1 sde IA A e y PLA a yA ENANA Asi? Ñ Si , O PA y E Y a Y y Y A y 403 DN le ASH REA > PE al ME Pa Pe al 4 de 7 IR EN / 1 1% A 7 A d, Ad ¡e ABr pe Abril-Junio de 1921 ANALES "UNIVERSIDAD CENTRAL DIRECCION C. M. ToBAR Y BorRGoÑo >»: Y HomMEROo VITERI LAFRONTE QUITO IMPRENTA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL 1921 - pd SUMARIO | CarLos García DroUEr. —Gastroenteritis y enteritis dE de los niños dé*pecho: 2.0... 22n eo T OOOO cal a MANUEL García.—La Odontología como profesión sanitaria. . FRANCISCO PÉREZ BORJA.—Apuntes para el estudio del Có- digo Penal... ¿2 ai e MANUEL R. BALAREZO.—La porción conyugal CA ELIEZER CHIRIBOGA.—Contribución al estudio de la anestecia local por las inyecciones medicamentosaS........ Luis G. DÁviLa.—Digitalina y fiebre tifoidea............-. Emo Reioso L.—Breves lecciones de Química Orgánica C. M. ToBaR Y BorGoNo.—Informe del Rector de la Uni- versidad, correspondiente al año escolar de 1920-21 VícTOR M. PEÑAHERRERA'—Informe del Decano de la Fa- cultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales..... CARLOS ALBERTO ARTETA.—Informe del Decano de la Fa- cúltad da Móditinaii... aan race NN G. Noroña.—Informe del Decano de la Facultad de Ciencias Politécnicas y de Aplicación .....ooooo.ooooo....- ERNESTO A. MEsTANZa.—Informe del Decano de la Facultad de Ciencias Matemáticas, Físicas y Naturales... C. M. ToBar Y BoraoÑo.—Informe del Director del Hospi- A A E AS E CRÓNICA UNIVERSITARIA.—Profesores Sustitutos de la Facnl- tad de Jurisprudencia—Tribunales examinadores —Profesores Sustitutos de la Facultad de Medici- na.— Tribunales examinadores de Medicina, de Ciencias Politécnicas y Aplicadas y de Ciencias Matemáticas, Físicas y Naturales.............. 108 ANALES DE LA UNIVERSIDAD se canjean con toda clase de publicaciones científ1- cas y literarias. También se canjean colecciones de éstas, con colecciones de los Anales. Toda correspondencia relativa a los Anales debe dirigirse al Bibliotecario de la Universidad, Sr. D. Guillermo Pólit. — [Apartado de correo N* 166.] -— TOMO XXX - a . Enero - Junio de 1921 - DIRECCION - C. M. ToBar Y BorcoÑño ” LAS No | Homero VITERI LAFRONTE > , 5 A DI e ] HER > 28 | e S e e : ' 28 QUITO AS 1921 IMPRENTA DE La UNIVERSIDAD CENTRaL. ' MN 1 NY o a a e EN ñ ; / . “y , 9 ñ ; » >, . ' oe > k : ¿ “7 ¿ E 4 4 . , . : . a sd! : E, pa WA ñ " > 3 "4 mz] A: 0 AZ ANDRADE R. RAFAEL.—Teoría de las ecuaciones. ....- -ARAUJO M. GABRIEL. —Observación de un caso de an- dl A AS A ES MA AA oa CARLOS ALBERTO. A del Decano de 1? Facultad de Medicina.-.-....0mo....=.--- * BALAREZO MANUEL R.—La porción conyugal. ...---- BARBA FRANCISCO J.—Estudio del quimismo urinario a0rmal y PAtoldBico: AU a de a —CHIRIBOGA ÉLIEZER. —Contribución al estudio de la anes- tecia local por las RAW medicamen- A SS EA -DaviLa Luis G.—Digitalina y REDES Paddea 5207. GARCÍA DROUET CARLOS.— Gastroenteritis y enteritis aguda de los niños de pecho...-..-.----.---- García MaNuzL.—La Odontología como profesión sani- MEA aos E dd Ll y de ¿Da tr ER MELO S. ALEJANDRO.—La esofagoscopia. EN MESTANZA ERNESTO A.—Informe del Decano de la Fa- -cultad de Ciencias Matemáticas, Físicas y Na- A e IE o Ll do as NOROÑA GABRIEL.—Informe del Decano de la Facultad de Ciencias Politécnicas y de Aplicación. - E OREJUELA SerGIO E.— Análisis de una bóveda con las curvas de influencia........----..... PENAHERRERA Vícror M.—Informe del A de Ja Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Socia- E RL A a E a a PÉREZ 1 Bosa FRANCISCO. —Apuntes para el estudio de O Ponle SE Prez E. JosÉ María.—Adquisición y BoCS de aguas. Reinoso L EMILIO.— breves lecciones < de Química Or- OA a SANCHEZ CARLOS R.—El Sindroma “Cólico Hepático”. - SUÁREZ PABLO A.—La influencia del embrión en la se- CECI AO E TOBAR Y BorGoÑño C. M.—Informe del Rector de la ME EA A A O. DEA ToBAR Y BorGoÑo C. M.—Informe del Director del Dro UA Ea O. GUILLERMO. ER iiomicas obser- AS vadas en el Anfiteatro Anatómico.........- CRÓNICA UNIVERSITARIA ..-- 22... -- zo AUS ES E, ea En z 33 A " > 504 110 269 y 512 a : - UNIVERSIDAD CENTRAL - - Gastroenteritis y enteritis aguda DE LOS NIÑOS DE PECHO Muy variadas son las enfermedades del aparato di- a a saber: gastroenteritis y enteritis agudas y crónicas, dispepsias, helmintiasis, constipación, atrep- sia, etc. Sería cansar vuestra atención si yo fuera a ha- -blaros de todas estas enfermedades; una sola conferen- cia no bastaría para ello. Melimitaré, pues, a hablar _de las gastroenteritis y enteritis agudas, que son las más - frecuentes y causan el mayor número de mortalidad 3 infantil, no sólo en nuestro país, sino también en to- dos los paises del mundo. su Bhiologta. Patogenia. Microbiología. —En los pai- «9 ses de cuatro estaciones la gastroenteritis es más fre- - Cuente en el verano, debido a que la leche se altera, a se, fermenta en esa época del año, con más facilidad E que en cualquiera otra estación. DA Infiuencia de la edad.—La enfermedad se observa en la. primera y segunda infancia, pero con mucha ma- 5 yor frecuencia en la-primera. En la época del destete, AS feia de dl la E de entero-coliti cólera infantil. El sexo no tiene influencia. Vi ahora las opiniones sobre la etiología y la patogenia. 1* opinión. Sobrecarga alimenticia, Sobrecarga vdatra —Un niño sometido a todas las variedades de lactancia debe ser arreglado y tomar una cantidad dada de leche. Si toma más sobreviene la sobrecarga AS alimenticia. ¿Qué es lo que sucede? A este respecto . les hechos observados son completamente contradicto- rios. Hay niños que no sufren absolutamente de esta sobrecarga. Otros, al contrario, son afectados de una | constipación, a menudo rebelde. Otros, finalmente, : presentan accesos de gastroenteritis aguda, que cesan con el arreglo, la dieta¿hidrica y un purgante. Esta va- riabilidad, en la reacción del niño respecto de la so- brecarga, parece debida a la variabilidad de la flora ¿ intestinal. La fermentación pútrida se produce o nó- : según este medio. A este respecto hay intestinos, en que los microbios presentan en el más alto grado la propiedad de descomponer rápidamente el contenido intestinal, mientras que en otros la misma flora, en apariencia, no tiene ninguna acción de putrefacción y. se limita a descomponer la lactosa. Sobrecarga del veranu. Desde la aparición del ca- lor, el intestino soporta menos bien la cantidad nor- mal de alimentos. La ración de invierno debe dismi- nuir durarte el verano: un niñoque toma ciento cin- cuenta gramos de leche en cada mamada, no debe tomar sino 120 O 100 durante los meses de calor. Este hecho es sobre todo evidente para la leche esterilizada, quese digiere menos bien durante el verano que la pgs leche fresca. E Leche pura y mezclada. Lasobrecarga pcia tam- bién resultar de que el niño toma leche en cantidad nórmal, pero pura y no mezclada. Se ha admitido que la leche de vaca, siendo demasiada cargada en caseina y en manteca, provoca por este hecho una sobrecarga intestinal. En todo caso, para hacer la leche más di- gestiva, se ha establecido el principio de la mezcla 7 con agua. Siempre se ha creído que era necesario mezclar la leche para evitar la sobrecarga alimenticia y esto durante largos meses. Aunque el eminente pro- fesor Budin, fundador de la Gota de Leche en Fran- cia, es de opinión que la mezcla es inútil y que el niño puede también crecer y desarrollarse con la leche pura, como con la leche mezclada, y esto desde el AA ON pa SN nacimiento, sinembargo, a pesar de opinión tan auto- - rizada, me guío por. mi experiencia y la “de autores tan eminentes como los profesores Marfan, Baginski, Lesage y otros, que debe conservarse la mezcla hasta la edad de seis meses y en algunos casos hasta un año, según el poder digestivo del niño. Si buen nú- mero de niños de pecho no presenta ninguna ultera- ción digestiva por tomar leche pura antes de la edad - ya citada, no es menos cierto que, en otros, el uso de la leche pura ocasiona la lientería y el color de las deposiciones se vuelve blanco como el de la tisa. Hay, pues, sobrecarga alimenticia; la secreción biliar y las secreciones intestinales son insuficientes. De cuando en cuando sobreviene un acceso de gastroen- teritis aguda. En ciertos niños, la supresión del agua no modifica el intestino que queda como debe ser. En. otros, al contrario, desde que cesa la mezcla, aparece la lien- igrig... ] Alimentación defectuosa. El niño no debe tomar otro alimento que la leche hasta lós seis meses al mí- nimum, mucho mejor hasta un año. Estc se funda en la falta de fermentos necesarios a la digestión de Otros. alimentos que la leche. No siendc digeridos estos alimentos, producen la sobrecarga. Esta causa, - €s frecuente en el momento del destete, que, en lugar de ser brusco como se acostumbra muy a menudo, debe ser lento y exige una progresión en la elección de los alimentos, de: modo que al fin del segundo año, el niño puede comér de todo. | El régimen lácteo prolongado en exceso produce constipación con anemia. El régimen de carnes pro- duce también constipación entrecortada de diarrea, acompañada de eczema, de ensueños e insomnio; la orina está cargada y rica en ácido úrico. El régimen de huevos provoca diarrea con deposiciones mucosas. Todo exceso alimenticio, en tal o cual sentido, engen- dra con frecuencia la aparición de la enfermedad di- gestiva. A estos diversos alimentos, añadiré el abuso de las harinas, sobre todo de la harina de cebada, cua- lesquiera que sean. Dichas harinas provocan con fre- cuencia desórdenes digestivos. Mala flora intestinal. No se puede negar que la predisposición hereditaria juega un cierto papel; por- que en una familia todos los niños pueden ser ataca- dos de esta enfermedad. La mala flora familiar puede, y a ; q dosis” muy. ligeras Pa Jeche >, produc ción pútrida. Que se cambie de nodriza, q bie de leche, las deposiciones son: a pesar de todo, diarreicas. Tal es la sobr a - menticia que provoca Termentaio nadas intesti- nales. De aquí resultan la gastroenteritis eto DOCE hz larga, las lesiones de gastroenteritis crónica. - mes E ES 2* Opinión. Origen exógeno.—Buen número de a autores admite que la causa de la enfermedad penetra con la leche. A este respecto, veamos lo que acon-.. tece en el niño crialo al seno, en el niño criado con a cruda y en el niño criado con leche esterilizada. * Niño criado al seno. Es un hecho cierto, que E el ind criado al seno es menos atacado de gastroen“. teritis (el dos por ciento o un tercio). Además, es fácil e observar que la enfermedad es ligera y no toma sino 3 excepcionalmente las fases graves que reviste en el PE niño ciiado artificialmente. En primer lugar, se pue- E de observar la sobrecarga alimenticia; esta es frecuen- > te, pero en general, mucho mejor soportada que en po el niño criado artificialmente; dura poco y cesa con la dieta y el arreglo de las mamadas. En segundo Es. lugar, el niño criado al seno puede presentar acciden- tes digestivos, si toma otro alimento que la leche fe-. menina. En este caso, naturalmente no se debe incri-. minar al seno. Sin embargo, se observan con bastante frecuencia alteraciones digestivas, cuya causa reside - únicamente en las cualidades nocivas de la Jeche de la nodriza; las que sobrevienen a consecuencia de emo- ciones morales vivas, como el terror, la cólera, los pesares profundos, alimentos indigestos y sobre todo el alcohol, que se elimina fácilmente por la leche. Te Ciertas nodrizas, sin experimentar las causas que aca- bamos de señalar, tienen una leche mala por «sí miso - 2 ma, que provoca durante toda la lactancia la aparición el tvrothrix, el bacillus mesentericu., cuindo está aso-. ciado al colibacillus. Síntomas y formas. Sería cansar y abusar de vuesira benévol 1 atención, si fuera a hablaros de to- das las formas de gastroenteritis, me limitaré a expli- caros solamente las dos formas más frecuentes y más AS Ejas É AAA graves que se observan en Quito y en todos los países Forma pirética. “Tres sintomas caracterizan a esta forma la fetidez de las deposiciones, el timpanismo muy marcado y el estado infeccioso de fase tifica, ade- más de los vómitos. Los vómitos se producen un tiem+ po variable dentro de la mamáda o después de tomar un alimento cualquiéra. La leche está coagulada, for- mada de grumos blancos que nadan en un liquido inco- loro, de olor agrio bastante pronunciado. Algunas veces la coloración esamarillo:verde. ' El vómito es siempre ácido. El jugo gástrico es normal «y no pre- -senta esas alteraciones que se observan en las infeccio- nes crónicas. El vómito aumenta por la ingestión de la leche; de alli viene la práctica de la dieta hídrica. Se produce habitualmente sin esfuerzos y sin dolor; sin embargo, el dolor puede ser. intenso y despertar gritos a tal punto que el estómago no puede soportar aun pe- queñísimas cantidades de leche, que arroja inmediata- mente. El órgano-está irritable e intolerante. El yó- mito es poco abundante en ésta forma. La diarrea és poco intensa, a veces es muy frecuente. Las deposi- ciones son a menudo muy fétidas, de color verde y car- gadas de moco; pueden contener restos de alimentos no digeridos (coágulos de leche, etc.,) que se ven al ojo desnudo o al microscopio. Su reacción es acida. La piel está caliente y seca, la cara pálida, los ojos exca- vados, las pupilas dilatadas, la sed es viva, rabiosa, el niño muerde la cuchara o el vaso én quese le da el agua. La lengua, saburral en el medio y roja en los bordes, sé seca muy pronto. El niño está soñoliento, amodorrido y abatido. La fiebre oscila entre 38 y 40” en el recto y en la axila. El pulso está en 90, 100 y 110. El descenso de peso es continuo. Algunas veces el higado y el bazo están ligeramente aumentados de _volumen. No hay aglutinación para el bacilus de —Ebeértb. . _ La enfermedad dura cuatro, cinco y seis días. Los signos de infección aumentar poco a poco y el niño Muere con temperaturas de 40” y algunas veces de cua- renta y uno. Muere a la manera de un tífico y no de un colérico. Sin embargo, la muerte no es siempre fa- tal; el niño puede currar y cura a menudo, siempre que se lo haya atendido a tiempo; los signos se mejoran y las funciones normales se restablecen. Algunas veces el paso de la enfermedad a la salud, se verifica de re- E Ñ : e z - d Ñ , » e a. E - e E E ; E AA 7 a > e A : . « y a EN E Ed —— 304 —= Fl Pa ; LESA , in al y 3 ES 2 SAA peñte por una crisis diarreica, a menudo sente! E o Esta es la enfermedad que sobreviene en la época del A - destete, 0 aun cuando el niño no esté destetado si. le ei han dado alimentos groseros. | "Forma álgida. Cólera infantil. Presenta. dos periodos. 1”. El principio varía. Ya el niño es ataca. do'en plena salud, bruscamente, de alteraciones diges- tivas de tipo colérico y de fenómenos de algidez. Ya, al contrario, el niño presenta hace algunos dias altera- ciones digestivas simples con conservación perfecia , del estado general, cuando vruscamente la diarrea au-:. menta y la algidez aparece. Sin embargo, esta última., puede aparecer bruscamente, sin aumento de las alte- raciones digestivas como en el cólera seco. Los, vómi-..: tos son inconstantes y pueden faltar, de modo. que la. diarrea es el síntoma predominante y causa. por sí sola, - el colapso y le algidez, de donde el nombre de enteritis coleriforme dado a esta enfermedad. En. otros. casos, Jos vómitos son intensos y la diarrea ligera. Final- , mente, diarrea y vómitos pueden marchar.a la par, co- mo intensidad. En esta forma de infección, lo carac- teristico es la abundancia y la fluidez de las pérdidas acuosas intestinales, Al principio, la lengua presenta una ligera capa saburral, después a medida que aumcn- tan las alteraciones digestivas, su superficie se seca, se vuelve rugosa y áspera como la de una lima. La suc- ción es difícil y la sed muy marcada. ENE El abdomen, desde las primeras horas, presenta un ligero grado de “meteorismo: es firme, renitente a la palpación y sonoro a la percusión. Pero rápidamente, a medida que las alteraciones digestivas adquieren in- tensidad, el abdomen se pone blando, aplanado, fláci- do y se deja pellizcar como si fuera un trapo. La pa-. red abdominal está en cierto modo adherída al intesti- no, vacio de todo gas. La ausencia de timpanismo tiene el mismo valor para el diagnóstico de esta forma de infección, como su presencia para la forma piréti- ca. El niño toma la posición en gatillo. Frota los talones sobre los pañales y los maléolos uno contra otro, de modo que estos frotes repetidos pueden ocasio- nar ulceración. Los cólicos son de corta duración y . en pocas horas la presión no despierta ya dolores, que se atenúan más y más a medida que aumenta la algidez. Durante este período, el vientre parece insensible. El estado general es, primero, poco atacado; el niño presenta más bien agitación, sobre todo en ciertos “e E A A OS — - mámentos. El niño grita, mueve sus brazos, tiene mo- -vimientos laterales del cuello con frote del occipital sobre la almohada. Se cree comúnmente y'hasta cier- _tos médicos lo creen, que estos últimos movimientos son el signo de una meningitis, lo que es una inter- pretación errónea. Son dependientes de la acción del veneno del tubo digestivo sobre el sistema ne'vioso, el cual sobreexcitado produce la agitación y los mo- vimientos antedichos. El gfito, normal al principio, pierde más y más su timbre y la voz se pone ronca, con la aparición- de la algidez. | Este período de agitación es corto; bien pronto el niño entra en calma y cae en un estado de colapso. Se ha notado en “este período de agitación algunas DE vulsiones" ligeras, sea de los ojos, sea de las ex- tremidades. En el primer caso, los ojos se dirigen ha- ciá arriba y parecen. ocultarse bajo el párpado superior. En el segundo caso, las manos están cerradas, el pul- gar está doblado en la palma de la mano y cubierto por los demás dedos. Este último sign se cree común- mente un indicio de la muerte próxima, lo cual es un error, pues aun cuando la enfermedad es grave, hay varios niños que triunfan de ella. Es un fenó- meno puramante nervioso, En este periodo no se Ob- servan convulsiones generales. Se nota una elevación de la temperatura central, mientras que la tempera- tura periférica es de 370 38 grados. En ciertos casos, sobre todo cuando los vómitos son intensos y hay poca diarrea, la temperatura central no es elevada, la infec- ción colérica es entonces apirética. Esta elevación de la temperatura central, generalmente, no pasa de 39 grados. La temperatura periférica se halla en este mo- mento en 37 O 37,5. 2” periodo. Algidez colérica. La diarrea y lós vómitos provocan rápidamente, a Causa de su inten- sidad, la aparición de un estado especial del organis- mo, la algidez, que conduce más o menos pronto a la terminación fatal. Se admite, generalmente, que la alyidezes debida, por una parte, a la expoliación sán- guínea, por el hecho mismo de la diarrea y los vó- mitos; por otra parte, a la intoxicación general debida al veneno colérico. En efecto, algunas veces la algidez parece depender de esta intoxicación, porque las alte- raciones digestivas son poco marcadas. Además, se pueden observar diarreas intensas, colicuativas, sin vestigio de eE: ¿E _— 306 — Examinemos, pues, en. qué: consiste este tendre Laliexpresión de la fisonomía se modifica rápidamer + A toma el aspecto de la facies abdominal. Los ojos se” é - excavan, parecen retirarse al fondo de la- órbita; la córnea pierde su brillo, se vuelve deslustrada, turbia, y se Observa en su superficie la impresión hecha sobre | ella por los párpados, que han perdido su movilidad. Los párpados siguen el movimiento de retracción del ojo: están cianóticos, de modo que el «jo, está rodeado de un circulo negrusco, azulado, que no engaña al clí- nico. La conjuntiva ocular y palpebral está inyectada y cubierta de moco, que presenta una cierta viscosidad y se concreta en el ángulo de los párpados. El rostro está flaco y pálido, y se nota solamente un ligero: color ciánico de las orejas y de los labios.. La nariz esta afilada, la boca hundida, Los labios están secos, cianóticos y tensos, las comisuras están estiradas ' hacia afuera, de modo que la facies del niño presenta un cierto carácter de angustia y sufrimiento. La piel se pone fría en todos sus puntos y cianótica principalmente en las extremidades. El descenso de la temperatura axilar, netamente perceptible al tacto, es, con la cianosis de las extremidades, el signo esen- cial de la algidez. .Sin embargo el cólera — infantil parece diferir de las enfermedades coléricas del adulto, por la poca intensidad de la cianosis, que está locali: zada en. las uñas, .en los labios y los párpados. - La forma cólera azul del adulto no se observa en el niño, El principal hecho que domina es la decoloración con- siderable de la piel del cuerpo y de la cara, que se vuelve pálida, aplomada, o 'de un amarillo ' “de 'céra. El enfriamiento general existe en la FE. y en la respi- ración. ; La palpación indica netamente el ociciaS perifé- rico. Comienza por las extremidades y se extiende en seguida a todo el cuerpo, a medida que aumenta la algidez. El termómetro nos instruye exactamente so- bre el estado de esa temperatura. De. una manera Es» neral, existe un descenso medio de un grado: 36. Sin bargo, se han notado cifras más bajas. As El descenso térmico de la respiración se Lei colocando la mano delante de la boca del niño: el aliento es frío. Un termómetro, puesto en la boca. da las cifras de 36,8 y 37. Al principio de la algidez, mientras que la temperatura periférica está ya en el período de decrecimiento y existe hipotermia, la tem- NE A NR EAN P CARS iS z q E IES > A > aa o eS A - ; ES — 307 — US RL: > y És e NE - peratura contest o rectal es Superior a la normal, como enel primer periodo. Pero,a medida que la algidez ae" se pronuncia, la disociación entre las dos temperatu- dl sd sx ras tiende a desaparecer. La temperatura central, és febril, baja y tiende más y más a ponerse de acuerdo con la temperatura periférica. Pero, - cualquiéra que sea este descenso, nunca adquiere el grado de la hi- potermia periférica y la tempefatura central no des- ciende bajo la normal. Además, algunas horas antes de la muerte, la temperatura central, en lugar de bajar aumenta y llega a un fastigium elevado, a 38,5 y 39", mientras que la temperatura periférica persiste en 36. _ Esta elevación térmica centra] antes de la muerte se ha _encontredc en otra variedad de enteritis infecciosa. Así, pues, el carácter esencial de la algidez colérica es la hipotermia periférica, y la elevación 0, el estado normal de la temperatura central. Esta disociación entre las dos temperaturas no es especial del cólera in- fantil; se la ha encontrado en el cólera del adulto. La algidez caracterizada por el enfriamiento y la cianosis no es el único sintoma esencial del segundo periodo del cólera infantil. Está acompañado de co- lapso. El niño está soñoliento, ya no sé mueve, perma- nece fijo en su cama, con la boca y los ojos medio abier- tos. Los miembros están agitados de pequeños tem- blores fibrilares, los dedos ejecutan movimientos in- - constantes: hay carfología. En este momento los miem- bros presentan todavia una cierta suavidad, pero muy pronto se ponen en estado de flexión y presentan una cierta rigidez. La cabeza y el cuello son atacados, dé modo que el niño se halla extendido, en opistótonos, con la'cara mirando hacia arriba. Esta rigidez, co- menzando por las extremidades, invade pocó' a poco los miembros, después la pelvis, el dorso, el vientre, la cabeza y el pecho, de modo que, suspendiendo al niño, se observa que está enteramente soldado. | En el estado álgido del niño, hay un sintoma fre- cuente, que sorprende por su intensidad, y es la disp- nea. La respiración es irregular, dificil. Los movi- mientos del tórax son penosos, el diafragma se con- trae con energía, de raodo que a cada respiración el epigastrio es el sitio de una cierta depresión análoga al tiraje infraesternal “de la diftería laringea. Esta dispnea no depende de ninguna lesión: en efecto, no _se encuentra, 'ni obstáculo a la penetración del aire, ni lesión pulmonar. Algunos autores atribuyen esta a — 308 — dispnea a la anemia bes otros a í intoxicación: se- ER cundaria a la infección; y otros á la uremia. Si se examina de cerca. esta dispnea, se observa, que las respiraciones se hacen menos libremente que en el - estado normal, pero que su número no está- aumenta- do. Contrastando con el vigor de los movimientos respiratorios, se observa que con la algidez el corazón pierde su fuerza y su frecuencia. . La palpación del área cardiaca no permite sino di- ficilmente sentir el choqúe precordial, tan debil es este último y tan enérgicos son los movimientos -res- piratorios. El pulso, a medida que aumenta la algidez, pierde más y más su fuerza y se vuelve filiforme. Sin embargo es excepcional percibirlo en estado de simple ondulación: perdiendo ¡su fuerza, tiene igualmente me- nos frecuencia. Después de la ligera aceleración que presentaba £n el primer período (90 a 120) el pu baja a 70, 40 y 30 pulsaciones. Durante la algidez el niño Edlénes lifiere del adul- to en la misma situación; en efecto, este último sale de su soñolencia y lanza algunos quejidos, algunos gritos a causa de los calambres. El niño de pecho parece su- frir poco de estos calambres. No se encuentra, en efecto, el relieve duro de la contracción muscular, que es el signo aparente del calambre. Durante el período de algidez, los vómitos y la diarrea persisten con la in- tensidad y los caracteres que hemos visto en el primer período. Lalengua está seca, fría, cubierta de moco seco o filamentoso, viscoso, como clara de huevo. Se puede observar en este momento la presencia del mu- guet. , El niño en el estado de algidez difiere también esencialmente del adulto en este período, por el enfla- quecimiento. Este último presenta un enflaquecimien- to rápido y es fácil formar un pliegue persistente de la piel. El niño,.al contrario, no enflaquece sino poco, 0 a lo menos este enflaquecimiento es poco visible. Esto depends de que el tejido giasoso, normalmente bien provisto, se vuelve como congelado, la piel presenta una cierta aspereza al tacto, está como helada y da la sensación del cuero. Porel hecho de la expoliación sanguínea aparece un endurecimiento de la piel y del tejido conjuntivo subcutáneo: en una palabra - sobre- viene el esclerema duro, análogo al esclerema que se puede observar en el cursu de la debilidad congénita. Sin embargo, en la infección digestiva la etiología 5 . A CS y o | E PA ES A == 309 — A STO E Seo: - es especial: la grasa se congela por sustracción del agua y el descenso de la temperatura. La cara interna del muslo y la pantorrilla están como congeladas, la cn A s piel amarilla de cera, casi blanca, coloreada de azul - en las partes periféricas (manos. y pies). No se puede formar un pliegue en la piel, tan adherente se halla esta última al tejido conjuntivo subcutáneo. La im- presión del dedo puede hacerse, pero persiste. En efecto, si se llega a examinar desde el punto de vista anatómico el tejido adiposo, se ve que está grueso, blan- co, anémico en el más alio grado, tanto que es más dificil sacar de él una gota de liquido por expresión, contrari»a lo que tiene lugar en el esclerema blando. El esclerema de la infección álgida aparece rápidamen- te, como la algidez; en 24 a 48 horas está ya formado. Es tanto más marcado cuanto que el niño es más gordo y rollizo. Sin embargo, el niño enflaquece y de uña ma- nera muy notable; se ha observado hasta cien gramos de diminución de pese diaria, en los casos intensos: en los casos medios ordinarios la disminución sería de seis gramos por mil por día. El esclerema, la algidez y la cianosis no son los únicos signos aparentes de la disminución del elemento acuoso. No estando solda- dos los huesos del cráneo, las fontanelas se deprimen, sobre todo la fontanela anterior y se hunden, los hue- sos cabalgan los unos sobre los otros, principalmente - el parietal encima del frontal o del occipital. Tal es el período de algidez. Marcha de la infección álgida. La enfermedad presenta una marcha rápidamente progresiva. El pri- mer período dura de tres a seis días, sin embargo, en algunos casos, el colapso y la algidez se establecen rá- pidamente, mientras que las alteraciones digestivas son poco marcadas o pueden faltar. La algidez y el colap- so aparecen poco a poco, en el espacio de algunas ho- ras y aumentan más y más de intensidad para terminar con la muerte. La duración total de la enfermedad es corta, desde algunas horas a cuatro o cinco días. La muerte sobrevie- ne, en general, entre dos y tres días. El enfriamiento aumenta más y más: la temperatura baja, en el recto y la axila (T. R. 37'—T. A. 35,8; 35,5). Si embargo, en algunos casos, se ha podido observar, algunas horas antes de la muerte, mientras que la temperatura axilar estaba en 36, subir la temperatura central a 39,5 y 40”. - Esta última puede persistir después de la muerte, como A O AAA ¡AA en el cólera del adulto. En los últimos momentos, . das durante toda la enferme de dilatación hasta la muerte. .. : S Se puede observar, algunas horas antes de la ter- minación fatal, la aparición de un ligero grado de timpanismo que parece indicar « 2 A EA 40 A IO z | Pp E o 313 -- A ciones de cafeina, de estricnirna, de aceite alcanforado, diarias de 30 gramos) y por los baños. E de suero artificial (este último de 3 a 6 inyecciones Estos últimos serán fríos o calientes según el estado de fiebre o de algidez. Para luchar contra la fiebre, si esta pasa de 38,5' se dará un baño cada tres horas, u 27 Oo 30”, durante 5,10 y 15 minutos, según la edad del niño. Sila temperatura del enfermit: está en 40 O 417, la temperatura del baño será de 25 a 22. Si el niño tiene delirio o convulsiones, se puede practicar, du- rante este baño afusiones frias sobre la cabeza. Se suspenden los baños desde que la temperatura de la noche esté bajo 38,5. El resultado de la aplicación de estos baños fríos es hacer bajar durante algunas horas la temperatura de uno o dos grados. Si no hay nin- guna modificación termométrica después del baño, el pronóstico es serio. Si el niño presenta signos de al- gidez y de hipotermia, el baño caliente está muy indi- cado como en los coléricos. Se introduce al niño, durante cinco minutos, en un baño de-38 grados. Es bueno, durante el último minuto del baño, añadir harina de mostaza (onza y media) y transformar el baño simple en baño sinspizado. Al salir del baño, se lava al niño y sele hace una fricción. Respecto de los baños sinapizados, es necesario evitar hacer exce- ses y producir una excitación demasiado enérgica. Esta última es seguida de una depresión que sería perjudi- cial al niño. Si este no presenta ningún signo de reacción (retorno del calor de la piel, rubicundez de los tegmentos, sudor, etc.), el pronóstico es grave. Además de su acción sobre la temperatura y el estado general, los baños provocan con frecuencia una abun- dante emisión de orina. PEPE Carlos García Drouet. Profesor de Pediatria. NOTA.—Este trabajo es la versión taquigráfica de la con- ferencia dada en la Universidad Central, en la Serie de Confe- rencias de Puericultura, que organizó el Consejo de Exiensión Uni versilaria. - a Dl uno pd sa Pocas iotótoná habrá cuyos lees poes sean tan po- co conocidos, en su entraña y en su finalidad, para la masa Co- mún de un pueblo, como la Odontología, y, sin embargo, pocas la igualan en importancia, la superan: en belleza y puedén ca- deársele en amplitud y en complejidad. Parecerán paradóji- cas estas afirmaciones, pues, no se comprende que condiciones tales, no están ya harto arraigadas en la conciencia pública; pero no hay tal paradoja; problema de tiempo es; sólo el tiem- po con las enseifanzas y la renovación del progreso de los pue- blos que con él sobrevenga, podrá adjudicar el nombre de _preeminentes a ciertas profesiones que, hoy, forzosamente, han _de ocupar lugar secundario en la tabla de los valores sociales. “Y es que la humanidad, en la etapa que hoy alcanza de sus destinos, en las dos grandes ansias que al: presente la im- pulsan, de orden material una y de orden mora! la: otra, está desconcertada en cuanto a los medios que. han de compu a la realización de aquella, Cuando los Poderes Públicos, inspirados en los riddala tos de las leyes biológicas, reconozcan como función primordial y suprema de su actuación la salud ciudadana y orienten la cultura por los derroteros de la higiene y de la fisiología, sólo entonces la Odontología, como todas las ramas sanitarias, ad- quirirá aquel preponderante lugar en la vida de la Nación que -- a todas ellas les corresponde por razón de su ministerio, -. -Importancia bucal por el medio y la función En lo que a los dentistas respecta, las condiciones y ' cir- cunstancias especiales de nuestra esfera de acción, nos autori- zan para mostrarnos envanecidos de nuestra acción social y a confiar con fe ciega en el porvenir brillantísimo que en el con- cierto de los mutuos servicios sociales nos reservan en la hu- a manidad futura. ¿Por qué? Es muy sencillo. Casi todos los males físi ísicos que entenebrecen la vida del hombre, tienen dos únicos orígenes: el MICROBIO y la NUTRICION. Aun cuando la flora microbiana es indestructible y puede decirse,que en todas partes halla medio de aposentarse, sabido es que la boca constituye el lugar de su preferencia por las singularísi- mas condiciones y funciones que a ella le son propias; y a tal extremo es cierta esta preferencia de localización que ciertas entidades microbianas que no hallan cómoda subsistencia en los intestinos, en el cuero cabelludo, o en las uñas, en la bota en- cuentran un medio biológico más adecuado para su estadía, su virulencia y su procreación. Digamos ahora: si el microbio específica o asociadamente es la causa más corriente de enfer- medad (a nuestro entender la enfermedad es el azote de la ig- norancia y la concupiscencia humana), hemos de reconocer a la guarida de su predilección, por lo expuesto, una importancia máxima en la economía: y a su celador y terapeuta, una cate- goría de primer orden en la sociedad. Es el otro mal la NU- TRICION, dos factores esencialés se necesitan para que el más grande de los fenómenos de la humana especie se realice; es uno la sabia elección y administración de los alimentos nutriti- vos, y es el otro, la integridad funcional del complicado apara- to que ha de ponerlos en condiciones aptas para convertirlos en sustancia propia. Dando por sentado que exista una pre- paración individual o científica para la diatética alimenticia (y está el mundo muy lejos de este factor de su educación), que- -da como punto principalísimo para la realización de la nutri- ción que nos han de proporcionar los elementos [ponderables que del exterior vos llegan, la fisiología integral del aparato 'buco-gastro-intestinal, y si recordamos que por imperio de co- rrelación fisiológica, no será bueno o útil todo acto secundario o terciario mientras el primario que los antecede no haya sido integramente realizado, confirmaremos por ello que la - boca, en este aspecto, adquiere también una o e elevadísima en la federación orgánica. - En virtud, pues, de las líneas que preceden podemos decir en lógica conclusión: la boca, como entidad «rgánica estática- mente considerada, tiene un valor excepcional, porque alberga la variada flora de la patología humana y la tiene en el aspec- to de su dinamisidad, porque, en ella se realizan complejas y variadas funciones primarias, sin Jas cuales no son posibles las demás para el acto más fundamental de la especie, y .digo más “fundamental, concepto que parece reservado a la reproducción, porque ésta no puede existir sin aquella o Mejor an, la repro- - ducción. es una consecuencia de la nutrición. ES Y aunque estos motivos son, a mi entender, 1 que. a superlativa importancia al terreno en que ejercitamos nuestra misión sanitaria, no podemos olvidar al hacer lá apología de la boca qne en ella toma forma concreta por medio de la palabra, el pensamiento del hombre, que los dientes embellecen un ros. tro tanto por su uniforme engarce, como por ser radiación de energías que enmorbidecen el músculo, densifican los huesos y armonizan las partes que son su bazamento; que su parentesco. y ensambladura es tan íntimo con otros órganos que a la oxi- genación contribuyen que muchas veces el bajo tuno del líqui- do vivificante tiene su origen en perversiones de la sistematiza- ción dentaria. Pero no hay que agregar más, con decir que por nuestra misión curativa y aun más, profiláctica e higiénica, contribuimos a la disminución del número y de la virulencia, de los agentes de la enfermedad, y que a nuestras manos. está confiada la máquina que ha de contribuir a la realización de los actos primarios de la nutrición, basta para comprender que la misión del dentista es elevada y nuestro compromiso con la sociedad es superior. Nuestra concentración técnica A esa importancia que de reflejo nos llega por las condi- ciones inherentes de ese astro de la constelación orgánica que se llama boca, hay que agregar una que es exclusivamente pro- pia: la múltiple personalidad técnica que nos ha creado, bien nuestra tradición histórica, o la especialísima Organización pre- sente, unida a los imperativos del aparato bucal. Porque se da el caso insólito, entre las profesiones médicas, que los que ejercemos la Odontología abarcamos, sin que sea- mos bicéfalos, que yo sepa, las manifestaciones de la finalidad característica de la Medicina. Esta, la Medicina, ha llegado ya a un estado tal de madurez y. de aristocratismo científico y de organización, que puede permitirse tener miembros especializa- _dos en lo que afecta a cada uno de los aparatos que integran la economía, o, un especialista que aplica el ramo singular de su conocímiento a las manifestaciones de :una de las distintas regiones orgánicas. La Medicina ha escindido para intensifi- | car, diluído, es analítica; la Odontología está aún en un estado de síntesis, de concentración, lo que nos indica que no ha lle- - gado al estado de madurez científica que tiene aquella y está aún ante la conciencia pública en la superficie de su epidermis, “la valía de sus servicios cosa que no excluye, sin embargo, sino al contrario, certifica y confirma, las múltiples fascetas de apti- tud que ha de reunir el Dentista. En una palabra, de nuestra . ES noble hermana mayor la Medicina, de la cual nos nutrimos, pero que por nuestros amplios respectivos cometidos vivimos en domicilio aparte, reunimos los atributos que a ella le son propios: somos, pues higienistas, cirujanos, patas, protési- cos y ortopédicos. / Nuestros idealiísmos Por lo que respecta a la primera de estas finalidades, yo me atrevo a afirmar que uinguna rama, ninguna especialidad médica supera al espíritu que al Odontólogo anima de propa- gación de la higiene y de la profilaxis de la región de su prefe- rencia; más que mé lico de nuestro hermano el hombre, parece como si quisiéramos ser su consejero, su protector, su ami- go; un apostolado incesante tiene lugar en nuestros gabinetes, en pró de una difusión de la cultura médico bucal, y una cruza- da perenne se realiza por doquier donde el Dentista actúa, por- que sentimos el doble aspecto de la personalidad sanitaria, tanto el cometido higiénico como el curativo; un individuo que por completo fuera ajeno a nuestro vivir y que de momento se fijara en nuestra actuación social, creería por ella que la base de nuestro sustento está en la salud del prójimo. Intuitiva- mente al principio, con razones hoy, tenemos plena conciencia de lo que significa nuestra propaganda higiénica en la perfección física y moral de la raza, y sabemos será estimada y reconocida, cuando la salud se cotice en su valor. - Dejando aparte la cirujía de la boca, que si no es excepcio- nal, no constituye el programa de nuestro quehacer diario, la - Cirujía dentaria y sus anexos más inmediatos y. la operatoria - dentística, carecen, generalmente, de aquel peligro emocional que ha dado la alta gerarquía de que disfruta la cirujía general de las grandes cavidades, de los grandes miembr.s y de las : vísceras, / El prestigio por el éxito y la vulgarización, En cambio nuestra operatoria dentística es de tan poco lucimiento y escasa vistosidad, como dificil y complicada; pero «digámoslo con franqueza: el diente carece de abolengo y de ¿prestigio en las multitudes, por el plebeyismo de que vive re- vestida la región, y su órgano pricipal, el diente; siendo esto «debido a la ignorancia lo que una y otro representan en la salud de la humanidad. El papel de elevar su e así como de elegantizar todo su léxico, que equivale a decir que es preciso hacer una verdade- ra terminalogía odontológica, corresponde a los dentistas. s Cuando una voz dice: van a operar un ojo, un pulmón o amputar una pierna, existe una labor mental en los circundan- tes por demás compleja, pero de la que salen gananciosos los prestigios del operador. ¿Por qué?. Porque en el espíritu de las gentes está formado un criterio favorable; está hecho el pleno conocimiento del valor biológico que aquellos sectores físicos significan. Pero sia los mismos circundantes les decís: van a sacar un diente, oarrancar una muela, su labor mental es tan simplista, que queda reducida a la representación de ver un tirón y sentir un ¡ay!. Y, sin embargo, ¡qué horror!, Si les decís van a operarle de una exodoncia, o de la avulsión de un osteoide (a las multitudes nada les impresiona y predispone tanto en favor, como el lenguaje que solo entienden a medias) y sia la vez les agregais: la región de que van a operarle es la más septica del organismo; la lora microbiana vive en activa promiscuidad en ella, entre cuyas unidades se encuentran los causantes de la mayor parte de las enfermedades; el diente no es una cosa suelta sin íntima solidaridad con los grandes centros nerviosos y circulatorios de los cuales recibe su sensibilidad y su savia; el diente está en relación directa e indirecta con teji- dos, órganos y cavidades delicados y sensibles todos, de impor- tancia muchos; todos los dientes son de distinta y peculiar for- ma con frecuentes anomalías anatómicas, topográficas, y de di- rección, el diente se presenta en distintos estados debido a sus enfermedades e intervenciones anteriores yue impiden tener establecido un plan uniforme e igual para la quirúrgica interven- ción; la anestesia local del diente es de las que requieren una técnica más minuciosa para su máximo efecto, etc. Si supieran todo esto, el razonamiento sería distinto. En sintesis podría- mos decir que existe en el público una predisposición favorable a-agrandar, a ver con ejos de aumento todas aquellas operacio- nes de la cirujía de los médicos, digámoslo así, y una predispo- sición inversa para toda intervención bucal o dentaria. No pretendemos, ni mucho menos, hacer desmerecer a la una, y poner en distinto nivel del que le corresponde a la otra; pero, el tema obliga a establecer lo que a nosotros respecta, en su debi- do lugar. Precisamente por desconocerse todo esto es por lo qu€ la Odontología no ha subido en el concepto público lo que con absoluta certeza y concieneia afirmo que merece; de este desco” nocimiento trae el abandono. y negligencia bucal aún en las altas clases sociales que a tan fatales eonsecuencias conduce. - — Escenografía bucal La operatoria dentística tiene un mérito y presenta unas dificultades que no son sospechadas por el público, ni siquiera por la gran mayorí. de la clase médica. Bastaría poner de re- lieve las circunstancias, el campo en que se mueve el Dentista para comprender en seguida las inmensas dificultades que ro- dean ese adiestramiento manual a que estamos obligados, y El cirujano general tiene sobre nosotros la enorme ventaja, cuando opera, de que anula la personalidad consciente del en- fermo, reduciéndole