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LOS
MORISCOS ESPAÑOLES
Y SU EXPULSIÓN
LOS
MORISCOS ESPAÑOLES
Y SU EXPULSIÓN
ESTUDIO HISTÓRICO-CRÍTICO
POR
S. Pasotol gonmat tj garrafiña, Pro.
CON UN PRÓLOGO DEL
Excmo. Sr. D. Manuel Danvila y Collado
(con licencia eclesiástica)
T O IVI O I
VALENCIA— 1901
IMPRENTA DE FRANCISCO VIVES Y MORA
6, HERNÁN CORTÉS, 6
B7S
^Ry
i 1968
Es propiedad. — Queda hecho el
depósito que previene la ley.
DEDICATORIA
A los Superiores leí R. Col. le Corpus Christi.
os años cabales tienen hoy cumplido término desde que re-
cibí, en atento oficio que mucho estimo, la invitación de
ustedes para redactar una monografía documentada acerca de la ex-
pulsión de los moriscos españoles. La primera impresión que produjo
en mi ánimo la lectura de aquel documento fué de alegría, pues llegué
á creer que mis aficiones de rebuscador de archivos servían para algo
más que para calmar el dolor de profundas heridas que habían lace-
rado mi corazón; pero transcurridos aquellos primeros instantes doblé
el oficio, pensé, medité, pedí consejo y, obtenido, resolvíme á contestar
personalmente á ustedes. ¿Quién soy yo, me dije, para enviar correos?
Y atravesé el pórtico de ese Colegio que entraña para mí recuerdos
imperecederos desde mis estudios de Facultad, y recorrí el claustro
magestuoso en medio del que se levanta la estatua marmórea del beato
Ribera, fundador de esa casa, y subí la escalera regia que conduce al
claustro superior y llamé á la puerta de la habitación rectoral... y
hablé.
Después de dos años aún recuerdo pormenores de la conversación
que tuve con el rector de esa casa. Hube de manifestarle que el asunto
de la monografía era tan vasto como delicado; que el espíritu de
nuestra época no es el mismo que había informado a Ja sociedad es-
pañola durante los siglos XVI y XVII; que respetables y muy auto-
rizados críticos é historiadores, entre muchedumbre de sectarios ó
apasionados, anatematizaron con frase dura y con pruebas al parecer
irrefutables la gestión de algunos prelados en el suceso transcendental
de la expulsión de los moriscos; que profesaba yo principios no muy
en boga por lo que á criticismo histórico se refiere, pues creo amar la
verdad sobre el error y por consecuencia soy intolerante; que prefiero
la piedad al llamado pietismo y antes que falsear la historia me re-
tiro y gustoso rompo la pluma; que mi educación no se doblega ante
el . error manifiesto aunque la urbanidad me exija, y en ocasiones
yo acceda á la tolerancia de opiniones ajenas; que necesitaba, como es
natural, estudiar el asunto antes de comprometer mi palabra honrada;
y, por abreviar, tuve que exponer varias rabones inspiradas en el pro-
pio conocimiento, en la escasez de facultades para afrontar y vencer
respetables opiniones, en la obscuridad de mi nombre, en el deseo pla-
tónico de rebuscar archivos, y en otras condiciones, que si parecen
hijas de la modestia, no lo eran ni lo son en sentir mío, antes bien
revelan mi independencia de carácter en opiniones libres y mi amor á
la verdad en todos los terrenos de la crítica histórica.
Además, y esto no tuve necesidad de indicarlo, abrigaba yo la
convicción profunda de que mis sentimientos religiosos son idénticos
á los que profesaron mis buenos padres y que por fortuna mía conso-
lidaron todos mis inolvidables maestros antes de pisar las aulas uni-
versitarias. Mis sentimientos patrióticos purificáronse años hace con
la profesión de ideales regionalistas aprendidos, más que en el regazo
materno y á la sombra del antiguo castillo gilitano, entre largas
ausencias de éste, y en papeles y vetustos pergaminos. Tal vez d fre-
cuente estudio de Vives, Melchor Cano, Pedro de Valencia, Martí,
Segura, Mayáns, Tosca, Teixidor, Sales, etc., me haya privado de
sentir las bellezas de la poesía en la vida, del orgidlo patrio y hasta
de la apología en la historia, pero, gracias á Dios, no me ha privado
de sentir las sublimes añoranzas de una fe que me ha sido áncora de
salvación en el borrascoso mar de la vida agitada por luchas de ca-
rácter psíquico, acentuadas por idiosincrasia particular y por otras
causas que me hicieron bendecir la justicia de la divina Providencia.
Expuestos así aquellos antecedentes y ocultos éstos en lo más re-
cóndito de mi conciencia, tuve la satisfacción y hasta el placer de oír
de labios de ustedes que la invitación no suponía coacción moral y,
por ende, que me dejaban en libertad absoluta para juagar los hechos
y hasta las personas que intervinieron en la expulsión de los moris-
cos. Esta conducta, que me complazco en admirar y en hacer pública,
por si algún lector cruza su mirada por estas páginas, me hizo excla-
mar en silencio pero con gozo íntimo: ¡Cuan cierto es que la Iglesia
católica sólo necesita para su defensa que se diga la verdad, toda la
verdad!
Desde entonces pude aceptar condicional mente el cumplir los de-
seos de ustedes y sin más libros que mi breviario, pero con la protec-
ción de una persona respetable que con caridad insólita allanó las
dificultades que oponía mi subsistencia en la capital, estacióneme
aquí, recorrí algunos archivos, transladéme á Madrid, pasé á Barce-
lona, anduve algunos meses atareado, recogí materiales en abundan-
cia y fuírne á buscar en las agrestes montañas de Penágiiila el retiro
necesario para estudiar los centenares de autógrafos que había lo-
grado. No me bastaba la lectura que precedió al logro. Terminado
aquel estudio, lo confieso con franqueza, depuse el temor que, hijo de
una opinión tan errada como general, había en un principio abrigado
y desde entonces acepté ya la honrosa invitación de ustedes. Así lo
escribí desde la masía del Regall, indicándoles que el estudio de los do-
cumentos recogidos, cuando no produjese resultado práctico alguno,
había servido para confirmar una vez más mi fe religiosa al descu-
brir en aquella documentación inédita la defensa, no ya de sentimien-
tos generales sino de procedimientos particulares, aplicados que fueron
con la fría serenidad de una conciencia tranquila, celosa en el cum-
plimiento de sus deberes más sagrados, ansiosa del bien, informada
en la rectitud y dulzura é inspirada en los más puros sentimientos
de religión y de patria.
Ya no hubo necesidad de más; regresé á Valencia, puse mano en
el trabajo, devolví los manuscritos, y con ésta les envío los dos volú-
menes impresos. Cumplí mi palabra, y tranquilo, puedo regresar al
lugar humilde que me vio nacer; pero me queda un remordimiento de
conciencia literaria, si vale la frase. Avezado á recibir consejo en los
vnr
trabajos que hasta el presente he ofrecido á mis amigos, procuré se-
guir mi costumbre desde ¡as primeras pesquisas para redactar esta
monografía; pero tuve que desistir por exigencias y premuras de ín-
dole tipográfica, dada la extensión del trabajo. Hubiérame venido
de paleta el consejo de muchos y singularmente el de ustedes, pero no
hubo remedio, y, aunque lo lamento, he llegado á ratificar el juicio
que he seguido hasta el final sin lograr de ustedes no ya la menor
advertencia que rectificase mi atrevida manera de juagar, pero ni si-
quiera la más leve corrección tipográfica que alterase en poco ó en
mucho el concepto emitido. Con ello han demostrado ustedes más que
la confianza en la escasa capacidad del autor, la profesión explícita
del amor á la libertad que debe recabar quien de crítico blasone. Con
ello cargo yo con la responsabilidad de todo lo escrito, y les suplico
me perdonen la falta que para alguno pueda entrañar mi conducta
respecto de no haber facilitado á ustedes una sola cuartilla de mi tra-
bajo antes de impreso, ni siquiera de la documentación inédita que
traje de Madrid. Como un deber mío procuré que revisasen algunas
de las pruebas ya ajustadas, y ustedes correspondieron con la finesa
que más arriba expuse. Yo agradezco ese favor, no por lo que tenga
para mí de lisonjero, sino porque descubro en él una verdad que años
hace profeso sin reticencias, esto es, la crítica histórica, aunque mucho
ahinque en sus descubrimientos, nunca puede vulnerar el solidísimo
edificio del dogma, antes al contrario, lo robustece y consolida des-
pués de abrillantar su mérito. El temor de algunos misántropos á los
documentos de archivo, siempre lo reputé como manifestación explícita
de falla de fe ó como un exceso de cariño platónico. Sobre las mise-
rias de los hombres se halla la verdad inmutable del dogma. La con-
duela del sumo pontífice León XIII para con los investigadores de
los archivos del Vaticano y en especial para con el abate Duchesne,
hi^o prorrumpir, en más de una ocasión, en lágrimas de alegría á mi
venerado amigo el llustrísimo Sr. D. Urbano Ferreiroa (q. d. D. g.),
y deberá servir de agudo puñal á ciertas gentes que tratan de babear
la fama de los que, amantes de la verdad, se dedican á ilustrar la
historia de algunas regiones con el registro de plúteos apenas accesi-
bles, pero sin que exploten, como sus apasionados acusadores, senti-
mientos bastardos del vulgo...
IX
Si la índole de esta carta y mi manera de pensar, no me priva-
sen de extenderme en otra clase de consideraciones generales y de
interés para el público, hubiérame atrevido á discurrir acerca de las
afirmaciones de ciertos escritores que confunden la Iglesia católica con
algunos de sus ministros, y de las acusaciones sectarias más que ino-
centes de que se hace víctima á aquélla por haber elevado á los altares
á uno de los personajes que intervinieron en la solución del problema
morisco en España, pero no, los documentos que á continuación trans-
cribo dicen más y mejor de lo que yo pudiera cuál sea mi situación
enfrente de una escuela que tiene sus apóstoles acreditados, y cuyas
doctrinas han logrado imponerse á no escasa parte del público, no por
la fuerza exclusiva de la ra^ón y de la verdad, sino por la ra^ón del
número, por lo dificidtoso del terreno y ¿á qué ocultarlo} por el pres-
tigio y exclusivismo de los que tales doctrinas nos enseñaron. Sin
embargo de ello, permítanme ustedes una ligera observación.
Pudo haber exceso, pudo haber error, y hasta si se quiere de fu-
nestas consecuencias en el orden material, en quienes decretaron la
expulsión de los moriscos españoles, pero el crítico no debe apasio-
narse en la defensa ó en la acusación de un hecho sin conocer sus
causas y sus precedentes legítimos. La nota sentimental ó patética, el
tono melodramático, la elocuencia brillante y la sublimidad de estilo,
podrán ser de efecto maravilloso para el logro de adeptos á una idea,
pero en el terreno de la crítica histórica, creo que la elocuencia más
sublime radica en la verdad confirmada por documentos fehacientes.
No trato con ello de excusar mi falta de estilo brillante; carezco de
esta dote que admiro. Mi esfuerzo sólo se dirige á manifestar la ver-
dad con la concisión que me es permitida. He dedicado algunas pá-
ginas á la narración de la lucha secular mantenida por las huestes de
Pelayo contra los árabes invasores porque me era preciso exponer
algunos antecedentes históricos que demostrasen la imposibilidad, de
llegar á la fusión aquellos dos pueblos rivales.
Durante los reinados de Carlos I y Felipe II, se iba agravando
la cuestión morisca y hacíase indispensable el remedio. Se apeló á la
misericordia unas veces, á la instrucción otras, al rigor no pocas y
ningún remedio aprovechó para el logro de la fusión. El Consejo de
Estado, los prohombres de la patria, los monarcas deliberaban y de-
cretaban medios para resolver la cuestión morisca, pero ante la inuti-
lidad de éstos, se tuvo que apelar al reclamado por la necesidad y por
la mayor v más sana parte de nuestra monarquía, esto es, la expul-
sión de aquella ra%a que, cristiana por el bautismo, nunca dejó de
ser mahometana de corazón. Felipe III fué el encargado de decretar
aquella providencia; el duque de Lerma y el patriarca Ribera com-
parten con aquél la responsabilidad del hecho, pero se les acusa tan
sin fundamento y se les imputan tales cargos, singularmente al Pa-
triarca, que me es indispensable descender a multitud de detalles para
fijar la verdad histórica, en cuanto me es posible, en situación elevada
y digna, á fin de que irradie destellos de lu^ en el caos producido en
nuestra historia patria por los discípulos de la falsa crítica.
Tengo la convicción de que mi labor es de mérito escaso, pues á
medida que avanzaba en la reseña de los principales sucesos relacio-
nados con la cuestión morisca, me veía precisado á omitir reflexiones
propias y presentar documentos que mejor demostrasen la verdad his-
tórica. ¿Para qué había de empequeñecer el asunto? He consultado
algunos libros de autores irrecusables y he aceptado los hechos que
narran cuando no se hallan en oposición con documentos oficiales ó
privados; si el bibliógrafo halla algún mérito, sea éste para los ami-
gos que me han facilitado el acceso á sus bibliotecas, por mi parte
quedaré satisfecho si he logrado aportar mi piedrecilla al acervo co-
mún de la erudición española. Y si alguien cree hallar en estas con-
fesiones álgúrí motivo que indique temor ó recelo en sostener las
afirmaciones hechas, cumple á mi conciencia declarar que he procu-
rado seguir la opinión meis autorizada y que rectificaré la que se me
demuestre con documentos no ser verdadera, pero en la defensa de
cuanto afirmo me hallo dispuesto, sin que esto implique arrogancia
sino cumplimiento de mi deber, á no rehuir contiendas siempre que á
ellas se me, provoque en terreno lícito.
Réstame, á fuer de agradecido, recordar los nombres de las perso-
nas que han contribuido á facilitar los medios de poder presentar al
público mi trabajo en las condiciones en que lo hago, pues de este
modo me considero honradísimo uniendo á ellos el mío, aunque obs- 1
curo é ignorado.
Harto saben ustedes que sin la protección que debo á la respetable
XI
y dignísima Sra. D. a Francisca Valor y Thous, acaudalada propie-
taria de la villa en que nací, no me hubiera sido fácil presentar al
público mi trabajo. Extensiva gratitud merecen su respetable hermana
D. a Catalina y D. a E." Mayáns, marquesa viuda de Cruilles, amén
de los amigos que cito en diversos lugares de mi trabajo. Sobre todos
ellos ocupa un lugar distinguido el Exorno. Sr. D. Manuel Danvila
quien, con una liberalidad digna de encomio y de mi más profundo
reconocimiento, facilitóme centenares de documentos inéditos referentes
al tema que me propuse desarrollar, y, no contento con ello, alentóme
á la prosecución de mi trabajo entre los disgustos y sinsabores que
lleva aparejados el amor á la verdad. También merece un recuerdo
mi venerado protector D. Jaime Fajaron, vicario general de la dió-
cesi de Segorbe, quien facilitóme poderosos medios para llevar á cabo
mi espinosa tarea, demostrando que el cariño que comenzó á mos-
trarme durante mis estudios de segunda enseñanza en Alcoy siendo yo
feligrés suyo, no ha descaecido con los años. Y, entre los muchos que
me han prestado apoyo moral, merecen un recuerdo el Dr. D. Rigo-
berto Domenech, alcoyano, y peritísimo teólogo que honra esta diócesi;
el Sr. Casan y Alegre, jefe de esta biblioteca universitaria, y sus ofi-
ciales Sres. Forteza y Ferrad, que pusieron á mi disposición los libros
de aquel centro; el Sr. Vives y Liern, archivero municipal de esta
ciudad, D. C. Pertegás, etc., sin olvidar Ja diligencia con que ha
exornado su reconocida pericia tipográfica el Sr. Vives y Mora, suce-
sor meritísimo de la noble estirpe de tipógrafos que desde Palmart,
Mey, Monfort, etc., ha honrado las prensas valencianas. Extensivo
hago mi agradecimiento á los hijos del Sr. Vives, al primer oficial y
cajistas Sres. Pan, Mofé, Pastor y Mancho, al maquinista Sr. Guillar
y al Sr. Bea, que han procurado complacerme.
Y nada más, sólo me resta suplicar á ustedes que se dignen acep-
tar la dedicatoria de mi trabajo, ya que á sus expensas se ha hecho.
Suyo affmo. s. s. q. 1. b. 1. m.
Valencia 6 de junio de 1901.
PRÓLOGO
¡ON dos grandes dificultades tropieza mi deseo para es-
cribir cuatro palabras con pretensiones de prólogo á
la importantísima obra que acaba de publicar en Valencia el
presbítero D. Pascual Boronat, conocido en la república de las
letras con el seudónimo de L. de Ontalvilla, acerca de Los mo-
riscos españoles y su expulsión, en dos volúmenes en cuarto ma-
yor, con abundante lectura, robusta documentación y juicio
claro, profundo é imparcial respecto de un acontecimiento que
enardeció á los escritores, apasionó á los políticos, templó la
severidad del Santo Oficio y fué lucha perseverante y tenaz
entre los intereses particulares de los Señores, y los generales,
íntimos y fundamentales de la nacionalidad española.
La primera dificultad es haber tratado esta misma cuestión
en tres diversas ocasiones y tener comprometida determinada
opinión. Lo hice por vez primera en mi «Discurso de recep-
ción en la Real Academia de la Historia en 1884» acerca de
La Gemianía de Valencia. Demostré entonces, que los moriscos
valencianos habían peleado al lado y á la orden de los Seño-
res á quienes servían como colonos, contra los agermanados;
y dediqué dos de las Ilustraciones que acompañaron á aquel
XIV
discurso á tratar cómo los agermanados hicieron bautizar a los mo- ,
ros valencianos, aprovechando parte de los datos que me ofreció
el estudio de los procesos y papeles de la Inquisición de Va-
lencia, que hoy se conservan en el Archivo histórico nacional,
y á determinar las Consecuencias político-religiosas de la Gemianía
de Valencia en relación con la Inquisición y los moriscos.
En la primera de las referidas Ilustraciones, consigné que
el forzoso bautismo de los moros valencianos dio nuevo vigor
á los odios de raza, planteando la cuestión religiosa, que es la
más grave que puede suscitarse en un Estado católico, dando
lugar y motivo á las grandes vacilaciones del poder, á la re-
suelta protección de los Señores y Barones, á la emigración
primero y á la conspiración después de los moros del reino de
Valencia, y por último, á su dolorosa pero necesaria expulsión.
Y en la segunda de las referidas Ilustraciones, después de reser-
var para otro trabajo monográfico el trazar la historia de los
moriscos valencianos, según los nuevos datos adquiridos, ter-
miné diciendo: «la expulsión fué forzosa y necesaria, y de sus
rigores sólo debe responder ante la Historia la Gemianía de
Valencia, que iniciando el bautismo forzado de los moriscos,
motivó las rebeliones de Espadan y Bernia primero, y después
la constante conspiración, á que puso término la expulsión
de 1609, que no fué más que la reproducción de las ordenadas
en 1525 y 1545, en beneficio del reposo público.»
En 1885 alcancé la inmerecida honra de que la Real Acade-
mia de Ciencias morales y políticas laurease una Memoria acer-
ca del Poder civil en España, y en ella, como era natural, se
señaló y apreció el importante acontecimiento de la expulsión
de los moriscos en el reinado de Felipe III, diciendo en la pá-
gina 515 del tomo II: «Las conspiraciones de los moriscos va-
lencianos databan de más antiguo; señaladas quedaron en el
discurso de recepción del autor de este trabajo, en la Real Aca-
demia de la Historia; y documentadas serán en la historia de
aquellos moriscos, para la cual estamos haciendo, con satisfac-
torio resultado, importantísimas investigaciones.» Avance afor-
tunado de nuestro propósito, fueron las cinco conferencias
pronunciadas en el Ateneo de Madrid en las noches del 4, n
y 25 de febrero y 10 y 29 de abril de 1889, é impresas en este
mismo año. No fueron ni podían ser dichas conferencias la
historia de la expulsión de los moriscos españoles que acari-
ciaba mi deseo, pero sí constituyeron un verdadero y docu-
mentado índice de los principales hechos que debían estudiarse
y que desde luego abrieron nuevos horizontes á la crítica his-
tórica, ávida siempre de escudriñar la verdad y exactitud de los
hechos que constituyen la historia nacional. En las dos pala-
bras que preceden á las referidas conferencias, dije que no son
ni podían ser la historia acabada de aquel memorable acon-
tecimiento que ocupó las plumas de Bleda, Aguilar, Marqués
de San Germán, Fonseca, Ribera, Verdú, Aznar, Guadalajara,
Ripoll, Corral, Pérez de Culla y otros en el siglo XVII, y que
en el presente ha merecido la atención de los Janer, Fernández
y González, Saavedra y Cánovas del Castillo, bajo nuevos y
distintos aspectos. Pero fueron dichas conferencias la traza de
líneas generales, realizadas por el resultado de documentos
nuevos que aclaran y modifican los puntos de vista aceptados
generalmente sin discusión y sin reproche, y que confirman la
razón con que la ciencia histórica demanda que los hechos se
aclaren y reconstituyan por el resultado de los documentos
que atesoran los archivos nacionales y que los monarcas espa-
ñoles no estimaron conveniente facilitar á los escritores del
siglo XVII.
Para completar la iniciada investigación era necesario exa-
minar las bibliotecas de las casas nobiliarias de Valencia, y
sobre todo penetrar en el archivo del Colegio de Corpas Christi
que en dicha ciudad fundó y dotó el venerable pa'triarca don
Juan de Ribera, que tan directa intervención tuvo en la expul-
sión de los moriscos españoles, y que tan valiosos documen-
tos reunió en el archivo y biblioteca de aquella santa casa,
donde nacieron y se fortificaron los más dulces recuerdos de
mi juventud. Para realizar tan grata como difícil tarea, com-
pletándola con el estudio de los manuscritos españoles que
existen en la Biblioteca nacional de París y en el Museo Britá-
nico. era necesario un hombre de inteligencia superior, de
gran cultura, que sintiese el estímulo de la ciencia y de la
verdad histórica, y que pudiera dedicar á esta clase de investi-
gaciones todo el tiempo y los recursos que son necesarios
para acometer empresas de tamaña magnitud y realizar sacri-
ficios que el público no. puede apreciar por lo mismo que le
son desconocidos.
Ese hombre de excepcionales condiciones ha resultado ser
D. Pascual Boronat, presbítero, que con el seudónimo de L. de
Ontalvilla se había dado á conocer ventajosamente en la culta
y literaria Valencia, ora pronunciando discursos sobre temas
de interés regional, ora escribiendo prólogos tan interesantes
como el que precede á las obras históricas del padre Teixidor,
ora vulgarizando, con el modesto título de El abuelito, los
principales sucesos de la región valenciana, ora publicando
una biografía del Deán Martí, que es un estudio acabado de la
época y del renacimiento literario de Valencia en el siglo XVIII.
Pero todo ello, con ser muy bueno y estimable, debe tan sólo
considerarse como las primeras armas que descubrían un mo-
desto pero superior talento, capaz de acometer y realizar más
arduas empresas, como las ha acometido al escribir su estu-
dio histórico-crítico acerca de Los moriscos españoles y su expul-
sión. Esta obra es digno remate de la reputación histórica y
literaria del presbítero Sr. Boronat que, aunque joven, ha con-
sagrado sus desvelos, sus fatigas y el arsenal de sus conoci-
mientos, que no son escasos, á historiar aquel memorable
acontecimiento, rectificando cuanto se ha escrito respecto del
mismo, y vindicando cumplidamente la memoria del que por
su fe y sus servicios á Dios y á la Iglesia católica, mereció la
santificación de sus virtudes.
Verdad es que tamaña empresa no hubiera podido reali-
zarla el eximio historiador si el actual Rector y Colegiales per-
petuos del Colegio de Corpus Christi, rindiendo tributo á las
exigencias del siglo en que vivimos, no hubiesen abierto de
par en par las puertas de aquella santa casa al Sr. Boronat y
puesto á su disposición todo lo público y reservado que allí
XVII
se conserva referente á la expulsión de los moriscos. Apode-
rado de este tesoro D. Pascual Boronat y conocedor por mis
obras, de que yo venía haciendo investigaciones acerca del
mismo asunto, vino á Madrid, conferenciamos sobre el par-
ticular y el resultado fué entregarle todos cuantos documen-
tos y notas había recogido en el espacio de algunos años, y
de ellos se ha servido en su obra con gran contentamiento
mío, pero indicando siempre su procedencia, y haciendo que
el Rector del mencionado Colegio agradeciera mi liberalidad
en términos tan cariñosos que nunca olvidaré.
El autor de Los moriscos espartóles y su expulsión ha pagado
con creces mi generosidad, no sólo dirigiéndome inmerecidos
elogios y revelando el origen de la documentación, sino si-
guiendo el plan trazado en mis conferencias del Ateneo de
Madrid y mostrándose conforme con el juicio consignado en
las mismas. Pero en cambio el trabajo que se encerró en 351
páginas, se ha ampliado en dos tomos de más de 750 en cuarto
francés prolongado, tomando los hechos desde su origen,
examinando su génesis, transportándose á la época en que ocu-
rrieron, rectificando todos los errores y presentando los com-
probantes que disipan todas las dudas suscitadas, y, en una
palabra, agotando de tal suerte la materia, que en lo porvenir
no se podrá añadir una palabra más al meditado y profundo
trabajo del Sr. Boronat. Los elogios, pues, qué me dirije y
con que me abruma, y la identidad de juicio que entre nos-
otros existe, constituye la segunda dificultad, enunciada al
comenzar, para escribir este prólogo, en el que el tributo al
talento pudiera parecer compensación apasionada de inmere-
cidos elogios. Los haré ciertamente de una obra que está des-
tinada á preocupar por mucho tiempo la atención del público;
porque si errores hubiese encontrado, con resolución los com-
batiría, seguro de que así rendía justo tributo á la ciencia
histórica, que exige como esencial condición, la depuración de
la verdad, sin atender á que pueda complacer á unos ó disgus-
tar á otros.
XVIII
El tomo I de la obra que voy á examinar comprende cator-
ce capítulos con 398 páginas y una Colección Diplomática
con treinta documentos á cuál más importante, que completan
hasta la página 671. Tratándose de un Estudio histórico-
crítico, no de los moriscos valencianos, por más que Valencia
fuera el principal teatro de sus hazañas, sino de los moriscos
españoles, que quedaron en España al amparo de sus leyes
protectoras y humanitarias; agrandado el marco y buscando el
origen, naturaleza y caracteres de la lucha tenaz y porfiada
que durante varios siglos mantuvieron dos razas tan distintas
en costumbres y religión, como la godo-española y la árabe-
africana, el autor dedica los dos primeros capítulos de su obra
á trazar á grandes rasgos la invasión de los árabes en España,
valiéndose de las crónicas árabes últimamente publicadas, y
apoyándose en las respetables opiniones de Fernández-Guerra,
Oliver hermanos, Fernández y González y Saavedra, resumi-
das por D. Leoncio Cid, catedrático de Historia en el Instituto
de Avila en su trabajo La conquista de España por los árabes
(1894); el refugio de la España goda en las montañas de Astu-
rias y la elección de Pelayo, como continuación de la monar-
quía española, y el triunfo en Covadonga en 718, que marcan
el origen de la reconstitución de la España monárquica y cris-
tiana; la serie de combates que durante siete siglos regaron
con sangre española el suelo patrio, avanzando siempre en la
reconquista para vencer en la gloriosa jornada de las Navas y
recobrar á Sevilla á mediados del siglo XIII, constituyen un
estudio abreviado, pero muy interesante para comprender que
vencedores y vencidos no pudieron jamás llegar á una fusión
como la que realizaron las razas romana y goda y practicando
distinta religión. La contienda adquirió desde un principio el
carácter de una lucha religiosa sin más objetivo que el aniqui-
lamiento del vencido y sin otras benevolencias que las que
aconsejaban la conveniencia y los intereses del vencedor.
Mientras Fernando III iba ocupando los principales lugares
de Andalucía y preparaba la conquista de Sevilla, aparece en
Aragón la gran figura de D. Jaime I, apellidado en la historia
XIX
el Conquistador, á cuyos singulares hechos, y principalmente
á la conquista de Mallorca, Valencia y Murcia, se dedica el ca-
pítulo III de la obra que voy examinando. La reconquista de
Mallorca llevóse á cabo, en primer término, por la gloria de
Dios, como se proclamó en las Cortes de Barcelona de 1228.
Jurada la expulsión de los moros y pactada alianza con Abu-
Zeyt, rey moro de Valencia destronado por Ben-Zeyan, comen-
zó la conquesta del reino de Valencia, que terminó el 28 de
septiembre de 1238, para entrar en la ciudad el 9 de octubre
siguiente. En la primera de estas fechas se firmó la capitula-
ción que abrió las puertas de Valencia al ejército cristiano, y
es el punto de partida de la política del Conquistador. A los
moros que quisieran salir de la ciudad con sus armas y bienes
muebles les concedió seguro por veinte días. Los que quisie-
ran permanecer en el término de Valencia serían salvos y se-
guros y podrían arreglarse con los Señores que tuviesen
heredades. Y quedaron pactadas treguas por siete años. Entra-
ron en la ciudad los diversos elementos que constituían el
ejército vencedor y permanecieron en ella los judíos, á quienes
se señaló un barrio para que lo habitasen y poblasen á fuero
de la aljama de Barcelona. Los moros que aceptaron la capitu-
lación habitaban un extenso barrio que comprendía desde el
Tosal hasta el Portal nóu, y especialmente el terreno que hoy
ocupa la Misericordia y la iglesia de S. Miguel, con las calles
conocidas en otro tiempo con los diversos nombres de la Pue-
bla, la Pobla de en Mercer, la Polla nova y la Pobla vella. Esta
morería existía en 1370, sin que los cristianos repugnasen
vivir en compañía de los moros, y hasta el i.° de junio de 145 5
no la asaltaron y saquearon los cristianos, según relación que
los Jurados dirigieron á Mossén Pedro Mercader, Consejero y
Tesorero del Rey, y que conserva el Ayuntamiento de Valen-
cia en su curiosa colección de Lletres misives.
D. Jaime I permaneció en Valencia hasta mayo de 1239 y
regresó en febrero de 1240 para comenzar la conquista de
Murcia, extender su dominación por Alcira y dar testimonio
de su política en la capitulación otorgada á los muslimes de
Eslida, Ahin, Veo, Sengueir, Pelmes y Zuera en 1242. La ne-
cesidad de repoblar é implantar la sociedad cristiana en una
ciudad ocupada por gente forastera y por una gran masa de
judíos y moros, reclamaba como necesaria la política de la
tolerancia, y que, como en otra ocasión dije, constituye la más
grande obra de D. Jaime I de Aragón. A los mudejares que
quedaron en Valencia, se les conservaron sus bienes y aun se
les concedieron otros; se les consintieron sus ceremonias y
leyes; y se prohibió que se les causase la menor molestia. La
carta puebla concedida á los moros de Eslida y otros pueblos
á IV de las kalendas de junio de 1242, acredita que se les con-
cedió una verdadera autonomía. Lo mismo se hizo con Alcira
y cuantas poblaciones moras se sometían al Conquistador.
¿Pero esta política acercó á ambas razas y las fundió en una
sola? Responden á esta pregunta las continuas sublevaciones,
las frecuentes piraterías, el odio instintivo contra la ley de
Cristo y la prevención que D. Jaime I hizo á su hijo el infante
D. Pedro, al ver cercana la muerte, de que arrojase á todos los
muslimes del reino valenciano, según el codicilo otorgado en
Alcira á XIII de las kalendas de agosto de 1276. Esta cuestión
primordial resulta tratada en el capítulo III, donde se leen
estas palabras: «La verdad tolera el error, pero no transije con
él; podrán los moros mezclarse y hasta confundirse con los
cristianos españoles, pero unirse, fundirse, formar un pueblo,
jamás.» Esta gran verdad viene á confirmarla todo cuanto la
historia revela que pasó durante dos siglos que transcurren
desde la muerte del Conquistador hasta el advenimiento de
los Reyes Católicos.
Gran importancia reviste el capítulo IV, pues el autor de
la obra, asociándose al juicio que me ha merecido siempre el
glorioso reinado de los Reyes Católicos, sostiene que estos
monarcas dieron el golpe de gracia al feudalismo, que es la
médula de toda la Edad Media, procurando primero la unidad
de la fe y después la unidad nacional, conseguida por la con-
quista de Granada y Navarra. Para alcanzar la unidad de la fe
y el castigo del delito de herejía, tan reiteradamente cometido
XXI
en Sevilla, se estableció la Inquisición en 1479, con el propósi-
to, no de satisfacer la codicia de Fernando V, como ha sosteni-
do algún apasionado escritor, sino para robustecer el principio
de autoridad, muy relajado en el anterior reinado, reducir al
clero á su evangélica misión y refrenar los atrevimientos de ju-
díos y sarracenos, con objeto de que la moral pública no pade-
ciese. En las capitulaciones matrimoniales de Cervera de 7 de
enero de 1469, se pactó nada menos que una guerra de exter-
minio contra la raza mora, comprometiéndose ambos monarcas
á arrojar de España la raza musulmana. Este acuerdo, reflejado
después en las Cortes de Madrigal de 1476 y en las de Toledo
de 1480, expresión fueron muy genuina de la opinión cristia-
na en España ante el fracaso de la política de tolerancia ini-
ciada por D. Jaime I de Aragón, llegando hasta el extremo de
señalar á los judíos y moros para que no se confundiesen con
los cristianos. En 1482 fué creado el Supremo Consejo del
Santo Oficio, y completada la misión de los Reyes Católicos,
emprendieron éstos la guerra contra los moros, y tras de la
ocupación de Zahara y Alhama, llegaron á la capitulación de
Granada en 1492, completando así la unidad nacional. Esta
capitulación contenía una verdadera autonomía para la raza
mora, que lo podía hacer todo, mientras los cristianos nada
podían realizar en daño de aquélla. De aquí la expulsión de
los judíos y los sangrientos sucesos del Albaicín, Huéjar y
Lanjarón, que trocaron la política de benevolencia por la del
rigor y exterminio, puesta en práctica en toda la sierra de la
Alpujarra, último refugio de la rebelde morisma. La expulsión
de la raza mora fué decretada por real pragmática fechada en
Sevilla á 14 de febrero de 1502.
Partiendo de estos hechos, sostiene el autor de la obra,
que á la unidad política realizada por los Reyes Católicos,
siguió la unidad religiosa, comenzando por expulsar á los
israelitas de los dominios españoles, tal como lo exigía la opi-
nión de todas las clases sociales, y completándola con la ex-
pulsión de la raza mora. Las consideraciones que emite son
fundadísimas, pues llenas están las crónicas de cuanto hicie-
XXII
ron Talavera y Cisneros para instruir y convertir á los mude-
jares, y cuan inútiles resultaron todas sus gestiones. Por el
contrario, para vengar los sarracenos las conversiones obteni-
das por aquellos insignes prelados, reprodujeron las escenas
del Albaicín, llamando á Mahoma y apellidando libertad, y
concluyendo por entregar á cuatro de los principales alborota-
dores, que fueron ahorcados en la plaza de Beyro. Recrudeció
el rigor, y mientras unos emigraron al África, los restantes
abrazaron en su mayoría la paz de Cristo. Entonces, á juicio
del Sr. Boronat, nace la cuestión morisca, y así lo comprueba
el pregón de 20 de julio de 1501, ordenando el destierro de
los moros que hubiesen renunciado á aceptar el bautismo, y
que fué el precursor de la pragmática de 1502. Las considera-
ciones que emite en lo referente al aspecto religioso son de
una lógica abrumadora. Los monarcas podían, por razón de Es-
tado, decretar la expulsión de los moros, pero no el bautismo
forzoso. La administración del bautismo á los mudejares, aun
después de la fecha indicada, fué lícita y válida in foro externo;
quedaban los neófitos en el gremio de la Iglesia; eran, por
ende, cristianos, y los juristas y canonistas como los teólogos,
les calificaban con el mote de cristianos nuevos, de nueva-
mente convertidos ó de moriscos. Al morir los Reyes Católi-
cos encomendaron á sus sucesores la destrucción de la secta
mahometana, y de esta política no puede culparse á quien un
siglo después aconsejaba que se hiciese, lo que en mi juicio
debió hacerse inmediatamente después de la conquista de
Granada. De esta opinión participa el Sr. Boronat, recordando
otras muy respetables.
Del reinado de los Reyes Católicos pasa el Sr. Boronat á
examinar en el capítulo V los transcendentales acontecimien-
tos de las Comunidades de Castilla y Germanla de Valencia,
objeto el primero de una publicación especial realizada por la
Real Academia de la Historia, ultimada en 1900 y poco cono-
cida al presente, y tesis el segundo de mi Discurso de recep-
ción en dicha Academia en 1884; pero como ya hice notar en
mis Conferencias del Ateneo en 1889, algo ocurrió respecto de
moriscos desde el fallecimiento de D. a Isabel hasta el reinado
de D. Carlos I su nieto, que merece ser notado. Mediaron la
primera regencia de D. Fernando, el reinado de Felipe I de
Castilla, la segunda regencia del Rey Católico y la regencia del
cardenal Cisneros. Al morir la reina D. a Isabel en 1504, en-
cargó al Príncipe y Princesa que tuviesen mucho cuidado con
la honra de Dios y de su santa fe, procurando su ensalzamiento
y el de los preceptos de su santa Iglesia, constituyéndose en
sus protectores y defensores, peleando contra ¡os infieles enemigos
de ella. Al fallecer el Rey Católico en 15 16, acabó por decir á
sus hijos, que procuraran la destrucción de la secta mahometana.
La política oficial y solemnemente proclamada, era la perse-
cución y destrucción de la raza mora, y sin embargo, el rey
D. Fernando en su primera regencia, comienza por modificar
las instrucciones dadas á la Inquisición, y alcanza una bula
de León X en este mismo sentido; y por real cédula de 20 de
marzo de 15 10, previene al Inquisidor general encargándole
que no proceda con rigor contra los nuevos convertidos, sino
que por el contrario se valga de la persuasión, de la dulzura
y del amor para atraerlos á la religión católica. Las cortes de
Barcelona de 1503 habían alcanzado del Rey que no se expul-
sarían ni harían expulsar, ni consentiría que fuesen expulsados
los moros de dicho principado. Y en las de Monzón de 1510
se declaró, que los moros no fuesen hechos cristianos por fuerza. El
cuaderno original que poseo de estas mismas cortes en lo re-
ferente á Valencia, contiene la Rúbrica XXII Deis moros que no
sien jets cristians per fórca, y en ella se ordena que los moros no
sean expulsados, foragitats, ni lanzados del reino de Valencia ni
de las ciudades y villas reales del mismo, ni constreñidos ni
forzados á hacerse cristianos, y además, que puedan libremente
contratar con los cristianos. De manera que mientras los Re-
yes Católicos en Castilla usaron medios de violencia con los
moriscos, sus sucesores siguieron distinta política en el prin-
cipado de Cataluña, en el reino de Valencia y en el de Ara-
gón, donde residía la mayor parte de aquella raza. La política
de tolerancia había triunfado nuevamente de la del terror y ex-
terminio, y en esta situación pasa el trono español al nieto
de D. a Juana, que adopta el título de Rey en España y el de
Emperador en Alemania.
Su desconocimiento de este país y los excesos de sus mi-
nistros motivaron los graves acontecimientos de las Comuni-
dades de Castilla y Germanía de Valencia, á cuya investigación
é historia he dedicado muchos años de mi vida. Los caracteres
de ambos movimientos, la situación de los moriscos españoles
al producirse aquellos movimientos, la pertinacia en la fe ma-
homética y en la conspiración, de la cual eran cortejo obligado
las piraterías africanas, el interés de los señores en conservar á
quienes con su trabajo aumentaban sus rentas, y todo cuanto
pueda decirse en esta cuestión, todo lo apunté en mis Confe-
rencias, teniendo la satisfacción de iniciar nuevos rumbos al
estudio de la expulsión de los moriscos españoles. El Sr. Bo-
ronat ha completado aquel juicio y lo ha hecho indubitado,
presentando al estudio de los doctos una serie de importantes
documentos, que si al comenzar el siglo XVII se estimó polí-
tico y conveniente reservarlos y ocultarlos, hoy, la historia
hace necesaria de todo punto su publicación para esclarecer y
purificar la verdad, quedando cada interesado en el lugar que
merecieron sus hechos, y patentes los móviles que les obliga-
ron á su realización.
Las alternativas de la guerra y las ventajas en alguna oca-
sión alcanzadas por los agermanados valencianos, sugirieron
á éstos la idea de bautizar por la fuerza á los moriscos y mu-
dejares para restar estas fuerzas del ejército del Rey y de la
nobleza y, en una de las Ilustraciones que acompañaron al
Discurso de mi recepción en la Real Academia de la Historia,
traté del hecho y de sus consecuencias, conviniendo en que
todo ello agravó la cuestión morisca, porque inmediatamente
surgió el problema de si dichos bautizos, realizados contra
Fuero y sin la voluntad de los interesados, habían convertido
á éstos en cristianos, impidiendo la acción del Santo Oficio,
ó por el contrario tales actos de violencia dejaban á los moros
en la misma situación que antes tenían. El Sr. Boronat, exa-
minando á fondo esta cuestión, declara que el forzoso bautis-
mo en la mayor parte de los casos fué ilícito; recuerda el
fanatismo religioso del siglo XVI, que admira, pero no aplau-
de; y señala, que aun cuando Carlos I en 1521 mandó expul-
sar á los moros del reino, dando satisfacción al sentimiento
religioso de la nación, la medida no se pudo llevar á efecto
por la resistencia de los Señores á desprenderse de los que
tan bien les servían en la guerra como en la paz. A continua-
ción plantea el problema de si los moros bautizados por los
de la Germanía eran cristianos y si al practicar de nuevo los
ritos mahometanos, debían ser considerados como apóstatas,
y, recordando la opinión de D. Juan Bautista Pérez, obispo de
Segorbe, añade: «dejando á un lado el aspecto teológico de la
cuestión morisca con las circunstancias agravantes en que la
coloca la conducta indigna de los agermanados, hemos de
convenir en la pasmosa realidad de la ineficacia del bautismo
en aquellos momentos, ya fuesen voluntariamente, ya compe-
lidos á la recepción del sacramento, puesto que la mayor parte
de ellos, por no decir todos, volvieron á la práctica de la reli-
gión de sus padres, y á favorecer, como hasta entonces, las
piraterías de turcos y africanos, obligando con ello al Empera-
dor á tomar fuertes medidas.» Se avivó el celo del Santo Ofi-
cio para que distinguiese entre los herejes y los apóstatas; se
abrió información acerca de la causa de su conversión; resol-
vió el Emperador que se nombrara una junta que entendiera
en la conversión sincera de los mismos, y en 28 de abril de
1524, el arzobispo de Sevilla, en carta dirigida á todas las
inquisiciones, les encargaba que usasen de benignidad y cle-
mencia con los nuevamente convertidos. El papa Clemen-
te VII, por bula de 15 de mayo de dicho año, aconsejaba se
fijase un plazo para la conversión de. aquéllos, so pena de ser
expelidos de España, y absolvía al Rey de cualquier juramento
que hubiese hecho en Cortes referente á la no expulsión de
aquella raza. En 3 de noviembre siguiente, Carlos I escribía al
Inquisidor general mandándole el cumplimiento de los conse-
jos del Papa. La Junta magna, reunida en Madrid, aconsejó la
XXVI
real cédula de 4 de abril de 1525, declarando que los moros
bautizados en aquella forma eran cristianos, por cuanto al re-
cibir el bautismo estaban en su juicio natural y no beodos
ni locos y quisieron de su voluntad recibirle. Nombráronse
predicadores encargados de la instrucción y conversión de los
moros, cuya tarea entorpecieron los nobles protegidos por los
Jurados de Valencia. «El poder real, interpretando el senti-
miento público, mostrábase inflexible contra los restos de
aquella raza mudejar que, dentro de España, procuraba evadir
las leyes públicas y alegar sus privilegios para seguir practi-
cando sus ritos y ceremonias, sus costumbres y su lenguaje,
y en consecuencia, su odio á todo lo verdaderamente cristia-
no, que precisamente en aquella época, era en nuestra penín-
sula sinónimo de español.» La deserción que comenzó á
notarse en los lugares moriscos y la hostil actitud que toma-
ron los moros refugiados en la sierra de Bernia, demostraban
que lejos de haberse extinguido la rebelión del Albaicín, se
preparaban otras de mayor importancia. «El reto que lanzaba
el pueblo vencido, dice el Sr. Boronat, entrañaba toda la gra-
vedad de los más arduos problemas que á la sazón podían
ofrecerse á los ministros del Emperador.»
Por ello el capítulo VI despierta grandísimo interés. Las
órdenes del poder real no se obedecían. Los moriscos que no
se sometían al bautismo ordenado, se refugiaban en la sierra
de Bernia con la rebeldía en el ánimo. En 1525 tenían que dic-
tarse medidas para contener esta rebeldía y proseguir la con-
versión de los pacíficos. Los predicadores recorrían la diócesi
valenciana y llamaban á los reaccios. El Rey escribía á los no-
bles y señores para que le ayudasen en la empresa, pues estaba
resuelto á no consentir que en todos sus reinos y señoríos aya
sino una ley y una fe catholica, pero como los moros proseguían
en su secta sin hacer caso alguno de los deseos del pueblo en
que vivían, se comisionó á Fr. Antonio de Guevara para que
fuese á Valencia como fué, y el 8 de octubre predicó un ser-
món en la Iglesia mayor, exhortando á los moriscos á que se
convirtiesen dentro de ocho días, pues transcurridos éstos se
XXVII
ejecutaría la orden que traía de su Majestad. Al siguiente día
,se pregonó la voluntad del Rey, y se dispuso que ningún
moro fuese atrevido á irse de su lugar, á pena de ser esclavo
del que le hallase fuera. En 16 de noviembre se publicó otro
bando completando las medidas de rigor contra los moriscos,
á quienes se les previno que si para el día 8 de diciembre no
aceptaban el bautismo, se hallarían incursos en la ira del Rey,
quien se reservaba fijar el plazo para el destierro. Este, de
acuerdo con la Santa Sede, se fijó, para los moros de la región
valenciana, á 3 1 de diciembre, y para los de toda la península,
á 31 de enero de 1526. La rebelión levantó su torva faz en Be-
naguacil, y los moriscos que no se refugiaron en la sierra de
Espadan, unos marcharon á la Coruña, donde embarcaron,
otros fueron á Francia por Vizcaya, pero aún fué necesario con-
ceder perdón á los refugiados en la sierra de Espadan y someter
por la fuerza á los más tenaces. Este estado de cosas preocupó
con razón á las Cortes de Castilla y Valencia, que pidieron el
sobreseimiento de cualquier proceso comenzado por los crí-
menes y delitos de la sierra de Espadan y de Bernia, llegándose
hasta celebrar una concordia entre los moriscos valencianos y
el poder real, previo consentimiento del Santo Oficio, á 17 de
julio de 1528 (documento núm. 5 de la Colección Diplomá-
tica), pactando que no se procediese por la Inquisición contra
los moriscos en el espacio de cuarenta años; que no se les obli-
gase á usar trajes cristianos durante diez años; que en el
mismo tiempo no se les obligase á emplear el valenciano ó
castellano sino algarabía; que pudiesen tener cementerio espe-
cial junto á sus mezquitas convertidas en iglesias; que les fuese
dispensado el impedimento de parentesco en los matrimonios
consumados, y en los concertados se consultara á su Santidad;
que los bienes de las mezquitas pudieran aplicarse al culto
cristiano en las nuevas iglesias, reservando una parte para la
manutención de los alfaquíes convertidos; que se les permitie-
se llevar armas; que se les igualase en tributos á los cristianos
viejos; que se les autorizara para mudar de domicilio, y por
último, que se conservasen como universidades independientes
las morerías de realengo de Valencia, Játiva, Alcira, Castellón
de la Plana y otras. Entre esta concordia y las órdenes de ex-
pulsión media efectivamente un abismo, pero aunque no exista
documento que revele la causa de un pacto autonómico tan
radical y tan contrario á toda la política española observada
durante tres siglos, bien puede presumirse que en 1528 prote-
gieron y ayudaron á los moriscos, los que continuaron prote-
giéndoles hasta su definitiva expulsión. Lo que resulta notorio
es, que el Inquisidor general se creyó en el deber de aclarar lo
convenido en lo referente á la celebración de las ceremonias
moriscas, y que si todas las concesiones obtenidas se alcanza-
ron con la promesa de la completa sumisión de la raza vencida,
esto tampoco se obtuvo, y fué necesario substituir nuevamen-
te el terror y el exterminio á los generosos sentimientos de la
piedad y del perdón.
Sin embargo, estos propósitos se modificaron mucho con
la aparición de la reforma protestante en España, objeto del
capítulo VII. Desde que se realizó la unidad política de España,
surgió en la mente de los Reyes Católicos y del gran cardenal
Cisneros la idea de reformar las costumbres del clero, bastante
relajadas por las luchas interiores y exteriores de nuestra na-
ción. Comenzó á realizarse en el clero regular, y las complica-
ciones acaecidas en el orden político y religioso paralizaron
aquellos propósitos. La aparición del protestantismo en Ale-
mania coincidió con el movimiento de las Comunidades de
Castilla y Germanía de Valencia, y el papa León X. en 21 de
marzo de 1521 remitía dos breves al Condestable y Almirante
de Castilla, gobernadores de estos reinos, con el fin de que
vedasen la entrada en la monarquía española á los libros de
Lutero. Las diversas clases sociales se adhirieron á este deseo
y el cardenal Adriano publicó un edicto en 7 de abril de 1 5 2 1,
reproducido en 1523, mandando recoger los escritos del após-
tata y que el Santo Oficio procediese contra los partidarios
que tales ideas tenían entre los moriscos. Así se llegó á la con-
cordia de 1528 indicada en el anterior capítulo, y que marca
un nuevo rumbo á la política del gobierno, más inclinado
siempre á la benevolencia que al terror. Así lo comprueba el
nombramiento de Fray Bartolomé de los Angeles para instruir
en la fe á los moriscos, y cuantas disposiciones se dictaron para
intentar de nuevo la fusión entre vencidos y vencedores, la
designación de nuevos predicadores en 1529 y la orden de Cle-
mente VII en 1530 para que los inquisidores absolviesen á los
moriscos de Aragón, Valencia y Cataluña que hubiesen apos-
tatado in utroque foro. Pero todo fué inútil; la tenacidad de los
moriscos fué aumentando cada día; las piraterías fueron ma-
yores y más sangrientas, y aunque las Cortes de 1532 y 1533
clamaron contra ellas y señalaron el apego que los nobles te-
nían á los bienes de los moriscos, la situación no mejoró, y
hubieron de enviarse á la región valenciana dos comisarios
apostólicos, mientras Clemente VII exhortaba al Emperador á
que no tolerase la existencia de moros en sus reinos y deste-
rrase de Aragón y de Valencia á los que no fuesen cristianos.
Y así, mientras se organizaba una expedición en 1535 para ven-
gar las piraterías de Barbarroja, se publicaron las Instrucciones
y Ordenaciones para los nuevamente convertidos, se creaban
Seminarios para fomentar la instrucción de los nuevos cristia-
nos, y hasta fué necesario condenar al Almirante de Aragón,
como decidido protector de los moriscos de Guadalest y sus
cercanías. Por esta protección fué inútil la pragmática de 1 541
que planteó de nuevo la política del terror; por ella fracasaron
todos los edictos de gracia; por ella resultaron estériles las ges-
tiones de Fr. Bartolomé de los Angeles y de los virreyes de
Valencia, y por ella se llegó á la pragmática de 22 de septiem-
bre de 1545, que era la revocación de la concordia de 1528. El
Sr. Boronat termina diciendo, que «el poder real tampoco po-
día dedicar atención preferente á la solución del problema
morisco, puesto que la guerra con los rebeldes luteranos de
Alemania, venía á debilitar el vigor de aquel monarca vence-
dor en cien combates. De ahí la iniciativa privada en fiscalizar
todas las acciones de aquella raza y la celebración de repetidos
autos de fe que respondían á lo que llamamos en nuestros
días la acción popular.»
XXX
Del verdadero carácter de la raza morisca y opinión de santo
Tomás de Villanueva, de las Juntas de Valladolid y Granada y
de los esfuerzos de D. Francisco de Navarra para convertir á los
moriscos valencianos, trata el capítulo VIII en el mismo sen-
tido que lo hice en la tercera de mis conferencias del Ateneo,
pero adicionándolo y mejorándolo en gran manera. Comienza
el Sr. Boronat reconociendo la dificultad de fijar el verdadero
carácter de la raza morisca, pero añade, que la verdad histórica
como objeto de la crítica moderna, ha venido á confirmar el
juicio emitido por los escritores de los siglos XVI y XVIL
Aunque considerándola muy recargada de color, reproduce la
relación que de aquel pueblo infeliz dejó escrita D. Pedro
Aznar de Cardona, vislumbrando parte de sus costumbres en
los huertanos de Valencia, y declarando que entre los moriscos
había elementos aprovechables, pero no asimilables. El verda-
dero carácter de aquella raza hay que buscarlo en la vida reli-
giosa, en la práctica de sus ceremonias, pues este espíritu es el
que se refleja en sus costumbres, y en su lenguaje. La situación
del reino valenciano en el segundo tercio del siglo XVI era
lamentable, y con vivos colores la pinta el autor de la obra, re-
firiéndose á la epístola que cita del poeta Juan Bautista Anyes
en 1339, y esta sociedad fué á gobernar Fray Tomás de Villa-
nueva en 1544, encontrándola abandonada por completo y
haciéndole exclamar en 1547, que los nuevos convertidos con-
tinuaban tan moros como antes. El arzobispo de Valencia
desarrolló una pasmosa actividad y todo en él fué amor y man-
sedumbre; pero sus buenos propósitos se estrellaban contra la
protección que los señores continuaban dispensando á los mo-
riscos, y de ello suministran elocuente prueba las Cortes de
Monzón de 1552 y las frecuentes piraterías. Por ello en 1551
pidió al monarca el desarme de los moriscos, que se realizó
algunos años después, pero la conversión adelantó poco. En
Granada se reunió una junta presidida por el arzobispo de
Sevilla é inquisidor general, y aunque en ella se acordaron
limitaciones á las costumbres moriscas, fueron tales acuerdos
suspendidos antes de ejecutados.
XXXI
Muerto Fray Tomás de Villanueva en 1555, le sucedió en
el cargo D. Francisco de Navarra, obispo de Ciudad Rodrigo,
y aunque puso en vigor las Ordenaciones hechas por D. Jorge
de Austria acerca de los nuevos convertidos y buscó remedio
con los demás prelados de las diócesis en que existían moris-
cos, sólo se respiraban aires de benignidad que hacían vacilar
la política real, ora inclinándose á la expulsión y al terror, ora
aceptando los medios morales de la conversión para que en el
fondo no cambiase el estado de las cosas.
Coa un monarca de las condiciones de Felipe II y una cues-
tión que tan íntimamente se relacionaba con el sentimiento
religioso de que aquél se constituyó en paladín y defensor, el
problema morisco debía tocar á su término, y sin embargo no
fué así. Todo aquel reinado se pasó discutiendo y aceptando la
necesidad de la expulsión para reservarla á su sucesor. En el
capítulo IX se detalla el amplio perdón que en 10 de abril de
1558 se otorgó á los moriscos de Segovia, Avila, Palencia, Va-
lladolid, Medina del Campo, Arévalo y Piedrahita que, en el
término de gracia, confesasen sus culpas. Este sistema de pru-
dencia y de misericordia mantuvo el statn quo en la cuestión
morisca, pero las últimas exhortaciones de Pío V de que se
persiguiese y castigase la herejía, estimularon los remordimien-
tos católicos de Felipe II, que escribió á su hermana gober-
nadora de España para que denunciase á la Inquisición los
españoles sospechosos, castigando á los culpables con todo
rigor en todas las ciudades. Al presentarse en Valladolid pre-
senció el célebre auto de fe de 8 de octubre de 1559, y le-
vantada información acerca de las ceremonias de los moros
granadinos, aragoneses, catalanes y valencianos que constituían 1
un ataque constante á la unidad religiosa, decretó en 1 561 la
prohibición del lenguaje llamado algarabía, armó 24 galeras
en Barcelona para impedir las piraterías africanas, ordenó el
desarme de los moriscos valencianos que se lleva á efecto el 8
de febrero de 1563, recogiéndose más de 25.000 armas, y vol-
vió luego á los autos de fe # donde fueron penitenciados diferen-
tes moriscos. En 1564 el Consejo de la Inquisición de Valencia
ordenó que los nuevos convertidos oyesen misa y acudiesen
con sus familias á oir la predicación de la fe. Las Cortes de
Monzón acordaron 16 capítulos referentes todos á la cuestión
morisca. Y el 12 de diciembre del mismo año se celebró en
Madrid una congregación presidida por el Inquisidor general,
cuyos acuerdos se detallaron en mis Conferencias del Ateneo,
y en 1565 se dirigió una instrucción al Santo Oficio de Valen-
cia. En la práctica se tropezaba siempre con la misma dificul-
tad: los intereses y la resistencia de los señores. D. Martín de
Ayala, que sucedió á Navarra en el arzobispado de Valencia, ce-
lebró un sínodo diocesano y envió predicadores á los pueblos
de nuevos convertidos, pero no avanzó más. Su sucesor D. Fer-
nando de Loaces convocó una nueva congregación, pero la
política de tolerancia no dio resultado alguno.
Los moriscos granadinos, que ya venían inquietos desde
qu^ se les recogieron las armas, al tener conocimiento de las
restricciones acordadas respecto de los del reino de Valencia,
se lanzaron al campo de las Alpujarras, y el Sr. Boronat en el
capítulo X de su obra, apoyándose en testimonios de la mayor
fidelidad, traza un cuadro exacto de aquel movimiento, rela-
tando que para concluir con el mismo hubo de celebrarse en
Madrid una junta en 1566, la cual adoptó resoluciones que,
lejos de pacificar, exacerbaron más á los moriscos granadinos.
El 16 de abril de 1568 sonaba el toque de rebato en la Alham-
bra. y á fines de diciembre se habían sublevado 182 lugares de
las Alpujarras, tomando por cabeza á Fernando de Valor, vein-
ticuatro de Granada. La sublevación fué vencida por D. Juan
de Austria, pero los moriscos ni se convirtieron ni se arrepin-
tieron. El monarca español, con este propio convencimiento,
acordó que todos los moriscos del reino de Granada aviniesen
tierra adentro, para que los que allí restasen, acabaran de redu-
cirse ó de perderse.»
Desparramados los moriscos granadinos por toda España,
fueron sembrando en toda ella el espíritu de rebelión y resis-
tencia al poder real, y prueba acabada existe hoy de que los
moriscos valencianos y los españoles permanecieron en un
estado de insumisión permanente. Lo había dicho, y el Sr. Bo-
ronat lo documenta cumplidamente. Felipe II toleró la política
de contemporización, y aunque creyó que el único remedio
era la expulsión de la raza mora, del mismo modo que se había
expulsado la judía, quería que las circunstancias le dieran re-
suelto el conflicto. En este momento histórico (1568) es cuan
do Felipe II confió el gobierno de la diócesi de Valencia al
obispo de Badajoz, alcanzando poco antes de Pío V que le con-
cediese la dignidad patriarcal de Antioquía. El estado de la
diócesi valenciana era de prueba para todo varón fuerte; los
problemas todos, se hallaban, como dije ya en el Ateneo, cla-
ramente planteados; y ayudaban al prelado con sus consejos dos
ilustraciones tan sabias como Fray Domingo de Soto y el Doc-
tor D. Gómez de Carvajal. La expulsión, que estaba en todos
los corazones españoles, se acababa de realizar en Granada.
¿Qué restaba hacer á D. Juan de Ribera, arzobispo de Valencia?
Seguir la opinión general del país y la especial del clero espa-
ñol que, en defecto de conversión espontánea, reclamaba la
expulsión de los que no conformándose con su condición de
vencidos, conspiraban constantemente contra el sosiego pú-
blico. El Sr. Boronat termina este capítulo sincerando al arzo-
bispo de Valencia de los inmerecidos cargos que le han dirigido
los apasionados defensores de los moriscos, aunque sin poder
concretar un solo hecho contrario á las leyes divina, eclesiás-
tica ó civil, y demostrando por el contrario, que antes de seña-
lar el medio de la expulsión como el único posible, aún quiso
tantear el Patriarca todos los que inspira la prudencia y acon-
seja un buen propósito para atraer á la religión católica á los
que se burlaban de ella y la escarnecían.
Del lamentable estado del reino valenciano cuando entró á
gobernarle D. Juan de Ribera; de su propósito de no hacer por
entonces novedad sin madura consulta con el monarca; de los
Capítulos y Asiento que los cristianos nuevos de moros del
reino de Valencia tenían con el Santo Oficio de la Inquisición
de dicha ciudad, alcanzados en 12 de octubre de 1571 por la
influencia de los síndicos de las aljamas del reino; de la ingra-
XXXIV
titud de los moriscos; de los pasquines contra el Patriarca y
de las nuevas conspiraciones contra el poder real; de la Junta
de Lisboa en 1581; de los informes de Ribera y de los Inqui-
sidores valencianos al Rey, y del Consejo de Estado en 1582,
se ocupa detenidamente en el capítulo XI. La concordia de
1 571 marcará siempre el triunfo de la política morisca y la
substitución del terror por la benignidad, dulzura y tolerancia,
mediante la cantidad de 50.000 sueldos valencianos que las
aljamas de los moriscos se comprometieron á dar anualmente
para ayuda de los gastos del Santo Oficio. Los moriscos no
correspondieron al espíritu de bondad y olvido que represen-
taba aquella concordia; las piraterías continuaron; se publica-
ron pasquines contra el Arzobispo, y fué necesario recoger á
aquéllos nuevamente las armas, como se ordenó por bando de
28 de junio de 1575.
Una nueva conspiración, tramada de acuerdo con la Fran-
cia y el Gran Turco, fué descubierta por el Santo Oficio de
Valencia, y las autoridades se apresuraron á velar por la paz
pública. El Consejo de Estado, en 6 de marzo de 1577, deli-
beró y aconsejó poner el país en estado de guerra. El Arzobispo
comenzó á trabajar en el arreglo parroquial de los moriscos,
aumentando las rectorías á costa de las rentas de la mitra y
erigiendo nuevas parroquias. La situación revestía síntomas
muy alarmantes. Ellos obligaron, en 1581, á reunirse en Lis-
boa á Fray Diego de Chaves, Rodrigo Vázquez y el secretario
Delgado y redactar unas instrucciones acerca de lo que podría
hacerse para conseguir la conversión de los moriscos, y que
también resultaron estériles. Acerca de ellas pidió el Rey infor-
mes á la Inquisición de Valencia y al patriarca Ribera, quienes
lo dieron en 19 de mayo de 1582. Conocían unos y otro que
Felipe II se hallaba resuelto a echar los moros de toda España, y
sin embargo opinaron que los moriscos del reino de Valencia
debían ser transladados á Castilla y cuanto más fuese posible
apartados de la mar. Con razón afirma el Sr. Boronat que, an-
tes de 1582, el arzobispo de Valencia no había informado en
el sentido de la expulsión. El Consejo de Estado se reunía fre-
cuentemente, y en 19 de junio adoptaba acuerdos que deben
estimarse precursores de la expulsión y que fueron ratificados
en otra junta de 13 de septiembre. En 19 y 23 de septiembre
de 1582 es cuando se soluciona el conflicto, resolviendo co-
menzar la expulsión por los moriscos valencianos, pero todas
las disposiciones adoptadas hubieron de suspenderse por los
motivos que se consignan en el capítulo XII.
Tiene este capítulo grandísima importancia, no ya por lo
que el autor afirma y prueba, sino porque comienza á publicar
documentos inéditos de gran valor conservados en el archivo
del Colegio de Corpus Christi, memorable fundación del arzo-
bispo de Valencia. Aplazados los acuerdos tomados por el Con-
sejo de Estado en 1582, vióse obligado Felipe II á suspender
los edictos de gracia y á dictar nuevas medidas de rigor, tan
espontáneas como necesarias, al ver protegida una poderosa
armada del rey de Argel y desoídas cuantas exhortaciones reli-
giosas les dirigiese el celoso Patriarca. En 1583 se ordenó el
regreso á su destino de los moriscos expulsos de Granada que
no obedecieron las pragmáticas. Y en 1584 se les recogieron
de nuevo las armas que usaban con escándalo. Tan pronto
como se apelaba á la tolerancia y al perdón surgían las cons-
piraciones, y si se apelaba al rigor crecía el odio contra el cris-
tiano y se rogaba auxilio al rey de Argel. En 1585 se hizo
ejemplar castigo en varios moros granadinos. En la plaza de
Zaragoza tenían lugar autos de fe contra apóstatas y protestan-
tes. Pero como las Cortes de Monzón aconsejasen el remedio
por medio de la conversión, á él acudió Felipe II y nuevamen-
te, en 17 de junio de 1587, convocó otra magna junta en Ma-
drid, presidida por el arzobispo de Toledo, Inquisidor supremo,
después de haber recibido un memorial del patriarca Ribera
del día 12, en que abogaba por la necesidad de instruir á los
moriscos en la fe. El Rey, por cédula de 28 de junio, mandó
implorar el auxilio divino, y uno de los documentos que com-
prueban la sinceridad y el santo pensamiento del Patriarca, son
los curiosos apuntes de un memorial que pensaba elevar al
monarca español, y cuya lectura convence que el santo varón
XXXVI
lo esperaba todo de Dios y de la instrucción. Decretólo el Rey,
y preguntado el Patriarca, en 28 de junio, si sería bueno co-
menzar la instrucción á un tiempo por todas partes, le envió,
seis días después, las instrucciones para el logro feliz de aque-
lla empresa, y ordenó la celebración en Valencia de una junta
que debía reunirse dos veces á la semana y que comenzó sus
sesiones el 13 de octubre, acordando lo que consignamos en
la conferencia cuarta del Ateneo. Por el camino de la clemen-
cia poco se adelantó en la conversión, pues el año 1589 co-
menzó por un nuevo auto de fe, por un bando prohibiendo el
1 — comercio con Argel, y por descubrirse en Albarracín una nueva
conspiración que produjo un tumulto en Xea en 1590.
En la substanciación del proceso morisco, resultaron varios
y encontrados pareceres de que trata el autor en el capítulo XIII.
Fué uno de ellos el del obispo de Segorbe D. Martín de Salva-
tierra que, consultado por el Rey, dictaminó en 30 de julio de
1587 en el sentido de la expulsión, apoyada en nuestros días
"■—- por un hombre tan profundamente pensador como D. Antonio
Cánovas del Castillo. La cuestión morisca en el reino de Gra-
nada la estudió D. Alonso Gutiérrez en 6 de septiembre de
1588 en el sentido también de la expulsión. El Consejo de Es-
tado en 5 de julio del mismo año suplicó á S. M. que tomase
medidas para evitar el mal que amenazaba, y en 30 de noviem-
bre adoptó nuevos acuerdos con la misma tendencia. Y don
Bernardino Dávila á 29 de diciembre propuso á Felipe II que
tomara severas medidas contra los moriscos. La ola avasalla-
— dora de la opinión pública avanzaba, y el Consejo de Estado
se vio obligado á proponer medidas radicales, que consistían
en la expulsión de los que no querían vivir más que como mo-
— « ros. El propio secretario de Felipe II se consideró obligado á
lamentar lo mucho que se manoseaba y discurría en la cues-
tión morisca, y á proponer la ejecución de medios, á su parecer
más eficaces. Y comprendiéndolo así el monarca, ordenó en 25
de febrero de 1595 que se reuniese otra junta para continuar y
acabar la plática que estos años atrás se comenzó de ¡a enseñanza
y doctrina de los moriscos de Aragón y de Falencia. El Rey lo tenía
XX XV II
ofrecido en las Cortes de Madrid de 1592 como consecuencia
de los sucesos de Aragón en esta fecha. Y no tardó en cum-
plirlo, pues .el 12 de marzo de 1595 la junta nombrada for-
muló su primera consulta, y hasta el 5 de enero de 1600 elevó
cuarenta más, en las cuales, según el Sr. Boronat, se contiene
el verdadero proceso de la célebre cuestión morisca durante
los últimos años del reinado de Felipe II. Con este motivo se
publican por vez primera cuatro cartas reales al patriarca Ri-
bera de 8 de abril, 12 de septiembre y 4 de noviembre de 1595,
pidiéndole su parecer acerca de la instrucción de los moriscos,
alabando su celo y gestiones para alcanzarla, disponiendo ro-
gativas para ablandar á los empedernidos en el error, y man-
dando se corrigiese el Catecismo que redactó D. Martín de
Ayala para la instrucción de los nuevos convertidos de moros.
En esta información abierta á la verdad de la fe católica, se
presentaron algunos pareceres favorables á los moriscos, como
el de los Dres. D. José Esteve y D. Juan Bautista Pérez, el de
D. Martín de Idiaquez y el de D. Martín González de Celorigo.
De esta suerte resulta el pro y el contra de la cuestión, y queda
acreditada la imparcialidad del autor, que era requisito indis-
pensable para un juicio severo como el que me complazco en
examinar.
Y con lo expuesto llegamos al capítulo XIV y último del
tomo I, que termina con el reinado de Felipe II, monarca tan
cruel y tan sanguinario... que no se atrevió á decretar la expul-
sión de los moriscos españoles. Recuérdase en él, que se había
pedido al Papa un breve ó edicto de gracia para poder perdonar
á los moriscos las penas en que hubiesen incurrido por sus
pasados extravíos, ó sea en la práctica de ceremonias mahome-
tanas, lo cual constituía una transacción más. Con este motivo
ven por vez primera la luz pública dos informes del patriarca
Ribera, que condensan todo su pensamiento político-religioso
en la cuestión morisca. Pero lejos de advertir en estos docu-
mentos una sola palabra acerca de la expulsión, se encuentran
en ellos sanos consejos para facilitar la conversión como últi-
mo esfuerzo del poder real y que la fusión se realizara. El mo-
XXXVIII
narca coadyuvó á este propósito suplicando al Pontífice la
concesión de algunos breves llenos de misericordia para con
los nuevamente convertidos. La Inquisición amenguó sus ri-
gores. Se crearon y dotaron nuevas rectorías. El Consejo de
Estado aplazó su definitiva opinión. Y lo mismo la predicación
asidua que los edictos de gracia ofrecieron un resultado ne-
gativo.
Encargado el príncipe D. Felipe del gobierno del país, con-
tinuó la obra de su padre, y sus primeras disposiciones fueron
ayudar al Patriarca para proseguir la obra de la instrucción, y
el nombramiento de rectores y vicarios, aunque fuesen regu-
lares y de las órdenes mendicantes. Cuando por la muerte de
su padre fué Felipe III rey de España, comenzó por entregarse
en brazos del marqués de Denia, que por mucho tiempo fué
su gran privado. Pero en la cuestión morisca propuso desde
luego las más graves resoluciones, como puede verse en la
consulta del Consejo de Estado de 2 de febrero de 1599. El
capítulo que examinamos termina con una crítica, muy razo-
nada, respecto de la política seguida por Felipe II en la cues-
tión morisca, afirmando el autor que nada logró el monarca
— con su política de contemporización, y el problema quedó sin
resolver al bajar aquél al sepulcro, después de haber deposi-
tado en las manos de su inepto hijo el cetro de dos mundos.
La razón de Estado se había impuesto, y Felipe, no obstante
su conciencia severa y el temor fundado de conspiraciones y
levantamientos como el de la Alpujarra en 1568, cedió á seme-
jante razón.
Avaloran el tomo I de Los moriscos españoles y su expulsión
624 notas, citando obras, opiniones y hasta documentos ínte-
gros que comprueban las afirmaciones del texto y que satisfa-
cen la exigencia de la ciencia histórica. Todo cuanto se asegura
todo está comprobado y este es el mejor elogio que puede
hacerse de la obra. Su autor ha puesto á contribución los ar-
chivos nacionales y extranjeros y ha consolidado su fama de
historiador veraz, literato insigne, filósofo eminente y crítico
profundo, y' lega á la posteridad una obra fundamental acerca
XXXIX
de la materia que la ha inspirado, y, á nuestro juicio, la última
palabra posible en la cuestión que tanto perturbó á la sociedad
valenciana desde la reconquista en 1238. D. Jaime I el Con-
quistador inició la política de tolerancia con la raza vencida.
Los reyes de Aragón primero y los reyes de España después,
mantuvieron esa misma política por 362 años, sin conseguir -
jamás ni la asimilación ni la fusión, como siglos anteriores la -
realizaron godos y romanos. Lo impedía la diferencia de reli-
gión y la animosidad del sectario de Mahoma, siempre ciego
á la luz del Evangelio. Lo exigía la unidad política, alcanzada -
por los Reyes Católicos, y lo demandaba la unidad religiosa.
Durante más de tres siglos y medio vaciló el poder real y quiso
alcanzar de la razón lo que sólo de la fuerza podía obtener. La
sociedad mora había nacido dentro de la sociedad cristiana y,
aunque española, jamás dejó de ser mahometana en sus usos,
en sus costumbres y en su fe. Su bandera fué siempre la cons-
piración contra el poder real, y su propósito destruir la unidad -
de la patria. A los favores y consideraciones que se le dispen-
saron, contestó siempre con la ingratitud, con el desamor y la
traición. Sólo pudieron los moriscos prolongar semejante es-
tado por la protección que les dispensaron los señores y los
dueños del dominio directo. Pero llegó la hora de la gran jus-
ticia y los moriscos que no quisieron ser cristianos fueron ex-
pulsados. La obra que acabamos de examinar es, en su tomo I,
la reunión de todos los antecedentes necesarios para formar
cabal y completo juicio de asunto tan complicado y complejo.
Los documentos justificativos que forman la Colección Diplo-
mática, son de grandísimo interés y revelan el exquisito cui-
dado con que el autor ha querido comprobar sus afirmaciones.
Si se hubiese tratado de una obra de imaginación, cuatro
frases laudatorias hubieran constituido el Prólogo. Pero se trata
de un trabajo fundamental cuya materia ha puesto á contribu-
ción nuestro limitado ingenio en diferentes ocasiones; se trata
de fijar la verdad histórica; se trata de esclarecer la gloria de -
un arzobispo de Valencia cuyas virtudes han sido santificadas
por la Iglesia; y de vindicar su memoria de maliciosas insinúa-
XL
ciones, y un valenciano tenía el deber de examinar á fondo la
obra, para declarar que después de ella ni se volverá á hablar
más que para el elogio del beato Juan de Ribera, ni tampoco
de la expulsión de los moriscos españoles.
II
Aunque la expulsión de aquella raza venía acordada en
principio en el reinado de Felipe II, le cupo á su hijo y sucesor
la gloria de realizarla, satisfaciendo los deseos del pueblo espa-
ñol y consolidando la unidad religiosa, complemento de la
política, alcanzada con la conquista de Granada. De toda suer-
te, si el tomo I de esta obra debe estimarse como el conjunto
de datos, antecedentes y documentos indispensables para po-
der formar juicio acerca de una cuestión tan complicada como
difícil, el tomo II es demostración clarísima de cómo se modi-
ficó la política española ante la imposibilidad de fundir la so-
ciedad mora con la cristiana, y ante la necesidad de poner á
salvo los intereses permanentes de la nación española, ansiosa
de paz y de reposo.
El capítulo I comienza con indicaciones generales acerca
del estado político, económico y religioso en que el tercero
de los Felipes y su gran valido el duque de Lerma, encontra-
ron á España al encargarse de su gobierno. Nuestra decadencia
hallábase bien determinada, y con razón pudo decirse que la
república mantenía á pocos buenos y á muchos malos, y que
los malos, eran señores de los buenos. Establecida por el pri-
vado la política personal, explotada la piedad religiosa del mo-
narca, y creciente, cada vez más, el fanatismo de la época,
volvió á plantearse el problema de la expulsión de los moris-
cos, que, de acuerdo con las Cortes, quedó determinada en
1 582. El Consejo de Estado, á quien se consultó en 1599, opinó
en 30 de enero que los moriscos de quince á sesenta años
fuesen condenados á galeras y sus haciendas confiscadas; que
los mayores de sesenta años y las mujeres se enviasen á Ber-
bería; y que los niños quedaran en seminarios. La misma opi-
nión consignó el marqués de Denia en otra sesión del 2 de
febrero. Con estas opiniones contrastaba la del alto clero que,
reunido en Valencia en Concilio provincial de que formaba
parte el patriarca Ribera, opinó, que lejos de expulsar á los mo-
riscos, se les debía adoctrinar y hacer cuanto humanamente se
pudiese por atraerlos á la religión cristiana. Y consecuencia de
esta singular actitud fueron el nuevo edicto de gracia expedido
por el Inquisidor general en 6 de agosto concediendo á todos
los moriscos perdón general si, abrazando la fe católica, abju-
raban de sus pasados errores, y la publicación del célebre Cate-
cismo de Ayala, impreso por Mey y circulado en 1599 por el
arzobispo de Valencia. En mis Conferencias hice ya notar, que
solamente una morisca se acogió á los beneficios del nuevo
indulto.
El Srr. Boronat traza con este motivo el viaje del Rey á De-
nia, su entrada en Valencia, su matrimonio con D. a Margarita
hija de la archiduquesa de Austria, é impresión que le pro-
dujo el problema morisco, resolviéndose á acudir á todos los
medios antes de reducir á la práctica el propuesto por el Con-
sejo de Estado. Verdaderamente el despacho del Rey, expedi-
do desde Barcelona á 23 de mayo de 1599, que se conserva
en el archivo del Colegio de Corpus Christi, confirma aquella
resolución, pues da instrucciones concretas respecto de cuanto
debía hacerse para lograr la reducción de los nuevos converti-
dos de moros. A esta carta real siguieron el edicto de gracia,
la reunión sinodal, la circular con instrucciones á los curas de
los pueblos de moriscos, la visita personal del mismo Patriarca
á varios lugares de su diócesi y la publicación del ya mencio-
nado Catecismo. El arzobispo de Valencia había hecho impri-
mir una carta en la que decía: «que estaba tomada resolución
para, en el caso de que no acudiesen como debían, sacarlos a
todos del Reino y enviarlos desparcidos por los de Castilla...
Los medios suaves han de ser los primeros y si aquellos no
XLII
hicieren fruto se ha de proceder a los fuertes y rigurosos.»
Para tratar de todos estos extremos se reunió el Consejo de
Estado en 19 de febrero de 1600, y, después de mandar reco-
ger los librillos ó edictos que el Patriarca divulgó, dio nuevas
instrucciones y recogió cuantos informes -redactaron personas
competentes, consignándose varios en la obra que estudiamos.
El primero, en el orden cronológico, es del cardenal de Gue-
vara, quien resumió las opiniones que se habían dado y eran:
que transcurrido el año de gracia se echase á todos, sin quedar
ninguno de ninguna edad, estado y condición que fuese; no
bautizar á los niños que naciesen hasta que tuvieran edad y
discreción para recibir el sacramento, y declararlos enemigos y
rebeldes dejDios y de su Majestad y servirse de ellos en las
galeras, minas y otras partes. De estos tres medios le parecía
mejor y más seguro el tercero. El P. José Crysuelo opinó en
contrario, esto es, que convenía procurar la conversión de los
moriscos. D.Juan Boil de Árenos, que fué comisionado por el
santo Fray Luís Bertrán para avisar del peligro á su Majestad,
recordó que, según profecía del venerable Fray Escuder, debían
meterse todos en la mar, pero en bajeles barrenados, sin remos,
timones, jarcias ni velas, y de esta manera enviarlos á África,
que era lo mismo que se propuso en Lisboa en 1582. Y vióse
también un papel que Fray Sebastián de Encinas envió al
duque de Lerma, en que se indicaban las razones morales por
las que, si no se ponía remedio en lo de los moriscos, vendría
España en notable é irremediable trabajo. Todo ello indujo al
gobierno de Felipe III á realizar en 1601 la expedición á Argel,
mandada por D. Juan Andrés Doria, que no tuvo el éxito que
se esperaba. Todo ello acrecía el desasosiego é inclinaba los
ánimos á favorecer un desenlace radical, como lo comprueba
el bando que hizo publicar el conde de Benavente, virrey de
Valencia, en 12 de noviembre de dicho año, dictando varias
disposiciones encaminadas á restablecer la tranquilidad de áni-
mo, la confianza, la paz y la buena administración de justicia.
Y este cuadro lo termina el autor publicando los aranceles que
regían á la sazón y que estimaban á los moros como una ver-
XLIII
dadera mercancía sujeta á los derechos de importación. No
podía darse una condición social más infeliz de una raza que
tenía constantemente amenazada la nación.
Lo que después pasó y se relata en el capítulo II era nece-
sariamente lógico. El patriarca Ribera, á últimos del año 1601,
dirigió á Felipe III un memorial acerca de los moriscos. En él
hablaba de la tenacidad de aquella raza; de su resistencia á
aprovecharse de los edictos de gracia; de su interés en practicar
las ceremonias moriscas, y terminó pidiendo se tomase la reso-
lución que pareciere conveniente. El extracto que de este docu-
mento se hace es interesante y atinados sus comentarios. El
Rey ordenó al Patriarca que ampliase sus razonamientos, y el
21 de enero de 1602 lo hizo en términos que publicaron los
historiadores de la expulsión. Entonces proclamó la conve-
niencia y necesidad de expulsar á los moriscos de España, pero
aún propuso que antes se abriese una información acerca de
la conducta que guardaban, y asegurado el Rey de la herejía y
apostasía manifiesta, los condenara á perdimiento de bienes y
destierro perpetuo de sus reinos, fijando un término breve para
cumplirlo. El efecto que estos memoriales produjeron en el
ánimo del Rey, resulta de la carta que el conde de Villalonga
escribió al arzobispo de Valencia en 9 de febrero de 1602, y
que se conserva en el archivo del Colegio de Corpus Christi.
«El Rey ha abierto los ojos con tanta claridad y zelo que es-
pero en Dios que desta vez se tomara resolución de lo que se
ha de hazer y se executara.» La minuta de la pragmática de
expulsión que llegó á redactarse y se conserva en el archivo
de Simancas, prueba la verdad de las anteriores afirmaciones.
Por ello cuando las Cortes de Valladolid suplicaron que se pro-
veyese de remedio en el asunto de los moriscos, el Rey pudo
contestar, «que en lo referente al reino de Valencia estaba ya
dada la orden que habia parecido mas conveniente.»
Fallecido el conde de Benavente, fué nombrado virrey de
Valencia su arzobispo D. Juan de Ribera, que juró el cargo el 3
de diciembre de 1602. Reunidos ambos cargos, comenzó á des-
empeñarlos restableciendo la tranquilidad pública por medio
XLIV
de bandos, prendiendo á diez de los moriscos conspiradores, y
ordenando que todos los domingos, la artillería y la infantería
por compañías, se ejercitasen en el tiro al blanco. Hábil polí-
tico se mostró en el desempeño del virreinato, pero compren-
diendo las dificultades que le creaban los señores de vasallos,
renunció el cargo y la renuncia le fué admitida á mediados de
enero de 1604. Las Cortes de Valencia de este año acordaron
varias medidas defensivas, y aún hubo teólogo que presentó
un luminoso informe abogando por la aplicación de medios
suaves para la conversión, pero en 1605 se descubrió una nue-
va y formidable conspiración morisca, apoyada por Francia é
Inglaterra, que motivó un proceso y una sentencia del mar-
qués de Villamizar, á 23 de junio del mismo año.
El autor dedica el capítulo III á la reunión de algunos da-
tos biográficos de D. Feliciano de Figueroa y al examen del
Tratado acerca de los moriscos de Pedro de Valencia; del P. Bleda
y su Defensio fidei; extracta unas proposiciones del augustiniano
Arias referentes á los moriscos, y termina con unas breves y
necesarias reflexiones. Estimamos lo primero como una prueba
más de que el autor no ha dejado documento alguno por exa-
minar, ni opinión por discutir, por más que fuera adversa.
Todo debe leerse y meditarse sin pasión, respetando siempre
las ajenas opiniones, pues la misión del historiador se cumple
comprobando lo que se afirma y emitiendo un juicio desapa-
sionado, pero dejando en completa libertad á los demás para
que formen el suyo. Las palabras con que el Sr. Boronat cierra
el capítulo, merecen ser elogiadas. «Al juzgar contraemos la
obligación de ser juzgados: si erramos, venga la corrección y
no tardará la enmienda; si acertamos, nos complaceremos en
el acierto, sin que nuestro yerro ó nuestro acierto menoscaben
la integridad de las creencias religiosas que nos legaron, como
depósito sagrado, nuestros padres y maestros.»
El monarca español, además del Consejo, tenía á su lado
una junta compuesta del P. Confesor, del comendador mayor
de León y del conde de Miranda, para consultarles los asuntos
más íntimos y graves. Esta junta se llamaba la Junta de tres, y
XI /v
el autor ha tenido el buen acuerdo de transladar íntegros á su
capítulo IV los acuerdos de i.° de enero y 29 de octubre de
1607, de que di suscinta cuenta en la conferencia quinta del
Ateneo de Madrid. De ellos resulta que era confesor de su Ma-
jestad el Padre Fray Gerónimo Xavierre, quien hizo constar,
que aunque D. Juan de Ribera era de diferente opinión, descon-
fiado de la conversión de aquella gente, convenía insistir en
ella escribiendo cartas al Patriarca, Virrey y obispos. De la mis-
ma opinión fueron el comendador mayor de León y el conde
de Miranda. Así debió mandarse, y de nuevo el problema vol-
vió al cauce de la benevolencia, más que por confianza en el
remedio, como justificación del empleo de medios coercitivos
cuando la instrucción no aprovechase. La Junta de tres volvió
á reunirse el 29 de octubre, y vistas todas las consultas remiti-
das desde 4 de diciembre de 1 581 y reconociendo la gravedad
de la materia y la ineficacia del nuevo edicto de gracia, el
P. Confesor volvió á repetir la opinión del Patriarca, favorable
á la expulsión, y la del cardenal de Guevara, contraria, para
concluir adhiriéndose á ésta y optando por el camino de la
misericordia en vez del sistema del terror. Con esta opinión
volvieron á conformarse el comendador mayor de León y el
conde de Miranda. Una y otra política quedó bien determi-
nada, y sometida la cuestión al Consejo de Estado en pleno á
30 de enero de 1608, reconoció éste la conveniencia y necesi-
dad de la expulsión, si bien el duque de Lerma propuso, para
ganar la confianza y apoyo de los barones de Valencia, que se
les diesen las haciendas de sus vasallos. La suerte estaba echa-
da y desde entonces sólo se pensó en asegurar la expulsión.
Acaso este hecho influyera en la celebración de las paces entre
España é Inglaterra, contra las que protestó el Patriarca, según
los curiosos documentos que se publican por vez primera.
Lejos de facilitar los moriscos la solución del problema
que se cernía sobre sus cabezas, lo agravaron con su conducta,
perfectamente delineada y comprobada en el capítulo V de
esta obra, y sin embargo, antes de adoptarse la definitiva reso-
lución, Felipe III mandó se reuniesen en Valencia los prela-
dos de aquel reino, sin que su animo se mudase ni en poco ni en
mucho [de] lo que santamente avia determinado de echar los moris-
cos. La reunión se realizó; se designaron varios teólogos para
que diesen su parecer por escrito; y á mediados de diciembre
pudo el Patriarca remitir al Rey la Relación que habia formado
y que el Sr. Boronat inserta en el texto de la obra, atendida
su importancia histórica y teológica, acompañada de varios
documentos inéditos que se conservan en el archivo del Co-
legio de Corpus Christi y que hacen inestimable el trabajo. Por
los votos de todos los concurrentes, menos el P. Fray Anto-
nio Sobrino y el prior de San Miguel de los Reyes, que se
abstuvo, los moriscos fueron declarados herejes notorios, y se
hicieron otras declaraciones de carácter menos transcendental.
Antes de que esta Relación llegara á poder del Rey, y según
documentos inéditos que ahora se dan á conocer, Felipe III
escribió al Patriarca y al Virrey acariciando aún la idea de pro-
seguir la instrucción de los moriscos, pero ya tarde, y aunque
el P. Sobrino amplió ante S. M. en 3 1 de diciembre los funda-
mentos de su singular opinión, y la junta del Real de Valencia
volvió á opinar por un tercer edicto de gracia, el Rey, á instan-
cia del duque de Lerma, mandó acelerar la ejecución del des-
tierro. Resulta pues comprobado de una manera irrebatible,
que el Consejo de Estado en 30 de enero de 1608 y 4 de abril
de 1609 acordó definitivamente la expulsión de los moriscos,
y el duque de Lerma fué el que inclinó al monarca á ejecu-
tarla. Las consideraciones con que cierra el Sr. Boronat este
capítulo me parecen acertadas, pero no quiero discutirlas por
lo mismo que une mi humilde nombre al de los eximios his-
toriadores Sres. Menéndez y Pelayo y Cánovas del Castillo.
Las señales precursoras.del decreto de expulsión, la causa
principal de este gravísimo acuerdo, la llegada á Valencia de
D. Agustín Mejía, la dificultad que ofreció la expulsión de los
niños moriscos y la actitud franca del duque de Lerma, cons-
tituyen el sumario del capítulo VI. La inquietud reinaba por
doquier. Los moriscos temían. La sociedad cristiana confiaba
en su Dios y en su Rey. Este permaneció en Segovia desde el
XLVII
2 de julio hasta el 3 de septiembre. Allí llamó y acudió el va-
leroso castellán de Amberes D. Agustin Mejía, que tan alto
puso su fama militar en el asedio de Ostende en 1601. Este
partió para Valencia á ponerse de acuerdo con el marqués de
Caracena, su capitán general. D. Pedro de Toledo, marqués de
Villafranca, fué á Denia para disponer lo necesario y tomar
desde luego el mando de las galeras de España. Al Rey le pre-
ocupó la suerte de los niños moriscos, y en carta de 4 de agos-
to, que hasta ahora ha permanecido inédita, dejó á la prudencia
del Patriarca la solución de aquel conflicto. Contra todo cuanto
se ha supuesto respecto de este punto, la documentación del
archivo del Colegio de Corpus Christi revela la prudencia y
acierto con que se procedió para asegurar el éxito de la opera-
ción y cuanto se pensó é hizo para dulcificar la suerte de los
niños moriscos. La carta de 9 de septiembre del Patriarca al
secretario Prada fué juzgada por la Congregación de Ritos, y
lo que no fué obstáculo para que la Iglesia dispensara el culto
público al arzobispo D. Juan de Ribera, mal puede ser ya arma
de combate en las disputas de los hombres. El mismo Fray An-
tonio Sobrino, que tanto disintió de las opiniones del Patriarca,
en lo fundamental se adhirió á la solución propuesta en lo re-
ferente á los niños moriscos, según otro documento que agra-
decerá la historia.
Las negociaciones á que dio lugar aquel delicado punto de
la expulsión, aplazaron por algunos días la publicación de la
pragmática, pero el duque de Lerma supo inspirar la consulta
del Consejo de Estado de 15 de septiembre de 1609, Aíejía y
el Patriarca vencieron la resistencia pasiva de los Señores, y
el marqués de Caracena, como se hace constar en el capítu-
lo VII, publicó en 22 de septiembre de 1609 su conocido bando,
del cual poseo un ejemplar autorizado. La cuestión morisca
quedaba resuelta. La sociedad cristiana celebró con general ale-
gría el triunfo de su fe, de su unidad religiosa y de la salvación
de su patria. La rebeldía aún se manifestó osada en algunos
puntos escabrosos del reino, pero esta misma resistencia sólo
sirvió para precipitar la ejecución. Los señores de vasallos con-
XliVIII
tribuyeron á ella á costa de sus intereses. El arzobispo Ribera
predicó en la catedral un notable sermón, y, de acuerdo con el
Consejo, dio solución á la cuestión de intereses de los seño-
res y barones; ordenó cuanto exigía la repoblación; reunió los
antecedentes indispensables para preparar el edicto de expul-
sión contra los moriscos de Castilla, y propuso lo necesario
para completar el negocio en Valencia. En el texto se inserta,
tomándola de Simancas, la consulta del Consejo de Estado de
27 de septiembre de 1609. La primera expedición de expulsos
partió el 28 de aquel mes y á ésta siguieron todas las demás,
en la forma ya conocida. Algunos excesos se cometieron que
fueron inmediatamente reprimidos, pero no se evitó que, au-
mentada la desesperación entre los moriscos que aún no ha-
bían salido, resistieran el embarque con las armas en la mano
en los términos que se relatan en el capítulo VIII.
A pesar de los indultos publicados por el marqués de Ca-
racena, de acuerdo con el patriarca Ribera, los moriscos de
Alberique intentaron sublevar á los vecinos de Algemesí; los
vecinos del valle de Ayora se reunieron en Teresa el 20 de
octubre y resolvieron fortificarse en la Muela de Cortes, y allí
se dirigieron con mujeres, ganados, bagajes y ropa, capitanea-
dos por Pablillo Ubecar, con seis cajas y dos banderas. A este
núcleo se unieron los de otros lugares. Caracena, al dar cuenta
al Rey, le propuso dejar sin efecto el bando en la parte que
consentía dejar seis casas de moriscos por cada ciento de las
que existían. Todos los cristianos nuevos de la Canal de Na-
varrés se unieron á los de la Muela y nombraron por rey,
primero á un alfaquí de Cortes, de nombre Amira, y después
á un morisco de Catadau llamado Turigi, contra quienes se
organizó la resistencia de las tropas reales. Con esta rebelión
coincidió la de los valles de Aguar y Guadalest, que fué pronta
y sangrientamente reprimida por D. Agustín Mejía, que obtu-
vo, además de los plácemes de S. M., el nombramiento de
Maestre de campo General de los ejércitos. Los de la Muela de
Cortes se rindieron el 20 de noviembre. Su jefe, Turigi, fué
capturado en una cueva, y 300 de los rebeldes fueron embarca-
XLIX
dos en el Grao de Valencia. El marqués de Caracena publicó
dos bandos el 5 de diciembre, uno para que no fuesen tenidos
por esclavos los moriscos aprehendidos con las armas en la
mano, y otro prohibiendo la venta de moriscos, que después de
la publicación de la orden de destierro se refugiaron en las mon-
tañas. La clemencia puso digno remate á la cuestión de la fuerza.
Más de 150.000 moriscos arrojados del reino de Valencia,
con todas las alhajas y dinero que pudieron recoger; abando-
nados los campos y sin poder por el momento substituir los
brazos qué los habían hecho productivos; privados los señores
y barones de la mayor parte de las rentas que les procuraban
el trabajo y la industria de los moriscos, necesariamente había
de producir una gran perturbación en el orden económico,
como la ofrece siempre una colonización y el tránsito del colo-
nato esclavo al trabajo libre. En mi conferencia quinta del
Ateneo de Madrid señalé algunos datos para determinar los
perjuicios que originó la expulsión de los moriscos españoles,
cómo se remediaron los daños causados y cuáles fueron sus
consecuencias económicas y político-religiosas. El más perju-
dicado fué el real patrimonio. Siguió la Inquisición de Valen-
cia. Y continuaron los barones y señores de vasallos moriscos,
que no pudieron repoblar los lugares que éstos abandonaron,
y se vieron obligados á aceptar la concordia de 1614, en que se
detallan los perjuicios sufridos y las indemnizaciones que el
monarca les otorgaba. La repoblación comenzó desde luego y
fué siempre aumentando. En un país agrícola como lo es el
reino de Valencia, la expulsión de 150.000 braceros había de
producir, como produjo, una gran perturbación en los elemen-
tos de trabajo y un gran perjuicio para la riqueza pública y
particular. La expulsión fué, como tenemos dicho, perjudicial
para la riqueza pública y más principalmente para la agricul-
tura. A pesar del rigor con que se efectuó la expulsión, aún
quedaron en España moriscos, unos protegidos, otros ocultos
y no pocos fingiéndose cristianos nuevos. El poder público
realizó las necesarias investigaciones y consolidó la paz en la
sociedad española y cristiana.
Aunque los detalles de las indicadas sublevaciones sean
conocidos, han recibido novedad y frescura con los documen-
tos del archivo del Colegio de Corpus Christi, que el Sr. Boro-
nat ha tenido la dicha de poseer y que por vez primera se
publican. El memorial del sacerdote D. Gaspar Galip es, en
efecto, curioso y merece ser leído, pues revela los medios de
que se valían los moriscos no embarcados para continuar resi-
diendo en España. El capítulo VIII termina señalando las espe-
ciales circunstancias que la expulsión reunía en Valencia y
Aragón, muy distintas de las que tuvieron en Castilla y An-
dalucía.
Trata el capítulo IX de la rebaptización de los moriscos;
del aspecto teológico del asunto y reflexiones acerca del mismo;
de la muerte del patriarca Ribera, y del fin de la expulsión en
el reino de Valencia. El destino de los niños moriscos, que
tanto preocupó al Patriarca y al poder real, planteó, después de
la expulsión, problemas hasta entonces desconocidos. Unos ha-
bían sido robados; otros fueron recogidos, en número de 900 á
1. 000, y no pocos quedaron bajo la protección de la marquesa
de Caracena, esposa del Virrey. El clero abogó por la suerte de
tantos inocentes; pero ante la dureza del Consejo de Estado,
el Patriarca se vio obligado á publicar el edicto de 3 de agosto
de 1 6 10, mandando se reiterase el bautismo para asegurar la
salud espiritual de aquellos infelices. El Sr. Boronat da á cono-
cer el texto íntegro de dicho edicto, y discutiendo la opinión
del P. Bleda justifica al arzobispo de Valencia, indicando el
ideal sublime en que se inspiró, y, apoyándose en documentos
desconocidos hasta ahora, asegura que hasta el mismo Rey
aplaudió los rigores espirituales con que el Patriarca promulgó
aquella fiscalización.
Cuando se había averiguado que en la diócesi de Valencra
existían más de dos mil niños moriscos, cerca de cuatro mil
en el reino y ochocientos dieciocho en la capital del mismo,
ocurrió el fallecimiento de D. Juan de Ribera, el 6 de enero
de 161 1, sin haber visto realizado uno de sus más justos y
ardientes deseos.
LI
A continuación trata el autor de la situación económica en
que quedó el reino de Valencia por la falta de moneda legal y
multitud de la falsa que hicieron circular los moriscos y no
pocos cristianos viejos, y principalmente por las quejas de los
censalistas y las reclamaciones de los señores para que se esta-
bleciese con brevedad la repoblación de los lugares abandona-
dos por los expulsos. El bando del marqués de Caracena de
7 de enero de 1610 prueba que las. quejas de los censalistas se
estimaron atendibles desde el primer momento. Se trató de
sacar gente de los Pirineos para poblar en Valencia. Algunos
barones valencianos solicitaron licencia para traer mudejares
antiguos del valle de Ricote. Y como el brigandaje morisco
continuaba aún después de muerto el Patriarca, se puso precio
á los moriscos vivos ó muertos que se presentasen, y con ello
quedó sofocada la rebelión en el reino de Valencia.
El mismo fin tuvieron los moriscos de Andalucía, Murcia
y villa de Hornachos, según misión confiada á D. Juan de
Mendoza, marqués de S. Germán, que mandó publicar el ban-
do de expulsión en 12 de enero de 1610. En número de 20.000
abandonaron la patria adoptada, pero exceptuando á las moris- -
cas que casaron con cristianos viejos y á los descendientes de
moriscos convertidos en tiempo de los Reyes Católicos. A los
andaluces siguieron los moriscos murcianos, que sólo en la
ciudad tenían 978 casas. Los castellanos fueron expulsados el
28 de diciembre de 1609, y los aragoneses sufrieron igual
suerte por bando que el marqués de Aytona subscribió en Za-
ragoza el 29 de mayo de 1610, á los cuales se unieron, para
salir por el puerto de Alfaques, los moriscos del principado de
Cataluña. Sentados estos precedentes en el capítulo X, recuer-
da el autor las diversas opiniones acerca del número total de
moriscos que fueron expulsados, para aceptar como más pro-
bable el de 500.000 que señalé en mis Conferencias, rectifi-
cando á la vez lo que dijo Janer al publicar la Lista y número
oficial de los moriscos expulsados. Que quedaron en nuestra patria '
reliquias numerosas de aquella raza nadie lo duda. Lo atesti-
guan las consideraciones frenológicas que, por vez primera,
apunta el Sr. Boronat en el presente capítulo, y los sucesos de
1612, 1614, 1615, 1623 y 1625, que motivaron tremendos cas-
tigos con los que, á pesar de todo, continuaban practicando las
ceremonias mahometanas. Esta política lo mismo fué de la
casa de Austria que de la de Borbón, y basta para comprobarlo
recordar el real decreto expedido desde el Buen Retiro en 29 de
septiembre de 17 12, ordenando se hiciese una expulsión gene-
ral de los moros llamados cortados. Este decreto probará siem-
pre que la semilla del islamismo, como dice el autor, había
echado hondas raíces en nuestra patria.
Trata el capítulo XI de los efectos de la expulsión de los
moriscos españoles en el terreno económico, y, aunque co-
mienza reconociendo que las produjo funestas, aduce tantas
consideraciones y datos tales, que permite reducir aquéllos á
sus justos y debidos límites. Invocando la opinión de los ara-
bistas más célebres en España y en el extranjero, sostiene, que
la luz venida de Oriente, no fu^-ra tan viva ni tan esplendoro-
sa sin el concurso de los mozárabes é indígenas españoles.
Los esplendores de la civilización arábiga no los heredaron
los moriscos, que al abandonar á España sólo dejaron huellas
de una civilización mudejar. Su propia condición de vencidos
les obligó á preferir los oficios mecánicos abandonados por
los cristianos viejos, que gm.ibín gloria en Italia, Flandes,
América y Oceanía, y de ahí resultó el hallarse la agricultura
en manos de los de aquella raza. En los cristianos nuevos esta-
ban también los agentes de la industria y del comercio. Tales
temas se desarrollan magistral mente en este capítulo, recor-
dando el estado venturoso de la agricultura, las artes y el co-
mercio al terminar el reinado de Carlos V, y combatiendo
satisfactoriamente la opinión contraria de Janer. No, los mo-
riscos no fueron los únicos trabijidores de los campos espa-
ñoles. Otras manos se encallecían con el arado y la azada y
regaban con su sudor la tierra patria. Las diversas opiniones
han sido recordadas y rebatidas, y el hecho de no bastar la
cosecha del trigo para el abastecimiento del reino de Valen-
cia, y los oportunos recuerdos de lo que ocurrió en los pue-
blos vecinos á Penáguila y en Muryiedro, hoy Sagunto. se
prestan á importantes consideraciones. Sin embargo, la despo-
blación resultó evidente y no faltaron dificultades que exigie-
ron decretos para repoblar los lugares abandonados y resolver
las quejas de los censalistas. Las quejas llegaron al poder
real, motivando la concordia que indiqué en mis Conferencias
y que ahora se reproduce al núm. 33 de la Colección Di-
plomática. El perjuicio fué y debia ser general, y sobre la
proporción en que se repartió la pérdida, el autor señala los
documentos núm. 32 á 35 de su citada Colección, para cono-
cer el estado de la hacienda española durante el primer tercio
del siglo XVII, que por lo visto no conocieron muchos de los
que han escrito acerca de esta materia. Las quejas continuaron
mientras no se subsanaron los perjuicios, y á este propósito
recuerda el autor lo que se hizo en 1614, 1615 y 1616, indem-
nizando á varios señores territoriales y continuando las libe-
ralidades en los años sucesivos. Los censales se redujeron en
1622 y las reclamaciones aún encontraron eco en las Cortes
valencianas de 1645, de ^ as que he publicado un extracto en el
Boletín de la Real Academia de la Historia. El Sr. Boronat con-
densa al final de este capitulo cuanto se ha expuesto acerca de
la civilización mahometana, y pregunta con un autor contem-
poráneo: ¿Qué trajeron de África los invasores del siglo VIII?
¿Qué han hecho prosperar en África cuando regresaron de
aqui? Nada ciertamente. Luego lo que en España adelantaron
no fué por mérito de ellos, sino nuestro; lo debieron todo á
la imitación de lo que veían, y á la cooperación de la gente
bautizada.
En el capítulo XII trata el autor de las consecuencias de la
expulsión de los moriscos en el orden político-religioso, .y,
aunque el Sr. Boronat me dispensa el honor de tomar como
punto de partida lo que consigné en las Conferencias del
Ateneo de Madrid, son sus comentarios tan brillantes y tan
substanciosos, que de buena gana los cambiaría por la tesis.
Estudia los caracteres del sentimiento religioso manifestado
por los españoles del siglo XVI, y apoyándose en las opiniones
LIV
lo mismo de D. Juan Valera que de D. Marcelino Menéndez y
Pelayo, termina diciendo que los católicos, además de tener
que aceptar la punición espiritual y temporal de los herejes,
tienen que justificar el castigo impuesto á los moriscos por su
protervia en la profesión de ideas contrarias á las que se habían
solemnemente obligado á profesar mediante el bautismo, y
conceder que el delito no debe quedar impune tratándose del
peligro en que se hallaba la unidad política de nuestra patria
merced á las conspiraciones, -piraterías y traiciones de los
moriscos. De la sangrienta acogida que los árabes africanos
dispensaron á los moriscos españoles y de los excesos que co-
metieron los patronos cuyos barcos fletaron dichos moriscos,
solo éstos deben responder, pues los que se embarcaron en las
galeras reales, salvos y sanos llegaron á las costas de África, y
el poder real no podía distinguir entre justos é inocentes. La
unidad política se consolidó, y sin ella la nacionalidad española
hubiera corrido grave riesgo en la cuarta década del siglo XVII.
El Sr. Boronat termina demostrando cumplidamente que los
decretos de la expulsión fueron celebrados y aplaudidos por la
opinión pública, y á los datos ya expuestos, añade considera-
ciones que merecen ser estudiadas.
Trata el autor en el capítulo XIII, de la literatura aljamiada,
de los testimonios que ofrece al crítico para juzgar el hecho de
la expulsión la literatura española del siglo XVII, y termina
concretando las responsabilidades exigidas por la severa crítica
histórica. Es este capítulo uno de los más bellos de la obra.
Comienza, para juzgar la literatura aljamiada, por" invocar la
opinión de Menéndez y Pelayo, y penetrando en el campo cul-
tivado y segado por D. Eduardo Saavedra y Guillen y Robles,
niega que aquella literatura tuviese originalidad, y afirma que
con perderla perdió poco la literatura nacional que vivía otro
ambiente y fué inmortalizada por otros genios. La última parte
de este capítulo es más para leída y admirada que para sinteti-
zada. La defensa de Felipe III y de su ministro el duque de
Lerma es cumplida, y el Sr. JBoronat debe estar satisfecho de
su labor.
Y llegamos ya al capítulo XIV y último de la obra, en que
se determinan los juicios apasionados contra las gestiones del
patriarca Ribera en el hecho de la expulsión de los moriscos,
y se demuestra que la crítica histórica prueba con evidencia
cuan infundados son aquellos juicios, coronando tan magistral
trabajo con lo que él llama últimas reflexiones. Las grandes figu-
ras de la historia han sido encomiadas y criticadas, pero esta
misma crítica sólo ha servido para enaltecer aquéllas y colo-
carlas en la cúspide de la inmortalidad, cuando se ha. apoyado
en la sinrazón y en mezquinas pasiones humanas. La lucha
entre el bien y el mal, entre el error y la verdad, ha existido
siempre. La figura del beato Juan de Ribera, santificada por la
Iglesia, está ya muy alta para que le alcancen las miradas de
los hombres. Ante ella se postran los católicos, y al Sr. Boro-
nat le ha sido fácil destruir y desvanecer los malévolos juicios
de quienes lo menos que puede decirse, es que no se habían
enterado de aquello de que escribían. La contradicción debida
se hizo en Roma en el expediente de beatificación. El defensor
del diablo ó sea el Promotor fiscal, rebuscó todo cuanto se ha-
bía dicho y escrito contra el Patriarca, pero los defensores de
la fe y de la verdad desvanecieron todas aquellas suposiciones
y el Padre Santo declaró, que las virtudes de D. Juan de Ribera
y los servicios prestados á la Iglesia católica y á la unidad de
la patria española, le hacían acreedor á ser venerado en los al-
tares. Los documentos que ahora por vez primera se publican,
sacados del archivo del Colegio de Corpus Christi, fundación
del insigne Patriarca, comprueban como hechos indiscutibles:
que desde que la raza mora fué subyugada en 1238, lejos de
darse por vencida, estuvo siempre conspirando y atentando
contra la unidad de la patria; que constantemente fué expul-
sada y consentida; que realizada la unidad política en 1492, la
opinión pública se pronunció en el sentido de la expulsión de
los moriscos españoles como medio de realizar la unidad reli-
giosa; que esa expulsión se decretó varias veces en los reinados
de Carlos V y Felipe II, y cuando D. Juan de Ribera fué nom-
brado arzobispo de Valencia, la opinión estaba hecha, la
LVI
expulsión decretada y sólo faltaba su ejecución. Cúpole al
Patriarca la gloria de' llevarla á cabo y á nosotros sólo nos resta
venerar los altos designios de la Providencia. Al presbítero
D. Pascual Boronat le ha cabido la gloria de evidenciar estas
proposiciones y sólo plácemes merece un trabajo que honra á
la par á la Iglesia, á España, á Valencia y sobre todo á la ver-
dad, que debe ser siempre la base de la Historia.
El tomo II de esta importantísima obra contiene XIV ca-
pítulos que ocupan 428 páginas, y el resto se dedica á la
Colección Diplomática, formada por los documentos más im-
portantes á que el texto se refiere, contándose 570 entre notas
y citas, lo cual demuestra lo concienzudo del trabajo. Y como
muestra fehaciente de la imparcialidad que se respira en el
mencionado Estudio histérico-crítico, bastarían los interesantes
documentos que forman el núm. 14 de la referida Colección
para confirmar nuestro juicio, aun cuando no nos las hubiera
ofrecido en abundancia en todo el curso de la obra y muy
singularmente en los 40 documentos de que consta el tomo II.
Facta, non verba es el lema de la crítica moderna, y el señor
Boronat lo ha tomado como enseña de combate en sus traba-
jos de investigación, y así se complace en recordarlo en la
última página de su Estudio al traducir aquel lema por las pa-
labras: Verdad, fe y patria. Lema sublime que entraña todo un
mundo de grandezas y esperanzas.'
ni
Si el objeto de todo prólogo es imponer breve y sumaria-
mente al lector del contenido de la obra, mi tarea puede darse
por terminada. Tratándose de una narración que nace y brota
del sentimiento que inspiró la reconquista de la España cris-
tiana; que ésta sufre y participa de todas las vicisitudes de la
invasión agarena; que comienza á extenderse y consolidarse
LVII
con la conquista de Valencia en 1238; que obtiene con la de
Granada la apetecida unidad política, y que aún transcurre un
siglo más sin que consiga la unidad religiosa, no era posible
examinar con cuatro generalidades una obra como la que pre-
senta al juicio del público el Pbro. D. Pascual Boronat. Cuando
la expulsión se realizó, se escribieron diversas monografías,
encaminadas unas á ensalzar al César, dirigidas otras á criti-
carle para defender otros intereses, pero todas ellas dando á
conocer la verdad á medias, porque según asentó Fr. Marcos
de Guadalajara, su deseo de investigación «fue afeado notable-
mente como vana curiosidad, porque muchas cosas propuestas
y determinadas en los Consejos Supremos tienen sacrosanto
silencio, fundado y asido en esenciales y precisas circunstancias
de Estado.» No negaré que, especialmente en las cuestiones
internacionales, pueden existir documentos que por afectar al
honor y lealtad de las naciones, convenga tener reservados y
secretos; pero después de haber transcurrido cerca de tres
siglos desde la expulsión; cuando el Santo Oficio ha desapare-
cido y los papeles referentes al de Valencia fueron recogidos
de una fábrica de cartones, después de saqueados por los ex-
tranjeros; cuando las consultas del Consejo de Estado están
depositadas en el Archivo general de Simancas y á disposición
de todo el que quiere leerlas y copiarlas; cuando aquel sacro-
santo silencio se ha substituido con la prudente publicidad, que
permite estudiar las cosas y las personas en el terreno franco
de la verdad, que es el privativo de la historia, las investigacio-
nes y los estudios históricos alcanzan hoy mayor desenvolvi-
miento y puede prestarse á la ciencia un auxilio que impidieran
las antiguas preocupaciones.
Me congratulo de haber roto éstas y de que llevado por el
amor á la patria que me vio nacer, escogiese un tema regional
para tomar asiento en 1884 en la Real Academia de la Histo-
ria, y que con tal motivo hubiese de estudiar á fondo las pre-
ciosidades referentes á los moriscos españoles que guardan el
Archivo de Simancas y el General Central de Alcalá, transla-
dado, en cuanto á esta materia se refiere, al Archivo histórico
LVIII
nacional. El estudio de las consultas del Consejo de Estado
y de los procesos de la Inquisición de Valencia, alumbró mi
espíritu y comencé á ver claro lo que había sido la cuestión.
El estudio y la meditación me animaron á dar en el Ateneo de
Madrid las conferencias que después documenté y publiqué,
presentando nuevos puntos de vista, como exigían los docu-
mentos encontrados. En aquellas noches de gran satisfacción
para mi, los ateneístas más competentes me preguntaron si
era verdad todo lo que habían escuchado, y yo les contesté,
que nada inventaba y que todo ello y mucho más aparecía de
los documentos que algún día saldrían á la luz pública. Sien-
to verdadero placer en haber contribuido á la rectificación de
parte de la historia de mi querida Valencia, á la cual continúo
consagrando los últimos años de vida.
Pero las trazas generales de mis conferencias de Madrid
exigían mayor desarrollo, con el auxilio del tiempo, de los
medios y del talento, y la Providencia ha reunido todas estas
circunstancias en el laborioso sacerdote D. Pascual Boronat, á
quien desde aquí le envío mi más sincero parabién. He coad-
yuvado á su meritoria obra, facilitándole todos los documen-
tos y papeles que mi diligencia había recogido, pero nada más.
Su plan, su excelente método, sus ulteriores é importantes
investigaciones, y hasta su peculiar estilo, todo le pertenece
por completo. Conocedor de las eternas verdades, habiendo
estudiado la teología, la filosofía, derecho civil y canónico y
los clásicos latinos, su labor resulta admirable y su crítica re-
viste todos los caracteres que exige el nuevo rumbo de la
ciencia histórica y que son por regla general la verdad y la
imparcialidad. Estos esfuerzos de la humana inteligencia en
un país donde los estudios serios tienen escasísimos lectores
y el gusto del público anda estragado y peligrosamente diri-
gido hacia los trabajos frivolos, hacen más apreciables obras
de fondo y de substancia como las del Pbro. D. Pascual Boro-
nat, que no son de las que disfrutan efímera vida y pasan sin
dejar el más insignificante recuerdo. Los que hemos seguido
paso á paso el grandioso trabajo del autor; los que continua-
LIX
mente le hemos animado á terminarlo, venciendo toda clase
de dificultades y despreciando los apasionados juicios de los
insidiosos ¿ignorantes, experimentamos una verdadera satis-
facción en haber contribuido á que el Sr. Boronat haya pres-
tado un verdadero servicio á la cultura general; al progreso de
la critica; á la historia de Valencia, ilustrando una de sus pá-
ginas más obscuras y difíciles; y enalteciendo las grandes vir-
tudes que la Iglesia ha reconocido en el patriarca y arzobispo
de Valencia D. Juan de Ribera.
iSHantuf Q)anp¿/a.
CAPÍTULO PRIMERO
Invasión de los árabes en España. — Pelayo. — Significación de la
Reconquista. — Mozárabes y Mudejares. — Carácter de la raza
invasora. — Imposibilidad para la fusión entre vencedores y
vencidos. — Los árabes y cristianos españoles hasta el siglo x.
I^l cuerpo y el espíritu; los individuos, los pueblos y las
naciones, se hallan sujetos á leyes fijas, y esto nos prue-
ba que la inmutabilidad en el orden de la creación no
existe; sólo es propiedad del Ser Creador. La fisiología, como la
psicología, la etnografía y la moderna sociología, admitan el
principio de la transformación, ora sea con el carácter de mu-
tación parcial , ora de transubstanciación más ó menos radical ,
ora bajo mil formas, variadas unas veces, otras constantes é
invariables. El histólogo se complace en examinar al través del
microscopio las variaciones de una diatomea; el patólogo, si
estudia las manifestaciones de la neurosis, acaba por ignorar,
no sólo el número exacto , pero ni el aproximado de tales mani-
festaciones; el físico admira extasiado las aplicaciones del fluido
eléctrico; el legislador no puede abarcar los múltiples casos en
que la ley ha de ser inútil é ineficaz; el moralista ha de tener
en alto grado el sentido práctico necesario para dictaminar en
el fuero de la conciencia; y sin embargo, el moralista, el legis-
lador, el físico y el médico, tienen principios fijos en que apoyan
su ciencia , axiomas en que basan sus estudios , del propio modo
que tienen sus principios y axiomas el etnógrafo, el sociólogo y
el crítico. No ignora el historiador que las naciones, los pueblos
T. I 1
y los individuos so hallan sujetos á principios y axiomas, unas
vires periódicos, otras no. Es ley constante en la crítica histó-
rica, la ruina de un pueblo cuando llegado á la prosperidad y
abandonado á sus propias Tuerzas ó á su orgullo, entra, por el
camino de la transición más ó menos rápida, ala decadencia
y ruina total unas veces, dejando tan sólo huellas de su exis-
tencia en las páginas de la historia; otras parcial, vinculando
gérmenes de vida y rehabilitándose para sufrir nueva transfor-
mación. La Providencia es quien rige y modera esas leyes.
La historia de nuestra patria confirma tales aserciones. Desde
los tiempos protohistóricos hasta la dominación de los godos, re-
fieren los cronistas ejemplos que las robustecen, y, aun cuando
ignorásemos tales noticias, el solo hecho de la invasión de los
árabes en España bastaría á nuestro objeto.
En el ano 70 de nuestra era quiso agregar el emperador
Otón á la provincia Bética las ciudades de los mauritanos ó
moros, otorgando, en cambio, al África nuevos privilegios, más
por ostentación que augurándoles vida; pero no lo llevaron á
bien los naturales, hasta que los hijos de éstos, en el año 166,
cual si quisieran irse adiestrando para la magna empresa, que
nos costó ocho siglos de brega, cruzaron el estrecho de G-ibral-
tar, entraron á sangre y fuego por los montes de Málaga y por
las campiñas de Ecija y Carmona, cercaron fuertes, se apode-
raron de castillos , y tal vez hubieran logrado su intento , si un
valeroso capitán de los emperadores Marco Aurelio y Lucio
Vero, no les persiguiera hasta derrotarles y degollarles junto
á Sevilla (1).
No fué España tan afortunada á la muerte de Witiza. Du-
rante el reinado de éste, se fueron hacinando combustibles en
inmensa pira. Lo avanzado de la edad en aquel monarca le
hizo asociarse en el mando ó declarar simplemente heredero á
su hijo predilecto Achila, niño aún; confióle el gobierno de la
Narboncnse y Tarraconense bajo la vigilancia del prudente pro-
cer Rechcsindo, pero no pudo evitar los disgustos de los gran-
des, ni menos su manifestación, pues por favorecer los destinos
de los hijos de Israel, que durante el reinado de Egica habían
perdido libertad, propiedad y familia, captóse la enemistad, no
1) D. A. Fernández Guerra. Calda y ruina del Imperio visigótico espa-
ñol, et< Madrid, imp. «i*- Manuo.l O. Hernández, 1883. Vid. pág. 63.
3
ya del cloro, sino de la llamada opinión pública, que aplaudía
la expulsión de los judíos, no por razón religiosa como había de
acaecer en el siglo XV, sino por razón política (2).
En tan críticas circunstancias muere Witiza en Toledo á
fines de 708 ó principios de 709. Los magnates comenzaron á
dar nuevas pruebas de su disgusto rehusando dar la obediencia
al rey por ser niño; la reina viuda, con sus otros hijos Olmundo
y AxtavasdeSj buscó refugio en Galicia, pues Achila tenía la
protección de Rechesindo; los revoltosos establecieron en cada
rincón un principado, y la anarquía más espantosa vino á seña-
lar la decadencia de aquella raza visigoda que, en un supremo
esfuerzo y contra las pretensiones de los vitizanos, ofreció el
trono al duque Rodrigo. Su proclamación tuvo lugar en 710, y
como el vigor y acierto en su gobierno quitaron las esperanzas
de los partidarios de Achila, después de haber éstos dado muerte
á Rechesindo en formal contienda, apelaron al recurso tradi-
cional de su raza y de su época: llamar en su auxilio la inter-
vención de los extranjeros, dirigiendo para ello su mirada á los
desiertos del Yemen.
De los diez condados españoles de la Mauritania Tingitana ,
uno de ellos era Ceuta; y su gobernador, en el momento en que
Muza, por encargo de Abdelmélic. invadía la Tingitania y so
apoderaba de Tánger, su capital, era el conde D. Julián, pa-
riente y partidario de Witiza. Temía el conde godo que cupiese
á Ceuta igual suerte que á Tánger; Ceuta se defendía con los
auxilios que España le enviaba; «pero el conde Julián echa sus
cuentas y halla que ninguna le salo tan buena como vender lo
2) D. Eduardo Saavedra. Estudio sobre la ¡//rasión de los árabes en
España. Madrid, imp. de El Progreso editorial", 1892. Vid. cap. II. Alguna
luz arrojan sobre este reinado las siguientes obras, aunque el tono apologé-
tico en que están escritas arguya falta de verdadera critica. Defensa \ del
Jtei Witiza. ! Su autor | D. Gregorio Mayans i Sisear | ... Vol. cu 4." de 8
pag. prelim. y 45 de texto. Ejein. del mismo Mayans ex bib. marquesa
viuda de Cruilles.
El P. José de S. Pedro de Alcántara Castro, escribió á Mayans acerca del
mismo asunto y en alabanza de la Defensa una larga epístola fecha en Sala-
manca á 10 de enero de 177o, y que fué pub. en la Colee, de Cartas castella-
nas, etc. de Mayans. El autóg. consta de 38 pág. en fol. con el imprimase
de Eulate y se conserva en la cit. bib. M. de Cruilles. vol. 56 de Papeles
varios en folio.
que forzosamente habría de perder á la larga; y entregar desde
luego las ciudades y castillos de su condado á los alárabes, con
provechosas condiciones para él, su familia y amigos, é ir á la
parte en las afortunadas empresas y aventuras de los sectarios
de Mahoma. Pónelo por obra; envía decidida sumisión á Muza,
conferencia luego con él, y le ordena éste que para todo se en-
tienda con Taric, lugarteniente suyo. Taric exige del conde
Julián en rehenes dos de sus hijas, y á la vez, que ostensible-
mente se declare en abierta rebelión contra Witiza, su amo y
señor natural. Préstase dócil, y por' el otoño de 709, atraviesa
Julián el Estrecho, lleva la desolación y la muerte á las comar-
cas de Algeciras (Julia Traducta), y repasa luego el mar con
gran número de cautivos y riquísima presa» (3).
Los hijos de Witiza conocían bien á D. Julián y en él fiaron
su venganza y el deseo de alcanzar el poder á la muerte de su
padre. Taric y Muza, que en Julio de 710 habían renovado su
expedición á España, aprovecharon la traición del conde, y á
'28 de julio de 711 arriban las huestes del primero á la península
para no salir de ella en ocho siglos (4). «Cuando al oir Muza las
increíbles aventuras de Taric, se abrasa de celos, y para arro-
garse la gloria de someter á España, desembarca en Algeciras
con tropas de refresco á últimos de junio ó principios de julio
de 712, cuida Julián de que sus amigos le reciban, mientras él
llega para servirle de guía solícito, de buen camarada en glo-
rias y fatigas, y de consejero sabio en el día de la contrariedad
y el castigo» (5).
Tuvo el conde participación no escasa en la victoria de las
armas musulmanas contra Medina Sidónia, Carmona, Sevilla y
Mérida; en Talavera de la Reina le debió caber no pequeña
parte en la reconciliación de Taric con Muza á últimos de julio
de 713; en Toledo vio con alegría el patíbulo, donde á instiga-
ion de [). Oppa, hermano de Witiza, fueron degollados cuantos
senadores y oficiales palatinos pudo haber de los que intervi-
nieron en favor de la elección de Kodrigo; y no excusó su asis-
lencia á la horrible jornada contra Zaragoza, ni al incendio y
ruina de floridísimas ciudades, ni á los consejos de guerra con-
Fernández Guerra, hit:-, cit., pág. 72.
4) Id., id.
5) Id., id.
tra innumerables ancianos, ni á la degollación de víctimas ino-
centes arrancadas al pecho de sus madres (6).
Vencedores los escuadrones de Muza y de Taric , fueron re-
trocediendo los parciales de Rodrigo hasta la región leonesa:
pero allí se fueron reconcentrando las huestes africanas para
dar el golpe de muerte en la cabeza de la España visigoda que,
temerosa, pero no humillada, continuó retrocediendo hasta re-
plegarse en las vertientes marítimas de las montañas de As-
turias. Graves dificultades había de vencer Rodrigo, no ya para
humillar al enemigo, sino para mantenerse en el trono; sus ad-
versarios habían procurado que los francos atacaran la frontera
navarra (7) alborotando á los vascones y obligando á D. Rodri-
go á que acudiese allí con lo más granado de su ejército. Mien-
tras tanto había desembarcado Taric al frente de 7.000 gomeros
en el peñón de Gibraltar, tomando posesión de Carteya (hoy
torre de Cartagena ó del Rocadillo) y luego de Algeciras, que-
dando establecida la comunicación con África por medio de un
puerto seguro y de una plaza de guerra importante (8).
Comenzaron sus operaciones las huestes agarenas y marchó
Taric á someter la población que había de ser capital del cali-
fato. «No pensaron los conspiradores que les estorbarían el
paso algunas milicias dirigidas por un sobrino del rey, cuyo
nombre debió ser Bencio , y aun cuando los invasores las ven-
cieron una y otra vez, entrando á saco varias poblaciones
abiertas y dando muerte al mismo jefe, el primer ímpetu quedó
parado, y tuvo tiempo de salir á toda prisa un caballero llamado
Wiliesindo á advertir é instar á Rodrigo para que, abandonando
el campo de sus operaciones en el Norte, convirtiera sus fuerzas
hacia Andalucía, donde se presentaba más recio el peligro» (9).
Atendió Rodrigo el consejo y, con numerosa hueste, partió
para Córdoba, donde se le unió un grupo sospechoso mandado
por Sisberto, hermano de Witiza según algunos críticos moder-
nos, si bien evitó encerrarse en aquella ciudad para alojarseen
6) Fernández Guerra, lug. cit.
7) D. Lucas de Tuy, lib. III, pág. 70. «Julianas... callide incitavit fran-
cos ut expugnarent Hispaniam citeriorem.» Merece ser leída la novela his-
tórica de Navarro Villoslada: Amaya ó los vascos del siglo VIII.
8) D. Eduardo Saavedra, lib. cit., pág. 65.
9) D. Id., id., pág. 66.
6
el arrabal de Secunda, hoy denominado del Campo de la Ver-
dad. Taric, sorprendido por las huestes de Rodrigo, pidió á
Muza, un refuerzo de 5.000 hombres comandados por Tarif , ca-
pitán de la primera expedición. Llegó el número de los soldados
de Taric á 25.000, que replegados en Algeciras, base de la ope-
ración militar que proyectaba el caudillo africano, esperaron á
que el ejército godo fijara la dirección del ataque.
Asegura el Sr. Saavedra que, llegado Rodrigo á Medinasido-
nia, «plantó en el llano del Barbate, junto á la actual aldea de
Casas Viejas, la tienda de su ejército, hasta 100.000 hombres
según los testimonios antiguos, pero de mucho menos á mi en-
tender, porque en aquella época no había medios de mover y
dirigir masas tan considerables.
Conocida ya la intención de su enemigo , Taric se adelantó
hasta darle vista, apoyando su izquierda en el lago (de la
.lauda) y su derecha en los últimos recuestos de la sierra de los
Tallones, con las suaves vertientes del arroyo Celemín á sus
pies y las charcas y lodazales del Barbate, más lejos, al frente.
