REGLAMENTO DE
LA ESCUELA DE
NOBLES ARTES:
ESTABLECIDA EN
LA CIUDAD DE...
Escuela Gratuita de las Nobles
Artes
10
C Googk
REGLAMENTO
DE LA
ESTABLEaDA EN LA UUDAD DE BARCELONA
k EtPB.f*A> DE LA
DISPUESTO Y 9IAIVDADO OBSERVAR POR LA mSBIA.
v«Ai»r^ - -
BARCELONA:
CALLE DE LA LIBRETERIA.
1859.
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MIAMOS DE ESSEXANXA.
AxT. 4. \jk esoueh de la* Nobk» Arta CQm|)nndcrá los nmoa de
nguientes:
Dibiyo delafigurahiunaiia.
Pintura.
Escultura.
Arquitectura.
Grabado.'
Ornato.
Dibujo apUeable á la fabri«
cácioli dé tejidos, estaiñ-
padids de 'iiuflianas, blon-
das y bordados.
Perspectiva y paLsage. I Ensefianaa de vaciar cu ye
Flores. | so.
2. Cada ramo de «uefluizB se «ubrÜTHfiii en varÍM clases oonfonne mas ade^
Jante ae espnva.
- Elscttela de dMni^ de la figura humana*
Art. 3. El homhi L' es i-l nm lelo mas adcrua lo pnra aprfii4liT el ilihiijú qiw
sirve (le estudio elciueatai á la piutura y c&cultura, sea por consiikmnv como
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— 4-
h obra ims peiiécU y compiUcada de k» de la mturaleii como porque ra imi-
tadon es d oliíeto principal de estu dos artes.
Ü. Este dibujo se ensefimi en bs sipiienles
Elemento* de eontor-
Elementos de sombra.
Pies y manos*
Cabezas*
Figuras.
Modelo de yeso*
Modelo natural.
5. En las dos priineraa clases se seguirá un eurso ekmentsl IHografiado
eiqtro&so psra la núsma escoda; / en bs de manos y pes, csbeias j figuras,
habr,^ una colección de originales sacados la mnyor prfe del antiguo por profe-
sores del propio establecimiento y algunos dibujos de pensionados j artistas de
mérito.
JEscuela de püUuram
AaT. 6. En esta se enseñará & conocer las fimnas de la beDa natnraleza esprcs^
das en los varios lienzos de los pintores clásicos que decoran el roii.<>eo de la misma
escuela. Para proí^rf^fr en el difícil art<; del rnlorido, se estudiará est*» j-ior el mo-
delo natnni). F.l Iik i Inr fnseñará la cnin|K).si( ion, asi romo la elección y disiribuciou
del clnr< -iiM-iint , (I.iikIh programas á sus discípulos y apocando sus lecciones en
obras de los com|K)sitorcs mas clásicos.
7. La enseñann estará dividida en las siguientes
Colorido*
Composición*
8. Toílas las obras tic pinlnra j grabado que decoran el museo, entre las
que se distitis'ni ii Lt^ ilc las rscui-las valenciana, sevillana, catalana, (lorenlina, bolo-
ñes;i j llamcrira. se facililaráii á los discípulos jiara perfeccionarse CU el coloñdo JT
en laü demás partes que comprende el estudio de la pintura.
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Escuela de escultura*
Akt. At. Ia escaltnn tiene por objeto imitw la rnturafen por medio de h
pUsties. £^ es b qae se ensenará prindpalnieiile en esU escnek, empezando por
oopíar lu estatuas de los antígiies, y sígtiienilo con \a composición de l>ajo-i-t>l¡cveS|
catatuai 6 grupos i imitación de agucUos, modo de trasladar de la plástica al mar-
mol y madera y ctianto se conoce necesario para foniiar un buen escultor.
•13. Ix>s estudios (•lpm«tif;df's de c^-iichi son los mismos que los de la
pintura; y por esta ra7:oii los discípulos ^ue hayan adquirido los conocimientos
necesarios, pasarán á las .si¿<uiente!i
Modelo de yeso.
Modelo nstaral*
Composidon.
Una de las partes mas esendides del estudio del cuerpo htwiano pera los
pintores y escultores es el de la anatomía y proporción. Los profesores de pintura
y e.scidtura que dirijan las cla.ses de modelo y tinttirid dnrán ;1 su.s discípulos las
advertencias ner('s;ina> jwra el conociniirnto de la osteología, mioloj,'!.-» , y simetría
del hombre , apoyando sus aseicioncs en dibujos de buenos autores y en los mo»
ddos de yeso que ecsísten eu ilichas daües.
£9€ueia de arquUeciura.
AsT. 15. Cuando la Junta acordó el estaUecímienlo de esbi «ccuda, se pro-
puso formar hábiles arquitectos al mismo t¡em|)o que instruidos maestros prácticos
de obras, asi que después de haber dado á conocer la simetría de los cinco órde-
nes de arquitectura sepui el (miado de Viñolns, se instruirán los di.scípidos en la
projAirciou y distribución adoptada jx>r los antiguos en los templos j dtMuas edi-
ficios griegos y romanos y j>or iiiluuo sí- les enseñarán las realas de la composición
aplicable á e«liricios rústicos y urbaoos. lias lecciones teóricas para la construonon
— . de toda'^specie de edifidos se darán semanalmente sagon kw tratados de Vchila
y otros autores modernos.
46, La cnseñana estará dividida en las siguientes
t
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Elementos.
Monumentos antiguos.
Composición*
47* Una oolefxnon de fracmentos arquitectónieoB de yeso y sMán* y vüím
obns grabadas de dibujos de lo» edificios de tmffw nombradk decomi ella «iCDak
j senríráa á loa diadpuloa para «dipúrir buen guato ea la eompoaidon.
£scuela de grabado*
áxr. 48. Esta escuela cuyos príndpales progresos sod ddiidos á loa genioa pri-
TOegíados de EderUng, Mot^hoi, Longhi y Tosdii desde mediados del siglo XVm,
tiene por olijeto el formar artistas amaeatndos en todo gAMio de gralado A Ixirilt
agua<fiwi!le y en hueco, tomando por ntodelrjs las estampas mas clásicas de aque-
llos autores» Se eniefiart la parte mas principd de la csilcografía, que consiste en la
buena dirección y cruzamiento de las lineas para la \ ariedad en el género del grabado
y [vara espresar los distinfos caríicfen s de los j^»arios al objeto de dar fiUwofia ¿ las
composiciones ó sea tra luccinn di' las pinturas por medio del buríL
40. £ste estudio &e divuluá en las sigmentes
tILMBSa
Elementos.
Composición.
so. Varías estancias de grabadores disHngnidoa deooran esta escuela pan los
diietoB peiteneeientea á su ensefisma»
Escuela de perspectiva y paimge.
Aat. 21. £1 uru- encatiUiítor de la perspectiva es indispensable á todo artista sea
eud fiiere d ramo á que ae dedica ; }>a|u este sii|Hiesto se enseftaná en este catudb
la teoría del arte y se darán las r^Ias para repiesentar en una superficie pkna
cualquier especie de olijctos de relieTe Tallándose de loa distintoB métodos mas
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i
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gennralincnto a lmitiilos y tomamlo por base los miembros du aríjiiitectura y sus
C()iu|)osicioiuíá. ¥2 Jiscípiilu aprcutier.» primero la perspectiva linear, segundo la de
luce^ Y sombras, tercero la aérea, cuarto Mi aplicación á las componcHKMi tMtrdist*
22.. £1 paísage «e cAuliaFi por medio de un cono dgnimtai y ea hi aigiMiitaft
Elementos»
Perspectiva y paisage.
€ompo8Íeion*
2S. Una eolecdon de dibujas esco;^Mo.s y varins grabados de buen gasto ferman
el oraamento de esta csctiela y facilitarán al disoípub cuanto necesita para tus ade-
lantamientos.
Escuela de flunres*
. Anir. Sft. fl<n«s, rico adorno de k nalunle», nos pro¡)ordoaan un ramo do
dibajo ian ameno como interesante para embellecer mioalnM Testidos j raannfiwln-
ras. Iniciados los disdpulos en los elementos de contorno pasarán A copiar varios
floreros j adquirirán gusto en el oonodmientD de cüaro-oscuro j modo de TÍbrar
ka luces según loa repliegues, movimiento y carácter de cada flor. £1 estudio de las
naturales fiwÜitará al discípulo el perfeticionane en el arte, le pn)|iorGÍonará tainimn
él adquirir un estilo fhuioo / pestoao y el cmr on toque propio y variado^
25. La cñseftana estará repartida en las siguientes
Elementos. H Flores copia del natmfal.
Flores de claro-oscuro. | Composición al oleo*
28. Originales de buen giisto con claro-oscnro y colorido hechos por dístinloe
proftaores componen una colección ^acogida al objeto indicado.
JtlHcuela de ornato*
Abt. 27. Este estudÍQ es de particnlar interés por sus apTicadenes á h
tectara y á las artes mecánicaa dependientes de dle^ comp carpintería , platería y
otras. Un curso dir^jido por d profesor de esta escoda, grabado al aequ»>tínta en
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4837 i «spenms de la Jauta, aerviri para instralr i h» díacipub» en los elimen-
toa de este arte y les fiKÁlitará el poder oopiar después con ddicadesa dilinjoa mas
complicados , al ¡uso <[uo , sv Ies enseñará d manejo del pinrel y gusto' en el la-
Tado en tinta china. £1 nuxlelo de jeso les proporctonairft ela«l<[uirír conndniientos
en ol claro-oscuro con su degradación y variedad, asi como la pLislica, el de los
relieves. Pai-a la cnni[H)'«idoii •;<• ¡)ro|n>tidráii programas y se «'splicar.ín las regla»
indi.sjM'iisaliles jwra la Ibnuacioii ile las plf)ii(a!< v al/iidos al objeto de n iinir ruanlo
sea necesario |)ara la invención de ntuebli s y ulroi» uLjeliM» de uliiidatl y ornato.
S8. Ia enseñanza estará dividida eu esUiH
Elementos. 11 Modelo de yeso en plásti-
Oriiatos (le elaro-osouro. ca«
Modelo de yeso en dibiyo* CompOMeion»
29. l 11» coleccioíí d«' diliujos en tinta china y varias obras gral>adas de autores
cLísicos y algunos Ihienientos antigüen en yeso de ornatos de géneros griego, ro-
mano , plateresco , gótico y árabe decoran esta escuela y servirán pora amaestrar á
los discípulos en ú cooodmiento de este interesante ealniüo.
E!$eue¡a de dibujo ap^abh á ¡a fabricación de t€¡ida$,
estampados de indianas 9 blondas y bordados.
AftP. 30. Fxi moda y »'! t:a¡iriclin preside sieniprr en rstf i sludio. Como ]r^se
princi|)id se idpur.iii (iii)!ij<)H de l)uen gusto, >' st: cuseñarán después las ir^las de
com[iosiciuu jjara sus aplicaciones al ramo de tejidos de s<'da, algodón y lana, al
de estampados de indiana.^ , al de Lordailos , blondas y encagcs ; lijando particubir-
mente la atenóon en el conocimMnto de las rc^^las indispensables psra los tepdos
conocidos con el nombra ¿a ála Sacará y procurando eslimnlar i los alumnos
á inventar de capricho sin sujetarse á la oat^ servil, de modo que sus Rsnltadi^
oonduacan i la perfección de los géneros de nuestra lálirioacion para que puedm
rívali/ar en primor y elegancia con los de las naciones mas Vi
34. Esta cnaeñansa estará dividida en las siguientes
Elementos.