a la sumisión absoluta con ¡a anestesia, evi- tando la presión, la crítica, la inoportunidad que para el opera- dor significan los ojos y cerebro vigilantes del paciente, permi- tiendo aquella inconsciencia una libertad de acción, de que care- ce el Odontólogo que no puede operar, por la índole de su in- ttervención, con anestesia general. La situación del órgano bucal obliga a operar en una sola y determinada posición; nosotros no podemos sarandear al en- fermo acomodando la región a nuestras exigencias; el enfermo ha de estar sentado, en posición más o menos vertical y la boca abierta. Limitada la boca por las fauces, los carrillos, la lengua y la bóveda palatina, deja una abertura por delante de tres a cuatro centímetros, y en su cavidad, entre la inquieta movilidad de la lengua, la viscosidad de una saliva más abundante aún por el estímulo de nuestras manipulaciones, saliva que anega, enmascara y vuelve séptico nuestro campo operatorio; entre los carrillos y los labios, que por su lascia condición dejan inexpe- dita la zona, y entre la intervención, inquietud y movimientos del cliente, el Dentista ha ce realizar sus minúsculas operacio- es en órganos de reducido tamaño, de complicada estructura, de sensibilidad exquisita, entre tejidos de apretada red vascular, en un ambiente séptico, etc. No es, por otra parte, nuestra labor general, suave como la embrocación descongestionante. Nó; nuestro trabajo es duro; hay que cortar, limar, preparar para acomodar los órganos en las operaciones conducentes a llenar las grandes necesidades que representa la masticación. Nuestros instrumentos han de tener las formas más variadas, las disposi- ciones mecánicas más ingeniosas para llegar y alcanzar los re- codos y desniveles caprichosos de la topografía de la entidad dentaria; han de tener buen temple y corte audaz para vencer las resistencias de los tejidos dentarios, los más duros de la eco= nomía humana. _Nuestra mano de pulso seguro, ha de tener un tacto tan especializado que ha de yer lo que la vista, por la condición del reducido escenario bucal no puede columbrar si- quiera; ha de ser una mano decidida, que corte, que sujete, que no vacile, que llegue en sus eones hasta la entraña. del Ade mal, pero avara y discreta a la vez del tejido sano, porque. nuestra finalidad es eminentemente conservadora y las manos, la diestra y la siniestra,que han de estar la una atenta a las indis- craciones de la lengua, de los labios y de los carrillos, y la otra operando, han de ser a la vez que efectivas, es decir, conseguir lo que se propone, ligeras y de elegante actuar, que no dañen y seduzcan y esclavicen al enfermo. ¡ A Amberso galénico, reverso real | El capítulo de las obturaciones, es decir, el de la recons- titución del órgano diente dastruído, me trae el recuerdo de - un breve diálogo. Al despedirse un eminente Cirujano que con el carácter de médico particular asistía a mi familia, me di- jo en la confianza de antigua amistad: usted es el hombre felizl aquí en su casita, viene un enfermo, le hace un agujero, le pone una pasta, y cinco sucres. Encierran dos graves errores las palabras copiadas, pri- mero, que nuestro trabajo es fácil, y segundo, que es bien re- munerado, cuando pensamos diametramente lo contr ario. Si la labor que realizamos para obturar un diente fuera sebre un diente inerte incrustado en un bloque v éste manejable a nues- tro antojo, yo no vacilaría un instante, ni aún en las obturacio- nes cuyo material-es más refractario a su manejo, de calificar- lo de fácil. De modo, que no es la técnica en en sí, a pesar en lo minuciosa, lo que hace insuperable nuestra intervención, sino las circunstancias, el medio que la rodea, como son: la concien- ciencia, la posición, la sensibilidad, el espacio, lo minúscnlo del órgano, la sangre y la saliva, los músculos, la asepsia, el am- biente, etc. Pero aparte de esto, el público ignora que noso- tros no hacemos ni tapamos agujeros sino que labramos cavi- dades: dándoles mil formas variadas, sujetas a reglas científi- cas, y usamos mil materiales de reconstrucción, desde la plás; tica y fugaz gutapercha, hasta el invisible block de porcelana de tan maravilloso parecido a lo natural, que con el tiempo lle- ga a engañar al propio profesional. Ignora que nuestros ce- mentos son de distintos materiales y de variada reacción quí- mica; que nuestros oros son de distinta manipulación por ser variada su manufactura, y que nuestras amalgamas sólo tienen de común el mercurio que le dasu nombre, pero que exigen renovación constante de la ejecución y que, como todas las obturaciones y técnicas distintas no permiten la actuación me- cánica automática, sino que exigen la. atención perenne del ce- rebro, vigilante y directriz. El público no recapacita que nues- pee $ EA 40 AQ y EA > 7 > ho - tea labor no so realiza subre la arcilla, la madera o el metal cu- : ya estabilidad estructural no se. revuelve airada jamás contra el artista, sin reacción de protesta por la intrusión de que es víctima por parte de él, mientras que nosotros actuamos direc- tamente sobre el órgano viviente, presto siempre a luchar por sus fueros en cuanto un agente extraño turbe las leyes vitales aL porque se rige, La friable condición del esmalte dentario, las microscópicas fibrillas de Thomes que cruzan en el armazón dental, la pulpa generadora encerrada en-su estuche central quecual termómetro viviente nos acusará en variadas formas 3 “de dolor lu técnica ambiente, o que al ser herida por la cuchi- 2 lla al practicar la dentotomía será origen de no lejana infección; - el hipersencible periodonto que protestará a la larga de ul. trajes por él cometidos, son condiciones propias de la materia Organizada, que con su poder reaccional de defensa estarán siempre prestas a comprometer ruidosamente la obra más ar- artísticamente realizada. Lo delos “cinco sucres” es simbó- lico, y aplicado a los conceptos anteriores de la frase, es la - €xteriorización de un gensral sentir de que el Odontólogo ga- - ¿na mucho y fácilmente el dinero, y es un error tan grande co- mo el anterior. La remuneración material es exigna, en rela- ción con la importancia de las atenciones, por dos motivos: pri- mero porque el público desconoce la dificultad de las _Opera- ciones que que se realizan en el valor biológico de los órganos que se le cura o se le corrige. Por otra parte, toda profesión Que no tiene otra retribución que la de los honorarios sin el re- conocimiento pleno y consciente del enfermo, puede afirmarse que es una labor mal remunerada. No es que nuestros c!ien- tes sean ingratos, nó: son ignorantes, sin esclusión de los aris- + tócratas de la educación del intelecto, y quizás seríamos más justos si dijéramos, nmuestaa rama como realidad sanitaria, es - muy joven y no ha tenido tiempo de fijar la atención del pueblo. ; Amplitud dento—protésica Es Somos protésicos, es decir, somos restauradores; somos reparadores de tejidos u órganos perdidos, y esta es quizá la fasceta más característica y preeminente de nuestra misión te- rapéutica. Se pasarán días o semanas sin que hagamos ciru- jía y a buen seguro que no podrá decirss lo mismo de este as- pecto profesional porque la prótesis no la constituye sólo aque- lla operación consistente en llenar con un postizo los huecos E que el tiempo o la enfermedad dejaron en una fila de dientes S de uno a otro maxilar; nó, Constituye prótesis, aunque sea paca, de la más alta ley, aquella orificación, aquella yuxta- posición de sutil hoja de oro para reconstituir y reparar la so- lución de continuidad que estigma congénito dejara en los te- jidos adamantinos y que prevendrá mayores males; constitu- ye protesis parcial, el bloque de oro o de porcelana que res- tituye el contorno morfológico del edificio osteoides en ruina; constituye prótesis, la erección de todo el maciso coronal de un diente con miras estéticas, fonéticas y mecánicas, que trai- dora labor microbiana destruyó; constituye prótesis, la amplia y total restitución de tdo el sistema dentario con mayores fines de utilitaria fisiología, y constituye prótesis, alta prótesis, aquella vasta restauración de múltiples y variados órganos blandos y duros que restablecen funciones, normalizan contor- nos, con estímulos de regeneraciones estructurales, y luchan por conquistar una belleza objetiva que la arma de fuego en el campo batalla, el traumatismo accidental, ola arma homicida circunstancialmente comprometieron, prótesis que devuelve útiles a la sóciedad y a la familia al lesionado. Simpatía e inexorabilidad de la protésis ¡Singular y simpático aspecto es el de nuestra acción en So-' ciedad! Mientras la Cirujía en su alta misión curativa tiene el deprimente papel de curar cercenando, el de hacer sangre, quédale reservado al arte científico de la prótesis, la finalidad de recuperación de lo perdido. Es la prótesis dentaria aque- lla misión profiláctica, curativa y estética, preventiva en aquellas circunstancias primarias que ataca e intercepta una invasión que se pronunciaba; curativa en aquellas circunstan- cias que contribuyen, cual ningún otro medio, a la realización de la primera faz digestiva. Hermana de la cirujía, si esta elimina para curar, ella solicita completamente esta misión, utilizando los materiales muertos de la naturaleza que trans- formados por los ingeniosos recursos de la mecánica, imitará los órganos, y devolverá la actividad funcional, allí donde la cirujía los suprimió. Cuando la cirujía no puede contar con la cooperación subsiguiente de la prótesis, queda su misión curativa como incompleta; un hombre sin íntegro medio. de locomoción, sin miembros superiores que le apresten para el trabajo manual, o una cara deforme en eterna mueca, inter- ceptada la límpida emisión de la palabra para imprecar o bendecir, son hombres: que vegetan, son seres que arrastran una precaria existencia sin posible rendición. En virtud pues de la prótesis, tiene nuestra disciplina profesional, además de su alta especulación científica que rea- lizar, una misión de arte que la ennoblece y la embellece por AY 5 ps a >” . AE e 5 EAS s — 323 — Ea ”_ — Y Sd e demás. Afortunada profesión aquella que como la nuestra en conjunción feliz puede contar en su ejercicio, entre los encan- tos de la ciencia que, cual viajera incansable, indaga, inves- tiga, experimenta, el arte que la acompaña, que convertirá en realidad práctica las lucubraciones abstractas de aquella. No es nuestro arte aquel bello arte que tuvo su cúspide de es- _plendor enla tierra griega de los maestros clásicos, recreo sOberano del espíritu humano, motor de las más profundas emociones estéticas y exaltación de íntimos sentimientos, Es nuestro arte categoría más plebeya, por lo que tiene de soclu- ción, de necesidades más materiales; pero es el nuestro un arte noble, elevado, científico, no cabe en la realización de su co- metido las expansiones de poética inspiración o de exaltada fantasía: nuestro [personal albedrío, nuestro sentir sugestivo, nuestro temperamento, quedan esclavizados ante el objetivis- mo anatómico y fisiolózico, fríos e inexorables, que lo infor- man. El artista pintor o escultor, el orfebre, este último en particular, al dar forma a la bruta matería metálica, podrá soñar, dar rienda suelta a su fantasía, ap=nas sin canon que le ligue para la exteriorización de lo queen sus entrañas íntimas por su educación e intuición artística creó. La pró- tesis en cambio, es inflexible; una pauta fisiológica, uno tiene que imitar las manifestaciones varias de una naturaleza versá- til y caprichosa, tiene un amo que la ordena y un índice imperativo que le señala la ruta: la ciega imitación del órgano y función que desaparecieron. a N uestra personalidad Y ahí tenéis los motivos y las razones del porqué inter- viniendo en el cuerpo humano con carácter médico, es decir, como terapeutas de las dolencias de una parte del organismo, la legalidad de nuestro ejercicio no tenga que cobijarse bajo «el amparo del título genérico de Médico, porque el diente en sí y en comunidad con sus diversas anormalidades, por sus' relaciones ha tenido la virtualidad suficiente, para crear un título diferencial, ha creado un equivalente personal legítimo y definido, ganado y exigido por la propia importancia y por la propia dificultad de extensión de la acción facultativa. El profesional de la Odontología no es más ni menos que el profesional de la Medicina; son dos hermanos nacidos en distintas épocas, y la Odontología debe a su hermana mayor, - A Medicina, las enseñanzas que por su lóngeva existencia ha podido prestarle; ambas tienen la misma filantrópica mision: curar; pero constituyen uno de los aspectos docentes y de pa ejercicio, dos organizaciones distinióso 15 Médicos. cuidan de todo el organismo, los “Odontólogos sólo de una parte; en cambio, ellos sólo lo cuidan asumiendo la dirección y encar- gando a técnicos especiales, los elementos terapéuticos conve- nientes; los Odontólogos, excepto las medicinas, han de fabri- car y aplicar cuanto entienden preciso para curar. Tiene el Médico una preparación fundamenta] científica superior, porque el tiempo que él pasó en la Universidad lo pasó el Dentista en el Laboratorio y en la Clínica ejercitando sus manos. Goza la Medicina unos prestigios sociales que aún no puede gozar la Odontología, aunque el abolengo sea tan humilde el de la una como el de la otra; pero la Medicina por su larga histo- ria, es una ciencia constituida eon arraigo en la conciencia pública, y la Odontología, abierta a los balbuceos de la cien- cia hace sólo medio siglo, está en verdadero período consti- tuyente, sin distinguirse aún la llave que la cerrará. Quito, mayo de 1923. a DocToR MANUEL GARCÍA. - Director del Gabinete Dental de la Universidad Central. . > APUNTES DE CODIGO PENAL POR FRANCISCO PEREZ BORJA (Continuación) CAPITULO V De la prevaricación de los empleados públicos, Art. 234.—5Son prevaricadores, y serán castigados con uno a cinco años de prisión: - 1% Los jueces de derecho, asesores o arbitros juris, que por interés personal, por afecto o desafecto a alguna persona, o corporación; o en perjuicio de la causa pública, o de un particular, fallaren contra ley expresa; o proce- dieren criminalmente contra alguno, conociendo que no - lo merece; 22 Losjueces, árbitros, asesores, que dieren conse- jo a una de las partes que litigan ante éllos,con perjuicio de la parte contraria. 32 Los jueces, asesores, árbitros, que en la sustan- ciación de las causas, procedieren maliciosamente contra leyes expresas, haciendo lo que prohiben o dejando de hacer lo que manden; 4? Los empleados públicos de cualquiera clase que, ejerciendo alguna autoridad judicial, gubernativa o admi- nistrativa, por interés personal, afecto o desafecto, a al- guna persona o corporación, nieguen, rehusen o retarden la administración de justicia; o la protección u otro re- medio que legalmente se les pida, o que la causa pública exija, siempre que estén obligados a ello; o que, reque- ridos o advertidos en forma legal, por alguna autoridad legítima, o legítimo interesado, rehusen o retarden pres- tar la cooperación o auxilio que dependan de sus facul- tades, para la administración de justicia, o cualquier ne- cesidad del servicio público; 52 Los demás empleados, oficiales o curiales que, por cualquiera de las causas mencionadas en el inciso 1%, abusen, a sabiendas, de sus funciones, perjudicando a la causa pública, o a alguna persona; y 62 Los jueces, árbitros, asesores, que conocieren en causas en las que patrocinaron a una de las partes, como abogados o procuradores. Art. 235.—Si las prevaricaciones detalladas en el artículo anterior, han sido cometidas en materia penal, se aplicará el maximun de la pena. Art. 236.—Los abogados, defensores o procurado:- . res en juicio, que descubran los secretos de su defendi- do a la parte contraria; o que, después de haberse en- cargado de defender a la una parte y enterádose de sus pretensiones y medios de defensa, la abandonaren, y defendieren a la otra parte; o que fueren a la parte con su cliente en la cosa litigada, estipulando cuota en lo que produjere el juicio; o que de cualquier otro modo, a sabiendas, perjudicaren a su defendido, para favore- cor al contrario, o sacar alguna utilidad personal, serán castigados con prisión de uno a cinco años: _ Art. 237.—Los Secretarios, Escribanos o Notarios que, en las causas en que actúan, defiendan o aconsejen a alguno de los litigantes, serán castigados con prisión de tres meses a un año, multa de cuarenta a ciento se- senta sucres y pérdida del empleo, | Art. 238.—Los que maliciosa y deliberadamente ejercieren funciones de juez o de asesor, en causa civil o penal, verbal: o por escrito, en que sean interesados; o lo sea algún pariente suyo en el grado prohibido; o en que tenga cualquier otro impedimento llega para ae y e E -ejercerlas, serán castigados con prisión de un mes a un - año. | Art. 239 —Todo funcionario público que sin orden legal de superior competente, descubra o revele algún secreto de los que le están confiados por razón de su destino, o exhiba algún documento que deba estar re- -_servado, será castigado con uno a cinco años de prisión. De la prevaricación de los empleados públicos.—¿Quienes son pre- 'varicadores? El Código no define lo que ¡es prevaricación, sino que determina los casos en que la hay y las personas que incurren en ese delito. | Prevaricar, en general, es faltar a sabiendas y vo- luntariamente a la fe, palabra o juramento en el cargo que se desempeña. En el título del Capítulo V se habla de “prevarica- ción de los empleados públicos”, y sin embargo hay ca- sos en que se trata del delito cometido por personas que faltan a los deberes que les impone su profesión o calidad, como los abogados, defensores o procuradores, y que no son empleados públicos. Veamos los diversos casos de prevaricación y las personas a los cuales se refiere. El primer caso de prevaricación es el comprendido en el N? 1? del Art 234, y para que exista es necesario: | a) Que el delincuente sea un juez de derecho, un asesor o un árbitro de derecho; 6) Que el móvil sea el 2mterés personal, por afecto 0 desafecto a alguna corporación o en perjuicio de la cau- sa pública o de un particular, y c) Que fallen contra ley expresa o procedan cri- minalmente contra alguno sabiendo que no lo merece. Este primer caso de prevaricación consiste, pues, en fallar contra ley expresa o proceder criminalmente contra alguno sabiendo que no lo merece. En el Código Penal anterior se decía: “Los jueces , “de derecho. que juzgan contra ley o proceden etc”; - de modo que es más comprensiva la disposición en vi- gencia, ya que juzgar significa dar sentencia y fallar, decidir sobre cualquier punto. Así, si un juez, en un auto da una resolución sobre un punto controvertido, ha fallado sobre éste; y si procediere contra ley expresa cometería una prevaricación. | Pero el fallo debe ser contra ley expresa; por lo que si no hubiere ley o fuere oscura la ley, no incurriría en prevaricato el juez, aunque diere una resolución injusta o procediere por los móviles determinados en el N2 12 del Art. N2 234 El culpable al dar un fallo contra ley expresa, debe hacerlo por 2 terés personal, por afecto o desafecto, a al- guna persona o corporación. ¿Este interés personal, será un interés pecuniarios Creemos que no, ya porque el Código añade, por afecto o desafecto; ya que si pro- cede por lucro, sería alguna de las infracciones previstas en el Capítulo VI. Cuando el juez procede por lucro se le debe casti- gar aunque verifique un acto justo, pero sí procede por amistad o enemistad, solamente en el caso que viole la ley; tanto más que si no hay violación de la ley no ha- bría hecho que pueda castigarse. Por último, el Código determina las personas que pueden incurrir en este delito: jueces de derecho, aseso- res y árbitros juris. Estos últimos no son funcionarios públicos, pero los asesores “son, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, los únicos responsables de sus dictámenes”, “debiendo considerárseles como la per- 3 ,”, £ . . sona misma del Juez”, y los árbitros de derecho deciden las causas conforme a las leyes. Es prohibido a los jueces, asesores o árbitros dar consejo a alguna de las partes, y si lo hicieren incurrirían en prevaricato, siempre que el consejo fuere en perjul- cio de la parte contraria, y este es el 22 caso de prevarl- cación castigado por la ley. | y SR RÁ Los jueces deben guardar la imparcialidad debida: no o pueden hacer nada en favor de una de las partes con pesiticio de la otra. El consejo al cual se refiere el caso segundo, es el - que se da durante el juicio, que si el consejo se hubiese - dado antes del pleito, el juez debe excusarse de conocer- lo y si no lo hiciere se haría reo del delito previsto en el Art. 238. El consejo que se de a una de las partes debe re- dundar en perjuicio de la otra, y a falta de este perjui- cio no habría delito, aunque se haya dado el consejo. El tercer caso de prevaricato se refiere también a los jueces, asesores o árbitros y consiste en violar las leves expresas de sustanciación, haciendo lo que prohi- ben o dejando de hacer lo que manden. Un juez puede violar la ley que determina los de- rechos, o las leyes que regulan el procedimiento; en el primer caso,el prevaricato castigado en el N? 1? del E N? 234, en el segundo, el determinado en el N? 3 12l juez debe proceder maliciosamente, esto ke con a As . . . . A. rs . o 2 ánimo de causar un perjuicio, yla falta de esta condición hace desaparecer el delito. Aquello de “haciendo lo que prohiben o dejando de hacer lo que mandan” que se encuentran en el texto de la ley, quiere decir que se puede violar la ley no cumpliendo lo que ella ordena: omisión, haciendo lo que prohibe: acción. En el N?2 42 del Art. 234 tenemos tres casos de prevaricación para los empleados públicos que ejercen autoridad sea en el orden judicial, administrativo o de gobierno, y que: 1? Negaren, rehusaren o retardaren la - administración de justicia; Que negaren, rehusaren o retardaren la pro- sen u otro remedio que legalmente se les pida, o que la causa pública exija; y 32 Que requeridos o advertidos, en forma legal, rehusen o retarden prestar la cooperación o auxilio que dependa de sus facultades. Para que existan estos casos de prevaricato es in- E dispensable que el empleado público proceda por inte- _rés personal o por afecto o desafecto a una persona o — 330 —- corporación, y ya hemos dicho lo que debe entenderse por interés personal en estos casos. La ley no tiene como delito la simple omisión en los deberes del empleado público, lo que castiga es la omisión que proviene del móvil determinado en este ar. tículo; la culpabilidad depende, en estos casos. de los motivos que han impulsado al delincuente. El primer caso, de los comprendidos en el N? 242 del artículo 234, es, en general, la denegación de justt- cia, que puede provenir de la negación, excusa o retar- do del empleado del orden judicial o administrativo, ya que hay empleados administrativos que ejercen funcio- nes judiciales, como los de Policía. En el segundo caso, el delito consiste en la falta de protección o socorro: estando el funcionario obligado a ello, siempre que se le pida legalmente o que la causa pública lo' exija; siendo, por consiguiente; elementos constitutivos de este delito: la falta de protección o auxi- lio; el que el funcionario esté obligado a ello, y que el pedimento sea en forma legal Por último, el tercer caso del N? 4? exige: 1% Que el empleado público rehuse o retarde prestar la coope- ración o auxilio que dependa de sus facultades para la administración de justicia o cualquiera necesidad del servicio público, y 22 Que haya sido requerido o adver- tido en forma legal, por alguna autoridad o legítimo in- teresado. . En el N? 52 del Art. 234 se castiga a los demás empleados, es decir a los que no ejercen autoridad al. guna, oficiales o curiales que abusen, a sabiendas, de sus funciones y perjudiquen a la causa pública, o a al- guna persona, siempre que procedan por interés perso- nal, por afecto o desafecto. De modo que para este delito es necesario: 12 Jue el delincuente sea un empleado público que no ejerza autoridad, un oficial o un curial; 2% Que este empleado use mal, injusta, indebida o impropiamente de su cargo; 3? Que proceda, a sabiendas, con conocimiento, mali- ciosamente; 42 Que por este abuso se perjudique a la — 331 — causa pública o a alguna persona; y 5% Que el móvil sea el interés personal, por afecto o desafecto. Con el caso determinado en el N?* 62 del Art. 234 se tiende a que las personas que ejercen las funciones de juez tengan la debida imparcialidad, y no la tendrían quienes hayan patrocinado a alguna de las partes como Ecos o procuradores. Si todos los anteriores casos de prevaricación han sido cometidos en materia penal, esta es una circuns- tancia agravante, que obliga al juez a imponer el máxi.- mum de la pena. (Art. 235). En el Art 236 se castiga a los a! ogados, defenso- res O procuradores que faltan a los deberes que les im- pone su profesión o cargo en las relaciones con sus ciien. tes, y así les está prohibido: descubrir los secretos de su defendido a la parte contraria; defender a una de las partes, después de haberse encargado de la defensa de la otra y enterádose de sus pretensiones y medios de defensa; o que estipularen cuota en lo que produjere el juicio; o que de cualquiera otro modo, perjudicaren a su defendido para favorecer al contrario o sacar alguna uti: lidad personal. En cuanto a la revelación de secretos, son varios los casos en que en el Código se castiga esta revelación, tales como los previstos en el Art. 239 y 438. Son muchos los males que pueden causarse con la revelación de un secreto, y las personas que por su pro fesión están en posesión de un secreto no deben reve- larlos, y menos los abogados a la parte contraria. Por esto el delito es más grave en este caso que en el de- terminado en el Art. 438. Las personas enunciadas en el Art. 236, que des. pués de haberse hecho cargo de la defensa de una de las partes, y enterádose de sus pretensiones, defendie- ren a la otra, abusan, efectivamente, de la confianza que se ha depositado en ellas; pero para la existencia de es- te delito es indispensable que el que toma a su cargo la defensa de una persona la abandone, después de haber- se instruído en sus derechos o razones. La Ley Orgánica del Poder Judicial prohibe a los A ISE abogados, estipular con sus clientes una cuota en lo due produjere el juicio, y lo establecido 'en el artículo que estudiamos es la sanción de lo dispuesto en dicha ley; si bien, a decir verdad, no creo que deba considerarse como un caso de prevaricación este contrato, y así no. estaba comprendido en ei Art. 266 del Código Penal anterior. Por fin, los abogados, defensores o PEA que, de cualquiera otro modo, y que no sea de los pre- vistos en los casos anteriores, perjudiquen a la parte que defienden ya sea para favorecer a la parte contra- ria O para sacar algún provecho personal, incurren en la pena determinada en el artículo que estudiamos, siendo necesario para este delito: perjudicar a la parte que de- fienden pero con el fin de favorecer a la ctra o sacar al. guna utilidad personal. Es, pues, el ¡in que se propone el delincuente lo que caracteriza la infracción. Las disposiciones de los artículos 237 y 238 tienen por objeto garantizar la imparcialidad que deben guar- dar los que intervienen en los juicios, ya sea como Se- cretarios, Escribanos, jueces o asesores. En el N? 2? del Art. 234 se prohibe a los jueces y asesores dar consejo a las partes y en el Art: 237 hay la misma prohibición para los Secretarios, Escribanos o Notarios siendo menor la pena para éstos que para aquéllos. Se les prohibe también defender a las partes en las causas que actúan. En el Código de Enjuiciamiento Civil se determi- na las causas en virtud de las cuales deben los jueces excusarse de conocer en un juicio, y si existiendo algu- na de ellas, el juez no se excusare se haría reo del deli- to previsto en el Art. 238. El juez o asesor debe proceder maliciosa y delibe- radamente; es decir, con ánimo de causar un perjuicio y con pleno conocimiento de que existe la causa de ex- cusa, y la falta de una u otra de estas condiciones hace desaparecer la infracción. Así puede un juez tener co- nocimiento de que existe una causa que le impide legal- mente ejercer sus funciones en una causa y no excusar- se y sin embargo no proceder con intención de causar / IS un pérjiticio: no habría infracción en este caso; pero “siempre que haya malicia, hay deliberación, ya que no se puede separar la una de la otra. Izn el Art. 239 se castiga la revelación de secretos por parte de los funcionarios públicos; secretos que se hubieren confiado por razón de su destino. Ya hemos visto como la revelación del contenido de un parte telegráfico es un delito para los empleados en las oficinas telegráficas; hemos visto también que la revelación de secretos por un abogado, defensor o pro- curador es así mismo infracción penal, y en el Art. 237 encontramos otro delito de revelación de secretos. Un funcionario público no puede descubrir o reve- lar los secretos que se le han: confiado en razón de su destino, y sólo puede hacerlo en virtud de una' orden emanada de un superior competente; es decir de un su- perir que tenga facultad para ordenarlo; del mismo que le confió el secreto. Así el Secretario de una Cámara no podría revelar lo tratado en una sesión secreta, sino por orden de la misma Cámara, y aun cuando el Presi- dente se lo mande, no debería obedecer esa orden. Hay documentos que, por su naturaleza, deben permanecer reservados y el que los conserve no puede exhibirlos sino con orden del superior competente; de- biendo entenderse por exhibición no sólo el manifestar el original sino cualquiera otra forma de revelación, como, por ejemplo, dar una copia. Por lo demás el funcionario público debe ser el depositario de un secreto en razón de su destino, y es la falta en los deberes de su cargo lo que da carácter ilícito al hecho; pues si un funcionario llegare a tener conocimiento de un secreto sin que se le haya confiado en razón oa causa de su cargo y lo revelare, cometería una incorrección pero no un delito. De lo dicho resulta que para que haya el hécho punible previsto en el Art. 239 es necesario: 1% La revelación de un secreto o la manifestación de un do- cumento que deba estar reservado; 2% Que el secreto o documento se le haya confiado al funcionario en ra- — 334 — zón de su cargu; 32 Que la revelación -o exhibición se la haya hecho sin orden legal de superior competente. CAPITULO VI De los sobornos y cohechos a los funcionarios públicos Art. 240.—Todo funcionario público, y toda perso- na encargada de un servicio público, que aceptaren ofertas o promesas, o recibieren dones o presentes para ejecutar un acto de su empleo u oficio, aunque sea jus- to, pero no sujeto a retribución, serán castigados con prisión de seis meses a tres años y multa de cuarenta a ochenta sucres, a más de la restitución del duplo de lo que hubieren recibido. Serán castigados con prisión de uno a cinco años, y multa de cuarenta a ciento sesenta sucres, a más de restituir el triple de lo percibido, si han aceptado ofer- tas o promesas, o recibido dones o presentes, bien sea para ejecutar en el ejercicio de su empleo u oficio, un acto manifiestamente injusto; bien por abstenerse de ejecutar un acto que entraba en el orden de sus de- beres. Art. 241.—Todo funcionario público y toda perso- na encargada de un servicio público, que por oferta o promesas aceptadas, por dones o presentes recibidos, hubieren ejecutado, en el ejercicio de su cargo, un acto injusto, o se hubieren abstenido de ejecutar un acto que entraba en el ordez de sus deberes, serán castiga- dos con tres a seis años de reclusión menor, y con mul- ta de cuarenta a cuatrocientos sucres, a más del triple de lo que hayan percibido. Art. 242.—El culpado'será Suicida a reclusión mayor de cuatro a ocho años y a multa de ochenta a ochocientos sucres, si ha aceptado ofertas o promesas, O recibido dones o presentes, por cometer en el ejercicio de su cargo, un crimen o delito. Art. 243.—El juez, el árbitro o componedor, el asesor, el jurado, que se hubieren dejado cohechar o so- bornar, serán castigados con cuatro a ocho años de re- clusión mayor, y privación del ejercicio de la abogacía. ula Art. 244.—El juez, el árbitro, el componedor o el jurado, culpados de cohecho, serán condenados, a más de las penas arriba mencionadas, a una multa de] triple del dinero o valor de la recompensa. En ningún caso, ) esta multa podrá ser menor de cuarenta sucres. ' Art. 245.—Los que hubieren compelido por vio- lencias o amenazas, o corrompido por promesas, ofertas, . . , . dones o presentes, a un funcionario público, a una per- «sona encargada de un servicio público, a un jurado, ár- bitro o componedor, para obtener un acto de su empleo u oficio, aunque fuere justo, pero no sujeto a retribu- ción; o la omisión de un acto correspondiente al orden de sus deberes, serán castigados con las mismas penas que el funcionario, jurado, árbitro o componedor culpa- dos de haberse dejado cohechar. Art. 246.—NO se restituirán al corruptor, en nin- gun caso las cosas entregadas por él, ni su valor; y se- ran comisadas y puestas a disposición del Poder Ejecu- tivo para que los destine a los establecimientos de cari- dad que juzgue convenientes. De los sobornos y cohechos a los funcionarios públicos.—Los críme- nes y delitos castigados en este capítulo son propia- mente de corrupción de empleados públicos. —En qué consiste la corrupción. —Diferencia entre la corrupción y concusión. En este capítulo se trata de la infracción llamada - por algunos Códigos corrupción de empleados públicos, palabra más propia, ya que en ella se comprende tanto el hecho del que corrompe, soborno, como el del funcio- nario que se deja corromper. : Tomando, pues, la palabra corrupción como com- prensiva de ambos hechos diremos que esta infracción consiste en el ofrecimiento por una parte y en la acep- tación por un funcionario público de alguna ventaja o provecho.para ejecutar o abstenerse de ejecutar un acto que está dentro de sus funciones. | | La infracción llamada corrupción de empleados . — 390 =— públicos comprende dos hechos distintos: el crimen o delito del funcionario público que se ha dejado corrom- per, y el de la persona que lo cohecha. El primero cas- tigado por los Arts. 240 al 244 y el segundo por los Arts. 243 y 246. La ley distingue, conforme con la definición que hemos dado de esta infracción, si el ofrecimiento por una parte y la aceptación por otra es para ejecutar un acto o abstenerse de ejecutar; y, en el primer caso si es para ejecutar un acto justo, injusto o un crimen o de- lito. Se toma también en cuenta la calidad del funciona- rio que se deja corromper, En la corrupción de funcionarios públicos, éstos exigen o reciben algo que no se les debe, y lo hacen co- mo un don o regalo, y en esto es lo que se diferencia la corrupción de la concusión; pues en ésta el empleado exige o recibe lo que no se le debe legítimamente, pero como »i la ley le autorizara para ello. Previas estas consideraciones generales, entremos eu el estudio detallado del Capítulo VI. Para que haya el delito previsto en el Art, 240 son necesarias las siguientes condiciones: - 1? Que el delincuente, como en todas estas infrac- ciones, sea un funcionario público o persona encargada de un servicio público; es decir debe ser una persona en quien la ley ha depositado una parte del poder público, o que sin ser funcionario público esté encargada de un servicio público. 2%: Ea aceptación, por parte del culpable, de ofer- tas O promesas, o la recepción de dones o presentes. - Lo que constituyen esencialmente este delito-es la aceptación o recepción de ofertas o presentes, y aun cuando el funcionario se abstuviere de ejecutar lo que hubiere ofrecido, o ejecutare lo que manifestó abstener- se, no por eso dejaría de consumarse el delito. Es el contrato ilícito lo que castiga el legislador. 3% La aceptación o recepción de ofertas o presen- tes debe ser para realizar un acto justo o uu o para abstenerse de ejecutar un acto. Si el acto que ha ofrecido ejecutar el funcionario eS A justo, es de inenor gravedad la infracción que si fuere injusto, porque no hay perjuicio alguno; no existe sino la convención ilegal. ¿Si el acto ofrecido ejecutar, no es de la competen- cia del funcionario habría delito? Creemos que no, porque el Código dice: «para ejecutar un acto de su em- pleo u oficio», y no puede desatenderse lo que el legis- lador claramente lo ha manifestado. Habrá un engaño, un fraude pero no el delito de corrupción. Si el funcionario ha ofrecido ejecutar un acto in- justo o abstenerse de ejecutar «un acto que entraba en el orden de sus deberes», a más de la convención ilícita, de la venalidad, hay la injusticia o ilegalidad ofrecida; existiendo el delito aun cuando no se cumpla la oferta, porque de cumplirse el acto injusto o de abstenerse de ejecutar estaría el culpable en los términos del Art. 241. En este Art. se prevé ya el caso de que el funcio- nario público que por dones o promesas ofreció ejecutar un acto injusto, lo habiere ejecutado realmente, o se hubiere efectivamente abstenido de ejecutar el acto que prometió no hacerlo. En este caso, hay propiamente dos infracciones: la corrupción y el haber ejecutado el acto injusto o no ha- ber ejecutado el acto que debía; pero no puede aplicarse la regla del Art. 65 porque el legislador de las dos in- fracciones ha constituido un crimen especial. Un acto es injusto cuando es contrario «a la ley, a la razón, pero sin que sea un crimen o delito; pues si el - funcionario se dejare corromper para verificar un cri- men o delito, sería la infracción determinada en el Art, 242 si no ha cometido el crimen o delito y si lo ha co- metido tendríamos la concurrencia de varias infrac- ciones. En efecto, el Art. 242 se refiere al caso de que la corrupción tuviere por objeto cometer en el ejercicio del cargo un crimen o delito sin llevarlo a efecto. El crimen o delito de corrupción, Jo hemos dicho ya, se consuma por el hecho de la negociación ilícita, pero el legislador toma en cuenta también la finalidad que el corruptor se propone: un acto justo, injusto o un crimen o delito. A Si se trata de un acto justo es la simple venalidad lo que se castiga; si se refiere a un acto injusto oa un crimen o delito la venalidad y el perjuicio que puede causarse si no se verifica, y si se lleva a cabo el] crimen previsto en el Art. 241; o concurrencia de varias infrac- ciones si es crimen o delito el cometido, y se aplicará lo dispuesto en el Art. 63. Hemos dicho también que el Código toma en cuen- ta la calidad del funcionario público, para la calificación de la infracción y así lo determinan los Arts. 243 y 244 al mencionar a los jueces, árbitros. componedores, ase- sores y jurados, siendo más grave la infracción en este caso. «¿Qué significan aquí las palabras se hubieren de- jado corro nper?» pregunta Nypells en el Código Penal belga interpretado. «El juez se ha corrompido, continúa, en el sentido de nuestro artículo, por el hecha sólo de haber aceptado ofertas o recibido dones; o bien lo que el Art. 249 (243 el Código ecuatoriano) tiene intención de castigar co- mo corrupción es el hecho de haber emitido un voto o pronunciado un juzgamiento determinado por motivos de interés personal?» | «La última alternativa debe ser admitida. Este era el sentido de las palabras se ha dejauo corromper, en los Arts. 181 y 182 del Código de 1810, puesto que la pena impuesta por estos artículos depende de la con- denación pronunciada, en la cual el juez prevaricador ha temado parte, era también el sentido de estas pala- bras, en el proyecto de nuestro Código, tal como lo ha- bía admitido la Cámara, puesto que la pena del juez - prevaricador dependía de esta condenación. » «En consecuencia, el Art. 249 no sería aplicable al juez, etc., que haya aceptado ofertas o recibido presentes para dar un juzgamiento conforme a las inspiraciones de su conciencia, es decir para hacer en el ejercicio de sus funciones un acto justo no sujeto a retribución. Pe- ro sería preciso aplicar, en este caso, la disposición ge- neral del Art. 246 (Art. 240 del Código ecuatoriano): porque es imposible admitir que este hecho quede im- 009. 7 pune con respecto al juez, cuando la ley castiga el acto de un simple guarda campestre o guarda bosque». - Tal creo que debe ser la interpretación del Art, 243, ya que no se diferencia con el Art. 249 del Código belga sino en las palabras «haberse dejado cohechar o sobornar» que figuran en el Código penal ecuatoriano, en vez de «dejado corromper» como lo expresa el belga, y en la pena aplicable a los infractores. Nuestro Código además de las penas de reclusión o prisión impone la “de multa y obliga al funcionario a - restituir el duplo o triple de lo que hubiere recibido. Hasta aquí hemos visto los diferentes casos con respecto al funcionario que se ha dejado corromper, veamos el crimen o delito del corruptor. El corruptor es la causa del hecho punible, su pro- vocación es la que influye directamente en su realiza- ción; es, por lo tanto, coautor en el crimen o delito, y a falta de la disposición contenida en el Art. 245 habría que aplicar la del Art. 12. Pero el legislador ha hecho un crimen o delito es- pecial en el hecho del corruptor, porque si el funciona- rio público que se ha dejado corromper no ha cumplido su oferta, no habría cómo castigar al corruptor, pues la provocación por sí sola no es un acto de cooperación. En el Art. 245 no sólo se trata de la corrupción, sino de la fnerza física o moral qne emplee una persona a fin de que un funcionario ejecute un acto o se absten- ga de ejecutarlo. Claro es que, como lo dice Nypells, si el acto es justo no se concibe que se emplee la fuerza, serán las ofertas o presentes los que se empleen en este caso. Si fuere la fuerza la que ha obligado al funcionario a verificar el acto injusto o a omitir un acto propio de sus deberes, y esta fuerza ha sido irresistible, el funcio- nario estaría excento de responsabilidad; toda la tendría el que le violentó u obligó. S1 son promesas, ofertas, dones o presentes los que han influido en el ánimo del funcionario, el corruptor será castigado con las penas designadas para el funcio- nario que se hubiere dejado corromper, tomando en consideración si el acto que se ha ofrecido ejecutar es e — 340 — justo, injusto o un crimen o delito, y si efectivamente se han ejecutado en los dos últimos casos; lo mismo que si hubiere ofrecido, abstenerse de hacer un acto y si realmente se ha abstenido, y la calidad del funcionario. El Art. 246 no es sino una consecuencia de lo dis- puesto en el Art. 54, ya que las cosas entregadas por el corruptor son las que han servido para que la infracción se lleve a cabo, y tienen, por lo mismo, que caer en co- miso. CAPITULO VII De los abusos de autoridad Art. 247, —Serán castigados con prisión de uno a cinco años, el funcionario público, agente o comisiona- do del Gobierno, cualquiera que sea su empleo o grado, que hubieren requerido u ordenado, hecho requerir u ordenar, la acción o empleo de la fuerza pública contra la ejecución de una ley o un decreto ejecutivo, contra la percepción de un impuesto legalmente establecido, o contra la ejecución de un decreto, auto o sentencia judi- cial, o de cualquier orden emanada de la Autoridad. Art. 248.—Si el requerimento u orden ha surtido efecto, el culpado será castigado con tres a seis años de reclusión menor. | Art. 249.—Si las órdenes o repuerimientos han si- do la causa directa de otros crímenes que deben casti- garse con penas más rigurosas que las expresadas en los artículos anteriores, estas penas más rigurosas serán aplicadas á los funcionarios, agentes o comisionados culpados de haber dado dichas órdenes o dichos reque- rimientos. ] Art. 250.