A Taric y Julián acompañaban Moguéit, Tarif, Abdelmélic
y Alcama, todos árabes, con Munuza, berberisco; al lado de Ro-
drigo sólo se sabe que estuviera Sisberto, pues no consta nada
de Teodomiro, ni de cierto Adefonso, conde de Écija, y la supo-
sición de que estuviera allí Pelayo se apoya únicamente en que
era uno de los espatarios ó guardias de corps.
Confiado en la superioridad numérica de sus huestes ague-
rridas, Rodrigo no vaciló en atacar las posiciones contrarias,
y el domingo 19 de julio de 711 empezaron las escaramuzas y
reconocimientos. Generalizada al día, siguiente la batalla, de-
bieron los godos extrañar la solidez de los infantes bereberes ,
educados por Julián en la táctica romana y endurecidos en sus
recientes guerras contra el bizarro Muza; por loque, compren-
diendo el peligro que resultaba de tener á la espalda un terreno
falso, cambiaron de situación y atrajeron la pelea al llano del
Barbate, por encima de Casas Viejas, donde el calor deja el
cauce casi en seco por el verano. Allí podía maniobrar mejor la
caballería gótica, superior siempre á la de los moros, que por la
dificultad de la travesía tenían poco más de la arrebatada en
las primeras correrías, siendo puramente fantástico cuanto se
ha complacido la pluma de elegantes escritores en ponderar la
vertiginosa carrera de las nubes de ginetes árabes. No obstante
7
lo dicho, continuó el combato en indecisa alternativa, sostenido
por la caballería witizana, hasta aquella noche, tan célebre
como funesta para los destinos de España, en que la traición
coronó la obra empezada por la rebeldía» (10).
Ocupaba el ala derecha del ejército godo el infame Sisberto
que, propagando entre sus huestes la ilegitimidad de Rodrigo
por su nacimiento, logró desafectos al rey, quienes le abando-
naron en noche aciaga y en lo más empeñado de la lucha para
pasarse al campo enemigo (11). El rey godo apresuróse á llenar
con las reservas los huecos de la línea de combate (12), que, re-
anudado con mayor empeño, encarnizóse con la matanza de
tránsfugas y traidores (13), entre cuyos cadáveres fué hallado el
de Sisberto (14), quedando reducidos á 9.000 los combatientes
africanos (15). Taric , aprovechando la general confusión del
ejército godo, debida á la deserción llevada á cabo por el ala de-
recha del mismo, embistió con los negros de su vanguardia (16)
y, con tal éxito que, vueltas las espaldas al invasor, buscó por
las alturas de la cuenca del Barbate paso seguro á los llanos
del Valle y de Tempul (17).
El ejército godo desapareció en aquella jornada memorable,
apellidada sin razón por nuestros cronistas la derrota del Gua-
dalete (18), y D. Rodrigo, fugitivo del campo de batalla y rece-
loso de la gente bética y celtíbera, pudo, con propicia fortuna,
10) Vkl. en el cit. lib. los autores en que apoya el Sr. Saavedra la des-
cripción del combate.
11) Aben-Alcotia, Crónica árabe, íí. 3. «Y cuando amaneció se pasaron
á Taric con cuantos se hallaban con ellos.»
12) El Silense, núm. 16, dice: «post quam Budericum in prima acia ver-
sare, agitare, intendere; ac suis militibus integras pro sauciis conmutando,
succurrere vident» etc.
13) El Anónimo latino, ó como le llama el P. Tailhan, Anónimo de Cór-
doba, conocido por nuestros antiguos cronistas con el nombre infundado de
Isidoro Pacense, en el núm. 34 de su Crón. dice: «Cum emulorum internec-
cione», y D. Alfonso III, núm. 7, dice: «Ipsi qui patria' excidium intule-
runt, simul eum gente sarracenorum gladio perierunt.»
14) Fatho-1-andaluci, pág. 7 del texto árabe: «Y fué muerto Sisberto.»
15) Almacari. Crón. árab., I, 179.
16) Fatho-1-andaluci, pac,-. 5.
17) D. Eduardo Saavedra, lib. cit., pág. 75.
18) D. Id., id., pag. 69, y I). José y D. Manuel Oliver y Hurtado: La ba-
talla de Vejer ó del lago de la Janda, etc. Granada, 1869.
llegar á luengas tierras y ser allí señor de villas y ciudades (19).
Las armas agarenas fueron sometiendo cuantas ciudades ha-
llaron á su paso, y el poder de la media luna se fué introducien-
do en casi todos los confines de la península. Los hijos de Wifciza
quedaron bien heredados , pues á cada uno de los tres se les re-
conocieron mil fincas. Don Oppa «anduvo predigando á los cris-
tianos que se tornassen con los moros » , según la Crónica general
del Rey Sabio , por espacio de siete años , y D . Julián repasó el
Estrecho , fijó su residencia en Siria , donde tuvo amigos , dinero
y fama de valiente, amén de contemplar á su hijo Pedro que se
ufanaba con el título de Rey (Mel'ík) , y le dio un nieto, de nom-
bre Abdalla, primero de aquella familia que renegó de la fe
cristiana y siguió los errores de Mahoma (20) .
A mediados de 718 España perdió su independencia pasando
á ser tributaria de los árabes, y la cruz de Cristo, que presidía
las augustas asambleas de Toledo , fué derribada y destrozada .
La primera expedición de árabes á nuestra península no había
venido en son de conquista ; Muza y Taric , ni en sueños imagi-
naron el esplendor y dominio de su raza en España, pero un
delito vulgar y una traición infame, fueron la llave que les
abrió las puertas del Estrecho, como diría un determinista. Y es
que la regeneración de la raza visigoda era imposible sin una
gran transformación, sin una selección amplia, sin una liqui-
dación completa. El poder de las fanáticas huestes africanas
había de ser el talismán que obrase aquella transformación . La
Providencia velaba por España y tarde ó temprano la cruz de
Cristo volvería á ocupar en las Cortes el lugar que había ocu-
pado en los Concilios toledanos.
Replegados continuaban en las montañas de Asturias algu-
nos restos de la España goda; sabedores aquellos soldados de la
suerte cabida á Rodrigo, congregáronse en la forma acostum-
brada para designar nuevo soberano (21), y recayó la elección
en Pelayo, parcial de Rodrigo y dignatario de su corte. En la
persona del legendario caudillo se anudó, dice el Sr. Saavedra,
19) Fernández Guerra, lib. cit., pág\ 49. Cita en su apoyo un texto del
ejemplar que poseyó ms. de la Crón. del moro Rasis.
20) Id., id., pág. 80.
21) Saavedra, lib. cit.. pág. 138. Vid. las autoridades en que apoya tal
afirmación.
9
la línea de los monarcas godos de España de una manera pacífi-
ca, legal y solemne; pero la noticia de haberse instalado la mo-
narquía en los riscos asturianos, puso cuidado tal en el ánimo
de Muza, que arriesgó su tranquilidad para asestar el golpe de
muerte en la renaciente monarquía, pero no pudo llevar ade-
lante su propósito, y Pelayo permaneció en su retiro.
Entretanto, Ualid, califa de Oriente, prestando atención á
las quejas que contra Muza habían dado sus émulos , llamó á su
corte al aguerrido africano para que le diese cuenta de sus ges-
tiones en España. Muza creyó hallar aplauso en el ánimo del
califa, pero al presentarse en la Mezquita mayor y dar noticia
de sus victorias y de los productos de sus campañas, vióse ame-
nazado con la prisión y con la última pena si no aprontaba
enorme suma, parte como restitución y parte como multa (22).
Al partir Muza para Siria, dejó encomendado el gobierno de
España á su hijo Abdelaziz; pero el amor excesivo á Egilona
viuda de Rodrigo , que de esclava había hecho legítima esposa ,
apodándola Um Acem, clió cuerpo, dice el Sr. Saavedra, al
rumor de que 'trataba de favorecer á los cristianos, y pudo la
especie tener visos de fundamento, si la desdichada princesa
procuró alguna vez alivio en la suerte de gentes de su religión ,
raza y partido, reducidos como ella á dura servidumbre (23).
La política de tolerancia de Abdelaziz que otorga la capitu-
lación de Teodomiro, permite que Pelayo, protegido en Asturias
por Egilona, se presente en Córdoba para obtener del sarraceno
honrosa capitulación; pero la muerte del hijo de Muza y las
exageraciones fanáticas de Alhor, que le había sucedido, ex-
acerbaron de tal manera á los mal doblegados españoles que,
saliendo Pelayo de Córdoba con el mayor sigilo, llamó á sí á
los desesperados y valientes mozárabes que pudo hallar, y con
el auxilio de la nobleza goda, abrió las hostilidades con tal
coraje, fija en Dios su confianza, con tal acierto, á fuer de perito
en los azares de aquella lucha, y con tal éxito, que su triunfo
en Covadonga en 718, es reputado, por el común de los histo-
riadores, como el primer hecho de armas en que estriba la
reconstitución de la España monárquica y cristiana.
Alkama y Munuza fueron derrotados; el primero muerto en
22) Saavedra, lib. cit., pág\ 124.
23) Id., id., pág. 134.
10
el combate, y el segundo obligado á evacuar las tierras cobija-
lias á la sombra del Auseba. Así queda victorioso Pelayo con sus
escasa.- pero aguerridas huestes, congregadas en torno suyo pol-
la fe y por la patria l -24 .
Aunque el memorable triunfo de Covadonga, dice el histo-
riador Lafuente, se explique por sus causas naturales, preciso
es, no obstante, reconocer en aquel conjunto de extraordinarias
y portentosas circunstancias algo que parece exceder los limi-
tes de lo natural y humano. En pocas ocasiones ha podido ser
más manifiesta, para el hombre de creencias religiosas, la pro-
tección del cielo. Por lo mismo no nos maravilla que los escri-
tores de una edad de tanta fe lo dieran todo al milagro y á la
mediación de la Virgen María, cuya imagen había llevado con-
sigo Pelayo á la cueva (25).
Admiremos aquí, añade el mencionado historiador, los altos
designios del que rige los pueblos y tiene en su mano los desti-
nos de las naciones. El inmenso poder de aquellos godos, á cuyo
pujante brazo no había podido resistir el coloso de Roma, de
aquellos godos vencedores de cien pueblos, dominadores de Es-
paña, de África y de la Galia, vióse reducido á un puñado de
montañeses guarecidos en un rincón de esta península, dentro
de una cueva, capitaneados por un caudillo, en cuyas venas
corría mezclada la sangre goda y la sangre española. Y del co-
razón de aquella gruta había de salir un poder nuevo que había
de luchar con otro pueblo gigante y había de ser el fundador
de un estado que con el tiempo había de dominar dos mundos.
Pelayo. cobijado en la caverna de Covadonga. seméjasenos á
la semilla desprendida de un árbol viejo cortado por el hacha
del leñador que. encarcelada dentro del hueso, ha de romperle,
brotar, desarrollarse, crecer, fructificar y formar con el tiempo
un árbol más lo/ano, robusto y vigoroso que el que le había en-
gendrado y cuyas ramas se han de extender por todo el Uni-
verso (26 .
Los árabes, ó no pudieron domeñar la nueva monarquía,
visiblemente protegida por un poder sobrehumano, ó descono-
•24) I). Modesto Lafuente, Historia </> neral de España, tom. ITT, pág. 59.
Madrid. 1869, ímp. á cargo de Dionisio Chaulie.
25 Ilist. ¡/ral. d< Esp., tom. III. pág. 67.
26 Id., id., págs. 66 y <i7.
11
cieron la importancia del desastre sufrido en Asturias por las
huestes de Alkama y de Munuza. «Es lo cierto que una paz,
que parecía providencial, proporcionó á Pelayo tiempo y quie-
tud para poder dedicarse á la organización de su pequeño esta
do» (27). Con los triunfos creció la seguridad y confianza dé las
tropas de Pelayo, que poco á poco fueron abandonando las mon-
tañas para establecerse en los valles; la necesidad les obligó á
cultivar los campos para proporcionarse aquel mísero alimento
que les había de mantener para luchar en defensa de santos
ideales; levantaban templos para pedir favor á la Virgen que
posó su bendita huella en el Pilar de Zaragoza, y al Dios de
las batallas; edificaban casas y construían aldeas para vivir
congregados y prestos á empuñar las armas contra el enemigo
de su Dios y de su patria, y, durante los diez y nueve años que
ciñe Pelayo la corona de aquella restaurada monarquía, se ro-
bustecen los cimientos de tan feliz restauración, y á la sombra
de la cruz se establece la capital de la nueva nacionalidad en
la villa de Cangas. En ella exhala su postrer aliento el victo-
rioso Pelayo en el año 737 , siendo sus restos sepultados con los
de su mujer Gaudiosa, en Santa Eulalia de Abamia, distanto
una legua de Covadonga (28).
Con las ventajas obtenidas por las huestes de Pelayo coinci-
den, según observan varios historiadores, los triunfos de los
carlovingios en la frontera de la Galia y las rebeliones de las
tribus berberiscas, que someten, bajo condiciones de mayor ó
menor eventualidad, considerable número de sarracenos á los
príncipes cristianos, y, aunque diferentes en lo general por su
carácter de colonias militares ó feudos producidos por la ne-
cesidad de defenderse contra otros enemigos, todavía pueden
ofrecer en germen el origen de los mudejares á que en algunos
casos se asimilan (29).
27) Laf., Hist. gral. de Esp., tom. III, pág. 69.
28) Nos extraña que Mr. Circourt, en el tomo I, pág. 71 de su Histoire
des Mores, Mudexares et des Marisques, diga sin excepciones refiriéndose á
Pelayo: «Les chromqueurs musulmana ne mentionent pasune seule fois son
noni», pues el Sr. Fernández y González en su obra Estado social y político
de los Mudejares de Castilla, pág. 13, nota i.*, afirma lo contrario con bu
autoridad indiscutible.
29) D. F. Fernández y González, lib. cit., pág. 13; D. Modesto Lafuente,
obra cit., pág. 70 y siouienTcs.
12
No se halla hoy envuelto , como antaño , entre las obscurida-
des de falsos cronicones, el proceso histórico de la lucha secular
entre árabes y cristianos. La política empleada por aquellos en
la conquista de Oriente (30), viene á ser la misma que desarro-
llan en España (31). La tolerancia para con el ejercicio del culto
y costumbres del vencido es condición obligada para que pueda
el vencedor retener el país conquistado ; precisamente la recon-
quista de España se acelera á medida que aumentan las veja-
ciones del invasor. Muza y Taric no hubieran exasperado tanto
á los cristianos españoles, si se hubieran inspirado en la conduc-
ta que luego siguió Abdelaziz en la célebre capitulación de Teo-
domiro. El hijo de Muza, en nombre de su Dios, promete al
pueblo godo que «ni él ni sus nobles tendrán obligación de
seguir á ningún jefe , ni será destituido , ni arrojado de su go-
bierno , y ninguno de ellos será muerto ni cautivado , ni serán
apartados de sus hijos ó mujeres , ni serán molestados en su
religión , ni quemadas sus iglesias , ni quedará sustraído de su
dominio lo que cultive por sus esclavos , sus fieles ó sus colonos
quien se haya sometido á este pacto . Y queda libre en las siete
ciudades de Orihuela , Valentela, Alicante, Muía, Begastro ,
Anuya y Lorca, á condición de que no se dé asilo á nuestros
fugitivos, ni á nuestros contrarios, ni se hostigue á nuestros
protegidos, ni se nos oculten las noticias que haya de nuestros
enemigos» (32).
Esta capitulación y la otorgada por Muza á los rendidos ha-
bitantes de Mérida, son los documentos más antiguos que co-
nocemos de la existencia de mozárabes en España. También
30) Bcladhori: De expugnatione terrarum.
31) Dozy: H'i.stoire des musulmans d'Espagne, II, 38 y siguientes.
32) Fué otorgada dicha capitulación en abril de 713 (mes de recheb del
año 91 de, la hégira). Vid. la trad. del texto Arabo en la Orón, de Rasis, nú-
mero 12; en Casiri; y en Saavedra, pág. 28-30 del lib. cit. El Sr. Codera en
su edic. del Dabi, pág. 259, da un facsímile del texto de la capitulación.
Védentela, aunque afirma Rasis que es Valencia, se inclina el Sr. Saave-
dra á creer que es la población que existió sobre las ruinas que se ven al
rededor de Alcantarilla, distante cinco kilómetros de Murcia. Begastro, ha
demostrada el Sr. Fernández Guerra en su Deitania (Bol. de la Soc. Geo-
gráfica, t. VI). que estaba cerca de la actual Cebegin. Anaya, cree el señor
Saavedra que corresponde á la antigua Thiar, del itinerario romano, térmi-
no de Sari Miguel «le Salinas, sobre la raya de la provincia de Murcia.
13
disfrutaron de alguna libertad y privilegios las comunidades
cristianas de Málaga , Guadix , Elvira , Marios , Cazlona , Córdo-
ba, Sevilla, Beja, Coimbra, Alafoens, Toledo, Zaragoza, Bar-
celona, Valencia y Denia. Pero tales privilegios eran otorgados
por los sarracenos más que por tolerancia, por necesidad, con
el fin de que las armas cristianas no se cebasen en las represa-
lias. Lo mismo hicieron los soldados de la cruz con los poblado-
res de países reconquistados cuando se rendían por temor y no
por el esfuerzo de los cristianos. Tales vencidos llevan el nom-
bre de mudejares.
Esa reciprocidad en la conducta política de vencedores y
vencidos, ya por necesidad, ya por conveniencia, es el origen
de la existencia de mozárabes y mudejares en España . Duran-
te los ocho siglos de reconquista nos ofrece la historia ejemplos
abundantes de esa reciprocidad; pero hemos de convenir en que
el fanatismo de los emires y califas repetía con frecuencia los
excesos cometidos por los muslimes á su entrada en Córdoba.
Las vejaciones sufridas por los mozárabes se reproducían á
cada momento, como dice el Sr. Fernández y González, unas
veces en virtud de delaciones apasionadas de los faquíes que
estimulaban los odios del populacho muslim, otras por las intru-
siones y sacrilegios cometidos por los sultanes al arrogarse la
dirección de las iglesias, y á las veces por el capricho de los
mismos, dirigidos desatentadamente á promover una persecu-
ción sin tregua (33).
La interesante historia de los mozárabes españoles con la
práctica heroica de su culto y religión, con el ejercicio de las
letras y de las ciencias, con su amor patrio y con toda una
serie de sublimes añoranzas, ofrece vivo contraste con la de
los mudejares, y el crítico que guste de ahincar en la medita-
ción ha de ver en la existencia de esos dos pueblos dentro de
nuestra península, la razón potísima de la imposibilidad de la
fusión entre los árabes, ya vencedores, ya vencidos, con los es-
pañoles, ya mozárabes, ya cristianos en la plenitud de su li-
bertad .
El carácter religioso de los reconquistadores no nos es tan
desconocido como el de los árabes. El carácter sacramental que
imprime el bautismo á los cristianos, trae consigo sentimientos
33) Est. social y pol. de los rnud. de Castilla, p&g, 19.
14
nobilísimos y humanitarios. L;i intolerancia ó intransigencia con
el error, llega á la sublimidad heroica en la defensa de la fe y
de la patria, de la verdad y del bien. Afortunadamente no te-
nemos necesidad de insistir en probanzas de que está llena la
historia del cristianismo. Aunque se hallan consignados defec-
tos y excesos en la práctica, siempre habremos de convenir, á
fuer de imparciales, en la rectitud, equidad y nobleza de los
sentimientos cristianos, de la doctrina del Evangelio, de las en-
señanzas continuadas por Cristo en la cruz, ora en el terreno
de la moral y de la justicia , ora en el de la paz , ora en el de la
guerra. Ubi spiritus Dei, ibi libertas. Cristo es para sus seguido-
res oía, r>eritas et rita; lo es para sus mismos enemigos; lo es
para la humanidad, puesto que la Verdad no puede contrade-
cirse.
Blasfemia fuera la comparación de aquella doctrina que ins-
pira el valor de las huestes de Pelayo, con las máximas del
( ¡oran; el sentido común, la historia de la humanidad y la crí-
tica más severa, han emitido su fallo siglos ha; pero tócanos
exponer en cortas líneas el carácter de los árabes invasores de
nuestra península hasta confirmar la imposibilidad histórica f
para la fusión de vencedores y vencidos, cuya suerte sufrió
completa y radical transformación, no en el siglo XV, sino en
el primer tercio del siglo XVII.
No obstante los preceptos del Corán y de la Sunna, la ven-
ganza fué para los árabes españoles un artículo de religión, se
transmitía en ellos como una herencia y se hizo inextingui-
ble (34). Tenían la presunción de ser los únicos creyentes, y con-
sideraban como infieles á los que no creían en la misión de
Mahoma. El Corán, al través de su obscuridad, de sus incohe-
rencias, contradicciones y absurdos, era un objeto de profunda
veneración para los árabes, y al cual rendían un homenaje
ciego (3B). La voluptuosidad que inspiran los preceptos alcorá-
nicos había de contrastar con la pureza y candidez de las máxi-
mas cristianas y oponer una valla infranqueable á toda fusión
entre árabes y cristianos. Si el legislador de la Meca se hubiera
propuesto solamente componer un libro para hacer un pueblo
guerrero, conquistador y fanático, hubiera acertado; pero la
34) Lar., Hist. ¡/ral. de Esp. } t. III. pág. 257.
35) id., id., pág. 239.
15
sublimidad de la fe en una idea pura y santa que recaba el
favor del cielo, y que por medio de la constancia llega á la vic-
toria, era el pedestal de la gloria obtenida por las armas cris-
tianas. Podían los soldados de aquellas dos razas confundirse,
vivir mezclados, pero fundirse, jamás. Un pueblo que jura el
exterminio del nombre cristiano (36), precisamente en un país
que se gloría de ser patrimonio de María, madre del Verbo
encarnado, y en la hora en que sólo con la invocación de tal
patrocinio consigue su escaso ejército derrotar las huestes de
Alkama y de Munuza, no puede llegar á la fusión, ni siquiera
asimilarse al vencido, mientras no abjure aquél de su lasciva
y fanática religión ó no claudique el cristiano en su fe.
Hubo algunos momentos en que la fusión parecía próxima.
Abdeiaziz mostrábase transigente; Ayub, Alhor, Ambiza. Iahia,
Alhaitan y Mahomed-ben-Abdallah , toleraron á los mozárabes
singulares privilegios; y mejoró su suerte al separarse la España
musulmana del califato de Damasco, pero la horrible matanza
de cristianos en Córdoba acentuó de nuevo las diferencias entre
las dos razas. Al odio y venganza de los musulmanes respon-
dían los cristianos arma al brazo, y si, en 737, al repasar el
Estrecho el emir Ocba , por mandato del walí de África para
reprimir á los turbulentos berberiscos de Mogreb, muere Pela-
yo, los nobles cristianos nombran sucesor á su hijo Favila para
36) Copia de un documento que á la letra dice así:
«Los cinco Mandamientos de los Moros son los siguientes y no tienen
mas de estos.
1.° El primero es creer en la unidad y negar la trinidad.
2.° El segundo es hazer la zalá, y es bañíirse después que ha auido
aceso á sus mugeres, o lian hecho otro cualquier pecado, o cosa deshonesta.
y este es el principal mandamiento que ellos tienen porque sin se bañar no
pueden hacer oración, ni cosa alguna.
:!." El tercero es pagar el diezmo según su ley de Malioma, y es pagar
el diezmo del dinero que cada uno gana o acrecienta en su cassa o hazien-
da de 40. doblas una y hasta 40 no debe nada y en lo que se acrecenta
pagar de quarenta mil mar 8 arriba y no debajo de ellos esto es en la ha-
zienda porque de las cossas de comer no pagan diezmo.
4.° El cuarto es ayunar el Rabadán — sic— cada año 30 días en vna luna.
f>.° El quinto es matar los christianos y pelear con ellos.
Al dezimo (diezmo) de los moros se llama Azaque.
Del libro de instrucciones, folio 145.
Archivo gral. de Simancas. Consejo de Inquisición. — Libio E)38, folio 88.
16
que les acaudille en circunstancias tan críticas, aunque la rea-
lidad no satisfaga tan nobles esperanzas. La restaurada monar-
quía se hallaba encerrada en estrechos límites; verdad es que
en las cortes de los más ilustres musulmanes, el mando de los
ejércitos se encontraba á menudo confiado á cristianos; cristia-
nos formaban la guardia de los príncipes, y cristianos llegaron á
ser algunos secretarios de Estado y los que desempeñaron los
cargos de mayor importancia (37); pero aquella intervención de
los mozárabes no satisfizo, no pudo satisfacer las justas y legi-
timas aspiraciones de los cristianos españoles . Por eso no depo-
nian las armas aunque encerrados en Asturias; por eso J;an
pronto como espira entre las garras de un oso el hijo de Pelayo,
es nombrado un sucesor en la persona de su yerno , de nombre
Alfonso, hijo de Pedro, duque de Calabria. Era el hombre que se
necesitaba en aquellas circunstancias; de ánimo esforzado, gue-
rrero y emprendedor , no ignoraba ni carecía de las dotes para
llevar á un pueblo de valientes y sufridos tras la victoria con-
tinuada .
Conocía Alfonso I de Asturias la situación difícil por que atra-
vesaba entonces la raza musulmana. Al otro lado de los Pirineos
se hallaba Carlos Marte! hostilizando la huestes agarenas; Ocba
continuaba en África temeroso de nuevas insurrecciones contra
su poder, y en España los fieros berberiscos de Galicia rebelá-
ronse contra el emir, marchando luego sobre Toledo y sobre
Córdoba hasta encerrar en esta ciudad á Abdelmelic. Llamó éste
en su auxilio 20.000 sirios de los derrotados por los africanos en
Masfa, y, con su auxilio', vengó aquel desastre en los rebelados
berberiscos de España. Los sirios llamados por Abdelmelic con-
virtiéronse luego en enemigos de éste, llegando la anarquía más
espantosa á poner en grave aprieto el dominio de los musulma-
nes en nuestra patria.
Algún provecho pudo sacar Alfonso I de estas revueltas.
Compartió el mando de las tropas de la fe con su hermano
Fruela , y con animoso corazón franqueó las montañas que di-
viden las Asturias de Galicia (38). Después de llegar victorioso
hasta Lugo, emprendió, ávido de nuevos triunfos, atrevidas co-
rrerías iiasta conseguir que ondease el estandarte de la cruz en
;. Fernández y González, lib. cit.. pág. 17.
38) Laf., Iíist. i/ral. de Esp., t. III, pág. 80.
17
Orense y Tuy, en Braga, Flavia, Viseo y Chaves, en Ledesma,
Salamanca, Zamora, Astorga y León, en Simancas, Avila y
Segovia, en Sepúlveda, Osma, Saldaña, Auca, Clunia y otras
muchas poblaciones de Cantabria, Vizcaya, Álava y los confi-
nes de Aragón. Vio sujeta á la corona de Asturias la cuarta
parte de nuestra península. La España muslímica se extreme-
ció con tamaños triunfos; no era fácil mantener aquellas con-
quistas, pero pudo fortificar algunas poblaciones, ensanchando
los límites de la monarquía cristiana. Durante los dieciocho
años de su glorioso reinado fueron restaurados y levantados in-
numerables templos, mereciendo que la historia le denomine
Alfonso el Católico. Murió en Cangas el año 756 y sus restos
tuvieron honrosa sepultura en Santa María de Covadonga, donde
también fueron transladados los del fundador de la monarquía.
La España musulmana continuaba en guerra fatricida. Thaa-
laba, preso por Abulkatar, pasó al África á disposición de su
emir en 744, mientras su vencedor, protegido por 15.000 feroces
mogrebitas, se propuso apaciguar á sirios y árabes repartiéndo-
les las tierras que deseaban , no sin perjuicio de los cristianos ,
que vieron conculcados sus derechos y privilegios, singularmen-
te los del pequeño reino de Tadmir ó Teodomiro .
Nuevas discordias entre los musulmanes vinieron á deshacer
la obra de Iusuf-ben-Abderrahmán el Fehri, hasta que, cansados
de esperar el remedio de Damasco por las terribles luchas entre
Abassidas y Onieyas, erigieron el califato español, nombrando
por su primer califa á Abderrahmán. No por ello terminaron las
guerras civiles, situación inmejorable para robustecer las con-
quistas de Alfonso, pero la discordia se inició entonces en el
campo cristiano. «Era, dice el Sr. Lafuente, el genio ibero que
revivía con las mismas virtudes y con los mismos vicios, con el
mismo amor á la independencia y con las mismas rivalidades
de localidad. Cada comarca gustaba de pelear aisladamente y
de cuenta propia , y los reyes de Asturias no podían recabar dé
los cántabros y vascos sino una dependencia ó nominal ó forza-
da» (39). Fruela, sucesor de Alfonso I de Asturias, pudo sofocar
una rebelión de los vascones que trataron de emanciparse; fun-
dó á Oviedo, que había de ser corte de la naciente monarquía, y
levantó la basílica overana al mismo tiempo que Abderrahmán
39) Hist. gral. de Esp., r. III, pág. 119.
T. I *
18
embellecía de jardines y alcázares su corte. Murió Fruela á
manos de los suyos, deseosos de vengar con la pena del talión la
muerte de Yimarano, y, elegido para sucederle un sobrino de
Alfonso I de Asturias, de nombre Aurelio, nada de él nos dice
la historia como no sea para recordar la extraña condescenden-
cia en el matrimonio de varias doncellas cristianas, de linaje
noble, con musulmanes. Murió en Cangas en 774, sucediéndole
Silo, yerno de Alfonso el Católico. El nuevo Rey, lo mismo que
Mauregato y Bermudo que le sucedieron, pocas huellas han de-
jado en la historia de nuestra reconquista, como no sea para
acusar su indolencia. Ni supieron aprovechar el descontento de
Bcn-Alarabí y de Cassim-ben-Iusuf contra Abderrahmán, ni sa-
caron partido de la derrota de Carlo-Magno en Roncesvalles
para desafiar el poder del califa de Córdoba, ni impidieron á
este levantar su gran mezquita, ni le interceptaron el paso ha-
cia Pamplona que se le rinde, ni menos aún su paseo triunfal
por Gerona. Barcelona y Tortosa. Muere Abderrahmán después
de nombrar califa á su hijo Hixein, y los sucesores de Pelayo
continuaban replegados en Asturias, hasta que ambiciosos los
muslimes de nuevas conquistas y fanatizados por llevar ade-
lante la guerra santa, osan internarse en Asturias para destruir
la monarquía; pero la Providencia, velando por los destinos del
imperio de la justicia y poniéndose del lado de la España cris-
tiana, dá la victoria á las tropas de Alfonso II, quedando ten-
dido en la jornada de Lutos el cadáver del caudillo musulmán
.lussuf-ben-Bath. Consolídase la monarquía cristiana y muere
Hixem después de haber nombrado por sucesor á su hijo Alha-
"kem. Disputan á éste el califato sus tíos Suleimán y Abdallah ,
que pidieron el favor de Ludo vico Pío; y durante las revueltas
de aquella guerra de familia, hace Alfonso II una atrevida ex-
cursión á Lusitania y ofrece á Carlo-Magno el fruto de sus con-
quistas en aquella región á trueque de su alianza y amistad,
amén de la de su hijo Luís de Aquitania.
Pudo la España cristiana aprovecharse de aquella poderosa
liga; pero algunos nobles, recelosos de tamaña amistad por
creerla peligrosa á la independencia, conjuráronse hasta derro-
car del trono á Alfonso y reducirle á prisión en el monasterio
de Abelanica. Breve fué aquella reclusión, merced al esfuerzo
de Theuda que le repuso en el trono; pero la alianza debió de
edar rota, ó cuando menos sin virtud para robustecer el poder
19
de nuestra monarquía, á la que hubiera podido reportar bienes
incalculables la liga que en el primer ano del siglo IX formaron
los francos, vascones, godos y aquitanios, que al mando de Lu-
dovico Pío conquistan á Barcelona, principio y base del célebre
condado de su nombre, y establecen su poder en el territorio es-
pañol conocido en la historia con el nombre de Marca Hispánica.
Por amor á su independencia lo arrostraban todo los vascones.
Nada hizo Alhakem para socorrer al valeroso Zaid en el
sitio de Barcelona; Toledo, Mérida y Córdoba avivaban las in-
testinas luchas de la España musulmana con torrentes de san-
gre, y si el joven príncipe Abderrahmán logra hacer repasar
en espantosa huida los ciclópeos muros de Tarragona á los fran-
cos, mandados por el hijo de Carlo-Magno y por Borrell, conde
de Barcelona, no consigue Alhakem dominar á los cristianos de
Galicia, á pesar de encargarse de la dirección de las huestes
musulmanas Ahdalá y Abdelkerim, antes bien, la derrota más
espantosa infunde el pavor entre los muslimes, al paso que las
armas cristianas, al darse cuenta del triunfo, acuden presuro-
sas á tomar posesión del territorio comprendido desde el Miño
hasta el Duero (40). Alfonso II el Casto, en aquella sazón, ajusta
treguas de tres años con el poder agareno, y la monarquía s<>
consolida.
Este rey, que Como guerrero había hecho revivir los tiempos
de Pelayo y del primer Alfonso, dedicábase, dice un historia-
dor, en los períodos de paz á fomentar la religión como prínci-
pe cristiano y á regularizar y mejorar el gobierno de su Estado
como rey (41). En su reinado tuvo lugar el descubrimiento del
sepulcro glorioso del apóstol Santiago y la translación de la sede
episcopal de Iria á-Compostela (Campus Apostoli); «restableció
Alfonso el orden gótico en su palacio, que organizó bajo el pié
en que estaba el de Toledo antes de la Conquista: promovió el
estudio de los libros góticos, restauró y puso en observancia
muchas de sus leyes y llevó á la Iglesia su antigua disciplina
canónica, que fué un gran paso hacia la reorganización social
del reino y pueblo cristiano» (42).
40) Laf.. Hist. gral. de Esp., t. III. pág. 202. Cunde, Hist. de la dominac.
de los drab. en España, cap. 35.
41) Laf., obra eit., t. III, pág\ 215.
42) Id., id., pág, 219.
20
Mención dejamos hecha de la derrota sufrida por los caudi-
llos enviados á Galicia por Alhakem ; poco menos pudo lograr
su hijo Abderrahmán II en las repetidas expediciones que hizo
contra Alfonso, pues éste, antes de bajar al sepulcro, tuvo aún
la gloria de renovar sus heroicas proezas de antaño.
Hacia los últimos años de su reinado, un caudillo árabe,
Mohammed-ben-Abdelgebir, que en Mérida se había insurrec-
cionado contra el gobierno central de Córdoba, acosado por las-
victoriosas armas del emir, hubo de buscar un asilo en Galicia ,
que el rey Alfonso le otorgó con generosidad, dándole un terri-
torio cerca de Lugo donde pudiesen vivir él y los suyos sin ser
inquietados (43). Correspondió más adelante el pérfido musulmán
con negra ingratitud á la generosa hospitalidad que había debi-
do á Alfonso, y, tan desleal al rey cristiano como antes lo había
sido á su propio emir, alzóse con numerosos parciales y apo-
deróse por sorpresa del castillo de Santa Cristina, dos leguas
distante de aquella ciudad (44). Voló entonces el anciano Alfonso
con la rapidez de un joven á castigar á sus ingratos huéspedes ,
y después de haber recobrado el castillo que les servía de refu-
gio, les obligó á aceptar una batalla en que pereció el traidor
Mohammed con casi todos sus secuaces (45).
Este fué el último hecho de armas en que tuvo participación
Alfonso II , pues murió después de cincuenta y dos años de glo-
rioso remado en 842, siendo sus restos sepultados en la iglesia
de Santa María.
Sin el heroísmo de este rey, que sirvió de antemural al fana-
tismo de Abderrahmán II ,1a monarquía española hubiera retro-
cedido á los tiempos de Pelayo. Pruebas del fanático celo del
califa tenemos en los innumerables degüellos de mozárabes res-
petados por .sus antecesores, en la muerte á que condenó dos-
cientos monjes del monasterio de Cárdena, y en otros actos de
ferocidad sarracena (46).
No obstante la preterición sufrida por Alfonso II durante
cuatro reinados, subió al poder rendidos los nobles por la desig-
nación justa de Bermudo; pero antes de bajar al sepulcro el hijo-
|:; Tuvo lugar ota donación en 733.
44) Acaeció esto en 738.
45) Laf., obra eit., tomo II!. págs. 219 y 220.
46) D. Antonio Cavanilles, Historia de España, t. I, pág. 39:3.
21
de Fruela, va más allá que su antecesor: esto es: vincula el cetro
de Pelayo en su familia y nombra sucesor en la persona de Ra-
miro, hijo de Bermudo. La corona de Asturias pasó á ser here-
ditaria como las leyes godas lo prescribían, no electiva por
sistema mixto.
«Siete años, dice de Ramiro el ilustre Cavanüles con clásica
concisión , ocupó el trono : fué un gran rey . Hallábase en Álava
á la muerte de su antecesor; el conde Nepociano trata de usur-
parle el trono llamándose rey de Oviedo: mas Ramiro pasa á
Galicia, entra por la parte de Lugo en Asturias, apellida á su
gente y cerca del Nárcea presenta batalla . Abandonan á Nepo-
ciano sus soldados , y es hecho prisionero y privado de la vista
y condenado á perpetua cárcel» (47).
Otras conspiraciones contra su trono vióse precisado á sofo-
car: las de los nobles Aldroito y Piniolo, y con la victoria sobre
ellos consolidóse la corona de Asturias, que comenzaba á bam-
bolear merced á intestinas ambiciones. Del exterior vióse ame-
nazado por la invasión de los normandos, que intentan desem-
barcar en Grijón el año 843, y no pudiendo conseguirlo dirígense
al puerto Brigantino (Corufia), donde logran sus deseos. «Ra-
miro no se ha descuidado; un ejército cristiano cae intrépida-
mente sobre aquellos salteadores; muchos murieron; varias de
sus naves fueron incendiadas y viéronse forzados á abandonar
aquellas costas fatales y á tentar mejor fortuna en las de Lusi-
tania y Andalucía» (48). De allí son obligados á retroceder por
las huestes de Abderrahmán, hasta que desaparecen de los Al-
garbes aquellos terribles aventureros. «Honra fué del monarca
de Asturias , dice un historiador , haber sabido guardar sus pe-
queños dominios de aquellos terribles invasores, que habían
logrado fijar su destructora planta en grandes y poderosos es-
tados» (49). Termina Ramiro su reinado en 850, después de
asociar al trono á su hijo Ordoño , quien le sucede para servir
de consuelo á los atribulados cristianos , víctimas de la persecu-
ción de Abderrahmán II.
Muere el cruel califa en 852 y le sucede su hijo Mahomed I
que , inspirando su gobierno en las tiránicas máximas de Abde-
47) Hist. de Esp., t. I, pág. 395.
48) Laf., ob. cit., t. III, pág. 291.
49) Id., id., pág. 292.
22
rrahmán contra los cristianos , inicia una nueva persecución en
la que, á semejanza de la acaecida en tiempo de su padre, en
Córdoba, perecen centenares de mozárabes, entre los que con-
signa el martirologio el nombre de Eulogio, metropolitano de
Toledo.
Desencadenóse en aquella sazón una nueva y furiosa tem-
pestad contra los cristianos españoles. No la constituía la infi-
delidad sarracena á los pactos y privilegios, ni tampoco la
crueldad tiránica de Hixem, ni las consecuencias dé los errores
adopcionistas profesados por Félix y Elipando, ni siquiera, con
ser tanta, la sangre vertida á torrentes que hacía imposible la
conciliación y convivencia de moros y cristianos (50), sino la
propagación de varias herejías que iban extinguiendo la fe pura
de los soldados de Covadonga, que iban ¿iflojando los vínculos
del amor patrio y de la necesaria disciplina, y que inclinaban
á aceptar las doctrinas impúdicas del islamismo. Hostegesis en
Málaga y Servando en Córdoba, ayudados de Romano y Sebas-
tián, predicaron la doctrina antropomorfa a , calamidad insólita
en la Iglesia española. Los prosélitos declarados de Hostegesis
fueron pocos, pero las consecuencias de aquel error entre los
mozárabes andaluces, fueron funestas aun después de la enér-
gica refutación que de aquella doctrina hizo el abad Sansón en
su célebre Apologético. Hubo necesidad de que el peligro aven-
tase aquellas chispas heréticas para aunar de nuevo las armas
cristianas.
Ordoño vióse obligado á congregar sus huestes para reprimir
la sublevación de los vascones de Álava y afrontar las tropas
agarenas de Muza-ben-Zeyad hasta desbaratarlas cerca de Cla-
vija j dejando muertos en el campo diez mil sarracenos, y te-
niendo el mismo Ordoño la gloria de clavar la lanza en el
cuerpo del nuevo Muza , que pasó herido á refugiarse al lado de
sus hijos. Llevó adelante Ordoño aquel hecho de armas apode-
rándose de Albelda y otorgando á Muza Lupo, gobernador de
Toledo é hijo del caudillo derrotado en la Rioja, la capitulación
que había solicitado; prosiguió en su heroica empresa rechazan-
do nueva invasión tic normandos, y llevando sus armas contra
Zeid-ben-Cassini , walí de la frontera, penetró en Salamanca y
50) I). M. Menéndez y Pelayo, Historiada, losheter. rsp., tomo I,pái>\ ■"' ,|( • ,
23
Corita (51), arrasó sus murallas, y repasando el Duero, marchó
en ayuda de los cristianos de Afranc y de Galicia, logrando
conmover al califa Mohammed, que se apresuró á publicar la
guerra santa contra los cristianos.
En el año 866 , en que Almondhir regresa á Córdoba después
de humillar al aventurero y temido Hafsun , muere en Oviedo el
intrépido Ordoño, primero de este nombre en el catálogo de los
reyes asturianos.
Un día antes de su muerte , el 26 de mayo , fué ungido por
rey sucesor su hijo Alfonso III , pero la conspiración del conde
Fruela , gobernador de Galicia , le hizo buscar asik) en Castilla
hasta que , asesinado por los nobles el intruso , regresó á Ovie-
do. La insubordinación de don Eylo, gobernador de Álava, fué
sofocada, pero los moros, «viendo un joven en el trono, se pre-
sentan sobre León y cercan la plaza. Vuela Alfonso á su defen-
sa y los ahuyenta, causándoles grandes pérdidas» (52).
Las disensiones entre Alfonso III y sus hermanos fueron mo-
tivo que indujo á Almondhir á penetrar en el sagrado recinto
de la monarquía cristiana; pero pagó caro su atrevimiento,
pues perdió la brillante cohorte de nobles muslimes reclutados
en Córdoba, Sevilla, Mérida y Toledo. Alfonso podía desde
aquel momento apellidarse el Magno, pero nuevos hechos de
armas confirman aquel calificativo que le atribuye la historia.
La derrota que sufren las tropas agarenas en Lusitania y en
Zamora , á orillas del Orbigo , es el precedente para que Abuha-
lid pida treguas y Alfonso las otorgue por tiempo de tres años.
Mandó en aquella sazón edificar una línea de castillos que
protegieran la integridad del reino asturiano, y después de no
pocos triunfos contra los sarracenos y contra los domésticos
conspiradores, congregó á su familia y á los grandes en el pala-
cio fortificado de Boides, y á presencia y con el asentimiento de
todos, abdicó la corona en favor de sus hijos.
De este modo se fracciona el primitivo reino de Asturias,
tomando García las tierras de León, que desde entonces co-
mienza á ser la capital del reino de este nombre; Ordoño á Ga-
licia y la parte de Lusitania que poseían los cristianos; Fruela
51) Este hecho lo atribuye Lafuente A Alfonso III en su Historia general
de España, t. III, pág. 321, y también á Ordoño, id., id., pág. 311.
52) Cavanilles, obra y tomo eit., pág. 405.
24
el señorío de Asturias: Gonzalo, que era eclesiástico, se quedó
el arcedianato de Oviedo, y Ramiro, que por su poca edad no
recibió estados, llegó más adelante á usar, como título honorí-
fico, el dictado de Rey (53). Sólo reservó para sí el monarca la
ciudad de Zamora, pero antes de fijar en ella su residencia
visitó el sepulcro de Santiago y al retorno pidió á su hijo Gar-
cía, que se hallaba en Astorga , le permitiese pelear, una vez
siquiera y antes de morir, con los enemigos de Cristo. Otorgó-
selo García, dice un historiador, y emprendió Alfonso su última
campaña contra los moros de Ben-Hafsun el de Toledo, que
desde los fuertes del Tajo no cesaban de inquietar las fronteras
cristianas. Con el ardor de un joven se entró todavía Alfonso
por las tierras de los musulmanes: y después de haber talado
sus campos, incendiado poblaciones y hecho no pocos cautivos,
volvió triunfante á Zamora , donde enfermó al poco tiempo y
falleció el 19 de diciembre de 910, á los 44 años de su adveni-
miento al trono (54).
Poco después de la desgraciada batalla de Aybar, Sancho
Carees, hijo del malogrado conde de Pamplona García Garcés,
extendiendo sus conquistas contra los musulmanes fronterizos á
aquella comarca, se hizo apellidar rey de Navarra en 905.
Desde entonces figura en la historia con carácter propio y bien
marcado el heroico reino de Navarra. Y desde que los catala-
nes asesinan á Salomón, conde de Barcelona, en 874, rige los
destinos de la Gothalania ó Cataluña YVifredo el Velloso, con
independencia moral del cetro transpirináieo, y logra, ayudado
por los naturales, expulsar á los sarracenos del condado auso-
nense y de otras tierras catalanas. Así comienza también á
figurar en las páginas de nuestra historia la región que hoy
denominamos Principado de Cataluña.
Al ascender al trono de los emires españoles Abderrah-
inán III, aparece en la historia musulmana el califato de Córdo-
ba con el mismo régimen del califato de Bagdad, y sus vasallo-,
le aclaman por Emir Ahnumenin: su nombre y su título comien-
zan á ser grabados en las monedas, y su actividad é inteligen-
cia son empleadas en la pacificación de la España sarracena.
53) Asi consta, según el Sr. Lafuente, <!<• una donación hecha por el
mismo Ramiro á la catedral do Oviedo en 926.
54) Laf., tomo cit., pág\ 353.
25
Comienza por someter á Caleb-ben-Hafsun tras empeñada lu-
cha, entre Toledo y las montañas de Cuenca; calma los enconos
de las huestes musulmanas guarecidas en las sierras de Jaén y
Elvira, ganando á sus principales caudillos para la unidad de
la España árabe; dirige personalmente una victoriosa expedi-
ción á las costas levantinas de nuestra península , deteniéndose
en Valencia y sometiendo á los partidarios que aquí restaban
de Ben-Hafsun; recobra ¡ja Zaragoza y, envanecido con tales
triunfos, se apresta á atajar el progreso de las armas 'cris-
tianas.
García, monarca leonés, en sus escaramuzas contra los ára-
bes, logró alguna ventaja; pero á su muerte empuña las riendas
de aquella monarquía, Ordoño, su hermano, juntando así los
cetros de León y de Galicia. Este valeroso monarca demostró
con su heroísmo ser digno descendiente de Alfonso el Magno .
Receloso el califa de Córdoba de las victoriosas expediciones
de Ordoño II , congregó un grueso ejército y penetró en San
Esteban de Gormaz. En mal hora, dice Lafuente , avanzaron
hasta allí los musulmanes ; el valiente Ordoño los atacó de im-
proviso, y ganó sobre ellos tan brillante victoria, que al decir
del obispo Sampiro, delevit eos usque ad mingentem ad parientem,
y según el monje de Silos , desde San Esteban hasta Atienza ,
quedaron montes, collados, bosques y campos tan sembrados de
cadáveres sarracenos , que sobrevivieron pocos que pudieran
llevar al califa la nueva de tan fatal derrota (55). Esto acaecía
en 919 , y dos años más tarde reciben las armas cristianas ru-
dísimo golpe en la batalla de Valjunquera , del que no se repo-
nen hasta tomar honroso desquite en los desfiladeros del Roncal.
Esto alienta al valeroso Ordoño II para llevar su arrojo hasta
el punto de acercarse á Córdoba ^desafiando á las huestes mu-
sulmanas .
A la muerte de Ordoño II , en 921 , sucédele su r hermano
Fruela II, juntando los reinos de León, Galicia y Asturias bajo
su cetro; pero su reinado fué efímero. Al mismo tiempo subía al
trono de Navarra García Sánchez, hijo de Sancho García Abar-
ca, y tenía origen la célebre institución de los Jueces de Castilla.
Para substituir á Fruela II fué nombrado el mayor de los
hijos de Ordoño con el nombre de Alfonso IV, y con ello se de '
55) Hist. gral., tomo cit., pág\ 409.
i>6
muestra la libertad electiva que volvieron á ejercer los nobles.
El nuevo monarca, nacido para el claustro más que para en-
cauzar el movimiento guerrero de sus huestes ansiosas de
medir sus fuerzas con los muslimes, abdicó el cetro, con anuen-
cia de los nobles, en manos de Ramiro, su hermano, y vistió la
cogulla en el monasterio de Sahagún.
Continuaba Abderrahmán III venciendo dificultades para la
unificación de la España sarracena; de nuevo desalojó de sus
posiciones á los rebeldes de Jaén y Sierra Elvira; penetró en
Alhama para castigar duramente al fiero Azomor; de allí pasó
á Granada, donde fueron á ofrecerle obediencia los rebeldes que
habían quedado sin caudillo, y fija su atención en el dominio
que Giafar, hijo de Ben-Hafsun, ejercía en Toledo, allí dirigió
sus aguerridas huestes, apoderándose de ella en 927, mientras
Giafar con los suyos fué á someterse al monarca de León. '
Ocupando el trono Ramiro II estaban preparando las armas
cristianas una expedición que hostigase, cuando menos, el poder
del califa; pero la inconstancia de Alfonso IV, exigiendo el
trono que había abandonado, hizo necesaria la represión, y
precisamente con las armas dispuestas para la lucha contra los
árabes. Asegurado Ramiro II en el trono, no le permitió su
genio belicoso tener ociosas las armas, «y no olvidando que
aquel mismo ejército, que le había servido para reducir y cas-
tigar á su hermano y primos, le había servido anteriormente
para combatir á los sarracenos, celebró un consejo ó asamblea
de los magnates del reino para acordar hacia qué parte de los
dominios musulmanes convendría llevar las banderas cristia-
nas. Determinóse dirigirse hacia el Este, y el ejército leonés,
acaudillado por Ramiro, franqueó la sierra de Guadarrama, que
era la marca fronteriza de moros y cristianos por la parte de
Castilla, y se puso sobre Magerit (Madrid), desmanteló sus mu-
rallas, pasó á cuchillo su guarnición y habitantes, ejecutó lo
mismo en Talavera, y sin que pudiera darle alcance el walí de
Toledo, se retiró á su capital cargado de despojos» (56). En aque-
lla sazón pide auxilio al monarca leonés el conde Fernán Gon-
zález, gobernador de Castilla, en cuyas huestes ansiaban tomar
desquito las armas sarracenas: pero Ramiro acude en ayuda
del conde y, cerca de Osma, traba el combate y tras él obtiene
ó6) Lal'.. tomo cit., pág». !-•"> y 424.
27
gloriosa victoria. Temió Abderrahmán y temió su caudillo Al-
muclhaffar por el éxito creciente de las armas cristianas y
ambos resolvieron castigarlas con dura lección de Marte. Pro-
clamóse la guerra santa, y un formidable ejército, compuesto
de cien mil guerreros muslimes ; acampó á orillas del Tormes;
supo Abderrahmán que Ramiro le iba al encuentro y se divi-
san ambos, ejércitos cerca de Simancas, donde se traba des-
comunal batalla, y, tras heroica lucha, hubiera sucumbido allí
el poder de los muslimes españoles si, uno de los jefes, Abu
Yahia, no hubiera hecho desistir con razones á Ramiro que con-
tinuase aquel mar de sangre agarena. Retiradas las huestes del
califa á Zamora, pudieron rehacerse con el refuerzo de veinte
mil soldados, y trabada lucha con el ejército cristiano, día 5
de agosto de 939, costó al califa millares de soldados para Tan
sólo poder ondear contados días en los muros de Zamora los
pendones de la media luna (57).
En 941 fueron testigo los alrededores de San Esteban de Gor-
maz de otro combate, en que perecieron no pocos soldados de
los dos ejércitos, y en 944. nos dice Conde «que el rey Radmir
de Galicia envió sus mandatarios al rey Abderrahmán para
concertar ciertas avenencias de paz en sus fronteras, y Abde-
rrahmán los recibió muy bien, y otorgaron sus treguas, que
ofrecieron guardar por conveniencia de ambos pueblos, y envió
el rey Abderrahmán á su wazir Ahmed-ben-Said con los man-
daderos de Galicia para saludar en su nombre al rey Radmir , y
fué el wazir á Medina Leionis (León)... se ajustaron treguas por
cinco años y fueron muy bien guardadas» (58).
Tales fueron las consecuencias de la famosa batalla de Si-
mancas, la mayor, dice Lafuente, que se había dado entre cris-
tianos y musulmanes desde el desastre del lago de la Janda ,
conocido por la batalla del Guadalete (59).
La tregua redundó en beneficio de la fundación y repobla -
57) Esta victoria so denomina batalla del Foso de Zamora, y tuvo lugar
catorce días después de la de Simancas. Los cronistas cristianos hacen subir
á ochenta mil el número de sarracenos muertos, y los árabes de cuarenta á
cincuenta mil, lo que demuestra 1;) importancia del desastre para el ejercito
de Abderrahmán.
58) Historia de la dominación de los árabes en España, etc. Cap. 82.
Tres volúmenes en 4.°, imp. en Madrid. 1820;
59) VoLcit., pág. 437.
28
ción de varias ciudades y villas de la monarquía cristiana, pero
tan pronto como espiró aquélla en 949, Ramiro repasó el Duero,
obligando á los moros de Talavera á aceptar rudo combate, en
que perdieron doce mil hombres, amén de siete mil prisioneros.
Muere en 950 y le sucede su hijo Ordoño III, con disposición
bastante para superar el heroísmo de su padre contra las huestes
sarracenas si no se hubiera visto precisado á sofocar las tenta-
tivas de conspiración hábilmente tramada por su hermano San-
cho para desposeerle del trono. Asimismo sujetó á los rebeldes
gallegos y dirigió luego sus armas vencedoras contra los moros
de Lisboa , apoderándose de esta ciudad. Exacerbados los mu-
sulmanes penetran, en desquite, en los dominios castellanos,
hasta verse arrojados por las tropas de Ordoño y del conde Fer-
nán González que les persiguen hasta el Duero. Repuesto de
aquella expedición se proponía de nuevo acrecentar sus victo-
rias contra los sarracenos, cuando murió en Zaragoza en 9B5,
sucediéndoíe su hermano conspirador Sancho I. Transcurrido el
primer año de su reinado, sufre igual suerte que su hermano
Ordoño III, pero con terribles consecuencias, puesto que fué
destronado y se refugió en Pamplona para desde allí pasar á
Córdoba y trabar amistad con el califa, que le hospedó en su
palacio. Había ido Sancho, apellidado el Gordo, á aquella capi-
tal en busca de remedio á su obesidad ; pero las consecuencias
de aquella visita no fueron felices para la fusión de las dos
razas , sino para que el califa pusiera á disposición del destro-
nado rey un ejército agareno, con el que pone en fuga al intruso
Ordoño IV y se hace reconocer de nuevo por legítimo soberano de
León. Agradecido Sancho al califa, no presenció aquella España
ningún hecho de armas hasta que muerto Abderrahmán III en
15 de noviembre de 961 y elevado al trono su hijo Alhakem II ,
publicó éste una nueva guerra santa para castigar las hostilida-
des que venían sufriendo los sarracenos de parte del conde de
Castilla. Esta actitud del nuevo califa infundió tal terror en los
dominios de la España cristiana, que el rey de León, los seño-
res de Castilla y los condes de Barcelona y de otras plazas
levantinas enviaron á Córdoba sus embajadas pidiendo treguas
de paz al hijo de Abderrahmán III.
Aquel temor de las tropas cristianas ¿era justo castigo á la
prevaricadora conducta de Sancho el Gordo'? Las armas con que
!<>> soldados de Pelayo resisten el avasallador empuje de la in„
29
vasión sarracena, ¿no son de igual temple que las de los cris-
tianos españoles del siglo décimo? La victoria de Covadonga ¿no
enrojece el rostro de aquellos guerreros que debían de conser-
var un resto de la fe de sus mayores? Harto se habían debili-
tado los vínculos fraternales con el ejemplo de personas augus-
tas; harto se habrían estragado los sentimientos religiosos y
patrióticos de las huestes leonesas cuando no surge de entre los
vasallos del cristiano rey, amigo del califa, una enérgica pro-
testa. Y el ejemplo de unos señores repercutió en otros y la uni-
dad de aquella patria española no tenía ardientes defensores
como los tuvo en circunstancias más difíciles.
Desaparecen del estadio de la vida Ramiro III de León, el
conde de Castilla Fernán González, García Sánchez de Nava-
rra, Sancho el Gordo y el mismo Alhakem II, último califa de
los Beny-Omeyas. De entre las cenizas de tales testas coro-
nadas, ¿saldrá algún héroe que cambie la faz de España? La
memoria de Pelayo ¿será evocada con entusiasmo por algún
caudillo que levante de la postración las armas cristianas? Ha-
biendo visto la pureza de la doctrina mantenida por las huestes
capitaneadas por Pelayo, Ramiro y Alfonso, y la crueldad de
la predicada por Muza, Taric y sus descendientes, juzgúese,
como dice muy bien el Sr. Lafuente , si ambas doctrinas sufren
comparación, si la Providencia podía permitir que de la re-
ligión pura del Crucificado en Jerusalem, triunfara la moral
lasciva del voluptuoso apóstol de la Arabia (60).
Y, sin embargo, durante la minoría de Hixem II las armas
cristianas retroceden perdiendo considerables dominios; el es-
forzado y terrible Almanzor, jurando extinguir hasta el nombre
de Cristo de sobre la haz de España, subyuga, vence y humilla
el poder de la monarquía; la España musulmana que, como león
dormido, despierta al grito de Almanzor, vé con admiración
lograda la unidad de miras y sentimientos nacionales y se ano-
ja feroz sobre los reinos cristianos y los despedaza; los monar-
cas huyen, las armas de sus soldados caen de sus manos ó se
embotan si es que no sirven para avivar las disensiones en el
campo cristiano, y por todas partes donde se venera en España
el nombre de Cristo, no se oye más que el grito de la desolación
y de la ruina. Almanzor disfrutaba de las consecuencias que rc-
60) Vol cit., pág\ 250.
:$0
portó su política de unidad, y en cambio la España de Pela yo,
destrozada por rivalidades y malquerencias de familia, por dis-
cordias intestinas y bochornosas alianzas con los hijos de Agar,
parecía próxima á su extinción. «Los pecados de los cristianos,
decía la célebre abadesa de León en su cautiverio, atrajeron las
gentes sarracenas de la estirpe de los ismaelitas sobre toda la
región occidental, para devorar la tierra, pasar á todos al filo
de sus aceros ó llevar cautivos a los que quedaran con vida.
Nuestra constante acechadora la antigua serpiente les dio la
victoria; destruyeron las ciudades, desmantelaron sus muros y
lo conculcaron todo: los pueblos quedaron convertidos en so-
lares, las cabezas de los hombres cayeron tronchadas por el
alfange enemigo, y no hubo ciudad, aldea ni castillo que se li-
brara de la universal devastación» (61).
Si las armas cristianas, en un esfuerzo de su misma impoten-
cia, atrevíanse á hostilizar las tropas de Almanzor en escara-
muzas como la de las márgenes del Esla, sufrían luego horribles
represalias del hagib de Hixem II. ¿Qué se hizo el valor de los
cristianos españoles embravecidos con el continuo luchar y, si
vencidos, nunca humillados? ¿Extinguióse entre ellos el senti-
miento de la independencia y el principio religioso que, como el
instinto de la propia conservación, les había informado desde los
tiempos heroicos de Covadonga? No: y esta fué la mayor fortuna
de nuestra patria.
Había resuelto el valeroso y astuto hagib unir al imperio
musulmán la monarquía española, y en 1002 apresta innumera-
bles soldados para conseguir su intento. Los ejércitos moviliza-
dos por Almanzor podían conquistar la más poderosa monarquía
de aquellos tiempos, y sin embargo, los españoles no se aco-
bardan; ante la superioridad numérica del enemigo evocan
aquellos nobles sentimientos de fe y de patria que dieron á Pe-
layo la victoria y se organizan en legiones. El peligro común
acalló las disensiones domésticas, y no lejos de las ruinas de
Numancia , acamparon los ejércitos de Alfonso V, capitaneados
por su tutor Mendo González y á la sombra de las banderas de
León, Asturias y Galicia; los de Navarra estaban dirigidos por
Sancho Garcés el Mayor, y los de Castilla por el sucesor de
García Fernández. Los tres ejércitos coaligados esperaron en
c>\) Laf., Ilist. grál. de Esp., t. IV, págs. 277 y l>7«.
31
Calatañazor los movimientos del musulmán, y trabado el com-
bate, peleaban los cristianos como hambrientos lobos, según la
expresión de un escritor arábigo; semejante era el furor de los
sarracenos , y, entre el ruido de trompetas y atambores , entre
la gritería espantosa y el crujir de mallas y lanzas, sintióse Al-
manzor herido , pero continuó peleando hasta que , retirado á
su tienda y amargado por el estrago que hicieron en sus filas
las tropas de los cristianos, murió en Medinaceli á los 63 anos
de edad y 25 de triunfos contra los cristianos.
No tardó en llegar á su ruina el califato de Córdoba. Abdel-
melic, al suceder á su padre Almanzor, no había heredado su
heroísmo, y los cristianos, renovado su valor por la victoria,
pudieron haber escarmentado el poder de la media luna. Lo que
extrañan los historiadores es la apatía de los monarcas cristia-
nos, cuando muerto Abdelmelic en 1008, hubieran podido ex-
pulsar de España á sus irreconciliables enemigos.
Escasa transcendencia tuvieron las victorias de los cristianos
en G-ebal Quintos y en Akbatalbakar , puesto que de ellas sólo
reportan beneficios Suleiman el Berberisco y Mohammed el Om-
miada. Los monarcas cristianos «eran solicitados como auxilia-
res y aparecían como mercenarios pudiendo haber obrado como
señores. Contentábanse con la cesión de algunas fortalezas y
ciudades en pago de un servicio, los que hubieran podido ganar-
las por conquista, y las espadas que hubieran debido emplearse
contra los enemigos de la fe, eran arrojadas en la balanza mus-
límica para inclinarla con su peso alternativamente, ya en
favor de uno, ya en favor de otro de los aspirantes al trono
musulmán. Algo los disculpa el haberse propuesto, como cree-
mos, debilitar de aquella manera las fuerzas de los mahometa-
nos y contribuir á fomentar sus escisiones» 62).
Los beneficios que reportan las armas cristianas á la futura
reconstitución de la patria son escasos en proporción á lo que
debieron de ser , y sólo cuando el califato de Córdoba se desmo-
rona es cuando la monarquía española asienta las bases de su
brillante porvenir.
Durante la existencia de los reinos de taifas consolidóse la
monarquía cristiana, ora con las conquistas de Fernando I, que
en sus afortunadas expediciones llegó hasta Valencia , ora con
62) Laf., Hist. gral. de Esp., t. IV, pág. 125.
32
las de Ramiro I de Aragón; y seguramente Alfonso VI hubiera
adelantado en dos siglos la obra de D. Jaime el Conquistador si
la irrupción de los almorávides y luego las consecuencias de la
batalla de Zalaca no hubieran hecho derramar tanta sangre y
enflaquecido. el poder de los cristianos.
A no ocupar el trono Alfonso VI , la obra de la Reconquista
hubiera sucumbido, pero la Providencia velaba por nuestra
patria , y para resarcir la justa causa que aquellos soldados <ie
la fe defendían con tanto denuedo, de los descalabros con que la
hostigaron Almanzor y Jussuf, deparó las notables figuras de
Alfonso VI y del heroico Cid Campeador.
CAPÍTULO II
Política de Alfonso VI. — El Cid Campeador, — Triunfos de Alfon-
so VII CONTRA LOS AFRICANOS. — SlSTEMA POLÍTICO DEL MISMO PARA
CONSOLIDAR LA OBRA DE LA RECONQUISTA. — ESFUERZOS EN PRO DE LA
MISMA REALIZADOS POR OTROS MONARCAS ESPAÑOLES HASTA MEDIADO
EL SIGLO XIII.
es objeto de nuestro estudio la relación minuciosa de
los hechos ; aun de los más singulares , en que intervie-
nen los monarcas de los siglos XI y XII; pero conviene
fijar la atención en la política de Alfonso VI respecto de los
moros y mudejares españoles.
Vencido Alfonso por su hermano Sancho y obligado á vestir
la cogulla en el monasterio de Sahagún, logró evadirse y bus-
car amparo en el palacio de Al-Mamun, rey moro de Toledo;
pero en 1072, muerto Sancho II á manos de Bellido Dolfos, fué
elegido por los nobles para ocupar el trono de Castilla , León y
Galicia, el huésped de Al-Mamun. Las estrechas relaciones de
amistad trabadas por Alfonso y el rey moro de Toledo se tra-
dujeron en alianza formal, comprometiéndose ambos reyes á
respetarse mutuamente "los estados y á ayudarse en caso nece-
sario contra sus enemigos respectivos.
Marchó Alfonso á Burgos, donde había de prestar el célebre
juramento en la iglesia de Santa (ladea, y allí acaeció la he-
roica intervención del castellano D. Rodrigo Díaz de Vivar, in-
tervención que es, según el común de los historiadores, causa
y origen del enojo real contra el héroe burgalés.
T. I 3
34
No tardó en ofrecerse ocasión de probar la sólida amistad
que Alfonso profesaba al de Toledo con motivo de la guerra
que á ésto habían declarado los reyes de Córdoba y Sevilla. El
rey castellano, con sus aguerridas huestes, acudió á la defensa
de su aliado, y los dos ejércitos se dirigieron á Córdoba y Se-
villa, las cuales cayeron en poder de Al-Mamun. Regresado
Alfonso á sus dominios y muerto el de Toledo en 107G, ofreció-
sele al castellano ocasión de probar su nobleza de ánimo. En el
juramento de alianza prestado a Al-Mamun ? se hacía el pacto
extensivo á su hijo Hixem-Al Kadir, pero no al hermano menor
de éste Yahia Al-Kadir-Billah, y no tardó en demostrar Alfonso
la transcendencia de su política, pues muerto Hixem á poco de
ocupar el trono de Toledo, sucedióle Yahia, pero su gobierno
fué tan cruel que sus vasallos , prefiriendo la deshonra de su re-
ligión, mediante el pacto con los cristianos, al sufrimiento de
tales demasías, reclamaron la protección ele Alfonso, quien in-
vitado al mismo tiempo desde Sevilla por su rey Al-Motamid
con nueva alianza para ir contra el de Toledo, decidióse á conf
quistar esta ciudad, baluarte principal del islamismo en Espa-
ña, y rindióla en 1085, no sin antes haberla otorgado beneficiosa
capitulación. Entonces, como en tiempo de los godos, volvió la
cruz á presidir los concilios y ser Toledo la capital del imperio
cristiano en España. Congregado un concilio y nombrado metro-
politano de Toledo el monje Bernardo, abad de Sahagún, con-
sagróse Alfonso á consolidar la obra de la Reconquista, hasta
que rota la alianza con el rey moro de Sevilla, llamó éste en su
auxilio á los almorávides de África, y con la irrupción de estos
bárbaros y la batalla, de Zalaca ó Silarica , deque ya hicimos
ligera mención, llegó á bambolear el trono del magnánimo Al-
fonso. ¿Fué esto castigo sobrenatural impuesto á la tolerancia
con el rey moro de Toledo? La Providencia tiene arcanos que
no le es dado descubrir al historiador.
«Habíase familiarizado Alfonso VI, durante su residencia en
Toledo, con las costumbres de los alárabes, bajo cuya protec-
ción viviera en ol destierro. Conocedor por este medio de la
lengua ó iniciado acaso en la Literatura de los muslimes, pro-
tortor él mismo d(> los literatos árabes, ofreció tu breve la
corte castellana no escasa analogía con una corte oriental. Fiel
á las tradiciones dé la política de su padre, reducida á empobre-
cer ;'i los moros antes de conquistarlos, puso á su servicio los
35
recursos de un talento diplomático á la manera de aquel siglo
manifestado con éxito en muy afortunadas negociaciones» (1).
La política de Alfonso VI respecto de los muslimes redu-
cíase en un principio á adquirir el dominio directo en los esta-
dos de éstos, desentendiéndose luego ó abandonando no pocas
veces á los soberanos feudatarios que tenía entre los mismos.
Así lo vemos con Yahia el hijo de Al-Mamun.
Aprovechóse además, el citado monarca, de la guerra que
entre sí mantenían los reyes de taifas, para hacer amable la do-
minación cristiana al pueblo sarraceno y convertir en odiosa y
despreciada la de tales reyes, como observa el Sr. Fernández y
González (2). Conforme á este plan, no tardó en trocar, según
las circunstancias se lo permitieron, aquella conducta benévola
y amistosa en dura y exigente, hasta el punto de servir de pre-
texto para que formaran una liga los árabes con los almo-
rávides y amenazaran al poderoso y hábil monarca. En 1092
apoderáronse los almorávides de Valencia con muerte de Al-
Kadir, protegido de los cristianos, y los triunfos de aquella
gente bárbara hubieran dado harto que sentir al monarca de
Castilla sin el heroísmo del Cid. Había logrado Alfonso estable-
cer la seguridad en sus reinos de tal manera «que en los últimos
años de su vida podía atravesar su estado en todas direcciones
una vejezuela ó un niño con un bolso lleno de dinero en las
manos, sin temer asechanzas de ningún género» (3).
Lo que no acertamos á explicar es la conducta de Alfonso VI
con los mozárabes, y singularmente, si la comparamos con la
protección legal dispensada á los mudejares , aunque es verdad
que «en este tiempo (dice Sandoval refiriéndose al año 1106,
bajo la autoridad de Pedro León), había muchos mozárabes
malos cristianos, tan estragados y peores que los moros en los
lugares fronteros, donde más convenía haber cristianos fieles,
seguros á su Dios y á su rey. Teniendo, pues, el rey aviso de lo
poco que en los tales hay que fiar, los echó de Málaga y de las
demás fronteras donde estaban y los hizo pasar á África» (4).
1) Fernández y González, lib. cit., pág. 32.
2) Id., id., pág\ 38.
3) Id., id., pág. 57.
4) Hist. de los Reyes de Castilla y de León, D, Fernando el Mayno, etc.,
conocida vulgarmente por la Orón, de los cuatro reyes, cap. XXIV. Un vo-
36
Dejemos á los deportados mozárabes gimiendo en su amargo
destierro y pidiendo al Dios de los cristianos el beneficio de la
libertad, para fijar nuestra atención en el aguerrido castellano
que asedia los alrededores de Valencia y hostiliza con sus gue-
rrillas las huestes del cadí Aben-Giahaf.
Parece confirmado por la crítica que el enojo de Alfonso
con el Cid desde, la jura en Santa Gadea tuvo triste desenlace
en 1080 con el destierro de Ruy Díaz (5). Transladóse Rodrigo
á Barcelona y, sin duda, por las desavenencias con el conde
Berenguer Ramón II, pasó á Zaragoza, donde pactó alianza con
Al-Mutamin. A este pacto sigue el otorgado á Al-Mostag'in de
Zaragoza para obligar al de Denia á la retirada que Al-Kadir
anhelaba, y cuando consigue el Cid su objeto se niega á despo-
seer del trono al de Valencia por ser tributario del rey de Cas-
tilla D. Alfonso (6). Con ello dio muestras D. Rodrigo, no sólo
de su lealtad á su legítimo rey, sino de ser «gran político al
tomar parte con los que pudieran ser enemigos del reino , que
en primer lugar ocupaba su imaginación. Los dobles papeles
que hacía, no diremos nosotros que sean honrosos, aunque en
la diplomacia así se crea, pero le facilitaban el estar en medio
de todos , y fué un artificio, á nuestro modo de ver, útil y bene-
ficioso, porque evitó la felonía que proyectaba Al-Mostag'in de
lanzar del reino á aquel á quien venía á ayudar» (7).
Así se explica la conducta del Cid cuando penetra en Valen-
cia; amigo de Al-Kadir, aliado de Al-Mostag'in y de Al-Mondzir
lumen en fol., edic. de Pamplona, imp. por Carlos de Labayen, año 1615.
Muchos mozárabes, obligados por los almohades, fueron transladados-al
África en 1124, segim cómputo de los Anales Toledanos, y once años des-
pués sufrieron una segunda deportación, según la Orón. Adefonsi Imperat.,
cap. LXIV. La mayor parte de estos infelices engrosaron los cuerpos de tro-
pas que An-Nasir presentó en la batalla de las Navas.
5) Dozy, Recherches sur l'histoire pólitique et littéraire de VEsf>agne
pendant le mor/en age. Leyden, 1819, t. I, pags.' 320-706. D. Manuel Malo do
Molina, Rodrigo el Campeador. Imp. Nacional, Madrid, 1857, págs. :ll y 32.
6) Malo do Molina, lib. cit., p;'ig. 57. Ya lo había afirmado Dozy, Re-
cherches, edic. cit.,, pág. 484.
7) Id., id., pág. 58. Va hicimos antes mención del pacto entre Alfonso VI
y (d rey moro de Toledo, y asi lo confirma Dozy, pág. 102 de sus Recherches,
añadiendo: tQuand Al-Kadir billáh ceda Toli'de a Alfonse VI (le 25
mai 1085), il le fit soics la condition que le puissant roi de Castille et de
fjéon le remettrait en possession de Valence».
37
y vasallo fiel de Alfonso, trabaja en distraer las fuerzas sarra-
cenas y dejar libre de la guerra á su querida Castilla. Alfonso
no podía ser ingrato á los favores de D. Rodrigo y así lo de^
muestra cuando éste se postra en su presencia y le rinde vasa-
llaje (8). Después que recibe de Alfonso privilegios singulares
retorna á Valencia con siete mil hombres «dispuesto á guerrear
por su cuenta y en bien del reino de Castilla» (D). A su paso
por Albarracín hace alianza con el gobernador moro, quien ra-
tifica el vasallaje que rendía á Alfonso, y cerca ya de Valencia
pone en vergonzosa huida los ejércitos aliados de Al-Mostag'in
y del conde de Barcelona que asediaban á Al-Kadir. Este se
comprometió á pagar á D. Rodrigo mil adinares mensuales á
trueque de la protección recibida y del vasallaje que le rindie-
ron los gobernadores que se le habían rebelado.
Prosiguió el Cid sus correrías por tierras de Alpuente hasta
que, dueño Alfonso de la plaza de Aledo, no muy lejos de Lorca,
y obligado el rey á defender la plaza del asedio con que la
amenazaban las fuerzas coaligadas de almorávides y árabes,
reclamó el auxilio del Campeador, quien se aprestó á cumplir el
mandato real. Abandonaron los sarracenos el asedio al tener no-
ticia que las tropas del Cid corrían á unirse con las de Alfonso
para la defensa de Aledo; pero los émulos de D. Rodrigo apro-
vecharon la tardanza con que las tropas de éste fueron á incor-
porarse á las reales , para renovar intrigas y conseguir que el
monarca de Castilla revocase las donaciones que poco antes le
hizo, le privase hasta de las posesiones de familia y redujese á
prisión á D. a Jimena y á sus hijas. El Campeador, humillado
por aquella afrenta, retiróse desde Molina á Elche, donde pasó
la Pascua, y luego apoderóse en Polop, no lejos de Alicante,
del castillo destinado á la conservación del Tesoro público de
los sarracenos de la comarca. Cargado con el botín regresó por
Tárbena á Valencia y de allí partió hacia Tortosa, devastando el
país y apoderándose de Miravet, desde donde hostilizaba á Al 1
Mondzir. Trató éste de aliarse con el conde de Barcelona, pero
8) Dozy, lib. cit., pág. 486. Malo de Molina, lib. cit., pág. 60. Alfonso
hizo merced á Rodrigo de las tierras y castillos de Dueñas, Gormaz, Ibia,
Campo, Gaña, Bribiesca y Berlanga, con otros privilegios que consigna la
Historia leonesa.
9) Malo de Molina, lib. cit,, pág. 61.
38
el efecto inmediato de esta alianza fué la derrota de los catala-
nes en la batalla de Tobar del Pinar, sitio donde acampaban
las vencedoras armas de Ruy Díaz. Al-Mondzir temió las con-
secuencias de aquella derrota, y, muertq,poco después, sus hijos
apresuráronse á comprar del Cid la estabilidad de sus reinos
mediante la suma anual de cincuenta mil adulares. «Los demás
gobernadores de fortalezas y señores de los castillos compraron
también al Cid' su reposo, y así es que por entonces percibía el
Campeador: de Ben Hoclzail, señor de Albarracín, diez mil adi-
nares; de Ben Kaasem, señor de Alpuente, otros diez mil; del
de Murviedro, seis mil; igual cantidad del de Segorbe; cuatro
mil del de Xérica; tres mil del de Almenara y doce mil de Al-
Kadir, el de Valencia, cuya ciudad pagaba otros doce mil á
un obispo que había enviado allí el rey Alfonso» (10). Con un
total de más de cien mil adinares bien pudo el Campeador co-
operar á la política puesta en práctica por Alfonso VI respecto
de los muslimes.
Pero cayó nuevamente el Cid en desgracia de su rey, según
afirman varios historiadores, y pensando en abandonar el siste-
ma belicoso que hasta la sazón había seguido, se estableció en
Benicadell (11), reedificando y fortaleciendo el castillo que había
de ser en adelante el centro de sus heroicas expediciones.
«Desde allí, el temor de su esfuerzo y de su fortuna le sometió
á todos los régulos de la comarca» (12).
Guarnecido el castillo de Benicadell, partió el Cid para Va-
lencia, en donde se hallaba enfermo Al-Kadir, y emprendió
luego una expedición á Morella, después de haber dejado en
Valencia al obispo D. Jerónimo de Perigord y á sus mayordo-
mos y alguacil. Al llegar el Cid á Morella fuéle ofrecida por un
10) Id., id., pág. li). Fernández y González, lib. cit., pág-. 51, dice que
los hijos de, Al-Mondzir pagaban 40.000 escudos.
11) El castillo de Peña Cadiella citado en'las Crónicas, en el Poema del
Ciá y cu Berganza, es el Pinnacatell ó Peñacadell de la Crónica leonesa,
que conocemos actualmente con el nombre de Benicadell; cumbre elevada
que separa los valles de Albaida y Concentaina y punto central entre Denia.
.látiva y Orihuela. Vid. ej curioso art. Un rey innovado en la Contesta ni a.
—-El Cid en Benicadell, publicado en la rev. El Archivo, Denia 29 de julio
de 1886, por I). .Julián Ribera.
12) D. Manuel Josef Quintana) Vida de españoles célebres.— El Cid, pá-
gina 22 de la edic. de 1*1 1.
39
personaje desconocido la entrega de Borja, y puesto en marcha
para tomar de ella posesión recibió un mensajero de Al-Mos-
tag'in que le dio noticia de las molestias que, desde Castellar,
le causaba el rey de Aragón y de Navarra. Esto y el descubri-
miento del engaño con que le habían brindado la entrega de
Borja, le obligaron á dirigirse hacia Zaragoza en ayuda de Al-
Móstag'in; pero Sancho de Navarra apresuróse á concertar las
paces con D. Rodrigo y en consecuencia á no molestar al moro
en Zaragoza.
Creyó Alfonso VI llegada la hora de conquistar á Valencia
con la ayuda de las gentes de Pisa y de Genova aprovechando
para ello la ausencia del Campeador; pero éste, noticioso de
ello, partió' desde Zaragoza al condado de Nágera y Calahorra,
apoderándose de algunas poblaciones, talando los campos con
fiereza insólita y arrasando á Logroño, residencia del conde
García Ordóñez , favorito de Alfonso VI y el .que tanta parti-
cipación tuvo en los castigos, que éste impuso á D. Rodrigo.
Noticioso Alfonso de los estragos causados por el Cid y sin bas-
timentos para sostener la campaña contra Al-Kadir, no quiso
esperar la llegada de los pisanos y genoveses y partió á Casti-
lla. En aquella sazón ocurre en Valencia un hecho notable,
principio de la conquista de dicha ciudad para las armas cris-
tianas.
Concertado Aben-Giahaf con los almorávides, mandó asesi-
nar al sultán Al-Kadir, después de haberle depuesto; pero no
logró sentarse en el trono, siendo Valencia gobernada por una
asamblea de notables. Escribió el Cid á Aben-Giahaf echándole
en cara su traición y pidiéndole el trigo de su propiedad que
había dejado en Valencia ; respondióle el cadí que todo había
sido robado, á lo que repuso D. Rodrigo escribiéndole de nuevo
y en tono amenazador, jurando vengar la muerte de Al-Kadir.
Dirigióse el Cid hacia Valencia y puso sitio á Cebolla, en donde
recogió víveres para su ejército, no sólo del botín apresado á
los moros, sino del apresto que remitían los gobernadores de los
castillos. Receloso Aben-Giahaf de que el Cid pusiera por obra
su juramento, reclamó el auxilio de Yusuf; pero D. Rodrigo,
ganado el castillo de Cebolla ó del Puig, adelantóse hacia Va-
lencia, destruyendo las propiedades de la familia del traidor
cadí, demoliendo las casas de sus alrededores y sometiendo á
los muslimes de Villanucva y de Alcudia. Resolvióse luego á
estrechar el cerco de la capital, y sus moradores, desconfiando
de Aben-G-iahaf , ofrecieron el gobierno á los Beni- Tañer (13).
Mientras en el casco de la ciudad todo era tristeza y angustia
mortal, en los alrededores se vivía en la abundancia merced á
la generosa conducta del Campeador. Aquella situación cambió
de nuevo el gobierno de los Beni-Taher por el de Aben-Giahaf,
quien, desesperado, comisionó al cadí Al-Guattam para que ne-
gociase con D. Rodrigo la capitulación (14). Rendida Valencia,
después de horribles sufrimientos (15), entró en ella el Campea-
dor, jueves 15 de junio de 1094.
Los aterrados muslimes comprendieron que sin el favor del
Cid les era imposible continuar disfrutando de Valencia no
obstante lo pactado, y creyendo conseguir aquel favor con la
presentación de Aben-Giahaf , le prendieron y llevaron á Don
Rodrigo, quien mandó encerrarle en obscura prisión con los pa-
rientes del destronado cadí. Mientras tanto, el Cid, para asegu-
rar el dominio de su querida Valencia, fué imponiendo tales
condiciones á los vencidos que, los más, prefirieron abandonar
la ciudad á renegar de sus creencias. Los cristianos iban ocu-
pando las casas de la capital á*medida que los muslimes las
abandonaban, y para vengar el Cid la muerte de Al-Kadir en
la persona de Aben-Giahaf, mandóle dar muerte horrible (16),-
lo mismo que á sus cómplices.
Dueño pacífico D. Rodrigo de la hermosa y fértil Valencia,
consagróse á «poner en buen orden la policía del interior», co-
menzando « por la creación de iglesias destinadas al culto divi-
no; exigió de sus tropas y de los cristianos que habitaban la
ciudad y los arrabales , que guardasen las mayores considera-
13) Asi los llama Fernández y González.
14) Véanse las bases en la cit. obra de Fernández y González, pág. 53.
L5) Vid, Oración fúnebre recitada por cierto moro desde la torre más
alta de Valencia cuando la asediaban los cristianos, en los Apéndices del
citado lib. del Sr. Malo de Molina, págs. 150-157, y Romancero del Cid, pá-
gina 207 de la edic. de Barcelona, 1884. D. Julián Ribera publicó en los
números 48, 49 y 50 del t. I de El Archivo, un art. en que trata de La ele-
gía de Valencia y su autor. En varias obras literarias se lia publicado dicha
Elegía.
16) Vid. más detalles en Malo de Molina. lib. cit., pág. 133. Cav anilles,
tomo II, pág. 143 de su ob. cit., duda de tal crueldad fundado en el carácter
humano del Cid.
41
c ion es á los árabes, procurando fomentar la amistad entre ellos
y evitando todo motivo de disgusto ; los gobernó con justicia y
conforme á sus leyes y costumbres, y les conservó sus magis-
trados y la integridad de su culto» (17).
Quiso el Qid extender sus estados , y no contento con poseer
el castillo de Olocau y la villa de Serra, lugares estratégicos
para la toma de Liria el primero y de Sagunto la segunda,
aceptó con satisfacción la amistad que le brindaban D. Pedro I
de Aragón y sus nobles vasallos para una liga ofensiva y defen-
siva. De ella se aprovechó el Cid cuando los almorávides, an-
siosos de' recobrar á Valencia , vinieron en aguerridas legiones
desde Murcia, intentando derrotar por sorpresa, cerca de Játi-
va, las tropas coaligadas del Cid y de D. Pedro. Pudieron éstos
abastecer en abundancia el castillo de Benicadell mientras los
sarracenos acampaban en Bairén, castillo de posición estra-
tégica que, en combinación con los de Palma y Rebollet, do-
minaba la extensa huerta de Gandía. Dirigiéronse las tropas
cristianas á buscar al enemigo, y cerca de la costa, trabado el
combate, desplegaron tal heroismo los sarracenos, que poco
faltó para sufrir el caudillo burgalés espantosa derrota; pero
recobrado el valor por sus aguerridas huestes é invocando el
Cid el nombre de Cristo, por cuya gloria peleaba , acometieron
con heroico esfuerzo el campamento musulmán hasta poner á
sus legiones en vergonzosa huida y sin dejarles tiempo para
apoderarse del botín que habían depositado en el castillo de
Bairén.
A cambio del favor prestado á D. Rodrigo por las tropas de
D. Pedro, auxiliaron las del castellano á las aragonesas en la
rendición del castillo de Montornés. Al regresar el Cid á su ano-
rada Valencia, puso cerco á Almenara, y rendida, la guarneció
de cristianos; luego sitió á Sagunto y tras varias dilaciones cayó
en su poder, entrando en ella el 24 de junio de 1098.
De otro suceso nos da cuenta Dozy apoyado en un cronista
árabe (18), pero lo' afirmado por la crítica moderna es que no
17) Malo de Molina, lib. eit., pág. 136.
18) Dice así en la pág'. 590 de mi obra Rech'erches etc., t. í: «D.'aprés
l'auteur du Kitabo 'l-iktifá, Mohammed ibn-Agischah attaqua Alvar Fañez
dans le voisinage de Cuenca, le mit en déroute et pilla son camp. Ensuite il
marcha vers Alcira, parce qu'il avait apprés que l'ennemi voulait s'qd cni-
• 42
tardó el Cid en bajar al sepulcro, y según la Crónica leonesa,
murió en Valencia durante el mes de julio de 1099.
Para juzgar la obra de D. Rodrigo Díaz de Vivar en lo refe-
rente á nuestro asunto, poco hemos de decir; Flórez y Risco,
Dozy y Malo de Molina, Quintana y Martín (19), Cavanilles y
Laíuente, han estudiado con singular acierto, y conviniendo en
muchas apreciaciones, el carácter de aquel insigne guerrero,
de quien escribe Dozy: «Par mi tous les héros que l'Espagne a
produits au moyen age, il n'en est qu'un seul qui ait acquis une
réputation européenne, c'est lui.»
Permítasenos algunas observaciones acerca de la participa-
ción que tuvo el Cid en la gloriosa empresa de la Reconquista.
Costumbre era, según hemos visto en el presente y anterior ca-
pítulo , aunque funesta , como la califica el historiador Cavani-
lles (20), la protección que los reyes y señores en esta época
daban á los moros, ya para que se defendiesen y hostilizasen
entre sí, ya para que peleasen contra los cristianos. Esa política
de tolerancia y de transigencia con el enemigo jurado de su
raza, no aumenta la posibilidad de la fusión entre vencedores y
vencidos; pudo en algunos casos merecer el nombre de prevari-
cación de parte de los cristianos, y en otros debió reconocer por
causa, no el miedo, sino la dura necesidad para evitar el com-
pleto exterminio. Así se explica que un guerrero afortunado
como el Cid y en una época como la en que vivía , pacte alian-
zas con algún rey moro, no por debilidad, no por tolerancia
ilícita, no por prevaricación del celo religioso, alma y vida de
aquella sociedad española, sino por precaución, por prudencia
política, pues de ordinario se aliaba con un rey moro para tener
p'arer. II rencontra une partie de l'armée du Campeador, l'attaqua el en
tua un grand nombre. Quand le peu dé soldats qúi avaient échappé á ce
desastre, arrivérent auprés du Campeador, il mourut de chagrín. Que Dieu
ni- soil pas clément envérs lui! ajoute, l'auteur musulmán.»
19) Es ruriosa y no muy conocida la monografía escrita por D. Manuel
Joseph Martin, é ímp. en Madrid año 1781, con el título Historia | verda-
dera y famosa I del Cid Campeador, | D. Rodrigo Díaz de Virar, \ saca/la
di' los más célebres y gravísimos autores...- Es un extracto de nuestros an-
tiguos historiadores, hecho con bastante acierto; forma un vol. en 4." de 48
páginas, con un grabado del Cid en la primera, representado en figura
<Tiie>t re.
20) Obra cit.. 1, II, pág. 134.
43
á raya ó destruir el poder de otro rey moro más poderoso y del
que podía esperar más daño la obra inmortal de la Reconquista
española. Si algún defecto consigna la crítica moderna sobre la
memoria del libertador de Valencia, ora en la falta de cumpli-
miento de sus pactos con el sarraceno, ora en el carácter duro
con el vencido, fuese árabe ó cristiano, ora en su desmedido
amor á las riquezas, tengamos en cuenta el medio ambiente en
que vivió, y compárese su conducta con la seguida , no por los
caudillos y señores cristianos de su época, no con la de los reyes
musulmanes que amoldaban sus actos á la máxima la guerra es
engañar, sino con la del mismo Alfonso VI, y, habida cuenta de
las condiciones en que el Cid peleaba y de la calidad de sus
victorias y de su acatamiento al rey de Castilla, cuyo vasallo
leal se proclamaba, no podremos dejar de repetir las palabras
transcritas que Dozy publicó al frente de su trabajo referente
al héroe burgalés, y alabar la memoria del mismo por lo que
ayudó á consolidar la monarquía española en el siglo XI.
Valencia y su feracísima huerta constituían el más delicioso
vergel de la raza almoravid, y si Alfonso .VI, á pesar de su
constante anhelo por engarzarlas á la corona de Castilla, no
pudo realizarlo, convengamos en que los almorávides hubieran
enseñoreado aquellas tierras hasta la época de D. Jaime, y tal
vez no hubiera éste contado con las facilidades que halló de
parte de los mozárabes para realizar la conquista de las mis-
mas sin los esfuerzos del Cid.
La religión profesada por los héroes de Covadonga tuvo en
Valencia un culto, más que libre, oficial, desde que entró en
ella D. Rodrigo. Y la permanencia del obispo Jerónimo de Pe-
rigord, la consagración de la iglesia catedral, la fundación de
varias iglesias en la capital y fuera de ella y el gobierno de
D. a Jimena, esposa de D. Rodrigo, en compañía del menciona-
do obispo hasta muy entrado el año 1101, fueron parte para
que el núcleo de cristianos de Valencia se perpetuara , con las
dificultades consiguientes, hasta el primer tercio del siglo XIII,
no obstante la fiera irrupción de los almorávides que la ocupan
de nuevo en 5 de mayo de 1102 y no la abandonan hasta que la
potente mano del Conquistador los expulsa en 1238 y ofrece la
protección á los pocos mozárabes que vivían congregados en e\
lugar que hoy ocupan el monasterio y alrededores de >San Vi-
cente de la Roqueta.
44
Pudo aún D. a .limeña salvar los restos de su esposo y trans-
ladarlos á San Pedro de Cárdena antes que las tropas de Yusuf,
al mando del emir Matsdalí, se apoderasen de Valencia; mien-
tras tanto Alfonso VI, merced á las guerras mantenidas con los
africanos por el Cid, había resarcido sus ejércitos de la derrota
de Zalaca; pero en 1108 sufrieron las tropas castellanas nuevo
desastre en la batalla de Uclés, en que pereció lo más florido del
ejército cristiano. Lo que más sintió Alfonso fué la muerte de
su hijo D. Sancho, cuya noticia llevaron al rey los que pudie-
ron sobrevivir á la derrota. Dicen las crónicas que Alfonso
solía repetir en medio de suspiros que parecía arrancarle el co-
razón: «¡Ay meu filio! ¡ay meu filio! alegría de mi corazón é
Jume dos meos olios, solaz de miña vellez: ¡ay meu espello , en que
yo me soya ver, é con que tomaba moy gran placer! ¡ay meu he-
redero mayor! Caballeros ¿7iu me lo lejastes? Dadme meu filio,
co?ides» (21).
Tras la pérdida de Uclés siguió la de Cuenca, Huete, Ocaña,
Consuegra y otras poblaciones que habían formado la dote de
Zaida, esposa de Alfonso con el nombre de Isabel.
Tantas penas como las que lastimaban en aquellos días el
corazón de Alfonso, unidas á la pérdida de su esposa Isabel y
de su yerno el conde Ramón de Galicia , aceleraron la muerte
del monarca, acaecida en 30 de junio de 1109.
Entre tanto las armas aragonesas habían dado un gran paso
en la obra de la Reconquista con el triunfo en Alcaraz y la ren-
dición de Huesca , centro desde el que los moros tenían hosti-
lizadas á las tropas aragonesas; las armas catalanas habían
conseguido desalojar de Tarragona á los infieles; pero las caste-
llanas, con el advenimiento al trono de D. a Urraca, presencia-
ron , con disgusto más que extrañeza , la protección que Alfonso
el Batallador, esposo de la reina de Castilla, dispensó á los
moros, judíos y borgoñeses, excitados por el mismo rey contra
los monjes de Sahagún (22).
21) Lafuente, oh. eit., t. IV, pág. 442.
22) Fernández y González, lib. cit., pág. 61. Dice este autor que el
móvil ríe Alfonso no fué otro que vengíar la protección que D. Bernardo,
antiguo abad <!<■ Sahagún y á la sazón arzobispo de Toledo, habla dispen-
sado á D. a Urraca en sus disensiones con su marido desde 1111. Aunque las
mencionadas desavenencias tuvieron origen antes de la referida fecha, es
45
La unidad de la patria española llegó á ser un hecho con la
unión de las coronas de Castilla y Aragón; pero el clero caste-
llano veía con disgusto el favor otorgado por Alfonso á los mus-
limes en una situación distinta de la en que obraron Alfonso VI
y D. Rodrigo, y aquella unidad, que pudo ser la rehabilitación
de nuestra patria, pronto se rompió con la separación de los dos
esposos. D. a Urraca gobernaba, en compañía de su hijo el prín-
cipe D. Alfonso Raimundo, los reinos de Castilla y de León, y
D. Alfonso vióse obligado á partir para su país después de las
batallas dadas en Candespina y Villadangos contra los ejérci-
tos de D. a Urraca. Bamboleó en aquellos días el trono que con
tanto esfuerzo levantó Pelayo; pero no supieron los sarracenos
aprovechar la coyuntura, y fuerza es creer que la Providencia
velaba por los destinos de la España cristiana.
Mientras la guerra civil se enconaba en Castilla y en Gali-
cia, el divorciado monarca, renunciando en parte lo que creyó
derechos sobre las tierras de D. a Urraca, entregóse á hostilizar
las tropas africanas acampadas en tierra aragonesa, merecien-
do con justicia el dictado de Batallador. El conde de Barcelona,
D. Ramón IV, llega en aquella sazón á ocupar y saquear á
Ibiza, apodérase ele Palma de Mallorca y bate con denuedo á
los piratas africanos que asolaban las costas levantinas de nues-
tra península. El mayor triunfo del monarca aragonés no fué la
toma de Egea , de Tauste y de Castellar, sino la conquista de
Zaragoza después de haber hostilizado á los moros de Lérida,
Fraga y los fronterizos á Valencia. D. Beltrán de Tolosa le ofre-
ció , además de su condado , los señoríos de Rodes , Narbona y
Carcasona, acrecentando los dominios del rey aragonés, el cual
no tardó en ver engarzados á su corona los pueblos de Borja,
Tarazona, Alagón, Calatayud, Malleu, Magallón, Grila y otros
varios. En la batalla de Cutanda derrota, el aragonés, un ejér-
cierto que en los diplomas expedidos por D. a Urraca en 1110 y en 1111, pu-
blicados por Sandoval, Yepes, Mont y otros, aún empleaba la fórmula: Don
Alfonso reinando en uno con su mujer Doña Urraca en Aragón, Castilla?
León y Toledo, etc. En 1113 se celebró un concilio en Falencia en que se
declaró la nulidad del matrimonio por el parentesco entre ambos regios
contrayentes; en 1115 envió Alfonso mensajeros á D. a Urraca para que ce-
sase la separación, pero motu proprio ó aconsejada rechazó la propuesta y
contrajo más tarde legitimo matrimonio con el conde D. Pedro de Lara.
46
cito de veinte mil muslimes, atraviesa el Pirineo, penetra luego
en la región valenciana y prosigue por Murcia hasta sentar sus
reales en Alcaraz. Desde allí, alentado por los mozárabes an-
daluces, translada su ejército á la vega de Granada y ondea el
estandarte real en las risueñas márgenes del Genil. Andalucía
hubiera también formado parte de la corona de Aragón si los
elementos de la naturaleza, ayudando el último esfuerzo de los
moros, no hubieran obligado á Alfonso á buscar refugio en su
reino en 1126.
En ese mismo año muere D. a Urraca de Castilla, siendo pro-
clamado su hijo Alfonso VII para gobernar el reino de León, y
en 1134, queriendo el Batallador apoderarse de Fraga, perece
á manos de los almorávides (23) juntamente con algunos va-
lientes nobles de Aragón. La suerte de este reino la decidió el
monarca en su testamento otorgado en 1131 hallándose en Ba-
yona, y ratificado en 1133 en el fuerte de Sariñena (24).
Con la muerte del Batallador aparece más de relieve la sim-
pática figura del hijo de D. a Urraca. No contento con arrancar
de la corona aragonesa las ciudades que habían formado parte
del patrimonio de su madre , ni satisfecho con el vasallaje que
le ofrecían los reyes de Navarra y Aragón y los condes de To-
losa y Barcelona , resolvió sublimar la soberanía de que se ha-
llaba investido con un acto de solemne resonancia. El 3 de junio
de 1135, con motivo de hallarse convocadas cortes en León,
reuniéronse en la iglesia de Santa María los prelados y mag-
nates , acordando apellidar á Alfonso VII Emperador y Señor de
Reyes. «Llevaba el rey aquel día, dice un historiador, un manto
riquísimo de labor maravillosa , corona de piedras preciosas á
la cabeza y lujoso cetro en las manos ; servíale á la derecha de
bracero el rey D. García, á la izquierda D. Arriano, obispo de
León, siguiéndole detrás considerable séquito de obispos y aba-
23) Aunque algunos historiadores, siguiendo las crónicas árabes, supo-
nen que Alfonso el Batallador murió en el sitio de Fraga, afirma Cavanilles
(f. II. pág. 187 de su Hist. de Esp.), que pudo escapar del lugar de la de-
rrota seguido de diez capitanes, y por Zaragoza pasó á San Juan de la Peña,
«donde á los ocho días murió do pesadumbre aquel gran hombre que no
supo hacerse superior á su desgracia».
24) Cavanilles, obra cit., t. 1T, pág. 188, afirma que el testamento hecho
por el Batallador, en Bayona, fué confirmado en Fraga tres días antes de
la derrota.
47
des. Presentáronle ante el altar de Santa María, y cantado el
Te-Deum, gritaron: Viva el Emperador. Recibida la bendición
y celebrada la misa, retirábanse todos en medio del universal
aplauso á sus moradas.
«Deseoso de dar pública muestra de su munificencia, con
exaltación del nuevo título de que se hallaba investido, decretó
el emperador fueros, costumbres y leyes, conforme á lo practi-
cado por su abuelo D. Alfonso el Bravo, ordenando asimismo
poblar ciudades, plantar vides y todo linaje de árboles. Corres-
pondiendo, en fin, á las obligaciones de su estirpe, como defen-
sor de la fe , previno á los alcaides toledanos y á los habitantes
de todas las fronteras, que mantuviesen guerra con los sarrace-
nos, corriéndoles todos los años el país, arrasando y estragán-
doles sus propiedades, sin perdonar ciudades ni villas, antes
llevando todo á sangre y fuego en vindicta de Dios y de la ley
cristiana» (25).
Esa es la política desarrollada por Alfonso VII , y fiel á sus
consecuencias , desde las márgenes del Guadalquivir contempla
la devastación llevada á cabo por sus huestes en Jaén, Baeza,
Ubecla, Andújar y otras ciudades de Andalucía. Sufre el ejér-
cito cristiano terribles represalias con que los almorávides ven-
gan tales correrías, y llegan éstos á congregarse para batir los
muros de Toledo, donde á la sazón se hallaba la emperatriz
D. a Berenguela. La conducta noble de ésta hace retirar á los
muslimes, mientras el emperador, dueño por las armas de
Oreja, proteje á los árabes que la abandonan, correspondiendo
agradecido á la hidalguía de los que respetaron á D. a Beren-
guela en Toledo. Aprovechó Alfonso las desavenencias entre
árabes y almorávides para apoderarse de Almería, centro de
relaciones entre Europa, Asia y África, y puerto de importancia
tan necesario á la corona de Castilla; pero llegaron los almo-
rávides á postergar á los descendientes de los árabes , primeros
poseedores de la España musulmana;, hasta el punto de que éstos
se aliaban con frecuencia, no con otros árabes para tener á
raya á los bárbaros africanos , sino con los monarcas españoles
que defendían la obra de Pelayo. Así vinieron á caer en des-
prestigio los almorávides, mientras los árabes, refractarios más
que á la sumisión á la fusión con los cristianos españoles, recla-
25) Fernández y González, lib. cit., pág\ 66.
£8
marón el favor de otra raza africana, conocidos sus individuos
en nuestra historia con el nombre de almohades (26). Alfon-
so Vil aún llegó á sufrir las consecuencias de esta irrupción con
motivo del cerco que los almohades pusieron á Almería para re-
cobrarla al poder agareno, pues el emperador, en 1157, acudió
con sus huestes, venciendo á los sitiadores y humillando el poder
de los muslimes en Jaén, Córdoba y otras ciudades andaluzas.
A este monarca es debida la situación decadente en que á
partir de su reinado se encuentra la raza muslímica en España.
Con sus alianzas, con sus expediciones y con los tributos im-
puestos á los moros y mudejares , combinó Alfonso un plan polí-
tico, tan admirable para los intereses de la Reconquista, que ya
podemos augurar suerte feliz á la unidad religiosa y política de
la nación española.
«Fué D. Alfonso VII, dice un historiador, tronco de la dinas-
tía de Borgoña, á que debió Castilla tantos insignes reyes. Como
político ilustró su nombre dominando la altivez de los señores,
impidiendo la extensión del feudalismo, recobrando las plazas
de Castilla y formando la entidad de este reino, ocupando más
tarde la Rio ja. Como guerrero llevó la frontera cristiana hasta
el Guadalquivir, conquistó á Oreja, Mora, Calatrava, Coria y
Almería y venció á los moros en repetidos encuentros. Y aun-
que en su tiempo se hizo independiente Portugal y dividió el
reino entre sus hijos, no podemos dejar de reconocer que fué
uno de los mejores reyes de España y una de las glorias más
genuinas de nuestro país» (27).
Antes de la muerte de Alfonso VII, acaecida en 1157, hizo
éste proclamar rey de Castilla á su hijo D. Sancho, y de León
á su hijo D. Fernando; así quedó de nuevo desmembrada la po-
derosa corona que ciñó el emperador Alfonso , si bien la harmo-
nía que hubo entre los dos hermanos mejoró la suerte voltaria
de la unidad política.
Aprovecharon los almohades la muerte de Alfonso y, por
ende, la retirada de las tropas cristianas que guarnecían las
fronteras de Andalucía, para* apoderarse de Andújar y Baeza y
amenazar con la toma de Toledo. D. Sancho III, hechas las
26) Vid. en Lafuente, t. Y. pág. 85 y siguientes, el origen y vicisitudes
en España de estos africanos.
27) Cavanilles, ob. cit., t. II, pág. 199.
49
paces con los demás reyes cristianos, mandó su ejército á Sevi-
lla, donde se dio encarnizada batalla contra las huestes almo-
hades de Abdelmumen, pero el Deseado Sancho murió apenas
comenzaba á imitar la gloriosa carrera de su padre. Con la
muerte del monarca de Castilla fué proclamado sucesor un hijo
suyo , niño aún de tres años , que ocupó el trono con el nombre
de Alfonso VIII. Durante su menor edad tuvieron lugar las en-
conadas luchas entre los Castros y los Laras y la osada empre-
sa de D. Sancho de Navarra, que llegó á apoderarse de algunas
poblaciones de la Rioja. D. Fernando*]!, tío de Alfonso VIII,
quiso encargarse de la tutela de su sobrino, pero la victoria de
los Laras sobre Fernán Ruíz de Castro y la fuga de éste al
campo moro aseguraron la paz en Castilla. Desde entonces co-
mienza á destacarse la figura del joven rey, que empuña el
cetro de sus estados en 1170, y acordadas en Sahagún las bases
de una alianza con el rey de Aragón Alfonso II, contrae matri-
monio con D. a Leonor, hija de Enrique II de Inglaterra. Sin
duda las cortes aspiraban á unir el condado de Gascuña, que
poseía el monarca britano, á la corona de Castilla, cuyos domi-
nios confinaban con aquel condado por la parte de .Guipúzcoa.
Llegados á Burgos los reyes de Castilla, comenzó Alfonso á
gobernar sus dominios , y su primer cuidado fué aprovecharse
de la alianza con el rey aragonés para rescatar las usurpaciones
del de Navarra en la Rioja. Sometido éste, corre Alfonso VIII
á medir las fuerzas de su ejército con las de los agarenos de
Cuenca, á quienes rinde con el auxilio de su aliado en 1177, no
obstante el refuerzo que los almohades enviaron á Cuenca. Des-
pués pasea triunfante sus armas, desalojando á los moros de
Alarcón, Inhiesta y otras fortalezas, mientras el rey de Aragón
hostiliza á los bravos islamitas de Valencia y Murcia , y el mo-
narca de León decide á favor de las armas cristianas la victo-
ria alcanzada en Santarén contra los muslimes con muerte de
Yucef, rey de los almohades.
Poco nos interesan las negociaciones entre los monarcas es-
pañoles hasta finalizar el siglo XII; casi todas ellas son «preca-
rias, insubsistentes y estériles en resultados decisivos, que así
fatigan al lector que desea conocer las relaciones políticas de
los diferentes estados en cada época, como al historiador que
tiene el triste deber de no omitirlas si ha de presentar la verda-
dera fisonomía de la España en estos malhadados y revueltos
T. i 4
50
períodos , y mostrar cuan lenta y perezosamente marchaba la
España á la formación de una monarquía general» (28).
Al finalizar ese mismo siglo , Alfonso VIII , que veía frente á
sí la confederación de los monarcas de Portugal , Aragón , Na-
varra y León, tuvo valor suficiente para enviar los pendones
de Castilla á las tierras andaluzas , causando las armas cristia-
nas no pocos estragos á los moros de Ubeda, Jaén y Andújar.
Esto no satisface al valeroso monarca, y avanzando hasta Alge-
ciras envía un reto á Yacub-ben-Yusuf , emperador de los almo-
hades en Marruecos (29), y consecuencia de ello fué la venida
de innumerables huestes africanas al mando de Aben-Yusuf.
Noticioso Alfonso VIII de la aceptación del reto , pidió auxilio á
los monarcas aliados, pero desconfiando del pretendido auxilio
por lo mucho que tardaba, adelantóse con sus huestes para ob-
servar el movimiento de las tropas africanas . De Toledo partió
para Alarcos y allí se encontraron ambos ejércitos , si tal nom-
bre merece el de Alfonso comparado con el numeroso de los
almohades. Si fué presunción, celo religioso, temeridad, impru-
dencia , amor patrio ó excesiva ambición de gloria el motivo
que indujo al monarca de Castilla á aceptar el combate con tan
exiguas fuerzas, no es fácil que lo precise el crítico en nuestros
días ; lo indudable es que los prodigios de valor y heroísmo de
que dieron prueba las tropas castellanas , no bastaron á conte-
ner el esfuerzo de los almohades, quienes dejaron tendidos en el
campo de batalla más de veinte mil cristianos (30). Aben-Yusuf,
28) Lafuente, ob. cit., t. V, pág. 159.
29) Véase la arrogante carta que Alfonso envía al emperador de Ma-
rruecos según la publicó en su Hist. de la dom. de los árabes, t. III. pág. 51,
al estudioso Conde: «En el nombre de Dios clemente y misericordioso; el rey
de los cristianos al rey de los muslimes. Puesto que según parece no puedes
venir contra mi ni enviar tus gentes, envíame barcos, que yo pasaré, con
mis cristianos donde tú estás, y pelearé contigo en tu misma tierra, con
esta condición: que si me vencieres seré tu cautivo y tendrás grandes des
pojos y tú serás quien dé la ley, mas si yo salgo vencedor, entonces todo
será mío, y seré yo quien se la dé al islam.»
En parecidos términos se halla redactada la carta que un siglo antes
envió el conquistador de Toledo á Abcn-Texufin el almoravide. Puede verse
en el lib. cit. de Fernández y González, pág. 78, nota 1.
30) Acerca de los trofeos que en España se conservan pertenecientes al
ejército sarraceno, merece atención por la critica con que está escrito el
trabajo de I). Rodrigo Amador de Jos Ríos: Estudio ore reo de los enseñas
51
vencedor, «entra en tierras de Toledo, ocupa la linea del Tajo
y, aprovechándose del desaliento en que quedaron los cristia-
nos, los persigue sin tregua ni descanso; los bate parcialmente,
divididos, sin permitir que se repusiesen ni concertasen; ¡qué
hubiese sido de tantos años de guerras , de tanta sangre ilustre
vertida en la reconquista del país!» (31) Dióse la batalla el 18
de julio de 1195.
Al regresar á Toledo el monarca de Castilla encontró en la
imperial ciudad al monarca de León que había acudido con sus
huestes, según afirman graves historiadores, y ora fuese que
las recriminaciones entre ambos monarcas manifestasen á uno
la infidelidad del otro ó viceversa, ora fuese otra causa, es lo
cierto que no tardaron los monarcas de León y de Navarra en
invadir el territorio castellano (32), y el monarca de Castilla, á
su vez, tomar desquite en los dominios de su primo el de León,
enredándose en una lucha , estéril para contribuir al engrande-
miento de la monarquía española , y funesta por dar ocasión á
que el emir almohade viniera de África para asolar y talar
territorios de los monarcas cristianos.
Para que fuera mayor la desdicha en que se hallaba la res-
tauración política y religiosa en que Pelayo había soñado,
hemos de mencionar la actitud de D. Sancho de Navarra, que
para vengar su ambición en los territorios de Aragón y de Cas-
tilla, con cuyos reyes se hallaba en guerra, pasó al África para
aliarse con el emperador Yacub-ben-Yusuf , pero con tan mala
suerte, que al llegar á Marruecos acababa de morir Aben-Yusuf,
y el hijo y sucesor de éste supo entretener al rey navarro en
África, sin otorgarle el favor que anhelaba.
Esta alianza no obedecía á la política admirable de Alfon-
so VII; la intención era depravada y, al escándalo que había
musulmanas del Real monasterio de las Huelgas (Burgos) y de la catedral
de Toledo. Vol. en 4.° mayor, de 208 páginas, impreso en Madrid, estableci-
miento tipográfico de Fórtanet, 1893. Avaloran el trabajo valiosas fototipias,
31) Cavanilles, t. II, pág. 239 de su cit. ob.
32) Mientras Lafuente, t. V, pág. 170 de su Hist. gral. de Esp., asegura
que el monarca de Castilla tuvo la referida entrevista con el de León en
Toledo, afirma Fernández y González, lib. cit., pág. 78, que el ejército cris-
tiano en la derrota de Alarcos iba acaudillado por Alfonso VIII de Castilla,
Alonso Enriquez de Portugal y Alfonso de León. Cavanilles, t. II, págs. 237
y 239, afirma lo mismo que Lafuente.
52
producido en España, añadíase la excomunión lanzada por el
sucesor de Pedro al rey ingrato á su pueblo é indigno del
nombre cristiano.
Otro era el espíritu que animaba á Alfonso VIII de Castilla;
repuesto del desastre de Alarcos, rompió la tregua á que le
obligó el almohade, y de concierto con los caballeros de Cala-
trava entró por tierras de Jaén , Baeza y Andújar, declarando
la guerra al africano. No tardó éste en responder á la provoca-
ción, pues atravesando sus ejércitos la cordillera de Somosierra,
destruye el castillo de Salvatierra y se retira con ánimo de pre-
pararse mejor para dar el golpe de muerte á la monarquía,
golpe más fatal que el de Alarcos. El castellano, sabedor de
lo que se tramaba , aprestóse á la lucha con ánimo siempre va-
leroso, digno del soldado de la cruz. Envió á Roma al obispo de
Segovia para que impetrase de Inocencio III el favor apostó-
lico para aquella cruzada heroica ; pasó á Francia el arzobispo
de Toledo á invitar á todos los príncipes cristianos, y Alfonso
recabó el auxilio de los monarcas y señores de España. Los
preparativos belicosos eran imponentes. Mahomed-ben-Yacub,
además del ejército almohade que tenía en España , exhortó á
que le siguieran los etíopes, alárabes, zenetas, mazamudes, san-
hages , gómeles y todas las tribus africanas á las que pudieron
llegar sus enviados, congregando y movilizando hacia España
un ejército, el mayor de cuantos habían atravesado el Estrecho.
¿Sucumbirá en esta ocasión el poder de la cruz en España bajo
el fanático poder de la: media luna*? ¿Desaparecerá para siem-
pre la obra de Pelayo? Formidables son también los aprestos
del rey castellano; las rogativas públicas en Roma y el sermón
del Pontífice exhortando á la cruzada española , infunden valor
en algunos príncipes extranjeros; los ejércitos cristianos se con-
gregan en Toledo y el 21 de junio de 1212 parte la vanguardia
para hacer frente al sarraceno. Nuestra gente estaba entusias-
mada, y un ejército de entusiastas por la fe de Cristo es invenci-
ble (33). Después de algunas escaramuzas en que la victoria
alentaba al ejército cristiano , llegó el 15 de julio ; nuestro ejér-
cito arriba hasta el puerto de Muradal, pero veíase encerrado
entre montañas y tal angostura le impedía los movimientos ne-
cesarios; para salir de aquella posición «enseñó el camino cierto
33) Cavanilles, t. II, pág. 254 de la oh. cit,
53
rústico que, sin esperarlo, nos envió Dios», según refiere el rey
castellano al Pontífice al darle cuenta de la batalla i 34), y to-
maron posiciones en las llanuras de las Navas. El lunes 16 de
julio «partimos todos, dice el rey, en el nombre de Dios, puestos
con armas en orden de batalla y con intento de pelear con ellos
(los moros) por la fe católica, y ellos se apoderaron de algunas
eminencias muy agrias y difíciles de subir» (35). Trabado el
combate «peleó el rey como bueno; las órdenes militares hicie-
ron prodigios de valor; cejan los moros; se retiran los andaluces
agraviados ; rompe el rey de Navarra las cadenas , penetra en
el recinto de Miramamolín; éste se fuga; la morisma se desor-
dena, arroja las armas y es acuchillada hasta la noche por los
cristianos. En medio del campo el prelado de Toledo eleva las
manos al cielo y canta el Te-Deum. Todos los cruzados respon-
den y, llenos de lágrimas sus ojos, dan gracias al Señor de los
ejércitos por tan feliz victoria» (36). Allí quedó humillado y
abatido el poder muslímico en España. Desde entonces, victoria
tras victoria camina la España cristiana á la reconstitución de
su monarquía. Habíase logrado manifestar al mundo que la
España católica soñada por Pelayo era una potencia ó nacionali-
dad real y práctica á la vez que poderosa. Bien lo habían mos-
trado los ejércitos cristianos de las Navas de Tolosa, llevando
delante la Cruz del Señor y en el estandarte de Alfonso VIII,
lo mismo que en todas las banderas de su ejército, hallábase
sobrepuesta la imagen de la Virgen Santísima y de su Hijo (37).
¿Por qué tras victoria tan memorable no es arrojada la raza
muslímica del suelo hispano? Sería necesario al crítico, para
emitir juicio acertado , conocer la intención de Alfonso VIII y
la situación de sus estados con relación á la de los otros reinos
de España. Refieren los historiadores que el rey de León rehusó
la invitación del monarca de Castilla y dejó de tomar parte en
la victoria de las Navas; antiguos resentimientos habíanse so-
brepuesto en el corazón de Alfonso IX de León al interés común
de la religión y de la patria. El rey de Portugal acababa de su-
34) Vid. en Cavanilles, t. II, págs. 255-267, la carta escrita por Alfon-
so VIII al Papa.
35) Doc. cit. en la nota 34 de este cap.
36) Cavanilles, ob. cit., t. II, págs. 254 y 255.
37) Doc. cit. en la nota 34 de este cap.
54
ceder en el trono á su padre, y excusó la asistencia personal
enviando algunas tropas á las Navas; los extranjeros que habían
ayudado á Alfonso el Noble, retiráronse en gran parte de la ex-
pedición militar, excusándose con el rigor de los calores, y des-
pués de la victoria vióse Alfonso sin el apoyo de los monarcas
vecinos, y por ende imposibilitado para arrojar de sus posesio-
nes al sarraceno.
Después del brillo y esplendor de tan 'señalada victoria ya
no vuelven los árabes á hollar con su planta las campiñas del
Guadiana ni del Tajo; transcurren así algunos años, mejorando
la legislación española y siendo visibles los progresos intelec-
tuales en nuestra nación; los mozárabes fueron desde enton-
ces muy reducidos en número, mientras la población mudejar
aumentaba, si bien gozando en casi todas partes igualdad de
fuero criminal con los cristianos , hasta el punto de confundirse
con ellos, no en las prácticas religiosas, ni en el lenguaje, ni
en las costumbres, sino en el vestido y porte exterior. El pueblo
mudejar llevaba en su sangre la ferocidad y fanatismo de los —
de su raza ; si en apariencia se unía con el cristiano para eva-
dirse de exacciones, nunca llegó á confundirse. La ficción, so
color de necesidad, les libraba de pesquisas, pero la Iglesia Ca-
tólica, velando por la pureza de la fe y costumbres proveyó,
prudente, que los cristianos no cayesen con frecuencia en los
errores de Mahoma y que los sectarios del Coran pudiesen aco-
gerse á la doctrina del Crucificado (38). Inocencio III en 1199
da instrucciones al obispo de Avila para que la comunicación
entre cristianos y sarracenos no se acentúe en detrimento de la
justicia (39), y el Concilio general de Letrán, celebrado en 1215,
ordena que los judíos y los sarracenos se distingan de los cris-
tianos en el traje, por los peligros que la experiencia había en-
senado (40).
No hemos de juzgar del mérito y bondad que entrañan tales
ordenaciones , porque el sentido común las aprueba en toda na-
ción civilizada.
38) Vid. Conc. gen., t. IV, pág. 32, imp. en Roma, L612.
39) Aguirre, Collectio conciliorum, t. III, pág. 125.
10) Por la igualdad del traje, rli<-e el Concilio, contingit interdum, qvtod
per errorem Christiáni Judasorum seu Sarracenorum, et Jiidmi s<>n Sa-
rraceni Christianorum mulieribus commiscentur. Vid. Conc. gen., i. IV,
pág. 61.
Volvamos nuestra atención al vencedor de las Navas para
verle emprender nuevas expediciones contra los moros andalu-
ces. Concertada la paz con el monarca leonés, fué desalojando
á los árabes de Alcántara, cedida á los freires de Calatrava;
luego puso cerco el de Castilla á Baeza; pero obligado su ejér-
cito portel hambre y la muerte á levantar el campo, retiróse á
su reino, y pasando luego á Plasencia, enfermó de fiebre ma-
ligna en la aldea llamada Gutierre Muñoz , á dos leguas de Aré-
valo, y á poco falleció en la paz del Señor el 6 de octubre
de 1214.
No tardó en ser jurado rey de Castilla el hijo de Alfonso el
de las Navas, con el nombre de Enrique I. Once años contaba
á la sazón el joven monarca, y como su madre D. a Leonor sólo
le sobrevivió veinticinco días, quedó bajo la tutela de su her-
mana mayor D. a Berenguela, hasta que las intrigas de los Laras
recabaron la regencia de Castilla, y por ende viéronse renova-
das las turbulencias que habían ocasionado tanto desasosiego
durante la menor edad de Alfonso VIII.
No nos incumbe historiar las intrigas de los Laras, baste
decir para reanudar la cronología de esta época que, muerto
Enrique á consecuencia de la herida que le causó una teja des-
prendida de una torre, el 6 de junio de 1217, sucedióle su her-
mana D. a Berenguela, para luego abdicar la corona en manos
de su hijo D. Fernando, con aprobación de los magnates de
Castilla.
Pocos son los sucesos dignos de mención para nuestro obje-
to, ocurridos en Aragón, Portugal, Navarra y otros reinos cris-
tianos de nuestra península, desde la victoria de las Navas
hasta la posesión del cetro de Castilla en manos de Fernan-
do III. Honrosa excepción hemos de hacer respecto del monarca
que ciñe la corona de Aragón en, 1214, cuyo reinado ha de ser
objeto único del próximo capítulo. Fijémonos ahora en el de
Fernando III, que bien merece la extensión que le damos en el
presente.
A los dieciocho años de su edad ocupó el trono el monarca
de Castilla, y aunque su padre, Alfonso IX de León, ambicio-
naba poseer algunas tierras de su hijo, estrellóse en su propó-
sito, lo mismo que Lara , regente que había sido durante la
menor edad de Fernando , ante la actitud hostil de las ciudades
castellanas contra quien no fuera el hijo de D. a Berenguela.
56
Estas guerras catre padre é hijo habían sido instigadas por Don
Alvaro de Lara, pero apenas bajó éste á la tumba en 1219 y
pasó su hermano al servicio del emperador de los almohades en
África (41), reconciliáronse padre é hijo, perdonando y olvi-
dando antiguos agravios , al mismo tiempo que convinieron en
prestarse mutuo auxilio para abatir á los muslimes que comen-
zaban á reponerse de la derrota de las Navas.
Por consejo prudente de D. a Berenguela contrajo nupcias el
joven monarca con D. a Beatriz, hija de Felipe de Suabia, el
día 30 de noviembre de 1219, y en paz sus estados, satisfecho
con el nacimiento de un hijo á quien la historia había de ape-
llidar Alfonso X el Sabio, y colocada la primera piedra de la
catedral de Burgos, dedicó todos sus afanes á emprender una
guerra formidable contra los sarracenos.
Apenas conocieron la intención del rey los castellanos de
Cuenca, Huete, Alarcón y Moya, corrieron en confuso tropel
hacia la región valenciana, de donde regresaron con no pocos
despojos apresados á los muslimes. Hallábanse éstos en discor-
dia por el despotismo de sus emires y ésta ocasión fué aprove-
chada con éxito brillante por el rey castellano. Alistados sus
ejércitos en 1221 y acompañado de varios magnates, transpuso
á Sierra Morena, aceptando luego el homenaje y socorros que
le ofreció temeroso el emir de Baeza. Regresó á Toledo después
de apoderarse de algunas plazas sarracenas, y desde Cuenca
preparaba la conquista de Valencia, cuando sabedor de ello
Zeyt-Abu-Zeyt, se apresuró á rendirle vasallaje. La determina-
ción de Fernando III había molestado á Jaime I de Aragón, que
consideraba la conquista de Valencia como mies propia, y, aun-
que preparadas las huestes aragonesas por su belicoso monarca,
tuvieron que retirarse á Zaragoza esperando que la Providencia
scúalase la hora de tan gloriosa conquista (42).
II) Había ido á incorporarse con su hermano D. Fernando, otro délos
La ras, de nombre Gonzalo, quien incitó al señor de Molina para que se re-
belase contra el monarca; pero abandonado el infiel Lara por el señor de
Molina, vióse aquél obligado á huir de los dominios del monarca cristiano,
buscando un asilo entre los moros de Baeza. Asi terminaron las turbulen-
cias de esta familia revoltosa.
4->) Cavanilles, t. III, pág. 18 de la cit. ob., nos da noticias acerca de esta
desavenencia entre Fernando y I). .Jaime que no vemos en otros historia-
dores.
57
Mientras tanto Fernando III iba tomando posesión de Andú-
jar , Martos , Priego , Loja , Alhama , Baeza y otras poblaciones
andaluzas. Los emires temían á las armas castellanas no tanto
como á las discordias que entre ellos reinaban, y por eso fueron
cayendo en poder de Fernando los dominios que anhelaba po-
seer. Al mismo tiempo que Alfonso IX de León dirigía sus armas
contra los moros de Badajoz y D. Sancho de Portugal hostili-
zaba á los de la comarca de Yelves, Fernando III preparaba
una expedición á Sevilla, contentándose por entonces con la
posesión de algunas plazas. La definitiva conquista de aquella
ciudad reservóla para más adelante.
Después de apoderarse Alfonso IX de Cáceres y Mérida , sor-
prendióle una enfermedad en Villanueva de Sarria, bajando al
sepulcro en 24 de septiembre de 1230. Con este fatal suceso no
pasó el trono de León á poder del de Castilla, con lo cual de-
mostró Alfonso haber llevado el resentimiento hacia su hijo hasta
más allá de la tumba (43). En su testamento dispuso que los
herederos del trono fuesen sus dos hijas D. a Sancha y D. a Dulce,
habidas de su primer matrimonio con D. a Teresa de Portugal,
quedando excluido Fernando, habido de su matrimonio con
D. a Berenguela; pero la prudencia de ésta rectificó el desacier-
to de su marido llevando á su hijo al territorio leonés, donde
fué aclamado por casi todos como sucesor de su padre, y ter-
minando aquella prudente expedición con ser reconocido por
todos como rey de León sin necesidad de derramar una gota de
sangre. Con este suceso quedan unidas las coronas de Castilla
y de León para no separarse más. El derecho de las infantas
D. a Sancha y D. a Dulce fué reconocido, y mediante el pacto
convenido entre D. a Berenguela y D. a Teresa, quedó Fernando
legítimo rey de Castilla y de León.
Desde entonces aparece de relieve la brillante figura del
monarca. Dispone la reconquista de Quesada, que había vuelto
al poder de los muslimes, y las huestes cristianas, mandadas por
el arzobispo Jiménez, acompañado del infante D. Alfonso y del
aguerrido capitán Alvar Pérez de Castro , dirígense á Andalu-
cía, llegan hasta cerca de Jerez, y trabado el combate contra
las armas de Aben-Hud, cerca del Guadalete, alcanzan brillan-
te victoria, no tanto por el resultado actual de la campaña,
43) Lafuente, ob. cit., t. V, pág\ o¿9.
58
cuanto por Las consecuencias, pues las formidables trincheras
de la morisma andaluza quedaron rotas y poco menos que des-
amparadas. Regresadas á Patencia las victoriosas armas cas-
tellanas , no tardó el rey en organizar nueva expedición para
recobrar á Ubeda y llegar hasta el interior de Córdoba; tuvo
que regresar el monarca á sus estados con motivo, á lo que se
cree (44), del fallecimiento de la reina D. a Beatriz; pero no
tardó en sentar sus reales en el puente de Alcolea-y estrechar
el cerco de Córdoba, cuyos defensores se rindieron al saber la
muerte de Aben-Hud, ondeando el pendón cristiano en los to-
rreones de la antigua capital del califato de su nombre, día 29
de junio de 1236.