]>ibujo$ para tejidos.
Idem para pintados de in-
dianas.
Dibujos para blondas y
bordados.
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S8. Xhm ooleooion de dibujos interesantes y tmím otros de grabados de disttDtaf
égaeu eiirii¡aieceD este estudio y servirán de nonna para ks inveadonef.
Escuela de vaciar en yeso*
Awr. SS. Fuá «HlqiiiEÍr eaoogidi» modelo* en yn^, de eaonkara antíguay mo-
dema, y eauaerm limpios y lin deterioro los que poaee b escuda de Nobka ArteSf
al paso qne para completar él estudio que necesita un escultor ilustrado, Ae enáeftarii
en e«la escuela el ar(e de vaciar en yeso en forma buena y ftnna perdida. Ün mi-
todo lendllo &ciUtani á los discípulos los conocimientos necttaiioa pan con^pooer
moldes pprfrcfos y lograr vari.nlos con exactitud y primor.
34. £&ta enseñanza se subdividirú en las siguientes
Elementos ó modo de vaciar*
Composición de moldes*
. 85. Una colección de formas buenas , de bustos , estatuas , grupos , ornatos
y firacnieutos de arquitectura aervMn á loa «fiscto* indicadoa.
■ Mttsep* ...
Art. 36. El mn.<u>o tiene por. objeto conservar las obras de bellas artes pan
wtímulo y rsfudio de los discípulos. \'arias salas lo componen y cstí dividido en
palería de piiiiuras de autores antiguos, galería de pintores uiodcrnos y galería de
estam])a.s grabadas de varios géneros. Reúne una colección de bustos, estatuas,
grupos de mármol, y yeso y algunos fracmentos de arquitectura antigua. Hay tam-
izan «Btdmataa .ó manequioea y varios tnges ant^pna de diftnntea ropages pan
ú estudio de los plíegnet.
. 57. Las galerfa» de pmtura. eatarin ábiertat á-lo» diadpulaa do cata escocia al
olfelo de ^erdfane .en- este difidl arte.
p « • •
MSbUúteca*
Axr» S8. Una escogida biblioteca de obras artísticas , historia , viages , usos y
S
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^fttMi^r^ C9{MFÍ (U4.Uu«4» fm U& vanw «•coda» que compoeea k dt ÍSeÉns
Artes.
S9. £1 «utodio h» bcQilifá á lot jpcúbtiffea y tambioi i Iw £icipulos jpnvítt
éá
CAOTIÍJiL© U.
Art. >)0. Pim «l buen dt^semptno de eu.señaiixa en UxÍM fu* cImm habrá
BOTAaOA ES
Director penrral rs.VD. <2.000
Dos tenientes de direptor ||ea«eral , dire^torea particubres. X mas del
ftwldo que tendrán como á diiee-
1.000 n.i
^ «liiileoliin. ...... fcOOO.
de pintura 6.000.
de fs^ijlunu 6.000.
de grabado 6.000.
I de p<rs|i(eotÍTm y painge. . . . 6.000.
de flores 6.000.
de ornato ^ÜOO.
4a dibujo aplicable á la iabrícacio»
dataiídQB,«it«
l^Miias jFboichdoiu
"fi^lfwi^díttdwMlj^d^lidoiim . .
tl^ ^. ^ ti 4qlM|ÍM 4» uoo Mm
Maestro de vadar en jeso 1^.000.
Ciustodio X.800.
Modelo natural. 2.1601
Porteros y alguaciles. • ■) sueldo ríe rUnf empleados será á
£ncorgado del gas para propomiion de los encaraos que desempe-
iluminación / ñaienvarias dependencias de la Jiuita.
M* Loa teiMntea de dirador de k dotadon de 3.200 n. optarán i k de JI.600.
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JBirector ¡fcneral,
Airr. M. El director general aerá d gafe ét k «mkIb de NoUmi ArtM j
•üaiá alMolutamente subordinado i k JwitA «ü lodo b nWto al oflaftlediniaDt»
mjm Erección le tendrá confiada.
HZ. Tendrá obligación de % ií:ilar qnp cada profesor en sn respectiva claiC aimpla
ecsactaniénle lo 'pic le corresj><)nfla srp;un este rr^lmnento , y si alguno después de
amonestado incurriese en la misma lalta, deberá dar parle á la Junta bajo sa rat<
ponsabilidad.
Sdamante podrá diapenaa r ¿ alguno de ka p raft e ewa de k aaakiida á sa
«kie raapeeliTa en él caao de eaitir un motivo teowocidft justo; dobiand* dar
kego perte al Vooal de tumo.
M. Debeid tener eqwdál onídado de que ee cnaaie aeln eaee kw ia a j eaeefU
dea modeloai kian gusto 7 acertado método en todas ki daaei daaÍ9 ke rnHinwn
toa knta k mas auUíme del arte, perfeedonendo siempre en cnanto ean dabk kn
sbtemas que se siguen y están esplicndos en cada uno de los ramos de enseñaeza
oontinuados en este reglamento: á este fín visitará con frecuencia todas las cbscs,
advertirá á los profesores lo que le parezca conveniente y podcá oonr^ir por Ú
Boismo á los alumnos cuando le prczca oportuno.
M. Estará obligado á asistir todas las horas de ensefianaa tanto por la mañana
ecmo por k noche añadiendo nn enalto de km antea d« «ntnup \ai eknrnqp,
j natáo d últlmn «n nliiwaa j j cnando por ftUa dn «Iná i ntvo nutflTn nn
pnade aaialv, k notiolart por «sentó oen k ddbida anikipacion 7 antes del ae^
dfa, sí poaibk fiiere, al Seentaiio de k jQUk pan qoe díqpenga al mmempm
diente aviso á quien debe sustituíik.
JI7. Procurará en todas ocasioiMB coadllarse el respeto ilii loa aliiiinnOS J giMl
gnrse la voluntad y afecto de los profesores sus subalternos.
kH. Cuidará de que reine entre los ooncuireotas á k «scoek el mcior órdan,
compostura \ decoro.
k9. Propondrá á ia Comisioo de Escuelas la Junta k) cpie juzgurc oportano
pan k ne{or ntílidad de ka mismas.
60> Anotará en nn catálogo por drdan dfidiélko ka noevoa akmne», con ei-
pfeaion dd dk qoe entmien, edad» pebkr prafakn y damas flkeaaalaneks
«eqnaridaa para su admisión; 7 en otro d pase de nnas desea á oiraa, con eqmaioB
de los premios que obtuvieren.
54. Sefialarti de ecueido eon d diroetor de cada clase los eorwqio ndiiw it m origi»
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nales j nioih'los \MrA lus opasicioiifs h Ioíí premios con que la Juiila estimula la
aplic icion V <'l ^ li laiilaiiii«*nlo Jo los alumnos.
52. Avisai á ú la Comisión iIp Escuelas para t'l tlia Je la JisLribucion Je mofldos
á los discípulos que sigan oposición y y para que determine el de la adjudicación
de los pramM^ En todos estos «clos el direotor genml hará las veces de secretsño,
catenderá sos resultados y les dará publicidad por las {úpeles que hará íijar en los
paragcs aoostumbrados de la tmsna escucb.
53* Eniraguri los premios de alampa que se dan para el pose de las. clases
de dementos.
Sh, librará las correspondientes certificaciones que le pidieren de asistenda,
aiiKoBcioQ, paae de clases, ditendon de premios 7 demás que constare, las qne
ddierán ser refrendadas por el Secretario de la Junta.
65. Dos días antes Je concluir el mes, después Je la hora Je rusrñanTa, re*
oojerá los ^eniplares ó Jibujos que hayan puesto en la caja destinada al efecto los
qne deseen pa^ar de una á otra clase Je elementos , y en s<HpiíJa reunirá ios profe-
sores y procederá con estos á la clasificación de las obras de loa alunmos que- sean
acreedores al premio tie e.slani|>a.
56. Kecogcr.í t;uiJ>ien y j^niarflará las obras que vayan entrefjando los concur-
rentes á las oposiciones para los pn inios (}iie si' fijan en este re^lanii'iilo.
57. El último (lia Je escuela Je caJa mes jK»nJia Je niaintleslo en las clases <|ue
corresponda lo^ Jiíhi|Oí Je las de elementos, preiuiaJos con estampa, y se colocará
esta al pie de aquellos.
58. Estarán bajo su cnstodia los libros , papeles y obras que hayan sido premiadas.
59. Guando alguna corporación , eataUeciniiento ó persona soKoitase ¿ la Junta
afganos diboios y obtuviese el correspondienle penniso , entregará de los que haya
en el depááto segnn lo acuerde k Junta 6 so Coniáon de Escuelas.
60. El dia 4.* de cada mes dará parte á la Junta de los alumnos qne hayan
pasado de una á oln dase, de los nuevamente matriculados y de todo lo qn»
le pareciere digno de b atención de eUa.
61. Dará igualmente parte al Vocal de tumo, si ocurriese noredad duradte la
semana , con las observaciones que estíme conducentes al buen orden , aprovecha,
miento Je los aliminofl y al esplendor Je la escueb , á fin de que el mflM?Íonadff
Señor pueda hacerlo presente á la Junta en la sesión ¡nmcJiata.
62. Dispondrá que esté limpia y aseada la escuela aun durante el tiempo de va.
caciones.
63. Hará cumplir y ejecutar en toJas sus partes el présenle r^lamento /
todo lo demás que la Junta disponga.
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Ihnieníes de director genjer al, directores par ticularesm
Art. 6 '4. Los dos tenientes de director general deberán asútir por tumo con
todos los dcma!» profesores á la enseñanza d* d3ba|o ^ 1> nwftHM. El mM antiguo
de dios hará las yeoes de director general en anseneiw j enfermedadee de éite j
ñempre que por cualquier motivo lo detenniiUMe le . Jnnta. Gomo á dindone pu^
ticnhres complirAii todo lo que ooneqioiKUi á la eaoaeh de lu cargo.
I}¿j'eclor€8 particulares.
A«r. 65. Cada uno de los directores patticnkm, indinos los tenientes de direo-
lor gBBtnlf tendrá á sa cargo la direcdon de la» clases qne k Jnnla le seflde^ oni-
davá de que se guarde el debido orden y decoro en cada una de días, ddierá oer*
donrse de la capacidad de los dumnos que quisieren pasar á otra dase medíanle
las oirás que le manifestara», poniendo en días d V? B?, y observará estricta-
meóle cnanto para las de su cargo se prescribe en este regbmenlo.
