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Full text of "Proyecto de reforma de la constitucion peruana, en cuanto al poder judicial, trabajado por el ciudadano Manuel Lorenzo Vidaurre de orden de la Exma. Corte Suprema de Justicia, para presentarlo á la convención."

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DE  REFORMA 

DE  L,A  CO]¥STITrCIO]\  PERUANA, 

EN 

CUANTO  AL  PODER  JUDICIAL^ 

TRABAJADO 

POR  EL  CIUDADANO. 
MANUEL  LORENZO  VIDAURRE 

IPe  orden  de  la  Exmm.  Corte  Suprema,  de 
•fuslicia^  pura  presentarlo  d  la 

COJWENCIOIV. 


NO  HAl  MAS  PODER,  QUE  EL  PODER 

DEL  PUfcBLO TODAS  LAS  AUTO» 

RIDADES  EMANAN  DE  EL, 


LIMA. 

IMPRENTA  DE  J.  M.  MASÍAS 

1833. 


A  L.A  NACIÓN  FF.RUANA. 


Entre  los  títulos  á  qne  puede  aspirar  el  que  se 
halla  dominado  de  una  noble  ambición,  ninguno 
igualará  al  de  defensor  de  los  derechos  del  hom- 
bre. Lo  pretendo — no  lo  niego.  Lo  dicen  mis  re- 
presentaciones al  Rey  de  España,  lo  dicen  mis 
obras — Jamas  me  acordé  de  mí,  de  mi  familia,  de 
mi  casa.  Nada  poseo,  nada  quiero  poseer  Sea 
el  Perú  feliz,  esta  es  mi  perfecta  y  completa  re- 
compensa. Minórense  los  males  de  la  naturaleza 
humana,  mi  placer  excederá  al  que  recibe  un  vic- 
torioso general,  que  entra  en  triunfo  precedido  de 
esclavos,  riquezas  y  trofeos.  ¿Qué  diera  por  ser 
insensible  aun  al  elogio?  diiisiera — pero  no  pue- 
do. ¡  Ah  que  la  alabanza  es  un  licor  dulce,  capaz  de 
embriagar  á  los  angeles!  He  confesado  que  soi 
ambicioso — manifesté  en  lo  que  lo  era.  Patria 
amada,  admite  el  fruto  de  mis  perennes  tareas  en  el 
proyecto  que  te  dedico,  pero  prémiame^  no  olvi- 
dando que  te  sirve  con  fidelidad 


MANUEL  LORENZO  VIDAÜRRE. 


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PODER  JUDICIAL 

Art.  1°.  El  poder  judicial  es  independiente  y  se  ejerce  por 
los  tribunales  y  jueces.  ,     . 

Art.  2<^.  Los  jueces  son  perpetuos  y  no  pueden  ser  destitui- 
dos, sino  después  de  un  juir-io  enteramente  concluido. 

Art.  30.  Habrá  una  corte  supretna,  y  aquellas  cortes  supe- 
riores y  juzí^ados  que  se  contemplen  necesarios  á  la  recta  admi- 
nistración de  justicia. 

Art.  4^.     Queda  extinguido  todo  tribunal  especial,  y  fuero. 

Art.  50.  Los  militares  serán  juzoados  por  el  consejo  de 
guerra  en  las  causas  purrimente  militares.  En  el  consulado  y 
minería  se  harán  las  conciliaciones  correspondientes  á  sus  ra- 
mos. 

CORTE  SUPREMA. 

Art.  60.  La  corte  suprema  se  compondrá  de  los  vocales  y 
fiscales,  que  se  juzguen  necesarios;  habrá  un  presidente. 

Art.  7^.  El  presidente  será  elegido  cada  cuatro  años,  al  mis- 
mo  tiempo  que  el  del  poder  ejecutivo  y  por  elección  directa  de 
todos  los  ciudadanos  en  ejercicio:  bastará  la  mayoria  respectiva, 
y  podrá  ser  reelegido 

Art  8°.  Para  ser  vocal  se  requiere  ser  ciudadano  en  ejer- 
cicio, nacido  en  el  tt>rritorio  de  la  república,  ó  de  padres  que  no 
hayan  perdido  la  ciudadanía,  ó  estrangero  casado  con  peruana, 
de  cuarenta  años  de  edad,  y  quince  de  profesión. 

Art.  9^.  La  elección  de  vocales  en  caso  de  vacante  será 
directa,  y  al  tiempo  de  elegir  diputados.  Se  numerarán  los 
votos  en  la  cámara  de  senadores,  y  bastará  la  mayoria  respecti- 
va. Entre  tanto  se  verifica  este  acto,  la  misma  corte  nombra- 
rá  interinos,  en  quienes  concurran  las  calidades,  que  en  los  pro- 
pietarios. 

Art.  IQo.  Son  atribuciones  de  la  corte  suprema,  conocer 
en  dos  instancias  de  las  causas  criminales  que  se  formen  con- 
tra el  presidente,  vice-presidente  de  la  república,  miembros  de 
las  cámaras,  ministros  de  estado,  empleados  diplomáticos,  arzo- 
bispos, obispos,  vicarios  generales,  prelados  de  las  religiones  y 
vocales  de  las  cortes  superiores. 

Art.  11-  De  los  recursos  de  nulidad  é  injusticia  notoria  de 
última  sentencia;  de  la  responsabilidad  de  las  cortes  superiores, 
y  de  los  individuos  que  las  componen. 


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Art.  12.  De  todo  negocio  civil  ó  criminal,  en  que  se  verse 
el  derecíio  entre  naciones. 

Art.   13.     De  los  pleytos  contra  eJ  estado. 

Art.  14.     De  las  competencias  sobre  límites. 

Art.  15.  De  las  competencias  entre  las  cort'es,  ó  entre  una 
corte  y  un  juez  de  primera  instancia. 

Art.  16.  De  la  residencia  y  acusaciones  contra  los  nrefec- 
tos  en  2.  ^  instancia.  ^ 

Art.  17.  Del  pase  y  retención  de  breves  y  bulas,  infor- 
mando al  senado  ó  consejo  de  estado,  para  la  resolución. 

Art.  18.  Informará  en  cada  legislatura,  sobre  las  reformas 
que  deban  hacerse  en  la  administración  de  justicia,  y  dudas  en 
caso  de  ley. 

Art.  19.  Examinará  el  despacho  de  las  causas  en  las  cor- 
tes superiores,  corregirá  los  defectos,  hará  advertencias,  y  for- 
mará procesos  en  casos  de  gravedad  y  responsabilidad. 

Art.  20.  Cualquier  ciudadano  podrá  acusar  á  los'  vocales 
de  la  corte  suprema,  de  venalidad  ante  el  senado,  donde  se  de- 
clarará haber  ó  no  lugar  á  la  formación  de  causa. 

Art.  21.  Para  hacer  efectiva  la  responsabilidad  de  la  corte 
suprema  ó  de  sus  miembros,  se  formará  un  tribunal  de  cuatro 
senadores  y  cinco  diputados.  Estos  juicios  se  concluirán  en  el 
tiempo  de  las  sesiones,  según  la  ley  reglamentaria  que  se  dicte. 
Ellos  mismos  conocerán  de  las  nulidades  é  injusticia  notoria  en 
las  causas  en  que  la  última  sentencia  hubiese  sido  de  la  corte 
suprema. 

CORTES  SUPERIORES  DE  JUSTICIA. 

Art.  22.  Se  compondrán  de  los  vocales  y  fiscales  precisos: 
habrá  un  presidente. 

Art.  23.  Para  ser  vocal  se  requiere  la  ciudadanía  en  ejer- 
cicio, diez  años  de  foro,  en  clase  de  abogado,  relator  ó  juez. 

Art  24.  Presidente  y  vocales  serán  elegidos  por  los  ciuda. 
danos,  al  tiempo  que  se  elijan  los  individuos  délas  juntas  denar- 
laméntales. 

Art.  25.  En  el  intermedio,  elegirán  las  cortes  sugetos  en 
quienes  concurran  las  cualidades  de  los  propietarios. 

ATRIBUCIONES. 

Art.  26.  Conocer  en  2.  «  instancia  de  las  causas  civiles  y 
crimmales.     En  1. ««  de  las  de  los  prefectos. 


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Art.  27.     Dirimir  las  competencias  entre  los  jueces  de  1.  ^ 
instancia,  y  velar  sobre  la  administración    de  justicia  en  esos 

juzt^ados, 

JUECES  DE  PRIMERA  INSTANCIA. 

Art.  28  Para  juez  de  1.  ^  instancia  se  requiere  la  ciudada- 
nia  en  ejercicio,  y  cuatro  años  de  profesión  con  honor. 

Art.  29.  Conocen  de  toda  clase  de  causas  en  1.  ^  instan- 
cia. 

JUECES  DE  PAZ. 

Art,  80.  Serán  elegidos  estos  y  los  jueces  de  derecho  al 
tiempo  que  los  municipales  por  los  ciudadanos;  no  podrá  serlo 
nino-uno  de  la  municipalidad. 

Art.  31.  Serán  ciudadanos  en  ejercicio,  de  fortuna  conoci- 
da, y  no  podrán  ser  reelegidos  sin  el  intervalo  de  cuatro  años. 

Art,  32.  Conocerán  de  injurias  de  palabra,  heridas  de  que 
no  resulte  muerte,  robos  domésticos  de  corta  entidad,  y  de  ne- 
gocios que  no  asciendan á  mas  de  200  pesos  en  juicio  verbal. 

Art,  33.  De  negocios  hasta  quinientos  pesos,  de  modo  su- 
marísimo.  De  los  primeros  las  apelaciones  serán  á  los  jueces 
de  derecho,  de  los  segundos  á  las  cortes  superiores. 

DE  LA  ADMINISTRACIÓN  DE   JUSTICIA. 


Art.   34.     Ningún  juez  puede  interpretrar  la  ley. 

Art.  35.  Todo  juicio  en  su  sustanciacion  y  sentencia  es  pú- 
blico. 

•Art.  36.     Las  causas  criminales  desde  el  1.  ®  de  enero  de 
1834,  serán  por  jurados. 

Art.  37.  ,  No  habrá  3.  ^  instancia  en  ninguna  causa;  quedan 
expeditos  los  recursos  de  nulidad  é  injusticia  notoria  de  las  úl- 
timas sentencias. 

Art,  38.  Nin^jun  prefecto,  sub-prefecto,  gobernador  ó  em- 
pleado militar,  poJrá  hacer  jamas  de  juez. 

Art.  39.  La  casa  de  ningún  ciudadano  puede  ser  allanada, 
sino  encaso  de  traición,  banca-rota  ó  deuda  fraudulenta;  pre- 
vía  la  sumaria  información  ante  juez  constitucional  y  responsa- 
bilidad de  la  persona  que  lo  solicite. 

Art.  40.     Se  prohibe  todo  juicio  por  comisión. 

Art.  41.  Ningún  tribunal  puede  abreviar  ó  suspender,  ni 
alterar  las  formas  judiciales,  ni  abrir  causas  finalizadas. 


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Art.  42.     Quedan  suprimidas  las  réplicas  y  duplicas. 

Art.  43.  Los  recursos  de  na  idad  é  injusticia  notoria  se  ve- 
rán con  el  mérito  del  proceso,  previa  vista  fiscal  por  escrito  y 
los  informes  verbales  de  los  abogados. 

Art  44.  Ninguno  puede  ser  preso  sin  sumaria  anterior 
por  la  que  resulte  presunto  reo  de  crimen,  que  merezca  pena 
aflictiva. 

Art.  45.  Todo  reo  será  presentado  ante  el  juez,  antes  de 
pasar  á  la  cárcel,  y  este  le  oirá  si  lo  pidiese. 

Art.  46.     Infraganti,  cualesquiera  podrá  asegurar  al  reo  ba- 
jo su  responsabilidad,  siendo  delito  por  el  cual  pueda  haber  cap- 
tura. 

Art.  47.  El  juez  que  detuviese  á  un  reo,  sin  oirlo,  cuarenta 
y  ocho  horas,  perderá  el  empleo,  sin  admitirse  escusa. 

Art.  48.     Quedan  abolidos  el   tormento  para  siempre La 

confesión— y  el  juramento  en  causas  criminales — La  confisca- 
ción no  resultando  responsabilidad  pecuniaria — La  pena  de 
muerte,  salvo  en  caso  de  traición  y  homicidio  doloso. 

TRIBUNO  DEL  PUEBLO. 

Art.  49.  Se  constituirá  una  autoridad  con  el  título  de  Tri- 
buno  del  Pueblo. 

Art.  50.  Se  elegirá  en  la  forma  siguiente.  Los  ciudada- 
nos al  tiempo  de  elegir  presidente  votarán  por  dos  individuos, 
de  los  cuales  uno  será  de  fuera  del  departamento. 

Las  actas  cerradas  pasarán  ai  consejo  de  estado,  donde  se 
numerarán  los  votos,  dándose  por  electo  aquel  en  quien  concur- 
ra la  mayoria  respectiva. 

Art.  51.  En  caso  de  muerte  antes  de  la  elección,  entrará 
de  tribuno  el  que  se  hubiese  acercado  mas  en  número,  asi  suc- 
cesivamente,  de  modo  que  jamas  faite  esta  autoridad. 

CALIDADES  DEL  TRIBUNO. 

Art.  52.  Ser  ciudadano  en  ejercicio,  mayor  de  45  años,  no 
ser  militar  en  actual  servicio,  ni  empleado  en  el  ejecutivo,  ser 
letrado,  ó  de  notorios  conocimientos. 

ATRIBUCIONES  DEL  TRIBUNO. 

Art.  53.     Velar  sobre  el  cumplimiento  de  las  garantias. 


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Art.  54.  Oficiar  al  jefe  supremo,  a  los  prefectos,  sub-pre~ 
fectos,  gobernadores,  jueces  y  tribunales  en  caso  de  quebrantar- 
se  alguna  de  las  garantías* 

El  oficio  de  reconvención,  deberá  contestarse  entre  cua» 
renta  y  ocho  horas  perentorias,  estando  el  funcionario  en  la  ca- 
pitali  y  en  el  mismo  correó  en  que  se  recibió  el  oficio   si  está 

fuera.  ( 

No  contestándose  en  el  señalado  perentorio  término,  se 
tendrá  por  cierta  la  acusación. 

Art.  55.  La  violación  de  las  garantías  produce  acción  po- 
pular; podrá  interponer  la  acusación  el  ofendido  ó  cualquiera 
del  pueblo. 

Si  el  hecho  fué  público,  y  nadie  acusó,  deberá  hacerlo  el  fis. 
cal  de  la  suprema.  No  verificándolo,  entre  quince  dias  de  la 
noticia,  perderá  el  empleo.  ;        . 

Art-  56.  El  tribuno  formará  su  tribunal  con  dos  vocales  de 
la  suprema,  y  dos  de  la  corte  superior. 

Art.  57.  Si  el  asunto  se  acompaña  con  la  prueba  suficientej 
se  decidirá  entre  tercero  dia.  ,, 

No  habrá  alegatos,  escritos,  ni  vistas  fiscales.      ,.^         l 

Art.  58,  .  Sise  requiere  prueba,  se  tomará  de  un  modo  bre-» 
ve  y  perentcürio  concitación — :eatonces  acusador  y  reo  podrán 
aíegar  entre  veinte  y  cuatro  horas  cada  uno. 

Art.  59.  Siendo  complicados,  los  vocales  de  la  corte  supre- 
ma ó  superior,  se  nombrarán  jueces  imparciales. 

Art.  60.  No  se  admitirá  recusación,  que  no  sea  fundada  en 
ley. 

Art.  61.  Si  el  tribuno  fuese  recusado,  le  sostituirá  su  süc- 
cesor.         .  ...   -  -    ;.      ; .  -      ■■; 

Art.  62.  Harán  sentencia  tres  votos  conformes.  La  sen-> 
tencia  no  contendrá  mas  que  esta  clausula — Se  absuelve — Se 
condena.     La  ley  reglamentaría  arreglará  este  punto. 

Art.  63,  La  pena  del  delincuente  será  la  pérdida  del  em- 
pleo é  incapacidad  para  obtener  otro^     . 

Art.  64,  El  tribuno  para  hacer  efectivas  las  sentencias,  ten- 
drá  á  su  disposición  las  tropas  nacionales,  las  que  prestarán  ju- 
ramento de  obediencia:  si  no  le  auxiliasen  estas,  todos  los  ciu- 
dadanos se  armarán,  y  se  pondrán  á  sus  órdenes:  losgefes  de  mi» 
licias  negligentes  serán  diecíarados  infames. 

Art.  65.  El  delincuente,  que  hiciese  resistencia,  será  decía» 
rado  proscripto,  y  fuera  de  la  ley. 

Art.  66.     Él  tribuno  tendrá  un  secretario  y  un  amanuense* 


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Art.  67.  La  renta  del  tribuno  serán  6,000  peses  efectivos, 
la  del  secretario  1500,  y  la  del  amanuense  600. 

Art.  68.  El  tribuno,  ni  los  conjueces  no  podrán  recibir  del 
ejecutivo  plaza,  premio,  ni  indemnización,  so  pena  de  infamia^ 
y  perdimiento  del  empleo. 

Art.  69.    El  tribuno  solo  es  sugeto  á  lá  opinión  pública. 


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EXCMO.  SEÑOR: 


Reuihüa  la  Convención— para  perfeccionar  el  código  po/ 
lítico,  le  recomendaremos  las  palabras  del  filósofo  de  Gmebraa 
la  desgraciada  Polonia  en  caso  semejante  "Bravos  Poloneses, 
cuidad,  no  sea,  que  por  mejorar,  empeoréis  de  situación.  Al 
pensar  en  lo  que  queréis  adquirir,  no  olvidéis  lo  que  podéis  per- 
der. Corregid,  si  se  puede,  los  errores  de  vuestra  constitución, 
pero  no  desprecies,  la  que  os  ha  hecho  lo  que  ahora  sois."  Se 
debe  tener  muy  presente  el  consejo  de  este  grande  hombre.  No 
nos  alucinemos  con  el  gobierno  de  los  dioses,  la  república  de 
Platón,  ó  la  Utopia  de  Thomas  Moro.  No  es  el  tiempo  de  ilu- 
siones y  sueños.  Dejemos  á  Esparta  entre  las  rumas  de  la  Gre- 
cía,  y  no  turbemos  el  reposo  de  los  Horacios  en  sus  tumbas. 
Simplificar  nuestras  formas,  y  hacer  que  sean  una  deducción  de 
nuestros  principios,  es  lo  que  nos  hemos  de  proponer  y  única- 
mente se  ha  de  desear. 