Regresó Fernando al lado de su madre que se hallaba en
Toledo, y á propuesta de la misma volvió á casarse, recibiendo
en Burgos por esposa á la condesa D. a Juana, hija del conde de
Ponthieu, regresando á Toledo los augustos cónyuges. Empren-
dió nueva expedición á Andalucía , rindiéndosele varias villas y
lugares, entre los que se cuentan Moratilla, Zafra, Montoro,
Osuna , Cazalla , Marchena , Aguilar y otras ; regresó á Castilla
consagrando su atención á la mejora en el gobierno de sus
vasallos y trasladando la universidad de Palencia á Salamanca.
Una enfermedad que le sorprendió en Burgos le impedía reno-
var sus expediciones á Andalucía, pero aunque no pudo tomar
parte personal, encargó á su hijo Alfonso la custodia de las
fronteras de sus reinos que lindaban con los dominios, cada vez
más mermados, de la España musulmana.
La heroica defensa de la Peña de Martos aumentó el presti-
gio de las armas cristianas, y al partir Alfonso para su expedi-
ción hallóse con los mensajeros que el rey moro de Murcia
le enviaba al castellano para ofrecerle vasallaje. Acordada la
capitulación en Alcaraz entre Al-G-uatsig y el infante castellano
en nombre de su padre, entró Alfonso en Murcia en compañía
del maestre de Santiago, D. Pelayo Correa (45). El mismo Don
44) El común de historiadores aduce tal motivo, pero bueno será hacer
constar la opinión de Cavauilles (t. III, pág. 50) que, apoyado en el P. Fió-
re/,, dice que La reina D. a Beatriz, esposa, de D. Fernando, murió á 5 de no-
viembre de 1235, y la capitulación de Ubeda tuvo lugar en 1234, tomando
posesión de ella el rey cristiano el 29 de septiembre del mismo año.
15) Las condiciones de la entrega y vasallaje del rey moro de Murcia
59
Fernando, repuesto de su enfermedad, visitó aquellas tierras
confirmando en Murcia, año 1244, los privilegios de Valpuerta;
de allí transladóse á Andalucía, apoderándose de Arjona, Monti-
jar y de otros varios pueblos ; el rey moro de Granada le entre-
gó á Jaén temeroso de que todos sus dominios cayesen en poder
de D. Fernando, y éste, respetando al rey moro, retrasó en dos
siglos la obra completa de la Reconquista. Forzoso es decir que
D. Fernando, al preparar sus huestes para la gloriosa expedi-
ción contra Sevilla, reclamó el favor de Alhamar, rey moro de
Granada , para que le ayudase en la conquista, según lo capitu-
lado en Jaén. Alhamar, á fuer de andaluz, odiaba el poder de
los almohades que gobernaban en Sevilla al mando de Cid-Abu-
Abdallah, y correspondió á lo capitulado uniéndose al ejército
cristiano con quinientos ginetes escogidos. Puesto en marcha el
ejército de Fernando, no tardó en conseguir la rendición de Car-
mona, Constantina, Lora, Alcalá del Río y otras poblaciones.
El objeto primario de aquella expedición era la conquista de
Sevilla, y el rey castellano, convencido de la necesidad de
bajeles que ayudasen al ejército de tierra, había encomendado
al burgalés Ramón Bonifaz la construcción de algunas naves.
No tardó en arribar el almirante cristiano á la embocadura del
Guadalquivir; su flota componíanla trece naves y algunas gale-
ras; la tripulación era de arrojados vizcaínos. Noticioso Fernan-
do de la llegada de la flota y de la victoria que había ésta
conseguido contra una armada mora que de Ceuta y Tánger
venía en auxilio de los africanos dueños de Sevilla, apresuróse
á estrechar el cerco de la codiciada capital. El 20 de agosto
de 1247 llegaban las huestes cristianas sobre aquella ciudad; la
flota de Bonifaz había cortado toda comunicación con ella; por
agua y por tierra eran acosados los africanos, pero no cedían.
Apelaron los moros á todos los recursos , pero no les era posible
vencer; ni la traición ni el valor pudieron recabar la retirada
de D. Fernando; renováronse las proezas heroicas en uno y
otro bando; el cristiano vio llegar refuerzos de León y de Casti-
lla, y con satisfacción indecible llegaba también D. Alfonso
«reducíanse en lo general á la designación de la mitad de las rentas en be-
neficio de D. Fernando, quedando la otra mitad al rey moro con las obliga-
ciones propias de la obediencia política». Fernández y González, lib. cit.,
página 91.
fio
después de sujetar el reino de Murcia y concertar paces con
D. Jaime respecto al derecho que tenían las coronas de Castilla
y Aragón en las conquistas de la región murciana. Renovóse el
valor en los combatientes hasta que los sitiados, sin recibir
favor alguno, viéronse obligados á capitular. Varias proposicio-
nes hicieron los moros sevillanos á D. Fernando, pero éste
rechazó con dignidad las que se oponían á los sagrados intere-
ses de la religión y de la patria , bases sólidas sobre las que se
hallaba cimentada la obra de Pelayo, hasta que vencidos los
moros por la necesidad y deponiendo su arrogante fiereza,
firmaron la capitulación el 23 de noviembre de 1248, y en el
espacio de un mes abandonaron la población trescientos mil de
ellos, que buscaron refugio en África (46). El 22 del siguiente
mes hizo D. Fernando su entrada en Sevilla. De sus pormeno-
res nos dan cuenta los cronistas árabes (47) y cristianos; nos-
otros nos limitamos á decir que , purificada la mezquita mayor
por D. Gutiérrez, arzobispo electo de Toledo, resonó en aquel
templo la voz de los que invocaban el nombre de Cristo en Co-
vadonga y las Navas. Así termina el imperio de los almohades
en España.
Para completar el triunfo dirigiéronse las armas cristianas
á San Juan, Rota, Jerez, Cádiz, Medina, Arcos, Labriga, Puer-
to de Santa María y á todo lo que es faz de la mar acá en aque-
lla comarca, en donde tremolaron luego los pendones de Castilla
y de León. «Las crónicas, dice Lafuente, no expresan ni los
capitanes que mandaron estas expediciones ni las ciudades que
opusieron resistencia, como si con el silencio hubieran querido
significar la rapidez de estas conquistas, ó que se miraban como
natural consecuencia de la rendición de Sevilla» (48). D. Fer-
nando , prudente á fuer de santo , iba otorgando partidos venta-
46) No todos los moros abandonaron la ciudad de Sevilla, pues quedaron
alo-unos en calidad de mudejares, y asi lo confirman las bases principales
de la capitulación publicadas por Conde (Dominación de los árabes, part. IV,
capitulo VI) y copiadas por Fernández y González en su cit. lib., pág. 95.
D. Fernando III, tomada posesión de Sevilla, designó por alcalde ó jefe de
los mudejares sevillanos al hijo de El-Baezy.
47) Vid. la curiosa y laureada monografía de D. Francisco Pons y Boi-
gues intitulada Historiadores y geógrafos arábigo-españoles. Un vol. en 4."
de 519 págs., imp. en Madrid, estab. tip. de S. Francisco de Sales, 1898.
48) Tomo V, pág. 377 de su Hist. gral. de Esp.
61
josos á los caudillos sarracenos que se le fueron sometiendo, y
esta conducta aceleró la caída del imperio muslímico en España.
Sometidos en aquella sazón los dominios de los sarracenos
españoles al poder de D. Fernando y de D. Jaime, acometió el
primero una empresa digna de su fama y de su ardiente celo
religioso. Había dado órdenes al almirante Bonifaz para que
tuviese la flota aparejada; en África propalábase el rumor de
que el vencedor de Sevilla abrigaba el propósito de atravesar
el Estrecho; el rey. de Fez, combatido por los Beni-Merines, en-
tabló negociaciones de amistad con D. Fernando, y al dar órde-
nes á su ejército para pasar al África y humillar el poder
muslímico en su patria, recibió la fatal noticia de la derrota
sufrida por san Luís , rey de Francia , en la batalla de Mensou-
rat, y esto cambió los planes del rey Fernando; quería pasar á
Palestina para vengar aquella derrota, pero su salud no se lo
permitía, y cuando su hijo Alfonso concertóse con el rey de
Inglaterra para cumplir los deseos del conquistador de Sevilla,
agravóse la enfermedad de éste y sintiendo próxima la muerte,
se preparó para rendir cuenta á Dios. De los detalles con que
los cronistas nos refieren los últimos momentos de D. Fernando,
sólo hemos de mencionar una consecuencia que de ellos se des-
prende. Murió el invicto monarca en Sevilla el día 30 de mayo
de 1252; sus contemporáneos le calificaron de santo y la Iglesia
Católica , por medio de su Pontífice Clemente X , le colocó en el
catálogo de los. bienaventurados en 7 de febrero de 1671.
Nada hemos de añadir al juicio de la Iglesia, pero no podría-
mos apreciar todo el mérito de la obra de san Fernando, sin
tener en cuenta que vino á completar los triunfos que D. Jai-
me I consigue contra los muslimes , no ya de Aragón , sino de
Mallorca, Valencia y Murcia.
CAPÍTULO III
D. Jaime I de Aragón.— Conquista de Mallorca, Valencia y Murcia.
—Decisiva influencia de D. Jaime en el engrandecimiento de la I
España cristiana.
/
)inco siglos hacía que los infelices mozárabes valencianos
gemían bajo la coyunda islamita, cuando entrevieron un
rayo de luz , una aurora de libertad en la empresa que
san Fernando acomete después de la toma de Cuenca. Quería
conquistar á Valencia y el rey moro Zeyt-Abu-Zeyt se anticipa
á rendirle vasallaje; pero D. Jaime I de Aragón, despechado al
tener noticia de la conducta del santo rey, osa tomar desquite
en tierras castellanas para manifestar á Fernando III que la
conquista de Valencia pertenecía á la corona de Aragón y no á
la de Castilla. Tuvo que retirarse D. Jaime á Zaragoza des-
pués de su campaña contra el vizconde de Bearne , y allí fué
hecho prisionero por los ricos-homes, sus vasallos. No era la in-
capacidad del joven rey el motivo de aquella reclusión momen-
tánea, sino la desmedida ambición de los nobles por desempeñar
la regencia del reino aragonés.
Aunque la prudencia política de D. Jaime es condición inne-
gable y admitida por el común de los historiadores, hemos de
observar que la situación de la monarquía aragonesa al salir de
su reclusión el soberano, era difícil de encauzar por las vías de
la paz y del derecho, y sin embargo D. Jaime perseguía un
gran fin político y por admirables medios lo llevaba á la prác-
tica. ¿Dónde se hallaba el numen que inspiraba al joven rey?
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Sólo los Templarios, dice un crítico respetable, podían tener
bastante fijeza de miras y desinterés, suficiente habilidad y
fuerza para representar aquel gran papel (1). A ellos, sin duda,
acudió D. Jaime en demanda de protección y probablemente de
consejo para remediar la situación de sus estados, cuando desde
Tortosa pasó á Horta, que era de los Templarios. Poco después
y obligado por las circunstancias , lanza el grito de guerra con-
tra los moros. Aragón apenas había tomado parte en la lucha
contra la raza muslímica desde el triunfo de las Navas; pero
ahora, y cuando el monarca sólo contaba diecisiete años, «bas-
taba lanzar el grito de guerra, enarbolando el estandarte de
Cristo, para conmover las fibras aletargadas de aquel pueblo
generoso, llamando al lado del monarca á todos los que cura-
ban de la fe católica y de la dignidad nacional. A riesgo de
declararse traidores á Dios y á la patria , los ricos-hombres , los
confederados, veíanse precisados á olvidar sus ambiciones y
querellas, para agruparse bajo la bandera de su soberano. Una
vez en el campo de batalla , el rey recobraría su autoridad y su
prestigio» (2). Fiel D. Jaime á su propósito y acompañado de
varios prelados y magnates, se presenta delante de Peñíscola
el día 1.° de octubre de 1225. En aquel mismo año habían pa-
sado á ser tributarios de san Fernando los emires de Valencia
y de Baeza (3), y noticioso el primer emir del proyecto que
D. Jaime acariciaba, apresuróse á pactar treguas con él, no
obstante la retirada del ejército cristiano desde Peñíscola (4).
Los barones aragoneses habían faltado á su palabra de concu-
rrir á Teruel, donde el rey les esperaba para emprender la
campaña definitiva contra Valencia, y D. Pedro Ahones con su
1) Ch. de Tourtoulon, D. Jaime I el Conquistador rey de Aragón, etc.,
tomo I, pág. 150, segunda edic, Valencia, 1874.
2) Tourtoulon, ob. cit., t. I, pág. 151.
'.i) Burriel, Meritorias para la vida del Santo Rey D. Fernando, pág. 351.
4) Chronica del rey D. Jaime, edic. de Valencia, 1557, imp. de la Viuda
de Juan Mey, donde leemos en el cap. XXIV: «E fonch nostre acord que
haguessem trena ab Zeytabuzeyt qúi era llavors Rey de Valencia e quens
donas la quinta de Valencia e de Murcia de les rendes que ell hi havía lie-
vades les peytes. E ell attorgans ho ab cartes e ab convinences que ell nos
feu, e fem la trena ab ell. E passades les tres semanes damunt dites, nos qui
havíem menjat lo conduyt que devien metre en la cavalcada, exim nos de
Terol, e entram nos en Aragó.»
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mesnada ,. dirigíase hacia Valencia por cuenta propia, cuando
le encontró D. Jaime en el camino que de Teruel conduce á
Daroca y le invitó á pasar á Burbáguena , donde quería pedirle
satisfacción por su conducta independiente. Accedió Aliones,
pero inobediente á los deseos del monarca y poco respetuoso
con el mismo, dio pretexto á un altercado del que resultó muer-
to el atrevido mesnadero á manos de algunos caballeros aman-
tes de la dignidad real. No por eso menguaron las disensiones
promovidas por la aristocracia; repetíanse aquéllas á menudo
y D. Jaime veíase obligado á emplear sus altas dotes de gobier-
no en pacificar sus estados. Así transcurren los primeros veinte
años de su reinado , período que podemos calificar , según frase
del crítico ya citado, de educación del Conquistador llevada á
cabo por los Templarios, bajo la alta dirección de la Santa
Sede (5).
En aquella época el grito unánime de las naciones cristia-
nas traducíase en la enérgica frase de ¡guerra al Islam! y en
España concurrían en aquella sazón motivos especiales para
llevarla á cabo. D. Jaime, interpretando el deseo de sus vasa-
llos, había concebido el proyecto de castigar con mano dura las
piraterías que llevaban á cabo en el Mediterráneo los sarrace-
nos, no ya de África , sino de las islas Baleares (6). Además de
esto, que consideramos como un motivo secundario, debemos
confesar que la razón potísima que induce al monarca de Ara-
gón á emprender titánica lucha contra los muslimes, es la honra
de Dios. Bien claro lo manifiesta en las cortes de Barcelona
en 1228, cuando se dirige á los representantes del país y les
ruega que le presten apoyo para llevar á cabo la paz en el in-
terior de su reino y el servicio de Dios en la expedición sobre
las Baleares ( 7 ) .
5) Tourtoulon, ob. cit., t. I, pág. 181.
6) «qui et piraticam exercebant, et ejus maris imperium omnino tene-
bant», dice de los moros de Mallorca D. Bernardino Miedes en su Crónica de
D. Jaime, pág. 87. El verdadero titulo de esta obra es: Bemardini Gomesii
Miedis Archidiaconi Saguntini, Canonicique Valentini, de vita et rebus
gestis Jacobi I, Regis Aragonum , cognomento expugnatoris.» Dividida
en XX libros. Nos valemos de la edic. de 1582 en Valencia, por la viuda de
Pedro Huete.
7) «...vos pregam molt charament per dues ráhons: Ja primera per Deus,
la segona per la naturalea que nos havem ab vos, que vos quens donets con-
T. I 5
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Unánime y sincero fué el apoyo que encontró el rey en aque-
llas cortes; y pactadas estipulaciones con el clero y barones de
Cataluña (8), fijóse la fecha de la expedición para el mes de
mayo de 1229, aunque- el precipitado viaje de Abu-Zeyt á la
corte de D. Jaime en demanda de protección contra Ben-Zeyan,
que con sus tropas dianenses trataba de destronar á Zeyt, vino
por un momento á torcer el plan del Conquistador y á punto
estuvo de comenzar la guerra contra los moros de Valencia (9);
pero al ceñir el cardenal legado de la Santa Sede en el hombro
del joven monarca la enseña santa del cruzado, acordaron las
tropas catalanas y parte de las aragonesas seguir á su rey,
embarcándose en Salou para Mallorca el primer miércoles de
septiembre de 122!».
Corto fué el viaje, pero al llegar la flota cerca de la isla, el
temps de llebeig impidió que avanzase; entonces los marineros
expusieron á U. Jaime la dificultad de tomar tierra y éste les
repuso, para alentarles, que la expedición había sido emprendida
en nombre y á gloria de Dios (10); esta razón inflamó tanto á los
sell e ajuda en tres coses. La primera, que nos puixcam nostra térra metre
en pau. La segona, que nos puixcam servir nostre senyor en aquest riatge,
que volem fer sobrel regne de Mallorques, e les altres Ules que pertanyen
adaquella. La tercera, que hajam consell daver en numera, que aquest feyt
puixcam complir a honor de Deus.» Chronica real, cap. XLVI.
8) La citada Chronica y los documentos publicados en la Colee, de docu-
mentos inéditos del arch. gral. de la corona de Aragón, t. VI, pág. 95 y 98
y r. XI, pág. 3, atestiguan que aquella expedición fué eminentemente cata-
lana, no aragonesa. Lo mismo afirma Tourtoulon, ob. cit., t. I, pág. 198 y
199; asegura este escritor que la intervención de los aragoneses fue poste-
rior é individual, no política y nacional.
9) A los ocho días del convenio celebrado por Zeyt con D. Jaime el 21
de abril de 1229, por el que se concertaba la conquista del reino valencia-
no, fué pronunciada la sentencia de divorcio entre I). Jaime y D. a Leonor,
quedando roto el vinculo que unía las coronas de Aragón y de Castilla. Los
mozárabes valencianos no quedaban del todo abandonados con la expedi-
ción de Ü. Jaime á .Mallorca, pues las milicias de Teruel y algunos señores
de Aragón con sus mesnadas, mandados por 1). Pedro Fernández de Azagra
y D. Blasco de Alagón, pusiéronse de acuerdo con Zeyt para ir sobre Va-
lencia.
10) *E nos anam en es! viatge per fe de Deus, eper aquella qui nol
creuen. E anam sobre ells per dues coses, per convertirlos e que turnen
aquell regne a la fe de Deus, e ¡>us que ñus anam en nom dell havem flanea
cu ell que (-11 nos guinea.- Chronica de D. Jaime, cap. Lili. .
(57
soldados que, reanudando su heroico esfuerzo, lograron aportar
más presto de lo que imaginaban. Reconocida luego la costa,
desembarcó una parte del ejército real en Santa Ponza sin que
los sarracenos pudieran impedirlo, y Bernat Riu de Meya, que
primero logró pisar el suelo de la isla, apresuróse á plantar el
estandarte cristiano sobre una colina próxima al mar y vio con
alegría que era seguido por setecientos infantes mandados por
Ñuño, llamón de Moneada y los caballeros templarios Bernar
de Santa Eugenia y Gilabert de Cruilles.
No tardaron estos héroes en ver disputado el terreno que
ocupaban; noticiosos los sarracenos de aquel desembarco, se
presentaron en la playa y tomaron la ofensiva, lo que obligó á
Ramón de Moneada á recontar sus fuerzas y arrojarse como
león sediento de sangre sobre la morisma, á la que puso en re-
tirada después de haber derrotado más de mil quinientos de sus
soldados (11). Partió luego como un rayo á dar cuenta del su-
ceso á D. Jaime, que precisamente acababa de desembarcar,
y tal impresión produjo en su ánimo la narración de Moneada,
que lamentando no haberse podido hallar en la refriega, excla-
mó: «Sentimos no haber estado presente en la primera victoria
sobre Mallorca» (12), y luego, dirigiéndose á sus caballeros,
les invitó á seguirle para ver si podía dar alcance á los sarra-
cenos fugitivos. Con veinticinco que se ofrecieron á acompa-
ñarle, voló al lugar del suceso, teniendo la satisfacción de dar
muerte á algunos que osaron resistir tan fiera acometida.
Es indudable que el genio belicoso del monarca comenzó á
hallarse satisfecho de los principios de la conquista; quería ser
el primero en los combates, pero su temeridad podía ser en
aquella sazón de muy amargas consecuencias, y así lo juzgaron
D. Guillem y D. Ramón de Moneada, al reprender la fogosidad
del monarca y representarle el peligro en que se había coloca-
11) Tourtoulon, ob. cit., t. I, pág. 213, dice que en la derrota perecieron
cinco mil infantes y doscientos caballeros, pero Miedes, en la cit. Chronica,
página 103, dice: «Sarraceni vero Raimundi vim ferré non calentes sese
fagos mandarunt. Quos inseqaentes christiani, ex eis mille et quingentos,
ut historia refert, occiderunt, eaque singulari victoria ovantes in portum
rediere». Y tal noticia se halla conteste con lo referido por el rey en su
Chronica, cap. LVIII: «...e moriren deis Sarrahins mes de M.D.
12) «...mal nos ne ha pres que v encada sia la 'primera batalla de Mallor-
quts, e nos no hi siam stats.» Chronica real, cap. LVIII.
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do (13). Nunca como entóneos demostró la grandeza de su áni-
mo, venciéndose á sí mismo para escuchar humilde las razones
de aquellos caballeros curtidos en el manejo de las armas y
acatar prudente aquellos consejos.
Mientras tanto, los bajeles mayores de la expedición que no
pudieron aportar en Santa Ponza ; fueron á ganar el puerto de
la Porrasa, situado á dos horas de la ciudad de Palma.
El día 12 de septiembre púsose en marcha el ejército que
acompañaba á D. Jaime, para atacar á los moros y unirse á las
fuerzas desembarcadas en la Porrasa. No tardó en trabarse el
combate; los cristianos llegaron á ceder ante las fuerzas ene-
migas, pero en lo más recio de la pelea sonó junto á D. Jaime el
grito de ¡Valor! ¿ved aquí la señera del rey!; con ello se reanima
el valor de los casi derrotados, y cargan con ímpetu sobre los
sarracenos hasta obligarles á precipitada fuga. D. Jaime que-
ría perseguir á la morisma, pero sólo cedió en su furor bélico
cuando oyó de labios del venerable obispo Berenguer de Palou,
la relación de los estragos sufridos por el ejército cristiano.
Junto á Guillem y Ramón de Moneada habían caído Hugo de
Mataplana y otros valerosos caballeros.
No tardó el rey en divisar á Palma de Mallorca desde las
montañas de Portopí,- deseando ganarla á la fe de Cristo; pre-
paró el cerco; ayudóse con la escasa artillería de los cátala- N — — 4
nes (14) y, tras prolongadas privaciones en su ejército, vio
llegar á su campamento al jefe musulmán Ben-Ahabet pidiendo
capitulación y ofreciendo al cristiano veinte caballos con pro-
visiones. Recibió D. Jaime con agasajo al sarraceno, y al re-
gresar éste á su campo hizo propaganda entre los suyos, los
13) D. Ramón le dijo: «que havets fetf volets ociare nos e vos...» y don
Guillem dijo á D. Ramón: «...lo Rey ha feyta follia...» Cap. LVIII de la ci-
tada Citrón.
11) «...Ehavlahi un trébuquet e un cUmagenech.* Chrori. cit., capitu-
lo LXIV. Vid. la descripción de estas máquinas y otros instrumentos de
guerra de Iji época, como el fonevol, en la monografía ms, del P. Luis Ga-
liana. El almagenech creemos que es el manganell descrito por el docto do-
minico valenciano en su Carta al Dr. Agustín Sales, en qué prueba ser el
Manganell y Fonevol un mismo ingenio, y apuntamientos sobre el mismo
asunto. Vid. nuestros Apuntes bio-bibliog. de Fr. Luís Galiana, pub. en va-
rios números de La revista valenciana Soluciones Católicas, dirigida por
nuestro distinguido amigo ümo. Sr. \). Urbano Ferreirqa.
cuales se fueron rindiendo poco á poco al rey cristiano, hasta
quedar dueño en quince días de la parte nordeste de la isla.
Ya podía el joven monarca apellidarse rey de Mallorca , y
con más razón, cuando después de batidas las torres que defen-
dían la capital y tras un largo asedio, en que se trataron nego-
ciaciones por parte del moro (que fueron rechazadas por el
ejército cristiano), procedióse al asalto día 31 de diciembre. El
heroísmo de los cristianos , alentado por la voz de su monarca
que les decía: Adelante, harones; en nombre de Dios ¿porqué
dudáis? hizo tales proezas en aquella encarnizada lucha en que
los muslimes defendían palmo á palmo su honor, su patria y sus
riquezas , que no tardó en ondear sobre las torres que restaban
á rendirse el estandarte cristiano de Aragón. Distribuido el
botín y hecho además el repartimiento de las tierras conquista-
das, regresó el rey á sus estados, embarcando en Palomera el 28
de octubre de 1230.
Los pocos moros que habían permanecido rebeldes no tarda-
ron en someterse al poder del invicto D. Jaime, pero el emir de
Túnez había resuelto ir sobre Mallorca, más que por extender
en España el imperio muslímico, por tener guarida cercana
para sus piraterías en las costas levantinas de nuestra penín-
sula y prestar socorro eficaz á los moros de Murcia, Denia y
Valencia. Noticioso D. Jaime, aprestó su ejército y sus naves, y,
á pesar de no haber acudido á Tarragona todos los caballeros
convocados, partió para Mallorca, y con su presencia desbarató
los planes de Xuaip que con quince mil sarracenos intentaba re-
cobrar aquella isla casi abandonada por D. Pedro de Portugal,
á quien D. Jaime había cedido el señorío ele la misma. Conveni-
das las bases de una nueva capitulación, regresó D. Jaime á la
península, habiendo dejado por gobernadores de la isla á Bernat
de Santa Eugenia y á D. Pedro Maza, señor de San Garren, con
quince caballeros provistos de su correspondiente mesnada para
combatir á los dos mil moros que no quisieron someterse á la
capitulación. No por eso fueron rendidos aquellos muslimes, si
bien cansados de las hostilidades, prometieron someterse al rey,
no á sus gobernadores. Contal noticia partieron éstos para Bar-
celona, dando al Conquistador conocimiento del negocio y en-
careciendo la necesidad del regreso. Preparóse D. Jaime para
una tercera expedición, y llegado á Mallorca, no sólo recibió á
los rebeldes sumisos, sino que á instancias del comendador de
70
los Templarios mallorquines, D. Ramón Sorra, despachó á Me-
norca algunos embajadores que pidieron la sumisión de los moros
de aquella isla, y alcanzaron un éxito brillante en sus gestiones.
Poco después otorgaba el rey capitulación á los jefes menorqui-
nes, quedando así unido á la corona de Aragón el dominio de
Menorca.
Alentado el rey por el éxito feliz de sus conquistas, empren-
dió la de Valencia; no podía descansar sobre los laureles alcan-
zados hasta entonces en los mares. Había jurado la expulsión
de los moros, y veía con disgusto que las dos únicas regiones
españolas en que aquéllos dominaban por completo eran la gra-
nadina y la valenciana, pues los muslimes de Murcia se halla-
ban muy quebrantados, y para reducirlos no necesitaba don
Jaime más que vibrar su tizona y ondear su gloriosa señera. Los
muslimes de Granada habían de ser dominados por las armas
castellanas, pero los de Valencia debían serlo por las aragone-
sas, según dijimos; por eso D. Jaime aspiraba á inmortalizar su
memoria en la conquista de la región más poética y feraz de
nuestra península. «La tienda de campaña era su único palacio,
el campamento su morada predilecta y el fragor de la batalla
le hacía insoportable la tranquilidad de las ciudades. Así es
que antes de terminar una expedición, ya estaba pensando en
otra» (15).
Las tribus arábigo -españolas, que durante varios siglos
habían tenido en posesión casi pacífica la extensa región valen-
ciana (16), viéronse amenazadas y sojuzgadas por los almoha-
des, hasta que en el primer tercio del siglo XIII y obedeciendo
á la consigna de Ben-Hud , descendiente de los últimos emires
de Zaragoza, viéronse aquellos almohades perseguidos por los
árabes españoles. De ello nos dan testimonio las hazañas lleva-
das á cabo por Ben-Zeyan contra Abu-Zeyt, rey moro de Va-
lencia y de estirpe africana. Ya hicimos ligera mención de las
bases capituladas entre Zeyt y D. Jaime. Este no quiso perder
la ocasión que le ofrecían los desafueros de Ben-Zeyan contra
Zeyt, no ya por tratarse de uno de sus vasallos, sino por la in-
tención siniestra que encubrían los planes del jefe dianense.
15) Tourtoulon, oh. cit., t. I, pág 267.
16) Vid. el art. do D. Julián Ribera, Las tribus árabes en el reino de
Valenein, publicado en elt. t, mini. 11 de la rev. El Archivo.
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Quería éste unificar, después de haber levantado de su postra-
ción, el imperio muslímico en España, y que fuese de nuevo
dependiente del califato de Bagdad.
Tal proyecto era diametralmente opuesto al de D. Jaime, que
anhelaba poseer á Valencia , pues recordaba la descripción que
de aquellas tierras le había hecho D. Blasco de Alagón en Alca-
fiiz y en presencia del maestre del Hospital D. Hugo de Fullal-
quer (17), por eso tan pronto concibe el plan de campana como
se resuelve á llevarlo á la práctica. Apresúrase á tomar pose-
sión de Ares amenazada por los moros, mientras D, Blasco de
Alagón conquista á Morella para verse luego obligado á resti-
tuirla al rey; convoca á sus gentes para la primavera de 1233
en Teruel, y laméntase una vez más de la astucia aragonesa.
Los nobles respondieron muy mal; D. Jaime sólo podía disponer
para su expedición de ciento veinte caballeros con sus mesna-
das escasas y de las milicias turolenses, pero sin embargo avan-
za, si no en son de conquista, con ánimo de talar los campos
sarracenos y de hostilizar á sus aguerridos defensores. Después
de pasar por Jérica y Torres-Torres, y reforzado el ejército con
las tropas de los templarios y hospitalarios, dirigióse hacia Bu-
rriana, á la que puso cerco. Allí recibió el auxilio de algunos
caballeros que no habían llegado á Teruel en el momento cita-
do, y comenzó á estrechar el asedio haciendo valer los disparos
del fundíbulo y mangano, y en especial de la máquina de gue-
rra construida en el campo de batalla por maese Nicoloso (18).
No fué la destrucción prematura de esta máquina el motivo que
hizo cundir el desaliento entre los sitiadores aragoneses; el rey
17) Interesante y poética es la descripción que el caballero D. Blasco de
Alagón hizo á D. Jaime de las tierras valencianas y que nos ha conservado
la Chronica real, cap. II. «... es I" millor ferro e la pus bella del man: que
yo senyor he estat en la ciutat de Valencia be dos anys, o pus, quant vos me
gitats de vostra térra. E no hi ha huy tant delitos Hogar com es la ciutat de
Valencia, e tot aquell regne; e te be set jornades de térra de llonch. E si
Deus vol que aquell conquirats, e volra lw¡ la millor cosa haurets conquesta
de delits, e de forts castélls que sia al mnn.» Aconseja al rey el noble caba-
llero que comience la conquista por la posesión de Burriana, y Le persuade
á ello con poderosas razones. Ocurría esta entrevista en septiembre de 1232.
Vid. además el preámbulo del Aureum opus regalium Valentía;, etc.
18) En los capítulos XIX y XX, rol. L, b. de la Chron. real, edic. cit., se
conserva una descripción de esta curiosa pieza de artillería.
72
bien claro lo manifiesta en su Gh roñica, diciendo que no cede-
ría, y si, osado en algunos momentos, aparta el escudo para ser
herido por las armas sarracenas en el asalto contra la villa, no
tarda en recibir mensajeros de la plaza sitiada que le proponen
la capitulación. D. Jaime la otorga, entra en Burriana después
de celebrar un convenio con los moros de Peñíscola, Chisvert,
Cervera y Polpis, y, antes de regresar á Cataluña, donde recla-
maban su presencia los negocios del reino, entrega la custodia
de la heroica villa á D. Pedro Cornel acompañado de cien ca-
balleros.
La indisciplina de que dieron pruebas harto dolorosas los
barones aragoneses frente á Burriana ¿había desvanecido el
cúmulo de hechos heroicos en que, por la gloria de Dios, había
soñado y deseaba poner en práctica el valeroso D. Jaime? ¿Vol-
vería de nuevo á proseguir la conquista de Valencia? Si se
hubiera tratado de un monarca que no fuese D. Jaime y su in-
tención primaria en las conquistas no hubiera sido tan pura y
exenta de flaquezas como era, los mozárabes valencianos hubie-
ran seguido sujetos á la coyunda de Ben-Zeyan y de sus suce-
sores, y probablemente lps nombres de Cristo y de su madre
Sancta María no hubieran sido tan pronto invocados en la mez-
quita mayor de los muslimes valencianos; pero el rey olvida
aquellos agravios, porque en nombre de Dios, dice en su Chro-
nica, había llevado á cabo la conquista de Burriana, y en nom-
bre de Dios esperaba cumplir todos sus heroicos intentos.
Tuvo necesidad de contraer nuevo matrimonio, y celebróse
el regio enlace con D. a Violante de Hungría en Barcelona el
día 8 de septiembre de 1235. Acababa de resolver varias des-
avenencias con los monarcas de Francia y de Navarra; había
arreglado ya algunos negocios de sus estados, y ya no quiso
demorar la conquista de Valencia. Su real ánimo se había so-
brepuesto á todo. Quería llevar á cabo sus proyectos, porque su
cristiana conciencia no daba lugar á temores ni abdicaciones,
á recelos ni á venganzas. ¡La gloria de Dios! ¡El honor de su
patria! Con tales precedentes y con tales sentimientos, un rey
era invencible en aquella época.
En 1235 visita D. Jaime por tercera vez su guarnición de
Burriana, y desde allí organiza una expedición contra los mus-
limes de Cullera y de Alcira, y, aunque á ruegos de sus conse-
jeros, desiste de la empresa y levanta el cerco, marcha sobre
73
la fortaleza de Monearla, la rinde y váse á fijar el campamento
frente á Museros, lugar cercano á la capital de la región. Mien-
tras tanto caían en poder de las armas cristianas los dominios
de la isla de Ibiza, quedando las Baleares sujetas á la corona
aragonesa.
Había comenzado el año 1236 y D. Jaime, ganoso de llevar
adelante su plan de campaña, avanza sobre Enesa, lugar encla-
vado en el Puig de Cebolla, y se apodera de aquella fortaleza.
No tarda en reedificarla y guarnecerla; conocía la importancia
estratégica de aquel castillo tan próximo á la corte de Ben-
Zeyan y por eso confía la custodia á su tío Bernardo Guillem de
Entenza. Regresa luego á sus estados y convoca las armas cata-
lanas y aragonesas para la primavera próxima; deseaba dar el
golpe de muerte sobre la cabeza de la región valenciana. Así lo
manifiesta á las cortes en Monzón; y cuando á principios de 1237
regresa de Montpeller y tiene noticia en Huesca del heroísmo
demostrado por la escasa guarnición del Puig, no retira sus
tropas de aquella posición tan aventurada y comprometida,
sino que marcha á renovar el ánimo abatido de sus soldados,
quienes á pesar de la victoria conseguida contra las numerosas
huestes de Zeyan en agosto de 1237, hallábanse dispuestos á
abandonar el castillo. Así se lo había revelado utureligioso do-
minico de los que acompañaban la guarnición. D. Jaime, presa
de ansiedad, no" se da cuenta de aquel contratiempo. ¿Cómo
abandonar aquella fortaleza cuya posesión tantos esfuerzos
había costado (19)? Dios no había de abandonar al rey. v con
19) Llegado el rey al Pxúg creyó la guarnición qne seria relevada, pero
ells, dice el rey en su Chronica (cap. LXX de la Conq. de Valencia, fo-
lio LXVIII), qui saberen que nos no sen voliem anar, els uns ab los altres
aeordavense, e parlaren a una part, que sen yrien la major partida dells
del Puig: los uns per fazendes que havien a fer en lur térra, e els altres
per ocasions males que trobaven, no si volien obturar. E de tot acó nos no
sabiem re. E havia hi dos frares Preycadors per penitencia donar, e per
preycar per nom fravc Pere de Lleida, e un áltre: e vinguerensen a nos, e
dix frare Pere que valia parlar ab nos a una part. E dix nos que sen volia
anar ab nos e que no hi romandria. E nos dixem, perqueus he volets (indi-
que molt hich sots necessarif una per Preicarlos, altre que si alcu hi venia
hora de la tnort milis los sabriets dar vos penitencia, que un capella que /">
hi sobria re. E ell dix yous diré perqué men vull yo anar, pus de LX cava-
llers, e de homens honrrats deis millors daquest lloch han parlat ab mi, e
diuen que sen yran de dia e de nuyt , quant vos ne anets. E nos dixemli,
74
esta confianza, restablecida la calma en el ánimo de los solda-
dos que componían aquella guarnición, partió á preparar sus
huestes. Recibió nuncios de paz el heroico monarca de parte de
Ben-Zeyan que, temeroso, quiso ser vasallo antes que vencido;
pero D. Jaime rechazó tales proposiciones, llevadas por Ali-
Albata, mensajero de Zaen, á D. Fernando Diez, respondiendo
á éste: «puesto que hemos llegado al punto de poder conquistar
y poseer á Valencia , apoderémonos de la clueca y luego sere-
mos dueños de los polluelos» (20). ¡Nobilísimo rasgo de hombre
político!
Los moros de varios pueblos salieron al encuentro del Con-
quistador ofreciéndole vasallaje , que no sólo fué aceptado , sino
que, atrayéndose aquel monarca las simpatías de los que ya se
consideraban como vencidos, dio con ello muestras de singular
talento. «Es éste, dice Tourtoulon, uno de los rasgos más carac-
terísticos de la fisonomía del Conquistador, al que se ve con
menos frecuencia acudir á las armas para asegurar su domina-
ción sobre el reino de Valencia, que á los medios pacíficos, á la
dulzura y á las amistosas seguridades. Ni la acogida cordial, ni
los presentes, ni las seguridades de todo género, nada olvidaba
D. Jaime para atraerse las simpatías de los sarracenos. El prín-
cipe á quien se reconviene por haber dejado introducir la in-
quisición en sus estados , respetaba la religión , las leyes y las
costumbres de los musulmanes; confirmaba sus franquicias y en
acó es gran maravella que ells han vengudá la batalla, e que ?ws los hajam
smenats los cavalls que havien perchas, e quels darien lur ops, ¿com nos
poden un poch sofferir tro al pasear, que no hi ha sino dos mesos, e nos ven-
rem aqui ab riostra host, e yrem, a setiar Valencia?» La congoja del rey fué
muy grande, pues la conquista en tierras de Valencia semblavens obra de
aranya, que tant hi haguessen mes, e que perdessem en una poca de hora: e
que a tant grans preehs, e a tan gran honor ho haguessem retengut...
En el cap. LXXII expresa D. Jaime los sufrimientos que pasó en la
noche siguiente á la hora en que tuvo tan fatal noticia, hasta que resuelto
á convocar la guarnición, dijo, puesto en pié, á cuantos la formaban: Nos
prometem aqui a Deus e al altar qui es de la sua mare, que nos no passa-
revi Te rol, ne lo riu de Tortosa tro que Valencia hajam presa. Con tal pro-
mesa acalló á Los descontentos, y más cuando les dijo que daba orden á la
reina para que viniese. Asi partió luego á Peñiscola.
l'Oj "car nos som venguts a hora e a punt que podem haver Valencia, e
axi haureni la gallina, e puix los polis». Chron. real, cap. LXX, fol. LXX,
de la Conq. de Valencia.
75
vez de aumentar sus cargas é impuestos, acordaba grandes fa-
vores á los principales ele entre ellos» (21).
No tardó el valeroso rey en llegar al Puig con su ejército y
dirigirse hacia la capital. En nom de Nostre Senyor había levan-
tado el campamento y arribado al Grao de Valencia. Allí esperó
la llegada de los refuerzos pedidos á Aragón y Cataluña. Mien-
tras tanto los almogávares habíanse adelantado hasta tomar
posesión de Ruzafa (22); algunos franceses y otros extranjeros
engrosaron las huestes cristianas bendecidas por el Papa, y
entonces D. Jaime puso cerco á la capital. Con el auxilio de
trabuclis, fonecols y manganells lo iba estrechando; algunos sol-
dados, más temerarios que aguerridos, apoderáronse de una
fortaleza avanzada y todo parecía indicar que la rendición no
estaba lejana.
Zaen ó Zeyan esperaba en vano los refuerzos pedidos á An-
dalucía; la escuadra tunecina no pudo aportar en Valencia y se
fué á Peñíscola, de donde fué rechazada por los cristianos. Los
víveres comenzaron á escasear para los sitiados; en cambio, los
sitiadores tenían provisiones en abundancia; llegaban al campo
cristiano nuevos refuerzos, contándose en los últimos días del
asedio mil caballeros y sesenta mil infantes; las escaramuzas
se repetían á menudo y en una de ellas, por salvar D. Jaime á
inexpertos más que arrojados infantes del arzobispo de Narbo-
na, recibió una flecha cerca de la frente, que no le desalienta,
sino que indignado, la estruja con su potente mano al no poder
arrancarla, y tiene valor suficiente para sonreír, tinto en san-
gre su rostro, cuando aparece ante los soldados á quienes alien-
ta á proseguir con esfuerzo en el asedio y obedientes á sus
jefes; aparecían ya prolongadas brechas en los muros de la
ciudad; ya todo olía á sangre, cuando Ben-Zeyan entabla direc-
tamente con D. Jaime negociaciones de paz á mediados de sep-
tiembre. G-uardó el rey silencio acerca de lo capitulado, no
21) Obra cit., t. I, págs. 305 y 306.
22) «E quant vench altre dia ans del alba, menys de sábuda de nos, los
Almugavers, e els servents anaren pendre Rucafa, que es a dos trets de ba-
llesta prop de la vila. E nos llavors haviem mal ais idls, e nols podiem obrir
menys de aygua calda que nos llavavem. E dixeren nos que Almugavers e
homens de peu sen eren anats a pendre posada a Rucafa, que havien
presa. » Chron. cit., cap. LXXXIX de la Conq. de Valencia,
76
tanto para evitar el descontento de las huestes que deseaban el
asalto para repartirse el rico botín, cuanto para acallar los
celos de algunos barones que veían con disgusto el éxito feliz
del monarca á cuyas órdenes, por singular compromiso, milita-
ban; sólo D. a Violante mereció la confidencia de su esposo.
Convenidas las bases secretas de la capitulación, no tardó
Ben-Zeyan en enviar solemne embajada, por medio de su sobri-
no Abaulhamalec , al campamento cristiano. Once caballeros
con ricos vestidos acompañaron al mensajero muslim hasta la
tienda real ; entablada la negociación y discutidas largamente
las bases de la misma, se acabó el parlamento sin acordarse
nada. El asedio seguía lo mismo; al cabo de tres días reanu-
dáronse las negociaciones y viendo el rey que los barones di-
ficultaban la rendición de la plaza, aconsejóse de D. a Violante,
y el 28 de septiembre de 1238 quedaron firmadas las célebres
bases de la capitulación de Valencia (23).
Cincuenta mil muslimes abandonaron la ciudad, pero los mu-
dejares que habían quedado fueron atendidos y algunos bien
heredados, como vemos en el libro del Repartimiento de aquella
capital.
Una ligera observación hemos de permitirnos , ya que á ello
nos obliga la manera como se ha interpretado una de las bases
de la capitulación ó sea la formulada en los siguientes términos:
«Prozterea volumus et concedimus quod omnes Mi mauri, qui re-
manere voluerint in termino Valentice, remaneant in riostra fide
solví et securi et quod comp'onant cwm dominis, qui hcereditates
tenuerint.» Esta ley ¿accionada que los sucesores de D. Jaime y
las cortes del reino valenciano ratifican en diversas ocasiones
¿pudo ser anulada? No nos dirigimos al crítico imparcial que
busca con interés la verdad histórica. Es cierto que la palabra
dada y aceptada es el vínculo social de las agrupaciones huma-
nas, pero la historia nos demuestra que los pactos nacionales é
23) Nos excusamos de dar el texto ríe la capitulación, por haberse publi-
cado en varias obras modernas. Vid. D. Mariano Flotats y D. Antonio de
Bofarull, Historie del rey de Aragón D. Jaime I, pág. "265; Tourtoulon, obra
citada, t. I, pág. 378; D. Florencio Janer, Condición social de los moriscos
,ir España, ]►;'.--. 192; Fernández y González, libro cit., p&gs. 311 y 312;
Colee, de '/"<•• inéditos por Salva y Sainz de Baranda, t. XVIII, pág-s. 81
á 86, y otras obras.
77
internacionales han podido y debido ser en ocasiones anulados,
no sólo por razón de Estado, no sólo por razón religiosa, sino
por causas, al parecer, triviales y que sancionaron ilustres es-
tadistas, no ya en el terreno teórico, sino en el práctico. El
mismo D. Jaime vióse obligado á romper las treguas con los
moros valencianos de diversas comarcas y á expulsarles de
terrenos que poco antes les cediera en capitulación pactada.
Si esto hizo aquel monarca, según nos refiere él mismo en
su Chronica, ¿podían hacerlo sus sucesores? Dejemos á un lado
preguntas ociosas, que á ningún crítico interesan, para con-
templar la gallarda figura del invicto Conquistador, cuando
montado en su caballo y seguido de sus vencedoras huestes.
Franquea las puertas de Valencia y llora de alegría al ver
ondear el pendón cristiano sobre las almenas de la torre de
Ali-Bufat en el memorable día 9 de octubre de 1238 (24).
Pero D. Jaime no era sólo un guerrero afortunado, era un
hábil político y un profundo legislador; patentes pruebas nos dio
de ello al encomendar á una comisión de prelados y caballeros
la redacción de un código que abarcase las necesidades múlti-
ples y heterogéneas de las gentes que repoblaron á Valencia
desde la conquista. El espíritu democrático que informa los
Furs valencianos no sufre comparación con el de los Fueros
aragoneses, ni con el de los Usatges catalanes; hasta la lengua
en que fueron redactados revela notables disposiciones en el le-
gislador (25).
24) «E quant vench altre día hora de vespres enviarn a dír al Rey e <d
aRaiz Abualmalet, per tal que sabessen los Chrestians que riostra era Valen-
cia, e que ningún mal nols faessen: que metessen riostra senyera en aquella
torra que ara es del temple. E ' ells dixeren quels plepa, <■ nos fom en la
rambla entrel Reyal e la torra, e descavalcam e drecamnos vers orient e plo-
ram en nostres ulls besant la térra, per la aran mcrcc <jur Deus ñas haría
feyta.» Chronica cit., cap. CX de la Caía/, de Valencia .
25) Entre los diversos autores que han estudiado ó comentado los Fueros
valencianos, merecen singular atención, entre otros, Guillermo Jaffer, ju-
rista del siglo XIV, en su obra eNote... ordinate superforis reuní Valeniie.*
Códice, letra de la primera mitad del siglo XV, procedente de la bib. ma-
yansiana y propiedad hoy de la marquesa viuda de Cruilles; forma un vo-
lumen de 181 fojas de texto en fol., encuad. en pergamino; siguen algunas
hojas en blanco y otras de letra del siglo XVI, que se hallan intercaladas
en el texto; D. Lorenzo Matheu y Sanz, en su obra Trufada de la celebra-
Habíase apoderado el rey D. Jaime de la clueca, faltábanle
los pollos, y éstos se le fueron sometiendo paulatinamente á
pesar de los esfuerzos aunados de varias comarcas musulmanas
que se resistían á la pérdida de su libertad.
Hasta mayo de 1239 estuvo D. Jaime en Valencia, pero los
siniestros rumores que llegaban de Francia le obligaron á repa-
sar los Pirineos. Mientras tanto Guillem de Aguiló llevaba á la
victoria á sus huestes de Valencia, apoderándose de algunos
castillos, entre los que se contaba el de Rebollet, importante
por su posición estratégica y cuyo señorío no tardó en pasar al
capitán Carroz (26). Estas escaramuzas entre cristianos y mu-
sulmanes, no sólo se dirigían contra los muslimes rebeldes, sino
contra todos ellos, pues «aun siendo aliados, eran enemigos que
no convenía dejar en paz» (27). Se dirá que D. Jaime reprimió
con dureza á los tranagresores de las bases capituladas, pero la
opinión pública entre los guerreros cristianos, estaba informada
por el odio á todo lo muslímico, y aquel odio entre ambas razas,
odio más bien de ideas que de personas, fué el mayor obstáculo
para la fusión de las mismas. Precisamente en ese espíritu in-
forma D. Jaime sus disposiciones legislativas al crear las more-
rías en pueblos de cristianos.
Durante la ausencia del monarca, la guerra de los cristia-
nos en Valencia había sido de guerrillas, pero cuando terminan
las Cortes de G-erona en febrero de 1240, transládase D. Jaime
á su querida ciudad de las flores y dispone su ejército para ata-
car el castillo de Bairén, cuyo gobernador no había querido so-
meterse á la capitulación de Zeyan (28); la necesidad le obligó
á rendirse y tras él fueron sometidos los alcaides de los castillos
i ¡oh di' Curtes generales del Reino de Valencia, vol. en 4.°, imp. en Madrid
por Julián de Paredes, año 1677, y otros. No deben olvidarse las colecciones
de Furs, de Valencia, y los comentarios hechos por Tarazona, Cerdán de
Tallada, Tourtoulon y otros.
26) Vid. el art. «El Capitán Carrón», publicado por D. Roque Cimbas en
el núiii. 2, t. II de la rev. El Archivo, y el cap. VIII de la II parte de la
Historia </<■ Denia por el mismo autor. I). Gregorio y D. Juan Antonio Ma-
yara recogieron muchas noticias referentes á dicho capitán, y se conservan
en un libro ms. en la bib. del conde de Trigona.
27) Tourtoulon, t. II, pág. 26 de su cit. obra.
28) Chronica real, caps. XVII, XVIII y XIX de la Conq. de Murcia e de
Valencia, fol. LXXXTJI, b. y LXXXIV.
79
de Villalonga, Borró, Vilella y Palma (29). En esta sazón se in-
ternaron algunas tropas aragonesas en el reino de Murcia, de-
seando apoderarse de Villena, hasta que el comendador de
Alcaüiz y algunos almogávares la hicieron capitular. Era aque-
lla la primera conquista de las tropas de Aragón en el reino de
Murcia.
Los negocios de estado reclamaban de nuevo la presencia
de D. Jaime en Cataluña y Aragón (30), y para no abandonar
la conquista del reino valenciano había nombrado por lugarte-
niente á D. Rodrigo de Lizana; pero no tardó aquél en regresar
á ruegos del mismo Lizana, marchando sobre Játiva para liber-
tar á D. Pedro de Alcalá y otros cinco caballeros apresados
por los moros de aquella ciudad. La traición, y no creemos que
merezca otro calificativo la acción de D. García de Romeu, refe-
rida por los cronistas, hizo que D. Jaime se contentase con la
posesión de la fortaleza que había en Castellón de Játiva y con
la capitulación pedida por el alcaide moro de la capital de
aquella comarca, amén del rescate de D. Pedro de Alcalá y
cuatro de sus compañeros (31).
Otra vez tuvo que marchar el rey á sus estados, permane-
ciendo en ellos un año (32), no sin antes haber dejado por su
lugarteniente en Valencia á Eximen Pérez de Tarazona. A su
regreso le ofrecieron vasallaje los moros de Alcira (33), pues
29) Además del cit. cap. XVII de la Chron., vid. la rev. El Archivo, nú-
mero 37, t. I.
30) Tratábase de concertar el casamiento de la niña D. a Violante, hija
de D. Jaime, con el infante de Castilla, D. Alfonso, hijo y heredero de san
Fernando.
31) Chron. real, cap. XXX de la Conq. de Murria e de Valencia, fo-
lio LXXXVII, b.
32) *anamnosen en Arago, e stiguem entre Arago, e Cathalunya be un
ariy, e pus, er ornas en Valencia en nostre lloch Eximen Peris de Taraco-.
na. Cap. XXXVI de la Chron., fol. LXXXVII, b.
33) *E 'al tornar que nos faem laRayz Dalgezira era exit de la rila per
paor de nos que haría, e erasen exit be áb XXX cavallers, e a narrasen a
Murcia: e romas lo poder de la rila en los Sarrahins, e lo senyoriu. E en-
viaren nos sos missatgers que Algezira era bon lloch, e honrrat, e deis mi-
llors que fossen en lo regne de Valencia. E si nos ho voliem que ells se
avendrien ab nos, nos leixantlos en aquell lloch. E a nos plach nos wolt la
páranla quens enriaren a dir. E dixemlos que nos los pendriem a mercé, <
quels detemlriem en aquell lloch. e ells quens donassen poder daquelles torres
[¿so
habían llegado á oídos de éstos las nuevas victorias del rey en
Artana y la honrosa capitulación que había otorgado á los mus-
limes de Eslida, Ahin, Veo, Sengueir, Pelmes y Zuera (34).
Otorgada capitulación á los alcireños en julio de 1242, marchó
D. Jaime á Montpeller, sin que su ausencia inclinase á favor de
los deseos de Alfonso de Castilla, la posesión de Alcira, ni de
Játiva, pues el rey, en noviembre de 1243, había puesto sitio
por segunda vez á esta ciudad para escarmentar á los muslimes
de la misma, que sin guardar el pacto de que hicimos mención,
y protegidos por el infante de Castilla, habían atacado á la
hueste de D. Rodrigo de Lizana. Consecuencia de esta inter-
vención de Alfonso y de la toma de Enguera por el mismo fué
apoderarse D. Jaime, en represalia , de Villena, Sax, Caudete
y Bugarra, hasta que el tratado de Almizrra vino á restablecer
las paces y renovar el ánimo de D. Jaime para proseguir la
conquista del reino valenciano.
Marchó el rey á Játiva; la puso cerco y no tardó en ren-
dirla; poco después Muza Almoravit, alcaide de Biar, ofrece al
rey aquella fortaleza y D. Jaime, fiado en la palabra del moro,
acude á tomar posesión, pero al hallar resistencia, la pone
cerco y pasados cinco meses la rinde. Así ensancha sus con-
quistas por el reino de Murcia á la vez que sujeta á los musli-
mes de toda la región valenciana.
¿Para qué hemos de describir y adornar con detalles las mil
proezas en que toma parte D. Jaime el Conquistador para agre-
gar, en nombre de Dios, á la corona aragonesa los reinos de
Mallorca, Valencia y Murcia? Son muchos los historiadores que
que son a la porta de Valencia.» Chron. real, cap. XXXVII, fol. LXXXVIII.
Y Ramón Muntaner en su Chron., o descripcio deis fets, e hazauyes del
inclit Rey Don Jaume primer, etc. (edic. de Valencia, 1558, por la viuda
de Juan Mey), cap. IX, dice: <E puix ana conquistant, e prenent fot go que
del dit regne de Valencia era... Axi que vil pres Alyetzira. qui es de les pus
forts viles del rrion, e bona rila e honrrada. E puix pres lo castell de Xabi-
va, e la rilo: lo quol castell es lo pus real castell qué nenyu Bey hoja, E lo
rilo boua e ¡/ron, e de gran valor, e fort be murada. E apres pres lo castell
de Cosentayna, e la rila de Alcoij e Albayda, e Penaguila: e molts daltres
llochs que seria llonga manera descriure.
34) D. Florencio Janer en su cit. ob., pág. 191, publica la carta-puebla
de estos lugares, lecha en mayo de 1212; lo mismo Fernández y González,
página 315 de su cit. lib.; Salva y Sainz de Baranda en la Colee, de docu-
mentos inéditos, t. XVIII, pags. 55 á 5S; Brancliat, y otros.
81
han apreciado el mérito de aquella gloriosa conquista, y la
bibliografía enumera joyas de carácter crítico, en las que apa-
rece consignada la decisiva influencia que ejerció en el engran-
decimiento de la España cristiana.
Después de tales conquistas ¿á qué viene á quedar reducido
el imperio muslímico en nuestra península? Sólo allá, en un rin-
cón de Andalucía, se practicaba la zalá con alguna independen-
cia y lejos de la sombra del pendón cristiano. El ideal sublime
en que soñó el vencedor de Covadonga, se veía casi por com-
pleto realizado al mediar el siglo XIII y después de seis siglos
de heroica lucha. Esas razas que en ella intervienen ¿podrán
fundirse"? El más hábil legislador ¿podrá unir esos dos pueblos?
De ningún modo. La verdad tolera el error, pero no transige
con él; podrán los moros mezclarse, según dijimos, y hasta con-
fundirse con los cristianos españoles, pero unirse, fundirse, for-
mar un pueblo, jamás. La unidad religiosa y la unidad política
fueron el santo y seña de las tropas de Pelayo, pero santo y
seña abrazado con entusiasmo", con heroico valor, y por el que
sufren mil peligros, aprontan caudales inmensos, derraman en
su defensa torrentes de sangre y arrostran la muerte con sere-
nidad sublime. ¿Podían aquellas tropas abandonarlo? Nó. Los
cimientos de nuestra monarquía, la reconstitución de nuestra
patria, la defensa de nuestra fe y de nuestras costumbres no
habían de arruinarse, ni podía abdicar de ellos un pueblo que
había consumido las energías de tantas generaciones. La man-
sedumbre cristiana ¿no puede tolerar al enemigo vencido é
impotente? Sí que le tolera en España, y quien tal niegue, des-
conoce las capitulaciones y cartas-pueblas en que los mude-
jares recaban del generoso y cristiano vencedor el respeto de
la propiedad , del culto religioso , de las costumbres , de la len-
gua, de todo. Unas cuantas gabelas como tributo del vasallo á
su rey, es lo que el vencedor exige, del vencido; pero ha de
guardar fidelidad á su señor, ha de reconocer el derecho exis-'
tente implantado por la fuerza de las armas en guerra justa y
necesaria. ¿Acaso los españoles cristianos no habían sido sojuz-
gados en su misma patria por la fuerza de las armas musulma-
nas? Y la justicia de tal guerra, si este nombre merece, ¿puede
compararse con el derecho que tenían los cristianos españoles
á defender su independencia?
No quisiéramos que nuestra pluma se empleara en expresar
T. I 6
82
tules consideraciones, pero la extinción del sentimiento patrio
y el escepticismo en la religión que profesaron nuestros ante-
pasados, ha llegado á ser patrimonio de algunos escritores,
hasta el extremo de negar, ó cuando menos poner en duda, la
imposibilidad de la fusión entre árabes y cristianos. Sin abdi-
car del sentimiento religioso no pueden darse el ósculo de paz
dos pueblos rivales. Podían atenuarse los motivos de divergen-
cia , podían aproximarse , podían mezclarse y de ello nos abona
la existencia de mozárabes y mudejares, pero nada más; la
cruz y la media luna, á pesar de las debilidades, defecciones ó
traiciones de algunos cristianos, ora fuesen vasallos, ora reyes,
no podían estar unidas y no lo estuvieron.
Buen cuidado tuvo D. Jaime, prudente y sabio legislador, en
oponer un dique, no ya á las debilidades de los cristianos, sino
á la jactancia de los muslimes en practicar su religión y sus
costumbres en lugares y de manera no pactados, á la osadía de
los israelitas en ejercer su proverbial industria, á la supersti-
ción de algunos extranjeros, á la perfidia de unos, y á la preva>
ricación de otros. Y vino el Santo Oficio, esa institución tan
odiada como desconocida, y con él la represión de los errores
albigenses y laicistas que infestaban á Cataluña, el respeto á la
autoridad real, la consolidación de la patria reconquistada á
fuerza de valor y de sangre, el miedo en los muladíes y el en-
grandecimiento de la civilización indígena (35). Las Constitu-
ciones promulgadas por D. Jaime en Tarragona, con asistencia
y consejo de varios prelados, en febrero de 1233 (36); el conci-
lio celebrado en la misma ciudad en 1242, y la intervención de
los inquisidores en la región catalana á mediados del siglo XIII,
bastan al crítico para conocer la situación de la corona arago-
nesa en aquella época, y justificar la erección en nuestra pe-
nínsula del tribunal que acababa de servir en Langüedoc para
apagar el incentivo de la insubordinación y de la heregía.
No creemos que haya ningún escritor imparcial capaz de
recriminar al conquistador de Valencia por la instancia con que
establece en sus estados el oficio de la Inquisición. Sabido es el
35) Vid. Menéndez y Pelayo, Hist. <l<- los heter. esp., t. í, lib. 111, capí-
tulos II, Vil v Epílogo.
:;<; Estas Constituciones lian sido publicadas en la Mira Hispánica^
por Martenne, Mauri y Menéndez y Pelayo.
83
rigor desplegado por Fernando III con los herejes, ladrones y
perturbadores de la paz pública, pero lo que no debe ignorarse
es la defensa que del Santo Rey nos hizo D. Modesto Lafuente.
Aquel rigor, empleado por Jaime I y san Fernando, «culpa era de
la rudeza de los tiempos y de la condición social en que enton-
ces la España, como casi todo el mundo, se hallaba» (37). ¿Ha-
bían de adelantarse aquellos reyes en siete siglos á los sistemas
de legislación penal de nuestra época?
Nadie puede negar que, si en la conquista de Toledo pasó
nuestra patria de la infancia á la juventud y en la de Sevilla
de la juventud á la virilidad, en la de Mallorca, Valencia y
Murcia llega á la edad adulta, dando un atrevido paso hacia la
unidad política y religiosa. Castilla y Aragón representan en
aquella época toda la península, excepción hecha de Granada,
sujeta á los muslimes, y Navarra, que es cristiana como Casti-
lla y Aragón.
Precisamente en aquella época tiene origen el verdadero
progreso intelectual de los españoles. No hay más que recordar
las noticias que nos han conservado los historiadores de la lite-
ratura española para convencerse de ello. Al mismo tiempo que
Fernando III favorece la universidad de Salamanca y fija para
sus estados el romance castellano como lengua oficial, y sobre-
salen historiadores como Lucas de Tuy y Rodrigo Jiménez de
Toledo, el monarca de Aragón adopta el romance catalán, que
se habla en sus dominios, para la redacción de fueros y cartas-
pueblas, protege la sciencia gaya de los trovadores, escribe su
Chronica ó las memorias de su vida en aquella lengua (38),
37) Historia gral. de España, t. Y , págs. 451 y siguientes.
38) Aunque D. José Villarroya (Cartas histórico-críticas etc., vol. en 4."
de 228 págs., imp. en Valencia por Benito Monfort, año 1800) y algún eru-
dito valenciano del siglo XVIII han pretendido demostrar que la Chronica
real, repetidas veces citada en este capítulo, no es obra de D. Jaime, no
han tenido prosélitos en sus afirmaciones, antes bien, contribuyeron á ro-
bustecer la opinión de la mayor parte de los historiadores y eruditos que
hasta hoy defienden lo contrario. Más afortunado anduvo el padre Bartolo-
mé Kibelles al impugnar la autenticidad de las Trabes atribuidas á mosén
Jaime Febrer, y, de los manuscritos que de dicho religioso hemos leido,
consta el fraude literario ó heráldico del falsificador, robusteciendo Ribelles
la opinión que comienza á emitir en su incompleto opúsculo: Observacio-
nes histórico- críticas a las Trabas intituladas de Mosén Jaime Febrer. < Un
84
establece Studis en Valencia (39), y, las artes, fundadas sobre la
institución gremial (40), preparan el terreno pura que la indus-
tria y el comercio, la agricultura y la marina lleguen durante
Los siglos XIV y XV á tal altura que, aun hoy, admira su pro-
greso.
Calmado un tanto el ardor de la lucha que desde Pelayo
habían mantenido nuestros antepasados, las artes de la guerra
fueron cediendo el lugar á las artes de la paz. y el espíritu re-
ligioso, mantenido en el fragor del combate por las órdenes
militares y por el propio entusiasmo de los particulares, venía
;i ser patrimonio de las órdenes mendicantes, cuyos individuos,
á la vez que el sentimiento religioso, difunden la ciencia, de la
»
volumen en 4." de K4 págs., imp. en Valencia por José de Orga, 1804. Sólo
publicó el referido cuad.'; el autógrafo se conserva en el de las religiosas
de Sta. Catalina de Sena de Valencia.
Acerca de la ¿xutenticidad de la C '/irónica, merece leerse el curioso ms.
que conserva nuestro excelente amigo el erudito cuanto modesto bibliófilo
I). Salvador Sastre, encuadernado al final de un precioso ejemplar déla
Clironica, edic. de 1577, y con el título «Impugnación a las Cartas histprico-
críticas en que D. José Villárroya se propuso probar que el Bey D. Jay-
me i ." de Aragón no fué el verdadero autor de los comentarios <¡ne corren
asa nombre», escrita por D. Isidoro Antillón. Fué publicada en los núme-
ros 2:5 y 24 del periódico titulado Varié/hales de ciencias, literatura y arles,
págs. 2S7 y 336 del t. IV, imp. en Madrid, 1X04. En el referido ejemp. ms.
Icémosla siguiente nota que liemos comprobado en la colee, de las Obras
dr Jovéllanos, edic. de Barcelona, 1839: «Jovéllanos, hablando de esta Im-
pugnación (t. VI, pág. 173, edic. de Barcelona), dice que fué en Villárroya
una descarada osadía la de negar al rey D. Jaime la gloria de haber es-
crito su crónica, y esto por tan frivolas razones y congeturas, que sus car-
ias no se pueden leer sin náuseas y aun sin bilis. Y en la pág. 177 del propio
tomo se habla de esta Impugnación, que Jovellanos halla fundada y cum-
plida».
39) Vid. Estudios antiguos i moderaos, del P. José Teixidor; Orti y Fi-
gnerola. Memorias históricas de la fundación y progresos de la ¡asigne
Universidad de Valencia, año 1730, un vol. en 8.°, imp. en Madrid por
Antonio Marín: y la Reseña histórica de la misma universidad, por el señor
Velasen y Santos, 1868, un volumen en 4.°, imp. en Valencia por José I)o-
meríech.
40) Marqués de Cruilles, Los gremios de falencia, un vol. en 4.°, imp. en
l.i Casa «le Beneficencia de Valencia, 1883; D. Luis Tramoyeros y Blasco,
Instilaciones gremiales, Sa origen y organización en Valencia, vol. en 1.",
impreso en Valencia por el Sr. Domenech, 1889, y precedido de un Prólogo
muy concienzudo, de] Excmo. Sr. 1>. Eduardo Pérez y Pujol.
85
que llegan á ser depositarios casi exclusivos durante la época
llamada del Renacimiento.
España llega á ser un factor principal durante aquella edad,
que algunos califican de edad de hierro, en la civilización euro-
pea, y por ende, es hoy respetada por la más severa crítica.
¡Cuan grande había sido la influencia de D. Jaime en la recons-
titución y dignificación de nuestra patria!
Las victorias del mismo sobre los moros de sus reinos, ha-
bían de tener consecuencias y las tuvieron. Habían quedado
muchos millares de vencidos en calidad de mudejares y éstos,
que en lo exterior ó en el terreno oficial guardaban la circuns-
pección propia del estado á que se veían reducidos, creíanse
desobligados de ella en el terreno particular ó privado, no ya
admitiendo á muladíes ó renegados cristianos, no ya esperando
ocasión propicia para rebelarse contra el poder del vencedor,
sino teniendo tratos secretos, y no pocas veces públicos, con los
correligionarios de allende el Estrecho dedicados á la piratería.
¡Cuántos infelices cristianos gemían en las mazmorras africa-
nas! Su situación era desesperada; podían renegar de su fe para
librarse del cautiverio ó minorar sus trabajos, pero el rescate
era siempre oneroso y pocas veces podían conseguirlo. ¿Había
medios en dicha sociedad para evitar aquellas escenas? La di-
plomacia era impotente , las armas se estrellaban al transpasar
el Estrecho, sólo un milagro de los que obraba la Providencia
en virtud del sentimiento religioso que avivó durante seis siglos
la lucha contra el Islamismo, podía servir de lenitivo á los cau-
tivos. Y ese milagro se realizó en aquel mismo siglo.
Pedro de Nolasco, ilustre langüedociano, funda una orden
religiosa cuyo fin era trabajar en el rescate de aquellos cauti-
vos, y poco después Cataluña y Valencia, Aragón y Castilla se
pueblan de conventos que siguen á Nolasco en su noble propó-
sito. ¡Cuánto heroísmo hierve en el corazón de aquellos hom-
bres que vistiendo blanco sayal y ostentando en el pecho el
escudo de armas del condado barcelonés surmontado por la
cruz de plata en campo rojo , insignia de la Iglesia de Barcelo-
na, atraviesan el Mediterráneo en frágiles barquillas y en son
de paz recorren las cortes y palacios de los ricos musulmanes,
trabajando por el rescate de los cristianos cautivos y dándose
ellos mismos en prenda para lograrlo!
Aquellos ataques inesperados que los piratas de África real i-
86
zaban en nuestras costas levantinas habían de perdurar mien-
tras hubiese entre nosotros semilla de su raza. Además de esto,
los muslimes respondían á la magnanimidad de nuestros reyes
con sublevaciones y algaradas. En 1261 estalla una insurrec-
ción en Andalucía y Murcia, cuyo resultado es la derrota del
ejército castellano en Alcalá de Ben Zaide por las huestes mus-
litas de Ben-Alhamar ele Granada; y en 1248, ya el astuto Alaz
drach había capitaneado á muchos sarracenos valencianos que
recobraron castillos y plazas desafiando el poder de D. Jaime
en espera de la protección del monarca de Castilla, si bien el
Conquistador acudió á sofocar el alzamiento y, al ver las rela-
ciones que los moros valencianos tenían con las sublevadas
huestes de Alazdraeh, resolvió, tras larga deliberación para
vencer las dificultades que oponían los barones, expulsar á
aquéllos, que en número considerable salieron para el reino de
Murcia (41).
Quedaron no pocos sumisos al poder de D. Jaime, pero aque-
llos restos pacificados en 1253, esperaron la hora de una nueva
sublevación, preparada con anuencia de los emires de Granada
y de Marruecos, por el terrible Alazdraeh, que desde Penáguila
dirigió'se hacia Alcoy con un regular ejército de obstinados sa-
rracenos mientras aumentaban la sublevación los de otras co-
marcas valencianas. Ocurría esto en 1276, cuando el monarca
se hallaba enfermo en Alcira y próximo á la muerte, pero con
ánimo bastante para encargar á su hijo, el infante D. Pedro,
que arrojase á todos los muslimes del reino valenciano (42).
Preveía el gran monarca el germen de disturbios y alzamien-
tos que dejaba en su querida Valencia y no quería morir sin
1 1 Vid. Chronica real, y Tonrtoulon, oh. eit., t. II, págs. 227 y sigtesl
12) Itcvt rogarnug dictum Infaniem Petrum quod pro en quiü nosjpro-
missimus summo Pontifici et niissímns inde slbi ' cartmn nostrovm búllatam
(¡kikI ejeceremus sarracenos de terca nostraet hoc idem jam pronüsseramus
ante altare nostree Domince Sanctce Mario' Vátentice et pro eo etiarn quia
su ni ni us Pontifex nobis dictam detimam concessü ratione prozdicta ídem
Infans Petrus prorsus ejiciat Sarracenos de regno Valencia: ita quod
nullus i/istirn ni Sarracenorum remaneat Ubi néc sous (?) ríec altéelas ¡>ro
peceunia vél cejisu aut pro redditu lude habendis vel alio modo, et quod hoc
aox mutet ala/na rafame.* Cláusula del Üodicilo otorgado por D. Jaime I
en Alcira, XIII Kal. Aug., 1276. Areh. de la corona de Arag., perg. de don
Jaime, núm. 2.287.
87
expulsar aquella raza tan pérfida como astuta (43). ¿Qué ex-
traño es que los sucesores de D. Jaime, inspirados en tales
deseos, curen del remedio para extirpar de sus estados á los
muslimes*? La razón política y la religiosa demandaban aque-
llas disposiciones dictadas por el Conquistador para cercar los
barrios en que vivían los moros y los judíos, separándoles del
comercio con los cristianos á quienes dejaba libres; á medida
que las sublevaciones moras se suceden, aumentan las disposi-
ciones de rigor, y, muerto D. Jaime, su hijo D. Pedro, aconseja-
do por la necesidad , procura la conversión de los empedernidos
sarracenos , ora mandando á los regidores y obispo de Valencia
que presten favor á los dominicos encargados de aquella misión
y singularmente á fray Juan de Puigventós, conocedor de la
lengua arábiga (44), ora protegiendo los acuerdos del Capítulo
dominicano de Estella, referentes á la enseñanza del árabe en
el convento de Predicadores de Valencia (45), ora invitando á
los sarracenos á que pueblen á Villarreal (46), ora otorgándo-
43) Por eso encarga á su hijo D. Pedro «...que ciegues be, e enfortida-
ment menár la guerra, e senyaladament que gitas tots los moros del regué
de Valencia per co com eren fots traydors, e havien nos ho dona! u eonexer
moltes vegades: que nos faent he a ells, punyarem tostemps o nos fer greu-
ge, e nos decebre si poguessen; e alio mateix farien a ell, si romanien en la
térra.» Chron. real, fol. CXXXV de la cit. edic.
44) Real cédula de 1279. Vid. Escolano, Décadas de la hist. de la insig-
ne y coronada ciudad y reino de Videncia, lib. X, cap. I, pág\ 637, edic. de
Valencia, 1879.
Entre las reales disposiciones referentes á la conversión de los hebreos
puede verse la «Orden á los Vegueres, Calmedinas, etc., para que en las
solemnidades de los judios hagan predicar en las sinagogas á los frailes
predicadores, y para que eviten las molestias é insultos que pudieren cau-
sarse á los conversos», regí;, núm. 3, fol. 60 y perteneciente al 19 de abril
de 1279. Fué pub. en el t. VI, núm. 55 de la Colee, de doc. inéd. del Archivo
general de la corona de Aragón. Vid. además el Mtro. Diago. Hist. de la
provincia de Arag., lib. II, cap. XLVII.
45) Celebróse dicho Capitulo en 1281. Vid. Escolano, lug. antes cit. y a
Fr. José Teixidor en sus Estudios antiguos i modernos de Valencia, vas. en
dos vol. en fol., del que existe una copia hecha por el P. Bartolomé Ribe-
lles en la bib. de los padres dominicos de Valencia, á quienes la lia devuel-
to la comunidad de dominicas de Sta. Catalina de Sena, que la conservaba
en depósito desde la exclaustración en 1835.
46) Doc. del arch. gral. de la corona de Aragón, regt: núm. 42, fol. 137,
y mim. 44, fol. 193. Fué reproducido el segundo por Janer, lib. cit., pá-
88
les singulares privilegios (47), ora en fin, pidiéndoles favor,
como un rey podía pedirlo á sus vasallos, para oponerse á las
pretensiones de Felipe de Francia sobre Cataluña (48). Ese
deseo de la fusión entre las dos razas ó sea de la conversión de
los moros, inspira las disposiciones de Jaime II en noviembre
de 1207, referentes á la obligación que tenían aquéllos en Va-
lencia y Aragón de acudir, previo aviso, á los sermones que
predicaban los dominicos, y la resolución de D. a Blanca, su es-
posa, al dotar cátedras de arábigo y hebreo en el convento do-
minicano de Játiva para instrucción de moros y judíos (49). El
referido monarca ordena que los moros se distingan de los cris-
tianos en la manera de llevar el cabello (50) y en el traje (51);
y por carta real de 15 de abril de 1298, manda que en los asun-
tos, tanto civiles como criminales de los moros habitantes en
lugares de realengo y de abadengo, entienda el Bayle general,
y en los asuntos de los que habitaban en lugares de baronía, el
Procurador general (52).
gina 205, y Fernández y González, lib. cit., pág\ 366. Se hallan en el t. VII
de la Colee, de doc. inéditos pnb. por D. Próspero de Bofarnll.
47) Doc. del arch. gral. di' ln corona de Aragón, reg\ núm. 46, fol. 126.
Fué publicado por Janer, lib. cit., pág. 206.
48) Vid. Bernat Desclot, Hist. de Cataluña, trad. castellana, lib. III,
volumen en 4.°, imp. por Sebastián de Cormellas, Barcelona, año 1616; la
Relación histórica de la famosa invasión del e.cercito // armada de Francia
en Cataluña en 1285, etc., del mismo Desclot, ó sea el cit. lib. III, trad. cas-
tellana, imp. en Madrid por Sancha, 1793. Un vol. en S.° de 168 págs. de
texto. Vid. además la Chronica de Muntaner y la Carta de Pedro II á los
alamines y aljamas de sarracenos del reino de Valencia para que apareja-
sen sus compañías de ballesteros y lanceros para prestarle el servicio en la
guerra que tenia en Aragón y Cataluña contra los franceses, con promesa
de darles buena soldada*, regt. núm. 6, fol. 100.— 12 de agosto de 1283.
Colección de doc. inéd. del arch. de la corona de Aragón, t. VI, núm. 57.
49) Vid. Escolano, ol>. cit., lib. X. cap. I, pág. <>37. Consta, además, en
el Anrenni o/tas, una disposición con fecha de 16 de noviembre de 1297 y
repetida en 16 de abril del siguiente año, en virtud de la c\ial se prohibe la
confiscación de bienes á los judíos y moros que abrazasen la fe de Cristo.
50) Dicha constitución se hizo en 1300. Vid. Constitutions et altees Drcts
de Catalunya superfinos, lib. I, pág. 10. Reproduce la consfc. cit., Fernán-
dez y González, pág. 369.
51) Esta ordenanza se publicó en 1301. Vid. Díaz Daux, Usos! y obser-
vancias de Aragón, fol. XLV.
52) D. Manuel Danvila, La expulsión de los moriscos españoles. —Confe-
rencias pronunciadas en el Ateneo de Madrid, pág. 29. Dichas conferencias
89
La Iglesia católica no podía mostrarse indiferente á la ten-
dencia que en España se observaba por la fusión de los vencidos
con los vencedores, y para lograr la conversión por medio de
la instrucción, manda el Papa Clemente V en el Concilio de
Viena, celebrado en 1311, que se establezcan cátedras de
hebreo, arábigo y caldeo en varias universidades, entre ellas
la de Salamanca (53), y en el mismo Concilio se prohibe á los
sarracenos sometidos á los cristianos, las invocaciones públicas
á Mahoma para convocar á los suyos á las mezquitas y las
peregrinaciones á los sepulcros de sus santones (54). Por eso
D. Jaime II en 1312, inspirado en esa misma política, publicó
un edicto prohibiendo á los moros de Valencia convocar á la
zalá públicamente y ordenándoles que siempre «que encontrasen
en las calles el Santísimo Sacramento, sin tener cómodamente
lugar para hurtalle el cuerpo, huviesen de arrodillarse en tanto
que acababa de pasar, bajo pena de cierta suma de mora-
batines» (56). En la misma política se hallan inspiradas va-
rias ordenaciones" reales en Aragón y en Castilla durante el
siglo XIV (56), pero á medida que los piratas africanos devas-
fueron pronunciadas en 1889 y publicadas en el mismo año en un vol. en 4.°
de 352 págs., Madrid, por Ricardo Fe.
Según acto legal de Cortes en 15 de enero de lo27, correspondía al Bayle
general el conocimiento de las causas contra sarracenos, y al alcaide de
cada aljama, el de los pleitos entre sus individuos.
53) En la referida Constitución se ordena el establecimiento de las men-
cionadas cátedras en las universidades de París, Oxford, Bolonia y Sala-
manca. Corpus .Inris Canoniñ, t. II, pág\ 216, Clententinnrum, lib. V, tít. I,
capitulo 1, edic. de Colonia, 1746.
51) Corpus Juris Canon '/<■(, loe. cit.
55) Escolano, ob. cit., lib. X, cap. I, págs. 637 y 638.
56) Las Cortes de Falencia de 1313 ordenan, como afirma el Sr. Danvila,
que los moros fuesen juzgados según los fueros de cada lugar; qiie no usa-
son nombres de cristianos, so pena de herejes; que los cristianos no vivir-
sen con los moros ni criasen sus hijos, y que los moros no trajesen copete,
sino que anduviesen cercenados en derredor como en Granada. Las Cortes
de Burg'os de 1315 reprodujeron lo ordenado en las de falencia. Y otro
tanto hicieron las de Valladolid de 1322. 1). Jaime II, desde Barcelona, á 1."
de agosto de 1318, prohibió á los moros que aclamasen el nombre de Ma-
homa públicamente ni celebrasen otras manifestaciones de su religión, y
estableció la pena del último suplicio para el que contraviniese á esta
orden. Dos años más tarde, ordenaba el monarca aragonés que el Bayle de
Valencra castigase á los moros que celebrasen públicamente sus ceremo-
00
tan las costas levantinas de la península, se extreman las
medidas de rigor contra los moros, ya sean conversos ó mude-
jares, ya sean esclavos ó libertos, al mismo tiempo que el pre-
lado de Valencia, D. Raimundo Gastón, representa al rey don
Alfonso en 1331 que, dada la pública insolencia de los mudeja-
res valencianos, se hacía indispensable su expulsión del reino.
Se saina que los sarracenos de aquende el Estrecho protegían á
los piratas (B7) y las Cortes pedían al monarca la autorización
del armamento en corso, concedida al fin en 1386, á consecuen-
cia de varias piraterías en la costa de Valencia (58).
nias. Alfonso IV de Aragón expidió carta real en 13 de enero de 1329 para
que los señores de lugares con mero y mixto imperio, pusieran en ellos al-
caldes que juzgasen á los moros, y prescribió que con igual objeto los pusie-
sen en los lugares de realengo. Poco después, los monarcas de Aragón y
Castilla concuerdan y juran hacer la guerra á los moros africanos y al rey
de Granada, y no permitir paces ni treguas con ellos. Las necesidades de la
guerra obligan á una tregua, pero el monarca granadino, instigado por los
moros valencianos, rompe el pacto y entra por Orihuela, tomando á Guar-
damar y llevándose 1.200 cautivos; el rey de Marruecos ayuda al de Gra-
nada y toman á Gibraltar, renovándose las represalias. No tarda el abad
de Poblet en expulsar á los moros vasallos de Cuart de Poblet, substituyén-
dolos con moradores cristianos, á quienes concede fuero especial en 7 de
noviembre de 1334. Durante el reinado de D. Pedro el Ceremonioso renué-
vanse varias de las citadas disposiciones y no se permite á los moros llevar
armas prohibidas; lo mismo acaece en el de D. Jlian I el Cazador, y en los
de Fernando de Antequera, Alfonso V y Juan II. Los monarcas de Castilla
anteriores á los Reyes Católicos, sancionan leyes informadas en ese espíritu
de conversión por medio de la instrucción, al par que dictan medidas, ya
suaves, ya de rigor, para apartar de los cristianos á los sarracenos que difi-
cultaban la conversión. Estas disposiciones pueden verse en el Awreuní
opus de Valencia, en Zurita, Escolano, Janer, Fernández y González, Dan-
vila, etc.. etc.
57) Vid. Zurita. Anal, dé Arag., reinado de D. Pedro IV de Aragón, pá-
gina 13fi. 1). Para formar concepto de la intranquilidad que reinaba en Va-
lencia con motivo del punible tráfico qué con las anuas ejercían los moros
valencianos, puede verse el doc núm. 1, fecha 1307, existente en el Archi-
vo del R. Cal . de Carpas Christi de Valencia, leg." tit. Doc. referentes á
niaras, mudejares y mariscas, facilitado por nosolros.
58) Escolano, Décadas </<• Valencia, lib. X, pág. 369, menciona varias
piraterías en 1384 y 1385, al mismo tiempo que la defensa tomada por la
ciudad de Valencia. Nuevas piraterías vienen á ser motivo de nuevas re-
presalias en l.'isT y siguiente, en 1390, 1396 y 1398.
Va en las Cortes de 1338, según Manchal ar y Manrique. 7, el Brazo po-
pular reunióse y acordó socorrer al rey de Aragón con cien mil florines para
91
Acerca de la imposibilidad para la unión eficaz de ambas
razas, nos da un testimonio elocuente, no ya el fruto sacado de
las anteriores disposiciones legislativas, que era escaso cuando
no fingido, no ya el resultado negativo, alcanzado por las pre-
dicaciones de los dominicos encargados; de la instrucción, sino la
apostasía en que declinaban los innumerables conversos, cuando
acaeció el fallecimiento de fray Vicente Ferrer. El pueblo cris-
tiano veía estos ejemplos de hipocresía y renovaba su rencor
contra aquellos enemigos domésticos y contra sus fautores los
judíos (59), realizando, de acuerdo con la nobleza no pocas
veces, actos tan horribles como el saco é incendio de la more-
ría de Valencia en junio de 1455 (60). Aquellas escenas no son
fenómenos extraños en la sociedad española del siglo XV, sino
expresión natural del sentimiento que informaba la vida de
nuestro pueblo tan avezado, por desgracia, á las profanacio-
nes (61), blasfemias (62) y rapacidad de los sarracenos (63 1. Si
aquellas escenas no se repiten á menudo, debido es á la pru-
dencia de nuestros monarcas y á la justicia de nuestras leyes
represoras de la manifestación exagerada de aquel sentimiento
que avivó la lucha entre las dos razas durante varios siglos.
la flota que había de defender las costas levantinas ríe nuestra península
contra las piraterías africanas, y en las Cortes de 1383, Valencia otorga á
su monarca un préstamo de sesenta mil florines aragoneses de oro para
armar buques contra corsarios infieles.
59) En Valencia, Córdoba, Toledo, Zaragoza, Barcelona, Lérida y otras
ciudades se reprodujeron los motines que contra los judíos de Sevilla acae-
cieron en 1391. Vid. Adolfo de Castro, Hist. de los judíos cu España, pá-
gina 82 y siguientes. Vol. en 8.° de 224 págs. y 29 de Apéndices, edición de
Cádiz, 1847.
- 60) Vid. Diario del capellán de Alfonso V, copia ms. en la bib. unir, de
Valencia y la Colea, de llctres, año 1455, en el Arch. mun. de la misma ciu-
dad. El Sr. Danvila publicó en sus cit. Confs., págs. 34 á 31 r los principales
documentos referentes al asunto. Y D. Francisco Danvila, hermano del
autor de las Conf., publicó en la rev. El Archivo (enero 1889), un notable
articulo tit. Saco de la Morería de Videncia cu Í455.
61) Vid. Escolano, lib. X, cap. I, pág. 638, en la narración del motín
promovido por los moros de Concentaina en agosto de 1331.
62) Alfonso V de Aragón mandó en 4 de marzo de 142S, que el .Justicia
criminal ó el Bayle de Valencia, procediesen con rigor contra los moros
blasfemos.
63) Escolano, ob. cit., lib. X, caps. I y II,
02
El monarca de Aragón vio con sorpresa que á la muerte de san
Vicente Ferrer habían apostatado diecisiete mil sarracenos y
judíos de los que fingían seguir las doctrinas del apóstol valen-
ciano y resolvió pedir al Papa Martino V el establecimiento
de la Inquisición en Valencia, pues hasta entonces sólo había
residido en esta ciudad un comisario del Inquisidor de Barcelo-
na (04). En 1420 fué nombrado primer Inquisidor de Valencia el
maestro Andrés Ros que, si atajó con su presencia no pocos es-
cándalos y prevaricaciones, no por eso consiguió la conversión
de los sarracenos y judíos sujetos á su jurisdicción. Continua-
ban aquéllos en la práctica de sus ceremonias religiosas y de
sus costumbres, en favorecer las piraterías africanas, en revol-
verse contra los cristianos, en eximirse de la legislación pacta-
da, en tramar conspiraciones contra los reyes de Aragón y de
Castilla, en esperar el cumplimiento de sus profecías en orden
á la restauración del imperio muslímico en España, en acredi-
tarse, en una palabra, de moros y judíos de hecho, aunque
en apariencia fuesen tenidos por conversos y en realidad hu-
biese algunos que de buena fe llegasen á abrazar la religión
cristiana.
Si después de las disposiciones legislativas dictadas por don
Jaime I y sus sucesores para lograr aquella fusión, continuaba
ésta en la misma imposibilidad que en un principio, considere
el crítico la influencia que, dada la tenacidad de los sarrace-
nos, ejerció el Conquistador en atajar el predominio de los
descendientes de Muza, y por ende, en contribuir al engrande-
cimiento de nuestra patria.
¡Tanto puede un rey cristiano dejándose llevar por los ca-
minos que le traza la Providencia!
64) Páramo, Orig. de la />"/., lib. II, y Escolano, ob. eit., lil>. X, cap. II.
El monarca que t;il gracia obtuvo fué I). Alfonso, hijo de D. Fernando., en
el año 1420. Más tarde, á principios de enero de 1482, hallándose los Reyes
Católicos en Valencia, fué instituido el Santo Oficio en dicha ciudad, siendo
nombrados inquisidores Fr. .Juan Cristóbal Calvez y Fr. Horts de la orden
dominicana, y por alguacil de dicho tribunal, el caballero inossen Gracián
de A"Tanmn1 .
CAPÍTULO IV
Los Revés Católicos.— Establecimiento del Santo Oficio.— Conquista
de Granada. — Expulsión de los judíos.— Rebelión de los moros
en la Alpu jarra.— Origen de la cuestión morisca.— Su aspecto
leo al y teológico.
andan de acuerdo los críticos modernos en juzgar los
hechos principales que la historia consigna en el reinado
de Fernando V é Isabel I. Unos, como D. Manuel Dan-
vila, juzgan este reinado como «el más glorioso de la historia
nacional, porque era tan desdichada la situación en que se en-
contró España al espirar el reinado de Enrique IV, que única-
mente á la protección divina, dispensada á la nación española
de una manera providencial, pueden atribuirse los grandes be-
neficios con que en la historia se sustituye f aquel desdichado
reinado, por no calificarlo de otra suerte, con otro tan notable
como el que representan los Reyes Católicos, en cuya época se
realizan los más grandes acontecimientos de nuestra historia
nacional» (1); otros, como D. Adolfo de Castro, maldicen la me-
moria de Fernando V, y si algo bueno encuentran en aquella
época lo atribuyen á la augusta D. a Isabel, «matrona ilustre,
digna en todo de haber nacido en un siglo donde no imperase
en la mayor parte de los hombres el bárbaro fanatismo, ene-
migo oculto de Dios, de la cultura de los entendimientos y de la
felicidad de los mortales» (2).
1) Conferencias eit., pág\ 41 y 42.
2) Hist. de los Judíos en España, ]>ñg\ 108.
94
No hemos de harmonizar ambas tendencias; acostumbrados
á respetar la opinión agena, sentimos que el Sr. Castro y cuan-
tos han defendido su opinión, maltraten al adversario en formas
nada corteses y sin la prueba fehaciente de sus aserciones, así
como creemos digna de aplauso y cuando no de tolerancia, la
manifestación espontánea del sentimiento patrio en un autor
que, enterado de nuestra historia, recuerda legítimas y antiguas
glorias, cuya grandeza adquiere colosales proporciones al com-
pararlas con Jas de nuestra época.
Habida cuenta de la situación de España á mediados del
siglo XV, no creemos aventurado el juicio de los que, como el
Sr. Danvila, aplauden á los Reyes Católicos y califican de glo-
rioso su reinado, pues tanto monta, monta tanto, Isabel como Fer-
nando. La unión, bajo un mismo solio, de las coronas aragonesa
y castellana, realizaba una parte del programa demandado por
la opinión pública de los cristianos españoles. El feudalismo ve-
nía á sufrir golpe rudísimo; en cambio, el espíritu regionalista,
cediendo de la parte que debía de ceder, robustecióse, adqui-
riendo la plenitud de vida que sólo alcanzan los pueblos dentro
de la unidad en la variedad, pero sin el absolutismo de arriba
y sin el orgullo de abajo.
Granada y Navarra eran los dos reinos que imposibilitaban
la unidad nacional, y hacia ellos dirigieron su atención los
Reyes Católicos; no habían de tardar en conseguirla. Pero antes
procuraron la unidad de la fe, puesto que la reconquista no
había sido en el fondo otra cosa sino una guerra de religión.
Para ello, y en vista de los resultados obtenidos en aquel sen-
tido por el Santo Oficio en los estados de la corona aragonesa,
impetraron del Papa Sixto IV una bula en que se daba facultad
á los reyes para elegir tres prelados ó eclesiásticos de recono-
cida ciencia y virtud que inquiriesen y procediesen contra los
delitos de herejía y apostasía. Dicha bula, otorgada en 1.°
de noviembre de 1478, no estuvo vigente hasta pasado algún
tiempo.
En Córdoba se hallaban los monarcas en octubre de aquel
año, cuando recibieron, por conducto de fray Alonso de Hojeda,
la noticia de haberse descubierto en Sevilla una junta de seis
conversos judíos que, en día de Jueves Santo, blasfemaban de
la fe y religión católica. El odio de la muchedumbre contra los
hebreos crecía por momentos, sofocando las medidas de penden-
95
cía que el cardenal Mendoza aconsejaba á la reina , hasta que
en 147í> se dio comisión á los dominicos fray Miguel Morillo y
fray Juan de San Martín, para que asociados del Dr. Juan Ruiz
de Medina, juez del fisco, y de D. Juan López del Barco, procu-
rador real y capellán de la reina, procediesen á la inquisición
de los delitos de heregía. Mientras los inquisidores partieron á
Sevilla á conocer de la execrable maldad de que dio noticia el
Padre Hojeda, solicitaron los reyes del Sumo Pontífice el proce-
dimiento contra los herejes por la vía del fuego (3). Veían los
judíos acercarse la tormenta que les amenazaba, y convocados
los principales conversos de Sevilla, Utrera y Carmona, por sus
correligionarios Diego de Susán, Manuel Saulí y Bartolomé de
Torralba para deliberar acerca del remedio en aquel conflicto,
fué descubierta la mencionada conjuración por la hija de Susán,
dando con ello harto en que entender á los nuevos inquisidores.
Establecieron éstos su tribunal en el convento de san Pablo de
Sevilla, comenzando por publicar un edicto de gracia, al que se
acogieron diecisiete mil personas (4). El Pontífice dictó varias
providencias para regular aquella institución , ora aumentando
el número de inquisidores , ora conminando con penas á los que
contraviniesen los principios de justicia , ora nombrando al ar-
zobispo de Sevilla, D. Iñigo Manrique, juez único de apelacio-
nes en causas contra la fe, ora dando instrucciones á reyes y
prelados, hasta que fué nombrado, en 1483, por inquisidor gene-
ral de la corona de Castilla fray Tomás de Torquemada, y por
tanto quedó presidente del Consejo Supremo del Santo Oficio en
España.
No nos incumbe referir la historia de este tribunal, aunque
nos sea indispensable citar á menudo su influencia en la cues-
tión morisca objeto de nuestro trabajo; hay monografías en que
se narra aquélla con acierto, y á ellas debe acudir el erudito
que busque la verdad histórica, no sin advertir de nuestra parte
que la historia crítica de la Inquisición se halla por escribir (5).'
3) D. José Amador de los Ríos. Hist. social, política y religiosa de los
Judíos en España y Portugal, edic. 1876, t. III, pág\ 247. Tal autorización
se concedió en 1480.
4) Amador de los Ríos (obra cit., t. III, pág. 252), dice que fueron veinte
*
mil.
5) Llórente (D. Juan Antonio), Alíales de la Inquisición de España,
96
El establecimiento del Santo Oficio ¿reconoce por origen la des-
atentada codicia que personifica á Fernando V, según, afirma el
Sr. de Castro? Nó. La situación de España durante el reinado
de Enrique IV de Castilla reclamaba un remedio eficaz. Degra-
dado el trono, se hacía indispensable robustecer el principio de
autoridad contra el que se habían rebelado los nobles; rela-
jado el clero, era necesario reducirlo á las atribuciones de su
misión evangélica; y estragada la moral pública, era precisa la
cohibición de judíos y sarracenos. A remediar tantos males se
encaminan los esfuerzos de las Cortes de Madrigal celebradas
en 1476 (6) y las de Toledo en 1480 (7); la creación de Hermán-.
2 vol. en 8.°, imp. en Madrid por Ibarra, 1812-1813. Garcia-Eodrigo (Don
Francisco Javier), Hist, verdadera dé la Inquisición, 3 vol. en 4.°, imp. en
Madrid por Gómez Fuentenebro, 1870-1877. Luis de Páramo, De origine et
progres.su Ofpcii Sanctce Inquisitiouis ejusque dignitate et utilitate, etc. Un
volumen en fol., imp. en Madrid, Imprenta Real, año 1598, ejemp. de la
biblioteca univ. de Val. 50-5-7. Orti y Lara (D. Juan Manuel), La Inquisi-
ción. Obra pub. por vez primera en El Siglo Futuro, de Madrid. Edic. co-
rregida y aumentada. Un vol. en 8.°, imp. en Madrid en casa de la viuda
é hijo de Aguado, 1877. Vid. además lo que acerca del Santo Oficio han
escrito Balines, Sarda y Salvany, Segur, etc.
0) Las peticiones 11. a , 25. a , 34. a y 36. a se refieren á las relaciones entre
moros y cristianos y van encaminadas á cortar los abusos introducidos por
los muros en su legislación, usos y costumbres. Piden las Cortes que bis
moros y judíos no gocen de la exención de ser encarcelados por demias,
como lo eran los cristianos; que no conozcan en causa criminal alguna y en
las civiles sólo en los lugares donde tenían costumbre de conocer; que lle-
ven las señales mandadas usar por diversas cédulas reales, con el fin de
que se les distinga de los cristianos; que no usen de lujo desmedido en los
trajes, y hasta se llega á pedir que los cristianos puedan exigir la usura á
los monis, mientras se priva á éstos de tal derecho, pues tanto vale el que
bis cristianos pudieran ser relevados de pagar la usura á los sarracenos piu-
la sola declaración de dos cristianos.
Hay que observar que las Cortes de Madrid parecen inspiradas en el
deseo do abolir los privilegios y exenciones de que usaban los sarracenos
españoles, y reclaman la Igualdad en los privilegios de que gozaban éstos,
mientras sancionan la superioridad, exclusivismo y conservación de las
mercedes que venían disfrutando los cristianos.
7) Las peticiones 64. a , 76. a y 88. a de estas Cortes, son las que directa-
mente influyeron en marcar el rumbo que la opinión venia sosteniendo
acerca de las relaciones sociales entre moros y cristianos. El acuerdo más
importante de estas Cortes es la separación completa de ambas razas dentro
<le la nación española. Con ello venía á dificultarse sobremanera la fusión
de ambos pueblos, y es (¡ue la opinión lo exigía, y el monarca tuvo (pie
97
dades, y singularmente el establecimiento del Santo Oficio.
«Con todos estos medios, dice un historiador, con todos estos
rigores del poder, los Reyes Católicos consiguieron robustecer
el principio de autoridad; reivindicar para el poder real todos
los atributos sin los cuales no puede ser ejercido; excitar, des-
pertar en los españoles el respeto á la ley y el amor á la justicia;
borrar á fuerza de virtud aquellas manchas demasiado públicas
y notorias del reinado -anterior; conquistar por la administra-
ción imparcial de la justicia, por sus virtudes y por el propio
ejemplo el amor del pueblo, y esta fué la base más sólida y
más eficaz del reinado de Isabel y Fernando» (8). Pero lo verda-
deramente notable es el cumplimiento de varias cláusulas de
las Capitulaciones matrimoniales otorgadas en Cervera el 7 de
enero de 1469. En ellas «se pacta nada menos que una guerra
de exterminio contra la raza mora, y se establece en uno de los
artículos de estas Capitulaciones, que los dos monarcas se com-
prometían á arrojar de España la raza musulmana» (9).
No podían los Reyes Católicos, sin desdoro de su celo y de su
nombre y á fuer de herederos de sus antepasados , contemplar
el espectáculo que ofrecía el reino ele Granada, y comenzaron
por restringir la legislación acerca de los mudejares , pero con
espíritu liberal y tolerante, puesto que á ello les obligaba su
política, teniendo en cuenta la protección que habían gozado
los vasallos moros en tiempo de Enrique IV. Este monarca, que
había formado de moros su guardia, que había imitado su ves-
tido y costumbres y tolerado el menosprecio que hacían de las
ordenanzas de los reyes sus antecesores y «los horribles desaca-
tos con las imágenes de la Virgen y de los santos» (10), había
sentado un precedente de difícil solución para los Reyes Cató-
licos , pero que éstos con el rigor y la templanza lograron re-
solver. Faltábales, empero, un motivo para completar aquella
acceder, no sólo á dictar aquella separación, sino á permitir ;'i los moros
que pudieran construir sus mezquitas dentro de los cercados ó morerías que
se les señalaban para vivir independientes de los cristianos.
Vid. en las cit. Conf. del Sr. Danvila, pág. 50 a 53, las disposiciones
reales tocantes á lo referido.
8) D. Manuel Danvila, Conferencias cit., pág. 58 y 59.
9) Id., pág. 43.
10) Fernández y González, lib. cit., pág. 213.
T. I 7
98
empresa, y no tardó en ofrecerlo el emir granadino, de nombre
Muley - Abul - Hasán.
Desde 1465 ocupaba éste el trono de los Al-Ahmares, pero
quiso libertar á su pueblo del tributo que pagaba á la corona de
Castilla desde el reinado de Fernando III, y aprovechó la situa-
ción en que se hallaban los reinos de Castilla para negarse á
pagarlo. Con tal pretexto enviaron los Reyes Católicos al pala-
cio de Abul-Hasán á D. Juan de Vera para reclamar el tributo,
pero oída la exigencia por el granadino , respondió al mensa-
jero: «Tornad; y decid á vuestros Reyes, que murieron ya los
de Granada que pagaban tributo á los cristianos; y añadidles
que aquí no se labran sino alfanjes é hierros de lanza contra
nuestros enemigos» (11).
La temeraria respuesta renovó el espíritu de Fernando é
Isabel al otorgar las Capitulaciones de Cervera, y, pacificado el
trono de Castilla, amén de hallarse asegurada la sucesión, mer-
ced á la jura del príncipe D. Juan, se dispusieron á proseguir
la epopeya de la Reconquista.
Abul-Hasán, inquieto y altanero, dio motivo á D. Fernan-
do V con el asalto y toma de Zahara, para renovar la promesa
de sacar uno á uno los granos de aquella codiciada Granada. Al
asalto de Zahara respondieron los cristianos con la conquista
de Alhama en el mismo año 1481 (12), y tal impresión produjo
la mortandad de sarracenos en ella acaecida , que el pavor se
• apoderó de la morisma y se llegó á cantar públicamente aquel
conocido romance que tradujo Lord Byron á su lengua y que
comienza:
Paseábase el rey moro
por la ciudad, de Granada,
desde las puertas de Elvira
hasta las de Vivarrainbla.
¡Ay de mi Alhama! »
11) Conde, part. IV, cap. XXXIV. ■Washington Irving, Lafnente, Ama-
dor de los Ríos y otros citan las mismas frases.
12) «En el misino año que los moros tomaron á Zara, el Marques de
Cádiz D. Pedro Ponce de León, y Diego de .Merlo, Asistente de Sevilla, y
los Aleaydes de Antequera y Archidona, y otros caudillos Christiános de la
frontera, fueron sobre la ciudad de Alhama, y por industria de un escudero
Morisco llamado Juan de Baena, la escaló im Ortega escalador, y la en-
traron y ganaron por fuerza, postrero día del mes de Hehrero». Luís del
Mármol Carvajal, Hist. del rebelión y castigo de los moriscos del Reyno de
(¡ ni muid, t. I, pág. 54, edic. deHVIadrid, por Sandia, 1797.
99
Mientras en los templos de Medina del Campo se entonaba
el Te Deum en presencia de los Reyes Católicos por el fausto
suceso de la conquista de Alhama, Abul-Hasán preparó sus
huestes para recobrarla. Á 11 de julio de aquel año peleó con
los cristianos que iban á socorrerla «y siendo los nuestros ven-
cidos, murieron en la pelea D. Rodrigo Girón, hijo de D. Diego
de Castilla, Alcayde de Cazalía, que después fué Comendador
mayor de Calatrava, y otros caballeros. Mas no por eso el moro
hizo el efecto á que iba, porque los christianos que estaban den-
tro se defendieron, y el Rey Don Hernando los socorrió, y si-
guiendo al enemigo la vuelta de Granada, entró en la vega y
taló y destruyó los sembrados y las guertas dos veces aquel año,
y ganó la villa de Tájora y la asoló; y tomó la torre de la puen-
te de Pinos , donde fué Iliberia , y dexando la frontera muy bien
proveída, y á D. Iñigo López de Mendoza, conde de Tendilla,
por Alcayde y Capitán de Alhama, volvió victorioso á la ciudad
de Córdoba» (13).
Los cristianos que guarnecían las fronteras del reino de Gra-
nada quisieron apoderarse de Loja, defendida por Alí-Atar, y
perdieron algunas fuerzas, pero no tantas como en la rota de la
Ajarquia, donde fueron sorprendidas por las huestes de Abul-
Hasán y envueltas entre las montañas de Cútar y las que for-
maron los muslimes con sus alfanjes y cimitarras. Aún se deno-
minan Cuestas de la matanza las en que perecieron caudillos tan
valerosos como D. Diego, D. Lope y D. Beltrán, hermanos del
marqués de Cádiz, D. Lorenzo y D. Manuel sus sobrinos, con
muchos de sus familiares. «Esta fué la batalla que dicen de las
lomas de Cutar; la qual fue á veinte y uno de Marzo (1483),
viernes por la mañana; y en ella fueron muertos y presos la
mayor parte de los Christianos que allí se hallaron» (14).
No habían bastado las discordias entre Abul-Hasán y su hijo
Boabdil el Chico para menguar las huestes del primero vencedo-
ras en la Ajarquia, hasta que Boabdil, entronizado en Granada
por los abencerrajes y por los descontentos del rigor desplega-
do por Abul-Hasán contra los deudos de Ayxa, su esposa, y <n
auxilio de los de Zoraida, su favorita, comenzó á manifestar
su rencor con los preparativos de una expedición contra los
13) Mármol Carvajal, ob. c i t . , t. I, pág. 55.
14) Id., pág-. 57.
100
cristianos que eclipsase la victoria ele su padre. Reunió más de
ocho mil soldados, «la flor de los guerreros de Granada, con
ánimo do entrar por la frontera de Écija, autos de que se repu-
sieran de su catástrofe los españoles» (15), y fué á sentar sus
reales sobre Lucena, no sin haber antes cundido entre sus gentes
las consejas referentes á la rotura del asta del pendón de Boab-
dil en el arco de la puerta Elvira, saliendo de Granada, y la im-
punidad de la zorra que atravesó el campo moro en la rambla
de Beyro. Presagiaban los muslimes fatal agüero en el éxito de
la jornada, pero Boabdil prosiguió en su camino, siendo sorpren-
dido por los soldados del conde de Cabra, que, desde Baena y
unidos á las gentes del alcayde de los Donceles , acometieron á
las huestes muslimes en el arroyo llamado de Martín González,
hasta hacer prisionero al granadino y dar muerte al alcayde
Alí-Atar que había dirigido la defensa de Loja, tan fatal para
los cristianos. Cargados éstos con los despojos de la guerra y
con nueve banderas del ejército sarraceno (16), volvieron á sus
villas satisfechos, no tanto de haber vengado el desastre de la
Ajarquia, como de haber ahincado el jalón principal para la
terminación de la. Reconquista, pues, «no fué de poco momento,
dice Mármol Carvajal, la prisión del Rey Moro, para la con-
quista de aquel reyno, porque estando las cosas ele los moros
turbadas, entró el Rey Don Hernando aquel año con su exercito
en la vega de Granada, y haciendo grandes talas en los sem-
brados, guertas y viñas, y en los términos de las villas de Illora
y Montefrío, cercó la villa de Tájora, que los Moros habían
vuelto á fortalecer, y la combatió y gañó por fuerza, y hacién-
dola destruir y asolar otra vez, volvió á Invernar á Córdo-
ba» (17).
Subdito ya de los Reyes Católicos el regio muslim de Gra-
nada, fueron cayendo en poder de los cristianos los pueblos de
Coin, Cártama, Ronda, Marbella, Moclin y otros muchos, vi-
niendo á facilitar el resultado de aquellas conquistas el intento
de Boabdil el graríde, sucesor de Abul-Hasán y tío del vencido
rey de Granada, de matar á su sobrino. Verdad es que aquel
intento fratricida quedó frustrado, pero en cambio, logró Boab-
15) Lafuente, ob. cit. , t. IX, pág\ 276.
16) Vid. la monog. cit. <!«■ J>. Rodrigo Amador di' los Ríos
17) Mármol Carvajal, ob. cit., i. I. págs. 58 y .">!>.
101
dil dar muerte al hermano del rey mudejar y poner un dique á
la inteligencia con éste, no obstante el ser reclamada por la ne-
cesidad común de defenderse contra el ejército vencedor de los
Reyes Católicos.
En 1486 se apoderó D. Fernando de la combatida Loja,
mientras guerreaban entre sí los bandos muslimes, y luego
Vélez, y más tarde Málaga, Baeza y Guadix, fueron cayendo
en poder de los cristianos, hasta que «venida la primavera del
ano de nuestro Salvador mil quatrocientos noventa y uno, los
Catholicos Reyes, habiendo estado el principio del año en Sevi-
lla, partieron de allí pasada Pasqua florida para ir á cercar á
Granada» (18).
No hemos de recordar los sucesos heroicos que relatan los
historiadores de aquella gloriosa lucha en que iba á ser dome-
ñado para siempre el poder islamita, después de ocho siglos de
dominación. Amador de los Ríos nos ha conservado noticia del
auxilio prestado al ejército sitiador por los hebreos Abraham
Sénior é Isahac Abarbanel (19). ¡Buen provecho debió de repor-
tarles su oficio de prestamistas más que de abastecedores! Y si
no, ¿cómo se comprende este patriótico y desinteresado auxilio
teniendo en cuenta los suplicios y exacciones que en aquellos
días venían sufriendo los israelitas en España? Acaso ¿el amor
patrio les hizo ponerse del lado de los Reyes Católicos cuya
codicia, según el Sr. de Castro, no se veía saciada con las
frecuentes y productivas confiscaciones á los hebreos? No ex-
trañaríamos que el autor de la Historia de los judíos en España
hubiese incurrido en el mismo defecto que, en el libro tercero
de su obra, echa en cara á los cronistas de Fernando é Isabel.
Esta generosa reina, que, según Hernando del Pulgar, dirigió
el abastecimiento del ejército cristiano durante el cerco de (ira-
nada, no se contentó con gastar hasta el último maravedí del
erario real, sino que empeñó sus rentas y su corona, aquella
corona que encerraba un mundo en España y otro nuevo en Amé-
rica (20).
18) Mármol Carvajal, id., pág\ 80.
19) Hist. social, política y religiosa de los Judíos de Esp. y Port., t. 111,
pág. 295.
20) Los préstamos que la ciudad de Valencia hizo á la Reina Católica
pueden verse en el Man. de consells, niun. XLVII, folios 304 y 308, perte-
102
Estrechado el cerco del último baluarte de los muslimes en
España, y después de más de ocho meses de resistencia, otorga-
ron los Reyes Católicos las célebres capitulaciones que había
negociado Abi-Cascm-el-Maloli, y poco después, á 2 de enero
de 1402, entraron triunfantes en aquella Granada, de la que
D. Fernando había jurado sacar uno á uno sus granos (21).
Pocas capitulaciones habían logrado los mudejares españo-
les en el período de la Reconquista , en que se concediese á los
vencidos tan singulares privilegios como á los de Granada, pero
ese espíritu de tolerancia y hasta de libertad que resplandece
en el documento referido, es el mismo que informa á los Reyes
Católicos en el establecimiento de la Inquisición. Parecerá pa-
radoja esta equivalencia, y sin embargo nada más cierto. Los
Reyes Católicos se proponían afianzar la unidad política por
medio de la unidad religiosa. Contra los falsos conversos del
judaismo y contra los herejes oponen el Santo Oficio; contra los
restos del imperio islamita emplean la tolerancia como medio
para lograr la conversión, y por ende la fusión. Dentro de ese
espíritu que tan bien se compagina con el dulcís et rectus de las
Sagradas Escrituras, obrábanlos católicos monarcas, esto es,
la tolerancia para con el, flaco, el rigor para con el empederni-
do. Tal es el programa desarrollado por Fernando é Isabel, y
nuevas pruebas vendrán á demostrarlo en el presente capítulo,
explicando así la conducta de aquellos reyes, tachada por unos
ya de rigorista con el débil, ya de tolerante ó tímida con el po-
deroso, y calificada por otros ele evangélica, prudente, hábil y
gloriosa.
Apenas habían tomado posesión de Granada los Reyes Cató-
licos, faltaron éstos abiertamente, según afirman algunos histo-
riadores, á la capitulación pactada, puesto que en 31 de marzo
de aquel mismo año mandan publicar el decreto expulsando á
los judíos, siendo así qne en la cláusula 38 de las Capitulaciones
se decía: «ítem es asentado e concordado, que los judíos natu-
rales de la dicha cibdad de Granada, e del Albaicin, e sus arra-
n'eciente á los años 1489-1502 y en la colee, de Lletres reals del Ardí. mun.
s
(le Valone- i a.
21) El texto de las Capitulaciones de Granada puede verse en Mármol
Carvajal, oh. tit . , I. 1. pág. 83-98; en la Colee de, doc. ¡»n!., t. VIII, pági-
nas 111 y siguientes, y en Fernández y González, lib. cit., pág. 421-430.
108
bales, e de las otras dichas tierras que entraren en esto partido
e asiento, gocen deste mismo asiento e capitulación, e que los
judíos que antes eran cristianos, que tengan término de un mes
para se pasar allende».
Mayores privilegios habían otorgado los monarcas á los ju-
díos de Almería y de Granada en 11 de febrero de 1490 (22), y
sin embargo, poco después decretan la expulsión de todos los
semitas españoles. La causa ¿fué la insolvencia de los monar-
cas y de los cristianos españoles? ¿fué, acaso, la malhadada
codicia de los Reyes Católicos, como asegura sin documentos
D. Adolfo de Castro'? De ningún modo. Harto demuestra el
preámbulo del decreto de expulsión los motivos que indujeron á
los reyes á llevar á cabo tan radical medida.
Para formar un juicio acertado de este suceso, debe el crítico
no olvidar el estado de la opinión pública en España después
del rescate de Granada. Con tan brillante conquista se renovó
el espíritu que había informado las acciones de nuestra raza
desde la victoria de Covadonga. La cruz y la espada habían
sido las armas de combate para reconstituir la monarquía; se
acababa de lograr la unidad política y se caminaba al logro de
la unidad religiosa. No faltaban precedentes á los Reyes Cató-
licos en que apoyar su resolución, pero en aquellas circunstan-
cias demandaba el pueblo español por medio de las cortes, de
prelados y magnates, la implantación de aquella medida tan
urgente como necesaria, tan radical como meditada, y los
Reyes Católicos, que tenían conciencia de su dignidad, que sa-
bían y debían interpretar los deseos de sus fieles vasallos y que
veían los peligros que entrañaba el rozamiento continuo de los
israelitas con los cristianos por la relajación consecuente, de-
cretaron la expulsión de aquella raza de los dominios españo-
les. Así se dio un paso más en la consecución de la unidad
religiosa.
Aquella expulsión tuvo consecuencias más ó menos funestas
en el progreso material, pero ¿acaso la expulsión de un pueblo
no reporta siempre daños incalculables? Pudo pecar de impre-
22) Vid. Capiiulos que se ((.sentaron con la cibdad de Almería e con las
otras cibdades e villas e logares del reino de Granada, que se entregaron
a S.S. A. A. este año de MCCCCXC, capitulo XVIII. Doc. eit. por Amador
de los Ríos, t. III, pág. 302 de su cit. Hist. de los Judíos de Esp. y Port.
A
104
meditada aquella resolución real, pero ¿acaso no podían los
reyes decretarla en su país? Y dados sus antecedentes y los de
sus vasallos ¿no debían reducirla cuanto antes á la realidad?
Los judíos en España, á pesar de la naturaleza que les habían
dado los fueros y cartas-pueblas, «jamás habían sido considera-
dos por los cristianos como una parte substancial é integrante
de la república, por lo mismo que nunca lograron en ella ver-
dadera representación política»; además, «habían sido siempre
considerados como extranjeros en Navarra y Aragón, en Portu-
gal y Castilla», amén de la «perpetua acusación de que sólo
tiraban los judíos, en sus relaciones con los cristianos, á beber
la sangre de los pueblos lacerados.» Ante estas consideraciones
ciertas «decae algún tanto, como dice Amador de los Ríos, la
responsabilidad moral y aun la política de aquellos príncipes,
al firmar el Edicto» (23).
Y si el sentimiento religioso en un estado cristiano, es supe-
rior, como nadie se atreverá á poner en duda, al progreso ma-
terial y á la despoblación que pudiera ocasionar el destierro de
una raza enemiga, creemos que el tanto de responsabilidad des-
aparece, no ya como medida política, sino como religiosa, en la
conducta de los Reyes Católicos, á quienes corresponde esencial-
mente la responsabilidad histórica de aquella medida, asi como
es suya por análogo concepto toda la gloria que se ha atribuido al
pensamiento de fundar por tal camino la UNIDAD RELIGIOSA de
España, cual base de su unidad política (24).
Considerada la expulsión de la raza hebrea desde el mencio-
nado punto de vista, no nos es lícito decir con un docto escritor
español, que era aquel acto un enorme abuso de la prerrogativa
real, incompatible con toda idea de buen gobierno (25), ni menos
23) Hist, cit., t. III, pág. 429. Vid. 'Noticia del principal motivo que
tuvo el Rey Católico (D. Fernando) para mandar expeler los judíos de Es-
paña... Briiish Museum.— Ms.-Add.— 20, 977, f. 9.
24) Amador de los Ríos, id., id., pág. 431.
25) Tapia, Historia <!<■ la civilización española, siglo XV. Y á mayor
abundamiento, no queremos dejar de anticipar unas frases contenidas en
la Instrucción que el rey dio á D. Lope Hurtado de Mendoza, fecha en
Barcelona <¡ 24 de septiembre de /."</.'/, para lograr una concordia con la
Santa Sede en «4 uogocio del Santo oficio. Advierte el emperador Carlos I,
que los conversos españoles negociaban en Roma la dispensa del uso de
trajes é insignias de la condenación A que se hallaban sujetos por delitos de
105
ratificarnos en la defensa del positivo derecho de ciudadanía de
los expulsos, sabiendo que la representación que habían tenido
en las leyes españolas reducíase, por especiales privilegios, á la
jurisdicción de sus aljamas, tanto en lo civil y criminal como
en lo religioso, y á la adquisición y ejercicio de la propiedad, á
veces un tanto limitada, sin participación alguna política en,
la república, por lo que tocaba á las relaciones con los cris-
tianos (26).
Unas doscientas mil personas, según cálculo medio, salieron
de España por el edicto de expulsión, pero quedaban millares
de conversos judíos que, no obstante el carácter sacramental
impreso por el bautismo recibido y de la instrucción continua
que les era forzoso recibir, habían de ser objeto de las pesquisas
inquisitoriales por judaizantes y de los fiscales de la justicia por
usureros y conspiradores. Sin embargo, los Reyes Católicos to-
leran á los conversos del propio modo que á los mudejares y les
otorgan capitulaciones, privilegios y cartas-pueblas á cambio
de permanecer fieles á la religión abrazada y de no conspirar
contra la paz pública en sus estados. ¿Cumplieron los sometidos
tales condiciones? Apasionada discusión han promovido los his-
toriadores modernos para responder, con punible prejuicio, á
tal pregunta.
Los Reyes Católicos habían elegido para la sede eclesiástica
de Sevilla al piadoso y docto fray Fernando de Talayera, y
losa religión, y añade que no conviene ni se deve permitir, que ya en tiem-
po que vivía el dicho Rey mi señor y agüelo, que aya gloria, se le ofrecie-
ron por solo esto trezientos mil ducados, y no quiso dar lugar a ello por la
offensa que se ñziera a Dios nuestro señor y a su fe catholiea...»
Areh. gral. de Simancas. — Cons. de Inq. — Lib. núm. 14, fol. 98 y sigs.
26) D. J. Amador de los Ríos, lug. cit., pág. 394. Y D. Modesto Lafuen-
te (Hist. gral. de España, t. IX. pág. 419), hablando del decreto de pros-
cripción lanzado por los Reyes Católicos contra los israelitas dice, que si
dañoso en el orden económico, duro é inhumano, innecesario tal vez, y si
se quiere no del todo justificado, demandábale el espíritu piiblieo; si algu-
nos entonces le reprobaban, ning-uno abiertamente le contradecía; era una
consecuencia de antipatías seculares y de odios envejecidos; estaba en las
ideas exageradas de la época, y vino á ser útil bajo el aspecto de la unidad
religiosa, tan necesaria para afianzar la unidad política».
No será de más advertir que la exageración de ideas resalta á [os ojos
del que hoy juzga la unidad religiosa como una antigualla histórica, mien-
tras que los católicos tienen de aquellas ideas el concepto que de las misinos
habían formado Fernando é Isabel. Distingue témpora...
106
para el gobierno militar al valeroso conde de Tendilla. Estos
dos ilustres varones se esforzaron con prudencia evangélica en
consolidar la obra de la Reconquista. El segundo protegía al
virtuoso prelado en la instrucción de moros y judíos, converti-
dos de nombre. Millares de mudejares abrazaron la fe del ven-
cedor y millares de hebreos se afianzaron en la misma. Parecía
próxima la fusión de aquellos pueblos que durante ocho siglos
habían estado en abierta lucha.
Talayera, símbolo genuino de la religión del vencedor, pa-
recía el ángel de paz encargado de la unión de aquellas razas,
de la fusión de aquellos pueblos, de la concordia entre vencedo-
res y vencidos; los Reyes Católicos, y singularmente D. a Isabel,
alentaban aquella empresa, mandando «que los Gobernadores,
Alcaydes y Justicias de todos sus reynos favoreciesen á los Mo-
ros, y que no consintiesen hacerles agravio ni mal tratamiento,
y que los Prelados y religiosos, blandamente y con demostración
de amor procurasen enseñar las cosas de la fe á los que buena-
mente quisiesen oirías, sin hacerles opresión sobre ello» (27);
pero los mismos que aconsejaban á los monarcas tanta pruden-
cia y tolerancia, no relegaban al oh*ido, antes bien, seguían re-
comendándoles, á fuer de verdaderos españoles, la obra de la
instrucción y conversión, y «que, pues nuestro Señor les había
hecho tan señaladas mercedes en darles una victoria como
aquélla (la de Granada), como celosos de su honra y gloria die-
sen orden en que se prosiguiese con mucho calor en desterrar el
nombre y secta de Mahoma de toda España, mandando que los
Moros rendidos, que quisiesen quedar en la tierra, se baptizasen;
y los que no se quisiesen baptizar vendiesen sus haciendas y se
fuesen á Berbería, diciendo, que en esto no se les quebrantaban
los capítulos que se les habían concedido, quando se rindieron,
antes era mejorarles el partido en cosa que tanto convenía á la
salvación de sus almas, y particularmente á la quietud y paci-
ficación perpetua de aquel reino (Granada): porque era cierto,
que jamás los naturales de él temían paz, ni amor con los
Christianos, ni perseverarían en lealtad con los Reyes, mientras
conservasen los ritos y cerimonias de la secta de Mahoma, que
les obligaba á ser crueles enemigos del nombre Christiano. Mas
■ Hinque estas consideraciones eran santas y muy justas, sus
27) Mármol Carvajal, oh. cit., t. I, pág. 112.
107
Altezas no se determinaron en que se usase de rigor con los
nuevos vasallos, porque la tierra no estaba aún asegurada, ni
los Moros habían dejado de todo punto las armas; y si acaso
venían á rebelarse con opresión de cosa que tanto sentirían,
sería haber de volver á la guerra de nuevo. Y demás desto te-
niendo, como tenían, puestos los ojos en otras conquistas, no
querían que en ningún tiempo se dixese cosa indigna de sus
reales palabras y firmas, especialmente que los mesmos Moros
lo iban dexando, y había esperanza que, con la comunicación
doméstica que tendrían con los Christianos, tratando y dispu-
tando de las cosas de la religión, entenderían el error en que
estaban, y dexándolo vernían en verdadero conocimiento de la
fe, y la abrazarían, como otras muchas naciones bárbaras lo
habían hecho en tiempos pasados, siguiendo la voluntad de los
vencedores y queriendo ser como ellos» (28).
No vemos contradicción en tales consejos ni en la conducta
de los reyes; los consejos estaban informados en la prudencia
de buen gobierno y lo mismo la conducta de los aconsejados,
esto es, procurar la instrucción para conseguir la conversión.
Pero la conversión alcanzada por las predicaciones de Talave-
ra ¿fué sólida? Entre los mudejares convertidos ¿no anidaba el
espíritu de raza vencida en presencia del vencedor? Aunque
renegasen del Corán y de sus máximas, aunque detestasen las
prácticas muslímicas que hasta entonces habían practicado,
aunque en público siguiesen la religión del vencedor ¿habrá
crítico tan inocente que desconozca el carácter de la raza ma-
hometana?
Demos por sentado que la conversión fué sincera, que el
ejemplo y las doctrinas del santo alfaqui, como era llamado el
docto prelado sevillano, fuesen venerados y que, con el auxilio
de la gracia santificante y de la gracia sacramental del bau-
tismo voluntario , fuesen verdaderos cristianos los convertidos
mudejares; ahora bien, la raza vencida no había de perdonar,
como no perdonaron los soldados de Pelayo y los héroes todos
de la Reconquista, la condición á que se veían reducidos por la
guerra.
Estuvieran aquéllos en país extraño al perdido, donde sin
relaciones de familia, sin el afecto á las posesiones perdidas y
28) Mármol Carvajal, id., págs. 112 y 113.
108
sin el acicate do la presencia del vencedor que con leyes consoli-
daba su reconquista, como procuraron consolidarla los sucesores
de Muza y de Taric, hubiese sido fácil evitar la explosión del
sentimiento patrio y menguar los rencores de la lucha , pero en
España, y vencidos y humillados y obligados á abrazar una re-
ligión que no era la de sus padres, por fuerza había de dar
origen á una catástrofe ó á una serie no interrumpida de cons-
piraciones y retractaciones privadas ó públicas, según el rigor
en la práctica de las leyes justas del vencedor. Negar tal situa-
ción y tales circunstancias, sería desconocer las leyes de la
historia humana, sería ignorar los sentimientos del corazón y
querer juzgar un hecho contra la verdad abrumadora de innu-
merables ejemplos.
No era eterno fray Fernando de Tala vera, y, aunque lo es
la doctrina en que apoyaba su conducta, había de tener un su-
cesor en el cargo de instruir á los mudejares. El coadjutor y
sucesor fué fray Francisco Jiménez de Cisneros, «á quien por
merecimiento de muchas virtudes, de profunda eloqüencia y de
santidad de vida y costumbres, siendo provincial de su Orden,
le habían efegido arzobispo de Toledo en el año del Señor mil
quatrocientos noventa y cinco» (29).
Cisneros había acompañado á sus reyes á Granada, donde
quedó para trabajar en unión con Talavera en la instrucción y
conversión de moros y conversos. «Promovía, dice Lafuente,
conferencias con los alfaquíes, exortábalos con fervorosos razo-
namientos, acompañaba sus discursos con dádivas y les rega-
laba telas y vestidos á la usanza de Castilla. La elocuencia y
la liberalidad de Cisneros produjeron la conversión de algunos
doctores; familias enteras siguieron el ejemplo de los que respe-
taban por sabios, y á su imitación el pueblo pedía y se agolpaba
á recibir el bautismo, siendo tal la afluencia que, habiendo acu-
dido un día hasta tres ó cuatro mil, y no siendo posible practi-
car la ceremonia ele la ablución con cada uno, recurrió Cisneros
al método de aspersión, derramando el agua santa sobre los
grupos con el hisopo». (30). Consagró, además, la mezquita del
29) Mármol Carvajal, id.
30) TTist. grál. de Esp., t, X, pág. 113.
Vid. además, el Papel sobre lo que pareció al arzobispo de Toledo se
debía remediar con los moros de Granada después de la conquista.»
Anh. grál, de Simancas. Secretaría de Estado, leg. 1-, i'ol. 80.
