede tenerse como un documento histórico inapreciable
para el conocimiento de la vida y costumbres de la España del si-
glo XIX.» No negamos la veracidad de estas afirmaciones; pero las
desventuras de España aparecen allí pintadas con tan negros colores,
tan triste y desolador es el pesimismo galdosiano, tan pavoroso resulta
el aspecto político y social del pueblo español, que acaso por esto
dijo hace pocos días el Sr. Unamuno en las columnas de El Liberal
que «si de la obra novelesca galdosiana se puede extraer alguna psi-
cología elemental y poquísimo complicada, será difícil extraer socio-
logía de ella. No refleja— dice— una sociedad, sino una muchedum-
bre. Cuando, pasado el tiempo, se lea, dentro de unos años o aun si-
glos, la obra de Galdós para hacer en ella la España de la Restaura-
ción borbónica y de la Regencia hapsburgiana, sentirase toda la
inmensa desolación de una muchedumbre amorfa y amodorrada de
hombres y mujeres anémicos, sin huesos, sin fe ni esperanza, de un
pueblo que soñaba en el puchero y la cama, diciendo: «¡Se vive!» El
mundo que pasando por el alma de Galdós nos ha quedado para siem-
pre en su obra de arte, es un mundo sin pasiones ni acciones, que se
deja vivir, pero que no hace la vida. Y en su mundo agonizan sin aca-
bar de morirse— que es lo peor— Don Quijote y Sancho. Es un mundo
que nació cansado de la vida. Descanse en paz el mundo de Galdós,
como en paz descansa ya quien nos lo ha eternizado > (1).
Fuertecillo está el Sr. Unamuno y no cabe dudar que se le ha ido
la pluma más de lo justo. Vean los exaltados panegiristas de Galdós
cómo dispara bala rasa contra su ídolo un hombre que tiene poco de
(1) El Liberal, día 5 de Enero de 1920.
PÉREZ GALDÓS 105
«neo* y reaccionario; y vean también y sepan cómo a la vuelta de unos
años la literatura galdosiana será juzgada en el Tribunal de la crítica
con mucha más severidad precisamente por los mismos que ayer se
decían discípulos y admiradores suyos. Con todo, es innegable que los
españoles de todas clases sociales, presentes y futuros, leerán siempre
con gusto sus novelas madrileñas y los Episodios de la primera serie,
lo más recio y sugestivo que trazó la pluma del insigne novelista. Estas
obras de Galdós no morirán porque en ellas «viven y vivirán siempre
con eterna y sana juventud» esos personajes humanos, reales y vivos
maravillosamente dibujados por el genio artístico galdosiano.
(Continuará,)
P. Francisco García.
o. S. A.
REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
CÓDICES LATINOS PROCEDENTES DE FRANCIA
Algunos códices y libros impresos, aunque debieron ser pocos, vi-
nieron también de Francia, especialmente de París. Felipe II así lo in-
tentó, como lo hizo en Venecia, Roma, Flandes, etc., valiéndose de
personas de su confianza o de sus embajadores. Ciertamente consta
que se compraron en París algunos códices griegos, aunque no se es-
pecifican. Principalmente se hicieron traslados de algunos códices no-
tables de la Real Biblioteca.
El secretario Gabriel de Zayas escribió al embajador dándole cuenta
del proyecto y deseos de Felipe II de juntar en el monasterio de San
Lorenzo del Escorial, que entonces estaba edificándose, una gran libre-
ría, y le encargaba de parte de Su Majestad le ayudase en lo que allí
pudiera.
Poco después Felipe II, en carta de San Lorenzo del Escorial, a 28
de Mayo de 1567, dice a D. Francés de Álava, embajador de Francia:
«^ayas me ha hecho relación de lo que le escriuistes acerca de la re-
liquia del bienauenturado Sanct Lorencio y de la librería que en esta su
casa se ha de juntar, las dos cosas os agradezco mucho...
En lo de los libros yo tengo ya mandado juntar aquí alguna buena
cantidad dellos, aunque todauía holgaré que de ay se tomen todos los
más raros y exquisitos que se pudieren hauer, porque lo entiendo de la
manera que vos dezis, que es una de las principales memorias que
aquí se pueden dexar, assi para el aprouechamiento particular de los
religiosos, que en esta casa huuieren de morar, como para el beneficio
público de todos los hombres de letras que quisieren venir a leer en
ellos, mas porque no se tomen los que ya ay aquí, será bien que vos
vays embiando memoria de los libros raros que fueredes hallando, se-
REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL 107
ñaladamente de los de mano y antigfuos, y de los demás que se tuuie-
ren en estima, y del precio de cada uno dellos, porque se puedan tomar
los que acá parecieren que harán al caso.» (Simancas. — Estado, Le-
gajo 1570.)
Escribió el embajador al Rey dándole cuenta de una compra de
libros griegos que había hecho, y Felipe II, en carta de 17 de Diciem-
bre de 1567, le contesta aprobando el precio, que le parecía moderado,
y le encarga que para apreciar bien su valor lo consulte antes con al-
gunos hombres doctos de aquella Universidad de París, y que no diga
que son para él para que no se encarezcan.
Y un poco más tarde, en carta de 19 de Febrero de 1568, vuelve a
decir Felipe II a D. Francés de Álava:
«De los libros que vais comprando es menester que embieis memoria
particular, y que se tomen conforme a lo que se os ha aduertido y por
personas que lo entiendan, y anisareis qué dinero aureis menester an-
temano para ello, que luego lo mandaré proueer aunque si pudiesedes
embiar la lista de los tales libros antes de comprarlos, sería lo mejor,
porque se os pudiesse aduertir de los que auriades de tomar o dexar,
que yo tengo ya muchos de todas facultades, impresos y de mano, y
los duplicados se podrían excusar.» (Ibidem.)
Capítulos de carta de D. Francés de Álava a Gabriel de Zayas
(18 de Junio de 1568). Uno dice:
«Ando entendiendo en lo de los libros para la librería de su Mag.^ ,
a cargo lo tienen personas que no se pueden escoger más a propósito,
a lo menos en este Reyno, las quales dizen que es menester dinero, y
un cathalogo de los libros que hay en la librería de su Mag.^ para que
sobre ellos se busquen otros rarísimos. Que ninguna dubda ay sino
que en esta ocasión se pueden hauer mas y mas raros de los que pue-
den tener en España recogidos. (Al margen dice Felipe II:) Mejor es
que de allá embien la memoria de los libros que ubiere como creo que
se les ha escrito, quel cathalogo de los de acá no podrá ir.» (Archivo
Nacional de Paris-K. 1511, N." 63.)
D. Francés de Álava a Gabriel de Zayas (Paris 10 de Septiembre
de 1568):
«En lo de los libros de la librería del Escurial, la presunción que
allá se tiene de que no puede auer otros más subidos de punto haze que
no se resuelua su mag.^ en embiar memoria de los que allá ay. Entre
108 REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
otros hombres con quien tengo comunicada esta materia ay un Jesuyta
que se llama Maldonado; el cual tengo nombrado a V. m. otras vezes y
es bien que entienda que quantos philosophos y theologos ay en esta
uniuersidad de París y en toda la Francia le ceden y dizen que es el más
admirable hombre que ha venido mili años ha, y no tiene más de 32 ó
33 años. El qual Maldonado se ríe de pensar que se pueda dar a en-
tender nadie que no haya en la librería deste Rey y de particulares muy
muchos libros que no se hallarán en España ni en otras partes, y el
dezir que se embie desde aquí cathalogo dellos, es querer lo que no se
puede hazer sin grandissima dificultad. (Felipe II al margen:) Mostrad
este capitulo a Velasco y comunicadlo con él para que veamos lo que
será bien.- (Ibidem, K. 1510. N: 28).
D. Francisco de Álava a Zayas (24 de Noviembre de 1568):
«A Arias Montano ayudaré en la empresa para que salga aquella
librería tal, que sea la primera del mundo, como es razón, y no serán
menester muchos millares de escudos, pero deuele aconsejar V. m. que
tenga grande attencion a lo que Maldonado le escriuiere porque tiene
raro voto en aquella materia, y assi le he hecho sacar estos aduerti-
mientos que a V. m. embio, y no será inconueniente que venga un ca-
pitulico para el dicho Maldonado, que aunque cierto no es nada ambi-
cioso, sino un ángel de condición, ayudará mucho.» (Ibídem K. 151 L
N." 124.)
*Los avisos que se escribieron al doctor Arias Montano por man-
dado del señor embajador (D. Francés de Álava) acerca de los libros
que compra son éstos:
1.° Que para comprar los libros que suelen vender de lance sería
menester que enviase aquí crédito, y se diese cargo a alguna persona
que los detuviese, como seria el secretario Aguilon; porque en un lance
no se puede esperar la respuesta de Anvers.
2.° Porque los más y mejores libros deste reino no se darán a ven-
der, pero sí a trasladar, sería menester que el rey tuviese aquí algunas
personas que no se ocupasen en otra cosa que en escribir semejantes
libros.
3.° Porque aquí en París salen cada día a luz muchos libros nuevos
de diversas librerías, y podría ser que en habiendo comprado el rey
un libro de precio lo imprimieren aquí por otra parte, con lo cual se
disminuiría la auctoridad y estima de los libros del rey, se podrían im-
REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL 109
primir algunos en acabándose de trasladar, diciendo: Ex nobili et lo-
ciiplete bibliotheca Philippi Regís e/.", para hacer juntamente mucho
provecho a la iglesia, y juntamente afamar la nueva librería y ocurrir
al inconveniente sobredicho (Al margen, de Felipe II: Esto no hay para
que se haga, y asi se avise).
Enviósele también aviso de algunos libros en particular, y que
cuando fuese menester, se le podrían enviar los catálogos de todos los
libros que hay en este reino.» (Simancas.— Estado.— Legajo 583.)
Carta de Zayas a D. Diego de Zúñiga, embajador en Francia.
<Muy Ill.e S.^
Ya V.^ S.^ terna memoria de lo que poco antes de su partida le dixe
en esta villa de parte de su Mag.^ cerca de lo que el señor Don Fran-
zes de Alaua habia tratado ay de la librería desse Rey Christianissimo
a lo qual V. S.^ me respondió que quando entendiese que hauia lle-
gado a essa corte se lo escriuiesse, no lo hize por hauer estado hasta
aqui los negocios desse reyno de manera que no me paresció hallaría
lugar este siendo de la qualídad que es. Pero hauíendo ya puesto lo de
ay en el estado en que está me ha parecido dar a V. S. noticia de lo
que en esto de los libros hay y entonces le dixe.
El Rey Francisco abuelo deste Rey Chrístianiss.° hizo juntar una
copiosa librería y de muchos originales Griegos y Latinos en Fontena-
bleau. Su Mag.^ dessea hazer lo mismo en este su real Monasterio de
sanct Lorenzo y se van allegando muchos exemplares antiguos Grie-
gos, Latinos y Castellanos. Tiénese intención de hazer copiar de otras
librerías los raros y de stima que se hallaren, lo qual el S.^ Don Fran-
zes auia tratado ay por medio de un P.® Maldonado de la Compañía
de Jesús que podrá dar razón desto, era que le dexassen copiar los
libros que quisíesse dessa real librería de Fontenableau, y me dize que
lo tenia ya acabado y que no faltaua sino poner manos en ello. Esto
se quedó assi por la poca calor que entonces le dieron desde acá y co-
sas que después subcedieron. Pero caso que agora se huuíesse la mis-
ma facultad no se deurían copiar todos sino los que de acá embiase-
mos señalados viendo el catálogo dellos, por causa que aqui tenemos
algunos de los que ay se hallaren, y otros auran ya salido a luz que
cada día se van ymprimiendo o se podrán auer de las librerías de Don
Diego de Mendoga y del Card.^ de Burgos Don Francisco de Mendoga,
o de otras partes, y assi lo que V. S. podrá hazer al presente será ver
lio REAL BIBLIOTECA D1Á EL ESCORIAL
el catalogo de estos libros escriptos de mano y si huuiese impressos de
Fontenableau y embiarmele aquí lo mas presto que ser pudiere, por-
que cotejándose con los que acá tenemos se pueda dar orden en los
que se auran de tresladar, que mientras menos fueren mas fácilmente
se dará copia dellos, y si también pudiesse V. S.^ auer otros catálogos
de librerías antiguas desse reyno, que en Marsella me dizen ay una y
en otras partes deue auer, esto se podria ir haziendo poco a poco y
vernia muy a cuento para lo que se pretende. V. S. hará en esto como
cosa del seruicio y gusto de su Mag.^ y a mi me anisará del reciuo y
después de lo que se hiziere y si en algo podré seruir a V. S. que lo haré
con toda voluntad. N. S. ecta. De Madrid a XXVII de Nouj.^ 1572.»
(Museo Británico— Eg. 2,047.)
Acaso la siguiente nota de la librería de Cuyacio fuera mandada
por el embajador, pero parece que no se adquirió para El Escorial.
«La librería de Cuiagio está en la ciudad de Burges, que la tiene su
muger viuda la qual fácilmente la dará en dos mili ducados poco mas
o menos.
Burges es la principal ciudad de la prouincia lexos de Lion de
Francia quarenta leguas que con passaporte del Duque de Neuers se
pueden cómodamente embarcar en el rio de Loire hasta Rouana que
dista Lion doce leguas y de ay seguramente se ua a Sauoya y Piemonte
hasta Genoua.
La ciudad de Burges es lexos de el rio de la embarcación diez leguas
y se puede yr hasta el passo de el hierro donde muy seguramente se
hará la embarcación en buen precio.
Acerca de los libros la Justicia de la ciudad después que fallesció
el Cuiagio mandó hacer ynuentario de ellos el qual juntamente con los
libros están sellados y nayde puede llegar a ellos.
En Burges ay una casa o colegio de la compañía de Jesús por su
medio se puede aber ynformacion.
En la dicha librería hay los sessenta libros de las basílicas manus-
critas en griego que son únicas en el mundo de las quales los libreros
de París otras beces en tiempo de paz quisieron pagarlas dos mili duca-
dos para ymprimirlas.
Hay también las pandectas florentinas manuscritas.
Assimesmo hay un tomo de san Joan Crisostomo en griego de las
obras que se desean y no son ympresas.
REAL BIBLIOTECA DE EL ttSCORlAL 1 1 1
Todos los Teólogos antiguos la mayor parte manuscritos.
Muchas Biblias manuscritas y muchos Historiographos, poetas,
gramáticos, philosophos y médicos, de Jurisprudencia manuscritos.
En quanto a la ympresion no creo que un solo bueno latino y griego
haya que no lo tenga la dicha librería.
Biblia de Anuersa en siete y ocho lenguas ay dos bolumines.
Todos los doctores eclesiásticos, todos los tractados de Jurisconsul-
tos en 28 bolumines, todos los Doctores de Jurisprudencia. (Ms. &. II. 15,
fol. 198.)
No pueden identificarse con seguridad los códices latinos de esta
procedencia.
112 REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
CÓDICES LATINOS PROCEDENTES DE LA EDICIÓN
DE LAS OBRAS DE SAN ISIDORO
Alvar Gómez propuso a Felipe II que mandara examinar y depurar
el texto de todas las obras de San Isidoro, utilizando los códices anti-
guos que abundaban en España, para publicar bajo su Real protección
una edición crítica y completa hecha por los sabios españoles de aquel
tiempo. Consta así en la siguiente carta:
t
*S. C. R. M.
Entre las otras cosas con que V. M.'^ engrandece este Reyno de es-
paña, no es la menor la librería que en el monesterio del Escurial,
según tengo entendido, manda juntar: porque siempre en todos tiem-
pos a sido obra de grandes Reyes y asi lo declara Tito Linio, quando
hablando de la librería que el Rey Ptolemeo philadelpho juntó en
Aegypto dize. Elegantiae Regumque cvrae, egregivm id opus fuisse.
Dios dé a V. M.^ muy larga uida, para que haga estas obras, y otras
mayores para bien, y utilidad de sus subditos. Pareceme que para este
effeto haré seruicio a V. M^ en traerle a la memoria lo que aora diré,
y a cuya causa me he atreuido a escriuir esta carta.
En nuestra españa en tiempo de los godos vuo como V. M.^ sabe
aquel excellente y sagrado doctor S. Isidro, cuya doctrina fué tan gran-
de, que quando se señalaron los cuatro doctores de la iglesia, vuo gran
competencia en que él se señalase vno dellos. Este sancto fué del lina-
ge Real, creo que está al presente en ochenta y tantos grados de con-
sanguinidad con la casa Real de castilla. Escriuió muchas obras y de
gran doctrina, de cuyo catálogo V. M.^ puede fácilmente ser informa-
do: destos ay muy pocos ímpressos, porque con las guerras y trauajos
que después de su muerte vuo en España, muchos se an perdido, y
otros están sin ser conocidos en algunas antiguas librerías deste Reyno,
principalmente en Asturias, y castilla la vieja, en monesterios de Ber-
nardos y Benitos. Haría V. M.^ vna obra muy accepta a Dios, y que
redundaría en el prouecho de su santa iglesia, mandar que se buscas-
REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL Il3
sen todas las obras deste sto. que en los lugares que tengo dicho se
pudiessen hallar, y después de juntarlos todos, hazer que se impri-
miessen muy correctos, como aora su santidad ha mandado imprimir
las obras de sancto thomas: y el Emp. Don Carlos padre de V. M.^ las
obras del Tostado obispo de Auila, con las quales se ha illustrado nues-
tra nación, aunque es author mas moderno y no tan conocido de los es-
trangeros como este gran sancto, de cuyos milagros y beneficios hechos
a nuestros Reyes antecessores de V. M.^ las historias españolas dan
largo testimonio: principalmente el Rey don Alonso el VI que ganó a
Toledo: y a su nieto don Alonso que se llamó Emp. De los quales el VI
traya siempre en la boca Valame S. Isidro, y quando murió en Toledo,
tres dias antes en los pies del Altar de San Isidro de León, corrió vna
fuente muy abundosamente agua, de que beuieron el obispo de León
y el de Ouiedo que se hallaron acaso juntos. No entendieron por en-
tonces lo que aquel prodigio significaua, hasta que desde a pocos dias
sabida la muerte del Rey conocieron claro que la tierra en la muerte
de su buen Rey, derramaua aquellas lágrimas, y quasi pedia a Dios
prorogación de su vida delante del altar del Sto. a quien él tanto hon-
rraua. Al nieto Alonso teniendo cercada a Baega, y desconfiado de to-
marla, quiriendo algar el cerco, le apareció en sueños San Isidro, y le
mandó que no lo hiziese porque luego la tomarla, y asi sucedió, en
cuya memoria el Rey fundó en Baega vna iglesia de San Isidro, con
canónigos Reglares.
He dicho todo esto para que vea V. M.^ la razón que ay de honrar
en españa este gran Sancto, cuya deuoción como otras cosas está res-
friada: y que será gran género de honoralle sacar a luz sus obras, y pu-
blicarlas por el mundo, para que juntamente con la Biblia Regia que
saldrá agora, salga también vn tan gran interprete della, lo vno y lo
otro con los auspicios de V. M.** a quien Dios toma por instrumento
de tan excelentes cosas.
El obispo de plazencia me an dicho que tiene algunos libros de
mano deste S.^^, yo podré dar aniso de algunos bien antiguos, parte
dellos escritos de letra Mozárabe. Tiene V. M.^ para la correction dellos
gran aparejo en el prior del Escurial, que es hombre muy docto, y de
juizio muy asentado para semejantes cosas y en el obispo de segovia
su vezino el qual allende de su gran doctrina tiene particular afición a
este Santo. Suplico a V. M.^ perdone mi atreuimiento, porque ha mu-
1 14 REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
ches días que tengo este deseo, y pareciéndome que Dios ofrecía tan
buena oc2:sion, heme atreuido a importunar a V. M.^ con tan larga
carta, cuyos esclarecidos y Reales intentos Dios nuestro señor ensalce,
y enderece siempre, y haga a V. M.** tan gran sieruo suyo quanto le
ha hecho gran principe en la tierra.
De Toledo VIII dias de otubre M.D.LXXL— S. C. R. M.— Su humil-
de subdito, vasallo y perpetuo capellán que sus Reales manos besa. —
Aluargomez.» (Archivo del Conde de Valencia Don Juan.)
Felipe II pidió a casi todos los obispos de España y a muchos mo-
nasterios los códices antiguos que tuviesen en sus librerías para la me-
jor realización de aquella empresa gloriosa, pero que terminada se los
devolvería. Tuvo un cuidado especial en que se cumpliera asi, como
varias veces lo recuerda por escrito a sus secretarios. No obstante algu-
nos hicieron donación de ellos al Rey para que enriqueciera la Biblio-
teca de S. Lorenzo, que por entonces estaba formando. Y de esa proce-
dencia son el siguiente grupo de códices que todavía se conservan, ade-
más de los que de seguro perecerían en el incendio de 1671.
b. JIf, 4. S. Isidori Hispalensis in libros V. et N. Testamenti prooe-
mia, de ortu et obitu Patrum, allegoriae S. Scripturae, synonima. S. Au-
gustini opera aliqua. (Es del Monasterio de sant LorJ° el Real. Truxose
del Archivo de Simancas. — Tuuole el P. Ju." de mariana embiole en 9
de agosto de 1585. — Tuuole fuentidueña)
b. III. 14. Gennadii Massiliensis de fide catholica. Privilegium Ove-
tensis eclesiae. Leovigildi de habitu clericorum. S. Martini Dumiensis
de trina mersione et de correctione rusticorum, S. Isidori Hispalensis
epístola ad Laudefredum, liber prooemiorum, de fide catholica adversus
judaeos, alphabetum orationis,epistolae variae ect. (Assi se sigue lo que
inuentarió el M."" Albar Gómez hasta la muerte de Alexandro Magno.)
b.IV. 17. S. Isidori Hispalensis synonima, expositio in Can. Canti-
corum ect, {Tuuole el P.' Ju.° de Mariana y enuiole en 9 de agosto
de 1583.)
(;. IV. 23, S. Isidori Hispalensis de ortu et obitu Patrum, de ecclesias-
ticis officiis et alia quaedam ect. {Es del Monestr.^ de nra. señora de
Guadalupe.)
e. IV, 13. S. Isidori Hispalensis de ordine CTeaturarum, de natura re-
rum et etymologiarum capitula eci.{Este libro es de la yglesia de Osma.
El D.^^ Remigio de cuenca secret/")
REAL BIBLIOTEOA DE EL ESCORIAL 115
c. IV. 14. S. Isidori Hispalensis sententiarum librí IIÍ, dífferentiarum
libri II, de natura rerum ect. (Tuuole García de Loaisa y el doctor va-
lles.—Buelbe a Madrid a 24 de agosto de IS77 para el 5/ D.°'' Valles,
que enmienda lo de natura rarum.—Vino de T.° en 9 de agosto de 1583
que le embió el maestro perez o el Padre mariana.)
e. IV. 18. S. IsidoTi Hispalensis sententiarum libri III, excerpta ex
synonimis etc. (Este libro es de la yglesia Mayor de Salamanca.)
f. IV. 8. S. Isidori Hispalensis synonimorum libri II, sententiarum
libri III ect. (Este tuuo el Ar."'^ de Guadalajara y le bolbió G. — embiole
el p."" Ju^ de mariana en 9 de Agosto 1583.— Este libro es del monas-
terio de Guadalupe.)
f. IV. 9. Hugonis de S. Victori canon mystici libaminis. S. Isidori
Hispalensis expositio Missae, diíferentiarum libri II, prooemiorum de V.
et N. Testamento liber. (De la yglesia Mayor de Seuilla.— Tuuole el
p.^ Juan de mariana y embiole en 9 de agosto. 1583.)
P. III. 10. S. Isidori Hispalensis sententiarum libri III. (Pertenesce al
monesterio de sant isidro del campo de león.)
P. III. 17. S. Isidori Hispalensis quaestiones de Veteri Testamento.
(Este libro es del cabildo de la S.^^ iglesia de Patencia que le embio
a pedir de su librería el III.'"^ don Aluaro de MendoQa nuestro prela-
do y S.^ por cédula de su magestad sacóse en 28 dias de Abril de 1578
con otro tomo. — El Dean de Patencia.)
Q. III. 20. S. Isidori Hispalensis sententiarum libri III, synonimorum
libri II ect. (Es de la iglesia mayor de Salamanca.)
R. II. 9. S. Isidori Hispalensis quaestiones in VetusTestamentum ect.
(Es de la librería de nra. S.^ de Gualalupe. — Velasco.)
T. II. 24. S. Isidori Hispalensis etymologiarum libri. (De la iglesia
de Salamanca.)
T. II. 25. S. Isidori Hispalensis sententiarum libri. (Del Colegio de
San Salvador de la yglesia de Oviedo de Salamanca.)
Se hizo la edición de las obras de S. Isidoro propuesta por Alvar
Gómez y se publicó en Madrid 1599.
En los preliminares generales y particulares se consignan en com-
pendio los trabajos realizados, la noticia de los códices que se utilizaron
y los nombres de los que intervinieron. La colección completa manus-
crita de todos los trabajos se conservaba en la Biblioteca Real de Ma-
drid y pereció en el incendio de Lisboa a mediados del siglo XVIU^
116 REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
como lo hace constar D. Juan de Santander en un informe que elevó al
Rey en 20 de Mayo de 1761 acerca del estado de dicha Real Biblioteca.
Por la reducción de fondos <no solo se ha malogrado un muy útil tiem-
po de enriquecer el tesoro de Manuscritos, sino que de estos han pas-
sado muchos a varios sugetos, y aún a Reynos extraños, de quienes
jamás podrán recobrarse. Basta por exemplo la famosa Colección que
sacó de esta Corte a Portugal el conde de la Ericeyra, en que con otras
obras singulares pertenecientes a España, llevó todo lo que se havia
trabajado de orden del S.^"^ Phelipe II para la edición correctísima que
havia resuelto hacer de las de S." Isidoro, Arzobispo de Sevilla. Su-
ceso tanto mas sensible, quanto hace irreparable su pérdida el ultimo
incendio de Lisboa, que abrasó la Librería en que se conservaban to-
dos aquellos Manuscritos». (Alcalá.— I . P. Legajo 113.)
P. Guillermo Antolín.
O.S.A.
EL ARBITRIO JUDICIAL
EN LA
DETERMINACIÓN DE LA PENA
(conclusión)
6. — Respecto de las penas extraordinarias p arbitrarias poco hay
que decir, puesto que aquí apenas tenía el juez otras normas que el
dictamen de su conciencia para elegir la clase y el grado de pena apli-
cable. En tres casos — dice Gregorio de Valencia, reproduciendo ideas de
Aristóteles— debe resolverse la causa, no según las prescripciones de la
ley, sino según el arbitrio judicial: cuando el caso no está previsto por
la ley; cuando de aplicarla se seguiría un daño mayor, y cuando las
partes convienen en someter la causa al arbitrio del juez, siempre que
tal acuerdo no suponga una violación de la ley divina o humana (1).
Aunque esto se refiere más bien a las causas civiles que a las crimi-
nales, es lo cierto que en materia penal los casos de penas arbitrarias
eran muy numerosos, y por su origen pueden concretarse en los si-
guientes: por prescripción expresa o tácita de la ley; por deficiencia de
la ley; por indeterminación relativa de la pena, y por la costumbre
establecida.
El primer caso no necesita explicación fuera de la relativa al ejerci-
cio y límites de la facultad que concede al juez, materia común a las
demás hipótesis, de que hablaremos luego. En el caso de deficiencia
de la ley, ya por no existir una norma legal aplicable al hecho punible,
ya por ser la ley manifiestamente injusta, que equivale a la no existen-
cia de la misma, el juez podía resolver según su prudente arbitrio (2),
(1) Ob. cit. tomo II, disp. VII, quaest, V, punct. 3.
(2) «Supponimus quod quando lex aliqua in casu aliquo particulari déficit,
118 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINA OIÓN DE LA PENA
porque la máxima nulla poena sine lege no tenía el valor absoluto
que se la ha dado después, y porque, como dice Suárez refiriéndose a
los delitos naturales, «el reato se sigue de la condición natural e intrín-
seca de la culpa, de tal manera que, aunque la pena no fuese determi-
nada por la ley, podría penarse al arbitrio del juez competente» (1).
«Cuando la ley penal encomienda al juez la imposición de la pena,
y no la determina o la tasa, el juez puede, según los casos, moderar la
pena, en atención a la cualidad y circunstancias del delito» (2). La in-
determinación relativa de la pena puede referirse, ya al quantum de la
misma, si es divisible, ya a la clase de pena, si se señalan varias en for-
ma alternativa. En este último caso la elección correspondía al juez (3).
La costumbre — materia de que trataremos en otra ocasión. Dios
mediante— había ido introduciendo diversas penas, ya contra la ley, ya
fuera de la misma, y a la vez que era una fuente de nuevas penas ar-
bitrarias, constituía también un límite de la arbitrariedad judicial, ya
que el juez, en el caso a que nos referimos, no podía imponer pena al-
guna desacostumbrada (4).
Las causas de atenuación o agravación de las penas, no sólo auto-
rizaban al juez, como hemos visto, para imponer pena distinta de la
señalada por la ley, en las ordinarias, sino que eran también aplicables,
y con más razón, a las arbitrarias. Algunas de estas causas, como la
edad menor de diez y siete años, daban lugar por sí solas a una pena
arbitraria (5), y lo mismo ocurría, a lo menos en la práctica, con todas
seu fit iniqua ob circumstantiam aliquam occurrentem, tune judex, adhuc infe-
rior, non teneatur, imo non possit licite secundum eam judicare, sed tune
possit ad arbitrium viri prudentis judicare, quia eum deficiat lex, desinit obli-
gare. > Gaspar Hurtado, ob. y lugar cit.— «Ubi lex eertam et specialem poe-
nam non imponit, tune arbitraria poena vendicat sibi loeum, ut, scilicet, judex
arbitrio causa cognita puniat.» Luis de Peguera, ob. cit., cap. I, núm. 3.
(1) ... «sed sequitur ille reatus ex naturali et intrínseca conditione culpae,
ita ut, lieet poena non esset per legem determinata, arbitrio competentls judi-
éis punid posset». Ob. cit., lib. II, cap. XII, núm. 1
(2) «Si lex poenalis statuit poenam a judice inferendam, sed non eertam
aliquam aut taxatam, judex potest aliquando poenam temperare, prout quaü-
tas et eireumstantia delicti patitur.» Alfonso de Castro, ob. cit., lib. II. cap. XII.
(3) «Cum enim jura varias poenas imponunt, optio datur judici.» Juan Vela
y Acuña. Tractafus de poenis delictorum, ed. de 1603, cap. XXX, núm. 12.
(4) Avendafio, ob. y lugar cit., núm. 9.
(5) ... «quia lege cavetur minorandam poenam propter aetatem, et sie ¡n
EL ARBITRIO JUDICIAL KN LA DETBRMINAOIÓN I>E LA PENA 1 1 9
las demás, así que llegó tiempo en que las penas arbitrarias ocuparon
casi todo el campo del derecho penal.
Entre las principales causas que podían producir estos efectos, el
moralista Tomás Sánchez señala el conjunto de condiciones persona-
les que hacían concebir la esperanza de la enmienda del delincuente
sobre todo tratándose de la pena de muerte (1), y haber transcurrido
gran espacio de tiempo desde que se cometió el delito (2). El mismo
autor afirma que, por causas contrarias, el juez puede agravar la pena,
reconociendo que esto es más fácil en las penas arbitrarias que en las
determinadas por la ley (3).
Observa el P. Salón que las mismas leyes suelen dejar mucho a la
prudencia del juez en la punición de los delincuentes, en atención a las
circunstancias de lugar, tiempo y persona. Si el delincuente es pe-
ligroso, como el asesino, el sicario, el salteador, o el crimen es atroz,
como el homicidio con alevosía o el robo grave, ningún juez puede re-
mitir la pena. Pero en otros más leves, perdonando el acusador, pue-
den hacerlo, aun los jueces inferiores, imponiendo pena arbitraria, pues
esto lo admiten las mismas leyes de los diversos Estados, y es muy
conforme con la recta razón y la equidad (4).
Había otros muchos casos especiales en que la pena quedaba al ar-
minore non erat a jure poena certa determinata.» Gregorio López, Las siete
partidas del sabio rey don Alfonso..., ed. de 1555, glosa a la ley VIII, tit. XXXI,
Partida Vil.
(1) ... «quando mérito speratur ex diminutione poenae correctio et emenda
delinquentis, praesertim si poena mortis plecti debet.* Ob. cit., lib. VI, cap. II,
dub. 21.
(2) ... «si post delictum commissum transit aliquod magnum intervallum
vel tempus.» Ibíd.
(3) Ibíd.
(4) Observandum est, primo, leges ipsas, circa poenas inferendas delin-
quentibus, multa saepe relinquere prudentiae et dispositioni judicum, etiam in-
feriorum, pro varia ratione locorum, temporum et personarum... Unde si de-
linquens est nocivus, ut sicarius, assassinus, agressor itinerum, depraedator,
vel crimen est atrox, ut homicidium per insidias, furtum grave, nullus judex
potest in his poenam remitiere... In alus autem levioribus, ut homicidio casua-
li, furto levi et similibus, remitiente accusatore, possunt judices, etiam infe-
riores, non puniré poena legis, sed alia arbitraria, cum id admittant ipsaemet
privatae leges singulorum regnorum, estque máxime consonum rectae rationi
et aequitati.» Controversia dejustitia efjure atqae de contractibas et commerciis
humanis licitis et illicitis, ed. de 1608, quaest. 67, art. IV.
120 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
bitrio del juez, como los delitos no consumados, la falta de prueba ple-
na, según la opinión de algunos, las penas pecuniarias en muchos ca-
sos, las prendas relevantes del reo, que le hicieran altamente útil a la
sociedad, o el haber prestado servicios eminentes (1) y, por último, el
perdón o remisión del acusador en algunos delitos, reminiscencia del
antiguo sistema de composición, conservado por las Partidas y caído
posteriormente en desuso. Así lo testifica, entre otros, Domingo Bañez,
que no sólo niega al juez esta facultad, tratándose de crímenes graves,
sino al mismo gobernante supremo, en el fuero de la conciencia, con-
siderando el hecho de redimir la culpa o remitir la pena por dinero una
injusticia y una inmoralidad (2).
La misma doctrina sostuvo el P. Salón, juzgando, no sólo injusto e
inmoral, sino antisocial y peligroso este sistema de composición. <Ni
aun los jueces supremos— dice — , con toda la plenitud de su poder,
cuando no lo consiente la parte lesionada, ni los jueces inferiores, cuan-
do las leyes se lo permiten, deben ser fáciles en conmutar las penas cor-
porales por las pecuniarias, principalmente cuando tal conmutación, co-
múnmente llamada composición, sirve de motivo para que los reos
(1) El criminalista Pedro Plaza de Moraza certifica que la opinión común
autorizaba al juez para rebajar la pena legal y aun remitirla, tratándose de un
reo de manifiesta utilidad pública, citando en favor de esta opinión varias
prescripciones legales, y en contra, a Covarruvias y Luis Carrero (Practica
criminalis), fundados en que no era esta la función del juez, y a éste sólo le
tocaba suspender la ejecución de la pena y consultar al príncipe. Entraba, en
cambio, en las atribuciones del juez, según el mismo Covarruvias, rebajar la
pena legal a su prudente arbitrio, cuando se trataba de servicios eminentes
prestados, y por la excelencia y dignidad de la persona, «existimans ipsum ju-
dicem posse proprio judicio et sententia, ob personae dignitatem et excellen-
tiam, poenam legís ordinariam minuere et in mitiorem commutare». Epitomes
delictorum causarumqae criminalium... liber primas, ed. de 1558, cap. XXXIII.
(2) «Licet in Partita VII, tít. I, lex 22, dicatur quod, remitiente accusatore,
non puniat judex reum corporali poena taxata per legem, tamen haec lex, ut
jacet, non est in usu, nam si crimen sit atrox, judices puniré debent et pu-
niunt secundum poenam legis, etiamsi actor condonet. Si autem crimen non
sit atrox, puniatur reus mitiori poena, etiam arbitraria, et hoc est in usu et
valde justum... Supremus principes non debet frequenter et facile relaxare
poenas, et multo minus debet facile concederé ut poena corporalis precio re-
dimatur, hoc enim esset daré occasionem peccandi pravis hominibus... Ini-
quissimum esset precium accipere pro delictis, quando possuntalia via impe-
dir! in futurum.» Ob. cit., quaes. 67, art. IV.
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 121
persitan en sus delitos... Pide la recta razón que los ricos, frecuentemen-
te audaces e insolentes porque confían en sus riquezas, no sean pena-
dos con pena pecuniaria, sino de otro modo, no sea que, con la espe-
ranza de redimir la pena con su dinero, diciendo, como suelen, dineros
lo remediarán, delincan con mayor libertad y audacia» (1).
En los delitos religiosos, juzgados por el Tribunal de la Inquisición,
el arbitrio judicial era mucho más amplio, ya en cuanto a la aprecia-
ción de las circunstancias del delito y las condiciones personales del
reo, ya en el sistema de procedimientos y ritos procesales, ya, en fin, en
la elección de penas o penitencias aplicables a cada caso concreto. Por-
que aquí, más bien que de penar, se trataba únicamente, como a cada
paso lo repiten los autores y las leyes, de procurar la corrección y en
mienda del culpable, lo cual es difícil sin la debida individualización
de los medios. Por la misma razón podía el citado Tribunal modificar la
pena después de la sentencia — cosa no permitida a ningún otro — , o
dejar pendiente su duración del futuro comportamiento del penado o
penitenciado. Este es el precedente más antiguo y más notable de la
sentencia indeterminada (2).
Entre los delitos comunes, había muchos cuya penalidad encomen-
daban las leyes al prudente arbitrio del juez, especialmente aquellos
que, como la injuria, ofrecen tanta variedad en los casos concretos,
porque su mayor o menor importancia depende casi totalmente de las
circunstancias que les rodean. A estos delitos se refiere el príncipe de
nuestros jurisconsultos, Antonio Gómez, al decir que, «siendo tan va-
riadas y diversas las cualidades de las personas, y, por consiguiente,
tan varias y diversas las cualidades de las injurias, el derecho no pudo
establecer una cierta y determinada pena, sino que dejó su determina-
(1) «Observandum est, secundo, ñeque judices supremos ex plenitudine
suae potestatis, quando non proclamat pars laesa, ñeque judices inferiores,
quando a legibus id ipsis permittitur, non deberé esse fáciles in commutandis
poenis corporalibus in pecuniarias, máxime quando talis commutatio, quae
communiter vocatur compositio, est occasio reis permanendi in suis delictis...
Postulat enim recta ratio, cum divites sint frequenter audaces et insolentes,
confidentes in suis devitiis... ut non poena pecuniaria, sed alia via punian-
tur, ne spe redimendi poenam suam divitiis, dicentes ut solent hispane: dine-
ros lo remediarán, audacius ac Hberius peccent.» Lugar últimam. cit.
(2) Puede verse, sobre esta materia, mi obra El crimen de herejía, 1918, es-
pecialmente los números 49, 107 y 161.
122 KL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMIIf ACIÓN DB LA PENA
ción al arbitrio del juez, en vista de la cualidad del hecho, la ofensa,
la persona y el lugar. Y no solamente en este delito de injuria, sino en
cualquier otro, público o privado, para el cual no se halla en el derecho
una pena determinada, se impone pena extraordinaria, al arbitrio del
juez, atendiendo a dichas cualidades» (1).
7. — El arbitrio judicial estaba sometido a ciertas limitaciones y cier-
tas reglas; pero más bien de carácter moral que jurídico, aunque algu-
nas de ellas se encuentren expresadas por las leyes. De éstas y de la
doctrina de los autores, resulta, como dice el mismo Antonio Gómez, un
consejo tan necesario en conciencia como en justicia: que en las penas
arbitrarias, como por una parte esté interesado el bien de las personas
y por otra el de la sociedad, cuide siempre el juez de imponer la pena
apropiada y merecida, y ni dicte sentencia demasiado severa por codi-
cia de una gloria vana, ni imponga pena más leve que la que el delito
exige, movido de una falsa misericordia, teniendo siempre a Dios ante
sus ojos. De todas maneras, entre estos dos extremos, vale más pecar
por defecto que por exceso, porque menos dista del término medio de
la justicia el defecto nacido de la misericordia que la excesiva severidad.
Debe, sin embargo, cumplir la justicia con corazón compasivo, y dolerse
de la pena de su prójimo (2).
(1) «Cum variae et diversae sint qualitates personarum, et per conse-
quens variae et diversae sunt qualitates injuriarum; non potuit a jure statui
certa et determinata poena, sed est arbitraria, judiéis arbitrio imponenda,
attenta qualitate facti, et ofensae, et personae, et loci... Et necdum in hoc
delicto injuriae, sed in omni alio delicio, publico vel privato, in quo non
reperitur a jure poena determinata, et imponitur extraordinaria, judiéis arbi-
trio, attentis praedictis qualitatibus.» Cómmentarlorum variarumque resoluiio-
num jiiris civilis, communis et regii, tomi tres.— Tomas teriius, de delictis, ed.
de 1584, cap. VI, núm. 7.— Aprovechamos la ocasión de citar por primera vez
a este célebre jurisconsulto para advertir que fué el primero que en España
sistematizó el derecho penal positivo, constituyendo su obra un verdadero
Código, dividido, como los modernos, en una parte general, así titulada
por el mismo autor, y una parte especial, relativa a cada uno de los delitos.
(2) «Ex quibus resultat consilium summe necessarium in conscientia et
justitia: ut semper in delictis arbitrariis, cum ex una parte vertatur periculum
personarum, et ex alia grave praejudicium reipublicae, judex poenam condig-
nam imponat, et caveat ne cupiditate inanis gloriae severam sententiam ferat,
vel injusta misericordia motus, leviorem poenam quam delictum poscat, sem-
per summum Deum nostrum prae oculis habendo... Unum tamen est, quod
ínter ista dúo extrema, non est tam grave peccatum declinare in defectum
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 123
La misma regla se encuentra repetida por otros muchos autores,
«En estas penas (arbitrarias) —dice Alfonso de Castro—, aunque el juez
pueda moderar la sentencia con la misericordia, no puede, sin embar-
go, remitir toda pena, porque aunque la ley deje al arbitrio del juez
así la cualidad como la cantidad de la pena, no le deja en libertad de
penar o no penar. De lo cual se sigue que el juez en este punto queda
sujeto a la ley y no puede, por tanto, remitir toda la pena, a no tratarse
de delitos muy leves y sin injuria de otro, o concurre alguna circuns-
tancia notable que aconseje lo contrario. > (1).
Núñez de Avendaño aconseja al juez que no sea demasiado liberal
en las penas arbitrarias (2), y Suárez, indicando una idea que sirve de
base a varias teorías modernas acerca de la determinación de la pena,
consigna un caso en que el juez debe inclinarse más bien al rigor que
a la benignidad: cuando el reo se muestra obstinado e incorregible, y
no ofrece esperanza de enmienda (3).
Otra regla limitativa del arbitrio judicial, más jurídica que las an-
teriores, era la que obligaba al juez a seguir las normas generales del
derecho común en la aplicación de las penas arbitrarias (4), lo cual no
significaba otra cosa que introducir en el Derecho penal lo que en
quam in excessus, quia minus distat defectus ex misericordia a medio Justitiaa
quam severitas, ut ex superioribus constat; debet tamen exercere justitiam
cum cordis compassione et quadam mentís commotione, de poena proximi sui
condolendo.» Ob. y lugar citados.
(1) «Sed in his poenis, ücet possit judex temperare sententiam cum mise-
ricordia, non tamen potest omnem poenam remitiere, quia etsi judicis arbi-
trio committat poenae qualitatem et quantitatem, non tamen illi liberum relin-
quit ut puniat vel non puniat. Et inde convincitur judicem in hac parte esse
legi subjectum, et per consequens, non posse totam remitiere poenam, nisi
forte crimen esset nimium leve sine proximi injuria, aut aliqua notabilis occu-
rreret circumstantia quae mérito convinceret poenam esse prorsus remitten-
dam.» Ob. cit., lib. II, cap. XII.
(2) fNon solum in poenis legalibus certis non est recedendum a tramite
legis, sed in arbitrariis quoque non debet esse judex nimis gratiosus.» Lugar
citado, núm. 7.
(3) «... nisi reus obstinatus sit et incorregibilis, et spem emendationis non
praebeat; tune enim, etiam in casu arbitrario, rigore potius quam benignitate
cum illo utendum est.» Ob. cit., lib. V, cap. XI, núm. 10.
(4) «Arbitrium concessum, quantumcunque liberum, debet regulari secun-
dum jus commune.> Antonio de Sousa: Aphorismi inquisitorum, lib. III,
cap. XXVI.
124 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DERERMINACIÓN DE LA PENA
nuestro Código civil toma el nombre de «principios generales del de-
recho>, y que los antiguos llamaron equidad. El ya citado juriscon-
sulto Juan Matienzo, después de reconocer, como todos, la necesidad
de que las leyes penales dejen muchas cosas al arbitrio judicial, dice
asi: «Por lo demás, una cosa he de añadir a lo dicho sobre el arbitrio
del juez, y es que está obligado a usar de él en conformidad con el
derecho... y observar siempre la equidad, aunque la pena esté enco-
mendada a su arbitrio, porque las leyes que dejan algo al arbitrio de
los jueces lo hacen por providencia hacia las personas, como la triaca
contra el veneno.» (1).
Más claro Diego Simancas repite la misma idea, refiriéndose a los
jueces inquisidores— y con más razón, por tanto, en este punto a los or-
dinarios—: <Ni en aquello quese deja a su arbitrio pueden juzgar se-
gún su voluntad o capricho, sinosegún el derecho y las leyes. Ni pue-
den seguir su propia conciencia, sino está del todo informada por las
leyes.* (2).
En cuanto a las penas aplicables, cuando su elección se dejaba al
criterio del juez, ya hemos dicho que el arbitrio estaba limitado con la
prohibición de imponer una pena insólita, esto es, no existente en el
derecho o fijada por la costumbre (3).
Otra limitación importante es la relativa a la pena de muerte. Todos
los tratadistas defienden, en principio, que el arbitrio judicial no puede
llegar hasta imponer la pena de muerte cuando no está expresamente
impuesta por ía ley, pero suelen admitir alguna excepción (4).
(1) «Ceterum id addendum esse duxi ad ea quae de judiéis dicta sunt
arbitrio, nempe ut arbitrari semper teneatur quod juri conveniat... et ita
aequitatem semper servare tenetur, quamvis ejus libero arbitrio committatur.^
Nam leges aliquid arbitrio judicum committentes, id faciunt ut personis pro
videant, sicut tryaca contra venenum.> Ob. cit., pars. III, cap. LXIV.
(2) «Ñeque in iiis rebus quae arbitrio eorum relinquuntur pro volúntate
aut libídine, sed secundum jura et leges judicare queunt. Ñeque suam ipso-
rum conscientiam sequi possunt, nisi legibus undique sit informata.> Decatho-
licis insiitutíonibus, ed. de 1569, tít. XXXIV, núms. 34-36.
(3) «Judex in arbitrariis semper debet se referre ad id quod fieri solet.»
Antonio Gómez (que cita estas palabras como máxima del derecho), ob. cit.,
cap. VI, núm. 8.
(4) Pedro de Salazar, no solamente sostuvo esta doctrina en términos ab-
solutos, sino que negó al juez la facultad de imponer una pena arbitraria de
distinta especie de la señalada por la ley. Declara su opinión con el siguiente
KL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 125
Alfonso de Castro sostiene que pecaría contra el quinto precepto del
Decálogo el juez que ordenase la muerte de un delincuente sin hallarse
esta pena establecida por la ley para el caso. Dios puede hacerlo; «mas
el hombre, aunque esté investido de autoridad pública, no puede man-
darlo más que en conformidad con leyes justas, establecidas según el
dictado de una justísima razón. De aquí que el juez, donde la ley no
lo ordena, no puede imponer a nadie la pena de muerte, porque obra-
ría contra el precepto divino de no matar>. Exceptúa, sin embargo, el
caso en que concurriesen tales circunstancias, que el malhechor se hi-
ciese incompatible con la conservación del cuerpo social, porque en-
tonces la pena no depende ya sólo del arbitrio del juez, sino que está
impuesta por la razón natural (1).
Lo mismo en substancia afirman otros muchos autores, alegando,
ya el derecho común, por deficiencia del derecho patrio, ya la costum-
bre del lugar. Así, Tomás Sánchez, refiriéndose a las penas arbitrarias,
dice que «de ningún modo puede el juez en este caso imponer la pena
de muerte.., a no ser tales las circunstancias del delito que por derecho
común o según la costumbre hubiera de aplicarse dicha pena> (2). Y
Antonio Gómez dice que procede en dos casos: por la cualidad de al-
gún hecho gravísimo, y cuando por semejante delito suele imponerse
en el lugar de su perpetración la pena de muerte (3).
ejemplo: «Si dicat statutum quod si quis insultaverit aüquem cum armis, de-
cem ducatorum poena puniatur, sed si vulneraverit, puniatur poena majori, non
poterit praetor transiré ad aliam speciem poenae corporalis, sed ad majorem
pecuniariam tantummodo.» De usa et consuetudine et de stylo Curiae Regalis^
ed. de 1579, cap. V, núm. 8.
(1) «Homo autem, etsi personam publicae potestatis gerat, hoc non potest
jubere, nisi secundum leges justas quae secundum justissimae rationis impe-
rium institutae sunt. Et inde convincitur judicem, ubi id lex non statuit, non
posse aliquem morte puniré, quia faceret contra Dei praeceptum quo praecipit
non occidere. Si tamen casus occurreret talibus circumstantiis vestitus ut
ratio naturalis, juxta ea quae supra in hoc capite diximus de similitudine
corporis humani (alude a la necesidad de amputar un miembro para salvar la
vida), mérito censeret sceleratum aliquem hominem esse morte puniendum,
tune judex juste posset illum ad mortem damnare, quamvis nulla lex scripta
esset quae illum morte plectendum esse censeret. Sed in eo casu illa scelerati
hominis occisio non ex solo judicis arbitrio penderet.» Ob. cit., lib. I, cap. VI.
(2) «NuUo modo potest judex hoc casu imponere mortis poenam... nisi ta-
les essent circumstantiae delicti, ut pro eo, jure communi vel ex consuetudi-
ne, esset mortis poena imponenda.» Ob. cit., lib. 111, dub. XVI.
(3) «Quod tamen intellige procederé in duobus casibus: primus est, attenta
126 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
Respecto a la forma de ejecución de esta pena, cuando no estaba
expresamente determinada por la ley, podía determinarla el juez a su
arbitrio, dentro de las formas permitidas o usadas, y teniendo en cuenta
la calidad, antecedentes y condiciones de la persona del reo (1).
El arbitrio judicial cesaba, como ya queda indicado, en el momento
de dictar sentencia: la pena impuesta sólo por el soberano podía ser
modificada o dispensada, contra la práctica del derecho canónico, que
permitía al juez alterar la duración y circunstancias de la pena, y aun
dispensarla o conmutarla después de la sentencia (2).
Las Partidas hicieron una excepción relativa a la pena de multa. «E
esto sería cuando el judgador condenase alguno que pechase a la corte
del Rey alguna cuantía cierta por yerro que ficiera, e fuese tan pobre
aquel contra quien fuese dado el juicio, que non pudiesen sacar de sus
bienes aquella pena que había de pechar, ca puede entonce aquel jud-
gador quel condenó revocar el juicio e quitarle de aquella pena que
mandó que pechase, si se quiere doler del>.
Observa Gregorio López a esta ley — que es la 4.* del tít. XXII,
Part. III — que debe entenderse de la pena impuesta a modo de multa,
porque si fuese pena ordinaria establecida por la ley, no podría el juez
dispensarla, sino imponer la subsidiaria personal. Aunque la disposi-
ción es potestativa, «podría, sin embargo, sostenerse que, si el delito
por el cual se impuso la multa o pena extraordinaria es leve, el juez
está obligado a perdonarla para que el reo no sufra pena personal, por-
qualitate alicujus gravissimi facti...; secundus casus est, quando pro simili de-
licto commisso solet dari et imponi in illo loco poena mortis.> Lugar última-
mente citado.
(í) «Si tamen lex ve! statutum non assignat genus mortis, potest judex ín-
ter poenas mortis arbitrari an decolletur, vel igni subjiciatur, vel furcae, quia
gratiam potest faceré, non vitae sed melioris mortis, prout dictaverit sibi ae-
quitas arbitrii, secundum dignitatem, secundum aetatem, secundum merita
prioris vitae.» Gregorio López, Glosa a la ley 6.*, tit. XXXI, partida VIL
(2) «Post latam sententiam et poenám inflictam, sive fuerit imposíta ad
instantiam partís sive ex officio, attento Jure civili, nullus judex potest, incon-
sulto principe, poenam impositam minuere, vel augere, aliquo modo tollere,
quia, data sententia, functus est officio suo... At attento jure canónico, poterit
Judex, post latam sententiam, poenam minuere vel aliquo modo in illa dispen-
sare, praecipue si ex officio in causa processum sit.» Castro-Palao, ob. cit,
tract. III, disp. VI, núra. 6.— Véase también mi citada obra El crimen de he-
rejía.
EL ARBITRIO JÜDICIAl. EN LA DETERMINACIÓN DE LA PEHA 127
que por leves infracciones no han de ser corporalmente penados los
pobres > (1).
8. — A pesar de todas las reglas limitativas del arbitrio judicial, y a
pesar de todos los principios teóricos y todos los frenos morales para
contener la tendencia, cada día más marcada, a la preponderancia del
arbitrio sobre las leyes en la punición de los delitos, es lo cierto que los
jueces, en general, traspasaron los justos límites y cometieron abusos
reprobables. Los testimonios de este hecho abundan en las obras de los
escritores antiguos, y nos concretaremos a citar algunos, eligiendo es-
pecialmente los de los juristas.
Afirma Martín de Azpilcueta {Doctor Navarras) que gravemente
erraban en su tiempo muchos jueces que, en la punición de los crí-
menes, extendían su arbitrio y modo de pensar más allá de lo conve-
niente (2). Y asegura que «pocos eran los jueces, aun los inferiores, aun
los seglares, que aplicaran las penas establecidas por el derecho común
o particular: unos, por ignorancia e imprudencia; otros, por misericor-
dia; otros, por odio o ira aumentan la pena; otros, por súplicas o dine-
ro; otros, por gloria vana de demasiada clemencia o severidad..,; y to-
dos, contra aquella ley natural, divina y humana, que manda a los
inferiores observar las leyes y preceptos de los superiores, y contra las
leyes según las cuales están obligados los inferiores a imponer la pena
establecida por el derecho» (3).
(1) «Intellige per modum mulctae, nam si esset poena ordinaria a lege statu-
ta, non posset judex hoc faceré, sed qui non habet in bonis luat in corpore...
Forte posset dici quod, si delictum pro quo imposita fuit muleta vel poena ex-
traordinaria sit leve, judex teneatur remitiere, ut sic non puniatur in corpore,
quia propter leves abusiones, pauperes non sunt in corpore puniendi.» Glosa
a la ley cit.
(2) ... «graviter a multis judicibus nostra aetate errari, suo sensui et arbi-
trio plus satis in criminum punitione indulgentibus.» Commeniaríus in rub. De
judiciis. Op. omnia, ed. de 1616, núm. 97.
(3) «Secundo, quod jure quis miretur paucos collatione aliorum esse judi-
ces, etiam inferiores, etiam saeculares, qui poenas ipsas a jure communi vel
particulari statutas, sine augmento vel diminutíone criminosis imponatur:
alii quidem per ignorantiam et imprudentiam; alii per misericordiam; alii per
odium et iram augent; alii autem prece vel precio; alii ob inanem gloriam ni-
miae clementiae vel severitatis... et omnes contra illam legem naturalem, d¡-
Tinam et humanam, qua jubentur inferiores servare legem et praecepta supe-
riorum, et contra leges quibus tenentur omnes inferiores imponere poenam a
jure statutam.» Ibid. núm. 98.
128 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
De abusos más graves da cuenta el comentarista Acevedo, al decir
que «algunos jueces, para lograr que las partes consientan en la con-
dena, moderan la penalidad» y a veces condenan por esta causa a per-
sonas inocentes, y las imponen penas en que no incurrieron, haciéndo-
les comprender que las moderarán; y los míseros reos, viéndose
oprimidos, consienten en ello> (1). Y más adelante expone y comenta
ciertas leyes de la Nueva Recopilación que trataron de poner coto al
arbitrio judicial, aunque sin resultado (2).
Matienzo, en su Diálogo del relator y el abogado, pone en boca del
último estas palabras: «¿De qué sirve hoy la ciencia de las leyes y los
cánones, si la mayor parte de los jueces, desentendiéndose de ellas, si-
guen su propio juicio en la resolución de las causas, como si ellos fue-
ran los legisladores?... ¿No apartan el oído de la verdad los que juzgan
cosa de su arbitrio lo que las leyes y constituciones impusieron como
de observancia necesaria?» (3).
Ante las frecuentes extralimitaciones de los jueces, se imponía, como
dice Cerdán de Tallada en el Prólogo de su célebre obra Visita de la
cárcel y de los presos, «regular este inconsiderado arbitrio, en cuanto
se pudiere hacer, a términos de derecho y de razón escrita, a fin que a
lo menos aproveche para que los descuidados jueces se detengan de
usar tan sueltamente de la potestad que dicen absoluta, en tan grande
fraude de la justicia.»
Por grandes que fueran los abusos, es preciso, sin embargo, reco-
nocer que el arbitrio judicial no dejó de producir bienes estimables, ya
porque muchos jueces usarían rectamente de él, ya por ser la mayor
parte de las leyes penales inadaptables al estado social y las necesida-
des de épocas posteriores, mejorando el derecho al no aplicarlas, ya, en
(1) «Aliqui judices... ut partes condemnationem consentiant, poenas mo-
derantur, et aliquando judices hac de causa partes innocentes condemnant,
et ubi poenam non incurrerunt imponunt, sub velamine quod eam moderabun-
tur, et miseri rei, videntes se oppressos, id consentiunt.» Ob. cit., lib. VIH,
tít. I, ley 1.% núm. 29.
(2) Ibid. tit. XXVI, ley 14, núms. 3 y siguientes.
(3) «Quid enim, quaeso, legum hodie aut canonum scientia proderit, si ju-
dices, ut plurimum, eis neglectis, propriam in definiendis causis amplexantur
sententiam, quasi legum ipsi latores fuerint?... Nonne a veritate auditum aver-
tunt qui ea quae necessitatis esse leges jusserunt et constitutiones, ea ut arbi-
trii esse existimant?» Ob. cit., part. II, cap. III.
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 129
fin, por permitir a un juez prudente tener en cuenta las condiciones de
cada persona y realizar así una verdadera obra de individualización
penal provechosa para la sociedad y para el reo.
9. — Terminaremos con una cuestión que, aunque más de orden mo-
ral que jurídico, está enlazada con la del arbitrio judicial, y hasta cierto
punto es un aspecto de la misma. ¿Qué solución debe dar el juez a una
causa criminal en la que hay contradicción entre el resultado de las
pruebas y lo que él privadamente sabe con certeza?
Domingo Báñez señala cuatro opiniones distintas sobre la solución
que debía darse a esta cuestión: dos extremas y otras dos intermedias.
La primera sostuvo, en términos absolutos, que el juez debe sentenciar
siempre juxta allegata et probata. La segunda, al contrario, que debe
dictar sentencia según la verdad, cualquiera que sea el modo de cono-
cerla. La tercera distingue entre las causas civiles y las criminales, de-
biendo resolver aquéllas según las pruebas y éstas según la conciencia
personal o privada. La cuarta, por último, distingue entre la sentencia
absolutoria y la condenatoria, suponiendo en el juez facultad para
absolver según la verdad que sabe privadamente, mas no para con-
denar.
La primera solución, que es la adoptada por Santo Tomás (1), y la
seguida por la generalidad de los tratadistas (2), se funda en las siguien-
tes razones que resume así el citado Báñez: «El juez juzga como persona
pública y en representación de la sociedad; si ésta hubiese de juzgar,
no podría proceder sino en conformidad con la ciencia pública; luego,
según ella debe sentenciar el juez, pues de otro modo no sería fiel repre-
sentante de la república.» Por otra parte, de las opiniones opuestas se
seguirían graves inconvenientes a la sociedad y la perversión de los jui-
cios, porque un juez inicuo fácilmente podría condenar al inocente y
(1) Summa, 2.» 2.ae, quaest. 67, art. II.
(2) Entre otros muchos, el Abulense, Super Exodam, XXIII, quaest. VI;
Covarrubias, Variarum resolutionum, lib. I, ns. 3 y 6; Torquemada, In cap. ja-
dicet, III, quaest. Vil, 2.*; Juan Gutiérrez, Canonicarum atriusque fori, tam ex-
terioris quam interioris animae quaesíionum, líber primas et secundas, 1597, li-
bro II, cap. XXIX; Antonio de Córdoba, que después de una larga exposición
de las diversas opiniones, opta por la de Santo Tomás: «quae igitur harum
opiniorum verior sit, nostri non est arbitrii definiré, tantum consulerem illam
secundam opinionem Beati Thomae, quae et magis communis est, esse sequen-
dam». Qaaestionarium theologicum, en la ed. de 1569, lib. I, quaest. 37.
9
1 30 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
absolver al culpable, con sólo decir que él tenía conocimiento de la ver-
dad con ciencia privada, y dictaría sentencia contra lo alegado y pro-
bado en juicio. Y agrega que así lo exigen la paz social y la seguridad
pública, que serían imposibles con cualquiera otra solución del pro-
blema (1).
Esta función social de la pena y la sentencia judicial invoca para
contestar a los que alegaban en contrario el símil del médico y la me-
dicina. «El ejemplo del médico— dice — no convence, porque el medica-
mento se ordena por sí a la salud de tal hombre según el estado en que
se encuentra, y la sentencia del juez va encaminada a la tranquilidad
y la paz de la república> (2).
Como a muchos les parecía duro obligar al juez a resolver según el
resultado de las pruebas, cuando le constaba la verdad contraria, acu-
dieron a varios subterfugios para salir de este conflicto de conciencia,
hasta imponer al juez, en último extremo, el deber moral de renunciar el
cargo, antes de dictar una sentencia contraria a los hechos por él cono-
cidos. El mismo Báñez rechaza esta solución, y afirma que la doctrina
por él sostenida no sólo es aplicable a los jueces inferiores, sino al mis-
mo soberano, cuando actúa de juez, aunque respecto de éste el con-
flicto tiene solución más fácil, puesto que puede perdonar la pena.
Domingo Soto dice que la cuestión, en causas criminales, compren-
de dos partes: una, si es lícito al juez condenar al reo, sabiendo con
certeza que es culpable, cuando judicialmente no se demuestra; y otra,
(1) «judex judicat, ut persona publica, vice reipublicae; sed si respublica
judicaret, non posset procederé nisi secundum scientiam publicam; ergo judex
debet judicare secundum illam, alias non esset vicarius bonus ipsius reipubli-
cae... Ex oppositis sententiis sequuntur magna incommoda reipublicae et judi-
ciorum perversio, nam iniqui judices facile condemnarent innocentes et absol-
verent nocentes, dicerent enim se scire veritatem privata scientia, et profer-
rent sententiam contrariam allegatis et probatis... Utilitas judiciorum ea má-
xime et, ut reipublicae satisfaciat, ut in tranquillitate consistat et in tran-
quillitate servetur dum iniqui puniuntur et alii a malo arcentur; sed nisi
prima sententia sit vera, omnia isla commoda pereunt, dum ipsa respublica
non puniret|eos qui publice probantur iniqui.» De jure et justitiae decisiones ^
quaest. 67, art. II.
(2) «Exemplum autem de medico non convincit, quoniam medicatio per-
se ordinatur ad salutem istius hominis hic et nunc, sententia autem judiéis
ordinatur ad tranquillitatem et pacem reipublicae.» Ibid.— Véase atrás la re-
futación del mismo símil, por Domingo Soto, alegado como prueba del arbi-
trio judicial.
EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA 131
el caso inverso, esto es, si puede el juez condenar a quien, según las
puebas, resulta culpable, sabiendo con ciencia cierta que es inocente.
En el primer caso, el juez no puede condenar al reo — y sobre esto no
hubo discusión — , porque se trata de un crimen jurídicamente oculto
que está fuera de la jurisdicción externa (1). En el segundo caso, el juez
está obligado a resolver según el resultado de las pruehas—juxta alie-
gata et probata — y no según su conciencia directa. La razón de esto es
que el juez no obra con autoridad privada, sino pública, y no puede
sentenciar según su propio juicio, sino según el juicio común y públi-
co. «Tan escrupulosamente está obligado el juez a seguir la ciencia
universal del derecho, que ni puede escuchar su propio juicio, si es
opuesto, ni admitir probación alguna en contrario» (2). Cita el notable
texto de San Agustín: «El buen juez nada resuelve según su arbitrio,
sino según las leyes y el derecho» (3), y reconoce que en la práctica el
caso es raro, puesto que las pruebas no pueden ser más que aparentes,
y no le faltarán al juez medios de destruirlas.
Juan Matienzo, que sigue la opinión común sobre la materia, excep-
túa al soberano, quien, como arbitro de las leyes, puede sentenciar se-
gún lo que conoce con ciencia cierta, prescindiendo del resultado de
las pruebas (4).
La misma afirmación hace Tomás Sánchez respecto del soberano
legislador, puesto que puede dispensar las leyes, y sigue a Soto en la
distinción antes indicada. Todos están conformes — dice— en que el juez
no puede condenar a un acusado cuya culpabilidad le consta privada-
mente, si no se demuestra en juicio; lo que se discute es si puede con-
denar a quien resulta judicialmente culpable, sabiendo que es inocente.
La opinión afirmativa es la comúnmente seguida; mas no todos están
(1) ... «quoniam forum exterius non extenditur ad crimina oculta, et ocul-
ta illa jure censetur quae secundum regulas juris ligitime non constat.> Obra
citada, lib. V, quaest. IV, art. 2.»
(2) *Supponitur enim... judicem non privata sed publica auctoritate fungi
dum judicat. Ex quo fít non suo privato judicio, sed communi et publico debe-
re informari... Scientiam universalem juris tenetur judex sic sánete sequi, ut
ñeque suum proprium arbitrium. si contrarium est, audire possit, ñeque ullas
in contrarium probationes admitiere.» Ibid.
(3) «Bonus judex nihil ex arbitrio, sed secundum leges et jura pronuntiat.»
De vera religione, cap. XXXI.
(4) Ob. cit., pars. III, cap. XXXVIII.
132 EL ARBITRIO JUDICIAL EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
conformes en el medio de evitar la condena de un inocente. El juez está
obligado a emplear cuantos medios tenga a su alcance para impedirlo,
pero no a renunciar el cargo, y puede y debe dictar sentencia Juxta
allegata et probata (1).
Siguió la tercera de las opiniones indicadas (2) por Báñez Pedro de
Navarra, que distingue, para la solución, entre las causas civiles y las
criminales. Respecto de las primeras, afirma que el juez está obligado
a sentenciar siempre Juxta allegata et probata, porque aquí se trata
sólo de un caso de subordinación de un interés privado al bien general;
y respecto de las segundas, sostiene que no le es lícito al juez condenar
a quien resulta judicialmente culpable, si sabe que es inocente, y antes
que esto suceda, debe llegar hasta la renuncia de su oficio (3).
P. Jerónimo Montes.
o. s. A.
(1) Ob. cit., libro VI, cap. I, dub. 17.
(2) De la segunda no hacemos mención, porque no tuvo un solo defensor,
que sepamos, en España. Únicamente el P. Bartolomé Miguel Salón (O. S. A.)
la califica de probable, por la autoridad de los que la sostienen y las razones
en que la fundan; pero reconoce como más probable la indicada de Santo To-
más. He aquí sus conclusiones: «1.^ Quantum ad dispositionem et scientiam
universalem juris, tenetur judex sequi leges scriptas... et non suum privatum
sensum et judicium. 2.* Quantum ad veritatem particularem facti, debet uti
judex diligentia et examine ad repellendos testes quos videt testificari contra
veritatem quam certe novit. 3.* Quando omni diligentia adhibita, judex non
potest repeliere falsos testes, tenetur judicare juxta ea quae proponuntur et
probantur in judicio, et non secumdum veritatem quam ipse privatim novit.»
Ob. cit. quaest. 67, art. 11.
(3) «Putamus quod in civilibus, etiam ubi de magna quantitate ageretur,
posset judex innocentem condemnare. Non enim in hoc casu condemnatus est
rationabiliter laesus, nam pro bono pacis, et ne reipublicae legumque ordo
subvertatur, tenetur patienter tolerare sententiam. Videtur quod in criminali-
bus, máxime in causa capitis, non est licitum talem condemnare, sed tenetur
judex officium dimitiere, nec satis esset manus lavare, ut Pontius fecit cum in-
nocentem Christum morti addixit ob falsa testimonia.» De abíatorum restitu-
tione iuforo conscientiae, ed. de 1593-1594, lib. 11, cap. III, núms. 160-161.
NOTAS DE INFORMACIÓN
ñcción católico-social.
La propaganda ha sido y es al presente un medio poderoso, necesario
y eficaz para la difusión de las ideas. La escrita es más difusiva que la
oral; pero ésta, cuando es intensa, tiene una fuerza avasalladora. Conven-
cidos de esto los miembros directores de la Confederación Nacional Cató-
lico Agraria, han reunido un pequeño ejército de propagandistas que,
alentados por la fe, el amor a sus semejantes, a la verdad y al bien, edu-
can a las muchedumbres, señalándoles caminos seguros que las lleven a
la consecución de sus fines sociales. Desde la magna Asamblea de Loyola,
habida en el mes de Septiembre pasado, han engrosado las filas de ese
ejército propagandistas de todas las clases sociales, llevando la alta misión
de sacar a esas pobres gentes de la ignorancia y embrutecimiento en que
yacen merced a las doctrinas positivistas, neutras y ácratas; desvanecer
prejuicios, romper las cadenas usurarias, mostrarles las ventajas de la
asociación católica, y sobre todo llevar a las inteligencias las luces de la
Religión, principio y fundamento del orden social, y a sus corazones la
esperanza y la paz, por medio de la práctica de esas enseñanzas tantas ve-
ces conculcadas.
No es mi intento hacer una relación detallada de todo el movimiento
sindical católico-agrario, sino sólo hacer ver, con los datos que he podido
recoger, la intensa labor llevada a cabo en el último semestre pasado por
esos hombres, en su mayor parte jóvenes, que, llenos de entusiasmo y
abnegación, laboran por la redención y el bienestar del proletariado, olvi-
dado y despreciado hasta el presente por la generalidad de las personas
acomodadas.
Donde han desplegado una energía de titanes ha sido en Galicia y
León. En el mes de Julio, en la Federación de Lugo se fundaron once
Sindicatos; entre otros, los de Triaba, Entrambasaguas, San Esteban de
134 NOTAS DE INFORMACIÓN
Loencia, Justas, Santa María de Ludrio, Sarria y Castro. La Federación de
Monforte fundó nueve Sindicatos; entre ellos, los de San Martín de Vuelos,
San Julián de Lovias, San Martín de Doade y Chave; así como la Federa-
ción de Mondoñedo fundó diez y nueve; entre otros, Cógela, Sante, Villa-
pena, Villanueva, Santo Tomé, San Jorge, San Adriano y San Esteban. En
la Federación de Orense se fundaron otros diez y nueve; entre ellos, Bro-
badela. Toen, Folgoso, Qranda, Barbadanes y Sobrado del Obispo. Ins-
tituida en Agosto la Federación de León, fundo muy pronto diez Sindica-
tos, como La Dehesa, Lugán, Puebla de Lillo, Calle y Grandoso.
En varios Concejos de Asturias también se han fundado Sindicatos
como los de Campillo, San Salvador de Alezga, San Miguel de la Plaza y
otros, instituyendo Cajas rurales de Ahorros y Préstamos, Seguros de ga-
nado. Compras en Comisión y otras obras sociales.
Refiriéndonos a otras localidades, objeto también del celo de los bue-
nos propagandistas, mencionaremos, en primer lugar, la Federación de
Badajoz, integrada por diez y ocho Sindicatos; entre ellos, Don Benito, Ma-
gacela, Mérida, Montijo, Valdetorres, Puebla de la Calzada, Villanueva de
la Serena y Albuera; la Federación de Ávila, con los Sindicatos de Adane-
ro. La Torre, Villatero. Tolbaños, Piedrahita y otros. Por Octubre quedó
constituida la Federación Alavesa, integrada por veintiún Sindicatos.
A la Federación de Toledo se le han unido otros varios, como Lupia-
na. Escalona, Santa Olalla, Montaba y Lorance. En el Alto Aragón se han
formado 21 Sindicatos; entre ellos, Bielsa, Boitaña, Tierrantoña y Coscu-
juela de Sobrarbe. La Federación de Barbastro quedó constituida por la
integración de 40 Sindicatos, así como a la de Gerona se han unido los de
Ruidearenas, San Esteban de Bas, Caldas de Malabella y Omer. En la Fe-
deración de Vich ingresaron ocho Sindicatos más.
En el mes de Septiembre se celebró una importante Asamblea en Seo
de Urgel para constituir la Federación, integrada por veinte Sindicatos,
muchos de ellos comerciales. En la de Lérida se han fundado diez y seis,
y en la comarca de Olot, tres, siendo dos de ellos, Mieras de Besalú y Santa
Pau, dotados de maquinaria agrícola.
Mencionemos, por último, la Federación de Ibiza, constituida en 28 de
Julio, y que ha fundado ocho Sindicatos; la de Menorca, a la que se unie-
ron nueve, entre otros, Mahón, Mercadal, Alagar yFerrerías; la de Menorca,
constituida por cuarenta Sindicatos, entre ellos Pollenza, Febaniíx, Santa
Margarita, Sóller, Bini Salen, Alcudia, Valdemosa y Manacor. También en
NOTAS DE INFORMACIÓN 1 35
la provincia de Albacete se han fundado nueve Sindicatos: Ontur, Higue-
ruela, Peñas de San Pedro, Pozohondo, Salobral, La Qineta, Motilleja y
otros.
La Federación de Jaén, formada en Agosto e integrada por veinticuatro
Sindicatos, está desplegando una actividad asombrosa. Se han fundado
Cajas de Ahorros y Préstamos y numerosas Cooperativas, habiéndose
hecho imposiciones por valor de 676.540 pesetas. Se han cedido en
arriendo 5.250 fanegas de tierra y se han comprado para los socios 50 par-
celas ofrecidas en condiciones muy ventajosas. Le fueron donadas tres ca-
sas para obreros y una casa social en Villacarrillo evaluada en 20.000 pe-
setas.
En la Federación de Málaga se han fudado varios Sindicatos, entre
otros el de Ronda, que, de prosperar, será el lazo de unión entre los pue-
blos de la Serranía, la muerte del caciquismo imperante en aquella región
y la extirpación de la usura que, como cáncer, se halla extendida por mu-
chos pueblos de la comarca.
Prueba de los beneficios de una buena acción social es la población
de Hinojosa del Duque (Córdoba), la cual, después de vencer innumera-
bles dificultades, muestra una pujanza de vida que admira. En el inquie-
tante problema agrario andaluz es de urgente necesidad la división de la
propiedad inmueble, haciendo posible su adquisición en parte por el pro-
letariado; hacer que el jornalero no sea solamente instrumento de labor,
sino un elemento en la relación económico-jurídica del dominio. Para lle-
gar a tal fin sin la cooperación del Estado se requiere un esfuerzo enorme,
y por eso dijo León XIII que la solución del problema social no puede ser
otra que la de hacer propietario al obrero.
En las Asambleas de La Coruna, Tarazona y Seo de Urgel se discutie-
ron y fueron objeto de conclusiones muy prácticas los puntos siguientes:
contratos de arrendamiento por escrito, su duración, mejoras introduci-
das por el arrendatario en beneficio de éste si fueren necesarias; prohibi-
ción del subarriendo, abolición de los subforos, necesidad de hacer pe-
queños propietarios, y primeramente por medio de los Sindicatos, ce-
diendo éstos fincas a braceros; conveniencia de establecer seguros de
caballerías y de pedir protección al Estado para los Sindicatos, publica-
ciones de los Sindicatos federados como medio de información, marcha
sindical, etc.
El Sindicato de Villanueva de la Serena (Badajoz) ha tenido el acierto
136 NOTAS DE INFORMACIÓN
de arrendar junto a las márgenes del Zújar y Guadiana, en dehesas perte-
necientes a los marqueses de Perales y Castelar, 3.214 fanegas de tierra.
Valía más el arriendo, pero la generosidad del señor marqués de Perales
no terminó aquí, sino que ha hecho donación al citado Sindicato de 25.000
pesetas anuales.
Otro tanto ha hecho el marqués de Santa Cristina por el Sindicato de
Zarza Capilla, cuyos socios extremeños entran en posesión de 12 fanegas
de cabida. Entre los braceros y agricultores pobres han tenido lugar esce-
nas que no son para descritas, pues no sabían cómo manifestar su grati-
tud al citado procer que ha cooperado a esta hermosa obra social.
Los datos que los representantes de cada uno de los Centros agrarios
presentaron en la Asamblea de Leyóla, informativos unos, directivos otros
y todos eminentemente prácticos, pueden sintetizarse en lo siguiente:
El Centro de la Coruña informó sobre la actividad desplegada por los
propagandistas, y en la actualidad estudia la organización de Sindicatos de
encajeras, que son de absoluta necesidad, como lo es el que las señoras
formen Círculos femeninos de estudios. El Centro de Oviedo informó so-
bre el movimiento feminista en Gijón, en donde el Sindicato de sirvientas
ha conseguido algunas mejoras, y llamó la atención sobre el avance del sin-
dicalismo revolucionario entre la población obrera de Asturias. El de San-
tander informó sobre la constitución del Centro en el mitin social de Lim-
pias, al que asistieron más de 2.000 campesinos; como el de San Sebastián
hizo resaltar los caracteres agudos con que se presenta el sindicalismo en
Eibar, y defendió además la necesidad de fundar Sindicatos de pescadores.
El Centro de Vitoria dio referencias sobre la adquisición de un edificio
para la Sociedad Femenina, en la cual se congregan muchas obreras, y so-
bre fundación de la catequesis infantil, la cual funciona en sus tres seccio-
nes de dote, socorro y ahorro. El Centro de Bilbao informó sobre los
trabajos que se realizan para moralizar los espectáculos públicos, sobre
la delincuencia infantil, los Tribunales de niños y Patronatos que será ne-
cesario crear. En Amurrio está próximo a abrirse el Reformatorio del
Salvador.
Según la información del Centro de Zaragoza, la Federación Aragone-
sa cuenta con más de 300 Sindicatos. En la Caja federal hay 600.000 pese-
tas, y eso que funciona hace dos meses escasos. Las referencias del de Bar-
celona versaron sobre el estado floreciente y eficaz actuación del Sindicato
ferroviario de Vich, donde además funciona un Sindicato de sirvientas,
NOTAS DE INFORMACIÓN 137
como en Villarreal (Castellón) funciona un Sindicato mixto compuesto de
propietarios, obreros agrícolas y obreros industriales derivados de la agri-
cultura.
El Centro de Madrid habló de la campana intensa llevada a cabo por
medio de propaganda hablada y sobre el primero y segundo Círculo de
Estudios a favor del Magisterio Primario. La Oficina de la Enseñanza or-
ganizó un mitin en el teatro Alvarez Quintero.
Hacemos omisión de los datos aportados por otros Centros, como los
de Valladolid, Burgos, Segovia, Valencia, Murcia y Sevilla para transcribir
aquí las conclusiones de la Asamblea, que fueron éstas:
Conclusiones. — Los propagandistas no tomarán parte en los actos or-
ganizados por otras entidades a no ser que la invitación viniere por con-
ducto del secretario del Centro.— 2.^ Cada Centro remitirá trimestralmente
al Centro de Madrid una relación de todos los trabajos efectuados en ese
período.— 3.^ La A. C. N. de P. prestará su apoyo al grupo de la Demo-
cracia Cristiana. — 4.^ La Asociación ayudará indistintamente a todas las
organizaciones católicas obreras, quedando a los secretarios del Centro la
apreciación de la oportunidad del concurso.— 5/ Considera necesaria y
urgente la organización de la clase media por medio de Sindicatos profe-
sionales.— 6.* Realizará una intensa campaña en favor del aumento de do-
tación del clero.— 7.* Proseguirá apoyando las aspiraciones del Magiste-
rio Primario.— 8.^ Promoverá mítines eucarístico-sociales.— 9."* Reanuda-
rá la campaña de vulgarización de los principios y soluciones de la Iglesia
católica en materia social por medio de mítines. — 10.^ Reitera su ofreci-
miento para la propaganda agraria.— 11.^ Proseguirá su campana por la
autonomía universitaria y la libertad de enseñanza, y que para la redac-
ción de Estatutos de Universidad se oiga a la clase estudiantil. Urge fo-
mentar las organizaciones de estudiantes.— 12.^ Proseguirá propugnando
el sistema de la representación proporcional para las elecciones políticas y
administrativas. — 13.* Aspira a la igualdad de derechos políticos de la
mujer y el hombre, y defenderá como reforma inmediata la concesión a
la mujer del sufragio activo.— 14.* Estima conveniente la reforma de la
Alta Cámara en sentido de dar representación a las clases organizadas.
Las conclusiones fueron aprobadas por aclamación.
J. García.
(Concluirá.)
SECCIÓN científica
UN MODELO MECÁNICO DEL ÁTOMO
Cuando se trata de explicar algunas teorías científicas, cuyos enuncia-
dos no son fácilmente comprensibles sin un esfuerzo muy grande de la
imaginación, los modelos mecánicos prestan en muchas ocasiones una
ayuda eficacísima.
Al exponer Ramsay la hipótesis moderna respecto a la estructura del
átomo, que supone la existencia de uno o varios electrones moviéndose y
describiendo órbitas alrededor de un núcleo positivo, se valió de un mo-
delo mecánico muy ingenioso y cuyo artificio es el siguiente. En una cuba
de madera de 15 cm.* de superficie y 2 cm. de profundidad, se coloca un
electrodo central de platino, y en los cuatro ángulos otros cuatro electro-
dos, también de platino o de hierro. El electrodo central se une al polo
positivo, mientras que los electrodos colocados en los ángulos se acoplan
en paralelo y se unen al polo negativo. Sobre la cuba se coloca también un
electroimán. La corriente que entra por el electrodo central pasa después
por los otros eloctrodos y recorre un camino sensiblemente radial y per-
pendicular al campo del imán, que hace el papel de núcleo positivo. Sus-
tituyendo las agujas de Mayer por bolitas metálicas, éstas adquieren movi-
mientos particulares, que van siendo más complicados a medida que se
aumenta el número de bolas. Las singulares propiedades de estos movi-
mientos y las perturbaciones que experimentan dan lugar a interpretacio-
nes muy curiosas, como son el origen de las radiaciones luminosas, por
ejemplo, del mismo modo que la fuente de perturbación de donde se ori-
ginan los rayos X.
Modificando un poco este sistema, es posible obtener también una ima-
gen muy perfecta de la desintegración atómica constante que experimen-
ta el radio y dar una idea muy sencilla de todas sus radiaciones particu-
lares.
SECCIÓN CIENTÍFICA 13Q
DE RE ASTRONÓMICA
MOVIMIENTOS DE LA LUNA
Movimientos de traslación a través de las constelaciones.— Los fenó-
menos lunares indicados hasta aquí, la sucesión periódica de las fases, de-
muestran sin más razonamientos que nuestro satélite marcha sucesiva y
periódicamente a través del espacio sin detenerse, tomando diversas posi-
ciones respecto del Sol y de la Tierra: que mientras ésta, durante unos
treinta días, recorre un trozo de su órbita en torno al astro centra!, la Luna
pasa por las fases descritas, y completa una circunferencia en derredor
de la Tierra. Antes de ahora hemos demostrado que el Sol, aparentemente,
y en realidad nuestro globo, van pasando durante el año a través de las
constelaciones del Zodíaco, siguiendo la curva llamada Eclíptica. Fenóme-
no semejante se verifica con la Luna durante un mes lunar, y análogas con-
sideraciones demuestran el mismo hecho de la traslación del satélite. Basta
fijarse en él a una hora determinada durante algunas noches, cotejando sus
posiciones con las de las estrellas próximas, para ver el avance progresivo
de la Luna hacia el oriente con movimiento directo, sin que al observador
le quede la menor duda de la realidad del fenómeno. Lo mismo se deduce
de la comparación de las horas de los ortos y ocasos. Cada día, y en suce-
sión no interrumpida, nuestro satélite nace y se pone más tarde que el día
anterior.
Observaciones más precisas demuestran asimismo que el movimiento
de traslación de la Luna no es uniforme. Sucede aquí exactamente lo mis-
mo que lo ya expuesto acerca del movimiento de traslación de la Tierra:
aquí la Tierra y allá la Luna corren por el espacio, ora con velocidad máxi-
ma, ora con velocidad minina, y dentro de esos límites, con velocidad in-
termedia, según las circunstancias, obedeciendo a la ley de las áreas; si bien,
en cuanto a la Luna, esa obediencia no sea más que aproximada, a causa
de la misma complicación que iremos notando en los movimientos lunares.
Causa principal de la irregularidad en el movimiento de traslación. —
Al tratar de este movimiento de nuestro planeta en torno al Sol, vimos que
la causa principal de sus irregularidades eran, la forma elíptica de la tra-
yectoria y el ocupar el Sol, no el centro geométrico de la elipse, sino uno
140 SECCIÓN CIENTÍFICA
de sus focos. Por lo cual la distancia entre los dos astros oscilaba del
mismo modo, entre dos límites extremos, correspondiendo al primero (al
mínimo) la velocidad máxima y al segundo la velocidad mínima. Bastará,
pues, que el lector recuerde las circunstancias del movimiento de la Tierra
enderredor del Sol, para darse cuenta del de la Luna, cuyo giro en torno a
la Tierra es más de doce veces más rápido que el de nuestro planeta; bien
que al movimiento lunar acompañan otros pormenores que lo tornan más
complicado que el terrestre. En lo que sigue daremos a conocer algunos
de esos pormenores; pero antes conviene definir con más precisión los
principales elementos geométricos y astronómicos de la órbita lunar.
La distancia entre la Tierra y su satélite (de centro a centro) varía cons-
tantemente y rápidamente con el tiempo entre los límites 55,61278 radios
terrestres (distancia mínima) y 64,92030 radios (distancia máxima), siendo
la media 60,26654 radios. Reducidas a kilómetros, multiplicando por los
kilómetros que mide el radio ecuatorial de la Tierra, resulta:
Distancia máxima de la Luna, 415831 kilómetros.
Distancia mínima, 352959 kilómetros.
Distancia media, 384395 kilómetros.
Diferencia entre la mínima y la máxima, 62872 kilómetros.
Eje mayor de la elipse, 768790 kilómetros.
Desarrollo de la órbita lunar considerada como una circunferencia con
la distancia media por radio, 2'41 5,223 kilómetros.
La excentricidad de dicha órbita es 0,0549006.
La órbita de la Luna y la de la Tierra no coinciden en un solo plano,
como es bien sabido. Se cortan entre sí los dos planos con una inclinación
media de 5°8'43",8, oscilando el valor de este ángulo entre 5°5'18" y
5°12'9,6, según un período de 173 días, aproximadamente. Los puntos de
cruce entre la órbita lunar y la Eclíptica se denominan nodos lunares; nodo
ascendente aquel en que la Luna pasa del hemisferio eclíptico austral al
hemisferio boreal, y nodo descendente el punto de paso del hemisferio
boreal al hemisferio austral.
Apogeo y perigeo lanares.—Son, respectivamente, los puntos de la ór-
bita en que el satélite se encuentra a la mayor y a la menor distancia de la
Tierra. Con el nombre de longitud del perigeo lunar se conoce la longitud
del nodo ascendente aumentada en la distancia del dicho nodo al perigeo.
Para determinar la longitud de la Luna en un momento dado, la longitud
del perigeo y la del nodo ascendente, referidas todas a la Eclíptica, hay que
SECCIÓN CIENTÍFICA 141
partir de los valores de estos mismos elementos conocidos de antemano,
correspondientes a una fecha fija, que se denomina época. Por ejemplo,
en 1.° de Enero de 1900 se tenía:
Longitud media de la Luna, 283°36'48",2 + 17325644'M0 t.
Longitud del perigeo, 334^26'! 9'', 1 H- 146485'',09 t.
Longitud del nodo ascendente, 259°7'5r^6 — 69629'',12 t.
Si ahora se quieren obtener los valores correspondientes a otra época
posterior cualquiera, basta multiplicar por / que representa anos, los coefi-
cientes numéricos de los segundos sumandos de las anteriores expresiones,
y agregar el producto, reducido a grados, minutos y segundos al primer
sumando respectivo. El factor / representa años julianos de 365,25 días.
Por vía de ejemplo, determinemos la longitud de la Luna para el I.° de
Enero de 1920. Se tendrá:
283°36'48",2 -f- 17325644",10 x 20 -= 57°10'41'';
después de suprimir el número entero de circunferencias contenidas en
la suma.
Movimiento de la Luna en declinación.— E\ movimiento en Ascensión
Recta es consecuencia inmediata del movimiento en longitud de que aca-
bamos de tratar. La AR (ascensión recta) queda determinada en cada caso,
por la intersección del círculo máximo de Declinación (D), que pasando
por el centro del satélite, corta perpendicularmente al Ecuador. Aquí, ante
todo, conviene conocer y definir el movimiento de la Luna en declinación
y en latitud astronómicas.
Al estudiar los movimientos aparentes del Sol nos dimos cuenta de que,
a causa de la oblicuidad de la Eclíptica sobre el ecuador, el astro del día
oscilaba a uno y al otro lado del plano Ecuatorial: que para un punto dado
de la Tierra, en el hemisferio norte, por ejemplo, el Sol declinaba más y
más hacia el Sur; salía y se ponía más bajo respecto de la línea EW., des-
de el equinocio de otoño al solsticio de invierno, en el cual llegaba el astro
al límite de declinación austral; así como alcanzaba, medio año después,
el límite de declinación boreal, en el solsticio de verano. Pues bien: solo
necesitamos llamar la atención del lector sobre el fenómeno análogo de
esas oscilaciones de la Luna en declinación, para que por sí mismo se dé
cuenta, no sólo del hecho, sino de su mayor frecuencia y aptitud más
grande, respecto de la Luna. La frecuencia está regulada por el número de
revoluciones sinódicas del satélite en torno a la Tierra, durante un año, y
142 SECCIÓN CIENTÍFICA
la amplitud puede abarcar en su máximo la suma de la oblicuidad de la
Eclíptica y la inclinación sobre ésta de la órbita lunar. Por término medio,
la Luna oscila a uno y otro lado del Ecuador unos 28° 35' 45", verificando
algo más de doce oscilaciones completas en espacio de un año. Fácil es
observar cómo la Luna en nuestro hemisferio se aproxima a veces a nues-
tro cénit, creciendo en altura, más que el Sol en el solsticio de verano; y
que a veces también decrece su altura hasta bajar más hacia el Sur, que el
astro del día en el solsticio de invierno.
Nestacion de la órbita de la Luna.—A\ decir que dicha órbita no coin-
cide en el mismo plano con la Eclíptica y que la inclinación de la una res-
pecto de la otra tienen un máximo y un mínimo de amplitud, es lo mismo
que afirmar que el ángulo de las dos oscila periódicamente a uno y otro
lado de un valor medio. La semioscilación de que se trata equivale en su
amplitud media a 11' 22". Si ahora suponemos o nos imaginamos una
recta perpendicular en el centro, el plano de la órbita lunar, como eje de
rotación del movimiento del satélite en torno a la Tierra, ese eje formará
con el de la Eclíptica el mismo ángulo rectilíneo de 1 T 22" de abertura, su-
mándose o restándose con el ángulo de inclinación que forman entre sí la
órbita de la Tierra y la órbita de la Luna. El eje del Ecuador que hemos
denominado también eje del mundo, eje polar y eje de la esfera celeste
forma asimismo con el eje de la órbita lunar otro ángulo de 28° 35' 45''
sometido a esa misma variación oscilatoria de los 11' 22''.
Si el plano orbital de la Luna no tuviera otros movimientos que la os-
cilación indicada, sin cambiar la posición de la línea de los nodos, es cla-
ro que la perpendicular presupuesta, al eje, no haría más que alternativa-
mente aproximarse y alejarse respecto del eje de ia Eclíptica y del eje del
Ecuador. No sucede así, sin embargo: de un modo análogo a lo expuesto
al tratar de la precesión de los equinocios y de la consiguiente retrograda-
clon de los puntos equinociales, ocurre aquí con la órbita de la Luna y sus
puntos nodales un fenómeno de la misma naturaleza, con la diferencia de
realizarse aquí en proporciones más notables, como iremos viendo en lo
que sigue. Digamos antes que la oscilación que hemos descrito se conoce
en Astronomía por el nombre de nestacion de la órbita de la Luna.
Reirogradación de los nodos.— La. definición de nodos ascendente y
descendente dada más arriba con respecto a la Luna es aplicable en gene-
ral a todos los puntos de ia misma naturaleza determinados por el cru-
ce de las órbitas planetarias y de las de los satélites respectivos con la
SECCIÓN CIEii TÍFICA 143
Eclíptica. Concretémonos por el momento a los nodos del satélite de la Tie-
rra. Acabamos de indicar que estos puntos nodales son en todo y por todo
análogos a los equinociales, con la diferencia de que en los equinocios
hay intersección de líneas, mientras aquí sólo hay cruce de órbitas. Otra
analogía existe entre la precesión equinocial, que es retrógrada, y la retro-
gradación de los nodos lunares, que se mueven también de Oriente a Po-
niente, a lo largo de la Eclíptica, aunque con velocidad mucho más gran-
de. En efecto, al nodo lunar le bastan 6.793,5 días para completer un giro
de 360°, cuando el punto equinocial necesita, como hemos visto, más
de 2.500 años para completar el mismo giro o bien recorrer el mismo ca-
mino, no en distancias longitudinales, sino en amplitud angular, que es
una circunferencia en ambos casos. Los 6.793,5 días hacen aproximada-
mente 18,59960 años trópicos. El movimiento medio anuo retrógado del
nodo lunar es aproximadamente de 19° 21': la precesión equinocial media
alcanza sólo a 52 ',26 por año. Este movimiento del nodo ascendente de la
Luna y las oscilaciones de su órbita son la causa principal de que la obli-
cuidad deesa órbita respecto del Ecuador varíe entre los límites 18° 10'
y 28« 45'.
Oscilaciones y giro del eje de la órbita lunar en torno al eje de la
Eclíptica. — Al estudiar los diversos movimientos de la tierra en el espacio,
vimos que, como consecuencia de la precesión equinocial, el eje terrestre
describía un cono en derredor del eje de la Eclíptica, con la nestación co-
rrespondiente de que allí se hizo mérito. Del mismo modo, por la retro-
gradación de les nodos lunares, el eje de la órbita del satélite describe
otro cono más estrecho, pero, al mismo tiempo, con mucha más veloci-
dad, como se deduce de los períodos respectivos de revolución, cuyos va-
lores quedan consignados en el párrafo precedente. Por las variaciones de
la oblicuidad de la Eclíptica sobre el Ecuador o bien de éste sobre aquélla,
el eje polar en su revolución cónica va oscilando al uno y al otro lado de
una posición media. Lo mismo sucede con respecto a la Luna a causa de
las oscilaciones de su órbita. Por último, debido al cambio continuado de
la posición de los nodos lunares a lo largo de la Eclíptica, sucede que la
trayectoria curva descrita por la Luna girando en torno de la Tierra, nun-
ca llega a cerrarse en un mismo plano. En sus revoluciones sucesivas el
satélite va describiendo algo así como una espiral ondulada. Bien es cierto
que esto mismo puede decirse, en general, de las órbitas de todos los pla-
netas y satélites del sistema solar, que, trasladándose todo él en su conjunto
144 SECCIÓN CIENTÍFICA
a través de los espacios, ninguno de sus componentes ha pasado jamás
dos veces por un mismo punto. Pero, además de esto que es común a todo
el sistema planetario, en la Luna se verifica el fenómeno por la causa di-
cha. Los giros de nuestro satélite en torno a la Tierra tienen diversas de-
nominaciones, según los diversos puntos desde donde comienzan a con-
tarse y en donde termina cada vuelta. En el artículo siguiente trataremos
de estos pormenores.
P. Ángel Rodríguez de Prada.
(Continuará.)
bibliografía
Estudios antropológicos, por el P. Eusebio Negrete, agustino.— Primera se-
rie: Biblia, Prehistoria y Paleontología.— \}n volumen en 8.° de 304 páginas .
Madrid, 1919.
Tratándose de una obra cuyo autor pertenece a nuestra Corporación,
hemos de limitarnos a reproducir en estas columnas, de entre los diversos
juicios que van apareciendo en periódicos y revistas, los que han visto la
luz en El Universo del 15 de Diciembre y en Revista Eclesiástica, de
Valladolid, del 30 de Noviembre, bajo las firmas, respectivamente, de C. de
la A. y de S. Q. Dice el primero:
«Con abundante y políglota lectura, antigua y moderna, firmemente
asentado sobre las bases de la fe y de la ciencia cristiana, y abarcando con
amplia y segura mirada todos los horizontes de la ciencia del día, el Padre
Eusebio Negrete, religioso agustino, ha escrito un interesantísimo volumen
de 304 páginas, que no debe faltar en la librería de cuantos se precien de
intelectuales y amigos del saber.
aTitúlase la obra Estudios antropológicos; se refieren en esta serie, que
es !a primera, a sus relaciones con la Biblia, y la obra expone con método
óptimo y extremada claridad las principales teorías e hipótesis de Prehisto-
ria y Paleontología.
>E1 P. Negrete, siguiendo las huellas luminosas de otros dos religiosos
agustinos que han llegado a merecer la dignidad episcopal, estudia cientí-
ficamente el origen del hombre, el supuesto hombre terciario, las razas
humanas más antiguas y las condiciones del hombre primitivo, poniendo de
manifiesto los groseros errores y las supercherías que pasan como verda-
des demostradas para los eruditos a la violeta.
»E1 P. Negrete expone en dicha obra los últimos descubrimientos pre-
históricos y paleontológicos.
»Como los incrédulos se han servido de esta clase de enseñanzas para
combatir a la Religión, bien puede afirmarse que el nuevo libro del Padre
Negrete es una obra científicamente apologética, por cuya publicación feli-
citamos a su sabio autor.
10
1 46 BIBLIOGRAFÍA
El precio dei libro, a pesar de la carestía actual de la producción im-
presa, es sólo de cuatro pesetas.»
Y en la Revista que en la ciudad del Pisuerga publican y dirigen los
Padres Benedictinos de Silos, leemos:
«Los entusiastas y aun apasionados por los estudios de esta índole que
hayan leído la mayoría, si no todas las obras, opúsculos y artículos que
cita el P. Negrete en sus Estadios antropológicos, no podrán menos de
confesar que este trabajo, si bien no encierra grandes novedades ni descu-
brimientos en su campo, recopila de una manera admirable, clara y metó-
dica, todo io que sabemos de cierto sobre tema tan transcendental.
> La Biblia señala nuestro origen divino: Dios nos hizo hombres per-
fectos desde el momento en que inspiró soplo de vida en aquel cuerpo que
Él mismo había formado.
>No repugna de por sí que Dios formase el ser humano, creando un
alma humana e infundiéndola en un cuerpo preexistente; pero sabemos por
la Biblia, palabra de Dios, que no fué así, y de lo que los descubrimientos
de la ciencia nos revelan consta que no puede sacarse en buena lógica la
conclusión de que el hombre, hasta llegar al estado en que hoy vive, pasa-
se primeramente por una bestialidad pura y repugnante. Dios creó a Adán
en estado de perfección, dotándole de un conocimiento completísimo de
las cosas divinas, sin dejar por eso de adornarle con todo el saber humano
que le convenía, como a quien había de ser el padre y primer educador de
todo el humano linaje.
»Ni la Prehistoria ni la Paleontología han llegado a demostrarnos que
el hombre del Paleolítico era un animal en vias de ser hombre, pues desde
el momento en que aparece se ven muestras de su inteligencia; las armas
que se construye están muy bien adaptadas a sus necesidades, honra a los
muertos, etc.
>¿Qué importa que el esqueleto de Neanderthal fuese de un cuerpo feo^
¿No hemos topado con un ser patológico? ¿No existen hoy hombres tan
feos como pretenden que ere aquél?
>Atraso, incultura, barbarie, supongamos que sí la hubo, aunque no al
salir el hombre de las manos de Dios; pero salvajismo, no.
>Ni la Prehistoria ni la Paleontología han mostrado hasta ahora el hom-
bre terciario. Pero supongamos que este punto llegue a ser verdad demos-
trada, ¿se opondría acaso a la narración bíblica? De ningún modo. Bus-
quen los transformistas al precursor del hombre, busquen el codiciado
anillo; ¿le han encontrado? Ni le encontrarán. ¿En qué paró el famoso ár-
bol genealógico de Ameghino?
»He aquí enunciados algunos de los puntos que estudia, desarrolla y
BIBLIOGRAFÍA 147
resuelve el P. Negrete en su última obra, en cuanto a los estudios antropo-
lógicos del día, todos conocidos y utilizados todos por el insigne agustino,
permiten resolver y desarrollar estas cuestiones.
»Vaya nuestro aplauso muy sincero al autor por este resumen crítico y
concienzudo en la materia, al que preside la lógica más sana y libre de pre-
juicios; guía el saber teológico y acompaña, desde el principio hasta el fin,
una palabra fácil y un estilo elegante. >
Bibliografía Ibérica. Sudeste de España: Castellar de Meca. Cerro de los
Santos, por Julián Zuazo Palacios, abogado, C. de la Real Academia de la
Historia. -De 71 págs., en 4.*^. Imprenta de Blass y 0.»».— Madrid. — 1919.
. Esta Memoria, presentada por su ilustrado autor al Congreso de Cien-
cias celebrado el pasado verano en Bilbao, tiene por objeto extender
entre los sabios y aficionados, la noticia de los descubrimientos arqueoló-
gicos verificados en diversos tiempos, en las localidades, ya famosas, de
Castellar de Meca (Valencia) y Cerro de los Santos (Albacete); anunciar las
nuevas excavaciones que piensa hacer el autor en dichos lugares, hacien-
do una franca invitación a los doctos para colaborar con él y «ver si de
ese modo logramos despertar el interés de un excavador que nos quiera
ayudar en obra tan meritoria».
La obra, impresa con gran lujo y adornada con 18 magníficas ilustra-
ciones, reproduce la parte bibliográfica incluida por él en otras dos obras
suyas publicadas anteriormente y que le valieron el ser designado Co-
rrespondiente de la Real Academia de la Historia. Los que conozcan esas
dos obras nada nuevo encontrarán en la presente, como no sea su patrió-
tico llamamiento a la colaboración y la manifestación de sus laudabilísimos
proyectos; pero para los que no las conocen, daremos una sucinta idea de
su contenido. Divide la obra en dos partes, dedicando la primera a Caste-
llar de Meca, y la segunda al Cerro de los Santos, colocando en medio las
ilustraciones, todas ellas referentes a Meca.
Incluye en la primera parte la nota bibliográfica de catorce obras que
hablan de Meca más o menos extensamente, y da a continuación un am-
plio resumen de su contenido, terminando con un breve juicio crítico de
cada una de ellas, con el título de comentarios, que se leen con sumo in-
terés y que el autor podía haber extendido mucho más sin que fatigara
al lector, pues sus atinadas observaciones, basadas en el detenido estudio
del terreno y de los objetos hallados, son de no poco valor y autoridad.
Únicamente podía haberse ahorrado el tiempo y el espacio ocupados por
la relación de determinado autor que, «dejándose llevar por una imagina-
148 liíHLIOGRAFÍA
ción calenturienta, habla de gigantes, merodeadores y misterios». Esos
«cuentos orientales», Sr. Zuazo, no merecen más que un compasivo si-
lencio.
En la parte que toca al Cerro de los Santos, señala con gran claridad
su situación geográfica, los caracteres del terreno, la descripción del cerro
y la significación de su templo en los tiempos primitivos; sigue la historia
de las excavaciones hechas en ese lugar, con la indicación de la clase y
número de objetos encontrados y la descripción detallada del más notable
de ellos, agregando algunas curiosas observaciones. Completa todo ello la
nota bibliográfica de 42 obras nacionales y 1 1 extranjeras, un ligero exa-
men de las más notables y la opinión del autor sobre diversos extremos,
en los que rectifica con razones muy atendibles opiniones de muy doctos
y autorizados arqueólogos.
El autor, dándose cuenta de la importancia de los descubrimientos he-
chos y de otros muchos que pudieran hacerse, nos indica la luz que ha-
bían de aportar sobre la vida y civilización de los primitivos habitantes de
nuestra península. Sus esfuerzos y su llamamiento a los doctos nos recuer-
dan aquellos otros del inteligente arqueólogo mallorquín, Sr. Pérez Cabre-
ro, que, ante la inmensidad de objetos prehistóricos fenicios encerrados en
las necrópolis de Ibiza, invocaba angustiado la protección del Gobierno,
antes que gentes extranjeras pusieran sus manos en la obra; pero aquellos
preciosos tesoros siguen aún bajo tierra. El Sr. Zuazo ha mostrado ya su
competencia en las dos obras citadas y debe emprender cuanto antes y lo
más ordenadamente posible sus trabajos, que aún obtendrán mucho fruto.
Quéjase el Sr. Zuazo de la incredulidad con que con frecuencia son re-
cibidos en el extranjero, y principalmente en Francia, los descubrimientos
hechos en España, y desde luego tiene mucha razón.
No está todavía muy lejos, para que se olvide, lo acaecido al ilustre
descubridor de las pinturas rupestres de la Cueva de Altamira, Sr. Santuo-
la, cuya obra Breves apuntes,.., publicada en 1880 y que tiene el innega-
ble defecho de primacía en esas materias, fué recibida en Europa en me-
dio de la general indiferencia de los sabios y más tarde sañudamente com-
batida, para después tener que reconocer sus enemigos, no sin algo de
rubor, la verdad, exactitud e importancia de los descubrimientos y obser-
vaciones del explorador español.
Observa también el autor que, siendo como se ha indicado, muy nu-
merosas las obras publicadas sobre el Cerro de los Santos, es muy difícil
la adquisición de muchas de ellas, entre otras razones, «por haberse hecho
muy pequeñas tiradas de las Memorias referentes a este asunto... debido al
ningún interés que por estos estudios se siente en este país>; y a pesar de
BIBLIOGRAFÍA 1 49
eso, él mismo imita el ejemplo, puesto que nos dice que de su obra Meca
no se tiraron más que 200 ejemplares; y en cuanto al interés que despier-
tan esos estudios en España, no debe ya ser tan nulo cuando esos mismos
200 ejemplares citados se agotaron rápidamente, como afirma; hágase pro-
paganda en periódicos, revistas y librerías y creemos que también esos li-
bros se venderán en abundancia.
Mucho esperamos de los esfuerzos y de la reconocida competencia del
Sr. Zuazo, y llena nuestro ánimo de esperanzas cuando nos anuncia que si
no halla quien le ayude trabajará él solo hasta donde lleguen sus fuerzas;
deseamos que el más grande de los éxitos corone sus trabajos.~P./ü//d/2
de Urquiola.
LIBROS RECIBIDOS
L'Amour Chrétien (deuxiéme edition), par A. D. Sertillanges, membre
de L'Institut.— Un vol. de 306 págs., en 8.°.— Librairie Lecoffre j. Gabalda,
editeur.—Rue Bonaparte, 90.— París.
— La Rota Española, discurso leído en el acto de su recepción en la
Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, por el limo. Sr. D. Javier
Vales Failde, y contestación del Excmo. señor Marqués de Figueroa. —
Un vol. de 143 págs., en 4.** menor. —Madrid.— Tip. de la «Rev. de Arch.
Bib. y Museos*.— 1920.
— La Gtierre et la Paix d'apres le Droit naturel chrétien, par le
R. P. Marcel Chosat, S. J.— Preface par Ivés de la Briére.— Un vol, de
224 págs., en 8.".— Bloud et Oay, editeurs.— París-Barcelone.
—La Paix Prochaine et la Mission des Alliés, par Maurice Legen-
dre. — Un vol. de 238 págs., en 8.°. — Bloud et Gay, editeurs.— París-Bar-
celone.
—En Amerique á la fin de laguerre, par Tabbé Félix Klein, aumonier
de Tambulance americaine, professeur honoraire a l'Institut Catholique de
París. — Un vol. de 305 págs., en 8.**.— París. — Gabriel Beauchesne.— 1919.
—Esto Fidelis.—A los religiosos jóvenes, por el P. José Delbrel, S. J. —
Un vol. de 142 págs., en 8.°.— Bruno del Amo, editor. —Madrid, Tole-
do, 72.— 1920.
— La Izquierda Liberal. Campañas políticas de D. Santiago Alba. —
Un vol. de 896 págs., en 4.*^ mayor. — Imprenta Castellana. — Valladolid.
— Los Ferrocarriles internacionales y la red peninsular. — Ponencia
presentada a la deliberación del Congreso Nacional de Ingeniería por la
Comisión burgalesa de iniciativas ferroviarias. — Un vol. de 80 págs., en
4.* mayor.— Librería Hijos de Santiago Rodríguez.— Burgos.
CRÓNICA GENERAL
Madrid-Escorial, 15 de Enero de 1920.
ROMA
En los primeros días del mes se verificó en Roma un Congreso Nacio-
nal de la Juventud católica italiana que, como se sabe, forma parte del nue-
vo plan de campaña que para resolver los altos intereses católicos y nacio-
nales ha emprendido la Acción Católica de aquel país, siguiendo las ins-
trucciones de su Junta Directiva.
Al acto concurrieron muchas y distinguidas personalidades y numero-
sos representantes de los Círculos de todas las ciudades de Italia.
El comendador Pericole, que ocupaba la presidencia, entre grandes
aplausos presentó a la marquesa de Patrizi, presidenta de la Unión católi-
ca femenina. Esta ilustre dama inauguró los discursos para saludar en
nombre de las mujeres católicas de Italia a los jóvenes hermanos de fe.
Entre grandes aplausos habló el comendador Pericoli, presidente ge-
neral, diciendo que del Congreso debe ser excluida toda forma acadé-
mica. Saluda al Padre Santo y tiene palabras fraternales para los jóvenes
católicos de Trieste y de Capo de Instria. Al mencionar al Papa la Asam-
blea toda en pie prorrumpió en grandes vivas y aclamaciones.
Después hablaron diversos representantes de las juventudes de pro-
vincias.