La  corte  jsuprema  que  por  el  caso  12.  art.  111  de  la  carta, 
está  obligada  á  informar  al  Congreso  de  todo  lo  conveniente  pa- 
ra  la  mejora  de  la  administration  de  justicia,  juzga  que  en  nm-» 
guna  ocasión  es  mas  necesario  el  cumplimiento  de  este  deber, 
que  en  la  época  bien-hadada,  en  que  se  va  á  examinar  el  pacto, 
V  á  alterarlo  en  bien  comunal.  El  proyecto  que  se  presenta  gb 
el  resultado  de  la  experiencia,  maestra  de  filósofos  y  políticos. 
Sea  permitido  esclarecer  la  razón  de  las  variaciones,  que  con 
respecto  al  poder  judicial  se  reconocerán  á  primera  v>sta.  No 
nos  lisonjeamos  de  haber  tocado  el  ápice  de  la  perfección,  ha- 
bernos si,  que  los  artículos  propuestos  son  emanaciones  de  las 
bases  consagradas  por  nuestro  actual  código,  y  que  han  adopta- 
do todas  las  naciones  que  quisieron  ser  libres.  Son  los  prmci- 
pales,  la  forma  de  elegir  los  magistrados,  la  abolición  de  todo, 
fuero,  la  creación  del  tribunal.     Trataremos  de  ellos  con  sumo 

laconismo. 

ELECCIÓN  DE  JUECES. 

La  soberanía  de  la  nación  está  en  el  pueblo.  El  pueblo  de- 
lega esta  soberania  en  ciertas  autoridades,  que  por  ampliación 
se  han  llamado  poderes:  uno  solo  es  el  poder  este  es  el  podei 
del  pueblo.     El  art.  3.  «  de  los  derechos  del  hombre  dice:  >'et 


4 


12 

principio  de  toda  soberanía  se  halla  esencialmente  en  la  nación. 
Ningún  cuerpo,  ningún  individuo  puede  ejercer  autoridad  qué 
no  derive  de  él."  Asi  es,  que  aun  Hobbs,  para  sus  erradas  máxi- 
mas, presupone  una  traslación  que  hizo  el  pueblo  de  su  sobera- 
nía en  una  persona  ó  en  un  cuerpo.  Absurdo,  en  que  incidió 
también  Rousseau.  Muchas  yeces  hemos  dicho,  que  en  sus  obras 
hallan  apoyo  los  déspotas  y  los  anarquistas.  Para  el  recto  ejer- 
cicio de  las  facultades  delegadas,  se  contempló  como  la  prime- 
ra de  las  garantías  sociales,  que  esos  poderes  delegados  jamas 
pudiesen  salir  de  los  límites,  que  les  señaló  la  carta.  Cuanto 
menos  se  mezclen  los  poderes,  la  forma  de  gobierno  será  mas 
perfecta.  '      . 

-        Hasta  aqui  los  poderes  se  creyó  que  eran  tres;  legislativo, 
ejecutivo  y  judicial.     En  esta  ciencia  nueva,  son  grandiosos  los 
progresos  que  ge  han  hecho  en  nuestros  días.     Ya  no  habrá  un 
político  que  no  convenga  éñ  que  son  cinco;  el  electoral,  el   le- 
gislativo, el  ejecutivo,  el  judicial  y  el  conservador.     Se  numera 
el  primero  entre  ellos  el  electoral,  por  su  preeminencia.     Es  el 
Único  que  puede  llamarse  verdaderamente  soberano.     Es  ejer- 
citado  por  la  nación,  que  es  la  asociación  política  de  todos  los 
ciudadanos,  y  es,  en  quien  reside  la  soberanía.     En  él,  el  sobe- 
rano manda  por  sí  mismo;  en  los  otros  manda  por   representa- 
ción, y  los  representantes  son  mantlataríos,  no  soberanos.     En 
aquel,  no  tiene  que  responder  á  nadie,  porque  el  soberano  no 
puede  ser  juzgado,  corregido,  ni  castigado.     En   los  otros    los 
encargados  son  subditos,  dignos  de  premio  ó  castigo,  seo-un  el 
recto  uso,  óel  abusó  de  sus  obligaciones.     Y  entiéndase,  que 
cuando  hablamos  de  este   poder  por  exelencia,  nos   ceñimos  al 
caso  de  las  elecciones  directas.     Siendo   indirectas,  ya  los  se- 
gundos electores  son  representantes. 

^        La  esencia  de  la  democracia  sabemos,  que  consiste  en  go. 
bernarse  el  pueblo  por  si  mismo.     Desde  la  mas  remota  anticue 
dad  se  tocaron  ios  resaltados  desfavorables  y  aun  la  imposibili-. 
dad  de  mantenerse  este  siste  ma.     El  pueblo  se    vio  obligado  á 
delegar;  pero  para  no  aniquilar  su  naturaleza,  retuvo  el  poder 
de  elegir.     En  la  constitución  antiquísima  de  Cartago  hallamos 
éste  artículo.   »E1  pueblo  en  asamblea  general   es  el  soberano- 
si  el  pertenece  esclusivamente  la  elección  de  maiTJstrados  "  To- 
do ciudadano  es  elector,  pero  para  ser  elegido  "es  preciso  una 
renta  üja.     Koma,  célebre  competidora  de  aquella  república 
respetó  este  principio  hasta  que  la  corrupción  minó  su  libertad! 
i  arecian  ante  el  pueblo  soberano  en  tragesuplicatorio  aquellos 


13 

líombres  ilustres,  que  fueron  el  espanto  de  las  naciones  extran- 
jeras. La  Inglaterra  en  la  elección  de  sus  diputados  mantiene 
este  simulacro.  Al  que  no  sea  desconocido  el  derecho  público, 
confesará  estas  dos  verdades:  cuanto  mas  populares  son  las 
elecciones,  mas  se  conforman  con  la  democracia:  cuanto  se  dis- 
minuye la  popularidad,  tanto  se  introduce  la  aristocracia  justa- 
mente aborrecida.  El  mag-istrado  que  subscribe  la  nota,  expli- 
có esta  idea  en  un  discurso  en  la  tribuna,  que  el  absolutismo 
quiso  glosarlo  después  contra  su  verdadero  sentido. 

Si  fuera  posible,  que  el  pueblo  én  masa  lo  hiciera  todo  por 
sí  mismo,  sin  necesidad  de  delegar,  seria  la  completa  dernocra- 
cia.  Luego  todo  lo  que  puede  hacer  por  sí  sin  obstáculos,  no 
deberá  sujetarlo  á  voluntades  particulares.  No  hay  impedi- 
mento para  que  nombre  directamente  magistrados,  luego  debe 
elegirlos. 

Hay  un  inconveniente,  se  arguye.     Es  este  la  inconstancia 
del  pueblo,  lo  susceptible  de  impresiones  fuertes,  elpóder  que 
toman  sobre  él  los  demagogos.     Nada  de  esto  es  decisivo.     La 
solución  mas  clásica  la  dio  el  secretario  de  Florencia.     El  pue- 
blo tiene  un  sentido  exquisito  para  eleg-ir,  muy  poco  para  man- 
dar.    Elogia  su   moderación.     Se   deseaba  que  la  plebe  fuese 
habilitada  para  el  consulado.     Sin  embargo,   en  las  primeras 
elecciones  Jos  patricios  son  preferidos     *'La  sola  autoridad   da- 
ñosa al  estado,  es  Ja  que  se  usurpa  por  la  fuerza,  no  la    que  se 
confiere  por  Jos  sufragios  de  todo  un  pueblo."  Montesquieu  so- 
lo añadió  la  elocuencia  á  estas  doctrinas,  "el  pueblo  es  admira- 
ble para  escojer  á  los  que  debe  confiar  una  parte  de  su  autori- 
dad. No  tiene,  sino  determinarse  por  cosas  que  no  puede  igno- 
rar, y  hechos,  que  caen  bajo  de  sus  sentidos.     Sabe  muy  bien 
que  un  hombre  ha  estado  en  la  guerra,  y  que  ha  tenido   tales  y 
tales  sucesos,  lo  elige  generaJ.     Sabe  que  un  juez  es  asiduo, 
que  muchos  se  retiran  de  su  tribunal  contentos  de  él,  que  no  ha 
sido  convencido  de  corrupción,  Id  elige  Pretor."   "Podia  dudar- 
se de  la  capacidad  natural  que  tiene   un  pueblo  para  discernir 
el  mérito,  no  hay  sino  echar  la  vista  sobre  la  serie  continua  de 
maravillosas  elecciones  que  hicieron  los  atenienses  y  romanos. 
No  se  puede  atribuir  sin  duda  á  casualidad." 

No  es  fácil  seducir  ni  engañar  á  una  república  ó  á  un  de- 
partamento. La  opinión  general  de  virtud,  de  talentos,  de  apti- 
tudes, se  cimenta  en  el  mérito.  Donde  la  fuerza  no  interviene, 
la  justicia  siempre  triunfa.  Seria  un  portento  la  corrupción  pa- 
ra  una  nación  entera.  ¿Qué  ciudadano  particular  tiene  pro,  po- 


14 

der,  y  relaciones  para  que  se  decida  el  pueblo  en  su  favor,  por 
esos  medios  infames? 

¿Y  dejándose  las  elecciones  á  las  juntas,  al  senado,  al  eje- 
putivo  no  influirá  en  ellas  pasión  ninguna  innoble?  Prescinda- 
mos de  las  ruines  y  groseras.  ¿Carecen  los  individuos,  que 
componen  esos  cuerpos  de  amigos,  parientes,  relacionados? 
¿No  es  muy  posible  que  mutuamente  se  protejan?  ¡Qué  de  ejem- 
píos  se  nos  recuerdan  con  el  senado  de  Roma,  desde  que  co- 
menzó su  decadencia!  Esta  es  la  verdadera  oligarquía,  mas  fu- 
íiesta  que  la  tiranía.  Los  deseos  inmoderados  de  uno  son  me- 
nores que  los  de  veinte  ó  treinta. 

Es  también  engaño  persuadirse,  que  todos  los  que  no  cor- 
responden á  una  junta,  á  una  cámara,  á  un  gabinete,  son  im- 
béciles é  intonsos.  En  caso  de  ser  cierto,  la  vida  de  la  patria 
seria  la  vida  de  esos  empleados:  no  había  con  quien  reempla- 
zarlos. La  ilustración  no  es  de  todos,  pero  la  cantidad  de  luces 
repartida  en  una  nación  entera,  es  excesivamente  mayor,  que  la 
del  cuerpo  mas  numeroso.  Muchos  hombres  extraordinarios 
no  fueron  llamados  á  tomar  parte  en  la  administración  pública: 
ellos  podían  animar  las  asambleas  populares:  no  lo  fueron  Mon- 
tesquieu  ni  Philangíeri. 

El  examen  de  las  cuestiones  de  moral  y  de  política,  deben 
comenzar  por  el  examen  del  corazón  humano:  este  es  el  único 
modo  de  acusar.  No  entremos  en  la  disputa  tan  ajitada  como 
antigua,  sobre  si  el  honabre  es  naturalmente  inicuo,  ó  sí  el  vicio 
es  adquirido  con  posterioridad  á  su  nacimiento.  Tomemos  el 
medio  de  Maquiavelo  entre  Rousseau  y  Hobbs,  el  hombre  ni 
es  enteramente  bueno,  ni  enteramente  malo.  La  relación  de  su 
organización  física  con  sus  facultades  intelectuales  y  morales, 
el  encadenamiento  de  sus  sensaciones,  la  influencia  de  la  edad,' 
del  sexo  y  del  temperamento,  son  teorías  que  se  han  desenrolla- 
do con  sólida  brillantez  por  el  genio  Cabanis.  Nosotros  me- 
nos sabios,  meditando  é  inculcando  en  la  filosofía  de  la  política, 
creemos  que  se  puede  asegurar,  que  el  contraste  de  incJinacio- 
nes,  intereses  y  deseos  de  un  pueblo,  siendo  el  sistema  arregla- 
do, conducen  ala  felicidad  pública. 

Es  mas  firme  nuestra  persuacíon,  de  que  el  amor  á  la  jus- 
ticia y  el  respeto  4  la  virtud,  vencen  siempre  que  una  causa  po- 
derosa no  sofoque  esos  sentimientos  loables.  Esa  causa  pode- 
rosa, no  pudiendo  ser  general  para  con  un  pueblo  entero,  él  en 
sus  resoluciones  se  ha  de  inclinar  siempre  á  lo  justo.  Aunque 
un  número  considerable,  quisiera  proceder  con  parcialidad  ó  in- 
feres mal  entendido,  seria  superado  por  la  mayoría.     En  este 


iá 

concepto,  es  indudable  que  la  voz  del  pueblo,  es  la  voz  de  DioS, 
manifestada  por  la  razón. 

Si  estas  reflexiones  Son  de  gran  peso,  hay  otras  políticas 
que  merecen  atenderse.  Nadie  cuestiona  la  necesidad  de  la  in- 
dependencia de  los  poderes.  Es  el  artículo  16  de  los  derechos 
del  hombre  y  del  ciudadano:  '*Toda  sociedad  en  que  la  garantía 
de  los  derechos  no  está  asegurada,  ni  determinada  la  separación 
de  los  poderes,  no  tiene  constitución.**  Es  así  mismo  artículo 
de  la  carta  que  se  trata  de  reformar,  y  que  estoy  convencido  de 
que  no  se  reformará  en  esta  parte.  ¿Y  esa  independencia,  po- 
drá conseguirse,  siguiendo  el  sistema  actual  de  nombramiento 
de  jueces,  para  lo  que  se  depende  de  las  juntas  departamenta- 
les, del  senado  y  del  ejecutivo?  ¿Procederá  sin  afecto  el  juez, 
que  se  vé  colocado  por  el  influjo  de  un  departamental,  ó  de  un 
senador,  en  los  procesos  en  que  ellos  litiguen?  No  dará  siem- 
pre la  preferencia  á  los  que  le  sufragaron,  y  verá  cuando  menos 
con  frialdad  á  los  que  le  fueron  contrarios?  ¿El  hercúleo  eje- 
cutivo no  formará  creaturas  en  los  que  elija  en  la  terna?  El 
vocal  de  esta  misma  corte,  que  fué  exaltado  sobre  dos  competi- 
dores, talvez  de  mas  mérito,  no  es  voto  obligado  á  su  benefac- 
tor? Juzguemos  de  los  hombres,  cuales  son,  no  vayamos  á  buscar- 
los en  el  pais  de  las  quimeras.  Será  muy  raro,  que  en  tan  com- 
prometidas circunstancias  sojuzgue  por  los  dictámenes  del  es- 
píritu, sin  que  el  corazón  traidoramente  se  mezcle  en  los  nego- 
cios, dándoles  el  colorido  del  afecto.  La  gratitud,  ademas, 
aunque  toque  en  vicio,  mantiene  un  semblante  bello,  que  hace 
que  se  disculpen  sus  descarríos.  Muchos  hubo  que  quisieron 
arrancar  el  puñal  de  manos  de  Bruto.  Esta  clausula,  ha  sido 
mi  benefactor,  tiene  un  ascendiente  vigorosísimo  en  las  almas 
nobles. 

Concluimos  con  este  pensamiento:  hay  óbstac>ulos  en  las 
elecciones  directas,  los  hay  en  las  indirectas,  pues  debemos 
preferir  las  primeras,  por  ser  el  único  modo  de  mantener  la  in- 
dependencia de  los  poderes,  sin  lo  cual  no  puede  haber  seguri- 
dad, libertad,  ni  constitución.  "Por  falta  de  no  haber  limitado 
los  poderes  entre  los  romanos,  el  pueblo,  el  senado,  los  cónsu- 
les se  arrogaron  succesivamente  y  muchas  veces  al  mismo  tiem- 
po, el  poder  legislativo,  el  poder  ejecutivo,  y  el  poder  judicial. 
Es  asi,  que  el  estado  se  vio  perpetuo  blanco  de  los  tumultos  y  se- 
diciones: en  fin,  la  confusión  fué  funesta  á  la  república— Si  los 
límites  de  los  diferentes  poderes,  hubiesen  sido  marcados  con 
precisión,  cada  parte  del  gobierno  hubiera  celado  á  la  otra,  y  la 


1-6' 

usurpación  seria  imposible.  Todos  los  gobiernos  que  perecíe. 
ron,  fuesen  democráticos,  aristocráticos  ó  monárquicos,  fueron 
arrastrados  por  Ja  misma  cau>^a  por  ei  abuso  de  los  poderes.» 
Luego  lo  mas  importante  es  fijar  los  límites.  No  hay  que  añadir 
á  esas  clausulas  de  Torombert.  ¿Y  si  en  la  forma  actual  de 
elecciones  se  mezclan  cuatro  poderes,  no  es  consiguiente  la  con- 
fusión y.  la  ruina?  El  autor  de  la  historia  de  los  hombres,  su- 
biendo á  la  mas  remota  antigüedad,  refiere  que  Arbaso,  cierto 
de  que  el  despotismo  habría  perdido  la§  dos  casas  de  Niño  y  Bele- 
taras,  hizo  su  gobierno  popular,  y  álos  jueces  independientes  é 
inamovibles,  no  siendo  criminales.  En  todos  los  siglos  la  razón 
humana  ha  hecho  esfuerzos  en  favor  de  los  pueblos.  ¿Y  con 
tales  modelos  titubearemos  en  resoluciones  conformes  con  ei 
mismo  sistema  establecido? — Elija  el  pueblo  soberano  sus  jue- 
ces. .  -  . 
ABOLICIÓN  DE  TODO  FUERO. 