—Cuando un funcionario público, de cualquier naturaleza que sea, un agente del Gobierno, o de la Policía, un ejecutor de Órdenes y sentencias ju- diciales, un Comandante de la fuerza pública, hubiéren, sin motivo legítimo, usado o hecho usar violencias para con alguna persona, en el ejercicio o con ocasión del ejercicio de sus funciones, el mínimum de la pena seña- — 341 — ; lada contra estos hechos, se aumentará conforme al Art. 254. 7 Art. 251:—Todo Comandante, todo oficial o subal- terno de la fuerza pública que después de haber sido legalmente requerido por la Autoridad civil, se hubiere negado a prestar el auxilio que ésta le pide, será casti- gado con prisión de quince días a tres meses. De los abusos de autoridad.—En qué consiste el abuso de autori- dad.—Elementos de estas infracciones. «El abuso de autoridad, dice Concha, en general, - consiste en la aplicación de la autoridad, que se repre- senta o ejerce, a fines distintos de los determinados por la ley. o en los excesos que se ejecutan con su auxilio». Tres son las clases de infracciones previstas en este Capítulo: el requerimiento u orden ilegal de la fuerza pública; las violencias para con alguna persona, y la de- negación de auxilio. El requerimento u orden ilegal de la fuerza públi- ca, materia de los artículos 247, 248 y 249. La violencia contra las personas determinada en el Art. 250, y la denegación de auxilio prevista en el Art. 201. | En cuanto al requerimiento u orden se prevé tres casos: 12 El simple requerimiento u orden de la fuerza pública; : ? 22 Si el requerimiento u orden ha surtido efec- | to; y | 32 S1 ha sido causa directa de otros crímenes. Para que exista el delito previsto en el primer ca- so es necesario: 1? Que el culpable sea «funcionario pú- blico, agente o comisionado del Gobierno», cualquiera ; que sea su empleo o grado»; 22 Que requirieren u or- denaren la acción o empleo de la fuerza pública; 3? Que esto sea «contra la ejecución de una ley o un decreto ejecutivo, contra la percepción de un impuesto legal- — 342 — mente establecido; contra la otra ejecución de un decre- to, auto o sentencia judicial; o de cualquier. orden ema- nada de la Autoridad». , El culpable debe ser un funcionario o empleado ya sea civil o militar, ya porque en todas estas infracciones lo que se toma en cuenta es esta cualidad en el culpa- ble, ya que no puede concebirse abuso de autoridad en quien no la tiene. Si fuere un particular que se fingie- re empleado público, habría una usurpación de funcio- nes. ¿El funcionario público que requiere u ordena el empleo de la fuerza pública deberá ser competente; es decir, deberá obrar dentro de los límites de sus funcio- nes para que exista delito? Algunos comentadores sostienen la afirmativa, ya que dicen que el empleado público que ejecuta un acto fuera de su competencia es un simple particular. - Pero yo creo, de acuerdo con Nypells, que aun cuando el funcionario público sea incompetente existe - el delito, ya porque el Código no expresa esta condición, ya por la naturaleza de la infracción que nos ocupa, en la cual, como dice el citado autor, es preciso reconocer que siempre que se presente la hipótesis, el funcionario obra fuera de los límites de su competencia. La orden o el requerimiento de la fuerza pública es lo que esencialmente constituye la gravedad de la in- fracción; no es la simple desobediencia o resistencia lo - que se toma en cuenta, sino el empleo de la fuerza, de la violencia, aun cuando no se la haya empleado. Por último, el acto del funcionario debe tener por objeto alcanzar algun de los fines enunciados en el Art. 247. Entre éstos tenemos, en primer lugar, el requerl- miento o la orden contra la ejecución de una ley o de- creto ejecutivo; es decir, quede lo que trata el funcio- nario es impedir que uva ley o decreto ejecutivo se lle- ve a efecto, En segundo lugar, impedir la percepción de un im- puesto legalmente establecido: esto .es, los impuestos y contribuciones autorizadas por una ley, ya que sólo el Congreso puede establecer contribuciones. AUS POR » e. En tercer ESE oponerse a la ejecución de un de- -creto, auto o sentencia judicial. El funcionario no po- -dría invocar la excusa de que la resolución judicial sea -- injusta; basta que se la haya dictado con las formalida- des legales, que sea legal en la forma para que no haya - derecho a oponerse a su ejecución. Por último, oponerse a cualquier orden emanada de la Autoridad. Enel Código francés se dice: «Autori- dad legítima», palabra suprimida en el Código belga y en nuestro Código; pero es claro que la autoridad que da la orden debe hacerlo dentro de las funciones que le corresponde. Hasta aquí hemos visto el caso en que el requerl- miento no ha' surtido efecto, comprendido en el Art. 247, y es simplemente un delito. Si el requerimiento u orden ha surtido efecto es un crimen castigado por el Art. 248. Para la existencia de este crimen, ¿será necesario que la ley, decreto ejecutivo, mandato judicial, etc. no se hayan llevado a ejecución o será suficiente el que a causa de la orden o requerimiento la fuerza pública se haya reunido para cupo alguno de los fines mencio- nados? Carnot opina que es indispensable que se haya cumplido el objeto que se propuso el culpable: que el decreto no se haya ejecutado, que el impuesto no se ha- ya percibido etc.; que éste es el sentido de la expresión «ha sido seguida de efecto» que figura en el Código francés, lo mismo que en el belga. Chauveau y Helie por el contrario sostienen que basta el que la fuerza pública se haya reunido para la existencia de la infracción, y este fue el sentido en que se aprobó esta disposición por las Cámaras belgas, se- gún lo dice Nypells. A falta de documentos parlamentarios en los cuales - podamos ver el pensamiento del legislador ecuatoriano, creemos que debemos seguir la interpretación dada por los autores del Código belga, fuente inmediata del nues- tro, v también por la naturaleza del crimen, que va contra la “seguridad pública y ésta se halla comprometi- da por el solo hecho de la reunión de la pra pública — 344 — 3 con el objeto de cumplir alguno de los fines menciona- : dos en el Art. 247. A consecuencia de la orden o del requerimiento de la fuerza pública, han podido cometerse otros crímenes, y el funcionario o agente del Gobierno que dió la orden es responsable de esos crímenes y delitos; caso previsto en el Art. 249. Pero para que el funcionario sea responsable es necesario que el requerimiento o la orden haya sido la causa directa de esos crímenes; éstos deben estar con la orden o requerimiento en la relación de causa a efecto. La orden o el requerimento fue la causa del cri- men; sin dichas órdenes no se hubieran cometido esas infracciones: el funcionario debe ser responsable. La pena será la que corresponda al crimen nueva- mente cometido si fuere más rigurosa que la determi- naea en el Art. 248, lo que no es sino la aplicación de las reglas sobre concurrenela de varias infracciones. La infracción prevista en el Art. 250, violencias para con alguna persona, exige las condiciones siguien- tes para que exista: 12 Que el funcionario público ejerza violencias contra una persona; 2% Que hayan sido efectuadas por el funcionario en el ejercicio o con ocasión del ejercicio de su cargo, y 3% Que hayan sido sin motivo legítimo. La violencia es el acto de apremio físico: de bb que las amenazas, los insultos, injurias etc. no darían lugar a la infracción. El Código no hace distinción sobre la especie de violencia, así se refiere, pues, desde los golpes hasta el homicidio; pero siempre que tales violencias constitu- yan un crimen o un delito, y hay que tomar en consi- deración el hecho cometido, tal cual se lo haya califica- do en el respectivo artículo del Código para determinar la naturaleza de la infracción. Si el funcionario ha cometido una simple contra- vención, no sería aplicable el Art. 250, ya que el Art: 254 al cual se refiere el 250 habla sólo de crímenes y delitos. Así, si alguna de las personas mencionadas en este artículo ha causado una herida cuya curación pase de ocho días se le aplicará la pena impuesta por el Art. -398 aumentada de acuerdo con el 254; pero si la inca- pacidad o la enfermedad baja de tres días no se aplicaría la disposición que estudiamos. El funcionario público debe, al efectuar las violen- cias, hacerlo en el ejercicio o con ocasión del ejercicio de sus funciones, y esta es la circunstancia que agrava al hecho, lo que da a la violencia el carácter de abuso de autoridad. Si el funcionario no verifica el hecho en el ejercicio o con ocasión del ejercicio de sus funciones, es un sim- ple particular y sufrirá las consecuencias de acuerdo con las disposiciónes generales. Por último es condición esencial para el hecho pre- visto en el Art. 250 que el funcionario haya obrado sin motivo legítimo. No se puede decir de una manera general, de modo absoluto para todos los casos, qué es lo que debe enten- derse por motivo legítimo; es una circunstancia que tie- - ne que estar a la apreciación del juez, el cual juzgará en cada caso según la naturaleza de los hechos. La última de las infracciones prevista en el Capítu- lo VIT, antes que un abuso de autoridad es una dene- gación de auxilio, por parte de las autoridades de la fuerza pública, al requerimento hecho por la Autoridad civil. La infracción no se aplica sino a los jefes superio- res o subalternos de la fuerza pública que tienen a sus Órdenes una parte de ésta, y no incurrirán en el delito sino cuando el requerimiento ha sido legal, tanto por provenir de una autoridad que tenga derecho a ello, co- mo por haber sido expedido con las formalidades legales. CAPITULO VII Del ejercicio de la autoridad pública ilegalmente, anticipado o prolongado Art. 252.—El funcionario público que hubiere en- a A trado a ejercer sus funciones, sin haber prestado la pro- mesa que la Constitución previene, será condenadu a. una multa de cuarenta a cien sucres. Art. 253.—El funcionario público destituído, sus- penso o declarado legalmente en interdicción, qué con- tinuare en el ejercicio de sus funciones después de ha- ber sido notificado con la destitución, suspensión o inter- dicción, será castigado con una prisión de seis meses q | un año, y con una multa de cuarenta a ochenta sucres, Será castigado con las mismas penas el funcionario público electivo o temporal, que hubiere continuado ejerciendo sus funciones después de su respectivo perío- do, salvo los casos legales. Disposición especial Art. 254.—Fuera del caso en que la Ley fija espe- cialmente las penas con que deben castigarse los críme- nes y delitos cometidos por los funcionarios o emplea- dos públicos, los que se hubieren hecho culpables de otros crímenes o delitos que estuvieren encargados de prevenir, perseguir o reprimir, serán condenados en las penas señaladas a esos crímenes o delitos, doblándose el mínimum, si la pena es de prisión, y aumentándose en dos años, si es de reclusión mayor o menor. Del ejercicio de la autoridad pública ilegalmente anticipado o pro- longado.—La ley distingue para la imposición de :a pena, la anticipación o la continuación en el ejercicio de sus funciones. | Dos son los casos previstos en el Capítulo VIII: o el funcionario público ha entrado a desempeñar las fun- ciones de su cargo sin haber prestado la promesa cons- titncional, o el funcionario público ha seguido desem- peñando su cargo cuando alguna causa le impide Seguir ejerciéndolo. En el primer caso es un delito que se lo castiga finicamente con multa, pues es una simple negligencia e — 347 — 2d empleado; pero en el segundo caso bueden ser gra- ves las consecuencias que resulte de este hecho, y por - esto que difiere del anterior ya en su naturaleza yen sus efectos. Difiere por su naturaleza, porque en esté caso hay una usurpación de atribuciones: el funcionario destitui- do, suspenso o en 'interdicción de su cargo y que con- -tinuare en sus funciones, se inmiscuye en el ejercicio de una autoridad que no le pertenece. El Código ha previsto los casos de destitución, sus- pensión e interdicción, siendo fácil de comprenderse los - dos primeros; y en cuanto al último, no puede referirse sino a la interdicción de los derechos políticos por una de las causas determinadas en los Arts. 14 y 15 de la Constitución de la República; es decir, por la pérdida o suspensión de los derechos de ciudadanía. Pero para que exista esta infracción, es necesario que el funcionario haya tenido conocimiento de que se hallaba destituido, suspenso o en interdicción porque sólo así hay el elemento moral de la infracción. Además, la causa por la cual un funcionario ha ce- “sado en el ejercicio de sus funciones debe ser declarada por quien tenía derecho a destituirlo, suspenderlo o de- clararlo en interdicción; es decir, por el superior gerár- quico o por el Poder judicial. El inciso segundo del Art. 253 se refiere a los Ei cionarios públicos que ejercen funciones por períodos determinados, los cuales, terminado el período, no pue- den continuar en el ejercicio de su cargo «salvo los ca- sos legales»; y estos no son otros que los determinados en las leyes orgánicas u administrativas, para los fun- cionarios que terminado el período para el cual fueron elegidos deben continuar en sus funciones mientras no sean legalmente reemplazados. En cuanto a la disposición especial, tiene por obje- to agravar la pena a los funcionarios públicos, que se hubieren hecho culpables de crímenes o delitos que es- tuvieren encargados de prevenir, perseguir o reprimir. Para que esta disposición pueda aplicarse, es nece- sario: 129 Que el crimen o delito no esté previsto de una manera especial para el funcionario público; que esta JAN - E calidad no sea un elemento constitutivo de la infrac- ción, pues, en este caso, se aplicaría esa disposición es- pecial y no el Art. 254. Por eso dice este Art. «Fuera del caso en que la ley fija especialmente las penas....» 22 Que el funcionario público cometa un crimen o delito que estuviere encargado de prevenir, perseguir o castigar. | | Cualquiera que sea la participación de un funcio-. nario público en el crimen o delito, sería responsable en los términos del Art. 254, ya sea como autor, cóm- plice o encubridor, pues dicho Art. dice: «los que se hu- bieren hecho culpables», frase que manifiesta toda espe- cle de participación. El funcionario o empleado debe estar, según sus funciones o deberes, encargado de prevenir, perseguir o castigar el crímen o delito en cuya ejecución ha tomado parte, siendo esto condición esencial para la aplicación del Art. 254, Los funcionarios encargados de prevenir los deli- tos, no son otros que los empleados de Policía, y los en- cargados de perseguirlos son estos mismos empleados y los de los Juzgados y Cortes, así como éstos son los lla- . mados por la ley para castigarlos, En euanto a la pena se aumenta en dos años si la infracción cometida es un crimen, y se dobla el míni- mum si es un delito; sin perjuicio de que el juez tome en cuenta las circunstancias que modifican la pena para su aplicación. Así, si un funcionario encargado de castigar un homicidio, comprueba la circunstancia de la provoca- ción, impondría la pena de dos a cuatro años, ya que la determinada en el Código es de uno a cuatro años. Si se trata de pena de multa, nunca podría ser do- blada; ya que el Código no se refiere sino a las penas de prisión y reclusión. (Continuará) TA PORCION CONYUGAL Voy a comentar brevemente las disposiciones le- gales que rigen la institución con cuyo nombre encabe- zo estas lineas, comprendidas en el Libro III, Título'V, $ 2”, del Código Civil. Art. 1.162. “Porción conyugal es la parte del pa- trimonio de una persona difuuta, que la ley asigna al cónyuge sobreviviente, que carece de lo necesario para su congrua sustentación”. Esta última parte de la definición es inexacta, pues- to que el derecho del cónyuge sobreviviente depende, no de que carezca de lo necesario para su congrua sus- tentación, sino de que sus otros bienes y derechos no sean de tanto valor como el que le corresponda a título de porción conyugal. Así, un cónyuge dueño de bienes cuantiosos, no sólo suficientes para una vida cúmoda y holgada, sino hasta innecesarios y supérfluos, tiene, sin embargo, de- recho a la porción conyulal, esto, es a la cantidad que le falte aún para completar lo que a este título le co- rresponda en la sucesión del difunto. No sucede lo mismo tratándose de los alimentos congruos que se deben por ley a ciertas personas, entre las que figura también el cónyuge, alimentos que no exceden de lo que el alimentado necesite para subsistir modestamente, de un modo correspondiente a su po- sición social, si bien para tasarlos se toman siempre en consideración las facultades del deudor y sus circuns- tancias domésticas. A : Resulta, en consecuencia, que el objeto propio de la porción conyugal es el de suministrar al cónyuge so- — 0 = breviviente aquella parte del patrimonio del difunto, que al asignatario le permita conservar, desde el punto de vista pecuniario, los medios de vida y la posición social que se entendían corresponderle al tiempo de abrirse la sucesión, según la cuantía del patrimonio de ambos cónyuges y les cargas análogas quo pea sobre el del fallecido, k ok Árt. 1. 163. “Tendrá derecho a la porción conyu-. gal aun el cónyuge divorciado, a menos que por culpa suya haya dado ocasión al divorcio”. El divorcio a que se refiere esta ley es el imperfec- to, qué produce mera separación de la vida marital, sin disolución del vínculo del matrimonio; pues, en cuanto al divorcio perfecto, nise lo menciona con este nom- bre en el Código Civil, ni deja subsistente la calidad de cónyuges en los divorciados. Las causas que ocasionan el divorcio imperfecto, por culpa de uno de los cónyuges, son las siguientes: el adulterio de la mujer; el concubinato público y escandaloso del marido; haberse declarado por sentencia judicial que es uno delos cónyuges autor o cómplice de un crimen contra la vida del otro cónyuge; la sevicia atroz; la embriaguez consuetudinaria; y la tentativa del marido para prostituir a la mujer o a sus hijos. Las tres primeras de las causas precedentes pueden serlo también del divorcio que disuelve el vínculo ma- trimonial, si asílo prefiere el cónyuge inocente y en este sentido propone su acción. Desde que entró en vigencia la ley de 29 de octubre de 1904, cuyo artículo 4” declara que todas las causas matrimoniales se ventilarán y resolverán con sujeción a la Ley de Matrimonio Civil de 3 de octubre de 1902, quedaron suprimidas la intervencción de la autoridad eclesiástica y la aplicación del derecho canónico a los juicios de divorcio de los matrimonios católicos cele- brados anteriormente; mas, una sentencia ejecutariada antes del imperio de aquella ley, que declarase divor- ciado por su culpa a un cónyuge por los jueces y según los cánones dela Iglesia Católica («si alter coniux sec- tae acatholicae nomen dederit; si prolem acatholice E SÓ educaverit...»), le privariía también de la porción con- yugal. | AE El artículo 1.163, que impone esta pérdida al cón- yuge, puede estimarse como una aplicación especial del artículo 984, según el cual el cónyuge divorciado no tie- ne parte alguna en la herencia abintestato de su mujer o marido, si hubiese dado motivo al divorcio por su culpa; pues,la porción conyugal es una asignación abin- testato, aunque también el testador la disponga, o en lo demás la herencia sea testamentaria. j El propio impedimento, peculiar alos cónyuges, no obsta a que rijan respecto de ellos los motivos de in- dignidad comunes a todos las asignatarios por causa de muerte: de modo que tampoco habrá lugar a la porción convugal, afavor del cónyuge que se hallase en alguno de losícasos que se expresan a continuación: si ha cometido el crimen de homicidio en la per- sona del difunto, o ha intervenido en este crimen por obra ojconsejo, ola dejó perecer pudiendo salvarla; si cometió atentado grave contra la vida, la honra o los bienes de la perscna de cuya sucesión se trata, o de su cónyuge (de anteriores nupcias), o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes legitimos, con tal que dicho atentado se pruebe po: sentencia ejecutoriada (dis- tinta de aquella en que se haya de declarar la indig- nidad). si por fuerza o dolo obtuvo del testador alguna disposición testamentaria, o le impidió testar; si dolosamente ha detenido u ocultado el testa- menro; presu niéndose dola por el mero hecho de la detención u ocultación; si el marido mayor de edad no hubiese acusado ante la justicia el homicidio cometido en la persona de su mujer, tan presto como le hubiere sido posible, a menos que la justicia se haya anticipado a proceder so- bre el asunto, o que uno de sus ascendientes, descen- dientes o parientes dentro del cuarto grado de consan- ginidad o segundo de afinidad fuere autor o cómplice del homicidio. Nótase que la ley no ha extendido a los cónyuyes las causas de indignidad establecidas, ya respecto de los consanguíneos dentro del sexto grado inclusive, para el caso en que, en el estado de demencia o desvalimiento «de la persona de cuya sucesión se trata, no la socorrió pudiéndolo, o ya con relación a los ascendientes o des- cendientes que, llamados a suceder abintestato a un y A ES 2? Y E demente o sordomudo,'omitiesen solicitar, pudiendo hacerlo, por sio por apoderado, que se le nombre cura- dor, y permaneciesen en esta omisión un año entero. Cabe preguntarse, acerca del artículo 1.163, si el testador puede ordenar que se le déal cónyuge culpado la porción conyugal, y parece aceptable la afirmativa, bien se aplique, por analogía, el artículu 963, que pro- hibe alegar las indignidades contra disposiciones testa- mentarias posteriores a los hechos que las procucen, O bien se atienda a que el artículo 984, citado arriba, to- ma en cuenta la misma culfa, en general, sólo con re- lación a las asignaciones de la herencia abintestato. . A responderse negativamente a la pregunta que se acaba de formular, el resultado sería que la asignación hecha por el cónyuge difunto al sobreviviente, a titulo de porción conyugal, no se imputaría a ésta, sino a la parte de bienes de que el testador pudo disponer a su arbitrio, a menos que los interesados a quienes perju- dicase la disposición testamentaria, no se opusiesen a que se la l:eve a cabo. Por lo visto, los casos en que el cónyuge pierde la porción conyugal son más numerosos que los que le habrian privado del derecho a los alimentos; derecho que cesa enteramente sólo a causa de injuria atroz, y que queda restringido a los alimentos necesarios, en vez de los congruos, por injuria grave contra el cón- yuge alimentante. Los alimentos que se deben por ley a ciertes per- sonas son, a su vez, asignaciones forzosas que se dedu- cen de la masa de bienes del obligado que fallece; mas, aunque el cónyuge figura entre los alimentarios legales, la porción conyugal le excluye de ese número, y, perdida ésta, no convalece el otro derecho. Se ha realizado, pues, la llamada ley de las com- pensaciones, al sustituirse un derecho con outro más ventajoso, pero sujeto a mayor número de casos de extinción que el primero. Xx *k + Art. 1.164. “El derecho se entenderá existir al tiempo del fallecimiento del otro cónyuge, y no cadu- caráen todo o parte por la adquisición de bienes que Posteriormente hiciere el cónyuge sobreviviente”. Desde luego, a no haber perdido este último cón- yuge su derecho a la porción conyugal, por alguna de AL ca to E os las causas expresadas anteriormente, se le reconoce tal derecho, aunque tenga bienes, en los términos y por las cantidades que se verán más adelante; de modo que el articulo 1.164 se propone- sólo evitar que a la sobre- dicha porción, tal como se la reconozca y fije en cada caso, se pretenda aplicar, por ventura, la caducidad to- tal o parcial que sobreviene con respecto al derecho de alimentos legales, cuando el alimentario adquiere bienes con que pueda atender al mismo obJeto. Esto confirma la observación de que el derecho concedid» hoy al cónyuge, a titulo de porción conyu- gal destinada a su congrua sustentación, se aparta sus- tancialmente del concepto de alimentos congruos, aunque se pueda hallar en ambos un supremo funda- _mento común, aplicado de diferente msnera. Lo dicho no obsta, por supuesto, a que las deter- minaciones que se tomen acerca de la porción con- yuga!, en la inteligencia de que el cónyuge carece de bienes, o de que los tiene en cierta cantidad, sean sus- ceptibles de rectificación posterior, si aparecen bienes cuya exisiencia se había ignorado, o cuyaimportancia no pudo ser por de prontc debidamente apreciada. Aquellas determinaciones constituyen materia pro- pia.de un acto legal de partición, y los actos de esta clase se anulan o se rescinden contorme al artículo 1.338 (1), del mismo modo y según las mismas reglas que los contratos, es decir, entre Otras causas, por la de error sobre los hechos que sirven de base esencial y común al consentimiento de todos y cada una de los contratantes. Fácilmente y de buena fe se puede errar cuando se examina lo que contiene y vale el patrimonio de una persona, el que se compone de todos los bienes actua- les, conocidos o desconocidos, inclusive los derechos y acciones que provengan de causas inadvertidas aún, Oo cuyos resultados son todavía inciertos oincalculables. Nada aparecía tener, quizá, por el momento, el cónyuge interesado, y, entretanto, había fallecido un testador que le dejaba cuantiosa herencia; descubierto lo cual, la persona a quien interesase tendría derecho _de exigir que los arreglos concernientes a la porción conyugal se dén por no verificados. E El plazo de prescripción para el ejercicio de este (1) Los artículos que cito en este comentario sin mencio- nar otra ley, pertenecen a] Código Civil. 4 Ss derecho sería el de cuatro años contados desde el acto de partición, los que se suspearden en favor de los he- rederos menores de quien incurrió en el error, hasta que lleguen asu mayor edad, no pudiendo exceder per esto del lapso total de treinta años. Arts. 1.681 y 1.682. El error podrá recaer también sobre el conoci- miento y apreciación de los bienes del cónyuge difun- to, y surtirá el mismo efecto, si hubiese influido en las resoluciones adoptadas acerca de la paerción conyugal. * k * o Art. 1.165. “El cónyuge sobreviviente que, al tiempo de fallecer el otro cónyuge, no tuvo derecho a la porción couvugal, no la adquirirá después por el he-ho de .caer en pobreza... Considérase e.: e. ta ley una situación inversa a la que presupone el anterior, pero en el mismo orden de ideas, que consiste en tijar con exactitud los caracte- res de la porción conyugal, a fin de que ésta no se confunda con la institución de alimentos congruos; y, por lo mismo, tienen lugar, «tra vez, tanto la ob- servación de que el articulo no propende a establecer la pobreza como requisito del derecho, sino a declarar la invariabilidad de éste, como la de que el des- cubrimiento del verdadero estado de los bienes del un cónyuge o del ótro, posterior a las determinaciones concernientes a la porción conyugal, autoriza a refor- marlas, dentro del respectivo plazo de prescripción. En verdad, la riqueza del cónyuge sobreviviente no le priva por sí sola del derecho a la porción conyugal, _y, además, a una riqueza aparente puede sustituir luego la pobreza real, v. g., siel cónyuge ha poseído un inmueble valioso, susceptible, empero, de una acción reivindicatoria, la que llegue después a hacerse efec- tiva. Sila modificación se refiriese únicamente a la cuantía de la porción conyugal, por aparecer nuevos bienes en el patrimonio del cónyuge difunto, bastaría una partición suplementaria, sin que se rescinda la an- terior, nise aplique, en consecuencia, la mencionada prescripción de corto tiempo. No se ha de confundir la acción rescisoria por cau- sa de error sobre el monto real de los patrimonios, con laque proviene de lesión, aunque ambas pueden encaminarse a reparar el perjuicio de que hubiese sido PP A víctima el cónyuge sobreviviente, con respecto a la porción conyugal. Por causa de lesión, se rescinden, conforme al ar- tículo 1.338, los actos de particion de una herencia, a solicitud de quien haya sido perjudicado en más de la mitad de su cuola, aunque no haya ignorado el perjui- cio, O aunque éste no se deba a falsas apariencias del patrimonio dividido, ni de ninguno de los demás he- chos en quese basen la partición o las deliberaciones que a ella pertenezca o la integren. D>osde este punteo de vista. la condición de los asig- natarios a título universal es mejor antes de la parti- ción de la herencia, q 1e despuís de verificada en per- juidio suyo; pues, en el primer caso, tienen expedito su derecho para exigir su cuota íntegra, mientras que, en el segundo, les queda solamente la acción resciso- ria cuando han sido perjudicados en más de la mi- tad, siéndoles forzoso tolerar un perjuicio menor, si la partición se ha hecho con los requisitos legales. Es ésta una propiedad común a todos los actos ju- rídicos. Mientras se hallan pendientes, la parte intere- sada puede realizarlos en los términos que le convengan oen aquellos a que los antecedentes le den derecho; mas, una vez ejecutados, obligan a su autor, aunque le causen perjuicio, salvo únicamente los casos de ex- —cepción señalados por las leyes. * * Art. 1.166. “Si el cónyuge sobreviviente tuviere bienes, pero no de tanto valor como la porción conyu- gal, sólo tendrá derecho al complemento, a título de porción conyugal. : | - Se imputará, por tanto, a la porción conyugal to- do lo que el cónyuge sobreviviente tuviere derecho a percibir a cualquier otro titulo en la sucesión del di- funto, inclusa su mitad de gananciales, si no la re- nunciare”. Esta ley hace necesario distinguir los bienes del cónyuge sobreviviente, a que se refiere el primer inciso, de los que tiene derecho a percibir en la sucesión del otro cónyuge, de que trata el segundo, y fijar los efec- tos de los unos y de los otros, en lo que mira a la porción conyugal. Tener derecho de percibir algo en la sucesión deun difunto, debe ser únicamente hallarse llamado a suce- derle en sus bienes, a titulo universal o singular. La ley ha oscurecido este concepto al incluir la mitad de gananciales del cónyuge sobreviviente, entre los bienes que tuviere derecho a percibir en la sucesión de su cónyuge difunto, sin embargo de que el derecho a los gananciales no se funda en la sucesión por causa de muerte. Los bienes propios del cónyuge sobreviviente po- drán consistir en cantidades que le hubiese debido el mismo cónyuge difunto, a cualquier título, y que se le deban, en consecuencia, por la sucesión de este cón- yuge. Especialmente, si es la mujer la que sobrevive, tendrá derecho, aunque no haya gananciales, a que el valor de sus bienes propios, de que el marido haya dispuesto, le sean entregados por la sucesión de éste, con la preferencia de cuarta clase que le corresponde respecto de los acreedores quirografarios del mismo. Entre los bienes propios de un cónyuge pueden figurar tambien los que el otro le hubiese donado irre- vocablemente, con anterioridad al matrimonio, inclu- sive los que le hubiese prometido en consideración al matrimonio que se habia de contraer, aunque dichos bienes hayan entrado después a formar parte del ha- ber social. | Podrá tener, además, el cónyuge sobreviviente, ac- ciones que deducir contra la sucesión del ótro, por mo- tivos extraños a su matrimonio, v. g., el derecho de reivindicar un inmueble. En todos estos casos, y en otros análogos, el cónyu- ge sobreviviente recibirá bienes de la suceción del otro cónyugue, como verdadero dueño o acreedor, y queda- rá comprendido en el aparte primero del artículo 1166, no en el segundo, que no puede menos de referirse, de manera exclusiva, al cónyuge que hubiese de percibir- los en calidad de participe en aquella sucesión. Aun con respecto a la mitad de gananciales, se im- pone siempre no perder de vista lo que ella es según su naturaleza esencial: utilidad que pertenece por derecho propio a cada uno de los cónyugnes, como a socio de la sociedad conyugal, no como a partícipe en la sucesión del otro socio, a pesar de los términos en que se ha re- dactado el sobredicho inciso segundo del artículo 1.166. Para hacer la comparación prevenida en este artícu- 5 ON ES E os ns lo,es indispensable conocer antes lo que valen la porción conyagal, los bienes del cónyuge sobreviviente, su mi-. tad de gananciales y lo que el mismo cónyuge tuviere derecho a percibir en la sucesión, en virtud de donacio- nes o asignaciones por causa de muerte; conocimiento que se obtiene mediante el inventario y tasación de to- dos los bienes de los cónyuges, ora propios de cada uno de ellos, ora de la sociedad conyugal, así como por las disposiciones legales y testamentarias que deben regir la sucesión del difunto. Fijada la cantidad que debiera darse a título de por- ción convugal, en caso de que el cónyuge acreedor careciese de bienes, y conocido el valor de los bienes propios de este cónyuge, no habrá lugar,en ger eral,a di- cha asignación, si estos bienes valen más % lo mismo que ella; pero, si valen menos, se toma de la porción conyu- gal la diferencia, y se la destina al cónyuge. | En tal caso, la cantidad que se deja de pagar a éste, debe continuar en la masa hereditaria, ya en todo el a- cervo, o ya en una de sus cuotas considerada separada- mente, según de dónde debiera tomarse aquella mis- ma cantidad. ( Con mucha propiedad se dice entonces que el va- lor de los bienes del córivuge sobreviviente, se deduce del valor de la porción conyugal, quedando reducida ésta a la diferencia de los dos valores; pues, deducir es rebajar, restar, descontar alguna partida de una cantidad cualquiera, y, exactamente, la partida formada por los bienes del cónyuge, se rebaja de la cantidaa que la su- cesión del difunto debe a título de porción conyugal. Ahora veamos los derechos que el expresado cón- yuge puede tener en la sucesión de que se trate, a cual- quiera otro título distinto de la porción conyugal, por causa de muerte. En primer lugar, el cónyuge sobreviviente es, en algunos Órdenes de sucesión, heredero abintestato del otro cónyuge quien está facultado, por cierto, para prescindir de su cónyuge y disponer libremente de esa cuota de bienes. De lo que no puede pr:varle es de la porción conyugal. A falta de testamento en contrario, cabe, pues, que esté llamado el cónyuge sobreviviente , así a la porción conyugal, que es común a todas las órdenes de sucesión, como a alguna otra asignación hereditaria abintestato. Por voluntad del testador, dicho llamamiento es susceptible de extenderse, claro está, a nuevas cuotas PE 7 hereditarias,y aun á todos los bienes de la sucesión,pues- to que su cónyuge le instituvese como su único y uni- versal heredero. | U obran, quizá, disposiciones testamentarias que contengan legados de cualquier clase o importancia a favor del cónyuge sobreviviente. Cuando un testador dispone de sus bienes en per- juicio de sus herederos forzosos, el asignaterio favoreci- do está sujeto a que, en virtud de la correspondiente acción de dichos herederos, la asignación se reduzca a los límites permitidos por la ley. : Asímismo,cuando acerca de la parte de los bienes de que puede disponer a su árbitrio,dicta un testador dispo- siciones cuyo valor traspase del que tenga aquella cuota, se rebaja el monto de la asignación al favorecido, o a prorrata el de todas las asignaciones hechas a distintas personas, salvo la preferencia que el testador hubiese establecido para este evento. | Por último, equivalen a las asignaciones a título universal o singular las donaciones revocables, que son las que se otorgan en esta calidad o la tienen por sólo la ley, los legados anticipados, o que el testador entrega en vida al legatario,y las donaciones que uno delos cón- yuges hace al otro durante el matrimonio, aunque su propósito y su forma sean las de una donación irrevo- cable; advirtiéndose que las sobredichas denaciones prefieren a los legados comunes, cuando los bienes que deja el testador a su muerte no alcanzan a pagarlos todos. EA En resumen: para fijar la cantidad que el cónyuge sobreviviente tiene derecho a percibir en la sucesión a cualquiera de estos títulos, se atiende a la que resulte después de hechas todas las reformas, rebajas y demás modificaciones a que la donación, herencia o legado es- tuvieren sujetos, según los instrumentos que los consti- tuyen y las leyes que rigen su ejecución. Sería un error imperdonable atenerse al valor no- minal de la donación, herencia O legado,y concluir que es a él a que tiene derecho el cónyuge en la suce- sión del difunto. | Pues bien, una vez fijada la cantidad efectiva que corresponde al cónyuge por estos títulos, se la imputa a la porción conyugal, es decir, se paga ésta, y, por el mis- mo hecho, se entiende pagaila aguélla, hasta concu- rrencia de los dos valores; pues, imputar es abonar una partida a alguno en su cuenta o deducirla de su débito, : TIRA lo que se hace, en realidad, cuando se procede en el concepto de que el donante o testador se propuso pagar a su cónyuge,con la donación,herencia o Jegado, lo que llegase a deberle a titulo de porción conyugal. -— Esanáloga la imputación prevista por el artículo 1188, que dice asi: | «Todos los legados, todas las donaciones, sean re- vocables o irrevocables, hechas a'un legitimario que tenia entonces la .alidad de tal, se imputarán a su le- gitima, a menos que en el testamento o en la respectiva escritura o en acto posterior auténtico aparezca que el legado o la donación han sido a título de mejora. Sin emba:go, los gastos hechos para la educación de un descendiente nose tomarán en cuenta para la com- putación de las legítimas, ni de Ja cuarta de mejoras, ni de la cuarta de libre disposición, aunque se hayan -he- cho con la calidad de imputables. - Tampoco se tomarán en cuenta para dichas impu- ciones los presentes hechos a un descendiente, con ocasión de su matrimonio, ni otros regalos de costum- Lre». En armonía con el artículo 1.188, ha dispuesto el _articulu 1.183 lo siguiente: «Si lo que se ha dado o se da en razón de legítimas 'excediers a la mitad del acervo imaginario, el exceso se impbutará a la cuarta de mejoras, sin perjuicio de divi- dirse por partes iguales entre los legitimarios; pero con exclusión del cónyuge sobreviviente, en el caso del ar- - tículo 1.168, inciso 2”.». Y, por fin, el artículo 1.184 completa el sistema de esta imputación con este otro precepto: - <«Silas mejoras (comprendiendo el exceso de que habla el artículo precedente, en su caso), no cupieren en la cuarta parte del acervo imaginario, este exceso se imputará a la cuarta parte restante, con preferencia a cualquier objeto de libre disposicion, a que el difunto la haya destinado». Así, pues, tanto a los legitimarios, como al cónyu- ge sobreviviente, se les da el valor íntegro de sus asig- naciones forzosas, de la respectiva cuota de bienes des- tinadas al efecto, sin deducir nada de dichas asignacio- nes, -ni dejar; en Consecuencia, sobrante alguno de aquella cuota de bienes, en beneficio de ningún otro partícipe o interesado en el sobrante, La imputeción establecida, con respecto al cónyu- ge sobreviviente, en el inciso segundo del artículo O | =z 1.166, obedece, es cierto, al mismo principio sentado en. el inciso primero, de que los bienes que tuviese el cón- yuge son incompatibles con otro tanto de la porción conyugal; pero la aplicación de ese principio'se verifica en los dos incisos de manera distinta; a saber: en el primero, se elimina o rebaja la porción conyugal, y, en el segundo, se la sustituye con los otros derechos, los que, sin embargo, Se hacen efectivos en la misma cuo- ta de bienes destinada a la porción conyugal. Cambia la causa inmediata de la deuda, no su cantidad ni el fondo con que la se satisface. | Por supuesto, el resultado numérico será igual. pa- ra el cónyuge sobreviviente, bien aproveche de la cuota destinada a la porcion conyugal, o bien de aquello sobre que versen sus otros dercchos en la suce- sión; mas, por una parte, el mismo cónyuge podría en- contrar preferible uno de esos títulos, por determinadas circunstancias particulares, y, por otra, cabe muy bien que los interesados en el sobrante de la porción con- yugal sean distintos de los llamados a recibir el que quede si son los demás derechos del cónyuge Jos que no se hacen efectivos. Ds ahí la necesidad de fijar la cuota de bienes de la sucesión que ha de servir para el pago al cónyuge, y el destino que se ha de dar a los que éste deja de recibir. La disposición de que se impute a la porción con- yugal la mitad de gananciales, si el cónyuge no la re- nunciare, vuelve oportuno recordar que sólo la mujer está facultada para dicha renuncia, nunca el marido, sin que el propósito del artículo 1.166 haya sido el de esta- blecer otra cosa al respecto. «Disuelta la sociedad, dice el artículo 1.771,-la mu- . jer mayor o sus herederos mayores tendrán facultad de renunciar los gananciales a que tienen derecho». «Con la renuncia de la mujer o de sus herederos, agrega el artículo 1.773, los derechos de la sociedad y del marido se confunden e identifican aun respecto de ella». De modo que, sies la mujer la que sobrevive al marido y renuncia los gananciales, quedan éstos incor- porados por entero en la sucesión del difunto, y contri- buyen, por lo tanto, a formar la porción conyugal; y, aceptando una cuota por esta porción, la mujer respon- de también, a prorrata, por las deudas sociales, con be- neficio de inventario o sin él, según las reglas especia- les que rigen este beneficio. Al contrario, si el cónyuge que sobrevive no renuncia 301 a o no puede renunciar su mitad de gananciales, este va- lor no se cuenta entre los bienes de la sucesión del cón- - yuge difunto, ni para fijar el monto de la porción con- yugal, ni para el cómputo de ninguna de las demás cuotas de dichos bienes, destinadas por la ley o porel testador a sus respectivos participes; sino que se consi- dera aquella mitad come propia del cónyuge sobrevi- viente. ; Al imputarse, pues, a la porción conyugal, la mi- tad de gananciales, en todo o parte, ningún otro partí- cipe en la sucesión puede alegar derecho a la cantidad imputada, que el cónyuge deja de percibir; cantidad que, en consecuencia, al ingresar a los bienes de la su- cesión, reemboulsa lo pagado a causa de la porción con- yugal. P Por donde se ve que los bienes propios del cónyu- ge sobreviviente, y su mitad de gananciales, libeértan o aligeran, en definitiva, la carga de la porción conyugal, que sobre el patrimonio del difunto pesa; oO, lo que es lo mismo, dan lugar a que se deduzca su valor del de la “expresada asignación foizosa. Cesa distinta sucede cuando el cónyuge que sobre- vive es sólo donatario, heredero o legatario del falleci- “do, puesto que, entonces, la constitución de esos dere- chos se puede considerar como una forma de pago de la porción conyugal, mas no da lugar a verdadera deduc- ción o rebaja de esta deuda, desde que se emplea en este objeto una parte de los propios bienes del cónyuge deudor. Conviene dejar anotada esta observación, porque en otros pasajes de la ley se habla de «las deducciones que se hacen a la porción conyugal, según el artículo 1.166»; y la disposición de este artículo abraza, tanto la "hipótesis de que el cónyuge acreedor tenga bienes o gananciales que en realidad se deducen de la porción conyugal, como la de que tenga otros derechos que no disminuyen esta deuda. ? - E de Art. 1.167. «El cónyuge sobreviviente podrá a su arbitrio retener lo que posea ose le deba, renunciando la porción conyugal, o pedir la porción conyugal, abandonando sus otros bienes o derechos». -' OS Se le autoriza al cónyuge retener lo que posea, y - se deja establecido con esto, que, para el cómputo de la pre porción conyugal, se ha de entender que son bienes propios del cónyuge los que tiene con ánimo de señor y dueño, aunque sea de mala fe o a sabiendas de que no son suyos. z No se incluyen aquellas cosas Me que sea mero te- nedor, sin derecho a percibir de ellas ninguna utilidad; pero tampoco se le admite poner en duda con esta oca- sión su propio dominio, o el interés con que hasta en- tonces las haya conservado en su poder. Compréndese aquí en el dominio la especie de propiedad que tiene sobre las cosas incorporales la per- sopa en cuyo favor se hayan establecido, incluso el de- recho de exigir de otra persona algún hecho u omisión; todo debidamente fijado y valoriz11:), para que conste el patrimonio neto del cónyuge sobreviviente, o sea el saldo favorable que deje la comparación entre el activo y el pasivo. Se le concede, asimismo, la facultad de retener lo que se le deba, o sea el valor efectivo, no el meramen- te nominal, d3las donaciones, herencias, legados o ga- nanciales, a que tenga derecho en la misma sucesión, descontando el importe de los gravámenes O cargas a que estuvieren sujetos, por cualquier motivo. Si el cónyuge retiene estos bienes, reclamando también la porción conyugal, se verifican las deduc- ciones e imputaciones establecidas en el artículo 1,166; pero, aunque se la define como alimenticia, se declara _renunciable dicha asignación forzosa, como lo son to- das las demás asignaciones por causa de muerte, según el artículo 1,215, sin que rija respecto de ella el artículo 324, que prohibe la transmisión, venta, cesión o re- nuncia del derecho de pedir alimentos. Y si el cón- yuge la renuncia, es evidente que no se aplicará nin- guna de las reglas dictadas para la computación y pago de la porción conyugal, sino que el asignatario quedará en el mismo caso en que no hubiese tenido opción a ella. | No le será facultativo renunciar la porción con- yugal y recibir, sin embargo, las donaciones o asig- naciones que el difunto le hubiere hecho o dejado imputandolas explícitamente a la misma porción; pues, el artículo 1.218 declara que «no se puede aceptar una parte o cuota de la asignación y repudiar el resto». Por lo demás, el artículo que se estudia no tiene el alcance de imponer al cónyuge sobreviviente la condición de que renuncie la porvión conyugal para de. Li » Ñ que pueda retener lo que posea o se le deba, ni la de abandonar sus bienes o derechos para pedir aqué- lla; se propone solamente autorizarle para preferir cualquiera de estos dos extremos en el cómputo de sus haberes, con motivo de la muerte de su cónyuge, dejándole en posesión de su facultad reconocida en el artículo 1.166, de conservar sus bienes propios, acep- tar lo que hubiere de percibir en la sucesión, y exi- gir también la porción conyugal, sometiéndose a las deducciones e imputaciones arriba examinadas, a fin de no traspasar el límite de riqueza que la ley tiene en mira cuando le concede esta parte de los bienes del difunto. | [Al abandonar el cónyuge sus' bienes y derechos con el objeto de recibir integramente la poción con- yugal, no obtendrá ganancia numérica, y, por el con- trari0, podrá padecer pérdida, si acaso los valores abandonados superan al de aquella porción. Los mo- tivos de su preferencia serán, pues, de otro orden dis- tinto, v. g., el interés de que se le adjudiquen otras cosas en vez de las abandonadas, su disconformidad con el precio señalado enel avalúo, O aun su libera- lidad para con los participes que hubiesen de aprove- char de aquel abandono. ] Aunque el móvil fuere este último, el abandono constituirá siempre un acto esencialmente oneroso, extraño a las reglas de la donación entre vivos; mas, como no es contrato, si redundare en perjuicio. de los acreedores del cónyuge que lo verifica, si rescindirá a petición de éstos, sólo en vista de ese perjuicio y de la mala fe del deudor, en el caso de la acción pau- liana. Artículo 2.450. Por causa de lesión, se rescindiría el abandono, só- lo en tanto que se rescindiese la aceptación de la por- ción conyugal, de que dicbo abandono forma parte in- tegrante; es decir, en virtud de lesión grave (a juicio del juez) causada por disposiciones testameutarlias da que no se tenía noticia al tiempo en que el cónyuge declaró aceptar aquella porción abandonando sus bie- nes y derechos.