En otra de las sesiones se aprobó una nota oficiosa que dice que la
Sociedad de la Juventud Católica Italiana, sintiendo los estragos de la gue-
rra con todas sus consecuencias, se confirma en la creencia de que todas
las crisis y problemas del actual momento histórico deben encontrar su
adecuada y plena solución en la doctrina inmutable del cristianismo, vivi-
ficada con las enseñanzas infalibles de la Iglesia católica y reconoce que
todas las organizaciones deben concurrir a obtener una formación inte-
gral de la conciencia cristiana y a procurar, con el auxilio de obras con-
CRÓNICA GENERAL 151
cretas, que penetren a través de las masas populares en el cuerpo nacional
el espíritu y la moral cristianos.
-El periódico Corriere d' Italia da cuenta del discurso pronunciado
por S. S. Benedicto XV en la audiencia concedida a la nobleza romana
que fué a felicitarle las Pascuas y Año Nuevo.
Contestando a la salutación del príncipe de Paliano, dijo el Pontífice
que la fiesta de la Caridad debe resonar una vez más en los católicos como
un himno de fe que los ángeles cantan ai Dios de la paz. Después de ha-
blar elogiosamente de la misión del sacerdote y de su heroico comporta-
miento en la guerra, añadió que la nobleza ha sido un nuevo sacerdocio.
La obra de la nobleza debe resumirse con la del clero en el honroso cum-
plimiento de sus deberes en el campo de batalla, en las ambulancias, en
las aldeas desoladas, asistiendo, luchando y muriendo. Porque es además
muy justo que se rinda este homenaje al sacerdocio de la nobleza.
El Pontífice recordó luego la epístola de San Pablo a Timoteo y sus
preceptos, diciendo que, cuanto más elevada sea la posición del noble,
más debe emerger del bien con el ejemplo, con la propagación de la ver-
dad y de la doctrina de la caridad, de la religión y de la patria. Y el buen
ejemplo de la nobleza no sólo incumbe al caballero sino a la dama, con
cuyos ejemplos han de edificarse las otras clases sociales.
Al final el Padre Santo les dio su bendición.
— La Cruz Roja internacional de Ginebra se ha dirigido al Soberano
Pontífice para pedirle su apoyo en favor de 200.000 prisioneros que aún
están internados en Siberia en las peores y más míseras condiciones de
esclavitud.
El Comité Internacional de Ginebra, en su Mensaje, rinde un público
homenaje a la generosidad y eficacia de la acción pontificia durante la
guerra.
Benedicto XV ha acogido con toda su alma la petición de la Cruz Roja
Internacional, y acaba de comenzar nuevas gestiones con los revoluciona-
rios rusos a fin de salvar de una muerte espantosa a los internados en Sibe-
ria, y ha designado a monseñor Maglione para que se ponga de acuerdo
con el Comité de Ginebra.
EXTRANJERO
Es ya un hecho el cambio de ratificaciones del Tratado de paz entre
Alemania y los países de la Entente. La Prensa en su mayoría, incluso la
de los aliados, censura con dureza el remate final de un Tratado que, lejos
de compensar las desgracias pasadas y asegurar por mucho tiempo la
tranquilidad en el mundo, lleva en sí el germen de muchas guerras.
I 52 CRÓNICA GENERAL
The Times, el órgano más autorizado del imperialismo inglés, confiesa
que esta paz no es la que los pueblos anhelaban y por la que ellos entra-
ron en la guerra. Dice así el periódico londinense:
«Esta no es la paz cuya esperanza nos sostenía a través de los obscuros
días de la guerra. El nuevo mundo que nos imaginábamos forjar, aún está
por hacer; el espíritu de rivalidades internacionales y de desconfianzas
mutuas sigue vivo. Y en lugar de un mundo animado por el ideal de un
trabajo común, nos encontramos con otro muy distinto, absorto en las
rivalidades entre los principios de progreso constitucional y los partidarios
de la tiranía.
»La Europa oriental y gran parte de Asia aún yacen en un caos san-
griento, y rehusamos olvidar que la paz es sólo el boceto de un torso y no
la divina estatua de la libertad a que el mundo aspiraba para aliviar sus
males. >
—El día 10 de Enero tuvo lugar en París la ratificación del Tratado de
Versalles, firmando el protocolo de Noviembre los representantes de las
naciones aliadas juntamente con los del Gobierno alemán. Estos eran los
señores Clemenceau, Lloyd Qeorge, Nitti y Matsui, Lersner y Simson.
Los pormenores del acto están consignados en la siguiente comunica-
ción de un corresponsal:
El Sr. Clemenceau, después de declarar que el protocolo que se some-
tía a la firma estaba conforme con el entregado el día 2 de Noviembre, les
invitó a firmar, verificándolo así los delegados alemanes.
A continuación, Clemenceau les entregó la carta en la cual los aliados
se comprometen a reducir sus peticiones de material de puerto si lesionan
los intereses vitales y económicos de Alemania.
Los plenipotenciarios alemanes fueron conducidos después al salón
del Reloj, donde se encontraban ya los aliados.
A las cuatro y cinco Clemenceau tomó asiento en el sillón presidencial,
teniendo a su derecha a los señores Tardieu, Klotz, Leygues, Julio Cam-
bon, Nitti, Hymans, Venizelos y Pachilch, y a su izquierda, a Lloyd Qeor-
ge, Bonar Law, Curzon y Matsui.
El director del protocolo invitó a los delegados alemanes a firmar el
acta y las ratificaciones que se encontraban expuestos sobre una mesa.
Simson firmó el primero, haciéndolo después Lersner, y a continuación
firmaron Lloyd Qeorge, Clemenceau, Nitti, Matsui y los plenipotenciarios
de Bélgica, Bolivia, Brasil, Quatemala, Panamá, Perú, Polonia, Slam, Che-
coeslovaquia y Uruguay,
El señor Clemenceau dijo después: «El protocolo de ratificación del
Tratado concertado entre las potencias de la Entente y Alemania, está fír-
CRÓNICA GENERAL 153
mado, y desde este momento el Tratado entra en vigor, debiendo ser eje-
cutadas todas sus cláusulas. Se levanta la sesión.»
Los alemanes salieron los primeros, y a continuación los aliados, ex-
cepto los señores Clemenceau, Lloyd Qeorge y Nitti, que celebraron un
Consejo secreto.
El Tratado de paz con Hungria.—La. entrega del Tratado a la Delega-
ción húngara, presidida por el señor Apponyi, se verificó en París el día
15 en el despacho del ministro de Negocios Extranjeros, señor Pichón.
El Sr. Apponyi y los demás delegados fueron introducidos en el des-
pacho por el subdirector del protocolo, Sr. Fouquiere. En el despacho
estaban ya los presidentes de los Consejos de Italia, Francia e Inglaterra y
los representantes de los Estados Unidos y el Japón.
Abierta la sesión por el Sr. Clemenceau, éste dijo que la Conferencia
de la paz había decidido conceder a la delegación de Hungría, quince días
de plazo para presentar las observaciones al Tratado. Añadió que la Con-
ferencia, por unanimidad, había acordado también oír el informe del señor
Apponyi, como presidente de la delegación, sobre la situación de Hun-
gría, pero a condición, sin embargo, que esta audición no significa dere-
cho a discutir.
Acto seguido, el secretario general de la Conferencia, Sr. Dutasta, en-
tregó al Sr. Apponyi el volumen conteniendo las condiciones de paz de los
aliados.
El Sr. Apponyi se limitó a decir que acusaba recibo del Tratado. La
ceremonia duró cinco minutos.
El Tratado húngaro es igual al de San Germán en todo lo referente a
Sociedad de las Naciones, intereses fuera de Europa, prisioneros de gue-
rra, puertos y vías de comunicación y trabajo. La línea de fronteras queda
toda dentro del territorio de Hungría. Esta reconoce la independencia del
Estado checoeslovaco. El detalle de las fronteras será fijado por una Co-
misión de siete miembros.
Hungría renuncia a todos sus derechos en los territorios que hayan
sido reconocidos como pertenecientes a Italia, Yugoeslavia, Rumania y
Checoeslovaquia. Rumania acepta las disposiciones del Tratado referentes
a la protección de. las minorías nacionales. Hungría renuncia a favor de
Austria de todos sus derechos sobre los territorios del antiguo reino, situa-
do más allá de las fronteras fijadas actualmente. El ejército húngaro queda
reducido a 35.000 hombres, con prohibición de tener cañones superiores
a 105 milímetros. El Estado húngaro entregará durante cinco años una
154 CRÓNICA (iiSNKRAL
cantidad de carbón que señalarán las potencias aliadas y pagará los gastos
del ejército aliado, exceptuando las emprendidas sin autorización de las
principales potencias de la Entente desde el 3 de Noviembre de 1918. Por
último, Hungría pagará la deuda de guerra de su nación y parte de la
deuda austríaca.
*
* *
Inglaterra. —No podemos menos de transcribir un documento de im-
portancia dirigido por los jefes de los Gobiernos de los Estados que inte-
gran el Imperio británico a sus pueblos. Se publicó el día 3 de Enero, subs-
cribiéndolo el primer ministro de Inglaterra, Mr. Lloyd George, por la
Gran Bretaña; Sir Robert Borden, por el Canadá; Mr. W. M. Hughes, por
Australia; Mr. W. J. Massey, por Nueva Zelanda, y Mr. R. A. Squires, por
Terranova. Dice así el documento:
«A nuestros conciudadanos del Imperio británico.
La guerra, al sacudir profundamente los cimientos del orden social ci-
vilizado, ha movido a los estudiosos a acometer el examen de las bases
de vida nacional e internacional.
Está hoy claramente demostrado, tanto por la experiencia de la guerra
como por los ensayos hechos para reconstruir la vida de la paz, que ni la
educación, ni la ciencia, ni la diplomacia, ni la prosperidad comercial, fun-
dadas en la opinión de ser la fuerza material el poder decisivo, constitu-
yen cimientos sólidos para el ordenado desenvolvimiento de la vida mun-
dial. Todos esos factores son sencillamente los instrumentos o medios que
para obrar utiliza el espíritu.
Aun la esperanza, hecha entrever al mundo, de una vida de paz, pro-
tegida y fomentada por la Liga de las Naciones, requiere piedras angula-
res más hondas e inconmovibles.
La cooperación que la Liga de las Naciones supone y ha de desenvol-
ver, sólo tendría efectividad cuando los pueblos coalicionados obedecie-
ran al acicate de la buena voluntad; ahora bien, el espíritu de buena vo-
luntad entre los hombres descansa necesariamente sobre móviles espiri-
tuales, así como la esperanza de una «fraternidad humana> ha de apoyarse
sobre el firme cimiento espiritual de la fe en Dios como Padre.
En este reconocimiento y en el de los designios de Dios respecto al
mundo, ejes ambos de la doctrina cristiana, hallaremos las bases primor-
diales y últimas para la reorganización de una vida ordenada y armónica,
entre todos los hombres. Pero esa fe no puede ser impuesta por los Go-
biernos; ha de surgir como un acto de libre consentimiento prestado por
los individuos en todas partes.
CRÓNICA GENERAl. 155
Responsables nosotros, cada uno en su esfera, de la dirección y go-
bierno del Imperio británico, ante los problemas futuros, declaramos que
en la aceptación de aquellos principios espirituales estriba el fundamento,
más seguro de la paz del orbe. Por ello quisiéramos recomendar a nues-
tros conciudadanos la urgencia de que los hombres de buena voluntad
(que en todas las regiones revisan sus responsabilidades personales, rela-
tivas a la reconstrucción del mundo civilizado), consideren también la ver-
dad y validez eternas de aquellas fuerzas espirituales, que son, en defini-
tiva, las únicas que permiten esperar en el reinado permanente de la paz
del mundo.»
Alemania,— En contestación a las reiteradas preguntas que le habían
hecho, con el fin de que explicara los motivos que había para que el Cen-
tro se uniera a los socialistas, Pfeiffer, secretario general del partido cató-
lico, ha hecho las siguientes declaraciones:
«Constituía para el Centro una necesidad (la unión con los socialistas),
si no quería renunciar a su participación en el Gobierno; y era preciso que
participara en él. Hemos aceptado en el Gabinete las carteras más ingratas:
Hacienda, Trabajos públicos y Abastecimientos.
La unión de los dos partidos no impide que cada cual conserve sus
ideas y su programa. Y esta unión nos ha permitido a los católicos la ob-
tención o conservación de ventajas inestimables: libertad de enseñanza;
reconocimiento de los derechos de la Iglesia; libertad de asociación, que
comprende a todas las Órdenes religiosas.
El último vestigio de las leyes de Mayo, el famoso artículo que prohibía
a los jesuítas la vida de comunidad en Alemania, ha sido abolido por el
nuevo Gobierno, cuando con el anterior no habíamos podido obtener su
supresión, a pesar de habernos esforzado durante medio siglo para conse-
guirla. Nuestras asociaciones de culto serán consideradas en lo sucesivo
como personas morales, pudienda ser objeto de liberalidades, legados,
fundaciones, no sólo por parte de los individuos, sino también de las
colectividades, de los Sindicatos, de las organizaciones industriales. Gra-
cias a una fundación de este género, será erigida la nueva iglesia católica
de Dusseldorf.
Algunos de nuestros correligionarios nos reprochan la aprobación del
primer artículo de la Constitución: «el poder reside |en el pueblo»; y el
haber así olvidado que todo poder descansa únicamente en Dios. Pero es
que ellos confunden un principio metafisico, al cual permanecemos fíeles,
con una concepción jurídica a la que creemos lícito adherirnos. Lo que
1 56 CRÓNICA GENERAL
hemos querido decir nosotros es que el poder divino, en vez de ser dele-
gado en un príncipe, puede ser en lo sucesivo delegado en el pueblo y en
los representantes de éste, que tienen el ejercicio de tal poder.
Se nos reprocha también la adopción de la fórmula laica del juramento
de fidelidad a la Constitución. Pero se olvida que hemos hecho añadir a
ella una fórmula religiosa facultativa. ¿Qué interés podemos tener nosotros
en que los ateos se vean obligados a hacer a Dios testigo de un juramento
en el que ellos no tienen fe alguna?»
—Según ios últimos telegramas, han ocurrido en Berlín graves distur-
bios, motivados por una manifestación de los socialistas independientes,
que se presentó frente al Reichstag para protestar de la ley sobre los Con-
sejos de obreros. Durante la manifestación se repartieron profusamente
folletos de los grupos espartaquistas, conteniendo violentos ataques con-
tra el Gobierno e incitando a la proclamación de la República de los So-
viets. Al dislocarse la manifestación, varios oradores pronunciaron violen-
tos discursos contra la Asamblea nacional.
Los funcionarios de la Policía, que se esforzaban en conservar la cal-
ma, intentaron inútilmente de disolver la manifestación, cuando de pron-
to, frente a la estatua de Bismarck, la muchedumbre les atacó, arrebatán-
doles sus carabinas y usándolas contra ellos, dándoles furiosos bayonetazos,
produciéndose entonces un choque violentísimo, del que resultaron nume-
rosos muertos y heridos.
A causa de esto, el Gobierno de Berlín se ha visto en la precisión de
declarar el estado de sitio en varias importante ciudades del Imperio.
ESPAÑA
Honda fué la impresión que produjo el sangriento suceso promovido
por unos desalmados en el cuartel del Carmen, de Zaragoza. Afortunada-
mente, los temores nacidos al saber la noticia, de que esa chispa tal vez
produjera un incendio, no se han confirmado, Quizá la aplicación de la ley
militar a los culpables y también el patriotismo que se ha impuesto han
hecho que la tranquilidad renazca en los espíritus.
No relatamos el hecho por ser de todos conocido; pero sí registrare-
mos, cosa que consuela como síntoma, el grito unánime de repulsión con-
tra aquellos miserables y a la vez las ansias con que la opinión pública re-
clama un Gobierno fuerte que garantice la libertad del trabajo y la tran-
quilidad de todos. Eco o, mejor dicho, portavoz de ese grito unánime fué
en el Parlamento el Sr. La Cierva^ que conmovió profundamente a la Cá-
mara con un enérgico discurso concebido en términos altamente patrióti-
eRÓXICA GENERAL 157
COS. También llamó mucho la atención otro del Sr. Lerroux, quien declaró
con gran valentía la necesidad de reprimir con mano dura los desmanes
del sindicalismo libertario. Casi todos los jefes de las minorías represen-
tadas en el Parlamento ofrecieron también al Gobierno su actuación y
apoyo.
— Noticia importante de la quincena es la muerte de D. Benito Pérez
Galdós. Había nacido en Las Palmas (Canarias) en 1845, y desde 1870, en
que publicó La Fontana de Oro, hasta nuestros días, ha sido uno de los
autores que más fama han logrado como novelistas. No juzgaremos aquí
su obra literaria, pero sí queremos que conste la distinción que hacemos
de Galdós como hablista y como pensador: en el primer concepto nada
tenemos que decir; pero en el segundo no puede negarse que un espíritu
sectario y abiertamente racionalista aparece en algunas de sus obras.
— Ha muerto también el ilustre mallorquín y periodista de gran nom-
bre D. Miguel Santos Oliven No hace mucho tiempo que los periódicos,
por un error de información, dieron la noticia de su muerte, que hubieron
de rectificar, porque, afortunadamente, era falsa. Ahora, por desgracia
para el periodismo y las letras patrias, la noticia de la muerte es cierta.
Con este motivo, dice El Universo: «Había nacido Santos Oliver en Ma-
llorca. En edad temprana se trasladó a Barcelona, y pronto, por su talento,
cultura y laboriosidad, llegó a ser una preeminente figura en el periodis-
mo y la sociología. Laboró siempre en las derechas españolas, y, hombre
consecuente y ecuánime, encarnó la moderación y el posibilismo. Trabajó
en muchos periódicos; fué director del Diario de Barcelona; escribió va-
rios libros en que se reveló como filósofo, poeta, historiador y sociólogo,
y últimamente dirigía el más importante diario de Cataluña, La Van-
guardia,
La muerte de Miguel Santos Oliver es una pérdida muy sensible para
el periodismo y el mundo de las letras.»
—Por lo demás seguimos como sobre un volcán. Huelgas por todas
partes; la carestía de la vida en aumento; el estado de inquietud cunde, y el
espíritu del miedo parece que tiene un rincón en todos los corazones. El
incremento que va tomando el mal quizá sea causa de su remedio. El en-
fermo, más que paños calientes, necesita cauterio.
P. Gutiérrez.
MISCELÁNEA
La biblioteca de Lovaina.
Sobre las pérdidas de la gran biblioteca de Lovaina durante la guerra,
se ha publicado la siguiente relación, firmada por Van Dyle, en La Época,
que dice así:
«Como se sabe, toda la biblioteca de la Universidad de Lovaina fué
presa de las llamas en el primer año de la guerra.
En los trabajos de descombro efectuados últimamente, no se han en-
contrado más que un montón de libros calcinados, completamente ilegi-
bles, pero que conservan su forma y todas sus hojas.
Estos residuos son las únicas reliquias que quedan de la secular bi-
blioteca.
Todos los preciosos manuscritos que contenía perecieron en el in-
cendio.
De estos tesoros perdidos, cinco, sobre todo, merecen ser menciona-
dos aparte. En primer lugar, el famoso Codex Parcensis, escrito en el si-
glo XV, manuscrito del De Landibus ducum exterarum gentium, o del De
viris illüstribüs, de Cornelio Nepote. Después, las Opera, obras históricas
y biográficas de Renier de Liége, muerto poco después del año 1182. Era
un manuscrito de gran valor; procedía de la antigua abadía de San Lo-
renzo, de Lieja, y había sido escrito en vida del autor; tal vez fué dictado
por él. Un sabio alemán lo ha publicado, en parte, en la Momimenia ger-
maniae Histórica, la gran colección crítica de las fuentes literarias de la
historia de Qermania.
En tercer lugar, citaremos el pequeño volumen de 14 centímetros de
largo por 10 de ancho, encuadernado en madera, recubierta de cuero ne-
gro, que se mostraba a todos los visitantes. Contenía ese volumen los Ser-
mones ad novices y la Vita Sanctae Lidewygís, autógrafo de Tomás de
Kempis, el autor de la Imitación de Jesucristo ^ según se cree por la mayo-
ría, ya que este es problema no resuelto aún.
Por último, había dos manuscritos originales de Dionisio el Cartujo,
X!lSOEL/\?ÍEA 159
un comentario sobre Jerónimo y Ecequiel y otro comentario sobre las epís-
tolas católicas; la exposición sobre los libros de San Juan Clímaco y la vida
de este anacoreta.
Al lado de éstos había otros muchos. Una estadística de los manuscri-
tos, hecha por Van Even en 1913, calcula su número en 600
El más antiguo databa del siglo XI; contenía las poesías latinas. Car-
mina, de Prudencio, poeta latino español del siglo IV.
La biblioteca de Lovaina no poseía, en lo que se refiere a los clásicos,
más manuscritos antiguos que de Cicerón (De Inventione rhetorica, del
siglo XII y Paradoxa), de Cornelio Nepote, ya citado; de Horacio (Ars
poética, siglo XIII; Epistolae, siglo XIII, y algunos fragmentos), y de Lu-
cano (Pharsalia, fin del siglo XII.)
La explicación de este hecho es muy sencilla. Cuando se constituyó la
biblioteca de Lovaina, en 1636, había disminuido la busca de los antiguos
textos de los clásicos. Se ocupaban más entonces de los autores eclesiásti-
cos. Estos, naturalmente, figuraban en mucho mayor número en el Catá-
logo de los manuscritos. Pero también ahí había lagunas. De un apócrifo
de San Clemente de Roma se pasaba a Lactancio, de éste al De prepara-
tiene evangélica, de Ensebio de Cesárea, y de éste a San Efraín, del cual
se conservaban dos manuscritos de sermones, traducidos del griego al
latín por el monje camaldulense Ambrosio Traversari, muerto en 1439, y
precedidos de una dedicatoria a Cosme de Médicis.
De San Agustín no poseía la Universidad más que el De civilate Dei»
del siglo XII, en bella letra gótica; las Confesiones, del siglo XV, con ini-
ciales ricamente adornadas, y la Epístola ad Selencianam; de San Juan
Crisóstomo, sólo algunos opúsculos y sermones; de San Jerónimo, el De
Viris illusiribus y la Epístola ad Nepoiianum de vita et regala clerico-
rum, del siglo XV.
San Gregorio el Grande estaba representado únicamente por el cuarto
diálogo, copiado en 1429.
No existía nada de San Basilio, San Ambrosio, San Hilario, ni de San
Gregorio Nacianceno.
Muchos más numerosos eran los manuscritos de obras compuestas
desde la segunda mitad del siglo XII al siglo XV. Varios fueron transcritos
en vida de los autores o poco después de su muerte.
Entre ellos figuraban un manuscrito de la primera mitad del siglo XIII,
que continuaba el célebre poema de Gautier de Chátillon, la Alexan-
dreida, compuesto entre los años 1176 y 1179; la Summa iheologica,
de Guillermo d'Auxerre, muerto en 1230; la Margarita Decreti y la Cró-
nica pontifical, de Martín el polaco, muerto en 1279; algunas Constitucio-
160 MISCELÁNEA
nes dictadas por el capítulo general del Cister en 1316 y, transcritas poco
después de esa fecha; un poema, todavía en gran parte inédito, de Pedro
Riga, muerto en 1269, titulado Aurora; un tratado de Botánica, del si-
glo XIII, de Platearlo, profesor de Salerno, antes de 1200, etc., etc.
Con los anales y crónicas interesantes de la historia de Bélgica, poseía
la biblioteca un gran número de obras referentes a la historia de los con-
ventos belgas y sobre todo de Lovaina. Entre ellas figuraba la necrología
de los Carmelitas de Bruselas, comenzada en 1249.
Había también libros de horas de diversas épocas, los manuscritos de
piedad, en inglés, procedentes de la Cartuja de Nieuport, una colección de
manuscritos flamencos, a partir del siglo XIV, compuesta especialmente
de libros de oraciones, obras litúrgicas y sermones inéditos.
Los antiguos archivos quemados en Lovaina no constituyen sino una
pequeña parte de los archivos de la antigua Universidad. Hay, sin embar-
go, piezas importantes cuya pérdida es sensible, tales como la bula origi-
nal de la fundación del Alma Mater otorgada por Martín V en 1425, libros
conteniendo estatutos, el Liber Iniitulatorum, la lista de los estudiantes
de 1426 a 1453, trabajos manuscritos, muchos de ellos inéditos, compues-
tos por profesores del siglo XV al XVIII.
Los archivos de la nueva Universidad están todos destruidos. Lovaina
poseía una magnífica colección de incunables, más de mil. Muchísimos de
ellos salieron de las imprentas belgas de Alost y de Lovaina y estaban muy
bien conservados. A su belleza, a su número, a su variedad y a su valor in-
trínseco hay que añadir las notas manuscritas y las encuademaciones fla-
mencas tan artísticas del siglo XV.
Las obras antiguas constituían una de las riquezas de la Universidad de
Lovaina: ediciones antiquísimas de Matemáticas del siglo XV al XVIII;
obras de Medicina, entre otras el ejemplar en pergamino, de Andrés Ve-
salio, De Hamani corporis fabrica, edición de Basilea, de 1545, adornada
con admirables miniaturas— donativo de Carlos V—; ediciones antiguas de
clásicos griegos y latinos; libros de Derecho civil; obras de Teología, cuya
colección era la más completa; obras caldaicas y hebreas, textos armenios,
etcétera.
La mayor parte de estas pérdidas es irreparable. Sin embargo, ya hay
un Comité formado en los Estados Unidos para rehacer la famosa biblio-
teca de la Universidad de Lovaina.
CARTA APOSTÓLICA
DE
NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
POR LA DIVINA PROVIDENCIA PAPA XV
A LOS PATRIARCAS, PRIMADOS, ARZOBISPOS Y OBISPOS
DEL MUNDO CATÓLICO
Venerables Hermanos: Salud v Bendición Apostólica.
La altísima y sagrada misión, que Nuestro Señor Jesucristo confió
a sus discípulos, cuando, próximo ya su regreso al Padre, dijo: «Id por
todo el mundo y predicad el Evangelio a toda criatura*, no debía cier-
tamente terminarse con la muerte de los Apóstoles, antes bien perpe-
tuarse por medio de sus sucesores hasta el fin de los tiempos; esto es:
en tanto que en la tierra hubiese hoi '^res que salvar por el magisterio
de la verdad. Y, en efecto, desde que «dispersándose por el mundo
predicaron en todas partes» la palabra de Dios, hasta oírse su voz en
Venerabiles Frates.
Salutem et Apostolicam Benedictionem.
Máximum illud sanctissimumque munus, quod suo iam instante ad Pa-
trem reditu, Dominus Noster lesus Christus discipulis demandavit, cum
dixit: «Euntes in mundum universum praedicate evangelium omni creatu-
rae» (Maro., XVI, 15), non erat sane Apostolorum vita terminandum, sed
apud eorum successores perpetuandum usque ad consummationem saeculi,
quoad scilitet futuri essent in térra homines, quos varitas liberaret. Ex quo
LA Ciudad de dios.— Año XL.— Números 1.131 y 1.122. 11
162 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
toda la tierra y sus palabras en los confines del orbe, la Iglesia, recor-
dando el divino mandato, nunca cesó, en el correr de los siglos, de en-
viar a todas partes ministros y predicadores de la divina palabra, que
anunciasen la salud eterna traída por Jesucristo al género humano. En
el período de los tres primeros siglos, en que la furia de la persecución
desencadenada por el infierno, parecía ahogar en sangre a la Iglesia
naciente, ya la voz de los predicadores del Evangelio fué oída hasta en
los últimos confines del Imperio romano. Mucho mayores aún fueron
los progresos que hizo en el apostolado por todo el mundo, cuando,
poco después, se le dio públicamente la paz y libertad de acción; en
este tiempo trabajaron con gran fruto varones eminentes en santidad,
distinguiéndose entre todos Gregorio ILluminator, que cristianizó la
Armenia, conip Victorino la Estiria y Frumencio la Etiopía; por enton-
ces San Patricio ganó para Cristo a los irlandeses; San Agustín, a los
ingleses, y San Columbano y Paladio, a los de Escocia; un poco más
tarde, lleva la luz del Evangelio a los holandeses Clemente Viilibror-
do, primer obispo de Utrecht, y convierten a la Fe católica a los pueblos
germanos Bonifacio y Ansgario; Cirilo y Metodio a los eslavos. Poste-
igitur «illi profecti praedicaverunt ubique> verbum Del (Maro., XVI, 20),
ita quidem ut «in omnem terram» exierit «sonus eorum: et in fines orbis
terrae verba eorum> (Ps. XVIII, 5j; divini mandati memor, Ecclesia nun-
quam, labentibus saeculis, cessavit adhuc traditae divinitus doctrinae par-
taeque humano generi per Christum salutis aeternae nuntios et adminis-
tros in omnes partes mittere. IIIo ipso enim trium saecuíorum spatio, quo
ad Ecclesiam recens natam opprimendam, alia ex alia, excitata ab inferís
persecutio desaeviit, cum omnia Christianorum sanguine redundaren!, vox
tamen Evangelii praeconum late Romanii imperii fines pervagata est. Post-
quam vero pax et libertas publica est Ecclesiae data, multo maiores in
apostolatu progressus teto orbe fecit: quo in genere praeclari vitae sancti-
monia viri utilissime elaborarunt. Ex his Gregorius Illuminator Armeniam
christiano nomini adiungit, Styriam Victorinus, Aethiopiam Frumentius;
tutn parit Hibernos Christo Patritius, Anglos Augustinus, Columba Palla-
diusque Scotos; deinde illustrad Evangelii luce Hollandiam Clemens Wi-
Ilibrordus, primus ille Ultraiectensium Episcopus, Germaniae popules Bo-
nifacius et Ansgarius, Slavoniae autem Cyrillus et Methodius ad catholicam
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 163
riormente, dilatándose mucho más el campo de acción a los misioneros
de Cristo, Guillermo de Rubruquis llevó la antorcha de la Fe a los mon-
goles, y el B. Gregorio X envió los primeros misioneros a China, en
donde no mucho después los hijos de San Francisco crearon una flore-
ciente cristiandad, que fué destruida al poco tiempo por el furor de la
persecución. Descubierta América, una legión preclara de varones apos-
tólicos, entre los que merece especial mención Bartolomé de las Casas,
gloria y ornamento de la Orden de Santo Domingo, se consagran a la
defensa y a la conversión de los pobres indígenas, mientras que San
Francisco Javier, digno en verdad de ser comparado a los mismos
Apóstoles, después de haber empleado tantos desvelos en la India y en
el Japón por la gloria de Dios y la salud de las almas, muere a las puer-
tas del Imperio Chino, adonde sus anhelos le llevaban, abriendo con
su muerte camino a una nueva evangelización de aquellas vastísimas
regiones, donde los hijos de tantas esclarecidas Órdenes religiosas y los
miembros de tantos Institutos de Misioneros, ansiosos de la propagación
de la Fe, habían de ejercer el apostolado entre mil vicisitudes de las co-
sas y de los tiempos. Por último, el mundo novísimo, la Australia, como
Fidem traducunt. Deinceps multo latior campus hominibus apostolicis pa-
tere coepit, cum Gulieimus de Rubruquis Fidei facetn Mongolis intulit,
cumque beatus Gregorius X primos missionaies legavit in Sinam: quos
subinde Francisci Assisiensis alumni consecuti, non exiguam ibi consti-
tuerunt fídeiium ecclesiam, quam haud multo post persecutionis orta tem-
pestas dissipavit. America autem detecta, virorum apostolicorum agmen,
in quibus praecipue commemorandus est Bartholomaeus Las Casas, Do-
miniciani Ordinis decus ac lumen, miseros indígenas cum ab hominum
dominatu improbo tuendos, tum ex daemonum durissima servitute eripien-
dos suscipiunt; intereaque Franciscus Xaverius, dignus is quidem qui
Apostolis ipsis comparetur, cum in Indiis Orientalibus et in laponia pro
Christi gloria animarumque salute mirifice desudasset, ad Sinensis limen
Imperii, quo iam tendebat, emoritur, quasi discessu suo aditum patefaciens
novae Evangelii praedicationi in illam regionum immensitatem, in qua
erat futurum ut e tot inclytis religiosorum Ordinibus et Missionalium Fa-
miliis homines Fidei propagandae studiosi, tantas per vicissitudines rerum
ac temporum, apostolatum obirent. Postremo continens ea quae ultima pa-
164 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
también el África interior, de exploración reciente verificada con tanta
audacia y constancia, recibieron a los mensajeros del Evangelio, y ya
apenas queda una isla tan remota en las inmensidades del Pacífico a
la que no haya llegado la influencia de la actividad de nuestros misio-
neros, muchos de los cuales, buscando la salvación de los prójimos, a
ejemplo de los Apóstoles, alcanzaron un alto grado de santidad, y no
pocos sellaron la fe con su sangre, uniendo al apostolado la palma del
martirio.
Mas causa verdadero asombro el que, después de tantos trabajos
sufridos por nuestros misioneros en la propagación de la Fe, después de
tantas solicitudes, de tantos ejemplos de fortaleza invicta, sean, no obs-
tante, muchísimos los que todavía yacen en las tinieblas y en las som-
bras de la muerte, puesto que, según las últimas estadísticas, el nú-
mero de infieles se eleva próximamente a mil millones.
De aquí es que Nos, compadeciendo la suerte tristísima de tanta
multitud de almas, y anhelando, como lo reclama la santidad del mi-
nisterio Apostólico, hacerlas partícipes de los beneficios de la Reden-
ción de Cristo, veamos con viva alegría y consuelo, cómo, bajo el in-
tuit, Australia, itemque Africae interiores tractus, audacia constantiaque
recentiorum explorati, christianae Fidei nuntios acceperunt; ac fere iam
nulla est intra vastissimum mare Pacificum tan remota ínsula, quo non
Missionalium nostrorum virtus actuosa pervaserit. Ex iis autem plurimi
exstiterunt, qui cum fratrum salutem quaererent, ipsi, Apostolorum exem-
plo, ad sanctitatis fastigium pervenerint, neo pauci, qui, apostolatum mar-
tyrii laude cumulantes, Fidem profuso sanguine confirmarint.
Iam vero tot tantosque labores a nostris in Fidei propagatione exantla-
tos, tanta studia posíta, tanta invictae fortitudinis exempla edita consideran-
tibus, vehementer demirari licet, innumerabiles tamen esse adhuc qui in
tenebris et in umbra mortis sedeant; siquidem ethnicorum habita recentar
ratione, ad decies millies centena millia numerantur.
Nos igitur, tan immensae animarum multitudinis lacrimabilem sortem
miserantes, cum, pro Apostolici sanctitate offícii nihil habeamus autiquius
quam ut beneficia eis divinae Redemptionis communicemus, equidem plu-
rifariam in orbe catholico increbrescere illa, Dei nimirum Spiritu commota,
studia bonorum in Missionibus exteris provehendis et explicandis, libenti
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 165
flujo del divino Espíritu, se acrecienta más y más cada día en diferen-
tes lugares del mundo católico el celo de los buenos por promover y
desarrollar las sagradas Misiones entre los infieles. Y así, para fomen-
tar ese movimiento y darle vigoroso impulso en todo el mundo, como
es Nuestro deber y ardientemente anhelamos, Nos, después de haber
implorado los auxilios y luces del Señor, os enviamos, venerables Her-
manos, estas letras Apostólicas con las cuales queremos enfervorizar
vuestro celo y el del rebaño a vosotros confiado, diciendo de qué ma-
nera podréis ayudar mejor a esta santísima causa.
En primer lugar. Nos dirigimos a aquéllos que en calidad de Obis-
pos, Vicarios o Prefectos Apostólicos están al frente de las Misiones,
puesto que a ellos en primer lugar incumbe el cuidado de propagar la
Fe, y en ellos tiene la Iglesia puestas sus esperanzas de mayores en-
sanches. No ignoramos cuan ardiente sea en ellos el espíritu del apos-
tolado, y conocemos muy bien las dificultades inmensas que han
tenido que vencer y las pruebas por que han pasado, sobre todo en
estos últimos años, no sólo para no perder las posiciones conquistadas,
sane gratoque animo videmus. Itaque ad ea ipsa studia fovenda usque
quaque et incitanda, ut Nostro est muneri summisque votis consentaneum,
lumine auxilioque Domini magnis precibus implorato, has vobis, venera-
biles Fratres, mittimus litteras quibus vos vestrosque cleros ac popules
hortamur, significantes quemadmodum huic gravissimae causae prodesse
possitis.
Primum omnium ad eos Nostra spectat oratio, qui, ut Episcopi aut ut
Vicarii Praefective Apostolici, sacris praesunt Missionibus: ipsis enim cura
omnis próxima incumbit Fidei propagandae, in iisdem praesertim spem
amplifícationis suae habet Ecclesia repositam. Quamquam non ignoramus
quo fere sint ardore apostolatus, probeque novimus quae quantaeque iis
vincendae diffícultates fuerint, subeundaque discrimina, his máxime pos-
tremis annis non modo ne de suis praesidiis stationibusque decederent,
sed ut regnum Dei etiam dilatarent. Ceterum, eorum erga hanc Apostoli-
cam Sedem observantia ac pietate perspecta, confídenter ipsis, ut fíliis
pater, animum Nostrum aperimus. Hoc igitur ante omnia cogitent, se suae
166 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
sino también para extender más aún el reino de Dios. Además, bien
conocida su adhesión y piedad filial hacia esta Sede Apostólica, con
plena confianza, como un padre a sus hijos, les abrimos Nuestro cora-
zón. Piensen, pues, ante todo, que ellos deben ser el alma de sus res-
pectivas Misiones. Por lo tanto, han de servir, principalmente con su
celo, de ejemplo y edificación a sus sacerdotes y cooperadores, exhor-
tándolos y animándolos siempre a nuevos aumentos del bien. Porque
todos los que de algún modo trabajan en esta viña del Señor conviene
que conozcan por experiencia y sientan evidentemente que tienen en
el superior un verdadero padre, vigilante, diligente, lleno de caridad,
ardientemente solícito del bien de todos y en todas las cosas, que
comparte con ellos sus alegrías y sus penas, que aplaude y promueve
toda buena iniciativa y que, en una palabra, mira todas las cosas de
sus subditos con el mismo cariño que si fueran propias. Es indudable
que la suerte de una Misión depende principalmente del modo cómo
se la dirige, y por esto puede resultar muy perjudicada si el que está
al frente de ella es inepto o no del todo idóneo. Por lo común, los que
abandonan su patria y a sus seres queridos por la propagación del
quemque Missioni tamquam animam, ut aiunt, esse deberé. Quamobrem
suis sacerdotibus ceterisque sui muneris adiutoribus bono sint, verbis fac-
tisque, documento, animosque ac stimulos addant, ad sequenda usque me-
liora. Quotquot enim quoquo pacto in hac vinca Domini operantur, expe-
rimento cognoscant oportet, planeque sentiant Missioni praesidere patrem,
vigilem, diligentem, caritatis plenum, omnes et omnia summo studio com-
plectentem, qui suorum rebus gaudeat prosperis, condolescat adversis,
conatus coeptusque laudabiles secundet atque adiuvet, qui denique subdi-
torum quaecumque sunt, ut sua propria respiciat. Omnino, prout una
quaeque gubernatur, ita varia est conditio et fortuna Missionum: quibus
proinde valde perniciosum eveneri potest, si quis ineptus minusve idoneus
praeponatur. Plerumque enim ¿[uisquis patriam carosque propinquos de-
serit, christiani nominis propagandi causa, is longo saepiusque periculoso
itineri se committit, alacer et promptus ad durissima quaeque toleranda,
dum quam plurimas Christo animas lucretur. Qui si diligenti praeposito
utitur, cuius sibi ómnibus in rebus adsit prudentia et caritas, non est du-
bium, quin fructuosissima futura sit eius opera; sin autem, valde est timen-
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 167
nombre cristiano, y se aventuran a un viaje generalmente largo y
lleno de peligros, están animados y prontos a sufrir de buen grado
toda clase de trabajos y fatigas, con tal de ganar muchas almas para
Cristo. Si éstos se hallan con un superior diligente, que les dirija con
prudencia y caridad, no hay duda que su obra será fructuosísima; mas
si no encuentran esa ayuda, de temer es que, fatigados poco a poco
por los trabajos y adversidades, terminen desfalleciendo por completo
y entregándose a la inacción.
Además de esto, el que regenta una Misión debe cuidar de promo-
verla y llevarla hasta su pleno desenvolvimiento. Estando, en efecto,
confiada a sus cuidados toda la comarca en que se halla circunscrita su
Misión, claramente se ve que es obligación suya procurar la salvación
eterna de todos los habitantes de aquel territorio, y, por tanto, no debe
contentarse con haber ganado entre tanta multitud millares de almas
para la Fe, sino que ha de procurar, además, mantener en el espíritu
a los ya convertidos, no permitiendo que alguno de ellos vuelva a la
vida de perdición y perezca. Ni crea que ha cumplido perfectamente
con su deber si no lucha sin descanso y con todas sus energías por
dum ne, laboribus incommodlsque paulatim defatigatus, ad extremum defi-
ciat animo desidiaeque se dedat.
Praeterea qui Missioni praeest, curare in primis debet ut eam usque
promoveat pleneque explicet. Etenim, cum ea regio cuius terminis sua
Missio circumscribitur, omnis quam longe lateque patet, ipsius sit man-
data curae, prefecto omnium quotquot eadem in regione incolunt, ipsi
omnino quaerenda est salus sempiterna. Quamobrem si ex ingenti multi-
tudine aliquot millia ethnicorum ad Fidem traduxerit, non ei| fas erit in
hoc acquiescere. Accuret quidem, tueatur et foveat eos quos iam lesu
Christo peperit, nec sinat ex eis dilabi quemquam et interire. Verum ne
putet se fungí, ut oportet, officio, nisi ceteros etiam, quorum fere est nimio
maior numerus, veritatis vitaeque christianae compotes faceré pro viribus
et sine ulla intermissione contendat. Itaque ut ad aures singulorum eo ce-
lerius meliusque Evangelii praedicatio perveniat, multum proderit alias
subinde missionalium stationes et sedes constituere futuras tamquam toti-
dem centra Vicariatíbus aut Praefecturis novis, in quas cum opportunitas
adfuerit; eadem Missio dividatur. Quo loco debitas tribuimus laudes Vica-
168 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
cristianizar a los restantes, que en general suelen ser la mayor parte.
Por esta razón, para que todos fácilmente oigan la predicación del
Evangelio, importará mucho crear nuevos centros y nuevas cristianda-
des que en lo porvenir podrán ser otros tantos Vicariatos y Prefecturas
en que se dividiese la Misión, cuando pareciere el momento propicio.
Y en este punto alabamos cual se merecen a aquellos Vicarios Apos-
tólicos que, obrando del modo dicho, contribuyen grandemente a la
propagación del reino de Dios, y que, cuando no pueden obtener mi-
nistros suficientes de su misma familia religiosa, reciben los de otras
con gozo para que trabajen en su propia Misión.
Por el contrario, icuán reprensible sería la conducta de aquél que,
habiéndosele asignado para cultivarla una parte de la viña del Señor,
la considerase como propiedad exclusivamente suya y no sufriese que
otros pusiesen sus manos en ellal Y iqué responsabilidad tan grande
contraería ante el divino juez, especialmente, si, encontrándose su pe-
queña cristiandad — según ocurre con frecuencia — como perdida entre
la multitud de los infieles, y no bastando su trabajo ni el de los suyos
para la instrucción catequística, se obstinase en no admitir la ayuda
de otros cooperadores. Muy de otro modo, el superior de la Misión que
riis Apostolicis, quotquot sunt qui ea ratione, quam diximus, regno Dei
nova semper incrementa parant: eamque in rem si domesticorum adiuto-
rum copia sibi non suppetat, eos ex aliena religiosorum familia vel socie-
tate libentissime accipere consueverunt.
At contra, quam non probandus illa foret qui Dominici agri partem, sibi
assignatam ad excolendum, tamquam suam propriam possessionem haberet,
quam prorsus nollet alienis manibus attingi. Quanta vero subeunda ei esset
divini iudicii severitas, praesertim si— quod saepius contingere memoravi-
mus — christianis non ita multis circumfusa esset multitudo ethnicorum,
quibus quídem erudiendis quum ipse cum suis verbi ministris non sufñ-
ceret, nollet aliorum operam advocatam adhibere. Atqui catholicae Missio-
nis praeses, cui nihil aliud cordi sit nisi Dei gloria et salus animarum,
undique ad sanctissimum munus adiutores, cum opus fuerit, conquirit, nec
ii qui sint, suae an alienae familiae aut nationis, quidquam pensi habet,
«dum omni modo Christus annuntietur» (Philip., 1, 18): nec solum adiuto-
res, sed adiutrices etiam, ¡dest sórores religiosas adhibet ad scholas, ad
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 169
no ansia más que la gloria de Dios y la salvación de las almas, a todas
partes llama y busca cooperadores que le ayuden en su ministerio, sin
parar mientes en si son o no de su Orden o su nación, «con tal que por
todos los modos sea anunciado el nombre de Cristo >. Y no sólo busca
cooperadores, sino también cooperadoras, esto es, hermanas religiosas,
para las escuelas, hospicios, hospitales, casas de socorro y demás fun-
daciones de caridad, en la persuasión de que todos estos son medios
eficacísimos en manos de la divina Providencia para propagar la Fe
cristiana.
Aún más; el buen superior de una Misión no restringe su actividad
a los estrechos límites de su territorio, como si todo lo demás no le im-
portara, sino que urgiéndole la caridad de Cristo e interesándole mucho
todas las obras de la gloria divina, procura estar en relación y amistad
con sus colegas circunvecinos. Porque hay muchas veces asuntos de
interés común relativos a una misma región, los cuales, como es claro,
no pueden resolverse sino de común acuerdo. Es además muy ventajo-
so para la Religión, que los directores de las Misiones se reúnan, todos
los que puedan, en determinados tiempos, para aconsejarse y animar-
se recíprocamente con la mutua presencia y conversación. En fin, los
orphanotrophia, ad nosocomia, ad domus hospitales, ad cetera caritatis
instituta in quivus novit, Dei providentis nutu, incredibilem quamdam vim
ad fiden latius proferendam inesse.
Ad haec bonus Missionis praefectus non se intra suos fines continet,
quasi aliena ducat omnia quae foris fíunt, sed urgente caritate Christi,
cuius ad gioriam quidquid intersit, sua multum interesse putat, cun colle-
gis finitimis amiciti'am et necessitudinem studet habere. Multa enim saepe
exsistunt communia negotia ad eandem regionem pertinentia quae, ut patet,
nisi communiter, expediri non possunt. Sed praeterea magno cum Religio-
nis emolumento Missionum praesides, quotquot poterunt, in unum statis
temporibus convenient, ut consilia inter se conferant, mutuisque alloquiis
confírmentur. Denique illud est quo quicumque Missionem regunt, ii suas
praecipue curas oportet habeant conversas, ut sacrorum ministros de gente
ipsa in qua versantur, educent atque instituant: id quod novarum ecclesia-
rum spem máxime continet. Nam sacerdos indigena, utpote qui ortu, in-
genio, sensibus studiisque cohaereat cum suis popularibus, mirum quan-
170 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
que presiden las Misiones deben dedicar sus principales cuidados a la
buena formación del clero indígena, sobre lo cual, especialmente, des-
cansan las mejores esperanzas de las nuevas cristiandades. Porque el
sacerdote indígena, debido a que participa del mismo origen, índole,
sentimientos y aspiraciones que los de su país, reúne cualidades de
aptitud valiosísima para inspirar en sus corazones la Fe; porque nadie
mejor que él conoce los modos de llevar a sus almas la persuasión. Así
ocurre con frecuencia que él puede entrar con toda facilidad allí donde
no es permitido a los extranjeros.
Mas para que el clero indígena pueda conseguir los esperados fru-
tos, es de todo punto necesario que su educación e instrucción sean
cual conviene. No basta, por lo tanto, una educación cualquiera, inci-
piente y rudimental, la que se requiere para poder admitirles al sacer-
docio, sino que ha de ser completa y perfecta, como la que suele darse
a los sacerdotes en las naciones cultas. En una palabra, la preparación
de los clérigos indígenas no ha de limitarse a que puedan ayudar en
los ministerios más humildes a los misioneros extranjeros, sino que ha
de ser de tal suerte que estén a la altura de su misión sagrada y muy
bien puedan algún día encargarse del gobierno del pueblo. Porque
tum valet ad Fidem eorum mentibus insinuandam: multo enim melius,
quam quisquam alius, novit quibus modis quidpiam ais persuaderi queat.
Ita saepe fít ut illuc fáciles aditus habeat, quo advenae sacerdoti pedem
inferre non licet.
lam vero clerum indigenam, ut speratos fructus afferat, omnino necesse
est bene conformare et fingere. At nequáquam satis erit ad hoc institutio
quaedam inchoata et rudis, talis videlícet ut quis ad sacerdotíum ineundum
evadat idoneuS; sed plena debet esse perfectaque et numeris ómnibus abso-
luta, qualis sacerdotibus cultarum gentium tradi solet. Ñeque enim clerus
indigena eatenus parandus est, ut missionarios advenas, hu milioribus mi-
nisteriis addicti, adiuvent, verum ut ipse, par diviuo muneri obeundo,
recte possit populi sui gubernationem aliquando suscipere. Nam ut Eccle-
sia Dei catholica est nullamque apud gentem vel nationem extranea, ita
consentaneum est ex una quaque gente sacrorum administros exsistere
quos divinae legis magistros viaeque ad salutem duces sequantur populares
sui. Ubicumque igitur adsit quantum sat est indigenae cleri eiusque bene
CARTA APOSTÓLICA DK NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 171
como la Iglesia de Dios es universal y en ningún país ni nación se con-
sidera extranjera, así es conveniente que de cada nación haya ministros
de las cosas sagradas, capaces de dirigir a sus conciudadanos como
maestros de la ley divina y guias en los caminos de la salvación eter-
na. Dondequiera, por lo tanto, que haya un número suficiente de clero
indígena, bien instruido y digno de su excelsa vocación, allí con razón
puede afirmarse que la obra del misionero se ha llevado a cabo feliz-
mente y la iglesia descansa sobre sólidos fundamentos; y si por desgra-
cia surgiera en adelante la tormenta de la persecución para destruirla,
no es de temer que, con base tan sólida y tan profundas raíces, no había
de resistir victoriosa contra los ímpetus enemigos.
Verdaderamente, para que se estimase en toda su importancia este
deber tan grave y se llevase a la práctica con toda la diligencia posible,
la Sede Apostólica no ha cesado de insistir ante los rectores de las Mi-
siones; y del celo manifestado en esa causa son prueba elocuente los
colegios antiguos y modernos fundados en esta Ciudad para instrucción
del clero extranjero, principalmente del rito oriental. Mas es deplorable
el que, a pesar de la insistencia de los Romanos Pontífices, haya toda-
vía muchas regiones, donde implantada la Fe desde hace siglos, apenas
instituti et vocatione sua sancta digni, ibi Missionarii opus feliciter exple-
tum ecclesiamque praeclare esse fundatam iure dixeris. Quod si forte ad
eam iabefaciendam procella dein persecutionis oriatur, non verendum est
ne, eo fundamento iisque radicibus, non sit hostiles Ímpetus latura.
Hoc enimvero tam grave muneris offícium ut ex veritate aestimarent
diligenterque exsequerentur, semper apud Missionum rectores institit
Apostólica Sedes: cuius quidem in hoc genere studium clare indicant velera
et recentia huius Urbis Collegia clericis exterarum nationum instituendis,
praesertim Orientali ritu. At, post hanc instantiam Pontifícum, dolendum
est, regiones esse, in quas abhinc pluribus saeculis catholica Fides illata sit,
atque ubi tamen clerum indigenam, nisi deterioris notae, non reperias: item
populos esse nonnullos, mature Evangelii luce illustratos, qui ex barbaria
ad eum iam humanitatis gradum emerserint, ut in omni civilium artium
varietate praestantes viros habeant, quique, cum multa iam saecula salutari
Evangelii Ecclesiaeque virtute sint affecti, tamem adhuc nec Episcopos, a
quibus regerentur, nec sacerdotes, quorum disciplina civibus imperitaret,
172 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
existe clero indígena medianamente instruido: pueblos hay también
que, no obstante haber alcanzado un alto grado de civilización y tener
varones ilustres en todos los ramos de la industria y de la ciencia, sin
embargo, aunque llevan muchos siglos bajo la saludable influencia del
Evangelio y de la Iglesia, todavía no han podido suministrar Obispos
propios que los gobernasen ni sacerdotes que los dirijan. Esto indica
que se ha seguido hasta el presente un método incompleto y equivoca-
do en la educación del clero destinado a las Misiones. A fin, pues, de
remediar tales inconvenientes, queremos que la Sagrada Congregación
de Propaganda Fide tome las disposiciones que crea más convenientes
y oportunas en relación con las regiones diversas, que se interese
por la fundación y por el buen gobierno de los Seminarios, sean intra-
diocesanos o regionales, y que, sobre todo, vigile de un modo especia-
lísimo la formación del clero en cada uno de los Vicariatos y en las di-
versas Misiones.
Y ahora volvamos el discurso a vosotros, Hijos amadísimos, cuantos
seáis, cultivadores de la viña del Señor, y de quienes más directamente
depende, a la vez que la propagación de la Fe, la salud eterna de tan-
afferre potuerint. Apparet igitur mancam mendosamque esse rationem ad
huno diem ahcubi usitatam in educando clero qui se ad Missiones applicet:
cuius quidem incommodi removendi causa, Sacro Consilio Propagandae
Fidei mandamus, ut quae variis regíonibus opportuua sint, constitual, et
Seminaria, quae regíonibus singulis pluribusque simul diocesibus usui
sint, vel condenda curet vel condita iam recte gubernanda, praesertim vero
sollicitum sit quemadmodum novus in Vicariatibus ceterisque Missionum
loéis clerus adolescat.
Iam vos alloquimur, dilectissimi Nobis Filii, quotquot estis, Dominicae
vineae cultores, quorum in manibus proxime posita est, cum chrisíianae
sapientiae propagationne, tot salus animarum. — Principio versetur vobis
semper ante oculos excelleníia magnitudoque muneris, in quod vester
insumitur labor. Divinum est prorsus longeque ab humanarum rationum
exiguitate remotum, quod vobis propositum est, iacentibus in mortis
umbra lucem admovere et ruentibus in interitum caeli viam aperire. Inte-
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 173
tas almas. Ante todo, es necesario que tengáis un gran concepto de vues-
tra excelsa vocación. Debéis recordar siempre que el encargo confiado
a vuestra solicitud es del todo divino y muy ajeno a la mezquindad de
las miras humanas, pues que se os ha encomendado llevar la luz a los
que yacen en las sombras de la muerte y abrir el camino del cielo a los
que corren hacia su perdición eterna. Considerando, por lo tanto, que
a cada uno de vosotros ha dicho el Señor: «Olvida a tu pueblo y la casa
de tu padre», tendréis muy presente que vuestro deber no es propagar
el reino de los hombres, sino el de Jesucristo, no es ganar ciudadanos
para la patria terrena, sino para la celestial. Por aquí se comprende
cuan deplorable sería el que hubiera entre los misioneros algunos tan
olvidados de su dignidad que cuidasen de su patria terrena más bien
que de la del cielo, preocupándose extremadamente por dilatar su in-
fluencia, por extender sobrejtodo su gloria. Sería ciertamente una de las
plagas más tristes del Apostolado, que rompería bien pronto en el mi-
sionero los lazos de la caridad de las almas y deprimiría toda su auto-
ridad ante los indígenas; porque éstos, por muy rudos y bárbaros que
sean, demasiado bien comprenden qué pretensiones abriga, qué es lo
que entre ellos busca el misionero, y escudriñan con sagacidad extrema
Iligentes igitur vestrum unicuique dictum a Domino: «obliviscere popu-
lum tuurn, et domum patris tui» (Ps. XLIV, 11), memineritis non homi-
num deberé vos imperium propagare, sed Christi, nec patriae quae hic
cst, sed patriae quae sursum cives adiicere. Ac miserum sane foret, si qui
ex Missionariis ita suae dignitatis immemores viderentur, ut potius de
terrena patria quam de caelesti cogitarent, eiusque plus aequo studerent
potentiam dilatare gloriamque super omnia extendere. Esset haec quidem
apostolatus pestis teterrima, quae in Evangelii precone omnes caritatis
animarum ñervos elideret, ipsiusque vulgo debilitaret auctoritatem. Homi-
nes enim, quantumvis barbari et immanes, satis bene intelligunt quid sibi
velit, quid ab eis quaerat Missionarius, sagacissimeque odorando perspi-
ciunt, si quid aliud, ac ipsorum spirituale bonum expetat. Fac vero eum
terrenis aliqua éx parte inservire consiliis, nec se virum undique apostoli-
cum gerere, sed suae quoque patriae negotia procurare videri: continuo
omnis eius opera in suspicionem veniet multitudini: quae quidem facile
adduci poterit in eam opinionem ut christianam religionem putet pro-
174 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
si lleva otras miras que las de su provecho espiritual. Supongamos que
no se haya despojado del todo de miras terrenas y que no en todas
partes se porta como un varón apostólico, antes se le ve también pro-
curar los intereses de su patria: al instante toda su obra se hará sospe-
chosa ante la población, a la cual fácilmente se hará creer que la Reli-
gión cristiana es la religión propia de un país extranjero, y que el que
la abraza, queda sujeto a dicho país y bajo su tutela, perdiendo al mis-
mo tiempo los derechos de su propia nación.
Y ciertamente mucho Nos han desagradado ciertas revistas de Mi-
siones, publicadas en estos últimos tiempos, en las cuales más que el
celo por la propagación del reino de Dios aparece el deseo de dar ma-
yores ensanches a la influencia de sus respectivos países; y asombra
más el que no se den cuenta de lo mucho que estas cosas distancian de
nuestra santa religión el ánimo de los gentiles. No ha de ser asi el pro-
ceder del misionero católico, digno de tal nombre, sino que con el pen-
samiento fijo en que es un enviado de Jesucristo, y no de su propia na-
ción; debe conducirse de tal manera que todos reconozcan en él, sin
duda ninguna, a un ministro de aquella religión, que al abrazar en su
seno a todos los hombres, adoradores de Dios en espíritu y en verdad.
priam cuiusdam externae nationis esse, quam religionem qui amplexus sit;
subiecisse se tutelae imperioque civitatis exterae, propriaeque civitatis ius
exuisse videatur.
Magnae Nobis quidem aegritudini illa sunt de rebus Missionum com-
mentaria, quae hisce postremis annis vulgari coepta sunt in quibus non
tam studium apparet Dei regnum dilatandi, quam propriae civitatis am-
plitudinem augendi: miramurque in eis nihil curari quantum haec abalie-
nent a religione sancta ánimos ethnicorum. Haud ita Missionarius catho-
licus, hoc dignus nomine: sed is, perpetuo recogitans, se nequáquam pro
sua ipsius natione, verum pro Christo legatione fungi, ita se gerat ut qui-
libet sine ulla dubitatione agnoscat eius ministrum religionis quae, cum
omnes complectatur homines, in spiritu et veritate Deum adorantes, nuUi
est nationi extranea atque «ubi non est Gentilis, et ludaeus, circumcisio,
et praeputium, Barbarus et Scytha, servus et liber; sed omnia, et in ómni-
bus Christus» (Colos., III, 11). Alterum autem perdiligenter Missionario
cavendum, hoc est ne alios quaestus velit faceré quam animarum. Verum
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 175
para ningún país es extranjera, y «en la que no hay distinción en gen-
tiles y judíos, circuncisos e incircuncisos, bárbaros y escitas, esclavos y
libres, sino que Cristo es todo y en todos». Otra cosa que el misionero
debe evitar con todo cuidado es que no pretenda otras ganancias que las
de las almas. Mas de esto no es menester disertar mucho, porque quien
está dominado por el deseo de lucro, ¿cómo podrá buscar única y ex-
clusivamente la gloria de Dios y promoverla cual conviene, devolvien-
do la salud a los que la han perdido y estar dispuesto a dar todas sus
cosas y hasta la misma vida por sus ovejas? Añádase que sólo por esa
causa perdería no poco de su autoridad y prestigio delante de los in-
fieles, máxime si, como sucede frecuentemente, su deseo de lucro se
hubiese convertido ya en avaricia, pues nada como ese vicio sórdido
merece el desprecio de los hombres, ni hay nada tampoco más indigno
del reino de Dios. Ei buen predicador del Evangelio, por el contrario,
procurará imitar con toda fidelidad al Apóstol de las gentes, de quien
no sólo es aquella exhortación a Timoteo, «teniendo con qué alimen-
tarnos y con qué vestirnos, contentémonos con estas cosas», sino que
tuvo en tanta estimación su fama de desinteresado, que en medio de la
actividad prodigiosa de su ministerio se procuraba el sustento con le
trabajo de sus manos.
hac de re non attinet plura dicere. Nam quem cupiditas teneat lucrí,
quomodo ille divinae gloriae studebit unice, ut oportet, in eamque pro-
movendam, alios revocans ad sanitatem paratus erit sua omnia vitamque
ipsam impenderé? Accedit quod ob eam causam muhum ei decederet
auctoritatis apud infideles, máxime si quod proclive factu est, studium rei
quaerendae in avaritiae vitium iam abiisset; cuius quidem sordibus nihil
est nec hominibus contemptibilius neo Del regno magis indignum. Bonus
igitur Evangelii propagator perstudiose in hoc etiam sequetur gentium
Apostolum, cuius non solum est illa ad Timotheum hortatio: «habentes
alimenta, et quibus tegamur, his contenti simus» (1 Tim., VI, 8), quando-
quidem usque eo laudem abstinentiae magni fecit it, operosissimi mune-
ris distentus curis, tamen labore et manu sibi victum compararet.
Sed enim Missionario, priusquam ad apostolatum accedat, adhibenda
est praeparatio diiigens: quamquam quispiam dicat nom esse tot rerum
scientíam ei necessariam qui gentibus ab humanitate remotíssimis sit
176 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
' Pero además, antes que el misionero comience su apostolado, se le
ha de disponer para su desempeño con una preparación cuidadosa, no
obstante el sentir de los que dicen que no son necesarios tantos conoci-
mientos científicos para predicar a Cristo en pueblos bárbaros e incul-
tos. Pues aunque es cierto que en la conversión de las almas influye mu-
cho más el ornamento de las virtudes que el de las letras, pero quien no
posea un buen bagaje de conocimientos sentirá muchas veces la falta
de auxilios muy poderosos para sacar el fruto debido de su ministerio.
Y no es raro tampoco el caso en que, careciendo de libros y no tenien-
do personas doctas a quienes consultar, ¡deba no obstante responder
pronto a las objeciones que contra la Fe se propongan y resolver cues-
tiones dificilísimas. A lo cual se añade que, cuanto más instruido se
muestre, tanto mayor será su crédito y estimación en el pueblo, sobre
todo si éste se precia de culto, en el cual caso sería indecoroso que los
ministros de la verdad fuesen superados por los del error en saber. Por
tanto, al preparar convenientemente a los alumnos del santuario, lla-
mados por Dios, para las tareas del apostolado en las misiones, se les
deberá instruir en toda clase de disciplinas necesarias al misionero, tan-
to sagradas como profanas. Y esto mismo queremos que en adelante se
practique — como es justo — en las aulas del Colegio Pontificio de Pro-
Christum nuntiaturus. Nam licet controversia esse non possit quin ad sa-
lutarem animorum conversionem plus virtutum ornamenta valeant quam
litterarum, tamen si qui bono tamquam commeatu dcctrinae non sit ins-
tructus, multum sibi saepe sentiet deesse praesidii ad sancti ministerii fruc-
tum. Ñeque enim is raro et librorum copia carel et doctorum, quos con-
sulat, consuetudine, cum tamen responderé rogantibus, quidquid contra
fidem obiecerint, quaestionesque dissolvere, vel perdifñciles, debeat. Ad
haec, quo is se eruditiorem ostendet, eo maior eius erit vulgo opinio, prae-
sertim si in populo versabitur, apud quem in honore et in pretio sint stu-
dia dcctrinae; quo quidem in genere nimium sane dedeceret veritatis nun-
tios a ministris errorum superan. Itaque, dum alumni sacrorum, quos Do-
minus advocet, ad apostólicas expeditiones rite instituentur, omnino eos in
ómnibus disciplinis, tum sacris tum profanis, quae Missionariis opus sint-
erudiri oportebit. Id ipsum fieri, uti par est, in scholis Pontifícü Collegii
Urbaniani christiano nomini propagando, volumus: in quibus etiam pro-
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 177
paganda Fide de esta ciudad, en el que ordenamos que de ahora en
adelante se establezca una enseñanza especial de todo aquello que tie-
ne alguna relación con las Misiones.
Entre los conocimientos que ha de poseer el misionero debe citarse,
en primer lugar, el de la lengua del pueblo a cuya salvación ha de con-
sagrarse. Y no basta un conocimiento cualquiera, sino en tal grado, que
pueda hablar el idioma expedita y correctamente, pues su misión es
para toda suerte de personas, para los rudos y para los doctos, y no ig-
nora cuan fácilmente puede el que habla bien atraerse la universal be-
nevolencia. Respecto de la explicación de la doctrina cristiana, el mi-
sionero celoso no debe confiarla a los catequistas, sino que ha de lle-
varla por sí mismo, como obligación personal y parte principalísima de
su ministerio, puesto que no por otros fines, sino para predicar el Evan-
gelio fué enviado por el Señor. A veces le ocurrirá que, como ministro
y representante de la Religión, tenga que tratar con las autoridades del
pueblo, o se le invite a reuniones de personas doctas, y en esos casos
¿cómo podrá mantener el prestigio de su dignidad, si por desconoci-
miento de la lengua no sabe expresar bien sus conceptos? Por eso Nos
recientemente hemos atendido a esta necesidad, cuando con las miras
prium magisterium scientiae rerum quae ad Missiones pertinent, tradendae
posthac esse iubemus.
In iis vero quae Missionarius percepta et cognita habeat necesse est,
praecipue est numerandus, ut apparet, sermo populi, cuius se saluti devo-
vebit. Nec enim contentus esse debebit levi quadam huius cognitione ser-
monis, sed tanta ut expedite atque eméndate loqui possit. Siquidem ómni-
bus, imperitis aeque ac doctis, debitor est, nec ignorat quam facile quis
possit, bene loquendo, allicere ad benevolentiam ánimos multitudinis. Ac
praesertim explicationem doctrinae christianae non catechistis committat
diligens Missionarius, sed hanc provinciam, velut sibi propriam, adque
adeo ut potissimam sui muneris partem, ipse retineat, qui non est aliam ob
causam missus a Deo, nisi ut Evangelium praedicaret. Eidem autem inter-
dum continget ut, tamquam religionis sanctae nuntius et interpres, primori-
bus populi se sistere debeat, aut in coetus doctorum hominum invitetur:
tum vero qua ratione is suam tuebitur dignitatem, si sermonis inscitia ex-
primere sua sensa prohibeatur?— Nos igitur hoc ipsum attendimus nuper,
12
178 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
puestas en la propagación y aumento de la Iglesia en Oriente, funda-
mos aquí en Roma un Instituto o casa especial de estudios con objeto
de que los que hayan de ejercer el apostolado en aquellas regiones,
salgan bien instruidos en todo, y especialmente en el conocimiento de
las lenguas y costumbres orientales. Y como la fundación de este Ins-
tituto Nos parezca de gran oportunidad, aprovechamos la ocasión para
recomendar a todos los superiores de las Corporaciones religiosas que
tienen Misiones en el Oriente que manden a sus alumnos destinados
a las mismas Misiones para que se impongan en una más perfecta
cultura.
Mas al que se dispone convenientemente para el cargo del apostola-
do, le es indispensable, antes que todo, una cualidad de la mayor impor-
tancia y de que ya hemos hecho mención, es a saber, la santidad de
vida. Y en verdad, es necesario que sea todo de Dios quien predica a
Dios, y que aborrezca el pecado quien intima tal aborrecimiento. Entre
los infieles, sobre todo, que se guían más por el instinto que por la ra-
zón, aprovecha más la predicación del ejemplo que la de la palabra.
Que adornen, pues, al misionero las más bellas prendas de inteligencia
y espíritu, que sobresalga en doctrina y cultura: si todas esas cualida-
cum, catholici nominis apud Orientales incremento et propagationi consu-
lentes, peculiare in Urbe studiorum domicilium instituimus, ubi qui apos-
tolatum in lis regionibus obituri essent, gnari scientesque linguarum mo-
runque Orientis, ceterisque praesidiis instructissimi evaderent. Quod qui-
dem Institutum cum magnae opportunitatis Nobis videatur, hac utimur
occasione ad exhortandos, quotquot sunt, moderatores religiosarum fami-
liarum, quibus Orientales Missiones sunt demandatae, ut suos alumnos,
iisdem Missionibus destinatos, ea disciplina excolendos expoliendosque
curent.
At, qui se ad apostolicum munus recte accingit, unum necesse est ante
omnia sibi comparet, utpote maximi momenti ac ponderis, videlicet, quod
supra memoravimus, vitae sanctimoniam. Etenim homo Dei sit oportet,
qui Deum praedicat; oderit peccatum, qui odisse peccatum iubet. Máxime
apud infideles, qui sensu potius, quam rationibus, ducuntur, multo plus
proficitur fidem exemplis praedicando quam verbis. Esto igitur Missiona-
rius ómnibus mentís animique laudibus praeditus, ómnibus doctrinis ex-
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 17^
des no van unidas a una vida pura y santa, ninguna o muy poca efica-
cia tendrán para la salvación de los pueblos, antes bien las más de las
veces causarán no pocos perjuicios a él mismo y a los demás.
Sea, pues, el misionero ejemplarmente humilde, obediente y casto;
sea especialmente piadoso y dado de lleno a la oración santa y a la
unión continua con Dios, negociando constantemente ante su divino
acatamiento la salvación de las almas. Porque cuanto más íntima fuere
su unión con Dios, tanto mayores gracias y auxilios recibirá. Atienda
a la exhortación del Apóstol: «Revestios, pues, como escogidos de Dios,
santos y amados, de entrañas de misericordia, de benignidad, de mo-
destia, de paciencia.> (Colos., III, 12.) Con el auxilio de estas virtudes
se remueven todos los obstáculos, y es fácil y llano a la verdad el ac-
ceso al corazón de los hombres, porque no hay voluntad tan obstinada
que les pueda resistir. Y por eso el misionero que, a semejanza de Je-
sucristo, arde en caridad, viendo aun en los paganos más abyectos, a
hijos de Dios, redimidos con el mismo precio de la divina sangre, no se
irrita por su rudeza ni se asombra por su perversidad de costumbres, no
los desprecia o mira con desdén, no los trata con aspereza o severidad,
sino procura atraerlos con todas las dulzuras de la benignidad cristiana
cultas, omni humanitate politus; nisi haec cum morum innocentia cohae-
reant, parum aut nihil effícacitatis habebunt ad saiutem populorum, imo
plurimum et ipsi et ceteris obesse possunt.
Sit ille igitur in exemplum humilis, obediens, castus, sit praecipue pius,
sanctaeque orationi ac perpetuae cum Deo coniunctioni deditus, sedulo
apud eum causam agens animarum. Quanto enim fuerit Deo coniunctior,
tanto plus ei divinae gratiae et adiumenti impertietur. Audiat autem Apos-
tolum sic hortantem: Indulte vos ergo sicut electi Dei, sancti, et dilecíi,
viscera misericordiae, benignitatem, humüitatem, modesüam, patien-
iiam (1). Harum ope virtutum patens planusque in ánimos hominum est
veritati aditus, quibusvis submotis ímpedimentis; ñeque enim ulla est adeo
contumax voluntas quae eis facile obsistat. Ergo Missionarius, qui quidem
ad similitudinem lesu Domini flagret caritate, cum vel perditissimos ethni-
corum numeret inter filios Dei, utpote eodem divini sanguinis pretio re-
(1) Colos, IlL, 12.
180 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
para llevarlos algún día al abrazo de Jesucristo, el Buen Pastor. Al cual
propósito suele meditar aquel paso de la Sagrada Escritura: «¡Oh cuan
bueno y suave es, Señor, tu espíritu en todas las cosas, y por eso corri-
ges por partes a los que yerran y los amonestas de las cosas en que pe-
can, y les hablas, para que dejada la malicia crean en ti, Señor... Y tú,
dominador poderoso, juzgas con tranquilidad y nos gobiernas con gran-
de comedimiento. > (Sap., XII, 1,2, 18.) Mas ¿qué dificultades, qué fatigas
o peligrosas contingencias podrán apartar de su empeño a este enviado
de Jesucristo? Ninguna, ciertamente; porque, agradecidísimo a Dios que
le eligió para misión tan excelsa, cuanto de adverso y difícil de tolerar
pueda ocurrirle, los trabajos, las afrentas, las privaciones, el hambre, la
muerte misma, aunque cruel, todo está dispuesto a sufrirlo, generoso y
magnánimo, con tal de librar aunque no sea más que a un alma de las
fauces del infierno.
Animado de estos sentimientos y propósitos, y bajo el ejemplo del
Divino Maestro y de los Apóstoles, entre confiadamente el misionero
en el ejercicio de su apostolado, pero sin olvidarse de poner en Dios
toda su confianza. Es labor toda divina, como dijimos, la propagación
demptos, non eorum vel inhumanitate irritatur, vel morum perversitate
percellitur, non eos despicit aut fastidit, non acerbe atque dure^tractat, ve-
rum ómnibus christianae benignitatis officiis studet allicere, ut ad comple-
xum Christi, Pastoris Boni, aliquando perducat. In quo illud Scripturae
Sanctae meditari consuevit: O quam bonus, et suavis est, Domine, spiritus
tuus in ómnibus! Ideoque eos, qui exerrant, partibus corripis: et de qui-
bus peccant, ddmones et alloqueris ut relicta maliiia credant in te, Do-
mine Tuautem dominator virtutis cum tranquillitate indicas et cum
magna revereniia disponis nos (1). Quid vero est aut difficultatis aut mo-
lestiae aut discriminis, quod talem Jesu Christi legatum ab incoepto remo-
retur? Nihil sane: nam, gratissimus in Deum qui se tam celso muneri des-
tinavit, omnia quaecumque inciderint adversa et áspera ad toleramdum,
labores, contumelias, inopiam, famem, mortem ipsam quamvis crudelem,
magno complectitur animo, dum vel unam ex infernorom faucibus animam
eripiat.
(1) Sap., XII, 1 2, 18.
GÁRTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 181
de la Fe cristiana, puesto que sólo Dios sabe penetrar en el interior de
la conciencia, iluminar los entendimientos con el esplendor de la ver-
dad, encender las voluntades con la llama de las virtudes y dispensar
al hombre las oportunas energías para que pueda abrazar y seguir lo
conocido como verdadero y bueno. De aquí que si el ministro del Evan-
gelio no recibiera el socorro y ayuda del Señor, vanos serían todos sus
esfuerzos. Con todo eso, sin embargo, condúzcase muy valerosamente
en su labor, confiando siempre en el auxilio de la gracia divina que
jamás ha de faltar al que la implora. — Y aquí, aprovechando la ocasión
oportuna que se presenta, no queremos dejar, sin una mención especial
a las mujeres, que ya desde los primeros tiempos del Cristianismo han
colaborado siempre con admirable celo por la propagación del Evange-
lio. Y son especialmente dignas de una bien merecida alabanza aque-
llas vírgenes consagradas al Señor, que en gran número se encuentran
en las santas Misiones, dedicadas a la educación de los niños y a otras
múltiples empresas de piedad y beneficencia; y deseamos que esta
Nuestra alabanza de sus obras les proporcione nuevos estímulos y en-
tusiasmo para hacerse cada vez más beneméritas de la santa Iglesia.
Ita affectus animatusque, Christi Domini et Apostolorum exemplo, ad
suum munus fungendum fidenter Missionarius aggrediatur: sed omnem
fiduciae suae rationem in Deo collocabit. Divinum est hoc totum, ut dixi-
mus, christianam propagare sapientiam, cum solius Dei sit penetrare in
ánimos, ut et mentes splendore veritatis illustret, et voluntates igniculis vir-
tutum inflammet, et idóneas vires homini, ad sequendum efficiendumque
id quod verum bonumque cognoverit, adiiciat. Quare, nisi ministro ela-
boranti Dominus adfuerit, is frustra contendet. Ídem nihilo minus tamen
strenue pergat pro instituto contendere, auxilio nimirum freíus divinae
gratiae, quae numquam, eam roganti, defutura est. — Quo loco praetereun-
dae silentio non sunt mulleres, quae iam inde a rei christianae primordiis
egregiam operam studiumque Evangelii praeconibus navare consueverunt.
Ac dignae sunt quae praecipua cum laude hic commemorentur virgines
illae Deo devotae, quae in sacris Missionibus frequentes versantur, puero-
rum educationi, pietatisque et beneficentiae multiplicibus institutis ad-
dictae; volumusque haec suorum commendatio meritorum illis ad bene de
Ecclesia sancta merendum ánimos addat et alacritatem. Illae autem pro
182 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
Tengan por cierto que sus trabajos serán tanto más útiles cuanto más
empeño pongan en su propio perfeccionamiento espiritual.
Y ahora Nos complacemos en dirigir la palabra a todos aquellos
que por un gran favor de Dios misericordioso se hallan ya en posesión
de la verdadera Fe y participan de sus innumerables beneficios. En pri-
mer lugar conviene que reflexionen sobre la ley estrictísima que les
obliga a favorecer las sagradas Misiones entre los infieles; pues Dios
«mandó a cada uno que tuviese cuidado de su prójimo» (EcclL, XVII, 12);
el cual precepto tanto más gravemente obliga, cuanto mayor es la ne-
cesidad en que se encuentra nuestro prójimo. Y verdaderamente, ¿quién
está más necesitado de la ayuda fraterna que los infieles, los cuales,
no conociendo a Dios, entregados a sus concupiscencias ciegas y des-
enfrenadas padecen la esclavitud más dura de todas, bajo el poder del
ángel de las tinieblas? Por tanto, todos aquellos, que, según sus me-
dios, contribuyen a iluminarlos, principalmente ayudando a la obra de
las Misiones, al mismo tiempo que cumplen un imperioso deber, mues-
tran además al Señor, y en forma la más acepta a sus divinos ojos, su
agradecimiento por haberles favorecido con el don inestimable de
la Fe.
certo habeant tanto suam operam fore uliliorem, quanto magis suae ipsa-
rum perfectioni spiritus studuerint.
Affari iam libet universos omnes, quicumque, magno Dei miserentis
muñere, verae sunt Fidei compotes et innumerabilia, quae inde manant,
beneficia participant. Ac primum attendant oportet quam sánela teneantur
lege sacris ad infideles Missionibus opitulandi. Etenim mandavit (Deus)
unicüique de próximo sao (1); quod mandatum eo quidem urget gravius,
quo proximum premit maior necessitas. At vero quod genus hominum
magis fraternae opis indiget, quam infidelium, qui, cum Deum ignorent,
caecls effrenatisque cupiditatibus devincti, pessimam omnium, sub diabolo,
serviunt servitutem? Quotquot igitur his illuminandis opem pro facúltate
attulerint; praesertim Missionalium operam adiuvando, ii et máxima in re
(1) Eccli.y XVIÍ, 12.
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 183
De tres modos pueden ser los auxilios con que se ayude a las Mi-
siones y que los misioneros no cesan de implorar. El primero está al
alcance de todos, y es pedir al Señor que se muestre propicio con aqué-
llas. Ya más de una vez hemos dicho que toda la obra del misionero
será vana y estéril si no la fecunda la gracia divina; como decia de sí
San Pablo: «Yo planté, Apolo regó, mas Dios es el que ha dado el cre-
cimiento > (I, Cor.j III, 6). Mas para impetrar esta gracia no hay sino un
solo medio, y es la oración humilde y constante, según que el mismo
Señor dice: «Cualquier cosa que pidieren, les será concedida por mi Pa-
dre» (S. Mat. XVIII, 19): oración de cuya eficacia no puede caber duda,
y menos en el caso presente en que se trata de una causa nobilísima y
más grata a Dios que ninguna otra. Al modo, pues, como un día Moi-
sés en la cima del monte y con las manos en alto imploraba la ayuda
divina para Israel en lucha contra los amalecitas, así todos los cristia-
nos deben, con el auxilio de santas plegarias, favorecer a los propaga-
dores del Evangelio, mientras ellos luchan entre mil dificultades en los
campos del Señor. Y como justamente para este fin haya sido instituido
el que se llama «Apostolado de la oración». Nos aquí lo recomenda-
mos encarecidamente a todos los buenos con el más vivo deseo de que
officii partes expleverint et grates Deo acceptissimum in modum de Fidei
beneficio persolverint.
lamvero triplicis generis sunt adiumenta quae Missionibus afferri pos-
sunt, quaeque Missionales ipse rogare non desinunt. Primum est, quod
quidem cuique praestare licet, ut propitius eis Deus invocetur. Semel ite-
rumque iam diximus inanem atque irritum, a Missionariis insumptura, la-
borem fore, nisi eum divina gratia fecundarit, Paulo testante qui ait: Ego
planiaví, Apollo rigavitt sed Deas ¿ncrementam dedil (1). Huius autem
gratiae impetrandae una via est eaque in perseverantia humilium precum
consistit, nam de omníre, quamcumque petierint, fiel illis a Paire meo (2)
dicit Dominus. Quae preces, si unquam alias, sane effectu carera non pos-
sunt in hac causa, qua nulla praestantior, nulla gratior Deo est. Quemad-
modum igitur dum Israelitae cum Amalee praeliabantur, intérea Moisés in
(1) I Cor., III 6.
(2) Mam., XVIII, 19.
184 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
ninguno rehuse pertenecer a él, y que todos quieran tomar parte, al
menos con su celo espiritual, en las santas fatigas del apostolado.
En segundo lugar, es necesario atender al aumento de misioneros,
porque si ya antes eran pocos, pero hoy, después de la guerra, se ha
hecho mucho más sensible su escasez, hasta el punto de que gran parte
de la viña del Señor carece de cultivadores. Sobre lo cual deseamos,
principalmente, venerables Hermanos, hacer un llamamiento a vuestra
solicitud; y en ello haríais una obra digna de vuestro amor a la reli-
gión, si fomentaseis con cuidado, tanto en el clero como en los alum-
nos del Seminario diocesano, la vocación hacia las Misiones, cuando
en algunos de ellos se manifestase. Ni os dejéis engañar en esto por
alguna apariencia de bien o por razones completamente humanas
como la de que cuanto diereis a las Misiones extranjeras seria con per-
juicio de vuestra diócesis, pues por un solo apóstol a quien dejéis se-
guir su vocación, el Señor suscitará muchos sacerdotes útilísimos para
la salvación de vuestra grey. Y aquí también rogamos con vivas ins-
tancias a los superiores de las Órdenes e Institutos religiosos que tienen
Misiones en el Extranjero, que no destinen a obra tan importante sino
a los más selectos en la virtud, es, a saber, a los que sobresalgan por
summo coUe divinam eis opem sublatis manibus impetrabat, ita Evangelii
propagatoribus laboriose in vínea Domini se exercentibus omnes debent
Christifídeles sanctarum precationum ope suffragari. Cui quidem officio
rite exsequendo cum proprie institutus sit Apostolatus precátionis qui di-
citur, eum hic vehementer bonorum universitali commendamus, optantes
ut nemo se ab eius consortione abstineat, sed veHnt, quotquot sunt, aposto-
lici laboris si non re at studio esse participes.
Secundo loco, Missionalium paucitati medendum est; quae cum antea
non exigua esset, summa iam facta est confecto bello, ut multae Dominici
agri partes a cultoribus vacent. In quo vestram praecipue, venerabiles Fra-
tres^ advocatam desideramus diligentiam; vosque rem facturi estis vestro
religionis amore in primis dignam, si et in clero et in Seminario dioecesa-
no apostolatus semina, quae quis forte sibi inesse ostenderit, studiose fo-
veatis. Nec vos ulla species recti decipiat aut humana aliqua ratio permo-
veat, quasi, quod exteris Missionibus permiseritís, id de utilitate dioecesis
vestrae detraxisse videamini. In locum enim unius quem dimiseritis foras,
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 185
SU inocencia de vida, por el fuego de su devoción y por el deseo de la
salvación de las almas; y que cuando vieren que sus misioneros han
trabajado en algún pueblo con éxito feliz atrayéndolo de la idolatría
hacia la escuela de Cristo, y que han logrado allí dar base sólida a una
Misión estable, los trasladen, como experimentados soldados de Jesu-
cristo, a otra región para redimirla de igual modo; y éstos dejen de buen
grado a otros el menos difícil cuidado de mejorar la tierra ya cultivada;
con lo cual conseguirán, al mismo tiempo que mucho frutó en las al-
mas, bendiciones abundantes para su Corporación.
Son además necesarios para el sostén de las Misiones recursos no
pequeños, sobre todo porque a consecuencia de la guerra han aumen-
tado considerablemente sus necesidades, habiendo quedado destruidas
muchas escuelas, asilos, hospitales y otras fundaciones piadosas desti-
nadas a beneficencia. Sobre esta necesidad queremos también llamar la
atención de todos, a fin de que todos contribuyan a remediarla con su
liberalidad y en la medida de sus fuerzas; porque «el que tuviere rique-
zas de este mundo y viere a su hermano tener necesidad y le cerrare
sus entrañas, ¿cómo está en él la caridad de Dios?» (I, Jo., III, 17.) Así
habla el apóstol San Juan refiriéndose a los que padecen necesidad de
plures domi sacerdotes perutiles Deus vobis suscitabit. Qui vero Ordinibus
Institutisve religiosorum praesunt exteras colentibus Missiones, oramus et
obsecramus, ne ad tantiim opus nisi sodalium lectissimos destinent, eos
scilicet qui et vitae innocentia et devotionis ardore et animarum studio
praestare videantur. lidem auíem cum missionarios suos cognoverint in
aliquo populo ab impura superstitione ad christianam sapientiam tradu-
cendo feliciter esse versatos, ecclesiamque ibi satis firme fundasse, eos, ut
electos milites Christi, ad aliam gentem ex diaboli manibus eripiendam
transferant, et quicquid ab illis iam quaesitum Christo sit, alus, cultura
promovendum in melius, haud inviti relinquant. Quo pacto, opimam fa-
cientes tamquam messem animarum, ubérrima quoque suis Familiis divi-
nae bonitatis muñera acquirent.
Denique opes et eae non ita tenues requiruntur ad Missiones tuendas,
máxime cum earum necessitates ex bello in immensum creverint, tot scho-
lis et nosocomiis et domibus hospitalibus et gratuitis rerum diribítoriis
aliisque sublatis exstinctis. Hic enimvero bonos omnes appellamus, ut li-
1 86 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
las cosas temporales. Pero, ¿cuánto más sagrada no será la obligación
de la caridad en este caso, puesto que se trata, no sólo de remediar el
hambre, la escasez y otras necesidades sin cuento, sino también y prin-
cipalmente de librar a tantas y tantas almas de la esclavitud del sober-
bio Satanás y conducirlas a la libertad de los hijos de Dios? Por eso
deseamos ardientemente que la generosidad de los católicos contribu-
ya con sus limosnas de una manera especial a favorecer las institu-
ciones benéficas en pro de las santas Misiones. La principal es la Obra
de la Propagación de la Fe, de la que Nuestros predecesores y Nos
hemos hablado repetidas veces con encomio; por lo cual, deseando obte-
ner de ella abundancia de buenos frutos, es Nuestra voluntad que la Sa-
grada Congregación de Propaganda Fide tenga de ella especial solicitud
y cuidado, ya que ella de un modo especial ha de proporcionar directa-
mente los recursos necesarios para el sostenimiento de las Misiones
actuales y de las que en lo sucesivo se hayan de fundar. Confiamos,
pues, en que el mundo católico no ha de permitir que mientras otros
disponen de poderosos medios para esparcir el error, nuestros misione-
ros tengan que luchar con la escasez para difundir la verdad. Otra ins-
titución que a todos recomendamos encarecidamente es la Obra de la
berales pro facultatibus exsistant. Nam Qui habuerit substantiam huías
mundi, et viderií fratrem suam necessitatem habere, et clauserit viscera
sua ab eo; gao modo charitas Dei manet in eo? (1) Ita quidem loannes
Apostolus, de illis loquens qui rerum externarum necessitate premantur.
At quanto est sanctius observanda caritatis lex in hac causa, cum agitur
non solum ut inediae et inopiae ceterisque miseriis infínitae multitudinis
subveniatur, sed etiam et in primis ut tam ingens animarum numerus e su-
perbo Satanae dominatu in fíliorum Dei libertatem vindicetur? Quare illa
praesertim quae in sacrarum Missionum commodum sunt instituta, adiu-
vari catholicorum liberalitate cupimus. Primum est Opus quod appellatur
a Propagatione Fídei, pluries iam a decessoribus Nostris dilaudatum; ex
quo ut vel maior fructuum optímorum ubertas exsistat in posterum, volu-
mus sacrum Consilium christiano nomini propagando diligentissime curet.
Máxime enim ex eo copiae suppetant oportet unde Missiones tum quae iam
(1) I, lo., III, 17.
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 187
Santa Infancia, cuyo fin es procurar que no mueran sin el Bautismo los
niños de los infieles: obra además muy recomendable, porque pueden
tomar parte en ella nuestros niños también, los cuales, de esta manera,
dándose cuenta de lo que vale el don inestimable de la Fe, aprenden
también a aportar sus limosnitas por la conversión del mundo, No
hemos de omitir la que llaman Obra de San Pedro, que tiene por fin la
formación del clero indígena de las Misiones.— Además, queremos que
se cumpla con exactitud lo prescrito por Nuestro predecesor (de feliz me-
moria) León XIII, es decir, que en la fiesta de la Epifanía del Señor,
se pida limosna en todos los templos del mundo «pro redimendis capti-
vis ex Africa>, y que el dinero recogido se envíe a la Sagrada Congre-
gación de Propaganda Fide.
' Mas para que Nuestros deseos, venerables Hermanos, más segura y
felizmente se cumplan, debéis organizar, de un modo especial, la labor
de vuestro clero en orden a las Misiones. Los fieles generalmente se
hallan bien dispuestos y propensos a favorecer la obra del apostolado
y no es necesario sino que sepáis aprovechar con prudencia esa pro-
pensión para que rinda los mejores frutos en beneficio de la obra evan-
gelizadora. Sabed, pues, que es Nuestro deseo que en todas las diócesis
sunt conditae tum quae posthac condendae erunt, sustententur: confídimus
autem non permissurum catholicum orbem ut, cum alii ad errores diffun-
dendos abundenl affluantque opibus, nostri verum disseminantes cum ino-
pia luctentur. Alterum, quod etiam vehementer ómnibus commendamus,
est Sanctae Infantíae Opus, cuius est vigilare ut infidelium parvulis dece-
dentibus baptismus ministretur: idque eo est commendabilius, quia pueri
quoque nostri ipsum participare possunt, itaque, mature intelligentes
quanti sit Fidei donum, suam operam ad illud cum alus communicandum
discunt conferre. Nec vero praetermittendum est Opas Sancti Petri, ut
aiunt, quo educationi atque institutioni cleri indigenae Missionum consuli-
tur. — Ad haec diligenter observan volumus quod est a decessore Nostro
fel. rec. Leone Xlll praescriptum, ut in festo Epiphaniae Domini in ómni-
bus orbis terrarum sacris aedibus stipes «pro redimendis captivis ex Áfri-
ca» corrogentur, et quantum coUectum erit pecuniae, ad S. Consilium Fi-
dei Propagandae mittatur.
Sed quo certius uberiusque optata Nostra eveniant, debetis omnino,
188 CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO
del orbe católico se establezca la piadosa Asociación, llamada Unión
Misionera del Clero, la cual queremos que esté bajo la dependencia de
la Sagrada Congregación de Propaganda Fide, a la que ya hemos dado
a este fin todas las facultades necesarias. Fundada recientemente en
Italia esta piadosa Asociación, se ha extendido en poco tiempo por
otras regiones, y hallándose floreciente según Nuestros deseos, la
hemos ya enriquecido con muchas indulgencias, de las que es verda-
deramente digna, puesto que por su medio la acción de los clérigos
viene a ser sabiamente ordenada, no sólo a interesar a los fieles en la
conversión de tantos millones de paganos, sino también a promover
todas aquellas obras que en beneficio de las Misiones fueron ya apro-
badas por esta Santa Sede.
He aqui, venerables Hermanos, cuanto queríamos significaros acer-
ca de la propagación de la Fe por todo el mundo. En verdad que si to-
dos cumplen, como es justo, con su deber, los misioneros en el exterior
y los fieles en su patria, podemos esperar con fundamento que las san-
tas Misiones, restablecidas de los daños gravísimos de la guerra, tor-
narán en breve a florecer con nuevo vigor. Y ahora, como si oyéramos
aquella exhortación del Señor dirigida a Nos, como en otro tiempo a
venerabiles Fratres, vestri cleri disciplinam peculiari quodam modo ad
Missiones dirigere. Vulgo enim fídeles ad opitulandum hominibus aposto-
licis inclinant et propendent; vosque hac animorum propensione sapienter
utamini, ut quam máximo Missionibus sit emolumento. Scitote igitur Nos
cupere, in ómnibus orbis catholici dioecesibus eam quam vocant Missio-
nalem cleri consociationem, instituí, quae in dicione sit Sacri Consilii
christiano nomini propagando, cui quidem Sacro Consilio omnem iam
huius reí fecimus facultatem. Orla ea nuper ín Italia, brevi in alias regiones
diffusa est; Nostroque studio cum floreat, multis iam est a Nobis pontifica-
lis indulgentiae muneribus ornata. Et mérito; nam eius instituto clericorum
actio óptima ordiñatur, cum ad iniiciendam christianis curam de tot ethni-
corum salute, tum ad opera ea cuiusvis generis provehenda, quae in Mis-
sionum- utilitatem Apostólica haec Sedes iam probarit.
Haec, venerabiles Fratres, de Fidei catholicae toto orbe propagatione
scribere ad vos habuimus. Iam vero, si suo quisque officio, uti par est,
omnes satisfecerint, Missionarii foris, Christifídeles domi, bona nitimur
CARTA APOSTÓLICA DE NUESTRO SMO. PADRE BENEDICTO 189
San Pedro: «Duc in altum> iqué ardor tan grande de la caridad paterna
Nos empuja a querer conducir a toda la Humanidad al abrazo de Jesu-
cristo! Pues que el Espíritu de Dios alienta siempre vivo y poderoso en
SU Iglesia, no puede carecer de sus frutos el celo de tantos hombres
apostólicos que trabajaron y trabajan sin intermisión por dilatar sus
confines. Estimulados por su ejemplo, surgirán otros muchos apóstoles
que, auxiliados por la plegaria y generosidad de los buenos, seguirán
conquistando para Jesucristo muchedumbre abundantísima de almas
por toda la tierra.
La Virgen Madre de Dios y Reina de los Apóstoles despache favora-
blemente nuestras súplicas obteniendo para los ministros del Evangelio
la gracia del Espíritu Santo; en auspicio de lo cual y como testimonio
de Nuestra benevolencia, con el mayor afecto damos, venerables Her-
manos, a vosotros, a vuestro Clero y a vuestro pueblo la bendición
apostólica.
Dado en Roma, junto a San Pedro, a 30 de Noviembre de 1919, año
sexto de Nuestro Pontificado.
Benedicto Papa XV.
spe, futurum ut, ex maximis belli vulneribus damnisque refectae, celeriter
sacrae Missiones revirescant. Atque hic, tamquam hortante Nos, ut oHm
Petrum, ea Domini voce: duc in altam (1), quanto urgemur paternae cari-
tatis ardore, ut innumerabiles, qui nunc sunt, homines ad ipsius com-
plexum adducamus. Etenim alitur vigetque semper Del Spiritu Ecclesia;
neo suo possunt effectu carera tot hominum apostolicorum studia, qui ad
eam amplifícandam laboraverunt adhuc et laborant. Horum autem exem-
plis excitati, exsistent subinde plurimi, qui, bonorum et pietate et munifi-
centia suffragante, laetissimam parient Christo copiam animarum.
Faveat communibus votis Magna Dei Parens Regina Apostolorum,
Evangelii praeconibus effusionem Sancti Spiritus conciliando; cuius auspi-
cem et benevolentiae Nostrae testem, vobis, venerabiles Fratres, et clero
populoque vestro apostolicam benedictionem peramanter impertimus.
Datum Romae apud sanctum Petrum, die XXX novembris MCMXIX,
Pontificatus Nostri anno sexto.
Benedictus PP. XV.
(1) Luc.,V,4.
LA BIBLIA DE VALVANERA
Fragmentos de la Vetus latina.
Decíamos en el artículo anterior que las notas marginales de la
Biblia de Valvanera ofrecían un ínteres excepcional por pertenecer a
una o varias versiones latinas anteriores a San Jerónimo. Y vamos a
demostrarlo. Las notas que el P. Castillo nos conservó en el incuna-
ble escurialense pertenecen a los siguientes libros: Pentateuco, Josué,
Jueces, libro de los Reyes y de los Paralipomenos, Job, Proverbios, Ec-
clesiastés, Sapiencia, Isaías, libros de los Macabeos, Epístolas de San
Pedro, Epístola 1.^ de San Juan y Epístola de San Judas. La mayor par-
te de las lecciones van precedidas de los signos LXX o In gr.; otras lo
están de la abreviatura At y finalmente hay algunas señaladas con la
sigla T.
I. Las lecciones precedidas de LXX o In gr., que en adelante de-
signaremos con el título de Valv.*, se extienden a todos los libros pro-
tocanónicos del Antiguo Testamento, antes citados, y son muy nume-
rosas, especialmente en el Pentateuco, Jueces, libros de los Reyes y
de los Paralipomenos, Job, Proverbios e Isaías. Con los signos LXX o
In gr, no cabe duda que se quiere indicar que las lecciones así señala-
das se derivan del texto griego de los Setenta Intérpretes, lo cual, de otra
parte, aparece evidente por la perfecta concordancia que de ordinario
se advierte entre ambos textos. Supuesta esta procedencia se explica
perfectamente que el régimen o construcción sintáctica de dichas lec-
ciones se amolde con frecuencia más bien a las reglas de la gramática
griega que a la índole de la lengua latina. Véanse algunos ejemplos:
Gen.y I, 28: principamini piscium maris et volatilium coeli; XXX, 5:
inf antis quibus miserias est Deas puero sao; XLIX, 10: doñee ueniat
qui reposita sunt ei. En los fragmentos que más adelante publicamos
LA BIBLIA DE VALVANERA 191
se pueden ver otros muchos ejemplos. Tampoco es raro encontrar pa-
labras griegas sin traducir, como son: Gen., XIX, 6: protyrum (Trpoeupov,
Cod. D) (1); XXX, 37: istiratinam; Ex., XXV, 10: cimatia, 28: thisiS"
cas, XXX, 24: yrim; Levit, XIII, 39: alphos; Jud., IV, 21: scarizans
{== Cod. A), V, 10: lampenis (= Cod. A); I Reg. IV, 1: (y passim) Allo-
philU XIV, 14: in volidis et petrouolis {= Cod. A), XX, 20: scizas; Job,
X, 6: pyratheria, XX, 18: stricnhus, etc. (1).
Aliado de estas palabras y construcciones griegas se encuentran
otras que son propias del latín rústico o plebeyo, como son: Gen., IX,
20: agricolariy XXIII, 9: speleum duplicem; Ex, III, 7: notítionem, VI,
6: de subiug añone, XXIII, 8: pestiferant, XXV, 35: sub duobus calami-
scos; Num. XIII, 31: assilentiavit; Deut. VIII, 9: metallabis, XII, 31:
abominamenta; I Reg., VIII, 13: panicoquas, IX, 21: post ómnibus civi-
tatibus, XIV, 19: concolige, XV, 22: obaudientia, XVII, 18: cáseas mol-
les; Job, III, 26: paciferatus, XXXII, 19: flaturaríum, Prov., XXXI, 23:
circunspicibilis, etc.
Todos estos caracteres son propios y distintivos de las diversas ver-
siones o recensiones de la Biblia, que los críticos suelen denominar con
el título general de Vetas latina, a la cual pertenecen sin duda alguna
los fragmentos de Valv.* Avanzando un poco más en nuestro análisis,
podemos asegurar que dichos fragmentos pertenecen a la recensión
italiana, pues tienen muy estrecha afinidad con el texto bíblico usado
por Nuestro Padre San Agustín, San Ambrosio y Lucífero, Obispo de
Cagliari, que, como es sabido, se sirvieron de la citada recensión. Véan-
se algunos textos comparativos (3):
(1) Cfr. H. Barclay Swete: The Oíd Testament in Greek..., Cambridge.
1909, h. 1.
(2) También se encuentran algunas palabras hebreas sin traducir, pero no
cabe duda que, por lo menos, la mayor parte de ellas pasaron a Valv.* por
mediación del texto griego de los LXX. Las cuatro siguientes, sin embargo, no
las hemos hallado en las edidiones modernas de los LXX: Levit., XI, 22: haha-
cab, XVI, 8: azazel,Jud., III, 16: maddau, IV, 2: haffgoim.
(3) Omitimos, por parecemos innecesaria, la referencia de las obras de
donde están sacados los textos que citamos de Nuestro Padre San Agustín,
San Ambrosio y Lucífero. El lector podrá fácilmente encontrarlos en la edición
de Sabatier {Bibliomm sacrorum latinae versiones antíquae, Parisiis, 1751) se-
gún la cual hacemos nuestras citas.
192
LA BIBLIA DE VALV AÑERA
VALV.*
Gen. I, 2: Terra autem erat
inuisibilis et in-
composita.
28: Et principamini pi-
scium maris et
volatilium coeli.
Ex. X, 1: ut ordine superue-
nient signa haec
super eos.
2: ut narretis in auri-
bus fíliis uestris
et fíliis fíliorum
uestrorum quae-
cumque delusi
Aegyptios.
XXI, 9: quod si filio adno-
minaueriteam se-
cundum iustitiam
fíliarum faciet el.
33: si quis aperuerit la-
cum aut exciderit
lacum.
XXXII, 25: disipauit enim eum
Aaron ut in gau-
dium uenirentad-
uersariis sius.
S. AGUSTÍN
térra autem erat invisibilis et incom-
posita.
et principamini piscium maris et
vola tilium coeli.
ut ordine süperveniant signa mea
haec super eos.
ut narretis in aures fíliis vestris et
fíliis fíliorum vestrorum, quae-
cumque illusi Aegyptiis.
Quod si filio adnominaverit eam, se-
cundum iustificationem filiarum
faciet ei.
Si quis autem aparuerit lacum aut
exciderit lacum.
dissipavit enim eos Aaron, ut in
gaudium venirent adversariis
suis.
Ex. XXX, 12: Si acceperiscompu-
tationem filiorum
Isrrael in uisita-
tione ipsorum et
dabunt singuli re-
demptionem ani-
mae suae dno in
uisitatione sua et
noneritin eis rui-
na in uisitatione
eorum.
13: et hoc est quod da-
bunt quod per-
S. AMBROSIO
Cum acceperis computationem fílio-
rum Israel in visitatione ipso-
rum, dabunt singuli redemptio-
nem animae suae Domino, et
non erit in his ruina in visitatione
eorum (1).
Et hoc es quod dabunt quotquot pe-
rambulant visitationem, didra-
(1) N. P. S. Agustín en el Lib. Locut. in Heptat. cita este vers. 12 en una
forma que se aproxima más todavía que el texto de S. Ambrosio al de Valv.*
LA nilíLTA DE VAI.VANEKA
193
transient uisita-
tionem didragmi
dimidiam partem
quod est secun-
dum didragmum
sanctum uiginti
oboli didragmum
dimitía autem
pars didragmi
illatio Domino.
chmi dimidiam partem, quod est
secundum didrachmum sanctum.
Viginti oboli didraclimum. Dimi-
dia autem pars didrachmi illatio
Domino.
Ex. XXII, 8: muñera excecant
oculos videntium
et pestiferant ser-
mones iustos.
/. Reg. XV, 22: Et ecce dicto au-
dientia melior est
quam sacrificium
et obaudientia
quamadipesarie-
tum.
23: quoniam peccatum
abominatio est
tibi dolores et ge-
mitus ad te addu-
centur pro quibus
nuUius momenti
fecisti verbum
dni nuUius mo-
rnenti te faciet
dnus ne regnes in
Isrrael
LUCÍFERO
Muñera enim excaecant oculos vi-
dentium, et pestiferant sermones
justos.
Et ecce dico (1) audientia melior est
quam sacrificium et obedientia
quam adipes arietum.
quoniam peccatum abominatio est,
dolores et gemitus ad te adduxi-
sti. Pro quibus nuUius momenti
fecisti verbum Domini, nullius
momenti te faciet Dominus ne
regnes.
Creemos que son más que suficientes los textos citados para demos-
trar de un modo palmario las dos afirmaciones arriba sentadas, es de-
cir, 1.% que los fragmentos de Valv.* son verdaderos restos de una ver-
sión latina prejeronimiana y no simplemente «traducciones hechas
directamente del griego y juxtapuestas al texto de la Vulgata de nues-
tro manuscrito, sin haber nunca formado parte de un texto latino com-
(1) En la edición de G. Hartel del Corpus sripíor. latín, de Viena (t. XIV) en
lugar de dico se lee dicto, como en el texto de Valv.*
13
194 LA BIBLIA DE VALV AÑERA
pleto y en uso» (1); y 2.^ que dichos fragmentos deben ser clasificados
en el grupo de los textos italianos. Cierto es que al lado de estas con-
cordancias se pudieran citar no pocas discrepancias entre Valv.' y el
texto de los Padres mencionados; pero esto no invalida las afirmacio-
nes hechas, pues sabido es que entre los distintos representantes de
una misma recensión se suelen encontrar numerosas variantes, origina-
das de múltiples causas, cuya explicación sería ociosa en este mo-
mento.
También parece haber algún parentesco entre Valv.* y el texto bí-
blico usado por Prisciliano, a juzgar por los siguientes pasajes, que son
los únicos (fuera del libro de Isaías) que podemos comparar:
VALV.* PRISCILIANO (2)
Num. XXIII, 22: Deus qui eduxit illos Nobis in omni scriptura, sicut scrip-
de aegypto sicut íum est unicornis est Deus. {Líber
claritas vnicorni Apol., p. XXVI.)
eius.
XXIV, 8: Sicut honor vnicornis Sicut honor unicorni cornua eius,
eius comedet gen- comedet gentes inimicorum suo-
tes inimicorum suo- rum et cubitos eorum emedu-
rum et ossa illorum llauit. (Ibidem, p. XXVIII.)
emedullabit.
Deui. XXXllfS: Statuit fines gentium, Constitutis terminis gentium, secun-
secundum numerum dum números angelorum Del
angeiorum Dei. (Tractatus Exodi, p. LXV.)
En el libro de Isaías, las notas marginales de Valv.* no concuerdan
tanto con los autores citados como con el texto latino derivado de
los LXX, que cita San Jerónimo en su Comentario a dicho libro, de
donde tal vez estén sacadas (3). También las pocas notas que se leen
(1) Esta última hipótesis fué propuesta por Burkitt (The Oíd Latín and The
ítala, pág. 9) respecto de las notas marginales del Cod. G. Legión. Cfr. L. Dieu,
JRevue Biblíque, 1919, pág. 383.
(2) Citamos las obras de Prisciliano según la nueva edición de Menéndez
y Pelayo {Heterodoxos, Madrid, 1917, t. II), que es reproducción exacta de la
de Schepss.
(3) Se ha discutido si el texto latino derivado de los LXX, que cita San
Jerónimo en sus Comentarios a los Profetas, pertenece a la Vetas latina o es
más bien una traducción original del Santo Doctor. La opinión más probable,
a nuestro juicio, es la defendida por el P. Sabatier en los siguientes térmi-
LA BIBLIA DE VALVANERA 195
en las márgenes del Eclesiastés tienen grande analogía con el texto
alegado por el mismo Doctor en su Comentario (1).
Otro problema interesante que presentan los fragmentos de Valv.*
es el de sus relaciones con el texto griego, pero no es nuestro propósito
entrar a fondo en la discusión amplia y detallada de este punto, por-
que necesitaríamos antes tratar de otro más general; es, a saber: del de
las relaciones de la recensión italiana con el mismo texto griego, para
lo cual no disponemos ni de tiempo suficiente ni de instrumentos crí-
ticos adecuados. Nos limitaremos, por tanto, a hacer algunas observa-
ciones generales. Y sea la primera que el texto de Valv.' contiene nu-
merosas lecciones que sólo se encuentran en la recensión de Luciano.
Si estas lecciones proceden directamente del texto de Luciano o más
bien se derivan de otro más antiguo, semejante al que sirvió a este
autor para su recensión, es cuestión que dejamos al juicio de otros más
competentes. Séanos sin embargo permitido decir que la primera hipó-
tesis nos parece mucho más probable en la mayoría de los casos. En
bastantes pasajes hemos también advertido que hay íntimo parentesco
entre Valv.' y el códice Alejandrino. En prueba de ello vamos a trans-
cribir los fragmentos del Cántico de Débora;
Jad, V, 2 Cum inchoarent principes in Isrrael in volúntate po-
puli benedicite dominum.
> 4 etenim coeli locuti sunt.
» 6 Defecerunt viae et euntes tabescebant ambulantes
vías pravas.
> 7 defecerunt commorantes in Isrrael.
* 8 Elegerunt Déos nouos tune velut panem ordeatium
tigimen adulescentium iaculantium accensus est et
iaculauit in quadraginta millibus Isrrael.
nos: «Interpretatlonem illam latinam nihil aliud esse plerumque, quam Versio-
nem antiquam ab Editione LXX. Ko:vfí, sen Communi, ortam: multo pauciora
quae illam e Graeco, etiam Hexaplari, emendatam fuisse ab Hieronynio de-
monstreut: nuUa aut pene nulla ex quibus efficiatur concludaturque omnino
aiiam, data opera, ab Hieronymo elaboratam fuisse.» (Bíbliorum sacrorum la-
tinae versiones antiquae, t. II, pág. 508-509.)
(1) Acerca de la versión latina del Eclesiastés, que se halla en el Comen-
tario de San Jerónimo, dice el citado P. Sabatier: ex Hebraeo fonte pauca,
ex LXX. pene omnia derivata esse videnfur. (Obra cit., t. II, pág. 350.)
196 LA BIBLIA DE VALVANERA
Jiid. V, 10 ascendentes asinas et sedentes in lampenis et ambu-
lantes super viam.
» 11 respóndete a uoce resonantium in medio epulantium
illic dabunt iustitiam domino.
> 13 Domine descende mihi in fortiores me.
» 16 inhabitas in medio labiorum ut exaudias sibilationes.
» 17 Asser hospitatus est secus ripam maris.
> 28 per fenestram retiatam.
En grada de la brevedad omitimos aquí el texto griego paralelo del
Cod. A, Quien no le tenga a mano puede consultar las numerosas va-
riantes que de este códice trae H. B. Swete en su excelente edición de
los LXX, y con ellas a la vista no le será difícil comprobar las notables
concordancias que hay entre dicho códice y los fragmentos copiados
de Valv.*
Finalmente, es digno de notarse que algunas de las lecciones de
Valv.* se encuentran en los manuscritos de la Vulgata de familia es-
pañola y en las Biblias de Teodulfo de Orleans. He aquí algunas de
estas lecciones:
I Reg. X, 2: salientes magnas fossas (Teod. y ms. 16 de Or^
leans: salientes magnas f o veas.)