Es  materia  mas  delicada  la  abolición  de  todo  fuero;  no  por 
ser  dificil  probar. la  justicia  del  proyecto  en  esta  parte,  sí  por.la 
guerra  que. nos  declararán  los  cuerpos  poderosos  que  han  de  dar- 
se ppraltanjente  ofendidos.  Rayos  del  cielo  y  de  la  tierra.  El 
ínteres  valido  de  la  ignorancia,  querrá  sostener  un  árbol  que 
aunque  carcomido  por  el  tronco,  y  podridas  sus  raices,  se  sos- 
tiene con  artificiosos  puntales  que  continuamente  se  renuevan. 
La  multitud,  á  quien  es  mas  fácil  una  obediencia  ilimitada,  que 
una  moral  exacta,  se  persuade,  que  satisface  los  defectos  de 
esta,  con  la  ciega  sumisión  á  cuanto  le  ordenan  defender  los 
ministros  del  culto.  No  temen  desobedecer  á  Dios  en  el  Decálo- 
go. Viven  confiados  en  aquellos  que  tienen  la  potestad  de  per- 
donnr  sus  culpas.  Que  no  hay  exajeracion  en  estas  clausulas, 
se  docuraentaria,  sí  fuese  necesario,  con  muchos  pasages  de  la 
historia  eclesiástica,  y  en  ¡(articular,  con  la  horrible  de  las  Cru- 
zadas; ella  está  llena  de  atroces  crímenes,  y  de  francas  indul- 
jencias.  Sin  embargo  debeitios  animarnos  y  tpmar  en  las  ma- 
nos esa  hacha  que  tanto  deseaba  MoUtesquieu:  nuestro  siglo  no 
es  el  de  Urbano  2".  Algunos  eclesiásticos  que  sostienen  opi- 
níone-s  que  no  convienen  con  su  ilustración  y  talentos,  usarán 
de  sus  armas  con  furor.  La  mayor  parte,  que  es  la  sensata,  se 
unirá  á  nosotros,  abjur  indo  de  unas  pocas  preocupaciones.  Se 
vio  tm  la  asamblea  fran<  esa,  que  los  prela(!os  mus  sabios,  mas 
ilustres,  y  que  tenían  mas  que  perder  con  1  '>;  variaciones,  abra- 
zaron con  ardor  la  causa  del  pueblo.  Es  menester  que  sea  muy 


^WB^ 


17 

ignorante  el  que  presuma,  que  los  principios  de   igualdad  y  de 
justicia  pueden  retrogadar. 

Nuestra  alegación  presente,  no  se  apoyara  en  las  escritu-r 
ras  no  ^.n  los  primeros  concilios,  ni  en  los  Santos  Padres.  M^ 
tos' medios  serian  impropios,  cuando  se  trata  de  un  código  po-, 
litico  Los  axiomas  deben  recibirse  de  una  fuente  diversa:  di- 
versa, no  contraria.  Puestas  las  cosas  en  su  verdadero  criterio, 
se  hallará  que  son  de  origen  divino  las  verdades   que    vamos    á 

proponer.  j   i   i 

La  distinción  de  fueros  se  opone  á  los  derechos  del   hom-i 
bre   á  esos  derechos  que  le  dio  naturaleza,  y  que  debió  asegurar, 
haciéndose  ciudadano.     El  artículo  3.  «^   es  concebido  en  estos 
términos,  "los  hombres  nacen,  y  permanecen  libres  é  iguales  en 
derecho!^;  las  distinciones  sociales  no  pueden  fundarse^,  smo  en 
la  utilidad  común.'     Si  ciertos  cuerpos  tienen  el   privilejio    de 
ser  juzgados  por  tribunales  y  jueces  escogidos  entre  ellos  mis- 
mos gozan  de    unos  derechos  de  que  carece  el   resto  de  ciuda- 
danos.    No  son  iguales,  son  superiores.     La  distinción  no  cede 
en  provecho  común;    lejos  de  esto,   es  perjudicial  á  los    demás. 
Estos  son  obligados  á  litigar  ante  jueces  que  no  son    imparcia-. 
íes,  cuando  demandan  á  alguno  del  fuero  privilegiado.     Se  s»- 
be,  lo  que  es  el  espíritu  de  cuerpo.     Los  individuos  aunque  se 
aborrezcan  mutuamente,  se. sostienen.     Es  muy  difícil  que  sean 
justos,  principalmente  en  causas  criminales.     La  infamia  y  des- 
honra de  uno,  contemplan  que  empaña  el  explendor  de    todos. 
Si  no  pueben  conseguir  que   desaparezca   el    delito,    procuran 
que  se  oculte,  y  disminuya  su  atrocidad.     La  irracional  protec 
cion  entre  los  alumnos  de  un  cuerpo,  obligó  á  abolir  los   cole- 
gios mayores.     Si  los  hombres  mas  sabios  de  la  España  no  eran 
justos  en  ese  caso,  ¿qué  no  se  deberá  temer  de  una  unión  for-^ 
midable  y  tan  numerosa  que  se  llamó  estado?  ^> 

Tener  un  fuero  particular,  ó  es  por  derecho,  ó  es  por  pri^ 
vilegio.  No  se  ha  de  decir,  que  es  por  derecho.  Al  que  qui- 
siere fundarlo,  se  contestará  con  esa  sonrisa,  que  es  el  signo 
mas  evidente  del  desprecio.  Luego  se  han  de  acoger  al  privi- 
legio. Si  en  el  diccionario  de  los  hombres  libres  no  se  encuen- 
tra esa  palabra,  falta  el  mas  pequeño  sosten,  para  que  continúe 
un  abuso  que  no  puede  alegar,  sino  el  tiempo,  los  prejuicios  y 
la  dificultad  que  se  tuvo  de  raciocinar,  y  aun  de  pensar  sobre 
estas  materias.  ¡Tristes  recursos!  ¡débiles  apoyos!  La  reve- 
rencia alas  opiniones  de  los  antepasados,  sin  otra  prerogativa 
que  la  antigüedad,  ha  perdido  su  fuerza,  después  que  Bentham 
escribió  su  tratado  de  los  sofismas,  -n 

3 


■■i 


Ll  arl.  6.  o  de  esos  derechos  del   hombre  y  del  ciudadano 
que  contemplamos  axiomas,  de  los  que  son  corolarios  las   leveJ 
políticas  y  civiles,  enseña,  >'que  la  ley    debe  ser  la  misma  para 
todos  sea  que  proteja,  ó  que  castigue.»   Permaneciendo  el  fue- 
ro eclesiástico,  los  que  administran  justicia,  siguen  un  orden  de 

w'.L  Pl^'f-S*  ^""^^P'«^^^"  de  vista  cánones,  bulas, 
breves.  E)  Pontífice  es  para  ellos  el  principal  legislador.  Si 
están  en  contradicción  los  decretos  de  la  república,  los  desobe- 
decen,  con  mas  ó  menos  escándelo,  según  su  capacidad.  Las 
í-ortnas  y.  practicas  forenses  no  son  ¡guales.  Es  evidente  la 
confusión  juzgados  los  ciudadanos  ante  el  secular  de  un  modo, 
ante  el  eclesiástico  de  otro. 

Haremos  un  argumento  en  nuestro  concepto,  el  úniro  que 
áe  requería  en  éste  punto.     ¿Se  ofende  la  religión  que  profesa- 
mos, y  por  cuya  permanenciaestamosprontos  á  dar  la  vida,  por 
que  los  eclesiásticos  estén  sujetos  al   fuero  común?     /Resulta 
un  bien  conocido  al  estado,  de  que  no  continúe  esa  mezcolanza 
^«e  siempre  fué  perjudicial?     ¿A  los  mismos  eclesiásticos  no  e^ 
wtil  la  abolición  de  su  fuero?     Apeteceríamos,  que  el  mas  dis-^ 
tmguido   de  la  oposición  tomase   la  pluma  para  combatirnos., 
dus  discursoá,  aunque  brillantes  y   hermosos,  cual  el   arcó  del 
cielo,  quedarían  desechos  con  los  rayosdel  Sol,  de  la  justicia  y 
ía  verdad.  En  cuanto  á  lo  primero,    nos  refeririamos  al  Evan- 
ngeiio;  en  cuanto  á  lo  segundo,  á  la  razón;  en  cuanto  á  lo  terce- 
ro a  la  esperiencia.     Jesucristo,  Señor  nuestro,  no  quiso  esta- 
blecer una  república  en  la  república.     Su  doctrina  santa,  es  el 
mas  solido  garante  de  las  buenas    leyes.     Nos  dicta  la  razón, 
acorde  con  los  libros  sagrados,  que  no  se  sostendrá  un  gobierno 
donde  se  consienen    diversos  pesos    y  medidas.     Convéncela 
esperiencia,  que  no  hubo  réjimen  mas  despótico,   que  el  de  los 
eclesiásticos,  aun  para  ellos  mismos.     ¡Cuantas  víctimas  impi- 
dieron   os  recursos  de  fuerza  y  protección!     ¿Y  para  qué  pre- 
parar el  remedio,  cuando  se  puede  impedir  la  enfermedad^       v 
_      No  se  desprecia  el  Concilio  de  Trento  con  esta  resokicidri; 
t.n  los  Concilios  distinguidos,  como  católicos,   y  como  republi. 
canos,  lo  que  toca  al    dogma,  y  lo  que   no  es   compatible   con 
nuestros  principios  liberales.     En  lo  que  toca  al  dogma,    ó  no 
somos  católicos,    ó  hemos  de  estar  conformes  confio  que   se 
cree  y  ensena  en  la  iglesia  universal:  misterios   y  sacramentos. 
*.n  la  disciplina  exterior,  era  antes  el  Concilio   obedecido,  por 
ser  ley  española.     Nosotros  hemos  continuado  provisoriamente 
las  leyes  de  España,  en  lo  que  no  contradigan    á  nuestro  siste- 
ma.    Con  esta  calidad  recibimos  el  Tridentino.     Las  inmimi^ 


19 

dades  de  los  clérigos  en  la  manera  que  se  ampliaban,  son  in- 
sostenibles por  nuestros  principios.  Desechamos  el  Concilio 
en  esta  parte,  sin  que  en  ninguna  se  disminuya  nuestro  catoli- 
cismo. 

Si  Constantino  comienza  ese  fuero,  si  Justiniano  lo  forma:^> 
liza,  las  repúblicas  americanas  que  tienen  un  cristianismo  rnas 
puro  y  racional  que  ambos,  lo  condenan.  San  Agustín  se  la- 
mentaba, de  que  una  carga  estraña,  cual  era  el  conocimiento 
de  causas,  los  distragese  de  las  funciones  propias  de  su  minis- 
terio. 

Los  monarcas  modernos  han  estado  dando  golpes  conti- 
nuos á  esa  jurisdicción,  como  advierte  Montesquieu.  En  Es- 
paña, después  que  entró  la  casa  de  Borbon  á  gobernar,  y  con 
ellas  las  luces,  se  ha  ido  disminuyendo  de  modo  el  fuero,  que 
ya  el  árbol,  podrá  decirse  que  estaba  sostenido  de  un  hilo  solo. 
Todas  las  causas  que  se  llamaron  mixtas,  se  sacaron  de  la  au- 
toridad del  clero.  Inglaterra,  en  cuanto  á  la  jurisdicción 
eclesiástica  tiene  mas  defectos.  Bastara  para  conocerlo  el  co- 
tejo de  lo  recopilado  por  Blasckstone,  y  el  examen  del  derecho 
nuevo  español.  No  hace  el  Perú,  sino  perfeccionar  ese  plan, 
depuesto  el  temor,  y  sin  aquella  lentitud  con  que  iban  proce- 
diendo los  dominadores  de  la  América. 

Si  fuera  posible  presentar  á  la  Convención  un  extracto  de 
la  muy  apreciable  obra  de  Mr.  Potter,  titulada,  "Consideracio- 
nes filosóficas  y  políticas  sobre  la  historia  de  l®s  Concilios,  y  los 
papas,  desde  los  apóstoles  hasta  nuestros  dias,'*  se  palparia  la 
justicia  con  que  este  sabio  escritor  funda  la  utilidad  de  mante- 
ner el  poder  eclesiástico  entre  sus  límites,  cuando  hay  aparien- 
cias de  querer  salvarlos.  El  nos  hace  ver,  siguiendo  los  pasos 
de  los  Concilios  generales  y  particulares,  que  en  las  disputas 
influyó  poco  el  celo  religioso  y  el  amor  á  la  verdad;  mucho  la 
vanidad  y  el  orgullo.  Su  análisis  político  comprende  el  princi- 
pio, progresos  y  caida  del  poder  eclesiástico.  El  anhelo  ambi- 
cioso por  aumentar  su  jurisdicción,  ha  causado  á  la  Iglesia  tan- 
tos males,  como  las  heregias.  De  aili  nacieron  las  disputas  en- 
tre el  trono  el  y  altar,  sostenidas  con  sangre  cristiana  por  Guel- 
fos  y  Gibalimos.  Estas  animosas  pretensiones  están  amorte- 
cidas, no  enteramente  sofocadas.  La  mas  pequeña  semilla  que 
quede,  hará  que  revivan  cuando  se  ofrezca  una  ocasión  favora- 
ble. Y  no  se  crea  que  el  autor  de  quien  se  habla,  era  un  secular, 
ni  que  habia  bebido  en  los  lagos  corrompidos  de  los  libertinos. 
El  cita  muchas  veces  al  Cardenal  Jesuíta  Baronio,  el  que  rué- 


20 
ga  no  se  le  acuse   si  se  ve    obligado  á  introducirse  en  la  abomi 
nación  de  la  desojanon  del  templo.  ciuoim. 

.Loa  nuevos  enciclopedistas  de   la  Francia,    en   la    noticia 
que  dan  sobre  eJ  general  San  Martin,  referente'al   ensayo    bio. 
grafiro    escrito  por  el  Señor  Ricardo    Gual,  se   explican   así: 
>'Los  descendientes  de   Cortes,,  Pizarro,  y   Almagro  se    harán 
prontamente  ciudadanos.     Penetrados  de  los  sentimientos  de  su 
dignidad  y  de  sus  derechos,  no  serán   opresores   ni  oprimidos 
La  independencia  es  conquistada,  la  obra  de  su  libertad  es  cum- 
plida, no  resta  mas,  quedar  á  los  nuevos  estados  las  institucio- 
nes y  leyes  que  les  convienen.     Las   constituciones   adoptadas 
por  algunos,  no  son  aun  sino  ensayos;  ellas  pueden  y  deben  re. 
cibir  mod.fi.aciones  importantes  y  talvez  mudar  de  naturaleza. 
M  establecimiento  de  una  religión  del  estado,  los  derechos  es- 
elusivos  oe  esa  religión,  los  impedimentos  que   se  ponen  al  eier. 
cino  de  todas  las  otras  comuniones  cristianas,  la«  penas  severas 
con  que  se  amenaza  todo  ataque  público  ó  privado  contra  la  que 
constil,uye  la  reli^non  y  culto  del  estado,  esa   intolerancia  con- 
traria a  toda  idea  de  libertad,  hace  temer  que  el  Perú    conserve 
Ja  inquisición  eon  sus  torturas  y  quemaderos.      Ved   allí  un  er 
ror  grave,  y  un  poderoso  obstáculo  á  los  progresos  de  la  indus- 
tria,  de  la  moral,  de  la  ilustración,  del  desenrollamiento  social  » 
^         Ue  ese  rasgo  deaucimos,  que  las  naciones  europeas,  que  se 
interesan  en  la  perfección  de  nuestro  sistema,  por  refluir  el  bien 
en  ellas  mismas,  pre.-umen,  que  las  pretensiones  del  clero    se 
ran  el    mas  fuerte    impedimento  á    nut«tros    adelantamientos" 
Ls  menester  desmentir  con  hechos   ese   supuesto.     Entiendan* 
que  los  inienibros  del  clero,  admitidos,  en  nuestras   cámaras   v 
no  impedidos  de  obtener  la  primera  magistratura,  son  las  colum 
ñas  mas  sondas  del  edificio  social.     Convencidos  en  los  princi 
píos  de  Igualdad,  sin  los  que  un  pueblo  no  puede  ser  libre  se  .u 
jetan  voluntarios    á  los  mismos  jueces  y  leyes.     No  tem¡n  o^uf» 
disminuya  el  respeto,  que  les  es  debido.   La  estimación  pública 
no  se  adquiere,  ni  sostiene  por  los  privilegios.      Esa  será  la  po- 
lítica de  los  japoms  y  chinos,   no   de   las    naciones    ilustradas 
La  virtud,  la  moral,  el  amor  á  la  patria,  el  cumplido  desempe- 
ño de  as  oblijiaciones  ministeriales,  atraen  unas  consideracio- 
nes del  pueblo,  seguras,  y  constantes,  como  tributos  de  la  razón 
en  que  no  tiene  parte  la  fuerza.   Dios  ponga  en  los  labios  del  ele' 
ro  esta  clausula— Nos  sujetamos  como  los  primeros  cristianos  á 
las  autoridades  íonstituidas. 

No  tememos  igual  resistencia  en  los  militares  para  renun- 
ciar el  fueío.     En  un  pueblo  libre,  escribe   un  sabio,  el  sol. 


':-*it>v.. 