—Artículo 1.224. Verdad, que ninguna disposición testamentaria €s capaz de menoscabar en lo más minimo la porción Conyugal; pero también es cierto que si el testador dictare algúna encaminada a perjudicar a su cónyuge, éste se verá obligado a deducir la acción judicial de re- forma del testamento, lo cual podrá envolver de y suyo, según las circunstar:cias, lesión tal que le faculte a retractarse del abandono de sus bienes y derechos y a preferir éstosa la porción conyugal), sujeta a se- mejante gravamen y riesgo. Mas la simple desigualdad de valores entre los bienes y derechos abandonados y da porción conyu: gal aceptada, se regirá por el principio de que no cabe lesión enorme en la adquisición ni tiansferencia de una sucesión hereditaria o de una cuota de ella, como es, en su base, la porción ccnyugal; y ni aun sería aplicable el articulo 1.338, por no perjudicarse el cón- yuge en ninguna parte de su cuota, sino en los biense que abandona para adquirirla integramente. El caso inverso, en que el cónyuge renuncie la porción conyugal y. se atenga únicamente a sus bienes y derechos que valiesen menos, daría lugar a que sus acreedores perjudicados por dicha elección se hagan autorizar porel juez para aceptar por su deudor el complemento de la porción conyugal, hasta el valor de sus créditos insolutos con los ntros bienes y derechos, conforme al artículo 1.228. | El cónyuge que abandona sus bienes para recibir la porción conyugal, no incluye en el abandono sus obli- gaciones personales, pero si los gravámenes reales que sobre aquellos pesan, puesto que disminuyen su valor. Asi, por ejemplo, si el cónyuge tiene un predio y debe mil unidades monetarias a un tercero, por ha- berlas recibido antes en prestamo, el acreedor hará efectivo su crédito, no en el predio abandonado, sino en los bienes que reciba el deudora título de porción conyugal; mas si la deuda fuese hipotecaria, como el acreedor podrá perseguir el crédito sobre el inmueble hipotecado, se ha de tomar esta circunstancia en cuen- ta en la partición de los bienes del difunto, para ad- judicar el predio descontando de su valor' el de la hipoteca, puesto que el cónyuge no está obligado a reembolsarlo. En cuanto a la mitad de gananciales, el abandono y la renuncia presentan caracteres enteramente di- versos. Sies el marido el cónyuge sobreviviente, no pue- de renunciar los gananciales, pero sí abandonarlos, a fin de recibir la porción conyugal integra del patrimo- nio desu mujer, y aún pagar con esta misma porción las deudas sociales, si las hubiere. - Como la sucesión de la mujer está facultada para A Y a e A o e AS E e rt renunciar los gananciales, a! sobrevenir esta renuncia los bienes de la sociedad y sus cargas pertenecerían sólo al marido, y si éste abandonase los bienes, volve- rian por esta causa al patrimonio de la extinta, sin las cargas, que seguirian pesando únicamente sobre el ma- rido, + En este ir y venirde los bienes de la sociedad, sus gravamenes reales continuarían inseparables de ellos, disminuyendo su valor, sin acción de reembolso del marido contra la sucesión de la mujer, ni : viceversa. Sies la mujer la sobreviviente y acepta los ga- nanciales, 0 si pierde la facultad de renunciarlos, por haber recibido alguna parte del haber social, responde hasta el valor de ellos delas deudas de la sociedad; y si entonces abandona les gananciales para recibir inte- gramente la porción conyugal, no se liberta ya de aque- llas deudas, ni tiene acción de reembolso contra la sucesión del marido. La renuncia, por parte de la mujer, le priva, pues, de los bienes gananciales, pero le deja, al mismo tiempo, completamente libre de las deudas de la so- ciedad; mientras que el abandono ofrece un simple cambio de los bienes gananciales por el derecho de re- cibir en los mismos bienes o en cualesquiera otros el valor de la porción conyugal, subsistiendo en el ma- rido o en la. mujer que verifican el abandono, la res- ponsabilidad que les corresponde por las deudas de la sociedad. Es tsmbién digna de mencionarse la diferencia de los efectos que surten la imputación y el abandono de los bienes que el cónyuge tenga derecho a percibir a título de donación, herencia o legado en la sucesión del difunto. En el caso de imputación, acepta el cónyuge di- chos bienes con sus cargas, aunque se le descuenta el valor de éstas, a título de porción conyugal; de modo que si se trata, v. g., de un legado de especie, al cónyuge que lo acepta le corresponden los frutos desde la muerte del testador, y sólo el precio del le- gado seimputa a la porción conyugal, pagándosele el: complemento de ésta de los demás y respectivos bienes. del difunto. Y si el testador impuso al legatario el gra- vamen de pagar una cantidad de dinero a una tercera persona, el cónyuge debe pagarla aun con sus bienes, descontándose este gravamen del precio de la especie para la referida imputación. | da Mas si el cónyuge abandona la especie legada, pidiendo que toda la porción conyugal se le pague de cualesquiera bienes de la sucesión, entonces no tiene derecho a los frutos de aquel cuerpo cuerto abandonado, sinu sólo al monto de la porción conyu- gal, computada según cuál fuere el de la masa heredi- taria al tiempo de verificarse la partición: | E! gravamen de pagar la cantidad de dinero a la tercera persona pasará a figurar entre los legados de cantidad, sin perjuicio de que el adjudicatario de la especie tome a su cargo el satisfacerlo. Por io que hace al tiempo en que el cónyuge so- oreviviente ha de ejercer el dereche de elección que le concede el artículo 1.16y, parece oportuno dicho ejercicio mientras no se lo haya realizado, de manera concluyente, expresa o tácita, sin lugar a la sanción que proviene de haber tomado bienes o ejecutado ac- to de heredero, cuando se trata de la renuncia de los gananciales o de la repudación delas herencias. El cónyuge no podrá, en efecto, repudiar la por- ción conyugal después de haberla aceptado por un simple acto de heredero, salvo Jos casos en que una aceptación se anule o rescinda; pero se entenderá que la acepta en cuanto le corresponda, sin quedar obli- gado a deshacerse de sus otros bienes o derechos, ni reputarse que resolvió abandonarlos cuando procedió . como dueño de aquella porción. Por ejemplo, siel cónyuge cede la porción conyu- gal a un tercero, sin declarar que abandona sus bienes, se reserva de suyo el derecho de conservar éstos, y el cesionario recibirá sólo el complenento, si lo hu- biere; y facultado se hallará el propio cesionario para reclamar de la sucesión del difunto la porción con- yugal íntegra, en tanto que el cónyuge cedente con- sienta en abandonar sus bienes con tal objeto. Mas aún, cuando figura entre los demás derechos Jel cónyuge una cuota hereditaria en la misma suce- sión, el acto de heredero que aquel ejecutare le dejará todavía en libertad de repudiar esa cuota o la porción conyugal, puesto que el sobre dicho acto pueda apli- * carse a cualesquiera de ellas indistintamente. Si el cónyuge acepta especificamente la donación, herencia o legado, no puede ya repudiarlos, pero tam- poco pierde la facultad de abandonarlos y pedir la porción conyugal íntegra, por la misma razón ya vista, de que la aceptación o repudiación «le las asignaciones, — 367 — así como la aceptación y renuncia de los gananciales por parte de la mujer, son actos jurídicos esencial- mente diversos de la preferencia que el cónyuge quie- ra dar a la porción conyugal sobre sus otros bienes O derechos, e viceversa. Repudiar donaciones, herencias o legados, o renun- ciar gananciales; aceptarlos un cónyuge e imputar su monto a la porción conyugal; o abandonarlos el mis- mo para recibir esta última integramente, constituyen tres clases de actos diversos, que surten, en general, efectos distintos en el derecho. Por consiguiente, el tiempo y la forma deterraina- dos por la ley para los actos de la primera clase, no ri- gen las de las otras dos clases: Asimismo, el hecho de que el cónyuge disponga de sus bienes propios, o de los gananciales, de las dona- ciones, herencias o legados, o de la porción conyugal, - no obsta al mantenimiento de su derecho de elección, slempre que al tiempo de abandonar los unos o de re- nunciar la última, se halle en posibilidad de entregar todas las cosas de que hubiese dispuesto; pues, en caso _contrario, los otros partícipes intercsados no tendrían obligación de aceptar la renuncia ni el abandono. a » | Art. 1.168.—La porción conyugal es la cuarta bar- te de los bienes de la persona difunta, en todos los ór- denes de sucesión, menos en el de los descendtentes legítimos. | Habiendo tales descendientes, el viudo o viuda se- rán contados entre los hijos, y recibirán como porción conyugal la legitima rigorosa de un hijo». Para mejor inteligencia de este artículo conviene recordar el 950, que dice así: «En toda sucesión por causa de muerte, para llevar a efecto las disposiciones del difunto o de la ley. se de- ducirán del acervo o masa de bíenes que el difunto ha dejado, inclusos los créditos hereditarios: 1”. Las costas de la publtcación del testamento, si lo hubiere, las anexas a la apertura de la sucesión, lo que se debiere por la última enfermedad y los gastos fu- nerales: : 2%. Las deudas hereditarias: 23%. Los impuestos fiscales que gravaren la masa hereditaria: E 4”. Lasasignaciones alimenticias for20sas: 2000 5”. La porción conyugal a que hubiere lugar en a los órdenes de sucesión, menos en el de los des- cend:entes legítimos. El resto es el acervo líquido de que dispone ál tes- tador o la ley». Queda, pues, señalado el.momento en que se ha de considerar cuáles son los bienes cuya cuarta parte constituye la porción convugal, conforme al inciso pri- mero del artículo 1.168. Antes de ese momento, se ha liquidado ya la socie- dad conyugal, y e «la masa de bienes que el difunto ha dejado», se incluyen los gananciales que le corres- pondan. Para la deducción ordenada en: cada número ordi- nal del artículo 950, se atiende al monto que resta de los bienes, después de hechas las de los números que le preceden, y entre los del N”. 1”. rige la prelación esta- blecida en los artículos 2.454 y 2.455- Fijada la cifra de la porción conyugal, se deduce de ella el. vaior de los bienes propios o gananciales que: tuviere el cónyuge acreedor, y dicho valor queda en la masa de bienes a formar parte del acervo líquido. Si aquellos bienes o gananciales valen más que la porción conyugal, peru el cónyuge los abandona, entra también a la masa de bienes tado el valor abandonado, aunque entonces no merezca propiamente el nombre. de deducción hecha a la porción conyugal. Lo que el cónyuge hubiere de recibir en la misma- sucesión a título de donación, herencia o legado, se imputa a la porción conyugal sin disminuirla, y aunque se lo menciona en el artículo 1.166, no es una deduc- ción, para que pudiera acumularse al acervo líquido. Para deducir de la porción conyugal, aquellos valores y aumentarlos al acervo líquido, sería indispensable pa- garlos de alguna otra parte al cónyuge y no de la mis- ma porción conyugal. Ahora, para determinar la «legítima rigorosa de un hijo» (porción conyugal según el inciso O! del ar- tículo 1 168), véanse estos otros artículos: estirpes entre los respectivos legitimarios, según las re: Pos 1.174.—+ 1 E igual sería también en cada caso la legítima rigorosa de cada uno de los hijos legítimos, pudiéndose sustituir el cónyuge—c— con un hijo—v. g. h— en la ecuación respectiva. 5 Art. 1.169.—Si el cónyuge sobreviviente hubiere de percibir en la sucesión del difunto, a título de dona- ción, herencia o legado, más de lo que corresponde a titulo de porción conyygal, el sobrante se imputará a la parte de los bienes de que el difunto pudo disponer asú arbitrio”. | Se dice en este artículo, hubiere de percibir, como se dijo en el 1.166, tuviere derecho a percibir, no lo que se le hubiere asignado apenas nominalmente. Ha de fijarse, pues, ante todo, la cantidad a que tu- viere derecho el cónyuge según aquellos otros títulos, ' 375 = een independencia de la porción conyugal, y ha de pa- garse después esa misma cantidad con la parte de bienes destinada a esta porción, hasta donde alcanzare. Cuando fuere necesario rebajar la donación, heren- cia o legado del cónyuge, a fin de que el monto de las disposiciones testamentarias quepa en la parte de bie- nes de libre disposición, esta rebaja es anterior al pa- go de la porción conyugal, cuyo equivalente vuelve a quedar en dicha parte de bienes y repone, a prorrata, las cantidades que fueron disminuídas, al cónyuge y demás asignatarios. : Es un método erróneo, contrario al artículo 1169, el de tomar como bunto de partida la asignación nominal que obre a favor del cónyuge, pagar parte de ella con la porción conyugal y hacer figurar el exceso entre las demás asignaciones nominales, para reducir después uno y Otras hasta que alcancen en la cuota de bienes de libre disposición. El momento en que se los reduce influye en en el resultado numérico, con relación a todos los par- tícipes en la indicada cuota de los bienes hereditarios. El testador no podría, pues, ordenar que sus asignaciones hechas a su cónyuge sean i¡ndépen- dientes de la porción conyugal; pues, toda asignación tiene, por su parte, un límite fijo, del cual no puede pasar, y la porción conyugal tiene, a su vez, el suyo; de modo que si el cónyuge elige cualquiera de ellas, renuncia la otra, y si exige ambas, la una se imputa a la otra, dejándole la ley el derecho a la dife- rencia O ecceso, pero no concediéndole a la suma. Al verificar esta elección, el cónyuge dispone a su arbitrio de la suerte de los respectivos interesados con- trapuestos, quienes podrán sentirse inclinados a compe- tir entre ellos con dinero sobre la deliberación de aquel. La herencia del cónyuge sobreviviente en la sucesión del fallecido, puede ser también intestada, en todos los órdenes de sucesión, menos en los descendientes leg - timos, en el que tiene únicamente la porción con- yugal. En los demás órdenes, eligirá entre esta porción, que es siempre la cuarta parte de los bienes de la perso- na difunta, y la respectiva cuota hereditaria, que será alguna de las siguientes: -. a) si concurre con ascendientes legitimos e hijos Ara del cónyuge fallecido, la quinta parte de los ienes; : — 376 — part. . c) con padres naturales solamente, la cuarta parte; d) con hermanos legítimos e hijos naturales, la cnarta parte; e) con hijos naturales solamente, si el fallecido fue hijo legítimo » simplemente tiegítimo, la mitad; f) con hijos naturales solamente, si el fallecido fue hijo natural reconocido por sus padres o por uno de ellos, la cuarta parte; (N » cabe concurrencia con padres naturales e hijos naturales, p »rque ést:ys excluyen a aquéllos.) g) con hermanos legítimos solamente, la mitad; h) con hermanos naturales solamente, si el falle- cido fue hijo natural reconocido por sus padres o por uno de ellos, siendo entonces hermanos naturales los hijos legitimos o naturales del padre o madre que lo hayan reconocido o de ambos, ¡a mitad. En los órdenes restantes de sucesión, hasta el sex- to grado inclusive, de colaterales legitimos del extinto, a que se extiende el dere-ho de herencia desde el 30 de octubre de -1920, el cónyuge es preferido y lleva toda la herencia. ; Cuando e. difunto fue hijo legítimo, no sen lla- mados a heredarle en ningún orden sus hermanos na- . turales, hijus naturales de su palreo madre o de am- bos, y entonces lieva también toda la herencia el cónyuge sobreviviente. «e e $ Art. 1.170. “El ónyuge a quién por cuenta de su porción conyugal haya cabido, a título universal, al- guna parte en la sucesión del difunto, será responsa- ble a prorrata de esa parte, como los herederos en sus respectivas cuotas. ! Si se imputare a dicha porción la mitad de ganan- ciales, subsistirá en ésta la responsabilidad especial que le es propia, según lo prevenido en el titulo “De la sociedad conyugal”. En lo demás que el viudo o viuda perciban a Htulo de porción conyugal, sólo tendrán. la responsabilidad subsidiaria de los legatarios”. 22001 b) con ascendientes legitimcs solamente,la cuarta TAS FL AS "a aa El. título de la porción conyngal es universal de suyo, bien consista en la cuarta parte de los bienesfde la persona difunta, o bien en la legitima rigorosaíde un hijo; sin embargo, al cónyuge no se le llama siempre heredero, por no ser constante su derecho a esas cuo- tas, las que pueden disminuir hasta reducirse a la nada. Se deberán la rebaja o la extinción a la presencia de otros bienes o derechos del cónyuge, mientras no se aparte de ellos; y, entonces, de la porción conyugal quedará apenas, si algo queda, una cuota mínima, O acaso bienes determinados en calidad de complemento, según la manera como se verifique la partición. Los derechos del cónyuge sobreviviente pueden consistir, entre otras cosas, en donaciones, herencias o legados que le corresponáan en la sucesión del cónyu- ge difunto, o en gananciales en la sociedad conyugal que haya tenido .con éste. La participación del cónyuge en las responsabili- dades de la sucesión, guardará, pues, armonía con las cuotas O bienes que en ésta acepte y con el titulo que prefiera para aceptarlos, cuando le toca elegir el título. Siempre que acepta una cuota, a cualquier titulo, responde, a prorrata, por las deudas hereditarias y por las testamentarias que gravan toda la sucesión, in- definidamente, salvo el beneficio de inventario; y cuando sólo recibe determinados bienes, su responsa- bilidad es la subsidiaria de los legatarios. Por supuesto, el rigor lógico de la institución es- taría satisfecbo sien las cosas singulares que recibe el cónyuge se viese, no la cantidad, sino Ja cuota par- cial que en realidad represente y en cuyo pago se entreguen aquellas cosas, dentro de la cuota origina- - ria que habría pertenecido al cónyuge si hubiese ca- recido de los otros bienes o derechos. Por ejemplo, si la cuarta parte de los bienes de la persona difunta, o la legítima rigorosa de un hijo, en su respectivo caso, valen ciento, y el cónyuge tiene no- venta y nueve en bienes propios, recibirá uno como complemento, a título de porción conyugal; mas la res- ponsabilidad del cónyuge en razón de este uno debie- ra serla de un heredero de la centésima parte de la cuarta o de la legitima, no la subsidiaria de un lega- tario de uno. _ Elartículo 1.170 da lugar a que el cónyuge que tiene derecho a ciento, presente uno como su patri- moni10o, y, recibiendo los noventa y nueve restantes a — 378 — título de complemento de la porción conyugal, tenga por ellos la responsabilidad subsidiaria de los legata- rios, no la de heredero de cuota. En cuanto ala responsabilidad anexa a los ga- nanciales, la tiene el cónyuge siempre que asume su derecho a ellos, voluntariamente si es la mujer, o for- zosamente si es el marido; responsabilidad que, una vez contraída, es inseparable del obligado, se imputen o no los gananciales a la porción conyugal. y Contráese, pues, el artículo 1.170, en el inciso segundo, a declarar, de manera explícita, una conse- cuencia natural de las dos instituciones; a saber: la de que, a verificarse aquella imputación, ni se libra el cónyuge de las deudas sociales que le incumba pa- gar, ni llegan a ser de su cargo, en parte alguna, por este motivo, las deudas hereditarias o testamentarias que graven la sucesión de su cónyuge o socio difunto. Confírmase de este modo el criterio de que, en esta materia, la mitad de gananciales se equipara a los bienes propios del cónyuge sobreviviente, roa las donaciones, herencias o legados, los qne, con el dere- cho a bienes de la sucesión, traen también 200 sigo: el PRO correspondiente. , M. R. Balarezo. A > ” . . y . g Contribución al estudio de La anestesia local , POR LAS INYECCIONES MEDICAMENTOSAS q Es un trabajo de recopilación. Nuestro propósito es tratar el tema con relativa amplitud, imprimiéndo: le nuestro criterio, formado por una larga práctica pro- fesional. | A partir de 1875 con el descubrimiento de las pro- piedades anestésicas de la cocazna, vino a transformarse la anestesia local, entrando en el dominio de las apli- caciones prácticas y generalizadas. En 1905 fue descubierto la rxovocainma, excelente anestésico: pero, aún queda el hecho indiscutible que se desprende de la experimentación fisiológica y clínica, que la cocaina es el prototipo de los medicamentos anestésicos. Estos dos medicamentos son por hoy los más em- pleados; por tanto, nos ocuparemos en ellos. La estovaina ha perdido su interés, pues, juntán- dola a la adrenalina produce esfacelos, por lo cual esta preciosa asociación en otros anestésicos no es posible con la estovaina. - COCAINA.—Es un alcaloide contenido en las hojas del Eritroxilum coca de Linneo; cuca de los Quichuas; hago de los Guarigos; hipadú de los Tupinetos; es un arbusto de dos a tres metros que se encuentra en el Ecuador, Perú Bolivia y Brasil, cuyas hojas acostum- — 380 — bran los indios masticarlas con el objeto de resistir rgandes fatigas sin comer otra cosa que algunos granos de maís. Entre las sales de cocaina, la de uso gene- ral es el clorhidrato, el que ocupará nuestra atención. El clorhidrato de cocaina se presenta en cristales blancos, transparentes, prismáticos, solubles en el agua y en el alcohol. Acción y propiredades—La acción fisiológica de la cocaina es la anestesia local. La cuestión que do- mina la fisiología de este anestésico, es la de saber si es o no un anestésico general. Los primeros estudios del profesor Dastre llevan a la conclusión que la cocai- na era un anestésico puramente local: mas, después, de las investigaciones de Mosso y Albertoni se llegó afla conclusión de que es un anestésico general; caracterl- zándose por la universalidad y carácter temporario de su acción, obrando sobre los elementos anatómicos y sobre todas las formas del protoplasma. A este respec- to recordemos la feliz expresión del profesor Dastre, que la cocaina es un anestésico general que ofrece la particularidad de no servir para la anestesia general. La acción fisiológica más preciosa de la cocaina es la producción de la anestesia local. A dosis elevadas y en individuos susceptibles, excita los centros motores y después los paraliza, produciendo excitación y convul- siones, y después depresión y parálisis. Su acción so- bre el corazón sigue el mismo rumbo. Es un excitante del sistema vaso constrictor de donde resulta la palidez y el enfriamiento. | Estas propiedades nocivas se presentan en dosis elevadas y no en las de uso regular en Cirujía dental. La titulación de la inyección tiene suma importancia en la producción de accidentes, los que no tendrán lu- gar en la anestesia local, esto es, en la alteración direc- ta y pasajera sobre las terminaciones nerviosas y sobre las fibras nerviosas disociadas y no protegidas por la mielina, siempre que se sigan las instrucciones del emi- nente profesor Reclus, quien formula las reglas de la administración de la cocaina de la siguiente manera: 1% emplear soluciones débiles, medio o uno por 100 al máximum,; 22 recostar a los pacientes, porque la posi- ción sentada predispone al síncope; y esperar en esta posición no dejando al paciente que abandone el sillón inmediatamente. Cuando efectuemos una inyección anestésica debe- mos tener en cuenta evitar por todos los medios la ac- ción general, que no se busca. El dolor en una extrac- ción de una pieza dental se localiza en el alveolo y te- gidos peridentarios y especialmente en el ligamento alveolo dental, de inervación rica comprobada por los fuertes dolores de la periostitis. De aquí la necesidad de practicar la inyección al nivel de estos tegidos, esto es efectuar las inyecciones intragingivales. «La encía es una fibro-mucosa, es decir, la unión íntima de la mucosa gingival con el periostio alveolar, que ni las finas disecciones pueden separar. De aquí resulta que una inyección hecha en este tejido de grande densidad se difundirá con dificultad, obrando por imbibición sobre las extremidades nerviosas periféri- cas del periostio, produciendo en la célula nerviosa (neu- rona) modificaciones histológicas momentáneas. La en- ía no ocupa al contorno del diente, en la cara externa | sobre todo más que una simple banda de algunos milíme- tros, y es en este sitio únicamente que conviene efectuar la inyección, cualquiera que sea la longitud de las raí- ces. Esta observación tiene menos importancia en lo que atañe a las inyeccciones en la cara interna del maxilar superior en que no hay la mucosa ordinaria sino úni- camente la fibro-mucosa en todo el paladar. En la mandíbula inferior la fibro-mucosa es más abundante en la cara interna que en la externa. Estas razones anatómicas explican por qué las inyecciones fracasan fá- - Cilmente en la cara externa, si no se las hace estricta- mente intra-gingivales. La ausencia de la fibro-mu- cosa en los molares de juicio inferiores hace que sea nugatorio el resultado de las inyecciones anestésicas. La encía se distingue netamente de la mucosa del surco vestibular por su color rosa más acentuado y por su ausencia de movilidad al ejecutar movimientos del carrillo y labios. Cuando la inyección se ha hecho en la fibro-mucosa blanquea inmediatamente y no se for- ma bola de edema, la que se forma inmediatamente si A” ' — Az Es - A AS E ES > — Td A á <= AS a Bs ) A " E a E e y , o - AS — 382 =— se sobrepasa dicha mucosa; además, la inyección que encuentra mucha resistencia en el primer caso, se vuel- ve mucho más fácil en el segundo: en este caso hay que hacer la inyección en otro sitio». Técnica de las inyecciones —Generalmente se usa la jeringa de metal (Parke Davis) y agujas de platino irridiado rectas y curvas; este metal tiene la ventaja de no oxidarse. Una vez esterilizada la jeringa y la aguja, desinfectadas las manos del operador y la encía del paciente por melio de una capa de iodo, y cargada la j jeringa con el líquido que debe inyectarse, se em- puja el émbolo hasta que salga una gota de la solu- ción por la extremidad de la aguja, indicio de que el aire ha sido expulsado. La profundidad que se de- sea se secunda con el masaje suave de la encía con los dedos. La punción causa un pequeño dolor, que sabe- mos evitarlo; por tanto, en las personas muy sensibles procuraremos anestesiar previamente la mucosa apli- cando un comprimido de cocaina—adrenalina y compri- miéndola contra la encía. Podemos prescindir de este preeliminar introduciendo la punta de la aguja e in- yectando unas gotas de la solución, se espera unos se- gundos y luego se acaba de hacer penetrar la aguja todo lo que sea preciso, así el paciente no siente dolor. Al inyectar la solución no hay que hacerlo de golpe por la influencia repentina del medicamento en las células: debe practicarse lentamente, pues así la toxicidad se disminuye. Lainyección se hace en el espesor de la encía, en la cara externa (labial o yugal) y en la cara interna (palatina o lingual). Se efectúa a altura va- riable según la extensión de la fibro-mucosa. En la cara externa, la pequeña extensión que ocupa permite rara vez buenas inyecciones verticales, siendo mejor hacerlas horizontalmente, En la mandíbula inferior, las inyecciones en la cara interna se hacen perpendicu- larmente en razón de la configuración anatómica. En la mandíbula superior, las inyecciones de la cara inter- na son más fáciles por encontrarse sólo fibro-mucosa; se las hace verticalmente y a igual distancia del cuello y del vértice de la raíz. La inyección terminada, e que esperar, poco más PS do A O e i r E o menos cuatro minutos después de la última inyee- ción, para operar. Accidentes —En estos últimos años se ha hecho gran ruído cow motivo de accidentes producidos por la cocaina; pero en definitiva se ha probado en discusión ew la Academia de Medicina de París, que los acciden- tes se han agrandado de mauera fantástica, los que: si. algunos han habido se debe a haber inyectado dosis tó:, xicas. Lja práctica de los dentistas del mundo entero -no ha: tenido que deplorar ningún accidente grave, usándola a dosis terapérticas y teniendo en cuenta las contraindicaciones. Nosotros las venimos usando desde hace mucho tiempo sin que hayamos tenido grave acci- dente, sin embargo de que por costumbre y comodidad hemos enderezado al:. pls para sicchuar la Bpera; ción. | | La cocaina es peligrosa sólo en los anémicos, an- cianos, aórticos, nerviosos de extraordinaria . suscepti- bilidad y algunos cardiacos. Es menos eficaz en inyec- ciones en los tejidos inflamados y de vitalidad: compro- metida. Sin embargo, asociada con la adrenalina se puede utilizar la anestesia aún en los dientes con perío- dontitis, debido a su poder isquemiante extraordinario; lo que se aprovecha también, para disminuír la dosis de cocaina. Si es verdad que la cocaina es ún “anestésico por excelencia, sus limitaciones son bien conocidas; de aquí la necesidad de obtener un agente de menor toxicidad. Esto ha estimulado a los químicos alemanes para subs- tituírlo con otros compuestos, bajo el fundamento de la formación de un éter mediante la combinación de un alcohol con el radical ácido. De aquí vino la prepara- ción del compuesto sintético, la rmovocarna, Ge la que Vamos a Ocuparuos. NovocainAa.—La mnovocaina es el clorhidrato de para—-amino—benzo1rl-dietil-amino—etanol. Se presenta en agujas incoloras muy solubles en el agua. Su acción fisiológica es la misma que la de la cocaina; ejerce su acción sobre las terminaciones nerviosas sensitivas y sobre los troncos nerviosos con que se pone en contacto. Sus efectos generales son poco perceptibles, influ- o id: yendo poco sobre la respiración y circulación. No pro- duce midriasis, alteracionnes de la acomodación, ni au- mento de la presión intraocular. El Dr. Mahe su panegirista dice: As E la no- vocaina a la cocaina por su menor toxidad, mayor du- ración dela anestesia, su solubilidad fácil yla posibilidad de esterilizar las soluciones por ebullición sin descom- posición». Es verdad que estas condiciones de la novocaina llenan los requisitos de un buen anestésico local; pero también lo es, que tarda el doble que la cocaina en pro- ducir la anestesia; y que asociado con la adrenalina que es la fórmula usual, no tolera la ebullición según lo indica el mismo Doctor Mahe. En resumen, la novocaina es un anestésico de va- lor y que ocupa un buen lugar junto a la cocaina, co- mo lo prueban los excelentes resultados obtenidos en combinación con la novocaina en el compuesto conocido con el nombre de serocazna; pero suplantarla a la co- caina en corto plazo, como lo cree el ya mencionado Doctor es una aseveración no muy aceptable, pues ya ha pasado un buen número de años desde 1905 en que fue descubierta por Einhorn, y sigue aún la cocaina conservando su prestigio de anestésico de primer orden. Quito, Abril 12 de 1921. Dr. Eliezer Chiriboga, PkRoFESOR DE PRÓTESIS DENTAL. DIGITALINA Y FIEBRE TIFOIDEA IIIDIDIDI La digital, cuya acción fisiológica fue señalada ya por Withering desde 1775, es sin duda el medicamento que más ha contribuido al prestigio de la Farmacopea moderna, sobre todo después de los memorables traba- jos de Homolle, Nativelle y Pouchet, en Francia, y Schmiedeber, en Alemania, que dieron por resultado el aislamiento, partiendo de la digital, de productos per- fectamente definidos, cristalizados o amorfos, conocidos en la actualidad con el nombre de digitalinas o digi- toxinas, segán que su o sea francesa o ale- mana. Si recorremos el poderoso arsenal terapéutico de que dispone la medicina veremos, en efecto, que la di- gitalina aparece en primera línea, tanto por ser el espe- cífico de las enfermedades del órgano más importante de la vida; cual es el corazón, como por sus numerosas aplicaciones, confirmadas por las eminencias médicas del mundo civilizado. -. Resumiendo, en pocas palabras, la acción fsiológi- ca de la digital o, mejor dicho, de la digitalina, que es la forma casi exclusivamente empleada, «diremos con todos los autores. cóntemporáneos, que este medicamen: to es toni-cardiaco, vaso constrictor y diurético. Estas propiedades, consideradas en su conjunto, sintetizan la terapéutica de todas las cardiopatias, a.un momento da- do de su evolución ; por el contrario, utilizadas separa: damente, lo que se consigue por medio de dosificaciones apropiadas, encuentran preciosas indicaciones, como di- ce Martimet, en todos los casos en que es preciso esti- A mular la circulación, tonificar el corazón y facilitar la eliminación de toxinas del organismo. Considerada, bajo este último aspecto, la digitalina se halla particularmente indicada en los estados infec- ciosos, a causa del desfallecimiento cardiaco, tan fre- cuente en el curso de estas afecciones. Sólo una enfermedad infecciosa de grande impor- táncia, la fiebre tifoidia, ha contra—indicado hasta aquí el empleo de la digitalina, y las razones en que fundan es- ta afirmación, la mayor parte de los autores, son las si- gulentes: a) La miocarditis tífica, independientemente de los trastornos funcionales u orgánicos que determina cual- quier infección, en el seno mismo del protoplasma de las fibras del miocardio, se caracteriza por la disociación de los segmentos de Eberth, disociación que trae como consecuencia inmediata la destrucción de la unidad ana- tomo-fisiológica de dichas fibras y pone a la digitalina en la imposibilidad de ejercer su acción tónica sobre el musclo cardiaco; 6) La digitalina favorece la loci pil debido a su acción marcada sobre la contractilidad de las fibras lisas del tubo digestivo; , €) Por último, Huchard y Ferrand afirman que la digitalina aumenta la acción de las tóxinas tíficas so- bre el 'neumo-gástrico, nervio moderador del corazón. Sentados estos antecedentes que tienen el valor de una Ley, a la que debemos someternos incondicional- mente los que acatamos la opinión de sabios maestros, sin embargo, queremos llamar la atención de nuestros benévolos lectores, acerca «(le una observación recogida en nuestra práctica profesional, cuyas conelusiones, co-- mo se verá más adelante, no tienen la pretensión de re- futar hechos que han pasado en autoridad de cosa juz- gada, pero, por lo menos, pueden contribuir a ensanchar el campo de aceión de la. digitalina, tanto más, cuanto que, en tratándose de la medicina, no hay nada de ab- soluto. He aquí la observación : | _P. G. de 32 años de edad, sin profesión. Nada de a en sus antecedentes lereditarios y eolatera- S | — 387 — les; personalmente, tuvo en la infancia algunas fiebres eruptivas que desaparecieron sin dejar ninguna huella cardiaca o renal. El 15 de Enero del presente año sintió una cefa- lalgia violenta acompañada de curbatura general y ele- vación térmica. Como en esa época reinaba en esta Capital una fuerte epidemia de gripe, la familia no se preocupó mucho; mas, dos días después, viendo que el estado del paciente, lejos de mejorar había empeorado, ocurrió por el Doctor Aurelio Mosquera, quien sentó el diagnóstico de fiebre tifoidea. Alarmada la familia del enfermo, solicitó el concur- se del Doctor Carlos Sánchez y del que estas líneas es- cribe. Al examen, pudimos observar lo siguiente: dl ir E a E DE - 2? % MUA A EN MENA » EA Aparato digestivo. pr cabe saburrosa, ligeramen- te seca y descamada a los bordes, anorexia completa, meteorismo poco acentuado del abdomen, constipación, ; ausencia de gorgoteo en la fosa iliaca derecha, hígado ; aumentado de volumen pero insensible a la palpación. Bazo. —Perceptible a la percusión más que a la ; palpación. : Aparato circulatorio.—Corazón normal, pulso ace- lerado y dicrote, petequias discretas en las regiones to- ráxica y abdominal, no se le tomó la tensión arterial. Aparato respiratorio —Ligeros rales mucosos dise- minados, ausencia de tos. > Aparato uro—genital.—Orinas abundantes con pe- queño disco de albúmina. Sistema nervioso.—Agitación sin delirio, pequeños temblores fibrilares a las manos, insomnio rebelde. Temperatura. —Desde el primer día la temperatura fue elevada 3898 y siguió ascendiendo progresivamente hasta llegar a 39” 6, el día del examen. Estado general. —Paciente obeso, estado congesti- vo de las conjuntivas y de la cara. Hemocultura.—Positiva. No cabía, pues, la menor duda de que nos hallába- mos en presencia de un caso de fiebre tifoidea. El tra- tamiento iniciado por el Dr. Mosquera y continuado des- pués por nosotros era el clásico: bebidas abundantes compuestas, en su mayor parte, de limonadas vinosas, solución de adrenalina, urotropina, dieta líquida, refri- geración por medio de fricciones de alcohol, por no. ha- bernos sido posible instituir, a domicilio, la. balneotera- pia fría. e Tres días después, resolvimos uiólada el enfermo a la Clínica de la Alameda, a fin de poder seguir allí, el método de Brand que lo consideramos muy necesario por tratarse de una forma hipertérmica; mas, el estado general se agravó notabiemente, el meteorismo aumen- tó, se presentaron sudores abundantes, y los asientos se tornaron francamente melénicos. Por este motivo hu- bimos de desistir de nuestro deseo y limitarnos a conti- nuar el tratamiento a domicilio. El día décimo tercero de enfermedad, el estado re- vistió caracteres de extrema gravedad, los temblores fi- brilares habían aumentado, la postración era profunda, el paciente no aceptaba desde la víspera ningún alimen- to ni medicamento, el pulso era filiforme, pero todavía regular; no obstante, la melena había desaparecido com- pletamente, así como el abdomen estaba suave. Al siguiente día, creimos que el enfermo estaba condenado a una muerte segura; hacían ya más de cua- renta y ocho horas que no ingería nada, el estado gene- ral seguía pésimo, el pulso radial era imperceptible; los ruidos cardiacos sordos, pero no había embriocardia, las orinas, muy escasas, contenían un grueso disco de albáú- mina, la temperatura no rebajaba de 407,2. En presen- cia de una situación tan alarmante, no sólo para la fa- milia del paciente, sino para nosotros mismos, y encon- trándonos absolutamente desarmados, resolvimos hacer- le una inyección sub-cutánea de cincuenta gotas de so- lución de digitalina cristalizada de Nativelle al malés:- mo, mezcladas con un volumen igual de agua destilada, el todo bien esterilizado. Las razones en que fundamos tal determinación fueron: en primer lugar, el estado de toxemia del en- fermo, la necesidad de desintoxicar ese organismo y la consideración de que la digitalina a dosis máxima es ha. rética; en segundo lugar, el estado relativamente bueno — 389 — de la fibra cardiaca; no existía, como hemos dicho, mio- carditis manifiesta y, por último, por qué no decirlo, la necesidad que hay de tener un espíritu emprendedor, en los peores trauces de la vida. Acaso, buen número de las admirables observaciones que «nos vienen de otras partes, no son debidas a atrevimientos científicos? Los resultados obtenidos, parecen haber justificado nuestra manera de pensar. Dore horas habrían trans- currido, desde que practicamos la inyección, cuando la familia del enfermo, nos dió cuenta de que había orina- do, algo así como seis litros y nos pidió que nos acercá- ramos en seguida a la casa. Nuestra sorpresa, se adivina; el paciente había sali- do, un tanto, de su estado de postración casi preagóni- co; en efecto, había orinado mucho, el pulso aunque fi- liforme era perceptible, los latidos del corazón se oían mejor, la temperatura se mantenía sin embargo elevada. Al día siguiente, el estado mejoró notablemente, la tensión arterial, tomada con el Pachon, era: por la ma- ñana, máxima 8,5 y mínima 4,5, y por la tarde, máxima 9,5, mínima 5; dos días más tarde se normalizó defini- tivamente; la diuresis seguía abundante, no se observa- ba nada de anormal en el tubo digestivo, había hecho un asiento bilioso. - El enfermo entró en Perea coiulcrh era desde el vigésimo cuarto día de cama. Conclusiones.