> XIII, 21: et erat vindemia parata ut vindemiarent, vasa au-
tem erant tribus siclis in dentem et securis et fal-
ces in substantia erat eis (= Teod. con ligeras
variantes.)
» XIV, 14: in volidis et pretrouolis et in saxis campi f= Teod.)
> XXI, 7: qui pascebat muías Saúl (= Tolet, F. Breviario
muzárabe, Teod.) (1).
II. El segundo grupo —notablemente menos numeroso e importante
que el anterior— de notas marginales de la Biblia de Valvanera, que
designaremos con el título de Valv.', lo constituyen las señaladas con
un signo que no aparece claro si debe leerse At ( = Alia translatio)
(1) Cfr. S. Berger, Histoire de la Válgate, págs. 84-167-175.
LA BIBLIA DE VALV AÑERA 197
O Al (== Alias, o aliter o alia lectio) (1). Se hallan precedidas de este
signo algunas notas marginales del Pentateuco, Josué, Jueces y de los
cuatro de los Reyes y todas las de los libros siguientes: Sapiencia, los
dos de los Macabeos, Epístolas de S. Pedro, Ep. 1.^ de S. Juan y Ep. de
S. Judas. A nuestro juicio, estos fragmentos pertenecen también a la
antigua versión latina, y en los libros protocanónicos citados del
A. T. — en los cuales casi todas las lecciones de Valv.^ van acom-
pañadas de la correspondiente variante de Valv.* —reproducen un
texto que de ordinario se aleja bastante del de este último, como puede
apreciarse por los siguientes ejemplos:
Valv.* Valv.^
Éxodo, XXVI, 6: et facies círculos au- et facies circuios quinquaginta áu-
reos et omnia iun- reos et coniungcs pellos aliam
ges atria ad alus ad aliam circulis et erit taber-
alium de circulis et naculum unum.
erit tabernaculum
unum.
36: et facies adductorium et facies epispartum de hyacinto.
hostio tabernaculi.
XXXI, 14: qui profanauerit illud qui commaculabit illum morte mor-
morte morietur. tificabitur.
XXXII, 7: exterminatus est enim iniquitatem enim commisit populus
populus tuus. tuus.
25: ut in gaudium venirent etphicarma aduersariis suis.
adversariis suis.
Jos. Vil, 25: qui disperdisíi nos dis, qui exterminasti nos exterminet te
perdat te dominus. dnus.
De la comparación de estos breves fragmentos se deduce con clari-
dad que el texto griego de donde se deriva Valv.* era algo distinto
del que tuvo a su disposición el autor de Valv.*
Hemos dicho que los fragmentos de Valv." son restos de la antigua
versión latina y no traducciones parciales de un glosador desconocido,
y nos fundamos, para creeerlo así, en las singulares coincidencias que
hemos notado con otros textos ciertamente prejeronimianos.
(1) En el Deut. XXXII, 43, se cita una lección con la rúbrica Alia, y en
el III de los Reyes, IV, 2, otra con la siguiente: Aliter,
198 LA ÜIBLIA DK V.M.VANERA
He aquí algunas concordancias con el texto de Nuestro Padre San
Agustín;
Valv.2 S. Agustín.
Deut.XXlX, 19: Vt non in vnum pariter Ut non simul perdat peccator eum
perdat peccatorem qui sine peccato est.
qui sine peccato est.
20: non uolet dominus pro- nolet Deus propitiari ei: sed tune
pitiare ei. Sed tune incendetur ira Domini, et zelus
exardescet ira do- eius in homine illo.
mini et zelus]ipsius
in homine illo (1).
Jad. I, 15: redemptionem excelso- redemptionem excelsorum et re-
rum et redemptio- demptionem humilium.
nem humilium.
Mas digno de notarse es que los citados fragmentos nos hayan
conservado un pasaje del libro de los Números, que se encuentra abso-
lutamente idéntico en las obras de Prisciliano (Lib. ApoL, p. XXVIII).
El pasaje es el siguiente: et cubitos eorum emedullabit (2) et iaculís
suis concutiet inimicum (Núm. XXIV, 8). Finalmente, hemos compro-
bado que las notas marginales del P de los Macabeos reproducen un
texto casi idéntico al del célebre manuscrito 15 de S. Germán, publi-
cado por el P. Sabatier, y que las del IF de los Macabeos tienen evi-
dente parentesco con el ms. 356 de Lión, del cual nos ha dado a cono-
cer algunos fragmentos S. Berger (3). Ahora bien; si los fragmentos
de Valv.* fueran obra de un glosador, ¿es posible que coincidieran tan
exactamente con los textos citados de la antigua versión latina? A nos-
otros nos parece del todo improbable tal suposición. Por otra parte, el
léxico y sintaxis de los fragmentos de VALV.^ como puede apreciarse
por los que hemos aquí transcrito, tienen caracteres muy parecidos
a los de los textos prejeronimianos. Creemos, por tanto, que dichos
W{1) No está claro si debe leerse propitiare o propitiarL— Estos dos versillos
faltan en Valv.*
(2) En la edición citada de M. Pelayo de las obras de Prisciliano se lee
emedulauit, pero el contexto parece exigir que se lea emedullabit, como
en Valv.2 y en San Cipriano. (Cfr. P. Sabatier, obra cit.)
(3) Notice sur quelques textes latías inédits de rancien Testáment, París, 1893,
pág. 36.
LA BIBLIA DE VALVANERA 199
fragmentos, por lo menos los del A. Testamento, pertenecen a la Vetas
latina.
En el Nuevo Testamento, las pocas lecciones que nos ha conserva-
do Valv.' concuerdan de ordinario con los códices españoles de la Vul-
gata, principalmente con el Toletano y el Cávense; pero esto no quiere
decir que no pertenezcan a la antigua versión latina, pues sabido es
que los manuscritos de la Vulgata de familia española contienen no
pocas lecciones prejeronimianas, entre las cuales deben contarse, sino
todas, por lo menos parte de las de Valv.*
ni. El tercer grupo— menos numeroso que los anteriores— de notas
marginales de la Biblia de Valvanera, comprende las señaladas con la
letra T, que se extienden solamente desde Gen. XXÍX, 25, hasta Le-
vit. VI, 10. No sabemos con certeza qué es lo que quiso significar el
copista con esa sigla. Ambrosio de Morales creyó que era un signo in-
dicador de la versión de Teodoción, de la cual dichas notas serían tra-
ducción directa, hecha por el autor del manuscrito; pero tal explicación
es a todas luces inverosímil. Nosotros creímos en un principio que se-
rían copia de las lecciones de Teodoción, que S. Jerónimo cita en sus
obras (1), de las cuales, como hemos visto, tomó no pocas cosas el co-
pista de la B. de Valvanera, pero habiendo hecho un detenido cotejo
entre unas y otras, nos hemos convencido de que tampoco puede sos-
tenerse tal hipótesis. Acaso nos acercaríamos más a la verdad suponien-
do que la letra T es sigla de Tertia (translatio), puesto que las leccio-
nes señaladas con dicha letra forman la tercera de las recensiones de la
Vetus latina conservadas en la B. de Valvanera.
El texto de estas lecciones, que titularemos Valv.', en algunos pa-
sajes se aproxima bastante al citado por N. P. S. Agustín y Rufino,
como se puede ver por los siguientes:
VALV.' S. AGUSTÍN
Ex. IV, 25: Sumpsit Sephora cal- Et assumto Sephora calculo, cir-
culum et circumcidii cunicidit praeputium fílií sui, et
praeputium filii sut procidit ad pedes eius, et dixit:
(I) Estas lecciones de Teodoción citadas por S. Jerónimo, pueden verse
reunidas en la edición dej. Martianay: 5. Hieron. Opera. Parisiis, 1689,
tomo II.
200
LA BIBLIA DE VALVANERA
et procidit ad pedes
eius et dixit stet san-
guis circuiicisionis
infantis mei.
Ex. IV, 25: et recessit ab eo prop-
ter quod dixit stet
sanguis circuncisio-
nis.
XXIV, 10: Et uiderunt locum ubi
stabat Deus Isrrael
et quae sub pedibus
eius tanquam opus
lapidis saphyri et
tamquam firmamenti
coeli munditia.
11: et de electis Isrrael non
defecit nec unus et
paruerunt in monte.
Gen. XLIX, 19: piraterium teníatuit
eum ipse autem pira-
ta illis erit secus pe-
des.
stetit sanguis circuncisionis in-
fantis mei.
Et recessit ab eo, propter quod di-
xit, dessit sanguis cirpuncisionis.
Et viderunt locum ubi steterat ibi
Deus Israel (et) sub pedibus eius
tanquam opus lapidis sapphiri, et
tamquam aspectus firmamenti coe-
li {i).
et de electis Isr. el non dissonuit nec
unus et apparuerunt in loco.
Rufino.
piraterium tentavit illum, ipse autem
tentabit eos post pedes (2).
En otros lugares el texto de Valv.^ presenta algunas lecciones bas-
tante singulares, pero que no ofrecen particular interés.
C.—La B. de Valuanera y el Cód. Got Legíonense.
Como remate de nuestro breve estudio, no estará de más decir dos
palabras acerca de las relaciones existentes entre las notas marginales
de la B. de Valvanera y las del célebre Cód. Got. Legíonense de la Co-
legiata de S. Isidoro (3), al cual hemos aludido varias veces en el curso
(1) Las palabras subrayadas están tomadas de la obra De Triniiaíe; todas
las demás lo están del libro Quaesf. in Hept. (Cfr. P. Sabatier, obra cit.).
(2) Cfr. P. Sabatier, obra cit. en la nota a este pasaje.
(3) De este Códice han tratado el P. Vercellone, Burkitt, Rhalfs, Driver,
Berger en obras que no citamos, por ser bien conocidas, y recientemente
L. Dieu (en la Revue BibL, 1919, pág. 383 y sigs.); pero los estudios de estos
autores, aunque interesantes todos ellos, son muy incompletos; por lo cual se-
ría de desear que algún crítico español emprendiera un nuevo y más completo
estudio y llevara a cabo la publicación de todas sus notas marginales.
LA BIBLIA DE VAI-VANERA 201
del presente trabajo. Tan íntimas son estas relaciones, que dan motivo
para sospechar la influencia del uno sobre el otro códice, o, lo que tal
vez es más probable, que ambos proceden de un mismo arquetipo. El
texto de las notas comunes a los dos es casi idéntico e idénticos son
también los signos con que están señalados. Cada uno de ellos, sin em-
bargo, contiene algunas notas propias, que no se encuentran en el
otro. Para que más claramente aparezcan estas relaciones, creemos
oportuno colacionar los cinco primeros capítulos del Génesis del modo
siguiente:
I. Lecciones idénticas en ambos códices.
Gen. I, 2 Terra autem erat inuisibilis et incomposita.
9 Et uideatur árida.
28 Et principamini piscium maris et volatilium coeli.
II, 7 Figurauit dnus Deus hominem.
9 Et produxit dnus Deus adhuc de térra.
12 Et ibi erit carbunculus et lapis prasinus.
19 Et figurauit Deus adhuc de térra omnes bestias agri
et omnes aues coeli.
III, 7 Campestria.
18 generauit vel eiiciet.
20 Vita.
IV, 6 tristis.
7 nonne si recte offeras recte aut non diuidas peccasti.
12 gemens et tremens.
15 Septem uindictas exsoluet.
II. Lecciones de Valv.* que faltan en el Cód. Got. Leg.
Gen. I, 16 Luminare maius initia diei et luminare minus initia
noctis.
21 coetos magnos.
III, 12 mecum.
16 moerores.
> tristitias.
17 In tristitia.
202 LA BIBLIA DE VALVANERA
lll.— Lecciones del Cód. Got. Leg. que faltan en Valv.*
Gen. III, 1 prudencior, sapientior.
24 deliciarum vel iucunditatis.
IV, 1 acquisiui.
IV. — Variantes entre uno y otro.
III, 8 Valv/: Tigimenta. Cód. Got. Leg.: Tegimenta.
V, 1 > : originis hominum. : generationis ho-
minum.
Como se ve, las diferencias entre ambos Códices ni son muchas ni
muy profundas; en cambio, son muy notables las concordancias. En
general, hemos comprobado que son más numerosas las lecciones de
la Biblia de Valvanera, principalmente en el libro del Éxodo. Además,
el Cód. Got. Leg. carece por completo de notas marginales en los libros
siguientes: Proverbio, Eclesiastés, Sapiencia, Isaías y los dos de los
Macabeos.
Es, pues, bastante más amplio el texto de la B. de Valvanera que el
del Cód. Legionense.
Con esto damos por terminado nuestro modesto trabajo acerca de
la B. de Valvanera, que hasta el presente podía retenerse como casi
completamente desconocida, pues lo era su principal contenido, a pe-
sar de la extensa descripción que de ella hizo Ambrosio de Morales.
No pretendemos haber hecho un estudio acabado y completo, pues
nos han faltado los medios indispensables para conseguir este fin, pero
sí creemos haber aportado algunos datos nuevos para la historia de
la Biblia en España, y haber dicho lo suficiente para que el lector
se forme una idea aproximada del carácter e importancia de la Biblia
de Valvanera, la cual, según lo expuesto, resulta ser el manuscrito que
nos ha conservado— mediante el incunable Escurialense— los más no-
tables fragmentos de las versiones prejeronimianas usadas en nuestra
patria, antes de la introducción definitiva de la Vulgata. Bien quisié-
LA BIBLIA DE VALVANERA 203
ramos, en compensación de la insuficiencia de nuestro estudio, poder
ofrecer a los especialistas la edición crítica de todos estos fragmentos;
pero, por ahora, nos es imposible realizar esta empresa por múltiples
causas que no es del caso explicar. Nos contentaremos, por tanto, con
ofrecer una muestra de los mismos, publicando los fragmentos del libro
de los Proverbios y un fragmento de la Ep. 1.^ de S. Juan, es a saber, el
célebre comma Joanneum, sin ningún aparato crítico, por creer que los
especialistas fácilmente podrán consultar la obra citada del P. Sabatier
y otras más modernas, con cuyo auxilio no les será difícil conocer las
relaciones de estos fragmentos con los textos hasta el presente conoci-
dos. Nuestra copia es reproducción exacta, en cuanto nos ha sido posi-
ble, de la que se encuentra en el incunable Escurialense tantas veces
citado. Cuando alguna lección nos parece evidente errata de copia, in-
dicamos en las notas su corrección.
VERSIONIS SACRARUM SCRIPTURARUM
LATINAE ANTEHIERO NYMÍANAE
FRAGMENTA
E COD. VALVANENSI
Liber Proverbiorum.
Cap. I. ^ Percipere quoque uersutias sermonum et intelligere ius-
titiam ueram et iudicium diligere * uti det his qui
sine malitia sunt astutiam pueri autem iuniori inte-
llectum et conceptionem.
^ Pietas autem in dnm initium intellectus prudentiam et
disciplinam impii spernunt, ^ audi fili disciplinam
patris tui et ne abiceris constitutionem matris tuae.
** Et sacellus unus fiat nobis.
*" Quantocumque tempore qui sine malitia sunt obtinue-
runt iustitiam non confundentur insipientes autem
contumeiiae appetitores impii facti oderunt sensum
*^ et reí facti sunt traductionibus.
*" Pro eo enim quod iniuste tractauerunt infantes peri-
204 LA BIBLIA DE VAL V AÑERA
mentur et inquisitio impios perdet ^^ qui autem me
audit consistit in spe et quiescit ab impulsu mali.
Cap. II. ** Voluntas et consilia bona custodientur et cogitatio
sancta seruauit te.
*® Fili non comprehendant (1) te cogitatio mala " quae
derelinquit disciplinam a iuventute *^ et testamenti
Deifici oblita est.
*^ Si enim abirent uias bonas inuenissent utique semitas
iustitiae planas et lenes.
III. ^ Tune sanitas erit carnibus tuis et diligentia ossibus tuis
^ honora Deum de istis laboribus tuis et primitiare el
a tuis fructibus iustitiae.
" Quem enim diligit dnus corripit flagellat autem omnem
filium quem assumit.
(In groe, additur hic uersus.) *^ Ab ore eius proficis-
citur iiistitia legem autem et misericordiam in lingua
portat.
^* Deus superbis resistit humilibus autem dat gratiam.
IV. ^ Filius enim fui et ego patri dicto audiens et dilectus
ante faciem matris * qui docebant me.
*° Fili meae edictione intende, meis autem sermonibus
accommoda aurem tuam " ut non deficiant a te fon-
tes dni custodi illos in tuo corde.
'^ Et palpebrae tuae iusta annuant.
V. ■"' Mel enim distillat a labiis mulieris fornicariae quae
proseados unget tuam faciem ^ postea uero amarius
felle inuenies eam et acutiorem magis quam gladium
bifrontem.
** Et paeniteat te in nouissima senectute quando tristae
fuerint carnes corporis tui.
^^ Hic moritur cum improperiis innumerabilibus.
VI. ' Muscipula enim sunt fortissima hominis labia sua.
(In gr. hi uersus additi sunt.) '^'* Vel ad apetum uade et
uide et disce quam sit operada operatione quoque
quam sancta mercatur cuius labores reges et medio-
(1) Corrige: comprehendat.
LA BIBLIA DE VALVANERA 205
eres ad salutem assumunt appetibilis est autem ómni-
bus et clara etiam cum sit robore infirmis Sapientiam
honorans praelata est ^ quo usque piger recumbens.
'*" Non est mirum si quis deprehendatur inuolans inuolat
enim ut repleat animam suam esurientem.
Cap. VIL *' In uerecundia (1) autem facie locuta est ad eum ** sa-
crificium pacis est mihi.
'* Institis intexui lectum meum.
^'^ Veni et conuolutemur cupidine.
" Amans uero factus et consecutus eam circunuentus.
VIIÍ. ' Sapientia (2) ergo inuoca ut prudentia tibi obaudiat.
^ Nihil in his prauum ñeque profocatum ^ omnia autem
euidentia intelligentibus et recta intelligentibus scien-
tiam.
" Ego sapientia creaui consilium et scientiam et intellec-
tum ego inuocaui.
*^ Per me nobiles dissoluuntur et magnificantur et tyranni
per me obtinent terram.
" Dominus condidit me initium uiarum suarum in opera
sua *'* ante soeculum fundauit me initium in princi-
pio viarum suarum ante quam terram faceret '* et
ante quam abyssos constituere (3) prius quam proce-
derent fontes aquarum * ante diculum (4) genuit te
filii et filiae gentium tui erunt.
''* Cum laetaretur orbe perfecto et iocundaretur in filiis
hominum. * Thesauri autem eius faciunt gaudi-
bundos.
IX. ^ Misit sernos suos cum altissima praedicatione.
*" Si sapiens fueris tibi sapiens eris et proximis.
X. ^^ Sicut uba inmatura dentibus uexatio est et fumus ocu-
lis sic iniquitas eis qui utuntur illa.
XI. *'' Nequáquam malefacit quando admixtus fuerit iusto
odit autem facta tuta menti.
(1) Con.: inuerecunda.
(2) Con.: sapientiam.
(3) Con.: constitueret.
(4) Con.: diluculum.
206 LA BIBLIA DE VALVANERA
*^ Mulier grata suscita (1) uiro claritatem sedens autem
inhonorationis est uxor odio habens uxta diuitiarum
pigri inopes fiunt fortes autem nituntur diuitiis.
** Manibus manus iniiciens iniuste non immunis erit ma-
lorum *'^ qui seminat autem iustitiam accipiet merce-
dem fidelem.
(In gr, hic uersus additar.) "* Qui aedificat domum
suam iniuste relinquit filius (2) dolores.
^" Ex fructu iustitiae florescit arbor uitae inmature uero
subtrahentur animae iustorum.
Cap. XII. '" Pascit iustus animas puerorum (3) suorum.
** Sunt qui dicendo uulnerant ut machere lingua autem
sapientium sanat.
'^ Vir prudens tronus est sapientiae cor uero impruden-
tium obuiauit maledictis.
" Non consequetur subdolus uenationem pretiosam.
XIII. ' Proteruus autem labiis traducet se.
XIV. '** Misericordes bonorum cogitatores sunt, ignorantes
misericordiam et fidem fabricatores malorum sunt,
elemosinae autem et fides apud fabricatores bono-
rum sunt.
XV. ^ In abundantia iustitiae uirtus máxima est non (4) impii
cum totis radicibus de térra peribunt.
*' Exterminauit se omnis muñera accipiens nunqui odit
muñera accipere uiuet? (5).
XVI. *^ Nidi sapientiae potiores sunt auro. nidi uero pruden-
tiae praeferuntur argento.
XVII. (In graeco additur hic uersus.) ® Eius qui fidelis est to-
tus mundus diuitiarum est, infidelis autem nec obolus.
XVIII. " Qui proiicit uxorem bonam bona sua expellit a se, nam
qui tenet adultera (6) stultus et impius est.
(1) Corr,: suscitat.
(2) Corr.; filiis.
(3) Con.: pecorum.
(4) Corr.: nam.
(5) Forsan ita corrigendam est: nam qui odit muñera accipere uiuet.
(6) Corr.: adulterara.
LA BIBLIA DE VALV AÑERA 207
Cap. XIX. *^ Timor obtinet et ef eminatum , anima autem pigri
esuriet.
*' Et secundum datum eius reddet ei.
*^ Male cogitans homo multo danno afligetur quod si
pemiciosus fuerit et animam suam apponet.
XX. -^ Muscipula est uiro citato aliquid de siiis consecrare,
postea autem quam uotum fecit poenitentia agitur.
'^^ ventilator impiorum rex sapiens et immittit illis
rota (1) malorum.
XXI. ^ Melius est habitare in domo hypetri quam in politis
cum iniquitate et in domo vna.
»8 Purgamentum est autem iusti iniquus.
" Et deposui murum in quo considebant impii.
XXII. " Prouidum uirum et acutum in operibus suis regibus
oportet adsistere non viris iníirmis.
XXIII. * Si sederis conare ad mensam potentis sensate intellige
ea quae apponuntur tibi ' et mitte manum tuam
sciens quia talia te necesse est praeparare. '" Quod si
infornitiores noli concupiscere epulas illius, haec
enim habent uitam fallecem, ^ noli te extendere pau-
per contra diuitem sensu vero tuo contine te. ^ Si
enim statueris oculum tuum ad illum nusquam pare-
bit. Parabit enim sibi pinna sicut aquila et vadet in
domun eius qui praest illi.
'° Términos aeternos.
^* Si enim in phialas et cálices detis oculos vestros postea
ambulabitis nudiores pilo.
XXIV. ** Si autem dixeris non noui hunc scito quoniam Deus
corda hominum nouit.
" Et conuertat ab eo iram suam a te.
** Time dnm fili et regem et neutri illorum inobaudiens
fueris. " Súbito enim necabunt impios, punitiones
autem amborum quis scire poterit.
*® Labia autem bona abundant respondentia uerba bona
et óptima.
(1) Con,: rotam,
208 LA BIBLIA DE VALVANERA
Cap, XXV. * Hae disciplinae Salomonis quas descripserunt amici
Ezechiae regis ludae. ® Claritas Dei abscondit sernio-
nem, claritas autem regís honorificat negocia, " coe-
lum sublime est, térra autem lata, cor autem regis in-
corruptibile est. * Percute argentum reprobum et
purgatur omne, ^ occidantur impie a facie regis et co-
rrigatur in iustitia tronus eius.
*^ Sicut exitus niuis in messe combusturae, prodest sic
nuntius fidelis his qui eum miserunt. Animas enim
eorum qui eo utuntur proficere efficit.
*^ Via mali et pes iniqui peribunt in die mala.
" Sicut autem acetum vulneri inutile est sic incidens
passio corporis cor contristat.
" Ventus aquilo excitat nubes, facies autem inuerecunda
linguam incitat.
""^ Edere mel multum non est bonum honorare autem
oportet sermones praeclaros.
XXVI ® De suis viis in properium (1) acquirit qui mittit'sermo-
nem per nuntium inprudentem.
^ Qui alligat lapidem in fundibalo similis est ei qui dat
imprudenti claritatem.
*' Sicut qui tenet caudam canis sic et qui praeest iudicio
alieno.
*^ Sicut qui curant praemittunt sermones in homines, qui
autem occurrit sermoni primus supplantatur, *^ sic
omnes qui insidiantur suis amicis cum autem uisi
sunt dicant (2) quia ludens íeci.
XXVII. "^ Tamquam auis cum euolauerit de nido suo sic homo
in seruitutem redigens cum peregrinatur a locis suis.
*^ Sicut non sunt símiles personae personis sic ñeque
corda simJlia cordibus hominum.
** Si flagellaueris imprudentem in mediis consessibus
inhonorans eum non auferes ei imprudentiam.
XXVIII. ^ Qui multiplicat diuitias suas ex usuris et auaritiis ei qui
miseretur pauperis congregat eas.
(1) Con.: improperium.
(2) Córr.: dicunt.
LA BIBLIA DE VALVANERA 20Q
** Beatus homo est qui exponit omnia per metum, durus
autem corde incidit in mala.
" Pro homine reo homicidii qui spondet refuga erit nec
in tuto ambulauit.
'* In locis impiorum gemunt iusti in perditione autem
illorum multiplicabuntur.
Cap. XXIX. ^ Nouit iustus misereri pauperibus impius autem non in-
teiliget sapientiam et pauperis non est sensus agnitor.
" Totam iram suam profert imprudens sapiens autem
moderatur per partes.
XXX. * Hanc dicit homo credentibus Deo excelso.
' Deus docuit me sapientiam et prudentiam sanctorum
sciui.
" Filius malus ipse se iustum dicit exitum uero suum
non abluit.
** Sanguis sugae tres filiae fuerunt dilectione dilectae et
tres hae non satiabant illam et quarta non sufficit di-
cere satis est, *' inferi et amor mulieris et thartarus et
térra insatiabilis et aqua et ignis non dicunt sufficit.
" Et si ancilla excluserit suam dominam.
'* Et gallus deambulans inter faeminas aequanimis et
hircus praecedens gregem et rex concionans genti
" si tradideris te in iocunditate et porrexeris manum
tuam cum rixa ad os tuum inhonoraueris.
XXXI. * Aperi os tuum et aurem prebe sermonibus Dei et indi-
ca omnia sane.
*® Pretiosior est lapidibus pretiosis quae talis est " fidit
in ea cor mariti eius.
" Nens lana (1) et linum pulchris manibus.
*® Brachia sua extendit ad utilia, cubita autem firmauit
ad colum.
" Circunspicibilis autem sit in foribus maritus eius.
" Angustae conuersationes domus eius.
** Misericordia autem illius suscitauit filios eius et locu-
pletati sunt.
(1) Con.: lanam.
14
210 LA BIBLIA DE VALVANERA
^° Falsi placatores et vanae species mulieris malae mulier
pia benedicetur.
Epístola I S. loannis.
Cap. V. ^ Hic est qui uenit per aquam et sanguinem et spiritura
lesus Christus, non in aqua solum, sed in aqua et
sanguine et spiritu, spiritus est qui testificatur, quo-
niam spiritus est et ueritatis ^ quia tres sunt qui testi-
monium dant in térra spiritus et aqua et sanguis et hi
tres vnum sunt in Chro lesu. ' et tres sunt qui testi-
moniunt dicunt in coelo, Pater uerbum et spiritus et
hi tres vnum sunt. •' Si testimonium.
P. Mariano Revilla.
o. s. A.
LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE
DE LA
REPÚBLICA FRANCESA
Paris, 20 de Enero de 1920.
Muy Rdo. P. Director de La Ciudad de Dios.
Le envío la relación pedida, advirtiéndole que mala, incoherente y
desgarbada como es, tiene el mérito de estar hecha sobre el terreno, en los
mismos lugares que se citan en ello. Llegué con tal oportunidad a París,
y de tal manera me favoreció la suerte en el viaje, deparándome el encuen-
tro de un amigo leal e influyente, senador de la República francesa, que
se me abrieron todas las puertas, cuando más cerradas estaban con motivo
de la elección del nuevo Presidente. Desde la estación de Hendaya hasta
los salones del pacífico Versalles, no me dejó un momento el simpático se-
nador, que me hizo recordar episodios olvidados de algunas visitas que
hicimos juntos a la Exposición universal de 1889 y a varios centros nota-
bles de la República, cuando él y yo teníamos la suerte de contar pocos
años y vivir de muchas ilusiones.
Figúrese cuál sería mi sorpresa y cuan viva mi gratitud al escuchar de
sus labios la proposición tentadora e irresistible de codearme con minis-
tros, diputados y otros personajes, encargados de proporcionar un salva-
dor a Francia, tan necesitada hoy de la luz de los cielos y de la paz de la
tierra para resolver con tino y acierto los muchos y graves problemas que
la están ahogando.
No vacilé ni pude vacilar un momento. Enriquecido con el tesoro de una
tarjeta, de las poquísimas que obligaban a ujieres y soldados a inclinarse
reverentes y dejar paso libre a los no electores, me dirigí el 17 al Palacio
del Gran Rey, donde pocos meses antes, el 28 de Junio último, palpitaron
212 LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FRANCESA
los corazones de grandes pueblos y hasta de las naciones todas, cuando el
pulso agitado y tembloroso de sus caudillos firmaba la paz universal o la
guerra sin cuartel, que pudiera seguir minando la existencia de la Humani-
dad pecadora. El 17 de Enero era también Versalles el centro de grandes
preocupaciones, temores y sobresaltos, que podrían terminar en gritos de
júbilo, indicios de la prosperidad de Francia, o en explosiones de odios y
rencores conducentes al suicidio de la hija primogénita de la Iglesia
Católica.
Era evidente la curiosidad del pueblo distinguido y de la plebe hara-
pienta, comentando en voz alta temores y esperanzas, al precipitarse en las
estaciones de Saint Lazare, Invalides y Montparnasse — por lo que veo en la
primera conjetura lo sucedido en las otras dos—, queriendo todos ser los
primeros en asaltar los trenes de Versalles, sin duda para ser también los
primeros en conocer el triunfo del «Tigre» sobre su competidor, o la vic-
toria de Deschanel sobre Clemenceau, de no mediar alguna intriga que, a
última hora, eche por tierra planes y convenios concertados antes por
los padres de la Patria.
Veo que los trenes se suceden con rapidez; la afluencia de gentes
aumenta por momentos; los automóviles invaden las carreteras, y hasta
no faltan aeroplanos contemplando desde las alturas la solicitud de los
hombres en arrastrarse por la tierra, en espera del gran acontecimiento
del día, que yo esperaba también con emoción, contagiado, sin duda, por
la efervescencia del pueblo y de las reflexiones del senador votante, mi
ángel tutelar en aquella baraúnda y mi introductor en los salones de los
secretos a voces del palacio de Versalles.
La inscripción de Aux oloires de la Frange, en letras de oro, es lo
primero que aparece a mis ojos al verme ya algo libre de vaivenes y
apretones. ¿Confesaré que los resplandores de la inscripción, iluminada
por el sol, me parecen menos brillantes después de la guerra mundial que
antes de la victoria?... El recuerdo de varios guerreros, marinos, políticos:
las sombras de Suger, Richelieu, Bayard, Turenne y tantos otros como
defendieron el suelo patrio de la invasión extranjera, proporcionando
lauros a Francia, me llevan ahora, no por los campos de gloria de nación
tan poderosa, sino por el intrincado laberinto en que se pierden los pue-
blos y por las dudas, zozobras y responsabilidades del hombre que muy
pronto, antes de dos horas, ha de figurar a la cabeza de los encargados
de levantar el prestigio nacional o de colgar nuevos crespones a la bande-
LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FRANCESA 213
ra de la República, bien necesitada de mano fuerte, talento excepcional y
previsión singularísima.
Con el fin de asegurar el cumplimiento de la ley que exige la publici-
dad en la Asamblea nacional, se habían reservado unos veinte sillones a
los menos favorecidos por la fortuna, incapaz de colmar los deseos de
tantos desheredados. Presencio en Versalíes con la elección del Presidente,
lo que puede presenciarse en Madrid con el sorteo de Navidad: una cola
formada desde hacía ocho días, por gentes conocedoras del do üi des, sus-
tituida constantemente por otra de mayor categoría, y horas antes de la vo-
tación, por graves Messieurs de levita y guante blanco, que habían pasado
algunos miles de francos a bolsillos más o menos escuálidos, para darse ellos
el gusto de toser fuerte en las mismísimas barbas de electores y elegido.
La galería de los Bustos y de las Tumbas era el murmuradero de pe-
riodistas, diputados, concejales, senadores, militares y paisanos que habían
o habíamos recibido el placel de la guardia, al enseñar, con cierto orgullo,
el título de nuestro derecho a pisar mármoles y alfombras, y a mirar frente
a frente, y sin miedo, a los más encopetados directores de la República,
que antes por los jardines y luego por los salones, iban y venían, gritaban
y discutían, glosaban con acierto o exponían con lamentable falta de lógica
las noticias de ayer, las conversaciones, encuentros y propósitos de los
linces de la política, todo el mare magnum anterior a la presentación de
los candidatos.
Acompañado siempre del Mecenas más simpático y generoso que guia-
ra mis pasos entre aquel hervidero de gentes, y harto ya de escuchar frases
repetidas, algunas de gran transcendencia político-social, penetró en el
hemiciclo, lujosamente decorado, en el que había de escucharse pronto el
nombre del futuro Presidente de la República francesa, ansiosa de trans-
mitirle, sin pérdida de tiempo, a todos los Soberanos de la tierra, como
lo demostraban las veinticuatro cabinas telefónicas reservadas a la Prensa
en la «Galería de Piedra>, a más de otra serie de instalaciones del mismo
género, y de los sesenta aparatos de telegrafía en comunicación directa con
París-Central y París-Bolsa y con los cables trasatlánticos de Brest, en ser-
vicio con Londres, ambas Américas, etc. Una máquina eléctrica, primoro-
samente dispuesta, timbraba hasta sesenta mil cartas o tarjetas postales por
hora, llenando todas las exigencias de los curiosos que anhelaban enviar
correspondencia con el sello de fecha tan memorable para la «nación ven-
cida... siendo vencedora>.
214 LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FRANCESA
Dan las once y media: el hambre y sed de la justicia no están reñidas,
según pude observar, con otros manjares menos poéticos y sublimes,
pero muy en armonía con las prosaicas exigencias de la naturaleza huma-
na, ya se oculte en gabanes de pieles, ya se agite enfurecida bajo los plie-
gues de la blusa, como lo estaba diciendo a gritos la contienda de un pu-
lido diplomático con un pintor de brocha gorda. Los restaurantes, no todos
auténticos, son invadidos por padres e hijos del pueblo soberano; los par-
lamentarios intentan agruparse por afinidad de opiniones, sin perjuicio
de verse muchos en la precisión de ocupar asientos al lado y enfrente de
adversarios políticos, bien seguros todos de no lanzar su sangre al río en
los ratos de ocio y descanso de mandíbulas, por que los garQons se hacen
los suecos y se llaman andana en la imposibilidad material de servir a
tantos y tan distinguidos comensales.
Me llama la atención un viejo parlamentario, votante por séptima vez
de la Asamblea Nacional. Como hasta se cruzan apuestas sobre el nú-
mero probable de votos del futuro Presidente, se encarama sobre una silla,
gritando en la edad decrépita como gritara en sus mejores tiempos:
—Señores: debéis tener en cuenta los datos siguientes para orientaros
en vuestras apuestas. En treinta de Enero de mil ochocientos setenta y
nueve, Julio Grevy contó a su favor quinientos sesenta y tres votos contra
noventa y nueve del general Chancy. A los siete años, en mil ochocientos
ochenta y seis, fué reelegido por cuatrocientos cincuenta y siete votos, los
que no obtendría hoy monsieur Poincaré, caso de presentar su candida-
tura; pero están verdes y...
— ¿Qué sabe ese carcamal de la política de nuestros tiempos y con qué
derecho se constituye en tribuno cuando nadie le pide su opinión?— voci-
feró un apuesto banquero, cansado de esperar su omelette,
— ¿Y qué necesidad tengo yo de que nadie pida mi opinión para ha-
blar aquí y en todas partes? Estamos en tiempos de libertad, y sigo dicien-
do a cuantos quieran escucharme: Sadi Carnot fué privilegiado por seis-
cientos diez y seis de los ochocientos veintisiete votos de la Asamblea. Ca-
simiro Peder, por cuatrocientos cincuenta y uno de ochocientos cuarenta
y cinco. Félix Faure, por cuatrocientos treinta de setecientos noventa y uno.
Loubet, por cuatrocientos ochenta y tres de ochocientos doce. Fallieres,
por cuatrocientos cuarenta y nueve de ochocientos cuarenta y ocho, y Poin-
caré por trescientos ochenta y siete de mayoría. Ahora, señores, apuesto
yo también y aseguro que nada ha de conseguirse con las maquinaciones
LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FRANCESA 215
de <outsiders>, con las maquinaciones de la victoria, con las maquinacio-
nes envueltas en hermoso ropaje, pero maquinaciones al fin, y digo y afir-
mo y aseguro solemnemente, que monsieur Paul Deschanel ha de obte-
ner muy pronto, antes de una hora, por lo menos setecientos votos: no lo
dudéis; su elección está asegurada.
Y el joven y elegante banquero constituye su silla en tribuna financie-
ra para explicar en pocas palabras, agriadas por el despecho que sintió en
las aprobaciones del público al orador viejo, que Mr. Clemenceau es el
más patriota de los franceses, el vencedor en la guerra, el salvador del cré-
dito francés, el que, por su tenacidad y clarividencia, había logrado lo que
muchos nacionales y extranjeros llamaban milagro; detener los inmundos
cascos alemanes y aniquilar a los enemigos, obligándoles a firmar aquí, en
Versalles, el pliego de sus ignominias y el castigo de sus arrogancias. Cle-
menceau, señores, merece...
Asentimientos y protestas de todos los calibres convierten aquel res-
taurante del aristocrático Versalles en legítima plaza de verduleras. Afortu-
nadamente sonó la hora y se dio la señal de entrada en el palacio para pro-
ceder al acto solemne que hacía palpitar ya con violencia a todos los cora-
zones franceses. Los electores y los favorecidos con la tarjeta especial de
entrada invaden precipitadamente los salones con dirección al suntuoso
hemiciclo, en el que había ya más de quinientos votantes, no sé si honda-
mente preocupados, pero sí poseídos de su importantísima misión en aquel
acto transcendental, que había de repercutir en la solución de muchos y
graves problemas nacionales. Todo estaba dispuesto: trece mesas para los
escrutadores de los votos: fotógrafos haciendo funcionar sus máquinas,
cual si éstas fueran necesarias al feliz resultado de la elección; Mr. Bour-
geois, presidente del Senado, y, por algunos horas, de la Asamblea Nacio-
nal, se deja caer satisfecho en el sillón presidencial, frente al hermoso lien-
zo Ouveriure des États Généraax de 1789. Ni en el sorteo de escrutadores
ni en el orden alfabético que había de seguir la votación hay el menor in-
cidente ni se registra la más pequeña anormalidad, hasta que llegó el turno
al bravo y cristianísimo general Castelnau, que sube a la tribuna como al
asalto de una plaza fuerte, en medio de aclamaciones, aplausos, burras y
vítores, con la protesta de poquísimos de la extrema izquierda, que tienen
el mal gusto de nadar en el despecho, gritando: ¡Viva Sarrail!
Creí yo entonces, emocionado como estaba, que se armaría la de San
Quintín en la Venerable Asamblea, pero volvió a reinar la calma hasta una
216 LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FRANCESA
media hora después, en la proclamación solemne, grave y majestuosa de
Mr. Paul Deschanel, Président de la République Franqaise pour
SEPT ANS.
Aclamaciones en el estrado, abrazos y apretones de manos en el hemi-
ciclo, júbilo de muchos y cara tristona en pocos de los concurrentes, agi-
tación de pañuelos y regocijo y vida en el patio de honor, junto con explo-
siones de cólera fué la nota característica de la proclamación entre los mi-
les de personas congregadas en Versalles, a la vez que el tic tac de los apa-
ratos telegráficos y el lenguaje incoherente en los telefónicos anuncian a
Francia y al mundo el nombre, y hasta una sucinta biografía, del décima
Presidente de la República.
— ¡Lástima que el vencedor de Alemania (Clemenceau) no haya venci-
do la brutalidad de los franceses ni en las Cámaras ni aquí!
—Poincaré no ha querido dar su candidatura.
— Poincaré no ha podido presentarla, sin hundirse en el ridículo.
—¡Tanto peor para mi país!, ha tenido el atrevimiento de rugir el «Ti-
gre», que hoy hubiera sido la muerte de Francia.
—¡Viva el Presidente y los setecientos treinta y cuatro franceses que le
han votado!
—¡Viva Francia y la unión sagrada!
Al son de estas músicas para todos los gustos iban desfilando autos^
desapareciendo gentes y corriendo trenes con¿dirección a París, donde los
comentarios, disputas, contiendas y apreciaciones son y seguirán siendo
mucho tiempo aún, la ocupación predilecta de holgazanes y laboriosos.
Monsieur Deschanel ha sido aclamado con entusiasmo por las dere-
chas, y es la esperanza segara de las aspiraciones y anhelos de los católi-
cos. Por de pronto— me lo asegura una persona seria y bien informada — ^
no tiene manchas en su vida pública y nadie le asigna defectos en su vida
privada. Ha buscado la luz y aborrecido las tinieblas. En la tribuna, en el
Parlamento, en presencia de los fariseos y a despecho de los Judas que
venden su conciencia por un aplauso y a Cristo por treinta dineros, ha
pronunciado siempre el augusto nombre de Dios, mirando al cielo, ya
que no podía clavar sus ojos en el santo Crucifijo, vil, cobarde y traidora-
mente desterrado de los centros oficiales, obligados, más de una vez, a tri-
butarle aplausos por su elocuencia y su lógica contra los enemigos del
LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FRANCESA 217
orden y partidarios de la guerra social, contra los adversarios de la pro-
piedad y del trabajo, del ejército fuerte y de las virtudes militares. Un furi-
bundo discurso contra Jaurés enardeció de tal modo a la Cámara que fué
impreso por cuenta del Estado, con orden expresa de fijarlo a las puertas
de todas las Alcaldías de Francia. El llamado ahora a la primera magistra-
tura del Estado increpó al Gabinete Ribot por dejarse arrastrar de la extre-
ma izquierda, como increpó a Millerand y a Jaurés ante la Cámara por su
política radical y sus manejos revolucionarios. En lucha constante frente
a los socialistas, despreciando honores y rehusando elevados puestos, con-
sagró las energías de su inteligencia y les prestigios de sus dos carreras
—Derecho y Filosofía y Letras— a encauzar la justicia, combatir maqui-
naciones, principalmente socialistas, y a descubrir y señalar, no el vuelo
majestuoso, pues no le tienen, sino las manchas babosas de ciertos mo-
luscos al salir de sus charcas.
Desde 1898 ha ocupado la presidencia del Congreso, como candidato
perpetuo de las gentes de orden, venciendo dos veces consecutivas las as-
piraciones y trabajos de Brison, al que tuvo que ceder el puesto en el mi-
nisterio Combes, cuya desastrosa política pulverizó dura y enérgica-
mente, y de un modo especial su falta de tacto diplomático en la ruptura
brutal de relaciones con la Santa Sede.
Francia entera vive hoy en la persuación de que esta torpeza política
y esta insidia satánica, condenadas hasta por la conducta de naciones pro-
testantes y pueblos no cristianos, han de ser pronta y sabiamente corregi-
dos por M. Deschanel, que aplaude y admira la abnegación y patriotismo
del clero secular y el heroísmo de tantos y tantos frailes desterrados que
volvieron a la madre patria para enjugar sus lágrimas, darle su sangre en
la guerra y su vida en la victoria.
El pueblo católico y el pueblo de orden, al saludar al nuevo Presidente,
«uno de los franceses más patriotas y a la vez más juiciosos», juzgando los
procedimientos futuros por los pasados, «todos sanos y todos de orden»
esperan que la unión sagrada y la prosperidad de la nación sean un hecho
brillante y una realidad consoladora. ¡Dios lo quiera!
Veo que mi carta va resultando excesivamente larga y pesada. Perdone
y mande a su afectísimo que muy de veras se encomienda a sus oraciones.
P. J. Rodrigo.
o. 8. A.
LA COSTUMBRE COMO FUENTE OEL DERECHO PENAL
(Doctrina de los antiguos tratadistas españoles sobre la materia.)
\.— Teoría general de la costumbre.— \. Concepto antiguo de la costumbre.—
2. Distinciones entre ésta y el uso, el estilo y la prescripción.— 3. Clasifica-
ción tradicional de la costumbre.— 4. Condiciones intrínsecas y externas de
la misma.— 5. Examen especial del consentimiento tácito del legislador. —
6. La prescripción en la costumbre.— 7. Efectos jurídicos de la costumbre.—
8. Efectos derogatorios y problema acerca de la necesidad de ser aceptada
la ley por los subditos.— 9. La cláusula derogatoria de la ley, que prohibe
toda costumbre en contra, ¿impide la formación de una costumbre futura
contra legem?
II.— ¿a costumbre en materia penal.— \0. Aplicación de la doctrina general acer-
ca de la costumbre.— 11. Derogación de la ley penal por la costumbre.—
12. ¿Puede ser derogada la pena por la costumbre, permaneciendo en vigor
el precepto penal? Distinciones.— 13. Opinión de Alfonso de Castro.— 14.
Opinión de Suárez y casos prácticos que la confirman.— 15. ¿Puede la cos-
tumbre derogar el precepto penal, subsistiendo, sin embargo, la pena? Ver-
dadero aspecto de la cuestión y opiniones acerca de la misma.
La historia de la costumbre como fuente del derecho penal, esto es,
como expresión del derecho o elemento productor de normas penales,
es la misma que la del arbitrio judicial, ya que el juez, si no puede con-
siderarse como órgano creador de la costumbre, es por lo menos el que
da forma a las normas consuetudinarias, en conformidad con las nece-
sidades y condiciones sociales del momento, como el legislador es el
que formula las normas legales, teniendo en cuenta, no sólo los princi-
pios de justicia, sino también las condiciones del pueblo para quien
legisla. Por consiguiente, atrofiado aquel órgano bajo la presión de la
ley, suprimido el arbitrio judicial en la determinación y aplicación de las
penas, y reducida la obra del juez a seguir el camino que previamente
le ha trazado el legislador, sin desviarse un punto a uno u otro lado,
la formación de normas consuetudinarias en materia penal se hace
LA. COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 219
poco menos que imposible, la costumbre como fuente del derecho pe-
nal queda extinguida, y se afirma el imperio absoluto y exclusivo de
la ley en la punción de los delitos: nullum crimen sine lege, nulla poe-
na sine lege.
En cambio, cuando las leyes dejan al arbitrio judicial una esfera de
acción más o menos amplia en la definición de los delitos, la apre-
ciación de las circunstancias de todo género y la elección de penas u
otros medios represivos y preventivos, el principal órgano formulador
de las normas penales consuetudinarias queda expedito, y aparece por
necesidad una nueva fuente del derecho penal al lado de la ley: la cos-
tumbre.
Esto es lo que ocurría en el sistema penal antiguo, como hemos
visto en la cuestión precedente, y de ello podemos deducir toda la im-
poitancia que, lo mismo en la práctica que en la doctrina jurídica y en
las leyes, tuvo la costumbre como fuente del derecho penal. Tal es el
asunto de la cuestión presente, que dividiremos en dos partes: una ge-
neral, ya que de ordinario los tratadistas hablan de la costumbre como
fuente del derecho, sin distinguir el penal de los demás, y otra especial,
que se refiere de un modo particular y concreto a las normas jurídico-
penales creadas por la costumbre.
I
1. — Así entre los antiguos legisladores, como entre los jurisconsul-
tos, fué muy común el error de concebir la costumbre como una forma
de la ley— la ley no escrita— y definida según esta manifestación exter-
na del derecho —derecho no escrito—. Ejemplo de ello tenemos en la co-
nocida definición que de la costumbre dan las Partidas: «derecho o fuero
que non es escripto, el cual han usado los omes luengo tiempo, ayu-
dándose de él en las cosas e en las razones sobre que lo usaron* (1).
No dejaron de advertir el citado error algunos de nuestros mora-
listas, observando que tales definiciones, ni expresan la naturaleza de
la costumbre ni lo que distingue a ésta de la ley, porque, como dice
Salas, la ley puede ser también expresión del derecho escrito, así como.
(1) Ley 4.% tít. II, part. I.— La misma idea se encuentra en San Isidoro y en
varios textos del derecho romano.
220 LA COSTUMBRE COMO FUENNE DEL DERECHO PENAL
al contrario, la costumbre puede revestir la forma escrita sin dejar de
ser costumbre. Por lo cual puede definirse ésta, en cuanto es una for-
ma del derecho, *la tácita voluntad de obligar, por parte de quien tiene
poder para hacerlo, manifestada solamente por el uso y el modo de
obrar de los que le practican* (1).
Posteriormente, Fernando de Castro-Palao, otro de nuestros moralis-
tas, vuelve a incurrir en el error antes notado, concibiendo la costum-
bre como derecho no escrito y como una especie derivada del género
ley. Después de distinguir la costumbre de hecho y la de derecho, dice de
esta última que es «una especie de derecho constituido por el uso (mo-
ribüs, que en castellano se traduce por costumbre, y en latín se distin-
gue del usus y la consuetudo), y recibido como ley cuando ésta fal-
ta> (2). Lo cual parece indicar que el autor da a la costumbre un valor
subsidiario respecto de la ley, y que, en consecuencia, no admite la
costumbre contra ley; mas no es así, sino que expresamente admite las
tres clases tradicionales de la costumbre. Veamos su explicación.
«Se dice que es un cierto derecho constituido por las costumbres,
porque por las costumbres de los hombres y su uso frecuente se crea
aquel derecho obligatorio... Añádese que la costumbre es derecho acep-
tado como ley, no porque verdaderamente no sea ley, sino porque se
recibe en lugar de la ley escrita, y como ella tiene fuerza obligatoria.
Dícese, por úhimo, que esto ocurre cuando falta la ley, esto es, cuando
no hay ley que pueda producir obligación. > La costumbre, según ley y
contra ley, se explica de este modo. «Cuando la costumbre se conforma
en todo con la ley escrita, entonces no constituye derecho, sino que si-
gue más bien el derecho ya establecido; pero si algo añade o modifica,
(1) «Sed credo nullam harum definitionem exactam aut quidditativam esse,
praesertim illas quae conmetudinem defíniunt tantum per hoc quod sit jus non
scriptum, nam superius... diximus legem, etiam ut a consuetudine distingui-
tur, jus non scriptum esse posse; ete contra, etiamsi consuetudo sit per scrip-
turam notata, consuetudo erit vim habens legis... Quare ergo sic definirem
consuetudinem, quae est juris species, est tacita obligandi voluntas ab eo pro"
fecta qui obligare potest, usu tantum et more utentium expressa. Non dixi a
populo profecía, quia multi arbitrantur consuetudinem nunquam habere vim
obligandi ex volúntate populi subjecti, sed superíoris.» Iractatus de legibus,
1611, disp. XIX, sect. I.
(2) «Jus quoddam moribus constitutum, quod pro lege suscipitur cum defi-
cil lex.» Summa moralis, ed. de 1700, tract. III, disp. III, punct. I.
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 221
en esta parte puede crear nuevo derecho, porque en tal caso ya falta la
ley. Si la costumbre se opone a la ley, claro es que entonces falta la ley
en aquello sobre lo cual verse la costumbre... La costumbre perfecta
nunca se opone a la ley escrita, porque la deroga y, por consiguiente,
no tiene ya ley a qué oponerse, pues no puede haber dos derechos con-
trarios entre sí (1)>.
2. Existía en el derecho antiguo— y en parte también en el moder-
no—cierta sinonimia entre la costumbre, el uso, el fuero, el estilo y la
prescripción. El mismo autor últimamente citado señala en síntesis es-
tas diferencias: la costumbre se distingue del uso, como el efecto de la
causa; porque el uso es el que engendra el derecho consuetudinario; del
estilo se distingue, como el género de la especie, porque el estilo es cos-
tumbre, pero limitada a los actos judiciales, pues no significa otra cosa
que el modo de proceder un pueblo en sus juicios, y por la misma ra-
zón se distingue del fuero, que, entre otras acepciones, es la costumbre
del uso de la jurisdicción que se ha de observar en los juicios (2).»
El uso— dice Gregorio López— se distingue de la costumbre en que
aquél es el hecho y ésta el derecho (3). Más filosóficamente que ningún
(1) «Dicitur autem esseyz/s quoddam moribas constítutum, quia moribus ho-
minum et usti frequenti illorum, jus illud obligans consíituitur... Additurdein-
de consuetudinem esse jus quodpro lege suscipitur, non quia veré non sit lex,
sed quia loco legis scriptae suscipitur et eamdem cum illa obligationem indu-
cit. Ultimo dicitur hoc contingere cum déficit lex, hoc est, cum lex non adest
quae obligationem inducere possit... Quando consuetudo conformatur integre
cum lege scripta, tune non constituit jus, sed potius jus constitutum exequitur;
si vero aliquid superaddit aut immutat, illa in parte poterit novum jus consti-
tuere, quia in illa parte jam déficit lex. Quod si consuetudo opponatur legi,
tune manifestum est defícere legem in eo circa id quod est consuetudo, cum
lex de opposito sit. Adde cum Bartholo consuetudinem perfectam nunquam
adversar! legi scriptae, quia derogat legi, ac proinde non habet legem cui ad-
versetur, non enim dúo jura possunt esse sibi contraria.» Lugar cit.
(2) «Distinguitur namque haec consuetudo ab usu tanquam effectus a causa,
ex usu enim frequenti nascitur hoc jus; ab stylo tamen distinguitur tanquam in-
cludens ab incluso, quia stylus est consuetudo, sed est consuetudo limitata ad
judiciales actus, quia stylus significat modum procedendi alicujus reipublicae
in suis judiciis et sententiis...; eadem ratione consuetudo a foro distinguitur
est enim forus, ut alias acceptiones omittam, consuetudo de usu jurisdictionis
in judiciis servando.» Ibid.— Sobre el valor del estilo como fuente del derecho,
puede verse Burgos de Paz, Ad leges taurinas, 1568, Prcemium, núms. 225 y sigs.
(3) «Difert ergo usus a consuetudine, ut hic, quia usus sonat factum, con-
222 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
Otro, Francisco Suárez distingue la materia y la forma en cada uno de
los dos aspectos de la costumbre: el derecho y el hecho. En cuanto de-
recho, la materia de la costumbre es la misma que la de toda ley hu-
mana, porque el derecho escrito y no escrito no se diferencian en la ma-
teria sobre que versan sino en su manifestación externa; pero la forma
intrínseca de la ley (consuetudinaria) es alguna voluntad, causa efi-
ciente de la obligación introducida por la costumbre. Considerada ésta
como hecho, su materia son los mismos actos en cuya frecuencia con-
siste, y porque la costumbre debe ser útil y honesta, su forma será esa
misma utilidad y honestidad en cada uno de los actos que la constitu-
yen y en su frecuente repetición (1).
Reconoce luego una doble causa en la formación de la norma con-
suetudinaria: causa próxima, que es la acción de los que elaboran la
costumbre, y causa primaria, que es la voluntad del poder legislativo,
en caso de necesitarse su intervención. La primera, por tanto, se refiere
a la costumbre de hecho, y la segunda a la de derecho (2).
Esta materia da origen a diversas cuestiones relacionadas con las
condiciones exigidas por los antiguos para la costumbre jurídica. De
esas condiciones trataremos después de dar una ligera idea de las cla-
ses y formas de la costumbre.
3. Varias son las clasificaciones que de ésta pueden hacerse bajo di-
versos aspectos; pero la tradicional y la que tiene especial importancia
para nuestro objeto es la que, en relación con la ley o con el derech#
existente, divide la costumbre en secundum legem, extra legem y contra
legem (3). Esta última, especialmente, puede revestir diversas formas, re-
suetudo jus.» Las siete partidas del sabio rey don Alfonso, ed. de 1555, Preám-
bulo al tit. II, Part. I.
(1) «Quatenus est quid juris, materia circa quam versatur (consuetudo) est
eadem quae materia legis humanae, nam jus scriptum et non scriptum non dif-
ferunt in materia circa quam versantur, sed in signo quo constituuntur... For-
ma vero intrínseca hujus legis est aliqua voluntas quae, alia consideratione,
est causa effíciens obligationis per consuetudinem inductae. Si autem conside-
remus consuetudinem ut est quid facti, materia ex qua constat sunt actus ipsi
in quorum frequentia consistit; et quia consuetudo debet esse utilis et honesta,
ideo illius quasi forma erit ejusdem honestas et utilitas in singulis actibus et
in eorum frequentia inventa.» Tractatus de legibus ac Deo legislatore, ed. de
1612, lib. Vil, cap. IX, núm. 1.
(2) Ibid., núm. 2.
(3) Véase, entre otros muchos, Salas, ob. cit., disp. XIX, sect. II. —Las tres
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 223
lacionadas con la aceptación o no aceptación de la ley y con los efectos
obligatorios y derogatorios de la costumbre, como veremos al tratar de
estas cuestiones (1).
4. Las condiciones intrínsecas de la costumbre son las mismas que
las de la ley y las de toda norma jurídica. Los tratadistas suelen redu-
cirlas a una sola: que sea racional^ entendiendo que es racional cuan-
do se conforma con la ley natural (honesta), y cuando satisface una ne-
cesidad común (útil). La costumbre según ley no ofrece duda en este
punto. La costumbre fuera de la ley se presume racional, porque no es
fácil que deje de ser conveniente al bien común lo que es de observan-
cia general (2). La costumbre contra ley puede ser también racional y
producir todos sus efectos jurídicos, cuando en ella concurren los requi-
sitos necesarios (3).
Presupuesta la facultad para crear derecho consuetudinario, que sólo
existe en el pueblo o colectividad que tenga potestad para dictar leyes
propiamente dichas (4), la primera de las condiciones externas que se
exigen es que la costumbre, o el hecho que la constituye, sea de obser-
clases de costumbre, a lo menos en algunos de sus efectos, están expresadas
en estas palabras de las Partidas: «Fuerza muy grande ha la costumbre cuan-
do es puesta con razón, así como diximos, ca las contiendas que los omes han
entre si, de que non fablan las leyes escritas, pueden se librar por la costum-
bre... e aun ha fuerza de ley. Otrosí decimos que la costumbre puede interpre-
tar la ley cuando acaesciese dubda sobre ella... E aun ha otro poderío muy
grande, que puede tirar las leyes antiguas que fuesen fechas antes que ella.»
Part. I, tít. II, ley 6.^
(1) Suárez: ob. cit., lib. VII, cap. XVIII.
(2) «Si consuetudo nulli legi adversetur, sed praeter legem, clarum est
bono communi expediré ejus observationem, quia bono communi expediré vi-
detut id in quod communiter omnes conveniunt». Castro-Palao: ob. cit., tract.
III, disp. III, punct. II, § 1.**— Lo mismo Tomás Sánchez: De sancto matrimonii
Sacramento disputationum , ed. de 1605, lib. VII, disp. IV, núm. 14.
(3) Nos referimos aquí a la ley positiva humanaj no a la ley natural, contra
la cual no puede prevalecer la costumbre, porque, como advierte Salas, falta-
ría en ésta la condición de la honestidad, y aquélla, por otra parte, es inmuta-
ble. «Ratio est quia lex naturae est immutabilis, et actus illi habent insepara-
bilem malitiam, unde non possunt sub obligatione cadere». Ob. cit., disp. XIX,
sect. II.
(4) «Communiter doctores asserunt solum populum qui potestatem habeat
condendi leges, posse consuetudinem introducere.» Suárez: ob. cit., lib. Vil,
cap. IX, núm. 11.— Volveremos sobre este asunto al tratar del consentimiento
tácito del legislador.
224 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
vancia general. No es necesario el concurso de toda la colectividad en
cuyo seno se elabora la costumbre, pero sí el de la mayor parte— des-
contando, como observan algunos autores, los incapaces del hecho ju-
rídico de que se trate—. La razón de ello está en que el derecho creado
por la costumbre obliga a la comunidad entera, y es preciso que la cos-
tumbre pueda atribuirse moralmente a la comunidad como obra suya,
lo que no puede hacerse cuando es obra de la voluntad de la menor
parte. Tal es el pensamiento de Suárez (1).
Sígnense de aquí otras varias condiciones relativas a los actos cons-
titutivos de la costumbre jurídica. Si ésta no se forma sin el consenti-
miento y la aprobación de la generalidad, es preciso que dichos actos
sean frecuentes y repetidos, voluntarios y públicos (2). Los actos no vo-
luntarios no son manifestación del consentimiento del agente, de aquí
que los ejecutados con error o ignorancia, fuerza o miedo, no pueden
crear costumbre, y los clandestinos no pueden obtener el consentimien-
to de los demás por serles desconocidos. Sobre esto puede decirse que
no hubo discrepancia de opiniones (3).
Las dificultades nacen cuando se pretende determinar por medio de
una regla fija el número de actos necesarios para la formación de la
(1) «Ut consuetudo a populo inducatur, necessarium est ut saltem a majo-
ri parte communitatis observetur, atque illa suffícit... Quia consuetudo debet
esse moraliter a tota communitate, cum jus ejus totam cadat; minor autem pars
non suffícit ut consuetudo ipsi communitati simpüciter tribuatur, ñeque ut in-
ducat consensum ejus.» Lugar cit., núm. 12.
(2) «Dicendum breviter est, consuetudinem non introduci nisi perfrequen-
tiam actuum qui publice et voluntarle fiunt, quatenus consensus populi est ad
introducendam consuetudinem necessarius.» Suárez: Ibid., cap. X, núm. 1.
(3) «Certa et communis resolutio est, actus introducentes consuetudinem
voluntarios esse deberé. Et ratio est, quia actus consuetudinis non inducunt
illam nisi ratiane consensus populi qui per illos inducatur; sed actus non indi-
cant consensum nisi sint voiuntarii, ergo, ut consuetudinem inducant, necessa-
rium est ut voiuntarii sint.» Ibid., cap. XII, núm. 1 y sigs.— Agregan otros,
como Castro-Palao, la necesidad de la intención jurídica en los actos: «con-
suetudo enim pro lege suscipitur, ac proinde, sicut ad rationem legis requiri-
tur in legislatore intentio ferendi illam, sic ad consuetudinem requiritur in his
qui illam introducere possunt intentio introducendi illam... Consuetudo ergo»
quae iegem abrogare debet vel novam statuere, necessario procederé debet ex
speciali intentione statuendi novam, quae alia via statui non potest, nisi pro-
cedat ex intentione se obligandi ad illius observationem.» Ob. y lugar cit., § 3.°,
núm. 14.
LA COSTUMBRE COMO PUENTE DEL DERECHO PENAL 225
costumbre y la frecuencia de su realización. Algunos opinaron que
podía bastar uno, sobre todo si era continuado. Otros exigían como
suficientes dos o tres, con el concurso de ciertas condiciones. La gene-
ralidad conviene en que, sobre este punto, no puede darse una regla
fija, por la variedad de casos y circunstancias, optando por dejar la so-
lución al prudente arbitrio del juez (1).
Las Partidas exigían como requisito de la costumbre la confirma-
ción de la misma mediante dos sentencias judiciales (2); pero Gregorio
López admitía, a pesar de la prescripción de la ley, la costumbre extra-
judicial (3). Esta fué la opinión común entre muchos jurisconsultos y
moralistas, fundada en la falta de potestad en el juez para dictar leyes
y crear la costumbre de que aquí se trata (4), y en que la confirmación
judicial, o nada significa, o presupone ya creada la costumbre (5).
La ley contraria de las Partidas sufrió otra interpretación distinta de lo
que significan sus palabras, o se consideró derogada en nuestros rei-
nos (6).
5.— Otra condición exigida comúnmente por los tratadistas es la del
consentimiento, por lo menos tácito, del legislador para la formación
de la costumbre. El problema era para ellos de difícil solución y a la
(1) Castro-Palao: ob. cit., tract. III, disp. III, punct. II, § 3.<», y Suárez:
libro citado, cap. X, núm. 3.— Sobre este punto puede consultarse Salas: obra
citada, disp. XIX, sec. VIII, que expone las diversas opiniones y sus respecti-
vos fundamentos.
(2) Ley 5.*, tít. II, part. I.
(3) Glosa a la cit. ley.
(4) «Ratio vero est, quia illae sententiae non sufficiunt inducere jus per
modum consuetudinis, propter rationem factam, nec per modum legis scrip-
tae, quia non est potestas in judicante.» Suárez, ob. cit., lib. VII, cap. XI,
núm. 14.— «Quod sint in judíelo vel extra, non extendit longitudinera et praes-
criptionem consuetudini requisitám, et ex alia parte, illi actus judiciales non
faciunt jus,quia non procedunt ab habentibus potestatem illud constituendi.»
Castro-Palao: ob. cit., tract. III, disp. III, punct. II, § 3.°, núm. 7.
(5) «Atioqui non posset introduci consuetudo, quia si antea consuetudo
non habuit vim, non potest judex decernere vim habuisse.» Salas: ob. y lugar
citado, sect. VI, núm. 66.
(6) Así lo asegura Pedro de Salazar {De usu et consuefudine, et de sfylo
Curiae Resalís, ed. de 1579, cap. X, núm. 45), rectificado, en cuanto a la inter-
pretación de la ley de las Partidas, por Vázquez {Commentariorum ac disputatio-
num, disp. 177, cap. VI), que, con Burgos de Paz, defendió la necesidad de
dos sentencias para la eficacia de la costumbre.
15
226 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
vez de suma transcendencia, por referirse a la potestad misma para
crear derecho consuetudinario y por representar un conflicto entre el
poder popular, en el caso de bastarse por sí solo para dictar normas
jurídicas, y el poder supremo legislativo. La docrrina de nuestros escri-
tores en este punto se reducía, en substancia, a lo siguiente (1).
En aquellos países y tiempos en que el poder legislativo residía en
el pueblo y era directamente ejercido por él, el problema no tenía lugar,
porque el autor de la ley y de la costumbre era el mismo, sin más dife-
rencia entre una y otra que la del consentimiento expreso del pueblo en
la primera y el consentimiento tácito, revelado por los hechos, en la
segunda. Pero, habiendo pasado el poder legislativo y su ejercicio a
una o varias personas determinadas, se hacía difícil explicar la crea-
ción de normas jurídicas obligatorias, por falta de potestad, sin la in-
tervención del poder legislativo. Porque, si la costumbre era extra
legem, había que reconocer en el pueblo un poder, bajo este punto de
vista, igual al poder legislativo; y si era contra legem, había que admi-
tir el absurdo de un poder superior al poder supremo, la voluntad de
los subditos que prevalece contra la del superior, un derecho a mandar
sin obligación correlativa de obedecer.
De aquí dedujeron la necesidad de una cooperación del poder
legislativo en la formación de la costumbre, encontrando de este modo,
y sólo de este modo, una base firme para explicar los efectos obligato-
rios y derogatorios del derecho consuetudinario. «Porque— como dice
Suárez— en el pueblo existe la potestad de hecho más bien que la de
derecho para rechazar la ley, en cuanto a él toca, y por parte del sobe-
(1) Es la misma de Santo Tomás, que distingue entre los pueblos con po-
testad legislativa y los que la han trasladado a otro, y sólo por tolerancia del
mismo pueden crear costumbre contra la ley. Summa, 1. 2. q. 97, art. 3. Salas,
aludiendo a la razón de igualdad entre la costumbre y la ley, alegada por un
jurisconsulto romano, dice: «Quae ratio erat óptima pro eo tempore quo
legitima potestas erat in communitate; nunc autem jam translata est in prin-
cipem; ergo consensus communitatis non suffícit, nisi forte quis respondeat
nunquam istam potestatem ita esse translatam in principem, quin expectari
debeat consensus populi ut legis obligatio incipiat et perseveret, quod de le-
gibus civilibus censuit» Castro (De poiest. legis poen., lib. I, cap. 1.) Obra ci-
tada, disp. XIX, sect. III, núm. 18.— Lo mismo Suárez, que alega la razón de
ser el soberano toda la república, o no distinguirse de la colectividad política.
Ob. y lib. cits, cap. XIII, núm. 1.
LA COSTUMBRE COM O FUENTE DEL DERECHO PENAL 227
rano hay también potestad para consentir y conformarse con la volun-
tad del pueblo; y de este modo se completa la potestad necesaria para
derogar la ley... De aquí que no sea preciso que en el mismo pueblo,
en sí considerado, exista potestad activa para crear o derogar la ley,
sino que basta la capacidad legal pasiva y que la costumbre se intro-
duzca por aquellos a quienes la ley se refiere. Porque este acto de
contradecir la ley por la costumbre no es acto de jurisdicción o de pú-
blica potestad, sino más bien propio de los obligados a obedecer la
ley.^ (1).
¿Cuál debía ser la cooperación del legislador en la formación de la
costumbre jurídica? Casi todos convienen en que podía crearse derecho
consuetudinario, aun contra la ley, sin conocimiento del legislador,
supliéndose esta falta por la prescripción y el consentimiento presunto
de aquél; es decir, por la presunción de que el legislador, siendo la
costumbre racional, consentiría en ella si la conociese. De dos modos
— dice Salas- -puede la costumbre derogar la ley: por prescripción y por
cambio de voluntad en el soberano. De aquí que la costumbre racional
y legítimamente prescrita baste para abrogar o derogar la ley, aunque
el príncipe la ignore (2).
Cuando en presencia o con conocimiento del legislador no se cum-
ple la ley o se realizan actos contrarios a ella, sin que aquél se oponga
o pene tales actos, pudiendo hacerlo, entonces bastan uno o dos, según
(1) «Quia in plebe est potestas facti potius quam juris ad abjiciendam
illatn legem, quantum in se est, et ex parte principis est etiam potestas ad
connivendum et consentiendum voluntati populi, et ita completur potestas ad
conferendam legem. Atque hinc constat... non esse necessarium ut in ipso po-
pulo, per se spectato, sit potestas activa ponendi vel tollendi legem, sed suffí-
cere capacitatem passivam legis, et quod consuetud© introducatur ab illis ad
quos lex loquitur. Quia hic actus repugnandi legi per consuetudinem non est
actus jurisdictionis vel publicae potestatis, sed potius eorum qui parere debe-
rent legi.» Ob. cit., lib. Vil, cap. XVIII, núms. 3-4.
(2) «Adverte duobus modis per consuetudinem posse abrogari legem,
scilicet, per modum praescriptionis et per modum occasionis novae volunta-
tis principis... Consuetudo rationabilis et legitime praescripta suffícitadabro-
gandam vel derogandam legem, eliamsi princeps illam ignoret.» Obra cita-
da, disp. XIX, sect. 111, núm. 20.— Agrega que esta era la opinión común,
y en otra parte cita estas palabras de Avendaño: «Sciencia regís non requiri-
tur ad introducendam consuetudinem, quia si rationabilis est, servanda est,
et habet voluntatem et approbationem ipsius regis tacitam.» Disp. XIII,
sect. VI.
228 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
algunos, para crear derecho derogatorio de la ley, por el consentimiento
tácito de su autor, y sin necesidad de prescripción ni aun de costumbre
propiamente dicha.
Entre los numerosos testimonios que pudieran aducirse en compro-
bación de los dos casos precedentes, nos concretaremos al siguiente de
Gregorio López: «Si desde el principio se negare el pueblo a aceptar la
ley, y contra ella ejecutare varios actos con conocimiento del legisla-
dor, y pudiendo éste oponerse no lo hiciere, entonces se supone que el
superior accede a la contravención e inobservancia de la ley, y la ley
dejaría de obligar... Mas si no constare del conocimiento del superior,
en este caso, para introducir costumbre contra la ley no recibida y pro-
ducir su derogación, bastarían diez años, durante los cuales el pueblo
permaneció sin querer aceptar la ley.» (1).
6. — Sin dejar de reconocer los antiguos las diferencias que hay en-
tre la prescripción civil y la costumbre (2), aplicaron por analogía la
primera a la segunda, o más bien llamaron prescripción a la condición
del transcurso de tiempo necesario para que la costumbre produjese sus
efectos obligatorios o derogatorios. Así como la prescripción civil es un
medio de adquirir o perder derechos y extinguir obligaciones, así tam-
bién veían los antiguos tratadistas en la costumbre continuada por lar-
go tiempo un modo de crear nuevo derecho, de extinguir el derecho
(1) «Si tamen populus ab initio nollet legem recipere, et contra eam,
sciente conditore, et valente contradicere et non contradicente, faceret plures
actus contrarios, tune videtur superior acquiescere illi contraventioni et inob-
servantiae, et lex non ligaret... Si autem non constaret de scientia superioris,
tune ad inducendum dissuetudinem legis non receptae, ut ipsi praejudicetur,
sufficerent decem anni per quos populus stetit, quod legem noluit recipere.»
Ad legem 16, tít. I, part. I.
(2) Las principales que suelen señalar son; 1.* La costumbre nace del uso
general y crea derecho obligatorio para todos los habitantes del lugar en que
se ha formado; la prescripción hace nacer un derecho subjetivo y privado o
entre particulares. 2.» Por la prescripción lo que uno adquiere lo pierde otro;
por la costumbre hay adquisición sin pérdida correlativa. 3.* Para algunos, la
prescripción era el género y la costumbre la especie, según lo cual toda pres-
cripción es uso o costumbre, mas no viceversa. «Esas y otras diferencias pue-
den verse en Covarruvias, In regulam Possessor malae fldei. De regulis juris,
pars. II, § III, núm. 2; Molina, De primógenas Hispaniae, cap. VI, núm. 10; Ma-
tienzO; glosa VI a la ley I, núm. 3, tit. Vil, lib. V, de la Nueva Recopilación;
Castro-Palao, ob. cit., tract. III, disp. III, punct. I, núm 3; Salas, obra citada,
disp. XIX, sect. I.
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 229
anterior contrario y de eximirse de una obligación legal. Venia a ser
como una prescripción de los derechos de los subditos contra los del
legislador.
Acerca del tiempo necesario para la prescripción de la costumbre,
hubo gran diversidad de opiniones. La más generalizada fué la que exi-
gía diez años para prescribir contra el derecho civil, y cuarenta contra
el canónico (1). Una segunda opinión niega que la costumbre necesite
un determinado tiempo para derogar la ley contraria (2). Se funda en
que el hecho de no observar la ley, sabiéndolo y no contradiciéndolo el
legislador, supone su consentimiento, y esto basta. Otra opinión, en fin,
va más allá, y sostiene que ni hay tiempo determinado para la costum-
bre ni puede determinarse, porque siempre quedarían el legislador y
sus sucesores con potestad para manifestar su consentimiento en con-
tra (3).
Salas trata de conciliar las distintas opiniones, distinguiendo entre
la costumbre conocida y tolerada por el legislador y la que se forma
sin tales requisitos, o sea por vía de prescripción. En el primer caso,
puede sostenerse que la costumbre no necesita un determinado tiempo;
en el segundo, es preciso aplicar las leyes de la prescripción, bastando
probablemente el plazo de diez años (4).
7. — Los efectos jurídicos de la costumbre, en conformidad con las
tres clases de la misma, se reducen a estos tres grupos: efectos confir-
matorios del derecho existente, efectos obligatorios como la ley y efec-
tos derogatorios del derecho anterior. Los primeros corresponden a la
(1) Así, entre otros muchos, Molina, Antonio de Córdoba, Azpilcueta (que
aplica el plazo de diez años a la costumbre contra la ley no aceptada y cuarenta
para la derogación, por el no uso, de la ley aceptada), Pedro de Salazar, etc.
(2) Entre los españoles, Bartolomé, Medina, In primam secundae S, Thomae,
quaest, 97, art. III.
(3) Esta opinión fué defendida por Vázquez, Commentariorum, disp. 177,
cap. V.
(4) «Si sermo sit de consuetudine derogante legem ex solo consensu tácito
principis, tune dominantis et videntis ac permittentis consuetudinem introdu-
ci contra legem, nullum certum tempus requiritur ut eam legem aboleat... Si
vero sermo sit de consuetudine abrogante legem per modum praescriptionis,
ac proinde ex vi legum praescriptionis seu ex consensu expresso legislatoris,
qui íeges praescriptionis tulit, verissima est prima opinio.» Ob. cit. disp. XIX,
sect. IV, núm. 32.
230 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
costumbre secundum legem, que, como advierten los tratadistas, no
crea derecho nuevo, pero sí otros efectos importantes, como fijar el sen-
tido y extensión de la ley por medio de la interpretación, y confirmar
la eficacia de la misma ley, evitando su derogación por el uso contra-
rio. Es máxima del derecho que «la costumbre es el mejor intérprete
de las leyes > (1), y no puede dudarse que la eficacia de éstas, más aún
que de la voluntad del legislador, depende de su uso y práctica cons-
tantes. Porque, como dice Salas, después que las leyes han recibido su
confirmación de la costumbre, es difícil dejar de cumplirlas, porque
la costumbre se convierte en naturaleza; y de aquí también la necesi-
dad de que las mismas leyes se adapten a las costumbres con tal que
sean honestas (2).
Los efectos de la costumbre extra legem se reducen a crear nuevas
normas jurídicas al lado de la ley e igualmente obligatorias que las
de la ley. Acerca de esta forma de la costumbre, sus condiciones y su
valor como fuente del derecho, nada hemos de añadir a lo dicho y a
lo que diremos luego más en concreto con referencia al derecho
penal.
8. — Los efectos derogatorios, propios de la costumbre contra legem,
están relacionados con una cuestión que hoy mismo, con toda nuestra
democracia y nuestra soberanía popular, calificaríamos de anárquica,
y fué muy debatida por los antiguos teólogos moralistas y jurisconsul-
tos. Nos referimos a la necesidad de ser aceptada la ley por el pueblo
para su eficacia, o lo que es lo mismo, si la aceptación de la ley es re-
quisito necesario de la misma. En caso afirmativo puede suceder, o que
la ley no haya sido aceptada— no observándose, por tanto, en ningún
tiempo e implícitamente rechazada por el no uso—, y entonces no pue-
de decirse, hablando con propiedad, que la costumbre produzca efectos
derogatorios, o que, aceptada y observada la ley por algún tiempo, se
(1) «Ratio autem est manifesta, nam si consuetudo habet vim introducendi
legem el abrogandi institutam, a fortiori habere debet efficaciam interpretandi
iüam, praecipue cum hic effectus magis necesarius esse videatur quam alii.»
Castro-Palao: ob. cit., trat. III, disp. III, punct. IV, § 3.°
(2) «Postquam leges consuetudine fírmatae sunt, non facile est ab lilis re-
cedere, quia consuetudo vertitur in naturam, et ideo leges debent moribus et
consuetudinibus honestis esse accommodatae quantum fíeri potest.» Obra
citada, disp. XVIII, sect. I, núm. 2.
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 231
introduzca después una costumbre en contra, con todos los requisitos
debidos, y en este caso es cuando produce el no uso o el uso contrario
verdaderos efectos derogatorios (1).
La opinión comúnmente seguida, como reconocen los mismos que
opinaban de otro modo, fué que la aceptación de la ley por parte d^
los subditos era condición necesaria para su validez y su fuerza obli-
gatoria. Defendieron esta opinión, entre otros muchos, el doctor Nava-
rro (Martín de Azpilcueta) (2), Juan de Torquemada (3), Diego Covarru-
vias (4), Toledo (5), Gregorio de Valencia (6) y Manuel Rodríguez (7),
sin que faltaran tampoco autores de nota que defendieron la opinión
contraria.
Suárez resume así los fundamentos de ambas opiniones. La razón
de los que juzgan necesaria la aceptación de las leyes para su validez,
es que el magistrado público ha recibido su potestad del 'pueblo (8), y
pudo éste, por tanto, no conferírsela sino bajo la condición de no obli-
garse al cumplimiento de las leyes del soberano más que cuando el
mismo pueblo prestase su consentimiento por la aceptación, y es vero-
símil que no de otra manera transfiriese aquella potestad. Esto, además,
es lo que parece conveniente al bien común, porque ninguna señal
puede haber más clara para saber si una ley es o no conveniente al
bien del pueblo que la aceptación o no aceptación del mismo, y en todo
(1) Entre el simple no uso, aplicable a ley no aceptada de hecho, el desuso
(dessaetudo), aplicable a ley aceptada y dejada de usar, y el uso o costumbre en
contra, establecían los antiguos algunas otras diferencias, así en el orden ju-
rídico como en el moral. Véase, por ejemplo, Salas, ob. cit., disp. XIIl,
sect. II.
(2) Consiliomm et responsorum, ed. completa de 1616, cons. I de constiíatio-
nibus, I, quaest. V, y Mannuaíe confessoríorum, cap. XXIII, núm. 45.
(3) In Gratiani Decretorum, § leges, dist. IV.
(4) Variarum resolutionum (tomo I de la colección de 1583), cap. XVI, nú-
mero 6.
(5) De sepiem peccatis, cap. XVIII.
(6) Commentariórum theólogicorum, ed. de 1592, disp. VII, quaest. V,
punct. 5.
(7) Regulararriy tom. I, quaest. VI, art. X.
(8) Gregorio de Valencia, defensor de esta opinión, rechaza, sin embargo,
tal argumento por su escaso valor, porque, aun recibido el poder del pueblo,
una vez adquirido, puede ser absoluto. Por otra parte, no es aplicable al le-
gislador eclesiástico, sino sólo al civil. Ob. cit., t. II, disp. VIL, q. V, punct. V.
232 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
caso, basta que la ley no sea aceptada para considerarla opuesta al
bien común (1).
La opinión contraria— continúa el mismo autor— que no exige la
aceptación para la validez de la ley, se funda en que ésta, una vez
promulgada y propuesta por quien tiene potestad para ello, obliga a
su cumplimiento, y por tanto, también a su aceptación; luego no puede
admitirse que la aceptación sea requisito necesario para los efectos
obligatorios de la ley (2). Agréganse a esto otras razones, como la
inutilidad del poder legislativo en caso de necesitar cada disposición
la aceptación del pueblo, la forma imperativa de la ley, que en aquel
supuesto quedaría reducida a mero consejo, y el uso constante de
penar a los infractores de la ley, sin que ningún juez admita la excusa
de no haber sido aceptada (3).
Señala algunas excepciones en que cabe sostener la doctrina opuesta
-—por ejemplo, el no uso tolerado por el legislador, cuando se hace ge-
neral, la injusticia de la ley en alguna de sus aplicaciones, alguna
causa que haga presumir haberse dictado como ensayo y para saber
cómo es recibida— (4), y por último, observa que, cuando el poder le-
gislativo se reparte entre el monarca y el pueblo, como ocurría en Ara-
gón, es inexacto decir que la ley necesite la aceptación del pueblo,
porque aquí no es el rey solo el legislador, y siempre resulta cierto que
el supremo legislador posee la potestad suficiente para obligar a los
subditos a la aceptación y el cumplimiento de la ley. «Cierto es en este
caso que de algún modo se requiere la aceptación del reino para la
validez de la ley; mas no es esta la aceptación de que ahora tratamos ,
(1) «Et ratio reddi potest, quia magistratus civilis habet a populo potes-
tatem, ut supra vidimus; ergo potuit populus illam non daré nisi sub hac con-
ditione, ut non obligaretur legibus principis nisi ipse etiam populus per accep-
tationem in eis consentiret. Ergo verisimile est sub hac conditione, et non
aliter, iilam dedisse... Tum etiam quia ita videbatur conveniens ad commune
bonum, quia nullum signum melius esse potest an lex communi bono totius
populi conveniat, necne, quam ipsius aceptatio vel repugnantia.» Ob. cit., li-
bro III, cap. XIX, núm. 2.
(2) «Quia lex suffícienter promulgata et proposita ab habente auctoritatem,
obligat ad sui observationem, ergo et ad sui acceptationem; ergo non est po-
sibile ut acceptatio sít conditio necessaria ad obligationem legis.» Ibid., núm. 5.
(3) Ibid., núms. 7-9.
(4) Ibid., núms. 10-13.
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 233
porque no sigue a la constitución y promulgación de la ley ni es he-
cha por los subditos en cuanto tales, sino el consentimiento del reino
juntamente con el del rey, que concurre a la formación de las le-
yes* (1).
En forma muy semejante expone Juan de Salas la cuestión, y des-
pués de reproducir las principales razones en que fundaban su opinión
los que hacían depender de la aceptación del pueblo la eficacia obli-
gatoria de las leyes, hace una substanciosa crítica de los argumentos
empleados en defensa de dicha opinión. Todos ellos— dice— se redu-
cen a estos dos: o es por falta de potestad para imponer el legislador
sus leyes a los subditos sin su aceptación, o por falta de voluntad en
el mismo, y ni lo uno ni lo otro constituye una razón sólida. Lo prime-
ro, porque ordinariamente la sociedad transfiere al supremo gober-
nante su potestad legislativa sin restricciones ni reservas. «Y cierta-
mente, si quedase al arbitrio del pueblo aceptar o contradecir la ley, y
no pudiese ser obligado a cumplirla, sino bajo la condición de que la
aceptase o no la repugnase, muy débil sería la potestad legislativa, y
el medio de gobierno más importante y necesario, cual es el poder le-
gislativo, dependería más bien de los subditos que del superior. Mas
en éste existe una potestad coercitiva, por medios penales, en cuyo
ejercicio no depende de la aceptación del pueblo; luego tampoco en el
ejercicio de la potestad preceptiva, que no es menos obsoluta e inde-
pendiente» (2).
(1) «Et tune verum est requiri aliquo modo acceptationem regni ad valorem
legis; tamen etiam in eo casu non est illa acceptatio de quae nunc tractamus,
quia non est consequens ad institutionem et promulgationem legis, nec est a
subditis, ut tales sunt, consensus regni, simul cum consensu regis, concurrens
ad condendam legem.> Ibid., núm.6.
(2) «Quia lex humana quae a subditis non acceptatur, hoc ipso videtur esse
inutilis, atque adeo caret una de conditionibus requisitis ad justitiam et subs-
tantiam legis.— Quia non expedit ita homines per potestatem humanam guber-
nari, ut renitentes atque inviti adigantur lege ad aliquid faciendum quod alio-
qui nec lege naturali ñeque divina tenentur praestare... (palabras de Gregorio
de Valencia, ob. cit., disp. VIH, q. 5.*). ítem ex eo quod Navarrus (ob. cita-
da, cap. XXIII, núm. 67) concludit, non posse statui legem humanam quae ju-
beat etiam ut ipsi trangressores a seipsis repetant poenam lege constitutam.
Et prefecto, si esset in arbitrio populi acceptare aut contradicere, ñeque pos-
set obligari simpliciter ad parendum legi, sed sub conditione acceptationis vel
non repugnantiae, valde debilis esset potestas legislativa, et absolutum ac prin-
234 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
El autor, como en otras cuestiones, sigue una opinión armónica o
intermedia, defendiendo la necesidad de la aceptación de las leyes
cuando son injustas, en el sentido de contrariar derechos que los sub-
ditos pueden ceder, o resultan demasiado gravosas y defíciles, y ne-
gando la necesidad de la aceptación cuando las leyes son justas, mo-
deradas y convenientes al bien público. «Juzgo — dice en conclu-
sión—que los reyes y otros príncipes seglares tienen comúnmente po-
testad para obligar a sus pueblos a la aceptación y observancia de las
leyes, y que los pueblos comúnmente carecen de derecho para contra-
decirlas» (1).
Después del resumen hecho de las dos opiniones acerca de la cues-
tión, no necesitamos aducir testimonios y argumentos de los que exi-
gían la aceptación de la ley, que en lo substancial no son distintos de
los que quedan alegados. Esta úhima opinión, que siguieron casi to-
dos los moralistas en otro tiempo, fué perdiendo terreno después de
Salas y Suárez, y los moralistas negaron ordinariamente al pueblo
el derecho a aceptar o rechazar las leyes legítimamente promulgadas.
De suerte que el no uso de la ley o la costumbre contraria, con las de-
bidas condiciones, producía en todo caso verdaderos efectos deroga-
torios.
P. Jerónimo Montes.
o. S. A.
(Concluirá.)
cipale régimen, quale est legislativum, magis penderet ex subditis quam ex
principe. Et in principe est absoluta potestas coercitiva, per poenas, in cujus
usu non pendet a populi acceptatione, ergo nec in usu potestatis praecepti-
vae, quae non minus absoluta est et independens.» Lugar cit., número 3.
Ob. cit., disp. XIII, sec. II.
(1) «Existimo reges et alios principes saeculares communiter habere po-
testatem obligandi populos ut legem acceptent et servent, ñeque populos ha-
bere communiter jus contradicendi legibus ipsorum.> Ibid., núm. 6.
ANTONIO PÉREZ
APÉNDICES
SECRETARIO DE LA
MAOESTAD DEL REY PHELIPPE II Y DE LAS REVOLUCIONES DE ZA-
RAGOZA EN 24 DE MAYO 1591 (1).
Antonio Pérez, Secretario del Rey Nro. Señor ocupado en pape-
les del Estado algunos años, al cavo dellos fue preso, inculpado del
crimen lese majestatis, y de otros graves delitos, quebranto su pri-
sión en Madrid, huyo de allí, y de los Reynos de Castilla, entro en
el de Aragón, donde por orden de S. Md. fue de nuevo acusado,
detenido en cárcel siempre con guardas, a la postre con grillos. Lo
primero de las guardas por la graveza de sus delitos, y naturaleza in-
quieta y reboltosa; las prisiones por haverse descubierto un trato,
que tenía de quebrantar aquella cárcel, y passarse a los herexes de
Francia, ponerse en tierra de Vandoma, y en poder de su hermana,
no sin muchos indicios, de que procurarla desde alli hacer el mal,
que pudiesse.
El Marques de Almenara D. Iñigo de Mendoza y de la Cerda,
persona de gran calidad, y confianza, encargado por su Mag.d de
tratar en Aragón de negocios de mucho servicio suyo, lo estuvo
también de lo que toca a las cosas de Ant.o Pérez como de materi?
grave.
Llaman en Aragón tribunal del Justicia y Cárcel de los manifes-
tados al Consistorio, y prisión, donde recurren por via de fuerza los
(1) Debo la esmerada copia de este documento a mi querido hermano de
hábito R. P. Fr. Saturnino López Zamora.
236 ANTONIO PÉREZ
que pretenden, que la reciven en sus causas y negocios. Decidida
en aquel tribunal de la fuerza esta pretensión, se entregan a los jue-
zes los presos, según la que resulta del agravio, que pretendieren:
forma de Juycio muy antigua en aquel Reyno, concedida por los
Reyes, en cuyo real nombre se exercita la jurisdicion: ponen en sus
casos los Ministros, y nombran personas, a quien llaman Justicias.
A este Juez y Officio havia tenido recurso Antonio Pérez quando
estuvo a las guardas y prisiones, que arriva se dice hasta los 24 de
Mayo de este año 1591.
Este dia a las 10 horas de la mañana embiaron los Ynquisidores
Apostólicos de Aragón contra la erética pravedad y apostasia los
Ministros de aquel Santo Officio con provisión suya para el Justicia,
y los Juezes de su tribunal, que llaman Lugartenientes, por la qual
provisión les pedían las personas de Antonio Pérez, y de Juan Ma-
llorin, allegado del Antonio Pérez, detenido en la misma cárcel. De-
cían los Ynquisidores Apostólicos en sus letras y provisiones, que
los pedian por estar acusados por cosas de Fee, y que se les entre-
gassen luego dentro de tres horas desde la presentación de las Le-
tras: Obedeciéronse estas; entregáronse los presos, lleváronlos luego
los Ministros, por ser todo assi conforme a dicho fuero, y pusiéron-
los en la cárcel y casa de Ynquisicion, que llaman de la Feria, apo-
sento Real antiguo fuera de los muros de Zaragoza.
Don Diego de Heredia, D. Pedro de Olea, D. Juan Loscon, Mos-
sen de la Hu^a (sic), Cavalleros naturales del mismo Reyno, anda-
van inquietos, y con p©ca consideración tenian los mas dellos co-
municación con Antonio Pérez, y assi sabido el caso de su prisión,
juntándoseles algunos del pueblo, quisieron hacer común del Reyno
el negocio particular de Ant.° Pérez, y rompimiento de libertades y
leyes el haverle llevado a la Ynquisicion.
Llegaron pues estos mismos Cavalleros, o muchos dellos a la
casa, donde se tiene el Consistorio del Justicia, que se llama Depu-
tacion, acompañados de pocos del pueblo; topólos el escrivano, ante
quien havia passado la entrega de Antonio Pérez a la Ynquisicion;
persuadióles que se sossegassen, diciendole la verdad de todo el
sussesso (sic). No obstante esto fueron al dicho Tribunal del Justicia,
entraron en el: dixeron allí, que se havian de tomar las armas, pues
se acabavan las libertades del Reyno. Satisfizoseles, que en la prisión
ANTONIO PÉREZ 237
de Antonio Pérez no havia un punto de ellas: no obstante el desen-
gaño acudieron al consistorio de los Diputados, fueron a enterarse
de la verdad al Tribunal del Justicia, quedaron satisfechos della, y
procuraron la quietud.
Pero los Cavalleros ya movidos hallando poco aparexo en los
Consistorios, y mucho en la gente del Pueblo, que se iva llegando
a la novedad, ignorante de la causa, pensava, que los Ynquisidores
procedian de hecho, que sacavan Ant.® Pérez de donde estava para
llevarlo fuera del Reyno. Los Cavalleros, que savian la forma Jurídi-
ca, que se havia seguido, callando el hecho y la causa, encarecían
el sucesso, davan fuerza al furor, por no mostrar el desengaño.
Con esto se dividió la gente vulgar en dos puestos, unos fueron
a la casa de la Ynquisicion con apellido de libertad, las espadas des-
nudas, pidiendo Antonio Pérez y a Mallorin presos, amenazando,
que los sacarían, si no se los davan, con palabras descompuestas, y
davan ya mano para executarlo.
Otros de los del pueblo, por la poca distancia que hay desde los
Consistorios, adonde havlan estado los Cavalleros, hasta la casa, en
donde vivía el Marques, y principalmente por que les pareció, que
el havia sido Instrumento de la prisión, que se havia hecho, como
hombre, que tratava de los negocios contra Antonio Pérez, deter-
minaron de Ir a su casa, y sercarla. La causa, que para la ida tuvie-
ron, fue la culpa, que en aquel caso le davan de las leyes y libertad,
y que a son de campanas se juntarla gente, y assl lo hicieron, pero
quando quisieron entrar, hallaron cerrada la puerta, y guardada
la casa por los criados della, que al ruydo se recogieron y repa-
raron.
Corrió voz, que un Aguacil, llamado Juan Martin havia prendi-
do a uno, que llaman Burul, y lo havia llevado a la casa del Mar-
ques de Almenara, pidió un primo de este Burul el agravio y fuer-
za ante el Justicia, proveyosse, que fuesse con provisión de aquel
Tribunal un Portero y Escrivano para sacar de allí el preso, que
declan estava dentro; después se supo, que era invención, por que
ni el Aguacil prendió tal hombre, ni aquel día estuvo en casa del
Marques.
Llegaron a executar esta provisión del Justicia, esforzando ya
mas la voz de la libertad con la opresión, que falsamente dixeron,
238 ANTONIO PÉREZ
que se hada dentro de aquella casa al preso en ella, y con no abrir-
la a los que trayan la provisión se aumento mas la querella.
Viéndose en esto el Marques, envió a llamar al Justicia, que fue
allá con dos Jueces de su Tribunal, envió el uno delante, el quedo
atrás para desviar la gente, llego alia, y abrió la puerta, metió a los
executores de la provisión, pero aunque se sossego el tumulto con
esto algún tanto, no desistieron de su intento en pedir al Marques,
y assi el Justicia envió a pedir el favor y assistencia del Virey y de
los Diputados, pero como la confusión, y la apretura de la gente era
tanta, no fue possible llegar a llamarlos, ni después venir ellos, por-
que el Virey, que quiso de suyo llegar alia, no lo pudo hacer, y assi
se quedo en casa del Arzobispo, que saria (sic) buen medio para
sacar Antonio Pérez de la Ynquisicion, y sossegar el Pueblo.
La gente, que allí estava, como arriva se dice, pidiendo con voz
de libertad Ant.° Pérez, viendo llegar alia el Virey, le hizo instancia,
en que se sacassen los presos, amenazándole, que no saldría vivo, si
no los sacava, y después de llegado a la Ynquisicion el Virey, envió
alia el Arzobispo tres villetes, que los llevaron algunos Canónigos;
pedia en ellos, que sacassen los presos, pareciendole, que solo aque-
llo podia ser remedio de los daños, que amenazava tal furia, y re-
paro en el riesgo, que corria el Marques, pero el Pueblo no espero
la deliberación de los Ynquisidores para la restitución de Antonio
Pérez, porque se dio mas priesa en instar la prisión del Marques,
que los Ynquisidores en sacar los presos, y assi el Justicia, que se
entretuvo en casa del Marques buscando dilaciones, y tratando del
sossiego, no basto con decir como dixo al Pueblo, que tenia pre-
sos a los Criados del Marques por la resistencia, porque luego cla-
mava, que la prisión se hiciesse en persona del mismo Marques;
diciendole el Justicia, que ya lo havia hecho y dadole la Casa por
cárcel, hizo instancia el Pueblo, en que lo llevasen a la Cárcel co-
mún, dixo el Justicia, que esperava en que llevarle, pidieron que
fuesse a pie.
El Marques con mucho valor estava resuelto de que por su cau-
sa no se entregassen los presos de la Ynquisicion, ni el fuesse llevado
a la Cárcel, antes pensava morir en su Casa y en defensa della, pero
los Cavalleros, y algunos de los mismos Jueces requerían y protes-
tavan, que fuesse llevado, y assi persuadiéndole, que esto era lo que
ANTONIO PÉREZ 239
mas convenia, vino en ello, y ia gente popular indignada ya de la
dilación, y embravecida contra el Magistrado del Justicia, estavan
rompiendo las puertas, y derrivaron las unas, y vieron, que ya salía
el Justicia, y con él el Marques como lo pedian. Requirió el Justicia
que le ayudassen y assistiesen los que allí se hallassen: ofreciéronle
su assistencia y ayuda los Cavalleros: iva el Marques a pie; preso el
y tres criados suyos, y su Lugar tenientes al rededor, algunos Cava-
lleros con ellos defendiéndoles, la gente apellidando libertad y mue-
ran, con este apellido y voces pudo mal guardarse la orden, y assi
no pudieron defender al Marques; todavía algunos assistian a ello, y
hirieron a un Cavallero que le defendía, a otros desviaron el tropel
de la gente, o con la multitud de ella cayan, a assi quedo el Marques
casi en las manos del vulgo y en la misericordia, que algunos con el
usaron, y en la crueldad de otros en ofenderle y maltratarle.
Llegó a la Cárcel Real, herido de dos cuchilladas en la cabeza a
los dos lados de ella, una en la frente, otra en la mano, una ladeava
en el colodrillo. Murió en la misma cárcel al catorzeno día. Ya esta-
va el Marques en la Cárcel, quando movidos los Ynquisidores del
continuo tumulto de la gente, y de la presencia del Arzobispo, del
daño, que amenazava la noche, y del que ya se havía recibido en
persona de un esclavo de un Ynquisidor, a quien mataron, y havien-
do llegado los Condes de Aranda y Morata con orden del Arzobis-
po también por los presos, determinaron de darlos con protestación,
de que quedavan presos por el Santo Officio, y les davan por cárcel
suya la de los manifestados, adonde bolvio Antonio Pérez, y su com-
pañero en un coche con mucho contentamiento del Pueblo, acom-
pañados del Virey y de los Condes de Aranda y Morata.
Bueltos a la Cárcel de los manifestados estos presos se sosegó
la gente, pero no el furor en saquear una casa, que estava cerca de
la cárcel de los manifestados, donde hacían guarda a Antonio
Pérez.
Fueron también a saquear la casa del Marques, pero hicieron
poco daño, por haver acudido a ella los ministros de Justicia.
Púsose a Antonio Pérez guarda bastante de Arcabuseros fuera y
dentro de su aposento, porteros, que assisten en el, y duermen allí
de noche, y esto se ha continuado hasta ahora.
Después acá lo que se entiende es, que las cabesas de este albo-
240 ANTONIO PÉREZ
roto tienen inquieto a este pueblo, y perseveran en aprovar lo que
tienen hecho, dándole a entender otros errores de nuevo.
También alguno de los Cavalleros, que fueron de los principales
en lo passado anduvieron después reconociendo los Archivos y es-
crituras del Reyno buscando la fundación del S. OfP con falsa pre-
tensión de que huvo concordia, y que esta puesta la Inquisición en
aquel Reyno por tiempo limitado.
También tratan de pretender, que los Ynquisidores han de ser
naturales del Reyno, y no pueden conocer sino de las cosas de la fee,
ni sacar presos de poder de Jueces seculares hasta haverse pronun-
ciado los Processos.
Los mismos Cavalleros han andado buscando los testigos, que
depusieron contra Antonio Pérez en la Ynquisicion, dando a enten-
der, que havian sido falsos y subornados por el Marques, Han pro-
curado haver alguno a sus manos, y a uno que pudieron haver, le
hicieron promesas y amenazas para que se desdixesse teniéndolo en-
cerrado con mucho recato; fueseles sin poder Induzirle a lo que pre-
tendían, pero entretienen al pueblo con decirle se desdicen todos.
Hanse publicado Pasquines contra los Ministros del Sto. Off°,
motexandoles de que no lo exercen como deven.
Últimamente los Ynquisidores publicaron unos Edictos contra
los que sacassen presos de la Ynquisicion, y diessen favor y ayuda
a ello, y con inserción de un motu proprio del Papa Pió V. sobre
esta materia. La publicación del ha escandalizado los ánimos de mu-
chos, buscando parecer de que aquello no comprende a los que han
entendido en esto.
Lo que se dice aquí es lo que se save de las cosas de Zaragoza
desde 24 de Mayo hasta hoy 18 de Julio de 1591.
(Archivo de la Embajada Española en Roma. Leg, 15,foL 114-131.
Cop. del sigl. XVHI.
Otra copia, de la misma mano, ocupa los f oís. 122-127.
En los f oís. 106-113, hay otra copia simple hecha por un amanuen-
se imperito y llena de incorrecciones y muy deteriorada por el incendio
que padeció el Archivo en el siglo XVHI, habiendo desaparecido mu-
chas silabas y aun palabras enteras de las que estaban inmediatas a
las márgenes.)
ANTONIO PÉREZ 241
SVMARIO DEL PROCESO PARTÍS FISCALIS DOMINI NOSTRI REGÍS CONTRA
antonivm pérez secretarivm
(ms. 6.552 (antes s. 51) de la biblioteca nacional de Madrid.)
Por primera vezsegún creo— se publica este importantísimo y ca-
pital documento. La conducta de Felipe II y sus métodos de gobierno;
la fidelidad de donjuán de Austria a su hermano, no obstante pasa-
jeros arrebatos; el modo de portarse Antonio Pérez en la secretaría de
Estado, y, principalmente, la parte que le corresponde como instigador
del asesinato de Escobedo, son los puntos que en él extensamente se
tratan.
No es desgraciadamente ninguno de los Procesos que se siguieron
contra el peí verso Secretario de Felipe II, sino un Sumario; pero aun
que resumen y extracto es lo más verídico que hasta hoy se conoce de-
las acusaciones y cargos contra Antonio Pérez.
Como ya noté en esta Revista (t. CXVIII, págs. 294-97) el titula-
do Proceso criminal, impreso en el siglo XVIII, no es otra cosa que
un mal zurcido de diversos retales, no todos de ley, cuya copia más
antigua no pasa del año 1714.
El Sumario que yo publico, escrito de muy buena y cuidada letra,
fué sin duda copiado entre los años 1600 a 1620, o tal vez antes.
Cuando escribí el trabajo acerca de Antonio Pérez, me era conocí-
do tan fragmentariamente, que no sospeché la importancia que tiene.
Desde luego confirma mi teoría de que bastantes piezas del Proceso
criminal, (Madrid, 1788) son auténticas; pues se hallan reproducidas
en el presente Sumario.
Aunque el manuscristo de que me sirvo es una copia simple sin in-
dicaciones de procedencia, por la trabazón del contenido, en todo con-
forme con las normas Jurídicas, por el esmero de su escritura, y por ser
muchas piezas idénticas a documentos originales que aún se conservan
merece completa fe.
Y sin más, paso a transcribirlo con su ortografía y puntuación,
resolviendo las abreviaturas para más comodidad de los lectores.
*
16
242 ANTONIO PÉREZ
La Magestad del Rey Don Felipe Nuestro Señor Mediante su
Real probission dada en San Lorenzo el Real en cinco de Setiembre
del año K\'ú quinientos y Nouenta dirigida al Doctor Mizer Urbano
Ximenez su Consejero y Regente de la Real Cancellaria de Aragón
comete que por quanto Antonio Ferez su Secretario del estado Uni-
uersal de todos sus Reynos y Señoríos hauia delinquido y excedido
en diuersas cossas granes tocantes al officio del Secretario de estado
que hauia exergido y era su Voluntad que se le tomase quenta y ra-
zón de ellas. Por tanto le manda y comete en la forma y manera
que de drecho y razón vel alias Su Magestad hazerlo podia y deuia
Inquiriese y tomase residencia de la manera que el dicho Antonio
Pérez hauia procedido en el dicho offigio de Secretario de es-
tados (sic) y en las cossas dependentes del assi en las que general-
mente le hauian tocado como en las particulares que se le habían
cometido, y si se hauia hauido con fidelidad y limpieza en lo uno y
en lo otro. Recibiendo contra el los testigos é informaciones que
conbiniesen y dándole sus defensas y haciéndole el Progesso y En-
qüesta que viesse ser necessaria y que procediesse contra el assi por
los dichos excessos como por qualesquiera otras cossas y negogios
concernientes al dicho officio de Secretario, o de otros qualesquiera
de que pueda y deua ser acussado por Via de Enqüesta hasta Sen-
tencia diffinitiba y darle el condigno Castigo conforme a sus demé-
ritos y a la calidad de ellos de manera que sirua de Castigo para el
cometiéndole sus vezes y poder cumplido ett.*
F. 1 V. Esta dicha Comission fue pressentada por dicho Comissario a
Don Juan de Gurrea entonces Regente [en] el offigio de la General
Gobernación y Capitán General por su Magestad en dicho Reyno
de Aragón y a su instancia le admitió a Jurar en sus manos en la
forma acostumbrada de hauerse bien y lealmente en su officio y de
guardar los Fueros y lo demás que fuesse obligado conforme a dicha
Comission.
Después en quinze de dicho Mes de Setiembre dicho Comissa-
rio nombró en Escribano de la causa a Juan Montañés Escribano de
Mandamiento alli pressente el qual acceptó y Juró en forma, y tam-
bién se halló Antón Pérez Procurador fiscal de su Magestad y dicho
Comissario Voluio a Jurar lo propio que ante el Gobernador hauia
Jurado pressente dicho Procurador Fiscal.
ANTONIO PÉREZ 243
Después en Veinte y seis de Setiembre del Año Mil quinientos
y Nobenta Ante dicho Comissario parecieron Gerónimo Bax y An-
tonio Pérez Oodino Procuradores fiscales, los quales dieron una que-
rella y denungiagion criminal contra Antonio Pérez Secretario del
Consejo de Estado de su Magestad y su official Real, en la qual el
Procurador fiscal articula lo siguiente.
Primeramente dize que dicho Antonio Pérez denunciado en los
tiempos que cometió los crimines de que abaxo se le haze cargo y
por muchos años antes y después hasta de pressente fue, era, y es
Secretario de los mas principales de su Magestad del Consejo del
Estado, Interuiniendo en dicho Consejo y en las deliberaciones y se-
cretos del confiriendo dichos negocios y secretos en su Magestad,
Teniéndose el, y teniéndolo todos comunmente por tal siendo
I de ello la voz común y fama publica en la Ciudad de Qaragoza F. 2 r.
y Reyno de Aragón y en los otros Reynos y Señónos de su Ma-
gestad.
En el Segundo dize, que [de] treinta años a esta parte entre
otros Consejos que de personas muy graues y de mucha ciencia y
conciencia para la administración de la Justicia Gobierno de tantos
Reynos su Magestad tiene un Consejo de Estado donde se despa-
chan negocios grabissimos concernientes al Uniuersal Gobierno de
todos sus Señoríos y assi et alijs del dicho Reyno de Aragón y de
su Corona, que por ser tan graues se han tratado y conbiene se tra-
ten con mucho secreto y fidelidad so pena de perderse todo siguién-
dose daños irreparables en deseruicio de su Magestad y ruina Uni-
uersal de la cossa publica y de dichos Reynos y Señónos y Vassallos
de ellos.
El Tercero dize que por ser Verdad lo dicho, siempre su Mages-
tad ha nombrado para el dicho Consejo personas de grandissima
autoridad y confianza y de mucha ciencia y conciencia como para
cossa de la qual sale el Gobierno, quietud, y paz y conserbacion de
tantos Reynos y Señoríos, y el descargo de la Real Conciencia de su
Magestad.
El quarto dize que dicho Antonio Pérez Inquirido seyendo Se-
cretario del dicho Consejo de Estado y teniendo su Magestad del
muy gran confianza, faltando a la fidelidad que debia y obligación
244 ANTONIO PÉREZ
que tenia de guardar secreto y de hager las cossas del dicho Offigio
con la entereza y Verdad que debía, no solo no lo hizo, pero olui-
dado de todo ello y faltando a su obligación fidelidad y offício gra-
uemente delinquiendo ha cometido dibersos y grabissimos delictos
Rebelando y descubriendo las cossas que en dicho Consejo se trata-
F. 2 V. ban y deliberaban en | los secretos de aquel y las cossas de muy
gran pesso é importancia que en dicho Consejo de Estado se trata-
ban Resoluian y determinaban cometiendo por ello crimen de Infi-
delidad, perjurio, y otros resultantes de lo sobre dicho en gran daño
de la cossa publica offensa y deseruigio grabissimo de su Magestad
y assi lo ha confessado dicho Antonio Pérez por escrito y por pala-
bra, y por tal ha sido reputado común mente y de ello ha sido y es
la Voz común y fama publica en las partes dichas.