21 

dado  es  un  ciudadano  armado,  el  paysano  un  soldado  desar- 
mado Si  se  forma  de  los  militares  una  clase  diversa,  la  liber- 
tad es  perdida  para  ellos  y  para  todos.  Este  es  el  sentido  en 
que  se  debió  entender  nuestro  discurso  en  la  tribuna,  cuando 
se  trató  de  la  voz  activa.  No  pensamos  entonces,  ni  pensare- 
mos nunca  conceder  Tasprero^iativas  de  hombres  libres,  á  mer- 
cenarios  que  sirven  á  un  amo  y  no  son  los  defensores  de  la  pa. 
tria.  Estos,  ni  pueden  votar  en  las  elecciones,  ni  asistir  á 
ellas.  En  Inglaterra,  se  les  hace  salir  de  la  villa,  cuando  el 
pueblo  ejercita  este  acto  de  su  soberania.  En  Francia  votan  las 
tropas  nacionales,  no  las  destinadas  á  invadir.  Léanse  los  ju- 
risconsultos ingleses,  léanse  los  discursos  de  la  asamblea,  y  se 
depondrá  un  error  que  puede  ser  muy  perjudicial.  Felizmente 
nuestros  militares  no  son  del  tiempo  de  Cesar.  Entonces,  se  les 
llamó  ciudadanos  por  afrenta,  hoy  se  tendría  por  la  mayor  in- 
iuria,  que  se  les  quisiese  privar  del  alto  título  de  ciudadanos.— 
Fué  preciso  anteponer  estas  ideas,  por  el  íntimo  enlace  que  tie- 
nen  con  el  objeto  que  nos  ocupa,  tu-        •    j    i 

El  fuero  de  los  militares  es  antiquísimo.     La  historia  de  la 
legislación  nos  lo  recuerda  entre  los  asirlos  desde  Niño.    Núes- 
tros  escritorios,  y  muchos  estrangeros,  refieren  que   Héctor  el 
troyano,  fué  el  primero,  que  en  la  guerra   isntituyó  el   fuero  y 
auditor.     La  historia  romana,  los  anales,  y  el   código,  explican 
la  forma  de  estos  juicios.     Su   terribilidad  y  pronta  ejecución 
admirarán  al  que  lea  en  Tácito,  como  castigó   Germánico  á  las 
tropas  sublevadas:  Germánico  era  un  principe  moderado  y  vir- 
tuoso.    Empero  los  que  no  juzguen  por  pasión,  convendrán  con 
nosotros,  en  que  entonces  el  fuero  era  tan  preciso,  como  hoy  se- 
ria perjudicial.     No  en  los  antiguos  únicamente,  hasta  nuestros 
dias,  el  espíritu  de  conquista  ha  sido  general.     Raro  es  el  siglo, 
que  no  presenta  un  ambicioso  insaciable  en  aumentar  «us   domi- 
nios.  Las  tropas  en  campaña,  ó  en  marcha,  habían  de  ser  juzga- 
das. La  angustia  del  tiempo,  la  clase  de  los  crímenes,  no  permitía 
las  formas  y  sustanciaciones  comunes.  Esto  es  por  una  parte;  por 
otra,  tomando  el  fuero   por  un  privilegio,  estaban    obligados  á 
concederlo, opresores,  tiranos,  usurpadores,  que  no  gobernaban 
por  la  voluntad  del  pueblo,  sino  por  el  auxilio  de   la  gente  ar. 
mada:  no  había  para  mandar  otro  derecho  que  la  fuerza.     Con- 
tinuamente teme  conspiradores,  el   que  conspira  contra  la  pa- 
tria.   Un    tirano  no  puedo  desear   la  paz;   la  guerra  le  propor- 
ciona  escusas  y  medios   para  encubrir  sus  opresiones,  bajo  la 
aparente  necesidad  de  ejércitos  y  armadas.     Su  política  la  rtes- 
cribe  Pastoret,  cuando  se  ocupa  de  la  legislación  de  los  sinos. 


m 


troUr'"'"NñT"''"  '"•'  ""P"^'"''.  los  impuestos   aseguran  las 
iropas.      >'i\o  hay  máxima  mas  viiln-íi..       i?  *  "'=^f,uran  las 

de  esfuerzos,  de  socorros' dToprel""  lo  aif  .'=°"^^Po»''-«<=ia 
to  en  todas  las  edades  y  en  todasTa.  n^if  "°"  P"'  '"^"'»- 

los  pueblos  quequLerorserl.t!  1."''",'°'  ""'"°'-     Asi 

derecho  de  concu  r  r  por  Lvei  It'  fi°  f""f  "«'■''»  J^m^s  el 
la  regulación  de  gen  e  de  juer  a  In^í''  ""  '''  Í!"l>"«^«'os,  y  á 
como  España  y  pfrTull  s?h?,Ki!'  ^"^''"*='''-''  ««""'»»  esclava, 
cion  sea'í.eras^srftt^tr^^^^^^^^^^^         ''- -  --'"- 

bres  fe?gran,tdo''"'^Col''''''""  .l^as  naciones  son  los  hom- 
con,batidooor"os  demás  sTr^r  '""""t  '"'  ^"'''^^''  P"«<'"i» 
presa  del  a¿.L  e:tr:ñgero  -&s  "d^L' lltr^^f  "™  '"^ 
pia.     En  el  estado  de  la  naturaleza  Tld^t  ""  ^"T"  P™" 

fuerte.  En  el  social  pl,^„H.f  '  ''' 'l®'^''  «efa  esclavo  del 
fico  padre  de  famíl  a    '*' ""'^^<"""'  "-í-^do  esclavizaría  al  pací- 

Lacroix,  en  el  p?é  minatde  f/'"'"""?'?  '"^  **'"  'o""  ^"  ^»'<"- 
nes.      4liro  el  node?^    I,     ''^  ""^  ""'  ''^'"'  '''^  '«*  oonstitucio- 

cion,  si  es  tóenl^zado  "„  e  ¡rT"  "  '''"'',°  '^'^  ""'•''  '■°"^"'"- 
gero.»     Este  fué  siem^.»  «"a,  como  una  plaga,  si  le  es  extran- 

Los  soid::í"'v:'g"L„:s"dera  it'  "^"  r-^^  '-^^  ''"'^^- 

donos  privado  el  Ser  Wer^o  J  elocuencia  de  otros,  habien- 
bois  de  Creance  en  oS  n»  -f  ^•',°"  ^'"''''"'«-  ^í""- Cu- 
asi: "El  ejempb  de  todo  ToH  T"'"  "  ''  ■""='''"'  ^^  '^^P'i<-''''a 
que  una  fuerza  ciel  ha  sal  ido  5'"''  T'  T'^  '"^  ''«^Sracias 
pueblos.  El  prim!ío  nue  há  i  "I"  f"^'"  ''^  <=^''«^»  ^e  los 
da  su  hogar  y  suí^bértad  ht  fo  (""I''  ^  '"'■°  P"™  1"«  «¡^fi^"- 
dena  que'con'cluirá  por  opltZ'"  "'  P"™"  ^"'"°  "«    '"^  - 

BiacSlne"L:?™e"'!rrt:-:s"mrh '''""""  '■'''''"'''  -fi"- 

pueda  teñe;  arm™da  en  dIsí""?"'-  "«  consienten  que  el  rey 
to:  ella  debia  diTolverseTde  1^'°"'*"'?''"'°  •""'  parlamen- 
de  Carlos  2».  fué  declar-,d-.  ,  ^  '*'  ''•''''   ^"°-     ^*   ^""'"» 

de  un  pueblo  libre,  , i  rtor^uaHr'rr'"?'-  IV'^^'"^  ''^S""°° 
guardi'a  es  sufioieme  paríaseCa  'k'  ?l  S"''''"--  ^'"^""* 
armada  de  Jacobo2o   abrirt  M  ?h  ^  ''.''   ""  *"■"""•     ^^ 

pueblo,  queno  es  imbéc^  ent?!^^.  '"  *"""  ^"^  ^«P^ltado.  Un 
aumenío  de  la  fue  ™a  in  érior   ot.e  ,  "   "''^r'   '7"'°"'  P"  «' 

fuerza  extrangera  que  si  orononp.  ''"!■  'f  P""'""  ''""^^^  '» 
nizar,  que  conquistar      Y^n  fl        fl   '""'♦.''"•'«=  «*'  "">«  fácil  tira- 

mant;ner  la  l"be  Id  qí,I  deberh.'"  t  '„'"'^  ''"f"'  ^  ">"'''' 
testación  en  nuestro -r:^r:^;igl  ''¡^^l^'J^ 


mm 


'j^-i^^-'^'i'"' — -: . — ——.■■.    m^M^méi^mm 


23 

12.  '^Lacrarantia  del  hombre  y  del  ciudadano  necesita  una 
fuerza  pública.  Esta  fuerza  es  pues  instituida  para  la  ventaja  de 
todos,  no  para  la  utilidad  particular  de  aquellos  á  quienes  es 
confiada."  Verdad  es  esta  tan  palpable,  que  Bentham  en  su  cri- 
tica,  tiene  el  articulo  como  comparable  á  los  testos  comunes  é 
insípidos.  No  es  asi,  es  oportuno,  como  lo  son  los  anteriores 
y  posteriores.  Todos  los  males  políticos  que  sufrieron  los  es- 
tados,  tubieron  por  origen  el  abuso  de  la  fuerza  amada,  por  las 
personas  á  quienes  se  había  confiado. 

»La  primera,  la  mas  importante  consecuencia  de  los  prin- 
cipios antes  establecidos,  escribe  Rousseau,  es  que  la  voluntad 
general  pueda  sola  dirijir  la  fuerza  del  estado,  según  el  fin  de  su 
institución,  que  es  el  bien  común.'  Nadie  negará,  si  no  va- 
ría la  naturaleza,  ser  un  axioma  notorio  el  que  asienta  Montes- 
quieu — Al  que  se  le  confia  una  autoridad,  la  estenderá  hasta  don- 
de encuentre  límites — Estos  límites  deben  ser  mas  claros  y  fi- 
jos, cuanta  es  mayor  la  proporción  y  facilidad  de  ensancharlos. 
En  ninguna  autoridad  se  halla  mas  marcado  este  carácter,  que 
en  la  fuerza  arm  ida.  ¿Cuales  deben  ser  los  remedios  preventi- 
vos para  impedir  que  salte  los  muros?  ¿Humillar  esa  noble  pro- 
fesión? Lo  contrario:  sostener  su  explendor  y  gloria.  Intro- 
ducir al  militar  de  modo  en  el  seno  del  ciudadanismo,  que  borre 
y  desvanezca  la  idea  de  un  cuerpo  extrangeró  á  la  sociedad. 

Recopilando  estas  doctrinas  diremos,  ¿qué  se  requiere  para 
él  exacto  orden  de  una  república  libre?  Hacer  en  cuanto  se 
pueda,  soldado  al  ciudadano,  ciudadano  al  soldado.  Esta  debe 
Ser  la  regla  permanente  y  sostenida  de  la  voluntad  general.  Es- 
to es  lo  conforme  á  la  esencia  de  nuestro  gobierno.  Las  repú- 
blicas democráticas  aman  la  paz,  asi  como  las  monarquías  la 
guerra.  Procuran  su  quieta  y  tranquila  estabilidad;  con  ella  la 
vardadera  riqueza  en  artes,  agricultura  y  comercio:  bienes  quef 
jamas  podrá  lograr  un  pueblo  belicoso.  Amigas  de  todas  las 
naciones,  guardan  perfecta  neutralidad,  y  no  toman  la  mas  pe- 
íjueña  parte  en  sus  disputas.  Renuncian  al  engrandecimiento 
por  conquistas,  y  procuran  adquirir  otro  mas  sólido  y  verdadero 
por  su  trabajo.  No  se  hallan  por  estas  razones  en  la  angustia 
de  mantener  grandes  armadas  ni  ejércitos.  Los  inmensos  capi- 
tales que  se  consumen  sin  producción  en  esos  gastos  inútiles  y 
perniciosos,  los  aplican  á  objetos  de  utilidad  pública.  Su  fuer- 
za  interior  principal  consiste  en  la  obediencia  á  la  ley.  Sus 
primeros  magistrados,  constituidos  por  elección  expontanea  de 
sus  conciudadanos  no  son  tiranos,  ni  opresores.  Faltan  por 
consiguiente  las  causas,  que  escusaban  la  separación  del  fuero 


jT 


24 

(íómun  que  hemos  antes  explicado.     Entonces  pudo  haber  una 
sociedad  en  la  sociedad,  con  leyes,  ministros  de  larelijion  ine 
ees,  y  habitaciones  segregados.     Los  pretorianos  en  un  c¡mno 
fuera  de   Eoma,  teniendo  á  Roma  en  continuo  sitio  y  asedio 
J^sta  conducta  sena  monstruosa,  donde   todos  los  hombres  na' 
c-^vi  y  permanecen  iguales  en  derechos. 

Si  los  militares  aman  la  patria,  y  se  aman  á  sí  mismos,  no 
hallaran  repugnante  la  reforma.  Han  de  conocer,  que  es  utilá 
Ja  república.  Siéndolo,  deben  ser  los  primeros  que  la  procuren 
¿Jorque  arriesgan  su  vida  en  la  campaña  ?  ;  Porque  rieg-an 
el  campo  con  su  sangre  ?  Porque  sostienen  privaciones  v  íiiti- 
gasmas  intensas  que  las  que  gravitan  sobre  los  demás  cuidada, 
nos?  Es  sin  duda  por  el  bien  público.  El  objeto  es  diverso? 
ira  no  son  soldados  de  la  patria;  ya  son  resortes  de  la  abo! 
minable  maquina  de  la  tirania;  ya  no  son  acredores  ni  á  nuestras 
alabanzas,  ni  á  nuestros  premios;  ya  sus  alimentos  no  los  tri 
buta  la  justicia,  sino,  los  arranca  la  violencia;  ya  son  enemi'^os  v 
mas  barbaros  enemigos,  que  los  estranjeros,  cuando  se  propo- 
nen esclavizarnos.  ^ 

¿Y  la  condescendencia  para  renunciar  el  fuero  es  un  sacrí- 
ficio  costoso?  Trae  alguna  pérdida?    Las  leyes  para  ser  iuzo-a- 
dos  en  las  causas  comunes  son  las  mismas.     No   hay  mas   dife 
rencia  que  en  los  jueces.   Hoy  aun  esto  se  ha  moderado,  no  se 
necesita,  sino  su  perfección.     Las  apelaciones,  súplicas  y  nuli 
dadesse  conocen  en  cortes  marciales,  donde  la   mayoría  es  de 
vocales  de  la  corte   superior  y  suprema.     Tienen  un   auditor 
que  es  un  mmistro    togado.     ¿Qué  resta?  un  pequeño  esfuerzo' 
de  generosidad  militar,  hará  completo   nuestro  sistema      Para 
ello  recuerdan,  que  porque  fueron  buenos  ciudadanos,  tomaron 
las  arnias.     No  eran  soldados,  cuando  se  armaron  contra  el  po 
der  colonial.     Han  vencido,  no  varíen  con  la  victoria  los  sentí 
mientos.     Por  no  ser  inferiores  á  otros  hombres  pelearon-  no 
quieran  ser  superiores  á  los   mismos   que  defendieron.     Cese 
una  rivalidad   funesta.     Cesen  distinciones  odiosas:   uno  sea  el 
tuero  para  todos,  como  debe  serlo  el  amor  á  la  patria. 

CONSULADO  Y  MINERÍA. 

Habiéndose  manifestado  las  razones  que  se  tuvieron,  para 
proponer  la  abolición  del  fuero  eclesiástico  y  militar,  es  consi- 
guíente  concebir,  que  no  subsistirán  el  de  mercaderes  y  mine- 
ros.   Ll  motivo  que -influyó  para  su  restauración,  fué,  que  esa 


m 


^■1 


^Mlí¿^ 


25 

clase  de  causas  exigía  un  pronto  despacho.  No  nos  parece, 
que  los  legisladores,  supondrían  jueces  ignorantes  en  las  leyes, 
ordenanzas,  cédulas,  y  decretos  expedidos  con  respecto  á  esos 
ramos.  La  primera  instancia  se  despacha  con  un  asesor  de  le-^ 
tras.  Corresponde  la  2.  ^  y  3.  "*  á  una  corte.  No  hay  de  mas 
que  la  asistencia  de  un  merder.  Hemos  experimentado  la  inu-^ 
tilidad  de  conjueces,  y  la  demora,  que  resulta  de  sus  nombra-» 
mientos.  Un  buen  magistrado  debe  estar  instruido  en  todas  las 
partes  de  la  legislación.  Comercio  y  minas,  no  son  materias 
tan  exóticas,  que  carezcan  los  jueces  de  luces  sobre  ellas. 
Cualquiera  profesor  está  mas  instruido  sobre  esas  materias,  que 
el  mercader  ó  minero  antiguo,  é  ilustrado. 

En  varios  artículos  del  proyecto,  hemos  abrazado  un  me- 
dio entre  la  precipitación  del  despotismo,  y  las  pesadas  fórmulas 
de  las  monarquías.  Seguimos  el  consejo  de  Dettuts  de  Tracy: 
"El  gobierno  representativo,  no  pudíendo  subsistir  sin  la  igual- 
dad y  la  unión  de  los  ciudadanos,  es  entre  todos  los  de  las  na-> 
clones  civilizadas,  en  el  que  debe  resplandecer  mas  la  simplici- 
dad y  uniformidad."  La  raíz  del  pensamiento  es  tomada  de, 
Montesquieu.  Por  eso  quitamos  réplicas  y  duplicas,  en  qu^ 
rara  vez  se  añade  cosa  substancial  á  1©  que  se  ha  dicho  en  las 
demandas  y  respuestas.  Se  ha  suprimido  esa  3.  ^  instancia,  que 
comenzó  por  gracia  y  el  tiempo  la  hizo  de  justicia;  ampliajnos 
la  jurisdicción  de  los  jueces  de  paz,  las  nulidades  é  injusticias 
notorias,  quisimos  que  se  vieran  con  el  mérito  dfd  proceso,  y 
vista  fiscal.  Debiendo  las  leyes  ser  expresas,  y  obligados  los 
jueces  á  decidir  por  el  literal  testo,  evitando  de  ese  modo,  el  or- 
gullo, que  tanto  reprueba  D.  Agueseau,  en  ministras  de  la  ley, 
que  con  sutilezas  quieren  dominar  en  la  ley  misma,  los  procesos 
han  de  ser  muy  lijeros.  Presentar  el  hecho,  probarlo,  y  aplicar 
la  disposición  legal,  son  cosas,  que  necesitan  muy  pocos  dias, 
y  muy  poco  trabajo.  Contamos  también  con  unos  códigos  pro- 
piamente republicanos,  que  ya  deberian  estar  concluidos.  De 
este  modo,  mercaderes  y  mineros,  hallarán  en  tribunales  y  juz- 
gados la  prudente  aceleración,  que  les  hacia  apetecer  e,l  fyerp, 
de  privilegio.  roí)  onp 

Es  de  añadir  que  aunque  los  fueros  de  las  personas  se  qui-^ 
ten,  no  se  igualan  todos  los  juicios  en  sus  substanciaciones.  Los 
han  de  haber  sumarí-simos,  sumarios,  y  ordinarios.  No  hay  in- 
conveniente en  que  las  causas  de  mercaderes  y  mineros  sean 
sumarias,  expeditas  y  prontas.  Una  ley  puede  explicarlo:  esto 
no  corresponde  á  la  constitución. 