109
Albaicín, quedando convertida en iglesia colegial bajo la invo-
cación de San Salvador, y el negocio de la conversión fuera
muy adelante «si algunos escandalosos, á quienes pesaba de ver
tan buena obra, no alborotaran el pueblo y la impidieran por
entonces» (31).
Muchos moros del Albaicín contradecían públicamente la con-
versión, y sabedor Cisneros de que el principal jefe de los des-
contentos era uno llamado el Zegrí Azaator, dexó aparte toda
humanidad, piLes no aprovechaban buena* razonen con él, según
refiere Mármol, y empleó la rectitud de la justicia, mandando
prenderle y dándole luego por catequista á D. Pedro de León,
capellán del religioso prelado. ¿Debió Cisneros emplear seme-
jante proceder? Negarlo fuera lo mismo que recriminar el es-
píritu que había informado nuestra Reconquista. ¿Pudo usar
de más tolerancia y misericordia? Indudablemente, pero esta
tolerancia del prelado nos produciría el mismo efecto que la
clemencia y tolerancia de un gobierno con los anarquistas ó
nihilistas de nuestra época. ¿Qué derecho capitulado asistía al
Zegrí y á cuantos le seguían, para impedir la conversión al
cristianismo de sus correligionarios? Aun cuando fuese cierto lo
que Lafuente y otros historiadores modernos afirman referente
al ayuno y grilletes con que Cisneros castigó las rebeldías del
Zegrí, nadie podrá negar que el docto prelado no transpasa ba
ninguna ley paccionada, antes bien, no hacía sino usar de la
rectitud, desahuciado de la dulzura, en el aprovechamiento de
su arrogante prisionero.
Dicen algunos historiadores que el Zegrí se convirtió pidiendo
el bautismo, no lo dudamos; y hasta llegaríamos á creer que la
conversión del mismo fué sincera, pues la gracia divina no
tiene límites cuando la voluntad del neófito es propicia, y que
las conversiones que siguieron á la del Zegrí fueron igualmente
sinceras; pero los alfaquíes, y muy singularmente los muladíes
ó renegados cristianos, que ocultaban bajo el albornoz un mundo
de torpezas ¿contemplaban tranquilos aquellas conversiones?
No podían ver con pasividad que el imperio de la cruz, que la
doctrina evangélica, que la religión de los vencedores se fuese
abriendo paso entre los lagos de cieno que encerraban aquellos
31) Mármol Carvajal, ob. cit., t. I, pág\ 11-1
110
restos de población formada por moros y muladíes, y no lo vie-
ron, y esperaron una ocasión leve, insignificante, para demos-
trar su rencor y teñir sus torpes manos en sangre cristiana. Y
llegó la ocasión apetecida. Un criado de Cisneros y un alguacil
real llamado Velasco de Barrionuevo, fueron al Albaicín para
prender á una mujer, hija de un elche ó muladí; al conducirla á
Granada, comenzó á dar grandes voces, la muy taimada, dicien-
do que la llevaban á ser cristiana por fuerza contra los capítulos
de las paces; acudieron á los gritos algunos moros del arrabal
y pusieron sus manos sobre los que la habían prendido, ma-
tando al alguacil real. Aquella fué la señal para vengar los
sarracenos las conversiones alcanzadas por Tala vera y por
Cisneros.
Pusiéronse en armas los vengadores y «comenzaron á lla-
mar á Mahoma, apellidando libertad, y diciendo que se les que-
brantaban los capítulos de las paces: y tomando las calles, las
puertas y las entradas del Albaicín, se fortalecieron contra los
Christianos de la ciudad, y comenzaron á pelear con ellos, y
sobreviniendo la noche creció el escándalo» (32). Trataron de
asesinar á Cisneros que se defendió en la Alcazaba hasta lograr
el socorro que le envió el conde de Tendilla. Quiso éste apaci-
guar á los amotinados y nada logró hasta que el celoso Tala-
vera, presentándose ante los revoltosos, consiguió acallarles, y
luego el jefe de los sarracenos entregó á la justicia cuatro de
los que más se habían distinguido en la revuelta, y que no tar-
daron en ser juzgados y ahorcados en la plaza de Beyro.
Conocedores los monarcas de la causa del motín llamaron á
Sevilla, donde se hallaban, á Cisneros, de quien extrañaban la
falta en comunicarles la noticia; pero Cisneros no era de ello
responsable y así lo dice Mármol (33), manifestando la causa de
su correcta conducta, aunque no la mencionan historiadores
parciales. Sincerado el arzobispo de Toledo, no sólo recabó de
nuevo el favor de los monarcas, mientras éstos procedían contra
los rebeldes por vía de derecho, sino que aconsejó *á los reyes
que prosiguieran la conversión sin abandonar el rigor en caso
necesario, «que pues habían sido rebeldes, y por ello merecían
32) Mármol Carvajal, id., pág. 117.
:i:>>) Id., id., pág. 121.
111
pena de muerte y perdimiento de bienes, el perdón que les con-
cediese fuese condicional, con que se tornasen Christianos ó
dexasen la tierra» (34).
¿Eran humanitarios aquellos consejos? ¿Obedecían acaso, á
espíritu sanguinario y fanático? No hemos de tardar en verlo.
Por ahora conviene advertir que los moros granadinos, ora
fuese por defensa propia y presagiando fatal desenlace de la
conversión forzosa, tan opuesta á su fanatismo religioso, ora
fuese por temor y recelo de nuevas cohibiciones, ora fuese por
otra causa, mandaron emisarios al Soldán de Egipto para que
viniese en su socorro, y el Soldán envió á los Reyes Católicos
algunos embajadores para que recabasen de aquéllos la pro-
mesa de no obligar por fuerza á la conversión de sus correligio-
narios; logrado el objeto regresaron á Egipto. Pero el proceso
que los monarcas católicos habían incoado para castigar las
revueltas del Albaicín , fué motivo de temor para los muslimes
granadinos y por ello no pocos pasaron al África, mientras los
restantes abrazaron en su mayoría la religión de Cristo.
No es prudente asegurar que tales conversiones, originadas
principalmente por el temor, sin la preparación debida, sin la
instrucción necesaria y sin otras condicionas requeridas para
la licitud del sacramento del bautismo, fuesen sinceras, pero
hemos de observar que con ellas tuvo su origen en España la
célebre y delicada cuestión morisca, que se acentúa con toda
la gravedad de sus caracteres en el momento en que, sofocado
el -grito subversivo de los sarracenos en la Alpujarra y humilla-
dos de nuevo los poco antes vencedores en Huéjar y en Sierra
Bermeja, mandan publicar los reyes en Granada un pregón con
fecha 20 de julio de 1501, ordenando el destierro de los moros
que hubiesen renunciado á aceptar el bautismo (35). ¿Acepta-
34) Mármol Carvajal, id., pág. 122.
35) Doc. publicado por Fernández y González, lib. cit., pág*. 432.
Debe tenerse en cuenta que ya en 1481 el Pontífice Sixto IV publicó un
documento en que «deroga los privilegios concedidos por la Sede Apostólica
á los judíos y moros, por los inconvenientes que entonces se seguían de su
comunicación con los cristianos, por andar en un mismo hábito y servirse de
cristianos y de amas cristianas para criar sus hijos, teniéndolas en sus casas,
y otros inconvenientes. Y manda á los Ordinarios y á los que tienen domi-
nios en estos reinos que hagan guardar á los judíos, moros y cristianos, los
decretos de los Sumos Pontífices»; y que en 1486 el Papa Inocencio VIII
112
ban los Reyes Católicos los consejos de Cisneros? Indudable-
mente. El prelado de Toledo representó en sus exhortaciones á
los monarcas el espíritu de los vasallos españoles, no ya de los
granadinos; en sus elocuentes palabras se reflejaba el pensa-
miento de la nación española que veía ansiosa acercarse el día
de su completa reconstitución; la unidad política estaba casi
lograda, sólo faltaba Navarra, y, ésta, no había de tardar en
verse engarzada en la corona de Castilla. La unidad religiosa
había de ser la base de aquella reconstitución, y el mencionado
bando venía á comenzar una nueva era de felicidad para la
patria española.
No fué, pues, sanguinario ni fanático el espíritu que ence-
rraban los consejos del prelado de Toledo á los monarcas; no
fué cruel su conducta, no fué inhumana; y aun cuando así pa-
rezca al que estudie los efectos de aquella doctrina, no se juzga
en buena crítica, de la conducta de un hombre, sea rey, sea
vasallo, por los efectos de su obra, sino por la intención con
que la realiza. Podrá haber yerro, podrá haber defecto ó exce-
so en la aplicación práctica de una intención buena, pero el
legislador ha previsto los efectos capitales de su ley y la ha
publicado, y ha exigido su cumplimiento; su intención ha sido
preservar la salud de su país, no la de una familia, no la de
una raza enemiga de sus vasallos genuinos, y desde este punto
de vista, Cisneros obró como debía y los monarcas fueron vícti-
mas de su deber; la historia debe juzgarles como les juzga la
moral política en su más alto sentido práctico; lo demás lo re-
putamos como ilusiones, fantasías y espejismos.
Seguía Talavera en su misión evangélica y escribía á los
reyes en 30 de marzo de 1500: «Acá los que me habían de ayu-
dar, estorban; no con mala intención, sino porque les parece
que aciertan» (30); y esta declaración, dice Amador de los Ríos,
tan noble é ingenua como sencilla y bien intencionada, que con-
denaba el sistema de violencia, cuyos sangrientos frutos publi-
caban los escándalos de Albaicín, no recatada por el arzobispo,
«permite que los conversos puedan tener posesiones de Iglesia á censo y
otras heredades».
Copia de estos doc. existe en el Arch. gral. Central,— Inq., leg\ 544.
36) Doc. de la R. Acad. de la Hist. Colee. Solazar, A, 11, fol. 253. Docu-
mento cit. por el Sr. Amador de los Ríos.
113
lanzaba al cabo contra él la acusación de judaizante, muerta
ya la reina Isabel en. 1504 (37). Pero el método de suavidad y
blandura que empleaba Talayera-, no daba los resultados ape-
tecidos; los sarracenos seguían sus prácticas religiosas detestan-
do el abandono de las mismas, y así lo habían demostrado en la
Alpu jarra y habían de demostrarlo en breve. La necesidad en
que se vieron los monarcas de dictar la cédula para que acep-
tasen los sarracenos el destierro ó el bautismo era evidente,
dada la situación en que se hallaba el espíritu de los vencedo-
res, de los vasallos leales y de los verdaderos españoles. Esto
no obstaba para que los monarcas mandasen la suavidad y dul-
zura en la conversión de los moros que no hubiesen manifestado
su rebeldía como los granadinos, y prueba de ello es el espíritu
que informa la real cédula enviada al corregidor de Córdoba
á 27 de septiembre de 1501 (38); pero cuando la necesidad re-
clamó la premia supieron recurrir á ella expidiendo desde Sevi-
lla una pragmática con fecha 12 de febrero de 1502 (39), en que
- 37) Hist. cit., t. III, pág. 374.
38) Copia de una cédula de los Reyes Católicos al Corregidor de Cór-
doba, fecha en Granada á 21 de septiembre de 1501.
t
El Rey e la Reyna comendador diego lopes davalos Resciuimos vuestra
letra e cerca de lo que por ello escrivis que para la conversión de los moros
desa cibdad seria menester haserles alguna premia parecenos que aquello
no se deve haser porque seria ponerlos en escándalo antes se deve para
ello tratar muy bien con muchos amonestamientos dándoles a entender que
allende de salvar sus animas que nos mucho deseamos de su conversión
avremos mucho plaser e en ello nos servirán mucho e tenemos cargo de
mandar mirar por ellos e sy al fin no se quisyesen convertir de su voluntad
podeysles desir que han de yr fuera de nuestros Reynos porque no avremos
de dar lugar que en ellos aya ynfieles y allende nos vos mandamos que en
ello pongáis mucha diligencia e tengays manera como lo mas breve que
ser pudiere de su voluntad se conviertan sin que les sea fecha premia al-
guna porque en ello nos hareys mucho plaser e servicio, de granada a
XXVII de septiembre de 1501 años=yo el Rey=yo la Reyna=
Arch. gral. de Simancas. — Cédulas de la Cámara, Libro 5, fol. 261, b.
El mismo doc. en el Arch. gral. Central.— Inq., lib. VI, fol. 19. Y en esta mis-
ma sec, lib. II, fol. 311 hay una cédula con fecha 1508 dirigida A los inqui-
sidores de Córdoba á quienes se les dieron iguales instrucciones.
Debemos advertir que cuantas veces citamos doc. del Arch. gral. Cen-
tral, conservamos las signaturas que tenían antes de su translación al Ar-
chivo Hist. Nacional.
39) Doc. cit. en la nota 35 de este cap. y pub. por Fernández y González.
T. I 8
114
se decretaba la expulsión de los moros españoles, si bien hemos
de advertir, primero, que fueron pocos los que abandonaron la
península, prefiriendo el bautismo á la expatriación, y segundo,
que los señores aragoneses suplicaron la revocación de la prag-
mática, logrando ser atendidos en tal súplica.
Aquí comienza á revestir gravedad la llamada cuestión mo-
risca, si bien no se acentúa hasta 1525 y 1526 por los sucesos
de la Germanía de Valencia y por los decretos de Carlos I. Sin
embargo, la pragmática de Isabel I encierra los caracteres más
esenciales de gravedad en la mencionada cuestión, y de ahí la
necesidad de adelantar algunas reflexiones acerca del doble as-
pecto legal y teológico que ésta entraña en su origen.
Fernández y González ha narrado, de manera muy concien-
zuda, la suerte legal de los mudejares de Castilla, y ha reunido
preciosos materiales para historiar la de los mudejares de Nava-
rra, Cataluña, Aragón y Valencia; D. Florencio Janer ha apor-
tado regular número de documentos para conocer la condición
social de aquella raza que sucedió á la de los árabes- españoles;
y Simonet, Codera, Dozy, Circourt y otros sabios extranjeros
han publicado valiosas noticias acerca del mismo asunto; por
ende, poco hemos de decir y á ellos remitimos al lector que
desee conocer la historia de aquel pueblo, pero la cuestión mo-
risca planteada por los Reyes Católicos en sus cédulas de 12 de
enero y 12 de febrero de 1502 libradas en Sevilla (40), merecen
alguna atención de nuestra parte.
Los Reyes Católicos y sus ministros manifestaron en diver-
sas ocasiones hallarse inspirados en las doctrinas del conci-
lio IV de Letrán, celebrado en 1215, como así mismo en la
disposición dada por Honorio III al obispo de Palencia tocante -
á la distinción ó separación de judíos y mahometanos , mientras
se condenaba cualquier linaje de violencia para imponerles el
bautismo. Los monarcas podían, por razón de estado, imponer
á los moros , como habían impuesto á los judíos , la pena de ex-
pulsión, pero no la del bautismo forzoso. Y á esta doctrina
amoldan los Reyes Católicos su conducta. No la transpasan
en 1480 desde Toledo (41), ni en 20 de julio de 1501 desde Gra-
40) Son la 13 y 19 do la Colee, imp. Ordenanzas de la Cha ncill cria de,
Valládolid.
41) Vid. en Los Códigos españoles concordados y anotados, t. X, la No-
115
nada, ni en 12 de febrero de 1502 desde Sevilla (42) á pesar de.
la interpretación errada de algunos historiadores (43); no quie-
ren vasallos moros ni los quieren convertidos por fuerza; harto
claramente lo demuestran en el preámbulo de las pragmáticas
mencionadas; en cambio á los convertidos sua sponte, les prote-
jen, y tal protección no creemos que entrañe coacción para
aceptar el bautismo.
Las repetidas disposiciones reales en orden á la separación
entre mudejares y cristianos, nos manifiestan que la condición
legal de aquéllos era distinta de su condición real ó de hecho.
La protección que gozaban cerca de los nobles fué obstáculo
que impidió, hasta 1609, la verdadera fusión de las dos razas por
medio de la instrucción en la fe del pueblo vencedor, y si acep-
taban el bautismo con ó sin intención de ser cristianos, era para
seguir cultivando sus tierras, acaparar la industria y el comer-
cio, vivir á sus anchas y esperar la hora profetizada por sus
alfaquíes para ser dueños de España. Veía el pueblo vencido
que la recepción del bautismo era el medio de consolidar sus
derechos de ciudadanía y lo aceptaba. No había olvidado la im-
punidad en que venían á quedar las infracciones de las ordenan-
zas reales, ora fuesen en orden á la separación entre cristianos
y moros (44), ora en el ejercicio de cargos públicos (45), ora en
el uso de sedas, oro y pedrerías (46), ora en otras disposiciones
legales (47); lo que más le interesaba era el negocio crematís-
tico, no el espiritual de los cristianos, no el que deseaban los
reyes, no el que esperaba la nación; por eso aceptaban muchos
mudejares la ceremonia sagrada y fingían desear la conversión,
pues sabían que tal era el deseo de los vencedores. Los más
consecuentes aceptaban el destierro, aunque las disposiciones
legales no hiciesen mención del bautismo para adquirir el dere-
vísima Recopilación de las leyes de España, edic. de 1850, pág. 4, donde se
halla la ley X, tít. II, lib. 8, R., en el lib. XII, tit. II, ley II.
42) Nov. Recop. cit., ley III, tít. II, lib. XII.
43) Lafuente, Hist. gral. de Esp., t. X, pág. 131; Amador de los Ríos,
Hist. cit., t. III, pág. 431.
44). Vid. Ordenanzas* reales de Castilla, edic. de 1850, las leyes III, VI,
X, XIII, XV, XVIII, XIX, XX, XXVI, XXXVI, tit. III, lib. VIII.
45) Id., id., leyes XI, XIV, XV, XXIX, XL, titulo III, lib. VIH.
46) Id., ley XXVII.
47) Vid. lib. VU, tit. III de las citadas Ordenanzas.
116
»cho de ciudadanía, ni se les obligase á ello con premia más ó
menos directa hasta pasados muchos anos.
La cuestión morisca en su aspecto moral era consecuencia
lógica de aquella legislación , de aquellos tiempos, hija de las
circunstancias, efecto del espíritu de nuestra raza, y desde el
punto de vista teológico, aparece, hasta la citada ordenanza
de 1502, sin consecuencias graves, porque la licitud en la admi-
nistración del bautismo era evidente, como lo era la validez.
Aquellos mudejares aceptaban el bautismo porque tal era su
deseo, y aun cuando lo hubiesen pedido para evitar el destierro,
es cierto que el voluntario del neófito no se destruye ni con las
mayores penas , ni con las coacciones más insólitas. Podemos
afirmar que la administración del bautismo á los mudejares,
aun después de la fecha indicada, fué lícita y válida in foro
externo; quedaban los neófitos en el gremio de la Iglesia; eran,
por ende, cristianos, y los juristas y canonistas como los teólo-
gos, les calificaban con el mote de cristianos nuevos, de nueva-
mente convertidos ó de moriscos (48).
Esto no obstaba para que siguieran gozando privilegios y
exenciones de que no gozaban los cristianos viejos, los verdade-
ros españoles. Desde la recepción del bautismo quedaban aqué-
llos sujetos á la jurisdicción de la Iglesia; la legislación civil les
reconocía derechos que hemos de examinar más adelante y que
les colocaba en situación de multiplicarse en proporción incom-
parable á la de los cristianos viejos, y de enriquecerse con el
trabajo unas veces y con el acaparamiento otras, á costa de los
dueños del país.
El descubrimiento de América y la conquista de Navarra
vinieron á modificar la vida de nuestra patria. Murió la reina
Isabel encargando la pelea contra Jos infieles enemigos de la fe,
y murió D. Fernando en 1516 diciendo á sus hijos que procura-
ran la destrucción de la secta mahometana; y es que los moriscos
eran cristianos de nombre; conservaban en privado y no pocas
veces en público, su religión, sus costumbres y su lengua; que-
rían los reyes exterminar de España hasta el nombre de aque-
48) Vid. La cédula real de 1510 ordenando ti 11 *' se doctrinassen y ense-
Bassen 1'» moros convertidos que habían caldo en nuevos errores .
Arch. gral. <¡e Simancas Secretaria de Estado, Leg. 1'-', l'ol. ¿UT á 209.
117
lia raza que durante largos siglos no« había arrebatado la
unidad nacional y la unidad religiosa, pero no habían podido
conseguirlo por completo y quedaba, por ende, en el seno de
nuestra patria el germen de frecuentes discordias y temores.
, Lo racional hubiera sido expulsar de nuestro suelo aquella
raza después de la conquista de Granada, sin permitir el bau-
tismo y sin acudir á instrucciones siempre inútiles contra la vo-
luntad dañada.
No se crea que al emitir esta opinión, que pudiera parecer
exagerada, obedecemos á espíritu de escuela determinada; la
emitimos con espontaneidad, como resultado previo de nuestras
investigaciones y como expresión fiel de lo que sentimos, no ya
á fuer de católicos, sino á fuer de españoles. Los procesos in-
quisitoriales contra los nuevos convertidos, los pareceres de los
hombres más graves de nuestro siglo XVI, los acuerdos secre-
tos de los Consejos de Estado y otros documentos de que dare-
mos cuenta oportuna, han contribuido á formar aquella opinión,
que hemos visto confirmada por críticos respetables y ppr esta-
distas eminentes de nuestros días.
Janer y Lafuente confiesan la necesidad de expulsar de nues-
tra patria aquella raza inasimilable; Danvila probó con docu-
mentos aquella necesidad, y Menéndez y Pelayo atrévese á
declarar que tiene el destierro de los moriscos no sólo como ne-
cesario, sino «como cumplimiento forzoso de una ley histórica,
y sólo es de lamentar lo que tardó en hacerse» (49).
Cree el respetable crítico que Felipe II erró en no aplicar
aquella radical medida, pero creemos nosotros que, después del
ejemplo que desde el siglo XIV nos habían dado los mudejares,
no ya favoreciendo las piraterías turcas y africanas (50), sino
49) Hist. de los heter. esp., t. II, pág. 632. Vid. además, la Rev. de ar-
chivos, museos y bibliotecas (pág. 299 del núm. eorresp. á Mayo de 1899),
donde dice D. M. Serrano y Sanz «que la expulsión era mal, pero un mal
necesario para evitar otro mayor, y el error estuvo en no haberla llevado á
cabo á principios del siglo XVI.» Ya podremos probar documentalmente
esta afirmación al tratar de las conspiraciones con que amenazaron los mo-
riscos al poder real durante los siglos XVI y XVII.
50) Para tener noticia de las devastaciones á que se entregaban los
turcos y africanos en las costas levantinas de nuestra península y singular-
mente en el reino de Valencia, deben ser consultados el Diario ms. del
capellán de Alfonso V, la Hist. topoff. de Argel, escrita por Haedo. las
118
promoviendo disturbios como el del Albaicín y mostrando el fin-
gimiento en practicar la religión del vencedor después de las
predicaciones de Talavera y Cisneros, los obligados á llevar á
Décadas etc. de Escolano y otras obras que describiremos en lugar más
oportuno.
Véase el siguiente extracto de las noticias referentes á piraterías en las
costas valencianas durante el siglo XV y primeros años del siglo XVI, hasta
que vino á España Carlos. I:
1401. La Ciudad, para rescatar al famoso maestro Ballesteros que cauti-
varon los moros en la marina de Valencia, envió del Tesoro común todo el
rescate pedido por el rey moro, que fué extraordinario.
1406. Escolano dice que los libros del Archivo de la Ciudad dan testimo-
nio de lo sobredicho, asi como de que la referida Ciudad prestó una galeota
á Guillen Galcerán de la Sierra, una galera á Juan Escrivá, otra á Mateo
Cardona y otra á Pedro Costa, para ocuparse en la persecución de los
piratas.
Andando muchas fustas de moros por cerca de Tortosa, el rey D. Martín
pidió á la Ciudad enviase la armada que le quedaba en sus Atarazanas, y
juntando* dos galeras y cierto número de galeotas y fragatas á cargo de
mosén Bernardo de Vilaragut, salieron de la playa de Valencia á buscarlas,
persiguiendo muy de cerca á algunas de ellas que habían saqueado un
lugar llamado Barens.
1410. El rey moro de Túnez pidió prestadas á la Ciudad diez galeras
para ir contra otros moros con quienes teniii guerra.
1413. Juan Vallterra y Juan Jofré, caballeros, salieron en corso en una
galeota de 24 bancos, ayudando la Ciudad á armarla.
1448. Desde Gaeta y á 22 de abril de 1440, autoriza Alfonso V á los jura-
dos de Valencia para que puedan armar buques contra los piratas africanos
que infestaban aquellas costas.
Los vecinos de Jávea resistieron en este año un desembarco de moros
que se había realizado fuera del cabo de S. Martin.
1503. Arribaron á la desembocadura del río Júcar 17 bajeles de corsarios
moros. Entraron en Cullera, y después de saquearla hicieron 130 cautivos.
El Bayle de Sueca, N. Frigola, acudió á socorrerlos y murió peleando. Los
moros quemaron la iglesia (Escolano).
«En 14 de julio de 1503, un capitán turco llamado Cherrin Farax, ama-
neció con once fustas sobre Cullera, saqueóla y cautivó á muchos antes que
pudiese ser socorrido, porque el turco se dio priesa en retirarse con los cau-
tivos. Recibió el Rey Católico pena con la nueva de este caso, y sabiendo
que la gente común estaba desarmada, mandó que todos los menestrales,
que es la gente de oficios, y plebeya se armasen de diez en diez y que tuvie-
sen Capitán para acudir á los rebatos. Antes que el rey diese esta licencia,
los caballeros estaban solamente armados. De donde resultó tener en poco á
los demás y tratarlos mal. Pero como el común se dio á las armas y los caba-
lleros á deleytes, que el Reyno es ocasionado para ellos, vino el común á
110
cabo tan radical como necesaria medida eran los Reyes Cató-
licos; no lo hicieron por humanidad, por esperar la conversión.
Por eso si algún yerro vemos en su gobierno es la tolerancia
para con aquella población morisca, cuya historia tratamos de
esbozar en este trabajo. La generosidad de aquellos monarcas
contrastaba con las sublevaciones del Albaicín y de la Alpuja-
rra; la ley histórica parecía próxima á tener exacto cumpli-
miento, pero murieron los Reyes Católicos y vino á ocupar su
trono D. a Juana que, unida á Felipe I, apenas dejó huella en
su efímero reinado, pasando luego el cetro de Fernando é Isabel
á las manos de Carlos I de España y V de Alemania.
tener en nada á los Nobles, y aun aborrecerlos mor talmente, porque se daban
á Moras y les tomaban por fuerza las hijas y parientas y hacían otros des-
afueros intolerables». (Sandoval, lib. III, pág. 166.)
1518. «Establecido Barbarroja en Argel envió al corsario Cachidiablo
para que corriese la costa de España con 17 fustas y galeotas. Llegó a la
costa de Valencia y robó á Chuches sin resistencia ninguna, y luego á Ba-
dalona. Tomó también dos naves de trigo. Peleó junto á Alicante con el
galeón de Machín de Rentería, mas no lo pudiendo coger, por tener viento
fresco en popa, se volvió á Argel. También andaba por la costa de Alicante
una Carraca Arragocera que llamaban la Negra, haciendo grandes daños y
robos, y salió contra ella y la venció y quemó el caballero Alonso de Grana-
da Venegas». (Sandoval, lib. III, pág. 99.)
Merece consultarse, por la relación minuciosa de las piraterías africanas
llevadas á cabo en nuestras costas levantinas, la Historia de Aragón y Ca-
taluña, ms. de la Bib. Nacional de Madrid, sig. G,17.
CAPÍTULO V
Don Carlos I. — Las Comunidades de Castilla.— Las Germanías de
Valencia. — Los agermaxados y los moriscos. — Bautismo forzoso
DE ÉSTOS Y ASPECTO TEOLÓGICO DE LA CUESTIÓN. — DISPOSICIONES REA-
LES" CONTRA LA RAZA MORISCA.
>or muerte de Fernando V, acaecida en 23 de enero de 1516,
y por ausencia de su nieto el archiduque Carlos de Gante,
desempeñó la regencia de Castilla aquel anciano venera-
ble que tanto trabajó en la conversión de los moros granadinos,
y que, indudablemente, inspiró á los Reyes Católicos el decreto
de expulsión de los semitas españoles. Cisneros mantuvo en la
regencia lo que pudiéramos llamar política real en orden á lo-
grar la sumisión del feudalismo, y de tal manera tradujo desde
el poder las aspiraciones del país, que llegó á ser el ídolo popu-
lar. La historia reconoce hoy lo acertado de su gobierno, no ya
por haber sabido asociarse á Adriano, deán de Lovaina y em-
bajador del ausente archiduque, ni por haber transladado la
corte á Madrid para sofocar el levantamiento tramado por al-
gunos nobles, sino por la admirable prudencia en allanar las
dificultades que oponía la nobleza castellana á la proclamación
de rey de España en la persona de Carlos , según la orden reci-
bida de Flandes, y, por ende, á que el corregidor de Madrid pu-
diese alzar los pendones de Castilla, diciendo: Real, Real, Real,
por el Rey Don Carlos nuestro Señor (1).
1) Dr. D. Lorenzo Galindez Carvajal, Anales breves del reinado de los
122
Mientras preparaba su venida á España el nuevo monarca,
fueron á Flandes muchas personas, y las mas de ellas bajas, que
acá por ser conoscidas eran desechadas, con fin de haber oficios y
cabida en las cosas del reino, y otros á negociar negocios arduos,
en que habian sido repelidos en vida del Bey Católico; otros á in-
dignar y decir mal de otros á quienes no tenian buena volun-
tad (2). Lograron no pocos su intento de manos de Chevres,
valido de D. Carlos, pero tan escandalosa venalidad hizo esta-
llaren valerosa protesta á los magnates españoles, y singular-
mente á los que formaban el Consejo de Castilla (3), aunque sin
lograr el apetecido efecto.
D. Carlos se hallaba, por desgracia suya y del país, supedi-
tado á las disposiciones de Sauvage (4) su Gran Canciller, y del
tristemente célebre Mr. de Chevres. La corrupción política y la
venalidad de estos sujetos encerraban en germen la ruina de
España.
Uno de los primeros actos del nuevo monarca fué la cele-
bración de un tratado de paz con el rey de Francia para que
no tardase en tener lugar el concertado enlace con la hija de
éste, y poco después desembarcaba en Villaviciosa á 19 de sep-
tiembre de 1517 (5), acompañado de su hermana la infanta doña
Leonor y séquito numeroso, del que formaban parte Chevres,
Sauvage y Gorrebot.
En Roa y á 8 de diciembre de aquel año, bajó á la tumba
Cisneros, aquel hombre ilustre que «nunca había tenido otros
enemigos que los que lo fueron del Estado y el bien público»,
según frase del historiador Cavanilles (6). Habíaal., t. II, pág. 699, col. T, odie, de 1879.
14) La Gemianía de Valencia, pág. 471, ilastrac. LL.
A lo dicho por nuestro excelente y docto amigo, hemos de añadir las
siguientes palabras del obispo Pérez en el Memorial citado: «La forma que
se tuvo en este baptismo no la he hallado escripia, solo es fama publica que
se baptizaron por el miedo y sin la instrucción necesaria, y cuentan ellos
que los encerravan en corrales y con un yssopo los baptizavan » Y en
nota marginal autógrafa del venerable obispo, leemos: «Estoes fabuloso y
libros se bailan donde esta La forma y los nombres que les ponian».
15) En ti Llibre de Antiquitats conservado en el Arch. de la caí. de Va-
lencia, Eolios XXXV b. y XXXVI se halla la reseña del castigo impuesto
en 1524 á dos eclesiásticos que formaron en el partido de la Gemianía, uno
de ellos capellán del célebre Encubierto. Publicó esta reáeña el Sr. Danvila
en au obra La G-ermania de Valencia, págs. 365 y 866.
129
nistración en algunos casos que apenas consigna la historia de
aquellos sucesos.
A fuer de imparciales no hemos de olvidar el estado de la
opinión pública en Valencia. En la memoria de todos parecía
hallarse presente el tumulto acaecido el 9 de julio de 1391 en la
iglesia de San Cristóbal, con motivo de negarse los judíos á re-
cibir el bautismo. Indudablemente acaecieron hechos maravillo-
sos, confirmados hoy por la crítica más severa, en el bautismo
de tales infelices. Nuestros antepasados eran, de ordinario, más
dados al culto de lo maravilloso que nosotros, y creían ver en
cualquier acontecimiento extraordinario, una señal evidente de
la ira del cielo por la permanencia en el seno de nuestra patria
de los enemigos de la fe. Es cierto que la noble aspiración de
nuestro pueblo, después de tantos siglos de lucha contra los in-
fieles, no se empaña al soplo del aliento mortífero del fanatismo;
la fe en un ideal purísimo no siempre dispone de medios acep-
tables para la propaganda en terreno inadecuado; ó mejor
dicho, los pueblos en sus epopeyas, han tenido lunares que el
crítico podrá estudiar y apreciar como le plazca, pero nunca
podrá negar, aunque ose escarnecer, el prístino ideal, siempre
noble, siempre puro y sublime, por el que han llevado á cabo
hazañas legendarias incapaces de ser soñadas por el espíritu
apocado de nuestros contemporáneos.
Los españoles de antaño tenían fe en la idea religiosa, y de
los defectos ó excesos en la práctica de esa fe no es responsable
el objeto, sino el sujeto. Hubo fanatismo religioso que nunca
osaremos aplaudir , pero tenga presente el crítico la atmósfera
ó el medio ambiente que, en el siglo XVI, respiraban los espa-
ñoles y no olvide la comparación con la atmósfera de escepticis-
mo que hoy respiramos , para deducir con lógica indiscutible el
valor histórico y el mérito real de la fe que nuestros antepa-
sados profesaron al ideal religioso. Además, hay que tener en
cuenta que el pueblo valenciano había visto defraudadas las es-
peranzas cifradas en el decreto publicado por Carlos I en 1521
mandando expulsar á los moros del reino, y cuya resolución no
se había llevado á cabo porque los señores de vasallos repre-
sentaron al emperador los perjuicios que había de irrogarles tal
medida, y porque los ministros reales diéronsc por satisfechos
con el compromiso de los aljamas de pagar los derechos de azo-
fra y almagran, según refiere Salazar en el tomo III de su Mo-
T. I 9
130
narquia de España. Podían más los intereses privados que el
interés público de los cristianos viejos, y esto había de exacer-
bar al pueblo español que anhelaba el exterminio de la raza
invasora. El monarca, si atendía las quejas de la opinión públi-
ca, no dio por entonces satisfacción cumplida, con lo cual au-
mentó el número de los descontentos.
No ignora el historiador los incesantes trabajos del Santo
Oficio en estirpar el fanatismo predicado por los reformistas,
iluminados, quietistas, brujos y hechiceros; la opinión pública,
el poder civil y la autoridad religiosa aplaudían aquellos traba-
jos; si no se logró estirparlos de raíz, nadie ignora las causas
que en ello influyeron. Nuestra sangre se había mezclado con
sangre agarena, nuestras costumbres se habían relajado y po-
dríamos afirmar que, la propensión de nuestra raza á creer en
agüeros y supersticiones, es herencia que nos legaron los sarra-
cenos españoles.
No es, pues, extraño que, recordando los valencianos el
suceso referido, y anhelando arrojar de sí los restos de la raza
islamita, diesen crédito á la opinión de algunos menestrales
que, con motivo de la inundación de 1517, suponían justamente
indignada á la Providencia divina por la tolerancia con los
sarracenos. La caída de un cometa sobre el Miguelete y la apa-
rición fantástica de un horrible león, según refiere Bleda en su
Defenslo fidei , pág. 121, fueron señales que los sencillos atri-
buían á la misma causa. De ahí el acrecentamiento del odio
que profesaba el pueblo valenciano á los moros, para quienes
deseaban la misma suerte que tuvieron á fines del siglo anterior
los israelitas españoles. Hallábanse, pues, hacinados los com-
bustibles, faltaba la chispa que prendiera el fuego
Y vinieron las Gemianías, y dueño el pueblo de las- riendas
del gobierno en algunos lugares , comenzó á dar señales de aquel
odio profundo á los enemigos de su fe y de su raza, y bautizó
por fuerza á los infieles, y mató no pocos y con su conducta
feroz dio origen á la llamada cuestión morisca en su aspecto
más grave desde el punto de vista religioso.
Digamos dos palabras para ilustrar el asunto. Los moros
bautizados por los de la Grermanía,.¿eran cristianos? Y en caso
afirmativo, ¿se les podía considerar como apóstatas al practicar
de nuevo los ritos mahometanos? Para responder á la segunda
pregunta, resuelta en aquella época por eminentes teólogos,
131
conviene dilucidar la primera. Hemos dicho que la coacción no
destruye el voluntario; en los casos en que fué lícita la admi-
nistración del bautismo pudo ser válido el sacramento y los mo-
riscos por tanto, podían ser verdaderos cristianos, y si no lo fué
es porque el voluntario no aceptó aquella ceremonia y los mo-
riscos de nombre eran mudejares de hecho; en este caso no
tuvo lugar la apostasía, en el primero pudo tenerlo. ¿Lo tuvo?
No nos atreveremos á afirmarlo en general, aunque hay indicios
para sospechar que en algunos casos hubo verdadera apostasía.
De los procesos de la Inquisición en aquellos años, se desprende
la confirmación de nuestra sospecha. La coacción no tuvo lugar
en varios pueblos como Játiva, Llaurí, Alberique, Alcocer,
Alasquer, Antella, Montesa y otros; en ellos quedaron converti-
dos los mudejares en moriscos, y cristianos por ende, y al rene-
gar de la fe profesada en el bautismo, incurrieron en apostasía
y el Santo Oficio pudo proceder contra ellos y de hecho proce-
dió, aunque con más misericordia de la que merecían, según
afirmaban algunos moriscos (16). En los pueblos en que la ad-
ministración del sacramento fué ilícita y el bautismo inválido,
no hubo apostasía, sino heregía, y en tal concepto procedía la
Inquisición contra los mudejares falsamente convertidos y lla-
mados por algunos con el nombre de moriscos.
Entre los teólogos que han estudiado la espinosa cuestión del
bautismo forzoso, nos permitiremos citar al Ilustrísimo D. Juan
Bautista Pérez, debelador de las fábulas de nuestra historia,
martillo del error en todas las esferas y enemigo de las falsas
preocupaciones de una época y en un país tan calumniados
como poco estudiados.
Dice así el obispo segobricense: «El bautismo de los moris-
cos del Reyno de Valencia, tuvo peor principio que en Granada
porque el año 1521 en el tiempo de las rebeliones populares
contra los ministros de su mag. las quales llamaron comunida-
des o germanias, los agermanados del Reyno de Valencia, como
andavan furiosos, entre otros desatinos, hicieron este: que en
algunos lugares de moriscos de hazia Xativa y Gandía hizieron
baptizar por fuerza algunos lugares de moros amenazándoles
con muerte y dándoles términos de pocas horas en sus pregones
como lo quenta don femando de loaces que fue después arzobis-
16) Arch, gral. Central— Inq . de Valencia.— Lvg. núm. 299, i'ol. 402,
132
po de Valencia en el principio do su tratado De conversione pa-
ganorum Regni Valentice...» (17). Añade Pérez citando á Anyes,
que del lugar de Polop fueron muertos por Peris y Bocanegra
600 moriscos después de bautizados; que la mayor parte de
éstos volvieron á su secta después del bautismo; que el Papa
Adriano VI toleró que estos renegados no sufriesen castigo como
apóstatas, «pero después resolvió la Inq. general que les casti-
gasen como apostatas y esto con dos fundamentos, el uno por-
que no fue aquella violencia precisa qual fuera si les ataran y
los baptizaran contradiziendolo ellos, sino solo fue violencia
condicional, que escogiesen baptismo o pena, la qual aunque
no se deviera hazer, pero ellos quedaron obligados a guardar
la ley xpiana por ellos recibida conforme a la doctrina de In-
nocencio tercio en el cap. majores, De baptismo, y Bonifacio
octavo en el cap. contra xpianos de hwreticis, in sexto. El otro
fundamento fue porque ya avian purgado la dicha violencia y
ratificado el baptismo con aver después continuado a yr a missa
y recebir sacramentos y tratarse como a xpianos» (18).
Dejando á un lado el aspecto teológico de la cuestión moris-
ca con las circunstancias agravantes en que la coloca la con-
ducta indigna de los agermanados, hemos de convenir en la
pasmosa realidad de la ineficacia del bautismo en aquellos mo-
riscos, ya fuesen voluntariamente, ya compelidos á la recep-
ción del sacramento, puesto que la mayor parte de ellos, por no
decir todos, volvieron á la práctica de la religión de sus padres,
y á favorecer, como hasta entonces, las piraterías de turcos y
africanos , obligando con ello al emperador á tomar fuertes me-
didas (19).
17) Esta obra fué imp. en 1525. Vid. Ximeno y Sorlí y I). ,J. P. Fuster en
sus Bibs. respectivas.
18) Arch. episc, de Segorbe. — Vol. de Papeles del obispo Pérez, años
i:>'.rj-i60O. Vid. cuad. en fol. minutado con el titulo Sobre la reformación
de moriscos del Rey no de Valencia.
19) «Nos don Carlos, etc., considerante que a causa de la multitud de
fustes de turchs y moros enemichs de ntra. sancta fe catholica que conti-
nuament van mólestants la costa, de las mars deis Regne's de la Corona de
Arago y aenyaladament del Regué de Valencia se fa cascun any molt gran
ilanv en los vcyns \ habitadora del dit Regne entrant y saquejant viles y
portantsen los homens y bens de aquella, en molt gran ofensa y deservey
de nostre señor deu y nostre, lo qual mes comunament se esdevenc en les
133
El Santo Oficio, al proceder contra los relapsos , podía dis-
tinguir á los herejes de los apóstatas, pues entre éstos, los había
convertidos antes de las revueltas de la Gemianía y hubo nece-
sidad de publicar edictos de gracia y de prevenir las consecuen-
cias de aquel peligro, pues peligro y funesto era la situación en
que se hallaban todos los moriscos valencianos. El emperador
y el cardenal arzobispo de Sevilla, D. Alonso Manrique, inqui-
sidor general, proveyeron el remedio mandando «que el -licen-
ciado Churruca, inquisidor, y el doctor Palacio, asesor y juez
ordinario de Valencia, y micer Bas y maestre Martin Sánchez,
letrados que fueron nombrados por la serenísima reyna Germa-
na, lugarteniente de su Magestad recibiessen información del
viles de la governaeio de la plana ahon per la dispusicio de la mar conti-
núen raes de desenbarcar les dites fustes, E volents provenir a la conserva-
cio y defensio de aquelles de la manera <jue eonve, com lo infrascrit remey
e provisio sie una de les principáis que per ara se pugan fer de aquest
edicto, ab tenor de les presents a nre. Real beneplacit duradores de nra.
certa sciencia deliberadament y consulta per nra. real auctoritat statuhim
sanccim e ordenara que de aci havant en totes e qualsevol villes Reals de
la governaeio de la plana en lo dit Regne no puixa home ningu vebi ni
morador de aquelles esser elet tret ni insaculat ni en altra manera provehit
dé oftíci algu de batles jurats ni altres del regiment y governacio de les
dites viles ni sia (?) admes al exercici ni adrainistraeio de aquells sens que
tinga en son poder y casa cavall de sella y armes suífieients pera guerra a
examen e cognicio del batle general en lo dit Regne, y en sa absencia deis
batles de les dites viles en les quals se sdevindra lo cars, Manants ab lo
mateix tenor al Governador en lo dit Regne della del riu de Uxo, batle
general o locht. o surrogats de aquells batles justicies jurats y altres offi-
cials consells universitats y particulars persones de qualsevol de les dites
viles y a quiscu de aquells de la dita nra. certa sciencia y real auctoritad
sots incorriment de nra. ira e indignado y pena de deu milia fiorins dor de
arago deis bens deis contrafahents... En tcstimoni de les quals coses lia vera
manat fer las presents ab lo nre. sagell corau del qual usavem abans de
nra. electio al Imperi com los altres encara no sien fets... sagellades. Dat.
en la coruña a X dies del mes de maig del any mil cmcheents y vint.
Yo el rey.» Siguen dos rúbricas.
Doc. orig. con la firma real autóg. y en el reverso Sacra Cra. CcUholica
mq. ias manjt mihi Alfonso de soria etc. Una hoj. en fol. mayor en reg. est.
de conservación. Se halla en la bib. univ. de Valencia, t. I de Bulas y órde-
nes especiales para Valencia y sa Tteyno, sig. S7-6-21.
Debemos advertir que en los doc. originales ó autógrafos, seguimos la
ortografía con que se hallan redactados, no obstante la variedad de la
misma.
131
tiempo que avia que los dichos moros se avian convertido y de
la causa de su conversión y si en ella avia intervenido fuerza o
se avian convertido de su voluntad y de todo lo demás que avia
sucedido en el estado y vida de los dichos convertidos después
de su conversión conforme a una instrucción que para ello se
les dio señalada de los que a la sazón residian en el consejo de
la inquisición» (20).
Hecha la información y remitida al inquisidor general, es-
cribió éste al emperador (21), quien resolvió nombrar una junta
que entendiese en aquel negocio y atendiese á la conversión
sincera de los moriscos. Para ello escribió desde Vitoria con
fecha 11 de febrero de 1524 á su madre D. a Germana, goberna-
dora de Valencia, para que los inquisidores de esta ciudad con
el vicario general proveyesen en el asunto, y, al mismo tiempo,
contestó al arzobispo de Sevilla alabando su celo y aprobando
la junta de letrados que había de celebrarse en la corte, doquier
que se hallase (22).
El arzobispo de Sevilla encargaba á los inquisidores de Va-
lencia remitiesen su parecer para ser tenido en cuenta por la
junta de Madrid (23), y el 28 de abril de aquel mismo año en-
20) Arch. gral. de Simancas — Secretaría ele Estado. — Leg. núm. 829.
21) Vid. doc. núm. 1 de la Colección Diplomática del presente volumen.
22) Arch. gral. de Simancas— Inq.¡ lib. núm. 6, l'ol. 20.
23) En una carta del arzobispo de Sevilla dirigida á los inquisidores de
Valencia, fecha en Burgos á 16 de abril de 1524, leemos:
«La serenísima Reyna de aragon consulto con el Emperador y Rey nues-
tro señor sobre lo que su mag. d le scriuio acerca de los inicuamente eon-
uertidos de moros a nuestra sancta fe catholica en esse reyno y también su
alteza respondió (a nuestra letra) y muy platicado todo con su Mag.d por
ser como sabeys cosa de tan grande calidad y que tanto toca a la honrra y
seruicio de Dios y ensalzamiento de nuestra sancta fe catholica y la resulu-
cion fue que vosotros como juezes a quien pertenece el conocimiento desta
causa scribays la información sobre'sto assistiendo a ella dos buenas perso-
nas y sin sospecha que su al. a nombrara y aquella recebida trayga acá el
vno de vosotros y que vengan algunos letrados desse reyno a entreuenir en
la congregación y que si pareciere ser esto costoso y se deue escusar que la
dicha información se comunique alia por vosotros con las personas de letras
y auttoridad que a su ai.* pareciere que la vean para que sobrello puedan
dezir y embiar sus parezeres y motiuos para- que visto todo en la dicha
congregación se prouea lo que fuere de justicia y cumpliere a la honrra y
seruicio de Dios y augmento de nuestra sancta religión cliristiana y assi lo
responde agora su Mag. d a su al.* y también yo le suplico que luego lo
135
cargaba á todos los inquisidores que usasen de benignidad y
clemencia con los nuevamente convertidos (24).
mande assi effectuar por que la dilación trahe muy grande daño y peligro
deueys luego dar a su al. a nuestra letra que sera con la presente y supli-
carle de nuestra parte lo mesmo y vos el doctor palacio luego que fuere
effectuado lo susodido trahereys acá la dicha imformacion y también los
pareceres y motiuos de los dichos letrados a quien se comunicare la dicha
información y en casso que su al.a nombrasse letrados para venir a la dicha
congregación por euitar costas poniendo en todo la diligencia que el caso
requiere y de vosotros confiamos porque sentimos mucho que se dilate tanto
la deuida prouision sobresto.»
Archivo grdl. de Simancas — Cons. de Inq., lib. nxím. 75, fol. 79.
24) Copia de carta acordada dirigida d todas Jas Inquisiciones, fecha en
Burgos á 28 de abril de 1524:
«R.dos ynquisidores, por parte de los christianos nuevamente convertidos
a nuestra santa fee catholica de la secta de los moros vezinos e moradores
de las cibdades villas e lugares destos Reynos e señoríos nos fue fecha rela-
ción diziendo que bien sabíamos como los catholicos Reyes don femando e
doña ysabel de gloriosa memoria con el zelo que tenían de ensalcar nues-
tra Religión christiana e salvar las animas de sus subditos avian procura-
do la conversión de los moros de sus rreynos a nuestra sancta fe haziendoles
mercedes e prometiéndoles libertades e prerrogativas e que serian Releva-
dos e bien tratados como hasta aqui diz que lo han sido lo qual consideran-
do el papa Adriano sesto de felice «recordación siendo ynquisidor general
diz que les mando dar e dio muchas provisiones favorables para los ynqui-
sidores destos dichos Reynos que no pusiesen edicto de cosas liuyanas
contra los dichos nuevamente convertidos ny por ellas los prendiesen e sy
algunos toviesen presos los mandasen soltar libres y bolverles sus bienes e
que agora algunos de los dichos ynquisidores avian prendido ciertas perso-
nas onbres e mugeres por cosas muy liuyanas y con solo vn testigo algunos
•dellos y por otras cosas y casos que diz se les Recrecen de su ynocencia y
por que son personas sin letras e oficiales e tratantes e muchos dellos labra-
dores e diz que nunca fueran ynstruidos ny enseñados en las cosas de nues-
tra sancta fe catholica e que viendo lo susodicho de las dichas prisiones por
eosas semejantes están muy escandalizados por ende que nos suplicaran
que no fuesen en nuestro tiempo de menor condición ni menos favorescJdos
que lo fueron en los tiempos pasados proveyendo sobre todo ello como bien
visto fuese lo qual por nos visto en el consejo de la general ynquisicion e
las cartas e provisiones dadas en esta razón por los ynquisidores generales
nuestros predecesores e platicado sobre todo en el dicho consejo entretanto
que otra cosa cerca de lo susodicho se provee fué acordado que se vos
devya escrivir la presente por la qual e por otras justas cabsas que nos
mueven nos vos encargamos e mandamos que de aqui adelante no mandeys
ni hagays prender a ninguno de los dichos christianos nuebos moriscos
vezinos e moradores en las cibdades, villas e lugares de vuestra jurisdic-
136
Comenzaba á preocupar todos los ánimos la cuestión moris-
ca, y el Papa Clemente VII, á fuer de pastor vigilantísimo, ex-
pedía una bula con fecha 15 de mayo de 1524, exhortando al
emperador á que no descuidase el negocio de la predicación á
los moriscos, á que fijasen los inquisidores un plazo para la con-
versión de aquéllos so pena de ser expelidos de España y, á la
vez, absolvía al rey de cualquier juramento que hubiese hecho
en Cortes, referente á la no expulsión de aquella raza. D. Carlos
recibe aquella exhortación pontificia, y desde Toledo, con fecha
3 de noviembre del siguiente año, escribe al inquisidor general
mandándole el cumplimiento de los consejos del Papa (25).
Mientras tanto se había reunido en Madrid la mencionada
junta en el R. Convento de San Francisco y acordado las bases
para la instrucción y conversión de los moros bautizados por los
de la Gemianía (26), y, luego, el emperador expedía una cédu-
la fecha en Madrid á 4 de abril de 1525, expresando los acuerdos
de la junta y declarando con ésta: «que los Moros baptizados
en aquella forma eran y debían ser reputados por Christianos,
cion syn que tengafys ynforniacion contra ellos que ayan cometido cosas
que concluyan derechamente heregia e si estovieren certificados de algu-
nas cosas dubdosas que se puedan rreferir ad utrumlibet es a saber a heregia
o no heregia que antes que procedays contra, ellos a. captura enbieis al con-
sejo de la general ynquisicion la ynformacion o ynformaciones que contra
ellos fcuvierdes pava que alli se vean e se determine lo que en ello se deva
hazer de justicia e sy teneys pressos en esse sancto officio algunos de los
dichos nuebos christianos asy hombres como mugeres por cosas que no son
ciertamente heregia hazed brevemente justicia vsando con ellos de toda
equidad e clemencia que de buena conciencia hubiere lugar aviendo res- .
pecto a lo susodicho e no se haga otra cosa en manera alguna, nuestro señor
conserve V. R. p. de Burgos a XXVIII de abril de 1524=A. archiepisco-
pus hispalénsis=lope diaz secretario=señalada de los señores obispo de
guadix y licenciado Valdes».
Arch. <p:<d. de Simancas — Secret. del Consejo de Inquisición, libro nú-
mero 312, fol. 22. Doc. pub. por el Sr. Danvila, págs. 89 y 90 de sus Confs.
25) Vid. doc. núin. 2 de la Coleo. Diplomát.
26) Id. inini. 3.
Ya en 1520 y del lugar de Asco, obpdo. do Tortosa, se habían presentado
,'i reconciliación más de :;.">o moriscos de ambos sexos ante el inquisidor
Mossén Esteve de G-asset, arcediano mayor.
El ins. original en que constan la calidad de las (altas confesadas y los
nombres de los reconciliados lo hemos visto en poder del Sr. Danvila, docu-
mento núm. 30 de su Colee,
137
por quanto al recibir el Bautismo estaban en su juicio natural y
no beodos ni locos; y quisieron de su voluntad recibirle» (27).
Con este documento aparecía resuelta en el terreno legal ó sea
en el fuero externo la cuestión morisca en Valencia; los bauti-
zados por los de la Gemianía, eran, según las leyes públicas,
verdaderos cristianos, y aunque se les prometía equidad con los
cristianos viejos, no tardaron aquéllos en ver defraudadas sus
legítimas esperanzas. Verdad es que hubo algunos teólogos,
como Jaime Benet, que aconsejaban la no conversión de los
mudejares por medio del bautismo, pero la mayoría era de pa-
recer distinto, viéndose obligado el emperador á enviar á Va-
lencia, mientras se hacían los preparativos para la mencionada
junta, á D. Gaspar de Avalos, obispo de Guadix, por comisario
del inquisidor general, y á varios oficiales de la Inquisición,
entre ellos fray Juan de Salamanca y fray Antonio de Guevara,
los cuales llegaron á su destino el día 10 de mayo del referido
año. «Pregonóse por la ciudad, que domingo a catorce acudie-
sen todos a la Iglesia mayor a oyr del obispo la razón de su
venida: el qual después de aver predicado, mando leer publica-
mente una citatoria y dos carteles, en que citava y llamava
todos los Christianos nuevos de Moros, que avian recibido el
Baptismo y vuelto atrás de lo que en el prometieron, que dentro
de treynta dias, que les dava de diez en diez por tres canónicas
moniciones, bolviessen a la obediencia de la santa madre Igle-
sia, concediéndoles edicto de gracia por lo pasado: donde no los
rebeldes y contumaces fuessen tenidos por apostatas y como
tales condenados a muerte y confiscación de bienes» (28).
El nombramiento de las personas que habían de ayudar á los
inquisidores de Valencia en la comisión mencionada, fué hecho
por la reina D. a Germana, lo mismo que el de las personas que
de Valencia habían de ir á Madrid para intervenir en la junta
27) Fr. Marcos de Guadalajara y Xavierr, Memorable expulsión y justí-
simo destierro de los moriscos de España. Un vol. en 4.° de 164 f'njns, im-
preso en Pamplona por Nicolás de Asiayn, 1613. Vid. en la foj. 63, b. el cit.
documento, y el mismo en Escolano, oh. cit., t. II, pág r . 719.
28) Fr. Jaime Bleda, Coronica de los moros de España, lil>. Y, capitu-
lo XXIX, pág. 647, col. 2. a Un vol. en fol. de 1074 pág. + 22 de índices, im-
preso por Felipe Mey, año 1618, Valencia. Fonseca, Justa expulsión etc.,
página 14.
138
referida. Asi lo escribe desde la Corte el inquisidor general á
sus colegas de Valencia con fecha 14 de septiembre de 1524 (29).
29) Copia de carta dirigida d los inquisidores de Valencia, fecha en Va-
lladolid á 14 de septiembre de 1~>'24:
«Reverendo Inquisidor y magnífico assesor, después que respondimos a
vuestra letra con el mensajero que embiastes supimos que la Serenísima
Reyna de Aragón havia ya nombrado las dos personas para asistir a la in-
formación que se ha de recibir por vosotros en el negocio de los moros bap-
tizados y mezquitas que en ese Reyno se tomaron para yglesias en el
tiempo de la germania de que holgamos mucho y luego suplicamos al Em-
perador y Rey nuestro señor que scriviesse a su alteza que proveyesse
como las dichas dos personas fuessen luego con vosotros a donde fuesse me-
nester para que con su asistencia se tomase la dicha información y assi su
mag-.d scrive lo mesuro y que vengan acá dése reyno algunos letrados a
entrevénir en la congregación que en esta co:-te se ha de hazer para deter-
minar y proveer lo que fuere de justicia y si pareciere que esto sera costoso
y se deve scusar que digan alia sobre la información que se recibiese/ la
qual por vosotros les sera comunicada sus votos motivos y justificaciones en
scrito para que acá se embien con ella donde se havra consideración a todo
lo justo deviilo y razonable conforme a lo que en dias passados se scrivio a
su alteza como mas largo veréis por el traslado de la carta de su mag.d que
sera con esta pues veys de la calidad que este negocio es y quanto cumple
a la honra y servicio de Dios y ensalzamiento de nuestra santa fe catholica
y al descargo de las consciencias de todos que la dicha información se reci-
ba presto y se provea como convenga en la dicha congregación mucho vos
Rogamos y encargamos que si por ventura no fuessedes avn ydos a recibir
la dha. información vays luego y sin dilación alguna con las dichas dos
personas a recibirla con mucha diligencia y particularmente en cada lugar
donde los dichos baptizados se eonvertieron preguntando a los testigos
sobre las-preguntas que van con esta y sobre todo lo demás que os pare-
ciere convenir para saber enteramente la verdad de como passo la dicha
converssion y loqué después della sucedió para que mejor se pueda admi-
nistrar la justicia requeriendo al ordinario que entrevenga si quisiere con
nosotros en tomar la dicha información como en dias passados se os scrivio
en lo cual todo proveys toda la diligencia que conviene y el caso tan arduo
requiere como de vosotros confiamos y recibida la dicha información vos
el assesor partí reys luego con ella para donde quiera qué estuviéremos in-
formados largamente de todo lo que convenga para la buena y santa expe-
dición del negocio y vos el Inquisidor entendereys en la expedición de las
cansas y en otras cusas dése sancto officio según que hasta aquí haveys
liien acostumbrado y de vos se confia y si por caso no vinieren algunos
letrados desse reyno para entrevénir sobre esto en la dicha congregación
comunicareys la dicha información alia antes de vuestra partida con el
secreto que conviene a los letrados que su alteza nombrare para que digan
cu scrito sus votos motivos y justificaciones para que acá se embien con la
dicha información conforme á la carta de su mag.d v en esto no aya falta
139
Transcurrieron algunos meses desde la llegada á Valencia
de los predicadores encargados de la instrucción y conversión
de los moros. Mientras tanto se habían dado órdenes para que
se cumpliesen los acuerdos de la junta de Madrid; pero los
nobles , protegidos por los jurados , no quisieron tolerar que sus
vasallos se convirtiesen, ni menos, perder sobre ellos los dere-
chos que tenían, por cuyo motivo procuraron recabar promesa
de no sufrir daño en tales prerrogativas. Sólo cuando la alcan-
zan es cuando protegen al Santo Oficio de conformidad con los
deseos del emperador y del inquisidor general (30).
ni dilación alguna como speramos porque tenemos mucha pena y dolor que
esto se aya tanto dilatado y no podra reposar nuestro animo hasta qué
sobre todo se haya hecho devida provisión, nuestro señor lo guie todo a su
sancto servicio y sea en vuestra continua guarda. De Valladolid a XIIII de
setiembre de DXXIIII. Vester Archiepiscopus hispalcnsis=Ioanncs García
Secretarius=»
Arch. gral. de Simancas — Cotis. de Inq., lib. núm. 75, fol. 123.
30) Copia de carta original del arzobispo de Sevilla a los jurados de Va-
lencia, fecha en Toledo á 12 de junio de 15'Jof
«magníficos y muy nobles señores.
el señor obispo de guadix y los otros señores sus eollegas me han scripto
la buena voluntad y zelo que teneys en el negocio de los moros que fueron
baptizados en esse Reyno y el ofirecimiento que señores le hizieseys para
la execucion de tan sancta- obra lo qual os tengo en mucha gracia y merced
demás de aver cumplido con lo que herades obligado como buenos y catho-
licos christianos al juicio de dios y de su catholica mag.d que os scrivio
sobre ello y vos pido señores por merced que favorezcays a los dichos co-
missarios para que brevemente puedan executar y cumplir lo que en la
catholica congregación fue acordado y por su mag.d confirmado como de \ es-
otros señores se espera y allende que sera en ello dios mucho servido y que
su mag.d por ser esto cosa tan sancta yo lo recibiré con placencia y merced.
Assi mesmo los dichos comissarios me scrivieron e por vuestra parte se
les off recio y pidió la paz y amor que antiguamente solia haver entre el
sancto officio y essa ciudat de que cierto holgué mucho aunque siempre
tuve por cierto qué por esta ciudat no ha vi a esto de quebrar puesto que
haya havido algunas diferencias y visto esto y por servicio del emperador
y rey nuestro señor que en ello se tiene por muy servido e proveydo el co-
mendador francisco lancol y el doctor francisco venavente y francisco ba-
taller libremente se puedan yr a sus casas y a donde quisieren y los lie
abstielto de qualquiera juramento y pleito omenaje que en esto llovieren
hecho y demás desto tengo mucha voluntad de mirar y proveer que la
dicha paz aunque entre el sancto officio y essa ciudad se conserve y que
essa ciudad ningún danyo ni agravio se reciba como es Razón y assi seño-
res hos pido por merced que mireys de contimio de favorecer al sancto
140
D. Carlos escribía á D. Gaspar de Avalos con fecha 5 de
agosto de 1525, que prosiguiese en la obra comenzada (31), y en
la misma fecha escribe al duque de Gandía agradeciéndole el
interés que había mostrado en limpiar sus estados de los moros
infieles que se negaban á recibir el bautismo (32); al conde de
officio y a sus ministros para que sin impedimento alguno puedan usar de
sus cargos y cumplir coil lo que son obligados para que todo se haga como
convenga al servicio de dios y de su mag. y ensalzamiento de nuestra
sancta fee catholica y buena administración de la justicia como yo lo desseo
que también me haréis señores en esto mucha merced demás que dios sera
en ello servido, guarde y acresciente nuestro señor vuestras magnificas y
muy nobles personas de toledo a XII dias del mes de junio de mil D. y
veinte y cinco. =A lo q. e señores mandaredes = Archiepiscopus.=Joannes
garcía secretarais»
Arch. gral. de Simancas— Cons. de Inq., lib. núm. 75, fol. 204.
31) Copia de cédula de S. M., fecha en Toledo á 5 días del mes de agosto
de 1525:
«El Rey.
Reverendo in cristo padre obispo del nuestro consejo, vi vuestra carta
de veintiocho do Julio y desplazeme mucho de la indisposición de vuestra
persona y mas por ser en tiempo que tal nessesidad hauia de vuestra ayuda
y placer a Dios daros salud pues la desseays y cumple para su servicio y
pareciendome bien todo lo que escribís sobre la rreduccion de los moros
bautizados deste Reyno se han luego despachado las cartas que van con
esta para la reyna, governador y otras personas conforme a vuestro auiso
con que se crehe con esse negocio haura breve conclusión y buena, el conse-
jo y hauiso que me days en las otras cosas que han respecto a mi persona y
estado hos agradezco mucho conosciendo que hos procede del amor y buena
voluntad que me teneys. dios nuestro señor a quien todo se remite haga y
obre en ello lo que fuere mas servido, fecha en toledo a cinco dias del mes
de agosto de mil quinientos veinte y cinco años— Yo el Rey=Dirigitur epis-
copo de guadix=por mandado de su magestad Ugo de Urries=»
Awh. gral. de Simancas. — Cons. de Inq., lib. núm. 6, folios 89, b. y 40.
32) Copia de cédula de S. M., fecha en Toledo á 5 días del mes de agosto
de 1525:
«El Rey.
Ilustre duque primo &. a vimos vuestra carta de treinta y uno del pasado
por la qual y por otras de los comissarios hauemos visto quan enteramente
haueys complido con dios y con vuestra conscieneia y ahun con nuestra vo-
luntad dejando vuestras tierras limpias de toda infidelidad y teniendo en
poco <'l daño que dello puede resultaros todo lo qual nos ha también pare-
cido ;issi por ser en si la obra muy buena y santa como por el buen exem-
]>l<> que days a otros para hazer lo mesmo que holgaríamos de saber como
\ en que nos pudiessemos favoreceros y ayudaros a reparar vuestros daños
afaunque de mano de Dios espereys el verdadero premio dellos y pues tan
Jiveralmente offreceys de ayudar a los comissarios en lo que les queda por
141
Oliva reprendiéndole su descuido en favorecer aquella empre-
sa (33) ; á los jurados de Valencia significándoles su disgusto por
haber enviado embajadores á los comisarios que entendían en
el negocio de la conversión y propuéstoles favor para los mo-
ros, alegando que la vida de la región valenciana dependía de
la conservación de éstos (34); y á todos sus vasallos les intima
hazer lo que no menos hos agradecemos mucho vos rogamos que assi lo
pongáis en obra que nos embiainos a mandar al governador desse reyno
que luego vaya en persona a la sierra de bernia y haga volver á sus casas
todos los que se han huydo y absentado e porque nos tenemos voluntad que
en todo ese reyno se haga lo que en buestras tierras se ha hecho nos placera
hazer sobrello vuestro parecer y hauiso del modo y forma que se puede y
eleve usar para traer a effeeto pues dios nuestro señor sera tan servido
dello. datum en toledo a cinco del mes de agosto del año de mil quinientos
veinte y cinco=Yo el Rey=con señal del canciller de ferrara de bononia
registrada=Dirigitur duci de Gandía— Urdes secretarius=»
• Arch. gral. de Simancas— Consejo de Inq., lib. núm. 6, fol. 40.
33) Copia de cédula de S. M., fecha en Toledo d 5 días del, mes de agosto
de 1525:
«El Rey.
Expectable conde &. a estos dias passados vos preuimos y encargamos que
fuessedes a vuestra tierra para boluer a sus casas a los que se hauian ab-
sentado dellas e y do a la sierra de bernia en mucho deservicio de Dios y
nuestro y peligro de sus animas y por esto nos maravillamos mucho de vos
que no hezistes esto luego que bino a vuestra noticia y porque cumple
mucho que assi se ponga en obra encargamos vos e mandamos que en esto
no pongays dilación porque si no ayudays y favorecéis a los comisarios
para que llanamente se acabe lo que fue acordado y proueydo en la catho-
lica congregación y por nos confirmado sera necesario que nos lo prouea-
mos e mandemos executar por otras vias de que después no pódriades
quexaros sino de vos mismo pues según hastaqui se ha hecho parece que
esperays o days lugar a que sobre ello se siga algún inconveniente o estan-
dolo y si lo houiere sera culpa de los que agora puedan atajarlo y no lo
hazen mas nos tenemos creydo que siendo vos persona de tanta virtud y
consciencia y tan allegada a Dios no dexareis de le servir en tan buena e
santa obra en lo qual demás que cumplireys con lo que soys obligado nos
hareys muy acepto servicio. Datum en la ciudad de toledo a Y dias del mes
de agosto año de mil quinientos veinte y cinco=Yo el Rey.=con señal del
canciller de ferrara de bononia de may registrada=Dirigitur comiti de
oliva=Urries secretarius=:»
Arch. gral. de Simancas — Consejo de Inq., lib. núm. 6, fol. 39 b.
34) Copia de cédula de S. M., fecha en Toledo á 5 días del mes de agosto
de 1525:
«El Rey.
Amados y fieles nuestros. Por otras nras letras y provisiones haureis
142
una orden inspirada en el rigor para que nadie proteja á los
moros que rehusaren someterse á las provisiones reales en orden
al bautismo y seguimiento de la fe profesada por todos los ver-
daderos españoles (35).
sabido la mucha voluntad que nos hallemos tenido y tenemos en que se exe-
cute \ cumpla lo que en la catholica congregación fue acordado y por nos
confirmado sobre los moros que fueron bautizados en este reyno y después
volvieron a su primera dañada secta de Mahoma por ser cossa que tanto
cumple a ia honra y servicio de Dios y augmento de nuestra santa fe catho-
lica y a la salud do las animas de los dichos baptizados e agora no sin
grande admiración y molestia hauemos entendido que vosotros enviastes un
jurado y quatro cavalleros por embaxadores o mensageros dessa ciudat a
los comisarios que por vuestro mandado y con provisiones nuestras y del
muy reverendo arzobispo de seuilla, inquisidor general y del nuestro con-
sejo fueron a entender en la reducción de los dichos convertidos los quales
mensajeros dice que les propusieron tres cosas la vna que mirassen mucho
por los moros porque todo el thesoro desse reyno y la vida dellos estava en
la conservación de los moros, la segunda que no dexavan los dichos comis-
sarios tañer a la cala con las trompetas a los moros, la tercera que maltra-
tavan a los alfaquies y que todo aquello hazian los dichos comisarios contra
los fueros desse Reyno y contra los poderes que tenían y lo que peor es que
esto dice que se hizo en lo mas rezio de la reduzion de los convertidos del
ducado de gandía y que haun no eran saludos los dichos mensageros dessa
ciudat e ya se ponía fama que yuan a revocar los poderes de los dichos
comissarios y que sabido esto por los moros en una noche se fueron dellos a
la sierra mas de quinientas personas de que si assi es tenemos nos no poca
admiración y sentimiento porque sabiendo ya vosotros por nuestras cartas
y provisiones nuestra intención y voluntad acerca dello no deuiades por
cosa del mundo poneros a impedirlo sino favorecer el negocio como cosa en
que Dios se sirve y nos queremos que haya cumplida execucion y effetto
I rius a lo contrario no se ha de dar lugar encargamos vos y mandamos
expressamente que de aqui adelante no aveys de hos entremeter dello sino
con dar favor e ayuda a los dichos comisarios y a qualquiera dellos para
executar y cumplir lo que tienen encargo y les esta encomendado certifi-
cando vos que si lo contrario hizieredes lo que no creemos demás que cae-
rindes en graves penas y censuras las quales mandaríamos executar en los
contradictores nos deserviriades mucho y nos dariades causa de mandar
hazer tal provisión sobredio que por la obra conociessedes lo mucho que nos
bauriades deservido. Datum en la ciudad de toledo a cinco días del mes de
agosto del año de mil quinientos veinte y cinco=Yo el Rey=con señal del
canciller de ferrara de bononia de may registrada , = Juratis valenciae=
Urries secretarius=»
Arch. gral de Simancas. Consejo de Inq., libro núm. G, fol. 40, b.
.'i.'); Cu/lili de cédula de S. M., fecha en Toledo á 5 de agosto de 1525;
Don Carlos &." A los [lustres Reverendos espectables nobles magníficos
U.-5
El poder real, interpretando el sentimiento público , mostrá-
base inflexible contra los restos de aquella raza mudejar que,
dentro de España, procuraba evadir las leyes públicas y alegar
sus privilegios para seguir practicando sus ritos y ceremonias,
sus costumbres y su lenguaje, y, en consecuencia, su odio á
todo lo verdaderamente cristiano que, precisamente en aquella
época, era en nuestra península sinónimo de español.
Pruebas harto dolorosas de ese odio más bien que rivalidad,
eran las deserciones que comenzaban á notarse en los lugares
moriscos, y singularmente la actitud hostil en que se colocaron
y ainados nuestros qualesquier prelados duques marqueses condes vizcon-
des varones y caualleros y otras personas eclesiásticas y seglares que tie-
nen tierras y vasallos moros en nuestro reyno de Aragón y Valencia y
principado de Cathaluñu y a qualesquier justicias bayles jurados concejos
e universidades de qualesquier ciudades villas y lugares de los dichos
nuestros reynos y principado a quien pertenezca y las presentes o su copia
signada de. notario publico serán en cualquier manera presentadas salud y
dilecion. Por quíinto hauiendose proveydo por el muy Reverendo arzobispo
de sevilla inquisidor general y del nuestro consejo con nuestra voluntad y
decreto que todos los moros que en el Reyno de Valencia recibieron en dias
passados el agua del santo bautismo sean compellidos a vivir como catholi-
cos christianos y para la execueion dello han embiado sus comisarios a cuya
causa muchos de los moros convertidos queriendo viuir como moros, se lian
ydo y ausentado de sus casas y pueblos y se suben a las sierras de bernia o
se passan a biuir en otras inorerias a que no se ha de dar lugar Por ende
con tenor de las presentes de nuestra cierta sciencia y autoridad real requi-
riendo y exhortando a los que exortarse deuen vos decimos y mandamos so
incurriiniento de nuestra ira e indignación y pena de diez mil florines de oro
de los bienes de cada uno que lo contrario hiziere exhigi cleros y a nuestros
cofres aplicaderos que ninguno de vosotros sea osado de acoger en vuestras
casas villas lugares o fundaciones ninguno de los dichos que fueron bauti-
zados y no se hubiere reducido a nuestra santa fe catholica ni a sus hijos y
mugeres e si los houieredes acogido los hecheys luego dellas y no les con-
syntays estar en vuestras tierras y lugares ny deys lugar que nadie sea
osado de les dar prouisiones ni mantenimientos fuera de los pueblos donde
son naturales y moradores ni otro favor consejo o ayuda para poderse em-
barcar o salir de nuestros reynos por mar ni tierra ni les fagays ny consin-
tays fazér otro regimiento alguno guardando vos atentamente de pazes o
consentir que lo contrario se faga en alguna manera por quanto la gracia
nuestra teneys cara y ia pena susodicha temeys incorrer. Datum en toledo
a cinco de agosto de mil quinientos veinte y cinco=Yó el Rey cesárea et
catholica niayestas tnandavit michi Ugoni de Urries. visum per cancelarium
de ferrara registrata cancelarium de bononia etiam registrata—»
Arch. y val de Simancas — Conseja de Itíq., lib. núm. <>. fol. II.
144
los refugiados en la sierra de Bernia. Aquello venía á ser nueva
señal , á la vez que manifestación franca, del espíritu que había
informado la rebelión del Albaicín, y que había de informar en
breve nuevas y más formidables insurrecciones. El reto que
lanzaba el pueblo vencido entrañaba toda la gravedad de los
más arduos problemas que, á la sazón, podían ofrecerse á los
ministros del emperador.
No tardaremos en examinar los medios empleados para re-
solver aquel conflicto y el resultado estéril con ellos alcanzado;
pero nos atrevemos desde ahora á llamar la atención del crítico
acerca de las enseñanzas que se desprenden del estudio de
documentos, hasta hoy desconocidos y que, en nuestro sentir,
cambian el rumbo seguido hasta hoy por varios historiadores,
al tratar de la responsabilidad en el suceso más transcendental
acaecido en España durante el reinado de Felipe III.
CAPÍTULO VI
Nuevas disposiciones para la instrucción y conversión de los moris-
cos valencianos.— Publícase la expulsión de los moros no bau-
tizados. —Rebeliones moriscas en Bernia, Benaguacil, Sierra de
Espadan, Muela de Cortes, etc.— Concordia entre los moriscos y
el poder real.— Reflexiones acerca de la misma.
Infructuosas eran las tentativas del poder real y del
Santo Oficio para la conversión de aquellos empederni-
dos moriscos que contaban con la protección de sus
señores. El interés material, de éstos vino á ser, en la presente
ocasión, el escollo donde se estrellaron todas las disposiciones
inspiradas en la misericordia , y , por ende , el interés religioso
y él interés público quedaron supeditados á otro interés inferior
y privado, cuya expresión sincera pudi4ramos calificar de cues-
tión crematística.
¿Había de retroceder el poder real? Los ministros de Carlos I
¿cederían al soborno? Difícil era la solución del conflicto en
aquellas circunstancias, y más aún, después de planteada la
cuestión morisca por los agermanados.
La junta de Madrid, inspirada en la opinión pública de los
sabios y de los hombres más virtuosos de aquella época, había
tomado sus acuerdos y era peligroso evadir su cumplimiento.
No hubo medio de retroceder; Carlos I sintió repercutir en sus
oídos el reproche que el augusto prisionero de Benisanó había
dirigido á su custodio Alare ón, y anhelaba exterminar de sus
reinos la raza islamita; oyó con disgusto, más que sorpresa.
T. I
10
146
la huida de los moriscos á la sierra de Bernia para esquivar
el bautismo , y supo que andaban aquéllos alterados y esperan-
do la menor coyuntura para rebelarse contra el poder real. De
ahí el motivo de renovarse las instrucciones anteriormente
dadas (1) y de que se estudiase el remedio de aquella situación
violenta.
1) Copia de carta del emperador á la reina D. a Germana, fecha en Ma-
drid á 10 de abril de 1525:
«Serenísima Reyna nuestra muy cara y amada señora madre y lugarte-
niente general visto lo que por vuestra carta de... respondistes a la que
havimos scrito a vuestra serenidad con haviso de la congregación que aqui
se tenia por el muy Reverendo arzobispo de sevilla Inquisidor general y
del nuestro consejo sobre la conversión de los moros que fueron batizados
en tiempo de la germania desse reyno ahunque no cesa de continuarse la
dicha congregación el negocio se ha tratado tan maduramente y con tal
dilación que pudiera bien llegar a tiempo todo lo que por parte de los ba-
rones y cavalleros desse reyno se quisiera decir y allegar en contrario y
pues hasta agora ninguna cosa de sustancia se ha embiado que repugne a
la información sobre ello recebida por el Inquisidor y assessor de la Inquisi-
ción desse reyno juntamente con micer bas y maestre ma'rtin sanchez por
vos señora para ello nombrados por lo qual ha parecido a toda la dicha con-
gregación en conformidad que la fuerca que se hizo a los dichos convertidos
ni a los que dellos mayor violencia padecieron no fue precisa ni absoluta
para que los pueda escusar de guardar la fe que en el bautismo prometie-
ron y quedar christianos la determinación ha sido que deven a esto ser
compellidos y apremiados por la forma y manera que la dicha catholica
congregación con assistencia y decreto nuestro lo ha ordenado para lo qual
el dicho Inquisidor general embia con su poder y commission personas de
autoridad letras e consciencia electas y nombradas en la dicha congrega-
ción por no ocupar en ello a los Inquisidores desse reyno ni distraherlos de
las cosas ordinarias de su «argo y officio pues tienen en que entender las
quales personas o comissarios llevan por iustruction la orden que se ha de
guardar en la execucion del negocio y otras provisiones nuestras para que
en ello sean favorecidos y ayudados como es razón y tan sancta obra re-
quiere. Por ende señora muy affectuosamente vos rogamos que demás de
las dichas, provisiones que de aqua llevan las quales mandareys observar y
cumplir enteramente y con effecto sin otra consulta ni dilación contradic-
tion o impedimiento alguno vuestra serenidad les provea de todo el favor
y ayuda que hos pidiesen y menester lloviesen para mas libremente fazer y
executar las cosas de su cargo y comission cu manera que nadie presuma
ni sea parte para lo impedir o perturbar por alguna via e si tal cosa se in-
tentasse lo que no crehemos mandareys con todo rigor de justicia executar
en los contradictores y sus bienes y haziendas las penas contenidas en las
• liedlas nuestras provisiones haviendo vos en esto como en COS8 que procede
de nuestra mera y determinada voluntad por lo mucho que importa y cuna-
147
El inquisidor general escribe á Fr. Juan de Salamanca,
desde Toledo á 6 de agosto de 1525, aprobando algunas medidas
tomadas en Valencia para sujetar á los rebeldes de Bernia y
proseguir en la conversión de los pacíficos (2); en la .misma
pie al servicio de dios nuestro señor honrra y augmento de nuestra sancta
fe catholica y religión christiana que allende que en esto hareys señora lo
devido y cumplireys lo que por vuestra propria consciencia soys tenida e
obligada nos lo recetaremos en singular complacencia. Serenísima Reyna &.
De madrid a X de abril de D.XXV=Yo el rey=con señal del Inquisidor
general y de los del consejo de la Inquisicion=Urries secretarius=»
Arch. gral. de Simancas — Cons. de Inq., lib. núm. 6, fol. 37.
2) Copia de una carta original del arzobispo de Sevilla á fray Juan de
Salamanca, fecha en Toledo d 6 de agosto de 1525:
«R. do señor.
dos letras de vuestra Reverencia havemos recetado de XX y XXVI de
julio y por cierto sentimos mucho la enfermedad del señor obispo de guadix
pero tenemos [des]plazer que se haya ydo de. valencia por que tenia alli
mejor recaudo para lo que cumple a su salud y havemos scripto sobre ello
dios se ia de como yo desseo.
tenemos mucho plazer de algunas buenas nuevas dessa sancta negocia-
ción que V. R. nos ha scripto sea dios loado por ello y le plegó dar presto el
fin que todos desseamos.
muy bien nos pareció todo \o que V. R. scrivio al inquisidor y assesor
de la inquisición de valencia para que se suplicasse a la señora Reyna y
su mag.d le scrivio en dias passados sobre todo ello y agora le buelve a
scrivir encarecidamente para que assi lo haga y favorezca siempre essa
sancta obra de creer es que su alteza lo provera como convenga sin que
haya mas dilación en ello.
bien eremos que las galeras han aprovechado mucho y ahunque agora
algunas dellas o todas se partan desta costa su alteza provera lo que fuese
menester para la buena guarda de los puertos y para que los que están
amotinados en la sierra de bernia buelvan a sus casas y las dichas galeras
placiendo a Dios se bolveran presto.
fue bien acordado de imbiar el biage al alcadi de muro por ser hom-
bre de la qualidad que V. R. scrive y ahunque quiso responder no dexeis
señor de le scrivir lo que cumpla trabajando de saber con toda diligencia si
la respuesta que embio al procurador del conde de cocentayna fue verdade-
ra o fingida y si intervinieron en ella algunos christianos.
bien seria que los moros comarcanos que hayan requerido a los que
están en la sierra de bernia que se vayan della por que no les han de con-
sentir estar alli por causa que no les vengan algunos daños y los dichos
moros deven ser favorecidos para que assi lo continúen hasta tanto que los
amotinados salgan de la dicha sierra y se buelvan n sus cisas.
el pregón para que cualquiera que viniese de los que han huydo sea
compellido a que vaya a valencia al señor obispo de guadix nos parece
148
fecha recuerda al licenciado Puerta las disposiciones del empe -
rador y le alienta á proseguir en el referido negocio (3), y dos
bien y assi mesrao la provission que se hizo para que los que huyeron de
nuevo y están en la montaña desta comarca se prendan y embien a va-
lencia porque aprovechara lo uno y lo otro para hazerlos venir a obe-
diencia.
vimos el memorial de las XXI mezquitas que se an hecho yglesias y son
vendezidas con las invocaciones que se an puesto sea dios lohado por ello
y por que ya hasta qui se an reconciliado y convertido tantas personas
como V. R. scrive a el plegó guiar lo que queda por hazer de tal manera
que haya presto el fin que todos desseamos su mag.d entre otras letras scri-
ve de muy buena manera al conde de oliva conde cocentayna y almirante
de aragon que en todo caso procuren que los que están absentes de sus casas
buelvan a ellas y favorezcan y ayuden quanto pudieren para que llana-
mente se execute y cumpla lo que fue acordado y proveydo en la catholica
congregación y también scrive a los jurados de valencia como conviene
sobre la embaxada que hizieron un jurado y quatro cavalleros por ello se
parece bien la poca voluntad que ellos y otros han tenido a la execucion
de tan buena y sancta obra nuestro señor lo guie todo a su sancto servicio
y guarde y acresciente vuestra RM persona de toledo a VI dias del mes de
agosto de mil DXXV. A lo que vuestra R. mandare, A. hispalensis.— Ioan-
nes garcia secretario.»
Arch. gral. de Simancas— Cons. de Inq., lib. núm. 7ó, fol. 217.
3) Copia de una carta original del arzobispo de Sevilla al licenciado
Puerta, fecha en Toledo á 6 de agosto de 1525:
«R.d° nuestro muy amado hermano.
dos letras vuestras h avenios recebido de XXIIi y XXV de julio con el
traslado de la carta del alcadi de muro por el procurador del conde de co-
centayna y por cierto sentimos mucho la enfermedad del señor obispo de
guadix por que tenemos [des]plazer que se aya ydo de valencia porque
tenia allí mejor recaudo para lo que cumple a su salud ya havemos scripto
sobre ello dios ge la salud de [V. R.] como yo desseo.
fue bien acordado de imbiar el biage al dicho alcadi de muro y ahun-
que no quiso responder no se deve dexar de le scrivir lo que cumpla por
que por ser tal persona podría aprovechar mucho ahunque se nos lia scrip-
to que la carta que scrivio al procurador del conde de cocentayna no fue
verdadera sino fingida y que intervinieron en ello algunos christianos.
vimos el memorial que se nos embio de las vcyntc y una mezquitas que
se an hecho yglesias y son vendecidas con las invocaciones que se an puesto
sea dios loado por ello y por que hastaqui se an ya reconciliado y conver-
tido tantas animas a el plega guiar lo que queda por hazer de tal manera
que se haya presto el bien que todos desscainos.
ya scrivio su magd. al duque de gandía teniéndole en muy acepto ser-
vicio lo que en su tierra lia hecho y el buen egeniplo que ha dado de si el
lo ha mirado como cargo en que christiaho y muy buen cavallero de dios
149
días después encarga al vicario general de Valencia que preste
su favor al Santo Oficio para proseguir en la instrucción de los
nuevamente bautizados (4).
havia cumplido galardón y en su tiempo y lugar su mag. d se acordara de
tan buena obra también nos le havemos scripto dándole muchas gracias
por ello hi los otros cavalleros lo haveran hesso assi tenemos creydo que
essa secreta negociación fuera ya acabada.
entre otras letras su mag.d scrive agora de muy buena manera al conde
de oliva conde de cocentayna y almirante de aragon que en todo caso pro-
curen que absentes de sus casas vuelvan a ellas y favorezcan y ayuden
quanto pudiesen para que llanamente se eg*ecute y cumpla lo que fue acor-
dado y proveydo en la catholica congregación y también scrive a la señora
Reyna muy encarecidamente para que de todo el favor necessario y assi
mesmo scrive a los jurados de videncia como conviene sobre la envaxada
que hizieron de un jurado y quatro cavalleros por ello se parece bien la
poca voluntad que ellos y a nos han tenido a la execucion de tan buena y
sancta obra. »
su mag.d nos scrive que por agora no alceys la mano desta negociación
sino que la continueys como hastaqui por que estando las cosas en los tér-
minos que scrivi y el señor obispo enfermo de vuestra venida se podrían
seguir algunos inconvenientes mucho vos rogamos que assi lo hagays que
hos desseo el respecto que es razón a vuestros trabajos y gastos y holgare-
mos mucho dello nuestro señor lo guie todo a su sancto servicio y guarde y
acresciente vuestra R.da persona de toledo a VI de agosto DXXV.
Vester bonus frater carisimus, A. hispalensis. — Ioannes garcía, secre-
tar ius.»
Arch. grál. de Simancas — Cons. de Inq., lib. núm. 75, fol. 216.
4) Copia de una carta original del arzobispo de Sevilla al vicario gene-
ral de Valencia, fecha en Toledo á 8 de agosto de 1525:
«R.do señor.
mucho he holgado de saber que teneys esse cargo de vicario general
por que según la buena Relación que tengo de vuestra persona letras y
zelo soy cierto que favorecereys siempre como convenga al servicio de dios
y a la buena administración de la justicia las cosas del sancto off .° de la in-
quisición y de sus ministros que nos'hanseydo encomendados y por cada
presente se offrece esa sancta negociación de los moros que fueron baptiza-
dos y de los que nuevamente se convierten a nuestra sancta fe catholica en
que nuestro señor dios es muy servido y nuestra Religión christiana ensal-
mada pidos señor de gracia y merced que en lo que en vos fuese deis todo el
favor necessario a los comisarios y a cada uno dellos para executar y cum-
plir lo que en la catholica congregación fue acordado e proveydo y por su
mag. d confirmado y para que los dichos baptizados y convertidos sean do-
trinados por los vicarios y otros clérigos en las cosas de la fe como de vos
señor se espera que en ello sera dios servido su catholica mag. d e yo lo
recevire en mucha complacencia y merced y demás que se hará para todo
150
Los predicadores recorrían la diócesi valenciana y sus ane-
jas instruyendo en la fe á los recién convertidos y llamando á
los reaccios al aprisco, pero aquella labor era lenta y difícil;
los moriscos valencianos esquivaban la instrucción y seguían
las prácticas muslímicas cuando no podían impunemente tomar
desquite del agravio que les infirieron los agermanados; redo-
blaban su celo evangélico los predicadores , pero el fruto conse-
guido no debió ser tan abundante como el emperador y su Con-
sejo anhelaban, puesto que vemos al primero escribir al duque
de Segorbe, y desde Segovia á 13 de septiembre de aquel año,
manifestándole hallarse determinado a no consentir que en todos
nuestros reynos y señoríos aya sino una ley y una fe catholica, y
exhortándole á que procure la conversión de sus vasallos para
que con tal exemplo todos los otros (señores) hagan lo mismo (5).
lo que mandaredes con buena voluntad guarde y acresciente n. s. vuestra
reverenda persona, de toledo a VIII de agosto de [mil]d.XXV=a lo que
mandaredes=el Arcobispo=Joannes García secretarius.»
Arch. grál. de Simancas— Cons. de Inq., lib. núm. 75, fol. 218, b.
5) Arch. grál. de Simancas.— Cons. de Inq., lib. núm. 15, fol. 457. Docu-
mento pub. por el Sr. Danvila en las págs. 93 y 94 de sus cit. Conferencias.
Vid. además el siguiente doc:
Copia de una carta original del arzobispo de Sevilla, fecha en Toledo d
29 días sin fecha de mes ni año (entre cédulas de 1525):
«111. e y R. m ° señor.
El emperador y Rey nuestro señor como catholico y christianisimo prin-
cipe considerando los muchos dampnos y grandes ynconvenientes que se
siguen y que podrían syguir si todos los moros de sus Reynos no se conver-
tiesen a nuestra sancta fee catholica después de averse reducido tanta
gente dellos en el Reyno de Valencia que ya son christianos y por lo que
cumple a la salud de sus almas ha proveydo que se haga la universal con-
versión dellos y que en todos sus Reynos y señoríos haya sola una ley y
Religión christiana y luí mandado despachar las provisiones y letras nece-
sarias para en ese Reyno como vra. sa. vera y pues parece que todo viene
guiado de la mano de dios y cumple tanto a su servicio suplico a vuestra
señoría que mirando á quien es y a todo lo susodicho haga por bien de en-
tender como combiene en que la execucion de tan buena y sancta hobra se
haga y no se dilate como de vuestra s. sespera que demás que sera dios
syrvido y su catholica mag.d quedara dello muy contento vra. s. cumplirá
con lo que deve y por lo que me cabe como a christiano y perlado y por
Respeto deste sancto cargo que me es encomendado en conservación au-
mento de la fee y yo lo Recibiré en muy grand merced nuestro señor lo
o-uie todo a su sancto servicio y guarde y acresciente la yllustre y R.ma
151
En el mismo día firma un edicto en el que exhorta á los moros
á r la conversión y les ofrece guardar las libertades y franque-
zas que como á cristianos por fueros del reino os deben guardar,
y haceros todo favor y buen tratamiento como á fieles subditos
nuestros (6); luego escribe á la nobleza valenciana en el mismo
sentido en que lo hizo al duque de Segorbe (7), y el día siguiente
envía una carta á D. a Germana en que ruega encarecidamente
mande llamar á los religiosos encargados de la instrucción para
que, juntos con el vicario general de Valencia y en presencia
de tan ilustre dama, provean el remedio, á fin de que los pue-
blos de nuevos convertidos queden bien edificados y proveídos del
ministerio necesario á la salud de sus ánimas y no se pierda el
fruto hasta entonces conseguido (8).
Tales disposiciones iban agravando la situación de los moris-
cos , pues proseguían éstos en su secta sin hacer caso alguno de
los deseos del pueblo en que vivían; los predicadores durante
los meses de junio y julio de aquel año, fueron alistando á todos
los que avian sido baptizados por los comuneros hermanados y á
todos los hicieron confirmar, exhortándoles á que recibiesen la fe
cristiana (9); pero el fruto era escaso por no decir nulo.
Había llegado á Valencia Fr. Antonio de Guevara que, para
hacer la cama á su oficio, predicó un sermón en la iglesia mayor
día 8 de octubre , exhortando á los moriscos á que se convirtie-
sen, pues la voluntad determinada de sti Magestad era ésta; y
que ocho días después de su notificación, viniesen todos á dar la
persona y estado de vra. s. como desea de toledo a XXVIIII dias. A servicio
de V. S.=A. hispalensis».
«Despachóse otra desta mesma manera para el conde de aranda mntatis
mutandis que comencava muy magnifico señor y V. m».
Arch. gral. fie Simancas — Cons. de Inq., lib. niim. 75, fol. 254.
6) Arch. gral. de Simancas — Cons. de Inq., lib. núm. 15, fol. 456. Docu-
mento, pub. por el Sr. Danvila, págs. 95 y 96 de sus Conf. Vid. Fonseca,
obra citada.
7) Arch. gral. de Simancas— Cons. de Inq., lib. núm. 15, fol. 455. Esta
carta á la nobleza fué pub. en las págs. 97 y 98 de las cit. Confs. del señor
Danvila.
8) Arch. gral. de Simancas— Cons. de Inq., lib. niim. 15, fol. 157. Publi-
cada por el Sr. Danvila en la cit. obra, págs. 96 y 97.
9) Fr. Jaime Bleda, Coránica de los moros de, Es¡>., lili. V, cap. XXIX,
pág. 647, col. 2. a
152
respuesta, porque les desengañaba, que pasados aquéllos, se ejecu-
taría la orden que traía de su Magestad (10).
Esto debió de alarmar á los moriscos que lo oyeron ; y la
alarma transcendió en breve á todos los de la ciudad y de sus
cercanías, pero al día siguiente, fecha en que se conmemoraba
la entrada en Valencia de D. Jaime I en 1238, se dio un pregón
manifestando la voluntad del rey y añadiendo que ningún moro
fuese atrevido á irse de su lugar, á pena de ser esclavo del que le
hallase fuera (11).
¿Eran suficientes las medidas hasta entonces adoptadas para
justificar esta resolución? En el terreno legal es indudable ; en
el religioso eran sobradas. La terquedad de los moriscos per-
sistía en su vigor; el espíritu de raza vencida trataba de impo-
nerse al vencedor en todos los terrenos, incluso en el de las
armas; y á esta terquedad respondía el legislador mandando
publicar, á 21 del mismo mes, otro pregón, por el que se prohi-
bía á los moriscos la venta de oro, plata, joyas, seda, bestias,
ganado y cualquier otra mercancía (12). La suerte parecía
echada; aquella situación demandaba un remedio, y los moris-
cos, persuadidos de ello y temiendo ser víctimas de nuevas
medidas de represión, se apresuraron á reunir sus aljamas para
buscar el modo de aliviar la suerte en que les había colocado la
voluntad del emperador (13), y resolvieron enviar á la corte á
doce de sus principales jefes, para que acordasen una solu-
ción (14).
10) Escolano, oh. cit., t. II, pág. 720, col. 1. a
11) Id., id.
12) Id., id.
13) Vid. el primer doc. cit. en la nota 5 de este cap., y Escolano, ob. cita-
da, t. II, pág. 721, col. 2. a
14) Copia de carta del emperador, fecha en Toledo á 10 de noviembre
de 1525:
«Nos don Carlos &. Por quanto segund somos informado algunos de los
alfaques y alcaldes de las aljamas y moros del nuestro Reyno de valen-
cia dudando si procede de nuestra voluntad que los dichos moros hayan de
ser christianos como por nos se les ha scrito y mandado dessean venir a esta
nuestra corte por saberlo de nos niesmo y suplicarnos algunas cosas que les
cumplen y por su parle nos lia sido lnimilmcnte suplicado que les diessemos
licencia para lo susodicho lo qual por buenos respectos Imvenios tenido por
bien. Por laido con tenor de las presentes de nuestra cierta sciencia y auc-
toridad Real expresa y deliberadamente damos e otorgamos licencia per-
153
El bando publicado en Valencia el 16 de noviembre, en el
que se ordenaba á los moros valencianos que acudiesen á la
predicación, que llevasen medias lunas de paño azul en los
sombreros, que no tuviesen armas ofensivas ni defensivas ni
trabajasen en días festivos, que prestasen adoración externa
al encontrar en las calles el Santísimo Sacramento, que no
tocasen á la zalá ni practicasen otras ceremonias moriscas,
exacerbaba á aquellos infelices tan apegados á las prácticas de
miso e facultad a los dichos alfaquies e alcadis para que libremente e sin
caher por ello en pena alguna puedan vernir e veng-an por camino derecho
e acostumbrado donde quier que nuestra corte stoviere a presentarse ante
nos paral dicho effecto con tanto que todos los que assi vinieren se presen-
ten primero ante la Serenisima Doña Germana Reyna de arag-on nuestra
muy cara e muy amada señora madre y lugarteniente general en el dicho
Reyno de Valencia y por su mandado y por mano de su secretario se noten
y scrivan en las espaldas de las presentes los nombres de todos aquellos de
los dichos alfaquis y alcadis que ella terna por bien que vengan y gozen
desta nuestra licencia la qual queremos que dure y sea valida por tiempo de
(en blanco) que se cuenten y corran del dia de la Data de las presentes en
adelante durante el qual termino por las mesmas presentes guiamos y as>c-
guramos a los dichos alfaquis y alcadis y los recibimos y ponemos en nuestra
protection amparo salvaguarda Real para que seguramente puedan venir
star y bolver a sus casas con todo lo que traxeren y levaren siendo suyo
proprio y de sil companya sin que en ello les sea puesto empacho ni fecha
detención o contradiction alguna dispensando si y en quanto necesario sea
por esta vez tan solamente en qualesquier pragmáticas prohibiciones y ve-
damientos en contrario fechos quedando para con otros en su fuerza y
vigor. E por las mismas presentes mandamos a todos y qualesquier officia-
les nuestros mayores y menores y otras personas a quien pertenezca y las
presentes serán en qualquier manera presentadas so incorrimiento de nues-
tra ira e indignación y pena de diez mil florines de oro a nuestros cofres
aplicaderos questa nuestra licencia y facultad y todo lo en ella contenido
tengan observen y guarden a los dichos alfaquis e alcadis tener y observar-
lo inviolablemente guardándose attentamente de fazer o consentir que lo
contrario se faga en alguna manera por quanto la gracia nuestra les es
cara y la pena susodicha temen incorrer. En testimonio de lo qual manda-
mos facer las presentes con nuestro secreto en el dorso selladas. Data ni
toledo a diez dias del mes de noviembre del año del nascimiento de nuestro
señor M.D.XXV=Yo el Rey=»
Vidit hispalensis Inquisitor generalig= Cesárea et Catholica Maiestas
mandavit mihi Ugoni de Urries, risa per Inquisitorem generálem.
Arch. gral. de Simancas — Cons. de Inq., lib. núm. 6, fol. 68.
El mismo doc. (otra copia) se halla en el cit. Arch.— Cons. de Inq., libro
número 15, fol. 460, b,
154
su religión (15). Dos días después se publicaba en la catedral y
parroquias de Valencia un cartel, por parte dé la Inquisición y
proveído en Toledo el 3 de aquel mismo mes, mandando á
todos los valencianos, so pena de excomunión reservada, que
denunciasen á los transgresores del referido bando, y á 25 del
mismo, notificó el maestro Ferrá á los moros que se hallaban en
la catedral, un edicto de Clemente VII en que so graves penas,
se mandaba la obediencia á los preceptos del emperador. En
nombre de éste les notificaba que para el 8 del mes siguiente
hubiesen de estar todos bautizados y los que no aceptasen el
bautismo se hallarían incursos en la ira del rey, quien se reser-
vaba fijar el plazo para el destierro (16).
Esto eran solamente amenazas de un rey contra vasallos
díscolos, pero la terquedad de éstos hacía presagiar lamenta-
bles escenas. Más que terquedad era un reto que, en nombre de
su religión, lanzaban contra el principio de autoridad en un
país en que de hecho ya no vivían como en su propia casa sino
como albergados. ¿Había de ceder la autoridad? La transacción
15) Escolano, obra eit., t. II, pág. 720, extracta este pregón. Fonseca,
Justa expulsión etc., pág. 15, añade que en dicha pragmática se ordenaba
á los barones, justicias y jurados que obligasen á los moriscos á la asisten-
cia á los sermones é instrucción en la fe.
16) «...mandó el Emperador con una rigorosa pragmática que se salie-
sen de sus estados los que no querían ser christianos: viendo ellos esta gran
resolución del Cesar determinaron de baptizarse, como en efecto lo hizie-
ron. De lo dicho se sigue que los Moros que mandó baptizar el Emperador
Carlos V no recibieron este sacramento hasta averíos enseñado e instruydo
en los mysterios de nuestra Fe (como dicen algunos que no saben el hecho)
por espacio de dos años, pues se comenzó en el de 152-4, luego que el Empe-
rador recibió la Bula exortatoria del Papa, y se acabó el año 1526, quando
ellos se baptizaron; a lo qual se añade el conoscimiento que ya tenian, assi
por razón de los sermones á que los obligavan assistir, como por el trato y
comunicación familiar de los Christianos viejos. Y aunque esta enseñanza
no fue tan cabal y cumplida como la que agora se haze con los Catecúme-
nos, pero pareció á los hombres doctos y prudentes de aquel tiempo, era
bastante la que estava hecha, para poderlos admitir a este sacramento sin
pecado, por aver peligro en la tardanza, y por la confianza que se tuvo, de
que poco a poco los yrian enseñando y confirmando en la Fe. Lo qual apro-
vó y aun alabó el Papa Clemente Sétimo en un Breve dado en Roma a los
11 de Junio ilc 1533, despachado al Inquisidor general de España Don
Alonso Manrique... Damián Fonseca, Justa expulsión etc., págs. 15 y 16,
donde copia la aprobación del bautismo mandado por el emperador.
155
había de ser funesta y, si aplazaba el mal, no le había de extin-
guir. El carácter fanático de los moriscos hacía imposible la
fusión con un pueblo que no había de abdicar en aquellos
momentos de los sentimientos religiosos por cuya defensa tanta
sangre había derramado; pero continuaban los paliativos; se
esperaba que el temor resolviese lo que no habían podido la ins-
trucción religiosa ni las medidas de suavidad y misericordia; se
procuraba sofocar aquel movimiento que empezaba á observar-
se entre los rebeldes moriscos de Benaguacil (17), pero todo
17) Copia de carta del emperador á la reina Germana, fecha en Toledo
á 2 de diciembre de 1525:
«Serenísima Reyna &. El Illustre Duque de Segorbe nuestro primo nos
ha escrito que el ha hecho y hace todo lo que puede en la conversión de los
moros dése Reyno y especialmente los de sus tierras, conforme a nuestras
provisiones y mandamientos y lo ha trahido en tales términos que espera
(Dios mediante) presto acabarlo remediándose lo que se ha intentado en
benaguazir que por ser villa fuerte y para poderse deffender por algún
tiempo se han allí recogido mucho numero de moros y puesto artillería y
municiones y muchos mantenimientos y echado fuera los pocos christianos
que ende estavan y cerrado las puertas con pensamiento de se defender
hasta que veng-an fustas de moros en que se puedan ir y pasar en áfrica lo
qual lleg-ado a vuestra noticia diz que vuestra Serenidad embio y mando
que también los jurados embiaren a remediarlo y que no aprovecho antes
los moros se descararon a no obedecer mandamiento alguno y que entonces
vos señora escrivistes al dcho. Duque rogándole que el fuese en persona a
allanar la dicha rebelión con alguna gente y artillería por no se offrecer
mexor ni mas breve camino para lo atajar sin escándalo y que respondió
que luego lo pusiera en obra sino que por ser cosa ardua y de algún peli-
gro y gasto le avia parecido consultárnoslo primero como lo ha hecho offre-
ciendose que si nos fuéremos dello servido saldrá luego con sus amigos y
vasallos a reducir la dicha villa y lo hará con el menor daño que sea posi-'
ble pero pide que se le de facultad que haviendola tomado y reducido
pueda retenerse la possesion della conforme a los fueros desse Reyno hasta
que sea pagado de los gastos que por causa de la dicha reducion havra
fecho como assi diz que se a acostumbrado otras vezes en esse Reyno y que
assi se hico en la rebelión de la Varonía de Árenos y puesto que alguna
manera el Duque tenga razón de pedir esto por la costa que en ello se le
of frece y nos holgaríamos de contestarle en toda cosa honesta y razonable
pero como esto sea interesse de esa ciudad y de otros creedores que tienen
censales sobre la dicha villa anos parecido remitirlo a vuestra serenidad
con la presente para que si la dicha villa esta en tal estado que por otros
medios pacíficos y quietos los quales se deben probar antes de pasar a cosa
de fecho no pudiere reducirse a obediencia y por menos inconveniente pa-
rejera que se deve allanar por mano del dicho Duque; vos señora con iu-
156
inútil. Estos se hallaban dispuestos á defender sus creencias
con las armas en la mano; rechazaban el bautismo, veían
llegar la hora de enarbolar el pendón de la media luna y espe-
raban que tuviesen cumplimiento las profecías que habían anun-
ciado la restauración del imperio muslímico en España. Lo que
empezó por el deseo de lograr la salvación de las almas, iba á
convertirse en guerra de religión; y el espíritu bélico de los
españoles que sujetaron á los moros rebelados en el Albaicín
y en la Alpu jarra, daba señales de vida, de poder superior, de
tervencion y acuerdo de los de esse nuestro consejo y de los Comissarios de
la conversión de los moros llamados los Jurados racional y sindico de essa
ciudad y los otros acrehedores o interesados en esto platiquéis con ellos si
abra manera para que con su voluntad se haga lo que el Duque pide pues
sera conservarle sus rentas e créditos e intereses que podria perderlos por
recibir mucho daño si por otra via la dicha villa se combatiese y saquease
y proveáis aquello que mas cumple al bueno y breve remedio de la dicha
rebelión antes que mas se estienda y si os pareciese primero consultarnos
sobre ello aunque sea alguna dilación lo hareys con diligencia mirando
que de lo que se proveyere la dicha ciudad no se agravie ni tenga justa
causa de se quexar.
Asi mismo el dicho Duque nos ha embiado a suplicar que le diessemos
facultad y comisión para que los moros que no se quisiessen convertir assi
de sus tierras como de la dicha villa de benaguazil les aya el de dar licen-
cia para irse que con esto el piensa tener manera para que muchos mas se
conviertan y la mesma facultad pide para Don Juan de Valtierra con sus
vasallos porque en este negocio diz que lo hace muy bien y sirve mucho y
aunque esto sea cosa de preheminencia y que no se deve dar quando se
diese, sino al beneplácito, por que no sucediendo bien la experiencia dello
pudiese revocarse, pero pues el fin que tenemos es de escusar el daño de
los varones y por tal respecto procurar quanto sea posible que sus moros
queden christianos, por que no se despueblen sus tierras de que ellos mas
que nadie ternan especiad euidado por lo que les cumple, parece que en
esto no avria mucho inconveniente pues por la licencia que ellos diesen a
sus vasallos moros no pudiesen irse sin la nuestra e sin manifestarse donde
les fuere ordenado, todavía porque mexor se mire y pondere lo que esto
importa nos pareció también remitirlo alia para que vuestra Serenidad con
los dichos del Consejo y Comisarios provea acerca dello lo que viere que
mas convenga al bien desta negociación gratificando al dcho. Duque en
todo lo que buenamente se pueda por el buen celo q*ue el tiene y por lo que
su persona y servicios merecen y de lo que se hiciere nos daréis aviso por
vuestras letras. Serenísima Reyna &. Data en Toledo a ij de deziembre
• le M.D.XXV.=Yo el Iley=Urries secretarius, Marques de ferrara R.=de
bononia, R.=May, R.=Ram, R.=de ponnaniis, R.».
Arch. gral. de Simancas— Cons. de Inq., lib. núm. 15, fol. 463.
157
victoria próxima; no confiaban los cristianos viejos, ni soñaban
siquiera en la derrota, y por eso afrontaron las consecuencias
del reto que los moriscos les habían lanzado.
Entonces y en uso de su derecho, mandó el monarca, prote-
gido por el Sumo Pontífice y representando la opinión pública
de sus vasallos , que saliesen de la región valenciana todos los
moros no bautizados para el 31 de diciembre de aquel año, y de
toda la península para el 31 de enero siguiente. Quedaban, em-
pero, los moriscos, aunque acechados de continuo y recelosos de
ver la suerte que cabía á sus correligionarios; pero éstos, antes
de abandonar sus hogares y viendo la inflexibilidad del monar-
ca para con los embajadores moros que fueron á la corte (18),
resolvieron apelar á las armas y, desde Benaguacil, convocaron
á los de Benisanó , Bétera , Villamarchante , Paterna y algunos
lugares vecinos que trataron de resistir. La mayor parte de los
moros valencianos habían sido registrados en Siete-Aguas, y
por Requena , Madrid , Benavente y Villafranca llegaron á Co-
ruña, donde fueron embarcados para reinos extraños; los demás
de España, en número crecido, se fueron por Vizcaya á Francia,
18) Copia de una carta original del arzobispo de Sevilla dirigida ó los
comisarios, fecha en Toledo á 6 de enero de 1526:
«Muy R.dos señores.
Con el correo que partió de aqui la semana pasada scrivimos a V. R. Pa-
ternidad la propagación qxiel Emperador y rey nuestro señor havia manda-
do fazer de quinse dias en essa sancta obra como mas largo habrán visto
por las letras de su catholica mag.d y nuestra, después los síndicos de las
aljamas que acá vinieron han continuado en pedir las cosas contenidas en
una suplicación que presentaron y todo visto en el consejo de la sancta in-
quisición y consultado con su catholica. mag.d pareció que se les deuia otor-
gar las cosas que V. P. verán por las provisiones y letras que lleua el señor
padre gueuara vuestro colega cuya venida y de los dichos síndicos lia hecho
por cierto mucho fructo en esa santa negociación la cual [gr.s a Dios (?)]
siempre va de bien en mejor y esperamos en su divina magestad que muy
presto se abra el fin deseado asi en esse reyno como en el de aragon y por
que el padre de gueuara informara a V. P. particularmente fie todo lo
que acá ha pasado por ser tal persona nos remitimos en todo a su relación
el rector de ese santo officio proveerá para ayuda de vuestros gastos y de los
que se hizieren en la execucion de tan santo proposito, nuestro señor lo
guie todo a su santo servicio y guarde y acreciente vuestras muy R.dus per-
sonas, de toledo a VI del mes de enero del año de Mil DXXVI.
A lo que mandaredos— A.— Joannes Garcia secretariu-.
Arch. gral. de Simancas. — Cuas, de Inq., lib. núm. 7.">. t'ol. 261,
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desde donde se dirigieron á África ; eran por tanto muy pocos
los que habían quedado en Benaguacil, pero los moriscos les
ayudaban cuanto podían y, por este motivo, costó algunas sema-
nas el ser sometidos por las fuerzas unidas de los gobernadores
Jerónimo Cavanilles y Luís Ferrer , y de los jurados de Valen-
cia Jimén Pérez de Pertusa y Baltasar Granullés.
Noticioso el emperador de aquel levantamiento concedió un
perdón, con fecha 6 de enero de 1526, á los que se sometie-
sen (19), y aunque algún efecto produjo esta disposición del
19) Copla del perdón que el emperador concedió á los moros que se rebe-
laron si se reducían, fecha en Toledo á 6 de enero de 1526:
f
«Nos Don Carlos &. por quanto a nuestra noticia ha llegado que vos-
otros los Alfaquies Jurados y Aljama de moros de la villa de benaguazir
movidos por mal consejo y diabólica sugestión aveys dexado de obedecer e
complir los edictos provisiones y mandamientos en nuestro nombre fechos
y mandados fazer por la Serenísima Reyna de Aragón como lugar teniente
general nuestra y por los Comisarios appostolicos de la general conversión
de los moros dése Reyno que se os han intimado y publicado con pregones
por lo qual aveis incurrido en muy graves penas y soys dignos de gran
punición y castigo. Pero nos creyendo y teniendo por cierto que la culpa
desto principalmente consiste en el mal consejo de los pocos que lo han
procurado y queriendo con vos usar de nuestra Real benignidad y clemen-
cia antes que del rigor de la justicia y deseando la salvación de vuestras
animas y remedio de vuestras personas casas y haziendas que todo lo aveis
perdido por el crimen e inobediencia cometida, con tenor de las presentes
de nuestra cierta ciencia y auctoridad real os decimos exhortamos y man-
damos so pena de las vidas confiscación y perdimiento de todos vuestros
bienes que luego que con las presentes sereys dello requerydos dentro de
un dia natural vengáis a toda obediencia nuestra e de la dicha Serenísima
Reyna y otros officiales nuestros y de los dichos Comisarios y les entreguéis
las armas que teneys y cerreys las mezquitas de esa villa y hagáis y cum-
pláis todas las otras cosas que se os han mandado y mandaren en nuestro
nombre. Lo qual si asi cumplieredes con efl'ecto nos place y por las mesmas
presentes perdonamos, remitimos, absolvemos y relaxamos las dichas penas
en que haveys incurrido a todos aquellos de vosotros que dentro de tres
dias continuos después questa nuestra Real provisión os sera presentada
recibieredes el agua del santo baptismo y os tornaredes christianos acep-
tando del dicho perdón la dicha persona o personas que serán nombradas y
exceptadas por la dicha Serenísima Reyna o en su ausencia por el portan-
bezes de nuestro general governador en esse Reyno dicho-, el qual perdón
general queremos y mandamos que assi por los dichos nuestros officiales
como por qualcsquier varones cavalleros y otras personas a quien pertenez-
ca os sea en el dicho caso de obediencia o conversión enteramente guardado
159.
monarca, fué necesaria la fuerza para someterles, no sin antes
escapar los más exaltados y refugiarse en las fragosidades de
la sierra de Espadan.
La rebelión de los moros de Benaguacil quedó sofocada
el 17 de marzo de 1526, pero el núcleo de los rebelados en la
sierra de Espadan perdura hasta el 19 de septiembre de aquel
año, según afirma el P. Bleda.
Poco antes había resonado aquel grito de rebelión, no sólo
en las sierras de Bernia, sino en los agrestes lugares de Guada -
lest y Confrides , pero aquel alzamiento no era general , si bien
demuestra la tenacidad de los mudejares valencianos que pre-
fieren sucumbir por el hambre y el fuego antes que recibir las
aguas del bautismo. ¡Conducta heroica, si el objeto de sus aspi-
raciones no nos la hiciera calificar de imprudente y fanática!
La insurrección más formidable fué, sin duda, la de los mo-
riscos de la sierra de Espadan.
y observado asi a los moros que os hallaredes en la dicha villa de benagua-
zir al tiempo que esta dicha provisión os sera presentada como a otros
qualesquier moros inobedientes dése dicho Reyno que dentro del dicho ter-
mino de tres dias sin otra inovacion vinieren a obedecer y cumplir con
efecto lo que dicho es, a todos los quales con sus bienes y hazienda hacién-
dolo assi agora por entonces recibimos y ponemos so nuestra protección
amparo y salvaguarda real para que por nadie puedan ser presos ni dam-
nificados en sus personas y bienes con apercibimiento que si como no cree-
mos 1q contrario hycieredes se procederá contra vosotros con todo rig'or
de justicia y mano poderosa a execucion irremisible de las dichas penas y
sereys exemplarmente castigados e assi rogamos a la dicha Serenísima
Reyna lugarteniente general y mandamos a todos los officiales y subditos
nuestros a quien pertenezca so incorrimiento de nuestra ira e indignación
y pena de dos mil florines de oro de los bienes de cada uno que lo contra-
rio hiciere aplicaderos que esta nuestra Real provisión y todo lo en ella
contenido tengan observen y guarden inviolablemente guardándose de
fazer o consentir que lo contrario se faga en alguna manera por quanto la
dicha Serenísima Reyna nos desea complazer y los otros officiales y s\il (di-
tos nuestros la gracia nuestra tienen cara y la pena susodicha temen in-
corrir.
En testimonio de lo qual mandamos fazer las presentes con nuestro sello
secreto en el dorso selladas. Data en Toledo a seis dias del mes de henero
de M.D.XXVT.=Yo el Rey=Marques de ferrara R.=Ccesarea et Catholica
maiestas mandavit mihi Ugoni de Urries=Visa per cancellarium et de
ferrara Regentem Cancellarioe,» .
Arch. gral. de Simancas — Cons. de Inq., lib. núm. 15, fol. 464.
160
Escolano, Guadaiájara , Bleda y Fonseca, entre otros, nos
han conservado algunos detalles de las operaciones realizadas
por los cristianos para sofocarla, de los capitanes que intervi-
nieron en aquella lucha , del favor prestado á los insurgentes
por el titulado Celim Almanzor, de las bajas sufridas por ambos
ejércitos y del socorro de los tres mil alemanes enviado por el
emperador; algunos más podemos añadir que ilustran aquellos
sucesos y que, por no tocar directamente á nuestro principal
objeto, los reservamos para otro lugar (20), pero en ellos puede
observar el crítico la manera singular como resucita en el ejér-
cito cristiano el valor heroico de que tan brillantes manifesta-
ciones nos habían dado en siglos anteriores aquellos soldados
que luchaban por el logro de la unidad política y de la unidad
religiosa .
Terminaron todas aquellas insurrecciones, inclusas las de
algunos pueblos de Aragón y también de la Muela de Cortes, en
donde se hicieron fuertes algunos de los derrotados en Espadan;
los valencianos como los catalanes estaban atemorizados por la
forma en que los moros africanos tomaban el desquite del su-
puesto agravio que se infería con el bautismo á sus correligiona-
rios españoles, pues, en inteligencia con éstos, llevaban á cabo
cruelísimas devastaciones, incendios, muertes y piraterías. Las
Cortes de Valencia propusieron el remedio al mismo tiempo que
pedían el sobreseimiento en la causa contra los rebelados en
Bernia y Espadan (21), pero lo verdaderamente digno de men-
20) Vid. doc. núm. 4 de la Colec. Diplomát. Debemos hacer mención
de anas frases que hemos leído en los cit. Papeles del obispo D. J. B. Pérez.
Refiere á Felipe II que, por el temor al bautismo, se rebelaron los moriscos
del valle de Almonacid y otros lugares, refugiándose en la sierra de Espa-
dan y eligiendo por rey á Carbaus, moro de Algar; que fueron siete mil los
rebelados en aquella sierra y seis mil los que se acogieron al perdón man-
dado publicar por el emperador-, que contra los restantes envió D. Carlos I
á Guillermo Rocandolfo con tres mil tudescos y «en llegando los invistió y
venció a 21 de septiembre del año 1526». Esta determinación, dice el obispo
Pérez, la tomó el emperador porqué sospechó que los señores dilatavan la
guerra por no hazer daño ó sus vasallos. ¿Tuvo motivo el monarca para
tan grave sospecba? En caso afirmativo sería curioso averiguarlo.
21) En las Cortes celebradas en Madrid en 1528, se acuerda, entre otras
cosas, que se artillen los puertos de mar, que se eviten las piraterías de los
moros y que, se visite á los nuevos convertidos para ver si continúan en la
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ción es la concordia que se realiza entre los moriscos valencia
nos 'y el poder real, previo consentimiento del Santo Oficio (22).
fe católica. Y he aquí un extracto, en lo que se refiere á nuestro asunto,
de las
Cortes de Valladolid de 1523
5.— Que se procure por todos los medios que ser pudiere la guerra contra
los infieles.
14. — Que el dinero obtenido contra los enemigos de nuestra fe católica
se gaste exactamente.
Cortes de Toledo de 1525
•22. — Que se eviten las piraterías de los moros.
14.— Que se sostengan las fortalezas de África para hacer daño á los in-
fieles.
Cortes valencianas de 1528
6. — «Los tres brazos y estamentos se quejan dé los daños que los moros
de África han hecho y liaren en el presente Reino y en su mar y cesta.
cautivando cristianos, destruyendo y robando algunos lugares de dicho
Reino, e impidiendo que los víveres y mercaderías llegasen a el, de lo
cual recibe el comercio grandísimos daños y disminuyen las rentas reales
y las de la ciudad. Y ademas los dichos daños que habían hecho y hacen
ahora a causa de la nueva conversión de los moros del dicho Reino que por
orden de S. M. han sido bautizados, se llevan con sus armadas los nuevos
convertidos a nuestra santa fe renegando de ella, lo que redunda en gran
daño y destrucción del dicho Reino. Y pidieron autorización para elegir
los Capitanes y organizar una fuerza a costa de la generalidad, que guar-
dase el Reino. Si los bienes de la generalidad no bastasen podrían imponer
derechos sobre las ropas y mercaderías que bien visto les fuera, lo cual solo
duraría hasta las primeras cortes que se convocasen» %
Esta pretensión fué otorgada.
11. — «Otorgo el rey que se sobreseyese hasta las primeras Cortes cual-
quiera procesos que se hubieran comenzado por cualquiera crímenes contra
los nuevamente convertidos sobre los crímenes y delitos de la Sierra de Es-
padan y de Bernia y aunque por no haber obedecido los mandatos de S. M.
en el tiempo ordenado, tomasen el Santo bautismo y saliesen fuera del
Reino, asi respecto de las penas corporales como pecuniarias, excepto los
del valle de Cortes».
13. — «Los militares que eran Señores de vasallos moros tenían sobre
estos jurisdicción alta y baja, mero y mixto imperio y habiendo solicitado
continuar los mismos derechos sobre los nuevos convertidos, el Rey lo otor-
go, contra cuyo acuerdo protestó el Sindico de Algecira, Luis García».
15. — «A petición del Estamento militar decreto el Rey que los nueva-
mente convertidos no pudiesen mudar sus domicilios de un lugar a otro,
asi como no lo podían hacer siendo moros: en lo demás no acercándose a
los lugares que están a la marina que lo puedan facer como lo podían facer
antes» .
22) Vid. doc. núm. 5 de la Coleo. DiplomXt, Publicamos este dots. por
T. I 11
162
En los capítulos de esta concordia se establece , que no se
proceda por la Inquisición contra los moriscos en el espació de
cuarenta años; que no se les obligue á usar trajes cristianos
durante diez aíios ; que en el mismo espacio no se les apremie á
emplear el valenciano ó castellano sino algarabía; que puedan
tener cementerio especial junto á sus mezquitas convertidas en
iglesias; que les sea dispensado el impedimento de parentesco
en los matrimonios consumados, y en los concertados se consul-
te á Su Santidad; que los bienes de las mezquitas puedan apli-
carse al culto cristiano en las nuevas iglesias , reservando una
parte para la manutención de los alfaquíes convertidos; que se
les permita llevar armas; que se les iguale en tributos á los
cristianos viejos; que se les autorice para mudar de domicilio;
y, por último, que se conserven como universidades indepen-
dientes las morerías de realengo de Valencia, Játiva, Alcira.
Castellón de la Plana y otras.
Estas concesiones, ¿indican de parte del poder real transac-
ción ó abdicación del espíritu que informó anteriores disposi-
ciones del mismo emperador? ¿Se hallan en oposición con el
espíritu que revelan los pregones mencionados y singularmente
la orden de expulsión? La fuerza de las armas de los rebelados
en Benaguacil, Espadan y Muela de Cortes, ¿cambió la política
de Carlos I respecto de los mudejares y moriscos? Verdad es
que se pactaba la conversión de los no bautizados que restaban
á trueque de aquellas concesiones, pero el móvil de este, al pa-
recer, cambio, ¿era el deseo de la conversión de los moros y
de la fusión por ende entre vencedores y vencidos? Solución á
tales preguntas nos da el siguiente edicto del inquisidor general
á sus colegas de Valencia, en el que se declara el espíritu con
que debía interpretarse la letra de la mencionada concordia:
t
«Nos Don alonso &. Comisario general para la universal conversión
de los moros a nuestra santa fe católica que mediante la gracia de
Dios se hizo en los Reinos de Aragón y Valencia y principando de Ca-
taluña hazemos saber a vos los R. us inquisidores apostólicos contra la
herética pravedad en la ynquisicion de Valencia y su distrito que
las variantes que se observan con e] pul», por el Sr. Danvila, págs. 102-105
de sus Conf. y por ser Integro.
163
havemos sido informados que después de mi venida de ese dicho
Reino los nuevamente convertidos de moros a nuestra sancta fe catho-
lica o mucha parte dellos seducidos según se dice y engañados por
algunas personas mal ynformadas que les dieron a entender que por
el emperador y rey nuestro señor y por nos se les da va licencia de
vivir como moros por tiempo de cuarenta años han guardado la pas-
cua del carnero y hecho muchas ceremonias publicas de moros cosa si
assi es de muy gran atrevimiento y digna de castigo por ser hecha en
tanto deservicio de Dios y en oprovio de la fe que prometieron en el
sancto baptismo que recibieron y porque este error deue nascer del
mal entendimiento que algunos dieron a lo que fue decretado y res-
pondido a los capítulos que en la ciudad de Toledo presentaron los
Alphaquis y alcaldis de ese dieño reyno sobre la qual conversión en
que pidieron que por cuarenta años la ynquisicion no procediese
contra ellos lo cual no se les concedió antes se les respondió que se
baria con ellos lo que se hizo con los nuevamente convertidos en el
reyno de Granada a saber es que por cosas livianas y de achaques
que se hiciesen por descuido no siendo ceremonias de la dañada secta
de Mahoma, salvo cosas en que podrían -caer por la vieja costumbre y
no por se apartar de nuestra sancta fee ni por guarda ni observancia
de la dicha secta que en tal caso serian benicnaniente tractados y
corregidos y amonestados con caridad para que se apartasen de lo
semejante y que no serian por ello punidos ni castigados por pena
ordinaria como se hizo con los del reyno de Granada pero que la
yntencion de su Mag. d y nuestra no era ni es de dar licencia ni permi-
tir a los dichos nuevamente convertidos que ningún tiempo viuiessen
como moros ni hiziesen cirimonias de la dicha secta de Mahoma en
publico ni en secreto después que huviessen reciuido el sancto baptis-
mo ni la tal se les podia dar ni conceder antes si tales cosas hiziessen
y commetiessen serian punidos y castigados y se procedería contra
ellos conforme a derecho por el sancto offlcio de la ynquisicion y
porque si en esto no se proueyese como conuiene seria en muy grande
deservicio de Dios y daño de las animas de los dichos nuevamente
conuertidos y en mucho cargo de nuestra conciencia por ende con
tenor de la presente por la autoridad apostólica a nos commetida di-
que en esta parte vsamos demás de la declaración que entoiu-e- sé
hico de palabra como dicho es a los dichos Alphaquis y alcadis y des-
pués se ha hecho a otras personas que han venido << negociar con nos
por parte de los dichos nuevamente convertidos <> de algunos de ellos a
mayor cumplimiento y porque no puedan pretender ignorancia ni
tener escusa alguna en sus ritos y cirimonias declaramos que la
intención de su Mag. d y nuestra fue y es que con los dichos nueva-
mente conuirtidos se haria y se liara y se guarde y entienda de la
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Horma y manera de suso contenida y declarada y mandamos a vos los
dichos ynquisidores y a qualquicra de vos que assi lo guardéis y
cumpláis y hagays guardar y cumplir y proueais que la presente
nuestra declaración y prouision se publique en esa ciudad de Valen-
cia y en las otras ciudades villas y lugares de esse ntro reyno donde
os pareciere que convenga en la forma acostumbrada porque venga a
noticia de todos y ninguno pueda allegar ignorancia. En testimonio
de lo cual mandamos hacer la presente firmada de nuestra mano sella-
da con nuestro sello y refferendada por el secretario de este sancto
oi'ficio. Datum en el lugar de pinto a xxnj dias del mes de octubre año
del nacimiento de nuestro señor Mil quinientos veynte y ocho=Archi-
episcopus hispalensis.=Con señales de los señores obispo de mondo-
nedo— lícd, balde=licd.° niño=y Doctor Saldafia.=De mandato
reverendisimi Domini Archiepiscopi hispalensis Ynquisitoris generalis,
Joannes García, Secretarius» (23).