—El empleo de la digitalina como diurética no debe desecharse, de una manera absoluta, en el curso de la fiebre tifoidea. Muy al contrario, cuan- do la fibra cardiaca está ilesa, en las formas hipertóxi- cas, como en nuestro caso, puede prestar enormes ser- vicios. De un solo caso, no es posible sacar dele generales, pero si creemos que el caso que hemos seña- lado puede servir de base para investigaciones ulteriores. Dr. Luis G. DÁVILA. Profesor de Anatomía Patológica y Parasitología. Breves lecenmnes de Unimica. Orgánica NOTA He procurado, señores estudiantes, presen- tarles estas lecciones de “Química Orgánica” en dos series, Mas, desde que no sólo ustedes lee- rán las dichas lecciones, sino también, por curio- sidad, algunas personas ilustradas, me conviene. manifestar, con sinceridad, qne mis profesores fueron franceses, y los textos que estuvieron a mi disposición, cuando estudiante, era de autores franceses o traducciones al francés. | Yo, he descuidado mucho el manejo de la de la lengua de Castilla; así pues, las faltas gra- maticales, que son y serán muchas, no deban. atribuirlas sino a mí únicamente, Es pea siempre hablar la verdad. | Hubiera sido muy del agrado de ustedes que las fórmulas representativas de los cuerpos orgá- nicos, de sus combinaciones, sustituciones, etc.,- etc. las presente en mi modesto trabajo: mas, me encuentro con la dificultad, por de pronto, de no contar con los signos correspondientes, adecua- dos a tal trabajo, en la Imprenta, que gentilmen- te se me ha ofrecido por la primera autoridad de * este centro de cultura; con todo,-he logrado sub- “sanar, en parte, este inconveniente: tengamos siempre presente la tetra o cuadrivalencia del car - bono, y, así será muy fácil formar los exágonos correspondientes a las fórmulas representativas. Desde que no puedo disponer de mucho. es- pacio en “Los Anales”, y además, por no estar suficientemente preparado para tratar del impor- tante capítulo de “Los alcalozdes”, quedará este trabajo para insertarlo en el número subsiguien- te, bien y muy bien entendido, que no será tra- bajo exclusivo mío, sino que contaré con la coo- peración de personas bien intencionadas y aman- tes de la educación e ilustración de cuantos son estudiantes de esta Universidad. EmILIO REINOSO LÓPEZ. SERIE CICLICA E ) Núcleos carbonados — Carburos cáclicos. —Car- buros benzénicos. Los carburos que forman parte de esta serie, tienen todos por núcleo C* H*, llamado benceno, bencina, ben- zol, feno según la nueva nomenclatura. Constitución del benceno—1? El benceno. tiene por composición, según el análisis y la determinación del peso molecular C* H'. - 2% El benceno, por el cambio de un H pe 3 | cambio se hace por un resto monovalente) da lugar a un solo derivado, entonces no puede ser de cadena lineal. 32.5 El benceno por el cambio de dos H con dos re- siduos monovalentes idénticos o diferentes da tres se- - ries de derivados llamados: orto, meta, para serte. 49 El benceno, fija por simple adición, en condi- — 392 — ciones especiales, seis átomos de elemento halógeno, da por ejemplo: : Cs Hs Cls (haxacloruro de benzeno) 52 El benceno se obtiene sintéticamente calen- tando hacia el rojo sombra el acetileno (etino) CHECH así: 3 CH E CH igual Cs Hs 6% En el benceno los seis átomos de carbono se unen entre sí uno a uno. En efecto calentando al con- tacto de HI a 280% se transforma en exano normal (Berthelot). 72 Experimentalmente se demuestra que los seis átomos de H fijados sobre los seis C, tomados aislada- mente, son idénticos; es decir, que tienen mismo valor de combinación, y que en consecuencia, no puede dar lugar sino a una sola sustitución, a un solo derivado. Por estas razones se admite para representar la consti- tución del benceno la fórmula debida a Kekule y Coper C—H C—H Se da a los ángulos del exágono, números como lo indica la figura. El benceno, da derivados Je sustitu- ción cambiando, uno, dos, tres, etc. átomos de H por otro cuerpo v. g. el Br o también por un residuo. No puede haber más que un solo derivado monosustituido- Í it 4 OS R R. R 1 1 1 6 2 Je. A A Za ñ 5 3 A. SR a a E y | 4 R ortho meta para Si se sustituyen dos átomos de H en el exágono, no podrá haber más de tres isómeros bisustituidos. Re- presentemos por R la sustitución hecha al H. Ya sa- bemos que R debe ser un mismo elemento en todos tres 1sómeros. Si hacemos tres sustituciones de esta clase, toma- rán los nombres de orfho para las sustituciones en (1—2); meta para las de (1—3) y si la sustitución es en (1—4) para. Cuando sean tres H los sustituidos por un mismo elemento o resto monovalente, habrán tres derivados isómeros. Si se hace» cuatro sustituciones, habrá tres isómeros tetra sustituidos. No hay más que uno solo de cinco sustituciones y uno, también de seis. En los derivados bisustituidos y siguientes, cuando R es diferente en algunas posiciones, es evidente que el número de los isómeros crecerá En el benceno se puede cambiar 1. 2. 3. atomos de H por residuos de carburos monovalentes; se podra as; tener un metil benceno C*” H*—CH”, un etil propil ben ceno, tres dimetil bencenos, tres dipropil bencenos; los» cuerpos así formados se llaman A4omólogos del benceno. Estos restos que se llaman cadenas laterales, pueden te- a ner una o más funciones etilénicas o acetilénicas. Se puede concebir también, que en lugar de ser restos de carburos, sean restos aromáticos v. g. fent Cs H? mono- valente; se podrá así tener un fenil benceno. (difenil), tres difenil bencenos, tres trifenil bencenos. El bence- no puede también soldarse a otro cuerpc de cadena ce- rrada, se tendrá de esta manera, cuerpos dé esta forma: OH 200%: a | * HC C—CH: ERCHOe “ HC ECH - COCHECAAA CH: ñÁ > fenileteno difeniletino Estos núcleos pueden tener también cadenas late- rales: - Además, cada clase de cuerpo que hemos visto, puede cambiar todo o parte de los átomos de H por res- tos oxihidrilos, creando así alcoholes especiales llama- dos fenoles; o por grupos de amidógeno, formando amz- nas fenólicas. Por fin cada cadena lateral puede fun- cionar como cadena grasa y llevar así, funciones alcohol, aldehado, ácido. . . . etc. 2) Carburos bencénicos C” Hrs Toman su nombre de una de sus propiedades O de su origen. -—— Benceno, indica que este carburo se ha extraído del ácido benzoico; tolueno, del to/4; xileno, de la madera, etc. e HIRE a A Pe benceno C* H—CH* ps E EI tolueno CH»; Cs H* E xileno El 3 € CH? a. 34 LE E La e OE B CH có etil benceno — 39% — mio miCHAa : I E | : C* HH PCH: 3.2.2. .....- -trimetil benceno í CH» 5.3.4. | mentileno 1. 3. 4. ) Nemimeliteo HIS: pseudocumeno 1. 2. 4. CH: sits=CH1 CH: cumeno a: ERE CH CH A E - -cimeno Preparaciones generales. —a) Por medio de los ácidos ' Si se calientan los ácidos aromáticos en presencia de cal, pierden CO" que forma a y destilará el carburo. C: Hs — COOH + Ca O igual CO:Ca + Ce Hr ácido benzoico Así mismo los tres ácidos toluicos (metil benzoi- cos) dan por el calor tolueno (metil benceno) COOH Ca0 + C* H'L CH? igual C* 50 — CH: + COs Ca El ácido málico, pierde también seis moléculas de CO dando el benceno: Cs (COOHY + 6 Ca0 igual 6 CO'Ca + C* H* Para hacer estas preparaciones se tomarán peque- ñas cantidades de ácido, mezclarlas con tres veces su peso de cal viva, o introducir el todo en una retorta de vidrio verde que comunique a un refrigerante y calen- tarla con precauciones. El carburo destilará; después de lavarlo con agua, se lo deseca con Ca Cl” y después se rectifica. No se debe calentar demasiado para evitar la formación de compuestos pirogenados que serán difí- — 396 — ciles de separarse; se forma siempre un poco de cetona (benzo-—fenona). b) Por medio de los yoduros alcohólicos y de los carburos aromáticos halogenados en el núclo o en una cadena lateral. Este procedimiento debido, Wurtz, con- siste en hacer, obrar al sodio sobre una mezcla de un carburo aromático halogenado y un derivado alcohólico, así: C'H'Br+CH*I+Na? igual Na Br+Nal—C'H'-CH”. (metil benceno) Un derivado bihalogenado da también, un derivado bisustituido; por ejemplo los tres derivados bromados del benceno, dan en estas condiciones los tres xilenos. CH? ao a? igual C"H* | CH*+2Nal +2Na Br Chando el carburo cíclico, FEA el halógeno en una cadena lateral, la reacción es la misma. | Para hacer estas reacciones, se disuelve la E de los dos derivados halogenados en el éter absoluto y se añade el sodio al frío; después se calienta en un ba- lón con refrigerante ascendente hasta que desaparezca el sodio... Se trata después por agua para disolver las. sales de sodio formadas,,se secará el líquida al cloruro de calcio, y se destila para separar el éter y los deriva- dos halogenados que no han reaccionado. Se puede emplear, cuando el elemento halogenado está en una cadena lateral, la reacción de los compuestos órgano metálicos del zinc. Se hace caer gota por gota el deri- vado halogenado disuelto en el éter absoluto; se trata después por agua, se le lava, seca al Ca cr y luego se lo rectifica. c) Por medio del cloruro de dao y de los de- rivados halogenados de los carburos saturados (Friedel y Craítz). Cuando se hace obrar sobre el C* H* los derivados halogenados de los carburos saturados en presencia del AA cloruro de aluminio anhidro, se tiene un desprendimien- to regular de HCl, y se forma un derivado del carburo bencénico correspondiente al derivado halogenado em- pleaco. C* H* + CH? Cl igual C* H"—CH: (tolueno) + HCl Se introduce en un balón seco, que comunica a un refrigerante ascendente, un peso de carburo diez veces - mayor a él que se trate de obtener. El corcho del ba- lón tiene un tubo largo que descansa sobre un vaso (ta- rado) de agua. Si el derivado halogenado es líquido, se le introduce en el balón. y se calienta al baño moria, por el tubo largo se introducirá una cierta cantidad de cloruro de aluminio anhidro y en polvo, la reacción em- pieza y el ácido halogenado se desprende; se lo recoje en el vaso de agua, que como se ha dicho es ya previa- mente pesado; cuando disminuya la acción del cloruro de aluminio, se añade nueva cantidad, hasta que se ten- ga la cantidad prevista de HCl, lo que se averigua por por una segunda pesada del vaso. Si el cuerpo es gaseoso, se hace pasar el gaz a la mezcla calentada como antes. Cuando la reacción ha terminado, se vierte la mezcla refrescada en un exceso de agua fría acidulada por HCl; se decanta el carburo, se lo lava, seca y se lo rectifica por destilación fraccio- nada. Teoría de la reacción —El cloruro de aluminio se encuentra íntegramente al fin de la reacción; pero, no tiene, como se podría suponer una simple acción de pre- sencia; es casi seguro que se forme un derivado cloro- alamínico del carburo aromático, y, que éste obra sobre el derivado halogenado regenerando el cloruro de alu- minio, así pues: Cl C” H* + Al Cl igual C* Hgs—Al L es e ¡0)| Cl C*H'—A1L CI+C*H*C] igual A1ICP4C*Hs5—C HH? (etil benceno) d) Por medio de los alcoholes, de los carburos bencénicos y del cloruro de zinc. —Los. alcoholes de la serie grasa obran en vasó cerrado (de 270% a:370%) so- bre los carburos bencénicos en presencia de cloruro de zinc para dar apo del benceno y agua: Ce HS + CH — CH! — CH'OH igual HO PES C* H — CH' -- H” (butil benceno) e) Por condensación de las cetonas. —Las cetonas de la serie grasa dan derivados del benceno por conden- sación bajo la influencia de ácido sulfúrico. CE 3 CH” — CO — CH! igual 2H:0 +C* H” CH cH” (trimetil benceno 1. 3. 5.) f) Por medio de los carburos acetilénicos.—He- mos visto que CH E CH se condensa pot el calor dan- do C* H”. Los carburos homólogos obran lo mismo por destilación en presencia de ácido sulfúrico... g) Estado natural ——Ciertos carburos existen en los productos naturales, así el cimeno existe en la esen- cia de comino y se forma por la acción de los agentes de deshidratación sobre el alcanfor, entre otros por acción del sulfuro de fósforo. - h) Las reacciones pirogenadas de las materias or- ganicas (destilación de la madera, de la hulla) dan mu- chos carburos, benceno, tolueno, xilenos, etil benceno etc. , Métodos de separación y purificación de los carburos : bencénicos La Industria da los primeros términos; el etil ben- ceno, trimetil benceno, cimeno se prepara en los labora- torios. La destilación fraccionada en el caso de una mezcla de carburos;no da para los dos primeros térmi- os, sino una separación incompleta, deja en presencia dos; isómeros. Hay dos métodos para separarlos. APS I Se preparan derivados capaces de cristalizar y así obtener, puros por cristalización, se hace en general los derivados sulfurados: C* H” + SO'P” igual HO + C* H"—SO'H a (ácido benzo sulfónico) el que dara sales de bario, estroncio, calcio solubles en el agua y que cristalizan bien. II Se transforman los carburos en derivados ni- trados (que son sólidos), los cuales dan por reducción aminas, cuyas sales cristalizan, en general, bien. Bropredades fisicas. —Los carburos bencénicos son generalmente líquidos; el benceno funde a 5, el para- xileno, a 15. Son volátiles y el vapor de agua los arrastra. De olor aromático, en general, agradable. Insolubles en agua; solubles en alcohol,. éter y en casi todos los líquidos orgánicos sobre todo aceites y grasas. Propiedades quémicas.—Obran como carburos satu- rados, dan con facilidad sólo derivados de sustitución. Acción del Ci y del Br.—Obran de manera diferen- te según que se haga al frío o al calor la reacción. Si se hace pasar sobre un carburo a la ebullición cloro o bromo hay cambio de un hidrógeno por otro de halóge- no y la sustitución se hace en la: cadena lateral; es de- cir, que se tiene un derivado halogenado de la serie grasa. C'H'—CH*-+CI igual HCI+C*H'=CH*C1 (cloruro de benzilo) ] Si continúa la acción del halógeno, se tiene deriva- dos dí y trz halogenados en la cadena lateral. Al con- trarlo, si se opera al frío o al calor en presencia de yo- do, la: sustitución se hace en el núcleo aromático y se tendrá derivados correspondientes a.los /enoles; y que pueden, en el caso de una sola cadena lateral, existir con las tres modificaciones isómeras: CH H'4 Br igual CH' — Cs He — Br+ H Br bromó tolueno, bromuro de cresilo = 300 — En realidad se forma una mezcla de isómeros fara y orto, en proporciones casi iguales. perando con exceso de halógeno, en presencia de yodo, se efectúa la sustitución total del hidrógeno Cs H* daría Cs Cl exacloro benceno, o exacloro feno. Al frío, la acción es lenta, el carburo obra como si estuviera saturado; en presencia de cloruro de aluminio, la acción es rápida. El yodo, no da directamente pro- ductos de sustitución, porque a la temperatura necesa- ria el ácido HI formado, obra de nueyo sobre el com- puesto yodado para dar nuevamente el carburo primi- tivo Sd | Productos de adición.—Se forman cuando se hacen reaccionar al sol, el cloro o bromo sobre el vapor de hi- dro carburo; se puede fijar seis átomos de elemento ha- lógeno. Como esfos carburos tienen funciones etiléni- cas, cuando ana es abierta, fija dos átomos de elemento monovalente: CsHsClr; CsH*C1*; CAH5Cl15 (di, tetra y exacloruro de benceno) Acción del oxigeno.—El oxígeno libre tiene poca acción al frío o a la temperatura poco elevada sobre los carburos bencénicos. En presencia de cloruro de alu- minio da una pequeña cantidad de fenol: Cs H* + O igual Cs H0H A alta temperatura el oxígeno destruye los carbu- ros bencénicos y forma con los vapores mezclaz explos:- vas. Los agentes de oxidación, al contrario, dan reac- ciones muy netas. Si el carburo tiene cadena lateral, esta cadena es completamente oxidada y cambiada por un agrupamien- to ácido fijado sobre el núcleo aromático, así el tolueno, el etil benceno, el propil benceno tratados por ácido ní- trico diluido, por mezcla crómica o por permanganato de potasio, darán ácido benzoico: C* H* — CH” + 30 igual HO + C H* — COOH — 401 — - Si hay dos cadenas laterales, serán cambiadas su- cesivamente por dos agrupamientos funcionales ácidos. En general, un carburo bencénico teniendo 2 cadenas laterales, dan por oxidación suficiente cuerpos 2 veces ácidos. Acción del cloruro de cromilo CrO* C1P.—Se cam- bia al principio con el carburo, dando un producto cris- talizado, el cual al contacto de agua, se descompone dando el aldehido correspondiente y cloruro de cromo más anhidrido crómico. Acción del H7.— Obra sobre los carburos bencéni- cos fijando al principio 6H. Se opera en tubos cerrados y a 280": C* H* + 6H] igual C' H* + 31 después el núcleo se rompe y se forma una cadena abierta grasa por fijación de dos nuevos hidrógenos: C* H” + 2HI igual CH* — CH? — CH* — CH'—CH” | —CH+ PP Acción del ácido sulfúrico —El SO'H* monohidra- tado disuelve los carburos bencénicos sea al frío, sea con ligera elevación de temperatura. Se tiene, en ge- neral, un derivado monosustituido resultando del cam- bio de un hidrógeno del núcleo por el agrupamiento SO*H; se forman ácidos sulfónicos, éstos, son derivados del ácido sulfuroso mas no, del sulfúrico; el ácido nuevo es mobásico. El ácido sulfúrico fumante, da por el calor deriva- dos disulfónicos: 6'H* da ácidos mea y para benceno di- sulfónicos. Los derivados sulfonados funcionan como ácidos y son solubles en agua; sus sales de bario estron- cío y calcio son, también, solubles. Acción del NO'H.—El ácido nítrico fumante obra al frío sobre los carburos aromáticos para dar, con eli- o de agua un derivado monosustituido en el núcleo: C*H* + NO'OH igual C*H* — NO! (nitro benceno) Por el calor y en presencia de ácido sulfúrico, da derivados dinitrados y trinitrados según la temperatura y la composición de la mezcla ácida. Extracción de los carburos bencénicos del alquitrán de hulla Los primeros términos de los carburos bencénicos fabrícanse en la Industria por destilación del alquitrán. El alquitran es el residuo de la fabricación del gas o del coke metalúrgico- Composición del alquitrán—Es una mezcla com- pleja que se destila al principio de tal modo que se se- paren de 25 a 40 por ciento de productos volátiles, el residuo llamado brea se emplea para diversos usos in- dustriales, por ejemplo, para conglomerados. Los pro- ductos que pasan a la destilación so de tres clases: pro- ductos ácidos o solubles en los álcalis; productos básicos o solubles en los ácidos; productos neutros insolubles en agua. | 12 Los productos ácidos son: ácido acético, fenol, cresiloles 3, cuya fórmula es CH: — C*He= OH y otros fenoles y tiofenoles en pequeña cantidad. 22 Los productos básicos son: aminas fenólicas, compuestos pirólicos y bases pirídicas. anilina C* Hs — NH toluidinas CH? — C'H* — NH: pirrol C+ Hs N- Las bases pirídicas son: piridina Cs, Hs N picolina C* H" N Jlutidina C” H» N — 403 — colidina GO H-N... parvolina, coridina, rubidina . . . etc. 32 Los productos neutros son o carburos o der1- vados sulfurados, que pertenecen casi todos a la serie del tiofeno. Les carburos son de tres especies: pertenecen sca a la serie grasa sea a la serie bencénica, o a una serie más compleja que abarque cuerpos que poseen muchos núclos bencénicos; que tenga una parte común. En la serie grasa tenemos: pentano, exano, eptano, octano y algunos carburos etilénicos como exeno Cs Ha, A la serie bencénica pertenecen: benceno, tolueno, xileno, etil benceno .. . pseudo cumeno, mesitileno, he- mimelliteno; a la serie bencénica no saturada el stzrole- no C* H9$ — CH = CH”; a la serie bencénica de muchos núcleos bencénicos, el difenilo C* H* — C* H;», A la serie de numerosos núcleos: naftaleno, metil naftalenos, acenafteno, fluoreno, criteno, antraceno, fe- nantreno, etc., etc. El conjunto de productos ácidos, básicos y neutros constituye el líquido que pasa a la destilación. Se le rectifica y se le divide en tres partes. La primera es el aceite ligero que destila de 60 a 200%. La segunda to- ma el nombre de aceite pasado y pasa de 200 a 220” y por fin queda el residuo que se conserva aparte: Tratemos los aceites ligeros para preparar ben- ceno, toluenos y xilenos; en efecto, si se trata el aceite por 3 por ciento de su peso con ácido sulfúrico y se agita durante una hora, se deja al reposo y se decan- ta; el ácido ha extraído los productos básicos como antlina, piridina ... etc., los carburos grasos y también naftaleno. El aceite que sobrenada es lavado, después tratado por uno o dos por ciento de sosa cáustica, que, arrastra los fenoles y los ácidos, El líquido decantado es fraccionado en un aparato de destilación, se puede así separar beuceno y tolueno de los xilenos. — 404 — BENCENO €? H* Faraday lo descubrió en 1825 eun los productos de destilación de los aceites. Mitscherlich y Péligot' lo obtuvieron enseguida en la destilación del ácido benzoi- co en presencia de la cal; eu fin Hofmann y Mansfeld le aislaron del alquitrán de hulla. La destilación de los aceites ligeros da cerca de 809 un productd constituido esencialmente por C* H*. Para tenerle puro se le hace cristalizar, este producto se lla- ma benceno cristalizable, no es puro todavía; tiene 0,5 por ciento de tiofeno C* H*S, para expulsar este cuerpo. se agita el benceno con SO*H* que formará con el tio- feno un compuesto sulfonado soluble en agua; se puede también tratar el benceno con el cloruro de aluminio en pequeña cantidad, que destruye el tiofeno antes que al benceno. | El benceno funde a 67; es soluble en casi todos los líquidos orgánicos; hierbe a 804. Disuelve al azufre, fósforo, caucho, gutapercha, los alcaloides, etc.; quema con llama alumbrante fuliginosa. El C* H* se trans- forma en nitro benceno y anilina, la que se colora con facilidad por cloruro de calcio, reacción que permite re- conocer CH. TOLUENO C? H' — CH” Fue descubierto por Pelletier y Walter en los pro- ductos de la destilación de las resinas. Se puede obte- ner por la destilación del bálsamo de fo/4, o mejor en la destilación de los ácidos toluicos en presencia de cal vi- va. La Industria lo extize del alquitrán de hulla. - Hierve a 1107 cuando es puro, pero el producto comer- cial tiene siempre, metil tiofeno. Su importancia co- mercial es muy grande; sirve para preparar las toluidi- nas, el aldehido y ácido benzoico. XILENOS Los tres xilenos existen en los productos de la des- — 405 — tilación de la hulla desde 136 a 141”. El más abun- dante es el metaxileno. El producto bruto tiene de 20 a 25 por ciento de Paraxileno; 10 a 15 por ciento de ortoxileno y el resto de metaxileno. Para separar se agita la mezcla con ácido sulfúrico que disuelve el orto y meta dando ácidos sulfónicos y que no atacan al fara. ¡La mezcla de los ácidos sulfónicos se neutraliza por CO*Ba que separa el acido suifúrico en exceso y deja en solución los sulfa- tos de bario formados; se transforman éstos en sales de sodio por el carbonato de sodio y se filtra y concentra. Ei ortoxileno sulfonato de sodio, cristaliza con fa- cilidad, se le purifica y regenera ortoxileno puro por SO:H? o por P* Os en presencia de vapor de agua. El metaxileno sulfonato de sodio descompuesto a su vez, da el metaxileno. El paraxileno queda sin disolverse, se le trata por el ácido sulfúrico fumante, se le hace una sal de sodio que se purifica por cristalización. FENILETILENO Cs Hs — CH = CHax Sinonimia. estiroleno, cinnameno, styrol, etenrl benccno, eten:l feno El estiroleno pertenece a la serie de carburos ben- cénicos que tienen cadena lateral de función etzlénzca. Fue extraido al principio del s/2rax por Bonastre en 1831. Existe en el alquitrán de hulla, se prepara por el etil benceno tratado por cloro o bromo y al calor; el derivado formado se trata por la potasa alcohólica que - sustrae una molécula de halógeno ácido. También se le extrae del ácido cinnámico cerca de su punto de ebullición, en balón de cuello largo, se des- prende gaz carbónico y el estiroleno destila. FENIL BENCENO Cs H* — Cs H* Es el difenilo o bifenilo, pertenece al grupo de car- buros que poseen muchos restos bencénicos (fenilos). Se le obtiene 19 por el método de Fittig, haciendo reaccionar el sodio sobre una solución de bromo bence- no en el éter o en benceno: 2 C* H? Br + Na? igual 2Na Br + C* H' — C* H* 22 Se forma también una pequeña cantidad cuan- do se calienta el ácido benzoico en presencia de cal. Preparación.—Por el método de Berthelot. Se ha- ce pasar lentamente vapores de benceno en un tubo de hierro calentado al rojo, se desprende hidrógeno y el bifenil pasa a la destilación. Es un cuerpo cristalizado en largas pajuelas inco- loras; un agente de hidrogenación da de nuevo C* HS, Carburos bencénicos que tienen alhunos núcleos bencéne- cos, unidos por restos de carburo graso . Los dos primeros términos di y trifenil metano, son muy importantes por su aplicación en la preparación de las materias colorantes. Preparaciones; —a) Acción de los cloruros bromu- ros de los carburos saturados sobre el C* H' en presen- cia de cloruro de aluminio. Los derivados halogenados de los carburos saturados de la serie grasa obran al frío o a temperatura poco elevada sobre los carburos bencé- nicos en presencia de cloruro de aluminio, para cambiar los átomos de halógeno por restos bencénicos. | Es. CH*CI+2C*H” igual 2H CI4CH?|_ C*H? (difeni) meta. | no) b) Los derivados halogenados de los carburos bencénicos sobre el benceno obran del mismo modo. CP CsH*—CHCI+C*H? igual HCI| CH? c) Los aldehidos de la serie acíclica mezclados con un bencénico y añadiendo poco a poco SO'H?, dan derivados del difenil metanc o del trifenil metano, si se. Mn 04 AE opera con aldehilo aromático que tiene su agrupamien- to funcional unido directamente al núcleo (Beoger). CsH? H =— CHO + 2 C* H? igual H'O + CHA?*|_C* H d) Si un alcohol que tenga 'un resto bencénico reacciona sobre un carburo bencénico en presencia de un agente de deshidratación, se tendrá un derivado di- fenilado. | CH?—CH*0H+C*H*—CH? igual H'04+C*H*4C Hs —CH*"—C'H? fenil metanol cresil fenil metano DIFENIL METANO C* H* — CH? — C* H* Se le prepara por los métodos generales, y más fá- cilmente por acción del cloruro de benzilo sobre el ben- ceno, en presencia de cloruro de aluminio. Hierbe de 281—262” funde de 26 a 27%. Tiene un olor agrala- ble de naranja. Oxidado por la mezcla crómica da la benzo fenona (difenil metanona) C* H* — CO — C* Hs, El difenil es el núcleo de las auraminas. -Carburos con dos núcleos bencénicos y una cadena lateral grasa de f. etilénica o acetilénica - EL, STILBENO difenil etileno C* H* =— CH =CH-—C'H', se prepara calentando el sulfuro de benzilo. EL TOLANO difenil acetileno, difenil etino C* H* CE C-—C*H”. Se le obtiene tratando el bromuro de stilbeno por la potasa alcohólica. NAFTALENO C*” H? (Naftalina, nafteno) El naftaleno es el núcleo de una serie 2mportante y el más importante de esta serie. Constitución del naftaleno.—Su composición ele- mental y su peso molecular corresponde a la fórmula 1% Hs -Obra como cuerpo saturado y da directamente con NO3H, SO*Hx, Cl, Br derivados de sustitución. Vamos a demostrar que tiene dos núcleos bencéni- cos los cuales a su vez, tienen dos átomos de carbono comunes y que se puede representar así: (1) i CH CH CH CH O—— 0 CH CH CH CH En efecto, el naftaleno tiene por lo menos un nú- cleo bencénico con dos cadenas laterales en posición or- to, pues que la oxidación del naftaleno da ácido ortofta- lico; pero, este ácido tiene constitución conocida, pues se lo prepara por medio del ortodimetil. benceno: cl HC C—CO*H HC C—CO'H CH ácido orto ftálico [1] El lector se tomará el pequeño trabajo de formar el exá- gono correspondiente, las dificultades de obtener signos adecuados en la Imprenta de que disponemos, nos han hecho idear la manera de representar las figuras. No se pierda de vista que el carbono es tetravalente — 409 — De consiguiente conocemos ya la posición de ocho átomos de carbono del naftaleno, falta, pues, determinar la posición de los dos últimos carbonos Tenemos pues la seguridad, según la fórmula anterior, de poder repre- sentarla así: CH HC Cc=cC HC AA CH Pues, la oxidación no compromete jamás, la ligación del carbono con el carbono, y como este esqueleto exis- te en el ácido ftálico forzosamente existirá en el nafta- leno, Side C*” H* restamos C* H* obtendremos C* H cuya posición es preciso conocerlo. Para esto, supon- gamos que las cadenas laterales sean abiertas, se puede crear un pequeño número de fórmulas respetando la cuadrivalencia del carbono, hasta llegar a obtener como fórmula global C* H*. Estos cuerpos así formados son, evidentemente derivados del berceno, tienen en las ca- denas laterales funciones grasas y deberían, por consl- guiente, según lo que hemos visto, dar las reacciones de estas últimas, es decir, portarse como cuerpos no sa- turados. Pero nada de esto sucede, luego hay que ad- mitir que la segunda parte de la molécula constituye un núcleo. ] Admitamos que el naftaleno tenga como fórmula representativa, la ya descrita, demostremos que tiene - doble núcleo. Si tratamos el naftaleno por ácido nítrico se tendrá un nitro naftaleno, resultando del cambio de un H por un resto NO”. Supongamos que su fórmula sea: — ¿10 — NO» L . n ¡Sl sn - a a pa s Oxidemos este derivado: tendremos ácido nitro—or- toftálico; es decir: COOH (1) C* HECOOH (3) NO» El agrupamiento nitrado, está, entonces situado en el núcleo bencénico, si el naftaleno tiene un solo núcleo. Tomemos nuevamente el nitro naftaleno, y transforme- mos por el hidrógeno naciente el agrupamiento NO%, en agrupamiento amina, este ocupará el' lugar del nitrado y por consiguiente se encontrará en el núcleo bencéni- co, Ooxidemos nuexamente este cuerpo y tendremos áci do ftálico, es decir que el núcleo bencénico que tenía el resto amidógeno habiendo desaparecido. debe quedar dos núcleos bencénicos pues que se obtiene ácido ftáli- co. Se ha hecho la oxidación en los dos casos del mo- do siguiente: : | os 2H C CH — 411 — NUMERO DE ISOMEROS Sea la fórmula Cv H,: numerémosla en el sentido de los punteros de un reloj. 8 CH CH 1 9 7 CH C CH 2 6 CH C E HKX3 10 CH s CH 4 La molécula siendo simétrica, las posiciones 1. 4- 5. 8, son equivalentes; en efecto cambiando uno cual- quiera de los átomos de hidrógeno por un mismo resto de molécula monovalente, las diversas figuras podrán superponerse. Asimismo, las posiciones 2. 3. 6. 7, en- tonces, una sola sustitución en el naftaleno por un mis- mo resto inonovalente dará dos isómeras y solamente dos. Enumeraremos diez isómeros por dos sustituciones, catorce por tres sustituciones. Llamaremos a (alfa) las posiciones 1.4.5.8. B (beta) los 2. 3. 6. 7. Sintesis de los cuerpos de núcleo naftalénico Se obtiene el naftaleno haciendo pasar el bromuro de fenil butileno sobre la cal viva al rojo vivo. CsH'—CH*—CH*—CH Br+C40 igual 4 BERPOJCrH pH? Preparación.—Se obtiene en gran número de reaccio- nes pirogenadas así; el alcohol, éter, ácido acético, acei- tes, esencias, resinas, etc. pasando por un tubo calenta- do al rojo obscuro, dan naftaleno, en realidad, se le seca del alquitrán de hulla. Se recojen los aceites de alqui- trán que destilan de 180% a 250% y se los deja enfríar; se recojen cristales, los cuales están constituidos por naftaleno. impuro. o Para purificarlos, se los trata con ácido sulfúrico y sosa diluida, a fin de sacar los productos ácidos y bási- cos. Se comprime después el producto entre dos tablas de metal calientes y se destilará luego o sublimará naf- taleno. Para hacerle completamente puro se le hace crista- lizar algunas veces en alcohol o se lo calienta con árido sulfúrico o bioxido de maganeso; el residuo se lava cón agua alcalina y se destila en una corriente de vapor de agua; el naftaleno pasa a la destilación. El naftaleno es sólido, funde a 80%, hierve a 2809, es soluble en los disolventes orgánicos La reacción característica del naftaleno es la siguiente: tratado por el cloruro de aluminio en presencia de cloroformo da una magnífica coloración azul. Con ácido pícrico da una combinación cristalizada fusible a 1497. Propiedades quimicas —El naftaleno obra como el benceno, reacciona con más facilidad, así pues la molé- cúla naftalénica es menos estable. Los elementos halógenos, cloro, bromo, obran so- bre el naftaleno al frío y también al calor, dando deri- vados monohalogenados. C” H*+C? igual HCI+C” H' Cl (cloronaftaleno) es, sobre todo, el derivado a (alfa) que se forma en estas reacciones. El cloro, al frío, da un derivado de adición CY H? Cl (bicloro naftaleno) E . ., / . y, . , . Los agentes de oxidación enérgicos (ácido nítrico, mezcla crómica, permanganato), 2 al naftaleno para dar ácido ortoftálico. COOH C"H'+0* igual C"H*|_ COOH+2C0*4+H*0 El ácido crómico en solución acética, da al contra- rio nafto quinoua C"H*O0”. El ácido yodhídrico a 280% en solución acuosa, da sucesivamente un tetrahidruro, un exahidruro, un octa- hidruro y un decahidruro de naftaleno. El ácido nítrico reacciona como con los carburos bencénicos, da con el naftafeno el derivado a (alfa) úni- camente. C"ASFNO'H igual NO+C"H—NO! (alfa) La mezcla de ácido nítrico y sulfúrico da derivados dinitrados. | El ácido sulfúrico monohidratado da dos ácidos mono sulfónicos alfa y beta (a, 8): C"H*4+SO*H? igual H'0+C0"H—SO'H GRUPO ANTRACENICO La fórmula de constitución del antraceno está re- presentada así: Miró O » R R K la cual se demuestra por numerosas síntesis y análisis. Hablaremos sólo de la síntesis por la antraquinona. El acido orto benzoil bensoico tiene por fórmula CsH5—CO—CsH:'—COOH er efecto, se prepara por medio del anhidrido ortoftálico | CO | CsH*| COJO y el benceno Al = 414 — en presencia de cloruro de aluminio, tiene en conse- cuencia los dos agrupamientos CO y COOH en posición orto; este ácido tratado por ácido sulfúrico pierde una molécula de agua y da antraquinona. 231 pe " C=CO=C a igual H?0+ 2 CH—COCOH—C z ñ ñ cido orto benzoil benzóico « > a "CCOO % C—CO—C 5 R * antraquinona el oxidrilo de la función ácida es-el que se elimina con el átomo de hidrógeno situado en posición orto en el nú- cleo bencénico vecino. La antraquinona y por consiguiente el antraceno poseen dos restos bencénicos unidos por dos átomos de carbono: En efecto si se prepara una bromo antraqui- nona en posición (alfa) y se la oxida se tiene ácido bro- moftálico. orto. > — AIL5 — C — Br ; OH | 1 R — CH = C—R' igual R— CH -—CO—R!. Entonces, pues, no existe analogía entre la función alcohol y la función fenol, y se concluye que la estabi- y lidad que presentan los fenoles se debe a la influencia E del núcleo; los derivados clorados, bromados correspon- dientes a los fenoles como mono cloro benceno, mono bromo benceno, no cambian su átomo de cloro, bromo con el resto OH. Para hacer este Cambio sería preciso +. O" variar el carácter del núcleo por la introducción de cier- tos elementos como agrupamientos nitrados o restos eomo SO*H, COOH NOMENCLATURA DE LOS FENOLES Fenol C* H? OH CH” Cresilol (tres isómeros) C* H* | OH ESE Etil fenol (tres isómeros) C* H* | OH GE Xilenol (seis isómeros) C* H'< CH” | | OH C3H' Propil fenol (tres isómeros) C* H [L_OH ca (4) Timol CH — Cs Hz — OH (3) 1 CER cr? (1) (4) C* HT" 2CH'=0H (2) cha” ¿ Carvacrol (cymo fenol) SERIE NAFTALENICA Naftol (alfa) C* H” OH, naftol (beta) : SERIE ANTRACENICA Antrol (alfa) C* H» OH, antrol (beta) Preparaciones —12 Por medio de los derivados sulfónicos. Se funde las sales de sodio de los derivados sulfónicos de los carburos aromáticos con sosa o potasa: —— 431 — CsH:—SO:Ha+Na OH igual SO» Na+C:H50H En una cápsula de hierro, plata o níquel se funde una parte del derivado sulfonado con diez veces el peso de sosa y se calienta hasta la fusión ígnea; se deja en- friar y se tratará con agua acidulada por ácido clorhí- drico; si el fenol es soluble, se usará el éter, si es inso- luble, se lo recoge y se lo purifica por destilación, se le hace cristalizar en un disolvente a propósito. 22 Por medio de las aminas fenólicas y el NO+H. Tratadas las aminas por NO*H en presencia de SO*H , dan al principio un compuesto diazoico, que se destruye en solución acuosa con elevación débil de tem- peratura, dando un fenol. dd igual CH5—N=N—OH (hi- drato diazo benceno) C2H:3—N=N—OH igual N:+CsH50H Se disuelve la amina fenólica en ácido sulfúrico en ligero exceso, y se añade agua de manera que la solu- ción represente por lo menos diez veces el peso de la amina empleada; se enfría con hielo y se añade poco a poco una solución de NO* Na, empleado: en cantidad téorica y se calienta hasta que todo el N se haya des- prendido. Si el fenol es volátil con vapor de agua se lo arrastra por corriente de vapor; se lo recoge, se lo puri- fica por cristalización o por disolución en un álcali y precipitaciones procuradas por medio de un ácido. - 32 Por destilación de ácidos de función fenólico. Estos ácidos pierden por el calor CO* dando feno- les COOH ESA: 0H (fenoloico) dará : | CO! + C* H* — OH 42 En las reacciones pirogenadas; en la destila- ción seca de las materias orgánicas que tienen oxígeno, hay formación de fenoles: la destilación de la madera por ejemplo. Estado natural.—Existen en ciertas plantas, ccmo en la esencia de tomillo se encuentra el t2mo/, en la vaz- nilla hay el van:linmo; por fin los taninos tienen fun- ción OH. | Propiedades físicas.—Son en general solas, de olor desagradable, excepto el paraxilenol (olor de eser- cia de almendras amargas) y el timol (olor agradable de tomillo). Los naftoles y antroles no tienen olor. Son poco solubles en agua cuyo vapor los arrastra, los feno- les bencénicos son en general caústicos; todos son tóxicos. Reacciones de la función fenólica.—Los fenoles tie- nen mNchas reacciones análogas a las de los alcoholes. El H fenólico se puede cambiar con un átomo de metal monovalente o por un Ei de carburo o de molécula ácida. 19 Acción del Ntasid —+El potasio o el sodio o los álcalis dan fenoles sodados o potasados, hay desprendi- miento de hidrógeno: 2CsH80H+2 Na igual H* 4 2C" HO Na Se disuelve el potasio o sodio en alcohol absoluto en exceso y se añade el fenol: C* Hs OH + CH* — CH*OK (alcoholato de potasio) darán CH?—CH*OH(alcohol)+C*H30K (fenolato de potasio) 22 Acción de los derivados halcgenados de los car- buros sobre los derivados sodados o potasados do los feno- les.—Los yoduros o bromuros alcohólicos calentados en solución alcohólica con estos derivados, dan, como en la serie grasa éteres óx1dos : C*HONa+IC*H* igual Nal4-C"H'—0—C*H" 32 Acción de los cloruros de ácido, ácidos y anh:- dridos de ácido.—Los ácidos obran sobre los fenoles pa- ra dar a alta temperatura éteres pero la formación de éter es pequeña. — 423 — | C'HOH+CH:—COOH igual H204+C*H5—0—CO— | CH? (etanoato de fenilo) Los cloruros y anhidridos de ácido dan con débil calor reacción completa: C'Hs OH+CI—CO—CH' (cloruro de etanoilo) igual MOS =P CH! 49 — Acción de HI —El ácido yodhídrico cambia, en tubo cerrado y en solución acuosa el OH con otro H a una temperatura cercana a 2007, después se fija H sobre el núcleo dando por ejemplo por medio del fenol, benceno o hidruro de benceno: as H*OH ES 2H1 igual C* He se HO E la ye ón de PCI? —Se forma como en la serie grasa derivados halogenados, pero también y sobre todo éteres fosfóricos. Reacción accesoria: C'H'OH+PCT' igual Ol Reacción principal: OO PCI igual PO(CH" )s (fosfato de feni- lo) + 3HC] 62 Acción del amoníaco. —A alta temperatura el amoniaco, las aminas primarias o secundarias, en pre- sencia de agentes de deshidratación, darán aminas fe- nólicas: | C'H'OH+H—NH* igual H?"0+C*H5—NH” 79 Acción del ácido sulfárico.—Da derivados mo- nosulfonados con más facilidad que cuando se emplean carburos: ? | SO:H CHO H+SO*P” igual H*'04-C*H* LL OH (ácido fenol sulfónico) 80- Acción del C O'(—Sobre los derivados sodados de los fenoles CO* da al calor: COONa C:HsONa+CO* igual! C*H:* [_ OH (oxibenzoato de sodio) 92 Acción del SN presencia de los álcalis da cuerpos aldehidos y fenoles: CsH'OH+CHCI-H+3KOH igual CHO C* H*[_OH (aldehido oxibenzoico) +3KC1+2H*0 REACCIONES COLORADAS 12 Casi todos los fenoles o cuerpos de función fe- nólica obran sobre el percloruro de hierro en solución neutra dando coloraciones diversas. Ejemplo, el fenol da coloración azul; pero, no es absoluto; se emplea una solución muy extendida de percloruro. de hierro (dos gotas de Solución oficinal en veinte gramos de agua). si 2% Acción sobre el colodión.—Los fenoles coagu- lan el colodión; en general ciertos cuerpos impiden esta acción. 30 Reacción de Libermann.—El ácido sulfúrico nitroso da con los fenoles coloraciones intensas del azul al oscuro amarillo. Se disuelve en ácido sulfúrico al frío 5 por ciento de nitrato de sodio, mejor de potasio; se añade un poco de fenol a dos centímetros cúbicos de la mezcla y se calienta ligeramente: se desarrollará co- loraciones intensas. FENOL C: H' — OH Se le prepara industrialmente fundiendo con sosa el ácido benceno sulfónico; pero la fuente de este pro- ducto es el alquitrán de hulla. Se forma en numerosas — 425 — reacciones pirogenadas, existe en la orina del hombre al estado de éter sulfúrico ácido C* H* — O — SO'H; se forma en la purificación de las materias albuminoi- deas. Se le extrae de los aceites ligeros de alquitrán; trátanse estos aceites con una solución alcalina que di- suelve los fenoles y cierta cantidad de carburos; se di- luye en agua el licor alcalino y cuando se vuelve límpi- do se le neutraliza por una sexta parte de la cantidad de ácido necesaria para la saturación total; la mayor parte de los alquitranes es eliminada; se acidula francamente y se fracciona el líquido; se deja cristalizar las partes que pasan de 1807; se rectifica el fenol por destilacion con Óxido de plomo que destruye los tiofenoles. El fenol funde a 41? y hierve Je 180 a 18095. So- luble en quince partes de agua a la temperatura ordina- ria, soluble en alcohol y éter; da con agua un hidrato de fórmula Cs H” — OH% HO, que cristaliza a cuatro grados. Con exceso de bromo al frío y en licor alcalino da el tribromo fenol: COH BrC E HC CH CBr reacción empleada para dosificar el fenol. El fenol se combina al frío con el ácido sulfúrico para dar un der!