4 


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^^^^''^'^^mmmmmmmmmmm^'^^^mmmmm 


26 

Concluimos,  observando  que  el  tribunal  del  consulado  exis 
tía  únicamente  en  la  capital  de  la  república.  Q^e  en  las  de  los 
departamentos  era  una  diputación,  y  en  muchas  provincias  no 
había  persona  alguna  encargada  de  estos  juicios.  A  los  intere 
sados  les  está  mejor,  I  tigar  ante  jueces  que  ha  elegido  y  aoro' 
bado  la  nanon,  y  son  responsables  por  sus  errores  y  abusos- 
Continuamente  hemosnotado  el  desgreño  de  los  procesos,  sus 
defectos  y  nulidades,  cuando  se  han  seguido  por  personas  á 
quienes  son  extrañas  las  disposiciones  del  derecho— Mercaderes 
y  mineros  sujétense  al  fuero  común. 

TRIBUNO  DEL  PUEBLO. 

Esta  es  la  parte  enteramente  nueva   de   nuestro  discurso. 
Lila  es  también  la  mas  filosófica:  una  materia  que  hemos  medi- 
faMhir'rr  T'/'    rT^'""'  raciocinios  se  fundan  en  datos  in- 
fahbles    El  estudio  de  la  naturaleza  humana,  y  Ja  experiencia, 
hija  de  la  historia  de  todos  los  siglos,  nos  dice,  que   nada  valen 
^s  mejores  códigos   políticos,   nada  aprovechan   las  garantías 
mas  sabias,  ei  su  ejecución  y  cumplimiento  se  confia  sin  reser- 
va     Los  hombres  no  purifican  su  corazón,  no  varían  sus  pasio- 
nf.V''"^    f  ^"^P^^««-,     P^»-  í«  regular  adquieren  las  que  no  te- 
man,  y  de  las  que  se  les  juzgaba  incapaces.     Dejoses,  el  orácu. 
Jo  de  su  país,  fue  el  terror  de  sus  compatriotas.     -^Es   demos- 
trado, que  la  libertad  encuentra  sus  mas  mortales  enemigos,  en 
los  mismos  poderes,  que  fueron  estableci.ios  para  defenderla.» 
t.sta  justa  observación  de  Masabi-u,  no  admite  ni  contestación, 
m  respuesta;  es  una  verdad.     Montesquieu  por  eso  dijo;  «que 
para  que  no  se  pueda  abusar  óel  poder,  era  preciso  que,  por  la 
disposición  de  las  cosas,  el  poder  detuviese  al  poder.  Las  mejo. 
res  leyes  son  remedios  muy  débiles,  y  según  un  sabio,  inútiles, 
81  se  pretende  que  obren  por  sí  solas.     Buscar  el  ínteres  gene- 
ral, es  una  virtud  que  pocos    practican.     Cada  cual  corre  tras 
su  nteres  particular.     Este  es  el  primero,  y  el  mas  fuerte  im- 
pulso de  la  naturaleza.     En  la  sociedad,  unos  abusan  del  poder 
que  tienen,  otros  aspiran  á  conseguir  ese  poder.     Esta  guerra 
sorda,  al  fin  rompe  en  tiranía  ó  en  anarquía:   la  anarquía  (am- 
blen conduce  á  la  tiranía.     El  que  tiene  el  poder,  y  es  asecha- 
do,  estiende  sus  limites,  y  se  hace  tirano.     El  pueblo,   que  se 
cree  oprimido,  se  subleva,   y  empeora   su  situación.     Muller 
asegura  con  justicia,  "que  por   lo  regular  los  pueblos  creyen- 
tíose  gobernar  ellos  mismos,  son  gobernados  por  jefes  de  partí- 


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27 

do,  cuyas  pasiones  los  arrastran  á  toda  clase  de  excesos"  se 
busca  la  libertad,  y  no  se  encuentra  ni  su  sombra.  Suerte  in- 
separable de  los  gobiernos  democráticos.  Lo  dice  Montesquieu, 
"en  los  estados  extremamente  libres,  cada  uno  se  hace  esclavd 
de  Jos  prejuicios  de  su  facción,  del  mismo  modo  que  lo  seria  de 
la  voluntad  de  un  déspota."  Es  por  esto,  que  historiadores, 
poetas,  filósofos,  lodos  los  escritores  de  la  antigüedad,  conde- 
naron á  una  voz  los  gobiernos  populares.  Demostenes  en  su 
arenga  de  la  falsa  embajada,  y  Cicerón  por  Murena,  le  compa- 
ran á  un  mar  en  su  mas  alto  furor. 

Esos  grandes  genios  no  habian  alcanzado,  que  un  poder 
conservador  podía  sujetar  las  aspiraciones  de  los  unos,  la  per- 
niciosa ajitacion  de  los  otros.  Confesemos,  que  la  estrella  que 
nos  ha  dirijido  en  esta  parte,  fué  la  política  inglesa.  Hasta  los 
errores  de  los  genios  extraordinarios,  son  útiles  á  los  que  saben 
aprovecharse  de  ellos.  Locke  en  su  tratado  de  gobierno,  obra 
que  en  política  lo  inmortaliza,  como  en  metafísica  el  ensayo  del 
entendimii  nto  humano,  nos  da  la  primera  luz  de  la  mañana. 
Después  de  asentar  la  necesidad  de  la  división  de  los  poderes, 
se  propone  el  caso,  en  que  estos  saliendo  de  sus  límites,  causen 
la  desgracia  pública,  en  lugar  de  la  felicidad,  para  que  fueron 
instituidos.  Contempla  que  debe  haber  un  poder  que  los  suge* 
te.  A  este  le  dá  el  nv)mbre  de  prerogativa.  El  nombre  era  in- 
diferente,  pero  no  la  persona  á  quien  lo  asigna.  El  juzgó  que 
debía  pertenecer  al  monarca;  es  decir,  aumentó  este  poder,  el 
mas  fuerte,  el  mas  inclinado,  á  romper  los  diques  que  le  con- 
tienen,  con  otro  poder,  que  sujeta  á  los  demás.  El  que  ha  elo- 
giado la  consiitucion  inglesa,  hasta  merecer  una  fundada  censu- 
ra. De  Lolme  dice:  "seria  hacer  mucho  honor  á  la  naturaleza 
humana,  creer  que  el  caso  de  un  principe,  que  no  tuvo  jamas  in- 
tención de  aumentar  su  poder,  sea  un  caso  muy  ordinario.  Al 
contrario,  atesta  la  experiencia,  que  los  caracteres  mas  dicho- 
sos, no  resisten  á  la  tentación  del  poder.  No  hay  placer,  sino 
en  cuanto  se  amplia  la  autoridad,  detestando  la  idea  de  los  vín- 
culos. Se  ajita  sin  cesar,  hasta  romperlos."  No  era  á  Locke 
estraño  el  pensamiento.  Asi  es,  que  se  halló  detenido  sobre  lo 
que  debería  hacerse,  cuando  el  abuso  proviene  de  la  autoridad 
que  debía  velar  sobre  las  otras,  y  sujetarlas  en  su  esfera.  En 
tal  conflicto,  ya  no  halla  otro  recurso,  que  ocurrir  á  la  Provi- 
dencia, y  consentirle  al  pueblo,  que  ponga  en  ejercicio,  derechos 
que  no  pudo  enajenar.  Este  es  la  insurrección,  que  Blackstone 
nos  ilustra,  ser  una  ley  inglesa  por  el  bilí  de  derechos. 


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28 
No  hay  peor  medicina,  que  laque   aplicada  á  las  enferme- 
dades las  hace  mayores.  Pudiendo  el  rey,  según  Locke,  susZ, 
der  Jas  leyes  y  hacerlas  callar,  por  algún  tiempo,   era  muy  pro 
bable   que  aconteciese,  lo  que  con  la  dictadura.     Consenüda 
al  pruuMpio  por  plazo  muy  limitado,  después  se  hizo  perpetua! 
Presentase  a  S.la,  pero  Sila  fué  un  portento.      Es  aun  rnas  peH 
groso,  consentir  al  pueblo  que  se  haga  juez  de  los  excesos  cUe- 
tidos  por  los  encargados  de  los  poderes.      Un  autor  ilustre   ad. 
.  vierte,  que  sena  tan  inútil  predicar  á  los  vientos    desencadena^ 

fu^'oHlT"''T'' ^  "r  "'t^''''':  triunfante,  á  que  dimitiese  su 
autorioad         Aunque  la  soberanía  es  del   pueblo,  su   ejercicio 
inmoderado,  y  sm  regla,  causaria  una  confusión.      Seria  el  im 
peno  de  la  demagogia.     No  ha  habido  pueblo,  que  no  haya  sido 
engañado;  que  no  pusiese  una  confianza  ciega  en  los   que  creia 
sus  amigos,  y  que  al  fin  no  fuese  esclavizado  por  ellos 
^        Es  el  resultado,  que  se  necesita  un  poder,  que  sujete  al  po- 
der, y  esevidente  del  mismo  modo,  que  este  poder  no  ha  de  es- 
tar m  en  los  que  ejercitan  los  otros  poderes,  ni  en  el  pueblo  en 
masa,     tn  uno  y  otro  caso,  se  procede,  ó  suspendiendo  las  le- 
yes, ó  pisándolas  con  desprecio.     En  el  primero,  es  Júpiter  con 
un  rayo  en  la  mano,  en  el  segundo  un  alubion  que,  todo  lo  tras 
torna,destruye  y  arrastra— Un  descubrimiento  que  consultase 
sujetar  los  poderes  sin  exponerse  á  tan  fatales  como  practicas 
consecuencias,  seria  maravilloso.     Esto  es  lo  que  indicamos  en 
elpJandel  Perú  con  el  título  de  protector.     La  corte  suprema 
de  justicia,  las  cámaras,  el  pueblo  mismo  puede  dar  por  la  pren 
sa  perfección  á  la  idea.     Loque  no  hay  que   dudar    es,  que   la 
institución  del  poder  conservador,   es  imprescindible,   que  no 
debeestar  unido  á  ninguno  de  los  otros  poderes,  porque  los  po. 
deres  deben  ser  independientes,  y  porque  al  que  se  le   ap-reírase 
se  hana  absoluto.     Por  no  estat  establecido,  la  ley  del  Habeas 
Corpus,  se  suspende  muchas  veces  en  Inglaterra,  y  en   los  Esta- 
dos Unidos  en  las  ocasiones  que  designa  la  carta. 

Los  conocedores  de  la  historia  de  Roma  pueden  argüir  que 
la  creación  de  los  tribunos,  fué  la  causa  de  su  ruina.  Es  inne- 
gable,  que  después  de  los  Gracos,  la  república  jamas  estubo  tran- 
quila. Pero  también  convendrán  con  el  sabio  comentador  de 
lito-l.ibio,  que  sin  tribunos,  Roma,  hubiera  permanecido  divi- 
dida entre  esclavos  y  amos.  Los  patricios,  afables  y  muy  con- 
descendientes mientras  tem¡:.n  á  los  Tarquinos,  volvieron  á  su 
orgullosa  aristocracia,  desde  que  juzgaron  que  ya  no  les  era  ne- 
cesana  la  plebe.  Los  tribunos  fueron  perjudiciales,  porque  sue 


üf^  tf. 


29 

pretensiones  se  dirigían,  á  variar  la  esencia  de  la  constituciou, 
no  á  sostenerla.  Se  hicieron  también  legisladores,  reunieron  los 
poderes,  y  desorganizaron  la  forma  del  antiguo  gobierno. 

Es  muy  diferente  el  tribuno  que  proponemos.  Nuestros 
poderes  están  repartidos:  nuestra  carta  será  perfecta,  en  cuan- 
to lo  pueden  ser  las  cosas  humanas.  Nada  nos  aprovecha  el  sis- 
tema, nádalas  instituciones,  sin  una  persona  imparcial,  que  ejer- 
cite el  poder  conservador — El  encargado  de  la  nueva  autoridad, 
no  es  jefe  de  la  fuerza  armada,  no  puede  dictar  leyes,  ni  orde- 
nanzas, ni  le  es  permitido  conocer  en  los  juicios;  no  tomará  par- 
te en  las  elecciones;  aun  en  lo  que  corresponde  á  su  encargo, 
no  lo  puede  hacer  por  sí  solo,  está  sujeto  á  colegas  y  á  leyes. 
No  depende  de  nadie,  ni  tiene  que  esperar  de  nadie.  A  nadie 
teme,  porque  está  sostenido  por  la  nación.  Sus  juicios  son  in-^ 
errables.  El  hecho  ha  de  ser  probado,  su  sentencia  es  la  cons- 
titución. Si  los  que  deben  encargarse  de  nuestro  pacto,  me- 
dita» atentamente  un  asunto  tan  serio,  si  entran  en  el  examen 
de  nuestros  desgraciados  sucesos,  hallarán  que  por  falta  de  au- 
toridad, que  mantenga  nuestras  garantías,  que  sujete  los  poderes 
entre  sus  límites,  y  quite  á  los  díscolos  los  motivos  de  que  se 
valen  para  turbar  el  orden,  no  hemos  gustado  un  pequeño  fruto 
de  ese  árbol  de  independencia  y  libertad,  que  sembró  la  ilustra- 
cion,  y  se  regó  con  la  sangre  de  nuestros  bravos  y  dignos  com- 
patriotas. 

Seria  una  necia  confianza  en  nosotros  mismos,  si  nos  per- 
suadiésemos que  el  plan  de  reforma  que  ofrecemos,  se  halle  tan 
perfecto,  que  no  tenga  que  suprimir,  modificar,  ni  variar.  La 
corte  es  cempuesta  de  individuos  que  se  distinguieron  por  sus 
talentos  desde  le  juventud,  y  que  por  su  notorio  mérito  han  sido 
llamados  á  la  primera  magistratura.  Presentamos  en  tiempo 
nuestros  trabajos  para  que  puedan  examinarse.  Contestaremos 
oportunamente  á  las  objeciones  que  se  hagan,  ó  nos  rendiremos 
á  lo  racional  y  justo.  Loque  conviene  es,  que  el  proyecto  se 
eleve  el  mismo  dia  que  se  instale  la  Convención.  Asi  se  cono- 
cerá nuestra  exactitud,  y  cuanto  nos  desvelamos  por  la  felici- 
dad nacional. 

Contraidos  únicamente  al  poder  á  que  pertenecemos,  hemos 
recojido  la  medula  de  lo  mejor  que  se  ha  escrito  sobre  el  pac- 
to. Señalamos  comos  los  geógrafos  en  una  pequeña  carta  el 
mundo  conocido.  Nada  nos  dio  mas  fatiga,  que  tener  que  la- 
conizar:  un  largo  discurso  no  se  habría  leído  sin  fastidio;  ya  las 
arengas  de  los  mas  sublimes  oradores  se  citan,  no  se  leen. 


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30 
Exortemos  á  nuestros   conciudadanos  á  que  se  reúnan  á 
nuestros  votos.     ¿Hasta  cuando  tan  miserables    contradiciones 
en  nuestra  política?     ¿Hasta  cuando  un  amor  desmesurado  del 
Jibertmaje   un  odio  practico    á  la   verdadera  libertad^     jHasta 
cuando  cebarse  en   los  cadáveres  de   los  caidos,    temblando  de 
la  sombra  de  los  que  puedan  hacer  resistencia?     .Hasta  cuando 
una  esperanza  vana  en  los  hombres,  una  indiferencia    absoluta 
para  los  principios?     Llegue  el  dia  en  que  dominen   las   leyes 
y  celébrese  como  el  primero   de  nuestro   nacimiento   político! 
Este  es  nuestro  deseo,  este  es  el  de  V.  E.,   este  debe   ser  el  de 
la  nación.     Vivamos  bajo  el  imperio  de  las  leyes;  nadie  impere 
en  las  leyes      Si  esto  se  consigue,  se  llenarán  nuestros  vastos 
desiertos,  todo  florecerá,  y  habremos  desmentido  la    calumnio- 
sa opinión,  que  se  ha  formado  de  nosotros,  figurando,  que  jamas 
podremos  constituirnos. —  ^      j*»»"*» 

Dios  guarde  á  V.  E. 
MANUEL  LORENZO  VIDAURRE. 


Lima  y  Junio  21  de  1833. 

Pase  á  los  Señores  Doctores  Don  Nicolás  Aranibar    Don 
Justo  Figuerola,  y  Don  Nanuel  Pérez  Tudela,  para  que  exami 
nen  el  proyecto.— Cuatro  rúbricas  de   los  Señores  Alvarez— 
Corbalan — Cabero — Luna — Rondan, 


EXCMO  SEÑOR: 

Siendo  los  individuos  de  la  Corte  Suprema  de  Justicia  ex- 
cluidos de  la  Convención,  no  deben  mezclarse  ni  remotamente 
en  sus  deliberaciones  y  fatigas,  sino  tan  solo  en  caso  de  ser  lia 
mados  como  auxiliares  por  las  comisiones;  pues  entonces  será 
decorosa  la  conducta  del  tribunal,  al  paso  que  poco  digna  su  in- 
teresencia  expontanea,  y  en  modo  diverso,  del  que  previene  el 
art.  111,  atrib.  12  del  código  constitucional.     Tal  es  el  dicta. 


rf*iMft«t>rf-i^ 


31 


men  de  la  comisión;  pero  V,  E.  resolverá  según  su  supremo 
agrado — Lima  y  julio  13  de  1833. — Nicolás  Aranihar — Jusio 
Figuerola — Manuel  Pérez  de  Tudela, 


Lima  y  Julio  \5  de  1833. 

Los  vocales  que  subscriben,  se  conforman  con  el  antece- 
dente dictamen  de  la  comisión. — Mariano  Alvarez. — Santiago 
.Corhalan — José  Cabero — Gregorio  Luna, 

Nota — Creo  fírmente,  que  mi  imaginación  me  alucinó,  fi- 
gurándome, que  mis  muy  beneméritos  colegas  habian  conveni- 
do, en  que  les  presentase  el  proyecto.  Asi  debo  presumirlo 
por  la  última  resolución.  En  su  virtud,  ya  este  papel,  deberá 
tenerse  como  obra  particular  de  un  escritor,  sobre  reforma  del 
poder  judicial. 