MHrectar de pintura*
66. Todas las mañanas Ae los dias no festivos asistirá dos horas en la sala des-
tinada para la enseñanza de pintura y colorido y dará á sus discípulos todas las
reglas é instrucciones conducentes al progreso y buen gusto de este bello arte , según
d sistema que se ha indicado d tnXur de esta escuda. Asistirá también á k ense-
fianm de nodio en las dases de modelo y natural y dirigirá d nusnio tiempo las
de «kmentoe de dilx4o dd estudio de la figura humana, p roc u rando eerre^^ algunos
dumnos antes ó deqpnes de haberlo hecho á los délas espesadas de moddoj.natmaL
MHrectmr de ewuHura,
67. Con arrollo á las obligadopes que corresponden á este profesor, según d
mstema esplicado ul tratar de su escuela , tendrá obligación de asistir á la enseñanza
de noche en las salas de modelo de veso y natural , procurando corregir á los alum-
nos é instnijcndoles en la j)rojx»rciou del cuerpo humano en la parte de anatomía
esterior necesaria á los escidtores , y en todas \:\s realas que delwn «^uirse en la es-
cultura y esLitiiari;) |)or medio de móflelos escogidos. Concurru'á Uunbien á las
cla-scs de día cuando le toque por ttUTio.
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Director de Jp^gtUtectura» . ,
ttB. Aiulif< de noche i ]« «mulB de arqutCeohin, pnocunado Oemir ka mim
que ae propqao je Jontii A esbéleesr esbi eacuele, mjetándow á ouante oe he dicho
aeeroe dd Hiteiin .de cnwAam jd tntir de le imeiiui; teniendo perticidar coidado
en inatrinr k ana diac í pol o a en le parte demeUtal, á fin de oonaegnir díbajce hiTedoa
con delicadeea. A ke «|ue ae heOen con loa eonoenoaíentoa neceswioa laa propondrá
progranuLs para .superar lea dificultadea de la oompoádon. Informará á le Junta por
«Mitliicto del director general acerca de lae aolidUidea qne ae le dirijan para entrar
en el estudio de erquitectnra.
Directwr de tir abado*
69. Enseñará do dia por espacio de dos horas á los alumnos todas las realas fl<'l
arte de grabar á buril y en hueco y les jiresentará jiara ro])¡ar móflelos ó júezus
de esfudio del r/icjor ^^u^to, sujetándose en un todo á Ir) que se lia dielio al tratar tle
esta escuela. Distribuirá á su£ discípulos las |)laticbas <le cobre y di'uia.i efectos ne-
cesarii)s ([uc la Junta costea, procurando <jue s«- observe la inajor economía y que no
se hagan dcsiM idicios. Lcsauiinará á los que soliciten aprender este estudio jiara co-
nocer si jioseeu ios conocimientos de dibujo suticienles é informará á la Junta por
medio del director general. Asistirá tanüúen á la enseñanza de dibi^o de noche en la
aria áifne la Jnala tengaiiiien dealinarle.
MHrector de Éferspectiva y Éta
atsage»
70. DeaeiiqieftaiáhenaelhuiadeeiCeranio porlanafiena/nodieyin^
4 lee alomnoe en el dibujo de puaege j en las reglas de la delincación y sombreado
de perspectiva y al mismo tiempo procurará presentarles originake de aencilla y
bella proporción segmi el espíritu de lo que ae ha dicho al tratar de esta eacuela, á
cayo contesto se sujetará en un todo.
M^irector de Éftores*
7 I . Asistirá á la enseñanza de noche. En la estación de poder copiarse flores del
natural conciurrjrá á las horas señaladas en este reglamento en la sala destinada á eate
ti|)|eto , dando en embaa ciaaaa lea neeeaanee pera el <Ubujo de floree i fin
d4 qne loa diadpnke edqnieran buen guale j deücadeae en le cjeencko ain apar»
tarae de lo que qnede eapreaado con relaeíon i eala enaefienaa.
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ó
M^irector de Ornato*
TS. Snfetíndoae en un lodo i «naolo w luí dklio «i tMlw dé «le «studio,
procnrari iiMtrair y corregir á Im «lunuiM cu los elementos de «ite.arte, Hjandí»
|»iticalMtneiite la •tencioa en ú nodo debvar eoo tinta china. Elegiri loa orí*
I^mIbs y inodek» de jrcM que debw copiar aegun d estado de las adf bmta-
miento» y eiiMílará las r^as de eompondon que ddien páar al Imen j^aihi, pro»
e n m ío lli itai las luiniü de k JunU para que florezoan laa altea, ae •umcnU' la
ekgMncia de los muebles y saquen su ulilidad las artes mr'ciínicas pera dai- rciiloe
y originalidad á sus producciont's. Asistirá ú la cnseAaoza denocfae, j á lade día
eu la estación que se scüala eu este regLuieulo.
M^wecior de düfi (Jo a pUcahIe á fo fahricacum de tridas,
estanquidog de indkmoM, hUmdasy bordados^
73. AsUtifá i la emefiaoia de iM)che en las horas que se determinan en este
li^glamento. Fbndrá anmo cnidado en k eleodon de originales y modeloa. Eapli-
cará á sus discípulos cnanto crea- necesario para aprender las regks de oomposi-
d(m Hmítada i los medios que ofiecoi las miqdnas de cada «na de ks artes pan
ks cuaka se establecid esta ensefiaua. Procurará que en k inveodon de los dibujoa
se manifieste k elegancia y huen gusto, ol^eCo principal de ete ckse de coiap>>
sidoncs; y por último se sujetará á cnanto se ha dicho en el presente reglamento
al tratar de esta ei^rnela y en particidar al conlenklo de los artícnks 470 J Í99 JT
á cualquiera innovación que la Junta tenga por conveniente.
Tenientes de director.
Abt. 7%, Asistirán puntualmente á k enseflann de noche cada uno «n k sda
y dase qoe k Junta haya tenido á bien señalarles. Concurrirán con el director
retqpectívo á la correcdon de los alumnos y á todo lo Jemas que co Wespo nda á k
misma clase. Por turno asistirán á la enseñanza de la mañana y cumplirán poi*
8U parte en lo que les corresponde y está pn xonido on esto re;;lamentO, COnd>
liándose el respeto de los alumnos y el aprecio de los concurrentes.
Maestro de vaciar en yeso*
Aar. 75. Desempeñará k enseftanaa de so eufgi for k nafiaua inatroycndo
>f6~
♦ ú los discípulo-; en todo lo cjue correspoucla al arto de f'oniiador ó vaciador en
yeso , pai'a lo cual cumplirá todo lo que se lia dicho al tratar de e^te estudio. Asi»'
tirá á la escuela de escultura las noche» que se oíreaca cambiar el modelo ú estatua
y nmpre que m tenga por oooTcniente. Eitá á «u wgo él componer y wáar
de nnevo» cuando kaya neoesidad, ó h Junta lo disponga, cualquier modelo ja
asan bastos, pies, manos, estatuas, grupos, etc.; é ^oalmenle hacer d molde de
laa otbiBS ^oe loe proíésorea daboren para la casad de cnaVpiifr otra qne adqideni
la Jnirtaj y por últímo ^ecutar cnanlo la miama jugue oanvenienle y aea propio
de ^ ramo 6 proiésion.
€¡U8todm.
Art. 76. El custodio tiono á su cargo la conaervacion, Kmpien y curiosidad
.de todos los objetos y las llaves de las escuelas.
77. Colocará, encenderá, espabilará y ajiao^ará las velas de las clases y los fa-
roles que sirven para el establecimieuto de Jsoljles Artes, cuidando tiiiuljitii de los
.l>raseros de qne se iiaga uso en la escuela , á escej)€Íoii de los de la clase del natural.
, 78. Cuidará de que la escuela ac ventile hieii todos los dias y de qne se riegue,
barra enteramente y quite el polvo de todos los objetos una vez cada semana
alómenos.
79. Tendrá corrientes y limpias las lámpras, cuidará de que no falten
las luces y apagará las qne m» sirvan - 6 esten de mas.
80. Deberi anstir en las saha dorante las horas de cnsefiann pan celar que
se mantenga ú orden y compostura entre los alunmos, y si nrámo tiempo vigilará
para qne no se fume ni se deteriore ninguno de loe efectos ni utensilios del esta-
Merimlento, presentándose cada nodie á . los praCsaores para lo que ae les ofinesca
•en sus respectivas «dases, y para cuanto ocurra, nueotras no se lo impidan otras
•perentorias ocupaciones de su destmo.
84. Pondrá en conocimiento de los profesores las fiestas que haya en la escuela
.á mas de las de precepto, ^ando en la puerta de ella, previa orden del director
general, el correspondiente aviso para notida de los alumnos, verificándolo el día
antes; y avisará á los profesores siempre que fuere menester.
82. Estará á las órdenes del director general y ol>edeoerá á los demás profe-
sores para cuanto se ofrezca en el servicio de la escuela^
83. Permitirá lacnirada, salida y permanencia en las salas de la escuela á cual-
quiera discípulo qne, pra sus estudios, le presente el permiso de su director, vi-
üado por el director genci-al.
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-17-
JPorteros y uilguaciles*
; Av. S». Aártirin en k eundi da nodw, ponifados» i Iw d«I Vocd
de turno, y en falta de éste á las del director general de la eaonda.
85. A la hora de abrirse la escuda lo avinrán con la campana; pasado tm cuarto
de hora reptirán el toque á fin de qiie w. guarde silencio, j á la media hora de
abierta no permitirán la entrada á los alumnos de bellas artes ni & otro de las Jemas
escuelas que ten^^an pasri jior alalina de sus sabts , á menos fie llevar esj)ec¡al per-
miso; y no dejarán .salir á oiaguuo Je ellos i>m (¿ue lo autorice el director general
de la dmda 6 el prtiodar de io dase.
86> Guando ae pnaentea illgmias personas para vuilar la escnda, pedida d
pennieo d Voed de tnrao ó d director ganen!, j no permítiiin tf» loe hombrea
«nlim aoB rnaaCes ni aomlirao ^ goero pnealo 7 hemqgpee con pafindoa anadee
en la eebeaa.
87. VigikMn cecnipnliManunbe j h^o sn responeebUidad en la hora de entrar y
salir los alumnos para qne no se cometan desórdenes , ensucien las paredes ni den
gritos desmesurados tanto en el |>atio como en la escalera y flentro de las salas.
88. Durante la enseñanza cuid<iráa igualmeate Je que se conserve el orden y au-
aliarán á los profesores en lo que se les ofrezca para el buen servicio de la escuela.
89. Si al pasar por las salas notaren alguna distracción , advertirán con buen modo
á loeidnnnoeque la oouMlen, proenruido no dietraer la apBcecion de loe demae.
■ M. Tendrán eqteoid ouidedo de-qne no ee fiune en la eicuda ai en hs piesat
•fiT oomdoras 7 ensakua; qne no ee daepeBdüden loe ntenrilioe j todo lo
demaeqneae aaniilHalnipan laenaelianaade lee lidlae artea, 7 que no ae «oneCa
ooea *1j[iine que poeda'eer pei^n^Bod*
Modelo natvroL
AxT. DdMvi aaíiCfa' todae lee Boehee do eitndw con la anikipadon neoeae^
d oljato de eneenderee y arreglan; la eibifc é Iwaaeroa quo ee neeenlan en la deee
de moddo natural.
92. Ddwtá ponene en la aolilnd qne le iwlioaidn loe profeaone de ceta daee^
penwuieeiaido fn la nima dnranle he dos hoaie de «seaek 7 pu d i e ndo deeneninr
nna solé vex.