Además de esto, escribía el referido arzobispo á los mismos
inquisidores de Valencia el 26 de diciembre de aquel año:
«R. dos ynquisidores dos letras vuestras habernos recibido sobre el
negocio de los nuevamente convertidos en esse reyno y antes que lle-
gasen se liauia hablado muy largo cerca de ello en el consejo de la
general ynquisicion por las cartas que truxo el correo que embio el
señor duque lugartheniente general y todo visto y considerado ha pa-
recido que el vayle general hizo muy mal y lo que no devia en publi-
car como publico la confirmación de su cesárea m. 1 de lo que se otorgo
a los doce moros que vinieron a esta ciudad a tiempo de la general
conversión cuyo traslado con otras escrituras nos imbiastes especial-
mente no teniendo carta de su catholica m.* para ello y no haviendo
dado parte al lugarteniente dé su ni. 1 ni a su consejo aunque el se
escusc diciendo que porque algunas cosas de la dicha confirmación
son en favor de las rentas reales se publico y ansi mismo parescio que
pues el hizo publicar la, dicha confirmación el haga agora publicar la
declaración de su m. 1 que se embia y la nuestra que alia tenéis y que
no se pueda dar traslado de lo vim sin lo otro porque venga a noticia
23) Arcli. gral. di' Simancas, Tnq., lib. núm. 76, fol. 101. . |
Aunque el cit. doc. es una provisión, se mandó publicar en forma de
edicto y asi aparece registrado en el referido archivo. Al final de la citada
carta leemos:
• Fuit alia similis expedita eidem die 6t anuo ad ynquisitores Aragonum
¡n eodem loco et ad assesorem.»
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de todos y los otros convertidos sean desengañados de ía mala inter-
pretación e inteligencia que algunos lian dado y tenido y piensen que
no han de vivir como moros sino como christianos y se han despacha-
do las provisiones y letras de sn m.* necesarias para ello deveys
hablar con el dicho vayle general y darle la dicha nuestra declara-
ción y nuestra carta que sera con la presente para que se publique
con la de su m.* y se haga todo como dicho es no curando de publicar
la provisión que teniades ya emprendida cuyo traslado havemos visto
por que no conviene publicarse por agora por algunos buenos respec-
tos sino que la dha declaración sea publicada por el dicho vayle ge-
neral como dicho es sin otra provisión alguna nuestra y tened por
bien que de esta negociación se de parte a los que os escrivimos que
por ser cosa de tal calidad y tan importante parescio que se debia asy
hazery es mucho mejor que de otra manera alguna que en otras cosas
tocantes a esse sancto ol'ñcio se deve hacer lo que escreuistes luego
ñus ;iuisad como se haura fecho porque estaremos con mucho cuydado
hasta saberlo por tocar esto tanto al servicio de Dios y de su m.* y al
descargo de su m.* y nuestro y a la salud de las animas de los dichos
nuevamente convertidos. Nuestro señor lo guie todo como fuere mas
servido y conforme vuestras R. mas personas, de Toledo a xxvj de di-
ciembre 1528.=Vester Archiepiscopus hispalensis» (24).
Aunque no tenemos, por hoy, pruebas concluy entes para de-
mostrar que los ministros del emperador accedieron á las ante-
riores bases acordadas mediante la composición pecuniaria, no
queremos, á fuer de imparciales, dejar de consignar el conte-
nido de un fragmento que hallamos en una Relación de puntos
de carta, sin fecha, pero que tienen la de 1524 los documentos
del mismo legajo existente en el Archivo general de Simancas.
Dice así: «hacer Relación a su mag.* de lo que han hablado
al gran chanciller sobre lo de la conpusicion de los conversos
del Reyno de toleclo e Reyno de murgia que ofrecían 100.000
ducados porque se haga como se hizo en tiempo del Rey Cató-
lico» (25).
Tales conatos de composición , que habían de repetirse en
aquel mismo siglo, según tendremos ocasión de demostrar,
¿eran efecto de lo precario de nuestra hacienda? ¿obedecían,
acaso,, á proposiciones venales de los ministros flamencos que
24) Arch. gral. de Simancas .—Inq. , lib. núm. 76, fol. 126.
25) Secret. de Est., leg. núm. 12, fol. 3.
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rodeaban al emperador? Aun teniendo en cuenta la corrupción
política con que nos pintan aquella época escritores como Pedro
Mártir de Angleria y otros, no nos es dado afirmar cuanto nos
sea difícil probar con documentos. Podemos, no obstante, dedu-
cir algunas consecuencias que se desprenden lógicamente del
contenido en los anteriores.
Parece indudable que la intención del poder real no fué ac-
ceder, con aplicación general é inmediata, á todo lo capitulado.
Hiciéronse promesas condicionales y restringidas á los embaja-
dores moriscos, con intención, sin duda, de que el tiempo fuese
el encargado de la transmisión de aquellas bases acordadas; no
querían el poder real ni el Santo Oficio que se promulgase la
concordia por la vía oficial; era un concierto privado á que,
obedeciendo á presión irresistible, tuvo que acceder el gobier-
no; pero sus oficiales en Valencia, ora fuese para aumentar las
rentas reales } según decían, ora fuese á instancia de los nobles,
ora fuese para acallar el genio irritado de los moriscos, ó por
otras causas que desconocemos, promulgaron aquel concierto,
y los moriscos, creyendo" débil al poder real, renovaron su
fervor muslímico y concibieron esperanzas de ver mejorada
su suerte con la libertad abogada por los señores.
La concesión que recabaron los embajadores susodichos ¿fué
efecto de una política astuta más que débil? Si se nos presentan
documentos que tal prueben prestaremos nuestro leal asenso;
mientras tanto creeremos que no hubo astucia ni perfidia en el
ánimo del emperador, ni siquiera incumplimiento formal de la
palabra dada á aquellos mensajeros, sino falsa interpretación,
por parte de éstos, de los capítulos concordados. Así vemos que
lo demuestra el inquisidor general.
No era lógico el condescender con las pretensiones de aque-
lla raza sin echar al olvido el generoso esfuerzo de tantas
generaciones cine habían luchado en extirpar de nuestro suelo
hasta las reminiscencias alcoránicas; pudo el monarca permitir,
por espacio de cuarenta años, que los moros no bautizados vi-
viesen como hasta entonces, pues eran escasos; pero no podía
permitir que los cristianos nuevos apostatasen de la fe recibida
en el bautismo, ni transigir con la práctica de. las ceremonias
muslímicas, ni menos renegar de su real palabra, con tanta
solemnidad publicada después del hecho punible de los ager-
manados. Carlos I ha pasado á la historia como tipo del César
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y, hasta si se quiere, como encarnación viva del cesarismo, tan
opuesto á las máximas de la Iglesia Católica; pero la mayor
parte ole los historiadores le han juzgado como incapaz de faltar
á su real palabra. Y así lo reconoce el Dr. Haébler al decir: «lo
que indudablemente ha caracterizado más á Carlos I durante
toda su vida, fué la fidelidad al juramento prestado» (26).
Graves eran los aprietos de nuestra hacienda después que
empuñó aquel emperador el cetro venerando de los Reyes Cató-
licos. Los moriscos disponían de gruesos capitales y fomentaban
la riqueza de sus señores, lo cual debió ser tenido en cuenta por
el monarca y sus consejeros al aprobar la concordia que venía á
ser' un nuevo compás de espera, pero de ningún modo entrañaba
abdicación de la doctrina que había informado la vida entera
de la nación genuínamente española.
El grito de ¡guerra al Islam! no había de ser sofocado por
los amaños ni por el dinero, ni siquiera por el esfuerzo poderoso
de los señores; el clamor de la muchedumbre llegaría hasta las
gradas del trono, y tal vez sea esa la causa de las declaracio-
nes mandadas publicar por el inquisidor general; tal vez sea
ese el motivo de retroceder el poder real en sus concesiones á
las aljamas; tal vez sea ese el origen del rumbo que no habían
de tardar en seguir los consejeros del monarca en orden á re-
primir los excesos que comenzaban á observarse entre los mo-
riscos después de la publicación fraudulenta de la concordia.
Hay indicios para creerlo así, pero documentos fehacientes
de tal suposición no han llegado á nuestras manos. Lo induda-
ble es, que tales fluctuaciones en el poder real habían de ser de
fatales consecuencias, porque el pueblo español hallábase dis-
puesto á tomar la justicia por sus manos no obstante su prover-
bial respeto á la autoridad de sus reyes y su respetuosa sumisión
al Santo Oficio. Pero dejemos á un lado estas consideraciones y
recordemos el punto capital en que apoyó el pueblo su conducta
para con los restos de aquella raza.
Con la provisión real, en virtud de la que aceptaron los
26) Dr. Konrad Haebler, Prosperidad y decadencia económica de Espa-
ña durante el siglo XVI, pág. 159. Trad. del alemán por D. Francisco de
Laiglesia. Un vol. en 8.° de XXV-274 págs., imp. en Madrid por la viuda
é hijos de Tello, año 1899.
168
raoros el bautismo por no correr el peligro de sus correligiona-
rios embarcados en Fuenterrabía, se agravó más la cuestión mo-
risca, y así lo manifiesta el obispo Pérez al decir de estos nuevos
moriscos que «temiendo que por alli y van a morir se baptiza-
ron y assi Fr. Antonio de Guevara, del orden de s. 4 Francisco,
que después fue obispo de Mondoñedo, se alaba en una carta es-
cripta a Grarci Sánchez de la Vega aver baptizado en el reyno
de Valencia veinte y siete mil casas de moros». Añadiendo
luego en el memorial citado que elevó á Felipe II: «Conforme a
esta narración huvo tres géneros de baptizados; los primeros
fueron los baptizados por fuerza por los agermanados; los se-
gundos los rebeldes de Espadan perdonados si se baptizaran,
los terceros los que se baptizaron por no salir de España por
Fuenterrabia y a lo que se puede ymaginar en todos tres bap-
tismos se hicieron muchos yerros de los quales no devio estar
informado el Emperador porque es claro que tuvieron mucho de
violento y poco de voluntario, y se hizieron sin la instrucción
necessaria que la yglesia acostumbra en los que se baptizan
siendo grandes, porque ni aprendieron la doctrina ni hoy la
saben ellos ni sus hijos, antes la aborrescen...» De ello deduce
D. Juan Bautista Pérez que la violencia no fué precisa sino con-
dicional, y desde el momento en que eligieron el bautismo antes
que el daño, pudo el rey castigarles en su apostasía.
Esto lo sabía el pueblo, y claro es, que no había de tolerar
privilegios como los que entrañaban los célebres capítulos de la
concordia. Más aún; tales concesiones habían de ser de efecto
contraproducente', no ya en el ánimo de los cristianos viejos,
para quienes la honra nacional equivalía al esplendor del culto
católico y en consecuencia á la abolición de las prácticas maho-
metanas, sino en el de los cristianos nuevos, los cuales habían
de verse obligados á resistir las pruebas durísimas á que les
sometían los españoles, ora llamándoles perros moros, ora fisca-
lizando sus acciones, ora denunciándoles con frecuencia al
Santo Oficio. Verdad os que los moriscos no andaban á la zaga
de los cristianos viejos en propalar motes y calumnias contra
lo más santo é inviolable; pero el pueblo, que vivía en continuo
trato con tales moriscos, pudo ser más dócil á los consejos de
los prelados, á las disposiciones del Santo Oficio, á las exhorta-
ciones del poder real, y no lo fué. Se hallaba contrariado y
había de manifestar su contrariedad por todos los medios pues-
169
tos á su alcance. La intención era buena, los medios contra-
producentes.
«Otra quarta manera ay destos baptizados que son los mo-
riscos que hoy biven, escribe Pérez en 1597, los quales han sido
baptizados dende niños, porque aquellos del tiempo de Espadan
ya son casi todos muertos en estos setenta años y destos postre-
ros nadie duda que deven ser compellidos a guardar la fee del
baptismo y castigados dellos los apostatas y no pueden allegar
ignorancia criándose entre xpianos, antes consta que de mali-
cia huyen de las yglesias por no oyr la doctrina» (27).
Esto indica el estado de la opinión, aun entre aquellos que
más se adelantaron á nuestra actual manera de juzgar la época
que señalamos; pero esto no es obstáculo para creer que es
muy digna de estudio la condición social de aquella raza infeliz
obligada á descaecer en su fervor alcoránico, pues el historia-
dor debe tener muy presentes los peligros que entrañaba la
existencia de pueblo tan crecido en el seno de un país que no
era ya el suyo y que no podía serlo en aquellas circunstancias.
Pero sin embargo, continuó en España aquella raza que se
multiplicaba, por causas que hemos de estudiar, de una manera
asombrosa, y que amenazaba superar en número á la población
genuínamente cristiana y española (28).
27) Pap. del obispo Pérez y, en ellos, el Memorial cit. en la nota 35 del
capitulo V. »
28) Vid. doc. niim. 6 de la Colec Diplomát.
CAPÍTULO VII
La reforma protestante ex España y la cuestión morisca.— Peligros
creados por los cristianos nuevos al poder real. — medidas para
pavorecer~su conversión y causas que la dificultan.— situación
de los moriscos.
j(§¡g^3>
ominada la raza islamita y constituida la unidad políti-
ca en España, surgió, como era natural en un pueblo
cristiano, la idea de reformar las costumbres y el de-
recho de las llamadas clases directoras y singularmente del
clero. Se pensó en aprovechar las inmensas riquezas que poseía
nuestra península en primeras materias, sobre todo en lanas,
vinos y hierro (1); el descubrimiento de América impulsó nota-
blemente la exportación de nuestros productos; la ganadería, y
singularmente la agricultura, alcanzaron un progreso indiscuti-
ble; pero aquellos españoles que, si bien encarnaban el espíritu
aventurero cual ningún otro pueblo de Europa, y contemplaban
admirados las excelencias del sistema económico implantado
por los Reyes Católicos, no podían olvidar el progreso moral,
como fruto de la heroica fe que profesaron sus antepasados, y
pensaron en la regeneración, puesto que el humo de la pólvora
parecía haber estragado las costumbres públicas y privadas.
Sonó la voz de reforma, y los reyes y el pueblo la pedían ansio-
sos; la historia literaria de aquella época nos demuestra el cre-
cido número de escritores que, ya en forma satírica, ya bajo
1) Prosp. y decad. económ. de España etc., trad. cit.
172
formas templadas, la demandaban en todos los terrenos, pero
muy singularmente en el clero, alma y sostén que había de ser
de aquella sociedad encumbrada y llena de gloria, y que pare-
cía destinada á ocupar el primer lugar entre las naciones civi-
lizadas.
Muerta Isabel, continuó el pueblo pidiendo la reforma y con
más ansia al contemplar, no sólo el fruto recogido por Cisneros
que la había aplicado á las órdenes regulares, sino las dificulta-
des surgidas para implantarla en el clero secular. Por fortuna
no había entre nosotros errores de doctrina, había sólo relaja-
ción de costumbres arriba y superstición abajo; aquel estado
era propio de un pueblo que contemplaba desvanecido el trofeo
de la victoria. Pero sonó en Alemania el grito de protesta y de
reforma lanzado por Lutero ante un pueblo que había llegado á
asimilarse el odio al clero , encarnado en la heregía husita, y
cundió la voz, se pidió la reforma de costumbres y también la
de doctrina, y por esta pendiente se fueron deslizando los tudes-
cos hasta hacer frente, no ya á la personalidad de León X, sino
al Vicario de Cristo, al sucesor de Pedro, al Pontífice romano.
Conocidos son los detalles con que se establece en Europa la
reforma protestante y las escenas sangrientas á que da lugar
su desarrollo. España no podía ver impasible aquel movimiento;
á fuer de católica y de sumisa á la autoridad romana, no sólo
se adhirió á las doctrinas de la bula en que León X condenaba
los errores de Lutero á 15 de junio de 1520, sino que recibió con
alegría los dos breves que el Pontífice envió en 21 de marzo
de 1521 al condestable y al almirante de Castilla, gobernadores
de estos reinos en ausencias de Carlos I, amonestándoles con el
fin de que vedasen la entrada en la monarquía española á los
libros del fraile alemán (2). También el Consejo supremo del
Santo Oficio dirigió al monarca una comunicación exhortándole
á que reprimiese los errores luteranos (3); pero ni esto, ni el
2) Adolfo de Castro, Hist. de los protestantes españoles y de su persecu-
ción por Felipe II. Un vol. en 4." de 460pág-s., imp. en Cádiz, 1851. Vid. pa-
gina 85.
3) Copia de una provisión del Consejo, fecha en Burgos á 13 de abril
7le 1521:
t
S.icra cesárea y catholica magesfcad
por breves del nuestro muy snneto padre y cartas del Cardenal de tortosa
173
edicto mandado publicar por el cardenal 'Adriano en 7 de abril
de 1521 y repetido en 1523 para que fuesen recogidos los escritos
governador de estos Reynos y de otras partes avernos entendido los errores
y eregias que martin lutero alemán a levantado contra nuestra sancta fe
catholica y avernos sabido el gran sentimiento, que V. m.t hizo luego que
esto vino a su noticia y con quanto cuydado y diligencia mando entender
en el rremedio dello y porque somos certificados que todo lo que V. alteza
hizo y lo que su sanctidad contra este oreje proveyó y mando no a vastado
fasta agora para le apartar de sus errores y eregia antes a tenido y tiene
algunos que le siguen y favorecen de que nuestro señor dios es muy deser-
vido y su santa ygiesia muy ofendida acordamos de escrivir a Y. m.t cerca
dello no porque no tengamos entera confianc,a y certenidad que V. m.t deue
continuamente entender en estirpar estos errores y eregia y defender nues-
tra santa fe y la sede appostolica y al vicario de christo pero por cumplir
con dios y con vuestra alteza y con la obligación que como christianos tene-
mos a la defensión de su fe traeremos a la memoria de V. m.t la que el tiene
como rrey catholico desta nuestra españa y después como emperador de
alemana porque dexado aparte lo que V. alteza como principe christiano es
tenido a hazer en semejante caso por defensión de la fe en el castigo de
este malvado ereje es también muy grande la obligación que a ello tiene
como rrey y señor de estos Reynos y sucesor en ellos como nieto de aque-
llos gloriosos y catholicos Reyes don femando y doña ysabel vuestros agüe-
los que como V. m.t sabe desde el principio de su bienaventurado reynado
con gran estudio se desvelaron en el castigo de los erejes y en desarraygar
de sus rreynos toda especie de eregia ynstituyendo para ello el oficio de la
sancta ynquisicion y porque la bivienda de los moros y judíos que avia en
castilla no pervertiese la yntencion de los verdaderos christianos ni rreci-
biesen perjuizio de su dañada conversación mandaron echar y echaron sus
altezas a todos los moros y judíos de castilla aviendo por bien de perder
mucha parte de sus rrentas reales por acrecentar nuestra santa fe y apartar
todo lo que podía ser estorvo del servicio de dios y asi nuestro señor por
tan señalados servicios y tan sancta y derecha yntencion y obras tan catho-
licas ensancho sus rreynos y señoríos y les dio siempre vitoria contra sus
adversarios y fue cabsa que vuestra rreal sucesión fuese tan poderosa y de
tantos Reynos como V. m.t posee y este exemplo y experiencia (leve mover
las entrañas de vuestra alteza a dolerse desta eregia y no consyntir que en .
tiempo de su sacro imperio prevalezca y tener firme esperanza que si este
pestífero Ínter (1) de christo es por vuestra mano castigado tomara
dios la defensión de mente lia sucedido tuvieron a la sede apostó-
lica que el sacro ymperio fue transferido los alemanes y
emperadores vuestros predecesores han sido y fueron verdaderos abobados
y defensores de ia sancta madre ygiesia de rroma y perseguidores de los
erejes y desto dan testimonio las leyes y sacras constituciones por ellos IV-
1) En todos los claros que llevan puntos falta el original.
174
del apóstata, bastaron para que se extinguiese la propaganda
entre la gente de letras (4) y llegasen los inquisidores valencia-
nos á condenar en 1524 al tudesco micer Blay Esteve (5) y
poco después se fuese propagando la heregía luterana en Espa-
ña, aunque con fortuna muy escasa.
Algunos adeptos alcanzó la reforma entre los moriscos, pero
la causa no la vemos en la afinidad que algunos escritores del
siglo XVII creyeron hallar entre las doctrinas de Mahoma y de
Lutero, sino en el despecho que sentía la raza vencida, ansiosa
de sacudir el yugo del vencedor y sedienta de toda novedad
que enflaqueciera el poder de éste. Varios procesos contra mo-
chas en íauor de la livertad eclesiástica y espulsion y castigo de los ereges
y la mucha sangre que los alemanes derramaron por estirpar la eregia de
bohemia, pues doblada es y mucho mayor la obligación que V. m.t tiene al
castigo de este ereje pues tenéis señor origen y descendencia no solo de
estos invencissimos emperadores mas de aquellos rreyes eatholicos cuyo
ymperio y rreynos y señorios juntamente y en tan tierna edad poseeys y no
sin gran cabsa y misterio prepuso dios a V. m.t en tan aito trono sino por-
que fuesedes mas pode[roso] para defensión de su ygle&ia y castigo de los
erejes y assi suplicamos a V. m.t que demás de mandar cumplir en todo lo
que su sanctidad ha declarado y proueido y mandado contra este martino
luter ereje y sus f'auorecedores y secuaces mande que la belicosa y Chris-
tiana gente alemana de vuestro ymperio se levante y mueua poderosamen-
te y con mano armada a prender este §rége y entregarle presto a nuestro
muy sancto padre con todos sus libros y escripturas eréticas para que su
sanctidad mande hexeeutar lo que contra el tiene determinado y no deje
V. m.t de gastar en la prosecución desto su patrimonio rreal pues sera cabsa
de lo acrecentar y alargar la vida temporal y asegurar la eterna a V. m.t y
porque esta eregia no se estienda a estos vuestros Reynos entre otras pro-
visiones que para ello se liaran se an dado en el consejo cartas de V. m.t
para todo el rreyno proibiendo con grandes penas que ninguna persona
venda ni tenga ni lea ni pedrique los libros de este erege ni trate de sus
herrores ni eregias publica ni secretamente y de la execuciou de esto se
tendrá entero cuydado como cosa que tanto al servicio de dios y de Y. m.t
5 bien de estos vuestros rreynos [interesa], nuestro señor la vida y min
podenco estado de vuestra alteza acreciente con mas Reynos y señorios.
de burgos xnj de abril 1521— Ai-chiepiscopus granatensis=licenciatus cuva-
ba=licenciatuS santiago=don alonso de castilla— doctor cabrero=lioencia-
tus de qualla=el doctor Beltran=doctor guevara= Acuña, licenciatus= »
Arrti. gral. de Simancas — Secret. de Est., leg. núm. 9, fol. 1.
4) Gonzalo de Illese;is. Historia pontifical, t. TI.
5) J). M. Danvila, pág. 87 de sus Confs. Hemos visto además, en la
Colee, de doc. del mismo historiador, un extracto del proceso instruido
contra el referido tudesco micer Blay, residente en Valencia.
175
riscos luteranos y fautores de tal herejía, incoó el Santo Oficio,
pero no vemos en ninguno de ellos profesión clara y explícita
del dogmatizador no alfaquí, esto es, del reformista antes que
del morisco.
Consecuencias religiosas de la harmonía entre vencidos é
innovadores, ninguna vemos de monta como no sea la tenaci-
dad de los moriscos en practicar los errores mahometanos; en
cambio las políticas fueron lamentables, no ya en los orígenes
de la reforma en España, sino muy entrado el siglo XVI y sin-
gularmente á principios del XVII en que el trono de Recaredo
estuvo á punto de ser completamente arruinado.
No adelantemos la noticia de sucesos y volvamos la conside-
ración á las medidas que tomó el monarca para cumplir los
acuerdos de la junta de Madrid en 1525 y cuyas primeras dispo-
siciones quedan ya estudiadas.
Por real cédula de 18 de julio de 1528 y como consecuencia
de la concordia citada en el anterior capítulo, había sido nom-
brado de orden del inquisidor general para instruir en la fe á
los moriscos, fray Bartolomé de los Angeles, y así lo comunica
el emperador al duque de Calabria con objeto de que prestase
ayuda, en aquella misión, al venerable religioso (6).
Este nombramiento venía á señalar un nuevo rumbo á la
política del gobierno, en orden á la solución del problema mo-
risco; y este rumbo se acentúa en la carta que escribe el empe-
rador á los corregidores de las aljamas de Valencia mandando
que los moriscos vivan mezclados con los cristianos viejos; esto
es, que no haya barrios destinados para los descendientes de la
raza islamita. Y esta resolución, tomada por el inquisidor gene-
ral para que adelantasen los neófitos en la doctrina católica, es
comunicada á los inquisidores de Valencia para que juntos con
los moriscos vean la forma que se podrá tomar en esto, sin grava-
men de las haziendas (7).
Como se vé, intentábase de nuevo la fusión entre vencidos y '
vencedores , pero desgraciadamente el resultado práctico de
tales disposiciones no satisfizo á unos ni á otros; no podía satis-
facerles, faltaba .la base para la fusión sólida. Y la manifesta-
tj) Arch. gral. de Simancas — Cons. de Inq. } lil » . man. (j, fol. 27U.
7) Arch. gral. Central. — Inq., leg\ m'un. 544. Cédula fecha á 12 de IV-
brero de 1529.
176
eión de aquel fracaso legislativo comenzó á observarse en un
hecho, al parecer sin importancia, pues, ora fuese por denun-
cias más ó menos fundadas, ora fuese porque la predicación de
fray Bartolomé de los Angeles estorbaba los planes de los
señores de moriscos, es cierto que el inquisidor general, hacién-
dose eco de los rumores propalados, ordenó á sus oficiales de
Valencia, en carta desde Toledo á 1 de febrero de 1529, que
nombrasen nuevos predicadores y se proveyese de remedio en
el asunto referente á fray Bartolomé (8).
8) Copia de carta del inquisidor general á los inquisidores d[e Videncia,
fecha en Toledo á 1 de Febrero de 15'J'J:
«R.dos Inq.res
Como por otra vos scrivimos en el consejo de la general Inq.oi se ha
visto lo que nos scrivistes sobre la infamia qué hay contra fray bartholome
de los angeles y la información que nos embiastes cerca dello y por cierto
que lo havemos sentido mucho assi por el buen concepto que del teníamos
como por el mucho fructo que según havemos visto por esperiencia y somos
informado por Iras. (?) de muchos que ha hecho con sus sermones y doctrina
en los nuevamente convertidos de moros a nra. sancta fe catholica en esse
Reyno y abun por lo que dirán algunos de los que no han venido bien en la
dicha conversión y por que algunas cosas que los testigos deponen contra
el en special guillem Remon de fez xpiano nuevo que solia andar con el no
parecen verisímiles antes trahén consigo alguna sospecha de falsedad y
podría ser que el hoviesse seydo sobornado e induzido para que las dixesse
o que las haya dicho por haverle reprehendido de algunas cosas el dcho
frayle y consideradas otras muchas cosas nos parece que antes de le dar
noticia alguna desto por que no se escandalizo y dexe de continuar sus
sermones y doctrina se sepa enteramente la verdad de lo que los testigos
dizen contra el y que para ello sea llamado el official micer miedes y diga
lo que siente y sabe del y las instructiones que le dio y que sean examina-
das las personas que el dicho guillem remon y otros testigos nombran y dan
por contestes contra el especialmente la hija mayor del huésped de mora
que tiene dos hijas sobre lo del alcoran y la huéspeda de azco y un clérigo
y un convertido que el dicho guillem dize en su deposición. Por ende mucho
vos encargamos que assi lo hagays y lo mas secretamente que pudierédes
por que de publicarse antes que se haga devida provisión sobre ello agora
se aliare culpante agora no podría mucho alterarse la negociación destos
nuevamente convertidos y seguirse grandes inconvinientes y haun podría
sci- que muy pocos se hallassen para entender en las cosas de que el tiene
cargo y pues veys que el negocio es de tanta qualidad e importancia otra
vez vos encomendamos y encargamos quanto podemos que muy secreto
se hagan las dichas düigentiaa y todas las otras que vos paresciereu neces-
arias para saber y alcancar s¡ es verdad o no lo que se ha depuesto
contra el dicho fray Bartlioloine de los Angeles v de lo que havreys sabido
177
Mientras tanto las piraterías africanas asolaban nuestras
costas levantinas. En 1528 habían sido apresados por los moros
nos avisareys lo mas presto que pudieredes con persona de confianza por
que estaremos con muy grande cuidado y pena como es razón hasta que
recibamos vra. carta e información sobre ello y proveet que luego se den
los cient ducados al dicho fray bartholome ahunque del no se tenga agora
buen concepto hasta que se sepa enteramente la verdad de lo que se depone
contra el por que teniendo de que mantenerse se excusara que el no tome
las penas que pone sino que las applique a obras pias. guarde nro. Señor
vras. R.das personas. De toledo el primero de febrero de DXXVIIII=V.r A.
hispalensis=Jo. garcía secretarais».
Sobrescrito: «A los R.dos Inq.res aplicos. contra la herética pravedad de
la Inq.on del Reyno de Valencia». Conserva el sello en lacre del inquisidor
general.
Doc. autóg. núm. 254 de la Colee, del Sr. Danvila.
Copia de carta del arzobispo de Sevilla á los inquisidores de Valencia,
fecha en Fuentesalida á 13 de diciembre de 1529:
t
«R.dos ynquisidores ya sabéis como en dias pasados os escrevimos en res-
puesta a vuestras letras y también al s. padre provyncial de la horden de
sanct francisco respondiendo a otra letra suya sobre el negocio de fray bar-
tolome de los Angeles diziendo entre otras cosas como desseavamos y des-
seamos mucho que se provea alia de algunos buenos religiosos para que los
nuevamente convertidos de moros a nuestra sancta fe catholica en esse
reyno fuesen ynstruydos y enseñados por ellos con sus sermones doctrina y
exemplo en las cosas de nuestra religión christiana y que se remediase el
escándalo y mal exemplo que el dicho fr. bartolome de los Angeles diz que
liavia sembrado en los lugares donde havya estado advertiendo mucho en
saber en que partes havian quedado mal edificados del para que allí se
ponga el remedio que conviene y sea de manera que se sosieguen los any-
mos de los que an seydo escandalizados por el dicho fray bartolome de los
Angeles y los otros no se escandalizen y porque desto tenemos el cuydado
que es razón tornamos agora a escrevir al dicho provyncial diziendole que
os screuymos para que le ableis y que se entienda luego en esto con la soli-
citud y diligencia necesaria y provehereys de cierta limosna para los reli-
giosos que entendieren en el negocio y que luego provea de los dichos
religiosos para que sermonen ynstruyan y enseñen a los nuebos convertidos
en las cosas de nuestra sancta fe catholica como tenemos escrito y que vos'
lo comunique todo este negocio para que con mas deliberación se provea
todo y se entienda en ello mucho vos rogamos y encargamos que luego le
deis nuestra letra y todos acordeys lo que mejor os pareciere para que lo
susodicho se ponga en obra sin mas dilación que ya provehemos quel recep-
tor pague cient ducados para los gastos que en ello se offreciesen los qua-
les repartireys poco a poco entre los dichos religiosos hasta saber el fructo
y bien que de sus sermones y doctrina se siguira y avisadnos siempre o a
los señores del Consejo de lo que en esto se hiziere y pues veys quanto esto
T. I 12
178
49 vecinos del Palmar de Mallorca (9) y, en 1529, después de
embarcar en Oliva para Argel más de 200 moriscos, trabaron
combate los piratas comandados por los principales arráeces de
Cheredin Barbarroja, con las fuerzas de Portuondo, que iban á
rescatar á los moriscos por orden del conde de Oliva, y apresa-
ron siete galeotas de las ocho que llevaba el general cristiano,
muerto de un arcabuzazo que le dio en la mitad de los pechos (10).
cumple al servicio de Dios y a la salud de las animas de los dicho3 conver-
tidos no curamos de os lo encarecer mas sino que nuestro Señor lo guie todo
como fuere mas servido y guarde vuestras R.das personas, de fuentesali-
da XIII de deziembre de D.XXVIIII=Vester Archiepiscopus hispalensis.»
Arch. gral. de Simancas — Inq., lib. núm. 76, fol. 7U.
Como nota curiosa damos el siguiente cubarán que nos testifica de la re-
tribución pecuniaria que recibía el P. Bartolomé por su predicación:
f
«Conosco yo fray bm. de los angeles de la orden de nro. padre san
l'ran.co de la osservancia por predicador de [su m.t (?)] a los nuevamente
convertidos de moros a nra. sta. fe católica en el present rreyno de videncia
q. rrecevi de vos xtoval de medina rrecetor de la sta. inquissicion del dicho
rreyno cinquenta ducados, digo L ducados y son por m.° año de la caridad
y quitación q. sü m.t y el rreveredissi.mo señor arzobispo de sevilla os
manda q. me deys en cada un año para el mantenimi. mió y de los qué van
conmigo a la dicha predicación los quales dichos cinquenta ducados son por
m.° año q. comento a correr a xxnj de julio pasado y fenecerá a xxn de
enero q. vendrá y rrecivilos en esta manera y por mi mandado pagastes
dezisiete ducados por veyntidos varas de paño pardillo para abbitos y
mantos a mi y a mi compañero y por nueve varas de paño blanco para dos
túnicas y cinco ducados q. distes a nro. moco de su soldada y quatro duca-
dos menos dos sueldos por una capa y un ssayo para el dicho moc.o y quatro
ducados q. por mi aveys pagado por dos missales y dos breviarios y otros
libros veinte ducados y dos sueldos q. por mi mandado aveys dado a nro.
moco en nra. presencia para el gasto de nro. camino q. llevamos q. todo
monta los dichos cinquenta ducados y por q. es verdad taize el presente co-
nocim. de mi mano escrito en Valencia a xill di¿xs del mes de agosto del
aun de mil y quinientos y veynte y nueve.
fray bm.e de los angeles»
Doc. autóg. núm. 75 de la Colee, del Sr. Danvila. Consta de 4 pág. en
fol. y en la cuarta pág. se lee: «A XIII de agosto DXXVIIII— Albaran de
L ducados q. e pagado a fray bartliolome de los angeles predicador de los
moriscos por medid anyo de la quitación q. su m.t y el r.mo arcobpo de
sevilla g. Inq. le mandan dar el qual medio anyo comento a correr a XXIII
de julio del pnte. anyo DXXVIIII y fenecerá a XXII de enero DXXX.»
9) Campaner, Cronicón Mayoricense.
10) Fr. Diego de Haedo, Top. >■ hist. (¡ral . <l<' Argel, fol. 56.
179
Aquella derrota, la noticia de la suerte que cupo en 1530 á los
cautivos cristianos de Argel, á quienes Cheredin los mandó muy
cruelmente matar á todos y hacer pedazos á cuchilladas (11) y el
conocimiento que se tenía de las inteligencias entre piratas y
moriscos , justificaron el bando real publicado por el duque de
Calabria en Valencia á 11 de enero de 1530, por el que se impo-
nía la pena de muerte á los moriscos de la región valenciana
que, sin permiso, mudasen de domicilio ó penetrasen en los luga-
res ó términos de Polop, Callosa, Finestrat, Bolulla, Orcheta,
Sella y Relleu (12).
Cheredin Barbarroja, segundo de los reyes de Argel, había
logrado consolidar su guarida, más que trono, merced á las
pruebas de valor y arrojo temerario en la organización y direc-
ción de las piraterías en las costas españolas; contaba con
excelentes espías entre los moriscos; dispensábales favor y, con"
ello, daba ocasión a peligros de estado fomentando las conspi-
raciones. ¡Lástima que la eterna cuestión de competencias
entre las jurisdicciones civil y del Santo Oficio retardase el
castigo de algunos conspiradores! (13).
11) Id. id., fol. 56, b.
12) Hemos visto el cit. bando en Ja bib. del Sr. Serrano y Morales, y no
damos el texto por haberlo publicado el Sr. Danvila en sus cit. Conferen-
cias, págs. 109 á 112.
13) «R.dos Inquisidores, en esta hora he sabido por cartas de personas
dignas de fe la nueva conjuración que en essa ciudad se ha descubierto y
la justicia que se hizo del que era caudillo e inventor della y como siendo
presos por la justicia real pere de alba carpentero y su suegra cómplices
del delicto rogado de vra. parte al vicecanceller desse reyno que los havia
prendido hos los embio luego con un alguazil para tomarles su dicho por-
que se pretendía que havia aposta[ta]do y vosotros diz que los retovistes
en vra. cárcel y quando hos los pidió el dicho vicecanceller por necessidad
que tuvo dellos para poner en claro la verdad del delicto principal de que
stavan culpados ahunque el señor duque vi sor rey desse reyno scrivio so-
brello a vos el licenciado Churruca que a la sazón hos haviades partido
para Teruel dexando este negocio pendiente hos escusaste por vra. carta
que aqua he visto de restituyr los dichos presos poniéndolo en dilación q. a
mi ver la qualidad del negocio no suffre y me maraville mucho dello E por-
que donde se trata de la fidelidad stado y servicio de su ma.t todas las otras
cosas se deven posponer no siendo en offensa de dios nro. señor en special
q. soy informado quel dicho vicecanciller hos havia dicho q. si estos presos
tenian culpa en cosa de la fe les diesedes su condigna penitencia y después
los entregasedes a la corte secular por la enormidad del delicto que fuera
180
Las piraterías en el exterior y las conspiraciones en el inte-
rior eran las armas de que se valían los moriscos para vengar
su ominosa situación, pero el poder real tenía el deber sagrado
de velar por los destinos del país. ¿Había, pues, de contempori-
zar el emperador con los moriscos'? Tal fué su yerro, pues el
Santo Oficio raras veces podía vencer las dificultades que los
señores oponían al ejercicio de su misión, y tanto es así, que si
juzgaba delitos de lesa religión, no podía juzgar, ni menos con-
denar, los de lesa patria; el poder real no se atrevía á rasgar
los derechos y privilegios que aún restaban á la nobleza como
muy mejor q. sperar que sobrello viniessen como han venido quexas a
su ma.t que quanto mas copiosamente favorece las cosas del santo officio
tanto mas ha de sentir que por tal via se le impida y dilate el castigo de los
malos. Luego que ha llegado a mi noticia sin sperar q. su ma.t q. ahun no
lo sabe ni nadi[e] me hable en ello he mandado despachar este correo solo
por deziros y encargaros que luego a la hora los dos juntos o el que de vos-
otros se hallare en Valencia junteys el consejo desse santo officio: donde
entrevenga el dicho vicecanciller y todo lo que por derecho de justicia se
hallare que en este caso haya lugar y se pueda hazer en favor de la corte
secular para que los dichos presos le sean entregados pues la juredicion
fue por ella prevenida y la graveza del caso lo requiere lo hagays y esse-
cuteys como en el dicho Consejo se determinase sin otra dilación alguna
y de la determinación que se hiziere me embiare[y]s un traslado para que
se pueda mostrar a su ma.t y vea como alia se miran las cosas de su servi-
cio y todo esto se haga con tal brevedad y presteza que quando llegase
qualquier despacho que de aqua vaya sobrello ya se halle proveydo y
essecutado como conviene y en manera que el señor Duque tenga razón
de quedar dello contento. Guarde nro. señor vras. R.<*«b personas. De Tole-
do a VI de hebrero de 1529=Vr. A. hispalensis=Rubrica= Por mandado de
s'u R.ma S. Pedro de Frias su secretario.— Rubrica.»
En el fol. 2 del doc. leemos el siguiente acuerdo:
«Vota dominorum de Consilio: «Die XII mensis i'ebruarii auno a nati-
vitate domini Millessimo Quingentessimo vicessimo nono coram R.dis domi-
nis Joanne de churruca et Arnaldi alberti Inquisitoribus, fuerunt vocal i el
congregati ad consilium in audiencia secreta dicti sancti officii super exa-
niinatione...»
Obedecen los inquisidores de Valencia al inquisidor general, pero ad-
vierten al vicecanciller ó virrey que no pueda condenar á la última pena
ni á la de mutilación de miembros á los dos reos que le entregan, esto es,
Pedro de alba y su suegra, Isabel.
El sobrescrito de la carta enviada- por el inquisidor general dice:
«A los Rdos Inquisidores contra la herética pravedat en la Ciudad y
reyno de Valencia.»
Doc. autóg. núm. 543 de la, Colee, del Sr. Danvila.
181
reminiscencia de los derechos ('(Mírlalos, y toleraba la exacción
á que los señores sujetaban á sus vasallos (14). Hubo de inter-
venir la Santa Sede mandando en 1531 que los moriscos de la
corona aragonesa pagasen á sus barones iguales tributos que
los cristianos viejos (15), pero esta disposición se estrellaba, no
contra la inobediencia de los nobles, sino contra el interés, le-
galizado, en cierto modo, por antiguos privilegios que aquéllos
invocaban como derechos de conquista, como derechos vigen-
tes desde inmemorial.
A nadie culpamos de aquella situación creada por la exis-
tencia entre nosotros de la raza morisca, pero bueno es que el
crítico sepa distinguir entre la situación de hecho y la situación
de derecho.
Faculta Clemente VII al inquisidor general con fecha 2 de
octubre de 1530 para que por sí ó por delegados, absuelva á los
moriscos de Aragón, Valencia y Cataluña que hubiesen aposta-
tado in utroque foro (16); se repiten iguales y mayores merce-
des; se publican edictos de gracia concediendo el perdón á los
moriscos que hubiesen renegado públicamente de la fe cristiana;
se renuevan las disposiciones, ya de rigor, ya de misericordia ó
de gracia; se reanuda la instrucción á los conversos, pero éstos
persisten en su empeño y niéganse á abrazar la doctrina que se
les predica. ¿Dónde está la causa? ¿Es su ciego fanatismo el que
impide á los moriscos abrazar la fe que profesan los españoles?
14) Para que los predicadores é inquisidores procediesen á la instrucción
de los moriscos en cumplimiento de la orden de Carlos I, dice Fonseca que
«ayudaron grandemente... los Barones y señores, de vasallos, assi por el
zelo que tenian de su conversión, como por temor de no verse desposehidos
dellos; porque el bando de destierro que contra ellos estava publicado, en
caso que no quisiesen ser christianos, se avía de executar irremisiblemen-
te.» Justa expulsión etc., pág\ 18. Apunta el docto religioso que entre los
señores que más contribuyeron á la instrucción de los moriscos para que
recibiesen el bautismo, figuran D. Alonso de Aragón, duque de Segorbe, y
el marqués de Zenete, señor de Alberique y Alcocer. Añade que «el mas
venturoso de todos fue el señor de la Baronía de Cortes, pues andando tra-
bajando en la conversión de sus vasallos, no solo menospreciaron el Baptis-
nio y Fe de Christo, a que su señor los exortava sino que se rebelaron contra
el y le mataron juntamente con otros quarenta christianos que le ayudavan
en aquel santo ministerio.»
15) Bularlo de la Inquisición, lib. II. R. Acad. de la Historia.
16) Id. id., fol. 79.
182
Cierto y poderoso es tal motivo, pero contaban, además, con la
protección de sus señores y sólo cuidaban de pagar los pechos á
trueque de vivir en libertad.
Por las disposiciones de Carlos I «convirtiéronse, dice el
Sr. Janer, todas las mezquitas en templos de cristianos y se
dispuso, según dice un escritor, que los diezmos de las hereda-
des perteneciesen á los señores de los moros, en indemnización
del exceso de renta que les pagaban éstos antes de bautizarse,
quedando al cargo de los perceptores de diezmos los gastos del
culto, para cuyo aumento se fundarían beneficios con el pro-
ducto de las tierras del dominio de las mezquitas» (17).
De esta manera pudo obviar el poder real las dificultades
que oponían los señores á la conversión de aquella raza; pero la
cuestión económica era, por desgracia, más difícil de resolver
que la religiosa, y documentos vendrán á demostrarnos la pre-
terición á que ésta vino á quedar reducida en los momentos en
que con más entusiasmo debiera vibrar en todas las clases la
fibra religiosa y verdaderamente patriótica.
Algunos nobles achacaban á la falta de instrucción en los
predicadores la tenacidad de los moriscos en practicar sus ce-
remonias, pero ¡qué importa que hubiese eclesiásticos más ó
menos celosos, más ó menos instruidos, que llevados de su celo
ejerciesen una fiscalización escrupulosa en la conducta de los
moriscos! No hemos de insistir en la presente ocasión acerca de
este punto, puesto que documentos originales han de servirnos
para ilustrar la materia en ocasión más oportuna; baste decir,
por ahora, que sin la protección de los señores y sin el apoyo
moral que los piratas africanos prestaban á los nuevos con-
versos, se hubiera podido resolver, ya en el primer tercio del
siglo XVI y desde el punto de vista político, no del religioso,
la célebre cuestión morisca.
Se .agravaba ésta á medida que transcurría el tiempo. Los
piratas hacían sentir su poder y osadía sobre las armas de al-
gunos caballeros españoles tan aguerridos y valerosos como
Andrés Doria, que procuraban atajar aquel peligro (18); en 1532
17) Condic. social de los moriscos, pág. 51. Apoya el Sr. Janer su afir-
mación en la obra de D. Manuel Colmeiro, De la constitución y del gobierno
de los reinos de León y Castilla.
18) Haedo, obra cit., fol. 57, b.
183
y 1533 se obtuvo autorización pontificia para que el cardenal
D. Alonso Manrique entendiera en la instrucción y conversión
de los moriscos, deputara personas aptas para ello y erigiera
rectorías en los pueblos donde fuesen necesarias; fué nombrado
por Manrique D. Antonio Ramírez de Haro, obispo de Segovia
y persona de reconocido celo, para que se encargase del arreglo
parroquial de los moriscos; las Cortes de Segovia en 1532 daban
la voz de alerta para que se proveyese contra los conversos
que servían de eficaz auxilio á las armadas de los moros que
merodeaban por nuestras costas (19), y las Cortes de Monzón
en 1533, revelaban algunos crímenes de moriscos y singular-
mente el apego que los nobles tenían á los bienes de éstos (20);
pero tales disposiciones no resolvían el problema, sino que lo
planteaban precisamente en un terreno cada vez más escabroso.
La Santa Sede se había lamentado á 11 de junio de 1533 de
la apostasía de los moriscos valencianos y de su falta de ins-
trucción, debido á la ausencia de los prelados, como dice Cle-
mente VII al inquisidor Manrique; y esto fué motivo para que,
á 13 de enero de 1534, se enviasen á la región valenciana «dos
comisarios apostólicos, que fueron Fr. Antonio de Calcena,
Provincial de los Frayles Menores en la Corona de Aragón, que
después fue obispo de Tortosa, y D. Antonio Ramírez de Haro,
Abad de Arvas, con largos poderes y cartas del Emperador y
de su madre la Reyna Doña Juana... encareciendo el gran deseo
que tenían de la instrucción de los recien baptizados» (21).
Poco después expedía una bula el citado pontífice exhortando
19) Cortes de León y Castilla, t. IV, peticiones 76 y 78.
20) Cortes de Monzón 1538.
52. «Los vasallos de la Baronía de Cortes asesinaron á D. Luis Pallas y á
35 personas más que de orden de S. M. fueron á exhortarles á que se hicie-
sen cristianos, hasta el extremo de arrojar su cuerpo á los perros. S. M. los
castigó con una composición de 3000 ducados pagaderos en doce años á los
hijos del dicho D. Luís Pallas, pero muchos de sus vasallos por no pagarla
se ausentaron, del lugar de la Baronía y los tres Brazos suplicaron que no se
admitiese por ningún Señor, Universidad ni particular á ninguno de los
vecinos de la Baronía de Cortes, lo cual fué otorgado».
53. «Al hacer los tres Brazos la oferta á S. M., pidieron en el Cap. XVI
que se dieran por liquidadas las cantidades que las ciudades y villas reales
habían gastado en la reducción de los moriscos que se sublevaron en las
Sierras de Espadan y Bernia».
21) Fonseca, Justa expídsion, págs. 20 y 21.
184
al emperador á que no tolerase la existencia de moros en sus
reinos y desterrase de Aragón y Valencia á los que no fuesen
cristianos, pues había entre los moriscos muchos infieles que
persistían en la práctica de sus ritos muslímicos «á pesar, dice
el Sr. Danvila, de que sobre las mezquitas moras se habían eri-
gido en el arzobispado de Valencia 213 iglesias, 14 en el obispa-
do de Tortosa, 10 en el de Segorbe y 14 en la gobernación de
Orihuela» (22).
No sólo las Cortes y la Santa Sede, sino la nación entera,
demandaba un escarmiento eficaz que pusiera fin á los desma-
nes de los piratas. Así lo comprendió el monarca al aprestar
una armada, que, so color de reponer en el trono de Túnez á
Muley-Hasán, pues le ofrecía vasallaje con pretexto de vengar
en Barbarroja el ultraje que le había inferido en 1532, se en-
caminase á castigar duramente el poder del rey pirata, cuyas
huestes habían asolado nuestras costas levantinas y las de Italia
durante los años 1533 y 1534; «y asi juntando una muy poderosa
armada de todas partes de España y de Italia, embarcóse con
alguna parte della en Barcelona, año 1535, y siendo los veynte
de Julio, echó á Barbarroja de todo el Reyno de Túnez y le hizo
salir huyendo para Bona» (23); pero astuto el vencido pirata, y
fingiendo la huida, mandó á su gente, sin revelar el rumbo, que
le siguiera, hasta llegar á Mahón, donde apresó una nave por-
tuguesa, y luego en Menorca más de seys mil personas, según
refiere el P. Haedo.
Temible llegó á ser el poder del rey pirata, singularmente
para los dominios españoles, merced al favor que los moriscos
prestaban al africano, y sin embargo, las disposiciones del mo-
narca no se distinguían por el rigor contra los moriscos, antes
bien, inspiradas en el perdón y en la instrucción aconsejados
por la Santa Sede, ansiosa de la verdadera conversión de aque-
llos hijos de la Iglesia, cooperaban á la codiciada fusión, aun-
que ésta no se vislumbraba por parte alguna.
No cejaba el emperador en sus propósitos y, así, ayudado
por los prelados y por algunos señores temporales de moriscos,
logró ver nombrados para que entendiesen en la predicación á
los padres dominicos Tomás de Paredes, prior de Gotor, y Jaime
22) Conferencias, pág. 116. Vid. Guadalajava en la ob. cit.
23) Haedo, obra cit., fol. 59.
185
Ferrán, turco de nación y después provincial en su orden, para
el reino de Aragón, y á Benito de Santa María, prior del R. con-
vento de su orden en Valencia, y al venerable maestro Juan
Micón, prior de S. Onofre de la misma ciudad, para la región
valenciana. D. Francisco de Centelles envió á sus estados de
Ayora al celoso y discreto Juan Bautista Anyes en 1539, pero
desmayados éstos y otros ministros evangélicos, quizá», dice el
P. Fonseca, por ver el poco fruto que sacaban de tierra tan es-
téril , regresaron á su habitual residencia hasta que resolvió el
emperador que se diese un apretón á este negocio, nombrando
nuevos comisarios, entre los que figuran el mencionado Rodrí-
guez de Haro, obispo electo de Ciudad-Rodrigo, y D. Francisco
de Navarra, prior de Roncesvalles y después arzobispo de Va-
lencia.
Escribió el monarca en 3 de mayo de 1540 á D. Fernando de
Aragón, virrey de Valencia, encargándole el asunto de la ins-
trucción. Y tal empeño demostró D. Jorge de Austria, á la sazón
prelado de aquella diócesi, en atender á tan santo negocio que,
de acuerdo con los comisionados por el monarca, mandó redac-
tar unas Instrucciones y ordenaciones para los nuevamente con-
vertidos, en las que resplandece una sabiduría y prudencia tan
incomparables, que en ellas inspiran sus disposiciones los prela-
dos que rigieron la diócesi de Valencia hasta la definitiva ex-
pulsión de los moriscos (24). Ni se olvidó el establecimiento de
seminarios para fomentar la instrucción de los nuevos converti-
94) Les Instructions, e \ ordinadons perdis novament con- \ vertits del
regué de Valencia; fe- \ tes per les autoritats Apostólica g | Real g ordina-
ria, per los Illustrissi- \ mos e Reverendissimos sengors don \ Jordi de Aus-
tria Archebisbe de Va- \ lencia, e Don Antonio Ramírez de | Haro, Bisbe de
Ciudad-Rodrigo, \ Comissari, e Inquisidor per la santa | S< j ile Apostólica,
g per la Sacra Ce- \ sarea Magestad, etc. en lo regne de \ Valencia, nomenat
¡I deputat. Un vol. en 8.° de 16 hojas imp. en la Sgnodus dicecesana Valen-,
tice celebrada en mayo de 1566. Al pié de la portada leemos: Estampades en
Valencia en casa de Joan Meg, any MDLXVI. Ejemplar facilitado por
nuestro excelente amigo D. José Rodrigo y Pertegás.
Las referidas Instruccions fueron reimpresas en Valencia, en un volu-
men de 24 págs. en 8.°, por Alvaro Franco y Gabriel Ribas, año 1594, de
orden del patriarca D. Juan de Ribera. Van añadidas las Ordinadons sens
derogado de les precedents ordinadons, excepte en lo que en estes esta sta-
tugt g ajustat, mandadas hacer por el arzobispo D. Martín de Avala; com-
prenden 6 págs. Ejemp. de la bib. univ. de Valencia, sig. 53-1-42.
186
dos; pero respondían éstos con ingratitud y terquedad á tantos
desvelos como sufrían los comisionados y predicadores encar-
gados de la instrucción.
El audaz pirata que merodeaba por nuestras costas y tenía
consternados á los valencianos, presentóse al mando de una
escuadra en el cabo de Oropesa, echando pié á tierra y presen-
tando combate á la guarnición de la torre que en aquel sitio
había levantado D. Juan Cer vellón por orden real. El auxilio
que recibieron los sitiados por conducto de D. Diego Ladrón,
gobernador de Castellón de la Plana, contribuyó á que los pira-
tas levaran anclas después de apoderarse de varios vecinos de
Castellón, Burriana y Villarreal, cuyo rescate ascendió á seis
mil ducados.
La alianza de los turcos con los franceses fué de fatales
consecuencias para nuestra patria. La pérdida de Ibiza; la pre-
sencia de ambas escuadras en Barcelona y Peñíscola; el pillaje
á que se entregaron algunos corsarios turcos en la costa de Va-
lencia y singularmente en Villa joyosa, tan castigada por esta
plaga como heroicamente defendida por sus bizarros morado-
res, llamaron la atención de las Cortes que se reunieron en
Valladolid y en Monzón el año 1537, acordando varias provi-
dencias para remediar tanto desafuero (25).
25) Cortes de Valladolid de i 537.
65 «Dicen que el Sto. Oficio es en mucho aumento de la fe católica para
que no se pague de penas ni confiscaciones.
77 Que los moros cautivos estén á 20 leguas adentro del mar.
97 Que se manden artillar las fortalezas de Granada, Murcia y Anda-
lucia».
Cortes de Monzón 1531.
«Don Carlos, á petición de los tres Brazos, mandó á los Inquisidores del
Reino de Valencia, que observasen los fueros otorgados en Monzón en 1533
que dispusieron que la útil señoría en bienes enfiteuticales confiscados por
crimen de heregia, se consolidase con el dominio directo que correspondía
a los señores.
También reclamaron que se guardase lo otorgado en las Cortes de
Monzón á 21 de diciembre de 1533 que concedió a los nuevamente conver-
tidos condenados por crimen de heregia ó apostasia, á confiscación de
bienes, no se aplicasen éstos al Real Fisco, sino á los parientes de aquéllos,
á fin de evitar la interpretación que daban á este privilegio los Tribunales
de la Inquisición.
Manifestaron también que en días pasados se había publicado una Prag-
mática en la Ciudad y Reino de Valencia, con objeto de atemorizar á los
187
No eran ajenos los moriscos á los planes de Barbarroja y
con harta evidencia aparece demostrado en algunos documen-
tos que publica el Sr. Danvila en sus Conferencias del Ateneo
de Madrid (26); tal inteligencia constituía delito de lesa majes-
tad (27), y el rey debió mandar que se aplicase la sentencia
merecida. ¿Pudo hacerlo? Cuestión es ésta difícil d$ resolver y
nos inclinamos á sospechar negativamente. No era llegada la
hora, pasada la oportunidad de los Reyes Católicos, y creemos
que no faltarían circunstancias para dificultar el cumplimiento
moriscos y nuevamente convertidos que no pasasen allende y por conse-
cuencia que no se acercasen al mar, bajo pena de ser cautivos; que habían
sido presos muchos de dichos moriscos y nuevamente convertidos, pero sus
parientes los habían rescatado destruyendo y vendiendo sus bienes. Y
pidieron los tres Brazos que los que fueran presos por razón de dicha Prag-
mática no fueran castigados con la cautividad ni otra pena pecuniaria.
Resolvió S. M. que la pena fuese corporal de muerte ó de galera, como
parecería al Juez, la cual pena de galera no podía ser redimida con dineros
ni con ropas algunas, reservándose S. M. la facultad de poder graciosamen-
te absolver y libertar á los dichos moriscos de galera.
Según otra petición, para obviar los insultos que cada día hacían los
moros corsarios enemigos de nuestra fe católica y de V. C. M. se había
mandado que las gentes de las villas de Castellón, Burriana y Villarreal y
otras del Reino estuviesen armadas y concertadas para poder salir y so-
correr en cualquiera necesidad que ocurriese. Arribando ciertos buques con
moros al cabo de Oropesa á combatir la torre que allí se había hecho por
orden del Lugarteniente General y habiendo salido las gentes de dichas
villas con sus banderas á socorrer la referida torre, pelearon con los moros
y algunos de dichas villas fueron muertos y otros presos, los cuales costaron
de rescate 6000 ducados, 4000 los de Castellón y 2000 los de Villarreal,
pero como la fuerza había salido por orden del Lugarteniente, pidieron á
S. M. mandara pagar el rescate con los intereses, pues de él se respondían
censales. S. M. les hizo merced de la tercera parte de aquel rescate, man-
dando que la otra tercera la pagasen los perjudicados y la otra la villa de
Castellón: y respecto de Villarreal S. M. pagaría la tercera parte y la res-
tante la mencionada villa.
El monarca concedió indulto general, exceptuando el crimen de heregia,
y sobreseyó por cualquiera crímenes contra los nuevos convertidos acerca
de los delitos de la Sierra de Espadan y de Bernia».
26) Págs. 119 á 125.
27) «Aquel fa crim de lesa Magestat qui rol Murar la ciutai ais ene-
michs..., o qui donara a aquells ajada d'armes, o d'aver, o de eonsell ..., o
qui fortálees liurara ais enemiehs, o letres o missatge o algún sehyal a ells
trametra o Is fara... E qui acó fara... que perda lo cap e tots sos bens que
haura en nostra térra...» Fueros de D. Jaime I. Vid. Colee, de doc. inédi-
tos, t. XVIII, pág. 152.
188
de aquel deber y el ejercicio de aquel derecho; pero ¿pudo ha-
cerse más de lo que se hizo para reprimir aquellas funestas in-
teligencias? Si alguien se atreviese á resolver con acierto esta
cuestión tendríamos resuelta la anterior. El crítico no puede
apreciar los detalles que debieron tener presentes los individuos
del Consejo y, por lo mismo, no le es dado juzgar la conducta
del poder real, aunque con algún acierto se atreva á emitir su
opinión si la basa en documentos, como lo hace el Sr. Danvila,
teniendo conocimiento de algunos procesos de la Inquisición y
singularmente el instruido en 1540 contra D. Sancho de Cardo-
na, almirante de Aragón y protector decidido de los moriscos
de Guadalest y sus cercanías (28).
«Cuando á una persona revestida de la alta dignidad, equi-
valente hoy á la de capitán general, que era la de almirante
en aquella época, se la condenaba á pena tan terrible como la
de reclusión perpetua y se la trataba como rebelde por protejer
á los moriscos de Valencia; cuando esto sucedía, es justo pen-
sar, cuan grande era la influencia y poderío de los nobles que
de tal manera protegían á los moriscos, que eran sus labrado-
res y pobladores de las villas que se les habían concedido, y
cuan verdadero es, que hicieron causa común con ellos, y que
á pesar de las órdenes del emperador, podían celebrar concor-
dias como la de 1528, y conseguían establecer y establecían esa
política de tolerancia y fraternidad que se advierte hasta los
últimos días del reinado de Carlos V» (29).
Sin esta protección de los nobles ¿cómo se comprende que
algunos moriscos, reos de muchos crímenes y delictos de heregía y
28) Por ser inédito este proceso y porque «el resultado de las actuacio-
nes es una pintura gráfica del estado social de aquella época y de la situa-
ción que respecto del poder real tenía la nobleza valenciana», como dice el
Sr. Danvila (pág. 126 de sus Confs.), lo damos en el núm. 7 de la Colección
Diplomática.
«La Inquisición, dice el cit. escritor, llegó por fin á dictar sentencia, y
en ella se condenó á D. Sancho de Cardona, no sólo á que abjurase de levi,
sino á pagar una multa de dos mil ducados, y además se le ordenó que con-
i i n iiasc á disposición del Supremo Consejo general de la Inquisición y á
estar recluso por todo el tiempo que le fuera mandado.» Quedó, pues, á
merced del Santo Oficio, y á los 73 años tuvo que ir á un convento de Cuen-
ca A extinguir la condena, falleciendo poco después en Valencia, donde
habia sido transladado por motivos de salud.
29) D. Manuel Danvila, Gonf., pág. 127.
189
apostasía, como Gaspar Alfrex y otros, se vengan fuyendo desde
Aragón al reino de Valencia, donde creían hallar libertad y
gozar de impunidad? (30) ¿Cómo se comprende tanta osadía en
los moriscos para arrancar de manos de los oficiales de la In-
quisición al reo mencionado y dar muerte á sus custodios, sin la
protección referida? (31).
Hay enigmas en la historia que, al tener solución, asombran,
pero la crítica exige la rehabilitación de la verdad en sus legí-
timos fueros y justo es que salgamos en su defensa , no con la
temeridad sectaria manifestada por el Sr. Castro en su Historia
de los judíos y en su Historia de los protestantes, sino con la se-
veridad estoica del que tiene la convicción de que la Iglesia Ca-
tólica, enemiga irreconciliable de moros y judíos, moriscos y
protestantes, sólo necesita para su cabal defensa que se diga la
verdad, toda la verdad.
No obstante el ruidoso proceso de que hicimos mención, con-
tinuaban los piratas infestando nuestras costas del Mediterráneo
y cebándase en guarniciones como la de Castelnovo, donde pe-
recieron 4.000 españoles (32). Esto obligó al monarca á acentuar
las medidas de rigor contra los moriscos, no por vía de represa-
lia, puesto que su situación no se lo permitía, sino en previsión
de futuras y peligrosas contingencias. Publicó la pragmática
de 1541 mandando que ningún cristiano viejo ni morisco acogie-
se, ni diese consejo, favor ni ayuda directa ó indirectamente á
los moros ó turcos ó renegados que venían con fustas de Berbe-
ría ó de otras partes al reino de Valencia; que no fuesen acogi-
dos los moros granadinos, alarbes ó tagarinos; que los moriscos
no pudiesen llevar armas ofensivas ni defensivas, etc., etc. (33);
30) Vid. doc. original núra. 252 de la Colee, del Sr. Danvila. La lecha
del doc. es 16 de agosto de 1538. La Inquisición de Valencia mandó prender
á dicho morisco, natural de Núes (Aragón), á ruegos de los inquisidores
aragoneses y renovó el proceso.
31) Los custodios de Alfrex que conducían á éste á Valencia en 6 de
mayo de 1538 fueron asesinados en el camino de Zaragoza, ú Xules. Sus
nombres eran: Pedro Mellado, ministro del Santo Oficio de Zaragoza, y Bal-
tasar de Torres, teniente de alguacil del mismo Tribunal. Los asesinos esca-
paron á las pesquisas del Santo Oficio y se embarcaron para Argel.
32) Haedo, ob. cit., foi. 60, b.
33) Publicó un extracto de esta pragmática el Sr. Danvila en sus Confe-
rencias, págs. 127 a. 129. Vid. doc. íntegro, en el núm. 8 de la Colección
Diplomática.
190
pero los moriscos continuaban sus maquinaciones contra el
poder real, y de nuevo el Santo Oficio tuvo que intervenir en
otro proceso muy ruidoso por la calidad del procesado. Era éste
D. Rodrigo de Beaumont, decidido protector de los moriscos y
de sus intereses (34). ¿Qué importa que Carlos V reúna su escua-
dra para castigar á los piratas de Argel (35), y que renueve sus
órdenes para que sean instruidos en la fe por fray Bartolomé de
los Angeles los moriscos, si éstos gozan de la protección de sus
señores? Sería negar la evidencia que resulta del estudio de los
documentos, el empeño sistemático de no ver en esa funesta
protección una de las causas contra las que se estrellaban los
deseos del monarca , del papa, de los inquisidores y de la masa
general del país en orden á la instrucción y conversión sincera
de aquella raza.
El decreto de 1543 ofreciendo la reconciliación á los conver-
sos de Olmedo y Arévalo; los repetidos edictos de gracia ofre-
ciendo á todos misericordia; y las predicaciones continuas de
tantos ministros evangélicos se estrellaban contra la roca del
interés material que reportaban los moriscos á sus señores.
No tacharemos de candido al emperador por la elección que
hace de fray Bartolomé de los Angeles y de D. Antonio Ramírez
de Haro para que instruyan en la fe á los moriscos valencia-
nos (36). Era necesario acallar la opinión pública que demanda-
ba el remedio de la cuestión morisca y de nuevo se llamó á los
predicadores, á quienes se les dieron instrucciones para ejercer
su misión; instrucciones llenas de prudencia evangélica, es ver-
dad, pero en las que se decía á cada uno de los predicadores:
«Deve solicitar la benevolencia y buena gracia de los señores
á cuyos vasallos han de predicar, y en quanto fuese posible
34) Por el interés que encierra este proceso publicamos en el núm. 9 de
la Colec. Diplomát. lo que referente al mismo hemos hallado, dejando al
crítico que deduzca las consecuencias.
35; Haedo, ob. cit., fol. 62.
36) El nombramiento real, la licencia plenaria del obispo de Calahorra
concedida á fray Bartolomé para que pudiese predicar á los moriscos, y la
carta del vicario g-eneral de Valencia para que los rectores de poblaciones
moriscas reconociesen á dicho religioso como delegado para la instrucción
de los nuevos convertidos, pueden verse en las pags. 228 á 230 de la cit. ob.
de D. Florencio Janer. La carta del emperador está firmada á 28 de febrero
de 154.'..
191
todo el exercicio sea con beneplácito y buena voluntad de los
dichos señores de los pueblos» (37). Pero esta precaución no
bastó para que de nuevo resultaran infructuosas aquellas salu-
dables medidas, y se apelara á todos los medios para evitar que
fray Bartolomé de los Angeles lograse el fruto apetecido en la
multitud de pueblos confiados á su cuidado (38), incluso el verse
sometido á un proceso, muy fecundo en enseñanzas para el
crítico que lo estudie con imparcialidad (39). Con igual fecha á
la en que nombró á fray Bartolomé, escribía el emperador una
carta á los moriscos valencianos exhortándoles á que oyesen con
sumisión y amor á los predicadores (40). Y en aquel mismo año
á 11 de julio, les recomendaba aquellas exhortaciones D. Anto-
nio Ramírez de Haro (41), y el virrey de Valencia facultaba
á Fr. Bartolomé para que entendiese en el negocio de la con-
versión (42), pero faltaba lo principal: el favor de los señores á
las gestiones evangélicas de aquel religioso. A lograr tal auxilio
se consagró D. Fernando de Aragón, virrey de Valencia, escri-
biendo á los nobles de su reino: «...com lo verdader fruyt de la
dita predicatio se aja de esperar mijansant vostra bona obra e
directio de la negociado tan sancta e profitosa a la salvado de
les animes.. .. a vosaltres e a cascu de vosaltres diem e encarregam
quant stretament podera, que donen e presten al dit predicador tot
o aquell favor e auxili que necessari sera pera la bona efectuado
de la predicado de aquell » (43).
Los señores acataron pero no cumplieron aquella orden; es
más, atreviéronse á representar al poder real que fuesen eximi-
dos los vasallos moriscos de la jurisdicción que sobre ellos ejer-
cía el Santo Oficio, y el monarca y sus ministros llegaron á
titubear para venir luego á ceder á tales intrusiones protegidas
por personas que debieran mostrarse inflexibles (44).
37) Doc. publicado por el Sr. Janer en su cit. obra, pág. 231.
- 38) «Memoria de los lugares en que el Padre fray Bartolomé de los An-
geles ha de predicar é instruir a los nuevos convertidos deste reyno de Va-
lencia^ Doc. pub. por el Sr. Janer, ob. cit., págs. 233 y 234.
39) Vid. doc. núm. 10 de la Colec. Diplomát.
40) Doc. pub. por el Sr. Janer, pág. 235 de su cit. obra.
41) Id., id., pág. 236.
42) Id., id., págs. 236 y 237.
43) Id., id., pág. 238.
44) Vid. doc. núm. 11 de la Colec. Diplomát.
192
Ya recordamos en el anterior capítulo las concesiones he-
chas á los moriscos con anuencia del poder real y del Santo
Oficio; concesiones que no se cumplieron y cuya falta de cum-
plimiento dio motivo justificado á los nobles y á las aljamas
para que representasen de nuevo al poder real las infracciones
de la concordia de 1528, y en consecuencia á que el monarca,
después de consultado el parecer de varias personas de recono-
cida santidad y letras, convocase en Madrid una junta compues-
ta de Ramírez de Haro, D. Juan Silíceo, arzobispo de Toledo,
fray Pedro de Soto, confesor del rey, y algunos inquisidores, los
cuales señalaron á los moriscos un plazo de veintiséis años para
ser instruidos, sin molestia alguna por parte de la Inquisición.
Como se ve, la política de misericordia, por no llamarla de
contemporización, volvió á triunfar, y satisfechos los señores
celebraron la victoria con ingratitud punible y constituyente
de crimen de lesa patria. En virtud de semejante acuerdo,
la Suprema Inquisición alzó la mano en la conversión de los
moriscos, «y escribió, dice el Sr. Danvila, á los inquisidores de
Valencia y Murcia, que no se entrometiesen á conocer de las
causas de los dichos moriscos; y á tanto se atrevieron éstos,
que desde entonces tornaron á vivir públicamente como moros,
circuncidándose, ayunando el Ramadán y guardando las pas-
cuas, no queriendo ir á misa en días de fiesta y diciendo que
pues tenían treinta años para vivir como quisiesen, que en este
tiempo querían vivir como les pareciera» (45).
Los frutos de aquella política de contemporización, á que
obligaban sin duda las circunstancias, no tardaron en ser abun-
dantes, y las piraterías menudeaban y los desafueros no desapa-
recían y las conspiraciones tomaban calor y los insultos al clero
y á los inquisidores se repetían hasta que la Santidad de Paulo III
escribió al obispo de Segovia alentándole á la persecución de
los delincuentes (46), y el mismo emperador vióse obligado á
promulgar su pragmática de 22 de septiembre de 1545 (47).
¿Se violaban con ello los capítulos acordados de 1528? Indu-
dablemente, pero habían dado motivo los mismos moriscos para
I."m Conf., págs. 131 y 132.
4tíj Vid. doc. núni. 12 de la Coleo. Diplomát.
47) Damos íntegro en la referida Coleo. , mim. 13, este doc., del que pu-
blicó un extracto en castellano el Sr. Danvila, págs. 1.'32 y 133 de sus Conf.
193
aquella violación. Esto es cierto, y la demostración queda evi-
denciada en las mismas razones que aducen el papa y el empe-
rador en los documentos citados.
«La actitud que había tomado el poder real favoreciendo
por una parte la instrucción de los moros convertidos y desar-
mando por otra á la Inquisición, cuyos rigores habían quedado
tan debilitados, crearon una situación bastante anómala, por-
que mientras se nombraban Comisarios , se creaban Rectorías y
se fundaban Seminarios para educar á los hijos de los moriscos,
éstos continuaban en sus antiguas creencias, practicando sus
ceremonias moriscas, educando á sus hijos en los principios de
la secta mahometana, y demostrando que el temor que se que-
ría imponerles por medio de los Autos de fe, á que siempre se-
guían los Edictos de gracia, no ejercía en su ánimo ninguna
influencia. Es notable y digno de ser notado, que á los últimos
Edictos de gracia ó indultos que se publicaron 1 , ya no se acogió
ningún morisco. Meditad acerca de este elocuentísimo hecho,
decía el Sr. Danvila á los ateneístas de Madrid, porque demues-
tra que ni el rigor, ni la clemencia por parte del poder real
modificaba en lo más mínimo la conducta de los moriscos de la
corona de Aragón; permanecían tan moros, tan afiliados á su
secta como antes, y esto viene á confirmar lo que vengo asegu-
rando desde el primer día: que ésta era una guerra de religión
y de raza; que la fusión era imposible y que era inútil que el
ypoder real ofreciera beneficios á los moros, ni que los nobles
que los protegían trataran de hacerles cambiar su convicción;
ellos persistían siempre en sus creencias religiosas, ellos no
querían fundirse, ni tampoco se había hecho nada por las leyes
para que las dos razas se fundieran, y así continuaban los
moros dentro de una sociedad que los trataba como vencidos, y
no tenían más remedio que resignarse ó rebelarse ó emigrar;
esta fué durante mucho tiempo la situación de la raza morisca
en los reinos de la corona de Aragón» (48).
El poder real tampoco podía dedicar atención preferente á
la solución del problema morisco, puesto que la guerra con los
rebeldes luteranos de Alemania (49) venía á debilitar el vigor
48) Conferencias, págs. 134 y 135 .
49) Entre los muchos historiadores que narran los sucesos de aquella
guerra, coronada por la victoria más feliz el dia 21 de abril de 1M7, merece
T. I 13
194
de aquel monarca vencedor en cien combates. De ahí la inicia-
tiva privada en fiscalizar todas las acciones de aquella raza (50)
y la celebración de repetidos autos de fe que respondían á lo
que llamamos en nuestros días la acción popiilar.
Si en el ejercicio de este derecho hubo excesos, cúlpese á la
condición de los tiempos, á la terquedad del vencido, á la exal-
tación meridional del vencedor, á las fluctuaciones del poder
real en aplicar las disposiciones acordadas y demandadas, á la
vez, por la opinión pública, y al temor que se había apoderado
de los cristianos viejos ante la impunidad de las conspiraciones
y piraterías llevadas á cabo por los moros con el auxilio de los
moriscos; pero no aparte el crítico su atención del vigor con
que se practicaba, no obstante las disposiciones reales é inqui-
sitoriales, la fe muslímica en el seno de un pueblo eminente-
mente cristiano.
nuestra atención D. Luis de Zúñiga y Ávila, testigo de vista, en su inesti-
mable relacionó «Comentarios de la guerra del Emperador Carlos V con-
tra el Elector de Saxonia y el Lanzgrave de Hessem, luteranos, en 1546 y
en 1547». Ms. núm. 36 de la bib. de la marquesa viuda de Cruilles. Un vo-
himen en 4.° sin foliación, letra del siglo XVI, encuad. en perg. Este códice
fué adquirido por el Dr. D. Agustín Sales, cronista de Valencia, y á la
muerte de éste, pasó á enriquecer la bib. mayansiana.
50) Vid. doc. núm. 14 de la Colec. Diplomát.
CAPÍTULO VIII
Verdadero carácter de la raza morisca.— Santo Tomás de Villa-
nueva.— Junta DE VALLADOLID EN 1548 PARA LA REFORMACIÓN DE LOS
moriscos.— Insiste el prelado de Valencia en que se corrija la
audacia de éstos.— junta de granada.— esfuerzos de d. francis-
CO de Navarra para convertir á los moriscos valencianos.
Jna de las mayores dificultades que se ofrecen al historia-
^ dor de la raza morisca en España, es fijar el verdadero
carácter de la misma entre la diversidad de pareceres
en que abundan modernos escritores. La mayor parte de los
que trataron á aquella gente no inspiran su criterio en la con-
miseración, ó mejor dicho, en la filantropía invocada con paté-
tico entusiasmo, por recientes historiadores; pero la verdad
histórica, como objeto de la crítica moderna, ha venido á con-
firmar el juicio emitido por los escritores de los siglos XVI y
XVII , en lo que se refiere al carácter de la raza morisca, y á
evidenciar el apasionamiento de los que han creído ver en
aquellos restos de la raza árabe un pueblo culto, laborioso, pa-
cífico, fiel y digno de mejor suerte.
No nos causa extrañeza el retrato que hicieron de los moris-
cos el licenciado Pedro Aznar de Cardona (1), Guadalajara,
Bleda, Escolano y otros historiadores; habían sido testigos de la
expulsión de aquella raza y participaban del espíritu exaltado
1) Expulsión justificada de los moriscos españole*, ete, Vol. en 8;°, im-
preso en Huesca por P. Cabarte, año 1612.
196
que informó á nuestra nación en los comienzos del siglo XVII.
No diremos que sean infieles ó falaces las relaciones que nos
dejaron escritas, pero debe tenerse muy en cuenta el temor que
se apoderó de menestrales y ciudadanos, del clero y de no es-
casa parte de la nobleza, sin excluir á los mismos consejeros
del monarca, pues agriada la gente morisca por la servidumbre
á que vivía sujeta, no se recataba de trabar alianzas con los
enemigos más encarnizados de España con objeto de recobrar
su libertad. De ahí la exaltación de espíritu que revelan no
pocos historiadores al tratar de la raza morisca; pero aun en
medio de esa exaltación más ó menos lícita, más ó menos justi-
ficada, encontramos hoy detalles inapreciables para estudiar el
carácter de aquella gente.
No hemos de transladar aquí la diatriba que lanza contra
aquel pueblo infeliz D. Pedro Aznar de Cardona; nos parece
muy recargada su pintura, aunque hay en ella algunos toques
magistrales que no debemos pasar en silencio.
Refiriéndose al trato y condición de los moriscos, dice que
«era una gente vilísima, descuidada, enemiga de las letras y
ciencias ilustres, compañeras de la virtud, y por el consiguien-
te ajena de todo trato urbano, cortés y político. Criaban sus
hijos cerriles, como bestias, sin enseñanza racional y doctrina
de salud, excepto la forzosa, que por razón de ser baptizados,
eran compelidos por los superiores á que acudiesen á ella.» Dice
además, que «eran muy amigos de burlerías, cuentos, berlandi-
nas, y sobre todo amicísimos (y así tenían comunmente gaytas,
sonajas, adufes) de bailes, danzas, solaces, cantarcillos, alva-
das, paseos de huertas y fuentes y de todos los entretenimientos
bestiales en que con descompuesto bullicio y gritería suelen ir
los mozos villanos vocinglando por las calles.»
No queremos seguir aduciendo textos del famoso licenciado,
pero hemos de convenir en que la gente morisca, avezada á las
faenas agrícolas, cuidaba más de vivir para comer y acrecen-
tar su capital, que de la instrucción propia de un pueblo civili-
zado; era tan huraña para con los cristianos viejos, como
expansiva para con los suyos; tan adicta á sus señores, como
esquiva al poder real; tan supersticiosa como vengativa; tan
fanática como tenaz.
Aun hoy, puede el crítico formar concepto aproximado del
carácter de aquella raza estudiando las costumbres de varios
ir>7
pueblos enchivados en la costa del reino valenciano y singular-
mente en los del valle de Gandía hasta Alicante, en los que se
divisan desde la cima del Mongó y en la mayor parte de los
guarecidos por Aitana, la Zafor, Benicadell y Puigcampana.
Tan honda huella dejaron los moriscos en aquellas comarcas, y
singularmente en muchos campesinos, que en el traje, en las
costumbres, en los cantares y diversiones, en el cultivo de las
tierras, en las industrias relacionadas con la agricultura, en el
apego á las prácticas supersticiosas, en el abandono de las re-
ligiosas cuando no las promueve ó inspira un lujo oriental, en
los festejos públicos donde con tanta frecuencia se corre, la pól-
vora, en el uso de cabalgaduras y manera de montarlas, en los
aperos de labranza y en otros mil detalles que puede apreciar
el diligente observador, parécenos que fué ayer la fecha memo-
rable en que se decretó la expulsión de aquella raza. Hasta
mediados del siglo XIX hallábase muy viva la práctica de las
costumbres moriscas en los pueblos que fueron habitados por
aquella gente. Aún existen las barracas y los trajes de los huer-
tanos de Valencia, el cultivo, si bien escaso, de la seda, del cá-
ñamo y del azúcar, amén de otras industrias, huellas fehacientes
después de tres siglos, del empleo de aquella gente, heredera
bastarda de la raza muslímica.
No negaremos su carácter laborioso, pero aunque sea éste
un elemento de valía, que pudo servir para reformar el carác-
ter de muchos pueblos de cristianos viejos, no debe olvidarse
que el provecho material recaía en los señores, en los que pu-
diéramos llamar manos muertas, y que, el progreso, la civiliza-
ción verdadera, el imperio de la inteligencia eran escasos y tal
vez de efectos contraproducentes en aquella sociedad, para la
que el progreso material, con menoscabo del progreso moral y
del culto católico, era un peligro, cpmo lo es hoy en cualquiera
sociedad colocada en idénticas condiciones.
Había entre los moriscos elementos aprovechables, es cierto,
pero no los había asimilables. Nosotros somos admiradores de la
inmensa labor agrícola llevada á cabo por aquel pueblo, pero
á fuer de españoles, no podemos dejar de aplaudir á la opinión
pública que reclamaba enérgicas medidas contra aquella gente,
peligro funesto que amenazaba nuestra unidad religiosa y, lo
que es más á los ojos de ciertos morisco filos, nuestra unidad
nacional ó política.
198
Además de esto, y téngase muy presente, aquella " gente no
era tan dada á las artes mecánicas como pregonan modernos
filántropos, pues los pocos moriscos que á ellas se dedicaban, lo
hacían para evitar el trato con los cristianos viejos más que
para influir, aunque fuese indirectamente, en el progreso de la
industria. De ello nos testifican millares de documentos proto-
colados en que, si aparecen nombres de moriscos como contra-
tantes ó testigos, son raros los que no van acompañados del
mote Uau radar ó agrícola (2).
El verdadero carácter de aquella raza hay que buscarlo en
la vida religiosa, en la práctica de sus ceremonias, pues este
espíritu es el que vemos reflejado en sus costumbres y en su
lenguaje. «Los moriscos eran verdaderos sarracenos en su vida
interior, acatando las disposiciones civiles y religiosas del Corán
y conservando fielmente las tradiciones y costumbres de sus
bisabuelos. Cuantas creencias forman la fe de un verdadero
muslim, otras tantas eran seguidas por los conversos, que de
unas en otras generaciones se transmitían las leyes, ritos y usos
de moros castizos, al decir de los españoles, que los consideraron
siempre como enemigos jurados de la religión de Cristo. Y, en
efecto, irrecusables datos históricos confirman el carácter ma-
hometano que llevaba impresa la vida interior de los moriscos,
tanto en las poblaciones en que vivían apartados de los cristia-
nos, como en los barrios ó morerías que tenían señalados en las
grandes ciudades. El afán con que el pueblo converso procuraba
eludir toda fusión y amalgama con los cristianos viejos, des-
oyendo las predicaciones y burlando cuantas restricciones se
les imponían; el exorbitante número de libros árabes y aljamia-
2) Puede verse confirmada nuestra aserción en el riquísimo protocolado
que se conserva en el B. Col. de Corpus 'Christi de Valencia, sin necesidad
de acudir al Arch. parroq. de Penáguila, donde hay una preciosa colección
de protocolos (siglos XVI y XVIT) en que se hallan registrados los actos
públicos de la mayor parte de los moriscos de Alcoleja, Benasau, Gorga,
Guadalest, Confrides, Muro, Bcnilloba, Benifallim, Cela, Benillup y otros
pueblos de aquella comarca, donde quedan aún restos fehacientes de la
importancia que allí adquirió la raza morisca. Penáguila era la capital
cristiana de los muchos pueblos de su contorno, pues adetnás de ser villa
real gozaba de indiscutibles privilegios en lo locante á las jurisdicciones
civil y criminal, amén de disfrutar su justiciazgo de fueros especialisimos
y sólo comparables al de Valencia.
199
dos que con secreto divulgaban entre sus familias doctrinas
sarracenas, eran motivos harto poderosos para acreditar la
existencia de la fe muslímica» (3).
Eran muy dados á la trajinería, y «esta ocupación era tanto
más grata para los nuevos conversos, cuanto les proporcionaba,
por la continua ausencia de sus pueblos, dejar de cumplir, sin
ser notados', con los deberes del Cristianismo que aparentaban
seguir» (4), y, á la vez, comunicar á los correligionarios sus
cuitas, sus querellas contra el poder real, y las órdenes de alza-
miento tantas veces abortado.
Ese odio constante de la raza morisca contra los cristianos
viejos se robustecía con la práctica de las ceremonias mahome-
tanas; y de ahí el apego á todo lo sarraceno en costumbres,
usos y lenguaje (5).
Expuestos ya tales antecedentes con la sobriedad que juzga-
mos necesaria, pues hemos de insistir en ellos repetidas veces,
pasemos á estudiar la situación del reino valenciano durante el
segundo tercio del siglo XVI, por ser aquella región el foco
principal de la población morisca, y, en consecuencia, por des-
arrollarse en ella los sucesos principales que la historia atribu-
ye á la mencionada raza.
Justificadas eran, por desgracia, las quejas lanzadas por
nuestros escritores durante el reinado de Fernando é Isabel, en
demanda de reforma. La mayor parte de las diócesis españolas
se hallaban $in pastor; el clero secular entregado á negocios
ajenos á su ministerio; el regular sin disciplina; los magistrados
sin amor á la ley; las mujeres víctimas del lujo y de sus deriva-
dos; la sociedad, en una palabra, desquiciada, relajada y digna
de la negra pintura que de la del siglo XIV había hecho Exime-
nis al mismo tiempo que san Vicente Ferrer (6). Una de las
regiones más corrompidas era la valenciana; su metrópoli hallá-
base huérfana de pastor espiritual desde la muerte de D. Hugo
de Lupia; desde entonces la rigieron vicarios de prudencia dis-
cutida, sin tener prestigio para imponer su autoridad, no ya á
3j Janer, obra cit., pág\ 46.
4) Id., pág\ 47.
5) Vid. doc. mim. 15 de la Colec. Diplomát.
6) Vid. Las Reportaciones ó Sermones de San Vicente Ferrer, mss. en la
catedral de Valencia y en el Arch. del i?. Col. de Corp. Christi.
200
los moros y conversos que en dicha región moraban desde el
tiempo de D. Jaime I, sino á los subditos eclesiásticos y singu-
larmente al cabildo metropolitano, á los administradores de
justicia prevalidos de un regalismo amparado en la falsa inter-
pretación de los venerandos fueros, á los que debieron ser va-
sallos sumisos entre el común de los ciudadanos, á los nobles, á
los judíos conversos y á los extranjeros.
De aquella situación nos da alguna idea el célebre escritor y
elegante poeta Juan Bautista Anyes en la epístola que dirige
desde Cofrentes, con fecha 15 enero de 1539, al vicario general
de Valencia D. Juan Gais. En ella se lamenta no sólo de la
general corrupción de costumbres sino muy especialmente de la
de los moriscos; pide que no se retarde el envío de predicadores
que instruyan en la fe á los neófitos sarracenos, pues confía en
opimos frutos para la conversión. Et quis jamjam tot adepturus
commoda, non tllustrissimo nostro instan ratori, non tibi procuran-
ti totns gratulabundus adplaudat? Hinc ñeque ego non jure tnihi
meisque Neophytis Icetabundus exulto. Boque justius, quo certius
parata eorum corda, ad Evangélica suxcipienda semina proejen*
conspicor, integri enim anni sum expertus periculo (ubi jussu
Christianissimi Francisci a Scintillis 01 ir a 1 comitis populo* istos
Christum docturus ral le ni hanc veni) quantum simplicibus, blan-
disque meis hortatibus plerique profecerint , indiesque proficiunt ,
quum singulos ricos, oppidaque erangelizando percurrens, lozto
omnium animo libenter excipior , Icetanter audior. Et quantum
ubique putas Christo maturam paratamque messem, si guales res
postulat successores adessent? (7).
7) El Ven. Anyes conocía perfectamente la situación de los moriscos del
valle de Ayora, pues por mandato del conde de Oliva les estuvo predicando
algún tiempo; creía de buena fe que los moriscos de aquella comarca so
convertirían mediante la asidua predicación y los buenos ejemplos de sa-
cerdotes dignos, y no sólo escribe á Gais la citada epístola, sino que dedica
al arzobispo D. Joi'ge de Austria un poema escrito en disticos latinos exci-
tándole al cuidado asiduo en el negocio de la conversión de los neófitos
sarracenos, y luego envía otro A D. Francisco Estanya, obispo cristopoli-
tano. Estos curiosos documentos pueden verse en el rarísimo opúsculo Apo-
logia in | defensionem virorum illustr. eque- | strium, bonorumque citiium
Válentinorum... Et alia non injucunda \ lectu, quee in índice pramotantu /•■•> ,
fols. 48 á 52. Vol. en 4.° de 62 fojas, acabado de imp. en Valencia por Juan
Baldovi y Juan Mey, á 5 de febrero de 1543. Ejemp. de D. J. E. Serrano.
201
Ala muerte de D. Erardo de la Marca, ocurrida en Lieja
el "27 de febrero de 1538, habían transcurrido más de ciento diez
años sin que los valencianos pudiesen besar el anillo pastoral de
su prelado.
Durante el breve pontificado de D. Jorge de Austria se pro-
veyó con hartas diligencias al mejoramiento de la raza morisca
en Valencia; lo mismo se proveía en Aragón con el envío de
celosos y doctos predicadores, pero la obstinación de los conver-
sos llegaba á tal extremo que, el frustrísimo D. Jorge de Austria
renunció el arzobispado «movido, entre otros motivos, como
dice Fonseca, del grande escrúpulo que tenía de ver el poco fruto
que hacía la palabra de Dios sembrada en esta mala tierra,
aunque de su parte no faltava á cosa de las necesarias para
descargo de su conciencia» (8).
Huérfana en tales circunstancias aquella importante dióce-
si, necesitaba con urgencia de un Pastor vigilantísimo, y de esta
necesidad nos dan testimonio, no ya las sentidas quejas de pia-
dosos y doctos escritores como el citado Juan Bautista Anyes,
sino las interminables listas de nombres que aparecen en las
naturalizaciones de Cortes y en las dispensas de los defectos de
irregularidad. Hay nombres en calidad y número tales que
asombran.
El emperador llegó á conocer, por las comunicaciones de
fray Bartolomé de los Angeles y de Rodríguez de Haro, la situa-
ción del reino valenciano y eligió pastor á propósito en la per-
sona de fray Tomás de Villanueva, humilde religioso de la orden
augustiniana. Confirmada la elección por Paulo III el día 10 de
octubre de 1544 y verificada la entrada solemne en la ciudad el
día primero del siguiente año, tomó fray Tomás las riendas del
gobierno de aquella extensa diócesi y visitó la mayor parte de
sus pueblos. La impresión que produjo en el santo prelado esta
visita fué desagradable en extremo, y singularmente al contení-,
piar de cerca la dificultad en proveer de remedio las necesida-
des de tantos pueblos moriscos.
No tardó el celoso prelado en recibir aviso de Paulo III y de
Carlos I para acudir á la celebración del Concilio Tridentino,
del que habían de salir la confirmación más solemne de los de-
seos de reformación y, al mismo tiempo, la condenación de los
8) Justa expulsión, etc., pág\ 25.
202 , -
errores predicados con tanta osadía por los sectarios de Lutero;
pero el estado de salud en que se hallaba el prelado, le impidió
concurrir al Concilio, según afirman piadosos historiadores,
mientras que otros, como el infatigable Ortí y Mayor (9), apoya-
dos en una deliberación del Estamento militar, tomada á 8 de
junio de 1545, aseguran que la nobleza había nombrado algunos
electos para que rogasen al duque de Calabria interpusiese su
valimiento cerca del emperador ó del serenísimo príncipe, con
el fin de que fuese revocada la orden de partir á Trente el vene-
rable arzobispo, atendiendo d la gran necessidad que avia de sil
persona en el Reyno, assi por la visita de los nuevamente converti-
dos, como por otras muchas dependencias y negocios y por el ejem-
plo que dava en todo el Reyno (10).
Pero hagamos hablar al mismo prelado en carta que dirige
al serenísimo príncipe D. Felipe:
«Muy alto y muy poderoso señor:
El obispo de Huesca que tiene mi procuración en el concilio, me
ha scrito, que proceden contra mí, y me han acusado la rebeldía, por
no haber y do al concilio; V. al. sabe muy bien, que yo siempre he
estado aparejado para yr, y assí lo he scripto á su mag.* y á V. al. y,
por su mandado y ordenación ha cesado nuestra yda, y pues esto es
assy, cosa justa es que su mag. 4 mande responder por los otros perla-
dos y por mi en el concilio, que por su ordenación y mandado hemos
dexado de yr, teniendo por cierto que, lo que su mag.* manda, es
orden y voluntad de su san.* y assi humilmente supplico á V. al. lo
mande screvir á su rnag. 1
Después que se fue el obispo de Segovia, estos nuevos combertidos,
están muy sueltos, y cada dia se atreven mas, a hazer sus cerimonias
moriscas, publicamente, porque, con la commision que tiene el dicho
obispo de su san.* los inquisidores e yo tenemos las manos atadas,
para entender en su correction, y de parte del obispo no ay aquí per-
sona, que entienda en ello; supp. co a V. al. mande proveer en ello; de
manera que venga presto alguna persona con commision del obispo
para entender en esto o se tome otro corte, como estas animas se reme-
dien, y pues son bauptizados no bivan publicamente como moros.
9) José Vicente Orti y Mayor, Vida, virtudes, milagros y festivos cultos
de Santo Tomás de Villanueva, arzobispo de Valencia. Un vol. en folio
de 400 páginas, iinp. por Juan González, Valencia, 1731. Vid. pág. 128.
10) Cita Orti el Lib. de las deliberaciones del Estam. militar del Reyno
de Val., núm. 2. Contiene lo tratado desde el año 1542 á 1560.
208
También quiero informar a V. al. como este nies passado han veni-
do vnas tres o quatro galeras de Argel, y han tomado en esta costa,
mas de cient personas, es muy grand affrenta que aquel reyezello, a
vn reyno tan grande y tan poderoso como espafia, a su salvo les corra
la costa, y lleve las gentes, sin hayer resistencia ny quien lo contradi-
ga, porque cierto en esto ay muy mala orden y muy mal recaudo.
V. al. se informe, y mande proveer en ello, de manera que se quite
esta servidumbre que es tanto en offensa de dios e injuria destos
reynos. nuestro señor la vida de V. al. guarde, para bien y acrescen-
tamiento destos reynos en su servicio, de Valencia a XII de Abril
1547. De V. Real al. menor capellán fray Thomas, Archiepiscopus Va-
lentía?» (11).
Del estudio de este documento se deducen notables enseñan-
zas que confirman lo que venimos defendiendo; esto es, que los
moriscos continuaban viviendo como moros no obstante las me-
didas de rigor y de misericordia adoptadas para su instrucción
y conversión.
El problema morisco preocupó grandemente la atención del
santo prelado, según aseguran sus biógrafos y confirma la carta
que, á 10 de noviembre de 1547, escribió al príncipe acompa-
ñando una Información de las nuevas rectorías y del colegio de los
nuevos convertidos de la ciudad y diócesis de Valencia y un ex-
tenso Parecer acerca de lo que se deve proveer para la buena ad-
ministración de los nuevamente convertidos, documentos que hoy
se conservan originales en el Archivo general de Simancas (12).
De su contenido se desprende la actividad desplegada por
santo Tomás de Villanueva en la instrucción y conversión de los
moriscos, pues se habilitó una casa grande con huerto para co-
legio donde recibían instrucción 30 niños; se erigieron de nuevo
146 rectorías con la dotación anual de 30 libras cargadas al ar-
zobispado; se nombraron rectores para las mismas; se hicieron
y publicaron constituciones y ordenaciones para el uso de dichos
rectores; se imprimió una doctrina cristiana para uso de los mo-
riscos; se enviaron á éstos, en repetidas ocasiones, celosos pre-
dicadores para que les enseñasen la fe católica, les baptizasen y
11) Arch. gral. de Simancas— Secretoria de Estado, leg. 300 y Colee, de
documentos inéd., t. V, pág. ion.
12) Leg. 300. Los cit. documentos fueron publicados por el Sr, Danvila.
páginas 136 á 139 de sus Conf.
204
administrasen los sacramentos; se nombró un colector de Jas ren-
tas de Jas olim mezquitas y se dio orden en lo que se avian de
gastar; y se nombró otro colector de los dos mil ducados y de las
otras rentas de dotación de las dichas rectorias, aunque no usó
enteramente de su officio por sen impedido por Jas personas inte-
resadas y fue confirmado con privilegio de su Magestat.
En el referido Parecer se proponía el modo de nombrar visi-
tadores que informasen del estado de las rectorías y de lo refe-
rente á la instrucción de los moriscos, así como de la corrección
y castigo de los mismos, pues fueron convertidos casi por fuerza,
y no han seydo instruidos en la fe y que por... conversación de los
moros de argel están muy rebotados en las cosas de la religión
christiana. Continúa el prelado proponiendo singulares medios
para conseguir la anhelada fusión y no olvida decir que es muy
necesario para la reformación desta gente cerrarles la puerta de
argel y dar orden que la costa se guardas se por mar como dizen
que está proveydo, así como no excusa pedir á Felipe que nom-
bre sujeto para que haga guardar á los moriscos las prácticas
de la fe católica, á lo menos en lo exterior, y que al nombrado
le de provisiones contra Jos señores de los lugares que favorecen á
los dichos moriscos y empiden á los reto res y alguaziles que no (sic)
Jes compelían á yr á missa y guardar lo que son obligados.
Después de estos documentos que eleva al poder real un pre-
lado como santo Tomás de Villanueva, todo bondad, todo dul-
zura, y ante cuya proverbial caridad se embotan las armas de
la calumnia esgrimidas contra el sucesor que más le ha imitado,
¿podrá el crítico de buena fe distinguir en lo que es incapaz de
distinción? Las medidas que Tomás de Villanueva aconseja al
príncipe para lograr la conversión de los moriscos, y en conse-
cuencia, aquella tan deseada fusión, de razas, ¿no responden á
las aspiraciones más nobles, no ya de un corazón de santo, sinb
de un pueblo entero, de una nación tan católica como la España
del siglo XVI? ¿Hay en esas medidas crueldad? Quien tal afirme
juzga los sucesos al través de prismas caleidoscópicos y por
Lo mismo ignora la verdadera situación de nuestra patria en
aquella época.
El santo arzobispo que sucedió á D. Jorge de Austria había
rehusado, como éste, admitir la mitra de Valencia por entender
loque ¡lasara acerca <le Jos n/oriscos; ambos prelados creían que
no les era posible la salvación de sus almas sin antes haber
205
logrado la conversión de sus subditos, y si Tomás de Villanue-
va acepta el arzobispado es por librarse de la censura con que
le conmina su superior, según prueban con documentos fray Mi-
guel Salón y el erudito biógrafo Ortí y Mayor. Aun después de
aceptar aquella dignidad, trata de descargarse dentro de muy
poco tiempo por la mesma razón y escrúpulo que su predecesor (13);
escribe repetidas veces al monarca representándole la conve-
niencia de que en los lugares de moriscos hubiese rectores muy
ejemplares y celosos del bien de las almas, dándoles rentas con
las cuales pudiesen sustentarse y hacer limosnas á la gente me-
nesferosa, á fin de que con el ejemplo y obligados de los benefi-
cios que recibirían los moriscos, se fuesen reduciendo de veras
á la fe de Cristo (14); consiente una pensión anua de dos mil
ducados sobre su renta, para que se invierta en aquella instruc-
ción; alienta al P. M. fray Juan Micón á que prosiga en su tarea
evangélica, y cura por todos los medios la conversión sincera
de sus diocesanos moriscos; pero el fruto de este celo fué muy
escaso, por no decir nulo, según nos demuestra la historia.
El trato de los moriscos valencianos con los piratas de Argel
y la protección que á los primeros dispensaban los señores^ eran
los escollos contra los que se estrellaba la obra de la conver-
sión. Santo Tomás de Villanúeva así lo indica, según hemos
visto, y cuando nos faltase tal documento, restarían, con toda la
elocuencia de los hechos, los acuerdos que en aquella época
tomaron las Cortes de Monzón, en las que, si se expresó con
deficiencia la voluntad nacional, es cierto que la voluntad de
los señores dejó sentir su influencia hasta lograr el nuevo sobre-
seimiento en el negocio de los moriscos y en el castigo de los re-
belados en Espadan y Bernia (15). En hora buena que las Cortes
13) Fonseca, Justa expulsión, etc., pág. 26.
14) Id., id.
15) Cortes de Monzón 1541
1. «Volvió á decretarse á petición de los tres brazos, que se observaran
inviolablemente los fueros que establecían que la señoría útil se consolida-
ría con la directa en los crímenes de herejía ó lesa majestad.
3. Se confirmaron al monasterio de la Virgen de la Merced los privile-
gios de exención de derechos por las mercaderías que empleasen para redi-
mir cautivos cristianos en tierra de moros.
27. S. A. mandó que se sobreseyera en el negocio de los nuevos conver-
tidos del Reino hasta las primeras Cortes,
206
de Valladolid de 1548 reclamen contra los abusos de la Inquisi-
ción, pues también los deseaba ver desterrados el Sumo Pontí-
fice; pero ¿dónde está el esfuerzo efectivo, no aparente, de los
señores para ayudar al célebre tribunal en el castigo de los mo-
riscos que vivían realmente como moros? Precisamente se ha-
llaba entonces seriamente amenazada la jurisdicción del Santo
Oficio en el asunto de los moriscos y el emperador tomaba con-
sejo y mandaba reunir en Valladolid una junta para que resol-
viese el conflicto.
Por una relación que existe en el archivo de Simancas ve-
nimos en conocimiento de los acuerdos tomados en la referida
junta el año 1548 y de la situación de los moriscos en el reino
de Valencia y países comarcanos (16).
La misericordia que la junta de Valladolid, presidida por el
emperador, aconseja para con los moriscos, ¿es prudente? Así
debió parecer á los prohombres que la componían. ¿Fué de
fecundos resultados prácticos? La historia nos dice que no.
Haedo y Escolano, con los autores de los diarios que se conser-
van manuscritos en la biblioteca universitaria de Valencia, nos
refieren los desmanes que los piratas y corsarios argelinos
llevaron á cabo en nuestras costas valencianas y catalanas
en 1550. El fiero Dragut hacía sentir el peso de sus audaces
correrías y de sus latrocinios y de sus asesinatos en las desman-
teladas costas de la provincia de Alicante, y fijaba fatales pre-
cedentes ofreciendo á los moriscos libertad en el ejercicio del
culto muslímico. Las Cortes de Monzón acuerdan nuevas provi-
siones (17), pero la paz continúa amenazada, no sólo en el
42. Decreta el Rey pagar el tercio que restaba de los cautivos por la
piratería del cabo de Oropesa.
43. A los que cautiven moros Ínfleles se les dispensa de pagar el quinto
que abonaban á la Corona.
48. Se reclama la construcción de una atalaya á expensas del Rey, cerca
del castillo de Culíéra; otra en el cabo de Oropesa en la torreta de San Ju-
lián; y que sean fortificadas Peñíscola y Villíijoyosa.
Se concede indulto general por toda clase de delitos, exceptuando la he-
regia, y se sobresee en los delitos cometidos en la Sierra de Espadan y Ber-
nia hasta las primeras Cortes.»
16) Vid. doc. núm. 3 de la Colec. Diplomát.
17) Cortes de Monzón 1552
34. «Para remediar los robos de los corsarios, los cuales se habían pre-
sentado en las costa- de Valencia con más de lo velas, pidieron los tres Bra-
•207
exterior, sino en el interior. «Y por cierto, dice el Sr. Danvila,
que en una de las ocasiones en que acontecimientos bien ajenos
á la literatura y á la historia me llevaron á una de las poblacio-
nes del marquesado de Denia, encontré un documento que viene
á corroborar cuan común era la piratería de una y de otra
parte, porque en una escritura de dote se concedían á una joven
50 libras y se ponía como condición que se añadirían otras 50 si
la mar daba. Es decir, que había piratas, había lucha, y si se
perdía un bajel en la costa, la dote podía aumentarse otro tanto
de lo concedido» (18).
zos autorización para un nuevo impuesto sobre la seda á fin de poder
comprar edificios y municiones, pudiendo nombrar 18 personas, G por cada
brazo, creando una guardia ordinaria por tierra y no por mar.
51. Se repitió la pretensión de que no pudieran confiscarse los bienes de
los moriscos por causa de crimen de heregía ó apostasia.
Se eximió a las presas que se hicieran á los moros y turcos del quinto
que se entregaba al Rey.
Se concedió indulto general, exceptuando el crimen de heregia, y se
sobreseyó en la averiguación de los crímenes cometidos en las Sierras de
Espadan y Bernia hasta las primeras Cortes.»
18) Confs., pag. 140.
Véase un extracto de las principales piraterías en nuestras costas levan-
tinas hasta últimos del siglo XVI, tomado de Viciana, Escolano y otros his-
toriadores:
1519. «Estando el rey en Barcelona en mayo de este año celebrando
Cortes, pasaron delante de S. M. y de su Corte 13 galeotas de Turcos y vi-
nieron á la costa de Valencia, donde prendieron en Oropesa cinco hombres
y en Burriana dos, y discurriendo por la costa hicieron nuevas presas de
cautivos y otros daños.»
Podemos añadir el siguiente curioso documento: «Diputados: Sabido
avernos que en la costa de ese reyno se han mostrado muchas fustas de
moros e han fecho algunos daños y no cessan de continuarlos e ahun tene-
mos havisos que otras muchas vienen o están para venir en essas pai - tes e
porque cumple mucho que se ponga guarda conveniente en las marinas de
ese dicho reyno para preservarlo de mayor daño nos ha parecido sobre ello
escribiros y encargaros muy estrechamente que por lo que ha respecto a la
seguredat reposo y pacifico stado de esse dicho reyno, vosotros proveiays
con toda presteza en facer y ordenar a sueldo de esse general fasta ciento
de caballo para que juntamente con dos capitanías de infantes de nuestro
sueldo que nos havemos mandado por esta necesidad questen o residan en
esse reyno se repartan a discreción e orden de nuestro gobernador desse
reyno en las partes que mas convenga e necessario fuere, y para esto vos
rogamos querays bistraer de pecunias de esse general el dinero que menes-
ter sea para el sueldo de las dichas cien lanzas y pues nos havemos de ir
208
Esto nos demuestra que los piratas abundaban, no obstante
la frecuencia con que se repetía la publicación de pragmáticas
luego a celebrar cortes en esse reyno, por la presente vos prometemos que
lo quenesto se gastare nos taremos en las dichas cortes que vos sea reci-
bido e passado en cuenta o nos mismo lo recibiremos en parte del servicio
pecuniario que ese reyno nos ficiere, sobre lo qual escribimos al dicho go-
bernador y otros oficiales nuestros que de nuestra parte hos fablen mas
extensamente, seales dada entem fe y crehencia aquello poniendo en obra
que demás de proveerse lo que cumple a la indenidad y buena conserva-
ción desse dicho reyno nos lo recibiremos en muy agradable servicio. Dada
en Barcelona a 22 de junio de 1519. — Yo el Rey. — LIrries secretario. —
V. Cancellarius — Dirigitur deputatis regni valentía'.
Real Acad. de La Historia. A. 18, fol. 61.
1528. «Varios piratas moros desembarcan en el lugar de Palmar y cauti-
van 49 personas. Los Jurados suspenden las obras de fábrica de la Iglesia y
dedican 800 á 1.000 ducados para rescate de los cautivos.
1529. Cheredin, hermano de Barbarroja, en septiembre envió 14 galeo-
tas en corso hacía las islas de Mallorca, Menorca, Ibiza y costas de España,
al mando del corsario turco Cachidiablo con los principales arráeces.
1529. Los moriscos del reino de Valencia y del conde de Oliva reclama-
ron el auxilio del turco para pasar á Berbería, y una noche, junto á Oliva,
Cachidiablo embarcó y se llevó más de 200. Portuondo, general de las gale-
ras de España, les persiguió por 10.000 escudos que ofreció el conde, y los
corsarios desembarcaron todos los moriscos de Oliva en la isla de Formen-
tera. Trabóse combate, fué muerto Portuondo y recobrados moriscos y ba-
jeles, se lo llevaron todo á Argel. El hijo de Portuondo fué cautivo y á
todos los mató en 1530 por temor de que se sublevasen .
15:51. Desembarcaron en la Cala de San Vicente de la villa de Pollensa,
seis navios de moros y un judío arráez con 500 turcos, pero los de Pollen-
sa les dispusieron una emboscada y les mataron 60 obligándoles á retirarse.
En julio de este año el príncipe Andrés Doria partió de Genova con 20 ga-
Leras, rescató los cristianos cautivos en Argel y volvió á Mallorca, perdien-
do 600 soldados vivos.
1532. Día de san Lorenzo, aportaron en el paraje de Cultera 17 galeras,
galeotas y fragatas de Barbarroja, y recogieron sobre 2.000 personas, lle-
vando la vanguardia y retaguardia los turcos y caminando los moriscos en
medio. Les combatieron el duque de Gandía y D. Francisco de Centellas
heredero del conde de Oliva. El primero se quebró un brazo en la pelea
y el segundo recibió dos flechazos en la rodilla derecha y en el muslo del
misino lado.
1532. Dos galeotas, meses antes, habían arribado á un lugar de moris-
cos llamado Piles, cerca de Oliva, y D. Francisco de Centellas los obligó á
reembarcar, ofreciendo el despojo al duque de Gandía y al señor de Piles,
de quienes eran Los moriscos fugitivos.
1534. I."- moriscos de la baronía de Parcent trataron de embarcarse en
este año i y viniendo por su orden corsarios moros del mar, se lleváronla
209
reales para evitar tanto desafuero; esto nos prueba la decaden-
cia á que vino á quedar reducido nuestro comercio por el temor
mayor parte de ellos y cautivo á Pedro Andrés de Roda, señor de la baro-
nía, con los criados y familia de su casa.
1535. Carlos V marchó con gran escuadra á Túnez, cuya ciudad tomó,
apoderándose de la fortaleza de la Goleta, pero Barbarroja, fingiendo que
huía, atacó Menorca, entró en el puerto de Mahón, atacó una nave portu-
guesa, matando á todos sus tripulantes, y volvió á Argel. De allí fué á
Constautinopla con ricos presentes y muchos cautivos y el sultán le nombró
su general de mar.
1536. A 7 de junio una escuadra de dos galeras, dos galeotas, dos fra-
gatas y algunas fustas al mando de Barbarroja, dieron fondo en el cabo de
Oropesa, y echando pié á tierra, fueron á combatir el fuerte que acababa
de labrar D. Juan Cervellón. Les socorrió D. Diego Ladrón, gobernador de
Castellón, y les obligó á levantar el cerco.
1536. En este año realizaron alianza los turcos con los franceses, y en
agosto, juntas ambas armadas, se apoderaron de* Ibiza; pasaron después á
Barcelona, haciendo mucho daño en la costa, y corrieron la del mar de Va-
lencia, y se pusieron una mañana delante de Peñíscola á tiro de cañón.
1536. En 29 de julio se acostaron al paraje de Villajoyosa 4 galeras
turquesas y 30 galeotas y fragatas, mandadas por el corsario de Argel Zalá
Arráez que después fué rey en ella y ganó la ciudad de Bugia á los cristia-
nos en 1555. La villa se defendió heroicamente y acudieron en su socorro
el duque de Calabria virrey y capitán general, D. Luís Carroz, Bayle y el
Maestre Racional mossén Escrivá .
1541. El emperador resolvió la conquista de Argel y la expedición se
reunió en Mallorca con la que mandaba el príncipe de Salerno y la de don
Fernando de Gonzaga, virrey de Sicilia. También acudió alli el principe
Almirante Andrés Doria y el duque de Alba, y partió para Argel con 300
velas. Después de tomar Argel regresó el 26 de noviembre á Mallorca y par-
tió con rumbo á Málaga.
1543. Zalá Arráez, corsario africano, sale en corso contra las costas de
España y saquea y destruye á Balamos y Rosas. Este corsario, por su valor,
fué rey de Argel, según vimos.
1545. El mismo corsario amaneció un día sobre Vinaroz con 13 galeras
reales y bastardas de turcos y moros de Argel, pero les resistieron valero-
samente auxiliados con más de mil hombres los vecinos de San Mateo y
otros del Maestrazgo.
1546. En 24 de mayo arribaron seis galeotas al cabo Negrete cerca de
Villajoyosa, y los vecinos de ella les hicieron retroceder, cogiéndoles 78
cautivos, de que el virrey les hizo merced en satisfacción de su hazaña.
1517. En este año 24 vecinos de Villajoyosa armaron dos barcos y em-
bistieron en la cala de las peñas de Elvira una galeota de 18 bancos, de
Selvi Arráez, y la ganaron, cautivando 35 turcos y matando á los otros.
1517. En 16 de septiembre arribaron ocho galeotas á Murviedro que des-
embarcaron gente, \ A protegida por nuestros moriscos, atacaron y saquearon
T T 14
210
consiguiente á los desmanes llevados á cabo en el Mediterráneo
por los turcos y argelinos; y esto nos confirma plenamente en
el monasterio de Santo Espíritu de frailes menores. D. Juan de Villarrasa,
gobernador de Valencia, los sorprendió y los descuartizó después de confe-
sar que los autores de aquella expedición habían sido moriscos del lugar de
Gilet.
1547. Un morisco de Gisbert llamado Espina, condujo á la villa de Alcalá,
en el Maestrazgo, la tripulación de 14 galeotas y galeras de Argel; pero la
población resistió y de un ballestazo fué muerto un moro arráez que fué
¿itfeinado en la plaza .
1519. Se celebra la paz entre el emperador y el turco .
1519. En septiembre de este año, 34 hombres de Villajoyosa acometieron
en las penas de Elvira una galeota de 14 bancos de Asnar Arráez, que fué
ganada por ellos, muertos algunos y presos dieciocho moros con el Arráez.
1550. El corsario Dragud desembarcó mil turcos en el paraje de Benisa,
pero fueron rechazados por la población, costando la vida á un clérigo que
inició la defensa.
1550. El 24 de mayo desembarcó Dragud en la villa de San Juan, en Ali-
cante, y la saqueó, llevándose cautivos trece viejos y enfermos que no pu-
dieron escapar (Pedro de Salazar, Historia de la vida y hechos de Dragad).
El Excmo. Sr. D. Antonio Valcárcel, en su opúsculo Lucentum, oy la ciu-
dad de Alicante, pág. 35, dice: «Como los Moriscos se entendían con los Co-
sarios Dragut y Barbarroja, los más famosos que .ha habido en estos últimos
siglos, se hacía precisa la fortificación y gente, por lo que toda la Huerta
de Alicante estaba guarnecida de torres, y en el lugar de San Juan había
solo siete, sin otras infinitas, que aun existen esparcidas por toda esta
Huerta; con todo llegó á tanto la audacia del Cosario Dragut, que en el
año 1550 llegó con veinte y siete baxeles el día 24 de mayo y salteando esta
costa hizo varios estragos. Los vecinos de la Universidad de San Juan salie-
ron á rebatir al enemigo, y en memoria de este suceso se puso la inscrip-
ción, que hoy existe colocada en la Torre llamada de Cenia, por el apellido
de su dueño.» Copia Valcárcel la inscripción en la pág. 37 de su opiíseulo
impreso en Valencia por José y Tomás de Orga, 1780. Un vol. en 8.° de 70
páginas.
1550. Al día siguiente, el mismo corsario con 27 fustas, galeotas y fraga-
tas, entró por la embocadura del Júcar, asaltó á Cullera y la saqueó. El
abuelo del cronista Escolano dice que dio 6.000 libras para ayudar al res-
cate de las personas y ropa. El arzobispo, D. Tomás de Villanueva, también
• lii'i ."..000 ducados.
1550. El 31 de mayo, el corsario Dragud, con 20 galeras reales y 1.500
moros desembarcó en Pollensa saqueando este pueblo, y resultando cauti-
vos y muertos cerca de 130 cristianos.
1551. El 27 de octubre llegaron á las Calas del Pinar en Alcudia 5 baje-
les de corsarios que cautivaron 35 hombres, 25 de Alcudia y 10 soldados de
una compañía que pasaba á Menorca, y murieron 20 hombres.
1552. En 1." de octubre 10 galeotas <U' turcos desembarcaron 100 en las
211
lo que diversas veces hemos indicado respecto de la impunidad
que gozaban los moriscos defendiendo las piraterías é incurrien-
do, por lo tanto, en manifiesto crimen lesee majestatis, según el
costas de Mallorca (Cala den Claret), pero fueron rechazados con grandes
pérdidas por el capitán de Valldeniora Raimundo Gual.
1553. En 10 de ag'osto desembarcaron en la Losa del lugar de San Telmo
1.000 turcos venidos en 24 galeras y galeotas al mando del general Delia-
mar. Sorprendidos por los cristianos, se limitaron á quemar algunas alque-
rías, sin que hallasen persona á quien cautivar. Trataban de sorprender la
villa de Andraix.
1554. En 7 de julio siete galeotas de moros echaron gente en el paraje
de Benicarló, y habiendo hecho muy buena presa, dieron vuelta á la mar;
mas saliéronles al encuentro 25 de á caballo y 100 arcabuceros de Vinaroz
y hiriendo en ellos los rompieron y hicieron dejar la presa á 4 de noviem-
bre de 1562.
1554. El 8 de septiembre llegaron á la desembocadura del rio de Altea
cuatro galeotas gruesas de turcos á hacer el aguaje, y el comendador Sanc-
tescreus, natural de Valencia, lo impidió con valor.
1555. - En este año asaltaron otra vez los moros la villa de Andraix. Acu-
dió en su socorro la compañía de milicias llamada de los doscientos y los
moros cautivaron algunos soldados de dicha compañía, los cuales rescató
su majestad por 2.400 escudos.
1556. En 9 de septiembre dieron vista á Jávea 10 galeotas de corsarios
argelinos é hicieron ademán de desembarcar en aquella costa. Los de Denia
enviaron un socorro de 200 hombres, pero aquella misma noche los corsa-
rios zarparon, anclas y á toda prisa tomaron rumbo hacia Denia, en cuya
costa desembarcaron unos 600 hombres con sus banderas y muchas escalas.
Llegaron hasta el Saladar, pero sorprendidos por los de Denia, al rayar el
día, les hicieron una descarga y les obligaron á reembarcarse sin haber
conseguido cautivar á nadie ni hacer más daño que matar dos muías y lle-
varse de paso unas cabras.
1560. Los de Villajoyosa, que habían ganado una fragata peleando con
el corsario Harpat, descubrieron otra de 10 bancos y armando tres laúdes,
la entraron por combate y cautivaron 22 turcos y mataron siete».
1582. «En 4 de abril declaró Pedro Caballero, vecino de Valdepeñas en
el campo de Calatrava, que conoció á Morató Arráez corsario, que en días
pasados andaba por Calpe y á un tal troxillo y á Ali Maní, á un calabrés y
á Amante Mani renegado, capitán de las galeotas de Argel, y á otros como
Mani Napolita.no, y que éste no trató con ellos porque era esclavo del rey,
sólo trató con cristianos, como eran el Dr. Vezerra centeno caballero de San
Juan de Malta, maestro Pedro y maestro Joan calafates». (Arch. y ral. cen.
tral, legajo núm. 53.— Proceso de Gil Pérez).
Del Diario de Jerónimo Soria, tomamos lo siguiente:
1583. «A de setembre saquecharen á ginges (Chuches) moros de la
mar y cremaren lasglesia y apres a de, dit mes arrastraren y desquar-
212
citado fuero de D. Jaime el Conquistador, vigente hasta que Fe-
lipe V arrebató en 1707 aquella admirable legislación al antiguo
reino valenciano.
Cortar la puerta de Argel á los moriscos valencianos y ara-
goneses; quitar á éstos las armas; obligarles á practicar, á lo
menos en lo exterior, las leyes cristianas; instruirles en la fe,
pero sin olvidar la premia cuando fuese necesaria; proveerles
de rectores; dotar colegios donde fuesen enseñados, y vigilarles
con frecuencia, era el programa de fray Tomás de Villanueva;
pero el poder real lo cumplió por partes, abandonando en oca-
siones lo esencial, y por eso el resultado fué escaso.
Aquella práctica de las ceremonias cristianas, á lo menos en
lo exterior, podrá parecer resabio fanático infiltrado en el espí-
ritu evangélico del religioso arzobispo, pero téngase en cuenta
que la osadía de los moriscos demandaba aquella medida en
una sociedad que desconocía la moderna libertad de cultos y en
un país que había sido teatro de una guerra de religión durante
muchos siglos. Tal vez sea tachado de cruel ó como efecto de
un espíritu intransigente, duro y sanguinario aquel consejo dado
por un apóstol de la caridad evangélica, y sin embargo, nada
más injusto que semejante aserción. Tomás de Villanueva agotó
los medios que le sugirió su celo; á fuer de prelado en una na-
ción eminentemente católica, pidió el cumplimiento de la ley
aunque no lograse el afecto á la misma, esto es, el asentimiento
al espíritu que la dictaba. De este modo quiso evitar el mal
ejemplo á sus subditos y reprimir, en lo posible, la transgresión
de la ley fundamental de aquella monarquía.
Algún tiempo después, el santo prelado de Valencia renova-
ba sus peticiones al emperador con objeto de que resolviera
éste la cuestión morisca, pero de manera distinta á la que había
aconsejado la junta de Valladolid. Véase el notable documento,
inspirado en la más sana intransigencia:
fceraren setse moriscos do Callosa perqué íoren cónsenta y donaren auxili ais
moros de La mar.
1584. A de setembre di1 any vingueren vint y guit galeotes y sal-
taren mil y trecents homens davant Callosa a les guit luiros del día y tots
Los moriscos y morisques de Callosa y do Polop y alguns de altres loes son
pasaren al pon de mil homens y dexaren vora mar al pon de cuatrecentes
cavalcadures.»
2X3
«S. C. C. M.t
Por otras dos cartas he escrito a V. M.* el impedimento que tengo
para no poder yr a Concilio por ciertas indisposiciones corporales,
aliende de la edad, specialmente vna que del todo impide y estorva
caminar tan largo camino, como micer Ángel de Bas portador de la
presente mas por extenso informara si V. M. 4 desto quisiese ser mas
informado, agora scrivo la presente para súpplicar a V. M. 4 se acuerde
destos moriscos que están del todo perdidos, sin orden y sin concierto,
como ovejas sin pastor y tan moros como antes que Recibiesen el Bap-
tismo y la causa es no haver acá facultad para poderlos corregir
y Reprimir de las cerimonias y Ritos moriscos que publicamente
hacen, sin temor ni recelo de ser castigados, humilmente supplico
a V. M.t como por otras muchas cartas he supplicado mande pro-
veer en ello como fuese mas servido embiando persona que tenga
cargo dellos con autoridad apostólica, o Remitiéndolos a la inquisición
como primero, o alcanzando facultad de su S. d para quel ordinario
tenga cargo dellos y los castigue con moderación como cumple de sus
Apostasias aunque este Remedio postrero no me parece Bueno como
los otros dos, porque hay necesidades de special cuydado, y según
creo el ordinario no bastaría para todo. En lo que toca a esta Ciudad
y Reyno V. M. 1 esta ya Bien informado, la necesidad que hay de jus-
ticia y Govierno y tengo por cierto que proveerá de tal vissorrey
todo el Remedio. Guarde N. ro señor y conserve por largos tiempos
la vida c imperial persona de V. M. 1 en su servicio, de Valentía á XIIII
de Marco MDLI. D.V.S.C.C.M.t fray Thomas, Archiepiseopus Valen-
tise» (19).
El 13 de agosto de 1552 el mismo prelado daba noticias al
hijo de Carlos I del peligro en que se hallaba el reino valencia-
no, por la reciente nueva de haber arribado á la vista de Ma-
llorca la armada del turco, y, con este motivo, encarece la gran
necesidad de enviar refuerzos militares los guales servirán para
muchas cosas: lo uno, para que los moriscos no se algen, viendo
que entra gente de Castilla lo tercero, porque en caso que el
armada no viniese á esta costa, estos soldados servirían para
quitar las armas á los moriscos pasado este riesgo, las quales,
mucho antes habian de ser quitadas (20).
Poco después recibía el príncipe D. Felipe, regente del
19) Arch. gral. de Simancas— Secretaría de Estado, leg. 306 y la Col. de
documentos inéd., t. V, pág. 107.
20) Doc. pub. por el Sr. Janer en las págs. 244 y 245 de su cit. ob.
211
reino, una carta de fray Juan Izquierdo, fecha en Barcelona á
10 de agosto de 1552. En el documento que acompaña expone
la situación de los moriscos y los remedios que parecieron más
prudentes al religioso autor para la solución del conflicto que se
agravaba; exhorta Izquierdo á que se mande á los señores de
moriscos no infrinjan las pragmáticas acogiendo vasallos que
no eran propios, y aconseja temperamentos de misericordia
como lo había hecho la junta de Valladolid sin resultados prác-
ticos (21). ¿Acertaba en sus consejos el docto religioso? Dados
los precedentes que ya consignamos y la actitud de los piratas
Deliamar y Sala-Raez, no tendríamos inconveniente en optar
por la negativa en lo que se refiere á la práctica, no á la inten-
ción del consejero.
El 10 de octubre de 1553 se repitió la pragmática en que se
prohibía la emigración de los moriscos á Argel (22). La excelen-
cia de esta medida era evidente, pero no obstó para que, el 7 de
julio del siguiente año, siete galeotas de los piratas intentasen
sorprender á los vecinos de Benicarló, y dos meses después, á 8
de septiembre, atacasen los turcos las fortalezas situadas en la
desembocadura del río de Altea.
Fatigas sin número había soportado Tomás de Villanueva
para lograr la fusión iniciada por Hernando de Talavera con
los mudejares granadinos; pero los resultados prácticos alcan-
zados por el santo prelado de Valencia fueron escasos , y per-
suadido éste de lo ineficaz que era la misericordia como remedio,
atrevióse, no obstante su carácter apacible y su porte evangéli-
co, á pedir al monarca el empleo de-medios coercitivos. Carlos I
esperaba que el tiempo resolviese la cuestión, aunque esperó en
vano hasta la abdicación del trono á favor de su hijo, conocido
en la historia con el nombre de Felipe II.
Dice Menéndez y Pelayo que «en el reino de Valencia la
conversión adelantó algo, gracias al celo del bendito arzobispo
santo Tomás de Villanueva; pero la escasez de clérigos y el
21) Vid. (loe. m'im. 16 de la Coleo. Diplomát.
22) Real pragmática sobre la prohibido de anqr <i Alger ni á altra térra
de Moros, ni portar robes ni mercaderi.es ad aquelles sens exjiressa llicencia
de sa Magestat. Mandada publicar pov el duque de Maqueda, virrey de Va-
lencia, á 27 de octubre de 1553. Doc. imp., 2 hoj. en fol., en la bib. de la*
M. de Cruilles. Vol. de Pap. varios, núm. 74.
215
mal ejemplo de algunos puso mil entorpecimientos á aquella
obra santa, y la mayor parte de los moriscos (según amarga-
mente se queja el mismo arzobispo), siguieron del todo perdidos,
sin orden y sin concierto, como ovejas sin pastor y tan moros
como antes de recibir el bautismo» (23).