ANOTACIONES  AL  PROYECTO  DE  REFORMA 

DE  NUESTRA  CARTA,  EN  CUANTO  AL  PODER  JUDICIAL. 


Se  ha  criticado,  que  solo  nos  contragimos  á  tres  puntos  en 
la  explanación  del  proyecto,  habiendo  variado  y  añadido  otros 
muy  circunstanciados.  Creimos,  que  estas  reformas  se  soste- 
nian  en  tan  manifiestas  razones,  que  seria  superfluo  aumentar 
el  discurso.  Cuando  se  habla,  ó  se  escribe,  sobre  lo  que  nin- 
guno controvierte,  el  público  justamente  censura  la  necedad 
vana.  ¿Quien  toma  la  pluma,  para  probar  el  movimiento  de  la 
tierra?  Una  teoria  igualmente  incuestionable  nos  pareció  el 
sistema  de  jurados  en  las  causas  criminales.  Procediendo  con 
prudente  parcimonia  en  nuestras  opiniones,  no  estendimos  la 
institución  á  las  causas  civiles.  Nos  hubiera  sido  muy  fácil 
sostener  la  doctrina,  teniendo  en  la  memoria  las  respuestas  que 
sobre  este  punto  interesantísimo  se  dieron  en  la  asamblea  de 
Francia,  á  las  mismas  objeciones  que  hoy  se  hacen,  y  siempre 
se  reproducen.  Todas  ellas  están  reducidas  á  una  sola — la  ig- 
norancia del  pueblo.     Laobritade  Mezard,   del  principio  con* 


32 
seryador,  ó  de  la  libertad  considerada  por  relación  á  la  justicia 
y  ai  jun,  SI  reúne,  cuanto  puede  decirse  contra  jurados  descu- 
bre al  mismo  tiempo  la  debilidad  de  los  raciocinios.  Procedió 
o  como  mag-istrado,  que  no  quiere  se  disminuya  su  autoridad  ó 
como  uno  de  los  muchos  genios,  que  por  distinguirse,  impugnan 
los  dogmas:  lo  cierto  es,  que  muy  pocos  han  fijado  la  atención 
en  sus  pajinas.  '' 

La  ignorancia  del  pueblo— La  contestación  es  pronta  y  fá- 
cil. O  el  hombre  no  es  racional,  ó  puede  ser  juez  en  materias 
de  hecho.  Para  ello  no  se  necesita  haber  cursado  en  aulas  ni 
colegios,  ser  un  perfecto  matemático,  un  jurisperito.  Basta 
una  organización  distinta  de  la  de  ios  brutos.  Y  parecerá  una 
paradoxa  si  nos  atrevemos  á  decir,  que  los  brutos  mismos,  si 
tuviesen  locución,  podian  ser  jueces  de  hecho.  Ellos  huyen 
del  que  los  castiga,  y  se  acercan  al  que  los  halaga.  ;Por  qué 
esta  diferencia?  Porque  tienen  presentes  los  hechos  anteriores 
y  ias  pruebas.  Pero  demos  de  mano  á  sutilezas,  pasando  á  mas 
senas  reflexiones. 

Entremos  para  ello  en  la  antigüedad  de  los  jurados.  Los 
l^rancos  los  dieron  á  conocer  en  las  Galias.  De  los  Francos 
creensusdescendientes  que  pasaron  á  Inglaterra  con  Guiller- 
mo el  bastardo,  ó  conquistador.  No  convienen  en  esto  ios  in- 
gleses. Ellos  señalan  á  esta  muralla  contra  los  esfuerzos  de 
Ja  Urania,  un  origen  mas  antiguo.  Blackstone,  ese  célebre  ju. 
nscousulto,  que  citamos  muchas  veces,  asegura,  que  la  institu- 
Clon  se  tiene  por  tan  antigua,  como  el  gobierno  mismo.  Mu- 
chos autores  presumen,  haber  hallado  su  origen  entre  los  Bre- 
tones, primeros  habitantes  de  la  isla.  Lo  que  hay  de  evidente 
es,  que  los  jurados  estuvieron  en  practica  entre  ios  antiquisi- 
mos  feaxones;  que  los  recuerdan  las  leyes  de  Alemania,  Francia 
c  Italia;  que  en  Inglaterra  se  hace  mención  de  ellos  en  el  reino 
de  Etheiredo;  y  que  Stiernhook  atribuye  la  institución  de  jura- 
dos,  cuyo  nombre  primero  fué  leutónico,  á  Regner,  rey  de  Sue. 
cía  y  Dinamarca,  contemporáneo  de  Egberto.  Si  es*  una  lev 
positiva  en  el  cap.  29  de  la  gran  carta,  doscientos  años,  se  ha. 
Jla  antes  establecida  por  el  emperador  Conrado.  El  doctor  Pit- 
tingal  vislumbra  el  uso  entre  los  griegos  y  romanos.  Nos  pa- 
rece que  hemos  dicho  algo  sobre  esto  en  otros  papeles. 

No  hacemos  ostentación  ridicula  de  erudición  .  Fué  pre- 
ciso subir  á  la  juventud  de  nuestro  linage,  para  desvanecer  com- 
p.etamente  una  objeción,  á  la  que  se  ha  dado  tanto  bulto, 
¿t^uienes  eran  esos  Bretones,  Saxones,  Dinamarqueses,  Suecos, 


33 

Germanos,  Galos?  Bárbaros,  mil  veces  mas  ignorantes,  supers- 
ticiosos y  crueles  que  los  americanos  que  habitan  esas  monta- 
ñas donde  aun  no  lia  lleorado  la  luz  del  Evangelio.  Amantes 
de  nuestra  patria  y  celosos  de  su  honor,  escribimos  una  obra  ma- 
nifestando, que  el  Perú  fué  superior  en  costumbres,  leyes,  y 
gobierFio  á  todos  los  estados  de  la  Europa,  en  los  siglos  en  que 
permaneció  Ia<linastia  de  los  Incas. — L. i  primera  parle  de  este 
papel  es  perdida — ¿Qué  hemos  de  hacer?  Hoy  seria  muy  útil 
para  la  materia  que  se  trata. 

Cuanto  mas  distantes  vemos  los  objetos,  nos  parecen  mas 
grandes.  Acerquémonos  á  ellos,  reconoceremos  su  verdadero 
tamaño.  La  Inglaterra  no  ha  sido  siempre  lo  que  es  ahora. 
No  es  nuestro  animo  finjir  anécdotas,  ni  degradar  el  mérito  de 
una  nación  que  se  respeta.  Copiamos  unas  pocas  palabras  de 
los  ensayos  de  Hume:  la  cita  no  será  sospechosa.  "La  elegan- 
cia y  propiedad  de  estilo,  han  sido  muy  desatendidas  entre  no- 
sotros No  tenemos  un  diccionario  de  nuestra  lengua,  y  esca- 
samente una  gramática  regular."  De  aqui  puede  deducirse,  cua- 
les serian  los  conocimientos  del  pueblo,  ochocientos  ó  mil  años 
antes.  Cuasi  todos  los  jurados  no  sabian  ni  leer,  ni  escribir. 
Creian  en  brujas,  duendes,  fantasmas  y  apariciones.  Eran  ven- 
gativos, crueles,  y  reunian  á  los  vicios  de  la  ignorancia,  lo  du- 
ro del  temperamento:  sin  embargo,  eran  buenos  para  jurados. 
Lo  que  sucedió  entre  les  Francos:  sumamente  estúpidos,  busca- 
ron asesores  entre  los  Galos  á  quienes  habian  conquistado,  pe- 
ro no  renunciaron  al  juicio  por  jurados.  Este  juicio  era  para 
ellos  inherente  á  la  libertad;  y  de  tal  modo,  que  según  Blacks- 
tone,  Sparta,  ni  Roma  no  la  hubieran  perdido,  si  esta  parte  de 
la  administración  de  justicia  hubiese  sido  exacta  entre  ellos, 

¿Qué  se  exije  de  un  jurado?  Para  la  respuesta  es  necesa- 
rio ocurrir  á  los  jurisconsultos  ingleses.  Los  españoles  no  pu- 
dieron escribir  sobreestá  materia.  Los  franceses,  no  obstante 
sus  vastos  conocimientos,  apenas  la  habian  floreado  cincuenta 
años  antes.  El  presidente  Hale,  en  su  historia  de  la  ley  común, 
dice:  "Los  jurados  deben  pesar  la  credibilidad  de  los  testigos, 
y  la  fuerza  eficaz  de  sus  deposiciones;  en  lo  que,  como  se 
ha  dicho  antes,  no  son  obligados  á  seguir  precisamente  las  re- 
glas de  la  ley  civil.  Por  ejemplo,  que  hayan  dos  testigos  para 
probar  un  hecho,  ámenos  que  sea  en  caso  de  traición;  ni  des- 
preciar un  testigo,  porque  sea  solo;  ni  creer  siempre  dos  testi- 
gos, si  la  probabilidad  df  1  hecho,  atendidas  las  circunstancias, 
se  halla  contraria  El  juicio  no  se  da  simplemente  por  la  de- 
posición de  los  testigos,  sino  por  el  concepto  de  los  jurados, 

ñ 


34 
supuesto,  que  es  posible,  que  teñirán  un  particular  conocim  ien 
to  de  Ja  falsedad  de  una  cosa,  que  un  testigo  ha  depuesto   ser 
verdadera,  ó  que  un  testigo  es  inadmisible,  ó  no  merece  crédito 
aun  cuando  nadase  haya  objetado  contra  él."  Es  decir,  el  códi' 
go  es   la  razón,  todo  queaa   al  sentimiento  del  juez.  '  Es  por 
esto,  que  como  nota  Philangieri,  no  se  requiere  mas   talento  en 
lo  jurados,  que   aquel  que  la  naturaleza  no  negó  á  ningún  hom- 

Dos  cosas  ha  de  declarar  el  jurado,  que  la  acción  es  crimi- 
nal, y  que  e  acusado  es  ó  no  autor  del  crimen.  En  cuanto  á 
los  delitos,  los  distinguiremos  en  naturales  y  sociales.  Para 
los  primeros  basta  el  conocimiento  del  Decálogo,  escrito  del 
mismo  modo  en  las  tablas  de  Moyses,  que  en  el  corazón  de  to- 
dos  los  hombres.  Con  respecto  á  los  segundos,  el  Catáloc.o  es 
muy  po.'o  numeroso  en  las  repúblicas.  Lo  hemos  manifestado 
en  el  código  penal,  y  detestamos  las  repetiniones.  Vender  la 
patria  al  enemigo,  pasarse  al  ejército  contrario,  aspirar  á  la  ti- 
ranía, son  cosas,  cuya  naturaleza  conoce  el  mas  rudo—En  cuan- 
to a  SI  el  hecho  es  probado,  haremos  una  observación.  /Antes 
que  hubiesen  códigos  escritos,  no  habian  gobiernos?  ;No  se 
cometían  crímenes?  ¿No  eran  castigados  los  agresores'?  .Pa- 
ra  la  pena  no  precedia  la  justificación?  ¿Y  como  se  hacia  esto? 
ror  el  JUICIO  de  ancianos,  de  aquellos  hombres,  que  por  su  vir- 
tud y  experiencia,  eran  respetados  de  los  pueblos.  No  se  bus- 
caban sabios.  Eran  estos  muy  raros,  y  su  primera  ciencia  la 
moral.  Antes  de  Venir  los  espfmoles,  no  eran  los  indijenas  juz. 
gados  en  sus  tribus,  y  mejor  juzgados  que  por  sus  dominado- 
res? Algo  mas:  llamemos  la  atención,  de  los  que  han  transi- 
tado por  los  pueblos  del  interior,  cuando  la  guerra  no  habia  al. 
terado  las  costumbres.  ¿Hubo,  jamas  juicios  mas  justos,  pron- 
tos, é  imparciales  que  los  de  los  indios?  ¿Hubo  política  mas 
sana?  Los  delitos  atroces  eran  rarísimos,  y  los  conlunes  ape- 
lles se  cometian,  cuando  eran  casrigados.  No  tenia  que  llorar 
la  inocencia,  ni  hallaba  protección  el  criminal.  Las  leyes  en 
materia  de  pruebas,  fallan  muchas  veces;  el  ojo  de  un  pueblo 
noseengaiía..  Ai  juez  pueden  alu-in.irle  falsos  testigos;  ellos 
no  influirán  en  ciudadanos  que  están  al  cabo  de  las  mas  peque- 
ñas circunstaficias.  ■  :      .      '  ,• 

Pero  supongamos,  que  para  ciertos  delitos  .  se  necegit^stíri 
conocimientos  paríicuiares:  la  ley  reglamentaria  ]ó  prevendría. 
De  Lolme  nos  avisa,  que  en  este  caso,  los  jurados  ocurren  al 
auxilio  del  magistrado  No  nos  detengamos  en  inconvenientes 
qiíé  con  facilidad  pueden  salvarse. 


Se  tiene  por  evidente,  que  una  nación  será  tanto  mas  feliz, 
cuanto  se  generalice  la  ilustración.  Lue^o,  se  deben  poner 
en  ejercicio  todos  los  nie.iios  que  la  faciliten  ¿Y  qué  recurso 
mas  propio  y  llano  que  la  institución  de  júralos?  Una  insupe- 
rable vergüenza,  hará,  que  procuren  instruirse  en  las  materias 
que  han  de  tratar.  Tomarán  consejo,  se  enseñarán  á  hablar, 
se  ruborizarán  de  que  otros  firmen  por  ellos,  desenrollarán  sus 
ideas,  se  esforzarán  por  contestar  á  los  argumentos,  y  se  ejer- 
citarán hasta  el  grado  de  que,  los  que  antes  se  tenían  por  rústi- 
cos, vengan  con  el  tiempo  á  lucir  en  los  congresos. 

Nos  parece,  que  con  lo  dicho  queda  satisfecha  la  objeción 
sobre  ignorancia.  Empero,  como  debemos  á  la  Providencia 
no  ser  dominados  por  una  necia  fiiaucia,  añadiremos  á  la  letra 
unos  renglones  de  Mr.  Petion,  sobre  la  apelación  al  pueblo» 
Lo  que  únicamente  sentimos  es,  que  después  de  haber  leido  lo 
que  á  él  corresponde,  se  hará  insoportable  nuestro  estilo.  El 
que  gozó  de  las  operas  en  los  primeros  teatros  de  Europa,  no 
puede  sufrirá  los  actores  de  tercera  clase. 

*'Stí  duda  mucho  de  la  pruden^^ia  de  las  deliberaciones,  y  se 
apoyan  estas  en  la  ignorancia  deí  pueblo — Ruego  mucho  que 
se  recuerde  la  naturaleza  de  las  deliberaciones,  y  las  circunstan- 
cias en  que  se  tomarán.  Esto  no  es  todo.  Es  preciso  no  abu-^ 
sarde  las  palabras.  El  pueblo  es  la  nación,  y  la  nación  es  la^ 
colección  de  todos  los  individuos.  Luego  no  puede  decirse  en 
general,  y  sin  excepción,  que  el  pueblo  es  ignorante.  En  todas 
Jas  sociedades  hay,  yo  lo  sé,  una  porción  de  miembros  entrega- 
dos á  la  agriculíura,  á  las  artes  mecáni^-as,  que  no  tienen  tiem- 
po de  perfeccionar  su  inteligencia;  que  no  se  han  versado  en  los 
diferentes  ramos  de  la  economia  política  y  de  la  administración; 
cuyas  vistas  son  poco  extensas,  aunque  bastante  rectas;  pero 
esta  porciones  mas  facii,  que  lo  que  se  cree,  de  ilustrarla,  de 
interesarla  insensiblemente  en  los  negocios  púbiicos,  é  inspirar- 
le el  gusto  a  h  ilur-tracion.  Al  menor  movimienio  de  la  liber- 
tad, veis  á  los  hombres  mas  embrutecidos  bajo  el  yugo  del  des- 
potismo, zelosos  de  conocer  sus  derechos.  Todo  lo  que  toca 
al  gobierno,  todo  lo  que  puede  influir  sobre,  su  suerte,  se  hace 
objeto  de  sus  entretenimientos  diarios.  Leen  los  papeles  pú- 
blicos,  quieren  conocer  loque  pasa.  En  Inglaterra  y  en  Amé- 
rica hay  pocos  artesanos,  que  no  sean  informados  íle  los  debates 
de  las  cámaras,  y  qut  no  puedan  conver.-ar  sobre  ellos." 

"¿Y  qué  era  en  siglos  anteriores  la  clase  de  la  sociedad, 
hoy  la  mas  ilustrada  ?  Apenas  sabia  leer.  Sepultados  en  ti- 
nieblas mas  espesas  que  la»  que  rodean  á  nuestros  habitantes 


mmm 


36 
de  la  campaña.  ¿Porqué  retener  en  la  ignorancia,  los  quo  están 
sumergidos  en  ella?  ¿Por  qué  aprovecharse  de  su  estado  para 
csconderJes  sus  derechos?  Ese  fué  eJ  lenguaje  cruel  de  los  que 
no  quisieron  que  el  pueblo  deliberase  porque  no  era  ilustrado. 
Ciertamente,  no  lo  será  jamas,  si  se  le  priva  del  de  los  medios 
de  serlo." 

"Añadid  áesto,  que  las  ciencias  mas  abstractas  al  fin  se  ha, 
cen  simples,  familiares,  y  al  alcance  de  todos  los  espíritus.  Es- 
ta  es  una  verdad  que  la  experiencia  nos  descubre  cada  dia.  Es 
admirable,  como  después  de  algunos  años  las  luces  se  han  re- 
partido hasta  en  las  clases  inferiores  de  la  sociedad,  y  los  pro- 
gresos no  pueden  menos  que  aumentarse.  El  establecimiento  de 
municipalidades,  de  asambleas  provinciales,  ha  arrojado  en  la 
campaña  las  ideas  primeras  sobre  el  asiento,  la  repartición  de 
impuestos,  y  sobre  el  régimen  interior  de  las  provincias.  Fa- 
vorezcamos el  desenrollamiento  de  este  jermen  presente,  en  lu- 
gar de  sofocarlo. — Por  tanto  yo  sostengo,  que  nada  es  mas  pro- 
pió  para  crear  el  espíritu  público,  repartir  la  luz  y  la  instruc- 
ción, é  inspirar  el  amor  de  la  libertad  y  la  virtud,  como  hacer 
partícipes  á  todos  los  ciudadanos  de  los  negocios  públicos." 