- 93. Siempre qne ae neee^ ponerlo en aocíoB para la dase de colorido, aeia*
.5
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tirá (le (lia, por el espacio de dos horas, j en este caso tío traliajará de noche j
K pondrá en sa h¡pt él Bttaei]uüi.
%\, Lft semaiHi 6 dú» que no hubiese de servir de modelo por liaeerae uso dd
nuweqnin d y» cualquier otro motivo', deberA cekr el silencio de Iw salas en d
modo qiie le prevenga el director general, 7 en las daiea que estime por eonveuente
95. Deberá sujetarse á bs wdenes 7 prerénciónes que le faai^ él direetor gene,
ral j ks de pintnna j escnltnra.
. 06. No podrá ausentarse de esta ciudad dn permiso de bi Junta, / deberá
estar á sus óideces para cualquier servieio estraordinario.
Encargado del gas para la üummacknu
Art. 97. Kslú ú .<iu car^o el ohtrner el gas para el alumbrado, procurando
que no falte para las horas dr enseñanza.
08. Deberá estar eu la escuda aules de la hora de entrada , con in anticipación
necesuna al n^or servicio , pra üuminnr hs .piews , j no podrá r eti r a r s e bssü den*
pnes de cerradas las dases en que se nse dicho alumbrado , pu« la delnda se^uídnd.
. , 00. A fin de evitar \» inconvenientes 7 aun. acridi^tes d es ag r ad ables que po-
4rian originirse, Tigihrá muy cuidadosamente que no óonma «miaoáon'algimn dn
fSs tanto «n kw eseoeias cono fiiena de ellas. A este lia enmunrá con, ficonenda él
gasdoMlro 7 tubos conductores, 7 procederá sm damora á las* ivperaoioiHs: jMs*
suias, con anuencia del Vocal de tumo ó Gominon de la 7nnla; hMMndo'pressnfee
«n cnalqinera oouíon «nantn orea conveueoAe d mejor ssrvimo da'dicbo akmbrnio.'
Aiunmoa*
Art. i 00. Todos los que deseco instruirse en la escuela de la Junta estarán
sujetos á las dispo-sicioues siguientes:
Admisión*
. 4Mm El que desee ser admitido en la escuela grat uita de Nubles Arl^s deberá hacer
ensofie^nd á la Jmta , por conducto del director general de la rsonek, expresando
en día la patria, edad ( ({ue no deberá hsjar de doce aftos^ exigiéndose en caso d«
dnda la fe de bautismo) , profesión , calle 7 núm^ de la casa' en que haliite, de~
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-19-
Líendo ser Hmiafla por el intcrcsudo y por su {xidre ú otn penom qiie le aljonew
£spre$ará si lUa» la clase ó estudio á que dcs«r ;ij)lir.arsp.
102. Firmaila la solicihiil por el Vocal anfiquior úc. la Coniision, jiasará al
áiriH'ffir general de la escuela ¡xir.i que le a Imita é iuscriisa en el catálogo de los
alumnos y le M-nale el lugar que corresjH)n<la.
'105. Serán aduiitulo^ indistintamente alunmv).s de lotlas clases y condicione»
honradas hanta completar d número que penuila la cipcidad de las salas de
la escuela.
<• 40)k Si se presentflae'nuijror número de dí«cÍpu]o8 de los <¡ue puedan adimtine
]Mra ladi -nk 6 dase, entranln onando haya puestos vacantes los que con anterio-
ridad- btdiiesen presentado la soltótnd.
405. Todos los lunes se pondrá en la poeilii de Ja escu^ nna nota de los
akonnoe que puedan adnútirse pon ocupar los puestos vacantes; no presentándose
estos en toda la semana anuirán por su tumo los demás que lo hajan solieitado.
'106. Los que deseen entrar en los estudios que á continnadon se espresan,
deberán á mas reunir las circunstancias sigiuentes :
4 07. Pura entrar en Jos de pininni ó ocdorido , de escultura y de flores copiadas
del natural , deberán reunir conocinúentos suficientes de dibujo.
'108. Para (d de perspectiva, será preciso que tengan alglino* rudimentos de
geomcti'ia y que bajan esludiailo el dibujo elemental.
'Í09. Los que aspiren a entraren los de atquitectura y grabado , deberán co-
nocer los elementos suficientes de dibujo y jn-esentarse á ios profesores respectivos
para ser examinados de cuanto se necesita j)ara aprender estos estudios , y si que-^
dan aprobados, solicitarán la admisión á la Jimta con memorial , en cu jo márgen
espreaur^ dichos profissores aquella grconstanda.
440* Para la dase de dÜNijo aplicable á la Jahríoadon de tejidos, estampados
de ¡mUanas, Uondas j bordados será prsdso que hayan ganado nn prendo tii-
mestre en cualquiera de las otras dases de dibujo; ¡«ero á los que hajan seguido
d estudio de la figura humana les bastará haber ganado d premio de cabeas.
' 444. Se adimtírán también en la referida dase á los que no hayan estudiado
dichos piinciptos en la casa Lon|a , soletándose antes á un exároea por d director
general de la escuela j el profesor de k dase.
' 448. S sobran puestos no ocupados por opositores á fes premios de dicha
dase, se adnutnrán slunuios no concurrentes á oposición , pero aquellos obtendrán la
preferencÍB.
Siempre que se prcsent<ire para entrar en la escuela algún discípulo que
hubiese ya dibujado, se <lestinará á la clase que corresponda o solicitare, previo
un exáineo de los obras que hubiese jiecbo, por el director general y el de dicha
clase.
1
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. Obligaciones.
44)1. la IweiM educación «óge que d diadpnlo se ¡acieate aleado cd h ci;.
cada» ({oe no dé gritos ni en las inmediaGioDeB dd propio ediGdo m en él pilio.
escaleras , salas, etc. ; que no empuje ni inoomode á loe demás ooo aátinB, pela-
bnu denigrantes ó indecorosas.
115. Al entrar rn la escuela deberá <piitarse el sombrero, dirigít''ndose precisa-
mente al |Mie.slú que le esté señalado ¡njr el prolesor de su clase, guardando el
mayor silencio , y no pudiendo niov<T.s<' sin perniiüo especial de tiiclio profoaor*
416. Doborá preveairse de todo lo necesario antes de entrar en la escuela.
447. Después de mefe lion de abierta la escnela, no se permitirá la entrada
i ningún alumno , á eaeepcioo de los que por nann de sua ocnpaciooM » arte ¿ ofi>
cío, lea aea abaolotamente impoóUe aaiatir i la hon preeim de áhrifie, en mjo
ato defaerán manifiMtar ú portero una taijgela firmada por él díreelor general»
418. No ae permitÍTá k «alida i magm diaoípolo ain grave OMnrn j conocimiento
del director de su clase.
449. Se prohibe absolutamente d cunbiar de puesto, ocupar d da obro discí-
pulo y variar de onp;inal sin conocimiento de] jirolesor respectivo.
120. Se dará por vacante el puesto del aliitnno que ialtare dos dias ooosecu-
livos sin justa cansa ni conooiiiiienfo del director.
424. ^o podrá tocar ni variar de puesto ninguno de los utensilios de la es-
cuda ni de sus condiscípulos sin penniao dd prafesor.
482. Resptará y obedecerá á los Vocales de k Junta , profesores y demás per-
sonas empleadas en la casa que traten de corregir loa desordenes que td m ad»
viertan, pues que cualquiem de dios está fi»nltMb pam en^pr d buen conq^oitai*
miento que acreiUte una educadon esmerada.
423. Oirá con dodfidad las leodooes y demás advertencias que le dieren los
proSesores deatinados para la enseñanza.
Cualf|uirr discípulo está obli;;ado á avisar al prolesor respectivo de ctial-
quier (alta ó descuido que notare, asi como de cualquier insulto ó incomodo que
recibiere de otro di.scípido.
425. Cuando llegue la hora de salida de la escuela no podrá recoger papdes ni
.moverw de su asiento haala que d profesor de h dsse haya dado la roa de avi-
so, en cuyocMose dirígiriála poerta con la misma co mp ost ur a y modo que está
mandado para la entrada.
Fmcs de dase*
i'Z6. Los que quisieren pasar de una clase á otra ó seguir oposidon para d
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-31.
propio efecto, deberán numifiMtar sus obras >1 difector de Ja cla^e i que perlenp-
ceo, quien cerciorado de «u cni^unda 1 para el concorsO) pondrá en ellas su V?
B?, y sin este rí'qulsíto no simVui adiiiilidos.
127. Se j)rohibc abjiolutanientc á los alumnos presentar ¡5 los <lirpclorp.s de clases
obra alguna que no sea becha por ellos in¡¿$mos, ni tomar ó cninjirar papeles de
otros con el fin de optar <\v clase, bajo las ¡X'nas prfscridLs <-n cstf ifi;1:nnento.
128. El día px-iiiilfiiun de cada mes, ó el anterior si atjucl fuese Icsfivo , los
que deseen irisar de ntui clase ;í otra ecliur.iii los dibujos ó ejemplares que ba^an
logrado el VV B? en la caja destinada á eslf objeto. '
429. Siempre que cualquier dUcipulo quisiese pasar de una clase inferior á otra
superior del estudio de la figura humana, sin neottídad de gauar premio , deberá pre-
sentar slguiia obra j estar al juldo de los profesores, que para el efecto reuniré ú
érootor genenl, ó al de la majroria de dios en caso de disoordanda.
Faltas j penas y modo de aplicarlas.
450. Aonquc el debido cumplimiento de cuanto ae ordena en este fcgbmento
con la cooperación de todos los profesores y demás encHr<:;ados ba de conservar el
orden j contener los eseesos que tal ves podrán resultar de la poca inadurei jr mu*
cho número de los concurrentes , sin embargo para proceder con acierto en el cas-
tigo de las faltas, se dividirán estas en dos clases, denominándose Iwcs y graves.
ISI. Se considerarán como faltas leves el balilar después de la señal de «lencio,
separarse de su asiento, contestar con poco respelo, (star con poco decoro, distraido,
inquieto, tocar sin deteriorar alyuii objeto de la escuela ó de sus discípidos, cambiar
de puc&lo sin permiso , dibujar en papeles de otro , mancbur el suelo ó las paredes,
mentir y la falta de aplicación.
438. Serán fidtas graves el dar gritos , alborotar, tanto en la casa omno en sos
inmediaciones en las horas de entrada ó salida de la escuela, prmnmdar paldiras cb-
cenas ó subvenivas, reilir unos disdpnlos con otros, satiriaar con mafida, mentir en
perjnido de tercera penona, ocultar alguna prenda encontrada en la casa» deteriorar
algún dibujo ú objeto de la escuela con premeditadon , desobedecer é insultar á los
snperiims, escribir pakbns indecorosas ó denigrantes, dibufar cualquier objeto en las
paredes da las salas, oonredores, escaleras n otro punto del establedmiento y la fidta
repetida de asistencia.
1 33. Las faltas leves se conóderarán como á graves cuando el que las cometa
reincidiese .
AZh. Las faltas leves se castigarán con reprehensión privada ó pública en presen-
da de sus condi.scípulo3 , sej^im sea el modo <le baberlas cometido.
135. T>aH ¡iravps, con la tlesjM'dida de la escuela por tiempo limitado ó con la
despedida absoluta coa el resarcimiento de daños ó de deterioros causados y hasta
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-22-
COn ílt'lcncinii iIi-mIi' uno á odio dias en la pW7A licsiinada iti cfprtn.