A poco de tomar posesión de la sede valenciana el santo ar-
zobispo, fueron promulgadas varias disposiciones para adelantar
la conversión de los moriscos granadinos. El emperador había
mandado reunir en la capilla real de Granada una junta que
entendiese en aquel asunto. Concurrieron D. Alonso Manrique,
arzobispo de Sevilla é inquisidor general, D. Juan Tavera, ar-
zobispo de Santiago , «presidente del R. Consejo de Castilla y
capellán mayor de S. M., fray Pedro de Álava, electo arzobis-
po de Granada, fray García de Loaysa, obispo de Osma, don
Gaspar de Avalos, obispo de Guadix, D. Diego de Villalar, obis-
pio de Almería, el Dr. Lorenzo Galíndez de Carvajal y el licen-
ciado Luís Polanco, oidores del R. Consejo, D. García de Padilla,
comendador mayor de Calatrava, D. Hernando de Guevara, el
licenciado Valdés, del Consejo de la Inquisición y el comenda-
dor Francisco de los Cobos, secretario del emperador y de su
Consejo. «En esta junta, dice Mármol Carvajal, se vieron las
informaciones de los visitadores, los capítulos y condiciones de
las paces que se concedieron á los moros quando se rindieron,
el asiento que tomó de nuevo con ellos el arzobispo de Toledo
quando se convirtieron y las cédulas y provisiones de los Reyes
juntamente con las relaciones y pareceres de hombres graves.
23) Hist. de los heter. esp., t. II, pág\ 626.
Entre la multitud de actos que del celo apostólico de Tomás de Villanue-
va nos han conservado sus biógrafos, no queremos* dejar sin mención, ya
que aún se conservan en el Arch. arzob. de Valencia, el arreglo parroquial
de la diócesi, con motivo de la institución de rectorías para los pueblos mo-
riscos, y las visitas pastorales llevadas á cabo en los mismos por el santo
prelado. Éste no olvidaba que la instrucción del clero era un medio pode-
roso para lograr la conversión apetecida, y por ello mandó al docto Luís
Sabater, presbítero, que, durante la cuaresma, de 1553, instruyese al clero
en el ministerio evangélico. Fruto de esta ordenación es el Confessionari
iiorament ordenat per lo Rever ent Mestre Lluis Sabater, doctor en sacra,
Theologia y Lector de la sancta Sea de Valencia: en lo qual enseña ab
molta pericia y fácil itat com se ha de regir lo confessor pera be confessar
y lo penident pera be confessar. Vol. en 8.°, imp. por Juan Mey en Valen-
cia, 1555. Ejemplar del ya cit. Sr. Serrano.
216
Y visto todo hallaron, que mientras se vistiesen y hablasen
como moros, conservarían la memoria de su secta y no serian
buenos christianos; y en quitárselo no se les hacia agravio, antes
era hacerles buena obra, pues lo profesaban y decian. Mandá-
ronles quitar la lengua y el hábito morisco. y los baños; que tu-
viesen las puertas de sus casas abiertas los días de fiesta y los
dias de viernes y sábado; que no usasen las leylas y zambras á
la morisca; que no se pusiesen alheña en los pies, ni en las
manos ni en la cabeza las mujeres; que en los desposorios y ca-
samientos no usasen de cerimonias de moros, como lo hacían,
sino que se hiciese todo conforme á lo que nuestra santa Iglesia
lo tiene ordenado; que el dia de la boda tuviesen las casas
abiertas y fuesen á oír misa; que no tuviesen niños expósitos;
que no usasen de sobrenombres de moros y que no tuviesen
entre ellos Gacis de los Berberiscos, libres ni captivos» (24).
Todos estos acuerdos y en forma de capítulos fueron man-
dados observar por el monarca, pero «los moriscos acudieron
luego á contradecirlos informando con sus razones morales... y
dieron sus memoriales y hicieron sus ofrecimientos, y al fin al-
canzaron con su Magestad, antes que saliese de Granada, que
mandase suspender los Capítulos por el tiempo que fuese su vo-
luntad, y con esto cesó la execucion por entonces» (2B).
Como se vé, tanto en Aragón como en Granada, focos prin-
cipales de la raza morisca, conseguía ésta revocar la voluntad
real. ¿Con qué auxilio sino con el de los señores?
A santo Tomás de Villanueva, muerto el 8 de septiembre
de 1555 (26), sucedió en la sede metropolitana de Valencia don
Francisco de Navarra, obispo que era de Ciudad Rodrigo. Había
éste desempeñado en el reino de Valencia, según dijimos, los
cargos de comisario é inquisidor apostólico para la instrucción
24) Obracit., i. I, pág 133.
25) Id. id., pág. 134.
26) Entre los impresos referentes á la muerte del santo prelado, nos ha
llamado la atención, por la suma rareza, el siguiente opúsculo que vimos
en el Arch. episc. de Sagorbe: Obra sobre la nyuerte del \ Elustrissimo y
Reverendissimo señor don fray Tilomas | de Villanueva, Arzobispo de Va-
lencia: en que se \ da cuenta de su vida y virtudes. Sigue Al lector, y luego
seis páginas de versos en alabanza del difunto prelado. Forma un volumen
en 4.° de 8 págs., letra de tortis, menos el título copiado que es de letra ro-
manilla ó-veneciana; sin lugar ni año de impresión.
217
de los moriscos, por cuyo motivo sabía la necesidad que tenían
de enseñanza. «Para este efecto, dice el P. Fonseca, tomó por
visitador al obispo Señan, varón docto, muy prudente y experi-
mentado en esta causa, que dexó escrito un memorial de la
reformación de las nuevos convertidos y de las veces que por
orden de su Santidad y de los Reyes de España se les avían
imbiado después de su Baptismo Predicadores, sin la predica-
ción ordinaria de los Retores, Vicarios y Visitadores» (27).
Puso en vigor este arzobispo las Ordenar iones hechas por don
Jorge de Austria acerca de los nuevos convertidos, de los curas
que les instruían, de los alguaciles que les compelían á guardar
las referidas ordenanzas y de los visitadores que vigilaban el
cumplimiento de las mismas; pero los deseos santos del referido
prelado seguían estrellándose contra las mismas causas que
habían impedido adelantar la conversión desde 1525.
Con fecha 9 de agosto de 1561, escribe á Felipe II: «Yo su-
pliqué a V. Mag. d mandasse proveer lo que convenia acerca de
la quietud, buen govierno y administración de justicia y Moris-
cos deste Reyno. Suplico a V. Mag. se acuerde destas cosas y
mande ver un Memorial que yo dexe al Marques de Cortes para
que hiciesse memoria a V. Mag. de lo que digo, que se hará en
ello muy gran servicio a Dios, demás que ha de redundar en
mucho útil de toda la Corona de Aragón y particularmente
deste Reyno de V. Mag.» (28).
Y el 10 del mes siguiente acusa recibo de una carta real
fecha á 26 de agosto y contestación, sin duda, á la antes citada,
en que dice al monarca: «por si se hubiese de tratar de la ins-
trucción de los moriscos deste Reyno, y porque mi desseo par-
ticular es de servir a V. Mag. como yo lo elevo, mayormente en
cosa tan sancta y necessaria y en que tanto se a de servir nues-
tro Señor haré lo que V. Mag. me manda, a quien suplico hu-
millmente sea servido de tener memoria desto de los Moriseos,
porque no en todas las ocasiones se podra hazer con ellos lo ques
27) Justa expulsión, etc., pág. 28.
28) Arch. gral. de Simancas— Secret. de Est., leg. 329. Doc. pub. por
D. Mariano Arigita, Pbro., en las págs. 703 y 704 del est. histórico-eritico,
El limo, y Rvmo. Señor Don Francisco de Navarra, de l" orden de San
Agustín. Un vol. en 4.° de 763 págs. de texto y documentos justificativos;
hnp. en Pamplona en la Imp. Provincial, año 1899.
218
menester sin gran alteración y daño de la tierra, por el calor y
favor que sienten de Argel y de las gruesas armadas que ordi-
nariamente el turco, por nuestros pecados, embia a estas partes,
y ansí necessariamente se ñavia de principiar este negocio a la
entrada del invierno» (29).
Accedió Felipe II á las repetidas instancias del prelado de
Valencia, á quien autorizó, lo mismo que al virrey, duque de
Ma queda, al obispo de Tortosa y al inquisidor Miranda, «para
que celebrasen una ó mas reuniones juntamente con los demás
prelados en cuyas diócesis existían moriscos, á fin de tratar y
ultimar este provechoso negocio de su conversión» (30).
Resultado de estas reuniones fueron los diversos acuerdos
elevados á consulta de S. M., y en los que resplandece el espí-
ritu de misericordia y benignidad que debía inspirar las dispo-
siciones referentes á la instrucción de los moriscos (31), pero no
se ultima con tales acuerdos el negocio.de la conversión, sino
que se aplaza con ellos la solución del conflicto, puesto que los
moriscos persisten en practicar la zalá y el guadox, el ayuno
del vamadan, la circuncisión de los recién nacidos, la pascua
del carnero, la degollación de reses al alquible, y la celebración
de bodas, entierros y otras ceremonias á la morisca.
Aquella santa resolución de que se trate el negocio de los
moriscos « con toda benignidad, de arte que esta gente no se
escandalize, para que bivan christianamente y reciban la doc-
trina mas por amor que por temor», se estrellaba contra la te-
nacidad de los nuevos convertidos y contra el favor dispensado
á los mismos por los señores, si bien se había oportunamente
acordado «que los comisarios castiguen algunos señores de va-
sallos que solemnizan las bodas y fiestas destos y no consienten
que el retor y alguaciles agan sus officios».
29) Arch. y o!>. citados en la nota anterior.
30) Arigita, ob. cit., pág. 297.
.".1 1 Vid. doc. núm. 17 de la Colbc Diplomát. Y además la «Relación
de loque se luí determinado en la congregación de los prelados del Reyno
de Valencia y cartas del Rey á dichos prelados, con la respuesta á los [36]
Advertimientos señalados por el Secretario Saganta, dada por el arzobispo
■ le Valencia, los obispos de Segovia (sic) Orihuela y Tortosa y el Lie. do Gre-
gorio de Miranda, y carta del Rey [Felipe n] á dichos prelados.» British
Museum, sig. Eg. 1510, núm. 10. La referida Relaeión se halla después de
un doc. con fecha 1560.
219
Tales acuerdos hubieran sido de algún efecto si se hubieran
reducido á la práctica; esto es indudable, pero consultas, con-
sejos, acuerdos, resoluciones y pareceres venían á quedar sin
cumplimiento. Ya hemos indicado las causas principales de tan
escaso resultado, sin que por ello dejemos ahora de advertir
que la política real no tenía rumbo fijo para la solución del pro-
blema morisco, pues las pragmáticas publicadas quedaban sin
efecto el mismo día de la publicación.
No había entereza en exigir el cumplimiento de la ley, ora
fuese por complicidad de los ministros de la justicia, ora fuese
por temor, y esto es lo más cierto. ¿Pudo tener rumbo fijo el
poder real en solucionar el problema morisco? Indudablemente.
Si la entereza desplegada por el virrey de Valencia en 1563
para desarmar á los moriscos, hubiese informado el cumpli-
miento de otras providencias no menos transcendentales, la so-
lución del conflicto se hubiese acelerado; pero no sucedió así,
quedando sin efecto real centenares de pragmáticas que se re-
petían con frecuencia más abusiva que en los tiempos del mo-
derno parlamentarismo.
¡Cuántas veces se prohibió el uso de la algarabía! ¡Cuántas
el uso de trajes, baños, casamientos, entierros y comidas á la
morisca! Sin embargo, tales usos se hallaban en vigor, y quizá
más acentuado que en tiempo de Carlos I, en los comienzos del
siglo XVII. D. Jorge de Austria, santo Tomás de Villanuova,
D. Francisco de Navarra, D. Martín de Ayala y otros prelados
valencianos piden en substancia lo mismo que pide el patriarca
Ribera á los monarcas de su tiempo; lo mismo que hubieran
pedido los sucesores de este prelado si, en su tiempo, no se hu-
biera resuelto la llamada cuestión morisca; lo mismo que pedi-
ríamos hoy, de manera menos humana y sin el mérito entrañado
por el fin con que pidieron aquella solución nuestros antepasa-
dos. Hoy se invocaría para la expulsión de aquella raza, el .
peligro de la patria, la integridad nacional, si antes no abría-
mos presidios para sepultar aquella gente... Pero no adelante-
mos conceptos y sigamos estudiando cómo se va desenvolviendo
la ley histórica hasta su perfecto cumplimiento, no en virtud de
un determinismo más ó menos fatalista, sino presidido aquel
cumplimiento por un poder sobrehumano, tan real como exe-
crado por los que no tienen la osadía de negarlo.
CAPITULO IX
Felipe II.— La cuestión morisca en Granada y en Valencia. — Cere-
monias, usos, costumbres y lenguaje de los moriscos.— Informe
de D. Gregorio de Miranda.— Desarme de los moriscos valencia-
nos en 156o.— Junta en Madrid celebrada el año 1564.— Desaso-
siego DE LOS MORISCOS DE GRANADA.
llocos reyes de la monarquía española han tenido biógrafos
tan eruditos y competentes como Felipe II, pero ninguno
como él ha sido objeto de la apasionada calumnia por
parte de unos y del excesivo elogio por parte de otros. En lo
que todos convienen es en la inflexibilidad de carácter de aquel
monarca, en la importancia de los sucesos acaecidos en España
durante su reinado, en el estado floreciente alcanzado por las
ciencias, letras y artes, y en la transcendencia de la lucha con-
tra el islamismo, defendiendo los españoles la civilización europea
contra las razas inferiores (1).
Hallábase en Londres el joven monarca en compañía de su
consorte la reina de Inglaterra, cuando recibió aviso de su
padre para presentarse en Bruselas con objeto de recibir la -
corona de los Países Bajos. Tuvo lugar esta ceremonia el 25 de
octubre de 1555 (2), y el 16 de enero del siguiente año renun-
1) H. Forneron, pág\ 110, col. 1. a de la Historia de Felipe segundo,
toad, del francés porD. Cecilio Navarro, iinp. en Barcelona y edit. por Mon-
taner y Simón, 1884. Un vol. en fol. de 470 págs.
2) Colee, de doc. inéditos, t. VII, pág\ 524, y Granvela, t. IV, pág. 486.
222
ciaba Curios I en favor de su hijo las coronas de Castilla y Ara-
gón (3). Desde entonces, los dominios de la monarquía española
llegaron á ser, por su extensión, de muy difícil gobierno para
un soberano que no reuniera los condiciones de Felipe II.
Las circunstancias en que éste tomó posesión de tan vastos
dominios, no eran propicias á la resolución del problema nacio-
nal planteado en Granada, ensangrentado en Valencia y enco-
nada su gravedad por las disposiciones de Carlos I al mandar el
cumplimiento de lo acordado en las juntas de Madrid, Granada
y Valladolid.
La tregua de cinco años pactada por Carlos I con Enrique II
de Francia; la animosidad de Paulo IV contra las pretensiones
de Felipe al trono de Ñapóles; los excesos del duque de Alba al
invadir los estados de la Iglesia; el favor que el rey de Francia
ofrece al papa (4); el auxilio que Inglaterra presta á Felipe
contra Francia, y la batalla de San Quintín y la muerte del
emperador en el monasterio de Yuste y, luego, la de la reina
María de Inglaterra, absorbían toda la actividad de Felipe II y
de sus consejeros en los principios de este reinado. Verdad es
que algunos virreyes y no pocos prelados, como D. Francisco
de Navarra, trabajaban en la conversión de los moriscos de
Granada, Valencia y Aragón; y se x llegó á expedir en 10 de
abril de 1558 una real cédula en virtud de la cual se hizo mer-
ced de un amplio perdón á los moriscos de Segovia, Avila,
Falencia-, Valladolid, Medina del Campo, Arévalo y Piedrahita,
que confesasen sus culpas dentro del término de gracia (5); y se
dio licencia, por otra cédula de 20 de dichos mes y año, á los
moriscos granadinos, para tratar de algunas cosas concernientes
ó S. M. ij al Santo Oficio; y la princesa escribió á S. S. discul-
pando á los inquisidores, habida cuenta de las grandes complici-
dades de heregía que en España se habían descubierto (6); pero
aquellas medidas no resolvían la cuestión morisca, sino que
aplazaban su solución de manera indefinida.
:>) Sigüenza, Hist. de la orden de S. Jerónimo, parte 3. a , lib. I, pág. 188.
[) Knrique II escribía á Paulo IV con motivo de las desavenencias de
éste con Felipe II: <Tendreis en nuestro lugar á nuestro primo el duque de
( luisa, portador de esta, y que nos representará como nuestra misma per-
sona.* Forneron, lib. cit., pág. 29, col. 2. a
5) Arch. gral. de Simancas — Cons. <le Inq., lib. núm. 8.
i'¡) Id. Central— Inq. de Valencia, leg. 511.
223
La enemistad de Francia con España dificultaba aquella so-
lución. Había, pues, que esperar y, entre tanto, emplear medi-
das que suavizasen las asperezas entre moriscos y cristianos
viejos. No se podía adelantar en la conversión y no se adelantó,
antes al contrario, el statu quo consolidaba á los moriscos en sus
esperanzas de recobrar perdidos privilegios, de mostrar pública-
mente su repugnancia á la conversión, de odiar al Santo Oficio
y, en una palabra, de seguir tan moros como antes del bautismo.
El sistema de prudencia y de misericordia era necesario como
razón de Estado y, aunque la inquietud se extendía por toda la
nación al ver en su seno el germen de serias alteraciones que
pudieran ser más graves por el encono que Felipe profesaba al
rey de Francia, se optó por el laisser faire, como no fuera para
defenderse contra los piratas.
Mientras los ejércitos de Felipe y de Enrique ensangrenta-
ban el suelo francés, los errores luteranos extendían su dominio
aquende y singularmente allende los Pirineos. Los dos reyes por
conveniencia propia y de sus estados, pensaron en concertar
treguas y, de las conferencias de Cercamp, surgió la anhelada
paz de Chateau-Cambresis y el enlace entre Felipe é Isabel de
Valois, hija de Enrique II. El monarca español sentía repercutir
aún en sus oídos y grabarse en su conciencia de católico las pa-
labras con que su padre le había exhortado en su testamento á
perseguir y castigar la heregía (7), y por eso no aguardó á
venir á España para acallar lo que pudiera un católico llamar
remordimientos, pues «antes de salir de los Países Bajos había
escrito ya á su hermana Juana para que denunciara á la Inqui-
sición los españoles sospechosos, castigando á los culpables con
todo rigor en todas las ciudades» (8).
Tan pronto como llega á España y se presenta en Valladolid,
7) «Y mando como padre que tanto le quiero y como por la obediencia
que tanto me debe, tenga de esto grandísimo cuidado, como cosa tan prin-
cipal y que tanto le va, para que los hereges sean oprimidos y castigados
con toda la demostración y rigor, conforme á sus culpas, y esto sin excep-
ción de persona alguna, sin admitir ruegos, ni tener respeto á persona al-
guna; porque para el efecto de ello favorezca y mando favorecer al Santo
Oficio de la Inquisición, por los muchos y grandes daños que por ella se
quitan y castigan, como por mi testamento se lo dejo encargado.» Danvila.
pág. 1-fó de sus Conf's.
8) Forneron, ob. eit., pág. 59, col. 2. a
221
asiste á aquel célebre auto de fe que tuvo lugar delante de la
iglesia de San Martín el día 8 de octubre de 1559 y donde refie-
ren los biógrafos del monarca que pronunció aquellas palabras
al relajado Carlos di Seso: «Yo mismo traería la leña para que-
mar á mi propio hijo si fuera tan perverso como vos».
Poco antes se habían celebrado autos de fe en Valladolid á
20 de mayo, en Zaragoza al mismo tiempo, en Sevilla á 24 de
septiembre, en Murcia, en Valencia y en otras ciudades; el San-
to Oficio tenía pleno poder para perseguir á los luteranos y de-
más hereges, y mientras se repetían los autos y el luteranismo
apenas podía arraigar entre nosotros, á pesar de los esfuerzos
de Juan de Valdés, fray Domingo de Rojas, los doctores Egidio
y Constantino, Julianillo Hernández, D. Juan Ponce de León,
el doctor Cristóbal de Losada y otros, las Cortes de Toledo pro-
ponían á Felipe II que tomase algún acuerdo para resolver
la cuestión candente (9). Dictó el monarca varias providencias
para reprimir algunos excesos de los moriscos granadinos, pero
éstos acudieron en demanda de protección al conde de Tendilla,
capitán general de aquel reino, quien «les ofreció que haría lo
que pudiese, como lo había hecho siempre en las cosas que se
les ofrecían, y ansí lo hizo. Mas viendo aquella gente sospechosa
que no sucedía el negocio conforme á su deseo... comenzaron
algunos de ellos á desgustarse, procurando favorecerse de otras
personas, y hicieron revocar una merced, que de pedimento del
reyno le había hecho su Magestad en la renta de la farda, de-
dos mil ducados de ayuda de costa en cada un ano; y de aquí
nació que también el conde de Tendilla les diese poco gusto de
su parte» (10).
9) Los procuradores reclamaron en estas Cortes contra los esclavos fugi-
tivos, contra la compra por los moriscos de esclavos negros, según afirma
Mármol Carvajal (t. I, pág. 135 de la cit. obra), y dejaron consignado: «Que
las tierras marítimas se hallaban incultas y bravas y por labrar y cultivar,
porque A cuatro ó cinco leguas del agua no osan las gentes estar, y assi se
han perdido y pierden las heredades que solían labrarse en las dichas tie-
rras, y todo el pasto y aprovechamiento de las dichas tierras marítimas; y
las rentas reales (le Vuestra Magestad por esto también se disminuyen, y
es grandísima ignominia para estos reinos que una frontera sola como Ar-
gel, pueda hacer y haga tan gran daño y ofensa á toda España.» Vid. Dan-
vila. pág. l.'il de sus Confs.
10) Mármol, ob. cit., i. I, pág. 136.
225
Hubo luego sus rencillas entre la audiencia y el virrey en
orden á la jurisdicción sobre ciertos delitos de los cristianos nue-
vos; pero agraviado el Conde, viendo que los moriscos se le habían
desvergonzado, logró que Felipe II confirmase una cédula del
emperador /dada el año 1553, «en que mandaba que todos los
moriscos del reyno de Granada, de qualquier estado y condición
que fuesen que tuviesen licencias para traer armas, las lleva-
sen" á registrar ante el Capitán general, para que las mandase
sellar, y que no las pudiesen traer ni tener de otra manera» (11).
Se proveyó además «que los moriscos delinquentes no se aco-
giesen á lugares de señorío ni gozasen de la inmunidad de la
Iglesia mas de tres dias». Y mientras esto se dictaba contra los
moriscos de Granada llegaba á manos de Felipe II y de sus con-
sejeros una información en que se daba cuenta minuciosa de
varias ceremonias, usos y costumbres de los moriscos aragone-
ses, catalanes y singularmente valencianos. He aquí el docu-
mento:
«Memorial y suma de testigos que testifican las ceremonias, blas-
phemiás y ritos que oy día hazen los nuevamente convertidos en este
Reino de Valencia sacada de informaciones hechas de personas fide-
dignas, Rectores, Vicarios y de personas seculares temerosas de nues-
tro señor, zelosas de su servicio y animas destos miserables moriscos
para que sean remediadas y no se pierdan.»
Primeramente se sabe por los Rectores y Alguaziles que los moris-
cos circuncidan á sus hijos y ansi se ve que están, circuncidados.
ytem se sabe por ynt'ormaciones de muchos testigos que los nueba-
mente convertidos raen la chrisma á sus hijos y los lavan y ponen
nombres de moros.
ytem se sabe por ynformacion de muchos testigos que los moriscos
guardan sus pascuas y sus ceremonias mahométicas.
ytem se sabe por información de muchos testigos que en los
lugares de los moriscos se casan á la morisca y no en haz de la sancta
madre yglesia ni tampoco van á misa en ningún tiempo y quanclo van
es por fuerza y quando alean el santísimo sacramento buelven los
moriscos la cara atrás ó miran á tierra.
ytem se sabe por información de muchos testigos que en todos los
lugares de moriscos ayunan la luna y el Ramadan y trabajan todas
11) Id., id., págs. 137 y 138.
T. I 15
296
las fiestas principales y domingos del anyo cabando, arando, cami-
nando con sus reqnas como si no fuese dia de precepto.
ytem se sabe por ynforinacion de testigos que ningunos destos
nuevamente convertidos se confiesan ni van á misa y quando van
hazen denuestos y dizen mil improperios y esto también hazen fuera
dr la yglesia quando se ayuntan.
ytem se sabe por ynforniacion de testigos que hazen la zalá en mu-
chos pueblos y secretamente algunas vezes por temor de la pena.
ytem se sabe por ynformacion de testigos que los mas destos mise-
rables maltratan á los que predican la palabra de Dios y amonestan
que no hagan ceremonias mahométicas, como se ha visto que hizieron
en la Valí de Ebo los moriscos de allí con su Rector y porque re-
prehendió á un morisco que no circuncidasse á su hijo le capti varón y
vendieron y el mismo Rector se huvo de rescatar, sin otras cosas feas
que cada dia hazen como consta por muchas Relaciones.
ytem se sabe por Relación e ynformacion de muchos testigos como
degüellan las carnes y aves que an de comer y aun en la carnicería
de Valencia á la alquibla, y esto en otros muchos lugares.
ytem se sabe por. ynformacion de muchos testigos que todos los
moriscos se sepultan á la morisca y maltractan al Rector o Vicario si
los quieren enterrar como a christianos;- tampoco llaman al Rector
para que les ayude á bien morir sino quando ya el enfermo está sin
habla.
ytem se sabe que todos estos moriscos afirman que en su maldita
secta se pueden salvar y cada uno en su ley; saben también que hay
algunos moriscos que se an casado quatro veces y tienen los maridos
vivas las mujeres y ellas tienen avn vivos los maridos.
ytem se sabe que oy día se señalan en sus personas los moriscos las
señales que hacían quando eran moros.
ytem se sabe de cierto y por ynformacion se tiene que comen todos
los dias prohibidos, vigilias y cuaresmas, carne degollada á la alquibla
y esto en todos los mas lugares de moros.
ytem se sabe por ynformacion que todos los moriscos que se sirven
de christianos viejos los hazen vivir como ellos y Los inducen á que
vivan en su mala secta.
ytem se sabe y es muy cierto que todos ó los mas que pueden es-
conder que no les baptizen sus criaturas lo hazen como se prueba que
después de baptizadas las lavan la chrisma y ponen nombres de
moros.
ytem se sabe de personas fidedignas que todos los moriscos deste
keyno no son mas christianos que) mesmp Mahoma y dizen blasphe-
mias de nuestro señor y su bendita madre y denuestos de nuestra
santa fee.
227
yteui se sabe por vna ynformacion de muchos testigos hecha en
Alcoy que havia concierto del turco con los moriscos deste Reyno
para venir a Hespaña a concertar el Alcorán con el Evangelio y para
que en dando aviso los moriscos se aleasen, y de otras muchas cosas
dichas contra nuestra santa fee.
ytem se sabe por relación de algunos señores destos moriscos
zelosos" del servicio de dios y animas dellos que no son mas christianos
que los do Argel encargando se de orden en que se remedie y con toda
brevedad.
ytem es muy notorio y se sabe que se han hecho y procurado mu-
chas congregaciones y ayuntamientos para buscar y dar rremedio en
que los moriscos vivan como christianos porque no hay medio de
traellos á que oyan misa ni la predicación evangélica sino es por
f aerea y en tal caso que no vienen sino los viejos que están endure-
cidos y pertinazes en su mala secta y no dan lugar á que vengan á oir
la predicación y missa la gente moca porque no se conviertan algunos
dellos á nuestra santa fee.
ytem se sabe que está entendido que sino son quatrocientas casas
todos los demás moriscos son vasallos de señores los cuales j)or el mu-
cho provecho que dellos llevan no consienten que los Rectores ni al-
guaziles los castiguen ny amonesten avnque los señores dizen que lo
hazen porque no se pássen en allende ó no se vayan á lugares de otros
señores que tienen vasallos moriscos.
ytem demás desto se sabe y se tiene por muy cierto que hay algu-
nos señores dellos que dessean que sus vasallos moriscos vivan chris-
tianamente pero dicen que no los osan apremiar porque no se les
vayan á otros lugares de moros.
ytem se sabe y tiene por muy cierto ha ver gran dil'ñcultad como la
ay que estos moriscos sean enseñados por los Rectores, ni sepan nues-
tra lengua, porque viven los mas dellos en tierra muy fragosa, mon-
tañosa y peligrosa y ningunos christianos viven entre ellos, ni tampoco
por el peligro grande que ay de llevarlos á Argel, ni tampoco los
alguaciles van alli.
ytem se sabe y entiende la desorden que huvo en la dismembration
de las Rectorias que a todos dan a treynta libras no mas y ansy no ay
hombre de bien que quiera las Rectorias que están en lugares peligro-
sos ni ay hombre de bien que quiera ser alguacil de moriscos .
ytem se sabe y por experiencia se tiene entendido (pie no se suffre
tampoco inconveniente tratallos con blandura, pues está averiguado
y se a visto y vee que después que vieron la blandura conque los trac-
taron en las predicaciones viven con mas desvergüenza y publica-
mente como moros .
ytem paresce cosa muy conveniente que su ni ig. 1 mande á los
228
señores de vasallos que rio les consientan tiazer ceremonias de moros
ni les consientan pasar de un señor á otro» (12).
Aunque se suponga informado el anterior documento por un
fanatismo propio del siglo XVI, como dirían Castro, Forneron y
Amador de los Ríos, siempre hallará el crítico un fondo de ver-
dad histórica que confirma la tenacidad de los moriscos en
practicar sus ceremonias, y la protección que los nobles presta-
ban al desarrollo y mantenimiento de aquellas prácticas en
medio de un país eminentemente católico.
No faltan escritores modernos que, convertidos en apologis-
tas de aquella raza, truenan con rabia insólita contra el supuesto
fanatismo de los que aconsejaron la prohibición de ceremonias,
usos y costumbres de los moriscos con el fin de lograr la con-
versión sincera. Dicen que la práctica del guadox y la degolla-
ción de reses al alquible, la abstinencia de carnes prohibidas en
el Corán y la clausura de las casas moriscas , la ocultación del
rostro de las mujeres y otras costumbres, no entrañan negación
del dogma católico, y, por lo mismo, ni la Inquisición como
tribunal mixto, ni la Iglesia, debían intervenir en la persecu-
ción de los que tales costumbres practicaban, y esto es falso,
como sería falso en nuestros días negar autoridad á los tribu-
nales y cuerpos especiales de seguridad pública para castigar
la propaganda anarquista que amenaza destruir el orden esta-
blecido.
Y en este orden de comparación pudiéramos ir más lejos,
por cuanto la libertad de pensamiento que tolera la moderna
civilización, no existía en la legislación de aquella época. Los
moriscos en la práctica de sus ceremonias atentaban á la uni-
dad religiosa, base de aquella monarquía, y aflojaban los víncu-
los de la unidad nacional en cuanto mantenían de hecho el culto
y, por ende, el odio á'los cristianos profesado por la raza mus-
límica que nos había arrebatado aquella unidad.
Este culto se manifestaba con la práctica de aquellas cere-
monias , y , por lo tanto , pudo y debió el Estado castigar
semejantes manifestaciones. Esto es indudable. Los medios
12) Ardí, gral. de Simancas duis. de Inq., lili. núm. (140, Eol. 349. Do-
cumento sin fecha, enti'e impeles de 10(50. Vid.-doc. núm. 15 de la Colec-
ción Diplomát.
2-29
coercitivos empleados por el poder real , ora en los tribunales
civiles, ora en los mixtos, serán más ó menos dignos de apro-
bación á los ojos del crítico en nuestros días, pero justificados á
los de los hombres más doctos en la ciencia del derecho que
intervinieron en solucionar la cuestión morisca.
¡Ojalá hubiesen sido reducidos á la práctica aquellos medios
cuando la necesidad los reclamaba, y no se hubiese retardado
la solución de aquel problema hasta que la razón de la fuerza
obligó á ello en el primer tercio del siglo XVII!
Creemos hoy fuera de duda que la práctica de las ceremo-
nias, usos y costumbres de los moriscos españoles, entrañaban
la transgresión más solemne de las leyes fundamentales de
aquella monarquía. Así lo habían reconocido los miembros que
formaron las juntas mencionadas en anteriores capítulos, y
justo es convenir, además, en que, si en nuestros días se tole-
ran mayores transgresiones, no por eso hemos de justificar las
de antaño, del propio modo que no han de tener justificación á
los ojos de nuestros sucesores las añagazas de la crítica parcial
aunque se revista con las bellezas de dicción ó del colorido de
la frase, del tono melodramático y grandilocuente, del senti-
mentalismo propio del creyente exagerado ó del escepticismo
histórico rayano en la negación absurda del hecho evidente.
Expuesta con brevedad nuestra manera de sentir acerca de
las prácticas moriscas , hemos de permitirnos algunas observa-
ciones referentes á la prohibición del lenguaje llamado algarabía.
Partidarios como el que más del regionalismo sano, defen-
deremos el uso del lenguaje propio de cada uno de los pueblos,
pero -eso no obsta para que admiremos los acuerdos , tomados
en varias juntas que estudiaron los medios para la reformación
é instrucción de la raza morisca en España, referentes á la pro-
hibición del uso de la algarabía. En Granada, en Valladolid y
en Valencia se repitieron aquellos acuerdos, y, á fuer de impar-
ciales, no queremos omitir las razones que expone un escritor
contemporáneo al estudiar los «Acuerdos tomados por D. Fran-
cisco de Navarra y los del Consejo en el negocio de la conver-
sión de los moriscos» en 1561. Dice así:
«Una cláusula, sin embargo, llama la atención en este inte-
resante documento que, á mi juicio, podría haberse suprimido
ó mejor reemplazado por otra: tal es la que manda que á los
moriscos se les quite el leer y escribir en arábigo, y se dé orden
230
como aprendan la lengua vulgar del reyno. Esta durísima condi-
ción no me parece tan oportuna y mucho menos conducente
para el fin que se proponía el Arzobispo. Entiendo que privar á
un pueblo de su idioma propio y obligarle á aceptar el de los
extraños es violentar sus inclinaciones naturales y alterar el
modo de ser que Dios ha dado á cada región. Lo más adecuado,
en mi humilde opinión, era obligar á los comisarios y á los
sacerdotes y religiosos que iban á convertir á los moriscos, á
que aprendiesen su propia lengua para introducirse mejor entre
ellos, para ganarse sus corazones, respetando y conservando lo
bueno que tuvieran y valiéndose de su mismo idioma para afear-
les lo malo que hicieran. Ordinariamente creemos que nuestro
idioma es el mejor de todos los del mundo y nos hieren las inge-
rencias extrañas, mayormente cuando afectan á cosa tan íntima
como el lenguaje que recibimos de nuestros padres» (13).
Ahora bien; ¿cree el citado escritor que los restos de un pue-
blo vencido deben conservar la libertad de su lenguaje en el
seno del pueblo vencedor? ¿Es que la libertad de lenguaje no
supone, en nuestro caso, aumento de imposibilidad para lograr
la fusión mediante la conversión? ¿Acaso desde Jaime II no
tuvieron, los moros conversos primero y los moriscos después,
predicadores en lengua arábiga y en algarabía? El regionalismo
no puede invocar derechos en lo que se refiere á la defensa del
lenguaje de los moriscos, y, si respetamos los restos de la lite-
ratura aljamiada de esta raza lo mismo que la de los judíos
conversos, no llegamos al extremo de creer que los moriscos
formasen un pueblo; ó mejor, una nación legalmente constituida
dentro precisamente de una nación católica, y con autonomía
política y administrativa.
Desde el punto de vista religioso fuera muy conveniente la
predicación asidua en lengua morisca, pero desde el político
pudo y debió el Estado españolizar á aquella gente, si bien no
debe olvidarse que su carácter duro y tenaz invalidó cuantas
tentativas de español izac ion propusieron las juntas menciona-
das. La autonomía de lenguaje, que nos parece admirable para
la vida de las regiones, nos parece absurda tratándose de los
moriscos españoles, enemigos francos unas veces y solapados
otras de las bases sobre que quedó sentada nuestra unidad
13) M. Arigita, ob. cit., págs. 297 y 298.
231
nacional. La concesión de semejante autonomía hubiera fomen-
tado las conspiraciones, y por lo tanto la separación radical del
pueblo vencedor, cuyo intento debiera ser la conversión del
vencido para asimilárselo, ó su expulsión para evitar peligros
contra la religión y la patria.
No debía, pues, el Estado tolerar el uso de una lengua que
vino á servir al enemigo para el encubrimiento de inicuos pla-
nes y para el fomento de las prácticas que le enfervorizaban en
los ideales defendidos con las armas en la mano durante tantos
siglos por los árabes sus antecesores.
Así lo entendieron los prohombres que formaron aquellas
memorables juntas y la mayor parte de los que trataron la cues-
tión en aquella época, según tendremos ocasión de probar con
documentos en nuestra Colección Diplomática.
Expuestas las anteriores observaciones, reanudemos la narra-
ción escueta que nos sirvió de motivo á las mismas.
La sobredicha información no cambió el rumbo de la polí-
tica de Felipe II, ni la cambiaron las Cortes de Toledo infor-
mando al monarca acerca de las devastaciones que llevaban á
cabo los piratas argelinos (14). La cuestión protestante se lle-
vaba toda la atención del religioso monarca y también del
Santo Oficio (15), pero la osadía de los piratas obligó á Felipe
á ordenar el armamento de 24 galeras en Barcelona, con suerte
aciaga; y los excesos de los moriscos, subieron á punto tal que,
obligaron al monarca á pedir consejo á las personas más cono-
cedoras de aquella raza.
' El inquisidor Miranda, visitador que había sido de los moris-
cos valencianos, envió á S. M. el siguiente informe, muy digno
de estudio para el crítico que anhele conocer la verdadera
situación de la raza morisca:
«Lo que a mi el licenciado miranda parecí' cerca los negocios
de los nuevos convertidos del Reyno de Valencia:
14) Publicó estas peticiones de las Cortes el Sr. Danvila, págs. 160 y 161
de sus Confs.
15) Vid. t. II de la Hist. de los heterodoxos españoles, en donde reunió
su autor valiosísimas noticias para la historia de la Reforma protestante en
España durante el siglo XVI, y á D. Adolfo de Castro. Hist. de los protes-
tantes españoles.
■2:V2
Primero que esta gente [que] está muy disoluta y tan moros como
los 'le Argel liaziendo publicamente sus malditos Ritos y zerimonias
tiene necesidad de Remedio.
Segundo que en muchos lugares tienen sus rabytas ó mezquitas
donde hazen sus ayuntamientos assi en ofensa fie Dios y del seruicio
dr su m;i.ir. d como y en muy gran perjuicio do aquel Reyno.
Tercero son traydores y no tratan ni entienden sino como desehe-
char de si la subjection que tienen á los cristianos procurando de
alearse si para ello tuviesen aprecio [espacio?].
Cuarto cautfban los christianos que pueden y acogen los moros de
allende y los tienen ascendidos en sus casas y lugares y dan aniso á
los turcos de todo lo que acá pasa y cometen otras muchas abomina-
tiones que serian largas de dezir como consta por la visita que yo hize
entre esta gente y por otras informaciones y memoriales que están en
mi poder conuiene que su mag. d lo remedie porque es grande offensa
de Dios y cargo de la conciencia de su mag. d y de todos los que en-
tienden en ello que lo saben y no dan auiso para que se remedie y
aunque la mag. cl del emperador que este en el cielo y después mi
niag. d del R e y nuestro señor ha mandado que se remediasse jamas se
ha hecho cosa ninguna y para que todo esto se remediase y tuviese
buen ei'fecto su mag. d quando passo á ynglaterra mando que con el
visorrey que era el duque de maquéela se ayuntasen don fray Thomas
Arcobispo de Valencia y el obispo de Tortosa que ahora es de tarrago-
na y yo, para que se diesse la mejor orden que fuesse posible como
tsTc negocio se remediasse y assi se hizo cuya determinación esta en
mi poder la qual si se sigue sera bastante para poner gran remedio y
aun por auentura todo assi en la reformación desta gente como en el
remedio de aquel reyno á la qual por ser larga me refiero.
Entre los otros parezeres el mas conueniente para el remedio desto
es que a estos se les quiten sus armas aunque es dificultoso y para esto
y en que tiempo se deue hazer [ha] hauiclo muchos parezeres pero lo
que a mi me parece sisumag. d esta determinado a quitar estas armas
lo puede hazer por una de dos maneras.
La primera que con gente de armas los desarme porque los moriscos
son muchos y es necesario vaya gente que los sobyuzgue y desarme
pero esto tiene algunas dificultades, la una es el grande escíndalo del
Reyno y aluoroto desta gente porque como son inconsiderados a qual-
quiera riesgo se ponen y sera manera para destruir a ellos y aun el
Reyno, y lo otro que sintiendo esto esconderán las armas y para ello
no les faltara el fauor de sus amos pues en todo les fauorecen como se
llaga contra su voluntad.
I. a nira manera y mas cornuda es que su inag. d mande a los señores
de vasallos qm.e dentro de vn breue tiempo cada uno desarme los suyos
233
so graiies penas conforme como se hizo el año 1525 por la Éeyna Ger-
mana de mandado de la mag. d del emperador que sea en gloria, la
([iial prouision esta en mi poder. También podría hauer en esto alguna
dificultad que los señores de vasallos no lo quisiesen hazer poniendo
algunos inconuenientes colorados aunque no Verdaderos, pero a esto
se les puede responder y dar muchas causas y razones y poner muchos
motibos por los (piales su mag. d se puede justificar aunque no tenga
necesidad, y de justicia no puede hazer otra cosa cuyas causas y moti-
vos yo daré siempre que por su mag. d me fuere mandado y viéndolos
y considerándolos los señores de vasallos no pueden dejar de des-
armarlos y obedezer las probisiones dé su mag. d
Y para que esta se haga y los señores no tengan escusa diziendo
que no son bastantes para desarmarlos es menester que entiendan que
sino lo hazen su ma»'. d lo liara; para esto sera necessario haya alguna
gente de guerra en las fronteras de castilla y aragon y de Cataluña y
también que alguna gente de valencia este a las orillas de la mar que
aunque no sea tan necessario siempre los espantaran y aprovechara
mucho para que si algunas fustas de moros viniesen no se atreuan a
dar salto en tierra, lo (pie no harán si saben que esta la tierra preueni-
da, de lo que dan luego auiso los mismos moriscos.
Ytem en caso que los, señores no quisieran desarmar sus vasallos
do qual no creo) puede su mag. d mandarles so graues penas que cada
vno con sus hijos y muger vayan a rresidir a sus lugares y tengan en
cuenta con sus vasallos y que si algún escándalo o aluoroto sucediere
que ellos lo pagan que por no hazer esto todos procuraran desarmarlos
antes que no desta manera reesidir en sus lugares y estando allí puede
su mag. d embiar sus cartas para que cada uno desarme sus moriscos
y yo tengd por cierto y se que lo harán según he sentido de algunos
con quien esta materia he tratado y aun se que muchos lo desean y me
obligarían eme lo hiziese mayormente si entendiesen que esta es la
voluntad de su mag. d y vbiese personas que de su nombre lo supiesen
decir y con gran advertencia negociar y entendiesen que sino lo hazen
de su voluntad lo liaran por tuerca.
Ytem que la llaue deste negocio consiste en que el Duque de segor-
be visorrey y capitán general del reyno desarme primero sus moriscos
por que el es quien mas vasallos tiene y después el Duque de gandía
y el almirante que todos los demás liaran lo que estos y esto conuiene
que su mag. d mande al dicho duque ante todas cosas.
Ytem que los gouernadores de los lugares Reales primeramente
desarmen los moriscos de su cargo porque viendo que su mag. d co-
mienca por los suyos los mas seguirán el mismo camino.
Ytem que las dichas armas assi quitadas los señores las den para
su inventario al visorrey o a las gouernadores o a quien su nia<:. d fuese
234
seruido y las tengan <'ii lugares tutos y seguros para que no se puedan
aprovechar d ellas.
Ytem que después de quitadas hayan persona ó personas que visi-
ten y sepan si están bien quitadas sin fraude alguno y castiguen a los
que no las entreguen ya los señores que disimularon con ellos.
Ytem que después que su mag. d determinare se les quiten las armas
no admita ninguna excusa ni emhaxada que hiziesen los señores para
no quitarlas hasta que de todo punto sean quitadas por que de otra
manera sera emharacar el negocio y en embaxadas dilatarlo por donde
no se haría nada.
Ytem que si se les han de quitar estas armas conuiene que sea en
este hiuierno y aun antes de nauidad o poco después porque si se
espera a la primavera- no se podra hazer por la esperanca que tienen
de fustas de la mar y entendiendo y saviendo la perdida de las gale-
ras de lo qual están muy regocijados y si en este hiuierno no se reme-
dia podría ser el verano suscediesse alguna desgracia en aquel reyno.
Ytem porque estos después de quitadas las armas an de quedar
muy descontentos y desabridos assi ellos como los señores y temiendo
que se les ha de poner la inquisición lo qual mas auorrecen conuiene
que luego su mag. d prouea de vn comisario o comisarios o de otras
personas que entiendan en visitarlos y reformarlos y que tengan cuen-
ta con ellos dándoles espacio de algún tiempo para que sean instruidos
y doctrinados en nuestra santa fee católica dándoles ha entender que
si adelante fueran muy fieles vasallos a su mag. d y vibiesen como
cristianos se les volueran las armas y serán tratados como los cristia-
nos viejos y también porque estos moriscos temen que quitadas las
armas serán maltratados por los cristianos viejos que su majestad
prouea que dicho comisario o la persona que entendieren en su doctri-
na pueda castigar qualquiera instancia que les fuere hecha y tenerlos
devaxo de su amparo y protección que esto sera gran parte para
amansarlos.
Ytem que les sean perdonados todos los delitos y zerimonias que
hasta entonces vbieren hecho y para esto conviene sacar vn breve de
su santidad y para todo lo demás conforme a la consulta y determina-
ción hecha en valencia de mandado de su mag. d la qual esta en mi
poder y si esto se guarda esta todo ello remediado.
Ytem es menester que se guarde vna prematica hecha por su
mag. d en la qual manda que ningún morisco vasallo de señor sea
ossado de recibirlo so granes penas y esto porque si algún señor fuesse
riguroso en el quitar de las armas sus vassallos no sepassen a otro que
sea mas floxo.
Otra manera hay para que este Reyno de valencia este sosegado y
quieto y sin sospecha alguna mayormente aora en este tiempo que
235
pueden estar alterados con ver la perdida de las galeras y si acaso
su rnag.d al presente no los quiere desarmar seria necessario embiasse
luego vn comissario ya que para que anduviesse por la tierra y explo-
rase lo que hay entre los moriscos y supiesse sus intentiones y tomase
amistad con los mas principales por quien so goujernan que si estos
quieren son la mayor parte para sosegar los domas y esto lo pueden
hazer fácilmente sabiéndolos tratar porque muchas vezes comunicando
con ellos y encomendándoles precuras.sen de atraher los mas moriscos
al conocimiento de nuestra santa fe catholica y que vibiesén como
fieles vasallos de su inag. d me respondían que si su mag. d los tomasse
deuaxo de su amparo y gozasen do las preheminencias que gozan los
familiares del santo offlcio en aquel Reyno y que yo conociesse de sus
causas como conocia las de los otros familiares que ellos se me obliga-
rían de atraher a los mas moriscos a todo lo que yo quisiosse y para
seguridad desto que pornian su hazienda hijos y casa debaxo do mi
juridicion siempre que lo contrario hiziessen y assi lo comunique con
el duque de Maquéela visorrey y con los mas que de mandado de su
mag. d nos ayuntamos y les pareció que se cleuia hazer assi y se pusso
por eonsultea y creo que si sv mag. d por ahora no les quiere quitar las
armas que este seria un Remedio para poderlos sosegar si en alguna
manera están inquietos y assi fue ordenado en la consulta que se tuvo
en valencia a donde se determino que fuesen a visitar esta gente el
obispo de tortosa que es de tarragona y yo con el y si se ubiese hecho
mucho estuviere remediado pero aora es buen tiempo y se puedo hazer
con mandar su mag. d quien vaya y que sigan la instruction que enton-
ces se hizo en valencia de mandado de su mag. d porque andando
comisario por la tierra ninguna cosa se puede encubrir entendiendo
que no se trata esto por la inquisición y ellos no se osaran desmandar
y esto es lo que me parece conforme a la esperiencia que de quince
años a esta parte tengo y mas y según lo que he tratado con ellos visi-
tándolos y conforme a la visita, memoriales y parezeres y otras escrip-
turas que están en mi poder rremitiendolo todo al mejor parezer no
oluidando que ay extrema necesidad que se ponga rremedio en este
negocio con toda breuedad» (16).
Ningún comentario necesita el anterior documento, y prueba
de que su espíritu no era ajeno de la verdad es, que los diputa-
dos valencianos piden á Felipe II que revoque la orden dada al
arzobispo de Valencia de partir á Trento, pues sin su presencia.
16) Arch. gral. de Simancas — Secret. de Estado, leg. 3291°. El referido
documento no tiene fecha; se halla entre papeles que llevan la de 1561,
236
nada adelantaría la susodicha reformación (17). El 23 de mayo
de 1561 se concede un nuevo edicto de gracia á los moriscos
renegados que confesasen sus culpas en el plazo de dos años, y
por un breve del papa Pío TV se da facultad al inquisidor gene-
ral «para absolver á los sarracenos y moros que habían recibi-
do el santo bautismo y reincidido en sus errores, aunque fuesen
muchas veces relapsos; pero la conducta de los moriscos no
correspondió á tanta generosidad» (18), y por ello, el duque de
Segorbe, virrey de Valencia, publicó una real pragmática á 11
de marzo de 1562, declarando que los moriscos delincuentes en
un reino pudiesen en otro sufrir el castigo.
Comenzaba, pues, con la referida pragmática, una nueva
17) Copia de carta original de los diputados de Valencia á S. M. } fecha
en dicha nadad á 12 de agosto de 1561:
«S. C. R. Mag.t
Los diputados de la generalidad deste vuestro Reyno de Valencia sup-
plicamos a V. m.t que pues tiene entendidas las necessidades deste Reyno
v lo mucho que importa el asiento que se ha de tomar acerca de la refor-
mación y instrucción de los moriscos y de otras de las quales mas particu-
larmente informara de nuestra parte á V. mag.t Don Joan Aguillon,
humilmente supplicamos sea seruido mandalle dar entera fe y creenca en
todo lo que de nuestra parte acerca desto dixere y sea seruido mandar al Ar-
zobispo de Valencia que en ellas entienda con el cuydado que del se confia
y los negocios requieren pues sin su presencia no podrán ser bien guiadas
suspendiendo la election que V. mag.t ha mandado hazer de su persona para
este concilio Tridentino, y su edad es para que con algún reposo entienda
en lo que toca a su cargo y al seruicio de V. mag.t y quietud de la cons-
eieneia de todos en este su reyno pues en el concilio, puesto que su persona
sea de importancia, no faltaran prelados y otras personas para ello necessa-
rias siendo V. mag.t el capitán y el vnico protector y defensor de la catho-
Lica yglesia Romana madre nuestra y demás de que en esto que supplicamos,
nuestro señor quedara seruido y la conciencia de V. mag.t quieta. En lo que
toca á estos moriscos, con la residencia del dicho Arzobispo, los deste reyno
y generalidad lo recebiremos en particular fauor y merced. Nuestro señor
la C. y R. persona de V. mag.t guarde por largos y felices anyos con acres-
centámiento de mas Reynos y stados como todos sus subditos y Vasallos des-
seamos. De la vuestra ciudad de Valencia a 12 de agosto de 1561. De
V. S. C. R. Mag.t Muy humildes subditos y Vasallos que las sus Reales manos
Besan los deputados del General del Reyno de Valencia, don miguel vicb =
don francisco de vilarig=gaspar juan=geroni tagell=frare gaspar santa-
craz=migue] abollo.»
Arch. gral de Simancas Secret. de Est., leg. núm. 3291°.
18) Danvila, Confs., pág. 164.
237
era de persecución contra los moriscos. ¿Era justificada? Las
alteraciones que se observaban en Teruel, Xea y otros pueblos
de Aragón, los homicidios perpetrados en el reino de Valencia
y singularmente en los valles de Segorbe y Guadalest, y las re-
petidas invasiones de los piratas obligaron á la reflexión en el
ánimo del monarca para buscar el remedio y llevarlo á la prác-
tica. Desde luego, y atendiendo á las indicaciones del inquisi-
dor Miranda, se pensó en la conveniencia de que los moriscos
no llevasen armas y se les desposeyese de ellas con objeto de
evitar sublevaciones como las llevadas á cabo en la Alpujarra
y más tarde en las sierras de Bernia y Espadan.
Trazado el plan del desarme se llevó á cabo con singular
acierto el día 8 de febrero de 1563 (19). Recogiéronse más de
veinticinco mil armas y, sin embargo, no cesaron las cons-
piraciones, ni los desafueros contra los cristianos viejos, ni las
piraterías, siendo necesario que el Santo Oficio renovase las
medidas de rigor y que, en aquel mismo año, se celebrasen en
Valencia dos autos de fe en que fueron condenados nueve moris-
cos de Xea, amén de algunos extranjeros. Poco ó nada resolvió
el desarme como no fuese el haber aguzado la suspicacia de los
moriscos en buscar nuevas armas y en vivir preparados espe-
rando el momento de vender sus vidas á costa de mucha sangre.
¿No había medios de evitar el alijo de armas venidas del exte-
rior? La respuesta la hallamos en la dificultad de evitar las
piraterías; pero ¿y en el interior'? ¿cómo se comprende la adqui-
sición y conservación de nuevo armamento sin la aquiescencia
ó el apoyo de los señores? Grave es la sospecha, pero la verdad
histórica nos demuestra lo perfectamente armados que en breve
se hallaron los moriscos, y nos testifica de la osada temeridad
con que éstos, á pesar de los rigores del Santo Oficio, llevaron
á cabo escenas sangrientas, en cuantos lugares les fué posible.
19) En el Arch. gral. del Reino de Valencia hemos visto tres códices en
que se contienen las providencias tomadas por Felipe II y las autoridades
de aquel reino para llevar á cabo el desarme de los moriscos en un mismo
día, pero los documentos publicados por el Sr. Danvila en el t. X, pags. 27.'!
y sig-uientes del Bol. de la R. Acad. de la Historia, nos relevan de dar á
conocer detalles de esta radical medida. El citado académico posee copia,
exacta y detallada, de los nombres de los moriscos y de las armas que en-
tregaron, y que sentimos permanezca inédita, pues su extensión nos impi-
de publicaría en nuestra Colec. Diplomát.
238
En 1564 fueron penitenciados algunos moriscos por la Inqui-
sición de Valencia, y en el mismo año ordenó el Consejo de
aquel tribunal que los nuevos convertidos oyesen misa y acudie-
sen con sus familias á oir la predicación de la fe (20).
. 20) Copia de un documento ó carta circular que literalmente dice así:
Mandamientos a los nuebamente convertidos de moriscos para que ovan
misa y sermones con su familia. en su parrochia dias de Domingo y tiestas.
Nos los Inquisidores contra la herética pravedad y apostassia. A vos los
nuevamente convertidos que vibis y moráis [en...] salud en nuestro señor
Jesucristo e a los nuestros mandamientos que mas verdaderamente con di-
chos appostolicos firmemente obedecer guardar y cumplir [tenéis?] saved
que ante nos pareció fiscal en este santo officio e nos hizo relación por su
petizion diziendo que. los días de Domingo y fiestas de guardar no bais a la
misa mayor ni a los sermones que se predican en la dicha yglesia donde
sois parrochianos según e como soys obligados antes los tales dias os bais a
vras viñas y heredades e a otras partes e hazeis labor e otras cosas prohibi-
das contra el mandato de la santa madre yglesia de que resulta escándalo
y mal exemplo entre los fieles y catholicos cristianos, e que demás de lo
susodicho la mayor parte de vos los dichos convertidos ny vuestros hijos e
mugeres y criados no sabiades el pater noster ny el «redo ni lo demás que
soys obligados a saver ni lo abéis querido ny queréis deprender en lo qual
dais malos señales de vuestra conversión sobre que nos pidió proveyésemos
del Remedio necesario apremiándoos a que agais e cumpláis lo sobredicho
sobre que nos pidió justicia, e por nos biso su pedimiento e que antes de
agora vos a sido por nos mandado y amonestado por otras nuestras cartas
que lo hagáis probeyendo de remedio por lo que conviene a la salud de
vuestras animas e conciencia vos mandamos en virtud de santa obediencia
e sopeña de excomunión mayor a vos los dichos convertidos e a cada uno e
qualquier de vos e a los que descendéis dellos que de aqui adelante todos
los domingos y fiestas de guardar bayfais] a oyr la misa mayor e sermones
que se predicaren en la santa yglesia de o en otra qualquiera do soys
parrochianos e llevéis con vosotros o enbiad a vuestros hijos e hijas e cria-
dos e criadas de siete años arriba e lo mesmo hazed los que íueredes tutores
c curadores de algunos huérfanos de que tengáis cargo lo qual hazed y
cumplid por manera que los curas e beneficiados de la dicha yglesia de
e de las otras do sois parrochianos puedan dar fee y testimonio de como
cumplis lo por nosotros mandado; otro si por que somos informados que vues-
tros hijos e hijas tienen falta de doctrina y no están enseñados en lo que
deven saver para ser cristianos vos mandamos so la dicha pena que los que
fueren de quatro anos arriba los embieys todos los dias a la una ora después
de mediodia basta las dos a la dicha yglesia de.... para que aprendan la
doctrina cristiana e oraciones de la yglesia e los instruyan en la lee y en lo
que les conviene para ser cristianos lo qual todo ansi hazed y cumplid so las
dichas penas y demás que se procederá contra vos e contra cada uno de vos
por todo rigor de derecho por que vos los curas e beneficiados desta yglesia
239
No hemos de discutir la oportunidad de esta medida. La fe
no debe imponerse por la fuerza; esto es indudable. La Iglesia
Católica nunca aprobó los medios coercitivos para extender su
universalidad en el fuero interno, ni siquiera aplaudió en el
Santo Oficio la unidad de jurisdicción ansiada por algunos mo-
narcas españoles para defender sus regalías con preferencia á
la propagación de la doctrina de Cristo. De ahí las repetidas
instancias de la Santa Sede en advertir á nuestros monarcas el
derecho incontrovertible de inspección que aquélla tuvo sobre
el régimen eclesiástico de la Inquisición.
La historia de la Iglesia Católica nos demuestra con harta
evidencia la misión evangélica que ésta viene llenando, desde
su origen divino, sobre la tierra. Ningún crítico imparcial podrá
en e§to abéis sido e soys negligentes siendo obligados a tener gran cuidado
de que los dichos nuevamente convertidos cumpliesen e hiziessen lo por nos
de suso mandado e sino lo cumpliesen darnos dello noticia para que lo man-
dásemos remediar como fuese servicio de Dios nuestro señor y en pro y vti-
lidad de sus conciencias no lo abéis fecho e vos abéis descuidado dello pol-
la presente ansi mismo vos mandamos en virtud de santa obediencia e
sopeña de excomunión e de cinquenta ducados para los gastos del santo offi-
cio que de aqui adelante tengáis gran cuidado e quenta cada uno de vos si
los dichos nuebamente convertidos cumplen y guardan lo por nos de suso
mandado e nos aviséis de las faltas que sobre lo suso dicho hicieren para
que nos probeainos como se cumple y guarda y executa las penas en los
rebeldes haziendo matricula e memorial de los dichos convertidos e assi
mismo mandamos a vos los dichos curas e beneficiados que tengáis gran
cuidado de saver y examinar dentro de breve tiempo si los dichos nueba-
mente convertidos hombres y mugeres mocos y mocas saben bien las ora-
ciones de la yglesia catholica como son el pater noster e abemaria credo y
salve regina e las otras cosas que son necesarias saver a qualquier cristia-
no para su salvación e los que no lo supieren los amonestad y mandad que
dentro de treinta dias luego siguientes lo sepan y aprendan de personas
que se lo enseñen e passado el dicho tiempo vengan ante vos a vos manifes-
tar e clezir como saben lo suso dicho e de los que supieredes que no lo saveu
ni deprenden vos amonestamos e mandamos so la dicha pena que nos deis
dello noticia para que nos lo mandemos castigar e probeamos lo que sea
servicio de Dios nuestro señor e bien de sus conciencias e por que lo suso
dicho venga a noticia de todos y ninguno pretenda ygnorancia mandamos
que nuestra carta sea leyda y publicada en la yglesia de estando vos-
otros presentes para dar dello fee y testimonio, dada etc.
El dia 25 de marzo de 1564 se practico esta diligencia en Santiago de
Valladolid y estuvieron a la misma los inquisidores y offieiales.
Arch. gral. de Simancas — Cons. de Inq., lib. núm. 963, fol. 235.
240
culpar á la Iglesia de las transgresiones más ó menos ciertas
atribuidas á los inquisidores españoles en el ejercicio de su
jurisdicción, ni podrá probar - que haya justificado la misma
Iglesia el abuso de medios coercitivos para extender ó consoli-
dar el imperio de la fe en las más apartadas regiones del orbe.
Por eso nos ratificamos en que la fe no debe imponerse por la
fuerza, pero aquel tribunal ¿podía imponer en el fuero externo
semejante obligación? Si hubiésemos de juzgar el hecho en un
país donde la ley pública sancionase la libertad de cultos, exe-
craríamos, desde el punto de vista legal, no religioso, aquella
medida, y con más vehemencia si el rey prestaba su asenso y
la hacía cumplir; pero en la España del siglo XVI podía y debía
un tribunal mixto, como era la Inquisición, imponer aquella
medida á unas gentes que, por no incurrir en el odio de Car-
los I, se dijeron cristianas, pues aceptaron el bautismo y alega-
ron esta condición para fines privados con objeto de conservar
sus haciendas. Después de cuarenta años de instrucción veíanse
obligadas las Cortes de Monzón á pedir al monarca la mayor
parte de cuanto los consejeros del emperador habían pedido á
éste después de las revueltas de comuneros y agermanados (21).
Estas peticiones, que manifiestan la preponderancia adquirida
por la cuestión morisca á medida que aparecen sofocados los
primeros chispazos del luteranismo, reclamaban con urgencia
su cumplimiento, y el rey, en consecuencia, ordenó la celebra-
ción de una nueva junta de prelados, consejeros de estado, in-
quisidores y juristas, los cuales se reunieron en Madrid á 12 de
diciembre de 1564, tomando importantes acuerdos en los que se
revelan cuánto llegó á preocupar la cuestión morisca y hasta
la solución única que la experiencia de tantos anos deman-
daba (22).
Se hacía indispensable aquella actitud enérgica que adoptan
los ilustres congregados, con objeto de resolver para siempre el
problema morisco, y no cabe dudar que el cuestionario propues-
to abarcaba los extremos necesarios para aquella solución, pero
con espíritu amplio y tolerante, con tendencias conciliadoras y
21) Vid. los capítulos XI á XXVII de estas Cortes en el Cuad, de las
mismas, imp. en Valencia por Pedro Borbo, año 1565, y reproducidos por el
Sr. Danvila, pá-gs. 1<;7-169 de sus Conf.
22) Vid. doc. núin. 18 de la COLBC. Diplomát.
241
con aspiraciones que reflejaban perfectamente el estado de la
opinión pública. Hubiérase dicho que la cuestión morisca iba á
tener fin en aquella memorable junta, inspirada en los consejos
y deseos manifestados por los hombres más doctos de España
desde 1525; hubiérase dicho que los deseos de santo Tomás de
Villanueva iban á tener exacto cumplimiento y que la astucia
de los moriscos sería descubierta á los ojos de sus protectores
faltando á aquéllos el favor que sus señores les habían hasta
entonces otorgado; pero la historia nos demuestra el escaso re-
sultado que tuvo aquella célebre congregación y la causa de
aquella nueva victoria de los moriscos.
Las reclamaciones hechas por las referidas cortes en 1564
contra los alfaquíes, que eran los mantenedores del espíritu fa-
nático entre los moriscos y, por lo mismo, instigadores de la re-
sistencia á la conversión, se reflejan en los acuerdos de la junta
mencionada y repercuten, como era natural, en la conducta que
desde entonces sigue el Santo Oficio (23); pero véase lo que nos
23) Copia de la instrucción que había de guardar el inquisidor de Va-
lencia en proceder en las causas de los moriscos de aquel reino:
«La orden que los ynquisidores del Reyno de Valencia han de guardar-
de presente en el proceder contra los moriscos de aquel Reyno y contra
quales de ellos an de proceder.
Primeramente que reciban todas las testificaciones que vinieren al santo
oficio contra qualesquier moriscos de aquel Reyno aora sea de que bivan
como moros como de que enseñan y dogmatizan a otros que lo sean como
constreñir a otros que viban como tales y aunque contra todos en general
de presente no se aya de proceder aunque se ayan de rescebir dichas infor-
maciones pero los ynquisidores procederán luego contra los alfaquies y
dogmatizadores y madrinas y castigarlos han por la via ordinaria conforme
a sus delictos y lo mismo liaran contra los que hubieren profanado los sa-
cramentos en oprobio de nuestra Relig'ion christiana.
ytem assi mismo de presente procederán dichos inquisidores de Valencia
contra todos aquellos que hiciesen cerimonias publicamente moros de qual-
quier calidad que sean y contra los fautores dellos y contra los que estorva-
ren la doctrina e instruction o la vbieren estorbado agora sean eombertidos'
aora sean christianos viejos por la via ordinaria.
ytem dichos inquisidores procederán desde, luego conforme a derecho
contra todos los nuebamente convertidos moriscos que se vbieren venido a
vivir al dicho Reino de Valencia de castilla o de granada o aragon o berve-
ria u otras partes y mereciéndolo sus culp¿is les confiscaran sus bienes sin
embargo que los del Reyno de aragon digan que tienen previlegio en ara-
gon para que no les sean confiscados los bienes.
ytem assi mesmo procederán dichos ynquisidores conforme a derecho
T . I 1G
242
dice Fpnseca: «En las Cortes que se tuvieron... el año 1537, pi-
dieron los tres brazos, eclesiástico, militar y real al mesrao em-
perador, que los moriscos hereges no pagassen su pecado con la
bolsa sino con el cuerpo, y en las de 1542, el primer capitulo
que se hizo fue, que quando alguno destos fuesse condenado de
crimen de lesa magestad, divina o humana, el señorío útil de
sus campos y casas fuesse incorporado con el señorío directo;
y en las del año 1547 en el primer capitulo pidieron lo propio al
principe, y en el cap. 21 instaron en que el inquisidor general
confirmase luego este indulto y porque su Alteza lo difirió para
otras Cortes, luego en las de 1552 pidieron lo propio, y que los
bienes muebles no pudiessen ser confiscados por heregia, y final-
mente en las Cortes del año 1564 siendo ya rey D. Felipe II,
pidieron lo mesmo con grande instancia, y otras muchas cosas,
por ventura mas para el provecho temporal ele los señores des-
tos vasallos que para el espiritual de sus almas, que era el que
se pretendía» (24). Téngase en cuenta que Fonseca dedica esta
obra á D. Francisco de Castro, duque de Taurisano, lo cual no
obsta para añadir estas frases: «En las mesmas Cortes temiendo
los señores de moriscos que no tomase su Magestad algún medio
riguroso contra ellos, se quexaron de que hasta aquel tiempo no
avian sido sus vasallos bastantemente instruidos en la fe; lo que
era cierto avia sido por su culpa y no por falta de predicadores
y maestros, pues desde el año 1533 hasta aquellas Cortes últi-
mas, casi continuamente tuvieron grandes maestros y predica-
dores ordinarios y extraordinarios, que con grande celo y espí-
ritu les enseñaron como queda dicho».
Y no es que Fonseca hiciese tal afirmación para tan sólo jus-
que los moriscos naturales del Reyno de Valencia que no mostraren y dog-
matizaren a los advenedizos a aquel Reyno.
ytem contra los señores y christianos viejos que dieron favor y ayuda o
les hicieren Huerca a dichos nuevamente convertidos para que viltan como
moros.
ytem que cerca de todas las cosas con que al presente los dichos ynquisi-
dores del Reyno de Valencia an de proceder quando se les ofreciere duda
algalia en la manera del proceder consultaran al consejo de su mag.t de la
santa y general ynquisicion.»
Arch. gral. <l<- Simancas -Inquisición, Lib. número80, fol. 224 b. Doc. sin
fecha; entre papeles de 1565.
24) Justa expulsión, oh-., pág. 29.
243
tificar la conducta de Felipe III, al firmar el decreto de expul-
sión, sino para demostrar al futuro historiador que la política de
tolerancia, empleada por el hijo de Carlos I, dio muy fatales
resultados, amén de no hallarse inspirada en la caridad evan-
gélica que algunos escritores modernos invocan, sino en la con-
veniencia de los señores, y tal razón ni era de Estado, ni se
hallaba amparada por la religión de la monarquía, ni menos
por la opinión pública.
Los acuerdos de la mencionada junta de 1564 hubieran sido
fecundos al ser reducidos á la práctica, pero tropezaron con la
misma dificultad que todas las disposiciones emanadas del poder
real desde 1525. La Santa Sede, los monarcas españoles, los
prelados, predicadores y ciudadanos curaban del remedio; no
era necesario adivinarlo; la misma magnitud de la cuestión mo-
risca llevaba aparejada la solución; se vislumbraban de cerca
peligros que parecían lejanos en tiempo de Carlos I; se dicta-
ban providencias; se congregaban los hombres más doctos, y lo
que es másase convenía en aplicar el remedio, pero en la prác-
tica se tropezaba siempre con la misma dificultad: los moriscos
seguían tan moros como antes, y los señores, defendiendo sus
intereses, aplazaban la solución del conflicto.
No podía, pues, prolongarse aquella situación. Verdad es que
lo precario de nuestra hacienda fomentaba el deseo de los seño-
res, y lo justificaba en demasía; pero la solución había de venir,
y si Felipe II no se atreve á arrostrar los peligros inherentes á
tal solución, la fuerza de las circunstancias obligaría al monar-
ca, en plazo no lejano, á buscar el medio de imponerse á los
barones, ó lo que es más cierto, los mismos barones, viendo
cercano el peligro y careciendo de fuerzas para contener el
desbordamiento general, aceptarían por fuerza el mal menor
para librarse del peligro que tantas veces habían señalado las
juntas que entendieron desde 1525 en buscar el remedio á la
cuestión célebre. Pero no adelantemos en la exposición de los
hechos sin fijar antes nuestra atención en el hermoso reino va-
lenciano, pues al mismo tiempo que allí se estudia el modo de
poner en práctica los acuerdos de la junta de 1564, sucede en
la silla metropolitana á D. Francisco de Navarra el muy docto
y prudente D. Martín de Ayala.
Uno de los primeros cuidados de este insigne prelado fué la
celebración de un sínodo diocesano, en el que se estudió con
244
marcada atención el problema morisco (25). Envió predicadores
á los pueblos de huevos convertidos y personalmente salió á
visitar y predicar á aquellos diocesanos tan faltos de doctrina
como de buena voluntad para recibirla. Tan escasos como los
de sus antecesores fueron los frutos obtenidos en aquella gente
por D. Martín de Ayala, á quien sucedió D. Fernando de Loaces ;
en cuyo tiempo se celebró en Valencia una nueva congregación
para estudiar el problema candente, sin desatender el espíritu
que informaba las instrucciones pontificias (26).
25) Vid. Synodus dioscesana Valentke celebrata, praside Martirio Ayala
archiepiscopo Valentino. Un vol. en 8." imp. en Valencia, apud Alvarum
Franca m et Gabrielem Ribas, auno 1594. La primera sesión de este sínodo
se celebró el 5 de mayo de 1566, no 1565 como dice Fonseca (Justa expul-
sión, pág. 31), y la segunda el día 9 del mismo mes y año. Las constitucio-
nes sinodales y las instrucciones referentes á los moriscos, asi como las
Ordenaciones de Bto. Tomás de Villanueva hechas á 14 de junio de 1548
para regir en los coros de las iglesias, fueron publicadas en 1566; hemos
visto la edición de 1591 que ya citamos, mandada publicar por el beato Juan
de Ribera. Bib. univ. de Val., sig. 53-1-42.
Acerca de la estimación en que fué tenido por los valencianos el arzo-
bispo D. Martín de Ayala, nos da noticia muy exacta el siguiente rarísimo
opúsculo que hallamos en el Arch. epise. de Segorbe: Elegía a la muerte; \
y sepultura del Illustrissmo y Rere- \ rendissimo Señor don Martin de |
Ayalcij Argobispó de Valen- | cia. Hecha por Joan \ Baptista Insa. \ Con li-
cencia. Un vol. de 8 pág. en 8.", con dos grabados y letra de tnrtis; sin fecha
de impresión y con el siguiente colof. Hecha imprimir por \ Miguel Martí-
nez, Librero de | su Ulústrissima señoría. Véase el estilo de Insa hablando
de Ayala:
¡Si no fuera por este socorrida
la patria valentina, qual quedara
estando entre cient mil vicios metida!
26) Pío IV, con fecha 25 de agosto de 1565 «concede edicto de gracia á
los sarracenos y moros (sic) del Reino de Valencia que comparecieren den-
tro de un año ante el Inquisidor Gral. ó sus diputados, aunque sean muchas
veces relapsos para que sean reconciliados por el dicho Inquisidor Gral. ó
sus diputados juntamente con los ordinarios, y si éstos se excusasen, sin
ellos, imponiéndoles pena saludable y benigna según la culpa, y añadién-
doles alguna penitencia, .secreta y absolviéndolos de la pública y otras
penas: V asi mismo extiende esta gracia á los que reconciliados dentro del
año volviesen á incurrir para que puedan ser absueltos dentro del segundo
año próximo siguiente, añadiéndoles alguna pena pecuniaria, si le parecie-
re al dicho lii'i ui>i<t«>r general, La cual ha de ser distribuida en obras pías.»
Ardí, gral, </<■ Simancas— Cons. de Inq., lib. núm. 6.
245
Asistieron á Loaces, que presidió aquella junta, Fr. Juan de
Muñatones, obispo de Segorbe, Fr. Martín de Córdoba, obispo
de Tortosa, D. Gregorio Gallo, obispo de Orihuela, y el licen-
ciado Miranda , comisario general de los nuevos convertidos é
inquisidor de Valencia. Redactaron nuevas instrucciones que
fueron dadas á la estampa en 1568 con anuencia del conde de
Benavente, virrey de Valencia, que también asistió á las deli-
beraciones de aquella junta (27); pero los resultados de tantos
desvelos por la instrucción de los nuevamente convertidos, eran
ineficaces y venían á demostrar de nuevo que no bastaban las
medidas suaves ni el sistema político inspirado en la tolerancia,
puesto que los moriscos respondían con temerario desdén á
aquellas exhortaciones y llegaban al extremo de reclutar sigi-
losamente adeptos para una rebelión, como consta de las cartas
escritas por Aben Farax y Daud á los monfíes granadinos (28).
Hacia aquella región andaluza vióse obligado el monarca á
dirigir su vacilante mirada. Dice Mármol Carvajal que, en
aquella sazón, la ciudad de Granada «estaba llena de moriscos
forasteros, qué so color de vender su seda y comprar sayas y
mantos para sus mugeres, habían acudido de muchas partes
del reyno á saber lo que se trataba y quando habia de ser el
levantamiento » ( 29 ) .
Aquel desasosiego que comenzó á observarse entre los mo-
riscos granadinos llamó la atención, como no podía menos, del
marqués de Mondéjar, que se apresuró á curar del remedio, pero
cuando pudo reducirlo á la práctica era tarde, pues la pro-
paganda ejercida en aquella región por los alfaquíes y capi-
27) Fonseca, Justa expulsión, etc., pág\ 32.
28) Mármol, ob. cit., t. I, págs. 228-231. Acerca de la autenticidad de
las referidas cartas, podemos citar una autoridad de valia para los moder-
nos críticos; dice asi Morel-Fatio, pág. 18, nota 2 de su obra L'Espagne-
au XVI e et au XVII e siécle: <Nous retrouvons en effet la traduction de
toute cette correspondance dans le Cartulario de cet interprete romanea-
dor-del Santo Oficio, qui a été publié dans le Memorial histórico espa-
ñol, t. III, pág-. 41 et suiv. Alonso del Castillo dit en parlant de ees lettres:
Las guales romancé en Verja, por horden del marques de Mondéjar, el dia
de San Juan, 24 días del mes de junio del año de 1568. Cette traduction,
d'aprés Mármol, fut remise au Roi en méme temps que les originaux.-
El mismo marqués habla de estas cartas en su Memorial á Felipe II.
29) Obra cit., t. I, pág. 231.
246
tañes de bandidos ó monfies había sido muy activa. De ahí la
necesidad y urgencia en aplicar los remedios para sofocar el
descontento; no se aplicaron aquéllos en sazón oportuna y las
consecuencias fueron funestas. La práctica vino á enseñar, una
vez más, el error entrañado por las fluctuaciones del poder
real. Verdad es que tuvo Felipe II sobrados motivos para ejer-
citar su prudencia aun en medio de aquella indecisión (30), pero
semejante política de circunstancias fué muy fatal para el por-
venir económico y financiero ele nuestra península, según trata
de probar el Dr. Haebler en su ya citada obra.
30) En 1565 llegaron los moriscos granadinos á alentar la esperanza de
la independencia, hasta el punto de haber estado dispuestos, durante el
sitio de Malta, para hacer rebelión y apoderarse de Granada con el favor
de la armada turca victoriosa, según escribía Fourquevals á su soberano
con fecha 5 de noviembre de 1565. Y añade: «Los corsarios de Berbería
bajaron, no hace seis semanas, por el país de Granada y saquearon una
tierra del duque de Sesa, la cual tierra está á seis leguas de la mar, lo que
no hubieran hecho sin estar en inteligencia con los moriscos del país».
Ms. de la Bib. nacional de París, núm 10.751. Doc. citado por Forneron
en su obra mencionada, pág. 169, col. 1. a
CAPITULO X
Sublevación de los moriscos en la Alpujarra. — Insumisión perma-
nente de aquella raza. —Ansiedad de Felipe II. — Nombramiento
DEL OBISPO DE BADAJOZ PARA LA SEDE VALENCIANA. — OBSERVACIONES.
comenzaron á inquietarse los moriscos de Granada al tener
noticia de que se les habían restringido algunos privile-
gios, como el goce de inmunidad en las iglesias, el ser-
virse de esclavos y el no ser habidos los delincuentes, si se
refugiaban en lugares de señorío, por los ministros de la justi-
cia. Muchos de aquellos granadinos «comenzaron á darse á los
montes, y juntándose con otros monñs y salteadores, cometían
cada día mayores delitos, matando y robando las gentes y an-
dando en cuadrillas armadas, y tan á recaudo, que las justicias
ordinarias eran ya poca parte para prenderlos por no traer
gente de guerra consigo» (1). El marqués de Mondéjar, D. Iñigo
López de Mendoza, capitán general de Granada, no podía dis-
poner de las fuerzas necesarias para atajar el mal, pues en la
cuestión de competencia para perseguir á los monfíes, surgida
entre la audiencia y el virrey, había éste logrado la peor parte,
no obstante los memoriales que presentó al monarca manifes-
tando los inconvenientes de carecer de autoridad y de haber
expuesto verbalmente estas dificultades al mismo Felipe II (2).
1) Mármol, ob. cit., t, I, pág\ 139.
2) Vid. Memoire du marquis de Mondéjar y el Apéndice núm. 1 con
248
Y dice un clásico historiador de estos sucesos que «del desdén,
de la flaqueza de previsión, de la poca experiencia de los mi-
nistros en cargo que participaba de guerra, nació el descuido
ó fuese negligencia ó voluntad de cada uno que no acertase su
émulo; en fin fué causa de crecer estos salteadores (monfíes los
llamaban en lengua morisca), en tanto número, que para opri-
millos ó para reprimillos no bastaban las unas ni las otras
fuerzas» (3).
La persecución de que eran objeto los monfíes por parte de
las autoridades granadinas, hizo pensar á D. Pedro Guerrero,
arzobispo de Granada, en un remedio más eficaz, á su enten-
der, pues deseaba que los prelados y hombres doctos señalasen
el camino á aquellas autoridades. ¿Acaso, no habían marcado
ya, las juntas celebradas hasta entonces, el rumbo que había
de seguirse con los moriscos? Cierto, pero la conducta del pre-
lado granadino servía para probar al más exigente que se ape-
laba á los medios más prudentes antes de sancionar y justificar
el empleo tie medidas coercitivas contra los monfíes; es más,
aprovechando su viaje á Roma, para asistir al concilio triden-
tino, consultó el caso con Paulo III. Aprobó éste la prudencia
de Guerrero y escribió á Felipe II que pusiese remedio como
aquellas almas no se perdiesen, y, en virtud de este precepto de
caridad, mandó el monarca que se celebrase una junta sinodal
á la que asistieron los obispos de Málaga, Guadix y Almería.
Tratóse en dicha junta del remedio solicitado por el papa, por
el rey y por los católicos españoles y se propuso la ejecución
de los capítulos de la ya mencionada junta de Madrid. El mo-
narca remitió el informe al Consejo, presidido por D. Diego de
Espinosa, inquisidor general y obispo de Siguen za, y vistas las
relaciones del arzobispo de Granada y de los mencionados obis-
pos andaluces, se acordó la celebración de una nueva junta,
que tuvo lugar en Madrid el año 1566 (4).
que la ilustra Mr. Alfredo Morel-Fatio en el curioso libro L'Espagne <m
XVI." et au XVIIS siécle, edic. de 1878.
3) D. Diego Hurtado de Mendoza, (¡hierra <U- Granada hecha por el rey
D. Felipe II, edic. de Valencia, año 1795. Vid. pág. 7.'!.
4) Intervinieron en esta junta I). Diego de Espinosa, presidente; el du-
que de Alba; D. Antonio de Toledo, prior de León en la orden de S. Juan;
D. Bernardo de Bolea, vicecanciller de Aragón; D. Gregorio Gallo, obispo
249
De los capítulos que en ella se hicieron nada hemos de decir
por haberlos ya publicado Mármol y Carvajal en el cap. VI del
libro II de la citada obra; pero hemos de observar que tan
pronto como el rey manda publicar su pragmática de 17 de no-
viembre de 1566 (5), sintieron terriblemente los moriscos las dis-
posiciones promulgadas cerca de los vestidos y lengua, y de los
caño*, y el andar sus muyeres los rostros descubiertos, y el tener
las puertas de sus casas tres dias en la semana abiertas (6). Se
renovaban con ello los acuerdos de la junta de Madrid en 1525,
pero aquel rigor, mezclado con la fama que hubo que les manda-
ban tomar los hijos y pasaUos á Castilla (7), renovó en el ánimo
de los moriscos la resistencia al poder real y la inclinación á
pensar en la venganza antes que en el remedio. Aunque años había
que trataban de entregar el reyno á los principes de Berbería ó al
turco (8), no pudieron realizar en aquella ocasión su deseo, y
mientras tanto, los acuerdos de la junta de 1566 se llevaban á
la práctica con general descontento de aquella raza levantisca.
Justificadas fueron aquellas medidas del poder real, pero
¿fué oportuna su aplicación? Sinceramente declaramos que no,
y con mayor razón al negar Felipe II al marqués de Mondéjar
los refuerzos pedidos para reprimir las alteraciones que nece-
sariamente habían de causar los moriscos y en especial los
atrevidos monfíes. Muy bien observa el Sr. Menéndez y Pelayo
que «nuestro gobierno no acertaba más que á hacer pragmáti-
cas, tardías y mal obedecidas, sin otro efecto que acumular
tesoros de odio en el alma de los moriscos. En mal hora se le
ocurrió á Felipe II poner en ejecución (en 1566) las Ordenanzas
de su padre, vedando la lengua, el traje, las costumbres y
hasta los nombres arábigos, y forzándoles á aprender en el tér-
mino de tres años el castellano. Los conversos trataron de
parar el golpe con todo género de súplicas, dones y promesas;
de Orihuela; D. Pedro de Deza, del Consejo general de la Inquisición; el
licenciado Menchaca y el Dr. Martin de Velasco, oidores del Consejo Real
y de la Cámara. Vid. Mármol, ob. cit., t. I, pág\ 142-, Cabrera, Felipe se-
gundo, t. I, pág\ 470, y Bermúdez de Pedraza, Historio eclesiástica de Gra-
nada, fol. 238, b.
5) En Granada no se publicó has^a 1." de enero de 1567.
6) Vid. la cit. Memoire du marquis de Mondéjar, pág. 17.
7) Hurtado de Mendoza, lib. cit., pág'. 7ó,
8) Id., id.
250
poro La conciencia de Felipe II era más estrecha que la! de su
padre y nada consiguieron, hasta que perdida toda esperanza
acordaron levantarse en rebelión abierta, tal y tan terrible,
que puso en aventura la seguridad de la monarquía española,
precisamente on el instante de su mayor poderío» (.9).
De la inoportunidad en aplicar aquellas medidas de repre-
sión nos da testimonio elocuente el mismo marqués de Mondéjar;
pero Felipe II, que curaba de representar el espíritu de los
españoles, llevó adelante la aplicación de sus pragmáticas,
mientras los moriscos, viendo la inutilidad de sus representa-
ciones por medio de Francisco Núiiez Muley, para que D. Pedro
Deza suspendiese la ejecución de las pragmáticas, y persuadi-
dos, además, de que D. Juan Enríquez y algunos de los princi-
pales moriscos nada consiguieron en el viaje que habían hecho
á la corte, resolvieron apelar al derecho de las armas para
decidir la contienda.
El toque de rebato en la Alhambra el día 16 de abril de 1568
era preludio de la guerra y claro indicio del desasosiego que
reinaba entre cristianos viejos y nuevos. El mismo marqués de
Mondéjar, recién llegado de la corte, pudo cerciorarse del inmi-
nente peligro en que se hallaba su reino al descubrir, por cartas
de Daud, que se reclamaba el auxilio de los moros berberiscos,
y saber, además, el razonamiento que Aben Xahuar (Fernan-
do de Valor, el Zaguer) había dirigido á los moriscos del Al-
baicín (10).
No tardaron, pues, en apelar éstos á las armas, «como lo
hicieron, dice el mismo marqués, empegándose á revelar á los
veinte y tres de deziembre algunos lugares de las tahas de
Orgiva y Alpuxarras, y revelándose en pocos dias hasta ciento
y ochenta y dos lugares de las dichas Alpuxarras y tahas de
Marchena y el Boluduy y Orgiva y rio de Almería y marquesa-
do de Zenete y Almunecar y Salobreila y Motril y Alhama,
eligiendo y tomando por su cabeza á Fernando de Valor, vein-
teyquatro de O ranada, hombre mo^o y mal inclinado y de
malas costumbres y de poco entendimiento y ser, aunque de
buena sangre, y llamándole rey» (11).
0) J/ist. de los héter. esp., t. II. pág. 626.
10) Hurtado <!<• Mendoza, lib. cit., págs. 84 y siguientes.
11) Memoire cit., pág-. 19.
251
No hemos de recordar en la presente ocasión Las vicisitudes
de esta guerra tan espantosa que nos demuestra el peligro entra-
nado por la existencia del pueblo morisco en el seno de la patria
española. Mármol Carvajal, Hurtado de Mendoza, el marqués
de Mondéjar y otros autores contemporáneos (12) refieren con
minuciosos detalles aquellos sucesos que hicieron necesario todo
el valor de D. Juan de Austria para el restablecimiento dé la
paz (13), si bien debemos advertir que, aquellos rebeldes alpu-
12) A la bondad de la excelentísima señora duquesa de Alba y del docto
archivero de su casa ducal D. A. Paz y Mélia, debemos el siguiente apunte
bibliográfico: ,
Existe en el Arch. de la Casa de Alba, entre los restos que se libraron
del fuego, un ms. de 32 hojas, sin principio ni fin y bastante maltratado por
el fuego. «Es una enumeración de lo que los moriscos decían y hacían en el
levantamiento, causas que daban para él, -y una suma de cargos por las
atrocidades y profanaciones de templos que hacían y que se detallan. Des-
pués va refiriendo pueblo por pueblo lo que pasó desde 23 diciembre 1568
(Alpujarra).»
13) Vid. la monografía de D. Lorenzo Vanderhammen y León, titulada
D. Juan de Austria. Un volumen de más de 650 páginas en 1.°, impreso por
Luis Sánchez. Madrid, Ii'il'7.
Y por ser curioso el texto del bando mandado publicar por D. Juan de
Austria para conseguir la reducción de los moriscos alpujarreños, damos á
continuación el siguiente documento, del que Mármol nos dio un extracto
(t. II, p. 318-320) muy incompleto. Es original muy estimado que posee
nuestro excelente amigo D. M. Danvila:
t
«Don Juan de Austria por la Sacra Católica Real Magestad capitán ge-
neral de la mar.
Teniendo entendido el Rey mi señor que la mayor parte de los christia-
nos nuevos que se an levantado en este Reino de Granada fueron movidos
no por sil voluntad syno competidos e apremiados e ynduzidos por algunos
principales autores- e movedores cabecas e cabdillos que an andado e andan
entre ellos los quales por sus fines privados y particulares para gozar e
ayudarse de la hazienda de la jente común del pueblo e no por hazorle.s
beneficio ninguno procuraron que se aleasen haviendo Su magostad man-
dado juntar algún numero de jente de guerra para los castigar como lo
merecían sus delitos tomándoles sus lugares que tenian ocupados en el
Reino de Almancora, Sierra de Ficabres y el Alpujarra, y con muerte e
cabtiverio de muchos dellos reduziéndolos como se an reduzido a andar
perdidos y descarriados por las montañas, viviendo como bestias salvajes
en las cavernas y selvas padeciendo estrema necesidad movido por esto a
piedad virtud muy propia de- su Real condición queriendo vsar con los
susodichos de clemencia acordándose ser sus suditos e vasallos enternecí en-
252
járrenos quedaron vencidos por la espada del heroico capitán,
pero no sujetos y humillados, no arrepentidos ni convertidos y,
por lo tanto, no escarmentados, sino dispuestos á sellar con pan-
dóse de saber las violencias, fueteas de mugeres, derramamientos de san-
gre, robos e otros grandes males que la jente de guerra vsa con los dichos
christianos nuevos syn se poder escusar me a dado su poder e comisión de
la data de Cordova a los nueve del presente mes de abril para que yo en su
nombre pueda vsar con los tales christianos nuevos de su gran clemencia e
admitirlos debaxo de su Real mandato e poderío en la manera infra escrip-
ia; por tanto en virtud del dicho poder por el presente vando en nombre de
Su magostad prometemos a todos e qualesquier christianos nuevos que se
hallan revelados e fuera de la obediencia e gracia de Su magestad asi
onbres como mugeres de qualquier grado calidad o condición que sea que,
dentro de veinte dias qiie se cuentan de la data del endelante que vinieren
a rendirse e poner sus personas en manos de Su magestad y en las nuestras
en su nombre de les hazer merced de las vidas de (roto el original) demás
de lo qual mandara [oir y hacer justicial a los que despu[es quisieren] pro-
var sus violencias e oprisyones que avran Recebido para se levantar e se
vsara por Su magestad en lo rrestante de su acostumbrada clemencia la
qual vsara asi mysmo con todos aquellos que demás de venirse a rendir e
ponerse en manos de Su magestad hizieren algún servicio particular como
sera de golear, traer cabtivos e turcos o moros de Berveria que con los
dichos levantados están e hizieren lo mismo con los christianos nuevos
deste Reino que an sido capitanes e cabdillos de la rebilion e que ostinados
en ella no querían gozar de la gracia e merced que Su magestad les manda
hazer e conceder e ansi mismo prometemos en nombre de Su magestad de
hazer gracia de como por la presente le hazemos a todos los christianos
nuevos que fueren de quinze años arriba e de cinquenta abaxo que dentro
del mismo tiempo viniendo a rendirse como arriba se dize truxeren a poder
de los ministros de Su magestad cada vno dellos vna escopeta o vallesta
con su adereco que se le perdonara la vida e quel tal no sera esclavo,
demás de lo qual pueda señalar para que asi mismo sean libres dos perso-
nas de las que consigo tru[xeren...] con que sean padre [o madre] o hijos o
muger o hermanos los quales no serán esclavos syno que quedaran en su
primera libertad e arbitrio con apercibimiento que los que no quisieren
gozar de la gracia e merced que Su magestad les haze e. nos en su nombre
les certificamos que ningún onbre de catorze años arriba no sera después
admitido a ningún partido ni gracia antes todos pasaran por el rigor de la
muerte syn tener dellos ninguna piedad ni misericordia e para que este
vando venga a noticia de todos e ninguno en ningún tiempo ni manera no
pueda pretender ynoraiu;ia emos mandado hazer dichos traslados del orde-
nando que se figen en los lugares donde parecjei'e que lo podran entender
los christianos nuevos e dado poder al duque de Sesa en virtud de que
tenemos de Su magestad para que en la parte donde se hallare con la jente
de guerra que tiene a su cargo pueda admitir a los christianos nuevos que
253
gre los memoriales eu que pedían á Felipe II el restablecimien-
to de su antigua independencia.
Harto claramente había conocido el monarca semejante
disposición de ánimo y el remedio que tal actitud reclamaba,
al mandar á D. Juan de Austria, á D. Pedro Deza y al duque
de Arcos «que con toda brevedad y diligencia posible executa-
venian a darse o Rednzirse a la obediencia de Su majestad en la manera
que arriba dize la qual sera oservada e guardada ynviolableinente syn que
aya falta ni disminución alguna que para firmeza e de... aracion de todo
lo susodicho ave (roto) el presente vando... sellado con nuestro sell...
... ef rendado de nuestro secretario ynfrascripto escrito para mayor inteli-
gencia que los christianos nuevos podran tener para gozar desta merced e
gracia se declara averse dado cerca desto la orden que se sigue: primera-
mente podran acudir los christianos nuevos a este campo donde yo ordenare
sean recogidos e amparados e que no se les faga ningún mal tratamiento;
ytem que acudan a los lugares principales mas cercanos donde se hallaren
es a saber a Granada a Baza a Guadix Almería... Purchena Canto...
Tahalí en la sierra de Filebres y en el Alpuxarra en los lugares que señale
el duque de Sesa que fallaran allí orden mía para ser Recogidos e que no
se les haga agravios vexacton ni molestia alguna e para evitar frabdes de
todas partes e que los soldados a quien emos mandado so graves penas que
los que asy vinieren no se les faga ningún mal syno que los rrecojan de
paz no tengan cabsa para evitar el castigo que merecen no oservando lo
que se les a ordenado podría cada onbre que se viniese- a dar traer... o lino
en el brazo yzquierdo... tido e que sea tan grande que se pueda (sic) pare-
cer escaso que algunos particulares de los dichos christianos nuevos qui-
sieren venir a tratar en este campo la forma e manera que a ellos les
parezca que se vengan con mas seguridad e sin que los soldados les hagan
daño se les concede por el presente vando libre salvo conducto con que
vengan con la señal que arriba dize e luego que fueren llegados al campo
se presenten ante nos. Fecha en Santa Fee a XXIII dias del mes de abril
de mili e quinientos e setenta años. Don Juan [de Austria. Por] mandado
del Señor Don Juan — Juan de Soto.
Fecho e sacado fue este dicho traslado de la carta e vando del serení-
simo Señor don Juan de Austria de suso concordado en Guadix a treinta
dias del mes de abril de mili e quinientos e setenta años siendo presentes
Francisco López y Hernando de Estrada vecinos de esta ciudad.
Alonso de León escribano de Su Magestad y audiencia (sic) de Guadix
y su jurisdicción por Su magestad fue presente al corregir y concertar este
traslado y fize este mió signo a tal en testimonio de verdad. ^ Alonso de
León escribano publico.»
Doc. original núm. 267 de la Colee, del Sr. Danvila.— Hemos suplido con
puntos suspensivos algunas palabras que no hemos podido restablecer por
hallarse roto el original.
254
sen las ordenes que tenían de sacar todos los moriscos del reyno
de Granada, ansí los nuevamente reducidos como los que no se
habían alzado, y los metiesen la tierra adentro, porque los
pocos que quedaban en la sierra, perdiendo la confianza de po-
derse valer de ellos, acabasen de reducirse ó de perderse» (14).
Con la muerte de Aben-Abó, á manos de los suyos, tuvo fin
aquella insurrección que había durado hasta 1571. Luego, «fuese
poblando la tierra de christianos con alguna dificultad al prin-
cipio; mas la codicia de las haciendas, que su Magostad mandó
repartir entre los nuevos pobladores, y las franquezas que les
dio, lo facilitó adelante. Y de esta manera, habiendo sido la
mudanza de aquel reyno el quicio sobre que toda España dio
la vuelta, y héchose la guerra por la religión y por la fe, el
premio de los trabajos y de tanta sangre christiana, como en
ella se derramó, fue desterrar la nación morisca, que había
quedado en el» (15). Pero restaba en el seno de nuestra patria
gran número de moriscos granadinos que, rehusando pasar al
África, se quedaron en Castilla, en Aragón y en Valencia, pro-
tegidos por los señores de lugares moriscos (16), y con ellos
el germen de nuevas insurrecciones, pues la suerte de los des-
tinos de esta raza la habían echado sus individuos en la Alpuja-
rra y, por tanto, los cristianos viejos habían de estar recelosos
de las maquinaciones que aquel pueblo tramaba de continuo
contra la unidad política y religiosa.
Buena prueba de estas conspiraciones nos ofrecen los proce-
sos instruidos por la Inquisición de Valencia (17) y singularmen-
14) Mármol, t. II, ob. cit., pág. 4:¡7.
15) Id., id., pág. 456.
10) Vid. Historia <!<■ la Casa de íftondéjar, cap. XXVII. Ms. de la Biblio-
teca nacional de Madrid, sig\ K— 100, I'. 394, y Janer, doc. núm. LXII de la
Colee, dyplom. de su citada obra.
17) Ai/riiti's ¡i espías africanos
«Capmarti, natural de Cartago de Berbería y vecino de Xativa (de
60 años) en el arrabal, que un tenia mas oficio que el de pedir por Dios, que
no conocía a su padre, ni a su madre, ni agüelos, ni agüelas, ni tios ni tias;
fue cautivado en Tune/ por Alvaro de Sayes, y le vendió en Sevilla, donde
fue rescatado. Después del rescate habito algún tiempo en Ecfja y en Sevi-
lla, hasta que paso a Valencia y se avecindo en Benaguacil por tres o cua-
tro años y por otros seis o siete en Xativa. Confeso que hasta entonces
habia vivido en la secta de Mahoma y pidió misericordia con proposito dé
ser en adelante buen cristiano. Aunque negó saber escribir*, se le encontra-
255
te el instruido contra el noble morisco D. Cosme Abenamir (18).
Podemos, pues, afirmar que la insumisión de los moriscos espa-
ñoles, y en particular la de los valencianos, es permanente desde
la cédula de Carlos I, en que los declara cristianos, hasta la
definitiva expulsión jen 1609. Así habrá podido apreciarlo el crí-
tico en los sucesos hasta el presente referidos desde la insu-
rrección del Albaicín. Y esta insumisión del pueblo morisco en
España nos parece tan real é innegable como lógica, tan evi-
dente como necesaria.
Si fuera posible negar la existencia de aquella insumisión «ó
cuando menos justificarla en el terreno de la legislación espa-
ñola del siglo XVI, seríamos los primeros en romper lanzas
contra los opresores más ó menos encubiertos que tuvo aquella
raza infeliz, cantaríamos un himno en loor de aquel pueblo de
mártires/ y nos pondríamos del lado de cuantos explotan los
sentimientos humanitaristas y creen hacernos ver el heroísmo
de aquel pueblo tan laborioso como sufrido, tan leal como cris-
ron libros árabes y nominas de su mano, con que era muxador del demonio
y curaba por hechicería. Se averiguo era espia de los turcos aunque ni en
el tormento quiso confesar.
Michalot negro, esclavo de D. Cosme de Aben-Amir, vecino de Bena-
guacil, fue denunciado por Pedro Amet, alárabe, que vivia en Buñol, como
moro y espia de moros. Otro testigo dijo que cierta persona a quien Micha-
lot servia, D. Cosme Aben-Amir, hacia la cala tres veces cada día y Micha-
lot y cierta persona tenían el agua.
Francisco Bucas, que sirviendo a D. Cosme de Aben-Amir, en Benagua-
cil, aprendió el árabe de hablar y tratar con los moriscos, declaro en 25 de
febrero de 1567 que en Benaguacil todos los habitantes eran moros que no
seguían mas secta que la de Máhoma ni hablaban mas idioma que el
arábigo.
En el proceso contra el medico alfaqui Capdon, en 1567, se le acusa no
solo de profesar el culto Mahometano, sino de enseñar publicamente a bis
muchachos el arábigo y las oraciones del rito musulmán. Un testigo decia
que este alfaqui hacia que todo el pueblo de Bolvait fuese moro: que rezaba*
a coro la oración del alhanditliley.»
Hay en este legajo el principio de otros procesos contra dos tagarinos,
agentes de turcos, Hieronimo Pardo, vecino de Paterna y su suegro Miguel
Aragonés, de la misma vecindad. Estos procesos son de 1566.
Arch. grál. Central — Inq. de Valencia. Leg. 675.
18) Por la importancia de este largo proceso damos de él un extracto en
la Coleo. DfPliOMÁT. mim. 19, sin necesidad de que nosotros dedúzcanlos
Las consecuencias que de su estudio se desprenden.
256
tiano; pero la crítica histórica nos demuestra que la infidelidad
de los moriscos á la religión cristiana y, por lo mismo, á la
monarquía sobre ella establecida, era consecuencia lógica del
carácter y de las circunstancias en que se hallaba su raza en
España, era expresión fiel de la manera de ser y de pensar de
aquel pueblo. De ahí el origen de las conspiraciones y de la
insurrección permanente con objeto de lograr los moriscos^ su
libertad é independencia (19).
En abril de 1565 se había celebrado en Valencia una con-
gregación de prelados que entendieron en la reformación de los
moriscos, y el papa Pío IV, con fecha 25 de agosto del mismo
año, había expedido, según vimos, un breve para que se usase
de perdón con los relapsos en las prácticas muslímicas, aun
después de transcurrido el plazo de un año que se les había de
nuevo concedido para su conversión, pero todo inútil; los alfa-
quíes continuaban sus predicaciones, ya en público, ya en pri-
vado, como consta en el proceso instruido contra D. Cosme
Abenamir; los espías menudeaban, á pesar del riguroso castigo
impuesto al moro Alicax (20); las galeras se llenaban de gente
morisca condenada por el Santo Oficio á servir de remeros; y
la zozobra, el recelo, el temor de nuevos alzamientos no des-
aparecían. ¿Qué medios serían eficaces para restablecer la paz?
La misericordia era recibida por los moriscos como prueba de
impotencia en el poder real y hasta como señal de cobardía; el
rigor les exacerbaba, les hacía vengativos. En aquella situa-
ción era locura pensar en restablecer la autonomía de aquella
raza. ¿Qué hacer? ¿A qué medios apelar? Buscando solución
pasaron algunos años. Felipe II escuchaba á todos; pedía con-
sejo á los prelados y hombres doctos (21); veía la inutilidad
19) Pruebas abundantes de esta afirmación hallará el lector en varios'
documentos de nuestra Colec. Diplomát.
20) Danvila, Confs., pág. 172.
21) Vid. los siguientes documentos: Ho}ograph letter ofthe Batriarch of
Antioch, archbishop of Valencia, to the King [Felipe IIJ complaining ofthe
proceedings of the Inquisition againts the Valencian Moors; Valencia
a aug. Í567; la Carta original de D. Juan Alonso Pimentel, conde de Bena-
venté, á Felipe ¡l, representando <■! efecto ¡¡rodacido en los nobles por la
confiscación de //¡enes á ciertos moriscos complicados en el proceso del mo-
risco Machera, fecha en Valencia á 14 de agosto de 1567, y la Original
letter <>f the Bishop of Segorbe f<> the Inquisitor general, respecting the
257
de los acuerdos tomados en diversas juntas convocadas para
buscar el remedio; lamentaba la impunidad con que los moris-
cos granadinos deportados á Castilla pasaban á reunirse con
los de Aragón y Valencia; celebraba el desarme de 1563, por
haber contribuido á privar de socorro á los rebeldes de la Alpu-
jarra en 1568; lastimábale lo infructuosos que resultaban los
edictos de gracia y el breve de Pío V, expedido á 6 de sep-
tiembre, en el que se daba facultad al inquisidor general para
reconciliar á los moriscos valencianos, por espacio de tres años
aunque fuesen relapsos, para conmutarles las penas y restituir-
les los bienes confiscados; sabía la gravedad de aquella situa-
ción, por lo que el inquisidor Miranda escribía desde Valencia
al inquisidor general (22); hallábase preocupado por la muerte
affairs ofthe Valencian moriscos, fecha cu Valencia á 22 de mayo de 1568
y conservados en el Museo británico, signat. Eg-.— 1510, núms. 17, 18 y 21.
Vid. el Cat. de Gayangos, t. II, págs. 211 y 212 y nuestra Coleo. Diplo.mát.
22) «Ilustrisimo y Reverendísimo Señor:
El obispo de tortosa sin esperar brebe se quisso adelantar mas que los
otros prelados y se fue a tierras, bailes y lugares de su obispado o de moris-
cos y declarándoles lo que abian de hazer se le desvergonzaron deciendo
que ellos habian sido baptizados por fuerza que eran moros y que lo que-
rían ser y esto porque no se les guardaba ningún pribilegio que les fuese
dado y jamas les abian enseñado ni dycho que son obligados a creer y hazer
y en este cierto dizen verdad siendo demás estuviesen aparejados rescebir
la doctrina cristiana y que antes sin preceder este los prenden y tienen en
las cárceles de este santo Oficio y les toman sus bienes y aun relajan algu-
nos de ellos y que quieren ber en que paran los que aora es^tan presos \
que hasta entonces no harán ninguna cosa y esto respondieron y dan por
respuesta no solo al obispo sino a todos los Señores y a los demás que en
estos negocios entienden y lo que es peor que afirman que lo que estos
dicen en nombre de todos los del reyno lo dicen y creo ques verdad porque
se a abido entre ellos ynteligencias y pienso que a llegado hasta granada a
lo que algunos dicen y por conocer su proterbía echan la culpa a la inqiii-
sicion aunque su intención es de querer ser moros. El duque de Segorbe
esta muy sintido deste alboroto pues a escripto procure poner el remedio
mas eonveniente que el determina juntamente conmigo de hazer todo lo
que sus fuerzas bastaren ques biárto ya visto esto lo bine tratar en el conde
de benavente virrey y luego procure de tratar en algunos de los mas prin-
cipales destos de quien tengo mas confianza y los imbie en el parescer del
conde benavente por las partes mas necesarias que desengañasen esta
gente y yo me parto luego para donde esta el Obispo que hay harta necesi-
dad por que tienen de mi algún crédito aunque en ber que por el Santo
Oficio los prenden y secrestan sus bienes lo voy perdiendo hazesetas (?) muy
T. I 17
258
del arzobispo de Valencia D. Martín de Ayala, tan celoso do la
conversión de los moriscos, y de la de D. Fernando de Loaces,
sucesor en la mitra; llegaban hasta sus oídos las defecciones de
algunos religiosos que revelaban á los moriscos los acuerdos
secretos de las juntas congregadas para buscar el remedio (23)
de mal la adjuración porque an ymaginado que esto se haze para luego
quemarlos y asi lo dicen y no quieren acher (sic) otra cosa ni hay quien se la
pueda dar a entender sin (?) que están aparejados que los quemen hasta vel-
en que paran los que están presos en este Santo Oficio. Cierto convendrs a
que en este auto que híziese en estos se usase de mucha mysericórdia y
dado caso que hubiesen de ser penitenciados fuese secretamente por que
publican en el auto mayormente declarándose alli las confiscaciones no
puede dejar de haber escándalo ansi de moriscos como de todo el reyno y
por el estorbo que se puede seguir fue determinado por los prelados de la
congregación que todos estos que están presos fuesen juzgados y tratados
conforme a los otros del reyno como lo invie a los señores del consejo
de V. S. Suplico a V. S. lo mande ver por que de otra manera se que no
dejaran de dar molestia a su Magestad y a V. S. y acá no se hazer nada en
la conversión destos ques lo que mas se ha de procurar y aunquestos se an
alterado todavía tengo mas de doscientos que secretamente se quieren
reconciliar los quales detengo hasta que V. S. imbie la orden de lo que se
baya de hazer y también porque los prelados no osan mandar asistir a estos
a los oficios dibinos ni a los sacramentos de la Iglesia hasta que sean recon-
ziliados por que son herejes y apostatas y por derecho son descomulgados.
V. S. vera lo que mas fuere servido en este negocio. Un letrado de aquí
que se dice misser Tarrega hombre honrado y de muy gran opinión me dio
ese memorial que ymbio a V. S. de su mano escrito; paresceme mal negocio
por que conosco a la persona y es tenido por muy mal cristiano y ya sano-
tado en este Santo Oficio que no se enpiesa y ha mandado rehedificar las
mezquitas caídas y otras cosas las quales ando rastreando y sabidas imbiare
a Y. S. N. no me parescio dar parte deste en el Santo Oficio ni tampoco á
los del consejo por que no se mobiesen mas humores hasta averio consul-
tado con V. S. y si paresciere tratarlo con su magestad porque pienso que
mucha parte desta alteración es este la causa; el que esto depone esta teme-
roso por que si se' supiese peligraría su persona suplica a V. S. N. que con
todo el secreto antes que se sepa en el consejo me mande lo que debo hacer
que a todo me pondré o embiare la, información autentizada: guarde y pros-
pere Dios nuestro señor la illustrisinia y Reverendísima persona de vuestra
señoría real para ensalzamiento «le santa IV chatolica como este servidor y
capellán desea, de Yalenzia a 12 de mayo de 1568. Besa las manos a vues-
tra señoría [llustrisimá el licenciado gregorio de Miranda.»
Doc de la Colee, del Si-. Danvila.
2:3) «En Valencia a treynta días del mes de marco 1568 años se presento
al señor Inquisidor Don Joan de rrojas, fray Josepe boyl, frayiede la. orden
de la fcrenidad en el monasterio del rremedio el «nial juro en forma de dere-
259
y tales motivos, "unidos á la entereza de su carácter, á la soli-
dez de sus sentimientos religiosos y al conocimiento exacto de
sus obligaciones como soberano, aumentaban su ansiedad.
Tan grave llegó á ser la cuestión morisca durante este rei-
nado que, no obstante la urgencia del remedio, se optó, en la
práctica, por el laisser passer, pues no de otra manera se tra-
duce el rigorismo de Felipe II al renovar las ordenanzas decre-
tadas por su padre y dejarlas sin exacto cumplimiento.
La necesidad que tuvo aquel austero monarca de encauzar
los sentimientos religiosos de su nación, le obligó á sancionar
medidas de rigor que no se cumplieron, según dijimos, ó se
cumplieron á medias; y Felipe II toleraba aquella política de
contemporización para evitar un mal mayor, aunque deplorase
en lo más íntimo de su conciencia la dificultad en resolver el
conflicto; y aconsejaba el rigor á la Inquisición en proceder
contra los fautores de herejía, sin reparar en la calidad de los
delincuentes; y curaba de mantener sus buenas relaciones con
la nobleza, aunque no ocultaba el dolor que sentía al contem-
plar los' abusos de algunos señores de moriscos; y recto y seve-
ro, con la severidad de la justicia, y católico, tan convencido
cho e prometió dezir verdad y dixo ser de hedad de treynta años y aviendo
jurado dixo que todo lo contenido en este memorial que a presentado es la
verdad y si otra cosa se le acordare lo dirá y descargara su conciencia...»
Manifiesta Boyl haber dicho que á los moriscos se les daría 40 años de
plazo sin que el Santo Oficio interviniese en sus asuntos; que durante dicho
tiempo habían de ser enseñados en las cosas de la fe; que pasado el plazo
vivirían como cristianos y pagarían como tales; que sólo esperan los de la
junta, que interviene en la reformación, el beneplácito del Rey. Llevaba
cartas de cristianos nuevos de unos lugares á otros, diciéndole dichos mo-
riscos que eran recomendaciones para conseguir más limosna, pues él no lo
entendía por estar escritas en aravigo; les decía que el rey les daría 30 ó 40
años de plazo para convertirse, pues él lo sabia de los obispos y otras perso-
nas de la junta, según decía; entre ellos, de su provincial fray Jerónimo
García. Y todo esto lo decía á los moriscos por consolallos y aplacallos por-
ta timosna.
La Inquisición creyó que los moriscos se valían de la simplicidad y deseo
de recoger limosna del padre Boyl para corresponderse segura é impune-
mente, y vista su causa se le condenó á no salir de Valencia, so pena de
excomunión ij>so fado.
Firma la sentencia Francisco Gutiérrez. Asiente á la misma y la firma
el bendito fray josepe boyl.
Arch. gral. Central— Inq. de Valencia, leg. 675.
260
como práctico, llegó á temer, sin cobardía, el comprometer á
su nación en una guerra para la que no contaba con suficientes
medios de defensa, y menos para anonadar á los poderosos alia-
dos que tenían los moriscos españoles. Las teorías de los prela-
dos las profesaba sin rebozo aquel monarca. El rigor con los
moriscos, la expulsión ó total exterminio, eran ideas que acari-
ciaba el solitario augusto del Escorial, pero, á fuer de prudente,
esperó á que las circunstancias le obligasen á sancionar medi-
das radicales. Anhelaba, como el último de sus vasallos, librar
á España de la pernicie alcoránica, pero tan noble anhelo no era
hijo de un pietismo exagerado ni de un fanatismo como el que
tantos prosélitos tuvo en aquella época, sino expresión fiel de
un corazón católico, ideal sublime de un monarca piadoso, tra-
ducción sincera de los sentimientos patrióticos que pudiera
abrigar el más leal de los españoles de antaño; por eso, en
medio de su ansiedad, no se olvida de consultar á los doctos en
busca de remedio, ni de reducir á la práctica cualquiera solu-
ción prudente.
Verdad es que la esfera de acción en que las circunstancias
habían colocado á Felipe II era muy limitada para hallar solu-
ción que satisficiese á todos los españoles. El descontento de los
moriscos, ayudado por la avaricia de algunos señores, ó por los
hugonotes, ó por los turcos y piratas, podía comprometernos
en una guerra fatal para los destinos de nuestra monarquía y
para los intereses religiosos de nuestra patria. No era pru-
dente, pues, la expulsión; se necesitaba recabar, cuando menos,
el auxilio de los nobles, ora fuese avivando sus sentimientos
monárquicos, ora resarciendo las pérdidas que la expulsión
pudiera ocasionarles. Mientras tanto habían de continuar los
moriscos en el seno de nuestra patria, y la necesidad exigía
resolver el conflicto en otro terreno que no ofreciese tantas difi-
cultades. De ahí la contemporización que advierte el crítico en
la política de Felipe II; de ahí las concordias entre las aljamas
y la Inquisición; de ahí la reunión de tantas juntas para estu-
diar el remedio; de ahí la promulgación de pragmáticas olvida-
das; de ahí el recurrir á los edictos de gracia y á la renovación
de privilegios para tranquilizar á los moriscos.
Ansiedad mayor no la tuvo Garlos 1. Por eso tuvo que espe-
rar su prudente hijo á que las circunstancias favoreciesen su
noble intento 'le extinguir en nuestra patria el culto muslímico.
261
El foco principal de la raza morisca en España hallábase, á
la sazón, en Valencia y hacia ella dirigió su atención el monar-
ca, pensando en la elección del que había de suceder al ilustrí-
simo Loaces. Del acierto en esta elección, creyó Felipe II que
dependía la paz en aquel hermoso reino y por eso fijando su
atención en el prelado que regía la diócesi de Badajoz y en las
virtudes que le adornaban y en el aprecio que de ellas acababa
de hacer el pontífice Pío V al conceder al mismo la dignidad
patriarcal de Antioquía (24), le nombró para regir la extensa
región en que trabajó infatigable santo Tomás de Villanueva.
¿Era D. Juan de Ribera el prelado que necesitaba en aquella
sazón la diócesi de Valencia? Los capítulos que siguen al pre-
sente nos han de dar cumplida contestación, por cuyo motivo
nos abstenemos ahora de emitir nuestro leal parecer.
El estado de aquella diócesi y del reino á que le dio su nom-
bre, no era halagüeño. La capital declarada en estado de sitio
con motivo de la rebelión de la Alpujarra y en peligro inmi-
nente, pues sus moriscos moradores se habían comprometido á
secundar el movimiento de los monfíes alpujarreños; algunos
de los nobles valencianos, como D. Luís Pallas, señor de la
baronía de Cortes y algunos de su familia, protegiendo villana-
mente á los moriscos (25); la Inquisición repitiendo los autos de
fe y recibiendo á reconciliación á muchos de los más temerosos
y menos fanáticos (26), mientras algunos de los más exaltados
24) Vid., entre otros autores que citaremos más adelante, á fray Juan
Xhnenez, Vida del Beato Juan de Ribera, pág. 43. Un vol. en 4.° de 410
páginas de texto y 178 de Adiciones, imp. en Valencia por José de Orga,
ano 1798. Francisco Escrivá S. J. Vida del venerable siervo de Dios Don
Joan de Ribera, pág'. 64 de la edic. castellana y 65 de la trad. italiana. Un
volumen en 4." mayor de 560 págs., imp. en Roma por Antonio de Rossi,
año 1696. Dr. Jacinto Busquets y Matoses, Idea ejemplar de prelados deli-
neada en la vida y virtudes del venerable varón el III . mo y Ex. mo Señor don
Juan de Ribera, pág. 40. Un vol. en 1." de 530 págs., imprenta del Carmen
calzado de Valencia, año 1683.
25) Vid. doc. nxim. 20 de la Coi.ec. Djplomát.
26) En los autos de fe celebrados en Valencia en 1568 y 1570 salieron
varios moriscos, pero el fruto principal lo reportaban los edictos de gracia,
á los que solían seguir conversiones casi siempre fingidas.
«Las nuevas confesiones comenzaron en Valencia en 1568, después de
la publicación del edicto de gracia, y fueron muy numerosas, porque el
262
insistían desvergonzadamente en la predicación de la fe muslí-
sistema que prevaleció era buscar la sumisión á todo trance, atenuando el
terror del castigo con la benignidad de la gracia.
El edicto de gracia lo expidió Felipe II en Madrid á 10 de mayo de 1568,
refrendado por Pedro de Hoyo, y el del inquisidor general D. Diego de
Espinosa, obispo de Sigüenza, refrendado por V. Matthco Vázquez, como
Secretario del Consejo, en 31 del mismo mes y año.»
Arch. gral. Central — Inq. de Valencia, leg. 56.
Vid. ademas la siguiente nota referente á las Confesiones y abjuraciones
de los lugares de la valle de Uxó y otros del obispado de Tortosa y villa de
Bechí.
«Comenzó el acto en 31 de agosto de 1568 por la villa de Bechí, en pre-
sencia del muy ilustre Señor Inquisidor el licenciado Miranda asistiendo el
muy ill. y revd. d ° señor arzobispo de Miedes por el 111. m0 y revd.mo señor
arzobispo de Zaragoza, de cuya diócesis era la villa referida.
Reconciliados
En Bechi 320
En la Alcudia 200
En Benigafull 83
En Cencía 98
En Zaneta 196
EnBenizaat 294
En Benigazlon 68
En Alfandeguilla 117
En Castro y Benizaidor 141
En la Vilabella (Baronía de Xules) 146
En la Villanueva (olím Morería de Onda) 44
En Tales (término de Onda) . . 223
En Artesa (id.) 167
En Benitanduz 185
En Borriol 160
En Chivert • • 120
En Castelló de la plana. . . , 124
Total 2689
Quedan sin reconciliar.
En Tales. 23
En Artesa. 6
En Benitanduz 10
Suma 39»
Cada dia, al terminar el acto de la reconciliación, el inquisidor los
recordaba la obligación que tenían de corresponder con fidelidad al perdón
del rey. y los moriscos "juraron todos en mano y poder de su Rev/' y pro-
metieron de hoy on edelante vivir como a buenos cristianos y no volver
2í;:>
mica (27); todo desquiciado y sin una mano fuerte que impusiese
la debida corrección á las transgresiones de la ley en todos los
terrenos, incluso en el eclesiástico. En tal estado toma posesión
el patriarca Ribera de la sede valenciana y verifica luego su
entrada en la capital con fecha 21 de marzo de 1569.
No tardó el prelado en apreciar por sí mismo la dificultad
mas a seguir la dicha secta ele Mahoma y que les pesa y se arrepienten
mucho de lo que por ella hasta hoy han errado».
Parecido ó igual procedimiento se seguía en las demás reconciliaciones
y edictos de gracia, pero á pesar de los juramentos seguían tan moros
como antes.
A los infractores de tales juramentos, ¿era justo imponerles el correctivo
necesario á tan repetidos perjurios?
Las cifras copiadas y el párrafo entrecomado pertenecen al Arch. gene-
ral Central — Inq. de Valencia, leg. 302.
27) En el Arch. gral. Central, leg. 58 de documentos referentes á la In-
quisición, se hallan los procesos instruidos contra los siguientes moriscos:
Alonso Monterde, vecino de Albarracjn, en 1536, por practicar ceremo-
nias arábigas.
Xerique, vecino de Almedijar, en 1567, por igual motivo y por hechice-
ro y conjurador de demonios.
Peretc Paniza, hermano de Francisco Paniza, que era Justicia del arra-
bal de Chelva, fué procesado en 1568 por cómplice en el conato de gemia-
nía (levantamiento) ocurrido en dicha villa el día 31 de agosto y en el que
los moriscos increpaban á los cristianos desafiándoles á la lucha y diciendo
«venid acá, luteranos», impidiendo el Justicia de Chelva que viniesen á las
manos. Perete Paniza era partidario exaltado de practicar las ceremonias
moriscas.
Miguel Muza, vecino de Chiva, fué procesado en 1573 por los siguientes
cargos que contra él depusieron varios testigos. «Primero que quando
en 1570 fue Justicia traia arrastrando por el suelo la cruz de la vara de su
dignidad; segundo, que nunca hablaba ni escribía sino en algarabía; ter-
cero, que quando llegaba la pasqua de Ramadan, enviaba sus cartas y
emisarios por todos los lugares vecinos para que se celebrara aquella fiesta
según el rito mahometano; cuarto, que a ciertos niños, deudos suyos, que
andaban a la escuela a leer castellano y deprender las cosas y oraciones de
la iglesia el dicho Miguel Muza les ha quitado de la escuela y les enseña
en su casa el alcoran y las ceremonias de moros que son las cosas que ellos
saben, por salvarse; quinto, que reunía en su casa hombres y muchachos
para leerles un libro que tenia en algaravia con cierta disputa entre Cristo
y Mahoma, en la qual este vencía a aquel: sexto, que según las leyes pros-
critas de los moros, hacia y deshacía muchas particiones de dotes entre
maridos y mujeres y concertó y desconcertó casamientos todos a la le\ de
los moros estando el casado dos veces; séptimo, que los viernes iba a la
acequia de Zacor en la Huerta donde se le veia hacer sus abluciones y
264
de regir aquella diócesi y creyendo, en su humildad, que no
podía sacar fruto alguno de entre tanta relajación, escribió al
pontífice Pío V con fecha 15 de julio de 1569, con objeto de que
le exonerase del cargo episcopal. Respondió el papa á 22 de
septiembre de aquel mismo año alentando al nuevo arzobispo á
sobrellevar aquella carga en que Dios Je había puesto (28). Por
este motivo y liando en Dios, comenzó el patriarca Ribera á
trabajar en la reformación de sus diocesanos y estudiar el modo
de proveer de remedio á los obispados sufragáneos cuyos domi-
nios abarcaban todo el territorio de la extensa región edetana.
En esta lamentable situación, agravada por nuevas pirate-
rías en la huerta de Gandía, de donde habían desaparecido
muchos moriscos, ocupó el arzobispado de Valencia el patriar-
ca Ribera, teniendo por consejeros á fray Domingo de Soto y al
Dr. D. Grómez de Carvajal, caballero de Santiago y más tarde
obispo auxiliar con el título de Coron; «y es justo declarar,
dice el Sr. Danvila, que todos los problemas que encerraba la
cuestión morisca, todos estaban claramente planteados. Los
moriscos continuaban siendo tan moros como antes. La fusión
de ambas razas era imposible. Resultaban estériles todos los
medios empleados para la conversión. Ni la benignidad ni el
temor habían producido el menor resultado. Se había desarma-
do á los moriscos y se perseguía como caso de inquisición todas
sus ceremonias. La palabra expulsión no sólo había sonado,
sino que se había realizado en el reino de Granada. ¿Qué le res-
taba hacer á D. Juan ele Ribera, arzobispo de Valencia? Seguir
la opinión general del país y la especial del clero español, que
en defecto de conversión espontánea, reclamaba la expulsión
de los que no conformándose con su condición de vencidos,
conspiraban constantemente contra el sosiego público» (29).
zalas, al rito mahometano; octavo, que cada año en la Pascua de la Aldchea
mataba un macho cabrio en su casa en secreto y lo repartía entre sus hijos
y nietos, para cuyo uso siempre tenia entre su ganado una res muy gorda
para aldehear; finalmente que habia retajado a un muchacho, deudo suyo,
cuidando que de ello no tuviese aviso la Inquisición.»
De estos procesos hay un extracto en el Arch. del R. Col. de Corpus
Christi, legajo titulado: Documentos referentes á moros, mudejares y mo-
riscos. Y tocante á la actitud rebelde de los moriscos de Egea de Albarra-
cin puede verse todo' el vol: Eg L833 del British Musewm.
28) Vid. la carta de PÍO V en Xiniénez, obra cit., pág. 50.
29; Confs., pág. 182.
265
Esto, no obstante, creemos que D. Juan de Ribera pudo y
debió de hacer algo más que seguir aquella opinión, que no era
general, pues la nobleza valenciana, salvo raras excepciones, —
era enemiga de toda resolución extrema. D. Juan de Ribera
había de probar su celo evangélico en aquella mies abundante
á que aludía el venerable Anyes; debía forzar su caridad pas-
toral, puesto que padecía fuerza al fin á que aspiraba; debía
justificar con su conducta los deseos de aquella opinión que
por momentos se generalizaba en España; debía templar su es-
píritu en la fragua de la contradicción para superarla, de la
dificultad para vencerla, ele la imposibilidad para demostrar
al legislador que, no aprovechando la compasión para con el
reincidente voluntario, era indispensable la entereza de la jus-
ticia para libertar á la patria de los peligros que gravemente
la amenazaban. Tal conducta debió ser imitada por todo el
clero español.
No tenemos inconveniente en afirmar desde ahora que la
conducta del patriarca Ribera desde 1569 hasta 1610 entraña
el mentís más rotundo á cuantas aserciones infundadas han
hecho los defensores sistemáticos de la raza morisca en España.
Aquella figura, y no hemos de tardar en verlo, parece destinada
por la Providencia para emplear todos los medios que pudiera
imaginar el más exigente en orden á la conversión de 'la raza
morisca y, por lo tanto, á la fusión de ambos pueblos. Miseri-
cordia; instrucción por medio de predicadores, confesores y
maestros; perdón para el reincidente involuntario; justicia para
el relapso voluntario; intervención oficiosa cerca de los seño-
res para que buscasen éstos la salud espiritual de sus vasallos
antes que el provecho temporal que de ellos reportaban por
medio de exacciones, no siempre lícitas; favor para con el
débil; severidad para con el soberbio, y todo esto con carácter
privado unas veces, público y solemne otras, sin faltar la san-
ción legal por medio de pragmáticas, bandos, pastorales y cir-
culares.