Después  de  las  bellas  palabras  de  Mr.    Petion,  concluire- 
mos este  argumento,  diciendo,  que  si  se  da  algún  caso,  en  que  el 
hombre  conozca  su  dignidad,  es  cuando  juzga  á  ^us  semejantes. 
y  si  hay  alguno,  en  que  se  penetre  de  la  igualdad  de  los  otros, 
es  cuando  á  su  vez  es  juzgado  por  ellos.     Los  ciudadanos   que 
se  miran  siempre  sujetos  á  la  decisión  de  un  magistrado,  que  ór- 
gano de  la  ley  y  arbitro  por  las  pruebas,  puede  absolver  y  con- 
denar en  la  vida,  en  el  honor  y  en  los  inten  ses,  se   acostumbrad 
á  bajar  la  cerviz  ante  esta  potestad  tremenda.     Cuando  el  ma- 
gistrado no  es  mas  que  un  libro  abierto,  y  la  resolución  depen- 
de de  sus  compatriotas,  mantiene  su   noble  orgullo,  aun  condu- 
cido al  cadalso.     En  el  caso  primero,  siente  el  poder  de  un  su- 
perior; en  el  segundo,  se  figura  haberse  sentenciado  á  sí  mismo. 
Perfectamente  igual  es  la  crítica,  que  sabemos,   se  ha  he- 
cbo  al  proyecto  en  cuanto  á  las  elecciones   directas.     Se  supo- 
ne que  el  pueblo  no  es  bastante  ilustrado  para  proceder  á  ellas. 
A  lo  que  se  alegó  en  la  nota,  añadiremos  esta  reflexión.     El 
pueblo  ¿es  bastante  ilustrado  para  elegir  electores?     ¿No  lo  ea? 
Pues  suprímase  la  representación  nacional,  aniquílese  la  esencia 
del  gobierno.     ¿Lo  es?     Con  mayor   razón  se  reconocerá  su 
buen  sentido  para  nombrar  magistrados.     En  el  primer  caso, 
las  calidades  de  los  elegidos  son  comunes;  en  el  segundo  son  de- 
terminadas por  la  ley.     Esas   calidades  se  aumentan  según  la 


37 

gerarquia,  y  se  aumenta  también  el  número  de  electores.  En 
una  ciudad  se  pueden  tener  níuchos  ami<íos;  difícil  en  una  pro- 
vincia, mas  difícil  en  un  departamento;  imposible  en  toda  una 
república.  En  tan  vasta  estension  decidirá  el  mérito;  esta  si 
es  una  aroma  prodigiosa,  que  se  siente  á  la  mayor  distancia. 

Cuando  se  vota  para  elector,  el  mal  no  se  advierte  tan  de 
cerca.  Cuande  se  elige  un  juez,  á  cada  ciudadano  se  le  ocurre 
el  riesgo  en  que  pone  sus  derechos  los  mas  amados.  ¿Quien 
no  se  instruye  de  cual  es  el  mejor  médico  para  que  le  cure  en  sus 
enfermedades?  ¿Quien  no  solicita  al  abogado  mas  digno  para 
confíarle  su  proceso?  ¿Quien  no  pondrá  la  vista  en  el  ciudada- 
no mas  recomendable  para  que  decida  de  sus  intereses?  Laca-»^ 
lumnia,  la  intriga,  el  deseo  de  anteponerse  se  armarán  contra 
los  ciudadanos  mas  notables.  Para  negarlo,  era  preciso  haber 
soñado,  que  la  república  se  componia  de  angeles.  Pero  se  pre. 
gunta:  ¿la  falsa  acusación,  la  impostura,  el  interés  personal  no 
se  ejercitan  en  las  elecciones  indirectas?  Nadie  se  arriesgará 
á  sostener  la  negativa.  Nótese  sí,  una  suma  diferencia.  En 
las  elecciones  indirectas  esas  viles  supercherías,  son  muchas 
veces  desconocidas  y  ocultas  al  ofendido.  En  las  directas  han 
de  ser  públicas,  para  conseguir  su  dilatación  por  el  estado.  El 
honor  hará  que  tome  la  pluma  aquel  á  quien  se  quiere  degradar. 
Lo  defenderán  sus  amigos,  y  el  triunfo  del  digno  será  cierto. 
¿Qué  aprovechó  á  los  contrarios  de  Beccaria  y  Marmontel  sus 
miserables  maniobras?  Dar  un  nuevo  motivo  de  que  resplan- 
deciese su  talento.  Un  hombre  célebre  de  este  suelo,  que  ya 
reposa  en  los  Elíseos,  se  engañó  mucho,  cuando  afirmó,  como 
Terdad  notoria,  que  los  sabios  eran  siempre  desgraciados.  No 
lo  fueron  en  las  monarquías,  mucho  menos  pueden  serlo  en  las 
repúblicas. 

Se  nos  ofrece  un  pensamiento,  que  sin  duda  se  le  habrá 
ocurrido  á  cuantos  se  interesan  por  el  bien  de  la  patria.  Es 
demostrado,  que  en  las  elecciones  directas,  el  reelevante  méri. 
to  es  la  arma  fuerte  é  invencible.  De  aquí  resulta,  como  con- 
secuencia precísima,  que  todo  ciudadano  ha  de  trabajar  por  ad- 
quirir aquellas  calidades  qu»-  le  hagan  merecer  el  empleo  á  que 
aspira.  Como  crezca  su  ambioíon,  crecerán  sus  esfuerzos.  La 
ambición  mal  dirijida,  que  fué  tan  perjudicial,  será  útil  en  esas 
circunstancias-.  ¿Por  qué,  que  otro  puede  ser  el  fín  de  una  so- 
ciedad  bien  arreglada,  sino  tener  individuos  que  se  desvelen 
por  alcanzar  con  justicia  el  sufragio  de  sus  compatriotas?  ¿Y 
si  esto  se  realiza,  no  diremos,  que  va  nos  acercamos  al  grado 
ie  perfección  en  nuestro  sistema?  Genios  ilustres,  auxiliad  mis 
ideas:  balbucieíate,  apenas  acierto  á.  indicarlas. 


tm 


38 
Dos  poderes  son  necesarios  á  la  existencia  y  á  las  funcio 
nes  del  cuerpo  político:  el  de  querer,  y  el  de  obrar.  De  este 
pensamiento  de  Mirabeau  en  uno  de  sus  discursos,  sacó  su  teo- 
ría un  celebre  escritor,  que  aesenrolJÓ  en  dos  volúmenes.  Que- 
rer,  e^  h  gislar;  obrar  es  ejecutar.  Ejecuta  la  ley  el  juez  que 
ia  aplica,  la  ejecuta  el  gefe  político  cuando  la  lleva  al  cabo. 
i>l  querer  es  uno,  el  obrar  se  divide  en  dos  partes.  De  ellas  la 
una  es  activa,  que  es  la  judicial;  la  otra  es  simplemente  pasiva, 
dando  cumplimiento  á  lo  que  se  ordena.  Para  querer  y  obrar 
el  pueblo.  Ira  de  ser  representado.  Ni  lo  uno,  ni  lo  otro,  pue- 
de  hacer  individualmente.  Si  no  elige  las  personas  á  quienes 
se  confta  el  obrar  activo,  corre  el  riesgo  de  que  susrepresentan- 
tes  para  legislar  y  ejecutar  se  unan  entre  si  y  le  esclavicen.  No 
es  imposible:  jqué  fácil  seria  citar  el  caso  practico!— Ya  cono- 
cemos habernos  estendido  demasiado  en  esie  punto. 

Ha  llegado  también  á  nuestra  noticia,  que  hay  oposición  á 
que  ias  sentencias  de  los  tribunales  sean  públicas.     Díficilmen. 
te  nos  persuadiremos,  que  esta  sea  opinión  de  algún  benemérito 
magistrado.      El  ¡uez  de  paz,  el  de  derecho,  y  las   salas,  cuando 
se  componen  de  tres,  se  puede  decir,  que  votan  en  público.     El 
que  aborrece  la  luz,  obra  mai.     El  secreto  se  desea  ó  por  el  co- 
barde, ó  por  el  Ignorante,  ó  por  el  injusto.     Las  virtudes  opues- 
tas a  esos  VICOS,  deben  adornar  y  distinguir  al  buen  ministro  de 
justiriH.      Un  noble  orgullo  diviniza  al  juez,  que  desde    lo  alto 
del  tribunal  representa  á  la  nación  soberana,  toma  en  una  mano 
Ja  balanza  y  en  otra  la  espada— haciendo  se  postren  ante  el  tro- 
no de  Ja  razón,  los  que  amedrentaron  á  las  huestes  enemigas— 
i\o  soJo—La  osada  y  venenosa  calumnia,  que  se  atrevió  con  sus 
impuros  labios  y  nefandos  escritos  á  querer  mancillar  la  acriso- 
lada conducta  de  los  Aristides  de  nuestros  tiempos,  allí  se  ater- 
rara, allí  se  sepultará,  allí  se  confundirá,  al  oír  en  cada  pronun- 
ciannento   una  prutba  de  imparcialidad,  de  rectitud,   de  estudio 
continuado,  de  enerjía  contra  el  pod^^r,  de   desprendimiento  de 
todos  los  objetos  de  amor  y  de  odio.-Revivirán  el    Areopago 
ae  Atenas,  el  Senado  de  Roma  en  las  edades  felices  en  que   se 
componía  (Te  los  mas  virtuosos   ciudadanos.     Difícilmente  ha- 
brá (liscoi-dias,  por  que  uno  ha  de  ser  para  todos  el  hecho,  una 
la  jey      ±.|  grande  inconveniente  de  los  magistrados  perpetuos 
se  salva.    Al^^unos,  sabimdo,  que   son   inamovibles,  no  se  fati- 
gan por  aumentar  sus  conocimientos,  y  creen  satisfacer  sus  obli. 
paciones,  con  asistir  á  los  tribuales  en  las  horas  de  costumbre. 

clrihT"  p"  '"  '^T''''"T  P''"^^^^'  y  ^«»  perdiendo  de    e\h 
cada  Uia.     Precisados  á  fundar  sus  dictamennes  y  á  responder. 


m 


39 

i  los  que  no  están  acordes,  han  de  estudiar,  6  exponerse  a  un 
continuado  sonrojo.  Será  líinibicn  menor  el  iiúm(  ro  de  los  pre- 
tendientGis,  no  contando  su  inaptitud  con  el  misterioso  secreto 
de  las  vota-iones.  Estas  utilidades  son  de  mucho  momento,  pa- 
ra  el  que  sepa  reflexionar  sobre  ellas. 

Hay  muchos  jueces,  se  dice,  que  son  justos,  literatos,  pero 
pusilánimes,  é  incapaces  de  arrostrar  en  público  al  poder,  á  los 
respetos,  á  los  maldicientes,  á  los  bravos.  Contestemos:  el  tí- 
mido, no  puede  ser  buen  juez.  El  que  tiene  ese  defecto,  es  in- 
dispensable que  para  disimular  engañe.  ¿Y  un  majüistrado  que 
engaña  será  jamas  bueno?  Que  renuncie  el  destino,  si  le  fal- 
tan las  calidades  de  que  no  debe  preseindirse.  Si  no  quieren 
hacer  este  sacrificio,  que  superen  su  temperamento.  Cada  vic- 
toria sobre  su  debilidad,  los  irá  haciendo  mas  fuertes.  Despre- 
cien á  los  inicuos,  que  los  honrados  los  sostendrán  á  toda  costa. 

El  tribuno  del  pueblo  es  lo  que  en  el  proyecto  ha  causa- 
do mayor  sorpresa.  Las  ciencias  útiles  á  la  sociedad  cada  dia 
se  enriquecen  con  nuevos  adelantamientos.  Las  teorías  sé  per- 
feccionan y  tienen  que  perfeccionarse.  Adán  Smith,  varió  los 
principios  fundamentales  de  los  anteriores  economistas.  Say 
lo  ha  correjido,  y  Say  continuamente  se  corrijo.  Es  una  injuria 
á  la  razón,  figurarse,  que  todo  debe  quedar  estacionario. 

Bentham  escribiendo  sobre  los  sofismas,  se  espiica  asi:  "La 
razón  está  en  oposición  con  los  intereses  de  una  cíase  de  hom- 
bres. Ellos  naturalmente  harán  todos  sus  esfuerzos,  para  ata- 
car la  facultad  misma  de  raciocinar,  para  hacerla  un  objeto  de 
temor,  ó  de  desprecio.  Sus  sarcasmos,  sus  frases  favoritas,  pul- 
san  la  ironia  sobre  el  pensamiento  mismo,  como  si  un  pensador 
era,  por  este  título  solo,  un  ser  impracticable,  estrangero  á  los 
negocios,  peligroso  al  escucharlo,  y  sospechoso  con  anticipa- 
ción." 

"A  la  simple  apertura  de  un  proyecto,  que  no  les  convie- 
ne, el  plan  de  ataque  el  mas  fácil,  es  calificarlo  de  especulación. 
Este  término  dichoso,  muy  entendido  por  ellos,  comprende,  que 
el  proyecto  no  merece  ser  discutiJo,  que  se  puede  economizar 
el  trabajo  de  combatirlo  por  objeciones  fundadas:  proyecto  es- 
peculativo, proyecto  inadmisible  al  honor  del  examen." 

"Esta  palabra  es  frecuentemente  reemplazada  por  sinóni* 
mos  que  multiplicándose,  parecen  formar  un  crescendo  de  obje- 
ciones. El  proyecto  se  declara  teórico,  visionario,  quimérico, 
romanesco,  uiopiano." 

"Hay  casos,  en  que  una  distinción  es  admitida,  y  se  cede 
en  alguna  cosa.  El  plan  es  bueno  en  teoría,  se  dice,  pero  se- 
ria malo  en  practica." 


40 

**En  otras  ocasiones,  se  va  aun  mas  adelante.  El  plan  se 
declara  muy  bueno  para  ser  practicado.  Entonces  es,  que  su 
misma  perfección  lo  hace  inadmisible." 

"En  fin  se  ha  llegado  al  punto  en  que  la  palabra  plan  se  ha 
representado,  como  una  razón  suficiente  para  repeler  un  siste- 
ma de  medidas.  Las  palabras  perfeccionar  y  excelente^  se  han  he. 
cho  desfavorables,  y  que  deben  despertar  la  desconfianza  y  el 
desorden." 

Nos  fué  preciso  ponernos  á  la  sombra  de  ese  viejo  pensa- 
dor, y  sostenernos  en  sus  fuertes  observaciones.  No  se  despre. 
eie  por  nueva  esa  parte  del  proyecto.  Convénzase  al  autor,  que 
producirá  mas  males  que  bienes:  esto  sí  es  imposible. 

Se  hace  mas  complicada  la  máquina  del  gobierno  por  el 
aumento  de  ruedas  y  resortes.  Cierto  es,  que  en  lo  fisico  se  pre- 
ferirán aquellas  que  sean  mas  simples,  si  los  efectos  son  igua- 
les. No  siéndolo,  tomaremoslas,  que  aunque  de  mas  laboriosa 
estructura,  aumenten  el  impulso  ó  movimiento.  Simplísimo  es 
el  gobierno  despótico,  sin  embargo  nadie  lo  elegirá  con  prefe- 
rencia al  representativo.  Si  Smtih  halló  en  la  división  del  tra- 
bajo, un  aumento  incalculable  de  riqueza,  nosotros  por  la  inde- 
pendencia absoluta  de  los  cinco  poderes,  aseguraremos  de  un 
modo  estable  las  garantías. 

¿Y  quien  ha  dicho,  que  el  sistema  es  mas  complicado  se- 
gún el  nuevo  plan?  Es  constante,  que  hay  un  tribunal  que  an- 
tes no  existia.  Pero  fórmese  la  cuenta  de  los  procesos,  que  se 
evitan  por  esta  centinela  perpetua  de  las  garantias.  Atiendan, 
áque  reducidas  las  autoridades,  que  se  han  llamado  poderes, 
por  la  pobreza  de  nuestra  lengua,  como  advertía  un  orador  fran- 
ees,  á  sus  estrechos  límites,  sus  atribuciones  se  simplifican,  y 
se  evita  esa  mezcolanza,  causa  principal  de  nuestras  des^iracias. 
Permitiera  Dios,  que  se  considerasen,  cual  merecen,  las  siguien- 
tes  clausulas  del  Conde  de  Antraigues:  "En  el  momento  en 
que  un  poder,  que  no  podemos  ejercitar  por  nosotros  mismos, 
nos  escapa,  en  el  instante  en  que  estamos  forzados  á  confiarlo, 
una  saludable  desconfianza  se  coloca  al  lado  de  la  confianza,  y 
la  vigilancia  del  pueblo  se  reparte  entre  los  diversos  géneros  de 
poder  emanados  de  él. — El  no  olvida  jamas  esta  terrible  ver- 
dad, que  la  libertad  del  pueblo,  que  no  ejercita  por  sí  misma 
todos  los  poderes,  no  existe  sino  por  la  separación  de  los  po- 
deres." 