El quinto que dicho Antonio Pérez denunciado, ha faltado en
dicho su officio descifrando falsamente muchos despachos y cartas
que de dibersas partes se imbiaban al Rey Nuestro Señor concer-
nientes al estado de Reynos Vassallos y Señoríos de su Magestad
Unas Vezes añadiendo y otras quitando muchas cossas substanciales
de dichos Despachos Cartas y escrituras y aun de las que su Mages-
tad mandaua escribir, cometiendo por ello el en otras dibersas for-
mas y maneras muchos delictos notables negligencias fraudes y cau-
telas de la manera que los testigos produclderos declararan, y por es-
critos cartas confessiones suyas y otras legitimas probanzas resultara,
y de ello ha sido y es publica y Generalmente infamado y por tal re-
putado y de ello lá Voz común y fama publica en dichas partes ett.^
El Sexto dlze que el Señor Don Juan de Austria Hermano de su
Magestad fue Principe Crlstianisslmo y de grandes partes obedien-
tissimo a su Magestad y de muy grandes esperanzas para muy
grande seruigio de su Real persona Benefficio y tranquilidad de sus
Reynos con grandissima satisfacción de su Magestad sin hauersele
F. 3 r. Jamas podido poner nota en cossa y le encomendó | muchas cossas
y cargos en Italia Flandes y otras partes dándole ministros de
mucha confianza y entre otros a Juan de Escobedo para que le
sirbiesse de Secretario quitándole de cabe si que le serbia de Secre-
tario de hacienda y lo empleaba en otras cosas de confianza y siruio
al Señor Don Juan de Secretario con mucha aprobación de su Ma-
gestad.
ANTONIO PÉREZ 245
El Seteno, que entre Antonio Pérez denunciado y el dicho Es-
cobedo quando serbia en Italia y Flandes al dicho Señor Don Juan
habia particular amistad y se escribían de ordinario, y el dicho An-
tonio Pérez escribia largamente al dicho Escobedo abisandole de
muchas cossas que pasaban en el Consejo de Estado [y] se trataban
con su Magestad que por ser muy graues que necessitaban de gran
secreto y tales que dicho denunciado para cumplir con la fidelidad
y obligación de dicho su offi^io ni las podia escribir, ni comunicar
con persona alguna, y especialmente hablando de Principe tan emi-
nente Hermano de su Magestad y de otras personas muy impor-
tantes.
El ocheno dize que el dicho Antonio Pérez denunciado desci-
frando cartas del dicho Señor Don Juan de Austria y del dicho Es-
cobedo que venían para su Magestad pusso y quitó muchas y diuer-
sas cossas substanciales de ellas y en aquellas hauiendolas descifrado
falsamente y adulterando la Verdad y substancia de ellas conforme
a sus propios y particulares designios, las dio asi falsificadas y adul-
teradas a su Magestad y en otros despachos. Instrucciones, ordenes,
y cartas que su Magestad mando escribir para el dicho Señor Don
Juan su Hermano y Escobedo quitaba y anadia de lo substancial de
aquellos lo que le parecía conforme a su intento sin saberlo ni en-
tenderlo su Magestad.
El Nobeno, que hauiendo venido Escobedo a la Corte temiendo
Antonio 1. Pérez denunciado que el dicho Secretario Escobedo des- F. 3 v.
cubriría dichos delictos y falsedades, determino de hacerlo matar
como de hecho lo hizo aunque primero tubo orden de hacer quemar
los papeles del dicho Escobedo por los quales constaba de las di-
chas Reuelaciones crimines, y delictos y de fama publica.
El Deceno dize que habiendo dicho Antonio Pérez denunciado
dado por su propia persona y manos dos Vezes Veneno al dicho Se-
cretario Escobedo y no hauiendole podido matar con el pero ha-
uiendole después muerto, o hecho matar por medio de criados su-
yos y otros forasteros que lleuo deste Reyno de la Corona de Aragón
a traycion y alebosamente, y siendo acussado de ello y habiéndolo
negado siempre por espacio de onze años que estubo presso en Cas-
tilla viéndose después conuencido determino de quebrantar la cárcel
en la qual por mandado de su Magestad presso estaua y se vino hu-
246 ANTONIO PÉREZ
yendo al pressente Reyno donde estando presso pensando discul-
parse de dicho delicio, ha determinado de cometer otros grabissi-
mos faltando a su officio de Secretario por que el [con] atrebimiento
diabólico sin ser necesario para su pretensa defensión voluntariamen-
te ha dicho en sus defensas y ha hecho enquadernar un libro y en
aquel ha escrito y firmado de su mano propia y letra muchas cossas
que como Secretario de su Magestad y del dicho Consejo de Estado
sabia tenia obligación de callar por ser tan graues y de muy grande
importancia tocantes a la autoridad de su Magestad y estado Univer-
sal de sus Reynos y Señoríos, el qual libro el dicho Antonio Pérez
denunciado ha dado a los Juezes de la Corte del Justicia de Aragón
y a los Diputados y a otros diuersos Caballeros y personas a gran-
dissimo escándalo y en grandissimo deseruicio y offensa de su Ma-
gestad.
F. 4 r. El onceno dize que entre otras cossas que en dichas defensas y
librillo ha dicho ha sido publicar [y] afirmar que la causa de la dicha
muerte de Escobedo fue porque por medio de dicho Escobedo el
dicho Señor Don Juan de Austria trataua de Rebelarse contra su Ma-
gestad fundándolo en Cartas del dicho Señor Don Juan escritas á An-
tonio Pérez como Secretario del Estado y otras a su Magestad que
benian a sus manos como secretario descifrándolas falsamente y
dando a las dichas Cartas Inopinados y falsos entendimientos, siendo
verdad infalible que el dicho Señor Don Juan siempre fue obedien-
tissimo y el que mas en este mundo serbia a su Magestad hagien-
dosse el mas benemérito suyo [y] aun de toda la Cristiandad de
quantos nacieron haciendo muchas proezas y hazañas, venciendo al
Gran Turco en la Batalla Naual, de lo qual se colige quan falsamente
dicho Pérez denunciado ha querido mancillar la honrra y fama de
un Hermano de su Rey y Señor Principe tan bueno y esclarezido
como el mundo saue, y esparciendo libros por todo el Reyno como
lo suelen hazer los [que] quieren introducir o persuadir cossa escan-
dalosa.
El Dozeno dize que dicho Pérez denunciado añadiendo mal a
mal e perdido todo el respeto ha mostrado a diuersas personas mu-
chos Villetes, o gedulas de su Magestad y respuestas de su Mages-
tad á Villetes del dicho Pérez, hauiendolas confiado como offigial
Secretario suyo y de quien tenia tanta confianza teniendo obligación
ANTONIO PÉREZ 247
tan precissa de tenerlos secretos en puridad y espegialmente siendo
cossas tan granes y del dicho Consejo de Estado.
El Trezeno dize [que] el dicho Antonio Pérez ha dicho y publi-
cado que sirbiendo dicho officio de Secretario acostumbraban de
Abrir y se abrian despachos de particulares con sabiduría y orden
de su Magestad y el gran cuydado que le daua después como se ha-
blan de voluer a cerrar de manera que no se conociesse en cossa que
necessita ser castigada con gran demostración y exemplo.
El Catorzeno dize que el dicho Librillo el dicho Antonio Pérez F. 4 v.
ha dado a dichos Juezes, Diputados, Caualleros, y otras diuersas per-
sonas y como dicho es se ha esparcido por todo el Reyno y fuera
del esta firmado de su letra y mano y comienza. Adueriimiento par-
ticular de Antonio Pérez, y acaba como se sigue, Ne forte extimescas
faciem potentis, y lo que después dize, Diez y seis de Julio año mil
{quinientos y nobenia. Antonio Pérez esta escrito de su propia mano
y letra.
El quinzeno dige que el dicho Pérez en dichas sus defensas y
Librillo ha descubierto muchas cossas secretas que como Secretario
sobre dicho tenia obligación de callarlas todo lo qual quiere aqui el
dicho Procurador hauer por inserto y a mas de lo sobre dicho ha
leydo y mostrado a diuersas personas muchos Villetes de su Mages-
tad que como Secretario sobre dicho tenia obligación de guardar
con el secreto deuido, y en alguno de ellos ha borrado y lo ha pro-
ducido en dicho Processo borrando lo que le ha parecido a su pro-
possito y comforme al intento y designio que licuaba y no otro. Ha
cortado parte del por que no se viesse ni pudiese leer lo que mas su
Magestad degia en dicho Villete, con que mudó la sustancia de lo
que en dichos Villetes se degia dexando solo aquello que hagia a
proposito de lo que el dicho Antonio Pérez pretendía en grandissi-
ma offensa y deseruicio de su Magestad cometiendo los críme-
nes ett.^ De lo qual dicho denunciado esta disfamado y de ello es la
Voz común y fama publica en las partes dichas.
248 ANTONIO PÉREZ
Conclusio
La Conclussion dize que pide se pronuncie y declare el dicho
Antonio Pérez Inquirido hauer cometido los crimines y delictos
sobredichos y dellos resultantes y señaladamente el dicho crimen de
lese Mayestatis y de aquel y de aquellos hauer sido Reo y culpable
F. 5 r. y por ello hauer Incurrido en pena | capital y de perdimiento de to-
dos y qualesquiere bienes suyos assi mobles como sitios, créditos,
drechos, nombres Instancias y acciones a el pertenecientes y que le
pertenecerán hauidos y por hauer en donde quiere y aquellos hauer
sido y ser applicados al fisco y cofres de su Magestad como perdi-
dos y confiscados condenándolo en dichas penas et alijs eit^ Pro-
nuncie al dicho Reo y criminoso en aquellas mayores penas, o pe-
nas, contra tales y semejantes reos criminosos y delinquentes de fuero
Drecho eí aliis Impuestas, o arbitrariamente y en las costas y da-
ños ett.^
Firman esta querella el Señor Micer Gerónimo Pérez de Nueros
adbogado fiscal, Miger Luis de Santangel, Miger Juan de Ribas y Mi-
Qer Francisco de Santa Cruz y Morales como Abogados de la Causa.
Dada dicha querella y Denungiagion dicho señor Comissario se
mando Informar y citar testigos y dichos Procuradores fiscales dixe-
ron, que para probar lo contenido en dicha querella tenian testigos
en la Villa de Madrid y en otras partes del Reyno de Castilla y assi
supplicaron se les concediese letras en subsidio de Drecho con lo
articulado si quiere plica de articulos dirigidas a losjuezes y officia-
les Reales de la dicha Villa de Madrid y a otras partes de dicho
Reyno de Castilla y dicho Señor Comissario las congedio en forma.
V después en cinco de octubre creo en Nungio á Miguel Gómez
y Juro de auerse bien y lealmente y dicho dia el Fiscal hizo fee del
dicho Librillo espargido y publicado por dicho Antonio Pérez cuya
copia esta en el fin deste sumario, y dicho Nungio hizo fee hauer ci-
tado á Agustín de Villa en testigo el qual Juró a pressentagion del
Fiscal y pidió otras letras subsidiarias para regibir testigos en Cata-
luña y en otras partes y se le concedieron.
F. 5 V. V después en seis de octubre de dicho Año de Nobenta Juraron
ANTONIO PÉREZ 249
por el Fiscal Don Francisco de Moncayo y Juan de Alteraque citados
por dicho Nuncio.
Y después en ocho de octubre Juro Diego Feget por testigo pre-
cedientes la misma pressentacion y relagion et aun el fiscal hizo fee
de una escritura que comienza: En la Villa de Madrid Martes por la
mañana a quinze dias del Mes de Mayo mil quinientos y Nobenta, y
acaba, por mandado del dicho señor Alcalde, la qual el dicho Señor
Comissario mando inserir como lo esta a fozas (sic).
Escriptara producida por el Fiscal.
La qual Escriptura fecha fee contiene lo siguiente.
Que en Madrid Martes por la mañana en quinze de Mayo del
Año de Nobenta ante el Licengiado Fernando de Pareja Alcalde, Pe-
dro Nauarro como Procurador de su Magestad substituido por el Se-
ñorAdbogado Fiscal y hizo fee de su poder y pressentó unas letras
subsidiarias de la Corte del Justicia de Aragón con la plica de Artícu-
los. (Insiere el poder y las letras y artículos. El poder en especial para
solo lo dicho. Las letras requisitorias fueron dadas en Qaragoza en
Nuebe de Mayo de Nobenta. Son Requisitorias para recibir testigos
sobre la demanda y addicion dadas por los fiscales en el Processo
Criminal pendiente en la Corte del Justicia de Aragón a instancia del
Fiscal contra Antonio Pérez.)
Plica de Articulos.
Primo que su Magestad es Rey de Aragón y de Castilla tiene su-
premo poder I supremo sin reconocer superior exceptado lo que en F. 6 r.
Aragón por los fueros esté limitado.
Segundo que Antonio Pérez acusado en dicho Processo, es na-
tural de Castilla teniendo alli su Domicilio Cassa y familia y que al
tiempo de la Comisión de los delictos Infrascriptos antes y después
era y es Vasallo del Rey Nuestro Señor y señaladamente ha tenido
su domicilio en Madrid hasta que ha venido huyendo a este Reyno.
El Tercero que dicho Antonio Pérez quando cometió los infras-
criptos crimines antes y después era Secretario del Consejo de Esta-
do y Juro ett.^ Y en posesión de dicho officio estubo haciendo y re-
250 ANTONIO PÉREZ
biendo Despachos y las otras cossas que tocaban a su offigio y de
Reputación y fama.
El quarto que quando fue muerto el Secretario Juan Escobedo y
antes por muchos años era Secretario del Rey Nuestro Señor, el qual
Juro ett.^ y en posesión de dicho officio ett.^
El quinto que habrá algunos años que el dicho Antonio Pérez
sin ocassion determino de hager matar al dicho secretario Juan Es-
cobedo, y para poner en execucion su dañada Intención imbio a
llamar al Capitán Garcia Darze que estaua en el Pressidio de Fuente
Rabia, o en otra parte á nombre de su Magestad y hauiendo ido a la
Villa de Madrid para ver lo que su Magestad le mandaua y el dicho
Antonio Pérez le dixo que lo que su Magestad mandaua era que ma-
tasse al dicho Escobedo offregiendole en nombre de su Magestad muy
grandes mercedes si lo hagia siendo falso porque no mandó tal su
Magestad y el Garzia de Arze que queria hablar primero con su Ma-
gestad, y que assi hiciese lo que le decía que su Magestad se serbiria
de ello y el dicho Arze despidido determinó de ponerlo en execucion.
El Sexto que yéndose una noche dicho Secretario Escobedo por
la Villa de Madrid en un Caballo dicho Arze, o otros amparados por
F. 6 V. dicho Antonio | Pérez llebando las Espadas con baynas de tafetán la
emprendieron alebosamente y a traición y le dieron muchas estoca-
das y murió dentro de pocos dias.
El Seteno que dicha muerte fue hecha de la manera sobre dicha,
o de otra manera por orden y mandamiento del dicho Antonio Pé-
rez en la Villa de Madrid estando alli su Magestad con su corte y
siruiendole actualmente de Secretario dicho Escobedo.
El octavo que siendo Antonio Pérez secretario y teniendo obli-
gación de hauerse con toda fidelidad ha descubierto secretos del
Consejo de Estado y ha descifrado falsamente Despachos que de di-
uersas partes se imbiaban al Rey Nuestro Señor tocantes al estado de
sus Reynos lo qual ha hecho diuersas veces.
El Nobeno que por razón de dichos Crimines y otros del dicho
Antonio Pérez fue mandado prender y estando presso en la Cárcel
en Madrid se le dio demanda y hizo cargo de los dichos delictos y
otros por la parte Interessada y por el Fiscal y sintiendosse culpado
rompió la Cargel y se fue huyendo de aquellas y le Voluieron a
prender y le reduxeron a la cárcel.
ANTONIO PÉREZ 251
El Degeno que el dicho Antonio Pérez sintiéndose culpable de
la muerte de Escobedo se ha concertado con sus Hijos y porque le
perdonassen dicha muerte, les ha dado muchos millares de Ducados
y por razón de dicho dinero le han perdonado quanto a su Interese.
El Onzeno que según la dispossigion de Drecho común y Vsso de
Castilla ett.^ el Procurador fiscal de su Magestad es para acusar cua-
lesquiere delictos ett.^ por la parte y sin ella y aunque perdone la
parte puede proseguir y hazer condemnar ett.*
El Dozeno que dicho Antonio Pérez sabiendo que pues hauia F. 7 r.
cometido dichos delictos por ellos seria condemnado teniendo Una
Cassa por cargel en Madrid y teniéndolo con gente de guarda de-
terminó de romper y violar como de hecho rompió y violo la dicha
Cárcel que tenia assignada y con violengia y fuerza se ha salido y
huyo de aquella y se ha venido al presente Reyno de Aragón huyen-
do de dicha cargel y aquella quebrantando y confesando hauer hecho
y cometido los crimines y delictos sobre dichos de que era acussado
y otros y otros y assi es Verdad.
Artículos de la Addíccíon,
El Primero que la muerte de Escobedo fue fecha en la Villa de
Madrid en una noche del Mes de Marzo que hera el postrero del
Año Mil quinientos y setenta y ocho, o en otro mas Verdadero dia
y tiempo por orden y mandamiento del dicho Antonio Pérez Reo y
Criminosso Estando la Magestad del Rey Nuestro Señor en la dicha
Villa de Madrid y teniendo alli su Corte Real y consejos y siendo
como era entonges el dicho Escobedo Secretario del Rey Nuestro
Señor y assi es Verdad.
El Segundo que quando el dicho Antonio Pérez mando matar á
Escobedo fue y era Secretario del Rey Nuestro Señor y de su Con-
sejo de Estado y para hacer dicha muerte con mas fagilidad offen-
diendo la autoridad Real se valió para dicho effecto de ser Secreta-
rio de la Magestad Real y de la merged que le hauia hecho en darle
tan buen lugar caue si dando a entender a los que lo hablan de exe-
cutar que iba en ello Restauragion de Reynos y otras cossas que le
paregio ett.*
El Tercero que antes de la Comission de dicha muerte que como
252 ANTONIO PÉREZ
dicho es se hizo y atrabeso alebossamente por orden de Antonio
Pérez por tres veges se intento de dar veneno a dicho Escobedo con
F. 7 V. que muriese, en diferentes | comidas y venidas y todo esto con orden
y mandado de dicho Antonio Pérez.
El quarto que no hauiendo podido el dicho Antonio Pérez con-
seguir lo que pretendia por el orden de veneno determinó de hacer
matar al dicho Escobedo por qualquiere camino que pudiesse y assi
una noche del Mes de Marzo, o en otro mas verdadero tiempo por
orden de dicho Antonio Pérez y hauiendolo tratado el dicho Gargia
de Arze le aguardaron entre otros a dicho Escobedo unos llamados
Diego Martínez Mayordomo y criado de dicho Antonio Pérez, el
Alférez Antonio Enrriquez. Juan de Messa. Juan Rubio. Miguel Bos-
que y Insausti y passando por una calle de dicha Villa de Madrid
alebosamente y a traición le tiraron una o mas estocadas de las qua-
les quedó herido a grande efussion de sangre y de dicha herida o
heridas murió luego, o dentro de pocos dias.
El quinto que después de hecha la dicha muerte como dicho es,
ha sido siempre la voz común y fama publica veementissima y cons-
tante y tenida por cierta que la dicha Muerte se hauia hecho por
orden y mandado de dicho Antonio Pérez.
Pressentadas dichas letras Requisitorias poder y Plica dicho Al-
calde se offrecio aparejado ett.^ y dicho Procurador pressentó por
testigos a Diego Martinez presso en la Cárcel Real. Al Alférez Anto-
nio Enrrique, Cristóbal de Perea, Bernardino de Fuen Mayor.
Doña Cecilia de Herrera viuda de Gerónimo Diez. Don Pedro de
Escobedo. El Almirante de Castilla. Francisco de Gillamas, Agustin
F. 8 r. de la Concha, Gaspar López Escribano del crimen. Alonso I Rodri-
guez escribano su official. Francisco Sánchez criado del Alcalde Es-
pinossa. Domingo Ximenez criado de Antonio Pérez. Don Baltasar
de Alamos, los Alguaciles Mugica e Diego de Zamora, Juan Marti-
nez de Licona es. pedro Ruyz es. Jacome marengo ginobes es. Don
Pedro de Mendoza.
Después para aberiguacion de la Muerte del Cardenal Gran Vela
é Comendador mayor Don Juan de Zuñiga é Gerónimo Diez testi-
gos examinados antes de aora Juraron Gerónimo Palacio y Juan Pé-
rez escribano.
ANTONIO PÉREZ 253
Probanza hecha en Castilla sobre las dichas letras requisitorias de la
Corte del Justicia de Aragón,
[Diego Martínez.]
Primo, Diego Martínez presso en la Cárcel Real de la Corte ve-
cino de Monrreal, interrogado sobre el primero y segundo artículos
de la Demanda arriba en dicha Plica ynsertos Respondió ser Verdad
lo que en ellos se dize.
Al tercero Articulo de la dicha Demanda dize que lo saue como
en ella se contiene por que vio que Antonio Pérez quando se come-
tieron los delictos y muchos años antes y después era Secretario del
Rey Nuestro Señor y de su Consejo de Estado y le vio usar el offi-
gio haciendo despachos y todas las otras cossas que al dicho officio
tocaban porque estubo en su Cassa como su Mayordomo mas de
doce años é muchos de ellos le vio exercir dicho su officio.
Sobre el quarto que saue la pregunta porque en el tiempo que
mataron a Escobedo vio era Secretario de su Magestad.
Sobre el sexto dijo que tiene dicho su dicho en Madrid a veinte p. g v.
y quatro de hebrero del mismo Año ante el Señor Rodrigo Bazquez.
Fuele mostrado y ratificósse que es como se sigue (1).
Que por Nauidad del año setenta y siete tres messes antes que su-
cediese la muerte de Escobedo le trató y le dixo a este que declara
Antonio Pérez que si habría modo como se matasse al dicho Escobe-
do y el le respondió que no sabía y assi se quedó por algunos dias,
después de los quales dicho Pérez le tornó a decir que conbenía que
se híciesse, y el le respondió que no sabia como se podía hager a un
hombre tan graue y que que ocassiones lo mobian, y dicho Pérez le
dixo, que se híciesse que no se las podia degir por entonces que des-
pués se las diría, y assi andubieron este que declara y el dicho Pérez
comunicandosse algunos días de como se executaria Y tratosse de
darle una venida y se le dio en un poco de agua clara y vino, estando
(1) Parte de esta declaración, con muchas variantes y supresiones, está ya
publicada en el Proceso criminal, págs. 174-180.
254 ANTONIO PÉREZ
comiendo en la cassa del campo el dicho Antonio Pérez, y no hubo
effecto, y después se trato de darle otra cossa y se le dio que fue
hecharle polbos en un Puchero en que guisaban la comida de dicho
Escobedo y el que los hecho fue Juan Rubio según el se lo dixo, y tan-
poco tubo effecto aunque estubo malo de ello, y este que declara dixo
al dicho Pérez que era bien dexarlo que no sabia para que se hagia
pues no tenia effecto, y que si alguna caussa pregissa le mobia para
que se higiesse que se buscasse otra cossa y se dexase aquella, y el di-
cho Pérez le respondió, que era fuerza que se hiciese la muerte por
que conbenia al seruicio de su Magestad y que asi era menester bus-
car quien lo hiciesse, y este que declara dixo. quien diablo se ha de
atreber a hagerlo por que si los coxen o los prenden los han de ahor-
car, y el dicho Antonio Pérez respondió, no harán, que quando sean
tan desgraciados los que lo hicieren no peligraran porque su Mages-
tad dará orden como sean salbos y esto creed de mi, y el testigo dixo,
por cierto Señor que no se quien lo quiera hager, aquí están tres, o
quatro si quiere v. merced que les hable yo, les hablare, hagedlo que
si se atrebieren yo les hablare después. Y assi este que declara habló
á Juan de Messa y al dicho Juan Rubio y Antonio Enrriquez y les dio
quenta del negogio, y dixeron que como fuesse cossa del seruigio de
F. 9 r. Antonio Pérez que harian | todo quanto pudiessen y assi le fueron á
ablar y estubieron con el, y como les contó el casso no lo entendió
este que declara mas de que le dixeron los susodichos que les habia
dicho que conbenia se matasse á Escobedo y que assi ellos darian
orden en ello como se higiesse y lo tomaron a su cargo y buscaron
otro que se llamaba Insausti, y un Hermano del dicho Antonio En-
rriquez que [se] llamaba Miguel los quales todos trataron y concer-
taron de hagerlo y andubieron en ello cossa de un Mes, o Mes y me-
dio. Y un dia de la Pasqua de Resurrección a la tarde le dixeron a
este que declara, esta tarde se ha de hager, o si no nunca se hará,
porque ya estamos cansados, y se apartaron deste que declara, a
puestas del sol los tres de ellos es. Juan Rubio, Bosque, Insausti y se
quedaron el Juan de Messa y Antonio Enrriquez con este que decla-
ra, y de alli a un rato boluio el Juan Rubio, que ya sabia donde es-
taba el Escobedo y assi se fue a la cassa donde estaba y le aguarda-
ron para quando saliesse y caminaron los tres tras el y antes que
llegassen este que declara y Juan de Messa y Antonio Enrriquez a la
ANTONIO PÉREZ 255
plaza de Santiago y sintieron ruido que venian corriendo gentes,
luego dixeron que habian muerto a Escobedo, y assi el Messay En-
rriquez se fueron a sus possadas, y este que declara se fue a la suya
a genar en casa de Antonio Pérez y estando allí que acababa de ce-
nar vino Juan Rubio a este que declara y le dixo, ya aquello está
hecho y todos están en saibó, y estando assi entro no se acuerda
quien en cassa, y dixo muerto han á Escobedo, y fue Diego de Suy-
ca alia y vio como estaua herido, y aquella noche se despachó á An-
tonio Pérez que estaua en Alcalá como el lo hauia mandado que le
auisasse de todo lo que sucediesse como se hizo después a la maña-
na con Antonio de Céspedes y el mismo Juan Rubio tanbienfue por
otra parte y esto es lo que passa.
Preguntado que passo de alli adelante y que hizo Antonio Pérez
y que hicieron los otros seis que fueron en dicha muerte Dixo, que
dicho Antonio Pérez vino de Alcalá que estaua alia con el Marques
de los Velez y dio orden como se fuesen de aqui, y dioles dinero
para el camino, no saue quanto se dio a cada uno | si fue giento, o F. 9 v.
docientos escudos a cada uno, y les ordenó que estubiessen en tara-
goza que alli les imbiaria mas recaudo, y assi imbio a los tres de
ellos sendas gedulas de entretenimientos con títulos de Alférez de
que su Magestad les hagia merced con veinte, o veynte y cinco escu-
dos de entretenimiento al Mes con que fueron a Italia, y todo esto
fue según dixo Antonio Pérez por orden de su Magestad y que su
Magestad quedaba muy contento y que todo el tiempo en que se di-
lató daba mucha prissa dicho Pérez por que degia que su Magestad
la daba y que era la cossa que mas deseaua en esta vida ett.*
Preguntado con quien y en cuya cassa trataba particularmente en
este tiempo Antonio Pérez dixo, que en cassa de la Princessa de
Eboly iba y venia cassi cada dia antes y después de la muerte de Es-
cobedo.
Al séptimo articulo que dize lo que tiene dicho porque el delic-
to y muerte del dicho Secretario Juan de Escobedo se cometió en la
forma que tiene declarada por orden y mandamiento del dicho An-
tonio Pérez y que el dia que le mataron estaua la Corte en Madrid y
sirbiendo actualmente Juan de Escobedo de secretario de su Magestad.
El noueno que saue que se procedió contra Pérez por Juezes com-
petentes y fue mandado prender y le prendieron.
256 ANTONIO PÉREZ
AI primero, segundo tercero y quarto artículos de la Adi^cion se
refiere a lo dicho ett.a
El quinto que después de dicha Muerte de dicho Escobedo siem-
pre ha sido la voz común y fama publica veementissima constante y
tenida por cierta y segura que aquella se hauia fecho por orden de
dicho Pérez y que es de hedad de mas de cinquenta años ques pa-
riente suyo dentro del quarto grado ett.a
Bernardino de Fuen mayor criado del Duque de Pasirana.
F. 10 r. Al primero, [y] segundo que es verdad.
Al tercero que al tiempo que se dixo hauer muerto Pérez a Es-
cobedo hera secretario del Rey y de su Consejo de Estado y le vio
en possesion de dicho officio y vsarle habiendo despachos, é reci-
biéndolos, y todas las otras cossas que tocaban al dicho officio de se-
cretario ett.^
Al quarto capitulo que vio que Escobedo quando fue herido.
Hauia muchos años era secretario de su Magestad haciendo todas las
cossas que al dicho officio tocaban ett.^
Al primero de la Adiccion dize, que la muerte de Escobedo se
cometió en Madrid en una noche del mes de Marzo de setenta y
ocho, y entonces se dixo se habia cometido por orden y mandado de
dicho Antonio Pérez y que antes hauia procurado matarle dándole
veneno dos vezes que entonces estaua su Magestad y Corte en Ma-
drid y era su secretario Escobedo y exer^ia el officio ett.^
Al tercero que se refiere ett.^
Al quarto todo es de oyda ett.^
Chrísioual de Pereyra.
Sobre el primero y segundo artículos que son verdaderos ett.a
AI tercero que es verdad porque le ha visto a Antonio Pérez exer-
^itar y ussar muchos años el dicho officio de Secretario de su Mages-
tad del Consejo de su Estado, y que este testigo ha tratado muchos
negocios de muy grande importancia como en tal Secretario de Es-
tado, y sacado de su cassa y poder muchas gedulas del Rey Don Fe-
lipe Nuestro Señor refrendadas y firmadas de su mano y nombre
ANTONÍO PÉREZ 257
como Secretario de su Magestad en el dicho Estado, y se las ha vis-
to firmar a despachar antes y después de la Muerte de Escobedo ett.*
AI onzeno que es verdad que acussa el Fiscal con la parte hasta F. 10 v.
sentencia no enbargante que perdone la parte.
Al primero de la Adiccion que al tiempo de la muerte de Esco-
bedo estaua en Valladolid el que declara y que luego se comenzó a
de?ir que Antonio Pérez hauia hecho matar a Escobedo, y el que de-
clara assi lo cree y lo tiene por cierto por que sauia de algunos dias
atrás que el dicho Antonio Pérez era mortal enemigo de Escobedo y
le deseaua y procuraba la muerte por diferentes caminos, y de oyda y
fama continuada que ya que no pudo con veneno, busco formas para
hacerle matar con hierro y que para esto se ayudo de la autoridad y
grandeza de su Magestad diciendo a los que persuadía que le mata-
ssen que su Magestad lo mandaua diciendo que Escobedo era tray-
dor contra su Magestad y que conbenia muriesse para la pacificación
destos Reynos, diziendo otras mentiras y falsedades inuentadas por
Pérez solo con fin que muriese, y la causa era por que el dicho Es-
cobedo le aconsejaba y persuadía cossas muy del seruigio de Dios y
de su Magestad y muy decentes y por que le reprendía los delictos
y cossas feas e Indecentes y escandalossas que el dicho Pérez hagia y
los malos tratos Illigitos y escandalosos en que andaua, y que al tiem-
po de dicha muerte era Escobedo Secretario de su Magestad ett.*
Al segundo de la Adigcion, que al tiempo de dicha muerte era
Secretario de Estado dicho Pérez y de tan grande cargo se valió
para hacer matar á Escobedo, diziendo conuenia al seruigio de su
Magestad.
Al tercero y quarto que se refiere, y que la muerte que hizo dar
Pérez á Escobedo fue a traigion y alebosamente dándole una esto-
cada par las espaldas yendo descuydado de noche ett.a
El quinto que todo lo que tiene dicho es notorio, la voz común F. 11 r.
y fama publica tenida por muy cierta que la muerte de dicho Esco-
bedo hauia sido por orden y mandado de dicho Pérez ett.a
Por la copia,
P. J. Zarco.
o. S. A.
(Continuará.)
17
DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN
Si nos fijamos atentamente en las orientaciones de la pedagogía
moderna, en su propensión a dulcificar los procedimientos de enseñan-
za, a desterrar de las escuelas el adagio de los antiguos preceptores de
que la letra con sangre entra, muy pronto se echará de ver que en el
fondo, a lo que se tiende, lo que se propone inculcar en el alma de los
modernos pedagogos no es otra cosa que el espíritu magnánimo de San
Agustín, para quien el único móvil estable y fecundo de las acciones
humanas, a cualquier orden que éstas pertenezcan, es el corazón. De
ahí proviene que en los tratados de Pedagogía se hallen multitud de
pensamientos, recogidos al azar de las obras del Santo Patriarca, y se
ocurran, al que esté medianamente versado en las doctrinas agustinia-
nas, otros muchos que pueden servir de base y de norma a una serie
de procedimientos pedagógicos, cuyo maravilloso resultado nos causa
profunda admiración. Sin ir más lejos, el sistema de enseñanza emplea-
do en las escuelas del Ave María, debido a la feliz iniciativa y trabajo
perseverante y abnegado de D. Andrés Manjón, en realidad de verdad
no es otra cosa que el desarrollo y aplicación a la enseñanza de los
niños de aquel principio de San Agustín, a la vez tan profundo y tan
humano que le sirvió de fundamento para construir sobre él nada me-
nos que todo el sistema teológico de la Gracia: trahit sua quemque
üoluptas. Si se quiere saber el justo valor y la medida en que se han
de emplear los medios coercitivos, San Agustín nos lo dirá en una
comparación breve y sumamente gráfica: el temor es como la aguja
que penetra y el amor es el hilo que une y enlaza para siempre, y, por
tanto, los medios coercitivos no se han de emplear más que de una
manera transitoria y circunstancial, en cuanto sean necesarios, para
desarraigar del corazón los instintos perversos; mas el fin primario e
inmanente de la educación es grabar la ley, el orden y la disciplina en
DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN 259
lo íntimo del corazón. Si deseamos conocer cuáles son los justos lími-
tes en que se ha de circunscribir una advertencia o una reprensión, en
frase lapidaria nos advertirá el Santo Doctor que la reprensión cristia-
na no se confunde jamás con la injuria, y si queremos penetrar más
hondo en la comprensión de estos lances, tan frecuentes y peligrosos en
la educación de los jóvenes, podemos seguir estudiando la doctrina de
San Agustín, pues allí se verá que en último análisis la perversión de
los espíritus consiste en derramarse fuera de sí, entregarse a las cosas
exteriores, perder su propio señorío, extraviarse, anima diffusa, dice el
Santo, y, por consiguiente, el remedio será anima confusa, una sacudi-
da que la vuelva en sí, que, haciéndola comprender su propia fealdad,
encienda al mismo tiempo el deseo de la hermosura perdida, et desi-
derat puletritudínem.
Es decir, que en las obras de San Agustín se halla no sólo el concep-
to fundamental de la educación, del gobierno y política de los hombres,
sino que allí hay además cantera riquísima de donde extraer multitud de
consejos y detalles sumamente oportunos para la educación de los
jóvenes, consejos y doctrinas que se armonizan admirablemente con
las tendencias modernas de la pedagogía cristiana y que además de
ser el fruto de un análisis sutil, de una visión penetrante, honda y com-
prensiva, llevan consigo la autoridad del más grande Doctor de la Igle-
sia. Y no sólo en lo que se refiere a la formación del carácter, de recti-
tud moral que es, ante todo, el nervio de la vida, sino en la misma en-
señanza técnica, en la educación del entendimiento, pues no se debe
echar en olvido que antes de llegar a las cumbres de la especulación
teológica, por lo cual mereció los títulos de Padre y Doctor de la Igle-
sia, fué San Agustín profesor de niños, lo que se dice un pedagogo de
reconocida fama.
La consideración de todas estas cosas nos ha movido a emprender
aquí un pequeño estudio de las doctrinas agustinianas, desde ese punto
de vista, en la convicción de que sería un tema provechoso y de actuali-
dad, sobre todo aquí en España, donde apenas se tiene más que la idea
general de que San Agustín fué un santo muy simpático. En el extran-
jero no se han dejado nunca de la mano las obras del Santo Doctor, y
la bibliografía de los autores que han bebido en las fuentes inagotables
de las doctríBas agustinianas, sería enorme. En Francia, sobre todo,
Agustín es el Doctor de la Iglesia más popular; en sus obras han
260 DOCTRINAS FEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN
encontrado inspiración ubérrima los oradores más famosos, los místi-
cos, los pensadores y hasta los escritores que vagabundean por las
cimas del pensamiento; a Francia se debe la mejor Vida que se ha es-
crito de San Agustín y, en nuestros días, una primorosa biografía
de Luis Bertrand llega rápidamente a la veintidós edición. No sólo
eso, sino que se publican páginas escogidas de San Agustín, se hacen
ediciones de sus obras, se recogen sus sentencias profundas y se las
comenta de mil modos, es decir, que se lee, saborea y medita con el
mismo entusiasmo que un escritor del día. ¿Por qué en España no su-
cede lo mismo? En el siglo XVI teníamos un Luis Vives que podía
compartir con Erasmo la tarea de publicar una edición crítica de las
obras del Santo Patriarca, le estudiaban los teólogos y místicos, y por
la misma edición de las obras de San Isidoro puede comprobarse que
muchos le conocían al detalle. Después apenas queda más que la edi-
ción de los opúsculos, hecha por los agustinos de San Felipe el Real,
y en nuestros días, nada o poco menos que nada. Tres o cuatro sen-
tencias que van rodando por los sermonarios y libros de mística como
piedras preciosas desprendidas de una joya anticuada. Todavía anda
por ahí sin traducir el Díuus Augustinus de Mayr, y es una verdadera
lástima, pues, al menos, tendríamos un libro de meditaciones de ver-
dadero sabor teológico y escriturario, en vez de tantos otros como
abundan, ayunos de doctrina y de fuego, y hasta de sentido común, en
los cuales se toma a San Agustín por símbolo del pecador, cual si hu-
biera sido un criminal. ¿A qué se debe este descuido en estudiar las
doctrinas agustinianas, siendo así que en ellas parecen adivinarse las
objeciones de la especulación moderna y la especial idiosincrasia de
los espíritus contemporáneos? Mucho se debe atribuir a la decadencia
general de los estudios; a que nuestros teólogos no suelen ir más allá
de la Suma Teológica, sea esto dicho con todo el respeto y sin mengua
alguna de la obra realizada por el doctor angélico; mas es indudable que
al desvío de las doctrinas agustinianas contribuyeron la peste janse-
nista y el amargor de las contiendas teológicas, en las cuales no triunfó
la verdad, sino la estrategia en acaparar los Centros de publicación y
de enseñanza. Todavía anda por ahí el texto de Perrone, en el cual se
despacha el sistema agustiniano en cuatro palabras, dando una inter-
pretación grosera e incomprensiva a la palabra uoluptas. En el sentido
agustiniano, voluptas no significa más que agrado, agrado por las co-
DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN 261
sas espirituales, una chispita de amor de Dios, siquiera sea infinité-
sima, y en ese sentido, velis nolis, todos se ven precisados a reconocer
la profunda veracidad que se entraña en la doctrina agustiniana, pues
todos reconocen que el temor servil no es suficiente para obtener el
perdón de los pecados. Y no se crea que exagero al afirmar que toda-
vía perduran los efectos de las desdichadas contiendas teológicas, pues
no ha mucho nos sucedió un caso que es todo un poema.
Viajaba yo en el tren y me hallaba sentado en un rinconcito del co-
che, cuando apareció un sacerdote joven, muy correcto y muy ilustrado
por lo que pude ver después. Se acercó a mí, me saludó atentamente y
al fijarse en el hábito y la correa exclamó un tanto sorprendido. — ¿Es
usted agustino? —Servidor de usted. — lAh! icuánto gusto! Se sentó
a mi lado y dijo. — No conozco nada de los agustinos ni de San Agustín,
si se exceptúan cuatro o cinco textos que a prendí cuando estudiaba el
sistema de la Gracia; mas a pesar de todo yo tengo una secreta simpa-
tía por San Agustín y por su Orden. He leído algo de Pascal y, a pesar
de sus extravíos, confieso que hay allí un hombre de talento extraordi-
nario. — ¿Y no conoce usted— repuse yo— a San Agustín y a los agusti-
nos más que por Pascal? ¡Pues sí que son fuentes de información! Segui-
mos conversando y salió, ¿no había de salir? el sistema agustiniano
de la gracia con la palabreja de lectación, como suelen pintarle los
teólogos chirles, y hube de contestar algunas palabras en defensa del
sistema agustiniano. Entonces él, envolviéndome en una sonrisa afa-
ble y compasiva, me contestó: - ¿Y ustedes qué han de decir? Educa-
dos en su ambiente y encariñados con sus libros y maestros, resulta
muy lógico, muy humano y hasta muy honroso que les parezcan los
mejores del mundo. —Perdone usted— le respondí yo con alguna vive-
za sin poderme contener— esas palabras se pueden aplicar a usted con
mucha más razón que a mí, pues, como acaba usted de confesar, no
tiene apenas noticias de las doctrinas agustinianas, y por consiguiente
su educación teológica es unilateral, y usted me dispensará si le digo
que es deficiente. De la mía no hay que hablar, pues no vengo aquí
en calidad de comisionista del sistema agustiniano; pero el lema de
San Agustín y el que se infiltra a todos los que le siguen más o menos
de cerca, porque constituye un rasgo distintivo de su espíritu, es el
principio eminentemente pedagógico, progresivo y cristiano: In neces^
sariis unitOj en dubiis libertas et in ómnibus chantas. Muchas veces
262 DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN
he recordado este episodio rigurosamente histórico y para mi ha sido
una clave de la aridez e infecundidad y hasta la inadaptación que se
experimenta en los estudios teológicos, ascéticos, místicos y literarios
de nuestros días. Es un empacho de logicismo. Bien está, mejor dicho,
es imprescindible estudiar la Suma Teológica para tener claridad y so-
lidez de ideas y lo es, además, para hacerse con aquella agilidad, agu-
deza y analítica precavida que tanto sobresalió entre los escolásticos;
pero el entusiasmo, el fuego en la exposición de la doctrina es necesa-
rio buscarlo en los Santos Padres y sobre todo en San Agustín; en
primer término, porque eran santos, porque se hallaron en contacto
con la edad heroica del Cristianismo y porque su tiempo es en gran
parte muy semejante al nuestro. Las dificultades que se oponen a la
religión católica, llevan siempre, claio está, en su seno un error filosó-
fico; pero en torno de esa ofuscación o ignorancia intelectual de orden
trascendente, se agitan una multitud de prejuicios, de errores históri-
cos, de entelequias sociales, que es preciso desvanecer al detalle, y
aun así no se ha conseguido el objeto, pues una vez desvanecidas las
dificultades, una vez que resplandece la verdad.^todavia quedan frente
a frente la austeridad de la virtud y el corazón humano, roído por las
miserias de la culpa, desgastado por las malas costumbres, implicado
en una red de conveniencias sociales, queda, en una palabra, la cobar-
día del espíritu, que de ningún modo se puede vencer sin el concurso
eficaz de la gracia divina, sin la mano de Dios que regenera, mas que
no contradice los medios naturales, antes bien, por la vía ordinaria los
presupone. Ahora bien, aparte de los móviles sobrenaturales, como
son los castigos y premios eternos que Dios ha establecido, todavía le
queda al propagandista, al educador, al apóstol, en una palabra, la es-
trategia en la exposición de la doctrina, en exponerla como una solu-
ción tranquila y equilibrada, como una solución obvia y relativamente
fácil, en hacer comprender la hermosura de virtud, la suavidad del
yugo divino, como Dios no lo exige todo de una vez y como no es
preciso trastornar ni el universo, ni la sociedad para acercarse a Jesu-
cristo. Y en este punto nadie como San Agustín ha sabido ¡exponer la
doctrina cristiana con aquel aire de moderación, de exquisita urbani-
dad con palabras tan sugestivas y atrayentes. Aquella sentencia: in cen-
saras unitas, etc., es ya por sí misma un símbolo; pero de todo esto hay
en las obras de San Agustín innumerables testimonios y, si alguna difi-
DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN 263
cuitad cupiese, sería en escoger los más selectos y expresivos. San
Agustín dice a sus religiosos que vivan en el claustro, no como siervos
oprimidos por la ley, sino como hombres constituidos en gracia, tam-
quam spiritualis pulchritudinis amatores; en el libro De catechizandis
rudibus, advierte una y mil veces al diácono catequista que reciba a
todos con moderación, incluso los malos y que a todos enseñe según
su capacidad y sus conocimientos, sin irritarse y sin manifestar ni
tedio, ni cansancio, porque según la Sagrada Escritura hilaren dato-
rem diligit Deus. El mismo libro, la manera de contestar al diácono es
toda una enseñanza de corrección y de prudencia, pues muy lejos de
dar la respuesta de un modo seco y formulario, desciende a enseñarle»
como si fuese un niño, cuáles son las causas del desaliento y la manera
de combatirlas; pero sobre todo, donde resplandece el espíritu de San
Agustín, es en la manera de exponer y presentar la doctrina general
de la Iglesia. Desde los primeros siglos se habían iniciado dos tenden-
cias: la de los rigoristas, que en el siglo III arrojó del seno de la Igle-
sia a Tertuliano y los Montañistas, y la de los moderados que, sin tran-
sigir con la sociedad y costumbres de la época en lo esencial, sin ocul-
tar que el espíritu de la Iglesia era llevar las almas a la cumbre de la
perfección, comprendían que lo mismo en el orden natural que en el
espiritual ex ordinariis conting entibas, natura non facit saltas, se si-
gue siempre la ley biológica del desarrollo, y por lo mismo que era indis-
pensable tener muy en cuenta las circunstancias de cada hombre y el
medio ambiente; es decir, que lo importante era enseñar las condicio-
nes mínimas y después señalar la cumbre, exponer la hermosura de la
virtud perfecta, como un aliciente a las almas generosas y esforzadas.
Estas dos tendencias continuaron siempre y continúan en nuestros
días, porque en la mayoría de los casos no pasan de temperamentos y
€n otros provienen de la dificultad de determinar en un caso práctico
si es más conveniente aplicar el rigor o la misericordia. En el siglo IV,
a la vista de tantas calamidades como agobiaban a la sociedad, los
Santos Padres se esforzaron en atraer las almas al Cristianismo, como
era su deber, pero algunos se propasaron más de lo justo, dando con
ello motivo a que los paganos se retrajesen y difamaran a los cris-
tianos como enemigos de la sociedad. San Paulino, y. gr., llamaba a
los soldados minister mortis (Bibl., Max. VI, 234-235) y repetía como
un argumento en contra de los emperadores el dicho de los mártires:
264 DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN
Deus verus, Dominas imperator eternas, es más, llegó a pintar el ma-
trimonio como un estado miserable e indigno, olvidando que Dios le
había santificado por medio del Sacramento. Disrunipe omnia le decía
a un amigo suyo, indicanto tal vez contra su criterio una propensión
negativa y revolucionaria. iCuán distinta era la manera de exponer y
de argüir de San Agustín! Mientras por un lado aprobaba las leyes de
los emperadores contra los sacrificios y fiestas salvajes de los paganos,
quis nostram, quis vestram non laudat leges ab imperatoribus datas
adversas sacrificia paganoram. (Ep., XCIII, 10) por otro no olvidaba
el punto de vista, el criterio peculiar de los que vivían una vida externa,
exclusivamenre política. «A los que pretenden demostrar— decía— que
la doctrina de Cristo es contraria a la república, les pido que nos den un
ejército compuesto de soldados, tales como los exige esa doctrina, que
nos den magistrados provinciales, maridos, esposas, padres, hijos,
amos, esclavos, reyes, jueces, deudores, exactores, tales como exige
que sean la ley de Cristo. ¿Quién se atreverá, pues, a decir que ésta es
enemiga de la república? ¿Quién, por el contrario, dudará en reconocer
que la salud del Estado se hallaría más segura, si se oyesen nuestras
exhortaciones? > Si estas cosas no se hubiesen dicho en el siglo IV, pen-
saríamos que habían sido pronunciadas por un filósofo, un político, un
apóstol o un maestro cristiano de nuestros días. Tanta es su oportuni-
dad en esta época de continuas agitaciones políticas, de revoluciones
y trastornos. Hoy, como en los tiempos de San Agustín son innumera-
bles los que no tienen ni más vida, ni más ideal que el político, y hoy
como entonces es preciso no aventurar afirmaciones demasiado rotun-
das, buscar la unidad in necesariis y abstenerse de lo conveniente, si
resulta imposible por las circunstancias. Se han llamado algunos par-
tidarios del mal menor y esa fórmula ni es lícita ni exacta; porque a
nadie es lícito transigir con el mal por pequeño que éste sea. Lo que
se busca es el bien mayor en un momento dado y esa es la práctica
constante y uniforme del hombre recto, pues el bien absoluto ni se da
en los individuos, ni mucho menos en las sociedades. Es decir, que la
prudencia, el tacto de San Agustín en proponer las cuestiones, en se-
ñalar los elementos primarios, las condiciones sine qaa non que cons-
tituyen la ciencia, la sabiduría, la educación, la organización de las
sociedades, etc., se manifiestan siempre los mismos. No se verá nunca
que San Agustín pretenda abarcar la totalidad de las cosas o de los
DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN 265
conocimientos, él se irá siempre a las condiciones primarias, las con-
diciones síne qiia non y en ellas quedarán implícitos los límites pro-
píos, como los tienen toda naturaleza por el mero hecho de ser con-
creta y definida. En dos palabras, distingue la ciencia teológica, místi-
ca y aún metafísica a lo cual él llamaba sapientia del conocimiento
experimental, el análisis de la observación. Et in hominíbus, dice
(VI, cob. 197, A), quidem hoc dúo ita discerní probabiliter solent, ut
sapientia pertineat ad intelectiim eternorum scientia vero ad ea quae
sensibus corporis experimur. ¿Es que en esas dos palabras está conte-
nido todo el amplio desarrollo de la metafísica, de la teología y la místi-
ca y de la ciencia experimental? No. Ahí no están más que las notas mí-
nimas, las directrices, como en el germen se hallan las ramas frondosas
de un árbol. La gran equivocación de la filosofía moderna es el ir en
busca del conocimiento integral por medio del análisis y el pretender
un conocimiento máximo por medio de la teórica, cuya naturaleza es
siempre una anotación de las condiciones sine qua non. Fijémonos en
las matemáticas y observaremos que en su estudio se reduce a marcar
las condiciones mínimas. Si yo digo que un número es divisible por 2
cuando termina en O ó cifra par, no quiere decir eso que yo pretendo
determinar todas las propiedades del número propuesto, sino las indis-
pensables para que sea divisible por 2. Lo mismo ocurre en las cien-
cias experimentales. Al decir que en la fabricación de la pólvora se nece-
sitan dos partes, v. g., de carbón por tres de azufre y una de nitrato, no
se indica más que la relación permanente de los componentes, es de-
cir, las condiciones precisas para que resulte un explosivo, sin preocu-
parnos si ese explosivo es edemas un purgante, etc. Por eso decían los
escolásticos omne indiuiduum inefabile, porque es una totalidad y el
conocimiento de ella sólo pertenece a Dios. Así se comprende lo que
tiene la ciencia humana de absoluta y de relativa, y como ambas pro-
piedades no se contradicen y al mismo tiempo explican su progreso
continuo. Por la observación aspiramos a la totalidad a contemplar
las cosas en todos sus aspectos, en el mayor número de ellos que nos
sea posible y por el análisis a determinar las condiciones mínimas,
sine qua non de un punto de vista cualquiera. Si algún conocimiento
pudiera considerarse como integral, sería el artístico, pues en él se
trata de dar noción de las cosas con todos sus pelos y señales, y aun
así nadie ignora cuánto hay de idealismo en el arte, en la que se llama
266 DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN
realista O naturalista, cuya norma esencial consiste en reproducir la
realidad sin depuración alguna. De la misma Historia ¿no se puede
afirmar otro tanto? ¿Qué hace el historiador sino recoger los hechos
más salientes, las características de un período, eliminando todo aque-
llo que desdibuja el cuadro? Por mucho que investigue el historiador,
por muchos datos que recoja, siempre irán al sepulcro millones de
seres totalmente desconocidos, anotados únicamente por un indicador
brevísimo, en el cual no se contiene más que una parte infinitésima
de su realidad. ¿De los mismos personajes más conocidos y famosos no
se escriben infinidad de monografías, todas nuevas, sin que ningún
escritor pueda jactarse de haber dicho la última palabra? Y no puede
ser de otro modo, porque si hubiéramos de delatar los hechos que se
verifican en un solo minuto, la Humanidad entera no sería capaz de
leer esa página infinitésima de la Historia. ¿Quiere esto decir que por
no ser integral resulte falsa la Historia? No, quiere decir, que se han
anotado las condiciones sine qua non, la realidad mínima y que sobre
esa realidad, verificada en todos y en cada uno de los seres se acumu-
lan otras muchas ignoradas, pero que no la contradicen, antes bien, la
presuponen como una realidad esencial que informa al individuo en
todas sus manifestaciones.
De todo esto se infieren dos reglas pedagógicas, hoy ensalzadas por
la ciencia, y que resplandecen de una manera especialísima en San
Agustín. Es la primera la anotación de esa realidad mínima, y la se-
gunda la modestia que se apodera del hombre realmente sabio y se
convierte en una gran amplitud de espíritu y de criterio. Por dondequie-
ra que se abran las obras del Santo, observaremos esas dos manifesta-
ciones, la vista de águila que se apodera de esa realidad y la modestia
en presentarla como es, sin pretensión de construir una fórmula defini-
tiva y conclusa. Los mismos libros de las Retractaciones son una prueba
de esa modestia, del temor que sentía en sus úhimos años de haberse
excedido en algunas cosas, de haber afirmado demasiado o con excesi-
va seguridad o con términos impropios, y la amplitud de criterio en su
curiosidad infinita, en la multitud de aspectos que le ofrecían las cosas
y, por consiguiente, la posibilidad de otras mil desconocidas. Cada vez
que mienta la palabra libertad, se le ofrece un aspecto nuevo y todos
ellos reales: aquí como una indiferencia potencial, allá como una su-
premacía, en otro punto como seguridad: Nulla enim re fruitur anima
DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN 267
cum libértate, nisi qua fruitur securitate (De lib. arb., II, 973) y lo mis-
mo sucede con todas las cuestiones. Al tratar, por ejemplo, de la ver-
dad y el bien supremos que se derraman por todas las criaturas, sin des-
gastarse ni disminuirse, a un mismo tiempo nos describe la escala gra-
dual de los bienes sensibles y las categorías ascendentes de los senti-
dos. Minas ergo ea quae tangimus (ibid. col., 980) vel quae gustamus,
vel quae olfacimus, huic sunt veritati similia, sed magis ea quae au-
dimus et cernimus: quia et omne verbum a quíbus auditur, totum au-
ditur ab ómnibus, et simul a singulis totum; et species omnis quae
occulis adjacet quanta videtur ab uno, tanta et ab alio simul. Aun por
esto mismo deberíamos estudiar a San Agustín, porque se adapta ma-
ravillosamente a la manera de ser de los pensadores modernos que gus-
tan de espiritualizar los objetos y los actos intuyéndolos a luz de una
idea general. Pero en sus mismas definiciones se observa su mirada pro-
funda y amplia. De ordinario no son fórmulas cerradas, no pretende
construir un sistema definitivo, sino acotar lo que ha visto, dejando en-
trever que más allá se extiende el océano infinito de la verdad, en cu-
yas márgenes no es posible levantar las columnas de Hércules. Verum
est id quod est, dice al tratar de la verdad, y sobre esta definición han
construido los escolásticos la definición de la verdad lógica y de la ver-
dad metafísica. Por mucho tiempo se admitieron las definiciones esco-
lásticas en globo, sin preocuparnos gran cosa de los atisbos sutiles de
los comentaristas hasta que los embates formidables de Kant y de los
psicólogos contemporáneos nos han obligado a decir con Mercier que la
definición de los metafísicos: La verdad es la conformidad del enten-
dimiento y el ente ha menester de interpretación y perfeccionamiento.
(Criteriologia general, pág. 27). ¿Quién nos asegura que más adelante
otros estudios más profundos no nos han de obligar a perfeccionar y
añadir nuevas notas a la definición de Mercier? ¿Se destruyen por esto
los conocimientos sólidos adquiridos? No; la definición de San Agustín
continúa siendo tan sólida en nuestros días como siempre: Verdad es
lo que es, y lo que no es, no será verdad sino en cuanto de algún
modo es. Lo mismo puede añadirse de aquella definición de la belleza
splendor ordinis, o de la que se refiere a su constitución formal: Tota
pulchritudinis forma unitas est. Todas son notas mínimas que admi-
ten interpretación y perfeccionamiento indefinido, y así las expone San
Agustín, sin pretensiones de agotar la realidad. Por dondequiera que
268 DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN
se abran las obras de San Agustín se halla la misma intuición honda y
el mismo espíritu de moderación. <Nan beatos illos amorem ipsorum
aeternorum, dice al tratar del libre albedrío (Eb. I, col. 349), sub aeter-
na lege agere existimo, miseris vero temporalis imponitur... dummodo
illud inconcusum teneas... eos qui temporali legi serviunt non esse
posse ab aeterna liberos.> En estas palabras sencillas, moldeadas en
una frase concisa, se contiene en germen toda la economía de la vida
humana, y aun se da un ligerísimo esbozo de lo que ha de ser en resu-
men la vida eterna. Si habla del tiempo nos dice que es la sucesión de
las cosas; si de la constitución del mundo físico, llega hasta el prope
nihil de la materia prima; si de la Creación o los días genesíacos, aun
sin los datos o vestigios qne ofrece la investigación moderna, supo en-
contrar palabras tan profundas y moderadas que la apología moderna
no ha podido hallar otras mejores; si se trata de la verdadera religión,
su libro es base de cuanto se ha escrito después; si de la Santísima Tri-
nidad, en su estudio se condensa cuanto humanamente se había estu-
diado y se puede rastrear de este elevadísimo misterio; si de la gracia^
su doctrina es norma de la Iglesia, y en lo que pueda haber de explica-
ción hipotética sobre la armonía o conciliación de la libertad y la efica-
cia intrínseca del auxilio divino, su sistema es el más humano, el que
mejor se adapta a la constitución de nuestra naturaleza, y lo que él no
acertó a resolver no lo ha resuelto nadie, y, por último, si dirige una mi-
rada comprensiva al conjunto de la Humanidad, él sabe indicar las raí-
ces primarias de la agitación efervescente de los pueblos. No hay cui-
dado que San Agustín menosprecie ningún elemento de la investigación
humana ni deje de analizar o distinguir lo que puede haber de apro-
vechable, separando lo esencial de lo transitorio, lo cierto de lo hipo-
tético, y esto último de lo que es manifiestamente absurdo o nocivo. En
el libro de las Ochenta y tres cuestiones distingue admirablemente lo
supersticioso del estudio serio de las Matemáticas; en el tratado de la
Música, establece los elementos del ritmo y distingue lo que hay en ello
de racional, lo que obedece a la proporción y el número de la melodía
y la habilidad artística, y en cuanto a la Medicina y demás ciencias na-
turales, conocidos son los textos en que distingue cuanto había en su
tiempo de conocimientos positivos y orientación sólida de los escom-
bros acumulados por la charlatanería y la superstición. Así, pues, de la
ciencia de San Agustín y de su manera de estudiar y proponer las cues-
DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN 269
tiones, se puede afirmar lo que él mismo decía de la Verdad eterna, que
es siempre antigua y siempre nueva, antigua, por lo que en su fondo
hay de transcendente, y nueva, porque las notas, las especificaciones en
que se contrae, los nuevos modos en que se manifiesta, no la contradi-
cen, sino que la despliegan en un progreso continuo e inagotable. Sus
mismas exclamaciones y epifonemas parecen de nuestros días. ¿Qué se
le ha de ocurrir al sabio, cuando por el telescopio se asoma al piélago
inmenso de las estrellas, o por la lente del microscopio intuye las ma-
ravillas del mundo infinitésimo, sino postrarse ante Dios, y exclamar:
magnus in magnis et maximus in minimus!
Esta manera de enfocar las cuestiones, esta amplitud y flexibilidad
de criterio para abarcar el amplio conjunto de la ciencia, esta vibratili-
dad del espíritu para hacerse cargo de la verdad, venga de donde vi-
niere; esta manera de ser y de pensar en cuya virtud se aprovechan de
algún modo hasta los mismos errores, pues obligan a fijarse con más
insistencia en algún aspecto de la verdad, que de otra manera pasaría
desapercibido, y, sobre todo, la distinción entre el hombre que se en-
gaña y el engaño en sí, aquel diligere homines et odisse errores, la
modestia en exponer sus mismas ignorancias y dudas, el atender con
igual solicitud a los humildes que a los grandes, a los jóvenes que a
los ancianos, a los ignorantes que a los instruidos; aquel tacto exqui-
sito en evitar el disgusto y la molestia al poner sus manos ungidas en
la llaga, son cualidades peculiarísimas que hacen de San Agustín un
espíritu siempre nuevo y simpático a los sabios de todos los tiempos,
incluso a los que sostienen opiniones diametralmente opuestas. Y
¿cómo es posible desconocer que éstas son directrices inmanentes de la
Pedagogía ideal? Normas de enseñanza y normas de conducta son
estas cualidades de San Agustín, normas que debe tener muy presen-
tes todo el que se dedica a exponer la verdad, desde el maestro de ni-
ños hasta el doctor ecuménico, o el publicista, cuyas genialidades cau-
san tal vez más daño, porque se reciben en un ambiente de fría re-
flexión.
Pero lo que hace oportuno el recuerdo de la doctrina y el espíritu
de San Agustín en nuestros días, de un modo especial, es aquella
ardiente proclamación del amor divino como base de la educación, de
la sociedad y de la vida humana en toda su complejidad. Ya nos lo
había revelado Nuestro Señor Jesucristo que toda la ley se hallaba
270 DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN
comprendida virtualmente en el amor de Dios y del prójimo; pero nin-
gún Santo Padre ni Doctor de la Iglesia ha conseguido hacer del pre-
cepto divino una glosa tan profunda ni descubrir en él perspectivas tan
amplias como San Agustín. Ahora bien; la enfermedad de nuestra
época, la necesidad que se palpa y se siente por todas partes, y a la
cual apunta con el dedo la Pedagogía moderna, sin distinción de crite-
rios y opiniones, es la frialdad de sentimientos, la atrofia del corazón.
Es tan extenso el campo de la ciencia humana y tan grandes los traba-
jos que se requieren para dominar la técnica de un ramo cualquiera,
son tan absorbentes las preocupaciones y necesidades de la industria
y el comercio, es tanta la agitación y el clamoreo de la vida humana,
cada vez más apretada y constreñida por el acortamiento de las distan-
cias y la difusión de la Prensa, que, sin la gracia de Dios, se agotan las
energías del espíritu y no le quedan ni aspiraciones ni fuerzas para más.
Y no es que tan sólo se desgasten las energías del espíritu, es que se
anquilosa y petrifica en la rigidez y la inercia de la materia o la inflexi-
bilidad del tanto por ciento. No hay más que observar cómo se vuelven
duros y fríos, calculadores e inflexibles, cuantos se engolfan en los es-
tudios matemáticos y en las ciencias experimentales, los que viven del
comercio o sostienen una industria; su vida y su criterio son una
fórmula algebraica, en que los factores se reducen a cantidades inertes
que han de responder con exactitud matemática. De ahí que, sin el
contrapeso de la Religión y la caridad cristiana, propendan a la inflexi-
bilidad cruel y a resolverlo todo por una especie de triangulación geo-
désica, que, en último resultado, no es más que la expresión de su
egoísmo seco. Prueba de ello son los Tratados de sociología científica
y evolutiva, en que se admite incluso el factor religioso, pero no como
un fin último y sobrenatural, sino como una variable que va decre-
ciendo en razón inversa del progreso científico (1). En el mismo princi-
pio se basa y por las mismas tendencias se rige la Pedagogía científi-
ca, incluso la llamada integral. Todo está previsto en esos programas
educativos: tanto de estudio reflexivo y teórico, tanto de memoria,
tanto de gimnasia y de baile para formar un cuerpo sano, robusto y
armonioso; tanto de educación estética, de trato social, etc., para en-
cauzar de algún modo las aspiraciones vagas del espíritu; en fin, todo
(1) La question sociale, par Ludwig Stein.
DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN 271
calculado y previsto por leyes científicas, según los datos que proporcio-
nan la Psicología, la Medicina, la Química, la Sociología, la Higiene, etc.;
pero ¿ha correspondido el resultado a los esfuerzos? Claro está que por
los resultados no se puede obtener una demostración palmaria de que
la ciencia endurece y petrifica, porque las ideas cristianas flotan en el
ambiente social, y, aunque a veces desfiguradas y contrahechas, anu-
lan los efectos de las aberraciones científicas; mas la tendencia seria al
absurdo comunista, donde se da el summum ius summa injuria.
Es indudable que por la educación exclusivamente científica el hombre
se ha convertido en una especie de genio misterioso y maligno con un
poder extraordinario sobre la materia; pero al mismo tiempo ha sido
esclavizado, ahogado por el mundo físico. Todas las facultades huma-
nas se han prolongado y adquirido una velocidad y una eficiencia ex-
traordinarias; la voz llega a centenares de kilómetros, la vista adivina
y percibe las órbitas de los mundos, penetra en las regiones de los
microorganismos o traspasa los cuerpos opacos, los pensamientos y
las órdenes, los deseos y caprichos se cruzan misteriosos a través del
espacio; el hombre vuela como un ave, desciende y navega por el
fondo del mar como un pez, se desliza en los trenes como una serpien-
te, corre en cualquier dirección con sus automóviles y realiza otras mil
maravillas que sería prolijo enumerar; pero ¿a costa de cuántas lágri-
mas, de cuántas maldiciones y blasfemias? Es innegable que la orga-
nización de la industria ha sido anticristiana y embrutecedora. Todo se
ha sacrificado a la competencia, al éxito y a la ganancia, prescindiendo
en absoluto del fin sobrenatural del hombre; y las consecuencias han
sido una guerra espantosa en que han muerto millones de hombres y
una lucha social atizada por odios irreconciliables. No hemos de insis-
tir en la consideración de estos males, porque nos hallamos todos pre-
senciando el fracaso y la bancarrota de toda una organización social;
pero en el fondo no cabe duda que la razón está de parte de los obre-
ros, que ansian libertarse de la materia, del embrutecimiento bestial y
siniestro en que los ha sumido una explotación sin entrañas. Si obser-
vamos la literatura revolucionaria, lo que se ve en el fondo es una as-
piración mística, desorientada, emponzoñada por el odio y la envidia,
pero efusiva, que tiende al amor del prójimo, a la compasión mutua
de las miserias y a algo más que no acierta a distinguir porque está des-
orientada, a aquella realidad suprema que atrae los espíritus desde todos
272 DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN
los puntos del cuadrante, como el Norte atrae las agujas imanadas, y
que fué admirablemente definida por San Agustín en aquella profundí-
sima sentencia: Fecisti nos Domine ad te et inquietum est sor nostrum,
doñee requiescam in te. La enfermedad de nuestra época es un ahogo
de sentimientos que se ven reprimidos y despreciados por las exigencias
de una vida material y que actúan de explosivos, como los gases some-
tidos a presión. Si esto no fuere una verdad palmaria, tendríamos una
prueba concluyente en el testimonio de la Iglesia, que, por ser divino,
es el único acertado y seguro. Ahora bien; ¿cuáles han sido las pre-
ocupaciones de la Iglesia en los últimos tiempos? La cuestión social,
resuelta, no por la justicia y la nivelación a rajatabla, sino por la cari-
dad; el culto al Sagrado Corazón, y sobre todo a la Eucaristía; los
Congresos eucarísticos, la adoración perpetua del Sacramento, la co •
munión frecuente, las catequesis, la comunión de los niños, una
especie de pugilato por conquistar las generaciones futuras, deposi-
tando en las almas todavía inocentes el alimento, la energía espiritual
del amor divino. Es decir, que, según el testimonio de la Iglesia, hoy
más que nunca se necesita levantar los corazones hacia Dios, ennoble-
cer los sentimientos y grabar la ley divina en lo íntimo del alma, no por
el rigor y la disciplina amanerada y niveladora, sino por el conven-
cimiento, por la mansedumbre, la atracción y el cariño. Puesto que en
la sociedad han de encontrar los jóvenes tantos compañeros que los
atraigan suavemente al camino del mal, tantos peligros y halagos
de libertad y soltura, pero que al mismo tiempo llevan consigo acerví-
simos desengaños y sufrimientos, es necesario que salgan del colegio
con el alma nutrida de vigorosas y elevadas aspiraciones, y si tuviesen
la desgracia de sucumbir, que surja en lo íntimo de sus conciencias
el recuerdo de la vida escolar como una reprensión entrañable, como
surgía en la imaginación del hijo pródigo el contraste de la casa pa-
terna con la tiranía de sus dueños. Y no se confunda esta aspiración
con la indulgencia manirrota y culpable, porque no Jhay disciplina
más vigorosa y exigente que el agrado, la obediencia que brota del
corazón. Ahora bien; todo esto no es más que el espíritu y la doctrina,
cuya norma se halla perfectamente definida en aquellas palabras de su
regla monástica: No (vivan los hombres) como esclavos oprimidos
por la ley, sino como hombres libres regenerados por la gracia.
El mismo anhelo con que buscó San Agustín la verdad, sin detenerse
DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN 273
en la costra ni contentarse con los riachuelos, hasta dar con la misma
Fuente de donde proviene el ser y realidad de cuanto existe, constituye
un modelo único en la Historia, digno de ser imitado por cuantos se
dedican al estudio, y mucho más en nuestros días, en que la ciencia
se ha convertido en ídolo de la Humanidad, en una especie de Anti-
cristo que asombra al mundo con sus maravillas. Es innegable que la
ciencia ha pulverizado muchas supersticiones, rasgando el velo de las
energías físicas; pero al mismo tiempo se ha convertido en una gran
superstición, mucho más peligrosa que las antiguas, porque va directa-
mente contra la virtud sobrenatural del Cristianismo y porque desva-
nece la mirada de los más grandes ingenios, precipitados en la rebel-
día de Lucifer: ero similis Altissimo. La ciencia se cree hoy en posesión
de la llave que ha de abrir todos los misterios y resolver todas las difi-
cultades; está persuadida de que es sólo cuestión de tiempo y tenaci-
dad, y se impone, como un deber imprescindible a la Pedagogía cris-
tiana, el advertir a los muchachos de ese peligro, de la vanidad de la
ciencia cuando se aparta de Dios, y de que, a pesar de todas las inves-
tigaciones y todos los métodos y todos los esfuerzos reunidos, no se
conseguirá que la torre de Babel científica llegue hasta el cielo. Y en
esta cuestión ningún recuerdo tan oportuno como el de San Agustín,
pues siendo su inteligencia tan profunda como lo han podido ser los
ingenios más grandes que han existido en la Humanidad, le vemos
recorrer todos los sistemas y cenáculos de los sofistas, incluso los jero-
glíficos de los astrólogos, y no hallar reposo hasta que ingresa en el
seno de la Iglesia católica.
Son una advertencia y una enseñanza sus desengaños; lo es tam-
bién la noble sinceridad con que investigaba la verdadera sabiduría,
y, por último, el armonioso conjunto de la ciencia humana y divina
que se formó en su espíritu una vez convertido al cristianismo.
En fin, no insistamos más. Por lo dicho se infiere que de las obras
de San Agustín puede recogerse doctrina pedagógica sólida y abun-
dante en su doble aspecto de educación intelectual y moral o forma-
ción del carácter. Es además oportuno su recuerdo, porque, en último
análisis, contiene en resumen las orientaciones de la Pedagogía mo-
derna, llevando a todos la ventaja de que su doctrina y sus tendencias,
la preocupación de su espíritu, es la misma divisa renovadora de
Pío X: instaurare omnia ¿n Christó, Lo difícil es recoger y seleccionar
18
274 DOCTRINAS PEDAGÓGICAS DE SAN AGUSTÍN
tantos materiales, ponerlos en orden y hacerlos resaltar de forma que
no aminoren y desdigan de la profundidad y grandeza del pensamiento
agustiniano.
Por nuestra parte, nos limitaremos a un brevísimo estudio de los
siguientes puntos: 1.°, San Agustín, como profesor; 2.**, su sistema de
educación intelectual, y 3.°, su doctrina moral o formación del carácter.
Si nuestras indicaciones sirven para que alguien, con una preparación
más sólida, escriba un estudio completo de la Pedagogía agustiniana,
se habrán colmado nuestras aspiraciones.
P. Benito Garnelo.
o. E. s. A.
NOTAS DE INFORMACIÓN
ñcción católico-social (1).
II
Continuando nuestra reseña del movimiento católico social habido en
los últimos meses, diremos siquiera lo más imprescindible en las diferen-
tes empresas que ejercitan el celo de los buenos.
Se han celebrado no pocos mítines agrarios, desarrollando en ellos los
propagandistas temas de gran oportunidad. Merece consignarse la oposi-
ción y censura general suscitada contra el decreto de reorganización de las
Cámaras Agrícolas que publicó el Gobierno del Sr. Sánchez de Toca y que
fué tachado de antidemocrático y favorecedor del antagonismo de clases. La
orientación de dicho decreto era todo lo contrario de la que representa la
floreciente Confederación Nacional Católico- Agraria, que integran hoy
unas 55 Federaciones, con un total de 480.000 socios de toda la penínsu-
la, y por lo mismo el decreto cayó en el desprestigio desde el primer ins-
tante por significar una pretensión de dar vida a organismos muertos, y,
además, por constituir un error de táctica para la solución de los proble-
mas actuales.
A la fundación de Mutualidades escolares dedican sus mejores ener-
gías propagandistas celosos que están recorriendo diferentes comarcas de
la península, con el objeto de establecer dichos organismos sociales. Uno
de los más ilustres apóstoles de la Mutualidad escolar explica así la nece-
sidad de multiplicar esas fundaciones: «Trátase— dice— de una obra más
interesante que el mejoramiento de nuestros cultivos, más digna de aten-
ción que el seguro de nuestras cosechas y ganados; trátase de los niños
(1) Véase la pág. 133 de este volumen.
276 NOTAS DE INFORMACIÓN
de nuestros Sindicatos.» Hoy todos son lazos para esos corazones tiernos,
los amigos pérfidos, la lectura, los espectáculos, los malos ejemplos que
dentro y fuera les extravían, y que por desgracia se repiten con demasia-
da frecuencia. Por eso es necesario tutela y amparo, vigilancia y direc-
ción y sobre todo infundirles las enseñanzas de nuestra Religión sagrada.
¿Cómo podrá. el pobre obrero educar a sus hijos si no le deja tiempo la
fábrica o el campo? ¿Cómo podrá prestarle su apoyo, aconsejarle y ten-
derle su mano protectora la madre que trabaje en el taller? La Confedera-
ción se encarga, por medio de Sindicatos y Federaciones de llevar a feliz
término esta hermosa obra.
He aquí lo que pudiéramos llamar programa del Patronato de jóvenes
de la C. N. C. A. para remediar el abandono moral en que se encuentran
por el desamparo de la ley o por su inobservancia y también por falta de
instituciones auxiliares o complementarias de la educación en la familia.
El remedio ha de llevarse a cabo; 1.°, atendiendo a su formación moral en
reuniones catequistas dominicales y asociaciones que promuevan todos
los actos de la piedad cristiana; 2.°, cuidando de su elevación intelectual
en escuelas primarias diurnas y nocturnas, clase de dibujo en toda su ex-
tensión, agricultura, contabilidad, música, francés y demás enseñanzas de
necesidad universal, auxiliadas con la facilitación de bibliotecas ambulan-
tes, repetidos actos literarios y representaciones dramáticas; 3.°, favorecien-
do su educación social por medio de conferencias y veladas instructivas y
por la práctica de la mutualidad y ahorro; y 4.°, dedicanto también la con-
veniente atención a su desarrollo físico por medio de deportes, excursio-
nes campestres, vacaciones para los débiles y auxilio facultativo a los en-
fermos. El programa no puede ser más completo y seguramente ha de
proporcionar muchos frutos de regeneración social.
Se ha redactado ya el reglamento de las Mutualidades infantiles, que
tienen por objeto despertar en los niños, desde su más tierna edad, el es-
píritu de asociación y mutuo apoyo, así como los hábitos de previsión y
ahorro. Claro está, que entrando en ellas niños que nadan en la abundan-
cia, al tener que convivir con el niño que vive en la estrechez, se estable-
cerían corrientes de simpatía comunicándose mutuamente esas almas pu-
ras, y merced al desprendimiento y generosidad del uno y al ahorro del
otro, se conseguirán grandes provechos, para que en el día de mañana
sean una garantía de la Religión y la Patria.
No es ajena a los fines que se persiguen con esta institución la ayuda
NOTAS DE INFORMACIÓN 277
a los padres de los niños enfermos, constituyendo a su favor una pensión
de retiro para la vejez, todo lo cual se obtiene mediante la cuota de diez
céntimos semanales. Entra en los propósitos de la Federación implantar
la Bolsa de Trabajo, Caja de Reaseguro y Hoja mutualista, encaminada a
la formación intelectual y religiosa del niño.
— No hay razón para negar a la mujer una mayor colaboración activa en
la salvación de la sociedad, interviniendo más directamente en los asuntos
públicos, pero siempre con subordinación a sus deberes primordiales que
son los de la familia. «Las cambiadas condiciones de los tiempos—decía
recientemente S. S. Benedicto XV al Comité de Unión Católica italiana
de mujeres — han podido señalar a la mujer atribuciones y derechos que
en otras épocas no se hubiesen consentido. Pero ningún cambio en las opi-
niones de los hombres, y ninguna novedad de cosas y de sucesos podrán
jamás alejar a la mujer, que conoce su propia misión, de ese centro natu-
ral para ella, que es la familia. Ella es la reina del hogar doméstico, y aun
cuando se encuentre lejana de éste, debe dedicar al mismo no sólo su
cariño de madre, sino también sus cuidados, del mismo modo que un so-
berano, que se encuentra lejos de sus Estados, no descuidaría el bien de
éstos. Con razón podemos decir que el cambio de las condiciones ha en-
sanchado el campo de la actividad de la mujer. A la acción más estrecha
que ha ejercido hasta aquí entre las paredes domésticas, sucede hoy un
apostolado más amplio ejercido en medio del mundo; pero este apostola-
do debe ejercerse de manera que demuestre que la mujer, tanto fuera
como dentro de la casa, no olvida su deber de consagrar sus principales
cuidados a la familia.»
Son las palabras de Su Santidad una advertencia sobre los peligros
que puede haber en la aplicación de muchos puntos que abarcan las lla-
madas teorías feministas, y son al mismo tiempo una indicación sobre la
orientación general que ha de tener la acción social de la mujer, que es
extender su apostolado. En España las organizaciones de esta índole pro-
tectoras de la mujer se hallan todavía en embrión. Véase, sin embargo, que
en Francia, por ejemplo, florece un conjunto de instituciones que, bien
dirigidas, pueden producir inmensos beneficios, como Círculos de estu-
dios, cursos profesionales. Cajas de retiro. Cooperativas, asilos infantiles
para hijos de las sindicadas, mutualidad en sus varias formas, cursos de
economía doméstica y talleres para las que no tienen trabajo.
Muchas de esas obras se han inaugurado ya en diferentes poblaciones
278 NOTAS DE INFORMACIÓN
de nuestro país, pero necesitan todavía más amplio desarrollo si han de
evitarse los peligros que del feminismo mal entendido pueden venir.
J. García.
Sobre el Grupo de la Democracia Cristiana.
El presidente de esta agrupación, Severino Aznar, acaba de recibir de
monsieur Pottier el interesante documento que publicamos a continuación,
Mr. Pottier es hoy acaso el maestro social de más autoridad en Europa.
Lo llevó a Roma León XIII, lo nombró Pío X catedrático de Sociología
en el Colegio Leoniano, lo ha nombrado Benedicto XV consiliario y ga-
rante de la ortodoxia de la acción social católica en Italia. El documento
dice así:
Roma, 23 de Diciembre de 1919.
Sr, D, Severino Aznar. Muy querido profesor:
Permítame que desde luego le manifieste la viva y respetuosa sim-
patía que me inspira la iniciativa^ tan meritoria y tan oportuna, que us-
ted y sus ilustres amigos han tenido al fundar eU Grupo de la Democra-
cia Cristiana». Con un interés palpitante y con una alegría profunda he
leído su comunicación y los documentos anejos. A pesar de que no co-
nozco la lengua española con mucha perfección, con gran satisjacción
mía he podido enterarme perfectamente de todo.
Con verdadero regocijo he podido comprobar que el programa socia-
en que ustedes exponen las bases de organización y el <cprograma doctri-
nal y de acción del sindicalismo obrero católico*, responde en su conjun-
to a las necesidades que hoy se imponen. Abordan ustedes en él todas las
cuestiones candentes que preocupan y agitan al IV Estado en todas las
caciones civilizadas, cuestiones de las que no es posible ni lícito prescin-
dir sin ponerse «ipsofacto» fuera de las corrientes vitales que animan a
la sociedad contemporánea, cuestiones que los católicos, que comprendan
su deber, deben resolver con una franqueza, con una sinceridad y pleni-
NOTAS DE INFORMACIÓN 279
tud capaces de provocar la atención y suscitar la confianza de las masas
populares.
Es el programa de ustedes un programa máximo, y a mi juicio de una
oportunidad urgente. Los católicos debemos vaciar el programa socialis-
ta de todo lo que hay en él de justo y verdadero. Es condición imprescin-
dible para triunfar de él y para salvar la civlización cristiana. Entre las
reivindicaciones obreras que ese socialismo agita, hay machas cosas jus-
tas y legitiman que en fin de cuentas y si se quiere penetrar hasta el fon-
do de las cosas son robos perpetrados a la moral católica. Esa parte
justa de las reivindicaciones obreras es la única que en definitiva consti-
tuye los éxitos de la propaganda roja que se hace entre las masas obre-
ras, todavía profundamente cristianas, pero ignarantes y fáciles de sedu-
cir por fragmentos de justicia y de verdad. Démosles <toda la verdad y
toda la justicia* y acabarán por venir a nosotros. Y como se las daremos
en nombre de Nuestro Señor, hacia Nuestro Señor volverán con recono-
cimiento y fidelidad.
*Los que todavía hoy con su critica menuda sobre detalles sin impor-
»tancia, o fuera de toda intención y realidad, zahieren y acosan a los cató-
* lieos que van a la substancia de las cosas y a las necesidades imperiosas
»del momento, con motivo del nombre que se dan con ortodoxia e inten-
>ción insospechables y para triunfar mejor en su empresa grandiosa y
ysanta», hacen *como el labrador que se entretiene en pelar ranas en el
prado, mientras arde su ganado en el establo*. No niego la buena fe de
nadie, pero desgraciadamente hay todávia quienes tienen ojos y no ven.
No gastaré tiempo en poner de relieve ni en discutir las argucias histó-
ricas y de otro orden con que se pretende condenar la etiqueta de * De-
mocracia Cristiana* con que ustedes presentan su movimiento social
Básteles saber que, sea lo que sea el pasado, hoy todos los católicos so-
ciales de Italia, Bélgica y Francia se proclaman altamente en sus palabras
y en sus escritos Demócratas Cristianos. En la misma Roma es el nom-
bre corriente que se dan todos nuestros amigos. En Bélgica se llama tLe
Demácrate* el diario oficial de los católicos sociales. Hace muchos años
que se hace asi, Y ni el Papa ni los Obispos, que son todos los días tes-
tigos de estos hechos, sienten recelo o suscitan reclamación alguna con-
tra ellos. Yo no tengo la menor duda de que acerca de eso está tranquilo
el Vaticano, y tengo el convencimiento de que esa cuestión, que hoy no es
ya más que cuestión de palabras, está fuera de sus preocupaciones, A mi
280 NOTAS DE INFORMACIÓN
humilde juicio, el tiempo y la tinta que ustedes gasten en polémicas sobre
su nombre, serán tiempo y tinta perdidos. Vayan a la realidad sin vaci-
laciones, de prisa. En cuanto a lo demás «guarda e passa.>
A fin de evitar retraso en mi contestación, acabo aqui esta carta y les
presento a ustedes y a sus ilustres amigos, con mis felicitaciones caluro-
sas, la expresión de mi homenaje respetuoso y lleno de afecto.
A. POTTIER.»
REVISTA CANÓNICA
Declaración complementaria del Código sobre enajenación de cosas y bie-
nes eclesiásticos.
Entre los requisitos esenciales que establece el Código para la lícita y
válida enajenación de las cosas y bienes eclesiásticos, encontramos (ca-
non 1.530; p. 3.°) el de la licencia debida del superior legítimo. Y el le-
gítimo superior para las enajenaciones de reliquias insignes o de imágenes
preciosas, o de las demás reliquias e imágenes, que sin ser insignes ni pre-
ciosas, sean tenidas en alguna iglesia en gran veneración por parte del pue-
blo (can. 1.281), es siempre la Santa Sede, como lo es también para los
bienes que excedan del valor de treinta mil liras o francos, y para las cosas
preciosas (can. 1.582), En los demás casos, el legítimo superior es el Or-
dinario del lugar, cuya autoridad tendrá que sujetarse a distintas formali-
dades de trámite, según la cuantía e importancia de los bienes que se quie-
ren enajenar. Porque si el valor de la cosa alienable no excede de mil liras
o francos, basta oír al Consejo de administración y obtener el consenti-
miento de aquellos a quienes el acto interesa, a no ser que de tan escaso
momento sea la cosa, que releve de toda formalidad; pero si el valor se
halla entre los dos límites extremos de mil y treinta mil, entonces además
del consentimiento del Consejo de administración y de aquellos a quienes
la venta o enajenación interesa, se requiere también el consentimiento del
Capítulo catedral.
¿En qué concepto habrán de tenerse, y bajo qué jurisdicción caerán
las alhajas en orden a estos fines y demás dones votivos, con que la piedad
de los fieles suele exornar las imágenes, reliquias, etc., que venera en algu-
na iglesia, capilla pública o santuario?
Difícil era, ateniéndonos sólo al contenido del Código, dar satisfacto-
riamente una respuesta a las preguntas que anteceden. Por lo cual me pa-
rece de suma importancia la resolución aclaratoria y complementaria de
282 REVISTA CANÓNICA
la doctrina del Código, dada sobre este particular por la Sagrada Congre-
gación del Concilio el 12 de Julio de 1919, y aprobada y confirmada por
nuestro Santísimo Padre Benedicto XV en la audiencia habida al día si-
guiente con el Secretario de dicha Congregación.
El caso que dio motivo a la resolución predicha, es el siguiente: Con
el santo fin de ampliar cierta iglesia de su ciudad episcopal, el Obispo N.,
consultado el Consejo de administración diocesana, según la mente del
canon 1.532, permitió la venta de algunos de los dones votivos que enri-
quecían una sagrada imagen de la misma iglesia, de gran veneración por
parte de los fíeles, hasta alcanzar la suma de mil liras, que era la cantidad
que, según su creencia, le permitía la ley. Pero como la referida suma, ni
aun unida con otras oblaciones de los fieles, era suficiente para pagar los
gastos con tal objeto ya hechos, gastos que ascendían a la cantidad de seis
mil liras; y habiéndose hecho inútil, por razones que singularmente expo-
nía el mencionado Obispo a la Congregación, el acudir en demanda de
consentimiento al Consejo de administración y al Capítulo catedral, recu-
rrió a la Santa Sede pidiendo la facultad de poder enajenar las alhajas de
oro, plata y piedras preciosas, que como dones votivos adornaban la vene-
rada imagen referida, hasta poder cubrir los gastos en cuestión ya reali-
zados.
No hay que decir, que atendida la urgente necesidad del caso, la Sa-
grada Congregación otorgó benignamente, con la aprobación de nuestro
Santísimo Padre, al Obispo peticionario la suplicada licencia; pero subsa-
nando a la vez la enajenación y erogación precedentes, y añadiendo ade-
más a la concesión la cláusula, *dummodo supersit congruas numeras
donar iorum ad ornatum sacrae iconis, et adhíbeantur opportunae caute-
lae ne scandalum aui admiratio in populo exoríatun*
Habiéndole sorprendido al Obispo la inesperada subsanación de lo
precedente, y deseando evitar en adelante todo error en semejantes nego-
cios, acudió de nuevo a los eminentísimos Padres, proponiéndoles para su
resolución las siguientes dudas:
I. An donaría votiva in ordine ad alienationem recensenda sint inter
res pretiosas de guibas in can. 1.532, p. /, /z. /.
II. Quinam valor dici possit notabilis in rebus pretiosis Ha ui earum
alienatio sit Ordinariis locorum vetita.
Cierto es que explícitamente nos señala el Código (can. 1.497, p. 2.*)
los caracteres constitutivos de las cosas preciosas, y de otro lado nos de-
REVISTA CANÓNICA 283
termina también, en los párrafos 2.° y 3.* del canon 1.532, la suma de bie-
nes de que los Ordinarios pueden disponer en orden a estos justos fines
de enajenación y erogaciones convenientes. No obstante, imposible nos
hubiera sido dar de antemano solución acertada y categórica a las cuestio-
nes integrales formuladas, por la dificultad de apreciar en sus precisos lí-
mites alguno de sus conceptos.
Son cosas preciosas «las que tienen un valor notable por razón de su
arte e historia, o bien por razón de su materia». ¿Pero hasta dónde ha de
llegar la notabilidad del valor materialmente considerado, aun prescindien-
do aquí de los demás caracteres de estimación afectiva, pues mientras para
algunos autores es valor notable en las cosas preciosas todo lo que tiene
algún precio, no hay para otros tal notabilidad de valor, si éste no alcanza
la suma de treinta mil liras?... Y aunque rechacemos como falsas, por no
apoyarse ni en el más leve fundamento de probabilidad, estas opiniones
de límites extremos, y demos por válida y segura la opinión que asigna al
valor notable la cantidad de mil liras, que es la opinión media más co-
rriente, y la que está más de acuerdo con la línea de separación de valores
establecida por el Código; ¿tienen hoy las cosas y la moneda el mismo va-
lor que antes y aun durante la guerra han tenido, y será igual el aprecio
que de ellas se haga el día de mañana?
A esto, que ya crea una dificultad seria y grave de apreciar material-
mente la cualidad de cosa preciosa, se une el que los dones votivos entra-
ñan además otro elemento cualitativo de estimación, que es más difícil de
medir y determinar todavía. Constituyen, pues, una especialidad que no
debe medirse por las reglas ordinarias de los bienes comunes.
Efectivamente, los dones votivos son algo, si bien de carácter extrínse-
co y accesorio, que aumenta y acrece la estimación de las imágenes y re-
liquias veneradas a quienes se unen, y cuyo acto de enajenación parece
que rechaza la devoción y piedad de los fíeles. Tienen igualmente toda la
apariencia y realidad de un verdadero acto de religión, en virtud del
cual se crea un lazo indisoluble entre los dones votivos y la imagen o re-
liquia que se ofrecen, quedando por este hecho dichos dones, y por la
virtual intención del donante, fuera al parecer de todo comercio humano.
Fundada, sin duda, en tales y otras análogas razones, y teniendo muy
a la vista estos especialísimos aspectos de los dones votivos, siempre se
consideró la Santa Sede en el deber de reservarse las licencias de conce-
sión para la enajenación de los mismos; licencias que hasta el presente ha
284 REVISTA CANÓNICA
venido otorgando por medio de la Sagrada Congregación, no a modo de
facultad, sino en forma de indulto para cada uno de los casos en particu-
lar. Y claro es: no era de presumir que tal observancia hubiera podido
quedar tácitamente abolida por el Código, dadas las razones de bien pú-
blico que la hacen conveniente y aun necesaria.
Por todo lo cual, los Eminentísimos Padres de la Sagrada Congrega-
ción del Concilio, desentendiéndose de contestar directamente a cada una
de las dos dudas propuestas por el Obispo N., juzgaron más propio y acer-
tado aclarar y precisar la principal cuestión en ellas contenida, refundién-
dolas en una sola, que formularon de la manerB siguiente: An donarla vo-
tiva alienári possint absque beneplácito Apostollcae Sedls? La respuesta
es, desde luego, ^Negative»; así, escueta y categóricamente.
No pueden, por consiguiente, enajenarse los dones votivos sin licencia
de la Santa Sede; proposición que viene a completar de un modo termi-
nante las reservas establecidas en el Código sobre este punto interesantí-
simo de los bienes eclesiásticos.
P. Anselmo Moreno
o. s. A.
Comisión Pontificia para la interpretación auténtica de los sagrados
cánones.
Dudas resueltas en sesión plenaria de los Emmos. Cardenales.
Can. 6.—\. Utrum praescripta decreti S. C. C. diei 30 nov. 1910 «De-
corem domus Dei «efe chori disciplina in urbe servanda* I-VIII, adhuc
vigeant.
Resp.: Affirmative.
Can. 10.— 2. Utrum vota religiosa Simplicia perpetua ex parte voven-
tis, emissa ante promulgationem Codicis in Religionibus votorum so-
llemnium, sive virorum sive mulierum, sint moderanda quoad modum di-
missionis religiosorum et quoad effectus dimissionis a iure antiquo vigente
ante Codicem.
Resp.: Affirmative.
Can. 199, § 1 et 874, § /.— 3. Utrum ad normam canonum 199, § 1,
et 874, § 1, Parochi, Vicarii parochorum, aliive sacerdotes ad universita-
REVISTA CANÓNICA 285
tem causarum delegati, possint sacerdotibus sive saecularibus sive religio-
sis delegare iurisdictionem ad confessiones recipiendas, aut saltem iisdem,
iam approbatis, iurisdictionem extendere ultra fines loci vel personarum^
intra quos ad normam can. 878, § 1, fuerit circumscripta; an ad id egeant
speciali facúltate seu mandato Ordinarii loci.
Resp.: Negative ad primam partem, affírmative ad secundam.
Can. 395, § L— 4. An vi canonis 395, § 1, Episcopus teneatur pro
quotidianis distributionibus, tam in Cathedralibus quam in Collegiatis,
tertiam partem fructuum separare, etiam si in dictis ecclesiis distributiones
chórales, quamvis tenues, originem repetant ex privilegio apostólico.
Resp.: Affírmative.
Can, 396, § 2.-5. An optio, de qua in canone 396, § 2, censeatur
prohibita, etiam ubi viget ex speciali indulto apostólico.
Resp.: Affírmative.
Can. 422, § 2.-6. Utrum Canonici iubilati sint exempti a servitio al-
taris pro sua vice praestando, non obstante contraria cbnsuetudine.
Resp.: Affirmative.
Can. 542.-7. Utrum verba qai sectae acatholicae adhae seruni cano-
nis 542 sint intelligenda de iis, qui Dei gratia moti ex haeresi vel schismate,
in quibus nati sunt, ad Ecclesiam pervenerint; an potius de iis qui a fíde
defecerunt et sectae acatholicae adhaeserunt.
Resp.: Negative ad primam partem, affirmative ad secundam.
Can. 567, § 1 et 568, n. 7.-8. Utrum, ad normam canonis 567, § 1,
et canonis 578, n. 1, novitii et professi a votis temporaneis, si morte praeve-
niantur, ad eadem ac professi a votis sollemnibus, aut professi a votis sira-
plicibus perpetuis, suffragia ius habeant, etiamsi aliter ferant constitutiones
antea approbatae a S. Sede.
Resp.: Affirmative et ad mentem.
Mens est: Ordines et Congregationes religiosae possunt congrua ea-
demque suffragia pro ómnibus novitiis, temporanee professis et professis
a votis sollemnibus aut professis a votis simplicibus per^Detuis, praescribe-
re in suis constitutionibus emendandis et pro approbatione exhibendis ad
normam eiusdem S. Congregationis Decretum diei 26 iunii 1918.
Can. 569, § /.— 9. Num verba nisi constitutiones aliad ferant cano-
nis 569, § 1, ad vocem libere referantur, ita ut liceat per constitutiones de-
terminare in quem finem de usu et usufructu a novitiis sit statuendum.
Resp.: Constitutiones ante promulgationem Codicia approbatae servan-
286 REVISTA CANÓNICA
dae sunt sive novitiis adimant ius disponendi de usu et usufructu suorum
bonorum, sive hoc ius limitent, seu praefiniant.
Can. 621 f § 7.— 10. Utrum canon 621, § 1, intelligendus sit tantum de
religiosis mendicantibus strictu sensu dictis; an etiam de illis, qui latiori
sensu tales appellantur, uti sunt Fratres Ordinis Praedicatorum.
Et quatenus affirmative ad primam partem.
An dicti mendicantes indigeant Ordinarü licentia, si velint stipem pe-
tere in dioecesi pro aedifícatione, ornatu, etc., suarum ecclesiarum. '
Resp.: Affirmative ad primam partem, negative ad secundam; quod
vero attinet ad licentiam ab Ordinario obtinendam provisum in cit. can.
621, § 1.
Can. 756 et 98,— 1\, Utrum qui ad preces parentum, contra praescrip-
tum canonis 756, a ritus alieni ministro baptizati sunt, pertineant ad ritum
in quo sunt baptizati, vel ad ritum in quo, iuxta praescriptum canonis 756,
baptizari debuissent.
Resp.: Proutcasus exponitur, negative ad 1™ partem, affirmative ad 2 ™.
Can. 822, § 4.—\2. Utrum facultas celebrandi Missam in domo pri-
vata sit ab Ordinario, ad normam canonis 822, § 4, interpretanda res-
trictive.
Resp.: Affirmative.
Can. 897.— 13. Utrum, ad normam can. 987, impedimentis adnume-
randus sit is, cuius pater vel mater tantum est acatholicus, alter parens ca-
tholicus. Et, quatenus affirmative, an etiam eo in casu, quo matrimonium
mixtum datis cautionibus cum dispensatione in hoc vetito contractum fuit.
Resp.: Affirmative in ómnibus.
Can. 1205, § 2.— lA. An sepultura fídelium, quae locum obtinet in
ecclesia subterránea, censenda sit facta in ecclesia in sensu canonis
1205, § 2.
Resp.: Affirmative, si agatur de ecclesia subterránea, quae sit veré et
proprie ecclesia, divino cultui addicta.
Can. 72/5.— 15. Utrum periculum offensionis, vulgo malumore, ex
parte fidelium et cleri sit, ad normam canonis 1215, gravis causa, quae ex-
cuset a transferendis cadaveribus fídelium e loco in quo reperiuntur, ad
ecclesiam ubi funus persolvatur.
Resp.: Negative, et consuetudinem non transferendi cadavera fídeliumi
antequam tumulentur, e loco in quo reperiuntur in ecclesiam esse repro-
bandam.
REVISTA CANÓNICA 287
Can. 1355, 1356, 144L—\6. An in collatione paroeciarum non rcser-
vatarum possit Episcopus imponere pro una vice tantum moderatam ta-
xam favore Seminarii, etiamsi paroecia de qua, obnoxia sit tributo huic
Instituto solvendo.
Resp.: Recurrendum esse in singulis casibus ad S. Congregationes com-
petentes.
Can. 1990.— n. Utrum Ordinarius, praetermissis iuris sollemnitati-
bus in Constitutione Apostolia Dei miseraiione riquisitis, matrimonium
possit declarare nullum cum interventu tamen defensoris vinculi matrimo-
nialis, quin opus sit secunda sententia, hisce in casibus, nempe:
1) Si dúo catholici, in loco certe antehac obnoxio cap. Tametsi Conc.
Tridentini, vel post Decretum Ne temeré, matrimonium civile tantum inie-
runt, omisso ritu ecclesiastico, et obtento civili divortio, novum in Ecclesia
inire student matrimonium vel novum matrimonium, civiliter initum, in
foro Ecclesiae convalidare.
2) Aut catholica pars, quae cum acatholica, spretis Ecclesiae legibus,
in templo sectae protestanticae (in loco certe antehac obnoxio cap. Tametsi
Conc. Tridentini, et ubi Benedictina declaratio extensa non est, vel post
Decretum Ne temeré) matrimonium contraxit, obtento civili divortio, in
facie Ecclesiae novum matrimonium cum catholico consorte inire vult.
3) Aut apostatae a fíde catholica, qui in apostasia civiliter vel ritu
alieno se iunxerunt, obtento civili divortio, poenitentes ad Ecclesiam rediré
et cum parte catholica alteras nuptias in Ecclesia celebrare desiderant.
Resp.: Casus supra memorati nullum iudicialem processum requirunt
aut interventum defensoris vinculi, sed resolvendi sunt ab Ordinario ipso,
vel a Parocho, consulto Ordinario, in praevia investigatione ad matrimo-
nii celebrationem, de qua in can. 1019 et seqq.
Romae, 10 octobris 1919.
Petrus Card. Gasparri, Praeses
Aloisius Sincero, Secretarias,
bibliografía
Nuevo tratamiento quirúrgico del estrabismo, por el Dr. B. Castresana, jefe
facultativo del Instituto Oftálmico Nacional.— Publicado en El Siglo Médico.
Madrid. Imprenta del Sucesor de Enrique Teodoro, glorieta de Santa María
de la Cabeza, 1. 1919. En 8.** menor, de 95 págs. y 54 grabados.
Con la competencia peculiar en tan celebrado maestro, aborda el doc-
tor Castresana el arduo problema del estrabismo y su curación. Para po-
ner en claro el fundamento científico del procedimiento por él empleado,
hace un breve y profundo examen de los métodos más en boga y patroci-
nados por prestigiosos médicos, propios y extraños; y después de señalar
los defectos e inconvenientes que entrañan, expone con admirable senci-
llez el suyo propio, verdadero invento, comprobándolo con abundantes da-
tos basados en hechos experimentales. El Dr. Castresana no se satisface con
criticar y poner de relieve las deficiencias de los métodos más usuales para
curar el estrabismo; esa obra, sin duda laudable, sería sólo de demolición,
sino que su labor es constructiva, puesto que señala su procedimiento como
el más racional y científico para reemplazar a los seguidos hasta el pre-
sente. ¿En qué consiste ese método?
«El doble avanzamiento muscular sencillo indirecto— tszúht el ilustre
Dr. Castresana— o con resección de cierta cantidad de músculo, siempre
asociado a la sutura romboidal y combinado con la debilitación de los
músculos antagonistas cuando la desviación estrábica es pronunciada,
me parece el tratamiento ideal del estrabismo en la actualidad. Las desvia-
ciones estrábicas de poca intensidad se corrigen con el doble avanza-
miento sencillo indirecto, pequeña resección tendenciosa y la sutura rom-
boidal. En los grados fuertes de estrabismo es preciso añadir, además, la
resección muscular en mayor o menor ¡extensión, y la debilitación de los
músculos antagonistas. Con este tratamiento quirúrgico, la corrección es-
tética conseguida desde el primer momento persiste, y mejora en el por-
venir al restablecerse el equilibrio muscular, lo que no ocurre generalmen-
te con otros procedimientos...» Pág. 94.
BIBLIOGRAFÍA 289
Este procedimiento quirúrgico para corregir el estrabismo es nuevo e
invención del Dr. Castresana; porque como él mismo consigna: «... si a un
procedimiento operatorio se le modifica en su principio fundamental, y
además se le añade un acto quirúrgico, que viene a complementarle y co-
rregir las deficiencias que tiene, creo nos podemos considerar autorizados
para calificarle de nuevo.» Pág. 31.
La presente obrita, producto de paciente y sabia observación, constitu-
ye una gloria para el Dr. Castresana, y está llamada a destruir muchos pre-
juicios, a corregir errores y métodos y a producir incalculables bienes a la
salud pública. Seguramente que los especialistas I2 habrán recibido como
orientación segura de sus estudios y procedimientos, tributándole mereci-
do aplauso, al que añadimos también, aunque sin autoridad, el nuestro,—
P. L. Conde,
Miguel Sastre y Sanna.— Rasgos fisonómicos del problema social. Conferen-
cias dadas, la primera el día í.° de Mayo de 1919, en el Fomento del Traba-
jo Nacional, y la segunda el 26 de Octubre del mismo año, en la Casa Social
Católica de Barcelona. Edición completamente gratuita, costeada por la
Casa Social Católica. Barcelona, Librería Ribo. Imprenta, calle de PeJayo,
número 46. 1919. En 8.° menor, de 93 páginas.
Estas Conferencias vienen a ser un examen sintético del problema so-
cial, señalando las responsabilidades que en el actual conflicto entre patro-
nos y obreros tienen unos y otros, y estableciendo la única solución racio-
nal, que consiste en la aplicación a la vida de cada uno, y a sus mutuas re-
laciones, de las doctrinas del Catolicismo, tal como las exponen los Roma-
nos Pontífices.
El Sr. Sastre, sociólogo competentísimo, ha practicado ese examen con
la fría serenidad del cirujano avezado a las más dolorosas y cruentas ope-
raciones, con toda la entereza del ejecutor del castigo en nombre de la jus-
ticia, sin respetar los clamores y lágrimas de la víctima, poniendo al descu-
bierto las llagas purulentas de patronos y obreros, los abusos cometidos,
las injusticias manifiestas, las lacras del mercantilismo sin entrañas. El cua-
dro resultaría repugnante si al lado del mal no pusiera el remedio su-
blime del Catolicismo social, a cuya labor santa, bienhechora, dedica un
himno de arrebatadora elocuencia.
Parece, sin embargo, que el Sr. Sastre se complace en descubrir y pu-
blicar las faltas de los patronos, quizá porque éstas son más influyentes, o
bien porque a ellos les alcanza mayor responsabilidad en la crisis social
que padecemos; pero permítanos el Sr. Sastre que le digamos sinceramen-
te nuestro parecer. No creemos prudente difundir esa media docena de
malos y feos ejemplos de patronos materialistas, que nada añaden a la tesis
19
290 BIBLIOGRAFÍA
doctrinal, porque si cae su libro en manos del obrero se quedará con esos
hechos y los citará como argumentos aplastantes, sin aprovecharse de la
muy sólida doctrina que se halla en la Conferencia. Bueno es decir todo
a los patronos y darles a conocer sus pecados para lograr su enmienda,
pero lanzarlos al público... es avivar la lucha, o lanzar combustible a la
hoguera. No es procedimiento para apagar las llamas del odio de clases.
Por lo demás, esta obrita es un encanto por la solidez de la doctrina, la
seguridad de las orientaciones sociales y el entusiasmo con que deñende
las soluciones católicas del gran problema social.— P. L. Conde.
Instituciones de Derecho canónico de conformidad con el nuevo Código, por
el R. P. Felipe Maroto, C. M. F.— Tomo II, traducido por el R. P. Jesús Ló-
pez Alijalde, de la misma Congregación.— Madrid. Editorial del Corazón
de María. 1919.
Presentado en la forma que el tomo primero, del que dimos ya cuenta
en esta Revista (vol. CXVI, núm. 1.096), hemos recibido el segundo tomo
de las Instituciones del Derecho canónico que está publicando el R. P. Ma-
roto, confirmando las esperanzas que nos hizo concebir la publicación del
primero.
Continúa en este segundo volumen la exposición del Código, hacien-
do muy atinados comentarios sobre todo lo referente a las personas e
iniciando el tratado de los Clérigos y el de la constitución de la jerarquía
eclesiástica. Abarca lo contenido en el Código desde el canon 87 al 214,
haciendo un minucioso estudio de la naturaleza, división y actos de las
personas, tanto físicas como morales y del orden de precedencia que entre
ellas señala el Derecho respecto de las funciones sagradas.
Sigue rigurosamente el plan del Código y llama la atención sobre la
necesidad de adscribirse los clérigos a iglesias determinadas. Expone con
minuciosidad los derechos y privilegios, así como las obligaciones de los
clérigos, y hace un detenido estudio de los Oficios y de cuanto tiene rela-
ción con la jurisdicción eclesiástica, terminando el volumen con el títu-
lo VI del segundo libro del Código: De la reducción de los clérigos al
estado laical.
Repetimos el juicio que emitimos al dar a conocer el primer volumen
de esta obra, y es que cuando en tiempos futuros se hable de la Bibliogra-
fía Canónica, merecerá consignarse la del P. Maroto entre las obras ma-
gistrales publicadas a raíz de la promulgación del nuevo Código.— P. V. A.
BIBLIOGRAFÍA 291
Esto fidelis. A los religiosos jóvenes, por el P. José Delbrel, S. J.— Versión
de la 4.^ edición francesa, por el P. A. Pérez Díaz, S. J.— Un vol., de 146
páginas, en 8.°— Madrid, Bruno del Amo, editor, Toledo, 72. 1920.
Los temas desarrollados en esta obrita se dirigen todos al ñn laudabi-
lísimo de mantener en religiosos y religiosas la fidelidad a su vocación. Es
un estudio expositivo de las razones que hay en la perseverancia y de las
dificultades que pueden ocurrir en el camino de la vida religiosa y que el
autor analiza resolviéndolas en edificación de las almas. La nota mejor
para distinguir la importancia de los libros de esta clase es el nombre del
autor, y al P. Delbrel se le conoce ya como buen tratadista en materia de
vocación religiosa, y además, el valor de la presente obrita se demuestra
por el hecho de haber alcanzado en poco tiempo cuatro ediciones en su
lengua original.— 5. A.
La Argonáutica. Poema épico de Apolonio Rodio, traducido del original grie-
go en verso castellano, por Ipandro Acalco.— Tomo I.— Madrid. 1919.
El poema La Argonáutica, tan célebre en la literatura antigua, es una
narración detallada, minuciosa, de la expedición de los argonautas a la Cól-
quida con el fin de conquistar el vellocino de oro. Fué Jasón el jefe de la
expedición, acompañado del médico Esculapio, del poeta Orfeo y de Cas-
tor y Polux, e intentaban apoderarse de las muchas riquezas acumuladas
en aquella tierra memorable por el rey Qeta.
Apolonio de Rodas fué el cantor de tan memorable expedición, y tan
hábilmente narró las aventuras de los argonautas, que excitó la envidia de
su maestro Calimaco, determinando su destierro hasta la muerte de éste.
Carecíamos nosotros de una traducción métrica española; pero hoy
vemos con satisfacción que ha realizado los deseos de Valera y Menéndez
Pelayo, manifestados hace treinta y siete años, el árcade Ipandro Acalco,
limo. Sr. D. Ignacio Montes de Oca, Obispo de San Luis de Potosí.
Bien conocido es de los españoles Ipandro Acaico, por el mucho tiem-
po que ha vivido entre nosotros y por sus valiosos trabajos literarios, y
pocos estaban en condiciones de hacer una versión de este género como
lo está el culto e ilustrado académico de la Lengua.
Muchas veces he escrito en esta Revista el juicio que me merecían sus
versiones, y ojalá no sea esta la última vez que salga su nombre en ella.
Publica hoy el primer tomo de los argonautas y ofrece para época pró-
xima el segundo. Corta con esto 3us trabajos y vuelve a su querida patria,
de donde hace años le arrancó la revolución mejicana, que parece suspen-
292 ' BIBLIOGRAFÍA
de ahora su tarea de persecución. Durante su prolongada estancia entre
nosotros ha matado santamente sus ocios con esta obra y otras de que he-
mos hablado aquí, y por todas le guardará reconocimiento la literatura
clásica. El trabajo de ahora es de más importancia y las dificultades venci-
das, dada la índole de la expedición, han sido muchas. Competentísimo
y versadísimo en estos estudios y aumentando de día en día el caudal de
conocimientos, cierra por ahora con broche de oro sus versiones griegas,
a las que se dedicó desde la juventud hasta la avanzada edad que ahora
tiene.— -fí. Hompanera,
Apuntes sociales y agrarios de un propagandista aragonés, por José María
Azara, de la Asociación Católica Nacional de Propagandistas; agricultor,
Licenciado en Ciencias y presidente del Sindicato Central de Aragón de Aso-
ciaciones Agrícolas Católicas, con un prólogo de D. Mariano Baselga y Ra-
mírez, Doctor en Letras y en Leyes, Director del Banco de Crédito de Zara-
goza.—Un grueso volumen en 4.° menor, de 400 págs. Tip. Heraldo, Coso,
100.— Zaragoza, 1919.