13tí. L;iy leves lus corn'^ir.iii |>i>r pritut ra vez los prolrsores resjieclivos o cual-
quier emjileado que tenga á su cargo la conservacioa <iei úriien.
437. Las graves lu calificari y mandará ejecutar d díndor genml de la escuda,
j á lo juzga necesario por la gnvedad de las miañas, dari parte si Vocd de tamo
ó i b Gonúsion de Escodss.
458. EL onstodio , porteras j slgnaaíles están eacw rg adoe de qeenlar las penas
que se impongan luego de recibir la orden del director genend.
439. Cimw^ft por haber incurrido el discípulo en iiilta grave se le aplicare la pena
de reprehensión pública y «Ifspfidlda alisoluta df la escinda , se le hará pesar por to-
das las salís, acoi.ipañado d<' im aljnaril ó portero, _v lI custodio publicará el nom-
bre tlel ciiljM lo y esceso cometido , tpie si' lij iní desde luego eu la jiiicrta ile la
escuela por el tiempo cpie se tleteriuinei y cuaudo la despedida sea por tiempo
Ennílado, solo se fijará en dicha puerta.
Sumhustrosm
Art. I'H). Lü Junla siunimstr:ii.l á los discípidos de su escuela gratuita de Nobles
Artes lapicero , lápiz mitiernl de Ara.on, l íjuz plomo y papel de varias calidades.
Ciiaiulo se admita lí un discipulo jvor primera vez en (Uclia escuela, el di-
rector general le entregará un lapicero de latou y el Lípiz correspondiente, j el di-
rector ó profesor ^ k olass i que se destina , el papel necesario.
4M. El Upis ee entregará cada mes á proporoioa del que neoesttsn los disd-
pnlos para sus estudios.
415. Los profesoras de las dases darán á los disdpnlos eonfiados i su cnidado
d pa¡)el que crean necesario según el estado de adehutamiento.
41^. A los diseipulos que sigan oposición y que necesiten papel vitela estranjero
para dibujar ó lavar con tinta china , ya sea blanco, de color Ó de cuadritos etc., J
colorea {Kira |>intar á la aguada ó al óleo , se les dará una retribueiaiD en abono de
dichos gastos.
\kh. A las de las clases de pintura y escultura se les dará una retribución
por raxon de los gastos de materiales que les ocasionen sus esludios.
4M. A los de la clase de grabado se les tunúmstrari las plandias de oobre 7
los demás instrumentos necesarios á juicio de sn iSrector.
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Prendo»*
Aht. ^)\^. Se concedieran on la íscucla de Nobles Arles, pn-mios mensiialeí, tri-
mestres y anuales, observándose las prevenciones contenidas en este capítulo.
JPremhs mamudeB*
4»8. Im pnniM meMoiki «tarfii daitiiMdoB á hi nguíMilet dM» de de-
{De
De
De
De contomo»
OnOIO » LÁ FIOOBA HinOHA ^ Z7(> sombra.
De cabezas , pies j manos,
pmspEcnvA Y PAIS40C Z>e contorno.
tuto». De contorno.
cuum, Affoontenio.
BBOf o UfUaaa i la. nmafimw
w niuos, ■RunuMi k n- /i>8 oonlonio «fe dlU^ paru t^kbt*
yjhooHíaniodt JSbt^ fMrabhnáujrhordaiot,
ELvtos premios consistirán en una estampa de buen grabado. Al píe de elU
el director ^«'neral anotará, con la correspondiente fecha, ^ue <e ba dado tfl pKmio
para el pase á la clase que el discípulo deba iogrenr.
Premios trimestre»*
450. Se concederán oida «no caoolar tres prenúos pámtw, ties a^giiiidoe y
tras teroeroB pan cada una de las dases que á conliipnMMa le vfrtmkf á eeee p don
de la de fl<»ei copadas al datnnd que tendfA diwHnadae rolHiMiite loa que le ea»
¿man en él artículo 455.
/ Figttras copiadas de
oBDfo aa LA noüHk uoiunk. . . .1 Mírlelo de yeso.
V Modelo natural.
( Moílelo de yeso.
MwibTOM • . • ^¡^JqJqIq jiatural.
tMfmtermk Ccfda de moaumenbu antiguot,
T MMAfiB Coftút de estaba.
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{ Copia (¡c estampa-
Copia <U't natural.
Í Copia de estampa-
Mchh'lo de yeso en dihnjo.
Modelo de jcso en plástica.
DIBUJO APMCAHLF. Á LA FABRKJkCION
DE ITJIDOS , ESTAMPADOS DK IK- f Dihujus para tejidoS.
íAhsUkSf BLONDAS Y BORDADOS. . .< DiJíuju.i para estampados de itulianas.
^ Dibujos para blondas jr bordaáoi,
454, Lo* primeros prainiM aetia de 60 n. tu. oda uno, ke a^gtaaáo» á»
y lo» terceros de 50.
452. Flua coocurrir á la cbtencioii de dioiios ¡iranios, deberán ^tt ose nto r ae h*
obras signientes:
455. En las clases de moddo natonl en dObt^o^niodelo natural en escultuFa, mo-
delo de jeao en dibajo, moddo de jeso en escabnra, fifons oofiadse de estam-
pa j flores copiadas de estampa, seb diseftos ó seis modelos en barro cada trimestre.
4M. En la <Io j^orspectiva j paisage tres obras , una de pcrsjiecüva y las doe
reslanips de paisage. £n las de ornato de motlclt» «le yeso en dibujo , modelo de yeso
en plástica y copias de estampe^ tres dibujos lavados con tinta duna ó tres bsio
reUeves en barro.
4 55. En la de flores cojiiadas dol natural , se duran solamente dos primeros
premios, dos segundos y dos terceros, diviiliondo los cuatro meses de esta ense-
ñanza cu dos liimcslres. Para cada uno de ellos deberán entregar cuatro obras di-
bujadas ó ])i rita las.
A 56. En la de arquitectura y en las de dibujo <i|)licable á la fabricación de tejidos,
eslampados de indianas, blondas y bordados, una, dos ó tres obras del grandor y ob-
jeto que los directores respectivos señalaren , jnx)cnrando ipie sean dignas dd concurso.
457. Los dibujos (pie se presenten de didias clases de dibujo para tejidos es-
tampados, blondas y bordados, deberán ser de invención ó ideados por los mismos
opoa^ores.
458. Al cmpemr d trimestre, d director geneni de la escuda fijará en una de
ks puertas de la núsma un resumen de los dias no fi»tivos .qne correspondan para
cada obra de la oposicioo , á fin de que baja para cada una de ellas ignd perfod»
de tiempo.
'159. Los originales se distribuirán á voIunLid del gefe de la clase, con anuencoi
dd director general , cediendo la preferencia en la deccion primero á los que con-
curran al premio eslraordinnrio , segundo á los que concurran pra el de pralificacion,
tercero á los (|ue liayau ganado el segundo , y cuarto á luS(piebayan obtenido el tercero
en la mímia dase; pero en los de íiguras y flores, después de liabcr ekgido aquellos.
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se sori paran los origínales por el director f^enerdl, eii prcsptici.i del Vocal rio furrio
para evitar los disturbios que podrian siicfder coa iiiolivo «leí nv'iiiirro de opositores
que comunint iilc hay en las miomas clases. En el caso de «pie tocare por suerte
á al^iui alumno un orii;inal que ja hubiese copiado en el misnio Iriniestrc, d<berá
t'i director de la clase darlo otro de los (pie hajan quedado jH.>r <lislí ibuir.
4G0. río será condición iiiditípeusable el deber obtener el tercero ]>aru ganar el
aegundo ó ests para el primero en los pranios trimestres de mn misma clase , de
modo que podrá d discípulo lograr cualquim de los tres si se les considera mé-
rito sufidcnte.
461. Nii^itm disdpulo podrá ooncnrrir á los premios án tener pennno espe-
dal dd director de la dase, qmen se lo concederá si le considera con oonod-
mianlos suficientes.
462. Se prohibe á todo opoátor d ooncurrir á los premios de las dases superior
res Mn haber ditenido antes los de las inferiores del mismo ramo de enseñanza, á
no ser que por habw estudiado en otra esotiela hubiese sido ya admitido en una
clase superior scfjun se espresa al tnitrir de l;:s .■ulnii>iones.
tG3. £1 opositor que no presente el iiúuicro de obras prei¡|adas pora cada pre-
mió queíLirá escluido del concurso.
iij'i. Ctda r.inin de los cu rpie está dividida la enseñanza sr considerará ente-
ramente scfiarado de los (ieuiá>, Iwjo este principio cualquier iliscí])ulo que haya
obtenido los premios en las clases del estudio de la íigura humana ]xxlrá obtener
los de flores, perspectiva, ornato etc., ó d oontnrio; asi como los que hayan lo-
grado los de cscaUnra en las dases de moddo y naturd podrán oponerK á los de
dibojo de las mismas dases sm necesidad de hdier ganado los de cabens, figuras ,
etc., j viceversa.
465. Para evñtar que mm mano agena pueda favorecer i algimo de los oposito-
res en perjuicio de los otros, ninguno de ellos podrá sncar de la escuela bajo pre-
texto alguno las obras que estuviese hadendo durante d tiempo del concurso.
^6G. El que observare infracción por parte de alguno de los coopositores , deberá
manifestarlo ¡d profesor de su clase |x»ra que este , de acuerdo con el director ge-
neral, pue<la privarle del concurso ú obligarle á hacer nueva ohia si hubiese hii;ar,
-fOT. En el caso de enfermar el opositor , deherá jusliCinn lo jor medio de cer-
titicacion librada por el facidtalivo ¡vua cotice* [i r^ole una |)rnt(i_:;i |.ara la cotieliision
de sus obras , mientras lo |M riiii¡a el (lempo que medie iiasta el día de la adjuiliea-
cion. Lo mismo .se conceilerá al que tuviese que ausentarse, debiendo empero avisar
antes d director general pra (pie ]>ucda dar conocimiento á h Junta 6 C o n ró í on
de Escuelas.
468. Los profesores podrán oorr^ir teórica y prácticamente á los opositores
d^sus respedÍTas dases cuando lo juzguen indispensable, escepto á los que lo sean
d premio anud de composidon que no lo podrán verificar riño tedricamente*
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•ini). Si los opnsilor.'s prcsriitascii mayor núinoro di* obras «le las pptlulas para
concurrir al premio, se les admitirá, salisf;ici('tidolos la indemnización j)or r.wxM
litó g:i.stos de papel, etc., confonnp lo que se espre.«i al ti-atar de los .siiniinislros,
■170. Los dibujos de invención que se presenten pnra fo<las las o|>o.s¡c¡ones y en
particular jwra lus de las clases dt; dibujo aplicable á la lubricación de tejidos, c^tani-
pados de indianas , blondas y bordados, deberán ser eiecutables.