- vado sulfonado en posición orto llamado aseptol: SO1H Cs H:| OH — qa6 e ES: A La mezcla de ácido sulfúrico y nítrico sobre el fe= nol, o la acción del ácido nítrico sobre su derivado sul- - fonado, da derivados trinitrados de fórmula simétrica: C—-OH NO*-C CNO» C—NO» que es:el trinitro fenol o ácido pácrico, sustancia amar- ga, amarilla, empleada en Medicina y en la preparación de los explosivos. Sirve para teñir la seda en amarillo. Poco soluble en agua, soluble en alcohol y benceno, sus sales hacen explosión por el calor, el mismo ácido en ciertas cir- cunstancias detona. | El ácido pícrico se emplea en Terapéutica con el el nombre de Amargo de Welter, en los laboratorios se emplea como reactivo de la potasa y de los cianuros, y para investigar la albumina. | El fenol tiene como sinónimos: oxtbenceno, ácido carbólico, ácido fénico, hidrato de fentlo, carbol. CRESILOLES CH? — C* H* — OH Son poco empleados. Los fenoles separados del alquitrán de hulla o de la creosota de la madera contie- nen los tres isómeros. Es una mezcla que emulsiona- da por un jabón más o menos complejo a base de resina y de aceite está preconizada como antiséptico con los nombres de LISOL, SOLVEOL, SOLUTOL. de TIMOL. CH: CE. CA Fórmula: . CA H*0H<* 3 CH: I — 427 — Sinonimia: Para—3s0prop1l metácreosol, ácido timt- co isopril metil fenol, parameto ettl—metil fenol. Existe en el tomillo (thy mus vulgaris) con el ti- meno y cumeno, El timol pasa a la destilación con los aceites esenciales Je estas plantas. Se separa agitán- dole con solución de sosa diluida que saca el timol, y, después tratando la solución alcalina por un ácido que pone el fenol en libertad. Es cuerpo sólido que funde a 507; tiene el olor del tomillo; poco soluble en agua, soluble en alcohol y éter, no da reacción con el percloruro de hierro. El agua saturada de este cuerpo y adicionándola de medio volu- men de ácido acético con nu volumen de ácido sulfúrico da coloración rojo violada. Tratado con yodo en solución alcalina o por yodu- ro de potasio en presencia de hipoclorito da derivado yo- dado, tipo de la clase llsmada arzstoles, derivado del or- to timol. Calentado el aristol, desprende yodo, se le emplea como anticéptico. NAFTOLES Cv H$ O Los dos isómeros a y f£ (alfa y beta son conocidos y empleados en la Industria. El naftol (beta existe en pequeña cantidad en el alquitrán de hulla. Se le pre. para sea por la (alfa) naftil amina que se la diazota en solución sulfúrica, sea fundiendo el (alfa) naftaleno sulfonato de sodio con un álcali. El (alfa) naftaleno, es insoluble en agua, soluble en alcohol, éter, es antiséptico y menos tóxico que el (beta), colora la potasa en azul en presencia del cloro- formo. El naftol (beta), existe en el alquitrán de hulla. Se le prepara por diazotación de la (beta) naftilamina, o por la fusión del (beta) naftaleno sulfonato de sodio con un álcali. Es como su isómero poco soluble en agua, más en alcohol, éter, en solución clorofórmica colora en azul la potasa. La Industria le utiliza con el nombre de abrastol u asafrol para la conservación de los vinos. — 428 — Los dos naftoles se diferencian por sus puntos de - fusión y todavía por los hipocloritos que dan con el (al- fa) naftol una magnífica coloración violeta, al paso que el beta naftol, da un tinte amarillento. FUNCION AMINA FENOLICA Aminas fenólicas Son cuerpos que resultan del cambio de un hidró- | geno del núcleo por un resto amidógeno NH*. | Estos cuerpos tienen algunas propiedades de las aminas grasas pero tienen otras, muy diferentes, por ejemplo el tolueno puede dar: C—CH' C—CHA' s » » CÁNH* 5 a A Ñ ES A tolueno orto toluidina - ñ C—CH'-NH ñ a * bensil amina cuerpos muy diferentes entre sí por sus propiedades. División de las aminas Si llamamos al resto C* H* residuo fenólico, ten- dremos tres clases de aminas fenólicas. > — 4949 — £ Cs Hs — NH” (amina enólica primari)a, fenilamina Cs H?—NH-—C' H' (amina fenólica secundaria), difenil amina (EEN (amina fenólica terciaria) trifenil amina Se puede también tener sales de amonzo. Sea el (N H4) Cl] Podemos sustituir los cuatro hidrógenos por uno, dos, tres y cuatro residuos fenólicos, así: “(NH C: H”) Cl eloruro de fenil amonio . . 7% con cuatro residuos fenólicos tendremos el cloruro de tetra fenil amonio. Puede también considerarse que en las aminas fe- nólicas primarias y secundarias, así como en los amo- nios los átomos de hidrógeno sean reemplazados por restos de carburo graso (alcoilos), se tendrá así aminas mixtas, a la vez grasas y fenólicas como lo indican las figuras siguientes: Cs Hs | Cs Hs ¿NH C* Hs — N Cr Hs C* Hs amina secundaria mixta : amina terciaria mixta En realidad, estas dos clases de cuerpos aminas fe- nólicas y aminas mixtas existen, pero no se conocen to- dos los tipos que nosotros hemos mencionado, Aminas fenólicas primarias En realidad, no hay sino un solo procedimiento Para su preparación. 12 Por medio de los derivados nitrados del núcleo. —El hidrógeno naciente transforma el agrupamiento — 430 — nitrado en agrupamiento amina al mismo tiempo que se forma agua: CsH*—NO:+3H” igual 2H"04+C"H"—NH”, fenil amina Los agentes de hidrogenación son muy numerosos; se ha empleado al principio el H*S en solución amonia- cal (Zinin): C*H—NO*43H38 igual 2H"04+35+C*H'—NH” Es método poco empleado, en general se emplea el hierro con ácido acético o clorhídrico. El ácido acético sirve Únicamente para empezar la reacción, el hierro solo, en presencia de agua hace la reducción. C*H3—NO:+H'O+F* igual Fe*O'+C*H'— NH Se puede emplear estaño y ácido clorhídrico; des- pués se tratará por el H*S para extraer el estaño en ex- ceso, por fin se utilizará la amalgama de sodio. 22 Por medio de los fenoles y del amontaco.—Se calientan los fenoles en presencia de amoniaco y de un cuerpo avido de agua por ejemplo la cal viva Ca Cl o Zn CI se opera en vaso cerrado y auna temperatura vecina de 300%. La reacción es más fácil con los antroles ss naf- toles que con los fenoles. 32 Por reducción de las E —Se ia hidrógeno naciente: CH NH—NH—C'H+H' igual CHN Hs 4? Destilación de los ácidos de amina fenólica. COOH | C* H*L NH? igual CO? + Cs H* — NH” ácide antranílico—amino benzoico o AGE AR = - - Propiedades fisicas Las aminas fenólicas primarias, son muchas de ellas líquidas, algunas sólidas, de olor desagradable; pe- ro solubles ' en agua, se puede destilar y arrastrar por su vapor. Se coloran al aire, no son básicos al torna- sol, pero la anilina y toluidina coloran en azul la tintú- ra de dalia enrojecida por los ácidos, dan con los ácidos, a pesar de la apariencia neutra sales bien cristalizadas. La ausencia de reacción con el tornasol, indica que es- tando en solución acuosa, se hallan en disociación mis o menos completa. Las anilinas nitradas o cloradas son todavía menos básicas. Propiedades químicas pá: aminas fenólicas primarias sbtaa en general como el amoniaco N H3, se juntan molécula a molécula con los ácidos monobásicos, o dos moléculas con ácido bibisico dando sales neutras. Eos ácidos sulfúrico y nítrico, los halógenos cloro, bromo obran sobre las aminas atacando el núcleo: se tiene así aminas nitradas, sulfonadas, cloradas, broma- das. El acido nítrico en licor ácido da sales de diazoico: C'Hs—NH* NO'H+NO'H igual 2H'0+C*H'—N =N—NO' (nitrato de diazo benceno) Les metales potasio y sodio, cambian al calor los átomos de hidrógeno del H por uno o dos átomos del metal: la anilina, da sucesivamente con el potasio, ani- lina mono y di potasada: 20'H'—NH'+K? igual H:+2C'H5—NHK -C'H'—NH+K? igual Hr4C*H—NK Los aldehidos obran al frío sobre las aminas dando una imina sustituida y agua: — 432 — R—CH=0+CsHs—N H? igual C*Hs—N=CH—R +H10 (imina fenilada) - Los cloruros y auhidros de ácido obran al frío so- - bre las aminas primarias, como en la serie grasa dando amidas sustituidas. cr j NH—C'H, COL Cl+42C%H* - NH? igual HCIFCOL NH—CsHs (difenil urea) Así pues la acción del cloruro de carbonilo COCT" | sobre las aminas fenólicas eonsiste en dar ureas. La glicerina en presencia de SO'H:.—El ácido sul- fúrico obra sobre la mezcla de una amina fenólica pri- maria y de glicerina en presencia de nitro benceno Cs Hs — NO' dando bases quinólicas; la anilina da la quinolina: C* Hs — NH" + CH"OH — CHOH — CH,¿OH + 0 | igual C* HN (quinoleina) + 4H,0 AÁAminas fenólicas secundarias | Hay dos clases, ES aminas propiamente dichas y las mixtas. En cuanto a las primeras, indicaremos las siguien- tes preparaciones: a) Por medio de las aminas primarias y sus dos hidratos, se hace reaccionar sobre la amina, el clorhi- drato correspondiente y se calienta. Así la anilitra ca- lentada de 210 a 2407, en vaso cerrado con su clorhidra- to da difenil amina. + > 23 “Hs É CsHs—N H24+C*Hs—N H*Cl. igual NHCl+ * NH CHs fenilamina -- elorhidrato de fenil amina difenil amina JS | 6) Por medio de las aminas primarias y los feno- les, en presencia de un agente de deshidratación, se em- plean los cloruros de zinc o de calcio: 23 : ¿ CH? | C'H:'—0H+C'*H5—NH igual NH etc: - ' ca ais Probiedades das y AS Son cuerpos cristalizados insolubles sén- agus; Casi no tienen propiedades básicas; son solubles en los áci- dos, pero no dan sales bien eristalizádas/ Con potasio O sodio dan sales bien cristalizadas. : En anta a boa aminas fenólicas terciarias, son po- co estudiadas, se conoce la trifenil amina, que se la ob- tiene por acción del benceno monobromado sobre la di- fenil amina potasada. La trifenil amina es poco solu- ble en alcohol al frío, soluble en el benceno. 1 | b Aminas primarias de f. simple ; ANILINAC*' Hs — NH, > E . La anilina toma su nombre del añil (índigo) que 3 da por destilación seca. Se la encuentra también en 5 los productos de la destilación del alquitrán de hulla. Es Se la conoce también con los nombres de fenil amina, 3 amino benceno, amino feno he Fue obtenida primeramente por Unverdarben en 4 : 1826 en la destilación seca del índigo, después la en- E contró en 1834 Runge en los productos de la destilación E del alquitrán de hulla. Pero su gran cmpleo en la In- ; +dustria comenzó después del descubrimiento de Bé- ES champ, que la preparó por reducción del nitro benceno Y por el hierro y ácido acético, hoy por el hierro y ácido elorhídsico. | - Propiedades. Be líquido incoloro que se hace lige- ramente oscuro amarillo al aire o a la luz solor. Cuan- do es puro queda incoloro; tiene un olor especial seme- AO A b e ie dd 1 ' 4 Du * =484= jante al de de las carbilaminas, hierve a 1809; cristaliza a ocho grados bajo cero, soluble en agua a temperatura ordinaria, al tres por ciento; soluble en alcohol, éter, precipita las sales de aluminio y de zinc. Con hipo- cloritos da coloración violada roja; su solución sulfári- ca da con el bicromato de potasio. coloración azul in- tensa. Si a una solución diluida de anilina se añade hipo- clorito de calcio, también en disolución y algunas gotas de sulfuro de amonio, habrá una Coloración purpúrea. El acetato de anilina E Ho — NH: A COOH da por acción del clar” un derivado acetilado (amida) Cs Hs— N [CO — CH? (antifibrina) El derivado metilado que se prepara por acción, y al calor de CH*I sobre el antifibrina sodada se llama exalgima, que es analgésico o. CO—CH CsH5s— es CO— E igual C*Hs|_ CH? Na A . exalgina TOLUIDINAS | CH ca cn — NH" Los tres isómnmeros son conocidos pr crestlaminas, meto fenil aminas. Se las obtiene por reducción de los derivados nitra- dos correspondientes (nitro toluenos). En la Industria - no se emplean puras; se sirve en ise de mezclás llamadas aceztes de antlina. Los acettes para rojo contienen más o menos pro- porciones iguales de anilina pura, los acestes para sa- frantnos, contienen anilina y orto toluidina. qn — NAFTILAMINAS Cu 24 , NHz2 Sinonimia: naftalidina, amino naftaleno, Hay dos naftilaminas a (alfa) y £ (beta). a) La primera, se la prepara por reducción del nitro naftaleno a; es cuerpo. cristalizado en agujas; los oxidantes dan precipitado azul. 6) La segunda cristaliza en agujas, los adi no dan con ella precipitado azul. DERIVADOS AZOICOS Se designan así los cuerpos que tienen por carácter constitutivo poseer dos átomos de nitrógeno, cambiando entre sí dos valencias. =N=N=— Si al NHs quitamos un H, tendremos un resto amidógeno NH? que no existe al estado libre, y doblará su icon. se obtiene así el diamidógeno NH? — NH! este cuerpo no es otra cosa que la hidrazina de Curtius. Si se reemplaza un átomo de hidrógeno de esta hidraci- na por un resto de carburo graso o de carburo bencéni- - de sus átomos de hidrógeno por Cs Hs por ejemplo, y el otro por un oxidrilo, o un residuo de molécula ácida, se tendrá un compuesto diazo1co C* H— N =4 (cloruro de diazo benceno) Estos cuerpos funcionan como no saturados; los compuestos diazoicos, siendo. generadores de los com- puestos azolcos, se estudian primero aquellos. Preparaciones de los diazotcos - | 19 Por diazotación dc las aminas primartas.—Se tratan las aminas primarias, en solución ácida, por el ácido nitroso; esta operación es la designada con el nom- bre de drazotación. Se obtiene así la sal del diazoico correspondiente al ácido empleado, con formación de agua C*H'—NH'—NO'H-+NO'H (nitrato de fenil amina) igual Cc"H*—H pco debia es (nitrato de diazo benceno) 22 Se puede emplear en lugar del ácido nitroso el cloruro de nitrosilo NOCI, el bromuro de nitrosilo NO Br, el sulfato de nitrosilo SONO). Todos estos reactivos dan el mismo pon sien- do productores de NO'H. : En realidad, hay un sólo procedimiento de prepara- ción de los compuestos diazoicos y es el primero. Se “Opera así: se disuelve la sal de amina en el agua en pre- A sencia del ácido cuya sal se quiere obtener; la operación se hará en hielo y se añade poco a poco en cantidad téorica una solución de NOz*Na en diez veces su paso de agua. La reacción es muy rápida; se obtiene la sal del - diazoico que se utiliza para otras reacciones. Propiedades fisicas - Los diazoicos libres existen al estado de hidratos; así el diazo benceno libre CC Hs—N-= N—OH pero, estos derivados son inestables. Sus sales son generalmente cristalizadas e incolo- ras; solnbles en agua, poco en alcohol, insolubles en el éter. Los diazoicos no se combinan con el ácido acéti- co; se oscurecen al aire y se descomponen, mnchas ve- ces con explosión, todas las sales detonan por los cho- ques o por una elevación brusca de temperatura. Propiedades químicas Los diazoicos obran con facilidad sobre los reacti- vos orgánicos o minerales; permiten preparar los deri- vados halogenados, los fenoles, los derivados nitrados o los carburos correspondientes a la amina primitiva. Son cuerpos indiferentes: ácidos al frenfe de las bases fuertes, básicos al frente de los ácidos fuertes, además, se conducen como no saturados. Reacciones minerales 12 Z/H naciente. —Todos los agentes de hidroge- nación poco enérgicos (Zn + CH? — COOH) (Zn + Na OH) (SO: H Na) ABR A dan hidracinas primarias CsH3—N= N—CI14+4H igual C*H:—NH—NH*HCI] cloruro de diazo benceno cloruro de fenil hidrazinium - 32 Acción del Br.—Da derivados hidracínicos bro- mados C*Hs—N= N—Br+Br! igual C?H5—NBr—NBr* (per- - bromuro de diazo benceno) 30 Acción de los hidrácidos.—Obran al calor en presencia de sal cuprosa o de polvo de cobre sobre los diazoicos dando: : C*H¿2N=NCI+HCI igual C:HsC14+N:+HC1 49 Acción de las bases.:—La potasa por ejemplo, en una solución saturada de una sal de diazoico da al principio, un cambio de K y se obtiene: C*H*—N= N—CIP2KOH igual KCI4 H*'0+4+C*H? —N=0OH (hidrato de diazo benceno potasado) después hay transposición molecular sobre todo al calor C Hi—N =N—OK igual C?H'—NK—NO (fenil nitro- samina potasada) 52 Acción de los nitritos alcalinmos.—Las sales de diazoico en presencia de NONA y de una sal de cobre o polvo de cobre, dan el derivado nitrado correspondiente CHN =N—CI+NO'Na igual NaCIEN'+C'H>. | —NOC* (nitro benceno) 62 Sales metálicas —Los diazoicos se combinan con de Pt CI*, Au Cl; Zn CP, dando las mismas combinaciones que las aminas. —439-—- Reactivos orgánicos 19 Acción de los alcoholes.—Las sales de diazoico calentadas con los alcoholes obran como agentes de oxi- dación, se forma aldehido, hay desprendimiento de ni- trógeno y se regenera el carburo: C*H'—N=N—SO'H*+C H:—CH:0H igral CH'— - CHO+N*+S0'H +C*H” (sulfato de diazo benceno) esta reacción permite destruir una amina, se emplea en general el nitrito de amilo O= N-0—C'H* C*H3—NH*+0O=N—0O—C*Hn igual H*04+CsH* +CH"0O (pentanal) + N” 20 Acción del cianuro de potasto.—El cianuro obra al principio para dar un cianuro del diazoico, ésta _calentado se destruye dando desprendimiento de N* y % queda el nitrilo correspondiente a la amina primitiva: C"H?—N =N—CIF+K—CEN igual KCIF4CH? —N=N—CEN (cianuro de diazo . . .) C*H'—N= N—CEN igual N*+C'H'—CEN (benzo ni- trilo) Reactivos característicos de los diazorcos Se los caracteriza tratándolos con el a (alfa naftol) en solución alcalina. Se forman generalmente mate- rias colorantes azoicas de color rojo comunmente. DIAZO BENCENO CcH*=N=N-—OH = 440 — Es un aceite amarillento de olor aromático que se descompone poco a poco con desprendimiento de N”, y por formación de sustancias rojas indeterminadas. «e - Derivados diazo aminados Se obtienen haciendo reaccionar las sales del dia- zoico sobre un exceso de amina en presencia de acetato áe sodio que neutraliza el ácido mineral; adiazotando una amina eu presencia de un exceso de ella. | Propiedades. —Son combinaciones cristalizadas ama- rillas, solubles en el éter, en el benceno, en el alcohol, son explosivas por el calor. En cuanto a sus propiedades químicas, diremos que son muy poco básicas; pero dan todavía con-el PtCl*, cloro platinatos. Son ligeramente ácidos (el átomo de hidrógeno fijado al nitrógeno), son así solu- bles en los álcalis; se transforman en derivados azotcos bajo influencias débiles. Compuestos azoicos propiamente dichos R-N=N-R Los residuos R y R” son residuos fenólicos idénti- cos o diferentes, tendremos azoicos propiamente dichos; R y R” son residuos grasos idénticos, tendremos azoicos grasos; R y R” son uno residuo fenólico, el otro graso, será un azoico mixto. Preparaciones —12 Por medio de la potasa alco- hólica con un derivado nitrado en. solución de etanol, hay oxidación del alcohol. 22 Reducción de un derivado nitrado por el Zn y NH». 32 Por oxidación de las aminas primarias. Los procedimientos más importantes para obtener azoicos de funciones múltiples resultan en su mayor parte de la acción de los diazoicos sobre los fenoles en licor alcalino (también de la transformación molecular de los diazo amidados). 7 ' AT $ d =— 441 — Propiedades físicas Son insolubles, pero la introducción de agrupamien- tos tales como — SO0'H, — OH, — COOH, los hace solubles en los álcalis; su coloración va del amarillo hasta el oscuro; solubles en alcohol; cristaliza- . bles y son más estables que los derivados diazoicos. Propiedades químicas El hidrógeno los transtorma en hidracinas. El SO” forma al principio una hidracina, que se transfor- ma en bensidina (diamino difenil 1. 4. ) C”'H*—NH—NH—C*P? igual HIN—IC'Hé— CHé—NH» (bensidina) MATERIAS COLORANTES AZOICAS Benceno azobenceno Cs H—N=N-—C'H? Se le prepara por la reducción del nitro benceno por el polvo de zinc y la sosa en solución alcohólica. Cristaliza en láminas amarillas y fusibles a 68%, es bas- tante estable. Los cuerpos que derivan de este TIPO, son todos materias colorantes. Resultan del cambio de los áto- mos de H por agrupamientos —NH*, —OH, —SO'H, —NO, ácidos, o por unos y los otros. Los núcleos bencénicos pueden ser reemplazados por núcleos naftalénicos. Son preparados por la acción de las sales diazoicas sobre las aminas o los fenoles en las condiciones ya dichas. Bajo el punto de vista industrial, se les divide en: A SA E | : AA — 442 — . : 12 Derivados azoicos aminados. - 2? Derivados azoicos aminados y sulfonados. 32 Derivados azoicos de función fenólica. 409 Derivados azoicos de función fenólica sul- fonada. Los derivados azoicos pueden tener 1. 3. 2 agrupa- p mientos amidógeno y mas; los colores obtenidos son bá- sicos. Amarillo de anilina CHH=N -C:H:*—NH: (benceno 'azofenil amina) La crisordina, tiene agrupamientos amidógeno NH, ' NH C*Hs—N=N—C'Hs| NH? (benceno-azo-—fenileno dia mina) La vesuvíina u oscuro de anilina, oscuro de Bis- marck, tiene tres agrupamientos amidógenos: NH: NH:?—C*H*N=N—CsH*|_NH2 (fenil amino—-azo-fe nileno diamina) En los colores básicos sulfonados tenemos. Varanjos de Powrier [II y IV cuyas. tórmulas son: Para el III: o CHs SO'Na—CsH:—N=N—C'H:N |_CH* (benceno sulfonato de sodio-azo-difenil amina) Para el naranjo IV: SO'Na—C*H:—N =N—CsH'—N H—C: Hs (benceno sulfonato de sodio-azo-difenil amina) Entre los colores de función fenólica tenemos: - " : - Naranjo 1. NaSO0*'C*H'—N=N—C"H'0H a (alfa) — 443 — (benceno sulfonato de sodio, azo, naftol) Naranjo 17 SO'Na—C*H:—N =N—C H'—O0H 6 (beta) (benceno sulfonato de sodio, azo, naftol) El número de estas materias colorantes es conside- rable; los derivados dos veces diazoicos (diazotación de una amina fenólica) dan derivados dos veces azoicos, son muy importantes en la Industria, son los colores derivados de la bensidina NH:—C'H(H'—NH: llamados colores para el algodón. Colores para el algodón Los colores ya vistos. exigen para teñir la fibra de algodón, un mordiente, los derivados de la bencidina se fijan directamente sobre el algodón sin moruzente. Esta propiedad no es exclusiva de los derivados del bifenilo CH CH porque en el grupo de los diazoicos los derivados del stilbeno Cs Hs — CH =C* Hr, la poseen también. La preparación de los colores; bajo el punto de vis- ta téorico es la misma que para los d2az01c0s simples. Se diazota la diamina con dos moléculas de ácido nitro- -SO, y se combina el cuerpo dos veces diazoico así forma- do con dos moléculas de una amina o de un fenol que pueden ser sulfonados, La bencidina diazoada en solución clorhídrica da el cloruro de tetrazo bifentlo. El ácido salicílico fenólico 1. 2. es se COOH C* H* | OH la crisamina que corresponde a una sal de sodio de un compuesto dos veces azoico, tiene como fórmula (1) H—CO0 (2) HO_] C'H'—N= N—C*H'—C*H'—N=N— ES CODA A EAAMOGA (2) (salicílico-azo—bifenilo-azo-salicílico) Congo L. R. es un derivado de la toluidina unida con una molécula de resorcina y de ácido naftiónico. La resarcina es OH 0 H?* OH el congo L. R. será: + OH C*H*—N= N—C*H'—C*H'-N=N— OH I ] : CFPECH NH. Cu? des (resorcina—azo-dimetodifenil-azo-—naftiónico) Benzazurina BB (4) NH” (3) CHO e CH:—C*H* (1) se la obtiene diazoando la dianisidina, y combinándola, en solución alcalina con el ácido au (alfa) naftol sulfónico. Los azoicos son numerosos; dan colores del amarl- E: O—CH? (3) : 0 — 445 — llo al negro; es decir, amarillo, rojo, azul, negro y tonos intermediarios. El color sube del amarillo al azul, por el aumento de CY en la molécula. HIDRACINAS R R” N — N | R' RE Los residuos R, R”, R” y R” pueden ser fenólicos, grasos o H. Si Res fenólico se tiene una hidracina fenólica pri- maria con la condición de que R”, R” y R”” sean áto- mos de H. Si R y R' son restos fenólicos, la hidracina secun- daria fenólica será disimétrica. Si R y R” están unidos a dos átomos diferentes de N, se tenará una hidracina simétrica. Si R es residuo fenólico y R” un residuo graso, se tendrá una hidracina mixta. Ejemplos: 19 Cs Hs — NH — NH? hidracina primaria. Cs H*— NH — NH — C* H* hidracina secundaria si- métrica Cs Hs y CH?_] NH — NP hidracina secundaria asimétrica. Mixtas 29 CH -—- NH—N H—CH2—C H didracina secundaria si- métrica. C* Hs : N—NH2 hidracina socundaria asimétrica. Co Hs Tienen más importancia las primarias que las se- cundarias. Preparaciones; —Por aercación de las sales de diazoico =- 446 — C*H?—N=N—CI42H? igual C'H—NH—NH=»+HLI (fenil hidracina) Por reducción de los derivados azoicos C*H*—N=N—C*H igual C*H*— NH—NH—CsH' (di fenil hidracina) Propiedades —Son incoloros, bastante estables, al estado libre, pero se coloran al aire y la luz. En gene- ral son líquidos, aceitosos o sólidos; en general insolu- bles en agua, solubles an alcohol: Bajo el punto de vista químico ofrecen grandes analogías con ias aminas; El hidrógeno los transforma en aminas CHN H--N H24 HA? igual COH?—N H?4N H* Las hidracinas por oxidación regresan facilmente al tipo diazoico. Com los yoduros forman también sa- les cuaternarias por fijación directa. De entre las dicetonas £ (beta), pueden obrar sobre dos moléculas de fenil hidracina, dando cuerpos llama- dos pzrasoles. Los éteres 8 (beta) cetónicos obran sobre la fenil hidracina, dando pzrazoloma que son el múcleo funda- mental de las axtip2r:mas. La antipirina, uo difiere de la metil fenil pirazolo- na, en mucho. Reacciones coloreadas.—Las hidracinas disueltas en el SO*H” y oxidadas por percloruro de hierro, ácido nitroso, ácido crómico, dan coloraciones intensas que varían del rojo al violeta. FENIL HIDRACINA C* Hs — NH — NH2 Se la prepara por reducción del cloruro de diazo benceno, por el Zn y el ácido clorhídrico o por ácido sulfúrico. La fenil hidracina cristaliza en ¡áminas que funden a 237; hierve 241”, descomponiéndose un poco, es poco soluble en agua, soluble en alcohol, éter y ben- ceno. - E. Funciones derivadas de la f fenólica ETRRES. —ETERES FENÓLICOS.—ETERES MIXTOS Elteres fenólicos.— Preparaciones La función éter: CH”? —O—R, puede ser R como residuo fenólico. Se los prepara por destilación de las sales de aluminio de los fenoles; destilando los fenola- tos de aluminio, se obtiene alúmina y pasa a la destila. ción el éter. 6(C*H*-—O)Al igual ALO F3IC*HO—C'H5) ácido de fenilo Este es el ínico método general conocido. Los éteres fenólicos son líquidos o sólidos, destilan sin descomponerse; son de olores agradables; insolubles en agua, solubles en el éter ordinario; se dejan clorar, bromar, nitrar, sulfonar con fdcilidad. , En cuanto al óxido de fenilo, se le obtiene destilan- do el benzoato de cobre, o calentando el sulfato de diazo benceno con ZnCl?o Al?C1”. Tiene olor de geranio; es sólido y mny estable. ETERES FENÓLICOS MIXTOS Preparaciones. —12 Por medio de los derivados so- dados o potasados de los fenoles y de los derivados ha- logenados de los carburos grasos. Si se calienta un derivado sodado a la ebullición, en presencia de alcohol y un yoduro alcohólico, en balón cou refrigerante as. cendente, hay formación de un éter mixto - CH—O—Na+ I—CH ¡igual Nal+-C*H*"—O-—C H*(me- toxi benceno o anisol) EE 22 Por medio de los fenoles de los alcoholes y del HCI. Los fenoles del grupo naftalénico y antracénico, disueltos en un alcohol y tratados por una corriente de HCI dan éteres mixtos correspondientes. A 448 — CvH0OH+C*Hs0OH igual H*0+CwH—0—C*H” Propiedades.—Son líquidos o sólidos de olores agradables; volátiles y arrastrables por el vapor de agua. Tratados con HI gaseoso a 100% dan el fenol y el derivado yodado del carburo graso. ANISOL Cs H? — O — CH Sinonimia: metoxt baila óxido de fenilo y me- tilo, benceno-ox—metano, fenato de metilo. Se obtiene el anisol, como ya dijimos antes por ac- ción del yoduro de metilo sobre el fenol sodado; se ob- tiene igualmente cuando se destila con la cal el ácido anísico: OPEP Cs H*[_CO:2H (4) también, por acción del fenol sodado seco sobre el clo- -ruro de metilo. Es un líquido incoloro, de olor agra- doble insoluble en KOH. ETERES SALES FENÓLICOS Si en un fenol se cambia el H fenólico por un re- siduo de molécula ácida se tendrá un éter sal fenólico: O ll : C*H?—0-H; CsHs-—O0—C-—-CHP acetato de fenilo Preparaciones —La eterificación directa no da bue- nos resultados y no se emplea este método. Se prepara A a por medio de los cloruros o anhidridos de ácidos. Se calentará el fenol con el cloruro del ácido cuyo éter se quiere obtener. O l CHO H4+CH*—CO—CI igual HCIFC*H-0-C-CH* — 449 — Propiedades.—Los éteres formados con los ácidos de la serie grasa y los fenoles, son líquidos o sólidos; los otros son sólidos. Tienen olor agradable, se sapo- nifican con facilidad por los alcoholes; en solución alco- hólica los álcalis facilitan la saponibcación. SALICILATO DE FENILO O SALOL ES SS OS E FPO HH Este cuerpo ha sido preparado por Nencki, calen- tando con el oxicloruro de fósforo una mezcla de fenol y de acido salicílico. En la Industria se prepara ha- ciendo pasar COCT a la mezcla de fenato y de salicilato de sodio: y OH CO—CP4C*H*|_COONa+C*H*—O— Na igual OH C*H*_ CO—O—C'H* Es el salol un cuerpo cristalizado sin color, insolu- ble en agua, soluble en alcohol, éter, benceno y vaseli- na; su olor es semejante al de la esencia de Wintergreem Bensoato de naftilo a y f Py OO H El bensoato de naftilo (beta) se llama también ben- so naftol en Farmacia. Salicilato de naftilo 8 o Betol OH C'H:| COO— C* Hr, es un cuerpo cristalizado que se prepara como el salol. 40 — FUNCIONES GRASAS SIMPLES Funciones oxigenadas —— Alcoholes Los alcoholes aromáticos como los de la serie gra- sa se dividen en tres clases: primarios, secundarios y terciarios. Cs Hs — CH*OH fenil metanol; Cs H?— CHOH — CH: fenil etanol CY H” — CH?0H naftil metanol; C* H$ — CHOH — C* Hs difenil metanol etc. Preparaciones. —12 Por saponificación de los deri- vados halogenados: ' | CsHs— CH2C] (cloruro de bencilo) + Pb (OH) igual C:H*—CH?0H+Pb (CIO H) | 22 Por hidrogenación de los aldehidos aromáticos: C* Hs — CHO + FP? igual C* Hs — CH,OH 32 Por hidrogenación de las cetonas: C'H5—CO—CH++H2 igual C*H?*—CHOH—CHa (fe- (aceto fenona) nil metil carbinol) Propiedades.—Son cuerpos cuyo punto de ebulli- ción es elevado, de olor agradable, líquidos en general, insolubles o poco en agua, solubles en alcohol, benceno y éter. | | Los alcoholes secundarios y terciarios que tienen dos núcleos fenólicos, son en general, cristalizados, tie- nen las mismas reacciones que los de la serie grasa; la oxidación da aldehido o cetona, después ácido. La ac- ción de los metales alcalinos es la misma. =— 451 — ALCOHOL BENCILICO '0L Hs 7 CH:0H Sinonimia: fenil metanol, fenil carbinol, fenil me- tilol, | ; Este alcohol descubierto por Cannizzaro, existe al estado de éter cinnámico y de éter benzoico en el bálsa- mo de tolú, en el bálsamo del Perú, éste último contie- ne una pequeña cantidad en libertad. Se le prepara calentando en auto clave el cloruro de bencilo con hi- drato de plomo o sosa. CsHs—C H2CI+NaO0H igual NaCI4gCsH5—C H20 H La amalgama de sodio reduce el ácido benzoico en licor acuoso, lo que no sucede en la serie grasa: ALDERHIDOS R — CHO R, eso representa un núcleo fenólico. Las prepa- raciones y propiedades son semejantes a las de los alde- hidos grasos. ALDEHIDO BENZOICO . sE H"— CHO Sinonimia: aldehido bencílico, benzilal, esencia de almendras amargas, fenil metanal. Es conocido desde mucho tiempo; se forma en efec. to en la descomposición de la amigdalina (glucósido que se encuentra en las almendras amargas) bajo la influen - - cia de un fermento soluble llamado emudlsina: Se extrae, todavía, hoy de las almendras; pero la - mayor parte se hace sintéticamente por oxidación del cloruro de bencilo con el (NO+) Pb, (Laecth y Grimaux) 452 | 2C*'H"CH*CI+Pb (NO*)*+2H%0 igual 2C*H-CHO + 2NO* + 3H!0 Propiedades.—Hierve a 179%, es más denso que el agua; su densidad 1,05; es soluble en agua; pero más, en alcohol y éter. Se combina con el bisulfito; con el K—CzN sufre una aldolisación y da la bensoima o difentl etano- lona. 2C* H?* — CHO igual C* H* —CHOH — CO—C*H? El aldehido benzoico obra, en presencia del ZnCl?, sobre la dimetil anilina, dando la leuco base del verde malachita. Es, Ccp C'H—CHO+2C*H5—N|_ CH? igual CH? CHN | CH? CtH*”—CH + HO Car CHO NEC . .. . El aldehido cuwmznizco se encuentra en la esencia del cuminum cymiuum y del contum maculatum (cicuta). Es líquido sin color; de olor aromático, el NO*H le transforma en ácido cuccimico. Sirve para hacer la síntesis del timol. CETONAS . R—CO— R' y Uuo de los R o ambos tienen un núcleo beneénico. Los procedimientos de preparación son los mismos que se usan para las de la serie grasa. El especial de la pi de y — 453 serie aromática es por medi0 del COCI? y de los carbu- Tos aromáticos. 20H+COCT igual 2HC14C*H3—CO—C+*Hs (difenil cetona) Son líquidos o sólidos, de olor agradable; las reac- ciones son las mismas que las de las cetonas grasas. ACETO FENONA Cs Hs — CO — CH* (metil benzoilo) Se prepara por medio del cloruro de acetilo sobre * el benceno, en preseucla del cloruro doble de aluminio y sodio (Reacción debida a Friedel y Crafts). CHs4+CH:3—CO—C] igual HOCI4+CsHs3—CO—CHs También se prepara por la mezcla de bensoato de calcio y de acetato de calcio que se destilan en una co- rriente de CO?. Es cuerpo sólido cristalizado. ACIDOS AROMATICOS R -—CÓOH Preparaciones. —1% Por oxidación de los homólo- gos del benceno. por medio de la mezcla crómica, per- manganato de potasio, o del ácido nítrico diluido. Si el cuerpo tiene una sola cadena lateral, esa es completamente quemada y se hace ácido benzoico: CtHs5—C H”*—CH*+05 igual C*H*—COOH +2H*"0+C02 Si hay algunas cadenas laterales, sou quemadas sucesivamente cuando se emplea NO”H como oxidante: CH*—C*H'—CH?:P0> igual H*04+C H'—C*H4 (xilcno) —COOH (ácido metii bencénico) — 454 — Ss CH*—C*H'—COOH+30 igual COOH—C'H'—COOH Este modo de oxidación, se aplica también a los 2 derivados que tienen en la cadena una función cual- z e quiera. de 3 3 22 Se prepara por fijación del agrupamiento Co: 3 Se actuará sobre los carburoc con CO? o COCTY en pre- 3 sencia de Al*C1* (Friedel Crafts). | A C'H'+CO? igual C*H?* — COOH 32 Por hidratación de los nitrilos o las amidas. E Los nitrilos calentados en solución acuosa o alcohólica 5 con los álcalis o con los ácidos diluidos, dan los ácides correspondientes. | e C'Hi—CEN+2H"0+ HC] igual NH'CI+2'H'—COOH E e Propiedades.—Son sólidos, de olor débil o nulo; se - ES: subliman sin descomponerse; poco solubles en agua 3 fría; más en agua caliente, alcohol y éter, coloran en rojo la tintura azul de tornasol, doscomponen los carbo- natos y dan sales de potasio o sodio solubles en agua, A obran como los ácidos grasos dando cloruros de ácido; A anhidridos, éteres, se descomponen en presencia de —= Ca0O dando el carburo. C*H?—COO+C40 igual CO'Ca+C'H* Algunos ácldos aromáticos, que tienen el agrupa-= miento COOH sobre el núcleo se Do por amalga- ma de sodio en licor ácido: a C*'HE—CO0OH4FH* igual H'0+C*H*—CH'OH 2 E E ACIDO BENZOICO EA A us >, A C* H* COOH Es al fenil metanoico; existe en la resina del ben- ju, en el bálsamo del Perú y tolú; se encuentra en la E xy ed E 7 ) es ON, y AT Se AP pe! a > orina de los herbívoros donde existe al estado de ácido hipúrtco. (C*Hs— CO - NH — CH! — COOH) Se extrae del benjuí que se calienta, el ácido ben- zoico se sublima; también de las orinas, según este pro- cedimiento, se concentra la orina hasta reducirla a la mitad de su volumen, se acidula cor HC] por enfria- -—miento, el ácido hipúrico cristaliza, se le calienta duran- te un cuarto de hora con HCl concentrado lo que le descompone en clorhidrato de glicocolle y en ácido ben- ZO1CO: C*H*7CO—NH—CH2-CO0H+H?0O+HCI igual : NH?* CsH*—COOH+CHA?*|_COOH. HCI. Se puede también preparar sintéticamente por me. dio del tolueno, éste tratado por el cloro dará el cloruro de benzoilo, éste a sn vez calentado con “NO*H diluido dará el ácido benzoico, hay dos fases: saponificación la primera: | A Hr0+C*H*—CH?C1 igual C*H'—CH*OH+HCI, en la segunda fase hay oxidación: C'H'—CH'"0H+0” igual H'04+C*H'-COOH El ácido benzoico cristaliza en agujas o láminas monoclínicas; se sublima con facilidad; es volátil con el vapor de agua y se disuelve un poco en la misma, es más soluble en alcohol y éter, éste le arrastra de sus so- - luciones acuosas, — Lo 456 Ese Funciones nittrogenadas de cadenas laterales AMINAS R R” Los procedimientos de preparación y las propieda- des son idénticas a las de las aminas grasas; sólo el nú- cleo lleva sus propiedades particulares; las aminas fenó- iicas no son básicas. BENCIL AMINA Cs Hs — CH? — NH” Se la prepara por hidrogenación del benzo nitrilo: C'H*—CEN+2H» igual CH5—CH:+NH» y por todos los procedimientos conocidos para la prepa- roción de las aminas grasas. Es un líquido soluble en agua, alcohol, éter en to- das proporciones; es muy alcalina y despide humos en presencia del HCl, sus saies son muy solubles; se com- bina con CO?. ( -NITRILOS Se preparan como los nitrilos de la serie grasa. La deshidratación de las amidas o de las sales amoniacales, la acción de los derivados halogenados en cadena lateral sobre el K-—CEN (cianuro de potasio) dan nitrilos. Se puede preparar, también, por el cloruro de cia- nógeno o por el cianógeno y los carburos. C*Hs54+CI—CEN igual HCI4CsHs—CEN (fenil metano nitrilo) EARL => CH*FNZEC—CEN igual H—C=N+C*H*CEN "a la reacción se efectía en presencia de AR Er Los derivados sulfonados calentados al seco con el cianuro de potasio, dan un nitrilo homólogo del carburo primitivo. Por fin los diazoicos tratados con K-—CzN en presencia de una sal de cobre dan desprendimiento de N; y, se forma un nitrilo correspondiente. Propiedades.—Son en general líquidos, olor de al- _mendras amargas; insolubles en agua, solubles en éter, alcohol; tienen las propiedades de los nitrilos de la serie grasa. Compuestos con algunas f. fenólicas o polifenoles Se puede téoricamente, cambiar o sustituir sucesi- vamente todos los átomos de H del núcleo por oxidrilos y tener así cuerpos de tantas funciones, fenólicas como átomos de H haya en el núcleo; así tendremos el exafe- nol. En general, prepáranse de maneras semejantes a los usados para los monofenoles. Así, calentando el dicloro beuceno con KOH se tendrá fenodzo/l. oH (1) CH'CP42KOH igual 2KCI4C*H*]_OH (2) (piroca- techina) Lo mismo pasa con los derivados yodados, broma- dos y sulfonados. La diazotación de las orto diaminas, no da orto di- fenoles, pero los derivados M y P dan los difenoles co- rrespondientes. El fenoexol potasado, fne preparado sintéticamente por acción del CO sobre K 6C0 + 3K? igual C* (OK) — AB Numercsos polifenoles existen en la naturaleza: la pirocatequina al estado de éter en la orina del hombre y del caballo; la Zuoro glucina al estado libre en numero- sas plantas. Los famimos son derivados normales de compuestos fenólicos de función ácida Propiedades. —Son sólidos; más solubles en agua que los monofenoles, también en alcohol y éter. El ca- rácter ácido es más grande que el de los monofenoles, pero se alteran más fácilincnte; tienen propiedades re- ductoras en licor alcalino; reducen el licor de Fehling y el NO3Ag amoniacal, dan éteres Óxidos y éteres sales. Fenoles divalentes derivados del Cs H8 y de sus homólogos Los tres difenoles derivados del (*Hs se denominan: Pirocatechina, para el orto dioxi benceno. Resorcina, para el meta dioxi bencenc. Hidraquinona, para el para dioxi benceno. PIROCATECHINA OH (1) Cs H:_OH (2) Este difenol se produce en la destilación seca de los catechinas (del mimosa catechu, en particular Debe resultar de la acción del calor sobre el ácido piro catechico. OH (4) co) OH =45) OH COO0O (1) igual CO? + Cs H:[_OH la reacción se efectúa mejor en presencia de una sal de bario. El fenol fundido con NaOH en presencia del aire da pequeña cantidad de pirocatechina. Industrialmente, se trata el orto bromo fenol o el orto cloro fenol a 3002 más o menos: > nd dl a OH (1) OH (1) C*H*L Br (2) 4 NaOH igual NaBr4+ C'H*|_ OH (2) Se prepara también tratando el- Gaiacol Ria oH O—CHs por HI o HBr a 100% o por HC] acuoso en autoclave a 150% OH HL OC -Hi4 H Br al C*H*L_ OH+CH: Br La pirocatechina funde a 104%; hierve a 2407 sin alteración; tiene sabor azucarado; es soluble en H20, alcohol y éter, casi insoluble en el benceno al frío. Re- duce al licor de Fehling y se emplea como revelador en Fotografía. GAIACOL OH CH|LO-CH” Se le llama éter mono metílico de la pirocatechina, o metoxi fenol. Fue aislado la primera vez de los pro- ductos de la destilación de la resina de gazac. Existe en la parte fenólica sacada de los alquitra- nes que provienen de la destilación de la madera de roble, haya y pino. La reunión de fenoles y éteres mo- nometílicos de difenoles se llama creosota. La creosota es una mezcla muy compleja; que tie- ne fenol, los tres cresiloles, el orto etil fenol, los meto xiloles, el gaiacol, un metil gaiacol, llamado también creosol, y un etil gaiacol (homo creosol), tiofenoles etc. La creosoto de aya, tiene 20 por ciento de galacol; se extrae el gaiacol de esta creosota combinándole con base terrosa o alcalino terrosa (cal estronciana, barita, magnesia); estos cuerpos dan con los monofenoles sales solubles, y con los éteres monometílicos combinaciones muy poco solubles. Se obtiene así una masa que se la > Os 2, lava con un poco de alcohol que contiene: gaiacol, creo- “sol, honio creosol combinados con la base. Se trata con HCl para poner en libertad los éteres monometílicos de los difenoles y se fracciona por destilación; el producto que pasa entre 204 y 206” una vez refrescado, cristaliza lentamente. Se prepara sintéticamente por metilación de la pl- rocatechina por el CH*C1 en presencia de NaOH. O=—Na O-CH>* C*HA*1_0OH+CFP*CL igual C*HY_OH+NA Cl teuodiol sodado El gaiacol hierve a 205%, funde a 30l], es soluble en agua, alcohol, aceites. En ¿olución acuosa da con Prosge ña Fe! Ci? coloración azul pura. Se le emplea como anestésico lo- cal, como antitérmico y contra la tuberculosis. VERATROL DA CHO=!| 0H Es el éter dimetílico de la pirocatechina. Se pue- de preparar por la destilación del ácido verátrico. COOH CH? 2 O—CH? OE que pierde CO?. Se prepara, además, metilando por se- sa y clorometano el gaiacol o la pirocatechina. O—Na O EH C*H*|_O—Na+2CH*C1 igual 2NaCI4C*H*L_ O-CH” pirocatechina di sodada Funde a 15”, hierve a 2057; tiene un olor agrada- «ble de peonia; no da reacción con A Fez Cis tiene uso contra la tuberculosis. CREOSOL El creosol entra en la composición de la creosota; se le obtiene por saponificación del carbonato que funde a 243. Tiene olor de vainilla; sus sales terreas o al- calino terreas son poco solubles en agua. Es el creosol, el metil gatacol. RESORCINA OH (1) CsH:_ OH 3) Es el meta dioxi benceno, fenociol. Se la puede preparar por métodos generales, pero, hay procedimientos especiales. 12 Los tres ácidos bromo benceno micos fun- didos con KOH dan la resorcina. 22 La diazotación de la meta fenileno diamina, da también resorcina. 32 Destilación con la cal de los ácidos resorcíli- cos, proporciona resorcina. En la Industria se prepara por acción de la sosa sobre el benceno disulfonato de sodio. El producto de la operación se trata por HC1 y después por alcohol amílico que saca la resorcina. Para purificar se destila en el vacío. La resorcina es soluble en agua, alcohol, éter, pero es insoluble en sulfuro de carbono y cioroformo; su sabor es a la vez amargo y azucarado. Ese! más estable de los tres d:- fenoles derivados del benceno, así pues, se forma cuan- do se calienta con la potasa, no solamente el meta di- sulfonato de potasio, sino también el orto y para disul- fonato. | La resorcina se emplea como antiséptico y para la fabricación de las fluoresceimas y eosinas. — 462 so ORCINA : Dioxitolueno CH: (1) ot OR (3) OH (5) También tiene el sinónimo de metil feno di0l. Existe en parte al estado libre, y al estado combinado en ciertos /¿quenes del género rocella o lecanora. Se lo prepara por destilación del ácido orcéllico en presencia de la cal. COOH (4) OH (5) OH (5) cu) igual Como) OH--743) OH (3 cH* (1) pi (1) ácido orcélico Orcina , eN ¿Ut ; ye DS y y e AN e ' y dee w ) La orcina cristaliza con una molécula de agua fun- : de a 106%, hierve a 289 descomponiéndose. Se com- bina con los álcalis, absorve el gaz amoniaco combinán- dose con él, esta combinación se altera al aire húmedo dando una materia colorante roja llamada orcezma. HIDROQUINONA FENODIOL 1.4. OH (1) C HL OH (4) Se la obtiene desdoblando la arbutinma bajo la in- fluencia de la emulsina o del SO! H2 diluido; se forma también, una molécula de glucosa. C» H* 07 + H20 igual 6* H* O* + 6* H? O arbutina fenodiol exano pental-.al La arbutina es un glucósido que se encuentra en las hojas del arbustus uva ursz. Pu AOS CAE A O qt DA DA EE Se prepara por medio de la quinona; para esto, se oxida una solución sulfúrica de anilina por ' Cr? O” Kk2 en solución acuosa; se forma la quinona la que hidroge- nada dará la hidraquinona; ésta es cristalizada, soluble en agua, alcohol y éter. Se emplea en Fotografía. Fenoles divalentes derivados del C* H", we $. carburo no saturado Tenemos: | CH=CH”--(1) Hesperetal CUH* : OH (3) O—CH” (4) CH*-CH=CH* (1) Enugenol con) O—CH 123 OH (4) Existe en la esencia de giroflea; en JaS esen- cias de canella, del myrtus pimenta, de canela blan- ca, de zl/acium religzosum. Ya destilación seca de la olzvela, principio cristalizado de la recina de olivo, da cierta cantidad. E Se le prepara por medio de la esencia de giroflea; es un aceite que se altera, hierve a 2475. Tiene olor ligero de giroflea; es muy poco soluble en agna; soluble - en alcohol, éter, ácido acético, se colora en amarillo por la luz; da coloración azul por FE Fe” CI -Oxidado por Mn 0* K da homovan:lina: SH =0HO CsH? : OCH* OH además, ácido homovantlico, vanilina: — 464 — CHO E mn) OCH* OH y, acido vanílico. El 2zso eugenol, no difiere del eugenol sino por el lu- gar de la ligación etilénica: | O—CH? 2) ' CH:—CH=CH”? (1) C Pb OH 3) El chavzbeto!, es isóiero del eugenol, se le encuen- tra en la esencia de betel. Safrol, sinónimo, Shrkimol ea (1) CH O O (3) 7 (4) Existe en la esencia de sasafrás, tiene un isómero el 250safrol que presenta la misma relación que el zsoeu- genol, respecto del eugenol. Por acción de la mezcla crómica el isosafrol, se oxida mejor que el safrol dando el piperonal. ' CH=CH—-C Hs ¡0d7E O? + 0% ¡gual Lote | ( CHO C se 97 CH*4+CH3--COOH O este cuerpo sirve para preparar la esencia ártificial de helzotropo. TRIFENOLES Los tres trifenoles correspondientes al benceno son conocidos: | ] El derivado 1. 