La presente obra es una magnífica colección de trabajos de propagan-
da social, predominantemente agraria, realizada por su ilustre autor en es-
tos últimos cuatro años.
Discursos pronunciados en asambleas y mítines, artículos de actualidad
en la Prensa, informes técnicos, ponencias. Memorias, toda la ingente labor
de este esforzado paladín de la acción católica social, puede admirarse en
este grueso y bien presentado volumen.
No sólo para la historia del movimiento social contemporáneo, sino
para la hora presente ofrece el Sr. Azara numerosas y elocuentes enseñan-
zas, adquiridas con su activa intervención en la vida de las sociedades ca-
tólico-agrarias y en las inevitables luchas sostenidas contra los enemigos
de la actuación cristiana.
Además de los métodos de organización, instruye y da armas para ven-
cer en las contiendas de los católicos con los falseadores del problema
social.
Recomendamos el libro a todos los amantes del orden social cris-
tiano.—G. G,
CRÓNICA GENERAL
Madrid-Escorial, 15 de Febrero de 1920.
ROMA
Además de las canonizaciones de la Beata Margarita María de Alaco-
que, de la Beata Juana de Arco y del Beato Gabriel de la Dolorosa, se
anuncian para este año cuatro o cinco beatificaciones más; es, a saber: las
de la Venerable Luisa de Marillac, cofundadora de las Hijas de la Caridad;
Venerable Ana María de Taigi y Venerable Plünket, mártir de la Reforma
en Irlanda. Es probable que se verifique también la del Venerable mártir
de Uganda. La congregación general que se ocupará de su causa se cele-
brará el 10 del actual.
—En un periódico de París se dice, saliendo al paso de los que esperan
que el Vaticano envíe un prelado a Francia para arreglar la reanudación
de relaciones, que lo primero que corresponde hacer a Francia es enviar
a Roma un embajador, que luego el Nuncio apostólico irá a París, y que
corresponde a Francia empezar, pues ella fué la que rompió sus relacio-
nes oficiales con el Vaticano.
Añade que tienen seguridad que en el Parlamento hay una mayoría ne-
cesaria para votar estos acuerdos, puesto que las últimas elecciones han
probado que el país quiere la pacificación religiosa.
— L'Osservaiore Romano publicó hace algunos días un telegrama de
Mergentheim, en el cual¡numerosos oficiales alemanes, prisioneros de los
ingleses, habiendo obtenido su liberación, dan las más expresivas gracias
al Nuncio Apostólico de Baviera, y le suplican transmita al Augusto Pon-
tífice la sincera gratitud de ellos para tantas pruebas de caridad pontificia
en favor de los prisioneros alemanes.
En otro telegrama de Budapest se da cuenta de que ha sido abierta
nuevamente la Universidad teológica de la capital húngara, que la revolu-
ción comunista de Junio de 1919, olvidando su pasado glorioso y la in-
294 CRÓNICA GENERAL
fluencia que ejercía en el pueblo húngaro, trató de suprimir por un krani-
ukase.
En cuanto se han podido reunir las ilustres personalidades del claus-
tro, han dirigido al Pontífice un telegrama de adhesión a la Cátedra Supre-
ma, para con la bendición apostólica seguir las gloriosas tradiciones uni-
versitarias que comienzan en 1635, en que el cardenal Pazmany fundó
aquella Universidad.
En otro telegrama, también de lugar preferente del diario oficioso de
la Santa Sede, se dice que el clero católico de Inglaterra e Irlanda ha em-
prendido una saludable campaña en contra de las modas femeninas, con-
trarias a la modestia.
El Primado de Irlanda, cardenal Logue, ha publicado una pastoral a
las mujeres irlandesas, exhortándolas a la formación de una liga para com-
batir las modas femeninas, contrarias a la educación cristiana.
A su vez, el arzobispo de Dublín, no sólo condena las nuevas modas,
sino también los nuevos bailes, y reprueba la celebración de bailes en las
salas públicas y Clubs, que es donde tienen más difusión las danzas mo-
dernistas.
— El Santo Oficio romano ha publicado el decreto contra el movimiento
reformista del clero checo.
Promulgado ya, el periódico oficial del Vaticano lo inserta, y de su tra-
ducción italiana, traducimos a nuestra vez lo siguiente:
«Habiendo llegado noticias a la Santa Sede de que algunos sacerdotes
del clero bohemio, a cuyas instigaciones se han formulado precedentemen-
te reclamaciones a la Santa Sede, en estos últimos días se han reunido ile-
gítimamente y con tentativa cismática, han proclamado su separación de
la Iglesia romana, madre y maestra de las demás iglesias, y centro de la
unidad, constituyéndose en la que han llamado iglesia nacional.
Esta Suprema Sacra Congregación del Santo Oficio, a la cual incumbe
la obligación de la tutela de la fe y de las costumbres, detestando profun-
damente tan grave delito, se cree en el deber de reprobar sin indulgencia
alguna, condenar y excomulgar a la predicha iglesia, como lo hace con el
presente decreto, en nombre y con la autoridad del Papa Benedicto XV,
la reprueba, condena y excomulga; declarando, al mismo tiempo, que los
predichos sacerdotes, de cualquier grado, condición y dignidad a que per-
tenezcan, ya de hecho, según la prescripción del canon 2.314, están incur-
sos en la excomunión reservada en modo especial a la Sede Apostólica; y
que si ellos. Dios no lo quiera, permanecen en esta contumacia, deberán
ser objeto, lo más presto, de todas las demás penas e inhabilitaciones esta-
blecidas por los Sagrados Cánones.
CRÓNICA GENERAL 295
Procuren los obispos de Bohemia, según sus atribuciones, de poner
inmediatamente el presente decreto en conocimiento de sus fieles y sus
afiliados, y disuadirlos de todas las maneras, de que no presten adhesión
a la facción cismática, a fin de que esos mismos fieles no incurran en la
misma condena.»
Este decreto lleva la fecha del 15 de Enero, y el canon 2.314 que se
cita, establece precisamente, que los heresiarcas y cismáticos son objeto de
la excomunión reservada en modo especial a la Santa Sede.
— El día 1 1 de Febrero falleció en Roma el cardenal Rinaldini, arzobis-
po titular de Heraclea y antiguo representante de Su Santidad en España.
Había nacido en Montefalco (Italia) el 5 de Febrero de 1844, y fué creado
cardenal por Su Santidad Pío X en Abril de 1907, después de una gestión
acertadísima como Nuncio Apostólico en Madrid desde el año 1899.
Circunstancias muy difíciles acompañaron a su misión diplomática en
España por virtud de las campañas del anticlericalismo que tenía sus ser-
vidores en el mundo oficial, pero en todas ellas supo conducirse con ex-
trema prudencia y habilidad el representante del Papa, venciendo las difi-
cultades con honor para la Iglesia y granjeándose la estimación y universal
simpatía de los españoles. Descanse en paz el venerable purpurado.
EXTRANJERO
Tan sueltos quedaron los cabos del arreglo en la Conferencia de París,
que las reuniones de los directores del mundo siguen con mucha frecuen-
cia y casi siempre con los mismos problemas en pie. Por estos días se han
reunido en Londres los jefes de los Gobiernos aliados para ver de dar so-
lución definitiva al asunto del Adriático y convenir la política que ha de
emplearse con Rusia, donde los bolcheviques mandan, después de haber
derrotado y deshecho las fuerzas de Yudeniht, Denikin y Koltchak, que
por diferentes puntos de la periferia rusa combatían al Gobierno de los
Soviets y eran una esperanza de los aliados. También trataron del proble-
ma de Turquía, en el que son muy diferentes las miras entre los aliados y
que se resolverá al presentar el Tratado de paz al Gobierno turco que se
anuncia para muy en breve. Por de pronto, las noticias últimas sobre los
resultados del Consejo de Londres constan en el siguiente comunicado
del 14 de este mes:
«Hoy ha quedado arreglada definitivamente la cuestión de la soberanía
sobre Constantinopla, acordándose mantener la del Sultán. Se tiene por
muy probable que el Consejo Supremo no abordará, por ahora, la cues-
tión de Rusia.
296 CRÓNICA GENERAL
La contestación de los aliados a Holanda respecto de la entrega del Kai-
ser ha sido enviada ya al Gobierno de Amsterdam y se hará pública muy
en breve.
Ha quedado para Ulterior estudio la cuestión de si ha de ser Londres o
París el punto de residencia del Consejo Supremo.
Al regresar M. Millerand de la reunión celebrada hoy por el Consejo
Supremo ha recibido a los periodistas, dándoles algunos datos precisos
acerca de lo tratado en ella.
«Hemos llegado a un acuerdo— dijo— respecto de los principios gene-
rales del Tratado de Paz con Turquía y sobre el mantenimiento de la so-
beranía del Sultán en Constantinopla.
También hemos acordado que se mantengan las garantías de los alia-
dos especialmente en lo tocante a la libertad de los estrechos del Bosforo
y de los Dardanelos. El Sultán no tendrá ejército.>
La residencia del Consejo Supremo se halla, por ahora, en Londres, y
seguirán sus deliberaciones a pesar de la ausencia de M. Millerand.
Por el lado italiano también parece que reina satisfacción, pues el asun-
to del Adriático va por buen camino.
El señor Nitti ha insistido sobre el punto de que Italia ha llegado, en
lo tocante a concesiones, al extremo posible. Queda por decidir si se ha
de aplicar lo estipulado en el compromiso de París o en el Tratado de Paz.
Italia no tiene prisa, al parecer, por cuanto posee ya en las zona? litigiosas
un territorio más extenso aún del que le concede el pacto de Londres. >
*
* *
Los culpables de la guerra. —St acentuó en las últimas semanas la ilu-
minación siniestra de la charca de odiosos rencores en que se agita el es-
píritu de los aliados. Lo mostraron primeramente en el Tratado de Paz,
hecho a semejanza de sus progenitores, con ausencia total del nombre de
Dios, y han seguido manifestándolo hasta en los últimos detalles, sin que
les arredrara el apoyarse unos én otros, para predicar justicia, los que unos
a otros se han atribuido recíprocamente las mayores injusticias de los ana-
les humanos. Al fin parece que vacilan en sus intenciones de extremada
venganza, pero consignaremos lo que hasta ahora se ha intentado, lo mis-
mo respecto de la extradición del Kaiser que de la entrega de muchos per-
sonajes de Alemania, sin excluir a las más salientes figuras de la guerra.
La nota de los aliados a Holanda pidiendo la extradición del Kaiser de-
cía así:
«Al comunicar al Gobierno de Su Majestad la Reina de Holanda que el
CRÓNICA GENERAL 297
tratado de paz con Alemania entró en vigor el día 10 del actual, las poten-
cias aliadas tienen el honor de notificarle, al mismo tiempo, que han deci-
dido poner en ejecución, sin conceder plazo alguno, las disposiciones del
artículo 227, que se adjunta en copia certificada; y, en su consecuencia, las
potencias aliadas se dirigen al Gobierno de los Países Bajos, pidiéndoles
oficialmente la entrega de Guillermo de Hohenzollern, ex Emperador de
Alemania, con el fin de que sea sometido a juicio.
Las personas que residan en Alemania y hayan sido declaradas culpa-
bles por las potencias aliadas y asociadas, deberán ser también entregadas
en virtud del artículo 228 del Tratado, y si el ex Emperador hubiera per-
manecido en Alemania, hubiese tenido que ser entregado en las mismas
condiciones por el Gobierno alemán.
El Gobierno alemán está ya al corriente de las imprescriptibles razo-
nes que imperiosamente lo exigen, pues por las violencias premeditadas
de los tratados internacionales, así como por el sistemático desprecio de
las reglas más sagradas del Derecho de gentes, es necesario que todos los
culpables, incluidas las personalidades más elevadas, se sometan a la san-
ción especial prevista por el Congreso de la Paz.
Las potencias recuerdan el cínico crimen de la violación de la neutrali-
dad de Bélgica y Luxemburgo; el bárbaro e incalificable sistema de rehe-
nes; las deportaciones en masa, arrebatando a sus familias multitud de mu-
chachas de Lille y entregándolas sin defensa al peligro de la promiscui-
dad; la devastación sistemática de territorios enteros sin ninguna utilidad
militar; la guerra submarina sin restricción, abandonando inhumanamen-
te a las víctimas en pleno mar; los innumerables actos realizados contra los
no combatientes, menospreciando las leyes de la guerra, etc.
De todos estos actos, la responsabilidad, cuando menos moral, es del
jefe supremo que los ordenó y que abusó de sus poderes, no refrenando e
impidiendo esos atentados contra la conciencia humana.
Las potencias aliadas no pueden menos de creer que el Gobierno de los
Países Bajos ha de comprender estas grandes responsabilidades del ex
Emperador. Holanda no cumpliría sus deberes internacionales si se negase
a unirse a las otras naciones en la medida de sus medios para perseguir
o por lo menos no dificultar el castigo de los crímenes cometidos.
AI dirigir esta demanda al Gobierno holandés, las potencias creen su
deber hacer resaltar el carácter especial de ella, y creen también necesario
asegurar la ejecución del artículo 227, sin que se dejen convencer por ar-
gumentos, porque no se trata precisamente de la acusación que es necesa-
rio realizar, sino de un acto de alta política internacional, impuesto por la
conciencia universal, y en la cual las formas del Derecho fueron previstas
298 CRÓNICA GENERAL
Únicamente para asegurar la acusación, reuniendo garantías tales como ja-
más haya conocido el Derecho público.
Las potencias tienen la convicción de que Holanda, que ha testimonia-
do su respeto al Derecho y su amor a la Justicia, siendo una de las prime-
ras en pedir su puesto en la Sociedad de las Naciones, no querrá cubrir
con su autoridad moral la violación de los principios esenciales de la soli-
daridad de los pueblos, interesados todos en impedir la repetición de se-
mejante catástrofe.
El pueblo holandés está grandemente interesado en que no parezca que
protege al principal autor, poniéndole al abrigo de su territorio, y debe
facilitarle que sea juzgado tal y como lo reclaman millones de víctimas.»
La contestación del Gobierno holandés fué inmediata y tan digna como
se verá por la siguiente nota a los aliados:
«En la nota verbal fecha 15 de Enero, entregada al enviado de Su Ma-
jestad la Reina, en París, las potencias aliadas, refiriéndose al artículo 228
del Tratado de Versalles, se pide al Gobierno de los Países Bajos entregue
en sus manos a Guillermo Hohenzollern, ex Emperador de Alemania, con
el objeto de que éste sea juzgado.
En apoyo de dicha demanda, las potencias hacen notar que si el ex
Kaiser hubiese permanecido en Alemania, el Gobierno alemán hubiese
sido obligado, con arreglo al artículo 228 del Tratado de Versalles, a en-
tregarlo.
Al recordar las potencias y presentarlos como premeditada violación
de los Tratados internacionales, y como sistemático desconocimiento de
las más sagradas reglas del Derecho de gentes, varios actos cometidos en
la guerra por las autoridades alemanas, hacen remontar la responsabilidad,
cuando menos moral, de los mismos al ex Emperador.
Las potencias formulan la opinión de que Holanda no cumpliría con su
deber internacional si se negase a unirse con ellas en toda medida de sus
medios para procurar, o cuando menos no entorpecer, el castigo de los
crímenes perpetrados.
Las potencias hacen resaltar el especial carácter de su demanda, que
tiende, no a una acusación jurídica, pero sí a un acto de alta política inter-
nacional, y llaman al respeto al Derecho y del amor a la Justicia de Holan-
da, para que ésta no ampare con su autoridad moral la violación por Ale-
mania de los esenciales principios de solidaridad de las naciones.
El Gobierno de la Reina tiene el honor de advertir, en primer lugar,
que las obligaciones que hubiesen podido resultar para Alemania del ar-
tículo 228 del Tratado de Versalles, no tienen valor para determinar el de-
ber de los Países Bajos, que no forman parte de dicho Tratado.
CRÓNICA GENERAL 299
El Gobierno de la Reina, movido por su parte por razones imprescrip-
tibles, no puede considerar la cuestión planteada por la demanda de las
potencias, sino desde el punto de vista de sus propios deberes.
El Gobierno de la Reina ha sido ajeno a los orígenes de la guerra, y
no sin dificultades ha mantenido su neutralidad hasta terminar ésta.
Hállase, pues, con respecto a los actos de guerra, en una posición dis-
tinta de las potencias.
El Gobierno de la Reina rechaza enérgicamente toda sospecha de que
pretenda amparar con su derecho soberano y sit autoridad moral la viola-
ción de los principios esenciales de solidaridad de las naciones; pero no
puede reconocer como deber internacional suyo el asociarse al acto de alta
política internacional de las potencias. Si llegara a crearse por la Sociedad
de Naciones una jurisdicción internacional competente para juzgar, en caso
de guerra, hechos calificados de crímenes y sometidos a sanción coercitiva
por un estatuto anterior a la comisión de los mismos, pertenecería enton-
ces a los Países Bajos asociarse a ese nuevo régimen.
El Gobierno de la Reina no puede, en el presente caso, admitir ningún
deber más que el que le imponen las leyes del reino y la tradición na-
cional.
Pues bien: ni las leyes constituyentes del reino, que están basadas en
principios de derechos universalmente reconocidos, ni las respetables jtra-
diciones seculares que en todo tiempo hicieron de este país tierra de refu-
gio para los vencidos en los conflictos internacionales, permiten al Gobier-
no de los Países Bajos deferir al deseo de las potencias, retirando al ex
Kaiser el beneficio de esas leyes y de esa tradición. A ello se oponen el de-
recho y el honor nacionales, cuyo respeto es un sagrado deber.
El pueblo, inspirado en sentimientos a los cuales durante toda su histo-
ria hizo justicia el mundo, no puede traicionar la fe de quienes confiaron
en sus libres instituciones.
El Gobierno de la Reina se complace en creer que las potencias reco-
nocerán el fundamento de esas consideraciones que están colocadas enci-
ma de toda apreciación personal, y que le parecen tan perentorias que no
pueden razonablemente dar motivos a apariencias erróneas.»
Esta nota, reflejo de la actitud firme y resuelta de Holanda, ha dejado
perplejos a los directores de la Entente. Hasta tal punto es esto verdad,
que entre las cuestiones a tratar en la nueva conferencia de Londres, se
encuentra ésta en primer lugar, no habiendo aún logrado ponerse de
acuerdo sobre los medios que han de emplear para lograr el fin perse-
guido.
También enviaron a Alemania la lista de los culpables para que les
300 CRÓNICA GENERAL
fueran entregados. Es un documento de 190 páginas, que consta de 896
culpables, con sus nombres, apellidos y el país en que se hallan. Cada uno
de éstos tiene un número en la lista, y están clasificados según sus grados,
empleos y funciones.
Aunque, según confesión propia, los aliados estuvieron de perfecto
acuerdo en la presentación de la lista, cada aliado preparó la suya particu-
lar, que no tiene nada que ver con las otras.
En primer lugar figuran en la lista los nombres de 112 personas recla-
madas por Inglaterra.
La Oran Bretaña subdivide a estas personas según la clase de los crí-
mes que se les atribuyen, figurando en primer término los referentes a la
guerra submarina; después, los acusados de bombardeo en ciudades
abiertas; luego, los que colocaron minas submarinas; siguen a éstos los
que atacaron los convoyes en alta mar; después, los responsables de ata-
ques aéreos, los relacionados con el asunto del capitán Fryatt y de miss
Cavell, y, por último, los que dieron malos tratos a los prisioneros en el
frente occidental, en Rusia, en África y en Turquía, y los responsables de
las carnicerías realizadas con los aviones.
A continuación figura la lista de Francia. Esta nación reclama 334 cul-
pables.
Entre los responsables más significados están los nombres del Kron-
prinz, de los Príncipes Eitel, Federico y Osear, el Príncipe heredero de
Baviera y del duque de Wurtenberg.
Italia, a su vez, reclama 29 culpables, y Bélgica, 319, entre los que figu-
ran el canciller Bethmann-Hollweg, por haber inclinado la voluntad del
Kaiser a violar la neutralidad belga.
Polonia reclama 41 culpables, y Servia, cuatro.
La indignación que la lista despertó en el pueblo alemán fué indescrip-
tible. Desde von Lesner, renunciando a las funciones de jefe de la Delega-
ción alemana en París, por no verse en la precisión de entregar dicha lista
a su Oobierno, y el ministro de la Ouerra, que declaró no haría nada para
facilitar «el cumplimiento de las exigencias de la Entente, en lo que se re-
fiere a la entrega de los culpables de la guerra», hasta el último alemán,
todos se mostraron dispuestos a oponerse a un acto, además de injusto,
incompatible con su honor. Para sostener esta actitud patriótica, la Unión
de Antiguos soldados ha realizado una intensa propaganda en todo el Im-
perio por medio de los periódicos y de mítines, o de proclamas, escritas
todas ellas por el tenor de la siguiente:
«Nosotros, oficiales alemanes, cubriremos con nuestros cuerpos a las
víctimas de las amenazas enemigas. Estamos decididos a afrontar todas las
CRÓNICA GENERAL 301
consecuencias de nuestra voluntad. Pedimos la misma y firme resolución
a todo el pueblo alemán. Hombres, mujeres y niños deben comprender
ahora que se trata de algo más que de la vida de cada uno: se trata de la
existencia de la nación.»
Por su parte, el Gobierno alemán, en el Memorándum dirigido a los
aliados, se declaró impotente para realizar la entrega, porque en todas par-
tes encontraría la mayor resistencia, no hallando, además, funcionarios
que detuviesen y entregasen a sus compatriotas. Lo único que lograría el
Gobierno dando la orden de detención, sería provocar una ola de indig-
nación, viéndose, no sólo frente a la nación y al Parlamento, sino frente a
las tropas de la defensa nacional, creando una situación sumamente difícil.
Esta unánime resistencia ha producido sus efectos entre los aliados.
Inglaterra, siempre previsora, acepta ya la posibilidad de las negociaciones
para una modificación esencial de los artículos 228 y 230 del Tratado, y
Francia no tiene más remedio que conformarse con lo hecho en Londres,
aunque no sin protestas, exteriorizadas en la Prensa.
Opiniones de mayor excepción para nosotros son las que insertamos a
continuación:
*L'Osservatore Romano publicó el día 7 bajo el título de «Los Res-
ponsables» un artículo, cuyos son estos párrafos:
«¿Cuál de los jueces podría juzgar serena e imparcialmente? ¿Cuál de
los beligerantes puede afirmar de buena fe que sus ejércitos no han come-
tido delitos que exceden lo que la guerra puede justificar?
¿Qué ejército en campaña, desde que el mundo es mundo, no ha co-
metido los excesos más reprobables, empezando por aquel Napoleón I
que hizo matar a sus mismos soldados, enfermos en los hospitales de Pa-
lestina, para que no los mataran los turcos?...
Un senador americano, dicen los periódicos, rehusaba dar su voto al
Tratado porque en éste no se nombra a Dios. Este hecho escandaloso, de
que en un documento tan solemne no se reconozca que hay un Juez Su-
premo, que juzga a los hombres y a las naciones— fruto del masonismo y
del laicismo de los Estados europeos, regidos por la masonería y el socia-
lismo— , es muy significativo; pero no impide a las muchedumbres adver-
tir que los responsables de la guerra podrán eludir la justicia humana, no
la divina, que ha de alcanzarles doquiera se refugien.»
Respecto de la actitud de Alemania en lo referente a la entrega de los
llamados culpables, el ministro de la Guerra, M. Noske, ha declarado al
corresponsal del Daily Mail lo siguiente:
<No haré nada para facilitar el cumplimiento de las exigencias de la
Entente, en lo que se refiere a la entrega de los culpables de la guerra, no
302 CRÓNICA GENERAL
porque no tenga interés en que se cumplan todas las cláusulas del Tratado,
sino porque no se encontrará en toda Alemania un solo hombre capaz de
realizar esa entrega, teniendo además en cuenta que las mismas tropas se
negarían a prestar su auxilio para un tal acto.
Si el Gobierno se viera obligado a retirarse, dudo que pueda formarse
otro, y sería de efímera duración, que consienta en ejecutar la entrega.
De todos modos, tengo el convencimiento de que sólo la amenaza de
cumplir esa entrega desencadenaría la guerra civil.
Ni este Gobierno ni otro que le suceda se prestará a la entrega que se
quiere exigir de Alemania.»
En la reunión de hoy del Reichstag, el ministro prusiano del Interior,
Heine, ha leído la siguiente declaración, que la Asamblea escuchó en pie:
«El Reichstag, en su calidad de representante constitucional del país,
se une a la opinión expuesta por el Gobierno del Imperio, respecto a la
entrega de subditos alemanes a la Entente.
El Reichstag no intenta sustraerse a una encuesta regular de actos cri-
minales, ni se opone a la comparecencia de sus autores ante la justicia ale-
mana; pero participa de la opinión de todo el pueblo alemán de oponerse
a entregar a la Entente algún subdito alemán.
El Reichstag está convencido de que la opinión de todo el país está en
este asunto detrás del Gobierno.
En cuanto al Gobierno del Imperio, declara que la demanda de la En-
tente es inejecutable.
Contra una humillación así infligida al pueblo alemán, el Reichstag
hace un llamamiento al sentido de justicia del mundo entero.»
El ministro alemán Heine hizo las siguientes declaraciones ante el co-
rresponsal del Vossische Zeitung:
«Firmamos el Tratado de paz bajo la amenaza de la Entente, protes-
tando de las cláusulas que atacaban nuestro honor y nuestra dignidad. Si
no hubiéramos firmado, Francia hubiese aprovechado la ocasión para
invadir el resto de las cuencas industriales de Occidente, por lo menos.
Tratamos por todos los medios de convencer a los aliados de que se
nos exigía algo que ningún Gobierno podía cumplir, por muy grande que
fuese su voluntad.»
Un telegrama de Berlín, del 6 de Febrero, decía: «Alemania enviará,
probablemente, una nueva Nota a París; es posible que esta Nota vaya
acompañada de un documento que contenga la relación de todos los actos
de barbarie que se dice cometidos por los aliados, tanto en Europa como
en las colonias alemanas durante la guerra. El Ministerio del Interior tra-
baja actualmente en la elaboración de este documento.»
CRÓNICA GENERAL 303
Otro telegrama decía:
«En los centros políticos alemanes se manifiesta una gran inquietud por
la Nota de la Entente y la lista de los individuos cuya extradición se exige,
y que pasa de 9ñ0 hombres. La Prensa comenta esta Nota en tonos de gran
violencia. El partido nacional alemán ha protestado contra la actitud de la
Entente. La Unión de antiguos soldados, que cuenta más de cien mil hom-
bres, hace una gran propaganda en todo el Imperio contra la extradición,
y organiza para muy pronto manifestaciones en Berlín.
La Unión de oficiales alemanes ha publicado un manifiesto, que termi-
na con está palabra: ¡jamás!»
La Liga de las Naciones.— Se ha celebrado en París la primera reunión
de la Liga de las Naciones, que, por desgracia, no es la imaginada por
Wilson, con el fin de asegurar la paz en el mundo, sino que es, sencilla-
mente, una alianza ideada por Lloyd Qeorge y Clemenceau para garanti-
zar el predominio de sus respectivos países, no figurando en ella los Esta-
dos Unidos, sus promovedores, ni los pueblos de la Europa oriental ni
central, como tampoco muchos pueblos de América, Asia y África. Vea-
mos ahora lo que se trató en la primera reunión:
Presidió M. León Bourgeois, quien tenía a su derecha a lord Curzon,
representante de Inglaterra; Matsui, del Japón; Da Cunha, del Brasil, y Ve-
nizelos, de Grecia.
A su izquierda estaban los señores Mangiorno Ferraris, representante
de Italia; Hymens, de Bélgica, y Quiñones de León, de España.
Frente a M. Bourgeois estaba sir Eric Drummond, representante de los
dominios ingleses.
Asistían también los señores Klotz, ministro de Hacienda francés; Lar-
naude, decano de la Facultad de Derecho de París; Gaiffíer Pestroy, em-
bajador de Bélgica; los ministros de Suecia, Noruega, Dinamarca, Grecia
y Suiza; Pateck, ministro de Negocios Extranjeros de Polonia; encargado
de Negocios de Checoeslovaquia y los delegados chinos y siameses.
Por unanimidad, y a propuesta de Venizelos, a quien apoyó lord Cur-
zon, fué nombrado presidente M. Bourgeois, quien agradeció la unanimi-
dad dé la elección, y dijo que esto era un gran honor que se dirige más al
país que representa que a su persona, y dirige frases del testimonio de la
estima y del respeto del Consejo hacia lord Grey, invitando a sir Eric
Drummond a ocupar el puesto de secretario de la sesión, y le dio gracias
por el trabajo que ha hecho.
304 CRÓNICA GENERAL
Monsieur Bourgeois, en su discurso de apertura del Comité ejecutivo
de la Sociedad de las Naciones, después de lamentar que el presidente
Wilson no sea el que presida la primera reunión, expresó su esperanza y
su deseo de que las últimas dificultades que impiden a los Estados Unidos
tomar parte en ella desaparezcan en breve.
Añadió que el organismo de la Sociedad de las Naciones no estará
completo hasta que la Asamblea de Estados, prevista por el art. 2.° del
pacto, pueda constituirse.
Hizo resaltar que los Estados neutrales pueden tomar parte en ella, y
se felicitó de la adhesión de España, Persia y Repúblicas Argentina, para-
guaya y chilena.
Después trazó, a grandes rasgos, la misión de la futura Sociedad de las
Naciones, cuyo mandato encierra dos tareas muy distintas: una, la necesi-
dad inmediata tendente a la ejecución práctica del Tratado, y otra, de evo-
lución y de porvenir, pues para levantar el edificio del mañana es preciso
desescombrar el suelo de las ruinas acumuladas por la guerra y fijar, en
los límites del Derecho, previsto por el Tratado, la situación de los Esta-
dos asociados:
Lord Curzon pronunció un importante discurso, al cual pertenecen los
siguientes párrafos:
«Inglaterra y sus dominios— dijo— asegurarán por todos los medios
que tengan a su disposición la eficacia del pacto de la Sociedad de las Na-
ciones.»
Después de demostrar que la Sociedad de las Naciones no implica en
modo alguno la creación de un superestado, puesto que su existencia está
basada en la propia existencia de las naciones, añadió que el éxito de la
Conferencia del Trabajo es un buen presagio para la Sociedad de las Na-
ciones, pues demuestra la utilidad de los debates públicos en el campo de
acción internacional.
Afirmó que la aplicación del pacto de Sociedad de Naciones, si no per-
mite inmediatamente la desaparición de los armamentos, aliviará a las na-
ciones del peso abrumador de los mismos.
Terminó diciendo que cuando los Estados Unidos hayan decidido
tener un puesto en la Sociedad de las Naciones, serán calurosamente
acogidos.
« •
Francia.— Noi2L saliente en la política de la vecina República ha sido la
elección de Presidente de la República. El día 17 de Enero se reunieron en
Versalles, bajo la presidencia de M, Bourgeois, los diputados y senadores
CRÓNICA GENERAL 305
de la nación, y sin incidente alguno se procedió a la elección, que dio el
siguiente resultado:
Número de votantes, 886; boletines blancos y nulos, 20; votos, 886;
mayoría absoluta, 435. M. Deschanel obtuvo 734 votos.
Al leerse el resultado, lo mismo que al pronunciar el presidente de la
Asamblea las solemnes palabras: «Proclamo a M. Deschanel Presidente de
la República por siete años», estallan en toda la sala frenéticos aplausos,
con vivas a la República y al nuevo Presidente. Los aplausos se repitieron
en toda Francia apenas llegó la noticia de la elección.
La elevación de M. Deschanel, producto de una conjura llevada a cabo
con gran sigilo y extraordinaria rapidez, produjo en el mundo entero una
impresión enorme, pues su triunfo es la derrota de Clemenceau, tan céle-
bre en la guerra como en las negociaciones de la paz.
No creemos, sin embargo, que la derrota del forjador de la victoria
indique un cambio en la política exterior de Francia, con la que está con-
forme el pueblo y la mayor parte de sus representantes en el Parlamento.
El carácter excesivamente enérgico e impulsivo, imposible para las funcio-
nes moderadoras del Presidente de la República, el odio de algunos secto-
res políticos a quienes persiguió sin descanso desde el poder, y, sobre
todo, el temor de los jefes de los principales partidos parlamentarios a no
ser llamados al Gobierno y a perder su influencia política, explican el des-
calabro de Clemenceau y el fácil triunfo del acomodaticio y siempre conci-
liador del nuevo elegido.
Es M. Deschanel una de las inteligencias más preclaras de Francia,
un hombre eminentemente culto, autor de excelentes obras históricas
y políticas que le han valido el ingreso en la Academia Francesa. Comen-
zó su carrera política en 1878, cuando fué nombrado subprefecto de
Dreux. En el 85 entró en la Cámara de Diputados, en el 96 fué nombrado
vicepresidente de la Cámara, en el 98 ocupó la Presidencia de la misma
hasta 1902, siendo de nuevo elegido en 1912, pasando de esta Presidencia,
en la que se ganó las simpatías de todos por su habilidad y moderación, al
Elíseo, donde continuará siendo el ecuánime y el contemporizador, la figu-
ra decorativa que desean los que han de ser sus consejeros.
Había anunciado Clemenceau que, verificada la elección presiden-
cial, presentaría la dimisión de su Gabinete. Así lo hizo, en efecto, y en su
consecuencia, se ha procedido a la formación del nuevo Gobierno, que ha
quedado constituido en la siguiente forma:
Presidencia y Negocios Extranjeros, Millerand, republicano socialista.
Justicia, Lhopiteau, radical.
Guerra, André Lefevre, republicano socialista.
20
306 CRÓNICA GENERAL
Marina, Landry, ídem.
Hacienda, Frangois Marsal, independiente.
Interior, Honnorat, radical.
Instrucción Pública, Víctor Borad.
Comercio, Isaac, de la coalición democrática.
Colonias, Alberto Sarraut, radical socialista.
Trabajos públicos. Le Troquer, republicano de la izquierda.
Agricultura, Ricard, independiente.
Higiene social, Jl. Bretón, republicano socialista.
Este Gobierno, según la declaración de Millerand, es continuación de
la política clemencista.
—Caracteriza la dirección general de la política emprendida por el
nuevo Ministerio el discurso del jefe del Gobierno en la Cámara, del que
tomamos las siguientes declaraciones, de indiscutible importancia:
«El señor Millerand comenzó su discurso asegurando «que el nuevo
Gabinete opina que no debe romper en modo alguno la continuidad de
la política extranjera de Francia, que le permitió rodearse de tales alian-
zas y amistades, que, finalmente, ganó la guerra».
«En particular— dijo— el Gabinete actual proseguirá la política del Ga-
binete que presidió el señor Clemenceau.
El día en que el interés nacional parezca mandar que se reanuden las
interrumpidas relaciones con el Vaticano, ese día, inspirándonos única-
mente en el interés francés, públicamente, como corresponde a la dig-
nidad de la República, nos presentaremos al Parlamento, el cual deci-
dirá.»
Refiriéndose a la cuestión del Adriático, el señor Millerand declaró
que Francia no se inspira sino en el cuidado de sostener la paz del mundo
y en su amistad hacia Italia y los pueblos servios.
Habló luego de la paz, y dijo que los delegados turcos serán convoca-
dos a una nueva sesión de la Conferencia de la Paz que se celebrará en
París, y que las firmas de la ratificación se cambiarán también en París.
El señor Millerand ofreció que no se practicará la diplomacia secreta,
y que se entregarán a la Comisión de Negocios Extranjeros.
Refiriéndose a Rusia, ha dicho:
«Las afirmaciones del señor Cachin son inexactas en lo referente a la
presencia de negociaciones inglesas en las conversaciones entre Estonia y
el Gobierno de los Soviets.
Todos los aliados han permanecido y permanecerán fíeles a los com-
promisos adquiridos con respecto a los soviets, y ninguno adoptó actitud
particular alguna.
CRÓNICA GENERAL 307
Los ejércitos antibolchevistas han sufrido fracasos, pero nada permite
decir que estos fracasos sean definitivos.
Si Polonia fuese atacada por los bolchevistas, puede contar con el con-
curso más completo de todas las potencias aliadas.»
***
Inglaterra,— Con todo el ceremonial que se había suprimido durante
la guerra, se verificó el día 10 la apertura del Parlamento inglés, presi-
diendo el rey Jorge V, que leyó un discurso muy expresivo sobre la situa-
ción general y sobre los proyectos que afectan a la política británica.
Empezó el monarca declarando su satisfacción por haber sido ratifica-
do el Tratado de Paz y haberse reanudado las relaciones diplomáticas con
Alemania.
Manifestó su esperanza de llegar en breve a un acuerdo con Turquía y
Hungría, y de ver ratificados por el Parlamento inglés los Tratados con
Austria y Bulgaria.
Debemos resolver — continuó— la debatida cuestión del Adriático. Para
que las bendiciones de la paz vengan sobre E iropa, es preciso que se res-
taure en el Oriente y en Rusia las relaciones normales de la vida económi-
ca. Mientras esas vastas regiones no contribuyan a la existencia de Europa
ésta no recobrará su prosperidad.
«Mucha parte del malestar de Irlanda obedece a la agravación de los
problemas económicos, general en todo el mundo. Los artículos de pri-
mera necesidad alcanzan precios elevados. Sin embargo, en estas islas son
más bajos que en otras partes. Las condiciones de nuestro comercio con
el Extranjero hacen que nuestros pueblos encuentren facilidades que otras
naciones no poseen.
Si queremos que la prosperidad y la paz social continúen, todas las
clases británicas deben trabajar con buena voluntad, energía y paciencia,
mientras la legislación debe proveer con todas las medidas necesarias.
Respecto de Irlanda, declaró que inmediatamente se presentará el pro-
yecto de ley que quedó sobre la Mesa en la última legislatura.
Se atenderá también a la instrucción pública, que constituye una nece-
sidad urgente en algunos sitios de Irlanda. Todas las medidas se procurará
que sean compatibles con el Home-Rule.
Es sumamente urgente el problema de las minas de carbón. Hay que
crear una base fija. No solamente habrá que procurar las medidas para
que los mineros sean capaces de solucionar las presentes condiciones
anormales de su industria, sino que el Parlamento tendrá que ver en un
308 CRÓNICA GENERAL
proyecto de nacionalización de ciertas minas para mejorar las condiciones
generales y ordenar las industrias, teniendo en cuenta los intereses de la
comunidad.»
Durante la guerra se ha visto cómo ha mejorado la salud al restringir
el uso de las bebidas alcohólicas.
Se presentará un proyecto de ley que regule su venta.
Desde la guerra se ha evidenciado también un malestar causado por
ventas desmesuradas de propiedades rurales. Habrá que tomar medidas
que mitiguen las condiciones demasiado duras observadas en dichas ope-
raciones.
Se presentará también un proyecto de ley para el desarrollo y el mejo-
ramiento de la industria pesquera, y otro proyecto para organizar el
ejército.
Se estudiará el seguro contra el paro forzoso, el sistema de horas de
trabajo y el establecimiento de un salario mínimo, así como preceptos re-
lacionados con la salud del obrero en las fábricas.
Se tratará también de proteger a la industria contra la competencia
desleal.
Se procederá durante la presente legislatura a la reforma de la segunda
Cámara y confío en que quedará aprobada antes de que concluya dicha
legislatura.
Al día siguiente de la apertura de las sesiones presentaron los laboris-
tas una enmienda al discurso de la Corona pidiendo la nacionalización de
las minas, pero la enmienda fué rechazada. Respecto de lo cual dice el pe-
riódico Daily Mail «que esta es una ocasión muy propicia para cambiar el
sistema de trabajo y traer mejores condiciones para los mineros, con par-
ticipación del control de su industria.
Los ferroviarios ya lo han conseguido y es justo que los mineros lo
obtengan también. El proyecto del Gobierno contiene esto, y además hace
que el Estado intervenga para la unificación de los distritos de minas y
que los directores y consejeros de las minas tengan que dar cuenta en su
administración y proporcionar mejor alojamiento a sus obreros.
Según hemos podido comprender, las peticiones de los laboristas son
perjudiciales para los mineros, pues exigen que las minas sean dirigidas
por el Estado, así como que éste intervenga en la distribución de carbón.
Esta es una proposición gigantesca. El país no ha sido consultado con
ellas y todas las señales son que semejante forma de nacionalización pre-
sentada al país como resultado definitivo de estos debates será rechazada
por él.»
—La publicación de una carta por el embajador británico en Wáshing-
CRÓNICA GENERAL 309
ton, lord Grey, dirigiéndose públicamente a su país para tratar asuntos re-
ferentes a la política internacional, causó grave disgusto al presidente Wil-
son, dando origen a que se acentuaran más las diferencias entre los dos
Gobiernos. A ello, como a otros problemas, hizo relación el ministro de
Negocios Extranjeros, lord Carson, en su discurso de la Cámara, diciendo
que no lamentaba el paso dado por lord Grey con la publicación de su
carta, aunque ésta no ha sido inspirada por el Gobierno. Con ella no trata
de intervenir en los asuntos de América, y yo, personalmente, sólo siento
gratitud hacia él.
Estima que será preciso revisar y modificare] Tratado de paz, si Ale-
mania manifiesta su intención de cumplirlo fielmente.
«Y si esto hace, nosotros, por nuestra parte, haremos también lo posi-
ble por ayudarla en su tarea y permitirla recobrar su lugar entre las colec-
tividades civilizadas del mundo.
El retraso con que se lleva la paz con Turquía obedece a nuestro de-
seo de ver participar en ella a los Estados Unidos.
La situación de Oriente es causa de graves preocupaciones, por los sín-
tomas inquietantes manifestados en Egipto, Palestina, Armenia, Persia,
Arabia y Afganistán.
Los acuerdos que habíamos firmado al principio de la guerra con Fran-
cia, Italia y otros aliados nos crean dificultades cuyas consecuencias son
desconcertantes.
Para encontrar una solución debemos permanecer unidos con los alia-
dos, en especial con Francia; mantenernos dentro de los elementos de
nuestras facultades financieras y militares, y dar facilidades a las naciones
nuevas para que tengan una existencia autónoma.
La Liga de Naciones es una garantía del arreglo pacífico de los conflic-
tos. Esperamos que todos apoyarán a la Liga y que ésta será una realidad.»
Holanda.— En otro lugar publicamos la respuesta de Holanda a la En-
tente sobre la petición de extradición del Kaiser. El Parlamento holandés
ha expresado en una de las sesiones la satisfacción experimentada con la
actitud del Gobierno. Comentando dicha respuesta, escribió UOsservaio-
re Romano:
«Ha ocurrido lo que tenía que ocurrir. A la petición de la Entente de
entregar al Kaiser para juzgarlo, Holanda ha contestado en términos que
no por corteses, dejan de ser negativos. ¿Quién podía suponer que la pe-
queña, pero valiente Holanda, se hubiera prestado humildemente a violar
310 CRÓNICA GENERAL
el derecho de asilo en su territorio, para complacer a algunas potencias
deseosas de realizar un juicio que hubiese sido un espléndido film cine-
matográfico; pero que a la luz de la más elemental ciencia penal moderna
aparecía con una enormidad jurídica?
La Prensa de todos los países neutrales, desde Suiza a Escandinavia,
desde Dinamarca a España, de acuerdo con los profesores de Derecho in-
ternacional, aprueban la respuesta de Holanda; y nosotros estamos pro-
fundamente convencidos de que el pueblo inglés y francés, en su inmensa
mayoría piensa del mismo modo.
Pero si la respuesta de Jiolanda no es una sorpresa, maravilla la exi-
gencia de la Entente.»
«¿Ha firmado Italia?— pregunta el articulista. Se dice que los aliados o
la Entente; pero estas palabras no tienen el mismo significado comprensi-
vo. No han firmado la petición, ni el Japón ni los Estados Unidos; la han
suscrito Francia e Inglaterra. Pero la Comisión parlamentaria italiana, que
examinó el Tratado de Versalles, desaprobó los artículos que se referían al
proceso del Kaiser y los oficiales superiores de Alemania. Se dirá que
habiendo firmado el Tratado, Italia debe firmar la petición; pero el Japón
ha firmado el Tratado solamente. El artículo 227 no impone a cada poten-
cia esta obligación de tal modo que algunas no puedan desinteresarse,
como lo han hecho los japoneses. Por estas razones, espérameos (¿podemos
esperar todavía?) que Italia, patria de Beccarta, Filangeri, Romagnosi, Ca-
rrard, fundadores de la ciencia penal moderna, no se habrá asociado a
una petición, cuyo resultado sería un absurdo jurídico.
Pero cualesquiera que sean los firmantes no podían esperar más que
una repulsa. Un diplomático inglés, de paso por Roma, fué interrogado
sobre la actitud que adoptaría Inglaterra, si se encontrase en las condicio-
nes de Holanda. — Probablemente — repuso— Inglaterra no contestaría
nada. —¿Y si la amenaza acompañase a la petición? —Entonces, Inglate-
rra contestaría con los cañones. — Muy bien; por consiguiente, Inglaterra
y Francia debían esperar de Holanda la misma respuesta que ellas hubie-
sen dado. — ¿Y qué harán ahora? A menos que la petición con la negativa
esperada no sea el medio escogido para enterrar con cierto decoro este
proyecto de juicio que no hubiera debido hacer...
¿Qué hará Inglaterra? ¿Querrá obligar a Holanda con la amenaza de la
guerra? No es probable; sería una guerra en contradicción con los princi-
pios sostenidos por los aliados desde que se inició la contienda. Además,
¿permitirían los pueblos guerra semejante? Y, finalmente, si Holanda, ame-
nazada, apelase a la Sociedad de las Naciones (apelación que no podría
rehusarse), la cuestión sería sometida a un tribunal arbitral, y la respuesta
CRÓNICA GENERAL 311
sería de seguro negativa. Pero nada de esto es probable; esperemos que
no volverá a hablarse de este proceso. Tanto el juicio del Kaiser como el
de los oficiales superiores, tendría un resultado: prolongar por algunas ge-
neraciones los odios nacionales y hacer posible una revolución militarista
bolchevista en Alemania.
En interés de todos, vencedores y vencidos, deben abandonarse estos
procesos.»
*
* *
Italia.— Da idea perfecta de la situación en la península italiana el si-
guiente relato publicado por el director de // Corriere d'Iialia:
«Acaba — dice — de salir Italia de dos graves agitaciones de funciona-
rios públicos: la de los empleados de Correos y Telégrafos y la de los fe-
rroviarios. En cambio, no ha solventado aún la espinosa cuestión adriáti-
ca, que desde hace meses pone a dura prueba los nervios de la nación.
Las agitaciones y huelgas de funcionarios, especialmente de los ferro-
viarios, constituyeron un problema difícil en las graves circunstancias por
que atraviesa el país, e inspiraron temores muy serios. Las elecciones ge-
nerales de Noviembre enviaron a las Cámaras 160 diputados socialistas; y
dado que el socialismo italiano— con excepción de algunos elementos inte-
lectuales, como Turati— ostenta un carácter netamente bolchevista, su éxito
electoral parecía encerrar una amenaza revolucionaria a corto plazo. La
ocasión de cumplirla pudo ser la huelga ferroviaria; y así lo creyeron mu-
chos, en vista del carácter político de la huelga, ya que en el terreno eco-
nómico el Gobierno había hecho concesiones muy razonables.
Contra lo que se preveía, la huelga sólo se extendió a los ferroviarios
adheridos a las organizaciones socialistas, siendo casi unánime en el norte
de Italia, parcial en el centro e inexistente en el sur. Vino una reacción en
la opinión pública, y en menos de diez días el movimiento fracasó, con gran
confusión de sus promotores.
La índole política bolchevista de la referida huelga implicó su fracaso,
por dos razones principales: primera, porque el pueblo italiano ha resul-
tado estar mucho más lejos de lo que suponían los socialistas de alimentar
sentimientos subversivos, y segunda, porque la amenaza bolchevista ha
tropezado con la firme actuación del parUdo popular. Es ya evidente que
el triunfo socialista en las pasadas elecciones fué debido, en gran parte, al
descontento popular por los sufrimientos derivados de la guerra. Como
adversarios de la guerra, no como socialistas revolucionarios, recogieron
éstos muchos votos, que están lejos de ser adhesiones al bolchevismo, se-
gún aparece ahora claramente.
312 CRÓNICA GENERAL
En cuanto a la eficaz actuación del partido popular, baste recordar que
éste — verdadero triunfador en las elecciones de Noviembre, puesto que en
ellas logró cuadruplicar con exceso el número de sus diputados, mientras
los socialistas lograron poco más que duplicar los suyos — es arbitro de la
situación parlamentaria, entre socialistas y liberales. Al estallar la huelga
ferroviaria, las organizaciones adheridas al partido popular se opusieron
a la maniobra política, sin dejar de estimar en su valor las aspiraciones
económicas de los ferroviarios. Hizo fracasar la huelga, por una parte;
mas, por otra parte, obtuvo del Gobierno las concesiones con las que se
resolvió el conflicto. La actuación del partido popular no puede ser más
útil, colocado entre la desatentada actividad revolucionaria de los socialis-
tas y la inercia de los liberales desorganizados.
Resuelto este conflicto interno, sigue en pie, como antes advertí, el
problema adriático. Discútese en estos momentos en el Parlamento, y el
telégrafo habrá anticipado noticias que creo inútil consignar en esta carta.
Me limitaré, pues, a hacer algunas observaciones sobre el asunto.
Se equivocan los que piensan, en el Extranjero, que la opinión pública
italiana se halla muy excitada por la decepción de sus esperanzas en el
Adriático. La verdad es que la opinión está enteramente resignada a obte-
ner una solución modesta, siempre que sea decorosa, y ninguna ilusión
se hace ya respecto a las disposiciones de los Gobiernos aliados. Si existe
alguna inquietud, dimana tan sólo de esa desilusión. Es de notar, como
hecho muy significativo, que se está formando una gran corriente de opi-
nión, fomentada por el partido socialista, por el popular y por varias frac-
ciones liberales, contra la conclusión de cualquier alianza italiana con
Francia e Inglaterra. Esto se explica, además, por el hecho de ser hoy Ita-
lia el país más alejado de toda ambición imperialista y el que más sincera-
mente cree en la posibilidad de una nueva política internacional, sobre
bases de fraternidad, entre todas las naciones. Después del Tratado de
Versalles y de los gérmenes de nuevas disensiones que ha sembrado por
toda Europa, hay cierta ingenuidad en tal creencia... No importa; el pue-
blo italiano sabe todavía ser ingenuo; sin perjuicio de tener suficiente
buen sentido para no asociarse a las persecuciones intentadas contra el
Kaiser y los alemanes culpables de delitos de guerra, y suficiente genero-
sidad de corazón para socorrer a muchos miles de niños austríacos ham-
brientos.
La verdad es que Italia, entre las naciones afectadas por la guerra, es la
que menos odia al enemigo de ayer. Hay una profunda diferencia entre
nuestra psicología de post-guerra y la de los franceses e ingleses: diferen-
cia que explica en buena parte la desconfianza recíproca, revelada a diario
CRÓNICA GENERAL 313
por tantos hechos. Ello no significa que no desee Italia mantener con sus
aliados de ayer relaciones de amistad, tanto más cuanto que en ellos, como
en los otros países, valen más los pueblos que los Gobiernos...»
ESPAÑA
Hemos de registrar tres recepciones en las Academias de Ciencias Mo-
rales y Políticas, y en la Española. En la primera fué recibido el ilustre es-
critor, honra del clero, D. Javier Vales Failde, quien por su infatigable
celo en favor de las obras sociales, se ha hecho, indudablemente, acreedor
a tan distinguida consideración. En la Española fué recibido también el
señor conde de la Mortera, D. Gabriel Maura y Gamazo, pronunciando un
discurso muy justamente aplaudido.
También se celebró con gran solemnidad la recepción del poeta don
Manuel Sandoval. El tema del discurso fué el siguiente: De lo inconsciente
y lo voluntario en las obras literarias y poéticas. Examinó la existencia de
estos elementos en el Quijote, en la famosa égloga de Virgilio: Sicaelides
musae... en la que creyeron adivinar los doctores de la Edad Media una
especie de profecía o vaticinio del nacimiento de Jesucristo, creencia que
originó una gran veneración por el poeta a quien con poca exactitud so-
lemos llamar mantuano. Compara esta égloga con una glosa o comento
que de ella conscientemente hizo Juan de la Encina, demostrando con este
caso que lo inconsciente es más provechoso muchas veces que lo que se
hace sabiendo el alcance y valor de la obra. Examinó también, estudiando
este elemento de lo inconsciente, la Medea, de Séneca; Persiles y Segis-
munda, de Cervantes, y versos de Lope de Vega, en los que una vista pers-
picaz y de zahori puede vislumbrar como una profecía del telégrafo y de
la navegación aérea.
Don Manuel Sandoval nació el 1 de Enero de 1874. A los veintidós
años se licenció en la Facultad de Derecho, y en el siguiente se doctoró en
la de Filosofía y Letras. Ha sido muchos años catedrático de Literatura en
varios Institutos. En 1907 fué nombrado corresponsal en la Academia, en
la que ha ingresado. Fué también individuo de número en la Real Acade-
mia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes de Córdoba. Entre otras
obras tiene un poema titulado Prometeo, un libro de poesías. Aves de
paso. Cancionero y Musa castellana. De mi cercado y, por fin, una poe-
sía titulada Renacimiento que fué premiada en los Juegos Florales de El
Escorial.
—El día 30 de Enero se cumplió el primer centenario del nacimiento
de doña Concepción Arenal, mujer ilustre que con su talento y más con
314 CRÓNICA GENERAL
SU generoso y tierno corazón ha llegado a ser una de las más grandes figu-
ras de su sexo. En todas partes se ha celebrado su centenario con gran
solemnidad; en el teatro de la Princesa organizó la velada el Congreso
Nacional de mujeres que preside la excelentísima señora marquesa de Ter.
El acto fué presidido por el Sr. Francos Rodríguez; en el Ateneo se cele-
bró también el centenario bajo la presidencia del docto catedrático don
Adolfo A. Buylla, ensalzando la obra y los escritos de la ilustre ferrolana
los Sres. Palacios, Salillas y el marqués de Figueroa, que alabó la modes-
tia, inteligencia y virtud de Concepción Arenal y comentó su obra sobre el
Derecho de gentes, haciendo notar que en este libro elevó la autora el con-
cepto del Derecho internacional, considerándolo no como el conjunto de
tratados, sino aceptando la influencia de los principios eternos de la jus-
ticia natural.
Digna es ciertamente de todos los homenajes una mujer que aun sin
necesidad de hacerla subir hasta las alturas donde están colocadas Santa
Teresa de Jesús e Isabel la Católica, donde han querido colocarla algunos,
es merecedora de que se recuerde su memoria para bendecirla, se propa-
guen sus libros y, sobre todo, continúe su obra altamente caritativa.
— Con el título de Festival en tiempo de Goya, se ha celebrado en el
Teatro Real una fiesta artística, organizada por aristocráticas damas, presi-
didas por la duquesa de Parcent. El fin de la misma fué hacer una obra
de candad a los niños pobres de las naciones más castigadas por la gue-
rra y de otros niños españoles que también merecen protección y amparo.
El éxito fué lisonjero, no solamente como obra de caridad, pues parece
que se recaudaron unas cincuenta mil pesetas, sino también como obra
artística, pues todas las admirables figuras de los cuadros, tapices y dibu-
jos del gran pintor aragonés resurgieron en el Teatro Real con sus trajes
típicos y su inconfundible belleza.
P. Gutiérrez.
MISCELÁNEA
Sobre el enjuiciamiento del Kaiser.
Prescindimos de todo comentario para insertar únicamente un artículo
que publicó L'Oservatore Romano sobre el enjuiciamiento del ex Empe-
rador de Alemania, y que dice así:
«En la parte séptima del Tratado de Paz, referente a las responsabili-
dades de la guerra, se contienen las siguientes cláusulas, impuestas a Ale-
mania por las naciones victoriosas:
«Guillermo II será públicamente enjuiciado por ofensa de lesa autori-
dad sagrada de los Tratados internacionales.
Será juzgado por un Tribunal especial, compuesto de cinco jueces nom-
brados por las principales naciones.
Se dirigirá al Gobierno holandés una demanda de extradición.»
El nuevo Gobierno alemán, haciendo suyas las reservas ya contenidas
en las contraposiciones formuladas por el Gobierno que le precedió (y en
una larga nota que envió al secretario de la Conferencia), se declaró dis-
puesto a firmar el Tratado con la reserva de las cláusulas relativas a la res-
ponsabilidad y a las sanciones de la guerra. Lo cual quiere decir que Ale-
mania no se confiesa única responsable de la guerra, y que los responsa-
bles alemanes, el Emperador y los generales, no deben ser procesados.
Habiendo rechazado estas reservas las potencias victoriosas, Alemania
se vio en la necesidad de no insistir.
No discutamos ahora los cargos de la acusación; pero no será cosa in-
oportuna examinar a la serena luz de la Jurisprudencia un caso tan nuevo
en la historia del Derecho y también en la historia de la diplomacia. Y
aunque en otro artículo estudiaré, si Dios quiere, el procesamiento de los
generales alemanes, quiero ahora entretener a mis lectores examinando
ese procesamiento que se quiere entablar contra el Emperador.
316 MISCELÁNEA
Empecemos por la constitución de ese Tribunal.
Las potencias victoriosas elegirán los jueces que deben juzgar al ex
Emperador. Lo cual vale tanto como decir que «los acusadores elegirán el
Tribunal que ha de juzgar al acusado».
En Derecho criminal, el caso es inaudito, por no decir otra cosa.
Admitamos, empero, que las potencias elijan como jueces personas ín-
tegras, de vastísima ciencia jurídica, dotadas de las más excelsas cualida-
des; nunca se podrá negar que el solo hecho de haber sido elegidos por la
parte interesada en la condenación, es per se un motivo suficiente de legí-
tima recusación.
Supongamos constituido ya el Tribunal. Es necesario llevar a la barra
al procesado, pidiendo su extradición a Holanda, donde reside.
Si Inglaterra se encontrara en condiciones iguales a las de Holanda (se
ha preguntado a un eminente personaje inglés), ¿qué respondería Inglate-
rra a tal demanda?
— Inglaterra— contestó el personaje referido—, probablemente no res-
pondería nada.
— Pero— se añadió—, ¿y si la demanda fuera acompañada de una
amenaza?
—Entonces, Inglaterra respondería, pero con la boca de sus cañones.
Holanda, que tiene un profundo sentimiento de dignidad, responderá
probablemente lo mismo; es decir, que el derecho de asilo es tan sagrado
e inviolable en su territorio como en Inglaterra.
Mas si la Entente quiere obligarla por la fuerza, la pequeña Holanda
no podrá, como Inglaterra, responder con la voz de sus cañones.
Pero en tal caso, la Entente daría con sus hechos la negación mayor
del principio (proclamado desde el principio de la guerra, especialmente
por el presidente Wilson), de que los derechos de los pueblos débiles son
tan sagrados y respetables como los derechos de los fuertes.
Supongamos, empero, al acusado, ante el Tribunal y que empieza la
vista del proceso.
¿Sobre qué crimen deberá entender y fallar el Tribunal?
Si ha de juzgar solamente la violación de la neutralidad de Bélgica, no
habría necesidad de este procedimiento judicial, cuando el mismo Canci-
ller alemán declaró públicamente que la invasión de Bélgica era contraria
al Derecho internacional.
Pero, dejando a un lado la observación de algunos de que se podrían
MISCELÁNEA 317
aplicar a las potencias acusadoras aquella palabra del Evangelio «el que
de vosotros esté sin pecado que tire la primera piedra», nadie podrá des-
conocer que la responsabilidad de tales crímenes, especialmente en Dere-
cho constitucional, recae sobre el Gobierno y no sobre la persona del jefe
del Estado.
Pero pasemos también por alto todo esto, y supongamos al Kaiser úni-
co responsable.
El Tribunal deberá fijar, por una prueba o demostración jurídica, las
causas próximas y remotas de la guerra para declarar la responsabilidad
que corresponda. Y esta demostración jurídica (si el Tribunal quiere dig-
namente cumplir su misión), deberá hacerla apoyado, no en las columnas
de los diarios o en la opinión pública, sino en los documentos diplomáti-
cos de los archivos de las Cancillerías.
Son estos documentos, en efecto, los únicos que pueden revelar las cau-
sas de la guerra, tanto la más inmediata, que hizo precipitar la declaración,
como la más remota, es decir, ese largo período de tiempo durante el cual
las agrupaciones amenazadoras de las potencias, el juego de alianzas y con-
tra alianzas, el choque de intereses opuestos y el de hegemonías rivales, los
armamentos y los preparativos de guerra, no conseguían sino hacer inevi-
table, más pronto o más tarde, la gran tragedia. Ahora bien: ¿las potencias
están dispuestas a abrir los archivos secretos y a hacer del dominio público
los documentos que encierran?
Y después, ¿qué garantía podrá tener el Tribunal de que ninguno de
estos documentos ha sido destruido o sustraído?;
La verdadera historia de la guerra mundial, en sus verdaderos oríge-
nes, no es posible hacerla en el momento. No será sino en un porvenir,
más o menos alejado, cuando las Cancillerías abran sus archivos a los his-
toriadores. Y aun entonces quedará la duda de si los Gobiernos de esta
época han destruido documentos que habrían podido poner en su verdade-
ro lugar las causas próximas y remotas, los principales autores y cómpli-
ces de este crimen contra la Humanidad.
Finalmente, el Tribunal deberá formular sus conclusiones y dictar sen-
tencia. ¿Cuál será la sentencia? Si el Tribunal, teniendo en cuenta lo que
hemos dicho hasta ahora, decide que en el momento presente no es posi-
ble establecer, mediante una prueba jurídica, las causas próximas y re-
motas de la guerra, y que, por consiguiente, no puede designarse jurí-
dicamente el autor verdadero y responsable de esta guerra, esta conclu-
318 MISCELÁNEA
sión será ^una gran derrota moral, un verdadero desastre para la Entente.
Si, por el contrario, el Tribunal pronuncia una sentencia de condena-
ción contra el Kaiser, esta sentencia no tendrá ningún valor ante la opinión
¡mparcial de los juristas, ya porque el Tribunal es jurídicamente recusable
ya por falta de elementos esenciales de prueba, que sólo pueden encon-
trarse rebuscando, buscando y examinando documentos en todas las Can-
cillerías cerradas.
Por consiguiente, no sólo esta sentencia de condenación dejaría per-
pleja la opinión de los juristas, sino que inclinaría en favor del Kaiser la
opinión pública mundial, que vería en él una víctima de la arbitrariedad y
de la dominación de los vencedores. En último lugar, una tal sentencia no
podría contener ninguna sanción penal, nalla pena sine lege; y, ¿dónde
está la ley que establece las penalidades contra un Soberano responsable
de la guerra?
Los argumentos que acabamos de exponer, demuestran clarísima-
mente las dificultades a las que se expondría la Entente con semejante
proceso.
Su único resultado sería crear un nuevo e indestructible obstáculo a la
pacificación internacional, pacificación que debe ser una de las principales
aspiraciones de todos los pueblos.»
Sobre el mismo asunto publicó L'Unitá Catholica lo siguiente:
«De algún tiempo a esta parte se discute en los periódicos extranjeros
acerca del proceso que se intenta formar para el Kaiser, como responsable
de la bárbara guerra. Primeramente habrá que buscar otros responsables
del gran conflicto, y creo que se encontrarían fácilmente, además de aque-
llos que, pudiendo impedir la guerra, no lo hicieron y aun tomaron parte
en ella.
Despierta hilaridad la noticia propagada por los periódicos, de que 23
ó 24 potencias (!) han reclamado la extradición del Emperador y quieren
la cabeza de éste. Sería cosa nueva en la Historia que los reyes fuesen
acusados y condenados por haber hecho la guerra, mientras se respeta
que, siendo vencedores, dicten leyes a los vencidos, y al ser vencidos,
sean humillados, unciéndolos al carro triunfal de los pueblos victoriosos.
Se necesita no conocer la Historia contemporánea y la filosofía de la
Historia para afirmar semejante utopía. La guerra es azote de Dios, y de
la guerra pasada puede decirse, sin temor a ser desmentido, que fué el
castigo de la sociedad europea, apóstata de Dios y -de la Iglesia. Además^
MISCELÁNEA 319
la guerra estaba prevista desde mucho tiempo antes por hombres políticos
y sabios. El Sr. Nitti, hoy presidente del Consejo, decía el 26 de Octubre
de 1916: «De cuarenta años a esta parte, Europa se regía por un sistema
de acuerdos y de transacciones. Todos hacían la apología de la paz, pero
todos, de una manera o de otra, se preparaban para la guerra.»
¿Y los inmensos armamentos que agotaban, hasta dejarlos exhaustos,
los recursos de los Estados? ¿Y las convulsiones balkánicas, y los sueños
imperialistas de reyes y soberanos, y los estremecimientos de los pueblos
rebeldes al freno, y, sobre todo, las excitaciones de aquellos poderes ocul-
tos que, por odio a Dios y al Papa, atizaban desde mucho tiempo antes el
fuego, no eran otros tantos preparativos para el estallido final?
Los acontecimientos son demasiado recientes y los documentos no han
sido dados a luz. Sin embargo, algo más viene sabiéndose cada día, y algo
más nos atrevemos a decir, a pesar de esta confusión.
La tragedia de Sarajevo no fué un pretexto, como se dice, sino que fué
el verdadero casas bellL Hacía más de diez anos que la masonería servia,
que estaba además en el Poder, conspiraba contra la católica Austria y
contra la dinastía católica de los Habsburgo. El asesinato de la familia im-
perial fué la gota que hizo desbordar el vaso, ya colmado. Y ya se sabe que
en Servia, país medio bárbaro, las tragedias dinásticas son casi tradicio-
nales.
Austria, ofendida en aquello que le era más caro, exigió una repara-
ción, y estaba en su derecho al pedirla. Servia, resguardada por Rusia,
que, aunque tirana del pueblo polaco, se ha hecho siempre el paladín de
los pueblos eslavos, rechazó altivamente toda reparación, y Austria, al
descubrirse el juego, declaró la guerra. La guerra debía haberse localiza-
do, o por lo menos dificultado, con alguna mediación. Pero no fué así;
Rusia se quitó la careta y declaró que tomaría las armas en favor de
Servia. El incendio se extendió mucho más de lo que se creía; Rusia creyó
llegado el tiempo de poner en obra el sueño de Pedro el Grande.
Alemania, unida en amistad estrecha con Austria, tomó también las ar-
mas, pronta a combatir al lado de su fiel aliada.
De este modo el Kaiser tuvo que afrontar a Rusia y su Emperador, que
provocó el primero la formidable conflagración europea, y al mismo tiempo
a la inquieta Francia, que hacía más de cuarenta años que pensaba en la
revancha.
Y en lo que se refiere a Alemania, es cierto que el Kaiser es reo de ha-
320 MISCELÁNEA
ber bárbaramente violado la neutralidad de Luxemburgo y de Bélgica.
Pero, pensándolo bien, y así lo dijo el Giornale d' Italia, si no hubiera
sido Alemania la primera en violar Bélgica, hubiera sido Francia quien lo
hiciese poco después. Séanos lícito hacer una pequeña observación. Ser-
via, que había sido la causa primera de la guerra y que con tanta audacia
había provocado a Austria, por la ocupación de la Bosnia Herzegovina,
era destruida en Enero de 1916 junto con Montenegro, otro nido de sec-
tarios y conspiradores, covi di settari e di conspiratori. Rusia, que había
encendido después de ellas la primera chispa del incendio, era destrozada
en los Lagos Masúricos y ha acabado en la más desoladora ruina. ¡Dios no
tiene prisa!... Y no hablemos de otras naciones.
Por lo demás, la Historia nos ensena que las guerras no las hacen los
reyes ni los presidentes de las Repúblicas, sino |los pueblos y las razas; y
los reyes y los presidentes las retardan todo lo que pueden y después las
sufren. Atribuir al Kaiser la responsabilidad del conflicto europeo es ir
demasiado aprisa. Si el Kaiser, consultando sólo con su ambición perso-
nal, hubiese declarado la guerra por su propia iniciativa, ¿hubiera podido
evitar el puñal y la rebeldía de algún asesino anarquista? No ciertamente.»
LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS
Si no tuviesen otras muchas partidas en su debe las escuelas
sociales izquierdistas representadas por la Casa del Pueblo, sólo la de
la presente actuación, al menos en España, sería suficiente para decla-
rarlas fracasadas y absolutamente impotentes para labrar la prosperi-
dad de los pueblos. Y es el caso que, a fuerza de gritar y alborotar y
proclamar como artículos de fe social una multitud de vaciedades y
errores bordados en cañamazo democrático, han logrado producir en
espíritus poco serenos y no muy cultos en estas materias, horrible con-
fusión de ideas con insensato aturdimiento, de donde procede esa des-
orientación inconcebible en las clases directoras y en los llamados
órganos de la opinión; poseyendo tal virulencia el mal, que, por conta-
gio, en parte se ha transmitido al campo opuesto. En esto, claro está,
hay honrosísimas excepciones.
La táctica izquierdista es antiquísima y conocida de todo espíritu
observador. Las obras humanas, sobre todo cuando son realizadas por
la colaboración de muchos, tienen innumerables defectos imposibles
de suprimir, aun supuesta la buena voluntad y la competencia mental
de sus principales propulsores.
Pues bien; la táctica referida consiste en ponderar y exagerar esos
defectos en todos los tonos y en todas las formas, presentarlos a
luces distintas y sombrías, atribuirles consecuencias accidentalmente
de ellos derivadas...; en una palabra, presentarlos al público como
fuente y origen de todos los males humanos, que jamás en absoluto
podrán ser suprimidos, para que el público aborrezca esas doctrinas y
sus propugnadores y se disponga a aceptar como buena y salvadora
cualquier otra, siquiera sea utópica o positivamente errónea. Y como
los que piensan son muy pocos y muchos los que dan por bueno lo
que como tal se les propone, por no tomarse la molestia de estu-
LA CIUDAD DE DIOS.— Afio XL.— Núm. 1.123. • 21
322 LA CASA DELi PUEBLO Y SUS FRUTOS
diarlo con detenimiento, entran en circulación y se dan por legítimos
valores a todas luces falsos, llegando la desorientación a tal punto, que
a los que se niegan a recibirlos y se atreven a mostrar su falsedad son
tenidos por raros, por inactuales, y con tono despectivo se les aplica el
calificativo de reaccionarios. Y lo triste es que unos aturdidos por el
griterío, otros intimidados por los reproches, aquéllos por desordenado
amor al aura popular y éstos por superficialidad y falta de solidez men-
tal^ se suman parcial o totalmente, aumentando con ello la confusión,
a los propagandistas del error.
Sólo así puede explicarse el frenesí que hoy se ha apoderado de la
sociedad, sin que se oigan austeras voces de sensatez y de verdad, que
llamen a la reflexión, expongan a todos los deberes en vez de hablar
siempre de derechos; los peligros reales del desorden, en vez de quimé-
ricos sueños de paradisíacas venturas; la necesidad del cumplimiento
de las leyes, en vez de la independencia regresiva de los salvajes; la
aceptación voluntaria de sacrificios privados en aras del bien común,
en vez de la alimentación de irracionales deseos y esperanzas de una
vida sin dificultades ni luchas, impropia de la humana existencia.
Sí, hoy existe un ambiente de insinceridad, de cobardía y de egoísmo
por todos conceptos nocivo y peligrosísimo. Las clases directoras del
pensamiento y de la acción realizan el indecoroso papel del adminis-
trador que, por no disgustar a sus administrados, nada les dice de los
peligros de arruinarse si no ordenan racionalmente su vida económica.
Va de historia: en una familia existen estrecheces económicas por
no ser suficientes los ingresos, que por distintos conceptos percibidos
forman su haber, para atender a los gastos ordinarios y se reúnen
para poner remedio al mal que todos reconocen y sienten. El padre
dice serle necesario aumentar sus gastos por haber variado los tiem-
pos y demandarlo así el decoro de su persona y las exigencias so-
ciales; sigue la madre, y afirma que la vida ha encarecido, que la
mujer de hoy no es la de pasadas edades, que el alternar con ciertas
gentes y sus nuevas relaciones la obliga a vestir y adornarse con más
elegancia; razonamiento parecido usa la hija mayor, apoyada por to-
das sus hermanas con resolución y entusiasmo; por su parte, los her-
manos, que hasta entonces se habían limitado a escuchar, consignan
con mucho aplomo que, efectivamente, las necesidades de la vida cre-
cen de día en día, y que, en la tertulia, en el café, en el teatro... las
LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS 323
pesetas se marchan sin darse cuenta; que la cerveza, el vermout y el
tabaco se hallan en alza continua, y que, por consiguiente, es preciso
el aumento de sus gastos diarios. Bien meditadas las razones por cada
uno expuestas, convienen todos en los aumentos solicitados, y muy
alegres y satisfechos del transcendental acuerdo por tan respetable
como discreta familia tomado, sin hablar una palabra más, ni mentar
para nada la cuestión de los ingresos, se echan a la calle a disfrutar
de los aumentos recibidos. Dice el narrador de esta verídica historia
que lo referido acaeció en China, y, en cambio, nada refiere del final
de esta buena familia. Suponen algunos que el silencio obedece a su
desaparición.
Cuando por primera vez oí este relato, confieso sinceramente que
me pareció desatinado y no pude creerlo, pues no me cabía en la ca-
beza la existencia de una familia tan falta del sentido de la realidad y
de sentido común, en la cual todos hablasen de gastar y consumir sin
preocuparse para nada de ingresos y producción, como si pudiese exis-
tir aquello sin esto. Pero al ver lo que ahora está sucediendo en Espa-
ña ya no me parece imposible la historia de la familia china.
Seamos sinceros y estudiemos los hechos sociales serenamente, sin
prevenciones de ningún género, sin prejuicios de escuela ni de partido.
¿Qué son hoy las Casas del Pueblo y los Sindicatos allí congregados?
Si a los hechos nos atenemos, que después de todo son los que man-
dan y no engañan, y dejamos a un lado nombres, títulos, palabras,
apariencias, banderas encubridoras de mercancías y banderines de en-
ganche, la casi totalidad, si no son todas, de las referidas Casas, son me-
ros centros políticos de una política, cierto, su¿ generiSj que clama con-
tra la otra política, pero tan política como ella, aunque quizá menos
noble, pues es subterránea, de trampantojos, y en la cual se compro-
mete la tranquilidad, el bienestar y la paz de clases necesitadas y poco
cultas y en ocasiones de la nación entera. Engañar con bellas palabras,
relampagueantes frases, halagüeñas promesas a las clases cultas y aco-
modadas, a los poseedores de cultura, poder y fortuna, no es cristiano
ni honrado, pero es menos digno y menos bajo que captar la inteli-
gencia y la voluntad de masas humildes e incultas y por consiguiente
Cándidas, y a las cuales debemos todos, de una manera especial, la ver-
dad íntegra y precisa, encaminándolas por las vías del bien, ilustrando
su inteligencia, fortaleciendo su voluntad y ordenando su corazón para
324 LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS
que no se desorienten ni desfallezcan al ascender por la áspera pen-
diente de la vida. ¿Quién duda que son políticos los centros donde se
forjan concejales y diputados que fuera de allí jamás llegarían a serlo,
por no abonarlo ni su cultura, ni su talento, ni su amor sincero y ab-
negado por los intereses generales, ni su competencia administrativa,
ni su inexperimentada austeridad social y probidad financiera? Cierto
que algunos no pretenden esos puestos y no consienten que ninguno
de los suyos los ocupen, pero es para ocupar otros más cómodos, más
lucrativos, de menos preocupaciones y compromisos, como son los de
mangoneadores de esas Casas con muy variados títulos y la misma
substancialidad. Para hablar en el Parlamento y discutir los complejos
problemas de interés nacional que allí deben estudiarse, no bastan cua-
tro tópicos, cuatro frases hechas más o menos gruesas, cuatro fórmulas
vagas y generales, con cuya aplicación, en un abrir y cerrar de ojos, el
mundo queda arreglado, ni basta halagar a una clase con promesas
fantásticas y locas utopías, es preciso un bagaje intelectual especial-
mente jurídico, político y económico más vasto que el poseído de or-
dinario por los oradores de mitin y mangoneadores de las Casas del
Pueblo. En ellas estos señores se sienten emperadores, aunque sin co-
rona, tienen su corte, reparten mercedes, disponen, mandan y adminis-
tran su pequeño reinado con un poder absoluto, a veces dictatorial, aun-
que siempre en nombre de la democracia y entonando himnos a la
voluntad popular; tratan de potencia a potencia con los Poderes públi-
cos, amenazan romper y de hecho rompen sus relaciones con ellos, de-
claran la guerra y movilizan sus ejércitos... en fin, ejercen funciones de
verdaderos soberanos y hasta cobran tributos, pues no otro nombre
debe darse a las cuotas de los incautos obreros. ¿Qué más pueden desear
los que prefieren ser cabeza de ratón a cola de león, cuyo número es ma-
yor de lo que se cree? Allí encuentran ampliamente resuelto el proble-
ma de la vida, posición, influencia, consideraciones, fortuna... a cambio
de unos cuantos discursos donde se habla mal de todo gobierno divino
y humano, se pondera con frases de relumbrón y epítetos truculentos
los goces de los patronos y los sufrimientos de los obreros, se promete
un paraíso casi mahometano para el día del triunfo que se aproxima
y se entona adulador himno a la virtud, a la grandeza, a la heroicidad
de las compactas masas populares. La verdad es que el precio no pa-
rece excesivo comparado con lo obtenido por él. De estos leaders, los
LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS 325
reflexivos y con sentido de la realidad y sin la ceguera de la ambición
ilimitada, desean permanecer siempre en la oposición, siempre en la
región de la promesa y de la esperanza, girando siempre letras a lo fu-
turo, pues saben que el día del cumplimiento de las promesas, el del
vencimiento de esas letras sería el día de su bancarrota y de su despres-
tigio y caída. Es ésta una ley histórica sin excepciones y de todos bien
conocida.
¿Qué es sino política, y de la de baja ley, en una manifestación
obrera, en un mitin, al salir de una asamblea, dar mueras a la religión,
a la monarquía y a políticos honrados que aman más verdaderamente
al obrero que sus gárrulos aduladores? ¿Qué es sino política de baja
ley cooperar utilizando el arma de la huelga y del motín callejero,
donde el trabajador pierde sus haberes, se desmoraliza, pone en peli-
gro su vida para dar el triunfo a políticos intrigantes y ambiciosos que
llevan a la ruina la nación, con lo cual, no sólo no ganan las clases
obreras, sino que se les dificulta la vida? Así podríamos ir alegando
pruebas de cómo las llamadas Casas del Pueblo son focos políticos de
carácter partidista y revolucionario en la mayor parte de los casos. Allí
los fines profesionales quedan relegados al último lugar y con un ca-
rácter restringidísimo y casi negativo y una orientación desordenada.
Para convencerse de ello basta estudiar, siquiera sea ligeramente, los
programas, sus bases y, sobre todo, las peticiones o reivindicaciones
principales utilizadas por los agitadores, para arrastrar las masas obre-
ras y llevarlas adonde no irían en su mayor parte si se diesen cuenta
exacta de las cosas.
Comencemos por consignar un hecho general y muy significativo
capaz por sí solo de desacreditar las actuales orientaciones del socia-
hsmo y sindicalismo, y de esos centros donde en vez de intruír al obre-
ro y hacerle amar el cumplimiento del deber y respetar los derechos de
todos, para que todos respeten los suyos, y la sociedad resulte reunión
de seres inteligentes que mutuamente se ayudan para la realización
de sus altos destinos y no manada de fieras que se arrebatan la presa y
se despedazan unas a otras. El hecho a que nos referimos es que allí
los problemas sociales no se plantean ni se estudian tal y como la rea-
lidad los presenta, como son en sí con todas sus relaciones y derivacio-
nes, no se contemplan a la luz de los principios eternos del Derecho
natural y de la justicia, que exige el suum caique, dar a cada cual lo
326 LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS
suyo (1), allí se enfocan y resuelven las cuestiones con criterio restringi-
do y partidista, atendiendo sólo a los intereses materiales del momen-
to de una clase social, prescindiendo en absoluto de los derechos e in-
tereses de las demás clases, como si aquella sola existiese en el mundo
y le perteneciese todo lo en él existente, no preocupándose de los inte-
reses generales de la colectividad, ni de las consecuencias para lo por-
venir, las cuales han de alcanzar necesariamente a todos y en mayor
grado a los inadaptados; lo cual viene a ser algo así como matar y co-
merse la gallina que ponía los huevos.
Estudiar y resolver el problema económico mirando sólo al consu-
mo sin tomar en cuenta la producción, es algo monstruoso delatador de
absoluta incapacidad, inconcebible locura o refinada maldad en los ac-
tuantes. Hállase Europa, después de la horrible guerra que la ha deso-
lado, en un período de reconstrucción, de reorganización, de alumbra-
miento de fuentes de riqueza, de siembra abundante para preparar la
futura recolección, es decir, en un período de trabajo, de sacrificios, de
dificultades financieras, de estrecheces, y fecundas economías... ¿Y qué
es lo demandado por los obreros, mejor dicho, por sus obstinados y cie-
gos guías? Disminución de horas de trabajo, aumento de salarios, inver-
sión de muchos millones en asistencia social, como casas baratas, se-
guros diversos, centros de cultura, pensiones para instrucción... y algo
que es peor, que sin pedirlo lo realizan con la facilidad inconsciente
con que un vago se lanza a la calle para ver lo que pasa, los bárbaros
y suicidas actos de sabotage, los criminales intentos de concluir con los
creadores o mantenedores de la gran industria, la destrucción de cose-
chas y fábricas... De manera que esos conductores de masas pretenden
hacer progresar la sociedad, aumentar el bienestar humano, con la hol-
ganza, la francachela, destrucción del patrimonio social, secamiento de
las principales fuentes de riqueza y supresión de los hombres superio-
res que las descubren, las alumbran y las sostienen con su trabajo ce-
rebral tan respetable e importante como el manual: todo esto es algo
así como pretender para elevarse hasta las nubes, arrojarse al fondo
del Océano. Se hace más bien a la Humanidad en general y a los obre-
(1) No entendemos aquí por suyo lo que cada cual posee, según las leyes
actuales que pudieran variarse, sino lo que a cada cual pertenece por Derecho
natural y en justicia absoluta.
LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS 327
ros en particular, aprovechando un salto de agua, descubriendo y po-
niendo en explotación una mina, planeando y realizando una fábrica
de cualquier clase de productos, organizando empresas mercantiles
para hacer circular la riqueza y para que lo sobrante en un punto sea
aprovechado en otros donde se necesite, consiguiendo con ello que los
ricos y pobres de Madrid nos vistamos con algodón de los Estados Uni-
dos a precios económicos, y nos alimentemos con el trigo de la Argen-
tina y garbanzos de Méjico, y utilicemos el yute de la India y las ma-
deras de Noruega... que con la fundación de un millar de Casas del
Pueblo. Todo esto revela más capacidad y laboriosidad, consume más
energías y tiene más importancia para el bienestar de los pueblos, que
todos los mítines, reuniones y conciliábulos de la Casa del Pueblo y los
miles de discursos allí pronunciados.
Y no es que yo vea con malos ojos el mejoramiento material de la
clase obrera y de todas las clases en general, no; lo encuentro justo,
justísimo, lo aplaudo con toda mi alma; pero en eso, como en todo,
debe procederse racionalmente^ es decir, sin pretender imposibles, sin
usar procedimientos absurdos e injustos, sin llevar a la ruina a las Em-
presas industriales, agrícolas y mercantiles, que son las fuentes de don-
de ha de fluir la riqueza, lo cual sobrevendrá necesariamente si se traba-
ja menos y se aumentan los salarios, pues sabido es que sin la adición
de esas dificultades sucumben hoy el 75 por 100 de las Empresas. Si
la Casa del Pueblo pidiera medios para trabajar y producir en mayor
escala y mejor, para aumentar el patrimonio social, abaratar la vida»
poner al alcance de todas las fortunas los productos, no sólo de prime-
ra necesidad, sino los de mera utilidad y los de lujo, de suerte que con
diez céntimos al día se pudiera adquirir lo necesario para no pasar
hambre, y con una peseta se pudiera comer regaladamente, como hubo
tiempos en que así sucedía, por dos pesetas al mes tener espaciosa y
confortable vivienda, por cinco un buen reloj, y en esta proporción to-
das las cosas que facilitan, hermosean y hacen agradable la vida, toda
persona honrada, tado cristiano estaría al lado de los obreros, pues
nada más natural que el procurar por todos los medios posibles que el
bienestar y los goces sanos y legítimos de la vida se coloquen al alcance
de todos; pero el socialismo y sindicalismo alimentados en la Casa del
Pueblo siguen camino contrario; y no trabajando ni dejando trabajar,
oponiéndose sistemáticamente con repugnante insidia a los éxitos eco-
328 LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS
nómicos de los grandes productores, hombres de inteligencia clara y
voluntad resuelta, de actividad febril y de ininterrumpida labor, de aus-
teras costumbres y alientos soberanos (1) llevan indefectiblemente a la
ruina a las naciones, ocasionando un desequilibrio funesto entre la pro-
ducción y el consumo, que eleva de manera brutal el precio de las co-
sas; y llegará el momento en que para vestirse de percal y tomar cocido
se necesitará ser capitalista; y no debe olvidarse que por ese camino los
capitales se acabarían, porque el capital no es más que trabajo ahorra-
do, o heredado, o usurpado a quien lo ahorró. El capital no se crea sino
se trabaja y se ahorra.
No faltan gentes, aun entre las poseedoras de cierta cultura, que se
ríen de estas afirmaciones y estos negros presagios, apoyándose en no
haberse cumplido nunca y haber atravesado muchas naciones por cri-
sis sociales habiendo seguido el mundo sin graves tropiezos. Claro está
que los que así discurren suelen ser gentes que siempre han visto des-
de lejos esas crisis, y como las víctimas de ellas las entierran y no se
levantan del sepulcro a contar a los demás los horrores sufridos en la
revolución, creen exagerados los relatos, y hasta no falta quien diga:
«Ahí está Rusia, viviendo después de dos años de anarquía, sindicalis-
(1) Sólo hombres de estas o parecidas condiciones logran crear y conti-
nuar una gran Empresa donde la producción se centuplica. ¿Han visto los so-
cialistas que los obreros cultivadores de la holganza y de la juerga, asiduos
parroquianos de la taberna o del café, perpetuos moradores del círculo de re-
creo, habladores sempiternos en tertulias y mítines... que hayan hecho algo
grande en pro de la multiplicación de la riqueza para que se abarate la vida? No
deben ignorar que no es la multiplicación de los discursos, reuniones y huel-
gas como se facilita la existencia de todas las clases, sino la multiplicación de
los productos por medio de las grandes industrias, en las cuales todos presten
honradamente su trabajo, unos el de organización, otros el de dirección, otros
el técnico, otros el manual, otros el de investigación, otros el de elección de
mercados... Desde que el mundo es mundo, en todas las épocas, en todas las ci-
vilizaciones, en todas las organizaciones sociales, sin excluir la actual de Ru-
sia, la falta de productos ha elevado su precio, los ha alejado del consumo ge-
neral, reservándolos sólo para los grandes capitalistas. Cuando esos productos
son los de primera necesidad hacen imposible la vida a las clases humildes,
viniendo el hambre con un cortejo de enfermedades, miserias y muertes. Si
hay cien millones de habitantes en Rusia, seguramente noventa y nueve millo-
nes maldecirán de Lenin y sus teorías. Por eso, los que destruyen o aconsejan
destruir cosechas y fábricas, o son inconscientes o criminales, o las dos cosas
juntas.
LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS 329
mo y revolución». Eso de vivir es muy relativo; allí viven unos cuan-
tos, pasan horribles privaciones muchísimos y sucumben no pocos. Pero
ese fenómeno no invalida las afirmaciones hechas, tiene una explica-
ción muy natural. En Rusia hay muchos millones de hombres que ape-
nas se dan cuesta, si no es por el malestar y desorden existente, del
cambio de régimen, y siguen trabajando como antes; otros muchos tra-
bajan por la presión sobre ellos ejercida por las autoridades revolucio-
narias, que aunque muy demócratas de nombre, de hecho mandan con
soberano imperio, sin consentir la discusión de sus determinaciones
inapelables. Por otra parte, con ia riqueza acumulada durante siglos se
puede vivir muchos años, como el hijo derrochador tarda a veces bas-
tante tiempo en consumir el patrimonio heredado de sus padres.
Para demostrar cómo con la disminución de horas de trabajo se mar-
cha directamente a dificultar la vida, a extender la miseria, a sembrar
gérmenes de regresión a civilizaciones estacionarias y nirvanianas, don-
de van limitándose las necesidades y goces de la vida por la ausencia
de medios para satisfacerlos y hasta de fuerzas y entusiasmos para de-
searlos, cual sucesle al indio satisfecho con su taparrabos y su moris-
queta, sin extender el horizonte de sus anhelos e ilusiones más allá del
alcanzado por su vista miope, basta la siguiente reflexión de una evi-
dencia perogrullesca. Si cesase hoy todo trabajo en el mundo, salvo el
necesario para efectuar el consumo, las cosas comenzarían a escasear,
unas a las pocas horas, otras después de unos cuantos días, y al año ha-
brían muerto muchos millones de hombres de hambre, y los pocos que
quedasen en nada se distinguirían de los salvajes más primitivos que se
alimentarían con los productos espontáneos de la Naturaleza, como las
bestias en los campos. Por lo contrario, si se viviese vida intensa, y
el ingeniero, el químico, el físico, el empresario, el industrial, el comer-
ciante, los obreros manuales... trabajasen con entusiasmo hasta el límite
de la resistencia orgánica, se llegaría a crear tal cúmulo de riqueza, los
productos todos abundarían tanto, que la aferta sería muy superior a
la demanda y todo descendería de precio hasta lo inverosímil, y la vida
sería fácil para todos, si la distribución se hacía con justicia, dando a
cada cual lo suyo. De esto se deduce que a la ausencia obsoluta de tra-
bajo corresponde la ausencia absoluta de productos, y consiguiente-
mente el hambre, la miseria, la muerte y el salvajismo de los sobrevi-
vientes, es decir, la imposibilidad del vivir; en cambio, a un trabajo in-
330 LA CASA DEL PUEBLO T SUS FRUTOS
tenso y máximo por parte de todos, lo mismo de los obreros manuales
que de los de la inteligencia, corresponde la abundancia de productos,
el bienestar general, la facilidad de la vida, afinamiento de los gustos,
progreso de las ciencias y de las artes, amplitud y elevación de los
anhelos humanos, o sea la vida de las elevadas civilizaciones.
Entre estos dos distantes extremos está la multitud innumerable de
estados intermedios más o menos separados de aquéllos, pero cum-
pliéndose la universal ley de que el trabajo es fuente incesante de bien-
estar, riqueza, elevación humana...: en virtud de lo cual hay siempre co-
rrelación perfecta entre el amor al trabajo y su intensidad y el bienestar
social: siendo, por consiguiente, un empuje regresivo, un salto atrás y
un desconocimiento pleno de las realidades sociales pretender resolver
el gran problema moderno disminuyendo las horas de trabajo y con
aumento de jornales, con lo cual se va a la ruina de todos, ricos y po-
bres, hundiendo las Empresas actuales sin sustituirlas por otras nuevas
y elevando el precio de todos los productos hasta el extreipo de no haber
jornales ni sueldos capaces de soportarlo. Hoy el jornal de cinco pesetas
equivale al antiguo de tres, y el sueldo de tres mil pesetas no es supe-
rior prácticamente al antiguo de mil quinientas, y con esos aumentos
nada se ha conseguido si no es hacer morir de hambre a los desgracia-
dos empleados a quienes no se les han subido proporcionalmente los
sueldos. Al elevar el precio de la vida con el aumento de jornales y
disminución de trabajo, se hace preciso el que a todos los empleados,
a todos los que viven de un sueldo, sean maestros, sacerdotes, mili-
tares..., se les aumenten sus haberes, si no se les quiere condenar a la
miseria.
P. Teodoro Rodríguez.
(Continuará.) o. s. a.
EL TEATRO RELIGIOSO EN LA EDAD MEDIA
LOS MISTERIOS FRANCESES (^
Un procedimiento similar al indicado en nuestro artículo anterior
para el misterio de Pascua, dio por resultado la evolución y el pleno
desenvolvimiento del misterio de Navidad en el siglo XIV, prepa-
rando y disponiendo las cosas de modo que insensiblemente se diera
el paso definitivo hacia la fusión, en un solo poema dramático, de
todos los elementos antes dispersos y separados, para satisfacer el
gusto y las exigencias del público, que ya no se contentaba con menos
que con ver desarrollarse, sin soluciones de continuidad, el cuadro
completo de la vida de Jesucristo, tal como lo realizaron los grandes
dramas cíclicos del siglo XV, que estudiaremos en el artículo si-
guiente.
Ya en el siglo XIII es muy sensible la tendencia a agrupar en un
solo misterio, de dimensiones más amplias, las escenas rudimentarias
de «Los Pastores >, «Los Inocentes» y «Los Reyes Magos», del teatro
litúrgico, para abarcar en una sola representación las circunstancias
principales del nacimiento del Salvador.
Reunidas las encontramos ya en el drama de Benedictbeuern de
principios del siglo XIII, y aun con aumentos considerables, puesto
que los autores de aquella pieza, a las escenas tradicionales, añadieron
otra de «La Anunciación», completada con «La Visitación» de la Vir-
gen a su prima Santa Isabel; desenvolvieron la escena de «La Huida
a Egipto», indicada no más en los antiguos dramas litúrgicos de «Ra-
quel» o de «Los Inocentes», y dando al todo por prólogo la escena de
«Los Profetas de Cristo», construyeron el más antiguo misterio sinóp-
(1) Véase la página 365 del vol. CXIX.
332 EL TEATRO RELIGIOSO EN LA EDAD MEDIA
tico de Navidad, o por lo menos, el más antiguo de los hasta hoy co-
nocidos.
Pero el desarrollo dramático del argumento era susceptible de nue-
vas amplificaciones: el relato evangélico, la tradición, los textos apó-
crifos y el inagotable tesoro de las leyendas cristianas constituían un
filón riquísimo muy aprovechable y que, de hecho, aprovecharon muy
pronto los autores para dar a la acción una mayor amplitud y satisfa-
cer, de paso, las exigencias del espectador, más ávido cada día de re-
presentaciones extensas y detalladas.
La primitiva sobriedad y concisión del drama litúrgico, casi exclu-
sivamente lírico, fué cambiando hasta adoptar las formas espléndidas
y abundantes del poema épico o narrativo.
La primera escena que parece haberse añadido a las que consti-
tuían el misterio tradicional fué la de «La Presentación en el Templo»,
que daba pie para dramatizar la profecía del anciano Simeón; por pri-
mera vez encontramos esta escena en el Juego llamado de San Gall,
del siglo XIV, pero que, casi con seguridad, sigue en esto la tradición
de los misterios de Navidad representados en idioma vulgar durante
la mayor parte del siglo XIII. El juego de Benedictbeuern, que tantas
y tan curiosas analogías tiene con el de San Gall, está exclusiva-
mente escrito en latín; pero es sabido que los estudiantes de las gran-
des escuelas monásticas de Suiza y Alemania adoptaron muy pronto
para sus representaciones teatrales el idioma popular (1).
En Francia, como hemos dicho ya, el empleo de la lengua del
vulgo se debió más bien a la organización de las cofradías medio
eclesiásticas, medio seglares, que se formaron muy pronto, y cuya
influencia, en lo que al desenvolvimiento del drama cristiano se refie-
re, se sobrepuso por completo a la de las escuelas universitarias, con
las que, no obstante, les unían lazos más o menos estrechos.
Una segunda adición, que también aparece por vez primera en el
misterio de San Gall, pero que todo induce a creer que se introdujo
más tarde que la anterior, fué la de «Los desposorios de la Virgen y
San José>; esta escena, apenas esbozada en San Gall, adquirió des-
pués un desarrollo muy amplio, sobre todo cuando fueron interpolán-
(1) E\ juego de San Gall lo publicó Mone: Schauspiele des Mittelalfers, 1. 1,
págs. 132 y sig.— Vide Wilken, obra citada, pág. 25.
EL TEATRO RELIGIOSO EN LA EDAD MEDIA 333
dose episodios alusivos a la «Infancia de la Santísima Virgen> y hasta
alguna vez salieron a escena los padres de María, San Joaquín y Santa
Ana, como ocurre en un misterio, cuyo texto, desgraciadamente, se ha
perdido, pero que se representó en Tolón en las fiestas de Navidad del
año 1333, y en el que figuraban nada menos que 70 personajes, según
la lista que nos ha conservado el registro de un notario que, al parecer,
fué el alma y el organizador de la fiesta; el nombre de los actores nos
enseña que a la representación contribuyeron las principales famihas
de la ciudad y no pocos eclesiásticos, entre otros figuran un clérigo,
familiar del Obispo, y el Chantre de la Catedral, que hacía el papel de
San José (1).
Más tarde se introduce la escena de < Jesús entre los Doctores»; aca-
so esta adición se deba originariamente a alguno de los primeros dra-
mas cíclicos, o sea aquellos en que se intentó reunir en una sola repre-
sentación la materia de los juegos de Navidad y la de los Juegos de
Pascua; desde luego la escena en cuestión es el enlace natural y lógico
de la infancia del Salvador con su vida pública, y es sabido que esta
última, toda entera, llegó a desarrollarse en los últimos Juegos de
Pascua.
Este argumento de inducción adquiere nueva fuerza con el hecho de
que el texto más antiguo en que la encontramos sea precisamente un
misterio cíclico, el llamado Juego de Maéstricht, escrito en dialecto
neerlandés, de mediados del siglo XIV (2); pero sea de esto lo que quie-
ra, lo que es indiscutible es que, una vez introducida en las represen-
taciones, la escena de «Jesús en el Templo > se conservó, muchas veces,
aun en los Juegos exclusivos de Navidad, y como ejemplos, baste citar
una de las piezas que nos ha conservado el precioso manuscrito de la
Biblioteca Nacional, de París, titulado Miracles de Nótre-Dame par
personages (3), que estudiaremos más adelante.
La índole particularísima de los dramas incluidos en esta colección,
y sobre todo el misterio de Navidad, que entre ellos figura, y en el que
(1) Revue des Sociétés Savantes, afío 1874, 2.^ sem., págs. 259 y sig.
(2) Publicó este Juego Julíus Zacher en la colección de Haupt titulada:
Zeitschriftfurdeutsches Alterthuen, t. II, págs. 302 y sig.— V. Wilkem, pág. 172.
(3) El texto de esta pieza lo publicó Du Méril, Orig. lat. del Théátre moder-
ne, pág. 364.— Se encuentra también en la colección publicada por Gastón Pa-
rís y Ulises Robert, t. I, págs. 203 y sig.
334 EL TEATRO RELIGIOSO EN LA EDAD MEDIA
la escena en cuestión es, a todas luces, algo pegadizo y como fuera de
lugar, prueban suficientemente que ya antes de mediar el siglo XIV,
fecha aproximada de Les Miracles, se había generalizado la costumbre
de terminar los misterios de Navidad con la escena de «Jesús entre los
Doctores*.
Costumbre también muy generalizada fué comenzarles, abstracción
hecha de la escena de «Los Profetas de Cristo >, por otra alegórica que
estaba llamada a adquirir, en el drama cristiano, una importancia y un
desarrollo extraordinarios y a la que se llama escena del Proceso del
Paraíso; consistía en la dramatización de un pasaje del salmo 84 (v. 11:
Misericordia et veritas obviaverunt sibi: justitia et pax osculatae sunt.)
que la Iglesia aplica a la Redención de la Humanidad por Jesucristo,
único capaz de aplacar la Justicia de su Padre y de conciliaria con su
Misericordia.
Esta escena no figura en los juegos de Benedictbeuern y San-Gall;
pero, como la anterior, la encontramos en el drama cíclico de Maéstricht,
donde la disputa, entablada en el cielo, entre la Justicia y la Misericor-
dia, comprende más de un centenar de versos.
A primera vista, y teniendo en cuenta que el aplacamiento de la
Justicia divina sólo podía realizarse por la muerte del Justo, parece que
la escena del «Proceso del Paraíso* no podía tener lugar más que en
los dramas que abarcaran la materia de La Pasión; la mayor parte de
los críticos admiten, efectivamente, que su primera aparición hay que
referirla a los dramas cíclicos, pero lo que no admite duda es que, una
vez introducida en las piezas teatrales, se conservó, muy a menudo,
como introducción de los misterios de Navidad (1).
La adición más reciente, o la últimamente añadida, parece haber
sido la escena que podríamos llamar de «El edicto del Censo >, cuyo
personaje principal era el Emperador Augusto, al que los misterios^ con
gran precisión histórica, dan el nombre de Octaviano.
En algunos dramas toma esta escena un desarrollo notabilísimo por
la introducción en ella del personaje de la Sibila y por el desenvolvi-
(1) Esta es la opinión más corriente o casi generalmente aceptada; pero no
deja de tener fuerza la contraria, sobre todo si no se olvida que el salmo 84
forma parte de la liturgia de Navidad. — V. Petit de Julleville, Les Mysteres,
tomo II, pág. 359, nota.
EL TEATRO RELIGIOSO EN LA EDAD MEDIA 335
miento dialogado de una leyenda popularisima en la Edad Media, se-
gún la que esta Sibila había anunciado al Emperador el nacimiento del
Mesías; pero como también figuraba este personaje en la escena de «Los
Profetas de Cristo», fuente de «El Viejo Testamento», la escena de Oc-
taviano se acopló a este último ciclo, que, por su origen, se relaciona
con la liturgia de Navidad, aunque, en todo rigor lógico, sólo debiera
figurar en un drama de La Pasión y Resurrección o en las piezas pro-
piamente cíclicas.
Fuera de estas escenas nuevas o añadidas, el ciclo de Navidad fué
desarrollándose por la amplificación de otras indicadas no más en los
dramas primitivos; se dio también una noticia más extensa y detallada
de las circunstancias que rodearon los hechos del Salvador según el re-
lato evangélico; se fueron introduciendo, poco a poco, elementos nue-
vos, proporcionados por las leyendas apócrifas y, hasta sin escrúpulos
de ningún género, los autores de los misterios se dieron a imaginar,
por cuenta propia, historias piadosas, salvando únicamente la verosi-
militud, entendida, claro está, según el criterio y las costumbres de un
tiempo en que la moralidad no era ciertamente muy recomendable;
pero la fe arraigaba muy en lo hondo de las almas.
La primera parte del misterio, o sea «La Anunciación> y «El Naci-
miento del Salvador», fué creciendo gradualmente: primero se versifi-
caron las palabras del Ángel a San José; después se relató El Viaje de
los santos esposos de Nazaret a Belén, intercalando la. escena de la
busca de hospedaje, que dio lugar, en no pocos juegos, a observaciones
satíricas muy desarrolladas contra la proverbial avaricia, por lo visto
muy antigua y de todos los países, de mesoneros y mozos de posada;
más tarde se dramatizó la leyenda de Zebel y de Salomé, la increduli-
dad de la última, su castigo y su curación por la intervención de la Vir-
gen, leyenda que, entre paréntesis, constituye el argumento del Miracle,
arriba indicado.
La Adoración de los Pastores se desarrolló en un cuadro amplísimo
de vida campestre, de un bucolismo sano, aunque no pocas veces de-
generara en escenas, un tanto y más que un tanto, subidas de color, en
su afán de copiar costumbres muy reales y muy propias de la época y
de los personajes, pero que nosotros no acertamos a comprender cómo
podían tolerarse en una representación religiosa y que a todas luces
perseguía un fin moralizador.
336 EL TEATRO RELIGIOSO EN LA EDAD MEDIA
Quédese este punto, muy digno de estudio, para ocasión más opor-
tuna, que no dejará de presentarse en el curso de nuestro trabajo y con-
tentémonos con dejar sentado aquí que esa nota, exageradamente realis-
ta, sólo tiene carácter episódico, pues el tono dominante, aun en las es-
cenas en que intervienen pastores o personajes que pertenecen a la más
ínfima escala social, es de un idealismo candoroso, reflejo más o menos
fiel de las invenciones arcádicas, que por aquellos tiempos habían
puesto en moda troveros y juglares.
A la escena de «Los Reyes Magos» se la rodeó de todas las circuns-
tancias que proporcionaban la tradición y la leyenda; Melchor, Gaspar
y Baltasar se presentaban con lucida escolta de caballeros, con toda la
fastuosidad de los príncipes de la Edad Media y se representaba su via-
je sin que faltara el más mínimo detalle, que hubiera podido ser obje-
to de la censura del público, entonces ya no poco exigente.
El personaje de Herodes, rodeado continuamente de consejeros, es-
birros, espías, soldados y verdugos, reproducía en la escena el cuadro
de alguna de las cortes de los reyes tiranos: de Carlos el Malo y de al-
gunos de los llamados crueles por la historia; la Degollación de los Ino-
centes se prestaba a amplificaciones de una ferocidad desenfrenada de
la soldadesca, y a los misterios pasaron, efectivamente, cuadros poco
edificantes calcados en las costumbres corrientes de los salteadores de
caminos y de los aventureros de las grandes compañías, más o menos
blancas, que juegan un papel tan importante en todas las luchas de
aquel siglo.
Una leyenda muy antigua daba como segura la inclusión entre las
víctimas de Herodes, de un su hijo todavía en la cuna y que murió por
el descuido de una de las sirvientes; la tradición pasó a los dramas,
dando lugar a una serie rimada de lamentaciones de la nodriza del jo-
ven príncipe y a la desesperación del tirano, que se suicida y cuya alma
se llevan los demonios al infierno en medio de una algazara indescrip-
tible.
La aparición de los diablos en el teatro religioso es antiquísima, los
encontramos ya en el siglo XI en el misterio del Esposo; tienen relati-
va importancia en El Adán y en el drama de Benedictbeuern; pero en
los misterios de Navidad y de Pasión, del siglo XIV, las escenas de
diablería adquieren un desarrollo tan enorme que dieron origen a una
tradicióii que recogen más tarde los autores de los grandes dramas cí-
EL TEATRO RELIGIOSO EN LA EDAD MEDIA 337
clicos del siglo XV, llegando a constituir uno de los rasgos caracterís-
ticos y casi esenciales de aquellos grandes espectáculos y cuya influen-
cia se refleja en otras ramas de la literatura de los últimos tiempos de la
Edad Media.
En el artículo siguiente veremos que el ciclo de Navidad formaba
la primera jornada de los grandes misterios franceses; pero hubo tam-
bién, aun en pleno siglo XV, representaciones separadas de la materia
propia de aquella festividad; el año 1474 se representó, con gran es-
plendidez, en la plaza del Mercado Nuevo de Rouen, el misterio de
La Encarnación y del Nacimiento; es más: esa parte del drama reli-
gioso puede asegurarse que fué siempre la predilecta y la preferida por
el pueblo sencillo y creyente, y siguió representándose, sobre todo, en
los pueblos, separados de las grandes urbes, hasta muchos años des-
pués de la crisis que dio al traste con los misterios y casi casi hasta
nuestros días. Du Meril ha reproducido el texto de una Pastoral sobre
el Nacimiento de Jesucristo, impresa en Saint-Malo y en Avignon du-
rante el primer Imperio, y que él recordaba haberla visto representar
cuando era muy niño.
Se abre esta pieza con la escena en que la Virgen y San José bus-
can alojamiento en que hospedarse, en la que hay un diálogo curiosí-
simo entre el huésped, su mujer y una criada.
El edicto de Augusto ha llevado a Belén a grandes personajes de
los contornos, y muy orgulloso el posadero al ver que invaden su casa
personajes de cuenta, prohibe a su mujer y a la criada que admitan
huéspedes que no lleguen con grande séquito y aparato prometedores
de pingüe ganancia; en aquel momento llaman a la puerta la Virgen
y San José; el hostelero, al ver que se trata de gente de humilde condi-
ción, se cierra de banda, y a pesar de la insistencia de las dos mujeres,
a las que la modestia de la Santísima Virgen ha impresionado profun-
damente, pone fin a la discusión, retirándose, con los versos siguientes:
«Fermez, fermez la porte,
Nous ne logerons point des gens de cette sorte.»
Como se desprende del mismo título de la pieza, abundan en ella
escenas y diálogos pastoriles; son muy notables los de los pastores
que, invitados por el Ángel, van a Belén a adorar al Niño-Dios recién
nacido, que guardan analogías sorprendentes con muchos villancicos
22
338 EL TEATRO RELIGIOSO EN LA EDAD MEDIA
populares que todavía se oyen en las aldeas, lo que ha hecho suponer
que esos cantares del pueblo son fragmentos, más o menos alterados,
de los antiguos misterios, que olvidaron completamente los eruditos y
literatos durante siglos enteros, pero que conservó con esmero el pue-
blo, encariñado siempre con sus tradiciones.
El desenvolvimiento popular de los juegos de Navidad fué consi-
derable en toda la Europa cristiana, sobre todo en Alemania y España;
pero no adelantemos los acontecimientos, que ya les llegará el turno
cuando estudiemos el Teatro religioso en los demás pueblos de la
Europa medioeval.
P. Raimundo González.
o. s. A.
(Continuará.)
REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
CÓDICES LATINOS PROCEDENTES DE DON SILVESTRE
MAUROLICO
Por Marzo del año 1582 vino D. Silvestre Maurolico a Madrid para
ofrecer a Felipe II los libros impresos y manuscritos que había com-
puesto su tío D. Francisco Maurolico, de gran fama y sabiduría por
aquel tiempo, y a la vez pedir para sí alguna merced en recompensa
de ellos. Todo esto consta en la siguiente carta de Granvela a Mateo
Vázquez, en Lisboa.
«111.^ señor:
No sé si ha venido a noticia de V. m. el nombre del Abad de Megina
fran.c° Maurolico celebérrimo matemático y famosísimo en toda Italia
y en muchas partes de Europa. El ha compuesto diversas obras, algu-
nas dellas son puestas en estampa y otras muy muchas no lo son aún.
Aquí ha venido su sobrino clérigo de missa, que después de la muerte
del dicho Abad ha procurado de recoger los libros no aún impresos, y
de los que son impresos ha traydo algunos exemplares los quales me
ha consiñado para embiarlos a V. m. porque los presente a su M.^ jun-
tamente con [un] plieguezillo suyo en que deue de yr nota de los libros
no aún impresos, por sus trauajos que como verá y de lo impreso y de
la nota de lo que aún no lo es, esperaua el tío que se le haría alguna
merced. Y hauiendo entendido aquí este su sobrino, que hauia la
abbadia de la blaca, que algunos capellanes no hauian querido acep-
tar por no quererse obligar a la residencia esta pide él y espera que
yrá oy o con el primer ordinario la consulta. Dessea él esta Abbadia
para recogerse en ella y atender a la impresión de los dichos libros
que faltan. El es hombre de buena apariencia y de letras. Concurriendo
tantas cosas, merece el favor de V. m. a quien le encomiendo quanto
340 REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
puedo. Guarde nro. s.^^ la 111.^ persona de V. m. como dessea. De Ma-
drid a postrero de Margo 1582. ser.^^^de V. m. Ant. Card. de Granuella.