Es  menester  renunciar  al  buen  sentido,  para  no  convenir 
en  la  necesidad  de  un  poder  conservador.  Es  una  verdad  in- 
contestable, decía  Lalii.Tolendal,  en  la  tribuna  de  Francia,  que 


HH 


41 

etí  el  corazón  de  todos  los  hombres  hay  una  inclinación  inven, 
cible  hacia  la  dominación;  que  todo  poder  es  vecmo  del  abuso 
del  poder,  y  que  es  preciso  limitarlo,  para  impedir  que  dañe. 
Ose  agrega  este  poder  á  uno  de  los  dos  primeros,  ó  se  erige 
uno  nuevo,  según  pretendemos.  Si  no  hay  {>oder  conservador, 
la  inclinación  dominante  triunfa.— El  resultado  de  la  a^rre^a. 
cion  nos  la  ofrece  en  dos  sentencias,  ese  Conde  de  Antriagues 
antes  citado.  "Reunión  de  poderes  en  el  cuerpo  legislativo, 
constituye  la  tirania  de  muchos— Reunión  de  poderes  en  el  po- 
der  ejecutivo,  coi»ytit\iye  la  tiranía  de  uno  solo."  Elegid  ciu- 
dadanos  entre  Scii  !  y  Carib-lis.  ,    , 

Con  tono  de  bunay  risa  mofadora,  se  nos  asegura  haberse 
dicho:      "Ya  los  poderes  son  cinco,  después  serán  cincuenta." 
Puede  ase<rurarse,  que  el  gusto   universal  á  la  novedad,   es  un 
beneficio  de  la  naturaleza.  Se  nos  grita,  "continuad  con  lo  que 
tenéis,  no  deseéis  mas  en  vuestro  estado,  reprimid  vuesU-a  curio- 
sidad, domad  las  inquietudes  de  vuestro   espíritu;      Estas  son 
muy  buenas  máximas,  pero  si  las  hubiésemos  siempre  seguido, 
comeriamos  aun  bellotas,  nos  aco,<tariamos  ácielo  descubierto, 
y  no  hubiéramos  tenido  ni  á  Corneille,  ni  á  Rasóme,  ni  áMolie- 
re,  ni  á  Poubin,  ni  á  Lebrun,  ni  á  Lemoine,  ni  á  Pigal  le."  Pue- 
de decirse,  que  en  ese  rasgo  de  Volíaire,  está  la  contestación  á 
los  que  reprueban  el  proyecto,  por  ser  una  novedad,  desconoci- 
da en  las  otras  naciones,  que  también  se  gobiernan  por  el  siste- 
ma representativo.     Todos  los  que  hicieron  un  descubrimiento 
en    aluuna  ciencia,    fueron   sujetos  á   la   misma   impugnación. 
Amigos  de  novedades,  se  llaman  en   Tácito,  aquellos,    que  re- 
cordando la  antigua  Roma,  se  oponian    al    absolutismo  de    los 
Cesares.      ¡Qué  habría  sido  de  la  filosofía,  si  se  hubiesen  dete- 
nido los  útiles  trabajos,  por  obstáculos  tan  frivolos!     Ya   no  se 
examina,  si  lo  que  .^e  propone  es  nuevo,  sino,  si  es  útil  al  esta- 
do.    Es  también    nuevo,  desnudar  á   ¡os  rey  s  del   carácter  de 
legisladores  y  de  primeros  jueces.   Es  nuevo,  que  la  nación  use 
de  su  soberanía  en  las  elecciones       El  r(  speto  á  las  formas  an- 
tiguas   perdió  á  la  Polonia.     No  hay  tribuno  en  las  otras  repú- 
blicas.     ¿Pero  se  ooza  en  ella.,  (le  dichn  y  tranquüídad?     Se  ha 
adelantado  tanto  en  la  astronomía,  en  la  botánica,  en  la  quími- 
ca, ¿y  en  la  política  no  se  consentirá  dar  un  paso,  y  un  paso  ne- 
cesario?    Sean  cinco  los  poderes,  y  serán    cincuenta  si  fuese 

preciso. 

Se  nos  ha  hecho  por  una  persona  mtiy  respetable  este  ar- 
gumento, — ¿queda  el  tribuno  sin  responsabilidad?  Nos  pare- 
cié,  que  sujetarlo  á  la  opinión  pública  es  k  mayor.     En  la   na- 


Étm 


42 

turalcza  lo  fisico  y  lo  político  han  de  tener  algún  fin-  un  oro 
greso  rnfinito  sena  imposible.  Ahora  se  nos  ocurre,  que^ío; 
espedientes  seguidos  en  el  tribunado,  se  impriman  siempre  La 
jusicia  6  injusticia  de  la  decisión,  se  palpará  en  el  momenro! 
Los  negocios  de  esta  especie  son  propiamente  de  hecho  No 
se  necesita  ser  un  gran  letrado  para  dar  su  voto-Basta  recono 
cer  la  garantia  quebrantada  y  la  ley.  recono. 

á  1.  r^f'*"  ^"^  ^""'.'•''./^  ^"^^í  ^^  prestar  una  cuidadosa  atención 
nrn.rnt'"'^'^  ^l^^'í.'í  ^'^^  ""  ^^^^^«^«  encadenamiento  de 
L  Z  '  ^^^"^^^«^^f  ^  ^'i^^'^o  natural,  y  de  la  esencia  misma 
del  gobierno  democrático.  Se  ha  procurado  que  el  pueblo  eier- 

Z'LT.  '  .^T  '*''"^'  P."'^'  ^"^"^^^  P^^^í-  Siendo  impres- 
cindible, que  delegue  en  ciertos  casos,  se  han  prevenido  los  abu- 
sos, en  cuanto  alcanza  la  prudencia  humana.  Desearemos  que 
las  Ideas  se  mejoren  por  aquellos  ciudadanos,  cuyas  luces  se 
respetan.     Por  nuestra  parte,  estamos  prontos  á  contestar  á  las 

l.TlTf  T^  «^^^«p">  siempre  que  se  presenten  con  decoro, 
y  en  estilo  digno  de  la  materia  que  se  trata. 

MANUEL  LORENZO  VIDAURRE, 


'mi 


m 


43 
ARENGA  DEL  PRESIDENTE  DE  LA  CORTE  Su- 
prema. CIUDADANO  MANUEL  LORENZO  VIDAÜRRE  EN  LA  PIBSTA 
cmCA  DE  LA  INDEPENDENCIA,  28  DE  JULIO  DE  1833. 


EXCMO.  SEÑOR: 

:S  pSe:  DiosL'defiendená  Troya,  ü,oses  aux.Laa  a 
ios  Griegos.  centro  el  bárbaro  Druida, 

".,lpnn,  esores  atrevidos,  que  se  hablan  apoderado  del  tro- 
""I'  le1  al  tar°e  reconoció,  que  no  eran  desiguales  por  superior 
noy  del  altar   »e  re  J    .  abatimiento  de  su  especie 

"'■'""  Cae^Cb  lo  a  formidable  espada  del  pueblo  susnu- 
misma,     i^ayeíou  uaju  i*  ^oAtarios   oue  no  eran  m- 

serables  cabezas,  y  v.eron  sus  ■'"/"«  J«;'"';^¡'  ^roiimpo  á  sus 

"■■'^"-Nada  había  ya  que  temer  de  las  alturas;  c-nfo  f  e  nosotro. 
„.i»mos-nuestras  pasiones-la  «'"^'-""e  ef  ¿odir'  supremo, 
hombres  y  sem,-d>oses.  Para  ^P^»?  *-;„;;  j:„,„ada  sobre 
malos  hi  os  mutilan  a  su  padre.     O.   a  san  r  ^^^^ 

la  espuma  de  las  aguas  se  formaron  la   \'"^\^ J^  ^^  „a. 

'consagré  el  miedo  ,  i^"  V"".'  d^ e'e'fomes  q  e  ba?;  la  apa- 
turaleza  jamas  podrá  P""^'--"^^.,''^  ^f^.^f'e.lun  caos  de  mi- 
rieneia  de  bien,  la  sumerge,  «°7'f'^™'"be, a  triunfará  la  luz 
serias.-No.  aparecerá  la  cmdad  ^«"'^  /  ^^^'^^  ^i  tierno  de 
de  las  tinieblas,  y  la  raza  de   Adán,  sm  espera.       h 


44 
los  miJ  años,  vera  establecerse  el  imnerlo  de  h  ve.^„j      . 
tieia.     El  dragón  será  encadenado   v ?»!),,     ,     í?*^  ^  '^ J"»" 
nos,  la  discordia,  la  ven.arza  "atñvi  Ih     n'  '7'''  ^'^"^  ''*  ^™- 
para  siempre  con  los  .nalivol'o    mi      t;  Zltirj''"'''''''' 
fames  sacrificios.     ¿Si  nos  engañarán  nue^t  os  it  e^s  "''"  '"' 

velas,  caídos  los  palos   sin  alien  n  ti  ?"'  "''^"■«^"das  las 

las  bombas,  el  b.^ur^^VelTo'^lI^rcl^i-r'afu:"';?^ 
vientos— en  aque    as  laroas  liorasdp  1»  .>„  i  ,     "  ^  ^ '°* 

ce,  que  el  tiempo  se  unió  á  la  etermdld  n^     '  '"  '''  ^T  P"^" 

éustias  y  cono-oVs  del  qL '^a  b  ^bient 'á'co'rt^rra:'"'  'f.-'"- 
amargo  de  la  muerte— lin    .,„i  cortos  tragos  el   licor 

Uña  iL,  que  nTcree  estrella  t^r™"";''™  *"*'*  ''"  '''^«''"'=¡'' 
las  ocultan.  Firmas  y  mls'la  v  sh'h  r"T''"^  ""'"'^  '°''^^ 
olas  se  la  encUbien;;;^!^    ^'d  'Lt^'^otet^r  '" 

s::r:n^f:::::  Sir;tr  •;  -v  e,  -'-^r^^^^ 

Abrense  en  el  acío  las^c^l " "SaTes  ó.ilTas  ^Xt  'T  ^""^ 
atroeíiurro;e=^^^^^ 

dos.  ^Erpiíii;'-;;:  rs::t;t::'r.t;a^i¿r,r-  -■ 

tas  enemigas-Nueva  ajilacion^si  hTéndo  de  I 't ,  r"'" 
caerá  en  la  esclavitud.  ^Quien  no  preSt  eí  n  or  ""  Con? 
paraoBTiikl  del  Perú  en  esta  época  turbulenta  I  !  n  ,  " 
república  cercana  á  zozobrar,  pL  el  furio  o  ím'oct,^ ^r  '" 

■  nnobies,  de  intereses  encont™los.  de  facciones'  aüese'rr"'' 
ducen.-lü  timón  de  la  carta  dislocado  po  elpo<ro,o  iiXio 
de  los  sucesos-noche  oscura,  en  que  asustan  los  («eno^s  de 
odios,  venganzas,  y  amenazas.      Un  rayo  de  claridad  se  nm'ibe 

Lm:rV""siTr"'  '"^"^  '''""'''■'■  También  dirlasrQ'l 
temo,!  Si  los  representantes  del  pueblo,  antes  de  nrncpV»;  »i 
mas  so  envne  de  los  juramentos,  no  hacen  nncornplerv  entero 
sacnficode  sí  mismos,  y  de  los  objetos  que  aman^.LrS 
•ñas  racional,  que  el  ,lel  Gricoo  y  el  Hebreo,    c,"ndo    comrón 

ven  entre  nosotios  las  sangrientas  escenas  del  aobierno  d^l  ...r 
ror;  que  nuestra  luz  sea  la  funesta  linterna  que'sersp^n'll'r 


45 

Jante  del  Palacio  de  la  Villa.     ¡Ah!  que  el  despotismo  de  mu- 
chos siempre  fué  mas  cruel,  que  el  dc^^potismo  de  "^o  solo. 

¡Qué  presaírios!  el  sií^lo  los  desprecia— Yo— debilidad  hu- 
mana—I^rioramos  el  idioma  en  que  c\  Svñov  liablu  á  los  morta- 
les — Nu^estro  suelo  tiemí)ia:  la  mortandad  se  aumenta  sin  peste 
conocida:  una  galería  del  Palacio  se  derrumba:  el  templo  en  u- 
tado,  las  banderas  negras  postradas  estremecen  a    católico:    las 
maldiciones  al  sacrilego  nos  llenan   de  horror:   el  llanto    de   la 
Iglesia,  el  clamor  pungente  á^\  sacerdote  no  detiene  á  los  per- 
versos: ellos  repiten  los  crímenes;  ellos  se  burlan  de  la  religioq 
V  las  leyes:  con  paso  impávido    atraviesan    por  el  medio  de    los 
serafines,  para  arrebatar  vasos  mil   veces  mas  sagrados,  que  los 
que  ron  impiedad  profanó  Aníioro— En  esta  misma   mañana  se 
equivoca  la  fiesta  y  el  duelo— No  senota  en    ningún    rostro    la 
aletrria.     ¿Trato  de  abatir  el  ánUno^etnis  compatriotas?     Pre- 
tendo  como  el  delirante  Duval,  que  las  cosas  se  restituyan  á  su 
ahtiouo  estado,  al  estado  de  abyecta'serviílumbre?     Lejos  de  mi 
tan  inicuos  pensamientos.     Q.Hero,que  convencidos  de   la  en- 
sis  en  que  nos  hallamos,  V  ciertos,  de    que   nuestras    divisiones 
causaron  las  desgracias  públicas,  unamos  en  procomunal  núes- 
tros  esfuerzos  morales  y  políticos. 

Grandiosa  es  la  obra:  terribles  dificultades   hay  qne   supe- 
rar.     Los  cantones  Suizos,  advierte -un  viajero,   se  asemejan  á 
un  templo,' cuya' arquitectura  anuncia  la  Divinidad,  que  alli    se 
venera.      Diferente   es  el  aspecto  de   nuestras   Américas.     En 
eíla  seimaginaun   simulacro  diverso.     Esforzarse  ha  la  razón 
para  adoptar  un  plan  conforme,  ó  mas  perfecto  que  el  Helveti- 
co.     Muchos  de  los  empleados  nos  educamos  en  la  monarquía. 
Queremos  distinguirnos  por  los  signos  de  una  superioridad    or- 
guUosa,  no  por  los  verdaderamente  magestuosos  de  la  virtud  y 
patriotismo. — Parece  que  no  hay  otro  fin  social,  que  el  personal 
engrandecimiento.   El  demagogo  acusa,  ó  calumnia  ai  que  ejer- 
ce  algún  poder;  él  se  hace  tirano  en  el  momento  que  lo  ejerce. 
Doce^ños  llevamos  de  independencia;  doce  años  de  unos    mis- 
mos contrastes.      So  sembró  el  árbol  de  la    libertad,  no    hemos 
recojido  los  dulces  y  saborosos  ñutos  que  nos  prometimos.  To- 
dos  fueron  agrios  y  amargos.     Cual  activa  ponzoña  han  lacera- 
do nuestras  entrañas.  ; 
No  se  atribuyan  los  fatales  resultados  á  los  divinos  princi- 
pios, fondo  de  las  constituciones  liberales.      Esto  es   insultar  a 
su  autor  eterno.  Decir,  que  no  son  adecuados  á  las  envejecidas 
corruptelas,  á  los  errores  perniciosos,  á  las  practicas   infandas, 
es  formar  su  elogio  en  despecho  de  los    propios  sentimientos. 


.1f^ 


46 


Los  legisladores  no  deben  contemporizar,  ni  transigir  con  los 

vicios,  ni  con  la  tiranía.     ¡Cuantas  veces  se  cita  á  Licurgo! yo 

también  lo  cito,  R[  dicta  y  ejecuta  una  legislación,  que  destruía 
con  un  solo  golpe,  hábitos  que  se  hablan  convertido  en  naturale- 
za. Una  carta,  que  hubiese  mezclado  las  máximas  del  despotis- 
mo al  pacto  democrático,  presentarla  á  la  nación  una  imagen 
mas  monstruosa,  que  la  que  pinta  en  su  arte  poética  el  amigo  y 
comensal  de  Augusto.  Vienen  nuestros  males  de  nuestras  pa- 
aiones.  No  se  equivoque  al  filosofo  con  el  demagogo.  Aquel 
siembra,  este  devora;  aquel  ama  el  orden,  este  desorganiza; 
aquel  anhela  por  el  bien  público,  este  por  los  ascensos  y  rique- 
zas;  uno  es  Catón,  el  otro  es  Cíodio. 

Reúnanse  los  defensores  de  los  derechos  del  hombre  y  del 
ciudadano  á  los  apoderados  del  pueblo.     Ninguno  se  avergüen- 
ze de  presentar  sus  pensamientos.     No  teman,  que  un  bárbaro 
les  ponga  el  cordel  al  cuello,  para  asesinarlos  en  el  acto  de  ser 
repelidas  sus  ideas.     La  opinión  publica  es  el  juez,  y  juez  muy 
compasivo  en  estos  casos;  Nuestras  imprentas  son  libres,  y  tan 
libres,  cual  no   son  en  ningún  pais  civilizado.     Polutas   hasta 
aqui  con  mordacidades  y  maledicencias  tomen,  desde  el  momen- 
to, objeto  mas  digno.     Ocúpense  en  manifestar,   que  nada  es 
útil,  si  no  es  justo;  que  el  guerrero  solo  es  héroe  cuando    de- 
fiende  la  patria;  que  la  religión  mantiene  su  explendor  divino,  á 
no  deshonrarla  el  fanatismo  y  la  intolerancia;  que  es  debido  al 
primer  g^ÍQ  el  mayor  respeto,  pero  que  se  ha  de  velar  sobre  el 
cumplimiento  de  sus  delicadas  obligaciones;   que  su    autoridad 
no  se  ha  de  ampliar  para  que  tiranize,  ni  limitarla  de  modo,  que 
sea  una  estatua  sin  movimiento;  que  no  pueden   haber  buenod 
jueces,  sin  buenas  leyes,  que  los  representantes  del  pueblo  lle- 
varán en  sus  frentes  el  rótulo  de  infamia,  si  al  fin  de   sus  tareas 
han  mejorado  de  fortuna,  se  excedieron  en  las  facultades   para 
que  fueron  constituidos,   olvidaron,  que  eran   mandatarios  del 
pueblo  soberano,  y  que  no   hay  otro   poder,   que  el    poder    del 
pueblo — poder  ante   el   que    todas  las  magistraturas  rinden  las 
faces,  se  humillan  y  confiesan  su  dependencia — Dios  bendiga  al 
Pyreo,  cuyos  cimientos  se  describen — Dios   no  consienta,  que 
se  abra  el  abismo,  en   el,  que  se  sepulten  para  siempre   nuestra 
libertad,  y  nuestros  imprescriptibles  derechos  por  el  triunfo   de 
las  pasiones. 

MANUEL  LORENZO  VIDAURRE. 


NOTA — Esta  arenga  no  tuvo  efecto,  por  no  haber  asistido  á  la, 
fiesta  S.  E.  el  Presidente  de  la  República. 


V- 


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