2. 3 es el pzrogalol! El derivado 1. 2. 4 es la oxihidro quinona El derivado 1. 2. 5 es la floroglucina. -— OH E HS ) OH OH Los homólogos son poco conocidos; estos cuerpos son reductores y pueden unirse por sus funciones alco- hólicas 1. 2. 3 residuos de moléculas ácicas, alcohólicas y fenólicas. PIROGALOL OH com) E: 2 3. OH Sinonimia: ácido pirogálico, triox1 benceno, fene- briolik20 3 4) Se le prepara por destilación del ácido gálico en corriente de CO?. b) Calentando el mismo ácido con agua de 200 a 2107 en autoclave. c) Calentándole a esa temperatura con glicerina. COOH OH 0H co) igual CO2PC4H3 < OH OH : ¿OH OH ácido gálico pirogalol Este cuerpo es sólido, cristalizado en agujas es un poco soluble en agua, soluble en alcohol y éter; en pre- sencia de álcali absorve el oxigeno del aire con gran ra- pidez, lo que le hace útil para la dosificación del oxíge- no del aire; en esta oxidación se forma CO?, CO, CH?!—COOH y sustancias oscuras desconocidas. Las sales ferrosas en solución acussa le coloran en azul; el yodo le colora en rojo; se emplea en fotografía; es tóxico. — 466 — FEOROGLUCINA C' HP (OH) 1.3.5 Se la encuentra en la sangre de drago, la goma gutta, la quina. Se la prepara sintéticamente calentando la resorci- na con un álcali al contacto del aire, o por el benceno trisulfonato 1. 3. 5. Algunos glucósidos se dedoblan en floro glucina y glucosa; la floro glucina cristaliza con 2 H20 que pierde a 1009, funde a 218? y se sublima. Tiene sabor azucarado, es soluble en agua, alcohol y éter y se colora en violeta por el Pe.cl Téoricamente es importante; existe en efecto, dos formas isoméricas la trifenólica y la tricetónica. CH? | COH HaC CH2 OHC COH CO CH Su síntesis por medio de los derivados sulfonados la hace considerar como trifenol; pero cou la hidroxila- mina da una trioxima, lo que la hace considerar como tricetónica, esta forma es, en realidad, la más estable. En ciertos derivados se conocen las dos formas bien dis- tintas y capaces de pasar de una a otra. La oxthidro quinono, es el trifcnol 1. 2. 4, se pre- para fundiendo al contacto del aire la hidroquinona con 8 o 10 partes de NaOH. Es muy soluble en agua, alcohol, éter, la oinión acuosa se oscurece al aire. e 265 FENOLES EXAVALENTES CHAS (OED* 120405. El exa oxibenceno tiene como fórmula: C* (OHy* Se forma por acción del CO sobre el potasio; cris- taliza en agujas blancas que se coloran en rojo a la luz, oxidado se transforma de nuevo en tr2guinozlo Cs Os. Cuerpos que tienen algunas f. aminas fenólicas Las diaminas fenólicas se preparan frecuentemente por los métodos que se emplean para las monoaminas. Las reacciones son semejantes, pero las diaminas tienen algunas particulares. Preparaciones.—Se forman las diaminas por reduc- ción de los derivados dinitrados, de las aminas nitradas o nitrosadas correspondientes; se las combina a una sal de diazoico y se hidrogena el derivado obtenido. a) C6H— N=N — Cl + 2C5 H35 — NH2 igual cloruro de diazo benceno fenil amina C* H* — NH? HC! +-C* H — N = N Cs Ht — NHz2 beuceno azo, feuil amina b) CH: N=N—C'H'—NH*4H: igual NH? C'HiI—N H2+C*H*1:NH: 1. 4. para finelonodiamina Propiedades. —Son sólidos sin color, pero se colo- ran pronto al aire en oscuro, dan sales que cristalizan bien y solubles en H?0, los oxidantes las coloran. Acción de los oxidantes Transforman las diaminas en guinonas que se re- conocen por su olor. — 468 — NH* C*H*L_ NH*+40 igual 2H*0+6*H*0* (quinona) Acción del NO?H Obran al frío en licor ácido sobre las diaminas en poseeión P y M dando sales dos veces diazoicos. NA? C*H*|_NH-+2NO*H+3HCI igual N=N-—C] : A cloruro de bis--diazo benceno Las diaminas en posición orto, al contrario, dan derivados az2mados: | E coHto + 2 NO-H igual NH? N 2H20 + Cs H* N ' N (azimido benceno) Acción de los ácidos orgánicos sobre las diaminas orto. Las orto diaminas obran de modo diferente de las P y M diaminas sobre los ácidos orgánicos. Las P y M diaminas calentadas con ácidos dan diamidas: NH—CO—CH* CH NH=00=CcH% Las orto diaminas dan en las mismas condiciones cuerpos llamados amidinas: N—H R—CL NH=2 E . He: mE A AE e En una primera fase las orto diaminas obran sobre una molécula de ácido dando una am:da. NH» C*'H:L_ NH» + CH? — COOH igual NH— C"H:L_ NH? + H2-0 amino fenil etan amida en una segunda fase el oxígeno se elimina can los dos átomos de H de la función amina vecina dando 2922404 NH—CO—NH! PeH*L Ni" igual NH HO + CsH : C—CH» - fenileno--etan—amidina QUINONAS Se llaman quinonas los productos que resultan de la oxidación de los fenoles: así un fenol divalente por £ 5 a ., a . > pérdida de H> dará la raacción siguiente: OH R“[L_OH +0 igual H20 + R” O: esta función es especial de la serie cíclica. Constitución de las quinonas Según la fórmula misma de la reacción, las quino- nas pueden tener una de las fórmulas siguientes: COH E HC CH + O igual HC m HC EA HE O S0H | | . COH a hidroquinona [1] qninona : A A o EN ATARI IO e n= e A E — 470 — Es o también e EV LE CH ¡5 E CcH C=G [2] quinona La primera de estas fórmulas hace de la quinona una función especial que tiene un agrupamiento =D PATOS ¿ análogo al del agua oxigenada H-=0-—0-—H y que, en consecuencia debería tener propiedades oxi- dantes. En efecto, las quinonas son empleadas como agentes de oxidación; además, si las quinonas tienen es- ta fórmula deben dar por acción de PCT un derivado di- clorado. C* Hi: 07 +-2PCP3 CC" HERE Cada átomo de H estando unido al carbón por una sola valencia, debe ser cambiado por uno solo de cloro, que es lo que precisamente sucede: Por bn, por acción de H debe fijar la quinona dos átomos de este gas dan- do así origen a un difenol. O CH*< I1+F igual C* H* (OH HERA lo que precisamente sucede en la práctica. Pero, estas razones no son suficientes; en efecto: 12 Se puede preparar las quinonas calentando en solución alcalina las diacetonas a de la serie grasa; ejemplo el diacetilo e PEN , 7, de — A CH" — CO — CO — CH” da la xiloquinona 1. 4. 3. 5 (Pechmann). CO CcH—CO CH? igual cH CO=CH Co butano diona CO cH—C CH +2H*0 He - C=CH' CO xilo quinona 22 La quinona obra sobre la hidroxilamina dando una monoxima idéntica a la que se obtiene cuando se trata el fenol por el ácido nitroso, ¿CO | HC CH +NH*OH ignal 2H*04C*H* | ) N—OH HC CH o. Ed monoxima de la quinona Para concluir, hay más probabilidades para la fór- mula 1?) que para la 2*), o mejor en la serie cíclica - hay dos especies de quinonas, de las cuales una es cetó- nica; en efecto, entre los difenoles del naftaleno los Óxi- dos dan dos cuerpos de fórmula — 472 — ce H* Os uno es como la quinona ordinaria, de olor fuerte, ama- rillo, volátil con el vapor de agua, por hidrogenación se transforma en difenol 1. 4. (dioxi naftol 1. 4); el otro es rojo sin olor, no es volátil y da por hidrogenación un dioxi fenol (1. 2). Estas propiedades diferentés conducen a dar a las quinonas 070 fórmulas diferentes de las quinonas para, éstas no son cetónicas como las primeras. Preparaciones. —Por oxidación de los difenoles, amino fenoles o piridinas: | 0) CsH (OH)?+0 igual H:0+C:'H*< 1 0) Propiedades. — Hidrogenadas las quinonas dan quinhzidronas al principio y después hidroquinonas (di- fenoles). 0 2CsH* I +H, igual HO-C*H'—O -O—C:H*—OH / O quinhidrona HO — Cs H:— O — O — Cs Hs — OH + Ha igual OH 2 Cs H*L OH Los halóvenos Cl, Br., atacan a las quinonas dan do producto de sustitución. Los hidracidos son oxidadas al mismo tiempo que el halógeno formado se substituye a los átomos de H del núcleo y se transforma eu hidrácido. Los cloruros de ácido dan reacciones idénticas a las anteriores (Schultz), QUINONA—BENZOQUINONA C* Hs O» = 473 — Se la prepara por medio de la anilina (Nietzki). Se disuelve una parte de la anilina en ocho partes de ácido sulfúrico diluido al tres por ciento de agua, se añade tres y medio partes de bicromato de potasio, se formará primeramente un negro de anilina que se di- suelve, se calienta a 35”, se trata al licor con éter y se tiene la quinona que se la purifica arrastrándola por vapor de agua. Propiedades. —Son prismas monoclínicos amarillos; olor análogo al del cloro; al frío se disuelve facilmente en alcohal, éter, éter de kerosine, se disuelve en agua caliente y poco en agua fría, la quinona al frío, trans- forma lentamente el alcohol en aldehidos: OH C*H102+C2H*0H igual CH?CHO+C*H*|_ OH En cuanto a las nafto quinonas, diremos que exis- ten dos, la a en agujas amarillas y la B en rojas. ANTRAQUINONA CH CO CcH HC Cc E CH HC Cc C CH HC CO CH La antraquinona tiene dos funciones netamente cetónicas; en efecto, los cuerpos sobre los cuales se hace la oxidación son carburos grasos y los cuerpos obteni- dos dan por reducción alcoholes secundarios. Se la prepara generalmente por oxidación del an- traceno por medio de la mezcla crómica. Sou pues agujas amarillas de color de oro. La potasa la descom- pone en dos moléculas de ácido benzoico. C* H* CO? — C* H' + 2KOH igual 2C* Hs — COOK La antraquinona en presencia de la amalgama de — 474 — sodio y de éter absoluto da por adición de algunas go- tas de agua una coloración roja que desaparece por agi- tación al aire. La antraquinona es muy importante en la Indus- tria, es la base que sirve para preparar la'alzzarima y también, la purpurina. Antraquinonas de f. fenólica Z O OH > a Ñ R ñ A Ñ m mm 2yG8 R O An Oxiantraquinona La oxiantraquinona a es formada por la acción del SO: H? sobre el anhidrido ftálico en presencia de tenol; son agu- jas rojas. La oxiantraquinona f, se presenta en agujas ama- rillas. Estas antraquinonas fundidas con álcali dan origen | a la alizarima por oxidación al contacto del aire. 8 CO e! o 4 o Alzzarína, derivada de la pirocatechina 1 2. 1 22 Purpuroxantina, derivada de la resorcina 1, 3. 32 Quinhizarína, derivada de la hidroquinona 1.4 E 40 Histarazima, 2. 3, formada con pirocatechina - al mismo tiempo que la alizarina. De entre todos los isómeros, el más importante es la ALIZARINA ES CO COH 2 C E COH; Cu Hs0+ * C € Ñ . . CO * Se la encuentra en la rubza, combinada con la glu- cosa. El glucósido tiene el nombre de ácidoruberítrico. Se dedobla bajo la influencia de la fermentación, de los ácidos o de los álcalis, en glucosa, alizarina y agua. La alizarina se prepara industrialmente por la acción de la sosa sobre la antraquinona mono sulfonada. Hay for- «mación de una monoantraquinona que se exida al con- - tacto del aire para dar alizarina. Cristaliza en agujas rojas, es insoluble en agua, soluble en alcohol, éter, ál- calis. PURPURINA, TRIOXIANTRAQUINONA CH. 00 COH HC C > COH HC C C CH; CuH' Os CH : CO : COH Esta e anesdainona, acompaña a la alizarina en la rubza, pero, se la separa de la alizarina por la so- lución de alumbre en la que es muy soluble y se la ha- ce cristalizar en alcohol absoluto. — AJO Sintéticamente, se oxida la alízarina o la quiniza- rima por Mn O* + SO' H? La purpurina es soluble en casi todos los disolven- tes y da con agua de cal o de barita precipitado rojo púrpura. Tiñe las telas con mordiente de aluminio en escarlata. Hay diversos isómeros de la purpurina: flavo purpurina, autra purpurina y oxtcrisasina. La metil alizarina, tiene las mismas propiedades tinctoriales que la alizarina. Cuerpos con f. fenólicas y grasas Cuerpos de f. fenólica y de f. carburo etilénico ETENIL FENOL No se conoce sino su éter metílico CH -—O-—C*H'-—CcH=CH” ANETOL - Su éter metílico es O—CH' C'H*| CH=CH+CH” forma la mayor parte de la esencia de anís. ESTRAGOL CHO — C* H— CH — CH =CH? Es el éter metílico del chavzcol, HO —C* H:=CH*-— CH =0HS que se encuensra en la esencia de befel (chavica betle). El chavicol es líquido, hierve a 2375, se colora en azul por el A, Y Y Fe? CI y da por oxidación el ácido anísico. El femol estragol, existe en la esencia de estragón. Cuerpos de f. fenólica y f. alcohol primario SALIGENINA CcH:0H CH: OH (1.2.) Existe al estado de glucósido en la salicina; la sa- ligenina cristaliza; el Fe? Cls la colora en azul; el SO* H* la disuelve dando una solución roja intensa. CAFEOL No sería sino el éter metílico, de función fenólica, principio odorante que se saca del café. ALCOHOL VANILICO CH*OH CTB ms LAB (o ET » Ñ A y e f — ¿80 — «fr Ur Er x= A, y PA ES a Código por donde deben comenzar, esto es, por las pri- meros libros. dejando los últimos para un curso puste-. rior. 4 El señor doctor Francisco Pérez Borja ha dictado también en este, año al mismo tiempo que los principios de Ciencia Criminal los comentarios de nuestro Código en Materia Penal y el señor doctor Roberto Posso ha dado clases de Derecho Romano, las unas acerca de Personas y Cosas y las otras respecto de Sucesiones y Obligaciones; de esta manera se ha tratado de obviar el grave inconveniente que resultaba para los estudiantes de estudiar una materia desde su mitad o de no poseer los conocimientos necesarios para bien entender cursos que presuponen el estudio previo de otros fundamenta- les. | Hay pendiente una moción en la Facultad de Juris- prudencia, en virtud de la cual se generaliza a todos los profesores la vbligación de dictar dos materias al mis- mo tiempo; es éste un esfuerzo digno de aplauso y que revela en los miembros de dicha Facultad un alto con- cepto del cumplimiento del deber. Llamo la atención de usted, señor Ministro, acerca del capítulo relativo a Estímulos, que cortiene el inte- resante informe del señor Decano de la Facultad de Ju- risprudencia. La Facultad de Medicina cuenta con un número suficiente de profesores, todos los cuales cumplen a sa- tisfacción con sus deberes. | El hecho de haber la Junta de Beneficencia accedi- do a confiar la dirección del Hospital Civil al Rector de la Universidad, ha sido indudablemente benéfico por cuanto se ha unificado la acción no sólo respecto de las clases téoricas,—que se dict:n en el local universitario, -—sino, también, 1especio de las prá:ticas que se dan en Hospital: la disciplina estudiantil ha salido ganando con ello, y esto no por otra cosa que por el hecho de que una sola autoridad asuma en sí la responsabilidad ' de las dos Instituciones. Hal:ándose el Manicomio a carge del inteligente señor Decano de la Facultad de Medicina, la casa de Maternidad al del distinguido profesor, señor doctor Isidro Ayora y el Anfiteatro Anatómico al del dignísi- 30 Vicerrector, señor doctor Ordóñez, puede de.iise: EA La 481 ya «que todas Jas clases prácticas quedan sometidas a una “vigilancia ceñida de parte ds las autoridades universita- ias. Para completar la enseñanza práctica nos falta sólo la Morgue cuva instalación en esta ciudad, ha sido vehementemente pedida por mi en otras veces; los cur- sos prácticos de Medicina Legal tienen necesariamente que sufrir por esta falta, siendo lo indispensable que se la remedie cuanto antes. Hasta que pueda llenarse el vacio, seria quizás conveniente obtener de los señores Médicos de Policia que aceptasen a lcs alumnos de Me- dicina Legal « presenciar las autopcias y reconoci- mientos que se les encomendaien; se llenaría sin duda así este vacio que se deja sentir en la enseñanza actual de medicina de nuestra Universidad. Hay otro, y es el relacionado con la deficiencia del Gabinete de Electroterapia del Hospital. El Gabinete actual pertenece a la Universidad, y los aparatos de que se compone lo son de estudio y para demostraciones de cátedra; no pueden, por consiguiente prestar servicios eficientes para la curación de los enfermos, y en estas circunstancias no es posible que los cursos prácticos tengan sino un muy relativo valor. En mi Informe, como Director del Hospital a la Junta de Beneficencia, solicito que se subsane ese mal, tanto más cuanto que se hace absolutamente indispensable, en el Hospital, la adquisición de modernos elementos de Electroterapia, dada la gran propagación de enfermedades que necesi- tan su ayuda. Se ha construido un pabellón contiguo al Anfiteatro Anatómico, a fin de que en él puedan dictarse los cur- sos de Anatomía Patológica y de Histologia. La lle- gada de Europa de un buen número de microscopios, laminillas, sustancias colorantes, etc., ha sido causa para que dicho pabellón, a cargo de los distinguidos profesores señores doctores Luis G. Dávila y Pablo Ar- turo Suárez, llene completamente con el objeto para el cual se levantó. En el Hospital Civil se ha creado ya una sala de Clínica infantil; pero esto no es suficiente, no siendo tampoco adecuado que en el mismo Hospital General se .asile a los niños: se hace menester separar cese servi- cio porniéndolo independiente en un edificio aparte, destinado exclusivamente para ese objeto; sin embargo dicha sala a cargo del profesor sustituto de Pediatria, completa el servicio de asistencia pública infantil que do desempeña el profesor principal de la materia. =- 482-—. - — Muy atínadas hallo las observaciones del señor De- cano de la Facultad de Medicina acerca de otras defi- ciencias que aún se notan en nuestra Universidad; pero que poco a poco tratan de subsanarse, para lo cual, a ho verdad, no omitimos esfuerzo. ] Llamo la atención de usted acerca de los impor- tantes servicios que está prestando la Escuela Dental, debido al esfuerzo continuo y eficaz del señor doctor don Manuel Garcia; como dice el señor Decano, la Clí- nica Dental de la Universidad Central no deja hoy na- da que desear; ha de tener seguramente sus defectos, pero ellos se corregirán con la experiencia; mientras tanto son notorios los servicios que presta al público, que acude, numeroso,.a hacerse curar gratuitamente en gabinetes provistos de todos los adelantos, modernos, perfectamente higiénicos y adecuados a su objeto. El afanoso y muy inteligente profesor de Obstetri- cia y Ginecología, señor doctor don Isidro Ayora, ha sometido últimamente a la Facultad de Medicina un nuevo Reglamento para la Escuela de Enfermeras. El mediano éxito obtenido por la antigua Escuela, se debe, indudablemente, a las deficiencias y exageraciones de un plan 'de estudios, que a decir verdad, era poco ade- cuado; son esas deficiencias y exageraciones que el se- ñor doctor A yora ha querido, sin duda, remediar con el nuevo Reglamento. La Junta de Beneficencia de la provincia de Mana- bí solicitó el envío de dos enfermeras, para que se hi- cieran cargo del Hospital Civil de Portoviejo; este Rec- torado tuvo especial empeño en acceder al deseo de la Junta, de modo que se hallan ya en Portoviejo las. dos enfermeras de nuestra Universidad. ñ - La mujer tiene tan poco campo de acción entre nos-' otros, que estimo como obra buena y recomendable to- da aquella que tienda a abrirle un horizonte honrado de actividad; por esto, que no obstante el relativo poco éxito alcanzado hasta. aquí por la Escuela de Enferme- ras, si creo que debe subsistir y que es necesario que nos empeñemos en que florezca para que dé buen fruto. para el futuro. Objeto de graves preocupaciones es el despropot- cionado número de médicos graduados en el año en curso: catorce títulos de doctor y doce de licenciados se han expedido hasta aquí y ocho candidatos esperan doctorarse hasta fines del año escolar. Es cierto que, a consecuencia del cambio en el plan de estudios, son A Pd y — 483 — dos los cursos que han terminado en el presente año escolar; pero, con todo, es alarmante este aumento de profesionales que no hallan trabajo suficientemente re- munerado una vez obtenida la muceta. La mayoría de los estudiantes no se resignan, indudablemente, a la aplicación de uno de los remedios que vendria, no ca- be duda, a cortar ese mal, mal del cual ellos mismos son Jos principales víctimas: una mayor severidad en los o E y exámenes y una más grande exigencia de capacidad pa- ra pasar de un curso a otro, es el remedio a que aludo. Me es grato recomendar la laboriosidad y entusias- mo con que el señor Decano de la Facultad de Ciencias Politécnicas y Aplicadas, ha emprendido en la tarea de salvaruno de los grandes inconvenientes anotados ya en otra ocasión por parte mía a ese Ministerio, esto es el aislamiento con que procede cada uno de los profe- sores en su respectiva cátedra. Esta Facultad pasa por una verdadera « crisis, debida al ningún aprecio que, injustamente, se hace de los títu- -losacadémicos para el ejercicio de las profesiones de ingeniero, arquitecto, etc. No es raro que, mientras profesionales aptos y capacitados son puestos de lado, los jueces y autoridades llamen a empíricos, por la sen- cilla razón de que cobren unos cuantos centavos o su- cres menos que los profesionales titulados. Tenemos una ley que garantiza el ejercicio profesional y que de- be aplicarse para todas las profesiones; es, pues, indis- _pensable que también se exija su cumplimiento tratán- dose de aquellos títulados que pertenecen a la Facultad de Ciencias Politécnicas y de Aplicación. Hay una gran abundancia de profesionales en las ramas de medicina y jurisprudencia, nos quejamos jus- tamente de que el proletariado intelectual crece de ma- nera que alarma, y, sin embargo, no damos las suficien- tes garantías a quienes se dedican a Otras carreras. Es inmoral e injusto lo que ahora ocurre, y, por lo mismo, se hace indispensable, con necesidad premiosa, reme- diar el mal. Esto de la necesidad de abrir la puerta a nuevas profesiones, es absolutamente indispensable; por des- gracia he de quejarme del poco apoyo que la Universi- dad ha hallado para realizarlo. Se intentó fundar una Facultad de Veterinaria y, PAE, 484 2 al respecto, ya en mi Informe de hace dos años hice a usted presente lo que me parecia relativamente a lo útil y conveniente que seria establecer, en Quito, la Escuela de Veterinaria, tan necesaria para el desarrollo de nues- tra industria ganadera y pecuaria. Alefecto me he di- rigido, en repetidas veces, ala Oficina de Fomento Agrí- cola y a la Sociedad Nacional de A zricultores invitán- doles a aunar esfuerzos a fin de conseguir, entre las tres instituciones, la venida de profesionales que fuesen ga- rantía de éxito, al propio tiempo que prestasen, desde luego, sus servicios a los hacendados y a la Oficina; por desgracia y aunque me sea muy sensible decirlo, no he . hallado la buena voluntad que esperaba encontrar, y el profesor,—verdadera eminencia en la; materia—; con quien en previsión de que el acuerdo se produjese ha- bía tratado ad-referendum en Europa—, no ha podido ser traído al Ecuador, una vez que nuestro Plantel no se halla en situación de proveer por sí solo el sueldo que demanda. Sería también conveniente y de consultarse, el es- tablecimiento de una Facultad de Agricultura, en favor de la cual militan las mismas razones que respecto de la Facultad de Veterinaria. Las reformas de 1920 a la Ley de Instrucción Públi- ca ha traido un serio malestar en la Facultad de Cien- cias Matemáticas, Físicas y Naturales, con la prohibi- ción de que se concedan por élla los títulos de Licencia- do y de Doctor, los únicos que puede dar y los que naturalmente debe dar; francamente no conozco ni puedo alcanzar cuáles fueron las razones »——que debieron haber sido muy poderosas—, en que se apoyó la última Legislatura para dictar dichas reformas. Es menester notar que en todas las Universidades del mundo se conceden los títulos de Licenciado y de Doctor en Cien- cias, que la nuestra los ha concedido siempre, y que, por consiguiente, constituye un contrasentido la actual prohibición. El Art. 14 del Decreto de 1920 dice que para ser preceptor de enseñanza superior se necesita tener 25 años de edad y haber obtenido el título legal que le habilite para ejercer la correspondiente profesión.—El Consejo Superior, previo informe del Rector del Esta-. blecimiento, podrá dispensar de la condición del título a los profesores exsranjeros que se hayan contratado para la enseñanza superior, siempre qne presenten de- bidamente legalizado el titulo correspondiente a su pro- pia nacionalidad. Esto, señor Ministro, va contra el concepto que de- be tenerse del profesorado de enseñanza Superior: en efecto, la licenciatura en Medicina, el título de Abogado en Derecho, ei de ingeniero, arquitecto, etc. en Cien- cias, habilitan para el ejercicio profesional, pero no pa- ra el profesorado, aqui donde no tenemos agregación u oposiciones se necesita haber obtenido el titulo de maestro, que corresponde históricamente al titulo de doctor, se necesita, pues, ser doctor para ejercer el ma- gisterio. Existe, en consecuencia, el absurdo, la eterna confusión, entre el título universitario y el título pro- _fesional, confusión lamentable que nunca habia sido consagrada legalmente y que hoy lo es por el Decreto de reformas a que me retiero. Mejor estaba en la ley anterior, en la que se demandaba ser licenciado o doc- tor para ejercer el profesorado en las Universidades. En cuanto al inciso 2”. me permito llamar la aten- ción del señor Ministro acerca de las anomalias que contiene: en primer lugar el extranjero se halla en me- jor condición que el nacional, y en segundo lugar no sé por qué el Legislador exige que el titulo correspondien- te sea el de: la misma nacionalidad del profesor; real- mente no hay inconveniente, me imagino, para que un ciudadano suizo que hubiese obtenido un título en Francia, pueda ser profesor en el Ecuador en lo, mis- mos términos en que pudiera serlo un francés que hu- biese adquirido idéntico titulo en Francia. El Art. 15, dice: '““Los titulos de la enseñanza supe- rior son los de Licenciado y Doctor en los estudios de Medicina, Jurisprudencia y Odontología. y en los de- más el título será el de la materia que determina la pro- fesión que se trata de ejercer.—El Consejo Superior en el Reglamento General, determinará los requisitos y estudios queson precisos para obtener los mencionados títulos” Es decir que las Facultades de Ciencias puras, al - ¡igual de sus cungéneras de todo el mundo no pueden discernir los grados de Licen. iado y Doctor en Ciencias. Un filósofo que no ejerce profesión alguna no podrá ser doctor en Filosofia y no podrá ser profesor de la Universidad, puesto que la de la filosofia no es una - profesión que se ejerce. => 486 OA SES pen Edi El Art. 16 contiene otra anomaiía, dice: “Los certí- ficados de exámenes obtenidos en establecimientos ofi- ciales extranjeros o en establecimientos autorizados por los Estados extranjeros y que se presentaren debida-- mente legalizados tendrán valor en el Ecuador, para el efecto de admitir, a quien los posee, sin más requisito, a examen de la misma materia en el Ecuador.” Oficiales extranjeros o en establecimientos auto- rizados por Estados extranjeros: si aquí no conocemos valor sino a los certificados discernidos por los estable- cimientos oficiales ecuatorianos, es absurdo que reco- nozcamos valor a los certificados expedidos por los es- tablecimientos extranjeros; valga un ejemplo: Jos esco- lapios tienen Universidades autorizadas por Estados extranjeros, cuyos títulos, sin embargo no son válidos, si no se ratifican por las Universidades de los respecti- vos Estados; pues bien, esos títulos otorgados por los escolapios y que no tienen valor legal en el país de ori- gen, vanlo a tener en el Ecuador en virtud del Art. 16 de las reformas a la Ley de Instrucción Pública. La misma observación es menester hacer al artícu- lo 18. Estimo, igualmente, que debe darse ala mujer un cámpo de acción algo más lato que aquél de que hoy dispone, y, por lo mismo, no estoy de acuerdo con la ley actual: el número de mujeres que concurren a las Universidades es siempre limitado, no constituirá nun- ca un peligro, y, por lo mismo, en mi nodesto concepto, era mejor la ley anterior que la peta Han comenzado va a llegar de Europa los aparaios y sustancias pedidos para completar nuestros gabinetes y laboratorios y me complazco en hacer saber a Ud. que _muy en breve los gabinetes de fisica y clínica, los labo-. ratorios de quimica, en sus diversas secciones, y el de fisiología comenzarán a funcionar de manera completa. La labor de Extensión Universitaria de este Plantel ha sido, indudablemente, de gran empuje, hasta el punto de producir censuras a causa, precisamente, de su gran actividad: se ha llegado a hablar de la epidemia de con- ferencias de que padecemos, de que nos agobianlas t mix: 74, ña, 487 AS conferencias, etc., y no se ha caído en la cuenta de que a nadie se obliga a asistir a dichas conferencias y de que, precisamente, los que se hallan agobiados por las conferencias son los que nunca han concurrido a nin- guna. El movimiento de Extensión, ha sido mirado con la desconfianza que produce todo lo nuevo; pero, puedo asegurar a usted, señor Ministro, que él se ha impuesto al público de la C::pital, y que ya no hay nadie que lo critique O s= burle de el, como ocurría en los primeros tiempos de establecido, en que chistosos de mal gusto le llamaban de expansión universitaria. Por lo de- más, la labor ha sido benéfica, la Universidad ha ido a todos los sitios a donde podia ir, ha tratado de todos los temas ilustrativos de que podía tratar y se ha esíor- zado por ser útil ala sociedad en cuanto le ha sido da- ble, entrando en relación con elementos de todas las ) esferas sociales, Se ha inculpado también, en no pocas veces, pcr gentes de mala fé, a los profesores y alumros de la Universidad que han tomado parte en este movimiento, de no querer hacer con ello otra cosa que una labor in- dividualista de egoismo, de traba ar por su prestigio personal; puedo asegurar a usted, señor Ministro, que nadie, absolutamente nadie, al emprender en el trabajo de Extensión, ha tenido en mira Otro fin que el bien de la comunidad y del Estajo; puesto que uno de nuestros grandes empeños actuales ha sido precisamente el de educar, a más de instruir, y si tal ocurre mo habríamos correspondido a ese deseo si hubiésemos trabajado para obtener lauros personales, que pugnan con la hon- radez y que por lo mismo deben andar muy lejos del universitario actual. La docencia libre que tantos recelos produjo dentro mismo de la Universidad, cuando élla se propuso por primera vez, se ha establecido sin mayor resistencia co- mo era de esperarlo, siéndome placentero dejar cons- tancia de queesos recelos han desaparecido, una vez conocida prácticamente la naturale. a del proyecto. En este año se han dictado dos cursos libres, uno muy brillante de Estadística y Censo y otro acerca de nuestra cuestión limitrofe con el Perú. El año pasado el Sr. Dr. Homero Viteri L,, dictó con éxito y verdadera *x LD y AR : utilidad, un curso libre de Legislación Obrera, dedicán= dolo a la Sociedad Artistica e Industrial del Pichincha. Ahora el Consejo de Extensión se halla noblemente empeñado en la formación de un curso primario para obreros, dentro de la Universidad; en él dictarán clases eleinentales los profesores o estudiantes de buena vo-- luntad aue a bien lo tuvieren. Ojalá que este altruista deseo tenga realización desde el año pióximo venidero. f Muy grandes resistencias tuvo el proyecto de for- mar en caia añ> programas detallados de las materias que sedictan: los señores Profesores er. contraban, según parece, verdadera dificultad para consignar semaná por. semana, el plan de sus cursos. En mi temor de ser im- pertinente y nu constituyendo el asunto algo de capital importancia, accedí al pedido que se me hizo de que se dejase de lado esa exigencia. Habiéndonos llegado el papel que esperábamos pa- ra la publicación delos “ANALES”, éstos han vuelto a la vida, habiendo confiado, este Rectorado, su dirección al inteligente profesor de Derecho Politico y Ciencia Administrativa, Sr. Dr. D. Homero Viteri Lafronte. Es una gran lástima que la carencia de fondos y la absoluta escasez de recursos de la Universidad, nos ha- yan puesto en el caso da mantener en condición de pro- yectos, todos aquellos que significaban gastos: la forma- ción de un nuevo Jardin Botánico, la de un Gimna- ' sio, etc. Entre jas peores consecuencias de esa falta de dine- 10 se ha hallado la imposibilidad de restablecer la Fa- cultad de Filosofía y Letras, para la cual hasta tuve ya el h nor de contratar un profesor en Europa; pero no. teniendo dinero ni aún para las necesidades presentes, era a la verdad aventurado emprender la realización de proyectos que iban a crear compromisos nuevos y a producir crecid »s egresos en las cajas universitarias. e yl Esta falta de recursos de que nos quejamos obedece ys “a varias causas: la principal de ellas es, sin duda, las ES: malas entradas de las rentas de aguardientes que perte- 5 mecen a la Universidad: sabido es que los partícipes en ] los impuestos a ese ramo tienen necesariamente que so- | guir los azares del Fisco; por consigu:ente, en buena Po parte, ensu casi totalidad, el buen o mal producto de 2 las rentas de aguardientes depende de las atinadas me- didas que tome el Departamento de Hacienda al respec- En to. En este año, lo indispensable era, 9 bien que el 23% Fisco rematase el impuesto en el mes de noviembre O diciembre, o bien que hiciese conocer a los partícipes, en la misma época, su intención de recaudarlo directa- mente; pero nada se hizo; se Jejó correr el tiempó, y en el mes de febrero no sabíamos aún cuál iba a ser el ca- mino que quería seguir el señor Ministro de Hacienda, | y, P:r consiguiente, cuál debia ser nuestra renta, y esto E con tanta mayor razón cuanto que ni siquiera se cuidó - denombrar oportunamente los guardas fiscales. AS espués de la recaudación por la Junta de Partici- pes hi sidruna verd izro desastre, hasta el punto de que - hemos vptado, ú timamente, por reorganizar dicha Junta. | La subvención fiscal se nos ha pagado, en lo que se nos ha pagado, tarde, y mal. No ignora usted, señor Ministro, que el Departamento de Hacienda hasta ha llegado a interpreter disposiciones clarisimas de la Ley de “Presupuestos que le obligan a cubrir religiosamente la subvención y que las ha interpretado en un sentido queno parece ser el que corresponde a la letra de la Ley, ni el más conveniente para las Universidades. Por otra parte, hallo extraño e inadecuado que el producto de los vicios, bebida y juego, se asigne a la Universidad, la que se mantiene de lo queen todas: pat- tes esdinero de mala provenencia, a menos que se crea, con Vespaciano, que la moneda no huele mal aunque sea el producto de asquerosidades. A No es posible desvirtuar la misión del Profesor, que 2 debe dedicar todo su tiempo a «la enseñanza, para con- ñ vertirlo en un oficinista de recaudación, que se lleve discutiendocon contrabandistas, o con gentes que quie- 2 renahorrarse unos cuantos centavos de los impuestos 5 que están obligados a pagar. La autonomía económi- : ca, base y punto de partida de la verdadera autonomía e universitaria, a la que aspiramos aquí como en todo el ES mundo, exije quese nos den rentas independientes, pe- - ro rentas que puedan cobrarse, que no nos produzca ru- e — 490 bor el cobrar. Sería talvez practicable volver al anti- ' guo sistema que, fue excelente para el Fisco y que facii1- tó la labor universitaria, esto es, asignar a las Universi--. dades el 20-1, de los derechos de importación, v que para la construcción de locales, fomento y adquisición de gabinetes, etc., se destinasen otros fondos, el uno - por mil anual sobre las cédulas hipotecarias emitidas por las diferentes instituciones bancarias de la Repúbli- ca, porejemplo, sumas que han de centralizarse en un Colector de Instrucción Pública, qe debe hacer el re- parto entre las Universidades, conforme al plan dis- puesto anualmente por el Consejo Superior. La construcción del edificio ha tcontinuado menos activamente que antes, debido a que el área que ocupa el batallón “Quito” N”* 2, nos imposibilita seguir trabe- jandocomo quisiéramos. Repetidas veces hemos soli- citado la desocupación y entrega de dicho local. Vacio ya de libros el pabellón que tenia la Biblio- teca Nacional, es en la única parte que hemos podido extender la edificación. Ea los anexos encontr.rá Usted el informe del Di- rector de la obra y el del Gerente, informes que dan completa luz sobre lo que se ha gastado y ¡o que aún hay que gastar en el editi-io universitario. En nuestro plantel hay mucho, muchísimo por ha- cer; pero existe una excelente buena voluntad para rea- lizarlo y el querer y decidido afán por hacerlo. Es indudabie que la Universided presente no será la del futuro, que ésta será mucho mejor que la del dia; pero es ya algo el reconocer algunos de los defectos de la actual y el desear corregirlos. De usted atento y S. S., Tosar Y BORGOÑO. 4 INFORMES DE LOS DECANOS F GULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES q¿__-—__—— o — Decanato de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales ! Quito, a1o de Mayo de 1921. Señor Rector de la Universidad Central. | Señor: Para cumplir con lo dispuesto por el Art. 19 del Reglamento Interno de la Universidad Central, presen- to a Ud. el cuadro demostrativo de las materias de en- señanza de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias So- - Ciales; de las que corresponden al presente curso esco- lar; de los profesores a cuyo cargo se encuentran las res>»ectivas asignaturas, y del número de alumnos de cada año. | Las 24 materias que en el cuadro figuran, y que de- bieran dictarse todos los años, están a cargo de sólo once profesores; los más de los cuales necesitan hacer la enseñanza en forma alternativa, dando lugar a que, si para la mitad de los alumnos, ese orden es lógico y natural, para la otra mitad resulta invertijo, de manera que el estudio comienza por donde debiera terminar. as — 492 -- La Facultad viene reclamando hace mucho tiempo contra esa anomalía, que no puede remediarse sino con el aumento de Profesores: y anhela, especialmente, la creación de una cátedra de Antropometría y de otros es- tudios experimentales, auxiliares de la Ciencia Penal, con un Gabinete dotado de los elementos necesarios. Circunstancia que encarezco a usted de modo preferen- te, en nombre de la Facultad, no obstante que nuestra amarga crisis económica apenas si nos permite tratar de otras cosas en.estos momentos. Por esta razón, y porque en el corto espacio de un año escolar, no Paba cambios notables en el movi- miento ordinario del Establecimiento ni en sus necesi- dades y aspiraciones, limítome a reproducir los siguien- tes capítulos del Informe que, en ausencia de Usted, presenté el año pasado, recomendándole de especial manera el último, relativo a un problema social que me preocupa intensamente, y al cual he llamado otras ve- ces la atención, ora en la misma Universidad, ora en el Cuerpo Legislativo, aunque sin poder llegar a una solu- ción satisfactoria. Usted, que ha vuelto recientemente a visitar las Universidades más notables del mundo, con el pre pósi- to de aportar asu país las mejoras y progíesos que, atentas nuestras circunstancias, pareciesen esimilables, está, sin duda, en aptitud de excogitar y form alar algún proyecto o de sugerir siquiera al próximo. Congreso in- dicaciones más concretas, encaminadas a llenar tan vi- tal necesidad. Para concluir, encárgole una vez más recavar del Hble. Consejo Superior, la aprobación, siquiera provi- sional, del Reglamenta Interno de la Facultad, a fin de poder regirnos pur él, mientras no se expida el Regla- mento General que, proyectado por esa Corporación, estamos esperando desde bace bastante tiempo. Las partes del informe a que me refiero son las si- guientes: so “METODOS—Todos los señores profesores han formado el programa correspondiente a sus materias, que lo desarrollan en sus explicaciones y lo amplifican y reforman a medida que el más profundo estudio y:la experiencia ds] magisterio se lo indican. Esos progra- mas, publicados desde el principio del curso y distribui- dos entre los alumnos, sirven de base a las lecciones orales y conferencias, como también alos trabajos es- critos; y para su más fácil interpretación y explicación, E 493 auxilianse, los señores profesores y alumnos. con las obras didácticas que pueden conseguir, sin perjuicio del estudio literal e ilustrado del Derecho positivo ecuato- riano'correspondiente a las respectivas materias. “TEXTOS NACIONALES — Todos los señores profesores se esfuerzan en coleccionar y arreglar metó- dicamente sus explicaciones, que, publicadas algún día, cuando se les proporcionen suficientos facilidades y es- -_tímulos, seránde gran utilidad, ya para que los alum- ns puedan penetrarse mejor de ellas y adquirir conocí- mientos más sólidos y profundos, ya para la más amplia difusión de las luces en el país. “ALUMNOS -—El número consta del cuadro adjun- to; y el aprovechamiento ha sido, por lo general satis- factorio. Déjase sentir en buena parte de la juventud presente el anhelo del saber, el espíritu de investigación A SS . científica y el noble empeño de conquistarse cuanto an- tes un puesto prominente en la competencia profesio- nal. La complexidad y extensión cada vez mavor de las nuevas disciplinas y de los programas de enseñanza, y laconvicción general de las dificultades creadas en la vida práctica por esa misma competencia, van dismi- nuyeudo, pero al propio tiempo seleccionando, el núme- ro de los alumnos; y haciendo mayo: la proporción de los que demuestran aptitudes sobresalientes y dan la _halagieña esperanza de hombres útiles a la Patria, no - Sólo en la carrera profesional, sino en todas las esferas de la actividad pública. “ESTIMULOS- - El crecido número de titulados que no cuégntan con otros medios de subsistencia que su - profesión, constituye entre nosotros y aún en pueblos más prósperos y desarrollados, un grave problema, no sólo para los mismos individuos a quienes directamente afectan las consecuencias, sino para el país en general. - En Francia y Alemania preocupaba intensamente alos Poderes Públicos, antes de la guerra; y nosotros debe- mos también considerarlo con buen criterio y con ver- dadero interés patriótico. Elremedio racional no pue- de consistir en cerrar las puertas de las Universidades, ni en crear dificultades ni estorbos para el acceso a ellas; pues aquello significaria un grave retroceso en el «.movimiento intelectual, que constituye una de las prin- cipales manifestaciones de la vida y progreso del país. La ilustración por el propio esfuerzo individual y aisla- do es en extremo deficiente y difícil; de donde se sigue que la enseñanza escolar universitaria constituye ai E — 494 — única manera de preparación de los hombres dirigentes del porvenir. Los legisladores, los magistrados de los Tribunales, !os estadistas allí se forman necesariamen- te; y las iniciativas científicas e industriales y todas las grandes ideas de progreso, casi imposibles serían sin las nociones fundamentales que en esos centros de ilustra- ción se proporcionan. * Preciso es, por tanto, buscar otra solución al pro- blema social susodicho; excogitar otros medios para atenuar siquiera las dificultades que ocasiona; y, de se- guro, algo se conseguiría si se contase con la buena vo- luntad de los Poderes Públicos. En años, anteriores he recomendado, a este propósito, .ora el cumplimiento de la ley que instituyó los Consulados de oposición; ora el que se establezca para varios otros servicios públicos al - guna preferencia en favor de los jóvenes que han obte- nido títulos académicos en las Universidades. De gran- de importancia práctica podrían ser esos est mu os; mas, por desgracia, no hemos conseguido que siquiera se pa- . rase la atención en punto tan fundamental.” Dios y Libertad, V. M. PEÑAHERRERA. FACULTAD DE MEDICINA Decanato de la Facultad de Medicina de la Universidad Central. Quito, a 11 de Mayo de 1921. Señor Rector de la Universidad Central. De acuerdocon las disposiciones reglamentarias y acatando la orden impartida por usted, cúmpleme ele- var el siguiente Informe relativo a la marcha dela Fa-. cultad de Medicina, Cirugía, Farmacia, etc., durante el año de 1920 a 1921. | y 495 -= Con el número actual de 22 profesores, la enseñan- za se hace mucho más eficaz que en épocas precedentes, puesto que se ha llegado a conseguir mavor especiali- zación en las diversas e irmportantes