Fuera dice Felipe II: auisadselo al c.^* y el recibo y gracias de los li-
bros.» {Archivo del Conde de Valencia Don Juan).
Acaso el mismo D. Silvestre Maurolico se ofreciera a Felipe II para
recoger por Italia libros para traerlos a la Biblioteca del Escorial, o el
mismo Rey se lo encomendara en vista de sus cualidades y condicio-
nes. Del año 1583 existe la siguiente carta de Felipe II:
«A los Ministros de su M.^ de muchas partes y sus Reynos por el
Doctor Silvestre Maroli frayle de Sant lorenzo que va a buscar libros
para la librería del.»
Dentro:
«Al embaxador en Roma.
Yendo el doctor don Silvestre Maroli a essas partes a buscar ciertos
libros para la librería de sant lorengo, y a imprimir unas obras que ha
hecho he querido scriuiros con él y ordenaros y mandaros: le tengáis
por muy encomendado para fauorescelle assi en lo que toca a los di-
chos libros e impression de sus obras, como en todo lo demás que se
le offresciere de que rescibire yo mucho servicio. De Madrid a 29 de
Agosto 1583.
Iden a los embaxadores de Genova, Venecia y Alemania, Gouer-
nador de Milán y Virreyes de Ñapóles y Sicilia.»
No sé cuándo volvió a Madrid D. Silvestre Maurolico a traer los li-
bros y manuscritos que en bastante cantidad había recogido por Italia.
Debió venir por el año 1596. En el Ms, L. I. 13, fols. 151 y sigtes. se
conserva el memorial de. ellos. Yo solamente copiaré de él los títulos
de los códices latinos.
^Memorial de los libros que traxo el Doctor Don Syluestro Marolo,
manuscriptos que no se hallan en la librería de S. Lor."
Latinos.
Vita Alexandri magni, Auctore Demosthene.
Romuleon de gestis Romanorum.
Bricordius in nouum testamentum.
Michael Bononens. in Psalm.
REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL 341
Ricobardi Chronica de septem etatibus.
Jacobus de Gesolis de ludo scacorum methaphorice.
Diuus Bernardinus de Sena de contractibus.
Petrus Pintor de praeseruatione et curatione pestilentiae.
Sententia contra Templarios, cum testamento Friderici Imperatoris.
Joannes Mensuratus de septem donis Spiritus Sancti.
Raphael Blandolinus.
Testamentum nouum cum quibusdam annotationibus.
Opera S.^' Dionysii Areop. traducta per Ambros. monachum.
Porchetus contra Judeos.
Alengarius.
Braduardi Geometria.
Gratiadei in Phisicos 8.
Enricus Veneius de virtutibus.
Umbertus de tribus votis.
Bernardus de Sena de sacra Religione.
Alexander de Alexandria in Joannem.
ídem in tres libros de anima.
Computus manualis.
Vitae quorumdam Sanctorum Patrum.
Tragediae Senecae cum annotationibus.
Priscianus Lisdius in Theophrastem de anima.
Arbor virtutum ac vitiorum et aliorum.
Postilla super Apocalip. auct. magistro Vitale.
Jordanus de mathematicis.
Joannes de Deo de penitentia, amix."* et alus.
Sylanus de Nigris de medicina.
Cathalogus de subditis R.^^ ecclesiae.
Egidius Prior de canone missae.
Laurentius Rugius de natura equi.
Fr. Barthol. de S.*° Concordio de casibus conscientiae.
Viridarium consolationis.
Isídorus de summo bono.
Fr. Francisci de Abbate postillae.
Ludouici Bucaferrei in Physicam et de generatione et de paruis na-
turalibus et de coelo et mundo quatuor volumina.
Lotarius de miseria humana et Alanus de contione.
342 REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
Marsilius Ficinus in Trimegistrum.
Volumen de secretis secretorum Aristot. nuncupatum.
Turrecremata de penit.^
Fr. Nicolai de Trebet in Boetium de consolatione.
Fr. magistri Floriani de anima.
Flores S. Augustini per Franciscum Maioronem.
Expositio legum de Toro et concordantia aliarum legum.
Heli Auenrage de juditiis astronomicis.
Nonaginta epistolae magni Turchi.
Bellum Alphonsi 2 regis contra Pandulphum.
Uncinus de partibus medicinae.
Descriptio Insulae Cypri per Franciscum Sabornianum.
Lentilarius per Petrum de Canibus.
Flores S. Hieronymi P. nostri.
Imago mundi S. Anselmi.
Jacobus de legibus, gallice.
Compendium moralis philosophiae incerti autoris.
Buridanus de anima.
Joannis Montis Doca de anima.
Francisci Jupi in fábulas Esopi Alegorice.
Vita Christi.
Practica citeriae per miser Matthiam.
Petrus Bellon de mirabilibus quorumdam Regionum.
Miracula S. Bernardini de Sena.
Genealogia Regum Francorum et Aragoniae et aliorum.
Officium Angeli custodis.
Matthei Bosii de veris ac salutaribus gaudiis.
Joannis Litembergi pronostica.
Stimulus diuini amoris per Jacobum Mediolanensem.
GuUielmus Murellus in hymnos ecclesiae.
Deploratio depositionis cuiusdam Imperatoris.
Paraphras. in Arist, incerti auctoris.
Original uno de los que enuio por su Reyno don Alonso de las leyes
que hizo en Alcalá.
Ptolomeus de astris.
Sermones vetustissimi. *
Reuelationes S.^^ Catharinae de Sena.
REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL 343
Víctor Uticensis episcopus de gestis Wandalorum Regum.
Joannes Cicada de vita Caesaris et Pompeii.
Flores Francisci Petrarchae cum itinerario eiusdem.
Los que se hallan en la librería de S. Lor.^ manuscríptos.
Turrecremata summa ecclesiae.
Geraldus Odonius super Eticam.
Bocatius de mulieribus.
Tullius de oíficiis.
Epistolae Ciceronis.
Comentaria Caesaris.
Dialogi S. Gregorii.
Sermones magistri Peraltae.
Titus Libius ab urbe condita.
ítem de bello macedónico.
ítem de bello púnico.
Epistolae S. Hieronymi.
Titus Libius de bello púnico, aliud volumen.
Horae B. Marie Virginis 2 volumina.
Crónica martiniana.
Meditationes et reuelationes S.*^® Mectildae.
Psalterium.
Psalterium S. Hieronymi.
Biblia.
Obras de SM Catalina de Sena.
Tusculanae quaestiones.
S. Augustinus de duodecim abusiuis.
Meditatio passionis Jesu Christi.
Vita S. Hieronymi per Eusebium.
M. C. ad Brutum.
S. Ambrossius de iniciandis mysteriis.
Brebiarium illuminatum Nicolai 4 ut fertur.
Cosmae episcopi Mayhumensis in Philosophiam.
Epístola Samuel contra Judeos.
344 REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
Fragmentum S. Hieronymi de fide.
Epistolae Senecae.
De aucupio paruum...»
En el Ms. de la Biblioteca Nacional, de Madrid, 9-98 fols. 66 y 67 se
encuentra un Aduertimiento del doctor Valuerde sobre los libros que
ha traído don Siluestrey dirigido probablemente a García de Loaisa y
de él voy a transcribir lo que interesa a mi propósito:
«Muylll.® S.o^
En pago de la merced que recibo siempre que V. m. me da ocasión
de ver cosas que toquen a las letras y libros mayormente concernientes
a la librería de su Real Mag.'^ diré lo que visto el Memorial de lo que
aora se ha traydo se me ofrece, y es que el fin y principal intento que
tuuieron los Antiguos en hacer grandes librerías, fué para recoger en
ellas las obras y Originales de los Antiguos Doctores de la yglesia,
para las ocasiones que se ofrescían cada día contra los Hereges, seruir-
se de ellos, sacándolos de las librerías auténticas... (Pone después va-
rios ejemplos en confirmación de esto y concluye:) Digo esto para que
se entienda el fin que hubo de formar grandes librerías y el delecto o
election que a de hauer en ello. Y assi desta minuta que aora he visto
me da pena que de 186 volumines que se nombran no hallo yo veynte
que sean de mucha estimación y momento, porque de solos nueue que
hay Griegos solo el 1.°, 3.° y 9.** se pueden estimar. Los demás andan
vulgares y impressos. De los latinos puedo dezir a V. m. que me ha des-
placido mucho ver que de quatro partes de ellos, las tres son vulgares
y impressos, y que no era menester yr fuera de España y estoy por de-
zir de Madrid para juntarlos. A lo menos en ninguno desta minuta ha-
llaríamos en un menester el socorro para que los juntaron los Antiguos.
Y a las Illuminaciones que traen algunos dellos, podría dezir el Biblio-
thecario lo que dixo S. Gerónimo: teneos vosotros vuestros libros do-
rados y illuminados et lítteris uncialibus scriptos, que yo los míos quie-
ro pululados y carcomidos. Esto es lo que siento para con V. m, cuyo
seruidor soy.— Bart. Valuerde. > Graux conoció este Advertimiento de
Valverde y publica lo que se refiere a los códices griegos, pero equivo-
cadamente dice que está dirigido al Rey.
Los códices latinos que aún se conservan de los que trajo D. Silves-
REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL 345
tre Maurolico se encuentran en las signaturas siguientes: b, III. 6, e, IL
2, g, III 27.
CÓDICES LATINOS PROCEDENTES DEL MONASTERIO DE N.^ SE-
ÑORA DE GUADALUPE
El Doctor Bartolomé Valverde, como se verá, fué el que indicó a
Felipe II que en el monasterio de nuestra Señora de Guadalupe había
algunos libros de mano antiquísimos o de autores de fama y doctrina,
que allí eran tenidos en poca estima y hasta estaban perdiéndose, como
él mismo había visto y había oído decir a algunos monjes. Graux en su
Essai habla en varias ocasiones del Dr. Valverde en su relación con
los códices griegos del Escorial y publica en el apéndice n.° 19 la «Re-
lación de lo que el Dotor Valverde hizo en S. Lorengo el Real cerca de
lo que se le mando por orden de Su Mag.^ en la librería, y parecer
della a 20 de deziembre de 1586.> Se refiere al examen y cotejo de los
códices griegos de D. Antonio Agustín con los entonces existentes en
la Biblioteca del Escorial, y juicio acerca de ellos, y de la conveniencia
o no de adquirirlos por las razones allí alegadas. Después el agustino
P. Félix Pérez- Aguado, que fué auxiliar de la Biblioteca por algunos
años, publicó en la revista La Ciudad de Dios, tomo 43, págs. 81 y 561,
y tomo 44, págs. 98 y 264, un estudio acerca del Dr. Valverde, aunque
incompleto por falta de datos, como él mismo dice, pero lo bastante
para poder conocer la personalidad literaria de dicho Doctor. Reprodu-
ce al fin la <Relación> que había publicado Graux. No se sabe si tam-
bién dio su parecer en los códices latinos del mismo D. Antonio Agus-
tín, pero sí se conoce, como en su lugar se verá, lo que dijo de los có-
dices latinos traídos de Italia por D. Silvestre Maurolico para la Biblio-
teca del Escorial.
Carta del Dr. Valverde a Felipe II.
t
«S. C. R. M.
El dotor Valuerde a quien V. Mag. hizo merced seys años ha, de
aceptarle por su Capellán, y mandar fuesse a seruir de lo mesmo a la
Sereniss.^ Emperatriz, dize que a hecho lo que V. M. le mandó, assis-
346 REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
tiendo a su seruicio hasta el dia de hoy, con el trabajo que V. R. M. po-
drá entender de su enfermedad, y largo camino, y algunas obras que
contra hereges ha impresso, y porque para las necessidades del quoti-
diano sustento suyo, criados y caualgaduras en tan larga jornada se
huuo de endeudar y aora se le recrece mayor gasto según que su de-
cencia, y obligaciones de corte lo requieren y no tiene otro censo ni pa-
trimonio ni se le ha dado otro socorro ni ayuda mas de lo de Capellán
de V. Mag. y lo que demás desso yendo a Alemania V. Mag. por su
real cédula le señaló cada un año durante su seruicio: suplica humilde-
mente a V. M. atento lo que como humilde y fiel criado ha hecho en
seruicio de V. M. mande para esta necessidad y deuda presente se le dé
lo que se le deue de los gajes sobre lo de la capilla, y para passar ade-
lante prosiguiendo los estudios de las diuinas letras que siempre ha pro-
fessado suplica a V. M. lo ordene algún modo de biuienda y sustento
con que sirua a V. M. y acabe de imprimir lo que tiene escrito, y escriue
en seruicio de la S> Religión, y assi lo espera de V. M.
Dize también que hauiendo V. Mag. hecho tan gran beneficio a toda
la Christiandad, y obligado a todo el mundo en darle, lo que apenas en
un rincón de España se hallaua, es a saber las Diuinas Escrituras en
todo genero de lenguas, y con obra tan inmortal y tan desseada hauien-
do satisfecho la sed del Christiano, Griego, Judio y Caldeo, pues por
este singular beneficio cada uno en su lengua goza de la ley de Dios.
Visto tan manifiesto el santo zelo de V. R. M. acerca de las Sagradas
Letras: dize que hauiéndose perdido con el tiempo muchas obras y tra-
tados de los Sagrados Doctores que las declarauan halló aora en el mo-
nasterio de N.^ S.^ de Guadalupe un volumen antiquissimo en Letra
Gótica que contiene en si doze libros de exposiciones, glossas y decla-
raciones sobre el Apocalypsis, collegidas de los Sagrados Doctores que
se perdieron, y a lo que del Prologo y parte del principio que ley, y ten-
go aqui se collige parece y es assi un gran tesoro este libro, y digno de
que V. M. tenga noticia por lo que importarla al bien común saliese a
luz y se comunicasse al mundo so el amparo y glorioso nombre de
V. Mag. mandando también ver y escudriñar lo demás que en aque-
lla S.*a casa puede hauer precioso en este género, pues un religioso de-
Ua me certificó que en rincones y desuanes della hay gran copia de li-
bros de mano antiquísimos, y muchos dellos gastados, y consumidos
por no verse ni tratarse.
REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL 347
I porque el invictissimo y glorioso piogenitor de V. R. M. con aquel
santissimo zelo que V. Mag. heredó, mandó en su vida, sacar a luz las
obras de aquel excellente varón que llaman el Tostado, y las hizo im-
primir a su costa, mandando al Doctor Polo Canónigo de Cuenca fuesse
para este effecto a Venecia, y assistiesse a la impression, y estas obras
por su sana y sustancial doctrina fueron tan vendibles que poco tiempo
después no se hallauan, ni aora sino en algunas particulares casas de
religiosos se hallan, y demás desto por hauer escrito el dicho doctor otras
muchas, que ni entonces ni después jamas se imprimieron, como son
De errore benedictionis Isac
De amore et amicitia
De fatis Medeae
Descriptio terrae Sanctae
De mullere sarracena ad judaismum conuersa
De anticipatione Paschae
De indulgentiis
De reformatione ecclesiae
De potestate papae &c.
y destas que nunca se han visto yo he hallado en ciertos Originales de
mano del monasterio algunas como es la de errore et benedictione
Isac que tiene seys pliegos de papel y empiega assi: Tantam veneratus
magnitudinem, nec jussa subterfugere volui, nec si ullatenus subterfu-
gere fas foret, id mihi collibitum esset y otra de anno et die mortis
Christi, et anticipatione caenae Domini que tiene nouenta y nueue Ca-
pítulos, y ciento y veinte hojas grandes. La tercera de amore et amici-
tia, dirigida al Rey Don Juan, obra maravillosa, tiene ciento y treynta
y tres Capítulos. Sup.^o a V. Mag. mande ver y considerar el bien y
prouecho uniuersal que resultarla de tornar a imprimir las dichas obras
añadiendo las que nunca lo fueron, pues ya no hay quien las pueda
alcangar por no hauerse hecho otra impression mas de la que mandó
su Mag. del Emperador de gloriosa memoria, y si se diesse orden que
algún hombre docto quitasse y cercenasse a una parte todas las quis-
tiones, digressiones, disputas, y historias que él mezcla y entretexe en
el discurso de sus Commentos, y dexasse a otra la pura y clara declara-
ción suya que da al Sagrado Texto, seria cosa a mi parecer preciosissi-
ma y importantissima, para los que ni le pudiessen leer ni comprar
todo entero.
348 REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL
Y por lo que toca también a la gloria y honrra de nuestra nación
digo que el Doctor Alonso de Falencia Coronista que fué de los Reyes
Cath.os en una obra suya que hay en el dicho monasterio que dize
hauer hecho por mandado dellos mesmos, allega y cita las siguientes,
y dize que las tiene compuestas
De la antigüedad de la gente Española diez libros.
Del imperio de los Romanos en España y ferocidad de los Godos, y
crueldad de la gente mahomética diez libros.
De los nombres antiguos de las provincias y rios de España y como
se perdió la memoria dellos.
Anuales de la guerra de Granada.
Costumbres y supersticiones de las Islas Canarias.
De los lisongeros y falsos títulos y epithetos.
De la sufficiencia que han de tener los Capitanes y Embaxadores &c.
y por estar cierto que ninguna obra destas se ha visto, ni salido a luz,
como criado tan afficionado a la grandeza y gloria de V. Mag. y el bien
uniuersal de sus reynos y señoríos me moui a dar noticia de lo susodi-
cho a V. R. M. con la deuida reuerencia y acatamiento que deuo, y es-
pero que V. M. conocerá la voluntad y animo que a ello me mueue,
zeloso solo del seruicio de Dios y de V. S. R. M. cuyos pies beso humil-
demente.—De V. M.— humilde Capellán y criado.— Bartolomé Valuer-
de.> (Archivo del Conde de Valencia Don Juan.)
A Felipe II debió agradarle la idea del Dr. Valverde, como le agra-
daban todas las buenas y grandes empresas en gloria de la Religión y
de España, y dio a estudiar la carta pidiendo el parecer de ella. Se con-
serva parte del parecer que se publica, pero no sé de quién es. El
P. Eustasio Esteban, que es quien le copió del archivo de Zabalburu,
dice que es de letra del que era obispo de Osma el año 1583. Don Al-
fonso V. Velázquez fué trasladado de Osma a Santiago el 9 de Marzo
de 1583, y D. Sebastián I. Férez fué presentado para obispo de Osma
en Eliciembre de 1582.
«a lo primero que trata de los libros antiguos que vio en guadalupe,
no dudo sino que podría auer algunos buenos de mano puestos al rin-
cón y en desuanes, porque es assi que quando pusieron en la librería
los libros mejores que aora tiene, sacaron della muchos de mano y los
pusieron en unos desuanes como saben todos los frayles antiguos, y en
tanta abundancia suele auer algunos muy buenos. Descendiendo al
REAL BIBLIOTECA DE EL ESCORIAL 349
particular el libro sobre el apocalypsi si es de buenos autores seria muy
prouechoso publicarse, y asi conuernia primero examinarse por hom-
bres doctos theologos.
De las obras del tostado ay falta porque quando se truxeron a es-
paña de venecia se perdieron muchos en la mar, es libro de mucho
prouecho y que se despachara poco (?) faltan muchas obras por impri-
mir que están en guadalupe y en el colegio de S. Bartolomé en sa-
lamanca donde dizen que fue colegial y después maestrescuela, mas lo
que se imprimiese auia de ser examinado primero lo que no está im-
preso y entero como él lo dexó, porque quitar y poner no es Hcito en
obra agena sino es quitando faltas, y sacar de un autor cosas y dexar
otras, es del estudio particular de quien le lee, y no de quien le ympri-
me con fidelidad.
Los libros del chronista alonso de Falencia son de muy buenas ma-
terias y si las obras respondiesen con los títulos examinándolas hom-
bres doctos serian de mucho prouecho, porque destas mismas cosas
después acá se a descubierto mucho y bueno. > (Zabalburii.)
Se conservan todavía los siguientes códices latinos procedentes del
Monasterio de Nuestra Señora de Guadalupe:
Q, IV. 23. S. Isidori Hispalensis de ortu et obitu Patrum, de ecclesias-
ticis officiis. S. Anselmi Cantuariensis epístola de sacramentis Ecclesiae.
f. IV. 8. S. Isidori Hispalensis synonimorum libri II, sententiarum
libri III. S. Bernardi Claraevallensís de conscientia aedifícanda sive de
interiori domo tractatus. S. Augustini sermones dúo.
/?. //. 9. S. Isidori Hispalensis quaestiones in Vetus Testamentum.
Daretis Phrygii vastatio Trojae.
Aunque no tiene procedencia el códice &. II. 5, es posible que sea
al que se refiere el Dr. Valverde en su carta a Felipe II, pues contiene
S. Beati de Liebana explanatio in Apocalypsim, de letra minúscula vi-
sigótica.
También el códice f. II. 11, Alfonsi de Falencia díctíonarium Jatíno-
hispanum,que tiene al fin:Mentío laboris praeteriti et ulterioris propositi.
Del Tostado se conservan cinco códices castellanos.
F. Guillermo Antolín.
o. S. A.
LA COSTUMBRE COI FUENTE DEL DERECHO PENAL
(conclusión)
9. — Si la ley podía impedir estos efectos derogatorios, o más bien
la formación de una costumbre futura en contra, fué también discutido
por los antiguos tratadistas. Que la ley tiene eficacia para derogar la cos-
tumbre anterior, sólo pudo ser discutido por los que exigían la necesi-
dad de ser aceptada la ley para su validez, porque en caso de no serlo,
no obligaba, y ningún efecto derogatorio de la costumbre podía produ-
cir. Así lo afirma expresamente Acevedo, en el supuesto de no ser acep-
tada la ley y contando con el consentimiento ^tácito del legislador (1).
La principal dificultad es la que se refiere a la costumbre futura con-
tra la ley, cuando ésta la prohibe, como ocurría con frecuencia en el de-
recho antiguo y como lo practican aún muchas leyes modernas. ¿Qué
valor puede concederse a la cláusula derogatoria, o más bien prohibi-
tiva, de la costumbre futura contra la ley? ¿Podrá, a pesar de esto,
formarse una costumbre con efectos derogatorios de la ley? Considera-
da la cuestión en sus términos absolutos, la sentencia negativa fué la
seguida por la generalidad de los autores (2), fundada, por una parte,
en la necesidad del consentimiento tácito del legislador para la costum-
bre, que aquí falta, y por otra, en la inutilidad de la prohibición legaU
si a pesar de ella y contra ella pudiera prevalecer la costumbre.
(1) «Est tamen advertendum quod, si lex regia vel alia quae similem clau-
sulam consuetudinis derogatoriam haberet, nunquam fuit receptam per popu-
lum, contra eam ante et a principio et post facientem, sciente ejus conditore
et non contradicente, non ligabit talis.> Commentariomm juris civilis in Hispa-
niae regias constitationes, lib. 11, tít. 1, in leg. III, núm. 23.
(2) Entre los españoles, quizás el que más decididamente defendió la opi-
nión opuesta fué Bartolomé Medina, Expositiones in 1. 2. Divi Thomae, 1581 ^
quaest. 97, articulo III.
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 351
No obstante, para resolver la cuestión, los tratadistas acuden a va-
rias distinciones. Ante todo, es preciso saber si la ley se concreta a pro-
hibir la costumbre en contra, o la prohibe y reprueba como irracional.
En el primer caso, puede introducirse costumbre contra la ley y llegar a
derogarla, porque la simple prohibición de la costumbre no prueba que
sea irracional, sino que suele hacerse ad cautelam y para poner un
obstáculo a su formación, dirigiéndose especialmente al juez (1). En el
segundo caso, esto es, cuando la ley no sólo prohibe toda costumbre
en contra, sino que la reprueba como irracional, nunca puede prevale-
cer contra la ley, fuera del caso en que, por cambiar las circunstancias,
llegue a ser racional y conveniente lo que antes no era (2).
Castro-Palao se muestra más refractario a admitir la costumbre con-
tra ley cuando se presenta el obstáculo de la cláusula derogatoria (3);
rechaza por improcedente la distinción indicada entre la simple prohi-
bición y la reprobación de costumbre, y no juzga explicación satisfac-
toria suponer que la prohibición de la ley se dirige a los jueces, sino
que lo que intenta el legislador es que la costumbre no prevalezca con-
tra la ley y se asegure su cumplimiento (4). Admite, sin embargo, que
(1) «Nota... consuetudinem non reprobatam a lege posse legem vincere,
licet lex praecipiat consuetudinem non introduci. Quod enim consuetudo pro-
hibeatur non indicat consuetudinem esse irrationaiem, sed fieri solet ad ma-
jorem cautelam non permittendi usum contrarium... et ministri justitiae te-
neantur eam (consuetudinem) non permitiere, nisi ad evitanda majora mala.»
Salas, ob. cit, disp. XIX, sect. VII, núm. 71.— Lo mismo Vázquez, Commenta-
riorum, disp. 177, cap. VIII, núms. 72-73; Azpilcueta, comment. de spoliis,
§ XV, núm. 8; Gregorio López, etc.
(2) Con algunas variaciones accidentales, esta es la opinión sustentada por
Suárez, ob. cit. lib. VII, cap. XIX; Salas, lugar cit.; Covarruvias, Vázquez y
Azpilcueta, lugares cit.; Burgos de Paz, Ad leges Tauri, lex 1.% núms. 464 y
479; Juan Gutiérrez, etc.
(3) «Consuetudo vi sua non habet auctoritatem derogandi legi, sed ex con-
sensu et volúntate legislatoris; at legislator expresse manif estat se nolle con-
suetudinem huic legi praevalere, ergo nullo modo praevalet.» Ob. cit. tract.
III, disp. III, punct. IV, § II, núm, 6.
(4) «Non enim existimo esse sufficientem rationem reprobandi consuetudi-
nem, ut dixit Suárez, specialiter advertere judices et gubernatores ne per-
mittant usum contrarium, satis enim hoc ipsa lege advertitur; sed credo ideo
reprobari consuetudinem, ut vires non assumat adversus legem. Intendit enim
legislator legem firmare et roborare quoad potest; videt autem consuetudine
contraria posse infirmar! et destruí, cavet sua prohibitione hanc destructio-
nem.» Ibid., núm. 10.
352 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
las cosas se muden de tal manera, o se den casos de tal naturaleza, que
hagan razonable la presunción del consentimiento contrario del legis-
lador y posible la formación de una costumbre contra legem, a pesar
de la cláusula derogatoria (1).
II
10. — Viniendo más concretamente a nuestro asunto, observemos que
las doctrinas expuestas acerca de la costumbre en general eran aplica-
das por los antiguos tratadistas indistintamente al derecho penal y al
.civil, pues, como dijimos al principio, no suelen hacer distinción alguna
entre uno y otro derecho al tratar de la costumbre. Era ésta, por tanto,
para ellos una fuente importante del derecho penal, un medio podero-
so de producir nuevas normas jurídico-penales.
Que no pensaron, como se ha pensado y se ha hecho después, en
excluir el derecho penal de la costumbre jurídica, lo prueban estas pa-
labras de Suárez: «Puede aquí preguntarse si esta ley (la ley no escrita)
tiene también poder para obligar a la pena, o lo que es lo mismo, si
puede la costumbre producir una ley penal. Sobre lo cual, brevemente
se ha de contestar que sí, porque la razón relativa a la ley en absoluto
procede del mismo modo respecto de la ley penal. ¿Qué repugnancia
puede señalarse que impida a la costumbre obligar bajo una pena
como puede obligar bajo culpa? Precisamente por lo mismo que obliga
bajo pena, hace reo de la pena al transgresor de la costumbre, porque
este reato se sigue de la culpa. Luego igualmente, por la misma cos-
tumbre podrá introducirse la determinación de la pena, esto es, que
quien violare tal costumbre haya de sufrir tal pena; y entonces será
justa la pena tasada por la norma consuetudinaria... Creo que la cos-
tumbre puede también producir una norma puramente penal, en virtud
de la cual, quien no la observa pueda ser penado, aunque en ello no
peque, porque, en cuanto a esto, también existe la misma razón res-
pecto de la costumbre que respecto de la ley escrita* (2).
(1) «Si enim res ita mutentur, ut prudenter possit legislator legi velle dero-
gare, tune consuetudo adversus legem reprobantem consuetudinem praevale-
re potest, quod contingit quando est aliqua ratio bonum commune attingens,
quae legislatorem latuit cum legem tulit, ve! quando de uno se offert quam
ipse cogitare non potuit.» Ibid.
(2) «Potest autem hic inquirí an possit haec lex etiam obligare ad poenam,
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 353
Esta teoría, como veremos luego, se confirma con una multitud de
casos que en el derecho penal antiguo y la práctica judicial se regula-
ban sólo por normas consuetudinarias, relativas unas veces al precepto
impuesto bajo la amenaza de una pena, y otras únicamente a la deter-
minación de la pena. Sirva de ejemplo, por ahora, la pena de muerte
impuesta al ladrón que hubiere cometido tres o más veces el mismo
delito, pena que, según los autores, fué introducida por la costum-
bre (1).
La cuestión propuesta por Suárez fué reproducida y resuelta del
mismo modo por otros autores (2), fundados en que la costumbre es
ley, con el mismo valor y los mismos efectos que la ley, y en que no
hay derecho que no pueda revestir la forma de la costumbre, ni ley
que no pueda ser derogada o modificada por la costumbre (3).
11. — Estas últimas palabras del príncipe de los canonistas españoles
dan por resuelta la cuestión bajo su aspecto más grave: la costumbre
contra las leyes penales y sus consiguientes efectos derogatorios. La
creación de nuevas normas jurídico-penales extra legem no encontró
entre los antiguos juristas grandes dificultades; pero la costumbre con-
seu an consuetudo possit inducere legem poenalem. In quo breviter dicendum
est, posse,quia ratio facta de lege absoluta procedit etíam in lege poenal¡.¿Quae
enim potest assignari repugnantia, ut non possit consuetudo obligare ad poe-
nam, sicut potest ad culpam? Imo eo ipso quod obligatad poenam, facittrans-
gressorem consuetudinis reum poenae, nam hic reatus sequitur ex culpa. Ergo
pari ratione poterit eadem consuetudine introduci determinatio poenae, ut,
scilicet, qui talem consuetudinem violaverit, tali poena puniatur, et tune justa
erit poena quasi per legem cosuetudinis taxata... Existimo consuetudinem
etiam induci posse quasi legem puré poenalem, ratione cujus possit aliquis non
observans illam in aliquo mulctari, etiamsi in eo non peccet, quia quoad hoc
etiam est eadem ratio de consuetudine quae de lege scripta.» Ob. cit., lib. VII,
capítulo XVI, núm. 3.
(1) Asi lo testifica, entre otros, Pedro de Salazar: «ut fur furca suspenda-
tur qui ter fuerit furatus; dicuntque esse hoc consuetudine in toto regno praes-
criptum», De usa et consuetudine, cap, V, núm. 4.
(2) «Quae enim est repugnantia ut consuetudo introducatur puniendi írans-
gressores alicujus legis hac vel illa poena determinata? Cum enim a lege
fíeri possit, cur non potesit fieri consuetudine, quae pro lege suscipitur? ítem
introduci potest consuetudo ut tali poena multetur transgressor alicujus cons-
titutionis, etiamsi constitutio ad culpam mortalem non obliget.» Castro-
Palao, lugar últ. cit.
(3) «Consuetudo potest tollere et modificare omnem legem humanam.»
Azpilcueta: Commentarii de lege poenali, núm. 42.
23
354 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
tra ley en materia penal no dejó de tener impugnadores El mismo
Suárez afirma que, entre las excepciones a la fuerza derogatoria de la
costumbre, señalaban algunos la ley penal. «Mas esta excepción — con-
testa— carece de fundamento en el derecho y es contraria a la razón,
porque también la costumbre contra tal ley puede ser racional, sin
duda alguna, e indicar suficientemente la voluntad de derogar la ley
por parte del legislador. No menos puede convenir esto al bien común
respecto de la ley penal que de cualquiera otra, cuando no se conforma
con las costumbres del pueblo o por experiencia consta que no es bene-
ficiosa. > (1).
Conforme con Suárez en este punto, como en otros muchos, el mo-
ralista Castro-Palao va aún más allá, y afirma que, respecto de la ley
penal, la conveniencia de su derogación por la costumbre puede ser
mayor que en otras leyes, por lo mismo que aquélla suele ser recibida
con más repugnancia por el pueblo (2).
Por último, Alfonso de Castro, al tratar de las causas por las cuales
puede o debe el juez modificar la pena legal — asunto tan relacionado
con la costumbre en materias penales — , señala entre ellas la costum-
bre que no sea irracional e injusta. «Y ciertamente —dice — , si la cos-
tumbre no es mala, la razón natural dicta que, según ella, pueda dismi-
nuirse la pena legal. Porque si en otras materias puede la costumbre
derogar la ley, no hay razón para que no pueda hacerlo en cuanto a la
pena por la ley establecida. > (3).
La costumbre puede derogar la ley, ya de un modo total y absoluto
(1) «Haec tamen exceptio nullo jure fundatur, et est contra rationem... quia
etiam consuetudo contra talem legem potest esse rationabilis, ut per se cons-
tat, et potest indicare sufficienter voluntatem tacitam legislatoris abrogandi
talem legem. Non enim minus potest hoc expediré ad commune bonum in lege
poenali quam in qualibet alia, quando illa non est conveniens moribus popu-
1¡, vel experimento constat non esse illis profícuam.» Lib. cit., cap. XIX,
núm. 1.
(2) «... omnes affírmant consuetudinem praevalere posse adversus quamli-
bet legem positivam, quia potest esse rationabilis et legitime praescripta;
imo circa legem poenalem potest excogitari major convenientia, eo quod po-
pulus effícatius ejus observationem repugnare potest.» Lugar cit., punct. IV,
§ II, núm. 2.
(3) «Quarta causa esse potest consuetudo quae non sit mala... Et certe, si
consuetudo non est mala, ratio naturalis docet ut per illam possit poena legis
minui. Quia si consuetudo potest in alus derogare legi, consequens est ut
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 355
(abrogatío), ya sólo parcialmente (derogatio), cuando el precepto o
la norma contiene elementos divisibles y separables. Para la aplica-
ción del principio a las leyes penales, es preciso tener en cuenta la
clasificación que de ellas hizo Alfonso de Castro, y siguieron otros
muchos (1), en leyes puramente penales y leyes mixtas. Ley pura-
mente penal es la que carece de precepto que mande o prohiba algo,
y se concreta a amenazar con una determinada pena al que hiciere u
omitiere tal cosa. Ley penal mixta es la que contiene un mandato
o una prohibición, y establece, además, una pena aplicable a los trans-
gresores del precepto (2). Si la ley contiene sólo el precepto, mas no es-
tablece pena alguna, es ley puramente moral, que está fuera de nues-
tro objeto.
Presupuestas estas nociones, fácil es deducir que la ley puramente
penal— si realmente existiera — no admite derogación parcial por la
costumbre, porque consta sólo de un elemento, que es la pena, y dero-
gada ésta, nada queda de la ley. La ley mixta, en cambio, como consta
de dos elementos reparables, el precepto y la pena, admite la deroga-
ción parcial, ya del precepto, convirtiéndose así en ley meramente pe-
nal, ya de la pena, quedando reducida en este caso a ley puramente
moral. La derogación puede verificarse lo mismo por la costumbre que
por cualquier otra causa suficiente.
12.— La cuestión, por tanto, comprende dos partes: L^ ¿Puede la
costumbre derogar la pena, permaneciendo el precepto y la obligación
incluida en el precepto? 2.^ ¿Puede la costumbre derogar el precepto,
dejando, sin embargo, subsistente la pena? Para contestar a la primera
etiam possit derogare in poena a lege statuta.» De potestafe legis poenalis,
lib. II, cap. XIII.
(1) La clasificación es mucho más antigua, pero la denominación es del
insigne teólogo y penalista español. Algunos la calificaron de pueril; otros,
como Azpilcueta, la combatieron por carecer de fundamento; la mayor parte
de los tratadistas la siguieron sin discutirla.
(2) «Primo igitur... annotare oportet duplicem esse legem poenalem: quae-
dam est lex puré poenalis, et alia est lex poenalis mixta... Lex puré poenalis
est illa quae nihil faceré praecipit aut prohibet, sed tantum imponit poenam
illi qui, aut aliquid fecerit aut faceré omisserit. Lex poenalis mixta est quae
aliquid fíeri praecipit aut prohibet, et insuper verbis expressis statuit poenam
contra ejusdem legis transgressorem, quocumque modo illa statuatur.» Alfonso
de Castro, ob. cit., lib. I, cap. IX.
356 LA COSTUMBRE COMO PUENTE DEL DERECHO PENAL
pregunta, debemos recordar la antigua distinción — propia del derecho
canónico más que del derecho penal común — entre la pena impuesta
por la ley ipso fado et ante sententiam judicis, y la que exige previa
sentencia judicial. En aquélla, la sentencia está ya incluida en la ley
(latae sententiae); la ley se dirige al reo, y éste incurre en la pena pres-
crita por el hecho solo del delito. En ésta (ferendae sententiae), la ley
se dirige al juez, encomendándole la imposición de la pena en virtud de
una sentencia, y el reo no incurre en la pena ni ésta existe mientras no
recaiga sentencia judicial.
13. — En el primer caso, esto es, cuando la ley impone la pena ipso
fado, parece que faltan los términos hábiles para que pueda formarse
una costumbre derogatoria de dicha pena. Esta fué la opinión de Alfon-
so de Castro, fundada en que, ante esta clase de leyes, el reo incurre en
la pena sin intervención alguna del juez, que es el único que pudiera
iniciar una costumbre en contra, y ningún juez puede impedir que el
reo incurra en la pena establecida, realizado el hecho por el cual se im"
pone. Es, por tanto, imposible señalar un acto como punto inicial de la
costumbre (1).
Con el ejemplo concreto del canon que imponía la pena de exco-
munión ipso fado a quien pusiera violentamente sus manos sobre un
clériefo, demuestra el autor mecánicamente (demasiado mecánicamente
en este caso), la imposibilidad de dar principio a una costumbre que
llegase a derogar esta ley, no pudiendo impedir jamás la negligencia del
juez, porque no interviene, que quien quebrantó aquella ley incurra en
excomunión. Y lo que se dice del primer acto contrario a la ley es igual-
mente aplicable al segundo y al tercero, mientras la ley esté en vigor (2).
(1) «NuUus judex, etiamti supremus sit, ut Papa aut Rex, potest reum delin-
quentem contra legem poenalem, centinentem sententiam latam, eripere a poe-
na legis, ne incidat in eam... Nam omnis hujusmodi lex obligat in conscientia
sine aliqua judiéis declaratione. Et inde apertissime sequitur, ut reus, statim
post delictum commissum, incidat in poenam ab liujusmodi lege decretam,
etiamti nulla adsit judicis sententia quae declaret delictum fuisse commissum.
Ex quo evidenter convincitur judicem, in hujusmodi delictis, non posse impedí-
ren ut reus incidat in talem poenam... Quod autem falsa sit Panormitani sen-
tencia (que admitía la posibilidad de una costumbre derogatoria de estas pe-
nas), manifesté probatur per hoc quod nulla unquam potest incipere contra hu-
jusmodi legem consuetudo.» Ob. cit., lib. II, cap. XII.
(2) «De hac ergo lege poenalí quaerere oportet ab ipso Panormitano,
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 357
Si la sentencia— continúa — fuese encomendada al juez y no dicta-
da por la ley misma, podría muy bien aquél, con su disimulación, evi-
tar al reo la pena; pero ocurriendo lo contrario, esto es, que la ley im-
pone la pena y no el juez, la disimulación de éste no puede impedir
que el reo incurra en la pena, porque antes de que el juez pueda disi-
mular, ya el infractor de la ley ha incurrido en la pena establecida por
ella. Por lo cual, evidentemente consta que nunca puede empezar una
costumbre contra la sentencia de tal ley, y que ésta jamás puede ser
derogada, en cuanto a la pena, por la costumbre (1). Decimos en cuan-
to a la pena, que es el supuesto a que nos referimos, porque, constan-
do estas leyes de los dos elementos ya indicados, el precepto y la pena,
cabe una derogación del precepto, si es puramente humano, por la cos-
tumbre, y como consecuencia la derogación de la pena. Lo que Alfon-
so de Castro defiende es la imposibilidad de que ésta sea derogada por
la costumbre, en las leyes de sentencia lata, quedando subsistente el
precepto penal (2).
14. — Esta opinión de Castro fué combatida por los más notables
morahstas y jurisconsultos posteriores, entre ellos el Doctor Navarro y
Francisco Suárez. Nos concretaremos, para abreviar, a exponer la doc-
trina de este último acerca de los efectos derogatorios de la costumbre
en materia penal.
quando unquam aut quomodo poterit contra illam incipere consuetudo, cum
nulla judiéis aut praelati negligentia possit impediré quin contra illam legem
delinquens statim post delictum commissum incidat in excommunicationem...
Da ergo mihi primum qui percusserit clericum, et stante illo praedicto canone
in suo robore, non inciderit eo ipso in excommunicationem.» Ibid.
(1) «Si sententia illius canonis esset, non lata sed a judice ferenda, posset
optime judex sua dissimulatione servare delinquentem ne in poenam illius
canonis incidat. At cum non ferenda sed lata sit illius canonis sententia,
aperte convincitur judiéis dissimulationem nihil agere ad praeservandum de-
linquentem ne incidat in illius canonis poenam, quia antequam judex dissimu-
lare incipiat, jam is qui contra canonem illium deliquit, incidit in ejusdem ca-
nonis poenam. Ex quibus ómnibus evidenter constat nunquam posse incipere
consuetudinem contra canonis illius sententiam, et inde ulterius deducitur ca-
nonem illium per nullan posse consuetudinem derogari.» Ibid.
(2) «Oportet considerare dúo in hujusmodi legibus paenalibus quae senten-
tiam continent latam: primum est quod lege praecipitur;alterum est ipsa excom-
munieatio aut quaevis alia poena, quae contra illius praecepti transgressorem
statueretur. Si primum est sola lege humana et non divina praeceptum..., per
consuetudinem poterit hujusmodi oblígatio tolli. Ablata talis praecepti obliga-
358 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
En cuanto a la cuestión de que venimos tratando, esto es, si la cos-
tumbre puede derogar la pena sola, dejando subsistente el precepto
penal y la obligación por él impuesta, y partiendo también de la distin-
ción entre la pena establecida por la ley ipso fado, y la encomendada
a la sentencia del juez, defiende Suárez, como todos, la solución afir-
mativa respecto de esta última, porque la ley de esa clase, en cuanto a
la pena, se dirige al juez y a él le obliga; de donde se sigue que, como
pueden derogarse las demás leyes por la costumbre, lo mismo ésta en
cuanto precepto que recae sobre el juez (1).
Respecto de las leyes que imponen la pena ipso fado, defiende
(contra Alfonso de Castro) la misma solución afirmativa, porque toda
ley puede ser derogada sin ser abrogada, y puede serlo lo mismo por
la costumbre que por cualquiera otra causa. «Cualquiera que sea la ra-
zón de la divisibilidad de una ley, puede derogarse en una parte y no
en otra; y como la pena legal es separable de la culpa, sigúese que la
costumbre puede derogar la ley en cuanto a la imposición de la pena,
dejando subsistente la obligación ad culpam, porque tal pena no es por
sí aneja a la culpa» (2). Un ejemplo tenemos en el soberano legislador,
obligado al precepto penal y no a la pena.
«Aunque es cierto— añade— que, mientras no transcurra el tiempo
necesario para la prescripción de la costumbre y ésta, por tanto, no
haya prevalecido contra la pena legal, en ella se incurre por transgre-
sión de la ley, puede suceder, sin embargo, que, aunque se incurra en
la pena, nunca se observe, y que en este desuso se persevere el tiempo
necesario para la prescripción o para deducir la voluntad del legislador,
tione, eo ipso tollitur obligatio poenae quae fuerat contra transgressorem
praecepti statuta. Talis igitur obligatio poenae non tollitur per consuetudinem
quae sit contra solam poenam, sed per consuetudinem contra id propter quod
fuit poena statuta, et ex quo poena pendebat.» Ibid.
(1) «Ratio vero specialis est, quia talis lex, quoad illam partem, judicem
instruit et illum obligat; unde sicut aliae leges derogari possunt, ita etiam haec,
ut est praeceptum cadens in judicem.» Ob cit., lib. VII, cap. XIX, núm. 2. Y
más adelante agrega: «Quando poena est imponenda per judicem, potest con-
suetudo aliquam excusationem inducere, saltem quoad diminutionem poenae,
quia illam potest faceré judex.» Ibid, núm. 5.
(2) «Quacumque ratione lex divisibilis sit, poterit in una parte derogari et
non inalia. Est autem separabilis poena legis a culpa; ergo potest consuetudo
derogare legi quoad impositionem poenae, relicta obligatione ad culpam, quia
talis poena non est per se annexa culpae.» Ibid, núm. 3.
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 359
que conoce y tolera la inobservancia o inejecución de la pena; y esto es
suficiente para la derogación de la misma, aunque no se haya formado
costumbre contra la observancia de la ley» (1).
Alega el autor otras varias razones para demostrar la posibilidad de
una costumbre derogatoria de la pena sin derogar la obligación del
precepto penal, aun tratándose de una costumbre que no sea racional
y justa. Respecto a este punto, distingue entre la costumbre irracional
de la comunidad a quien se dirige la ley y la observada por una o más
personas particulares contra la misma ley. Esta última costumbre pri-
vada no excusa de la pena, sino más bien la agrava, así por suponer
la costumbre de delinquir mayor culpa, como por ser una conducta más
antisocial y contraria al bien común. En cambio, la costumbre obser-
vada por la comunidad puede ser causa de excusa o disminución de la
pena, y esto de dos modos: unas veces por derogación de la ley en
cuanto al elemento penal, y otras por razón de las circunstancias del
acto, ya que de la misma frecuencia de las transgresiones y de la mul-
titud de los transgresores de la ley, puede resultar la conveniencia de
atenuar o remitir la pena, aunque la ley en sí no esté derogada. Por
otra parte, cabe que la costumbre sea irracional en cuanto a la trans-
gresión del precepto, mas no en cuanto a la inejecución de la pena,
como si, a pesar de la malicia de la transgresión, la pena parece dema-
siado dura, o está fuera de los usos patrios, o es ocasión de pecados
más graves, etc. (2).
(1) «Quando consuetudo non est praescripta seu non praevaluerit contra
poenam, verum est illam incurrí per transgressionem legis; nihilominus ta-
men, accidere potest ut, licet poena incurratur, nunquam servetur, et quod in
ea dessuetudine perseveretur toto tempore necessario ad praescriptionem vel
ad indicandam voluntatem principis scientis et tollerantis íliam non observa-
tionem seu non executionem poenae, et id satis est ad abrogationem poenae,
quamvis contra observationem legis non sit inducta consuetudo.» Ibid., núm. 4.
(2) «Circa hanc doctrinam adverto aliud esse loqui de consuetudine irratio.
nabili communitatis, aliud de privata consuetudine peccandi unius personae-
Haec enim posterior consuetudo de se non excusat poenam etiam in foro hu-
mano, sed potius aggravat, quia aggravat culpam et est modus peccandi magis
contrarius communi bono... Circa (primam consuetudinem) dúo praeterea ani-
madverti possunt: unum est, duobus modis posse intelligi talem consuetudi-
nem excusare vel minuere poenam. Uno modo per abrogationem legis vel
aliquam derogationem, saltem quoad eam partem qua poenam imponit; alio
modo per modum circunstantiae actus, eo quod ex multitudine et frequentia
360 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
Cuando la pena no es impuesta por la ley ipso fado, sino que ha
de ser infligida por el juez, cabe admitir una costumbre que excuse más
o menos la pena, aunque sea irracional en cuanto a los dos elementos
de la ley. Y esto por dos razones: la primera por parte de los mismos
delincuentes, ya porque de la pública costumbre de cometer un delito,
especialmente si aquélla es tolerada, resulta alguna ignorancia que
hace menos grave el delito, o por lo menos alguna inadvertencia acer-
ca de su deformidad, que disminuye la culpa y, por tanto, el resto de la
pena, ya también porque el ejemplo de muchos es una tentación y un
estímulo que produce el mismo efecto. La segunda razón por parte de
la sociedad, ya que de la misma multitud de los delincuentes suele sur-
gir la ocasión de no ejecutarse la pena, porque no puede ser fácilmente
castigada toda la multitud sin escándalo o grave perturbación y daño
general, ni tampoco conviene penar a unos y no a otros, porque en-
gendraría también escándalo esta aceptación de personas. Y si por ra-
zones especiales pudiera hacerse esto, siempre tendríamos la citada
excusa a favor de !a mayoría de los delincuentes que constituyen la
comunidad (1).
peccantium contra legem, resultet aliqua ratio conveniens ob quam poena mi-
nuatur vel remittatur, etiamsi lex in se non sit abrógala... Alio modo potest
esse consuetudo irrationabiüs quoad legis transgressionem, non vero quoad
non executionem poenae, ut si, non obstante malitia transgressionis, poena
videatur nimis acerba, aut praeter mores patriae, aut esse occasio graviorum
peccatorum, vel quid simile.» Ibid., núm. 6.
(1) «Addo, etiamsi consuetudo sit omnino irrationabiüs quoad utramque
partem, posse aliquam excusationem afferre per modum circumstantiae, quan-
do lex non imponit poenam ipso facto... Et declaratur primo ex parte singulo-
rum peccantium, tum quia ex publica consuetudine alicujusdelicti, etpraeser-
tim tolerata, ordinarie resultat aliqua ignorantia qua tale delictum minus
grave existimatur, vel saltem inadvertentia circa deformitatem ejus, ex qua ali-
quo modo minuatur delictum, et consequenter reatus poenae, tum etiam quia
exemplum multorum est quasi vehemens tentatio inducens per modum cu-
jusdam vehementis objecti et passionis, quae solet etiam aliquo modo excu-
sare... Secundo, ex parte reipublicae, solet ex multitudine peccantium insur-
gere occasio non exequendi poenam, quia non potest tota multitudo facile
puniri sine scandalo vel magna perturbatione aut majori detrimento reipubli-
cae, ñeque etiam expedit quosdam puniré et non alios, quia etiam generaret
scandalum propter acceptionem personarum. Vel si quando id fieri potest in
aliquibus, propter specialem rationem, illi solent esse pauci, et excusatio in
communitate populi locum habet.» Ibid., núm. 8.
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 361
En confirmación de esta doctrina, que fué la sustentada por la ge-
neralidad de los tratadistas (1), citan los autores numerosos casos, así
del derecho canónico como del penal común, en que la costumbre
había derogado o modificado la pena, subsistiendo, sin embargo, el
precepto obligatorio. Uno de ellos es la usura, castigada por las anti-
guas legislaciones como delito. Martín de Azpilcueta, con otros muchos,
sostiene que la costumbre de no aplicar la pena legal por este delito
podía eximir de dicha pena a los nuevos infractores, sin dejar por eso
de existir el precepto, con la obligación de conciencia en él contenido
y la obligación moral y jurídica de restituir lo adquirido ilegítimamen-
te por esta causa. Porque el precepto es de orden divino y de justicia
natural, y ninguna costumbre puede prevalecer contra tales preceptos,
mientras la pena es de derecho humano y puede, por tanto, ser deroga-
da por la costumbre (2).
Fué opinión muy común, fundada en algunos textos del derecho y
en las doctrinas de los glosadores, que la costumbre en materias pena-
les, por iniqua que sea, excusa de la pena temporal. Luis de Peguera
combatió esta doctrina, o más bien la redujo a sus verdaderos límites,
afirmando que esto no puede entenderse de la costumbre contra un pre-
cepto natural, sino solamente de aquella que va contra disposiciones
de las leyes humanas (3).
(1) Véanse, por ejemplo, Azp'úcueia., Commenf. III de r^gularibus, núm. 55,
y Manuale confessariorum, cap. XXVII, núm. 106; Salas, ob. cit., disp. XIX;
sect. IX; Castro-Palao, ob. cit., tract. III, disp. III, punct. IV, etc.
(2) «Consuetudo non potest praejudicare legi divinae... Nec obstat dictum
solemne Bartholi, cum allegatis ab ejus additione, quia Barthulus noluit dice-
re quod consuetudo liberet a peccato usurae, sed quod qui secundum éam
contrahit, non est censendus usurarius in foro exteriori, ad hoc ut poena usu-
rariorum puniatur, eo quod consuetudo excusat a poena temporali... Imo
nec videtur excusare a restitutione per talem contractum quaesiti, quia resti-
tutio non est poena. > Consiliorum et responso rum, ed. de 1616, lib. V, de usu-
ris, cons. XXVI, núm. 2.
(3) «Jure cautum est consuetudinem, quantumvis pravam et iniquam, excu-
sare a poena temporali... In contrarium tamen est rei veritas, nec meretur no-
men consuetudinis, sed potius corruptelae; quae corruptela nullatenus excusat
a poena temporali... Et licet per supra allegatas glosas dicatur consuetudinem
pravam et iniquam excusare a poena temporali, illud quidem intelligendum et
restringendum est quando ageretur de eo quod propter legis humanae disposi-
tionem est prohibitum...; non tamen dicta glosarum sententia admittenda est
quando ignorantia pravae consuetudinis esset prava et supina, ut, puta, con-
362 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
En la mayor parte de los casos de derogación parcial por la costum-
bre, ésta se concreta a la atenuación de la pena legal o a sustituir la
señalada por la ley con otra menos dura, a no ser cuando la ley, como
en otra parte hemos dicho, no obtenía la aceptación del pueblo, ya en
su integridad, ya por lo menos en cuanto a la pena. Respecto de nues-
tras leyes patrias, dice Alfonso de Acevedo que la costumbre a ellas
contraria no excusaba totalmente de la pena, a no demostrarse que
nunca habían sido aceptadas, a ciencia y paciencia de su autor, o por
lo menos de los magistrados y jueces del lugar de dicha costumbre (1).
El mismo autor recuerda, entre las penas modificadas o abolidas
por la costumbre, la antigua de las setenas (2), conmutada posterior-
mente por la de galeras. La costumbre suavizó también la penalidad
de muchos delitos, como el lenocinio y la brujería, castigados antigua-
mente con la pena capital, y conmutada después con una pena infa-
mante (3); la acusación no probada y el falso testimonio; castigados, se-
gún las leyes antiguas, con la pena del tallón, que cayó en desuso (4), y
otros muchos delitos y penas legales que, por diversas causas, vinieron
a ser materia del arbitrio judicial y, por consecuencia, de la costumbre.
tra jus naturale, nam ex usu quo committitur delictum contra naturam non
inducitur aiiqua consuetudo.» Líber quaestionum criminaltum, ed. de 1585, ca-
pítulo XXXIV, núms. 1-6.
(1) «Consuetudo contra legem regiam non excusabit a poena in totum, nisi
probetur legem iilam nunquam fuisse receptam, sed explosam potius et non
admissa, publice sciente et non contradicente conditore ejus. Imo et tune sa-
tis est si vel magistratuum vel praetorum ejus loci scientia et patientia adsit.»
Obra cit., lib. II, tít. I, in leg. III, núm. 23.
(2) Refiriéndose a la ley 9.% tít. XI, lib. VIII de la Nueva Recopilación, dice:
«Ex iis verbis coUigitur manifesté septenarum poenam, jam olim de Hispaniae
consuetudine obtentam, et solitam poni pro primo furto, ab usu recessisse,
prout videmus consuetum.» Ad. leg. cit. núm. 1.
(3) «Cum aliquanto videatur ea sententia severior, consuetudine introduc-
tum est ut lenones non punlantur poena mortis, sed tantummodo flagellantur,
cum mitra vel alia punitione arbitraria, juxta varietatem regionum et civita-
tum. De qua consuetudine attestatur Nunius, (De los corregidores, fol. 204). Y
lo mismo Antonio Gómez, Peguera y otros. «Consuetudo potens est ut poena
jure statuta pro crimine commisso per judicem minoretur... ita practicar! in
lamiis et intercessoribus lenonibus seu alcahuetis, nam de consuetudine univer-
sali flagellantur, mitra imposita, seu vocabulo coroza, cum furca deberent sus-
pendí.» Pedro deSalazar, ob. cit., cap. II.
(4) Véase Covarruvias, variarum ex jure pontificio regio et caesareo resolu-
tionum, libro II, cap. IX, núm. 1.
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 363
Por último, la costumbre introdujo— contra algunas leyes que adop-
taron el sistema opuesto — que la tentativa y la frustración del delito se
penasen menos que su consumación (1), exceptuando de la regla algu-
nos crímenes atroces, ya por razón del daño social, ya por suponer una
gran perversión moral en su autor (2).
15. Así de los casos citados como de la doctrina expuesta y común-
mente seguida, dedúcese que, en las leyes penales llamadas mixtas, la
costumbre podía derogar la pena, permaneciendo la fuerza obligatoria
del precepto. ¿Podía darse también el caso inverso, esto es, una costum-
bre derogatoria del precepto penal, subsistiendo, sin embargo, la pena?
Así parece deducirse del principio general antes sentado, de que toda
ley compuesta de elementos divisibles y separables puede ser derogada
por la costumbre o el no uso en cuanto a uno de sus elementos, sub-
sistiendo los demás (3), y también de la doctrina de los que defendie-
ron la existencia de leyes puramente penales, que, por tanto, no con-
tienen un precepto obligatorio en conciencia, sino solamente la obliga-
ción de sufrir la pena, realizada la hipótesis de la ley penal (4). Pero
esto se relaciona con otra cuestión, la de la eficacia obligatoria de la ley
penal, de que trataremos. Dios mediante, en otra ocasión.
(1) <... quia licet de jure conatus sive attentatum ad delictum committen-
dum debeat puniri, etiam si non sit secutus effectus, eadem poena qua effectus
puniretur... tamen de generali consuetudine non punitur affectus ñeque cona-
tus sive attentatum, nisi sequatur effectus.» Luis de Peguera, ob. cit., cap. XVI,
números 12-13.
(2) Entre ellos exceptúa Covarruvias la tentativa de asesinato por medio
del veneno, contra la opinión de Baldo, que, fundándose en la regla general
establecida por la costumbre, de la atenuación de la pena, la aplica también a
este caso: «Sed quia communi totius orbis consuetudine derogatum est legibus
conatum absque vero effectu punientibus, contrariam sententiam, imo quod
poena extraordinaria puniendus sit qui venenum causa mortis alteri propina-
verit, si vel medicamentis vel alia via mors sequuta non fuerit, tenent Bal-
dus», etc. In Clementinam Si furiosas.— De homicidio, núm. 11.
(3) Martín de Azpilcueta, refiriéndose a la ley no aceptada, alegó el princi-
pio indicado para deducir la posibilidad de la derogación parcial de la ley,
por el no uso, ya en cuanto al precepto, ya en cuanto a la pena. «Sicut lex in
nihilo recepta ad nihilum obligat... ita lex, in una sola parte recepta, quoad
illam solum obligat; quo fít ut aliquot leges obligent quoad suam dispositio-
nem principalem et non quoad poenam, quia quoad illam sunt receptae et non
quoad hanc; et aliquot quoad unam partem poenae et non quoad aliam.» Ma-
nuale confessariorum, cap. XXIII, núm. 62.
(4) En esta razón se funda Castro-Palao para contestar afirmativamente a
364 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
Juan de Salas propone en sus debidos términos la cuestión, y, en
conformidad con el Doctor Navarro, la resuelve afirmativamente, fun-
dado en las razones apuntadas. Porque si no repugna— dice— la exis-
tencia de una ley que obligue sólo ad poenam y no ad culpam, tam-
poco se ve la imposibilidad de que el mismo efecto se produzca por la
costumbre, pues si ésta puede derogar la ley totalmente, mejor podrá
hacerlo respecto de una de sus partes (1).
Algunos dieron distinta solución al problema, según que se tratase
de leyes penales latae sententiae o de leyes ferendae sententiae. Suá-
rez rechaza esta distinción, porque la misma dificultad existe respecto
de unas que de otras leyes para explicar la subsistencia de la pena una
vez derogada por la costumbre la obligación nacida del precepto y,
por tanto, la culpa por la violación de dicho precepto. «Cesando la cau-
sa adecuada— dice— cesa el efecto; luego, si en virtud de la costumbre
cesa la culpa, necesariamente cesa la pena, sea impuesta ipso fado, o
haya de ser dictada por sentencia, porque la culpa es la causa adecua-
da de la pena. De donde se sigue que la costumbre introducida en con-
tra sería irracional (2).
«Sin embargo — añade — , afirmo que puede ocurrir que la costum-
bre derogue la ley en cuanto a la obligación ad culpam, subsistiendo
la deuda de la pena, cuando ésta no supone por necesidad intrínseca
la culpa... La razón es, porque la ley puede ser derogada sin ser abro-
gada, y es derogable, por tanto, en cualquiera de sus partes separables,
quedando las demás en vigor... Luego la ley penal mixta puede ser de-
rogada en cuanto a la obligación directa y absoluta, y quedar reducida
la cuestión: «Ratio est, quia dari possunt leges puré poenales, quae solum ad
poenam obligent, non ad culpam propriam.» Ob. cit., tract. III, disp. III, punct.
IV, § II, núm. 4.
(1) «An fieri consuetudine possit ut lex quae obligat ad culpam et ad poe-
nam, solum obliget ad poenam? Respondeo posse... quía non repugnat legem a
principio ferri sub illo onere sine obligatione ad culpam; ergo et nec per con-
suetudinem reduci ad talem statum, quia sicut consuetudo potest abrogare
legem in totum, ita in parte, seu derogare». Ob. cit., disp. XIX, sect. IX,
núm. 77.
(2) «Absolute ergo de utroque lege dubitari potest... quia cessante causa
adaequata, cessat effectus; ergo si propter consuetudinem cessat culpa, neces-
sario cessat poena, sive lata sive imponencia, quia culpa est causa adaequata
poenae. Unde consuetudo aliter introducta irrationabilisest». Ob. cit., lib. VII,
cap. XIX, núm. 11.
LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL 365
a ley puramente penal. Y esto por sí no es injusto, porque, aunque la
pena en su acepción estricta se refiere a la culpa, en un sentido más
amplio, en cuanto es carga o pena civil, o humana, basta que exista
causa o culpa cuasi-civil. Y tampoco es irracional tal costumbre, pues-
to que puede haber una congrua razón para mitigar la obligación le-
gal> (1).
Para comprender los anteriores razonamientos y la cuestión misma
de que se trata, es preciso tener en cuenta que nuestros autores se refie-
ren al aspecto moral del problema más bien que al jurídico, o sea a la
obligación de conciencia y bajo culpa moral de cumplir el precepto
impuesto bajo la amenaza de una pena. Por tanto, preguntar si la cos-
tumbre puede derogar el precepto penal sin derogar a la vez la pena,
es plantear mal la cuestión, y la pregunta sola encierra un absurdo
evidente. La pena presupone un delito o una contravención, y ni el uno
ni la otra son posibles sin un precepto penal que sea violado o infrin-
gido; derogado, por consiguiente, el precepto, fundamento y causa de la
pena, ésta desaparece por necesidad.
La cuestión, pues, tal como de ella trataron los moralistas y en el
único aspecto en que puede considerarse para que tenga sentido, debe
plantearse así: Si una ley impone en su origen la obligación de con-
ciencia y bajo pecado de hacer lo que manda o no hacer lo que prohi-
be, bajo la amenaza de una pena, ¿puede la costumbre hacer que des-
aparezca tal obligación de conciencia, de tal manera que sin culpa mo-
ral o pecado pueda no cumplirse el precepto, quedando, sin embargo,
subsistente la obligación de cumplir la pena legalmente impuesta en
caso de infracción?
Debe tenerse en cuenta, en segundo lugar, que la cuestión no puede
(1) «Nihilominus, dico fieri posse ut consuetudo deroget legi quoad oblíga-
tionem ad culpam, relicto debito poenae, quando poena intrinsece non suppo-
nit culpam... Ratío vero est, quia lex potest derogari, licet non abrogetur, et
ita potest derogari in quacumque parte separabili ab alia, relicta altera in sua
vi... Ergo potest lex mixta derogari in obligatione directa et absoluta, etrelin-
qui in ratione legis puré poenalis. Ñeque hoc est per se injustum, quia licet poe-
na, stricto modo sumpta, referatur ad culpam, tamen late, ut est onus vel poena
civilis seu humana, satis est ut habeat causam et quasi'civilem culpam. Nec
etiam est irrationabilis talis consuetudo, quia potest habere congruam ratio-
nem ita mitigandi obligationem.» Ibid., núm. 11.
366 LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO PENAL
referirse a los delitos naturales (prohibita quia mala), porque son in-
fracciones de preceptos naturales contra los cuales no puede prevalecer
costumbre alguna, sino únicamente a los delitos o contravenciones de
creación legal o meramente humanos (mala quia prohibita), como los
penados por leyes fiscales o de orden administrativo o de policía. Asi
lo entiende el mismo Suárez, al decir que «quizás muchas leyes civiles,
que imponen exacciones o prohiben ciertos actos, como vender, cortar
árboles, exportar alguna cosa, aunque al principio fueran directivas,
pudieron por el uso convertirse en meramente penales y cambiar en
cierto modo de naturaleza, por no haber sido observadas en otro sen-
tido> (1).
A la misma costumbre acude Martín de Azpilcueta para justificar
su teoría de la licitud de ciertos actos penados por leyes puramente
humanas, como los de cortar árboles y otros aprovechamientos de fru-
tos, distinguiendo entre los debidos al trabajo del hombre y los natura-
les o espontáneos. Respecto de los primeros— dice— es raro que la cos-
tumbre los haya hecho lícitos, con la sola obligación de pagar la pena
en caso de ser impuesta; mas respecto de los segundos, como son los
pastos, la costumbre es más general, más racional y más fácil de for-
marse, aunque se trate de cosas que han llegado a ser propiedad de los
pueblos o de los particulares (2).
La razón de la licitud de tales actos no hay que buscarla en la ley
que a la obligación del precepto agrega la de la pena, porque ésta no
(1) »Et sic fortasse multae leges civiles, imponentes exactiones vel prohi-
bentes veneri, ligna scindere, vel aliquid ex regno extrahere, licet in principio
directivae íuerint, potuerunt usu fíeri mere poenales et quasi naturam mutare,
quia non aliter sunt observatae, et illo tantum modo contra illas praescriptum
est.» Ob. y 1. cit., núm. 12 =
(2) «In paucis terris est consuetudo qua liceat, soluta poena, primi generis
arbores caedere et herbas depascere; in multis autem, et fere ubique, ett con-
suetudo qua liceat id faceré in arboribus et herbis secundi generis, quia faci-
lius et rationabilius potuit induci consuetudo haec quam illa... Illa enim omnia
sponte nascentia, sicut a principio erant communia et occupantis fíebant, licet
postea fuerint facta publica certorum populorum vel privata certorum particu-
larium, quoad dominium et proprietatem, sic facilius potuerunt remanere
communia ad eum usum quo liceret uti eis impune si non deprehenderentur,
vel soluta poena sí essent deprehensi. Commentarii in lege poenali.—ln c. Fra-
ternitas, núm. 33.
LA COSTUMBRE COMO PUENTE DEL DERECHO PENAL 367
destruye la obligación de conciencia de observar el precepto penal; hay
que buscarla en la costumbre, que hace que dichos actos no sean ilíci-
tos, introduciendo un derecho nuevo o conservando el antiguo que los
permitía (1).
P. Jerónimo Montes,
o. s. A.
(1) Ibid., núms. 38-40.
DOS OBRAS COLOMBIANAS
Tengo una deuda de gratitud y un deber literario que saldar con
D. Antonio Gómez Restrepo, quien, cuando vea el tomo VI de His-
toria General de la Orden de Agustinos Recoletos que le remito
lecién impreso, será muy indulgente con este buen amigo y admira-
dor suyo al considerarme tan atafagado como ando con el polvillo
de los archivos y el olor a papeles viejos. Refiérense la deuda y deber
al acuse de recibo del primer tomo de Obras completas^ de D. Miguel
Antonio Caro, cuyo compilador y anotador es del tomo en buena hora
dado a la estampa bajo sus auspicios.
Por varias de mis obras, especialmente por Rufino J. Cuervo y la
Lengua castellana, ya se conoce cuánta es la admiración que tenía y
tengo a Caro, en quien la cultura literaria de nuestro siglo de oro se
cifró para reaparecer, como un caso de herencia psíquica, en nuestros
días. Por eso, yo, que suscribo todos y cada uno de los pensamientos
que en el discurso-prólogo Gómez Restrepo le dedica, no puedo menos
de manifestar que, al decirnos que tenía Caro alma latina, hubiera sido
más exacto aseverar que Caro era la síntesis de la raza española con
influencias de la francesa, italiana, inglesa, helénica, al modo que
Gómez Restrepo, que va siendo su continuador, es más español que
todo. ¿Pruebas del españolismo de Gómez Restrepo?
Con motivo de la Fiesta de la Raza, publicó en El Nuevo Tiempo,
de Bogotá, un artículo editorial que merece archivarse en el arca que
guarda el cadáver del Cid.
De donde dimana mi cariño al gran polígrafo colombiano, maestro
de Gómez Restrepo, pues desarrolló una campaña revaluadora en pro
de la madre Patria con tal suerte, que él, que tenía vehemencias
de trueno y susurros de brisa, hizo que despertase el genio de la raza
y entonaran un himno de amor a ella las naciones del Nuevo Mundo.
DOS OBRAS COLOMBIANAS 369
No acabo de concebir la traza general en que se desarrollará su
obra de compilador, ni alcanzo a entender por entero a Caro, porque
me es desconocida la cuantía de su caudal literario, que, a juzgar por
lo que en el primer volumen aparece, resultará mayor de lo que la
fama publica. De todas suertes, y por si acaso no las tiene, ofrezco
a D. Antonio Gómez Restrepo tres poesías autógrafas, de las cuales
por ventura aquél no se guardó copia, y servirán de provecho y luci-
miento para los tomos siguientes. También transcríbole una carta que,
como todas las de aquel Tequandama de literatura, chorrea erudición
por todos partes, y revela situaciones de ánimo que sabrá utilizar el
biógrafo.
Cuanto a la primera poesía latina, fué compuesta a raíz de la
muerte del limo, y Revmo. P. Fr. Nicolás Casas, Obispo de Adrianópo-
lis. Agustino Recoleto, cuyo amigo era. Me la envió Caro con una carta
de 4 de Mayo de 1906, en que dice: <E1 señor Obispo ya se nos fué
in piares; ya le consagró V. R. una admirable necrología; ya olvidamos
al santo ausente; ya nadie se acuerda de él, ya pasó. Digo así en tér-
minos generales, porque yo no soy de los que olvidan; pero así es el
mundo. >
Fr. Nicolai Casas, Hispani Agustiniani,
Pia recordatío.
Tu, natale solum et patrem matremque relinquens.
Per mare, per térras venisti, sánete sacerdos,
Extremas ut oves nuda regione iacentes
Ducere divini possis in ovile Magistri.
Tali opere in medio vires, non Gratia desunt:
Et fremitus mundi cessas audire profanos.
At nobis liceat secreta voce vocare
Te, pariter votis nunc responderé paratum.
Fictile vas fractum est, flos immortalis ademptus,
Non tamen omnis, adhuc castum sentimus adorem.
M. A. C.
Mens. Apr. a 1906.
370 DOS OBRAS COLOMBIANAS
La siguiente poesía es también autógrafa y original; ignoro si el
autor se guardó traslado. Según una nota puesta al pie por el Padre
Provincial Fr. Santiago Matute, Agustino Recoleto, fué compuesta en
Ubaque, en Enero de 1893, siendo Vicepresidente de la República,
Encargado del Poder ejecutivo. En este tiempo él estaba veraneando,
y el P. Matute estuvo a visitarlo en su casa, y seguramente algún día,
de paseo a la orilla del río ubaqueño que corre hacia los Llanos de
Casanare y hacia el Meta, donde habían abierto ya gloriosas campañas
apostólicas los misioneros de la Candelaria, concibió él estos versos
de sabor tan virgiliano:
Rive, peregrinas qui dum placidissimus undis
Muscosas ripas et memora alta rigas.
Murmure jucundo fessis solatia praebes
Atque salutífera dulce levamen aqua,
Y, sequere Aurorae clivoso tramite fines,
Solos nativae fertilitatis agros,
Quae, novus ut mundus, cum tellus ampia patebit,
Ymperio crescet divitiisque potens.
Paupere nec pudeat censu serviré tumenti
Metae, nec major dessiluisse velis.
Hoc tibi, rive, satis, quod, dum te ludere credunt,
Felicem monstras certa sagita viam.
M. A. C.
La tercera poesía fué un obsequio autógrafo que hizo al citado
limo. P. Casas en una de las visitas que éste le hizo en Bogotá. Indica
la notita puesta al pie de la poesía el especial afecto que a ese con-
vento tenía por las referencias hechas en los escritos de J. M. Caicedo
Rojas y otros autores que de él han hablado como de un monumento
nacional. Caro no conoció ocularmente aquel nido de sabios y de
santos.
Pax vobis.
Cuando Jesús, el Hijo
De Dios, a los que amaba por vez postrera habló,
Dióles la paz del alma, y al despedirse dijo:
«iHe orado por vosotros, más por el mundo no!»
DOS OBRAS COLOMBIANAS 371
¿Qué extraño que en el mundo
Surja lo que es horrendo y abunde lo que es vil:
Tumulto de pasiones, servil cortejo inmundo,
Furores de pantera, ponzoñas de reptil?
iOh, ved la inmoble cima (1)
Donde llegando el alma su vuelo a reposar,
Mira el cielo que se abre, tranquilo y puro, encima,
Mira lejos, abajo, romperse airado el mar!
M. A. C.
1898.
Véase ahora la carta, y si ha de formarse algún epistolario, aprové-
chese; pero voy a indicar primero lo que la motivó. Apareció en Bogo-
tá un editor ambulante, que pidió a Caro una poesía, y el príncipe de
las letras colombianas accedió a darle un soneto. Lo reputé bueno por
la idea y por el sentimiento; pero mediano y aun malo por la hechura.
Y tal como lo vi, así se lo manifesté inmediatamente por carta. Enton-
ces estaba yo atacado por la epidemia derripiadora de Valbuena. Pa-
saba y repasaba los Ripios con fruición; y hasta concebí el proyecto de
desripiar a los poetas colombianos, proyecto que no ejecuté; y así,
conste ahora que el Valmala, autor de Ripios Colombianos, no soy yo,
como supusieron algunos. ¡Quién sabe a qué despeñaderos me hubie-
ra arrojado yo, si no hago caso de esta carta! Porque, eso sí, los conse-
jos de ella decidieron de mi vocación literaria en este punto. Hago esta
confidencia como tributo de gratitud al maestro.
«Reverendo P. Fabo.
Jueves, 29 Marzo 1906.
Bogotá.
Reverendo Padre: El domingo último tuve el gusto de oír a V. R.
predicar, y predicar muy bien, como V. R. sabe hacerlo, en esta iglesia
de las Nieves, sobre el Sacramento del Matrimonio, y el lunes siguiente
recibí en forma de carta otra prédica de V. R., no ya sagrada sino pro-
fana, sobre algún inocente soneto mío que salió a luz por ahí en es-
tos días.
(1) Por ejemplo, el Desierto de la Candelaria. {Nota de Caro).
372 DOS OBRAS COLOMBIANAS
Al contestar a V. R. debo empezar por decirle que he remitido a su
destino los muy interesantes apuntamientos que V. R. tuvo a bien co-
municarme sobre cantos populares de Colombia. No dudo que allá sal-
drá todo eso con el merecido elogio.
Y viniendo al contenido de su carta, o sermón privado literario,
debo confesar a V. R. que me ha sorprendido no poco, por dos concep-
tos. Lo primero, por lo heterogéneo del trabajo que trae V. R. de frente
de esta cuaresma, preparando la exposición de la palabra divina, y al
mismo tiempo otra obra de crítica literaria, que me dice V. R. está es-
cribiendo a lo Valbuena, la cual, siendo de V. R. debe tener mérito,
pero por el modelo que ha adoptado «en mal punto>, según la frase de
Fray Luis de León, no podrá resultar edificante.
Lo segundo, por la importancia que V. R. ha concedido a una de
esas poesías fugitivas o epigramáticas, porque en el sentido grecolati-
no un soneto no es ni más ni menos que un epigrama, que sale a relu-
cir en hojas periódicas, comparables al heno, a la mañana verde, seco
a la tarde, o a aquellas hojas de la Sibila, que apenas escritas andaban
ya agitadas y revueltas por el viento.
Explicaré a V. R. por qué se publicó ese soneto, dejando para otra
ocasión, si Dios me diere licencia, satisfacer a sus reparos, privada y
confidencialmente por supuesto, con una eufrasis y comento breve del
tal soneto, que no querría yo que alcanzase los honores de la discusión
pública que mereció, y todavía está pendiente, porque habent sua fafa
libelli, el soneto de Góngora, a la tercera parte de la Historia Pontifical
del Dr. Babia.
Yo también en mis mocedades recibí «la alternativa>, que dicen los
toreros españoles, «et militavi non sine gloria>, ya en la edad madura,
en letras y en política, en el periodismo y en los Congresos. Vuestra
Reverencia no pudo yer mi trabajo, porque V. R. entonces estaba muy
niño y muy lejos de este país. Pero hace algún tiempo que me corté
la coleta y me recogí a buen vivir, siguiendo las advertencias y el ejem-
plo de hombres «sabios que en el mundo han sido», como dice tam-
bién nuestro Fray Luis de León. He aquí a Horacio:
Non eadem est aetas, non mens. Veianius armis
Herculis ad postem fixis latet abditus agro,
Ne populum extrema toties exoret arena.
DOS OBRAS COLOMBIANAS 373
Est mihi purgatam crebro qui personet aurera:
Solve senescentem mature sanus equum, ne
Peccet ad extremum ridendus et ilia ducat.
Nuno itaque et versus et catera ludiera pono.
En este retiro me ha encontrado V. R., y en él he recibido la amo-
nestación privada que ahora me dirige.
Pero ¿por qué, me dirá V. R., te has asomado a la ventana de tu
celda?
Dígnese leer V. R. la advertencia preliminar del libro de poesías
que me permito remitirle como un pequeño obsequio, y allí verá cómo
una obra mía de cierta importancia ha podido permanecer después de
impresa, inédita durante diez años, hasta que algunos amigos vinieron
a sacarla de los rincones donde yacía amarillenta y polvorosa, caso
nuevo en la historia de la imprenta. Esto probará a V. R. que no soy
de aquellos a quienes aqueja el flujo de hacer viso. Hace mucho tiem-
po que me domina el sentimiento de San Cayetano Theano, nombre
que por devoción de mi madre llevo entre los que me pusieron en la
pila: «Trabajar y no mostrarse». iQué mucho, si aun en tiempos pasa-
dos gusté más de salir de visera, que hoy decimos anónimo y pseudó-
nimo? Así anda la mayor parte de mis producciones. De mis poesías
originales inéditas, no saco sino una que otra, de vez en cuando, por
compromiso de amistad o deber de cortesía, y las veces en que, por re-
sabios de mi mala vida pasada, se me ocurre escribir algo en verso y
pido <las tablillas», es decir, me acerco a la máquina de escribir para
dictar algo, prefiero la lengua latina, sin que me arredre el sueño de
Rómulo, que nuestro Bartolomé de Argensola (lo llamo nuestro por lo
que le quiero y le admiro) aplicó con tanta gracia y acierto a los poetas
latinos modernos. No me cuadra esa advertencia de Quirino, porque no
pretendo llevar a los bosques leña, sino andar más solo y secreto. «Ipse
mihi scriboque legoque», como dijo adolorido aquel famoso poeta des-
terrado al Bajo Danubio (Bajo Putumayo del Imperio Romano), pero
yo, satisfecho, digo por mi cuenta:
Gratia dis, quoniam sic non intelligor ulli;
Si quis erit, saltem me placido ore leget
374 DOS OBRAS COLOMBIANAS
Bien creo yo que si hubiera expresado en latín el contenido de ese
soneto sobre la Providencia, V. R. hubiera fijado más la atención en el
pensamiento espiritual y cristiano que envuelve, y no habría pensado
en criticar palabras a lo Valbuena.
Sucedió, pues, volviendo a mi explicación, que llegó un personaje
raro, llamado Ríos, editor ambulante de una publicación por entregas,
intitulada Musa Americana. Este sujeto empezó a instarme valiéndose
de un intermediario íntimo, para que yo le favoreciera con alguna co-
sita inédita en verso. Una cosa es llevar vida retirada, y otra cosa es ser
huraño, descortés y soberbio. ¿Por qué negar una friolera al que la pide
por favor? Y claro está que no habría yo de mandar versos latinos, que
sería lo mismo que japoneses, a la Musa Americana callejera. Dije a
uno de mis hijos, que de cierta colección de sonetos morales y religio-
sos sacase alguno, y escogió ése como pudo escoger cualquiera otro.
Supuse que no sería leído más de una vez por nadie; que contrastaría
por su espíritu con lo que hoy se estila; que se comprendería bien que
con eso daba gusto al editor; pero he aquí, cosa del todo imprevista,
el soneto moral y religioso, no censurado por algún decadente o impío,
sino objeto de crítica minuciosa y severa, aunque privada, por parte de
un respetable agustino. He ahí la historia de mi falta.
Me alegro sinceramente de saber que V. R., después de haber ejer-
citado su ingenio en la novela, y lo que más me gusta, en el estudio de
los cantos populares, quiera ahora también ejercitarlo en la crítica lite-
raria, siempre que esa crítica sea justa y seria, que instruya deleitando,
como la de Quintana, la de Ticknor, la de Bello, para no citar sino lo
tocante a literatura castellana; o bien, si allá le lleva su inclinación, fes-
tiva y satírica, pero general e impersonal, contra las malas costumbres,
contra las modas literarias perniciosas, como lo es el decadentismo, no
contra personas determinadas, ni menos contra cualesquiera personas,
sin distinción de doctrinas, escuelas y tendencias. El autor mismo del
Quijote, refiriéndose a aquella crítica personal y agresiva, a que se mos-
traron tan aficionados muchos literatos de su tiempo, de quienes hoy
nadie se acuerda, y de la cual fué blanco el mismo Cervantes, pudo de-
cir con satisfacción de hombre bueno y cristiano, y éste es quizá el ras-
go más bello de su carácter:
DOS OBRAS COLOMBIANAS 375
Nunca voló la humilde pluma mía
Por la región satírica: bajeza
Que a infames premios y a desgracias guía.
No, no vaya V. R. a echar a perder el talento con que Dios le dotó
y a dar muestra no buena de sí propio y de la casa religiosa a que per-
tenece, por tantos títulos respetable, sólo por un error de método, por
un deplorable extravío de imitación, empeñándose en seguir por maes-
tro a un hombre que se formó en la escuela del irrespeto, en el piso
bajo de periódicos políticos maldicientes, y que luego, de su mala fe
notoria, de su erudición falsa y de su pedantismo insolente, ha logrado
hacer un oficio lucrativo: «infames premios», que dijo Cervantes. El
arma que él juega es fácil de manejar, pero es un arma vedada, en gue-
rra literaria como en toda especie de guerra (1). «Si autem oculus tuus
fuerit nequam, totum corpus tuum tenebrosum erit.»
Vuestra reverencia es, por el contrario, alma bien nacida, como lo
prueba bien su vocación religiosa, y el llevar muy dignamente el hábi-
to de los ermitaños de San Agustín, arrostrando las penalidades del
misionero en tierras apartadas y semibárbaras como las de Casanare.
Vuestra reverencia tiene el ojo literario limpio, y «si oculus tuus fuerit
simplex, totum corpus tuum lucidum erit>. Vuestra reverencia es árbol
bueno, «et non potest arbor bona malos fructus facere>, sino «bonos
fructus» como los que hasta ahora ha dado, testigo yo.
Con esta franqueza mía correspondo a la de V. R. y me ofrezco de
nuevo a sus órdenes como obsequente servidor y amigo. — Miguel An-
tonio Caro,
P. S. — Principié esta carta el jueves 29, y la termino hoy sábado 31.
Por el mal estado de mi vista no puedo escribir seguidamente de mi
puño y letra, y tengo que valerme de la ayuda de alguno de mis hijos
en las horas en que están fuera de oficina. — Vale,>
(1) Don Andrés Bello, autor de la Alocución a la Poesía, de la cual se cita un
fragmento, ocupa el puesto más eminente en la historia de las letras hispano-
americanas, como poeta, como humanista, como erudito, como jurisconsulto.
El autor de Ripios apenas se digna mencionarlo de paso, con esta frase de
soberano desprecio: «Andrés Bello, otro poeta malo de América.»
Como si alguien dijese: «Luis de León, otro poeta malo de España»; «Aure-
lio Agustín, otro teólogo mediocre y escritor malo de África.» {Nota de Caro.)
376 DOS OBRAS COLOMBIANAS
Por último, digo que leí la obra de Gómez Restrepo, La literatura
colombiana, que se publicó en el tomo XLIII de Revue Hispanique^
después propagada en folleto aparte. La primera época, o sea hasta lo
que trae el inolvidable Vergara y Vergara, no lo leí con pausa porque
en este autor lo tenía bien estudiado, si bien ahora añadió y mejoró
ciertas cosas D. Antonio. Lamento que éste no hubiera tenido a mano
mis dos tomos de Historia de lo Provincia de la Candelaria para que
hubiese añadido algo sobre el polígrafo colombiano del siglo XVII,
biblioteca animada lo llamaban en su tiempo, P. Fr. Andrés de San
Nicolás, hermano mío de hábito.
La parte contemporánea está muy bien hecha, y los que se queja-
ren, que no falta quien se queje por aquello de genus irascibile uatum,
y los que la tacharen de muy compendiosa, que se hagan cargo de que
no se trataba de escribir la bibliografía crítica de Colombia, sino un
bosquejo ligerísimo.
Sin embargo de ello, he ido poniendo los signos convencionales
que acostumbro y representan mi juicio sobre lo leído, y al observar
cuál trata a D. J. Manuel Groot, veo que lo hace con el mismo criterio
que lo hizo Torres Caicedo en sus Ensayos biográficos^ publicados en
París, y Caicedo Rojas y Pedro Fernández Madrid y José Joaquín Ortiz
y José Joaquín Borda y que el mismo Caro, quien en la introducción a
las Obras escogidas, de Groot, llámalo «eminente escritor»; alaba la
«frescura y movimiento» de sus descripciones, aparte de los muchos
elogios que tributa al fondo histórico y documental de su obra magna.
En vista de esto, digo, tracé en Literatura colombiana con lápiz rojo
una palabra cifrada que me recordará siempre dos cosas: que el señor
Gómez [Restrepo lee mucho, y cuan dificultoso es substraerse a la
influencia de las lecturas y de la sangre. Y ya que menciono a Groot,
hará muy bien el autor de La Literatura colombiana en atribuir bien
la parte que corresponde al ilustre nieto de éste en la colaboración de
la novela Pgjc, porque el sentimiento que, como hálito de musas, exha-
lan muchas de sus páginas no es propio del irónico y pintoresco Ma-
rroquín, sino del autor de Resurrección, Rivas Groot, alma becquerina
clarificada con rayos de crepúsculo e impregnada con efluvios de mio-
sotis.
De más a más, yo no puedo considerar dignos de figurar entre Caro,
Cuervo, Ortiz, Carrasquilla y tantos otros verdaderamente literatos, cier-
Dos OBRAS COLOMBIANAS 377
tos individuos que nada tienen de tales, y que si merecen entrar en los
catálogos de la bibliografía colombiana y en obras cómo la de Amaya
Laverde, que Gómez conoce al dedillo, aparecen entre los hombres de
letras como gansos en una bandada de aves del paraíso. Pues ¿qué será
lo que debe la literatura, por ejemplo, al general Santander? ¿Qué, al
obscuro y fosilizado Ezequiel Rojas que tenía tan poco de estilista
como de filósofo? García Calderón, pongo por caso, en un trabajo aná-
logo al de Gómez, paréceme que tuvo un punto de vista más literario,
y por lo mismo más preciso y completo.
Mi buen amigo D. Antonio, dentro del tomo citado que le envío
verá un gajito de laurel. A poco de recibir el volumen de Obras com-
pletas, entré en los jardines del Generalife de la Alhambra de Granada,
pensé en Gómez Restrepo, desgajé esas hojas, y se las envío ahora como
símbolo del galardón que la fama reserva para los que cultivan las le-
tras castellanas con la hermosura con que lo hace él, discípulo mayor
y heredero intelectual de Caro.
Fr. P. Fabo.
Madrid, Febrero de 1920.
NOTAS DE INFORMACIÓN
Del régimen universitario.
El asunto que ha ocupado con preferencia la atención de los claustros
universitarios, ha sido, sin duda, la solución del problema planteado por
el decreto de 21 de Mayo último, acerca de la autonomía de las Universi-
dades españolas.
«En la mayoría de nuestras Universidades— ha dicho un sabio publi-
cista—se observa ahora cierta inusitada preocupación por los problemas
pedagógicos, cierta fiebre de reforma y mejoramiento, cierto inquieto des-
pertar del sentimiento de responsabilidad, que auguran una nueva era para
nuestra enseñanza oñcial, tan bochornosamente decaída.» Afortunadamen-
te se ha impuesto una franca corriente de simpatía y optimismo, creada y
fomentada por cuantos lamentan el deplorable estado de la enseñanza na-
cional, y al examinar sus propias fuerzas, muéstranse dispuestos, dando
mano a funestos egoísmos, a realizar un supremo sacrificio en aras de la
pública conveniencia y de la cultura nacional, cuyo centro de elaboración
reclama con justo derecho la Universidad española.
La Universidad zaragozana, al redactar y aprobar su Estatuto, ha de-
clarado, paladinamente, que acepta el espíritu y las tendencias reformado-
ras de la nueva regeneración, secundando los planes docentes emanados
de la superioridad, y abriga la esperanza de que el prestigioso profesora-
do de la Universidad aragonesa, que por unanimidad aprobó el Estatuto,
ha de saber responder de su misión educadora, abriendo, al efecto, nuevos
cauces y dirigiendo las energías juveniles por los amplios derroteros que
de consuno reclaman los modernos adelantos de la ciencia y el buen nom-
bre de que ha disfrutado siempre aquel centro superior de cultura en Es-
paña y en el Extranjero.
El ejemplo dado por la citada Universidad de Zaragoza, que tuvo la
honra de ser la primera en redactar su Estatuto, fué seguido por las demás
NOTAS DE INFORMACIÓN 379
Universidades del Reino, no sin que en el seno de algunos claustros se
discutiera con calor y se propusieran enmiendas de carácter más o menos
restrictivo, nacidas de criterios divergentes en materias de enseñanza y en-
caminadas a conseguir la alta consideración de que se encontraban inves-
tidas las antiguas Universidades españolas.
Alrededor del ya muy trillado tema de la enseñanza, que ha llegado a
preocupar a gran parte de nuestros pensadores, han visto la luz pública
infinidad de artículos periodísticos de todas clases y matices, inspirados
unos en intereses personales o de partido, cuya desaparición reclama im-
periosamente el bien de la enseñanza, encaminados otros a mejorar la obra
empezada mediante el valioso concurso e ilustración de sabios y bien in-
tencionados pedagogos, a quienes corresponde llenar con su competencia
los vacíos que existan, para que resulte la obra perfecta y acabada.
La inestabilidad de las entidades directoras que ha dado al traste no
pocas veces con reformas que reclama el bien público, amenazó también a
ésta de la Enseñanza, y hubiera corrido igual suerte, de no haber sido de-
signado para ocupar la vacante del Sr. Silió, el Sr. Prado y Palacio, entu-
siasta defensor del proyecto de Autonomía, como lo manifestó, entre otros
actos, reuniendo en el Hotel Ritz a los representantes de las Universidades
españolas, para redactar el proyecto de ley correspondiente que el Gobier-
no había de presentar a las Cortes para su discusión.
Hemos de consignar igualmente la importancia que revistieron las
manifestaciones del Sr. Bullón, del pasado Octubre, subsecretario a la sa-
zón de Instrucción pública, quien, en su discurso ante el profesorado zara-
gozano, puso de manifiesto el criterio del Gobierno en el importante asun-
to de la reforma docente, que era de franca simpatía, manifestando la re-
solución decidida de llevarla a cabo, para lo cual había aquél ultimado ya
el correspondiente proyecto de ley, dando cabida a muy plausibles refor-
mas extensivas al Consejo de Instrucción pública y a la segunda ense-
ñanza.
Tampoco hemos de omitir aquí, ya que se nos presenta ocasión propi-
cia, la razonada exposición y petición dirigida al ministro de Instrucción
pública por los directores de los Institutos de Madrid, Sres. Suárez Somon-
te y Zabala, en la cual defínense y concrétanse con admirable precisión el
concepto, fines y extensión de la Universidad y de la segunda enseñanza,
sosteniendo que no compete a aquélla la misión «funciones y derechos
inalienables del Ministerio de Instrucciónpública,que también son nuestros
380 NOTAS DE INFORMACIÓN
y de la sociedad en general>. En conformidad con la Exposición citada,
suplican «que se suprima la autorización que pide la Universidad para
crear o incorporar Centros de enseñanza de grado medio y elemental, y
que con la urgencia que los momentos reclaman, se presente a las Cortes
un proyecto de reorganización de la segunda enseñanza, en la forma que
antes hemos indicado, aprovechando para esto la información abierta por
el Consejo de Instrucción pública, y estimulada con gran actividad por
ios Institutos de Madrid, ampliándola convenientemente para que todos
los Centros civiles y militares, y todas las organizaciones del Estado, así
como todas las agrupaciones sociales, formulen su demanda acerca del
contenido de la segunda enseñanza, y que una Comisión, compuesta en
su mayoría de catedráticos de Instituto y de representantes de esas entida-
des y Corporaciones, fije ese contenido, ese núcleo de disciplinas comu-
nes a todos los Institutos; los cuales, con la libertad antes indicada y la
precisa autonomía para tener la necesaria independencia, transformarán
rápidamente la segunda enseñanza, atendiendo por igual a los múltiples
fines de la misma y a las necesidades de la vida nacional». Tal es la peti-
ción elevada al señor ministro por los señores arriba citados en defensa
de la nueva reorganización de la enseñanza en los Institutos.
En una conferencia dada por el Sr. Silió en Noviembre del año pasa-
do, expuso, con la competencia por todos reconocida en el ex ministro
maurista, la necesidad de una pronta reforma universitaria, reclamada por
gran parte del profesorado y por el estado de postración en que han
venido a parar nuestros clásicos Centros de cultura, por incuria imperdo-
nable de unos y por desaciertos incalificables de otros. Precisó con exacti-
tud el verdadero y genuino carácter de la autonomía que se concede a la
Universidad, exenta de toda intromisión política e informada solamente
por un franco ideal patriótico. Refiriéndose al decreto de Mayo último,
dice que en él se consigna el doble aspecto de la Universidad: de escuela
profesional y de institución creadora de ciencia, de alta cultura; también se
consigna allí el derecho, que se reserva el Estado, de fíjar el núcleo de
disciplinas indispensables para cada profesión, pudiendo la Universidad
organizar la carrera según crea conveniente. Las funestas consecuencias
que se seguirían de dejar en manos de la Universidad la facultad de otor-
gar los títulos, fueron, pues, previstas, de igual modo que los recursos in-
dispensables. Contesta con suma habilidad a la repetida excusa de que la
Universidad no está capacitada para recibir tan honda transformación, y
NOTAS DE INFORMACIÓN 381
termina diciendo que lo que el decreto hace es libertar a la Corporación
de la tiranía de los profesores, sacudir el letargo tradicional en que vive la
Universidad española.
Hemos visto cómo el inmediato sucesor del Sr. Silió en el Ministerio
de Instrucción pública continuó la labor comenzada: cúmplenos hacer
constar que al actual ministro, Sr. Rivas, se debe la renuncia de nombrar
rectores de las Universidades de Granada y Santiago, confiriendo a los
Claustros respectivos el hacer la propuesta; además, una disposición esta-
bleciendo que el nombramiento de decanos se haga por elección del
Claustro de cada Universidad, y que los vicerectores sean nombrados di-
rectamente por el rector, que es el que representa la voluntad del Claustra
En diversas ocasiones ha manifestado el citado ministro su firme pro-
pósito de que las Universidades se desenvuelvan con la mayor autonomía
posible.
M . Martínez.
REVISTA CANÓNICA
Sobre la prohibición de enajenar objetos artísticos o de mérito histórico.
Con fecha 12 de Enero de este año, el excelentísimo señor Nuncio de
Su Santidad en Madrid ha remitido a los Prelados la siguiente circular:
«Es notorio que en conversaciones particulares y artículos de la Prensa
se moteja a menudo a las entidades eclesiásticas de poco cuidadosas en
conservar los tesoros artísticos existentes en las iglesias de España; y en tal
sentido se han venido recibiendo en esta Nunciatura f recuentes quejas,
hasta de las autoridades civiles y políticas.
No hace muchos días se formuló un proyecto de ley encaminado a
traer los objetos artísticos de las Diócesis españolas para conservarlos con
mayor esmero en esta capital.
En virtud de particulares instrucciones de la Santa Sede, me apresuro
a encarecer e inculcar la más estricta observancia de los Cánones 1.532,
párrafo 1.°, número 1 y 1.497, párrafo 2.° del Código de Derecho canóni-
co, los cuales, en términos claros y taxativos, prohiben en absoluto enaje-
nar cualquier objeto de valor artístico o de mérito histórico, sin el previo
permiso de la misma Santa Sede.
Como en esta materia puede faltar la seguridad de que tales objetos
sean o no preciosos, y es de temer que los compradores traten de sorpren-
der la buena fe, despreciando estudiosamente sus condiciones, convendría
requerir oportunamente el dictamen de personas peritas, y si después de
esto subsistiese aún la duda, elevar a la Santa Sede una detallada consulta,
y así se conjuraría el peligro de lamentables equivocaciones.»
CÁNONES A QUE SE REFIERE LA PRESENTE CIRCULAR
Can. 534.—% 1. Firmo praescripto can. 1.531, si agatur de alienandis
rebus pretiosis aliisve bonis quorum valor superet summam triginta mil-
lium francorum seu libellarum, vel de contrahendis debitis et obligationi-
REVISTA CANÓNICA 383
bus ultra indicatam summam, contractus vi caret, nisi beneplacitum apos-
tolicum antecesserit; secus, requiritur et suffícit licentia, in scriptis data,
Superioris ad normam constitutionum cum consensu sui Capituli seu Con-
silii per secreta suffragia manifestato; sed si agatur de monialibusautsoro-
fibus iuris dioecesani, accedat necesse est consensus, in scriptis praestitus,
Ordinarii loci, necnon Superioris regularis, si monialium monasterium
eidem subiectum sit.
§ 2. In precibus pro obtinendo consensu ad contrahenda debita vel
obligationes, exprimi debent alia debita vel obligationes, quibus ipsa per-
sona moralis, religio vel provincia vel domus, ad eum diem gravatur; secus
obtenta venia invalida est.
Can. 1.530.—% 1. Salvo praescripto can. 1.281, ad alienandas res eccle-
siasticas immmovües aut móviles, quae servando servari possunt, requiritur:
1.** Aestimatio rei a probis peritis scripto facta;
2.° lusta causa, idest urgens necessitas, vel evidens utilitas Ecclesiae,
vel pietas;
3.** Licentia legítimi Superioris, sine qua alienatio invalida est.
§ 2. Aliae quoque opportunae cautelae, ab ipsomet Superiore pro
diversis adiunctis praescribendae, ne omittantur, ut Ecclesiae damnum
vitetur.
Can. 1.531.—% 1. Res alienari minore pretio non debet quam quod in
aestimatione indicatur.
§ 2. Alienatio fíat per publicam licitationem aut saltem nota reddatur,
nisi aliud circumstantiae suadeant; et res ei concedatur qui ómnibus per-
pensis, plus obtulerit.
§ 3. Pecunia ex alienatione percepta caute, tuto et utiliter in commo-
dum Ecclesiae collocetur.
Can. 1.532.—% 1. Legitimiis Superior de quo in can. 1.530, § 1, n. 3,
est Sedes Apostólica, si agatur:
1.° De rebus pretiosis;
2.° De rebus quae valorem excedunt triginta millium libellarum seu
francorum.
§ 2. Si vero agatur de rebus quae valorem non excedunt mille libella-
rum seu francorum, est loci Ordinarius, audito administrationis Consilio,
nisi res minimi momenti sit, et cum eorum consensu quorum interest.
§ 3. Si denique de rebus quarum pretium continetur intra mille libellas
et triginta millia libellarum seu francorum, est loci Ordinarius, dummodo
384 REVISTA CANÓNICA
acceserit consensus tum Capituli cathedralis, tum Consilii administratio-
nis, tum eorum quorum interest.
§ 4. Si agatur de alienanda re divisibili, in petenda licentia aut consen-
su pro alienatione exprimí debent panes antea alienatae; secus licentia
irrita est.
Can. /.555.— Sollemnitates ad normam can. 1.530-1.532 requiruntur
non solum in alienatione proprie dicta, sed etiam in quolibet contracta
quo conditio Ecclesiae peior fíeri possit.
Can. 1.534.—% 1. Ecclesiae competit actio personalis contra eum qu¡
sine debitis sollemnitatibus bona ecclesiastica alienaverit et contra eius he-
redes; realis vero, si alienatio nulia fuerit, contra quemlibet possessorem,
salvo iure emptoris contra male alienantem.
§ 2. Contra invalidam rerum ecclesiasticarum alienationem agere pos-
sunt qui rem alienavit, eius Superior, utriusque succesor in officio, tándem
quiiibet clericus illi ecclesiae adscriptus, quae damnum passa sit.
Can. 2.347. — Firma nullitate actus et obligatione, etiam per censurara
urgenda, restituendi bona illegitime acquisita ac reparandi damna forte
illata, qui bona ecclesiastica alienare praesumpserit aut in iis alienandis
consensum praebere contra praescripta can. 534, § 1, et can. 1.532:
1.° Si agatur de re cuius pretium non excedit mille libellas, congruis
poenis a legitimo Superiore ecclesiastico puniatur;
2.° Si agatur de re cuius pretium sit supra mille, sed infra triginta mil-
lia libellarum, privetur patronus iure patronatus; administrator, muñere
administratoris; Superior vel oeconomus religiosus, proprio officio et ha-
bilítate ad cetera officia, praeter alias congruas poenas a Superioríbus ín-
fligendas; Ordinarius vero aliique cleríci, offícium, benefícium, dígnitatem,
munus in Ecclesia obtínentes, solvant duplum favore ecclesiae vel piae
causae lasae; ceteri cleríci suspendantur ad tempus ab Ordinario de-
finíendum;
3.^ Quod si beneplacitum apostolicum, in memoratis canonibus praes-
criptum, fuerit scienter praetermissum, omnes quovis modo reos sive dan-
do sive recipiendo sive consensum praebendo, manet praeterea excomuni-
catio latae sententiae neminí reservata.
bibliografía
Le probléme de révolution.— Essai d'un systéme expHcatif des formes natu-
relles, par Adolf Spaldák.— De 150 págs., en 8.°— París, G. Beauchesne, 1919.
Pr. net.: 4 fr.
Tres fines, todos ellos excelentes, persigue M. Spaldák en este ensa-
yo: 1.°, hacer obra apologética, poniendo de relieve las magnificencias de
la sabiduría y el poder divinos en la creación del mundo y de los seres;
2.°, demostrar, bien que de rechazo y más o menos directamente, la incon-
sistencia o, por mejor decir, las falsas bases en que pretende apoyarse el
transformismo o doctrina de la evolución material de las especies, y
S.*', puesto que la teoría transformista es impotente para explicar el origen
y desarrollo de los seres, sustituirla por otra que el autor llama teoría
ideal. Por lo que toca a los dos primeros fines, nada tenemos que decir,
como no sea que aplaudimos el generoso y levantado intento de M. Spal-
dák. Plausible también parécenos el tercero; mas hemos de manifestar que
ni teórica ni prácticamente es aceptable desde el punto de vista científico
la concepción que en este ensayo se propone como «la hipótesis que escla-
rece mejor todos los fenómenos de la naturaleza». A nuestro juicio, la
hipótesis o teoría de M. Spaldák, o no resuelve nada, o viene en último
término a darse la mano con el transformismo, sin otra diferencia que la
de poner ideal, donde éste escribe o dice material, física, mecánica^ u otros
términos equivalentes. ¿Qué valor, si no, tienen esas leyes ideales, esos
parentescos ideales y esa evolución ideal, que se dice ser producto y coro-
namiento de aquellas leyes? ¿Es acaso que también las especies y los indi-
viduos pertenecen a una categoría ideal? Monsieur Spaldák confiesa que
en el fondo su teoría es muy antigua, tan antigua, que la idea-madre se en-
cuentra en cualquier manual de metafísica escolástico-cristiana. Así es la
verdad. La doctrina de las ideas divinas o arquetipos y de los universales
aute rem, pero con fundamento in re, es muy vieja, muy cristiana y muy
filosófica, como lo es también la que enseña que el mundo no es efecto del
azar y que la obra de la creación responde a un plan sabiamente previsto
y ordenado. Mas si todo esto es verdad, y en ello, justo es declararlo, la
25
386 BIBLIOGRAFÍA
explicación de nuestro autor discrepa de la que da el transformismo ma-
terialista y ateo, no lo es menos que el plan divino se ha desarrollado y
continúa desarrollándose en seres materiales y bajo la acción de causas,
estímulos o fuerzas materiales, que entran también en los planes del Crea-
dor; estribando precisamente toda la dificultad en que, si bien conocemos
la existencia de las causas segundas, pero ignoramos, tanto como los de-
signios o planes del Autor de la Naturaleza, el modo, el tiempo y la forma
de actuación de aquéllas en la realización de éstos. Es decir, que el punto
de partida de M. Spaldák es firme, seguro; pero desorientado, a nuestro
entender, el camino que recorre, o sea, la explicación que da acerca del
desarrollo de las formas y constitución de los grupos o especies vegetales
y animales. Más y mejor que teoría ideal, debiera llamarla su autor teoría
idealista. Refiriéndose a ella en conjunto, dice el propio M. Spaldák: «nues-
tra ficción...» Este es el nombre que le cuadra, debiendo nosotros añadir^
para terminar, que al servicio de esta ficción ha puesto su ilustre autor un
caudal no escaso, ni al alcance de todos, de conocimientos científicos, sin-
gularmente en ios diversos ramos de la ciencia natural.— P. E. Negrete,
Officia Majoris Hebdomadae et Octavae Paschatis.— Editio cum cantu.— 426
páginas, en 8.^— Editorial Litúrgica Española.— Barcinone, via Cortes, 581,
MCMXX.
Acaba de fundarse la Sociedad Editorial Litúrgica Española, Suceso-
res de Juan Gili, cuyo primordial objeto es emprender, con la intensidad
y amplitud que el ramo editorial exige, la publicación de obras litúrgicas,
y en general toda suerte de ediciones y publicaciones, y el ejercicio de
las industrias y comercios con ellas relacionados.
La primera muestra que recibimos de los trabajos de dicha Sociedad
es la obra que anunciamos, referente sólo a las Misas de Semana Santa y
Pascua, y que tiene una ventaja muy señalada sobre los libros más comu-
nes de liturgia y es el canto ritual. En cuanto a las condiciones tipográfi-
cas, es verdaderamente muestra muy honrosa, que merece todos los aplau-
sos y deja vislumbrar un gran porvenir para las ediciones de todos los li-
bros litúrgicos.— C. G.
BIBLIOGRAFÍA 387
LIBROS RECIBIDOS
Concilium Tridentinum. Diariorum, actor um, episfolarum, tracta-
tuum nova coUectio. — Editit Societas Qoerresiana.
VIII. Actorum pars quinta.— Un vol., de XIV-1.024 págs., en 4.** ma-
yor. En rústica, 54 pías. En pasta, 59,40 ptas.
X. Episiolarum pars prima.— Un vol., de LXXVI-996 págs., en 4.*>
mayor. — En rústica, 54 ptas. En pasta, 59,40 ptas. Sumptibus ac typis
B. Herder, typographi editoris pontificii.— Friburgi Brisgoviae.
— Theologia Aíora/zs, auctore Augustino Lehmkuhl, S. J.— Editio duo-
décima denuo recognita et correcta.— 2 vols., en 4.°, de 900 y 935 págs., res-
pectivamente.— Friburgi Brisgoviae, B. Herder. — MCMXIV. En rústica,
16 ptas. En pasta, 20,70.
— Exigencias ferroviarias de Ga//cw.— Memoria por D. Constante
Amor y Neveiro, Pbro. — Segunda edición corregida.— Tipografía de «El
Eco de Santiago».— 1919.
—Ministerio Pastoral de la Iglesia Católica.— Carta pastoral del Exce-
lentísimo y Rvmo. Sr. Dr, D. Juan Benlloch y Vivó, Arzobispo de Burgos.
—La predicación litúrgica, por A. Meyenberg.— Versión de la quinta
edición alemana, por el R. P. R. Ruiz Amado, S. J.— Segunda edición ex-
tractada de La práctica del pulpito— \Jn vol., de 315 págs., en 8.°— Barce-
lona.— Librería Religiosa, calle Aviñó, 20.— 1920.
—Reiraites fermées. Practique et Theorie, par le P. Antoíne Boissel.
Un vol., de 420 págs., en 8,°.— París, Gabriel Beauchesne.— 1920.
— Liber Céneseos, —Texium hebraicum emendavit, Latinum vulgatum
addidit Godofredus Hoberg. Editio altera.— Un vol., de 417 págs., en
12.**— Friburgi Brisgoviae. B. Herder, Typographus Editor Pontificius,
En rústica, 2,05 ptas. En pasta, 2,85.
—Niños santos o Leyendas infantiles, por el P. Francisco Hattier, de
la Compañía de Jesús. Obra traducida del alemán por el P. Jerónimo Ro-
jas, de la misma Compañía Quinta edición cuidadosamente revisada — Un
vol., de 272 págs., en 8.° — Friburgo de Brisgovia (Alemania).- B. Herder,
Librero. Editor Pontificio.— En rústica, 2,35 pesetas. En pasta, 2,95.
— Literatura Universal, por Guillermo Jünemann.— Quinta edición,
muy mejorada.— Un vol., de 325 págs., en 8.°— Friburgo de Brisgovia.
B. Herder, 1916.-4,05 y 4,25. ptas.
—Conspectus Codicisjuris Ca/zo/7/d.— Supplementum ad Institutiones
Juris Ecclesiastici concinnavit Josephus Laurentius, S. J.— Un vol., de 125
388 BIBLIOGRAFÍA
páginas, en 4.°— Friburgi Brisgoviae. B. Herder, Typografus, editor pon-
tifícius.—MCMXIX.— En rústica, 4,50 ptas.