Si la índole del presente trabajo lo permitiera, desde ahora
retaríamos á los enemigos de la verdad histórica á que precisa-
sen los cargos referentes á la comisión ú omisión de actos no
ajustados á las leyes divina, eclesiástica ó civil en que inter-
vino el prelado de Valencia para resolver la cuestión morisca,
pero creemos un deber informar nuestro estudio en el carácter
266
crítico-histórico antes que en el apologético, apartándonos para
ello del polémico-religioso. Esto no obsta para que nos ratifique-
mos en las confesiones que hicimos en los preliminares del pre-
sente volumen, con tanto mayor motivo cuanto que disponemos
de abundantes materiales contenidos en e-1 proceso de beatifica-
ción del referido prelado. Nuestra labor es facilitar al crítico
documentos para juzgar con acierto. Si el creyente, si el cató-
lico halla confirmadas sus creencias mediante la documentación
que exhumamos de entre el polvo de varios archivos, nos com-
placeremos en el alma; y si el incrédulo vese obligado á admi-
rar la verdad que entrañan las decisiones de la Iglesia católica,
nos daremos por satisfechos.
Se ha juzgado tan ligera como apasionadamente la gestión
del patriarca Ribera, se ha ultrajado su memoria de una mane-
ra tan impía como descarada, que nos vemos precisados á ade-
lantar las anteriores reflexiones para que los hombres de buena
fe fijen su atención en los documentos que publicamos.
No se crea por ello que hemos de abogar sistemáticamente
en el transcurso del presente trabajo por defender al patriarca
Ribera de los cargos que contra su memoria han lanzado diver-
sos escritores, nó; documentos fehacientes probarán mejor que
nuestra humilde prosa cuál fué la intención de aquel prelado y
cuáles fueron las consecuencias que se desprendieron de sus
célebres memoriales á Felipe II y Felipe III para resolver el
problema morisco. Si hubo yerro en la expulsión de aquella
raza no hemos de tardar en averiguarlo; si los que intervinie-
ron en reducir á la práctica los deseos de D. Juan de Ribera
llegaron á exceder los límites de la prudencia, la historia juz-
gará su conducta; lo que sí debemos recordar, en la ocasión
presente, son las frases que leemos en el breviario de la diócesi
de Valencia y en el oficio divino dedicado al beato Juan de
Ribera: Ejus consüio, diligentue, diuturnoque lahori et opere tri-
buendum est, quod Mauriscorum pestis ex Valentim Eegno fuerit
depulsg, ai que exhausta (30)!
No vamos, pues, á negar la intervención de aquel santo pre-
lado en la expulsión de los moriscos españoles, pero séanos
30) Officia propria Sanctorum Vátentince Diócesis ex apostólica con-
cessione: Valentice: ex officiná Nicássi Rius, ann. MDCCGXCVÍI. Un vol.
en 8.° mayor. Vid. pág. 74**, col. 2.
267
lícito estudiar los medios en que se tradujo aquella interven-
ción antes de juzgar el hecho á que se refieren. Y dicho esto,
claro está que no vamos á ensalzar á pripri la notable figura
que parece representar el espíritu genuinamente español de
nuestra patria durante el siglo XVI, ni siquiera á vindicar
manchas de origen que ninguna relación tienen con el tema de
nuestro trabajo y de las que nunca pudo ser responsable el hijo
de D. Per afán de Ribera (31); seremos sobrios en defender y
nimios en exponer.
Nuestra exposición de hechos, confirmada con la publicación
de documentos, podrá parecer impertinente y hasta atrevida á
los espíritus apocados, enamorados, quizás, de una belleza fic-
ticia en que se inspiraban algunos cronistas de antaño; tal vez
se crea más prudente callar sucesos y ocultar documentos, pero
debemos confesar que la verdad es la única moneda corriente
en el mercado de la crítica histórica, y fieles á esta consigna,
que aprendimos á estimar en el procedimiento seguido para
examinar los hechos y virtudes de algunos varones antes de
incluir sus nombres en el catálogo de los bienaventurados,
hemos preterido, á sabiendas, algunas apologías inspiradas en
el entusiasmo, más insulso que respetable, prefiriendo tomar
nota de las acusaciones fundadas que se han lanzado contra el
beato Juan de Ribera y otros insignes varones, para oponer á
ellas testimonios irrecusables.
Alguien podrá sospechar, y confirmar su sospecha si tiene la
paciencia de leer este trabajo, de haber nosotros incurrido en
31) El crítico imparcial y severo no debe desconocer la situación de la
sociedad española durante la dominación de la casa de Austria, sin que por
esto pretendamos eximir la del reinado de Fernando é Isabel. Hubo en
aquella sociedad grandes prevaricaciones en el terreno moral como las
hubo en el sigio XVII, y para convencerse de ello basta leer, según diji-
mos, las legitimaciones otorgadas en las Cortes. Hemos tenido la curiosidad
de revisar un vol. (núin. 25 de Pap. cavíos, en 1.", existente hoy en la bib.
de la M. de Cruilles), que contiene las Legitimaciones, hechas en las Cortes
celebradas en Valencia, años 162*6 y 1645, anotadas por D. Gregorio
Mayán's y Ciscar, y que encierran argumentos incontestables para probar la
relajación moral en diversas clases de la sociedad valenciana. Claro está
que los legitimados no son responsables de las faltas cometidas por sus
padres, y el crítico que osare decir lo contrario incurriría en la aberración
más solemne en que incurren los que denigran la memoria del limo, don
Francisco de Navarra y del patriarca Ribera.
2fi8
la monomanía de acentuar la nota criticista; tal vez tengan
razón los que así opinen, pero no nos arrepentimos de haber
buscado el documento antes que la apología; nuestro propósito
ha sido defender la verdad, venga de donde viniere; nuestra
vanidad de erudito se da por satisfecha con exhumar centena-
res de documentos que, si no refutan opiniones generalmente
admitidas, rectifican, por lo menos, la opinión defendida por
historiadores que tuvieron obligación de ser imparciales; nues-
tras creencias religiosas, ya lo dijimos, se han robustecido al
ver cómo por el contenido de algunos documentos se desvane-
cían acusaciones que parecían fundadas y que escritores respe-
tables prohijaron como verdaderas.
No tenemos autoridad para imponer nuestra opinión, pero
tenemos derecho á que se nos juzgue jnxfa allegata et probata.
En este sentido, esto es, como acarreadores de nuestro pequeño
grano de arena al acervo común de la historia patria, como
coleccionadores de documentos desperdigados, emitimos en al-
guna ocasión nuestra leal manera de apreciar algunos hechos.
Lo que nos parezca yerro, lo juzgaremos como tal, con la
franqueza que hasta el presente lo hemos hecho; no vemos
inconveniente en publicar las faltas de Pablo y de Agustín
acompañadas de la noticia de su conversión heroica. Con esto
resplandece sobremanera la infalibilidad del fallo emitido por
la Iglesia católica al colocar en el Catálogo de los Santos el
nombre del prelado que gobernó la diócesi de Valencia en el
último tercio del siglo XVI.
Tal es, repetimos, nuestra manera de pensar y fieles á ella
publicaremos cuantos documentos han llegado á nuestras manos
y en los cuales se mencione, más ó menos directamente, la
intervención del beato Juan de Ribera en el hecho transcen-
dí nial que nos sirve de tema. De este modo podrá apreciar el
lector la fuerza de los argumentos empleados contra la memo-
ria de aquel insigne varón, tan calumniado como poco estu-
diado en sus relaciones con los moriscos, y rectificar el juicio
respecto de otros personajes que prefirieron el interés privado
al general del país. Suum caique.
No hemos de terminar este capítulo sin que aprovechemos la
ocasión para exponer nuestro sentir en un asunto delicado y del
que se han servicio los enemigos del catolicismo para eviden-
ciar, no sólo la ignorancia ó mala fe de algunos ministros de la
269
religión encargados de instruir á los moriscos, sino la responsa-
bilidad de los que, aprovechándose del general desconcierto
que reinó en España durante el siglo XVI, aconsejaron á Feli-
pe III la expulsión total de los moriscos.
Cierto es que hubo ministros evangélicos que no cumplie-
ron con su deber ; cierto es que la ignorancia de algunos recto-
res retrasó en varios pueblos de moriscos la conversión y que
hubo acecho pueril, por no calificar de nimio, en las ceremo-
nias más ó menos ocultas que practicaban los de esta raza, y
que hubo soborno, y composición pecuniaria y otras faltas que
provenían de un celo indiscreto por la salvación de las almas
de aquellos infelices. Esto es indudable, y de ello damos testi-
monio en nuestra Colección Diplomática; pero confesamos
ingenuamente que no hallamos motivo para desfigurar el hecho
incontrovertible de la imposibilidad que había para el logro de
la fusión entre moriscos y cristianos viejos. Hubo ministros
evangélicos que no cumplieron con su deber, pero el castigo no
se hizo esperar; hubo rectores que veían crímenes en las cere-
monias moriscas, y denunciaban prácticas, al parecer, inocen-
tes (32), pero téngase presente el estado de ánimo á que llegó
nuestro pueblo ante el temor 'de las invasiones piráticas y de
las relaciones peligrosas que los moriscos mantenían con tur-
cos, argelinos, franceses y protestantes. Estos temores no eran
infundados, como afirman modernos historiadores desfigurando
la verdad histórica, y claro está que todo cristiano viejo se
creía con el deber de conciencia de fiscalizar los actos de los
moriscos y denunciar á la Inquisición la práctica de ceremo-
nias mahometanas. Hallábase encarnado en el espíritu de aque-
llos españoles el odio á todo lo sarraceno; se abultaron tal vez
las transgresiones de las pragmáticas, se abultaron los peligros,
32) Vid. entre otros, el doe. núm. 11 de la Coleo. Diplomát. Ya publi-
caremos en su lugar respectivo algunos informes de personas eminentes a'
quienes pidieron su parecer Felipe II y su augusto hijo. En dichos docu-
mentos aparece confirmada la verdad que entrañaban la mayor parte de
las denuncias debidas á la iniciativa de algunos rectores de pueblos moris-
cos, y en su contenido podrá ver el lector los motivos en que se basó la
fiscalización, algunas veces nimia, pero que nos demuestra la calidad del
temor que se había apoderado de los cristianos viejos, y singularmente de
los rectores de, moriscos, victimas no pocas veces del odio profundo que
éstos profesaban á los enemigos de sn raza.
270
pero ¿acaso no había motivo para ello'? Apelamos á la impar-
cialidad del más severo crítico para que nos diga si aquellos
temores no eran consecuencia lógica de los hechos descubiertos
por los mismos moriscos al tribunal del Santo Oficio'.
En nuestros días ¿no se ha perseguido con encarnizamiento
la propaganda anarquista'? ¿No se han fiscalizado las acciones
todas de los prosélitos de tan infernal doctrina'? Y ¿quién se ha
rebelado contra las disposiciones gubernativas encaminadas á
extinguir la doctrina que justifica la idea de clavar el plomo ó
el puñal en el pecho de los soberanos'? No es nuestro intento
comparar á los moriscos de antaño con los anarquistas de
ogaño, pero ¿y los filibusteros cubanos y filipinos'? ¿Acaso no
predicaron éstos el programa incompleto de los moriscos al
Conspirar contra la metrópoli'? ¿No acogían los españoles hon-
rados las denuncias contra los sectarios que la masonería con-
taba en nuestras antiguas colonias'? Y cuando éstos empuñaron
las armas para sacudir el yugo suave ó pesado de los castüas
¿no enviaron nuestros gobiernos millares de hombres y ríos de
oro para sofocar aquella insurrección'? Por eso preguntamos al
crítico imparcial, ¿fueron justificadas las denuncias de los cris-
tianos viejos contra los moriscos que avivaban su fervor alcorá-
nico y su odio á lo español mediante la práctica de ceremonias
mahometanas'?
Las faltas de algunos cristianos viejos lo mismo que la igno-
rancia y, por ende, el celo indiscreto de algunos predicadores y
rectores no tratamos de justificarlas, pero considerando la cues-
tión morisca con los antecedentes que hemos ofrecido al lector,
podrá juzgarse de la importancia de la misma y de la insigni-
ficancia que entrañan aquellas faltas siempre lamentables y tal
vez punibles. La cuestión morisca no podía resolverse por un
individuo ni por una corporación, era el rey con el auxilio del
gobierno, era el Estado, era la nación, en una palabra, el sujeto
apto para resolver el conflicto.
El mal ejemplo de algunos eclesiásticos pudo ser, y creemos
que fué, de fatales consecuencias, pues ayudaba á afirmarse los
moriscos en el odio á la religión que se les predicaba; pero
¿acaso los buenos ejemplos de santo Tomás de Villanueva y de
otros celosos prelados y predicadores, no merecen ser tenidos
en cuenta para demostrar la tenacidad de los moriscos en
seguir sus prácticas y ceremonias'? Y si estos neófitos sólo se
271
dejaban persuadir por el ejemplo y no por la doctrina, ¿por qué
conspiraban contra el poder real?
Se dirá que la cuestión política era inseparable de la cues-
tión religiosa, pero el hecho es que los moriscos tomaban des-
quite, del rigor que contra ellos desplegaba el tribunal de la
Inquisición, en el terreno político con preferencia al religioso,
por la sencilla razón de que en éste tenían libertad de hecho
para practicar sus ritos y ceremonias. Esta misma libertad no
repugnaba* al acrecentamiento de las rentas que llenaban las ar-
cas de los señores, y por eso la enemistad, el odio de raza se
traducía no en fanatismo religioso, sino en conspiraciones, pira-
terías y rebeliones armadas contra el poder real. Esta insumi-
sión era fomentada por la tenacidad en las creencias religiosas,
pero la base, la esencia, el espíritu de aquella insumisión era el
sentimiento, el deseo de recobrar su independencia aquel pue-
blo vencido, el anhelo de ver ondear los pendones de la media
luna en todo el territorio español, la esperanza de convocar so-
lemnemente á la zalá y ver sujetos á su yugo los dominios de la
España muslímica (33). Poco importaba á los moriscos que Bar-
tolomé de los Angeles cumpliese con más ó menos fidelidad los
deseos del inquisidor general, pues los señores oponían un dique
á las predicaciones de aquel religioso cuando se trataba de ins-
truir para lograr la conversión de sus vasallos y denunciaban
faltas reales ó imaginarias para que la misma Inquisición ahe-
rrojase al bendito franciscano; poco importaba á los moriscos
que hubiese algunos rectores de costumbres relajadas ó de cien-
cia escasa, pero no así cuando estos denunciaban á sus legítimos
superiores las transgresiones públicas y privadas y por cuyas
33) En el Arch. de la casa de Alba existen, según nota que nos remite
D. A. Paz y Mélia, «algunas cartas sueltas con la firma quemada que pare-
cen respuestas A consultas del Rey sobre temores de levantamiento de
moriscos en Aragón en 1575, en Murcia, Alpujarra, etc.,» y una «minuta de-
la Carta que se ha de escribir al Virrey de Valencia y al de Aragón, muta-
tis mutandis» que comienza asi: «Entendiéndose por todas partes el esfuerzo
que el Turco, nuestro común enemigo hace...» y consta de tres hojas.
De manera tan ostensible manifestaban los moriscos su deseo de lograr
la independencia, que el inquisidor general escribió á sus oficiales de
Valencia «para que castigasen con todo rigor á los moriscos que ayunasen
por la victoria de Barbarroja». Ardí, grah de Simancas^Cons. de Inquisi-
ción, lib. núm. 78, fol. 34, b, y 152, b.
272
denuncias se instruían procesos inquisitoriales que, cuando otra
cosa no, restringían la libertad de los moriscos para sus ritos
alcoránicos.
Generalmente hablando y teniendo en cuenta lo infructuosos
que resultaban los privilegios reales y pontificios, podemos de-
cir que no había buena fé en los cristianos nuevos (34); es más,
creemos que no podía haberla mientras anidase en sus pechos
el odio inveterado á todo lo español. Acudían á sus señores en
busca de protección y la encontraban. ¡Ojalá no fuese cierto
que las denuncias formuladas por los moriscos contra la relaja-
ción de algunos clérigos, eran dictadas ó inspiradas por algunos
señores! Y no es que pretendamos la ocultación de faltas come-
tidas por clérigos ó por seglares, no, la historia es historia; lo
que sí recriminaremos es el dañoso intento de involucrar en ta-
les denuncias el escaso progreso que se lograba en la conver-
sión de los moriscos y que se considere á aquellas faltas, y si se
quiere crímenes, como la causa principal y la razón potísima
de la tenacidad de los moriscos en practicar la fé muslímica y
en conspirar contra el poder constituido de nuestra nación. En
aquel tiempo España era de los españoles; es más, debía serlo.
34) Además del indulto que Pío V concedió á los moriscos á 6 de sep-
tiembre dé 1")67 y, del que se aprovecharon muy pocos, merced a la obstina-
ción en que permanecían, el Sumo Pontífice, con fecha G de agosto de 1574
«da facultad a Don Gaspar de Quiroga, ynquisidor general, para que por si
o por los ynqúisidores que diputare, por, no poder intervenir juntamente
eon los ordinarios, reconcilien a los descendientes de Moros que morasen en
los Reinos de Aragón y Valencia, aunque sean muchas veces relapsos que
compareciesen personalmente y los absuelvan de cualquier infamia y pena
en que hubiesen incurrido in utroque faro, sin confiscarles los bienes, y si
hubiese habido confiscación de (dios se les restituyan enteramente y los
habiliten a ellos y a sus descendientes.»— Arch, gral. de Simancas^-Consejo
de Inq.f lib. núm. (j.
/
CAPÍTULO XI
Concordia entre las aljamas de Valencia y la Inquisición. — Ingra-
titud de los moriscos.— Pasquines contra el patriarca Ribera.
— Nuevas conspiraciones.— Junta de Lisboa en 1581.— Los inquisi-
dores de Valencia y el Patriarca informan al Rey acerca de
los moriscos valencianos.— El Consejo de Estado en 1582.
'ierto es que la situación del reino valenciano era poco
agradable y su consideración hacía derramar lágrimas
al esforzado príncipe de la Iglesia que regía los destinos
de la metrópoli, briscando por todas partes el remedio (1); pero
i) t
«JHS. M. a
Illmo. y Rmo. señor.
Beso las manos de vra. S. a Illma. por la muy gran md. que con esta su
carta humanísima me ha hecho, persuadiéndole su singular charidad y mo-
destia que mi poquedad basta para servir a su grandeza en cosa tan ardua
y que tanta sabiduría y prudencia requiere, quanta no ay cierto en mi.
Lamentable cosa cierto me parece lo que vra. S. a San. 11 *» llora y casi impos-
sible el buen remedio de tanto mal que mitit in scyllam durií charibdim
vital. Nro. San.mo Padre esta tan ocupado y tan cercado de muchas angus-
tias en que la infidelidad vezina y casi domestica lo pone que no hay lugar
al pnte. de comunicárselo con oportuno fruto. Yo he oydo hablar al Illmo.
de Toledo en dias passados de cosas que se tractaron en su tienpo acerca
de estos sanctos desseos de vra. S." a Illma. El saldrá muy presto y bien
placiendo a dios y entranbos lo comunicaremos con su S.dad y en el interina
parece que no se deve hacer novedad ni entonces sin madura consulta de
la Aplca. y Real Mag.tad a las quales por las oraciones de vra. S.ria tan
T. I
18
•27-i
no es menos cierto que la inquietud se extendía por todas par-
tes y el padre Pinedo llegaba al extremo de avisar á los inqui-
sidores de Zaragoza de los movimientos que proyectaban los
moriscos de Aragón (2). Esto sin duda debió de influir en el
ánimo del monarca y de los individuos que componían el Con-
sejo supremo del Santo Oficio para mitigar de nuevo el rigor
contra los moriscos y alzar la mano hasta el punto de publicar
una real cédula, con fecha 12 de octubre de 1571, en la que se
aprobaron los Capítulos y asiento que los christianos nuevos de
moros del reyno de Valencia tienen con el sancto officio de la
Inquisición de dicha ciudad (3).
D. Cosme Abenamir, que residía en la corte mientras con-
tra él se seguía el proceso incoado por la Inquisición de Valen-
siervo suyo revelara su voluntad la divina que con sus san. m ° s dones pros-
pere la Illina. persona de vra. S. ria Rma. aeternum Amen. En Roma y XV (?)
de Sep. 1570. Tll.mo y R.mo Sr. las manos de V. S. 111. ma veso, su criado in-
digno Navarro.»
Doc. autógrafo dirigido al patriarca Ribera y. conservado en el Arch. del
R. Coleg. Corp. Ghristi., arm. I, est. 7, leg. 8, núm. 1.
2) «C<ij>iii de un villete y aviso que fray miguel Pinedo del orden de santo
domingo del monasterio de predicadores de la ciudad, de garagoga dio a los
Inquisidores apostólicos del reyno de aragon y su partido a nuebe dias del
mes de septiembre de mil (¡ni ¡tientos y setenta años.
Muy lll.es señores. El aviso general que doy a V. S. as de lo que entiendo
y alcanco es que entre estos moriscos se fraguan y tratan trayciones contra
el evangelio y la ffe y contra su mag.d Es cierto como dios me es testigo
in cuius c<>ris¡)ectu sto, que he trabajado en que este sancto Tribunal y offi-
cio fuera' en particular avisado y informado de las maldades que algunos
destos nuevos convertidos de moros tractan fundando sus desinios en vanas
profecías que entre ellos se tractan y se diera este particular aviso y con
efficacia, pero ha sucedido tal impedimento como el seüor sabe, sea el ben-
dito por siempre... y assi a mi como a xpiano y catholico para satisfaction
de mi alma y conciencia no me ha quedado otro remedio, como enseñan los
theologos, sino dar este universal y general aviso a V. S. y por que quica
algunos fingen desgustos contra, su mag. d o ay ingenios amigos de alte-
raciones y nobedades podría sor que hubiesse habido a quien no desgus-
tasse la inteligencia destas traiciones. Es£o es lo que digo y ni se ni puedo
ni debo decir otra cosa.— siervo de V. S. etc., fray miguel pinedo, ord.is pre-
dicatorum.»
Ms. de la Bib. Nacional de .Madrid, sig. P. V.— 68. Posee una copia en su
i 'ni ce. el Sr. Danvila.
'ó) Vid. este doc, de interés suido, en las págs. 182-188 de las Con/', del
Sr. Danvila.
275
cia, había apoyado la gestión de las aljamas que anhelaban la
sobredicha capitulación, hasta ver coronados sus esfuerzos con
el triunfo más completo. Dice un escritor, que D. Cosme con-
taba con valiosos protectores y grandes recursos (4), y en el
ánimo del monarca debió de influir no poco aquella protección
para firmar la concordia mencionada.
Del estudio del citado documento se deducen enseñanzas dig-
nas de especial atención. El rey y el inquisidor general firma-
ron aquella concordia en virtud de la cual se mitigó el rigor
empleado hasta entonces con los moriscos en lo referente á la
confiscación de sus bienes y á la condemnacion de los que come-
tieren delitos de lieregia o apostasia en observancia de la secta de
mahoma y sus ritos y ceremonias. Creían el monarca y el inqui-
sidor general que usando de piedad y clemencia con ellos, y,
como ultima resolución, concediéndoles dichos Capítulos se lo-
graría la deseada fusión. Para ello se les eximió de la confisca-
ción de bienes antes mencionada, sin excluir de este privilegio
á los dogmatistas, alfaquíes, retajadores y otra qualesquier per-
sona incluso los relapsos y los que de presente están presos en las
cárceles del Santo Oficio. Tampoco se les podían imponer penas
pecuniarias sino hasta quantidad de diez ducados para la yglesia
o obras pias del lugar donde fuere vecino el tal preso o penitente
o para alimentos de pobres presos de entre los 'moriscos. Las
referidas gracias eran extensivas á los fanáticos tagarinos que
estuvieren avecindados diez años en el reino de Valencia y á
los moriscos que están fuera del reino, con la condición de que
se acojan al edicto dentro de un año. En cambio, habían de
abonar los moriscos 50.000 sueldos anuales para gastos del Santo
Oficio y pagaderos por semestres.
La cuestión morisca en Valencia ¿quedaba con esto redu-
cida á una cuestión crematística? Así parece indicarlo el señor
Danvila cuando afirma que por los capítulos concordados «se
había entrado en una nueva faz en la política de Felipe II res-'
pecto de la cuestión morisca , pues el rigor de la Inquisición
había sido templado por la cantidad de 50.000 sueldos valencia-
nos que las aljamas de los moriscos se habían comprometido á
dar anualmente para ayuda de los gastos del Santo Oficio (5)».
4) D. Manuel Danvila, Gonfs., pág. 182.
5) Id., id., pág-^190.
276
Sin embargo de ello, el fondo de la cuestión quedaba incólume;
se buscaba la fusión por medio de la conversión y ésta por
medio de la tolerancia, pero esto no bastaba dado el carácter
de los moriscos, los cuales llegaban á atribuir al miedo, al inte-
rés y al cansancio, la solución dada al conflicto pendiente desde
los primeros años del reinado del Emperador.
Dice muy bien el citado académico que «no correspondieron
los moriscos á este cambio de política, que en el fondo repre-
sentaba una verdadera aspiración de conciliación y de paz, con
deseo de contribuir á tan nobilísimo propósito. Por el contrario,
á poco aparecieron libelos infamatorios en Valencia contra el
Arzobispo (6)», y respecto de este particular hemos de permi-
tirnos alguna observación.
Hemos compulsado el texto de los pasquines publicado por
el Sr. Danvila (págs. 371 y 372 de sus Confs.) con el original;
hemos visto algunos más inéditos y hemos registrado el proceso
instruido contra los autores de aquellos libelos. Nuestro parecer
es el siguiente. El día 11 de agosto de 1570 aparecen fijados en
los puntos más céntricos de la ciudad de Valencia varios libelos
infamatorios ele la conducta pública y privada del patriarca
Éibera; el 25 de septiembre de aquel mismo año se repite acción
tan villana, y posteriormente crece la audacia de los calumnia-
dores hasta el extremo de obligar al Santo Oficio á incoar, en
20 de septiembre de 1571, un largo proceso en el que se hallan
incluidas las diligencias sumariales instruidas á raíz de los su-
cesos. ¿Fueron los moriscos valencianos los autores ele aquellos
pasquines? En honor de la verdad confesamos que no. Los pri-
meros pasquines ó sea los encabezados con estas frases «Nos
los estudiantes...» y dirigidos contra el Patriarca por los rigo-
res con que quiso establecer la disciplina en la Universidad de
Valencia, como canciller que era de la misma, salieron de
aquel centro docente como respuesta y desquite al castigo que
Ribera mandó imponer á los maestros Luviela, Mijavila y otros.
El autor de dichos pasquines fué Mosén Antonio Pineda (7). Los
6) Id., id.
7) Recordamos haber visto en l¡i bib. de la marquesa viuda de Cruilles
una relación ms. de las consecuencias de la visita practicada en la Universi-
dad 'Ir Valencia por el santo prelado y de los medios á que apelaron varios
catedráticos para sustraerse á los electos de la misma. Vid. además Est. un-
277
segundos pasquines contenían injurias más procaces; fué preso
como autor Mosén 0nofre Gacet y, sin que nos atrevamos á
cargar la culpa material sobre los dos principales reos que
dejamos mencionados, hemos de hacer constar que la responsa-
bilidad moral de aquel escándalo recae sobre individuos de
calidad (8), los cuales habían propalado el contenido de los
libelos y mezclado en la Tragedia que había de representar El
Éngonnari en la plaza de la Leña, nombres respetables y ca-
lumnias tan horrendas, que el Inquisidor general llegó á proce-
der contra los autores de los pasquines y contra sus fautores
como reos de fe; y, aunque se apeló de aquel procedimiento
inquisitorial, por carecer de jurisdicción el Santo Oficio, fué
aprobado por Gregorio XIII en el breve expedido el día 17 de
julio de 157:2.
Aquel escándalo vino á ser una de las primeras manifesta-
ciones del disgusto con que los nobles, el clero y la Universidad
de Valencia recibían las reformas que el bienaventurado arzo-
bispo deseaba implantar en su querida diócesi. De algún leniti-
tiguos i modernos de Valencia, por Teixidor, y la Beseña hist, cit. de Velas-
en o y Santos.
8) Entre los muchos cómplices de aquel escándalo figuran D. Francisco
Pallas, D. Luís Fenollet, D. Cristóbal Centelles, D. Belisario Carroz, D. Luís
Marradas, D. Jerónimo Corella, D. Pedro de Moneada y otros. El medico
.Jerónimo Polo depuso en el Santo Oficio contra D. Jorge de Vich como autor
de un libelo, pero la mayor parte de los testigos, aunque acusan de compli-
cidad y fautoría á los señores mencionados, están contestes en atribuir el
delito á los que dejamos citados en el texto.
No estará de más llamar la atención del crítico acerca de las siguientes
frases que entresacamos de la declaración prestada en el Proceso instruido
en Valencia para examinar las virtudes del patriarca Ribera en 1625, por
el Dr. D. Bartolomé Giner: «E tu parimente publico nclla presente Cittá,
che nell" occasione de la riforma dell' Universitá, e dell' Arcivescovato, che
fece il sopradetto Servo di Dio (Juan de Ribera) il Dottore Giovanni Monzo,
et il Dottore Gazett, Sacerdoti, si scomposero grandemente contro il sopra-
detto Servo di Dio, e dopo tutto questo al Dottore Monsó gli diede la Ret-
toria di Sant' Andrea, et al Dottore Gazett la Vicaria di San Pietro nella
Catedrale di Valenza, Paroehiali di questa Cittá et esso testimonio li co-
nobbe nelli Beneficii sopradetti.» ¡Asi pagaba las ofensas aquel prelado!
Vid. pág. 255 del Summarium Valentina Beatif. et Canoniz. Ven. Serví Dei
Joannis de Ribera, etc. Letra B (442 págs.) de un vol. en fol. imp. en Roma
en la tipog. de la Cam. Apost., año 1698. Consérvase en el Arch. del R. Col.
de Corpus Christi, mim. 13.
278
vo sirvieron al prelado las cartas que varios de sus más fieles
diocesanos le dirigían para avisarle en secreto de las graves
murmuraciones que circulaban con insistencia y recordarle la
paciencia que necesitaba «como pastor y perlado de ovejas las
mas rebeldes y roñosas que en nuestra España se pueden hallar».
Pero el prelado conocía su obligación desde el momento en que
Pío V no le eximió del cargo episcopal y, por eso, sus esfuer-
zos, su prudencia y su virtud se dirigieron al cumplimiento de
aquella obligación. Su entereza ele carácter no le permitía tran-
sigir contra el cumplimiento de su deber sagrado, y, consecuen-
te, consagróse con nuevo ahinco á curar del remedio de sus
subditos y singularmente délos moriscos.
Mientras desarrollaba el Patriarca sus planes político-reli-
giosos, á fuer de prelado, presentábanse al poder real pavoro-
sos conflictos. Recordaba Felipe II la derrota que habían sufrido
las huestes comandadas por el conde de Alcaudete bajo los
muros de Mostagán en septiembre de 1558; el desastre de los
(id ves en que perdió el duque de Medina -Sidonia sesenta y
cinco barcos y cinco mil hombres (9); las expediciones del mar-
qués de Mondé jar y la campaña de D. Juan de Austria en la
Alpujarra; las piraterías frecuentes en las costas levantinas
de nuestra península; los momentos de angustia que atravesó
ignorando el paradero de la célebre Armada de la Liga, hasta
que tuvo noticia de la victoria de Lepanto y del horroroso
exterminio de los ocho mil españoles que guarnecían los fuer-
tes de la Goleta. Todo esto lo recordaba el monarca y veíase
obligado á no poder resolver la cuestión morisca. En aquellos
momentos le embargaban otros conflictos, tan graves como la
guerra inminente con Francia (10) y la sublevación de Holan-
da (11). ¿Qué había de hacer Felipe II, á fuer de rey prudente,
sino librar de compromisos á sus estados? ¿Acaso, debería exa-
9) Ms. llec. of., núm. 194, Gresham I" Parry, 16 junio 1560, cit. por
1'onicron, edic. cit., pág. 114.
10) Corresp. de Felipe II, t. II, pág. 251, carta del 24 mayo de 1572.
11) «No cuento ya en Holanda, decía el duque de Alba, sino con las dos
ciudades en que be dejado presidios; tres navios de la escuadra se ban ido
con los insurrectos y creo que será seguido el mal ejemplo.» Corresp. de
Felipe II, t. II, pág. 266, carta del 2 de julio de 1572, cit. por Forncron,
pág. 213 de la mencionada obra.
270
cerbar los ánimos irritados del enemigo doméstico que era, en
aquella sazón, el más peligroso? Nó, y por eso tolera, cuanto su
conciencia le permite, los desafueros de la raza morisca. ¡Había
sufrido tanto por parte de los turcos, piratas y moriscos! No es
extraño, pues, que respetara los capítulos de la concordia antes
mencionada y recabase ó dictase nuevos edictos de gracia,
aunque fuesen escasos los moriscos que á ellos se acogiesen (12).
De esta tolerancia valíanse los de aquella raza para cons-
pirar osadamente contra el poder real. Y no se crea que re-
petimos por sistema esta acusación que hemos oído negar á
personas autorizadas, nó; las pruebas son evidentes y, aunque
se trate de rebajar la irrefutabilidad de las mismas, siempre se
habrá de convenir en la verdad de un hecho innegable, esto es,
que la alteración de ánimo en que vivían los cristianos tiejos
no era temor infundado, no eran, sospechas fanáticas, aunque
reconocemos de grado que el mismo temor aumentaba en algu-
nos casos el motivo real de aquellas sospechas (13).
12) Vid. docs. núms. 3 y 5 del leg. tit. Documentos referentes á moros,
mudejares y moriscos, en el Arch. del R. Col. de Corpus Christi.
13) Por una carta que el abad de Valldigna envió á los inquisidores de
Valencia, remitiéndoles unos papeles en arábigo cogidos á unos moriscos
que tenían presos, se viene en conocimiento de que los capitanes, justicias
y oficiales que guardaban las costas, no enviaban á la Inquisición sino al
poder civil los documentos que aprehendían relativos á temores de levanta-
mientos y otros asuntos políticos, quedando para el Santo Oficio los que
afectaban tínicamente interés religioso. La carta del abad de Valldigna
dice asi:
«Muy R.dos señores: Como en este valle y tierra deste Abbadiallo de
nra. S. ra de Valdigna siempre bi vimos con algún recelo de los moros de la
mar, continuamente se tiene custodia de saber qixe gente forastera entra y
sale en esta tierra, por donde algunas veces en algunas personas que nos
parescen sospechosas nos conviene hazer algún scrutinio, y assi el lunes
passado que fue el postrero de agosto se tomaron en este valle tres moriscos
por sospechas que avrian salido de la mar o que andavan por la tierra
induziendo a algunos deste valle con cartas y otros avisos entre los quales
se tomo un morisco, el qual dize aver sido esclavo de uno que se dize Fortu-
no guadamezilero que murió en la armada de sn magestad estando en bujia,
la mujer del qual esta en la chapinería y catándole si tenia algunas cartas
de avisos le hallamos esos escritos que ay juntamente con esta embio a
vuestras mercedes, los quales el mucho sintió qnando se los quitamos,
diciendo que eran oraciones, y assi sospechando que podían ser cartas de
avissos, aunque vienen con algunos caracteres, me pareció buscar algún
280
Ya dejamos consignado, en los capítulos anteriores, varias
noticias referentes á conspiraciones más ó menos temibles.
Desde que D. Juan de Austria sometió á los moriscos alpu jarre-
ños fueron más peligrosas aquellas conspiraciones, y de ello
nos testifican, no ya el proceso contra Jerónimo Cherrín, síndi-
co de la aljama de Benaguacil, por ausencia de D. Cosme Abe-
namir (14), sino la consulta del Consejo de Estado á 6 de marzo
interprete para saber lo que en ellas havia, y como en esta valle haya pocos
alfaquies, paresciome cmbiallas a gandía al Sr. Duque, el qual las ha hecho
leer y sacar la sustancia de ellas: la qual minuta mesma que su señoría me
lia embiado remitto con los mesmos escritos a vuestras mercedes por que me
ha parescido son cosas algo contra la fe y asi doy aviso a vuestras merce-
des como al morisco que esto traía he hecho detener preso hasta tanto que
de vuestras mercedes tenga otro avisso y mandato y assi les suplico luego
me manden dar avisso, si es caso que se suelte o sino vuestras mercedes
manden embiar por el para que lo lleven a buen recaudo, por que no que-
rría que deteniéndose aquy se nos soltase y vuestras mercedes me diesen
algún cargo: los otros dos se hallo que eran vasallos del señor duque de
gandía y pobres que yban juntamente con este acaptando y el mesmo dia
habían salido de tierra del Sr. Duque y asi los soltamos...
Y pues esta no es para mas, quedo rogando a dios nro. señor la vida y
estado de viras, mercedes prospere por muchos años: desta su casa de nra.
señora de Valdigna a iiij de agosto 1542. D. V. a s mercedes muy cierto ser-
vidor.— El Abbad de Valdigna. — Rubricado.
La minuta de que antes se habla, dice así: «I La que tiene esta señal ijl
no contiene sino un verso-del alcoran que dice que no hay sino un Dios y
este que no tiene hijo y niega la trinidad y sobre esto ba hablando lo que
suelen etc. etc., digo con provecho y ruin entendimiento. II La que tiene
esta señal (•) no contiene sino otro verso del alcoran que dize que Dios les
embia a mahoma propheta nacido dellos mismos y sobre esto va moralizando
cosas de devoción. III La que tiene esta señal «ZJZ» contiene una oración a
nro. S. r que assi como es oydor del que le llama y piadoso y assi como es
oydor de los muertos assi le otorgue lo que le pide etc. IV La que tiene
esta señal j - contiene que N.° S.r es sabidor de presente y de pretérito y
de futuro y es un solo Dios y Santo: es oración del alcoran. V La que
tiene es! a señal # A* : rufre martal y blanquete alumbre quemado de cada
uno dos oncas que sea, picado y pastado con agro de naranja y azeite común
y hecho ungüento untarse contra la sarna, y después baños de agua cozida
COD lia ladre y niatapollo.»
Arch. gral. Central Inq., leg. 51.
II) Hemos disfrutado el original, que, consta, de 33 hojas en Col. , de la
Publicación de las provanzas y testigos </'"' deponen contra geronimo che-
rr'iii vez. de benaguacil, .'•."" núebo de int>r<>. VA Sr. Danvila, que lo posee,
publicó (págs. 191 y 192 de sus Confs.) algunas noticias referentes á la,
intervención del Turco en «'I levantamiento que tramaban los moriscos de
281
de 1577 para resolver acerca de las denuncias formuladas por
los inquisidores de Zaragoza con motivo de las declaraciones
recibidas en aquel Santo Oficio referentes á una conspiración
dirigida por el morisco Juan Duarte.
El interés de este documento nos obliga á publicarlo íntegro
en este lugar, reservando para -otro los detalles referentes á la
mencionada conspiración (15).
Aragón y Valencia. Nosotros añadiremos algunas más, en este lugar, en
confirmación de lo que dejamos dicho en el texto.
El mismo testigo que dio noticia de la carta real venida de Argel ofre-
ciendo favor á los moriscos y publicada por vez primera, que sepamos, por
el Sr. Danvílla, añade en su declaración «que estando en Segorve sabe que
hablavan entre si ciertos moriscos, por el dicho tiempo, del trnto del levan-
tamiento y dixo el uno que no tenian hora segura para levantarse; que
quando se acostavan, cada uno ponia sus vestidos aparte aguardando para
quando los llamasen y que las nuevas que venían de Valencia a la dicha
ciudad de Segorve las trayan ciertas personas principales que declaro y no
a todos y por estar Jayme Izquierdo preso en la Inq.n de Carago<;a venían
otras personas que declaro, por cuyos medios se comunicarían en Aragón.»
El mismo testigo hace luego una reseña de los síntomas precursores del
abortado levantamiento.
En la foj. 3, b del ref. doc, consta la declaración de otro testigo jurado
que confirma, en julio y septiembre de 1577, lo dicho por el anterior.
En las fojas 4 y 5 deponen otros testigos lo mismo y añaden nuevas
declaraciones referentes á las inteligencias de los moriscos con el principe
de Bearne, á las fiestas celebradas por los moriscos de Gandía con motivo
del feliz arribo de Ochali á Argel, á las matanzas de los cristianos viejos
que iban á Valencia desde Italia, Bai'celona y Castilla con el fin de apode-
rarse los moriscos de las armas que aquellos llevaban, á la esperanza que
tenian los moriscos de que en 1583 serían dueños de España, etc,y etc.
Otro testigo prueba en su declaración (foj. 5, b.), que los moriscos ara-
goneses habían escrito á Cherrin y á otros jefes moriscos de Eslida, Oliva y
Scgorbe, que los árabes se hallaban en comunicación frecuente con el mo-
risco Juan Chico, embajador de los suyos en Francia, y que había recabado
el ofrecimiento de protección de parte del señor de Montestruch, del prín-
cipe del Bearne y de los luteranos franceses.
Otras noticias interesantes hay en el proceso instruido contra Lope
Geciri y que publicamos extractado en el doc. núm. 21 de la Coleo. Diplo-
mática juntamente con los fragmentos de otro interesantísimo proceso rela-
cionado con las denuncias de los inquisidores de Zaragoza á que se refiere la
consulta del Consejo de Estado á 6 de marzo de 1577 que damos en el texto.
15) Vid. doc. mím. 21 de la Colec. Diplomát. y la «Relación de los mo-
riscos que se hallaban presos por causa del lebantamiento y que parecía a
los Inquisidores de Valencia que se podían dar en fiado». Doc. del Archivo
general de Simancas — Inq., lib. núm. 645, fol. 119.
282
«Lo que se trato en Consejo a VI de margo de 1577 , sobre lo
de los Moriscos del Reyno de Valencia y Aragón.
• Hauiendosc visto en el consejo qne huno el dia antes, todos los pa-
peles que sobrestá materia truxo el vice-cancillei y particularmente
lo que los inquisidores de Caragoca cscriuieron al consejo de la sancta
general inquisición de lo que vn vassallo de Don pedro de alagon avia
eonfessado y rebelado cerca de lo que vn Duarte tratava con los di-
chos moriscos por comission y cartas del turco, para que se levantas-
sen quando se les avissase que venia su armada y no de otra manera,
y pensado sobre la materia, parecióle seguridad.
El Vice Canciller, dixo que a su parescer, la armada del turco no
puede venir en daño destos Eeynos en confianca de los moriscos de
Valencia y araron, no teniendo puerto donde recoger su armada, y
que tampoco puede acer que los moriscos de Valencia se ayan de le-
vantar, no teniendo cierto el socorro y venida de la armada del turco,
pues por vn morisco ay XX christianos' viejos, y estando estos en or-
den y prcuenidos no se atreverán los moriscos a mouerse. Pues avn-
que tengan armas son rruynes y mal paradas, y que ademas desto no
tienen vituallas ni municiones como los virreyes han auisado.
Que demás desto no tienen puertos donde recogerse y fortifficarse
porque los despadan y Bernia están a recaudo con las torres que ally
se han hecho y los demás puertos no son de consideración.
Que no veniendo la armada del turco en su ayuda no vee que aya
que puedan tener ningún otro socorro por mar.
Por lo qual todo a el le paresce que los dichos moriscos no se pueden
mouer ni leuantar. Pero que a vaque esto sea assi es mas sano consejo
prevenirse y proueerse todo como si huviese de suQeder al contrario
de lo que se presupone. Pues puede ser que su passion los ciegue y que
no miren la razón ni los fundamentos con que lo emprenden, como se
ha visto ya quatro veces que se han leuantado.
Dixo que bien cree que si la armada viniesse se levantarían y que
si se levantan y la armada se halla, fuera de sus males (sic), que acu-
dir; i a su socorro, pues podría parescer al enemigo que tendrá con esto
ocasión de seguir su intento que es el daño de la christiandad.
Que tampoco es de parecer que las pivuenciones que se hizieren
no sean de manera ni con tanta demostración que los yrrite y los
haga arrojar, y que tanto mas se ha de mirar en esto en la primauera
y verano, porque apretados porvna parte, y por otra confiados en el
tiempo y en <■! socorro que con el pueden tener, no se arrojen a la de-
sesperación, lo qual no temería si fuese al principio del invierno.
< v >ue por todo esto seria de parescer que las preuen§iones y aperci-
uimientos que agora se biziesen sean moderados y los que buenamente
bastaren para |>reuenir el peligro.
283
Que estos a su parescer deuian ser poner alguna gente a los limi-
tes y a la rraya, por que meterla dentro lo tiene por de inconveniente
por la falta de comida, y por no alterar el Reyno.
Preuenir la gente del Reyno.
Quitarles las armas que se les hallaren a los moriscos por medio de
los serrares y varones, pues las que tienen escondidas serán de poco
servicio.
Armar los christianos viejos.
Ordenar a los señores y varones que vayan a sus lugares porque
sera de mucho momento el estar sobre sus vasallos y saber sus anda-
mientos.
Con esto advirtió, que si el virrey lo ordenasse, no seria obedescido,
por que dixo que mállunt opprimi <tl> exteris quam a suis gobernatori-
bus. Y que convendrá embiar orden particular para ello.
Guardar los passos a los otros.
Ref orear vn poco mas lo de la marina de Valencia y que anden por
ally quatro galeras.
Que demás desto hiziessen las cosas que están aduertidas en los
apuntamientos que se embiaron a los Virreyes de Aragón y Valencia,
quitando algunas cosas que no le parescen en este tiempo convenientes
ni seguras, como es lo del sacar los ricos y caudillos dentro los demás,
por que lo sintirian mucho y creerían lo que temen, y lo del contribuyr
los moriscos para poner mas gente a la marina y lo del comercio.
Que todo lo demás de los dichos advertimientos puede ser apropo-
sito para lo deste verano.
Que todo esto lo remitiría a los Virreyes de Aragón y Valencia ad-
uertiendoles de lo que acá paresciese.
Dixo que para lo del armar los christianos viejos de Aragón ay
falta de armamento y de gente que los instruya y que la necesidad
del Reyno es grande demás que no yendo su Mag. d a Cortes no ay
pensar sacar dellos vn real y que assi para este punto es necessarin
proveer y emprestar de acá el dinero, el qual después se podría en
Cortes rembolsar.
También advirtió que seria bien embiar vna persona de guerra
que assistiesse con el Virrey de Aragón, por no tener el platica y expe-
riencia destas cosas, para que con el consejo y assistencia de la tal
persona se executasse mejor lo que conviene al servicio de su M. d
Que esto no es menester en lo de Valencia por tener el Virrey mas
platica y experiencia destas cosas.
En lo de la Xaferia. dixo que seria bien repararla y que con esto
y con estar ally hasta S o 10 familiares bastaría para poder acudir a
qualquier rebato y necessidad la ciudad, ^ivnque le paresce que ay
poco que temer de aquello y que seria mostrar mucha flaqueza mudar
284
la inquisición de ally ni guardarla con demostración, demás de que el
no veo casa en ciudad donde se poder meter la inquisición.
Sobre todo quanto dixo que attcnto que por las consideraciones
dichas y el tiempo en que se esta, no le paresce que se deven hazer
prevenciones de mas demostración. Es de parescer que se deve tomar
este negocio de proposito de vna vez al fin del verano que es su propio
tiempo y dar en todo lo que a esto toca la orden necessaria.
El Principe de Melito se conformo en todo con el parescer del Vice-
canciller.
El Marques de los Velez hizo lo mismo y advirtió que el sacar los
moriscos del Reyno de Valencia como se hizo en lo de Granada, duda-
ría avn, si seria peor que levantarse ellos, y que assi le paresce que lo
que conviene es hazer las prouisiones que están apuntadas, y que re-
mediando al peligro lo mejor que se pudiere no se altere la gente.
En todo lo demás que se remitía a lo dicho.
ítem el Inquisidor General, añadiendo que no tiene por tan incier-
to lo de la venida de la armada del turco, por que 'en fin él mayor
enemigo del turco es su mag. d y desseara offender la raíz y principal
fundamento que es lo destos Reynos y que por esto cree, que ni ven-
drá sobre Malta, ni contra venecianos, sino en daño de su M. d y que
assi lo mas seguro es prevenirse y temer que esta mala gente se aya
de levantar y que el turco los quiera induzir a ello para ocupar a su
M. d sin pensar de venirlos a socorrer, que en suma todo lo que toca a
Valencia se remita al Virrey.
Que para lo de Aragón se embie persona que assista y aconseje al
de aquel Reyno.
En lo de la Xaferia que es necessario repararla, por que no se
cayga, y porque los abitantes estén con mas seguridad.
Que lo de los familiares para la guardia no bastara, porque todos
son viejos y hombres muy pacíficos, en que se a proveydo que sean
assi por escusar algunos desordenes que otra manera de gente solia
hazer, y que assi sera menester poner de otra gente, avnque bien le
paresce que bastaran hasta 10 o 12 personas.
El Duque de Alva, que le paresQia muy bien todo lo que el Vice-
canciller avia dicho y que el se conforma va con ello.
Dixo que la venida de la armada del turco se podría temer, si de
acá se le huviesse de aconsejar^ pues se sabe como esta todo.
Pero que en fin avnque cree que no verna, es bien temer lo que
su Ills. ma ha dicho que ha hablado como muy soldado y que assi sera
lo mas seguro prevenirse para en qualquier caso.
Que seria bien poner hasta 2 o 3000 hombres para mayor seguri-
dad. Pero que duda que se podran levantar, aviendose de proveer de
tanta gente a tantas partes, ni que huviesse de durar esta gente.
285
Dixo que dos maneras de remedios podría aver para lo de los mo-
riscos, el vno para lo de agora lo que el Vice canciller avia dicho, y
el otro para adelante para al fin del verano desarmar de proposito
aquella gente con la que quedasse y se huviesse metido en las islas,
con la qual se podria el invierno meter la mano al negocio.
El Marques de Aguilar se conformo también con el Vice canciller
paresciendole lo mejor armar los christianos viejos y desarmar los
moriscos, y que lo del quitarles las cabegas (los alfaquies) seria tam-
bién acertado, si se pudiese hazer agora.
El Presidente, se vino a conformar con el Vice canciller» (16).
Como se ve, no había bastado el desarme de 1563, ni el es-
carmiento de 1568, ni menos el bando mandado publicar en 28
de junio de 1575 con objeto de recoger de nuevo las armas de
los moriscos para que éstos renunciasen á sus esperanzas. Mien-
tras tanto, el patriarca Ribera, ansioso de lograr una solución
pacífica, había trabajado en el arreglo parroquial de los moris-
cos (17) y consentido una carga pecuniaria sobre su renta, con
objeto de que el servicio parroquial fuese más factible. Véase
cómo lo refiere el P. Fonseca al reseñar la junta presidida por
D. Juan de Ribera y asistido por D. Martín de Córdoba, obispo
de Tortosa, D. Gregorio Gallo, obispo de Orihuela, «con otros
grandes letrados: en la cual junta consideraron maduramente
que eran pocas las 190 Retorias que se avian desmembrado de
sus matrices para la instrucción de los moriscos, y que las rentas
señaladas para los alimentos de los retores, eran muy tenues, y
faltando el pie de altar, assi por la poca piedad de los feligre-
ses, como por la aspereza de la habitación, era imposible sus-
tentarse con ellas, por lo qual los Retores comengavañ ya a
desamparar las parroquias, y era tuerca encomendar aquel
oficio a los que se ofrecían administrarle, que lo ordinario eran
16) Arch. gral. de Simancas — Secret. de Est., leg. 335.
17) Vid. Fr. Juan Xiuiénez, pág. 77 de la Vida cit. Pueden consultarse,
además, los documentos siguientes: «La forma que se ha tenido en el Arzo-
bispado de Valencia en hazer las dismembraciones, erectiones y dotaciones
de las Rectorías en los lugares de los nuevos convertidos del dicho Arzobis-
pado en el año 157-4», y una «Carta del obispo de segorbe a su Mag.d con
relación de lo que se a entendido de los moriscos de Valencia y de las dili-
gencias que se an hecho por los Inquisidores de aquel Reyno; dat. Madrid,
12 abril 1575»; holog. existentes en el British Museum, sig. Eg. 1510, mi-
meros 49 y 52.
286
sacerdotes de poca erudición» (18). Se decretó con este motivo
la erección de nuevas parroquias, la elección de sacerdotes
aptos ó sea dotados de ciencia y virtud, y consintió el prelado
que se cargasen sobre su renta para la dotación de aquellas
nuevas rectorías la suma de tres mil seiscientos ducados de
renta anual. Confirmó estos acuerdos el papa Gregorio XIII por
su breve dado á 16 de junio de 1576, pero las dificultades surgi-
das para implantar aquellas saludables reformas, impidieron la
erección de las parroquias nuevas, sin que por ello desistiese el
Patriarca de emplear todos los medios para implantar la ins-
trucción.
El resultado de estas nuevas disposiciones fué tan escaso
como el obtenido de las anteriores y además en el reino de Va-
lencia surgió una nueva dificultad á la que se procuró dar solu-
ción (19); pero en Andalucía, y singularmente en Córdoba y
Granada, retoñaban espinas y abrojos que no había podido segar
el valeroso D. Juan de Austria (20); en Aragón seguían los mo-
riscos llenando de pavor á los cristianos viejos (21); y en Cas-
tilla se avivaba aquel temor merced á las inteligencias de los
moriscos que residían en aquella región con los aragoneses y
valencianos.
18) Justa expulsión, etc., pag. 33.
19) Existe en el Arch. de la Casa ducal de Alba una Instrucción que
consta de tres hojas en malísimo estado, y de ella puede leerse lo siguiente,
según nos dice el Sr. Paz y Mélia: ...«Apuntamiento que por nuestra orden
y mandado se ha hecho de personas de autoridad y letras, [y] se ha apun-
tado para la nueva reformación e instrucción que se ha de hacer [con los
nuevamente?] convertidos de moros en el n.° reyno de Valencia y de que.
vos el R.do en Cristo [obijspo de Orihuela... aveis de estar advertido, ele.:
Primo que es cosa clara y muy sabida que la doctrina e instrucción de los
dichos moriscos y el modo y forma que se ha de tener en ella toca al arzo-
bispo <lc Valencia etc.» Consta do 34 puntos y se halla rubricada.
2U) Vid. los documentos números LXVII á LXXIII de la Colee. Diplo-
mática publicada por el Sr. Janer en la cit. obra. Pueden verse, como docu-
mentos muy curiosos, la «Correspondencia de D. Juan de Austria sobre los
moriscos de Granada» en 1576, conservada en el Arch. grctl. de Simancas
Secret. de Est., leg. 152, y las «Advertencias de lo que convenia desconfiar
de los moriscos granadinos, años 1588 y 1592», en los legs. 165 y 169 del
mismo Arch.
21 | Vid. en la misma obra cit. en la nota anterior, los documentos LXXVI
5 LXXVII.
287
Podían los consejeros de Estado no dar crédito á las decla-
raciones que, en descargo de su conciencia, prestaban algunos
testigos ante los inquisidores denunciando futuros alzamientos
de la gente morisca, pero juzgaban necesario hallarse preveni-
dos para hacer frente á probables contingencias. Es indudable
que la cuestión morisca presentaba en Valencia síntomas muy
alarmantes, ora por los repetidos casos de emigración sospe-
chosa á las fronteras africanas, ora por la frecuencia con que
el Santo Oficio se veía obligado á intervenir en repugnantes
casos de superstición (22), ora, en fin, por las reclamaciones
22) Extracto de la causa contra el Dr. Jerónimo Jabar cirujano (ausen-
te), morisco vizcaíno.
Comienza este proceso por varias declaraciones de Juan Palau, catalán,
pescador preso en las cárceles del Sto. Oficio, que denuncia en 1(> de julio
de 1577, que el médico Jabar con otros moriscos, compraron una barca y
desde la Dehesa de Valencia se embarcaron para Argel. El Fiscal le acusó
de fautorías de herejes.
Alonso Ginés, pescador, declara que Palau le llevó á casa del Dr. Jabar,
quien decía que tenía un tío en Argel que después del Rey era el primero,
y que no iba para quedarse allí sino para tomar mi bajel con 60 ú 80 cris-
tianos y volverse acá para dar razón á los Inquisidores. Dio 600 r.s para
pagar la barca y fueron á comprarla, concertándola por 36 ¿e y 1 / 2 . Quite-
ría Domínguez lo confirmó. Era la manceba del doctor.
El Fiscal acusó á ésta de fautorías de herejes, detallando los cargos.
Ejercía la medicina con invocaciones.
Luis Cumbri conocía al doctor por haberlo curado.
La mujer del doctor murió el 29 junio 1578.
En 11 abril 1580 declaró Jaime Simón de Ros haber visto al doctor ves-
tido de moro y que habiendo comprado un muchacho cristiano y estando en
su poder se ha vuelto moro.
Declarado en rebeldía, pidió el Fiscal que como hereje apóstata se le
condenase á excomunión mayor.
En 19 junio 1583 se pronunció sentencia declarando al Dr. Jabar hereje
apóstata y mandando se le quemase en estatua.
Ardí, gral. Central — Inq. de Valencia, leg. 52.
Por lo curioso que es el proceso inquisitorial seguido contra el Dr. Ilie-
roninio Pachet, en 1580, extractamos lo siguiente: «Se le habían seguido
otros dos, en cuyo discurso confeso, que el a tenido ligado en una plancha
el demonio para que acudiese cuando le llamase y que el alfaqui de Beni-
modo le dio dos demonios ligados en dos planchas para este, y que la una
la dio a los SS. Inquisid.s la otra vez que estuvo preso y se quedo con la
otra plancha y la tiene en su casa; y que asi mismo tiene confesado que a
28 años que a tenido los dos dichos familiares conjurados y que les a consul-
tado en un hurto que se hizo en Tabernes, y cuando los cercos de Malta y
288
que había suscitado un edicto del patriarca Ribera en que se
regulaba el degüello de reses entre los moriscos para evitar el
abuso de una práctica que, si no entrañaba la negación de la
verdad dogmática, según algunos, era motivo sobrado para
fomentar la pertinacia en la secta de Mahoma y dificultar, por
lo tanto, la conversión deseada (23).
A esta situación, nada halagüeña, añádanse los hechos de-
Oran, para saber si se tomarían por los moros, aguardo la respuesta del
demonio sobrello; y también de 14 años atrás muchas y diversas veces a
consultado el demonio para que le enseñase a curar enfermedades y cono-
cer propiedades de yerbas y las orinas gastadas conocer lo que eran; y de
14 años a esta parte también en casos graves y señalados a dicho que le a
consultado y en todas las veces que le a consultado el a aguardado la res-
puesta del demonio y le a respondido y enseñado las qualidades de las
enfermedades y aires dellas y le ha dado a entender cuyas eran las orinas
corrompidas que trayan de Castilla y la qualidad de las enfermedades y
cura dellas y de todas las cosas que ha hecho a tenido grandes provechos y
remuneraciones .
Después de consignar este y otros detalles, se le hizo saber que a juicio
de los Inquisidores maliciosamente calla y encubre la verdad y para que la
diga se le apercibe, pues de no sera puesto a cuestión de tormento. El Doc-
tor contesto que ya ha dicho lo que pasa (sabe?) que morirá mártir y no
tiene mas que dezir. La Inquisición acordó ponerle a cuestión de tormento,
y el Dr. repitió lo mismo, añadiendo que no le había dado nada al demonio
ni le lia pedido nada mas de que le dio aquel de Benimodo la plancha y que
le hagan pedacos que morirá mártir.
Se le dio el tormento y estando en el pidió «que le bajasen; lo hicieron,
y sentado en el banquillo dixo: confesión que me muero y que esto es cosa
de ynumanidad. El tormento se suspendió; en 26 de octubre manifestó quien
tenia la plancha, que era su sobrina.»
Ardí. gral. Central — Inq. de Valencia, leg. 340.
Unidos á la copia del citado extracto conserva el Sr. Danvila en el
número 110 de su Colee, cuatro atestaciones autógrafas del confesor del
Dr. Pachet referentes á los años 1572, 1573, 157G y 1577. Para muestra
copiamos la última.
t
«Esta en veritad com yo frare miq. 1 pedros rector del lloch de les tavernes
de la valí de alfandech e hoit de confesio al doctor pachet huy que contam
a xvmi (lies del mes do, tnars com sia aixi veritat com cada [any] lo confesé
en semblants dios de quaresma. fet a xvim dies de mars ay (si<-) 1577.
ffrare miq.i
pedros rector — Rubricado. »
En el albaran de 1572 dice que ya l'havia hoyt en confessio otras veces.
23) Vid. doc. núm. 22 de la Colec. Diplümát.
289
nunciados en el transcurso del proceso instruido en 1578 contra
el jefe morisco Juben de Benisanó^24) y el aumento escanda-
loso de homicidas, ladrones y vagabundos, que hallaban acogi-
da en los pueblos de moriscos (25), y se justificará el motivo de
2-i) En la bib. del Sr. Danvila pudimos estudiar el original de este curio-
so proceso, que consta de 50 hoj. en fol. En él aparece plenamente confir-
mada la protección que los señores valencianos dispensaban á los moriscos,
y los nombres de los jefes más levantiscos que dirigían las conspiraciones
y algaradas contra los cristianos viejos en diversos pueblos de la región
valenciana, tales son: Jerónimo Calderón, vecino de Castellnou; Vicente
Cortés, de Alacuás; Serafín Juben, de Benisanó; Xarelli, de Manises, y
Martin Chiquillo, de la Valí de Elda.
El referido Vicente Cortés, según consta en el citado proceso, «Pregun-
tado dixo que este (Juben) es Sindico de las aljamas en estos negocios de
los moriscos para pedir largarias porque todo lo que pretenden es esto para
pedir que querían ir a ver la cara del Rey y del Papa porque les diesen lar-
gas y que el conde de Benavente les dava buenas esperanzas y que por esto
y van y venían cada dia a esta ciudad (Valencia) y hablavan al dicho Viso-
rrey y el les decía que escrevia al Rey sobrello y que aguardava respuesta
y ansí les dava buenas esperanzas y con esto ellos tenían animo para jun-
tarse y davan peticiones y que en eííecto todo lo que pedían en dichas peti-
ciones era largas para bivir como solían en su secta de moros, aunque esto
no lo dezian en sus peticiones mas de que su intento era esse».
El mencionado Cortés, preso en las cárceles del Santo Oficio, depuso tal
en descargo de su conciencia y protestando querer ser buen christiano. Y
Serafín Juben, labrador, aprovechando el cargo de jurado de los moriscos
de Benisanó, para el que fué elegido en 1577, recorría las aljamas predi-
cando la constancia en la fe muslímica á sus correligionarios.
Vid. además las Confs. del Sr. Danvila, págs. 193 y 191.
25) Merecen ser conocidas las siguientes disposiciones gubernativas:
Real Crida prohibiendo el uso de armas, mandada publicar por el marqués
de Mondéjar, virrey de Valencia, en 31 de_ enero de 1573 (doc. impreso,
5 hoj. en fol. y existente en la bib. de la M. vda. de Cruilles, vol. de Pup.
varios, sin número); otra encaminada á garantir la seguridad personal en
el reino de Valencia, mandada publicar por el virrey Vespasiano Gonzaga
(regt. en el ant. Arch. de la Curia de Valencia, lib. XII, fol. CCXXYI1 :
otra regulando el uso de armas, mandada publicar por el duque de Nájera,
virrey de Valencia, á 4 de septiembre de 1578 (doc. imp., 4 hoj. en fol., bib.
de la M. de Cruilles, vol. de Pap. varios sin sign. y posee otro ejemplar el
Sr. Danvila en su Colee, núm. 115); otra' mandada publicar en el mismo dia
y año que la anterior sobre pacificación del reino, persecución de delin-
cuentes y uso de armas (doc. imp., 4 hoj. en fol. sin sig. y en un vol. de
Pap. varios); otra sobre persecución de delincuentes y prohibición de armas,
mandada publicar en Valencia por su virrey, conde de Aytona, á 21 de julio
de 1581 (doc. imp., 4 hoj. en fol., bib. M. de C, vol. de Pap. varios, núme-
T. I 19
290
reunirse en Lisboa tres prohombres de Estado para estudiar y
resolver el problema morisco.
Aumentaba por momentos el número de los que deseaban la
expulsión, y, como es natural, la gente sencilla y gran parte
de la que no debiera serlo, atribuía los hechos maravillosos,
extraordinarios y hasta milagrosos como señal evidente de la
ira divina contra nuestra nación por la tolerancia en ella de la
gente morisca. No vamos á negar de un golpe los hechos sobre-
naturales que Bleda (26), Fonseca (27), Guadalajara (28) y otros
autores refieren en abono de la opinión que defendía la mayor
parte de los españoles; tan sólo ha de ocupar breves momentos
nuestra pluma «la tradición de la Campana de Velilla que tanto
han explotado los dramáticos y los novelistas» (29).
¿Qué vamos á decir de aquella tan famosa campana? Sería
curiosa una monografía en que, á la luz del criticismo que res-
piramos en los comienzos del siglo XX, se dilucidara la verdad
histórica del tañido tradicional que, desde Velilla, parecía re-
percutir hasta los confines de nuestra península. Al erudito que
tal objeto se proponga no han de faltarle documentos para pro-
bar la sinrazón del incrédulo y confirmar la fe del verdadero
creyente (30); nuestro objeto es más árido y, si hemos recordado
ro 75); una «Real pragmática feta per la S. C. R. M. del Rey nostre Señor
sobre la prohibido deis arcabuzos, pederuals e altres armes en dita real
prag. conteng'udes», mandada pub. en Valencia por el mencionado conde
de Aytona á 27 de enero de 1581 (doc. imp. por Vicente de Miravet, en casa
de los herederos de Juan Navarro, año 1584; consta de 4 hoj. en fol., se
halla en la bib. M. de C, vol. de Pap. varios, sin sign.), y una Crida ó
Edicte real publicado en Valencia de orden del virrey D. Francisco de San-
doval y Rojas, marqués de Denia y conde (sic) de Lerma, á 12 de noviembre
de 1586; contiene acertadas disposiciones contra los bandoleros (doc. imp.,
2 hoj. en fol., consv. en la bib. M. de C, vol. de Pap. varios, núm. 53).
26) Defensio fidei in causa neophüorum sive morischorum liegni Va-
lentía}, etc., pág. 530. Un vol. de 16 págs. de prelims., 618 de texto y 6 de
índic.; imp. en Valencia, por J. C. Garriz, 1610.
27) Justa expulsión, pág. 163 y siguientes.
28) Memorable expulsión y justissimo destierro de los moriscos de Es-
paña, 2. a part., cap. I, fol. 66. Un vol. de 161 fols. en 8." may., imp. en ram-
plona por Nicolás de Assiayn, 1613.
29) Danvila, Confs., pág. 217.
30) Además de las noticias que Fonseca y Guadalajara, lugares citados,
nos dan de la célebre campana, merecen ser consultados los documentos si-
guientes contenidos en un vol. de Pap. varios, en folio, núm. 32 de la bib. de
291
esta antigua tradición ha sido porque el tañido de dicha campa-
na en 1579 vino á robustecer en el vulgo la idea de exterminar
á los moriscos españoles y, por lo tanto, contribuyó á agravar
el problema que trataban de resolver en Lisboa fray Diego de
Chaves, Rodrigo Vázquez y el secretario Delgado (31).
la M. de Cruilles. «Relación de la campana de Velilla», año 1579, dos hojas
inss.; otra «Relación del año 1601», dos hoj. mss.; una «Copia del discurso,
que se dio a S. M. acerca de lo que últimamente se taño la campana de Ve-
lilla en Aragón, que llaman del milagro, que fue a 13 junio pasado de 1601,
dia de S. Antonio de Padua... hecho por Diego de Salinas y Erasso, criado
del Rey nuestro señor y su contino de la cassa de Aragón, en 4 de mayo de
mil y seiscientos y dos años», ocho hoj. mss.; una «Relación descriptiua de
la campana de Velilla», cinco hoj. mss. seguidas de una carta autógrafa, de
Melchor de Navarra y Rocafull, después duque de Paleta, á D. Pedro Valero
Díaz, acerca de los tañidos de la referida campana, una hoj., y la «Relación
de las | cosas notables que han sucedido siempre | que se ha tañido la mila-
grosa campana | de Velilla, que esta en este Reyno ¡ de Aragón», sacada de
los Anales de D. Martin Carrillo; consta de dos hoj. en fol., imp. en Huesca
por Pedro Blusón, impresor de la Universidad, año 1625.
31) Copia de un documento que dice así:
«En lisboa el dicho dia 4 de diziembre de 1581 se vio por el Padre maes-
tro Fray Diego de chaves y Rodrigo vazquez interviniendo en la junta el
secretario Delgado un papel de algunos medios que pareció podrían apro-
vechar para la conversión de los moriscos de valencia cuyos puntos son los
siguientes:
1.— El primero que los a quien se encargare la conversión se persuadan
que no es cosa imposible moralmente.
• 2. — El segundo que no porque se aya usado de muchos y buenos medios
y no hayan aprovechado se aya de desahuziar la conversión pues nunca se
han hecho las diligencias que convenia antes se a errado la cura con usar
de violencia para que asistiesen a los divinos officios y reci viesen los saera-
mentos no estando convertidos en lo interior.
3. — Refiere que el año de 1525 mando el emperador nuestro señor por
publico edicto que todos los moros de estos Reynos se saliesen de españa
dentro de un mes sino [se] querían hazer christianos y ellos pidieron prorro-
gación deste tiempo diziendo que muchos se convertirían con condición que
en 40 años no tuviese que ver con ellos la ynquisicion lo qual se les conce-
dió; nombráronse comisarios y predicadores que a manadas y sin instruilles
los baptizaron de manera que después algunos alegaron que no les havia
tocado el agua del baptismo y se quedaron assi sin ponerles curas ni predi-
cadores con que se quedaron como de antes en su secta.
Después el año de 1535 se embiaron otros comisarios y se erigieron 122
curatos con dotación de 30 libras a cada uno y por ser tan tenues no se.
havian podido acabar de proveer y nunca se a visto execucion en los prin-
292
¿Acertaban los que habían afirmado que la enfermedad de
los moriscos no era yncurable sino que la causa consistía en
cipíiles medios de su conversión y assi no se puede atribuyr a ser yncurable
su enfermedad sino a haverse errado la cura.
4. — Que también se eleve advertir que aunque este neg-ocio no es impo-
sible es muy diflicultoso por estar mas obstinados estos moriscos con los
moros de Berveria y assi es necesario tomar medios mas eficaces que hasta
aqui .
5. — Que el medio principal de que Christo nuestro señor quiso usasen los
appostoles para la conversión de todo el universo mundo fue el de la pre-
dicación del santo evangelio y con este medio concurrió su Divina Mag.d
de lo qual se colige que por este mismo medio quiere agora ayudar a los
infieles como se ve en las indias y otras partes y assi la mas principal tuerca
se. a de poner en buscar predicadores de buena nota y de secreción y exem-
plo de vida que prediquen con amor y blandura y se haga una instruction
con un cattecismo acomodado a ellos y que estos predicadores llevasen al-
gunos moriscos que sean criados en el colegio que ay para ellos en valencia
que podrian ayudar por razón de la lengua araviga y el amor que estos
tienen a los suyos y porque en esto se an de h'azer algunos gastos se devia
encargar a los perlados que se animasen a gastar.
6. — Que para ver la gente que es menester para esta empresa y como se
an de disponer las cosas se advertía que solo en el arzobispado de valencia
havia 14.100 casas de moriscos repartidas en 329 lugares y en 46 dellos
havia mezclados muchos cristianos viejos y solo havia 185 rectores.
7. — Que para que la predicación fuese de provecho importaría tomar
una partida junta aunque fuese necesario traer predicadores de fuera del
Reyno de Valencia porque sino se llena una comarca a hecho aunque se
convierta alguna parte luego los otros trataran de pervertir a los converti-
dos y también importaría que durante la conversión se prohiviesse a los
arrieros moriscas andar de una parte a otra.
8.— Que también importaría que algo antes de comentar la predicación
el santo officio prendiesse a todos los que son alfaquics y que an de impedir
el fruto del evangelio y que durante la predicación no se prenda a nadie
sino que todo sea amor y si se hirviere de prender alguno porque impide el
fruto de la predicación sea por medio del señor temporal con color de algún
otro delicto.
9.— Que los predicadores lleven tres facultades la primera que vayan
libres de denunciar ningún morisco al santo officio y que publicamente
digan al pueblo que ellos no van para denunciarlos antes para remediar si
en algo estuviesen denunciados y principalmente para salvar sus almas j
que assi podran tratar libremente con ello- sin peligro de ser denunciados,
la segunda que lleven licencia de absolver de todos los delitos y censuras
en el fuero de la consciencia por lo que temen y aborrecen ha-ver de acudir
a la ynquisicion, la tercera que se quite a los que se convirtieren la obliga-
ción «le denunciar de los que supieren haver yncurrido en algún error
293
haverse errado la cura? Sin temor de contradecirnos no vemos
inconveniente en adherirnos á semejante parecer. Se había
contra la. fe porque al dezirles los confessores <)ue están obligados a esto
no sirve sino de que vayan indignados de los pies de los confesores y avi-
sen a otros.
10. — Que los Perlados provean a los predicadores de todo lo necessario
de manera que no se haga ninguna costa a los moriscos porque de otra ma-
nera piensan que todo quanto con ellos se haze es por interés y también
ayudaría que se afloxasse en las penas pecuniarias y que las yglesias no se
edifficassen a su costa y los legados que. an dexado sus difuntos para sus
pobres no se apliquen a otra co^a y que los señores se moderen en las ym-
posie iones de manera que por tocias vias entiendan que no se pretenden sus
haziendas sino sus almas.
11.— Que su M.d mande a los señores con mucha fuerca que estén en sus
lugares al tiempo de la predicación y den calor a ella que acudan a los ser-
mones y honrren mucho a los predicadores, asegurándoles de que si sus
vasallos no se convierten se sacaran del Reyno.
12. — Que si en algún pueblo se viesse señal de conversión general sera
bien echar del los que no dieren muestras della y si los convertidos fueren
pocos persuadirles que se pasen a otra parte donde estén seguros y los reci-
van con amor y a los pertinazes castigarlos o echarlos de españa.
13. — Que se pongan curas de doctrina y virtud lo qual no se podra hazer
sino se haze la dotación de los curados.
11. — Que se hagan yglesias aunque pobres y bien tracadas y polidas y
ornamentos y cálices porque como están mas provocan a perder la fe que a
cobrarla y que para esto podran servir 30000 ducados que están en la tabJa
de Valencia señalados por el Papa y su .M. cl para ello.
15. — Que se hagan carneros para enterrar los muertos en las yglesias.
16. — Que se aumente la renta de un colegio que. ay de moriscos y se fun-
den otros.
17. — Que en cada lugar de moriscos se pongan algunas casas de christia-
nos viejos y aya maestro para los niños y maestra para las niñas.
18. — Que los señores y otros cristianos viejos se sirvan de los hijos de los
nuevos y los tomen para monazillos y los traten con amor.
19. — Que después de la predicación se. señalen visitadores que a menudo
den buelta por los lugares de los moriscos y vean como salen las cossas to-
cantes a la fee y tomen cuenta a, los curas de como hazen sus oiizios y que
ellos con ayuda de los señores quiten qualquier rastro que liuviere de mez-
quita.
20. — Que aya alguaciles christianos viejos que sean familiares del santo
officio y estos con los curas sirvan los niños que so baptizaren y los reconoz-
can de quando en quando y en el tiempo de sus ayunos entren con algún
achaque a la ora de comer en sus casas y si vieren que guardan sus cere-
monias avisen dello a los vnquisidores y que estos alguaziles tengan comu-
nicación de la Real audiencia para executar lo que los exiras dixeren.
21.— Y por que podría ser que algunos fuessen negligentes se debria
294
ciertamente errado en la cura; las contemporizaciones, la falta
en el cumplimiento de las pragmáticas y otras causas que
hemos estudiado contribuyeron á robustecer aquel yerro. Lo
que deberían probarnos los enemigos de la expulsión es, si el
poder real pudo hacer otra cosa, pues respecto del deber ya
hemos expuesto en anteriores capítulos nuestra leal opinión.
Juzgúese de la transcendencia de los acuerdos tomados en
esta memorable junta, teniendo en cuenta la opinión que poco
antes había formulado, desde su celda á 30 de septiembre de
L579, el santo fray Luís Bertrán á petición del duque de Náje-
ra, virrey á la sazón de Valencia. Pero ni el prudente parecer
del celoso dominico valenciano (32), ni los acuerdos de la junta
de Lisboa, sirvieron realmente para otra cosa que para probar
que se había apelado á todos los medios antes de reducir á la
práctica el más doloroso, esto es, el de la expulsión.
procurar un comisario appostolico al qual se señalase alguna renta de los
obispados para que vea lo que pudiere y de lo demás se informe y remedie
las faltas que huviere.
•2-2.— Que también aprovecharía ver algunas instrucciones que hizieren
algunos perlados y oyr a otros que tratan con moriscos que de razón an de
saber mucho desta materia.
El Padre maestro fray Diego de Chaves y Rodrigo Vázquez dixeron: Que
sobre el modo que se tenia en la conversión de los moriscos havia muchas
leves y pramaticas reales e ynstructiones dadas a los Perlados y curas en las
quales estava proveydo bastantemente lo que en esto convenia por lo qual
se devia temer que la falta provenia mas de la que. havia en la execucion y
guarda de las leyes dichas que no por la que devia de haver en ellas, que
seria bien se buscassen y se hizicsen otras de nuevo enpero que todavía en
t ral ar desta materia y continuar esta platica no se poclia perder sino ganar
y siendo su M.d servido que assi se hiziese serviría este memorial de ocasión
dello embiandole a los perlados de Aragón, Valencia y Granada para que le
viessen y apuntasen assi cerca de lo en el contenido como de lo demás que
les ocurriesse y viessen que convenia pues a ellos principalmente como a le-
gítimos pastores les tocava por su officio tener cuidado como cossa que tanto
importa y lo que ominasen a su M. d juntamente con este memorial se podría
llevar a los consejos Peal y de ynquisicion para que por los que su M.d di-
putase de ambas partes se pudiesse discurrir por todas las prematicas y
memoriales añadiendo a lo dispuesto lo que pareciesse que convenia y prin-
cipalmente dando orden para la execucion.»
Arch. gral. de Simancas -Secret. de Est., leg. 212.
32) Fonseea, Justa expulsión, pág. 134; Guadalajara, fol. 75. b, y Ti;, y
Ximénez, lib. cit., pág. 463 á 466, entre otros autores, publican el parecer
dado por S. Luis Bertrán al duqtie de Nájera.
295
De esta manera se iba llevando á cabo en gradación unifor-
me, natural y lógica, por no decir exacta y necesaria, el cum-
plimiento de la ley histórica que no había de verse logrado
hasta 1609.
Aunque la celebración de la junta de Lisboa no era un acto
que implicase la mayor ó menor gravedad del asunto estudiado,
es cierto que al través de aquellas deliberaciones, lo mismo
que en los acuerdos tomados por el Consejo de Estado á 24 de
marzo de 1582, por los cuales fueron suspendidos los castigos
que el monarca había resuelto imponer á los moriscos que in-
fringían las pragmáticas referentes á la población del reino de
Granada (33), se vislumbraba una solución, y una solución tan
radical como necesaria. La palabra expulsión había llegado
hasta las gradas del trono, pero Felipe II se resistía á poner
en práctica aquella medida sin antes asegurar la paz de sus
estados.
En cumplimiento de lo acordado en la junta de Lisboa, se
pidió el parecer de los prelados de los reinos de Aragón, Valen-
cia y Granada, acerca del contenido en el memorial redactado
por los prohombres que formaban la junta mencionada, y no
fueron de los últimos los oficiales de la Inquisición de Valencia
y el patriarca D. Juan de Ribera (34). Ambos informes fueron
entregados al monarca el día 19 de mayo de 1582:
Indudablemente, uno de los acuerdos de la junta de Lisboa,
después de examinar un memorial del célebre historiador don
Antonio de Herrera, secretario que fué del virrey de Valencia
D. Vespasiano Gonzaga, contribuía á plantear la expulsión de
los moriscos (35), pero en aquella sazón era peligrosa toda ini-
ciativa contra los de aquella raza, no ya por necesitar nuestra
patria de sus energías para combatir á Drake, sino para hacer
frente á los protestantes de Holanda y resistir á las pretensio-
nes del rey Antonio á la corona de Portugal protegido por su
hermano Enrique III de Francia.
Los inquisidores de Valencia , conocedores del estado de la
opinión, que por momentos se generalizaba, y de la necesidad
33) Vid. doc. núm. 23 de la Colec. Diplomát.
34) Id. núms. 24 y 25 de la misma Colec.
Sb) Doc. existente en el Arch. gral. de Simancas — Secret. de Estado,
legajo 212. /
296
que había de tomar una resolución enérgica, coincidieron con
la junta de Lisboa en pedir la expulsión, no obstante las pérdi-
das pecuniarias que semejante medida había de reportarles. Y
en el mismo caso se hallaba D. Juan de Ribera que, sabedor de
que Felipe II se hallaba resuelto á echar los moros de toda Espa-
ña 36), envió á la corte, por conducto del cardenal de Toledo,
un memorial, inspirado en sentimientos que no hemos de aqui-
latar en la presente ocasión, y apuntó en él los medios más
conducentes, á su parecer, para dar solución al problema mo-
risco.
Dice el Patriarca en el citado informe: «estando su mag. d
resuelto de echar los moros de toda España no convendría
hazerlo de una vez...» y con este motivo hemos de permitirnos
una ligera digresión, que á ciertps defensores de aquel prelado
no ha de parecer tal.
¿Quién fué el iniciador del proyecto de expulsión, tan com-
batido por varios escritores del pasado siglo? ¿Fué, acaso, el
patriarca Ribera? De las palabras transcritas se deduce lo con-
trario; además, no consta, que sepamos, entre los acuerdos de
las juntas celebradas por los consejeros de Estado, con anterio-
ridad á 1582, ningún informe de aquel prelado pidiendo la expul-
sión. Esta fué un bien ó un mal, ya procuraremos emitir nuestra
opinión, pero no consta que la idea primitiva de tal medida
partiese del integérrimo prelado de Valencia. Antes que el men-
cionado informe llegase á manos de Felipe II, había éste cono-
cido la opinión del ilustre D. Antonio de Herrera, la de la junta
celebrada en Valencia el año 1564 y probablemente la del padre
Francisco de Ribas (37). No por ello afirmaremos que la idea de
36) Vid. doc. núm. 25 de la Colec. Diplomát.
37) tCopia de un ftzrecer de fray francisco de Ribas de la orden de los
mínimos que dio en tiempo del Duque de nagera en que dize:
Que el principio de la conversión de los moriscos no fue con tanto fun-
damento como la calidad del negocio lo pedia por que se devian haver
hecho muchas mas diligencias que las que se hizieron y assi no tienen por
bastante solemnidad lo que se hizo con ellos.
Que la esperiencia a mostrado el poco fruto que se a sacado de los casti-
gos que se han hecho por que los moriscos no estiman la honrra sino solo la
hazienda y haviendo fcan poca esperanca de que se conviertan el porfiar
<|UO lo hagan no es mas que darles materia para que nos tengan en poco
pues al cabo los dexaremos vivir en su secta sabiendo ellos que nosotros
sabemos que son moros.
297
la expulsión fuese por ellos iniciada. Antes de ser expelidos los
rebeldes moriscos alpu járrenos, había experimentado el pueblo
español las consecuencias de la expulsión de los judíos en 1492,
y recordaba con fruición aquella medida, lo mismo que la toma-
da con la misma raza por Sisebuto.
La expulsión de- los enemigos del nombre de Cristo era para
los españoles de antaño una tradición encarnada en su manera
de ser y de pensar; la unidad política, como dice el Sr. Amador
Pues si se mira que es lo que puede ser adelante con tan poco castigo
dexandolos en su libertad y en sus comunidades creciendo el numero dellos
y que como sanguijuelas van chxipando el dinero y por uno que se les saca
sacan ellos 100 y si se offreciere alguna ocasión corre gran peligro de que
se levanten pues realmente son nuestros enemigos.
Que siempre a visto en los buenos edefficios apartar dellos las caballe-
rizas pajares y pólvora por la facilidad con que se prende fuego en ellas y
si estando el pajar y la pólvora tan lexos como eran las alpuxarras se en-
cendió de manera que nos puso en tanto cuydado que es lo que havemos de
temer pues el pajar y la pólvora esta en medio del Reyno.
Que antes de declarar su parecer dize que conviene mucho encomendar
este negocio muy deveras a nuestro señor con oraciones muy firmes y mas
sustanciales que pomposas hechas en los officios divinos y choros de reli-
giosos después de los maytines de media noche en las quales oras están los
ánimos de los religiosos mas en Dios y assi lo dezia el propheta in matul i ni. s
meditabor in te.
Y viniendo a dar su parecer dize que lo mejor de todo seria lo que abra-
ham dixo al rico abariento chaos magnum formatum est inter vos et nos
y que huviese mar en medio dellos y de nosotros como se hizo con los judíos
de españa con lo qual se remediaron los daños que dellos venían y que pri-
mero se abria de tratar con los señores representándoles los daños que les
pueden venir los quales va refiriendo.
Representa tres defficultades o yncomvenientes que en la execucion
desto podría haver y responde satisfaziendo a ellas y al cavo se vuelve a
affirmar en que aya mar en medio y por que no tiene esperanca de que se
aya de tomar este medio representa otro que parece de menor violencia y
es que se de un pregón Real entre los moriscos en que se les diga y noti-
fique que la voluntad del papa y de su M. d es dexarlos a su libertad que el
que quisiere baptizar a su hijo que le baptize y el que no no y que de los
que de su voluntad quisieren baptizar sus hijos se haga repiiblica a parte
y los que no sean del todo conoscidos por enemigos; y añade lo que le pare-
ce se debria hazer para asegurarse dellos y que seria bien darles libertad
para pasarse a Berveria los que quisieren y apunta las conveniencias que
desto se seguirían y concluye con que lo que importa es salir de un peligra
tan notable como el en que se esta con esta gente.»
Arch. gral. de Simancas— Secret. de Est., leg. 212.
298
de los Ríos, «no podía hacerse sin asegurar antes, como vínculo
general de las provincias, la unidad religiosa» (38), y esto, no
sólo en el siglo XV, sino desde que comienza la Reconquista, y
en el siglo XVI, y á principios del XVII y... en pleno siglo XX
continuarán los españoles netos pidiendo la unidad religiosa de
su nación para afianzar y consolidar la unidad política, la inte-
gridad de la patria, y soñarán tal vez en recobrar las posesio-
nes perdidas; pero sus sueños, sus aspiraciones, en la suposición
de que sean quiméricos é irrealizables, serán signos de una
tradición que tardará mucho en desaparecer del alma del ver-
dadero pueblo español, aunque haya quien abomine de las ma-
nifestaciones, no siempre abominables, del espíritu que informa
aquella tradición, digna de ser estudiada para aprender de ella
lo único que puede servir para rehabilitar verdaderamente, en
español y en cristiano, á nuestra querida y desventurada pa-
tria... ¡Sic est in fatis! como diría un discípulo del célebre deán
D. Manuel Martí.
Dejemos, pues, á un lado este género de consideraciones y
caminemos por la senda que nos hemos trazado, aunque em-
pedrada de documentos, fechas, citas y aclaraciones histó-
ricas. '
Mientras el conde de Vimioso recababa en la corte de Enri-
que III el favor para sentar en el trono de Portugal á D. Antonio,
y reclutaba soldados para una formidable expedición contra el
poder español en las islas Azores, recibíase en Lisboa un aviso
referente á delictos particulares que devieron cometer los moriscos
de Valencia (39) , y poco después , con fecha 5 de abril de aquel
año, escribía el marqués de Denia al Consejo de Estado afir-
mando que «los moriscos de Valencia biven publicamente en la
secta de mahoma», recordando «la desconfianza con que los mi-
nistros del evangelio trata van de la conversión de los moriscos
y apunta algunas cosas para el remedio y le parece que no se
38) Estudios históricos, políticos y literarios sobre los judíos de España,
página 195. Un vol. en 8.° mayor, de XXX-655 pags., imp. en Madrid por
M. Díaz y Conrp. a , año 1848.
39) Este documento se halla redactado a 10 de febrero de 1582. Acerca
de lo en él contenido, dieron su parecer el conde de Chinchón y Rodrigo
Vázquez.
Ardí. gral. de Simancas— Secret. de Est., leg. 212.
299
deven sacar del Reyno porque quedarían perdidas las rentas
reales y las de la yg'lesia y señores» (40).
No había de tardar el citado marqués en mudar de parecer,
según veremos luego, pero todo lo estudiaba el Consejo de Esta-
do, y cuando en aquel mismo mes envían sus informes los inqui-
sidores de Valencia y el patriarca Ribera, habían ya enviado
los suyos D. Lope de Francia y otros señores aragoneses (41),
obligando á reunirse á los prohombres del Consejo el día 19 de
junio para tomar acuerdos que revelan un próximo desenlace.
Indudablemente se trató ya de los medios para realizar la
expulsión, aunque sin revelar á nadie el acuerdo. Tan sólo se le
comunicó al Virrey de Valencia que enviase noticia al Consejo
«de las casas de moriscos y christianos viejos que entonces ha-
uia en aquel Reyno y la artillería, armas y municiones que hauia
en la casa de la Generalidad del» (42). Se habían ya estudiado
las «muchas cosas que parescio se devian prevenir en el Reyno
de Valencia para asegurarse de los moriscos» y singularmente
en «aquel verano» (43), pero no tardó en llegar á Madrid y á
Lisboa la noticia de que una «escuadra de cincuenta velas, man-
dada por Sainte-Soulaine, sale de Belle-Ile con treinta y siete
banderas de infantería francesa y cuatrocientos voluntarios a
las ordenes de Felipe Strozzi y de Brissac» (44), dirigiéndose
con rumbo á las Azores para apoderarse de la isla Tercera y
desde allí arrojarnos de Portugal. El rey Antonio, acompañado
del conde de Vimioso, iba á bordo, y, cuando el 16 de julio hicie-
ron frente los nuestros á mil quinientos franceses que acababan
de desembarcar en San Miguel y sitiar la guarnición española,
40) La copia de las dos cartas escritas por el marqués de Denia, se halla
en el Arch. y leg\ antes citados.
41) «Memorial que Don Lope de Francia presento a Su Mag.d en nombre
de los señores de vasallos moriscos en el reyno de Aragón, 1581», y «Copia,
de otro memorial y cartas escritas a Su Mag.d por los condes de Aranda y
de Belchite, D. Francisco de Altarriba y Alagon, D. Pedro Despes y D. Juan
Francés de Ariño, en el negocio de los moriscos de Aragón; Caragoca 15 de
Mayo 1581.»
Docs. existentes en el British Museum, vol. Eg.— 1511, núms. 1 y 2.
42) Arch. grál. de Simancas. — Secret. de Ést., lcg. 212.
43) Id., id.
44) El 16 de junio de 1582 salió la escuadra, y el 10 de julio ya se sabia
la noticia en Madrid. Vid. Forneron, lib. cit., pág. 295,
300
diríase que el trono de Felipe IT iba á sufrir tremenda sacudida;
pero la oportuna llegada de la escuadra que mandaba el mar-
qués de Santa Cruz, evitó que Strozzi recibiera los refuerzos
ingleses que esperaba, logrando señalada victoria, no obstante
la retirada, por no llamar traición, de los alemanes mercenarios
que obligaron á los tripulantes de los dos navios en que habían
hecho el viaje, á virar de bordo para llegar á Lisboa donde fue-
ron silbados (45).
Esta victoria de nuestra armada contribuyó á restablecer la
paz y la serenidad de ánimo en la nación, y singularmente en
los consejeros de Estado, que, no obstante la segunda expedi-
ción organizada por los Valois para arrojarnos de aquellas islas,
sin mejor resultado que la vez primera, consagraron de nuevo
su atención al problema morisco para resolverlo de una vez.
El 13 de septiembre de aquel mismo año celebraron los con-
sejeros Conde de Chinchón, Diego de Chaves, Rodrigo Vázquez
y el secretario Delgado una nueva junta, y oído el parecer de
cada uno, vistos los documentos presentados, y atendidas las
necesidades urgentes, no obstante haber transcurrido el verano
sin la temida invasión del turco, se ratificaron en los acuerdos
tomados el 19 de junio anterior. Y esto nos revela que el plan-
teamiento de la expulsión entraba en vías de hecho. Así pare-
cía reclamarlo la opinión representada por la mayor parte de
los que no tenían sus bienes afectos á los nuevos convertidos.
Agravábase, pues, la solución del conflicto; pero lo cierto
es, que reunidos los principales consejeros de Estado el 19 y 23
de septiembre de 1582, resolvieron comenzar la expulsión por
los moriscos valencianos (46).
45) Vid. las Cartas de Madrid publicadas por Morel-Fatio, y Forncron,
lib. cit., pág. 296.
16) «Lo que pareció sobre el sacar los moriscos del Reyno de Valencia
y del de Granada en la junta que se tuvo sobre ello a 19 de setiembre de
1£82 ni la qual concurrieron con el Duque de Alva, el Confessor, el Conde
de chinchón. Rodrigo Vázquez y Don Juan de ydiaqúez en que dize que
h,i\ iendose visto todos los papeles que h avian venido tocantes a los moris-
cos de españa y ha viendo platicado mucho sobre ello se resolvieron que
como cosa tan importante y necessaria se dcviau sacar con toda, brevedad
los moriscos de Valencia sin tocar por entonces a los do Aragón y Castilla
antes dándoles a entender (|ne no se ha de hazer con ellos aquello en quan-
to no dieran causa para ello y que con los de valencia se hazia por estar a
301
Pero aquella resolución, expresada ya en la minuta del real
decreto, anhelada por el monarca, por sus consejeros y por la
mayor parte de los prelados , y reclamada por la mayor parte
de la nación ó mejor diríamos por la opinión pública, no había
de tener cumplimiento. Comenzaron las restricciones, fundadas
en la prudencia; se acordó que fuesen expulsados paulatina-
mente y por regiones ; primero los valencianos , luego los res-
tantes, pero nada se llevó á la práctica.
La carta de Mateo Vázquez al secretario Delgado, fecha
el 21 de septiembre (47), manifestaba claramente los deseos de
Felipe II, y la opinión del Dr. Liébana, encargado por el Con-
sejo para estudiar los procedimientos que habían de emplearse
con los moriscos granadinos deportados á Castilla en 157-2,
venía en abono de lo acordado, aunque contribuía á robustecer
la marina y para que con mas justificación se pudiera hazer era bien que
precedieran las diligencias contenidas en el parecer que sobre esto se dio
a 19 de junio pero que pues aquello no se hizo convenia que sin perder ora
de tiempo se embiassen quatro o cinco personas a discurrir por el Reyno en
abito turquesco que entendiessen la lengua araviga para ynquirir y saber
si havian tenido o tenían intento y motivo de levantarse porque esta dili-
gencia se podia hazer en un mes y que presupuesto que se haga no se
entienda lo que esta dicho por la conveniencia y seguridad de los Reynos
se podia y devia executar el echar fuera dellos los que podian dar ocasión
a tan gran daño y que presupuesto que seria de ynconveniente meterlos la
tierra a dentro se devian llevar y echar en Berveria dexando acá los niños
baptizados de la edad que pareciesse para que sirviessen y por que los se-
ñores viniessen bien en esto de sacar los moriscos se les diessen de los bie-
nes y hazienda rayces dellos lo que pareciesse y que se tratase con mucho
secreto y brevedad y se podrían llevar a embarcar por denia y polope (?) y
otros puertos de aquella costa y llevarlos a desembarcar a la parte de oran
y mazarquivir y echarlos en tierra y que resolviéndose su M.d en la execu-
cion desto se podría tratar de que naves y recaudo seria necessario preve-
nir para ello; no ay resolución de su m.d sobre esto.
Ay otro papel intitulado lo que pareció en la junta de 23 de Setiembre
de 1582 en lo de los moriscos sobre que tampoco ay resolución de su mages-
tad en que se acordó que, convenia para executar lo que estava acordado de
sacar los moriscos de valencia hablasse su m. d a quatro o cinco de los prin-
cipales señores que tienen vasallos en aquel Reviro con mucho secreto per-
suadiendoles a que para su misma seguridad convenia sacarlos y que para
esto y lo demás que se buviesse de executar convenia que su magestad se
acercase a castilla.»
Arch. grál. de Simancas — Secret. de Est., leg. 212.
47) Doc. pub. por el Sr. Danvila, pág. 199 de sus Confs.
302
las dudas del monarca referentes á la región en que había de
ejecutarse primero la resolución tomada, pues muchos (48) de
aquellos habían regresado á Granada después de cometer crí-
menes y tropelías sin cuento, como refiere el Dr. Liébana.
El indicado Consejo acordó, en 29 de septiembre de 1582,
enviar á Granada una instrucción especial para expeler á los
moriscos que, contra lo mandado en las pragmáticas, se habían
repatriado (49); poco después mandaba el monarca que los tales
fuesen llevados á galeras (50), no obstante el parecer contrario
48) Vid. el doc. LXXXI de la Colee. Diplomát. de la obra cifc. del señor
Janer. Existe en el Aren, y lug. citados en la nota 42 de este cap. Además,
y en confirmación de lo contenido en el doc. mun. 23 de la Coleo. Diplomá-
tica, pueden verse los docs. insertos en las notas 50 y 52 del presente cap.
49) Doc. pub. por el Sr. Danvila, p*ágs. 20Í y 202 de sus Confs.
50) «Haviendo visto lo que aqui dezis y otros papeles que de lo tocante a
los moriscos del reyno de granada se an traído aqui que van con esta, me e
íir-uelto en que los moriscos del dicho reyno de granada que se metieron
la tierra adentro y an dexado sus aloxamientos y bueltose a bivir al dicho
reyno contra los vanaos y prematicas que se hizieron sobre ello, sean llebá-
dos a las galeras y asi convenía que con mucha brevedad se trate de la
forma que se terna para que con ella se execute esto y lo que paresce se
debria tener en la execucion dello es lo que veréis por unos apuntamientos
que se os embian, advirtiendo que si por escusar la violencia que podrían
hazer recoxiendolos en las galeras a que conviene tener tanta atención
hirviese alguna otra parte en que se pudiesen poner y encerrar con segu-
ridad es bien que se haga y asi se mire en esto lo que convenía y también
a que tiempo abrían de yr las Galeras a rrecevirlos sin que tuviesen oca-
sión de detenerse por la costa, pues no teniendo como no ay en ella puertos
suficientes para ellas y siendo invierno no podrían estar con seguridad si
no fuese en gibraltar puerto de S.ta M.a o cadiz esto creo que seria muy
lexos v si por (4 tiempo no pudiesen yr las galeras sera tuerca llevar «i estos
puertos los moriscos se mire la forma que se terna para hazerlo y a qual
dellos se liara con brevedad y seguridad para que las galeras estén en ellos
y todo so de mucha priesa a la execucion, que se (Hay un renglón que por
oslar id papel roto no se puede leer.) se me podian embiar luego los despa-
chos que conviniere que yo firme para ello, haziendolo todo con mucho
secreto y de lo demás que aqui se dize no ay que tratar por agora. — 2. en lo
que toca a lo de los moriscos del reyno de valencia por agora no ay que tra-
tar por algunas causas.— 3. lo dicho.— 4. estas cartas para que las Justicias
bagan execucion [de] laprematiea en los que estuvieren fuera de sus alo-
xamientos se podían despachar quando se finiere aviso que se a executado
lo de granada. (En la carpeta se lee «de Lisboa primero de Octubre 1582.»)
Copia íns. doc. mim. 127 de la Colee, del Sr. Danvila.
303
del consejero Juan Vázquez de Salazar (51); y, en primero de
noviembre de aquel año, escribe Felipe II á D. Pedro de Castro,
presidente de la Audiencia de Granada, dándole instrucciones
terminantes acerca de aquel enojoso asunto que tanto dio en
que entender á la Junta de población del reino granadino (52).
51) Vid. Janer, lib. cit., pág. 273.
52) «Al Presidente de Granada.
Licenciado p.° de castro, Presidente en la mi audiencia y chancélleria
que reside en la ciudad de granada y las otras personas que conoce en ella
os juntáis por mi mandado, a tratar de las cossas de la población y hazien-
da que me pertenesce por causa de la revelion y levantamiento de los mo-
riscos dése rreyno, después de scrita la carta mia que va con esta y la
instrucción que con ella se os embia de la orden que parece se deve tener
y guardar cerca de sacar dése reyno los moriscos que se an buelto a benir
y están en el me a parescido que como se dize en un capitulo de la dicha
instrucción que los dichos moriscos se rrecojan en la pai-te que fuere mas
conveniente y aproposito, advirtiendo que acá pareseia lo hera el ospital
rreal si como se entendía quedava dentro de la cerca que dizen se hizo por
causa de la peste. Pues es cierto estar el dicho ospital buen trecho fuera
de la dicha cerca en el rrecojer los dichos moriscos en el ternia mucho in-
conveniente. Hordenais que se rrecojan en las partes y lugares mas conve-
nientes y no haviendo otros que lo sean sino yglesias se recojan todos en
algunas dellas y de allí se saquen luego y lleven al dicho ospital atados y
con guarda para que no puedan tener inconveniente y alli podran estar ios
dichos moriscos hasta que con la brevedad que se os dize en la dicha ins-
trucción se lleven a las partes que en ella se declara y conforme a esto lo
haréis prevenir y executar haziendo que para su guarda haya la gente
necesaria por que no pueda subceder inconveniente de soltarse y huyrse
algunos dellos.
Lo que en otro capitulo de la dicha instrucción se os dize que haviendo
comentado a caminar los que se rrecogieren en el dia señalado se an de
buscar y prender con diligencia ios que no se hirvieren recogido y que los
que se hallasen de 17 años arriba hasta 50 útiles para las galeras se lleven
a ellas, sin embargo de se les haver puesto en el bando pena de muerte,
como se Uebaran si se ovieran recogido (esta asi bien) empero en lo que
dize el dicho capitulo que los que fuesen mayores de 50 años, y menores de'
17 y inútiles para el rremo se embien a sus aloxamientos dándoles la pena
que os pareciere, en lugar de la de muerte en que habrán incurrido confor-
me al bando, parece que la dicha pena de muerte, en losjnayores de 50 años
y menores de 17 como sean mayores de 14 se commute a que queden por es-
clavos y que en la dicha pena de servidumbre incurran asi mismo todas las
mugieres de 11 años arriva que no se ovieren recogido conforme al dicho
vando lo qual haréis executar asi dándome luego aviso del numero de las
personas que ovieren incorrido en esta dicha pena para que yo mande dis-
304
Mientras tanto habían sido suspendidas todas las disposicio-
nes encaminadas á la expulsión de los moriscos valencianos.
Diríase que un poder oculto detenía el brazo de la justicia real,
y, si fuésemos dados á creer en supersticiones moriscas, llega-
ríamos á afirmar, ó cuando menos sospechar, que el neguix y
menguix, ángeles negros de aquella raza, habían sido enviados
por Alan á la corte de Felipe con el objeto de que secaran los
brazos de consejeros y camaristas después de «haverles amena-
zado con la maya y garfios» (53), pero otros fueron los motivos
que indujeron al monarca á suspender la ejecución de las órde-
nes ya casi promulgadas, y un ligero examen de aquéllos ser-
virá de introducción al próximo capítulo.
poner dellos satisffaciendo a los denunciadores donde los huviere como mas
convenga a mi servicio, de lisboa a primero de noviembre de 1582.
Embiosc firmada de sil m.d a Jn. Vázquez de Salazar.
A la consulta de población, en lisboa 18 de noviembre 1582 [respondió
su mag.]
1.— que parece se deve embiar la carta que fue firmada que buelbe aqui
en que dize lo de las mugeres recogiéndose aquellas en otra parte de donde
se pussieren los ombres por que sino se hiziese a este tiempo y quedasen las
mugeres sueltas biendo llevar a sus maridos y padres cada una podría yrse
y esconderse donde quisiese. 2.— esta bien. 3.— que asi se haga. 4.— que es
muy conviniente que se junten a esto y por lo menos un dia de cada se-
mana.»
Copia ms. doc. núm. 128 de la Colee, del Sr. Danvila.
Véanse, además del doc. núm. 23 de la Coleo. Diplomát., los publica-
dos por Janer en su cit. lib., págs. 273 y 271.
53) Vid. núm. 15 de la Colec. Diplomát.
CAPITULO XII
Motivos que dificultan la expulsión de los moriscos acordada por
el Consejo en 1582. — Armada argelina en las costas de Valencia.
— Medidas restrictivas de la libertad de los moriscos. — A ins-
tancias DEL PATRIARCA RlBERA INCLÍNASE EL REY Á LA MISERICORDIA
Y TRIUNFA LA CONVERSIÓN POR MEDIO DE LA INSTRUCCIÓN.
ha de caber duda al lector imparcial, que estudie con
atenciófMos hechos de los moriscos españoles durante el
último tercio del siglo XVI, de la frecuencia y grave-
dad de las conspiraciones tramadas por los de aquella raza.
Verdad es, que la inquietud y el recelo que de ella se habían
apoderado llegaron á degenerar en desesperación, primero, y
en deseos de venganza, en anhelo de justificado desquite, poco
después. Y esta situación, ya lo hemos indicado, nos parece lógi-
ca, natural y necesaria. Al vencido que recela nuevas humilla-
ciones y mayores sacrificios, no hay que pedirle resignación si
de ella se prescinde en su ley religiosa, y los moriscos preferían
el Corán al Evangelio; es más, llegaron á concebir odio pro-
fundo á todo lo católico, por la sencilla razón de que para ellos
era sinónimo de español.
Es curioso observar que la base de toda conspiración moris-
ca contra la integridad de la patria era la propaganda reli-
giosa. Entusiasta aqiflel pueblo infeliz de las tradiciones de su
raza, persistía en practicar la fe muslímica á despecho del
poder real y del Santo Oficio; pero como la complicidad y fau-
toría implicaban transgresión más ó menos penable, de ahí el
T. I
20
306
motivo de formar cada familia, cada lugar de moriscos, una
sociedad secreta, digámoslo así, para esquivar la pena. Se les
veía huraños, esquivos, recelosos y siempre guardadores fieles
del secreto, cuya revelación equivalía á renunciar familia y
hogares, pues, era imposible seguir viviendo entre los suyos el
morisco delator de las prácticas muslitas. Por eso creemos que
semejante secreto era el alma y sostén de los trabajos políticos
llevados á un extremo verdaderamente pasmoso desde Francia,
Inglaterra, Turquía y Argel. Los enemigos que á la sazón tenía
nuestra patria eran muchos y poderosos, y cuidaban además de
proteger la emancipación de los moriscos españoles.
Las piraterías fomentaban aquellas conspiraciones; la pri-
sión y entrega al brazo seglar de Juan Izquierdo y Francisco
Rascón en 1581, como reos de haber conspirado, de acuerdo con
el turco, contra el poder real (1), no es un caso aislado; nues-
tros presidios de Italia y África, del propio modo que nuestras
posesiones de América, necesitaban fuerzas cuya distracción era
peligrosa en aquellas circunstancias, pues era preciso domeñar
la altivez de Drake, tras de la que se ocultaba la pérfida Albión
ansiosa de desgarrar el manto real del gran Felipe; Alejandro
Farnesio necesitaba á millares nuestros soldados para sofocar
las luchas civiles en los Países Bajos y evitar que los flamencos
recabasen el favor de Inglaterra, y la leyenda de haber resu-
citado el rey D. Sebastián y la peste que á la sazón diezmaba
nuestro ejército en Portugal, reclamaban con urgencia nuevos
refuerzos para no perder nuestra corona el trofeo de la victoria
alcanzada por el gran duque de Alba.
En aquellas circunstancias, y cuando los perjuicios irroga-
dos á la agricultura, industria y comercio por la falta de ope-
rarios y por el aumento de la alcabala hacían presagiar á
1) Entro los cómplices do esto abortado levantamiento, para ol que habia
sido nombrado jefe ó reyezuelo Juan Izquierdo, figuran Juan Compañero
(sic), Luis Monferriz, el renegado Faraute y otros muchos de apellido Pege
v Navarro antiguos moros <i<i reyno. Vid. Guadalajara, lib. eit., t'ol. 60, 1»,
5 siguientes; Danvila, Confs., pág. 195, y en el British Museum, sig.
Eg-1507, iii'iiii. :!'■> el sig. doc. «Declaration made by Luis Moreno, ol' Nuez
in Aragón respecting bhe intended riaing of the moriscos of theat Kingdom
in combinación with an invasión of the Algerine moors. 14 diciembre
de, 1582>. Vid. además, á Janer, lü>. eit., págs. 57 y 160.
307
Felipe II una terrible crisis financiera, fueron suspendidos los
acuerdos tomados por el Consejo de Estado en 1582.
¿Fué prudente esta resolución del monarca? En el orden eco-
nómico creemos que fué admirable más que prudente; en el
político opinamos de igual manera, y en el religioso nos atre-
vemos á decir por ahora que no fué imprudente. ¿Correspon-
dieron los moriscos á tamaño -beneficio? Desgraciadamente no.
Continuaban las funestas inteligencias con el príncipe de Bear-
ne, encargado de facilitar á los moriscos el tránsito para Argel
y de comprometer la paz en nuestra patria, según depusieron,
entre otros, Juan Jerónimo Paternay en presencia del virrey
de Aragón el día 8 de noviembre de 1582 (2); continuaban los
de aquella raza dispensando protección á los piratas turcos, y
singularmente al corsario Morató Arráez (3-); esperaban que
en 1583 sería arruinado el trono de Felipe bajo los golpes de las
cimitarras tunecinas y argelinas, según vimos, y ondearía el
estandarte de la inedia luna sobre las almenas de las torres
construidas por sus antepasados; y ciegos, en su desesperación,
y reaccios á someterse á los edictos de gracia, y confiados en la
pronta realización de sus profecías, y sedientos de venganza, y
aprestados á la lucha encarnizada, esperaban unidos y sin otra
disciplina que la infundida por la rabia y el odio más profundo
á todo lo cristiano viejo, divisar en dirección al alquible una
centella, una chispa que les anunciase el próximo arribo de la
armada turca, para lanzarse como leones sobre sus irreconci-
liables enemigos y destruir la unidad política que tanta sangre
y tantos ríos de oro había costado á los españoles del siglo XV.
Felipe II no podía contemplar en actitud pasiva aquella con-
ducta execrada por la pública opinión, y, aunque su carácter le
hubiese inducido á la paisericordia, que en aquella sazón resul-
taba funestísima, vióse obligado, después de contemplar los
escasos frutos obtenidos en el reino de Valencia por los minis-
tros encargados de la instrucción de aquella gente, á renovar
las medidas de rigor y suspender previamente, por conducto del
Santo Oficio y con fecha 17 de mayo de 1583, los edictos de
2) Vid. Janer, lib. cit., doc. LXXX de su Colee. Diplomát.; Danvila,
págs. 201-203 de sus Oonfs. y el doc. núm. 26 do nuestra Colbc. Diplomát,
3) Danvila, Confs., pág. 202.
308
gracia que se hallaban vigentes en Aragón, Valencia y Ca-
taluña.
No podían decir los consejeros de Estado que el negocio de
la conversión por medio de la instrucción se hallaba en Valen-
cia abandonado. Desde la toma de posesión de aquella sede por
el patriarca Ribera, se había trabajado con verdadero espíritu
apostólico, aunque luchando contra la ingerencia de los señores
de vasallos moriscos; aquel prelado «hizo que muchos padres
de la Compañía de Jesús y de otras religiones les visitasen y
predicasen, con cuya diligencia vino a descubrir su enfermedad
y hallaudolos depravados y bisónos en la milicia de la fe, hizo
una larga y compendiosa instrucción para los predicadores y
curas, mandando que todos los domingos les explicasen el Cate-
cismo; acudiendo para los obreros el año mil quinientos setenta
y seys con pensión perpetua sobre el arzobispado, de dos mil
dozientos quarenta y ocho ducados» (4). En Aragón y en Cata-
4) Fr. Marcos de Guadalaj., lib. eit., fol. 60. Y á mayor abundamiento
véanse los siguientes documentos originales que nos facilita nuestro exce-
lente amigo D. José Rodrigo y Pertegás, investigador meritísimo de los
fastos de la medicina valenciana.
I
«Dissapte a XXVIIII del mes de Marc del any M.D.LXXVIII.
Den Saubat dureta per ell donam comptants a Joan esquíenlo dosceiitcs
setanta una liura dihuyt sous quatre diners, dixeren son per tant domas
que dona pera casulles a les rettorie» deis nous convertits = CCLXXl ¿t;
XVIII s. IIII.
t
Dissapte a XXVI de Abril, any M.D.LXXVIII.
Den Saubat dureta per ell donam comptants a mos. Joan de Echavaguzia
cent liures un sou dixeren son per tantes ne paga de comptants al rettor
del collegi de la Companya de Jbs. de Val. a pera quatre pares ab sos ger-
mana que van a instruliir y amostrar la doctrina christiana ais nous con-
vertits del árchebisbat de Val. a =C ájls,
T
A uniucrses e sengles persones ais quals la pnt. pervendra certilique yo
Gaspar joan bonaventura (jabata, aotarj he vist e regonegut los libres
de la taula de la 'lila ciutat (Valencia) e per inspeccio de aquells (racional
y oficiáis) fcrobe: Que lo RM mossen Saubal de ureta, preveré, tenia en
la taula de val.* en muí credit hnyt niilia liures les quals íins lo pnt. dia Jes
ha tengudes en dita taula, de les quals en diversos dies y diversos partides
ha giral per obs deis nous eonvertits del pnt. regne de valencia, summa de
309
luna se imitaba el ejemplo; diríase que á la cruzada de las armas
llevada á cabo desde Pelayo hasta los Reyes Católicos, había
sucedido la cruzada de la instrucción, pero ya dijimos que los
frutos no correspondían á los deseos del monarca ni á los de los
prelados.
A este propósito refieren varios escritores que el padre Var-
gas, compañero de misión del obispo de Sidonia, predicando á
los moriscos de Riela y «viendo el poco fruto que producía en
sus corazones la semilla fértil del Evangelio, como en profecía,
dixoles predicando: Pues no queréis dar en la cuenta ni arrancar
de vuestro endurecido cor agón essa infernal y maldita secta de
Mahoma; sabed que oy ha nacido en España, el principe que os ha
de echar de ella» (5). Y por cierto que el nacimiento del que
había de ser Felipe III, en el mismo día 14 de abril de 1578, da
visos de profético á aquel vaticinio, pero no cejaban en su pro-
pósito los sarracenos, que así podemos llamarles, pues ya hemos
visto que las repetidas conspiraciones y piraterías obligaron á
Felipe II á suspender los edictos de gracia (6).
Mil cent setanta dos liures dotze sous fins a XXV del pvopassat mes de se-
tembre. En lo qual dia de XXV del dit mes de setembre lo dit R. nt mossen
Saubat de ureta, preveré ha girat per la dita taula a si mateix y a solta del
111. m Patriarca archebisbe de Val. a pera distribuhir en gastos fahedors per
obs de les sglesies, fabriques, ornaments y altres coses tocants a la conver-
sio deis novament convertits del archebiSbat de Val. a sis milia huytcentes
vint y set linres hnyt sous restants de dites huyt milia liures y en lo pnt.
dia están en dita taula pera dits obs. E perqué a totes les dessus dites coses
en quansevol loch cumplida fe hi sia donada yo dit notari aci me sotascrich,
lo primer de octubre M.D.LXXVIII, e pose mon acostumat de art de nota-
ria sig-Hie.»
Docs. autóg., 4 boj. en fol.
5) Vid. Juan Ripol en su Dialogo de consuelo por la expulsión de los
moriscoi de España: un vol. de 20 foj. en 4.°, imp. en Pamplona por Assiayn,
año 1613; Guadalajara, lib. cit., fol. 60, y en la Quinta parte déla Hist..
Pontifical, del mismo autor, pág. 128. Un vol. en fol. de 584 pág. de texto
y 32 de índices de las cosas notables, imp. en Barcelona por Sebastián Cor-
mellas, año 1630.
6) En un borrador de comunicaciones del Santo Oficio se lee este párra-
fo en una de 4 de mayo de 1583:
«Por la de V. S. de 19 del mes de noviembre de 82,, nos mando que el
edicto de gracia concedido a los renegados que viniesen de Berbería se
estienda asi para los moriscos como para los cristianos viejos; y ara dos
años que se pasaron a Berberia mas de 40 personas moriscas que vivían en
310
A los montes de dificultades, en expresión del padre Guadala-
jara, con que en el terreno político había tropezado el monarca
para realizar la expulsión, añadíanse otras no menores en el
terreno religioso, afectando, por lo mismo, á la conciencia
severa de aquel á quien sus historiadores atribuyen la frase:
«vale más no gobernar que gobernar sobre herejes».
No bastaban á Felipe II las razones aducidas en diversos
memoriales por el padre Bleda para tranquilizar su conciencia
en orden á «si avia obligación de hazer guardar a los moriscos
de sus reynos la fe cathoiica», y con este motivo consultó á di-
versos prelados, pero en atención á que los de aquella raza
repetían en sus quejas que «no estavan obligados a esto, por
aver sido babtizados invitis parentibus, fué consultado, entre
otros, el doctor Otadui, siendo cathedratico de Prima en Alcalá
y después meritamente obispo de Avila», respondiendo lo mismo
que defendían los teólogos más doctos de aquella época (7).
Polope y Callosa y su comarca que todo esta en la ribera de la Mar, y ara
medio año que dellos volvieron ocho moros moriscos a sus pueblos y andu-
vieron por las montañas algún tiempo hasta que el Visorrey les perdono
remitiéndolos a este Sto. Oficio, pero paresce que estos no abrían de vivir a
la lengua del agua como hasta aora, sino apartados seis u ocho leguas. V. S.
proveerá lo que mas convenga y aqui solamente se les ha rescevido sus
con lesiones mandándoles que dentro de dos meses deprendan las 4 oracio-
nes y doctrina X.na y que vuelvan para darles la absolución a los que ;in
confesado intención, ntro. S. r etc. En Valencia a i de mayo 1583— Carate,
Arganda, Valdes.»
En otra de 3 de junio decían: «Por otra carta de 17 del pasado nos manda
V. S. que por agora se sobresea en admitir a edicto de gracia a los cristia-
nos nuevos de moros de Valencia, Aragón y Cataluña que Aviniesen a con-
Eesar sus errores de Berberia y que solamente se use del con los cristianos
viejos y ;isi se hará.
Arch. (¡ral. central— Inq. <le Valencia, leg. 510.
Y en la misma sección del referido archivo, leg. 5, hay un libro conte-
niendo bis minutas de abundante correspondencia referente al mismo tribu-
nal del Santo Oficio. Del referido libro, fol. 3, entresacamos las siguientes
noticias referentes á la mencionada suspensión de los edictos de gracia.
Madrid 9 de julio de 1583. — Los señores del Consejo mandan suspender
el edicto de gracia en favor «de los cristianos nuevos de moros dése reyno
(Valencia) y del de Aragón y Principado de Cataluña que viniesen volun-
bariamente de Berberia, a confesar sus herrores, pues se siguian conve-
nientes e inconvenientes.
Ti Defendió el l>r. Otadui que Felipe TI tenia obligación de hacer guar-
dar las prácticas de la fe católica á los moriscos españoles y añadió estas
311
Prudentemente asesorado el monarca, ratificóse en la idea
propuesta por santo Tomás de Villanueva al Emperador, su
padre, y dióse á buscar el medio de que, á lo menos en lo exte-
rior, cumpliesen los moriscos las levos que constituían la uni-
dad religiosa en nuestra patria.
Alentábale á esta empresa la tenacidad de los de aquella
raza en evadir por todos los medios el espíritu de innumerables
pragmáticas, ora en Aragón llevando armas, prohibidas por
edicto de los inquisidores de Zaragoza á 4 de noviembre de 1559
y repetido por los virreyes de aquella región, ora en Valencia
cometiendo tropelías y favoreciendo con temeraria osadía una
poderosa armada del rey de Argel (8), ora en Granada y en
palabras que revelan el espíritu de la opinión, no sólo popular, sino de los
centros universitarios: «Si acaso los Señores de vassallos moriscos le dixe-
sen a V. Magestad un refrán antiguo en España: Mientras mas moros mas
ganancia, advierta que ay otro mas antiguo y mas cierto que dize: De los
enemigos los menos. Y si estos dos refranes o adagios que entre si parecen
discordantes quisiere concertar vendrá muy a cuento: Mientras mus moros
muertos mas ganancia y entonces serán de los enemigos los menos.» Gua-
dalajara, ob. cit., fol. 61, b. Vid. además á Fonseca en lodo el libro VI de
su cit. obra Justa expulsión.
8) «S. C. R. Mag.d
A V. Mag. d di razón por carta de 23 del pnte., demás de la que por las
passadas havia dado del apercibim. que estava hecho en este Rey" para
su guarda y deffensa particularmente en la costa del, y de como me havia
llegado aviso del conde de Miranda visorrey de Catt. a de hauerse descu-
bierto alia veintiquatro navios de Argel y que h avian echado gente en
tierra para sobre Cadaques, y de (piando luego después fueron descubiertos
desde Peniscola, seys millas a la mar, y aunque algunos marineros juzga-
ron que hivan la buelta de Yviza fueron luego descubiertos de Cabo martin
y de allí costa a costa llegaron a otra punta llamada Capnegrete sin echar
gente en tierra, y llegados al paraje de Villajoyosa fue a topar con las
galeotas una nave que venia de Alicante con trigo aventurero a esta ciu-
dad y la tomaron, después de haver peleado algunas horas, y de allí vinie-
ron a Benülorme y echaron gente por los dos lados del; el capitán clon luis
de Ribera questa allí con su comp. ;i salió a los enemigos y ayudado de una
de las eomp.as ordinarias do cavallos los hizo retirar y bolver a embarcarse,
por donde se vee que ha sido de effecto tener allí aquella companyia; acer-
cáronse a la Torre de Altea, de donde la gente de Guarda ordinaria que
alli sta y la extraordinaria que después que tuve aviso que salió el Gover.or
de Argel puse de la tierra a costa de los lugares convezinos, se apercibió a
la deffensa y tirando la artillería se entiende que fue causa de no ernpren-
della. Los moros de alli se fueron a una isleta frontero de Benidorme y
312
Castilla, según se desprende de los documentos que en otro
lugar publicamos.
vidose que toda la noche hizieron fuego las galeotas para dar aviso a lo
que se entiende a los moriscos de la tierra, con quien se vee que stavan de-
concierto porque la mañana siguiente que fue a los 24 deste muy de manya-
na se llegaron a hazer aguada en una cequia que sta cubierta a la Torre de
Altea y no se les pudo impedir, y allí baxaron algunos moriscos de aquellos
lugares, y particularmente del lugar y Baronía de Callosa -que possee don
Miguel de Moneada y guiaron a los moros por camino cubierto y despobla-
do que en numero me refieren que serian Mil para la dicha Callosa que
dista de la mar una legua; es aquel lugar y los otros convezinos todos de
moriscos, subió alia el mismo Gover.or de Argel y emprendió de entrar el
castillo de la dicha Callosa y algunas casas de Xpanos (roto el original) el
cerco del propio castillo y lo uno y lo otro se deffendio, con lo qual y con
asomar [algunos?] socorros que por mi orden hiva embiando el Gover.° r de
Xattiva de gente de la tierra se retiraron aunque los siguieron a lo que
hasta agora se entiende todos los vez. os moriscos de quatro lugares peque-
ños de la Baronía y del lugar de Polope que posee Don luis fajardo con sus
mugeres y hijos y la ropa que han podido llevarse; lo demás y otros mue-
bles tiene orden el Gover.or de Xattiva de recogello para que ste a drecho
de cuyo fuere, y embarcados todos aquella tarde se hizieron las galeotas a
la mar sin haver hecho otro danyo.
Los socorros de la gente de la tierra acudieron harto bien y aunque
como tengo scrito a V. Mag. d yo havia dado orden al Comiss. Gutierre de
Vega de Vargas que llegasse (sic) las companyias de su Comission hazia
Alicante para la embarcación dellas como V. Mag. d lo havia mandado, le
ordene luego en tener el aviso de barcelona que las arrimase mas a la ma-
rina para deffensa de la costa y acudir donde fuesse menester, pues como
quiera stavan cómodas para la embarcación y hasta agora no tengo res-
puesta del, ni aviso que haya acudido a esta occasion, mas que la gente de
la tierra.
En Callosa mataron un turco los xpanos del Castillo y a Altea [prendie-
ron] un toreado romano de nación el qual me scriven que ha dicho que en
(roto el orig.) y en la costa de Genova han hecho mucho danyo estas galeo-
tas, hago[le?] venir aqui para interrogalle.
El Gover.or Don Ju.° quintana me scrive de Alicante que retiro las Mon-
jas de la S.ta Verónica a aquella Ciudad, y que apercibió los lugares de la
huerta della como se lo tenia ordenado, y que llegaron alli dos galeotas a
tratar del rescate de la nave y que se concertó en siete mil ducados el
buque, piezas de bronze, trigo y la persona del capitán sola. Dizeme tam-
bién que andando en el trato entro en las galeotas un marinero catalán a
hablar con otro renegado también catalán conoscido suyo, el qual le dixo
que las galeritas hirian a yvica con fin de passados algunos dias tornar a
esta costa a hazer el danyo que puedan, y porque la gente de la tierra se
pueda holver a sus casas con apercibim. de acudir siempi-e quesea menes-
ter, pienso poner dos companyias, la una en Villajoyosa que attienda al
313
No eran vanas las esperanzas de nuestros moriscos fundadas
en la próxima llegada de una escuadra argelina; los documen-
socorro de Benidorme, Altea y Castillo de Callosa, y alojar otra en Benissa
y Tablada, por ser Benissa a lo que refiere el toreado romano uno de los
puertos que este Gover.or de Argel tiene amenazado, y tener yo por otras
partes el mismo aviso, y que los de Señija que es un lugar de moriscos
junto a Benissa havian offrecido al dicho Gover.or d e Argel de entregalle
la dicha Benissa y dalle tres mil ducados porque los embarcase a ellos. He
comunicado esto con Don Hierony. Corella como V. Mag.d en otras occa-
siones me lo ha mandado con quien comunico muchas cosas del servi. de
V. Mag. d y ha parecido que se eche mano de diez o doze moriscos de los
del lugar de Senija los mas ricos y mas emparentados, y assi he dado orden
a Don Pedro de Moneada veedor general de la costa que los prenda y
trayga al Castillo de Guadalest que sta alli cerca y ordeno al Aleayde del
que los tenga muy guardados y lo staran hasta que yo entienda que esta
armada se haya buelto a Argel, y se continuaran también hasta entonces
todas estas extraordinarias dilig.as y quando las galeras de Spanya vengan
por estas companyias, las dos que V. Mag.d ha mandado que queden aqui
servirán en los puestos que tengo dicho durante esta occasion.
La parte de levante esta ansi mesmo prevenida quanto en la gente de la
tierra, y las comp.as de la Comission de Alonso lopez de obregon se han
baxado a la marina para deffenderla en caso de necessidad, y también para
embarcar como V. Mag. d lo tiene mandado.'
A los 21 deste por correo en dilig. a di aviso al Correg.or de Cartagena
de la venida destas galeotas, para que se lo dijese al adelantado Don Martin
de Padilla en llegar alli con las galeras de Spanya y también he despacha-
do desde Denia una barca armada al Gover.or de yvica y embradole car-
tas al visorrey de Mallorca y Gover.or de Menorca avisándoles de lo mismo.
G.de y alargue n.o s.r etc. De Valencia a 27 de julio 1584.»
Este doc, salvado de una pérdida segura por el verdadero erudito don
José Rodrigo y Pertegás, perteneció á uno de los libros de la Curia civil de
Valencia, en donde parece que se hallaba registrado. La importancia de las
revelaciones que en él hace el Virrey de Valencia á Felipe II nos releva de
añadir ningún comentario.
En confirmación del contenido en el cit. doc. véase lo siguiente que re-
vela el daño hecho por aquella armada argelina.
4-
T
«S. C. R. M.