ramas que com- prende la Medicina en su incesante evolución, logran- do, como consecuencia, que cada uno de los señores profesores se dedique con mavor provecho a la ense- ñanza desu respectiva asignatura, y que se despierte en los alumnos aptitudes propias para cada una de esas ramas. El gran campo de experimentación que, para nues- tra ciancia, ha ofrecido la guerra mundial última, ha llevado ala persuación la indispensable necesidad de que en ella:se haga también efectivo aquél principio de Economía de que la división del trabajo perfecciona las aptitudes y lleva a la consecusión de mejores resul- tados en cada uno de los múltiples campos de la activi- dad humana. IT En el presente año escolar, el número de los alum- nos alcanza a 176, dividido de esta manera: 112 de Me- dicina v Cirugia, 15 de Farmacia, 28 de Odontología, 29 de Obstetricia y 2 enfermeras. En el curso antericr terminaron sus estudios 22 alumnos de Medicina y Ci- rugía, número tan considerable que nos ha puesto en dificultades en estos últimos meses, para atender a los exámenes previos a los grados respectivos, consideran- do que cada uno de los graduandos, debe someterse a tres pruebas; pero, sistematizado el procedimiento, he con- seguido conciliar los intereses de los candidatos con la labor de los miembros de la Facultad. HI La enseñanza ha sido esencialmente práctica, en cuanto es posible, a fin de que el estudiante adquiera ia preparación necesaria para que más tarde entre de lle o en el difícil ejercicio de la profesión. La organización universitaria no sólo evoluciona, siguiendo como los Organismos individuales las leyes biológicas, sino tam- bién merced al impulso que'engendran sus directores y 1 => 490 == profesores, animados en cualquier época da la vida, de esperanzas de perfeccionamiento. El profesor debe ser, no un simple trasmisor de Ciencia libresca, sino, en cuanto sea dable, hacer per- sonalmente doctrina propia, procurando desarrollar en los alumnos su criterio individual, cosa que noes posi-, ble sino se le proporciona los medios suficientes para verificar las pacientes investigaciones científicas. Por esto juzgo indispensable el que se dote a la Escuela de Medicina de bien montados gabinetes de trabajo y ex-. perimentación, a fin de que el maestro pueda llenar a conciencia su cometido. | El sistema usual en la enseñanza ha sido, como di- go, lo más práctico posible, sirviéndose también de con- ferenctas orales para aclarar los casos prácticos que se han presentado; pero, siempre, recomendando al alum- no el estudio de libros suficientes para que adquiera precisión en sus conocimientos. Junto a la libertad intelectua!, se ha ejercitado la libertad de la Ciencia: nada de textos obligatorios ni imposiciones despóticas de métodos; el profesor emite sus ideas y sugiere doctrinas, abre la trocha y señala el sendero por donde libremente crucen los alumnos en peregrinación cientifica, a fin de adquirir por su propia razón la fé resultante de premisas que se asientan. La privilegiada “casta de los intelectuales” compar- te sus caudales de saber con sus hermanos los “obreros del músculo”, pues que la sociedad toda necesita de la educación que es disciplina de la razón. Es decir, se: tiende hoy'a la socialización universitaria. Es por esto, que a los estudiantes de Medicina no se les impide tomar parte en manifestaciones sociales, po- líticas, etc.; muy al contrario, se ha procurado que el alumno no se limite exclusivamente a estudiar sus ma- terias escolares, sinoa conocer todos los asuntos que directa o indirectamente atañen a la vida nacional. La Universidad moderna ejerce indud«blemente una bene- ficiosa infiuencia en los problemas de orden público y los estudiantes de Medicina deben llevar a las masas so- ciales no sólo el contingente de sus conocimientos de profilaxia e higiene físicas, sino lo que. es más, si cabe, el contingente y la vulgarizeción de la higiene moral. La escuela de enfermeras empieza a dar va magníifi- cos resultados, pues los servicios de estas nuevas pro-: fesivnales son muy solicitados por los facultativos y : | — 497 — por el público en general, por encontrarlos de suma importancia. IV Hasta que termine la construcción del nuevo Hos- pital Civil y de la Escuela de Medicina que debe serle anexa y provista de todos los departamentos necesarios para la práctica médica, es poco menos que imposible el que se provea aesta Universidad de las mejoras ade- cuadas al perfeccionamiento de los estudios de Medici- na que cada vez se vuelven más extensos y complicados. No obstante, me permito indicar lo que, «entre tan- to, urge adquirirse. En la Maternidad, casa que ha mejorado rotable- mente en este último tiempo, hace falta para completar el arsenal, los siguienies elementos: un esqueleto arti-' culado, una colección de pelvis anormales, otra ntos antropométricos, etc. etc. A principio del presente año escular quedó definiti- vamente instalada la Escuela Dental, en un departa- mento de la Universidad, amplio, cómodo y de fácil acceso para el público, este departamento consta de ura sala para extracción, otra para prótesis y un espacioso salón prra los tribajos de oa denta! cor cincu insta. laciones modernas. La enseñanza de Saotinlaos se ha sistazmatizado y extendido en este añ>en mayor grado que en los ante- riores, debido a que la última Legislatura aprobó el nuevo P.an de Estudis presentado por la Facultad, plan que se halla de acuerdo con las recomendaciones formuladas por los recientes Congresos que de la men- tada Ciencia, se han efec.uado en Santiago de Chile y Montevideo. Los alumnos d2 la Escuela Dental reciben lecciones teóricas y prácticas de todas las materias correspondien- tes al respectivo plan. Se ha realizad », pues, el verdadero aprendizaje de Estomatología, tal coma se la co.nnprende en los centros más adelantados, para que el futuro dentista lleve a la dráctica de su profesión los conocimientes méjicos su- ficientes que le pongan muy sobre el nivel de simple mecánico-sacamuelas y pueda presentarse ante el públi- co como profesional responsable y merecedor del pao que luce. Seria de desear que las sumas de dinero que por conceptos de trabajos de dentistería, ingresen a la Colec- turía de la Universidad, sean egresados en favor de la Escuela Dental. | Se encuentra en plena vigencia la Ley de Boticas, cuyo proyecto, tuvo el suscrite el honor de presentarlo a la Legislatura del año 1918, y que el último Congreso :O aprobó con algunas modificaciones, como aquella PROD" que quita a la Facultad de Medicina, la controlación de las boticas, para adjudicársela a la Dirección de Sa- nidad. La Facultad se ha preocupado con empeño, en este último tiempo, de conbatir el ejercicio empírico de la Medicina, prin - 1ipalmente para evitar a los pacientes el daño de que pueden ser victimas inocentes al entregar- se en manos de gente sin los conocimientos debidos ni la capacidad legal suficiente. Con energia y eficacia ha hecho, también, constan- t= guerra a la morfinomanía y otros vicios sociales se- mejantes que, ya por debilidad nerviosa o por simple snobismo, se ha propagado desgraciadamente en nues- tra poblacion. : La colaboración de los suñores profesores de la Fa- cultad de Medicina enlos “Anales de la Universidad ” comienza a hacerse efectiva y contribuirá no poco al prestigio de esa Revista que manifiesta la vida cientifi- ca de ay 1el centro de enseñanza superior. . Como nota de condolencia, quiero dejar constan- cia en este informe de la sensible pérdida que tuvo la Facultad con el fallacimiento del que fue su digno De- cano en varios periodos y preclaro profesor de Medici- na Legal, Sr. Dr. D. Mariano Peñaherrera E. Para terminar esta exposición, cúmpleme dejar constancia del aplauso que, en el ejercicio de mi cargo de Decano, hago el inteligente y acertado desempeño del Cuerpo de profesores; así como el voto de reconoci- miento que a nombre de la Facultad y al mío propio, tributo al Sr. Dr. D. Carlos Manuel Tobar y Borgoño, - como homenaje a Su progresista e infatigable ¡labor en pro de la Universidad. Patria y Libertad. CARLOS ALBERTO ARTETA. A FACULSAD DE CIENCIAS POLITECNICAS Y DE APLICACION: DE ANATO DE LA FACULTAD DK Ciencias Politécnicas y Aplicadas Quito, a 3 de Mayo de 1921. Señor Rector de la Universidad Central. Señor Rector: Me es honroso someter a su ilustrada consideración el siguiente informe relativo a la marcha de la Facul- tad de Ciencias Politécnicas y Aplicadas, dando así cumplimiento a lo ordenado en su atento oficio N* 113 de fecha t1 de abril último: 12 Con verdadera satisfacción hay que anotar el sensible progreso que año tras año viene realizándose en la Facuitad de Ciencias Politécnicas y Aplicadas. En la actualidad cuenta la institución con un personal docente cuya laboriosidad y competencia merece un jus- to encomio; hay treinta estudiantes matriculados que normalmente concurren a las clases y que ya no for- man el grupo aislado de universitarios de otre tiempo, preocupados únicamente de sus tareas escolares, sino que figura en primera línea en todas las manifestaciones de intensa labor intelectual que vienen desarrollando las diferentes agrupaciones de estudiantes de la Uni- versidad Central. 2? Los programas y métodos de enseñanza, para estar en armonía con los mejores elementos que van enriqueciendo los laboratorios de la Universidad, debi- do al tesonero afán del señor Rector merecidamente se- cundado por la Junta Administrativa, son aún suscep- tibles de ampliaciones y reformas que actualmente es- tudia el Cuerpo de Profesores y que oportunamente tendre el honor de presentarlas para que reciban la co- rrespondiente sanción legal. Como lineamientos generales de las mencionadas ampliaciones y reformas, aceptadas plenamente por los señores Profesores, anotaré los siguientes: _del señor Rector, muy atento servidor, o >=" 504 — Una división más netamente establecida en los es- tudios realizados por la Facultad de Ciencias Matemáti- cas, Fisicas y Naturales para que el estudiante adquiera en ésta el con unto de conocimientos científicos con los cuales pueda entrar de lleno al desarrollo técnico y de aplicación en la Facultad de Ciencias Politécnicas. uo- mo consecuencia, los programas de esta Facultad po- drán completurs“u ampliando ciertas materias que, como las de canalización, provisión de agua, higienización de poblaciones, albañilería y construcciones civiles, son por ahora un tanto limitados. Para facilitar el trabajo del estudiante suministrán- dole obras de consulta armonizadas entre sí y que for- men como un sólo cuerpo de doctrina subdividida en las diferentes materias, los señores Profesores han re- suelto furmiar textos que correspondan al objeto indica- do. No se trata de sustituir el actual sistema de ense- ñanza por el antiguo arbitrio de fijar al estudiante un libro cuyas páginas debe aprenderlas de memoria, sino de presentarle n:aterial de consulta que le suprima la di- ficultad que encuentra al recurrir a obras extranjeras de variado nivel cientifico y hasta con notaciones y símbo- los tan diferentes que para el estudiante sona veces co- mo un obstáculo infranqueable. . 3% Esindispensable encarecer a! señor Rector que arbitre los medios para que los estudiantes ingresen a las obras públicas nacionales en calidad de practican- tes, pues, hasta ahora muchos han encontrado dificulta- des para llenar este requisito reglamentario porque sien- do cada vez mayor el número de los que se encuentran en ese caso, no:es posible contar únicamente con la be- nevolencia del señor Ministro de Obras Públicas para proporcionarles trabajo aunque sea sólo suministrándo- les los gastos de.movilización y subsistencia. Por otra parte, es bien notorio que la mayor parte delos jóve- nes que se dedican a los estudios de ingenieria no cuentan con recursos para concurrir a dichos trabajos a expensas propias. Es asimismo indispensable que se garantice ei ejer- -cicio profesional mediante una Ley que elimine en los Cargos públicos y de las actuaciones de carácter legal a los empíricos. Con sentimientos de distinguida consideración soy G. NORONXA. A FACULTAD DE GIENCI+S MATEMATICAS FISICAS Y NATURALES Decanato de la Facultad de Ciencias Matemáticas, Físicas | | y Naturales e Quito, a 29 de Abril de 1921. Señor Rector de la Universidad Central. Señor: Entrando en cuenta la circular de Usted, N” 153; de 11 del mes presente, tengo el honor de informar: 1? La Facultad de Ciencias Matemáticas, Físicas y Naturales tiene veinte alumnos matriculados, quienes después de cursar los tres años reglamentarios, pueden pasar a la de Ciencias Politécnicas, con el cbjeto de de- dicarse a unc da los ramos de Ingeniería o Arquitectura. Además, en la mencionada Facultad, reciben prepara- ción quince estudiantes de Farmacia y se da clase de Química Inorgánica, Orgánica y Biológica a 21 de la de Medicina. 2? Las clases de los estudiantes de Paridad las dan hoy los Profeso'e, de la Facultad de Medicina y de Ciencias Matemáticas, esto es, lus estudiantes de Far- macia perter.ecen a las dos Facultades; y como cada una de éstas procede, casi siempre, en lo administrativo, in-- dependientemente de la otra, de aquí resulta la falta de unided en ja enseñanza, con perjuicio de los jóvenes cursantes. Para obviar este inconveniente, sería del caso establecer la '““Escuela de Farmacia”, ¿nexa a la Facultad de Ciencias y con el mismo personal docente actual; con lo cual se conseguir:ia la provechosa y nece-. saria unidad de acción. 3” Las clases de Botánica, adscritas a la Facultad de Ciencias Matemási.as, Físicas y Naturales, deben ser no sólo teóricas sino prácticas; y por esto juzgo necesa- rio insistir en mi solicitud del año- próximo pasado, o sea en la formación de un Jardin Botánico, para lo cual no faltarísn fondos a la Universidad: a — 503 — 4” Laúltima Legislatura suprimió, talvez sin ma- yor examen, los títulos de Licenciado y Doctor en «Ciencias; supresió” que no se puede justificar: si anhe- lamos por abrir nuevos horizontes a la actividad inte- lectual de nuestros jóvenes; si existe la Facultad de Ciencias por obra de la Ley, no tiene razón de ser la su- presión, limitadora de esos mismos horizontes. En esta virtud, creo justo, conveniente, liberal, se solicite del próximo Congreso el restablecimiento de dichos títulos. 5 Los servicios que puede prestar a la Sociedad la creación de una “Escuela Industrial? anexa a la Facul- tad de Ciencias Matemáticas, Físicas y Naturales, son manifiestos, y tanto, que, por esto, talve no debería ocuparme en ellos. En esa escuela se daría enseñanza práctica de muchas industrias, tales como: Curtiembre, —Galvanoplastia,— Fermentaciones,— Tintorería, —Ja: onería,—Cerámica,—Elaboración de artículos de cau- cho,—Elaboración de botones de tagua,—Elaboración de chocolate, etc., y los jóvenes que a elle concurrie- sen, contribuirían, más tarde, a mejorar la situación económica del pais, indudablemente. Y no faltarían recursos para el objeto: si la Legislatura cediera a la Universidad la administración de la actual casa de Ar- tes y Oficios, con sus fondos, y a estos agregara, de ser necesarios, otros más, de seguro que la idea se realiza- ría. Con la implantación de tan útil Escuela, quedaría ventajosamente sustituida la de Artes y Oficios, en la cual no se enseñan hoy otras materias que, zapatería, sastrería, carpinteria, herrería; artes manuales que bien podrían enseñarse en otros centros educativos adecua- dos; pues, más que herreros, sastres, carpinteros y zapa- teros, cuyo número es ya excesivo, necesitamos actual- mente industriales. Para que la enseñanza práctica de las materias correspondientes fuese provechosa, se de- beria contratar, eso sí. profesores especialistas en el ex- terior, pues aquí no los tenemos. 6 El personal docente de la Facultad en que pre- sido, ha desempeñado a conciencia las funciones de su cargo. Del señor Rector, atento y. S. S., ERNESTO A. MESTANZA. INFORME DEL DIRECTOR DEL HOSPITAL CIVIL 1” de junio de 1921. Señor Director de la Junta Central de Beneficencia. » Señor Director: Me es honroso elevar a usted el informe anual re- lativo al Hospital Civil de esta ciudad, casa que inme- recidamenj]e 1egento. Pocas son las iniciativas que pusden ejercitarse en edificio por demás viejo e inadecuado como es nuestro Hospital de San J::an de Dios. Ya el Dr. Francisco Ja- vier Eugenio Espejo en los primeros años del siglo XIX lo calificaba de ““casa inadaptable para el objeto para el cual se la había destinado”; por esto creo que es pa- triótico en extremo el deseo de la actual Junta de habi- litar cuanto antes el nuevo Hospital Civil. He oido, con este motivo, y en la espera de que en breve se han de trasladar los enfermos del Hospital de San Juan de Dios al Nuevo Hospital, hacer muchos proyectos, los más variados, acerca del destinoque debe darse a la casona del arco de la Reina, y usted me ha de permitir que le exponga mi parecer al respecto: el Hos- pital Civil va a quedar bastante alejado del Centro; por consiguiente necesitamos un sitio más cercano en don- de podamos llenar ese vacio que constiuye en nuestra ciudad la falta del servicio de Asistencia Pública y de o - Se ho > Y 503 e Medicina de urgencia. La sífilis se ha propagado últi- mamente de manera alarmante, lo propio que otras en- fermedad=s del grupo de las venereanas; la Sanidad, por fin ha dictado un reglamento de profilaxis social; _ para todo ello necesitamos un edificio que no sea el Hospital general; los servicios llamados sucios, las en- fermedades venéreas, el cáncer, podian quedar en el ac- tual edificio al quese le podrá agregar un servicio de asistencia pública y de medicina de urgancia, dejando para el Nuevo Hospital las salas de Clinica y las de Ci- rugia que requisren estricta antisepcia. Creo que es tiempo de que la Junta se preucupe de ello; pues según sea su intención al respecto pueden o no hacerse repa- * raciones o reformas en el actual edificio. - "Indiqué a la Junta el paligro que habia de conser- var en salas del Hospital Civil, en forma indefinida, a cancerosos incurables: en el año corrido desde el 1” de junio ds 1920 a la fecha, se han asilado 18 de éstos en la sala de Santa Rosa y uno en la de San Juan de Dios. Dada la estrechez de nuestro espiar enteramente insuficiente para las necesidades de la ciudad actual, es absurdo guardar en él a enfermos que no pueden curar y que pasan meses y meses ocupando sitios que otras personas, aún susceptibles de mejoría, pueden llenar. Es en el Hospicio en donde los enfermos de aquella cla- se deben recibir asilo. La Junta, encontrando fundadas - mis razones, me comisionó. para estudiar la consiruc- ción de un pabellón en esta casa para recoger en él a los cancerosos incurables, no he apresurado mucho el | cumplimiento de esa disposición por la sencilla razón de que si se traslada en breve el Hospital Civil al nuevo - localsería un gasto inútil la construcción de este pabe- bn, una vez qu los cancerosos pueden quedar en la actual casa; el contagio de su enfermedad, si lo hay, no se produce por el aire. No ocurre lo propio con los tuberculosos, cuyas dos salas, de hombres y mujeres, se hallan hoy encla- vadas en el Hospital con grave peligro de los demás en- - fermos, que acudiendo por enfermedades de poco más o menos, pueden allí adquirir. una tuberculosis. Esta clase de enfermos sí urge hacer salir del Hospital y del centro de la ciudad, pues constituye un serio peligro para la salubridad de ésta. - El número total de enferm>s que se han asilado en este año en la casa, ha sido de 4,117, de los cuales 3.535 - han salido curados; el número de fallecimientos ex el año asciende a 582, es decir un 14,1%/., cifra a la verdad pequeña si se atiende a las graves epidemias de gripe y bronco-pneumonía de los meses de diciembre y enero; es en diciembre en que tuvimos el mayor número de defunciones, llegando el porcentaje al 29,1-/, sobre 419 personas ingresadas en aquel mes. Esto nos oblizó a padir a la Policía la desocupación de la sala de San Francisc », destinándola a sala de Cli- nica infantil. A cargo dal profesor sustituto de Pedia- tría, señor Dr. Antonio Ba-+tidas, ese servicio ha venido a llenar una necesidad inaplazable. Las enferme lades que más han abundado, son, por su orden: gripe, disintería, pneumonía, paludismo, sif1- lis, exemas, metritis, chancros v cáncer. Respecto de * la tifoidea y varioloides, de las que ha habido numero- sos ingresos, no puedo dar a. usted datos, por estar su estadistica a cargo del servicio dz Sanidad, del cual de- pende el Lazareto de enfermedades infecto contagiosas. Es indispensable, a este respecto, la creación de un empleado especial que se encargue de toda Ja estadistica del Hospital; por esa carencia, no sabemos, por ejem- plo, cuántos enfermos han sido atendidos en el servicio público degine-o!ogía, ni cuantos niños provenientes del Dispensario de Niños han sido servidos en el de asistencia de la Botica, ni cuantos lesionados han sido curados en la sala llamada de la calle. Ha tratado de: subsanarse esa deficiencia imponiendo a los internos esa Ooligación, pero esos empleados con sus múltiples ocupaciones alegan la absoluta imposibilidad de cum- plir con esa exigencia de la Dirección. El gasto total de la alimentación ha sido de $ 46.289,40 en el año, lo que representa un costo diario, por cabeza de 0,33. En el edificio se han efectuado varias reparaciones materiales: el blanqueado y el pintado Je zócalos de to- da la casa; renovación de las canalizaciones eléc- tricas, etc. Como necesidades urgentes vov a apuntar dos que, en mi concepto, son de primordial importancia y por las que desde hace tiempo he venido trabajando: es la primera, la necesidad de cambiar el actual sistema de lavado de la ropa, sistema que califizaré de salvaje. por uno más racional e higiénico: la ropa sale de las salas y pasa al Camarote, en donde presas, detenidas y suma- riadas, la someten a un enjague, después del cual la ro- pa infectada pasa al autoclave. - ; Ñ ' a 507 E Lo natural, lo lógico parece ser que del autoclave pase la ropa al lavado; pero todas mis órdenes al res- pecto han sido inútiles alegándose para ello, que el au- toclave fija las manchas de sangre v oscurece las de pus, de manera que los lienzos quedan indeleblemente man- chados, presentando un aspecto repugnante que produ- ce protestas de parte de los enfermos. No sé hasta qué punto sea exacto todo esto; pero, como quiera, hay un deber de humanidad y de compasión que obliga a no «imponer a infelices mujeres culpables, por lo general, de faltas leves, al terrible castigo de manejar no diré piezas infectadas, pero siquiera objetos repugnantes y asquerosos. Una lavadora mecánica de tres o cuatro mil sucres vendria a librarnos de semejante horror. Además ello constituiría una seria economia para la Beneficencia, una vez que nos libraríamos de las treinta presas que por término medio se hallan recluídas en Santa Marta y que se ocupan en el lavado, presas que además de consumir Sí 0,30 diarios por cabeza en ali- mentación, se hallan provistas de ropa de cama, etc., por la beneficencia. Además tendríamos la no peque- -ña ventaja de que toda el área del Camarote, podria ser empleada en usos verdaderamente de hospital, desapa- reciendo aquel foca de infección moral y fisica, del centro de la ciudad. Notaré en segundo término la deficiencia del gabi- nete de Fisioterapia. Los pocos aparatos de que se compone, excepción hecha de una ampolla de rayos X y de una pantalla, últimamente compradas, pertenecen ala Universidad; esta, en verdad, no tiene necesidad de más para la enseñanza y es al Ho spital a quien corres- ponde verificar la adyuisición de los aparatos de cura- ción necesarios. La propagación del cáncer entre nosotros es una triste verdad, imposible de desconocer; la necesidad de hacer exámenes radioscópicos y radiográficos, ayuda in- dispensable de la cirugía y de la ciinica; la precisión de proporcionar corrientes como remedio, tratándose de enfermedades del sistema nervioso, demandan imperio- samente que la Beneficencia provea de los útiles nece- sarios a ese servicio del Hospital. No puede negarse el éxito obtenido en las neopla- sias malignas (cáncer, carcoma, etc.) por medio de los rayos X, habiendo aumentado los casos de curación de esos terribles males, merced. a los aparatos de alta ten- — 508 AE sión, generadores de radiaciones de pequeña longitud. de onda. En Alemania, pais con el cual nuestro cambio es favorable, grandes fábricas construyen a relativo bajo precio, aparatos de técnica de la más perfeccionada, y es talvez por eso que en los hospitales alemanes se hu- biese llegado al mayor uso de estos medios curativos. Rutheford y otros han obtenido con tubos Coodlidge rayos tan duros que penetran planchas de plomo de un centimetro de espesor, alcanzando un voltaje de 200.000 voltios; merced a ellos se ejercita hoy con éxito el tra- tamiento de neoplasmas profundos. El dia que llegue a pruducirse rayos de 600 ooo voltios, según el profesor Desauer, no tendremos necesidad de comprar radio, puestu que se producirán rayos de igual penetración que los gamma que exala dicha sustancia. ) Para trabajos de laboratorio, el, mismo Desauer ha llegado a usar transformadores de 450.000 voltios, y En la fábrica Oerlikod hay uno que, si mal no recuerdo, es de 500.000 valtios. La casa Veifa, de Francfort tiene la patente del «In- tensif Reform», compuesto de dos bobinas en. serie, de 100.000 voltios cada una, que proporcionan al tubo una corriente de 2.000 amperios. La clinica Gauss, de Fri- burgo, posee.un aparate de 300.000 voltios. | Los constructores tan conocidos Siemens tienen el. «Multivolt» y el «Radio-Silex»; aquel llega hasta 250.000 voltios, que permiten el funcionamiento simul- táneo de dostubosa dos mil amperios, y noes sino, a lo que entiendo, un doble transformador en serie, dis-' puesto para utilizar los dos periodos de la corriente al- terna. | ] - El «Radio Silex» funciona a 100 kilovatios, con una corriente alterna de 500 perindos por segundo. A 80 kilovatios se produce con este aparato, una corriente de nueve miliamperios, empleando el tuvo ¡Lilienfeld. _Citajé, todavía, los aparatos que fabrica '.la casa Hoch « Stergil, de Dresden, en uso en: el hospital de Altona y en el de Ependof, aparatos que producen igualmente nueve mil amperios sobre tubos Lilienfeld. Otra casa fabricante la «Sanitas» construye el apa- rato «Hartstrahl» para la radicterapia penetrante. - Ahora, en cuanto a tubos, para la utilización de la chispa, se ha ido muy lejos: los hay que producen rayos durisim>s, con chispas de 40 centimetros y de duración casi indefinida. e . 4 ASÍS Y, Y -- 509 — Entre los tubos, a base de corriente termoiónica, el más conocido, talvez el único conocido entre nosotros es el americano de Coolidge, pero resulta inútil para las corrientes de alta tensión; es por esto que fue refor-. majo por Siemens y tenemos el tubo Coolidge-Siemens cuya característica es la de poseer el cátodo y el anticá- todo más prolongado que el Coolidge americano, que por su parte es el tubo que en más alto grado se ha lle. gado al vacío y en que el cátodo lleva una espiral plana de tungsteno, que se calienta merced a una corriente auxiliar que emite electrones. El anodo, que es el an- ticátodo, es de tungsteno, soldado a un cilindro de mo- libdeno que produce el enfriamiento del anticátodo. Esto facilita la regulación para que la radioterapia Sea superficial o profunda. - El tubo Lilienfelá produce radiaciones más regula- res que el Coolidge pero no funciona sino a nueve mil amperios. Las antiguas ampollas, a base de gas residual, no - han desaparecido - tampoco completamente del uso y hay muchos técnicos que proclaman sus excelencias so- bre las modernas en especial porsu mayor duración. La casa Múller ha construido ampollas destinadas a resistir 300.000 voltios, en las que la refrigeración se hace por medio'de agua hirviendo y en las que, como en los tubos Honstand se ha adaptado un regenerador auto nático, que es una combinación del miliamperíme- tro y de una válvula que permite la salida de cierta cantidad de gas, que prosaos una llama y calienta el tubo de platino. Pero estas sadiaciones de tanta potencia exijen - que el manipulador use medios más eficaces de defensa, y esto no sólo contra los rayos, sino también contra el OZONO produido por la corriente de alta tensión. Hoy, cn Europa, en todos los hospitales, ya no sólo. se busca la protección cubriendo al manipulador de abrigos de plomo, 'sino que los locales mismos se acon- seja obedezcan a una disposición especial: el aparato generador de corriente no se halla nunca en el mismo _localque el aparato de aplicación; se usa cúpulas oO bombillas opacas de plomo para proteger el tubo, etc. Los pavimentos son de caucho, linóleo u otras sus- tancias aislantes, a fin de prevenir al paciente O a los operadores de las consecuencias de ¡as descargas y evi- - tar su electrocución. Todos los aparatos deben tener derivaciones a tierra. — 510 —. Los filtros cuyo papel es depurar el haz incidente y disminuir la proporción entre la radiación profunda y' la superficial, han de ser gruesos; pues los delgados es- tán absolutamente proscritos, en especial en la radio- terapia del cáncer, que es lo que más nos interesa aquí. En cuanto a lo demás, ya son cuestiones técnico - médi- cas que me escapan. Necesitaríamos, además, aparatos de dosificación, como el intensómetro Piúrstenan, por ejemplo, o el ion- tocuartimetro de Szilard, el electroscopio Veifa, el cuantimetro de Hinboch, etc. En fin el wasserphan- ton, aparato que permite medir bajo el espesor de cierta cantidad de agua, la cantidad de radiación eficaz tanto. de los ravos primarios como de los secundarios engen- drados en los tejidos durante la radiación; pues, es me- nester no olvidar, que el coeficiente de absorción del agua es análogo al de los tejidos del hombre. Ha llegado así Wintz a formar un cuadro que per- mite la aplicación exacta de los rayos X partiendo de una cifra 100=D.E (dosis eritema interna); merced a ello la dosis D. S., para matar el germen del sarcoma, por ejemplo, sería 65; 105 para destruir la célula del carcino- ma D.C.; 135 para producir ulceraciones intestinales D.1.; 180 para originar miositis D. M.; 34.36 la dosis ováuca para produ.ir la amenorrea, etc.; estando el ovario a 10 centímetros de profundidad con respecto de la piel ha- bría que aterlder a que se necesita un tercio de D. E. para llegar a dicho Órgano; pero, además, a que una par- te delos rayos se pierden por absorción y dispersión, tenierdo en cuenta el cuadrado de la distancia. Es menester advertir que en Alemania se ha obteni- do, merced a estos aparatos, un 60%/, más de curaciones del cáncer que antes. Fi cáncer del útero, el que más abunda en nuestro hospital, es el más sensible al trata- miento. Si me he extendido talvez acerca de esto, es porque desde hace tiempo vengo persiguiendo el objeto de que se provea al Hospital de un gabinete que permita el tra- tamiento de los neoplasmas, terriblemente propagatios más de lo quese piensa, en nuestra ciudad. He de observar, para concluir, la indispensable ne- cesidad de ponerse de acuerdo con la Sanidad y Policía para llevar a ejecución el reglamento de profilaxis ve-- nérea. Sin contar los infinitos casos de sifilíticos que ingresan por otras enfermedades, en la salita de Santa Marta, que sólo cuenta con nueve camas, y que está des- + tz Y, > AAA É A , . o — 511 — tinada desde hace un año exclusivamente a sifilíticas, que no pueden ser recibidas en otros departamentos, se han atendido a 161 enfermos;he de hacer también refe- rencia a la verdadera epidemia de chancros blandos en los meses de abril y mayo de este año, epidemia que llenó la sala de San Juan de Dios, debiendo advertir que casi todos aquellos pacientes presentaban los síntomas - de la especificidad. Estando comprobado que el neo-salvarsán hace desaparecer los sintomas exteriores de la sífilis y su con- tagiosidad, esindispensable que la Junta no se descuide . de tener constantemente una buena cantidad de aquel medicamento, en bodega. El material quirúrgico no puede estar en peor esta- do, después de siete u ocho años de trabajo constante; he advertido ya a la Junta que el momento menos pen- sado nos vamos a ver privados de poder trabajar en lo absoluto por carencia de instrumentos. Es, pues, esta otra necesidad premiosa, a la que la Junta debe atender de preferencia. Para concluir quiero hacerme portavoz de los agra- decimientos del personal del Establecimiento por ia puntualicad con que en este año se le han cubierto sus haberes; quiero, así mismo, hacer constar el empeño con que la Junta ha atendido a todas las necesidades de la casa, bastando, geueralmente, una pequeña insinua- ción para que acuda a proporcionar la ayuda que sé so- licitaba de ella: De usted, atentamente, TOBAR y BORGOÑO. 2” : a MES E y pan A e 7 y = A A Ñ AN CAD dad 5% pS $ $ a pr F e. ALA s% E A Ap => ' LD e e > 4 Pd Es Bo A A > A po E y + de “ m., ». a Y anu | de CROMCA LMIERSITARIA 3 FACULTAD DE JURISPRUDENCIA 23 Y CIENCIAS SOCIALES a Profesores Sustitutos | A ER La Facultad elevó, oportunamente, ante el señor Rector, las ternas correspondientes y el Rector nombró Profesores Sustitutos, para los años 1921 y 1922 alas siguientes personas: | ER Dr. Alberto Guerra P..... | Derecho Práctico y Ley , Orgánica delPoder Judicial » Fidel A. López Arteta | Historia del Derecho y So- a ciología in E «Luís F. Ghana Derecho Civil Ecuatoriano y (Testamentos y Obligacio- nes) a ,», Manuel Bustamante G. | Código de Comercio — » Pedro L. Núñez -...-- Filosofía del Derecho y Es- tadiística 7 y Alberto Gómez YE [ E millo ...... 7 Economía Política y Cien- cia de Hacienda o ,, Manuel A. Navas....- Derecho Romano A ,, Catón Cárdenas...... Código Penal OS ,, Humberto Albornoz Derecho Internacional Pú- es blica y Privado a ,, Augusto Egas .......- Ciencia y Derecho Consti- e tucional y Administrativo Derecho Civil Ecuatoria- > ,, Rafael Alvarade .-..-. | no (Personas y €osas) Tribunales Examinadores 4 sx Duda recibir los exámenes de fin de año, arregló. los O Tribunales: FILOSOFIA PEL DERECHO Y PRACTICA CIVIL Ne Doctor Víctor M. hora e a A. Baquero L. Manuel: B. Cueva García CS o , ad e id» DERECHO. POLÍTICO E SOCIOLOGÍA - Y + dde — Agustín Cueva” Homero Viteri Lafronte o M. Pérez EERAnADe 3 e FA o ECONOMÍA. POS. ÍTICA Y DERECHO AS INTERNACIONAL PÚBLICO PAIS o doi YES _ Francisco Pérez Borja de Larrea Ch. Ae Ñ A . cónico CIVIL y DERECHO. ROMANO .s E Y a ' > Eo nal Mañas Re Balarezo | e - Roberto Posso . José. M. Pérez Echanique ye q : > de Fr ES PENAL PENAL, CÓDIGO PENAL. e AS cÓnICO DE COMERCIO us a z pes e ae 1: e e Francisco Pérez Borja Manuel B. Cueva García. cd] AA Y eS Es o < la Facul- e a FACULTAD DE MEDICINA y FARMACIA ' Profesores Sustitutos Para 1921 y 1922, fueron nombrados los señores: - Manuel de Guzmán. . criptiva Carlos A. Serrano.... | Oftalmologia y Oto-rino- 0 laringología ) Alfonso Mosquera N. | Terapéutica y Materia Mé- no dica | Carlos Cabezas B. . | Psiquiatria Agustín Pólit M. .... | Medicina Legal Julio Arellano ..... | Obstetricia y Ginecología Telmo Viteri Lafronte | Farmacia y Toxicología Antonio Pallares ... | Bacteriología Ñ Armando Terán...... Prótesis Dental Miguel Arzuba Cor- | | a TEO Patologia y Terapéutica Dental Benjamín Bravo A. . E Anatomia da y Pa- ] rasitología | Gonzalo A. Peñahe- | TODA, 0 ANT Clínica Dental Antonio J. Bastidas . | Pediatria Francisco Coronel ... | Clínica Interna Alejandro Luna..-.... Patología Interna Enrique Puertas; ... Fisioterapia - e Luis Cabeza de Vaca. . a Fisiología Augusto Estupiñán... | Medicina Operatoria Carlos Velasco...-.... Patologia General y Se- miología | Angel M. Salvador... ¡ Histología Normal e Hi- ] giene : Alejandro Rivadenei- | A Anatomía y soon : Dental Angel A: Leraán. 00 Patología Externa Es Der» matologia Anatomía General y Des-. le Ze 4 A Li — 515 — Tribunales examinadores Para recibir los exámenes de fin de año, se forma- ron los siguientes: ÁE_Ó O_O MATERIAS Anatomía y Disección..... 5 A A OO Patología General, Ir.terna y Parasitología.......... > E AO > Anatomía Patológica...... SS Higiene. E AAA 5 Clínica Oftalmológica..... Se Terapéutica y Fisioterapia..| ,, _ Farmacia A AN yd Toxicología A ESA » - Clínica Interna, Pediatria, Psiquiatria y Semiología..| ,, Patología Externa (primer curso) | | Patología Externa (segundo - Curso), Clínica Quirúrgica, Ginecología, Vias Urina- e tas, Dermatología... ...... 5 | Clínica Obstétrica. ns ES Cirujía Operatoria.....-.. 0 | Medicina Legal...........- E Anatomía e Histología TRIBUNALES Drs. Ordóñez, Dávila, y Suárez. Ordóñez, Salgado y Torres. García D., Melo y Ri- vadeneira. Mosquera N., Dávila y Sánchez. Cousiín, Gallegos y Mosquera N. Mosquera N., Dávila y Suárez. Cousín, Araujo y Suá- rez. Sáenz, Ayora y Villa- vicencio. Arteta, Ontaneda y Melo. Ontaneda, Rivadenei- ra y Barba. Ontaneda, Rivadenei- ra y Barba. Gallegos, García Dro- uet y Sánchez. Sáenz, Ayora y Villa- vicencio. Sáenz, Ayora y Villa- vicencio. Ayora, Villavicencio y Araujo. Ayora, Villavicencio y Salgado. Arteta, Araujo y Sán- chez. mi Sb A PGA AS les LAIA De E Se ps qx Ba dales para los exámenes de los estudiantes de Odontología Clínica Dental...... Drs. hivibaba, Donoso y García. AS Anatomia ra ,»» Chiriboga, Torres y García. De Terapéutica. .......- », Donoso, Torres y Garcia. e Bacteriologí C Gallegos, M ay 0 acteriología........ » Cousín,Gallegos, Mosquera 0 Cirugía Estomatoló- e Lo RI CÍA a e Chiriboga, Torres y Dondais Er oe PrLOTESIS Mi NAS », Chiriboga, Donoso y García. Patologia. Lar pl DONOSO) Torres y Garcia. DA: . > y ' 1197 Fisiologia a ,, Chiriboga, Donoso y. Torres. 000 Química Orgánica e pe PA ERA ,, Mestanza, Corral y a A á— N AR FACULTAD DE CIENCIAS OO io Y APLICADAS > ee a . a , 45 AA A Tribunales Examinadores o PRA . ARE, ñ ES: | MATERIAS , Prueba TRIBUNAL Ped E” ENE, a e A A 0 Termodinámica y Proyecto d edi Z A MIU o ade oral |Sres. Tufiño, Borja, Ayala AS pt Puentes: metálicos Je > ae de S Alvarez, Troya, López z e Caminos y Avalúos... .... Es Martínez, Maldonado, Troya ¡7 TIRANO e Ñ - Sánchez, Espinosa, Ayala í AA EEC Ss Noroña. Tufiño, Maldonado AA Mecánica de materiales ...... práctica Andrade, Martínez, Alvarez a a (Vigilancia; Sr. Alvarez) 00 Padilla o oral ' Noroña, Andrade, López - As Construcciones hidráulicas .... ho ,. » » ven ss Arquitectura y Construcciones E y LANE CivHES7 ¿pad eN PR Sánchez, Espinosa, Troya EA Topparaiado. RN práctica Mihaz: Andrade, Maldonado A ORAR (Vigilancia; Sr Maldonado) IIA Tracción eléctrica... ........ de Noroña, Maldonado, Alvarez een AO, (Vigilancia: Sr. Noroña) “0. 7200 PFeriuckreiles in bn eta Le Alvarez, Troya, Ayala : A oO an Y (Vigilancia: Sr. Alvarez) Ca Oe Puentes de mampostería ...... oral Alvarez, Troya; Ayala SY o pd ES PA Astronomía y Geodesia .:.... d Andrade, Tufiño, Maldonado A Vancles 0 A ROS : Alvarez, López, Libia a , q SS ' | y ' + E JN Ñ 5 O q , A sa cd do A de AE A EAN, DN a. o rei General. y Zoología... A A mó e Bt e Analit. Cual. teórica... A sica AE A A Botánica Sistemática..-....-.- y y Geologia ...... ím. Tidastrial y Metalurgia 9 Química - Inorgánica... -- ..-==- | y Peste O a AD . pr ( EN » > ! 4 ES e ] 4 O Mechaies a A A . 2% parte De O Química Paila y Biológica E E ca: General Trigonometría. O SI: Análisis Volumétrico * AS 4 ea mn. amenos . Matem JE Harto >. <> SAS MATERIAS ó — | Prueba oral 3 3, , uím. Cualit.. y Cuant. Orgán. práctica oral o Analítica Cualitativa. . | práctica , “ometría "General 22. A oral Química. Analítica Cuantitativa só 5 a práctica Tribunales Examinadores A TRIBUNAL Paredes, Reinoso, Borja Andrade, Sánchez, Maldonado Mestanza, Reinoso, Espinosa Andrade, Tufiño, Borja Paredes, Borja, Reinoso Mestanza, Corral, Espinosa Mestanza, Espinosa, Reinoso Corral, Espinosa C. A., Reinoso Mestanza, Reinoso, Espinosa C. A. Corral, 3 (Vigilancia: Dr. Corral) Alvarez, Troya, Ayala [Vigilancia: Troya] Martínez, Sánchez, Espinosa F. Martínez, Sánchez, Maldonado Mestanza, Reinoso, Espinosa C. A. ( Vigilancia: Dr. Corral) Maldonado, Troya, Ayala Noroña, Andrade, Tufiño Mestanza, Corral, Espinosa - Andrade, Noroña, Tufiño Tufiño, Borja, Ayala Andrade, Sánchez. Maldonado Mestanza, Corral, Espinosa C. A. Espinosa C. A., Borja, Tufiño Sánchez, Maldonado, Espinosa F. (Vigilancia: Sr. Sánchez) ER E pa > : UN pa 371 Ñ + , : k > y NY . e / pe Y . (OS y 4 E Í x , í / i va . SEN e AS ¿ IRA » y hi ¿ : ly 4 1 A LN a y AI Pégina Línes * Dice 1%. Na Debe decirse . ps 40 revocable o irrevo- ERRATAS SUSTANCIALES Í k e 3 l y 33 no nd ado Le no siempre convalece - o! f « "o $ Ls 5” L ta pe? Ol á A d Us y td ' . - 26 , revocables O A A O -vocables, 2 irrevocables e pe 30 donaciones. z donaciones irrer ñ / cablemente A ps a , F y o - »” E Y + Ñ le , / - s Ñ k y pu ( > . 4 hi 1 £ ! . Í 1] y 1 < a " , A - ' A 4 ., / . > $ q / pa gy A ' 4 / le . e - , es di y" po , E / ] pro PS e, A * 4, o Mo e - = - — AU03D TNPORTANER La Universidad de (Quito, con el objeto de fomentar sus - Museos de zoología, botánica, mineralogía y etnografía, ha re- suelto establecer cambios con quienes lo soliciten; y á este fin, estará pronta á enviar á los Museos públicos ó privados, que se Es pusiesen en correspondencia con ella, ejemplares de fauna, flora, ete. ecuatorianos en vez de los extranjeros que se le remitiesen. E Quien, aceptando esta excelente manera de enriquecer sus E Museos, quisiese un determinado ejemplar ó una determinada > cole cción, v. g.: una ornitológica, etc., diríjase al “Señor Rector de la Universidad Central del Ecuador. ; Quito” ó al “Señor Secretario de la Universidad Central del Ecuador. . E : 3 Quito”. : | E: >> AYIS MIPORLATA Na - T* Université de Quito, désirant accroítre ses Musées de -— zoologie, botanique, minéralogie et ethnologie, s” est proposée dese mettre en relation avec les divers Musées d” Europe qui - voudralent faire ses échanges de collections, etc. A ce propos, elle est toute disposée d” envoyer aux Musées, publics ou parti- culiers, qui se mettront en rapport avec elle, des exemplaires de Ta faune, de la flore, etc. équatoriennes, en échange des exem- - plaires élrangers qu' on voudrait bien lui envoyer. 4 Les personnes qui, voulant accepter cette excellente manié- re d' enrichir leurs Musées, desiréraient tel ou tel exemplaire, telle ou telle collection, par exemple, une collection ornithologi- que, n' ont que s' adresser á “Mv. le Recteur de ' Université Centrale de 1 Equateur. qe e Quito” Moa A > e “Mr. le Secrétaire de ? Université Centrale de Y Equateur AS Era Quito” ST AS AS y De Sh . > A q Los Anales de la Universidad Central se publi: arán cada tres meses en cuadernos de 250 a 300 páginas. La responsabilidad por las ideas y doctri-- 'trinas expuestas en los .4males corresponde ex-. clusivamente a los autores. Los “Anales”publicarán una nota bibliográfi- ca,más ó menos detallada, de todas las publicacio- nes que se envíen á su redacción. Les publications envoyées a la Rédaction des || “¿Anales”,seront l'objet d'une notice bibliographi- que plus ou moins detaillée. - VALOR DE LA SUSCRIPCIÓN Suscripción adelantada por un tomo, Ó sea | ÑO UN SEMESTES= 42 OS BT E $ 1,0042 - Número suelto. ET E TT A 0,50 E y » pan '» ¡ . 3 29 y SS 1 a” y . A SR 2 a Se - g Y mn a - > » dl F eje My A tr ge ra y" 4 e Les y Je i » » pa . SS So 2. > $” ñ Pa x- ed - y > y . ; » dez / ' e .. y > ” . : SS má A SS no». : - h «e a, * E Ps e ASIA OT E e 4 - 4 y s Es 4 Ae + 4 o e: WET » - » $ $ - Pp. > » S » LO a A -y> y pa y y ed Ñ e e E > es » A . .” $ +. , ¿ IA AS A Y TN IO » . "y Ñ y de A e pa ] py] En “ D E AA A cn A Po pa e S le A 4 á ma A K e. É AE re de e A k Ds my y dia * e $ r . Na » e MC e Po - , S A , a > AS te E 4 e ”r ES E. » Y e “LR - ue £ + ¿a , » > e * 4, y ML ho + k , 1] e nx A a er + e - » ve re AA A .S ne N hue e as SAS e ds AA MP0 ON ' sl AU mu de Y V » d BA 1 4