—Quaestiones praecipuae morales.— Novo ]uñ Canónico adaptatae
quas pro appendice Theologie Moralis brevitur collegit Augustinus Lehm-
kuhl, S. J.— Folleto de 96 págs. — Friburgi Brisgoviae. B. Herder.— ■
MCMXVIII.-0,85 ptas.
—Dispüiaiiones metaphysicae de ente communi, auctore P. Stanislao
de Backer, S. J.— Folleto de 125 págs.— Paris. Gabriel Beauchesne.— 1919.
— Asseria Moralia, auctore M. M. Matharan. S. J.— Editio decima ter-
cia cura P. Castillon, S. J. — De 302 págs., en 8.°— Gabriel Beauchesne,
Paris.— 1920.
—Estudios sobre el teatro de Lope de Vega, por D. Marcelino Me-
néndez y Pelayo. — Edición ordenada y anotada por D. Adolfo Bonilla y
San Martín.— Tomo 1. Un vol., de 316 págs., en 4.°— Librería de Victo-
riano Suárez. Madrid. — 1919.
—Carta Pastoral del Emmo. Sr. Dr. D. Enrique Almaraz y Santos,
Cardenal-Arzobispo de Sevilla.— MCMXX.
—La Jurisprudencia y la vida del Derecho.— Discurso por D. Niceto
Alcalá Zamora. Madrid.— 1920.
—La ley del Sacrificio.— C2iriSL Pastoral del Eminentísimo Señor Car-
denal-Arzobispo de Toledo.— 1920.
-Quelques promoieurs de la Meditation Methodique au Quinziéme
siéclCj par le P. Henri Watrigant, S. J.— Folleto de 83 págs., en 8.° mayor.
Paris. Librairie P. Lethielleux.
—Librito de Misa^ dedicado a los niños piadosos, por Gustavo Mey. —
De 148 págs., en 16.**— Octava edición., B. Herder. Friburgo de Brisgo-
via (Alemania).— 0,85 ptas.
—Critique et Catholique, par le P. Et. Hugueny, O. P.— II. Apologie
des dogmes. Premiére partie.— Un vol., de 272 págs., en 8.° Paris. — Li-
brairie Letouzey et Ané.— 1914.
CRÓNICA GENERAL
Madrid-Escorial, 29 de Febrero de 1920,
EXTRANJERO
Durante la última quincena han seguido los aliados su conferencia
en Londres, versando las discusiones, de una manera especial, sobre la
contestación a la última Nota de Wilson acerca de la cuestión del Adriáti-
co, las relaciones con Rusia y el problema de Turquía.
La actitud de indiferencia que la Entente adoptó con respecto a Wilson,
nacida de la creencia de que éste había perdido todo su poder y prestigio
por la oposición que encontrara en el Senado y por su enfermedad, ha
molestado, como es natural, al Presidente norteamericano, que ahora
quiere probarles su equivocación y obligarles a desandar todo el camino
recorrido desde que prescindieron de él. Si no logra sus deseos de que los
aliados vuelvan sobre sus pasos, además de denunciar al mundo las inten-
ciones de la Entente, su imperialismo y rapacidad, retirará del Senado el
Tratado deVersalles, negociando Norteamérica una paz separada con Ale-
mania.
Esta nueva postura de Wilson le ha merecido de la Prensa aliada las
más duras censuras, llegando a calificarle de demente, siendo, por tanto,
irresponsable de sus actos, si ya no es que está dirigido por su esposa, que
es, al decir de los aliados, la que actualmente desempeña el cargo de Pre-
sidente de la gran República.
Pero, sea como quiera, es lo cierto que los aliados se han detenido en
su marcha triunfal, y no se atreven, sin el consentimiento wilsoniano,
a dar su última mano al zarandeado problema del Adriático, llegando a
consentir Nitti, el más interesado en esta cuestión, en entablar nuevas ne-
gociaciones directas con Mr. Triumbitch, jefe de la Delegación y ministro
de Negocios Extranjeros de Yugoeslavia, para ver si, de acuerdo con éste,
puede aplicar el compromiso del Adriático de 20 de Enero.
390 CRÓNICA GENERAL
Esta ntieva concesión de Nitti, obtenida a ruegjos de Millerand y Lloyd
George, fué comunicada sin pérdida de tiempo al, según ellos, loco inqui-
lino de la Casa Blanca, solicitando que use de su influencia para facilitar
una solución amistosa.
—Respecto al segundo punto, ha tomado la Conferencia de Londres
las cinco resoluciones siguientes:
Primera. Suspensión de todo suministro de armas y dinero a los ejér-
citos que combaten con los bolcheviques.
Segunda. Invitación a Polonia para que suspenda todo ataque contra
los bolcheviques.
Tercera. Promesa de ayudar a Polonia y los Estados bálticos, caso de
que hubiese agresión por parte de los bolcheviques.
Cuarta. Convención con los agentes de los Soviets para reanudar las
relaciones comerciales por medio de Cooperativas.
Quinta. Se evitará en los pouparlers la cuestión del reconocimiento
del Gobierno bolchevique.
—En el problema turco aún no han logrado llegar a una inteligencia,
aunque en varios extremos han acordado ya las bases fundamentales.
Seis puntos comprende esta espinosa cuestión: la independencia de
Armenia, con el fin de librar a sus habitantes de la tiranía otomana; la
anexión de Siria por parte de Francia; la unión a Grecia de la península
de Gallípoli y la Tracia, y la concesión a Italia de una extensa zona en el
Asia Menor, zona que comprenderá toda la parte occidental de dicha re-
gión, excepto Smirna, que se concede a Grecia. Los otros dos puntos, en
que probablemente no lograrán entenderse, son el de Constantinopla y los
Dardanelos.
Las fantasías, más o menos verosímiles, que han corrido por la Prensa
acerca de las soluciones de estos dos puntos expuestos en la Conferencia,
son infinitas, pero ninguna se puede dar por verdadera, dada la absoluta
reserva que sobre esto han guardado los conferenciantes. Hasta tal punto
desea Lloyd George que no se haga pública la verdad de lo hasta ahora
convenido, que ha quitado su empleo a un funcionario de Negocios Ex-
tranjeros por haber revelado el contenido de un telegrama dirigido al almi-
rante Robeck comunicándole que Constantinopla seguirá siendo otomana.
Este telegrama estaba en pugna con la Nota oficial británica publicada el
mismo día, en la que se decía que todavía no se había resuelto nada sobre
el asunto.
•
CRÓNICA GENERAL 391
Los culpables.— En éste, como en otros muchos artículos del Tratado
de Versalles, van cediendo los aliados en sus excesivas demandas.
Respecto a este punto, empezaron por borrar de la lista a todos aquellos
contra quienes no existían acusaciones graves y terminantes; ahora, en una
nueva Nota, que copiamos a continuación, renuncian a que Alemania les
entregue los 800 culpables que reclamaba, permitiendo que los juzguen
ios mismos alemanes.
«Los aliados han examinado atentamente la comunicación que fué diri-
gida a las potencias aliadas y asociadas el día 25 de Enero del corriente
año por el Gobierno alemán, exponiendo las graves consecuencias, tanto
políticas como económicas, que podría tener para la ejecución del Tratado
de Paz de 28 de Junio de 1919 el llevar a la práctica las disposiciones con-
tenidas en los arüculos 228 y 230, referente a la entrega de los alemanes
acusados de haber violado las leyes y las costumbres de la guerra.
Las potencias aliadas hacen constar que desde el momento en que Ale-
mania declara que no puede ejecutar las obligaciones que para ella supo-
nen los referidos artículos del Tratado que ella firmó, las potencias se re-
servan el usar, en la medida y en la forma que juzguen conveniente, los
derechos que les da el Tratado, caso de confirmarse la expresada hipó-
tesis.
Los aliados, sin embargo, toman nota de la declaración hecha por el
Gobierno alemán de que está dispuesto a abrir ante el Tribunal Supremo
de Leipzig un procedimiento penal, rodeado de las más completas garan-
tías e independiente de todos los juicios, procedimientos y decisiones an-
teriores de los Tribunales alemanes civiles o militares, contra todos los
alemanes cuya extradición piensan pedir las potencias aliadas y aso-
ciadas.
Este procedimiento que propone el Gobierno alemán es compatible con
el art. 228 del Tratado de Paz, y está previsto expresamente al decir: t Fie-
les a la letra y al espíritu del Tratado, los aliados se abstendrán de inter-
venir en nada que afecte a los juicios y procedimientos para dejar al Go-
bierno alemán la plena y entera responsabilidad. Ellos se reservan el apre-
ciar por los hechos realizados la buena fe alemana en el reconocimiento
de los crímenes cometidos y su sincero deseo de asociarse ai castigo.
Los aliados verán igualmente si, ya que se niega a entregarlos, se en-
cuentra decidida realmente a juzgarlos ella misma en el Tribunal de
Leipzig.
Al mismo tiempo, los aliados, procurando el triunfo de la verdad y la
justicia, decidieron confiar a la Comisión mixta interaliada el cuidado de
reunir, publicar y comunicar a Alemania el detalle de ios cargos existentes
392 CRÓNICA GENERAL
contra cada uno de ellos, una vez establecida su culpabilidad por la sen-
sata realidad.
Y, por último, los aliados tienen que recordar de manera formal que
el procedimiento seguido ante la jurisdicción propuesta no pueda en nin-
gún caso anular los artículos 228 y 230 del Tratado. Las potencias se re-
servan el apreciar si los procedimientos propuestos por Alemania para ase-
gurar a los culpables todas las garantías de justicia no tienen por objeto
substraerse al justo castigo que deben sufrir por sus crímenes.
Los aliados ejercerán, si fuera necesario, la plenitud de su derecho,
obrando por mediación de sus propios Tribunales.»
Por fin, pareciéndoles mucho 800 inculpados, han resuelto acusar a
cinco alemanes por cada potencia del grupo de las vencedoras. Estos pri-
meros inculpados se permitirá que sean juzgados por los Tribunales ger-
mánicos.
Se trata de supuestos culpables de crímenes sobre cuya realización no
hay duda, ya que contra los responsables existen pruebas abrumadoras»
Estos procesos darán la medida de la imparcialidad y espíritu de justicia
con que Alemania está dispuesta a castigar los delitos cometidos por sus
subditos durante la guerra en los países invadidos.
Para designar a estos cinco culpables por cada una de las tres naciones
se ha constituido una comisión, compuesta de lord Birkenhead, por Ingla-
terra; el Sr. Ignace, por Italia, y Gacquemin, por Francia.
Al mismo tiempo se ha acordado que las demás naciones aliadas, Polo-
nia, Rumania, Servia, etc., formen también esta primera lista «de prueba».
El Gobierno socialista alemán se siente orgulloso y afirmado en el Po-
der por el triunfo que él cree ha obtenido sobre la Entente.
No. No ha sido el Gobierno; ha sido el pueblo alemán el que ha triun-
fado, el que se ha salvado a sí mismo, el que con su actitud decidida rasgó
la lista y derrumbó los Tribunales levantados por sus enemigos para des-
honrarle. En este asunto el Gobierno socialista alemán iba a remolque del
pueblo que representaba; obraba contra su voluntad, pues sabido es que
los gobernantes actuales de Alemania son los primeros en desear la des-
aparición de los hombres reclamados por la Entente, porque mientras
esos hombres no dejen de existir, ellos no vivirán tranquilos.
Para examinar y definir su actitud respecto a esta nueva disposición de
los aliados, se convocó en Berlín una reunión de generales, a la que asis-
tieron Ludendorff, von Kluch, von Mirbach, von Tirpitz y otros muchos
jefes. Sin debate, firmaron una declaración en la cual dicen que se presen-
tarán ante el Tribunal de Leipzig, pero no ante jueces extranjeros. Se com-
prometen a no intervenir para que el Gobierno alemán haga la lista de
CRÓNICA GENERAL 393
«culpables» aliados, aunque dicen que el pueblo merece conocerá los que
mataron a sus hijos por hambre y a los que practicaban le netoyage de
trincheras.
En lo que no se encuentran tan dispuestos a ceder es en la extradición
del Kaiser. En el comunicado enviado a Holanda, después de expresar su
asombro por no hallar en la Nota que esta nación les envió una sola pala-
bra de condenación para los crímenes cometidos por Guillermo II, la ame-
nazan si persiste en su actitud, y la exhortan a que cumpla lo por ellos or-
denado.
He aquí el texto de la Nota: «Los países aliados no pueden menos de
expresar su asombro por no hallar en la contestación de Holanda una sola
palabra de condenación para los crímenes cometidos por el Emperador,
causante de esa guerra, cuyas consecuencias terribles han lanzado a la mi-
seria y al hambre a numerosas naciones.
No es posible que Holanda se coloque fuera del grupo de las demás
naciones, teniendo un concepto poco elevado de sus deberes.
Si Holanda persiste en la actitud adoptada a favor del Soberano de Ale-
mania, tendrá que acatar las responsabilidades por proteger a un criminal
ante las acusaciones de la justicia y por permitir una propaganda peligrosa
para Europa y para el mundo entero.
Los derechos que poseen en virtud de los más nobles principios de
derecho, autorizan a las potencias aliadas y les imponen el deber de tomar
las medidas necesarias en pro de su propia seguridad.
Las potencias aliadas no pueden ocultar la penosa inl'presión que les
hizo la respuesta del Gobierno holandés, negándose a entregar el Empe-
rador, sin adoptar siquiera ciertas medidas de precaución, a fin de impe-
dir que el Soberano pudiera ejercer influencia alguna en lo futuro.
Aunque la proposición holandesa en este sentido no hubiese corres-
pondido totalmente a las demandas de las;potencias aliadas, por lo menos
hubiera sido una prueba de que tales sentimientos subsisten en Holanda.
Las potencias aliadas exhortan al Gobierno holandés de una manera
solemne y urgente a que tome nuevamente en consideración el asunto que
le fué presentado.»
Es de suponer que también en esta cuestión cederán los aliados y se
conformarán con que Holanda tome medidas de precaución para que el
Kaiser no influya en la política.
« «
Fra/zc/a.— Constituyó para Francia una crisis de gravedad indudable
la huelga general de ferroviarios. Se trata, al decir del presidente del Con-
394 CRÓNICA GENERAL
sejo francés, de una huelga revolucionaria, y no parece faltarle razón, pues
en ella no se discuten reivindicaciones de orden económico, sino del dere-
cho de disciplina de las Empresas y el que quiere imponer el sindicalis-
mo. El delegado Campanaud había pedido permiso para abandonar el ta-
ller con el fin de asistir a una reunión sindical. La Compañía le negó el
permiso; pero el delegado se lo tomó por su cuenta, castigándole enton-
ces la Compañía a quedarse dos días sin jornal. Sus compañeros interce-
dieron por él, y al no ceder la Compañía, se declararon en huelga, unién-
dose a ellos luego los ferroviarios de todas las líneas de la República,
incluso la del Oeste, que es propiedad del Estado.
Aunque este ha sido el origen, no es, sin embargo, la causa; las discu-
siones apasionadas entre mayoritarios y minoritarios son la verdadera
causa del conflicto. Esa causa sale del estrecho cuadro del incidente Cam-
panaud. En realidad, la huelga está dirigida contra la Federación nacional
de Ferrocarriles, cuyos directores son atacados todos los días por los ex-
tremistas, que no les perdonan el que hayan renunciado a la huelga que
debió estallar el 10 de Febrero. Desde ese día los minoritarios, que son
muy numerosos entre los ferroviarios parisinos, no buscan más que una
ocasión para provocar un movimiento que les permita reemplazar a los
directores de la Federación. El incidente Villeneuve Saint Qeorges les ha
parecido excelente pretexto y se han aprovechado de él.
En el aviso declarando la huelga general se afirma que dicha medida
ha sido adoptada después de haber resultado infructuosas todas cuantas
gestiones se han realizado cerca de la Compañía Paris-Lyon-Mediterráneo,
del ministro del Trabajo y del presidente del Consejo de Ministros. La
Comisión ejecutiva aconseja a todos los afiliados que la orden de huelga
general sea ejecutada con el mayor orden, y les indica que el trabajo no
será reanudado más que por una orden de la Federación nacional. Y esta
orden no se dará hasta que se haya obtenido completa satisfacción en lo
que se refiere a las libertades sindicales que han sido violadas. No se orde-
nará la reanudación del trabajo hasta que no se haya logrado una contes-
tación satisfactoria a propósito de nuestras reclamaciones.
Estas reclamaciones se refieren al levantamiento del castigo al delegado
Campanaud; sentar el principio de la nacionalización de los ferrocarriles;
aplicación inmediata de la escala de sueldos; pago inmediato de las indem-
nizaciones por la carestía de la vida. Las mismas ventajas deberán ser con-
cedidas a los acompañeros aspirantes y al personal femenino de acuerdo
cotv la fórmula que a trabajo igual debe corresponder salario igual.
Las Compañías, por su parte, se muestran intransigentes. Cuentan con
el apoyo del Gobierno, que, a su vez, busca el del Parlamento y el de la
CRÓNICA GENERAL 395
opinión, para el caso de recurrir a medidas de rigor contra los huel-
guistas.
Para recabar esta ayuda del Parlamento, el ministro de Trabajos públi-
cos presenta un proyecto para la requisa del material y de los locales,
además de las vías férreas, en caso de interrupción de los transportes por
ferrocarril.
Monsieur Lobet dice que no puede asociarse a un proyecto cuyo fin es
quebrantar una huelga basada en intereses corporativos.
«Es necesario— agrega— que los ministros consigan que el castigo in-
flingido al ferroviario Campanaud sea levantado, e inmediatamente la Fe-
deración dará la orden de reanudar el trabajo.
El presidente del Consejo debe decirnos lo que piensa hacer.»
Monsieur Millerand sube entonces a la tribuna.
«Es un asunto de disciplina— dice Millerand—, el Gobierno no se
considera con derecho a intervenir. Todavía no se ha tratado de un arbi-
traje; pero si mañana, una vez reanudado el trabajo, se pidiera ese arbitra-
je, el Gobierno nombrará una Comisión arbitral y ante ella planteará
el caso.
¿Puede creerse que porque haya sido castigado un obrero con dos días
de suspensión se ponga en peligro la vida económica del país? No esta-
mos en presencia de demandas corporativas; estamos frente a un movi-
miento político, frente a un movimiento revolucionario, para llamarle por
otro nombre, desencadenado por un motivo pueril; y esto es tan grave que
al principio del movimiento, la Federación, sobrecogida por la despropor-
ción entre la huelga y su causa, se ha entretenido en exponer una larga
lista de agravios.
Ante una situación tan clara— prosigue el presidente del Consejo—, el
Gobierno tomará las medidas necesarias. Impondrá a la población las res-
tricciones indispensables; asegurará los medios de transporte también in-
dispensables. No retrocederá ante ningún medio legal. Ya hay movilizadas
tres quintas de ingenieros en la línea París-Lyon-Mediterráneo. Si en al-
guna parte se apelara a la violencia o a la provocación, se haría justicia
inmediatamente. Hago un llamamiento a los ferroviarios, a su buen senti-
do y a su patriotismo. No se dan cuenta del mal que hacen al país. Por
encima de la solidaridad corporativa está la solidaridad nacional.»
Monsieur Millerand es objeto de una gran ovación.
Interviene M. About, quien obliga a M. Millerand a dar algunas expli-
caciones sobre su entrevista con los delegados ferroviarios.
«Les he dicho— declara el presidente— que si se había cometido un
error, sería may fácil averiguarlo y repararlo. Dije que bastaba con reanu-
396 CRÓNICA GENERAL
dar el trabajo y someter después el caso litigioso al examen de una Comi-
sión arbitral. Esta es la proposición que yo he hecho; espero la respuesta.»
Se reclama la terminación del debate, que se acuerda, a pesar de las
vehementes protestas de los socialistas.
El artículo 1.°, que fija el principio general de la requisa, es adoptado
por una enorme mayoría.
La Cámara aprueba por 510 votos contra 70 el proyecto de requisa del
material y líneas férreas.
—El Senado aprobó también un proyecto de ley, referente a la requisa
de material y locales distintos de los de las vías férreas, para poder hacer
frente a cualquier eventualidad originada por la huelga ferroviaria.
La actitud firme del Gobierno, resuelto a no retroceder ante el conflicto
ha producido en toda la nación una impresión excelente, confiando en que
tal situación no puede durar mucho tiempo.
Inglaterra.— Ningún acontecimiento ha cautivado tanto a la opinión in-
glesa desde que se firmó el armisticio como el triunfo alcanzado por As-
quith, triunfo que encarna un grave peligro para el Tratado de Versalles.
Dos puntos capitales tiene Asquith en su programa que motivarán en la
Cámara de los Comunes enconadas luchas entre él y Lloyd Qeorge, su an-
tiguo enemigo: la desaparición de la diplomacia secreta y la revisión del
Tratado de Paz.
Las corrientes favorables que a estas dos tendencias se observan en In-
glaterra darán mucha autoridad a la acción de Asquith y pueden ser de más
transcendencia que la campaña de Robert Cecil emprendida a raíz de la
victoria. Asquith puede, además, en la Cámara dar a la oposición la direc-
ción y la unidad que le faltaba, a lo que, en parte, debe Lloyd Qeorge sus
triunfos.
En torno de Asquith se agrupan fuerzas enormes. Además de lord Ro-
bert Cecil, le prestan su poderosa ayuda Grey y lord Northolife.
Ahora, pues, empezará una encarnizada guerra entre los dos hombres
representantes de los dos partidos más influyentes de Inglaterra.
Rusia.— Los bolcheviques que, según las agencias telegráficas, iban de
derrota en derrota y se encontraban en plena desorganización, son hoy
dueños de casi todo el antiguo imperio ruso. Ludenitch ha sido completa-
CRÓNICA GENERAL 397
mente derrotado; Kolchat, después de sufrir enormes descalabros, ha sido
capturado con todo su Estado Mayor y el núcleo principal de sus ejérci-
tos, siendo por fin fusilado por sus propias tropas; Denikin se encuentra en
situación desesperada, sin medios de combate, y su ejército desorganizado.
Militarmente, la situación de los bolcheviques es excelente. Su ejército,
muy superior a los ejércitos enemigos, dirigido por generales del Zar y
por oficiales alemanes, con una férrea disciplina y con material de guerra
y dinero en abundancia, es hoy realmente un ejército formidable.
Los Estados fronterizos que debían formar el cerco de hierro ideado
por Clemenceau, temerosos de que no fuera lo suficientemente fuerte para
resistir las victoriosas hordas de Trotsky, han celebrado la paz o andan en
tratos con los Soviets. Así, después de la paz ccn Estonia y Letonia, em-
pieza Polonia a negociar con los rojos. Alemania, a las proposiciones de
paz que el Gobierno de Moscou le ha hecho, ha contestado que la paz en-
tre Alemania y Rusia fué firmada en Brest-Litowsk.
Esta resurrección del famoso Tratado, parece más bien un deseo de an-
ticiparse a la Entente en el reconocimiento de la Rusia sovietista, pues co-
nocidos son de todos los anatemas que los actuales gobernantes alemanes
han lanzado contra los autores de esta paz con Rusia.
Los aliados, en la imposibilidad de vencer a los leninistas con las ar-
mas, y vista la indiferencia de Europa ante la campaña de la Prensa ingle-
sa que pedía una cruzada de todos los pueblos contra las fieras del bol-
cheviquismo, con el fin de que libraran a sus colonias del peligro que las
amenazaba, han comprendido la necesidad de entrar en relaciones con la
nueva Rusia. El primero en transigir ha sido Lloyd George, porque, según
él, cel pretender extirpar el bolcheviquismo por la fuerza es una locura, el
bloquearlo es el asesinato de seres inocentes, y la ayuda a los antibolche-
viques supone la restauración del antiguo régimen. La única política posi-
ble es la de emprender negociaciones con las distintas fracciones rusas.»
Esta opinión la hizo suya Nitti, y aunque en Francia se oponían a este
cambio de relaciones con Rusia, al fin Millerand ha declarado que recono-
cerá a los Soviets, lo mismo que Inglaterra, el Japón, Italia y Alemania. Ya
han convenido las naciones aliadas en no adoptar una política de agresión
hacia ese país; en alentar lo más posible las relaciones comerciales entre
Rusia y el resto de Europa; a las relaciones comerciales seguirán las diplo-
máticas en el momento en que el Gobierno de Moscou modifique sus mé-
todos sanguinarios.
Por su parte los directores del bolcheviquismo no ocultan sus anhelos
de paz y el deseo de ver reconocidos por los Gobiernos europeos el esta-
do de cosas por ellos creado. «El mundo entero sabe, ha dicho Lenin, que
3Q8 CRÓNICA GENERAL
estamos dispuestos a concertar la paz, haciendo concesiones que satisfarán
al capitalismo más imperialista.
Hemos dicho y hemos repetido que deseamos la paz, y hemos declara-
do que nos encontramos dispuestos a conceder al capital extranjero las más
amplias concesiones y con las mejores garantías; pero no queremos que se
nos estrangule en nombre de la paz.»
Y Trotsky, en una entrevista que con él celebró el corresponsal en Mos-
cou del New York World, ha hecho las siguientes declaraciones:
«No obstante las aplastantes victorias obtenidas por el ejército rojo,
estamos dispuestos hoy a hacer la paz, como lo hemos estado siempre. El
primero que reanude con nosotros las relaciones amistosas será el primera
que se aprovechará de las ventajas comerciales que de ello se deriven.»
Tres veces en el curso de la conversación, que duró el espacio de una
hora, Trotsky insistió en las ventajas que obtendría la primera potencia que
concierte la paz con los Soviets.
«Nosotros — continuó diciendo el comisario del departamento de Gue-
rra—deseamos la paz para el restablecimiento de la situación económica.
En estos diez y ocho meses, durante los cuales todas las potencias del ca-
pital imperislista que el mundo ha podido arrastrar para que luchasen
contra nosotros, han procurado destruirnos, y nosotros hemos necesitada
concentrar todos nuestros esfuerzos sobre las medidas militares, hemos
tenido que sacrificar al bienestar de nuestro pueblo y la salud de las gene-
raciones futuras a las necesidades desesperadas de la hora. Ningún otra
Estado del mundo habría podido hacer lo que Rusia, en bancarrota san-
grante y hambrienta por espacio de cuatro años de matanzas imperialistas,
ha realizado en los dos últimos años. Todos los Estados del Báltico están
al habla con nuestros comisarios para concertar la paz. Esta ya sólo es
cuestión de tiempo. No os refiero nada nuevo. Ya lo discutimos con Mon-
sieur Francis, vuestro embajador, hace dos años, y con vuestros represen-
tantes militares. En aquella época pregunté a las Misiones aliadas, cuando
organizamos el ejército rojo, si nos ayudarían a rechazar a los alemanes.
Nos contestaron que desearían responder afirmativamente, pero que an-
tes necesitaban consultar con los respectivos Gobiernos por telégrafo.
Hace de ello dos años, y todavía estoy esperando la contestación. A pesar
de todo, nuestras condiciones de paz siguen en pie. Reconocemos que te-
nemos necesidad de ayuda exterior para colocar al país en buena situa-
ción industrial y económica. Es esa una gig^antesca labor que requiere dos,
cinco, acaso diez años, para poder llevarla a cabo. Pero merced al espíritu
indomable de nuestro proletariado, eso se realizará con una rapidez y una
competencia que sorprenderá a nuestros enemigos.
CRÓNICA GENERAL 399
Jamás nuestras tropas han estado en mejor situación. Koltchak y Yude-
nitch se hallan fuera de cuenta. El fin de Denikin se aproxima. Los cosa-
cos lo abandonan; es decir, las únicas fuerzas de que dispone. Cuando de
asuntos militares se trata, es muy difícil ser profeta; pero puedo decir que,
dentro de un mes o dos, nuestras divisiones, avanzando siempre, a pesar
de la temperatura helada y de otras contrariedades atmosféricas, se habrán
apoderado de las últimas bases estratégicas de Denikin. De forma que an-
tes de la primavera nos apoderaremos de todos nuestros enemigos en ar-
mas, a menos que la Entente envíe contra nosotros sus senegaleses, sus
malgachos, sus anamtas y cualesquiera otros elementos.
Pero si se concierta la paz, nos apresuraremos a desmovilizar, y re-
vertiremos nuestras energías a los problemas domésticos.
El ejército rojo, contra lo que se ha propalado, es el organismo más
antimilitarista que hoy existe. Nueve por cada diez de sus organizadores
son trabajadores y aldeanos, todos pacifistas. El décimo que resta se com-
pone de militares de carrera, oficiales que servían en tiempos del Zar, y
que ahora sirven a los Soviets. De ellos, 999 por 1.000 simpatizan con nos-
otros, porque son patriotas y comprenden que somos el único grupo que
trabaja por el mejoramiento de la situación de la masa del pueblo ruso y,
por consecuencia, por Rusia.
Por mi parte, puedo confesar que soy el hombre menos militarista
del mundo.»
Resultado de todo esto es que el régimen bolcheviquista se extiende y
se consolida. Decididos ya los aliados a comerciar con las Cooperativas
rusas, y a no prestar auxilio a los antibolcheviques, Lenin puede, libre de
enemigos, dedicarse a fundamentar su obra. Pero es el caso, verificado en
todas las revoluciones, que paralelamente a esa consolidación se va ope-
rando una evolución conservadora en el bolcheviquismo. No sólo en el
campo, donde ha echado sus raíces más profundas, sino en las fábricas y
en los talleres, los Soviets han evolucionado, suprimiendo los Consejos de
fábrica y estableciendo jornadas que llegan a las doce horas.
T. Fernández.
ESPAÑA
T^. Con motivo de la renuncia del general Milán del Bosch (substitución
la llaman algunos), resultaron algunas salpicaduras que motivaron la crisis
del Gobierno, que se resolvió dejando la cartera de Fomento el Sr. Gime-
no, de la que se encargó, provisionalmente, el jefe del Gobierno, Sr. Allen-
desalazar y siendo nombrado para la misma el Sr. Ortuno, hombre de
grandes prestigios y que ha dejado muy buenos recuerdos en los diversos
400 CRÓNICA GENERAl^
cargos públicos que ha desempeñado con gran competencia, principalmen-
te en la Dirección de Correos, pues al frente de ella implantó el Giro Pos-
tal, los bonos y paquetes postales, el cobro de efectos de comercio, la Caja
de Ahorros, la nueva casa de Correos y otras muchas obras que llevan su
nombre. También se distingue como orador y posee un espíritu organiza-
dor admirable, es amante del trabajo y hombre de moral intachable.
—La situación de Barcelona parece por ahora resuelta, y aunque ha
habido gran rovuelo, sobre todo a raíz de la renuncia del general Miláns
del Bosch, pues aun contando con el acierto del Gobierno en el nombra-
miento del general Weyler para substituir a aquél, las manifestaciones de
simpatía de que fué objeto el susodicho general y las de disgusto y des-
agrado que se patentizaron a la llegada de Weyler, hicieron por un mo-
mento temer por la seguridad de la tranquilidad pública. Pasados esos
primeros momentos de ansiedad, ya parece que van las corrientes por su
cauce natural y se ha impuesto al fin el buen sentido, después de las decla-
raciones hechas por el Gobierno, contando con la garantía de los presti-
gios del general Weyler, la disciplina del ejército, al que se ha querido
achacar intenciones que nunca tuvo, y las declaraciones recientes del be-
nemérito general Miláns del Bosch, hechas a su llegada a Madrid. Según
ellas, la cuestión de Barcelona no se resuelve sino con leyes sociales, con
la sindicación gremial forzosa, con los Consejos paritarios y con otras me-
didas, como la intervención del Estado en el manejo de los fondos, cosa
esencialísima. Respecto a la cuestión militar, dijo también que estaba re-
suelta, que la disciplina era perfecta y que todos los militares estaban en
sus puestos y dispuestos a obedecer. Dijo, por último, que no tendría in-
conveniente en volver a Barcelona con un Gobierno fuerte, serio y que le
dispensara la asistencia debida.
— El Debate ha empezado una campaña de educación social, organi-
zando al efecto una serie de conferencias sociales, dadas por los oradores
parlamentarios de más prestigio. Ha comenzado la serie de ellas D. Ángel
Ossorio y Gallardo, y dará la última D. Antonio Maura.
— La comisión general de Presupuestos ha examinado el referente al
del Ministerio de Gracia y Justicia, acordando el aumento en los haberes
del clero parroquial y catedral. «El clero parroquial, y aun todo el clero es-
pañol-dice El Universo, a este propósito—, debe gratitud al Gobierno
que ha apoyado el acuerdo, a la ponencia que lo ha formulado, y sobre
todo a los reverendos prelados y a las comisiones de eclesiásticos que hace
tanto tiempo vienen trabajando sin descanso para lograr unas mejoras, que
no sólo demandan la carestía de la vida moderna, sino también la digni-
dad de una clase benemérita y sufrida hasta el heroísmo.
P. Gutiérrez.
LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS
(conclusión)
Conste que es una verdadera locura pretender mejorar la vida hu-
mana individual y socialmente por la supresión del trabajo: tan locura
como pretender aumentar el agua y fuerza de un río secando las fuen-
tes de donde procede. Individualmente, por regla general, el obrero que
tiene pocas horas de trabajo y abundancia de jornal no se va a la bi-
blioteca, a una cátedra que lo ilustre, a la iglesia..., va a la taberna, al
garito, al café, al cine... a matar el tiempo, a gastar Jas horas sustraí-
das al trabajo de las cuales no sabe qué hacer, y para ocuparlas emplea
el aumento del jornal, cuando no es entero, dejando a la familia en la
miseria con todas sus consecuencias. Yo no digo que no haya honrosí-
simas excepciones, pero reto a los conocedores de la vida obrera a que
me digan, con la mano puesta sobre la conciencia, si el bosquejo ante-
rior no se halla fundado en la realidad. De manera que la disminución
de horas de trabajo no sirve para la elevación y dignificación del obre-
ro, sino para su rebajamiento, para envilecerse con toda clase de exce-
sos, para su degradación moral y su degeneración física. La taberna, el
cafetucho y demás lugares donde anida el vicio, consumen más energías
y destruyen más el vigor de la raza que el trabajo dilatado, pero no ex-
tendido hasta la extenuación. Hace mucho tiempo que existe el refrán
castellano «la ociosidad es madrs de todos los vicios>, y esto se halla
plenamente comprobado hoy en la actual situación obrera. Búsquese
un medio, si lo hay, de hacer trabajar en una u otra forma y clase de
trabajo a todos los ricos, pero empujar a los pobres a la holganza es
matar la vida de hogar, la vida morigerada, la vida sana; es cooperar de
manera indirecta al envenenamiento físico y moral del obrero en los
Centros de reunión.
LA Ciudad de dios.— Año XL.— Núm. 1.124. 28
402 LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS
Socialmente es también un desastre por ser una regresión, un salto
atrás en el camino del progreso, pues la vida intensa es propia de altas
civilizaciones y, en cambio, la remisa lo es de pueblos bárbaros o de-
generados. Por otra parte, los grandes elementos de cultura y de como-
didad, como bibliotecas, centros de enseñanza, museos...; las carreteras,
vías férreas y toda clase de medios de locomoción, así como las comu-
nicaciones postales, telegráficas y telefónicas, que tantas facilidades dan
para la vida de relación y la administración pública en general, se ve-
ría precisada a reducirse, quedando al nivel de los pueblos rezagados y
pobres, porque la falta de riqueza particular secaría las fuentes de los
ingresos del Estado. Además, la decadencia individual produce siempre
la colectiva, por ser uno mismo el ser individual y el integrante del co-
lectivo.
Por cualquier lado que se contemple el probrema, el disminuir más
allá de ciertos límites, dados en cada caso por las condiciones del ofi-
cio, las horas de trabajo, es un mal paso, y si a esto se añade el aumento
de salario más allá de los límites impuestos por la justicia, el mal paso
es una caída en el abismo, de donde difícilmente se podrá salir.
Entienden algunos que resolver el problema social es contentar al
elemento obrero a fuerza de concesiones, sin preocuparse de su justicia
o injusticia, si son elementos de vida moral y económica o gérmenes
de muerte, a fin de evitar alborotos y algaradas, lo cual no es resolver-
lo, sino transferirlo agravado a sus sucesores. Si se prescinde de la jus-
ticia, base primordial en las relaciones humanas, nada firme y seguro
puede construirse, todo será precario y movedizo, como movedizos son
los caprichos humanos, y no hay nada capaz de poner límites a los
insaciables deseos del hombre si las superiores normas de la justicia
no se los pone. Cuando se concede una cosa no por lo justo de la peti-
ción, sino por la fuerza que ostentan los demandantes, el orden social
queda herido de muerte y erigido el tiránico imperio de los desapren-
sivos, de los osados, de los ambiciosos. Además los buenos son impuK
sados hacia el mal al ver que sólo los prevaricadores son oídos y con-
siderados, lo cual es horriblemente desmoralizador.
Es triste y demuestra lo que se puede esperar de los leaders socia-
listas y sindicalistas, cómo estudian las cuestiones sociales y en qué
fundamentan sus peticiones. En la Casa del Pueblo y en las reuniones
similares no se estudian los problemas a sangre fría y mirando el in-
LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS 403
teres general y a las normas de lo justo, sino se resuelven de plano y
mirando sólo a las conveniencias inmediatas y tangibles de la clase
obrera. Por eso no somos partidarios, a no ser transitoriamente, de las
Asociaciones en que se distancian unas clases de otras, donde los obre-
ros sólo oyen hablar de las conveniencias de los obreros, como si no
hubiese en el mundo más que obreros, y los patronos sólo escuchan
cantos a los intereses patronales, como si la tierra hubiese sido creada
para ser usufructuada por ellos solos. Y como, de ordinario, los orado-
res carecen de virtud bastante para proclamar en alta voz la verdad
desnuda, con sus austeras líneas, exponiéndose a caer en el desagrado
del público, ocurre que los que hablan a los obreros se hacen obreris-
tas por encima de todo, y los que peroran ante patronos se hacen pa-
tronales por encima de todo, con lo cual la justicia queda debajo y ho-
llada por los intereses bastardos, por las concupiscencias de unos y de
otros, y claro está que un edificio sin base se derrumba necesariamente;
y según dicho queda, la base del orden social es la justicia.
¿Quiere esto decir que se deben tolerar los abusos en la materia
obligando a llevar al obrero una vida misérrima? De ninguna manera.
Toda ley puede, y en ciertos casos debe, ser condicionada por la legí-
tima autoridad. Cuando el poder del capital trata de avasallar a los
obreros, o cuando éstos, apoyados en la fuerza del número y en la ne-'
cesidad del trabajo manual como elemento integrante, no único, de la
producción, quieren atropellar a los patronos, y la inteligencia entre
ellos se hace imposible y la justicia ollada, el Estado, como alto mode-
rador de todas las fuerzas sociales, de manera indirecta unas veces y
otras directa, pero siempre con exquisita prudencia y fino tacto, debe
intervenir para amparar la justicia y velar por la paz social, que andan
siempre juntas, según aquello de la Escritura «justicia et pax oscula-
tae sunt».
Se ha olvidado, o no se quiere reconocer, el mecanismo automático
de las relaciones económicas. Cuando se emplean grandes capitales en
toda clase de empresas, agrícolas, industriales, comerciales... y los obre-
ros trabajan mucho y bien, la producción resulta barata y las cosas ne-
cesarias o útiles para la vida descienden de valor por su abundancia y
se ponen al alcance de las más humildes fortunas, sueldos y jornales,
pudiendo vivir bien todos y hacer sus pequeños ahorros. Un salario de
dos pesetas sería suficiente para la vida de una familia obrera cuando
404 LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS
el pan estuviese a 25 céntimos el kilo, a 5 el de patatas, a peseta el de
tocino y de carne, y la casa costase 15 pesetas al año. Si en estas cir-
cunstancias el ingreso total en el hogar obrero ascendía por la coope-
ración de la mujer y de los hijos a 5 pesetas diarias, allí, no sólo esta-
rían cubiertas todas las necesidades abundantemente, sino además
podrían realizarse importantes ahorros, supuesto aquel régiman eco-
nómico. Y estas no son fantasías reñidas con la realidad de los hechos.
No, esto se ha verificado y se verifica siempre que hay de una manera
permanente abundancia de productos con relación al consumo. No
hace mucho años que he visto comprar, en regiones algo separadas
de las vías de comunicación, a peseta el kilo de truchas y a 10 cénti-
mos el de uvas. ¿Cómo sucedía esto?, pues por la sencilla razón de ser
abundantísimos en aquella región ambos productos con relación al
consumo. Por consiguiente, el camino para lograr una vida fácil y
abundante es producir mucho y bien con relación al consumo, lo cual
sólo puede conseguirse, cuando hay gran densidad de población, por
medio de las grandes fábricas donde, no sólo trabaja el hombre, sino
gran número de fuerzas de la Naturaleza puestas por medio de los in-
ventos a servicio de la Humanidad. ¡Véase ahora lo desatinado, el caso
de locura de los que quieren resolver el problema social suprimiendo
trabajo y aumentando el consumo y los salarios y consiguientemente
encareciendo la vida! Por ese camino se va necesariamente a la banca-
rrota, pues es el caso de la familia en que gasta mucho y gana poco;
de la cual se puede pronosticar sin ser profeta que más pronto o más
tarde, pero indefectiblemente, termina en la ruina.
Alguno dirá, ¿cómo es que en los pueblos más ricos la vida es más
cara? Yo sentaría la proposición en otra forma, por ser más verdadera,
«en los pueblos más industriales la vida es más cara». Veamos de ex-
plicar este hecho en oposición aparente con lo dicho anteriormente. En
esos pueblos, con relación a otros atrasados, se produce mucho más,
merced al uso de la maquinaria en las grandes fábricas: si los produc-
tos no saliesen del lugar donde se obtienen y esa gran producción al-
canzase a todas las cosas necesarias o convenientes para el hombre, la
vida se abarataría de manera extraordinaria: pero la producción se li-
mita a ciertos artículos y éstos se exportan a otras regiones o países ne-
cesitados de ellos y se eleva el precio de los productos, verificándose
entonces la doble corriente de saiida de productos y entrada de dinero
LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS 405
en la región industrial, resultando, como consecuencia, la depreciación
del dinero por abundar y la subida de los objetos necesarios para la vida
por escasear. Escasean unos por no producirse o producirse en cantida-
des insuficientes para el consumo, y escasean los elaborados por las fá-
bricas a causa de su exportación. De manera que la verdadera causa de
la carestía de la vida en una región, encuéntrase en la falta de produc-
ción sufiente en ella de ciertos artículos y en la falta de producción en
otras regiones que se lleva los artículos por aquélla fabricados, mandan-
do en su lugar dinero. De suerte que el encarecimiento de la vida resulta
siempre, no del exceso de productos, sino de la falta de ellos. La abun-
dancia o escasez de productos dan o quitan valor al dinero, y si no
hubiese producto alguno, nada valdría el dinero, pues para nada servi-
ría y entonces se podría decir con verdad que la vida era infinitamente
cara y nadie podría vivir, ni los poseedores de los tesoros de Creso.
Cuanto menos productos existan, menos vale el dinero, más cara es la
vida y menos pueden vivir. Si en una población de mil habitantes en-
trasen todos los días sólo los productos necesarios para vivir diez indi-
viduos y se pusieran en el mercado, indudablemente serían compra-
dos por los diez individuos más ricos; todos los demás, aunque fuesen
dueños de muchos miles de duros, morirían de hambre, porque con
esos miles de duros no habría lo suficiente para comprar lo necesario
para alimentarse, o en otros términos, el dinero valdría tan poco que
con mil duros no se podría comprar, verbigracia, un panecillo.
En suma, la verdadera riqueza no es la abundancia de dinero, sino
la de productos, y los individuos y los pueblos que poseen mucho di-
nero se llaman y son ricos, en cuanto con él se pueden adquirir muchos
productos y el dinero es como su representación. Supongamos que
una nación tiene veinte mil millones de dinero y que de repente los
productos todos del mundo se reducen a la mitad y en su consecuencia
aumentan en un doble su precio, la riqueza de esa nación queda, por
ese solo hecho reducida a la mitad; si los productos se reducen a la
cuarta parte, el valor de aquel dinero quedará reducido a la cuarta par-
te, y si los productos se redujesen a cero, el valor de los veinte mil mi-
llones sería cero, puesto que nada se podría comprar con esa exorbi-
tante suma y la vida sería infinitamente cara, puesto que todos sucum-
birían de hambre aunque poseyeran muchos miles de millones.
Perdóneme el lector la insistencia en aclarar estos conceptos, pues a
406 LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS
juzgar por las obras los desconocen personas y personajes que pasan
por sabios, y la cosa es de transcendencia inmensa, pues si cunden las
ideas de trabajar poco y ganar mucho se va a la ruina económica de
particulares, empresas y Naciones, y se retrocede a la época semisalva-
je, en que cada cual tiene que hacerse todo lo necesario, concluyendo
con la progresiva y bienhechora ley de la división del trabajo, merced
a la cual es posible el desarrollo de la Ciencia, de la Industria, del Co-
mercio... y de los demás elementos civilizadores.
Lo que conviene propagar con la palabra y el ejemplo es amor al
trabajo, cuantas más horas mejor, mientras no se llegue a la destruc-
ción del organismo, lo cual depende del género de trabajo. ¿No es un
absurdo inconcebible el señalar las mismas horas de trabajo al pastor
que se pasea con su rebaño por el campo que al que trabaja en una
mina o el que pluma en mano se ve precisado a poner en tensión su
cerebro para llenar las cuartillas que tiene sobre la mesa? Trabaje cada
cual en lo que entienda y para lo que sirva sin soñar en igualdades, no
encontradas por parte alguna en la Naturaleza, ni en las plantas que
brotan en el mismo suelo ni en los hijos que nacen de los mismos pa-
dres.
No se debe consentir por el Estado que se desprecie artificialmente
el valor del trabajo abusando del poder del capital, ni que se eleve ar-
tificialmente para ruina de las Empresas, sino dejar desenvolverse na-
turalmente los fenómenos económicos, pues de esta suerte los precios
de las cosas no bajarán ni subirán más de lo conveniente. Se dirá «ar-
monías económicas>, «ranciedades de la escuela liberah... Yo creo que
la escuela liberal adolece de errores gravísimos, pero rechazar a carga
cerrada todo lo defendido por ella, como si los hombres eminentes que
la infundieron vida hubiesen dicho sólo tonterías e inexactitudes, es tan
grave error como el más grave de la referida escuela. Y, sobre todo, la
falsedad de una doctrina no se afirma, se demuestra. Las realidades de
la vida están demostrando que no todo lo antiguo es malo.
El problema social ni está resuelto ni va camino de resolverse, por-
que hay muchos que lo plantean mal por prejuicios de escuela; hay
quienes lo soslayan por infundirles terror acometerlo de frente; hay otros
que lo ven y pretenden resolverlo fraccionariamente; hay quien, por
falta de elevación de espíritu, lo contemplan dentro de un horizonte re-
ducido, sin abarcarlo en su ingente magnitud; no falta quien lo percibe
LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS 407
con relativa claridad, pero intereses creados y conveniencias propias le
desvían de la trayectoria que debieran seguir...; y, sabido es, que un
problema mal planteado no puede ser bien resuelto. Y, sin embargo»
es de absoluta necesidad darle solución, pues la producción está actual-
mente en crisis, y sin producción o con escasa producción la vida se
hace imposible o muy difícil. Ya está visto, por lo que acontece en Ru-
sia y en todos los puntos donde el sindicalismo impera, que la solución
no aparece espontáneamente como proclamaban sus fundadores y si-
guen defendiendo sus secuaces apoyándose en la frase de Sorel: «un
obrero en un día de revolución sabe más acerca del problema social
que todo un Congreso de sociólogos >, la cual, como evasiva y como
medio de encubrir la inopia doctrinal del sindicalismo, puede pasar,
pero en sí es solemne incipiencia. Llevan tres años de experiencias y
tanteos y la solución ni se vislumbra. En lo substancial siguen los mis-
mos métodos, los mismos procedimientos, con sus ventajas y desven-
tajas, del sistema capitalista, y en un período de tiempo tan largo, del
cerebro, no ya de un obrero, sino de cientos de miles, no ha brotado
una sola idea nueva, económica o social, porque no creo puede consi-
derarse como nuevo y menos como idea salvadora social la de susti-
tuir una tiranía con otra mayor, la de empujar y tirar a los de arriba
para colocarse en sus puestos los de abajo. El sistema de «quítate tú
para ponerme yo> es tan antiguo como egoísta e injusto. No, esto no es
ni de cerca ni de lejos resolver la cuestión social; esto es, sencillamente,
un atropello, un abuso de fuerza y, en el orden de la Providencia, qui-
zá una justísima sanción de los abusos cometidos por ricos y magnates,
una oleada de fuego purificador de sórdidas concupiscencias, una lla-
mada sangrienta a los desertores del campo del deber, un rayo calcina-
dor de corazones metalizados y envilecidos por la avaricia. Destruir, de-
rribar, consumir, gastar... todo eso es facilísimo, lo hace cualquiera, los
cerebros más obtusos e incultos pueden realizar en la materia verdade-
ras maravillas, y eso es lo hecho hasta la fecha por las huestes sindica-
listas, y cuando han querido hacer algo positivo, producir, crear rique-
za, han acudido a los procedimientos capitalistas, y así lo ha pracla-
mado con su característico desenfado Lenine dirigiéndose a las masas
obreras: «Sin la gran producción — les dice — las naciones modernas se
arruinan y mueren, y la gran producción sólo es posible habiendo mi-
llares de personas que obedezcan y una que mande». Lo cual es con-
408 LA CASA DEL PUEBLO T SUS FRUTOS
fesar la bancarrota del sindicalismo, es echar por tierra uno de los ab-
surdos lemas sindicalistas: «ni Dios ni amo>. Claro está que Lenine se
calló quién había de ser ese uno que mandara sobre los miles que ha-
bían de obedecer; pero no es difícil suplir la omisión del jefe de los bol-
cheviques, apoyándonos en la experiencia de todos los días, comproba-
da por la historia de todos los tiempos. El que dirige una Empresa man-
dando sobre todos los empleados en ella, para que no la lleve a la rui-
na, es preciso que tenga condiciones de inteligencia, laboriosidad, vi-
sión de los negocios, interés por el propio... superiores a las de los de-
más, porque sabido es que una Empresa prospera o se hunde por la
buena o mala dirección. Con el mismo personal subalterno cambian
diametralmente los resultados de un negocio con sólo cambiar el di-
rector. Esto ha sucedido en los tiempos anteriores al régimen capitalis-
ta, sucede durante dicho régimen y, si Dios no lo remedia, pues los sin-
dicalistas está visto que son impotentes para remediarlo, seguirá suce-
diendo en lo futuro mientras los hombres que actúan en la vida sean
los de carne y hueso por todos conocidos y no los imaginados por fan-
tasías soñadoras de sociólogos sentimentales.
De manera que después de tantas ruinas, tanta sangre, tantas ham-
bres, tantos crímenes, tantos sufrimientos morales y materiales, tantos
trastornos, tan profundos cambios en la organización social como se
han verificado donde imperan los sindicalistas, nos encontramos como
al principio en orden al problema social, mejor dicho, peor que antes,
pues en Rusia la producción ha disminuido de manera extraordinaria,
existiendo un desequilibrio alarmante entre la producción y el consu-
mo, que no sólo hace dificilísima la vida en aquella nación, sino que la
precipita en un abismo sin fondo. Y esto mismosu cede en su grado
dondequiera que el sindicalismo influye directa o indirectamente. En
suma, el sindicahsmo es el hijo derrochador que se dedica a conquistar
amigos malversando el patrimonio paterno sin preocuparse de que por
ley fatal, si no se repone lo gastado se cae necesariamente en la mi-
seria después de un lapso de tiempo más o menos largo.
La Casa del Pueblo, cuya misión debiera ser, entre otros fines, for-
mar al obrero para producir con más abundancia y perfección, con ob-
jeto de que la elevación de los salarios fuese real y no solamente nomi-
nal como ahora sucede, se ocupa en todo lo contrario, en hacer baja po-
lítica, perturbar el orden social, paralizar el desenvolvimiento económi-
LA CASA DEL PUEBLO Y SUS FRUTOS 409
co con huelgas y boicoiteos, formar aguerridos sindicalistas y, sobre
todo, en impedir la prudente y sabia intensificación de la producción,
perjudicando con ello a patronos, obreros y consumidores. Sin embar
go, los Gobiernos que padecemos consideran, miman y distinguen a
esas Casas, verdaderas fábricas de revolucionarios; y los particulares,
cruzados de brazos, nada práctico hacen para librar al obrero de esa ti-
ranía espantosa y para secar esa fuente de envenenadas aguas.
Si los árboles se conocen por sus frutos, al contemplar los produci-
dos por tales Casas nadie podrá dudar que tienen viciada la raíz y, o de-
ben sanearse o aplicarles la segur para bien de obreros, patronos y con-
sumidores y de la sociedad en general. Los únicos perjudicados en su
muerte directa o indirecta serían los mangoneadores de ellas, que se ve-
rían privados de posición, influencia y prestigio. Pero entre los intere-
ses de unos cuantos vividores y los de todas las clases sociales, la elec-
ción no debe ser dudosa.
P. Teodoro Rodríguez.
o. s. A.
ANTONIO PÉREZ
APÉNDICES
II
SVMARIO DEL PROCESO PARTÍS FISCALIS DOMINI NOSTRI REGÍS CONTRA
antonivm pérez secretarivm
(ms. 6.552 (antes s. 51) de la biblioteca nacional de madrid.)
(continuación)
Antonio Enrrique,
Al Primero y segundo Articulo que son verdaderos.
Al Tercero que al tiempo que murió Escobedo era Secretario de
Estado Pérez haciendo y recibiendo Despachos ett.*
Al quarto que en dicho tiempo Escobedo era Secretario de su
Magestad.
Al Primer Capitulo de la AdicQÍon dixo que hauia depossado en
Madrid el primero de Hebrero de ochenta y nuebe ante el Señor Ro-
drigo Vázquez, fuele leydo y ratificólo y dixo que lo que saue y pas-
sa es, que estando este testigo vn dia en el apossento de Diego Mar-
tinez Mayordomo de Pérez le dixo si cono^ia a algún hombre de su
tierra que quisiesse dar vna cuchillada a vno que le importaua mu-
cho, y que aunque le matasse no importaba, y este testigo respon-
dió que si, y assi este testigo tomo a cargo de hablar a vn Antón Car-
tagena Mozo de Muías y le hablo y se contento de dar vna cuchilla-
da a quien quisiesen y en esto dicho Martínez le importunaba mu-
cho a este testigo para que effectuase esto, y que para mexor salir
ANTONIO PÉREZ 411
con ello era mexor matarlo y le daua a entender que el hombre que
hauia de matar era de calidad y que el secretario Antonio Pérez gus-
taua de ello, y este testigo le respondió que aquello no era negocio
para fiarlo de Mozo de Muías, y el Martínez le dixo que el hombre
que hauian de matar comia muchas vezes en cassa de Pérez, y que
si se pudiese hallar algún vocado o venida seria mas seguro, y assi
entrambos se determino de hacer diligencias como se buscase reme-
dio como darle a comer, o veuer algo con que muriesse y en los di-
chos días se le offregio a este testigo el hir a Murcia a negocios pro-
pios suyos, y como este testigo se lo digesse al dicho Martínez se
holgó mucho por que dixo que hacia Murgia hallada ciertas yerbas
que eran buenas para el | effecto que buscaban y assi el dicho Die- F. 11 v.
go Martínez le dio a este testigo vna memoria de tres o quatro suer-
tes de yerbas que las buscasse y truxesse, y assi lo hizo, y en este
tiempo el Martínez tenia en Madrid vn Abotecario o Arbolario que
lo hauia hecho venir aposta el dicho Diego Martínez de Molina, vn
lugar que esta en la raya de Aragón y Castilla, y este Botecario se-
gún el propio decia se llamaba Muñoz y assi el Botecario se iba cada
dia a la possada deste testigo y alli sacaba zumo de las dichas yer-
bas, y las herbian en el fuego y acomodaban para el dicho negocio
y dieron a probar a vn Gallo que este testigo compro para ello y no
hizo ningún effecto ni valió nada y ansi el Botecario se voluio a su
tierra y le pagaron bien y fue contento, y al cabo de vnos quantos
dias dicho Martínez le dixo que ya tenia el recaudo que era menes-
ter, que era vna cierta agua que se habla de dar a veuer, y dixo a
este testigo como el secretario Pérez no se queria fiar de otro sino
del y que era menester que le diesse a veuer en vna comida que el
dicho Pérez queria hager en la Cassa nueba que en ella estarla Esco-
bedo á quien se hauia de dar la venida y que para el hauian sido las
diligencias que se hauian hecho, y asta entonges no hauian sauido
quien era la persona, y este testigo dixo que si el secretario Antonio
Pérez se lo mandaua que lo haria, y assi dicho Pérez llamó al decla-
rante vna tarde en la cassa nueba en vn aposento de ella a solas y le
dixo como le importaba mucho como el secretario Escobedo mu-
riesse y que en todo casso procurasse de dalle la dicha venida para
vn dia de aquellos que estaua concertada la comida y que para aquel
y todo lo demás que en el dicho casso se hubiesse de hager lo tra-
412 ANTONIO PÉREZ
tasse con el dicho Martínez su mayordomo, y sobre ello le hizo los
offrecimientos que de semejantes cossas se suelen hazer y de alli á
delante se comunicaba el negocio con este testigo muy claramente.
Llegado el dia que estaua ordenado para la dicha comida, comieron
alli el Conde de Chinchón, Melchor de Herrera, Nubes de la Pue-
bla, y dicho secretario Juan de Escobedo, no se acuerda si fueron en
entrando por el patio de la cassa nueba en la primera sala estaban
puestos dos aparadores el del seruicio de la plata y otro de las tazas
F. 12 r. de donde se | hauia de llenar la venida a las Messas, y en entrando
la dicha sala voluiendo a mano izquierda no en la primera quadra
que sale la ventana en el patio sino en la otra mas adentro que salen
las dos ventanas al campo alli estaua la Messa donde comieron, de
suerte que de donde comian a do estañan los aparadores estaua vna
quadra desenbarazada y sin nadie que solo serbia de passo, y estan-
do comiendo, este testigo tenia cuidado que siempre que el secreta-
rio Juan de Escobedo pidia a veuer de traérselo, y assi se le ofreció
ocassion en la dicha comida en que el testigo le dio a veuer dos ve-
ces, y en todas dos le dio a veuer en el vino que le daua de vna agua
que para ello tenia escogida Antonio Pérez la qual tenia en su poder
Diego Martínez su mayor domo en vna redomíta muy pequeñíta y
tubosse esta orden para dársela dos vezes que este testigo le Ueuo de
veuer. Diego Martínez estaua siempre al auisso, y como este testigo
llegaua a la quadra de en medio que estaua sola y sin nadie aposta
parábase á ablar con Diego Martínez que le estaua alli aguardando
y el dicho Martínez hechaua dentro la taza que este testigo licuaba
con vino del agua que el secretario Antonio Pérez había mandado
cada vez tanta como una abellana que assi le hauia dado la orden su
amo, y acabado que hubieron de comer, Escobedo se fué y los de-
más quedaron jugando, y de alli a vn rato salió Pérez con escussa de
mear y se fue a vn apossento de los del patio, y con el Diego Mar-
tínez y este testigo y le mostraron lo que faltaua del agua que habían
gastado en dar a veuer al Escobedo y le pareze que dixo dicho Pé-
rez que le hauían dado mucha agua, y assi se voluio a jugar y la di-
cha venida no hizo ningún effecto, y como lo sobre dicho no salió
bien, al cabo de quantos días voluio el dicho Secretario a ha^er otra
comida en su cassa propia que llaman del Cordón, y comió alli Es-
cobedo y Nabal de Puebla y no se acuerda de los demás, y Doña
ANTONIO PÉREZ 413
Juana Muger de dicho secretario Pérez y en esta comida se dio a
cada vno de la messa vna escudilla que no se acuerda este testigo si
eran de natas, o leche, o otra cossa semejante, y en la que tocaua á
Escobedo hauia mezclada en ella ciertos poluos como de harina, y
demás de esso este testigo le dio vna o dos veces de veuer y Martínez
le hecho como la otra | vez aquella agua en el vino y esta comida F. 12 v.
fue de mas effecto que hizo experiencia en el dicho Escobedo aun-
que no cayo en la quenta de ello, y en esta coyuntura que Escobedo
estaua malo de la comida. Martínez tubo modo como vn amigo suyo
Picaro de la cozina del Rey Nuestro Señor tomasse amistad con vn
amigo del coginero del secretario Juan de Escobedo, y el dicho Pica-
ro cada dia iba a las mañanas a la cassa del dicho secretario Juan de
Escobedo, y como estaua aun malo de la comida passada, hagianle
olla aparte, y hallando el dicho Picaro ocassion, hecho dentro en la
dicha olla vn dedal de ciertos poluos que el dicho Martínez le hauia
dado, y de aqui tomaron la sospecha de la esciaba, la qual no tubo
culpa ninguna y la haorcaron por ello y como el dicho secretario Es-
cobedo escapasse de todo esto, determino de llenarlo por otra via y
fue que se buscasse modo como en vna noche le matassen en la calle
de qualquiera suerte que fuesse solo huuiesse breuedad y acabasse de
aquella vez, y para esto se determino que este testigo fuesse a su
tierra y buscasse algún amigo para el dicho effecto, y también para
que traxessen una Ballesta de las que suelen hager en Cataluña chi-
cas para matar hombres, y ansi este testigo se partió de Madrid por
la posta y era en quaresma del año de setenta y ocho y le dieron
una Qedula de Lorenzo Espinóla de cien escudos para Barzelona para
traer el dicho recado, y ansi este testigo fue a Barcelona, y voluio y
truxo con sigo vn medio hermano suyo para el dicho effecto y le
prometió cien escudos de oro y mas la amistad que en ello ganarla
del secretario Antonio Pérez, que se llamaua Miguel Bosque y tru-
xeron la Ballesta que era de palmo y medio u dos y era para passar
vn hombre aunque fuera armado, y el dia que llegaron a esta Villa
de Madrid haorcaron la esclaua del dicho secretario Escobedo y a la
noche se vio este testigo con el dicho Diego Martínez y le dixo el
recado que traya y le dio la Ballesta, y el dicho Diego Martínez la
tomó y se la llebó en cassa de Antonio Pérez con dos flechas, y
mientras este testigo fue a su tierra y voluio el dicho secretario An-
414 ANTONIO PÉREZ
tonio Pérez habia imbiado a llamar a Juan de Messa en Aragón para
F. 13 r. la dicha muerte. Y quando este testigo vino ya estaua | el dicho
Juan de Messa en Madrid y tenia consigo otro hombre que se Ua-
maua Insauste que el dicho Messa le buscó para el dicho effecto, y
como este testigo fue llegado luego se juntaron todos en esse otro
dia fuera de Madrid en vn campo para concertar como se hauia de
hager. Los que se Juntaron fueron Diego Martinez Mayordomo del
secretario Antonio Pérez, y el Picaro de la cogina del Rey, su amigo
Juan de Messa y Insausti y este testigo, y su medio hermano Miguel
Bosque, y estos estubieron alli juntos y concertaron la dicha muerte,
y en este tiempo estaua o se fue el dicho secretario Antonio Pérez á
Alcalá de Enares que le pareze a este testigo que era en Semana San-
ta y alli en el campo se determino que se buscasse vn estoque y que
aliando ocasión era mexor darle con el, y assi Diego Martinez dio
orden luego que se buscase y lo compro, o hizo comprar y dagas,
quedo de concierto que cada tarde al anochezer se juntasen todos
en la plaza de San Juan y de alli se yrian a aguardar al passo por
donde hubiesse de passar el Secretario Escobedo, y ansi se hizo, y el
Insausti y el Picaro, y Miguel Bosque que hablan de haíjer el golpe,
y Diego Martinez y este testigo y el Messa hablan de andar [cerjca
de ellos por si tubiessen necesidad de ayuda, o por lo que se podia
offreger. Insausti lleuaua el Estoque con vna vayna de tafetán, Mi-
guel Bosque lleuaua vn Pistolete y no quisso prender aquella noche.
El Picaro lleuaua otra arma que no se acuerda la noche que mataron
al dicho Escobedo. Este testigo y Juan de Messa tardaron mas de lo
acostumbrado de ir al puesto que quando llegaron a la Plagúela de
San Juan Ya los otros hauian ydo a guardar el passo por donde
passó el Secretario Escobedo Y ansi estando paseando este testigo y
el dicho Juan de Messa en la dicha Plagúela, llegó por alli el ruido
de como hauian muerta al dicho Secretario Escobedo, y assi los dos
se fueron cada vno a su possada, y este testigo alio a Miguel Bosque
que estaua ya dentro en su possada o aposento y en cuerpo que
hauia perdido la capa, y como estaua en cuerpo no osaba entrar y
assi Juan de Messa le hizo entrar en su apossento a escuras luego y
a la mañana se dio orden luego como Insausti saliese de Madrid tres
o quatro dias, y assi se salió con poco dinero, por que si fuesse pres-
so por sospecha no le hallasen mucho dinero. Después se dio orden
ANTONIO PÉREZ 415
mo Miguel Bosque y el Picaro se saliesen ¡ de Castilla y se fuessen F. 13 v.
a Aragón, y al cabo de vnos quantos dias se salieron de Castilla
Juan de Messa e Insausti y este testigo todos tres Juntos se fueron a
Bubierca tierra de Juan de Messa y alli hallaron al Picaro que hauia
dexado ya a Miguel Bosque en Qaragoza y se voluia a Castilla y assi
le hizieron quedar, y este testigo y el Picaro se fueron de alli a Qa-
ragoza que essa orden tenían de aguardar en Qaragoza a Diego Mar-
tínez, e Insausti se quedó en Bubierca con Juan de Messa. Y quando
Diego Martinez fue a Qaragoza passó por Bubierca y se lleuó consi-
go a Insauste y llegado alli dio a cada uno de los tres una gedula y
carta firmada de su Magestad con veinte escudos de entretenimiento
con titulo de Alférez a cada uno. Luego que fue muerto el secreta-
rio Escobedo Antonio Pérez vino a Madrid, y este testigo cassi to-
dos los dias que estubo en la Corte estaua en cassa del dicho Secre-
tario Antonio Pérez y a rratos entraba en el aposento donde estaua
el Secretario Antonio Pérez y le daua quenta de lo que se hacia y
passaua sobre la dicha muerte, y quando llegó el dia quando este
testigo se hubo de ir con Juan de Messa e Insauste Diego Martinez
el Mayordomo del secretario Pérez le dio en el corredor de dicha
cassa cien escudos de oro para el camino, y que le aguardasse en
Qaragoza como lo tiene dicho para que le lleuasse la resolución de
lo que su Magestad les hauia de dar. El Diego Martinez ya hauia di-
cho a este testigo dias antes que partiesse de la Corte que el secreta-
rio Antonio Pérez le haria dar veinte escudos de oro de entreteni-
miento para que f uesse a Italia. Quando Diego Martinez llego a ta-
ragoza le pregunto que quien hauia hecho la gedula de los entrete-
nimientos que si eran de mano de algunos de los del Escritorio. Y
Diego Martinez le dixo que no se hablan hecho de official del escri-
torio, que todas iban escritas de mano de Hernando de Escobar vn
clérigo que estaua en cassa del secretario Antonio Pérez, y dixo en-
tonces este testigo con todo esso no dexaran de sauerlo algunos offi-
giales por respecto del libro del registro. A esto respondió Diego
Martinez que estañan registrados en vn pliego aparte y que después
se ponian en el libro las datas de los entretenimientos y cartas, eran
todas hechas de diez y nuebe de Abril de mil quinientos setenta y
ocho. Y preguntando este testigo a Insauste que hauia | hecho del F. 14 r.
Estoque con que habia muerto al secretario Escobedo, dixo que lo
416 ANTONIO PÉREZ
hauia echado el Juan de Messa en vn Pozo que estaua en el Corral
de la possada de Juan de Messa que era vn estoque largo cabado
hasta la punta, y el que mato al dicho Secretario Escobedo fue el In-
sauste que le dio vna estocada con el estoque que esta dicho. Y este
testigo apretando vn dia a Diego Martínez antes que el dicho Secre-
tario Escobedo muriesse le digesse por que el dicho Secretario An-
tonio Pérez queria ha(;er matar al dicho Secretario Escobedo? Le res-
pondió el dicho Diego Martinez que era casso que importaba mucho
y aun acosaba restauración de Reynos, y lo que este testigo presu-
mió para si fue que el dicho Secretario Juan de Escobedo deuia
hauer hecho alguna cossa en Flandes y creyó ser por orden de su
Magestad el mandarle matar por lo dicho y porque degia el Diego
Martinez que aunque prendiessen a alguno, no tubicssen pena por
ello, y mas lo creyó viendo que su Magestad les hauia hecho la mer-
ced que tiene dicho. La noche que aconteció la muerte del dicho Se-
cretario Escobedo, el dicho Picaro fue a Alcalá a dar quenta como
hauia passado al Secretario Antonio Pérez, y el dicho Secretario
como vio el Picaro a la mañana se salió al campo con Hernando de
Escobar a caballo y lo primero que le preguntó alli afuera si estaua
presso alguno, y el Picaro dixo que no, Y assi el dicho Secretario
mandó al Picaro que se voluiesse a Madrid, y buelto Diego Marti-
nez le dixo que el y Miguel Bosque se fuessen a Alcalá para que des-
de alli el y Miguel Bosque se saliessen de Castilla, x ^ssi se salieron
los dos de la Corte y como llegaron junto a Alcalá aliaron al Secre-
rio Antonio Pérez que se venia para Madrid, y como los vio les hizo
señas que se aguardasen por alli, y llamo a vn Gentil hombre de los
que le acompañaban, y le dixo id adonde están aquellos Hombres,
y llebaldos dentro a Alcalá a la possada donde vos estabades, y assi
lo hizo, y alli buscaron vna Muía de alquiler para Miguel Bos-
que para que se fuesse a Aragón, y el Picaro fue con el a pie como
mozo de la muía, y Hernando de Escobar ya dicho quedó en Alca-
la quando Antonio Pérez se fue a Madrid y dio cien escudos de oro
a Miguel Bosque por los que este testigo le hauia prometido. Este
f. 14 V. Picaro se llama de su nombre propio Juan Rubio | Hijo del Capitán
Juan Rubio Mayordomo que fue del secretario Antonio Pérez, y son
de Aragón vassallos del Señor de Aríza el qual estaua en la cogina
del Rey por desgracias que el contaua, y se mudo el nombre, y se
ANTONIO PÉREZ 417
hagia llamar Pedro de Robles aunque no se gertifica mucho en ello.
La noche antes que el testigo y Juan de Messa e Insauste se parties-
sen de Madrid penaron en la possada de Juan de Messa, y otro Her-
mano de este testigo [llevó?] a vna muger que se llamaba Damiana de
Inojosso que esta en el Monasterio de las arrepentidas y Diego Mar.
tinez estubo toda gena en pie que no quisso genar y el sobrino de
Juan de Messa se llama Gil de Messa, y el Hermano de este testigo
se llama Pedro Enrrique y es muerto, y esto es verdad, y que ha sido
Page del secretario Antonio Pérez habrá veinte años.
Preguntado si le dieron otros algunos despachos por cuya or-
den, y para que effecto, dixo, que después de Muerto el secretario
Escobedo, para salir este testigo de Castilla hauian determinado (se-
gún le dixo Diego Martínez) de darle vn despacho de la Princessa
de Eboly para vn lugar suyo que tenia en el Reyno de Valencia, por
que si por Castilla caminando le preguntasen algo, mostrasse como
iba por negocios de la Princessa, y después determinaron otra cossa
y no le dieron este despacho, sino que se fue con Juan de Messa é
Insausti como tiene dicho, y a Juan de Messa le dieron vnos despa-
chos de la Princessa para el effecto que tiene dicho, ett.^
Preguntado este testigo dixo que antes que sucediesse dicha
muerte si Escobedo y Pérez eran intrínsecos amigos, dixo que si y
que desde que trataron que matase a Escobedo hasta que lo mataron
passaron dos Messes poco mas o menos, y el dia de la muerte cree
fue el segundo dia de Pasqua de Resureccion.
Al segundo de la Addiccion dixo, que quando dicha Muerte di-
cho Pérez era secretario de Estado y por la autoridad que tenia fue
obedecido para matarle y por que degia que era muy necessario para
muchas cossas el matarlo.
Al Tergero de la Addiccion que se refiere y que la Muerte de F. 15 r.
Escobedo fue alebosamente y a traygion y por el orden como tiene
dicho.
Al quarto que se refiere, y que la herida que se dio a Escobedo
fue con vn estoque rezio grande y delgado como se ordeno fuesse
para que la herida fuesse mas mortal é incurable y todo ello se or-
denó por mandato de Antonio Pérez.
Al quinto que de todo lo dicho ha sido siempre la voz común y
fama publica vehementissima y tenida por cierta y segura ett.^
27
418 ANTONIO PÉREZ
Don Pedro de Escobedo Secretario de Su Magestad.
Al octauo Capitulo de la Demanda dixo, que este testigo tiene
notigia de lo contenido en la pregunta, y lo saue porque estando
ausente el secretario Juan de Escobedo su Padre en servicio del Se-
ñor Don Juan de Austria, assi en Italia como después en Flandes, el
y el dicho Antonio Pérez siendo secretario de Estado escribia y avi-
saba al dicho señor Don Juan y al dicho Secretario Escobedo su
Padre deste testigo todo lo que passaua en el Consejo de Estado
particularmente quando tocaba á alguno de ellos, lo qual saue por
hauer visto las mismas cartas del dicho secretario Antonio Pérez, y
hauerselo oido degir al dicho su Padre Juan Escobedo, y en especial
se acuerda que el dicho Antonio Pérez escribió vna vez al señor Don
Juan y a su Padre de este testigo quando su Magestad tomo resolu-
ción que el dicho Señor Don Juan fuesse a Flandes, que con la
muerte del Comendador mayor se hauia apretado la resolución para
que el dicho señor Don Juan fuesse a Flandes, y que assi se le es-
cribia por otro despacho aparte, y que al dicho secretario Antonio
Pérez le hauia ordenado su Magestad que escribiesse al dicho Se-
cretario Juan de Escobedo persuadiéndole que por los medios que
mexor le paregiesse dispusiesse al señor Don Juan que acceptasse
aquella Jornada, y que todo lo áspero que creo escribía de aquella
carta no era suyo, sino añadido de mano de su Magestad y que assi
mismo daua a entender en la dicha carta el dicho Secretario Anto-
F. 15 V. nio Pérez que | su Magestad no tenia satisfacion, y hagia poca con-
fianza del dicho Señor Don Juan y que en el Consejo se hauia tra-
tado del cargo de General de la Mar, y que los Toledos querian que
se diesse al Prior Don Fernando, y que el dicho Secretario Antonio
Pérez hauia dicho a su Magestad que seria mexor dexarlo estar assi
por el pressente por no perder a Juan Andrea, y que las lindezas
que en esto hablan passado guardaba en el Registro para quando
se viessen por no ser para fiado de carta, y que hablando el dicho
Secretario Antonio Pérez a su Magestad le hauia dicho que el dicho
secretario Juan de Escobedo, hauia entendido en Roma lo que se
trataua acerca de lo de Ingalaterra, y esto a fin de que su /vlagestad
no lo encubriesse al dicho señor Don Juan y al dicho Secretario Juan
ANTONIO PÉREZ 41Q
de Escobedo, siendo la verdad que el dicho Antonio Pérez hauia
avisado de ello como de la misma carta se dexa entender. Todo lo
sobre dicho y otras cossas que de al pressente no se acuerda que
aparezeran por la dicha carta que originalmente entrego este testigo
al Licengiado Salazar del Consejo de la Santa y General Inquisigion
visitador de los secretarios de la Corona de Castilla por orden de su
Magestad de lo qual se entiende y colije que el dicho Antonio Pé-
rez rebelaua el secreto de lo que pasaua y se trataua en el Consejo
de Estado contra el Juramento que tenia hecho y fidelidad que tenia
prometido, y que lo que tiene declarado cerca desto lo sabe Fran-
cisco Guillamas Maestro de la Cámara de su Magestad de cuya
mano está descifrada la dicha carta, y Juan de la Concha que al
pressente esta en Galicia, que entrambos fueron officiales en el es-
critorio del dicho Señor Don Juan, y que la dicha carta que referida
tiene, iba en el sobre escrito Juan de Escobedo Padre deste testigo,
pero que al dicho Francisco Guillamas escribía el dicho Antonio Pé-
rez que en casso que no se hallasse alli el dicho Secretario Juan Es-
cobedo, descifrasse aquel despacho sin confiarse de nadie, y le mos-
trasse al señor Don Juan, y al dicho Secretario Juan de Escobedo de
que este testigo no se acuerda pero sauelo por hauer visto las mis-
mas cartas y que eran cossas de mucha substancia é importancia | y F. 16 r.
assi mismo dize y declara que contrabiniendo el dicho Secretario
Antonio Pérez al Juramento que tenia fecho y a la confianza lealtad
y fidelidad de su officio muchas vezes en las cartas que venian del
señor Don Juan para su Magestad en gifra, el dicho Secretario An-
tonio Pérez en el descifrado de ellas anadia y quitaba lo que le pa-
regia de ellas según el estado de las cossas y lo que a el le parezia
que conbenia para facilitar lo que deseaua y tocaba al dicho Señor
Don Juan y assi descifradas a su modo, las daua a su Magestad como
que las escribía en aquella forma el señor Don Juan no siendo ansi
mucho de ello sino que el dicho Antonio Pérez lo hauia puesto o
quitado como esta referido muy diferente de lo que se contenia en
la misma carta original, lo qual saue este testigo por que vio mu-
chas cartas del dicho Antonio Pérez para el dicho señor Don Juan
y para el dicho Secretario Escobedo en que lo escriuia y degia que
lo hagia como se ha dicho y que tal y tal cossa hauia añadido a la
dicha carta, y tal y tal cossa hauia quitado de ella, por tal y tal res-
420 ANTONIO PÉREZ
pecto, y lo mismo oyó decir este testigo al dicho Secretario Escobe-
do su Padre muchas vezes, y lo mismo entiende que sauen los di-
chos Juan de la Concha y Francisco Guillamas por hauer visto y
descifrado las mismas cartas del dicho Antonio Pérez, y que la dicha
Infidelidad y falta de lealtad cometió muchas vezes el dicho Secre-
tario Antonio Pérez en diferentes negocios y de mucha Importan-
cia, y este testigo lo saue por que vio en muchas cartas, las quales
se quemaron algunos dias antes que sucediesse la muerte del dicho
Secretario Juan de Escobedo Padre de este testigo y para quemarlas
se juntaron el dicho Juan de la Concha y Hernando de Escobar clé-
rigo, que agora es Ar^idiano de Cuenca, y entonces era Ayo de los
Hijos del dicho Antonio Pérez a instancia del dicho Antonio Pérez
por que antes de esto hauian estado encontrados en alguna manera
los dichos Secretarios Antonio Pérez y Juan de Escobedo, y después
se recongiliaron, y entonces procuró el dicho Antonio Pérez que se
quemassen todas sus cartas por que se deuio de temer no le resul-
tasse de ellas algún Inconbeniente, y esto es lo que saue sobre el
dicho Articulo, y assi es la publica voz y fama, y la común opinión
y assi es verdad ett.a
F. 16 V. El Décimo que este testigo como Hijo Vnico y Heredero de este
Interfecto su Padre se concertó con Antonio Pérez por veinte mil
ducados que le dio como pareze por dos escrituras lo qual saue el
Almirante de Castilla y Gerónimo de Palacio y que aunque es Hijo
de Escobedo no por esso ha dexado de átq'iv verdad ett.a
Francisco de Guillamas, Maestro de la Cámara de su Magestad.
Al octauo de la Demanda dixo que saue que Pérez y Escobedo
eran grandes amigos y tenian mucha correspondencia escribiéndose
muy a menudo y muy particularmente estando Pérez en la Corte y
Escobedo con el Señor Don Juan en Italia y Flandes, y entonces este
testigo estaua en seruicio de dicho Señor Don Juan y tenia a su car-
go la cifra particular de los dichos Secretarios Escobedo y Pérez, y
el Pérez le escribía al Escobedo largamente y muchas vezes avissan-
dole de muchas cosas que acá passaban en el Consejo de Estado y
se trataban con su Magestad de las quales no se acuerda agora en
particular porque como eran cossas graues en que se debia guardar
ANTONIO PÉREZ 421
secreto y este testigo no las deuia comunicar con nadie, en acaban-
do de passar por ellas las oluidaua, y en general se acuerda que
entre otras cossas le auisaua el Pérez al Escobedo de cossas granes
y de mucha importancia las quales de razón para cumplir con la
obligación de su officio no las podia escribir, ni comunicar, ni tra-
tar sino con su Magestad y con los de su Consejo de Estado, o con
las personas que su Magestad particularmente le ordenasse, y este
testigo saue lo dicho porque descifraua muchas vezes las cartas que
el dicho Antonio Pérez escribía al dicho Escobedo é beya en ellas
lo que tiene dicho y la calidad y substancia que tenían, y otras vezes
las descifraua Juan de la Concha criado del dicho Señor Don Juan,
y al pressente ressidente en la Coruña en Galicia, y que vna de las
cartas que este testigo descifro se acuerda que ha de estar en poder
del licenciado Salazar Comissario General de la Cruzada, Visitador
de los Secretarios de su Magestad en los papeles de la Víssíta que
el descifrado es de mano deste testigo, y la cifra de Hernando de
Escobar clérigo Arcediano de Alarcon | que es por cuya mano es- F. 17
cribia el dicho Pérez, esta cifra particular que tenían con el dicho
secretario Escobedo, y saue que el dicho Pérez escribió vna vez al Es-
cobedo que en vna carta del Señor Don Juan para su Magestad hauía
quitado y añadido en el descifrado algunas [cosas] de las que el dicho
Señor Don Juan escribía según el estado en que entonces se halla-
ban las cossas, y no se acuerda las que añadió, o quitó, ni sobre que
materia, ni donde se hallaua entonges el Señor Don Juan, ni en que
tiempo, mas que le pareze que estaua en Italia antes que fuesse a
Flandes y se acuerda que dicho Pérez degia en s[u] carta que hauía
añadido y mudado tal y tal cossa, y que en hager lo susodicho dicho
Pérez hagía contra lo que deuia a su officio, secreto, y fidelidad que
tenia prometido y jurado ett.^.
Alonso Rodríguez Escríbano Real,
Sobre el Noueno Capítulo de la Demanda dize, que estando An-
tonio Pérez presso y mandado prender por los dichos delictos y esto
por Juezes conpetentes, pendiendo el pleyto se salió de la Prission y
Carcelería en que estaua detenido y presso, lo qual saue por que se
hallo pressente quando fue buelto a prender, e se llego a la fortale-
422 ANTONIO PÉREZ
za de Turegano, la qual fuga y crebantamiento (!) de carcelería en-
tiende este testigo que seria y fue por sentirse culpado de los delic-
tos de que le acusaban ett.^.
Al onceno de la Demanda que los fiscales son parte legitima,
aunque perdone la parte ett.^.
Francisco Sánchez Vecino de Madrid.
Al Noueno Capitulo de la Demanda dixo, que sobre ello este
testigo tiene dicho de ante diferentes Jueces y Escribanos y remi-
tiendosse a aquellos por no se los poder mostrar respondiendo a di-
cho Articulo dixo que lo que saue y passa es que hauiendo sido licua-
do presso a la fortaleza de Turuesano Antonio Pérez por los delictos
que degian hauia cometido, y estando con Aguacil y Guarda habrá
como quatro o cinco años, fue este testigo imbiado por Guarda del
F. 17 V. dicho Pérez por el Alcalde Albar Garcia de Toledo y estando | en
su guarda en compañía del Alguazil Arrieta [y] Juan Gutiérrez guar-
da, el dicho Antonio Pérez intentó y procuró de se salir de la dicha
prission y quebrantarla vn Viernes de la Cruz en la noche de vno de
los años de su prission y para haberlo tenia preuenidos y habían ve-
nido de Aragón ciertos hombres con cabalgaduras y armas, los qua-
les estubieron escondidos en vn lugar gerca de Turbegano como
vna legua en vn lugar que se llama Ñuño Vero, y este propio Vier-
nes de la Cruz en la noche las dichas personas vinieron escondida-
mente hasta la puerta alta del Castillo de Turbegano, y el dicho An-
tonio Pérez estaua ya sin que lo síntíessen el Alguacil y guardas que
lo guardauan, preuenido y aparejado vestido de camino y con es-
puelas doradas y Daga en cinta y vn sayo largo y Montera de dos
bentalles y estando en esto, el dicho Alguazil Arrieta llamó a este
testigo y le dixo como sospechaba que el dicho Pérez [se quería] ir
y quebrantar la prission, y con esta sospecha entraron en el aposen-
to donde el dicho Antonio Pérez estaua presso, y al entrar de la
puerta los detubo Doña Juana Cuello su Mujer para que pudiesse
tener tiempo de meterse en la cama debaxo de la ropa porque no
viessen como estaua vestido, y luego passado esto entraron donde
dicho Pérez tenia su cama, y le dixo dicho Alguazil Carrieta (sic),
que esto Señor Secretario, que nouedades son estas? no saue v. md.
ANTONIO PÉREZ 423
que si alguna cossa quisiere hazer que el que primero se ha de ir
con V. md. he de ser yo, y el dicho Pérez dixo, pues de me essa
mano que agora es tiempo, é diciendole esto dicho Antonio Pérez
se lebanto de la cama en la forma que tiene dicho vestido y calza-
do con daga y espuelas, y le dixo a este testigo el dicho Pérez, pues
también se ira Francisco Sánchez con nosotros, y Yo le daré quatro
o seis mil ducados y Doña Juana tendrá cuydado de sustentar su
muger todo el tiempo que ella estubiere alli, y a v. mA señor Agua-
gil Arrieta le daré mas de ocho mil ducados, y los llenare aparte
donde sean muy ricos, y puedan ellos hager ricos a otros, y assi con
buenas palabras el dicho Aguagil y este testigo le fueron deteniendo
para que por aquella noche no entraran los que hablan venido por
el y se les fuera, a lo qual Doña Juana Cuello respondió que no los
creyesse el dicho Antonio Pérez, é que hiciesse lo que hauia de
hager, y entrasse la gente porque este testigo y el Alguazil no cum-
plirían las palabras que le dauan | y todavía el dicho Alguazil y este F. 18 r.
testigo le persuadían que los creyesse y que se subiesse a lo alto de
la fortaleza y que otra noche se yrian y quitarían vna reja por donde
se fuesse y para dissimular y con este engaño lo entretubieron y el
dicho Antonio Pérez mandó al Alférez Rubio que llebando vna sor-
tija que tenia en las manos por señas a las personas que venían por
el, les dixesse que se fuessen y viniessen otra noche, y Don Baltasar
de Alamosa (sic) que estaua pressente al dar de la sortija dixo que
fuesse otra y no la que daua el dicho Antonio Pérez el qual dio la
que dicho Don Baltasar degia, y con esto se quedo la yda por aque-
lla noche y con buenas palabras le subieron a lo alto de la fortaleza,
y teniéndolo en parte segura dieron quenta al Justicia, y con su fauor
le hecharon mas prissiones y pusieron mucho mas recaudo en el di-
cho Antonio Pérez y sino fuera por la astucia y maña de que el di-
cho Alguazil y este testigo usaron, el dicho Antonio Pérez se les
fuera de la dicha príssion y sobre ello pudieran sugeder Muertes, y
de lo dicho se dio noticia al señor Conde de Baraxas Pressidente de
Castilla, y fuelo a aberiguar el Alcalde Albaro Garfia y se hizo pro-
banza y aberiguagion sobre ello a la qual se reffíere, y agora estan-
do presso en esta Villa en unas cassas con Alguaciles y guardas sabe
quebrantó y violó la prission y se ha hido huyendo á Aragón ett.^.
424 ANTONIO PÉREZ
Diego de Qamora Alguacil
Al dogeno de la Demanda que saue que hauiendosele assignado
en Madrid vna cassa á Antonio Pérez por cargel y estando alli dete-
nido y presso con gente de guarda, y este testigo como Alguazil es-
taña en su guarda, dicho Pérez determinó de romper y violar como
rompió y violó la dicha carmel que tenia asignada y con violencia y
fuerza se ha salido é huydo de aquella, y quebrado vna gerradura de
vna puerta, y se fue y ausentó al Reyno de Aragón, al qual le oyó
algunas vezes confessar hauer cometido crímenes de Muerte y que
estaba presso sobre ello y se lo contó a este testigo y a otros Jactán-
dose de ello ett.^
Pedro Rüiz de Mágica.
F. 18 V. Al Doceno capitulo de la Demanda que hauiendole assignado en
Madrid vna cassa por cargel á Antonio Pérez y estando alli presso
con gente de guarda y este testigo era vno de los que lo guardauan,
el dicho Pérez determinó de romper como rompió dicha carmel y se
huyó de dicha Carcelería, y se hallo vna gerraxa desclabada de vna
puerta y se ha huido á Aragón, el qual confesso estaua presso sobre
la Muerte de Escobedo y que era acussado de ella, y por otros Crí-
menes ett.a
Juan Martínez de Ligaría.
Al Doceno Capitulo de la Demanda que saue que Pérez estando
presso en la cassa que por cárcel tenia con gente de guarda, vno de
los quales era este testigo. Determinó de romper y violar dicha Car-
mel, y huyóse de ella como se fue y huyó al Reyno de Aragón ett.*
Martin de Muxica Alguacil.
Al Doceno Capitulo de la Demanda que estando Presso Pérez en
vna cassa que se le asignó por cargel con gente de Guarda, y este
testigo como Alga^il, rompió y violó la carmel y se fue huyendo á
Aragón, le oyó confessar algunas vezes hauer cometido crímenes de
muerte, y que estaua Presso sobre ello y de fama ett.*
ANTONIO PÉREZ 425
Gaspar López escribano de Cámara
Al Noueno de la Demanda dixo que estando presso Pérez en
Turbegano se tubo noticia que Pérez hauia traydo Hombres de Ara-
gón para quebrantar la fortaleza, é irse huyendo á Aragón, y se pro-
beyo por Juez de comission para hager aberiguagion sobre lo dicho
al Alcalde Albargargia de Toledo, el qual fue a Turbegano, é fizo
aueriguagíon sobre que el dicho Pérez vna noche a ora de las doze
de la noche se hauia quedado vestido y con espuelas para effecto
de irse, y que los hombres que hauian [venido] por el lo estaban
aguardando Junto la dicha fortaleza, y otros en el lugar de [Ñuño
Vero? (1)] y que tenian preuenidas Bestias y Alcabuzes para irse | y F. IQ r.
esto se aueriguo porque el declarante escribió parte del negocio, y
agora estando presso por los dichos delictos en la cassa de Don Be-
nito de Cisneros que le fue assignada por cargel y en su guarda dos
Alguaciles y dos guardas, el dicho Pérez pareze y es publico que el
miércoles santo en la noche quebranto la Cargel y se fue huyendo a
Aragón ett.^
Al onzeno que es verdad y que assi lo ha visto ett.^
Don Baltasar de Alamos de Medina del Campo,
Al Noueno de la Demanda dixo que tiene dicho su dicho ante
el Alcalde Albargarcia de Toledo y Belazquez su escribano dias ha
el qual no se le muestra, y porque la memoria es frágil remitiéndose
a el, a lo que saue y quiere que se assiente es como se sigue que es-
tando recluso Pérez en Turbegano donde por mandato de su Mages-
tad le hauia llenado el dicho Albargarcia de Toledo y tenia vn Al-
guacil de Corte y dos guardas que le guardauan llegó alli este tes-
tigo vn dia del mes de mayo del año de ochenta y cinco, y aquella
mesma noche que llego oyó al Alguazil Arrieta y al mismo Antonio
Pérez que se hauia querido hir de la dicha fortaleza y que hauian ve-
nido para ello de Aragón algunas personas, y que después fue halla-
do sobre ello Albargargia por orden del Consejo del Rey Nuestro
(1) Blanco en el ms.
426 ANTONIO PÉREZ
Señor, y este testigo entendió que hauia aberiguado que el dicho Pé-
rez hauia querido salir de la dicha fortaleza, y ha oido degir que era
por la muerte del secretario Escobedo ett.^
El Capitán Jerónimo de Palagio Vegino de Madrid,
Al Sexto de la Demanda dixo que quando mataron a Escobedo
vio se hicieron por los Alcaldes de Corte muchas diligencias y abe-
riguaciones prendiendo muchas personas para aberiguar quien le
hauia muerto, y después de alli a algunos dias entendió que Antonio
Pérez Secretario del Estado le hauia hecho matar por algunas passio-
nes particulares que después se entendieron, aunque al tiempo que
F. 19 V. lo hizo I matar se trataban como muy grandes amigos, y de oyda
que después de hauerle procurado matar con veneno diuersas vezes
como fueron la primera valiéndose de vn hombre que estaua disfra-
zado en la cogina del Rey Nuestro Señor que era Aragonés hecho
cocinero porque estaua huido por vna muerte de vn clérigo en Ara-
gón, y diQcn que se llama Juan Rubio y por otro nombre el Picaro,
para que este tomasse amistad con vna criada del dicho Escobedo
que guisaba la comida que entrando en la Cogina hauiendo prece-
dido el preguntar qual era la olla en que se guisaba la comida para
el dicho Escobedo y sabiéndolo hauia hechado el dicho Picaro en la
dicha olla vnos poluos, de que sugedio estar muy malo el dicho Es-
cobedo y estado muy al cabo, y con trazas y otras cossas hauia me-
xorado y por cuya causa sin tener culpa ahorcaron a vna esclaua de
Escobedo, y segunda vez le conbidó a comer y le dio benenos mas
efficaces aprouechandose de vn criado suyo, y algo deudo que es
Diego Martínez prebeniendo que se pussiese la messa en puesto de
manera que en vna pieza, y el seruigio en otra, y que quedase en
medio una pieza desocupada para que quando pidiesse Escobedo la
veuida hubiesse espagio para echar en la taza sin que nadie lo viesse
cierta agua de vna redomilla que el Martínez tenia, y que quando
pidió la veuida hauiendo comido el dicho Escobedo de cierto man-
xar de vn plato que tenia alli se le lebanto, y lo iba a comer y el di-
cho Martin (sic) se lo rebato y quitó de las manos como persona que
deuia sauer el daño que en el dicho manjar habia para que no lo co-
miese, y saue de oyda que desta comida y veuida Escobedo hauia
ANTONIO PÉREZ 427
estado muy malo, é tomó muchas cossas para echar por la coba y
que sino se preuiniera muy apriessa muriera, y que viendo que no
hauia tenido effecto lo hizo matar a ginco o seys hombres que en vna
callejuela de noche con vn estoque a traigion, y que mudo dentro
de dos o tres horas por que lo atrabesaron de parte a parte, y que
entonges el Pérez hagia el muy amigo de Escobedo, y que estando
comiendo le daron vn villete gerrado a Pérez, y el se lo dio a Esco-
bedo para que lo leyesse y todos entendiessen la grande amistad que
entre ellos hauia y hizo | demostración de sentimiento en su muerte F. 20 r.
para mas dissimular su alebossia pero después como le acusaua su
propia conciengia se le conogia al dicho Pérez gran miedo y gran-
des prebengiones de hombre que le temia por que tenia porteros a
las puertas y no se daxaua ver ett.^
Al Décimo que Antonio Pérez intentó algunas veges hechar per-
sonas que hablassen a este testigo sauiendo que era Amigo de Es
cobedo, que tomassen luz para sauer si era hombre este testigo que
no le dañaba como no le entendió dañar ni engañar, y le hablo Ja-
come Marengo Ginoues amigo de Pérez, y que viendo este que este
testigo sauia el negogio de raíz, y que lo degia con libertad, aconsejo
al Pérez que por entonces no se viesse con este testigo, y passado al-
gunos dias después assegurandose de algunas personas que este tes"
tigo no era hombre que si trataua de amistades no era para engañar
a nadie, si no para poner en paz, con todo esso quisso que le tenta-
se el pecho a este testigo Gaspar Sánchez de la Compañía de Jesús,
y assegurado del vno y del otro y de la buena Intengion de este tes-
tigo se calentó el negogio de manera que se trató de las amistades
y también por que hizo esfuerzo a ello el Almirante de Castilla que
pidió a este testigo que pues hera hacer bien passase adelante en lo
comenzado, y trabaxasse de manera que viniessen a ser amigos, y
assi lo hizo yendo a hablar al Pérez que estaua presso en la cassa de
donde se huyó, y al secretario Don Pedro de Escobedo, y lo vino a
congertar en que por las costas que hauia hecho en seguir la Muerte
de su Padre le diesse veinte mil Ducados, y que con esto le perdo-
naua, y de esto se higieron escrituras que passaron ante Gaspar
Texta Escribano del numero, y antes se hicieron amigos los dos to-
mándoles las manos de amistad, y después se ablaron y carearon
por medio del Almirante de Castilla, y en su pressengia, y que fue-
428 ANTONIO PÉREZ
ron los veinte mil ducados por que le perdonasse, y que sino se ex-
pressa en la escritura fue por que pareció se pussiesse assi, y no por
otra causa, y que por lo dicho entiende que Antonio Pérez dio los
dichos veynte mil ducados como hombre que entendia su culpa para
que la pena fuesse menor por causa del Perdón ett.^
Examinados dichos testigos el Procurador Fiscal pidió al Alcal-
F. 20 V. de que por | quanto Don Pedro de Mendoza hauia dicho su dicho
en la acusagion de Antonio Pérez el qual era vecino de Siguenza y
estaua ausente de la Corte y era Hombre impidido y conbenia a su
parte dixesse su dicho sobre el octauo Articulo de la Demanda que
tocaua sobre descubrir secretos del Consejo de Estado y de su Ma-
gestad le mandasse dar recaudos necessarios para [que] qualesquiere
Justicias donde estubiesse lo examinasen ett.^
Otrosí y supplicó mandasse se sacasen los dichos de Gerónimo
Diez que tratan de la muerte de Escobedo, y del Cardenal Granbela,
y Don Juan de Quñiga que tratan del descifrar, y descubrir secretos
por ser fallecidos los dichos ett.a
Otrosi Mandasse a Gaspar Testa Escribano Ante quien passo el
perdón de Antonio Pérez y lo otorgó Don Pedro de Escobedo. De
fee de como Pérez lo presentó en el Processo criminal ett^.
El Alcalde mandó que se hiciesse todo assi, y también pidió el
Fiscal y dixo que presentaba por testigos a Juan de la Concha, y
que lo mandasse gitar, y si estubiesse ausente, el escribano sacasse
vn traslado de vn dicho que el Juan de la Concha dixo Ante el
licenciado Salazar en la vissita de secretarios, y lo ponga autentico
en la probanza ett.^
Y también pidió qne a mas de las escripturas' de perdón que
passo ante Gaspar Testa, passaron otras sobre el mismo negogio que
las mandase sacar, y todo lo probeyo el Alcalde ett.*
Prueban la Muerte Granbela, Juan de Qúñiga, y Gerónimo Diez
que eran personas muy granes, y sacanse los dichos de los arriba
nombrados por estar inbestigado el Concha, y los otros muertos ett.a
ANTONIO PÉREZ 429
El dicho de Juan de la Concha,
El dicho de Juan de la Concha es que preguntado' que saue del F. 21 r.
Secretario Antonio Pérez en especial que toca al secreto si saue que
no le haya guardado como debia, o haya oido decir, dixo que este
testigo saue que Antonio Pérez tenia muy particular corresponden-
cia con el Secretario Juan de Escobedo y se acuerda que estando el
Escobedo con el Señor Don Juan en Italia y Flandes se escribian
continuamente y el dicho Pérez anisaba muy en particular al dicho
Escobedo de todo lo que acá passaua y se trataua con su Magestad y
en el Consejo de estado que tocasse especialmente al Señor Don Juan
y aun de otras cossas, por que eran tan amigos que ninguna cossa
se encubrían el vno al otro que aunque agora no se acuerda de ellas
particularmente por que como eran secretas y no tocaban a este tes-
tigo en acabando de passar los ojos por ellas las oluidaua, pero que
de anisarle no hay duda y lo saue por que descifraba muchas de las
dichas cartas y otras vn Francisco Guillamas, que ambos estaban
con el Señor Don Juan y que lo que principalmente abisaua era los
officios y servicios que hagia para el Señor Don Juan, en encaminar
sus cossas y la conquista de Ingalaterra dándole a entender que todo
lo hagia por su respecto y no se acuerda por agora de otra cosa ett.*
Preguntado donde entiende que están, o se hallarían las dichas
cartas, dixo, que cree que será imposible hauerlas, a lo menos las
que se escribieron estando el Señor Don Juan en Italia por que ha-
brá seys o siete Años que estando el señor Don Juan aqui en la
Corte se Juntó el testigo por orden del dicho Escobedo con Hernan-
do de Escobar que estaua en cassa del dicho Pérez y quemaron en
cassa del dicho Escobedo todas las cartas que hauia del vno para el
otro, que las que se escribieron después estando en Flandes no saue
que se hicieron, pero que se persuade que también se quemaron por
el mismo orden, y que el secretario Don Pedro de Escobedo podria
dar en esto mas razón ett.a
Preguntado si se le mostrasse alguna de las dichas cartas, si la
conocería, y dixo I que si, é luego se le mostró vna carta en cifra F. 21 v.
escrita en cuatro hojas menos vna plana que comienza 3. q, 11. 3. 6.
y acaba con unos caracteres 3+ o. 8. y vn descifrado de ella en tres
4 30 ANTONIO PÉREZ
ojas menos media plana y comi[en]za: Como sobreuino la muerte del
Comendador mayor de Castilla, y acaba acá pareció muy bien, dixo
que la dicha carta en cifra es de la mano de Escobar, y el descifrado
de ella es de mano del dicho Francisco Guillamas lo cual saue por
que ha visto otras muchas cartas y letras de los suso dichos y las co-
noce bien porque como tiene dicho vnas vezes las descifraba el di-
cho Guillamas y otras este testigo, y quando esta que se ha mostra-
do se escribió el dicho Señor Don Juan estaua en Ñapóles ett*
Preguntado si saue, o ha oydo degir que descifrasse las cartas
añadiendo o quitando de ellas algunas cossas, dixo, que agora se
acuerda que el dicho Antonio Pérez escribía al dicho Escobedo y en
sus cartas y en las del Señor Don Juan para su Magestad anadia o
quitaba lo que le parecía según el estado en que estauan las cossas
y el entendia que mas conbenian al Señor Don Juan, lo qual saue
este testigo por que vio en aquel tiempo Cartas de Antonio Pérez
que lo decia assi al dicho Escobedo refiriéndole lo que le hauia qui-
tado, mudado, o añadido, y esto muchas vezes assi estando en Italia
como en Flandes, que en que tiempo en particular y en que cossas
y en que materias no se acuerda mas de que lo mas era en mostrar
fineza en el seruigio del Señor Don Juan y en quitar las sospechas
contra el y cossas assi que estas cartas entiende que se quemaron
como tiene declarado ett.^
Preguntado que personas podrían sauer algo de lo que este tes-
tigo tiene declarado dixo que el dicho Guillamas sabrá mejor que
otro porque estaua con el dicho Señor Don Juan como este testigo
y descifraba también y que el secretario Pedro Escobedo también
podra sauer algo de hauer visto las dichas cartas, o algunas de ellas
por hauerlo oydo a su Padre ett.*
[El Cardenal Granvela]
F. 22 r. El Cardenal Granbela dixo su dicho en onze de Abril de ochenta
y quatro ante el licenciado Salazar. Dize dicho Cardenal que mu-
chas vezes estando en Roma se quexaban el Comendador mayor de
Castilla y este testigo de que el Papa fuesse tan bien auissado de
nuestras cossas y que se hallase tan preuenido por que sauia lo que
passaua en los negocios y las resoluciones de su Magestad mucho
ANTONIO PÉREZ 431
antes que el Embaxador lo supiesse por carta de esta Corte y este
testigo no sauia por donde esto viniesse mas de creer que le deuia
de hauisar el Nuncio al qual habisarian los que sauian las dichas
cossas, o los pendientes de ellas y en particular no han sospechado
de ninguno ett.a
[El Comendador mayor]
El Comendador Mayor [dice] que estando este testigo por Em-
baxador en Roma muchas veges hallaua preuenidos los negocios, y
que su Santidad y sus ministros lo sabian primero que este testigo
que no saue de donde esto saliesse, mas que a ley de sospecha cree
que debia de auissar el Nuncio, y que de donde el lo sauia no lo
saue este testigo mas de creer y sospechar que podria ser anisarle
de algo el dicho Antonio Pérez o sus offigiales por que via que el
Nuncio pidia Benefficios a su Santidad para Escobar criado de Pé-
rez, y que al mismo Antonio le dio su Santidad vna gran bacante en
Cuenca haciéndole mucha merged, y que esto entiende que se fun-
daua en algo de lo que tiene dicho que seria por tenerle grato para
las pretensiones de Jacobo, que en particular no sabria degir mas
este testigo ett.*
La depossicion de Hieronimo Diez Vegino de la Villa de Madrid.
Preguntado dicho testigo si saue quien mato al Secretario Esco-
bedo, y por cuyo mandado y lo demás que cerca de ello supiere dixo
que no lo saue pero que lo que para si tiene le mataron por orden
de Antonio Pérez y de la Princessa de Eboly, fuele dicho que de-
clare en particular lo que desto saue para que se vea por donde en-
tiende lo que hauia dicho, el qual dixo.
Lo que Yo Gerónimo Diez contino de la Cassa de su Magestad
se de lo que se me manda declarar es (1) que un dia del Mes 1 de F. 22 v.
Henero del año passado de Mil quinientos y setenta y ocho partién-
dome de la villa de Madrid a la de Pastrana a ser Gouernador de
ella y su partido, me fui a despidir del Secretario Juan de Escobedo
(1) Esta declaración, muy incompletamente, ya se halla publicada en el
Proceso criminal, págs. 79-82.
432 ANTONIO PÉREZ
y entre otras cossas que passamos dixe al dicho Escobedo como vna
dueña de la Princessa de Melito Doña Ana de Mendoza que se lla-
ma Doña Bernardina Cabero me hauia dicho que el dicho Escobedo
era terrible y degia [a] su ama cossas de que no gustaua, y que es-
taua muy atrabessada con el y este que declara entendió se lo degia
para que se lo dixesse al dicho Escobedo por ser muy notorio que
los dos dos eran muy amigos y de vna tierra y ansi se lo dixo y el
dicho Escobedo respondió que assi lo entendía el porque dos dias
antes hauia ido a ver a la dicha Princessa, y la hauia hallado con
Doña Brianda de Guzman, y queriéndola hablar se habia lebantado
y salidose del estrado a vn lado de la pieza y le hauia dicho, bueno
es que piense ningún escudero que si yo quiero la cossa, que por
nada que el diga la dexare yo de hager, y con esto sin decirle mas
se torno á asentar, y mas me dixo, que desde cierto dia que hauia
ablado á Antonio Pérez y a la dicha Princessa, no le dauan quenta
de lo que trataban y antes que ninguna cossa trataban que no se la
dixessen cada vno de por si el que primero le ablaba, y que el tenia
por escandosso aquel trato, y que a esto le respondió este que de-
clara que mirasse como trataba de «aquel negogio que sabia pues
tan voluntariossa era la dicha Princessa, y el me respondió ya yo lo
veo que no trataua mas del, y que estimaua en tanto la autoridad
de los muertos que se le hacia arto de mal y que le daua arta pena
y con esto este que declara se fue a la Villa de Pastrana donde lle-
garon los Duques de Pastrana y Francavilla y Antonio Pérez, y al
año adelante de [se] senta y nuebe a la Semana Sancta por la sazón
que se decia que el dicho Antonio Pérez se venia a este reyno de
Aragón y tubieron alli la Semana Santa y el viernes de ella a la tar-
de dixo el dicho Antonio Pérez a este que declara que se pussiesen
a caballo y se irian a vn lugar que esta alli cerca que se llama Val
de Concha por que le queria ver por que se hauia criado vn poco
de tiempo y aun si fuesse posible le comprarla, y ansi hizo traer tres
F. 23 r. caballos, y en los dos fueron | los dos, y en el otro vn caballero que
con el venia que se llama Don Berenguel dt Omas, y a la buelta le
dixo el dicho Antonio Pérez a^ste que declara, si sauia como Don
Pedro de Escobedo le pidia la muerte de su Padre, y que lo hagia
por que sabia se la meregia como también lo sabia Escobar, Jaraba,
y Doña Juana Cuello su Muger, y tanbien en Materia de Marabedis
ANTONIO PÉREZ 433
se le hauia alzado con diez mil ducados de veynte mil que la Señoría
de Genoba les habia dado a entranbos por gierta negociación que con
su Magestad hauian hecho, y en esto llego el dicho Don Berenguel
que venia detras y gesso la platica, y otro dia adelante le dixo que
su Magestad le hauia imbiado a llamar, y que le rogaba a este que
declara se fuesse con el hasta Madrid, que le quería mostrar cantidad
de Joyas que tenia de que se queria desager, y que cori ellas y con
cinquenta mil escudos que tenia en poder de vn amigo queria hager
vna buena compra, y que olgaria si pudiesse comprar aquel lugar
por estar Junto a Pastrana, que tratasse este que declara de com-
prársele y las Joyas ni mas ni menos olgaria se encargasse ni mas ni
menos de ello, y con esto lleuó a este que declara con los dichos
Duques y consigo a Madrid donde entendió [que] la dicha Prin-
ces'ía estaua quexossa de Don Pedro Velarde, Matheo Vázquez, Pedro
Negrete, Suazo en razón que degia que todos ellos se hauian Junta-
do en cassa [de] Pero Nuñez de Toledo y tratado con Don Pedro
de Escobedo y aconsejadole pidiesse la muerte de su Padre á Anto-
nio Pérez, y hauiendo entendido esto este que declara topó con Pe-
dro Negrete y le preguntó que como era aquello, y respondió que
era mentira, y lo mismo le dixeron Don Pedro Velarde, y Doña Au-
gustina de Torres Muger de Suazo, y a este que declara le paregio
mal, y ansí no quisso dar quenta de ello a la dicha Pringessa, yen-
dosela a dar, le embio a degir que no la podía hablar, que sí la que-
ria algo la digesse á aquella Dueña con quien hauia imbiado el re-
cado, y este que declara le dixo que no era Recaudo para Dueña, y
con todo esto le embio a degir que se lo dixese y este que declara
le dixo que digesse a la dicha Princessa que tenia por cierto la men-
tían, que el sabia no tenia de que se quexar de los que arriba tiene
dicho que no hauian hecho tal Junta ni dado tal consejo, y con esto
tornó a salir luego la dicha Dueña con que la dicha Princessa man-
daua luego sin entrar en cassa de nadie á este que declara se tor-
nasse a la Villa de Pastrana y assi lo hizo ett.^
Preguntado dicho Testigo si saue que los Secretarios Antonio F. 23 v.