474. SI el opoaitor de ha efaoef «Itiiwinifiite atadas quisiese poner cd obra en
alguna fiOtrica loa dtibujos de m invendon qne habie« heoho para los premios, po-
drá hacerio , coa pemiso de so director y con anuencia del de la enseftanaa de fio*
res, para qne poedan hacerle las prevendones que tei^ui por convemente; delneiido
presentar d dibujo limpio j sin deterioro d día aefiaLido j, d fiiere ponble» aeom^
paftar la producción lidiríl , que podrá retirar cuando guste despnea de habeila ma-
nifestado á la Junta.
Premios de hmor.
•Í72. En todas lis clases en que se conced(!n premios trimestres y nieuMinles se
coiicederjíii premios de honor, suictúnilosc el discípulo á lo que se prescribe en el
artículo sii^ucnte.
•175. Torio opositor al premio de iioiior dí-lierá presentar dos terceras ^jarles á
lo menos del número de obras que se haya prefijarlo en la respectiva clase.
\ 1%. Si al concluir el trimestre faltare al opositor algún dibujo ó modelo para
«oneunrir al premio pecuniario , ddierá aolidtario al ^rector general, quioi se lo
concederá d renne las drcunstandas del artículo qne antecede.
Estos prendoe se considenirán como los pecuniarios por lo «¡nc respecta al
pase de dase.
Premws de ffratíficacünu
476. A mas de los pifruíos esprcndo:? se concede una {^ratilicicion anual de 2kQ
n. vn. para cada una de las clases mencionadas, i escepcion de la de arquitectun.
177. El que concurra á estos premios deberá presentar nueve obras que cnrres-
jwnderán una por ca la mes, á escf|>c!on de la clas<; de flores copiadas del naltiral
que le brisUn'á el número de oclin , (|ue cnrrespoiulerán dos para cada tmo de los
cuatro meses de osla enseñaiiTxi ; v de las cl;ises de órnalo v de di!)iijo aplicable á
la fabricación de tejidos, esfaiiipa de iii limas, blondas y Imnlailos, que (pii^lará
á juicio del director; cono liando el ti abajo y tamaño de las obra.s en i-qui valencia al
número que .se ha indicado para las demás clases.
478. Ningún opositor podrá concurrir d premio de gratiCcacion sin haber oble-
tüdo los premios trimestres de la mimia dase.
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479. No se penmtlrá traibifir á nbgnn opMiór
de un mes.
480. No podrá gtiwrae unt gntificMnon de um claae inferior n ae ht lógndo h
de h superior del múmo nmo de enseAena; ari que, á uno In gmedo h gnrti-
ficacioo de moddo natund, no podrí ganar h de modelo de jem, ni cele h de fi-
guras oopiedas de estampa, y lo mismo por lo que respecta á las demás dases.
Premios estraordmarwa*
S<* concede un prpinio ainiiil i '>üaor(liiiario de 420 rs. vn. parn ciul;» cl.ise
de las reíd idas. Para estos premios flclK'nln presentarse seis obras á esccpcioii do
las clases de ornato y dibujo aplicable á la fabricación de tejidos, estatnjwílos de
indianas , blondas y bord.idos que los dirLctores respectivos detenninaiáu el número,
según se ba espresado al tratar de los premios de gratificación, sujetándose to<ia« las
clases á cuanto se requiere para obtener aquellos premios.
48S. Vara obtener él premio estraordinario de nna dase será predso klier ga»
nado la gratificadon de la misma.
<(8S. Este premio podri ganarse en todas las dases tres veces en distínioe i
PrenáM de eompotídmu
484^. Se destinarán áim premios aúnales de oomposidon para las
JDibujo aplieahle á la &-
bricacíon de tejidos.
Idem para eslampados de
indianas.
Idem para blondas j bor-
dados*
Pintura.
Escultura.
Arquitectura*
Grabado.
Perspectiva y paisage*
Flores.
Ornato*
4 85. Cada uno de estos premios anuales será de una medalla de plata con
500 rs. vn.
480. Para estos premios anuales de conij>osicion , el director general con los
profesores de las clases formarán los programas y se publicarán en la escuela el 4? de
marzo de cada año, debiéndose entregar la obra enteramente conduída el 45 de junio.
487. En h dase de pintura esta obra conestirá en una figura 6 gnipo Mstdrioo di-
bujado á daro obscuro 6 pintado al <Sleo segim sea el programa. En la de escultura en
un b^ relieve histdrioo 6 estatuíta aislada que dd»ará entregarse en barro coddo 6 Ta»
dada en yeso. En la de arquitectura en una planta, abado y corte dd objeto que ae
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fÜA. En la lie grabado r>n una copia ya aea de algún otro grabado disico 6 de al^m
cnadrito del museo. En la de pí>rspecll\ a y paisa^^e en un ouadro á la adiada ó al óleo
do iwa TÍBta tomaila del natural del otliítoiD ó punió rpir> «¡o <l< i<-rnüne. £a ia de flo-
res en un florero de composición pinLido al óleo. Vaí la de órnalo en una planta y
alzado del objeto que determine el pro*rama. En las de dilmjo ajilicahle á b fabrica-
ción de tejidos, estampados de ludia uas, blondas y bordados eu lo que prevenga el
programa.
488. St el programa de alguna dase fuere de tal naturakn que su ejecución exi-
giese un período mayor del señalado por jiiiiito general, se anundará con la antid-
padon coovcmente, al objeto de poderse presentar h obra en el día en que las demás.
489. Sdo tendrin derecho á conoorrir á estas oposidones loa disc^ulos de las
mismas dases admitidos antes de la pubUeadon de los programas.
490. Nadie podri concurrir á la obtendon de estos prembs sin haber asistido
en alguna de las dases de la escuela de Nobles Artes durante d afto escolar.
494. No será ob^iláculo el haber ganado el premio anual de compondon para
poder concurrir á los de <;ratifícacion y estraot ilinai ii) . pues la Junta ha concedido
calos pan que los lUscípulos no alKindonen el cstmlio de las clases de dibujo mas in-
teresantes, que constituí en la parte prindpal de las bellas artes, antes de haber adqú-
rido la sufíciente práctica.
402. Las obras deberán ejecularse en la luisnia escuela en las horas qne los dí-
reetores de las respectivas cire^es tlflrrntinen , y solo ellos podrán coiTCgir teórica-
mente, como se previene en el art. 168.
495. A los opositores de las clases de pintura y escultura se les iacilitará d
modelo mifurat y los in;iriri jniucs.
Todas las obras prenuadas , tanto en premios mensuales y trimestres, co-
mo anuales de gratificación , cslraordinaríoy composición , quedarán de propiedad de
la escuda, mnms las de grabado qne se deTolverin al autor, y en equívakiida
entregwi antes de la adjudicación de los premios doce ó mss ejempLires de loa
llamados avanti lettera, según se anunda en los programas.
Adjudicación de hs premias*
495. Los premios de todas dases se adjudicsrán por todos los profesores de la
asooela luego de conclniilas las obras y la votadon será secreta.
496. Los premios decomposidon se adjudicarán como espresa el artículo an-
terior, pero antes de pasar á la votadoo Secreta , una comisión comptiesta de dos
piofissores , noiidirados por el director general y el director del ramo á que per>
tenezcan las obras, formará el juicio critico de cada m»a de las presentadas.
197. Leido y ecsaminado el ¡nieio crítico por todos los demás profesores, se
pasará á la TOtadon secreta para adjudicar el premio á la que baya reunido la
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mayoría absoluLa, puLlicáinlosc en seguida el juicio critico que sobre ella haja
recaido, é iuutilizaiulo los de las demás.
198. Para h ddwh oMcaeim de Im obraB de la due de arquiiectun,
nombnfi la Junta loa peritos «rqnitectoa que catiiiie por oonyenieiite.
409. Bajo el «upueato de que loa jpro&sorea de la escuela de Noblca Altea
solo pueden calificar laa obras de las desea de dibujo para la fitbricacion de te-
jidos, estampadoa de ni^&uaaa, blondas y bandados por lo que respecta al méri-
to artfatieo dd dibojo, será obUgadon dd director de días, antea de preaentarlaa
á k adjudicadon, dar parte á k JuiIb, por conducto dd director genend, de ha.
bene condiúdo» por ú tiene á bien examinar d aon d no aplioabka ka de tejidoa
j pintndos.
200. JSa todas las adjudicadones será preciso reunir k majoiia absolnla de To-
tas para obtener el premio, y si no resultase esta de primera votación, se proce-
derá á ana aegonda , la que ha de recaer Anicamnnte sobre loa que bajan vconido
antes mayor númí-ro df votos.
201. No resultando majroria absoluta de k a^nda votación, no se espedirá
el premio.
202. Tampoco se espedirá d premio si en primera votación k majrom ab- .
soluta es por vacante.
Vr«nuostt(n.
<.^r(iníos (rimrsir<s.
iit>im«.
ranfUM.
aBÁTirica
OMI.
1 '* EloaniUH dt emimiB» • • •
2 .' Iilrm da KimbvMa • • ■ k . •
3.* Idem de pin y lIMTIl • . ■
9 UM* de UAe '
mwUlle de 1
3 de 00 n.
3de40r<.
5.* Figura* cnjiiadu de cHaiap*.-
-•••••««•■ •
3de30n.
3de3Un.
1 il.CVOrs.
1 de ^40 ri.
1 ii- \-2n 11,
1 de 1¿U rt.
SdaflOia.
l(k¥>n.
3d»30n.
IdiSWnw
1d«410».
44» 300 n.
1* Modelo de jmo. ,
• ••«•«••• •
3dc60n.
3de40r>.
3de30r*.
3di30n.
1 de 240 r».
IdeSWn.
IdelSOn.
1de«90r«.
4d«300ii.
^2 * Muniimrnti'ui eiktSMMAA> ^ . &
f 'ariot atxideitt.'
3df COr»
3 J* 'tO ri.
3 <le 30 n.
1 Off JUU lie
4di300n
1' El emento*.
SdefiOr»
3dc40n.
3de30i».
4de3«On
f4t300n.
"2 " Florct lie rlnr '-nli,. iirrt. . .
lilein popií>'l«3'' ilfl lutuiali
f'artot CMh MUi
3dr(i<>i-
SdeGUii
3 de 40 ri.
2de4U ■->.
2 de 3U rt
1 de 240 r»
«de 240 n.
<del20M
4 de ISO n.
IdcSOOn
Oa.-<IATO.
*■••«■••« • ■
2* OmatofdedMOMtiiecaTO. . .
3.* Id. modela dcTHoeo dibujo.
)d*60n
34ltWn.
SdtWn.
3d««)n.
3^40 n.
3d«30n
3de30ii.
3 de 30 r>.
1deS«0n
1deS40rii
1 de 240 n
4di190n.
IdeiaOrt.
4 de ISO re.
Iát300fi.
■NBUJO rARA I.A FABRI-
CACIOjl STC
i.' FArmrnim
firiM ou^ «te»
3drriOn
3 <«« ÍK) M
3 de 40 r.
3 de W n
1 :id<-4()r<
3de30rt
3 de 30 M
3.le Wln
1dr240M
1 d.2*0r»
4 de 120 n.
1 de120r>.
1 I de 1-20 ri
1de300r«
1 de 3(10 re.
4<le30Üts.
3.* Id. p.' eeunpedw de indiami
i* Id.rmátodHjte«d«l«
MdeOUlt
44 de 40 r>
44 d«-30ii
|i4.»e24U 11.
|l4de1-20ri.