Doña luisa de moneada muger de don miguel de moneada dice: que el
año pasado el governador de argel vino a la costa de valencia con 23 vaxe-
les y que desembarcando en el Rincón de las peñas del Alvir subió a callo-
sa lugar suyo con 1800 tiradores y que estando alli todo el dia, parte de
voluntad y parte por fuerza, se llevo todos los moriscos que en dicho lugar
y otros dos que se llaman micleta y algar también suyos auia sin dejar en
ellos casi persona sino fueron los christianos viejos de callosa que se reco-
314
tos que aportamos en corroboración de este aserto, desvanecen
toda duda que pudiera abrigar el más optimista, y refutan la
gieron en el castillo y se defendieron como ombres de bien y que este daño
no le viniera si su marido estuviera en su casa y no ausente de ella sirvien-
do a V. M. porque hiziera lo que otras veces ha hecho en semejantes oca-
siones de subir mili y mili y quinientos moros a callosa sin poder llenarse
la tierra porque en hauer vaxeles por aquella costa de tanta importancia
que pudiesen hacer lo que an hecho el dicho su marido se yva a callosa y
se metía dentro del Castillo con 50 o 60 arcabuzeros amig'os a do haciendo
venir los moriscos les tomaua todo el oro y plata y cosas ricas que tenian y
las ponía dentro, a do asi mismo hazia quedar en rehenes a los moros mas
principales y a los hijos y mugeres de los otros con lo cual en dos ocasiones
semejantes que intentaron esto salvo la tierra y (roto el papel) huviera
hecho esto si estuviera en su tierra como esta dicho y dice asi mesmo que
después de oydos los vasallos haziendo sus procurfidores della comodidad a
los christianos nueuos que querían venir allí la tenia ya poblada como
antes y que teniéndola asi poblada en virtud de una pregmatica le manda-
ron que la despoblase y que asi la ha despoblado y tiene la dicha tierra
despoblada en grandísimo daño de su hacienda y en desservic,io de V. mag. d
porque cierto sera de su desservicio tener aquella despoblada porque te-
niéndola despoblada, los del castillo de bernia no teman ningún servicio y
lo pasaran mal y aquellos territorios y términos de dichos lugares estando
despoblados serán una cueva y castillo de salteadores y ladrones y paso por
donde todas las morerías de la valí de guadaleste y confrides y todos los de
aquel contorno subirán y baxaran a la mar sin ser vistos y que asi conviene
al servicio de V. mag.d que aquellos lugares se pueblen y que aunque para
esto pudiera suplicar a V. mag.rt con mucha razón le hiziera merced de la
ropa que tomo la Regia corte (?) de estos moriscos que le deuian y no le
hauian pagado sus rentas, como lo hizo y lo alcanzo el duque de maqueda
quando se fueron los de elche, o alguna ayuda de costa como se dio al
conde de almenara no quiere pedirlo, sino ella a sus costas fortificar y
poblar el lugar principal que se llama callosa de cristianos viejos con tal
que V. M.d le haga merced de darle licencia de dejarle poblar los otros dos
pequeños de micleta y algar de christianos nueuos y esto con esta iimita-
rinn que si alquil morisco viniere allí a poblar que su dueño o de quien era
a ules vasallo le pidiere le haya de hechar de allí alo que se obliga con
pena de 500 ducados por cada morisco que siendo requerida ella, o sus pro-
curadores que le eche le tenga sin echaide dos días y que esto sera servi-
cio de Y. mag. d y en grandísimo beneficio y merced suya.
En la portada del precedente documento leemos:
t
«S. C. R. M.
1586
I). M Luisa de moneada,
que se escriba al virrey y con intervención de los del consejo y abogado
315
afirmación de algunos historiadores que acusan al monarca, á
sus ministros y al pueblo verdaderamente español de abrigar
sospechas infundadas respecto del arribo de aquella poderosa
armada que se divisa en aguas de Cataluña y llega poco des-
pués hasta hacer aguada cu varios pueblos de las costas valen-
cianas. Si la previsión del conde de Aitona, virrey de Valencia,
no hubiese acudido á rechazar á los moros que, después de
alguna escaramuza con nuestras tropas, se llevaron todos los
moradores de varios pueblos de la baronía de Callosa, es indu-
dable que las esperanzas de los moriscos hubieran tenido tan
real como funesto cumplimiento.
Transcurrido aquel amago de tempestad, proseguían los mo-
riscos más tenaces en la práctica de sus ceremonias, y sus ali-
mes y alfaquíes mantenían en sus secuaces el fervor muslímico
más acendrado.
Tal situación era insostenible, pero nadie podrá acusar á las
autoridades que condenaban, en aquella sazón, los enterramien-
tos y otras prácticas á la morisca, no porque constituyeran
éstas un delito de lesa majestad ó de lesa patria, sino por ser
conducentes á semejantes delitos y como expresión fiel de los
mismos en el ánimo de los que tales prácticas celebraban en un
país donde se hallaban solemnemente prohibidas. La obstina-
ción era evidente y contra ella habían de estrellarse todas las
medidas que se dictaran, ora de rigor, ora de blandura, para
conseguir la fusión por medio de la instrucción. ¿Había de acep-
tar el poder real, en aquellas circunstancias, el statu quo? La
nación española no era partidaria de esta solución, y por eso el
monarca dio severas instrucciones al conde de Villanueva de
Cañedo (9), y ordenó, con fecha 13 de febrero de 1583, que re-
gresen á su destino los moriscos expulsos de Granada que no
obedecieron las pragmáticas, y en 21 de enero de 1584 renovó
la prohibición de llevar arcabuces, pedernales y otras armas,
fiscal y patrimonial con relación o copia de este memorial para que recono-
cidas las prematieas y ordinaciones que hay en aquel reyno concernientes
íil habitar o mudar sus domicilios en tierras mas cerca del mar, adviertan
y avisen de lo que les parece que acerca lo contenido en el memorial se
podría y deuria hacer. — Frigola, Vicecancelarius.»
Ms. original íiúra. 247 de la Colee, del Sr. Danvila.
9) Doc. procedente del Arch. de la Casa de Alburquerque y publicado
por el Sr. Danvila, págs. 203 y 204 de sus Confs.
316
cuyo uso se había generalizado con escándalo de las gentes
pacíficas. En esta sazón escribía el licenciado Antonio de Cór-
doba de Lar a á Felipe II diciéndole que «debia fortificarse
Toledo y reunir armas para equipar 300.000 hombres; sacar los
moriscos de Toledo y enviarlos a Sayago, y en su lugar poner
labradores cristianos viejos de los lugares comarcanos, que fue-
sen mozos recios para que sirvieran de soldados mosqueteros y
guardasen la ciudad y se ejercitaran las fiestas en cosas de gue-
rra y los dias de trabajo labrasen las heredades... y esto que
S. M. ha de hacer con los moriscos v que vienen de Toledo debe
hacer con todos los moriscos del Reino, que es echarlos a Saya-
go, que es tierra flaca y lexos de la mar, y allí perderán la
ferocidad y orgullo que tienen ele las victorias que alcanzaron
en la rebelión pasada, y esparcirlos por el Reyno fue cosa daño-
sa y peligrosa» (10).
No eran temores soñados los que embargaban el ánimo del
monarca; no eran quejas infundadas las que lanzaban los vasa-
llos cristianos contra los inquietos moriscos. De ello nos ates-
tiguan las repetidas informaciones que daban al Rey y á su
Consejo los hombres más doctos, los cuales, si no coincidían en
los medios de dar solución al conflicto, coincidían en estimar la
gravedad de aquella situación. Tan pronto como se apelaba al
perdón y tolerancia, surgían las conspiraciones; y, si se apelaba
al rigor, crecía el odio entre los de aquella raza contra los cris-
tianos viejos y llamaban en su favor á la armada del rey de
Argel, que se atrevía á recorrer la costa de Valencia (11). Per-
suadido el monarca de que las inquietudes á que daban lugar
los moriscos de Aragón y Valencia eran efecto de la permanen-
cia entre ellos de tres mil moriscos granadinos (12), ordenó, en
18 de enero de 1585, al conde de Aitona que mandase ahorcar
seis, de entre estos, que, faltando á las pragmáticas, hubiesen
a lian donado los lugares de Castilla á que se les había destinado
después de las últimas revueltas de la Alpujarra. Mandó tam-
bién que regresaran á Castilla los demás y no lo haziendo, pása-
10) Danvila, Confs., pág. 205.
11) Vid. Danvila, Haedo y Alberto Circourt, obra cit., t. III, pao-. 170
y siguientes.
12) Carta de S. M. al conde de Aitona, fecha en 29 de septiembre de 1584.
Doc. publicado por el Sr. Danvila, pág. 205 de sus Confs.
317
dos dos meses desdel día que se publicase el dicho vando, todos los
que dellos se hallaren en ese Reyno serán aorcados, como los seys
que esta dicho lo han de ser luego (13).
Indudable nos parece que esa real orden vino á ser una nota
discordante en el concierto de paz y de misericordia que inspiró,
al parecer, la concordia de 1571, pero ¿nos será lícito afirmar
que la citada orden fué una gran equivocación? ¿No debiéramos
creer que la equivocación estuvo en firmar la concordia? Esta,
en 1585, no tenía otro carácter que el de un hecho consumado
y contrario á los deseos de la nación. El legislador debió de
convencerse del yerro que parecía representar la promulgación
de la concordia en el terreno político y religioso, aun cuando la
situación de la hacienda española fuese deplorable y merced á
sus exigencias (14) hubiese tolerado la nación el modo de reunir
50.000 sueldos cada año, que no sabemos si iban directamente
á ingresar en el tesoro público. Con los rendimientos de la alca-
bala y singularmente con el patriotismo de los españoles, pudo
Felipe II afrontar las necesidades consiguientes á las guerras
en el exterior y á la organización de la Armada invencible; y
aunque la firma real puesta al pié de la concordia no implicaba
humillación alguna ni menoscabo del celo religioso del monar-
ca, pudo éste derogar de hecho el contenido de aquellos capí-
tulos y, atendiendo á los deseos de la nación, aplicar medidas
de rigor contra los moriscos, no ya por ser tales y practicar las
vedadas leyes muslímicas, sino por transgresores de las prag-
máticas ordenadas para regularizar la repoblación de Granada
y fijar la de Castilla con los expulsos granadinos. Sin embargo
de todo, no consta, dice el Sr. Danvila, que aquellas tan terri-
bles penas se cumpliesen, y hasta creemos, con el referido his-
toriador, que el plazo de dos meses concedido por el Rey á los
fugados se hizo público para atemorizar y poner miedo en el áni-
mo de los moriscos (15).
Hemos disfrutado una «Relación de las causas que se deter-
minaron en el auto publico de fe que se celebro por el Santo
Officio de la Inquisición de Aragón en la plaga del Mercado de
la ciudad de Qaragoza, jueves a 6 de junio de 1585», y en ella
13) Vid. un frag. de esta carta en las Confs. cita., pág. 206.
14) Dr. Haebler, lib. cit., cap. VI.
15) Confs., pag. 207.
318
sólo vemos, entre las" seis personas relajadas al brazo seglar, á
Adriana Garcerá, hija de cristiano viejo y esposa de Juan Royo
morisco, por relapsa en los errores de la secta de Malioma (16).
De los cinco restantes, cuatro eran reos del crimen nefando y
uno luterano. En lo que intervino el Santo Oficio, fué en la
reclusión de los moriscos turbulentos de Ornadlos (17) y en el
castigo de otros sospechosos de herejía (18).
No tardó Felipe II en apelar de nuevo á la conversión por
medio de la instrucción. Este cambio ¿fué espontáneo? ¿Fué,
acaso, impuesto por la influencia de los señores de moriscos*? Si
tal hubiese acaecido y la intención de la nobleza fuese el logro
de la conversión sincera, aplaudiríamos á los iniciadores de ese
cambio de política. Indudablemente, en el reino de Valencia
había adelantado muy poco la instrucción, ora fuese por la obs-
tinada resistencia de los moriscos, ora fuese por la falta de pre-
dicadores, según alegaban aquéllos, ora fuesen ambas cosas.
Necesario era, pues, apelar de nuevo á la instrucción para que
las causas alegadas por los de aquella raza desde los primeros
años del reinado de Carlos I, no fuesen paliativos que justifica-
sen la obstinación, so color de ignorancia, en que hasta enton-
ces habían vivido. Aplaudimos tal medida por lo que tiene de
16) Doc. de la Bib. nacional, sig. P. V., núm. 20. Fué pub. por el señor
Danvila, pág. 207-216 de sus Confs.
17) Fragmento de una carta acordada dirigida á los Inquisidores de...
por el Consejo del Santo Oficio, fecha en Madrid á 5 de febrero de 1586:
«Muy R. dos señores; vuestras cartas de 28 de noviembre del año pasado
de 85 y 11 del pasado de este de 86 [recibimos] y emos visto lo que escrivis
tocante a la necesidad que ai de cárceles donde se pongan los moriscos de
Ornachos que por el Consejo están mandados prender y, otros muchos que
están testificados en ese santo oficio para continuar sus causas y las de los
que están presos y consultado con el Illmo.-Sr. Cardenal Inquisidor general
a parecido que por aora se alquilen las casas mas contiguas a essa Inquisi-
ción que fuesen menester como decis que se hizo quando se descubrió la ju-
dería de Alburquerque en las quales se acomodaron las cárceles necesarias
con la seguridad que combiene para que los presos la tengan asi en la co-
municación como en la custodia procurando que el gasto de todo sea con la
moderación que de vuestras personas se confia.»
Arch. gral. de Simancas. —Inq., libro núm. 210, fol. 205.
18) Vid. un extracto del proceso contra Francisco Choplo, morisco, ve-
cino de Puzpl, en el leg. titulado: Documentos referentes á moros, mudeja-
res y moriscos, doc. núm. 6, en el Arch. del E. Col. de Corpus Christi,
319
suave y porque armoniza las aspiraciones del país y las de los
señores de moriscos en cuanto á la permanencia en España de
esta raza, pero precisamente la iniciativa de esta medida de
blandura parte del prelado que á la sazón regía los destinos de
la diócesis de Valencia.
Había representado el Patriarca en diversas ocasiones á Fe-
lipe II la necesidad de procurar el remedio en la conversión de
los moriscos y singularmente en las cortes de Monzón celebra-
das en 1585, pues no podía contemplar el celoso preíado «que el
Santo Nombre de Dios fuese blasfemado por aquellos malditos
moriscos» (19).
.^ Júzgase hoy de escasa monta la transgresión pública de las
leyes cristianas en nuestra nación, pero no así en la España de
Felipe II, no así por prelados integérrimos como Ribera, y justo
es que la historia vindique la verdad aunque deploremos el cam-
bio sufrido en nuestra querida patria, donde ya no nos es lícito
repetir, tratando de ideas heterodoxas, ex nobis prodierunt sed
non erant ex nobis.
Juan de Ribera velaba por el cumplimiento de sus obligacio-
nes en la medida que aprobó la Santa Sede al incluir su nombre
en el catálogo de los bienaventurados; Juan de Ribera pudo re-
petir con Elias aquel zelo zelatus sum en que se abrasaba su
alma contemplando los sacrilegios en que incurrían los moriscos,
y por eso reclamaba del monarca el remedio temporal, pues en
el espiritual negociaba con Dios la salvación de las ovejas con-
fiadas á su cuidado; Juan de Ribera no apeló á medios coerciti-
vos, ni aun siendo virrey, sino cuando fué compellido por quien
tenía aquella obligación; y celoso sin impaciencia, y vigilante
sin nimiedad, curó por cuantos medios estuvieron á su alcance
de salvar su alma y de facilitar la salvación de todos sus dioce-
sanos.
19) El limo. D. Pedro Ginés Casanova, obispo de Segorbe, depuso en el
Proceso de beatif. de D. Juan de Ribera: «... richiedeva il zelo dell'.honore
di Dio, e che il suo Santissirao Nome fosse lodato e non bestemiato da que-
lli inaledefcti Mori: Perche gli udi diré molte volte, che questo negotio I' ba-
veva trattato, si con scritture, come da bocea, di parola, con ¡1 Ré Filippo
Secondo, et in particolare quando stiede nelle Corti di Monzón nell' anuo
mille cinquecento ottantacinque, e doppo molte volte...» Vid. pág. 26 del
Summarium, etc., cit. en la no'ta 8 del cap. XI.
320
Comunicaba al Rey la escasez de los resultados obtenidos en
la predicacióiyisidua, en la visita, en la limosna, y cuando per-
suadióse de que los medios legales eran insuficientes, y de que el
Consejo de Estado había propuesto la medida más radical, no
se ensañó contra los cristianos nuevos de su diócesis, y esto nos
prueba que deseaba la salvación de aquellas almas antes que
su ruina, antes que su deshonra. Y téngase en cuenta, que Ri-
bera tenía deber de conciencia de vigilar á los moriscos dioce-
sanos, y que aquella conciencia no era elástica, según nos dicen
sus enemigos, y que aquella rigidez no era sistemática sino ra-
cional y proporcionada á la calidad de aquellas ovejas roñosas,
frase que encierra un mundo de enseñanzas de tan verdadera
como actual necesidad.
Entonces, la guerra, la oración, la agricultura, la industria
y el comercio tenían embargado el ánimo de los españoles, hoy...
corramos un velo antes que la sombra de Jorge Manrique de-
tenga nuestra pluma y muestre su justo enojo para indicarnos
que fué aquel poeta quien primero y mejor que nosotros expresó
el pensamiento ligeramente apuntado y que otros sabrán darle
forma sensible y más autorizada...
Viendo, pues, Felipe II que los esfuerzos de los obispos resul-
taban inútiles para lograr la solución apetecida, mandó reunir
una nueva junta en Madrid á 17 de junio de 1587. Asistieron á
ella, el cardenal Quiroga, arzobispo de Toledo é inquisidor
general; D. Simón Frígola, vicecanciller de Aragón; D. Diego
de Bobadilla y Cabrera, conde de Chinchón; el M. Fr. Diego de
Chaves, confesor del rey; D. Francisco de Ribera, obispo de
Segovia; el licenciado D. Juan de Zúfiiga, del Consejo supremo
de la Inquisición; D. Jerónimo Corella, del hábito de Santiago,
y D. Mateo Vázquez de Arce, secretario de S. Majestad (20).
Esta ordenación del monarca, si la comparamos con el
acuerdo de suspender la ejecución de lo que los consejeros de
Estado le consultaron en 1582, se compagina admirablemente
para poner de relieve la prudencia de quien la había dictado.
Dice muy bien un estadista moderno que, á las consultas del
( 'ou se jo de Estado mencionadas en el último capítulo «limitóse
Felipe II á oir, callar y meditar sin decidir nada al pronto, que
20) Fonseca, Justa expulsión, pág. 39.
321
era lo que de ordinario acostumbraba» (21). Fruto de esa pru-
dencia es la suspensión de aquellos acuerdos del Consejo y el
ordenar la celebración de la junta mencionada. Alguien tachará
de ilógico semejante proceder, pero no de temerario. Felipe II
atendía con pasmosa nimiedad á todas las necesidades de su
país, y, en aquella sazón, no podía mostrarse insensible al bien-
estar de sus católicos vasallos.
Acababa de recibir un memorial escrito por el patriarca
Ribera, á 12 de junio de 1587, en que abogaba el celoso prelado
por la necesidad de instruir á los moriscos en la fe, apuntando
los medios para llevar á cabo semejante empresa, y el 17 de
aquel mismo mes mandó reunir aquella junta. En sus delibera-
ciones reconocieron aquellos sabios la prudencia que entraña-
ban los medios propuestos por el arzobispo Ribera para proseguir
con provecho la instrucción. Bien claro manifiesta el monarca
su complacencia en la carta escrita al mencionado arzobispo,
la cual damos á continuación por ser documento que refuta la
parcialidad de algunos historiadores que siguieron, en sus erró-
neas apreciaciones, al político Navarrete y llenaron las pági-
nas de algunos libros con criterio apasionado:
«EL REY
Muy R. do en ckristo padre Patriarca de Valencia de nuestro Conse-
jo: algunos dias antes que se regibiese el recuerdo que me ernbiastes
de 12 de este para la yn&truccion de los moriscos desseandolo yo
mucho para que vivan christiananiente y por el descargo de rni cons-
ciencia y bien universal de esse Reyno liavia mandado juntar aqui
personas de las mas graves, doctas y de mas noticia y experiencia
desta materia para que muy particularmente viessen lo que por lo
passado se liavia platicado, resuelto y executado cerca dello y tam-
bién lo que después se ha ydo apuntando y avisando para que sobre
21) D. Antonio Cánovas del Castillo en su discurso de contestación al'
leído por D. Eduardo Saavedra con motivo de la recepción de éste en la Real
Academia Española el 29 de diciembre de 1878. Vid. Memorias de la B. Aca-
demia Esp., t. VI, pág. 22G. Aunque los historiadores qvie hasta el presente
han tratado de la junta mencionada en el texto, sólo citan entre los congre-
gados los nombres que copiamos en la pág. 320, debemos advertir que en el
British Museum, sign. Eg.-1511, mim. 9, existe un doc. con los acuerdos
tomados en dicha reunión, á la que también asistió micer Sapena, regente
del Consejo de Aragón.
T. I 21
322
caso tan entendido y digno de remediarse se tomasse tal resolncion
que pndiessemos sperar della y su buena execucion el fin que dessea-
mos y los ofüeios que a este proposito nos haveis hecho y agora parti-
cularmente con el dicho recuerdo respondiendo a la obligación de
vuestro ol'ticio pastoral han sido muy conformes a lo que se podia
sperar de vuestra christiandad y zelo y bien a proposito de la necessi-
dad que se ofrece de ser doctrinados que es el verdadero remedio y
porque este como sabéis, ha de proceder principalmente de la mano
de nuestro Señor (cuya es la causa de que se trata) y para entrar en
platica tan importante y en que tanto va y poder sperar bueno y feli-
ce encaminamiento y sucesso della es necessario ymplorar su auxilio
y favor divino, os ruego y encargo mucho que luego como recibáis
esta ordenéis assi en la cathedral dessa ciudad como en las demás de
essa diócesis y monasterios a vos sugetos se haga cada dia particular
oración pidiéndoselo y suplicándoselo y que se continué por el tiempo
que durare el tratarse de lo que a esto toca y si demás de lo que
haveis avisado para este fin se os ofreciere de nuevo que advertir lo
haréis que lo mismo escrivo a los demás Prelados de esse Reyno en
las cartas que serán con esta y las haréis dar a buen recaudo, con que
se echara bien de. ver que no estoy en que vos y ellos os descarguéis
de la superintendencia y cuidado desta ynstruccion, sino antes ayu-
dar por mi parte en quanto fuere necessario para que se consiga el
effecto que se dessea. De Madrid a 28 de junio 1587 años.— Yo el Rey.
— M. Vázquez» (22).
La prudencia del patriarca Ribera acabó de inclinar el ánimo
de Felipe , según hemos visto , hacia el camino de la instruc-
ción; quería el rey y ansiaba el prelado intentar un nuevo
esfuerzo para lograr la conversión, y fundir aquellos dos pue-
blos, tan necesarios uno al otro en el terreno económico como
enemigos en el religioso. La transacción no podía ser más
noble. La historia deberá grabar en sus páginas este hecho elo-
22) Arch. gral. de Simancas— Cons. de Inq., lib. 15, fol. 243, b. Es copia
de una cédula de Felipe II. En los fols. 214 y 245 hay otras cédulas del
misino tenor dirigidas al obispo de Segorbe y al provincial de la orden de
S. Agustin en Valencia, y una nota de haberse dirigido iguales al obispo de
Tortosa, al cabildo de Orihucla, sede vacante, al provincial de Sto. Domin-
go, al de la Trinidad, al de la Orden de S. Francisco, al de la Merced, al
de la Compañía de Jesús, al abad de Poblet, al de Valldigna, al prior de S.
Miguel de los Reyes, al de Porta-Cceli, al de Val-de-Christo y al abad de
Benifaca.
323
cuente para que las generaciones venideras sepan atesorar el
mérito que entraña la empresa que Felipe II y el patriarca
Ribera trataban de realizar. Si hubiera sido posible llevar á
cabo aquel pensamiento, la grandeza de nuestra patria se hu-
biera prolongado algunos siglos, pero la historia nos demuestra
hoy que «la creencia mahometana que conservaron, primero,
al amparo de los fueros y capitulaciones, y después, á pesar de
ordenanzas y duros apremios, fué causa bastante para que los
mudejares y los moriscos, al modo de los judíos, formaran una
unidad social perfectamente caracterizada, una nación distinta
en medio de la sociedad española» (23).
No es nuestro ánimo atribuir la iniciativa de aquella resolu-
ción real á los consejos del patriarca Ribera, nos faltan docu-
mentos para probar semejante aserto; pero sí debemos afirmar
que la opinión de este prelado influyó sobremanera en el ánimo
del Rey para llevar éste adelante su empresa de reformación y
dictar las convenientes disposiciones para que en Valencia se
celebrase otra junta de hombres doctos que estudiasen los me-
dios propuestos por el Patriarca para resolver el problema mo-
risco en aquella región.
Sin abdicar en un ápice de nuestro criterio debemos confesar
que la blandura, la suavidad, la misericordia que se trataba de
aplicar á los moriscos nos parecen una equivocación, si se ins-
piraban en los deseos del. P. Maldonado, cuyo sujeto, en compa-
ñía del conde de Orgaz, gestionaba una nueva concordia con el
fin, al parecer plausible, de que la Inquisición no interviniese
en los asuntos de los moriscos. En aquellas circunstancias no
era prudente alzar la mano en este negocio. Precisamente el te-
mor era el dique contra el que se estrellaban las conspiraciones;
precisamente la Inquisición era el antemural que defendía las
creencias de los cristianos viejos contra los embates del protes-
tantismo y contra las añagazas de los cristianos nuevos; pre-
cisamente aquel tribunal mantuvo nuestra unidad política al
conservar la religiosa. En el terreno político ¿dónde hubiéramos
ido á parar sin los servicios de aquel tribunal? En el religioso
¿qué hubiera sido de la fe profesada por los españoles de antaño?
En hora buena que se ataquen los procedimientos seguidos por
23) D. Eduardo Saavedra, Memorias de la R. Acad. Esp., t. VI, pág. 142.
324
algunos inquisidores que abusaron de su poder, nunca justifica-
remos el verdadero abuso; pero cuando historiadores, y estadis-
tas por añadidura, como el Sr. Cánovas del Castillo, reconocen
y alaban los servicios prestados por aquel organismo en el seno
de nuestra patria, cuando críticos tan eminentes como el señor
Menéndez y Pelayo vindican la beneficiosa existencia de aquel
tribunal y confiesan que á él debemos la paz interior de nuestra
nación, en una época en que la lucha religiosa ensangrentaba
el suelo del resto de Europa, bien podemos nosotros asegurar
que sin la intervención del Santo Oficio no podía resolverse el
problema morisco si no se apelaba para ello á la expulsión.
Así lo comprendió el arzobispo Ribera, que si bien en el
principio de su patriarcado contribuyó á que las aljamas de Va-
lencia lograsen la concordia de 1571, arrepentido de aquella
gestión, suplicó al monarca en 1587 que se emprendiese una
campaña eficaz para que fuese un hecho la conversión por
medio de la instrucción, y acompañó sus ardientes súplicas de
los medios que le parecieron más oportunos para el logro feliz
de aquel santo y patriótico fin.
Ya lo hemos dicho, Felipe II pudo apreciar los quilates de
prudencia que atesoraba el Patriarca, y bien podemos repetir
que en el problema morisco no da un paso aquel monarca sin
consultar el parecer del docto prelado. ¡Ojalá hubiese aquél
amoldado estrictamente su conducta á- los consejos de Ribera en
el negocio de los moriscos! Nos parece indudable que al contri-
buir el Patriarca, como pastor solícito y á instancias de los con-
sejeros que le acompañaban desde la reciente toma de posesión
de la sede valenciana, á que Felipe II firmase la concordia de
1571, fué víctima de un engaño urdido por los moriscos, y, pro-
bablemente, por los señores para asegurar la inmunidad de sus
vasallos. Cuando la experiencia enseñó á tan celoso prelado que
la tolerancia y el favor prestados á los moriscos se convertían
en odio profundo á todo lo verdaderamente español, aconsejó al
monarca que no era prudente ceder á composiciones pecuniarias
ni aceptar ofrecimientos vanos de parte de los moriscos, sino
persistir en la instrucción y en la misericordia sin dejar el cas-
tigo para el verdaderamente culpable. Un prelado español no
debía obrar de otra manera. Los medios que aconseja á Felipe II
nos parecen inspirados en la misericordia y en la prudencia,
virtudes en que tradujo el Patriarca el dulcís et rectus de las sa-
325
gradas escrituras, no en la tolerancia, en el abandono punible,
y en la libertad que reviste los caracteres de licencia.
Hemos podido sorprender, precisamente en unas hojas de pa-
pel en que apuntaba aquel docto y santo prelado sus impresio-
nes acerca de la cuestión morisca poco antes de' la celebración
de la junta de Valencia en 1587, la manera íntima con que apre-
ciaba aquellas circunstancias. Y al declarar que tales apuntes
son la minuta de un memorial que pensaba elevar á Felipe II,
excusamos encarecer la espontaneidad y frescura que revela
este curioso documento que transladamos íntegro:
«El memorial que se dio a Maldonado trae consigo mismo la pre-
sumpcion, asi contra el que lo tomo, como contra los que lo dieron por-
que sabiendo tan poco el dicho Maldonado desta gente, y no pudiendo
tener mas noticia de sus cosas, de la que le an dado algunos particu-
lares interesados en los pocos meses que a estado en Val. a , y no tocan-
do esto a su officio y proffesion: fuera justo que se informara de las
personas que en ello saben y an tratado, antes de resolverse a propo-
ner a su Mag. d negocio tan importante y en que muchos hombres gra-
ves an tratado con el spacio y madureza que pide.
Muéstrase también el animo de los que lo dieron, en que buscaron
persona que no los conociese ni uviese tratado, por que asi viniese
bocal al negocio y ellos le pudiesen engañar, puedo yo hablar en esto
con experiencia por lo que hizieron co[n]migo poco tiempo después de
a ver venido a este Reyno, y salieron con lo que pretendían, porque me
engañaron y los crey y serevi a su Mag. d en su pretensión. Dizen que
no an tenido ni tienen Rectores que les enseñen y aunque es verdad
que en algunos lugares no tienen Rectores que residan en los mismos
lugares, sino en los convezinos que son de christianos viejos, por no
ñarse de ellos: pero en todos los lugares se dize misa y se enseña la
doctrina christiana y no se admiten al matrimonio si no la saben, y si
alguna vez se dexa de dezir, es porque ninguno de ellos acude a oírla ,
poniendo excusas aparentes con que los rectores y alguaziles se an de
venir por tuerca a contentar siendo solos y desfavorecidos de los otros
ministros de justicia y algunas vezes amenazados si insisten mucho en-
esto, de lo qual a XIIII años que tengo continuas quexas de los recto-
res y mayores de los mas zelosos, afirmando que son agora mas moros
que nunca y que quanto se haze es infructuoso, y como yo se también
lo que ay en esto les ordeno que disimulen, pues no se puede mas, y
después que saly de Val. a que fue a II de mayo e visitado muchos
lugares que tienen cerca otros de moriscos y me dizen que con las bo-
rrascas que a ávido [están?] mas libres en su manera de proceder.
326
El tiempo que los moriscos piden, no es para ser instruyaos en la
fe catholica, sino para ser licenciados de bivir en la secta de mahoma
mientras se les ofrece la ocasión de levantarse que ellos tan de veras
speran y por la confianca con que biven de que a de ser pronto ofre-
cerán de buena gana quanto se les pidiere, esto allende de ser eviden-
tissimo se prueva claramente por lo que juntamente suplica que es que
la inquisición no conozca de ellos, siendo como es verda'd que el santo
officio no los castiga ni a castigado jamas porque no son christianos,
sino porque son moros, y asi seria en su mano librarse del castigo
aunque ni supiesen algamia ni la doctrina christiana para las qualcs
cosas dizen que an menester tiempo. Lo mismo hacemos los ordina-
rios, como parece que no confesándose hombre de todos ellos, ni
abiendo remedio de que reciba mas sacramentos que el babtismo y
matrimonio y estos por fuerga, no los castigamos por ello: lo que se
les manda asi por los ordinarios como por los inquisidores es que no
hagan ceremonias de moros y aunque desto tienen sobrada noticia e
instruction es tanta su obstinación que quieren mas ser quemados que
dexarlas.
Adviértase que no es esta la primera vez que an pedido semejantes
treguas, y el tiempo a mostrado el fin que tuvieron entonces, y se a
de creer que es el mismo y peor (si puede ser) el- que tienen agora,
conforme a lo qual se dexa bien entender de quanto inconbiniente y
scrupulo seria concedérselas o admitir su Mag.* servicio de ellos en
esta sazón pues sabe que ni lo dan por tener fidelidad de vasallos, ni
deseo de ser christianos antes que aborrecen en secreto y publico a la
fe catholica y a su Mag.t
Ay también evidentes conjeturas para creer que ni esta diligencia
ni otra alguna bastaría a reducirlos por lo que se vio en los del Reyno
de Granada y se ve en todos los que están despa[r]cidos por España
de muchos años atrás.
En este Reyno de Val. a se a conocido bien, que aver personas dipu-
tadas para sola la conversión desta gente es lo que menos conbiene al
bien de la dicha conversión y esto no tan solamente por las noticias
y razones que ay para probar que ni es útil, ni aun factible si se pre-
tende buen sucesso, pero aun también por lo que mostró la experiencia
en el tieriipo que uvo los tales comissarios, de lo qual no es menester
tratar siendo muertos, principalmente a viéndose de creer que hizieron
quanto pudieron con bueno y santo zelo, basta, saber que la industria
de estos en conservarse con sus eregias es grandissima, e increyble
para los que vemos la rudeza que tienen en todo lo otro, y asi los que
an de tratar de su remedio an de ser personas a quien ni podran co-
rromper con dadivas aunque las ofrezcan largas como acostumbran,
ni engañar con mentiras y falsas submissiones y promesas, y que jun-
327
tamente conozcan su manera de proceder que es harto peregrina para
lo que es confesar verdad, lo qual todo no se puede hallar sino en los
ministros del santo officio que an praticado en estos reynos y en los
de granada o en los prelados y rectores que an tratado por algún
tiempo con ellos sobre esta misma razón, y que después de aver sido
engañados por ellos an venido a descubrir la verdad que el santo offi-
cio les haze dezir con el tormento: todos los ministros que no tuvieren
estas partes, serán los que a ellos mas contentaran pero los que no
convienen a la cura de sus enfermedades.
Lo que el Virrey de Val. a escrive, tengo por muy cierto que es con
el zelo que deve a su mucha christiandad y al ministerio en que su
Mag.t le a puesto, sin reparar en el interés que le corre de dos varo-
nías de moriscos que tiene en este reyno en las quales consiste según
dizen, la mayor parte de su hazienda: pero todo procede mas con pie-
dad aparente que con inteligencia, por no poderla el tener, no avien-
dose ocupado en 'esto como en cosa que no es de su profesión: y las
moriscas, que dize de. la Valí de Alfandech, son unas de las quales
yo supe por medio de un P. e de la compañia, y aunque luego di orden
que las llevasen a Val. a para ser instruydas y acomodadas no an ydo,
por donde sospecho que sera lo mismo que otras muchas vezes me a
acontecido con personas semejantes cuyo deseo del bien de las almas
haze que juzguen de las cosas mas conforme al que tienen de su bien
que a lo que ello es, puedo dezir con verdad que ninguna vez e te-
nido noticia de hombre o muger que quisiese reduzirse que no aya
embiado luego para que la truxesen a Val. a y ally se ponen los hom-
bres al officio a que se inclinan y las mugeres en compañia de otras
virtuosas, pero en pocos dias se huyen, o dan tales muestras que se
conoce bien el animo con que vinieron ser muy differente del que pide
la religión christiana, y asi no son quatro las que an quedado y todas
mugeres, esto me desconsolara mucho si no me uviera dicho la buena
memoria del arcobispo de granada (blanco en el original) , el año
de LXVIII que con aver el residido en dicha iglesia por mas tiempo
que XXII años, solas dos personas conocia de quien tuviese satisfac-
tion, la una era el m.° Albotodo de la compañia de Ichs. (sic) y la otra
una monja que estaba en granada.
Pero quando se sperasse que saldrían muchos, no se debió por eso'
suspender lo que en el otro memorial se a apuntado antes para este
mismo effecto, seria utilisimo quitarles las ocasiones que tienen con la
vezindad y comercio de argel, y el castigar a los culpados como tam-
bién se dixo en aquel memorial no es daño para los que se quisieren
conbertir, si bien notable provecho, pues se abstendrán por el miedo
de cometer los excesos que agora, y aunque [se] uviesen de echar no
solo de este Reyno pero de toda España, tampoco deuria retardar la
328
execucion los pocos que de ellos se convertieran pues es mayor el daño
que hazen con sus publicas eregias y el que se teme recibirá toda la
christiandad que por la misericordia de N. S. r y zelo de su Mag.* ay
en esta provincia asi en lo spiritual como en lo temporal con la vecin-
dad de tantos enemigos de Dios y del Rey, principalmente constando-
nos por la buena diligencia del santo offlcio quan atentos están a
levantarse y cometer quantas trayciones el tiempo les ofreciere.
La persona eclesiástica que el Virrey desea embiar se entiende
quien es, y el fin que lleva en esta pretensión, tan diff érente del bien
del negocio quanto es la poca noticia que del tiene, asi por aver resi-
dido poco tiempo en este Reyno, como por no aber jamas tratado de
cosa concernyente a este particular, en el qual confio que alumbrara
N. S. r a su Mag.* y asi lo que sucediera pensare que es lo que mas
conviene, sino para lo que agora parece, a lo menos para la execucion
de los secretos juyzios de Dios, y sabe El que por sola su honrra y el
servicio de su Mag.*, me e alargado tanto en esta materia, pospues-
tos los inconvinientes que de hazerlo se me an representado. (Sigue un
blanco y luego en otro folio de dicha minuta leemos:)
esto servir [a] asi para retirarlos a Castilla .como en el otro memo-
rial se dixo o para lo que su Mag. 1 determinase mas en su Real servi-
cio. Pero no me parece que devo callar aqui lo que una prophetia dize
de un Fr. Escuder que a cerca de dozientos anos o mas que anda de
mano en mano, por que aunque muchas cosas destas no tienen funda-
mento, y este papel esta escrito muy vulgarmente, todavia se pierde
poco en sabellas, y -el aver acertado en el levantamyento de granada
tantos años antes, parece que le da crédito juntado el que se tenia del
autor: dize pues que estos moriscos se levantarían por orden y con
favor del turco, y que seria abiendose levantado primero los de grana-
da y no queriendo estos acudirles por la anticipación que los otros
tuvyeron, y que la causa del levantamiento deste Reyno seria un pecho
que se les pondria para defensa y seguridad de la marina» (24).
Después de esto sólo nos resta indicar que, atendiendo el mo-
narca á los deseos del ilustre prelado de Valencia, se trató de
que algunas personas doctas y prudentes estudiasen los medios
de procurar y lograr la conversión de los moriscos por medio de
la instrucción.
Véase un ligero extracto de las disposiciones reales en orden
á la celebración de aquella famosa junta que había de presidir
el patriarca Ribera en la capital «de su diócesi.
24) Doc. autóg. Arch. del E. Col. de Corpus Christi, sign. I, 7, 8, 28.
329
Con igual fecha á la carta real que publicamos poco há,
escribió Mateo Vázquez al conde de Aitona, por orden de Feli-
pe II, pidiéndole parecer respecto del tiempo en que había de
comenzar la instrucción de los moriscos valencianos (25); seis
días más tarde escribe el propio monarca á D. Juan de Ribera
dando instrucciones para el logro feliz de aquella empresa (26),
25) Mateo Vázquez al conde ele Aytona.
t
«Por la carta del Rey nuestro señor entenderá V. S. lo que se offrece
para la doctrina de los moriscos de esse Reyno, y demás de lo que alli se
dize quiere su Mag.d saber en particular si seria bueno que esto de la doc-
trina se comencase a un tiempo por todas partes o por aquellas que se tu-
viesse entendido se recibiría mejor dejando lo mas difficultoso para después
y me ha mandado scrivirlo de su parte a V. S. para que le avise V. S. de lo
que mas a proposito le parecerá, declarando los lugares y numero de las
casas de moriscos y lo que mas sea necessario; para ynteligencia dello tam-
bién se pide en esto parecer al Sr. Patriarcha y los demás Prelados de esse
Reyno. Dios guarde a V. S. de Madrid 28 junio 1587. — Matheo Vázquez.»
Arcli. gral. de Simancas — Inq., lib. núm. 15, fol. 46. Hay otras iguales
dirigidas al arzobispo de Valencia, á los obispos de Segorbe y Tortosa y al
cabildo de la iglesia de Orihuela. 1
26) «EL REY
Muy R. do en christo padre Patriarcha Arcobispo de Valencia de nuestro
Consejo: haviendo visto la ultima relación y parecer que me embiastes a
los doce del mes de junio passado cerca de lo que el año 1573 se havia acor-
dado en la Junta que se tuvo por vos y los demás Prelados de esse Reyno
para tratar de la ynstruccion de los moriscos y dotación de las Rectorías y
que haviades resuelto que cada uno en su diócesis las dotasse de cien libras
y se dividiessen los anexos que estuviessen apartados de las cabecas dellos
de manera que los dichos nuevos convertidos, viejos, mugeres y niños pu-
diessen oir misa y recibir la doctrina sin que pudiessen tener excusa para
no lo hazer y que vos lo haviades hecho desde entonces y «con facultad
apostólica aunque no haviades passado adelante en ello por no haveros yo
mandado avisar lo hiziessedes, me ha parecido bien todo y assi pondréis
luego lo uno y lo otro en execucion y teniendo para ello necessidad del
favor y ayuda de mi lugar-teniente general en esse Reyno le daréis la que
con esta "sera que para este efecto se le escrive y embiareisme copia de la
dicha facultad apostólica o minuta de la que os pareciere se deve pedir pol-
los obispos de Tortosa, Orihuela y Segorve para que ellos la pidan y hagan
lo mismo en sus diócesis para que se vea y lo que sera menester, a los qua-
les también escrivo executen lo acordado en la dicha Junta y que offres-
ciendoseles algunos inconvenientes avisen dellos con su parecer de lo que
mas convendrá hazer para que lo acordado en ella tenga cumplido efecto.
De Madrid a quatro de julio 1587. — Yo el Rey. — M. Vázquez.»
Arch. gral. de Simancas — Inq., lib. núm. 15, fol. 246, b. Es copia, y
330
y poco después manifiesta deseos de conocer las condiciones de
algunos, que se oponían á tan noble intento, para proveer de
remedio oportuno (27).
El día 12 de julio de 1587 ya manifiesta Felipe II, en su
cédula al conde de Aitona, que se había resuelto la celebración
en Valencia de una junta presidida por el Patriarca con objeto
de estudiar los medios de instruir eficazmente á los moriscos, y
que á dicha junta acudirían uno de los inquisidores y los vica-
rios generales de los prelados de la región valenciana, amén de
algunos religiosos mendicantes, un jesuíta, y micer Vidal, ilus-
tre jurisconsulto (28). El día siguiente, en otra cédula al patriar-
ca Ribera, da orden para que, con el objeto ya indicado, «se
juntasen con él los martes y jueves de cada semana y los mas
en igual sentido se expidieron otras al conde de Aytona y al obispo de Se-
gorbe.
27) «EL REY
Muy R.do en christo padre Patriarcha Arcobispo de Valencia de nuestro
Consejo: después que os escrivi lo que se me offrecia sobre la instrucción
de los moriscos desse Reyno he entendido que hay entró ellos algunos (aun-
que pocos) que podían desayudar y impedir la doctrina y por parecetme
esto de consideración y que obliga a mirar en el remedio os lo he querido
advertir para que diestramente y como de vuestro os informéis quienes son
estos y que modo de proceder tienen entre los moriscos y que haziendas
para avisármelo notando en la relación que me embiaredes los que fueren
casados y si tienen hijos y quantos y de que lugares son vezinos con lo que
cerca desto os pareciere se podra prevenir y proveer para que no embara-
cen ni impidan lo que se pretende pues siendo pocos seria justo desviallos
de los demás.
En los lugares de vuestra diócesis donde no huviere yglesias convendrá
deis orden que luego se hagan por el que en esse Reyno se han acostum-
brado hazer y que se reedifiquen las que estuvieren caidas y maltratadas
proveyéndolas de ornamentos y lo demás necessario para el culto divino
encaminando que esto sea sin carga ni molestia de los dichos moriscos para
que no parezca que se comienca su doctrina agravándolos con gastos sino
antes que se tiene cuidado de aliviarlos dellos y con la blandura y buen
tratamiento procurarlos atraer a devoción y al aprovechamiento de sus
almas que os lo que se pretende. De Madrid a nueve de julio 1587 años.—
Yo el Rey. M. Vázquez.»
Arch. grál. da Simancas^-Inq., lib. núm. 15, fol. 248. Es copia, y otras
iguales se expidieron al conde de Aitona y obispo de Scgorbe.
28) Una copia de la cédula mencionada y otra dirigida al Dr. D. Vicen-
te Vidal se hallan insertas en el lib. 15, fol. 249 de la sección titulada Inqui-
sición en el Arch. grál. de Simancas.
331
días que le pareciere» las personas que habían ele componer
aquella junta; avisa haber escrito al conde de Aitona respecto
de raicer Vidal, y á los prelados para que enviasen sus vicarios
generales; que concurriría un inquisidor, por orden y en repre-
sentación del cardenal de Toledo, inquisidor general, «advir-
tiendo que quando el mas antiguo no pudiere hallarse en ella
lo hiziere el que le siguiere»; y avisa luego al Patriarca que si
placía de ello podía actuar de secretario en aquella junta el
licenciado D. Feliciano de Figueroa, secretario de aquel pre-
lado (29). Con igual fecha, 13 de julio, le fué expedida otra
cédula al obispo de Segorbe para que enviase á la junta al vica-
rio general de aquella diócesi, si bien dice: «seria muy conve-
niente que los perlados de aquel Reyno se hallasen en ella, pero
que atendiendo á la falta que harían en sus iglesias, havia dado
orden de que mandasen a sus vicarios generales y que asi podia
mandar el suyo bien informado» (30). El 9 de septiembre y
desde el real sitio de San Lorenzo, expide el monarca otra cé-
dula al patriarca Ribera en respuesta á varias consultas refe-
rentes á la instrucción, aplaudiendo los deseos de que se hallaba
animado aquel arzobispo, y añadiendo que «la orden y traza»
que éste había dado «para el reparo y edificio de las iglesias de
los lugares donde no las hubiese le habían parecido muy bien y
que diese al Virrey la memoria que decia para que hablase a los
dueños de lugares para que lo pusiesen en ejecución, y que los
vasos o carneros para entierro de los moriscos en las iglesias
se hiciesen sin dilación para que de raiz se les quitase la mala
costumbre que tenían» (31). Con la misma fecha escribe al obis-
po de Segorbe mandando que se reedifiquen y edifiquen, donde
29) Arch., sec. y lib. , fol. 249, b., citados en la nota anterior. Otra copia
existe en el British Museum, sign. Eg\-1511, núm. 10. Se conserva en el
mismo lugar, según el Cat. de Gayangos. «with the original answer and
report of the archbishop oí Valencia addressed to Matheo Vázquez; 20 July
1587»; ven el núm. 12 de la misma sign. «Le'tter from the same (del Pa-
triarca) to the King; Valencia 23 July 1587, teing a repetition of theat
addressed to Matheo Vázquez >, y en el núm. 13 «The same to the same,
concerning the ecclesiastics appointed to instruct. the moriscos; Valencia
28 July 1587, orig.»
30) Arch. gral. de Simancas— Inq., lib. 15, fol. 250.
31) El doc. integro puede verse en el archivo, sección y libro, fol. 253,
indicados en la nota anterior.
332
no las hubiere, las iglesias de los lugares de moriscos en aquella
diócesi con el fin de que se atendiese, con éxito, á la instruc-
ción (32). Y el 26 de aquel mismo mes manda expedir una cédu-
la al Patriarca con el fin de que comenzase sus sesiones la
mencionada junta «sin aguardar al obispo de Tortosa, al cabil-
do de Orihuela y los demás que faltasen, comunicándoles des-
pués lo que se hubiere tratado, que le remitía la ejecución de los
breves sobre la división de las parroquias de su arzobispado,
reducción y dotación de las rectorías y anejos de ellas para que
atrajese a los eclesiásticos y seglares al cumplimiento de ellos,
y que remitiría copia de lo platicado y acordado en la junta de
Madrid para que en la de Valencia se viese por el y los demás
perlados y avisasen de lo que en ello se ofreciere» (33).
Después de estas y otras disposiciones reales (34), comenzó
32) Arch. gral. de Simancas— Inq., lib. 15, fol. 253.
33) Id., id.
34) En el mismo libro 15, folios 254, b, á 262 se hallan copias de las si-
guientes disposiciones: Cédula real, fecha en S. Lorenzo á 26 de septiembre
de 1587, dirigida al obispo de Segorbe ordenándole que ponga en ejecución
lo acordado en la junta del año 1573 acerca de la reducción y dotación de
las rectorías, que pida otros breves, como los del Patriarca, y que «visto lo
que a el se escribía acerca de lo que se había tratado en la junta de Madrid
avisase lo que le pareciese y si convendría hacer seminario» en aquella
diócesi; otra de igual fecha, al conde de Olivares para que procurase con
S. Santidad algunos breves que eran necesarios pava «encaminar mejor la
platica de la instrucción de los nuevamente convertidos del Reino de Va-
lencia»; otra al Patriarca de Valencia, fecha en S. Lorenzo á 7 de octubre
del mismo año, en que dice que «teniendo memoria de la comisión que se
dio al inquisidor Miranda y pareciendo justo que hubiese Comisario ahora
para lo de los nuevos convertidos, tratándolo primero con la junta, avisase
si seria bien que fuese eclesiástico o seglar, y en lo que había de entender
y ocuparse»; otra, de la misma fecha, al obispo de Tortosa para que «envia- .
se a la junta al Dr. Punter en su lugar no pudiendo el ir, proveyéndole de
lo necesario durante su ocupación»; otra, de la misma fecha, al cabildo de
Orihuela para que enviase «a la junta al Sacrista o Capiscol»; otra al Pa-
triarca, fecha tn el Bosque de Segovia a 10 de octubre del mismo año, «dán-
dole gracias por el cuidado que tenia de la instrucción de los moriscos y
fabrica de las iglesias en los lugares habitados por los mismos; otra, <!<• la
misma fecha, al conde de Olivares para que «el breve del edicto de gracia
de los nuevos convertidos de Valencia viniese dirigido al Inquisidor gene-
ral : otra al conde de Aitona, fecha en Segovia á 16 de octubre del misino
año, pata que ordenase «a los dueños de lugares de los nuevos convertidos
que fuesen a residir en ellos antes que llegasen los predicadores, y pare-
333
sus deliberaciones aquella junta el día 13 de octubre siguiente.
Componíanla, además del mencionado Patriarca, D. Pedro de
ciendole que no seria, de provecho lo suspendiese, Comunicándolo al Pa-
triarca y avisando de lo que le pareciese»; otra, de la misma fecha, al
patriarca Ribera sobre lo mismo y que «lo propusiese y platicase en la junta
y que diese cuenta de lo que pareciese en ella, al conde de Aitona»; otra al
conde de Olivares, fecha en El Pardo á 16 de noviembre del mismo año,
ordenándole que en atención á que «algunos eclesiásticos y seglares rehu-
saban la ejecución del repartimiento para lo de la instrucción de los moris-
cos, suplicase a S. Santidad concediese el per inde valere, incluyendo en el
todas las causas contenidas en la memoria, para con dicha repartición sus-
tentar los rectores»; otra, de la misma fecha, al patriarca Ribera y que
publicamos en la nota 35 de este cap.; otra al conde de Olivares, fecha en
El Pardo á 18 de noviembre del mismo año, para que «procurase que en el
per inde valere que habia de pedir a S. Santidad, viniese declarado lo de la
prepositura llamada Abril para que pagase el cabildo de la iglesia de Va-
lencia lo que le estaba repartido»; otra al cabildo eclesiástico de Orihuela,
fecha en Madrid á 11 de diciembre del referido año, ordenando que «envia-
se a Valencia al maestro Monllor para que asistiese a la junta»; otra, de
la misma fecha, al obispo de Tortosa, para que «dentro de dos meses estu-
biese cumplido lo de la división de las parroquias que estubiesen distantes,
dotación de las rectorías y ediñcio de las iglesias que tubiesen necesidad de
ello, y que solicitase el despacho de los breves de S. Santidad conformes a
lo que concedió el papa Gregorio XIII»; otra al conde de Olivares, fecha en
Madrid á 2 de febrero de 1588, dándole instrucciones acerca del contenido
de los dos breves que habia de pedir al papa; «uno para que a falta de clé-
rigos idóneos del Reyno de Valencia proveyesen el Arzobispo y Prelados
del las rectorías de los lugares de nuevos convertidos en extrangeros, y el
otro para que a falta de unos y otros nombrasen frailes o religiosos de la
Compañía de Jesús con las declaraciones de que no obstante sus votos de
clausura y pobreza pudiesen vivir fuera de sus monasterios y gozar de la
renta de las cien libras»; otra al arzobispo de Valencia, con igual fecha,
«avisándole que se escribía al conde de Olivares que pidiese a su Santidad
los dos breves y que mientras venían prosiguiese la junta y la ejecución
de lo que estubiese resuelto en ella»; otra al mismo, de igual fecha, para
que «hiciese en Valencia un seminario y se aplicasen mil ducados de renta
en cada año del dinero que estaba en la tabla señalado para la doctrina de
los nuevos convertidos y avisase la forma que en todo ello se habia de
tener»; otra al obispo de Segorbe, de la misma fecha, para que «avisase
la disposición que habia para hacerse en su diócesis un seminario y de
que se podría sustentar»; otra, de igual fecha, al Arzobispo de Valencia,
acerca de los acuerdos de la Junta que se hacia en aquella ciudad sobre
los nuevos convertidos «para que se prosiguiese sin perder tiempo alguno»;
y otra al obispo de Tortosa, fecha en Madrid á 11 de marzo de 1588 para
que «en recibiendo la cédula diese orden a Micer Marquet de que volviese
a Valencia a asistir a la junta y no saliese de alli hasta que se acabase.»
334
Zarate, inquisidor más antiguo de Valencia; el Dr. D. Vicente
Vidal, de la Real Audiencia; el Dr. Miguel Marquet, provisor
del obispado de Tortosa; el M. Fr. Justiniano Antist, doctísimo
individuo del Urden de Predicadores; fray Francisco Molina, de
la Orden de S. Francisco; el M. Fr. Gregorio Satorres, augus-
tiniano, y el padre Jerónimo Domenech, de la Compañía de
Jesús.
Los acuerdos de la junta mencionada tropezaban con difi-
cultades para su implantación, según expuso el Patriarca á
Felipe II el día 20 de octubre, pero no por ello cejaron en su
empeño D. Juan de Ribera ni el monarca (35).
Causan, ciertamente, admiración profunda aquellas disposi-
ciones del Rey después de haber descubierto el Santo Oficio las
diligencias con que los moriscos habían preparado un nuevo
levantamiento de acuerdo con el rey de Francia y con algunos
navarros descontentos de la monarquía española (36); y esta
35) t
«El Rey
Muy R.d° en Christo padre Patriarcha Arzobispo de mi Consejo. He visto
vra. carta de XX. del passado, y el memorial que con ella embiastes de las
causas que alegan los que han de contribuir eu la dotación y erection de
las Rectorías para no hazerlo, y (como os parece) he mandado scrivir al
Conde de Olivares mi embaxador en Roma, procure sacar brevemente el
per inde valere con todas las clausulas necesarias, y me le embie y en el en-
tretanto que este breve se concede suspendereis la execueion, por que no
conviene passar adelante con elLa, y proseguiréis la Instrucción, y doctrina
de los nuevos convertidos, cobrando de los eclesiásticos, y seglares (si algu-
nos huviere que de su voluntad quieran pagar) lo que les esta repartido.
Del Pardo 16 de noviembre 1587 años— Yo El Rey— Mattheo Vázquez.»
Doc. autógf., Arch. del B. Col. de Corpus Christi, sign. I, 7, 3, 6.
36) «Muy R.os Inquisidores:
Rescibimos vras. cartas de treinta y postrero de marzo con la traca de Las
casas desa Inquisición, y pues decis que (de prestado) es necesario que se
hagan diez cárceles en las casas do estubo preso el Maestre de Montesa,
haranse luego en la forma que pareciere mas conveniente y ordenareis
eoino se gaste en ellas ciento y cincuenta ducados y no mas y que se tenga
mucha cuenta con entender como y en que se gastan y dareisnos aviso de
lo que se biziere en esto y de las prisiones que hiciere. les de nuevo y de io
que haveia hecho y entendido de los moriscos que se fueron con sus casas a
vivir a 1'olope, junto a Alicante.— Lo que escrivis acerca de gratificar a los
que han entendido en los negocios del levantamiento se vera, y se ordenara
lo que deveis hazer, aunque si se les gratifica conforme a la diligencia que
pusieron en coger el dinero, ya veis lo que pueden merescer.— Bien ha sido
335
admiración es mayor si tenemos en cuenta que, en aquella sa-
zón, lleva Felipe II la enemiga sobre Inglaterra hasta el punto
de ordenar á D. Francisco de Moneada, virrey de Valencia,
que expida una pragmática contra los ingleses que traficaban
en aquella región, y en términos verdaderamente duros dada
la situación en que se hallaba nuestra monarquía (37).
El más osado enemigo de aquel monarca vese obligado á
que el Dean aya declarado por via de testificación lo que habia escrito y
también sera acertado que los espías que tiene declaren por la misma via
como testigos todo lo que supieren y hobieren oydo y entendido de los mo-
riscos, y que los examinéis acerca de lo que han declarado de Maristo,
Alonso de Betera y Maestro Juan francés para poderlos prender con mayor
justificación: mucho importaría que se prendiessen Mendoca, el de Arevalo
y Alexandre su compañero , pues decís que fueron por Francia a traer
galeotas de Argell para llevar los foraxidos que andan por ese Reyno. pro-
curareis hazerlo y entender lo que Turquet y Jutan, moriscos, han dicho
del concierto que dizen tiene hecho el rey de Francia con los de Pamplona
y quien es el mensagero que embiaron a navarra; y si se ha descubierto
él Rey, que havia de salir de Alaquaz y todo lo demás tocante al levanta-
miento y avisareis siempre lo que se entendiere, nro. S.r vras. muy R.das
personas guarde y acreciente como puede: de Madrid postrero de abril 1583.
— G. Card.üs Toletanus.»
Arch. gral. Central — Inq. de Valencia, lib. 5, fol. 6.
37) «Que com se haja entes que los Inglesos, apres de la prohibicio del
tráete y commerci ab los subdits de sa Magestat, no sois han vsat com a
enemichs y cossaris de fer molts acometiments y danys en les terres y ais
subdits de sa Magestat: pero encara han comesos molts y diversos fraus,
continuant la contractacio en aquestos Regnes, per interposades persones,
debaix de noms fingits de mercaders de altres naoions, de que se segueixen
grans inconvinients, los quals desijant sa Excellencia atallar y posarhi lo
degut remey. Per 90 sa Excellencia proveeix, ordena y mana que de aci
avant ninguna persona natural de aquestos Regnes o estrangera de qualse-
vol nació que sia, no puga ni gose teñir ni vendré algún genero de merca-
dería de Inglaterra, ara sien draps, carisees, estany, plom ni altra qualsevol
sort de mercaderies de la dita Inglaterra, sots pena que lo qui les tindra o
vendrá (ultra del perdre les dites mercaderies, applicadores al fisch real de
sa Magestat) encorrera en les penes a arbitre de sa Magestat o de sa Exce-
llencia reservados y del real Consell Criminal...»
Vid. Edicte y Real Pragmática ab la qual se prohibeix, llera y reda lo
commerci e tráete en lo present Regne de Valencia a tots los Inglesos, y de
qualsevol robes e mercaderies <[iir de tula solien venir. Doc. que consta de
dos hoj. en fol. imp. por la viuda de Pedro de Huete, a la piara de la
Herba, Valencia 1586, y conservado en la riquísima bib. de la M. viuda de
Cruilles, vol. de Pap. varios, núm. 76.
336
reconocer que, si tuvo defectos, aparecen eclipsados por el
deseo ardiente de seguir con fidelidad la opinión de sus vasallos
y de procurar el bien de los mismos á trueque de mil peligros
y de fatigas incesantes. La nimiedad con que atiende á tan
noble fin, parece convertirle en vigía constante de la pureza de
la fe en sus reinos, y por eso le preocupa en gran manera la
cuestión morisca, y da leyes para evitar el trato con los ingle-
ses, y escribe á los superiores de órdenes religiosas fomentando
la reformación, y manda al provincial de la Compañía de Jesús
y al obispo de Vich que curen del remedio en extinguir las fal-
sas doctrinas que los luteranos predicaban «en las montanyas
de Cathalunya , senyaladamente en las diócesis de Urgel, Elna
y Vich por confinar con los hereges de Francia» (38), y ordena
al provincial de los dominicos y á los de otras órdenes religio-
sas «que sean admitidos (en ellas) los hijos de nuevos converti-
dos» (39), y nos da, en una palabra, el modelo de los reyes por
38) Vid. el curioso ms. «Cartas de su Mag. d ordenadas por el secretario
Gassol mi Sr., Protonotario de la Corona de Aragón i secretario de Feli-
pe II i de Felipe III», según añade D. Gregorio Mayáns y Ciscar. Un vol.
en fol. de Pap. varios sin otra sign. que Tom. III. Las minutas de Gassol
constan de 169 hoj., y desde el fol. 170 al 178 son cartas reales minutadas
por Mateo Vázquez. Este curioso ms. se halla en la cit. bib. de la M. de C.
39) «Ya terneys entendido que por el Emperador mi padre que esta en
el cielo y por mi fueron fundados en essa provincia (refiérese << la antigua
provincia dominicana de Aragón) algunos collegios para hijos de nueva-
mente convertidos a fin y intento principal de que apartándolos desde
ninyos de entre sus padres y poniéndolos en dichos collegios y quedando
bien instruhidos en las cosas de nuestra S.* a fe catholica y en santos y vir-
tuosos exercicios y divinas letras no solo supiessen acertar mejor el camino
de su salvación pero llegados a edad de graduarse y poder predicar ense-
nyassen lo mesmo al pueblo christiano y movidos sus padres de haverlos
puesto en tan buen estado y títulos de honrra y dignidades eclecas. cre-
ciesse en ellos con mas fervor la perseverancia en las cosas de nra. sagrada
religión, y porque havemos entendido que después de tener algunos dé los
dichos collegiales edad perfecta y entero conocim. y luz de las cosas sobre-
dichas y estar eñsenyados en la sagrada theologia y dotados de virtud y
otras buenas partes para merecer passar alelante moviéndoles nuestro Sr. a
entrar en essa orden y acabar la vida en su santo servicio se les pone
estorvo > deniega la entrada en dicha religión lo qual no parece justo sino
que antes sean favorecidos en ello como gente mas necessitada de perfec-
tionarse en las cosas de la fe y religión y que puede hazer entre los sinos
mucho fruto, Encargamos os que si de los que salieren de los dichos collegios
337
que ha suspirado siempre el verdadero pueblo español. Y tan
encontradas atenciones las cumplía simultáneamente, y con la
fría serenidad propia del que lleva á cabo un acto heroico sin
pensar en otro premio que en el merecido por el cumplimiento
exacto de un deber sacratísimo. Ah! aquel rey parecía destina-
do para completar la unidad religiosa en nuestra patria, pero
la Providencia no permitió la realización de aquella empresa, y
fué necesario que transcurriesen algunos años para que la ley
histórica, á que repetidas veces hemos aludido, tuviese exacto
cumplimiento .
El ánimo del monarca, en orden á la conversión de los mo-
riscos, era excelente; tal vez pecase de candido más que de
prudente en aconsejar que fuesen éstos recibidos á la profesión
de los votos religiosos, según hemos visto en documentos que
publicamos en el presente capítulo; pero es indudable que Fe-
lipe II trabajó en mejorar la suerte de aquellos infelices, los
cuales no correspondieron á tanta fineza. Por cooperadores en
aquel negocio tuvo el monarca á los prelados de la región valen-
ciana y muy singularmente á D. Juan de Ribera, y, si los supe-
riores de las órdenes religiosas se oponían al ingreso en ellas
de los jóvenes moriscos, tenga en cuenta el que haya de apre-
ciar estos hechos que, aquellos superiores no hacían sino parti-
cipar de la opinión general, que tachaba ele apóstatas y herejes
á todos los de aquella raza. Y no se crea que ningún morisco
llegase á las gradas del altar para ofrecer los votos religiosos,
no, los hubo, aunque escasos, pero la experiencia enseñó el
yerro entrañado por aquella disposición real.
Hora es ya de que terminemos el presente capítulo consig-
nando que lo resuelto en la junta de Valencia fué notificado á
y fueren subjetos que sean dotados de letras y virtud acudiesen a entrar en
vra. relig-ion y no huviere otro deffecto nías de la nota de ser nuevamente
convertidos, deys orden que sean admitidos y recibidos con el amor y cha-
ridad que acostumbrays a los demás para que tanto mas se animen y esfuer-
cen a perseverar en las cosas de nuestra s. ta fe y enseny arlas a los otros
quanto mas se vieren puestos entre personas que tanto resplandecen en ella
pues que de otra manera quedaría frustrado el intento que el Emperador
mi señor y yo tuvimos en las instituciones de dichos colleg'ios que demás
del servicio que en ello hareys a nro. S. r y ser tan proprio de vra. jxrofes-
sion le recibiremos en ellos de vos muy accepto. Dat. a 22 de setiembre 86.»
Doc. existente en el vol. cit. en la nota anterior, fol. 61.
T. I 22
338
la de Madrid, «en la cual, desde los 23 de noviembre deste año
(1587) hasta los 4 de diciembre del mismo, se acabo de tomar
la ultima resolución que se consulto con su Magestad a 30 de
henero de 1588» (40), si bien debemos advertir que ambas jun-
tas continuaron ocupándose en la solución del problema moris-
co hasta muy entrado el siglo XVII, pues aunque la de Valencia
había sido convocada para , auxiliar á la de Madrid, continuó
ésta sus sesiones hasta después de la expulsión de aquella raza.
Y por eso podemos afirmar, por ahora, que las consecuencias
de tales deliberaciones fueron fecundas para evidenciar la te-
nacidad de los moriscos y la imposibilidad para la fusión de
éstos con los cristianos viejos, aunque otra cosa supongan escri-
tores tan urentísimos como el ilustre académico D. Eduardo
Saavedra (41). También nosotros opinamos un día como el refe-
rido historiador, pero el estudio de documentos y hasta de la
literatura aljamiada que estuvo á nuestro alcance, nos hizo
cambiar de opinión y estimar como verídico y hasta como ver-
dadero lo que antes no habíamos reputado como tal. Y esta
confesión nos sirve como de fundamento para repetir, que si el
hallazgo de nuevos y fehacientes documentos viniese á destruir
nuestras afirmaciones, estaríamos de parte de la verdad histó-
rica que hoy creemos defender.
40) Fonseca, Justa expulsión, pág. 39.
41) Discurso ya cit., púg\ 190 del tomo VI do. las Mern. de la R. Acade-
mia Española.
CAPITULO XIII
Informes de D. Martín de Salvatierra y D. Alonso Gutiérrez acerca
DE LA CUESTIÓN MORISCA.— CONSULTAS DEL CONSEJO DE ESTADO Y NOM-
BRAMIENTO DE VARIAS JUNTAS. — MÁS INFORMES DEL ÜR. JOSÉ ESTEBAN,
obispo de Orihuela; D. Juan Bautista Pérez, obispo de Segorbe;
licenciado Martín González de Celorigo, y otros.
[O de los prelados de la región valenciana que primero
respondieron á los deseos del monarca para ilustrar á
los individuos de la junta de Madrid, mencionada en el
anterior capítulo, fué D. Martín de Salvatierra. Creemos indis-
pensable dar aquí algunas noticias de este prelado para juzgar
de su carácter antes que de su célebre memorial.
Sabido es que el cabildo eclesiástico de Segorbe, por cos-
tumbre antigua y por ausencia de prelados propios, asumió
largo tiempo el título de las Iglesias de Segorbe y Albarracín
perpetuamente unidas, y sobre ellas ejerció la jurisdicción ecle-
siástica. En 1577 fueron preconizados por Gregorio XIII, á pro-
puesta de Felipe II, fray Juan Trullo de Santa Cristina, para el
obispado de Albarracín, y D. Francisco Sancho, para el de
Segorbe. Ambos prelados tuvieron efímera existencia; Trullo
murió antes de su consagración, y Sancho al medio año de pon-
tificado. Durante el gobierno de los vicarios capitulares de Se-
gorbe D. Jaime Arrover y D. Jerónimo Decho, fué nombrado
para la sede episcopal de Albarracín, D. Martín de Salvatierra,
natural de Vitoria. El nuevo prelado había sido promotor fiscal
del Consejo supremo del Santo Oficio é inquisidor en Valencia;
conocía, por tanto, la cuestión morisca.
340
Tan pronto como tomó posesión de su obispado emprendió el
arreglo parroquial del mismo en conformidad con la bula Regi-
■mini expedida por Gregorio XIII, teniendo no pocas dificulta-
des que vencer para triunfar de las pretensiones del cabildo
segobricense y de su nuevo prelado D. Gril Ruíz de Lihori. El
Papa vióse obligado á nombrar, por breve de 12 de abril
de 1580, al nuncio en Madrid, Monseñor Felipe Sega, para que,
por sí ó por delegado, marcase los límites de las dos diócesis
litigantes, pero la negociación se prolongaba, ora fuese por el
cambio de Nuncio, ora por la muerte del obispo Ruíz de Lihori,
en agosto de 1582, ora por la audacia de algunos pleitistas. Así
transcurrieron algunos meses, hasta que en 23 de marzo ele 1583
fué preconizado para la silla de Segorbe el mismo Salvatierra.
De su gobierno sólo transcribiremos lo que dijo D. Juan Bautista
Pérez: Multas lites cum suo capitulo agitavit de jurisdictione epis-
copa*li et adiiilnist rationibus capitidi. Egit etiain de restituenda
episcopis segobricensibus jurisdictione et decimis 4 locorum quee
idem Martinas dam esset Albarracinensis occwpaverat, asserens
se nunc re melius cognita, matare sententiam. Sed non est auditus
a rege tanqitam- varia pro tempore sentiens. Redditus fabricarum
diozcesis diligenter examinaoit et acriter defendit (1).
A este prelado pidió parecer el monarca, según dijimos,
enviando en respuesta un informe con fecha de 30 de julio
de 1587 (2). Expone el prelado en este documento la asidua en-
señanza que, desde los Reyes Católicos, se había dado á los
moriscos para lograr su conversión; lo infructuosos que habían
sido todos los medios suaves empleados con igual objeto y la
obstinación de aquellos infelices en seguir las prácticas muslí-
micas; la amistad y trato que tenían con los turcos y argelinos
y la apostasía de que eran reos manifiestos; compara el escaso
fruto obtenido entre ellos en tantos años de predicación con el
obtenido entre los indios; manifiesta que ya no se debían admi-
tir las excusas sistemáticas que aquellos alegaban para no ser
1) Episcopologium segobricense ab limo, et doctissimo episcqpo doctore
D. Joanne Baptista Pérez compositum et ordinatum, nunc vero <ii> ejus in
episcopatu succesore Francisco de Asís Aguilar in lucem proditum. Un
vol. en 4.° de 90 pág. de texto y 50 de Adv, j Apéndices, imp. por F. Roma-
ii i y Snay, f<>iii]>. ; ' ; Segorbe, 1883.
2) Vid. doc. núm. 27 de la Coleo. Diim.omát.
341
buenos cristianos, por falta de instrucción; coincide en que los
señores de vasallos eran dificultad intolerable para que los mo-
riscos dejasen de continuar siendo herejes; apunta que no eran
tan perversos los judíos y fueron expulsados; emite la singular
idea de que se celebre en Toledo un Concilio nacional para que
solucione el conflicto, no sin haber antes recordado á Felipe II
la obligación que tenía de limpiar estos sus reynos de la dicha
abominable secta de Mahoma y de los que la tienen y ¡juardan.
¿Hay algo de insólito en tales consideraciones? No. D. Mar-
tín de Salvatierra opinaba como los prelados de su época; la
idea de la expulsión se había generalizado desde los acuerdos
de la junta de Lisboa en 1582, y nada tiene de extraño que un
obispo la prohijara. La necesidad de reducir á la práctica aque-
lla solución, ya lo dijimos, tenía origen más antiguo. Por eso
creemos que dijo muy bien el Sr. Cánovas del Castillo: «Para
mí el problema, aunque no resuelto hasta 1609, estaba termi-
nantemente planteado desde el tiempo de los Reyes Católicos,
ó lo que es lo mismo, desde aquél de la gran Reina, que da aún
origen á tantas disculpables, pero ruidosas y con frecuencia
extemporáneas vanidades de la gente española. No cabe duda,
en mi concepto, que el edicto de 31 de marzo de 1492, que echó
de España á los judíos, determinó una nueva dirección de la
política religiosa, que, en el lógico encadenamiento de los
hechos, tuvo por último é inevitable eslabón la Real carta de 4
de agosto de 1609 contra los moriscos valencianos, y los bandos
de igual índole que se siguieron.
Habían ya salido de España por el edicto de 1492 millares y
millares de familias, cuyos antepasados, viviendo con varia
fortuna entre nosotros, desde los tiempos visigóticos, habíannos
constantemente acompañado al fin, aunque no siempre sin ries-
go, durante los largos siglos de la Reconquista; gozando, á pesar
de las persecuciones y matanzas populares, tanto y más que
los vencedores mismos, de los primeros despojos del recién con- '
quistado reino de Granada. Más convertidos se hallaban aque-
llos primeros expulsos, que los propios moriscos, á nuestra
lengua y costumbres, al paso que ni con mucho eran tan peli-
grosos, por su menor número y manera de ser. Veíanse además
tolerados los hebreos en toda la Europa cristiana, incluso Roma,
mientras que los moriscos constituían á las puertas de las cate-
drales de Toledo, Sevilla ó Valencia una excepción extraña con
342
que solían afrentarnos los propios extranjeros que censuraron
luego la expulsión, señalándose entre ellos , según es fama,
Francisco I, al desembarcar prisionero en las costas valencia-
nas; pesada burla para los que le oyeron, y aun para los que lo
referían después. ¿Cómo podía ser que, una vez realizada, no
obstante tan favorables diferencias, aquella primera expulsión,
dejara la otra de ocurrírseles á nuestros políticos, como radical
remedio á las dificultades que indudablemente los moriscos ori-
ginaban? Todo cuanto cabía decir en favor de ellos, pudo
haberse considerado en pro de los judíos, los cuales poseían
también sus letras hispano-hebreas y su especie de literatura
aljamiada; tenían ya en general por lengua propia la nuestra
hasta el punto de conservarse en muchos de sus descendientes
todavía, y amaban tanto como los cristianos viejos la tierra de
España. Nada les valió contra el furor popular, de año en año
creciente contra ellos, ni contra los rigores oficiales; y la per-
secución contra los moros tampoco debía, por tanto, hacerse
esperar» (3).
Al aducir el testimonio de tan ilustre académico, lo hace-
mos, no tanto para corroborar la validez de aquella opinión,
tan en boga durante el último tercio del siglo XVI y primera
década del XVII, como para refutar el aserto de algunos histo-
riadores, como el Sr. Amador de los Ríos (4), al tratar de persua-
dir lo contrario de lo que afirmaban prelados como Salvatierra
y miembros ilustres del Consejo de Estado.
No tratamos de discurrir acerca de lo expuesto por el pre-
lado segobricense en el citado informe; el erudito que desee
conocerlo podrá satisfacer su deseo estudiándolo en otro lugar
del presente volumen, y el crítico podrá deducir consecuencias
que ilustren la materia que nos sirve de tema.
No se crea que la opinión de Salvatierra, con ser la misma
del Consejo de Estado en 1582, gozase de la libertad que hoy
disfrutan las ideas más perniciosas, no; aunque deseada ardien-
temente La expulsión por la mayor parte de los que no eran
señores de vasallos moriscos, era muy peligroso dar publicidad
á semejante parecer, por la sencilla razón de que era necesario
evitar un conflicto con aquellos enemigos domésticos. La pru-
3) Vid. el Disc. ya cit., págs. 213-215 del t. VI de las Mem. de la E. Acaü.
4) Est. hist. polít, y lit. ya t-it . , págs. 194-200.
343
dencia, por no calificar de temor, se había impuesto á la nece-
sidad, á la justicia y á los intereses de la religión. Nadie, pues,
deberá extrañar, y menos aún el crítico ansioso de encontrar la
verdad, que este género de prudencia, inspirada en el temor, lle-
gase á informar los deseos de la mayor parte de los prohombres
que influían más ó menos cerca de la persona del monarca (5).
En aquellas circunstancias ya no era posible afrontar la
solución del problema morisco al modo como hubieran podido
resolverlo los Reyes Católicos. Por eso hay que disculpar, aun-
que hoy nos parezcan ridiculas, ciertas medidas coercitivas que
en aquel siglo encajaban perfectamente, dado el estado de la
opinión pública; por eso «los más refractarios de nuestros polí-
ticos á la idea de la expulsión, comenzaron á persuadirse de
que, voluntaria ó forzosa, la salida de los moriscos de la Penín-
sula era inevitable» (6); por eso, en una palabra, no debemos
extrañar que, dados los fundadísimos recelos á que inducían los
manejos de los moriscos, se buscasen remedios peregrinos para
acallar los ánimos exaltados del pueblo genuinamente español.
La serenidad en el gobierno 'hubiera sido un factor impor-
5) Aunque se ha dicho que el clero resolvía en tiempo de Felipe II todas
las cuestiones, no debemos olvidar que la morisca no se resolvió en sazón
oportuna, precisamente por la escasa influencia que ejercieron los prelados
en la junta creada por Carlos I y protegida por Felipe II y Felipe III, para
estudiar los medios de resolverla. Dice el P. Bleda (pág. 883 de su Coronica
de los moros de España), que «los obispos no se atrevian a tratar desta
causa con el Papa, porque tenian orden, que todo lo que se les-ofreciesse
tratar de materia de moriscos, lo escriviessen a una junta que de ordinario
avia en la Corte para esta gente.» Y téngase en cuenta que el fondo de
aquella cuestión era religioso antes que político, lo que obligó á escribir
al referido autor en el lugar citado, que «los mas que entra van en aquellas
juntas, eran hombres legos y casados, personas muy graves, pero incapaces
por derecho de la Iglesia del conocimiento de semejantes causas.»
Otros testimonios en abono del peligro que había, á la sazón en tratar,
del negocio de los moriscos y de la fiscalización oficial que se ejercía con los
que de él trataban, pueden verse en el libro citado del P. Bleda, págs. 882
á 886; y aunque se acuse de exaltado, parcial y fanático al referido autor
por las opiniones propias que emite en el terreno jurídico al tratar de los
moriscos en su Defensio fidei, etc., y en su Coronica, nadie podrá negar que
en el terreno histórico se amolda á la verdad más extricta, y bien lo reco-
noció el Sr. Cánovas del Castillo al calificarle, lo mismo que al P. Fonseca,
de «escritores diligentes». Disc. cit., pág. 225 del t. VI antes indicado.
6) D. Antonio Cánovas, Disc. cit., pág. 224 del ya mencionado volumen.
344
tante para resolver aquel problema, pero ¿acaso no tenía moti-
vos fundados aquel gobierno para temer un conflicto? Las causas
apuntadas en el anterior capítulo, son suficientes para justificar
la conducta de aquellos gobernantes (7).
7) Además de los documentos que publicamos en sus lugares respectivos
tocantes á conspiraciones y levantamientos, creemos de oportunidad vaciar
las siguientes notas para que pueda el critico juzgar de la opinión emitida
por algunos escritores que se atrevieron á calificar de sospechas infunda-
das los temores de nuevas conspiraciones y levantamientos.
En el British Museum, sign. Eg.-1511, núm. 4, se conserva una «Rela-
ción de lo que passa acerca del levantamiento de los moriscos del Reyno de
Valencia; dat. 21 Jan. 1583»; en el núm. 5, «Original letter of the archbishop
of Saragossa (Andrés Sanctos) to the King, proposing that Luys Moreno, a
Morisco, who has made several journeys to France, be arrested and delive-
red up to the Inquisition, to be examined; Caragoca, 15 May 1583»; en el
núm. 8 hay un doc. referente á «LorenQo Polo, christiano nuevo, vezino de
Teruel, sobre los servicios que a hecho al Santo Officio de Valencia, 1586*,
descubriendo los planes de otra conspiración; y en el Arch. gral. Central ,
Inq. de Valencia, lib. 5, fol. 24, los siguientes fragmentos de corresponden-
cia mantenida entre el Consejo Supremo del Santo Oficio y los inquisidores
de Valencia:
«M. R. S. Por que para cierto efecto queremos entender los nombres de
los moriscos que están presos en esas cárceles sobre lo que se a dicho del
levantamiento, convenía que con toda brevedad nos deys aviso dello. guar-
de nro. señor &. año 1584»; otro al fol. 27, en que se lee: «M. R. S. El consejo
a acordado se prendan Lorenzo Aben-Acar, Miguel xarrin, López anseran,
juan de albazul, xarquino, Alseran, y Andrés Izquierdo, moriscos; daréis
orden luego que rescibais esta como se hagan estas capturas y los reos se
pongan en las cárceles secretas de esse sancto officio y avisarnos heis de lo
que hicieredes y si alguno de los susodichos a estado o esta preso en esa
Inquisición y por que, y del estado de su causa, para que se provea lo que
convenga, guarde nro. señor &. a »; al fol. 29 el siguiente: «M. R. S. Rescibi-
mos vras. cartas de 3 y 1+ del presente con la relación deío que Lorenzo
Polo menor avia confessado en esse sancto officio cerca de las cosas del le-
vantamiento y la re-vocación que a hecho después de la prisión de gil perez
y cornejo, que se a visto juntamente con lo que dezis aveis acordado en esta
razón y a parescido hagáis en todo lo que fuere de justicia»; y al folio 32:
Muy I i .<íos Sres. Rescibimos vra. carta de xiiij del mes passado en 1 del
presente y pues decis que por orden del consejo leñéis pressos a Gil Pérez.
morisco tagarino, testigo original y principal en la causa del levantamiento
de los moriscos, y a Alonso Cornejo su compañero y que el dicho Gil Perez
persevera en que dixo verdad en su primera testificación y concierta que
los moriscos benian hecho para levantarse y que en el viage que hizo con e]
Dean de Segorve fue espia doble por c.ient escudos que los moriscos le die-
ron por que les descubriese lo que en el sancto officio passava contra ellos
345
No se nos oculta que al pueblo cristiano «no llegó nunca
probablemente el espíritu de transacción que informaba la con-
ducta de . sus gobernantes y de sus pastores mismos», según
afirmó el Sr. Cánovas del Castillo (8), y ele ahí la dificultad
interior para resolver con prudencia la cuestión morisca sin
apelar al medio radical á que se hubo de apelar en los comien-
zos del siglo XVII; pero debemos tener presente que en el fondo
de aquella opinión pública había algo de noble, de grande, de
verdaderamente heroico, resto fehaciente de la lucha secular
contra el islamismo. Los gobernantes y prelados hicieron cuanto
pudieron para lograr la fusión de aquellos dos pueblos, pero la
fusión era imposible y la experiencia vino á demostrar la ver-
dad de este aserto.
Algún tiempo después que el memorial antes citado, recibió
el monarca otro de D. Alonso Gutiérrez, en que se estudia la
cuestión morisca en el reino de Granada; su fecha en Sevilla á
6 de septiembre de 1588. Lo curioso y original de este informe
nos obliga á darlo íntegro en otro lugar (9), lamentando no
haber podido adquirir noticia de la condición y estado del in-
formante.
Confiesa paladinamente el mencionado Gutiérrez que, todos
los mudejares españoles y los moriscos esparcidos de Granada,
deben ser tenidos por enemigos del rey y de la patria y consi-
derados por tan moros como los de África; que se les debe impo-
ner tributos para minorar sus grandes riquezas; que deben ser
y que Lorenzo polo, menor, y Mig'uel aliri se han retractado y dicho que
testificaron falso en lo tocante al dicho levantamiento por persuacion pro-
mesas y otros embustes^que los dichos Gil Pérez y cornejo les hicieron, sera
bien que continuéis las causas del dicho Gil Pérez y de todos los demás que
se. entiende y entendieredes haver testificado falsamente, haziendo en ellas
las diligencias necessarias para averiguar la verdad y estando conclussos
sus processos los veréis con ordinario y consultores y sin executar lo que
acordaredes, los remitiréis todos al consejo para que cerca dello se os or-
dene y provea lo que convenga y procederéis en este negocio como se es-
pera de vuestra prudencia, teniendo atención a que siempre tuvimos ruin
concepto deste Gil Pérez y assi os lo escrivimos diversas veces y en parti-
cular postrero de marco de 1582 os advertimos que podia ser espia doble,
como el lo confiesa; de lo que se hiciere y sucediere nos yreis dando avisso...
Toledo 7 de mayo de 1584 . >
8) Disc. cit., pág. 218 del referido tomo VI.
9) Vid. doc. núm. 28 de la Coi/ec. Diplomát.
346
alistados en Unages de doscientas canezas, todos los que existan,
con expresión de sü estado, etc., y que cada Jinage contribuya
con mil ducados anuales. «De aqui resultaría que si viniese esta
raza en tanto crecimiento, esparcirlos y echarlos donde menos
sospecha se pudiere tener dellos, si ya por ser batigados que no
se pueden echar de el Rey no porque se yrian a berveria, no
paresciese que los que naciesen fuera de tanto numero se cas-
trasen que esto se hace en las yndias con muy pequeña ocasión
a los esclavos.» Aunque el informante añade: «no lo doy por
parescer, sino adbertimiento y que se considere bien», y aunque
acostumbramos á respetar la opinión ajena, y más en aquella
época en que las circunstancias justificaban la licitud de medi-
das coercitivas que hoy nos parecen crueles, no por eso deja-
mos de lamentar que se llegase á tales extremos. Si los medios
que Gutiérrez propone, ó advierte, hubieran sido propuestos por
Tomás de Villanueva ó Luís Bertrán ó Juan de Ribera, los juz-
garíamos con igual desembarazo, pero cúmplenos observar, á
fuer de imparciales, que los obispos informan dé ordinario sus
pareceres para el remedio de la cuestión morisca, en ideas más
humanitarias, y hasta si se quiere más modernistas. Sin desaten-
der los deseos de la opinión pública, ni los hábitos é intereses
del común de los españoles de aquella época en que, al resplan-
dor de las hogueras públicas, se juraba la defensa de la unidad
política y de la unidad religiosa, sabían predicar con la palabra
y con el ejemplo la doctrina de Jesucristo; no tuvieron la for-
tuna de alcanzar las conquistas del llamado progreso moderno,
pero no por ello confundían, como en nuestros tiempos de gue-
rra antisemita y de triunfo del más fuerte, la libertad con la
licencia, la fuerza del derecho con el derecho de la fuerza ó de
la astucia, el interés público con el interés privado; ni justifica-
ban componendas criminales como se han justificado en tiempos
recientes con descloro de la honra nacional. El clero, general-
mente hablando, cumplió en aquellas circunstancias con su
misión... Y, al decir esto, no se nos oculta que pudo cumplir
mejor su apostólica tarea de instruir á los moriscos, disfrutando
para ello del favor del gobierno y, singularmente, de los seño-
res de vasallos.
Alguien podrá preguntar ¿de qué servían los mencionados
informes y otros, no escasos en número, que remitían á la, corte
(Jil'crentes prelados y hombres doctos de nuestra nación? ¿Ilus-
347
traban la opinión de Felipe II? ¿Ilustraban, acaso, al gobierno
que parecía apelar á esa especie de sufragio para conocer la
opinión del país? ¿Quería el Consejo justificar la expulsión? Es
necesario conocer los acuerdos de la junta que entendía en aquel
asunto, y, al mismo tiempo, las consultas del Consejo de Estado
para contestar á tales preguntas.
El 5 de julio de 1588 suplicaba el Consejo á S. M. que se tra-
tase de matar la llama que esta descubierta y que se resolviera
con urgencia la cuestión morisca, pues así como él sucesso de lo
de Granada mostró quan útil fuera arce atajado en sus principios
el fuego que allí se encendió desta ¡/ente, assi es agora muy nece-
sario que este que lleva el mismo camino no pase adelante (10).
El 30 de noviembre del mismo año tomaba nuevos acuerdos (11)
10) Arth. g'ral. de Simancas. -Secret. de Est., leg. 208. Doc. pub. por el
Sr. Danvila, págs. 217 y 218 de sus Confs. Otra copia que poseemos de dicha
consulta, la hemos sacado de un doc. que se conserva en el mismo archivo
y sección citados, leg\ 165.
11) «El martes 29 deste entre las otras materias graves que en consejo
de estado se platican movió el cardenal de Toledo la del peligro grande en
que estos Reynos se hallan con tanto numero de christianos nuevos sembra-
dos por toda Castilla, especialmente en Toledo, siendo como aleacar y forta-
leza dellos donde y en las otras partes con ocasión de armada del Turco si
baxasse acá o otra que ellos vienen dándose la mano con los de Aragón y
Valencia sin duda tomaran las armas, siendo como son los mayores enemi-
gos que tenemos por las causas que se saben y la facilidad con que lo po-
drían exeeutar siempre que huviesse alguna ocassion por ser tantos como
son y yr multiplicando cada dia y disminuyéndose los christianos viejos por
mil vias y hallarse tan desapercibidos y desarmados como se hallan y que
para tratar del remedio que pide peligro tan i inminente como este seria muy
conveniente saber el numero de las casas y hombres destos que ay derra-
mados por este Reyno, lo qual como cosa tan bien ponderada y tan impor-
tante aprobaron los demás del consejo que se hallaron a ello, que fueron
todos, excepto el marques de Almacan que por su indispusicion no estuvo
alli y platicado del medio que para esto se ternia parescio que por ninguno
se puede hazer esto con tanta .disimulación, verdad y secreto como por la
via del santo officio de la inquisición, especialmente teniendo como tiene
esta gente tomados todos los otros passos, y de su mano muchos juezes y
escrivanos y que assi converna que V. M. sea servido de mandar que los
tribunales del santo officio destos Reynos cada uno en su distrito apure y
averigüe con el secreto y verdad que suele, las casas y hombres que hay
destos por todo el Reyno y que estas averiguaciones las embien al inquisi-
dor general para que comunicándolas después en consejo de estado se pueda
tratar del remedio que requiere negocio de la qualidad que es este.— V. M,
348
sin que atenuasen la alarma ni el auto de fe celebrado en Va-
lencia (12) ni la prohibición de usar armas los moriscos, dic-
tada á 19 de agosto siguiente. D. Bernardino Dávila, á 29 de
diciembre, propone á Felipe II, como remedio á las necesida-
des públicas, que se tomaran severas medidas contra los moris-
cos (13), y el 14 de noviembre de 1589, algún tiempo después de
comparecer ante el inquisidor D. Pedro Pacheco varios testigos
que depusieron contra el morisco Lope de la Paridera, compli-
cado en la conspiración descubierta en Albarracín (14), reúnese
de nuevo el Consejo de Estado (15), tomando acuerdos de espe-
visto esto mandara lo que mas fuere de su Real servicio y en Madrid a 30
de noviembre 1588. — Hay cinco rubricas.»
Arch. grál. de Simancas — Secret. de Est., leg*. 165.
12) Danvila, Confs., pág. 218.
13) Id., El poder civil en España, t. V, pág. 566, y Confs., pág. 218.
14) Arch. grál. Central — Inq. de Valencia, leg. 509. Doc. pub. en las
citadas Confs., págs. 219-222. Véase, además, el doc. núm. 7 del leg. cit. de
Documentos referentes á moros, mudejares y moriscos.
15) «Señor
El cardenal de Toledo truxo estos dias'a consejo una carta de Juan Ca-
rrillo Comisario de la inquisición escrita en Avila a 7 deste mes passado de
octubre a los Inquisidores de Yalladolid en respuesta de otra suya en que
da muy particular razón del numero, vida y costumbres y trato de los Moris-
cos modejares que ay en aquella ciudad antiguos en ella y de los del reyno
de Granada que después el año de 70 fueron a ella, de que se colige que los
unos ni los otros no son christianos, pues ni oyen missa ni van a ganar es-
taciones, ni reciben el santísimo sacramento sino estando tan al cabo que no
se les pueden dar ni jamas le acompañan ni veneran ni se confiessan sino
de año a año por temor de la pena, que de poco acá no llevan padrinos al
Baptismo sino que toman el que hallan en la Iglesia. Hablan su lengua es-
pecialmente estos últimos, que demás desto se casan vnos Con otros sin
mezclarse con los christianos viejos, ninguno dellos entra en Religión, ni va
a la guerra ni sirve a nadie ni pide limosna, que viven por si apartados de
los christianos viejos, que tratan y contratan y están ricos y algunos de los
modejares son escrivanos y procuran meterse en officios honrrosos, que cres-
cen y multiplican en mucho numero y muchos dellos son muy ágiles y aptos
para la guerra, que tienen armas escondidas y que no han registrado todas
Las que tienen. Que esconden muchos niños por no los baptizar, que los re-
gidores y personas a quien se dio cargo de alistarlos y tener cuenta con ellos
y a otros de enseñarlos qo lo hazen y que assi se van de un lugar a otro sin
que. aya quenta con ellos, con otra infinidad de particularidades que argu-
yen no solo no ser estos christianos antes eaemigos del nombre christiano y
de los que lo son, mas también ser negocio de mucha consideración y que
va caminando a algún mal irreparable, y a la disposición y efecto del con
349
cial interés que sirven como de precedente á la grave consulta
que eleva al Consejo uno de sus prohombres, el marqués de
Almazán, y con fecha de 5 de mayo de 1590, proponiendo medi-
das radicales (16) que, si no fueron seguidas por los otros con-
los aparejos que de todas partes se le encaminan si con tiempo no se atajan.
A cuyo proposito dixo el cardenal que donde mayor peligro ay y donde mas
se puede temer es en Toledo por los muchos que ay alli, por todas las qua-
les cosas supplica a V. M. d el consejo con las veras y humildad que deve se
sirva mandar tratar de negocio tan grave como este es, con la brevedad y
consideración que su importancia y acertamiento lo piden a 14 de noviem-
bre 1589— Hay cuatro rubricas.»
Arch. gral. de Simancas — Secret. de Est., leg. 165.
16) «En el negocio importantísimo de los moriscos que viven en estos
Reynos parece que hay dos cabos principales que mirar de los quales se
derivan y dependen todos los demás tocantes a esta materia. El primero si
es cosa importante y a estos Reynos conveniente y necesaria poner remedio
eficaz a la multiplicación y augmento que se vee de dia en dia de los dichos
moriscos. Lo segundo si ya que sea conveniente y necessarissimo, que reme-
dio es del que se ha de vsar, y la forma y manera que se ha de tener para
prevenir los daños, que se esperan poder resultar desta generación tan
depravada.
Bolviendo al primer cabo desta materia, nadie hay que no conozca clara
y abiertamente y por los ojos la vea que siendo esta tal generación de hom-
bres baptizados, han siempre permanecido en su maldita secta y torpissimo
herror, no hallándose hombre dellos que no sea moro, y esto parece por el
santo officio de la inquisición destos Reynos, y por las deposiciones de los
prelados en cuyas diocessis estos habitan y moran pues ha venido (por lo
que se conoce dellos) a ser necessario negalles la sancta comunión y los de-
mas sacramentos no obstante que están bautizados, y como en este consejo
se ha dicho, no haverse hallado ningún morisco destos baptizados que sea
christiano hasta agora, con lo qual y testimonio de persona tan qualificada
como el que aqui lo ha afirmado no solamente la materia pide remedio con-
veniente, pero el Rey nuestro señor por la real carga y obligación de su
conciencia esta obligado a poner el dicho remedio vsaudo de su absoluta y
suprema potestad para que los daños que se viniessen a recrecer a la reli-
gión católica y a la paz publica y bien común no los imputasse y atribuyesse
Dios nuestro señor a su m.d catholica, y en lo de la brevedad consiste el bien
de todo este negocio.
Y assi emos de venir a la segunda parte de la dicha matheria quanto a
ver como y de que manera se le podría dar el remedio a este dicho negocio,
y para tratar de muchos caminos y conferir sobre ellos, y elegir los mejores
y mas conformes a la divina voluntad y justificación de la misma cansa, se-
ria de parecer que con el consejo destado mandasse su \\\A se juntassen dos
prelados theologos, y los dos consejeros de la cámara, y otros dos tlieologos
religiosos y que con el secreto que la materia pide tratassen y confiriessep el
350
sejeros, es indudable que tuvieron resonancia, pues le fué
presentada á Felipe II aquella consulta ó parecer, juntamente
negocio y propussiessen medios y remedios justos y santos de manera que
estos Reynos se viessen libres de semejante generación y de los grandes da-
ños que della podrían resultar. Por agora se me ofrecen algunos que propo-
ner de los quales se podra tratar en la junta coa los domas que alli salieren.
El primero es, que el santo offlcio en todas sus inquisiciones proceda
contra todos los moriscos de la corona de castilla ante todas cossas no sola-
mente a pedimento de los tiscales de las inquisiciones o de otros qualesquier
denunciadores, pero de officio de cada inquisición sin perdonar a ningún
morisco la vida o dándole muerte natural o muerte civil o destierro perpe-
tuo del Reyno o galeras perpetuas.
ítem se devriari fundar en las ciudades principales desta corona de cas-
tilla seminarios donde se criassen los hijos de los moriscos y también casas
donde se criassen las hijas, ellos con maestros y ellas con maestras 111113- cr ' s "
tianos y de mucha aprobación de manera que para la elección dellos pre-
cediesse rigurosso examen de su cristiandad y ele que 110 tenian raya de
juclios ny moros, y de las demás buenas partes y requisitos que para tales
officios se requerían, y estos seminarios se devrian fundar a costa de los
moriscos padres de los mocos y mocas que en ellos se huviessen de criar, por
manera que a todos los moriscos y moriscas se les havrian de quitar los hijos
y las hijas que tuviessen y esto se entiende de seys o siete años abaxo.
En los dichos seminarios se havria de poner numero de los que en ellos
se havrian de criar alimentándolos (como esta dicho) de la hazienda de sus
padres, y la que dexassen los moriscos muertos o desterrados se devria apli-
car a los hijos quando saliesen de los seminarios para con que viviessen, y
lo mismo a las hijas aquello que les pudiesso caber.
Y porque seria grande la muchedumbre de los hijos que se han de quitar
a los padres moriscos se podría encargar a la justicia o a personas diputa-
das para ello que los que sobrassen de los seminarios del Reyno los asentas-
sen con señores y cavalleros destos Reynos y también con mercaderes y eon
offieiales mecánicos que no fuesen moriscos ni tuviesen raca dello para que
los sirváessen y criasen en la religión catholica no teniéndolos por esclavos
pero obligando a los dichos hijos de los moriscos que sirviessen hasta tal
edad de manera que las justicias los apremiassen como lo hacen a los mocos
de soldadas a que sirvan por el tiempo que se obligaron.
Y lo que mas convenia después desto era que los hijos e hijas de los mo-
riscos de Toledo no se criassen en el seminario de Toledo ny los ass'entasen
con amos vezihos de Toledo sino que los embiassen al seminario de Cordóva
o de Sevilla o de Valladolid, y lo mismo se hiciesse con los demás de los
otros seminarios embiandolos a criar a Toledo o a las otras partes donde no
íuessen naturales ny vezinos, con esto se liana justicia contra los moriscos
v sin agraviar a lo- inocentes que no tuvieron tiempo ny edad de ser cul-
pados y son baptizados. Y presupuesto que ningún morisco hay que sea.
cristiano como aquí se ha dicho, la menos dü'licultosa provisión fuera un des-
tierro perpetuo a todos ellos como los Reyes Catholicos lo bi/.ieron a los ju-
351 .
con el acuerdo tomado por la mayoría del Consejo en la sesión
celebrada el día 22 del mismo mes (17). Y esto, no obstante
haberse publicado, á 4 de enero de 1589, un bando en que se
dios, por donde ganaron entre otras cosas notables el tan catholico renombre
que tienen.
Otras muchas cosas se podrían dezir sobre esto mas como mi parescer se
ha de reduzir al que diere el consejo a su m. d no me ha parecido alargar
mas el mió teniendo por mejor el que diere' a su m.d el dicho consejo fecho
en madrid a 5 de mayo 1590 — Hay una rubrica.
Areh. gral. de Simancas — Secret. de Est., leg. 165.
17) «Señor
Estos dias passados se trato en consejo de estado como Y. M. lo mando
del remedio que se podria dar al inconveniente y peligro grande que tiene
el hallarse estos sus reynos de castilla con tantos enemigos domésticos como
ay moriscos en ellos de que por otra consulta se advirtió a V. M.d por este
consejo y hallándose en el todos los demás, fuera de Don Cristóbal que por
su indisposición no se hallo a ello, se platicaron algunos medios que mas
aproposito se offrecieron para obviar estos peligros y daños como seria sa-
carlos; quanto a lo primero dellos como es de toledo, Sevilla, Cordova, Avila
y otros semejantes en que están avecindados y echarlos a las aldeas y luga-
res de poca importancia y juntamente con esto assi para trabajarlos y qui-
tar por esta via el augmento y crecimiento que ellos hazeu, como por sacar
alguna utilidad dellos se podrían embiar para remeros y buenas vollas cada
año algunos millares dellos mediante salario y paga como hazen venecianos
en su tierra de sus mismos subditos christianos, y lo hazian genoveses quán-
do tenian galeras y otros muchos dexandolos bolver a sus casas el invierno
o quando no fuesse tiempo de navegar y es de creer que ellos que con razón
podrían temer otra resolución mas dura que esta holgarían mucho con ella
o quando esto no pareciesse bastante remedio parece que lo seria el sacar-
los todos destos reynos y del riñon dellos y bolverlos al reyno de granada
de donde salieron, conque en este caso se hiziesen tres o quatro o mas fuer-
tes repartidos por las partes que mas pareziesse convenir con guarnición y
soldados de presidio en cada uno y buenas cabecas todo a costa de los mis-
mos moriscos como se entiende que lo offrecieron otro tiempo y agora lo ha-
rían de buena gana imponiéndoles también el tributo de los remeros que
esta dicho o gastadores o cosas semejantes fuera de sus derechos ordinarios
que solían pagar o menos lo que respecto de los presidios pareciesse descon-
tarles, con que p¿irece que cessaria el peligro con que se esta y resultarían
otros bienes en hazienda y en lo demás que puede considerar V. M. que es-
cogerá desto lo que mas convenga advirtiendo a V. M.d que el Marques de
Almacan tuvo en esto diferente parecer y le dio por escrito y se levo en
consejo y se embia a V. M. con esta consulta para que de todo esto elija lo
que mas fuere de su Real servicio, beneficio y seguridad destos Reynos a
22 de mayo 1590— Hay cinco rubricas.»
Areh. gral. de Simancas— Secret. de Est., leg. 165.
352
prohibía á los mercaderes valencianos la compra en Argel ó en
las villas de la costa las mercaderías apresadas por los corsa-
rios, evitando así la reventa de aquéllas, y, por tanto, la osadía
de los piratas favorecidos por los moriscos (18).
Como se ve, no había desistido el Consejo de Estado en la
demanda que formuló en 1582, y no tardó en exponer al rey la
necesidad de sacar los moriscos de toda España, pues ya no bas-
taba el expelerlos del riñon de Castilla, y singularmente de las
poblaciones principales en donde residían, para transladarlos á
lugarejos apartados ó devolverlos á Granada (19).
18) Gonfs. citadas, pag. 219.
19) «Con el zelo que es justo que todos los vassallos y criados de V. M.
tengan a su Real servicio y al bien universal destos Reynos y particular-
mente los de su consejo de estado a quien mas desvela este cuidado se mue-
ven a tratar de lo que mas conviene y assi el cardenal de Toledo como quien
le tiene tan presente, ha hecho nuevas diligencias en las inquisiciones des-
tos Reinos sobre lo de los moriscos que ay en ellos, sobre que se ha hecho a
V. M. consulta por este consejo y propuesto y leido en el algunos paresceres
de inquisidores de Aragón y Valencia que trac-tan desta materia y ponde-
rado y considerado todo lo que a ello toca dixo el Cardenal que presupuesto
que esto son moros mahometanos como los de Argel, enemigos declarados
nuestros que ni se convierten ni entran en religión ni van a la guerra an-
tes crescen y multiplican en gran excesso y que una de las promesas de su
alcoran es el de su paraiso a quien matare vn christiauo, en cuya conse-
quencia estos dias han muerto tres hombres en Valencia y según se entiende
por aver denunciado en el santo officio de algunos moriscos que viven como
moros. Por lo qual y por el evidente peligro en que todos estamos de lo que
estos podrían hazer sucediendo qualquier accidente de guerra o venida de
armada y mas siendo tantos que en sola Castilla y Valencia con Aragón
passan de ciento y cinquenta mil hombres tiene por de gran difhcultad in-
conveniente qué estén y vivan entre nosotros pues en qualquier ocassion
desta o otras que se les ofrezca no ay duda de que dexen de executar sus
intentos de vengauca y que assi le paresce como también lo ha dicho otras
vezes '[iie deve V". M. luego tratar del remedio y ponerlo en execucion lo
qual affirmo que lo dezia por descargo de su conciencia y movido del peli-
gro grande en que todos estamos. El conde de Barajes (sic), el marques de
Almacao y el Prior de San Juan loaron mucho la propuesta del Card. 1 como
tan necesaria y conveniente en materia tan grave y tan importante como es
esta y dixo el Conde que porque avia ávido en ella muchos consejos y jun-
tas en tiempos passados y ay muchos papeles y relaciones seria muy conve-
niente para mayor acertamiento del negocio juntarlos todos y hazer alguna
junta de personas platicas desta materia para resolver lo que mas convenga.
El marques dixo que aunque en lo que a ella toca se remite a lo que ya
tiene dicho otra vez y al voto particular que tiene dado mas que allcn[de]
353
La ejecución de la real cédula expedida á 20 de marzo
de 1593 confirmando el edicto de los inquisidores de Aragón, á
4 de noviembre de 1559, que prohibía á los moriscos de aquel
reino el uso de armas, vino á ser motivo de alarma para los
señores aragoneses que, recurriendo al Consejo supremo de la
Inquisición, habían logrado suspender la ejecución de aquel
edicto. La necesidad había obligado á Felipe II á dictar aquella
orden de desarme, y las consecuencias demostraron la justicia
de aquella medida aplicada en 1563 á los moriscos valencia-
nos (20), aunque poco después hubiesen éstos subsanado la falta
de esto en ninguna manera concurre en que queden en estos Reynos los que
dellos tuvieren edad en discreción, ni otros que los niños que no la tienen
y estos para ser instruidos en la doctrina y costumbres christianas, y que
para mayor acertamiento deve V. 11. mandar juntar con los del consejo de
estado otras personas de otros consejos muy platicas y inteligentes que ayan
intervenido y tratado esta materia. El Prior remitiéndose a lo que otra vez
tiene dicho en esta materia añadió de mas dello, que seria conveniente
dexarlos [yr?] pocos a pocos por su voluntad y deshaziendose de los muebles
que tuvieren, pues desta manera ni ellos podrían hazer nada ni acá dar cui-
dado su ida a Berberia como lo podría dar si passassen todos juntos o en
grandes tropas teniendo el negocio por tan importante como es, y digno de
que V. M. buelva los ojos a su remedio para darle el que su necesidad y ca-
lidad piden y a 11 de agosto 1590 — Hay cuatro rubricas.»
Arch. gral. de Simancas — Secret. de Est., leg. 165.
20) Pueden verse los siguientes documentos: «Real pragmática, sancio,
ultimament feta y provenida per sa Magestat del Rey nostre Señor a denou
(sic) dies del mes de Giner, any MDLXIII, ab la qual se prohibeix que los
moriscos novament convertits del present regne de Valencia, filis y descen-
dents de aquells per ningún temps no puixen teñir ni portar en ses cases
propries, ni de altri, ni tora delles, ni en altre qualsevol lloch o part armes
algunes offensives ni deffensives, propries ni de altri; excepto ganivets e
instruments necessaris pera usos de casa, arts y officis de cascu. La qual fon
manada publicar per lo Excellentissim señor don Alonso de Arago, duch de
Sogorb y de Cardona, Llochtinent y capita general del dit regne de Valen-
cia». 2 hoj. en fol. imp.; se cons. en la bib. de la M. viuda de Cruilles, vól. de
Pop. Varios, sin sign.; «Real edicte, ab lo qual sa Excellencia per orde de
sa Magestat, mana ais moriscos del present regne de Valencia que manifes-
ten les armes que no hauran manifestat. E que de aci avant nos puguen fer,
nis facen nous officials moriscos de arcabucos, ballestes, espases ni de altre
genero de armes, mes deis que buy son: y que aquells ni los Christians velis
no tinguen criats ni aprendióos novament convertits. 1563. > Imp. de 1 hojas
en fol.; fué pub. en Valencia á 31 de marzo de 1563; ejenip. de la misma
bib. y vol. citados. Y á 13 de mayo de 1563, l" ¡noli mag. ch miger Xj»>fnl
Roig doctor del real conselle altre deis mag^jUges de la real cori convoca
T. I 23
354
de armamento con el fin de hallarse prestos á la defensa contra
cualquiera tentativa de coacción armada por parte del poder
real. El desarme de los moriscos aragoneses se llevó á cabo (21),
pero no tardaron éstos en proveerse nuevamente de armas (22),
con el mismo intento que los moriscos valencianos.
Estas órdenes y las diversas consultas y resoluciones del
a su casa, de orden del Virrey, á los mestres pwnyalérs de Valencia, meslfre
March guiralt, Martí de vergara, Joan fita, mestre Joan de canyaveres,
Martin de león, Joan dar o, major, Fernando de medina, Rodrigo ruinen),
Esthevan rodríguez y Balthasar cáusero, prohibiéndoles bajo severas penas
que vendan puñal alguno á los moriscos del present regué, ni á los alarbs,
moro ni tureh [de] fora del present regué attrobat en dit regne. La medida
del cuchillo prohibido era de mes de un polín de alna. Doc. nis. de una hoja
en fol., cons. en la bib. y vol. antes citados.
Tan rigurosas disposiciones no fueron suficientes para lograr el desarme,
y prueba de ello es, entre otros documentos que citamos en sus lugares res-
pectivos, la «Real crida y edicte sobre les armes prohibidos, portar ni teñir
ais novament convcrtits en lo present Regne», mandados publicar á 17 de
agosto de 1588, de orden del conde de Aitona, virrey de Valencia. Doc. iinp.
de 2 hoj. en fol., cons. en la bib. de la M. viuda de Cruilles, vol. de Pap. va-
ríos, núm. 5o; hay otro ejemplar en la misma sección, vol. 69. En estos do-
cumentos recuerda D. Francisco de Moneada las disposiciones que hasta
entonces se habían dictado acerca de la prohibición del uso de armas á los
moriscos, y singularmente el edicto real de 14 de mayo de 1582, para reno-
var tales ordenaciones y permitir tan sólo las armas inofensivas.
21) Dice Guadalajara (Mem. expul. fol. 61), al que han seguido otros his-
toriadores de la raza morisca, que para poner en ejecución aquella orden
«vino al Reyno de Aragón don Pedro Pacheco, del Consejo de la General
Inquisición, con don Ladrón de Guevara, cavallero del habito de Santiago»,
que el 4 de abril de 1593 se publicó el edicto «en todo el Reyno», que el
mismo día se publicó un edicto de gracia dado por el cardenal Quiroga,
Inquisidor general, y poco después se procedió á recoger las armas «de toda
suerte y en particular las siguientes: un pedrero, quarenta y quatro mos-
quetes, tres falconetes, siete mil sesenta y seys espadas y alfanges, mil tre-
cientas cincuenta y seys picas, langas y alabardas, quatrocientas ochenta y
nueve ballestas, tres mil setecientos ochenta y tres arcabuzes, escopetas,
chispas y pedreñales, tres mil quinientas y nueve (higas v puñales, nove-
cientas nóvenla \ seys rodelas y broqueles, mil docientos sesenta y seys
cascos y niurriones (sic), ciento quarenta y siete corabas y manoplas, cin-
cuenta y un montantes, trecientos setenta y tres petos, espaldares, totas y
jubones ojeteados, y otras armas antiguas, las quales recibió en su poder
Jerónimo de Oro, Secretario del Santo Oficio, por manos de Estevan lióse
llon, nombrado para recogerlas.»
22) Vid. Guadalajara, lib. cit., i'oj. 64, 1). \
355
Consejo de Estado obligaron á Francisco Idiáquez, secretario
de Felipe II, á lamentar lo mucho que se manoseaba y discurría
en la cuestión morisca y á proponer la ejecución de medios, á
su parecer, más eficaces (23).
No por los consejos de Idiáquez ni por las consultas del Con-
sejo adelantaba la conversión sincera de los moriscos aragone-
ses, ni la de los valencianos, ni siquiera la de los esparcidos por
Castilla. Abandonarles en aquellas circunstancias, ni era pru-
dente ni político, y así lo comprendió el monarca, pues ordenó
á 25 de febrero de 1595 que se reuniese una nueva junta con
el fin, dice, de «continuar y acabar la platica que estos anos
atrás se comenzó de la enseñanza y doctrina» de los moriscos
de Aragón y de Valencia ("24).
Causa profunda extrañeza el considerar que después de los
acuerdos de la junta reunida en el domicilio del patriarca Ri-
bera el año 1587 y de lo propuesto por D. Pedro Pacheco á Fe-
lipe II respecto de la instrucción ele los moriscos aragoneses (25),
23) Ií. Arad, de la Hist.— Jesuítas. Doc. pub. por el Sr. Danvila, pági-
nas 226 y 227 de sus Confs.
24) Doc. pub. por el Sr. Dauvila, pág\ 227 de sus Confs.
25) «Señor: El Car. 1 a recibido la carta que por mandado de V. mag\ d le
scrivio el Secretario geronimo gasol a los 29 del passado la qual se a visto en
su presencia en el Consejo y también se a tornado a ver lo que V. mag. d fue
servido mandar responder a la consulta que en primero de agosto de este
año se le embio cérea de lo que el lie. do Don Pedro Pacheco avia fecho en
Aragón y de lo que toca a la instruction de los nuevos convertidos de aquel
Reyno y como se serviría V. mag. d de que antes de tomar resolución en los
puntos particulares de la instruction de los dichos nuevos convertidos en-
cargar toda. la materia a dos juntas, una en esta corte de tres o quatro per-
sonas y otra de otras tantas en Caragoca que se correspondiesen en ella y
que para que mejor se acertase en la election dellas, el Car. 1 y el Consejo
embiasen memoria a V. mag. d de las que serian mas convenientes para
ellas.
Y por no conocer el Car. 1 ni el Consejo personas tales en Caragoca ni te-
ner noticia dellas an diferido la respuesta, ni aun en esta corte se osarían
determinar las que lo serian, mayormente sirviéndose V. mag.d como en la
dicha respuesta se dize remitir a las dichas juntas todo lo tocante a la ma-
teria de la dicha instruction porque de necessidad se abrían de ofrecer cosas
que tratarlas fuera de la presencia del Car. 1 Inqui.or general y del Consejo,
ni convernia al servicio de V. mag. d ni a la auctoridad del santo officio. El
Car. 1 y el Consejo aviendo bien mirado lo que V. mag. d manda por escusar
el averiguar quales o no son concernientes a la Inqui.»" son de parecer que
356
adelantase tan poco aquella instrucción. ¿No deberá persuadirse
el más apasionado defensor de aquella raza que la tenacidad
lo que se avia de tratar en La junta de esta Corte sobre esta materia se pro-
pusiese y viese en el Consejo a donde se platicarla y conferida sobre ello y
no se resolverla cosa alguna sin lo consultar a V. mag.d para, que en ello
mandase lo que mas fuese de su Real servicio. Y como otras mucbas vezes
se a dicho a V. mag. d y aora se dize el cargo y obligación de instruir y en-
señar las cosas de nuestra sancta Fee a estos nuevos convertidos es de los
prelados del dicho Reyno cuyas ovejas son y adornar y proveer las yglcsias,
doctar las Rectorías, proveer curas y Rectores quales para semejante minis-
terio son necessarios, sirviéndose V. mag.d parece convernia mandar al
Arcobispo de caragoca los convocase luego y hiziesen concilio provincial y
en el y en su presencia y de las personas que en el se hallasen, pues la gra-
vedad e importancia de la materia lo requiere, tratasen del orden y modo
que en ella se avia de tener y de las personas que serian a proposito para
instruirles y enseñarles y predicarles y que abreviasen quanto fuese possi-
ble, assi en juntarse como en resolverse y la resolución que tomasen en todo
la embiasen a V. mag.d para que vista se les ordenase la pusiesen en execu-
cion'haziendo V. mag.d medie en lo que de su parte conviniese para ella,
assi con los ministros de V. inag.d de aquel Reyno como con los que tienen
vasallos y los demás que podrían ayudar a la dicha instruction, y los mis-
mos prelados que conocen las personas en Caragoca, y en el Reyno podrían
nombrar tres o quatro que asistiesen en Caragoca, a quien se acudiese con
las dudas y cosas que se ofreciesen durante la exeeucion y siendo tales que
fuese necessario consultar a V. mag.d lo hiziesen o determinasen lo que se
oviese de hazer, con que se escusarian juntas y dilaciones. V. mag.d lo
mandara ver y en todo proveer lo que mas fuera de su real servicio.
El lie. do Don Pedro Pacheco dixo que acerca desto tiene dicho su pare-
cer estando en Caragoca quando embio los apuntam.tos que se ofrecieron
tocantes a la instruction de los nuevos convertidos de Aragón por m.do ¿te
V. mag.d y después llegado a esta corte quando dio cuenta de su commission
en Consejo, el qual fue que oviese dos Juntas que se correspondiesen, la
una en caragoca en casa del Arzobispo en que entrasen los vicarios gene-
ra les délos obispos de' Taracona, Huesca, Albarracin y Teruel y el lie. do
camora Inqui.° r mas antiguo y algunos religiosos y la otra en esta corte y
(|iie aora es dv-1 mesmo parecer, añadiendo que en caso que a V. mag.d pa-
rezca elegir personas para la Junta que aqui uviese de aver estas tales tra-
tasen todo lo que es instruction, reservando aparte lo que fuere edicto de
gracia y otras cosas si ocurrieren tocantes al sancto officio para que este
vaya por mano del Car.' [nqui. or general y Consejo de donde se consulte a,
su tiempo a V. mag. d lo que pareciere para que ordene y mande loque
fuere servido, y que le parece que por éste camino la, instruction caminara
aprisa y que es el mesmo que los anos pausados se lomo respecto de la ins-
truction de los nuevos convertidos de Valencia, a, donde en casa del Pa-
triarcha Arcobispo de aquella ciudad, se ñazia Junta entrando en ella loa
Vicarios generales de los obispos con su poder y orden y el Inqui.or mas
357
en practicar sus ritos y el odio á todo lo cristiano viejo se halla-
ban encarnados en el espíritu de aquel pueblo tan infeliz como
pecado á lo suyo? ¿Cómo había de lograrse la fusión? Verdad
es que las alteraciones de Aragón con motivo de la entrada de
D. Alonso de Vargas «con sus vancleras para el socorro de
Francia» (26) y la prisión de Antonio Pérez (27), habían dificul-
tado en 1592 el negocio de la instrucción; pero pasada aquella
borrasca se trató con calor de solucionar el arduo problema que
Felipe II confió á la junta poco há mencionada (28). No poco
debió de influir en esta resolución del monarca el memorial
presentado y aprobado en las Cortes de Madrid de 1592, pues
prometió provee)- lo conveniente para atajar el aumento de los
moriscos (29). Cuando el Reino es quien presenta el referido
memorial, bien podemos creer que la nación- deseaba ver re-
suelto el problema entrañado por la permanencia en España de
los de aquella raza.
No tardó en tener cumplimiento la orden del monarca dada
antiguo de aquella Inqui. on y algunos religiosos y en esta Corte se hazia
otra Junta y se correspondía con la de Valencia como consta de los papeles
que cerca desto ay, de los quales para lo que aora se trata en Aragón se
puede sacar mucho fruto y con ellos se ahorrara de tiempo y de travajo
quasi quanto se puede ofrecer, y entiende que con mucha brevedad empe-
gándose esto se podra dar principio a la predicación y enseñanca de esta
gente, que es tan importante al servicio de Dios y de V. mag. d En ¡Madrid
2 de octubre 1593.— Hay seis rúl trie as.» Al margen hay este decreto: «Al
Conde de Chinchón he mandado que sobresto hable al Car.l lo que del en-
tenderá. — Rubrica*.
Doc. autógrafo en poder del Excmo. Sr. D. Manuel Danvila, íhirn. 191
de su Colee.
26J Guadalajara, lib. cit., foj. 63, b.
27) Pueden verse en el vol. citado en la nota 38 del cap. XII, curiosísi-
mas cartas de Felipe II referentes á aquel ruidoso asunto.
28) Mandaba el Rey que se reuniesen «en la pieza del Consejo de Italia.
el Vicecanciller, conde de Chinchón; los Regentes de Aragón, Covarrubias
y Muñoz; D. Pedro Sauz, abogado fiscal de aquel Consejo; y los licenciados
D. Francisco de Cuñiga, D. Pedro Pacheco y D. Francisco de Mendoza del
de la santa y general Inquisición*. A éstos habían de acompañar el licen-
ciado Arenillas, el secretario Franqueza y I). Francisco de Mendoza, almi-
rante de Aragón. Vid. el doc. original puh. por el Sr. Danvila, pág. 227 de
sus 0orcfs.
29) Actas denlas Curtes de Castilla. — Congreso de las Diput., t. XIII
pág. 91. Copia este memorial D, M. Danvila en sus Confs., págs. 221 y 225.
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al licenciado Arenillas, pues el día 12 de marzo de 1596 ya elevó
la junta referida su primera consulta á la majestad real, y
hasta el día 5 de enero de 1600 elevó cuarenta consultas, en las
cuales se contiene el proceso verdadero de la célebre cuestión
morisca durante los últimos años del reinado de Felipe II (30).
No hemos de deducir, en la ocasión presente, las consecuen-
cias que se desprenden de aquellas deliberaciones en que inter-
vinieron los hombres políticos más sabios y prudentes que habían
ayudado en el gobierno de nuestra nación al rey más grande y
más discutido que tuvieron los españoles de antaño. Séanos per-
mitido, no obstante, consignar que en Valencia (31), lo mismo
que en Aragón (32), se estudiaba con calor aquella cuestión
para ayudar á la junta de Madrid en sus graves deliberaciones.
Y antes de juzgar la gestión del patriarca Ribera, ofrecemos al
lector los siguientes documentos para que pueda emitir su fallo
después de conocer las piezas todas que han llegado á nuestras
manos .
«EL REY
Muy R. do en Christo padre Patriarca Arcobispo de mi Cons. Por
cumplir con la obligación que tengo al servicio de nro. Señor y al
descargo de mi consciencia y bien de mis Reynos y vasallos mande
muchos años ha que se tratasse de la instruction en nra. santa l'e
Catholica de los nuevos convertidos desse mi Reyno de Valencia que
ellos prol'essan prosiguiendo lo que cerca desto se comeneo cu vida
del Emperador mi padre y señor que aya gloria, juntándose para ello
en esta Corte y en esse Reyno las personas a quien se cometió y sus
apuntamientos que todos van enderecados a mayor bien de los dichos
nuevos convertidos y son los mas blandos y fáciles que pueden dessear
no se pusieron en execucion porque cesso la dicha Junta con la m. d
que hize al Reyno de Aragón de celebrarle Cortes en Taracona en el
ano de 1592 y agora libre de otras ocupaciones por los fines sobre
dichos no menos justos que necessarios y con el que tengo de que los
dichos nuevos convertidos juntamente con su instruction consigan la
seguridad que les ha de resultar de gozar de sus casas y haciendas
•conlamesma paz y quietud que los Christianos Viejos, \u> mandado
de nuevo que prosigan la dicha Junta personas muy graves y zelosas
30) Vid. doc. núm. 30 de la Colbc Diplomát.
31) Pueden consultarse en el British Museum, sign. Eg. -1511, los docu-
mentos señalados con los núins. 14 a 25, 27 á 29, 37 a 41 y 44 ;\ 17.
32; Id., id., números 26, 30, 43 y 48.
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del servicio de nro. señor y mió y de la buena instruction y beneficio
universal de los nuevos convertidos: y por ser negocio de tanta cali-
dad y importancia y que tan precissam. te os toca dessear y procurar
la dicha instruction, os encargo que demás de lo que en razón desto
haveis advertido en otras ocasiones, en esta me escrivais lo que se os
ol'frece digno de consideración y también para poner en execucion
desde luego lo que esta acordado desde los años de 87, kh, y 91 en
las Juntas que se hizieron en esta Corte y en essa ciudad en que vos
asististes: en especial lo que toca a comencar luego la doctrina y pre-
dicación porque no se pierda tiempo en lo uno y en lo otro con la pun-
tualidad, distinction y entereza y brevedad que espero poniendo la
mira en que los medios de que se ha de usar han de ser tan blandos y
suaves como lo es nra. S. ta ley, y que no se les ha de hazer graveza
por ningún camino y en effectuárlo assi recibiré particular contentam. to
de vos. Datt en Madrid a VIII de abril de MDXCV.— Yo el Rey.—
Franqueza Secret. » (33).
«EL REY
Muy R. d0 en Christo padre patriarca Arcobispo de mi Cons." En la
relación que venia con vuestra carta de 22 de junio de todas las dili-
gencias que haveis hecho para instruir en nuestra S. ta fee a los nuevos
convertidos de vra. diócesis del dia que tomastes la possession della
hasta la era presente, he visto que son tales y tantos qué si en ellos
huviera alguna buena intención pudieran estar muy aprovechados y
que tenéis introduzidas y establecidas muchas cosas que si lo estuvie-
ran en las otras diócesis, fuera mas fácil la instruction y podran ser
exemplo 'para las demás lo cual se deve a vro. zelo y grande cuyda-
do de cumplir con vra. obligación, de que os doy las gracias que
merecéis, y espero que con vra. industria se encaminara lo que de
nuevo se ha^de tratar en lo qual con mucha brevedad mandare poner
la mano. Datt. en Madrid a XII de setebr. MDXCV.— Yo el Rey.—
Franqueza Secret.» (34).
«EL REY
Muy R. do en Christo padre Patriarca Arcobispo de mi Consejo.
Con ocasión de los avisos que he tenido de algunos años a esta parte
de'la obstinación conque los nuevos convertidos desse Reyno perseve-
ran en la secta de Mahoma guardando las cerimonias della y come-
33) Doc. autóg. conservado en el Arch. del R. Col. de Corpus Christi,
sign. I, 7, 3, 13. En confirmación del contenido de esta carta véase el me-
«tnorial elevado á Felipe II por el patriarca Ribera en Ximcnez, lib. citado,
págs. 441-447.
34) Doc. autóg. Arch. del R. Col. de Corpus Christi, I, 7, 3, 22.
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tiendo grandes pecados y offensas de uro. Señor prosiguiendo las
Juntas y diligencias que se hizieron en vida- del Emperador mi padre
y señor que aya gloria y en el mió en diferentes ocasiones y tpos. he
mandado que se junten algunas personas de las mas graves de mis
Reynos en christiandad, zelo, letras y experiencia para que traten de
la instruction y adviertan para conseguirla todos los medios que serán
efficaces y porque el cierto y verdadero es el auxilio divino para
ablandar coracones tan empedernidos se deve implorar antes de co-
mencar obra tan grande. Y assi os encargo que deis orden en que
en todas las iglesias de vra. diocessi se haga oratión pu. ca y secreta
supp. do a nro. Señor que guie y encamine las almas destos a que co-
nozcan su error y quieran salir del y se salven recibiendo la doctrina
y instruction, y a los ministros della para que acierten a predicar y
enseñarla a mayor lionrra y gloria suya y espero de vro. zelo y del
desseo con que haveis tratado desto muchos años que lo haréis con
tanta efficacia que nro. señor dará a los unos y a los ot