Pérez y Escobedo tubieron siempre intima amistad, dixo que sí y
que no podia ser mayor, ni mas continuada entre dos hombres, has-
ta que el dicho Escobedo se metía en estas platicas del y de la dicha
Pringessa por las quales y por lo que tiene dicho tiene [que] la
28
434 ANTONIO PÉREZ
Muerte [de] Escobedo sucedió por orden del dicho Antonio Pérez y
de la dicha Princessa.
Y preguntado quienes otros sauen lo que acaba de degir dixo
que muchos criados de la cassa de la Princessa dicha lo entendían
assi, como es Don Pedro de Mendoza, Fuenmayor, Samaniego,
Porta, y la dicha Doña Bernardina que sauia todo lo que passa-
ua ett.*
Traen un poder que dio Antonio Pérez á Alonso de Mondragon
y Pedro de Pina, y Alonso de Mondragon Procurador de Antonio
Pérez pressentó el Perdón otorgado Por Don Pedro de Escobedo en
fauor de Antonio Pérez y para tomar la depossigion de Don Pedro
de Mendoza (1) Mayordomo que fue de la Princessa de Eboly dio
su requisitoria y artículos. Este Don Pedro de Mendoza parecesse
que ya depossó en poder del Ligengiado Salazar Juez para la Vissita
de los Secretarios en Madrid Miércoles a dos de Mayo de ochenta
y dos, y dixo que en lo que toca rebelar el secreto el Antonio Pérez
no lo saue, pero que comunicaba tantas horas, y tan continuamente
con la dicha Princessa de Eboly, que este testigo y los demás de
cassa sospechaban que el dicho Secretario degia a la dicha Princessa
muchas cossas secretas de su offigio como probissiones y despachos
de personas, y cossas desta manera porque la dicha Princessa ablaua
en cossas particulares que trataua el dicho Antonio Pérez y personas
de Italia que venian a negociar con su Magestad que tocaban al offi-
cio de dicho Secretario, siempre procuraban de ganar la voluntad y
faboregerse de la dicha Princessa y porque al ir y al venir al conse-
jo de estado demás de otras muchas veges siempre el dicho Secreta-
rio iba y venia por cassa de la dicha Princessa y se dexa bien enten-
der que la diria muchas cossas y secretos qne el sabia y passaba por
sus manos, y que no saue el despacho que el dicho secretario daua
a los negociantes, pero que estando tan continuamente en casa
F. 24 r. la | dicha Princessa que era imposible dar buen despacho a los ne-
gogiantes, y este testigo vio que yendole a buscalle algunos nego-
(1) En el Proceso criminal, págs. 144-45, se publicó un sucinto informe de la
declaración de D. Pedro de Mendoza.
ANTONIO PÉREZ 435
fiantes algunas veges alli los despedía con desgracia aunque no saue
lo que después hagia con ellos ett.*
Después en la Villa de Cogolludo en fuerza de la dicha requisi-
toria se recibió el dicho de dicho Don Pedro de Mendoza el qual se
reñrio a su dicho arriba continuado ett.^
Después se mandó sacar del Processo de la Visita de Secretarios
una carta de Antonio Pérez para el dicho Secretario Escobedo que
es del tenor siguiente.
Carta de Antonio Pérez.
Como sobreuino la Muerte del Comendador Mayor de Castilla
se ha apretado la Resolución de lo de Flandes de manera que
V. m d vera hecho se luego en Consejo el negogio, y al' i corrió mu-
chos dias, y seria cossa larga degir las lindezas que sobre ello han
passado, pero guardarlas e Yo en el Registro de la memoria para co-
nocer mas lo que comemos, y aunque Cayal (1) aya sido el consul-
tor publico de este negogio, ha querido el Rey que Yo lo sea en se-
creto y sabidor de la Resolución y pedidome mi parezer y Yo he en-
caminado en el la dilación, y pareciendome que seria la mayor
ayuda como el negocio grande, si podrian poner las cossas de ma-
nera que el estado de ellas pidiesse otra Resolugion. También he
procurado de encaminar la venida aqui, y no me ha sido posible
aunque llegó a poner de mi parte a los Vermexos y que les parecies-
se no conbenir apretar mucho al señor Don Juan por que no se ha-
llassen metidas tantas prendas, si hubiesse de hauer replica, y con
todo esto su Magestad a estado terco, y resucitóse en lo que
U. m.d vera por la carta para su Alteza y por la que a mi me ha man-
dado escribir a U. mA diciendo que V. mA y Yo hauemos de procu-
rar de hagerle este Seruicio de encaminar que el Señor Don Juan
obedezca luego, y por esto ha apretado tanto las cartas mias para
V. mA a quien aseguro que todo lo que se pareciere muy fuerte y
crudo, de ellas, ha sido añadido de su propia mano en las minutas
que Yo hauia ordenado, de manera Señor que llegando el negogio
(1) Zayas.
436 ANTONIO PÉREZ
F. 24 V. á este | punto he pensado lo que se deue ha^er, y en quanto a la yda
a Flandes ya, ^essa el inconbiniente grande que Yo tenia del Co-
mendador mayor, sin el qual queda el negocio mas puesto en elec-
ción y' solo, con los Inconbinientes de los trabajos de los estados, y
de las demás cossas que tras esto hauemos platicado, pero siendo la
necesidad pressente tan grande, y el aprieto con que el Rey lo man-
da tan fuerte, y el peligro con que viuimos, en lo que toca a sus con-
sejeros de aqui para que la perdamos con qualquiera ocassion, he
penssado gierto con mas cuydado de lo que puedo encareger en el
consejo que se deue tomar, y me he acogido a la ayuda del tiempo
que suele aconsejar, y reparar grandes cossas en grandes negogios,
y assi seria de parecer que el Señor Don Juan quanto al obedeger, y
partirse para Lombardia y sacrificarse a la obediencia, obedezca y se
parta y se sacrifique a la voluntad de su Hermano digiendo que no
tiene otra sino esta, y que haciendo esto aduierta y replique, y pida
las cossas que para el aciertamiento del negogio le paregieren con-
benientes porque Señor después que haya llegado este correo de
Lombardia pueden las cossas tomar tal camino, que haya sido muy
bueno la resolugion de su Hermano, muy conbeniente el executalla
con breuedad, o quel mismo tiempo y el mismo sugesso y nobedad
de las cossas la haga alterar, y pareger necessario y forgosso, lo que
alia podra ser que se repressente assi obedegemos, que ha de ser el
remedio de la ponzoña de acá y el tiempo y el sucesso de las cossas
nos ayuda a lo que agora entendimiento humano no puede bien
aconsejar, pues si se perdiesse aquello, o se gerrasse el passo del re-
medio quedaríamos con el no hauer comenzado a obedeger perdidos
y puestos en manos de calumnia de Nuestros enemigos, y si las
cossas gufren y pueden esperar el remedio de la persona del Señor
Don Juan y por muy gierto tengo que ha de ser muy sustangial su
persona alli, hage un gran seruigio a Dios, a la Corona, a su Her-
mano, y gana para sí una gran authoridad para mereger por Justigia
diuina y humana mucho acrecentamiento de su Hermano y quando
corriese no se alia el ni U. m.^ en mal puesto pata si, y para sus
amigos, de manera que torno otra vez a rreferirme, o resumirme
que para todo casso sugeda lo que sugediere, soy de parezer que
obedezcamos luego y partamos que haciendo esto se replique,
o pida, o adbierta lo que conbiniere aduirtiendo que esto sea todo
ANTONIO PÉREZ 437
para el acrecentamiento del negocio y no por cossa particular, j y F. 25 r.
que para lo demás esperemos en el tiempo que nos habrá dado mil
salidas, o mostrado ser buena la yda a Flandes.
Yo bien quisiera Señor que nos dieran tiempo a venir aquí para
muchas cosas y para las particulares de V. m.'^ que importara mucho,
pero no he podido mas, y para decir a v. m.^ la verdad, no se que
se es que muy puesto le veo a su Magestad en que ni en Italia esta
bien el Señor Don Juan, ni acá tanpoco, y todo esto es lo que haue-
mos ablado muchas vezes me haze pensar que vinimos en gran peli-
gro y assi digo que es menester obedeger, y que si en una apretura y
necesidad tan grande por alguna via obiessemos de faltarle, nos
sainamos en una tabla, y aseguramos este Hombre, y vengamos la
maligia destotro con una salida én la vida estraña, como yo me he
atrebido a passar tanto adelante con el Rey viendo de lexos estos
régelos y miedos que le he llegado a degir que su Magestad se
assegura que tiene Hermano tan obediente que tomara una capilla
si es menester para su seruigio, y que si quissiese que hubiesse de
conbenirle nos obligaríamos U. m^ y Yo a hacelle Clérigo, y que le
diesse vn Bonete Roxo, y quarenta o ginquenta mil ducados de
renta, y que con esto no tendría ninguno que poner cuydado a su
Magestad dixo que el lo creya todo de su Hermano, pero que no
podia ser, y quise hager otra paregiendome que en este negogio
hauia mas fondo que pase lo mismo en Quiroga una noche con
ocassion destas materias, y fuy el bien recibido, y dixome grandes
quentos por que para decir a U. m.** la verdad a todos estos se los
llebó de la Barba de lo qual todo sacó lo que siempre, nosotros
habemos tenido y discurrido, y que ageptemos esta Jornada procu-
rando con buen termino las ayudas para ello, o que tomemos alguna
salida a Nuestra Vida de satisfagion a esta gente con que se asegu-
ran y aunque lo del Bonete paregera disparate, quiza para asegurar-
nos, y esperar y engañar al tiempo seria bueno pero esto es materia
para mas despacio.
En lo de la empressa de Ingalaterra que se trata, me paregio
degir al Rey que v. m.'* la hauia entendido en Roma por que no
nos la encubra, y assi algo que en vna de las cartas que Yo escribo
a U. m.^ que el a bisto que son todas sino esta, se toca lo que U. m.<*
verá para esperanza y premio del Señor Don Juan.
438 ANTONIO PÉREZ
F. 25 V. Pide el Rey parecer de la orden que se deue dar en lo de la Mar;
los Toledos querían á Sigilia y tenientes de ella para el Prior, o Go-
bernador de ella el mismo. Yo he dicho que demás de que no con-
biene que al Señor Don Juan se le quite su cargo se quitara su Ma-
gestad de pesadumbres con haberlo assi poniendo en ausencia del
Señor Don Juan buena orden. En esta le degia que seria bien tener
quenta con Juan Andrea porque le perderemos, y entiéndelo assi
Quiroga y todos los del Consejo sino los Toledos lo mismo, y que
no obedecerá Andrea sino a su Alteza.
Vna de las cossas que el Señor Don Juan ha de hauer menester
mucho en Flandes en el estado que se halla la materia del dinero, es
vna buena orden en lo de la probission, y aunque de acá prouehe-
ran todo quanto se pudiere, como no podran tanto quanto sera me-
nester, seria muy bueno tener alguna ayuda de algún crédito para
que no se pierda en vna hora algún gran negocio que en mucho
tiempo no pueda remediarse después. Yo hauia pensado, que pues
el Rey tiene obligación á Lorenzo Espinóla y prometido se lo de sai-
narse de este Decreto, que pida su Alteza a su Magestad entre otras
cossas, que le de a vn Hermano del dicho Lorenzo, para que con el
crédito de esta familia pueda remediar las faltas, y aun descuydos
de acá. Garnica trata viendo ser punto muy sustancial de que bay A
a ñor (?) y también ha propuesto al Rey á Lorenzo Espinóla. Sepa
V. m.d que con hauer sido Qayas el relator, y tratador en el Consejo
desta materia de Flandes, ha querido su Magestad que Yo sea sobre
consultante, y assi se ha resuelto con migo en la materia sin que lo
sepa el Consejo ni Qayas por dos razones a mi parecer. La una por
tenerme confidente de V. mA y de Nuestro amo, la otra por el recato
con que viue de los Toledos, lo qual sera bien ocassion y sin ella lo
saue U. m.d hacer que vaya mirando de apartar de Qayas y de Mathe
para adelante, no solo las cossas particulares de su Alteza y cartas
de U. m.d sino todas aquellas para que yo hubiese de ser bueno, por
que estos otros, o por necios, o por Bellacos no nos degüellen, y
aun para degir a u. mA la verdad, Quiroga me la ha hecho, diciendo
que seria Justo dar a su Alteza satisfacción en la correspondencia.
Oluidabasse me decir que entre las añadiduras de su Magestad
F. 26 r. es vna la que escribía a U. mA de que no se le ha oluidado | en esta
resolución lo que U. mA aqui le dixo de parte del Señor Don Juan
ANTONIO PÉREZ 439
de lo que desearía reusar la ida á Flandes, y aquello y todas las apre-
turas y encarecimientos deste Despacho para que su Alteza parta y
obedezca, son suyas palabra por palabra, y assi veo que es menester
que obedezcamos, o que si por alguna cossa hubiere de hauer repli-
ca sea en la forma que arriba he dicho obedeciendo y dexando al
tiempo que nos socorra.
Esto es todo lo que tengo que degir en estas materias, y por
auisso que al de la Fabara le ha examinado Matheo Vázquez de las
cossas de alia creo por hauerse el metido con el Rey en algunas chis-
merías, a doze de Abril de Mil quinientos y sesenta y seys.
Hernando de Escobar bessa las manos de v. mA y se alegra con
V. m.d del Hijo que Dios ha dado a estos Señores el qual es lindissi-
mo y el Niño Gonzalo que murió y paregerle tanto le han llamado
también Gonzalo.
Por amor de Dios que U. mA procure que se pague a Lorenzo,
pues se deue a la confianza y a los seruigios que ha hecho, y en la
relación que acá embio Últimamente de las cossas en que se pen-
saua distribuir el dinero que fue en las Galeras de la Rauri se pone
vna partida de pagar a Lorenzo, y acá pareció muy bien ettA
Por la copia,
P. J. Zarco.
o. s. A.
(Continuará.)
LAS COPLAS DE JORGE MANRIQUE
(CONTESTACIÓN AL SEÑOR LUZ DE ORO)
A mi querido amigo Miguel Martín y Lozano: No ha mucho, amigo
mío, que cediendo a sus requerimientos, obsequié a usted con un ar-
tículo sobre las Coplas del dulcísimo Manrique. El cielo ha querido que
recogiese temprano los frutos de la siembra; pero pluguiese a Dios que
la recolección hubiera sido más tardía, que más bendiciones recogiera.
En el momento en que escribo estas líneas, es grande mi desabrimien-
to. Los pocos papeles, que contienen mis entretenimientos literarios, me
dan en rostro, y tentado estuve de hacerlos mil pedazos cuando, con
harta pena de mi corazón, vino a mis manos un papelucho, sin pie de
imprenta y con la donosa firma de Luz de Oro, o séase el Desconoci-
do. Hermosa cobertura de mil trampantojos y crímenes literarios. ¿Y el
artículo? Si cabe hacer aplicación del «parturient montes, nascetur ri-
diculus mus» que cantara el venusino, nunca mejor que en el caso pre-
sente. Si es posible un esperpento literario, el tal papelucho aventaja a
todos en monstruosidad. Es una baraúnda de ideas sacadas con gran-
de afán, a lo que parece, de mil lugares distintos. Es un tejido de fra-
secillas perversamente escritas y muy mal pergeñadas. Y cuenta que,
lo que falta de aticismo y suave ironía a las tales frasecicas, tiénenlo
de alardes de espíritu fuerte y descreído. Hay en el articulejo algo de
chiste, mucho de socarronería, y más todavía de brutal desenfado: todo
para desacreditar a un pobre y obscuro escritorzuelo como yo, porque
tuve el atrevimiento de decir, en honor de Manrique, algo de lo mucho
que otros, a quienes asistía más autoridad, habían dicho antes que yo
de mil maneras distintas, sin que nadie, que yo sepa, tildara sus juicios
de injustos ni apasionados. Está visto: la mar estaba picada; érame
desconocida la ruta; y desdichado y sin cautela me entré en el revuelto
LAS COPLAS DE JORGE MANRIQUE 441
y proceloso mar de la vida literaria, sin tener en cuenta que, hoy más
que nunca, abundan los criticones farsantes y los zoilos revisteros, gen-
te sin canon y sin ciencia, ayuna de toda noticia sobre el arte y sobre
la belleza. Puede afirmarse sin temor de errar, que aquejan a la critica
de nuestros días múltiples y graves dolencias, y no diré yo que sea la
menor de ellas el predominio de las apreciaciones formuladas sin fun-
damento doctrinal. Hoy por hoy, la crítica anda entre sí vergonzosa-
mente divorciada: siempre es pendenciera y descontentadiza. Fuera de
lo que podríamos llamar primeras verdades literarias, lo que para un
crítico es grave defecto, es para otro una belleza no despreciable, un
primor, una maravilla. Con harta frecuencia deja entrever que todo lo
mira por el prisma de la pasión, como si quisiera sacar verdadero el
dicho de Campoamor, de que todo en este picaro mundo es del color
del cristal con que se mira.
Vea usted, amigo mío, si será comunísima la dolencia, pues tam-
bién me alcanza a mí, en frase de nuestro contrincante. ¡A mí, a quien
nunca molestaron pretensiones de crítico de oficio, aunque el señor
Luz de Oro se empeñe en ver lo contrario! Él lo quisiera, pero Dios le
dé, que ni lo pretendo, ni acepto el salado donecillo. No vaya a creer
que me abrace con la pesada cruz de crítico de oficio; pero tenga en-
tendido que nada desmiento de lo dicho. Y para que mejor lo entien-
da el señor Luz de Oro, hago mío el mote del dulcísimo Manrique, «ni
miento, ni me arrepiento», como se deja suponer, de aquella exagera-
ción en mis apreciaciones literarias, que tan recia tempestad levanta-
ron en su ánimo.
A decir verdad, era de temer lo que ha acontecido, si se mira la
aparente novedad del pensamiento. iSi pecaría yo de temerario, que-
riendo hallar en Manrique un nuevo género de elegía filosófico-cristia-
nal La idea no era en rigor enteramente nueva; pero no era de todos
conocida, y de ahí que el señor Luz de Oro cogiese el cielo con las
manos, y rasgase sus vestiduras, desatándose en violentas diatribas
contra mí y en protestas nacidas, no sé si decir de ignorancia o de mala
fe, o de entrambas cosas a la vez.
A levantar tan grande polvareda pudo contribuir lo atrevido y, al
parecer, nuevo y peregrino del juicio; pero, tengo para mí, que a ello
hubo de contribuir en mayor escala mi poca habilidad. Más diestro pa-
442 LAS COPLAS DE JORGE MANRIQUE
rece ser nuestro caballero en liza, puesto que, con el mismo polvo que
mi opinión levantara, pretende cegarme los ojos. Niegue enhorabuena
lo que yo afirmo, pero señale el por qué de sus negaciones, pues es
pública voz y fama que, negar por negar, es de gente tonta y capricho-
sa. Bien es verdad, que no son sus juicios particulares lo que me pone
más en cuidado. Cierto que lo que da aparentemente alguna fuerza a
su escrito, son las autoridades que alega, para hacer ver que anduve
errado en el juicio de Manrique. El renombre de los autores, cuyo tes-
timonio trae a cuento, es grande sin disputa ninguna. ¿Quién no ha
oido los nombres de Capmany y de Quintana? No habrá entre los es-
pañoles uno solo medianamente instruido, a quien estos dos nombres
no traigan a la memoria el recuerdo de singularísimos merecimientos
y de glorias inmarcesibles. Capmany es para mí una de las grandes
autoridades en asuntos de idioma castellano, y de mucha autoridad y
peso en materia de gusto y de crítica literaria. Por lo que hace al señor
Quintana, hay que convenir en que es un grandísimo poeta lírico, más
poeta que crítico, siquiera, como tal, sea bastante notable. Una cosa
hay cierta, es, a saber, que el nombre del gran escritor catalán es de
mucho más peso y autoridad en cosa de crítica, que el nombre del glo-
rioso cantor de Trafalgar y de Bailen.
Bien lo ha comprendido nuestro contrincante, y de ahí la compla-
cencia con que trae a cuento la autoridad de tan ilustre escritor en co-
rroboración de la tesis que defiende, si hay alguna en tan desordenado
escrito. No ha reparado que las palabras que cita de Capmany muy
poco o nada tienen que ver en nuestro caso. El renombrado crítico se
propuso solamente darnos un cuadro general de la elocuencia, y ada-
gio es, muy vulgar entre las gentes, que no hay regla sin excepción.
Es para mí cosa cierta que no le pasó a Capmany por las mientes ne-
gar a roso y belloso el mérito de la poesía de la época que nos ocupa,
señalando con la censura a todos los poetas de aquel tiempo, sin ha-
cer excepción en favor de algunos de ellos; pero, dando de barato, que
en aquella censura general intentara comprender a todos los poetas que
por entonces florecieron, sin hacer honrosa excepción en favor de Juan
de Mena, del esclarecido Marqués de Santillana, de Gómez y de Jorge
Manrique... su juicio no sería digno de elogio. Composiciones hay de
aquella época, algunas de las cuales pueden ser miradas como verda-
deras joyas literarias, y otras como notables, por más que adolezcan de
LAS COPLAS DE JORGE MANRIQUE 443
graves defectos. «Los Pecados mortales» y «El laberinto de Juan de
Mena> están sembrados de conceptos elevados y de imágenes grandio-
sas y valientes. El Marqués de Santillana, sin contar los «Proverbios»,
«Diálogo de Bias contra Fortuna», «Doctrinal de Privados» y demás
composiciones suyas que pertenecen a la escuela didáctica, donde sin
disputa ninguna resplandece más la originalidad de su talento poético,
fué tan allá en sus inimitables «Serranillas» que sería hoy mismo tarea
imposible juntar con tanta gracia más sencillez que la que en todas
ellas resplandece. Nunca, ni antes ni después, se escribieron en caste-
llano serranillas más bellas que las de nuestro Marqués. En la poesía
de Gómez Manrique, fruto natural de su azarosa vida, hallan eco pode-
roso la moral, la filosofía y la política, que aparecen por doquiera y
por manera superior en «Prosecución de los vicios y virtudes», «Conse-
jos a Diego Arias Dávila», y mayormente en las «Coplas al mal gobier-
no de Toledo», composición llena de ideas atrevidas y de conceptos
enérgicos y profundos; hermosa y valiente sátira al soberano Enri-
que IV, el de la corte triste y escandalosa. Jorge Manrique, pasando por
alto su hermosísima elegía, se puso casi al igual de los poetas de su
tiempo con sus «Canciones y Decires», a la manera provenzal, con
«Profesión», «Escala y Castillo de amor»... No, Capmany no dijo lo que
algunos quieren ver en sus escritos. Lea el señor Luz de Oro las com-
posiciones anteriormente citadas, y no podrá menos de convenir con-
migo que en los días del siglo XV a que me refiero, hubo verdadera
poesía, siquiera estuviese en abierta oposición con el espíritu turbulento
de aquella época manchada con lamentables hundimientos y elevacio-
nes de trono. Es menester señalar a dicha poesía, tomada en conjunto,
graves defectos, pero nadie puede, sin faltar a la justicia, dejar de re-
conocer en ella muchas y muy notables bellezas. Y repito aquí lo que
decía en mi primer artículo: «Manrique reúne en su elegía las bellezas
literarias que avaloran y dan realce a las producciones de sus contem-
poráneos sin los lunares que de ordinario las afean y manchan.» Sea de
ello lo que quiera, con defectos o sin ellos, siempre será la Jpoesía de
aquel tiempo parte importantísima en el dasarrollo de nuestra lite-
ratura.
El conocimiento cabal y perfecto de una época determinada de la
historia literaria se alcanza con el estudio directo de las composiciones
que nos dejaron los que suscribieron en aquella época, más bien que
444 LAS COPLAS DE JORGE MANRIQUE
con la lectura de juicios y síntesis generales que por su mismo carác-
ter no descienden a pormenores. Sin echar en olvido que, encerrar el
juicio de toda una época en contadísimos rasgos generales, es, sin duda
ninguna, tarea más difícil y espinosa de lo que pudiera parecer a pri-
mera vista; pues, se viene a los ojos, que para llevar a cabo tan eno-
josa empresa se requiere muy detenido y concienzudo estudio. Así y
todo, hará bien el que, estimando esos juicios en lo que se merecen,
haga más aprecio y estimación de aquel linaje de conocimientos que
se alcanzan con el estudio de los individuos; es decir, de las obras que
éstos escribieron. No quiere esto decir que yo tilde de falso y errado
todo linaje de juicios y síntesis sobre una época determinada, mucho
menos cuando están trazados por hombres de tanta competencia como
Capmany. Y porque no me gusta meter las cosas a barullo, reconozco
que se han escrito muchos artículos de este género acertadísimo en sus
hneas generales, siquiera se eche de ver en algunos de ellos equivoca-
ciones e inexactitudes en los pormenores.
Y dando de mano a estas consideraciones generales, vengamos a
nuestro caso y digamos que siempre será más acertado y menos ex-
puesto a equivocaciones estudiar la poesía del siglo XV en sus fuentes.
A fe, que si el señor Luz de Oro hubiese estudiado de esta manera la
poesía del tiempo que nos ocupa, habría juzgado de las cosas muy de
otra manera. Y si no contaba con medios para estudiar todos los poetas
de aquella época, ahí tenía los estudios de Menéndez y Pelayo en su
Antología lírica, Menéndez y Pidal, Amador de los Ríos y tantos otros
amantes fervorosos e incansables investigadores de nuestras antigüe-
dades literarias. No creo que haya nadie tan torpe e ignorante que se
atreva a poner en tela de juicio la erudición y el talento crítico de tan
aventajados eruditos. Ciertamente habría adquirido más exacta idea
de la poesía del siglo XV. No se juzguen mis palabras desacato para
con la persona y alta reputación de Capmany. Mis palabras no pueden
ser en manera alguna en mengua de aquel amante fervoroso y maes-
tro insigne del idioma castellano, a quien pongo sobre mi cabeza.
Tómenla para sí, si gustan, los que, sacando las palabras de su
asienti y natural significación, hacen decir al mencionado crítico cosas
que ni salieron de su pluma, ni le pasaron nunca por el pensamiento.
Porque, a decir verdad, nunca falló Capmany sobre si eran o no verda-
deras elegías las «Coplas de Manrique», ni entró nunca en pormenores
LAS COPLAS DE JORGE MANRIQUE 445
sobre si Manrique contaba con sobras de méritos para ser considerado
como maestro y fundador de un nuevo género de elegía filosófico-cris-
tiana. Idea que, a juzgar por las palabras, es de las que más amarga-
ron al señor Luz de Oro, y que no retiro por mucho que le duela.
Ni vale ponerse tieso y meterse con todos los críticos más sensatos,
echando para ello mano de la autoridad de Quintana. Siempre vi en él
un crítico muy estimable y bastante tolerante e independiente dentro
de los dogmas meticulosos y pueriles que profesaba la escuela literaria
a que pertenecía; así y todo hay en él frecuentes equivocaciones e in-
exactitudes, y ciertamente no por que no alcanzase a más su inteligen-
cia. Maravíllame en gran manera que Quintana no acertase a ver cosas
que más tarde comprendieron sin dificultad Amador de los Ríos, Ma-
nuel de la Revilla, Menéndez y Pelayo, Menéndez y Pidal, Ferrer del
Río, y con ellos todos los críticos y retóricos. Y, ¿quisiera el señor Luz
de Oro que, dando de mano a la opinión de tantos y tan aventajados
críticos, me acostase con su parecer, porque éste se encuentra autoriza-
do por el sentir de Quintana? En manera alguna.
Es cosa que asombra y maravilla ciertamente, ver que entre todos
cuantos han tratado de las «Coplas» de Manrique, sólo Quintana se
aparta del común sentir de críticos y retóricos, acordes esta vez con el
común sentir del vulgo, al tratar del carácter y efecto del metro en que
están escritas las famosas *Coplas>, haciendo una discordancia harto
insufrible, «pace tanti vici». En el resultado del análisis que hace de
dicho metro hay un fondo muy pobre, por no decir nulo de verdad. Si
así hablaba Quintana del metro de Manrique, ¿qué pensaría de los
otros modelos del antiguo metro castellano? ¿Ignoraba, por ventura,
que entre todos los modelos del antiguo metro, es el de Manrique de-
chado perfectísimo? Si se admite como verdadera en todos sus porme-
nores la doctrina de Quintana, ¿quién, de los que vivieron más allá de
Manrique, hubiera podido hacer una elegía perfecta por todos concep-
tos? ¿Sería, por ventura, más acabada y perfecta la elegía, escrita en
versos de arte mayor, o en las enfadosas estrofas monorrimas de cua-
derna vía? El juicio que Quintana hace del efecto artístico producido
por el metro empleado por Manrique, no se compadece en manera al-
guna con lo ligero y fácil del giro que todos unánimemente reconocen.
A todos agrada sobremanera el verso en que se escribieron las famosí-
simas «Coplas»; estaba reservado, al parecer, para Quintana, sentir que
446 LAS COPLAS DE JORGE MANRIQUE
se amenguaba en su espíritu el placer que pudiera experimentar con la
lectura de las «Coplas» de Manrique. ¡Qué contraste! El pueblo las lee y
recita con placer; los amantes de nuestras antigüedades literarias cuán-
to más las estudian tanto más prendados quedan de la inspiración a la
vez filosófica y sencilla que en alto grado poseyó Manrique; y por lo
que a mí hace, ni la naturaleza del verso, ni la considerable extensión
de la elegía contribuyen, poco ni mucho, a amenguar en mi espíritu el
placer que nace de su lectura. No podía acontecer de otra manera. ¿De
dónde, sino, le vienen a Manrique el inmortal renombre y la populari-
dad inmensa de que goza en nuestro pueblo? Porque, su popularidad
es a todas luces evidente, y una popularidad tan universal no nace úni-
camente de altas y raras cualidades retóricas que pasan generalmente
inadvertidas para el común de las gentes, sino que más bien se llega a
ella por la naturalidad y sencillez en el decir, y por la soltura, y fluidez
y melodía de la cadencia, que es lo que al pueblo se le entra por los
sentidos, sin haber menester otras noticias recónditas y peregrinas.
Manrique es sencillo con sencillez que en ocasiones toca los linde-
ros de lo sublime, y natural con una naturalidad que oculta los cáno-
nes del arte. La soltura y melodía de su metro, la delicadeza y dulzura
del sentimiento, y su pensamiento filosófico y muy popular, encerrado
en un lenguaje perfecto, serán siempre prendas envidiables que acom-
pañen a las «Coplas* de Manrique, y pongan muy alto su nombre. La
fama de sus «Endechas» irá eternamente unida a la fama de su nom-
bre, y se recitarán con placer mientras haya una porción de tierra en
que se hable el hermoso y varonil idioma de Castilla. La persistencia
que en España se echa de ver, por lo que hace a la fama de las «Co-
plas» de nuestro poeta es grandísima y, a mi entender, sólo inferior a
la persistencia de la fama universalísima del inmortal Hidalgo. Y sa-
liendo de España, la fama de Manrique pasó a los extraños y no como
quiera, sino por la pluma de Camoens el inspirado cantor de «Os Lu-
siadas», que no se desdeñó descender de las alturas de la epopeya a la
imitación de la elegía filosófica de Manrique, y más tarde por la pluma
de Lofenglow, el cual contribuyó no poco a la popularidad grandísima
de que gozan las referidas «Coplas» en los países de lengua inglesa.
Fama universal, merecida y muy bien cimentada. ¿De qué otra suerte
pudiera Manrique celebrar más dignamente las virtudes de su padre el
valiente y discreto Don Rodrigo? ¿Habría acertado Manrique a compo*
LAS COPLAS DE JORGE MANRIQUE 447
ner otro canto más grandioso que sus imperecederas endechas? No hay-
memoria de que hijo alguno haya perpetuado el nombre de su padre
mejor que lo hiciera nuestro poeta con su bellísima elegía. La historia
literaria de los diversos pueblos no recuerda otro canto de índole seme-
jante. El nombre del esforzado Don Rodrigo se citará dondequiera que
se oiga el nombre del dulcísimo Manrique; y la bellísima elegía de éste
morirá cuando desaparezcan los últimos restos de literatura castellana.
Allá los retóricos discuten con calor si las «Coplas» de Manrique lle-
nan todos los requisitos que en sus códices, atestados de preceptos ar-
bitrarios e inútiles, señalan para la verdadera elegía, entendida a su
manera; pero, cabalmente, uno de los principales méritos de las «Co-
plas», estriba, a mi entender, en haberse apartado del camino trillado
de los retóricos. Nadie, fuera de Quintana, al menos que yo sepa, dijo de
ellas con notable falta de gusto que, más bien que elegía, eran una de-
clamación o un sermón funeral; antes por el contrario, convienen todos
en hacer de ella grande aprecio y estimación, calificándolas de admira-
ble elegía, singular elegía, hermosísima elegía, Joya inestimable del
sentimiento, y al decir del P. Blanco, yoí/a custodiada en una urna in-
mortal; escrita, vamos al decir, en un metro del que habrá memoria
mientras haya literatura castellana. Las «Coplas» de Manrique son, en
frase de Fiztmaurice-Kelly, incuestionablemente una alegoría sin lágri-
mas. Para Quintana no hay tal. A su manera de ver, son «una declama-
ción, o más bien un sermón funeral sobre la nada de las cosas del mun-
do, sobre el desprecio de la vida y sobre el predominio de la muerte.»
Pero dígasenos ¿qué quería decir con las anteriores palabras? ¿En qué se
apoyaba para ello? Si le movía a decir tales cosas el espíritu filosófico
que circula por toda la elegía de Manrique, ¿por ventura la filosofía no
puede hermanarse con la poesía? Equivocado y fuera de camino sería
querer señalar lucha constante entre la elegía y el elemento filosófico.
¿Acaso no dice bien con la elegía? La poesía de Manrique es altamente
filosófica. Siempre vi en las famosas »Coplas» una verdadera elegía,
nueva y sin rival en su género, donde se armonizan y se hermanan el
elemento filosófico y la sencillez y naturalidad de la elegía. Porque, a mi
entender, tampoco el elemento filosófico está reñido con el carácter de la
elegía; pero, no una manera de filosofía cualesquiera, sino esa manera
de filosofía que emplea Manrique, elevada y grave, y al mismo tiempo
popular, sencilla y espontánea. Esa manera de inspiración filosófica
448 LAS COPLAS DE JORGE MANRIQUE
con que Manrique engalana sus endechas, en nada impide la manifes-
tación del sentimiento, ni deja entrever la más ligera sombra de refle-
xión fría y calculada, o de amanerado estudio. Las ideas y sentimientos
brotan espontáneamente del corazón e inteligencia del poeta. Esto, por
lo que a mí se me alcanza, constituye uno de los principales méritos de
Manrique, quizá el más característico de su elegía, dejando a un lado
las otras excelencias que de buen grado reconoce Quintana. Que tam-
bién él hallaba en las famosas Coplas rasgos muy bellos y cosas muy
dignas de estimación y de elogio. Y así, queriendo indicar la razóu
por qué la composición de Manrique «ha obtenido siempre un grande
aprecio entre los amantes de nuestras antigüedades y seguramente se-
guirá mereciéndolo de los inteligentes>, nos dice el mismo Quintana:
«La razón de ello es que la dicción en el tono y dirección que el autor
ha querido tomar es igual, firme y perfecta, que la lengua parece que
ya está fijada, que los pensamientos son altos y generosos, y que el
trozo en que saliendo de las máximas vagas y triviales, hace aplicación
de ellas a las cosas de su tiempo, toca casi en lo sublime.» Como se ve
por las palabras trascritas, si dejamos a un lado el juicio de mal gusto
que le merecía el verso en que están escritas las famosas «Coplas», y
damos de mano a aquellas palabras en que las califica más bien que de
verdadera elegía, de «declamación o sermón funeral», es preciso dejar
asentado que el mismo Quintana ha hecho el panegírico de las mis-
mas, y puesto en claro sus perfecciones y excelencias, al buscar la razón
de su popularidad.
Repase el señor Luz de Oro y pese detenidamente las palabras de
Quintana a que me refiero, que ellas harán, a no dudarlo, que estime
más que hasta el presente la hermosísima elegía del dulcísimo Manri-
que. Y no vuelva, se lo ruego por amor al arte y de las letras castella-
nas, no vuelva a dar en la flor de tomar en serio la singular ocurrencia
de querer ver en las famosas «Coplas» de Manrique un sermón sobre la
nada de las cosas del mundo. Y nunca, ni con nombre verdadero, ni
con nombre fingido, vuelva a tomar en sus manos la pluma para escri-
bir tamaños disparates y tanta trivialidad y pedantería como intercala
en sus renglones.
Es muy cierto que la realidad de las cosas no depende del juicio de
los hombres; de manera que ni la afirmación de éstos pone nada en las
cosas, ni la negación de los mismos las destruye; pero no es menos
LAS COPLAS DE JORGE MANRIQUE 44Q
cierto que tiene muchas quiebras y desventajas ir contra la corriente
de los hombres más doctos y eruditos. El señor Luz de Oro, por lo que
se desprende de sus palabras, no quiere cuentas con la huéspeda, y
confesando paladinamente que se le da una higa de todos los críticos
y eruditos, se aventura a romper lanzas contra retóricos y críticos.
Quiebre cuantas lanzas pueda haber a la mano, que yo le aseguro que
no ha de conseguir otra cosa que ponerse en ridículo ante las gentes
ilustradas. ¿Qué respondería a la sarta de pedanterías y trivialidades
que el señor Luz de Oro nos ofrece mal hilvanadas en su escrito,
aquella numerosa pléyade de glosadores que ponían, al parecer, todo
el logro de sus aspiraciones literarias en glosar la admirable elegía de
Manrique? ¿Qué dirían Luis de Aranda, comentador también de Mena
y del Marqués de Santillana; Fr. Rodrigo Valdepeñas, Luis Pérez, Gre-
gorio Silvestre, Montemayor y otros fervorosos admiradores, que no se
cansaban de glosar en mil maneras distintas las famosísimas «Coplas»
de Manrique, puestas más tarde en música por Venegas de Henestrosa
y grabadas en nuestros mismos días en letras de oro, cumpliéndose así
el deseo de Lope de Vega y de Mariana?
Veo, amigo mío, que me he extendido demasiado en la contesta-
ción al insulso alegato del señor que se esconde detrás del seudónimo
Luz de Oro, Aquí mismo hago punto final, repitiéndome de usted afec-
tísimo amigo,
DiosDADO IbAñez Garrido,
c. M. F.
29
PÉREZ CALDOS
(1)
(continuación)
Al escribir éstas y las precedentes cuartillas acerca de Galdós, no
tuvimos las pretensiones de hacer un estudio del novelista canario.
Harto comprendemos la dificultad de la empresa. Las obras de D. Be-
nito son numerosas; fueran precisas para leerlas y estudiarlas detenida-
mente muchas horas de que no disponemos, y sin esta preparación
nuestro trabajo se reduciría a repetir desmañadamente lo sabido por
cualquier lector familiarizado con las obras de Clarín, Pardo Bazán, An-
drenio, Andrés González Blanco, Valera, Revilla, y otros dioses mayo-
res y menores de la crítica española antigua y nueva. Decía nuestro
malogrado P. Blanco: «Difícilmente se juzgará a Galdós sin mezclar de
alguna manera al hombre con el novelista, ya que él ha elegido una
bandera, a cuya sombra milita, convirtiendo sus libros en arma terrible
de combate» (2).
He aquí nuestro intento: indicar que Galdós fué fogoso e impeni-
tente sectario, cuyos libros «arma terrible de combate», entrañan teorías
filosóficas, políticas y religiosas de mala índole, revestidas para atraer
y encantar mejor a los lectores con las galas misteriosas del arte. Si en
muchas obras Galdós plantea problemas, cuya solución deja al gusto
del lector, en otras, la mayoría, se clarea lo suficiente; se le ve y se le
oye hablar por boca de los personajes; muestra demasiado sus simpa-
tías por determinados individuos, se ensaña más o menos con ciertos
tipos, según sean o no de su agrado; esmérase en pintar este o el otro
carácter; pone en la picota del ridículo unas ideas encarnadas en perso-
najes hipócritas, maniáticos o locos, a la vez que hace viables y atrac-
(1) Véase la pág. 105 de este volumen.
(2) La Literatura española en el siglo XIX, pág. 508.
PÉREZ GALDÓS 451
tivas las contrarias, personificadas en hombres sinceros, listos y en sus
cabales. Esto es tan cierto, que en acabando la lectura del libro excla-
ma el lector: Galdós pensaba así; en esta novela quiso y se propuso
esto y lo de más allá; este libro es un alegato en pro de estas ideas y
una diatriba contra las otras.
Ninguno que haya hojeado las obras de Galdós se atreverá a de-
fender lo contrario. Se puede discutir si las ideas políticas, religiosas
y filosóficas del autor de Fortunata y Jacinta, fueron producto del
tiempo, del medio ambiente de la educación (ya lo veremos); pero
nadie negará a los libros de Galdós el carácter propagandista. Los más
desaforados panegiristas del célebre escritor así lo reconocieron al pro-
clamarle como símbolo y banderín de ideas opuestas al espíritu y las
tradiciones de nuestra raza. Galdós fué el «gran impulsador de multi-
tudes, y, sin duda, muchas almas, que de lo contrario jamás se habrían
despertado al mundo de las idaes, estremeciéronse y vibraron con la lec-
tura de las Novelas de la primera épocas, fué «un admirador de multi-
tudes, que a veces las encamina en una dirección opuesta a la que se
desearía, dándoles, con pretexto de regeneración, una bazofia de posi-
tivismo mal interpretado, que no puede dejar sino un gran frió en el
cerebro y una gran sequedad en el corazón.»
«Es por eso mismo más doloroso que quien tiene en sus manos el
poder de marcar un camino y señalar una dirección, empuje a los de
natural rebañego, que diría Unamuno, por un escarpado vericueto, al
fin del cual sólo encuentran un precipicio. Confesemos que hoy por
hoy, en España, un mediocre empleado, después de saturarse de esta
bocanada de relente positivista, atravesado en las obras de Galdós o de
Blasco Ibáñez, no tiene más recurso que precipitarse por el balcón. Lo
cual no quita para que, equivocados y todo, estos dos grandes artistas
nos den hermosas páginas» (1). Lo mismo creemos nosotros. No quita
lo cortés para lo valiente. No reprobamos nosotros las obras de Galdós
en nombre del arte, sino de la moral; conste esto para que nadie nos
califique de injustos. Somos los primeros en reconocer los méritos lite-
rarios de Galdós; lo mucho que la novela contemporánea debe a este
español, cuyas maravillosas prendas artísticas crearon la novela nacio-
(1) Andrés González Blanco. Historia de lá novela en España, desde el ro-
manticismo a nuestros días, págs. 381 y 382.
452 PÉREZ GALDÓS
nal, ya que los libros novelescos del Sr. Galdós «forman en conjunto el
retrato cabal, falsificado a trechos, de la España contemporánea.»
Por defectuoso y aun malo que aparezca un individuo, siempre res-
plandecen en él ciertas cualidades buenas, dignas de alabanza. Aun
suponiendo que todas las obras de Galdós sean defectuosas o malas
en el orden moral (nosotros no lo creemos así, pero respetamos el pa-
recer contrario), fuerza es reconocer muchas bellezas literarias: estilo,
pintura de caracteres, observación realista, habilidad y maestría sumas
en la trama y desenlace novelescos, primor artístico en fin, que co-
munican a los libros galdosianos cierta firmeza y solidez envidiables.
Muchas novelas de Galdós, sino acabadas (como piensan muchos cie-
gos idólatras admiradores del maestro, cuyos nervios se encrespan al
menor reparillo puesto por la crítica), son en su género buenas, con esa
bondad propia del arte puramente pagano. Así: Fortunata y Jacinta,
Ángel Guerra, Doña Perfecta, Marianela, El Amigo Manso y, en ge-
neral, las novelas madrileñas y algunos Episodios de la primera serie.
Seamos justos, y a fuer de tales reconozcamos y alabemos las cua-
lidades buenas de Galdós; pero a la vez censuremos con valor y fran-
queza, sin miramientos ni contemplaciones, las ideas, las enseñanzas,
las doctrinas perversas que entrañan las producciones del ingenio gal-
dosiano. Admirable talento el de Galdós, encadenado villana y tiráni-
camente por las pasiones del sectario. Pudo ser nuestro primer novelis-
ta, elevar muy alto el nombre de España y vencer a los novelistas
franceses e ingleses contemporáneos suyos; pero malgastó muchas
energías luchando contra lo invencible y rompiendo lanzas en pro de
ideales antipatrióticos y antisociales. ¿Quién puede dudar que Galdós
seria más grande si libre de preocupaciones políticas y religiosas hu-
biera creado obras de arte y no de partido o escuela? ¿Quién negará
que la novela de Galdós, «amplia, realista, generosa, serena y pura,
cuando se eleva a las regiones del arte* fuera más completa si no la
obscureciesen «achaques de sectarismo»? Por no hacerlo así, por encar-
nar en ella «todos los errores y miserias encubiertos en el profanado
nombre de libertad», la producción del célebre novelista carece de la
firmeza y solidez que prestan a las obras humanas la verdad y el bien:
de ella quedará lo que crea digno una crítica lejana, fina, serena e im-
parcial. No se olvide: hubo poetas, novelistas, científicos, historiado-
res, artistas, hombres en fin, de muchas campanillas muy estimados
PÉREZ GALDÓS 453
y aplaudidos en su tiempo, la crítica juzgó después con dureza suma
a tales hombres, y sus obras apenas si figuran en la historia de los co-
nocimientos humanos. ¿No acaecerá lo mismo a Galdós, tan ensalzado
por unos como abatido por otros aun en vida? jQuién sabel Ya el
Sr. Unamuno ha juzgado las obras de Galdós con bastante desahogo,
y aunque la informalidad del escritor vascongado no dé mucho crédito
a sus afirmaciones, es indudable que en muchos puntos ha convenido
con críticos de la escuela católica.
Pocos desconocen, repetimos, la exageración doctrinaria, la tenden-
cia corrosiva de los libros galdosianos; pero conviene repetir o recor-
dar estas cosas, porque de puro sabidas se desprecian. Todos sabemos
que Galdós fué «el más atrevido, el más avanzado» de los novelistas
contemporáneos; «el escritor más a propósito para atreverse a decir al
público español cosas muy gordas, v. gr.: «que por encima de las dife-
rencias artificiales que crean la diversidad de confesiones y partidos,
están las leyes naturales de la humanidad sociable, el amor de la fami-
lia, el amor del sexo, el amor de la patria, el amor de la verdad, el amor
del prójimo». «Las Novelas contemporáneas (Gloria, Doña Perfecta,
León Rock), no atacan el fondo del dogma católico; atacan las costum-
bres y las ideas sustentadas al abrigo de la Iglesia por el fanatismo
secular.» Estas malhadadas novelas es posible que no lo intenten, «pero
el resultado— dice Clarín — es el mismo que si Galdós se propusiese
preparar el terreno para predicar el más franco racionalismo. No hay
acaso en ninguna literatura espectáculo semejante al que ofrece la in-
fluencia de Galdós en el vulgo y la popularidad de sus novelas, anti-
católicas al cabo, en esta España católica y preocupada, hasta ha poco
tan intolerante. Piénsese— prosigue el señor Clarín— que no hay país,
de los civilizados, donde el fanatismo tenga tan hondas raíces, y pién-
sese que la novela de Galdós no ha influido sólo en estudiantes libre-
pensadores y en socios de Ateneos y Clubs, sino que ha penetrado en
el santuario del hogar, allí donde solían ser alimento del espíritu libros
devotos y libros profanos de hipócrita o estúpida moralidad casera, sin
grandeza ni hermosura» (1). Si el lector conoce la perversidad, la mali-
cia diabólica de Gloria, Doña Perfecta y La familia de León Rock, y
además sabe leer entre líneas, él por sí mismo pondrá los comentarios
(1) Solos, de Clarín, págs. 57 y 58.
454 PÉREZ GALDÓS
que merecen los párrafos de Clarín, el crítico más entusiasta de Galdós
y el ingenio más perspicaz de la crítica racionalista. Para Clarín, Gal-
dós fué ingenio de primer orden, pensador profundo. En cambio, Alar-
cón y Pereda «al querer buscar tendencia transcendental para sus obras,
demuestran que son espíritus vulgares en cuanto se refiere a las ideas
más altas e importantes de la filosofía y de las ciencias sociológicas.
No tiene más grandeza ni más profundidad su pensamiento que el de
cualquier redactor adocenado de El Siglo Futuro o de La Fe, y enoja y
causa tedio la desproporción que hay entre los medios de expresión
artística de que disponen y la inopia del fondo de pensamiento que
pretenden exhibir. Quieren defender el pasado por medio de la novela;
el propósito merece respeto, pero sus fuerzas son escasas, sus alegatos
pobres, adocenados, y la comparación con los que en pro de la nueva
vida presentan Valera y Galdós, sería sencillamente un sarcasmo» (1).
La maldita pasión sectaria inspiró muchas páginas virulentas al señor
Alas; es muy posible que las anteriores líneas tengan mucho de injus-
tas, sean o no ciertas nadie desconoce los méritos de Alarcón y Pereda
como novelistas, y el que haya leído las obras de estos beneméritos
españoles deducirá con nosotros, que en ellas, mucho mejor que en las
de Valera y Galdós, el público español aprende «el amor de la familia,
el amor del sexo, el amor de la patria, el amor de la verdad, el amor
del prójimo».
Y no sólo en los libros de Pereda y Alarcón aprendemos los espa-
ñoles esas verdades, sino en las obras de otros novelistas inferiores.
Arreglados estaríamos si antes de que D. Benito publicara sus obras
no hubiéramos sabido de memoria los españoles ese amor de que nos
habla el señor Clarín. Precisamente lo que muchos españoles apren-
dieron leyendo Gloria, Doña Perfecta, La familia de León Roch, Elec-
tra, Nazarín, Casandra, Alma y vida, etc., etc. no fué ciertamente el
amor verdadero a la familia, a la verdad y al prójimo, sino el amor li-
bre, el odio a ciertas instituciones sociales...
Como ya dijimos en nuestro artículo anterior, esperábamos en los
artículos y discursos necrológicos dedicados al autor de los Episodios
ver reprobadas sus ideas irreligiosas, antipatrióticas y antisociales.
Nada de eso. Todos han sido bombos tocados al unísono por los pre-
(1) Obra citada, págs. 59 y 60.
PÉREZ GALDÓS 455
goneros de la fama. En prosa y en verso se han cantado las glorias de
Galdós como literato y hombre de bien.
Don Benito Pérez Galdós— nos dicen sus obras— fué un materialista
teórico y práctico. Tuvo en la cabeza cuatro ideas aprendidas en la po-
bre filosofía positivista, y guiado por esas ideas no entrevio más hori-
zontes que los de este bajo mundo, y no siempre, por desgracia, los
más limpios, luminosos y bellos. Los horizontes de la otra vida le tu-
vieron muy sin cuidado; si acaso creyó en ellos fué para ridiculizar a
los Cándidos e hipócritas curas y beatos, que aún esperamos en las pro-
mesas de ultratumba. Sin embargo, ya verán los lectores cómo para
muchos don Benito fué, como vulgarmente se dice, un beatas vír, un
hombre de Dios que no hizo mal a nadie. Semejante a Jesús de Naza-
ret, pasó por el mundo haciendo bien a todos. Amante de los pobres y
condolido de la muUitud haraposa y hambrienta, prodigó cuantiosas
limosnas, y, sobre todo, sus libros, llenos de arte, de bondad y de belle-
za, esparcieron por el mundo enseñanzas hasta entonces ignoradas.
Muchos retrógrados miopes no lo creemos así; pero ya se encargarán
sus devotos de presentarnos las obras <del Mesías artístico» y decirnos:
«Tomad y leed>.
Galdós, ha dicho un poeta en versos muy malos, como la mayoría
de los versos modernistas — fué muchas cosas: «Gañán y obrero, artista,
párroco de la mente y minero; labrador, leñador, sembrador, tejedor y
escritor de blancas profecías a medio granar; empleado y ambicioso y
constructor y soldado» y... muchas otras tonterías y ridiculeces que leí-
mos días pasados en una poesía (?) del Sr. Marquina publicada en plena
luz de El Sol. ¡Señor Marquina, por Dios! De párrocos como don Be-
nito, Dios nos libre. ¿Olvida usted, entre otras muchas asonadas pro-
movidas por los sermones del cura Benito, que allá por los años de
1901, cuando se representó Electra, formidable diatriba anticlerical, los
feligreses del buen párroco recorrieron calles y plazas chillando como
locos frenéticos contra las comunidades religiosas? Quien escribe dra-
mas como Electra y novelas como Nazarín y Casandra será un cleró-
fobo y anticlerical intolerante, pero ¿párroco?... Doctrinas tan fatídicas
y disolventes como las anteriores abundan en las obras de Galdós. ¿No
es injusticia lamentable que la crítica pondere y abulte las bellezas ar-
tísticas de las obras galdosianas y no ponga reparo alguno a su ten-
dencia? Esta les importa un bledo a muchos críticos. Con tal que una
456 PÉREZ GALDÓS
obra sea bella, artísticamente (según ellos entienden la belleza artísti-
ca) lo demás es... inútil; ninguna relación tiene con el arte.
Para no proceder a la buena de Dios y dar, como se dice, palos de
ciego, hemos hojeado varias obras de Galdós y bastantes estudios crí-
ticos consagrados al célebre novelista canario. Buenas cosas hemos
aprendido de D. Benito leyendo a críticos como Clarín, Menéndez y
Pelayo, Revilla, Andrenio, Andrés González Blanco y los Padres Blanco
y Muiños. Pero días pasados ha aparecido en los diarios madrileños
un enjambre de críticos galdosianos sin originalidad ni gusto. Portavo-
ces y eco de opiniones ajenas, la crítica de algunos gacetilleros se ha
reducido a escribir en el periódico cuatro frases gruesas sobre la litera-
tura galdosiana sin haberla saludado. Esto nada importa; se contor-
nean dos períodos, se estampan en las columnas del diario cuatro
lugares comunes, se aplican a Galdós media docena de adjetivos ven-
gan o no a pelo, se lloriquea un poco y... asunto terminado. El caso
es decir algo, no por amor a la literatura, a Galdós y a sus obras, sino
para ganar unas pesetillas con que tomar café. En los homenajes a
Galdós, la nota saliente ha sido el lloriqueo más o menos fingido.
El caso no es para menos. Con la muerte de Galdós «merma el orbe,
privado... de un sentido>. Esta sí que es gorda. Murió Menéndez y Pe-
layo, hombre meritísimo, español el más insigne del pasado siglo y
talento bastante superior al de Galdós; hondo y universal sentimiento
causó en el corazón de los españoles cultos y amantes de su patria;
entonces pudo decirse con verdad que España perdía el más ilustre de
sus hijos, al ingenio más soberano de los tiempos modernos, una ver-
dadera y pura gloria nacional; pero ¡señores! a nadie, creemos, se le
ocurrió decir que España, y mucho menos el orbe terráqueo, perdían
un sentido. Semejante hipérbole sólo estaba reservada para D. Benito,
novelista español bueno, de los mejores, pero superado al presente
por otros, si no tan fecundos, más artistas y geniales; porque, mientras
el novelista canario daba a la publicidad en estos últimos años dramas
y novelas que sólo leían y coreaban cuatro antiguos amigos, y esto
por no desagradar al pobre viejo, otros novelistas españoles modernos
y aun quizás contemporáneos suyos más avispados, le iban dejando
atrás.
Para decir lisa y llanamente el papel representado por Galdós en la
literatura patria y lo que la nación española sentía la muerte del autor
PÉREZ GALDÓS 457
de Marianela, no eran necesarias hipérboles, mentiras tan gordas
como la del Sr. Marquina, aunque las diga en verso. Don Benito fué
excelente literato, deja tras si una obra ingente en el terreno del arte,
siquiera ella no sea un «canto a la Bondad y el Bien, ejes supremos
de la vida»; poseyó talento clarísimo, voluntad fuerte para el trabajo;
no se le puede negar la nota de patriotismo, bastardeado a veces por
preocupaciones políticas y religiosas, pero al fin patriotismo; en la
observación realista, en la pintura de la vida madrileña pocos le aven-
tajaron; la fuerza creadora, plástica, del ingenio galdosiano modeló
infinitos seres arrancados de la vida vulgar; innumerables y excelentes
prendas, en fin, avaloran la personalidad y la literatura galdosiana;
con repetir esto y callarse lo otro se sale del apuro. Pero los poetas no
lo entienden así: era menester hinchar mucho el perro, lo cual resulta
ridículo y tonto.
Otros apologistas ha tenido Galdós que, en su afán de ensalzar al
«maestro», han escrito verdaderos y estupendos desatinos. Estamos se-
guros de que si D. Benito tuviera noticias en el oiro mundo de las mu-
chas majaderías publicadas por sus amigos, del ridículo en que le han
puesto la ignorancia y la ciega admiración, se arrepentiría de haber
escrito novelas. Porque él aspiró, sin duda, a ocupar el primer puesto
entre los novelistas españoles de su época; pero se nos figura que jamás
tuvo las pretensiones de llegar a ser «el guía, el luminar, el faro» de la
cultura española; «el mejor psicólogo y sociólogo de España, el genio
literario más estupendo, el hombre que más y mejor ha comprendido
el alma española contemporánea...»; «el príncipe, el patriarca, el reno-
vador... cuya obra vale más que nuestra soberanía...; el Abrahan espi-
ritual de que han de descender las futuras generaciones estéticas; el
Mesías artístico, precursor de toda una literatura que ha de extender sus
brazos por todos los grandes ideales; el español que ha pensado más
alto, ha sentido más hondo y hablado más claro...» Todas estas cosas
ni siquiera cruzaron por la fantasía del novelista canario.
Más le agradaría leer en España Nueva los parrafitos del anarquis-
ta Samblancat: «... imitémosle (a D. Benito), más que en sus estéticos
devaneos en su rugiente coraje de sectario, de educador, de orientador
y conductor de masas.
Si él viviera hoy, si él tuviera nuestros ardientes treinta años, sería,
como nosotros, revolucionario, sindicalista y bolchevique, es decir,
458 PÉREZ GALDÓS
anarquista tres veces. > Así, clarito. Ya lo saben nuestros lectores. Galdós
fué sistemático y rugiente sectario, corifeo de la impiedad callejera,
denigrador frío y duro de la virtud, propagandista del vicio y del error,
paladín del racionalismo de escalera abajo, hombre infausto para la
Iglesia y los verdaderos creyentes; «educador, orientador y conductor»
de masas sin Dios, sin conciencia, sin honor, embrutecidas, hambrien-
tas, que roban y asesinan a indefensos y pacíficos ciudadanos; un re-
negado de la fe, a la que asestó recios golpes; «adalid de la heterodoxia,
enemigo ardiente del dogma católico», fanático, defensor de ideales
trasnochados, entecos y... sus libros ariete formidable contra la verdad
y el bien, ridiculizados, escarnecidos en sus páginas.
Sí. Samblancat tiene razón: ha salido por los fueros de la verdad y
la justicia mal parados por el silencio de unos, la cobardía o la piedad
mal entendida en otros y el descaro en los demás.
La vida de D. Benito, con sus andanzas políticas y sus corajes de
rugiente sectario no es, a nuestro juicio, la más propicia para vivir en
paz con Dios y nuestros semejantes; mucho menos lo es para ir de pa-
titas al cielo. Los que bien queríamos al escritor canario, al saber por
los periódicos que se había reconciliado con Dios en los momentos
supremos de la muerte, creímos a ciegas en este nuevo triunfo de la
gracia divina. Cuál no sería nuestra amarga sorpresa al leer a los pocos
días en El Universo y otros diarios que la conversión de D. Benito y su
muerte en el seno de la Iglesia era una filfa; así lo aseguraba D. Hurta-
do de Mendoza, sobrino y testamentario de Galdós. Pero en este mun-
do para todo hay remedio. La dolorosa impresión producida en las
almas cristianas por la inoportuna y cínica franqueza del Sr. Hurtado
desapareció muy pronto, porque en La Época leímos una «carta-ho-
menaje>, cuyo autor, D. José Alcaín, nos revelaba cosas gordas.
Es de advertir que este Sr. Alcaín fué albacea, íntimo y entusiasta del
Sr. Galdós, y en consecuencia podía estar muy enterado de la vida y
milagros del novelista. Nos habían dicho que la situación económica
del fecundo escritor fué bastante apurada en los últimos años de su
vida, que murió casi sin dejar un real; pero ahora resulta todo ello una
mentira muy gorda, como mentira fué la reconciliación de D. Benito
con la Iglesia nuestra madre. Dejemos hablar al Sr. D. José Alcaín:
«Hubo quienes zarandearon su pobreza (la de D. Benito) para hacerle
más daño que provecho, porque le «desacreditaron.»
PÉREZ GALDÓS 459
Aunque tenía bienes de fortuna, sufrió años atrás escaseces y priva-
ciones; fué un genio y los genios no saben administrar...
Sépanlo sus admiradores, los españoles todos y el mundo entero:
los últimos años de D. Benito han sido tranquilos, rodeado de comodi-
dades y... sin más molestias que las propias de la enfermedad.» Ahora
viene lo más notable.
<Y sepan todos también que D. Benito siempre fué bueno, dema-
siado bueno, y que está en el cíelo, al lado del Padre Eterno, en lugar
preferente, como le corresponde... Sépanlo las señoras españolas que
dudan leer sus obras: los sacerdotes admiran y elogian sus obras, le
dedican preces y aseguran que está en el cielo... ¡Gloria a Galdós!»
Con perdón del albacea galdosiano y de los sacerdotes, quizás ima-
ginarios, que «admiran y elogian las obras de Galdós>, si exceptuamos
a Marianela y algunos Episodios de la primera serie, con dificultad
hallaremos en los restantes libros del novelista canario uno que pueda
ser leído por señoras españolas cristianas, porque— dicho sea con pala-
bras de nuestro querido hermano el P. Conrado Muiños — : <la impiedad
que emana de las novelas galdosianas, sería más que suficiente para
que toda persona honrada, de sentimientos cristianos y aun simplemen-
te generosos, los arrojase con indignación de las manos...»
En el concierto de alabanzas a Galdós, en esos acordes tocados por
amigos y discípulos de D. Benito, un hombre tenido por «cumbre de la
intelectualidad española moderna» no afinó bien el instrumento, y en
consecuencia, al unirse a la orquesta organizada para solemnizar la
literatura galdosiana, se le escaparon notas disonantes. Unamuno, el
genial Unamuno, ha declarado que la literatura de Galdós es mercan-
cía averiada; en otro tiempo, el público devoraba los libros galdosia-
nos como quien devora suculentos manjares; hoy nadie los lee, porque
«hacen reír, no dicen nada; de ellos no quedará recuerdo.»
En el anterior trabajo publicamos algunos puntos de la opinión
emitida por el Sr. Unamuno acerca de Galdós; de los restantes habla-
remos otro día.
P. Francisco García.
(Continuará.)
bibliografía
Le Guvernement de L'Eglíse, par le R. P. Gustave Neyron, S. J.-346 pági-
naá', en 8.»— París, Gabriel Beauchesne, 1919.
En este libro, de carácter apologético, se propone el autor hacer ver
las excelencias del gobierno de la Iglesia sobre el de todas las demás so-
ciedades, demostrando contra los enemigos del régimen eclesiástico, en
seis capítulos y dos apéndices, cómo la Iglesia, la única que en medio del
movimiento general de reformas e innovaciones, permanece inconmovi-
ble sobre las bases que le dio su divino fundador, manteniendo íntegro el
principio de autoridad, no sacrifica, por más que se diga, la libertad del
individuo, sino que, por el contrario, respeta, defiende y por todos los me-
dios posibles trata de afianzar ios derechos particulares, y cómo este mag-
nífico edificio social, muy otro en su constitución que las sociedades mo-
dernas, presenta en su organización la belleza de la unidad en la variedad
y equilibrio de poderes.
Rebasarían estas líneas los límites de una bibliografía sencilla si, como
él se merece, hubiéramos de detenernos en loar todos y cada uno de sus
razonamientos, y por eso nos limitaremos a líneas generales.
En el capítulo primero dice y demuestra que el gobierno de la Iglesia,
en cuanto a la elección de su jefe, es tal que, con razón el mismo José de
Maistre, Donoso Cortés, Taine, Augusto Comte, etc., se han expresado en
este punto de manera que bien pudiera resumirse su juicio en esta frase:
necprimam similem visa esí, nec habere sequeniem.
Vindica en el segundo la conservación del principio de autoridad; de-
muestra que el sistema por el que se rige y gobierna la Iglesia, no es, como
dicen Emilio Olivier y otros, un sistema de centralización, el más absoluto
en ninguno de sus aspectos y relaciones, ya con la autoridad civil ya con
los miembros que la componen; y en resumen, que el poder central de la
Iglesia, cuyos derechos se han proclamado tan alto en el siglo XIX, no ha
anulado ni la actividad ni la independencia de los poderes subordinados.
En confirmación de los asertos precedentes hace ver en el capítulo ter-
BIBLIOGRAFÍA 461
cero cómo los defensores del espíritu de la Iglesia Romana en Francia no
tuvieron nunca la intención de que se les acusa: de suprimir todas las tra-
diciones de las iglesias particulares y locales y hacer desaparecer hasta
cualquiera discordancia ritual. Los documentos y los hechos históricos,
fielmente aducidos y rectamente interpretados por el P. Neyron, no dejan
género alguno de duda.
El absolutismo que se atribuye a la Iglesia— dice en el capítulo cuar-
to—no existe. Es, sí, una autoridad universal sobre todos los fíeles y que
éstos deben respetar, como el buen hijo respeta la del padre, y en este sen-
tido es y debe ser ilimitada y absoluta, y así lo quiso Nuestro Señor Jesu-
cristo; mas no por eso es despótica, como no lo es la del padre que hace
suyos los intereses de sus hijos, sus penas y sus alegrías, y por lo mismo
la obediencia a la Iglesia no es servil, como no lo es la del hijo a su padre.
Si en todos los capítulos aparecen rodeados de luz los razonamientos,
quizá en ninguno tanto como en éste: UEglise ei le guvernement de la
pensée, donde pueden ver sus enemigos cuan infundado es el cargo que le
hacen de que ejerce en las facultades superiores del hombre una injusta
violencia al exigirle asentimiento interno a las doctrinas que propone; pues
no se puede llamar despótico ni tirano al que de un modo infalible nos
propone los medios únicos y necesarios para la consecución de un fin de-
terminado. Verán también con luz meridiana cómo, lejos de cortar los vue-
los a la razón, ha defendido siempre sus justos fueros y dádole medios se-
guros de conseguir su objeto mostrándole la senda y descubriendo los pe-
ligros; cómo lejos de oponerse al verdadero progreso y nuevos métodos
científicos, los ha fomentado y favorecido, condenando sólo las teorías
atrevidas e innovaciones opuestas a la sana Filosofía.
En el capítulo sexto se hace cargo de la objeción de los racionalistas: la
incompatibilidad entre la autoridad de la Religión y la libertad de la razón;
al concepto católico de religión debe oponerse la religión del espíritu que
nos une más directa y estrechamente a Dios. Cuan infundada sea esta ob-
jeción y cuan erróneo este falso misticismo, palpablemente lo hace ver el
autor. Los argumentos que el escritor emplea con gran destreza y habili-
dad, en éste, lo mismo que en los anteriores capítulos en general, podrían
reducirse a tres: los hechos históricos, los documentos y declaraciones de
la misma Iglesia, y de vez en cuando testimonios nada sospechosos en este
asunto.
Termina con dos apéndices, el primero. El Concilio Vaticano y su
obra; tiene por objeto rebatir las acusaciones de la secta de los Viejos Ca-
tólicos referentes a que el Papa, con una mayoría que le rodeaba, había
impuesto las soluciones que de antemano tenía preparadas, sin dejar lugar
462 BIBLIOGRAFÍA
a discutirlas. El género de refutación es el mismo que hasta aquí: una ad-
mirable síntesis histórica de lo sucedido desde los antecedentes hasta la
disolución de la magna asamblea, sin exceptuar las discusiones habidas con
toda libertad, y que ponen bien de manifiesto lo infundado de las quejas
de los Viejos Católicos al mismo tiempo que su espíritu de facción.
Finalmente, pone término a este hermoso compendio de apología del
gobierno de la Iglesia, devolviendo a los adversarios el reproche de la in-
tolerancia de los católicos, que para persuadir sus doctrinas y el destierro
de las sectas acatólicas, usa, según ellos, de la más extraña violencia, sien-
do así que nunca ha usado, ni usa otras armas, que las de la razón para in-
culcar, sí, a todas horas una verdad de derecho natural, evidente a toda in-
teligencia libre de prejuicios y que, por lo mismo, tanto más culpables
hace a los Estados cuanto más benignos se muestran éstos en la tolerancia
de otros cultos que no sea el católico.
Una nota saliente se deja ver en todo el libro, y es bien que se haga sa-
ber, la serenidad y delicadeza del apologista, a pesar de que los reparos de
sus enemigos son con frecuencia tales, que bien pudiera decírseles con toda
justicia, y es lo primero que se viene a la pluma: que obran de mala fe o
no saben el terreno que pisan. Sin embargo, no los convencerá menos de
lo mismo la exposición clara de les hechos históricos, que ellos parecen
ignorar y que el P. Neyron cita con oportunidad tanta e interpreta con tan-
to acierto, que es necesario ser ciego para no ver. — P. Seijas,
Gramática Latina, campuesta por el Rdo. P. José M. Fernández y García,
Misionero Hijo del Inriiaculado Corazón de María, con permiso de los Su-
periores. Cuarta edición.— Madrid, Editorial del Corazón de María, Mendi-
zábal, 67.
Quien conozca el método seguido hasta aquí por los gramáticos en la
presentación de sus textos podrá desde luego formarse una idea general
de éste del P. Fernández; pues, como él mismo dice en el prólogo, en él
se sigue «el camino señalado por nuestros gramáticos ilustres». No tiene,
efectivamente, este texto ni las ventajas ni los inconvenientes, a nuestro
modo de ver, más y mayores que en la práctica ofrecen a los niños los nue-
vos métodos científicos.
De su conjunto quisiéramos poder decir con Horacio, precepto XXVII,
y por las mismas razones que él: «Sunt delicta tamen, quibus ignovisse
velimus»; pero quizá no fuera exacto, y por eso preferimos dar nuestro
juicio de cada una de las partes por separado.
La Analogía está expuesta con orden y claridad, sabiamente dividida en
BIBLIOGRAFÍA 463
Elementos y Ampliación, y enriquecida con los catálogos de adverbios,
preposiciones y conjunciones que el autor pone al final de la misma.
Tratándose de la Sintaxis, unimos nuestros elogios, bien merecidos, a
los que ya el autor habrá recibido por lo que a la Concordancia y Régi-
men se refiere; pues, aunque no hay en su distribución orden lógico, sin
embargo, no merece por esto censura, porque al maestro es a quien prin-
cipalmente toca establecer el orden que crea más conveniente para prove-
cho de los alumnos.
Quisiéramos asimismo poder asociarnos a todos los que, según el
autor, han tributado «lisonjeros elogios a la bondad, amplitud y riqueza»
del tratado de Construcción o Tratado de las oraciones; mas, en nuestro
humilde sentir, no ha logrado en esta parte lo que se propone en todas:
reducir «los preceptos a la mayor concisión dentro de la claridad», según
el precepto XXVI de Horacio: «Quidquid praecipies, esto brevis...»
No nos parece tan clara y lógica como fuera de desear la misma clasifica-
ción de las oraciones, en las que, además, encontramos algo incompletos
los modos de conversión; y en las compuestas de infinitivo no vemos aquel
orden y claridad que debe destacarse en esta más que en ninguna otra
parte de la Gramática.
Los ejemplos que confirman las reglias, aunque clásicos, como todos
los que se encuentran en el curso de la obra, no nos parecen los más
a propósito para niños que comienzan, porque en estos casos parece
sobrar todo término circunstancial e indirecto que no sea necesario para
llenar las condiciones de la regla, y sobre todo no habiendo dado antes
regla alguna de régimen; ni de lo contrario nos convencen las razones
que da el autor en el prólogo. Lo real no siempre responde a lo ideal.
A la Prosodia ha dado el P. Fernández un mérito especial, debido a la
síntesis sencilla y clara en que expone el Arte Métrica, y más si se tiene
en cuenta el Apéndice, en que resume las clases de versos latinos con sus
pies métricos correspondientes y número de sílabas de cada ver^o.
Mérito más especial le habría dado aún si la hubiera completado con
las reglas de la cuantidad de las sílabas primas y medias. — P. $eijas.
CRÓNICA GENERAL
Madrid-Escorial, 15 de Marzo de 1920,
EXTRANJERO
Como nuevo están dejando los senadores americanos el Tratado de Ver-
salles. Son tantas y tan importantes las enmiendas que en él han hecho, que
bien puede decirse que resulta otro Tratado completamente distinto del
original. Con estas reservas pueden los yanquis autorizar las relaciones con
cualquiera nación, y aumentar sus armamentos sin contar para nada con la
Liga de las Naciones, la cual tampoco tendrá jurisdicción alguna sobre los
asuntos de política interior. Otras reservas se refieren a la cláusula de
cesión del Chanting al Japón, y a la negativa a contribuir a los gastos de
la Liga.
Pero de todas las reservas puestas al Tratado, ninguna tan importante
como la aprobada en la sesión del día 5 del presente mes. Según esto, se
quita toda autoridad a la Comisión interaliada de Reparaciones para in-
tervenir en las transacciones que pudieran mediar entre los Estados Unidos
y Alemania. El alcance de e?ta reserva es enorme, y los aliados han visto
con profundo disgusto su aprobación.
Alemania no puede por el Tratado de Versalles celebrar tratado de co-
mercio o alianza política con una nación 3in consentimiento de los aliados.
Cualquier contrato comercial, oficial o particular que quiera hacer, debe
sujetarlo a la fiscalización de la Comisión interaliada; se compromete ade-
más a no dar régimen de beneficio si sólo ha de ser de utilidad para Ale-
mania y no para ios aliados. Pues bien, gracias a esta reserva aprobada
por el Senado americano, todas estas prohibiciones son como si no fueran
para los Estados Unidos. Y claro está que las demás naciones no han de
desperdiciar la lección que ahora les da Norteamérica; y si ellas por sí
solas no se encuentran con fuerzas suficientes para oponerse a la fiscali-
zación de la Comisión, pueden por intermedio de los Estados Unidos ha-
cer todas las transacciones que puedan con Alemania.
CRÓNICA GENERAL 465
Estos incidentes aumentan más y más la tensión de relaciones entre la
Entente y los americanos, que no están dispuestos a esclavizar a Alemania
para satisfacer los insaciables deseos del imperialismo francoinglés.
Esta tirantez de relaciones ha venido a aumentarla una carta sensacio-
tial del presidente Wilson dirigida al senador Mr. Hitchkook, en la que
declara no oponerse a las modificaciones del Tratado de paz, sino sólo a
aquellas que anulen los artículos a que se refieran.
«No hay que olvidar— dice textualmente— que el artículo 10 del Trata-
do de Versalles es un dique contra las injusticias. Las ambiciones de las na-
ciones poderosas con las que fuimos aliados durante la guerra no han des-
aparecido. Mientras duró la Conferencia de París, es evidente que el partido
militarista francés intentaba imponerse en los Consejos de Francia. Enton-
ces ese partido militarista fué derrotado; pero ahora ejerce la supremacía.
Los principales argumentos italianos respecto de la cuestión del Adriá-
tico son argumentos estratégicos; es decir, militares, que se refieren a la
supremacía naval en ese mar.
En cuanto a mí, del mismo modo que no toleraré las de Alemania no
toleraré las pretensiones militares de otras naciones.»
El revuelo que esta carta ha levantado en los países aliados es inmen-
so, y la Prensa, la francesa sobre todo, no ha perdonado medio alguno
para molestar al profeta fracasado de Washington.
Algunos periódicos dicen, de fuente autorizada, que el Gobierno fran-
cés ha pedido a los Estados Unidos algunas aclaraciones respecto de la
carta dirigida por el presidente Wilson al senador Mr. Hitchkook, en la
que acusaba a Francia de imperialista.
Parece que la cólera de Mr. Wilson nace de la actitud que Francia ha
tomado en el problema del Adriático, firmando juntamente con Inglaterra
la famosa conminación del 20 de Enero último, dirigida a los yugoeslavos,
siendo así que un mes antes había prestado su conformidad a la fórmula
que para el mismo problema había dado Mr. Wilson.
La política francesa en los asuntos de Siria y Silicia también puede
haber enojado al presidente americano. Para explicar su enojo no se en-
cuentran otras razones.
La extradición del Kaiser.—A la nueva Nota aliada'ha contestado Ho-
landa negándose, como anteriormente, a la entrega del Kaiser. La contes-
tación está concebida en los siguientes términos:
«El Gobierno de la Reina no puede llegar a otras conclusiones que
las formuladas en su Nota del 21 de Enero negándose a diferir el deseo de
las potencias.
30
4^6 CRÓNICA GENERAL
El Gobierno, lejos de haber tenido olvidados los actos contrarios a la
Humanidad de que la guerra ha dado espectáculo, estima que el recuer-
do de tales ultrajes no puede ejercer influencia en su actitud en el presen-
te caso.
Debe recordar que los Países Bajos no han tenido parte en el Tratado
de Versalles, encontrándose frente a la guerra en posición diferente que la
de las potencias aliadas.
Como es deber supremo del Gobierno respetar las leyes constitucio-
nales del Reino, basadas en el principio de derechos universalmente reco-
nocidos, no puede por menos que insistir en el hecho de que no puede
cometer, en esas condiciones, un acto contrario al Derecho y a la Justicia,
incompatible con el honor nacional, si consintiese, a instancias de las po-
tencias aliadas, en violar esos derechos suprimiendo los que se conceden
a los fugitivos que se encuentran en el territorio nacional.
El Gobierno se ha preguntado si verdaderamente es esa una concepción
de sus deberes, que colocará a los Países Bajos fuera de la sociedad del
mundo civiHzado. La historia de Holanda, a la cual las potencias aliadas
hacen alusión, recordando las injusticias que sufre y sus luchas por la li-
bertad, constituye una protesta perentoria contra lo fundado en tal ale-
gación.
Si, pues, el Gobierno debe mantener la respuesta dada, no es menos
consciente del deber que le impone la presencia del Kaiser en el territorio
del Reino, lo mismo desde el punto de vista de los intereses del país que
de la seguridad internacional.
Consciente de sus deberes, el Gobierno continuará adoptando todas
las medidas de precaución eficaces y necesarias y someterá la libertad del
Kaiser a las limitaciones referidas.»
Un miembro del Gabinete holandés ha manifestado que, a juicio suyo,
la deportación en las colonias no sería satisfactoria ni práctica por los si-
guientes motivos: Sería contraria al derecho holandés, sería más difícil vi-
gilar al Kaiser en un país tan lejano, no sería bien vista por la opinión
europea, y además constituiría una causa permanente de .dificultad para
Holanda.
Este mismo personaje añadió que no hay peligro de que Guillermo 11
pueda evadirse de Doorn, a 40 kilómetros de la frontera, para regresar a
Alemania, aparte de que los alemanes no quieren nada con él y de que el
propio Emperador no abriga el menor propósito, al menos por ahora, de
volver a su país.
En cuanto al efecto que tal respuesta pueda producir en la opinión de
los países aliados, el ministro ha respondido que la opinión, en general.
CRÓNICA GENERAL 467
no presta una gran atención a estas cuestiones, por existir otros problemas
de mayor importancia y que son únicamente los diplomáticos y los políti-
cos los que se preocupan de semejantes asuntos.
El traslado del Emperador Guillermo desde Amerengen, donde se en-
cuentra actualmente, a Doorn, se realizará muy en breve. Con este motivo
se hacen los necesarios preparativos en la residencia que ha de ocupar en
la última de las poblaciones citadas.
La naturaleza de tales preparativos indica que esa residencia se consi-
dera como definitiva para que en ella acabe sus días el ex Kaiser
El castillo se halla rodeado de una verja de hierro, y además han sido
colocadas fuertes alambradas en todas las avenidas que dan acceso al edi-
ficio; alrededor de éste hay un profundo foso que se le ha llenado de agua,
y en el parque hay gran número de árboles, para que Guillermo pueda
dar expansión a sus aficiones de leñador.
Respecto a los demás culpables, sigue la cuestión en el mismo estado
que en la quincena anterior, pues los aliados no han hecho manifestación
alguna sobre este punto. Los generales y almirantes elemanes, en cam-
bio, se han reunido de nuevo en una segunda sesión, en la que tomaron
la resolución siguiente:
«Los generales y almirantes, cuya firma va al pie de este documento,
manifiestan de nuevo que ni ahora ni en lo futuro nos presentaremos a un
Tribunal extranjero, por considerarlo incompatible con el honor y deco-
ro personal de todo soldado alemán, desde el general hasta el soldado raso.
Consta que la gran mayoría del pueblo alemán piensa como nosotros
en este particular. Tenemos, sin embargo, la mayor confianza en el juez
alemán, convencidos de que él procederá sobre la base de las leyes nacio-
nales. Y no sólo no estamos dispuestos a comparecer ante semejante Tri-
bunal, sino que esperamos su creación inmediata, a fin de que defienda el
honor alemán, y el nuestro en particular, ante los injustos reproches ene-
migos.
Declaramos que nos hacemos responsables de todas las órdenes que
fueron dadas a nuestros subordinados. La contestación aliada de 16 de Fe-
brero constituye un nuevo ataque contra el pueblo germano y contra su
soberanía, porque, lejos de anular la injuriosa demanda de extradición, la
cual entrega alemanes al odio, ratifica la cláusula de que la Entente, como
autoridad suprema, tiene derecho a juzgar cada uno de los casos a que se
refiere el art. 228 del Tratado de paz
Nosotros declaramos, en cambio, que reconocemos como lícito el Có-
digo alemán, y como autoridad suprema al Tribunal Nacional de Leipzig.»
El documento lleva las siguientes firmas: Boehn, d'Elsa, Falkenhayn,
468 CRÓNICA GENERAL
Haenisch, Hammer, Heeringen, Hutier, Ingenohl, Kosch, Kluck, Lochew,
Ludendorff, Manteuffel, Quast, Reitzenstein, Scheer, Schroeder, Tirpitz,
Vichura, Winckler y Zwohl,
Portugal.— E\ día 4 del presente mes circularon insistentes rumores de
que en Portugal ocurrían gravísimos sucesos. Tenían por fundamento un
telegrama de Londres en que se decía haber proclamado nuestros vecinos
la República de los Soviets. Sin embargo, no se confirmó la proclamación
oficial, pero de hecho bien puede decirse que hace ya mucho tiempo que
existe.
No se trataba de una revolución sovietista, sino de la declaración, de un
modo fulminante, de la huelga general, una más que venía a sumarse a las
infinitas que en los últimos años ha padecido la nación hermana.
Hacía tiempo que los funcionarios del Estado venían solicitando me-
joras, sin que el Gobierno hiciera caso de sus justas peticiones.
En esto, estalla la huelga de los ferroviarios del Estado, a los que inme-
diatamente se unieron todos los sectores de la administración pública, úni-
co medio para conseguir el aumento de jornal, indispensable para hacer
frente a la carestía de la vida. El Gobierno, dándose cuenta de la gravedad
de la unión de los funcionarios con los ferroviarios y con el propósito de
separarlos en la huelga, acudió a las Cámaras, pidiendo se votara el pro-
yecto de subvención a los ferroviarios y el aumento de las tarifas, pero
nada consiguió, pues los funcionarios públicos continuaron en su actitud.
En vista de esto, el Gobierno quiso obligarles por la fuerza a volver al
trabajo, y para ello presentó en la Cámara un proyecto de ley dimitiendo
a todos los funcionarios que no se presentaran a prestar servicio en un
plazo de cuarenta y ocho horas; pero las minorías combatieron al Gobier-
no por estimar ineficaces las medidas propuestas.
El jefe de la mayoría presentó una proposición invitando al Gobierno
a retirar el proyecto.
El Gobierno presentó la dimisión y fué encargado de formarle de nue-
vo Antonio María Silva, pero fueron tales los obstáculos que a su actua-
ción se acumulaban, que a las nueve horas de formado el nuevo Gabinete
se retiró. Otro tanto le ocurrió al Sr. Alvarez de Castro. Por fin logró for-
marle el coronel Antonio Baptista, que fué acogido con general satisfac-
ción y a quien las Cortes dieron amplios poderes para solucionar los con-
flictos pendientes. Pero hasta ahora nada ha podido hacer que permita ver
el principio del fin de tantas calamidades como aquejan a la República
portuguesa.
Para formarse alguna idea de la situación en que actualmente se en-
CRÓNICA GENERAL 469
cuentra Portugal, ponemos a continuación las interesantes manifestaciones
que Paiva Couceiro ha hecho a un redactor ád Journal des Debats:
«Dos grandes peligros— ha dicho el coronel Paiva— amenazan a Por-
tugal, y ambos son inminentes: la bancarrota y el bolchevismo.
El presupuesto prevé 600 millones de francos de recaudación y 1.175
de gastos; défícii, 485 millones.
La circulación fiduciaria se eleva a más de 2.000 millones, y la reserva
de oro del Banco de Estado es de 43.
La deuda flotante es de 2.800 millones, y la consolidada de 6.000, que
representan más de 300 millones de interés anual; es decir, la mitad de la
recaudación.
La Guardia republicana, que es una verdadera Guardia pretoriana, ab-
sorbe ella sola 460 millones de francos.
Para conservar sus partidarios y conquistar otros, se ha elevado por el
Estado el número de funcionarios a 60.000.
Como Portugal no produce lo suficiente para la vida del país, hay que
realizar compras en el Extranjero, con la moneda depreciada.
La situación favorece a los especuladores y el dinero mal ganado pro-
duce un lujo en el desenfreno y el juego cuyo espectáculo ha avergonzado
al país.
¿Cómo no han de germinar ideas revolucionarias en tal ambiente?
Los grupos extremos glorifican el bolchevismo y se declaran solidarios
de la revolución rusa.
El régimen está bajo la amenaza de las fuerzas que él mismo ha desen-
cadenado. Es él quien ha realizado la educación anárquica del pueblo y le
falta hoy autoridad para oponerse a la amenaza de los Soviets.
Las ideas anárquicas han conquistado a los obreros y penetran en las
masas del campo.
Mientras los conservadores, divididos sobre la táctica a seguir, perma-
necen inactivos, desde los monárquicos hasta los republicanos moderados,
todas las fuerzas revolucionarías están dispuestas para la acción decisiva.
La verdadera iniciativa no será de Portugal.
El bolchevismo portugués no será más que un instrumento del bolche-
vismo internacional.
Los rusos y también los alemanes, han preparado el detonador donde
ellos quieren que se produzca una fuerte explosión.
Cuando las naciones occidentales lleguen a convencerse de que el man-
tenimiento del orden en Portugal es de interés general, los elementos de
orden recobrarán su confianza que hoy no tienen y se unirán para oponer
al mal una barrera infranqueable. Sin duda es tiempo todavía.»
470 CRÓNICA GENERAL
Francia. — La huelga de los ferroviarios franceses, que tan mal cariz
presentó en un principio, se resolvió muy pronto, gracias a la energía des-
plegada por el Gobierno y a los auxilios que los elementos de orden pres-
taron voluntariamente a la obra del Gobierno.
Magníficas pruebas de virtudes cívicas ha manifestado en esta ocasión
el pueblo francés, tomando parte directamente en los trabajos abandona-
dos por los huelguistas y prestándose a obedecer las órdenes encaminadas
a que no se interrumpan las comunicaciones entre los distintos puntos de
la nación.
El Gobierno ha dado también una gallarda muestra de un tacto exqui-
sito en la solución del conflicto, y a esta cordura es debido en parte el que
toda Francia le apoyase con tanto entusiasmo.
Las ideas conciliatorias de Millerand, fervoroso partidario del arbitraje,
han sido ahora puestas en práctica con magníficos resultados, logrando
unir armónicamente la moderación a la energía, no imponiendo castigos
por la huelga, pero salvando al mismo tiempo la disciplina, no pagando
los salarios de los días que duró la huelga.
Alemania.— L3i flamante República alemana ha sido derribada por un
golpe de Estado, en el que son protagonistas von Kap y el general Lutwizt,
que al frente de las tropas del Báltico se lanzaron sobre Berlín, de donde
huyó el antiguo Gobierno. Una vez dueños de la capital, los sublevados
publicaron una proclama anunciando que el Gobierno del Imperio había
dejado de existir, y que el poder de Alemania había pasado a manos de un
directorio general presidido por von Kap.
Los partidos socialistas han publicado un manifiesto invitando a los
obreros a la huelga general, como protesta por el acto realizado por los
contrarrevolucionarios.
Difícil es averiguar en qué parará todo esto, no siendo improbable que
Alemania sea presa de la guerra civil.
T. Fernández.
ESPAÑA
La ola gigantesca de odios que cubre hoy toda la extensión de Europa
llega con sus salpicaduras hasta nosotros, manifestándose de varias mane-
ras y sobre todo en los numerosos actos vandálicos del sindicalismo, de
los cuales son víctimas principalmente los patronos. En los primeros días
de la quincena se verificó el entierro del Sr. Meyer, ingeniero de los altos
hornos de Bilbao, cuya muerte puede decirse que es debida a uno de esos
actos reprobables, pues pocos días antes había sido víctima de un atenta-
CRÓNICA GENERAL 471
do, a consecuencia del cual murió su esposa y motivó que desde aquel
día llevara un pequeño revólver en el bolsillo, que desgraciadamente se le
disparó, según se dijo, estando jugando con sus hijos pequeños.
— Del Boletín eclesiástico de Burgos, tomamos la siguiente noticia: «Para
galardonar los relevantes méritos sinnúmero que abrillantan la biografía
del preclaro canónigo de la Metropolitana Catedral burgalesa, el muy ilus-
tre señor licenciado D. Manuel Rivas Maíeos, y premiar justamente medio
siglo de incesantes y extraordinarios servicios, con celo infatigable presta-
dos a la iglesia de Dios, y de un modo especial a la archidiócesis de Bur-
gos, Su Santidad el Papa Benedicto XV, se ha dignado nombrar su Prela-
do doméstico a tan esclarecido prebendado.
— Se ha constituido enesta corte un Comité hispano-belga, cuyo fin es
procurar la aproximación entre ambos países, mediante la intensificación
de sus relaciones intelectuales, sociales y económicas. Lo preside el duque
de Alba y forman parte de él personalidades ilustres en las ciencias, en las
letras y en las artes. Este Comité se dedicará ahora a allegar donativos de
libros españoles para la nueva biblioteca de la Universidad de Lovaina.
—En Gante se ha fundado una nueva Cátedra de Lengua castellana, ha-
biendo sido nombrado para desempeñarla D. Ricardo Aznar Casanova.
—En la Biblioteca Nacional se inauguró el día 6 la Sala de Cervantes.
En ella se ha logrado reunir los ejemplares de 648 ediciones de las 700
que se han hecho del Quijote, El complemento de la creación de la
Sala de Cervantes, se debe al ilustre pintor Sr. Muñoz Degrain, que ha do-
nado 12 interesantes y valiosos cuadros debidos a su mágico pincel, repre-
sentando escenas del Quijote, instalados en las paredes.
Y para conmemorar esta solemnidad, Su Majestad el Rey se ha digna-
do firmar un decreto declarando obligatoria la lectura del Quijote en las
escuelas y disponiendo la publicación de una edición expurgada dedicada
a los niños.
Ademas, Su Majestad el Rey ha firmado otro decreto concediendo la
gran cruz de Alfonso XII al Sr. Muñoz Degrain. El Rey se adelantó al sitio
donde se hallaba el ilustre pintor y le entregó el nombramiento diciéndole:
— Este es el complemento de este acto.
— Ha circulado el rumor de que el señor Nuncio de Su Santidad en Ma-
drid, sería nombrado cardenal en un próximo Consistorio, Pero después
se ha sabido que por deseo explícito de Su Majestad el Rey, al cual corres-
ponde el Papa Monseñor Ragonesi, continuará de Nuncio en Madrid.
Hace poco tiempo pronunció un notabilísimo discurso en la Universidad
Pontificia de Comillas, desarrollando el tema siguiente: «El hábito del
orden, blanco supremo de la educación en las escuelas>.
472 CRÓNICA GENERAL
Ahora se trata de hacerle un homenaje nacional, y al efecto se ha cele-
brado en el palacio episcopal una reunión de directores de todas las pu-
blicaciones católicas de Madrid, bajo la presidencia del señor Obispo de la
Diócesis, para coadyuvar a la suscripción iniciada como homenaje nacio-
nal al señor Nuncio con ocasión de haberle otorgado el Gobierno la gran
cruz de Carlos III.
El señor Obispo expuso en breves y elocuentes frases el objeto de la
reunión y la necesidad patriótica de que la suscripción corresponda por
el número a las grandísimas simpatías que el señor Nuncio tiene en toda
España, y por la cantidad al objeto benéfico a que la recaudación se des-
tina por voluntad reiterada del señor Nuncio. «Y si en todas partes — dijo
el señor Obispo— el homenaje será espléndido, en Madrid debe ser por
muchos motivos verdaderamente extraordinario».
Todos los asistentes al acto mostráronse.enteramente conformes con el
propósito y dispuestos a apoyarlo con el mayor entusiasmo, siendo de no-
tar las manifestaciones de los directores de las publicaciones de carácter
social, que anunciaron una importantísima cooperación de los obreros.
Este anuncio fué especialmente apreciado por los periodistas reunidos y
acrecentó su entusiasmo en favor del proyecto de homenaje nacional al
señor Nuncio.
Inmediatamente se acordó por unanimidad:
1.® Dar la mayor publicidad posible a los donativos hasta ahora re-
unidos.
2.° Señalar como puntos de suscripción la Secretaría de Cámara del
Obispado, el Banco Popular de León XIII, que hará el servicio de tesore-
ría, y las oficinas de las publicaciones católicas, así diarios como revistas,
cuyo p^.rsonal contribuirá también a esta suscripción.
La reunión terminó prometiéndose todos los presentes llegar pronto a
un número de suscriptores nunca rebasado en otras análogas manifesta-
ciones de respeto y simpatía.
— La política parece que atraviesa un período de relativa tranquilidad y
es de suponer que para fin de mes queden aprobados los presupuestos. Lo
que sucederá después está previsto al parecer y es que tendrá que disolver-
se el actual Gobierno. Lo que no se sabe es quién recogerá la herencia y
aunque muchos dicen qne no es ésta la hora de las derechas, si se mira la
cosa sin pasión, bien puede decirse que lo es, puesto que la única fuerza
que se manifiesta con más pujanza es el sindicalismo y éste no tiene solu-
ciones prácticas que satisfagan y resuelvan los candentes problemas.
Respecto a la solución que debe darse a la crisis en cuanto se plantee,
rocordaremos las interesantes declaraciones hechas por el Sr. La Cierva a
CRÓNICA GENERAL 473
un rtáacior áe El Correo de Andalucía, de Sevilla: Opina que el actual
Gobierno es perjudicial por la diversidad de sus elementos y que no pue-
de atender y resolver los gravísimos problemas que plantea la vida moder-
na. Dice que debe sustituirle un Gobierno fuerte, entendiendo por tal al
integrado por personas que estén íntimamente compenetradas en un pro-
grama común donde figuren principalmente los problemas de actualidad,
y formado por personas que por su historia y antecedentes, por su actua-
ción en la vida pública hagan natural, posible y eficaz esa íntima compe-
netración. Respecto al conflicto ferroviario propone una solución que el
actual Gobierno no parece dispuesto a aceptar: un anticipo reintegrable
que atendería a las necesidades apremiantes de las Compañías, y además,
éstas se verían forzadas a adelantar en el camino de la nacionalización de
los ferrocarriles; y, como solución definitiva, la explotación de las líneas
nacionalizadas, por medio de las Compañías, en concierto con el Estado.
— En reñidísimas oposiciones y con una brillantez pocas veces alcanza-
da, ha ganado la cátedra de Derecho internacional el Sr. D. José Yanguas,
que hace pocos años fué alumno de la Universidad del Escorial y de quien
se espera con fundamento que bien pronto será una legítima gloria de
nuestra Universidad Central. Nuestra enhorabuena más cumplida.
P. Gutiérrez.
MISCELÁNEA
Dislocación del anglicanismo.
La Documentación Católica publica la siguiente carta del Obispo pro-
testante de Delaware (Estados Unidos) que entrega su dimisión al jefe déla
secta episcopalista. El dimisionario, que es Mr. Federico José Kinsman, no
se decide a ingresar en el redil del Buen Pastor, pero, de todos modos, sus
declaraciones son interesantes. Véanse:
«Mi querido obispo presidente:
Adjunta y por vuestro conducto dirijo a la Cámara de obispos mi di-
misión del Obispado de Delaware. Si tomo esta resolución no es sin extre-
mo pesar; por una parte, en efecto, debo a la Iglesia que me ha confiado
el puesto que abandono, los más dulces consuelos de mi vida; por otra rom-
po los lazos que me ligaban al Estado de Delaware y a sus simpáticos ha-
bitantes, a quienes he profesado durante once años el más profundo afec-
to. El único cargo que podía desear fué el de obispo de Delaware. Si le
abandono es porque me es imposible ocupar por más tiempo un puesto
de autoridad en la Iglesia protestante episcopalista.
La experiencia más completa adquirida durante mi episcopado, y aún
más mis estudios sobre la historia de nuestra comunión, me han forzado a
rechazar la interpretación que daba, el día de mi consagración, a la tesis de
la iglesia y no puedo admitir otra que me autorice a perseverar en mi cargo.
La Iglesia episcopalista pretende poseer la verdad y la vida católicas.
Una breve exposición de las opiniones que han sido las mías, sin pre-
tender justificarme de ello, probará, por lo menos, la necesidad de mi reso-
lución. Los obispos pensarán que estoy equivocado, ya en cuanto a los he-
chos, ya en cuanto a sus conveniencias, o quizá en ambos casos. Pero tenga
o no razón, me he decidido deliberadamente a rechazar estas opiniones,
y ellas deben dictar tanto mi actitud como la de los obispos en el juicio
de mi caso.
La opinión que profesaba sobre la tesis de la Iglesia y que prevalece en
MISCELÁNEA 475
la Cámara de los obispos, se reduce a esto: La Iglesia episcopalista, segu-
ra de su su apoyo en la antigüedad, profesa sin género de duda el dogma de
la Encarnación como contenido en la Escritura y los Símbolos, y apoyada
en su carácter sacramental cree perpetuar la vida de la Iglesia Católica.
Los hechos contradicen a esta pretensión.
Pero he cesado de creer, y haciendo esto me separo de los Obispos y
reniego de mis convicciones y enseñanzas de años pasados — , he cesado
de creer que esta pretensión pueda soportar la prueba de los hechos ac-
tuales. Con gran pesar y como a la fuerza he llegado a pensar que la in-
terpretación de la tesis anglicana que la une a la Reforma protestante está
de acuerdo tan sólo con su historia considerada de un modo general, y
que sus tendencias dominantes la identifican cada vez más con las corrien-
tes del pensamiento, que conducen de la precisión de las fórmulas de la
fe primitiva a la dogmática vaporosa de los unitarios.
Y esto proviene, según creo, no sólo de condiciones de tiempo o lugar,
sino de ciertos principios directores que se manifiestan siempre con mayor
o menor claridad en la historia anglicana. Para conservar cierto equilibrio
y cierta proporción de verdad, las iglesias episcopalistas se han servido de
compromisos ordenados a mantener su armonía. He llegado a convencer-
me que esta costumbre de los compromisos entraña capitulaciones, siem-
pre nuevas de la verdad, contrarias a las renovaciones religiosas que tien-
den a un apoyo más firme sobre el terreno de la fe primitiva.
Hay para mí tres escollos principales: 1.° La tolerancia con las defec-
ciones en la fe, lo que parece indicar que se vacila en defender la doctrina
de Cristo. 2.° La tolerancia de concepciones imperfectas de los Sacramen-
tos que parecen conducir a la abstención de su uso. 3.^ Una teoría de las
ordenaciones que lógicamente parece establecer su nulidad.
Variaciones en la enseñanza dogmática.— Los símbolos de la fe.
Es incontestable que la comunión anglicana profesa absolutamente la
doctrina de las Escrituras y Símbolos de fe de la antigua Iglesia, declaracio-
nes oficiales lo han afirmado siempre y aún nos lo afirman. Pero la práctica
parece desmentir esta afirmación teórica Consuetudo esí óptima legis ínter-
pres. No es raro que se ataque a ios símbolos en general o doctrinas de-
terminadas, y estos ataques se toleran y aun se patrocinan por los que tie-
nen oficialmente la misión de enseñar y defender los Símbolos de la fe.
Por ejemplo, la Iglesia episcopalista acepta sin reservas el nacimiento vir-
ginal de Nuestro Señor como contenido en el Evangelio de San Lucas. El
clero que se obliga con juramento a desterrar con diligencia del seno de
476 MISCELÁNEA
la Iglesia las doctrinas erróneas y todo género de novedades, tiene la obli-
gación en principio de combatir toda negación del nacimiento virginal
con el mismo valor y celo que lo hizo hace treinta años el obispo de
Ohío. ¿Pero es esto posible en los momentos actuales? No es raro ver ne-
gar esta doctrina a eminentes teólogos de Universidades inglesas y de Amé-
rica. Ha habido casos en que denunciados a los Obispos no han sufrido
refutación ni condena de ningún género.
Rehusando anatematizarlos han dado prueba los jefes eclesiásticos de
una repugnancia absoluta a las discusiones doctrinales, de un horror pro-
fundo a los procesos de herejía y verdadero desprecio de las verdades teo-
lógicas.
Ningún obispo puede establecer para su diócesis un símbolo de la fe que
se aparte sensiblemente del aceptado por el conjunto de la Iglesia, ni inten-
tar desterrar de su diócesis como «erróneo» lo que no es tenido por una no-
vedad. Haciendo pacto con el laxismo doctrinal, este obispo falta a su deber
de defender las tesis dogmáticas de la Iglesia; pero ordinariamente se une
así a los sentimientos y modo de ser de su pueblo— resultado de la habi-
tual repugnancia a lo sobrenatural que prevalece en el protestantismo—.
Después de haber resistido largo tiempo a esta convicción me he visto for-
zado a confesar que tolerar este laxismo doctrinal parece implicar defec-
ción de la Iglesia en el deber que tiene de anunciar y defender su doctrina
y crea una dificultad insuperable para las almas persuadidas de la importan-
cia capital de la doctrina histórica de la Encarnación.»
Mr. Kinsman prosigue acusando a la Iglesia episcopalista de profesar
opiniones vagas y contradictorias sobre la naturaleza de los Sacramentos,
y en particular del Sacramento del Orden. Después aborda la cuestión ca-
pital de la carencia de un principio de autoridad, regla de la fe.
Privada del principio de autoridad, la Iglesia episcopalista arruina la
verdad que debiera afirmar.
«¿Merece ser defendido el Credo? ¿Los Sacramentos son misterios di-
vinos? ¿Las sagradas órdenes son un Sacramento? Creo que la única res-
puesta que debería dar la Iglesia a estas preguntas debería ser un «Sí>
pronto, enérgico. Sin embargo, he llegado a pensar que por su actitud
de duda, nuestra Comunión responde virtualmente que no. Así, pues, no
me queda sino resignar mi cargo y declarar que me retiro del ministerio:
los obispos no tienen más remedio que aceptar mi dimisión y proceder a
deponerme, porque una dimisión fundada en semejantes motivos supone,
por lo menos, el abandono de la disciplina y de las órdenes de la Iglesia
protestante episcopalista.»
índice del volumen cxx
Páeinas.
Documentos de la Santa Sede.
Carta Apostólica de S. S. Benedicto XV sobre la Misiones 161
Artículos origínales científicos, literarios, de actualidad, etc.
Antolín (P. Guillermo).— Real Biblioteca de El Escorial. Códices la-
tinos procedentes de Francia 106
— ídem procedentes de la edición de las obras de San Isidoro 112
— ídem procedentes de D. Silvestre Maurolico 339
Burgos (P. Victorino). — Atención afectiva, sensoral e imaginativa.. . 33
Fabo (P. P.).— Dos obras colombianas 368
( 93
Garda (P. Francisco^.— Pérez Galdós ¡ ^„
f 450
Í133
Garnelo (P. Benito). — «La casa de la Troya», de Pérez Lugín 37
Garrido (P. Ambrosio).— El trabajo a domicilio en España 81
González (P. Raimundo).— El teatro religioso en la Edad Media (con-
tinuación) 331
Gutiérrez (P. Pedro).— Por nuestros teatros 56
Ibáñez Garrido (P. Diosdado).— Sobre las Coplas de Jorge Manrique. 440
Martínez (P. Melchor).— Del régimen universitario 378
Montes (P. Jerónimo). —El arbitrio judicial en la determinación de la j 5
pena j 117
Í218
Revilla (P. Mariano). La Biblia de Valvanera. . , ^^
( 3*^1
Rodríguez (P. Teodoro).— La Casa del Pueblo y sus frutos i '
Rodrigo (P. Julián \.— La elección del Presidente de la República fran-
cesa 211
Zarco (P. Julián).— Antonio Pérez , ^^^
478 ÍNDICE
Páginas.
Examen de libros.
i4zorfl (José María). — Apuntes sociales y agrarios de un propagan-
dista aragonés 292
Camilo de Romanis (Alfonso).— La Gemma deirUmbria, S. Rita de
Cascia 68
Casiresana (B.).— Nuevo tratamiento quirúgico del estrabismo. . 288
Delbrel (J.).— Esto fídelis. A los jóvenes religiosos 291
Editorial Litúrgica Española.— Oiiida Majoris Hebdomadae et Oc-
tavae Paschatis '. . . 386
Estaniy Torrent (A.).— El Sistema Palanquino.. 67
Fernández y Garda (P. José M.).— Gramática latina 462
Ipandro Acaico.—Ldi Argonáutica. (Traducción en verso) 291
Maroto (F.). Instituciones de Derecho Canónico en conformidad
con el nuevo Código. Tomo II 290
Negrete (E.).— Estudios antropológicos 145
Neyron (Gustave).— Le Gouvernement de l'Eglise 460
Sastre y Sanna íM.).— Rasgos fisónómicos del problema social 289
Spaldak (Adolf ).— Le probléme de l'évolution 385
Zuazo Palacios (Julián).— Bibliografía Ibérica: Castellar de Meca.
Cerro de los Santos 147
Sección amena.
En el teléfono del cielo 62
Revista canónica,
por el P. Anselmo Moreno.
Declaración complementaria del Código sobre enajenación de cosas
y bienes eclesiásticos.— Comisión pontificia para la interpre-
tación auténtica de los Cánones sagrados 281
— Sobre la prohibición de enajenar objetos artísticos o de mérito
histórico 382
Revista científica.
Un modelo mecánico del átomo.— Movimientos de la luna 138
ÍNDICE 479
Páginas.
Crónica general y de España,
por T. Fernández y P. Gutiérrez.
5 DE ENERO. -/?o/na. Felicitación del S. C. de Cardenales a Su
Santidad y declaraciones del Papa sobre los males de la guerra 72
Exfra/í/ero.— Resumen de los sucesos de 1919 en la cuestión in-
ternacional.—Carta del príncipe Enrique de Prusia al rey de la Gran
Bretaña sobre las responsabilidades de la guerra.— Asamblea cató-
lica en Polonia.- El problema social en el Japón.— Pérdidas de la
guerra 73
España. — Huelga de tipógrafos en Madrid.— Fallecimiento del
Cardenal Cos y del Obispo de Málaga.— Comisión para el Centenario
del Dante.— Limosnas en España para los niños de la Europa central. 79
20 DE EHEKO.—Roma. Congreso de la Juventud católica italia-
na.—Petición de la Cruz Roja internacional a S. S. Benedicto XV. . . 150
Extranjero.— Cdiiñhio de ratificaciones del Tratado de paz.— El
Tratado con Hungría. — Inglaterra. Documento importante de los
jefes de los Gobiernos a sus pueblos.— A/e/Tza/z/a. La unión de los
católicos y socialistas.— Disturbios en Berlín 151
España.— lAoim en el cuartel del Carmen de Zaragoza.— Muerte
del novelista Pérez Galdós y de Santos Oliver 156
5 y 20 DE FEBRERO.— /?oma. Anuncio de canonizaciones.— Ru-
mores sobre reanudación de relaciones diplomáticas entre Francia y
el Vaticano.— Decreto contra el movimiento reformista del clero
checo.— Fallecimiento del Cardenal Rinaldini 293
Extranjero.— CovííQxtVíQ,\2i de los aliados en Londres.— Los culpa-
bles de la guerra.— Nota de ios aliados a Holanda sobre la extradi-
ción del Kaiser y contestación del Gobierno holandés. - Las listas
de los culpables.— Comentarios de L'Osservatore Romano.— Actitud
del parlamento alemán.— Primera reunión de la Liga de las Naciones.
—Triunfo de M. Deschanel sobre Clemenceau para la presidencia
de la República.— Gabinete Millerand.— Apertura del Parlamento
inglés y discurso del trono.— Opiniones favorables a la modificación
del Tratado de Versalles.— El Parlamento holandés en apoyo del
Gobierno y comentarios de U Osservatore Romano.— Ld. situación po-
lítica en Italia • 293
£5/7fl/7a.— Recepciones en las Academias.— Datos biográficos del
poeta Sandoval.— Centenario de Concepción Arenal.— Imitación de
un festival de los tiempos de Goya 313
5 DE MARZO.— Extranjero. El disgusto del presidente Wiíson con
la Entente.— Resoluciones en la conferencia de Londres.— Enmien-
das de los aliados a sus listas de los culpables.— Nueva nota de los
aliados al Gobierno de Holanda.— Huelga de ferroviarios en Francia.
—Triunfo electoral de Asquith en Inglaterra. — El bolcheviquismo en
Rusia 389
480 ÍNDICE
Páginas.
£s/7a/ífl.— Sustitución del general Milán del Bosch, por el general
Weyleren Barcelona.— Campaña de edificación social por medio de
conferencias organizadas por El Debate.— Acuerdo de la Comisión
de Presupuestos favorable al Clero 399
20 DE MARZO.— £"Jí:/rQ/2/e/'í?.— Reserva norteamericana al Trata-
tado de Versalles.— Nueva nota de Holanda a los aliados 464
jEspa/ííZ.— Distinción al Sr. Rivas Mateos.— Comité hispano-bel-
ga.— Inauguración de la «Sala Cervantes».— Homenaje nacional al se-
ñor Nuncio en Madrid 470
Miscelánea.
La biblioteca de Lovaina 158
—Sobre el enjuiciamiento del Kaiser. Articulo de L' Osservatore
Romano , 315
La dislocación del anglicanismo 474
'■*' t^
"0^
^^.
m
4.
%^
AP
60
C5
V*120
La Ciu(iacl de Dios
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