«OdcJOOrt.
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k\ premios pronen» i 60 i». . . . 2.6)»0 n.
8e;íundo« á JfO rs. . . . -1.760 re.
n'4 frrcpros á 30 rs. . . . 1.520 rs.
^ii gratilicíiciones. . . á 2kÚ rs. . . . 3.3fi() rs.
estraordinarios. . . á 420 rs. . . . 4.080 rs.
40 de composición. . á 300 ra. . . . 3.000 rs.
TolkL .... 4«.760 ra.
N0TA« Abim de los nferidos premios los lulNnfi de geoenle* ¿trienioscuaidok
Junte lo tenfi por oonTeniente y se pubUcsrán por los oorrespondieiiles pro^nums.
Art. 203. Para estimulo de los discípulos y satisíacdon del público todas los
•1 eondnirse el eseoUstico fasM eiporicioii púUiee de ks obras que h&ym
sido uranísdeB. la Junte no dísDoiuft lo oontrerio.
jrail. Será oondicioo praáse esponor hs «Ans de los comeamnles á los premios
nmuBB d0 compoacioB ifimeilistos á Iss que IiBj|nii sido premiadas, dialii^|uiéndose
«atas de, aqodlas por un rdtnlo ó corona de laurel.
205. A mas de las obras dichas j de las piemiadaa durante d aAo eseoUstioo, «e
admitirán en la espostcíon las de los profesores y otrossajetos que gusten presentadas.
iQ6. I« eqioeicmi durará ocho días ó el tieu&po qpis determioe la Junta.
PensUmados*
Axr. 807. Guando la Junta lo eatime oportuno, pcnnooari, previo superior per-
miso, A los alnmnoB mas adelantadoa de «u escuela de Ndbles Artes que orea con-
vemente, para residir ja sea en otra parte dd reino 6 en país eslranjero con á fin
de que se prlecdonen en los estudios que hajran sr^niído en dicha escuela.
208. Tjos alumnos qiip aspiron á sor pensiona'los debrrán ser de di^lOBÍaíon 00^
nocida y Hní'j;l)«la coiRlucfa y sujetarse á una rigurosa oposición.
209. r>a JiiiiU les im|X)n(b'á las obligaciones á que tendrán sujetarse para di-
cha oposición f les ücñuiará el punto de su residencia, el direclur á quien deberán rea-
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petar y obcdeoer, la pensión que dulhitar^ y su duración tanto en su destino oonio
a fa regreso en esta dudad; y por último las dms que en pradia de sus addanta-
mientos ddberftu remitir á h Junta.
MmroB de enseñanza dutanie ei ano escolar*
Aut. 210. El año escolar ciiipc/aríi ni 4'.' tU; oclubrc y concluirá en 30 de junio.
Las horas de enseñanza serán las siguientes:
ESCUELAS.
CLASES.
MESES.
A"i /of mrtettie ocinhrt, no-
lembrt , ditirmbrt, rnt-
Flrmmto* df «miomo
M' III tir K>mbr«.. ..... . .
I'i' • Y nwoo* ...,».,,,..
t ..iIkÍim ••rV.V*. .
i'igiirai
Mmirl» (le yr»o n¡ y JehrtfO.
MocMo á^jtto [Kn marzo
L n tll'ft l y iHJty 1}. .
Floro de cUru -oteara. . . . \Ln junio
FI»-1DM1|ÍH 1
í.
i'i \ . .J Pcn|iecliraf r paiugi
, , I CimgmUum. ....
tAiiniiiil—ii 'i'i aUMWiiMÉnl.. . .
EtccLTCRA. . . Mn<lr|o Mtonl. . . . . r. • .■
i .-'J'.'i • WUL '-''I'.- í. ' '
||¡j^^' Ikh octuhrt. novitml<rt , di-
^ tn marto,
t'n atr\
\La juiii
n oí' ' i i;i¡ •',<-í\
l ti
A^qoincnnu, < li<
I io panicManiMdcwdeiiiduuM*
/ Mi-nicnlo» '
KM.
.En oetutni,'mÍÍiéJln.'iB
S::::;^JerT::::::::)f:;í:^';T^;••^
I Lxjmpnicion al ule» I />« 16 manoáMiuMO .
< SSüo.: : : ; : : : : : : • •
ElemenlM i _ ,
,Oti. ( ' «'O o/ío. .........
*"^'^'T¿K«V^-^
G«»«*r>.
HORAS DE LA
d* lOu 1.'
tie 10 . . ; .
Je 1(1 j I.
«i* tU.lii
lin!-)
a •
el! ii¡m:
<!•'«>'< 8.
de6 4 8
d^'f! i 8.
dc6>« 8.
«Ie6 áS.
d« ioi la.
ik SálS.
.11/
cIrG á».
J« 6| á 8|.
de7 éU.
IíIj y.i;)^.!
d»6 4&
•le 7 i 9.
d<5}á:^
» •
» »
Vacaciodws,
Aür. SI 4. Serán vacaoionet los metes de julio, agosto y setiembre.
9ii. Lo serán también, durante ú año escolar, los domingos y d(?nuis fiestas
de precepto en que está prohibido él trabajo. £1 dia de la eonmemondon de los
diluCoa. Desde la víqiera de Navidad hasta d dia de kw Santos Inocentes, los dos
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¡nclusivf. Ijos tres ilias Je carnaval y el primero de cuaresma. Desde el microolcs
de S4'iuaiia sauta, hasta el martas de Ffescua, amboB indiuhfe. Los tres diat de
IkHoin de Fenleooales. Le octava dd Corpus y los dns de S8. MIL
.t
MHgpashkmes generahs. *
Abt. 21 S. La escuela de IS'oIjIcs Artes estará servida de to<lo lo iwoesnío á Ies
estudios de las varios i-ainos , como s«" ha pracfiea<lo hasta ahora.
21)4. La cn.s«-fiaii/a srrú qi-aliiita. l)ajo la inspección de uu director general y de-
más profesores nombrailus por la Junta. *'
215. Las salas estarán nameradas espresando en grandes caracteres sobre la e»-
tnde de lu mimes hs énsefianas que se dan en eüas} asi ocumo esturtn nunier»^
dos,' en di interior, los asientos de sa capacidad.
SI6. El director genend, directores pertícularas j demás profaone, cnmpliflCii
por su parte , además de lo ptescrilo en los respectivos artfenlos Hatoeedenlés^
cnanto 1' (^arresponda y está prevenido en los de este capítulo»
S47. Todos los profesores deberán estar en las respectivas clases nn OBICto de
hora antes de entrar los alumnos á ün de que est«* torio corriente; y no se se*
pararán de ellas para qiif, no p<'rdicii(ln de \ isla :i los aliitnnos , sr coiisiTve mas
el orden, se eviten las (listruccu)iies , coti\ i r>aciones y riñas, y m; guarde constan-
temente el asco y silencio. Serán los últimos de retirarse de sus clases.
248. La obligación que tienen los profiMons de asislir tanto por la mañana eth
■m por k nodie queda seAalada en tmíos artkalos de este rt ¿;lamento, delnendo
advertirse qne en él mes de junio Je eiMe U sm e se tendrá por le tarde en lugar de
la npdie según se manifieste en h dístrilinoian de las lions pag. SS.
Si9. £1 prafiMor qne por dlgnn motivo legitimo no pudiese asistir i la escnéla,
deberá avisar con anticipación al director generaL
220. Cuando se presente algim personage lo aconipañarán los profesores por
la sala de su cargo iiasta la inmediata y los de esta eontÍnma<án el obsequíO,
mientras no esté el Varal de fumo ó el director general.
22'! . Deberán los pro!» soi es vij;ilai' con la mayor escrupulositlad que en las
salas Ai' su destino se observe el mayor silencio desde el momento que se alir»
k escuela, que cada aibmno vaya directamente i su lugar y permanezca en él^
aprovechando las horas de enseflanza , sin permitir qne ae distra%afi m qne usl'
gartenrlos ntenafios para sn instrucción.
SZ2. Trntarin á los ahmmos con aüdiílidad j drennspeocDon para csHti f ais e cí
mÍMilo. y eemermr el decoco del lugar.
238. Si algún alumno iuese inquieto, distrajese á los demás 6 no qrasiese apli-i
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carsc, le corregirán con sevpridail j)rro sin as¡ver«z:i para que se enmiende: mando
e9(p «o putUese conseguirse, le harán presentar al Vocal <le turno y en su Talla
al director general ó al que hiñese sus veces, pwa que, con su oanodniiento,
puedan aplicarle las penas establecidas en este reglamento.
22'^. Dadln á los akinmoB la correspondiente enseftama, instniyáidoles en los
preceptos .del arto para qiie apremian por principios y progresen con conocinúento.
285. Después de media hora de ahierta la escuela, empenrán el eximen de los
trahajos de los alumnos , que corre|^rán práctica y teóncamente con buena espli-
ca^áon y método.
226. Los profesores de una dase no podrán mmiscuirse en k enseftana y eor-
rccciorics de las otras , y tani|x)co podrán oorragir á un alumno después de ha-
berlo praciicailo otro de la misnui cl.c^<> , |>or corresponder soianwDto á los directo'
ns de ellas la iiispL-cctou general de los trabajos que en laS nnsmaS 86 hacen.
227. Cada director particular formará y tendrá en su poder una lisia de los
nombres y ap-Ilitlos de los alumnos que tí*n^'a en las clases de su cargo; cui-
dando de (jiíc cada uno de s'i>i subidtenios la ten;,'a de aquellos ^ cuya cotrec-
cion haya de aleuder y euLcrando al director general de las altos y bajas que
ocurran jiara su ^ohieruo.
228. Si hubiese al-tiiia ocurreucia en la» claves de su carino dará iiimed latamente
QOLicia al director gcm ial para «pie este la cuniiitinjue al Vocal de lunin.
. 229. El profesor que tenga que esponer al Vocal de turno alguna cosa par-
ticular ttB h presentará al oondnir la ensefiansa.
230. Doiaoto hn Tacadones se nombrará á loa profesonas sdialtenios qne da-
ñóte d «Ao escolar hayan do sernr ca cada sala. Para este ol^eto la Gomíaiott
4fi Escudas trateFá, si le puvoe, con el dbector generd, drá á los profesoRS 4
proosdesá aegnn lo tonga por mas ooaveniento.
231. Por la mafiana habrá uno 6 dos profesores para la enseilanm. Todoa
eUoa estaráo d>Ugados á este aenricíoi alternando por semanas, j s¡gu¡endo.d ór^
den que la Comisión de Escudas diaponga; caceptoando d de arquitectnra jr á loa
quo toldan á su cargo clases que los ocu|>en diariamente por la 6 en otras
homs á nuts de las de la noche en todo ó parle del año escolar.
232. El director 'itfi-al de acuerdo con los directores de clases procunanft
que eatén siempre auloniailaa con obras de buen estilo substituyendo las qiié¡ haya
mas anlii;uas y <le menos mérito cxyn las {>roccdeutes de |>rol'tísores , de pensionados,
de aiiiurcs c.'Icbres ó de discípulos premiados^ y en cado clase se pondrán las-quo
atsm auál<).;as á la <li' su cnscñairAi.
253. Se loi iii ua nii t iil.n io de las obnis faiito artísticas como científicas qne
haya en el ili!pú>ik», bijiliolcíia y musco y se cuuliuuará en <il las que se vayan
ad((uirieuil(> , quedando lodo por ahora bajo v] car^o <iel director f»encral , quien
})CruúUrá á los j>roiC!>ores de \n cuíñi y ú lus de fuera de ella , asi oomo á los ar-
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tísU» y oliimnos qu« qincrtn aprovechnrsc , il cstiultar sohtc dichas obras, nn
permitir finjicro que st* saquo n¡nfn<»n I-' p>ciit'liu
25'*. Los adornos mas propios en un psfal)lc'cimiciitn (le Nobles Artes, y ma»
lionorílicos ú sns profesores sbn Kis oIhus lie c^los misiiKis, (jue acrediten al pro-
pio liemjx) ser <lii;nos del puesto íjiu; ocupin en él: así pues totlos los jwoíesores
preaeiitanín á la Junta, cada afio quince dias antea de concliiiríte ]a$ vacncione», una
obra caEa uno de eUoa , i niber : el director general j d de pintan, un ciiadrid hí»*
tóñóo pintado al dleo: A de escultura, una obra de esta dase en jeao : d dé flores
y perspectiva I un cuadro pintado d ¿lep correí^HMidiente á au clase, dejando d ar-
bitrio de cada uno d asunto ú olifeto de esta dm: d de ornato y d'do dibujo
apUcaUe á.h fiibricaoion de tejidos , estampados de indianas, blondas y bordados,
unB< obrá «íoitespondiente á la clase de enseñanza de su cargo J J los deni/is direc-
tores y tedentsS, seis dibujos rmla uno de ellos, ó bien un cuadro al óleo de su
composición ó copia de aljim nitor c'-lebre; debiendo, los (pie liayan de presentar
dibujos, iurormarse antes, de tiialcs sean los mas útiles para la escuela, presenl-i'ui-
dose jxu-a e.slo al dircclor general (pie des¡f;iiar;i los que crea couvenienles. Para nin-
guna de I:is ix-i'eridas obras recibirán gratilicaciou pecuniaria, debiendo bastarles
la nianirestacien d públioo y á la posteridad dd náálo artíatíoo <pie loa dBsiingue , á
cuyo efecto se colócaonáo djcbas dmu en las sdás de la casa con d ntanbre de su
autor en cada una de ellas.
S35. . El dia-AltinM> de cada mes se permitirá h entrada genenl i jbtf peraoaaa
qué qm«erim'TÍáit^ ha sabs del establecimiento en las horas de enseBama de noche;
pero no ú los niuclinchos de poca edad tjOB no tengan quien los acompañe.
236. No se. bablará otro idioma qne d castelluio, proourAndoae la mas posi-
ble' cultura.
237. Nin^'un profesor ni empleado de la ( senda de Nobles Artes podrá ausen-
tarse de c^ ciudad siu espresa úrdeu ó permi&o de la Junta.
La Jtunta ,de. Cornial ha acordado te Uok á efecto- y n «mmipla eu
todas sus
parles este Yeglamento desde i? dd prócmno majo.
Baredoña iB de o&rr/ dis 4^39.
^í/Á ^t&X ^Méó, Svcrf (-rio &<>hCaí>c.r.
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1 Ramos de dMefianca
g Etcaela Je dibujo <le U fignra homma.
5» . . . . Usencia de pintura.
2t. . . . . K»cüela de escultura.
5 Kücuelj de arquitectura.
6 LacucJa de firabadoT '
7. . . . . Escuela de pcr^pectiTa y paisage.
8 Hscuela de floreé. . . . . .
9 Escuela de ornato
IQ, . . . .- íiscnela de dibujo aplicable á la fabricaciop de tejidos, estampado» de
indianas , blondas y bordados. 8»
11 Escuela de vaciar en yeso 9.
12 Musco »
IS Biblioteca
14 ¿mpleos, dotaciones y aynsos. m.
15 Director general. ¡i.
Id Tenientes de director general, directores particolare» 15.
Directores particulares.
17.
[Director de escultura. .....
• • • •
• • • « »
ii.
1 Director de {jcrspectira y paisage.
I Director <lc llorei
• • »
■ • ■ •
. 1 a 1 t S
k Director de dibujo aplicable á la fabrí«acioD de tejides, estampados de in-
dianas, blondas y bordados. b
18. .... Tenientes de director ■
19 Maestro de vaciar en ycio a
80 Custodio 16.
21 Porteros y alguaciles 17.
22 Modelo natural. • . »
25 Encargado del gas para la iluminación It).
" Aluniuos. i . . , I I I '. I I I I ', I I ¡ I I í~
Ailmition a
24 • ■ • .< Obligaciones 20.
S5« • • * •
26 i
^ Premios de jiratificacion
27
28.
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s S I a a a a a a S.
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VARIACIONES U EL REGLAim
M MBMWM «MlímM MVmWP MVM
Dí: la Jüi>TA DE COMEUCIO.
Se instruirá también & loa alumnos en la práctica del oolwido al oopiar el modelo
vivo, dándoles simultáneamente lecdones de OOmpOaiooo f l u m id i ao qecntar M>
Mwhneyte bomtlores de compowáoii*
DUrttíor ée arquitetOura,
Dividida la arquiteciaraen te<$r¡co práctica, el profesor esplicirá dos ve<^ lase-
mana, la teoría de los principales puntos qne ocupen á loa discípulos, sefialaodo al
efecto el texto que á juicio sujo sea n<ua útil.
£1 profesor !<eñalará texto para ta aplicación de Io9 cortes ele oaateria J pOT medio
de los modelos neoeaarios instruirá á los alumnos ea la práctica. .
jidnúíkn.
£1 qae desee ser admitido en la escuela gratuita de Nobles artes, deberá hacer su
aolidtad i la Jnnia, por comihielo del director general, espreeMido au ptria, edad,
qne pera la admisión no deberá bajar de aAos, profesión^ oafle 7 numero de la
ca»a en que habite, debiendo ser (irmadla por el interesado y por «n pariré ú otra per-
sona que le abone, y acompañada de la fé de bautismo. Espresará á mas la clase ó eslu*
dio á ({oe(iese<> npliciirse.
Para la admisión á la clase de arquitectura, será requisito indispensable presentar
certificado de haber seguido los cursos de aritmética v geometría práctica y el dibujo
Kocal. Esta «rconataDoie no empegará á regir haata a aaalrfeah pata «d alio eacoW
de 18 'i 2.
Serán admitidos con prefereocia eo la ciase de arquitectura lo? alumnos que pre-
senten oettiflcamtn de haber cursado con buena nota mateailHeas puras, fisica espert*
men^ j ifiineralogia; siendo circunstancia indispensable para poaer aer penúonados
en o(ros p¿iea, ctutndo la JnoU lo tenga ábien, el poaeer didms eonoránientoe.
Loe alumnos de la claae de arquitectura harán por tumo una disatadon mensual.
. . Pa$B4eda»e,
* ' Los alonitios'de Nobka aflea ffcu» aean agradadoe eon el prnalo do ealampe pana
«1 pse de clase; antes de considerarse je diic^aloai de k naefaydebariiianftir no M«
geroecsámen |or el director general.
Premios atmales.
Se suprimen los premios conocidos con pl nombre de ex¿raord¡i>iarios,reemp]azando
coa los de premio 4? j 2? anuales los que se cooocenen el dia coa los nombres de
l^wtüoamudeeompoatímy gntíficacMiu
£1 proaio 1? annal aaii, |iani las duei do finían, caedliin j «rqniMMi?'!»^
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cíyú, (le kOO rs. y raetlaUa de plaLi. Para ias dcuiús ckses, corno previene el regla-
I mentó.
Para dicho premio se ptiblicar.i el pro^flM qo» ptescrib* «1 reglamealo, dentr»
los 4 5 áias de empezado el año escolar.
El S? pTemio anttal eoDsiitírí^en el modeU» utonl* en grupos Í9 inTeiidon tie-
chos por los miamos opositores, quejando aprobado para ser luf^'o dibuj:ido el pen»
nmiealo q^ue á juicio del director general j el proieaor d« k daée reúna mas luérilo»
En la dt»e de eiculliini te ejecutará lo mUno.
En la de modelo da 700^ mieta olma an dibujo j an pMstioa (oonfonne «I regit-
nenio, artículo i 77.)
En la copia de figuras de estampa, cinco dibtijos de las cstaUiai aiiüguas, uuo de
h oateología del cuerpo humano, dos de su miologiu y uno de sus proporcionea.
£n perspectiva, tres corn{H)sidones hechas en la iiiÍmiub clase.
, £a florea oaturales, ucho papeles dÜJuiados ó coloridos ( conforme i reglamento
En ornato,copÍB de tres composiciones antiguas, lo mismo en dibujo que en plástica.
£a dibiijo apitcable i la fabricación^ nueve papeles ó un equivalente .su^ro rn cada
ttno de los ramos en que ae dt?ide aqu(;lla enseñanza (conforme al art? '177. del re-
glamento.)
La retribución para todos csloa pfanúos^ será la misma que marca el regkiman«
to para las gratiücaciones.
JBo la díistribiidoii da premios^ se hará mabdoa dsl nombre del ínTeator da
aada grupo qua hubwsa entrado an oposioioo.
jídfutliettcion.
^ ^ Los alumnos opositores al primer premio anual de la clase de arquitectura^ serán
^ Scsamiaados por los censores en presencia de una comisión de la Junta acerca delto*
\ do y eada una de las partm da sus fespectÍT^s obras da op^icion.
En toJas las adjudicaciones, será preciso reunir la mayorí.» al)!>oln'a de votos pa-
ra obtener el premio i y si 00 resultase esta de primera votación, se procederá á una
' r segunda, la quaaetik lilva odmio b primera, ecsaminando noavameole y oen datan*
Cion las obras.
£0 caso de empate absoluto de voto» entre dos opositora, se espedirá el premio
pornntád. ; .' .
DUpoádMet gmeraiu»
. La cuscñauza de principios hasta cabecas sombreadas, inclusive, se veriGcarl por
SSCcioaes de alumnos á cargo de un mismo profesor.
En cada trimestre se hará un ecsáinen f^eneral de los diluijos de las clases de ele-
mcutos de contorno y de sombra, cujo ecsámen veriticaráo el director general de la
asonela^I partienlar da la alase jpritaaiaMariasdíMMP i cnjo cargo baja estado
la «^rrpccloii.
Los referidos •proíesorf^'i preseptaráo á la Comisión de Escuelas ios dibojof que
'los alumnos inénos aplicados hayan hecho dorante todo el trimestre, debiendo ir a-
compañadcs del juicio critico que sobre ellos baya recaído.
I.os J¡<!cipulos que á consecuencia del articulo anterior resulten inaplicados, se-
rán separados de la escuela á lo menos para durante el año escolar, enterando á sus
padres ó tutores de los motivos de esta providencia. r .
Todo cuanto se cspresa en el reglamento de la esciielii de Nobles arles de 18 de
Abril de 1S39. deberá ol>servarse estrictamente^ menos aquellos artículos que estén
an oposición 000 ealu varítdones.
Bsrpekna 80 de Setiembre de 481114.
' ' ' ' PiM> Félix Cttssóf Secretario Contador.
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